Subestación eléctrica Monte Mina y línea de transmisión eléctrica Parinas - Monte Mina
Documento Digital N*: 202202101199 - Fecha: 14/04/2022
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REPÚBLICA DE CHILE COMISIÓN DE EVALUACIÓN Región de Antofagasta
Califica Ambientalmente el proyecto “Subestación eléctrica Monte Mina y línea de transmisión eléctrica Parinas — Monte Mina”
RESOLUCION EXENTA (ver número digital en costado inferior izquierdo)
Antofagasta,
VISTOS:
- La Declaración de Impacto Ambiental (DIA), su Adenda de 27 de agosto de 2021 y su Adenda Complementaria de 25 de febrero de 2022, del proyecto “Subestación eléctrica Monte Mina y línea de transmisión eléctrica Parinas —- Monte Mina”, presentado por Transelec Holdings Rentas Ltda. con fecha 18 de diciembre de 2020 y admitida a trámite con fecha 22 de diciembre de 2020.
2”. Los pronunciamientos y observaciones de los órganos de la administración del Estado que, sobre la base de sus facultades legales y atribuciones, participaron en la evaluación de la DIA, y que se detallan en el Capítulo 3.3 del Informe Consolidado de Evaluación (ICE) de la DIA del proyecto “Subestación eléctrica Monte Mina y línea de transmisión eléctrica Parinas — Monte Mina”
- El Acta de Evaluación N* 15 de fecha 02 de marzo de 2021, del Comité Técnico de la Región de Antofagasta.
4?. El ICE de la DIA del proyecto “Subestación eléctrica Monte Mina y línea de transmisión eléctrica Parinas — Monte Mina” de 24 de marzo de 2022.
5”. El acuerdo N 28/2022 de la sesión ordinaria N 10/2022 de la Comisión de Evaluación de la Región de Antofagasta, de fecha 01 de abril de 2022.
6”. Los demás antecedentes que constan en el expediente de evaluación de impacto ambiental de la DIA del proyecto “Subestación eléctrica Monte Mina y línea de transmisión eléctrica Parinas — Monte Mina”.
7?. Lo dispuesto en la Ley N 19,300, Sobre Bases Generales del Medio Ambiente; el D.S. N 40, de 2012, del Ministerio del Medio Ambiente, Reglamento del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental (en adelante “RSEIA”); la Ley N 19.880, que Establece Bases de los Procedimientos Administrativos que Rigen los Actos de los Órganos de la Administración del Estado; la Ley N 18.575, Ley Orgánica Constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado; la Resolución N7/2019 que Fija Normas sobre Exención del Trámite de Toma de Razón; la Resolución Exenta RA N 119046/280/2019 de fecha 03/09/2019 que nombra al Director Regional del SEA de la Región de Antofagasta a la Comisión de Alta Dirección Pública del Servicio Civil y en el Decreto Supremo N* 77 del 11 de marzo de 2022, del Ministerio del Interior y Seguridad Pública que nombra a la Delegada Presidencial de la Región de Antofagasta, Sra. Karen Behrens Navarrete, se dicta lo siguiente:
CONSIDERANDO:
- Que, Transelec Holdings Rentas Lída (en adelante, el Titular), ha sometido al Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental (SEIA) la DÍA del proyecto “Subestación eléctrica Monte Mina y línea de transmisión eléctrica Parinas — Monte Mina” (en adelante, el Proyecto). Los antecedentes del Titular son los siguientes:
Nombre o razón social Transelec Holdings Rentas Ltda. Rut 76.560.200-9
Domicilio Orinoco 90, piso 14, Las Condes. Teléfono +56 2 24677000
Nombre representante legal David Igal Noe Scheinwald
Rut representante legal 10.984.323-7
Domicilio representante legal | Orinoco 90, piso 14, Las Condes. Teléfono representante legal +56 2 24677000
Correo electrónico Titular o | dnoe(Gitranselec.cl
representante legal
22, Que, conforme se indica en el ICE de fecha 24 de marzo de 2022, el Director del Servicio de Evatuación Ambiental de la Región de Antofagasta ha recomendado rechazar el Proyecto, por cuanto no cumple con la normativa de carácter ambiental aplicable identificada en la sección 8 del ICE; no cumple con los requisitos de otorgamiento de carácter ambiental contenidos en los permisos ambientales sectoriales aplicables identificados en la sección 9 del ICE; no es posible descartar los efectos, características o circunstancias del artículo 11 de la Ley N” 19.300, que dan origen a la necesidad de evaluar un Estudio de Impacto Ambiental; y el titular no ha subsanado los errores, omisiones e inexactitudes planteados en el o los Informes Consolidados de Aclaraciones, Rectificaciones y Ampliaciones.
32, Que, en sesión de 01 de abril de 2022, la Comisión de Evaluación de la Región de Antofagasta acordó calificar desfavorablemente el proyecto “Subestación eléctrica Monte Mina y línea de transmisión eléctrica Parinas —- Monte Mina”, aprobando integramente el contenido del ICE de 24 de marzo de 2022, el que forma parte integrante de la presente Resolución.
4, Que, según lo señalado en la DIA y sus anexos, en su Adenda, y en su Adenda Complementaria, los cuales forman parte integrante de la presente Resolución, la descripción del Proyecto es la que a contimiación se indica:
4.1. ANTECEDENTES GENERALES
Objetivo general El Proyecto “Subestación eléctrica Monte Mina y línea de transmisión eléctrica Parinas — Monte Mina” consistirá en la construcción y operación de una línea de transmisión eléctrica de 2x550 KV más una subestación eléctrica seccionadora,
Tipología principal, así Artículo 3 del Reglamento del SEIA: como las aplicables a sus b) Lineas de transmisión eléctrica de alto voltaje (>23 kV) y sus partes, obras o acciones subestaciones.
Vida útil 30 años.
Monto de inversión US$ 54.310.000.-
Gestión, acto o faena Adecuación del terreno donde se ubicará la instalación de faenas.
mínima que da cuenta del inicio de la ejecución
Proyecto se desarrolla por Si No | El Proyecto no se desarrollará por etapas. etapas Y Proyecto modifica un Si No El proyecto no modifica un proyecto O actividad proyecto o actividad existente. EX] Proyecto modifica otra(s) Si No | El proyecto no modifica otras RCA. RCA Y]
155)
4.2. UBICACIÓN DEL PROYECTO
División político- administrativa
El proyecto “Subestación eléctrica Monte Mina y línea de transmisión eléctrica Parinas —- Monte Mina” se emplazará en las comunas de Taltal y Antofagasta, provincia de Antofagasta, Región de Antofagasta.
Justificación de la localización
El proyecto permitirá aumentar la capacidad de transmisión de energía en el Sistema Eléctrico Nacional (SEN), mejorando la seguridad y continuidad del suministro eléctrico a mediano y largo plazo.
Superficie
La superficie predial es de 1.108 ha.
Coordenadas UTM en Datum WGS384
Ver detalles capítulo 1.3.3 de la DIA.
Caminos o vías de acceso
El acceso al proyecto “Subestación eléctrica Monte Mina y línea de transmisión eléctrica Parinas — Monte Mina” se efectuará desde la ruta B-55 y ruta 5 Norte, a través de huellas existentes en el área, algunas de las cuales serán acondicionadas para el tránsito de vehículos.
Ver detalles capítulo 1.3.4 de la DIA.
Referencia al expediente de evaluación de los mapas, georreferenciación e información complementaria sobre la localización de sus partes, obras y acciones
Mapa/Plano/SHP/KMZ u Referencia al expediente otro
Plano rutas de acceso. Adenda, ANEXO 02.01 PLANO
Plano carpeta de red vial. Adenda, ANEXO 02.01 PLANO
Plano caminos internos. Adenda, ANEXO 02.01 PLANO
KMZ DIA Monte Minas Obras | Adenda, ANEXO 02.02
Permanentes PLANOS Y KMZ OBRAS
KMZ DIA Monte Minas Obras | Adenda, ANEXO 02.02
Temporales PLANOS Y KMZ OBRAS
4.3. PARTES, OBRAS Y ACCIONES QUE COMPONEN EL PROYECTO 4.3.1. FASE DE CONSTRUCCIÓN .
Acondicionamiento del
terreno
El acondicionamiento de terreno considera la realización de despeje y escarpe con la finalidad de adecuar la topografía del terreno a las especificaciones técnicas y constructivas de las obras proyectadas, Junto con las actividades de escarpe del terreno, se requerirán también la ejecución de excavaciones para la construcción de fundaciones, canalizaciones subterráneas, y rellenos para la nivelación de áreas. Los movimientos de tierras (excavación y escarpe) y nivelación se realizarán de manera continua, es decir, que el material excavado será relocalizado al momento, en el mismo terreno para la nivelación y caminos interiores.
Ver más detalles letra a) capítulo 1.3.1 de la DIA.
Construcción de accesos y caminos internos
Para acceder a las áreas de obras se ha previsto la habilitación de caminos, que tendrán una plataforma de 6 m de ancho, más algunos sobreanchos puntuales que puedan ser necesarios adecuar para
aumentar los radios de giro en curvas. También contarán con obras de saneamiento para interceptar y conducir aguas lluvias.
Ver más detalles letra b) capítulo 1.5.1 de la DIA.
Habilitación, uso y cierre de la instalación de apoyo a las faenas de construcción
Las instalaciones de apoyo a las faenas de construcción corresponderán a la instalación de faenas (IIFF) y el campamento. Las infraestructuras que compondrán la instalación de faena serán de tipo modular (contenedor), para lo cual se despejarán y nivelarán las superficies donde estas serán instaladas. Esta área contará, además, con un cierre perimetral que impida el acceso de personas no autorizadas.
Ver más detalles letra c) capítulo 1.5.1 de la DIA.
Habilitación, uso y cierre de plantas de hormigón
Una vez realizado el despeje y acondicionamiento del terreno, se procederá a la construcción de fundaciones para el montaje de las estructuras de la planta. La actividad continuará con el montaje y habilitación de las partes que constituirán la planta de hormigón. La planta de hormigón abastecerá de este insumo a las obras del proyecto. Dicha planta de hormigón contará con una capacidad de producción de 120 m*/día, completando para toda la fase de construcción un total de 11.200 mifplanta. El hormigón será transportado mediante camiones mixer de 3 1m? de capacidad hacia los distintos frentes de trabajo. El cemento, adítivos (retardadores o aceleradores de fraguado, impermeabilizantes, plastificantes, expansores, endurecedores, etc.), agua, grava y arena para la fabricación del hormigón serán abastecidos por terceros que cuenten con las autorizaciones ambientales sectoriales correspondientes. El cemento será abastecido directamente en los silos, los aditivos y agua en estanques, mientras que los empréstitos serán acopiados en pilas.
Ver más detalles letra d) capítulo 1.5,1 de la DIA.
Obras de construcción asociadas a las líneas de transmisión eléctricas
Se procederá a realizar las excavaciones para fundaciones, ya sea de forma manual y/o mediante el uso de excavadora, según las condiciones del terreno, dejando todo el material de la excavación a un costado de ésta, el cual será clasificado de acuerdo con el tamaño del boión o roca, para luego utilizarlo, en la medida que sea posible, como material de relleno de la fundación. En la eventualidad de encontrar suelos rocosos, se utilizará un químico expansor que permita la fragmentación de estas, permitiendo la construcción de fundaciones. Las fundaciones de las torres serán de hormigón armado con una profundidad de hasta 3 m aprox. variando según el tipo de estructura. Además, todas las torres tendrán una conexión a tierra permanente elaborada con pletina de acero galvanizado. Los perfiles de las estructuras serán transportados desde las áreas de almacenamiento respectivas hasta los sectores de las fundaciones, por medio de camiones pluma. Una vez en terreno, el montaje se realizará manualmente, con apoyo de camión pluma o grúas.
Ver detalles letra e) capítulo 1.5.1 de la DIA.
Obras de construcción asociadas a la Subestación Seccionadora Monte Mina
Se construirá la malla de puesta a tierra, que corresponderá a un reticulado de conductores de cobre desnudos que serán enterrados a no más de 1 m de profundidad respecto a la cota normal de terreno, Las fundaciones serán construidas de hormigón armado y barras de acero de refuerzo. Luego de concluida la construcción de fundaciones, se realizará el montaje de las estructuras de soporte manualmente para las estructuras bajas y manualmente con ayuda de camiones pluma y/o grúa en el caso de las estructuras altas. Las estructuras serán del tipo de acero reticulado ancladas a los pernos de anclaje embebidos en los vástagos de las fundaciones.
Ver más detalles letra f) capítulo 1.5.1 de la DIA.
Conexión con la S/E Parinas
La conexión con la S/E Parinas implicará la conexión de la LAT 2x500 KV Parinas-Monte Mina, con la barra correspondiente de la subestación Parinas.
Puesta en marcha
Previo a la puesta en marcha se realizarán pruebas operativas, de modo de detectar posibles fallas y así poder corregirlas. Estas consistirán en pruebas de continuidad, correspondencia de fases y de aislamiento. Asimismo, se efectuará un recorrido de inspección visual de todas las obras, verificando el estado de los componentes y sus terminaciones (elementos en buen estado, pernos y tuercas instalados correctamente, abatimientos, etc... Una vez realizadas las verificaciones técnicas de rigor, se procederá con la energización de las líneas eléctricas, subestaciones y el inicio operativo de conducción eléctrica, No se generarán residuos ni efluentes durante las pruebas de puesta en marcha.
Ver más detalles letra m) capítulo 1.5.1 de la DIA.
Suministros básicos
-:Se instalarán grupos electrógenos para la instalación de faenas y campamento. Esta/zona contará con un pretil para la contención de: eventuales derrames de combustible que- pudieran' ocurrir durante la carga de este, o por rotura del estanque.
- Para el alojamiento -del personal, el proyecto “contará con: un campainento -para- la: pernoctación: de los «trabajadores. La capacidad del campamento ha sido establecida. para absorber el máximo: “de "contratación * proyectada... Estas. instalaciones cumplirán con lo estipulado por él D-S.-N*594/1999 MINSAL.
-.: Durante la fase de construcción se requerirá de agua potable para los lavamanos, duchás y comedor de los trabajadores.
- Se requerirá un máximo de 11.200 m' de hormigón, el cual será llevado:a la obra directamente en camiones mixer.
Recursos naturales renovables
El- proyecto no . contempla la: extracción - de recursos. naturales renovables.
Emisiones y efluentes
a) Emisiones atmosféricas.
Las emisiones de MPyo y MP,,s en la fase de construcción del proyecto, se generarán principalmente por movimientos de tierra, transferencias y movimientos de material, el tránsito de vehículos por caminos no pavimentados y combustión de vehiculos y maquinaria.
A continuación, se resumen las emisiones:
PTS .|:MPjo | MP5 ]:CO HC SOX. | NOx
Toneladas totales de. |-3.274 | 893,3 | 105,1. |-58,8 | 15,12 | 95,59 |-130,8 la fase
Ver detalles en'Anexo 05 de la Adenda de la DIA.
Se. implementarán: las siguientes: medidas para el control de-las emisiones:
»Aplicación de bischofita en camino no pavimentado de acceso a la subestación e instalación de faenas — campamento.
Respecto al transporte de: materiales y residuos; se cumplirá con las siguientes medidas:
+. Se verificará: que los. camiones sean: cargados manteniendo una distancia mínima en el borde de 10 cmentre la superficie de la carga y la cubierta de lona.
- Se distribuirá homogéneamente la carga del camión antes de salir de la: zona de trabajo.
» Los vehículos de transporte de materiales y residuos industriales no peligrosos se mantendrán cubiertos con una lona, asegurada por todos los costados a la tolva del camión.
b) Emisiones de mido.
Se generará ruido debidoa las faenas de construcción y al funcionamiento de maquinaria y equipos. No se excederán los niveles de emisión de ruido permitidos por el Decreto Supremo N* 38/2011 del Ministerio de Medio Ambiente,
Ver detalles en Anexo 02.02 de la DIA.
Residuos, productos químicos y otras sustancias que puedan afectar el medio ambiente.
a) Residuos liquidos.
En los frentes de trabajo se emplearán baños químicos durante la fase de construcción, los que serán mantenidos por la misma empresa proveedora autorizada, quién se encargará del retiro de estos y la disposición adecuada de las aguas servidas.
Para el área del campamento se emplearán servicios higiénicos fijos, cuyas aguas servidas y grises serán tratadas mediante una PTAS. Estas aguas tratadas serán reutilizadas en la humectación de caminos interiores a efectos de controlar emisiones de material particulado. Las aguas tratadas cumplirán con los parámetros biológicos precisados en la norma chilena NCh 1.333. El mantenimiento y limpieza de las cámaras de tratamiento se realizará de forma periódica por una empresa autorizada por la autoridad sanitaria (1 vez al año o según requerimiento).
Se generarán aproximadamente 38 m'/día de aguas servidas.
b) Residuos sólidos.
Los residuos domésticos corresponderán a desechos pot el consumo de alimentos, envoltorios, papeles y envases de plástico, cartón, vidrio, etc., estimándose una generación total aproximada de 0,8 t/día. Los residuos serán dispuestos temporalmente en contenedores plásticos herméticos de 200 1'con tapa, para ser retirados 3 veces/semana por una empresa autorizada para ser depositados finalmente en un sitio autorizado.
La cantidad total de residuos sólidos industriales no peligrosos que se generará será de aproximadamente 1,8 día, correspondientes a materiales de las obras de construcción y serán dispuestos temporalmente en sitio de residuos para ser depositados finalmente en un sitio autorizado.
La cantidad máxima total de residuos sólidos industriales peligrosos que se generará será de 0,02 tdía, y serán dispuestos temporalmente en la bodega de residuos peligrosos para ser depositados finalmente en un sitio autorizado.
Referencia al ICE - para mayores detalles sobre esta fase.
Para mayores antecedentes, ver numeral 4.5 del ICE del proyecto.
43.2. FASE DE OPERACIÓN
Operación de la subestación eléctrica
La subestación operará de forma automática y desatendida, es decir, no requerirá de operarios en forma permanente in situ. Las instalaciones serán monitoreadas y comandadas en forma remota a través de un enlace de telecomunicaciones y fibra óptica.
Mantenimiento de las líneas de transmisión eléctricas
Las principales actividades de mantenimiento previstas para las LAT serán:
-
Mantenimiento preventivo: Considerará la realización de recorridos pedestres, una o dos veces/año, efectuando una inspección visual de conductores y sus empalmes, estructuras y componentes de suspensión y anclaje. Para ello no se utilizará equipamiento mayor, eventualmente, herramientas de mano y equipos de medición a distancia. También se realizará periódicamente el lavado de aisladores.
-
Mantenimiento predictivo: Estas acciones tendrán por objetivo realizar un reemplazo o reparación de algún elemento de la línea de transmisión, para evitar una falla significativa en el futuro que requiera largos períodos de desconexión de la línea.
-
Mantenimiento correctivo: Corresponderá a reparaciones a las partes de las LAT cuando ocurran o se detecten fallas que comprometan la transmisión de energía eléctrica o impliquen algún tipo de riesgos. Su envergadura depende de las anomalías producidas. Este mantenimiento se realizará con programación de corto plazo, después de producida la falla y generalmente involucra una estructura o un sector de la línea,
Mantenimiento de la subestación eléctrica y conexiones
Según la naturaleza de la acción que se desarrollará en las subestaciones eléctricas, pueden dividirse en los siguientes tipos:
-
Mantenimiento preventivo: Estas acciones tendrán por objetivos la revisión, mantención y limpieza de la subestación de manera de prevenir la ocurrencia de fallas. Todas las actividades de mantención se realizarán semestralmente y/o en función de las indicaciones de los fabricantes.
-
Mantenimiento predictivo: Estas acciones tendrán por objetivo realizar un reemplazo o reparación de algún elemento de la subestación, para evitar una falla significativa en el futuro que requiera largos períodos de desconexión.
-
Mantenimiento correctivo: Estas acciones corresponden a reparaciones a las instalaciones o equipos de una subestación cuando ocurran o se detecten fallas que comprometan la transmisión de energía eléctrica o impliquen otro tipo de riesgos. Estas actividades pueden considerar correcciones, reparaciones o recambio de equipos. Estas actividades no son programadas, efectuándose solamente ante la ocurrencia de un evento.
Suministros básicos
Se destinará agua potable para el consumo del personal y para los servicios higiénicos. Adicionalmente, el consumo del personal podrá complementarse con agua envasada en contenedores sellados y dispensadores, abastecidos regular y oportunamente por un contrato con una empresa que cuente con la autorización requerida,
El suministro de energía eléctrica para la fase de operación se obtendrá directamente desde la propia conexión al SEN, Adicionalmente, en la S/E Monte Mina se considera mantener un grupo electrógeno de respaldo de 80 KVA. Estos abastecerán la energía necesaria en caso de corte energético.
En la fase de operación se necesitará combustible diésel para camionetas y equipo electrógeno de emergencia, y de gas licuado para abastecer de agua caliente los servicios higiénicos. Los equipos electrógenos poseerán un estanque nodriza de 30 L, con una autonomía de 8 horas. Se estima un consumo de 0,9 maño de este insumo. El abastecimiento de petróleo diésel para recargar este estanque se realizará por suministro por una empresa distribuidora autorizada, mediante camiones cisterna.
Recursos naturales renovables
El proyecto no contempla la extracción de recursos naturales renovables,
Emisiones y efluentes
a) Emisiones atmosféricas.
Las emisiones de MPjo y MP», se generarán principalmente por el tránsito de vehículos por caminos no pavimentados y combustión de vehículos y maquinaria.
A continuación, se resumen las emisiones:
PTS | MPio | MP>5| CO EC SOx | NOx Toneladas totales de | 0,229 | 0,064 | 0,018 | 0,031 | 0,034 | 0,010 ¡ 0,158 la fase
Ver detalles en Anexo 05 de la Adenda de la DIA. b) Emisiones de ruido.
Se generará ruido debido a las faenas de mantención. No se excederán los niveles de emisión de ruido permitidos por el Decreto Supremo N? 38/2011 del Ministerio de Medio Ambiente. Ver detalles Anexo N? 02,02 de la DIA.
Residuos, productos químicos y otras sustancias que puedan afectar el medio ambiente.
a) Residuos líquidos.
Se generarán aguas servidas que serán manejadas mediante un sistema de fosa séptica y pozo absorbente. El eflnente de las fosas será manejado mediante infiltración a través de drenes. El mantenimiento y limpieza de las cámaras de tratamiento se realizará de forma periódica por una empresa antorizada por la autoridad sanitaria.
La información detallada se encuentra en el Anexo 02 de la Adenda Complementaria de la DIA,
b) Residuos sólidos.
Los residuos domésticos generados por el personal encargado de las mantenciones corresponderán a desechos por el consumo de alimentos, envoltorios, papeles y envases de plástico, cartón, vidrio, etc., estimándose una generación total aproximada de 0,03 t/año de mantención. Los residuos serán retirados de manera inmediata por personal de mantenciones y depositados en un sitio de disposición final autorizado.
La cantidad total de residuos sólidos industriales no peligrosos que se generará será de aproximadamente 1 toneladas por año, correspondientes a tornillos, cables, despuntes, entre otros generados por las mantenciones y serán dispuestos temporalmente en el contenedor en patio de residuos industriales no peligrosos, para ser depositados finalmente en un sitio autorizado.
En la fase de operación no se contempla la generación de residuos peligrosos. En caso de que durante las actividades de mantenimiento se genere algún tipo de residuo peligroso, estos serán retirados y enviados a sitios de disposición autorizados.
Referencia al ICE para mayores detalles sobre esta fase.
Capítulo 4.6 del ICE.
4:3.3.FASE DE CIERRE
Habilitación, uso y cierre de la instalación de apoyo a las faenas de cierre
Para el desarrollo de la fase de cierre se requerirá la habilitación de una instalación de faenas (XIFF) y un campamento, al igual a lo indicado en la fase de construcción. Las infraestrucmras que compondrán la instalación de faena y campamento serán de tipo modular (conteiner), para lo cual se despejarán y nivelarán las
superficies donde estas serán instaladas. Esta área contará, además, con un cierre perimetral que impida el acceso de personas no autorizadas.
Ver más detalle letra a) capítulo 1.7.1 de la DIA.
Desmantelamiento de las
instalaciones
Se procederá al desarme y retiro de todas las estructuras y equipos mediante el uso de maquinarias. Las actividades se iniciarán con el retiro de toda infraestructura y equipos u otras instalaciones asociadas al proyecto.
Ver más detalle letra b) capitulo 1.7.1 de la DIA.
Restauración de la geoforma.
Se considera nivelación de terreno y perfilamiento, No se consideran otras acciones, puesto que no se afectarán otras componentes ambientales.
Prevención de futuras emisiones desde la ubicación del proyecto o actividad, para evitar la afectación del ecosistema incluido el aire, suelo y agua
Las actividades descritas para las distintas fases del Proyecto no generarán ningún tipo de pasivo ambiental que pueda gatillar futuras emisiones en el área de influencia.
Suministros básicos
El agua potable será abastecida por camiones aljibes y será acumulada en estanques de almacenamiento de 10 mY, siendo estos recargados de forma periódica. El agua potable será adquirida a proveedores que cuenten con permisos exigidos por la normativa vigente, Se mantendrán en obra los registros de compra de agua a un tercero autorizado en caso de ser requerido por la autoridad ante una eventual fiscalización.
En la fase de cierre se requerirá de energía eléctrica para abastecer la instalación de faena, para lo cual se contará con grupos electrógenos instalados en dicha área. Estos equipos contarán con cubierta de atenuación de emisión de ruido, sistemas de contención de derrames y sistemas propios de almacenamiento de combustible, que serán reabastecidos en forma directa por una empresa autorizada.
El abastecimiento de combustible en las maquinarias se hará en el lugar de emplazamiento, directamente a sus estanques a través de un camión dispensador. Para lo anterior, durante las operaciones de carga de combustible, se dispondrá de una membrana impermeable y/o bandejas bajo las maquinarias y equipos, a fin de recolectar eventuales derrames accidentales o fugas. El abastecimiento de combustible necesario para vehículos se realizará fuera del área de la actividad y corresponderá a labores efectuadas en estaciones de servicio público.
Recursos naturales
renovables
El proyecto no contempla la extracción de recursos naturales renovables.
Emisiones y efluentes
a) Emisiones atmosféricas.
Las emisiones de MPio y MP»5 en la fase de cierre del proyecto, se generarán principalmente por movimientos de tierra, transferencias y movimientos de material, el tránsito de vehiculos por caminos no pavimentados y combustión de vehículos y maquinaria.
A continuación, se resumen las emisiones:
PTS | MP | MP2s| CO | HC | SOx | NOx Toneladas totales de | 678,3 | 184 | 26,78 | 16,52 | 5,46 | 1,29 36,62 la fase
Ver detalles en Anexo 05 de la Adenda de la DIA.
Con la finalidad de minimizar las emisiones atmosféricas, se implementarán las siguientes medidas de abatimiento y control:
» Aplicación de bischofita en camino no pavimentado de acceso a la subestación e instalación de faenas — campamento,
Respecto al transporte de materiales y residuos, se cumplirá con las siguientes medidas:
« Se verificará que los camiones sean cargados manteniendo una distancia minima en el borde de 10 cm entre la superficie de la carga y la cubierta de lona.
- Se distribuirá la carga del camión homogéneamente antes de salir de la zona de trabajo.
» Se mantendrán los vehículos de transporte de materiales y residuos industriales no peligrosos con una cubierta de lona, asegurada por todos los costados a la tolva del camión.
b) Emisiones de ruido.
Se generará ruido debido a las faenas de cierre y al funcionamiento de maquinaria y equipos. No se excederán los niveles de emisión de ruido permitidos por el Decreto Supremo N* 38/2011 del Ministerio de Medio Ambiente.
Ver detalles Anexo 02.02 de la DIA.
Residuos,
ambiente.
productos químicos y otras sustancias que puedan afectar el medio
El detalle de los residuos sólidos peligrosos y no peligrosos se indica en la tabla 4.7.5 del ICE.
Referencia al
fase.
ICE para mayores detalles sobre esta
Capítulo 4.7 del ICE.
4.4. CRONOLOGÍA DE LAS FASES DEL PROYECTO
4:4.1. FASE DE CONSTRUCCIÓN
Fecha estimada de inicio
Primer semestre de 2022,
Parte, obra o acción que establece el inicio
Adecuación del terreno donde se ubicará la instalación de faenas.
Fecha estimada de término
Segundo semestre de 2023.
Parte, obra o acción que establece el término
Desarme y retiro de instalaciones temporales y desarrollo de la puesta en servicio.
4.4.2. FASE DE OPERACIÓN
Fecha estimada de inicio
Segundo semestre 2023.
Parte, obra o acción que establece el inicio
Puesta en servicio de subestación.
Fecha estimada de término
Segundo semestre de 2053.
Parte, obra o acción que establece el término
Desconexión de la LAT y S/E del SEN.
4.4.3: FASE-DE CIERRE
Fecha estimada de inicio
Segundo semestre de 2053.
Parte, obra o acción que establece el inicio
Desconexión de la red eléctrica y comienzo de adecuación del terreno donde se ubicará la instalación de faenas.
10
Fecha estimada de
: Al finalizar los 8 meses previstos. término
Parte, obra o acción que
PO Liberación de superficies utilizadas por el proyecto. establece el término ?
5%. Que, durante el proceso de evaluación se han presentado antecedentes que justifican la inexistencia de los siguientes efectos, características y circunstancias del artículo 11 de la Ley N* 19.300:
5.1. RIESGO PARA LA SALUD DE LA POBLACIÓN, DEBIDO A LA CANTIDAD Y CALIDAD DE EFLUENTES, EMISIONES Y RESIDUOS
Impacto ambiental Las emisiones a la atmósfera se mantendrán dentro de los límites establecidos por la normativa ambiental vigente, no constituyendo riesgo para la salud de la población.
En cuanto al manejo del efluente liquido proveniente de las PTAS para las fases de construcción y cierre del proyecto, no se cumple con la normativa de carácter ambiental aplicable identificado en la sección 8 de este documento, a saber, el D.S. N* 236, de 1926 del Ministerio de Salud Reglamento general de alcantarillados particulares fosas sépticas, cámaras filtrantes, cámaras de contacto, cámaras absorbentes y letrinas domiciliarias, en especifico, los requisitos técnicos y formales del Art. 1389 del RSEIA, que establece el permiso para la construcción, reparación, modificación y ampliación de cualquier obra pública o particular destinada a la evacuación, tratamiento o disposición final de desagiies, aguas servidas de cualquier naturaleza.
Por lo anterior, no es posible concluir si el proyecto genera O presenta los efectos, características o circunstancias del artículo b) 11 de la Ley N? 19.300, especificamente, la letra c) del Art. 5% del RSEIA.
El Proyecto no generará residuos líquidos de carácter industrial. El Proyecto no reviste riesgo para la salud de la población en lo que se refiere a la superación de valores de concentración de normas primarias de calidad de agua o aumentos significativos de las mismas.
Parte, obra o acción que lo genera Producto de las actividades de construcción, operación y cierre, caracterizados por los movimientos de tierra, excavaciones, y transporte de insumos, maquinarias y residuos, se considera que las condiciones basales (sin proyecto) se podrían ver alteradas por el desarrollo del Proyecto, considerando además las emisiones generadas por grupos electrógenos utilizados en cada fase.
El principal aporte de material particulado se asocía a transporte de vehículos par caminos no pavimentados interiores y uso de equipos y maquinarias.
En la fase de operación las emisiones de material particulado, NO, y SO» estarán asociadas exclusivamente a tránsito de vehículos.
En cuanto al manejo del efluente líquido proveniente de las PTAS para las fases de construcción y cierre del proyecto, no se cumple con la normativa de carácter ambiental aplicable identificado en la sección 8 de este documento, a
11
saber, el D.S. N* 236, de 1926 del Ministerio de Salud Reglamento general de alcantarillados particulares fosas sépticas, cámaras filtrantes, cámaras de contacto, cámaras absorbentes y letrinas domiciliarias, en específico, los requisitos técnicos y formales del Art. 138? del RSELA, que establece el permiso para la construcción, reparación, modificación y ampliación de cualquier obra pública o particular destinada a la evacuación, tratamiento O disposición final de desagiles, aguas servidas de cualquier naturaleza.
Por lo anterior, no es posible concluir si el proyecto no genera O presenta los efectos, características 0 circunstancias del artículo b) 11 de la Ley N” 19.300, específicamente, la letra d) del Art, 59 del RSEIA,
Fase en que se presenta
Construcción, operación y cierre
Referencia al ICE para mayores
detalles sobre este impacto específico
Capítulo 6.1 del ICE.
5.2. EFECTOS ADVERSOS SIGNIFICATIVOS SOBRE LA CANTIDAD Y CALIDAD DE LOS RECURSOS NATURALES RENOVABLES, INCLUIDOS EL SUELO, AGUA Y AIRE
Impacto ambiental
En términos fisicos y químicos, el Proyecto 1o contemplará realizar cambios de ninguna clase al suelo.
El lugar quedará plenamente como en su estado anterior al desmantelar las obras y finalizar la operación, se restaurará la geoforma levemente alterada y se dejará el sitio similar a las condiciones basales de suelo y geomorfológicas presentadas previa la ejecución del proyecto.
Componente(s) ambiental(es) afectado(s)
Suelo.
Parte, obra o acción que lo genera
Subestación, caminos, LAT.
Fase en que se presenta
Construcción y operación.
Impacto ambiental
El proyecto no genera en ninguna de sus fases impactos sobre el recurso agua ya sea en cauces superficiales o en el acuífero.
Componente(s) ambiental(es) Agua afectado(s)
Parte, obra o acción que lo genera No aplica Fase en que se presenta No aplica
Impacto ambiental
El proyecto cumple con las normas primarias de calidad del aire y, en consecuencia, no existen otras emisiones que puedan superar las concentraciones establecidas en las normas secundarias, por lo que el proyecto no generará alteración de la calidad del aire que pueda afectar a los recursos naturales renovables.
Ver detalles en Anexo 05 de la Adenda de la DIA.
Componente(s) afectado(s)
ambiental(es)
Calidad del aire
Parte, obra o acción que lo genera
Movimientos de tierra, tránsito de vehículos pesados y livianos.
Fase en que se presenta
Todas las fases del proyecto
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Impacto ambiental
Según Luebert y Pliscoff (2018) el área total del proyecto se encuentra ocupando cuatro pisos vegetacionales y corresponden a: Desierto tropical interior con vegetación escasa, Matorral bajo desértico tropical interior de Nolana leptophylla y Cistanthe salsoloides, Matorral bajo desértico tropical interior de Adesmia afacamensis y Cistanthe salsoloides y Matorral bajo desértico tropical andino de Atriplex imbricata y Acantholippia desertícola.
Según se señala en el Anexo 02.01 de la DIA y Anexo 14 de la Adenda de la DIA, el área que atraviesa el trazado del proyecto corresponde a una matriz desértica, que muestra flora aislada en algunos tramos y formaciones vegetales de muy escasa cobertura y baja altura, sobre todo en quebradas. En el área de estudio, se detectaron 14 taxa de flora vascular, de las cuales siete (7) fueron identificadas como nativas (50%) y siete (7) (50%) como nativas endémicas.
No se registró la presencia de especies de flora vascular dentro del uso de suelo mencionado anteriormente, De esta manera, tampoco existen especies en categoría de conservación clasificada en los listados nacionales de acuerdo con el Reglamento de Clasificación de Especies (RCE).
Además, en el área de estudio no se registraron especies listadas en el Decreto Supremo N*68/2009 del Ministerio de Agricultura, el cual oficializa las especies arbóreas y arbustivas originarias del país.
Componente(s) ambiental(es) afectado(s)
Flora y vegetación
Parte, obra o acción que lo genera
Acondicionamiento del terreno
Fase en que se presenta
Construcción
Impacto ambiental
Afectación a la fauna,
En el Anexo 02.01 Caracterización ambiental de la DIA, el titular entrega información del proyecto a través de información bibliográfica y levantamiento de información en terreno de forma indistinta, con una única campaña de monitoreo de 5 días realizada en invierno, entre los días 20 al 24 de agosto de 2020, la cual no corresponde a una época favorable ni de mayor expresión de la fauna. Para mayor detalle ver figura 1-33 del Capítulo 3.10 Línea de Base Animales Silvestres (Fauna) de la DIA.
Es posible observar que los puntos de registro de fauna son numerosos y agrupados a la par con la LTE principalmente, sin embargo, existe un tramo en el cual éstas se distancian y se genera un sector con menor información, estando submuestreado en relación con el resto del trazado del LTE.
De acuerdo con la información presentada, la fauna potencial, obtenida de la revisión por el Titular a 15 proyectos sometidos a evaluación en el SEIA (12 DIA y 3 ElA), dio como resultado 9 reptiles, 59 aves y 13 mamiferos, 27 de los cuales categorizadas y 8 de éstas bajo amenaza: mientras que el registro en terreno fue de 4 reptiles (1 VU), 3 aves (ninguno categorizado), y 3 mamíferos (1 VU).
En la revisión bibliográfica se menciona la presencia potencial de Oceamites gracilis (golondrina de mar chica)
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categorizada DD, Oceanodroma hornbyi (golondrina de mar de collar) y Lencophaeus modestus (gaviota garama) ambas categorizadas VU.
A pesar de que en el documento se menciona la presencia de estas 3 especies (las cuales poseen estrategias reproductivas particulares en las que anidan tierra adentro en costras salinas y arenales del desierto volando diariamente para alimentarse y empollar sus huevos) y que en la descripción del área de influencia se señale que...el grupo más característico de aves corresponde al ensamble de especies asociadas a las lagunas y salares altoandinos, conformado principalmente por flamencos, taguas y anatidos...no se aplica una metodología particular en el área o en sus alrededores que permita descartar su presencia.
Así mismo el titular señala que “este salar (Salar de punta Negra) es de gran importancia en la reproducción de avifauna vulnerable, especialmente de flamencos...parina grande (Phoenicoparrus andinus) y el flamenco chileno (Phoenicopterus chilensis) ambas en estado de conservación vulnerable, lo que refuerza la potencialidad de registro en el área de estas especies, más teniendo en consideración que la LTE se localizaría a pocos kilómetros del Salar Punta Negra.
Adicionalmente, en el Anexo 02.03 “Estudio de Tránsito Aéreo y Análisis de riesgo para Avifauna” de la DIA, se señala como fauna potencial a Oceanodroma markhami (golondrina de mar negra) adicionalmente a las otras especies de aves marinas. Al respecto el Titular también señala que se realizó una campaña particular de 4 días y 3 noches en el mes de septiembre de 2021 (no se indica que días) en el cual no se registró la presencia de ninguna de estas especies en ninguna de las 14 estaciones de monitoreo, sin embargo en dicho monitoreo no se dispuso de ninguna estación en las cercanias de la LTE con el Salar Punta Negra, lugar en que la probabilidad de registro de al menos Phoenicoparrus andinus (parina grande) y Phoenicopterus chilensis (flamenco chileno) es mayor. Para mayor detalle ver figura 2 del Anexo 02.03 Estudio de Tránsito Aéreo y Análisis de riesgo para Avifauna, de la DIA,
Así también en el numeral 3.2.3, Estudio de Tránsito Aéreo de la DIA, se señala respecto al registro de gaviotas garuma y golondrinas de mar “...que su presencia era poco probable, dado que en la fecha en que se realizó la campaña de terreno no se encuentran en plena época reproductiva. Como resultado, no se registró tránsito aéreo de aves de ninguna especie, en horario diurno y nocturno...” lo que sumado al hecho que la campaña de terreno general fue realizada en invierno, no permite descartar el que otras especies hayan sido submuestreadas o no registradas debido a sus estrategias reproductivas o que se desplacen a otras zonas en busca de mejores condiciones en la época invernal.
En el mismo documento se señala que “...el Ela del proyecto Parque Eólico Horizonte, que reporta presencia de actividad reproductiva de Leucophaeus modestus, en el área donde se propone construir dicho proyecto”. Sin embargo, luego señala que, “si bien en el estudio de tránsito aéreo no se registró desplazamientos de esta especie, este resultado
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Podría obedecer a la ausencia estacional de la especie en el área, dado que su concurrencia se relaciona exclusivamente con la actividad reproductiva, que se manifiesta entre noviembre y marzo”. Esto refuerza lo dicho respecto a la representatividad de la información levantada en la campaña de terreno general y particular. Para mayor detalle ver figura 4 del Anexo 02.03 Estudio de Tránsito Aéreo y Análisis de riesgo para Avifauna, de la DIA.
Al respecto, el SAG de la Región de Antofagasta en su ORD 12/2021 del 14 de enero de 2022, señala que la falta de registro de la Lencophaeus modestus (gaviota garuma) *.. podría obedecer a la ausencia estacional de la especie en el drea, dado que su concurrencia se relaciona exclusivamente con la actividad reproductiva, que se manifiesta entre noviembre y marzo,” y en el caso de golondrinas de mar “...no se aprecia la utilización de métodos especificos para registro de Golondrinas de mar, a pesar de que el tramo sur de la LTE se encuentra inmersa en sectores con posibles características para sustentar nidos de estas especies”. Señala además que “la sección norte de la LTE se ubica hacia el este del sector del Tranque de Relaves Laguna Seca de Minera Escondida, distante, en su parte más cercana alrededor de Sins, en estos ambientes es usual registrar la presencia de flamencos, los que recorren estos sectores hacia los cuerpos de agua de los ambientes del altoandino y precordillera.?
Por lo anterior el SAG solicitó “actualizar el estudio de tránsito aéreo, cemntrándolo en época reproductiva de Gaviota garuma. De acuerdo con los resultados y una vez analizado el articulo N*6 del RSEIA con énfasis en los literales a), b) y c), proponer las medidas de manejo ambiental pertinente, con los debidos indicadores de cumplimiento y éxito”.
Así también la SEREMI de Medio Ambiente de la Región de Antofagasta, en su ORD 037/2021 señala que se requiere “un análisis del área de influencia del proyecto para fauna, que considere el área potencial de vuelo de avifauna que utiliza el desierto interior para nidificar, como por ejemplo Leucophaens modestus (VU, DS N* 16/2020 MMA). En ese contexto, la presencia de estructuras altas, como lo son las líneas de alta tensión constituyen un obstáculo para las aves en sus vuelos desde y hacia sitios de nidificación, pudiéndose generar perturbación sobre la especie (e.g. colisiones) y afectación al normal desarrollo de las actividades reproductivas de sitios cercanos (eg Los Vientos)...Se solicita al titular realizar un análisis en el área de influencia del proyecto, sobre el tránsito de ejemplares de L. modestus, en particular sobrévuelos nocturnos en época reproductiva (el titular realizó el estudio de tránsito aéreo en septiembre). Existen antecedentes en la región (LAT Encuentro - Lagunas), de colisión de individuos (en especial juveniles) con las las torres de alta tensión y los cables. Se requiere altura y dirección de vuelo, y número de individuos que potencialmente puedan transitar por el área de influencia y que pudieran colisionar con las estructuras, desde o hacia sus sitios de nidificación en el desierto. Para ello se deben utilizar técnicas adhoc para el monitoreo, como por ejemplo el uso de radares (Catoni et al 2017).
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Cabe señalar que técnicas de escucha de vocalizaciones nocturnas subestiman los valores. ”
Por lo cual, la SEREMI del Medio Ambiente solicitó “realizar una nueva campaña de monitoreo en búsqueda de evidencias de uso reproductivo del área de influencia (no solo el área del proyecto) por parte de la especie L. modestus, esta vez considerando que la mayor actividad ocurre en época de verano (Aguilar et al 2013).”
En virtud de las observaciones realizadas a la representatividad del trazado, el Titular señala en la Adenda de la DIA que, durante la campaña de invierno no se pudo acceder al sitio de las torres 166 a 182 de la LAT Parinas — Monte Mina, esto producto de que las condiciones del terreno no permiten el acceso seguro del personal a este tramo. Ver más detalle en figura 5-3 de la Adenda de la DIA.
En relación con la representatividad de la campaña de invierno, en específico a la falta de registro de especies de golondrina de mar y gaviota garuma, el Titular realiza una nueva campaña de terreno en febrero 2021, verano, informada en el Anexo 15 de la Adenda de la DIA, correspondiente a la Evaluación de Tránsito Aéreo y Actividad Reproductiva de Gaviota Garuma (1. modestus) y especies de Golondrina de Mar, producto de la cual recomienda que “previo a la construcción de la línea de alta tensión, se ejecute un microruteo en la zona identificada como área de reproducción con el objetivo de realizar modificaciones o establecer medidas preventivas para no afectar la nidificación de estas especies, en el caso de registra actividad reproductiva”. Adicionalmente, en el Anexo 16 de la | Adenda de la DIA, correspondiente a Estudio de Tránsito Aéreo y Análisis de Riesgo para Avifauna en Proyecto S/E Parinas y LAT Parinas — Monte Mina Región de Antofagasta Verano 202, se concluye que “gaviota garuma (Leucophaeus modestus), presenta riesgo alto de colisión alto, en cambio la golondrina de mar chica (Oceanies gracilis) presenta riesgo moderado y las tres especies de Paseriformes detectadas en la campaña de invierno, muestran riesgo bajo. Por otra parte, las dimensiones del cableado, particularmente el diámetro del cable de guardia, indica que este no sería visible para las aves en vuelo, lo que determina una mayor probabilidad de colisión contra este elemento.”
Asi también, el titular reconoce 2 tramos que muestran mayor sensibilidad a la colisión por aves, al respecto señala que “En primer lugar, es necesario considerar que, si bien se detectó desplazamiento nocturno de gaviotas garuma en uma oportunidad, en el tramo que se encuentra entre las estructuras 121 y 137, igualmente debe ser considerado como sensible para tránsito aéreo de aves”, y concluye que “aunque no se detectó tránsito de aves en parte del tramo de la LT que enfrenta al salar de Punta Negra, que es accesible en la actualidad, es importante considerar ese sector como una potencial zona sensible, considerando la probabilidad de que especies de gran interés, como son los flamencos, puedan desplazarse por el lugar, más aun considerando que una parte de ese tramo ha sido inaccesible para las dos campañas de terreno”
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En relación con el tránsito nocturno y su sensibilidad, se define una zona de registro la cual “debe ser considerado como zona sensible, lo mismo que el tramo que se encuentra más próximo al salar de Punta Negra, tomando en cuenta la diversidad de aves que se en concentra en dicho lugar, así como la reproducción de especies clasificadas en categoría de amenaza, cuyos vuelos de aproximación pueden ser interceptados por el cableado, En tales tramos es recomendable instalar dispositivos desviadores de vuelo, como medida de mitigación”. Al respecto se debe señalar que, la aplicación de medidas de mitigación va asociada a existencia de impactos significativos, los cuales no forman parte de una Declaración de Impacto Ambiental si no de un Estudio de Impacto Ambiental.
Respecto a lo señalado por el Titular en su Adenda de la DIA, el SAG en su ORD 277/2021 señala que ambas campañas, “la búsqueda de Gaviota garmma, Golondrinas de mar, a través de las escuchas vío vecalizaciones no cubrió toda la extensión de la LAT”, así como el hecho de que la metodología empleada de escucha nocturna para determinar la altura y dirección de vuelo, así como la abundancia de ejemplares no es la más adecuada ya que muchos ejemplares pueden vocalizar simultáneamente o sólo algunas pueden hacerlo mientras las otras vuelan en silencio, siendo lo más apropiado, de acuerdo con varios autores, el uso de radares, ya que permiten el monitoreo de aves en horarios nocturnos y en condiciones de visibilidad reducida. Adicionalmente, señala que “el tramo de la LTE ubicado en la sección norte de esta, al este del Ti ranque de Relaves Laguna Seca (TRLS) de Minera Escondida y que enfrenta el Salar de Punta Negra (SPN), es considerado por el propio titular como una potencial zona sensible, considerando que especies de gran interés, como son los Jamencos, puedan desplazarse por el lugar. Además, señala que una parte de ese tramo no fue prospectada ya que fue inaccesible en ambas campañas complementarias, realizadas en enero y febrero del 2021. Lo anterior implica que el estudio de tránsito aéreo (Anexo 16), se realizó sin incluir un tramo con alta probabilidad de registrar Flamencos, entre otras aves, entre distintos puntos del SPN y el TRES”. Lo señalado por el SAG es particularmente relevante, ya que el desplazamiento mencionado entre el tranque de relaves y el salar, por el relieve del lugar, se efectúa precisamente por el tramo al cual el titular menciona no poder acceder nuevamente. Por lo cual nuevamente se solicitó al titular “aportar toda la información necesaria, incluyendo el tramo no prospectado, y determinar los distintos usos que estas especies de aves puedan dar al área de influencia del proyecto, adecuando metodologías más sensibles, respaldadas por la literatura científica para descartar cualquier situación potencial de afectación sobre este componente biótico”.
Así también, la SEREMI de Medio Ambiente en su ORD 414/2021 en sus observaciones a la Adenda de la DIA, señala que con la metodología de observaciones diurnas y escuchas nocturnas, es difícil determinar el número de gaviotas volando ya que muchas pueden vocalizar simultáneamente o sólo algunas hacerlo mientras otras vuelan en silencio, siendo el uso de radares lo más apropiado más aun debido a la presencia de diferentes especies de
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flamencos en el tramo entre el tranque de relaves Laguna Seca y el Salar de Punta Negra, el cual además no fue prospectado pudiendo corresponder a un área de tránsito de estas especies. En base a los anterior, concluye que el titular “no presenta antecedentes que justifiquen la inexistencia de efectos, características y circimstancias de dicho artículo, particularmente debido a la detección de nidificación de una especie evaluada en el marco del Reglamento de Clasificación de especies del Ministerio del Medio Ambiente y sobre la cual se está elaborando un Plan de Recuperación, Gestión y Conservación así como tampoco al uso como zona de tránsito en vuelo de la gaviota garuma y flamencos (en el tramo a mayor altitud de la LAT), y el eventual impacto por destrucción de nidos, colisión de ejemplares con las estructuras de LAT (torres y cables), afectación sobre la reproducción de estas especies, entre otros efectos significativos. ”
Por todo lo anterior, se solicitó al Titular presentar en su Adenda Complementaria “nueva información sobre el uso de las especies de avifauna del sector sobre el cual se construirá la LAT, utilizando técnicas de monitoreo más adecuadas, como las descritas anteriormente, y a partir de alli evaluar los impactos y si son significativos o no”.
Finalmente, en la Adenda complementaria de la DIA, el titular señala que, “la prospección realizada, cubrió un total aproximado del 95,8% de la superficie del proyecto, y un 4,2% no fue prospectado debido a razones de topografía y accesibilidad, este tramo, de 5,15 lan comprende a las estructuras 166 a 182 de la LAT Parinas — Monte Mina, que tiene una extensión total de 123 lon. En términos estrictos, esta extensión corresponde a sectores, ya sea acotados o extensos, donde el trazado de la línea de transmisión, huellas de acceso y torres eléctricas, se ubican sobre farellones rocosos o laderas de alta pendiente (sobre 30? de inclinación) que conllevan implícitamente condiciones de riesgo para realizar el monitoreo.”
Por lo señalado, el Titular reitera el hecho que no pudo prospectar particularmente los sectores que el mismo ya había definido como sensibles para el tránsito de aves aunque no tiene registros de éstos, reconoce que es probable que existan debido a la presencia del Salar Punta Negra y el Tranque de Relaves.
Es así como, el SAG en su ORD 53/2022, señaló que “mevamente no fue caracterizado, el sector entre el Salar de Punta negra y el Tranque de Relaves Laguna Seca, donde es frecuente la presencia y el tránsito de flamencos, sectores que además, el propio titular indica como una potencial zona sensible, considerando que especies de gran interés, como son los flamencos, puedan desplazarse por el lugar”. Y la SEREMI del Medio Ambiente en su ORD 137/2022, señaló que el titular utilizó metodologías de “escuchas nocturnas apoyado de visores nocturnos para estimar el tránsito de aves (gaviota garuma Larus modestus), la altura de vuelo, su dirección y número de individuos. Sin embargo, diversos autores han concluido que no es posible determinar adecuadamente el número de aves volando basándose en sus vocalizaciones ya que vuchos individuos pueden vocalizar simultáneamente o sólo algunos pueden hacerlo mientras
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otros vuelan en silencio, siendo lo más apropiado el uso de radares que permiten el monitoreo en horarios nocturnos v en condiciones de visibilidad reducida., el titular además reitera que no pudo monitorear flamencos entre las estructuras 166 a 182 de la LAT debido a razones de topografía y accesibilidad. En ese contexto, el titular no prospectó un tramo ubicado entre el tranque de relaves de Laguna Seca (donde se ha detectado presencia de flamencos por parte de otro titular de proyecto) y el Salar de Punta Negra (importante sitio de nidificación de Phoenicoparrus andinus), sector que eventualmente podría corresponder a un área de tránsito aéreo.”
Por todo lo señalado, en relación con la representatividad de la información levantada en las campañas de terreno, el Titular no ha presentado la información requerida en el tramo sensible entre el tranque de relaves y el Salar de Punta Negra, entre las cuales se desarrolla actividad de vuelo y que se verá interceptada por la LTE del proyecta. Por lo anterior, debido a que la información presentada es insuficiente, no es posible descartar la generación de efectos adversos significativos sobre la avifauna.
Por lo anterior, no es posible descartar si el proyecto genera o presenta los efectos, características o circunstancias del artículo 11 de la Ley N? 19,300, específicamente, la letra b) del Art. 6 del RSEIA.
Componente(s) afectado(s)
ambiental(es)
Fauna
Parte, obra o acción que lo genera
Linea de transmisión eléctrica.
Fase en que se presenta
Construcción
Referencia al ICE para mayores detalles sobre este impacto específico
Capítulo 6.2 del ICE.
5.3. REASENTAMIENTO DE COMUNIDADES HUMANAS O ALTERACIÓN SIGNIFICATIVA DE LOS SISTEMAS DE VIDA Y COSTUMBRES DE GRUPOS HUMANOS
Impacto ambiental
Reasentamiento de comunidades humanas
En el área donde se emplazará el Proyecto no existen grupos humanos ni personas las cuales puedan ser impactadas significativamente,
Las áreas pobladas cercanas al Proyecto corresponden a los campamentos mineros de Minera Escondida, ubicados a más de 25 kilómetros del poligono de la subestación eléctrica Monte Mina, y a más de 12,5 kilómetros de la LAT Parinas — Monte Mina.
Respecto a otras áreas pobladas, la de mayor cercanía corresponde a la localidad de Paposo, a 66 kilómetros al oeste de la torre 1 de la LAT Parinas — Monte Mina, y a 90 kilómetros aproximados de distancia de la localidad de Peine respecto a la torre 18 de la LAT de seccionamiento.
Parte, obra o acción que lo genera
No aplica.
Fase en que se presenta
No aplica.
Referencia al ICE para mayores detalles sobre este impacto específico
Capítulo 6.3 del ICE.
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- LOCALIZACIÓN EN O PRÓXIMA A POBLACIONES, RECURSOS Y ÁREAS
PROTEGIDAS, SITIOS PRIORITARIOS PARA LA CONSERVACIÓN,
HUMEDALES
PROTEGIDOS Y GLACIARES, SUSCEPTIBLES DE SER AFECTADOS, ASÍ COMO EL VALOR AMBIENTAL DEL TERRITORIO EN QUE SE PRETENDE EMPLAZAR
Impacto ambiental
En el área del proyecto no se registran recursos y áreas protegidas, sitios prioritarios para la conservación, humedales protegidos, glaciares o territorios con valor ambiental. Por ello, el proyecto Subestación eléctrica Monte Mina y línea de transmisión eléctrica Parinas — Monte Mina no es susceptible de afectar poblaciones protegidas que se encuentren cercanas a su área de influencia.
Componente(s) ambiental(es) No aplica. afectado(s)
Parte, obra o acción que lo genera No aplica.
Fase en que se presenta No aplica. Referencia al ICE para mayores | Capítulo 6.4 del ICE.
detalles sobre este impacto específico
5.5. ALTERACIÓN SIGNIFICATIVA, EN TÉRMINOS DE MAGNITUD O DURACIÓN, DEL VALOR PAISAJÍSTICO O TURÍSTICO DE UNA ZONA
Impacto ambiental
Conforme al análisis de fotomontajes y de sensibilidad visual (ver Anexo 02.01), el paisaje del área de emplazamiento del proyecto posee una calidad visual media- baja, ya que, de los atributos presentes, más del 50% han sido valorados con una calidad baja y, ninguno con calidad alta, principalmente a que son atributos comunes y recurrentes, que no le otorgan una singularidad o calidad que haga al paisaje único y representativo en relación con el resto del paisaje existente.
Ver detalles en Anexo 02.01 de la DIA.
Componente(s) ambiental(es) afectado(s)
Paisaje visual.
Parte, obra o acción que lo genera
Todas las partes y obras fisicas del proyecto.
Fase en que se presenta
Todas las fases.
Referencia al ICE para mayores detalles sobre este impacto específico
Capítulo 6.5 del ICE.
5.6. ALTERACIÓN DE MONUMENTOS, SITIOS CON VALOR ANTROPOLÓGICO, ARQUEOLÓGICO, HISTÓRICO Y, EN GENERAL, LOS PERTENECIENTES AL PATRIMONIO
CULTURAL
Impacto ambiental
El Proyecto no modificará ni deteriorará en forma permanente construcciones, lugares o sitios que, por sus características constructivas, por su antigiledad, por su valor científico, por su contexto histórico o por su singularidad, pertenecen al patrimonio cultural, incluido el patrimonio cultural indígena.
Ver detalles en Anexo 02.04 de la DIA y Anexos 19 y 20 de la Adenda de la DIA.
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Parte, obra o acción que lo genera Actividades de movimiento de tierra (escarpe, excavación,
nivelación, carga y descarga).
Fase en que se presenta Construcción.
Referencia al ICE para mayores detalles sobre este impacto especifico
Capitulo 6.6 del ICE.
6”. Que resultan aplicables al Proyecto los siguientes permisos ambientales sectoriales, asociados a las correspondientes partes, obras o acciones que se señalan a continuación:
6.1. PERMISOS AMBIENTALES SECTORIALES MIXTOS
6.1.1. Permiso para hacer excavaciones de tipo arqueológico, antropológico y paleontológico según se establece en el artículo 132 del Reglamento del SELA.
Fase del Proyecto a la cual corresponde
Construcción
Parte, obra o acción a la que aplica
Actividades de construcción, movimiento de tierra, Debido a la posible afectación de los sitios arqueológicos registrados durante la fase de construcción, producto de la habilitación del terreno para las obras, para lo cual se removerá material de excavación y escarpe para caminos, el que principalmente se dispersará en el mismo terreno como material de relleno o nivelación.
Ver detalles Anexo 07 de la Adenda de la DIA.
Condiciones o exigencias específicas para su otorgamiento
No hay condiciones o exigencias.
Pronunciamiento del Órgano competente
Consejo de Monumentos Nacionales (CMN) no se pronunció a la Adenda de la DIA. El titular presentó los antecedentes solicitados por el CMN en oficio ordinario N* 313 del 22 de enero de 2021. La comisión de Evaluación de la Región de Antofagasta, en sesión ordinaria N? 10 del 01 de abril de 2022, otorgó el PAS.
Referencia al ICE para mayores detalles
Capítulo 9.1.1 del ICE.
6.1.2 Permiso para la construcción, reparación, modificación y ampliación de cualquier obra pública o particular destinada a la evacuación, tratamiento o disposición final de desagúes, aguas servidas de cualquier naturaleza según se establece en el artículo 138 del Reglamento del SEIA.
Fase del Proyecto a la cual corresponde
Operación.
Parte, obra a acción a la que aplica
El Proyecto empleará el uso de una fosa séptica para el tratamiento de aguas servidas, la que estará ubicada en la instalación de faenas, Las aguas tratadas serán llevadas mediante drenes para su infiltración y los lodos serán retirados hacia un relleno sanitario autorizado.
Ver detalles en Anexos 5.2 de la Adenda Complementaria de la DIA.
Condiciones o exigencias específicas para su otorgamiento
No hay condiciones o exigencias.
Prominciamiento del órgano competente
La SEREMI de Salud mediante Ordinario N* 0383 de fecha 23 de marzo de 2022, se promunció a la Adenda Complementaria con las siguientes observaciones:
- (...) se ha revisado e identificado el Permiso Ambiental Sectorial aplicables al proyecto y no se otorgará el correspondiente a:
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PAS Artículo 138: Para dos PTAS de Lodo Activado Aireación Extendida, en etapa de construcción y cierre.
-
De acuerdo a la revisión efectuada, el titular no considera, los lineamientos del MINSAL en las PTAS, ya que no incluye un sistema de disposición final de efluente distinto al de la reutilización para casos de emergencia, es decir aparte de los TK para el efluente, tiene que incorporar la alternativa de disposición final del efluente como infiltración, describiendo los sistemas de infiltración utilizados para cada una de las fases.
-
El titular no describe las medidas de control de mitigación de olores, que serán implementadas en el sistema de tratamiento.
-
Respecto a la descripción del sistema de recolección y/o Tratamiento, el titular no entrega planos legibles para la PTAS, fase de construcción y cierre y elevación del sistema de tratamiento, evacuación y eliminación y el equipamiento considerado, de acuerdo a normativa vigente.
PAS Artículo 138: Para una fosa séptica con pozo de infiltración, en etapa de operación el titular no considera el siguiente literal del PAS:
-
Plano de la planta y elevación del sistema de tratamiento, evacuación y eliminación de las aguas servidas, con el detalle de cada una de las unidades que la conforman y el equipamiento considerado.
-
El fitular no describe las medidas de control de mitigación de olores.
De acuerdo con lo anterior y pese a la solicitud de la SEREMI de Salud de la Región de Antofagasta en oficios N 065 (pronunciamiento a la DIA) y N1420 (pronunciamiento a la Adenda de la DIA), no se presentaron satisfactoriamente los requisitos y contenidos técnicos del Permiso Ambiental Sectorial contenido en el artículo 138 del Reglamento del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental.
Referencia al ICE para mayores detalles
Capítulo 9.1.2 del ICE.
6.1.3 Permiso para la construcción, reparación, modificación y ampliación de cualquier planta de tratamiento de basuras y desperdicios de cualquier clase, o para la instalación de todo lugar destinado a la acumulación, selección, industrialización, comercio o disposición final de basuras y desperdicios de cualquier clase según se establece en el artículo 140 del Reglamento del SEIA.
Fase del Proyecto a la cual corresponde
Construcción, Operación y Cierre
Parte, obra o acción a la que aplica
El Proyecto generará residuos sólidos asimilables a domésticos y residuos sólidos industriales no peligrosos, los cuales serán almacenados temporalmente en áreas habilitadas con ese fin desde donde serán retirados por empresas autorizadas para su disposición final en un lugar autorizado. Ver detalles en Anexos 03.03 de la DIA, Anexo 09 de la Adenda de la DIA y Anexo 03 de la Adenda Complementaria de la DIA.
Condiciones o exigencias especificas para su otorgamiento
No hay condiciones o exigencias.
Pronunciamiento del Órgano competente
La SEREMI de Salud mediante Ordinario N* 0383 de fecha 23 de marzo de 2022, se pronunció conforme respecto de los requisitos entregados por
el titular al Permiso Ambiental Sectorial contenido en el artículo 140 del Reglamento del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental.
Referencia al ICE para mayores detalles
Capítulo 9.1.3 del ICE.
6.1.4 Permiso para todo sitio destinado al almacenamiento de residuos peligrosos según se establece en el artículo 142 del Reglamento del SEIA.
Fase del Proyecto a la cual corresponde
Construcción y Cierre
Parte, obra o acción a la que aplica
El Proyecto generará residuos peligrosos durante las fases de construcción y cierre, los cuales serán dispuestos de manera temporal en una bodega de almacenamiento de residuos peligrosos, para posteriormente ser transportados y dispuestos de manera definitiva en un relleno de seguridad autorizado mediante empresas de transporte autorizadas para el traslado de este tipo de residuos.
Ver detalles en Anexos 03.04 de la DIA, Anexo 09 de la Adenda de la DIA y Anexo 03 de la Adenda Complementaria de la DIA.
Condiciones o exigencias específicas para su otorgamiento
El titular deberá contar para la fase de operación con un sitio de almacenamiento temporal en la S/E para residuos del tipo peligroso.
Pronunciamiento del órgano competente
La SEREMI de Salud mediante Ordinario N* 0383 de fecha 23 de marzo de 2022, se pronunció conforme con condiciones respecto de los requisitos entregados por el titular al Permiso Ambiental Sectorial contenido en el artículo 142 del Reglamento del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental.
Referencia al ICE para mayores detalles
Ver más detalles: Capítulo 8.1 de la presente RCA. Capítulos 9.1.4 y 10.2.1 del ICE.
6.1.5 Permiso para efe
ctuar modificaciones de cauce, del artículo 156 del reglamento del SEIA.
Fase del Proyecto a la cual corresponde
Construcción y operación.
Parte, obra o acción a la que aplica
Torre 108 de la linea eléctrica de alta tensión Parinas — Monte Mina.
Condiciones o exigencias específicas para su otorgamiento
No hay condiciones o exigencias.
Pronunciamiento del órgano competente
DGA mediante Ordinario N* 110 de fecha 11 de marzo de 2022, se promunció conforme respecto de los requisitos entregados por el titular al Permiso Ambiental Sectorial contenido en el articulo 156 del Reglamento del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental.
6.1.6 Permiso para sub
dividir y urbanizar terrenos rurales o para construcciones fuera de los límites
urbanos según se establece en el artículo 160 del Reglamento del SEIA.
Fase del Proyecto a la cual corresponde
Construcción y operación.
Parte, obra o acción a la que aplica
El área de instalación de faenas incluye las diferentes instalaciones de apoyo al funcionamiento del Proyecto tales como, oficinas, baños, comedor, bodegas, estacionamientos, entre otros, fuera de los límites urbanos, es decir, en área rural.
Ver detalles Anexo 5.4 de la Adenda complementaria de la DIA.
Condiciones o exigencias
el titular previo al inicio de la fase de construcción deberá tramitar las autorizaciones sujetas al art 55 de la LGUC y contar los actos
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especificas para su otorgamiento
administrativos que acreditan la creación del camino de acceso declarado y que ampara su existencia,
Pronunciamiento del órgano competente
El SAG no se pronuncia respecto al Permiso Ambiental Sectorial contenido en el artículo 160 del Reglamento del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental.
SEREMI de Vivienda y Urbanismo mediante Ordinario N? 990 de fecha 09 de septiembre, se pronunció conforme con condiciones respecto de los requisitos entregados por el titular al Permiso Ambiental Sectorial contenido en el artículo 160 del Reglamento del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental.
Referencia al ICE para mayores detalles
Ver más detalles: Capitulo 8.2 de la presente RCA. Capítulos 9.1.5 y 10.2.2 del ICE,
- Que, de acuerdo a los antecedentes que constan en el expediente de evaluación, la forma de cumplimiento de la normativa de carácter ambiental aplicable al Proyecto es la siguiente:
7.1. COMPONENTE/MATERIA: Compatibilidad territorial.
Norma
Decreto con Fuerza de Ley N*458/75 del Ministerio de Vivienda y Urbanismo, Aprueba Nueva Ley General de Urbanismo y Construcciones.
cumplimiento
Otros cuerpos legales No aplica. asociados
Fase del Proyecto a la que
aplica o en la que se dará Construcción.
Parte, obra o acción a la que aplica
El proyecto se ubicará fuera de los límites urbanos, por lo que, se requerirá solicitar el Permiso Ambiental Sectorial PAS 160. Como parte de sus instalaciones, el proyecto dotará de equipamiento a un sector rural, ante lo cual se deberá regir por las disposiciones contenidas en el artículo 35 de la Ley General de Urbanismo y Construcciones.
Forma de cumplimiento
Se solicitará la autorización a que hace referencia el artículo 55 para la construcción del campamento de prospección. En Anexo 11 de la Adenda de la DIA se presentan los antecedentes relativos al PAS 160 “Permiso para subdividic y urbanizar terrenos rurales o para construcciones fuera de límites urbanos.”
Indicador que acredita su cumplimiento
Obtención del permiso de edificación y las autorizaciones SEREMI de Agricultura con informes favorables del Servicio Agrícola y Ganadero y la SEREMI de Vivienda y Urbanismo, los cuales se encontrarán en las Instalaciones del Proyecto.
Forma de control y seguimiento
Se mantendrá disponible para la autoridad un registro con la documentación que dé cuenta de la obtención del permiso otorgado para las obras de edificación que lo requieran.
Referencia al ICE para mayores detalles
Tabla 8.1.1 del ICE.
7.2, COMPONENTE/MATERIA: Compatibilidad territorial.
Norma
Resolución N*7 Promulga “Plan regional de desarrollo urbano Y Región”
Otros cuerpos legales asociados
No aplica.
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Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento
Todas las fases del Proyecto
Parte, obra o acción a la que aplica
El proyecto se ubicará fuera de los límites urbanos, por lo que, se requerirá solicitar el Permiso Ambiental Sectorial, PAS 160. Como parte de sus instalaciones, el proyecto dotará de equipamiento a un sector rural, ante lo cual se deberá regir por las disposiciones contenidas en el artículo 55 de la Ley General de Urbanismo y Construcciones,
Forma de cumplimiento
Se solicitará la autorización a que hace referencia el articulo 55 para la construcción del campamento de prospección, En Anexo 11 de la Adenda de la DIA se presentan los antecedentes relativos al PAS 160 “Permiso para subdividir y urbanizar terrenos rurales o para construcciones fuera de límites urbanos,”
Indicador que acredita su cumplimiento
Obtención del permiso de edificación y las autorizaciones SEREMI de Agricultura con informes favorables del Servicio Agrícola y Ganadero y la SEREMI de Vivienda y Urbanismo, los cuales se encontrarán en las Instalaciones del Proyecto,
Forma de control y
Se mantendrá disponible para la autoridad un registro con la
seguimiento documentación que dé cuenta de la obtención del permiso otorgado para las obras de edificación que lo requieran. Referencia al ICE para Tabla 8.1.2 del ICE.
mayores detalles
7.3. COMPONENTE/MATERIA: Calidad del aire y emisiones atmosféricas.
Norma
Decreto Supremo N*144/1961 del Ministerio de Salud. Establece Normas para Evitar Emanaciones o Contaminantes Atmosféricos de Cualquier Naturaleza.
Otros cuerpos legales asociados
Decreto Supremo N"54/1994 del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones, Establece las normas de emisión aplicables a vehículos motorizados medianos que indica. Decreto Supremo N55/1994 del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones, Establece las normas de emisión aplicables a vehículos motorizados pesados que indica.
Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento
Construcción, operación y cierre.
Parte, obra o acción a la que aplica
-
Fase de construcción: se generarán emisiones atmosféricas de material particulado y gases de combustión, asociado al tránsito vehicular, movimiento de tierra y maquinarias.
-
Fase de operación: las emisiones atmosféricas serán de baja envergadura, solo asociadas al tránsito de vehículos menores para el traslado de personal durante las labores de mantenimiento.
» Fase de cierre: se estima que las emisiones atmosféricas provendrán de actividades de desmantelamiento y movimientos de tierra asociado, así como por el tránsito de vehículos y el funcionamiento de maquinarias.
Forma de cumplimiento
- Revisiones técnicas al día de vehícnlos.
- Humectación se superficies mediante camión aljibe.
- Encarpado de camiones cuando se transite por camino público.
Indicador que acredita su cumplimiento
- Registro de revisión técnica o mantenimiento
» Registro de capacitaciones con tema, fecha y participantes
- Registro de aplicación del supresor de polvo (construcción y cierre) » Control visual de encarpado de camiones (construcción y cierre)
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Forma de control y seguimiento
Capacitación del personal para eventos de incendio.
Registro de carga de extintores al día.
Registro de capacitación de uso de elementos para combate de incendios
- Registro y revisión de señalética en buen estado.
Referencia al ICE o
documentos del expediente de evaluación que contenga la
descripción detallada
Tabla 7.1.2 del ICE.
10,1.3 Riesgo o contingencia asociado al manejo de residuos,
Fase del proyecto a la que aplica
Fases de construcción, operación y cierre.
Parte, obra o acción asociada
Instalación de faenas.
Acciones o medidas a implementar
Los residuos domiciliarios del tipo orgánicos serán almacenados en bolsas al interior de contenedores herméticos con tapa, los cuales permanecerán cerrados en todo momento, siendo abiertos solamente para el ingreso de basura y/o durante su retiro.
En la fase de construcción y cierre, los residuos domésticos y asimilables a domésticos serán retirados por una empresa para su envío a disposición final autorizada.
En la fase de operación, los residuos domésticos y asimilables a domésticos serán retirados por los encargados de las mantenciones. En la fase de construcción y cierre, los lugares donde se almacenarán transitoriamente los residuos sólidos, tanto la bodega de residuos peligrosos, como el sitio destinado al acopio de residuos sólidos no peligrosos, contarán con autorización sanitaria de funcionamiento, previo a su uso. Para el caso de la fase de operación, los residuos serán retirados al término de las labores de mantenimiento (no se requiere su acumulación en la subestación eléctrica).
Se controlarán las operaciones de manejo de residuos, de acuerdo con su naturaleza, desde su generación hasta su envío a eliminación, incluyendo su clasificación en origen, envasado, etiquetado, almacenamiento y despacho, entre otras actividades, según corresponda.
Se mantendrá una copia del registro RETC de recepción de los residuos, con el propósito de corroborar que estos estén siendo trasladados a un sitio autorizado.
El Titular supervisará el manejo de residuos sólidos que implemente el Contratista, exigiéndole mediante cláusulas contractuales que dé cumplimiento a las disposiciones sanitarias y ambientales vigentes.
Forma de control y seguimiento
Registro de capacitaciones de trabajadores Visual.
Revisión in situ de los contenedores sin sobreacumulación de residuos domésticos.
Registro de autorización para almacenamiento de residuos otorgada por la autoridad sanitaria.
Registro de operaciones de manejo de residuos.
Registro de recepción obtenido de la plataforma RETC.
Registro de actividades de manejo de residuos por parte del contratista.
Referencia al ICE o
documentos del expediente de evaluación que
Tabla 7.1.3 del ICE.
46
contenga la descripción detallada
10.1,4 Riesgo o contingencia asociado al manejo de aguas servidas.
Fase del proyecto a la que aplica
Fases de construcción, operación y cierre.
Parte, obra o acción asociada
Instalación de faenas.
Acciones o medidas a implementar
Se realizarán periódicamente inspecciones y mantenciones con el objeto de verificar que no existan problemas operativos de las PTAS y/o de la fosa séptica, como fugas o filtraciones.
El retiro de lodos será realizado por una empresa autorizada, la cual contará con autorización sanitaria.
La limpieza y reposición de baños químicos será realizado por una empresa autorizada.
Forma de control y seguimiento
Registro de inspección visual de las instalaciones sanitarias, PTAS y/o fosa séptica. Permiso sanitario contratistas.
Referencia al ICE o
documentos del expediente de evaluación que contenga la
descripción detallada
Tabla 7.1.4 del ICE,
10.1.5 Riesgo'o contingencia por afectación de fauna silvestre.
Fase del proyecto a la que aplica
Fases de construcción, operación y cierre,
Parte, obra o acción asociada
Todas las instalaciones del Proyecto,
Acciones o medidas a implementar
Realización de charlas de capacitación al personal acerca de la potencial fauna presente en el área, del resguardo y cuidado de esta, así como del procedimiento de actuación en caso del avistamiento de algún espécimen en las inmediaciones del proyecto.
Prohibición de dar alimento a animales en las áreas de obras y sectores aledaños.
Los restos de comida que se puedan generar dentro del área del proyecto serán siempre almacenados en bolsas al interior de contenedores herméticos y con tapa.
Prohibición de acercamiento de personal a especies de fauna, para evitar domesticación.
En el caso del avistamiento de animales que merodean por algunos sectores con frecuencia, es importante no llamarlos ni ofrecerles alimentación, no arrojarles piedras ni atacarlos. Si el evento persiste, se contactará al supervisor de obras para definir las medidas a seguir. Restricción de la velocidad de desplazamiento de los vehículos al Interior de las obras del proyecto de 40 km/h.
Se capacitará al personal acerca de los límites de velocidad en los trayectos externos del proyecto. En caso de avistamiento de fauna aledaña al camino de tránsito, se deberá reducir la velocidad de desplazamiento.
Se incluirá como tema de la capacitación dentro de las inducciones al personal que hacer en caso de un eventual cruce de animales en las zonas de tránsito de vehículos.
Forma de control y seguimiento
Registro de capacitaciones de trabajadores.
47
- Revisión in situ de contenedores de residuos cerrados.
Referencia al ICE o
documentos del expediente de evaluación que contenga la
descripción detallada
Tabla 7.1.5 del ICE.
10.1.6 Riesgo o contingencia por contaminación de cursos de agua superficiales.
Fase del proyecto a la que aplica
Fases de construcción, operación y cierre.
Parte, obra o acción asociada
Instalación de faenas.
Acciones o medidas a implementar
-
Reforzamiento de contenciones en defensas cercanas a cursos de aguas: Se tomarán todas las medidas necesarias para fortalecer las defensas cercanas a los cursos de agua superficiales.
-
Aseo y limpieza de frentes de trabajo: Se deberán mantener limpios y ordenados los frentes de trabajo cercanos a cursos de agua superficiales,
-
Capacitación: Capacitación a los trabajadores sobre los riesgos asociados al derrumbe de material de excavación en los frentes ubicados cercanos a cursos de agua superficiales,
Forma de control y seguimiento
-
Registro: Registro visual y fotográfico in situ del estado de las defensas cercanas a cursos de agua superficiales.
-
Inspección: Construcción y Cierre: Inspección periódica visual del orden y la limpieza de los frentes de trabajo cercanos a cursos de agua superficiales. Operación: Inspección mensual del orden de la S/E y eliminación correcta de residuos generados por las mantenciones.
-
Registro de capacitaciones de trabajadores.
Referencia al ICE o
documentos del expediente de evaluación que contenga la
descripción detallada
Tabla 7.1.6 del ICE.
10.1.7 Riesgo o contingencia por eventos extremos de precipitación.
Fase del proyecto a la que aplica
Fases de construcción, operación y cierre.
Parte, obra o acción asociada
Todas las instalaciones del Proyecto.
Acciones o medidas a implementar
+» Realización de charla de capacitación a trabajadores, sobre riesgos y procedimientos a ejecutar.
- Demarcación de vías de evacuación y zona de seguridad.
+» Mantener planos de emergencia con identificación de vías de escape, zonas de seguridad.
-
Mantener teléfonos de emergencia en una zona visible.
-
Durante la ocurrencia de precipitaciones que generen escorrentías en quebradas, no se cruzarán las huellas que atraviesen estas quebradas hasta el término del flujo de escorrentía hasta el término del flujo de escorrentía.
Forma de control y seguimiento
» Registro de capacitaciones de trabajadores. + Instalación de señalética adecuada. + Revisión in situ del estado de señaléticas.
48
Referencia al ICE o
documentos del expediente de evaluación que contenga la
descripción detallada
Tabla 7.1.7 del ICE.
10.1.8 Riesgo o contingencia por sismos o terremotos.
Fase del proyecto a la que aplica
Fases de construcción, operación y cierre,
Parte, obra o acción asociada
Todas las instalaciones del Proyecto.
Acciones o medidas a implementar
» Realización de charla de capacitación a trabajadores, sobre riesgos y procedimientos a ejecutar durante un sismo.
-
Mantención de áreas de trabajo ardenadas y despejadas para facilitar la evacuación en caso de evacuación por sismo.
-
Demarcación de vías de evacuación y zona de seguridad.
-
Mantener planos de emergencia con identificación de vías de escape, zonas de seguridad.
-
_ Mantener teléfonos de emergencia en una zona visible.
Forma de control y seguimiento
- Registro de capacitaciones de trabajadores.
-
Revisión in situ de las condiciones de pasillos y estaciones de trabajo.
-
Revisión in situ del estado de las señaléticas.
-
Revisión in situ del estado de los mapas de evacuación en caso de emergencias.
-
Revisión in situ del estado del teléfono de emergencias.
Referencia al ICE o
documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada
Tabla 7.1.8 del ICE.
10,2, PLAN DE EMERGENCIAS
Tabla 10.2:1 Emergencia por derrame o:fuga de sustancias peligrosas.
Fase del proyecto a la que aplica
Fases de construcción, operación y cierre.
Emplazamiento, parte, obra o acción asociada
Todas las áreas y partes del proyecto.
Acciones o medida a
implementar para controlar la emergencia
En el caso de ocurrir una emergencia por derrame de sustancias peligrosas se implementarán las siguientes acciones:
- Se activará el Plan de Comunicaciones.
- Se dará aviso de inmediato al Jefe de Emergencias, indicando:
- Lugar del accidente.
- Magnitud del accidente. » Consecuencias (gravedad).
- Detención del evento de derrame, mediante la implementación de las siguientes acciones: » Detener un equipo en funcionamiento, »Poner de pie algún contenedor caído. » Taponear contenedores rotos. » Poner el contenedor roto dentro de uno en buenas condiciones de mayor capacidad.
49
-
Utilizar un contenedor vacio como receptáculo del derrame.
-
Identificación de las características físico químicas de la sustancia peligrosa derramada, a través de las Hojas de Seguridad dispuestas en los recintos de almacenamiento y de los registros de compras. Verificar que existe una línea cargada de agua o extintor portátil, aunque no exista fuego en el momento.
-
Para el caso de ocurrir el derrame sobre el suelo: Proceder a la contención del derrame utilizando un material adecuado, como por ejemplo tierra, arena, aserrín, viruta, etc., y formando un dique alrededor del derrame con espuma absorbente o arena. Se mantendrán en las instalaciones dichos elementos con fácil disponibilidad para ser usado en caso de contingencias.
Se aislará el sitio con conos y cintas reflectantes de advertencia.
Se realizará una limpieza del sifio afectado recogiendo adecuadamente el producto derramado y los restos que éste pudiera dejar. Nunca se utilizará agua para limpiar el derrame, a cambio se usará algún material absorbente (tierra, arena, aserrín, viruta, etc.) para cubrir la zona del derrame. De existir riesgo de que dicho material se volatilice con el viento, éste se humedecerá ligeramente o será cubierto con alguna membrana. El material absorbente será posteriormente recogido y dispuesto, junto con los otros materiales de limpieza, en tambores o contenedores cerrados para ser enviados a disposición final.
El evento será registrado, indicando el sitio, fecha, causa, sustancia derramada y las medidas realizadas para su solución. El registro se mantendrá en la Instalación de Faenas.
-
Para ambos casos, en caso de agravarse el evento y catalogarse como una emergencia grave, se deberá esperar la llegada de personal especializado. Una vez controlada la situación de emergencia, el Jefe de Emergencia informará del hecho a la Gerencia General y/o Encargado de Medio Ambiente, decretando éste el final de esta.
-
Si el derrame es grave se procederá a evacuar las zonas afectadas y aledañas que puedan verse involucradas, tomando las medidas adecuadas para la protección de las personas.
S. Los contenedores que almacenarán el material de limpieza ya utilizado serán manejados como Residuos Peligrosos, siendo retirados por una empresa especializada y dispuestos en un sitio autorizado. Se mantendrán registros del retiro y disposición de este tipo de materiales.
-
Se reanudarán las labores en los sitios del evento una vez que el derrame sea controlado.
-
Se realizará una investigación del incidente, recolectando todas las evidencias posibles, con el fin de hacer las correcciones que el caso amerite y evitar una nueva ocurrencia.
-
Todo evento será registrado, donde se detallará:
» Sitio del evento.
«Fecha.
« Causa,
» Sustancia derramada.
» Extensión.
« Descripción de medidas inmediatas aplicadas. Indicación de nuevas medidas preventivas a ser aplicadas.
Oportunidad y vías de | La SMA será notificada del incidente a través de la plataforma de la comunicación a la | activación del Plan Avisos, Contingencias e Incidentes (o aquella que lo
SMA de la activación | reemplace) dentro del plazo de 24 h de ocurrido el evento. del Plan de
Emergencia
Referencia a | Tabla 7.1.1 del ICE. documentos del
expediente de
evaluación que
50
contenga la descripción detallada
Tabla'10.2.2 Emergencia por incendio. en área de faena:
Fase del proyecto a la que aplica
Fases de construcción, operación y cierre.
Emplazamiento, parte, obra o acción asociada
Todas las instalaciones del proyecto,
Acciones o medida a implementar — para
En el caso de ocurrir una emergencia por incendio en área de faena se implementarán las siguientes acciones:
- Se activará el Plan de Comunicaciones, . Se dará aviso de inmediato al Jefe de Emergencias, indicando:
= Lugar del incidente.
«Magnitud. Se detendrán las labores en el área del incendio y el Jefe de Emergencia evaluará la situación y sí lo amerita, solicitará la evacuación del personal de las áreas cercanas al incendio, la brigada de emergencias estará a cargo del control def fuego y de facilitar la evacuación de las personas. Los encargados en faena procederán a evacuar al personal hacia las zonas de seguridad. Durante la emergencia se activará una alarma audible y se darán instrucciones a viva voz. En caso de incendio de magnitud, el encargado en faena deberá evacuar inmediatamente al personal y avisar inmediatamente, en la medida de lo posible, al Jefe de Emergencia. En caso de que se haya llamado a bomberos, la brigada de emergencias los podrá asistir en el control de la emergencia. Una vez superada la situación, el jefe de Emergencia informará al Representante de la Empresa quien, si corresponde autorizará el regreso del personal a sus puestos de trabajo, o definirá otras acciones a seguir. Se realizará una investigación del incidente, recolectando todas las evidencias posibles, con el fin de hacer las correcciones que el caso amerite y evitar una mueva ocurrencia.
- Todo evento será registrado, donde se detallará:
» Sitio del evento.
«Fecha.
«Causa.
e Descripción de medidas inmediatas aplicadas,
- Indicación de nuevas medidas preventivas a ser aplicadas.
controlar la emergencia Oportunidad y vías de
comunicación a la SMA de la activación del Plan de
La SMA será notificada del incidente a través de la plataforma de la activación del Plan Avisos, Contingencias e Incidentes (o aquella que lo reemplace) dentro del plazo de 24 h de ocurrido el evento.
Emergencia
Referencia 2 | Tabla 7.1.2 del ICE, documentos del
expediente de
evaluación que
contenga la
descripción detallada
Tabla :10.2.3 Emergencia asociada al manejo de residuos:
Fase del proyecto a la que aplica
Fases de construcción, operación y cierre.
0]
Emplazamiento, parte, obra o acción asociada
Instalación de faenas.
Acciones o medida a
En el caso de ocurrir una emergencia se implementarán las siguientes acciones:
implementar para controlar la 1. Se activará el Plan de Comunicaciones. emergencia 2. Se dará aviso de inmediato al Jefe de Emergencias, indicando: + Lugar del accidente. + Magnitud. « Tipo de residuo. « Consecuencias (gravedad).
-
El Jefe de Emergencia evaluará la situación y si lo amerita, solicitará la evacuación del personal de la zona afectada
-
En caso de olores:
-
Cerrar los contenedores, en caso de que se encuentren abiertos.
-
Si es requerido, comunicarse con la empresa autorizada a cargo para el retiro inmediato y limpieza del contenedor involucrado.
-
Verificar si es requerido aumentar la frecuencia de retiro y/o cambiar las condiciones de almacenamiento de los residuos.
-
Serealizará una investigación del incidente, recolectando todas las evidencias posibles, con el fin de hacer las correcciones que el caso amerite y evitar una nueva ocurrencia,
-
Todo evento será registrado, donde se detallará:
-
Sitio del evento.
«Fecha.
e Causa.
- Tipo de residuo,
« Descripción de medidas inmediatas aplicadas.
« Indicación de nuevas medidas preventivas a ser aplicadas. Oportunidad y vías de | La SMA será notificada del incidente a través de la plataforma de la
comunicación a la SMA de la activación
activación del Plan Avisos, Contingencias e Incidentes (o aquella que lo reemplace) dentro del plazo de 24 h de ocurrido el evento.
del Plan de
Emergencia
Referencia a | Tabla 7.1.3 del ICE. documentos del
expediente de
evaluación que
contenga la
descripción detallada
Tabla 10.2.4 Riesgo'o contingencia asociado al manejo de aguas servidas.
Fase del proyecto a la que aplica
Fases de construcción, operación y cierre,
Emplazamiento, parte, obra o acción asociada
Instalaciones sanitarias, fosa séptica y PTAS.
Acciones o medida a
implementar para controlar la emergencia
En el caso de ocurrir una emergencia se implementarán las siguientes acciones: 1. Se activará el Plan de Comunicaciones. 2. Se dará aviso de inmediato al Jefe de Emergencias, indicando: «Lugar del accidente. + Magnitud. + Tipo de residuo. *« Consecuencias (gravedad). El Jefe de Emergencia evaluará la situación y si lo amerita, solicitará la evacuación del personal de la zona afectada. Para detener la generación de aguas servidas, se deberá evacuar el área, por tanto, el jefe o supervisor a cargo de la misma
52
suspenderá las labores en sus dependencias. Se podrán utilizar baños químicos de forma provisoria. Paralelamente, se llamará a la empresa externa para que identifique, arregle o reemplace las piezas del sistema que se encuentren en mal estado. En caso de que la contingencia persista por un periodo mayor a un día de operación a máxima capacidad, las aguas serán retiradas por una empresa con autorización sanitaria, que las llevará a un sitio de disposición final igualmente autorizado, Un equipo procederá a limpiar y/o desinfectar las áreas que hayan estado en contacto con las aguas servidas. Una vez que el problema se haya solucionado, será responsabilidad del jefe o supervisor a cargo autorizar nuevamente el funcionamiento normal de la misma. Se realizará una investigación del incidente, recolectando todas las evidencias posibles, con el fin de hacer las correcciones que el caso amerite y evitar una nueva ocurrencia. Todo evento será registrado, donde se detallará:
- Sitio del evento.
»Fecha.
- Causa.
«Descripción de medidas inmediatas aplicadas.
- Indicación de nuevas medidas preventivas a ser aplicadas.
Oportunidad y vías de | La SMA será notificada del incidente a través de la plataforma de la comunicación a la | activación del Plan Avisos, Contingencias e Incidentes (o aquella que lo SMA de la activación | reemplace) dentro del plazo de 24 h de ocurrido el evento.
del Plan de
Emergencia
Referencia a | Tabla 7.1.4 del ICE.
documentos del
expediente de
evaluación que
contenga la
descripción detallada
Tabla10.2.5 Riesgo o contingencia por afectación accidental de fauna silvestre.
Fase del proyecto a la que aplica
Fases de construcción, operación y cierre.
Emplazamiento, parte, obra o acción asociada
Todas las instalaciones del Proyecto.
Acciones o medida a
implementar para controlar la emergencia
En el caso de ocurrir se implementarán las siguientes acciones:
1. 2.
Se activará el Plan de Comunicaciones. Se dará aviso de inmediato al Jefe de Emergencias, indicando:
- Lugar del avistamiento,
« Especie de animal involucrado.
« Número de ejemplares involucrados.
» Situación del animal (huye del sitio, se mantiene en el lugar del incidente).
« Gravedad del accidente (animal con daños, muerte del ejemplar, accidente menor sin daños visibles). El Encargado de Medio Ambiente debe dar aviso inmediato en caso de accidente al SAG. Debe darse especial relevancia a las especies de fauna silvestre nativa del sector. Frente a un accidente con un animal herido, se evitará realizar movimientos bruscos, correr o gritar, para evitar perturbar al ejemplar y evitar aumentar su nivel de estrés. Tampoco se tocará al animal por personal no autorizado. Si el ejemplar se encuentra vivo, pero con claras dificultades para su desplazamiento, el Encargado de Medio Ambiente debe
u
determinar la necesidad de proceder al rescate del ejemplar. Prestar atención a señales como signos de dolor, respiración, movimientos del cuerpo, etc. Puede consultar con el SAG o con un médico veterinario el procedimiento más adecuado a seguir. No debe forzarse la alimentación del espécimen, ni darle agua a la fuerza.
-
Siel animal puede desplazarse sin dificultades, debe ahuyentarse sin atacarlo.
-
Si el ejemplar se encuentra muerto, debe aplicarse el protocolo de acción según la especie que se trate y la causa de muerte que se determine por el SAG.
S. En caso de proceder al rescate, se debe siempre contar con los utensilios para la protección de la persona debidamente capacitada que realice el rescate, como por ejemplo guantes, pértiga telescópica, lentes de seguridad, de forma tal de evitar riesgos por picoteos, mordeduras o rasguños. Para el transporte del animal debe contarse con una jaula o caja en buen estado, el animal no puede ser trasladado suelto dentro del vehículo, No se consideran espacios para la contención de individuos silvestres en el área del proyecto, ya que serán trasladados a centros especializados para su tratamiento y rehabilitación.
9, Una vez ejecutado el rescate, el Encargado de Medio Ambiente
debe definir con el SAG regional el procedimiento a seguir para
la rehabilitación de ejemplares rescatados del medio
Los costos médicos veterinarios y de transporte serán cubiertos
por el Titular e informados al Servicio Agrícola Ganadero.
Se realizará una investigación del incidente, recolectando todas
las evidencias posibles, con el fin de hacer las correcciones que el
caso amerite y evitar una nueva ocurrencia.
- Todo evento será registrado, donde se detallará:
» Sitio del evento.
« Fecha,
«Evaluación del daño realizada por un biólogo, veterinario o profesional especializado.
«Indicación de nuevas medidas preventivas a ser aplicadas.
10.
11.
Oportunidad y vías de | La SMA será notificada del incidente a través de la plataforma de la comunicación a la | activación del Plan Avisos, Contingencias e Incidentes (o aquella que lo SMA de la activación | reemplace) dentro del plazo de 24 h de ocurrido el evento.
del Plan de
Emergencia
Referencia a | Tabla 7.1.5 del ICE.
documentos del
expediente de
evaluación que
contenga la
descripción detallada
Tabla 10.2.6 Riesgo o contingencia por contaminación de cursos de aguas superficiales.
Fase del proyecto a la que aplica
Fases de construcción, operación y cierre.
Emplazamiento, parte, obra o acción asociada
Todas las partes del Proyecto,
Acciones o medida a
implementar para controlar la emergencia
En el caso de ocurrir se implementarán las siguientes acciones: 1. Se activará el Plan de Comunicaciones. 2. Se dará aviso de inmediato al Jefe de Emergencias. 3. Paralizar inmediatamente cualquier tarea que se esté realizando en el sector del derrame.
- Evaluar la magnitud del derrame y la factibilidad del control de éste, tomando en cuenta los equipos disponibles, el grado de avance y los recursos afectados.
Se deberá atender en primer lugar a personas heridas o
intoxicadas si las hubiere.
- Se deberán suprimir fuentes de ignición circundantes y evitar el
contacto con material combustible u orgánico.
- Construir un dique con arena para evitar que el material
derramado alcance cursos de agua y/o alcantarillas.
- Absorber con material inerte, toda el área del derrame, trabajando
en circulos desde afuera hacia dentro.
- Formar capas con arena hasta que absorba todo el material.
. En caso de ser posible, detener el derrame regresando el recipiente
a su posición o colocando en el lugar un segundo recipiente para
recuperar la solución que se está fugando.
Todo el material absorbente contaminado utilizado para la
limpieza del área deberá ser dispuesto en tambores de almacenaje
etiquetados y enviados a la bodega de residuos peligrosos, para su posterior eliminación en un lugar autorizado,
. El personal involucrado en la contención del derrame de residuos peligrosos deberá utilizar calzado impermeable, mascarilla, ropa impermeable, guantes y lentes de seguridad.
En el caso de que el derrame se realice en un curso hídrico, se deberá ejecutar cada instrucción antes señalada, complementada de la siguiente manera:
us
1L
- El Jefe de Emergencia comunicará de inmediato al Organismo del Estado encargado según la zona (Notificar a Dirección Regional de la Dirección General de Aguas) y otros.
» En caso de que exista algún cuerpo de agua cercano, se realizará un monitoreo de calidad de agua para identificar el área contaminada, el cual contempla 4 puntos de medición:
-
1 punto a 30 m aguas arriba del derrame
-
1 punto en el lugar del derrame
-
1 punto a 100 m aguas abajo del derrame;
-
1 punto a 500 m aguas abajo del lugar del derrame,
-
Todo evento será registrado, donde se detallará: «Sitio del evento. «Fecha, » Evaluación del daño. » Indicación de nuevas medidas preventivas a ser aplicadas.
Oportunidad y vías de comunicación a la SMA de la activación
La SMA será notificada del incidente a través de la plataforma de la activación del Plan Avisos, Contingencias e Incidentes (o aquella que lo reemplace) dentro del plazo de 24 h de ocurrido el evento.
del Plan de
Emergencia
Referencia a | Tabla 7.1.6 del ICE. documentos del
expediente de
evaluación que
contenga la
descripción detallada
Tabla 10.2.7 Riesgo: contingeiicia por eventos extremos de precipitación.
Fase del proyecto a la que aplica
Fases de construcción, operación y cierre.
Emplazamiento, parte, obra o acción asociada
Todas las instalaciones del Proyecto.
Acciones o medida a implementar para controlar la emergencia
En el caso de ocurrir se implementarán las siguientes acciones: 1. Se activará el Plan de Comunicaciones. 2. Se dará aviso de inmediato al Jefe de Emergencias. 3. El Encargado en terreno deberá dar la instrucción para:
« Cierre puertas y ventanas.
«Guardar los objetos sueltos (contenedores de basura, herramientas, etc.), en caso de presentarse con fuertes corrientes de viento.
- Cubrir con bolsas de plástico aparatos u objetos que puedan dañarse.
« No salir al exterior de las instalaciones.
- Realizar evacuación preventiva y controlada en los frentes de trabajo.
4, Después de las lluvias, es recomendable verificar lo siguiente: «Reportar los heridos, en caso de que los hubiese. «Inspeccionar instalaciones. Buscar grietas u otros daños producidos por la lluvia, zonas inundadas. «No ingresar a zonas afectadas. 5. En caso de áreas inundadas: » Mantener desconectados la electricidad y agua hasta asegurarse de que no haya fugas ni peligros de corto circuito. « Comunicarse y dar aviso al Jefe de Emergencias. + Realizar evacuación del personal. 6. Encaso de Aluvión: «En caso de quedar aislados por aluvión el Jefe de emergencias debe contactarse con Carabineros para dar aviso de la situación. «Se debe controlar que todo el personal se encuentre a resguardo en las zonas de seguridad. «Se debe coordinar con Carabineros u otro ente de rescate la evacuación de los trabajadores que se encuentren aislados. 7. Todo evento será registrado. donde se detallará: «Sitio del evento. «Fecha. « Evaluación del daño. « Descripción de medidas inmediatas aplicadas, + Indicación de nuevas medidas preventivas a ser aplicadas.
Oportunidad y vías de comunicación a la SMA de la activación
La SMA será notificada del incidente a través de la plataforma de la activación del Plan Avisos, Contingencias e Incidentes (o aquella que lo reemplace) dentro del plazo de 24 h de ocurrido el evento.
del Plan de
Emergencia
Referencia a | Tabla 7.1.7 del ICE. documentos del
expediente de
evaluación que
contenga la
descripción detallada
Tabla 10.2.8 Riesgo o contingencia por sismos o terremotos.
Fase del proyecto a la que aplica
Fases de construcción, operación y cierre,
Emplazamiento, parte, obra o acción asociada
Todas las instalaciones del Proyecto.
Acciones o medida a implementar para
En el caso de ocurrir se implementarán las siguientes acciones: 1. Se activará el Plan de Comunicaciones.
Se dará aviso de inmediato al Jefe de Emergencias.
Evitar que las personas abandonen las instalaciones durante el
sismo, ya que la mayoría de las lesiones ocurren al retirarse hacia
zonas de seguridad durante su ocurrencia.
-
Retirar a las personas de las cercanias de ventanas u objetos que puedan caer sobre las personas y tomar ubicación en zonas abiertas dentro del recinto.
-
Controlar las personas con demostraciones de pánico o
paralizadas por el sismo.
Prepararse para una eventual evacuación.
No perder tiempo tratando de comunicarse vía teléfonos fijos o
móviles.
-
Una vez superada la situación, el Jefe de Emergencia informará al Representante de la Empresa quien, si corresponde autorizará el regreso del personal a sus puestos de trabajo, o definirá otras acciones a seguir.
-
Todo evento será registrado, donde se detallará:
» Sitio del evento.
«Fecha.
» Evaluación del daño.
-
Descripción de medidas inmediatas aplicadas.
-
Indicación de muevas medidas preventivas a ser aplicadas,
Oportunidad y vías de | La SMA será notificada del incidente a través de la plataforma de la comunicación 2 la | activación del Plan Avisos, Contingencias e Incidentes (o aquella que lo
SMA de la activación | reemplace) dentro del plazo de 24 h de ocurrido el evento. del Plan de
controlar la emergencia
po
290
Emergencia
Referencia a | Tabla 7.1.8 del ICE. documentos del
expediente de
evaluación que
contenga la
descripción detallada
- Que, conforme a lo señalado en el artículo 19 inciso tercero de la Ley N* 19.300, sobre Bases Generales del Medio Ambiente, “se rechazarán las Declaraciones de Impacto Ambiental cuando no se subsanaren los errores, omisiones o inexactitudes de que adolezca o si el respectivo proyecto o actividad requiere de un Estudio de Impacto Ambiental o cuando no se acreditare el cumplimiento de la normativa ambiental aplicable, de acuerdo a lo dispuesto en la misma Ley”.
Atendido lo anterior, corresponde rechazar el proyecto “Subestación eléctrica Monte Mina y línea de transmisión eléctrica Parinas — Monte Mina”, presentada por Transelec Holdings Rentas Ltda. con fecha 18 de diciembre de 2020, por cuanto, en el proceso de evaluación ambiental no se otorgó el Permiso Ambiental sectorial contenido en el artículo 138 del RSEIA y el proyecto no presenta los antecedentes técnicos suficientes para descartar los efectos, características o circunstancias de la letra b) del artículo 11 de la Ley N? 19,300, que dan origen a la necesidad de evaluar un Estudio de Impacto Ambiental, identificados en la sección 6.2 de este documento; y, el Titular no ha subsanado con precisión las inexactitudes planteadas en el Informe Consolidado de Aclaraciones, Rectificaciones y Ampliaciones Complementaria.
RESUELVO:
1%. Calificar desfavorablemente la Declaración de Impacto Ambiental del proyecto “Subestación eléctrica Monte Mina y línea de transmisión eléctrica Parinas — Monte Mina”, de Transelec Holdings Rentas Ltda, por las razones expuestas en los Considerandos 3%, 5%, 6% y 109 de la presente Resolución.
- Hacer presente que el proyecto “Subestación eléctrica Mente Mina y línea de transmisión eléctrica Parinas — Monte Mina” de Transelec Holdings Rentas Ltda no se podrá ejecutar y que los órganos de la administración del Estado con competencia ambiental no podrán otorgar las correspondientes autorizaciones o permisos, en razón del impacto ambiental del referido proyecto,
An —
aun cuando se satisfagan los demás requisitos legales, en tanto no se les notifique pronunciamiento en contrario.
3". Hacer presente que contra esta Resolución es procedente el recurso de reclamación de acuerdo a lo dispuesto en el artículo 20 de la Ley N” 19.300, ante el Director del Servicio de Evaluación Ambiental Región Antofagasta. El plazo para interponer este recurso es de treinta días contados desde la notificación del presente acto.
Notifíquese y Archívese
RMM/RGP/FMC/TBC/MDF/mdf
Distribución:
. e . e .
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(interregional) Consejo de Monumentos Nacionales, (interregional) Subsecretaría de Pesca y Acuicultura. (interregional) Superintendencia de Servicios Sanitarios, (ID) CONAF, Región de Antofagasta.
(II) DGA, Región de Antofagasta.
(1D) Dirección de Vialidad, Región de Antofagasta.
(1) DOH, Región de Antofagasta.
(ID Oficina Regional CONADI, Región de Antofagasta. (E) SAG, Región de Antofagasta,
(1D SEC, Región de Antofagasta.
(II) SEREMI de Agricultura, Región de Antofagasta.
(II) SEREMI de Bienes Nacionales, Región de Antofagasta. (11) SEREMI de Desarrollo Social y Familia, Región de Antofagasta, (ID) SEREMI de Energía, Región de Antofagasta.
(II) SEREMI de Minería, Región de Antofagasta.
(II) SEREMI de Salud, Región de Antofagasta.
(1) SEREMI de Transportes y Telecomunicaciones, Región de Antofagasta.
(11) SEREMI de Vivienda y Urbanismo, Región de Antofagasta. (II) SEREMI Medio Ambiente, Región de Antofagasta.
(ID SEREMI MOP, Región de Antofagasta.
(ID) SERNAGEOMIN, Región de Antofagasta.
(ID) Servicio Nacional Turismo, Región de Antofagasta.
Ilustre Municipalidad de Taltal.
Gobierno Regional, Región de Antofagasta.
Titular.
Superintendencia del Medio Ambiente.
Firmado Digitalmente por Ramón Emesto Guajardo Perines
Fecha: 14-04-2022 11:45:21:523 UTC -04:00 Razón: Firma Electrónica Avanzada
Lugar: SGC
[OCR parcial: primeras 25 y últimas 15 páginas de 60]