Parque Solar Fotovoltaico Curacaví
REPÚBLICA DE CHILE COMISIÓN DE EVALUACIÓN Región Metropolitana de Santiago
Califica Ambientalmente el proyecto “Parque Solar Fotovoltaico Curacaví”
Santiago
VISTOS:
1°. La Declaración de Impacto Ambiental (DIA), admitida a trámite con fecha 27 de marzo de 2020, mediante Resolución Exenta N° 194/2020 de la Comisión de Evaluación de la Región Metropolitana de Santiago, su Adenda de fecha 05 de octubre de 2020 y su Adenda Complementaria de fecha 11 de febrero de 2021, del proyecto “Parque Solar Fotovoltaico Curacaví”, presentado por ORION POWER S.A.
2°. Los pronunciamientos y observaciones de los órganos de la administración del Estado que, sobre la base de sus facultades legales y atribuciones, participaron en la evaluación de la DIA, y que se detallan en el Capítulo 3 del Informe Consolidado de Evaluación (ICE) de la DIA del proyecto “Parque Solar Fotovoltaico Curacaví”.
3°. El Acta de Evaluación N° 06 de Sesión Nº 24 de fecha 09/11/2021, del Comité Técnico de la Región Metropolitana de Santiago.
4°. El ICE de la DIA del proyecto “Parque Solar Fotovoltaico Curacaví” de 12 de noviembre de 2021.
5°. El acuerdo de la Comisión de Evaluación de la Región Metropolitana de Santiago, de fecha 11 de marzo de 2021.
6º. Los demás antecedentes que constan en el expediente de evaluación de impacto ambiental de la DIA del proyecto “Parque Solar Fotovoltaico Curacaví”.
7°. Lo dispuesto en la Ley Nº 19.300, Sobre Bases Generales del Medio Ambiente; el D.S. Nº 40, de 2012, del Ministerio del Medio Ambiente, Reglamento del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental (en adelante “D.S. N° 40/2012, del MMA”); la Ley N° 19.880, que Establece Bases de los Procedimientos Administrativos que Rigen los Actos de los Órganos de la Administración del Estado; la Ley N° 18.575, Ley Orgánica Constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado; en el Decreto Supremo N° 558 de fecha 29 de octubre de 2019 del Ministerio del Interior y Seguridad Pública; en el artículo 80 del DFL 29/2005 que fija texto refundido, coordinado y sistematizado de la ley Nº 18.834; y en la Resolución Nº 7 de 26 de marzo de 2019, de la Contraloría General de la República, que fija normas sobre Exención del Trámite de Toma de Razón.
Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2154345393 Firmado Digitalmente por Hernán Guillermo Brucher Valenzuela Fecha: 06-12-2021 17:24:31:894 UTC -03:00 Razón: Lugar: Firmado Digitalmente por Hernán Guillermo Brucher Valenzuela Fecha: 06-12-2021 17:24:34:731 UTC -03:00 Razón: Lugar:
CONSIDERANDO:
1°. Que, ORION POWER S.A. (en adelante, el Titular), ha sometido al Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental (SEIA) la DIA del proyecto “Parque Solar Fotovoltaico Curacaví” (en adelante, el Proyecto). Los antecedentes del Titular son los siguientes:
Nombre o razón social ORION POWER S.A. Rut 76.351.385-8 Domicilio Av. Providencia 2133, of. 406 Teléfono 56 9 84561578 Nombre representante legal Ismael pablo Mena Valdés Rut representante legal 10.826.848-4 Domicilio representante legal Av. Providencia 2133 of. 710 Teléfono representante legal 56 9 84561578 Correo electrónico Titular o representante legal imena@orion-power.com
2°. Que, conforme se indica en el ICE de fecha 12 de noviembre de 2021, el Director (S) del Servicio de Evaluación Ambiental, Región Metropolitana de Santiago, ha recomendado aprobar el Proyecto, considerando que cumple con la normativa de carácter ambiental aplicable; cumple con los requisitos de otorgamiento de carácter ambiental contenidos en los permisos ambientales sectoriales mixtos señalados en los artículos 138, 140, 142, 153, 160 y Pronunciamiento del artículo 161 del D.S. N° 40/2012, del MMA; y no genera ni presenta los efectos, características o circunstancias del artículo 11 de la Ley N° 19.300, que dan origen a la necesidad de evaluar un Estudio de Impacto Ambiental.
3°. Que, en sesión de 22 de noviembre de 2021, la Comisión de Evaluación de la Región Metropolitana de Santiago acordó calificar favorablemente el proyecto “Parque Solar Fotovoltaico Curacaví”, aprobando íntegramente el contenido del ICE de fecha 12 de noviembre de 2021, el que forma parte integrante de la presente Resolución. Por lo tanto, conforme a lo indicado en el artículo 60 inciso segundo del Reglamento del SEIA, se excluyen de la presente Resolución las consideraciones técnicas en que se fundamenta.
4°. Que, según lo señalado en la DIA y sus anexos, en su Adenda, y en su Adenda Complementaria, los cuales forman parte integrante de la presente Resolución, la descripción del Proyecto es la que a continuación se indica:
4.1. ANTECEDENTES GENERALES Objetivo general La realización del proyecto tiene por objetivo la generación de energía eléctrica mediante la captación y transformación de la energía solar, para inyectar una potencia nominal de 3,5 MW al Sistema Eléctrico Nacional. Descripción general del proyecto El Proyecto consiste en la construcción y operación de un Parque Solar Fotovoltaico que producirá energía mediante la conversión de energía solar en energía eléctrica por medio de 8.064 módulos fotovoltaicos de 540 Wp cada uno. Se pretende inyectar una potencia nominal de 3,5 MW al Sistema Eléctrico Nacional mediante la evacuación a través de una línea de media tensión de 12 kV, de aproximadamente una extensión total de 1,5 km aproximadamente, y estará constituida por 30 postes de hormigón con una altura de 10 metros cada uno. La fase de construcción tendrá una duración de 4 meses, la de operación 30 años y la de cierre 4 meses. Mayores antecedentes y los cronogramas de ejecución se encuentran en las Tablas 1-10, 1-23 y 1-28 del Capítulo 1de la DIA. Tipología principal, así como las aplicables a sus partes, obras o acciones Letra c) del artículo 10 de la Ley Nº 19.300: “Centrales generadoras de energía mayores a 3 MW” El Proyecto considera una instalación que generará 3,5 MW de potencia nominal, los que se inyectarán al Sistema Eléctrico Nacional (SEN) Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2154345393
Vida útil 30 años Monto de inversión US$ 4.600.000 Gestión, acto o faena mínima que da cuenta del inicio de la ejecución Habilitación de la instalación de faenas. Proyecto se desarrolla por etapas Si No Respecto a lo previsto en el Artículo 14° del Reglamento del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental, D.S. N°40/2012 del MMA, en el acápite 1.6 del Capítulo 1 la DIA, el titular señala que el Proyecto no se desarrollará por etapas.
[X] Proyecto modifica un proyecto o actividad Si No En relación con lo dispuesto en el Artículo 12° del Reglamento del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental, D.S. N°40/2012 MMA, se declara que el Proyecto no es una modificación de algún proyecto o actividad (ver acápite 1.5 del Capítulo 1 de la DIA).
[X] Proyecto modifica otra(s) RCA Si No No Aplica
[X]
4.2. UBICACIÓN DEL PROYECTO División político- administrativa El Proyecto estará ubicado en la Región Metropolitana, Provincia de Melipilla, Comuna de Curacaví, al costado poniente de la ruta G-760. Descripción de la localización La localización del Proyecto se justifica por las siguientes razones: Es un área de alta radiación solar debido a su localización en la Región Metropolitana. El terreno seleccionado cuenta con la superficie necesaria para la instalación de los equipos de captación. Está ubicado cerca de líneas eléctricas con suficiente capacidad de evacuación teniendo en cuenta la generación de la planta. Se encuentra cercano a los centros de demanda energética. Las condiciones topográficas hacen que el sitio sea bueno para el emplazamiento de los módulos solares fotovoltaicos debido a su planicie. El proyecto está acorde con los lineamientos de la política energética del país. De acuerdo al Certificado de Informaciones Previas (CIP) Nº38 de fecha 25/01/021, para el rol 107-17 de la comuna de Curacaví, presentado en el Anexo 2 de la Adenda, el proyecto se emplaza en una zona rural, que de acuerdo con el PRMS corresponde a una Zona de Protección Ecológica con Desarrollo Controlado. Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2154345393
Superficie El proyecto se emplazará en una superficie de 8,5 hectáreas donde se ubicarán las distantes obras. La distribución de las obras es la siguiente: Tabla 1-4: Superficies del proyecto OBRA SUPERFICIE (m²) Obras Permanentes Paneles Fotovoltaicos 66.840 Centro de transformación 15 Sala de control 15 Bodega 30 Servicios higiénicos 543 TOTAL: OBRAS PERMANENTES 67.443 Obras Temporales Zona de Instalaciones temporales 1.737 SUPERFICIE TOTAL DE OBRAS PERMANENTES Y OBRAS TEMPORALES 69.180 Área sin instalaciones 15.820 Superficie Total 85.000 Fuente: Tabla 1-4 de la DIA actualizada por Tabla 14 Anexo 5 de Adenda Coordenadas UTM en Datum WGS84 Tabla 2. Coordenadas de los vértices del polígono de emplazamiento del proyecto VÈRTICES COORDENADAS WGS 84 / UTM ZONA 19 S ESTE NORTE 1 300.591 6.310.014 2 300.608 6.310.095 3 300.630 6.310.136 4 300.643 6.310.200 5 300.656 6.310.224 6 300.664 6.310.334 7 300.679 6.310.398 8 300.762 6.310.326 9 300.825 6.310.321 10 300.806 6.310.294 11 300.801 6.310.275 12 300.803 6.310.212 13 300.825 6.310.185 14 300.813 6.310.116 15 300.811 6.310.087 16 300.811 6.310.067 Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2154345393
17 300.819 6.310.033 18 300.822 6.310.007 19 300.822 6.309.973 20 300.599 6.309.989 Fuente: Tabla 2 contenida en la Tabla 8-1 Antecedentes del Anexo 2 de la Adenda Complementaria
Tabla 2. Coordenadas UTM de los postes línea de media tensión VÉRTICES COORDENADAS WGS 84 / UTM ZONA 19 S ESTE NORTE 1 300.826 6.310.180 2 300.813 6.310.103 3 300.814 6.310.080 4 300.821 6.310.036 5 300.824 6.310.020 6 300.826 6.309.982 7 300.826 6.309.902 8 300.828 6.309.830 9 300.836 6.309.795 10 300.879 6.309.724 11 300.901 6.309.678 12 300.919 6.309.631 13 300.938 6.309.571 14 300.957 6.309.511 15 300.966 6.309.439 16 300.981 6.309.372 17 300.984 6.309.349 18 300.975 6.309.318 19 300.947 6.309.268 20 300.940 6.309.253 21 300.936 6.309.238 22 300.929 6.309.153 23 300.924 6.309.138 24 300.892 6.309.089 25 300.860 6.309.040 26 300.836 6.308.970 27 300.813 6.308.901 28 300.797 6.308.884 29 300.739 6.308.879 30 300.681 6.308.874 Fuente; Tabla 2 de la Adenda Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2154345393
Caminos de acceso El ingreso al predio se realiza por medio de la Ruta G-760, la cual, tras un recorrido de aproximadamente 11 km desde la localidad de Curacaví, en su costado poniente permite el ingreso al predio. Figura 1-3 : Accesos al proyecto
Fuente: Figura 1-3 numeral 1.4.5 Capítulo 1 de la DIA Referencia al expediente de evaluación de los mapas, georreferenciación e información complementaria sobre la localización de sus partes, obras y acciones Los planos y archivos kmz del Proyecto se presentan en el Anexo 3 de la Adenda.
4.3. PARTES, OBRAS Y ACCIONES QUE COMPONEN EL PROYECTO 4.3.1. FASE DE CONSTRUCCIÓN 4.3.1.1. PARTES Y OBRAS NOMBRE DESCRIPCIÓN Cierre perimetral Se instalará el cierre perimetral utilizando malla acmafor o similar. Se considera realizar pequeñas excavaciones para instalar los pilares del cierre que estarán distanciados cada 2,5 metros aproximadamente. Mayores antecedentes en el punto 1.10.1.2 del Capítulo 1 Descripción de Proyecto de la DIA Patio de insumos En esta zona se acopiará el material para la fase de construcción del proyecto, desde la cual se despacharán a los distintos frentes de trabajo. Considera una superficie de 100 m2. Mayores antecedentes en la Tabla 1-7 del Capítulo 1 Descripción de Proyecto de la DIA Estacionamientos El proyecto contempla una zona de estacionamientos en la instalación de faenas. La zona de estacionamientos contará con estacionamientos para vehículos livianos y estacionamientos para Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2154345393
buses de capacidad 45 personas. El piso será de suelo natural compactado. Considera una superficie de 90 m2. Mayores antecedentes en la Tabla 1-7 del Capítulo 1 Descripción de Proyecto de la DIA Bodega de residuos peligrosos. Se considera la instalación de una bodega temporal de 25 m2 para almacenar residuos peligrosos cuyas características estarán acorde a lo determinado en el D.S. Nº 148/03 MINSAL. Esta bodega estará ubicada en la instalación de faenas. Allí se mantendrán los residuos en contenedores identificados y etiquetados de acuerdo a la clasificación y tipo de riesgo que establece la NCh 2190 Of. 2003 y las características de peligrosidad indicadas en el artículo 11 del DS 148/2003 MINSAL. El piso de la Bodega será con base continua, impermeable, liso, no poroso, lavable, resistente estructural y químicamente a los residuos e incombustible, con pendiente no inferior al 0,5%. El almacenamiento no se extenderá más allá de 6 meses, ya que la fase de construcción dura sólo 4 meses, contemplándose un retiro de residuos peligrosos al término de esta y, en caso de saturación de sistema contenedor, se efectuará un retiro antes de este período. La cantidad almacenada será inferior a 12 toneladas anuales, razón por la cual no se requerirá tramitar ante la autoridad sanitaria un Plan de Manejo de Residuos Peligrosos. Mayores antecedentes en la Tabla 1-7 del Capítulo 1 Descripción de Proyecto de la DIA Bodega temporal y gaveta de sustancias peligrosas Se considera la instalación de una bodega para el almacenaje de materiales, elementos de protección personal y herramientas, utilizando una superficie total de 25 m2. Al interior de esta bodega se encontrará la gaveta de almacenamiento de sustancias peligrosas. Estará habilitada especialmente para el almacenamiento de sustancias peligrosas consideradas por el proyecto, cumpliendo estrictamente con las disposiciones del D.S. Nº 43/2015 MINSAL. Las sustancias peligrosas almacenadas estarán correctamente etiquetadas y existirá una hoja de datos de seguridad del producto en la que se describirán e identificarán los siguientes apartados: Identificación de la sustancia química. Proveedor. Mayores antecedentes en la Tabla 1-7 del Capítulo 1 Descripción de Proyecto de la DIA Comedor El comedor será el sitio destinado al aprovisionamiento de alimentos a los trabajadores y contará con las exigencias contenidas en el Art 29 del D.S. 594/99 MINSAL. Los alimentos serán suministrados en porciones individuales por una empresa externa autorizada por la SEREMI de Salud de la Región Metropolitana. Considera una superficie de 60 m2. Mayores antecedentes en la Tabla 1-7 del Capítulo 1 Descripción de Proyecto de la DIA Grupo electrógeno Área destinada a la instalación de un grupo electrógeno de 5 kVA. Considera utilizar una superficie de 5 m2. Mayores antecedentes en la Tabla 1-7 del Capítulo 1 Descripción de Proyecto de la DIA Oficinas Se dispondrá de oficinas modulares las que utilizarán un área máxima de 90 m2. Mayores antecedentes en la Tabla 1-7 del Capítulo 1 Descripción de Proyecto de la DIA Patio de residuos no Se habilitará un lugar para el acopio temporal de residuos Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2154345393
peligrosos industriales no peligrosos, correspondiente a excedentes de materiales, tales como restos de maderas de los embalajes y restos metálicos de las estructuras. Este lugar consistirá en un recinto cercado con malla metálica y portón de acceso, mientras que el piso será terreno natural compactado. Considera utilizar una superficie de 149 m2. Mayores antecedentes en la Tabla 1-7 del Capítulo 1 Descripción de Proyecto de la DIA Almacenamiento de residuos asimilables a domésticos La instalación de faena contará con una zona de estacionamiento de maquinarias donde se desarrollará la carga y descarga para la recepción del material para la fase de construcción del proyecto. Considera utilizar una superficie de 49 m2. Mayores antecedentes en la Tabla 1-7 del Capítulo 1 Descripción de Proyecto de la DIA Estacionamiento de maquinarias La instalación de faena contará con una zona de estacionamiento de maquinarias donde se desarrollará la carga y descarga para la recepción del material para la fase de construcción del proyecto. Considera utilizar una superficie de 272 m2. Mayores antecedentes en la Tabla 1-7 del Capítulo 1 Descripción de Proyecto de la DIA. Piscina de lavado de camiones Sitio destinado al lavado de los camiones mixer que proporcionen hormigón a la obra. Considera utilizar una superficie de 10 m2. Esta zona será impermeabilizada mediante el uso de un geotextil, que impedirá el paso de agua o residuos hacia el suelo, lo que imposibilita que se produzca un detrimento del suelo y los recursos hídricos existentes en el área del emplazamiento del Proyecto. Esta membrana está compuesta por polietileno de alta densidad el cual es ampliamente utilizado en proyectos que requieran impermeabilización, revestimientos, entre otros, debido a que posee una alta resistencia a químicos, a altas temperaturas y a la acción de rayos UV. Mayores antecedentes en la Tabla 1-7 del Capítulo 1 Descripción de Proyecto de la DIA y en respuesta 1.19 y 1.20 de la Adenda. Zona de carga de combustible Sitio destinado a la carga de combustible de grupos electrógenos y la maquinaría en obra. Considera utilizar una superficie de 18 m2. La zona se encontrará impermeabilizada mediante un geotextil, el cual impermeabiliza la zona e impide el paso de fluidos hacia el terreno y sobre este se dispondrá arena que actuará como absorbente en caso de pequeños derrames. Caminos internos El desplazamiento al interior de la planta se realizará a través de caminos internos los que abarcan una longitud de 110 metros y 3,5 metros de ancho promedio. Mayores antecedentes en el punto 1.9.2.1 del Capítulo 1 Descripción de Proyecto de la DIA. 4.3.1.2. ACCIONES NOMBRE DESCRIPCIÓN Limpieza del terreno Se realizará la limpieza del terreno, que consiste en un despeje superficial de maleza, arbustos e individuos de flora aislados, no se realizarán actividades de escarpe o nivelación debido a que el terreno es idóneo en forma natural para la instalación del proyecto. Mayores antecedentes en el punto 1.10.1.3 del Capítulo 1 Descripción de Proyecto de la DIA, punto del Anexo 9 de la DIA, respuesta 5.2 de la Adenda. Movimientos de tierra El terreno dónde se ubicará el proyecto no requiere de Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2154345393
movimientos de tierra para su nivelación, ya que es idóneo de forma natural para la ejecución de los trabajos de hincado del proyecto. Cabe destacar que las estructuras de sustento de los módulos solares fotovoltaicos no requieren de cimentación, ya que serán hincadas directamente al terreno, a una profundidad de 2 metros aproximadamente. El terreno tampoco presenta superficies con piedras de gran tamaño que pudiesen dificultar el tránsito de la maquinaria y/o hacerlo inseguro. Para la construcción del proyecto solo será necesario realizar trabajos de movimiento de tierras para la instalación del cerco perimetral y zanjas para el cableado de la planta y fosos para cimentación de edificaciones permanentes, entre otros.
Tabla 1-8: Movimiento de Tierra Obra Cantidad a remover (m3) Zanjas de BT y MT 557 Fundaciones de centro de transformación y sala de control 6 Cierre perimetral 36,32 Piscina de lavado de camiones mixer 108 Línea de evacuación 13,2 Total 720,52 Fuente: Tabla 1-8 del Capítulo 1 de la DIA Dadas las características del suelo, los pilotes se hincarán sin necesidad de excavaciones. Para las excavaciones de tierra relacionadas a las zanjas o fundaciones se utilizarán excavadoras. El material extraído se utilizará para rellenar las mismas zanjas, por lo tanto, no se generará material excedente. Frente a la eventualidad de existir material excedente al momento de la obra, éste se reutilizará en el polígono del proyecto, esparciéndose de manera homogénea o distribuyéndose para nivelar zonas que así lo requieran. Mayores antecedentes en el punto 1.10.1.4 del Capítulo 1 Descripción de Proyecto de la DIA. Construcción de obras civiles Dentro del área del Proyecto, se construirán pilares de hormigón para el montaje del centro de transformación, la sala de control y bodega. Esta base o cimentación consiste en la instalación de 6 apoyos de hormigón de aproximadamente 0,38 m3, requiriendo 2,3 m3 de hormigón por edificación. Mayores antecedentes en el punto 1.10.1.5 del Capítulo 1 Descripción de Proyecto de la DIA. Habilitación de caminos La habilitación de caminos no considera la realización de escarpe, debido a que se utilizarán caminos existentes. Las labores de habilitación corresponden a un eventual despeje de la vegetación existente. Mayores antecedentes en el punto 1.10.1.6 del Capítulo 1 Descripción de Proyecto de la DIA. Montaje de estructuras Los pilotes o estructuras de soporte se hincarán directamente al terreno, sin necesidad de cimentación, siendo este mecanismo el que provoca una mínima intervención de manera respetuosa con el medio ambiente. Cada pilote se fijará directamente en el terreno y Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2154345393
se hinca mediante una máquina hincadora hidráulica. A su vez se excavarán zanjas para la instalación de cables subterráneos CA (corriente alterna), CC (corriente continua) y cables de fibra óptica para la comunicación de los equipos. Se usará una retroexcavadora para abrir y para rellenar las zanjas. La tierra excavada proveniente de la creación de las zanjas se mantendrá junto a la trinchera y se usará para rellenarla una vez que los conductores hayan sido instalados y probados. La tierra excavada no se sacará del sitio del proyecto. Mientras se realiza el tendido de los cables, se realizará también la instalación de las cajas de conexión combinadoras y la instalación de las mesas de soporte sobre las cuales se montan los módulos fotovoltaicos. Paralelamente se prepararán las fundaciones para las instalaciones permanentes. Mayores antecedentes en el punto 1.10.1.7 del Capítulo 1 Descripción de Proyecto de la DIA. Pruebas y puesta en marcha Una vez construidas y conectadas todas las instalaciones de la planta se procederá a desarrollar pruebas individuales a cada uno de los equipos y la conexión final entre todos ellos. Esta acción es el paso previo al comienzo de la fase de operación. Mayores antecedentes en el punto 1.10.1.8 del Capítulo 1 Descripción de Proyecto de la DIA. Levantamiento de faenas La acción final de la fase corresponde al desmantelamiento de la instalación de faenas, consistente en el retiro de todas las instalaciones temporales que permiten la ejecución de la fase de construcción. Mayores antecedentes en el punto 1.10.1.9 del Capítulo 1 Descripción de Proyecto de la DIA. 4.3.1.3. SUMINISTROS BÁSICOS NOMBRE DESCRIPCIÓN Agua Se requerirá de agua potable de uso doméstico. Para el consumo de los trabajadores de la instalación de faenas se dispondrá de un total de 150 litros por persona y por día de agua potable, según lo establece el D.S. N° 594/99 MINSAL. La cantidad total de agua potable a consumir variará en función del número de trabajadores en la construcción de las obras, con un máximo de 9 m3 /día. El agua potable será proporcionada mediante bidones sellados que serán adquiridos a una empresa autorizada por la SEREMI de Salud de la Región Metropolitana, al igual que la empresa de transporte de este insumo. En la instalación de faenas se contará con una copia de las autorizaciones de extracción y expendio de agua potable de la empresa que preste dicho servicio. Mayores antecedentes en el punto 1.10.1.1 y 1.10.5.3 del Capítulo 1 Descripción de Proyecto de la DIA. Energía eléctrica Durante los 4 meses de construcción se tiene contemplado el uso de un grupo electrógeno de 5 kVA para proveer de energía eléctrica a la instalación de faenas y a las herramientas que se empleen en el montaje de la planta. Mayores antecedentes en el punto 1.10.5.4 del Capítulo 1 Descripción de Proyecto de la DIA. Servicios higiénicos Durante la fase de construcción se habilitarán baños químicos en la instalación de faenas y los distintos frentes de trabajo los que se calcularán según lo establecido en los artículos 23 y 24 del DS Nº 594/99 del MINSAL. El manejo y gestión de residuos se Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2154345393
realizará contratando a una empresa autorizada. Se mantendrán los registros de retiro de residuos y limpieza de los baños químicos en la oficina de la instalación de faenas. Se considera utilizar una superficie de 48 m2. Mayores antecedentes en el punto 1.10.5.5 del Capítulo 1 Descripción de Proyecto de la DIA. Provisión de Alimentación Durante la fase de construcción, la alimentación a los trabajadores será suministrada por una empresa que cuente con autorización sanitaria otorgada por la SEREMI de Salud de la Región Metropolitana. Se dispondrá de un comedor para este propósito, según lo establece el D.S. N°594/99 del MINSAL, el que estará completamente aislado de las áreas de trabajo y de cualquier fuente de contaminación ambiental y será reservado para comer. Mayores antecedentes en el punto 1.10.5.6 del Capítulo 1 Descripción de Proyecto de la DIA. Transporte personal Para el transporte de personal se considerarán buses de acercamiento para los trabajadores. La cantidad máxima será de dos buses, la que puede disminuirse según la cantidad de trabajadores que la requiera el proyecto. Mayores antecedentes en el punto 1.10.5.1 del Capítulo 1 Descripción de Proyecto de la DIA. Hormigón Se utilizará hormigón para las fundaciones de las edificaciones permanentes, sala de control, bodega y centro de transformación, el cual será proporcionado por una empresa externa. No se prevé la generación de hormigón en obra. Mayores antecedentes en el punto 1.10.5.2 del Capítulo 1 Descripción de Proyecto de la DIA. Combustible El combustible necesario para el funcionamiento del grupo electrógeno y maquinarias será suministrado por una empresa autorizada mediante el uso de un camión surtidor, lo que se llevará a cargo en la zona de carga de combustible La zona se encontrará impermeabilizada mediante un geotextil el cual impermeabiliza la zona e impide el paso de fluidos hacia el terreno y sobre este se dispondrá arena que actuará como absorbente en caso de pequeños derrames. Los vehículos se abastecerán de combustible fuera de la obra en algún servicentro, preferentemente de la comuna de Curacaví o cercanas. Mayores antecedentes en el punto 1.10.5.3 del Capítulo 1 Descripción de Proyecto de la DIA. 4.3.1.4. RECURSOS NATURALES RENOVABLES NOMBRE DESCRIPCIÓN El Proyecto no considera la extracción o explotación de recursos naturales renovables en esta fase. 4.3.1.5. EMISIONES Y EFLUENTES NOMBRE DESCRIPCIÓN Emisiones atmosféricas De acuerdo a lo presentado en el Anexo 6 de la DIA, Emisiones atmosféricas, se establece que las emisiones en la fase de construcción del Proyecto se encuentran relacionadas principalmente a los movimientos de tierra, excavaciones, carga y descarga y el paso de camiones por caminos no pavimentados, sumado a gases de combustión (CO, COV y NOx) asociados al funcionamiento de maquinarias y vehículos. Respecto a las emisiones anuales totales del proyecto, se debe considerar que la fase de construcción tiene una duración de 4 meses, y una vez concluida, comenzará la fase de operación la cual Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2154345393
durará 30 años, es decir, el primer año se suman las emisiones de la fase de construcción del proyecto con las que proporcionales de la operación de este, correspondiente a 8 meses. En la siguiente tabla se presentan los resultados para las emisiones del primer año:
Tabla 44. Total de emisiones que aportará el Proyecto durante su Fase de Construcción Contaminante Emisión (Ton/año) MP10 0,066 MP2,5 0,023 CO 0,54 COV/ HC 0,14 NOX 1,33 SOX 0,03 NH3 0,0001 Fuente: Tabla 44 del Anexo 6 de la DIA Las emisiones del Proyecto no sobrepasan los límites normativos descritos en el D.S. N°31/2016 del MMA (PPDA R.M). De acuerdo a lo anterior, el Proyecto no deber compensar sus emisiones. Sin perjuicio de lo anterior, el Proyecto contempla las siguientes acciones de control y abatimiento: 1) Se exigirá mediante cláusulas incluidas en los contratos con los proveedores de maquinaría la obligación de mantener las maquinarias en perfecto estado. 2) Se exigirán los documentos que acrediten las revisiones técnicas de los vehículos y maquinaria. 3) Se exigirá una cobertura a los materiales que son transportados en camiones. 4) Se exigirá velocidad de los vehículos dentro del área de faena (máx 20 Km/h). Para el control de emisiones de gases el Proyecto considera las siguientes medidas: 5) Los grupos electrógenos utilizados en la fase de construcción tendrán sus mantenciones al día, para que se desempeñen de acuerdo con los parámetros del fabricante. 6) Los grupos electrógenos contarán con un horómetro y sus horas de funcionamiento serán registradas Mayores antecedentes en el Anexo 6 de la DIA Al respecto, la SEREMI de Medio Ambiente, mediante ORD Nº 1084, de fecha 27 de octubre de 2021, entrega su pronunciamiento conforme. Aguas servidas En la fase de construcción, se generarán residuos líquidos domésticos producidos por el uso de aguas sanitarias por parte del personal contratado para la construcción. Para este efecto, se habilitarán baños químicos en la instalación de faena. El número de baños y los volúmenes de agua corresponderán a lo dispuesto por el D.S. Nº594/99 del MINSAL y considerará un consumo diario por persona de 150 l/día, es decir un total de 9 m3/día en el momento de máximo trabajo constructivo. Los residuos provenientes de los baños químicos serán retirados y manejados por una empresa autorizada. Mayores antecedentes en el punto 1.10.8 del Capítulo 1 Descripción de Proyecto de la DIA. Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2154345393
Aguas de lavado de canoas mixer En cuanto a residuos líquidos industriales, la única emisión líquida del proyecto corresponderá a la generada debido al lavado de canoas mixer con agua industrial a presión para su posterior disposición en piscinas de evaporación. En estas piscinas el agua se evapora por acción de la temperatura, por lo que solo se retira de ellas el residuo industrial correspondiente a restos de hormigón y que será dispuesto en sitio autorizado sanitariamente. Respecto de la fracción líquida que permanezca en la piscina al término de la fase de construcción, ella será cargada en tambores y dispuesta en un sitio de disposición final autorizado sanitariamente. Respecto de la zona de lavado de canoas de camiones mixer a instalar durante la fase de construcción, se indica que se dispondrá de un área de 10 m2 especialmente acondicionada para llevar a cabo dicha actividad. Esta zona será impermeabilizada mediante el uso de un geotextil, que impedirá el paso de agua o residuos hacia el suelo, lo que imposibilita que se produzca un detrimento del suelo y los recursos hídricos existentes en el área del emplazamiento del Proyecto. Esta membrana está compuesta por polietileno de alta densidad el cual es ampliamente utilizado en proyectos que requieran impermeabilización, revestimientos, entre otros, debido a que posee una alta resistencia a químicos, a altas temperaturas y a la acción de rayos UV. Mayores antecedentes en el punto 1.10.8 del Capítulo 1 Descripción de Proyecto de la DIA y en respuesta 1.19 y 1.20 de la Adenda. Ruido y Vibraciones Respecto del componente ruidos, se llevó a cabo un Estudio Acústico, el cual determinó que para las fases de construcción sub etapa 1 y 2, operación y cierre no supera el límite máximo permitido para periodo horario diurno en zona rural establecido en el Decreto Supremo N°38/11 del MMA en los puntos receptores evaluados, no generando impacto acústico en la comunidad receptora. (Ver Tablas 25 y 26 del Anexo 20 de la Adenda) El escenario 1 de la fase de construcción sub etapa 3 para el periodo diurno en zona rural en el punto receptor 2 evaluado (Ver Tabla 27 del Anexo 20 de la Adenda), el proyecto cumple con los límites establecidos en el D.S. Nº38/2011 MMA implementando una barrera acústica conformada por panel OSB y lana de vidrio, barrera que tendrá una altura e 3metros y una extensión de 4 metros. (Ver tabla 48 del Anexo 20 de la Adenda). Los detalles del Estudio de Ruido actualizado, se encuentran en el Anexo 20 de la Adenda. Respecto del componente vibraciones, el análisis consideró la maquinaria de mayor emisión con la finalidad de representar y evaluar el cumplimiento normativo para un escenario crítico, de acuerdo a la tabla 4 del Anexo 20 de la Adenda. Conforme la proyección de vibraciones presentada, los resultados indican que para: El criterio de molestia (expresado en Lv), para la fase de construcción sub etapa 1 y 2, los valores proyectados se encuentran por debajo de los máximos recomendados por la normativa según dan cuenta las Tablas 39 y 40 del Estudio de Ruido actualizado Anexo 20 de la Adenda El escenario 1 de la fase de construcción sub etapa 3 presenta superación del límite máximo permitido en el punto receptor 2 evaluado (Tabla 39 del Anexo 20 de la Adenda). A partir de lo anterior, se propone la utilización de un compactador manual a fin de evitar altas vibraciones en el sector. Para ello se deberá verificar que el equipo a utilizar, no supere los 87 dB de nivel de vibración. A través de las Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2154345393
proyecciones con la medida propuesta, se obtiene el cumplimiento del límite máximo permitido para la sub etapa 3. (Tabla 49 del Anexo 20 de la Adenda). El criterio de daño (expresado en PPV), para la fase de construcción sub etapa 1, 2 y 3, los valores proyectados se encuentran por debajo de los máximos recomendados por la normativa según dan cuenta las Tablas 43, 44 y 45 del Estudio de Ruido actualizado Anexo 20 de la Adenda Al respecto, mediante ORD. N° 2486, de fecha 30 de julio de 2021, la SEREMI de Salud se pronuncia conforme. 4.3.1.6. RESIDUOS Y SUSTANCIAS PELIGROSAS NOMBRE DESCRIPCIÓN Residuos sólidos domiciliarios y asimilables Durante la fase de construcción se generarán residuos según la siguiente cuantificación:
Tabla 4. Cuantificación de residuos durante la fase de construcción. RESIDUOS PESO O VOLUME N MÁXIMO Kg o m3/día PESO O VOLUME N MÁXIMO Kg o m3/mes PESO O VOLUMEN MÁXIMO Kg o m3/año2 TIPO DE CONTENE DOR Residuos Asimilables a domiciliario s 90 kg 1800 kg 7.200 kg Tolva de residuos domiciliario s TOTAL 90 kg 1800 kg 7.200 kg Fuente: Elaboración propia en base a tabla 4 de Residuos, Fase de Construcción, Anexo 5 de la Adenda
Serán trasladados 2 veces por semana y en planta serán almacenados en contenedores secundarios. La disposición se realizará en relleno sanitario autorizado sanitariamente. Mayores detalles en el punto 3 del Anexo 5 de la Adenda. Residuos sólidos no peligrosos Se contempla la generación de los siguientes residuos sólidos no peligrosos:
Tabla 4. Cuantificación de residuos durante la fase de construcción. RESIDUO S PESO O VOLUME N MÁXIMO Kg o m3/día PESO O VOLUME N MÁXIMO Kg o m3/mes PESO O VOLUME N MÁXIMO Kg o m3/año TIPO DE CONTEN EDOR Restos de embalajes 130 Kg 2.600 Kg 10.400 Kg Patio de Acopio Metales (sobrantes de cables, tornillos y alambres) 15 Kg 300 Kg 1.200 Kg Patio de Acopio Residuos Varios (papel, 15 Kg 300 Kg 1.200 Kg Patio de Acopio Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2154345393
cartón, envases plásticos) Restos de hormigón 0,012 m3 0,375 m3 4,5 m3 Patio de Acopio TOTAL 160 Kg + 0,012 m3 3.200 Kg + 0,375 m3 12.800 Kg + 4,5 m3 Fuente: Elaboración propia en base a tabla 4 de Residuos, Fase de Construcción, Anexo 5 de la Adenda
Su almacenamiento en obra se realizará en el Patio de residuos no peligrosos. El retiro se realizará con una frecuencia máxima de un mes o según necesidad. La disposición de los residuos se realizará en un sitio autorizado sanitariamente para el tipo de residuos a generar. Mayores detalles en el punto 3 del Anexo 5 de la Adenda. Residuos peligrosos Se generarán residuos del tipo peligroso y cuya estimación es la siguiente: Tabla 13. Tipo y cantidad de residuos peligrosos generados por el proyecto. TIPO DE RESIDU OS PESO O VOLUM EN MÁXIM O KG O M3/DÍA PESO O VOLUM EN MÁXIM O KG O M3/MES PESO O VOLUM EN MÁXIM O KG O M3/AÑO 4 CARACTERÍST ICAS DE PELIGROSIDA D D.S. 148/2033 RESIDUOS PELIGROSOS Spray de zinc 0.05 Kg 1 Kg 4 Kg Inflamabilidad Espuma de poliuretan o 0.75 Kg 15 Kg 60 Kg Tóxico agudo por inhalación. Inflamabilidad TOTAL 0.8 Kg 16 Kg 64 Kg Fuente: Elaboración propia en base a tabla 13 de Residuos Peligrosos, Fase de Construcción, Anexo 5 de la Adenda. Su almacenamiento será en tambores metálicos con tapa, rotulado y cerrado al interior de la Bodega Respel. Su retiro será realizado como máximo, cada 6 meses. La disposición final se realizará en un relleno de seguridad autorizado por la SEREMI de Salud de la Región Metropolitana. Mayores detalles en el punto 4 del Anexo 5 de la Adenda. Sustancias peligrosas Durante la fase de construcción se almacenarán sustancias peligrosas dentro de una zona especialmente acondicionada para realizar dicha actividad. Las sustancias a utilizar son Spray de Zinc y Espuma de Poliuretano. Estas sustancias se almacenarán al interior de la Gaveta de Almacenamiento Temporal de Sustancias Peligrosas, la cual se encontrará adecuada para dicha finalidad. Esta Gaveta se encontrará al interior del contenedor correspondiente a la bodega de almacenamiento temporal de materiales, será cerrada, contará con una superficie lisa y lavable de material no absorbente. Las sustancias se encontrarán almacenadas en sus envases de Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2154345393
origen y serán etiquetadas. Dentro de la Gaveta de Almacenamiento de SUSPEL se encontrarán también, las hojas de datos de seguridad de cada una de las sustancias almacenadas, donde además estarán ubicados los elementos de protección personal necesarios para manejar las sustancias. Mayores antecedentes en el punto 1.10.9.4 del Capítulo 1 Descripción de Proyecto de la DIA. Referencia al ICE para mayores detalles sobre esta fase. Ítem 4.2 y 4.6 del ICE. 4.3.2. FASE DE OPERACIÓN 4.3.2.1. PARTES Y OBRAS NOMBRE DESCRIPCIÓN Cierre perimetral Se instalará el cierre perimetral utilizando malla acmafor o similar. Se considera realizar pequeñas excavaciones para instalar los pilares del cierre que estarán distanciados cada 2,5 metros aproximadamente. Mayores antecedentes en el punto 1.10.1.2 del Capítulo 1 Descripción de Proyecto de la DIA Patio de residuos no peligrosos Se habilitará un lugar para el acopio temporal de residuos industriales no peligrosos, correspondiente a excedentes de materiales, tales como restos de maderas de los embalajes y restos metálicos de las estructuras. Este lugar consistirá en un recinto cercado con malla metálica y portón de acceso, mientras que el piso será terreno natural compactado. Considera utilizar una superficie de 149 m2. Mayores antecedentes en la Tabla 1-7 del Capítulo 1 Descripción de Proyecto de la DIA Almacenamiento de residuos asimilables a domésticos La instalación de faena contará con una zona de estacionamiento de maquinarias donde se desarrollará la carga y descarga para la recepción del material para la fase de construcción del proyecto. Considera utilizar una superficie de 49 m2. Mayores antecedentes en la Tabla 1-7 del Capítulo 1 Descripción de Proyecto de la DIA Caminos internos El desplazamiento al interior de la planta se realizará a través de caminos internos los que abarcan una longitud de 110 metros y 3,5 metros de ancho promedio. Mayores antecedentes en el punto 1.9.2.1 del Capítulo 1 Descripción de Proyecto de la DIA. Paneles fotovoltaicos El proyecto estará conformado por un total de 8.064 paneles móviles de 540 Wp cada uno. Los paneles fotovoltaicos elegidos para el proyecto son del tipo mono cristalinos, con una dimensión aproximada de 1,95 x 0,98 m y que generan como máximo una potencia de 540 W en corriente continua. Mayores antecedentes en el punto 1.9.2.2 del Capítulo 1 Descripción de Proyecto de la DIA complementado con la Introducción de la Adenda Complementaria. Strings Corresponden a la conexión en serie de un grupo determinado de paneles solares. Estos strings se conectan en una caja combinadora. El cableado empleado para dichas conexiones estará dimensionado para producir la menor caída de tensión y serán de clase II. Esto quiere decir que tienen un doble aislamiento para prevenir los casos en que se produzca un primer defecto. Mayores antecedentes en el punto 1.9.2.2 del Capítulo 1 Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2154345393
Descripción de Proyecto de la DIA. Cajas combinadoras Es el lugar físico donde se une una cantidad determinada de strings. Suelen tener entre doce y veinticuatro strings conectados, dependiendo del diseño. Desde la caja combinadora sale un solo conductor (en polos positivo y negativo) transportando la corriente de todos los strings que confluyen a la caja. La caja combinadora será estanca, IP 55, para asegurar el aislamiento frente a la humedad, al agua y al polvo que producen una progresiva degradación en los circuitos. Mayores antecedentes en el punto 1.9.2.2 del Capítulo 1 Descripción de Proyecto de la DIA. Seguidores Los paneles solares se colocarán sobre estructuras, las cuales constituyen el soporte de los mismos. Dichas estructuras van colocadas sobre perfiles de acero que van hincados (enterrados) en el suelo natural, sin necesidad de fundaciones de hormigón. El Proyecto utilizará el tipo de estructuras denominado seguidores de un eje horizontal. Este sistema va orientando las filas de módulos según la posición Este-Oeste del sol en el transcurso del día. Las filas de módulos van orientadas en dirección Norte-Sur. El tipo de seguidor a utilizar cuenta con rodamientos de polipropileno que no requieren mantenimiento ni engrase alguno. Mayores antecedentes en el punto 1.9.2.2 del Capítulo 1 Descripción de Proyecto de la DIA. Inversor y centro de transformación El inversor es un dispositivo eléctrico que convierte la corriente continua en corriente alterna a una determinada frecuencia mediante un puente IGBT, el cual produce pulsos secuenciales en la corriente continua, los cuales dan lugar a una onda de tipo sinusoidal, siendo ésta la corriente alterna. El inversor funciona mediante seguimiento del punto de máxima potencia en cada momento, de forma que optimiza los valores de entrada de intensidad y tensión en corriente continua. Cuenta con un banco de condensadores el cual permite corregir el factor de potencia, un sistema de monitorización que permite ver las diferentes variables del sistema y un sistema de comunicación para monitorización a distancia. El inversor tiene ventilación forzada, ya que se produce un aumento de temperatura propio de la electrónica de potencia del sistema y la temperatura ambiente. Esta ventilación es para evitar la desconexión del inversor por aumento de temperatura. El Proyecto requerirá de un inversor de 3,5 MW de potencia. El inversor se encuentra ubicado al interior del Centro de Transformación. El Centro de transformación también alberga un transformador para subir el voltaje de la corriente e inyectar a la red. Las dimensiones del Centro de Transformación son de 6,058 m de largo, 2,896 m de alto y 2,438 metros de ancho. Mayores antecedentes en el punto 1.9.2.2 del Capítulo 1 Descripción de Proyecto de la DIA. Línea de eléctrica de distribución El proyecto considera la construcción de una línea de evacuación de media tensión en 12 kV con una longitud aproximada de 1,5 km que incluye la instalación de 30 postes, la que tiene por objetivo transportar la energía eléctrica producida por parque fotovoltaico desde éste hasta el poste existente correspondiente al punto de conexión a la red de distribución. Los postes que se utilizarán son de hormigón y poseen una altura aproximada de 10 metros sobre el nivel del suelo. La construcción de la línea considera la excavación de terreno para enterrar los postes de hormigón, el posterior izaje de los postes, seguido por la instalación de aisladores y crucetas, para finalizar con el tendido de Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2154345393
los conductores. Mayores antecedentes en el punto 1.9.2.2 del Capítulo 1 Descripción de Proyecto de la DIA complementado con la Introducción de la Adenda. Cableado Los cables cumplirán con la normativa vigente NCH 4/2004 en cuanto a aislamiento y grado de protección. Los cables utilizados para la interconexión de los módulos fotovoltaicos en cada uno de los seguidores estarán protegidos contra la degradación por efecto de la intemperie: radiación solar, radiación UV y condiciones ambientales de elevada temperatura ambiente. El cableado entre los tableros de conexiones y los seguidores se efectuará mediante cables flexibles y de longitud adecuada para disminuir la caída de tensión, pérdidas y que no exista peligro de cizalladura. Mayores antecedentes en el punto 1.9.2.2 del Capítulo 1 Descripción de Proyecto de la DIA. Sala de control del parque Se instalará dentro de un contenedor de 20 pies. Dentro de la sala de control irán todos los equipos de comunicaciones y supervisión que permitirán controlar y operar la planta en forma remota. Considera utilizar una superficie de 15 m2. Mayores antecedentes en el punto 1.9.2.2 del Capítulo 1 Descripción de Proyecto de la DIA. Bodega Se instalará una bodega modular, correspondiente a un contenedor de 20 pies. Al interior se almacenarán insumos para mantenciones. La Bodega utilizará una superficie de 30 m2. Mayores antecedentes en el punto 1.9.2.2 del Capítulo 1 Descripción de Proyecto de la DIA. 4.3.2.2. ACCIONES NOMBRE DESCRIPCIÓN Producción de energía La planta tendrá una potencia nominal de 3,5 MW que serán inyectados al Sistema Eléctrico Nacional (SEN). El proyecto contempla una vida útil de 30 años, sin perjuicio de que se tome la decisión de extender la vida útil del proyecto de manera indefinida. Mayores antecedentes en el punto 1.11.1.1 del Capítulo 1 Descripción de Proyecto de la DIA. Actividades de operación y mantenimiento El parque solar requiere niveles de mantención mínimos. Básicamente consiste en el monitoreo y control, mantenimientos preventivos y la limpieza de los paneles. Monitoreo y control del parque: Esta actividad se realizará de forma remota las 24 horas del día. Para esto se habilitará un enlace de internet inalámbrico que permita conectarse al sistema SCADA y al sistema de cámaras de seguridad. Mantenimiento preventivo: Corresponde a la ejecución de pequeñas obras o reparaciones en general de las infraestructuras: mecánica, eléctrica y albañilería, según necesidades de la planta. Se incluye además el mantenimiento anual de los inversores. Limpieza de paneles: Para un adecuado nivel de eficiencia de los módulos solares, se deben mantener libres de polvo. Para ello se realizará una limpieza anual de los paneles empleando agua sin ningún tipo de aditivo o detergente. Las cantidades de agua a utilizar es de aproximadamente 1 l/panel y no se usarán detergentes en el proceso de limpieza. Esta limpieza se realiza por medio de una empresa externa. Mayores antecedentes en el punto 1.11.1.2 al 1.11.1.5 del Capítulo 1 Descripción de Proyecto de la DIA. Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2154345393
4.3.2.3. SUMINISTROS BÁSICOS NOMBRE DESCRIPCIÓN Agua La fase de operación del proyecto no requiere sistema de agua potable de ningún tipo dado que no habrá trabajadores de carácter permanente en las instalaciones. No obstante lo anterior, frente a la asistencia de trabajadores puntuales para realizar las actividades de mantenimiento, se coordinará el suministro de agua potable con los trabajadores. Se contará con suministro de agua para el funcionamiento de los sanitarios de operación, basado en la instalación de dos estanques de 1 m3 de capacidad cada uno. Cada estanque será abastecido con agua que será transportada hasta el sitio de proyecto mediante un camión aljibe que contará con las autorizaciones correspondientes. No se prevé la extracción de agua desde cauces superficiales y/o subterráneos en ninguna de las fases del proyecto. Mayores antecedentes en el punto 1.9.2.2 y 1.11.5.1 del Capítulo 1 Descripción de Proyecto de la DIA y respuesta 1.14 de la Adenda. Energía eléctrica Durante las horas solares se abastecerá a partir de la generación de energía eléctrica basada en la transformación de la radiación solar en energía eléctrica por medio de paneles fotovoltaicos. En aquellas horas en que no haya generación solar se obtendrá la energía desde la red de distribución eléctrica. Mayores antecedentes en el punto 1.11.5.2 del Capítulo 1 Descripción de Proyecto de la DIA. Servicios higiénicos Durante la fase de Operación, el proyecto cuenta con servicios higiénicos compuestos por un baño y lavamanos, respecto a la solución de aguas servidas se ha diseñado una fosa séptica dimensionada para un peak de 10 trabajadores, que evacuará los efluentes tratados en el terreno mediante un sistema de drenes subsuperficiales. Mayores antecedentes en el punto 1.11.5.3 del Capítulo 1 Descripción de Proyecto de la DIA. Provisión de alimentación para los trabajadores Dado que el proyecto no considera trabajadores durante la fase de operación, no se dispondrá de un lugar para el consumo de alimentos al interior del proyecto. Mayores antecedentes en el punto 1.11.5.4 del Capítulo 1 Descripción de Proyecto de la DIA. Transporte de personal El transporte de personal que realiza la limpieza de los paneles será realizado por la empresa contratista responsable de esta tarea. Los trabajadores que asistan de forma puntual a realizar labores de mantenimiento se desplazarán en vehículos facilitados por la empresa. Mayores antecedentes en el punto 1.11.5.5 del Capítulo 1 Descripción de Proyecto de la DIA. Insumos para la operación Los insumos a utilizar durante la fase de operación son menores y eventuales, correspondiendo a materiales y/o repuestos que serán requeridos por personal de mantenimiento. Mayores antecedentes en el punto 1.11.5.6 del Capítulo 1 Descripción de Proyecto de la DIA. 4.3.2.4. PRODUCTOS GENERADOS NOMBRE DESCRIPCIÓN Energía El Parque Solar Fotovoltaico considera una producción de 3,5 MW para evacuar la energía generada mediante la conexión a una red eléctrica existente. Mayores antecedentes en el punto 1.11.6 del Capítulo 1 Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2154345393
Descripción de Proyecto de la DIA. 4.3.2.5. RECURSOS NATURALES RENOVABLES NOMBRE DESCRIPCIÓN El Proyecto no considera la extracción o explotación de recursos naturales renovables en esta fase. 4.3.2.6. EMISIONES Y EFLUENTES NOMBRE DESCRIPCIÓN Emisiones atmosféricas En el Anexo 6 de la DIA, se adjunta el Informe de Estimación de Emisiones Atmosféricas del Proyecto. Durante esta fase, las principales fuentes de emisión son las siguientes: Combustión de vehículos. Tránsito vehicular. El resumen de emisiones totales se presenta a continuación: Tabla 48. Total de emisiones que aportará el Proyecto durante su Fase de Operación Contaminante Emisión (Ton/año) MP10 0,062 MP2,5 0,0146 CO 0,0024 COV/ HC 0,0009 NOX 0,0063 SOX -- NH3 0,0000069 Fuente: Tabla 48 del Anexo 6 de la DIA Las emisiones del Proyecto no sobrepasan los límites normativos descritos en el D.S. N°31/2016 del MMA (PPDA R.M). De acuerdo a lo anterior, el Proyecto no deber compensar sus emisiones. Sin perjuicio de lo anterior, el Proyecto contempla las siguientes acciones de control y abatimiento: 1) Se exigirá mediante cláusulas incluidas en los contratos con los proveedores de maquinaría la obligación de mantener las maquinarias en perfecto estado. 2) Se exigirán los documentos que acrediten las revisiones técnicas de los vehículos y maquinaria. 3) Se exigirá una cobertura a los materiales que son transportados en camiones. 4) Se exigirá velocidad de los vehículos dentro del área de faena (máx 20 Km/h). Mayores antecedentes en el Anexo 6 de la DIA Al respecto, la SEREMI de Medio Ambiente, mediante ORD Nº 1084, de fecha 27 de octubre de 2021, entrega su pronunciamiento conforme. Aguas servidas Durante la fase de operación el proyecto producirá emisiones líquidas producto de la solución de aguas servidas, fosa séptica con drenes de infiltración, el retiro y disposición final de los lodos producidos será realizada por una empresa autorizada. El sistema de alcantarillado particular está considerado para servir a 10 personas con una dotación de 150 L/hab/día. Los antecedentes técnicos y formales del permiso ambiental sectorial del artículo 138 del Reglamento del SEIA, se adjuntan en el punto 2 del Anexo 5 de la Adenda. Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2154345393
Residuos industriales líquidos La actividad de lavado de paneles fotovoltaicos utilizará una mínima cantidad de agua por lavado (30 m3/año, aproximadamente 2,5 m3/mes) y que principalmente se evaporará naturalmente, sin generar detrimento sobre los suelos, considerando además que en el proceso de lavado no se utiliza ningún tipo de aditivos ni sustancias químicas. (Respuesta 1.15 de la Adenda). Ruido, Vibraciones y Campos electromagnéticos En el Anexo 20 de la Adenda se adjunta el Estudio de ruido y vibraciones actualizado el Proyecto. Ruido: Durante la fase de operación, los principales aportes de presión sonora en la faena serán los centros de transformación (inversor) y el tránsito esporádico de vehículos livianos. Conforme la evaluación de cumplimiento presentada en la tabla 28 del Anexo 20 citado, las emisiones esperadas para la fase de operación cumplen con lo establecido en el D.S. Nº 38/11 del MMA.
Tabla N°28. Verificación cumplimiento D.S. N° 38/11 del MMA etapa de operación RECEPT OR NPS PROYECTA DO (dB(A)) D.S. Nº38/11 MMA Límite máximo permisible Cumplimient o R1 17 53 No Supera R2 13 57 No Supera R3 9 50 No Supera Referencia: Tabla 28 del Anexo 20 de la Adenda
Vibraciones: Dada la naturaleza de las actividades que serán ejecutadas durante esta fase, se asume que estas no generarán emisiones vibratorias de relevancia. Lo anterior, debido a que esta fase contempla únicamente el funcionamiento de la planta fotovoltaica, la cual no requerirá de actividades que puedan generar vibraciones. Mayores antecedentes en el Anexo 20 de la Adenda.
Campos electromagnéticos: De los resultados obtenidos en la investigación bibliográfica y en las simulaciones efectuadas, se concluye: En las Estaciones Centrales de inversión el campo eléctrico queda confinado al interior de la instalación; por su parte, la densidad de flujo magnético a una distancia de 6 m desde el centro del transformador, alcanza apenas 0,65 [micro Tesla], inferior al límite de 100 [micro Tesla] considerado seguro para las personas por la ICNIRP. La magnitud máxima de campo eléctrico existente a un metro de altura sobre el suelo inmediatamente bajo la línea operando en 12 kV es 135 [Volt/m]; valor muy inferior al límite de 5.000 [V/m] considerado seguro para las personas por la ICNIRP. La magnitud máxima de inducción magnética existente a un metro de altura sobre el suelo inmediatamente bajo la línea operando en 12 kV es 0,2 [micro Tesla], inferior al límite de 100 [micro Tesla] considerado seguro para las personas por la ICNIRP. El máximo ruido de radio frecuencia (interferencia a las señales de radio) generado por la línea, es inferior el máximo de 43 Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2154345393
[dB/1mV/m] propuesto como límite tolerable para una línea de media tensión. Este bajo nivel de ruido justifica el hecho de que regularmente no se considere significativa la interferencia provocada por líneas de media tensión. Mayores detalles en el Anexo 18 de la Adenda. Al respecto, mediante ORD. N° 2486, de fecha 30 de julio de 2021, la SEREMI de Salud se pronuncia conforme. 4.3.2.7. RESIDUOS Y SUSTANCIAS PELIGROSAS NOMBRE DESCRIPCIÓN Residuos sólidos domiciliarios Durante esta fase habrá generación de Residuos Sólidos Domiciliarios (RSD) de manera puntual y se estima en 600 kg anuales. El almacenamiento temporal se realizará en un sitio autorizado sanitariamente, para luego ser retirado y dispuesto en lugar autorizado sanitariamente. El retiro será cada 3 días como máximo. Mayores detalles en el punto 3 del Anexo 6 de la Adenda Complementaria. Residuos industriales no peligrosos Se estima una generación de 60 kg/año de cables y paneles en mal estado (3 al año aproximadamente) que se pudieran generar de actividades de mantención, los que no serán almacenados en planta, sino llevados a un sitio de disposición final autorizado de forma inmediata. Con relación a los paneles dañados o en desuso generados por el proyecto en su fase de operación y cierre serán retirados en forma inmediata del predio una vez que se realice cambio de los mismos y según lo establece la Ley REP serán tratados como productos prioritarios para el reciclaje. Por lo que se aclara que no existirán sitios de acopio temporal ni de mantención para este tipo de residuos al interior del parque durante la fase de operación ni de cierre Mayores detalles en el punto 3 del Anexo 6 de la Adenda Complementaria y respuesta 2.1.1 de la Adenda. Residuos peligrosos No se prevé la generación de este tipo de residuos durante la fase de operación. Sustancias peligrosas La operación del proyecto no requerirá la utilización de productos químicos u otras sustancias. Al respecto, mediante ORD. N° 2486, de fecha 30 de julio de 2021, la SEREMI de Salud se pronuncia conforme. Referencia al ICE para mayores detalles sobre esta fase. Ítem 4.2 y 4.7 del ICE. 4.3.3. FASE DE CIERRE 4.3.3.1. PARTES Y OBRAS NOMBRE DESCRIPCIÓN Oficinas Se dispondrá de oficinas modulares las que utilizarán un área máxima de 90 m2. Mayores antecedentes en la Tabla 1-7 del Capítulo 1 Descripción de Proyecto de la DIA Patio de residuos no peligrosos Se habilitará un lugar para el acopio temporal de residuos industriales no peligrosos, correspondiente a excedentes de materiales, tales como restos de maderas de los embalajes y restos metálicos de las estructuras. Este lugar consistirá en un recinto cercado con malla metálica y portón de acceso, mientras que el piso Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2154345393
será terreno natural compactado. Considera utilizar una superficie de 149 m2. Mayores antecedentes en la Tabla 1-7 del Capítulo 1 Descripción de Proyecto de la DIA Almacenamiento de residuos asimilables a domésticos La instalación de faena contará con una zona de estacionamiento de maquinarias donde se desarrollará la carga y descarga para la recepción del material para la fase de construcción del proyecto. Considera utilizar una superficie de 49 m2. Mayores antecedentes en la Tabla 1-7 del Capítulo 1 Descripción de Proyecto de la DIA Caminos internos El desplazamiento al interior de la planta se realizará a través de caminos internos los que abarcan una longitud de 110 metros y 3,5 metros de ancho promedio. Mayores antecedentes en el punto 1.9.2.1 del Capítulo 1 Descripción de Proyecto de la DIA. 4.3.3.2. ACCIONES NOMBRE DESCRIPCIÓN Desmantelamiento o aseguramiento de infraestructura Se retirarán los elementos mecánicos y otros en desuso, se trasladarán para su reutilización, reciclaje o se dispondrán conforme a la normativa vigente en un lugar autorizado. Una vez concluida la vida útil de los paneles solares, estos serán devueltos al fabricante o a un tercero para su reciclaje o disposición final. Mayores antecedentes en el punto 1.12.1.1 del Capítulo 1 Descripción de Proyecto de la DIA. Restauración En el proceso de la habilitación del terreno la afectación sobre el suelo y la geoforma es mínima, ya que sólo se requieren fundaciones menores para habilitar la sala de control y los centros de transformación. El resto de las instalaciones va sobre pilotes hincados directamente al suelo, por lo que al ser desmanteladas el lugar quedará plenamente como en su estado anterior al finalizar la operación. De manera de reconfigurar el terreno al estado más próximo a su situación sin proyecto, se propone el uso de maquinaria para la restauración de la geoforma original, y luego el uso de herramientas manuales para perfilar el terreno en aquellas zonas donde se hayan instalado apoyos de hormigón posterior a su retiro (las obras que los requieren son la sala de control, centro de transformación y bodega), luego su rehabilitación se realizará con la adición de suelo proveniente del mismo terreno utilizado, de tal manera permitir el restablecimiento de la vegetación de manera natural. Mayores antecedentes en respuesta 1.12 de la Adenda. Prevención de futuras emisiones Debido a las limitadas y mínimas acciones sobre el suelo y la geoforma del lugar, se estima que el predio no presentará condiciones que generen futuras emisiones. Mayores antecedentes en el punto 1.12.1.3 del Capítulo 1 Descripción de Proyecto de la DIA. Mantención, conservación y supervisión Posterior al desmantelamiento, cierre y rehabilitación del área del proyecto, no será necesario establecer actividades de mantención, conservación y supervisión debido a la baja intervención de las obras a los componentes naturales. Mayores antecedentes en el punto 1.12.1.4 del Capítulo 1 Descripción de Proyecto de la DIA. 4.3.3.3. RECURSOS NATURALES RENOVABLES Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2154345393
NOMBRE DESCRIPCIÓN El Proyecto no considera la extracción o explotación de recursos naturales renovables en esta fase. 4.3.3.4. EMISIONES Y EFLUENTES NOMBRE DESCRIPCIÓN Emisiones atmosféricas De acuerdo a lo presentado en el Anexo 6 de la DIA, Estimación de Emisiones atmosféricas, las emisiones en la fase de cierre del Proyecto se encuentran relacionadas principalmente al tránsito de vehículos y a emisiones por combustión de los mismos. Respecto a las emisiones para la fase de cierre, se debe considerar que esta fase tiene una duración de 4 meses. En la siguiente tabla se presentan los resultados para las emisiones del último año: Tabla 50. Total de emisiones que aportará el Proyecto durante la Fase de Cierre Contaminante Emisión (Ton/año) MP10 0,66 MP2,5 0,23 CO 0,54 COV/HC 0,14 NOX 1,33 SOX 0,03 NH3 0,0001 Fuente: Tabla 50 del Anexo 6 de la DIA Las emisiones del Proyecto no sobrepasan los límites normativos descritos en el D.S. N°31/2016 del MMA (PPDA R.M). De acuerdo a lo anterior, el Proyecto no deber compensar sus emisiones. Sin perjuicio de lo anterior, el Proyecto contempla las siguientes acciones de control y abatimiento: 1) Se exigirá mediante cláusulas incluidas en los contratos con los proveedores de maquinaría la obligación de mantener las maquinarias en perfecto estado. 2) Se exigirán los documentos que acrediten las revisiones técnicas de los vehículos y maquinaria. 3) Se exigirá una cobertura a los materiales que son transportados en camiones. 4) Se exigirá velocidad de los vehículos dentro del área de faena (máx 20 Km/h). Mayores antecedentes en el Anexo 6 de la DIA Al respecto, la SEREMI de Medio Ambiente, mediante ORD Nº 1084, de fecha 27 de octubre de 2021, entrega su pronunciamiento conforme. Aguas servidas En la fase de construcción y cierre, se generarán residuos líquidos domésticos producidos por el uso de aguas sanitarias por parte del personal contratado para el desarrollo del abandono. Para este efecto, se habilitarán baños químicos en los frentes de trabajo y serán instalados y mantenidos por una empresa autorizada por la SEREMI de Salud de acuerdo a las normativas vigentes. El número de baños y los volúmenes de agua corresponderán a lo dispuesto por el D.S. Nº594/99 del MINSAL y considerará un consumo diario por persona de 150 l/día, es decir un total de 9 m3/día en el momento de máximo trabajo constructivo. Mayores antecedentes en el punto 1.12.4.3 del Capítulo 1 Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2154345393
Descripción de Proyecto de la DIA. Residuos industriales líquidos No está prevista la generación de este tipo de residuos. Mayores antecedentes en el punto 1.12.4.3 del Capítulo 1 Descripción de Proyecto de la DIA. Ruido Durante la fase de cierre los principales aportes de presión sonora serán el uso de maquinaria durante el desmantelamiento y el movimiento de tierras y el paso de camiones por caminos de acceso. Los detalles de los resultados que se exponen a continuación se encuentran en el Anexo 20 Informe de Ruido de la Adenda, con los siguientes resultados: Tabla N°29. Verificación cumplimiento D.S. N° 38/11 del MMA etapa de cierre. Receptor NPS Proyectado (dB(A)) D.S. Nº38/11 MMA Límite máximo permisible Cumplimiento R1 34 53 No Supera R2 27 57 No Supera R3 19 50 No Supera Referencia: Tabla 29 del Anexo 20 de la Adenda.
El Proyecto, durante la fase de cierre, cumple con los límites máximos permitidos en el D.S. N° 38/2011 del MMA. Mayores antecedentes en el Anexo 20 de la Adenda, Estudio de ruido actualizado. Al respecto, mediante ORD. N° 2486, de fecha 30 de julio de 2021, la SEREMI de Salud se pronuncia conforme. 4.3.3.5. RESIDUOS Y SUSTANCIAS PELIGROSAS NOMBRE DESCRIPCIÓN Residuos domiciliarios y asimilables a domiciliarios Se generarán residuos sólidos domésticos que serán almacenados temporalmente en bolsas plásticas en contenedores cerrados. Se estima una producción de residuos domésticos similar a los generados durante la fase de construcción (90 kg/día). La recolección y disposición de estos estará a cargo de una empresa especializada quienes llevarán los residuos a un relleno sanitario autorizado, según las normativas en vigencia a la época. Mayores antecedentes en el punto 4 del Anexo 6 de la Adenda. Residuos industriales no peligrosos En la fase de cierre, se generarán residuos sólidos provenientes del desmantelamiento de los equipos y de las estructuras. Se estima una generación de 5 toneladas para la fase. El acero de las estructuras de seguimiento y cables serán reciclados. Los paneles solares serán devueltos al fabricante o a un tercero que cuente con autorizaciones vigentes a la fecha del desmantelamiento para que proceda con su reciclaje o disposición final. Todo el material de desecho será debidamente almacenado y dispuesto en un sitio de disposición final, según los cuerpos normativos vigentes a la fecha. Mayores antecedentes en el punto 3 del Anexo 20 de la Adenda Complementaria. Residuos peligrosos No se prevé la generación de este tipo de residuos durante la fase Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2154345393
de operación. Sustancias peligrosas La operación del proyecto no requerirá la utilización de productos químicos u otras sustancias. Al respecto, mediante ORD. N° 2486, de fecha 30 de julio de 2021, la SEREMI de Salud se pronuncia conforme. Referencia al ICE para mayores detalles sobre esta fase. Ítem 4.2 y 4.8 del ICE.
4.4. CRONOLOGÍA DE LAS FASES DEL PROYECTO 4.4.1. FASE DE CONSTRUCCIÓN Fecha estimada de inicio Febrero 2022 Parte, obra o acción que establece el inicio Habilitación de la instalación de faenas Fecha estimada de término Junio 2022 Parte, obra o acción que establece el término Desmovilización de la Instalación de Faena. 4.4.2. FASE DE OPERACIÓN Fecha estimada de inicio Junio 2022 Parte, obra o acción que establece el inicio Conexión a la red de distribución Fecha estimada de término Diciembre 2052 Parte, obra o acción que establece el término Desconexión a la red de distribución. 4.4.3. FASE DE CIERRE Fecha estimada de inicio Diciembre 2052 Parte, obra o acción que establece el inicio Habilitación de la instalación de faenas Fecha estimada de término Abril 2053 Parte, obra o acción que establece el término Desmovilización de la Instalación de Faena.
5°. Que, durante el proceso de evaluación se han presentado antecedentes que justifican la inexistencia de los siguientes efectos, características y circunstancias del artículo 11 de la Ley N° 19.300:
5.1. RIESGO PARA LA SALUD DE LA POBLACIÓN, DEBIDO A LA CANTIDAD Y CALIDAD DE EFLUENTES, EMISIONES Y RESIDUOS Impacto ambiental no significativo Aumento de emisiones atmosféricas Aumento en los niveles de ruido Emisiones atmosféricas De acuerdo a los resultados presentados en el Anexo 6 de la DIA, es posible señalar que, durante el primer año del proyecto, se generarán mayores emisiones, considerando que abarca la fase de construcción (4 meses) y parte de la fase de operación del proyecto (8 meses). Siendo este año el más crítico, se emitirán un total de 0,71 ton/año de MP10; 0,24 ton/año de MP2,5; 0,54 ton/año de Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2154345393
CO; 0,14 de COV/HC; 1,33 ton/año de NOx, 0,03 ton/año de SOx y 0,0001 de NH3, valores que se encuentran muy por debajo de los valores de referencia establecidos en el Plan de Prevención y Descontaminación atmosférica de la Región Metropolitana. De la misma manera, para el último año del proyecto se consideraron las emisiones para la fase de operación (8 meses) y para el cierre (4 meses), al respecto se emitirán un total de 0,66 ton/año de MP10; 0,23 ton/año de MP2,5; 0,54 ton/año de CO; 0,14 de COV/HC; 1,33 ton/año de NOx, 0,03 ton/año de SOx y 0,0001 de NH3, valores que también se encuentran muy por debajo de los valores de referencia establecidos en el Plan de Prevención y Descontaminación atmosférica de la Región Metropolitana. Adicionalmente, el proyecto llevará a cabo medidas y acciones que aseguran el control de las emisiones atmosféricas para que en ningún caso excedan las emisiones calculadas, las cuales se encuentran descritas en la Tabla 4.6.4.1 del presente informe. Por lo tanto, considerando la tecnología de generación energética cero emisiones, la puntualidad y temporalidad reducida de las fases de construcción y cierre, y los flujos despreciables aportados durante la fase de operación, se concluye que el proyecto, no producirá impacto significativo sobre el componente aire ni sobre la salud de la población del área de influencia del proyecto. Mayores antecedentes en Anexo 6 de la DIA. Ruido Durante la fase de construcción, los principales aportes de presión sonora en la faena serán los camiones en faena, compactadoras, excavadoras, las máquinas de hincado, los grupos electrógenos y la descarga de camiones. Durante la fase de operación, los principales aportes de presión sonora serán los centros de transformación (inversor) y el tránsito esporádico de vehículos livianos. Durante la fase de cierre, los principales aportes de presión sonora en la faena serán las maquinarias utilizadas para el desmantelamiento y restauración del terreno. De acuerdo a los antecedentes presentados en el Anexo 20 de la Adenda, Estudio de Ruido actualizado, el proyecto con la implementación de barres acústicas solo en la sub etapa 2 de la fase de construcción, no supera el límite máximo permitido para periodo horario diurno en zona rural establecido en el D.S. N°38/11 del MMA en los puntos receptores evaluados, no generando impacto acústico en la comunidad receptora. Emisiones líquidas En las fases de construcción y cierre, se generarán residuos líquidos domésticos por el uso de los servicios higiénicos portátiles por parte del personal. El número de baños y los volúmenes de agua corresponderán a lo dispuesto por el D.S. Nº594/99 del MINSAL y considerará un consumo diario por persona de 150 l/día, es decir un total de 9 m3 en el momento de máximo trabajo. Los residuos provenientes de los baños químicos serán retirados y manejados por una empresa autorizada por la SEREMI de Salud de la Región Metropolitana. Durante la fase de operación se generarán emisiones líquidas provenientes del personal que realizará las actividades de mantención del parque fotovoltaico. El sistema de fosa séptica está considerado para servir a 10 personas con una dotación de 150 L/hab/día. Los antecedentes técnicos y formales del permiso ambiental sectorial del artículo 138 del Reglamento del SEIA, se adjuntan en el punto 2 del Anexo 5 de la Adenda. Emisiones Líquidas Industriales En cuanto a residuos líquidos industriales, la única emisión líquida del proyecto corresponderá a la generada debido al lavado de canoas mixer con agua industrial a presión para su posterior disposición en piscinas de evaporación, en la fase de construcción. En estas piscinas el agua se evapora por acción de la temperatura, por lo que solo se retira de ellas el residuo industrial correspondiente a restos de hormigón y que será dispuesto en sitio autorizado sanitariamente. Respecto de la fracción líquida que permanezca en la piscina al término de la fase de construcción, ella será cargada en tambores y dispuesta en un sitio de disposición final autorizado sanitariamente. Respecto de la zona de lavado de canoas de camiones mixer a instalar durante la fase de construcción, se indica que se dispondrá de un área de 10 m2 especialmente acondicionada para llevar a cabo dicha actividad. Esta zona será impermeabilizada mediante el uso de un geotextil, que impedirá el paso de agua o residuos hacia el suelo, lo que imposibilita que se produzca un detrimento del suelo y los recursos hídricos existentes en el área del emplazamiento del Proyecto. Esta membrana está compuesta por polietileno de alta densidad el cual es ampliamente utilizado en proyectos que requieran impermeabilización, revestimientos, entre otros, debido a que posee una alta resistencia a químicos, a altas temperaturas y a la acción de rayos UV. (Ver mayores detalles en Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2154345393
la respuesta 1.19 de la Adenda). Residuos domiciliarios y asimilables a domiciliarios En las fases de construcción, operación y cierre, se generarán residuos sólidos asimilables a domiciliarios, los que serán recolectados y almacenados en contenedores secundarios para evitar la generación de malos olores y controlar los vectores. Se habilitará un espacio especial para la acumulación transitoria de los residuos domiciliarios que se generen durante la fase de construcción, operación y cierre. Desde los frentes de trabajo, los residuos serán llevados diariamente hasta la zona de almacenamiento de residuos asimilables a domésticos, donde finalmente serán retirados con una frecuencia de 2 veces por semana. Se calcula una producción de residuos sólidos domésticos de 1,5 kg/trabajador/día, lo que significa que, para un máximo de 60 trabajadores, la generación será de 90 Kg/día. Mayores antecedentes en el punto 3 del Anexo 5 de la Adenda. Residuos sólidos industriales no peligrosos En las fases de construcción y cierre, estos residuos corresponderán a excedentes de materiales en desuso generados en la fase de construcción y de los desechos materiales del desmantelamiento de la fase de cierre, los cuales serán almacenados temporalmente en el Patio de residuos industriales, correspondiente a un área señalizada, delimitada por un cerco perimetral, suelo compactado y sin techumbre. Se recolectarán y serán llevados a un sitio de disposición final autorizado, por medio de transportistas que cuenten con autorización sanitaria para dicha labor. Se estima que lo únicos posibles residuos industriales generados durante la fase de operación sean cables y paneles en mal estado que se pudieran generar de actividades de mantención. Mayores antecedentes en el punto 3 del Anexo 5 de la Adenda. Residuos sólidos peligrosos Solo se producirán residuos peligrosos durante la fase de construcción del proyecto, los que corresponden a spray de zinc y espuma de poliuretano a razón de 16 kg/ mes, por lo tanto, se implementará una bodega para el almacenamiento temporal de residuos peligrosos, ubicada en la instalación de faenas. Allí, se mantendrán los residuos en contenedores identificados y etiquetados de acuerdo a la clasificación y tipo de riesgo que establece la NCh 2190 Of. 2003 y las características de peligrosidad indicadas en el artículo 11 del D.S. Nº148/2003 del MINSAL. Este etiquetado se mantendrá desde el almacenamiento hasta la disposición final de los residuos por una empresa autorizada para tal fin. El manejo de los residuos dentro de la bodega se regularizará mediante la elaboración de fichas de ingreso y egreso de residuos para mantener un control periódico de los residuos peligrosos, tal como lo establece la normativa vigente. Los residuos peligrosos serán trasladados por una empresa autorizada de transporte hasta un sitio de disposición final autorizado. Mayores antecedentes en la Tabla 13 del Anexo 5 de la Adenda. Parte, obra o acción que lo genera Emisiones atmosféricas Movimientos de tierra, excavaciones, carga y descarga, tránsito de camiones y vehículos, gases de combustión asociados al funcionamiento de maquinarias y vehículos. Emisiones acústicas Circulación de camiones en faena, compactadoras, excavadoras, máquinas de hincado, los grupos electrógenos y la descarga de camiones. Fase en que se presenta Todas las fases Referencia al ICE para mayores detalles sobre este impacto específico Ítem 6.1. del ICE El Proyecto no genera ni presenta riesgo para la salud de la población, debido a la cantidad y calidad de los efluentes, emisiones o residuos que este genera o produce.
5.2. EFECTOS ADVERSOS SIGNIFICATIVOS SOBRE LA CANTIDAD Y CALIDAD DE LOS RECURSOS NATURALES RENOVABLES, INCLUIDOS EL SUELO, AGUA Y AIRE Impacto ambiental no significativo Pérdida en la calidad del suelo para sustentar biodiversidad. Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2154345393
Suelo Considerando el proceso de la habilitación del terreno que se ejecutará y que será principalmente de limpieza y no de exacavaciones, la afectación sobre el suelo y la geoforma es mínima, ya que sólo se requieren fundaciones menores para habilitar la sala de control, el centro de transformación y la bodega. El resto de las instalaciones va sobre pilotes hincados directamente al suelo, por lo que al ser desmanteladas el lugar quedará prácticamente como en su estado anterior al finalizar la operación. El proyecto que se emplazará en el área de estudio generará una mínima erosión, pérdidas y/o cambios en las propiedades físicas del suelo, principalmente en el momento de movimiento de tierra para el proceso de nivelación leve que debe realizarse al momento de la implantación de los pilotes del que sostienen los paneles fotovoltaicos. En cuanto a las propiedades químicas y biológicas del suelo en cuestión, se generará un barbecho que aumentará la diversidad de la micro y macro fauna presente, produciendo mayor interacción entre los componentes bióticos del suelo. En cuanto a las propiedades químicas del suelo, por la ausencia de fertilización antrópica, probablemente en el plazo que se desarrollará el proyecto, el suelo tenderá a equilibrarse junto a los cambios de diversidad biológica. Para el caso de las fundaciones, éstas serán removidas, posteriormente su rehabilitación se realizará con la adición de suelo proveniente del mismo terreno utilizado, de tal manera permitir el restablecimiento de la vegetación. Por lo tanto, y dados los antecedentes presentados anteriormente, es que se considera que el suelo no se verá afectado y que de manera de reconfigurar el terreno al estado más próximo a su situación sin proyecto, se considera el uso de maquinaria para la restauración de la geoforma original, y luego el uso de herramientas manuales para perfilar el terreno. Mayores antecedentes en el Anexo 9 de la DIA y respuesta 5.18 de la Adenda. Flora y Vegetación De acuerdo a los antecedentes presentados en el Anexo 13 de la Adenda, el área de influencia se encuentra inmerso en la Formación vegetacional del Bosque esclerófilo costero (Gajardo, 1994) y del Piso Vegetacional del Bosque esclerófilo mediterráneo costero de Lithraea caustica – Cryptocarya alba (Federico Luebert, 2017). El Titular delimitó 5 unidades de formación vegetacional homogéneas, tales como la formación Pradera de Loasa tricolor con 10,5 hectáreas, formación arbustiva de Cestrum parqui con 0,22 hectáreas, formación arbórea de Prunus domestica con 0,85 hectáreas, individuos aislados de Acacia caven 1,4 hectáreas, y áreas sin vegetación con 0,9875 hectáreas Dado que la zona en donde se instalará el Proyecto es una zona intervenida por actividad agrícola, la afectación de flora nativa y endémica es nula. El área de emplazamiento de las partes y obras del proyecto, no presenta formación de Bosque nativo o Bosque de preservación y no existen formaciones xerofíticas, por lo que no aplica la Ley 20.283, sobre Recuperación del Bosque Nativo y Fomento Forestal No obstante lo anterior, es necesario realizar corta árboles aislados en 2,7 hectáreas que ameritan la aplicabilidad de un plan de manejo forestal según lo instruido en el artículo 153 D.S. Nº40/2012 MMA del Reglamento del SEIA, el cual se presenta en el punto 5 del Anexo 6 de la Adenda Complementaria. Fauna En relación con la Fauna (Anexo 7 de la DIA y Anexo 17 de la Adenda) el Titular identificó una riqueza total de 14 especies de fauna en el área de estudio: 2 mamíferos, 11 aves, y 1 reptil. En cuanto a la categoría de conservación, endemismo, movilidad y estatus migratorio, se puede indicar lo siguiente: Categoría de conservación: la totalidad de las especies que se encuentran clasificadas corresponden a la categoría de preocupación menor (LC). Endemismo: ninguna especie identificada presenta categoría endémica. Movilidad: La mayoría de las especies identificadas presentan altos rangos de desplazamiento, con excepción de los reptiles, los que se encuentran en el perímetro del proyecto y en baja abundancia, por lo que se prevé puedan desplazarse por sus propios medios. Estatus migratorio: no se identificaron en el área del proyecto aves en categoría de migratorias o sitios propicios para el descanso de estas especies Es debido a lo anterior y al análisis de los criterios en el punto IV claves de decisión para medidas de mitigación de la Guía técnica para implementar medidas de rescate/ relocalización y perturbación Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2154345393
controlada”, es que se determina que el proyecto no requiere la implementación de medidas de control dirigidas a los grupos encontrados en el área del proyecto. De acuerdo con la Estimación de Ruido actualizado realizada para el Proyecto (Anexo 20 de la Adenda), la diferencia entre el ruido de fondo y el ruido que generarán las actividades del proyecto son bajas y durante un periodo de tiempo muy limitado comparado con la vida útil del proyecto. Así mismo, es importante destacar que las emisiones de ruido no superarán la norma “Effects of Noise on Wildlife and Other Animals”, Metodología de 1971 perteneciente a la EPA, la que establece como referencia, un máximo de 85 dB para no generar efecto sobre la fauna silvestre. El área del proyecto tampoco presenta singularidades respecto a sitios para nidificación o migración de avifauna. Suelo De acuerdo con los antecedentes presentados en el Anexo 9 de la DIA, el proyecto no tendrá impactos significativos sobre el componente suelo, dado que: no modificará sus características físicas o químicas, no provocará erosión, degradación o compactación, no reducirá la superficie vegetal y no verterá residuos o contaminantes de ninguna clase sobre el suelo. Por otra parte, las estructuras de soporte de los paneles se hincan directamente en el terreno, no requiriendo de hormigón ni de un escarpe previo del terreno. Considerando que las actividades relacionadas con la materialización del proyecto no aumentan la posibilidad de degradación del recurso suelo, por procesos como erosión o escarpe, se considera que el impacto del proyecto sobre el componente suelo no es significativo, ya que no genera pérdidas de suelos. Terminada la fase de operación del proyecto, durante la fase de cierre, se contempla el retiro de todas las instalaciones, devolviendo el suelo a las condiciones actuales. Mayores antecedentes en el Anexo 9 de la DIA y respuesta 5.18 de la Adenda. Agua De acuerdo con los antecedentes presentados en el Anexo 14 de la Adenda y en el Anexo 10 de la Adenda complementaria, el proyecto no produce alteración de los canales, acuíferos o de las aguas superficiales, ni por consumo, ni por contaminación. Durante la operación el consumo de agua es bajo, al necesitarse principalmente para la limpieza de los paneles fotovoltaicos una vez al año. La cantidad total de agua potable a consumir variará en función del número de trabajadores en la construcción de las obras, con un máximo de 9 m3/día. Esta agua será adquirida exclusivamente a una empresa que cuente con la autorización de la SEREMI de Salud de la Región de Metropolitana. El proyecto no contempla el suministro de agua de origen industrial. Dado lo anterior, es que no se pretende realizar extracción de aguas por medio de bombeo de pozos ni de cauces que se encuentren en las inmediaciones del área de proyecto o de otras fuentes que no se encuentren autorizadas. De acuerdo con lo anterior se descarta que el proyecto genere o presente efectos adversos significativos sobre la cantidad y calidad del recurso y se suprime la posible afectación sobre los niveles de pozos de terceros y la potencial contaminación de acuíferos. Por lo tanto, y dados los antecedentes presentados anteriormente es que no se prevé que el proyecto genere alteración de la permanencia ni disponibilidad en cuanto a calidad y/o cantidad del recurso hídrico superficial ni subterráneo y tampoco se alterará la capacidad de regeneración o renovación del recurso Aire De acuerdo con los antecedentes presentados en el Anexo 6 de la DIA, las emisiones atmosféricas resultantes con la ejecución del proyecto se producen mayoritariamente durante las fases de construcción y cierre del mismo. Ambas fases representan un periodo muy corto frente a la vida útil del proyecto y en ambos casos se encuentran dentro de los límites establecidos en el D.S Nº 31/2016 del MMA. De acuerdo a las condiciones base de cada componente, se puede aseverar que proyecto no afecta significativamente el suelo, agua y aire. Recurso hídrico El proyecto no genera un impacto ambiental significativo sobre el volumen o caudal de los recursos hídricos, debido a que el proyecto no contempla la intervención o explotación de los mismos, considerando que dentro del área de influencia del Proyecto y su entorno no se localizan recursos hídricos afectos a intervención. Sustancias Químicas Durante la fase de construcción del proyecto, se almacenarán productos químicos en pequeñas Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2154345393
cantidades, por lo cual se implementará una gaveta de sustancias peligrosas. En ella se clasificaran y almacenarán cumpliendo estrictamente con las disposiciones del D.S. Nº43/2015 del MINSAL. Las sustancias peligrosas almacenadas contarán con su respectiva hoja de seguridad. Residuos domiciliarios y asimilables a domiciliarios En las fases de construcción, operación y cierre, se generarán residuos sólidos asimilables a domiciliarios, los que serán recolectados y almacenados en contenedores secundarios para evitar la generación de malos olores y controlar los vectores. Se habilitará un espacio especial para la acumulación transitoria de los residuos domiciliarios que se generen durante la fase de construcción, operación y cierre. Desde los frentes de trabajo, los residuos serán llevados diariamente hasta la zona de almacenamiento de residuos asimilables a domésticos, donde finalmente serán retirados con una frecuencia de 2 veces por semana. Se calcula una producción de residuos sólidos domésticos de 1,5 kg/trabajador/día, lo que significa que, para un máximo de 60 trabajadores, la generación será de 90 Kg/día. Mayores antecedentes en el punto 3 del Anexo 5 de la Adenda. Residuos sólidos industriales no peligrosos En las fases de construcción y cierre, estos residuos corresponderán a excedentes de materiales en desuso generados en la fase de construcción y de los desechos materiales del desmantelamiento de la fase de cierre, los cuales serán almacenados temporalmente en el Patio de residuos industriales, correspondiente a un área señalizada, delimitada por un cerco perimetral, suelo compactado y sin techumbre. Se recolectarán y serán llevados a un sitio de disposición final autorizado, por medio de transportistas que cuenten con autorización sanitaria para dicha labor. Se estima que lo únicos posibles residuos industriales generados durante la fase de operación sean cables y paneles en mal estado que se pudieran generar de actividades de mantención. Mayores antecedentes en el punto 3 del Anexo 5 de la Adenda. Residuos sólidos peligrosos Solo se producirán residuos peligrosos durante la fase de construcción del proyecto, los que corresponden a spray de zinc y espuma de poliuretano a razón de 16 kg/ mes, por lo tanto, se implementará una bodega para el almacenamiento temporal de residuos peligrosos, ubicada en la instalación de faenas. Allí, se mantendrán los residuos en contenedores identificados y etiquetados de acuerdo con la clasificación y tipo de riesgo que establece la NCh 2190 Of. 2003 y las características de peligrosidad indicadas en el artículo 11 del D.S. Nº148/2003 del MINSAL. Este etiquetado se mantendrá desde el almacenamiento hasta la disposición final de los residuos por una empresa autorizada para tal fin. El manejo de los residuos dentro de la bodega se regularizará mediante la elaboración de fichas de ingreso y egreso de residuos para mantener un control periódico de los residuos peligrosos, tal como lo establece la normativa vigente. Los residuos peligrosos serán trasladados por una empresa autorizada de transporte hasta un sitio de disposición final autorizado. Mayores antecedentes en la Tabla 13 del Anexo 5 de la Adenda.
El Proyecto no contempla la introducción de especies exóticas al territorio nacional o en áreas, zonas o ecosistemas determinados. Parte, obra o acción que lo genera Implementación de la Planta solar fotovoltaica. Fase en que se presenta Operación Referencia al ICE para mayores detalles sobre este impacto específico Ítem 5.2 y 6.2. del ICE El Proyecto no genera o presenta efectos adversos significativos sobre la cantidad y calidad de los recursos naturales renovables, incluidos el suelo, agua y aire.
5.3. REASENTAMIENTO DE COMUNIDADES HUMANAS O ALTERACIÓN SIGNIFICATIVA DE LOS SISTEMAS DE VIDA Y COSTUMBRES DE GRUPOS HUMANOS Acceso a recursos naturales De acuerdo al estudio realizado en el Anexo 12 de la DIA, el proyecto no intervendrá ni restringirá Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2154345393
el acceso a los recursos naturales de ningún grupo humano (protegido y no protegido), debido a que en el área donde se instalará el proyecto es un predio privado en desuso sin acceso a la comunidad. Las actividades productivas dependientes de la extracción y uso de los recursos naturales que se desarrollan en el área de influencia corresponden principalmente a actividades agrícolas, cultivos frutícolas y de pasto para forraje, a nivel industrial se tiene la fábrica cerveza Kross, la cervecería Brugge, y la hacienda de Curacaví donde además de cultivos agrícola opera una lechería y fábrica de productos lácteos, que también realiza venta al público. (Ver respuesta 5.22 literal a de la Adenda) Por lo tanto, no existen recursos naturales que generen sustento económico u otro uso tradicional como medicinal, espiritual o cultural que sean intervenidos por el proyecto. Circulación y conectividad De acuerdo a lo indicado en el punto 1.4.5 de la Descripción de Proyecto de la DIA, el Proyecto está ubicado en el costado poniente de la Ruta G-760 (camino El Toro) específicamente en el kilómetro 11 contado desde su intersección con la Ruta 68. La Ruta G-760, se encuentra en buen estado, con señalética, y corresponde a una sección transversal de dos pistas bidireccionales, que en su primer tramo cuenta con una ciclovía en construcción; esta ruta permite a los habitantes del sector el acceso a la Ruta 68 y a la zona urbana de la comuna de Curacaví. Respecto al flujo vial en la Ruta G-760, según los datos registrados por Vialidad en la plataforma Censo de Tránsito del año 2019, esta ruta presenta un flujo vehicular expresado en Tránsito Medio Diario Anual (TMDA) igual a 81 Vehículos. Con relación al aporte del Proyecto, en ninguna fase se prevé la utilización de vehículos sobredimensionados o de intervención de la calzada, y que el Proyecto considera un aporte máximo (peor condición vial que podría presentarse) de 32 vehículos /día, durante un período no mayor a 12 días, que corresponde a un promedio de 3,6 vehículos por hora (considerando 9 horas de trabajo diario) en la ruta. Sin perjuicio de lo anterior, es poco probable que transiten 32 vehículos del Proyecto de forma simultánea por la ruta, dada la cronología de las actividades en la fase de construcción, por lo que el riesgo de afectación en el escenario real es mucho menor que al considerar el peor de los escenarios. Según lo presentado previamente, debido a que el incremento en el flujo vehicular generado por el Proyecto es reducido en número (3,6 vehículos por hora en su período más crítico) y reducido en temporalidad (4 meses de duración de la fase de construcción) se descarta que el Proyecto obstruya o restrinja la libre circulación, dificulte la conectividad o aumente los tiempos de desplazamiento de los grupos humanos que viven en las cercanías a la Ruta G-760 (Camino El Toro), (Ver respuesta 5.22 literal b de la Adenda) Se debe destacar que durante la fase de operación del Proyecto este será operado de forma remota, por lo que no habrá una alteración del flujo vehicular en la zona. Para mayores antecedentes ver la respuesta 5.9 de la adenda y los antecedentes presentados en el Anexo 12 de la DIA. Con relación a la fase cierre que tendría una duración de 4 meses, el flujo vehicular asociado a la condición más desfavorable sería similar o inferior a lo considerado para la fase de construcción, descartándose que el Proyecto obstruya o restrinja la libre circulación, dificulte la conectividad o aumente los tiempos de desplazamiento de los grupos humanos que viven en las cercanías a la Ruta G-760. Además, el proyecto no considera ninguna intervención sobre la Ruta G-760 que pueda entorpecer el libre tránsito en esta vía. Tomando en consideración todos los antecedentes descritos, es posible indicar que el proyecto no causará obstrucción o restricción a la libre circulación, a la conectividad o el aumento significativo de los tiempos de desplazamiento. Bienes, equipamiento y servicios básicos De acuerdo a lo indicado en el Capítulo 1 Descripción de Proyecto de la DIA, el proyecto contará con sus propios medios para el abastecimiento de energía eléctrica, agua potable, servicios higiénicos, transporte y alimentación de los trabajadores en todas sus fases. De la misma manera, en el Anexo 12 de la DIA se señala que, respecto a los servicios básicos disponibles en las localidades al interior del área de influencia del proyecto, todas las localidades cuentan con electricidad en sus hogares y agua potable. En el área de influencia no hay presencia de establecimientos de salud y de educación, por lo que los vecinos acuden a establecimientos ubicados en Curacaví. Para abastecerse de alimentos y otros insumos, los habitantes del área de influencia se trasladan Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2154345393
hacia la ciudad de Curacaví. Ejercicio o manifestación de tradiciones, cultura o intereses comunitarios De acuerdo a lo indicado en el Anexo 12 de la DIA, el Proyecto no impedirá el ejercicio y manifestación de tradiciones, cultura o intereses comunitarios, ya que no presenta interacción alguna con actividades que representen intereses comunitarios. Por otra parte, el proyecto no se emplaza en o en áreas cercanas a poblaciones protegidas (pueblos indígenas). Según lo indicado en el Anexo 10 y 12 de la DIA, en el área de influencia del proyecto no habita población protegida por leyes especiales. Referencia al ICE para mayores detalles sobre este impacto específico Ítem 6.3. del ICE El Proyecto no genera reasentamiento de comunidades humanas o alteración significativa de los sistemas de vida y costumbres de grupos humanos.
5.4. LOCALIZACIÓN EN O PRÓXIMA A POBLACIONES, RECURSOS Y ÁREAS PROTEGIDAS, SITIOS PRIORITARIOS PARA LA CONSERVACIÓN, HUMEDALES PROTEGIDOS Y GLACIARES, SUSCEPTIBLES DE SER AFECTADOS, ASÍ COMO EL VALOR AMBIENTAL DEL TERRITORIO EN QUE SE PRETENDE EMPLAZAR No hay presencia de población protegida en el área de influencia del proyecto. Mayores detalles en numeral 5.3.2 del Anexo 12 de la DIA. El proyecto se relaciona con Sitio Prioritario El Roble de la Región Metropolitana. La relación de intersección es con 20 postes de la línea de media tensión que contempla el proyecto. A pesar de que estas estructuras se encuentren al interior del sitio de protección, no se generará afectación sobre el mismo producto de la instalación de estas obras ya que actualmente la zona se encuentra intervenida y antropizada debido a la existencia de parcelaciones, vías de tránsito públicas y líneas de distribución eléctricas, lo que ha generado fragmentación del ecosistema original. Mayores detalles en el numeral 5 del Anexo 3 de la DIA. De acuerdo a la información desarrollada en el Anexo 3: Análisis Territorial de la DIA, el proyecto no generará impactos a poblaciones, recurso y áreas protegidas, sitios prioritarios para la conservación, humedales protegidos y glaciares, dentro del área de influencia. El Proyecto no se emplaza en las cercanías de tierras indígenas, áreas de desarrollo indígena o pueblos indígenas, según lo señalado en la página web perteneciente a la Comisión Nacional de Desarrollo Indígena. El análisis territorial (Anexo 3 de la DIA), donde se evaluaron todas las áreas colocadas bajo protección oficial estipuladas por el Articulo 10 letra p) Ley 19.300, esta evaluación arrojó relación territorial entre el área de proyecto y el Sitio Prioritario El Roble que posee una superficie de 88.513,61 ha, la cual abarca las comunas de Lampa, Tiltil, Curacaví, Maipú, Pudahuel y Padre Hurtado. La ecorregión presente en el área es terrestre y el ecosistema de mayor representación al interior del sitio es el bosque templado de Valdivia siendo el Bosque esclerófilo costero de Cryptocaria Alba y Peumus Boldus aquel que posee mayor representación en el interior del sitio prioritario con un 33,4% del área, seguido de bosque caducifolio mediterráneo costero de Nothofagus macrocarpa y Ribes Punctatum con un 22,1% de cobertura en el área (MMA, 2020). El sitio prioritario El Roble se encuentra al interior del área de influencia y presenta una relación de intersección con algunos postes considerados para la línea media tensión que contempla el proyecto. A pesar de que estas estructuras se encuentren al interior del sitio de protección, no se generará afectación sobre el mismo producto de la instalación de estas obras ya que actualmente la zona se encuentra intervenida y antropizada debido a la existencia de parcelaciones, vías de tránsito públicas y líneas de distribución eléctricas, lo que ha generado fragmentación del ecosistema original. El área que es utilizada para instalar cada poste es de 3 m2 y en total se utilizarán 60 m2, lo que representa un 0,000008% del área total que abarca el sitio prioritario El Roble. Además, se debe considerar que la zona ocupada por el proyecto poseerá las mismas características ambientales actuales al momento de retirar las obras que al comienzo del proyecto. No existe otra relación entre el área del proyecto y otros elementos en categoría de protección oficial. Referencia al ICE para mayores Ítem 6.4. del ICE Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2154345393
detalles sobre este impacto específico El Proyecto no se localiza en o próximo recursos y áreas protegidas, sitios prioritarios para la conservación, humedales protegidos y glaciares susceptibles de ser afectados, tampoco afectará el valor ambiental del territorio
5.5. ALTERACIÓN SIGNIFICATIVA, EN TÉRMINOS DE MAGNITUD O DURACIÓN, DEL VALOR PAISAJÍSTICO O TURÍSTICO DE UNA ZONA Impacto ambiental [Nombre para identificar el impacto] [Breve texto descriptivo] El área del proyecto no presenta valor turístico De acuerdo a la información presentada en el Anexo 11 de la DIA, el proyecto no se localiza en una zona con valor paisajístico. El proyecto no obstruye la visibilidad a una zona con valor paisajístico debido a que los resultados obtenidos por medio de la identificación de Macrozona y Subzona, correspondiente a Centro – Cordillera de la costa respectivamente, junto a las cuencas visuales de los siete puntos de observación definidos y la respectiva descripción de los atributos visuales referentes a las unidades de paisaje detectadas dentro del área de influencia definida para el proyecto, el titular determinó que dicha área estudiada presenta una Calidad Visual BAJA, esta categoría considera un paisaje que contiene muy poca variedad de atributos y además éstos se valoran en calidad baja, siendo además un área que presenta visibles rasgos de alteración antrópica. Es de relevancia considerar que el proyecto se encuentra inserto en el paisaje local de manera acoplada, lo que implica que el proyecto no generaría un efecto visual significativo sobre potenciales observadores presentes en las principales rutas existentes. Mayores antecedentes que respaldan estas afirmaciones se entregan en el Anexo 11 de la DIA. El paisaje cuenta con baja singularidad y la intervención del proyecto no será vista por cuenca visual desde la mayoría de los puntos de observación. Además, el proyecto considera realizar una arborización al interior de su predio que contribuirá a disminuir visibilidad del proyecto. De este modo no se alterará ningún atributo paisajístico. Mayores antecedentes se entregan en el Anexo 11 de la DIA. Referencia al ICE para mayores detalles sobre este impacto específico Ítem 6.5. del ICE El Proyecto no generará alteración significativa, en términos de magnitud o duración, del valor paisajístico o turístico de la zona.
5.6. ALTERACIÓN DE MONUMENTOS, SITIOS CON VALOR ANTROPOLÓGICO, ARQUEOLÓGICO, HISTÓRICO Y, EN GENERAL, LOS PERTENECIENTES AL PATRIMONIO CULTURAL Según a lo indicado en el Anexo 10 de la DIA, en el área de influencia del proyecto no se evidenció hallazgos arqueológicos o patrimoniales. De acuerdo a lo anterior, el proyecto no provocará impactos sobre ningún Monumento Nacional. Según a lo presentado en el Anexo 15 de la Adenda, en el caso específico del proyecto, sus límites fueron definidos considerando la no generación de ningún tipo de afectación a sitios con presencia arqueológica. El área del proyecto fue validada por dos especialistas por medio del desarrollo de transectas, las cuales descartaron elementos con valor arqueológico al interior del área del proyecto. Si bien el proyecto no intervendrá áreas con presencia de hallazgos arqueológicos, se efectuará charlas de inducción a los trabajadores del proyecto. Las charlas de inducción deberán ser realizadas -por un/a arqueólogo/a o licenciado/a en arqueología- a los/as trabajadores/as del proyecto, sobre el componente arqueológico que se podría encontrar en el área y los procedimientos a seguir en caso Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2154345393
de hallazgo, antes del inicio de cada obra, con informe mensual de la actividad a la SMA y al CMN. En el informe se deberán remitir los contenidos de la inducción realizada y la constancia de asistentes junto a sus firmas, así como una síntesis de sus comentarios, observaciones y preguntas. Para mayores antecedentes, ver Anexo 10 de la DIA complementado con las respuestas 2.9, 5.12, 7.13 y 7.14 de la Adenda. De acuerdo a lo presentado en los Anexos 10 y 12 de la DIA, el proyecto, en ninguna de sus fases, afectará lugares o sitios en que se lleven a cabo manifestaciones habituales propias de la cultura o folclore de alguna comunidad o grupo humano, derivada de la proximidad y naturaleza de las partes, obras y/o acciones del proyecto o actividad, considerando especialmente las referidas a los pueblos indígenas. Referencia al ICE para mayores detalles sobre este impacto específico Ítem 6.6. del ICE El Proyecto no generará alteración de monumentos, sitios con valor antropológico, arqueológico, histórico y, en general, los pertenecientes al patrimonio cultural
6°. Que resultan aplicables al Proyecto los siguientes permisos ambientales sectoriales, asociados a las correspondientes partes, obras o acciones que se señalan a continuación:
6.1. PERMISOS AMBIENTALES SECTORIALES MIXTOS
6.1.1. Permiso para la construcción, reparación, modificación y ampliación de cualquier obra pública o particular destinada a la evacuación, tratamiento o disposición final de desagües, aguas servidas de cualquier naturaleza, según se establece en el artículo 138 del Reglamento del SEIA Fase del proyecto a la cual corresponde Operación Parte, obra o acción a la que aplica Sistema de alcantarillado particular Condiciones o exigencias específicas para su otorgamiento Se considera un sistema de recolección que descargará a una fosa séptica dimensionada para un peak de 10 trabajadores. Dicha fosa séptica consiste en un sistema de separación de los sólidos mediante decantación y clarificación natural. El sólido se degrada en forma anaeróbica dando origen a un lodo que es retirado periódicamente por un servicio de limpia fosa autorizado por Seremi de Salud. El líquido clarificado se evacuará mediante un sistema de drenes subsuperficiales. Esta fosa séptica estará ubicada en el sector noreste del proyecto. Los contenidos técnicos y formales para su otorgamiento se presentaron actualizados en el punto 2 del Anexo 5 de la Adenda. Pronunciamiento del órgano competente La SEREMI de Salud de la Región Metropolitana, mediante el oficio ORD N° 2486, publicado con fecha 30 de julio de 2021, se pronuncia conforme con los antecedentes presentados. Referencia al ICE para mayores detalles Ítem 9.1.1 del ICE
6.1.2. Permiso para la construcción, reparación, modificación y ampliación de cualquier planta de tratamiento de basuras y desperdicios de cualquier clase o para la instalación de todo lugar destinado a la acumulación, selección, industrialización, comercio o disposición final de basuras y desperdicios de cualquier clase, según se establece en el artículo 140 del Reglamento del SEIA. Fase del proyecto a la cual corresponde Fase de construcción, operación y/o cierre Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2154345393
Parte, obra o acción a la que aplica Patio de residuos no peligrosos Almacenamiento de residuos asimilables a domésticos Condiciones o exigencias específicas para su otorgamiento Se habilitarán sectores de acopio temporal especializados según el tipo de residuos y según los requerimientos técnicos y normativos, estos estarán ubicados en el sector de obras temporales (instalación de faena) durante la fase de construcción y cierre y el en el sector sureste del Proyecto durante la fase de operación. En esta área, se encuentra el patio de Residuos no Peligrosos y contiguo a este se habilitará un sector de almacenamiento de Residuos asimilables a domésticos. Almacenamiento de Residuos asimilables a domésticos: los residuos domiciliarios y asimilables a domiciliarios serán manejados por un sistema integrado de dos componentes. Primero serán almacenados en contenedores primarios dentro de bolsas plásticas en su lugar de origen, para posteriormente ser trasladados en contenedores secundarios al sitio de almacenamiento de residuos asimilables a domésticos. Almacenamiento de Residuos No Peligrosos: Estos residuos serán recolectados en los diferentes frentes de trabajo al finalizar la jornada, luego serán trasladados al Patio de Residuos no Peligrosos, en dónde serán dispuestos y separados por su materialidad. Los contenidos técnicos y formales para su otorgamiento se presentaron actualizados en el punto 3 del Anexo 5 de la Adenda. Pronunciamiento del órgano competente La SEREMI de Salud de la Región Metropolitana, mediante el oficio ORD N° 2486, publicado con fecha 30 de julio de 2021, se pronuncia conforme con los antecedentes presentados. Referencia al ICE para mayores detalles Ítem 9.1.2 del ICE
6.1.3. Permiso para todo sitio destinado al almacenamiento de residuos peligrosos, según se establece en el artículo 142 del Reglamento del SEIA. Fase del proyecto a la cual corresponde Construcción Parte, obra o acción a la que aplica Bodega de residuos peligrosos Condiciones o exigencias específicas para su otorgamiento Para el almacenamiento temporal de residuos industriales peligrosos en la fase de construcción, se requerirá de una bodega de acopio temporal (BAT) ubicada en la instalación de faenas. Allí, se mantendrán los residuos en contenedores identificados y etiquetados de acuerdo con la clasificación y tipo de riesgo que establece la NCh 2190 Of.2003 y las características de peligrosidad indicadas en el artículo 11 del D.S. 148/2003 MINSAL. Este etiquetado se mantendrá desde el almacenamiento hasta la eliminación de los residuos. Cabe destacar que los residuos peligrosos que serán acopiados temporalmente no contemplan ningún tipo de tratamiento, sino que sólo se considera su almacenamiento, previo a su traslado hacia un sitio de disposición final autorizado. Los contenidos técnicos y formales para su otorgamiento se presentaron actualizados en el punto 4 del Anexo 5 de la Adenda. Pronunciamiento del órgano competente La SEREMI de Salud de la Región Metropolitana, mediante el oficio ORD N° 2486, publicado con fecha 30 de julio de 2021, se pronuncia conforme con los antecedentes presentados. Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2154345393
Referencia al ICE para mayores detalles Ítem 9.1.3 del ICE
6.1.4. Permiso para la corta de árboles y/o arbustos aislados ubicados en áreas declaradas de protección, según se establece en el artículo 153 del Reglamento del SEIA. Fase del proyecto a la cual corresponde Construcción Parte, obra o acción a la que aplica Construcción del parque fotovoltaico Condiciones o exigencias específicas para su otorgamiento Se requiere la habilitación de la superficie necesaria para la instalación de paneles fotovoltaicos y obras anexas para la construcción del proyecto “Parque Solar Fotovoltaico Curacaví” La intervención de matorrales se materializará la interior del predio ROL 107-17. En específico, se intervendrán 8,5 hectáreas de las cuales 2,47 presentan formaciones arbustivas o arbóreas que sería necesario cortar. Las especies a intervenir son: Cestrum parqui, Prunus doméstica e individuos aislados de Acacia caven. Los contenidos técnicos y formales para su otorgamiento se presentaron actualizados en el punto 5 del Anexo 6 de la Adenda Complementaria. Pronunciamiento del órgano competente CONAF de la Región Metropolitana, mediante el oficio ORD N° 146-EA/2021, publicado con fecha 29 de octubre de 2021, se pronuncia conforme con los antecedentes presentados precisando que “De ser aprobado ambientalmente el proyecto, se deberá contar con la solicitud de “Autorización de corta de árboles y/o arbustos aislados ubicados en áreas declaradas de protección”, aprobada por este Servicio, previo al inicio de las obras, considerando todos los antecedentes técnicos que acreditaron el referido permiso. Además, se señala que en la actividad de revegetación deberán estar contenidos los antecedentes del seguimiento de esta medida”. Referencia al ICE para mayores detalles Ítem 9.1.4 del ICE
6.1.5. Permiso para subdividir y urbanizar terrenos rurales o para construcciones fuera de los límites urbanos, según se establece en el artículo 160 del Reglamento del SEIA. Fase del proyecto a la cual corresponde Construcción y operación. Parte, obra o acción a la que aplica Obras permanentes y temporales asociadas al Parque Fotovoltaico. Condiciones o exigencias específicas para su otorgamiento Las edificaciones que requieren el permiso de construcción fuera del límite urbano tienen como destino el equipamiento de un sector rural, y corresponden a las instalaciones temporales y permanentes del proyecto que se muestran a continuación: Tabla 14. Edificaciones que requieren informe favorable de construcción OBRA SUPERFICIE (m²) Obras Permanentes Paneles Fotovoltaicos 66.840 Centro de transformación 15 Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2154345393
Sala de control 15 Bodega 30 Servicios higiénicos 543 TOTAL: OBRAS PERMANENTES 67.443 Obras Temporales Zona de Instalaciones temporales 1.737 SUPERFICIE TOTAL DE OBRAS PERMANENTES Y OBRAS TEMPORALES 69.180 Fuente: Tabla 14 del Anexo 6 de la Adenda Complementaria Los contenidos técnicos y formales para su otorgamiento se presentaron actualizados en el punto 6 del Anexo 6 de la Adenda Complementaria. Pronunciamiento del órgano competente SAG de la Región Metropolitana, mediante el oficio ORD N° 1787, publicado con fecha 29 de octubre de 2021, se pronuncia conforme con los antecedentes presentados, indicando que “El proyecto reúne los requisitos para el otorgamiento del PAS 160”. Revisado los antecedentes del proceso de evaluación es posible establecer “En relación al PAS 160, que el proyecto no genera un nuevo núcleo urbano al margen de la planificación, ubicándose en Área de Protección Ecológica con Desarrollo Controlado (P.E.D.C.) del PMRS y que corresponde a uso de infraestructura que se entiende siempre admitida en el área rural (art. 2.1.29 OGUC)” Referencia al ICE para mayores detalles Ítem 9.1.5 del ICE
6.1.6. Pronunciamiento sobre la calificación de la instalación industrial o de bodegaje, según se establece en el artículo 161 del Reglamento del SEIA Parte u obra a la que aplica Operación Calificación de la parte u obra Planta fotovoltaica Condiciones o exigencias específicas del pronunciamiento El Proyecto “Parque Solar Fotovoltaico Curacaví”, será una planta de generación eléctrica con una potencia de inyección de 3,5 MW, ubicada en la comuna de Curacaví. El recurso energético primario utilizado por la planta será la energía solar, la cual se transformará en electricidad mediante el uso de paneles fotovoltaicos mono cristalinos. Esto califica al Proyecto como un medio de Energía Renovable No Convencional (ERNC). El área utilizada por las instalaciones del Proyecto abarca 6,91 hectáreas, las que comprenden los módulos fotovoltaicos, centro de transformación, sala de control y la zona de la instalación de faenas. El Proyecto contempla el uso de 8.064 módulos fotovoltaicos de silicio monocristalino. Estos módulos irán montados sobre ejes horizontales con orientación Norte-Sur dotados de un sistema de seguimiento solar de modo de aprovechar mejor el recurso primario. El proyecto considera la construcción de una línea de evacuación de media tensión en 12 kV con una longitud aproximada de 1,5 km que incluye la instalación de 30 postes, la que tiene por objetivo transportar la energía eléctrica producida por el proyecto hasta el poste existente que corresponde al punto de conexión a la red de distribución. Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2154345393
Los potes a utilizar son de hormigón y poseen una altura aproximada de 10 metros sobre el nivel del suelo. Los contenidos técnicos y formales para su otorgamiento se presentaron en el punto 7 del Anexo 5 de la Adenda. Pronunciamiento del órgano competente La SEREMI de Salud de la Región Metropolitana, mediante el oficio ORD N° 2486, publicado con fecha 30 de julio de 2021, se pronuncia conforme con los antecedentes presentados, calificando la actividad como INOFENSIVA. Referencia al ICE para mayores detalles Ítem 9.1.6 del ICE
7°. Que, de acuerdo a los antecedentes que constan en el expediente de evaluación, la forma de cumplimiento de la normativa de carácter ambiental aplicable al Proyecto es la siguiente:
7.1. Normas relacionadas con las partes, obras, actividades o acciones, emisiones, residuos y sustancias peligrosas del proyecto
Tabla 7.1.1 Norma que Aprueba Reglamento del Registro de Emisiones y Transferencias de Contaminantes, RETC Componente/materia: Residuos Norma D.S. N° 1/2013 del Ministerio del Medio Ambiente que “Aprueba Reglamento del Registro de Emisiones y Transferencias de Contaminantes, RETC”. Fase del proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Todas las fases Parte, obra, acción, emisión, residuo o sustancias a la que aplica Emisiones y residuos generados por el Proyecto. Forma de cumplimiento El Titular del Proyecto realizará la declaración de sus residuos, emisiones y productos prioritarios (paneles y embalajes) a través de la plataforma del RETC http://vu.mma.gob.cl/index.php?c=home cuando corresponda. También se informará a través del Sistema REP según lo consignado en el artículo segundo transitorio de la Ley N° 20.920/2016 del MMA, donde se indican entre otras exigencias, que “Mientras no entren en vigencia los decretos supremos que establezcan las metas y otras obligaciones asociadas de cada producto prioritario, el Ministerio podrá requerir a los productores de productos prioritarios señalados en el artículo 10 (de la Ley N°20.920), informar anualmente, a través del Registro de Emisiones y Transferencias de Contaminantes”. Indicador que acredita su cumplimiento Registro de declaraciones anuales en RETC Forma de control y seguimiento Fiscalizaciones de la SMA y/o SEREMI Salud Referencia al ICE para mayores detalles Ítem 8.1.1. del ICE
Tabla 7.1.2 Norma sobre el Reglamento sobre Condiciones Sanitarias y Ambientales Básicas en los Lugares de Trabajo (modifica el D.S. Nº745/92) Componente/materia: Residuos Norma D.S. N° 594/99 del MINSAL Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2154345393
Fase del proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Todas las fases Parte, obra, acción, emisión, residuo o sustancias a la que aplica Almacenamientos, manejos y transportes de residuos industriales no peligrosos y asimilables a domiciliarios y residuos peligrosos. Forma de cumplimiento El proyecto no contempla la construcción ni operación de ninguna planta de tratamiento ni lugar de disposición final de residuos sólidos. Los residuos sólidos del proyecto serán debidamente transportados y depositados en lugares de depósitos autorizados de la Región Metropolitana. Respecto de las aguas servidas en la fase de construcción y cierre, se utilizarán baños químicos contratados a una empresa autorizada sanitariamente, que además será la encargada de la limpieza y disposición en sitios autorizados sanitariamente. Para el manejo de las aguas servidas generadas en la fase de operación, se contará con un sistema de alcantarillado particular autorizado sanitariamente. La tierra resultante de los movimientos de tierra será debidamente transportada y depositada en rellenos autorizados por la Autoridad Sanitaria. Los camiones de transporte de escombros reunirán las condiciones técnicas señaladas en el D.S. N°75/1987 del Ministerio de Transporte y Telecomunicaciones. Los camiones de transporte de residuos sólidos tendrán la autorización de la Autoridad Sanitaria. Indicador que acredita su cumplimiento Se contará con Autorización Sanitaria para las bodegas o sitios de almacenamiento de residuos.
Forma de control y seguimiento Fiscalizaciones de la SMA y/o SEREMI Salud Referencia al ICE para mayores detalles Ítem 8.1.2. del ICE
Tabla 7.1.3 Norma sobre el Código Sanitario Componente/materia: Aguas servidas y residuos sólidos Norma DFL N° 725/1967 del MINSAL Fase del proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Todas las fases Parte, obra, acción, emisión, residuo o sustancias a la que aplica Generación de aguas servidas. Generación de residuos sólidos. Forma de cumplimiento El proyecto no contempla la construcción ni operación de ninguna planta de tratamiento ni lugar de disposición final de residuos sólidos. Los residuos sólidos del proyecto serán debidamente almacenados para luego ser transportados y depositados en lugares de depósitos autorizados de la Región Metropolitana. Respecto de las aguas servidas en la fase de construcción y cierre, se utilizarán baños químicos contratados a una empresa autorizada sanitariamente, que además será la encargada de la limpieza y disposición en sitios autorizados sanitariamente. Para el manejo de las aguas servidas generadas en la fase de operación, se contará con una fosa. La tierra resultante de los movimientos de tierra será debidamente transportada y depositada en rellenos autorizados por la Autoridad Sanitaria. Los camiones de transporte de escombros reunirán las condiciones técnicas señaladas en el D.S. N°75/1987 del Ministerio Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2154345393
de Transporte y Telecomunicaciones. Los camiones de transporte de residuos sólidos tendrán la autorización de la Autoridad Sanitaria. Indicador que acredita su cumplimiento Se contará con Autorización Sanitaria para las bodegas o sitios de almacenamiento de residuos. Forma de control y seguimiento Fiscalizaciones de la SMA y/o SEREMI Salud Referencia al ICE para mayores detalles Ítem 8.1.3. del ICE
Tabla 7.1.4 Norma sobre el Reglamento Sanitario sobre Manejo de Residuos Peligrosos Componente/materia: Residuos peligrosos Norma D.S. Nº 148/2003 del MINSAL Fase del proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Fase de construcción. Parte, obra, acción, emisión, residuo o sustancias a la que aplica Generación de residuos peligrosos. Forma de cumplimiento Se implementará una bodega para el almacenamiento temporal de residuos peligrosos, ubicada en la instalación de faenas. Allí, se mantendrán los residuos en contenedores identificados y etiquetados de acuerdo a la clasificación y tipo de riesgo que establece la NCh 2190 Of. 2003 y las características de peligrosidad indicadas en el artículo 11 del D.S. Nº148/2003 del MINSAL. Este etiquetado se mantendrá desde el almacenamiento hasta la disposición final de los residuos por una empresa autorizada para tal fin. El piso de la Bodega será con base continua, impermeable, liso, no poroso, lavable, resistente estructural y químicamente a los residuos e incombustible; con pendiente no inferior al 0,5%. El manejo de los residuos dentro de la bodega se regularizará mediante la elaboración de fichas de ingreso y egreso de residuos para mantener un control periódico de los residuos peligrosos, tal como lo establece la normativa vigente. Los residuos peligrosos serán trasladados por una empresa autorizada de transporte hasta un sitio de disposición final autorizado. Indicador que acredita su cumplimiento Copia de los recibos, boletas o facturas que certifiquen el transporte y disposición final de los residuos peligrosos. Autorización de Proyecto y funcionamiento de la bodega de RESPEL y registro de inducción a los trabajadores en estas materias. Forma de control y seguimiento Fiscalizaciones de la SMA y/o SEREMI Salud Referencia al ICE para mayores detalles Ítem 8.1.4. del ICE
Tabla 7.1.5 Norma sobre el Reglamento de seguridad para las instalaciones y operaciones de producción y refinación, transporte, almacenamiento, distribución y abastecimiento de combustibles líquidos Componente/materia: Sustancias peligrosas Norma D.S. Nº 160/2008 del MINECON Fase del proyecto a la que Fase de construcción y cierre. Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2154345393
aplica o en la que se dará cumplimiento Parte, obra, acción, emisión, residuo o sustancias a la que aplica Recarga de combustible a maquinarias Forma de cumplimiento Durante las fases de construcción y cierre, se contempla la utilización de combustible líquido, principalmente en la maquinaria pesada, para lo cual se contará con un suministro a través de un proveedor autorizado, quien con un camión surtidor cargará la maquinaria en obra. La carga de combustible desde el proveedor autorizado será realizada sobre una superficie que sea capaz de contener la sustancia en caso de un derrame, tipo bandeja de control, así en caso de derrames, está tendrá la capacidad para contenerlos. Indicador que acredita su cumplimiento Como indicador de cumplimiento, se exigirá y mantendrá copia de las autorizaciones asociadas a las empresas distribuidoras, que abastezcan de combustible la obra. Revisión mensual de vigencia de Resolución SEC de empresa proveedora y chequeo en terreno cada vez que se realice carga de combustible, verificando que se cumplan las condiciones que exige la normativa vigente Forma de control y seguimiento Fiscalizaciones de la SMA Referencia al ICE para mayores detalles Ítem 8.1.5. del ICE
Tabla 7.1.6 Norma sobre Reglamento de Almacenamiento de Sustancias Peligrosas Componente/materia: Sustancias peligrosas Norma D.S. Nº 43/2015 del MINSAL Fase del proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Construcción y cierre Parte, obra, acción, emisión, residuo o sustancias a la que aplica Almacenamiento de sustancias peligrosas Forma de cumplimiento Durante la fase de construcción, se contempla el almacenamiento de sustancias peligrosas en pequeñas cantidades, correspondiente a spray de zinc y espuma de poliuretano. Estas sustancias se encontrarán en cantidades inferiores a las establecidas en el art 20 del D.S 43/15 MINSAL, por lo cual su almacenamiento será en una gaveta de sustancias peligrosas, la cual contará con las condiciones de seguridad requeridas en los art 21, 22, 23 y 24 del mismo reglamento. Indicador que acredita su cumplimiento Mantener en la gaveta de SUSPEL, los productos etiquetados y con sus hojas de seguridad correspondientes. Registro de cantidad de productos almacenados. Registro de mantenimiento de los equipos de extinción de incendio. Forma de control y seguimiento Fiscalizaciones de la SMA y/o SEREMI Salud Referencia al ICE para mayores detalles Ítem 8.1.6. del ICE
Tabla 7.1.7 Norma que Establece normas para evitar emanaciones o contaminantes atmosféricos de cualquier naturaleza Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2154345393
Componente/materia: Emisiones atmosféricas Norma D.S. Nº 144/1961 del MINSAL Fase del proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Todas las fases Parte, obra, acción, emisión, residuo o sustancias a la que aplica Construcción y cierre: Movimiento de tierra, excavación, compactación, nivelación, combustión de maquinaria y vehículos, tránsito vehicular. Operación: Combustión de vehículos y tránsito vehicular. Forma de cumplimiento Todas las fases, según corresponda: Con el fin de disminuir las emisiones de material particulado, el titular considera las siguientes medidas: • Se exigirá una cobertura a los materiales que son transportados en camiones. • Se controlará la velocidad de los vehículos dentro del área de faena. • Para el control de emisiones de gases el Proyecto considera en la fase de construcción las siguientes medidas: - Los grupos electrógenos utilizados tendrán sus revisiones técnicas al día, para que se desempañen de acuerdo con los parámetros del fabricante. Los vehículos livianos, medianos, pesados y maquinaria de combustión interna contarán con las mantenciones recomendadas por el fabricante y con su revisión técnica al día; lo anterior se exigirá bajo cláusulas contractuales con las empresas contratistas a cargo de las faenas de construcción y cierre del proyecto. Indicador que acredita su cumplimiento Revisión y registro en obra del cumplimiento de las medidas propuestas. Informe de cumplimiento a SMA, en caso de ser solicitado. Forma de control y seguimiento Fiscalizaciones de la SMA y/o SEREMI Salud Referencia al ICE para mayores detalles Ítem 8.1.7. del ICE
Tabla 7.1.8 Norma que Establece obligación de declarar emisiones que indica Componente/materia: Emisiones atmosféricas Norma D.S. Nº 138/2005 del MINSAL Fase del proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Construcción Parte, obra, acción, emisión, residuo o sustancias a la que aplica Grupos electrógenos. Forma de cumplimiento El titular se compromete a informar a través del Sistema REP (www.mma.gob.cl) disponible en la ventanilla única del RETC, a través del Registro de Emisiones y Transferencias de Contaminantes. Indicador que acredita su cumplimiento Registro de Emisiones y Transferencias de Contaminantes disponible en la ventanilla única del RETC. Forma de control y seguimiento Fiscalizaciones de la SMA y/o SEREMI Salud Referencia al ICE para Ítem 8.1.8. del ICE Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2154345393
mayores detalles
Tabla 7.1.9 Norma que Establece Norma de Emisión de Contaminantes Aplicables a los Vehículos Motorizados y fija los Procedimientos para su Control Componente/materia: Emisiones atmosféricas Norma D.S. Nº 4/1994 de MINTRATEL Fase del proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Todas las fases Parte, obra, acción, emisión, residuo o sustancias a la que aplica Vehículos motorizados del proyecto Forma de cumplimiento Todos los vehículos relacionados con el Proyecto contarán con su revisión técnica al día y se revisará la vigencia de las mantenciones recomendadas por los fabricantes. Esto se hará exigible por el Titular a las empresas contratistas a través de cláusulas contractuales. Indicador que acredita su cumplimiento Exigencias contractuales a contratistas sobre mantenciones y revisiones técnicas. Registro de mantenciones de vehículos y maquinarias en instalación de faenas del Proyecto. Informe de cumplimiento a SMA en caso de ser solicitado. Forma de control y seguimiento Fiscalizaciones de la SMA Referencia al ICE para mayores detalles Ítem 8.1.9. del ICE
Tabla 7.1.10 Norma que Establece Normas de Emisión Aplicables a Vehículos Motorizados Pesados que indica Componente/materia: Emisiones atmosféricas Norma D.S. N° 55/1994 MINTRATEL Otras Normas Relacionadas D.S. N° 54/1994 del Ministerio de Transportes y telecomunicaciones que “Establece Normas de Emisión Aplicables a Vehículos Motorizados Medianos que indica”. Fase del proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Todas las fases Parte, obra, acción, emisión, residuo o sustancias a la que aplica Vehículos motorizados pesados del proyecto Forma de cumplimiento Se cumplirá con las normas de emisión y se exigirá que todos los vehículos motorizados que participen en el desarrollo del proyecto, durante todas sus etapas, cumplan con estas normas lo que se verificará con el certificado de revisión técnica y de gases. Indicador que acredita su cumplimiento Certificado de revisión técnica y de gases vigente. Forma de control y seguimiento Fiscalizaciones de la SMA Referencia al ICE para mayores detalles Ítem 8.1.10. del ICE
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Tabla 7.1.11 Norma que Aprueba el Reglamento para el control de la emisión de contaminantes de vehículos motorizados de combustión interna Componente/materia: Emisiones atmosféricas Norma D.S. Nº 279/1983 del MINSAL Fase del proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Todas las fases Parte, obra, acción, emisión, residuo o sustancias a la que aplica Vehículos motorizados de combustión interna del proyecto Forma de cumplimiento Se cumplirá con la norma de emisión, lo que se verificará con el certificado de revisión técnica al día y de gases. Indicador que acredita su cumplimiento Documentos de revisiones técnicas y mantenciones vigentes de los vehículos. Forma de control y seguimiento Fiscalizaciones de la SMA Referencia al ICE para mayores detalles Ítem 8.1.11. del ICE
Tabla 7.1.12 Norma que Fija nuevo texto de la Ordenanza General de la Ley General de Urbanismo y Construcciones Componente/materia: Emisiones atmosféricas Norma D.S. Nº 47/1992 de MINVU Fase del proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Todas las fases Parte, obra, acción, emisión, residuo o sustancias a la que aplica El Proyecto requerirá la realización de labores de movimientos de tierra y despeje, tránsito por caminos pavimentados y transporte de carga. Forma de cumplimiento Con el fin de disminuir las emisiones de material particulado, el Titular considera las siguientes medidas: 1) Se exigirá mediante cláusulas incluidas en los contratos con los proveedores de maquinaría, la obligación de mantener las maquinarias en buen estado. 2) Se exigirán los documentos que acrediten las revisiones técnicas de los vehículos y maquinaria. 3) Se exigirá una cobertura a los materiales que son transportados en camiones. 4) Se exigirá velocidad de los vehículos dentro del área de faena (máx 30 Km/h). 5) Los grupos electrógenos utilizados en la fase de construcción tendrán sus mantenciones al día, para que se desempeñen de acuerdo con los parámetros del fabricante. 6) Los grupos electrógenos contarán con un horómetro y sus horas de funcionamiento serán registradas. Indicador que acredita su cumplimiento Registros e inspecciones periódicas de las áreas de trabajo a objeto de verificar el cumplimiento de las medidas de abatimiento. Registro de implementación de las medidas antes mencionadas para el control de emisiones atmosféricas Forma de control y seguimiento Fiscalizaciones de la SMA Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2154345393
Referencia al ICE para mayores detalles Ítem 8.1.12. del ICE
Tabla 7.1.13 Norma que Establece Plan de Prevención y Descontaminación Atmosférica para la Región Metropolitana de Santiago (PPDA) Componente/materia: Emisiones atmosféricas Norma D.S. Nº 31/2016 del MMA Fase del proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Todas las fases Parte, obra, acción, emisión, residuo o sustancias a la que aplica Construcción y cierre: Movimiento de tierra, excavación, compactación, nivelación, combustión de maquinaria y vehículos, tránsito vehicular. Operación: Combustión de vehículos y tránsito vehicular. Forma de cumplimiento Las emisiones atmosféricas se consideran poco significativas, y serán acotadas al tiempo de duración de la fase de construcción, operación y cierre. El cálculo de emisiones se presenta en el Anexo 6 de la DIA, y se señalan en el Capítulo 4 del presente ICE. Al respecto, el proyecto no sobrepasa los límites establecidos en el PPDA, por lo que no requiere compensar sus emisiones. Adicionalmente, con el fin de disminuir las emisiones de material particulado, el Titular considera las siguientes medidas de control: 1) Se exigirá mediante cláusulas incluidas en los contratos con los proveedores de maquinaría la obligación de mantener las maquinarias en perfecto estado. 2) Se exigirán los documentos que acrediten las revisiones técnicas de los vehículos y maquinaria. 3) Se exigirá una cobertura a los materiales que son transportados en camiones. 4) Se exigirá velocidad de los vehículos dentro del área de faena (máx 30 Km/h). 5) Los grupos electrógenos utilizados en la fase de construcción tendrán sus mantenciones al día para que se desempeñen de acuerdo con los parámetros del fabricante. 6) Se llevará registro de las horas de funcionamiento de los grupos electrógenos. Mediante ORD. N° 1084, de fecha 27 de octubre de 2021, la SEREMI de Medio Ambiente se pronuncia conforme a la Adenda complementaria. Indicador que acredita su cumplimiento Registros e inspecciones periódicas de las áreas de trabajo a objeto de verificar el cumplimiento de las medidas de abatimiento. Forma de control y seguimiento Fiscalizaciones de la SMA y/o SEREMI de Medio Ambiente Referencia al ICE para mayores detalles Ítem 8.1.13. del ICE
Tabla 7.1.14 Norma que Establece Condiciones para el Transporte de Cargas que Indica Componente/materia: Emisiones atmosféricas Norma D.S. Nº 75/1987 de MINTRATEL Fase del proyecto a la que aplica o en la que se dará Todas las fases Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2154345393
cumplimiento Parte, obra, acción, emisión, residuo o sustancias a la que aplica Transporte de sustancias peligrosas Forma de cumplimiento El Titular exigirá que los camiones o vehículos propios, del contratista y de sus proveedores, que transporten los materiales señalados precedentemente, deberán circular cubriendo total y eficazmente los materiales con lonas o plásticos o con cualquier otro sistema que impida la dispersión de polvo a la atmósfera (no se utilizará malla Rachel), lo cual será revisado periódicamente. Del mismo modo, se exigirá que los vehículos que transporten líquidos o sólidos con porcentaje de humedad, lo realicen en camiones 100% estancos que impidan el escurrimiento y posterior caída de éstos al suelo. Esto se hará exigible por el Titular a las empresas contratistas a través de cláusulas contractuales. Indicador que acredita su cumplimiento Exigencias contractuales a contratistas sobre mantenciones y revisiones técnicas. Registro de mantenciones de vehículos y maquinarias en instalación de faenas del proyecto. Revisión y registro de cumplimiento por parte de encargado de oficina de calidad, seguridad y medio ambiente. Forma de control y seguimiento Fiscalizaciones de la SMA Referencia al ICE para mayores detalles Ítem 8.1.14. del ICE
Tabla 7.1.15 Norma que Establece Norma de Emisión de Ruidos Generados por Fuentes que Indica Componente/materia: Ruido Norma D.S. Nº 38/2011 de MMA Fase del proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Todas las fases Parte, obra, acción, emisión, residuo o sustancias a la que aplica Durante la fase de construcción se generarán emisiones de ruido debido a los camiones en faena, compactadoras, excavadoras, las máquinas de hincado, los grupos electrógenos y la descarga de camiones. En la fase de operación, los principales aportes de presión sonora en la faena serán los centros de transformación (inversor) y el tránsito esporádico de vehículos livianos. La fase de cierre, las fuentes de ruido se encuentran relacionadas principalmente al tránsito de vehículos y a emisiones por combustión de los mismos. Forma de cumplimiento Se llevó a cabo un Estudio Acústico, el cual determinó que para las fases de construcción sub etapa 1 y 2, operación y cierre no supera el límite máximo permitido para periodo horario diurno en zona rural establecido en el Decreto Supremo N°38/11 del MMA en los puntos receptores evaluados, no generando impacto acústico en la comunidad receptora. El escenario 1 de la fase de construcción sub etapa 3 en el punto receptor 2, se deberá implementar medidas de control. A partir de lo anterior, se propone la instalación durante las sub etapa 3 de construcción de una barrera acústica conformada por panel OSB y lana de vidrio, barrera que tendrá una altura e 3metros y una extensión de 4 metros. A través de las proyecciones con la barrera acústica propuesta, se obtiene el cumplimiento del límite máximo permitido para la sub etapa 3. (Para mayores detalles ver Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2154345393
Estudio de Ruido actualizado en el Anexo 20 de la Adenda). Mediante ORD. N° 2486, de fecha 30 de julio de 2021, la SEREMI de Salud se pronuncia conforme con la Adenda. Indicador que acredita su cumplimiento Registro de instalación de la barrera acústica señalada. Establecer un registro en obra para eventuales reclamos de la comunidad, incluyendo en ello el ruido generado por la actividad, durante la fase de construcción. Forma de control y seguimiento Fiscalizaciones de la SMA Referencia al ICE para mayores detalles Ítem 8.1.15. del ICE
Tabla 7.1.16 Norma sobre el Reglamento general de alcantarillados particulares, fosas sépticas, cámaras filtrantes, cámaras de contacto, cámaras absorbentes y letrinas domiciliarias Componente/materia: Aguas servidas Norma Decreto Nº 236/1926 de MINSAL Fase del proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Operación Parte, obra, acción, emisión, residuo o sustancias a la que aplica Generación de aguas servidas Forma de cumplimiento Durante la fase de operación del proyecto, las aguas servidas - cuyo carácter es doméstico y exentas cualquier característica de peligrosidad - serán recolectadas y dirigidas a la fosa séptica y tratamiento previo a su disposición mediante drenes de infiltración. Mayores antecedentes en el punto 1 del Anexo 6 de la Adenda Complementaria Indicador que acredita su cumplimiento Resolución sanitaria que autoriza el funcionamiento del sistema de alcantarillado particular Forma de control y seguimiento Fiscalizaciones de la SMA y/o SEREMI Salud Referencia al ICE para mayores detalles Ítem 8.1.16. del ICE
Tabla 7.1.17 Norma sobre Condiciones Sanitarias y Ambientales Básicas en los Lugares de Trabajo Componente/materia: Residuos líquidos Norma D.S. Nº 594/1999 de MINSAL Fase del proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Construcción y cierre Parte, obra, acción, emisión, residuo o sustancias a la que aplica Baños químicos Forma de cumplimiento Durante las fases construcción y cierre el titular dispondrá baños químicos en cantidad de acuerdo con lo establecido en los artículos 23 y 24 del presente decreto. En ambas fases, la mantención se realizará por parte de una empresa autorizada. Indicador que acredita su Registro de baños químicos arrendados. Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2154345393
cumplimiento Registro de mantención baños químicos, para todas las fases del proyecto. Registro de inspecciones de prevención de riesgos internas, para corroborar cumplimiento de las medidas de higiene y seguridad de los trabajadores. Forma de control y seguimiento Fiscalizaciones de la SMA y/o SEREMI Salud Referencia al ICE para mayores detalles Ítem 8.1.17. del ICE
Tabla 7.1.18 Norma que Fija el Texto Refundido, Coordinado y Sistematizado de la Ley Nº 15.840, de 1964 y del DFL. Nº 206, de 1960. (Artículos 36 y 40) Componente/materia: Vialidad Norma D.F.L. Nº 850/1997 de MOP Fase del proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Construcción y cierre Parte, obra, acción, emisión, residuo o sustancias a la que aplica Transporte de insumos y residuos. Forma de cumplimiento El Titular cumplirá con la prohibición de circular por caminos públicos a vehículos que sobrepasen los límites de peso máximo establecidos, e instruirá a los transportistas para cumplir con esta prohibición. En caso de que sea necesario, el titular solicitará a la Dirección Regional de Vialidad las autorizaciones correspondientes para transportar equipos con sobrepeso y/o sobredimensionamiento. Indicador que acredita su cumplimiento Como indicador de cumplimiento, para el control del peso de carga se mantendrá registro de las guías de despacho de la carga que será transportada, indicando el viaje realizado y el camión asociado. Asimismo, y en caso de que aplique, se establecerá la obtención del permiso de la Dirección Regional de Vialidad. Forma de control y seguimiento Inspección in situ, revisando mensualmente las condiciones de acceso. Registro de fiscalizaciones por parte de Carabineros de Chile e Inspectores Fiscales de la Dirección de Vialidad, o en caso de exceder la carga de transporte las Solicitudes que se realicen a la Dirección de Vialidad. Referencia al ICE para mayores detalles Ítem 8.1.18. del ICE
Tabla 7.1.19 Norma que Establece dimensiones máximas a vehículos que indica Componente/materia: Vialidad Norma Resolución Nº1/1995 de MINSAL Fase del proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Construcción y cierre Parte, obra, acción, emisión, residuo o sustancias a la que aplica Transporte de insumos y residuos Forma de cumplimiento El Proyecto considera actividades de transporte de materiales de construcción, estructuras, equipos y otros. También realizará transporte de maquinaria de alto pesaje, por lo que el Titular exigirá a Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2154345393
sus contratistas que cumplan con el peso máximo de los vehículos que pueden circular por vías urbanas. Indicador que acredita su cumplimiento Como indicador de cumplimiento, para el control del peso de carga se mantendrá registro de las guías de despacho de la carga que será transportada, indicando el viaje realizado y el camión asociado. Forma de control y seguimiento Revisión mensual de guías de despacho, comprobando el cumplimiento de esta normativa. Referencia al ICE para mayores detalles Ítem 8.1.19. del ICE
Tabla 7.1.20 Norma que Fija texto Refundido, Coordinado y Sistematizado que Reglamenta Transporte de Cargas Peligrosas por Calles y Caminos Componente/materia: Vialidad Norma D.S. Nº 298/1994 de MINTRATEL Fase del proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Construcción y cierre Parte, obra, acción, emisión, residuo o sustancias a la que aplica Transporte de insumos y residuos Forma de cumplimiento Durante las fases de construcción y cierre, se contempla la utilización de combustible líquido, el cual será suministrado mediante camión surtidor a través de proveedor autorizado, quien será el responsable del transporte de dicho insumo hacia la obra. Indicador que acredita su cumplimiento Como indicador de cumplimiento, se exigirá y mantendrá copia de las autorizaciones asociadas a las empresas distribuidoras, que abastezcan de combustible la obra. Forma de control y seguimiento Revisión mensual de vigencia de Resolución SEC de empresa proveedora y chequeo en terreno cada vez que se realice carga de combustible, verificando que se cumplan las condiciones que exige la normativa vigente. Referencia al ICE para mayores detalles Ítem 8.1.20. del ICE
Tabla 7.1.21 Norma que Fija el peso máximo de los vehículos que pueden circular por caminos públicos Componente/materia: Vialidad Norma D.S. Nº 158/1980 de MOP Otras Normativas Relacionadas D.S. Nº200 “Fija peso máximo de vehículos” del 26 de julio de 1993 del Ministerio de Obras Públicas Fase del proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Construcción y cierre Parte, obra, acción, emisión, residuo o sustancias a la que aplica Transporte de insumos y residuos Forma de cumplimiento El Proyecto considera actividades de transporte de materiales de construcción, estructuras, equipos y otros. También realizará transporte de maquinaria de alto pesaje, por lo que el Titular exigirá a sus contratistas que cumplan con el peso máximo de los vehículos que pueden circular por vías urbanas. Indicador que acredita su Como indicador de cumplimiento, para el control del peso de carga Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2154345393
cumplimiento se mantendrá registro de las guías de despacho de la carga que será transportada, indicando el viaje realizado y el camión asociado. Forma de control y seguimiento Revisión mensual de guías de despacho, comprobando el cumplimiento de esta normativa. Referencia al ICE para mayores detalles Ítem 8.1.21. del ICE
Tabla 7.1.22 Norma de Emisión Vehículos Motorizados Livianos Componente/materia: Vialidad Norma D.S. Nº 211/1991 de MINTRATEL Fase del proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Todas las fases Parte, obra, acción, emisión, residuo o sustancias a la que aplica Transporte de insumos y residuos Forma de cumplimiento El Proyecto considera el uso de vehículos motorizados livianos, durante la fase de construcción, operación y cierre. Los vehículos motorizados estarán equipados, ajustados o carburados de modo que el motor no emita materiales o gases contaminantes en un índice superior a los permitidos. A su vez, se exigirá un plan de mantención de la maquinaria y un certificado de emisiones en forma semestral. No se permitirá la entrada al área del proyecto a los vehículos que no cuenten con la revisión técnica al día. Indicador que acredita su cumplimiento Registro de entrada de todos los vehículos a las instalaciones del proyecto durante cada una de las etapas de este. Registro por el cual cada vehículo acredita estar con la Revisión Técnica al día, junto al calendario de mantenciones realizadas y las programadas, por realizarse. Forma de control y seguimiento Revisión mensual de los registros de revisión técnica al día, de toda maquinaria y vehículo del Proyecto. Referencia al ICE para mayores detalles Ítem 8.1.22. del ICE
Tabla 7.1.23 Norma que Prohíbe la circulación de vehículos de carga en vías que indica Componente/materia: Aguas servidas Norma D.S. Nº 18/2001 de MINTRATEL Fase del proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Construcción y cierre Parte, obra, acción, emisión, residuo o sustancias a la que aplica Transporte de insumos y residuos Forma de cumplimiento El Proyecto considera el uso de camiones durante la fase de construcción y cierre. Los vehículos motorizados estarán equipados, ajustados o carburados de modo que el motor no emita materiales o gases contaminantes en un índice superior a los permitidos. Se respetarán los horarios establecidos en la norma para el tránsito de los camiones afectos según las características que posea cada uno. Indicador que acredita su Registro de entrada de todos los vehículos a las instalaciones del Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2154345393
cumplimiento proyecto durante cada una de las fases de este. Contrato con cláusulas referentes al cumplimiento de la normativa. Forma de control y seguimiento Copia del registro donde se indiquen las entradas se los vehículos a las instalaciones del proyecto. Copia de los contratos con cláusulas referentes al cumplimiento de la normativa. Referencia al ICE para mayores detalles Ítem 8.1.23. del ICE
7.2. Normas relacionadas con componentes ambientales (fauna, vegetación y flora, suelo, agua, patrimonio cultural)
Tabla 7.2.1 Norma sobre Monumentos Nacionales Componente/materia: Patrimonio arqueológico/paleontológico Norma Ley Nº 17.288 del MINEDUC Otros cuerpos legales D.S. Nº 484/1990 del Ministerio de Educación, “Reglamento sobre Excavaciones y/o Prospecciones Arqueológicas, Antropológicas y Paleontológicas”. Fase del proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Construcción. Parte, obra, acción, emisión, residuo o sustancias a la que aplica Excavaciones, movimiento de tierras. Forma de cumplimiento En caso de efectuarse un hallazgo arqueológico o paleontológico y a fin de evitar incurrir en el delito de daño a Monumento Nacional establecido en el artículo N° 38 de la Ley N° 17.288, se deberá proceder según lo establecido en los artículos N° 26 y 27 de la Ley N° 17.288 de Monumentos Nacionales y el artículo N° 23 del D.S. N°484 Reglamento sobre excavaciones y/o prospecciones arqueológicas, antropológicas y paleontológicas, paralizando toda obra en el sector del hallazgo e informando de inmediato y por escrito al Consejo de Monumentos Nacionales, para que este organismo determine los procedimientos a seguir, cuya implementación deberá ser efectuada por el titular del Proyecto. (Respuesta 2.9 de la Adenda). Indicador que acredita su cumplimiento Registro de hallazgos arqueológicos y paleontológicos. Registro de paralizaciones de obras, si corresponde. Registro de aviso al CMN en caso de encontrar restos arqueológicos durante las excavaciones y registro fotográfico, si corresponde. Forma de control y seguimiento Fiscalizaciones de la SMA y/o CMN Referencia al ICE para mayores detalles Ítem 8.2.1. del ICE
Tabla 7.2.2 Norma sobre Caza o Captura de Ejemplares de Fauna Silvestres Componente/materia: Fauna silvestre Norma Ley Nº 19.473 de MINAGRI Otros cuerpos legales asociados D.S. N° 5/1998 del Ministerio de Agricultura. Aprueba Reglamento de la Ley de Caza. Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2154345393
Fase del proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Todas las fases. Parte, obra, acción, emisión, residuo o sustancias a la que aplica Todas las partes, obras y acciones del Proyecto, pero principalmente durante sus fases de construcción y cierre. Forma de cumplimiento El presente proyecto no considera la caza o captura de ejemplares de animales de las especies protegidas, a que se refiere el artículo 9° de la Ley N° 4.601, sobre Caza. Se realizarán capacitaciones informativas señalando la prohibición de caza, manejo o interacción con cualquier especie animal presente en el área del proyecto. En Anexo 7 de la DIA se identifican las especies presentes en el área de influencia. Indicador que acredita su cumplimiento Registro de charla a los trabajadores respecto a las especies protegidas a las que se refiere la Ley de Caza y las respectivas acciones a ejecutar para asegurar su protección. Forma de control y seguimiento Fiscalizaciones de la SMA Referencia al ICE para mayores detalles Ítem 8.2.2. del ICE
Tabla 7.2.3 Norma que Declara áreas de protección, el sector que indica, de las provincias de Santiago y Valparaíso Componente/materia: Flora Norma D.S. Nº 438/1975 de MINAGRI Fase del proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Construcción Parte, obra, acción, emisión, residuo o sustancias a la que aplica Todas las partes, obras y acciones del Proyecto. Forma de cumplimiento En la fase de construcción del proyecto se llevará a cabo la corta de 49 individuos de acacia caven 15 individuos de cestrum parqui y 69 individuos de prunus doméstica. Los contenidos técnicos y formales del permiso ambiental sectorial 153, se presentan en el punto 5 del Anexo 6 de la Adenda Complementaria. CONAF mediante ORD. Nº 146-EA/2021 de fecha 29 de octubre de 2021, se pronuncia conforme. Indicador que acredita su cumplimiento Obtención del permiso ambiental sectorial del artículo 153 del Reglamento del SEIA. Forma de control y seguimiento Fiscalizaciones de la SMA Referencia al ICE para mayores detalles Ítem 8.2.3. del ICE
8°. Que, para ejecutar el Proyecto deben cumplirse las siguientes condiciones o exigencias, en concordancia con el artículo 25 de la Ley N° 19.300:
8.1. Condición o exigencia: Ruido y Vibraciones Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2154345393
Impacto no significativo asociado Aumento en los niveles de ruido. Fase del Proyecto a la que aplica Todas las fases Objetivo, descripción y justificación Objetivo: Cumplimiento al D.S. N°38/2011 del Ministerio del Medio Ambiente y la norma de referencia utilizada en la evaluación de ruido y vibraciones “Transit Noise and Vibration Impact Assessment” de la Federal Transport Administration de Estados Unidos. Condición La SEREMI de Salud RM en el Ord. N° 2486 de fecha 30 de julio se pronuncia conforme al Proyecto, señalando: “En caso que el proyecto sea calificado ambientalmente favorable, en la respectiva resolución deberán quedar establecido en todo momento el cumplimiento de los límites máximos permitidos por el D.S. Nº 38/2011 del MMA, que establece “Norma de Emisión de Ruidos Generados por Fuentes que Indica, o la que la reemplace” y de la norma de referencia utilizada en la evaluación del ruido por fuentes móviles y vibraciones “Transit Noise and Vibration Impact Assessment” de la Federal Transport Administration de los Estados Unidos de Norteamérica”. Referencia al ICE para mayores detalles Ítem 10.2.1. del ICE
8.2. Condición o exigencia: Vialidad y Transporte Impacto no significativo asociado Uso de la vialidad adyacente. Fase del Proyecto a la que aplica Todas las fases Objetivo, descripción y justificación Manejo de las vías aledañas al Proyecto durante su desarrollo. Lugar, forma y oportunidad de implementación La SEREMI de Transportes y Telecomunicaciones en el ORD. N° 17546 de fecha 05 de agosto de 2021 se pronuncia conforme, señalando: “Se debe considerar el ingreso y permanencia de vehículos al interior del proyecto, tanto para vehículos mayores como para menores. No se considera utilizar el Bien Nacional de Uso Público para efectuar esta labor. No se debe realizar acopio de materiales en la vía pública, durante los trabajos realizados en la fase de construcción del proyecto. Se deben habilitar zonas de estacionamientos y áreas de carga y descarga, al interior del terreno del Proyecto, de manera tal que no afecte la vialidad pública. Para la fase de construcción se realizará una planificación de la carga y descarga de los camiones, evitando congestión o filas de vehículos en la calzada. Los camiones de transporte utilizados, contarán con revisión técnica y de gases al día. Se privilegiará el terreno del proyecto para faenas de carga y descarga de camiones, siempre que el avance de la obra lo permita. El acceso estará en buenas condiciones para el tránsito adecuado de vehículos y peatones. Todo el transporte de maquinaria pesada hacia la obra, tales como rodillos y retroexcavadoras, será realizada en carros de arrastre, impidiendo su transporte por tracción propia. Se privilegiará el horario fuera de horas punta para faenas de carga y descarga de camiones. Se capacitará a los trabajadores involucrados en materias de Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2154345393
señalización de tránsito de obras provisorias. No se realizará acopio de materiales en la vía pública”. “Cumplir con el Decreto Supremo N° 75 de 1987 Ministerio de Transportes (…)”. “Se deberá dar cumplimiento al Decreto N° 18 de 2001 y sus modificaciones del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones (…)”. “En relación a las obras que se realicen en la vía pública, se solicita considerar lo dispuesto en Capítulo N° 5 ‘Señalización Transitoria y Medidas de Seguridad para Trabajos en la Vía’ del Manual de Señalización de Tránsito y sus Anexos”. Referencia al ICE para mayores detalles Ítem 10.2.2. del ICE
8.3. Condición o exigencia: Accesos, atraviesos y caminos Impacto no significativo asociado No aplica Fase del Proyecto a la que aplica Todas las fases Objetivo, descripción y justificación Accesos, atraviesos y caminos Condición Seremi MOP Región Metropolitana mediante ORD 202 del 26/07/2021 se pronuncia conforme condicionado a:
El titular podrá dar inicio a las obras del proyecto, cuando se cuente en forma previa con la aprobación del proyecto de Acceso Vial, y, el mismo, se encuentre materializado en terreno con anticipación y con la respectiva recepción de La Dirección Regional de Vialidad del MOP RMS. El titular podrá dar inicio a las obras del proyecto, cuando se cuente en forma previa con la aprobación del proyecto de paralelismo y atravieso en la faja vial de la Ruta MOP, el cual debe ser revisado, aprobado y autorizado.-en este caso-, por la Dirección Regional de Vialidad MOP RMS, bajo las condiciones que ella establezca, de acuerdo a los Arts 40 y 41 del DFL MOP 850/97, y las instrucciones sobre Paralelismo y Atraviesos en Caminos Públicos. Tener presente que cualquier iniciativa o acción que producto del presente proyecto pudiere eventualmente implicar algún tipo de intervención en vialidad de tuición del MOP, debe ser previamente presentada y aprobada por los Servicios competentes de este organismo. Restaurar a su estado original (o reponer en caso de que resultasen destruidas) cualquier vía, espacio público, u otra infraestructura que resultasen afectadas por faenas de construcción del proyecto. Referencia al ICE para mayores detalles Ítem 10.2.3. del ICE
8.4. Condición o exigencia: Obras hidráulicas y recurso hídrico Impacto no significativo asociado No aplica Fase del Proyecto a la que aplica Todas las fases Objetivo, descripción y Obras hidráulicas y recurso hídrico Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2154345393
justificación Condición DGA de la Región Metropolitana, en ORD 1410 del 02/11/2021 se pronuncia conforme al proyecto condicionado a:
- Que, se debe tener presente que el análisis de aplicabilidad de los Permisos Ambientales Sectoriales de competencia de la DGA es caso a caso, de acuerdo con los antecedentes declarados por el Titular durante el proceso de evaluación de impacto ambiental. De esta manera, en la Respuesta 2.2.1 del Adenda Complementaria el Titular declara: “Se indica a la autoridad que las instalaciones no alteran el sentido del escurrimiento natural de dichos cuerpos de agua. Tanto en la primera Adenda como en la presente Adenda Complementaria se realizó modificaciones en la disposición de las partes y obras del parque, con el motivo de que estas no sean alcanzadas por las aguas de una posible crecida centenaria. En la presente Adenda Complementaria se presenta la cartografía actualizada debido a la integración de una franja de resguardo para el cauce de la quebrada ubicada en la zona norte del proyecto, identificada como quebrada 4, lo anterior dado que esta es la única que posee un cauce definido y que presenta continuidad sistémica en base a la información proporcionada por la carta IGM 1:50.000, las imágenes satelitales, el estudio de crecidas actualizado (Anexo 5 de la presente Adenda Complementaria) y la topografía realizada por el titular. […] Adicionalmente, si bien las partes, obras y acciones del proyecto se emplazarán cercanas a la zona de descarga de algunas quebradas laterales (cuenca aportantes 1, 2 y 3 identificadas en el estudio de crecidas actualizado, Anexo 5), y la delimitación de la franja de resguardo presentada anteriormente para la quebrada 4 (cuenca 4), no se generarán modificaciones al escurrimiento habitual de las quebradas 1, 2, 3 y 4, ni de otros cauces artificiales o naturales. Tampoco se realizarán modificaciones de trazado, obras de regularización o defensa ni alteración o sustitución de obras de arte. Se indica a la autoridad que de acuerdo a la información ya presentada en la Adenda del proyecto, en base a los resultados del análisis de crecidas realizado, una porción del área del proyecto es levemente alcanzada por las aguas a causa de la crecida centenaria, en muy baja profundidad (< 20 cm), razón por la cual se definió que los centros de transformación, sala de control y bodega permanente del proyecto serán posicionados a una altura de 20 centímetros sobre el nivel natural del suelo, con el objetivo de que no sean alcanzados por las aguas de la crecida, lo que se mantiene en base a los resultados obtenidos por la actualización del estudio de crecidas (Anexo 5). Además, los paneles fotovoltaicos, soportados mediante estructuras que se hincan directamente al suelo natural a una profundidad aproximada de 2 metros, se posicionan a una altura aproximada de 1.7 metros sobre el nivel de suelo en su inclinación horizontal, por lo que tampoco se verá afectada su seguridad ante un evento de crecida centenaria. En caso de ocurrir un evento de crecida centenaria, se aplicarán las medidas indicadas en el plan de contingencia y emergencia (Anexo 7 de la presente Adenda Complementaria), y una vez culminado el evento de crecida, el proyecto volverá a operar de manera usual previa revisión material de todos sus componentes. Por tanto, ante lo declarado se precisa lo siguiente: 1.1 En relación con los antecedentes técnicos y formales presentados por el Titular para la Obra “Parque Solar Fotovoltaico Curacaví”, al proyecto no le es aplicable el PAS del Art. 155° del RSEIA, de competencia de la DGA. 1.2 En relación con los antecedentes técnicos y formales presentados por el Titular para la Obra “Parque Solar Fotovoltaico Curacaví”, al proyecto no le es aplicable el PAS del Art. 156° del RSEIA, de competencia de la DGA. 1.3 En relación con los antecedentes técnicos y formales presentados Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2154345393
por el Titular para la Obra “Parque Solar Fotovoltaico Curacaví”, al proyecto no le es aplicable el PAS del Art. 157° del RSEIA, de competencia de la DGA. 1.4 En relación con los antecedentes técnicos y formales presentados por el Titular para la Obra “Parque Solar Fotovoltaico Curacaví”, al proyecto no le es aplicable el PAS del Art. 158° del RSEIA, de competencia de la DGA. 2. Que, la Declaración de Impacto Ambiental entrega los antecedentes necesarios al presente Servicio para evaluar, en el ámbito de sus competencias, que el proyecto no requiere presentar un Estudio de Impacto Ambiental, dado que no genera o presenta los efectos adversos, características o circunstancias sobre el recurso hídrico, señalados en el artículo 11° de la LBGMA. 3. Que, tal como se informó al Titular durante el proceso de evaluación, el área de proyecto corresponde a un Área de Restricción para nuevas extracciones de aguas subterráneas, Sector Puangue Alto (Acuífero Maipo), de acuerdo con la Resolución D.G.A. N° 241 de fecha 31 de julio de 2008 y modificada por la Resolución D.G.A. N° 239 de fecha 13 de octubre de 2011, por tanto el Titular debe tener presente que debe evitar alumbramiento de aguas subterráneas en todas las Fases del proyecto para evitar impactos en la calidad y niveles del recurso hídrico. 4. Que, en la Respuesta 1.24 del Adenda 1 el Titular acoge aplicar la siguiente medida en caso de un afloramiento de aguas en Fase de Construcción (napas colgadas u otras), medida que debe estar contenida en el Plan de Prevención de Contingencias y Plan de Prevención de Emergencias: “Ante el potencial afloramiento de aguas durante la Fase de Construcción del proyecto, tanto el Titular y/o sus Contratistas deben tener presente dar aviso inmediato a la SMA, en un plazo menor a 24 h, acerca de la ocurrencia de afloramiento de agua, señalando las medidas que ha aplicado hasta ese momento. A continuación, y de manera preliminar, se deberá proceder considerando las siguientes actividades: i. Verificar la calidad del agua mediante toma de muestras a través de laboratorio acreditado, que asegure que la calidad de las aguas a ser gestionadas (dispuestas), es de similar calidad natural a la de las aguas de la fuente donde corresponda su disposición final. ii. Efectuar pruebas hidráulicas para determinar los volúmenes y caudales de agua comprometidos, a fin que esto además le permita al Titular diseñar las medidas para el control de la estabilidad de los taludes en el sector del afloramiento. iii. Enviar de inmediato los resultados de los análisis químicos y pruebas hidráulicas a la SMA, en un Informe que detalle los hechos. A su vez se solicita al Titular que acompañe imágenes fotográficas (con fecha) describa los procedimientos seguidos y el análisis y discusión de los resultados respecto de la calidad (parámetros de la NCh 409), volúmenes y caudales, así como las respectivas conclusiones y recomendaciones para la gestión de dichas aguas (disposición final). iv. Una vez comprobada la naturaleza de la situación acaecida, mediante los ensayos y mediciones solicitados, se analizará la medida de gestión definitiva en conjunto con la Autoridad. v. El Titular deberá informar el resultado de las acciones implementadas, comunicando la fecha cierta en que se pudo controlar el afloramiento, en un plazo menor a 24 h. vi. Si el afloramiento de aguas responde a un escenario permanente, el Titular deberá incurrir en los estudios suficientes y necesarios que permitan determinar la posibilidad de alcanzar una solución definitiva”. Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2154345393
- Que, en la Respuesta 1.25 del Adenda 1 el Titular acoge aplicar la siguiente medida en caso de accidente/derrame que afecte los recursos hídricos superficiales y/o subterráneos del área de proyecto, medida que debe estar contenida en el Plan de Prevención de Contingencias y Plan de Prevención de Emergencias: “En caso de ocurrencia de un accidente/derrame que afecte los recursos hídricos superficiales y/o subterráneos, es necesario informar inmediatamente a la Superintendencia del Medio Ambiente, antes de 24 h, señalando lo indicado a continuación: i. Descripción del accidente, indicando lugar, identificación de la sustancia, área de influencia, duración y magnitud del evento y principales impactos ambientales. ii. Detalles de cada acción y medida de mitigación utilizadas durante el evento de contaminación. iii. Evaluación de los efectos sobre los recursos hídricos superficiales y/o subterráneos afectados y su medio ambiente asociado y resultados de los monitoreos inmediatos en el área de influencia. iv. En caso de ser necesario, un Programa de Medidas de Descontaminación de la zona, metodología, y evaluación de la efectividad de las medidas, para ser aprobado por la Autoridad.” 5. Otras Consideraciones relacionadas con el proceso de Evaluación de Impacto Ambiental a) Que, tal como se indicó al Titular durante el proceso de evaluación, debe tener presente que los residuos sólidos de la construcción provenientes de excavaciones y los catalogados como escombros, generados en la Fase de Construcción del proyecto que sean enviados a un sitio autorizado para su disposición final, no podrán contener sustancias o residuos peligrosos que puedan causar un detrimento en la calidad de la napa por la lixiviación o lavado de suelo en el sitio de disposición final siendo necesario mantener un registro, a fin de comprobar que los materiales y sus lixiviados no causen un detrimento del recurso hídrico. Al respecto, en Respuesta 7.11 el Titular declaró: “Al respecto se aclara que los residuos sólidos industriales no peligrosos no contendrán sustancias o residuos peligros que puedan causar efectos sobre la calidad de la napa o lavado del suelo en el sitio de disposición final”. b) Que, se debe tener presente que en la DIA el Titular declaró que el suministro de agua proviene de proveedores autorizados. c) Que, se debe tener presente que en la Respuesta 1.9.5 del Adenda 1 el Titular declaró: “Respecto de la solicitud, se indica que el Proyecto no realizará obras de saneamiento de aguas lluvias. Además, se señala que la instalación de obras no afectará el coeficiente de escurrimiento superficial ni de infiltración del suelo, dado que las estructuras a instalar no alterarán la permeabilidad de este componente. Los paneles solares son instalados sobre ejes llamados seguidores, los cuales siguen la trayectoria del sol durante el día teniendo una movilidad a lo largo de las horas de funcionamiento del parque, por lo que no existe una concentración de aguas lluvias en puntos específicos del terreno, dado que esta escurre sobre la superficie de los paneles y cae directamente al suelo”. d) Que, se debe tener presente que en la Respuesta 1.12 del Adenda 1 el Titular declaró: “Interacción del recurso suelo con el agua: Las actividades del Proyecto no intervienen napas subterráneas, ni cauces de agua próximos a las inmediaciones del suelo del área de emplazamiento. Adicionalmente, debido a que los paneles solares fotovoltaicos están instalados con espacios entre los mismos, este requerimiento en sí mismo demuestra que los paneles no representan una superficie impermeable que concentre el agua en un punto del terreno, sino que el agua va precipitando desde los paneles al suelo por los espacios entre paneles. Cabe mencionar que además de lo expuesto anteriormente los paneles Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2154345393
solares en este Proyecto se instalan con seguidores y por lo tanto se mueven con la trayectoria solar, lo cual también impide la concentración de las aguas lluvias en un punto del terreno y protege al suelo de la erosión hídrica producida por las gotas de lluvia”. e) Que, se debe tener presente que en la Respuesta 1.14 del Adenda 1 el Titular declaró: “Se aclara a la autoridad que la solución de agua potable considerada para la fase de operación del proyecto consiste en la instalación de dos estanques de 1 m3 de capacidad cada uno. Cada estanque será abastecido con agua que será transportada hasta el sitio de proyecto mediante un camión aljibe que contará con las autorizaciones correspondientes. No se prevé la extracción de agua desde cauces superficiales y/o subterráneos en ninguna de las fases del proyecto”. f) Que, se debe tener presente que en la Respuesta 1.19 del Adenda 1 el Titular declaró: “Se indica a la autoridad que toda el agua proveniente del lavado de canoas de camiones mixer se mantendrá en las piscinas de evaporación hasta que esta sea evaporada, por lo que no se prevé disponer aguas residuales de ningún tipo. Sin embargo, en el caso de que estas no alcancen a evaporarse por completo en el período requerido, será cargada en tambores y dispuesta en un sitio de disposición final autorizado para realizar dicha actividad”. g) Que, se debe tener presente que en la Respuesta 3.8 del Adenda 1 el Titular declaró: “Se informa a la autoridad que, si bien las obras y actividades del proyecto se emplazarán cercanas a la zona de descarga de algunas quebradas laterales, por las características de éstas no se generarán modificaciones al trazado de dicho escurrimiento habitual ni de otros cauces artificiales o naturales, ni tampoco se realizarán modificaciones de trazado, obras de regularización o defensa ni alteración o sustitución de obras de arte. No obstante lo anterior, se realizó un estudio hidrológico e hidráulico de las quebradas afluentes a la zona del proyecto fotovoltaico, donde se determinaron los caudales de crecida, velocidades de flujo y zona de inundación para la crecida con período de retorno de 100 años (Anexo 22). Dicho análisis concluye que una porción del área del proyecto se inunda a causa de la crecida centenaria de las quebradas afluentes, razón por la cual se definió que los centros de transformación, sala de control y bodega permanente del proyecto serán posicionados a una altura de 20 centímetros sobre el nivel natural del suelo, con el objetivo de que no sean alcanzados por las aguas de la crecida. Además, los paneles fotovoltaicos, soportados mediante estructuras que se hincan directamente al suelo natural a una profundidad aproximada de 2 metros, se posicionan a una altura aproximada de 1.7 metros sobre el nivel de suelo en su inclinación horizontal, por lo que tampoco será afectada su seguridad ante un evento de crecida centenaria. Una vez culminado el evento de crecida, el proyecto volverá a operar de manera usual previa revisión material de todos sus componentes”. h) Que, se debe tener presente que en la Respuesta 5.2 del Adenda 1 el Titular declaró: “Se informa a la autoridad que no realizarán obras de nivelación de terreno, ya que tal como fue indicado en el capítulo 1 Descripción de Proyecto de la DIA, el terreno donde se ubicará el proyecto no requiere de actividades de nivelación debido a que es idóneo de forma natural para la ejecución de trabajos de hincado de los perfiles de acero utilizados como soporte de paneles fotovoltaicos. Además, se indica que los perfiles y estructuras de soporte de los paneles se adaptan a la topografía del terreno, no siendo necesario nivelar en áreas con desnivel natural. Estas estructuras pueden ser instaladas de igual forma y de ser necesario, a diferentes profundidades, siempre respetando una profundidad máxima de 2 m. Debido a esto es que no se llevarán a cabo actividades de nivelación en el área de proyecto”. i) Que, se debe tener presente que en la Respuesta 5.17 del Adenda 1 el Titular declaró: “Se indica a la autoridad que el titular no realizará extracción de aguas superficiales ni subterráneas durante ninguna de las Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2154345393
fases del proyecto”. j) Que, respecto de lo señalado por el Titular en Respuesta 7.16, en relación con la disposición de aguas tratadas mediante drenes de infiltración y el procedimiento de caracterización de las aguas ante la Superintendencia del Medio Ambiente, según lo establece la Resolución Exenta N° 483 del 25 de mayo de 2017, que Aprueba Procedimiento Técnico para la Aplicación del Decreto Supremo MINSEGPRES 46/2002 (http://www.sma.gob.cl/index.php/normas-de-emision), y la posterior tramitación ante DGA del respectivo Estudio de Vulnerabilidad de Acuífero, ello debe ser sometido a consideración de la Superintendencia del Medio Ambiente. k) Que, en atención a que el Titular no declaró el origen del agua a ser utilizada en el compromiso voluntario de mejoramiento de suelos presentado en Anexo 16, el Titular debe tener presente que, las aguas son bienes nacionales de uso público y se otorgan a los particulares el derecho de aprovechamiento de ellas, en conformidad a la disposición de Código de Aguas en sus artículos 5° y siguientes. Por lo tanto, no se podrá hacer uso de aguas sin contar con los derechos de aprovechamiento respectivos autorizados por la DGA. Referencia al ICE para mayores detalles Ítem 10.2.4. del ICE
8.5. Condición o exigencia: Corta y revegetación arbórea Impacto no significativo asociado No aplica Fase del Proyecto a la que aplica Construcción Objetivo, descripción y justificación Corta y revegetación arbórea Condición CONAF Región Metropolitana mediante ORD 146-EA/2021 del 28/10/2021 se pronuncia conforme condicionado a:
Cumple la Normativa Forestal. De ser aprobado ambientalmente el proyecto, se deberá contar con la solicitud de “Autorización de corta de árboles y/o arbustos aislados ubicados en áreas declaradas de protección”, aprobada por este Servicio, previo al inicio de las obras, considerando todos los antecedentes técnicos que acreditaron el referido permiso. Además, se señala que en la actividad de revegetación deberán estar contenidos los antecedentes del seguimiento de esta medida. Referencia al ICE para mayores detalles Ítem 10.2.5. del ICE
8.6. Condición o exigencia: Zona de protección con desarrollo controlado Impacto no significativo asociado No aplica Fase del Proyecto a la que aplica Construcción Objetivo, descripción y justificación Emplazamiento en zona de protección Condición Atendido los antecedentes del proceso de evaluación es necesario establecer las siguientes condiciones:
Una Vez obtenida la RCA favorable, el titular, deberá solicitaren Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2154345393
forma sectorial el informe favorable que debe emitir esta secretaría, señalado en el artículo 55 de la Ley General de Urbanismo y Construcciones, para asignación de normas de urbanización, el que debe se solicitado por el dueño del predio o predios (al momento de realizar el trámite sectorial). La autorización que se otorgue deberá abarcar toda el área ocupada por las instalaciones del proyecto, incluidos los paneles fotovoltaicos. Dar cumplimiento a los artículos 8.2.1.1 y al 8.3.1.2 del PMRS al momento de solicitar los Permisos de Edificación Referencia al ICE para mayores detalles Ítem 10.2.6. del ICE
- Que, durante el procedimiento de evaluación de la DIA el Titular del Proyecto propuso los siguientes compromisos ambientales voluntarios:
8.1. Compromiso ambiental voluntario 1: Suelo (Plan de mejora de características productivas del suelo, a través del subsolado, también conocido como la fractura de estratos impermeables que restrinjan o dificulten el drenaje). Impacto asociado Pérdida temporal de uso de suelo Fase del Proyecto a la que aplica Operación (se aplicará dentro del año siguiente a la entrada en operación del Proyecto) Objetivo, descripción y justificación Objetivo: Mejorar de forma efectiva y permanente las características productivas de otro suelo imposibilitado o limitado de ser usado productivamente, en una superficie de 6,4 hectáreas, equivalente a la superficie de suelo con capacidad agrícola (clase III) que utilizará el proyecto. Descripción: En base a las características edafológicas del predio seleccionado, se realizarán las siguientes técnicas: Subsolado, extracción de fragmentos de gran tamaño, pulverización de fragmentos medios, nivelación y rastra. Justificación: Se utilizarán 6,4 hectáreas de suelo agrícola, por lo que se llevará a cabo el compromiso descrito debido a la pérdida temporal de suelo agrícola, lo que permitirá habilitar de forma permanente 6,4 hectáreas para ser incorporadas a la actividad agrícola. Lugar, forma y oportunidad de implementación Lugar: Pivote Trigales, Comercial Guitre Limitada, comuna de Melipilla, Región Metropolitana. Forma: En base a las características edafológicas del predio seleccionado, se realizarán las siguientes técnicas: Subsolado, extracción de fragmentos de gran tamaño, pulverización de fragmentos medios, nivelación y rastra. Estas técnicas rompen los horizontes del suelo de forma de aumentar la profundidad del suelo, así como también la percolación del agua y la exploración y penetración de las raíces proporcionándoles un medio fácil para su desarrollo, radicular en suelos anteriormente endurecidos y/o compactados. Además, se mejora la capacidad de retención de agua y la velocidad de infiltración en los surcos y adecuada penetración de aire, siendo una de las mejores técnicas con efectos hidrológicos positivos del suelo. Oportunidad: Este compromiso ambiental voluntario se ejecutará dentro del año siguiente a la entrada en operación del proyecto “Parque Solar Fotovoltaico Curacaví” y representa una oportunidad debido a que, al término de este compromiso, 6,4 hectáreas de terreno podrán ser reincorporados y explotados productivamente para la agricultura, fomentando la economía local. Se hace presente que, en caso de no lograr localizar terrenos aptos para
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implementar el Compromiso Ambiental Voluntario con la técnica descrita anteriormente, se implementará alguna otra de las medidas que permitan mejorar las características productivas de un suelo indicadas por el Servicio Agrícola y Ganadero en el Anexo N°1, numeral 3 de la Circular N°296/2019 PAUTA PARA APLICAR A LAS SOLICITUDES DE INFORME DE FACTIBILIDAD PARA CONSTRUCCIONES AJENAS A LA AGRICULTURA EN ÁREA RURAL. Indicador que acredite su cumplimiento El indicador de cumplimiento es la eliminación o fracturación de las estratas impermeables de 6,4 hectáreas de suelo. Para ello, a continuación, se expone el detalle del indicador de cumplimiento descrito en el Anexo 13 de la Adenda, específicamente para la Tabla 6- 1 Compromiso Ambiental Voluntario Suelo, que incluye los siguientes indicadores de avance y finales:
LABORES DE MEJORA MIENTO SUELO OBJETI VO INDICAD OR DE CUMPLIM IENTO METODO LOGÍ A INTEN SIDAD DE MUEST REO PARÁM ETRO DE APROB ACIÓN Subsola do Bulldoz er D9 Fractur ar en un sentido el duripá n al menos a 80 cm de profun didad, para a Profundida d del subsolado a 80cm Martillo
de penetració n ligera debe ingresar con facilidad al suelo (en fracturas) 25 muestra s por hectáre a 20 cumplen con enterrarse a 80cm
d e profundid ad Subsolado
c on tridente (garra) Lograr desco mpacta r el suelo y traer a superfi cie fragme ntos de duripá n de tamaño grande, medio Profundida d del subsolado a 80cm Realizar calicata para observar fractura
d el horizonte C 2m, observar mezcla del recurso suelo en los 70cm trabajados Dos mues tras por hectá rea 100% de las muestras cumplen con el indicador Nivelación Elimin ar huellas d En ningún punto del área de estudio
l a pendiente debe superar el 4% Medici ón topogr áfica Dos mues tras por hectá rea Un 70% de las medicion es debe cumplir con
e l indicador Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2154345393
Retiro
de fragmentos de gran tamaño Retirar median te carga de camion es tolvas c No se deben observar fragmentos de más de 30cm de diámetro
en superficie Formar cuadrante s de 50m2 Una
p or hectáre a 100% de los muestreo s no deben tener fragment os superiore s a 30cm de diámetro Moledora de piedras Facma Xpel 220 Elimin ar fragme ntos de tamaño medio Fragmentos de duripán
e n superficie no deben superar en promedio los 4cm de diámetro Formar cuadrante s de 50m2 Una
p or hectáre a 100% de los muestreo s no deben tener fragment os superiore s a 4cm
d e diámetro Rastra Rotura dPorcentaje
d e fragmentos de duripán menores a 3 cm en superficie. Medir pedregosi dad en área de 1 x 1 m 15 muestra s por hectáre a Poseer fragment os de duripán de diámetro menos a 3cm en superficie (al menos 85%) Fuente: Indicador de cumplimiento Tabla 6-1 del Anexo 13 de la Adenda. Forma de control y seguimiento Se estregará un informe a la autoridad competente que dé cuenta del estado final del terreno en donde ejecutará el CAV luego de las labores realizadas. Además de ello se entregará un informe de avance de las obras a la empresa contratante y las autoridades pertinentes, mientras se ejecuta el CAV. Referencia al ICE para mayores detalles Ítem 10.1.1. del ICE
9.2. Compromiso ambiental voluntario 2: Arborización (Plan de cumplimiento de exigencias establecidas en el PRMS) Impacto asociado No Aplica Fase del Proyecto a la que aplica Operación (se ejecutará dentro del año siguiente a la entrada en operación del Proyecto). Objetivo, descripción y justificación Objetivo: Cumplimiento de las exigencias establecidas para el desarrollo de actividades en “Áreas de Protección Ecológica con Desarrollo Controlado (P.E.D.C.).” por el Plan Regulador Metropolitano de Santiago. Descripción: Se ejecutará una arborización de 234 individuos, producto de la corta en suma de 117 especies de Acacia caven y Prunus domestica presentes en el sector. Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2154345393
Justificación: De acuerdo a la exigencia del PRMS, al interior del mismo predio en que se ubica el proyecto, se ejecutará una arborización de un 25% de la superficie a ocupar con especies nativas o exóticas Lugar, forma y oportunidad de implementación Lugar: Región Metropolitana, Provincia de Melipilla, comuna de Curacaví, predio rol 107-17 Forma: De acuerdo a la exigencia del PRMS, al interior del mismo predio en que se ubica el proyecto, se ejecutará una arborización de un 25% de la superficie a ocupar con especies nativas o exóticas. Sin prejuicio de lo anterior y continuando con las exigencias para el establecimiento de proyecto en el sector, se ejecutará una arborización de 234 individuos, producto de la corta en suma de 117 especies de Acacia caven y Prunus domestica presentes en el sector. Oportunidad: Este compromiso ambiental voluntario se ejecutará dentro del año siguiente a la entrada en operación del proyecto “Parque Solar Fotovoltaico Curacaví” y representa una oportunidad debido a que, al término de este compromiso e incluso con la ejecución del proyecto se conservarán las características del entorno natural y las intervenciones generadas por el proyecto, contribuirán al mejoramiento de la calidad del medioambiente o incrementen sus valores paisajísticos Indicador que acredite su cumplimiento Autorización del proyecto de arborización por el Ministerio de Agricultura. Informe de ejecución de la medida que será remitido a la Seremi de Agricultura y a la Superintendencia de Medio Ambiente el que acreditará mediante el registro fotográfico de la ejecución del compromiso. Forma de control y seguimiento Informe de ejecución de la medida que será remitido a la Seremi de Agricultura y a la Superintendencia de Medio Ambiente Referencia al ICE para mayores detalles Ítem 10.1.2. del ICE
9.3. Compromiso ambiental voluntario 3: Aislación de conductores Impacto asociado Electrocución de Avifauna Fase del Proyecto a la que aplica Operación Objetivo, descripción y justificación Objetivo: Disminuir la probabilidad de ocurrencia de electrocución con el tendido eléctrico de las especies que transitan el espacio aéreo del Proyecto y con potencial de percharse en las estructuras de soporte del tendido. Descripción: La medida consiste en la instalación de dispositivos anti electrocución en la LTE. Estos dispositivos serán de al menos 1,3 m de largo (Birdlife International, 2013) y estarán fabricados preferentemente con algún polímero dada su mejor propiedad aislante (SAG, 2015). Estos dispositivos serán instalados a lo largo de todo el trazado eléctrico, en cada uno de los postes de sujeción de los conductores. Justificación: La medida se considera debido a la presencia de avifauna sensible al riesgo de electrocución Lugar, forma y oportunidad de implementación Lugar: La medida se implementará en todas las estructuras de soporte (postes) del trazado eléctrico. Forma: Se instalarán dispositivos anti-electrocución en todas las estructuras de soporte (postes) del trazado eléctrico. Los dispositivos serán de una longitud igual o mayor a 1,3 metros Oportunidad: La medida será instaurada una vez instalado el tendido eléctrico, previo a la fase de operación Indicador que acredite su cumplimiento El indicador de cumplimiento a efecto de garantizar la instalación de los dispositivos aisladores eléctricos será la entrega a la Superintendencia de Medio Ambiente y SAG de la Región Metropolitana, un informe que dé Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2154345393
cuenta de la instalación de los dispositivos aisladores en la línea eléctrica, incluyendo planos con la ubicación de los sectores donde fueron instalados y el registro fotográfico y de posicionamiento de estos. (Datum WGS84 Proyección UTM 19S). Forma de control y seguimiento Entrega de informe con actividades y resultados a la SMA. Referencia al ICE para mayores detalles Ítem 10.1.3. del ICE
9.4. Compromiso ambiental voluntario 4: Capacitación a trabajadores respecto de la importancia de los murciélagos Impacto asociado Afectación de murciélagos Fase del Proyecto a la que aplica Fase de operación. Objetivo, descripción y justificación Objetivo: El presente compromiso ambiental se incorpora para evitar la afectación de la especie Cheroptira Descripción: Se realizarán capacitaciones al personal durante la fase de operación del proyecto, el contenido de dichas capacitaciones incluirá la importancia biológica de estas especies, medidas a implementar en caso de identificarlos bajo los paneles o en cualquier otra estructura del proyecto. Justificación: De acuerdo a la exigencia de la autoridad y con la finalidad de proteger a las especies de la clase Cheroptira es que se realizarán capacitaciones al personal durante la fase de operación del proyecto, el contenido de dichas capacitaciones incluirá la importancia biológica de estas especies, medidas a implementar en caso de identificarlos bajo los paneles o en cualquier otra estructura del proyecto, números de contacto del Servicio Agrícola Ganadero. Lugar, forma y oportunidad de implementación Lugar: Región Metropolitana, Provincia de Melipilla, comuna de Curacaví, predio rol 107-17 Forma: De acuerdo a la exigencia de la autoridad y con la finalidad de proteger a las especies de la clase Cheroptira es que se realizarán capacitaciones al personal durante la fase de operación del proyecto, el contenido de dichas capacitaciones incluirá la importancia biológica de estas especies, medidas a implementar en caso de identificarlos bajo los paneles o en cualquier otra estructura del proyecto, números de contacto del Servicio Agrícola Ganadero. Oportunidad: Este compromiso ambiental voluntario se ejecutará durante la operación del “Parque Solar Fotovoltaico Curacaví” y representa una oportunidad debido a que, se instaurarán medidas para la no afectación de individuos de la especie Cheroptira. Indicador que acredite su cumplimiento Registro de capacitaciones a los operarios Registro de identificación de individuos de la clase Cheroptira y las medidas a implementar para su relocalización Forma de control y seguimiento Informe de ejecución de la medida que será remitido al SAG y a la Superintendencia de Medio Ambiente Referencia al ICE para mayores detalles Ítem 10.1.4. del ICE
- Que, las medidas relevantes del Plan de Prevención de Contingencias y del Plan de Emergencias, son las siguientes:
10.1. Riesgo: Incendio Fase del proyecto a la que aplica Construcción y cierre Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2154345393
Emplazamiento, parte, obra o acción asociada Todas las partes y obras del proyecto. Acciones o medidas a implementar para prevenir la contingencia Capacitación en materia de prevención y control de incendios: Todo personal recibirá inducción en la cual se les dará a conocer los riesgos que involucra su trabajo, la forma correcta de utilizar los elementos de seguridad y las medidas de prevención que debe adoptar. Instalación de señalética: Se contará con señaléticas adecuada para la utilización de los elementos básicos para combatir el fuego y las respectivas vías de evacuación; Prohibición de fogatas, fumar, quema de basura; así como las indicaciones de las zonas de seguridad. Se realizarán inspecciones para verificar la existencia y el estado de los equipos de combate de incendios. Se impedirá el uso del fuego como elemento para roce de vegetación en la limpieza del terreno, en la fase de construcción del Proyecto. Disponer de equipamiento en instalación de faenas para combatir incendios. Mantener la instalación de faenas libre de basura y malezas. Forma de control y seguimiento Registro de capacitaciones en prevención de incendio. Registro de señalética, retiro de los residuos vegetales Referencia a documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada Plan de Contingencias Anexo 7 de la Adenda Complementaria. Acciones o medida a implementar para controlar la emergencia En caso de que ocurra un incendio, que no sea posible controlarlo con el personal presente, se actuará de la siguiente manera: El trabajador designado y preparado para comunicar un incendio (Prevencionista de riesgo u otro) que aviste una columna de humo y/o incendio, en caso de tener cobertura de telefonía celular, dará aviso de inmediato al 130 (Departamento de Manejo del Fuego de CONAF) y al 132 (Bomberos de Chile) En caso de que no tenga cobertura de celular, dará aviso a la persona encargada de coordinar las comunicaciones proporcionándole el máximo de información la información antes mencionada, y esta persona se pondrá en contacto con las centrales de emergencia. La persona encargada de incendios, proporcionará todos los antecedentes que sean necesarios, en la medida de lo posible y mientras llega personal especializado, tales como: tipo de combustible afectado por el fuego, cantidad y continuidad del combustible afectado y amenazado, hasta el momento, topografía general del lugar (pendiente), estimación de la superficie afectada hasta el momento, topografía general del lugar (pendiente), estimación de las condiciones meteorológicas locales (dirección y velocidad del viento). Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2154345393
Se dará aviso de inmediato a propietarios de predios colindantes, y/o a la junta de vecinos, de manera de coordinar una eventual evacuación o ayuda en el combate. En caso de un foco inicial de incendio, y en medida de lo posible, el personal que se encuentre disponible más cerca del lugar en cuestión comenzará a combatir de forma inmediata, con los recursos que se tengan disponibles, ya sean palas para construir cortafuego, extintores, agua, baldes con arena, maquinaria mecanizada, o una combinación de estos. La primera prioridad será la referida a las personas y segunda prioridad al combate del incendio; en caso de ser necesario, éste dispondrá el traslado de personal al lugar del incendio, o lo alertará para que se mantenga atento a instrucciones. Una vez arribado al lugar el personal de CONAF y/o Bomberos, liderarán el combate, poniéndose al personal de la faena a disposición para el apoyo a la operación, siempre y cuando sean requeridos. Oportunidad y vías de comunicación a la SMA de la activación del Plan de Emergencia El proyecto no considera personal permanente durante la fase de operación, sin embargo, estarán operando las cámaras de seguridad, las cuales supervisan el proyecto las 24 horas. Por lo que, en caso de ocurrir un incendio, desde Santiago, o bien el cuidador del predio, darán aviso al Titular del proyecto y este a su vez activará el Plan de Emergencia, llamando de inmediato a Bomberos. Ante una emergencia que sobrepase el actuar del Proyecto, se dará aviso a Bomberos y CONAF de inmediato y se comunicará con la SMA por teléfono. Así mismo se entregará un informe dentro de las 48 horas posteriores a la emergencia generada. Referencia al ICE o documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada Ítem 7.1.1. del ICE Plan de Emergencias Anexo 7 de la Adenda Complementaria
10.2. Riesgo: Derrame de insumos, baños químicos, materiales o combustibles de maquinaria y vehículos Fase del proyecto a la que aplica Fase de construcción y cierre. Emplazamiento, parte, obra o acción asociada Instalación de faenas Acciones o medidas a implementar para prevenir la contingencia Revisión periódica de los contenedores y bodega de almacenamiento. Revisión periódica de todas las maquinarias y camiones para evitar eventuales filtraciones de aceites o combustible, además de la implementación de un plan preventivo de revisión técnica. Exigencia a los contratistas de que todas las maquinarias y camiones cuenten con mantenciones, revisiones técnicas al día y permisos de circulación según corresponda. Almacenar insumos, materiales y combustibles en estanques y estantes seguros. Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2154345393
Capacitación a los trabajadores en el manejo de residuos, materiales y combustible. Generación de lugares especiales en la Instalación de Faenas para la descarga y manipulación de combustible. La instalación de los baños se realizará en superficies regulares, estables y apartadas de las zonas de interés, cursos de agua y quebradas. Contar con kit de emergencias en caso de derrames (paños, guantes, pala, EPP, etc.). Forma de control y seguimiento Registro de capacitación Referencia a documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada Plan de Contingencias Anexo 7 de la Adenda Complementaria. Acciones o medida a implementar para controlar la emergencia El personal que detecte el derrame dará aviso al responsable en Obra (Jefe de Obra y/o Prevencionista de Riesgo). Seguidamente el encargado dispondrá: detener (cuando corresponda), contener, recuperar el material del derrame y almacenar en un contenedor para disponerlo en algún lugar habilitado según el tipo de peligrosidad indicado en la hoja de seguridad correspondiente. Se establece que dentro de cada bodega estén siempre disponibles dichas hojas. El responsable en Obra, hará una evaluación de sus causas y dispondrá con el operario encargado las acciones para recuperar el líquido derramado y el material contaminado, abarcando toda el área afectada. Se delimitará el área afectada. Se deberán utilizar los implementos de absorción correspondiente, en el caso de residuos líquidos no inflamables se procederá con arena o aserrín y para el caso de residuos líquidos inflamables se procederá con carbón activado para derrames sobre el suelo; también se podrán utilizar almohadillas absorbentes universales, cordones, telas o paños para derrames sobre agua. Si el residuo es sólido se recogerá por medio de pala y escoba. Cuando el derrame se produzca en algún suelo con riesgo de infiltración, se retirará el material del suelo, hasta una profundidad de 10 cm por debajo del nivel afectado por la contaminación. Oportunidad y vías de comunicación a la SMA de la activación del Plan Quien detecte la emergencia dará voz de alarma avisando a la jefatura de mayor jerarquía de la empresa que se encuentre en el área afectada. Se informará en orden prioritario a: Administrador, Jefe Prevención de Riesgos, para evaluar la situación. Referencia al ICE o documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada Ítem 7.1.2. del ICE Plan de Emergencias Anexo 7 de la Adenda Complementaria
10.3. Riesgo: Sismo Fase del proyecto a la que aplica Todas las fases Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2154345393
Emplazamiento, parte, obra o acción asociada Todas las partes del Proyecto Acciones o medidas a implementar para prevenir la contingencia. Acciones o medidas a implementar para prevenir la contingencia Definición de vías de evacuación y de zonas de seguridad. Estas se deberán mantener despejadas, limpias y sin restos de basura en todo momento. En instalación de faenas se colocaran croquis con vías de evacuación, zonas de seguridad. Forma de control y seguimiento Se mantendrá un registro de las actividades de capacitación al personal en la instalación de faenas y respecto a la señalética se mantendrán imágenes de su instalación y también un registro con sus mantenciones (reparaciones o cambio). Referencia a documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada Plan de Contingencias Anexo 7 de la Adenda Complementaria. Acciones o medida a implementar para controlar la emergencia Se suspenderá la actividad que están realizando los trabajadores y paralizará el equipamiento y maquinaria en uso. De ser posible se desconectará la alimentación eléctrica. Todo el personal deberá dirigirse a las zonas seguras a través evacuación en caso de sismos y mantener la calma durante el sismo. Permanecer en la zona segura hasta que todo vuelva a la normalidad y esperar las instrucciones del personal encargado de la emergencia. Si alguien maneja un vehículo, se debe estacionar a un costado de la calle evitando quedar cerca de postes, cables eléctricos y árboles o permanecer al interior del vehículo hasta que el sismo haya pasado y no sea riesgoso salir. Avisar a los superiores en caso que exista un herido Oportunidad y vías de comunicación a la SMA de la activación del Plan Ante una emergencia se informará a la SMA vía telefónica. Así mismo se entregará un informe dentro de las 48 horas posteriores a la emergencia generada. Referencia al ICE o documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada Ítem 7.1.3. del ICE Plan de Emergencias Anexo 7 de la Adenda Complementaria
10.4. Riesgo: Mal funcionamiento de fosa séptica y derrame de aguas servidas Fase del proyecto a la que aplica Fase de operación. Emplazamiento, parte, obra o acción asociada Servicios sanitarios y sistema dispuesto para el manejo de aguas servidas generadas durante la fase de operación (fosa séptica). Acciones o medidas a implementar para prevenir la contingencia Se realizará periódicamente una inspección visual con el objeto de verificar que no existan problemas operativos de la fosa séptica, como fisuras, roturas o fugas. Se mantendrán repuestos para los equipos principales del sistema, en caso de obstrucción de alguna de sus unidades. Forma de control y seguimiento Realización de inspección periódica del estado de la fosa séptica Comprobantes del retiro de lodos por parte de una Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2154345393
empresa autorizada para retiro y disposición en lugar autorizado por la seremi de salud de la región Metropolitana. Referencia a documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada Plan de Contingencias Anexo 7 de la Adenda Complementaria. Acciones o medida a implementar para controlar la emergencia El personal que detecte el derrame dará aviso al en Obra (Jefe de Obra y/o Prevencionista de Riesgo). En caso de rebose del sistema sanitario: El personal que identifique el rebose dará aviso inmediato a su supervisor directo. Se detendrán todas las operaciones asociadas a la fosa séptica, junto con el cierre de baños de las instalaciones. Se aislará la zona de derrame para impedir la contaminación del suelo. Se revisarán todos los baños de las instalaciones conectados al sistema de manejo de aguas servidas, con el propósito de identificar si es un problema puntual o general de todo el sistema sanitario. En caso de que sea un problema puntual, se dejará inhabilitado el baño para el uso del personal y se intentará por medios propios de solucionar el problema. En caso de no desobstruir el baño, se llamará directamente a una empresa externa que proceda a solucionar el problema. En caso de que se presente un problema general de todo el sistema sanitario, el jefe o supervisor a cargo de área suspenderá las labores en sus dependencias, procediendo a reprogramar las labores de mantención que se estén desarrollando en ese momento. Paralelamente se llamará a la empresa a cargo del mantenimiento de la fosa séptica para que evalúe todo el sistema y proceda a dar solución a la emergencia. Un equipo procederá a limpiar y/o desinfectar las áreas que hayan estado en contacto con las aguas servidas. Se registrará el incidente. En caso de filtraciones de aguas servidas o rotura de cañerías: El personal que identifique la filtración dará aviso inmediato a su supervisor directo. Para detener la generación de aguas servidas, se deberá evacuar el área, por tanto, el jefe o supervisor a cargo de esta, reprogramará las actividades de mantención. Paralelamente se llamará a la empresa externa para que identifique, arregle o reemplace las piezas del sistema que se encuentren en mal estado. Un equipo procederá a limpiar y/o desinfectar las áreas que hayan estado en contacto con las aguas servidas. Una vez que la fosa séptica haya sido reparada, será responsabilidad del jefe o supervisor a cargo autorizar nuevamente el funcionamiento normal de la misma. Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2154345393
Se registrará el incidente. En caso de derrames o filtraciones de aguas servidas y/o lodos que afecten la flora, fauna, el suelo y/o cursos de agua aledaños: Durante la operación, en caso de producirse un derrame o filtración de aguas servidas o lodos que afecte la flora, fauna, el suelo y/o cursos de agua aledaños, el encargado del área en conjunto con la brigada de emergencia, deberán realizar/coordinar actividades señaladas a continuación. Evaluación inicial del incidente. Se suspenderán las faenas o actividades que estén siendo ejecutadas en el sitio del derrame. En el caso que la emergencia se produzca durante el transporte del efluente hacia los sirios autorizados, el conductor dará aviso inmediato a su jefatura directa quien solicitará los equipos y entidades de apoyo y respuesta a la emergencia (carabineros, bomberos, ambulancia). De ser necesario, se apoyará el cierre temporal del camino y se evacuarán las personas ajenas a la atención de la emergencia. Se evaluará el área del incidente, la extensión y magnitud del derrame. Se identificarán los posibles riesgos en el curso del derrame o fuga, tales como materiales, equipos, instalaciones, personas o medio ambiente. Evaluación y reparación de la infraestructura afectada (cañerías, otros) En paralelo a la evaluación del incidente, se llevarán a cabo las medidas descritas en el punto dos de este literal. Aseguramiento del área afectada Aislar la zona del derrame mediante cintas de peligro y conos de advertencia a fin de advertir el riesgo y evitar el ingreso de personas ajena. Asegurar el área de riesgos físicos y exposición accidental del personal. Si es lugar cerrado, se procederá a ventilar la zona. Controlar y contener el derrame. Prevenir el esparcimiento del material, empleando materiales absorbentes como turba u otro material. Determinar el límite físico del derrame. Definir el equipo necesario para realizar la limpieza. Limpiar la zona contaminada con la emergencia y descontaminación de equipos. En el caso que el derrame haya afectado al medio ambiente y/o infraestructura, se tomarán las siguientes medidas: Informar la emergencia al jefe de turno de la unidad. Evaluar el volumen de aguas servidas involucradas y la superficie de suelo afectada. Se priorizará la protección de cauces de agua Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2154345393
para evitar la contaminación de estos. Cercar el área afectada para delimitarla y utilizar aserrín o arena para evitar la dispersión de sustancias líquidas contaminantes. Remover la fuente de contaminación. Se hará una calicata en la zona del derrame, con el propósito de extraer todo el suelo contaminado por las aguas servidas. La disposición final del material recogido se realizará por medio de empresas autorizadas dedicadas al retiro de estos elementos. Descontaminar todos los equipos empleados en la limpieza. Evaluación ambiental del derrame. Se muestreará y analizará el suelo extraído y también el fondo y las paredes de la excavación. Según los resultados del muestreo, se evaluará la construcción de nuevas calicatas y/o sectores de monitoreo. Se muestreará y analizará el cuerpo de agua afectada, en caso de haber ocurrido el derrame en él. Sólo en caso de requerirse, se realizará una evaluación hidrológica que dé cuenta de la velocidad y dirección de la dispersión del contaminante. Especialistas en flora y fauna recorrerán el entorno contaminado para evaluar la afectación de individuos y su hábitat. En caso de emanación de malos olores: El personal que detecte la generación de malos olores deberá dar aviso a su supervisor o jefe directo, quién coordinará una cuadrilla para que revise posibles anomalías en la fosa séptica. Una vez identificado el problema, se llamará a la empresa a cargo del mantenimiento de la fosa séptica para que evalúe todo el sistema y proceda a dar solución a la emergencia. Oportunidad y vías de comunicación a la SMA de la activación del Plan Quien detecte la emergencia dará voz de alarma avisando a la jefatura de mayor jerarquía de la empresa que se encuentre en el área afectada. Se informará en orden prioritario a: Administrador, Jefe Prevención de Riesgos, para evaluar la situación. Referencia al ICE o documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada Ítem 7.1.4. del ICE Plan de Emergencias Anexo 7 de la Adenda Complementaria
10.5. Riesgo: Afloramiento de aguas Fase del proyecto a la que aplica Todas las fases Emplazamiento, parte, obra o acción asociada Todas las partes del Proyecto Acciones o medidas a implementar para prevenir la contingencia. Acciones o medidas a implementar para prevenir la contingencia Capacitación del personal al inicio de la fase de construcción y cierre. En instalación de faenas se colocaran croquis con vías Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2154345393
de evacuación, zonas de seguridad. Forma de control y seguimiento Se mantendrá un registro de las actividades de capacitación al personal en la instalación de faenas y en caso de ocurrir la emergencia, se mantendrán los resultados del análisis de laboratorio en el área de la instalación de faenas. Referencia a documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada Plan de Contingencias Anexo 7 de la Adenda Complementaria Acciones o medida a implementar para controlar la emergencia Ante el potencial afloramiento de aguas durante la Fase de Construcción, Operación y Cierre del proyecto, tanto el Titular y/o sus Contratistas deben tener presente dar aviso inmediato a la Superintendencia del Medio Ambiente, en un plazo menor a 24 h, acerca de la ocurrencia de afloramiento de agua, señalando las medidas que ha aplicado hasta ese momento. A continuación, y de manera preliminar, se deberá proceder considerando las siguientes actividades: Dar aviso inmediato a la Superintendencia del Medio Ambiente, en un plazo menor a 24 horas, acerca de la ocurrencia de afloramiento de agua, señalando las medidas que ha aplicado hasta ese momento. Verificar la calidad del agua mediante toma de muestras a través de laboratorio acreditado, que asegure que la calidad de las aguas a ser gestionadas (dispuestas), es de similar calidad natural a la de las aguas de la fuente donde corresponda su disposición final. Efectuar pruebas hidráulicas para determinar los volúmenes y caudales de agua comprometidos, a fin de que esto además le permita al Titular diseñar las medidas para el control de la estabilidad de los taludes en el sector del afloramiento. Enviar de inmediato los resultados de los análisis químicos y pruebas hidráulicas a la SMA, en un Informe que detalle los hechos. A su vez se solicita al Titular que acompañe imágenes fotográficas (con fecha) describa los procedimientos seguidos y el análisis y discusión de los resultados respecto de la calidad (parámetros de la NCh 409), volúmenes y caudales, así como las respectivas conclusiones y recomendaciones para la gestión de dichas aguas (disposición final). Una vez comprobada la naturaleza de la situación acaecida, mediante los ensayos y mediciones solicitados, se analizará la medida de gestión definitiva en conjunto con la Autoridad. El Titular deberá informar el resultado de las acciones implementadas, comunicando la fecha cierta en que se pudo controlar el afloramiento, en un plazo menor a 24 h. Si el afloramiento de aguas responde a un escenario permanente, el Titular deberá incurrir en los estudios suficientes y necesarios que permitan determinar la posibilidad de alcanzar una solución definitiva. Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2154345393
Oportunidad y vías de comunicación a la SMA de la activación del Plan Ante una emergencia se informará a la SMA inmediatamente, antes de las 24 horas posteriores a ocurrida la emergencia, vía telefónica o correo electrónico señalando las medidas que se han aplicado hasta ese momento. Además, se realizará lo siguiente: Se enviará de inmediato los resultados de los análisis químicos y pruebas hidráulicas una vez obtenidos los resultados, a la SMA, en un Informe que detalle los hechos. En conjunto a los resultados del análisis, se enviarán imágenes fotográficas (con fecha) y se describirán los procedimientos seguidos y el análisis y discusión de los resultados respecto de la calidad (parámetros de la NCh 409), volúmenes y caudales, así como las respectivas conclusiones y recomendaciones para la gestión de dichas aguas (disposición final). Una vez comprobada la naturaleza de la situación acaecida, mediante los ensayos y mediciones solicitados, se analizará la medida de gestión definitiva en conjunto con la Autoridad. El Titular informará el resultado de las acciones implementadas, comunicando la fecha cierta en que se pudo controlar el afloramiento, en un plazo menor a 24 h. Referencia al ICE o documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada Ítem 7.1.5. del ICE Plan de Emergencias Anexo 7 de la Adenda Complementaria
10.6. Riesgo: Accidente o derrame con compromiso de recursos hídricos Fase del proyecto a la que aplica Todas las fases Emplazamiento, parte, obra o acción asociada Todas las partes del Proyecto Acciones o medidas a implementar para prevenir la contingencia. Acciones o medidas a implementar para prevenir la contingencia Capacitación del personal al inicio de la fase de construcción y cierre. Revisión periódica de los contenedores y bodega de almacenamiento. Revisión periódica de todas las maquinarias y camiones para evitar eventuales filtraciones de aceites o combustible, además de la implementación de un plan preventivo de revisión técnica. Exigencia a los contratistas de que todas las maquinarias y camiones cuenten con mantenciones, revisiones técnicas al día y permisos de circulación según corresponda. Almacenar insumos, materiales y combustibles en estanques y estantes seguros. Capacitación a los trabajadores en el manejo de residuos, materiales y combustible. Generación de lugares especiales en la Instalación de Faenas para la descarga y manipulación de combustible. La instalación de los baños se realizará en superficies regulares, estables y apartadas de las zonas de interés, cursos de agua y quebradas. Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2154345393
Contar con kit de emergencias en caso de derrames (paños, guantes, pala, EPP, etc.). Forma de control y seguimiento Se mantendrá un registro de las actividades de capacitación al personal en la instalación de faenas. Referencia a documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada Plan de Contingencias Anexo 7 de la Adenda Complementaria Acciones o medida a implementar para controlar la emergencia En caso de derrame de líquido, este debe ser contenido mediante un pretil de contención y se deberá impedir que el líquido alcance cualquier curso de agua. Si el derrame es de líquido combustible se debe alejar del lugar cualquier fuente de ignición (interruptores, enchufes, encendedores, motores en funcionamiento) Se deberá recolectar la sustancia derramada con una pala en caso de ser un derrame menor. Todo el material recolectado se deberá recoger y disponer en contenedores con tapa, en caso de ser una sustancia peligrosa los contenedores deben ser dispuestos al interior de la bodega RESPEL hasta su retiro por transportistas autorizados. Se elaborará un informe que contenga lo siguiente: Descripción del accidente, indicando lugar, identificación de la sustancia, área de influencia, duración y magnitud del evento y principales impactos ambientales. Detalles de cada acción y medidas utilizadas durante el evento de contaminación. Evaluación de los efectos sobre los recursos hídricos superficiales y/o subterráneos afectados y su medio ambiente asociado y resultados de los monitoreos inmediatos en el área de influencia. En caso de ser necesario, se elaborará un Programa de Medidas de Descontaminación de la zona, metodología, y evaluación de la efectividad de las medidas, para ser aprobado por la Autoridad. (Sólo en caso de accidentes). Oportunidad y vías de comunicación a la SMA de la activación del Plan Ante una emergencia se informará a la SMA inmediatamente, antes de las 24 horas posteriores a ocurrida la emergencia, vía telefónica o correo electrónico señalando indicado a continuación y además, dicho plan debe ser entregado al personal de la empresa y contratistas y a las diferentes autoridades que eventualmente participarían en el manejo en terreno de una emergencia: Descripción del accidente, indicando lugar, identificación de la sustancia, área de influencia, duración y magnitud del evento y principales impactos ambientales. Detalles de cada acción y medida de mitigación utilizadas durante el evento de contaminación. Evaluación de los efectos sobre los recursos hídricos superficiales y/o subterráneos afectados y su medio ambiente asociado y resultados de los Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2154345393
monitoreos inmediatos en el área de influencia. En caso de ser necesario, un Programa de Medidas de Descontaminación de la zona, metodología, y evaluación de la efectividad de las medidas, para ser aprobado por la Autoridad. (Sólo en caso de accidentes). Referencia al ICE o documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada Ítem 7.1.6. del ICE Plan de Emergencias Anexo 7 de la Adenda Complementaria
10.7. Riesgo: Accidente que involucre fauna silvestre Fase del proyecto a la que aplica Todas las fases Emplazamiento, parte, obra o acción asociada Toda el área de proyecto Acciones o medidas a implementar para prevenir la contingencia Capacitación a todo el personal al comienzo de las fases de construcción y cierre. Se instalarán aisladores de silicona en los conductores de la línea de media tensión Cualquier trabajador que observe un ejemplar de alguna especie de fauna silvestre dentro del área del Proyecto bajo una circunstancia potencial de riesgo (de acuerdo con la información entregada en capacitación) deberá indicar al supervisor ambiental en qué circunstancias se encuentra el animal (lugar y condiciones del entorno). De acuerdo con esto el Supervisor ambiental deberá analizar si la situación en la que se encuentra el individuo es de riesgo o no. Si la situación es de riesgo deberá controlar y/o manejar la fuente de riesgo de tal manera de asegurar la seguridad del animal. Cualquier trabajador que observe un ejemplar de alguna especie de fauna silvestre, en el camino (o sectores asociados al camino) y desde un vehículo en movimiento, deberá disminuir la velocidad, encender las luces intermitentes y dar aviso por radio a los conductores que pudieran transitar por dicha área. El vehículo podrá transitar a velocidad moderada y con las luces intermitentes encendidas hasta que se haya superado largamente (500 metros) el punto de intersección entre la línea de progresión del animal y el camino. Forma de control y seguimiento Registro de capacitación en fase de construcción y cierre. Referencia a documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada Plan de Contingencias Anexo 7 de la Adenda Complementaria Acciones o medida a implementar para controlar la emergencia El personal que detecte un animal que pudiese estar accidentado dará aviso al Responsable en Obra (Jefe de Obra y/o Prevencionista de Riesgo). Quien detecte un animal accidentado deberá suspender las actividades en un perímetro que garantice la seguridad tanto del animal como del personal y dar aviso inmediato al responsable en obra. El perímetro y condiciones adecuadas de seguridad serán aquellas que se indiquen en la Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2154345393
inducción de los trabajadores. Se deberá evitar cualquier movimiento o manejo del animal accidentado, hasta que se tengan indicaciones claras del profesional a contactar. Así mismo, se deberán reducir las causas de stress, tales como el aglomeramiento de personas alrededor del animal, movimientos bruscos, ruidos, entre otros. El responsable en obra deberá presentarse en el área del accidente a la brevedad y evaluar si el reporte corresponde efectivamente a un accidente que involucra a animales silvestres. El responsable en obra deberá realizar una búsqueda y análisis rápido de las causas del accidente, de manera de controlarlas oportunamente y así evitar el aumento del número de ejemplares accidentados. En caso de ser necesario, se trasladará al animal al centro de rescate de fauna más cercano que se encuentre autorizado por el SAG. Una vez que el animal accidentado haya sido trasladado, el responsable en obra determinará si las actividades pueden reanudarse de manera normal o si es requerido mantenerlas detenidas. Se dará aviso a la SMA con copia al SAG. Posteriormente, el encargado iniciará una investigación orientada a determinar las causas y/o condiciones que originaron el accidente, de manera de poder controlarlas a futuro. Oportunidad y vías de comunicación a la SMA de la activación del Plan Quien detecte la emergencia dará voz de alarma avisando a la jefatura de mayor jerarquía de la empresa que se encuentre en el área afectada. Se informará en orden prioritario a: Administrador, Jefe Prevención de Riesgos, para evaluar la situación. Así mismo se entregará un informe a la SMA dentro de las 48 horas posteriores a la emergencia generada, el cual contendrá al menos lo siguiente: antecedentes relativos al evento, identificación del área afectada y su extensión, identificación y explicación de las posibles técnicas y/o acciones que se implementaron para limpiar los recursos naturales que hayan sido afectados. Referencia al ICE o documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada Ítem 7.1.7. del ICE Plan de Emergencias Anexo 7 de la Adenda Complementaria
10.8. Riesgo: Crecida centenaria de quebradas aledañas Fase del proyecto a la que aplica
Fase de construcción, operación y cierre. Emplazamiento, parte, obra o acción asociada
Toda el área de proyecto. Acciones o medidas a implementar para prevenir la contingencia Capacitación a todo el personal al comienzo de las fases de construcción y cierre sobre los riesgos que presenta la zona ante una posible crecida centenaria. Demarcación de las vías de evacuación y zonas de Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2154345393
seguridad al interior del parque. El cerco perimetral del proyecto actuará como límite dentro del cual se pueden realizar obras y trabajos. No se podrán llevar a cabo actividades fuera de los límites del mismo. Se prohibirá realizar trabajos en las cercanías de cauces. Los vehículos y camiones que circulen al interior del proyecto lo harán siempre por los caminos internos definidos para el proyecto. Los residuos sólidos domiciliarios, industriales y peligrosos generados durante la fase de construcción del proyecto, serán gestionados debidamente y almacenados en contenedores y bodegas establecidas para ello previo a su retiro. La disposición final de los residuos sólidos domiciliarios, industriales y peligrosos será realizada en sitios de disposición final autorizados para llevar a cabo dicha actividad. Forma de control y seguimiento
Registro de capacitación en fase de construcción y cierre. Referencia a documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada Plan de Contingencias Anexo 7 de la Adenda Complementaria Acciones o medida a implementar para controlar la emergencia En caso de preverse o producirse un evento de crecida de 100 años, se evacuará a todo el personal que se pudiese encontrar presente en el área del proyecto y se paralizarán las obras hasta que el evento haya finalizado. No se permitirá a ningún trabajador encontrarse en la zona de faenas en caso de que un evento de esta naturaleza se esté desarrollando. El jefe de obra o el encargado de seguridad verificará que todo el personal haya evacuado el parque. En caso de producirse algún accidente en el momento de evacuar, se privilegiará el traslado de la persona accidentada hasta el centro asistencial más cercano. Solamente se podrá retornar a las actividades una vez que el evento haya terminado y se haya realizado una verificación material de toda el área del proyecto. En caso de haberse producido algún daño material, se realizará la reposición o reparación que sea necesaria para continuar con el funcionamiento normal del parque. Oportunidad y vías de comunicación a la SMA de la activación del Plan Quien detecte la emergencia dará voz de alarma avisando a la jefatura de mayor jerarquía de la empresa que se encuentre en el área afectada. Se informará en orden prioritario a: Administrador, Jefe Prevención de Riesgos, para evaluar la situación. Así mismo se entregará un informe a la SMA dentro de las 48 horas posteriores a la emergencia generada, el cual contendrá al menos lo siguiente: antecedentes relativos al evento, identificación del área afectada y su extensión, identificación y explicación de las posibles técnicas y/o Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2154345393
acciones que se implementaron para limpiar los recursos naturales que hayan sido afectados. Referencia al ICE o documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada Ítem 7.1.8. del ICE Plan de Emergencias Anexo 7 de la Adenda Complementaria
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Que durante el proceso de evaluación no hubo solicitud de participación ciudadana desarrollado conforme a lo dispuesto en el artículo 30 bis de la Ley N° 19.300, por lo que no se realizaron observaciones por parte de la comunidad respecto del Proyecto.
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Que, el Titular deberá remitir a la Superintendencia del Medio Ambiente la información respecto de las condiciones, compromisos o medidas, ya sea por medio de monitoreos, mediciones, reportes, análisis, informes de emisiones, estudios, auditorías, cumplimiento de metas o plazos, y en general cualquier otra información destinada al seguimiento ambiental del Proyecto, según las obligaciones establecidas en la presente Resolución de Calificación Ambiental y las Resoluciones Exentas que al respecto dicte la Superintendencia del Medio Ambiente. De igual forma, y a objeto de conformar el Sistema Nacional de Información de Fiscalización Ambiental (SNIFA), el Registro Público de Resoluciones de Calificación Ambiental y registrar los domicilios de los sujetos sometidos a su fiscalización en conformidad con la ley, el Titular deberá remitir en tiempo y forma toda aquella información que sea requerida por la Superintendencia del Medio Ambiente a través de las Resoluciones Exentas que al respecto ésta dicte.
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Que, el Titular deberá informar a la Superintendencia del Medio Ambiente la realización de la gestión, acto o faena mínima que da cuenta del inicio de la ejecución de obras, a que se refiere el Considerando 4.1 de la presente Resolución.
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Que, con el objeto de dar adecuado seguimiento a la ejecución del Proyecto, el Titular deberá informar a la Superintendencia del Medio Ambiente, al menos con una semana de anticipación, el inicio de cada una de las fases del Proyecto, de acuerdo a lo indicado en la descripción del mismo.
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Que, la Superintendencia del Medio Ambiente, de oficio o a petición de parte o de algún organismo sectorial, podrá aprobar, modificar o complementar el contenido del plan de seguimiento de las variables ambientales y, en general, cualquier otro mecanismo establecido en la respectiva resolución de calificación ambiental que tenga dicho objeto, con el fin de asegurar, en el transcurso del tiempo, que el seguimiento de las variables ambientales cumpla con su objetivo de forma eficiente y eficaz.
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Que, para que el proyecto “Parque Solar Fotovoltaico Curacaví” pueda ejecutarse, deberá cumplir con todas las normas vigentes que le sean aplicables.
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Que, el Titular deberá informar inmediatamente a la Secretaría de la Comisión de Evaluación de la Región Metropolitana de Santiago y a la Superintendencia del Medio Ambiente, la ocurrencia de impactos ambientales no previstos en la DIA, asumiendo inmediatamente las acciones necesarias para abordarlos.
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Que, el Titular del Proyecto deberá comunicar inmediatamente y por escrito a la Dirección Regional del SEA Servicio de Evaluación Ambiental Región Metropolitana de Santiago la ocurrencia de cambios de titularidad, representante legal, domicilio y correo electrónico, de acuerdo a lo establecido en el inciso tercero del artículo 162 y artículo 163, ambos del Reglamento del SEIA.
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Que, se hace presente al Titular que cualquier modificación al Proyecto que constituya un cambio de consideración, en los términos definidos en el artículo 2° letra g) del Reglamento del SEIA, deberá someterse al SEIA.
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Que, todas las medidas, condiciones, exigencias y disposiciones establecidas en la presente Resolución son de responsabilidad del Titular, sean implementadas por éste directamente o a través de un tercero.
RESUELVO: Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2154345393
1°. Calificar favorablemente la Declaración de Impacto Ambiental del proyecto “Parque Solar Fotovoltaico Curacaví”, de ORION POWER S.A.
2°. Certificar que el proyecto “Parque Solar Fotovoltaico Curacaví” cumple con la normativa de carácter ambiental aplicable.
3°. Certificar que el proyecto “Parque Solar Fotovoltaico Curacaví” cumple con los requisitos de carácter ambiental contenidos en los permisos ambientales sectoriales que se señalan en los artículos 138, 140, 142, 153 y 160 del D.S. Nº 40/2012 del Ministerio del Medio Ambiente, Reglamento del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental.
4º. Certificar que la Secretaría Regional Ministerial de Salud de la Región Metropolitana, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 161 del Reglamento del SEIA, califica la actividad como inofensiva.
5°. Certificar que el proyecto “Parque Solar Fotovoltaico Curacaví” no genera los efectos, características o circunstancias del artículo 11 de la Ley N° 19.300, que dan origen a la necesidad de elaborar un Estudio de Impacto Ambiental.
6°. Definir como gestión, acto o faena mínima del Proyecto, para dar cuenta del inicio de su ejecución de modo sistemático y permanente, a los mencionados en el considerando 4.1 del presente acto.
7°. Hacer presente que contra esta Resolución es procedente el recurso de reclamación de acuerdo a lo dispuesto en el artículo 20 de la Ley Nº 19.300, ante el Director Ejecutivo del Servicio de Evaluación Ambiental. El plazo para interponer este recurso es de treinta días contados desde la notificación del presente acto.
Notifíquese y Archívese
Emardo Christian Hantelmann Godoy Delegado Presidencial Presidente Comisión de Evaluación Región Metropolitana de Santiago
Arturo Nicolás Farías Alcaíno Director (S) Regional Servicio de Evaluación Ambiental Secretario Comisión de Evaluación Región Metropolitana de Santiago
AFA/JGM/JMM/JBJ
Distribución:
Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url Ismael pablo Mena Valdés imena@orion-power.com https://validador.sea.gob.cl/validar/2154345393 Firmado por: Arturo Nicolás Farías Alcaíno Fecha: 06/12/2021 17:21:33 CLST Emardo Christian Hantelm ann Godoy Firmado digitalmente por Emardo Christian Hantelmann Godoy Fecha: 2021.12.09 11:22:51 -03'00'
Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2154345393 CONAF, Región Metropolitana de Santiago alex.madariaga@conaf.cl DGA, Región Metropolitana de Santiago <ernesto.rios@mop.gov.cl, doris.aguila@mop.gov.cl> DOH, Región Metropolitana de Santiago paula.marin@mop.gov.cl Gobierno Regional, Región Metropolitana <corrego@interior.gov.cl, jcanals@gobiernosantiago.cl, ccastro@gobiernosantiago.cl> Ilustre Municipalidad de Curacaví <arditi@pulso-sa.cl, alcalde@municipalidadcuracavi.cl, gbarrosb@puc.cl, medioambiente@municipalidadcuracavi.cl, DIMAO@municipalidadcuracavi.cl> SAG, Región Metropolitana de Santiago jorge.hernandez@sag.gob.cl SEREMI de Agricultura, Región Metropolitana de Santiago < omar.sabat@minagri.gob.cl> SEREMI de Bienes Nacionales, Región Metropolitana de Santiago cacevedo@mbienes.cl SEREMI de Desarrollo Social y Familia, Región Metropolitana de Santiago crodrigueza@desarrollosocial.gob.cl SEREMI de Energía, Región Metropolitana de Santiago gmendez@minenergia.cl SEREMI de Salud, Región Metropolitana de Santiago helga.balichp@redsalud.gob.cl SEREMI de Transportes y Telecomunicaciones, Región Metropolitana de Santiago aquezada@mtt.gob.cl SEREMI de Vivienda y Urbanismo, Región Metropolitana de Santiago mjerrazuriz@minvu.cl SEREMI Medio Ambiente, Región Metropolitana de Santiago sgallardo@mma.gob.cl SEREMI MOP Región Metropolitana de Santiago felipe.infante@mop.gov.cl Servicio de Vivienda y Urbanización SERVIU, RM jnazal@minvu.cl Consejo de Monumentos Nacionales ebrevis@monumentos.gob.cl Servicio Nacional Turismo awolleter@sernatur.cl CC: Oficina de Partes pcisternas.rm@sea.gob.cl