Parque Solar Cordillera
REPÚBLICA DE CHILE COMISIÓN DE EVALUACIÓN Región Metropolitana de Santiago
Califica Ambientalmente el proyecto “Parque Solar Cordillera”
Santiago
VISTOS:
1°. El Estudio de Impacto Ambiental (en adelante “EIA”), admitido a trámite con fecha 07 de enero de 2021, mediante Resolución Exenta N°015 de la Comisión de Evaluación de la Región Metropolitana de Santiago, su Adenda de fecha 04 de febrero de 2022, su Adenda Complementaria de fecha 28 de febrero de 2023 y su Adenda Extraordinaria de fecha 22 de marzo de 2024, del proyecto “Parque Solar Cordillera”, presentado por ECO SANTIAGO SPA, el 30 de diciembre de 2020.
2°. Los pronunciamientos y observaciones de los órganos de la administración del Estado que, sobre la base de sus facultades legales y atribuciones, participaron en la evaluación del EIA, y que se detallan en el Capítulo 3.3 del Informe Consolidado de Evaluación (en adelante “ICE”) N°20241310969 del EIA del proyecto “Parque Solar Cordillera”.
3°. El Acta de la reunión realizada con grupos humanos pertenecientes a pueblos indígenas localizados en el área en que se desarrollará el proyecto comuna de Lo Barnechea, conforme a lo previsto en el artículo 86 del D.S. Nº40, de 2012, del Ministerio del Medio Ambiente, Reglamento del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental.
4°. El Acta de Evaluación N°2 de 14 de mayo de 2024, del Comité Técnico de la Región Metropolitana de Santiago.
5°. El ICE N°20241310969 del EIA del proyecto “Parque Solar Cordillera” de 24 de mayo de 2024.
6°. El acuerdo de la sesión extraordinaria de la Comisión de Evaluación de la Región Metropolitana de fecha 3 de junio de 2024.
7°. Los demás antecedentes que constan en el expediente de evaluación de impacto ambiental del EIA del proyecto “Parque Solar Cordillera”.
8°. Lo dispuesto en la Ley N° 19.300, sobre Bases Generales del Medio Ambiente; en el D.S. N°40, del 30 de octubre de 2012, del Ministerio del Medio Ambiente, que aprueba el Reglamento del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental; en la Resolución TRA N°119046/260/2022, de fecha 25 de agosto de 2022, de la Dirección Ejecutiva del Servicio de Evaluación Ambiental; y en la Resolución N°7, de fecha 26 de marzo 2019, de la Contraloría General de la República, que Fija Normas sobre Exención del Trámite de Toma de Razón.
CONSIDERANDO:
1°. Que, ECO SANTIAGO SPA (en adelante, el “Titular”), ha sometido al Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental (“SEIA”) el EIA del proyecto “Parque Solar Cordillera” (en adelante, el “Proyecto”). Los antecedentes del Titular son los siguientes:
Nombre o razón social ECO SANTIAGO SPA Rut 8547333-6 Domicilio Compañía de Jesús 1390 of 702 Teléfono +56999371969 Nombre representante legal Eduardo Guzmán Rut representante legal 8547333-6 Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2162355439 Firmado Digitalmente por Valentina Alejandra Durán Medina Fecha: 14-06-2024 21:29:22:753 UTC -04:00 Razón: Lugar: Firmado Digitalmente por Valentina Alejandra Durán Medina Fecha: 14-06-2024 21:29:24:606 UTC -04:00 Razón: Lugar:
Domicilio representante legal Compañía de Jesús 1390 of 702 Teléfono representante legal +56999371969 Correo electrónico Titular o representante legal edoguzman_cl@yahoo.com
2°. Que, conforme se indica en el ICE de fecha 24 de mayo de 2024, el Director Regional de la Región Metropolitana de Santiago ha recomendado aprobar el Proyecto, por cuanto:
• Cumple con la normativa de carácter ambiental aplicable identificada en la sección 10 de este documento; • Cumple con los requisitos contenidos en los Permisos Ambientales Sectoriales Mixtos señalados en los artículos 132, 138, 139, 140, 142, 146, 153, 156, 160 y Pronunciamiento 161 del D.S. Nº 40/2012 del MMA; • Se hace cargo de los efectos, características o circunstancias establecidas en el artículo 11 de la Ley, propone medidas de mitigación, compensación o reparación apropiadas.
3°. Que, en sesión de fecha 03 de junio de 2024, la Comisión de Evaluación de la Región Metropolitana de Santiago acordó calificar favorablemente el proyecto “Parque Solar Cordillera”, aprobando íntegramente el contenido del ICE de 24 de mayo de 2024, el que forma parte integrante de la presente Resolución. Por lo tanto, conforme a lo indicado en el artículo 60 inciso segundo del Reglamento del SEIA, se excluyen de la presente Resolución las consideraciones técnicas en que se fundamenta.
4°. Que, según lo señalado en el EIA y sus anexos, en su Adenda, en su Adenda Complementaria y en su Adenda Extraordinaria, que forman parte integrante de la presente Resolución, la descripción del Proyecto es la que a continuación se indica:
4.1. ANTECEDENTES GENERALES Objetivo general El Proyecto Parque Solar Cordillera tiene por objetivo la generación de energía eléctrica (190,09 MWp) a partir del aprovechamiento de la energía solar por medio de tecnología fotovoltaica para inyectar esta energía al Sistema Eléctrico Nacional (SEN). Descripción general del proyecto El Proyecto corresponde a la construcción, operación y cierre de una Planta Fotovoltaica cuya central proveerá una potencia nominal de 190,09 MWp (Indicado en respuesta 1.1 de la Adenda Extraordinaria), utilizando la tecnología de paneles fotovoltaicos para la captación de la energía solar. El Proyecto transmitirá la energía producida al Sistema Eléctrico Nacional (SEN) mediante la Subestación elevadora y su conexión a la línea de alta tensión existente en el sector, denominada “LTE Santa Filomena-Confluencia, 220 kV”. La línea eléctrica de conexión entre la S/E del Proyecto y la LTE existente, tendrá una longitud de 40m. La fase de construcción durará 24 meses, la fase de operación durará 25 años y la fase de cierre 24 meses (según cronograma de la Tabla 1-14, 1-32 y 1-48 del Capítulo 1 del EIA). Tipología principal, así como las aplicables a sus partes, obras o acciones El Proyecto ingresa al Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental (SEIA) de acuerdo con lo establecido en la Ley N°19.300 Sobre Bases Generales del Medio Ambiente en su Artículo 10, literales b), c) y p) y el Reglamento del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental (D.S. N°40/2012 de MMA en su Artículo 3, literal b) c) y p). A saber:
b) Líneas de transmisión eléctrica de alto voltaje y sus subestaciones; c) Centrales generadoras de energía, mayores a 3 MW; p) Ejecución de obras, programas o actividades en parques nacionales, reservas nacionales, monumentos naturales, reservas de zonas vírgenes, santuarios de la naturaleza, parques marinos, reservas marinas o en cualesquiera otras áreas colocadas bajo protección oficial, en los casos en que la legislación respectiva lo permita. Vida útil 29 años. Monto de inversión USD $ 315.000.000 Gestión, acto o faena Según lo indicado en el Anexo 15 de la Adenda Extraordinaria, Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2162355439
mínima que da cuenta del inicio de la ejecución corresponde al despeje del área destinada a la instalación de faenas. Proyecto se desarrolla por etapas Si No Según lo declarado por el Titular en el punto 1.2.6 del Capítulo 1 del EIA, el proyecto no se desarrollará por etapas.
[X] Proyecto modifica un proyecto o actividad Si No Según lo declarado por el Titular en el punto 1.2.5 del Capítulo 1 del EIA, el proyecto no modifica proyecto o actividad alguna sometida previamente al Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental.
[X] Proyecto modifica otra(s) RCA Si No
[X]
4.2. UBICACIÓN DEL PROYECTO División político- administrativa El Proyecto se localizará en el sector precordillerano de la comuna de Lo Barnechea, Provincia de Santiago, Región Metropolitana a una altitud entre los 2.800 y 3.300 msnm. No obstante, es importante mencionar que el acceso al proyecto se realizará por un camino existente de estándar minero, ubicado en la comuna de Colina, el cual se inicia en ruta G-141, para luego seguir por una Ruta de uso privado (Fundo Agrícola Santa Filomena) hasta la entrada del proyecto. Justificación de la localización La localización del Proyecto está relacionada directamente con la existencia de zonas que cuentan con un nivel suficientemente alto de luz solar. Asimismo, como condición técnica, se requiere la presencia cercana de líneas de transmisión eléctrica, con capacidad disponible para transmitir la energía generada por el Proyecto. En este sentido, el Proyecto considera entre sus obras una subestación la cual se ubicará cercana a la línea existente “LTE Santa Filomena- Confluencia, 220 kV”. Superficie La superficie total asociada al Proyecto es de aproximadamente 211 ha, considerando lo indicado en el Anexo 15 de la Adenda Extraordinaria. En ella se consideran las obras temporales y las permanentes. Tabla 1. Superficie Instalaciones principales Proyecto Instalación Superficie (ha) Sector norte de paneles 111,63 Sector sur de paneles 87,14 Subestación eléctrica 0,79 Zanjas de conexiones eléctricas 0,49 Caminos internos entre paneles 4,37 Camino de conexión entre Sectores 4,59 LTE de conexión al SEN 0,01 Instalación de faenas 1,98 Área Total Proyecto 211 Fuente. Tabla 1-5 Anexo 15 de la Adenda Extraordinaria. Coordenadas UTM en Datum WGS84 Las coordenadas del proyecto son las siguientes:
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Tabla 2. Coordenadas Polígonos Sector Paneles Norte.
NOMBRE SECTOR
VERTICE
UTM Datum WGS84 Norte (m) Este (m)
A
1 6.327.046 364.132 2 6.327.156 364.132 3 6.327.156 364.260 4 6.327.185 364.260 5 6.327.239 364.428 6 6.327.359 364.428 7 6.327.359 364.343 8 6.327.421 364.343 9 6.327.422 364.233 10 6.327.443 364.005 11 6.327.992 364.005 12 6.328.040 364.127 13 6.328.293 364.550 14 6.328.356 364.897 15 6.328.353 365.115 16 6.328.075 365.115 17 6.328.075 364.892 18 6.327.991 364.892 19 6.327.991 365.115 20 6.327.854 365.115 21 6.327.854 365.181 22 6.327.754 365.190 23 6.327.754 365.250 24 6.327.628 365.250 25 6.327.627 365.413 26 6.327.411 365.413 27 6.327.411 365.330 28 6.327.206 365.337 29 6.327.206 364.991 30 6.327.151 364.956 31 6.327.151 364.736 32 6.327.088 364.736 33 6.327.088 364.415 34 6.327.046 364.407 Fuente. Tabla 1-1 Anexo 15 de la Adenda Extraordinaria.
Tabla 3. Coordenadas polígono Sector paneles Sur. Nombre subsector Vértices UTM Datum Norte Este (m)
B
35 6.323.201 362.552 36 6.323.201 362.805 37 6.323.064 362.805 38 6.323.064 363.011 39 6.322.923 363.011 40 6.322.923 362.814 41 6.322.648 362.814 42 6.322.648 362.568 43 6.322.923 362.552 Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2162355439
C
44 6.322.706 364.657 45 6.322.706 364.236 46 6.322.622 364.236 47 6.322.622 363.930 48 6.322.728 363.930 49 6.322.728 363.290 50 6.322.975 363.290 51 6.323.007 363.358 52 6.323.007 364.426 53 6.322.984 364.642
E
54 6.322.963 365.529 55 6.322.963 365.631 56 6.323.098 365.631 57 6.323.098 366.312 58 6.322.819 366.312 59 6.322.819 366.089 60 6.322.682 366.089 61 6.322.682 366.017 62 6.322.544 366.017 63 6.322.544 365.752 64 6.322.800 365.752 65 6.322.800 365.529 Fuente. Tabla 1-2 Anexo 15 de la Adenda Extraordinaria.
Tabla 4. Coordenadas polígono subestación. Vértices UTM Datum WGS84 Norte (m) Este (m) 1 6.325.899 363.594 2 6.325.801 363.574 3 6.325.817 363.495 4 6.325.915 363.516 Fuente. Tabla 1-3 Anexo 15 de la Adenda Extraordinaria.
Tabla 5. Coordenadas polígono instalación de faenas.
Vértices
UTM Datum WGS84 Norte (m) Este (m) 1 6.322.821 363.640 2 6.323.001 363.640 3 6.323.001 363.750 4 6.322.821 363.750 Fuente. Tabla 1-4 Anexo 15 de la Adenda Extraordinaria.
Tabla 6. Coordenadas LTA.
Vértices
UTM Datum WGS84 Norte (m) Este (m) Conexión 6325918.35 363549.42 Punto subestación 1 6325901.00 363538.00 Punto subestación 2 6325898.00 363555.00 Fuente. Elaboración propia en base a Anexo 2 de la Adenda Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2162355439
Extraordinaria (KMZ) Caminos de acceso El acceso al proyecto se realizará por un camino existente de estándar minero, ubicado en la comuna de Colina, el cual corresponde en un comienzo a la ruta G-141, para luego seguir por una Ruta de uso privado (Fundo Agrícola Santa Filomena) hasta la entrada del proyecto. Referencia al expediente de evaluación de los mapas, georreferenciación e información complementaria sobre la localización de sus partes, obras y acciones Anexo 1-2 del EIA. Planos generales y Representación cartográfica en formato KMZ.
Anexo 1 de la Adenda. Obras del Proyecto kmz y shp y tabla de superfices.
Anexo 2 de la Adenda Complementaria. Obras del proyecto KMZ.
Anexo 2 de la Adenda Extraordinaria. Actualización de KMZ del Proyecto.
4.3. FASE DE CONSTRUCCIÓN 4.3.1 PARTES, OBRAS Y ACCIONES QUE COMPONEN EL PROYECTO 4.3.1.1 PARTES Y OBRAS Nombre Descripción
Instalación de faenas
Se habilitará un área para la instalación de faena durante la fase de construcción. Dicha instalación de faena contendrá las siguientes sub-instalaciones:
• Campamento • Fosa séptica • Losa de lavado de maquinarias y camiones • Estacionamientos • Bodega de materiales y herramientas • Casino • Edificio de control • Oficina de primeros auxilios • Patio de materiales • Oficina del Titular • Bodegas y sitios de residuos domiciliarios, industriales no peligrosos y peligrosos • Bodega de generadores eléctricos y almacenamiento de combustible • Taller de trabajo
Cabe señalar que, las instalaciones se basarán en contenedores metálicos acondicionados para los distintos usos dispuestos.
En virtud de la respuesta 2.1.12 de la Adenda, se adjuntan los planos de planta y planos de elevación de arquitectura de dichas obras.
La energía eléctrica requerida para el funcionamiento de las instalaciones será suministrada por un grupo electrógeno de 600 kW (operará 10 horas al día) y cinco grupos electrógenos de 30 kW cada uno (que operarán 8 horas al día). Los equipos cumplirán con las medidas de seguridad eléctrica y operarán sobre un material impermeable (polietileno o geotextil) que permita contener cualquier tipo de derrame de combustible.
Mayores antecedentes se encuentran en el acápite 1.4.2.8 y 1.5.1.1 del Capítulo 1 del EIA. Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2162355439
4.3.1.2 ACCIONES Nombre Descripción Habilitación de la instalación de faena La instalación de faenas corresponde al lugar donde se centralizarán las actividades generales de control durante la fase de construcción, tales como administración, planificación, gestión de recursos materiales y humanos. Incluyendo entre sus edificaciones aquellas destinadas al alojamiento de trabajadores (campamento). La habilitación de la faena se iniciará con la preparación del suelo, por medio de excavación en terrazas, con el fin de optimizar las tareas de excavación. En total se excavarán del orden de 44.090 m3 (Tabla 2-24 de la Adenda y 2-1 de la Adenda Extraordinaria.). El mismo material excavado será utilizado como relleno (aproximadamente 35.272), para efectos de nivelar los mismos terrenos. Posteriormente se habilitarán las distintas instalaciones que corresponderán a estructuras metálicas basadas en unidades de contenedores modificados que serán montados sobre pequeños pilotes o apoyos de hormigón capaces de distribuir la carga sobre una pequeña superficie de terreno. Cabe señalar, que los áridos y hormigones necesarios serán proporcionados por una empresa contratada especialmente para ello, la cual contará con los permisos que correspondan. Por ello, el Proyecto no considera la instalación de las plantas de hormigón y áridos previamente consideradas.
Mayores antecedentes de las sub instalaciones de la instalación de faena se presentan en la Tabla 2-13 de la Adenda y Anexo 2-1 de la Adenda. Instalación del cerco perimetral Cada área de paneles solares contará con un cerco perimetral, el cual será instalado en la fase de construcción. La instalación considera un vallado perimetral de 2 m de altura. La cimentación del vallado se realizará mediante pequeños apoyos de hormigón.
Mayores antecedentes en respuestas 2.1.3 de la Adenda. Habilitación de los caminos de conexión Gran parte del camino de conexión entre sectores de paneles y la subestación (que servirá además como conexión hacia el camino de acceso) se habilitará sobre huellas actualmente existentes. En particular el camino de conexión entre las áreas de paneles sur y norte corresponde a una huella prexistente donde se mejorarán las condiciones de la calzada y se agregará una carpeta granular, la cual será de un ancho de 6 metros. Adicionalmente, al interior de cada sector de paneles se habilitarán caminos interiores de 4 metros de ancho, con carpeta granular, con la finalidad de facilitar el acceso a los módulos y centros de transformación. Para la habilitación de estos caminos se realizará escarpe y excavación. Los caminos antes mencionados serán mantenidos periódicamente con algún supresante de polvo bischofita o similar. Mayores antecedentes acápite 1.5.3.1 del Capítulo 1 del EIA. Preparación del terreno en los sectores de paneles solares En las áreas donde se instalarán los paneles solares no se realizará escarpe ni excavación masiva. Solo se realizará corte de vegetación en cuyos sectores donde esta se encuentre por sobre los 40 cm de altura. Para facilitar las labores de instalación de las estructuras de seguimiento y paneles solares.
Mayores antecedentes respuesta 2.5 de la Adenda. Instalación de estructuras y montaje de los paneles solares Debido a que la instalación de la estructura de seguimiento que soportarán los módulos fotovoltaicos se realizará a través de cimentación micropilotada, utilizando dos metodologías, pre-drilling más hincado en el caso de suelos rocosos (20% de las fundaciones) e hincas hormigonadas (80% de las fundaciones), por lo que no será necesario mayor intervención en el área. A continuación, se entrega Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2162355439
una descripción general de ambas metodologías:
a. Pre-drilling más hincado: En caso de que exista estratos de suelos levemente rocosos y densos que dificulte el hincado directo, se utilizará la metodología de pre-drilling. Para ello, inicialmente se perfora un orificio de diámetro correspondiente al 60% del diámetro diagonal de la hinca, luego se rellena y compacta la perforación con material removido del pre-drilling, luego se instala la hinca hasta la profundidad requerida. Alternativamente, en caso de condiciones del suelo con roca y caliche cementado, se realizará pre-drilling con un diámetro entre un 80% y 95% del diámetro diagonal de la hinca. b. Hormigonado de hincas: En caso de que las condiciones de suelo hagan inviable el pre-drilling se realizará la metodología de hormigonado de hincas, en dicha metodología se realiza la excavación, considerando emplantillado aproximado de 10 cm, luego se colocará la hinca dentro de la excavación y se realiza el relleno con hormigón.
En relación a la cubicación de las excavaciones en la Tabla 2-24 de la Adenda se menciona que entre el año 1 y 2 existirá una excavación de 3400 m3.
En la respuesta 2.6 de la Adenda complementaria se indica la profundidad del hincado y la cantidad de hincas a utilizar en todo el parque fotovoltaico. Se indica que la profundidad máxima será de 2 metros.
Mayores antecedentes en la respuesta 2.1.19 de la Adenda. Construcción de subestación La construcción de la subestación se iniciará con excavaciones superficiales del terreno para luego montar las fundaciones de cada estructura mediante la colocación de encofrados para su posterior relleno con hormigón. La cimentación alcanzará hasta 1 metro de profundidad, como máximo. Se construirá la malla a tierra de la Subestación, en función de las medidas de resistividad del terreno y los niveles de cortocircuito. Todas las estructuras metálicas de la subestación estarán conectadas a la malla de tierra. En total se excavarán del orden de 3.076,8 m3.
Mayores antecedentes en el acápite 1.5.1.7 del Capítulo 1 del EIA. Construcción de la línea eléctrica de conexión a SEN Para la instalación de las estructuras se construirán fundaciones de apoyo mediante la colocación de patas de anclaje. El montaje de las estructuras se realizará mediante el tejido y empernado de todas las piezas entre sí, a modo de mecano. Posteriormente, serán instalados los aisladores y el tendido del cable conductor y cable de guardia mediante poleas. Cabe señalar que el tendido tendrá una extensión de solo 20 metros, sin embargo, esta corresponderá a una línea de doble circuito, por lo tanto, en total se consideran 40 m de longitud, para la conexión a la línea eléctrica existente se considera la instalación de una estructura de apoyo.
El volumen de excavación de las fundaciones apoyo línea eléctrica es de 156 m3 (Tabla 5-4 de la Adenda Complementaria).
Mayores antecedentes en el acápite 1.5.1.8 del Capítulo 1 del EIA. Pruebas de energización Una vez construidas todas las partes integrantes del Proyecto se realizará una prueba de energización y puesta en marcha, con el propósito de verificar el correcto funcionamiento de los equipos instalados, en términos eléctricos y mecánicos. Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2162355439
Mayores antecedentes en el acápite 1.5.1.9 del Capítulo 1 del EIA. Desarme y retiro de obras temporales Cuando se complete la fase de construcción, la faena de construcción será desmantelada y los equipos y maquinarias serán retirados del lugar. Una vez cerrada la instalación de faenas, se realizarán labores de descompactación del terreno sobre el cual se habrá habilitado la faena de construcción.
Mayores antecedentes en el acápite 1.5.1.10 del Capítulo 1 del EIA. Actividades de transporte Según lo mencionado en el Anexo 4 “Estudio de Impacto Vial Actualizado” de la Adenda Complementaria, el proyecto considera un flujo vehicular total en la fase de construcción de 13.058 viajes. En cuanto a los viajes por año la mayoría se concentra en el año 1.
Movimientos de tierra En la respuesta 2.1.10 de la Adenda se presentan los movimientos de tierra asociados a los caminos.
Con respecto al volumen de excedente generado igual a 13.228 m3, este será transportado mediante empresa autorizada y llevado a lugar de disposición final autorizado. 4.3.2 SUMINISTROS BÁSICOS Nombre Descripción Agua Potable Durante la fase de construcción se requerirá agua potable para consumo humano. El agua será siempre proporcionada por proveedores autorizados. Se estima una cantidad máxima de 2.880 m3 /mes de agua potable (cantidad estimada considerando 150 l/día/persona, máximo 640 personas, 7 días), cantidad que incluye agua para beber. El agua para beber se transportará a través de bidones de 20 litros sellados, etiquetados y debidamente autorizados. Información indicada en la Tabla 2-37 de la Adenda.
Mayores antecedentes en el acápite 1.5.5.1 del Capítulo 1 del EIA y respuesta 2.4.4 de la Adenda. Agua industrial Durante las fases de construcción, para el control de las emisiones atmosféricas del Proyecto, se considera el uso de agua industrial con supresor de polvo bischofita o similar. Se considera un requerimiento de 320 m3/mes. En Tabla 2-37 de la Adenda se indica que el origen de esta agua será a través de proveedores que cuenten con permisos y derechos de extracción vigentes por parte de la autoridad competente.
Mayores antecedentes en el acápite 1.5.5.1 del Capítulo 1 del EIA; respuesta 2.4.3 de la Adenda y Tabla 2-37 de la Adenda. Combustible En la fase de construcción se requerirá de petróleo diésel para la operación de camiones, maquinarias de construcción y generadores. Se estima una cantidad de 73 m3/mes de combustible. Para su almacenamiento y distribución se habilitará en la faena un estanque de 10 m3. Esta área contará con un piso de hormigón impermeable y un sistema de control de derrames, consistente en un pretil de contención de capacidad equivalente a 1,1 veces el volumen del estanque, de acuerdo con el Artículo 122 del Decreto 43/2015 del MINSAL (Reglamento de almacenamiento de sustancias peligrosas) evitando así la contaminación del suelo. El suministro de combustibles estará a cargo de un distribuidor autorizado, quien lo transportará hasta el lugar de las obras o las instalaciones del Proyecto mediante camión cisterna habilitado y autorizado para este propósito, dando cumplimiento a la normativa aplicable (D.S. N°160/2008 del Ministerio de Economía, Fomento y Reconstrucción).
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Mayores antecedentes en el acápite 1.5.5.2 del Capítulo 1 del EIA.
En la Figura 2-10 de la Adenda se encuentra la ubicación zona de almacenamiento de combustible en la instalación de faenas.
Sustancias peligrosas El Proyecto considera insumos correspondientes a sustancias peligrosas para la fase de construcción. Según el detalle que se presenta en la Tabla 2-33 de la Adenda. Estas sustancias peligrosas serán almacenadas temporalmente en la bodega de sustancias peligrosas de la instalación de faena del Proyecto según la respuesta 2.3.6 de la Adenda. Suministro eléctrico La energía eléctrica requerida para el funcionamiento de las instalaciones será suministrada por un grupo electrógeno de 600 kW (operará 10 horas al día) y cinco grupos electrógenos de 30 kW cada uno (que operarán 8 horas al día). Los equipos cumplirán con las medidas de seguridad eléctrica y operarán sobre un material impermeable (polietileno o geotextil) que permita contener cualquier tipo de derrame de combustible.
Mayores antecedentes en el acápite 1.5.5.4 del Capítulo 1 del EIA. Áridos Durante la fase de construcción se requerirá áridos principalmente para la capa granular de los caminos. Este material será obtenido por proveedores autorizados que cuenten con las autorizaciones respectivas. Se estima una utilización de aproximadamente 27.778 m³ de áridos.
De acuerdo con este insumo el Titular en la introducción de la Adenda desestima el requerimiento de una planta de áridos. Hormigón Durante la fase de construcción se requerirá hormigón para la construcción de la subestación, pilotes de seguidores de paneles fotovoltaicos y cierre perimetral y, en menor cantidad, para los apoyos de la instalación de faena que corresponderán a contenedores metálicos. Este material será adquirido a empresas autorizadas por medio de camiones mixer. Se estima un requerimiento de 6.000 m³ de hormigón aproximadamente.
De acuerdo con este insumo el Titular en la introducción de la Adenda desestima el requerimiento de una planta de hormigón. Maquinaria El Titular necesitará para la fase de construcción las siguientes maquinarias: Tabla 7. Maquinaria para la fase de construcción. Flota Equipos Mina N° Potencia kW Hrs Motoniveladora 4 136,5 3.060 Tractor Raspador 4 246,2 3.060 Hincador de postes 4 36,6 3.060 Grúa horquilla todoterreno (93,3 kW) 4 93,3 3.060 Minicargadores/bobcat o similar 4 72,4 3.060 Retroexcavadora 2 78,3 1.080 Cargador frontal 2 202,9 1.080 Compactadora/aplanadora 2 74,6 1080 Bulldozer D8 1 259 2160 Fuente: Tabla 1-16 del Capítulo 1 del EIA.
Mayores antecedentes en el acápite 1.5.5.6 del Capítulo 1 del EIA. Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2162355439
Alimentación El sistema de alimentación de los trabajadores consistirá en colaciones preparadas que serán encargadas a una empresa que cuente con las autorizaciones correspondientes para la preparación, transporte y manipulación de alimentos. Se contará con un comedor que reúna los requisitos del Artículo 28 del D.S. N° 594/1999 MINSAL, que aprueba el reglamento sobre condiciones sanitarias y ambientales básicas en los lugares de trabajo.
Mayores antecedentes en el acápite 1.5.5.7 del Capítulo 1 del EIA. Alojamiento Se estima que se mantendrán en faena en promedio de 250 trabajadores, para lo cual el proyecto contempla la habilitación de dormitorios (campamento) en la faena de construcción con capacidad para alojar dicha cantidad de trabajadores.
Mayores antecedentes en el acápite 1.5.5.8 del Capítulo 1 del EIA. Servicios higiénicos En los frentes de trabajo móviles se instalarán baños químicos de acuerdo con lo que establece el D.S. N°594 N° 594/1999 MINSAL y en la faena de construcción operará un sistema de fosas sépticas con drenes de infiltración.
Según el Anexo 7-2 Adenda, en la fase de construcción, la cantidad no superará 2.880 m3/mes de aguas servidas tratadas (96 m3/día). 4.3.3. RECURSOS NATURALES RENOVABLES Nombre Descripción Flora y vegetación En zonas en que se requiere habilitar los terrenos será necesario remover especies de flora, correspondiente a un recurso natural renovable que será necesario extraer.
Según lo indicado en el Anexo 13 de la Adenda Complementaria se intervendrá una superficie de 219,41 hectáreas de las cuales el 99,21% (217,68 ha.) presentan formaciones vegetales, considerando superficie cubierta con matorral y herbazal. Suelo Según lo indicado en la respuesta 4.3.4 de la Adenda considerando la actualización de la metodología constructiva, la superficie de suelo a ser intervenida es mínima, ya que equivale tan sólo al 4,87% de la superficie de las obras. En la Tabla 4-16 de la Adenda se presenta las superficies de suelo a ser removidas (escarpe) por el proyecto.
Además, indicar, tal como se menciona en la respuesta 8.3.1 de la Adenda que solo se realizará nivelación en el sector de la subestación, la cual posee una superficie de 0,8 ha, por lo que se mantiene lo señalado en el EIA respecto a que no se alterará las propiedades físicas y químicas del suelo. 4.3.4. EMISIONES Y EFLUENTES 4.3.4.1 EMISIONES Nombre Descripción
Emisiones atmosféricas Según la Tabla 1-1 del Anexo 3-1 de la Adenda Complementaria, las actividades que generarán emisiones atmosféricas en la fase de construcción son principalmente movimiento de tierra, combustión maquinaria, tránsito vehicular y combustión de vehículos, excavación, compactación, nivelación, entre otras.
De acuerdo con el cronograma de la fase de construcción las obras de habilitación y construcción del parque fotovoltaico presenta un plazo de ejecución total de 22 meses. Las emisiones calculadas para cada años se presenta a continuación.
Tabla 8. Emisiones totales –fase construcción año 1 Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2162355439
Fuente. Tabla 2-1 del Anexo 3-1 de la Adenda Complementaria.
Tabla 9. Emisiones totales –fase construcción año 2
Fuente. Tabla 2-2 del Anexo 3-1 de la Adenda Complementaria.
De acuerdo a la Tabla 2-9. Verificación cumplimiento PPDA (DS 31/2016 MMA) del Anexo 3-1 de la Adenda Complementaria, las emisiones derivadas de la fase de construcción, operación y cierre superan el máximo permitido debiendo compensar emisiones. Finalmente se puede establecer que las emisiones del proyecto superan la máxima permitida para los contaminantes regulados, por lo cual se deberá compensar el 120% de la emisión máxima equivalente.
En el punto 2.3 del Anexo 3-1 de la Adenda Complementaria, el Titular indica medidas de compensación preliminar. La forma de implementación y ubicación de las medidas se definirá en función del mecanismo de compensación seleccionado y será presentado mediante un plan de compensación a la SEREMI de Medio Ambiente una vez obtenida la RCA del Proyecto.
Cabe mencionar que en la Tablas 2-16, 2-17 y 2-18 se encuentran el titular presenta las acciones de control de emisiones a través de aplicación riego de bischofita o similar para las distintas fases del proyecto. Mayores antecedentes en el Anexo 3-1.5 de la Adenda Complementaria. 4.3.4.2 EMISIONES LIQUIDAS O EFLUENTES Nombre Descripción Residuos líquidos domésticos Las aguas servidas se generarán en los servicios higiénicos en la faena de construcción, así como también en los baños químicos a utilizar en los frentes de trabajo (móviles).
La estimación de la cantidad total se basa en el consumo de agua potable (150l/persona/día) para una dotación máxima (640 trabajadores en construcción) y el factor de recuperación de 0,8. Por lo tanto, en la fase de construcción, la cantidad no superará 2.880 m3/mes de aguas servidas tratadas (96 m3 /día), información Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2162355439
presentada en el PAS 138 Anexo 7-2 de la Adenda.
El agua será tratada en la fosa séptica con drenes de infiltración, la cual cuenta con dos procesos de tratamiento basada en la separación de los lodos y la infiltración de los efluentes en el suelo natural. La fosa séptica contará con un estanque de acumulación de aguas tratadas que tendrá la capacidad necesaria para cubrir la generación máxima diaria de aguas servidas, para luego ser infiltrada en suelo natural. Residuos líquidos industriales Durante la fase de construcción se generará un efluente líquido resultante del lavado de maquinaria y camiones. Se estima una generación máxima de 48 m3/mes de este efluente, información presentada en el PAS 139 Anexo 6 de la Adenda Complementaria. El efluente será colectado en el mismo lugar destinado al lavado y derivado a un separador de aceites y grasas que a través de la diferencia de densidades provoca la separación del líquido en dos fases: la superior de grasas y la inferior de agua. La fase inferior (agua) será reutilizado, ya que será recirculado al estanque de almacenamiento de agua industrial. 4.3.4.3 EMISIONES DE RUIDO Y VIBRACIONES Nombre Descripción Ruido Según lo señalado en el Anexo 4 de la Adenda el análisis acústico del proyecto se realizó mediante un modelo predictivo de ruido, donde fue posible representar las condiciones bajo las cuales se ejecutarán las actividades asociadas a cada fase del proyecto, estimando los niveles de ruido que éstas generarán sobre los receptores humano.
Para cada caso, se caracterizaron las fuentes de ruido según su ubicación y simultaneidad de uso, simulando la condición más desfavorable desde el punto de vista de la emisión. A continuación, se presentan los receptores.
Tabla 10. Ubicación y descripción de receptores.
Fuente. Tabla 7 Anexo 4 de la Adenda.
La evaluación de cumplimiento en receptores humanos se presenta únicamente para el periodo diurno, puesto que el horario de las faenas de construcción será solo en periodo diurno. La normativa aplicable corresponde al D.S. Nº 38/2011 del MMA.
Tabla 11. Evaluación de cumplimiento D.S. Nº 38/2011 del MMA. Fase de construcción.
Fuente. Tabla 22 Anexo 4 Adenda
Como es posible observar en la tabla anterior, el receptor cumple con el límite máximo permitido establecido según D.S. N°38/2011 del MMA.
Los receptores R5 y R6 fueron evaluados de acuerdo al máximo permitido por el D.S. N° 38/2011 del MMA, concluyendo que se cumplirá con los máximos permisible tanto para la fase de Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2162355439
construcción y operación del proyecto.
El proyecto no contempla medidas de control en receptores humanos. Vibraciones El Titular descarta las vibraciones, ello fundamentalmente por la distancia de los glaciares al área de proyecto y a que el Proyecto no considera la ejecución de actividades que generen altos niveles de vibración, en particular, no se considera la realización de tronaduras. Esto según lo declarado en la respuesta 3.6.1 de la Adenda. 4.3.5. RESIDUOS, PRODUCTOS QUÍMICOS Y OTRAS SUSTANCIAS QUE PUEDAN AFECTAR EL MEDIO AMBIENTE. 4.3.5.1 RESIDUOS NO PELIGROSOS Nombre Descripción Residuos sólidos domésticos El Proyecto generará residuos sólidos domésticos y asimilables a domésticos, los cuales consistirán básicamente en papeles, restos de comida, envases y elementos similares. Se estima una generación del orden de 1 kg/persona/día de residuos sólidos domésticos, por lo que se estima una cantidad de aproximada de 19 t/mes en momentos de máxima dotación (640 personas) y considerando 30 días/mes.
Se llevará un registro de la disposición final de estos residuos, a través de documentos que entregue la empresa autorizada y al concluir cada fase del Proyecto se remitirá a la Superintendencia del Medio Ambiente un informe consolidado, en el que se certifique la disposición final de estos residuos. El sector habilitado para el almacenaje de residuos domésticos tendrá un área aproximada de 50 m2, la bodega contará con 12 contenedores de basura fabricados en HDPE o material similar, tapa y sistema de ruedas con freno, con capacidad aproximada de 1.100 litros cada uno.
Mayores antecedentes en el acápite 1.5.8.3 del Capítulo 1 del EIA y Anexo 7 PAS 140 de la Adenda. Residuos sólidos industriales no peligrosos El Proyecto generará residuos industriales sólidos no peligrosos, los cuales consistirán principalmente en chatarra y otros residuos industriales denominados materiales de desgaste provenientes de embalajes, metales, etc. Adicionalmente, se consideran en esta categoría los módulos fotovoltaicos dañados.
En la Tabla 3-3 del Anexo 7 de la Adenda PAS 140 se muestran los Residuos sólidos industriales no peligrosos para la fase de construcción, en el cual se estima una generación de 29,2 t/mes de estos residuos.
Se llevará un registro de la disposición final de estos residuos, a través de documentos que entregue la empresa autorizada y al concluir cada fase del Proyecto se remitirá a la Superintendencia del Medio Ambiente un informe consolidado, en el que se certifique la disposición final de estos residuos.
Mayores antecedentes en el acápite 1.5.8.5 del Capítulo 1 del EIA y Anexo 7 de la Adenda PAS 140. 4.3.5.2 RESIDUOS PELIGROSOS Nombre Descripción Residuos sólidos peligrosos Durante la fase de construcción del Proyecto se generarán residuos peligrosos, producto de actividades de mantención menor de equipos y vehículos. Estos residuos consistirán en aceites usados, guaipes contaminados, restos de pintura y otros materiales contaminados (envases, trapos, etc). Se estima una generación de 1411 kg/mes de estos residuos, en donde, la capacidad máxima de la bodega será de hasta 12.000 kg, información mencionada en el Anexo 8 PAS 142 Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2162355439
de la Adenda Complementaria.
El período de almacenamiento de los residuos peligrosos no excederá los 6 meses, aunque se prevé un retiro mensual para su disposición final a través de una empresa autorizada de la zona. Luego de lo cual serán trasladados a una instalación de eliminación que cuente con la respectiva autorización sanitaria. El traslado será realizado por una empresa que cuente con autorización por parte de la Autoridad Sanitaria para dicho efecto.
Esta bodega contará con una base continua, impermeable, resistente y con sistema de contención de derrames. El cierre perimetral será de a lo menos 1,8 metros de altura. La bodega estará techada y protegida de las condiciones ambientales exteriores, tales como, humedad, temperatura y radiación solar. La bodega tendrá capacidad de retención de escurrimientos o derrames y contará con señalización de acuerdo con la Norma Chilena NCh 2.190 Of. 1993. Además, tendrá acceso restringido, en términos de que sólo podrá ingresar personal debidamente autorizado. El tiempo máximo de almacenamiento temporal será de 6 meses, aunque se prevé un retiro mensual para su disposición final a través de una empresa autorizada por la autoridad sanitaria.
Mayores antecedentes en el acápite 1.5.8.6 del Capítulo 1 del EIA y el Anexo 8 PAS 142 de la Adenda Complementaria. 4.3.5.3 SUSTANCIAS PELIGROSAS Nombre Descripción Sustancias peligrosas En las Tablas 2-29, 2-30-2-31, 2-32, 2-33 de la Adenda se presenta una estimación de las sustancias peligrosas a utilizar mensualmente durante la fase de construcción del Proyecto, específicamente por área de construcción y separando entre obra gruesa y terminaciones.
Estas sustancias peligrosas serán almacenadas temporalmente en la bodega de sustancias peligrosas de la instalación de faena del Proyecto, según lo declarado en el punto 2.3.6 de la Adenda.
Mayores antecedentes en la respuesta 2.3.6 de la Adenda. Referencia al ICE para mayores detalles sobre esta fase. Mayores antecedentes sobre la fase de construcción en la sección 4.6 del ICE. 4.4. FASE DE OPERACIÓN 4.4.1. PARTES, OBRAS Y ACCIONES QUE COMPONEN EL PROYECTO 4.4.1.1 PARTES Y OBRAS Nombre Descripción
Paneles solares El Proyecto estará conformado por dos sectores de generación, sector norte de paneles y sector sur totalizando una capacidad instalada de 190,09 MWp (Indicado en respuesta 1.1 de la Adenda Extraordinaria). Cada sector de generación estará conformado por módulos fotovoltaicos, sistemas de seguidores solares o trackers, centros de transformación, sistema de cableado, caminos interiores, cierre perimetral y estaciones meteorológicas. Dado que el Titular indica que cada panel aporte 550 W se requerirán en total 345.454 paneles aprox.
En la respuesta 2.6 de la Adenda complementaria se indica la profundidad del hincado el cual será como máximo de 2 metros y la cantidad de hincas a utilizar en todo el parque fotovoltaico.
Mayores antecedentes técnicos de los paneles se encuentran en la respuesta 2.1.11 de la Adenda. Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2162355439
Centros de transformación La energía producida por los paneles solares será del tipo corriente continua y de baja tensión. Para poder distribuirla de manera eficiente, es necesario transformarla a corriente alterna y en media tensión. El parque contará con 44 centros de inversión y transformación de 3 y 6 MVA que estarán conformados por uno o dos inversores, un transformador, una celda de entrada y otra de salida, una celda de protección del transformador, un cuadro de baja tensión de generación, un cuadro de baja tensión de alimentación auxiliar y un cuadro de control o monitorización todo integrado en una sala eléctrica tipo contenedor estándar (Largo: 12,19 m; ancho: 2,44 m; altura: 2.896 m) que se instalará sobre una fundación de hormigón fabricada in-situ. Los CIT estarán unidos entre sí a través de circuitos subterráneos que llegarán a la subestación colectora. Mayores antecedentes técnicos de los centros de transformación se encuentran en la respuesta 2.3.5 de la Adenda. Subestación eléctrica El objetivo de la subestación eléctrica (S/E) es elevar la tensión de la energía generada en la planta fotovoltaica de uno de media tensión de 33 kV a un nivel normalizado en alta tensión de 220 kV, para evacuar dicha energía mediante la línea aérea de alta tensión 220 kV existente. Las dimensiones de la subestación serán: 90 m de largo por 70 m de ancho. Este espacio estará limitado y protegido con un cierre de malla de 2,5 m de altura, para evitar contactos accidentales desde el exterior y el acceso de personas no autorizadas. La subestación estará constituida por dos sistemas eléctricos, uno en media tensión y otro de alta; que se materializarán, respectivamente, en una subestación colectora de interior a 33 KV y una subestación de enlace a 220 KV. Además, contará con un edificio de control y canalizaciones eléctricas. Mayores antecedentes técnicos de la subestación eléctrica se encuentran en el acápite 1.4.2.2 del Capítulo 1 del EIA. Edificio de control Subestación eléctrica
El edificio para el control y explotación de la subestación contará con una sala de control y despacho y una sala de celdas Media Tensión– 33 KV, además de otras instalaciones de apoyo como servicios higiénicos y vestuarios, sala de reuniones, oficinas, comedor, generador eléctrico, estanque de agua y Fosa séptica con infiltración, almacén de repuestos y bodegas de sustancias peligrosas, residuos sólidos domiciliarios, residuos sólidos industriales no peligrosos y residuos peligrosos. En la sala de control y despacho se instalarán los equipos informáticos de gestión de la instalación, y los de las comunicaciones internas y externas de control, protección y medida de la subestación de 220 KV. Zanjas de conexiones eléctricas
Cada unidad generadora tendrá bandejas de recolección que llevarán los cables hasta los centros de inversión y transformación (CIT). Los centros de transformación estarán unidos a través de varios circuitos subterráneos. La conexión eléctrica subterránea se realizará a través de canalizaciones subterráneas aledañas a los caminos interiores, en Zanjas de baja tensión (BT) y Zanjas de Media Tensión (MT). Todos los tubos de cables enterrados tendrán una capa mínima de 290 mm sobre ellos. Este valor se elevará a 750 mm en cruces de caminos. Mayores antecedentes técnicos se encuentran en el acápite 1.4.2.3 del Capítulo 1 del EIA. Caminos internos entre paneles Al interior de cada sector de paneles se habilitarán caminos interiores de 4 metros de ancho, con carpeta granular, para facilitar el acceso a los módulos y centros de transformación. Mayores antecedentes técnicos se encuentran en el acápite 1.4.2.4 del Capítulo 1 del EIA. Camino de conexión entre sectores El Sector Norte y Sur de paneles estará conectado por a través del camino de conexión entre sectores, el cual a su vez conectará con la subestación. El camino tendrá un ancho promedio de hasta 6 metros. El camino tendrá carpeta granular tal como se indica en punto 6.10.3 de la Adenda. Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2162355439
LTE de conexión La subestación evacuará la energía a través de una línea aérea de 220 kV, de doble circuito para realizar el seccionamiento de la línea “LTE Santa Filomena – Confluencia, 220 kV”. El tendido tendrá una longitud aproximada de 40 metros, y conectará con la línea en la coordenada UTM 6.325.916 N, 363.566 E (Datum WGS 84). Cierre perimetral Cada sector de paneles contará con un cierre perimetral tipo malla que tendrá una altura máxima de 2 m, de acero galvanizado tipo bizcocho en la parte superior para seguridad. Mayores antecedentes técnicos se encuentran en la respuesta 2.3.1 de la Adenda. 4.4.1.2 ACCIONES Nombre Descripción Generación de energía y su monitoreo El proceso de generación y transmisión de energía se inicia con la transformación de la energía solar en energía eléctrica a través de los módulos fotovoltaicos. La energía generada es transmitida vía conversores a la subestación eléctrica, la cual vía transformadores u cable de conexión inyecta la energía a la Línea LTE Santa Filomena – Confluencia, 220 kV. El proceso será controlado mediante un sistema automático de control que involucra a inversores, centros de transformación, equipos de control, seguridad, comunicaciones, estaciones meteorológicas, etc. Este sistema operará a través de unidades de campo (PLCs) que suministrarán información al sistema local de supervisión y mando (SCADA), con lo cual se tendrá una visión completa del estado del parque en cualquier momento. Por otra parte, para la seguridad del parque se instalarán sistemas de detección de movimiento, sistemas de alarma; sistema de cámaras de inspección y barreras de microondas o de infrarrojo, además del control de acceso y vigilancia las 24 horas mediante una central de recepción de alarmas conectada directamente con el personal del Parque. El sistema será supervisado por personal presente en las oficinas del Parque Fotovoltaico, las cuales estarán ubicadas en el edificio de control de la subestación.
Mayores antecedentes en el acápite 1.6.1.1 del Capítulo 1 del EIA. Actividades de mantención Como actividades de mantención se considera la limpieza de paneles y la limpieza y mantención de transformadores, caminos y otros, estas actividades se describen a continuación.
-Limpieza de paneles: La limpieza de paneles incluye la eliminación del polvo acumulado sobre la superficie de éstos y el despeje de la nieve. Para la eliminación del polvo acumulado sobre la superficie, la limpieza se realizará mediante aspiración, o en su defecto, con agua pura (desionizada) sin detergentes u otros agentes químicos, pues solo se ensucian con polvo y partículas provenientes del mismo sitio, motivo por el cual no representa una amenaza para el medio ambiente. La limpieza de paneles se hará 4 veces al año, utilizando un total de 2.500 m3/año de agua.
-Limpieza de transformadores, caminos y otros: La mantención de transformadores se realizará una vez cada dos años y consistirá básicamente en el cambio de aceite. Dicho aceite corresponde a residuo peligroso, por lo tanto, será almacenado temporalmente en la bodega de residuos peligrosos asociado a la fase de operación. Las actividades de mantención de igual manera considerarán también la transitabilidad de la red de caminos internos y el camino de conexión entre paneles. Para ello, se realizarán labores de despeje y compactación con una frecuencia aproximada de cuatro veces al año, o bien cuando la situación lo requiera (desde el punto de vista meteorológico). Finalmente, en términos generales, durante la vida útil, en caso de Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2162355439
requerirse, se realizarán intervenciones necesarias para el correcto funcionamiento de la planta, lo cual puede ser considerado como actividad de mantención o conservación. Estas intervenciones pueden ser reparaciones (menores) a la infraestructura mecánica y eléctrica, sin alterar el diseño original.
Mayores antecedentes en el acápite 1.6.1.2 del Capítulo 1 del EIA. Actividades de transporte Según el Anexo 4 “Estudio de Impacto Vial Actualizado” de la Adenda Complementaria, para la fase de operación se generará un máximo 9 viajes diarios. 4.4.2 SUMINISTROS BÁSICOS Nombre Descripción Agua potable Durante la fase de operación se requerirá agua para consumo humano (potable) y agua para labores de limpieza de los paneles fotovoltaicos. El agua para consumo humano y el agua industrial provendrán siempre de proveedores autorizados. Se estima una cantidad máxima de 81 m3/mes de agua potable (cantidad estimada de 150 l/día/persona), información indicada en la Tabla 2-37 de la Adenda. Agua industrial Respecto al agua industrial, se estima que se requerirán aproximadamente 2.500 m3/año que serán utilizados principalmente para humectación y limpieza en general. Este insumo será transportado por medio de 1 camión aljibe. El almacenamiento de agua industrial se realizará en un estanque con capacidad de 30 m3.
Mayores antecedentes en el acápite 1.6.5.1 del Capítulo 1 del EIA; respuesta 2.4.4 de la Adenda y Tabla 2-37 de la Adenda. Maquinaria El Titular necesitará para la fase de operación las siguientes maquinarias: Tabla 12. Maquinaria para la fase de operación. Flota Equipos Mina N° Potencia kW Hrs Motoniveladora 1 136,5 480 Fuente. Tabla 1-33 del capítulo 1 del EIA. Alimentación Durante la fase de operación no se requiere la preparación de alimentos en las instalaciones. Los trabajadores traerán sus colaciones preparadas y se contará con un comedor según artículo 28 del D.S. N° 594/1999 MINSAL. En caso de que se presenten condiciones adversas debido a la meteorología del sector, y que no sea posible la evacuación de la planta, se podrá usar la bodega de alimentos no perecederos, ubicada en el comedor. Servicios higiénicos Para la fase de operación del proyecto, se contempla la instalación de un sistema de alcantarillado particular conectado a una Fosa séptica con infiltración ubicada en la subestación eléctrica con capacidad suficiente para la mano de obra de esta fase (equivalente al máximo de trabajadores en operación, es decir, 18 personas). 4.4.3. PRODUCTOS GENERADOS El proyecto, dada su naturaleza de planta fotovoltaica, generará 190 MW de potencia nominal, que se conectará a la red existente en el punto de conexión ubicado al interior del terreno en donde se emplazará el parque fotovoltaico 4.4.4. RECURSOS NATURALES RENOVABLES No Aplica 4.4.5. EMISIONES Y EFLUENTES 4.4.5.1 EMISIONES ATMOSFERICAS Nombre Descripción
Según la Tabla 1-1 del Anexo 3-1 de la Adenda Complementaria, las actividades que generarán emisiones atmosféricas en la fase de operación son Tránsito vehicular y combustión de vehículos.
A continuación, se muestra el total de emisiones por fuente para la Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2162355439
Emisiones atmosféricas operación del proyecto, donde las mayores emisiones de material particulado derivan del tránsito en caminos tanto pavimentados como no pavimentados. En tanto las emisiones de contaminantes gaseosos derivan principalmente de la combustión de grupos electrógenos y de maquinaria.
Tabla 13. Emisiones totales –fase operación.
Fuente. Tabla 2-3 del Anexo 3-1 de la Adenda Complementaria.
De acuerdo a la Tabla 2-9. Verificación cumplimiento PPDA (DS 31/2017 MMA) del Anexo 3-1 de la Adenda Complementaria, las emisiones derivadas de la fase de construcción, operación y cierre superan el máximo permitido debiendo compensar emisiones. Finalmente se puede establecer que las emisiones del proyecto superan la máxima permitida para los contaminantes regulados, por lo cual se deberá compensar el 120% de la emisión máxima equivalente.
En el punto 2.3 del Anexo 3-1 de la Adenda Complementaria, el Titular establece que como medida de compensación. La forma de implementación y ubicación de la medida se definirá en función del mecanismo de compensación seleccionado y será presentado mediante un plan de compensación una vez obtenida la RCA del Proyecto.
Cabe mencionar que en la Tablas 2-16, 2-17 y 2-18 se encuentran el titular presenta las acciones de control de emisiones a través de aplicación riego de bischofita o similar para las distintas fases del proyecto. Mayores antecedentes en el Anexo 3-1.5 de la Adenda Complementaria. 4.4.5.2 EMISIONES LIQUIDAS O EFLUENTES Nombre Descripción Residuos líquidos domésticos Las aguas servidas se generarán en los servicios higiénicos al interior del edificio de control, ubicado en la subestación eléctrica y dirigidos a la fosa séptica con infiltración por medio de alcantarillado. La estimación de la cantidad total se basa en el consumo de agua potable (150 l/persona/día) para una dotación máxima de 18 trabajadores en fase de operación con un factor de recuperación de 0,8. Por lo que, se considera una generación de 81 m3 /mes, información presentada en el PAS 138 Anexo 7-2 de la Adenda.
El agua será tratada en la Fosa séptica con drenes de infiltración, la cual cuenta con dos procesos de tratamiento basada en la separación de los lodos y la infiltración de los efluentes en el suelo natural. La fosa séptica contará con un estanque de acumulación de aguas tratadas que tendrá una capacidad de 6 m3 aproximadamente para ser infiltrada en el suelo natural. 4.4.5.3 EMISIONES DE RUIDO Nombre Descripción
Según lo señalado en el Anexo 4 de la Adenda el análisis acústico del proyecto se realizó mediante un modelo predictivo de ruido, donde fue posible representar las condiciones bajo las cuales se ejecutarán las actividades asociadas a cada fase del proyecto, Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2162355439
Ruido estimando los niveles de ruido que éstas generarán sobre los receptores humanos. Para cada caso, se caracterizaron las fuentes de ruido según su ubicación y simultaneidad de uso, simulando la condición más desfavorable desde el punto de vista de la emisión. A continuación, se presentan los receptores.
Tabla 14. Ubicación y descripción de receptores.
Fuente. Tabla 7 Anexo 4 de la Adenda.
La normativa de aplicación corresponde al D.S. Nº 38/2011 del MMA, y la evaluación correspondiente a la fase de operación se realizó tanto para el periodo diurno como el nocturno.
Tabla 15. Evaluación de cumplimiento D.S. Nº 38/2011 del MMA. Fase de operación.
Fuente. Tabla 23 anexo 4 Adenda.
El proyecto no contempla medidas de control en receptores humanos y cumple con el D.S. n°38/2011 MMA 4.4.6. RESIDUOS, PRODUCTOS QUÍMICOS Y OTRAS SUSTANCIAS QUE PUEDAN AFECTAR EL MEDIO AMBIENTE. 4.4.6.1 RESIDUOS NO PELIGROSOS Nombre Descripción Residuos sólidos domésticos El Proyecto generará residuos sólidos domésticos y asimilables a domésticos, los cuales consistirán básicamente en papeles, restos de comida, envases y elementos similares. Se estima una generación del orden de 1 kg/persona/día de residuos sólidos domésticos, por lo que se estima una cantidad de aproximada de 0,54 t/mes en momentos de máxima dotación (18 personas) y considerando 30 días al mes.
Cabe señalar, que el Proyecto cumplirá con lo indicado en el D.S. N°594/99 MINSAL, Reglamento sobre Condiciones Sanitarias y Ambientales Básicas en los Lugares de Trabajo, incluyendo el control de los vectores sanitarios como moscas y roedores. Se llevará un registro de la disposición final de estos residuos, a través de documentos que entregue la empresa autorizada y al concluir cada fase del Proyecto se remitirá a la Superintendencia del Medio Ambiente un informe consolidado, en el que se certifique la disposición final de estos residuos. El sector habilitado para el almacenaje de residuos domésticos tendrá un área aproximada de 44 m2, la bodega contará con 1 contenedor de basura fabricados en HDPE o material similar, tapa y sistema de ruedas con freno, con capacidad aproximada de 600 litros.
Mayores antecedentes en el acápite 1.6.9.2 del Capítulo 1 del EIA y Anexo 7 PAS 140 de la Adenda. Residuos sólidos industriales El Proyecto generará residuos industriales sólidos no peligrosos durante la fase de operación, pero en cantidades muy bajas dadas Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2162355439
no peligrosos actividades de mantención principalmente. Adicionalmente, se consideran en esta categoría los módulos fotovoltaicos dañados. Así, durante esta fase se estima una generación del orden de 180 kg/mes de este tipo de residuos, información presentada en Tabla 3-4 del Anexo 7-4PAS 140 de la Adenda.
El acopio de residuos sólidos no peligrosos se realizará considerando la máxima devolución de los envases al proveedor y dándole prioridad a la comercialización y reciclaje. El remanente de estos residuos, estimado de manera conservadora en un 50%, será retirado por una empresa autorizada periódicamente (cada 3 meses en la fase de operación) y llevados a sitios que cuenten con los permisos y autorizaciones correspondientes. Se llevará un registro de la disposición final de estos residuos, a través de documentos que entregue la empresa autorizada y al concluir cada fase del Proyecto se remitirá a la Superintendencia del Medio Ambiente un informe consolidado, en el que se certifique la disposición final de estos residuos.
Mayores antecedentes en el acápite 1.6.9.4 del Capítulo 1 del EIA y Anexo 7 de la Adenda PAS 140. 4.4.6.2 RESIDUOS PELIGROSOS Nombre Descripción Residuos sólidos peligrosos La generación de residuos peligrosos durante la fase de operación del Proyecto consistirá básicamente en residuos producto de actividades de mantención, tales como: lubricantes, aceites usados, los aceites de mantención de los transformadores, guaipes contaminados, ropa contaminada, etc.
La capacidad máxima de la bodega será de hasta 12.000 kg y se estima una generación de 239 kg/mes, según Tabla 3-4 del Anexo 8 PAS 142 de la Adenda Complementaria.
El período de almacenamiento de los residuos peligrosos no excederá los 6 meses, aunque se prevé un retiro mensual para su disposición final a través de una empresa autorizada por la Autoridad Sanitaria. Luego de lo cual serán trasladados a una instalación de eliminación que cuente con la respectiva autorización sanitaria. El traslado será realizado por una empresa que cuente con autorización por parte de la Autoridad Sanitaria para dicho efecto.
Mayores antecedentes en el acápite 1.6.9.5 del Capítulo 1 del EIA y el Anexo 8 PAS 142 de la Adenda Complementaria. 4.4.6.3 PRODUCTOS QUÍMICOS Y OTRAS SUSTANCIAS QUE PUEDAN AFECTAR EL MEDIO AMBIENTE Nombre Descripción Sustancias peligrosas Durante la fase de operación se requerirá aceite dieléctrico para los transformadores, el que será abastecido por empresas que cuenten con todas las autorizaciones pertinentes. Es importante aclarar que este aceite dieléctrico, no será almacenado en ningún momento dentro de las instalaciones del proyecto. La hoja de seguridad respectiva se adjunta en Anexo 1-3 del EIA HDS Sustancias peligrosas. Se estima una cantidad de 2.606 kg de aceite dieléctrico para realizar la mantención de los transformadores (la cual se realiza cada 2 años).
Mayores antecedentes en la respuesta 2.3.7 de la Adenda. Referencia al ICE para mayores detalles sobre esta fase. Mayores antecedentes en la sección 4.7 del ICE. Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2162355439
4.5. FASE DE CIERRE 4.5.1. PARTES, OBRAS Y ACCIONES QUE COMPONEN EL PROYECTO 4.5.1.1 PARTES Y OBRAS Nombre Descripción
Instalación de faenas
Se habilitará un área para la instalación de faena durante la fase de construcción. Dicha instalación de faena contendrá las siguientes sub-instalaciones:
• Campamento • Fosa séptica • Losa de lavado de maquinarias y camiones • Estacionamientos • Bodega de materiales y herramientas • Casino • Edificio de control • Oficina de primeros auxilios • Patio de materiales • Oficina del Titular • Bodegas y sitios de residuos domiciliarios, industriales no peligrosos y peligrosos • Bodega de generadores eléctricos y almacenamiento de combustible • Taller de trabajo
Cabe señalar que, las instalaciones se basarán en contenedores metálicos acondicionados para los distintos usos dispuestos.
En virtud de la respuesta 2.1.12 de la Adenda, se adjuntan los planos de planta y planos de elevación de arquitectura de dichas obras.
La energía eléctrica requerida para el funcionamiento de las instalaciones será suministrada por un grupo electrógeno de 600 kW (operará 10 horas al día) y cinco grupos electrógenos de 30 kW cada uno (que operarán 8 horas al día). Los equipos cumplirán con las medidas de seguridad eléctrica y operarán sobre un material impermeable (polietileno o geotextil) que permita contener cualquier tipo de derrame de combustible.
Mayores antecedentes se encuentran en el acápite 1.4.2.8 y 1.5.1.1 del Capítulo 1 del EIA. 4.5.2 ACCIONES Nombre Descripción Desmantelamiento de la infraestructura La principal actividad que se desarrollará durante la fase de cierre será el desmontaje de los equipos. En primer lugar, se realizará la desconexión de los paneles y la desenergización de la planta. Los paneles fotovoltaicos serán desmontados y devueltos al proveedor, junto con las estructuras de soporte de los paneles, los centros de transformación, etc. De todas formas, de forma conservadora, se indica en la estimación de residuos la totalidad de los paneles. Estas actividades se realizarán tratando de mantener la utilidad de los equipos, de tal manera de poder comercializarlos. Durante la fase de cierre se procederá también al desmantelamiento de la subestación, oficinas, comedor y bodegas. En estos casos se realizará el desmontaje de la infraestructura superficial. De igual manera se retirará el cableado aéreo. Se priorizará el reciclaje (venta) de los componentes o su comercialización como chatarra. El material remanente será manejado como residuo. Instalaciones subterráneas, como cables de conexión subterráneo (insertos en las zanjas construidas durante la fase de construcción), así como también fundaciones de la subestación e infraestructura serán retirados, al igual que todo el hormigón utilizado. Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2162355439
Mayores antecedentes en el acápite 1.7.1.1 del capítulo 1 del EIA. Actividades de transporte En el acápite 1.5.3.3 del Anexo 4 de vialidad presentado en la Adenda Complementaria se indica que el flujo vehicular generado durante la fase de cierre corresponde a transporte de personal, insumos para uso doméstico, alimentación, agua (industrial y de consumo humano), combustibles además de residuos y otros elementos, todos vinculados a la desmantelación, desarme y retiro de toda la infraestructura del Proyecto.
El proyecto considera un flujo vehicular total en la fase de cierre de 5.900 viajes.
Mayores antecedentes en Tabla 1-6 Flujo vehicular Fase de Cierre Proyecto (Viajes) Anexo 4 de la Adenda Complementaria. Restauración de componentes ambientales afectados Las actividades de restauración consistirán principalmente en:
• Descompactación de zonas compactadas. • Retiro de todo el cableado y hormigón. • Se considera el pleno restablecimiento del escurriendo natural de las aguas por medio del desmantelamiento de las obras de traspaso de agua consideradas. • Repoblamiento de flora y vegetación. En virtud de que el suelo cumple funciones a nivel ambiental, mediante la sustentación de vegetación permanente y efímera, las acciones de descompactación permitirán un repoblamiento natural del área recuperada, sin necesidad de intervención humana. De esta manera, se facilitará además el repoblamiento por parte de la fauna nativa. Cabe señalar, que durante la fase de operación existirán áreas (principalmente bajo paneles) en las cuales no existirán obras o acciones que eviten el surgimiento de vegetación.
Mayores antecedentes en el acápite 1.7.1.2 del capítulo 1 del EIA. Descompactación y acondicionamiento de suelo en la fase de cierre Tal como lo menciona el Anexo 13 de la Adenda Extraordinaria en la Tabla 1-10, se recuperará la condición inicial del suelo a través de la intervención mecánica para descompactar, aumentar la densidad aparente y mejorar la infiltración. Se realizará una limpieza del sector a intervenir, eliminando todos los residuos de las obras. Los soportes de hormigón (1.279,6 m3) se llevarán a sitio de disposición final para residuos no peligrosos. Posteriormente, se utilizará un subsolador para descompactar hasta una profundidad de 40 cm. Se aplicará compost para aumentar la materia orgánica y mejorar su capacidad nutricional y se utilizará un rodillo compactador para estabilizar la superficie del suelo. El sector será cercado para evitar intervenciones externas. Esto se implementará en toda el área de influencia del Proyecto y se realizará después del retiro de las obras permanentes del Proyecto. La maquinaria utilizada para la reconversión del suelo es un “subsolador”. El método de subsolado es aplicado para romper las capas de suelo endurecidas por el emplazamiento de las obras y/o actividades asociadas al proyecto, con el objetivo de facilitar la absorción de agua y nutrientes. Posteriormente se aplicará compost vegetal (clase A según la NCh 2.880) para mejorar sus propiedades químicas y físicas en una dosis de 2T/ha. Finalmente se utilizará un rodillo compactador liviano para dar firmeza al suelo y evitar su alteración por factores externos y erosión. Se dejará en descanso para promover la revegetación natural del sector por 1 año. El indicador será la medición de la densidad aparente (Da). Este parámetro físico de suelo se expresa como “la razón entre la masa de las partículas y el volumen total de suelo, incluidos los espacios porosos entre las partículas” (Sandoval et al. 2011). El USDA Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2162355439
(1999) señala que la Da se utiliza para medir compactación, estableciendo que, “cuanto mayor la densidad, menor el espacio poroso para el movimiento del agua, crecimiento y penetración de raíces, y el desarrollo de las plántulas”. La medición del indicador se realizará por el método del cilindro, posterior a la aplicación del subsolado y revegetación del predio. El éxito de la medida será establecido con valores esperables de Da entre los rangos 1 y 1,5 g/cm3, considerando las características del suelo presentadas en el acápite 3.10 del Capítulo 3 del EIA. 4.5.3 SUMINISTROS BÁSICOS Nombre Descripción Agua potable Durante la fase de cierre se requerirá agua para consumo humano (potable) y agua industrial. En ambos casos, el agua será siempre proporcionada por proveedores autorizados. Se estima una cantidad máxima de 810 m3/mes de agua potable. Este insumo será transportado por medio de camiones aljibes. El agua para beber se realizará a través de bidones de 20 litros sellados, etiquetados y debidamente autorizados. El almacenamiento de agua para consumo humano se realizará en dos estanques con capacidad de 30 m3.
Mayores antecedentes en el acápite 1.7.5.1 del Capítulo 1 del EIA y respuesta 2.4.4 de la Adenda. Agua industrial Respecto al agua industrial, se estima que se requerirán aproximadamente 300 m3 /mes que serán utilizados principalmente para humectación y limpieza en general. Este insumo será transportado por medio de 1 camión aljibe. El almacenamiento de agua industrial se realizará en un estanque con capacidad de 30 m3.
Mayores antecedentes en el acápite 1.7.5.1 del Capítulo 1 del EIA y respuesta 2.4.4 de la Adenda. Maquinaria El Titular necesitará para la fase de cierre las siguientes maquinarias:
Tabla 16. Maquinaria para la fase de cierre. Maquinaria Potencia (KW) Cantidad Horas Año 1 Horas Año 2 Retroexcavadora 136,5 2 1.560 1.560 Grúa Pluma 246,2 2 1.560 1.560 Grúa Horquilla 36,6 4 1.560 1.560 Fuente: Tabla 1-49 del Capítulo 1 del EIA.
Alimentación Según el punto 1.2.2 del Anexo 15 de la Adenda Extraordinaria el sistema de alimentación de los trabajadores consistirá en colaciones preparadas que serán encargadas a una empresa que cuente con las autorizaciones correspondientes para la preparación, transporte y manipulación de alimentos. Servicios higiénicos Según el punto 1.2.2 del Anexo 15 de la Adenda Extraordinaria en los frentes de trabajo móviles se instalarán baños químicos y en lugar cercano a las oficinas (instalación de faenas) operará una fosa séptica con drenes de infiltración. 4.5.4 RECURSOS NATURALES RENOVABLES Nombre Descripción El Proyecto “Parque Solar Cordillera” no requiere extraer o explotar recursos naturales renovables para desarrollar sus actividades. 4.5.5 EMISIONES Y EFLUENTES 4.5.5.1 EMISIONES ATMOSFERICAS Nombre Descripción Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2162355439
Emisiones atmosféricas Según la Tabla 1-1 del Anexo 3-1 de la Adenda Complementaria, las actividades que generarán emisiones atmosféricas en la fase de cierre son movimiento de tierra, combustión maquinaria, tránsito vehicular y combustión de vehículos.
De acuerdo con el cronograma de la fase de cierre las obras de desmantelamiento y restauración del parque fotovoltaico presenta un plazo de ejecución de 22 meses. A continuación, se presenta las emisiones calculadas para cada año de ejecución de la fase de cierre del Proyecto.
Tabla 17. Emisiones totales –fase de cierre año 1.
Fuente. Tabla 2-4 del Anexo 3-1 de la Adenda.
Tabla 18. Emisiones totales –fase cierre año 2.
Fuente. Tabla 2-5 del Anexo 3-1 de la Adenda.
De acuerdo a la Tabla 2-9. Verificación cumplimiento PPDA (DS 31/2017 MMA) del Anexo 3-1 de la Adenda Complementaria, las emisiones derivadas de la fase de construcción, operación y cierre superan el máximo permitido debiendo compensar emisiones. Finalmente se puede establecer que las emisiones del proyecto superan la máxima permitida para los contaminantes regulados, por lo cual se deberá compensar el 120% de la emisión máxima equivalente.
En el punto 2.3 del Anexo 3-1 de la Adenda Complementaria, el Titular establece que como medida de compensación. La forma de implementación y ubicación de la medida se definirá en función del mecanismo de compensación seleccionado y será presentado mediante un plan de compensación una vez obtenida la RCA del Proyecto.
Cabe mencionar que en la Tablas 2-16, 2-17 y 2-18 se encuentran el titular presenta las acciones de control de emisiones a través de aplicación riego de bischofita o similar para las distintas fases del proyecto. Mayores antecedentes en el Anexo 3-1.5 de la Adenda Complementaria. 4.5.5.2 EMISIONES LIQUIDAS O EFLUENTES Nombre Descripción Residuos líquidos domésticos Las aguas servidas se generarán en los servicios higiénicos en la faena de cierre, así como también en los baños químicos a utilizar en los frentes de trabajo (móviles). La estimación de la cantidad total se basa en el consumo de agua potable (150 l/persona/día) para una dotación máxima (180 Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2162355439
trabajadores en fase de cierre) y el factor de recuperación de 0,8. Por lo tanto, en la fase de cierre, la cantidad de este efluente no superará 810 m3/mes, información presentada en el PAS 138 Anexo 7-2 de la Adenda.
El agua será tratada en la Fosa séptica con drenes de infiltración, la cual cuenta con dos procesos de tratamiento basada en la separación de los lodos y la infiltración de los efluentes en el suelo natural. La fosa séptica contará con un estanque de acumulación de aguas tratadas que tendrá capacidad para almacenar la generación máxima diaria de aguas servidas para ser infiltrada en el suelo natural. Residuos industriales líquidos Según el punto 1.7.7.2 del capítulo 1 del EIA, durante la fase de cierre existirá un efluente líquido resultante del lavado de maquinaria y camiones. Se estima una generación máxima de 12 m3/mes de este efluente.
El efluente será colectado en el mismo lugar destinado al lavado y derivado a un separador de aceites y grasas que a través de la diferencia de densidades provoca la separación del líquido en dos fases: la superior de grasas y la inferior de agua. La fase inferior (agua) será reutilizado, ya que será recirculado al estanque de almacenamiento de agua industrial. 4.5.5.3 EMISIONES DE RUIDO Y VIBRACIONES Nombre Descripción
Ruido Según lo señalado en el Anexo 4 de la Adenda el análisis acústico del proyecto se realizó mediante un modelo predictivo de ruido, donde fue posible representar las condiciones bajo las cuales se ejecutarán las actividades asociadas a cada fase del proyecto, estimando los niveles de ruido que éstas generarán sobre los receptores humanos. Para cada caso, se caracterizaron las fuentes de ruido según su ubicación y simultaneidad de uso, simulando la condición más desfavorable desde el punto de vista de la emisión. A continuación, se presentan los receptores.
Tabla 19. Ubicación y descripción de receptores.
Fuente. Tabla 7 Anexo 4 de la Adenda.
La evaluación de cumplimiento en receptores humanos se presenta únicamente para el periodo diurno, puesto que el horario de las faenas de cierre será solo en periodo diurno. La normativa aplicable corresponde al D.S. Nº 38/2011 del MMA.
Tabla 20. Evaluación de cumplimiento D.S. Nº 38/2011 del MMA. Fase de construcción/cierre.
Fuente. Tabla 22 Anexo 4 Adenda
Como es posible observar en la tabla anterior, el receptor cumple con el límite máximo permitido establecido según D.S. N°38/2011 del MMA. Vibraciones El Titular descarta las vibraciones, ello fundamentalmente por la distancia de los glaciares al área de proyecto y a que el Proyecto no Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2162355439
considera la ejecución de actividades que generen altos niveles de vibración, en particular, no se considera la realización de tronaduras. Esto según lo declarado en la respuesta 3.6.1 de la Adenda. 4.5.6. RESIDUOS, PRODUCTOS QUÍMICOS Y OTRAS SUSTANCIAS QUE PUEDAN AFECTAR EL MEDIO AMBIENTE. 4.5.6.1 RESIDUOS NO PELIGROSOS Nombre Descripción Residuos sólidos domésticos El Proyecto generará residuos sólidos domésticos y asimilables a domésticos, los cuales consistirán básicamente en papeles, restos de comida, envases y elementos similares. Se estima una generación del orden de 1 kg/persona/día de residuos sólidos domésticos, por lo que se estima una cantidad de aproximadamente 5,4 t/mes en momentos de máxima dotación (180 personas) y considerando 30 días mensuales.
Cabe señalar, que el Proyecto cumplirá con lo indicado en el D.S. N°594/99 MINSAL, Reglamento sobre Condiciones Sanitarias y Ambientales Básicas en los Lugares de Trabajo, incluyendo el control de los vectores sanitarios como moscas y roedores. Se llevará un registro de la disposición final de estos residuos, a través de documentos que entregue la empresa autorizada y al concluir cada fase del Proyecto se remitirá a la Superintendencia del Medio Ambiente un informe consolidado, en el que se certifique la disposición final de estos residuos. El sector habilitado para el almacenaje de residuos domésticos tendrá un área aproximada de 50 m2, la bodega contará con 4 contenedores de basura fabricados en HDPE o material similar, tapa y sistema de ruedas con freno, con capacidad aproximada de 1.100 litros cada uno. Residuos sólidos industriales no peligrosos El Proyecto generará residuos industriales sólidos no peligrosos, los cuales consistirán principalmente en materiales de descarte que no pueden ser comercializables. Durante esta fase se estima una generación del orden de 1156 t/mes de este tipo de residuos, de acuerdo con el desglose que se indica en la tabla 3-5 del Anexo 7-4 de la Adenda.
Los módulos solares que se encuentren dañados serán clasificados como residuos industriales sólidos no peligrosos. Cabe mencionar, que se priorizará el reciclaje de los módulos fotovoltaicos que representen alguna utilidad, dada las características estructurales y de composición de los módulos son fácilmente reciclables (módulos de silicio y vidrio plano). Es por lo anterior que no se considera que el 100% de los módulos sea considerado como residuos en esta fase.
El acopio de residuos sólidos no peligrosos se realizará considerando la máxima devolución de los envases al proveedor y dándole prioridad a la comercialización y reciclaje. El remanente de estos residuos, estimado de manera conservadora en un 50%, será retirado por una empresa autorizada periódicamente (cada 15 días en las fases de cierre) y llevados a sitios que cuenten con los permisos y autorizaciones correspondientes. 4.5.6.2 RESIDUOS PELIGROSOS Nombre Descripción Residuos sólidos peligrosos Durante la fase de cierre se generarán residuos peligrosos, producto de actividades de mantención menor de equipos y vehículos. Estos residuos consistirán en aceites usados, guaipes contaminados, restos de pintura y otros materiales contaminados (envases, trapos, etc).
La capacidad máxima de la bodega será de hasta 12.000 kg y se estima una generación de 582,6 t/mes, según Tabla 3-5 del Anexo 8 PAS 142 de la Adenda Complementaria. Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2162355439
El período de almacenamiento de los residuos peligrosos no excederá los 6 meses, aunque se prevé un retiro mensual para su disposición final a través de una empresa autorizada por la Autoridad Sanitaria. Luego de lo cual serán trasladados a una instalación de eliminación que cuente con la respectiva autorización sanitaria. El traslado será realizado por una empresa que cuente con autorización por parte de la Autoridad Sanitaria para dicho efecto. Referencia al ICE para mayores detalles sobre esta fase. Mayores antecedentes en la sección 4.8 del ICE.
4.6. CRONOLOGÍA DE LAS FASES DEL PROYECTO 4.6.1. FASE DE CONSTRUCCIÓN Fecha estimada de inicio Enero del 2025
Parte, obra o acción que establece el inicio Despeje del área destinada a la instalación de faenas.
Fecha estimada de término Octubre del 2027
Parte, obra o acción que establece el término Finalización de la última prueba de energización
4.6.2. FASE DE OPERACIÓN Fecha estimada de inicio Noviembre del 2027
Parte, obra o acción que establece el inicio Comienzo de proporción de energía eléctrica al SEN
Fecha estimada de término Noviembre del 2052
Parte, obra o acción que establece el término Desconexión definitiva del SEN
4.6.3. FASE DE CIERRE Fecha estimada de inicio Diciembre del 2052
Parte, obra o acción que establece el inicio Cese de la transmisión de energía desde la subestación a la línea LTE Santa Filomena – Confluencia, 220 kV
Fecha estimada de término Octubre del 2054
Parte, obra o acción que establece el término Retiro del contenedor de residuos sólidos domiciliarios
4.7. MANO DE OBRA Fase Número máximo de personas Construcción 640 Operación 18 Cierre 180 Total 838
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5°. Que, los efectos, características o circunstancias del artículo 11 de la Ley N° 19.300 que el Proyecto genera o presenta son los que a continuación se describen:
5.1. EFECTOS ADVERSOS SIGNIFICATIVOS SOBRE LA CANTIDAD Y CALIDAD DE LOS RECURSOS NATURALES RENOVABLES, INCLUIDOS EL SUELO, AGUA Y AIRE Impacto ambiental Pérdida de superficie de formaciones vegetacionales Parte, obra o acción que lo genera Despeje de la vegetación en los ambientes naturales Fase en que se presenta Construcción Impacto ambiental Pérdida de ejemplares de flora Parte, obra o acción que lo genera Despeje de la vegetación en los ambientes naturales Fase en que se presenta Construcción Impacto ambiental Pérdida de ejemplares de fauna de interés y/o sensibles Parte, obra o acción que lo genera Instalación de las obras y la ejecución de las actividades asociadas al Proyecto, tales como, habilitación de la instalación de faena, la instalación del cerco perimetral, habilitación de los caminos de conexión, Instalación estructuras y montaje de paneles, construcción de subestación, entre otras. Fase en que se presenta Construcción y operación Impacto ambiental Pérdida y/o modificación de hábitat de especies de interés y/o sensibles Parte, obra o acción que lo genera Instalación de las obras y la ejecución de las actividades asociadas al Proyecto, tales como, habilitación de la instalación de faena, la instalación del cerco perimetral, habilitación de los caminos de conexión, Instalación estructuras y montaje de paneles, construcción de subestación, entre otras. Fase en que se presenta Construcción Impacto ambiental Pérdida de ambientes para fauna Parte, obra o acción que lo genera Instalación de las obras y la ejecución de las actividades asociadas al Proyecto, tales como, habilitación de la instalación de faena, la instalación del cerco perimetral, habilitación de los caminos de conexión, Instalación estructuras y montaje de paneles, construcción de subestación, entre otras. Fase en que se presenta Construcción Referencia al ICE para mayores detalles sobre este impacto específico Sección 6.1.1 del ICE. Flora y vegetación: Los impactos asociados a este componente están relacionados con las actividades que implican principalmente la corta de vegetación y la eliminación de ejemplares de flora registrados en el área de influencia del Proyecto, producto de las obras asociadas a su construcción. Se intervendrá una superficie de 219,41 hectáreas de las cuales el 99,21% presentan formaciones vegetales, considerando superficie cubierta con matorral y herbazal (Anexo 13 Adenda Complementaria).
El Titular ha considerado el impacto “Pérdida de superficie de formaciones vegetacionales”, el cual, se manifiesta en el área de emplazamiento de las obras del Proyecto, específicamente por las actividades de despeje de la vegetación en los ambientes naturales por la materialización del Proyecto. Y el Impacto “Pérdida de ejemplares de flora”, el cual, consideró a aquellas especies de flora vascular catalogadas en categoría de conservación, nivel de endemismo y próximas a su límite de distribución que se desarrollan en el área de influencia del Proyecto.
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El impacto por la pérdida de individuos de flora se manifiesta en el área de emplazamiento de las obras del Proyecto, específicamente por las actividades de despeje de la vegetación en los ambientes naturales, traduciéndose en pérdida de individuos de especies por la materialización del Proyecto.
La valoración y calificación del impacto “Pérdida de superficie de formaciones vegetacionales” en la fase construcción, indica que, 40,91 hectáreas que se desarrollan dentro del área de influencia presentan impacto significativo a la construcción del proyecto, correspondiendo principalmente a estructuras de matorral dominado por Nassauvia axillaris, Junellia spathulata, Tetraglochin alatum y Adesmia gracilis. El detalle de la valoración y calificación del impacto se aprecia en la Tabla 1-82 del Anexo 13 de la Adenda Complementaria.
El Titular en la Tabla 1-4 del Anexo 14 de la Adenda Complementaria propone la medida de reparación Plan de rehabilitación de matorral nativo en la fase de cierre del proyecto, la cual propicia la activación de los procesos primarios del ecosistema, cuyo objetivo primordial es no dejar el sustrato desnudo o expuesto a factores de erosión. Los sitios seleccionados a rehabilitar corresponden al área de intervención del Proyecto donde se proyectan obras desmontables tales como paneles solares, instalación de faenas, subestación, bermas y caminos interiores entre paneles, todos ambientes donde se desarrolla el matorral nativo. Mayor detalle del plan se presenta en el acápite 6.1 del Apéndice 14.1 del Anexo 14 de la Adenda Complementaria.
También se ha considerado el impacto “Pérdida de ejemplares de flora”, el cual, consideró a aquellas especies de flora vascular catalogadas en categoría de conservación, nivel de endemismo y próximas a su límite de distribución que se desarrollan en el área de influencia del Proyecto.
La valoración y calificación del impacto “Pérdida de ejemplares de flora” de acuerdo con la información presentada anteriormente da cuenta que, para la fase de construcción existe impacto significativo en 1 especie Maihuenopsis ovata. El detalle de la valoración del impacto se muestra en la siguiente Tabla 1-83 del Anexo 13 de la Adenda Complementaria.
El Titular en la Tabla 1-1 del Anexo 14 de la Adenda Complementaria propone la medida mitigación Programa de rescate y relocalización de cactáceas para la fase de construcción que pretende Rescatar y relocalizar individuos de Maihueniopsis ovata presentes en el área intervención del Proyecto, previo a la fase de construcción del Proyecto.
El Titular en la Tabla 1-2 del Anexo 14 de la Adenda complementaria propone la medida de mitigación rescate y relocalización de geófitas la cual pretende relocalizar individuos presentes en áreas de afectación para que puedan continuar su desarrollo en el entorno del Proyecto. Mayor detalle del programa de rescate y relocalización se presenta en el acápite 4.2 del Apéndice 14.1 de la Adenda Complementaria.
El Titular en la Tabla 1-3 del Anexo 14 de la Adenda complementaria propone la medida compensación Plan de repoblación de especies arbustivas, se pretende repoblar especies arbustivas, para enriquecer 72 ha cercanas al Proyecto, previo a la fase de construcción. Mayor detalle del plan se presenta en el acápite 5.1 del Apéndice 14-1 de la Adenda Complementaria.
Fauna:
Los impactos asociados a este componente están relacionados con las actividades que implican principalmente la corta de vegetación, la fragmentación de hábitats producto de la intervención y despeje de vegetación, aumento del tránsito vehicular, interacciones negativas entre trabajadores y fauna silvestre, entre otras.
El Titular ha considerado el impacto “Pérdida de ejemplares de fauna de interés y/o sensibles”, el cual, se manifiesta por la instalación de las obras y la ejecución de las actividades asociadas al Proyecto sobre los lugares donde habitan las distintitas especies. Entre estas se puede mencionar para la fase de construcción la habilitación de la instalación de faena, la instalación del cerco perimetral, habilitación de los caminos de conexión, Instalación estructuras y montaje de paneles, construcción de subestación, Construcción del tendido eléctrico, desarme y retiro obras temporales; y para la fase de operación las actividades de transporte, generación de energía/monitoreo, limpieza de paneles y actividades de mantención.
Este impacto afecta principalmente a especies de baja movilidad con nula o baja capacidad de huir Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2162355439
frente a perturbaciones como las ya descritas; para este grupo de animales se mencionan anfibios, reptiles y micromamíferos, haciendo una distinción entre aquellos que se registran en el sector de paneles y el sector de camino
Adicional, se da cuenta del riesgo de colisión de las aves con el cable de guarda o estructuras de la trasmisión eléctrica (LTE). Sin embargo, considerando que la LTE proyectada se asocia a factores estructurales, de sitio y biológicos que implican que el riesgo de colisión sea escaso o muy bajo, entre estos el hecho de que el tendido solo tiene 40 metros de longitud.
La valoración y calificación de este impacto en la fase de construcción, da cuenta de que para la fase de construcción nueve especies presentan impactos significativos, siendo estas: Los arpacnidos Euathlus condorito (Araña pollito), Tarántula chilena (Grammostola rosea), el anfibio A. montanus (sapo del monte); los reptiles L. leopardinus (lagarto leopardo), P. darwini (matuasto de Darwin), L. nigroviridis (lagartija negro verdosa) y L. montícola (lagartija de monte); el micromamífero E. chinchilloides (Ratón sedoso chinchilloide), y el ave Vultur gryphus (cóndor andino). La valoración y calificación de este impacto para fase de operación, da cuenta de que para la fase de operación solo el ave V. gryphus (cóndor) presenta un impacto Significativo. Todo esto mencionado en el Anexo 13 de la Adenda Complementaria.
El Titular en la Tabla 1-4 del Anexo 14 de la Adenda Complementaria propone la medida Rescate y relocalización de fauna (arácnidos, anfibios, reptiles y micromamíferos) la cual pretende disminuir la pérdida de ejemplares de las especies objetivo en el área de intervención del Proyecto.
En este sentido, la SEREMI de Agricultura en su Oficio ORD. N° 135 a la Adenda Extraordinaria, en relación a Euatlhus condorito menciona que: “es necesario presentar mayores antecedentes del hábitat de la especie, dado que no existe total concordancia, lo cual podría provocar una toma de decisiones erradas respecto de la traslocación que se propone, ello considerando que es una especie en peligro crítico.”
Sin embargo, el Titular presenta ampliamente la información de la especie en los Anexos 25 de la Adenda Complementaria y Anexo 17 de la Adenda Extraordinaria.
Además, menciona que: “para conocer la capacidad de carga de un ecosistema hay que tener en cuenta todas las especies que viven en él, los recursos que consume cada una de ellas y hacer los cálculos para saber cuáles son los límites de habitantes que puede tener ese ecosistema sin desequilibrarse. Algunos factores son renovables, como el agua o la vegetación pero otros factores, como el espacio, son limitados. Cabe preguntarse, si el ecosistema propuesto está en equilibrio, dado que no se reportan cambios antrópico en él, de que manera se asegura que aun existe capacidad de carga "ociosa" para nuevos ejemplares”.
“(…) las dos especies tiene hábitos diferentes, y el hábitat de Euatlhus condorito, como se señaló previamente, es restringido, por lo que no debieran estar ambas especies en el mismo nicho, siendo sitio-específica y detalle, propendiendo a la competencia entre ellas.”
Al respecto, el Titular en la respuesta 4.4 de la Adenda Extraordinaria, realiza el análisis de capacidad de carga (Tabla 4-1) donde obtiene datos positivos de capacidad de carga en los sitios A3 y A6, para la especie Euatlhus condorito. Además, menciona que la decisión de reubicar a la tarántula no debe basarse exclusivamente en la capacidad de carga, sino en una evaluación integral de todos los factores ambientales relevantes para su supervivencia a largo plazo. Por presencia de la especie, donde se registró a lo menos 1 individuo, el sitio de relocalización A4 es el polígono que reúne las capacidades a largo plazo para la estabilidad de esta especie. Por lo cual ambas especies serán relocalizadas en sitios distintos.
En este punto es importante mencionar que los datos presentados por el Titular en la Tabla 4-1 de la Adenda Extraordinaria no han sido calculados de manera adecuada, puesto que la densidad máxima fue calculada con datos de la cantidad de individuos registrados de la Tabla 4 del Anexo 17 de la Adenda Extraordinaria para la especie Eauthlus Condorito pero no utilizando el dato correspondiente para cada sitio de relocalización, además el titular solo consideró el área de una transecta para el cálculo siendo que debió utilizar el área de 3 transectas (las que se ocuparon por cada sitio de relocalización). Utilizando la misma metodología del Titular los cálculos serían como la Tabla 21 del ICE en la sección 6.1.
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En este sentido, utilizando la misma metodología del Titular, los sitios con capacidad de carga serían A1 y A4, pero dado que hay presencia de la Tarántula en A4, el sitio disponible con capacidad para la Araña Pollito sería A1, lo cual sin embargo se ha condicionado (ver condición 6 de la presente resolución).
Luego, la Seremi de Agricultura en su pronunciamiento hace hincapié en que se tomen en cuenta ciertos argumentos de la literatura para la relocalización de la especie.
El SAG en su Oficio ORD. N°536 a la Adenda Extraordinaria menciona que: “este servicio considera que la fecha de realización de la caracterización de los sitios para la translocación no es la adecuada (otoño), por lo que se solicita al Titular reevaluar la fecha propuesta y considerar datos climáticos, que permitan avalar la propuesta”.
Al respecto mencionar que, la estacionalidad influye en la detección de las especies objetivo tanto en el área de rescate como en el área de relocalización. Esto queda de manifiesto, dado que de la información obtenida tanto del Anexo 25 de la Adenda Complementaria como Anexo 17 de la Adenda Extraordinaria) en verano se detectaron 60 individuos de Euathlus condorito mientras que en otoño 7 en las áreas del proyecto, además, se detectaron 22 individuos de Grammostola rosea en verano mientras que en otoño no se detectaron registros. Por otro lado, para las áreas de relocalización la abundancia de fue de 32 individuos de E. condorito en la campaña de otoño (alrededor de la mitad de la abundancia registrada en verano) y de 1 individuo de Grammostola rosea en la campaña de otoño. Por lo tanto, se observa en relación a las temporadas de caracterización que registraron abundancias que distan de ser similares.
Al respecto el Titular en Adenda Extraordinaria en la respuesta 3.5 menciona que la época reproductiva de la especie no ha sido confirmada bajo estudios, pero que si se pueden observar mayor cantidad de machos deambulando durante primavera. En este sentido entonces, es que dado que en el Anexo 9 de la Adenda Complementaria se declara respecto del rescate que:
“De manera previa al rescate, se realizarán estimaciones de abundancia en el área de captura y área de relocalización, idealmente dentro de los 30 días previos a la aplicación de esta medida, durante siete jornadas, o según se requiera. Posteriormente se realizarán las actividades de captura o rescate, estas deberán ser efectuadas en la estación de primavera, de verano y/o inicios de otoño, en los días y horarios en que las características climáticas así lo permitan, ajustándose el cronograma de inicio de la construcción a lo señalado.”
Se han determinado condiciones respecto del rescate y relocalización de las especies aracnidos Euathlus condorito (Araña pollito), Tarántula chilena (Grammostola rosea), con la finalidad de garantizar su sobrevivencia (ver condición 6 de la presente resolución).
El Titular en la Tabla 1-5 del Anexo 14 de la Adenda Complementaria propone la medida de mitigación Perturbación controlada de reptiles la cual pretende inducir el desplazamiento gradual de especies de baja movilidad desde el ambiente que utilizan (área de intervención de Proyecto) hacia zonas inmediatamente adyacentes, para disminuir el impacto de la potencial pérdida de ejemplares amenazados de baja movilidad tales como Liolaemus monticola y Liolaemus nigroviridis, debido a las obras y acciones del Proyecto.
En este sentido, se da cuenta del riesgo de colisión de las aves con el cable de guarda o estructuras de la trasmisión eléctrica (LTE) en fase de operación del proyecto. El Titular en la Tabla 1-6 del Anexo 14 de la Adenda Complementaria propone la medida de mitigación Instalación de disuasores de vuelo en la cual se quiere disminuir la probabilidad de ocurrencia de colisión con el tendido eléctrico de aquellos individuos de la especie Vulthur gryphus, que transitan por la zona y que tienen mayor probabilidad de colisionar debido a su envergadura alar y/o por sus conductas de vuelo.
Por otra parte también, se ha determinado el impacto “Pérdida y/o modificación de hábitat de especies de interés y/o sensibles”, el cual, se manifiesta por la instalación de las obras y la ejecución de las actividades asociadas al Proyecto sobre los que habitan las distintitas especies. Entre estas se puede mencionar para la fase de construcción, la habilitación de la instalación de faena, la instalación del cerco perimetral, habilitación de los caminos de conexión, Instalación estructuras y montaje de paneles, construcción de subestación, construcción del tendido eléctrico, desarme y retiro obras temporales. Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2162355439
La instalación de las obras y actividades asociadas determina que se genere una pérdida de vegetación bajo los paneles, caminos proyectados, entre otros, modificándose significativamente las condiciones y recursos para la existencia de muchas especies nativas. Esto, a pesar de que el método constructivo no considere la extracción de la vegetación (solo la corta). La intervención sobre el hábitat, implica la pérdida de sitios de refugio, alimentación, reproducción y desplazamiento; la fragmentación de ambientes y hábitats naturales, y con esto la variabilidad genética y la posibilidad de búsqueda de alimentos de individuos de vertebrados terrestres, en particular para aquellas especies de baja movilidad.
Este impacto afecta principalmente el hábitat asociado a anfibios, reptiles y micromamíferos, ya que tienen un rango de hogar pequeño, que pude comprender todo el sector que se está interviniendo, y donde desarrollan todas sus actividades. No así en el caso de las aves, macromamíferos y quirópteros, que tienen rangos de hogar mayores y por tanto pueden desplazarse y utilizar sectores aledaños, a pesar de que igualmente pierden una porción de hábitat para forrajear, refugiarse, desplazarse, entre otros.
La valoración y calificación de este impacto, da cuenta de que para la fase de construcción los hábitat asociados a ocho especies presentan impactos Significativos, siendo estas: Los arpacnidos Euathlus condorito (Araña pollito), Tarántula chilena (Grammostola rosea), el anfibio A. montanus (sapo del monte); los reptiles L. leopardinus (lagarto leopardo), P. darwini (matuasto de Darwin), L. nigroviridis (lagartija negro verdosa) y L. montícola (lagartija de monte); y el micromamífero E. chinchilloides (Ratón sedoso chinchilloide).
El Titular en la Tabla 1-7 del Anexo 14 de la Adenda Complementaria propone la medida de compensación “enriquecimiento ambiental y/o mejoramiento de las condiciones de hábitat para fauna” la cual considera proporcionar estructuras que cumplan funciones, tales como, provisión de refugio, sitios de descanso, sitios de nidificación, oferta de agua, entre otros, generando un enriquecimiento y/o mejoramiento de las condiciones del hábitat, y con esto favoreciendo la presencia y recolonización de fauna terrestre.
El Titular en la Tabla 1-8 del Anexo 14 de la Adenda Complementaria propone la medida de compensación del Área de exclusión para matuasto de Darwin (Phymaturus darwini) el objetivo de la medida es proteger un sector donde habita P. darwini, resguardando los sectores de roquerio y las poblaciones de esta especie en periodos reproductivos.
Finalmente, se ha determinado el impacto el impacto “Pérdida de ambientes para fauna”, el cual, se manifiesta por la instalación de las obras y la ejecución de las actividades asociadas al Proyecto sobre los cuatro tipos de ambientes identificados Matorral, Herbazal, Sin vegetación e Intervenido. Entre estas actividades se pude mencionar aquellas asociadas a fase de construcción, como es la habilitación de la instalación de faena, la instalación del cerco perimetral, habilitación de los caminos de conexión, Instalación estructuras y montaje de paneles, construcción de subestación, construcción del tendido eléctrico, desarme y retiro obras temporales, entre otras. En el caso del ambiente Matorral, si bien es el más abundante en el área de influencia del Proyecto, es el que estará sujeto a la mayor superficie de intervención directa, considerada en 196 ha. En el Herbazal, la intervención directa será en una superficie menor, de 21,68 ha. Para el ambiente sin vegetación, la intervención se realizará en 1,73 ha, en su gran mayoría asociado a los sectores modificados (caminos) dentro del sector paneles, y no en los afloramientos rocosos. En el caso del ambiente Intervenido, ya que corresponde al sector del camino de acceso, construido con anterioridad (otros proyectos) y actualmente en uso, no se considera realizar una intervención mayor a la de mantener utilizándolo para el desplazamiento de vehículos.
5.2. LOCALIZACIÓN EN O PRÓXIMA A POBLACIONES, RECURSOS Y ÁREAS PROTEGIDAS, SITIOS PRIORITARIOS PARA LA CONSERVACIÓN, HUMEDALES PROTEGIDOS Y GLACIARES, SUSCEPTIBLES DE SER AFECTADOS, ASÍ COMO EL VALOR AMBIENTAL DEL TERRITORIO EN QUE SE PRETENDE EMPLAZAR Impacto ambiental Alteración de área de preservación ecológica Parte, obra o acción que lo genera Actividades de habilitación de la instalación de faena y de caminos de conexión, así como la instalación de estructuras y montaje de paneles, Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2162355439
Fase en que se presenta Construcción y operación Referencia al ICE para mayores detalles sobre este impacto específico Sección 6.1.2 del ICE. El Titular en el Anexo 29 de la Adenda Complementaria y Anexo 23 de la Adenda Extraordinaria presenta un informe que se enfoca en identificar el valor ambiental, expresado en objetos de protección, del sitio del proyecto en el APE, el alcance de la extensión de las Obras y si afectase su emplazamiento el hábitat de los ecosistemas presentes, la permanencia de los valores naturales, el patrimonio ambiental y paisajístico del Área de Preservación Ecológica RM.
El Titular reconoce el impacto significativo “Alteración de área de preservación ecológica” (el Anexo 14 de la Adenda Complementaria y lo reconocido en la respuesta 8.2 de la Adenda Complementaria) debido a las actividades de habilitación de la instalación de faena y de caminos de conexión, así como la instalación de estructuras y montaje de paneles, y en general la preparación del terreno implican la alteración del terreno donde se emplazarán las obras. En el caso de los paneles, los caminos y la instalación de faena, todo cae dentro de una zona identificada como área de preservación ecológica según el Plan Regulador Metropolitano de Santiago, lo que la identifica como área bajo protección oficial, así, se entiende que existe alteración del área de preservación ecológica.
Al respecto, hay que mencionar que el Área de Preservación Ecológica (APE) está definida en el Plan Regulador Metropolitano de Santiago (PRMS), el cual señala que “Corresponden a aquellas áreas que serán mantenidas en estado natural, para asegurar y contribuir al equilibrio y calidad del medio ambiente, como asimismo preservar el patrimonio paisajístico.”.
Es así como, el Titular en la Tabla 6-1 de la Adenda extraordinaria menciona que lo que se destaca para el Área de Preservación Ecológica y la razón de la significancia de su afectación, es la presencia de elementos de carácter natural que componen su patrimonio, lo que se refiere a la flora y fauna nativa que forman parte de esta zonificación. Con esto, el impacto sobre el Área de Preservación Ecológica se vincula con los impactos referidos a Fauna y Flora y vegetación sobre los componentes plantas y animales, y así, le aplican las mismas medidas.
En la Tabla 6-3 la Adenda Extraordinaria, se describen las medidas y compromisos con las que se busca atender la afectación del Área de Preservación Ecológica. Adicional, el Titular en el Anexo 10 de la Adenda Extraordinaria particularmente en la Tabla 1-13 presenta la medida de mitigación Monitoreo del Efecto de las Obras sobre el Servicio Ecosistémico de Productividad Primaria, la cual tiene como objetivo estimar la dinámica de la Productividad Primaria, a través del Índice SAVI y análisis de imágenes satelitales, de la cobertura vegetal presente en y entorno al Proyecto, correspondiente a terrenos del Área de preservación ecológica. Con esto se pretende, conocer cómo se expresan los valores de productividad primaria sobre la estructura vegetacional, antes y después de la intervención del proyecto.
Al respecto, en la respuesta 7.5 de la Adenda Extraordinaria el Titular adicional a la medida indicada anteriormente, indicó las siguientes medidas de compensación que se hacen cargo del impacto significativo a los objetos de protección Fauna y Flora y vegetación presentes en el Área de preservación ecológica:
• Para abordar el impacto “Pérdida de superficie de formaciones vegetales”, se propone la medida de compensación “Plan de repoblación de especies arbustivas” mediante el enriquecimiento con especies arbustiva leñosas con singularidad ambiental que se desarrollan dentro de las formaciones de matorral con impacto significativo, teniendo por objetivo generar un efecto positivo alternativo y equivalente por la pérdida superficie de matorral y especies que lo componen. Dicho efecto positivo se logra a través del mejoramiento del matorral que actualmente se desarrolla en determinados sitios, a partir de la incorporación de nuevos ejemplares, y de su posterior cuidado y mantención.
El enriquecimiento está definido según las características del sitio de compensación y se propone densidades de enriquecimiento de 1.661 ind/ha. (Sitio 1), 1.531 ind/ha. (Sitio 2), 1.466 ind/ha. (Sitio 3) y de 953 ind/ha. (Sitio 4), densidades que no afectarán las formaciones existentes en los sitios de compensación, descartando la posibilidad de generar nuevos impactos. Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2162355439
Si bien la medida corresponde a una compensación por la pérdida de vegetación, permitirá como resultado un mejoramiento ecosistémico, ya que una vez este establecida la reforestación, existirá un aumento de hábitat para la fauna, un aumento en la capacidad del suelo en sostener biodiversidad, entre otros.
• Para abordar el impacto “Pérdida y/o modificación de hábitat de especies de interés y/o sensibles” se propuso la medida de compensación “Área de exclusión para matuasto de Darwin (Phymaturus darwini)”, luego, para el impacto “Pérdida de ambientes para la fauna” se propuso la medida de compensación “Enriquecimiento ambiental y/o mejoramiento de las condiciones de hábitat para fauna”, las cuales generan un efecto positivo alternativo y equivalente.
En el caso de “Enriquecimiento ambiental y/o mejoramiento de las condiciones de hábitat para fauna”, el enriquecer y realizar un mejoramiento del ambiente y las condiciones de hábitat, propicia el cuidado y mantención de una unidad representativa del ambiente presente (matorral) favoreciendo el desarrollo del hábitat, con la consecuente presencia y recolonización de fauna terrestre en estas áreas.
En el caso de la medida de compensación “Área de exclusión para matuasto de Darwin (Phymaturus darwini)”, esta considera la generación de un perímetro de protección en aquellos sectores en los que se registró la presencia de P. darwini, y que podrían verse intervenido por las actividades asociadas al Proyecto, como el tránsito de personas, vehículos, maquinarias y otras actividades ajenas al Proyecto como el ganado domestico (permitiendo el ingreso de fauna nativa). El objetivo de la medida es proteger un sector donde habita P. darwini, resguardando los sectores de roquerio y las poblaciones de esta especie en periodos reproductivos (épocas estacionales cálidas) generando un ambiente propicio del punto de vista ecosistémico.
Además, sobre los impactos de Flora y Vegetación “Pérdida de superficie de formaciones vegetales” y “Pérdida de ejemplares de flora”, el Titular planteó para el primer impacto la medida reparación que es un “Programa de rehabilitación de matorral nativo”, luego para el segundo impacto significativo presentó las medidas de mitigación de “Programa de rescate y relocalización de cactáceas” y “Programa de rescate y relocalización de geófitas”, todas estas tienen por objetivo conservar, enriquecer y recuperar formaciones vegetacionales (matorral principalmente) y por ende generarían una ganancia en la superficie apta para la fauna silvestre y su ecosistema.
En relación a impactos sobre fauna “Pérdida de ejemplares de fauna de interés y/o sensibles”, “Pérdida y/o modificación de hábitat de especies de interés y/o sensibles” y “Pérdida de ambientes para la fauna”, las medidas de mitigación son “Rescate y relocalización de fauna”, “Perturbación controlada de reptiles” e “Instalación de disuasores de vuelo”.
5.3. ALTERACIÓN DE MONUMENTOS, SITIOS CON VALOR ANTROPOLÓGICO, ARQUEOLÓGICO, HISTÓRICO Y, EN GENERAL, LOS PERTENECIENTES AL PATRIMONIO CULTURAL Impacto ambiental Alteración de elementos del patrimonio arqueológico Parte, obra o acción que lo genera Movimientos de tierra, excavaciones, escarpes y todo tipo de intervenciones Fase en que se presenta Construcción Referencia al ICE para mayores detalles sobre este impacto específico Sección 6.1.3 del ICE. El Titular reconoce el impacto significativo “Alteración de elementos del patrimonio arqueológico” en la fase de construcción del proyecto. Dicho impacto corresponde a la afectación de hallazgos arqueológicos y corresponde al deterioro o pérdida de materiales presentes dentro del área de influencia del Proyecto producto de los movimientos de tierra, excavaciones, escarpes y todo tipo de intervenciones durante la fase de construcción del Proyecto, así como por el tránsito de personal, vehículos y maquinaria por zonas no intervenidas. Contempla la intervención de casi la totalidad de hallazgos registrados y de duración permanente y constante.
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Para lo cual el Titular en el Anexo 14 de la Adenda Complementaria presenta la medida “Protección de los sitios PPSC_04_SA, PPSC_005_SA y PPSC_006_SA que no serán afectados por las obras del área del Proyecto” la cual pretende proteger hallazgos que se encuentren en el área de influencia del Proyecto, pero no serán afectados por las obras proyectadas. En específico a los sitios Agrupación 2(A2), Agrupación 3 (A3), Agrupación 4 (A4), PPSC_04_SA, PPSC_005_SA y PPSC_006_SA; y Hallazgo aislado 5 (HA5), Hallazgo aislado 16 (HA16) y Hallazgo aislado HA17.
Y la medida “Investigación Agrupación 1 (A1)” la cual intenta recuperar y proteger el Patrimonio arqueológico, del área de intervención del Proyecto, previo a la fase de construcción.
6°. Que, durante el proceso de evaluación se han presentado antecedentes que justifican la inexistencia de los demás efectos, características y circunstancias del artículo 11 de la Ley N° 19.300:
6.1. RIESGO PARA LA SALUD DE LA POBLACIÓN, DEBIDO A LA CANTIDAD Y CALIDAD DE EFLUENTES, EMISIONES Y RESIDUOS Los siguientes antecedentes justifican que el proyecto o actividad genera o presenta riesgo para la salud de la población debido a la cantidad y calidad de los efluentes, emisiones o residuos, en consideración a lo dispuesto en el artículo 5 del RSEIA: Emisiones atmosféricas: En el Anexo 3-2 de la Adenda Complementaria el Titular declara que realizó una modelación de dispersión de contaminantes para el año de mayores emisiones del proyecto que coincide con el año 1 de la fase de construcción. La línea de base elaborada determinó que la estación Las Condes, la cual corresponde a la estación de la Red MACAM más cercana al Proyecto, presenta superación de la norma anual de MP10, donde se alcanza un 105% relativo a la norma, en cuanto al promedio diario se alcanza una concentración de un 70% respecto a la norma. El MP2,5 al igual que el MP10 presenta superación de la norma anual alcanzando un 105% de la norma y latencia para la norma diaria con un 90% relativo a la norma. El resto de las normas CO, SO2 y NO2 presentan un nivel de cumplimiento que no supera el 51% de las respectivas normas. La modelación de la fase de construcción en los receptores evaluados presenta aportes de material particulados, en promedio de 0,5% de la norma anual, y de 1,1% para la norma diaria, en tanto el MP2,5 presenta aportes en promedio de 1,2% para la norma diaria y 0,5% para la norma anual. En cuanto a los contaminantes gaseosos, la evaluación realizada presenta que los aportes del proyecto respecto del NO2 es en promedio 0,3% de la norma anual y 3,3% de la norma anual, en tanto el aporte de SO2 y CO es relativamente bajo con aportes que no superan el 0,35% de las normas. En cuanto al aporte del MPS, este presenta un máximo de un 3,5% de la norma de referencia empleada. Por último, se puede determinar que el Proyecto evaluado en su fase de máximas emisiones, presenta un aporte poco significativo en la calidad del aire del sector, por lo que no se prevén efectos significativos sobre la calidad del aire En el Anexo 3-1 de la Adenda Complementaria se indica que las emisiones derivadas de la fase de construcción, operación y cierre superan el máximo establecido en el D.S. Nº 31/2016 del MMA debiendo compensar emisiones (Tabla 2-9 del Anexo 2-1 de la Adenda Complementaria), 120% de la emisión Anual equivalente. Se analizaron los impactos “Alteración de la calidad del aire por emisión de material particulado respirable” y “Alteración de la calidad del aire por emisión de material particulado sedimentable” los cuales se determinaron como no significativos tal como puede verse en el acápite 1.3.5.1 del Anexo 13 de la Adenda Complementaria. Cabe mencionar que en la Tablas 2-16, 2-17 y 2-18 se encuentran el titular presenta las acciones de control de emisiones a través de aplicación riego de bischofita o similar para las distintas fases del proyecto. Mayores antecedentes en el Anexo 3-1.5 de la Adenda Complementaria.
Ruido: El Titular presenta en el Anexo 4 de la Adenda, específicamente en las Tablas 7, los receptores evaluados para grupos humanos. La evaluación de cumplimiento en receptores humanos se presenta únicamente para el periodo diurno, puesto que el horario de las faenas de construcción será solo en periodo diurno. Las Tablas 22 y 23 del anexo 4 de la Adenda presentan la Evaluación del cumplimiento D.S. Nº38/2011 del MMA, tanto para la fase de construcción, operación y cierre del proyecto. Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2162355439
El análisis acústico del proyecto se realizó mediante un modelo predictivo de ruido, donde fue posible representar las condiciones bajo las cuales se ejecutarán las actividades asociadas a cada fase del proyecto, estimando los niveles de ruido que éstas generarán sobre los receptores humanos. Se caracterizaron las fuentes de ruido según su ubicación y simultaneidad de uso, simulando la condición más desfavorable desde el punto de vista de la emisión. Los receptores R5 y R6 fueron evaluados de acuerdo al máximo permitido por el D.S. N° 38/2011 del MMA, concluyendo que se cumplirá con los máximos permisible tanto para la fase de construcción y operación del proyecto. Se analizó el impacto “Aumento de los niveles de presión sonora en receptores humanos” el cual se determinó no significativo tal como puede verse en el acápite 1.3.5.2 del Anexo 13 de la Adenda Complementaria.
Vibraciones: Respecto a vibraciones, en el punto 10 del Estudio de Ruido y vibraciones (Anexo 4 de la Adenda) para el caso del flujo vehicular por vías públicas, se determinó que no se supera el criterio de Impacto Moderado, establecido por la guía de referencia “Transit Noise and Vibration Impact Assessment. Federal Transit Administration” (Tabla 10 Anexo 4 de la Adenda). En la respuesta 8.5.4 de la Adenda del proyecto, se aclara que el Proyecto no considera la ejecución de tronaduras, por lo que se descarta dicho impacto. En la respuesta 7.4.2 de la Adenda se descarta el efecto por vibraciones sobre glaciares, ello fundamentalmente por la distancia de los glaciares al área de proyecto y a que el Proyecto no considera la ejecución de actividades que generen altos niveles de vibración, en particular, no se considera la realización de tronaduras.
Campos electromagnéticos: Respecto a campos electromagnéticos, se concluye que tanto la distribución del parque fotovoltaico en 33 kV, como la Subestación del Proyecto Solar Cordillera y el sector de seccionamiento de la línea Santa Filomena – Confluencia, 220 kV, cumplen la normativa vigente respecto de campo electromagnético de baja y alta frecuencia, tal como lo especifica el Titular en el Anexo 4-3 del EIA.
Residuos líquidos: El Proyecto no guarda relación con el vertido de contaminantes al agua, ya sea esta superficial o subsuperficial que pudiesen afectar la salud de la población. El Proyecto manejará adecuadamente sus aguas servidas a través de fosas sépticas con infiltración durante las fases de construcción, operación y cierre, para lo cual el Titular ha presentado los antecedentes del PAS 138 (Anexo 7-2 de la Adenda). Adicionalmente, para los frentes de trabajo, tanto para la fase de construcción como para la fase de cierre, se contará con baños químicos que cumplirán con el D.S. N° 594/99 del MINSAL. El Proyecto no descargará a cuerpos o masas de agua, sean estas naturales o artificiales, sustancias que pudiesen resultar nocivas a la bebida o al riego.
Residuos sólidos domésticos (RSD) y Residuos sólidos industriales (RSIND): En el Anexo 7 de la Adenda Complementaria se menciona una generación de RSD y RSIND. Al respecto, el acopio de residuos sólidos domésticos se realizará en contenedores de basura fabricados en HDPE o material similar. El acopio de residuos sólidos no peligrosos se realizará considerando la máxima devolución de los envases al proveedor y dándole prioridad a la comercialización y reciclaje. El remanente de estos residuos, será retirado por una empresa autorizada periódicamente (cada 15 días en las fases de construcción y de cierre, cada 3 meses en la fase de operación) y llevados a sitios que cuenten con los permisos y autorizaciones correspondientes.
El Titular aclara en la respuesta 6.4.2 de la Adenda que durante la fase de construcción del Proyecto no se generarán residuos de demolición por concepto de desmantelamiento de obras de albañilería, dado a que la infraestructura temporal correspondiente a la instalación de faena e instalaciones del campamento consistirán en estructuras metálicas basadas en conjuntos de contenedores adaptados como oficinas, habitaciones, etc. Los cuales, al finalizar la fase, serán retirados y trasladados del lugar, por lo que no se requieren actividades de demolición.
Importante mencionar, que los paneles fotovoltaicos deteriorados de las fases de construcción y cierre del Proyecto serán almacenados en el sitio de residuos industriales no peligrosos y, posteriormente, serán retirados y dispuestos como tal en lugar autorizado para aquello.
Los residuos industriales no peligrosos que se producirán durante la fase de operación del Proyecto Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2162355439
corresponderán principalmente a módulos solares dañados, chatarra, cables y similares, partes de estructuras, y partes o revestimientos de tuberías. En la Tabla 6-13 de la Adenda se presenta el desglose de la estimación de residuos relacionándolo con las instalaciones que requieren mantenimiento.
Residuos Peligrosos (RESPEL): Según lo mencionado en el acápite 3.4 del Anexo 8 de la Adenda Complementaria, el adecuado manejo de los residuos peligrosos al interior del Proyecto asegurará que no se afecten el agua, aire, suelo o la salud de las personas: durante todas las fases del Proyecto, esta bodega contará con piso impermeable, pretil de contención, techumbre para evitar el ingreso de aguas lluvias a la instalación. Los residuos sólidos peligrosos serán dispuestos temporalmente en contenedores cerrados herméticamente, ubicados en una bodega de acopio temporal de residuos peligrosos. Los residuos estarán debidamente identificados y clasificados, en conformidad con el D.S. N°148/2003 MINSAL.
6.2. EFECTOS ADVERSOS SIGNIFICATIVOS SOBRE LA CANTIDAD Y CALIDAD DE LOS RECURSOS NATURALES RENOVABLES, INCLUIDOS EL SUELO, AGUA Y AIRE Los siguientes antecedentes justifican que el proyecto o actividad genera o presenta efectos adversos significativos sobre la cantidad y calidad de los recursos naturales renovables, incluidos el suelo, agua y aire, específicamente, sobre el literal b) del artículo 6 del Reglamento del RSEIA: Suelo: La pérdida de suelo se producirá dadas las actividades que implican movimientos de tierra por el emplazamiento de instalaciones, restringiendo o eliminando el uso potencial del recurso. Esta modificación u ocupación se realizará en la fase de construcción, permaneciendo así (ambiente modificado) en las fases posteriores. En tal sentido, corresponde identificar este impacto sólo en la fase en que ocurre y no en las posteriores, ya que el elemento no volverá a ser alterado. La superficie de suelo a ser intervenida es mínima, ya que equivale tan sólo al 4,87% de la superficie de las obras, en la Tabla 1-69 del Anexo 13 de la Adenda Complementaria, se indica que la superficie de suelo removida por las obras del proyecto suma un total de 10,97 Ha. La pérdida de la capacidad para sustentar biodiversidad por compactación corresponde al menoscabo del suelo de producir y arraigar especies vegetales y sustentar especies animales por la remoción del horizonte superficial y acopio temporal para ser reincorporado en el mismo sitio de origen del cual se extrajo aumentando su densidad aparente por la compresión del suelo. La superficie en evaluación es 9,45 ha del área de influencia, determinada por caminos y zanjas de conexión (Tabla 1-70 Anexo 13 de Adenda Complementaria). Luego, la pérdida de la capacidad para sustentar biodiversidad por erosión corresponde al menoscabo del suelo de producir y arraigar especies vegetales y sustentar especies animales por la erosión de suelo o aumento de la susceptibilidad a la erosión por el despeje de vegetación. La superficie en evaluación es 12,25 ha (Tabla 1-71 Anexo 13 de la Adenda Complementaria) del área de influencia, determinada por los sectores que intervienen las obras del proyecto. Respecto al riesgo de erosión actual, es posible señalar que el suelo tiene en su mayoría (66,8%) un riesgo “medio” de erosión actual debido a las condiciones naturales del sector (pendiente y cobertura vegetal principalmente). Por otra parte, el riesgo de erosión potencial presenta una variación respecto a la condición actual, ya que las acciones y obras del proyecto modifican el índice de desprotección en una superficie menor debido a las optimizaciones realizadas en la metodología constructiva. La superficie que modifica su índice corresponde a 1,01 ha, las cuales aumentan su riesgo a la categoría “muy alto”. En la erosión potencial, la categoría de riesgo Medio se mantiene con mayor superficie con 381,24 ha, equivalente al 66,7% del área de influencia (Anexo 13 de la Adenda Complementaria). Se considera que no existe aumento significativo del riesgo de erosión al comparar las situaciones “sin proyecto” y “con proyecto”, ya que este último no incidirá en condiciones favorables de activar procesos de erosión de suelo, ya que se emplaza en un sector en que los niveles de erosión se han estabilizado por condiciones naturales. La afectación al suelo se producirá dadas las actividades que implican movimientos de tierra por el emplazamiento de instalaciones, restringiendo o eliminando el uso potencial del recurso. Esta modificación u ocupación se realizará en la fase de construcción, permaneciendo así (ambiente modificado) en las fases posteriores. Se considera que no existe aumento significativo del riesgo de erosión al comparar las situaciones “sin proyecto” y “con proyecto”, ya que este último no incidirá en condiciones favorables de activar procesos de erosión de suelo, ya que se emplaza en un sector en que los niveles de erosión se han estabilizado por condiciones naturales. Al respecto, los impacto Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2162355439
“Pérdida del recurso suelo”, “Pérdida de la capacidad para sustentar biodiversidad por compactación” y “Pérdida de la capacidad para sustentar biodiversidad por erosión” en el Anexo 13 de la Adenda Complementaria han sido valorados como no significativos.
Agua: El Proyecto no contempla la descarga de efluentes a cuerpos de agua superficial permanente ni intermitente. El área de emplazamiento del Proyecto, incluido los sectores donde se proyectan habilitar las fosas sépticas con zanjas de infiltración, desde el punto de vista de la configuración hidrogeológica que caracteriza al sector, corresponde a una zona de muy baja importancia, asociada principalmente a secuencias de rocas volcánicas, las que no anidan ningún sistema acuífero. Igualmente, resulta oportuno señalar también que, el efluente del sistema de tratamiento de fosas sépticas responde a un volumen de tratamiento menor, cuyas obras de infiltración resultan acordes a las características de los primeros metros de suelo prospectado en el sector en cuanto a su capacidad de infiltración (estos antecedentes se presentan en el PASM 138 Anexo 7-2 de la Adenda). De esta forma, es posible señalar que, el Proyecto no compromete la permanencia del recurso, asociada a su disponibilidad, utilización y aprovechamiento racional futuro, toda vez que, no se tiene la presencia de ninguna fuente natural de agua. Asimismo, el Proyecto tampoco altera la capacidad de regeneración o renovación del recurso, pues no se tiene interacción con ningún sistema hídrico natural. Finalmente, el Proyecto tampoco altera las condiciones que hacen posible la presencia y desarrollo de especies y ecosistemas, pues en el área de emplazamiento del Proyecto no se identifican sistemas de estas características que dependan de fuentes naturales que pudieran ser afectadas con ocasión de estas labores. Del mismo modo, el Proyecto no contempla la extracción de agua fresca desde fuentes naturales, ni superficiales ni subterráneas, por lo que no se prevé ningún tipo de alteración. El Proyecto considera obras de atravieso asociados al sector de los paneles fotovoltaico, en el Anexo 14 de la Adenda Extraordinaria se presenta el PAS 156 con el específico de los puntos de atravieso de cauces. En las áreas de generación ocupada con paneles fotovoltaicos que representa la mayor cantidad de superficie ocupada por el Proyecto, y producto de los ajustes que se le ha realizado al mismo, no se considera nivelar el terreno, como tampoco la incorporación de una capa de material para garantizar la calidad mínima del terreno y en consecuente no se requiere eliminar la cobertura de suelo como tampoco la capa vegetación que quede bajo los paneles, manteniéndose la topografía natural existente. Así, la topografía del terreno se ve alterada en el área de subestación donde se requiere nivelar lo que involucra corte y relleno y producto del corte de falda para ensanchar los caminos que unen ambas áreas de generación por cuanto, los caminos se construirán a partir de la ampliación de las secciones de camino o huellas existentes y permitir circulación de vehículos en ambos sentidos, manteniendo la rasante natural de las huellas de camino existentes. El Proyecto no contempla la descarga de efluentes a cuerpos de agua superficial permanente ni intermitente. Asimismo, el Proyecto tampoco altera la capacidad de regeneración o renovación del recurso, pues no se tiene interacción con ningún sistema hídrico natural. El Proyecto tampoco altera las condiciones que hacen posible la presencia y desarrollo de especies y ecosistemas, pues en el área de emplazamiento del Proyecto no se identifican sistemas de estas características que dependan de fuentes naturales que pudieran ser afectadas con ocasión de estas labores. Del mismo modo, el Proyecto no contempla la extracción de agua fresca desde fuentes naturales, ni superficiales ni subterráneas, por lo que no se prevé ningún tipo de alteración. De conformidad con lo indicado anteriormente, no existen obras o actividades que pudieran afectar el ascenso o descenso de los niveles de aguas subterráneas o superficiales. Además, el proyecto según lo declarado por el titular en la página 25 del capítulo 5 del EIA no se emplazará en o en cercanías de humedales protegidos. Según lo declarado por el Titular en la respuesta 4.7.11 de la Adenda según el Inventario Nacional de Humedales de la DGA (2020), el Proyecto se ubica aguas arriba de sectores de humedales. Hay un único punto de contacto entre el Inventario y el área de influencia, un sector no mayor a 0,1 ha. donde el nivel freático del agua está a nivel de superficie o el suelo se encuentra saturado, y que su clasificación no corresponde a una vega, el cual se desarrolla íntegramente dentro del Matorral nativo de Adesmia aegiceras-Nassauvia axillaris. Luego, en la predicción de impactos del Proyecto, se cita que este tipo de formación no resulta impactada por la construcción del Proyecto tanto de manera directa como indirecta, producto de la corta de vegetación o de la depositación de MPS respectivamente. Con eso, se concluye que el diseño y método constructivo del Proyecto no afecta cuerpos de agua aguas abajo. Finalmente, no existen actividades u obras del Proyecto que generen efectos sobre glaciares, toda vez que éstos no están presentes en el entorno afectable por el Proyecto. Los registros más cercanos, rocosos, según el catastro de la DGA, están entre 8 a 10 km de distancia en línea recta hacia el noreste, separados por el valle del estero El Arrayán y los cordones montañosos de la zona. Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2162355439
Aire: El proyecto supera los límites establecidos en el D.S. Nº 31/2016 del MMA, en el Anexo 3-1 de la Adenda Complementaria e indica que las emisiones derivadas de la fase de construcción, operación y cierre superan el máximo permitido debiendo compensar emisiones (tabla 2-9 del Anexo 2-1 de la Adenda Complementaria), en donde se puede establecer que las emisiones del proyecto superan la máxima permitida para los contaminantes regulados, por lo cual se deberá compensar el 120% de la emisión Anual equivalente.
Ruido en fauna: El estudio de ruido presentado en el Anexo 4 de la Adenda, se caracterizaron las fuentes de ruido según su ubicación y simultaneidad de uso, simulando la condición más desfavorable desde el punto de vista de la emisión. En la Tabla 6.2.2 del ICE se presentan los receptores de fauna. Para los puntos de fauna, para la fase de construcción se debe considerar la implementación de un área de rescate y relocalización en torno a la maquinaria pesada, en un radio de 30 [m] a la redonda, en particular para los receptores F2 y F3. Considerando estas medidas, se dará cumplimiento a lo indicado por la Guía de Fauna Silvestre del SAG para todos los puntos de fauna. Para el caso de operación, no se contempló la evaluación de niveles proyectados en los puntos de interés de fauna, esto ya que, durante la fase de construcción, se ejecutará la medida de rescate y relocalización, que tal como su nombre lo indica corresponde al retiro de las especies de interés de fauna del área intervenir por el proyecto, para luego relocalizarlas en un ambiente similar y posteriormente construir el parque solar, por lo que el área ya estará intervenida para esta fase. En el caso del flujo vehicular por vías públicas, se determinó que no se supera el criterio de Impacto Moderado, establecido por la guía de referencia “Transit Noise and Vibration Impact Assessment. Federal Transit Administration”. Para el caso de operación, no se contempló la evaluación de niveles proyectados en los puntos de interés de fauna, esto ya que, durante la fase de construcción, se ejecutará la medida de rescate y relocalización para los puntos F2 y F3, lo cual corresponde al retiro de las especies de interés de fauna del área intervenir por el proyecto, para luego relocalizarlas en un ambiente similar y posteriormente construir el parque solar, por lo que el área ya estará intervenida para esta fase. Además, se analizó el impacto “Aumento de los niveles de presión sonora en receptores de fauna” el cual se determinó no significativo tal como puede verse en el acápite 1.3.5.2 del Anexo 13 de la Adenda Complementaria.
Sustancias Peligrosas: El Proyecto utilizará sustancias peligrosas para las distintas fases del proyecto, los antecedentes de las cantidades y tipo de sustancia para la fase de construcción se encuentran en la respuesta 2.3.6 de la Adenda. Para la fase de operación los antecedentes de las cantidades y tipo de sustancia se encuentran en la respuesta 2.3.7 de la Adenda. Hay que mencionar que para esta fase se requerirá aceite dieléctrico para los transformadores, el que será abastecido por empresas que cuenten con todas las autorizaciones pertinentes. Se estima una cantidad de 2.606 kg de aceite dieléctrico para realizar la mantención de los transformadores (la cual se realiza cada 2 años). Este aceite dieléctrico, no será almacenado en ningún momento dentro de las instalaciones del proyecto. Todas las sustancias indicadas serán manejadas conforme a la legislación vigente (bodega especialmente diseñada para estos efectos), de tal manera que no existirá afectación sobre recursos naturales renovables. El Proyecto contempla la generación de residuos sólidos durante todas sus fases, los cuales serán manejados en cumplimiento con la normativa nacional aplicable según se describe en el Capítulo 10 del EIA. En ningún momento serán derramados al suelo y recursos hídricos superficiales del Proyecto.
Residuos sólidos domésticos (RSD) y Residuos sólidos industriales (RSIND): En el Anexo 7 de la Adenda Complementaria se menciona una generación de RSD y RSIND Al respecto, el acopio de residuos sólidos domésticos se realizará en contenedores de basura fabricados en HDPE o material similar. El acopio de residuos sólidos no peligrosos se realizará considerando la máxima devolución de los envases al proveedor y dándole prioridad a la comercialización y reciclaje. El remanente de estos residuos, será retirado por una empresa autorizada periódicamente (cada 15 días en las fases de construcción y de cierre, cada 3 meses en la fase de operación) y llevados a sitios que cuenten con los permisos y autorizaciones correspondientes. El Titular aclara en la respuesta 6.4.2 de la Adenda que durante la fase de construcción del Proyecto Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2162355439
no se generarán residuos de demolición por concepto de desmantelamiento de obras de albañilería, dado a que la infraestructura temporal correspondiente a la instalación de faena e instalaciones del campamento consistirán en estructuras metálicas basadas en conjuntos de contenedores adaptados como oficinas, habitaciones, etc. Los cuales, al finalizar la fase, serán retirados y trasladados del lugar, por lo que no se requieren actividades de demolición. Importante mencionar, que los paneles fotovoltaicos deteriorados de las fases de construcción y cierre del Proyecto serán almacenados en el sitio de residuos industriales no peligrosos y, posteriormente, serán retirados y dispuestos como tal en lugar autorizado para aquello. Los residuos industriales no peligrosos que se producirán durante la fase de operación del Proyecto corresponderán principalmente a módulos solares dañados, chatarra, cables y similares, partes de estructuras, y partes o revestimientos de tuberías. En la Tabla 6-13 de la Adenda se presenta el desglose de la estimación de residuos relacionándolo con las instalaciones que requieren mantenimiento.
Residuos Peligrosos (RESPEL): Según lo mencionado en el acápite 3.4 del Anexo 8 de la Adenda Complementaria, el adecuado manejo de los residuos peligrosos al interior del Proyecto asegurará que no se afecten el agua, aire, suelo o la salud de las personas: durante todas las fases del Proyecto, esta bodega contará con piso impermeable, pretil de contención, techumbre para evitar el ingreso de aguas lluvias a la instalación. Los residuos sólidos peligrosos serán dispuestos temporalmente en contenedores cerrados herméticamente, ubicados en una bodega de acopio temporal de residuos peligrosos. Los residuos estarán debidamente identificados y clasificados, en conformidad con el D.S. N°148/2003 MINSAL.
6.3. REASENTAMIENTO DE COMUNIDADES HUMANAS O ALTERACIÓN SIGNIFICATIVA DE LOS SISTEMAS DE VIDA Y COSTUMBRES DE GRUPOS HUMANOS Los siguientes antecedentes justifican que el proyecto o actividad no genera o presenta alteración significativa de los sistemas de vida y costumbres de grupos humanos, en consideración a lo dispuesto en el artículo 7 del Reglamento del SEIA: Letra a): Según lo propuesto por el Anexo 7 de la Adenda Extraordinaria, en el área de influencia del Proyecto es posible identificar actividades de arreo y pastoreo de animales en época estival, siendo ocupada el área como veranada por el grupo humano arrieros y su ganado, accediendo a los recursos naturales del área, principalmente forraje para los animales, utilizados como sustento económico y tradicional por parte del grupo humano arrieros. El Proyecto se emplaza en el predio Fundo Santa Filomena y utilizará el camino de acceso del mismo fundo, que es compartido desde hace muchos años por los arrieros de Colina (como parte de sus rutas de pastoreo), y por quienes llevan a cabo trabajos de minería en el sector. Por lo anterior, el Proyecto generará una interacción de actividades por el uso del camino de acceso al Proyecto, y por la construcción del Parque Fotovoltaico, con las actividades de pastoreo de los crianceros realizadas en el sector, interviniéndose el acceso de los recursos naturales utilizados para su sustento económico y/o como práctica cultural de los arrieros. En la respuesta 4.7 de la Adenda Complementaria el Titular hace la identificación y ubicación de los usos y sitios asociados a todos los grupos de arrieros del sector. En la Figura 4-13. Hitos Arrieros La Dehesa; en la Figura 4-14. Hitos Arrieros La Pastosa; en la Figura 4-15. Hitos Arrieros Los Nogales; en la Figura 4-16. Hitos Arrieros Santa Filomena; y en la Figura 4-17. Hitos Arrieros Peldehue y Casa Piedra, todas de la Adenda Complementaria. De esta forma, se identifican los impactos expresados en el acápite 1.1.4.1 del Anexo 7 de la Adenda Extraordinaria. De acuerdo con la evaluación, la valoración y calificación de dichos impactos tanto para las fases de construcción, operación y cierre, califican como No Significativo. Respecto de los impactos evaluados se originan debido a que, durante las fases de construcción, operación y cierre del proyecto se prevé un aumento del flujo de vehículos livianos, medianos y pesados, por la ruta de acceso y además de las partes y obras del proyecto, por lo que existe una modificación de la condición basal. Las actividades del proyecto que potencialmente podrían generar afectación sobre el elemento evaluado son las actividades de transporte, produciendo una alteración a la ocupación de las áreas utilizadas por arrieros y/o el acceso a ellas. En la respuesta 7.3.2 de la Adenda se indica que la superficie a utilizar por el Proyecto no presenta condiciones únicas que destaquen para el acceso a forraje natural de los animales, así como su uso tampoco condiciona la posibilidad de contar con zonas de pastoreo, puesto que no representa una pérdida de superficie considerable en relación con el total disponible. También, cabe destacar que Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2162355439
los miembros de las agrupaciones de ganaderos tanto de Colina como Lo Barnechea concentran la actividad pastoril en las cercanías de vertientes y ríos, ya que son áreas con mayor vegetación ante el actual escenario de sequía que vive la Zona Central de Chile. Al respecto, en el Anexo 13 de la Adenda Extraordinaria el Titular ha presentado en el acápite 1.10 una serie de CAV relacionadas al MH, tales como fondos de apoyo a la actividad económica ganadera; mesas de trabajo con las distintas agrupaciones; planes de construcción respetuosa con el entorno; planes de capacitación técnica en colegios técnicos de las comunas de Lo Barnechea y Colina; Asfaltado de tramos; entre otros.
Letra b): Tal como lo declara el Titular en el Anexo 15 de la Adenda Extraordinaria, el Proyecto generará una interacción de actividades por el uso del camino de acceso al Proyecto, y por la construcción del Parque Fotovoltaico, con las actividades de arreo y pastoreo de los crianceros realizadas en el sector, generando una potencial alteración a las dinámicas de desplazamiento de los grupos humanos. Si bien el Proyecto generará un aumento de flujo vehicular en el camino privado del Fundo Santa Filomena respecto de su condición basal, la evaluación de estos elementos ha sido evaluada como no significativa para los grupos humanos de arrieros. En el Anexo 4 de la Adenda Complementaria se concluye que, en el caso más restrictivo, el Proyecto Parque Solar Cordillera, generará-atraerá un máximo de 11 viajes hora, la Operación por su parte, generará un flujo vehicular esporádico, de 9 viajes diarios. Este flujo se distribuirá entre las diferentes rutas de acceso y egreso al Proyecto. Se realizó una modelación de flujo vehicular en intersecciones relevantes del área de influencia vial, obteniendo como resultado, que el incremento de flujo producido por el Proyecto no generará una alteración relevante en la red vial. Obteniéndose indicadores en general similares a los del escenario Base, tanto en términos de grados de saturación, demoras promedio y colas. Descartándose, por tanto, un aumento significativo en los tiempos de desplazamiento de los usuarios de las rutas públicas que utilizará el proyecto para sus actividades de transporte (Acápite 1.9.5 del Anexo 4 de la Adenda Extraordinaria). De acuerdo con el análisis de nivel de servicio realizado, no se registra variación en la categoría entre el Escenario Base (EB 2024) y Con Proyecto (ECP 2024), con excepción del empalme entre Ruta C-141 y Camino privado Fundo Santa Filomena (Acceso al Proyecto), el cual sufre un cambio en el nivel de servicio de A a B. Esto debido a que los flujos del escenario basal son menores, por lo que la incorporación de nuevos flujos (Proyecto) genera un cambio en la categoría de Nivel de Servicio. Lo anterior, no genera una disminución relevante en la operatividad de los accesos al empalme, ya que la variación se genera entre categorías de Nivel de Servicio de flujo libre y estable. Vale mencionar que el Nivel de Servicio está asociado a parámetros como velocidad de desplazamiento, condiciones del camino y características del tráfico vehicular (Acápite 1.9.5 del Anexo 4 de la Adenda Extraordinaria). Finalmente, el Titular en estas materias adquiere el CAV Incorporación de elementos para aumentar la seguridad vial, presentado en el Anexo 16 de la Adenda Extraordinaria.
Letra c): En el Capítulo 5 del EIA, particularmente al acápite de descarte de los ECC del Art. 7 del RSEIA, se menciona que el Proyecto no generará alteración al acceso o a la calidad de bienes, equipamientos, servicios o infraestructura básica, debido a que tanto el acceso como los bienes, equipamientos y servicios no serán utilizados y/o alterados por la construcción y operación del Proyecto. Los servicios y equipamientos básicos utilizados por la población del área de influencia se encuentran en la ciudad de Colina, en la comuna de Colina y en la ciudad de Santiago. El Proyecto para acceder a servicios básicos, se abastecerá de agua tanto para consumo humano como para fines sanitarios mediante camión aljibe, de proveedores autorizados para tal fin. Para fines constructivos, el Proyecto utilizará agua industrial abastecida por camiones aljibes de empresas autorizadas, no extrayendo agua de pozos, esteros, ríos o vertientes del sector. En este aspecto, el Proyecto declara no considerar la extracción de agua fresca desde fuentes naturales, ni superficiales ni subterráneas, por lo que no se prevé ningún tipo de alteración, ni tampoco la descarga de efluentes a cuerpos de agua superficial permanente ni intermitente. Respecto del uso de servicios higiénicos, el Proyecto implementará dichos servicios en la instalación de faena, tal como se señala en el apartado de Descripción de Proyecto. Respecto de los trabajadores, durante la fase de construcción se habilitarán dormitorios en la faena, con capacidad de alojar a los trabajadores y su alimentación será provista por medio de colaciones preparadas encargadas a una empresa que cuente con las autorizaciones correspondientes y se habilitará un comedor para dicho fin. En relación con la infraestructura ligada a la actividad ganadera (ranchos, corrales, refugios para arrieros) el Proyecto no alterará ni modificará la infraestructura existente, ocupando un área en la Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2162355439
que no hay presencia de dicha infraestructura. De esta manera, el Proyecto no generará alteración al acceso o a la calidad de bienes, equipamientos, servicios o infraestructura básica del área de influencia del Proyecto, debido a que tanto el acceso como los bienes, equipamientos y servicios no serán utilizados y/o alterados en su etapa de construcción, operación y/o cierre.
Letra d): En el Capítulo 5 del EIA, particularmente al acápite de descarte de los ECC del Art. 7 del RSEIA, el Proyecto se emplaza de un terreno privado en el cual, a nivel más amplio, se desarrollan actividades económicas y tradicionales asociadas a actividades de pastoreo y arreo de animales, realizadas por el grupo humano arrieros. En el área de influencia correspondiente a la comuna de Lo Barnechea, el pastoreo y arreo de animales se realiza en los meses de verano (veranadas), subiendo los animales a este sector cordillerano en busca de agua y forraje. Por las condiciones del clima, esta zona no es apta para el pastoreo durante el resto del año, realizando las invernadas en otros sectores. Como se menciona anteriormente, la interacción con actividades, partes y obras del Proyecto, camino de acceso, construcción paneles solares, potencialmente puede generar una afectación sobre el sistema de vida y costumbres del grupo humano arrieros, evaluándose tal afectación en el Anexo 7 de la Adenda Extraordinaria particularmente el impacto “Afectación de sitios naturales con significación cultural para los grupos humanos arrieros de La Pastosa, La Dehesa, Los Nogales y Santa Filomena.”, el cual se origina debido a que, durante las fases de construcción, operación y cierre del proyecto se prevé el tránsito de vehículos livianos, medianos y pesados, y la construcción e instalación de los paneles fotovoltaicos en sectores de pastoreo utilizados por los grupos humanos arrieros, por lo que existe una modificación de la condición basal. Estos lugares constituyen sitios de significancia, por la relevancia de los recursos naturales disponibles en el entorno natural y su vinculación con aspectos culturales y de sentimientos de pertenencia y arraigo, para los grupos humanos arrieros. Las actividades del Proyecto, en especial la construcción de los paneles generará una pérdida en el entorno natural, interviniendo un sector reconocido como lugar de pastaje y de descanso. La instalación del proyecto no debiese producir un impedimento en el ejercicio de tradiciones o cultura, afectando la cohesión social del grupo o el sentimiento de arraigo al territorio, ya que el desarrollo de las manifestaciones culturales y costumbres que constituyen la cohesión social y el sentimiento de arraigo de los grupos humanos, podrán seguir desarrollándose, no interviniendo el Proyecto ritos, ceremonias o la práctica de la actividad, realizadas por los grupos humanos identificados en el área de influencia. En este sentido tal como se menciona en la respuesta 7.13 de la Adenda Complementaria, el proyecto con su instalación no afecta ni impide las manifestaciones culturales del grupo humano arrieros asociados a usos y prácticas socioproductivas, las que pueden seguir manifestándose y reproduciéndose de la forma que lo hacen en la actualidad. El Titular ha presentado un CAV de Construcción Respetuosa con el entorno en el Anexo 13 de la Adenda Extraordinaria en que se establece un sistema de construcción responsable con el entorno social, así no afectar la realización de actividades por parte de las comunidades locales. Adicionalmente, se ha comprometido un Compromiso Voluntario de Mesa de Trabajo, en que se establece un canal de comunicación con la comunidad local que facilite la coordinación de temas importantes para los grupos humanos locales, como lo son la no interrupción de las festividades en que participan los residentes del Área de Influencia. Entre estas festividades están los Rodeos, Cuasimodo y celebraciones que consideren importantes los residentes y usuarios del Área de Influencia. Debido a lo que se ha señalado, es posible decir que, el Proyecto no dificultará o impedirá el ejercicio o la manifestación de tradiciones, cultura o intereses comunitarios de los residentes del Área de Influencia, no existiendo una afectación sobre los sentimientos de arraigo o cohesión social del grupo. Finalmente, el Proyecto no afecta población perteneciente a pueblos indígenas con sus obras, partes o actividades. El grupo humano perteneciente a pueblos indígenas más cercano identificado es la Asociación Indígena “Inchin Kim Lonko”, constituida el 24 de diciembre del año 2010, en la comuna de Lo Barnechea. Su Rewe se encuentra a 10,2 km del Proyecto en su punto más cercano, en el Cerro 18, en el Parque de la Chilenidad.
6.4. LOCALIZACIÓN EN O PRÓXIMA A POBLACIONES, RECURSOS Y ÁREAS PROTEGIDAS, SITIOS PRIORITARIOS PARA LA CONSERVACIÓN, HUMEDALES PROTEGIDOS Y GLACIARES, SUSCEPTIBLES DE SER AFECTADOS, ASÍ COMO EL VALOR AMBIENTAL DEL TERRITORIO EN QUE SE PRETENDE EMPLAZAR Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2162355439
Los siguientes antecedentes justifican que el proyecto o actividad se localización en o próxima a poblaciones, recursos y áreas protegidas, sitios prioritarios para la conservación, humedales protegidos y glaciares, susceptibles de ser afectados, así como el valor ambiental del territorio en que se pretende emplazar, en consideración a lo dispuesto en el artículo 8 del RSEIA En el área de influencia del proyecto no existen poblaciones protegidas, entendiendo por tales a los pueblos indígenas, independiente de su forma de organización, según lo declarado en el acápite 5.4.4 del Capítulo 5 del EIA.
6.5. ALTERACIÓN SIGNIFICATIVA, EN TÉRMINOS DE MAGNITUD O DURACIÓN, DEL VALOR PAISAJÍSTICO O TURÍSTICO DE UNA ZONA Los siguientes antecedentes justifican que el Proyecto no genera o presenta alteración significativa del valor paisajístico o turístico de una zona, en consideración a lo dispuesto en el artículo 9 del RSEIA: El Proyecto considera la construcción y operación de distintas infraestructuras, de diversa envergadura, que generarán obstrucción visual al paisaje existente y la modificación de los atributos estéticos y/o biofísicos del entorno. La valoración y calificación del impacto “Intrusión visual e incompatibilidad visual” para cada fase del proyecto se califica como No Significativo, dentro de todas las UP y para todos los sectores del Proyecto. La valoración y calificación del impacto “Artificialidad y modificación de atributos estéticos” para cada fase del proyecto califica al impacto como No Significativo, dentro de todas las UP y para todos los sectores del Proyecto. El detalle de lo anterior se presenta en el Anexo 13 de la Adenda Complementaria. El Proyecto considera la construcción y operación de distintas infraestructuras, de diversa envergadura, que generarán obstrucción visual al paisaje existente y la modificación de los atributos estéticos y/o biofísicos del entorno, además el Proyecto contempla el traslado de trabajadores, materiales y equipos desde el sector de Colina al área de emplazamiento de obras en cordillera, lo que puede alterar el acceso a espacios con valor turístico. La valoración y calificación del impacto “Intrusión visual e incompatibilidad visual” para cada fase del proyecto se califica como No Significativo, dentro de todas las UP y para todos los sectores del Proyecto. La valoración y calificación del impacto “Artificialidad y modificación de atributos estéticos” para cada fase del proyecto califica al impacto como No Significativo, dentro de todas las UP y para todos los sectores del Proyecto. El detalle de lo anterior se presenta en el Anexo 13 de la Adenda Complementaria. El Titular consideró la metodología de la “Guía para la Evaluación de Impacto Ambiental del Valor Paisajístico en el SEIA” (SEA, 2019), en relación con esto, la Calidad Visual Dominante del paisaje del proyecto es “Media”, para las 3 unidades de paisaje analizadas. Este paisaje es homogéneo y común para la zona, con atributos biofísicos, estéticos y estructurales repetitivos para la misma, sumado a lo anterior, el análisis de intervisibilidad permite establecer que las instalaciones, procesos y actividades del Proyecto no afectarán el Valor Paisajístico de esta zona de la región Metropolitana, ya que el área de instalación del Proyecto estará al interior de la precordillera, en donde no existen potenciales observadores; por lo tanto, el paisaje no se verá alterado por la implementación del Proyecto ni alterará el valor paisajístico de zona. El Proyecto contempla el traslado de trabajadores, materiales y equipos desde el sector de Colina al área de emplazamiento de obras en cordillera, lo que puede alterar el acceso a espacios con valor turístico. El detalle de lo anterior se presenta en el Anexo 13 de la Adenda Complementaria. “Modificación de caminos de acceso hacia atractivos turísticos cordilleranos” y “Modificación del Valor Turístico por pérdida de atributos biofísicos y modificación de atributos estéticos que sustentan actividades turísticas”, resultando ambos impactos calificados como No significativos para cada una de las fases del Proyecto, y por tanto, en relación con el Artículo 11 de la Ley 19.300, su efecto, característica o circunstancia no da origen a la necesidad de presentar un EIA por este motivo. La no significancia de estos impactos radica principalmente debido a que el desarrollo turístico del norte de la comuna de Lo Barnechea tiene un carácter más informal y autogestionado, con vocación por el turismo de naturaleza o de aventura, sustentado principalmente por visitantes aficionados que abren camino a actividades al aire libre, en búsqueda de rutas que deriven en atractivos como como las lagunas del Viento y Turquesa, el cordón montañoso Los Españoles, Río Colina o el Cerro El Plomo (5.331 msnm) entre otros. Estos sectores no forman parte del Destino Turístico “Centros de Montaña”, no cuentan con oferta de servicios o actividades, y a diferencia de los atractivos del sector centro de la comuna a los cuales se acceden por Camino a Farellones (Ruta G-21), una forma de adentrarse en la precordillera y cordillera del sector norte de la comuna es Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2162355439
utilizar la Ruta G-141 y el camino privado del Fundo Santa Filomena (Colina). Además, de los caminos formales, también existen una serie de rutas y huellas que utilizan los visitantes para alcanzar los atractivos más alejados, las cuales tienden a reunirse en sectores donde el proyecto pretende incorporar las instalaciones del parque fotovoltaico.
6.6. ALTERACIÓN DE MONUMENTOS, SITIOS CON VALOR ANTROPOLÓGICO, ARQUEOLÓGICO, HISTÓRICO Y, EN GENERAL, LOS PERTENECIENTES AL PATRIMONIO CULTURAL Los siguientes antecedentes justifican que el proyecto o actividad no genera una alteración significativa de monumentos nacionales, sitios con valor antropológico, arqueológico, histórico, y en general, los pertenecientes al patrimonio cultural, en consideración a lo dispuesto en el artículo 10 del RSEIA: En el Capítulo 5 del EIA se declara que en el área de influencia del proyecto no existen poblaciones protegidas, entendiendo por tales a los pueblos indígenas, independiente de su forma de organización. En el informe 3-7 del EIA y Anexo 31 de la Adenda referido a línea de base arqueológica no se vislumbraron estructuras relativas a manifestaciones habituales propias de la cultura o folclore de alguna comunidad o grupo humano. Según lo declarado en la respuesta 7.13 de la Adenda Complementaria, la instalación del proyecto no debiese producir un impedimento en el ejercicio de tradiciones o cultura, ya que el desarrollo de las manifestaciones culturales puede seguir desarrollándose, no interviniendo el Proyecto en ritos, ceremonias o la práctica de la actividad, realizadas por los grupos humanos identificados en el área de influencia. Finalmente, el Proyecto no afectará lugares o sitios en los que se lleven a cabo manifestaciones de cultura o folclore de alguna comunidad o grupo humano, que pudieran ser afectados por sus obras y/o actividades.
7°. Que, del proceso de evaluación de impacto ambiental del Proyecto puede concluirse que las siguientes medidas de mitigación, reparación y/o compensación son adecuadas para hacerse cargo de los efectos, características y circunstancias del artículo 11 de la Ley N° 19.300 que genera o presenta el Proyecto, las que deberán implementarse para su ejecución:
7.1. Medida Programa de rescate y relocalización de cactáceas Fase Construcción Tipo de Medida Mitigación Componente(s) ambiental(es) objeto de protección Flora y vegetación, especie suculenta Maihueniopsis ovata (objeto de protección del área de Preservación Ecológica) Impacto asociado Pérdida de ejemplares de flora y Alteración de área de preservación ecológica Objetivo Rescatar y relocalizar individuos de Maihueniopsis ovata presentes en el área intervención del Proyecto, previo a la fase de construcción del Proyecto. Descripción Las etapas de la medida se basan en: extracción, selección área de aclimatación, preparación del sitio de plantación y trasplante.
Para cada individuo que se encuentre y rescate se registrarán los siguientes datos: Fotografía – Coordenadas UTM – Posición topográfica – Altitud – Pendiente – Exposición – Características del Sustrato Específico –– Diámetro del Tapiz – Número de brazos – Estado, basado en su vitalidad y tipo de daño – Estado fenológico – Altura de cada ejemplar.
Una vez seleccionados los ejemplares a extraer, se realizará la extracción de la planta, conservando la mayor cantidad posible de suelo adherido a su sistema radical. Los individuos o explantes obtenidos serán sometidos a una revisión sanitaria en un área de aclimatización habilitada para tales efectos. Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2162355439
Previo a la plantación se preparará el sitio de relocalización, elaborando casillas de plantación de tamaño suficiente y proporcional a las dimensiones de cada ejemplar. Esta actividad se ejecutará de forma paralela a la extracción de los artejos e individuos completos al objeto de evitar la pérdida de humedad de las casillas.
La plantación se realizará de forma manual, manteniendo la orientación original del individuo con respecto al norte. A partir de la preparación del sustrato, se procederá a aplicar el enraizante en polvo sobre la totalidad de las raíces a modo de favorecer el enraizamiento de cada individuo en el nuevo sitio de trasplante.
Una vez asentada la planta y apisonada la tierra de relleno (no excesivamente) se aplicará un riego de establecimiento para disminuir el estrés provocado por la extracción, será aplicado solamente al sustrato, sin mojar la parte aérea del individuo, la suministración de agua (riego de establecimiento) será breve y moderado, sin saturar el sustrato, teniendo presente que este tipo de especies es sensible al exceso de humedad, lo cual pudre sus raíces.
Para mayor detalle, ver acápite 4.1 del apéndice 14.1 de la Adenda Complementaria. Justificación Los individuos que se relocalizarán permitirán mantener la presencia de la especie en el entorno del Proyecto. Lugar de implementación Área de rescate Área de influencia de flora del Proyecto, por ende, relacionadas directamente con el área de intervención del Proyecto donde se encuentra presente la especie.
Área de aclimatación Este sector de trabajo se ubicará en una zona que tenga fácil acceso y en las cercanías de las áreas de repoblación o enriquecimiento. Corresponderá a una instalación de construcción liviana destinada al acondicionamiento de las plantas previo a la plantación.
Área de relocalización La relocalización de individuos se llevará a cabo en áreas cercanas a las intervenidas y preferentemente en sectores donde la especie a relocalizar se encuentre presente.
Al respecto, se considera que para la relocalización de los individuos, se seleccionaron sectores que cumplen los siguientes requisitos: Composición de vegetación y flora similar a las áreas intervenidas, pendiente moderada, existencia de sustrato de suelo que permita la plantación de nuevos individuos, buena accesibilidad, y, además, que toda relocalización o enriquecimiento se realizará en sitios de Aptitud Preferentemente Forestal (CUS VI-VIII). Por tanto, la relocalización de individuos se llevará a cabo en áreas cercanas a las intervenidas y preferentemente en sectores donde la especie a relocalizar se encuentre presente.
De esta manera para la selección de los sitios de relocalización de suculentas, se considera lo siguiente:
-Todo sitio seleccionado quedará bajo cargo del Titular, ya sea por modalidad de compra del terreno o derechos de servidumbre. -Estructura vegetacional y composición florística similar al área intervenida. -Condiciones edafológicas similares al área intervenida. -Los sitios por relocalizar deben corresponder a suelos de APF (CUS VI-VII). -La selección de los sitios estará orientada, a la capacidad de carga Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2162355439
que posean, referido al número máximo de ejemplares nuevos que puedan soportar, a modo de no afectar a la flora preexistente y la dinámica poblacional, relacionada con la competencia intra e interespecífica. Para ello, se ejecutó un estudio de densidad poblacional en cada sitio escogido a partir de parcelas de muestro, donde se caracterizó de manera cualitativa y cuantitativa el sector. -Cada sitio por reforestar será georreferenciado (en coordenadas UTM WGS84) y señalizado mediante la utilización de carteles, a modo de facilitar el seguimiento. Asimismo, se procederá a elaborar la cartografía correspondiente sobre la ubicación de los sitios escogidos, que mostrará cada ejemplar relocalizado.
Plazo de implementación Las actividades del plan están supeditadas al inicio de las obras de construcción del proyecto, que se darán inicio una vez que se obtenga la Resolución de Calificación Ambiental. Por tanto, todas las actividades relacionadas con el rescate (prospecciones y extracción) de cactáceas se ejecutarán antes de la intervención de las áreas donde se encuentre presente la especie a extraer y plantar, al objeto de no eliminar individuos viables a ser relocalizados. En general, las etapas de prospección, selección de sitio a relocalizar, selección de área de aclimatación, recolección de semillas, extracción de individuos, cuidados, preparación del sitio, transplante y riego se realizarán antes o durante la fase de construcción del proyecto, luego el seguimiento se mantendrá por 5 años sin considerar el año 1. El cronograma completo del plan se presenta en el acápite 4.1.10 del Apéndice 14.1 de la Adenda Complementaria.
Tabla 21. Cronograma de actividades Plan de rescate y relocalización de cactáceas. Actividades Año 1 Año 2 Año 3 Año 4 Año 5 Año 6 E - M M - J J - S S - D D - M M - J J - S S - D D - M M - J J - S S - D E - J J - D E - J J - D E - J J - D Prospección
Selección de sitio a relocalizar
Selección área de aclimatizaci ón
Recolección de semillas
Extracción de individuos
Cuidados
Preparación del sitio
Transplante
Riego
Seguimient o
Fuente: Anexo 10 Adenda Extraordinaria.
Forma y oportunidad de implementación Las actividades del plan están supeditadas al inicio de las obras de construcción del proyecto, que se darán inicio una vez que se obtenga la Resolución de Calificación Ambiental. Por tanto, todas las actividades relacionadas con el rescate (prospecciones y extracción) de cactáceas se ejecutarán antes de la intervención de las áreas donde se encuentre presente la especie a extraer y plantar, al objeto de no eliminar individuos viables a ser relocalizados. Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2162355439
En general, las etapas de prospección, selección de sitio a relocalizar, selección de área de aclimatación, recolección de semillas, extracción de individuos, cuidados, preparación del sitio, transplante y riego se realizarán antes y durante la fase de construcción del proyecto, luego el seguimiento se mantendrá por 5 años sin considerar el año 1.
El cronograma completo del plan se presenta en el Apéndice 14.1 del Anexo 14 de la Adenda Complementaria y en la fila de Plazo de implementación de la presente medida. Indicador de cumplimiento Se establece como indicador de éxito, una vez concluido el seguimiento, los siguientes porcentajes de prendimiento:
-Especies en categoría En peligro, Vulnerable y Rara: 100%. -Especies en categoría Casi amenazadas: 90%. -Especies en categoría Preocupación menor: 80%. -Especies en categoría Fuera de peligro e Insuficientemente conocidas: 75%. -Especies Endémicas regionales: 70%.
A solicitud de la autoridad ambiental, Maihueniopsis ovata dada su categoría de conservación Casi amenazada, tendrá como indicador de éxito aplicable a la medida de mitigación un 100% de sobrevivencia a los individuos relocalizados, es decir de los 256 ejemplares relocalizados, todos deben sobrevivir al final del seguimiento establecido. Medio de verificación Se considera que al término del proceso de replante y de cada monitoreo, se elaborará un informe detallado de las actividades realizadas y se entregarán los resultados de los parámetros evaluados. Para ello, se llevará un registro y su consiguiente base de cada individuo con el N° de planta, especie, altura, rodal al que pertenecen y posibles causas de pérdidas o daños. Los resultados del programa de seguimiento permitirán activar medidas de contingencia de acuerdo con las necesidades, como riegos de apoyo, aplicación de fertilizantes y controladores de plagas según requerimiento. Los parámetros por evaluar durante el monitoreo, para cada ejemplar corresponderán a observar la sobrevivencia y vitalidad, mediante el color, enraizamiento, presencia de espinas y desprendimiento del cuerpo principal; y el estado fitosanitario mediante la existencia de patógenos en cada una de las plantas, además de la medición del diámetro, altura y estado fenológico de cada planta.
Estos informes serán enviados a la SMA de la Región Metropolitana, 1 mes después de cada monitoreo.
7.2. Medida Programa de rescate y relocalización de geófitas Fase Construcción Tipo de Medida Mitigación Componente(s) ambiental(es) objeto de protección Flora y vegetación, especies geófitas Alstroemeria pallida, Rhodolirium montanum y Tristagma bivalve (objeto de protección del área de Preservación Ecológica) Impacto asociado Pérdida de ejemplares de flora y Alteración de área de preservación ecológica Objetivo Relocalizar individuos presentes en áreas de afectación para que puedan continuar su desarrollo en el entorno del Proyecto. Descripción El rescate consistirá en extraer órganos subterráneos (bulbos y rizomas) que serán posteriormente trasplantados en la zona de relocalización, la cual reunirá las mismas características ecosistémicas de las zonas de origen, ubicadas en zonas contiguas, comprendiendo secciones que no se intervendrán. Las labores de rescate y manejo de este tipo de especies vegetales serán supervisadas por un especialista en flora y vegetación, con experiencia en rescate Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2162355439
de flora. A continuación, se describen las etapas del plan:
-Extracción de ejemplares: La recolección de órganos se realizará mediante el tamizado del sustrato proveniente del movimiento de tierra, la cual se ejecutará utilizando chuzos y/o palas. Los tamices deberán tener una apertura de malla no mayor a 1,5 cm. El harneado tiene por objetivo separar los bulbos y rizomas, del sustrato, ya que estas estructuras no pueden quedar en cualquier posición al ser trasplantadas. A continuación, una vez que se tenga el bulbo libre de tierra, se procederá con la aplicación de un funguicida (en polvo). Una vez obtenidos los bulbos se procederá a limpiarlos de tierra. Se podrá aplicar fungicida a través de inmersión en una solución de CAPTAN 80 WP (2 gramos por litro de agua) o bien CAPTAN 12 WP (10 gr. litro de agua), luego de este procedimiento se considera el secado de los bulbos, en un lugar aireado y bajo sombra, llevándose en forma posterior los bulbos a macetas con tierra del lugar de origen.
-Almacenamiento de órganos subterráneos: Se privilegiará que estas estructuras subterráneas, sean trasplantadas en su destino final de manera inmediata a medida que vayan siendo recolectadas, identificadas y registradas, mediante planillas de control. De no ser así, los bulbos y rizomas serán almacenados temporalmente en un sitio cercano que tenga buena ventilación, baja humedad y sin luz directa para su siembra en la temporada siguiente. El almacenamiento se realizará en sobres de papel, debidamente etiquetados, indicando sitio y fecha de extracción, unidad de vegetación de procedencia y número de bulbos/tubérculos por sobre, para posteriormente ser trasladados a los sitios de relocalización a la temporada siguiente.
-Replante de órganos subterráneos: El trasplante en el sitio de relocalización final se realizará de manera manual y procurando que esta actividad se inicie en el siguiente periodo vegetativo. La temporada de relocalización dependerá de lo que estime el profesional a cargo de la actividad. De preferencia, se realizará antes de que caigan las primeras precipitaciones en forma de nieve (meses abril-mayo) o, por el contrario, cuando estas comiencen su retirada (meses septiembre-octubre).
-Los bulbos y rizomas serán manipulados y enterrados cuidadosamente en zonas aledañas que posean las características ambientales similares a las originales y que, además, de preferencia correspondan a la misma formación vegetacional de las cuales fueron extraídos. Estos serán depositados en la misma dirección y profundidad con la que fueron rescatados. Previo a la plantación se efectuará una aplicación de funguicida (en polvo) sobre cada bulbo y rizoma para evitar contaminación. Los ejemplares relocalizados serán sometidos a riego manual en el momento de su plantación, evitando en todo momento excesos de tasa de riego que pudieran provocar la pudrición de estos.
Mayor detalle del programa de rescate y relocalización se presenta en el acápite 4.2 del Apéndice 14.1 de la Adenda Complementaria. Justificación Estas especies corresponden a plantas que se desarrollan a partir de bulbos, rizomas o tubérculos, órganos que permanecen bajo el suelo, para poder florecer en temporadas favorables, especialmente en primavera. El rescate y reposición de bulbos permitirá que estas plantas puedan desarrollarse sin verse obstaculizadas por obras del Proyecto. Lugar de implementación Área de rescate Las áreas donde se realizará la medida de rescate alcanzan una superficie total de 22,81 ha y se presentan en la figura a continuación.
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Figura 1. Unidades de rescate de geófitas
Fuente. Figura 1-1 Anexo 10 Adenda Extraordinaria.
Área de relocalización Se procurará que los sitios de relocalización estén localizados cercanos al área de extracción e intervención de las obras del proyecto, a modo que las especies de geófitas, se desarrollen en lo posible dentro de las formaciones vegetales a las que pertenecen y no exista movilidad de especies a otros sectores.
El Titular propone 2 sitios para implementar la medida que en su conjunto suman una superficie de 46 ha., y se presentan en la figura a continuación.
Figura 2. Sitios propuestos de relocalización de geófitas
Fuente. Figura 1-2 Anexo 10 Adenda Extraordinaria.
Mayor detalle del programa de rescate y relocalización se presenta en el acápite 4.2 del Apéndice 14.1 de la Adenda Complementaria. Plazo de implementación En el acápite 4.2.7 del Apéndice 14.1 de la Adenda Complementaria, se presenta el cronograma del plan, el cual se encuentra organizado estacionalmente de acuerdo con el periodo adecuado para esta actividad. Las etapas consideradas son preparación del sitio, extracción de órganos subterráneos, almacenamiento de órganos subterráneos y reposición de órganos subterráneos se llevarán a cabo durante el año 1 y el primer semestre del año 2. Continuando su monitoreo desde el año 2 al año 6, tal como se presenta a continuación. Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2162355439
Tabla 22. Cronograma de actividades Plan de rescate y relocalización de geófitas.
Actividades Añ o 1 Año 2 Año 3 Año 4 Año 5 Añ o 6 E - J J - D E - J J - D E - J J - D E - J J - D E - J J - D E - J J - D Preparación del sito
Extracción de órganos subterráneos
Almacenami ento de órganos subterráneos
Reposición de órganos subterráneos
Monitoreo*
Fuente. Anexo 10 Adenda Extraordinaria.
*Se ejecutará dos monitores al año uno en primavera y otro en verano.
Forma y oportunidad de implementación La medida se ejecutará previo a la fase de construcción, en el área de intervención del Proyecto, específicamente en áreas donde se determinó la presencia de estas especies. El rescate consistirá en extraer órganos subterráneos (bulbos y rizomas) que serán posteriormente trasplantados en la zona de relocalización, la cual reunirá las mismas características ecosistémicas de las zonas de origen, ubicadas en zonas contiguas, comprendiendo secciones que no se intervendrán. Las labores de rescate y manejo de este tipo de especies vegetales serán supervisadas por un especialista en flora y vegetación, con experiencia en rescate de flora. El resácate de bulbos dirigido solamente a las especies seleccionadas en este plan, se realizará con anterioridad a la ejecución de las obras en las áreas donde se determinó la presencia de estas especies. La ejecución del plan se realizará en forma previa a la intervención de las especies materia de esta medida, previo al inicio de la fase de construcción. Indicador de cumplimiento La evaluación del éxito de este plan de rescate y relocalización de geófitas se basará principalmente a partir del surgimiento de órganos aéreos (hojas, flores, frutos) de este tipo de plantas se procederá determinar el porcentaje de emergencia de estas especies. Lo anterior por medio los monitoreos planificados. Como indicador de éxito, se plantea que el 100% de los bulbos relocalizados o sembrados presente desarrollo vegetativo o florecimiento, debido a las características de esta especie, considerando etapas como, germinación, desarrollo vegetativo y florecimiento. El número de bulbos y rizomas a relocalizar, para su fiscalización, se informará a la Superintendencia Medio Ambiental de la Región Metropolitana (SMA), una vez que se dé por finalizada la etapa de colecta o extracción. Medio de verificación Surgimiento de órganos aéreos (hojas, flores, frutos), en seguimiento se llevará un registro anual de la diversidad de especies que emergen en estos sitios, caracterizando la composición florística de este ecosistema. Estos informes de carácter anual serán emitidos por 5 años, a partir del comienzo de las obras y ejecución del Plan, los que serán entregados ante la Superintendencia Medio Ambiental (SMA) Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2162355439
de la Región Metropolitana.
7.3. Medida Plan de repoblación de especies arbustivas Fase Construcción Impacto ambiental Perdida de superficie de formaciones vegetales y Alteración de área de preservación ecológica Tipo de Medida Compensación Componente(s) ambiental(es) objeto de protección Flora y vegetación, especies leñosas consideradas en el plan y área de preservación ecológica:
Tabla 23. Especies leñosas consideradas en el plan y área de preservación ecológica. Especies Origen Individuos por eliminar Individuos por compensar Adesmia gracilis Nativa 7362 7400 Anarthrophyl lum andicolum Endémica 3981 4000 Anarthrophyl lum cumingii Endémica 2 10 Azorella prolifera Nativa 10249 10300 Azorella ruizii Nativa 5145 5200 Berberis empetrifolia Nativa 4486 4500 Chuquiraga oppositifolia Nativa 5818 5900 Ephedra chilensis Nativa 2353 2400 Haplopappus schumannii Endémica 14 20 Junellia spathulata Nativa 10870 10900 Mutisia rosea Endémica 68 70 Nardophyllu m lanatum Endémica 1663 1700 Nassauvia axillaris Nativa 54332 54400 Schinus montanus Endémica 15 20 Total 106358 106820 Fuente. Anexo 10 Adenda Extraordinaria. Impacto asociado Perdida de superficie de formaciones vegetales y Alteración de área de preservación ecológica Objetivo Repoblar especies arbustivas, para enriquecer 72 ha cercanas al Proyecto, previo a la fase de construcción de este. Descripción Esta medida se desarrollará previo a la fase de construcción y sigue las siguientes etapas:
Colecta de propágulos: Una vez seleccionados los sectores de recolección, se procederá a la colecta de propágulos de las especies arbustivas en forma de semillas. Estas serán rotuladas y enviadas a las instalaciones del Centro de Semillas y Árboles Forestales de la Universidad de Chile (CESAF) u algún organismo similar según estima el Titular o profesional a cargo, donde se realizarán las pruebas correspondientes de germinación. Esta actividad se llevará a Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2162355439
cabo de preferencia en los rodales a intervenir y en poblaciones aledañas de similares características en cuanto a formación vegetal y composición florística. De igual modo se plantea que ante la no ocurrencia de semillas en el área de intervención del Proyecto, la colecta se ejecute en formaciones vegetales que se desarrollen cercanas al área de intervención del proyecto (no más de 1 km como buffer alrededor del proyecto y siempre dentro de la cuenca). Esta actividad se deberá realizar en forma previa a la intervención del proyecto, y en forma posterior a la obtención de la Resolución de Calificación Ambiental.
Viverización: Una vez realizadas todas las pruebas de germinación, para efectos de la propagación de las especies a compensar, se implementará un vivero de carácter temporal de producción específica, aledaño a los sitios de repoblación, para los trabajos de compensación, teniendo siempre presente mantener condiciones óptimas, para la propagación y desarrollo de las plántulas. Esto será debidamente informado a la autoridad ambiental una vez efectuada la actividad de colecta de propágulos y cuando se haga el contacto comercial con la empresa encargada de la construcción del vivero.
El tiempo requerido, para que estas plántulas permanezcan en el vivero estará relacionado con el crecimiento normal que tiene cada una de estas plantas y a lo especificado por el personal especializado a cargo del vivero, estimando un periodo no inferior a los dos años, por lo tanto, se elaborara durante la fase de construcción.
Preparación del sitio de repoblación: Se confeccionarán casillas de dimensiones proporcionales a cada especie a compensar de manera que, el espacio de cabida en su totalidad al pan contenedor o cepellón. Su ubicación “in situ” será en función de las coberturas puntuales existentes y de la densidad de plantación, que guarda relación con el número de individuos afectados por obras del Proyecto. Resultando una distribución de las casillas cercana al azar, lo que propende a mantener una estructura “natural” de las formaciones en lugar de las tradicionales hileras. La definición del sitio de repoblación está dada por las características que presenta un determinado lugar en función principalmente de las variables de clima, suelo y fisiografía.
Al respecto se menciona que, para la relocalización de los individuos, se seleccionaron sectores que cumplen los siguientes requisitos: Composición de vegetación y flora similar a las áreas intervenidas, pendiente moderada, existencia de sustrato de suelo que permita la plantación de nuevos individuos, buena accesibilidad, y aspecto legales como que, toda relocalización o enriquecimiento se realizará en sitios de Aptitud Preferentemente Forestal (CUS VI-VIII). Por tanto, la relocalización de individuos se llevará a cabo en áreas cercanas a las intervenidas y preferentemente en sectores donde la especie a relocalizar se encuentre presente.
De esta manera para la selección de los sitios de repoblación, se consideró lo siguiente:
•Todo sitio seleccionado quedará bajo cargo del Titular, ya sea por modalidad de compra del terreno o derechos de servidumbre. •Estructura vegetacional y composición florística similar al área intervenida. •Condiciones edafológicas similares al área intervenida. •Los sitios para relocalizar deben corresponder a suelos de APF (CUS VI-VII). •La selección de los sitios estará orientada, a la capacidad de carga Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2162355439
que posean, referido al número máximo de ejemplares nuevos que puedan soportar, a modo de no afectar a la flora preexistente y la dinámica poblacional, relacionada con la competencia intra e inter- específica. Para ello, se ejecutó un estudio de densidad poblacional en cada sitio escogido a partir de parcelas de muestro, donde se caracterizó de manera cualitativa y cuantitativa el sector.
•Cada sitio por enriquecer será georreferenciado (en coordenadas UTM WGS 84) y señalizado mediante la utilización de carteles, a modo de facilitar el seguimiento. Asimismo, se procederá a elaborar la cartografía correspondiente sobre la ubicación de los sitios escogidos, que mostrará cada ejemplar relocalizado.
Repoblación: Esta actividad se ejecutará de manera manual con personal especializado en este tipo de trabajos. Cada planta contará con protección individual compuesta por una malla tipo corrumet, de modo de evitar la mortandad por ataque de animales menores. Una vez efectuada la plantación, las plántulas recibirán un riego inicial o de establecimiento de 2 a 3 litros por ejemplar, posteriores riegos de apoyo o mantención serán determinados a partir del seguimiento a la plantación, de acuerdo con lo que indique el profesional a cargo del trabajo.
Mayor detalle del plan se presenta en el acápite 5.1 del Apéndice 14.1 del Anexo 14 de la Adenda Complementaria.
Justificación La flora que se recuperará permitirá mantener la presencia de la especie en el entorno del Proyecto. Lugar de implementación Sitios de repoblación La relocalización de individuos se llevará a cabo en áreas cercanas a las intervenidas y preferentemente en sectores donde la especie a repoblar se encuentre presente.
Se proponen 4 sitios de enriquecimiento que en total suman 72 ha., los cuales se presentan en la figura a continuación, más detalles en el Apéndice 14.1 de la Adenda Complementaria.
Figura 3. Sitios de repoblación y enriquecimiento
Fuente. Anexo 10 Adenda Extraordinaria.
Las actividades de este plan se ejecutarán antes y durante la fase de construcción del proyecto. Del mismo modo, es importante destacar que las actividades del plan también dependerán de la disponibilidad de material vegetal para la generación de plantas. Todo lo anterior determina los momentos de colecta, la cantidad y calidad en los Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2162355439
Plazo de implementación procesos de recolección, así como su viabilidad. Por tanto, todas las actividades relacionadas con el repoblamiento de especies arbustivas se ejecutarán antes y durante del inicio de los trabajos de construcción, al objeto de privilegiar la extracción de material genético (recolección de semillas). Si las obras comienzan antes del periodo de fructificación de cada especie, la colecta estará enfocada en aquellos individuos que se emplazan en zonas aledañas a los sectores de intervención. El cronograma con las actividades del plan se presenta en el acápite 5.1.9 del Apéndice 14.1 del Anexo 14 de la Adenda Complementaria, el cual presenta las actividades de prospección, colecta de semillas, viverización, selección y preparación del sitio que se presentan del año 1 al 3. Posteriormente, desde el año 4 se plantean las actividades de plantación, riegos de apoyo de ser necesarios, seguimiento y replante.
Tabla 24. Cronograma de actividades del Plan de repoblación.
Fuente. Anexo 10 Adenda Extraordinaria. Forma y oportunidad de implementación Las áreas de colecta corresponden preferentemente a las áreas sujetas a intervención, tales como área de paneles, subestación, caminos de interconexión. La selección del área a plantar se realizará de acuerdo con los siguientes criterios: Composición de vegetación y flora similar a las áreas intervenidas, pendiente moderada, existencia de sustrato de suelo que permita la plantación de nuevos individuos, buena accesibilidad, y aspectos legales como que, toda relocalización o enriquecimiento se realizará en sitios de Aptitud Preferentemente Forestal (CUS VI-VIII), u otras que se justifique técnicamente. Por tanto, la relocalización de individuos se llevará a cabo en áreas cercanas a las intervenidas y preferentemente en sectores donde la especie a relocalizar se encuentre presente.
De esta manera para la selección de los sitios de relocalización de suculentas, se considera lo siguiente: -Todo sitio seleccionado quedará bajo cargo del Titular, ya sea por modalidad de compra del terreno o derechos de servidumbre. -Estructura vegetacional y composición florística similar al área intervenida. -Condiciones edafológicas similares al área intervenida. -Los sitios por relocalizar deben corresponder a suelos de APF (CUS VI-VII). -La selección de los sitios estará orientada, a la capacidad de carga que posean, referido al número máximo de ejemplares nuevos que puedan soportar, a modo de no afectar a la flora preexistente y la dinámica poblacional, relacionada con la competencia intra e interespecífica. Para ello, se ejecutó un estudio de densidad poblacional en cada sitio escogido a partir de parcelas de muestro, donde se caracterizó de manera cualitativa y cuantitativa el sector. -Cada sitio por reforestar será georreferenciado (en coordenadas UTM WGS84) y señalizado mediante la utilización de carteles, a modo de facilitar el seguimiento. Asimismo, se procederá a elaborar la cartografía correspondiente sobre la ubicación de los sitios escogidos, que mostrará cada ejemplar relocalizado. Indicador de cumplimiento El indicador de cumplimiento corresponderá al porcentaje de sobrevivencia, del número de ejemplares a repoblar, según lo siguiente:
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Tabla 25. Porcentaje de sobrevivencia. Especies Individuos por eliminar Individuos por compensar Éxito % Individuos compromet idos Adesmia gracilis 7362 7400 0,70 5180 Anarthroph yllum andicolum 3981 4000 0,75 3000 Anarthroph yllum cumingii 2 10 0,75 7,5 Azorella prolifera 10249 10300 0,70 7210 Azorella ruizii 5145 5200 0,80 4160 Berberis empetrifoli a 4486 4500 0,70 3150 Chuquirag a oppositifoli a 5818 5900 0,70 4130 Ephedra chilensis 2353 2400 0,70 1680 Haplopapp us schumannii 14 20 0,75 15 Junellia spathulata 10870 10900 0,70 7630 Mutisia rosea 68 70 0,75 52,5 Nardophyll um lanatum 1663 1700 0,75 1275 Nassauvia axillaris 54332 54400 0,70 38080 Schinus montanus 15 20 0,75 15 Total 106358 106820 - 75585 Fuente. Anexo 10 Adenda Extraordinaria.
Cuando exista una tasa de sobrevivencia inferior, se procederá a una reposición de las especies que no sobrevivieron. Estas especies serán obtenidas del vivero y se aplicará la misma metodología explicada anteriormente.
El seguimiento, considera realizarse 1 vez al año por un plazo máximo de 10 años después de terminada la etapa de plantación. Medio de verificación Se considera que al término del proceso de plantación (año 4) se elaborará un informe detallado de las actividades realizadas y los resultados de los parámetros evaluados de cada monitoreo (1 vez al año por un plazo máximo de 10 años después de terminada la etapa de plantación y riego). Estos informes serán enviados a la SMA de la Región Metropolitana1 mes después de cada monitoreo.
7.4. Medida Plan de rehabilitación de matorral nativo Fase Cierre Tipo de Medida Reparación Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2162355439
Componente(s) ambiental(es) objeto de protección Flora y vegetación, las formaciones vegetacionales a rehabilitar y área de preservación ecológica se presentan en la Tabla 6-1 del Apéndice 14.1 de la Adenda Complementaria, debido a su extensión. Impacto asociado Perdida de superficie de formaciones vegetales y Alteración de área de preservación ecológica. Objetivo Propiciar la activación de los procesos primarios del ecosistema, cuyo objetivo primordial es no dejar el sustrato desnudo o expuesto a factores de erosión, además de recuperar los ejemplares eliminados de formaciones vegetacionales específicas. Descripción El plan de rehabilitación considera la propagación de las especies afectadas por medio de reproducción por semillas. Para dicho efecto se colectarán propágulos y se llevarán al Centro de Semillas y Árboles Forestales de la Universidad de Chile (CESAF) u otro organismo similar según estime el Titular o el profesional a cargo, donde se realizarán las pruebas correspondientes de germinación, para luego dar paso al proceso de viverización.
Colecta de propágulos: Una vez seleccionadas las especies y los sectores de recolección, se procederá a la colecta de propágulos de las especies arbustivas dominantes en forma de semillas. A continuación, estas serán rotuladas y enviadas a las instalaciones del Centro de Semillas y Árboles Forestales de la Universidad de Chile (CESAF) u otro organismo similar, donde se realizarán las pruebas correspondientes de germinación.
Viverización: Una vez realizadas todas las pruebas de germinación, para efectos de la propagación de la especie a compensar, se implementará un vivero de carácter temporal de producción específica, aledaño a los sitios de rehabilitación, para los trabajos de reparación, teniendo siempre presente mantener condiciones óptimas, para la propagación y desarrollo de las plántulas. Esto será debidamente informado a la autoridad ambiental competente una vez obtenida la Resolución de Calificación Ambiental favorable del EIA y cuando se haga el contacto comercial con la empresa encargada de la construcción del vivero o con el vivero ya establecido en la región.
Preparación del sitio de repoblación: Se confeccionarán casillas de dimensiones proporcionales a cada especie a compensar de manera que, el espacio de cabida en su totalidad al pan contenedor o cepellón. Su ubicación “in situ” será en función de las coberturas puntuales existentes y de la densidad de plantación, que guarda relación con el número de individuos extraídos en las obras de construcción. Resultando una distribución de las casillas cercana al azar, lo que propende a mantener una estructura “natural” de las formaciones en lugar de las tradicionales hileras. No obstante, lo anterior, se propiciará, en la medida posible, la ubicación de casillas en sectores con cierta protección de otros individuos existentes (efecto nodriza). Esta actividad se ejecutará de manera manual con personal especializado en este tipo de trabajos.
Reforestación: Las especies arbustivas seleccionadas y producidas en vivero a utilizar serán plántulas en cepellón, contenedor o tubete, y sus atributos para dejar el vivero serán los especificados por el personal especializado y que tendrá relación con la planta ideal a ser plantada en un clima y fisiografía extrema cumplimento con aspectos fisiológicos y morfológicos.
Se privilegiará que los trabajos de plantación sean ejecutados en los primeros meses de otoño, para aprovechar las posibles lluvias que pueden existir, además del estado de latencia que se encuentra la planta en el periodo invernal. Se plantea que cada casilla tenga una distribución cercana al azar que tienda a una estructura vegetacional Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2162355439
“natural” del sector. Esta actividad se ejecutará de manera manual con personal especializado en este tipo de trabajos. Una vez efectuada la plantación, las plántulas recibirán un riego inicial o de establecimiento razón de 2 a 3 litros por plantas, posteriores riegos de apoyo o mantención serán determinados a partir del seguimiento a la plantación.
Mayor detalle del plan se presenta en el acápite 6.1 del Apéndice 14.1 del Anexo 14 de la Adenda Complementaria. Justificación Las áreas recuperadas permitirán mantener la presencia de la formación en condiciones similares a las existentes antes del Proyecto. Lugar de implementación Sitio por rehabilitar Los sitios seleccionados a rehabilitar corresponden al área de intervención del Proyecto donde se proyectan obras desmontables tales como paneles solares, instalación de faenas, subestación, bermas y caminos interiores entre paneles, todos ambientes donde se desarrolla el matorral nativo, cuya descripción de presenta en la Línea de Base de Flora y Vegetación. Considerando además sitios aledaños donde se extraerá el material genético para la propagación de las plantas objetivo. Plazo de implementación La ejecución del plan de rehabilitación está relacionada intrínsecamente con el año o fecha de término de la fase de operación del proyecto. Año en que se dará inicio a la fase de cierre, correspondiente al desmantelamiento de las obras, preparación del sitio y posterior plantación de los ejemplares seleccionados. Las actividades de plantación tendrán una duración aproximada de 1 año y el seguimiento de esto, considera realizarse 1 vez al año por un plazo máximo de 6 años.
Mayor detalle del cronograma en acápite 6.1.9 de la Apéndice 14.1 de la Adenda Complementaria.
Tabla 26. Cronograma de actividades del Plan de rehabilitación
Fuente. Anexo 10 Adenda Extraordinaria. Forma y oportunidad de implementación Los sitios seleccionados a rehabilitar corresponden al área de intervención del Proyecto, donde se proyectan obras desmontables como paneles solares, instalación de faenas, subestación, bermas y caminos interiores entre paneles, todos ambientes donde se desarrolla el matorral nativo, cuya descripción de presenta en la Línea de Base de Flora y Vegetación. Mayor detalle de las áreas de rehabilitación revisar acápite 8 del Apéndice 14.1 de la Adenda Complementaria. Indicador de cumplimiento El éxito de una plantación o relocalización (para este caso) depende de diversos factores, entre las más importantes se consideran los factores ambientales y las condiciones edáficas del sitio donde serán establecidas. Sin embargo, el éxito también depende de la calidad de la planta que se presenta al momento de salir del área de vivero. Dado esto, se establece como indicador de éxito el 80% de sobrevivencia de los ejemplares a plantar de cada especie. Medio de verificación Se considera que al término del proceso de plantación y de cada Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2162355439
monitoreo, se elaborará un informe detallado de las actividades realizadas y los resultados de los parámetros evaluados, esto se realizará desde el año 2 al año 5, con una frecuencia de 1 vez por año. Estos informes serán enviados a CONAF y a la SMA de la Región Metropolitana 1 mes posterior al monitoreo.
7.5. Medida Rescate y relocalización de fauna (arácnidos, anfibios, reptiles y micromamíferos) Fase Construcción Tipo de Medida Mitigación Componente(s) ambiental(es) objeto de protección Fauna vertebrados terrestres y área de preservación ecológica en relación al objeto de protección Fauna: •Anfibios: Alsodes montanus •Reptiles: Liolaemus leopardinus y Phymaturus darwini. •Mamíferos: Euneomys chinchilloides Fauna invertebrada: •Arácnidos: Grammostola rosea y Euathlus condorito Impacto asociado Pérdida de ejemplares de fauna de interés y/o sensibles; Alteración de área de preservación ecológica Objetivo Disminuir la pérdida de ejemplares de las especies objetivo en el área de intervención del Proyecto. Descripción El rescate y relocalización de fauna se realiza previo a generar la intervención y ejecución de obras que modifiquen directamente los sectores donde se detectó la presencia de las especies objetivo, y consiste en capturar a los individuos para posteriormente ser trasladados a sectores sin intervención. El detalle de todos los antecedentes asociados a esta medida se describe en el Anexo 9 PAS146 actualizado de la Adenda Complementaria, el cual corresponde al “Permiso para la caza o captura de ejemplares de animales de especies protegidas para fines de investigación, para el establecimiento de centros de reproducción o criaderos y para la utilización sustentable del recurso”. Justificación La medida se justifica en su capacidad para reducir la pérdida de individuos pertenecientes a las especies objetivo y aquellas de baja movilidad. Lugar de implementación Área de captura Las capturas se enfocarán en aquellas áreas de afectación del Proyecto donde se dispongan las obras areales (mayores o menores a 3 ha) y las obras lineales, y dentro de estas, donde se registren los ambientes con las características necesarias para la presencia las especies objetivo y/o su hábitat de registro (matorral, herbazal y sin vegetación). En la figura a continuación se pueden ver estas áreas. En el Anexo 10-2 de la Adenda se incluye el kmz y shape con los ambientes a intervenir que serían las áreas de captura.
Figura 4. Vista general de las áreas de captura asociadas a los ambientes a intervenir por el Proyecto
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Fuente. Anexo 10 Adenda Extraordinaria.
Área de relocalización
Los ejemplares capturados serán liberados en las áreas de relocalización que fueron previamente seleccionada y caracterizadas en el Anexo 18 de la Adenda, contando con los siguientes principios básicos:
•Superficie mayor o igual a la superficie del área de captura. •Idealmente a una distancia de entre 500 a 5.000 metros del área de captura •Características de hábitat similar al área de captura (esto es en parte las características vegetacionales, altura o msnm, entre otras). •No ser intervenida y/o influenciada por el Proyecto, garantizando su protección en el mediano a largo plazo.
En el Anexo 10-2 de la Adenda se incluye en formato shape y kmz las áreas de relocalización caracterizadas y seleccionadas.
Figura 5. Áreas de relocalización caracterizadas y seleccionadas.
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Fuente. Anexo 10 Adenda Extraordinaria. Plazo de implementación Para dar cumplimiento a la Resolución Exenta que permite la captura, de forma previa al comienzo de la actividad, se dará aviso del inicio de las capturas al SAG regional, con 10 días hábiles de anticipación o según se estipule en el permiso que otorgue la Resolución Exenta.
De manera previa al rescate, se realizarán estimaciones de abundancia en el área de captura y área de relocalización, idealmente dentro de los 30 días previos a la aplicación de esta medida, durante siete jornadas, o según se requiera. Posteriormente, se realizarán las actividades de captura o rescate, estas deberán ser efectuadas en la estación de primavera y/o de verano (o inicios de otoño para los arácnidos), y en los días y horarios en que las características climáticas así lo permitan, ajustándose el cronograma de inicio de la construcción a lo señalado. Una vez terminadas las capturas o liberada el área, se considera un máximo de 5 días entre el fin de la medida y el inicio de la construcción, de tal manera de evitar y/o disminuir la recolonización temprana de la fauna relocalizada. Es de considerar que las actividades podrían estar sujetas a las condiciones climáticas, y por tanto de haber un inconveniente con estas, las campañas deberán ser realizadas en forma inmediata cuanto el clima lo permita y/o lo más cerca del periodo comprometido. El cronograma de actividades de la medida en función a la construcción del Proyecto se muestra en la tabla a continuación.
Tabla 27. Cronograma de actividades de la medida “Rescate y relocalización” en función a la construcción del Proyecto.
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Pr: Primavera; Ve: Verano; R: Rescate y relocalización; (*) Actividades de la fase de construcción que no implican una nueva intervención o de desarrollan sobre superficies ya intervenidas. Nota: El plazo total de la fase de construcción es de 22 meses. Dentro de dicho plazo se considera la detención de las faenas durante 1,5 meses en los períodos de invierno. En caso de que las condiciones climáticas permitan desarrollar actividades de construcción durante dicho periodo, los trabajos se extenderían resguardando siempre las condiciones de seguridad requeridas para ello. Las actividades requeridas para asegurar el acceso a la faena y la continuación operativa de las instalaciones se desarrollarán en forma normal. Fuente. Anexo 10 Adenda Extraordinaria. Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2162355439
Forma y oportunidad de implementación Esfuerzo de la medida
Se estima un esfuerzo 20 días, por 10 profesionales con una tasa de avance de 12 hectáreas por día, totalizando un esfuerzo de 2.250 horas para arácnidos, 2.000 para anfibios y reptiles. En el caso de los micromamíferos, se requiere de cuatro especialistas y un total de 1.089 trampas por tres noches de trabajo consecutivas, según Apéndice 14.1 del Anexo 14 de la Adenda Complementaria. Adicionalmente para el grupo Arachnida se contempla búsqueda nocturna para machos con un esfuerzo equivalente a 5 noches en horario entre 21:00 pm a 02:00 am, por 10 profesionales en caminatas areales, dando prioridad a sitios de acumulación de madrigueras para el caso de Grammostola rosea y acumulación-agrupamiento de presencia de Euathlus condorito, resultados del esfuerzo día.
Las capturas serán llevadas a cabo por equipos con experiencia en el manejo de fauna silvestre y lideradas por a lo menos un médico veterinario, esto debido a la necesidad del manejo en bienestar animal, zoonosis u otra actividad de esterilidad en campo. En el caso particular de P. darwini (matuasto), a lo anterior se suma, la necesidad de manipulación de jeringas (chip) y desinfección.
Tabla 28. Esfuerzo de captura estimado
Clase Área de afecta ción (ha) Profesio nales Tasa de avance (ha/día) (trampa s/noche) Días o noches Esfuerzo total (hr) (trampa s/3 noches) Arachnida 219.41 10 12 25 2250 Anfibios y reptiles 219.41 10 12 20 2000 Mamíferos 219.41 4 363 3 1089
Identificar los hábitats y superficies reales de las especies objetivo de forma previa a la ejecución de la medida *Corresponden al número mínimo (días) los cuales podrían extenderse según tasa de avance de capturas comprometidas. Fuente. Anexo 10 Adenda Extraordinaria.
Especificaciones técnicas de la captura y marcaje /identificación
a) Captura
Para el ejercicio de las capturas, el personal de terreno (especialistas fauna silvestre) deberá contar con experiencia y/o estar capacitado para el manejo de las especies objetivo, incluyendo el manejo de conceptos básicos de bioseguridad y del plan de contingencia en caso de observarse animales heridos, moribundos o muertos. Las actividades de captura deberán ser realizadas en épocas en que las temperaturas permitan condiciones favorables para la reubicación de individuos. Esto es durante la estación de primavera y/o de verano, y en los días y horarios en que las características climáticas así lo permitan, ajustándose el cronograma de inicio de la construcción a lo señalado.
Para dejar registro de lo anterior, se implementarán fichas diarias asociadas a la aplicación de las capturas, que indiquen el área, profesionales a cargo, fecha, temperatura y condiciones del viento y nubosidad, esfuerzos aplicados y/o tasa de avance, y asi bien horario de captura y relocalización de los individuos. A continuación, se indican las consideraciones asociadas a la captura Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2162355439
de cada grupo:
Arácnidos: para el caso de Euathlus condorito la captura de hembras se realizará de manera directa por captura manual con el uso de guantes de látex para evitar urticaria por contacto directo con los especímenes. La manera de tomar los individuos se seguirá los pasos de Reyes et al., 2020. Y para sacar a los individuos de las madrigueras se deberán romper siguiendo las técnicas descrita por Leilani 2018.
La captura se realizará durante el día a través de búsqueda dirigida en los hábitats en el cual se establecen; bajo piedras, entre piedras o en oquedades en donde se utilizará cámara endoscópica para determinar presencia en aquellos lugares de difícil acceso; los machos en tanto se capturarán por la noche de forma directa. Para el caso de Grammostola rosea, la captura de las hembras se realizará por extracción desde sus madrigueras las cuales serán definidas y asociadas a la especie por la presencia de telares y el uso de cámara endoscópica la cual se introducirá en cada nido para observar la actividad y presencia; los machos en tanto se capturarán durante la noche. Para Grammostola rosea, se deberá considerar una caracterización de las madrigueras de donde se rescatarán los ejemplares, con el objetivo de obtener información sobre: profundidad de la madriguera, su diámetro, orientación y exposición. Esto es fundamental para definir las madrigueras a construir para cada ejemplar rescatado y relocalizado ya que deben tener los mismos atributos y con esto evaluar la efectividad de la medida. Para ambas especies, el trabajo de captura nocturna para los machos se realizará entre 21:00 pm a 02:00 am.
Anfibios: se realizará mediante la captura manual (postmetamorficos) y chinguillo (pre metamórficos), a través de recorridos activos y/o búsqueda dirigida de las especies objetivo, en los hábitats en que esté presente este grupo en el área de intervención directa del Proyecto. Las labores de captura serán realizadas entre las 20:00 pm y 02:00 am, horario coincidente con el aumento de la actividad acorde a literatura (Vidal & Labra, 2008).
Reptiles: se realizará mediante la captura manual y/o con lazo corredizo a través recorridos activos y/o búsqueda dirigida de las especies objetivo, en los hábitats en que esté presente este grupo en el área de intervención directa del Proyecto. Las labores de captura se desarrollarán en horario diurno entre las 09:00 am y 17:00 pm, tiempo en que los individuos presentan mayor actividad. En el caso de P. darwini (matuasto), las capturas deberán ser de todo el grupo o harem, evitando desarticularlo.
Micromamíferos: se realizará mediante la captura viva con trampas Sherman por tres noches consecutivas de trampeo como mínimo, Las trampas deberán ser cebadas con diversos atractores. Con respecto a estos últimos, y debido a la escasa información presente en la literatura actual acerca del cebo más indicado para cada especie, estos podrán ser mezclas de avena, alfalfa fresca y/o semillas. Sumado a lo anterior, se recomienda el uso de trampas Sherman de diversos tamaños, apariencia (abierta y cerrada) y alturas.
b) Marcaje
En consideración a las observaciones relacionadas al permiso Ambiental Sectorial 146, y a que el objetivo de la medida es disminuir el estrés y manipulación de los individuos, no se realizará marcaje a los individuos de las especies A. montanus (Sapo del Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2162355439
monte), L. leopardinus (Lagarto leopardo), y E. chinchilloides (ratón sedoso chinchilloide). Por lo anterior, se realizará un seguimiento de segundo nivel, de acuerdo con lo señalado en la Guía Técnica para Implementación de Medidas de Rescate/Relocalización y Perturbación Controlada (Torres et al, 2014). Este tipo de seguimiento se recomienda particularmente en el caso de que los individuos no sean marcados y apunta, en primer lugar, a observar el comportamiento de la variable abundancia de las especie objetivo y no objetivo, así como otros atributos ecológicos y de historia de vida, en los sectores de captura y en los de relocalización de manera previa y posterior a la medida, de tal manera de abordar el seguimiento desde un punto de vista más eco sistémico, a nivel de población o especie, y no de individuo.
En el caso de P. darwini, para lograr un seguimiento apropiado, se considera que el marcaje debe ser efectuado, esto garantizando el bienestar del animal. Para lo señalado, se requerirá la presencia de personal competente para la implantación de chip, de un tamaño máximo de 0,8 mm. El procedimiento de manipulación e implantación de chip deberá ser detallado en el permiso de captura, especificando la presencia de un médico veterinario, material desechable, disposición del material, uso de pegamento quirúrgico, entre otros factores. Es importante mencionar que en caso de que los individuos posean un tamaño pequeño (juveniles) quedará a criterio del profesional la implantación del dispositivo o chip, con la finalidad de resguardar en todo momento la integridad de cada ejemplar.
Además de la implantación de chip será necesario el marcaje con pintura acrílica inocua en una zona visible a corta distancia para un observador. Será posible la identificación de los animales con una secuencia específica de combinatorias de colores que se aplicarán en el dorso del cuello. Estas pinturas han sido usadas en estudios sobre reptiles sin haber encontrado ningún daño al animal y las manchas desaparecen con la siguiente muda. Para los arácnidos que se someterán a esta medida, se hace necesario el marcaje para poder lograr un correcto y adecuado seguimiento, por ello se utilizará marcador fluorescente no tóxico de manera de realizar un seguimiento nocturno de manera mas fácil y comprobar el estado de cada individuo rescatado. La marca se realizará en dos de sus patas, una delantera y otra trasera siguiendo las recomendaciones de Schwerdt 2019.
c) Identificación
Todos los ejemplares capturados serán individualizados, para luego registrarse la siguiente información: • Punto de registro (coordenadas UTM) • Especie • Determinación de sexo y rango etario. En el caso de los reptiles, serán considerados juveniles todos aquellos individuos cuya longitud hocico-cloaca sea igual o menor al 60% del macho más grande que se haya encontrado. • En el caso de P. darwini (matuasto), el número de chip y lugar de colocación (implantación). Y patrón o clave de coloración. • Pesaje y medidas morfométricas (longitud desde extremo de hocico a cloaca; largo de cola y para arácnidos se considerará la longitud de las patas, ancho de cefalotórax, largo y longitud total del cuerpo) • Obtención de registro fotográfico • Evaluar la condición sanitaria de los individuos: presencia de ectoparásitos y/o lesiones.
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Condiciones de transporte
Para el traslado de los ejemplares desde las áreas de captura hacia los sitios de liberación o relocalización, los individuos serán transportados en contenedores. En los arácnidos los individuos deben ir en contenedores individualizados. En caso de ser necesario su traslado en vehículo, se asegurará que los contenedores queden fijos y que la velocidad de desplazamiento no sea superior a los 20 km/hr en el caso de existir caminos no pavimentados y/o con eventos. Por medidas de bioseguridad, las cajas con los animales capturados deben ir sobre el pickup de camioneta, en lugar aireado y sin radiación solar directa.
Instalaciones y cautiverio
• Instalaciones y cautiverio
Los ejemplares serán ubicados en contenedores plásticos especialmente adaptados para el cautiverio de individuos de las especies ya mencionadas, y se ubicarán de tal manera de estar protegidos de las temperaturas extremas, viento, exceso de iluminación en el caso de los arácnidos e individualizados para cada individuo, también se deberá considerar cualquier otra amenaza. Cada contenedor será dividido en dos compartimentos, y tendrá orificios que permitirán una adecuada ventilación. En su interior se incorporará sustrato y refugios que emulen el área de captura de cada taxa (ej.: tierra, piedras, agua, algas). En el caso particular de los individuos de anfibios pre metamórficos, estos se mantendrán en contenedores grandes, con el agua y/o sustrato del lugar de donde fueron capturados, cambiando el agua cada 10 minutos. Con el objetivo de evitar interacciones negativas entre ejemplares, tales como agresión y depredación, en cada compartimento se ubicará un único individuo. Individuos de anfibios pre metamórficos, tampoco se mezclarán con individuos pos metamórficos. El cautiverio se prolongará por un plazo no mayor a 8 horas. En el caso de los individuos de anfibios pre metamórficos, el cautiverio no deberá superar 1 hora. Los contenedores que se utilizarán para los arácnidos serán de uso individual, correctamente rotulados identificando cada individuo; acondicionados con toalla absorbente y pulverizadas con agua para contener humedad al interior del contenedor para su traslado, de esta manera se evita deshidratación de los individuos y golpes en las paredes del contenedor. De igual forma deberán contener aireación por medio de agujeros.
• Liberación y depósito de individuos
La liberación de los ejemplares se realizará de preferencia durante la misma jornada en la cual fueron capturados, considerando que las condiciones climáticas (temperatura, luminosidad, etc.) sean apropiadas para la adecuada reinserción al medio de los ejemplares. Para dejar registro de lo anterior, se implementarán fichas diarias. Así mismo, se de acuerdo a lo indicado en la Guía Técnica Para Implementar Medidas de Rescate/ Relocalización y Perturbación Controlada (Torres-Mura et al., 2014) del Servicio Agrícola y Ganadero y/o a las especies objetivo, se considerará lo siguiente: • Liberar pocos individuos en cada lugar (logra un espaciamiento adecuado de los organismos y evita las agresiones entre individuos de la misma especie) para no superar la capacidad de carga del sitio 2 • Liberar individuos adultos separados de infantiles y juveniles. • Liberar una proporción de machos y hembras acorde con la estructura de la especie (territorial, polígama, etc.)2. Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2162355439
• No liberar depredadores cerca de presas (ej. liberar culebras e iguanas lejos de otras lagartijas, liberar yacas lejos de lagartijas y roedores juveniles)2. • En el caso de P. darwini, se considerará trasladar la mayor cantidad de individuos de un grupo (harem), procurando establecerlos en un ambiente rocoso similar con una comunidad vegetal similar, lo cual se identificará con las mediciones adicionales previas a la aplicación de la medida (item Plan de seguimiento, Método o procedimiento de medición). • Individuos de anfibios pre metamórficos serán relocalizados considerando la vegetación, orientación, flujo de agua, y superficies similares al lugar de captura.
Indicador de cumplimiento - Obtención del permiso en su tramitación ambiental y sectorial (resolución que autorice la captura). - Aviso del inicio de las actividades de captura al Servicio Agrícola y Ganadero (SAG) regional, según estipule la resolución que autorice la captura. - Informe relativo a los resultados de la captura y relocalización, a ser presentado al SAG en el plazo que estipule la resolución que autorice la captura. - Fichas de registro de las actividades diarias asociadas a la medida de rescate y relocalización, que den cuenta de los profesionales participantes, fechas, sector y superficie de aplicación de la medida, esfuerzos aplicados y/o tasa de avance. - Registro de la fecha de inicio de las actividades constructivas (intervención), en consideración a un máximo de 5 días entre el fin de la medida y el inicio de la construcción. - Parámetros establecidos y observación del éxito de la medida (ver Anexo 09 Actualización PASM146, Anexo 17 Actualización Fichas resumen, y el detalle en el Anexo15 Actualización Plan de seguimiento de la Adenda Complementaria).
Para los arácnidos la liberación en los sitios establecidos se realizará distintamente de acuerdo a las especies. En el caso de Grammostola rosea, serán depositando en cada una de las madrigueras, individualizadas y marcadas con su identificación para la etapa de seguimiento-monitoreo posterior. De manera previa para el proceso de Grammostola rosea, se deberán de realizar excavaciones en el suelo de manera de imitar madrigueras, las cuales deberán coincidir con las madrigueras de cada individuo rescatado en ciertos atributos como, profundidad estimada, orientación de la madriguera, exposición y diámetro. Estas excavaciones se elaborarán con varillas de fierro de distinto diámetro de acuerdo a las observaciones de las madrigueras levantadas en el sitio a rescatar, respetando los atributos de cada madriguera asociada a cada individuo.
Euatlhus condorito en tanto serán liberados en los distintos acopios rocosos elaborados o disponibles en el ambiente. Para el área que involucra a Euatlhus condorito previo al a liberación los sitios serán enriquecidos con refugios, acopios rocosos y/o con oquedades artificiales de manera que sean el refugio definitivo para estas especies. Medio de verificación -Mediante el levantamiento de información de forma previa y posterior a la medida se medirán los parámetros establecidos, y según esto se podrá observar el éxito de la medida (ver Anexo 09 Actualización PASM146 de la Adenda Complementaria).
-Entrega de informes con los resultados de la ejecución de la medida a la Superintendencia del Medio Ambiente (SMA) y Servicio Agrícola y Ganadero (SAG) Regional, en un plazo de 30 días hábiles tras el termino de las actividades de captura. Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2162355439
7.6. Medida Perturbación controlada de reptiles Fase Construcción Tipo de Medida Mitigación Componente(s) ambiental(es) objeto de protección Fauna vertebrados terrestres y área de preservación ecológica por objeto de protección Fauna: •Reptiles: Liolaemus monticola y Liolaemus nigroviridis Impacto asociado Pérdida de ejemplares de fauna de interés y/o sensibles; y Alteración de área de preservación ecológica. Objetivo Inducir el desplazamiento gradual de especies de baja movilidad desde el ambiente que utilizan (área de intervención de Proyecto) hacia zonas inmediatamente adyacentes, para disminuir el impacto de la potencial pérdida de ejemplares amenazados de baja movilidad, debido a las obras y acciones del Proyecto. Descripción En términos genéricos, la medida consiste en remover de forma manual y gradual los refugios de las especies de interés, como cúmulos de rocas o vegetación arbustiva, previo al inicio de las actividades de despeje de vegetación o de movimiento de tierras con medios mecánicos (SAG, 2016). Todas las actividades asociadas a la medida estarán supervisadas por un profesional con experiencia en manejo de animales silvestres, según se describe a continuación:
•Previo al inicio de la perturbación controlada, se realizarán puntos de muestreo y/o recorridos en el área a perturbar (área de intervención) con el objetivo de identificar la “abundancia de las especies objetivo” de manera previa a la intervención (estas mediciones serán necesarias para estimar el éxito de la medida y/o realizar el seguimiento de esta). •Posteriormente, se removerán y retirarán de forma manual o con herramientas de uso manual (motosierra o desmalezadora), las rocas, troncos, vegetación y todo aquello que pueda servir como refugio. •Los materiales removidos (vegetación, piedras, ramas entre otros) durante esta actividad, serán posicionados a una distancia de 50 metros aprox. de los sectores a perturbar, de manera de proveer refugio en las zonas a las que se desplazarán los individuos. •Las rocas de gran tamaño removidas (aproximadamente de 0,3 m3) en esta medida, serán posicionadas en el “Área de relocalización de fauna 2 y/o 6” (señalada en el Anexo 7-6 PASM 146 actualizado, de la Adenda), de tal manera de generar nuevos refugios para los ejemplares perturbados y relocalizados. •Se habilitarán pircas. Estas pircas tendrán un volumen promedio de 10m3 (dimensiones sugeridas de 5 m de largo por 2 m de ancho y 1 m de alto), con una densidad de una pirca por cada 10 hectáreas. Las pircas deberán instalarse fuera de los cursos de agua presentes en el área de relocalización.
•Posterior a la aplicación de la perturbación controlada, se realizarán recorridos y/o puntos de muestreo, en el área ya perturbada con el objetivo de identificar la “abundancia de las especies objetivo”; y en el área sumidero con el objetivo de identificar la “abundancia de las especies objetivo” y otros parámetros (detalle en plan de seguimiento de la medida en Anexo 12 Plan de seguimiento actualizado de la Adenda Extraordinaria). Justificación La medida se justifica, dada la presencia de especies de reptiles endémicos y/o en categorías de conservación según la legislación nacional vigente, las cuales debido a su baja capacidad de desplazamiento presentan riesgo de sufrir pérdida de individuos. La aplicación de esta medida se justifica en superficies acotadas, en las que se sugiere facilitar el movimiento natural de los individuos hacia áreas adyacentes (Torres-Mura et al. 2014), y evitar un estrés de captura innecesario. Lugar de implementación La medida se realizará en las áreas menores a 3 (ha) y en las obras Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2162355439
lineales como: caminos internos, sector de zanjas, sector de subestación eléctrica y línea de transmisión eléctrica. Plazo de implementación Previo a la etapa de construcción, se realizarán las actividades de perturbación controlada, considerándose un máximo de 3 días entre el fin de la medida y el inicio de la construcción. Lo anterior, conforme el avance de los frentes de trabajo. Las actividades relacionadas a la medida deberán ser efectuadas en la estación de primavera y/o de verano, y en los días y horarios en que las características climáticas así lo permitan, ajustándose el cronograma de inicio de la construcción a lo señalado. Es de considerar que las actividades podrían estar sujetas a las condiciones climáticas, y por tanto de haber un inconveniente con estas, las campañas deberán ser realizadas en forma inmediata cuanto el clima lo permita y/o lo más cerca del periodo comprometido.
Tabla 29. Cronograma de actividades de la medida “Perturbación controlada” en función a la construcción del Proyecto
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Pr: Primavera; Ve: Verano; P: Perturbación controlada; (*) Actividades de la fase de construcción que no implican una nueva intervención o de desarrollan sobre superficies ya intervenidas. Nota: El plazo total de la fase de construcción es de 22 meses. Dentro de dicho plazo se considera la detención de las faenas durante 1,5 meses en los períodos de invierno. En caso de que las condiciones climáticas permitan desarrollar actividades de construcción durante dicho periodo, los trabajos se extenderían resguardando siempre las condiciones de seguridad requeridas para ello. Las actividades requeridas para asegurar el acceso a la faena y la continuación operativa de las instalaciones se desarrollarán en forma normal.
Fuente. Anexo 10 Adenda Extraordinaria. Forma y oportunidad de implementación En función a las actividades asociadas a la medida (ítem Descripción) se considera lo siguiente:
- Registros previos a las actividades de perturbación:
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Los puntos de muestreo y/o recorridos a realizar en el área a perturbar (área a intervenir) para registrar la “abundancia de las especies objetivo”, se efectuarán en un periodo no mayor a 10 días antes de la perturbación, durante una jornada de trabajo, con la participación de dos profesionales. Todo lo señalado ajustable según se requiera.
- Actividades de perturbación:
Durante las actividades de perturbación se considerará una tasa de avance de una hectárea/día con tres especialistas, y por tanto la cantidad total de profesionales dependerá de la tasa de avance de la construcción del Proyecto.
- Registros posteriores a las actividades de perturbación:
Los puntos de muestreo y/o recorridos a realizar en el área ya perturbada para registrar la “abundancia de las especies objetivo, se efectuarán en un periodo de 1 a 3 días después de la perturbación, durante una jornada de trabajo, con la participación de dos profesionales. Todo lo señalado ajustable según se requiera. Indicador de cumplimiento - Aviso del inicio de las actividades asociadas a la medida, al Servicio Agrícola y Ganadero (SAG) regional y a la Superintendencia de Medio Ambiente (SMA). - Fichas de registros de las actividades diarias asociadas a la medida de perturbación controlada, que den cuenta de los profesionales participantes, fechas, sector y superficie de aplicación de la medida, esfuerzos aplicados y/o tasa de avance. - Registro de la fecha de inicio de las actividades constructivas (intervención), en consideración a un máximo de 3 días entre el fin de la medida y el inicio de la construcción. - Parámetros establecidos y observación del éxito de la medida. Medio de verificación -Mediante el levantamiento de información de forma previa y posterior a la medida se medirán los parámetros establecidos, y según esto se podrá observar el éxito de la medida (ver anexo Plan de cumplimento de las variables ambientales, de la Adenda). -Registro semanal durante toda la implementación de las medidas incluyendo su seguimiento. -Registro de construcción de pircas: incluirá la ubicación georreferenciada, dimensiones, ambiente, orientación, fotografías, estado de la pirca, actividad, especies que la utilizan. -Entrega de informes con los resultados de la ejecución de la medida a la Superintendencia del Medio Ambiente (SMA) y Servicio Agrícola y Ganadero (SAG) Regional, en un plazo de 30 días hábiles tras el termino de las actividades de captura.
7.7. Medida Instalación de disuasores de vuelo Fase Construcción y operación Tipo de Medida Mitigación Componente(s) ambiental(es) objeto de protección Fauna vertebrados terrestres y área de preservación ecológica por objeto de protección Fauna: •Ave: Vulthur gryphus Impacto asociado Perdida de ejemplares de especies de interés y/o sensibles; y Alteración de área de preservación ecológica Objetivo Disminuir la probabilidad de ocurrencia de colisión con el tendido eléctrico de aquellos individuos de la especie Vulthur gryphus, que transitan por la zona y que tienen mayor probabilidad de colisionar debido a su envergadura alar y/o por sus conductas de vuelo. Descripción La medida consiste en la instalación de dispositivos anticolisión en el cable de guarda de la línea de trasmisión eléctrica. Incluye su revisión y mantención para que cumplan su función durante el tiempo que comprenda la fase de construcción y operación. Justificación La medida se sustenta en la experiencia internacional, que demuestra Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2162355439
que la utilización de dispositivos anticolisión de aves aumenta la visibilidad de los tendidos eléctricos, siendo eficaz en disminuir los eventos de colisión y, en consecuencia, en mitigar los impactos derivados de ellos. Jenkins et al. (2010), señala que cualquier dispositivo que engrose el cable al menos en 20 cm con un largo de al menos 20 cm, dispuesto con suficiente regularidad, reduce las colisiones entre un 50 y 80%. Barrientos et al. (2011), en un metanálisis que incluyó 21 dispositivos diferentes señala resultados similares: reducción de la mortalidad de aves entre un 55% y un 94%, con un 78% de reducción promedio. Similar evidencia fue reportada por de la Zerda & Roselli (2003), en Colombia. Por otro lado, en la “Guía para la Evaluación del Impacto Ambiental de Proyectos Eólicos y de Líneas de Transmisión Eléctrica en Aves Silvestres y Murciélagos” (SAG, 2015), se indica como la principal medida de mitigación para el impacto de colisión es la implementación de disuasores de vuelo para aumentar la visibilidad de tendidos. Lugar de implementación La medida se dispondrá a lo largo del cable de guarda de la línea de transmisión eléctrica (LTE) del Proyecto. En la figura a continuación se muestra la conexión, el sector de la subestación y plataforma de la torre. En la figura a continuación se pueden ver las líneas de conexión en donde se instalarán los dispositivos.
Figura 6. Sector de Línea de Transmisión Eléctrica
Fuente. Anexo 10 Adenda Extraordinaria. Plazo de implementación Los plazos de implementación dependerán de las actividades de instalación y mantención de los dispositivos.
Campaña inicial: Instalación Personal calificado del Proyecto instalara los dispositivos durante la etapa de construcción, inmediatamente este posicionado el tendido y/o cable de guarda. Estos estarán operativos durante toda la fase de construcción y operación. El encargado ambiental deberá tomar registro de esto. Campañas de mantención y/o revisión Personal calificado deberá realizar campañas de mantención y/o revisión del estado de los dispositivos una vez al año, y a lo largo de toda la fase de operación. El encargado ambiental deberá tomar registro de esto.
Campañas de ejecución de la medida Es de considerar que las actividades descritas podrían estar sujetas a las condiciones climáticas, y por tanto de haber un inconveniente con estas, las campañas deberán ser realizada en forma inmediata cuanto el clima lo permita y/o lo más cerca del periodo comprometido.
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Tabla 30. Campañas de ejecución de la medida Campaña de ejecución de la medida Frecuencia Campaña inicial: instalación Instalación de los dispositivos anticolisión junto con la postura del tendido y el cable de guarda. Campañas de mantención y/o revisión Una vez al año durante toda la etapa de operación. Fuente. Anexo 10 Adenda Extraordinaria. Forma y oportunidad de implementación Forma y oportunidad de implementación dependerán de las actividades de instalación y mantención de los dispositivos:
Campaña inicial Se instalarán disuasores de vuelo tarjeta o aspa, idealmente “BirdMark BM-AG” (figura abajo), con al menos 20 cm de largo. Se instalarán en el cable de guarda, con un distanciamiento mínimo de 3 metros entre sí, en consideración a que la LTE tiene una longitud de 20 metros en cada línea de conexión.
Las características con las que contarán para asegurar una buena durabilidad y funcionalidad serán las siguientes: -Contar con sus componentes metálicos de acero inoxidable, y sus elementos plásticos con PVC de alto impacto y resistentes a la luz. -Visible de día y de noche, y en condiciones de neblina y baja luminosidad. -Balancearse con el viento y reflejar la luz del sol para alertar a las aves -Brilla hasta al menos 10 horas después de la puesta de sol, y/o bajo condiciones de poca luz. Esto es de particular interés para especies que vuelan de noche, como podría ser el caso de las aves rapaces nocturnas. -Ser removibles en caso de ser necesario su recambio por mal funcionamiento u otro.
Figura 7. Dispositivo “BirdMark BM-AG”.
Fuente. Anexo 10 Adenda Extraordinaria.
De considerarse esferas aeronáuticas para el cumplimento de la norma, estas serán de color amarillo, y pasarán a ocupar el lugar de un dispositivo “BirdMark BM-AG”.
Campañas de mantención y/o revisión
Se realizarán revisiones y mantenciones semestrales del funcionamiento de los dispositivos en cada uno de los sectores donde fueron instalados. Los factores a considerar en cada revisión se basarán en las características de los disuasores y su relación con las estructuras y el medio ambiente. Estos serán: - Que reflejen la luz del sol, mantengan su visibilidad durante el día y la noche, y en condiciones de neblina o baja luminosidad. Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2162355439
- Que mantenga su brillo hasta 10 horas después de la puesta de sol, y/o bajo condiciones de poca luz.
- Que se balancee con el viento, y que su mecanismo de sujeción no deba moverse más de lo necesario.
- Que se mantenga con el distanciamiento adecuado (3 metros entre sí).
- Que no dañe el conductor en el lugar donde se instala.
- Que no cause efecto corona (fenómeno eléctrico que producen los conductores de las líneas de alta tensión, que se manifiesta como halo luminoso a su alrededor).
- Que el mecanismo que forma parte del conector no emita zumbidos.
- En caso que alguno de estos factores no se encuentre funcionando de manera óptima, se deberá realizar el recambio del desviador y/o ajustar su funcionamiento, llevándose un registro semestral de esto.
•Consideraciones:
- Los trabajadores deberán ser instruidos con respecto a la medida (Ver medida de capacitación y/o educación de trabajadores, de Compromisos ambientales voluntarios). -Se llevará un registro en fichas de las actividades de instalación, y mantención y/o revisión, indicando: fechas, profesionales, y descripción del estado de los dispositivos, entre otros.
- Se deberá considerar la reposición de estructuras y/o materiales que dejen de cumplir sus funciones.
- Al momento de la instalación y en cada mantención los dispositivos deberán ser fotografiados.
- El encargado ambiental deberá llevar el registro de lo señalado.
Indicador de cumplimiento Los indicadores de cumplimiento serán:
-Fichas de registro de las actividades de instalación, y mantención y/o revisión -Registro fotográfico de la instalación de los dispositivos al momento de instalarlos y durante cada mantención. -Cumplimiento de los límites establecidos para los parámetros principales seleccionados en el plan de seguimiento de la medida.
Medio de verificación Los medios de verificación serán los siguientes:
- Mediante la realización de recorridos y puntos de observación en el sector de la LTE, de forma previa y posterior a la medida se medirán los parámetros establecidos, y según esto se obtendrán los limites (ver anexo Plan de cumplimento de las variables ambientales, de la Adenda).
- Se enviará un informe con toda la información referente a la medida a la Superintendencia de Medio Ambiente (SMA), 30 días hábiles tras realizada la instalación de los dispositivos anticolisión.
7.8. Medida Enriquecimiento ambiental y/o mejoramiento de las condiciones de hábitat para fauna Fase Construcción y operación Tipo de Medida Compensación Componente(s) ambiental(es) objeto de protección Fauna vertebrados terrestres y área de preservación ecológica por Fauna: • Anfibios: Alsodes montanus • Reptiles: Liolaemus monticola, Liolaemus nigroviridis y Liolaemus leopardinus y Phymaturus darwini. • Mamíferos: Euneomys chinchilloides Ambiente para la fauna: • Matorral Impacto asociado Pérdida y/o modificación de hábitat de especies de interés y/o sensibles”, “Perdida de ejemplares de especies de interés y/o Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2162355439
sensibles”; “Perdida de ambientes para la fauna” y “Alteración de área de preservación ecológica” Objetivo Considerando la medida de compensación del componente flora y vegetación “Plan de repoblación de especies arbustivas”, se propone enriquecer la estructura y fisonomía característica del ambiente de “Matorral” que se encuentra presente en la zona geográfica donde se emplazará el Proyecto, compensando el ambiente y/o hábitat a intervenir con nuevas superficies enriquecidas. En base a esto, se considera proporcionar estructuras que cumplan funciones, tales como, provisión de refugio, sitios de descanso, sitios de nidificación, oferta de agua, entre otros, generando un enriquecimiento y/o mejoramiento de las condiciones del hábitat, y con esto favoreciendo la presencia y recolonización de fauna terrestre. Descripción La medida se basa en dos etapas, una primera relacionada con el Enriquecimiento del ambiente para la fauna “Matorral”, que se asocia directa e inmediatamente con la medida de “Plan de repoblación de especies arbustivas”. Y, la segunda etapa que se relacionada con el Enriquecimiento del hábitat para la fauna.
Si bien la ejecución de la primera se relaciona con el componente flora y vegetación, es la base del enriquecimiento del Matorral y el hábitat, así bien presentan un seguimiento distinto al implementado en la medida de Flora y vegetación, y por tanto se tratan sus implicancias también en esta medida, considerando que deberán estar coordinadas constantemente, según se indica a continuación:
Enriquecimiento del ambiente Matorral - “Plan de repoblación de especies arbustivas”
Inicialmente se realizará el repoblamiento de ciertas áreas con especies arbustivas similares a las presentes en el ambiente Matorral a intervenir, considerando una etapa de colecta de propágulos, viverización, preparación del sitio de repoblación y repoblación.
La selección de los sitios de repoblación considera condiciones similares a las áreas a intervenir, lo que a su vez permite una recuperación del ambiente Matorral lo más parecida al escenario original. Entre estas consideraciones están: -Estructura vegetacional y composición florística similar al área intervenida. -Condiciones edafológicas similares al área intervenida. -Suelos similares al área a intervenir. -Capacidad de carga adecuada, referido al número máximo de ejemplares nuevos que puedan soportar los sitios, a modo de no afectar a la flora preexistente y la dinámica poblacional de la vegetación y la fauna. Para ello, se ejecutó un estudio de densidad poblacional en cada sitio escogido a partir de parcelas de muestro, donde se caracterizó de manera cualitativa y cuantitativa el sector.
Enriquecimiento del hábitat para la fauna Se considera el aumento de la oferta de refugios y condiciones favorables para la colonización, para ello se contempla la construcción de pircas, refugios de material vegetal (troncos muertos), construcción de abrevaderos, cercado de arroyos, entre otros. Además, se instalarán perchas y casas anideras para avifauna y cajas-refugio para quirópteros.
Consideraciones -Todo sitio seleccionado quedará bajo cargo del Titular, ya sea por modalidad de compra del terreno, arrendamiento, derechos de servidumbre u otro instrumento o contrato de índole jurídico que garantice la preservación de área de exclusión bajo dicha condición. Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2162355439
El Titular será quien deberá encargarse de su protección y mantenimiento.
-Si bien es la primera etapa el Enriquecimiento del ambiente Matorral - “Plan de repoblación de especies arbustivas”, igualmente se ira solapando con la segunda etapa, ya que la primera considera reposición de las especies que no sobrevivieron en el tiempo y riego (detalle en medida de Flora y vegetación). Justificación Al proteger, enriquecer y realizar un mejoramiento del ambiente y las condiciones de hábitat, se propicia el cuidado y mantención de una unidad representativa del ambiente Matorral, se favorece el hábitat, y la presencia y recolonización de fauna terrestre en estas áreas. Lugar de implementación La medida se implementará en aprox. 30 ha correspondientes a los sitios de enriquecimiento 1 y 2, que estarán presentes a áreas cercanas a las intervenidas, y preferentemente en sectores donde la especie de flora a relocalizar se encuentren presentes. En el Anexo 10-2 de la Adenda se incluye el kmz y shape de los sitios de enriquecimiento de hábitat, y en la figura a continuación se pueden ver estos sitios en función a las otras áreas colindantes.
Figura 8. Áreas de enriquecimiento de hábitat.
Fuente. Anexo 10 Adenda Extraordinaria.
Plazo de implementación Según la etapa, los plazos de implementación son los siguientes:
Enriquecimiento del ambiente Matorral Las actividades de esta etapa se ejecutarán antes y durante la fase de construcción del Proyecto, estando sujetas a un cronograma (ver cronograma de la medida “Plan de repoblación de especies arbustivas”). Por otro lado, las actividades de plantación y riego del Matorral tendrán una duración aproximada de 1 año, por un plazo máximo de 10 años, y por tanto involucran las fases de construcción y operación.
Enriquecimiento del hábitat para la fauna Campaña inicial Las acciones de provisión de refugios se irán implementando posterior a que se realicen las primeras actividades de enriquecimiento del ambiente Matorral, aproximadamente 3 meses desde término del repoblamiento de las especies arbustivas.
Campañas de reforzamiento y/o mantención El enriquecimiento inicial deberá ser reforzado y/o sujeto a mantenimiento, con campañas cada 6 meses durante 2 años, y luego hasta que el ambiente de Matorral llegue a la cobertura vegetacional comprometida para el ambiente de Matorral (ver anexo Plan de cumplimento de las variables ambientales, de la Adenda), lo cual no Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2162355439
deberá ser inferior a un periodo de 10 año, y por tanto involucran las fases de construcción y operación.
Es de considerar que las actividades descritas podrían estar sujetas a las condiciones climáticas, y por tanto de haber un inconveniente con estas, las campañas deberán ser realizadas en forma inmediata cuanto el clima lo permita y/o lo más cerca del periodo comprometido.
Las campañas de ejecución de la medida se pueden ver en la tabla:
Tabla 31. Campaña de ejecución de la medida
Fuente. Anexo 10 Adenda Extraordinaria.
Forma y oportunidad de implementación Según la etapa, la forma y oportunidad de implementación será la siguiente:
Enriquecimiento del ambiente Matorral Ver medida “Plan de repoblación de especies arbustivas”.
Enriquecimiento del hábitat para la fauna A partir de una cuadrilla de profesionales especialistas en fauna silvestre se realizarán campañas para ejecutar las actividades de enriquecimiento y mantención de estos, en la medida que vaya avanzando el crecimiento del Matorral y el asentamiento del hábitat.
Campaña inicial Aproximadamente 3 meses del término del repoblamiento de las especies arbustivas, se realizarán las actividades de enriquecimiento, se implementarán estructuras como pircas, refugios de material vegetal (troncos muertos), construcción de abrevaderos, cercado de arroyos, entre otros. Además, se instalarán perchas y casas anideras para avifauna y cajas-refugio para quirópteros.
Campañas de refuerzo y/o mantención Luego de 6 meses de la campaña inicial, se realizarán actividades de reforzamiento del enriquecimiento, y así bien una revisión del estado de las distintas estructuras y/o mejoramiento del hábitat. Esta misma frecuencia, cada 6 meses, se repetirá durante los primeros 2 años, luego se realizará cada un año, hasta que el ambiente de Matorral llegue al porcentaje de cobertura vegetacional comprometido. Este periodo no deberá ser inferior a 10 años (detalle en el Plan de seguimiento de las variables ambientales relevantes Anexo 12, de la Adenda Extraordinaria).
De esta manera, en la medida que vaya creciendo y desarrollando el Matorral y el hábitat, las estructuras y actividades asociadas al enriquecimiento deberán ir modelándose, ajustándose y/o complementándose según esto. Cabe señalar, que la medida considera realizara las campañas de seguimiento con la misma frecuencia (detalle en el Plan de Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2162355439
seguimiento de las variables ambientales relevantes, de la Adenda Extraordinaria).
Consideraciones:
-Se llevará un registro en fichas de las actividades diarias asociadas a la medida de enriquecimiento ambiental y/o mejoramiento de las condiciones de hábitat para fauna, indicando: descripción de actividades, profesionales y esfuerzos, fechas y hora de trabajo, asentamiento y/o uso del ítem de enriquecimiento ambiental, coordenadas de las estructuras, informes enviados a la autoridad, entre otros. -Se deberá considerar la reposición de estructuras y/o materiales que dejen de cumplir sus funciones. -Cada sitio quedara señalizado mediante la utilización de carteles que indiquen que es una zona de cuidado y protección. Estos carteles también deberán estar sometidos a mantenimiento. -Las estructuras de enriquecimiento deberán ser georreferenciadas y fotografiadas. -Los trabajadores deberán ser instruidos con respecto a la medida (Ver capacitación y/o educación de trabajadores, de Compromisos ambientales voluntarios). Indicador de cumplimiento Según etapa, los indicadores de cumplimiento serán los siguientes:
Enriquecimiento del ambiente Matorral -Plantación de especies de Matorral en los sitios de enriquecimiento y % de sobrevivencia de estas. Ver medida “Plan de repoblación de especies arbustivas”.
Enriquecimiento del hábitat para la fauna -Fichas de las actividades diarias asociadas a la medida de enriquecimiento ambiental y/o mejoramiento de las condiciones de hábitat para fauna. -Registro fotográfico de la implementación refugios, pircas, casas anideras, etc., y del estado de mantenimiento en el trascurso del tiempo. -Instalación de carteles que indiquen que es una zona de cuidado y protección. -Cumplimiento de los límites establecidos para los parámetros principales seleccionados en el plan de seguimiento de la medida (ver anexo Plan de cumplimento de las variables ambientales, de la Adenda). Medio de verificación Según etapa, los medios de verificación serán los siguientes:
Enriquecimiento del ambiente Matorral -Al término del proceso de plantación (año 4) se elaborará un informe detallado de las actividades realizadas y los resultados de los parámetros evaluados de cada monitoreo (ver Plan de seguimiento de las variables ambientales, de la Adenda Extraordinaria). -Cumplimiento de los límites establecidos para los parámetros principales seleccionados en el plan de seguimiento de la medida (ver anexo Plan de cumplimento de las variables ambientales, de la Adenda Extraordinaria).
Enriquecimiento del hábitat para la fauna -Mediante la realización de transectos en los sitios de enriquecimiento, de forma previa y posterior a la medida se medirán los parámetros establecidos, y según esto se obtendrán los limites (ver anexo Plan de cumplimento de las variables ambientales, de la Adenda Extraordinaria). -Se enviará un informe con toda la información referente a la medida a la Superintendencia de Medio Ambiente (SMA), 30 días hábiles de Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2162355439
ejecutada cada campaña de la medida.
7.9. Medida Área de exclusión para matuasto de Darwin (Phymaturus darwini) Fase Construcción y operación Tipo de Medida Compensación Componente(s) ambiental(es) objeto de protección Fauna vertebrados terrestres y área de preservación ecológica por objeto de protección: •Reptil: Phymaturus darwini Impacto asociado “Pérdida y/o modificación de hábitat de especies de interés y/o sensibles”; “Perdida de ejemplares de especies de interés y/o sensibles” y “Alteración de área de preservación ecológica”. Objetivo El objetivo de la medida es proteger un sector donde habita P. darwini, resguardando los sectores de roquerio y las poblaciones de esta especie en periodos reproductivos (épocas estacionales cálidas). Descripción La medida consiste en la generación de un perímetro de protección en aquellos sectores en los que se registró la presencia de P. darwini, y que podrían verse intervenido por las actividades asociadas al Proyecto, como el tránsito de personas, vehículos y maquinarias. El perímetro deberá cerrar un área que se encuentra asociada a un curso de agua intermitente, que por lo mismo presenta mayor humedad que el resto del Área de intervención del Proyecto. Las estructuras posicionadas estarán sujetas a revisión y mantención. Lo anterior, también protegerá el área del pisoteo que genera el ganado doméstico que se acerca a este sector. El área de exclusión quedará bajo cargo del Titular, ya sea por modalidad de compra del terreno, arrendamiento, derechos de servidumbre u otro instrumento o contrato de índole jurídico que garantice la preservación de área de exclusión bajo dicha condición. El Titular será quien deberá encargarse de su protección y mantenimiento. Justificación La medida se justifica en su capacidad para reducir la muerte de individuos y pérdida de hábitat de la especie P. darwini, en vista de que las actividades a realizar durante la etapa de construcción, tales como habilitación de caminos e instalación de estructuras, entre otras, podrían generar intervención sobre esta área que tiene la posibilidad de ser protegida. Lugar de implementación La medida se implementará en un área de 21,35 hectáreas, correspondiente al área de exclusión, que se solapa en algunos sectores con el área de relocalización 5, y con algunos sitios de enriquecimiento de hábitat. En el Anexo 10-2 de la Adenda se incluye el kmz y shape del área de exclusión. Cabe señalar, que esta área fue descrita en el Anexo 11-1 Caracterización de área de exclusión para Rhinella spinulosa y Phymaturus darwini, ingresado en el EIA. En la tabla a continuación se indican los vértices del área de exclusión, en la Figura 9 se visualiza esta, y en la última figura se pueden ver los sectores que se solapan con las áreas mencionadas.
Tabla 32. Vértices y coordenadas del área de exclusión para matuasto de Darwin (Phymaturus darwini). Vértice Coordenadas UTM WGS84 H19S Este Norte V1 363.170 6.322.962 V2 363.154 6.323.042 V3 363.019 6.323.099 V4 363.058 6.323.187 V5 363.303 6.323.073 V6 364.060 6.323.199 V7 364.582 6.323.509 V8 364.663 6.323.447 V9 364.136 6.323.125 V10 364.121 6.323.010 Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2162355439
Fuente. Anexo 10 Adenda Extraordinaria.
Figura 9. Área de exclusión para matuasto de Darwin (Phymaturus darwini)
Fuente. Anexo 10 Adenda Extraordinaria.
Figura 10. Área de exclusión para matuasto de Darwin (Phymaturus darwini) y áreas que se solapan con esta: Sitios de enriquecimiento y Área de relocalización 5
Fuente. Anexo 10 Adenda Extraordinaria. Plazo de implementación El plazo de implementación dependerá de la campaña considerada:
Campaña inicial De manera previa a la etapa de construcción durante el tiempo que se requiera realizar las actividades para limitar el área de exclusión.
Campañas de mantención Se realizará una campaña de revisión luego de 6 meses de instaladas las estacas. Esta misma frecuencia, cada 6 meses, se repetirá durante los primeros 2 años, luego se realizará cada 1 año durante toda la etapa de operación. Es de considerar que las actividades descritas podrían estar sujetas a las condiciones climáticas, y por tanto de haber un inconveniente con estas, las campañas deberán ser realizada en forma inmediata cuanto el clima lo permita y/o lo más cerca del periodo comprometido. Lo señalado se puede ver en la tabla a continuación:
Tabla 33. Campaña de ejecución de la medida. Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2162355439
Fuente. Anexo 10 Adenda Extraordinaria.
Forma y oportunidad de implementación La forma y oportunidad de implementación dependerá de las campañas consideradas:
Campaña inicial A partir de una cuadrilla liderada por un profesional especialistas en fauna silvestre, se realizará una campaña para limitar el área de exclusión estableciendo en este un perímetro que contará con tres tipos de estructuras asociadas: • Se instalará un cerco en el perímetro (o símil) en el perímetro de toda el área, este deberá sea resistente y tener la altura suficiente para evitar el ingreso del ganado doméstico, así bien deberá soportar las inclemencias del clima. El cerco deberá considerar al menos tres aperturas en su base a lo largo de toda su extensión (de no más de un metro de alto), que permitan la entrada de fauna silvestre que quiera acercase a la fuente de agua (Lycalopex culpeo, Puma concolor u otro), esta apertura estará adecuadamente protegida para evitar daños durante el ingreso de la fauna silvestre.
• A una altura media del cerco o que sea visible desde las áreas construcción se pintara el poste del cerco solo en algún sector de su largo, a una distancia no mayor a 10 metros entre uno y otro.
• Durante la fase de construcción, adicional a lo anterior, se colocarán bandas plásticas de color (fucsia, naranjo u otro color llamativo), de tal manera que los trabajadores las puedan visualizar, respetando una distancia de no más de 20 metros entre una y otra. Estas bandas deberán ser reducidas en número o se sacarán por completo (a criterio del especialista) durante la fase de operación para evitar mayor intervención en el paisaje.
• Se deberá incorporar señalética a modo de carteles en el área de exclusión, que indique la presencia y la indicación de cuidado del área y la especie objetivo, y así bien la prohibición de ingreso a esta.
Campañas de mantención El cerco perimetral, las bandas plásticas y los carteles de señalética, deberá ser sometida a mantenimiento, en la medida que vayan perdiendo su funcionalidad. Esto según se indicó en los plazos de implementación.
Consideraciones:
- Los trabajadores deberán ser instruidos con respecto a la medida (Ver capacitación y/o educación de trabajadores, de los CAV).
- Se llevará un registro en fichas de las actividades de limitación del área de exclusión y de las mantenciones, indicando: descripción de actividades, profesionales y esfuerzos, fechas y hora de trabajo, coordenadas de las estacas, informes enviados a la autoridad, entre otros.
-
Se deberá considerar la reposición de estructuras y/o materiales que dejen de cumplir sus funciones. Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2162355439
-
El cerco (vértices) y las bandas de colores deberán ser georeferenciadas.
- Deberá haber registros fotográficos de todas las actividades, estructuras y bandas, en cada campaña. Indicador de cumplimiento Los indicadores de cumplimiento serán:
- Fichas de las actividades diarias asociadas a la medida de área de exclusión
- Registro fotográfico de la implementación de cada estructura y bandas en el perímetro del área de exclusión.
- Instalación de carteles que indiquen que es una zona de cuidado y protección.
- Cumplimiento de los límites establecidos para los parámetros principales seleccionados en el plan de seguimiento de la medida (ver anexo Plan de cumplimento de las variables ambientales, de la Adenda Extraordinaria). Medio de verificación Los medios de verificación serán los siguientes:
- Mediante la realización de transectos en el área de exclusión, de forma previa y posterior a la medida se medirán los parámetros establecidos, y según esto se obtendrán los límites. -Se enviará un informe con toda la información referente a la medida a la Superintendencia de Medio Ambiente (SMA), 30 días hábiles de ejecutada cada campaña de la medida.
7.10. Medida Protección de los sitios PPSC_04_SA, PPSC_005_SA y PPSC_006_SA que no serán afectados por las obras del área del Proyecto Fase Construcción Tipo de Medida Compensación Componente(s) ambiental(es) objeto de protección Patrimonio Arqueológico Impacto asociado Alteración de elementos del patrimonio arqueológico Objetivo Proteger hallazgos que se encuentren en el área de influencia del Proyecto, pero no serán afectados por las obras proyectadas. En específico a los sitios Agrupación 2(A2), Agrupación 3 (A3), Agrupación 4 (A4), PPSC_04_SA, PPSC_005_SA y PPSC_006_SA; y Hallazgo aislado 5 (HA5), Hallazgo aislado 16 (HA16) y Hallazgo aislado HA17. Descripción En relación los sitios Agrupación 2(A2), Agrupación 3 (A3), Agrupación 4 (A4), PPSC_04_SA, PPSC_005_SA y PPSC_006_SA; y Hallazgo aislado 5 (HA5), Hallazgo aislado 16 (HA16) y Hallazgo aislado HA17 que no serán afectados por las obras del área del Proyecto, se recomienda la implementación de cercado perimetral y señalética, prohibiendo la realización de cualquier actividad en este espacio. Para ello se considera un buffer de 10 m en torno a sus límites superficialmente definidos. Los cercados y señalética deberán permanecer durante toda la fase de construcción y operación del Proyecto y presentar una altura de a lo menos 1,20 m de altura. El cercado deberá ser supervisado por un arqueólogo o licenciado en arqueología, quien deberá informar por escrito al Consejo de Monumentos Nacionales sobre la ejecución de esta medida. Justificación La medida propuesta busca proteger los sitios Agrupación 2(A2), Agrupación 3 (A3), Agrupación 4 (A4), PPSC_04_SA, PPSC_005_SA y PPSC_006_SA; y Hallazgo aislado 5 (HA5), Hallazgo aislado 16 (HA16) y Hallazgo aislado HA17 que no serán afectados por| las obras del área del Proyecto. Lugar de implementación Los sitios donde se implementará la medida corresponden a:
Tabla 34. Ubicación de los sitios arqueológicos donde se implementará la medida:
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Sitio arqueológico Coordenadas UTM -Huso 19 Este Norte Agrupación 2 (A2) 363869 6327358 Agrupación 3 (A3) 363949 6327378 Agrupación 4 (A4) 364127 6327326 PPSC_004_SA 362928 6321894 PPSC_005_SA 363301 6322987 PPSC_006_SA 364209 6326211 Hallazgo Aislado 5 (HA5) 364119 6327409 Hallazgo Aislado 16 (HA16) 365190 6328246 Hallazgo Aislado 17 (HA17) 365151 6328311 Fuente. Anexo 10 Adenda Extraordinaria.
Plazo de implementación Previo a la fase de Construcción. (1 mes aproximadamente) Forma y oportunidad de implementación El cerco perimetral considera un buffer de 10 m alrededor de los hallazgos de acuerdo con la dispersión superficial de material arqueológico o del límite de las estructuras. Los cercados y señalética deberán instalarse previamente a la fase de construcción (considerando la habilitación de caminos) y permanecer hasta el final de la fase de implementación del Proyecto de tal manera de proteger los sitios arqueológicos durante la etapa de ejecución de las obras del proyecto.
Los cercos de protección considerarán los factores ambientales como el viento, radiación solar y sustentabilidad ecológica de la zona al momento de definir los materiales con los que serán elaborados. Se deberá remitir a la SMA y CMN un informe acerca de la implementación de estas medidas de protección, el cual deberá incluir fotografías para cada uno de los sitios. Indicador de cumplimiento Ficha de registro de implementación de la medida en las oficinas de faenas del Proyecto, el que incluirá el registro fotográfico correspondiente a cada sitio cercado. Medio de verificación Se elaborará un informe detallado de las actividades realizadas, el que se remitirá a la SMA y CMN, cuyo contenido considera la implementación de las medidas de protección y la ficha de registro que incluirá fotografías para cada uno de los sitios.
7.11. Medida Investigación Agrupación 1 (A1) Fase Construcción Tipo de Medida Compensación Componente(s) ambiental(es) objeto de protección Patrimonio Arqueológico Impacto asociado Alteración de elementos del patrimonio arqueológico Objetivo Recuperar y proteger el Patrimonio arqueológico, del área de intervención del Proyecto, previo a la fase de construcción. Descripción De acuerdo a estos resultados y dado que las actividades de construcción que se llevarán a cabo en el Sector norte de paneles afectarán elementos del patrimonio arqueológico, se plantean las siguientes medidas de manejo arqueológico:
Dada la naturaleza singular de las evidencias arqueológicas documentadas en este sitio, se propone complementar las actividades de recolección superficial, rescate mediante excavaciones y análisis especializado de las evidencias que se recuperen del Sector de paneles norte, a través de una investigación dirigida hacia la caracterización de las prácticas de caza y movilidad logística por parte de los grupos cazadores recolectores cordilleranos. Para cumplir con este objetivo Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2162355439
se propone el estudio comparado entre las evidencias líticas provenientes del Sector de paneles norte y las que se obtengan de la excavación de aleros cercanos que presenten ocupaciones análogas en lo que refiere a la tecnología lítica, en cuanto a organización de la cadena de reducción, empleo de materias primas y tipología artefactual. A través de la caracterización cronológica y la asignación histórica cultural de las ocupaciones de aleros cercanos, y en particular de los materiales líticos obtenidos en estratigrafía, se espera obtener un marco referencial para establecer el rango temporal de ocupaciones para el Sector de paneles norte. Asimismo, en el caso que de la excavación de los aleros se recuperen arqueofaunísticos, se propone la caracterización de estos conjuntos en cuanto a identificación de piezas anatómicas, su adscripción a un grupo taxonómico definido y marcas antrópicas. A partir del análisis cuantitativo de estas variables, se espera determinar los patrones de consumo de estos recursos.
Para cumplir los objetivos planteados, se recomienda realizar una prospección dirigida a la identificación de aleros cercanos al Sector de paneles norte, en particular para aquellos situados en la cuenca superior del estero. El Arrayán y que puedan cumplir la función de campamentos logísticos, con el objeto de contar con sitios que potencialmente se puedan vincular arqueológicamente con las ocupaciones del Sector de paneles norte. Sin que se descarte la anterior actividad, se recomienda en primera instancia la excavación de los sitios PPSC_005_SA y PPSC_006_SA identificados en las actividades de inspección arqueológica, los cuales, si bien no presentaron material en superficie, presentan condiciones idóneas para la presencia de ocupaciones de grupos cazadores recolectores, por cuanto se sitúan cercanos a rutas de movilidad a lo largo de la cuenca del estero Arrayán, en lugares de fácil acceso a espacios con recursos como empastadas, materias primas líticas o cotos de caza. Para cada uno de estos aleros, se recomienda la excavación de al menos una unidad de 100 x 100 cm, la obtención de columnas de flotación, el análisis especializado de la totalidad de los materiales recuperados, y la obtención de fechados absolutos que permitan contextualizar estas evidencias.
Se recomienda que las actividades de recolección superficial, excavación de rescate e investigación Complementaria sea llevada a cabo por un equipo de arqueólogos o licenciados en arqueología con experiencia comprobable en el análisis lítico para Chile Central, contando con al menos 5 años de experiencia en esta materialidad en particular y 5 informes de análisis lítico o igual número de publicaciones relacionadas. Los materiales recuperados de esta actividad deberán ser objeto de análisis especializados también por arqueólogos o licenciados en arqueología con experiencia en análisis lítico.
Finalmente, la propuesta definitiva de investigación Complementaria que se plantea realizar se entregará junto con la solicitud de intervención arqueológica al Consejo de Monumentos Nacionales una vez obtenida la RCA, con el objeto de que este organismo de administración del Estado evalué la idoneidad de la propuesta, así como de los especialistas que participaran en esta actividad.
Los resultados de estas actividades (recolección superficial, excavaciones de rescate e investigación Complementaria) deberán plasmarse en: •Una monografía que detalle las actividades realizadas, •Al menos dos publicaciones que cumplan con los requisitos de un paper científico y Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2162355439
•Una publicación dirigida a público general que difunda los resultados de este trabajo.
Justificación Proteger el Patrimonio arqueológico. Lugar de implementación Área del proyecto denominada como Sector norte de paneles. Plazo de implementación Previo y durante la fase de construcción. En la Tabla 1-12 del Anexo 10 de la Adenda Extraordinaria se presenta una carta Gantt correspondiente a los hitos del proyecto de investigación Forma y oportunidad de implementación Para la recolección superficial del 100% de las evidencias líticas situadas en el Sector Norte de paneles. Se recomienda guiar la recolección de materiales a través del recorrido de transectos paralelos y separados cada 10 m. Antes del levantamiento de cada pieza, se deberá registrar con un número de identificación y su respectiva coordenada. En el caso de las Excavaciones de rescate en los sectores que presentaron material en estratigrafía de la Agrupación 1 (A1), correspondientes a las unidades 117, 144, 142, 123 y 124. Se recomienda la excavación de 25 m² en torno a cada una de estas unidades.
Posterior a cada una de las actividades antes señaladas, se elaborará un informe con los resultados de la investigación el cual será enviado al Consejo de Monumentos Nacionales.
Además, Los resultados de estas actividades (recolección superficial, excavaciones de rescate e investigación Complementaria) deberán plasmarse en: • Una monografía que detalle las actividades realizadas, • Al menos dos publicaciones que cumplan con los requisitos de un paper científico y • Una publicación dirigida a público general que difunda los resultados de este trabajo. Indicador de cumplimiento Carta certificada con envió de informes al CMN 1 mes después de terminada la medida. Medio de verificación Se elaborará un informe detallado de las actividades realizadas y se entregarán los resultados de los parámetros evaluados. Estos informes serán enviados a la SMA de la Región Metropolitana.
7.12. Medida Monitoreo del Efecto de las Obras sobre el Servicio Ecosistémico de Productividad Primaria Fase Construcción Tipo de Medida Mitigación Componente(s) ambiental(es) objeto de protección Área de preservación ecológica Impacto asociado Alteración del Área de preservación ecológica Objetivo Se presenta como objetivo estimar la dinámica de la Productividad Primaria, a través del Índice SAVI y análisis de imágenes satelitales, de la cobertura vegetal presente en y entorno al Proyecto, correspondiente a terrenos del Área de preservación ecológica. Se pretende, conocer cómo se expresan los valores de productividad primaria sobre la estructura vegetacional, antes y después de la intervención. Descripción Se propone conocer la dinámica temporal de la productividad primaria a corta escala comparando una línea base no alterada, obtenida de un periodo de 15 años previo a la intervención con una frecuencia bianual, contra la respuesta del ecosistema desde la construcción de la obra y por cinco años después de finalizada la fase de construcción con una frecuencia anual. Justificación La productividad primaria es el proceso, mediante el cual las plantas generan materia orgánica, extrayendo carbono del dióxido de carbono presente en el aire y convirtiéndolo en carbohidratos a través del Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2162355439
proceso de fotosíntesis. Este fenómeno constituye el fundamento del ciclo de nutrientes y energía en las redes tróficas del ecosistema y es considerada una de las propiedades fundamentales de las funciones ecosistémicas.
La productividad primaria es valorada usando un índice que estima la actividad fotosintética de la vegetación desde imágenes multiespectrales de satélite y el cálculo de la reflectancia de dos longitudes de onda (Rojo e Infrarrojo cercano). En nuestro caso usamos el índice SAVI (Soil Adjusted Vegetation Index) Índice de Vegetación Ajustado al Suelo, que es adecuado cuando existe importante cantidad de suelo desnudo en el terreno analizado.
En cada año se eligen imágenes donde exista una alta expresión del verdor de la vegetación arbustiva, en este ecosistema andino a fines del verano.
El análisis está diseñado para evidenciar el efecto de la obra sobre el servicio ecosistémico productividad primaria en el ecosistema inmediato. Lugar de implementación Área de Estudio del Parque Solar Cordillera, definida en el Anexo 29 de la Adenda Complementaria – Definición de Objetos de Protección en el Área de Preservación Ecológica RM - Reporte Ambiental de la Consultora Gaiapaisaje, correspondiente a una superficie de: 2.764 ha Plazo de implementación Año 1 inicio de obras hasta año 5 después del término de la fase de construcción Forma y oportunidad de implementación Análisis SIG usando imágenes satelitales multiespectrales. Indicador de cumplimiento a) Informe con el análisis del Índice SAVI, con datos bianuales de 15 años antes del inicio de la fase de construcción. b) Informe con el análisis Índice SAVI, para el periodo de construcción. c) Informes con el análisis del Índice SAVI, para los 5 años posteriores al término de la fase de construcción (un informe por año, informe final al año 5). d) 3 campañas en la temporada de verano para medir los parámetros comunitarios en relación a los servicios ecosistémicos de biodiversidad y cobertura (parcelas de Flora y Vegetación), una antes del inicio de las obras, una en la fase final de construcción y una al finalizar los 5 años posterior a la construcción. La información recopilada en cada caso debe sumarse a los informes antes comprometidos. Estos análisis comparan la tendencia de la productividad primaria en el área del proyecto y entorno. Medio de verificación Informe inicial, anual y final, en base al modelo del Índice SAVI, corroborando con 3 campañas de medición de la estructura vegetacional, riqueza y abundancia del componente flora.
8°. Que, el plan de seguimiento de las variables ambientales relevantes que fueron objeto de evaluación ambiental es el siguiente:
Tabla 8.1 Seguimiento medida: Programa de rescate y relocalización de cactáceas Componente Ambiental Flora y vegetación; Área de preservación ecológica Especies suculentas considerada en el plan: Maihueniopsis ovata Impacto Ambiental Pérdida de ejemplares de flora y Alteración de área de preservación ecológica Medidas asociadas Mitigación Ubicación puntos de control Áreas señalizadas e identificadas como zonas de relocalización de cactáceas. Lo sitios propuestos para esta especie se presentan en formato shape y kmz en el Anexo 10-1 de la Adenda. Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2162355439
Parámetros a medir La evaluación del éxito de este plan de rescate y relocalización de cactáceas se basará principalmente en el surgimiento de órganos aéreos (hojas, flores, frutos) de este tipo de plantas se procederá determinar el porcentaje de emergencia de estas especies. Límites permitidos/comprometidos Referido a los indicadores de éxito: 100 % de sobrevivencia a los individuos relocalizados. Duración del monitoreo Se contempla un primer monitoreo 15 días después del trasplante y un segundo monitoreo 15 día después del primero. A partir del segundo monitoreo estos serán llevado a cabo con una frecuencia mensual durante el primer año. Para posteriormente, en el segundo año ejecutarlos de manera anual considerando las estaciones de crecimiento de las plantas (primavera-verano), con el objetivo de visualizar los cambios. El seguimiento se realizará por toda la vida útil del proyecto. No obstante, la medida se entenderá como exitosa, si al quinto año de seguimiento se cumpliese el indicar comprometido.
Frecuencia del Monitoreo Método o procedimiento de medición Inspección visual. Plazo y frecuencia de entrega de informe Una vez concluida cada etapa del plan de relocalización, se elaboran informes consolidados: •Selección y apresto: Actividad orientada a determinar con un máximo de esfuerzo el número real de individuos a relocalizar los cuales serán marcados. •Extracción: Actividad que informara acerca del número de individuos extraídos y los procedimientos de extracción. •Preparación de la planta: Actividad que informara acerca del procedimiento de aclimatización de las diferentes especies, y la metodología usada. •Transplante: Actividad que informara el número de ejemplares relocalizados en los sitios de relocalización. •Seguimiento: Actividad que indicara resultados acerca del prendimiento de los individuos relocalizados. Estos informes contendrán los contenidos establecidos en la Resolución Exenta N°233/2015 de la SMA. Estos informes serán enviados a la SMA de la Región Metropolitana, 1 mes después de cada monitoreo.
Tabla 8.2 Seguimiento medida: Programa de rescate y relocalización de geófitas Componente Ambiental Flora y vegetación; Área de preservación ecológica Especies geófitas Alstroemeria pallida, Rhodolirium montanum y Tristagma bivalve Impacto Ambiental Pérdida de ejemplares de flora y Alteración de área de preservación ecológica Medidas asociadas Mitigación Ubicación puntos de control Áreas señalizadas e identificadas como zonas de relocalización de geófitas. Lo sitios propuestos para esta especie se presentan en formato shape y kmz en el Anexo 10-1 de la Adenda. Parámetros a medir La evaluación del éxito de este plan de rescate y relocalización de geófitas se basará principalmente a partir del surgimiento de órganos aéreos (hojas, flores, frutos) de este tipo de plantas se procederá determinar el porcentaje de emergencia de estas especies. Lo anterior por medio los monitoreos planificados. Límites permitidos/comprometidos Referido a los indicadores de éxito: se plantea que el 100% de los bulbos relocalizados o sembrados presente desarrollo vegetativo o florecimiento, debido a las características de esta especie, considerando etapas como, germinación, desarrollo vegetativo y florecimiento. Duración del monitoreo Se ejecutarán dos monitoreos al año entre los meses de septiembre y diciembre, y enero a marzo, dada la variabilidad en el florecimiento que presentan estas especies durante las estaciones de primavera y Frecuencia del Monitoreo Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2162355439
verano, producto de la persistencia de la nieve en esta altitud. Se medirá el comportamiento de los bulbos relocalizados a partir de la germinación, desarrollo vegetativo o florecimiento (parámetros a verificar). Cada monitoreo cuenta con una visita a terreno por parte de profesionales especialistas en la materia. El seguimiento se realizará por toda la vida útil del proyecto. No obstante, la medida se entenderá como exitosa, si al quinto año de seguimiento se cumpliese el indicar comprometido. Mayor detalle del seguimiento del programa se presenta en el acápite 4.2.6 del Anexo 24-1 de la Adenda. Método o procedimiento de medición Inspección visual. Plazo y frecuencia de entrega de informe Los informes serán de carácter anual y emitidos por 5 años, a partir del comienzo de las obras y ejecución del Plan, los que serán entregados ante la Superintendencia Medio Ambiental (SMA) de la Región Metropolitana.
Tabla 8.3 Seguimiento Plan de repoblación de especies arbustivas Componente Ambiental Flora y vegetación; Área de preservación ecológica Especies leñosas consideradas en el plan: Adesmia gracilis, Azorella prolifera, Azorella ruizii, Berberis empetrifolia, Chuquiraga oppositifolia y Ephedra chilensis. Impacto Ambiental Perdida de superficie de formaciones vegetales y Alteración de área de preservación ecológica. Medidas asociadas Compensación Ubicación puntos de control Áreas señalizadas e identificadas como zonas de repoblación de especies arbustivas.
Parámetros a medir Los parámetros evaluados durante el monitoreo estarán referidos a verificar y evaluar el estado de cada planta compensada, para ello se realizarán microruteos. Esto con objeto de evaluar la sobrevivencia, vitalidad estado sanitario de los individuos y, en caso de presentarse daños o pérdidas, una evaluación de las posibles causas y agentes. Orientados principalmente en observar la calidad de la planta en terreno, considerando lo siguiente:
•Presencia de follaje y vigorosidad. •Parte aérea seca, pero con rebrotes en la base. •Plantas con daños mecánicos a las ramas, pero con las yemas basales vivas. •Verificación de las yemas vegetativas tanto apicales como laterales observando pequeñas hojas vivas.
Límites permitidos/comprometidos Referido a los indicadores de éxito: -Adesmia gracilis: 70% -Azorella prolifera: 70% -Azorella ruizii: 80% -Berberis empetrifolia: 70% -Chuquiraga oppositifolia: 70% -Ephedra chilensis: 70% Duración del monitoreo Se contempla un primer monitoreo 15 días después del trasplante y un segundo 30 días después. A partir del segundo monitoreo estos serán llevado a cabo con una frecuencia mensual durante el primer año, para posteriormente en el segundo año ejecutarlos de manera anual (primavera). El seguimiento se realizará por toda la vida útil del proyecto. No obstante, la medida se entenderá como exitosa, si al décimo año del seguimiento se cumpliese el indicar comprometido.
Las actividades de plantación y riego tendrán una duración aproximada de 1 año y el seguimiento de esto, considera realizarse 1 vez al año por un plazo máximo de 10 años después de terminada la Frecuencia del Monitoreo Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2162355439
etapa de plantación y riego.
Mayor detalle del seguimiento del programa se presentó en el acápite 5.1.8 del Anexo 24-1 Adenda. Método o procedimiento de medición Inspección visual. Plazo y frecuencia de entrega de informe Una vez concluida cada etapa del plan de repoblación, se elaborarán informes consolidados: •Colecta de propágulos: Actividad que informara acerca del número de frutos y semillas recolectadas, para la propagación de plantas. •Propagación: Actividad orientada a desarrollar protocolos sobre tratamientos pre-germinativos y propagación de las plantas, así como también, el proceso de viverización de cada una de las especies. Informando a la autoridad que vivero realizará tales actividades. •Repoblación: Actividad que indicará el número de ejemplares y condiciones de los sitios a enriquecer. •Seguimiento: Actividad que informara sobre los resultados acerca del porcentaje de prendimiento de los individuos repoblados. Estos informes contendrán los contenidos establecidos en la Resolución Exenta N°233/2015 de la SMA.
Se considera que al término del proceso de plantación (año 4) se elaborará un informe detallado de las actividades realizadas y los resultados de los parámetros evaluados de cada monitoreo (1 vez al año por un plazo máximo de 10 años después de terminada la etapa de plantación y riego).
Estos informes serán enviados a la SMA de la Región Metropolitana1 mes después de cada monitoreo.
Tabla 8.4 Seguimiento medida: Plan de rehabilitación de matorral nativo Componente Ambiental Flora y vegetación y Área de preservación ecológica Las formaciones vegetacionales a rehabilitar se presentan en la Tabla 6-1 del Anexo 7-1, del Capítulo 7 del EIA. Impacto Ambiental Perdida de superficie de formaciones vegetales y Alteración de área de preservación ecológica. Medidas asociadas Reparación Ubicación puntos de control Superficie en las que se producirá la corta, considerada como el área de intervención del Proyecto. Parámetros a medir Sobrevivencia, estado sanitario y vigor: estableciendo el porcentaje de prendimiento de las plantas en cada rodal seleccionado. Los parámetros también serán utilizados para medir poblaciones naturales de referencia cercanas a los sitios de relocalización. Límites permitidos/comprometidos Referido a los indicadores de éxito: 80% de sobrevivencia de los ejemplares a plantar de cada especie. Duración del monitoreo Se contempla un primer monitoreo 15 días después del trasplante y un segundo 30 días después. A partir del segundo monitoreo estos serán llevado a cabo con una frecuencia mensual durante el primer año, para posteriormente en el segundo año ejecutarlos de manera semestral (otoño y primavera). Esta etapa tendrá una duración de 6 años. Las actividades de plantación y riego tendrán una duración aproximada de 1 año y el seguimiento de esto, considera realizarse 1 vez al año por un plazo máximo de 6 años. Mayor detalle del seguimiento del programa se presenta en el acápite 6.1.8 del Anexo 24-1 de la Adenda. Frecuencia del Monitoreo Método o procedimiento de medición Inspección visual. Plazo y frecuencia de entrega de informe Se considera que al término del proceso de plantación y de cada monitoreo, se elaborará un informe detallado de las actividades realizadas y los resultados de los parámetros evaluados, esto se Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2162355439
realizará desde el año 2 al año 5, con una frecuencia de 1 vez por año. Estos informes serán enviados a CONAF y a la SMA de la Región Metropolitana 1 mes posterior al monitoreo.
Tabla 8.5 Seguimiento medida: Rescate y relocalización de fauna (arácnidos, anfibios, reptiles y micromamíferos) Componente Ambiental Fauna vertebrados terrestres y área de preservación ecológica: •Anfibios: Alsodes montanus •Reptiles: Liolaemus leopardinus y Phymaturus darwini. •Mamíferos: Euneomys chinchilloides Fauna invertebrada: • Arácnidos: Grammostola rosea y Euathlus condorito Impacto Ambiental Pérdida de ejemplares de fauna de interés y/o sensibles; Alteración de área de preservación ecológica. Medidas asociadas Mitigación Ubicación puntos de control Los puntos de control o muestreo donde se realicen las distintas metodologías y/o mediciones estarán ubicados en las áreas de captura y áreas de relocalización. •Área de captura Las áreas de capturas son aquellas que interviene el Proyecto, donde se dispongan las obras areales (mayores o menores a 3ha) y las obras lineales, y dentro de estas, donde se registren los ambientes con las características necesarias para la presencia las especies objetivo y/o su hábitat de registro (matorral, herbazal y sin vegetación). En la figura a continuación se pueden ver estas áreas.
Figura 11. Vista general del área de captura en función a los ambientes a intervenir por el Proyecto.
Fuente. Anexo 12 Adenda Extraordinaria.
•Área de relocalización
Áreas que fueron seleccionadas y caracterizadas de manera previa al rescate, y donde serán liberados los individuos capturados.
Figura 12. Áreas de relocalización caracterizadas y seleccionadas
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Fuente. Anexo 12 Adenda Extraordinaria.
Parámetros a medir Los parámetros seleccionados apuntan a observar el comportamiento de la variable abundancia de las especie objetivo y no objetivo, así como otros atributos ecológicos y de historia de vida de tal manera de abordar el seguimiento desde un punto de vista más ecosistémico, a nivel de población o especie, y no solo de individuo (SAG, 2014).
Según esto, se considera la medición de parámetros principales y secundarios, en el área de captura y área de relocalización, de manera previa y posterior a la medida, según corresponda a cada medición.
Los parámetros principales de medición, en este caso son considerados como aquellos que permiten identificar el éxito de la medida, y/o indican el alcance de los límites comprometidos para las especies objetivo (detalle en punto Límites permitidos).
➢ “Abundancia de las especies objetivo” Número de individuos de cada especie objetivo presentes en el área de captura y/o relocalización, de manera previa y posterior a la medida.
➢ “Presencia de actividad reproductiva de las especies objetivo” Presencia de actividad reproductiva en el área de captura y/o relocalización, a partir del registro de larvas y/o postmetamórficos en el caso de los anfibios, y de juveniles en el caso de reptiles y micromamíferos, madrigueras operculadas en el caso de Grammostola rosea y así bien huevos, crías, nidos, hembras grávidas, comportamiento reproductivo, entre otros, de manera previa y posterior a la medida.
➢ “Granulometría de suelos para Grammostola rosea” Esto tiene relación directa con la especie por su condición de cavadoras, donde dependen de cierta granulometría del suelo para poder establecerse, realizar sus madrigueras y galerías internas. Se Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2162355439
evalúa esta condición en el área de captura y/o relocalización, de manera de ver similitud de hábitats.
➢ “Comportamientos de grupo de Phymaturus darwini” Este se relaciona directamente con P. darwini, y tiene que ver con un Estudio de comportamiento, que evalúa la presencia de interacciones, considerando sólo la distancia entre los ejemplares y descartando cualquier otra conducta, sean estas agonistas, antagonistas, lamidos, persecuciones, cortejo; conductas tanto intra e inter especie (Liolaemus), en el área de captura y/o área de relocalización, de manera previa y posterior a la medida. Así bien para esto se considera un Estudio de similitud de hábitat.
Los parámetros secundarios de medición serán considerados como aquellos que entregan antecedentes para evaluar los parámetros anteriormente señalados y/o el estado de las poblaciones de las especies objetivo y no objetivo (comunidad en que se inserta la población objetivo), en el área de relocalización y captura, de manera previa y posterior a la medida, siendo estos:
➢ “Riqueza de especies del ensamble” Número de las distintas especies registradas, de manera general para toda el área, por ambiente y por clase.
➢ “Abundancia de especies” Número de individuos de cada especie. Se precisa que este no representa el total de individuos pertenecientes a una población de un área dada (SEA, 2015).
➢ “Densidad de especies” Estimación del número de individuos de cada especie presente en una unidad de área definida (ejemplo: individuos por hectárea).
➢ “Presencia de actividad reproductiva” Presencia de actividad reproductiva en el área de relocalización, a partir del registro de larvas y/o postmetamórficos en el caso de los anfibios, y de juveniles en el caso de reptiles y micromamiferos, y así bien huevos, crías, nidos, hembras grávidas, comportamiento reproductivo, entre otros, de manera previa y posterior a la medida.
➢ “Ocupación de refugios” Presencia de refugios, detectando nivel de actividad en estos. Para arácnidos aceptación de los refugios, confecciones de galerías internas.
➢ “Identificación de focos de amenaza o variación” Potenciales competidores, depredadores y especies introducidas en función a las especies nativas.
➢ “Diversidad del ensamble” Índice de Simpson, basado en la importancia de las especies más dominantes o el Índice de Shannon-Wiener, basado en la equidad tomando en cuenta el valor de importancia de cada especie.
➢ “Variables ambientales bióticas y abióticas” Características y/o estado de la vegetación, composición de rocas, humedad, temperatura, velocidad del viento u otros.
Tabla 35. Parámetros del plan de seguimiento de la medida de rescate y relocalización, en función al momento y área de medición
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Momento Área de medición Parámetros principales de medición () Parámetro secundario de medición () Estimaciones previas a la medida () Área de captura y relocalizació n “Abundancia de las especies objetivo” “Presencia de actividad reproductiva de las especies objetivo” “Comportami entos de grupo de Phymaturus darwini” “Riqueza de especies del ensamble” “Abundancia de especies” “Densidad de especies” “Presencia de actividad reproductiva” “Ocupación de refugios” “Identificació n de focos de amenaza o variación” “Diversidad del ensamble” “Variables ambientales bióticas y abióticas” Estimaciones posteriores a la medida Área de captura “Abundancia de las especies objetivo” “Variables ambientales bióticas y abióticas” Área de relocalizació n “Abundancia de las especies objetivo” “Presencia de actividad reproductiva de las especies objetivo” “Comportami entos de grupo de Phymaturus darwini” “Riqueza de especies del ensamble” “Abundancia de especies” “Densidad de especies” “Presencia de actividad reproductiva” “Ocupación de refugios” “Identificació n de focos de amenaza o variación” “Variables ambientales bióticas y abióticas”
() Previo a la medida se considera realizar una campaña base que se indica en ítem 3.4. Duración y frecuencia del plan de seguimiento () Parámetros de medición de especies objetivo (**) Parámetros de especies objetivo y no objetivo. Fuente. Anexo 12 Adenda Extraordinaria.
Límites permitidos/comprometidos En función a los parámetros principales, los límites comprometidos son los siguientes:
•Área de captura Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2162355439
➢ “Abundancia de la especie objetivo” El número de individuos de cada especie objetivo presente en el área de captura de manera posterior a la medida no deberá superar el 10%, en consideración al número comprometido de individuos de la especie objetivo a capturar y/o a las estimaciones de abundancia realizadas de manera previa en el área de captura. • Área de relocalización ➢ “Abundancia de la especie objetivo” El número de individuos de cada especie objetivo presente en el área de relocalización de manera posterior a la medida, no deberá ser inferior al número de individuos presentes de manera previa a la medida en el área de relocalización más el 90% de los individuos relocalizados. Esto a evaluar con los resultados de todas las campañas de monitoreo. ➢ “Presencia de actividad reproductiva de las especies objetivo” Deberá haber registro de actividad reproductiva de las especies objetivo en el área de relocalización, en no menos de tres (3) de las seis (6) campañas de monitoreo en que se mide este parámetro, y por tanto se podrá evaluar con los resultados de todas las campañas de monitoreo. ➢ “Comportamientos de grupo de Phymaturus darwini” Presencia de interacciones y/o comportamiento de grupo y/o harem de P. darwini (matuasto) en el área de relocalización, similares a las registradas en el área de captura o que demuestren adaptación. Esto a evaluar con los resultados de todas las campañas de monitoreo.
Tabla 36. Límites comprometidos paro los parámetros principales del plan de seguimiento de la medida de rescate y relocalización
Área de medición Parámetro principal de medición Limite comprometidos Área de Captura “Abundancia de la especie objetivo” El número de individuos de cada especie objetivo presente en el área de captura de manera posterior al rescate no deberá superar el 10%, en consideración al número comprometido de individuos de la especie objetivo a capturar y/o las estimaciones de abundancia realizadas de manera previa. Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2162355439
Área de Relocalización “Abundancia de las especies objetivo” El número de individuos de cada especie objetivo presente en el área de relocalización de manera posterior a la medida, no deberá ser inferior ni al número de individuos presentes de manera previa a la medida en el área de relocalización, ni inferior al número de individuos presentes en el área de rescate de manera previa a la medida. Esto a evaluar con los resultados de todas las campañas de monitoreo. “Presencia de actividad reproductiva en las especies objetivo” Deberá haber registro de la presencia de actividad reproductiva de las especies objetivo en el área de relocalización, en no menos de tres (3) de las seis (6) campañas de monitoreo, y por tanto se podrá evaluar con los resultados de todas las campañas de monitoreo. “Comportamientos de grupo de Phymaturus darwini” Presencia de interacciones y/o comportamiento de grupo y/o harem de Phymaturus darwini en el área de relocalización, similares a las registradas en el área de captura o que demuestren adaptación. Esto a evaluar con los resultados de todas las campañas de monitoreo.
Fuente. Anexo 12 Adenda Extraordinaria. Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2162355439
Duración del monitoreo Como fue señalado, de manera previa a la medida se considera el levantamiento de información en el área de captura y relocalización (campaña base), con el objetivo de conocer y contar con datos del escenario inicial o sin intervención a la fecha del inicio de la medida. Esta considera la medición de los parámetros principales y parámetros secundarios.
El seguimiento posterior a la aplicación de la medida considera para todas las especies tres campañas de carácter inmediato a los 2, 15 y 45 días; y tres a largo plazo (3 años) una vez al año durante la época de mayor actividad reproductiva, con el fin de evaluar si se está expresando el potencial reproductivo y por ende si los individuos relocalizados podrían estar insertos en un proceso de establecimiento en el nuevo hábitat (Bustamante et al., 2009; IUCN, 2013). La época reproductiva para considerar en el seguimiento podrá ser primavera/verano. En el caso del análisis de comportamiento de P. darwini, el monitoreo será más frecuente, este será realizado a los 45 días, y luego cada 6 meses, durante tres años.
Es de considerar que las actividades podrían estar sujetas a las condiciones climáticas, y por tanto de haber un inconveniente con estas, las campañas deberán ser realizadas en forma inmediata cuanto el clima lo permita y/o lo más cerca del periodo comprometido
De acuerdo con el área, las mediciones y/o seguimiento de la medida estarán relacionados a campañas de monitoreo con una frecuencia y duración determinadas, según se detalla en la tabla a continuación:
Tabla 37. Duración y frecuencia de las campañas de monitoreo asociadas al plan seguimiento de la medida de rescate y relocalización
Momen to Área de medici ón Campa ña de monitor eo Frecue ncia Paráme tro a evaluar Duraci ón estimad a Medici ones previas a la medida () Área de captura y Área de relocali zación Campa ña base De manera previa al rescate, idealme nte dentro de los 30 días previos a la medida . Todos los paráme tros princip ales () y secund arios (**). Identifi cación de similitu d de microh ábitat para Phymat urus darwini en las áreas 7 jornada s o según se requier a Frecuencia del Monitoreo Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2162355439
de relocali zación selecci onadas Seguim iento de la medida (medici ones posteri ores a la medida ) Área de captura Primera campañ a 1 a 2 días posteri or a la medida “Abund ancia de las especie s objetiv o” en área de captura ” y “Variab les ambien tales bióticas y abiótica s” 4 jornada s o según se requier a Área de relocali zación Paráme tros princip ales, a excepci ón de “Comp ortamie nto de grupo de Phymat urus darwini ”. Todos los paráme tros secund arios
Área de relocali zación Segund a campañ a 15 días posteri or a la medida Paráme tros princip ales, a 4 jornada s o según Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2162355439
excepci ón de “Comp ortamie nto de grupo de Phymat urus darwini ”. Todos los paráme tros secund arios se requier a Tercera campañ a 45 días posteri or a la medida Todos los paráme tros princip ales y secund arios 6 jornada s o según se requier a Cuarta campañ a 6 meses posteri ores a la medida Solo “Comp ortamie nto de grupo de Phymat urus darwini ” 3 jornada s o según se requier a Quinta campañ a 1°er. año posteri or a la medida (verano y/o primav era) Todos los paráme tros princip ales y secund arios 6 jornada s o según se requier a Sexta campañ a 1°er. año y medio posteri or a la medida Solo “Comp ortamie nto de grupo de Phymat urus darwini ” 3 jornada s o según se requier a Séptim a campañ a 2° do. año posteri or a la medida (verano y/o primav Todos los paráme tros princip ales y secund arios 6 jornada s o según se requier a Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2162355439
era) Octava campañ a 2° do. año y medio posteri or a la medida (verano y/o primav era) Solo “Comp ortamie nto de grupo de Phymat urus darwini ” 3 jornada s o según se requier a Novena campañ a 3° ter. año posteri or a la medida (verano y/o primav era) Todos los paráme tros princip ales y secund arios 6 jornada s o según se requier a () Monitoreo a realizar de manera previa a la medida con el objetivo de levantar información del escenario base o sin intervención; () Parámetros principales: “Abundancia de las especies objetivo”, “Presencia de actividad reproductiva de las especies objetivo” y “Comportamientos de grupo de Phymaturus darwini”; (**) Parámetros secundarios: “Riqueza de especies del ensamble” “Abundancia de especies”, “Densidad de especies”, “Presencia de actividad reproductiva”, “Ocupación de refugios”, “Identificación de focos de amenaza o variación”, “Diversidad del ensamble” y “Variables bióticas y abióticas”.
Fuente: Anexo 12 Adenda Extraordinaria. Método o procedimiento de medición Las mediciones en el área de captura y en el área de relocalización, de manera previa y posterior a la aplicación de la medida, consideran el siguiente procedimiento:
•Arácnidos: para hembras de Grammostola rosea y especies no objetivo, se realizará una búsqueda dirigida bajo metodología de microruteo de madrigueras, para lo cual se procederá a caminatas a lo largo y ancho de toda el área a intervenir, medida que será realizada por a lo menos 3 profesionales en jornadas diurnas. Con la determinación de presencia de madrigueras, éstas se revisarán por medio de una cámara endoscópica de manera de confirmar la ocupación de estas y el estado de los individuos. Para machos de Grammostola rosea se realizará microruteo nocturno en horario 21:00 pm a 02:00 am con la ayuda de linternas en una búsqueda dirigida a la acumulación de presencias de madrigueras. Para Euathlus condorito se procederá a realizar un microruteo areal en la totalidad de la superficie a intervenir dirigiendo el esfuerzo de observación a las acumulaciones rocosas, donde se registrarán hembras y machos.
•Anfibio: para Alsodes montanus y especies no objetivo, se realizarán transectos de ancho fijo con búsqueda dirigida (levantamiento de piedras, matorrales, entre otros). Lo anterior mediante un mínimo de dos profesionales y tres jornadas de trabajo por cada campaña, siendo una jornada considerada entre las 20:00 y las 02:00 horas.
•Micromamíferos: para Euneomys chinchilloides y especies no objetivo, se instalarán trampas tipo Sherman con atractores Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2162355439
alimenticios, en sistema de líneas o grillas, en horario diurno (máximo de tiempo sin revisión durante el día de 8 horas), para posteriormente ser revisadas cada mañana entre las 08:00 y 11:00 am. Lo anterior mediante un mínimo de dos profesionales y tres noches en cada sitio de cada campaña a considerar.
•Reptiles: Para Liolaemus leopardinus, Phymaturus darwini, y especies no objetivo, se realizarán transectos de ancho fijo con búsqueda dirigida (levantamiento de piedras, matorrales, entre otros). Lo anterior mediante un mínimo dos profesionales y tres jornadas de trabajo por cada campaña, siendo una jornada considerada entre las 09:00 y las 17:00 horas.
Para Phymaturus darwini, sumado a lo anterior, y según se indica en el Apéndice 10-6.2 Justificación del Área de Relocalización especie Phymaturus Darwini (EIA), se realizará un Estudio de comportamiento, teniendo en cuenta las interacciones sociales, evaluando el nivel de interacciones entre los animales de la(s) agrupación(es) del área de intervención. Las interacciones se estimarán considerando sólo la distancia entre los ejemplares descartando cualquier otra conducta sean estas agonistas, antagonistas, lamidos, persecuciones, cortejo; las conductas ya descritas deberán ser registradas tanto intra e inter especie (Liolaemus). Lo anterior mediante un mínimo de tres profesionales y tres jornadas de trabajo por cada campaña, siendo una jornada considerada entre las 09:00 y las 17:00 horas. Se utilizarán herramientas que faciliten la identificación (binoculares y cámaras fotográficas), con observadores ubicados a unos cinco metros de la agrupación. Las distancias serán estimaciones por rangos. Se harán cinco avistamientos por un lapso de cinco minutos para cada agrupación, segregadas cada diez minutos, en que se registrarán las distancias según el formulario entregado en la tabla de más abajo. El mismo procedimiento del Estudio de comportamiento deberá ser repetido en las agrupaciones trasladas a las áreas de fauna (arácnidos, anfibios, reptiles y micromamíferos) relocalización en el mismo grupo de animales, pero esta vez marcados, para su correcto seguimiento.
Dado que los individuos de P. darwini deben establecerse en un ambiente rocoso y vegetal similar, de manera previa al Estudio de comportamiento señalado, se realizará un Estudio de similitud de hábitat en el que se identificará en cada área de relocalización seleccionada para esta especie (Anexo 18 Caracterización de áreas de relocalización Fauna, en la Adenda), el sector específico en donde localizar al grupo o harem. El estudio implicara establecer: a) la existencia de una agrupación con sus interacciones, b) similitud de microhábitat, c) similitud de vegetación que asegure la existencia de los recursos alimentarios, y, d) similitud de la matriz comunitaria de vertebrados (Apéndice 10-6.2 Justificación del Área de Relocalización especie Phymaturus Darwini, EIA). Lo anterior, permitirá conocer el punto exacto en el que se deberán dejar los individuos, teniendo en consideración el escenario inmediatamente previo a la ejecución de la medida.
Tabla 38. Formulario para realizar la valoración de la distancia entre animales
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Fuente: Anexo 12 Adenda Extraordinaria.
Tales procedimientos apuntan a obtener los datos para evaluar los parámetros de seguimiento seleccionados, caracterizando las poblaciones residentes en el área de captura y área de relocalización, y entre estas aquellas de los individuos traslocados.
El seguimiento permitirá identificar de manera directa y/o indirecta la sobrevivencia de los individuos, la capacidad de asentamiento, la adaptación de las especies translocadas al sitio sumidero, y las afectaciones que podrían derivar de factores ambientales o intervención antrópica.
Los datos recolectados podrán ser sometidos a un análisis estadístico (la elección del análisis dependerá de los datos obtenidos y del evaluador), se sugieren; modelo de Lincoln–Peterson; dendograma o análisis de similitud; índices de biodiversidad; fitness reproductivo (porcentaje juveniles, larvas, hembras grávidas, presencia de huevos u otro); grado desplazamiento y/u otro.
En el caso de P. darwini, los datos de ambos conjuntos (conjunto rescatado y relocalizado) serán tratados luego de su combinación de todas las observaciones realizadas por el equipo de observadores. La prueba estadística para evaluar las eventuales diferencias es la “Prueba de Rangos” de Wilcoxon para estadística no paramétrica, inferencias utilizadas habitualmente para comparar resultados ligados a características o atributos de comportamiento de especies animales. De esta forma es posible generar una hipótesis, en la cual se espera que existan diferencias en los rangos de las distancias dado que los animales pueden desarrollar conductas erráticas de adaptación al nuevo hábitat y por el eventual incremento de interacciones antagonistas con los animales residentes. Por esto es fundamental para ello que los animales sean debidamente identificados no sólo con chip sino que también con algún marcador visible a corta distancia (pintura de color inocua).
Tabla 39. Procedimiento de medición del plan de seguimiento de la medida de rescate y relocalización, en función al área y a la taxa
Fuente: Anexo 12 Adenda Extraordinaria. Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2162355439
Plazo y frecuencia de entrega de informe El informe relativo a los resultados de la implementación de la medida “Rescate y relocalización de fauna (arácnidos, anfibios, reptiles y micromamíferos)” será entregado a la Superintendencia de Medio Ambiente y al Servicio Agrícola Ganadero (SAG) regional dentro de un plazo máximo de 30 días hábiles tras el término de las actividades de seguimiento de la medida. No obstante, lo anterior, se procederá a emitir los informes requeridos en los plazos que se indiquen en la Resolución Exenta que autorice las capturas.
Tabla 8.6 Seguimiento medida: Perturbación controlada de reptiles Componente Ambiental Fauna vertebrados terrestres y área de preservación ecológica: • Reptiles: Liolaemus monticola y Liolaemus nigroviridis Impacto Ambiental Pérdida de ejemplares de fauna de interés y/o sensibles; Alteración de área de preservación ecológica. Medidas asociadas Mitigación Ubicación puntos de control Los recorridos y/o puntos de muestreo serán realizados en el área de perturbación (área a intervenir) y en el área sumidero (área a la que se desplazarán los individuos). Parámetros a medir Se considera la medición de parámetros principales y paramento secundarios, en el área de perturbación y área sumidero, y de manera previa y posterior a las actividades de perturbación. Los parámetros se basan en lo indicado en la Guía Técnica para Implementar Medidas de Rescate/ Relocalización y Perturbación controlada (Torres et al., 2014). Se precisa que, si bien la medición de parámetros previos a la ejecución de la perturbación no es en estricto rigor parte del seguimiento posterior a la medida, se aborda en este documento para comprender mejor este, y mantener la continuidad en la entrega de la información. Los parámetros principales de medición, en este caso son considerados como aquellos que permiten identificar el éxito de la medida, y/o indican el alcance de los límites permitidos (ítem más abajo Límites permitidos o comprometidos), siendo estos:
•Área de perturbación ➢ “Abundancia de especies objetivo” Número de individuos de las especies objetivo presentes en el área de perturbación, de manera previa y posterior a las actividades de perturbación. •Área sumidero ➢ “Abundancia de especies objetivo” Número de individuos de las especies objetivo presentes en el área a sumidero, de manera previa y posterior a las actividades de perturbación. ➢ “Presencia de actividad reproductiva de las especies objetivo” Presencia de actividad reproductiva de las especies objetivo en el área sumidero, a partir del registro directo e indirecto de huevos, crías, nidos, hembras grávidas, porcentaje juveniles, comportamiento reproductivo, entre otros, de manera posterior a las actividades de perturbación.
Los parámetros secundarios de medición serán considerados como aquellos que entregan antecedentes para evaluar los parámetros anteriormente señalados y/o el estado de las poblaciones de las especies objetivo y no objetivo, en el área sumidero de manera previa y posterior a la medida, siendo estos: ➢ “Riqueza de especies del ensamble” Número de las distintas especies registradas, de manera general para toda el área, por ambiente y por clase. ➢ “Abundancia de especies” Número de individuos de cada especie. Se precisa que este no Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2162355439
representa el total de individuos pertenecientes a una población de un área dada (SEA, 2015). ➢ “Densidad de especies” Estimación del número de individuos de cada especie presente en una unidad de área definida (ejemplo: individuos por hectárea). ➢ “Presencia de actividad reproductiva” Presencia de actividad reproductiva, a partir del registro directo e indirecto de huevos, crías, nidos, hembras grávidas, porcentaje juveniles, comportamiento reproductivo, entre otros. ➢ “Ocupación de refugios” Presencia de refugios, detectando nivel de actividad en estos. ➢ “Identificación de focos de amenaza o variación” Potenciales competidores, depredadores y especies introducidas en función a las especies objetivo.
Tabla 40. Parámetros del plan de seguimiento de la medida de perturbación controlada
(*) Parámetros de medición de todas las especies, objetivo y no objetivo. Fuente: Anexo 12 Adenda Extraordinaria. Límites permitidos/comprometidos En función a los parámetros principales, los límites comprometidos son los siguientes:
•Área de perturbación ➢ “Abundancia de las especies objetivo” El número de individuos de las especies objetivo presente en el área perturbada no deberá superar el 10%, en consideración a las estimaciones de abundancia realizadas de manera previa a las actividades de perturbación. •Área sumidero ➢ “Abundancia de las especies objetivo” El número de individuos de las especies objetivo presente en el área sumidero no deberá ser inferior al 90%, en consideración a las estimaciones de abundancia realizadas de manera previa a las actividades de perturbación. Esto a evaluar con los resultados de todos los monitoreos. ➢ “Presencia de actividad reproductiva de las especies objetivo” Deberá haber registros de actividad reproductiva de las especies objetivo en el área sumidero, en al menos una (2) de las cuatro (4) campañas de monitoreo estacionales, y por tanto se podrá evaluar con los resultados de todas las campañas de monitoreo.
Tabla 41. Límites comprometidos paro los parámetros principales del plan de seguimiento de la medida perturbación controlada
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Fuente: Anexo 12 Adenda Extraordinaria. Duración del monitoreo De manera previa a la medida se considera el levantamiento de información en el área de perturbación (campaña base), con el objetivo de conocer y contar con datos del escenario inicial o sin intervención. Esto en un periodo no mayor a los 10 días previos a la medida.
El seguimiento posterior a la aplicación de la medida considera una campaña de carácter inmediato uno a 3 días posteriores a las actividades de captura; y tres de carácter estacional, durante el primer año posterior a la medida (verano, otoño y primavera), más una quinta campaña durante la época de primavera o comienzo del verano del siguiente año. Es de considerar que las actividades podrían estar sujetas a las condiciones climáticas, y por tanto de haber un inconveniente con estas, las campañas deberán ser realizadas en forma inmediata cuanto el clima lo permita y/o lo más cerca del periodo comprometido. De acuerdo con el área, las mediciones y/o seguimiento de la medida estarán relacionados a campañas de monitoreo con una frecuencia y duración determinadas, según se detalla en la tabla a continuación:
Tabla 42. Duración y frecuencia de las campañas de monitoreo asociadas al plan seguimiento de la medida perturbación controlada de reptiles
Momento Área de medición Campaña de monitoreo Frecuenci a Duración Medicione s previas a la medida (*) Área de perturbaci ón y Área sumidero Campaña base Máximo de 10 días previos a la medida 1 jornada o según se requiera Seguimien to de la medida (medicion es posteriore s a la medida) Área perturbaci ón y Área sumidero Primera campaña 1 a 3 días posterior a la medida 2 jornada o según se requiera Segunda campaña Estación del año 1 2 jornadas o según se requiera Tercera campaña Estación del año 2 2 jornadas o según se Frecuencia del Monitoreo Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2162355439
requiera Cuarta campaña Estación del año 3 2 jornadas o según se requiera Quinta campaña Estación primavera /comienzo s del verano del año 2 2 jornadas o según se requiera (*) Monitoreo a realizar de manera previa a la medida con el objetivo de levantar información del escenario base o sin intervención
Fuente: Anexo 12 Adenda Extraordinaria. Método o procedimiento de medición Se realizarán transectos de ancho fijo con búsqueda dirigida (levantamiento de piedras, matorrales, entre otros). Lo anterior mediante un mínimo dos profesionales y tres jornadas de trabajo por cada campaña, siendo una jornada considerada entre las 09:00 y las 17:00 horas. Tales procedimientos apuntan a obtener los datos para evaluar los parámetros de seguimiento seleccionados, caracterizando las poblaciones residentes en el área de perturbación y área sumidero, y entre estas aquellas de los individuos desplazados. El seguimiento permitirá identificar de manera directa y/o indirecta la sobrevivencia de los individuos, la capacidad de asentamiento, la adaptación de las especies translocadas al sitio sumidero, y las afectaciones que podrían derivar de factores ambientales o intervención antrópica. Plazo y frecuencia de entrega de informe El informe relativo a los resultados de la implementación de la medida “Perturbación controlada de reptiles” será entregado a la Superintendencia de Medio Ambiente (SMA) y Servicio Agrícola y Ganadero (SAG) regional, dentro de un plazo máximo de 30 días hábiles tras el término de cada campaña de seguimiento de la medida.
Tabla 8.7 Seguimiento medida: Instalación de disuasores de vuelo Componente Ambiental Fauna vertebrados terrestres y área de preservación ecológica: •Ave: Vulthur grypus (cóndor) Impacto Ambiental Pérdida de ejemplares de especies de interés y/o sensibles; Alteración de área de preservación ecológica. Medidas asociadas Compensación Ubicación puntos de control El seguimiento se realizará en la zona donde se dispondrá la medida, esto es a lo largo del cable de guarda de la línea de trasmisión eléctrica del Proyecto, considerando un buffer de 100 metros a cada lado. En la figura a continuación se muestra el área de conexión, el sector de la subestación y plataforma de la torre. En la figura a continuación se pueden ver la conexión en donde se instalarán los dispositivos.
Figura 13. Sector de Línea de Transmisión Eléctrica Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2162355439
Fuente: Anexo 12 Adenda Extraordinaria Parámetros a medir Se utilizarán parámetros orientados a medir colisiones y riesgo de colisión, este último a partir de un estudio de tránsito aéreo de V. grypus (cóndor): Potenciales colisiones: ➢ “Número de aves que colisionan con la línea de transmisión eléctrica proyectada” Número de individuos de la especie V. grypus (cóndor) colisionados con la LTE asociada al Proyecto. Estudio de tránsito aéreo: ➢ “Riesgo de colisión del ave con la línea de transmisión eléctrica proyectada” Este estudio se realizará con el objetivo de ver el comportamiento de la especie una vez instálala la LTE, y con esto sacar proyecciones o establecer un escenario del riesgo de colisión, para orientar las actividades asociadas a la búsqueda de carcasas en función al comportamiento y/o desplazamientos identificados cerca de la LTE. Este parámetro no se utilizará para medir el éxito de la variable. Límites permitidos/comprometidos El límite permitido será un máximo de 1 eventos de colisión cada dos años, de individuos de la especie V. grypus (cóndor). Duración del monitoreo Para realizar el seguimiento se realizarán campañas de levantamiento de información de manera previa y posterior a la medida.
Mediciones en sector de la LTE de manera previa a la medida: • Potenciales colisiones: Dentro de un plazo no mayor a un mes previo a la instalación de los dispositivos anticolisión, se realizará una búsqueda de carcasas para establecer un escenario base. •Estudio de tránsito aéreo Dentro de un plazo no mayor a un mes previo a la instalación de dispositivos anticolisión, se realizará el levantamiento de los datos asociados al estudio de tránsito aéreo o Campaña base (“Seguimiento del comportamiento de tránsito aéreo de las aves”). Mediciones en sector de la LTE de manera posteriores a la medida: •Potenciales colisiones: El monitoreo de colisiones se realizará luego de 1 mes de instalados los dispositivos anticolisión, repitiéndose 1 vez al mes, durante 6 meses. Luego se mantendrá un monitoreo cada dos meses durante un año, y posteriormente cada 6 meses durante 3 años. •Estudio de tránsito aéreo: El monitoreo de tránsito aéreo se realizará 1 vez al mes, durante 6 meses. Luego se mantendrá un monitoreo cada dos meses durante un año, y posteriormente cada cuatro meses durante 3 años. Este Frecuencia del Monitoreo Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2162355439
monitoreo se realiza en paralelo al de colisiones.
Lo señalado se ve en la tabla a continuación:
Tabla 43. Campañas de seguimiento de la medida
Es de considerar que las actividades descritas podrían estar sujetas a las condiciones climáticas, y por tanto de haber un inconveniente con estas, las campañas deberán ser realizada en forma inmediata cuanto el clima lo permita y/o lo más cerca del periodo comprometido.
Método o procedimiento de medición Potenciales colisiones: Profesionales especialistas en fauna silvestre realizará la búsqueda de aves colisionadas (carcasas o aves heridas) bajo la línea de transmisión eléctrica y en un buffer de 100 metros a cada lado de esta. Esto mediante el recorrido en zigzag y búsqueda dirigida. Para aquellos sectores con mucha pendiente (sector oeste de la línea) dentro del buffer se harán recorridos visuales con binoculares de alto aumento. Se deberán registrar los siguientes datos del evento de colisión:
•Coordenada de registro de individuo colisionado (UTM WGS1984 Huso 19 sur) •Número de individuos colisionados •Especie colisionada •Estado reproductivo de la especie •Reconocer si individuo es adulto, juvenil y/o volantón •Estado de descomposición de la carcasa (reciente o avanzado). •Distancia de ejemplar colisionado a la línea
Estudio de tránsito aéreo: Se realizará la medición de tránsito aéreo en la línea de transmisión eléctrica mediante la técnica de conteo puntual durante ocho horas de observación en dos bloques de cuatro horas (mañana y tarde).
Se deberán registrar los siguientes datos:
•Registro y conteo de aves por observación directa •Dirección de vuelo en relación al eje de la Línea (torres y cableado). •Hora del registro •Duración del avistamiento •Altura estimada de vuelo •Frecuencias de vuelo (vuelos/hora) •Densidad de vuelos (vuelos/hora/hectárea) Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2162355439
•Aspectos conductuales •Condición atmosférica •Fichas de registro
Se llevará un registro en fichas de las actividades diarias asociadas al seguimiento, indicando: descripción de las actividades, fechas y hora de trabajo, profesionales y esfuerzos, informes enviados a la autoridad, entre otros.
•Registros fotográficos Se realizarán registros fotográficos que evidencien el monitoreo de tránsito aéreo o algún evento de colisión. Plazo y frecuencia de entrega de informe El informe relativo a los resultados del plan de seguimiento de la medida de “Dispositivos anticolisión” será entregado a la Superintendencia de Medio Ambiente (SMA) y al Servicio Agrícola y Ganadero (SAG) regional, el primer año tras dos campañas de monitoreo (60 días hábiles); y luego desde el segundo año cada 6 meses.
Tabla 8.8 Seguimiento medida: Enriquecimiento ambiental y/o mejoramiento de las condiciones de hábitat para fauna Componente Ambiental Fauna vertebrados terrestres y área de preservación ecológica: • Anfibios: Alsodes montanus •Reptiles: Liolaemus monticola, Liolaemus nigroviridis, Liolaemus leopardinus y Phymaturus darwini. • Mamíferos: Euneomys chinchilloides
Ambientes para la fauna: • Matorral Impacto Ambiental “Pérdida y/o modificación de hábitat de especies de interés y/o sensibles”, “Perdida de ejemplares de especies de interés y/o sensibles”; “Perdida de ambientes para la fauna” y “Alteración de área de preservación ecológica”. Medidas asociadas Compensación Ubicación puntos de control El seguimiento se implementará en las 30 ha donde se aplicará la medida, correspondientes a los sitios de enriquecimiento. En el Anexo 10-2 se incluye en formato kmz y shape los sitios de enriquecimiento de hábitat y en la figura a continuación se pueden visualizar estos sitios en función a las otras áreas de medidas.
Figura 14. Áreas de enriquecimiento de hábitat
Fuente: Anexo 12 Adenda Extraordinaria
Parámetros a medir La medida se basa en dos etapas, una primera relacionada con el enriquecimiento del ambiente para la fauna “Matorral”, que se asocia directa e inmediatamente con la medida de “Plan de Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2162355439
repoblación de especies arbustivas”. Y, una segunda etapa relacionada con el enriquecimiento de las áreas para la fauna. Si bien la ejecución de la primera etapa se relaciona con el componente flora y vegetación, las implicancias de seguimiento para la fauna no son todas iguales, igualmente se debe considerar que el seguimiento de ambas medidas deberá estar coordinado constantemente.
Según la etapa, los parámetros serán los siguientes: Enriquecimiento del ambiente Matorral - “Plan de repoblación de especies arbustivas” ➢ “Grado de cobertura vegetal” Capa de vegetación natural o de Matorral que cubre la superficie de los sitios a intervenir por el Proyecto (según línea de base de Flora y vegetación ingresada) y la de los sitios de enriquecimiento, en estos últimos de manera posterior a la medida.
Por otro lado, los parámetros a evaluar directamente en la medida “Plan de repoblación de especies arbustivas”, también deberán ser revisados, ya que estos evalúan el buen estado y sobrevivencia de los individuos de las especies que conforman el ambiente de Matorral, de esta manera el seguimiento de la medida deberá estar coordinada con los resultados del éxito de la medida “Plan de repoblación de especies arbustivas” (ver anexo Plan de cumplimento de las variables ambientales, de la Adenda).
Enriquecimiento del hábitat para la fauna Se consideran parámetros principales de medición, que permiten identificar el éxito de la medida, y/o indican el alcance de los límites comprometidos. Y parámetros secundarios de medición, que entregan antecedentes para evaluar los parámetros anteriormente señalados siendo estos: Parámetros principales: ➢ “Abundancia de especies” Número de individuos de cada especie, en los sitios de enriquecimiento del hábitat, previo y posterior a la medida. ➢ “Ocupación de refugios y/o estructuras de enriquecimiento” Ocupación de refugios artificiales y/o provenientes del enriquecimiento, en los sitios de enriquecimiento del hábitat, posterior a la medida. Parámetros secundarios: ➢ “Riqueza de especies del ensamble” Número de las distintas especies registradas en los sitios de enriquecimiento, previo y posterior a la medida. ➢ “Diversidad del ensamble” Índice de Simpson, basado en la importancia de las especies más dominantes o el Índice de Shannon-Wiener, basado en la equidad tomando en cuenta el valor de importancia de cada especie, en los sitios de enriquecimiento, previo y posterior a la medida. ➢ “Ocupación de refugios naturales” Ocupación de refugios naturales que se vayan generando en la medida que se establezca el Matorral, en los sitios de enriquecimiento, previo y posterior a la medida. ➢ “Presencia de actividad reproductiva” Presencia de actividad reproductiva a partir del registro de larvas y/o postmetamórficos en el caso de los anfibios, y de juveniles en el caso de reptiles y micromamiferos, y asi bien huevos, crías, nidos, hembras grávidas, comportamiento reproductivo, entre otros, en los sitios de enriquecimiento, de manera previa y posterior a la medida. ➢ “Identificación de focos de amenaza o variación” Potenciales competidores, depredadores y especies introducidas, Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2162355439
variaciones relacionadas a intervención antrópica, en los sitios de enriquecimiento, de manera previa y posterior a la medida.
Límites permitidos/comprometidos Según etapa, límites permitidos o comprometidos serán los siguientes: Enriquecimiento del ambiente Matorral - “Plan de repoblación de especies arbustivas” ➢“Grado de cobertura vegetal” El grado de cobertura vegetal posterior a la medida deberá ser igual o superior al 70% del porcentaje de cobertura promedio registrado en el ambiente de Matorral de las áreas a intervenir por el Proyecto (detalle a obtener de la línea de base de flora y vegetación ingresada). Esto a evaluar con el resultado de todos los monitoreos. Por otro lado, los límites a evaluar directamente en la medida “Plan de repoblación de especies arbustivas”, también deberán ser revisados, ya que estos evalúan el buen estado y porcentaje de sobrevivencia de los individuos de las especies que conforman el ambiente de Matorral. De esta manera el seguimiento de la medida deberá estar coordinada con los resultados del éxito de la medida “Plan de repoblación de especies arbustivas” (ver anexo Plan de cumplimento de las variables ambientales, de la Adenda). Enriquecimiento del hábitat para la fauna Los límites permitidos de los parámetros principales serán los siguientes: ➢ “Abundancia de la especie objetivo” El número de individuos presente en los sitios de enriquecimiento de manera posterior a la medida deberá ser mayor en un 20% al número de individuos presentes de manera previa a la medida en los mismos. Esto a evaluar con el resultado de todos los monitoreos. ➢ “Ocupación de refugios y/o estructuras de enriquecimiento” Deberá existir una ocupación no menor al 50% del total de los refugios artificiales y/o provenientes del enriquecimiento., en los sitios de enriquecimiento. Esto a evaluar con el resultado de todos los monitoreos. Duración del monitoreo Para realizar el seguimiento se realizarán campañas de levantamiento de información en los sitios de enriquecimiento, de manera previa y posterior a la medida: Mediciones en sitios de enriquecimiento de manera previa a la medida: Dentro de un plazo no mayor a un mes previo a la ejecución de la medida de compensación de flora y vegetación “Plan de repoblación de especies arbustivas” (Enriquecimiento del ambiente Matorral), se realizará una campaña base con el levantamiento de los datos en los sitios de enriquecimiento.
En el caso de las coberturas vegetacionales presentes en el área de intervención del Proyecto, estas ya habrán sido medidas en la línea de base de flora y vegetación ingresada. Mediciones en sitios de enriquecimiento posteriores a la medida:
Luego de seis meses de ejecutada la medida de enriquecimiento o la Campaña inicial, se realizará la primera campaña de levantamiento de datos para el seguimiento en los sitios de enriquecimiento. Esta misma frecuencia, cada 6 meses, se repetirá durante los primeros 2 años, luego se realizará cada 1 año, hasta que el ambiente de Matorral llegue al estado de cobertura vegetacional comprometido, lo cual no deberá ser inferior a un periodo de 10 años.
Tabla 44. Campañas de seguimiento de la medida
Frecuencia del Monitoreo Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2162355439
Fuente: Anexo 12 Adenda Extraordinaria
Cabe señalar, que la medida considera realizara campañas con actividades de reforzamiento y mantención del enriquecimiento, con la misma frecuencia que las campañas de seguimiento. Por otro lado, es de considerar que las actividades descritas podrían estar sujetas a las condiciones climáticas, y por tanto de haber un inconveniente con estas, las campañas deberán ser realizada en forma inmediata cuanto el clima lo permita y/o lo más cerca del periodo comprometido.
Método o procedimiento de medición Con la participación de un mínimo de dos profesionales especialista en fauna silvestre, se efectuarán recorridos observando riqueza, estado de ocupación de los refugios artificiales y/o provenientes del enriquecimiento, y así bien refugios naturales, se observará si hay presencia de reproducción e identificación de focos de amenaza o variación. Para identificar el “Grado de cobertura vegetal” se realizarán parcelas de vegetación. Para el levantamiento de datos se considera lo siguiente: •Registros por clase ✓Anfibios:
-Transectos: se realizarán recorridos pedestres de ancho fijo con búsqueda dirigida (levantamiento de piedras, matorrales, entre otros), entre las 20:00 y las 02:00 horas. ✓Reptiles: -Transectos: se realizarán recorridos pedestres de ancho fijo con búsqueda dirigida (levantamiento de piedras, matorrales, entre otros), entre las 09:00 y las 17:00 horas. ✓Aves -Transectos: se realizarán recorridos pedestres en búsqueda de la presencia de las aves a partir del registro visual, con la ayuda de binoculares, y el reconocimiento de las vocalizaciones, entre las 09:00 y las 18:00 horas. -Playback: con el objetivo de incentivar el canto de los ejemplares presentes en el área se realizará la reproducción de los cantos de las especies nocturnas con presencia potencial en el área, durante 30 minutos por punto, en el atardecer y/o noche. ✓Mamíferos -Transectos: se realizarán recorridos pedestres de ancho fijo con búsqueda dirigida en búsqueda de evidencias directas e indirectas (fechas, madrigueras, huellas, huesos etc.), entre las 09:00 y las 18:00 horas. -Trampas cámara: se instalarán trampas cámara (Bushnell®: Trophy Camera Brown, Modelo 119436 y Bushnell®: Trophy Camera Brown HD, Modelo 119537C) en distintos puntos. Tales equipos constan de un sensor de movimiento que detecta al individuo en el Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2162355439
entorno y saca una fotografía de este, utilizándose un atractor como cebo.
-Detector de ultrasonidos: para el registro de quirópteros se ubicará un equipo de detección de ultrasonido o Bat detector (MiniBat), activándose desde el atardecer hasta el amanecer (12 horas aproximadamente). Con el software Avisoft SASLab Lite se analizarán los pulsos que pudiesen corresponder a llamados de murciélagos y manualmente se obtuvieron los siguientes parámetros: i) frecuencia inicial, ii) frecuencia final, iii) frecuencia de máxima intensidad, iv) duración, v) intervalo entre pulsos y vi) pendiente. Las grabaciones obtenidas procesadas y analizadas, comparándolas con sonogramas de referencia (Ossa et al. 2010, Rodríguez-San Pedro & Simonetti 2013, Rodríguez-San Pedro et al. 2016). Este equipo se posiciono un día por punto.
•Fichas de registro Se llevará un registro en fichas de las actividades diarias asociadas al seguimiento, indicando: descripción de las actividades, fechas y hora de trabajo, profesionales y esfuerzos, estado del asentamiento y/o uso del ítem de enriquecimiento ambiental, coordenadas de las estructuras, informes enviados a la autoridad, entre otros.
•Registros fotográficos Se realizarán registros fotográficos que evidencien la recuperación de los sectores enriquecidos mediante una comparación entre el estado de los sitios previos a la medida y posterior a la medida. Parte de esto pretende verificar que el área enriquecida tenga una mayor cobertura vegetal. Plazo y frecuencia de entrega de informe El informe relativo a los resultados del plan de seguimiento de la medida de “Enriquecimiento ambiental y/o mejoramiento de las condiciones de hábitat para fauna” será entregado a la Superintendencia de Medio Ambiente (SMA), dentro de un plazo máximo de 30 días hábiles tras el término de cada campaña de seguimiento de la medida.
Tabla 8.9 Seguimiento medida: Área de exclusión para matuasto de Darwin (Phymaturus darwini) Componente Ambiental Fauna vertebrados terrestres y área de preservación ecológica: •Reptiles: Phymaturus darwini. Impacto Ambiental Pérdida y/o modificación de hábitat de especies de interés y/o sensibles Perdida de ejemplares de especies de interés y/o sensibles Alteración de área de preservación ecológica Medidas asociadas Compensación Ubicación puntos de control La medida se implementará en un área de 21,35 hectáreas correspondiente al área de exclusión, que se solapa en algunos sectores con el área de relocalización 5, y con algunos sitios de enriquecimiento de hábitat. En el Anexo 10-2 se incluye el kmz y shape del área de exclusión de la Adenda.
En la siguiente Tabla se indican los vértices del área de exclusión, en la Figura 1-5 se visualiza esta.
Tabla 45. Vértices y coordenadas del área de exclusión para matuasto de Darwin (Phymaturus darwini)
Vértice Coordenadas UTM WGS84 H19S Este Norte V1 363.170 6.322.962 V2 363.154 6.323.042 V3 363.019 6.323.099 V4 363.058 6.323.187 Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2162355439
V5 363.303 6.323.073 V6 364.060 6.323.199 V7 364.582 6.323.509 V8 364.663 6.323.447 V9 364.136 6.323.125 V10 364.121 6.323.010 Fuente: Anexo 12 Adenda Extraordinaria
Figura 15. Área de exclusión para matuasto de Darwin (Phymaturus darwini)
Fuente: Anexo 12 Adenda Extraordinaria
Figura 16. Área de exclusión para matuasto de Darwin (Phymaturus darwini) y áreas que se solapan con esta: áreas de Sitios de enriquecimiento de hábitat y Área de relocalización 5
Fuente: Anexo 12 Adenda Extraordinaria
Parámetros a medir Se consideran parámetros principales de medición, que permiten identificar el éxito de la medida, y/o indican el alcance de los límites comprometidos. Y, parámetros secundarios de medición, que entregan antecedentes para evaluar los parámetros anteriormente señalados siendo estos: ➢ “Estado de estructuras y bandas” Estado del cerco perimetral, pintura en postes, bandas plásticas y cartel de señalización. ➢ “Grado de cobertura vegetal” Capa de vegetación natural o de matorral que cubre la superficie del área de exclusión, de manera previa (estado basal del área) y posterior a la medida. Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2162355439
Estado ➢ “Identificación de focos de amenaza o variación” Variaciones relacionadas a intervención antrópica en el área de exclusión, de manera previa y posterior a la medida. ➢ “Abundancia de especies” Número de individuos de cada especie en el área de exclusión, previo y posterior a la medida. Parámetros secundarios: ➢ “Riqueza de especies del ensamble” Número de las distintas especies registradas en el área de exclusión, previo y posterior a la medida. ➢ “Diversidad del ensamble” Índice de Simpson, basado en la importancia de las especies más dominantes o el Índice de Shannon-Wiener, basado en la equidad tomando en cuenta el valor de importancia de cada especie en el área de exclusión, previo y posterior a la medida. ➢ “Ocupación de refugios naturales” Ocupación de refugios naturales en el área de exclusión, previo y posterior a la medida. ➢ “Presencia de actividad reproductiva” Presencia de actividad reproductiva a partir del registro de larvas y/o postmetamórficos en el caso de los anfibios, y de juveniles en el caso de reptiles y micromamiferos, y así bien huevos, crías, nidos, hembras grávidas, comportamiento reproductivo, entre otros, en el área de exclusión, de manera previa y posterior a la medida.
Límites permitidos/comprometidos Los límites permitidos o comprometidos de los parámetros principales serán los siguientes:
➢ “Estado de estructuras y bandas” El estado del cerco según se indica en la medida, esto es: postes (o símil) en buen estado y firmeza adecuada de este, pintura en los postes (o símil) y bandas plásticas en buen estado, distancias comprometidas adecuadas, aperturas para fauna silvestre, sin evidencias en el lugar de ingreso de ganado. ➢ “Grado de cobertura vegetal” El grado de cobertura vegetal posterior a la medida deberá ser igual o superior al porcentaje de cobertura que había de manera previa la medida, considerando las variaciones estacionales. ➢ “Identificación de focos de amenaza o variación” No deberá haber intervención antrópica en el área de exclusión de manera posterior a la medida, considerándose como estado basal el presente de manera previa a la medida. ➢ “Abundancia de la especie objetivo” El número de individuos presente en el área de exclusión de manera posterior a la medida deberá ser similar o mayor, al número presente de manera previa a la medida, considerando las variaciones estacionales. Duración del monitoreo Para realizar el seguimiento se realizarán campañas de levantamiento de información en el área de exclusión, de manera previa y posterior a la medida:
Mediciones en el área de exclusión de manera previa a la medida:
Dentro de un plazo no mayor a un mes previo a la ejecución de la medida de área de exclusión, se realizará una campaña base de levantamiento de datos.
Frecuencia del Monitoreo Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2162355439
Mediciones en área de exclusión de manera posteriores a la medida: Luego de seis meses de ejecutada la Campaña inicial (campaña de ejecución inicial de la medida), se realizará la primera campaña de levantamiento de datos para el seguimiento en el área de exclusión. Esta misma frecuencia, cada 6 meses, se repetirá durante los primeros 2 años, luego se realizará cada 1 año durante toda la etapa de operación.
En la tabla a continuación se indican las campañas señaladas:
Tabla 46. Campañas base y de seguimiento de la medida
Fuente: Anexo 12 Adenda Extraordinaria
Cabe señalar, que la medida considera realizara campañas de mantención de las estructuras a ubicar en el perímetro del área con la misma frecuencia que las campañas de seguimiento (el detalle se puede ver en el Plan de medidas de mitigación, reparación y compensación de la Adenda). Por otro lado, es de considerar que las actividades descritas podrían estar sujetas a las condiciones climáticas, y por tanto de haber un inconveniente con estas, las campañas deberán ser realizada en forma inmediata cuanto el clima lo permita y/o lo más cerca del periodo comprometido.
Método o procedimiento de medición Con la participación de un mínimo de dos profesionales especialista en fauna silvestre, se efectuarán recorridos observando riqueza, estado de ocupación de los refugios naturales, se observará si hay presencia de reproducción e identificación de focos de amenaza o variación. Para identificar el “Grado de cobertura vegetal” se realizarán parcelas de vegetación. Para el levantamiento de datos se considera lo siguiente: •Registros por clase ✓Anfibios: -Transectos: se realizarán recorridos pedestres de ancho fijo con búsqueda dirigida (levantamiento de piedras, matorrales, entre otros), entre las 20:00 y las 02:00 horas. ✓Reptiles: -Transectos: se realizarán recorridos pedestres de ancho fijo con búsqueda dirigida (levantamiento de piedras, matorrales, entre otros), entre las 09:00 y las 17:00 horas. ✓Aves -Transectos: se realizarán recorridos pedestres en búsqueda de la presencia de las aves a partir del registro visual, con la ayuda de binoculares, y el reconocimiento de las vocalizaciones, entre las 09:00 y las 18:00 horas. -Playback: con el objetivo de incentivar el canto de los ejemplares presentes en el área se realizará la reproducción de los cantos de las especies nocturnas con presencia potencial en el área, durante 30 minutos por punto, en el atardecer y/o noche. ✓Mamíferos Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2162355439
-Transectos: se realizarán recorridos pedestres de ancho fijo con búsqueda dirigida en búsqueda de evidencias directas e indirectas (fechas, madrigueras, huellas, huesos etc.), entre las 09:00 y las 18:00 horas. -Trampas cámara: se instalarán trampas cámara (Bushnell®: Trophy Camera Brown, Modelo 119436 y Bushnell®: Trophy Camera Brown HD, Modelo 119537C) en distintos puntos. Tales equipos constan de un sensor de movimiento que detecta al individuo en el entorno y saca una fotografía de este, utilizándose un atractor como cebo.
-Detector de ultrasonidos: para el registro de quirópteros se ubicará un equipo de detección de ultrasonido o Bat detector (MiniBat), activándose desde el atardecer hasta el amanecer (12 horas aproximadamente). Con el software Avisoft SASLab Lite se analizarán los pulsos que pudiesen corresponder a llamados de murciélagos y manualmente se obtuvieron los siguientes parámetros: i) frecuencia inicial, ii) frecuencia final, iii) frecuencia de máxima intensidad, iv) duración, v) intervalo entre pulsos y vi) pendiente. Las grabaciones obtenidas s procesadas y analizadas, comparándolas con sonogramas de referencia (Ossa et al. 2010, Rodríguez-San Pedro & Simonetti 2013, Rodríguez-San Pedro et al. 2016). Este equipo se posiciono un día por punto. •Fichas de registro Se llevará un registro en fichas de las actividades diarias asociadas al seguimiento, indicando: descripción de las actividades, fechas y hora de trabajo, profesionales, estado de las estructuras (estacas u otro) coordenadas de las estructuras, informes enviados a la autoridad, entre otros. •Registros fotográficos Se realizarán registros fotográficos que evidencien el estado del área de exclusión de manera previa a la medida y posterior a la medida. Plazo y frecuencia de entrega de informe El informe relativo a los resultados del plan de seguimiento de la medida de “Área de exclusión” será entregado a la Superintendencia de Medio Ambiente (SMA) y al Servicio Agrícola y Ganadero (SAG) regional, dentro de un plazo máximo de 30 días hábiles tras el término de cada campaña de seguimiento de la medida.
Tabla 8.10 Seguimiento medida: Protección de los sitios PPSC_04_SA, PPSC_005_SA y PPSC_006_SA Componente Ambiental Patrimonio arqueológico Impacto Ambiental Alteración de elementos del patrimonio arqueológico Medidas asociadas Compensación Ubicación puntos de control
Tabla 47. Puntos de control. Sitio Coordenadas UTM Huso 19 Este Norte PPSC_004_SA 362928 6321894 PPSC_005_SA 363301 6322987 PPSC_006_SA 364209 6326211 Fuente: Anexo 12 Adenda Extraordinaria
Parámetros a medir El cerco perimetral considera un buffer de 10 m en torno a los límites superficialmente definidos para ambos sitios. Los cercados y señalética deberán permanecer durante toda la fase de construcción, operación y cierre del Proyecto y deberá contar con una altura de a lo menos 1,20 m. Límites permitidos/comprometidos N/A Duración del monitoreo Durante todas las fases del Proyecto Frecuencia del Monitoreo Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2162355439
Método o procedimiento de medición Registro Fotográfico Plazo y frecuencia de entrega de informe Se elaborará un informe detallado de las actividades realizadas y se entregarán los resultados de los parámetros evaluados. Estos informes serán enviados a la SMA de la Región Metropolitana de manera anual constatando las condiciones del cercado.
Tabla 8.11 Seguimiento medida: Investigación, Recolección superficial y excavación Agrupación Componente Ambiental Patrimonio arqueológico Impacto Ambiental Alteración de elementos del patrimonio arqueológico Medidas asociadas Compensación Ubicación puntos de control N/A Parámetros a medir Actividades de recolección y excavación en el área de influencia del Proyecto. Límites permitidos/comprometidos Dada la naturaleza singular de las evidencias arqueológicas documentadas en este sitio, se propone complementar las actividades de recolección superficial, rescate mediante excavaciones y análisis especializado de las evidencias que se recuperen del Sector de paneles norte, a través de una investigación dirigida hacia la caracterización de las prácticas de caza y movilidad logística por parte de los grupos cazadores recolectores cordilleranos. Además, se recomienda realizar una prospección dirigida a la identificación de aleros cercanos al Sector de paneles norte, en particular para aquellos situados en la cuenca superior del estero El Arrayán y que puedan cumplir la función de campamentos logísticos, con el objeto de contar con sitios que potencialmente se puedan vincular arqueológicamente con las ocupaciones del Sector de paneles norte. Junto con lo anterior, se recomienda en primera instancia la excavación de los sitios PPSC_005_SA y PPSC_006_SA identificados en las actividades de inspección arqueológica, los cuales, si bien no presentaron material en superficie, presentan condiciones idóneas para la presencia de ocupaciones de grupos cazadores recolectores, por cuanto se sitúan cercanos a rutas de movilidad a lo largo de la cuenca del estero Arrayán, en lugares de fácil acceso a espacios con recursos como empastadas, materias primas líticas o cotos de caza. Los resultados de estas actividades (recolección superficial, excavaciones de rescate e investigación complementaria) deberán plasmarse en: • Una monografía que detalle las actividades realizadas, • Una publicación que cumpla con los requisitos de un paper científico y • Una publicación dirigida a público general que difunda los resultados de este trabajo. Duración del monitoreo Previo y durante la fase de construcción. Frecuencia del Monitoreo Método o procedimiento de medición Carta certificada con envió de informes al CMN. Se elaborará un informe detallado de las actividades realizadas y se entregarán los resultados de los parámetros evaluados. Estos informes serán enviados a la SMA de la Región Metropolitana. Plazo y frecuencia de entrega de informe Se elaborará un informe resumen al final de la fase de construcción, detallando las actividades realizadas. Estos informes serán enviados a la SMA de la Región Metropolitana.
Tabla 8.12 Seguimiento medida: Monitoreo del Efecto de las Obras sobre el Servicio Ecosistémico de Productividad Primaria Componente Ambiental Área de Preservación Ecológica Impacto Ambiental Alteración de área de preservación ecológica Medidas asociadas Mitigación Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2162355439
Ubicación puntos de control Área de Estudio del Parque Solar Cordillera, definida en el Anexo 29 de la Adenda Complementaria – Definición de Objetos de Protección en el Área de Preservación Ecológica RM - Reporte Ambiental de la Consultora Gaiapaisaje, correspondiente a una superficie de: 2.764 ha Parámetros a medir Índice SAVI (Soil Adjusted Vegetation Index) o Índice de Vegetación Ajustado al Suelo Límites permitidos/comprometidos N/A Duración del monitoreo Año 1 inicio de obras hasta año 5 después del término de la fase de construcción Frecuencia del Monitoreo Método o procedimiento de medición Análisis SIG usando imágenes satelitales multiespectrales Plazo y frecuencia de entrega de informe Plazo: Año 1 inicio de la fase de construcción y 5 años del inicio de la fase de operación. Frecuencia: Informes anuales.
9°. Que resultan aplicables al Proyecto los siguientes permisos ambientales sectoriales, asociados a las correspondientes partes, obras o acciones que se señalan a continuación:
9.1. PERMISOS AMBIENTALES SECTORIALES MIXTOS
Tabla 9.1.1. Permiso para hacer excavaciones de tipo arqueológico, antropológico y paleontológico. según se establece en el artículo 132 del RSEIA. Fase del proyecto a la cual corresponde Fase de construcción. Parte, obra o acción a la que aplica Habilitación el despeje superficial del terreno. Construcción de zanjas para el cableado subterráneo y excavaciones o rellenos. Condiciones o exigencias específicas para su otorgamiento Tal como se presentó en el Anexo 3-7 del EIA, como resultado de las actividades de inspección visual llevadas a cabo en tres campañas de terreno, se identificaron un total de 41 elementos arqueológicos, correspondientes a 19 hallazgos aislados y 22 sitios.
En lo que refiere a los hallazgos aislados, la totalidad de estos comprenden líticos aislados. En tanto, en el caso de los sitios, 19 de estos corresponden a dispersiones de material lítico (denominadas agrupaciones), dos corresponden aleros y uno corresponde a una estructura pircada. El detalle de hallazgos y sitios arqueológicos georreferenciados con obras del Proyecto se presentan en Tabla 2-1 Anexo 5 de la Adenda Complementaria. Además, en la Tabla 2-2 del Anexo 5 de la Adenda Complementaria se presenta Pozos de sondeo realizados para cada agrupación y hallazgo aislado con la superficie estimada.
Mencionar que de los 41 elementos arqueológicos identificados, 32 (16 sitios o agrupaciones y 16 hallazgos aislados) presentan coincidencia con las obras del Proyecto, por lo que serán afectados por estas.
Como resultado de las actividades de caracterización subsuperficial de las 19 agrupaciones y 19 hallazgos aislados identificados en el Sector norte de paneles, se recuperaron un total de 210 materiales, conformados en su totalidad por material lítico. Estos materiales fueron recuperados de 161 unidades de sondeo (FR=26,4), lo cual contrasta con las 449 unidades (FR=73,6%) que se presentaron estériles de material cultural.
De acuerdo a estos resultados y dado que las actividades de construcción que se llevarán a cabo en el Sector norte de paneles Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2162355439
afectarán estas evidencias, se plantean los siguiente: -Recolección superficial del 100% de las evidencias líticas situadas en el Sector norte de paneles correspondientes a las agrupaciones A1, A5, A6, A7, A8, A9, A10, A11, A12, A13, A14, A15, A16, A17, A18 y A19; y los hallazgos aislados HA1, HA2, HA3, HA4, HA6, HA7, HA8, HA9, HA10, HA11, HA12, HA13, HA14, HA15, HA18 y HA19. Para tales efectos se recomienda guiar la recolección de materiales a través de una grilla con cuadrículas de 1x1 m. Previo del levantamiento de cada elemento, éste debe ser registrado con un número de identificación y con su respectiva coordenada. -Excavaciones de rescate en los sectores que presentaron material en estratigrafía de la Agrupación 1 (A1), correspondientes a las unidades 117, 144, 142, 123 y 124. Al respecto, se recomienda la excavación de 25 m² en torno a cada una de estas unidades.
Lo mencionado se encuentra en Anexo 5 de la Adenda Complementaria, en los antecedentes relativos al PAS 132. Pronunciamiento del órgano competente El Consejo de Monumentos Nacionales mediante su Oficio ORD. N° 1290 de fecha 22/03/2023, se pronuncia conforme a los antecedentes del PAS del Art. 132 del RSEIA.
Tabla 9.1.2 Permiso para la construcción, reparación, modificación y ampliación de cualquier obra pública o particular destinada a la evacuación, tratamiento o disposición final de desagües, aguas servidas de cualquier naturaleza según se establece en el artículo 138 del RSEIA. Fase del proyecto a la cual corresponde Construcción, operación y cierre. Parte, obra o acción a la que aplica Para todas las fases del Proyecto se considera la habilitación de fosas sépticas con infiltración. Condiciones o exigencias específicas para su otorgamiento Fase Construcción Las aguas servidas se generarán en los servicios higiénicos en la faena de construcción y cierre, lavaplatos de los comedores, así como también en los baños químicos a utilizar en los frentes de trabajo (móviles). En la fase de construcción, la cantidad no superará 2.880 m3/mes de aguas servidas tratadas (96 m3/día). Mientras que, en la fase de cierre, la cantidad de este efluente no superará 810 m3/mes (27 m3/día). En la Tabla 3-3 del Anexo 7-2 de la Adenda se resume la generación de aguas servidas del Proyecto para las fases de construcción y cierre. Fase Operación Las aguas servidas se generarán en los servicios higiénicos al interior del edificio de control, el lavaplatos del comedor ubicados en la subestación eléctrica. en fase de operación con un factor de recuperación de 1. Por lo que, se considera una generación de 81 m3/mes (2,7 m3/día). En la tabla 3-4 del Anexo 7-2 de la Adenda se resume la generación de aguas servidas del Proyecto para la fase de operación.
Al respecto mencionar que el tratamiento de las aguas servidas se lleva a cabo por dos sistemas, el sistema primario de acumulación (Fosa Séptica) que almacenará los residuos líquidos domésticos proveniente de los servicios higiénicos del Parque Fotovoltaico y un sistema secundario de infiltración, que consiste en la infiltración del efluente en el suelo natural por medio de zanjas de infiltración. Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2162355439
El sistema de recolección consiste en una red de tuberías de PVC sanitario, que conducirán las aguas residuales desde los servicios higiénicos hacia la fosa séptica proyectada. Las aguas de salida (efluente) serán conducidas por tubería hacia un dren de infiltración, mientras que los lodos generados serán retirados con una periodicidad necesaria mediante camiones limpia fosas y dispuestos en lugares autorizados por la Autoridad Sanitaria respectiva. Pronunciamiento del órgano competente La SEREMI de Salud, mediante Of. ORD. N° 1009 de fecha 20 de marzo de 2023, se pronuncia conforme.
Tabla 9.1.3 Permiso para la construcción, reparación, modificación y ampliación de cualquier obra pública o particular destinada a la evacuación, tratamiento o disposición final de residuos industriales o mineros, según se establece en el artículo 139 del RSEIA. Fase del proyecto a la cual corresponde Construcción y cierre Parte, obra o acción a la que aplica El sistema de tratamiento de riles ubicado en la losa de lavado de camiones que se proyecta forma parte de las instalaciones de faena de la fase de construcción y, eventualmente, en la fase de cierre del Proyecto. Condiciones o exigencias específicas del pronunciamiento De acuerdo con las necesidades de la fase de construcción, se requiere del lavado de estos vehículos para eliminar excesos de barro, hormigón y residuos de aceites e hidrocarburos. Para llevar a cabo este proceso, se construirá una losa de hormigón, la cual contará con una canaleta central y en cada uno de sus extremos para la recolección del agua de lavado, ésta contará con pendientes hacia el centro y el extremo de la losa, donde se ubican las canaletas. El lavado se realizará con una hidrolavadora de tipo industrial, con un caudal de consumo de 4 l/m (0,24 m3/h), cuya alimentación es a base de gasolina y que es capaz de entregar agua caliente para el lavado, lo que facilita la remoción de aceites.
Para determinar el caudal de diseño se han establecido parámetros de funcionamiento de la losa de lavado, considerando un tiempo de uso acotado a 8 horas diarias de la losa y una capacidad de 1 vehículo cada media hora, determinando un máximo de 16 lavados por jornada. A continuación, se detallan los parámetros establecidos: • Número máximo de lavados diarios: 16 • Tiempo de lavado vehículo + lavado losa: 30 min • Consumo de hidrolavadora: 4 l/min • Cantidad de hidrolavadoras: 1 • Porcentaje de pérdida de agua (evaporación + formación de lodo): 20% Pronunciamiento del órgano competente La SEREMI de Salud, mediante Of. ORD. N° 1009 de fecha 20 de marzo de 2023, se pronuncia conforme.
Tabla 9.1.4 Permiso para la construcción, reparación, modificación y ampliación de cualquier planta de tratamiento de basuras y desperdicios de cualquier clase o para la instalación de todo lugar destinado a la acumulación, selección, industrialización, comercio o disposición final de basuras y desperdicios de cualquier clase. según se establece en el artículo 140 del RSEIA. Fase del proyecto a la cual corresponde Construcción, operación y cierre. Parte, obra o acción a la que aplica Las áreas de almacenamiento de residuos se emplazarán en el sector de la instalación de faena de construcción. Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2162355439
Las áreas de almacenamiento de residuos se emplazarán en el sector de la subestación eléctrica para la fase de operación. Condiciones o exigencias específicas para su otorgamiento Fase de construcción El Proyecto generará residuos sólidos domésticos y asimilables a domésticos, los cuales consistirán básicamente en papeles, restos de comida, envases y elementos similares. Se estima una generación del orden de 1 kg/persona/día de residuos sólidos domésticos, por lo que se estima una cantidad de aproximada de 19 t/mes en momentos de máxima dotación (640 personas) y considerando 30 días/mes. El Proyecto generará residuos industriales sólidos no peligrosos, los cuales consistirán principalmente en chatarra y otros residuos industriales denominados materiales de desgaste provenientes de embalajes, metales, etc. Adicionalmente, se consideran en esta categoría los módulos fotovoltaicos dañados. Así, durante esta fase se estima una generación del orden de 28,2 t/mes de este tipo de residuos, de acuerdo con el desglose que se indica en la Tabla 3-3 del Anexo 7 de la Adenda Complementaria.
Fase de operación El Proyecto generará residuos sólidos domésticos y asimilables a domésticos, los cuales consistirán básicamente en papeles, restos de comida, envases y elementos similares. Se estima una generación del orden de 1 kg/persona/día de residuos sólidos domésticos, por lo que se estima una cantidad de aproximada de 0,54 t/mes en momentos de máxima dotación (18 personas) y considerando 30 días al mes.
El Proyecto generará residuos industriales sólidos no peligrosos durante la fase de operación, pero en cantidades muy bajas dadas actividades de mantención principalmente. También se consideran los módulos fotovoltaicos dañados como residuos industriales no peligrosos. Así, durante esta fase se estima una generación del orden de 0,6 m3/mes (0,18 t/mes) de este tipo de residuos, de acuerdo con el desglose que se indica en la Tabla 3- 4 del Anexo 7 de la Adenda Complementaria.
Fase de cierre
El Proyecto generará residuos sólidos domésticos y asimilables a domésticos, los cuales consistirán básicamente en papeles, restos de comida, envases y elementos similares. Se estima una generación del orden de 1 kg/persona/día de residuos sólidos domésticos, por lo que se estima una cantidad de aproximadamente 5,4 t/mes en momentos de máxima dotación (180 personas) y considerando 30 días al mes.
El Proyecto generará residuos industriales sólidos no peligrosos, los cuales consistirán principalmente en materiales de descarte que no pueden ser comercializables. Durante esta fase se estima una generación del orden de 573,5 t/mes de este tipo de residuos, de acuerdo con el desglose que se indica en la tabla 3-5 del Anexo 7 de la Adenda Complementaria.
Pronunciamiento del órgano competente La SEREMI de Salud, mediante Of. ORD. N° 1009 de fecha 20 de marzo de 2023, se pronuncia conforme. Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2162355439
Tabla 9.1.5 Permiso para todo sitio destinado al almacenamiento de residuos peligrosos según se establece en el artículo 142 del RSEIA. Parte u obra a la que aplica Construcción, operación y cierre. Parte, obra o acción a la que aplica Las bodegas que se implementarán tanto para las fases de construcción y cierre en el área de instalación de faena y para la fase de operación en el área de la subestación contarán con una bodega. Condiciones o exigencias específicas del pronunciamiento Fase de construcción En el sector de la instalación de faena de construcción se habilitará una bodega de acopio temporal de residuos peligrosos, la que se mantendrá operativa durante la fase de construcción y cierre del Proyecto. Durante la fase de construcción del Proyecto se generarán residuos peligrosos, producto de actividades de mantención menor de equipos y vehículos. Estos residuos consistirán en aceites usados, guaipes contaminados, restos de pintura y otros materiales contaminados (envases, trapos, etc). En la Tabla 3-3 del Anexo 8 de la Adenda Complementaria se presenta un resumen de los residuos sólidos peligrosos generados durante la fase de construcción. La capacidad máxima de la bodega será de hasta 12.000 kg. El período de almacenamiento de los residuos peligrosos no excederá los 6 meses, aunque se prevé un retiro mensual para su disposición final a través de una empresa autorizada de la zona.
Fase de operación Para la fase de operación la bodega de residuos peligrosos se emplazará en el sector de la subestación eléctrica, al costado del edificio de control de la subestación. La generación de residuos peligrosos durante la fase de operación del Proyecto consistirá básicamente en residuos producto de actividades de mantención, tales como: lubricantes, aceites usados, los aceites de mantención de los transformadores, guaipes contaminados, ropa contaminada, etc. En Tabla 3-4 del Anexo 8 de la Adenda Complementaria se presenta un resumen de los residuos sólidos peligrosos generados durante la fase de operación.
Fase de cierre
Durante la fase de cierre se generarán residuos peligrosos, producto de actividades de mantención menor de equipos y vehículos. Estos residuos consistirán en aceites usados, guaipes contaminados, restos de pintura y otros materiales contaminados (envases, trapos, etc). Los módulos solares que se encuentren dañados serán clasificados como residuos industriales sólidos peligrosos. El Titular se compromete a llevar un registro de los paneles en desuso con potencial de reciclaje para poder considerar esta opción cuando se introduzca al mercado nacional el reciclaje de este tipo de aparatos. Como el escenario más desfavorable se considera que el 100% de los módulos sea considerado como residuos en esta etapa. En la Tabla 3-5 se presenta un resumen de los residuos sólidos peligrosos generados durante la fase de cierre, del Anexo 8 de la Adenda Complementaria. Pronunciamiento del órgano competente La SEREMI de Salud, mediante Of. ORD. N° 1009 de fecha 20 de marzo de 2023, se pronuncia conforme. Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2162355439
Tabla 9.1.6 Permiso para la caza o captura de ejemplares de animales de especies protegidas para fines de investigación, para el establecimiento de centros de reproducción o criaderos y para la utilización sustentable del recurso, según se establece en el artículo 146 del RSEIA. Fase del proyecto a la cual corresponde Fase de construcción. Parte, obra o acción a la que aplica En la fase de construcción se considera el rescate y relocalización de ejemplares de fauna pertenecientes a especies catalogadas como “En Peligro” según la legislación nacional. Condiciones o exigencias específicas para su otorgamiento Según lo mencionado en el Anexo 9 de la Adenda Complementaria, se relocalizará al 90% de los individuos detectados (especies objetivo) en el área de intervención del Proyecto y en ambientes similares a los intervenidos, ubicados idealmente en el entorno inmediato o cercano. Para arácnidos se observa la presencia de dos especies: Euatlhus condorito (Araña pollito), catalogada como “En peligro crítico” y se encuentra asociada a ambientes de matorral bajo con roqueríos, y Grammostola rosea (Tarántula chilena) catalogada como “Vulnerable” la cual es una especie de hábitos cavadoras de preferencia en hábitats rocosas en formaciones xerofíticos. En el grupo de los anfibios se registra la especie Alsodes montanus (sapo del monte), catalogada como “En Peligro” según la legislación nacional, la cual adicionalmente presenta una alta fidelidad a su hábitat. Entre los reptiles se encuentran dos especies, Liolaemus leopardinus (lagarto leopardo) y Phymaturus darwini (matuasto de Darwin) catalogadas como “En Peligro, ambas consideradas como especialistas de hábitat rocosos. Por último y en el grupo de los mamíferos (marsupial y roedor), podemos mencionar a Euneomys chinchilloides (ratón sedoso chinchilloide), que, a pesar de estar catalogado como “Preocupación menor”, presentan una fuerte asociación a ambientes de matorral bajo con roqueríos.
Mayores detalles en Tabla 2-1 Anexo 9 de la Adenda Complementaria.
A continuación, se indican las consideraciones asociadas a la captura de cada grupo:
Arácnidos: para el caso de Euathlus condorito la captura de hembras se realizará de manera directa por captura manual con el uso de guantes de látex para evitar urticaria por contacto directo con los especímenes. Para el caso de Grammostola rosea, la captura de las hembras se realizará por extracción desde sus madrigueras las cuales serán definidas y asociadas a la especie por la presencia de telares y el uso de cámara endoscópica la cual se introducirá en cada nido para observar la actividad y presencia; los machos en tanto se capturarán durante la noche. Anfibios: se realizará mediante la captura manual (postmetamorficos) y chinguillo (pre metamórficos), a través de recorridos activos y/o búsqueda dirigida de las especies objetivo, en los hábitats en que esté presente este grupo en el área de intervención directa del Proyecto. Las labores de captura serán realizadas entre las 20:00 pm y 02:00 am, horario coincidente con el aumento de la actividad acorde a literatura (Vidal & Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2162355439
Labra, 2008). Reptiles: Se realizará mediante la captura manual y/o con lazo corredizo a través recorridos activos y/o búsqueda dirigida de las especies objetivo, en los hábitats en que esté presente este grupo en el área de intervención directa del Proyecto. Micromamíferos: se realizará mediante la captura viva con trampas Sherman por tres noches consecutivas de trampeo como mínimo, Las trampas deberán ser cebadas con diversos atractores. Mayores detalles en el Anexo 9 de la Adenda Complementaria. Pronunciamiento del órgano competente El SAG RM, mediante su Of. ORD. N° 536 de fecha 15 de abril de 2024, se pronuncia con las siguientes observaciones a los antecedentes del PAS 146.
“En cuanto al PAS 146, el titular no presenta los contenidos técnicos necesarios para la otorgación del PAS antes mencionado. Dichos contenidos faltantes se detallan a continuación
Respecto a la respuesta 4.4 entregada por el titular, este servicio considera que la fecha de realización de la caracterización de los sitios para la translocación no es la adecuada (otoño), por lo que se solicita al titular reevaluar la fecha propuesta y considerar datos climáticos, que permitan avalar la propuesta.
En relación al componente ambiental fauna este servicio considera que el indicador de éxito comprometido para el plan de seguimiento de rescate y relocalización no da cuenta que la medida propuesta sea exitosa y no genere impacto, dado que no propone un incremento de la abundancia en el sitio de destino.”
En relación a que la caracterización de los sitios de translocación no es la adecuada, y considerando que efectivamente se hicieron 2 campañas, una en verano y otra en otoño, se ha procedido a elaborar una condición (ver condición 6 de la presente resolución) donde se indica que antes del rescate y relocalización el titular deberá realizar más de una campaña en la época de mayor reproducción de la especie.
En relación al indicador de éxito comprometido para el plan de seguimiento de rescate y relocalización referente a la abundancia en el sitio de destino, el Titular declara que el número de individuos de cada especie objetivo presente en el área de relocalización de manera posterior a la medida, no deberá ser inferior al número de individuos presentes de manera previa a la medida en el área de relocalización más el 90% de los individuos relocalizados, dicho esto, se ha dejado explicito por parte del Titular, que el sitio de destino considera el 100 porciento de los individuos que estaban antes de la medida más el 90 por ciento de los relocalizados, por lo cual habría un incremento a propósito de la relocalización.
Tabla 9.1.7 Permiso para la corta de árboles y/o arbustos aislados ubicados en áreas declaradas de protección, del artículo 153 del RSEIA. Fase del proyecto a la cual corresponde Construcción Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2162355439
Parte, obra o acción a la que aplica Despeje de la zona del proyecto. Condiciones o exigencias específicas para su otorgamiento Repoblación arbustiva Al respecto se interviene un total de 217,68 hectáreas de formaciones vegetales donde 196 hectáreas corresponden a matorral nativo y el resto a formaciones de herbazal andino. Se entiende como repoblación el proceso de elaboración (en vivero) de plántulas de una determinada especie con el objeto de, una vez en condiciones de vigor y crecimiento adecuadas, ser plantadas en un sitio determinado y acorde con las condiciones ambientales de las poblaciones originales. Este plan considera el repoblado de las especies listadas en la Tabla de la página 25 del Anexo 10 de la Adenda Complementaria. Este plan o programa tiene como objetivo el enriquecimiento de sitios con matorral nativo mediante el repoblado de especies, en total se estima una superficie por repoblar de 72 hectáreas repartidas en 4 sitios. El número de ejemplares a repoblar se estimó a partir del grado de afectación (perdida de individuos), categoría de conservación (según RCE), y de un análisis de capacidad de carga de los sitios seleccionados para ejecutar esta medida el cual se cita en el Punto 7 del Apéndice 14.1 de la Adenda complementaria. Pronunciamiento del órgano competente Al respecto, CONAF RM, a través de su Of. ORD. N° 98- EA/2023 de fecha 20 de septiembre de 2023, se pronuncia conforme a los antecedentes del PAS 153.
Tabla 9.1.8 Permiso para efectuar modificaciones de cauce, según se establece en el artículo 156 del RSEIA. Parte u obra a la que aplica Construcción Condiciones o exigencias específicas para su otorgamiento En cada uno de los cruces de camino con las quebradas en estudio se proyecta la construcción de un badén que permita el libre escurrimiento del cauce antes eventos de crecidas o deshielos. Las obras son diseñadas para un período de retorno de 100 años y verificada para un período de retorno de 200 años. Condiciones o exigencias específicas del pronunciamiento Se consideran mediciones de distintos parámetros de interés a nivel diario durante el tiempo de construcción de las obras y luego mensual durante la operación. Los puntos de medición se ubican inmediatamente aguas abajo y aguas arriba de cada una las obras de cruce, según coordenadas de la Tabla 9 del Anexo 14 de la Adenda Extraordinaria.
Con el objetivo de resguardar la oportuna detección de no conformidades en la gestión ambiental del proyecto y considerando el principio preventivo de la evaluación ambiental y ante la presencia de escurrimiento en el cauce/activación de cada quebrada. - Realizar el monitoreo de las aguas de cada quebrada, ante la presencia de escurrimiento. - Los puntos a muestrear se indican en la Tabla 9 del Anexo 14 de la Adenda Extraordinaria, uno aguas arriba y otro aguas abajo de la posición de la obra de atravieso proyectada. - Se considerarán todos los parámetros establecidos en la NCh 1.333 Of 78 de Calidad de agua para riego. - Se efectuará un monitoreo inicial, previo a la construcción de la obra en el cauce, a fin de establecer la condición basal, Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2162355439
y ante la presencia de escurrimiento.
Se efectuará un monitoreo mensual (según la duración declarada de 6 meses) y comparar resultados con condición basal. - Se registrarán en fotografías con fecha, la no presencia de agua en el cauce en el mes respectivo (si así ocurre), como medio de verificación de la no aplicación de monitoreo. - Se realizará un catastro visual de las obras para asegurar el funcionamiento adecuado de sus operaciones y frente a la ocurrencia de alguna contingencia en la construcción de las obras en el cauce. Dicho catastro debe formar parte del Informe a ser enviado a la SMA. - Se elaborará un informe, el cual será remitido a la SMA con una frecuencia mensual y se enviará al quinto día de haber obtenido el último resultado.
Mayores antecedentes en el acápite 5 del Anexo 14 de la Adenda Extraordinaria. Pronunciamiento del órgano competente Al respecto la DGA en su ORD. N° 474 de fecha 15 de abril de 2024, indica:
“Con respecto a la respuesta 4.6 de la Adenda Extraordinaria, el titular indica que: “se ha modificado la disposición de obras en torno a los 5 cauces presentes en el área del proyecto de manera de no requerir obras de encauzamiento y rectificación de las quebradas en las áreas donde originalmente se disponían paneles fotovoltaicos. Esta nueva disposición de los paneles solares considera un distanciamiento mínimo de 40 metros en el cual no se instalarán paneles fotovoltaicos ni otros elementos (énfasis agregado). Este distanciamiento es consistente con las definiciones del Plan Regulador Metropolitano de Santiago”. Al respecto, este Servicio informa que para descartar la aplicabilidad de los PAS de competencia DGA, se requiere evaluar si alguna parte y obra del proyecto se localiza dentro del cauce, entendiéndose como cauce lo definido en el de Artículo 30° del Código de Aguas, a señalar: “Alveo o cauce natural de una corriente de uso público es el suelo que el agua ocupa y desocupa alternativamente en sus creces y bajas periódicas”. Por lo tanto, para descartar que partes y obras del proyecto se localicen en los cauces naturales de alguna de las 05 quebradas, se requiere a de un modelo de inundación, para un tiempo de retorno T= 100. Los antecedentes presentados por el titular la Adenda Extraordinaria y en los Anexos 02 y Anexo 03 de esta, corresponden a la franja con un distanciamiento de 40 m para cada una de las 05 quebradas, lo que responde a un criterio de los instrumentos de Planificación Territorial y sectorial, y no con el criterio ambiental fundado en el artículo 30 del Código de Aguas, ya señalado. No obstante este Servicio revisó los antecedentes presentados en los Apéndices del Anexo 23 PAS 157, parte 2 de la Adenda Complementaria, en particular la memoria de cálculo hidráulico, para los 05 cauces naturales (quebradas C46, QA, C17, C80, C101) y se advierte que si bien, el ancho del flujo de lámina modelados para la situación sin proyecto, para un tiempo de retorno de 100 años, es inferior a los 40 metros de distanciamiento generados, el eje hidráulico a partir del cual se realizó la modelación, el que se definió a partir del inicio y fin de las obras a las que les aplicaría proyectadas en dicha instancia de evaluación, es inferior a los tramos que abarcan el Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2162355439
área en la que en esta etapa de evaluación se proyectan partes y obras del proyecto. Con todo, no es posible descartar la aplicabilidad del PAS 156, para las quebradas C46, QA, C17, C80, C101, por modificación de cauce de las obras paneles solares e instalación de faenas.”
Al respecto, para analizar la aplicabilidad del PAS 156, se compiló la información de los modelos de inundación presentados por el titular para un tiempo de retorno de 100 años y se georreferenció la información, ya que el titular no presentó imágenes en planta de las zonas inundables. La información compilada es la que el titular presenta en el Anexo 23 PAS 157 de la Adenda Complementaria y en el Anexo 14 PAS 156 de la Adenda Extraordinaria. Se obtuvo imágenes de las zonas inundables, proyectadas a partir de los modelos de crecidas con tiempo de retorno de 100 años, georreferenciadas, para las quebradas donde se analiza la aplicabilidad del PAS 156. Las imágenes mencionadas se muestran a continuación, en donde la inundación está dentro de los márgenes indicados por el Titular:
Tabla 48. Quebrada C 46.
Fuente. Elaboración propia en base información compilada es la que el titular presenta en el Anexo 23 PAS 157 de la Adenda Complementaria y en el Anexo 14 PAS 156 de la Adenda Extraordinaria
Tabla 48. Quebrada C 17.
Fuente. Elaboración propia en base información compilada es la que el titular presenta en el Anexo 23 PAS 157 de la Adenda Complementaria y en el Anexo 14 PAS 156 de la Adenda Extraordinaria Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2162355439
Tabla 49. Quebrada C 80.
Fuente. Elaboración propia en base información compilada es la que el titular presenta en el Anexo 23 PAS 157 de la Adenda Complementaria y en el Anexo 14 PAS 156 de la Adenda Extraordinaria
Tabla 50. Quebrada C 101.
Fuente. Elaboración propia en base información compilada es la que el titular presenta en el Anexo 23 PAS 157 de la Adenda Complementaria y en el Anexo 14 PAS 156 de la Adenda Extraordinaria
En este sentido, lo establecido en la Resolución Exenta N°135 del 02-03-2020 de la DGA señala lo siguiente: “2. Considérese lo siguiente para fines de aplicación del artículo 41 del Código de Aguas: a) Fuentes oficiales para identificación de cauces naturales: la base de datos oficial que debe ser consultada para identificar los cauces afectos a la tramitación del permiso de modificación de cauce es la siguiente, en el orden acá expresamente dado: Cartografía IGM, documentación técnica generada por la Dirección General de Aguas en estudios o documentos oficiales, Plan Maestro de Aguas Lluvias, u otro Antecedente Oficial de Gestión Territorial. b) Proyectos que deben someterse al permiso de modificación de cauce natural: el permiso será aplicable a aquellas obras que se emplacen en la superficie que el agua ocupa y desocupa alternativamente en sus creces y bajas periódicas. Dicha superficie, será la determinada para una crecida de 100 años de período de retorno.” Respecto a lo mencionado en la Resolución Exenta N°135, se observa en las imágenes georreferenciadas que las zonas inundables que se proyectan a partir de la modelación de Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2162355439
crecidas para un tiempo de retorno de 100 años, no interactúan de forma directa con las obras de los paneles solares ni con las instalaciones de faena. Por lo descrito anteriormente, se señala que los antecedentes presentados por el titular son suficientes para descartar la aplicabilidad del PAS 156 en las quebradas C46, QA, C17, C80 y C101.
En relación a las obras que sí le aplica el PAS 156 DGA declara:
“En relación con los antecedentes técnicos y formales presentados por el Titular para el proyecto “Parque Solar Cordillera”, al proyecto le es aplicable el PAS del Art. 156° del RSEIA, de competencia de la DGA, para las siguientes obras ocho obras de modificación de cauce, presentados en los Anexos Anexo 14. Actualización PAS 156 (1 de 7), Anexo 14. Actualización PAS 156 (2 de 7), Anexo 14. Actualización PAS 156 (3 de 7), Anexo 14. Actualización PAS 156 (4 de 7), Anexo 14. Actualización PAS 156 (5 de 7), Anexo 14. Actualización PAS 156 (6 de 7), Anexo 14. Actualización PAS 156 (7 de 7) de la Adenda Extraordinaria: i. Badén – Quebrada C46 ii. Badén – Quebrada C58 iii. Badén – Quebrada C64 iv. Badén – Quebrada C71 v. Badén – Quebrada C73 vi. Badén – Quebrada C74 vii. Badén – Quebrada C74B viii. Badén – Quebrada C80”
Tabla 9.1.9 Permiso para subdividir y urbanizar terrenos rurales o para construcciones fuera de los límites urbanos, según se establece en el artículo 160 del RSEIA. Parte u obra a la que aplica Construcción, Operación y Cierre Parte, obra o acción a la que aplica Sector paneles norte y sur; instalación de faenas; y Subestación. Ver Tabla 1-1 Anexo 12 de la Adenda Complementaria. Condiciones o exigencias específicas del pronunciamiento En tanto, de acuerdo a lo instruido en la “Guía de Tramite PAS Artículo 160 Reglamento del SEIA”, del SEA, año 2019, el presente PAS 160 es aplicable al Proyecto durante su Fase de Operación, ya que debe considerarse el área ocupada por los paneles fotovoltaicos; asimismo, le es aplicable a la instalación de faena que será habilitada durante la Fase de Construcción del éste. En la Tabla 2-3 Anexo 12 de la Adenda Complementaria, se resumen las obras a las cuales aplica el art. 55 del Decreto con Fuerza de Ley N°458, de 1975, del Ministerio de la Vivienda y Urbanismo, Ley General de Urbanismo y Construcciones.
Pronunciamiento del órgano competente La SEREMI MINVU RM, a través de su Of. ORD. N° 860 de fecha 18 de abril de 2024 se pronuncia conforme a los antecedentes del PAS 160.
El SAG RM, mediante su Of. ORD. N° 432 de fecha 22 de marzo de 2023, indica que el titular entrega los antecedentes técnicos ambientales para el otorgamiento del PAS 160.
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10°. Que, la Secretaría Regional Ministerial de Salud de la Región Metropolitana de Santiago, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 161 del Reglamento del SEIA, emitió el pronunciamiento a que se refiere el artículo 4.14.2 de la Ordenanza General de Urbanismo y Construcciones, calificando la Parque Fotovoltaico Libélula como “Inofensiva”.
Tabla 10.1. Pronunciamiento sobre la calificación de la instalación industrial o de bodegaje, según se establece en el artículo 161 del RSEIA. Parte u obra a la que aplica Operación Calificación de la parte u obra Instalaciones del proyecto. Condiciones o exigencias específicas del pronunciamiento Las instalaciones permanentes sujetas a calificación industrial corresponden a: Áreas de paneles solares; Subestación eléctrica; Conexiones eléctricas y caminos entre áreas de paneles y subestación; Conexión al SEN. Las obras temporales sujetas a calificación industrial corresponden a la instalación de faenas. El proceso productivo corresponde a la generación de energía eléctrica. Mayores antecedentes en el Anexo 7-10 de la Adenda.
Pronunciamiento del órgano competente La SEREMI de Salud, mediante Of. ORD. N° 1009 de fecha 20 de marzo de 2023, califica la actividad como Inofensiva.
11°. Que, de acuerdo a los antecedentes que constan en el expediente de evaluación, la forma de cumplimiento de la normativa de carácter ambiental aplicable al Proyecto es la siguiente:
11.1. D.F.L. N°458/1975. Ley General de Urbanismo y Construcciones Componente/materia: Ordenamiento territorial Otros cuerpos legales D.F.L. N°458/1975. Ley General de Urbanismo y Construcciones del Ministerio de Vivienda y Urbanismo Fase del proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Construcción, operación y cierre Parte, obra, acción, emisión, residuo o sustancias a la que aplica Obras de la Instalación de Faena que cumplan una función de equipamiento, complementando funciones básicas de habitar, producir o circular; el Edificio de Control, Centros de Transformación y Paneles Fotovoltaicos. Forma de cumplimiento En la Adenda Complementaria entregan los antecedentes para el otorgamiento del PASM 160 (Anexo 12). Indicador que acredita su cumplimiento Resolución que aprueba la solicitud de cambio de uso de suelo. Forma de control y seguimiento Permiso indicado disponible en garita para su control y verificación.
11..2 D.S. N°47/1992 Ordenanza general de la ley general de urbanismo y construcciones Componente/materia: Ordenamiento territorial Otros cuerpos legales asociados Decreto Supremo Nº47/1992, modificado por el Decreto Supremo N° 9/2011, Ministerio de Vivienda y Urbanismo. ORDENANZA GENERAL DE LA LEY GENERAL DE URBANISMO Y CONSTRUCCIONES. Fase del proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Construcción Parte, obra, acción, emisión, residuo o sustancias a la que aplica Parte de las obras del Proyecto se ubicará en el área rural de la comuna de Lo Barnechea, fuera del límite urbano de la misma, de acuerdo a sus planes reguladores comunales. A nivel intercomunal, de acuerdo a la localización de las obras del Proyecto, le es aplicable el Plan Regulador Metropolitano de Santiago. Forma de cumplimiento El Proyecto consiste en la instalación de infraestructura de generación Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2162355439
energética, por lo que los usos de suelo y las normas que deben ser respetadas por los instrumentos de planificación territorial están reguladas por su artículo 2.1.29, que señala “en el área rural de los planes reguladores intercomunales o metropolitanos, dichas instalaciones o edificaciones estarán siempre admitidas y se sujetarán a las disposiciones que establezcan los organismos competentes, sin perjuicio del cumplimiento de la Ley N°19.300 y de lo dispuesto en el artículo 55 del DFL N°458 (V. y U.), de 1975, Ley General de Urbanismo y Construcciones”. De esta manera, las normas consideradas en la Ordenanza General, instrumento de superior jerarquía que los instrumentos de planificación, en este caso PRMS, aprobado mediante una resolución del Gobierno Regional deben ser respetados. Así fue corroborado por la Circular de la División N° 218 (Ord. 0295 de 29 de abril de 2009) de la División de Desarrollo Urbano del Ministerio de Vivienda y Urbanismo, quien en el ejercicio de sus potestades de interpretación establecidas en el artículo 4 de la Ley General de Urbanismo y Construcciones (LGUC) dispuso que los planes reguladores intercomunales o metropolitanos, como es el caso del PRMS, solo puede disponer normas urbanísticas de su emplazamiento al interior del límite urbano. Con todo, en el área rural señaló que “…dichas instalaciones o edificaciones estarán siempre admitidas y se sujetarán a las disposiciones los organismos competentes, sin perjuicio del cumplimiento de la Ley 19.300 y de lo dispuesto en el artículo 55 de la Ley General de Urbanismo y Construcciones. En atención a lo cual es dable concluir que dichos instrumentos de planificación no tienen competencia para regular dichas instalaciones o edificaciones”. Con lo anterior, el proyecto se puede instalar en un área rural, donde se debe entender siempre admitido, debiendo cumplir con la Ley 19.300 y artículo 55 de la LGUC, lo cual se cumplirá al someter al proyecto al SEIA, requiriendo el pertinente PAS 160. Indicador que acredita su cumplimiento • Obtención del PAS 160. • Resolución aprobatoria del Informe favorable para la construcción. Forma de control y seguimiento • Registro y control de la obtención del PAS 160. • Registro y control de la Resolución aprobatoria del Informe favorable para la construcción.
11.3. Resolución 20/1994. Aprueba Plan Regulador Metropolitano de Santiago Componente/materia: Ordenamiento territorial Norma Resolución N°20/1994, Aprueba Plan Regulador Metropolitano de Santiago del Gobierno Regional Región Metropolitana de Santiago Fase del proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Construcción Parte, obra, acción, emisión, residuo o sustancias a la que aplica Según el PRMS, las Áreas de Preservación Ecológica comprenden los sectores altos de cuencas y microcuencas hidrográficas; los reservorios de agua y cauces naturales; las áreas de preservación del recurso nieve, tanto para su preservación como fuente de agua potable, como para evitar el emplazamiento de construcciones dentro de las canchas de esquí; las cumbres y los farellones; los enclaves de flora y refugios de fauna; como asimismo, los componentes paisajísticos destacados. Principalmente, se incluyen las diversas áreas que tengan características de Áreas Silvestres Protegidas, como los Parques Nacionales, Reservas Nacionales, las Áreas Complementarias a las Áreas Silvestres Protegidas y que corresponden a los Santuarios de la Naturaleza y Lugares de Interés Científico y en general todas aquellas áreas que conforman Reservas Naturales, Monumentos Naturales y Áreas de Protección Existentes. El área de emplazamiento del Proyecto no se emplaza dentro de límites de áreas silvestres protegidas, o en proximidad a ellas. El sector sí es un enclave para algunas especies de flora y refugio para especies de fauna. Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2162355439
Forma de cumplimiento El emplazamiento de este tipo de instalaciones se encuentra regulado por el artículo 2.1.29 de la Ordenanza General de Urbanismo y Construcciones, el cual dispuso que las instalaciones de infraestructura energética se encuentran siempre admitido, en tanto se emplace en área rural, como ocurre para el caso del proyecto sometido a evaluación ambiental. Por ello, y tal como lo expresa la DDU 218, del Ministerio de Vivienda y Urbanismo, el PRSM carece de competencia para regular este tipo de instalaciones en el área rural. El cumplimiento de esta disposición se realiza obteniendo la pertinente autorización ambiental y se solicitará el permiso ambiental sectorial mixto contenido en el art. 160 (PAS Nº160) del D.S Nº40/2012. Finalmente, tras el Dictamen de Contraloría N°E39766 del 30 de septiembre de 2020, las áreas de preservación ecológica de los instrumentos de planificación territorial también se consideran áreas bajo protección oficial para la aplicación de la letra p) del Artículo 10 de la Ley. El Proyecto emplaza tanto los paneles al sector norte como los paneles al sur dentro de los límites de esta zonificación. De esta manera, aplica como razón de ingreso al Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental, y de esa forma se expresa su forma de cumplimiento. Indicador que acredita su cumplimiento • Obtención del PAS 160. • Resolución aprobatoria del Informe favorable para la construcción. Forma de control y seguimiento • Registro y control de la obtención del PAS 160. • Registro y control de la Resolución aprobatoria del Informe favorable para la construcción.
11.4. D.S. N°1/2013. Reglamento del Registro de Emisiones y Transferencias de Contaminantes. Componente/materia: Aire Norma Decreto Supremo N°1/2013, Ministerio del Medio Ambiente Reglamento del Registro de Emisiones y Transferencias de Contaminantes. Fase del proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Todas las fases. Parte, obra, acción, emisión, residuo o sustancias a la que aplica El Proyecto en forma integral. Forma de cumplimiento Conforme a los plazos prescritos, el Titular cargará los reportes asociados a las emisiones y residuos. De manera previa al inicio de la ejecución del Proyecto, se realizarán las siguientes acciones: • Designación del encargado de establecimiento a través de poder notarial; • Acceder a la plataforma RETC con RUT de Titular; y • Cargar al sistema en formato digital el poder notarial y una fotocopia del carné de identidad del encargado del establecimiento designado en el poder. Indicador que acredita su cumplimiento Una vez obtenido el comprobante de ingreso al RETC, se presentarán el poder, la cédula de identidad del encargado y el comprobante en el Ministerio de Medio Ambiente, en su rol de administrador del sistema. Forma de control y seguimiento Registro de reportes cargados disponibles para su control y verificación.
11.5. D.S. N° 4 /1994. Establece Norma de Emisión de Contaminantes Aplicables a los Vehículos Motorizados y Fija los Procedimientos para su Control. Componente/materia: Aire Norma D.S. N°4/1994, Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones. Establece Norma de Emisión de Contaminantes Aplicables a los Vehículos Motorizados y Fija los Procedimientos para su Control. Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2162355439
Fase del proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Todas las fases. Parte, obra, acción, emisión, residuo o sustancias a la que aplica Actividades de transporte. Uso de maquinarias. Forma de cumplimiento Uso de vehículos y maquinaria con norma Euro 3 o superior. Indicador que acredita su cumplimiento Certificación técnica y de gases de los vehículos vigente. Forma de control y seguimiento Registro de certificación técnica disponible en garita para su control y verificación.
11.6. D.S. N°47/1992, Ordenanza General de la Ley de Urbanismo y Construcciones Componente/materia: Aire Norma D.S. N°47/1992, Ordenanza General de la Ley de Urbanismo y Construcciones Fase del proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Todas las fases Parte, obra, acción, emisión, residuo o sustancias a la que aplica El Proyecto en forma integral Forma de cumplimiento Actividades de mitigación mediante la humectación de frentes de trabajo y caminos. Circulación de camiones con tolva. Uso de vehículos y maquinaria con norma Euro 3 o superior. Indicador que acredita su cumplimiento Registro que indique actividad de humectación de caminos y frentes de trabajo. Registro de circulación de camiones con tolva (control in situ). Entrega de antecedentes técnicos de vehículos y maquinaria. Forma de control y seguimiento Registros indicados disponibles en garita para su control y verificación.
11.7. D.S. N°55/1994, Establece Normas de Emisión Aplicable a Vehículos Motorizados Pesados Componente/materia: Aire Norma D.S. N°55/1994, Establece Normas de Emisión Aplicable a Vehículos Motorizados Pesados Fase del proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Construcción y Cierre Parte, obra, acción, emisión, residuo o sustancias a la que aplica Actividades de transporte (vehículos pesados). Forma de cumplimiento Uso de vehículos y maquinaria con norma Euro 3 o superior. Indicador que acredita su cumplimiento Certificación técnica y de gases de los vehículos vigente Forma de control y seguimiento Registro de certificación técnica disponible en garita para su control y verificación
11.8. D.S. 75/1987, Establece condiciones para el transporte de cargas que indica Componente/materia: Aire Norma D.S. N°75/1987, Establece condiciones para el transporte de cargas que indica, del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones Fase del proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Construcción, operación y cierre. Parte, obra, acción, Actividades de transporte (de cargas) Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2162355439
emisión, residuo o sustancias a la que aplica Forma de cumplimiento Se exigirá que el transporte de dichos materiales se efectúe con la sección de carga de los camiones cubierta de lonas, con el fin de impedir la dispersión de polvo y el escurrimiento de materiales. Se realizarán inspecciones visuales para corroborar las condiciones del transporte de materiales. Indicador que acredita su cumplimiento Registro de circulación de camiones con tolva (control in situ)
Contratos con empresas subcontratistas en el que se exigirá dicha obligación. Se mantendrá un registro o lista de chequeo de la inspección visual de la condición de transporte de materiales. Forma de control y seguimiento Registro indicado disponible en garita para su control y verificación.
11.9. D.S. N°138/2005. Establece Obligación de Declarar Emisiones que Indica Componente/materia: Aire Norma D.S. N°138/2005. Establece Obligación de Declarar Emisiones que Indica del Ministerio de Salud Fase del proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Todas las fases. Parte, obra, acción, emisión, residuo o sustancias a la que aplica Grupo electrógeno de respaldo y seguridad. Forma de cumplimiento El Titular entregará la información según lo establecido en página web del Ministerio de Medio Ambiente (RETC). Indicador que acredita su cumplimiento Comprobante de la entrega de información según lo establecido en página web del Ministerio de Medio Ambiente (RETC). Forma de control y seguimiento Comprobante disponible en garita para su control y verificación.
11.10. D.S. N°144/1961. Establece normas para evitar emanaciones o contaminantes atmosféricos de cualquier naturaleza Componente/materia: Aire Norma D.S. N°144/1961. Establece normas para evitar emanaciones o contaminantes atmosféricos de cualquier naturaleza Fase del proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Construcción, operación, cierre Parte, obra, acción, emisión, residuo o sustancias a la que aplica El Proyecto en forma integral. Forma de cumplimiento Actividades de mitigación mediante la humectación de frentes de trabajo y caminos. Circulación de camiones con tolva. Uso de vehículos y maquinaria con norma Euro 3 o superior. Indicador que acredita su cumplimiento Registro que indique actividad de humectación de caminos y frentes de trabajo. Registro de circulación de camiones con tolva (control in situ). Entrega de antecedentes técnicos de vehículos y maquinaria. Forma de control y seguimiento Registros indicados disponibles en garita para su control y verificación.
11.11. D.S. N°279/1983. Reglamento para el Control de la Emisión de Contaminantes de Vehículos Motorizados de Combustión Interna Componente/materia: Aire Norma D.S. N°279/1983. Reglamento para el Control de la Emisión de Contaminantes de Vehículos Motorizados de Combustión Interna del Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2162355439
Ministerio de Salud Fase del proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Construcción, operación, cierre Parte, obra, acción, emisión, residuo o sustancias a la que aplica Actividades de transporte. Uso de maquinarias. Forma de cumplimiento Uso de vehículos y maquinaria con norma Euro 3 o superior. Indicador que acredita su cumplimiento Certificación técnica y de gases de los vehículos vigente. Forma de control y seguimiento Registro de certificación técnica disponible en garita para su control y verificación.
11.12. D.S. N°31/2016, Revisa, reformula y actualiza el Plan de Prevención y Descontaminación Atmosféricas para la Región Metropolitana (PPDA) Componente/materia: Aire Norma D.S. N°31/2016 Establece plan de prevención y descontaminación Atmosférica para la Región Metropolitana de Santiago. (PPDA) del Ministerio Secretaría General de la Presidencia Fase del proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Construcción, Operación y Cierre Parte, obra, acción, emisión, residuo o sustancias a la que aplica El Proyecto en forma integral. Forma de cumplimiento El Titular presenta la información en el Anexo 3-1 de la Adenda Complementaria, donde en la Tabla 2-9 de dicho anexo se indica que debe compensar emisiones todos los años del proyecto, es decir en la fase de construcción, operación y cierre. Se presentará un Plan de Compensación de Emisiones (PCE)) ante la SEREMI de Medio Ambiente, debido a que fue posible establecer que las emisiones del proyecto superan la máxima permitida para los contaminantes regulados. La Seremi de Medio Ambiente en su ORD. N° 274 de fecha 15 de abril de 2024 menciona que se deberá un Programa de Compensación de Emisiones (PCE) de MP10, en formato digital, considerando un aumento del 120% en las emisiones según lo establecido en el artículo 64 del DS 31/2016 (MMA). ´ Las cantidades a compensar por año cronológico se presentan a continuación: Tabla 48: Emisiones de MP10 equivalente a compensar del proyecto “Parque Solar Cordillera”. Año Fase MP10eq [ton/año] MP10eq al 120% [ton/año] Porcentaje de MP10eq por combustión 1 Construcció n 74,26 89,11 9,7% 2 Construcció n 43,76 52,51 16,1% 3 Operación 2,66 3,19 1,0% 4 Operación 2,66 3,19 1,0% 5 Operación 2,66 3,19 1,0% 6 Operación 2,66 3,19 1,0% 7 Operación 2,66 3,19 1,0% 8 Operación 2,66 3,19 1,0% 9 Operación 2,66 3,19 1,0% Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2162355439
10 Operación 2,66 3,19 1,0% 11 Operación 2,66 3,19 1,0% 12 Operación 2,66 3,19 1,0% 13 Operación 2,66 3,19 1,0% 14 Operación 2,66 3,19 1,0% 15 Operación 2,66 3,19 1,0% 16 Operación 2,66 3,19 1,0% 17 Operación 2,66 3,19 1,0% 18 Operación 2,66 3,19 1,0% 19 Operación 2,66 3,19 1,0% 20 Operación 2,66 3,19 1,0% 21 Operación 2,66 3,19 1,0% 22 Operación 2,66 3,19 1,0% 23 Operación 2,66 3,19 1,0% 24 Operación 2,66 3,19 1,0% 25 Operación 2,66 3,19 1,0% 26 Operación 2,66 3,19 1,0% 27 Operación 2,66 3,19 1,0% 28 Cierre 32,1 38,52 14,7% 29 Cierre 32,02 38,42 14,7% Además, según se indica en el Artículo 63 del DS N° 31/2016, las medidas de compensación deberán cumplir los siguientes criterios:
-Medibles, esto es, que permitan cuantificar la reducción de las emisiones que se produzca a consecuencia de ellas.
-Verificables, esto es, que generen una reducción de emisiones que se pueda cuantificar con posterioridad de la implementación.
-Adicionales, entendiendo por tal que las medidas propuestas no respondan a otras obligaciones a que esté sujeto el Titular, o bien, que no correspondan a una acción que conocidamente será llevada a efecto por la autoridad pública o particulares.
-Permanentes, entendiendo por tal que la rebaja permanezca por el período en que el proyecto está obligado a reducir emisiones. Cabe señalar que el Art. 64 del D.S. 31/2016 MMA exige que los proyectos evaluados que sean aprobados con exigencias de compensación de emisiones, sólo podrán dar inicio a la ejecución del proyecto o actividad al contar con la aprobación del respectivo Programa de Compensación de Emisiones.
Aplicar supresor de polvo en los caminos no pavimentados del proyecto, de acuerdo a lo estipulado por el Titular en el Anexo 3-1.5 “Plan de aplicación de bischofita”, de la Adenda Complementaria. En función de lo anterior, reportar los medios de verificación correspondiente a la Superintendencia del Medio Ambiente a través del Sistema de Seguimiento Ambiental, al cual se accede a través de la página web http://www.sma.gob.cl según lo establecido en la Resolución Exenta N°223/2015 de la SMA.
Asegurar de que toda la maquinaria móvil fuera de ruta utilizada en el proyecto cumplirá con a lo menos el estándar tecnológico Tier 3, como es señalado por el Titular en el punto 1.4.3.1.xii del Anexo 3-1 Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2162355439
de la Adenda Complementaria. En función de lo anterior, reportar los medios de verificación correspondiente a la Superintendencia del Medio Ambiente a través del Sistema de Seguimiento Ambiental, al cual se accede a través de la página web http://www.sma.gob.cl según lo establecido en la Resolución Exenta N°223/2015 de la SMA. Indicador que acredita su cumplimiento Plan de Compensación de Emisiones (PCE)
Implementación de las medidas que se detallaron en la fila superior Forma de control y seguimiento Verificación de la aprobación Plan de Compensación, y registro del cumplimiento de las medidas comprometidas en los plazos y compensación allí descritas.
11.13. D.S. N°38/2011. Establece norma de emisión de Ruidos generados por fuentes que indica, elaborada a partir de la revisión del Decreto N°146, de 1997, del Ministerio Secretaría General de la Presidencia. Componente/materia: Ruido y vibraciones Norma D.S. N°38/2011. Establece norma de emisión de Ruidos generados por fuentes que indica, elaborada a partir de la revisión del Decreto N°146, de 1997, del Ministerio Secretaría General de la Presidencia. Fase del proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Construcción y cierre Parte, obra, acción, emisión, residuo o sustancias a la que aplica El Proyecto en forma integral. Forma de cumplimiento El ruido generado no superará los límites establecidos por la normativa en las fases del proyecto, según lo establecido en el Anexo 4 de la Adenda, el proyecto no presenta medidas de control para receptores humanos.
Al respecto, mencionar que la Seremi de Salud se pronunció conforme en su ORD. N° 1009 de fecha 20 de marzo de 2023. Indicador que acredita su cumplimiento Medición de ruido en el mes 6 de la fase de construcción en puntos sensibles definidos en el EIA y su contrastación con modelación presentada. Forma de control y seguimiento Informe disponible en garita para su control y verificación.
11.14. D.S. N°594/1999, Reglamento de las Condiciones Sanitarias y Ambientales Básicas en los Lugares de Trabajo Componente/materia: Condiciones sanitarias Norma D.S N°594/1999, Reglamento de las Condiciones Sanitarias y Ambientales Básicas en los Lugares de Trabajo del Ministerio de Salud Fase del proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Construcción, operación y cierre Parte, obra, acción, emisión, residuo o sustancias a la que aplica El Proyecto en forma integral. Forma de cumplimiento El Proyecto contará con agua potable destinada al consumo humano y necesidades básicas de higiene y aseo personal. El agua potable cumplirá con los requisitos físicos, químicos, radiactivos y bacteriológicos establecidos en la NCh 409/1, Norma de Calidad del Agua Potable. Se contempla una provisión mínima de 150 litros por persona al día. Indicador que acredita su cumplimiento Registro que indique ingreso de agua destinada al consumo humano y necesidades básicas de higiene y aseo personal (fecha, cantidad, certificados de calidad) y que indique cantidad almacenada (registro Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2162355439
diario). Forma de control y seguimiento Registros indicados disponibles en garita para su control y verificación.
11.15. D.S. N°446/2006 Oficializa Norma Chilena N°409/1. Of. 2005, Calidad de Agua para Uso Potable Componente/materia: Condiciones sanitarias Norma D.S N°446/2006 Oficializa Norma Chilena N°409/1. Of. 2005, Calidad de Agua para Uso Potable del Ministerio de Obras Públicas Fase del proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Construcción, operación y cierre Parte, obra, acción, emisión, residuo o sustancias a la que aplica El Proyecto en forma integral. Forma de cumplimiento El agua potable cumplirá con los requisitos físicos, químicos, radiactivos y bacteriológicos establecidos en la NCh 409/1. Norma de Calidad del Agua Potable. Se contempla una provisión mínima de 150 litros por persona al día. Indicador que acredita su cumplimiento Registro que indique ingreso de agua destinada al consumo humano y necesidades básicas de higiene y aseo personal (fecha, cantidad, certificados de calidad) y que indique cantidad almacenada (registro diario). Forma de control y seguimiento Registros indicados disponibles en garita para su control y verificación.
11.16. D.F.L. N°725/1967. Código Sanitario Componente/materia: Residuos líquidos Norma D.F.L. N°725/1967. Código Sanitario del Ministerio de Salud Fase del proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Construcción, operación y cierre. Parte, obra, acción, emisión, residuo o sustancias a la que aplica El Proyecto generará aguas servidas. Forma de cumplimiento El Proyecto contará en las fases de construcción y cierre con un sistema de fosa séptica con infiltración que operará con las respectivas autorizaciones sanitarias. En la Adenda se entregan los antecedentes para el otorgamiento del PASM 138 respectivo (Anexo 7-2 de la Adenda)
Indicador que acredita su cumplimiento Monitoreo semestral al efluente producido por la vida útil del proyecto. Forma de control y seguimiento Informes de monitoreo disponibles en garita para su control y verificación.
11.17. D.S. N°594/1999. Reglamento sobre condiciones sanitarias y ambientales básicas en los lugares de trabajo Componente/materia: Residuos líquidos Norma D.S. N°594/1999. Reglamento sobre condiciones sanitarias y ambientales básicas en los lugares de trabajo del Ministerio de Salud Fase del proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Construcción, operación y cierre Parte, obra, acción, Disposición final de residuos líquidos. Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2162355439
emisión, residuo o sustancias a la que aplica Forma de cumplimiento Mediante cláusulas contractuales, vale decir, contrato como medio de verificación, el tercero proveedor de los baños químicos será responsable de realizar todas las gestiones necesarias para garantizar el saneamiento sanitario del área donde se emplazaron. Respecto a la Plantas de Tratamiento de Aguas Servidas (Fosas sépticas con drenes de infiltración), se entregan los antecedentes para el otorgamiento del PAS 138 (ver Anexo 7-2 de la Adenda) que describe las características técnico-ambientales del manejo de aguas servidas y el funcionamiento de las instalaciones. Una vez obtenida la RCA favorable, se procederá a la tramitación sectorial del permiso ante la SEREMI de Salud. Indicador que acredita su cumplimiento Como indicador de cumplimiento se establecerá la obtención del PAS 138 y la obtención de la autorización sanitaria Forma de control y seguimiento Como indicador de cumplimiento se establecerá la obtención del PAS 138 y la obtención de la autorización sanitaria
11.18. D.S. N°594/1999. Reglamento sobre condiciones sanitarias y ambientales básicas en los lugares de trabajo Componente/materia: Residuos sólidos Norma D.S. N°594/1999. Reglamento sobre condiciones sanitarias y ambientales básicas en los lugares de trabajo del Ministerio de Salud Fase del proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Construcción, operación y cierre Parte, obra, acción, emisión, residuo o sustancias a la que aplica Manejo de residuos. Forma de cumplimiento Residuos sólidos domésticos: Retiro diario desde contenedores en las diversas áreas de generación y traslado al patio de acopio de residuos. Retiro desde patio de acopio de residuos dos veces por semana y traslado a sitio de disposición final autorizado. Residuos sólidos industriales no peligrosos: Retiro semanal desde contenedores en las diversas áreas de generación y traslado al patio de acopio de residuos. Retiro desde patio de acopio de residuos dos veces al mes y traslado a sitio de disposición final autorizado. Residuos peligrosos: Disposición temporal en la bodega de residuos peligrosos. Retiro (máximo cada seis meses) y traslado a sitio de disposición final autorizado. Indicador que acredita su cumplimiento Registro que indique retiro de residuos (fecha, cantidad, empresa). Forma de control y seguimiento Registros indicados disponibles en garita para su control y verificación.
11.19. D.F.L. N°725/1967. Código Sanitario Componente/materia: Residuos sólidos Norma D.F.L. N°725/1967. Código Sanitario del Ministerio de Salud Fase del proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Construcción, operación, cierre. Parte, obra, acción, emisión, residuo o sustancias a la que aplica Debido a las acciones del proyecto en forma integral Forma de cumplimiento El Proyecto contará con un patio de almacenamiento temporal de residuos. En el presente EIA se entregan los antecedentes para el otorgamiento del PASM 140 y 142 respectivo (revisar Anexo 7 y Anexo 8 de la Adenda Complementaria). Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2162355439
Indicador que acredita su cumplimiento Registro que indique ingreso y retiro de residuos al patio de almacenamiento (fecha, cantidad, empresa). Forma de control y seguimiento Registros indicados disponibles en garita para su control y verificación.
11.20. D.S. N°4/2009 Reglamento para el manejo de lodos generados en plantas de tratamiento de aguas servidas Componente/materia: Residuos sólidos Norma D.S. N°4/2009 Reglamento para el manejo de lodos generados en plantas de tratamiento de aguas servidas del Ministerio del Medio Ambiente Fase del proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Construcción, operación, cierre. Parte, obra, acción, emisión, residuo o sustancias a la que aplica Plantas de tratamiento de aguas servidas Forma de cumplimiento El lodo generado será retirado por una empresa autorizada para ello, realizándose esto mediante vehículos completamente estancos y cerrados de forma tal que impidan escurrimientos, derrames y emanación de olores durante su traslado de acuerdo como señala el artículo 15 del presente D.S 4/2009 del MINSEGPRES.
Además, se respaldará cada egreso de lodos realizado, mediante el llenado de una planilla por parte del operador, de la siguiente información: - Día y hora del retiro. - Operador responsable. - Cantidad de lodo retirado. Dicha información estará disponible en formato físico en las oficinas ubicadas en el área del Proyecto. Además de lo anterior, será responsabilidad del Titular cerciorarse que la empresa contratada para el retiro, transporte y disposición final de lodos tenga autorización de la Secretaría Regional Ministerial (SEREMI) de Salud para dicha labor.
Indicador que acredita su cumplimiento Planilla en formato papel en oficinas de la faena y resolución de aprobación de funcionamiento de la empresa que presta el servicio de retiro, transporte y disposición final de los lodos. Forma de control y seguimiento Registro de planillas de retiro de lodos disponible para su control y verificación.
11.21. D.S. N°1/2013, Aprueba el Reglamento del Registro de Emisiones y Transferencias de Contaminantes, RETC Componente/materia: Residuos sólidos Norma D.S. N°1/2013, Aprueba el Reglamento del Registro de Emisiones y Transferencias de Contaminantes, RETC del Ministerio del Medio Ambiente Fase del proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Construcción, operación, cierre. Parte, obra, acción, emisión, residuo o sustancias a la que aplica Sitios de disposición temporal de residuos en el área del Proyecto y frentes de trabajo. Forma de cumplimiento Se realizará la declaración de generación de residuos y emisiones atmosféricas por medio del portal del RETC en forma anual. Indicador que acredita su cumplimiento Durante toda la vida útil del Proyecto, se reportarán y visualizarán mediante la plataforma electrónica del RETC los residuos generados y Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2162355439
las emisiones derivadas del Proyecto. Forma de control y seguimiento Los residuos que se almacenen temporalmente en los sitios de almacenamiento transitorio de residuos al interior del proyecto serán retirados mediante una empresa autorizada. Además, se mantendrán las declaraciones anuales en registro físico para verificación.
11.22. D.S. N°148/2003. Reglamento Sanitario sobre Manejo de Residuos Peligrosos Componente/materia: Residuos sólidos Norma D.S. N°148/2003. Reglamento Sanitario sobre Manejo de Residuos Peligrosos Fase del proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Construcción, operación y cierre Parte, obra, acción, emisión, residuo o sustancias a la que aplica Manejo de residuos peligrosos. Forma de cumplimiento Disposición temporal en la bodega de residuos peligrosos. Retiro (máximo cada seis meses) y traslado a sitio de disposición final. Se cumplirá con el “Sistema de Declaración y Seguimiento de Residuos Peligrosos”. Se entregará al transportista las respectivas hojas de seguridad para el transporte de estos residuos. En el presente EIA se entregan los antecedentes para el otorgamiento del PASM 142 (revisar Anexo 8 Adenda Complementaria). Transporte y disposición final de residuos generados por el Proyecto será a través de empresas que cuenten con Autorización Sanitaria. Indicador que acredita su cumplimiento Registro que indique ingreso y retiro de residuos al patio de almacenamiento (fecha, cantidad, empresa). Forma de control y seguimiento Registros indicados disponibles en garita para su control y verificación.
11.23. Ley N°20.920/2016 del Ministerio del Medio Ambiente, Establece Marco para la Gestión de Residuos, la Responsabilidad Compartida del Productor y Fomento al Reciclaje Componente/materia: Residuos sólidos Norma Ley N°20.920/2016, Establece Marco para la Gestión de Residuos, la Responsabilidad Compartida del Productor y Fomento al Reciclaje del Ministerio del Medio Ambiente Fase del proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Construcción y operación. Parte, obra, acción, emisión, residuo o sustancias a la que aplica El proyecto generará residuos sólidos durante todas sus fases. Forma de cumplimiento En la Instalación de Faenas se dispondrá de un área de Almacenamiento Temporal de Residuos Sólidos, donde se almacenarán por tipo, separando los residuos sólidos que tengan potencial de ser reciclados. Los residuos serán retirados por empresas autorizadas. Por otro lado, se señala que los paneles fotovoltaicos en desuso serán comercializados para el reciclaje de sus partes con empresas autorizadas. Indicador que acredita su cumplimiento El indicador de cumplimiento será el registro del retiro de los residuos por un gestor autorizado para el tratamiento de residuos. Registro de aprobación del PAS 140 Forma de control y seguimiento Verificación del registro del retiro de residuos.
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11.23. D.S. N°43/2015. Reglamento de Almacenamiento de Sustancias Peligrosas Componente/materia: Sustancias peligrosas Norma D.S. N°43/2016. Reglamento de Almacenamiento de Sustancias Peligrosas Fase del proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Construcción y cierre Parte, obra, acción, emisión, residuo o sustancias a la que aplica El proyecto considera el almacenamiento de sustancias peligrosas en las fases de construcción y cierre. Forma de cumplimiento El lugar de almacenamiento de las sustancias peligrosas, así como el manejo que se les dará, será acorde a lo establecido por el Decreto, resguardando la salud y seguridad de los trabajadores y del medio ambiente. Tanto el sector hidráulico como solar contarán con bodegas de almacenamiento temporal de residuos peligrosos. Dichas bodegas contarán con muro divisorio cuando el tipo de sustancias lo requiera. Poseerán la debida ventilación y señalética. Si la bodega tiene una capacidad de almacenamiento superior a 10 toneladas inflamables o 12 toneladas de otra clase de sustancias peligrosas no inflamables, el Titular tramitará la debida autorización sanitaria conforme la exigencia del artículo 5 de la norma en análisis Indicador que acredita su cumplimiento Existencia de bodega de sustancias peligrosas (fase de construcción y fase de cierre). Registro que indique ingreso y retiro de sustancias (fecha, cantidad, uso). Forma de control y seguimiento Registro indicado disponible en garita para su control y verificación.
11.24. D.S. N°160/2008, Reglamento de seguridad para las instalaciones y operaciones de producción y refinación, transporte, almacenamiento, distribución y abastecimiento de combustibles líquidos Componente/materia: Sustancias peligrosas Norma D.S. N°160/2008, Reglamento de seguridad para las instalaciones y operaciones de producción y refinación, transporte, almacenamiento, distribución y abastecimiento de combustibles líquidos del Ministerio de Economía Fase del proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Construcción, operación y cierre Parte, obra, acción, emisión, residuo o sustancias a la que aplica Almacenamiento de combustible líquido. Forma de cumplimiento El almacenamiento se realizará en un estanque (fases de construcción y cierre) y en grupos generadores (fase de operación). Indicador que acredita su cumplimiento Existencia de estanques (fase de construcción y fase de cierre). Registro que indique ingreso y retiro de combustible (fecha, cantidad, uso). Forma de control y seguimiento Registro indicado disponible en garita para su control y verificación.
11.25. D.S. N°594/1999. Reglamento sobre condiciones sanitarias y ambientales básicas en los lugares de trabajo Componente/materia: Sustancias peligrosas Norma D.S. N°594/1999. Reglamento sobre condiciones sanitarias y ambientales básicas en los lugares de trabajo. Fase del proyecto a la que aplica o en la que se dará Construcción, operación y cierre Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2162355439
cumplimiento Parte, obra, acción, emisión, residuo o sustancias a la que aplica Almacenamiento de combustible líquido. Forma de cumplimiento El almacenamiento de combustible se hará cumpliendo con la normativa aplicable. Esta área contará con un piso de hormigón impermeable y un pretil que permita contener posibles derrames de hidrocarburos, evitando así la contaminación del suelo. El suministro de combustibles estará a cargo de un distribuidor autorizado, quien lo transportará hasta el lugar de las obras o las instalaciones del Proyecto mediante camión cisterna habilitado y autorizado para este propósito, dando cumplimiento a la normativa aplicable (D.S. N°160/2008 del Ministerio de Economía, Fomento y Reconstrucción). Indicador que acredita su cumplimiento Presencia de Señalética y rótulos de la NCh 2190 Of.2003 Presencia de extintores en buen estado Presencia de hojas de seguridad Presencia de ducha y lavaojos de emergencia. Forma de control y seguimiento Registro mantenciones de extintores Registro visual de la señalética, rótulos y elementos de emergencia.
11.26. D.S. N°109/2017. Aprueba reglamento de seguridad de las instalaciones eléctricas destinadas a la producción, transporte, prestación de servicios complementarios, sistemas de almacenamiento y distribución de energía eléctrica Componente/materia: Energía eléctrica Norma D.S. N°109. Aprueba reglamento de seguridad de las instalaciones eléctricas destinadas a la producción, transporte, prestación de servicios complementarios, sistemas de almacenamiento y distribución de energía eléctrica del Ministerio de Energía Fase del proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Operación Parte, obra, acción, emisión, residuo o sustancias a la que aplica El Proyecto consiste en la construcción y operación de instalaciones eléctricas destinadas la generación y transmisión de energía eléctrica. Forma de cumplimiento El Proyecto contará con un programa de monitoreo y mantenciones preventivas de las instalaciones eléctricas, y un procedimiento para desmantelar las instalaciones cuando se identifique que puedan constituir un peligro para las personas o las cosas. Este procedimiento se elaborará en conformidad con la normativa vigente. Se contará además con un procedimiento de comunicación a la Superintendencia de Electricidad y Combustibles en caso de accidentes e incidentes relacionados con la operación de la línea de transmisión y equipos e instalaciones eléctricos del Proyecto. Esta comunicación y lis informes que se envíen a la Superintendencia contendrán la información que se especifica en esta normativa. Indicador que acredita su cumplimiento Se mantendrá una copia disponible del procedimiento para desmantelar instalaciones eléctricas en caso de constituir un peligro para las personas o las cosas en las oficinas del Proyecto. Copia de la comunicación a la Superintendencia de Electricidad y Combustibles en caso de accidentes e incidentes, y del envío de informes requeridos. Forma de control y seguimiento Revisión de documentos de comunicación a la SEC en caso de accidentes e incidentes, y del envío de informes requeridos.
11.27. D.F.L. N°4/2007. Fija texto refundido, coordinado y sistematizado del Decreto con Fuerza de Ley N°1, de Minería, de 1982, Ley General de Servicios Eléctricos, en materia de Energía Eléctrica Componente/materia: Energía eléctrica Norma D.F.L. N°4/2007. Fija texto refundido, coordinado y sistematizado del Decreto con Fuerza de Ley N°1, de Minería, de 1982, Ley General de Servicios Eléctricos, en materia de Energía Eléctrica Fase del proyecto a la que Operación Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2162355439
aplica o en la que se dará cumplimiento Parte, obra, acción, emisión, residuo o sustancias a la que aplica Aplica a las instalaciones de distribución de energía eléctrica contempladas en el proyecto. Forma de cumplimiento El Titular se encargará de mantener las instalaciones del proyecto, en conformidad con las prescripciones que establece la ley y la demás normativa técnica aplicable a dichas instalaciones, de manera de proteger la seguridad de las personas, medio ambiente y bienes. Además, informará oportunamente a la Superintendencia de Electricidad y Combustibles (SEC) la puesta en servicio de las obras del proyecto. Indicador que acredita su cumplimiento Certificaciones de laboratorios autorizados por la SEC. Forma de control y seguimiento Tramitación de certificación y archivo de documentos obtenidos.
11.28. Ley N°19.473/1996. Ley de Caza Componente/materia: Fauna Norma Ley N°19.473/1996. Ley de Caza del Ministerio de Agricultura Fase del proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Construcción, operación y cierre Parte, obra, acción, emisión, residuo o sustancias a la que aplica El Proyecto en forma integral. Actividades de relocalización de especies (solo fase de construcción). Forma de cumplimiento El Titular instruirá y prohibirá a sus trabajadores la caza o captura en todos los lugares en que se desarrollará el Proyecto. Para la relocalización de especies (solo fase de construcción) se entregan los antecedentes para el otorgamiento del PASM 146 respectivo (revisar Anexo 9 Adenda Complementaria). Indicador que acredita su cumplimiento Registro de asistencia del personal a las actividades de instrucción. Obtención del permiso respectivo. Forma de control y seguimiento Registro y permiso indicados disponibles en garita para su control y verificación.
11.29. D.S. N°5/1998. Reglamento de la Ley de Caza Componente/materia: Fauna Normativa D.S. N°5/1998. Reglamento de la Ley de Caza del Ministerio de Agricultura Fase del proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Construcción, operación y cierre Parte, obra, acción, emisión, residuo o sustancias a la que aplica El Proyecto en forma integral. Actividades de relocalización de especies (solo fase de construcción). Forma de cumplimiento El Titular instruirá y prohibirá a sus trabajadores la caza o captura en todos los lugares en que se desarrollará el Proyecto. Para la relocalización de especies (solo fase de construcción) se entregan los antecedentes para el otorgamiento del PASM 146 respectivo (revisar Anexo 9 Adenda Complementaria). Indicador que acredita su cumplimiento Registro de asistencia del personal a las actividades de instrucción. Obtención del permiso respectivo. Forma de control y seguimiento Registro y permiso indicados disponibles en garita para su control y verificación.
11.30. Ley N°18.378, Sobre distritos de conservación de suelos bosques y agua Componente/materia: Flora Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2162355439
Norma Ley N°18.378, Sobre distritos de conservación de suelos bosques y agua del Ministerio de Agricultura Fase del proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Construcción Parte, obra, acción, emisión, residuo o sustancias a la que aplica Emplazamiento de obras en áreas declaradas de protección Forma de cumplimiento Para la intervención de árboles y/o arbustos aislados ubicados en áreas declaradas de protección se entregan los antecedentes para el otorgamiento del PASM 153 (revisar Anexo 10 Adenda Complementaria). La intervención se hará de acuerdo con el plan aprobado. Indicador que acredita su cumplimiento Obtención de los permisos respectivos. Registro de las actividades de manejo. Forma de control y seguimiento Permisos y registro indicados disponibles en garita para su control y verificación.
11.31. D.S. N°8/1968, Prohíbe la corta de árboles en la zona precordillerana al oriente de la ciudad de Santiago Componente/materia: Flora Norma D.S. N°8/1968, Prohíbe la corta de árboles en la zona precordillerana al oriente de la ciudad de Santiago del Ministerio de Agricultura Fase del proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Construcción Parte, obra, acción, emisión, residuo o sustancias a la que aplica Emplazamiento de obras en áreas declaradas de protección Forma de cumplimiento Para la intervención de árboles y/o arbustos aislados ubicados en áreas declaradas de protección se entregan los antecedentes para el otorgamiento del PASM 153 (revisar Anexo 10 Adenda Complementaria). La intervención se hará de acuerdo con el plan aprobado. Indicador que acredita su cumplimiento Obtención de los permisos respectivos. Registro de las actividades de manejo. Forma de control y seguimiento Permisos y registro indicados disponibles en garita para su control y verificación.
11.32. D.S. N°295/1974 Prohíbe la corta de árboles y arbustos en la zona de precordillera y cordillera andina señala Componente/materia: Flora Norma D.S. N°8/1968, Prohíbe la corta de árboles en la zona precordillerana al oriente de la ciudad de Santiago del Ministerio de Agricultura Fase del proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Construcción Parte, obra, acción, emisión, residuo o sustancias a la que aplica Emplazamiento de obras en áreas declaradas de protección Forma de cumplimiento Para la intervención de árboles y/o arbustos aislados ubicados en áreas declaradas de protección se entregan los antecedentes para el otorgamiento del PASM 153 (revisar Anexo 10 Adenda Complementaria). La intervención se hará de acuerdo con el plan aprobado. Indicador que acredita su cumplimiento Obtención de los permisos respectivos. Registro de las actividades de manejo. Forma de control y seguimiento Permisos y registro indicados disponibles en garita para su control y verificación.
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11.33. Ley N°17.288/1970. Legisla sobre Monumentos Nacionales Componente/materia: Patrimonio cultural Norma Ley N°17.288/1970. Legisla sobre Monumentos Nacionales Fase del proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Construcción Parte, obra, acción, emisión, residuo o sustancias a la que aplica Movimientos de tierra en sectores donde se hayan identificado hallazgos arqueológicos o donde se descubran hallazgos arqueológicos. Forma de cumplimiento Los hallazgos identificados serán objeto de la solicitud del PASM 132 (revisar Anexo 5 de la Adenda Complementaria). Con todo, si durante la fase de construcción con motivo de las excavaciones que se realizarán o de cualquier otro trabajo a ejecutar, se descubre algún sitio arqueológico no identificado en la línea de base, se interrumpirán inmediatamente los trabajos que dieron lugar al hallazgo, dando aviso a Carabineros de Chile, la Gobernación Regional respectiva y el Consejo de Monumentos Nacionales. Indicador que acredita su cumplimiento Obtención de los permisos respectivos. Informe al Consejo de Monumentos Nacionales (CMN). Registro de paralización de obra en caso de que se encuentre hallazgos arqueológicos y /o paleontológico. Forma de control y seguimiento Permiso e Informe y respuestas del CMN; disponibles en garita para su control y verificación.
11.34. D.S. N°484/1990. Reglamento de la Ley N°17.288, sobre Excavaciones y/o prospecciones arqueológicas, antropológicas y paleontológicas. Componente/materia: Patrimonio cultural Norma D.S. N°484/1990. Reglamento de la Ley N°17.288, sobre Excavaciones y/o prospecciones arqueológicas, antropológicas y paleontológicas del Ministerio de Educación Fase del proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Construcción Parte, obra, acción, emisión, residuo o sustancias a la que aplica Movimientos de tierra en sectores donde se hayan identificado hallazgos arqueológicos o donde se descubran hallazgos arqueológicos. Forma de cumplimiento Los hallazgos identificados serán objeto de la solicitud del PASM 132 (revisar Anexo 5 Adenda Complementaria).
Con todo, si durante la fase de construcción con motivo de las excavaciones que se realizarán o de cualquier otro trabajo a ejecutar, se descubre algún sitio arqueológico no identificado en la línea de base, se interrumpirán inmediatamente los trabajos que dieron lugar al hallazgo, dando aviso a Carabineros de Chile, la Gobernación Regional respectiva y el Consejo de Monumentos Nacionales. Indicador que acredita su cumplimiento Obtención de los permisos respectivos. Informe al Consejo de Monumentos Nacionales (CMN). Registro de paralización de obra en caso de que se encuentre hallazgos arqueológicos y /o paleontológico. Forma de control y seguimiento Permiso e Informe y respuestas del CMN; disponibles en garita para su control y verificación.
11.35. D.S. N°18/2001 Prohíbe la circulación de vehículos de carga por las vías al interior del Anillo Américo Vespucio Componente/materia: Vialidad Norma D.S N°18 / 2001, Prohíbe la circulación de vehículos de carga por las vías al interior del Anillo Américo Vespucio del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones Fase del proyecto a la que Construcción y cierre Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2162355439
aplica o en la que se dará cumplimiento Parte, obra, acción, emisión, residuo o sustancias a la que aplica Transporte de carga. Forma de cumplimiento El transporte de cargas no se realizará al interior del Anillo Américo Vespucio en los horarios que se indica. Indicador que acredita su cumplimiento En caso de existir transporte en horarios restringidos se solicitará a la empresa transportista un informe que indique la ruta tomada. Forma de control y seguimiento Informe indicado (si correspondió realizarlo) disponible en garita para su control y verificación.
11.36. D.S. N°158/1980. Establece límite de pesos por eje y límites de peso bruto total Componente/materia: Vialidad y Transporte Norma D.S. N°158/1980. Establece límite de pesos por eje y límites de peso bruto total del Ministerio de Obras Públicas Fase del proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Construcción, operación y cierre Parte, obra, acción, emisión, residuo o sustancias a la que aplica Actividades de transporte. Forma de cumplimiento En caso de que sea indispensable realizar el transporte de maquinarias u otras especies que excedan los máximos admisibles, se solicitará autorización a la Dirección de Vialidad, en los términos que establece la norma. Indicador que acredita su cumplimiento Otorgamiento del permiso para el transporte que exceda los máximos admisibles. Forma de control y seguimiento Permiso indicado (si correspondió solicitarlo) disponible en garita para su control y verificación.
11.37. D.S. N°298/1994, Reglamenta Transporte de Cargas Peligrosas por Calles y Caminos Componente/materia: Vialidad y Transporte Norma D.S. N°298/1994, Reglamenta Transporte de Cargas Peligrosas por Calles y Caminos del Ministerio de Transporte y Telecomunicaciones Fase del proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Construcción y operación Parte, obra, acción, emisión, residuo o sustancias a la que aplica Todas las obras de la construcción del Proyecto y mantención para la operación. Forma de cumplimiento El transporte de sustancias peligrosas será realizado por una empresa subcontratista, a la que se le exigirá que el transporte se haga acorde a las condiciones y procedimientos aplicables al transporte de carga, por calles y caminos conforme a lo establecido en el presente cuerpo normativo. Indicador que acredita su cumplimiento Inspecciones visuales de todos los vehículos que circulen con carga, con el fin de verificar que su transporte se efectúe correctamente; se mantendrá un registro de dichas inspecciones. Forma de control y seguimiento Inspecciones fiscales de la Dirección de Vialidad del Ministerio de Obras Públicas.
11.38. D.F.L. Nº850/1997, MOP. Fija el texto refundido, coordinado y sistematizado de la Ley N°15.840, de 1964 y el D.F.L. N°206, de 1960 Sobre Construcción y Conservación de Caminos. Componente/materia: Vialidad y Transporte Norma D.F.L. N°850/1997, MOP. Fija el texto refundido, coordinado y sistematizado de la Ley N°15.840, de 1964 y el D.F.L. N°206, de Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2162355439
1960 Sobre Construcción y Conservación de Caminos del Ministerio de Obras Públicas Fase del proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Construcción, operación y cierre. Parte, obra, acción, emisión, residuo o sustancias a la que aplica El Proyecto contempla el transporte de materiales, maquinaria y personas por caminos públicos mediante vehículos motorizados livianos, medianos y pesados. Forma de cumplimiento Los límites de peso máximos de vehículos cumplirán con disposiciones de esta norma. En el caso de exceder estos pesos máximos, se pedirá autorizaciones a Vialidad. Indicador que acredita su cumplimiento Obtención de Autorización de Dirección Regional de Vialidad, en caso de camiones con sobredimensión. Forma de control y seguimiento Registro, en obra, de la autorización de Dirección de Vialidad.
11.39. D.S. N°4/1994. Establece norma de emisión de contaminantes aplicables a los vehículos motorizados y fija los procedimientos para su control. Componente/materia: Vialidad y Transporte Norma D.S. N° 4/1994. Establece norma de emisión de contaminantes aplicables a los vehículos motorizados y fija los procedimientos para su control del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones. Fase del proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Construcción, operación y cierre. Parte, obra, acción, emisión, residuo o sustancias a la que aplica El Proyecto contempla la utilización de vehículos, principalmente transporte de materiales, maquinaria y personas por caminos públicos mediante vehículos motorizados livianos, medianos y pesados. Forma de cumplimiento Los vehículos que se utilizarán contarán con el Permiso de Circulación y la Revisión Técnica al día y serán mantenidos periódicamente. Indicador que acredita su cumplimiento El indicador de cumplimiento de la norma consiste en el Registro anual de las patentes de los vehículos y sus revisiones técnicas al día. Forma de control y seguimiento Verificación de la revisión técnica.
11.40. D.S. N°279/1983, Ministerio de Salud, Aprueba Reglamento para el Control de la Emisión de Contaminantes de Vehículos Motorizados de Combustión Interna Componente/materia: Vialidad y Transporte Norma D.S. N°279/1983, Ministerio de Salud, Aprueba Reglamento para el Control de la Emisión de Contaminantes de Vehículos Motorizados de Combustión Interna del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones. Fase del proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Construcción, operación y cierre. Parte, obra, acción, emisión, residuo o sustancias a la que aplica El Proyecto contempla la utilización de vehículos, principalmente transporte de materiales, maquinaria y personas por caminos públicos mediante vehículos motorizados livianos, medianos y pesados. Forma de cumplimiento Los vehículos que se utilizarán contarán con el Permiso de Circulación y la Revisión Técnica al día y serán mantenidos periódicamente. Indicador que acredita su cumplimiento El indicador de cumplimiento de la norma consiste en el Registro anual de las patentes de los vehículos y sus revisiones técnicas al día. Forma de control y seguimiento Verificación de la revisión técnica.
11.41. D.S. N°54/1994. Norma para vehículos motorizados medianos que indica Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2162355439
Componente/materia: Vialidad y Transporte Norma D.S. N°54/1994, Norma para vehículos motorizados medianos que indica del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones. Fase del proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Construcción, operación y cierre. Parte, obra, acción, emisión, residuo o sustancias a la que aplica El Proyecto contempla la utilización de vehículos, principalmente transporte de materiales, maquinaria y personas por caminos públicos mediante vehículos motorizados livianos, medianos y pesados. Forma de cumplimiento Los vehículos que se utilizarán contarán con el Permiso de Circulación y la Revisión Técnica al día y serán mantenidos periódicamente. Indicador que acredita su cumplimiento El indicador de cumplimiento de la norma consiste en el Registro anual de las patentes de los vehículos y sus revisiones técnicas al día. Forma de control y seguimiento Verificación de la revisión técnica.
11.42. D.S. N°211/1991. Establece normas sobre emisiones de vehículos motorizados livianos. Componente/materia: Vialidad y Transporte Norma D.S. N°211/1991, Establece normas sobre emisiones de vehículos motorizados livianos del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones. Fase del proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Construcción, operación y cierre. Parte, obra, acción, emisión, residuo o sustancias a la que aplica El Proyecto contempla la utilización de vehículos, principalmente transporte de materiales, maquinaria y personas por caminos públicos mediante vehículos motorizados livianos, medianos y pesados. Forma de cumplimiento Los vehículos que se utilizarán contarán con el Permiso de Circulación y la Revisión Técnica al día y serán mantenidos periódicamente. Indicador que acredita su cumplimiento El indicador de cumplimiento de la norma consiste en el Registro anual de las patentes de los vehículos y sus revisiones técnicas al día. Forma de control y seguimiento Verificación de la revisión técnica.
11.43. D.S. N°55/1994. Normas de emisión aplicables a vehículos motorizados pesados. Componente/materia: Vialidad y Transporte Norma D.S. N°55/1994, Normas de emisión aplicables a vehículos motorizados pesados del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones. Fase del proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Construcción, operación y cierre. Parte, obra, acción, emisión, residuo o sustancias a la que aplica El Proyecto contempla la utilización de vehículos, principalmente transporte de materiales, maquinaria y personas por caminos públicos mediante vehículos motorizados livianos, medianos y pesados. Forma de cumplimiento Se cumplirá esta normativa mediante la exigencia de los certificados de emisiones de la maquinaria y vehículo, junto con la revisión técnica al día. Indicador que acredita su cumplimiento Registro de Mantenciones de los Vehículos Forma de control y seguimiento Mantención de los registros a disposición de la Superintendencia del Medio Ambiente.
11.44. D.F.L N°1/2009 Fija texto refundido, coordinado y sistematizado de la ley de tránsito. Componente/materia: Vialidad y Transporte Norma D.F.L N° 1/2009 Fija texto refundido, coordinado y sistematizado de Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2162355439
la ley de tránsito del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones. Fase del proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Construcción, operación y cierre. Parte, obra, acción, emisión, residuo o sustancias a la que aplica Actividades de transporte. Forma de cumplimiento El transporte de maquinarias y equipos se realizará con estricta sujeción a este Decreto. En caso de que se requiera el transporte de equipos o maquinarias que superen los pesos máximos establecidos se solicitarán los permisos pertinentes. Se exigirá que el transporte de dichos materiales se efectúe con la sección de carga de los camiones cubierta de lonas, con el fin de impedir la dispersión de polvo y el escurrimiento de materiales. Se realizarán inspecciones visuales para corroborar las condiciones del transporte de materiales. Indicador que acredita su cumplimiento Autorización de Dirección de Vialidad para en caso de que se requiera exceder el tonelaje máximo permitido. Forma de control y seguimiento Registro del permiso que autoriza el sobredimensionamiento de transporte en caso de ser requerido.
12°. Que, para ejecutar el Proyecto deben cumplirse las siguientes condiciones o exigencias, en concordancia con el artículo 25 de la Ley N° 19.300:
Tabla 12.1 Condición o exigencia 1 Condición o exigencia La SEREMI de Medio Ambiente Región Metropolitana de Santiago, en su oficio ORD. Nº 274 de fecha 15 de abril de 2024, se pronuncia condicionando a:
“1-- Presentar ante la SEREMI del Medio Ambiente RM, un Programa de Compensación de Emisiones (PCE) de MP10, en formato digital, considerando un aumento del 120% en las emisiones según lo establecido en el artículo 64 del DS 31/2016 (MMA). Las cantidades a compensar por año cronológico se presentan a continuación en la Tabla 1:
Tabla 1: Emisiones de MP10 equivalente a compensar del proyecto “Parque Solar Cordillera”.* Año Fase MP10eq [ton/año] MP10eq al 120% [ton/año] Porcentaje de MP10eq por combustión 1 Construcció n 74,26 89,11 9,7% 2 Construcció n 43,76 52,51 16,1% 3 Operación 2,66 3,19 1,0% 4 Operación 2,66 3,19 1,0% 5 Operación 2,66 3,19 1,0% 6 Operación 2,66 3,19 1,0% 7 Operación 2,66 3,19 1,0% 8 Operación 2,66 3,19 1,0% 9 Operación 2,66 3,19 1,0% 10 Operación 2,66 3,19 1,0% 11 Operación 2,66 3,19 1,0% 12 Operación 2,66 3,19 1,0% Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2162355439
13 Operación 2,66 3,19 1,0% 14 Operación 2,66 3,19 1,0% 15 Operación 2,66 3,19 1,0% 16 Operación 2,66 3,19 1,0% 17 Operación 2,66 3,19 1,0% 18 Operación 2,66 3,19 1,0% 19 Operación 2,66 3,19 1,0% 20 Operación 2,66 3,19 1,0% 21 Operación 2,66 3,19 1,0% 22 Operación 2,66 3,19 1,0% 23 Operación 2,66 3,19 1,0% 24 Operación 2,66 3,19 1,0% 25 Operación 2,66 3,19 1,0% 26 Operación 2,66 3,19 1,0% 27 Operación 2,66 3,19 1,0% 28 Cierre 32,1 38,52 14,7% 29 Cierre 32,02 38,42 14,7% *A partir de Tabla 2-9 del Anexo 3-1 de la Adenda Complementaria. Además, según se indica en el Artículo 63 del DS N° 31/2016, las medidas de compensación deberán cumplir los siguientes criterios: · Medibles, esto es, que permitan cuantificar la reducción de las emisiones que se produzca a consecuencia de ellas. · Verificables, esto es, que generen una reducción de emisiones que se pueda cuantificar con posterioridad de la implementación. · Adicionales, entendiendo por tal que las medidas propuestas no respondan a otras obligaciones a que esté sujeto el titular, o bien, que no correspondan a una acción que conocidamente será llevada a efecto por la autoridad pública o particulares. · Permanentes, entendiendo por tal que la rebaja permanezca por el período en que el proyecto está obligado a reducir emisiones. Finalmente, cabe señalar que el Art. 64 del D.S. 31/2016 exige que los proyectos evaluados que sean aprobados con exigencias de compensación de emisiones, sólo podrán dar inicio a la ejecución del proyecto o actividad al contar con la aprobación del respectivo Programa de Compensación de Emisiones. 2-- Aplicar supresor de polvo en los caminos no pavimentados del proyecto, de acuerdo a lo estipulado por el Titular en el Anexo 3-1.5 “Plan de aplicación de bischofita”, de la Adenda Complementaria. En función de lo anterior, reportar los medios de verificación correspondiente a la Superintendencia del Medio Ambiente a través del Sistema de Seguimiento Ambiental, al cual se accede a través de la página web http://www.sma.gob.cl según lo establecido en la Resolución Exenta N°223/2015 de la SMA. Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2162355439
3-- Asegurar de que toda la maquinaria móvil fuera de ruta utilizada en el proyecto cumplirá con a lo menos el estándar tecnológico Tier 3, como es señalado por el Titular en el punto 1.4.3.1.xii del Anexo 3-1 de la Adenda Complementaria. En función de lo anterior, reportar los medios de verificación correspondiente a la Superintendencia del Medio Ambiente a través del Sistema de Seguimiento Ambiental, al cual se accede a través de la página web http://www.sma.gob.cl según lo establecido en la Resolución Exenta N°223/2015 de la SMA.”
Tabla 12.2 Condición o exigencia 2 Condición o exigencia La SEREMI MINVU Región Metropolitana de Santiago, en su oficio ORD. Nº 860 de fecha 18 de abril de 2024, se pronuncia conforme, condicionado a:
“El proyecto queda condicionado a que: - Una vez obtenida la RCA favorable, el Titular, deberá solicitar en forma sectorial el informe favorable respecto del artículo 55 de la Ley General de Urbanismo y Construcciones, para la asignación de normas de urbanización, el que debe ser solicitado por el dueño del predio o predios (al momento de realizar el trámite sectorial). La autorización que se otorgue deberá abarcar toda el área ocupada por las instalaciones del proyecto, incluidos los paneles fotovoltaicos. El Titular obtenga la calificación de instalaciones industriales a que se refiere el art. 4.14.2 de la OGUC (art. 161 del Título VII del Decreto Supremo Nº 40/13) durante el proceso de evaluación del proyecto en cuestión.”
Tabla 12.3 Condición o exigencia 3 Condición o exigencia El Titular para hacerse cargo de los impactos ambientales significativos “Pérdida de ejemplares de flora” y “Alteración de área de preservación ecológica” propone como medida de mitigación un “Programa de rescate y relocalización de cactáceas”, con el objetivo de Rescatar y relocalizar individuos de Maihueniopsis ovata presentes en el área intervención del Proyecto, previo a la fase de construcción del Proyecto.
Será necesario que exista una identificación en terreno mediante marcas, banderillas o estacas, así como también la georreferenciación de todos los individuos relocalizados, para con esto facilitar el seguimiento por parte del Titular y la fiscalización por parte de la autoridad ambiental.
Respecto con lo señalado por el Titular en el Apéndice 14.1 de la Adenda Complementaria “La reposición de individuos de ser necesaria se efectuará 1 mes después que haya terminado y se tengan los resultados del seguimiento anual.”, es necesario establecer que la reposición de individuos se debe realizar en una época favorable y debe ser debidamente justificada en los informes reportables a la autoridad ambiental, por lo tanto, debe existir una flexibilidad respecto a que se deban reponer 1 mes después de que se tengan los resultados del seguimiento, dado que, es posible que dicho periodo de 1 mes corresponda a una época desfavorable para la plantación de especies vegetales. De acuerdo con lo anterior, la reposición de individuos se debe efectuar en un plazo no mayor a 1 año después que haya terminado y se tengan los resultados del seguimiento anual, y deberá ejecutarse en la época más favorable para dicha actividad de reposición o replante, lo cual deberá ser debidamente justificado, en relación con las características y requerimientos propios de cada especie.
Tabla 12.4 Condición o exigencia 4 Condición o exigencia El Titular para hacerse cargo de los impactos ambientales significativos Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2162355439
“Pérdida de ejemplares de flora” y “Alteración de área de preservación ecológica” propone como medida de mitigación un “Programa de rescate y relocalización de geófitas”, con el objetivo de Relocalizar individuos de especies geófitas Alstroemeria pallida, Rhodolirium montanum y Tristagma bivalvepresentes en áreas de afectación para que puedan continuar su desarrollo en el entorno del Proyecto. Será necesario que la identificación en terreno mediante banderilla o estacas, así como también la georreferenciación de todos los individuos relocalizados, debe permanecer durante toda la vida útil del proyecto, para con esto facilitar el seguimiento por parte del Titular y la fiscalización por parte de la autoridad ambiental. Además, el Titular señala en el Apéndice 14.1 de la Adenda Complementaria que “Por su parte si al cabo del 5 año de seguimiento, el éxito de la medida no fuera el esperado, se propone lo siguiente: • Separación: Consiste en separar manualmente estructuras adheridas entre sí que pueden funcionar en forma independiente, por ejemplo, la separación de cormillos. Se realiza cuando los bulbos están en receso o dormante. • División: Método muy simple y consiste en cortar, con o sin el uso de cuchillo, rizomas, raíces fibrosas u otras estructuras, en dos o más divisiones cada una debe tener al menos un punto de crecimiento, y órganos de reserva. • Estrellado: Consiste en hacer cortes profundos en la cara basal del bulbo, en el platillo basal. Los cortes tienen que ser lo suficientemente profundos para dañar el punto de crecimiento. • Vaciado: Se remueve completamente el platillo basal y la base de las escamas. Se puede realizar con cuchillo o con una cuchara de borde cortante. • Coring: Consiste en la remoción de un cilindro de tejido que incluye el punto de crecimiento, introduciendo verticalmente un sacabocado o utensilio similar desde la zona del platillo basal hacia el interior del bulbo.” Respecto a lo anterior, se deberá incorporar al seguimiento de la medida que, en caso de requerir la reposición de plantas, el Titular deberá ejecutar una actividad de reposición o replante bajo las mismas condiciones y metodologías establecidas en la Preparación del sitio de plantación y trasplante, consideradas en la presente medida.
Tabla 12.5 Condición o exigencia 5 Condición o exigencia De acuerdo con lo señalado por el Titular en relación a la medida de compensación Plan de Repoblación de especies arbustivas “Estas medidas responden a compensar los impactos que no pueden ser evitados ni mitigados. En este caso, las medidas de compensación están orientadas en la elaboración de un plan de repoblación de especies en categoría de conservación, más otras especies representativas del matorral nativo que será afectado.” Respecto con los Indicadores de éxito de sobrevivencia y como éstos serán evaluados a través del seguimiento de la medida, se debe incorporar como referencia, la condición inicial de los sitios densidad y composición a repoblar o enriquecer, con el objetivo de poder evaluar efectivamente el prendimiento de las especies plantadas y que estas mediciones no sean sobreestimadas en función de los individuos existentes de manera natural, con anterioridad a la actividad de repoblación o enriquecimiento. Además, con la identificación en terreno y georreferencia de los individuos plantados, es posible evaluar y calcular el prendimiento o sobrevivencia exclusivamente de los individuos plantados, con el objetivo de medir precisa y adecuadamente el éxito de la medida propuesta. Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2162355439
Será necesario que la identificación en terreno mediante marcas, banderillas o estacas, así como también la georreferenciación de todos los individuos plantados, debe permanecer durante toda la vida útil del proyecto, para con esto facilitar el seguimiento por parte del Titular y la fiscalización por parte de la autoridad ambiental.
Tabla 12.6 Condición o exigencia 6 Condición o exigencia La SEREMI de Agricultura RM mediante el Ord. N° 135 de fecha 15 de abril de 2024 se pronuncia con observaciones estableciendo lo siguiente:
“Respecto de la época de caracterización del los sitios de relocalización para las arañas detectadas, esta es considerada inadecuada, ya que la actividad biológica de las especies (animales en general) y de las especies vegetales además, no es la adecuada para verificar su expresión en el territorio.”
“Respecto de la respuesta 4.4 se señala que "La prospección entomológica fue efectiva en la observación y registro de las especies presentes, logrando un 70% de representatividad de acuerdo a la curva de acumulación de especies." Dado que la especie se encuentra en peligro crítico, se debe mejorar el porcentaje de manera tal que se acerque a los máximos posibles.”
“En relación a la propuesta de cálculo de la capacidad de carga del sitio de traslocación propuesto (respuesta 4.4), es necesario considerar que: "La capacidad de carga es la cantidad máxima de individuos en una población que un hábitat puede soportar conforme a sus recursos, sin que se produzcan efectos adversos para esa población ni para el ambiente. Entre las variables que determinan la capacidad de carga de una especie se encuentran el alimento, el agua, los aspectos demográficos, el clima y el refugio, entre otras."”
“En relación a la época de traslocación o de intervención se debe considerar Aspectos Rreproductivos como: de Diciembre a Febrero es posible encontrar los ovisacos, los que siempre se encuentran cuidados en el refugio por la madre. De Enero a Marzo es posible encontrar posturas eclosionadas, las que en general se encuentran sin la presencia de un adulto. Los tamaños de postura varían dependiendo del tamaño de la madre. Las posturas que se han medido van desde los 237 hasta los 924 huevos, con un promedio de 396 ± 142 huevos por saco. La masa promedio del ovisaco es de 2,70 ± 1,08 g, correspondiendo en términos generales al 50% de la masa de la madre. El tamaño de los huevos tanto en masa fresca como en diámetro es independiente de la masa de la hembra y del tamaño de la postura, siendo de 0,006 ± 0,001 g y 2,3 ± 0,2 mm, respectivamente (Fuentes et al, manuscrito en preparación). Al salir las crías del ovisaco estas lo hacen por un solo orificio. Las crías abandonan el ovisaco después de la primera muda, presentando ya el patrón de coloración melánico propio de la especie. Se solicita ajustar la propuesta a estas aspectos señalados en la literatura.”
El SAG RM mediante el Ord. N° 536 de fecha 15 de abril de 2024 se pronuncia con observaciones estableciendo lo siguiente:
“Respecto a la respuesta 4.4 entregada por el titular, este servicio considera que la fecha de realización de la caracterización de los sitios para la translocación no es la adecuada (otoño), por lo que se solicita al titular reevaluar la fecha propuesta y considerar datos climáticos, que Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2162355439
permitan avalar la propuesta.
En relación al componente ambiental fauna este servicio considera que el indicador de éxito comprometido para el plan de seguimiento de rescate y relocalización no da cuenta que la medida propuesta sea exitosa y no genere impacto, dado que no propone un incremento de la abundancia en el sitio de destino.”
En relación con lo planteado por el SAG y SEREMI de Agricultura sobre las especies Euatlhus condorito y Grammostola rosea, esta Dirección Regional indica al Titular que deberá:
a. Tal como lo menciona en Anexo 9 PAS 146 de la Adenda complementaria se deberá realizar nuevas (más de una) caracterizaciones tanto en el área de captura como en los sitios de relocalización en época de mayor reproducción de la especie, considerando abarcar la totalidad de las áreas; deberá considerar adecuadamente la geomorfología de la zona y las condiciones de hábitat. Lo cual deberá hacerse 30 días antes del rescate y relocalización. b. Se requiere de una actualización de los sitios de relocalización para la especie Grammostola rosea y Euatlhus condorito que se ajusten a los criterios contenidos en la Guía Trámite PAS Artículo 146 Reglamento del SEIA, considerando las nuevas campañas realizadas y entregando antecedentes de la capacidad de carga de los sitios, el estudio deberá ser aprobado por el SAG y entregado a las SMA. c. El rescate deberá considerar la totalidad de los ejemplares registrados en estas nuevas campañas, dado que la última campaña no fue realizada en la época de mayor expresión de la especie, así como que se realice en un momento que no se afecte o perturbe su capacidad reproductiva, es decir, que se realice antes del inicio del ciclo reproductivo. d. No se deberá marcar a los individuos con plumón fluorescente con el fin de evitar un efecto negativo sobre la especie, donde esta posee hábitos nocturnos por lo que el plumón puede influir en su sobrevivencia. Considerar el marcaje de la madriguera o las madrigueras como sitio para comprobar la efectividad de la medida. e. En relación al seguimiento de la medida rescate y relocalización de fauna (arácnidos, anfibios, reptiles y micromamíferos) el Titular declara: “El seguimiento posterior a la aplicación de la medida considera para todas las especies tres campañas de carácter inmediato a los 2, 15 y 45 días; y tres a largo plazo (3 años) una vez al año durante la época de mayor actividad reproductiva, con el fin de evaluar si se está expresando el potencial reproductivo y por ende si los individuos relocalizados podrían estar insertos en un proceso de establecimiento en el nuevo hábitat (Bustamante et al., 2009; IUCN, 2013).”. Para arácnidos las campañas a largo plazo deberán prologarse por 5 años. f. Tal como lo menciona el Titular, en el Anexo 17 de la Adenda Extraordinaria, la decisión de reubicar a la especie no debe basarse exclusivamente en la capacidad de carga, sino en una evaluación integral de todos los factores ambientales relevantes para su supervivencia a largo plazo tales como condiciones geomorfológicas como ecológicas.
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La Comisión de Evaluación de la región Metropolitana, estableció la siguiente condición o exigencia para la aprobación del Proyecto:
Tabla 12.7 Condición o exigencia Condición o exigencia Se debe dar cumplimiento a lo establecido por la SEREMI de Medio Ambiente Región Metropolitana de Santiago, en su oficio ORD. Nº 242510 de fecha 31 de mayo de 2024, en la visación al ICE y en la Comisión de Evaluación del día 03 de junio de 2024, en la cual se indica la siguiente condición:
“En relación al “Compromisos Ambientales Voluntario para el “Área de Preservación Ecológica” descritos en el Anexo 13 de la presente adenda, para el caso que el proyecto sea aprobado, se solicita incorporar los siguientes Compromisos Ambientales Voluntario: Implementar un programa de educación ambiental que involucre a escuelas locales, considerando temáticas relacionadas con la biodiversidad regional/local y la eficiencia energética, ante el escenario de cambio climático. Este programa deberá incluir la impresión de 500 ejemplares del Mapa de la Biodiversidad de la RMS https://educacion.mma.gob.cl/wp[1]content/uploads/2022/05/Mapa-de- Educacion-para-la-Biodiversidad-de[1]la-Region-Metropolitana- Especies-Emblematicas-y-Ecosistemas-donde[1]habitan.pdf. La forma de seguimiento del CAV debe coordinarse con la SEREMI de Medio Ambiente de la región, para entregar información sobre los establecimientos educacionales certificados de las comunas comprometidas en el CAV, las características de impresión del mapa y la maqueta a utilizar para su impresión, para lo anterior el Titular deberá coordinarse vía oficina de partes con la institución.”; se deja en antecedente que no fue considerada en atención a que “Observaciones que no fueron consideradas en atención a que no cumplen con el requisito de ser claras, precisas y fundadas”, según En la tabla 3.7.4. del ICE. De lo anterior se reitera incluir la condición de implementar el mencionado CAV, con el propósito de mantener medidas preventivas para favorecer la conservación de la biodiversidad y en virtud de las competencias que nos confiere el artículo 70, literales i) y m) de la Ley Nº 19.300 de Sobre Bases Generales del Medio Ambiente y sus modificaciones introducidas por Ley 20.417.”
- Que, durante el procedimiento de evaluación del EIA el Titular del Proyecto propuso los siguientes compromisos ambientales voluntarios:
13.1. Utilización de vehículos Euro V y maquinaria fuera de ruta Tier 3 Impacto asociado N/A Fase del Proyecto a la que aplica Fase de construcción y cierre Objetivo, descripción y justificación Objetivo: Minimización de emisión de gases contaminantes mediante la utilización de maquinaria de estándar Tier 3 y vehículos de estándar Euro V.
Descripción: Se considera el uso de maquinaria fuera de ruta de estándar Tier 3 y vehículos bajo el estándar Euro V.
Justificación: El presente CAV tiene el propósito de respaldar el uso de maquinaria de estándar Tier 3 y vehículos de estándar Euro V en la ejecución del Proyecto. Lugar, forma y oportunidad de implementación Lugar: Se mantendrá el registro de los vehículos y maquinarias utilizados en planta. De todas formas, los vehículos Euro V que se utilizarán será dentro y fuera del Proyecto y la maquinaria Tier 3 se contempla para maquinaria fuera de ruta. Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2162355439
Forma: La siguiente información será remitida en el mismo mes del hito de inicio (hito de inicio: arriendo o compra de cada maquinaria): a) Contratos de arriendo o facturas de compra de la maquinaria, en los que se especifique que cumplen al menos los estándares Euro V y Tier 3. b) Entrega fichas técnicas de los camiones y las maquinarias especificadas en los contratos de arriendo o facturas de compra.
Oportunidad: El compromiso se implementará durante las fases de construcción y cierre del Proyecto y, en particular, los reportes se entregarán de forma anual. Indicador que acredite su cumplimiento Contratos de arriendo o facturas de compra de la maquinaria, en los que se especifique que cumplen al menos los estándares Euro V y Tier 3 y fichas técnicas de los camiones y las maquinarias especificadas en los contratos de arriendo o facturas de compra. Forma de control y seguimiento Entrega de los siguientes medios de verificación a la Superintendencia del Medio Ambiente (SMA), con copia a la Secretaría Regional del Medio Ambiente Región Metropolitana, en el mismo mes del hito de inicio (arriendo o compra de cada maquinaria): a) Entrega de los contratos de arriendo o facturas de compra de la maquinaria, en los que se especifique que cumplen al menos los estándares Euro V y Tier 3. b) Entrega de las fichas técnicas de los camiones y las maquinarias especificadas en los contratos de arriendo o facturas de compra.
Tabla 13.2. Plan de monitoreo y evaluación de la red de drenaje natural superficial Impacto asociado No Aplica Fase del Proyecto a la que aplica Construcción y operación Objetivo, descripción y justificación Objetivo: El objetivo corresponde a generar un plan de monitoreo de quebradas que a barca el régimen normal de escurrimiento en quebradas (sin crecidas) y de monitoreo pre y post eventos de crecidas de las quebradas que se ubican aguas abajo del área de proyecto.
Descripción: El plan de monitoreo normal de quebradas considera que estas están disponibles para recibir agua producto de la escorrentía normal en 4 puntos en quebradas ubicadas aguas abajo de la zona de proyecto. El monitoreo de cauces de quebradas considera el recorrido por los sectores de cauces de quebrada señalados al inicio del verano y en período de estiaje, de modo de verificar la existencia de posibles problemas erosivos en márgenes de las quebradas, socavaciones de fondo de cauces y crecimiento de vegetación que pueda estar obstruyendo la sección de cauce, y por lo mismo, el libre escurrimiento de las aguas. De todo ello se levantará una bitácora y se recomendarán las actividades de mantención que debiesen ser ejecutadas por las autoridades a cargo de su control del estado de quebradas y que deben ser ejecutadas en los períodos de verano. La inspección o monitoreo, corresponde al completo recorrido por los diferentes cuatro puntos en los cauces de quebrada con el objeto de tener información del estado de conservación de las diferentes secciones de cauce, lo que deberá quedar por escrito en un cuaderno o archivo de inspección. En dicho cuaderno o archivo se deberán hacer una completa descripción de las secciones de escurrimiento y márgenes respectivas, identificando y clasificando los problemas vistos en terreno. En función de la información recopilada, se deberán realizar los respectivos diagnósticos. Para la inspección se deberán cumplir con al menos los siguientes requisitos. ✓Los caminos se deben encontrar en buenas condiciones. En caso de no poder acceder a los diferentes puntos, se deberá hacer la inspección en forma pedestre. ✓ Se deben tener identificadas y georreferenciados cada uno de los 4 Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2162355439
puntos en los cauces de quebrada definidos, debiendo contarse con datos tales como fecha de inspección, ubicación, elementos que la constituyen (sección de cauce, fondo de cauce y margen de este), fecha de la última inspección, etc. ✓ De preferencia deben proveerse antecedentes respecto de la condición inicial en que cada uno de los cuatro puntos a través de fotografías. ✓Los antecedentes recolectados deben caracterizar los siguientes aspectos: Estado de la sección de escurrimiento por cada uno de los 4 punto; crecimiento de vegetación en el cauce, derrumbes de riberas o caída de tierra al interior del cauce, obstrucciones al escurrimiento. Aspecto general de las márgenes; desprendimientos, aparición de grietas o cárcavas, pérdidas del agregado grueso o fino, verificando visualmente condiciones generales. Pérdida de geometría; asentamientos generación de socavaciones en el entorno del lecho o ribera y embanques.
Justificación: Se justifica en tener un procedimiento preventivo y de respuesta para poder inspeccionar el estado de los cauces y sus márgenes frente a escenarios de escurrimiento normal y de crecidas, de tal manera de informar a las autoridades competentes si estos se encuentran obstruidos por vegetación o deslizamientos de material de sus márgenes que pudiesen generar eventos hidrológicos anormales aguas abajo. Lugar, forma y oportunidad de implementación Lugar: El plan de monitoreo normal de quebradas considera que estas están disponibles para recibir agua producto de la escorrentía normal en 4 puntos en quebradas ubicadas aguas abajo de la zona de proyecto. Se tiene considerado inspecciones en dichos puntos para asegurar que los cauces de las quebradas se encuentran limpias para la llegada de la época de lluvias en la zona.
La elección de dichos puntos obedece a las descargas de las quebradas del área de proyecto al cauce de la quebrada El Arrayán, así como al fondo de quebrada del Estero Arrayán aguas abajo del emplazamiento de obras.
Forma: Este monitoreo de cauces de quebradas considera el recorrido por los sectores de cauces de quebrada antes señalados al inicio del verano y en período de estiaje, de modo de verificar la existencia de posibles problemas erosivos en márgenes de las quebradas, socavaciones de fondo de cauces y crecimiento de vegetación que pueda estar obstruyendo la sección de cauce, y por lo mismo, el libre escurrimiento de las aguas. De todo ello se levantará una bitácora y se recomendarán las actividades de mantención que debiesen ser ejecutadas por las autoridades a cargo de su control del estado de quebradas y que deben ser ejecutadas en los períodos de verano.
El monitoreo consistirá en realizar una inspección visual a los cauces de quebrada en 4 puntos identificados aguas abajo del área de proyecto para evaluar en terreno la capacidad de evacuar libremente el escurrimiento de las aguas sobre los cauces. La inspección será realizada por un especialista hidráulico con experiencia en Hidráulica y Mecánica Fluvial.
Tabla 49. Coordenadas ubicación de puntos de inspección visual
Fuente. Anexo 13 de la Extraordinaria.
Figura 15. Puntos de monitoreo de quebradas Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2162355439
Fuente. Anexo 13 Adenda Extraordinaria.
De requerirse, se preparará un informe con la recomendación de ejecución de limpieza de material y arrastre de sólidos mayores y se evaluará la necesidad recomendar algún perfilamiento del cauce por obstrucciones mediante limpieza con herramienta de mano y/o maquinaria pesada según corresponda. Se elaborará un registro fotográfico con el resultado de las inspecciones visuales al cauce y de la posterior limpieza realizada, en caso de haberlo requerido. Inspecciones y evaluaciones extraordinarias: Se deberá realizar una inspección inmediatamente posterior a la ocurrencia de eventos meteorológicos extremos que generen caudales de crecida en las quebradas. Se debe considerar la ocurrencia de una lluvia importante en las cuencas, tal que haya escurrido agua ocupando más de la mitad de la altura libre o en eventos de crecidas de período de retorno iguales o superiores a 10 años. En forma similar a lo expuesto para el Plan de inspección Normal se deben levantar mediante una bitácora la posible existencia de problemas erosivos en márgenes de las quebradas, socavaciones de fondo de cauces y caída de vegetación a los cauces que pueda estar obstruyendo la sección de cauce, y por lo mismo, el libre escurrimiento de las aguas. Se verificará el pronóstico del tiempo en la Dirección Meteorológica de Chile (DMC) y se verán los grados de alerta de la autoridad en la zona.
Se definen dos niveles de inspecciones extraordinarias, los cuales son los siguientes: ✓ Nivel 1: Nivel de inspección bajo, en el que no se prevé efectos de consideración sobre las quebradas y que generen riesgo por crecidas para eventos de periodos de retorno de 2 y 5 años. ✓ Nivel 2: Nivel de inspección medio-alto para eventos de crecidas superiores a 10 años de periodo de retorno, que puedan haber generado condiciones de riesgo hacia aguas abajo en las quebradas y solicitar intervención de las autoridades competentes.
Plan de acción frente a sismo: El plan de acción frente a un sismo contempla una inspección visual de las quebradas toda vez que se haya producido un sismo de magnitud superior a 7,5 en escala Richter, ello para evaluar posibles obstrucciones Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2162355439
por caída de material al cauce. Se elaborará un registro fotográfico con los posibles daños y se recomendarán a las autoridades competentes las labores de limpieza necesarias que sería necesario realizar. El nivel de limpieza recomendado se ejecutará con herramienta de mano y/o maquinaria pesada según sea el caso. Se elaborará un registro fotográfico con el resultado de las inspecciones visuales al cauce y de la limpieza realizada, en caso de haberlo requerido
Oportunidad: Durante la fase de construcción del proyecto, se consideran inspecciones mensuales, también considerándose una inspección extraordinaria luego de algún evento de crecida o sismo importante que pudiese haber generado desprendimientos de laderas con obstaculización de cauces. Durante la operación del proyecto, se realizarán inspecciones semestrales que tendrán por objetivo verificar la ausencia de anomalías. Además, se consideran inspecciones extraordinarias luego de algún evento de crecida o sismo importante que pudiese haber generado desprendimientos de laderas con obstaculización de cauces. Indicador que acredite su cumplimiento Los informes de inspecciones normales como extraordinarias realizadas serán comunicadas a las siguientes autoridades competentes. Tabla 50. Autoridades competentes. Institución Oficina Regional de Emergencia Superintendencia del Medio Ambiente Dirección de Obras Hidráulicas. Región Metropolitana de Santiago Dirección de Obras Municipales Municipalidad de Lo Barnechea Fuente. Fuente. Anexo 13 Adenda Extraordinaria. Forma de control y seguimiento Se mantendrá un registro de informes de inspecciones realizados y enviados a las autoridades competentes, el cual contempla una completa descripción de las secciones de escurrimiento y márgenes respectivas, identificando y clasificando los problemas vistos en terreno, junto con registro fotográfico con el resultado de las inspecciones visuales al cauce y de la posterior limpieza realizada, en caso de haberlo requerido.
13.3. Descompactación y acondicionamiento de suelo en fase deconstrucción Impacto asociado Pérdida de la capacidad para sustentar biodiversidad por compactación Fase del Proyecto a la que aplica Fase de construcción Objetivo, descripción y justificación Objetivo: Recuperar la condición inicial del suelo a través de la intervención mecánica para descompactar, aumentar la densidad aparente y mejorar la infiltración. Descripción: Se realizará una limpieza del sector a intervenir, eliminando todos los residuos de las obras temporales que pudieran quedar. Posteriormente se utilizará un subsolador para descompactar hasta una profundidad de 40 cm. Se aplicará compost para aumentar la materia orgánica y mejorar su capacidad nutricional y se utilizará un rodillo compactador para estabilizar la superficie del suelo. El sector será cercado para evitar intervenciones externas. El suelo ha sido compactado y degradado, perdiendo su capacidad para infiltrar agua, albergar vegetación, por lo cual se requiere ser acondicionarlo para recuperar todas sus condiciones iniciales. Justificación: Recuperar la condición inicial del suelo a través de la intervención mecánica para descompactar, aumentar la densidad aparente y mejorar la infiltración del suelo en el área de influencia del Proyecto. Lugar, forma y oportunidad de implementación Lugar: Se implementará en los sectores donde se ubicaban las obras temporales (instalación de faena, frentes de trabajo), al final de la fase de construcción. Forma: La maquinaria utilizada para la reconversión del suelo es un “subsolador”. El método de subsolado es aplicado para romper las capas Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2162355439
de suelo endurecidas por el emplazamiento de las obras y/o actividades asociadas al proyecto, con el objetivo de facilitar la absorción de agua y nutrientes. Posteriormente se aplicará compost vegetal (clase A según la NCh 2.880) para mejorar sus propiedades químicas y físicas en una dosis de 2 T/ha. Finalmente, se utilizará un rodillo compactador liviano para dar firmeza al suelo y evitar su alteración por factores externos y erosión. Se dejará en descanso para promover la revegetación natural del sector por 1 año. Oportunidad: Después del retiro de las obras temporales del Proyecto. Indicador que acredite su cumplimiento El indicador será la medición de la densidad aparente (Da). Este parámetro físico de suelo se expresa como “la razón entre la masa de las partículas y el volumen total de suelo, incluidos los espacios porosos entre las partículas” (Sandoval et al. 2011). El USDA (1999) señala que la Da se utiliza para medir compactación, estableciendo que, “cuanto mayor la densidad, menor el espacio poroso para el movimiento del agua, crecimiento y penetración de raíces, y el desarrollo de las plántulas”. La medición del indicador se realizará por el método del cilindro, posterior a la aplicación del subsolado y revegetación del predio. El éxito de la medida “será establecido con valores esperables de Da entre los rangos 1 y 1,5 g/cm3, considerando las características del suelo presentadas en el “Capitulo 3 de Línea Base de Suelos” del EIA. Forma de control y seguimiento Se realizará una caracterización fotográfica de la intervención de descompactación y se realizará un control a los 6 meses, para determinar el avance de la medida y revegetación natural. Al cabo de 1 año de realizada la intervención de descompactación se realizará el muestreo de Da de los sectores reacondicionados. Se enviará un informe a la SMA con registro fotográfico y resultados de laboratorio de la Da del suelo.
13.4. Prevención y control de erosión en fase de operación Impacto asociado Pérdida de la capacidad para sustentar biodiversidad por erosión Fase del Proyecto a la que aplica Fase de operación Objetivo, descripción y justificación Objetivo: Proteger el suelo y asegurar su estabilidad, mediante la identificación de diversas medidas que estén acorde con las condiciones específicas de cada sitio, específicamente los suelos con riesgo de degradación por erosión en el área de influencia del proyecto.
Descripción: La elección de cada medida dependerá de las condiciones de cada sitio (características del suelo, presencia de especies vegetales y compatibilidad de especies, resistencia al stress o condiciones naturales del sitio), lo cual será definido por el profesional a cargo. Dentro de las medidas existentes se definen: • Medida de revegetación (Sitios sin vegetación natural no pueden comprometer esta medida, por considerarse que las condiciones no son aptas para mantenerlas en el tiempo) • Hidrosiembra, esta técnica es considerada como un tratamiento biológico, la cual se recomienda para áreas difíciles de estabilizar y terrenos escarpados. Las especies seleccionadas deben ser las adecuadas para cada suelo y clima. Además, se recomienda contar con enmiendas de alto valor nutricional como humus, fibras y fertilizantes para aumentar la germinación y persistencia de especies. • Revegetación: plantación de especies nativas de la zona con el objetivo de cubrir el suelo y disminuir la erosión. Para ellos se consideran las características del suelo, pendiente, compatibilidad de especies y condiciones naturales del suelo. Se determinará el éxito de la medida cuantificando los ejemplares adaptados al sitio y midiendo el porcentaje de cobertura de suelo. La medición de la cobertura de suelo se realizará a través de sensores remotos (imágenes satelitales de plataformas conocidas) y observación en terreno mediante la cuantificación de especies en transectos de vegetación. Se considerará la medida exitosa Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2162355439
cuando la cobertura vegetal alcance como mínimo el porcentaje de cobertura natural del sector (Cuando se alcance el umbral mínimo de erosión) • Mallas o bolsones de tierra (Obtención de semillas o material vegetativo recolectadas en el sector, acciones como riego inicial y adición de nutrientes deben evaluarse en la primera etapa de implementación), esta obra resulta apropiada para taludes sujetos a intensa escorrentía superficial con suelos de baja fertilidad. No tiene restricciones en cuanto al tamaño. Corresponde a una malla que posee bolsones de 0,4 x 0,2 x 0,15 m (largo x ancho x alto), dispuestos en intervalos de 5 cm en la malla. Para ello se recolectarán semillas o material vegetativo del sector para siembra y/o replicación. Se evaluará el porcentaje de germinación de semillas o material replicado dentro de los bolsones del talud, esperando el 70% de establecimiento. • Mantos y geotextiles, para el manejo de la escorrentía superficial del agua lluvia. • Canal de desviación o difusión de aguas, esta técnica resulta útil para regular los caudales máximos de escorrentía superficial, se construye transversalmente a la ladera y por lo general en partes altas de la ladera. El canal debe ser capaz de transportar el caudal máximo estimado para cada área en particular, cálculo que se realiza en función de las intensidades máximas, la superficie del área y el coeficiente de escorrentía, para un periodo de 10 a 15 años. El canal debe tener como máximo 50 m de largo y una pendiente de 1%. La sección de la estructura tiene forma de trapecio con dimensiones de 0,2 m de ancho en la base y 0,4 m de profundidad. • Surcos de infiltración: Corresponde a surcos excavados en el terreno, en curvas a nivel, destinados fundamentalmente a “cosechar” aguas lluvias, infiltrándolas en el perfil de suelo. Su función es contener el escurrimiento del agua y favorecer su infiltración en el perfil del suelo. Por lo tanto, junto con evitar la erosión, aumentan la disponibilidad hídrica, como por ejemplo para plantaciones de tipo forestal. En el área donde se construirán surcos de infiltración, estos se deben trazar de forma perpendicular a la dirección de la pendiente del terreno, siguiendo cada uno de ellos una pendiente de un 3 por mil, lo que permite evacuar los excesos de agua con una baja velocidad de escurrimiento al interior de ellos. Una pendiente de un tres por mil, corresponde a una diferencia de altura de tres metros en mil metros de largo (Carrasco, et al, 2001; Carrasco y Riquelme, 2003). Lo ideal es implementar medidas mixtas (bióticas y mecánicas o físicas) de control de la erosión, las cuales deben ser escogidas y aplicadas dependiendo de los factores críticos gatillantes de procesos erosivos.
Justificación: El compromiso se justifica por la presencia de suelos con alto riesgo potencial de erosionarse o definidos también como suelos de alta fragilidad. En consideración de lo anterior, la justificación de la medida se relaciona con evitar la activación de procesos erosivos. Esto bajo el contexto que el proyecto intervendrá zonas de alta erodabilidad y pendientes medias a altas, lo cual se asocia a un contexto de fragilidad natural, que, sin un control eficiente, podría generar eventos erosivos severos afectando la estabilidad física y biológica del sistema. Lugar, forma y oportunidad de implementación Lugar: Los sitios de implementación de las medidas corresponden a los sectores que presenten alto y muy alto riesgo de erosionarse de acuerdo al mapa de riesgo de erosión potencial generado a partir de la metodología del SAG (2016). Los tratamientos biológicos y tratamientos de cubiertas superficiales se utilizarán en sectores que evidencien erosión en y que han sido clasificados en áreas de erosión potencial alto, mientras que para los sectores de riesgo de erosión potencial muy alto se aplicarán métodos de regulación de flujos hídricos, tratamientos lineales de control en laderas y taludes y los tratamientos de control y estabilización de taludes. También se implementarán monitoreos con agujas de erosión, 4 de ellas se instalarán en áreas de paneles (2 en sector norte y 2 en sector sur), 1 en Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2162355439
sector de subestación. También se considerarán 3 parcelas testigo fuera del área de influencia.
Forma: Se utilizarán diferentes métodos de control de erosión (físicos y biológicos) dependiendo del riesgo que se presente. También se realizará un monitoreo a través de agujas de erosión.
Oportunidad: El compromiso debe llevarse a cabo durante la fase de operación. Se debe procurar que las obras se lleven a cabo en los meses de verano-otoño o previo al inicio del periodo de lluvias o nieve. Indicador que acredite su cumplimiento •Revegetación: Permanencia de ejemplares vegetales forestados en el sitio mediante un conteo siguiendo transectos de vegetación. (50% individuos de ejemplares forestados). Cobertura del suelo sobre la superficie (densidad, distribución, cambios de vegetación), mediante índices espectrales indicados por los sensores remotos y observaciones en terreno. •Hidrosiembra: Porcentaje de germinación de semillas o material replicado dentro de los bolsones del talud. Este debe alcanzar como mínimo el porcentaje de cobertura natural del sector (Mínimo comprometido 50% de germinación). •Todas las medidas: Cantidad de suelo rebajado/acumulado en las agujas de erosión. (Tasa de cambio de la profundidad del suelo). Diferencias en los perfiles del levantamiento topográfico en el tiempo. En condiciones particularmente sensibles, como ocurre en los casos de suelos superficiales o altamente erosionables, se recomiendan valores de 2 ton/ha/año (Hudson, 1981). Los valores anteriormente expuestos coinciden con lo entregado por Geler et al. (2004), quienes establecen para dichas cifras un riesgo de erosión muy bajo.
Tabla 51. Riesgos de erosión en toneladas por hectárea por año y su equivalencia en milímetros por año Riesgos de erosión Riesgos de erosión Pérdidas (t/ha/y) Pérdidas (mm/ha) Muy Bajo 0 - 2 0 - 0,15 Bajo 2 - 5 0,15 - 0,38 Tolerable 5 - 10 0,38 - 0,77 Alto 10 - 20 0,77 - 1,54 Muy Alto
20 1,54 Fuente. Anexo 13 Adenda Extraordinaria.
Para medir la erosión del suelo se propone cuantificar los sedimentos exportados o reproducir la evolución de las superficies a partir de técnicas utilizadas para dichos fines, las cuales se presentan en la Tabla a continuación, tomando en consideración una pérdida natural de 2 ton/ha/año. Por lo tanto, se considerará un valor de pérdida de suelo superior a 0,77 mm/ha, estimada dentro del límite superior de riesgo de erosión tolerable.
Tabla 52. Medida de cálculo de erosión e indicador respectivo Medida Descripción Indicador Piquetas o agujas de erosión A través de piquetas insertadas en el suelo se mide el rebajamiento de la superficie durante intervalos regulares de tiempo o después de cada lluvia. Es recomendable para zonas con altas tasas de erosión y para mediciones a largo plazo. Cantidad de suelo rebajado/acumulado en las agujas de erosión. Pérdida de suelo superior a 0,77 mm/ha. Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2162355439
Fuente. Anexo 13 Adenda Extraordinaria.
Forma de control y seguimiento Los puntos de control se presentan en la Tabla 55.
Tabla 53. Puntos de control (m).
Fuente. Anexo 13 Adenda Extraordinaria.
El seguimiento de activación de procesos erosivos se realizará mediante la observación de agujas de erosión. Consiste en fijar parcialmente una aguja en el suelo y medir por intervalos de tiempo la altura del extremo superior con respecto a la superficie topográfica. Se utilizan comúnmente agujas de entre 30 y 60 cm de largo y entre 2 a 10 mm de grosor, lo cual se elige en función de la resistencia a la penetración que posee el suelo. Esta se clava perpendicular a la superficie del terreno y debe sobresalir de 2 a 5 cm sobre la misma para facilitar su localización. La obtención de las medidas se realiza estableciendo una referencia, comúnmente el extremo final de la aguja, midiendo con un calibrador o una regla desde la referencia hasta la superficie del terreno. Como criterio en la posición de la toma de medida, se ha indicado la conveniencia de efectuar tanto la medida ladera arriba y ladera abajo o medir en la perpendicular de la línea de máxima pendiente. El error estimado se encuentra en torno a 1 mm. El intervalo de tiempo entre las distintas mediciones en el área de experimentación se recomienda cada 6 meses, siendo conveniente medir después de cada suceso importante, tales como tormentas con importantes precipitaciones. Se recomienda efectuar la primera medida después de 3 meses, ya que se estima que durante los primeros meses de instalación se genere un rebaje de 2 mm por encima de los valores reales producto de la intensa distorsión del suelo en torno a la aguja al momento de ser clavada y debido al tránsito del manipulador que en ocasiones puede romper la costra superficial y movimiento de fragmentos de rocas. En cada punto de control se ubicará 1 parcela de medición en áreas representativas. En el área de paneles se instalarán 4 (2 en sector norte y 2 en sector sur), en la subestación 1 y también se considerarán 3 parcelas testigo fuera del área de influencia, es decir sin ningún tratamiento. Cada parcela debe tener forma rectangular de dimensiones 1,20 m de ancho por 4,40 m de largo. En cada parcela se instalarán 48 varillas de erosión de 37,5 cm de largo y 3/8 pulgadas de diámetro cada una con un espaciamiento entre ellas de 0,40 m. La instalación se efectuará antes del inicio de la temporada de lluvia. Durante la temporada invernal se inspeccionará periódicamente la zona de trabajo con el objetivo de ver la permanencia de las varillas en su sitio. La cuantificación de la erosión o sedimentación se efectuará promediando todas las lecturas obtenidas para cada parcela, siguiendo la metodología propuesta por Vásquez y Tapia (2011). El seguimiento tendrá una duración de 4 años (8 semestres), periodo al final del cual será evaluado su continuidad. Los tiempos de evaluación de cada medida se Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2162355439
presentan en la tabla a continuación.
Tabla 54. Planificación de Seguimiento para las medidas de control de erosión.
Actividad Periodicid ad Semestre 1 2 3 4 5 6 7 8 Validació n en terreno de las condicion es del sitio Cada Trimestre
Implemen tación de medidas Durante el siguiente trimestre- posterior a la evaluació n de los puntos de control
Evaluació n de los puntos de control Al final de cada trimestre
Seguimie nto y evaluació n de las medidas Trimestre posterior al estableci miento de cada medida
Mantenci ón, compleme ntación de cada medida Sujeto a evaluació n trimestral
Elaboraci ón de informe interno Término de cada trimestre
Elaboraci ón de informe anual para la SMA Término de cada año
Evaluació n de continuid ad del seguimien to Término del cuarto año
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Fuente. Anexo 13 Adenda Extraordinaria.
13.5. Prohibición de caza, captura y/o recolección de especies animales silvestres Impacto asociado Pérdida de ejemplares de fauna de interés y/o sensibles Fase del Proyecto a la que aplica Fase de construcción, operación y cierre Objetivo, descripción y justificación Objetivo: Generar lineamientos para los trabajadores con el objetivo de disminuir sustancialmente las acciones humanas asociadas a la caza, captura y/o recolección de individuos. Descripción: Mediante la utilización de señalética, material y orientación educativa se indicará que estará prohibida la caza, captura y/o recolección de especies silvestres presentes en el sector del Proyecto. Entendiéndose tales conceptos como: • Caza: acción o conjunto de acciones tendientes al apoderamiento de especímenes de la fauna silvestre, por la vía de darle muerte (Ley de caza, 1996). Captura y/o recolección: apoderamiento de animales silvestres vivos (Ley de caza, 1996). Justificación: La medida se justifica dado que resulta una herramienta complementaria que apunta a reducir la muerte de especies silvestres. Lugar, forma y oportunidad de implementación Lugar: Señalética para ubicar en sectores de alta visibilidad y tránsito de los trabajadores. Forma: La medida se basará en las siguientes líneas de acción: • Implementación de señalética que indique claramente la medida. • Inclusión de la medida en material educativo visual y escrito. • Charlas de capacitación a los trabajadores indicando la importancia y/o razón de la medida prohibitiva, descrita en el presente compromiso voluntario.
Oportunidad: La medida se realizará en todas las fases del proyecto 2 veces al año, y en el caso de las charlas educativas estas se realizarán previo a la integración del nuevo personal a faena, las veces que sea necesario para cada nuevo integrante del equipo. Las charlas consistirán en un power point explicando señalética y el compromiso voluntario de Prohibición de caza, con el fin de asegurar el cumplimiento de esta. La capacitación contará con un registro el cual será archivado en las oficinas de faenas del Proyecto. Indicador que acredite su cumplimiento •Registro de implementación y ubicación de señalética. •Registro de personal y correspondiente asistencia a charlas de capacitación. •Registro de entrega y recepción de material educativo. •Registro y acreditación de profesionales a cargo de las charlas educativas. Forma de control y seguimiento Informes de carácter anual emitidos por 5 años, a partir del comienzo de las obras y ejecución del Plan, los que serán entregados ante la SMA de la Región Metropolitana. El informe contendrá: •Registro de implementación y ubicación de señalética. •Registro de personal y correspondiente asistencia a charlas de capacitación. •Registro de entrega y recepción de material educativo. •Registro y acreditación de profesionales a cargo de las charlas educativas.
13.6 Prohibición de alimentar especies domésticas y silvestres Impacto asociado Pérdida de ejemplares de fauna de interés y/o sensibles Fase del Proyecto a la que aplica Fase de construcción, operación y cierre Objetivo, descripción y Objetivo: Generar lineamientos para los trabajadores con el objetivo de Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2162355439
justificación disminuir sustancialmente las acciones humanas que generen acostumbramiento e ingreso constante de especies domésticas al área del Proyecto.
Descripción: Mediante la utilización de material y orientación educativa se indicará que estará prohibido alimentar todo tipo de especies domésticas presentes en el sector.
Justificación: La medida se justifica dado que resulta una herramienta complementaria que apunta a reducir la muerte de especies nativas, por el acostumbramiento y/o llegada de especies exóticas que actúen como depredadores. Lugar, forma y oportunidad de implementación Lugar: Señalética a ubicar en sectores de alta visibilidad y tránsito de los trabajadores.
Forma: La medida se basará en las siguientes líneas de acción:
•Inclusión de la medida en material educativo visual y escrito. •Charlas de capacitación a los trabajadores indicando la importancia y/o razón de la medida prohibitiva. Indicador que acredite su cumplimiento •Registro de personal y correspondiente asistencia a charlas de capacitación. •Registro de entrega y recepción de material educativo. •Registro y acreditación de profesionales a cargo de las charlas educativas. Forma de control y seguimiento •Disponibilidad de material educativo visual y escrito en los sectores y fases indicadas. •Entrega a la Superintendencia del Medio Ambiente de un informe que dé cuenta de la ubicación de señalética en caso de medidas prohibitivas y de la realización de capacitaciones en caso de medidas educativas.
13.7 Prohibición de botar residuos fuera de los lugares establecidos Impacto asociado Pérdida y/o modificación de hábitat de especies de interés y/o sensibles Fase del Proyecto a la que aplica Fase de construcción, operación y cierre Objetivo, descripción y justificación Objetivo: Generar lineamientos para los trabajadores con el objetivo de disminuir sustancialmente las acciones humanas asociadas a contaminación de hábitat de especies silvestres.
Descripción: Mediante la utilización de señalética, material y orientación educativa se indicará que estará prohibido botar todo tipo de residuos fuera de los lugares establecidos para esto.
Justificación: El compromiso se justifica dado que resulta una herramienta complementaria que apunta a reducir la contaminación de hábitat y afectación de especies nativas. Lugar, forma y oportunidad de implementación Lugar: Señalética a ubicar en sectores de alta visibilidad y tránsito de los trabajadores.
Forma: La medida se basará en las siguientes líneas de acción: •Inclusión de la medida en material educativo visual y escrito. •Implementación de señalética relativa a la medida. •Charlas de capacitación a los trabajadores indicando la importancia y/o razón de la medida prohibitiva.
Oportunidad: El compromiso se realizará en todas las fases del proyecto y en el caso de las charlas educativas estas se realizarán previo a la integración del nuevo personal a faena, las veces que sea necesario para cada nuevo integrante del equipo. Las charlas consistirán en un power point explicando señalética y el compromiso voluntario, con el fin de asegurar el cumplimiento de esta. Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2162355439
La capacitación contará con un registro el cual será archivado en las oficinas de faenas del Proyecto. Indicador que acredite su cumplimiento •Registro de personal y correspondiente asistencia a charlas de capacitación. •Registro de implementación y ubicación de señalética •Registro de entrega y recepción de material educativo. •Registro y acreditación de profesionales a cargo de las charlas educativas. Forma de control y seguimiento •Disponibilidad de material educativo visual y escrito en los sectores y fases indicadas. •Implementación de señalética relativa a la medida. •Entrega a la Superintendencia del Medio Ambiente de un informe que dé cuenta de la ubicación de señalética en caso de medidas prohibitivas y de la realización de capacitaciones en caso de medidas educativas.
13.8 Prohibición de la circulación de vehículos y trabajadores fuera de caminos habilitados y establecidos Impacto asociado Pérdida y/o modificación de hábitat de especies de interés y/o sensibles Fase del Proyecto a la que aplica Fase de construcción, operación y cierre Objetivo, descripción y justificación Objetivo: Generar lineamientos para los trabajadores con el objetivo de disminuir sustancialmente las acciones humanas fuera de los sectores habilitados para las actividades del Proyecto.
Descripción: Mediante la utilización de señalética, material y orientación educativa se indicará que estará prohibida la circulación de vehículos y trabajadores fuera de caminos y sectores habilitados y establecidos.
Justificación: El compromiso se justifica dado que resulta una herramienta complementaria que apunta a reducir la intervención de hábitat y afectación de especies nativas. Lugar, forma y oportunidad de implementación Lugar: Mapa o Plan de Ruta con identificación de sectores habilitados para las distintas actividades disponible en las instalaciones de terreno, así como también las velocidades máximas permitidas.
Forma: La medida se basará en las siguientes líneas de acción: •Inclusión de la medida en material educativo visual y escrito. •Implementación de señalética relativa a la medida. •Charlas de capacitación a los trabajadores indicando la importancia y/o razón de la medida prohibitiva.
Oportunidad: El compromiso se realizará en todas las fases del proyecto y en el caso de las charlas educativas estas se realizarán previo a la integración del nuevo personal a faena, las veces que sea necesario para cada nuevo integrante del equipo. Las charlas consistirán en un power point explicando señalética y el compromiso voluntario, con el fin de asegurar el cumplimiento de esta. La capacitación contará con un registro el cual será archivado en las oficinas de faenas del Proyecto. Indicador que acredite su cumplimiento •Registro de personal y correspondiente asistencia a charlas de capacitación. •Registro de implementación y ubicación de señalética •Registro de entrega y recepción de material educativo. •Registro y acreditación de profesionales a cargo de las charlas educativas. •Registro de recepción del Plan de Ruta. Forma de control y seguimiento •Disponibilidad de material educativo visual y escrito en los sectores y fases indicadas. •Implementación de señalética relativa a la medida. •Entrega a la Superintendencia del Medio Ambiente de un informe que dé cuenta de la ubicación de señalética en caso de medidas prohibitivas y de Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2162355439
la realización de capacitaciones en caso de medidas educativas.
13.9. Restricción en la velocidad de circulación de los vehículos y/o maquinaria Impacto asociado Pérdida de ejemplares de fauna de interés y/o sensibles Fase del Proyecto a la que aplica Fase de construcción, operación y cierre Objetivo, descripción y justificación Objetivo: Generar lineamientos para los trabajadores con el objetivo de disminuir sustancialmente las acciones humanas asociadas a la conducción de vehículos/maquinaria a velocidades riesgosas para la fauna silvestre. Descripción: Mediante la utilización de señalética, material y orientación educativa se indicará que estará restringida la velocidad de circulación de todo vehículo, siendo esta de un máximo de 40 km/h. Justificación: El compromiso se justifica dado que resulta una herramienta complementaria que apunta a reducir la muerte de especies silvestres por atropello y la perturbación de su hábitat. Lugar, forma y oportunidad de implementación Lugar: Mapa o Plan de Ruta con identificación de sectores habilitados para las distintas actividades disponible en las instalaciones de terreno, así como también las velocidades máximas permitidas. Señalética a ubicar en sectores de alta visibilidad y tránsito de los trabajadores. Forma: La medida se basará en las siguientes líneas de acción: •Inclusión de la medida en material educativo visual y escrito. •Implementación de señalética relativa a la medida. •Charlas de capacitación a los trabajadores indicando la importancia y/o razón de la medida prohibitiva. Oportunidad: El compromiso se realizará en todas las fases del proyecto y en el caso de las charlas educativas estas se realizarán previo a la integración del nuevo personal a faena, las veces que sea necesario para cada nuevo integrante del equipo. Las charlas consistirán en un power point explicando señalética y el compromiso voluntario, con el fin de asegurar el cumplimiento de esta. La capacitación contará con un registro el cual será archivado en las oficinas de faenas del Proyecto. Indicador que acredite su cumplimiento •Registro de personal y correspondiente asistencia a charlas de capacitación. •Registro de implementación y ubicación de señalética •Registro de entrega y recepción de material educativo. •Registro y acreditación de profesionales a cargo de las charlas educativas. •Registro de recepción del Plan de Ruta. Forma de control y seguimiento •Disponibilidad de material educativo visual y escrito en los sectores y fases indicadas. •Implementación de señalética relativa a la medida. •Entrega a la Superintendencia del Medio Ambiente de un informe que dé cuenta de la ubicación de señalética en caso de medidas prohibitivas y de la realización de capacitaciones en caso de medidas educativas.
13.10. Prohibiciones y restricciones tendientes a minimizar las perturbaciones de las especies silvestres en periodo reproductivo Impacto asociado Pérdida de ejemplares de fauna de interés y/o sensibles Fase del Proyecto a la que aplica Fase de construcción, operación y cierre Objetivo, descripción y justificación Objetivo: Generar lineamientos para los trabajadores con el objetivo de disminuir sustancialmente las acciones humanas fuera de los sectores delimitados o establecidos para las actividades del Proyecto. Descripción: Mediante la utilización de material y orientación educativa se indicará lo siguiente: •Prohibición de acercamiento a sectores de actividad reproductiva (cortejo, nidificación o cría). •Prohibición de la destrucción de nidos o madrigueras. Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2162355439
•Prohibición de interferir en conductas reproductivas (acercarse, espantar, gritar, entre otros). •Prohibición de ruidos innecesarios (gritos, tirar objetos pesados o de grandes alturas, entre otros). •Prohibido el levantamiento de material particulado en sectores de evidente actividad reproductiva. Justificación: El compromiso se justifica dado que resulta una herramienta complementaria que apunta a reducir la intervención del hábitat y el estrés de especies silvestres en periodo reproductivo. Lugar, forma y oportunidad de implementación Lugar: Aplicable a toda el área del Proyecto. Forma: La medida se basará en las siguientes líneas de acción: •Inclusión de la medida en material educativo visual y escrito. •Charlas de capacitación a los trabajadores indicando la importancia y/o razón de la medida prohibitiva. Oportunidad: El compromiso se realizará en todas las fases del proyecto y en el caso de las charlas educativas estas se realizarán previo a la integración del nuevo personal a faena, las veces que sea necesario para cada nuevo integrante del equipo. Las charlas consistirán en un power point explicando señalética y el compromiso voluntario, con el fin de asegurar el cumplimiento de esta. La capacitación contará con un registro el cual será archivado en las oficinas de faenas del Proyecto. Indicador que acredite su cumplimiento •Registro de personal y correspondiente asistencia a charlas de capacitación. •Registro de entrega y recepción de material educativo. •Registro y acreditación de profesionales a cargo de las charlas educativas. Forma de control y seguimiento Informe a la Superintendencia de Medio Ambiente, que dé cuenta de la ejecución de la medida, incluyendo: •Registro de personal y correspondiente asistencia a charlas de capacitación. •Registro de entrega y recepción de material educativo. •Registro y acreditación de profesionales a cargo de las charlas educativas.
13.11 Área de exclusión para sapo de pecho espinoso (Rhinella spinulosa) Impacto asociado Pérdida de ejemplares de fauna de interés y/o sensibles Pérdida y/o modificación de hábitat de especies de interés y/o sensibles Fase del Proyecto a la que aplica Fase de construcción, operación y cierre Objetivo, descripción y justificación Objetivo: El objetivo de la medida es proteger un sector donde habita Rhinella spinulosa, resguardando los sectores húmedos y de roquerío, y las poblaciones de esta especie en periodos reproductivos (épocas estacionales cálidas).
Descripción: El compromiso consiste en la generación de un perímetro de protección en aquellos sectores en los que se registró la presencia de Rhinella espinulosa, y que podrían verse intervenido por las actividades asociadas al Proyecto, como el tránsito de personas, vehículos y maquinarias. El perímetro deberá cerrar un área que se encuentra asociada a un curso de agua intermitente, que por lo mismo presenta mayor humedad que el resto del Área de intervención del Proyecto. Las estructuras posicionadas estarán sujetas a revisión y mantención. Lo anterior, también protegerá el área del pisoteo que genera el ganado doméstico que se acerca a este sector, y que resulta detrimetral para los anfibios. El área de exclusión quedará bajo cargo del Titular, ya sea por modalidad de compra del terreno, arrendamiento, derechos de servidumbre u otro instrumento o contrato de índole jurídico que garantice la preservación de área de exclusión bajo dicha condición. El Titular será quien deberá encargarse de su protección y mantenimiento. Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2162355439
Justificación: El compromiso se justifica en su capacidad para reducir la muerte de individuos y pérdida de hábitat de la especie Rhinella spinulosa, en vista de que las actividades a realizar durante la fase de construcción, tales como habilitación de caminos e instalación de estructuras, entre otras, podrían generar intervención sobre esta área que tiene la posibilidad de ser protegida. Así bien las actividades a realizar durante la fase de operación. Lugar, forma y oportunidad de implementación Lugar: La medida se implementará en un área de 21,35 hectáreas, correspondiente al área de exclusión, que se solapa en algunos sectores con el área de relocalización 5, y con algunos sitios de enriquecimiento de hábitat. En el Anexo 10-2 de la Adenda se incluye el kmz de las “Área de exclusión”. En la Tabla 57 se indican los vértices del área de exclusión, en la Figura 16 se visualiza esta, y en la Figura 17 se pueden ver los sectores que se solapan con las áreas mencionadas.
Tabla 55. Vértices y coordenadas del área de exclusión sapo de pecho espinoso (Rhinella spinulosa).
Vértice Coordenadas UTM WGS84 H19S Este Norte V1 363.170 6.322.962 V2 363.154 6.323.042 V3 363.019 6.323.099 V4 363.058 6.323.187 V5 363.303 6.323.073 V6 364.060 6.323.199 V7 364.582 6.323.509 V8 364.663 6.323.447 V9 364.136 6.323.125 V10 364.121 6.323.010 Fuente. Anexo 13 Adenda Extraordinaria.
Figura 16. Área de exclusión para sapo de pecho espinoso (Rhinella spinulosa)
Fuente. Anexo 13 Adenda Extraordinaria.
Figura 17. Área de exclusión para sapo de pecho espinoso (Rhinella spinulosa) y áreas que se solapan: Sitios de enriquecimiento y Área de relocalización Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2162355439
Fuente. Anexo 13 Adenda Extraordinaria.
La forma y oportunidad de implementación dependerá de las campañas consideradas: Campaña inicial A partir de una cuadrilla liderada por un profesional especialistas en fauna silvestre, se realizará una campaña para limitar el área de exclusión estableciendo en este un perímetro que contará con tres tipos de estructuras asociadas: • Se instalará un cerco en el perímetro (o símil) en el perímetro de toda el área, este deberá ser resistente y tener la altura suficiente para evitar el ingreso del ganado doméstico, así bien deberá soportar las inclemencias del clima. El cerco deberá considerar al menos tres aperturas en su base a lo largo de toda su extensión (de no más de un metro de alto), que permitan la entrada de fauna silvestre que quiera acercase a la fuente de agua (Lycalopex culpeo, Puma concolor u otro), esta apertura estará adecuadamente protegida para evitar daños durante el ingreso de la fauna silvestre. • A una altura media del cerco o que sea visible desde las áreas construcción se pintara el poste del cerco solo en algún sector de su largo, a una distancia no mayor a 10 metros entre uno y otro. •Durante la fase de construcción, adicional a lo anterior, se colocarán bandas plásticas de color (fucsia, naranjo u otro color llamativo), de tal manera que los trabajadores las puedan visualizar, respetando una distancia de no más de 20 metros entre una y otra. Estas bandas deberán ser reducidas en número o se sacarán por completo (a criterio del especialista) durante la fase de operación para evitar mayor intervención en el paisaje. •Se deberá incorporar señalética a modo de carteles en el área de exclusión, que indique la presencia y la indicación de cuidado del área y la especie objetivo, y así bien la prohibición de ingreso a esta. Campañas de mantención El cerco perimetral, las bandas plásticas y los carteles de señalética, deberá ser sometida a mantenimiento, en la medida que vayan perdiendo su funcionalidad. Esto según se indicó en los plazos de implementación. Consideraciones: -Los trabajadores deberán ser instruidos con respecto a la medida (Ver CAV de capacitación y/o educación de trabajadores, de Compromisos ambientales voluntarios). -Se llevará un registro en fichas de las actividades de limitación del área de exclusión y de las mantenciones, indicando: descripción de actividades, profesionales y esfuerzos, fechas y hora de trabajo, coordenadas de las estacas, informes enviados a la autoridad, entre otros. -Se deberá considerar la reposición de estructuras y/o materiales que Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2162355439
dejen de cumplir sus funciones. -El cerco (vértices) y las bandas de colores deberán ser georeferenciadas. -Deberá haber registros fotográficos de todas las actividades, estructuras y bandas, en cada campaña. Indicador que acredite su cumplimiento •Fichas de las actividades diarias asociadas a la medida de área de exclusión •Registro fotográfico de la implementación de cada estructura y bandas en el perímetro del área de exclusión. •Instalación de carteles que indiquen que es una zona de cuidado y protección. Forma de control y seguimiento Se enviará un informe con toda la información referente a la medida a la Superintendencia de Medio Ambiente, 30 días hábiles de ejecutada cada campaña de la medida.
13.12 Monitoreo y capacitación de felinos nativos: Puma concolor (puma), Leopardus jacobita (gato andino) y Leopardus colocolo (gato colocolo) Impacto asociado Pérdida y/o modificación de hábitat de especies de interés y/o sensibles. Fase del Proyecto a la que aplica Fase de construcción y operación. Objetivo, descripción y justificación Objetivo: Implementar un monitoreo de felinos nativos durante las fases de construcción y operación, que permita evaluar la presencia y uso del territorio por parte de las especies Puma concolor (puma), Leopardus jacobita (gato andino) y Leopardus colocolo (gato colocolo) presentes en el área de influencia. Secundariamente, se pretende capacitar a los trabajadores, para generar lineamientos orientados a la protección de estas especies.
Descripción: La medida consiste en dos líneas de acción: en primer lugar, previo a la etapa de construcción y operación, expertos en felinos silvestres realizarán capacitaciones a los trabajadores. Se realizarán charlas de 1 hora de duración, la cual constará de dos segmentos: •Exposición oral: El especialista se dirigirá a los asistentes transmitiendo los conocimientos teóricos en un lenguaje simple, apoyado de métodos audiovisuales llamativos a modo de entregar la información de la manera más eficiente. •Evaluación: Una vez terminada la exposición oral se aplicará un test a cada uno de los asistentes para evaluar los contenidos aprendidos con una exigencia del 70%. En caso de obtener un puntaje menor al exigido, el asistente deberá repetir la charla. Por otra parte, la segunda línea de acción consiste en el monitoreo propiamente tal, el cual se realizará utilizando una metodología no invasiva, correspondientes a la instalación de al menos 40 cámaras trampa durante mínimo 3 años. Las cámaras deberán estar instaladas en sectores con potencialidad de albergar las especies objetivo; por ende, reconociendo que existen diferencias entre los hábitats utilizados por las especies, es que se consideran que del total de cámaras, 10 sean instaladas en ambientes idóneos para Puma concolor (puma), 20 para Leopardus jacobita (gato andino) y 10 Leopardus colocolo (gato colocolo). Las cámaras deberán ser cebadas con atractor olfativo específico para estas especies y durante un largo periodo de tiempo (al menos 3 años), con la debida revisión para cambiar pilas y memorias cada 3 meses. Si durante las primeras revisiones, se detecta que los equipos no registran durante los 3 meses, se deberá aumentar la frecuencia de revisión (cada 2 meses). El modo de configuración de la cámara deberá ser idealmente mediante fotografías (no videos) con el objetivo de aumentar la autonomía del equipo. Los resultados deberían ser revisados por especialistas en felinos silvestres con el objetivo de identificar la especie, evaluar condiciones generales de los ejemplares y la posibilidad de individualizar los Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2162355439
ejemplares fotografiados. Para esto se debe mantener un registro de las especies registradas indicando además la fecha, horario, condición corporal, lesiones o cicatrices y en caso de ser posible identificar el sexo y edad estimada (juvenil o adulto). En el caso de que, al cabo de 6 a 12 meses, algunas de las cámaras instaladas no registren ejemplares de las especies objetivo, se evaluará si se mantienen en la misma ubicación o son reubicadas en otros sectores que si hayan tenido mayores registros. De manera similar, si alguno de los equipos presenta desperfectos o son hurtados, deberán ser reemplazados por uno nuevo.
Justificación: El monitoreo de felinos silvestre mediante el uso de cámaras trampa, resulta ser la metodología correcta e indicada para dichas especies cuyo comportamiento es críptico y que presentan una alta capacidad de mimetizarse. En este sentido y siguiendo lo indicado en la “Guía descripción de los componentes suelo, flora y fauna de ecosistemas terrestres en el SEIA”, esta metodología resulta muy útil para el muestreo de especies elusivas, de hábitos nocturnos o de difícil detección visual, tales como carnívoros, ungulados, entre otros (SEA, 2015) Las capacitaciones se justifican dado que resultan ser una herramienta muy útil y eficiente en la protección de especies silvestres, ya que para proteger es necesario conocer. Lugar, forma y oportunidad de implementación Lugar: El monitoreo de felinos mediante cámaras trampa será ejecutado entorno a las obras del Proyecto, en lugares cuyo ambiente sea el idóneo para registrar las especies objetivo y que sea intervenido por obras del Proyecto. El área a monitorear deberá considerar, además, los ámbitos de hogar de las especies objetivo, la presencia de roqueríos, cuerpos de agua y disponibilidad de presas. Las capacitaciones deberán ser realizadas en una sala u oficina, en grupos de no más de 30 trabajadores.
Forma: El monitoreo se realizará mediante métodos indirectos, donde mediante la Presencia/Ausencia de las especies objetivo, se evaluará el uso del territorio por parte de ellos. Las capacitaciones consistirán en un power point donde se detallen las características de las especies objetivo y del compromiso voluntario propiamente tal, con el fin de asegurar el cumplimiento de esta.
Oportunidad: El compromiso se realizará durante las fases de construcción y operación del proyecto y para todos los trabajadores en terreno. Las charlas se realizarán previo a la integración del nuevo personal a faena, las veces que sea necesario para cada nuevo integrante del equipo. Indicador que acredite su cumplimiento El indicador de cumplimiento será la entrega a la Superintendencia del Medio Ambiente, de un informe semestral que dé cuenta de las actividades de capacitación y de monitoreo. Este informe incluirá planos con la ubicación de las cámaras trampa instaladas, esfuerzos y metodología realizada y los resultados (registros fotográficos). Se considerará como indicador “número e identidad de trabajadores registrados en el libro de participación en la capacitación y que rindieron la prueba de manera positiva”. Forma de control y seguimiento Se enviará un informe semestral con toda la información referente al compromiso a la Superintendencia de Medio Ambiente.
13.13. Perturbación controlada de cururos (Spalacopus cyanus) Impacto asociado Pérdida de ejemplares de fauna de interés y/o sensibles Pérdida y/o modificación de hábitat de especies de interés y/o sensibles Fase del Proyecto a la que aplica Previo a Construcción Objetivo, descripción y justificación Objetivo: Disminuir la pérdida de ejemplares de la especie objetivo corresponde a cururo (Spalacopus cyanus), especie sobre la cual se Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2162355439
aplicará el compromiso que tiene por objetivo provocar el abandono o inducir el desplazamiento gradual de los cururos desde un área de intervención hacia zonas adyacentes. Este compromiso solo se aplicará en caso de identificar la presencia de curureras activas dentro del área del proyecto, previo a su intervención.
Descripción: En términos genéricos, el compromiso consiste en inducir el abandono de los cururos de una zona de obras, mediante intervenciones puntuales del terreno donde se encuentren colonias activas. Con ello se inducirá una respuesta de huida.
A continuación, se describe con mayor detalle la metodología a emplear: • Previo al inicio de la perturbación propiamente tal, se realizará una campaña donde se recorrerá de manera pedestre aquellas áreas en las cuales se detectó la presencia de colonias de cururos activas o inactivas, con el propósito de identificar signos de actividad reciente. Lo anterior es relevante, dado que las colonias de esta especie se movilizan en función a la disponibilidad de recursos, por lo que al momento de efectuarse el compromiso es posible que existan o no curureras activas. • Se considerarán como signos de actividad: a) avistamiento de cururos o audición de sus vocalizaciones; b) presencia de tierra fresca junto a las madrigueras; c) y/o bocas de madrigueras limpias. • Una vez identificados los lugares con signos de actividad reciente se procederá a determinar los límites de la “zona activa” de la colonia; para ello, se tapará con tierra la entrada a las madrigueras, marcando cada una de ellas con cal y realizando un seguimiento en un plazo de 24 hrs. Tras lo cual, las madrigueras activas aparecerán destapadas y permitirán corroborar el sector activo de las mismas para posteriormente dar inicio a la perturbación al definir la zona de trabajo y futura dirección del desplazamiento de la colonia. • Con la ayuda de palas y chuzos, se procederá a realizar una excavación del terreno en la entrada de las madrigueras, de manera de provocar el desplazamiento de la especie objetivo. Para ello, la excavación se realizará desde el lado opuesto al que se pretende inducir el desplazamiento (desde adentro hacia afuera). • A medida que la excavación progrese se irán formando zanjas de 30 cm de profundidad, del ancho necesario para que la colonia no cave túneles de retorno. No obstante, previo a profundizar la excavación se revisará que las madrigueras se encuentran vacías, introduciendo cuidosa y repetidamente una varilla de 1,0 metro de largo. Diariamente se buscará la aparición de ventanas de túneles en cada zanja. Si aparecen ventanas en las zanjas opuestas a la dirección del desplazamiento, éstas eran ocluidas con piedras o madera, a fin de evitar que queden individuos aislados. • Una vez concluida la remoción de terreno, el área hacia donde las colonias se desplazarán, verificada por la presencia de nuevas madrigueras, será demarcada con estacas y banderines distintivos, con el fin de excluir las colonias desplazadas de cualquier actividad relacionada con las faenas de construcción. Finalmente, y luego de verificar el éxito del compromiso de perturbación controlada, se autorizará el ingreso de la maquinaria y el inicio de las obras en cada sector “liberado”, lo que evitará la recolonización inmediata de estos terrenos por parte de la fauna en general y de los cururos en particular.
Justificación: El compromiso se justifica en su capacidad para reducir la muerte de individuos pertenecientes a la especie objetivo, junto a la dificultad práctica que conlleva la captura de especies fosoriales y el nivel de estrés que dicha acción pudiera generar en la especie objetivo (Torres et al, 2015). Lugar, forma y oportunidad de implementación Lugar: El compromiso se aplicará en todas aquellas áreas en las que se ubicarán las obras o partes del Proyecto en las que se detecte la presencia curureras activas durante el levantamiento de información previo a la fase Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2162355439
de construcción.
Forma: Se realizará una perturbación mediante la remoción de material del suelo que conforme la madriguera para inducir el desplazamiento mediante la creación de nuevos túneles en dirección hacia fuera del área de intervención. La cantidad de especialistas que implementarán el compromiso dependerá de la tasa de avance de la construcción del Proyecto o si existe más de un área de perturbación.
Oportunidad: El compromiso se implementará lo más próximo en el tiempo previo a la intervención del área, considerando un máximo de 7 días entre el término del compromiso (término de medición posterior a la perturbación) y el inicio de las obras, para evitar que la especie regrese a otro sector dentro del área de obras. Indicador que acredite su cumplimiento El indicador que acredite la efectividad del compromiso será la ausencia de actividad de cururos (Spalacopus cyanus) en el área de obras previo a la intervención con maquinarias o remoción de suelo, lo cual debe estar en concordancia con actividad en el sector hacia donde fueron desplazadas las colonias activas. Lo anterior, debe quedar reflejado en un informe que dé cuenta de las actividades de perturbación controlada. Este informe incluirá planos con la ubicación de los sectores donde fueron desplazadas las colonias y el registro fotográfico y de posicionamiento (UTM WGS84 Huso 19) de las curureras movilizadas. Dicho informe será enviado a la Superintendencia del Medio Ambiente. Forma de control y seguimiento Durante la ejecución del compromiso, el control de avance será periódico, mediante la revisión diaria donde se buscará la aparición de ventanas de túneles en cada zanja. Si aparecen ventanas en las zanjas opuestas a la dirección del desplazamiento, éstas eran ocluidas con piedras o madera, a fin de evitar que queden individuos aislados. El seguimiento se realizará una vez concluida la perturbación y previo al ingreso de maquinaria, y consistirá en verificar que no hay nuevas madrigueras en el área de intervención.
13.14 Charla de inducción paleontológica Impacto asociado Afectación de materiales paleontológicos Fase del Proyecto a la que aplica Fase de construcción Objetivo, descripción y justificación Objetivo: Entregar a los trabajadores que participarán en la fase de construcción del Proyecto los conceptos y nociones básicas sobre el Patrimonio paleontológico asociado al Proyecto: el contexto paleontológico del área, los posibles hallazgos que pudieran presentarse y como identificarlos, el marco normativo que protege a los materiales paleontológicos y el protocolo de acción ante un posible hallazgo paleontológico imprevisto. Descripción: Se realizarán charlas de inducción en paleontología dictadas por un Paleontólogo que cumpla con el perfil profesional aprobado por el CMN para estos fines. Las charlas seguirán lo estipulado en el acápite 3.2.4 de la Guía de Informes Paleontológicos del CMN (2016) y serán realizadas a todos los trabajadores de forma previa al inicio de las obras, así como a cada nuevo trabajador que sea incorporado al Proyecto mientras continúen las labores de la fase de construcción. Además, estas charlas serán repetidas a todos los trabajadores cada 2 meses durante la fase de construcción del Proyecto. Las charlas informarán a los trabajadores sobre el contexto paleontológico del área, los posibles hallazgos que pudieran presentarse y como identificarlos, el marco normativo que protege a los materiales paleontológicos y el protocolo de acción ante un posible hallazgo paleontológico imprevisto. El reporte de estas actividades será suscrito mensualmente a la autoridad por el Paleontólogo a cargo de forma adjunta a los informes de monitoreo Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2162355439
paleontológico, incluyendo el registro fotográfico de las sesiones, los temas tratados y las listas de asistencia firmadas por los participantes a cada charla.
Justificación: Para evitar la afectación de materiales paleontológicos o disminuir el tiempo de afectación antes de su identificación, es necesario que los trabajadores que participen de la fase de construcción del Proyecto posean nociones básicas de paleontología. Lugar, forma y oportunidad de implementación Lugar: Las charlas se realizarán en las dependencias o instalaciones del Proyecto, o en terreno en los frentes de trabajo previo al inicio de una intervención.
Forma: Las charlas serán dictadas por un Paleontólogo que cumpla con el perfil profesional aprobado por el CMN para estos fines, de forma presencial y con o sin apoyo de material audiovisual, dependiendo del lugar en donde se dicte la charla.
Oportunidad: Las charlas serán realizadas a todos los trabajadores de forma previa al inicio de las obras y a cada nuevo trabajador que sea incorporado al Proyecto mientras continúen las labores de la fase de construcción. Además, estas charlas serán repetidas a todos los trabajadores cada 2 meses durante la fase de construcción del Proyecto. Indicador que acredite su cumplimiento El reporte de estas actividades será suscrito mensualmente a la SMA y CMN por el Paleontólogo a cargo de forma adjunta a los informes de monitoreo paleontológico, incluyendo el registro fotográfico de las sesiones, los temas tratados y las listas de asistencia firmadas por los participantes a cada charla. Forma de control y seguimiento Reporte mensual de charlas de inducción paleontológica suscritos a la SMA y CMN por el Paleontólogo a cargo de forma adjunta a los informes de monitoreo paleontológico.
13.15 Protocolo de acción ante hallazgos paleontológicos imprevistos Impacto asociado Afectación de materiales paleontológicos Fase del Proyecto a la que aplica Fase de construcción Objetivo, descripción y justificación Objetivo: Entregar a los trabajadores que participarán en la fase de construcción del Proyecto un mecanismo de acción estándar a seguir ante una posible situación de hallazgo paleontológico imprevisto, asegurando el resguardo y protección de los materiales paleontológicos hallados. Descripción: Si una actividad o labor, ya sea manual o con maquinaria, se enfrenta a una situación de posible hallazgo de materiales paleontológicos imprevistos (para el caso del presente Proyecto, se considerará todo hallazgo paleontológico como un hallazgo imprevisto), se deberá proceder de la siguiente forma siguiendo lo recomendado por el Consejo de Monumentos Nacionales: Detener las obras en el lugar del hallazgo, en al menos 2 metros de distancia alrededor del punto donde se produjo. Si el hallazgo es múltiple (formando un nivel, p. ej) se considerarán 2 metros desde los especímenes más alejados del centro del lugar. Lo anterior, teniendo certeza de que el hallazgo es puntual y no se presenta dentro de un nivel con abundancia de fósiles con continuidad lateral (horizontal) mayor al afloramiento detectado. En el caso que se presente un nivel (estrato) paleontológico, se despejará la zona de manera de delimitar claramente la potencia de este nivel. Dar aviso de manera inmediata al profesional paleontólogo o en su ausencia al jefe de obra o superior a cargo de los trabajos en el área del hallazgo, informando de su localización exacta al departamento de Medio Ambiente, o similar, que represente al Titular del proyecto. Se procederá a delimitar y señalizar correctamente (señalética, banderín) el área para su protección. Para ello se dispondrá de la señalética adecuada que indique la restricción de ingreso al sector, acompañado de Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2162355439
un cerco perimetral (2 metros de alto) que limite y resguarde el hallazgo. Notificar al CMN acerca del hallazgo paleontológico no previsto, utilizando coordenadas UTM (DATUM WGS 84) y registro fotográfico de buena resolución (con tomas en primer plano, de detalle, con escala y del contexto en general). La notificación será informada al CMN por el profesional paleontólogo, encargado de Medio Ambiente, u otro representante del Titular, en un plazo máximo de cinco días hábiles desde la fecha de descubrimiento del hallazgo; con el objeto de que dicho organismo determine las medidas a ser implementadas por parte del Titular, considerando la Ley N°17.288 de Monumentos Nacionales y el Reglamento de Excavación D.S. N°484 de 1990. Este protocolo será incluido en las charlas de inducción a los trabajadores del proyecto. Para ello se tendrá en cuenta la “guía para evaluación de informes paleontológicos” del CMN (www.monumentos.gob.cl), según lo estipulado en la Etapa 3 (acápite 3.2.4).
Justificación: Puesto que el contexto paleontológico sobre el cual se emplaza el Proyecto contempla restos de plantas y fauna vertebrada, no pudiendo descartarse la presencia de materiales de alta relevancia científica, es necesario que exista un estándar de acción a seguir por los trabajadores en caso de un hallazgo paleontológico imprevisto (para el caso del presente Proyecto, se considerará todo hallazgo paleontológico como un hallazgo imprevisto) y así evitar la afectación de materiales paleontológicos hallados de manera imprevista y asegurar su adecuado resguardo. Lugar, forma y oportunidad de implementación Lugar: El protocolo se aplicará ante una situación de posible hallazgo paleontológico imprevisto sin importar el lugar donde se presente (dentro del área de influencia del Proyecto).
Forma: La medida será implementada siguiendo los pasos descritos. Además, este protocolo de acción será instruido a los trabajadores en cada charla de inducción paleontológica.
Oportunidad: El protocolo estará vigente durante toda la fase de construcción del Proyecto. Indicador que acredite su cumplimiento Los indicadores de cumplimiento serán la comunicación expedita y por escrito con el CMN en caso de efectuarse un hallazgo paleontológico imprevisto durante la fase de construcción del Proyecto, de acuerdo con los plazos descritos en la medida; el adecuado resguardo del hallazgo hasta el pronunciamiento del CMN; y la pronta implementación de los procedimientos a seguir indicados por el CMN. Forma de control y seguimiento Informar a la SMA periódicamente informe con reporte de los hallazgos y comunicaciones con CMN que se realizaron.
13.16 Monitoreo paleontológico Impacto asociado Afectación de materiales paleontológicos Fase del Proyecto a la que aplica Fase de construcción Objetivo, descripción y justificación Objetivo: Supervisar los trabajos en zonas fosilíferas y susceptibles, previniendo y/o disminuyendo la afectación de los materiales paleontológicos posiblemente presentes.
Descripción: Se realizará el monitoreo paleontológico de las obras durante la fase de construcción del Proyecto, particularmente durante la etapa de intervención y excavaciones, con una frecuencia diaria en aquellas zonas fosilíferas y semanal en las susceptibles, el cual estará a cargo de un Paleontólogo cuyo perfil se encuentre aprobado por el Consejo de Monumentos Nacionales.
El monitoreo considerará la inspección de los frentes de trabajo activos y la descripción litológica de las sucesiones intervenidas en cada jornada, Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2162355439
respaldando dicha información por medio de registros fotográficos. El paleontólogo monitor deberá, durante su inspección en cada frente, comprobar la ausencia o presencia de materiales paleontológicos en la zona de obras. En caso de que el paleontólogo monitor o algún otro trabajador identifique un hallazgo paleontológico imprevisto, se aplicará el protocolo de acción ante este tipo de hallazgos paleontológicos y se protegerá el área.
Se realizarán informes de monitoreo que presentarán las actividades realizadas, las descripciones litológicas de los frentes de trabajo y los registros fotográficos respectivos. Los informes serán enviados por el Paleontólogo a cargo al CMN con una periodicidad mensual.
Justificación: Con la finalidad de evitar la afectación de los materiales paleontológicos posiblemente presentes en el área de influencia del Proyecto, es necesaria la participación de un especialista con formación en Paleontología que pueda supervisar los trabajos e identificar de manera oportuna hallazgos imprevistos. Lugar, forma y oportunidad de implementación Lugar: El monitoreo paleontológico se implementará en todas las áreas fosilíferas y susceptibles del Proyecto.
Forma: El monitoreo considerará la inspección de los frentes de trabajo activos y la descripción litológica de las sucesiones intervenidas en cada jornada, respaldando dicha información por medio de registros fotográficos. El paleontólogo monitor deberá, durante su inspección en cada frente, comprobar la ausencia o presencia de materiales paleontológicos en la zona de obras. En caso de que el paleontólogo monitor o algún otro trabajador identifique un hallazgo paleontológico imprevisto, se aplicará el protocolo de acción ante este tipo de hallazgos paleontológicos y se protegerá el área.
Oportunidad: El monitoreo paleontológico se realizará durante toda la fase de construcción del Proyecto, particularmente en la etapa de intervenciones y excavaciones. Indicador que acredite su cumplimiento Los informes de estas actividades serán suscritos a la SMA y CMN por el Paleontólogo a cargo del monitoreo con una periodicidad mensual, incluyendo la información de las actividades realizadas, las descripciones litológicas de los frentes de trabajo y los registros fotográficos respectivos. Forma de control y seguimiento Informes mensuales de monitoreo suscritos a la SMA y CMN por el Paleontólogo a cargo.
13.17 Monitoreo de las actividades del Proyecto por un arqueólogo Impacto asociado Patrimonio Arqueológico Fase del Proyecto a la que aplica Construcción Objetivo, descripción y justificación Objetivo: El objetivo es monitorear las obras y actividades del proyecto en fase de construcción, para evitar daños al patrimonio arqueológico en el área de intervención del Proyecto. Descripción: El monitoreo se compone de dos actividades donde la primera corresponde a charlas de inducción a los trabajadores de la obra exponiendo las características de los elementos arqueológicos conspicuos a la región en donde se inserta el área de influencia del Proyecto y las restricciones a las que están sujetos y medidas que tomar ante el hallazgo no previsto de este tipo de elementos. Se realizará monitoreo en cada frente de trabajo durante las obras de limpieza, escarpe del terreno y en todas las actividades que consideren cualquier tipo de remoción de la superficie y excavación sub-superficial en el área del proyecto. Complementariamente se considerará el monitoreo periódico del estado de conservación de los sitios, así como del estado de conservación de los Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2162355439
cercados y señaléticas implementados para su protección. Asimismo, se deberá considerar la reposición o reparación de los cercados y señalética si sufren deterioros producto del entorno en el cual se insertan. Las actividades de inducción y monitoreo serán realizadas de manera permanente por un arqueólogo/a o licenciado/a en arqueología, quien estará a cargo de informar por escrito al Consejo de Monumentos Nacionales sobre la ejecución de estas medidas y resultados del monitoreo. Esta actividad se compromete considerando la protección de posibles hallazgos arqueológicos en el área de implementación del Proyecto. Justificación: Dado el impacto significativo del proyecto a la componente arqueológica. Lugar, forma y oportunidad de implementación Lugar: Cada frente de trabajo, durante las obras de limpieza, escarpe del terreno y en todas las actividades que consideren cualquier tipo de remoción de la superficie y excavación sub-superficial en el área del proyecto.
Forma: Se realizará charlas de inducción -por un/a arqueólogo/a o licenciado/a en arqueología a cargo del monitoreo- a los/as trabajadores/as del proyecto sobre el componente arqueológico que se podría encontrar en el área y los procedimientos a seguir en caso de hallazgo, antes del inicio de cada obra. El monitoreo arqueológico permanente deberá ser realizado por un arqueólogo/a(s) y/o licenciado/a(s) en arqueología, por cada frente de trabajo, durante las obras de limpieza, escarpe del terreno y en todas las actividades que consideren cualquier tipo de remoción de la superficie y excavación sub-superficial en el área del proyecto.
Se deberá remitir a la Superintendencia del Medio Ambiente (SMA) el informe mensual de monitoreo elaborado por el/la arqueólogo/a en un plazo máximo de 15 días hábiles luego de terminado el mes, el que deberá incluir los siguientes antecedentes:
a. Descripción de las actividades en todos los frentes de excavación del mes, con fecha. b. Descripción de matriz y materialidad encontrada (con profundidad) en cada obra de excavación. c. Plan mensual de trabajo de la constructora donde se especifique en libro de obras los días monitoreados por el/la arqueólogo/a. d. Planos y fotos (de alta resolución) de los distintos frentes de excavación y sus diferentes etapas de avances. e. Contenidos de las charlas de inducción efectuadas y la constancia de asistentes con la firma de cada trabajador/a. f. De evidenciarse restos arqueológicos, incorporar: - Ficha de registro arqueológico con fotografías panorámicas y específicas de los hallazgos (en alta resolución). - Descripción detallada del estado de conservación y si hubiera afectación por las obras del proyecto. - Medidas de protección y/o conservación implementadas. - Constancia de aviso del hallazgo al CMN, de acuerdo a lo establecido en el art. 26° de la Ley 17.288 de Monumentos Nacionales. g. Efectuar el seguimiento del estado de conservación de las medidas de prevención a implementar si corresponden (cercado, señaléticas, etc.). h. El informe final de monitoreo dará cuenta de las actividades realizadas, y de haberse detectado sitios arqueológicos, incluir la información de rescate correspondiente. En estos casos se incluirá una revisión bibliográfica de la zona, el análisis (por tipo de materialidad) y la conservación de todos los materiales arqueológicos que se encuentren motivo de esta actividad. Se recuerda que para los rescates de hallazgos no previstos que aparezcan durante el monitoreo o en otra instancia, se deberá solicitar el permiso de intervención arqueológica, según el Artículo 7° del Reglamento de Excavación, establecida en la Ley 17.288 Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2162355439
de Monumentos Nacionales. i. De recuperarse materiales arqueológicos, la propuesta de destinación definitiva de dichos bienes deberá ser indicada al momento de entregar el informe final del monitoreo e incluir un documento oficial de la institución museográfica aceptando la eventual destinación. Asimismo, se deben solventar los gastos de análisis, conservación y embalaje de las piezas, así como su traslado a la entidad receptora.
Finalmente, ante la eventualidad de que se realice un hallazgo arqueológico no previsto, se deberá proceder según lo establecido en los Artículos N° 26 y 27 de la Ley N° 17.288 de Monumentos Nacionales y los artículos N° 20 y 23 del Reglamento de la Ley Nº 17.288, sobre excavaciones y/o prospecciones arqueológicas, antropológicas y paleontológicas. Además, deberá informar de inmediato y por escrito al Consejo de Monumentos Nacionales para que este organismo determine los procedimientos a seguir. Oportunidad: De forma periódica en fase de construcción del proyecto. Indicador que acredite su cumplimiento Carta certificada con envió de informes al CMN y ficha de registro de inducción. Forma de control y seguimiento Se elaborará un informe detallado de las actividades realizadas y se entregarán los resultados de los parámetros evaluados. Estos informes serán enviados a la SMA de la Región Metropolitana.
13.18 Instalación de señaléticas sobre valor natural de la zona Impacto asociado Alteración de área de preservación ecológica Fase del Proyecto a la que aplica Fase de construcción Objetivo, descripción y justificación Objetivo: Instalación de señaléticas con fines educativos.
Descripción: Se instalarán tanto en el área del Proyecto y en las zonas aledañas, cuyo contenido instruya tanto a los trabajadores como los visitantes sobre el valor natural del área de preservación ecológica y sus objetos de protección.
Justificación: Debido a que el proyecto está en un APE, zona con valor ambiental.
Lugar, forma y oportunidad de implementación Lugar: Las señaléticas se instalarán en la ruta de acceso al proyecto en el fundo Santa Filomena en los siguientes puntos referenciales
Tabla 56. Coordenadas referenciales de donde ubicar señaléticas
Fuente. Anexo 13 Adenda Extraordinaria.
Forma: El contenido de la señalética será elaborado por un equipo de especialistas en medio ambiente, y su diseño será encargado a un/a diseñador con experiencia en este tipo de actividades. El resultado será validado con la autoridad ambiental previo a su materialización. Oportunidad: las señaléticas se instalarán al inicio de la fase de construcción del Proyecto, de manera que estén disponibles tempranamente, tanto para posibles visitantes como para los trabajadores del Proyecto.
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Indicador que acredite su cumplimiento • Registro y acreditación de profesionales a cargo de la elaboración de las señaléticas y propuesta validad por SEREMI de Medio Ambiente. • Registro de señalética instalada (con fotografías). Forma de control y seguimiento Informe a la Superintendencia de Medio Ambiente, que dé cuenta de la ejecución del compromiso, considerando fotografías de la señalética instalada y las coordenadas de referencia.
13.19 Charlas a trabajadores para concientizar sobre el valor natural de la zona Impacto asociado Alteración de área de preservación ecológica Fase del Proyecto a la que aplica Fase de construcción, operación y cierre Objetivo, descripción y justificación Objetivo: Realización de charlas de inducción a trabajadores para concientizar acerca del valor natural del área.
Descripción: Realización de charlas.
Justificación: Debido a que el proyecto está en un APE, zona con valor ambiental. Lugar, forma y oportunidad de implementación Lugar: Las charlas deberán ser realizadas en una sala u oficina, en grupos de no más de 30 trabajadores. Forma: Las charlas estarán a cargo de uno o más relatores, profesionales especialistas en componentes bióticos, competentes y con conocimiento en las materias a tratar, lo cual estará respaldado por sus antecedentes curriculares. Las charlas deberán estar estructuradas en un formato sencillo y amigable, de tal manera que se logre la atención en forma clara y precisa de los trabajadores, exponiendo de manera oral las siguientes temáticas: • Conceptos de ecología (flora, fauna, hábitats, ecosistemas andinos de Chile Central, fragilidad ecosistémica). • Especies sensibles: Phymaturus darwini (matuasto de Darwin), Vultur gryphus (cóndor andino), Rhinella spinulosa (sapo de pecho espinoso), Maihueniopsis ovata, entre otros. • Importancia de conservar cursos de agua • Importancia de conservar los paisajes naturales Oportunidad: Las charlas se realizarán en la medida que los trabajadores se incorporen al Proyecto. Indicador que acredite su cumplimiento Se considerará como indicador “número e identidad de trabajadores registrados en el libro de participación en la charla”, en especial el encargado ambiental y el contratista o profesional encargado de los frentes de trabajo en terreno. Forma de control y seguimiento Informe a la Superintendencia de Medio Ambiente, que dé cuenta de la ejecución del compromiso, incluyendo: • Registro de personal y correspondiente asistencia a charlas de capacitación. • Registro y acreditación de profesionales a cargo de las charlas educativas.
13.20 Programas de divulgación científica Impacto asociado Alteración de área de preservación ecológica Fase del Proyecto a la que aplica Fase de operación Objetivo, descripción y justificación Objetivo: Realización de actividades para la difusión y divulgación científica que amplíen el conocimiento sobre la biodiversidad presente en los ecosistemas andinos de Chile Central. .
Descripción: Para el desarrollo de estas actividades se integrará actores diversos, tales como colegios, universidades, juntas de vecinos, ONG, entre otros.
Justificación: Debido a que el proyecto está en un APE, zona con valor Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2162355439
ambiental. Lugar, forma y oportunidad de implementación Lugar: Para lograr este compromiso se buscará considerar diversos actores, tales como colegios, universidades, juntas de vecinos de las comunas de Colina y Lo Barnechea, ONG, entre otros. Se invitará a estas instituciones a participar de charlas de difusión, para lo cual deberán inscribirse en un formulario que se gestionará a través de los municipios. Forma: Se difundirá a través de los municipios y las redes sociales la fecha de la ejecución de las charlas y las temáticas escogidas a partir de las propuestas de las instituciones. Se considera la participación, por medio de la realización de una actividad de difusión y charla, en el Seminario Ambiental Municipal de Colina organizada por Dirección Medio Ambiente de la comuna. De manera complementaria, se creará y mantendrá un perfil en Facebook e Instagram que difunda información sobre los ecosistemas andinos de Chile Central, que generará y publicará contenidos que serán encargados a especialistas en la materia, para luego ser diseñados por un/a community manager, quien estará a cargo de su publicación. Oportunidad: La realización de actividades de divulgación científica se compromete para el periodo de los primeros cinco años de operación de proyecto. Indicador que acredite su cumplimiento •Registro de participación de las charlas de las instituciones •Registro de visitas a página web •Publicaciones en perfiles de Facebook e Instagram Forma de control y seguimiento Informe a la Superintendencia de Medio Ambiente, que dé cuenta de la ejecución del compromiso, incluyendo el registro de las charlas realizadas y la asistencia y las publicaciones realizadas en redes sociales.
13.21 Incorporación de elementos para aumentar la seguridad vial Impacto asociado Alteración del flujo en rutas públicas Fase del Proyecto a la que aplica Fase de construcción Objetivo, descripción y justificación Objetivo: Aumentar las condiciones de seguridad vial en algunos sectores de la red vial a utilizar por el Proyecto.
Descripción: Se propone la incorporación y/o renovación de señalización vertical y horizontal de acuerdo con lo mencionado en la tabla siguiente:
Tabla 57. Medidas de mejoramiento vial Proyecto Parque Solar Cordillera Ruta G-141 Elementos de seguridad y facilidades explícitas (Cruce Peatonal Liceo Peldehue) Renovación y normalización de demarcaciones vinculadas a cruce peatonal tipo paso cebra, frente a Liceo Peldehue. Incorporación de señal vertical de velocidad máxima (RR-1), 30 km/h en zona de escuela, frente al Liceo Peldehue. Incorporación de vallas peatonales (30 m aprox.) en el costado norte de la Ruta G- 141, frente a Liceo Peldehue. Señales verticales (tramo entre Km 0 y 4,3) Incorporación de señal vertical informativa de ubicación de medialuna en Km 0,45 de la Ruta G-141, frente a Medialuna "José Manuel Coteco Aguirre". Cambio de señal vertical RR-1 velocidad 60 km/h ubicada en el Km 1 de la Ruta G-141 por una señal RR-1 Velocidad máxima de 50 km/h. Incorporación de señales verticales de velocidad máxima 50 km/h en costado Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2162355439
sur de la vía (pista de subida) de la Ruta G-141, entre Km 2 y Km 4,3. Incorporación de señales verticales de velocidad máxima de 40 km/h en costado norte de la vía (pista de bajada) de la Ruta G-141, entre Km 1 y Km 4,3. Incorporación de leyenda "Precaución curva cerrada, velocidad sugerida 20 Km/h", a señal vertical de advertencia de curva cerrada (PG 2a y 2b) ubicada en el Km 4,3 de la Ruta G-141. Incorporación de señales verticales de advertencia de curvas (PG) en la Ruta G- 141, aproximadamente en los kilómetros: 0,85; 1,57; 1,84; 2,31; 3,22; 3,32 y 4,10. Ruta G-17 Señales verticales Incorporación de señales verticales de velocidad máxima 50 km/h (RR-1) en el tramo de la vía dentro del área de influencia del Proyecto. Empalme Ruta G-17/ Ruta G-141 Señales verticales Incorporación de señal vertical de regulación de prioridad Ceda el Paso (RPI-1) en isla canalizadora del acceso oriente al empalme. Demarcaciones Borrado y corrección de elementos de señalización horizontal fuera de norma (sobreancho isla canalizadora, doble leyenda Pare, entre otros) esto para permitir la correcta visualización de otros elementos de demarcación presentes en el empalme. Renovación de demarcaciones de regulación de prioridad (Pare y Ceda El Paso), flechas direccionales, líneas de detención, líneas de calzada, líneas de no estacionar, islas canalizadora, sobreancho islas, ciclovías y cruces ciclovías presentes en el empalme.
Justificación: Aumentar las condiciones de seguridad en algunos sectores, y limitar la velocidad de tránsito en vías con presencia de comunidades y/o servicios. Lugar, forma y oportunidad de implementación Lugar: De acuerdo con lo informado en la tabla presentada en la descripción. Forma: Se firmará un convenio con la Dirección de Vialidad, a fin de incorporar/ renovar los elementos mencionados en las vías que son su tuición. Oportunidad: Previo al inicio de la fase de construcción del Proyecto. Indicador que acredite su cumplimiento Registro fotográfico y georreferenciado de los elementos incorporados. Forma de control y seguimiento El registro estará disponible para la fiscalización del compromiso.
13.22 Fondo de apoyo a la actividad económica ganadera. Agrupación de Pequeños Ganaderos Santa Filomena, Agrupación Ganadera Criollos de Villa Peldehue y Agrupación de Ganaderos Casa Piedra, comuna de Colina, y Agrupación de Arrieros La Pastosa, Agrupación de Arrieros Los Nogales, grupo humano Arrieros La Dehesa, comuna de Lo Barnechea Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2162355439
Fase del Proyecto a la que aplica Construcción Objetivo, descripción y justificación Objetivo: Aportar al mantenimiento y desarrollo de las actividades ganaderas realizadas por los arrieros de la Agrupación de Pequeños Ganaderos Santa Filomena, Agrupación Ganadera Criollos de Villa Peldehue y Agrupación de Ganaderos Casa Piedra de Colina, así como de la Agrupación de Arrieros La Pastosa, Agrupación de Arrieros Los Nogales, grupo humano Arrieros La Dehesa, de Lo Barnechea.
Descripción: Se generará un fondo de apoyo a la actividad ganadera local, desarrollada por los arrieros de Santa Filomena; Villa Peldehue y Lo Barnechea (Sector de El Arrayán) que realizan labores de arreo y pastaje al interior del Fundo Santa Filomena en Colina y San Enrique y Los Nogales en Lo Barnechea, en donde algunos sectores serán utilizados para la construcción del Proyecto. La medida contempla un monto anual a disposición, al cual se podrá postular una vez por cada año calendario durante toda la fase de construcción y los primeros 5 años del Proyecto. El monto anual disponible tendrá un tope máximo de 30.000.000 de pesos para cada agrupación, el que se repartirá entre los proyectos seleccionados. El monto podrá ser utilizado para requerimientos propios de la actividad realizada, entre los cuales se pueden señalar la compra de forraje suplementario para ganado; mejoramientos de ranchos /o corrales ubicados al interior de los fundos, mejoramiento de servicios en ranchos y/o corrales para abastecimiento de agua y electricidad; adquisición de monturas y aparejos; y cualquier otro requerimiento similar que vaya en directo beneficio de la agrupación para apoyar la actividad económica tradicional. Justificación: En los últimos años, la mantención y desarrollo de la actividad productiva ganadera realizada al interior de los fundos Santa Filomena, San Enrique y Los Nogales, ha debido enfrentar una serie de dificultades que han mermado su desarrollo, siendo algunas de sus causas principales los cambios climáticos asociados al fenómeno mundial del calentamiento global, que a su vez determinan una menor disponibilidad de forraje para la masa ganadera; además de la falta de relevo generacional a los arrieros que aún realizan la actividad. Lugar, forma y oportunidad de implementación Lugar: Reunión o convocatoria, como se estime por parte del Titular.
Forma: El compromiso ambiental voluntario propuesto considera los siguientes elementos para asegurar su cumplimiento, a través de una serie de etapas:
- Análisis de ideas: Una vez al año, durante el periodo en que dura la medida, el Titular convocará a asambleas, una por cada agrupación, en acuerdo previo con su directiva u representante respecto de la fecha y lugar de realización, con el fin de conocer las iniciativas que cada agrupación desee desarrollar en apoyo a su actividad económica. En la ocasión, el Titular deberá hacer entrega de una ficha de postulación, que considere a lo menos objetivos, justificación, actividades, desglose de costos y beneficios esperados. Posterior a la entrega, durante la misma jornada deberá orientar a los beneficiarios para completar los requerimientos de la Ficha de postulación.
- Capacitación técnica: Una segunda etapa comprende una capacitación técnica del Titular para la elaboración de un proyecto que permita operacionalizar los requerimientos de la organización y/o sus socios, optimizando los recursos en beneficio de la actividad económica tradicional. Este es un proceso iterativo que permitirá tener como resultado esperado una Ficha de Postulación completa. Es importante que, si existen inquietudes sobre los requerimientos de la Ficha de Postulación, puedan ser atendidos y orientados por el Titular antes de la fecha acordada para la postulación de los proyectos.
- Postulación: La organización realizará la postulación efectiva de su o Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2162355439
sus proyectos, con un valor final que no supere el monto anual del fondo de apoyo, haciendo entrega física de Ficha de Postulación por cada proyecto presentado en la fecha acordada entre los arrieros y el Titular. 4. Adjudicación de Fondos: El Titular realiza la adjudicación formal de los montos aprobados, y gestiona junto a los beneficiarios la implementación de el o los proyectos, pero siendo aplicada por el Titular a través del profesional que acompañará este proceso, conforme se indica en la respuesta 16.6 de la Adenda Complementaria. Durante esta etapa, el Titular deberá facilitar la implementación a través del apoyo en la gestión financiera, siendo los beneficiarios quienes también deben participar en la consecución de los objetivos de el o los proyectos propuestos. 5. Acompañamiento permanente: Una vez aprobado el o los proyectos, el Titular acompañará a los beneficiarios durante su ejecución y realizará capacitaciones de acuerdo con los requerimientos de cada proyecto, donde se puedan atender dudas y se cuente con asesoría técnica. 6. Hito de cierre: Se deberá cerrar el Proyecto en un plazo máximo de 90 días corridos desde la fecha de adjudicación del Proyecto. Se establecerá un hito de cierre en la Ficha del Proyecto. La primera asamblea de análisis de ideas se deberá realizar en un plazo no superior a los 90 días corridos luego de ejecutado el hito de inicio de la fase de construcción, la cual se denomina “despeje del área destinada a la bodega y patio de acopio temporal de residuos”, en fecha y lugar a acordar con la directiva de la agrupación. En cualquier caso, el beneficio prohíbe la venta, arriendo, o cualquier forma de enajenación de los bienes muebles o inmuebles adquiridos por intermedio del fondo, en un periodo de cinco años desde su adquisición.
Oportunidad: Una vez al año, durante el periodo en que dura la medida. Indicador que acredite su cumplimiento Número y detalle de los proyectos aprobados anualmente y monto aportado por el Titular, quien deberá informar a la SMA, a la Municipalidad de Colina y a la Municipalidad de Lo Barnechea el cumplimiento de la medida de forma anual. Forma de control y seguimiento Informes de seguimiento del cumplimiento de los siguientes hitos: •Actas y registro fotográfico de reuniones (asamblea, apoyo técnico para la elaboración de proyectos) •Proyectos elaborados: Fichas de postulación que contenga como mínimo la descripción del Proyecto, los beneficiarios, cronograma de actividades, justificación del proyecto. •Proyectos implementados: Acta de recepción del monto asignado, informe de cierre del proyecto, registro fotográfico. Se generará un informe de cada hito, el cual se enviará a las autoridades pertinentes (SMA y Municipalidades) y organización participante en un plazo máximo de 30 días hábiles tras el término de cada actividad.
13.23 Mesa de Trabajo con la Agrupación de Pequeños Ganaderos de Santa Filomena, comuna de Colina Impacto asociado Alteración del acceso a áreas utilizadas por arrieros para el pastaje de animales y el acceso a ellas, para el grupo humano arrieros sector Santa Filomena, comuna de Colina. Fase del Proyecto a la que aplica Fase de construcción, operación y cierre. Objetivo, descripción y justificación Objetivo: Establecer una instancia de trabajo conjunto entre la comunidad de Santa Filomena, DIDECO, la Oficina Agrícola de la Municipalidad de Colina y el Titular, en la que se genere un espacio permanente de diálogo triangular y una relación de colaboración a largo plazo entre el Titular y la comunidad.
Descripción: Conformación de una Mesa de trabajo constituida por la Agrupación de Pequeños Ganaderos de Santa Filomena, Autoridades Municipales (Oficina Agrícola de la Municipalidad de Colina) y el Titular Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2162355439
del Proyecto (y empresas contratistas), en el que se genere una instancia de trabajo e interacción permanente, que promueva y facilite los canales de comunicación, informe a la comunidad respecto de las actividades y avances del proyecto, aborde temas de interés (sociales y ambientales), logre la planificación, ejecución y seguimiento de las medidas propuestas de manera participativa y considere un trabajo colaborativo de largo plazo entre el Titular y la comunidad. Además, el canal informativo da la posibilidad para que los arrieros indiquen temas de relevancia para ellos, tales como festividades, inicios de veranadas, rodeos a realizar, con la finalidad de poder acordar sistemas de coordinación para su correcta realización. Para este último punto, se proponen al menos, las siguientes acciones a incluir:
•Protocolo de seguridad que incluya procedimientos de manejo precautorio con la actividad arriera y el ganado. Se considerarán al menos los siguientes aspectos: -aviso por radio de avistamiento de animales en la ruta; -detención de vehículos durante paso del ganado; -control de velocidad especial en la ruta durante los días de rodeo. •El Protocolo será presentado en la mesa, para ser informado y validado con la Agrupación de Pequeños Ganaderos de Santa Filomena. •Restricción de tránsito de vehículos pesados durante al menos dos de los tres días que dura el rodeo realizado por la Agrupación de Pequeños Ganaderos de Santa Filomena, en los meses de octubre-noviembre (subida a veranada) y marzo o abril (bajada a invernada), durante la fase de construcción. •Instalación de señalética que advierta a los trabajadores de la existencia de animales, en los tramos del camino donde actualmente sea inexistente. Se acordará con la Agrupación de Pequeños Ganaderos de Santa Filomena, los lugares en los que sea atingente instalarla, atendiendo a la ocupación de los sectores por el grupo humano arriero y el ganado; •Inducción a los trabajadores, tanto trabajadores de la empresa como a contratistas, orientada a los acuerdos del Protocolo de seguridad y al cuidado y precaución con las actividades arrieras y el ganado. En esta inducción se incorporarán también las observaciones y consideraciones que los representantes de la Agrupación de Pequeños Ganaderos de Santa Filomena levanten en la Mesa de trabajo, atingentes al tema en cuestión. La constitución de la mesa de trabajo, sus integrantes, periodicidad y funcionamiento será consensuada con la Agrupación de Pequeños Ganaderos Santa Filomena, la Municipalidad de Colina y el Titular.
Justificación: El proyecto tiene una vida útil de 29 años, por lo que será un vecino permanente en el Fundo Santa Filomena. En este contexto, es necesario generar una instancia de reunión y trabajo a largo plazo con la comunidad, con la finalidad de establecer un compromiso de integración efectiva y colaborativa en el territorio. Lugar, forma y oportunidad de implementación Lugar: Santa Filomena, comuna de Colina. Forma: Reuniones periódicas (quincenales, mensuales o trimestrales, según se acuerde con la comunidad) Oportunidad: El compromiso se implementará previo al inicio de las faenas de construcción, y se mantendrá durante toda la fase de construcción, operación y cierre del proyecto. Indicador que acredite su cumplimiento Actas de cada reunión de la mesa de trabajo. Forma de control y seguimiento En un plazo máximo de 30 días después de cada reunión, se realizará envío del acta conforme a la SMA, Municipalidad de Colina y representantes en la mesa de trabajo.
13.24. Mesa de Trabajo con la Agrupación de Arrieros La Pastosa, comuna de Lo Barnechea Impacto asociado Alteración a la ocupación de áreas utilizadas por arrieros y el acceso a Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2162355439
ellas, para el grupo humano arrieros sector El Arrayán, compuesto por la Agrupación de Arrieros La Pastosa y Agrupación de Arrieros Los Nogales. Fase del Proyecto a la que aplica Fase de construcción, operación y cierre. Objetivo, descripción y justificación Objetivo: Establecer una instancia de trabajo conjunto entre la Agrupación Arrieros La Pastosa, DIDECO y el Titular, en la que se genere un espacio permanente de diálogo triangular y una relación de colaboración a largo plazo entre el Titular y la comunidad.
Descripción: Conformación de una Mesa de trabajo constituida por la Agrupación Arrieros de La Pastosa, Autoridades Municipales y el Titular del Proyecto (y empresas contratistas, representantes municipales), en el que se genere una instancia de trabajo e interacción permanente, que promueva y facilite los canales de comunicación, informe a la comunidad respecto de las actividades y avances del proyecto, aborde temas de interés (sociales y ambientales), logre la planificación, ejecución y seguimiento de las medidas propuestas de manera participativa y contemple un trabajo colaborativo de largo plazo entre el Titular y la comunidad. Además, el canal informativo da la posibilidad para que los arrieros indiquen temas de relevancia para ellos, tales como festividades, inicios de veranadas y rodeos a realizar, con la finalidad de poder acordar sistemas de coordinación para su correcta realización. La constitución de la mesa de trabajo, sus integrantes, periodicidad y funcionamiento será consensuada con la Agrupación Arrieros La Pastosa, Municipalidad y Titular.
Justificación: El proyecto tiene una vida útil de 29 años, por lo que será un vecino constante en el Fundo San Enrique. En este contexto, es necesario generar una instancia de reunión y trabajo a largo plazo con la comunidad, con la finalidad de establecer un compromiso de integración efectiva y colaborativa en el territorio. Lugar, forma y oportunidad de implementación Lugar: San Enrique, comuna Lo Barnechea. Forma: Reuniones periódicas (quincenales o mensuales, según se acuerde con la comunidad) Oportunidad: El compromiso se implementará previo al inicio de las faenas de construcción, y se mantendrá durante toda la fase de construcción, operación y cierre del proyecto. Indicador que acredite su cumplimiento Actas de cada reunión de la mesa de trabajo. Forma de control y seguimiento En un plazo máximo de 30 días después de cada reunión, se realizará envío del acta conforme a la SMA, Municipalidad de Lo Barnechea y representantes en la mesa de trabajo de la Agrupación de Arrieros de La Pastosa.
13.25 Mesa de Trabajo con la Agrupación de Arrieros Los Nogales, comuna de Lo Barnechea Impacto asociado Alteración a la ocupación de áreas utilizadas por arrieros y el acceso a ellas, para el grupo humano arrieros sector El Arrayán, compuesto por la Agrupación de Arrieros La Pastosa y Agrupación de Arrieros Los Nogales. Fase del Proyecto a la que aplica Fase de construcción, operación y cierre Objetivo, descripción y justificación Objetivo: Establecer una instancia de trabajo conjunto entre la comunidad de Los Nogales, DIDECO y el Titular, en la que se genere un espacio permanente de diálogo triangular y una relación de colaboración a largo plazo entre el Titular y la comunidad. Descripción: Conformación de una Mesa de trabajo constituida por la Agrupación Arrieros de Los Nogales, Autoridades Municipales y el Titular del Proyecto (y empresas contratistas, representantes municipales), en el que se genere una instancia de trabajo e interacción permanente, que Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2162355439
promueva y facilite los canales de comunicación, informe a la comunidad respecto de las actividades y avances del proyecto, aborde temas de interés (sociales y ambientales), logre la planificación, ejecución y seguimiento de las medidas propuestas de manera participativa y contemple un trabajo colaborativo de largo plazo entre el Titular y la comunidad. Además, el canal informativo da la posibilidad para que los arrieros indiquen temas de relevancia para ellos, tales como las festividades y rodeos a realizar, con la finalidad de poder acordar sistemas de coordinación para su correcta realización. La constitución de la mesa de trabajo, sus integrantes, periodicidad y funcionamiento será consensuada con la Agrupación Arrieros Los Nogales, la Municipalidad y el Titular. Justificación: El proyecto tiene una vida útil de 29 años, por lo que será un vecino constante en el Fundo Los Nogales. En este contexto, es necesario generar una instancia de reunión y trabajo a largo plazo con la comunidad, con la finalidad de establecer un compromiso de integración efectiva y colaborativa en el territorio. Lugar, forma y oportunidad de implementación Lugar: Fundo Los Nogales, comuna Lo Barnechea. Forma: Reuniones periódicas (quincenales o mensuales o según se acuerde con la comunidad) Oportunidad: La medida se implementará previo al inicio de las faenas de construcción, y se mantendrá durante toda la fase de construcción, operación y cierre del proyecto. Indicador que acredite su cumplimiento Actas de cada reunión de la mesa de trabajo. Forma de control y seguimiento En un plazo máximo de 30 días después de cada reunión, se realizará envío del acta conforme a la SMA, Municipalidad de Lo Barnechea y representantes en la mesa de trabajo de la Agrupación de Arrieros Los Nogales.
13.26 Mesa de Trabajo con la Agrupación Ganadera Criollos de Villa Peldehue y Agrupación de Ganaderos Casa Piedra Impacto asociado Alteración a la ocupación de áreas utilizadas por arrieros y el acceso a ellas, para el grupo compuesto por la Agrupación Ganadera Criollos de Villa Peldehue y Agrupación de Ganaderos Casa Piedra. Fase del Proyecto a la que aplica Fase de construcción, operación y cierre Objetivo, descripción y justificación Objetivo: Establecer una instancia de trabajo conjunto entre las organizaciones Agrupación Ganadera Criollos de Villa Peldehue y Agrupación de Ganaderos Casa Piedra, DIDECO, la Oficina Agrícola de la Municipalidad de Colina y el Titular, en la que se genere un espacio permanente de diálogo triangular y una relación de colaboración a largo plazo entre el Titular y la comunidad.
Descripción: Conformación de una Mesa de trabajo constituida por Agrupación Ganadera Criollos de Villa Peldehue, Agrupación de Ganaderos Casa Piedra, Autoridades Municipales y el Titular del Proyecto (y empresas contratistas), en el que se genere una instancia de trabajo e interacción permanente, que promueva y facilite los canales de comunicación, informe a la comunidad respecto de las actividades y avances del proyecto, aborde temas de interés (sociales y ambientales), logre la planificación, ejecución y seguimiento de las medidas propuestas de manera participativa y contemple un trabajo colaborativo de largo plazo entre el Titular y la comunidad. Además, el canal informativo da la posibilidad para que los arrieros indiquen temas de relevancia para ellos, tales como inicio de las veranadas y rodeos a realizar, con la finalidad de poder acordar sistemas de coordinación para su correcta realización. La constitución de la mesa de trabajo, sus integrantes, periodicidad y funcionamiento será consensuada con las organizaciones Agrupación Ganadera Criollos de Villa Peldehue y Agrupación de Ganaderos Casa Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2162355439
Piedra, la Municipalidad y el Titular.
Justificación: El proyecto tiene una vida útil de 29 años, por lo que será un vecino constante del Fundo San Enrique. En este contexto, es necesario generar una instancia de reunión y trabajo a largo plazo con la comunidad, con la finalidad de establecer un compromiso de integración efectiva y colaborativa en el territorio. Lugar, forma y oportunidad de implementación Lugar: Villa Peldehue, comuna de Colina. Forma: Reuniones periódicas (mensuales o según se acuerde con la comunidad) Oportunidad: La medida se implementará previo al inicio de las faenas de construcción, y se mantendrá durante toda la fase de construcción, operación y cierre del proyecto. Indicador que acredite su cumplimiento Actas de cada reunión de la mesa de trabajo. Forma de control y seguimiento En un plazo máximo de 30 días después de cada reunión, se realizará envío del acta conforme a la SMA, Municipalidad de Colina y representantes en la mesa de trabajo de las organizaciones de arrieros de Villa Peldehue.
13.27 Mesa de Trabajo con el grupo humano Arrieros La Dehesa, comuna de Lo Barnechea Impacto asociado Alteración a la ocupación de áreas utilizadas por arrieros y el acceso a ellas, para el grupo humano arrieros sector Quebrada El Manzano, compuesto por arrieros La Dehesa. Fase del Proyecto a la que aplica Fase de construcción, operación y cierre Objetivo, descripción y justificación Objetivo: Establecer una instancia de trabajo conjunto entre el grupo humano arrieros La Dehesa, DIDECO y el Titular, en la que se genere un espacio permanente de diálogo triangular y una relación de colaboración a largo plazo entre el Titular y la comunidad.
Descripción: Conformación de una Mesa de trabajo constituida por el grupo humano arrieros La Dehesa, Autoridades Municipales y el Titular del Proyecto (y empresas contratistas, representantes municipales), en el que se genere una instancia de trabajo e interacción permanente, que promueva y facilite los canales de comunicación, informe a la comunidad respecto de las actividades y avances del proyecto, aborde temas de interés (sociales y ambientales), logre la planificación, ejecución y seguimiento de las medidas propuestas de manera participativa y contemple un trabajo colaborativo de largo plazo entre el Titular y la comunidad. Además, el canal informativo da la posibilidad para que los arrieros indiquen temas de relevancia para ellos, tales como inicio de las veranadas y rodeos a realizar, con la finalidad de poder acordar sistemas de coordinación para su correcta realización. La constitución de la mesa de trabajo, sus integrantes, periodicidad y funcionamiento será consensuada con el grupo humanos arrieros La Dehesa, la Municipalidad y el Titular.
Justificación: El proyecto tiene una vida útil de 29 años, por lo que será un vecino constante en el Fundo San Enrique. En este contexto, es necesario generar una instancia de reunión y trabajo a largo plazo con la comunidad, con la finalidad de establecer un compromiso de integración efectiva y colaborativa en el territorio. Lugar, forma y oportunidad de implementación Lugar: Quebrada El Manzano, comuna Lo Barnechea. Forma: Reuniones periódicas (mensuales o según se acuerde con la comunidad) Oportunidad: La medida se implementará previo al inicio de las faenas de construcción, y se mantendrá durante toda la fase de construcción, operación y cierre del proyecto. Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2162355439
Indicador que acredite su cumplimiento Actas de cada reunión de la mesa de trabajo. Forma de control y seguimiento En un plazo máximo de 30 días después de cada reunión, se realizará envío del acta conforme a la SMA, Municipalidad de Lo Barnechea y representantes en la mesa de trabajo del grupo humano arrieros La Dehesa.
13.28 Plan de construcción respetuosa con el entorno Fase del Proyecto a la que aplica Fase de construcción, operación y cierre Objetivo, descripción y justificación Objetivo: Reducir la alteración a las dinámicas de desplazamiento de los grupos humanos por motivo de la construcción de las obras del Proyecto, así como también la mantención en la fase de operación y las actividades de cierre. Descripción: Elaboración e implementación de un conjunto de acciones destinadas a reducir los efectos causados por las actividades y obras del Proyecto en las fases de construcción, operación y cierre, en la localidad de Santa Filomena, Peldehue y Camino Las Termas. Las acciones que se implementarán son: -Difusión de información de acciones del Proyecto; -Mecanismo de interacción con la comunidad (sistema de consultas, denuncias, reclamos); -Instalación de señalética que advierta de las actividades del Proyecto; -Inducción a los trabajadores; tanto trabajadores de la empresa como a contratistas; -Control de velocidad en el área del Proyecto Justificación: Se implementarán estas acciones con el fin de evitar una interferencia con las dinámicas de desplazamiento de los grupos humanos en el entorno del área del Proyecto, así como también de no afectar el modo de vida de los grupos humanos en los sectores aledaños por las actividades del Proyecto. Lugar, forma y oportunidad de implementación Lugar: Entidades Pobladas pertenecientes al Área de Influencia. Forma y oportunidad: -Durante la fase de construcción: el primer mes de la etapa para la difusión de información de las acciones del proyecto, en paralelo a la habilitación de las instalaciones de faena. -Durante las fases de construcción, operación y cierre: el resto de las acciones a implementar, es decir, el tiempo que dure cada una de las fases, se implementará el plan, informando a los vecinos respecto de las obras y actividades a realizar y ejecutando las acciones adoptadas por el proyecto para no afectar la calidad de vida del grupo humano. Indicador que acredite su cumplimiento Plan ejecutado: -Número y registro de actividades de difusión de información de acciones del Proyecto realizadas; -Registro de respuestas a las quejas y reclamos del mecanismo de interacción con la comunidad; -Señalética instalada, que advierta de las actividades del Proyecto; -Número de Inducciones realizadas a los trabajadores; Cumplimiento de la velocidad permitida de vehículos relacionados al Proyecto. Forma de control y seguimiento La medida se implementará previo al inicio y durante todo el periodo de duración de las fases de construcción y cierre del Proyecto
13.29 Plan de capacitación técnica en colegios técnicos de las comunas de Lo Barnechea y Colina Impacto asociado N/A Fase del Proyecto a la que aplica Fase de operación Objetivo, descripción y justificación Objetivo: Contribuir en el desarrollo de programas de capacitación de estudiantes de liceos técnicos de la comuna de Lo Barnechea y de Colina, Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2162355439
sobre energías renovables y mantenimiento de paneles solares.
Descripción: Apoyo al desarrollo de programas de capacitación y conocimientos requeridos para la mantención de paneles solares y plantas de energía renovable a estudiantes de liceos técnicos de la comuna de Lo Barnechea y de Colina. Adicionalmente, se plantea la realización de visitas guiadas una vez que el parque fotovoltaico se encuentre en funcionamiento.
Justificación: Ser una contribución a la capacitación y diversificación laboral de las comunas de Lo Barnechea y de Colina, en materia de energías renovables. Lugar, forma y oportunidad de implementación Lugar: Dos colegios técnicos o liceos de la Comuna de Lo Barnechea y dos colegios técnicos o liceos de la Comuna de Colina a ser definidos por los respectivos municipios.
Forma: El Titular aportará un programa de capacitación técnica en los Liceos Técnicos de las comunas de Lo Barnechea y Colina, lo que será guiado por los profesionales del establecimiento educacional y un profesional de la empresa que se encuentre calificado, con la finalidad de que los estudiantes puedan aprender sobre mantención de paneles solares y energías renovables. Abarcando dichos contenidos dentro de sus planes de capacitación, lo que tiene por objeto ofrecer alternativas al mercado laboral de la comuna. Asimismo, el Titular generará las instancias que permitan dar cabida a aquellas personas capacitadas por dichas instituciones para que puedan realizar prácticas técnico-profesionales en las instalaciones del Proyecto, en la fase de operación, para lo cual contarán con el apoyo y dirección permanente del personal a cargo de las instalaciones. En este sentido, el Titular, en conjunto con las municipalidades y establecimientos educacionales, entregarán 2 cupos disponibles semestralmente para cada liceo o colegio técnico para realizar dichas prácticas, en caso que hayan interesados, de tal manera de poder garantizar una supervisión adecuada de cada alumno por parte de los respectivos, director de proyecto y/o jefe de operación, según corresponda, así como la organización de visitas guiada, una vez que el parque se encuentre en funcionamiento.
Oportunidad: La aplicación de dicho compromiso se realizará en forma semestral durante los 6 primeros años de la fase de operación del Proyecto. Indicador que acredite su cumplimiento Plan ejecutado: -Número y registro de capacitaciones realizadas (2 semestrales en 4 liceos/CT, 2 por cada municipio, por 6 años); -Registro de prácticas realizadas en la planta; -Registro de las solicitudes de visita y visitas guiadas en la fase de operación del Proyecto; Forma de control y seguimiento Envío de acta 30 días después de realizada cada capacitación, a la autoridad municipal de cada municipio y SMA, en los que se detalla el número de participantes y actividades realizadas.
13.30 Asfaltado en tramo del camino de acceso continuo a corral de Las Arañas Fase del Proyecto a la que aplica Fase de construcción Objetivo, descripción y justificación Objetivo: Minimizar la dispersión de polvo en área circundante a corral de las Arañas. Descripción: El corral de Las Arañas, tal como queda estipulado en la Línea de Base de Medio Humano, es donde se realiza las actividades de rodeo dos veces al año, entre invernada y veranada, por los arrieros de la Agrupación de Pequeños Ganaderos de Santa Filomena. En dicho contexto, el compromiso corresponde a la aplicación de una capa de asfaltado en el tramo del camino de acceso del Proyecto que pasa Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2162355439
colindante a dicho corral. Justificación: Debido a lo indicado por la Agrupación de Pequeños Ganaderos de Santa Filomena durante las actividades de Participación Ciudadana, el Titular tomó conocimiento de la alta dispersión de polvo que existe en sector durante la ejecución de sus actividades. Lugar, forma y oportunidad de implementación Lugar: La capa de asfaltado se aplicará en el tramo del camino de acceso que se encuentra circundante al Corral de Las Arañas. Dicho tramo tendrá una longitud aproximada de 0,5 km y que se encuentra representada en la siguiente figura: Figura 18. Localización lugar a asfaltar.
Fuente. Anexo 13 Adenda Extraordinaria. Forma: El compromiso se aplicará en la fase de construcción del Proyecto y consistirá en la aplicación de una capa asfáltica sobre el camino. Previo a ello se considera la preparación de la superficie mediante limpieza, reparación (de ser necesario).
Oportunidad: El compromiso se ejecutará en los primeros meses de la fase de construcción del Proyecto. Posteriormente, durante la fase de construcción se realizarán mantenciones anuales, de ser necesarias. Indicador que acredite su cumplimiento Se mantendrán reportes junto a registro fotográfico de la implementación de la medida. Forma de control y seguimiento Se realizará un reporte y registro fotográfico una vez se implemente el compromiso, el cual se mantendrá en las instalaciones del Proyecto disponible para fiscalización. De igual forma, en caso de realizar mantenciones, se emitirá de igual forma un reporte con registro fotográfico.
13.31 Apoyo a emprendimientos turísticos arrieros área de influencia del Proyecto Impacto asociado Alteración en el acceso a sitios naturales de interés turístico, específicamente las lagunas El Viento y Coyará Fase del Proyecto a la que aplica Construcción Objetivo, descripción y justificación Objetivo: Aportar al desarrollo productivo de los arrieros dedicados a la actividad turística, que se encuentran en el área de influencia del Proyecto. Descripción: El compromiso consiste en brindar apoyo en distintos ámbitos a los emprendimientos turísticos de cabalgatas, ejecutados por arrieros del área de influencia. A continuación, se presenta una breve descripción de cada uno de estos ámbitos: • Catastro de arrieros dedicados a las cabalgatas: se realizará previamente un catastro de las personas que se dediquen a esta actividad, pertenecientes a las agrupaciones o grupos humanos arrieros del área de influencia. La información permitirá generar el material de difusión, así como también generar un diagnóstico e identificación de necesidades para el mejor desarrollo de la actividad. • Difusión: se generarán instancias de difusión para promover este Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2162355439
servicio turístico a través de redes sociales, la elaboración de folletería que se dejará a disposición de la oficina de información turística de las comunas de Lo Barnechea y Colina, en restaurantes, alojamientos y otros servicios turísticos de las comunas. • Capacitación: talleres de capacitación para el mejoramiento de la prestación del servicio de cabalgatas. Se realizarán al menos dos talleres, los que se definirán de acuerdo con el diagnóstico realizado. En una primera instancia, se propone taller de primeros auxilios. • Equipamiento complementario: apoyo en la adquisición de equipamiento necesario (aperos, botiquines, entre otros) y en infraestructura complementaria que pueda prestar apoyo en los recorridos de las cabalgatas, tales como:
-Señalética para indicar localización de emprendimiento. -Espacio para recibir y preparar a los turistas.
Justificación: La construcción del Parque Solar Cordillera proyecta el uso de un camino que es usado por algunos arrieros como alternativa para acceder a sitios de interés turístico (laguna El Viento y lagunas Coyará). Por tanto, durante la fase de construcción del Proyecto se generará una alteración al acceso a estos sitios de interés producto de las acciones de transporte y la instalación de obras. Este compromiso se propone como forma de apoyo y promoción de la actividad turística de cabalgatas, potenciando el emprendimiento turístico de éstas en el área de influencia. Lugar, forma y oportunidad de implementación Lugar: Reunión o convocatoria, como se estime por parte del Titular. Forma: Orientado a los arrieros que realicen actividad turística de cabalgatas en el área de influencia del Proyecto, que se consideren en el catastro realizado al inicio de la implementación del compromiso. Oportunidad: En un plazo de 3 meses luego de obtenida la RCA favorable del Proyecto, un equipo consultor se pondrá en contacto con los grupos humanos arrieros del área de influencia, para diseñar y coordinar en conjunto las distintas actividades asociadas a este compromiso. Indicador que acredite su cumplimiento El indicador de cumplimiento corresponde a la implementación del catastro, el apoyo en difusión del emprendimiento turístico, las capacitaciones realizadas y la habilitación del equipamiento acordado. Registro de las actividades: catastro, lista asistencia a capacitaciones, registros fotográficos, entre otros. Forma de control y seguimiento Informe anual de las actividades realizadas, con los registros y resultados de las actividades, durante la fase de construcción del proyecto, el cual será emitido a la Superintendencia de Medio Ambiente (SMA) y a las Municipalidades de Lo Barnechea y Colina.
13.32 Promoción de la historia e identidad arriera, de los grupos humanos arrieros del área de influencia del Proyecto Impacto asociado Afectación de sitios naturales con significación cultural para los grupos humanos arrieros de La Pastosa, La Dehesa, Los Nogales y Santa Filomena Fase del Proyecto a la que aplica Construcción Objetivo, descripción y justificación Objetivo: Aportar en el reconocimiento y valoración del modo de vida del grupo humano arriero, parte del patrimonio cultural del territorio, a través del rescate de la memoria de los arrieros, que se encuentran en el área de influencia del Proyecto. Descripción: El compromiso consiste en la puesta en valor de la memoria e historia local, de los conocimientos de la actividad arriera como de los ecosistemas presentes en el territorio. A continuación, se presentan las acciones a realizar:
• Investigación del oficio de arriería: se realizará una investigación y registro de las prácticas y modos de vida de los grupos humanos arrieros, Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2162355439
del área de influencia. • Edición de un libro: impresión de un mínimo de 500 ejemplares de un libro, como resultado de la investigación realizada. • Documento audiovisual: Elaboración de video o película de una duración mínima de 30 minutos, disponible para su divulgación gratuita por internet.
Justificación: Durante la fase de construcción del Proyecto se generará una alteración en un sitio natural con significación cultural del grupo humano arriero producto de las acciones de transporte y la instalación de obras. Este compromiso se propone como forma promoción y puesta en valor del grupo humano arriero, parte del patrimonio cultural del territorio. Lugar, forma y oportunidad de implementación Lugar: Reunión o convocatoria, como se estime por parte del Titular. Forma: Contacto con los grupos humanos arrieros del área de influencia, de La Pastosa, Los Nogales, Santa Filomena y La Dehesa. Oportunidad: En un plazo de 3 meses luego de obtenida la RCA favorable del Proyecto, un equipo consultor se pondrá en contacto con los grupos humanos arrieros del área de influencia, para diseñar y coordinar en conjunto las distintas actividades asociadas a este compromiso. Indicador que acredite su cumplimiento El indicador de cumplimiento corresponde a la elaboración de la investigación, edición y publicación del libro y realización del documento audiovisual. Registro de las actividades: libro impreso, copia de video, registros fotográficos, entre otros. Forma de control y seguimiento Informe anual de las actividades realizadas, con los registros y resultados de las actividades, durante la fase de construcción del proyecto, el cual será emitido a la Superintendencia de Medio Ambiente (SMA) y a las Municipalidades de Lo Barnechea y Colina.
13.33 Incorporación de mano de obra local para ejecución del Proyecto Impacto asociado N/A Fase del Proyecto a la que aplica Fase de construcción y cierre Objetivo, descripción y justificación Objetivo: Priorizar la contratación de mano de obra local, siempre que exista la calificación respectiva.
Descripción: El Titular se compromete a priorizar la contratación de mano de obra local tanto de la comuna de Colina como de Lo Barnechea, siempre que se cumpla con el perfil requerido para los cargos respectivos, para lo que, una vez obtenida la Resolución de Calificación Ambiental que apruebe ambientalmente el Proyecto y previo a su ejecución, se coordinará con la Oficina de Intermediación Laboral (OMIL) de la comuna Colina y de la comuna de Lo Barnechea, para poder gestionar de mejor manera este CAV. Justificación: El compromiso se justifica con el fin de promover la priorización de la contratación de mano de obra local. Lugar, forma y oportunidad de implementación Lugar: La ejecución de este compromiso ambiental voluntario estará ubicado dentro de las dependencias del Proyecto, en Lo Barnechea, Región Metropolitana, donde cumplirán sus funciones la mano de obra del Proyecto en las fases de construcción y cierre. Forma: La forma en que se ejecutará tendrá relación con la forma en que se seleccionará el personal al momento de requerir nuevos profesionales o técnicos, en particular se tendrán las siguientes consideraciones: • Se priorizará señalar en las ofertas laborales que los potenciales candidatos residan en la Región Metropolitana y, en particular, en las comunas de Colina y Lo Barnechea • Se coordinará con los municipios de Lo Barnechea y Colina, específicamente con las respectivas oficinas de intermediación laboral con el fin de definir los tipos de trabajos disponibles para la comunidad y entrega de perfiles requeridos Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2162355439
• Difusión mediante medios de comunicación local, tales como radio y/o web, para informar a la comunidad de los puestos disponibles. • Se mantendrá registro de la región y comuna de residencia del personal contratado Oportunidad: El compromiso se implementará cuando se realicen los llamados de reclutamiento y selección de personal para las fases de construcción y cierre del Proyecto. Al momento de seleccionar personal de la región, se gestionará contrato y certificado de residencia del postulante. Indicador que acredite su cumplimiento Se mantendrá base de datos del personal registrada en sistema de recursos humanos del Titular, en cual contendrá entre otras variables, la región y comuna en la cual residen sus trabajadores. Se podrá consultar dicha base de datos en faena. Actas de reunión con OMIL de comunas de Lo Barnechea y Colina. Forma de control y seguimiento El registro estará disponible para la fiscalización del compromiso.
13.34 Informes de trazabilidad de generación y disposición de residuos del Proyecto Impacto asociado N/A Fase del Proyecto a la que aplica Fase de construcción, operación y cierre Objetivo, descripción y justificación Objetivo: Contribuir a la trazabilidad de residuos generados en las comunas donde se ubica el Proyecto, en particular, para informar la forma en que se manejan los residuos generados por el Proyecto.
Descripción: Se elaborará de forma anual un reporte de trazabilidad de residuos sólidos domiciliarios, industriales no peligrosos y peligrosos.
Justificación: El presente CAV tiene el propósito de informar a las municipalidades involucradas el correcto manejo de los residuos generados por el Proyecto, durante todas sus fases. Lugar, forma y oportunidad de implementación Lugar: El registro se mantendrá en planta, el cual puede ser virtual o un libro de registro.
Forma: El informe anual deberá contener el registro de todos los residuos generados y trasladados a sitio de disposición final o a centro de reciclaje, el cual al menos contendrá:
a. Fecha de retiro. b. Numeración y/o denominación interna del residuo. c. Cantidad o volumen (kg y/o m3). d. Nombre de la instalación donde se dispondrá o reciclará. e. N° de hoja de seguridad, si aplica. f. N° de resolución de autorización del sitio de disposición, reciclaje y/o eliminación. g. Fecha de recepción en la instalación.
Oportunidad: El compromiso se implementará durante todas las fases del Proyecto y, en particular, los reportes a los municipios se entregarán de forma anual. Indicador que acredite su cumplimiento Registro de todos los residuos generados y trasladados a sitios de disposición final o de reciclaje. Forma de control y seguimiento Entrega de informe anual que contenga la trazabilidad de todos los residuos generador por el Proyecto a las Municipalidad de Colina y a la Municipalidad de Lo Barnechea.
- Que, las medidas relevantes del Plan de Prevención de Contingencias y del Plan de Emergencias, son las siguientes: Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2162355439
14.1 Riesgo de derrame de sustancias peligrosas y/o residuos peligrosos. Fase del proyecto a la que aplica Construcción, operación y cierre Parte, obra o acción asociada Almacenamiento y manejo de sustancias peligrosas. Acciones o medidas a implementar para prevenir la contingencia • No se realizará suministro de combustibles ni de lubricantes en los frentes de faena. • Todos los equipos serán cargados en la zona de seguridad habilitada por el Proyecto, por distribuidores debidamente autorizados, los que cuentan con procedimientos de control. • Se contará con material de difusión sobre este riesgo. • Se procederá a impermeabilizar la superficie de la zona de seguridad con geotextil a modo de crear una capa impermeable al suelo, la cual pueda ser removida y acopiada en la bodega de residuos peligrosos si existe derrame accidental.
• Se capacitará al personal respecto de la prohibición absoluta de manejo de este tipo de sustancias en el lugar de faenas. • Para el caso específico de la sustancia Hexafluoruro de Azufre, los cilindros de gas a presión que contienen el gas SF6 (llenos y vacíos) serán manejados siempre por el tercero autorizado, el cual considera manejarlos siempre de forme vertical, en un área seca, limpia y ventiladas, fuera del alcance de fuentes de calor (incluyendo la luz solar directa), llamas abiertas y rutas transitadas por vehículos.
Además, se consideran las siguientes medidas de prevención: • Los cilindros (llenos y vacíos) estarán sujetos y en posición vertical. • Estará prohibido fumar, comer, beber o realizar trabajos con llamas abiertas cercanos al lugar de manejo. • Se protegerán los cilindros (llenos y vacíos) de daños mecánicos. No serán arrastrados, deslizados ni se les dejará caer. • Para el traslado de los cilindros (llenos y vacíos), se utilizará un carro porta cilindros u otro dispositivo que permita el traslado seguro y libre de accidentes. • Al momento de realizar los trabajos, el SF6 se debe manipular en un circuito cerrado con un dispositivo de servicio especial para este gas, adecuado para no generar emisiones a la atmósfera. • No se permite la retroalimentación de gas hacia el Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2162355439
contenedor. • Se utilizarán únicamente equipos específicos que sean adecuados para este producto, su presión y temperatura de suministro. • Se asegurará que todo el gas SF6 sea transferido correctamente entre los cilindros presurizados y el equipo aislado por el gas, para ayudar a la identificación de cualquier fuga. • Las personas que manipulen este gas utilizarán los elementos de protección personal adecuados. • Finalmente, se debe agregar que, una vez utilizados los cilindros de SF6, los cilindros vacíos serán retirados de las Instalaciones por el contratista que provea el producto, de tal manera que no serán acopiados como residuos peligrosos dentro de las instalaciones del Proyecto.
Forma de control y seguimiento • Copia de contrato celebrado con empresa autorizada de realizar el retiro de los residuos en fase de construcción, operación y cierre. • Se mantendrán registros de entrada/salida de sustancias y residuos peligrosos. • Se mantendrán copias de las Autorizaciones Sanitarias de las empresas transportistas de residuos peligrosos. • Se mantendrán copias de las Autorizaciones Sanitarias de la Bodega de Repuestos y Bodega de RESPEL. • Se mantendrá copia de las autorizaciones sanitarias de las empresas de disposición final donde serán enviados los residuos sólidos peligrosos.
• Registro de capacitación del personal respecto de la prohibición absoluta de manejo de este tipo de sustancias en el lugar de faenas.
Referencia a documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada Capítulo 8 del EIA. Anexo 8 de la Adenda. Acciones o medida a implementar para controlar la emergencia Procedimiento frente una emergencia con Residuos Peligrosos: • Informe la emergencia a los encargados establecidos y a las personas que se encuentre cerca de la zona afectada, el tipo y lugar de la emergencia. El Jefe de Faena debe organizar las acciones para contener y tratar el derrame con arena. • Las sustancias recuperadas del derrame pasan a formar parte del residuo y se dispondrá según el plan Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2162355439
de manejo de residuos sólidos. Como medidas de emergencias ante derrame de sustancias nocivas sobre un curso de agua superficial durante las actividades de construcción y operación del proyecto. Se realizarán las siguientes actividades: • Avisar de la situación al superior inmediato o al Jefe de Emergencia. • Disponer de la hoja de seguridad de la sustancia derramada. • Se deben identificar y actuar conforme las características relevantes de la sustancia en la hoja de seguridad (identificar los riesgos asociados a la salud, a la inflamabilidad, reactividad, tipos de elementos de protección personal, formas de extinción, efectos en el medio ambiente, entre otros). • Evaluar la gravedad de la situación, comprobando existencia del derrame y clasificándolo si se trata de Emergencia Menor o Emergencia Mayor a fin de definir las medidas apropiadas para su actuación. Si el derrame es clasificado como menor: • Si el derrame o infiltración se produce desde piezas de maquinarias o vehículos, cortar el flujo en la línea afectada cerrando las válvulas correspondientes a la infiltración/rotura. • Si es el caso, detener la infiltración, cerrando envases adecuadamente, cambiando su posición para detener el derrame o colocándolo dentro de otro envase. • Recuperar la sustancia derramada con los materiales dispuestos en el Kit de Emergencia. Si el derrame es clasificado como mayor: • Dar aviso a los servicios de emergencia externos tales como: hospitales, bomberos, Carabineros de Chile, Dirección General de Aguas y a la Superintendencia del Medio Ambiente, etc. • Se deberá socorrer en primer lugar a las personas lesionadas si las hubiere. • Los encargados de controlar el derrame, primeramente, deben acondicionarse con los elementos de protección personal. • Siempre que sea posible y seguro para los trabajadores presentes deberán tomar registros fotográficos del derrame, los cuales deberán incorporarse al informe técnico. • Contener el derrame con material disponible en el lugar mediante diques o cordones (zanjas), además de materiales como arena, sacos de arena, tierra y/o Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2162355439
aserrín que permitan absorber el material derramado. Evitando a todo lugar que llegue a quebradas o cursos de agua. • Marcar la zona de derrame con señales que adviertan de la situación. • Mantener al público alejado del área de peligro y confinar zona. • Si se genera agua contaminada, esta deberá ser recuperada en contenedores destinados para este fin. Una vez concluida las tareas de control, se deberá proceder de la siguiente forma: • Recolectar los materiales y/o productos utilizados para el control del derrame, colocarlos en envases adecuados, cerrados e identificados hasta su retiro por una empresa autorizada. • El Jefe de Emergencia deberá evaluar el estado de equipos e instalaciones dañadas, señalizando los riesgos con tarjetas de “Peligro no operar” o cercando el sector con cinta peligro. • El Jefe de Emergencia deberá emitir un informe técnico sobre las causas que originaron la emergencia y de derivarlo al Jefe de Planta. • El jefe de emergencia o prevencionista de riesgos deberá entregar en el mismo informe de causa-raíz, las medidas correctivas que permitan disminuir la ocurrencia de la emergencia por la misma causa-raíz o prever causas de otro tipo. Un derrame será clasificado como mayor o menor dependiendo de la envergadura de este; si puede ser controlado y contenido por completo por personal del proyecto será considerado como menor, si por el contrario el derrame requiere de asistencia externa será clasificado como mayor. Procedimiento en caso de fugas de Hexafluoruro de Azufre (SF6): • Ventilar la zona y realizar monitoreo de atmósferas antes de ingresar al área. • Vestimenta estándar de bomberos (incluido equipo de respiración autónomo). • Nunca entrar en un espacio confinado u otra área, donde la concentración de oxígeno pueda ser inferior al 19,5%. Frente a emergencias con gases además de monitorear la atmósfera circundante, se recomienda utilizar en todo momento protección respiratoria del tipo equipo de respiración autónomo. • Ventilar la zona. Acercarse cuidadosamente a las Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2162355439
áreas sospechosas de haber fugas. • Como la sustancia se encuentra en estado gaseoso, solo se recomienda ventilar la zona. • Aumentar la ventilación en el área de liberación del gas y controlar las concentraciones. Si la fuga tiene lugar en el cilindro o en su válvula, llamar al número de emergencia que se señale en el envase. Si la fuga tiene lugar en la instalación del usuario, cerrar la válvula del cilindro, ventear la presión con seguridad y purgar el cilindro con gas inerte antes de intentar realizar reparaciones. Procedimiento en caso de derrame de Espuma de poliuretano: • Precauciones personales: Asegure una ventilación adecuada y use ropa de protección recomendada (protección de cara, ropas y guantes de protección). • Los vapores pueden acumularse en áreas bajas. • No fume y evite la ignición por chispas. • Precauciones ambientales: Antes de disponer los recipientes, quítele al recipiente todos los restos del material y de presión. La disposición a cualquier resto de material sobrante de plástico (plástico de espuma) debe ser de acuerdo a todas las normas y lineamientos aplicables. • Métodos de limpieza: La espuma no curada se adhiere fácilmente a la piel y a cualquier superficie. Quítelo de la piel siguiendo el tratamiento de primeros auxilios. Quítela de las superficies raspando el exceso de material y quitando los residuos con tela y solvente tal como acetona o gasolina blanca, adelgazador de pintura, etc. • La espuma endurecida solo puede ser eliminada físicamente o mecánicamente por raspado, puliendo. Oportunidad y vías de comunicación a la SMA de la activación del Plan de Emergencia Se informará a la SMA a través del Módulo de avisos de contingencias e incidentes dentro de las 24 horas de ocurrido el evento que se informa. Referencia a documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada Capítulo 8 del EIA. Anexo 8 de la Adenda.
14.2. Situación de riesgo de saturación y contacto por lodos de la Fosa séptica Riesgo o contingencia Saturación y/o contacto por lodos de la Fosa séptica. Fase del proyecto a la que aplica Fase de construcción, operación y cierre. Emplazamiento, parte, obra o acción asociada Fases de construcción y cierre: Fosa séptica con infiltración ubicada en la instalación de faena Fase de operación: Fosa séptica con infiltración ubicada en la Subestación eléctrica Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2162355439
Acciones o medidas a implementar para prevenir la contingencia Riesgo de saturación • El Contratista implementará un procedimiento formal para la operación que permita atender de forma oportuna esta eventualidad. • Se efectuará un plan de mantención y limpieza. • Se capacitará y entrenará al personal de las acciones a seguir ante esta eventualidad. • Se dispondrá en esta área, de elementos que permitan la contención de derrames de mediana magnitud Riesgo de contacto por lodos • El Contratista implementará un procedimiento formal para la operación que permita realizar esta labor adecuadamente, evitando en todo momento el contacto directo con los lodos. • Se entregarán elementos de protección personal (EPP) para esta actividad; así como también la revisión constante del correcto uso de ellos por parte de los trabajadores.
• Se realizará periódicamente (1 vez al semestre) un programa de mantención para las fosas sépticas por una empresa especializada en el rubro. Forma de control y seguimiento • Planilla de retiro de efluentes, volumen y sitios de disposición final. • Registro de capacitación y entrenamiento al personal de las acciones a seguir ante esta eventualidad. Referencia a documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada Capítulo 8 del EIA. Anexo 8 de la Adenda. Acciones o medida a implementar para controlar la emergencia Como medidas de emergencias ante derrame de aguas servidas y/o grises sobre un curso de agua superficial o en sus cercanías durante las actividades de construcción, operación y cierre del proyecto. Se realizarán las siguientes actividades: • Avisar de la situación al superior inmediato o al Jefe de Emergencia. • Evaluar la gravedad de la situación, comprobando existencia del derrame y clasificándolo si se trata de Emergencia Menor o Emergencia Mayor a fin de definir las medidas apropiadas para su actuación. Si el derrame es clasificado como menor: • Si el derrame o infiltración se produce desde cargas o descargas de efluentes a vehículos o estanques, se cortará el flujo en la línea cerrando las válvulas correspondientes a la infiltración/rotura. • Si es el caso, detener la infiltración, cerrando envases Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2162355439
adecuadamente, cambiando su posición para detener el derrame o colocándolo dentro de otro envase. • Utilizar materiales absorbentes para recuperar la sustancia derramada • Disponer los materiales absorbentes en contenedores para hacer su disposición final de acuerdo a la normativa vigente Si el derrame es clasificado como mayor: • Dar aviso a los servicios de emergencia externos tales como: hospitales, bomberos, Carabineros de Chile, Dirección General de Aguas y a la Superintendencia del Medio Ambiente, etc. • Se deberá socorrer en primer lugar a las personas lesionadas si las hubiere. • Los encargados de controlar el derrame, primeramente, deben acondicionarse con los elementos de protección personal. • Siempre que sea posible y seguro para los trabajadores presentes deberán tomar registros fotográficos del derrame, los cuales deberán incorporarse al informe técnico. • Contener el derrame con material disponible en el lugar mediante diques o cordones (zanjas), además de materiales como arena, sacos de arena, tierra y/o aserrín que permitan absorber el material derramado. Evitando a todo lugar que llegue a quebradas o cursos de agua. • Marcar la zona de derrame con señales que adviertan de la situación. • Mantener al público alejado del área de peligro y confinar zona. • Si se genera agua contaminada, esta deberá ser recuperada en contenedores destinados para este fin. Una vez concluida las tareas de control, se deberá proceder de la siguiente forma:
• Recolectar los materiales y/o productos utilizados para el control del derrame, colocarlos en envases adecuados, cerrados e identificados hasta su retiro por una empresa autorizada. • El Jefe de Emergencia deberá evaluar el estado de equipos e instalaciones dañadas, señalizando los riesgos con tarjetas de “Peligro no operar” o cercando el sector con cinta peligro. • El Jefe de Emergencia deberá emitir un informe técnico sobre las causas que originaron la emergencia Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2162355439
y de derivarlo al Jefe de Planta. • El jefe de emergencia o prevencionista de riesgos deberá entregar en el mismo informe de causa-raíz, las medidas correctivas que permitan disminuir la ocurrencia de la emergencia por la misma causa-raíz o prever causas de otro tipo. Un derrame será clasificado como mayor o menor dependiendo de la envergadura de este; si puede ser controlado y contenido por completo por personal del proyecto será considerado como menor, si por el contrario el derrame requiere de asistencia externa será clasificado como mayor. Oportunidad y vías de comunicación a la SMA de la activación del Plan Se informará a la SMA a través del Módulo de avisos de contingencias e incidentes dentro de las 24 horas de ocurrido el evento que se informa. Referencia a documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada Capítulo 8 del EIA. Anexo 8 de la Adenda.
14.3. Situación de riesgo o contingencia adoptadas en caso de riesgo de descarga o derrame de efluentes líquidos Riesgo o contingencia Descarga o derrame de efluentes líquidos Fase del proyecto a la que aplica Fase de construcción, operación y cierre Emplazamiento, parte, obra o acción asociada Área de faenas del Proyecto Acciones o medidas a implementar para prevenir la contingencia Para todas las obras del Proyecto: • Se contará con material de difusión sobre este riesgo. Como medida de contingencia ante la posible alteración de la calidad del agua superficial de los cursos de agua natural, se aplicarán las siguientes medidas, como parte del Plan de Prevención de Contingencias y de Emergencias. • Se prohibirá descargar residuos sólidos o líquidos en los cuerpos de agua. • Se prohibirá realizar mantención de maquinaria y carga combustibles cercano a cauces naturales. Solo se permitirá hacerlo en zonas habilitadas en las instalaciones de faenas. En cuanto al manejo de aguas grises o sucias y prevención de potenciales derrames, se han de tener en consideración las siguientes medidas preventivas: • Cumplimiento de los requerimientos dispuestos en el D.S. N°594/99 del Ministerio de Salud. • Revisión de las válvulas, baños y estanques, verificando que sean capaces de contener los volúmenes considerados del almacenamiento. • Capacitación al personal que eventualmente pudiese manipular este tipo de residuos, no obstante, este Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2162355439
trabajo debiese ser realizado por profesionales de la empresa externa autorizada, contratada para este fin. Forma de control y seguimiento • Se mantendrán registros de entrada/salida de sustancias y residuos líquidos peligrosos. • Se mantendrá copia de las autorizaciones sanitarias de las empresas de disposición final donde serán enviados los residuos líquidos peligrosos. Referencia a documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada Capítulo 8 del EIA. Anexo 8 de la Adenda. Acciones o medida a implementar para controlar la emergencia Medidas Generales: • Eliminar todas las fuentes de ignición (no fumar, no usar bengalas, chispas o llamas en el área de peligro) • No tocar ni caminar sobre el material derramado • Detener la fuga en el caso de poder hacerlo sin riesgo • Absorber con tierra seca, arena u otro material absorbente no combustible y transferirlo a contenedores • Usar herramientas limpias a prueba de chispas para recoger el material absorbido • Luego de efectuado el control, proceder a la recolección, re envasado y rotulado del residuo • Efectuar monitoreo a componentes ambientales afectadas si procede. Medida Específica: • En caso de ocurrencia de accidente que comprometa los recursos hídricos superficiales y/o subterráneos, se informará antes de 24 horas, a la Superintendencia del Medio Ambiente, indicando lo siguiente: - Descripción del accidente, indicando lugar, identificación de la sustancia, área de influencia, duración y magnitud del evento y principales impactos ambientales. - Detalles de cada acción y medida de mitigación utilizadas durante el evento de contaminación. - Evaluación de los efectos sobre los recursos hídricos superficiales y/o subterráneos afectados y su medio ambiente asociado y resultados de los monitoreos inmediatos en el área de influencia. - En caso de ser necesario, un Programa de Medidas de Descontaminación de la zona, metodología, y evaluación de la efectividad de las medidas, para ser aprobado por la Autoridad.” Oportunidad y vías de comunicación a la Se informará a la SMA a través del Módulo de avisos de contingencias e incidentes dentro de las 24 horas de Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2162355439
SMA de la activación del Plan ocurrido el evento que se informa. Referencia a documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada Capítulo 8 del EIA. Anexo 8 de la Adenda.
14.4. Situación de riesgo o contingencia adoptadas en caso de riesgo de incendio en el área de las obras Riesgo o contingencia Incendio en el área de las obras Fase del proyecto a la que aplica Fase de construcción, operación y cierre Emplazamiento, parte, obra o acción asociada Área de faenas del Proyecto Acciones o medidas a implementar para prevenir la contingencia • Todos los trabajadores se regirán por las medidas y obligaciones establecidas por el Titular del Proyecto, para minimizar el riesgo de incendio. • Se contará con material de difusión sobre este riesgo. • Se prohibirá encender fogatas, fumar y/o portar elementos que produzcan chispas. • Se capacitará a los trabajadores en procedimientos de trabajo seguro para las actividades que puedan presentar riesgos de incendios y se generarán lineamientos para los trabajadores. • Mediante la utilización de señalética, material y orientación educativa se indicará que estará prohibido el uso de fuego ya sea para la implementación de fogatas y/o quema de residuos, entre otros. •Implementación de señalética que indique claramente la medida. •Inclusión de la medida en material educativo visual y escrito. •Charlas de capacitación a los trabajadores indicando la importancia y/o razón de la medida prohibitiva.
• Las medidas de prevención específicas para esta contingencia son: o Se debe suministrar cantidades suficientes del tipo correcto de extintores y equipo auxiliar como mangueras, hidratantes y rociadores, a fin de lidiar con los diversos tipos de riesgos de incendio en la instalación. o El equipo de extinción debe ubicarse cerca de los puntos probables de incendio, pero no tan cerca que se dañen o no se les pueda usar durante un incendio. Los extintores a base de agua no deben ubicarse cerca del equipo eléctrico ni utilizarse en este tipo de equipo. Debe demarcarse el área donde será ubicado de acuerdo a normativa vigente. Además, debe considerarse: Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2162355439
▪ Ubicaciones marcadas de manera clara y uniforme. ▪ Visible sobre posibles obstrucciones. ▪ Acceso al equipo libre de obstrucción. ▪ Cantidad, tipo y números indicados en un plano. ▪ Calidad, confiabilidad e integridad del equipo. • El almacenamiento de líquidos inflamables en las áreas de construcción debe realizarse en recintos a prueba de fuego, con un pretil suficiente para contener cualquier derrame. Forma de control y seguimiento • Se mantendrán copias de las Autorizaciones Sanitarias de la Bodega de Repuestos y Bodega de RESPEL. • Se mantendrá un registro de inspección de bodegas.
• Registro de capacitación a los trabajadores en procedimientos de trabajo seguro para las actividades que puedan presentar riesgos de incendios. Referencia a documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada Capítulo 8 del EIA. Anexo 8 de la Adenda. Acciones o medida a implementar para controlar la emergencia Procedimiento al principio de un Incendio • Mantenga la calma. • Identifique el tipo de emergencia. • Informe la emergencia a los encargados establecidos y a las personas que se encuentre cerca de la zona afectada, el tipo y lugar de la emergencia. • Si tiene al alcance un pulsador de alarma de incendio, actívelo. • Si está entrenado, realice una primera intervención con los extintores portátiles. • Si conoce el proceso corte fuentes de suministros y/o de energía eléctrica. • Si se ve sobrepasado, evacúe el área siguiendo las vías señalizadas. Procedimiento frente un incendio • Mantenga la calma. • Identifique el tipo de emergencia. • Informe la emergencia a los encargados establecidos y a las personas que se encuentre cerca de la zona afectada, el tipo y lugar de la emergencia. • Si tiene al alcance un pulsador de alarma de Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2162355439
incendio, actívelo. • Si conoce el proceso corte fuentes de suministros y de energía eléctrica. • Evacúe el área siguiendo las vías señaladas. • Si no es posible controlar la situación se dará aviso inmediato a Bomberos y se evacuará a los trabajadores hacia las zonas de seguridad. • Se inspeccionará el área verificando la presencia de heridos. Si este fuera el caso se trasladará de inmediato hasta un centro asistencial. • Se deberá investigar las causas del siniestro • Sólo podrán reactivarse las actividades una vez que el siniestro este controlado.
Oportunidad y vías de comunicación a la SMA de la activación del Plan Se informará a la SMA a través del Módulo de avisos de contingencias e incidentes dentro de las 24 horas de ocurrido el evento que se informa. Referencia a documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada Capítulo 8 del EIA. Anexo 8 de la Adenda.
14.5. Situación de riesgo o contingencia por eventos naturales (sismos) Riesgo o contingencia Ocurrencia de eventos naturales (sismos) Fase del proyecto a la que aplica Fase de construcción, operación y cierre Emplazamiento, parte, obra o acción asociada Toda el área del proyecto Acciones o medidas a implementar para prevenir la contingencia • Se realizará una charla de capacitación al personal asociado al Proyecto, por parte de los responsables de la ejecución de este Plan, sobre los riesgos naturales del área de influencia y sobre los procedimientos a seguir durante situaciones de emergencia por eventos naturales como, por ejemplo: - Protocolo de evacuación a la(a) zona(s) de seguridad del Proyecto. - Entrega de datos de contacto e información ante emergencia por eventos naturales. • Se mantendrán las áreas de trabajo en condiciones de orden y limpieza, para una rápida evacuación. • Se evitará ubicar materiales en altura sin medios de protección adecuado. • Se demarcarán las áreas de evacuación dirigidas a zona de seguridad. • Se mantendrán planos de emergencias en las diferentes áreas de la instalación, en los cuales se identificará las vías de escape, zonas de seguridad y Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2162355439
los equipos de extinción. • Se mantendrán teléfonos de emergencia en una zona visible. • Adicionalmente, el tipo de estructuras utilizadas por el Proyecto dará cumplimiento a las normativas nacionales relacionada con los riesgos de sismos. Forma de control y seguimiento • Obtención de Permiso de Edificación y Recepción de Obras. • Certificado SEC “TE1 Declaración Eléctrica de Interiores”. • Reglamento Interno de Higiene y Seguridad. El cual considerará las condiciones óptimas de trabajo.
• Registro de charla de capacitación al personal asociado al Proyecto, por parte de los responsables de la ejecución de este Plan, sobre los riesgos naturales del área de influencia y sobre los procedimientos a seguir durante situaciones de emergencia por eventos naturales Referencia a documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada Capítulo 8 del EIA. Anexo 8 de la Adenda. Acciones o medida a implementar para controlar la emergencia • Evacuación de personal mediante las salidas de emergencia, las cuales deben estar identificadas, con libre acceso y con las puertas sin seguro en todo momento. • Asignar lugar de agrupación a las personas que desalojan. Cabe señalar que es responsabilidad de todos los empleados conocer los planes de evacuación. • Una vez en las áreas de reagrupación, se verificará que estén todos los trabajadores presentes. • Cuando se declare el fin de la emergencia y si las condiciones lo permiten retornaran a su área de responsabilidad y verificarán nuevamente por lista que todos estén presentes. • En caso de una emergencia médica se notificará inmediatamente al encargado de forma tal que el paciente sea evaluado por el personal idóneo. • En caso de que la emergencia sea de tal magnitud que no permita escapar, el personal deberá refugiarse debajo de un escritorio, mesa de madera u otro mueble fuerte. Si no hay muebles, diríjase a la esquina de una oficina pequeña • Colocarse en cuclillas o sentado, agarrado del mueble y cubriéndose la cabeza y el rostro. • Alejarse de ventanas y puertas de cristal y paredes. Oportunidad y vías de comunicación a la Se informará a la SMA a través del Módulo de avisos de contingencias e incidentes dentro de las 24 horas de Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2162355439
SMA de la activación del Plan ocurrido el evento que se informa. Referencia a documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada Capítulo 8 del EIA. Anexo 8 de la Adenda.
14.6. Situación de riesgo o contingencia adoptadas en caso de riesgo por accidente con la fauna Riesgo o contingencia Electrocución y/o quemaduras, atropello, colisión, ingreso de animales a planta fotovoltaica Fase del proyecto a la que aplica Fase de construcción, operación y cierre Emplazamiento, parte, obra o acción asociada Áreas de circulación de vehículos y/o maquinaria, frentes de trabajo, instalación de faenas, sector de paneles o planta fotovoltaica, sector subestación y conductores de la línea de transmisión eléctrica Acciones o medidas a implementar para prevenir la contingencia Según la contingencia se relacione con un riesgo potencial accidente o riesgo de ingreso de un animal al sector de la planta fotovoltaica que puede derivar en este, las acciones y medidas a tomar para prevenir serán: ➢ Riesgo de accidentes con la fauna Riesgo de electrocución y/o quemaduras • El centro de transformadores será cercado, el cableado será entubado o subterráneo, sin quedar cables expuestos, y se mantendrá una disposición y/o distancia entre conductores y aisladores asociados a la línea de trasmisión eléctrica (LTE) que evita este riesgo. • Se realizarán revisiones y/o mantenciones anuales del funcionamiento de los conductores y particularmente de los aisladores, de tal manera que no presenten desperfectos que puedan generar una exposición a la electrocución, en especial en el caso de las aves. • Se realizarán revisiones y/o mantenciones anuales al cerco del centro de trasformadores y tuberías o sectores subterráneos asociados al cableado, de tal manera de identificar si alguno de estos se encuentra expuesto con el potencial de generar una exposición a la electrocución. Riesgo de atropello • Se generará lineamientos para los trabajadores orientados a la protección de fauna silvestre. Mediante la utilización de señalética, material y orientación educativa se capacitará a todo trabajador del proyecto. El compromiso se justifica dado que resulta una herramienta complementaria que apunta a la protección de especies silvestres. Habrá charlas de capacitación. Las charlas estarán a cargo de uno o más relatores, profesionales especialistas en fauna silvestre, competentes y con conocimiento en las materias a tratar, lo cual estará respaldado por sus antecedentes curriculares.
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• Un especialista en fauna silvestre identificara (con los antecedentes de la línea de base, y estudios complementarios), aquellos sectores con mayor ocurrencia y/o presencia de fauna silvestre asociado a las actividades del Proyecto. • Se instalará señalética con mayor frecuencia en sectores con más alta probabilidad de avistamiento de fauna. Esta señalética será instalada en caminos y/o sectores de tránsito, y se basarán en la Ley de Tránsito (Ley N° 18.290/2009) y el Manual de Señalización de Tránsito (aprobado mediante el decreto N° 78/2012), el cual contiene las señales y las especificaciones de diseño. • La señalética deberá estar presente de manera previa a la fase de construcción, y durante todas las fases, según sea temporal o permanente. • Se establecerán restricciones de velocidad de circulación de vehículos y/o maquinaria: 20 km/h en sitios de interés para fauna o inidentificados con mayor ocurrencia de desplazamiento de fauna, y 30 km/h en otros sectores. • Se establecerá la prohibición de la circulación de vehículos y maquinaria fuera de los caminos habilitados o fuera de sectores proyectados para ser intervenidos. • El Titular exigirá, tanto a los empleados como a las empresas prestadoras de servicios, la prohibición de alimentar especies de fauna doméstica y silvestre, de tal manera de evitar que esta se acerque a los frentes de trabajo. • En caso de que cualquier trabajador observe un animal dentro del área de influencia del Proyecto bajo una circunstancia potencial de riesgo (de acuerdo a información entregada en capacitación y/o inducción), deberá indicar al supervisor ambiental en qué circunstancias se encuentra el animal (lugar y condiciones del entorno). El Supervisor ambiental deberá analizar si la situación en la que se encuentra el individuo es de riesgo o no. Si la situación es de riesgo deberá controlar y/o manejar la fuente de riesgo de tal manera de asegurar la seguridad del animal. • Cualquier trabajador que observe un ejemplar de alguna especie de fauna silvestre, en el camino (o sectores asociados al camino) y desde un vehículo en movimiento, deberá disminuir la velocidad, encender las luces intermitentes y dar aviso al encargado ambiental y a los conductores que pudieran transitar por dicha área. El vehículo podrá transitar a velocidad moderada y con las luces intermitentes encendidas hasta que se haya superado largamente (200 metros) el punto de intersección entre la línea de progresión del animal y el camino.
• Se realizará capacitaciones a todo el personal Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2162355439
respecto de estas medidas. Para lo anterior, un experto en el manejo de fauna silvestre, realizará una charla de capacitación de manera previa a la incorporación de los trabajadores a las distintas fases del Proyecto. Un trabajador no podrá participar en las fases del Proyecto, si no ha recibido la capacitación. En estas se deberán dar los lineamientos para prevenir la ocurrencia de accidentes (incluido en el compromiso voluntario “Educación y/o capacitación de los trabajadores en materia de fauna”), considerando los siguientes aspectos: - Dar a conocer las especies presentes en el área del Proyecto, indicando aquellas con mayor probabilidad de sufrir un accidente. - Dar a conocer las áreas identificadas con mayor ocurrencia de individuos, o mayor riesgo, que se asocien con actividades del Proyecto. - Dar a conocer las fuentes de riesgo y como controlarlas para evitar accidentes con la fauna.
Riesgo de colisión • Se realizarán revisiones y/o mantenciones anuales del funcionamiento de los dispositivos anticolisión en cada uno de los sectores donde fueron instalados. Los factores que considerar en cada revisión se basarán en las características de los disuasores de vuelo y su relación con las estructuras y el medio ambiente. Estos serán: - Que reflejen la luz del sol, mantengan su visibilidad durante el día y la noche, y en condiciones de neblina o baja luminosidad. - Que mantenga su brillo hasta 10 horas después de la puesta de sol, y/o bajo condiciones de poca luz. - Que se balancee con el viento, y que su mecanismo de sujeción no deba moverse más de lo necesario. - Que se mantenga con el distanciamiento adecuado (3 metros entre sí). - Que no dañe el conductor en el lugar donde se instala. - Que no cause efecto corona (fenómeno eléctrico que producen los conductores de las líneas de alta tensión, que se manifiesta como halo luminoso a su alrededor). - Que el mecanismo que forma parte del conector no emita zumbidos. • En caso de que alguno de los factores señalados no se encuentre funcionando de manera óptima, se deberá realizar el recambio del dispositivo y/o ajustar su funcionamiento, llevándose un registro semestral de Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2162355439
esto. • Riesgo de ingreso de animales al área del proyecto y/o planta fotovoltaica ➢ Control de ingreso de animales al área del Proyecto - Se controlará el ingreso de animales domésticos (perros y gatos) y de animales asociados a las actividades ganaderas que puedan manifestarse en el área de influencia del Proyecto, minimizando la acción predatoria sobre especies de fauna nativa presentes en dicha área y disminuyendo el riesgo asociado al ganado. Se controlará el ingreso de animales domésticos por parte de los trabajadores y/o contratistas.
- Se realizará capacitaciones a todos los trabajadores indicando la importancia del cuidado y control de ingreso de animales al área del Proyecto, y las medidas asociadas a esto (Anexo 13. Compromisos voluntarios actualizados, medida “Educación y/o capacitación de los trabajadores en materia de fauna”).
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Durante todas las fases del Proyecto deberá haber un trabajador y/o encargado responsable del control del ingreso de animales, realizando o delegando las medidas precautorias.
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En los pórticos de entrada al área del Proyecto, se realizará se mantendrá un control para evitar el ingreso de animales domésticos y/o silvestres, esto se realizará permanentemente en los pórticos de ingreso durante todas las fases del Proyecto. Para el ganado se realizarán rondas en el área para identificar números de crotales y posible identificación de propietarios. Así bien habrá medidas asociadas específicamente a los sectores de paneles o planta fotovoltaica.
- Se realizarán rondas alrededor del área del Proyecto, con el objetivo de identificar ganado o animales domésticos que estén cercanos a esta, y así estar al tanto de su presencia y extremas las precauciones y/o el control de ingreso.
- Se deberá conocer a aquellos propietarios de animales y/o personas que realizan las actividades de ganadería, de tal manera de poder coordinar y/o contactar con ellos ante cualquier situación que pueda estar significando un riesgo de ingreso de algún animal al área del Proyecto.
- Se deberá tener instancias de reunión y/o comunicación con los dueños o encargados de los animales.
- Se deberá tener en consideración la identificación de los animales, si estos cuentan con ella (crotales), de tal manera de identificar también al propietario, y Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2162355439
comunicarse con este. - De ingresar un animal al área del Proyecto, se deberán suspender las actividades hasta que este se encuentre fuera del área, comunicándose con el propietario. - Estará prohibida la tenencia de animales domésticos al interior del Proyecto. - Estará prohibida la alimentación de animales domésticos y/o silvestres que con esto se puedan ver atraídos al interior o alrededores del área del Proyecto. - Se implementará señalética de prohibición de animales a las áreas del Proyecto. ➢ Control de ingreso de animales a planta fotovoltaica: - Se habilitará un cerco perimetral en los frentes de trabajo, evitando la entrada de animales a estos lugares. Esto impedirá el ingreso de animales domésticos menores (perros) y mayores (ganado), y así bien macromamíferos silvestres, a las áreas de paneles fotovoltaicos. - El cerco perimetral contará con características que evitarán que sea traspasado por animales domésticos menores/mayores y macromamíferos silvestres, en vista a sus consideraciones de altura, materiales, robustez de sus estructuras, profundidad de entierro de la maya, e inclinación en el extremo superior de los postes. Lo señalado se detalla a continuación: ➢ Altura de 2 metros ➢ Maya simple torsión galvanizada de trama 40/14. ➢ Malla enterrada considerando una profundidad de 50 cm aprox. bajo tierra. ➢ Postes de tubo de acero galvanizado de 48 mm de diámetro, y recibido de postes con hormigón. ➢ Postes con remate superior inclinado 30° del mismo diámetro y 40 cm. ➢ Puertas de acero galvanizado, con apertura de al menos 6 metros. - Las puertas de ingreso al área de paneles deberán mantenerse cerradas una vez entre o salga personal, considerando un candado o sistema de cierre seguro.
- Se realizarán revisiones y/o mantenciones anuales del cerco perimetral, de tal manera que no presente desperfectos que permitan el ingreso de los animales Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2162355439
al área de paneles. - En las capacitaciones se indicará la importancia del cuidado de los sectores de entrada y salida (Anexo 13. Compromisos voluntarios actualizados, medida “Educación y/o capacitación de los trabajadores en materia de fauna”). • Se implementará señalética de prohibición de animales a las áreas del Proyecto.
Forma de control y seguimiento • Señalética que indique la presencia de fauna y velocidad máxima de conducción. • Registro de revisiones y/o mantenimiento de dispositivos anticolisión. • Registro de revisiones y/o mantenimiento de cables conductores, aisladores y de aquellas estructuras que protegen o evitan la electrocución. • Registro de la coordinación y/o contacto con los propietarios de animales domésticos cercanos al área del Proyecto. • Registro de revisiones y/o mantenimiento de cerco perimetral y cierre seguro de puertas. • Registros del profesional especialista en fauna silvestre a cargo de las capitaciones, y las temáticas abordadas en la prevención de contingencias. Registro de la participación de los trabajadores en la capacitación, con resultado de evaluación positivo (prueba). Referencia a documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada Capítulo 8 del EIA. Anexo 8 de la Adenda. Acciones o medida a implementar para controlar la emergencia Según lo anterior, las emergencias a controlar serán aquellas asociadas con un accidente con la fauna (electrocución, atropello y colisión) y con el ingreso de animales al área de paneles (planta fotovoltaica) que pueda derivar en un accidente. ➢ Accidentes con la fauna Frente a la ocurrencia de un accidente, se consideran acciones inmediatas y acciones posteriores a este, según se desarrolló a continuación: • Acciones y consideraciones inmediatas para el manejo del accidente 1. Identificar la ubicación del animal, y establecer un perímetro de al menos 50 – 100 metros, que garantice la seguridad y tranquilidad del animal frente a las actividades asociadas al Proyecto. 2. Evaluar suspender cualquier actividad que se desarrolle dentro del perímetro establecido o genere Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2162355439
niveles de ruido evidentemente estresante. 3. Evitar cualquier aglomeración alrededor del animal, considerando idealmente un máximo de dos personas.
- Evitar cualquier movimiento o manejo del animal accidentado, a no ser que se encuentre en una condición de riesgo u lo indique un profesional con experiencia en el manejo de fauna silvestre.
- Dar aviso inmediato al encargado ambiental para entregar los antecedentes del accidente (lugar, condición del animal, fotografía, etc.).
- Recibido el aviso del trabajador, el encargado ambiental deberá dar y reforzar las instrucciones necesarias frente al animal accidentado (establecer perímetro, identificar factores estresantes, necesidad de suspensión de actividades, no mover al ejemplar, e indicar coordinación de atención inmediata en el sitio del accidente).
- El encargado ambiental determinará si las actividades laborales se mantienen, suspenden o reanudan, y bajo qué tiempos y condiciones, de acuerdo al desarrollo de los acontecimientos.
- El encargado ambiental deberá comunicarse con las siguientes personas y/o entidades: • Informar la emergencia a todos los trabajadores que se encuentre o se vayan a encontrar cercanos al lugar del accidente, entregando las instrucciones inmediatas (a través de radio, teléfono, u otro). • Contactarse con el centro de rehabilitación disponible y más cercano, con el cual ya se habrá generado una coordinación previa en caso de este tipo de eventos. En este caso un profesional con experiencia en el manejo de fauna silvestre podrá dirigirse al lugar y/o entregar instrucciones, y determinar la necesidad de trasladar o no al ejemplar al centro de atención. • Dar aviso inmediato del accidente al Servicio Agrícola y Ganadero (SAG) sectorial que tenga jurisdicción en la zona del accidente, antes de transcurridas las próximas 24 horas de ocurrido el evento, considerando el horario de atención más próximo al momento del accidente. Se entregarán los antecedentes solicitados relacionados al accidente. • Dar aviso inmediato del accidente a la Superintendencia de Medio Ambiente (SMA) dentro de las 24 horas de ocurrido. 10. Los centros de rehabilitación de fauna considerados para trasladar al animal accidentado serán los señalados en la Tabla 8-11 Anexo 8 Adenda.
- En caso de ocurrir un accidente con un animal Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2162355439
doméstico, se deberá dar aviso inmediato al dueño del animal, y así bien prestarle atención medica en el lugar y/o en un centro médico veterinario. Para esto se deberán conocer previamente a aquellos propietarios de animales y/o personas que realizan las actividades de ganadería, de tal manera de poder coordinar y/o contactarse con ellos ante cualquier situación de este tipo. 10. Los procedimientos, acciones y medidas a aplicar serán informados a los trabajadores en las charlas de capacitación. 11. En caso de no estar el encargado ambiental presente para participar en cualquiera de las etapas del procedimiento, deberá siempre dejar delegada su función a un tercero que puedan contactar los trabajadores frente a un accidente. • Acciones y consideraciones posteriores al manejo del accidente 1. El encargado ambiental deberá estar coordinado con el centro de rehabilitación, dar seguimiento al animal durante su recuperación y reinserción a su hábitat y/o permanencia definitivamente en un centro de rehabilitación. 2. El encargado ambiental deberá dar seguimiento y respuesta a la necesidad de insumos para la recuperación o destino final del animal.
- Todos los procedimientos de coordinación y costos ocasionados serán de cargo del Titular del Proyecto (traslados, insumos para la recuperación, lugar de recuperación, entre otros). Considerando con esto aquellos asociados a la reinserción al hábitat o la permanecía del animal en el centro de rehabilitación.
- El encargado ambiental deberá generar un informe del evento a partir de una Ficha Tipo de Accidente con mamíferos y/o aves, la que se irá complementando o actualizando en la medida que evolucione la recuperación del animal. La ficha tipo se muestra en la tabla más abajo, y así bien se indica su contenido a continuación: ➢ Antecedentes del accidente
- Fecha del accidente
- Sector/lugar
- Coordenadas (UTM,WGS84)
- Animal accidentado (especie)
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Estado del animal accidentado Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2162355439
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Causa del accidente
- Descripción del accidente (forma en que ocurrió, involucrados)
- Responsable o encargado ambiental
- Se suspenden o no actividades
- Indicación de acciones inmediatas para el manejo del accidente: acciones tomadas hasta la recepción del ejemplar por el centro de rehabilitación u otra entidad preparada. ➢ Canales de comunicación activados de manera inmediata
- Aviso a trabajadores
- Aviso a Servicio Agrícola y Ganadero (SAG) regional
- Aviso a Superintendencia de Medio Ambiente (SMA)
- Centro de rehabilitación de fauna ➢ Destino del animal accidentado
- Centro de rehabilitación
- Recepción del animal accidentado
- Profesional o medico veterinaria (o) encargada (o)
- Fecha de recepción del animal accidentado
- Estado del animal accidentado al momento de su recepción ➢ Seguimiento de la recuperación del animal (información que se va actualizando)
- Profesional o medico veterinaria (o) encargada (o)
- Diagnostico medico
- Condición y/o evolución del animal
- Días en recuperación
- Necesidad y/o entrega de recursos e insumos por parte del Titular ➢ Medidas y/o procedimientos reforzados
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Se refuerzan medidas y procedimientos de prevención Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2162355439
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Descripción (¿a quién fue dirigido?, ¿cómo se hizo?, ¿que fue reforzado?). ➢ Destino final del animal recuperado (información que se va actualizando)
- Reinserción del animal a su hábitat
- Describir sector/lugar
- Aviso al Servicio Agrícola y Ganadero (SAG) (Canal de comunicación/fecha)
- Encargado (s) del centro de rehabilitación
- Medico veterinaria (o) que da de alta
- Encargado (s) por parte del Titular
- Otros presentes (ej. SAG, SMA u otro)
- Marcaje del animal
- Descripción de liberación del animal
- Continuo seguimiento
- Descripción del seguimiento
- Observaciones
- Permanencia en centro de rehabilitación
- Fecha Centro de rehabilitación de fauna
- Aviso al Servicio Agrícola y Ganadero (SAG) (Canal de comunicación/fecha)
- Encargado (s) del centro de rehabilitación (Canal de comunicación/fecha)
- Medico veterinaria (o) que da de alta
- Encargado (s) por parte del Titular (Canal de comunicación/fecha)
- Razón de permanencia
- Descripción del estado y/o lugar de permanencia
- Compromisos del Titular para mantención y/o seguimiento del animal
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Observaciones ➢ Informes a la autoridad Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2162355439
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Aviso al Servicio Agrícola y Ganadero (SAG)
- Aviso a la Superintendencia del Medio Ambiente (SMA)
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Con respecto a la entrega Informes a la autoridad, estos contendrán los antecedentes levantados en la Ficha tipo de Accidente, entregándose a la Superintendencia del Medio Ambiente (SMA) y al Servicio Agrícola y Ganadero (SAG) regional. así bien se realizará un Aviso al SAG regional cuando el animal este recuperado y se decida la reinserción en su hábitat o la permanencia en el centro de rehabilitación. Lo señalado según la siguiente oportunidad y frecuencia: ➢ Posterior al accidente: envió de informe dentro de 30 días hábiles posteriores ha ocurrido el accidente. ➢ Durante la recuperación: envió de informe dentro de 60 días hábiles posterior al ingreso del animal al centro de rehabilitación. De permanecer el animal en recuperación en el centro de rehabilitación se enviará un informe cada 30 días hábiles considerando la fecha del último envió, mientras dure la etapa de recuperación. ➢ Animal recuperado o de alta: envió de informe dentro de 30 días hábiles posterior a que se indique por parte del profesional o médico tratante el alta del animal. ➢ Aviso al SAG regional: aviso de la decisión de reinserción del animal a su hábitat o permanencia en centro de rehabilitación, dentro de 5 días hábiles de dada su alta por parte del profesional o médico tratante. ➢ Reinserción al hábitat o permanencia en centro de rehabilitación: envio de informe dentro de los 30 días hábiles tras haber reinsertado el animal en su hábitat. De permanecer el animal en el centro de rehabilitación, se enviará un informe a los 30, 60 y 90 días de iniciada esta.
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La Ficha tipo de accidente deberá estar disponible para ser consultada por la autoridad cuando corresponda.
- En caso de no estar el encargado ambiental presente para participar en cualquiera de las etapas del procedimiento, deberá siempre dejar delegada su función a un tercero. Ver Tabla 8-12. Ficha tipo de accidente con la fauna, del Anexo 8 de la Adenda.
➢ Ingreso de animales al área de paneles Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2162355439
- Identificar animal (macromamíferos doméstico o silvestre), y el lugar o sector donde se encuentra en el área de paneles.
- Establecer un perímetro de al menos 50 – 100 metros, que garantice la seguridad y tranquilidad del animal frente a las actividades asociadas al Proyecto.
- Identificar el sector de ingreso del animal al área de paneles, de tal manera evitar y controlar el potencial ingreso de más animales.
- Evaluar suspender cualquier actividad que se desarrolle dentro del perímetro establecido o genere niveles de ruido evidentemente estresante.
- Evitar cualquier aglomeración inmediata o acercamiento brusco alrededor del animal, a no ser que se encuentre en una condición de riesgo inminente.
- Dar aviso inmediato al encargado ambiental.
- El encargado ambiental deberá reforzar las instrucciones anteriormente señaladas para evitar el estrés del animal, verificando que se estén cumpliendo.
- Ya controlado los factores estresantes, y en función a la ubicación del animal, se deberán identificar aquellos sectores en donde se debe evitar el movimiento del animal y la salida más adecuada para sacarlo.
- Se estimulará el movimiento del animal hacia la salida seleccionada, a partir de un acercamiento gradual, evitando generar stress en el animal.
- Una vez fuera del área de paneles se mantendrá la estimulación del movimiento del animal a partir del acercamiento gradual, hasta que se encuentre a una distancia mayor a los 100 metros o esta sea segura.
- Luego de manejada la contingencia, se realizará una revisión de las causas de lo ocurrido y el procediendo aplicado. Se revisará el estado del cerco perimetral y/o lugar de ingreso.
- Se reforzarán medidas y/o procedimientos considerados para evitar el ingreso de animales al sector de paneles.
- El encargado ambiental deberá completar una ficha en donde indique, fecha, hora, responsable, causas, procedimiento aplicado (identificación del animal, establecer perímetro, identificar factores estresantes, necesidad de suspensión de actividades, entre otros) y medidas y/o procedimientos reforzados.
- La ficha deberá estar disponible para ser Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2162355439
consultada por la autoridad cuando corresponda. 15. De ocurrir un accidente con un animal derivado del ingreso a la planta fotovoltaica, se realizará lo señalado en ítem anterior Accidentes con la fauna. 16. En caso de no estar el encargado ambiental presente para participar en cualquiera de las etapas del procedimiento, deberá siempre dejar delegada su función a un tercero.
Oportunidad y vías de comunicación a la SMA de la activación del Plan Se informará a la SMA a través del Módulo de avisos de contingencias e incidentes dentro de las 24 horas de ocurrido el accidente. Referencia a documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada Capítulo 8 del EIA. Anexo 8 de la Adenda.
14.7. Situación de riesgo o contingencia de contingencias adoptadas en caso de riesgo de remoción en masa Riesgo o contingencia Remoción en masa. Fase del proyecto a la que aplica Fase de construcción, operación y cierre Emplazamiento, parte, obra o acción asociada Toda el área del proyecto Acciones o medidas a implementar para prevenir la contingencia • Evitar hacer rellenos o cortes en terrenos de pendiente fuerte, restringiéndose estas actividades estrictamente a lo planificado. • No excavar la base de laderas empinadas. • El emplazamiento de las instalaciones de faenas se realizará fuera de las áreas con riesgo de flujos de barro y avalanchas. • Se definirán zonas de seguridad y se elaborará un Plan de Evacuación de Emergencia, el cuál será verificado y controlado en cumplimiento por parte del asesor en prevención de riesgos del Titular. • Se capacitará y entrenará a personal en labores de rescate y emergencia, conforme a las obligaciones de los Comités Paritarios y departamentos de Prevención de Riesgos respectivos. Forma de control y seguimiento • Revisión de la planificación de actividades de cortes y rellenos en laderas. • Revisión de registros de asistencia a charlas de capacitación. Referencia a documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada Capítulo 8 del EIA. Anexo 8 de la Adenda. Acciones o medida a implementar para controlar la emergencia • Se dará aviso de inmediato al jefe de la obra quien informará a los encargados de prevención de riesgos y a la brigada de emergencia. • Dependiendo de la magnitud del evento, se paralizarán inmediatamente las obras y si es pertinente Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2162355439
se evacuará a todo el personal, hasta áreas seguras. Sólo podrán activarse las faenas de construcción cuando la ONEMI o carabineros hayan informado al Jefe de Obras de que el área se encuentra fuera de peligro. • Se activará el plan de comunicaciones, que especifica según la magnitud del evento. La información se obtendrá de los organismos estatales (ONEMI, Intendencias, etc.). • Inmediatamente se delimitará un área de restricción, donde sólo podrán ingresar personal entrenado. • Personal entrenado, inspeccionará el lugar del accidente, verificando que no existan heridos en el área. • En caso de registrarse heridos por este accidente, éstos serán llevados a un centro asistencial. • Un especialista en prevención de riesgo inspeccionará el área, demarcando las áreas de riesgo. El profesional determinará si es conveniente relocalizar las instalaciones. Si este fuera el caso, se informará a las autoridades pertinentes. Oportunidad y vías de comunicación a la SMA de la activación del Plan En caso de emergencia se comunicará a la SMA a través de la página web, sistema de seguimiento de RCA. De acuerdo con la gravedad de la emergencia, se comunicará adicionalmente mediante contacto telefónico, según lo indicado en el presente documento. Referencia a documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada Capítulo 8 del EIA. Anexo 8 de la Adenda.
14.8. Situación de riesgo o contingencia de contingencias adoptadas en caso de riesgo por accidente de tránsito asociados al Proyecto y actividad arriera Riesgo o contingencia Accidente de tránsito asociado al tránsito vehicular y actividad arriera Fase del proyecto a la que aplica Fase de construcción, operación y cierre Emplazamiento, parte, obra o acción asociada Áreas de circulación de vehículos y/o maquinaria Acciones o medidas a implementar para prevenir la contingencia • Los vehículos cumplirán con la legislación de tránsito aplicable, como contar con revisión técnica al día, seguros vigentes, permiso de transporte vigente, reglamentación de transporte de personal, etc. • Se implementará la señalización adecuada en el área de construcción y bandereros en las intersecciones que presenten mayor riesgo de accidente, las que serán identificadas por el experto en Prevención de Riesgos en la faena. • El peso de los camiones cargados con equipos o materiales no excederá los máximos permitidos de acuerdo con las rutas que se estén utilizando. En caso contrario, se obtendrán los permisos correspondientes Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2162355439
de la Dirección de Vialidad en cada caso. • Los atraviesos peatonales existentes se mantendrán permanentemente habilitados durante la ejecución de las obras. • Se dispondrá señalización especial en los lugares de acceso a las áreas de trabajos. Para ello se utilizarán elementos tales como: señales, barreras, luces intermitentes eléctricas y cilindros delineadores. • En toda la vialidad inmediatamente cercana al Proyecto, la velocidad se restringirá a 30 km/h y se estipulará en los respectivos Planes específicos de Obras. • La maquinaria y vehículos que operen en las áreas de trabajo se mantendrán en óptimas condiciones de funcionamiento. • Se mantendrá comunicación directa con agrupaciones de arrieros que utilizan el camino del Proyecto, para coordinar días y horarios en que se desplazarán por la vía, información que se traspasará a trabajadores. Forma de control y seguimiento • Instalación de dicha señalética y su mantención durante toda la fase de construcción • Se mantendrá registro de las capacitaciones de seguridad vial. • Se mantendrá registro de las licencias de conducir de los conductores asociados al proyecto.
• Registro de comunicación directa con agrupaciones de arrieros que utilizan el camino del Proyecto, para coordinar días y horarios en que se desplazarán por la vía, información que se traspasará a trabajadores. Referencia a documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada Capítulo 8 del EIA. Anexo 8 de la Adenda. Acciones o medida a implementar para controlar la emergencia • Identifique el tipo de emergencia. • Informe la emergencia a toda persona que se encuentre cerca de la zona afectada y a los encargados establecidos, tipo y lugar de la emergencia. • El especialista clasificará el nivel del evento (leve, serio, grave, fatal). • El especialista deberá realizar los primeros auxilios, verificar signos vitales, respiración y pulso, si no se constatan y si tiene los conocimientos realice reanimación cardiopulmonar (RCP). • Una vez controlada la situación se informará a las autoridades pertinentes. • En caso de generarse un accidente se informará Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2162355439
inmediatamente al encargado de faena, quien dará la información y ubicación a Carabineros de Chile. • En el caso de atropello de fauna se informará de inmediato al jefe superior y finalmente al encargado de HSE del Proyecto. Se prestarán todas las acciones y recursos para enviar el animal afectado a un centro de rehabilitación veterinaria a costo de la empresa. Oportunidad y vías de comunicación a la SMA de la activación del Plan Se informará a la SMA a través del Módulo de avisos de contingencias e incidentes dentro de las 24 horas de ocurrido el evento que se informa. Referencia a documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada Capítulo 8 del EIA. Anexo 8 de la Adenda.
15°. En el Anexo de la presente Resolución de Calificación Ambiental disponible en el expediente electrónico del Proyecto, se presenta el Capítulo de Participación Ciudadana.
16°. Que, el Titular deberá remitir a la Superintendencia del Medio Ambiente la información respecto de las condiciones, compromisos o medidas, ya sea por medio de monitoreos, mediciones, reportes, análisis, informes de emisiones, estudios, auditorías, cumplimiento de metas o plazos, y en general cualquier otra información destinada al seguimiento ambiental del Proyecto, según las obligaciones establecidas en la presente Resolución de Calificación Ambiental y las Resoluciones Exentas que al respecto dicte la Superintendencia del Medio Ambiente. De igual forma, y a objeto de conformar el Sistema Nacional de Información de Fiscalización Ambiental (SNIFA), el Registro Público de Resoluciones de Calificación Ambiental y registrar los domicilios de los sujetos sometidos a su fiscalización en conformidad con la ley, el Titular deberá remitir en tiempo y forma toda aquella información que sea requerida por la Superintendencia del Medio Ambiente a través de las Resoluciones Exentas que al respecto ésta dicte.
17°. Que, el Titular deberá informar a la Superintendencia del Medio Ambiente la realización de la gestión, acto o faena mínima que da cuenta del inicio de la ejecución de obras, a que se refiere el Considerando 4.1 de la presente Resolución.
18°. Que, con el objeto de dar adecuado seguimiento a la ejecución del Proyecto, el Titular deberá informar a la Superintendencia del Medio Ambiente, al menos con una semana de anticipación, el inicio de cada una de las fases del Proyecto, de acuerdo a lo indicado en la descripción del mismo.
19°. Que, la Superintendencia del Medio Ambiente, de oficio o a petición de parte o de algún organismo sectorial, podrá aprobar, modificar o complementar el contenido del plan de seguimiento de las variables ambientales y, en general, cualquier otro mecanismo establecido en la respectiva resolución de calificación ambiental que tenga dicho objeto, con el fin de asegurar, en el transcurso del tiempo, que el seguimiento de las variables ambientales cumpla con su objetivo de forma eficiente y eficaz
20°. Que, para que el proyecto “Parque Solar Cordillera” pueda ejecutarse, deberá cumplir con todas las normas vigentes que le sean aplicables.
21°. Que, el Titular deberá informar inmediatamente a la Dirección Regional del SEA, Región Metropolitana de Santiago y a la Superintendencia del Medio Ambiente, la ocurrencia de impactos ambientales no previstos en el EIA, asumiendo inmediatamente las acciones necesarias para abordarlos.
22°. Que, el Titular del Proyecto deberá comunicar inmediatamente y por escrito a la Dirección Regional del SEA, Región Metropolitana de Santiago, la ocurrencia de cambios de titularidad, representante legal, domicilio y correo electrónico, de acuerdo a lo establecido en el inciso tercero del artículo 162 y artículo 163, ambos del Reglamento del SEIA.
23°. Que, se hace presente al Titular que cualquier modificación al Proyecto que constituya un cambio de consideración en los términos definidos en el artículo 2° letra g) del Reglamento del SEIA, deberá someterse al SEIA. Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2162355439
24°. Que, todas las medidas, condiciones, exigencias y disposiciones establecidas en la presente Resolución son de responsabilidad del Titular, sean implementadas por éste directamente o a través de un tercero.
RESUELVO:
1°. Calificar favorablemente el Estudio de Impacto Ambiental del proyecto “Parque Solar Cordillera”, de ECO SANTIAGO SPA.
2°. Certificar que el proyecto “Parque Solar Cordillera” cumple con la normativa de carácter ambiental aplicable.
3°. Certificar que el proyecto “Parque Solar Cordillera” cumple con los requisitos de carácter ambiental contenidos en los permisos ambientales sectoriales que se señalan en los artículos 132, 138, 139, 140, 142, 146, 153, 156, y 160 del D.S. Nº40/2012 del Ministerio del Medio Ambiente, Reglamento del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental.
4°. Certificar que la Secretaría Regional Ministerial de Salud de la Región Metropolitana de Santiago, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 161 del Reglamento del SEIA, calificó la Planta Fotovoltaica como “Inofensiva”
5°. Certificar que el proyecto “Parque Solar Cordillera” se hace cargo adecuadamente de los efectos, características y circunstancias establecidos en el artículo 11 letra b), d) y f) de la Ley N° 19.300, al proponer medidas de mitigación reparación y compensación adecuadas a tal efecto.
6°. Definir como gestión, acto o faena mínima del Proyecto, para dar cuenta del inicio de su ejecución de modo sistemático y permanente, a los mencionados en el considerando 4.1 del presente acto.
7°. Hacer presente que contra esta Resolución es procedente el recurso de reclamación de acuerdo a los artículos 20 y 29 de la Ley Nº 19.300, ante el Comité de Ministros. El plazo para interponer este recurso es de treinta días contados desde la notificación del presente acto.
Notifíquese y Archívese
Constanza Paz Martínez Gil Intendente Presidente Comisión de Evaluación Región Metropolitana de Santiago
Arturo Nicolás Farías Alcaíno Director Regional Servicio de Evaluación Ambiental Secretario Comisión de Evaluación Región Metropolitana de Santiago
Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2162355439 Firmado por: Arturo Nicolás Farías Alcaíno Fecha: 14/06/2024 21:28:52 CLT Constanz a Paz Martínez Gil Firmado digitalmente por Constanza Paz Martínez Gil Fecha: 2024.06.17 10:50:43 -04'00'
JGM/BVG/JMM/CRC
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Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url Eduardo Guzmán edoguzman_cl@yahoo.com Superintendencia del Medio Ambiente contactorca@sma.gob.cl CONAF, Región Metropolitana de Santiago rodrigo.illesca@conaf.cl DGA, Región Metropolitana de Santiago <> DOH, Región Metropolitana de Santiago maria.valdes@mop.gov.cl Gobierno Regional, Región Metropolitana gelgueta@gobiernosantiago.cl Gobierno Regional 0@0.cl Ilustre Municipalidad de Colina isabel.valenzuela@colina.cl Ilustre Municipalidad de Lo Barnechea alcaldia@lobarnechea.cl SAG, Región Metropolitana de Santiago claudio.ternicier@sag.gob.cl SEC, Región Metropolitana de Santiago ladiaz@sec.cl SEREMI de Agricultura, Región Metropolitana de Santiago monserrat.candia@minagri.gob.cl SEREMI de Bienes Nacionales, Región Metropolitana de Santiago ahidalgo@mbienes.cl SEREMI de Desarrollo Social y Familia, Región Metropolitana de Santiago lestivales@desarrollosocial.cl SEREMI de Energía, Región Metropolitana de Santiago imoran@minenergia.cl SEREMI de Minería, Región Metropolitana de Santiago fcavieres@minmineria.cl SEREMI de Salud, Región Metropolitana de Santiago gonzalo.soto.brandt@redsalud.gob.cl SEREMI de Transportes y Telecomunicaciones, Región Metropolitana de Santiago fhernandezj@mtt.gob.cl SEREMI de Vivienda y Urbanismo, Región Metropolitana de Santiago ccasanovar@minvu.cl SEREMI Medio Ambiente, Región Metropolitana de Santiago sreyes@mma.gob.cl SEREMI MOP Región Metropolitana de Santiago robinson.valdebenito@mop.gov.cl Servicio de Vivienda y Urbanización SERVIU, RM racosta@minvu.cl Servicio Nacional Turismo, Región Metropolitana de Santiago cbravo@sernatur.cl Consejo de Monumentos Nacionales ebrevis@monumentos.gob.cl Corporación Nacional de Desarrollo Indígena <lpenchuleo@conadi.gov.cl, emunoz@conadi.gov.cl> Servicio Nacional de Geología y Minería andres.leon@sernageomin.cl,sea@sernageomin.cl Subsecretaría de Pesca y Acuicultura csilva@subpesca.cl,cristianac@subpesca.cl,rhager@subpesca.cl Superintendencia de Servicios Sanitarios vvergara@siss.gob.cl CC: Oficina de Partes pcisternas.rm@sea.gob.cl Superintendencia del Medio Ambiente contactorca@sma.gob.cl Oficial de Partes de la Región eva.astudillo@sea.gob.cl https://validador.sea.gob.cl/validar/2162355439