Relleno Sanitario Particular, Swanhouse S.A.
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REPÚBLICA DE CHILE COMISIÓN DE EVALUACIÓN REGIÓN DE MAGALLANES Y ANTÁRTICA CHILENA CALIFICA AMBIENTALMENTE EL PROYECTO “RELLENO SANITARIO PARTICULAR, SWANHOUSE S.A.”
PUNTA ARENAS,
VISTOS: 1°. La Declaración de Impacto Ambiental (DIA), su Adenda de fecha 24 de abril de 2021 y su Adenda Complementaria de fecha 18 de julio de 2021, del proyecto “Relleno Sanitario Particular, Swanhouse S.A.”, presentado por Swanhouse S.A. con fecha 18 de noviembre de 2021. 2°. Los pronunciamientos y observaciones de los órganos de la administración del Estado que, sobre la base de sus facultades legales y atribuciones, participaron en la evaluación de la DIA, y que se detallan en el Capítulo 3 del Informe Consolidado de Evaluación (ICE) de la DIA del proyecto “Relleno Sanitario Particular, Swanhouse S.A.”. 3°. El Acta de Evaluación Nº041/2020 de fecha 16 de diciembre de 2021 del Comité Técnico de la Región de Magallanes y de la Antártica Chilena. 4°. El ICE de la DIA del proyecto “Relleno Sanitario Particular, Swanhouse S.A.” de fecha 22 de julio de 2021. 5°. El acuerdo adoptado en la sesión N°12 de 03 de agosto de 2021, de la Comisión de Evaluación de la Región de Magallanes y de la Antártica Chilena. 6°. Los demás antecedentes que constan en el expediente de evaluación de impacto ambiental de la DIA del proyecto “Relleno Sanitario Particular, Swanhouse S.A.”. 7°. Lo dispuesto en la Ley N°19.300, Sobre Bases Generales del Medio Ambiente; en el D.S. Nº40/2012, del Ministerio del Medio Ambiente, que aprueba el nuevo Reglamento del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental; en la Ley Nº19.880, publicada en el D.O. el 29 de Mayo de 2003, del Ministerio Secretaría General de la Presidencia de 2002, que establece las bases de los procedimientos administrativos que rigen los actos de los Órganos de la Administración del Estado; en el D.F.L. Nº1/19.653, de 2000, del MINSEGPRES, que fija texto refundido, coordinado y sistematizado de la Ley Nº18.575, Orgánica Constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado; en la Resolución Exenta RA N°119046/24/2021, del Servicio de Evaluación Ambiental, de fecha 14 de enero de 2021, que nombra al Director Regional en el Servicio de Evaluación Ambiental Región de Magallanes y de la Antártica Chilena; y en la Resolución Nº7 de 2019 de la Contraloría General de la República, que fija Normas sobre Exención del Trámite de Toma de Razón. CONSIDERANDO: 1°. Que, Swanhouse S.A. (en adelante, el Titular), ha sometido al Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental (SEIA) la DIA del proyecto “Relleno Sanitario Particular, Swanhouse S.A.” (en adelante, el Proyecto). Los antecedentes del Titular son los siguientes: Nombre o razón social Swanhouse S.A. RUT 96.663.490-1 Domicilio Estancia Quinta Esperanza, comuna de Primavera, Región de Magallanes y Antártica Chilena Teléfono 56 9 81889433 Representante Legal Eduardo Tafra Sturiza RUT 4.103.539-0 Domicilio Estancia Quinta Esperanza, comuna de Primavera, Región de Magallanes y Antártica Chilena Teléfono 56 9 81889436 Correo Electrónico eduardotafra@swanhouse.cl Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2152866005 Firmado Digitalmente por Hernán Guillermo Brucher Valenzuela Fecha: 06-08-2021 10:54:26:488 UTC -04:00 Razón: Lugar: Firmado Digitalmente por Hernán Guillermo Brucher Valenzuela Fecha: 06-08-2021 10:54:27:928 UTC -04:00 Razón: Lugar:
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2°. Que, conforme se indica en el ICE de fecha 22 de julio de 2021, el Director Regional de la Región de Magallanes y de la Antártica Chilena, ha recomendado aprobar el Proyecto, por cuanto cumple con la normativa de carácter ambiental aplicable al proyecto; cumple con los requisitos de carácter ambiental contenidos en los Permisos Ambientales Sectoriales Mixtos señalados en los artículos 140 y 142 del D.S. Nº40/2012; y no genera los efectos características o circunstancias del artículo 11 de la Ley 19.300, que dan origen a la necesidad de elaborar un Estudio de Impacto Ambiental. 3°. Que, en sesión de fecha 03 de agosto de 2021, la Comisión de Evaluación de la Región de Magallanes y de la Antártica Chilena acordó calificar favorablemente el proyecto “Relleno Sanitario Particular, Swanhouse S.A.”, aprobando íntegramente el contenido del ICE de fecha 22 de julio de 2021, el que forma parte integrante de la presente Resolución. Por lo tanto, conforme a lo indicado en el artículo 60 inciso segundo del Reglamento del SEIA, se excluyen de la presente resolución las consideraciones técnicas en que se fundamenta. 4°. Que, según lo señalado en la DIA y sus anexos, en su Adenda y en su Adenda Complementaria, los cuales forman parte integrante de la presente Resolución, la descripción del proyecto es la que a continuación se indica: 4.1. ANTECEDENTES GENERALES Objetivo general El proyecto tiene como objetivo principal disponer de los residuos sólidos orgánicos generados por el Frigorífico Río Side, de un modo técnico, económico y ambientalmente viable en un mediano plazo. Descripción general del proyecto El Proyecto consiste en la construcción y operación de un sitio de disposición final de residuos sólidos orgánicos industriales para el Frigorífico Rio Side, además del cierre del actual vertedero utilizado por la misma empresa. Tipología principal, así como las aplicables a sus partes, obras o acciones o.8. Sistemas de tratamiento, disposición y/o eliminación de residuos industriales sólidos con una capacidad igual o mayor a treinta toneladas día (30 t/día) de tratamiento o igual o superior a cincuenta toneladas (50 t) de disposición. Vida útil 86 meses Montro de Inversión USD10.000.- Gestión, acto o faena mínima que da cuenta del inicio de la ejecución La gestión, acto o faena mínima que da inicio a la ejecución de del proyecto de modo sistemático y permanente, para efectos de la caducidad de la RCA, es el mejoramiento de la vía de acceso y circulación. SI NO Proyecto se desarrolla por etapas
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Proyecto modifica un proyecto o actividad
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Proyecto Modifica otra (s) RCA
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4.2. UBICACIÓN DEL PROYECTO Región Magallanes y Antártica Chilena Provincia Tierra del Fuego Comuna Primavera Descripción de la localización El sitio en el que se ejecutará el proyecto otorga una serie de ventajas que justifican su ubicación, que a continuación se indican: - El área ya es una zona intervenida, correspondiendo a una oquedad de dimensiones significativas generada en la década de los años 70. - El área de emplazamiento del relleno sanitario cuenta con espacio y distancia suficiente que asegura una zona de protección, alejada de zonas pobladas. - El sector cuenta con buenas vías de acceso, operativas durante todo el año (Ruta Y-665 y camino interior ripiado). - El sitio pertenece a Swanhouse S.A., por lo que la misma empresa que genera los residuos se encarga de su disposición. - El terreno presenta condiciones aptas para la disposición, como topografía plana, sin afloramientos de agua ni señales de saturación en ningún momento del año, no existiendo captaciones de agua a menos de 600 m, ni curso o masas de agua superficial a menos de 60 metros. Superficie La superficie total del proyecto es de 6.113,73 m2, considerando: Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2152866005
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Uso Superficie Actual Vertedero 2.077 m2 Futuro Relleno Sanitario 1.043 m2 Infraestructura de acceso y circulación 2.993,73 m2 Total 6.113,73 m2 Coordenadas UTM en Datum WGS84 - HUSO 19 Vértice N E A 4.149.182,45 483.611,08 B 4.149.133,37 483.616,49 C 4.149.144,64 483.768,09 D 4.149.175,34 483.765,43 Caminos de acceso El ingreso al ―Relleno sanitario particular, Swanhouse S.A., comienza desde la Ruta Y-665, a aproximadamente 6,2 km., al sur de Cerro Sombrero. Luego se ingresa por un camino interior de Ea. Quinta Esperanza, ubicándose la zona de disposición a aproximadamente 1,1 km de la ruta antes mencionada. Referencia al expediente de evaluación de los mapas, georreferenciación e información complementaria sobre la localización de sus partes, obras y acciones Capítulo 3 de la DIA, punto 4.1. del ICE 4.3. PARTES Y OBRAS DEL PROYECTO Nombre Descripción Fase Relleno Sanitario La superficie a habilitar es de 1.043 m2, y se utilizará el método de área para la construcción del Relleno, ya que el sitio de emplazamiento corresponde a una antigua depresión artificial del terreno, utilizada para extracción de material y, se construye apoyando las celdas en la pendiente natural del terreno, para una disposición total aproximada de 1.920 m3 de residuos orgánicos sueltos, lo que equivale a aproximadamente 1.280 m3 de residuos orgánicos compactados. Construcción, operación y cierre Vertedero El proyecto considera el cierre del vertedero, actual, sitio de disposición final de los residuos del Frigorífico Río Side. La superficie a cerrar es de 2.077 m2, y el plan de cierre, desde su inicio, se mantendrá por un período total de 20 años, en los que se verificará el estado e integridad de la cobertura final, realizando obras de mantención si fuese necesario y aplicando un Plan de Intervención de Cubierta Vegetal para Cierre del Vertedero Actual y Relleno Sanitario descrito en Anexo 9 de la DIA. Construcción, operación y cierre 4.4. ACCIONES DEL PROYECTO 4.4.1. FASE DE CONSTRUCCIÓN Mejoramiento vía de acceso y circulación La habilitación del sitio comienza con el mejoramiento y estabilización de la vía de acceso y circulación al recinto donde se emplazará el relleno sanitario, para el correcto tránsito de maquinaria y vehículos que se utilizarán durante las distintas fases del proyecto. Con un tractor con pala frontal, se nivelará y emparejará el camino de acceso al recinto sanitario desde la ruta Y-665, aproximadamente 1.000 metros, además del camino de ingreso al relleno en sí. Preparación del terreno La adecuación del terreno como relleno sanitario se basará en el método de área, que consiste en utilizar una depresión natural o artificial del terreno, en este caso de 3 metros de profundidad, y donde la operación de descarga y construcción de las celdas se inicia desde el fondo hacia arriba. Por lo Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2152866005
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anterior, no se requieren excavaciones de consideración, siendo necesario sólo la extracción de material de la base o fondo del sitio, profundizando 70 cm en un área de aproximadamente 169 m2, donde posteriormente se instalará una capa de material de baja conductividad hidráulica (arcilloso) que reforzará la impermeabilización del subsuelo del sitio. Instalación capa de impermeabilización basal y geomembrana El diseño del sistema de impermeabilización para proteger el subsuelo y evitar la infiltración de percolados se colocará y compactará una capa de 60 cm de espesor de material predominantemente arcilloso, de baja conductividad hidráulica, de un rango entre 1 x 10^-6 y 7 x 10^-7 cm/s según resultados obtenidos en Laboratorio IDIEM (Anexo 1 de la Adenda Complementaria). Sobre ésta, se instalará una capa de 10 cm de suelo extraído de la base de la oquedad en la acción previa; y sobre esta capa, una geomembrana de polietileno de alta densidad (HDPE), tanto en su fondo como en sus paredes, evitando de este modo todo posible contacto entre superficie natural y residuos sólidos orgánicos de Frigorífico Río Side. Con ello se considera la impermeabilización basal del Relleno, quedando en condiciones de recepcionar los residuos orgánicos. Instalación sistema drenaje aguas lluvias y lixiviados El sistema de drenaje se diseñará desde la base del relleno sanitario, otorgando una forma triangular secuencial al terreno, con pendiente de grado 2%, de modo de evitar empozamientos y conducir de esta forma el agua lluvia y/o nieve hacia abajo y hacia el extremo Este de la oquedad del Relleno, que se encontrará vacío, dado que la ocupación del Relleno se realizará de Oeste a Este con los años. El drenaje considerará la pendiente natural de cada triángulo como vehículo de transporte, sin incorporar tubería al sistema, y, con ello, evitando aumentar innecesariamente el uso de materiales no degradables. Estas aguas drenadas no entrarán en contacto con los residuos, dado que la incorporación de la capa de material de cobertura sobre los residuos es inmediata, por lo que caerán sobre el material arcilloso en primera instancia, y luego se transportarán a través de éste hacia la oquedad Este. En caso de rebalse o afloramiento de lixiviados, el titular señala que, si bien es poco probable, se dispone a construir una zanja de drenaje desde el punto medio del límite Este del Relleno Sanitario, con destino a una pileta ubicada a un metro del relleno, con geomembrana para evitar infiltraciones y permitir que se evapore. La pileta a construir funcionará como retenedora de los líquidos (punto de captación y evaporación transitorio), donde se instalará una bomba sumergible portátil para líquidos cloacales. Este equipo generará el bombeo de los lixiviados a través de una manguera hacia una columna de distribución de lixiviado ubicada en la masa residual más antigua. En caso de una contingencia, y de acuerdo al volumen máximo de lixiviados anual y capacidad de retención del Relleno, se determina la construcción de una columna única de reinyección, la cual se construirá desde la parte superior de la cobertura final del Relleno, hasta una profundidad máxima de 1,5 m sobre el nivel del fondo del módulo. Para garantizar la distribución de los líquidos y su pasaje por el seno de los residuos dispuestos, la columna tendrá las siguientes características: • Diámetro exterior de un máximo de 0,50 m. • Se intercalarán para su construcción neumáticos usados de automóvil, rellenos con capas de piedra partida, del mismo espesor que el ancho de los neumáticos dispuestos (aproximadamente 0,25 m). • Para mantener la integridad cultural del conjunto en su construcción, la columna estará contenida con malla de acero electrosoldada (tipo Sima). • El conjunto tendrá una tapa en su parte superior para impedir la entrada de aguas pluviales. Esta columna podrá ser construida en conjunto con la disposición de los residuos, o a posterior, por medio de una perforación vertical y posterior relleno con los materiales que fueron indicados. Adicional a las obras a ejecutar al interior del relleno, se considera la construcción de un canal de drenaje perimetral para evitar el ingreso de aguas lluvia/nieve por los lados. Este canal interceptará las aguas que fluyan desde el exterior hacia el recinto cerrado. Al ubicarse el área de Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2152866005
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emplazamiento del Relleno Sanitario en una planicie de altura 52 m sobre el mar, no existen desniveles significativos que dificulten el trabajo de drenaje. Para generar un desnivel en la zanja a construir que facilite el tránsito de aguas, se considera un grado de pendiente de un 3% en el interior de ella (dada la condición de cubierta vegetal escasa o inexistente en la concavidad y paredes de ésta) con dirección hacia el Este; una profundidad de 40 cm, ancho máximo de 60 cm, y un largo total de 386 m aproximadamente según cerco perimetral (zanja bordeará exteriormente el cerco perimetral). La tierra extraída durante la construcción de la zanja será ubicada al costado opuesto de éste, quedando, además, como barrera de contención. Reparación y mejoramiento cerco perimetral Al ya existir un cerco perimetral en el sitio de emplazamiento, utilizado para proteger el Vertedero Particular ya existente, no es necesario construir uno nuevo, pero sí reparar el actual en las zonas donde presente desgaste o donde se aprecie una oportunidad de mejora para el nuevo manejo a futuro. Por lo que el proyecto contará con un cierre perimetral de acuerdo a la normativa de referencia, en especial, impidiendo el ingreso de animales al relleno. Instalación señalética Se realizará la instalación de señalética conforme al Artículo 29, Título IV, de la normativa de referencia, D.S 189/2008 del Ministerio de Salud: Artículo 29. En el acceso de todo Relleno Sanitario deberá instalarse un letrero claramente visible en el que se indique, al menos, la siguiente información: a) Nombre del Relleno Sanitario: Relleno Sanitario Particular, Swanhouse S.A. b) Nombre de la empresa o municipio que lo opera y número telefónico del Relleno Sanitario: Swanhouse S.A., (56) 9 81889433 c) Horario y días de semana en que se acepta el ingreso de residuos: Lunes a Domingo, las 24 hrs. d) Tipos de residuos autorizados para su disposición: Residuos sólidos orgánicos provenientes de Frigorífico Río Side e) Municipio en donde se emplaza el relleno y su número telefónico: Ilustre Municipalidad de Primavera, (56) 61 2345112 f) Autoridad Sanitaria competente y su número telefónico: Servicio de Salud de Porvenir, 61 2291970 El letrero será instalado en la puerta de acceso al recinto cerrado. Compactación y nivelación de la superficie utilizada En cuanto se encuentre construido el relleno, se procederá al cierre del Vertedero el cual comparte la zanja con el futuro relleno, en el mismo predio cercado, lo que se realizará mediante el uso del cargador frontal, de manera de generar una nivelación y compactación final del sitio donde se emplaza el Vertedero Actual. El cierre del frente de trabajo tendrá una pendiente no superior a 1V:3H. Disposición de material de cobertura final más capa de 15 cm de suelo Para el cierre del vertedero, y asegurar estabilidad de la zona a tratar, se nivelará y compactará la superficie con máquina retroexcavadora, para luego disponer sobre ella una capa de cobertura final de un espesor mínimo de 30 cm de espesor. El material al tipo arcilloso, que se caracterizan por poseer baja permeabilidad y actuar como filtro natural ante olores, residuos sólidos y líquidos, e incluso bacterias. Además, se colocará una capa de 15 cm de suelo, que actuará de protección contra la erosión y sustentación de cobertura vegetal. El material de cobertura final contará con la conductividad hidráulica señalada para todo el proyecto, según análisis presentado en el Anexo de la Adenda Complementaria, asegurando las condiciones óptimas de cobertura del vertedero. El vertedero no contempla manejo de biogás, ya que posee una altura inferior (aproximadamente 3 m) a la establecida por la normativa de referencia para realizarlo, indicado en 6 m. Establecimiento de pradera en superficie utilizada y monitoreo Se rehabilitará la superficie bajo plan de cierre, mediante el establecimiento de especies pratenses que faciliten una buena cobertura, mantengan su integridad, evitando procesos erosivos (ver Plan de Intervención de Cubierta Vegetal, Anexo 9 de la DIA). Se sembrarán especies pratenses, las cuales corresponderán a una mezcla de especies gramíneas perennes (Pasto Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2152866005
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Ovillo y Festuca), en dosis de 24 kg/ha para ambas. Estas especies toleran condiciones de acidez y baja fertilidad con mayor éxito que otras gramíneas, y por supuesto, que leguminosas. En cuanto a fertilización, luego de un análisis de suelo, se considera la aplicación de una dosis de fertilización starter de formulación comercial específica para cespitosas, o en su defecto aplicar nitrógeno (N), fósforo (P2O5) y azufre (S), a razones estimadas de 55 kg N/ha, 206 kg P205/ha, 40 kg S/ha, según condiciones de suelos aledaños muestreados anteriormente. Frecuentemente se monitoreará por personal de Swanhouse S.A y asesoría externa, si fuese necesario, la evolución del sitio en cuanto a emergencia y cobertura de plantas, cerco perimetral, estado de la cobertura final, entre otros (ver Plan Seguimiento y Monitoreo Ambiental, Anexo 10 de la DIA). Se respaldará con fotografías que indiquen fecha y estado de situación cada 3 meses el primer año luego de concluido el cierre, y posteriormente una (1) vez al año por 5 años, informando a la Autoridad Sanitaria y SMA. Los indicadores de éxito esperados al cierre de vertedero, el cual será el mismo para el cierre del relleno sanitario, es el siguiente: 1. Cobertura Vegetal al Año 2 de Siembra: - N° plantas por m2 suelo intervenido > = 60% N° plantas por m2 suelo colindante no intervenido. El Método de medición: Método del Cuadrante, el cual consiste en colocar un cuadrado sobre la vegetación y medir, en este caso, cobertura de las plantas. Puede estar dividido en subsecciones.
- Acidez de Suelo al Año 2 de Siembra:
- Nivel de acidez suelo intervenido < = Nivel de acidez suelo colindante no intervenido También puede entenderse como:
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pH suelo intervenido > = pH suelo colindante no intervenido El Método de medición: Extracción de muestras, con una tasa de 20 muestras por há. Análisis de muestras y comparación de resultados.
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Capa vegetal al Año 2 de Siembra:
- Profundidad de capa vegetal en suelo intervenido > = 15 cm Método de medición: Utilización de un barreno, enterrándolo hasta la profundidad máxima del instrumento (25 cm aprox.), y con huincha de medir, medir la capa vegetal en la muestra. Esta medición puede realizarse en conjunto con la extracción de muestras para determinar el nivel de acidez del suelo, dado que es el mismo instrumento.
El plan de cierre, desde su inicio, se mantendrá por un período total de 20 años, en los que se verificará el estado e integridad de la cobertura final, realizando obras de mantención si fuese necesario. Acopio de material de cobertura Se destinará la esquina noroeste del Relleno Sanitario de 70 m2 como lugar de acopio de material de cobertura diaria para operación de 15 días, que corresponde a 5 m3 según cálculos. En esta acción, se deberán dejar los m3 calculados para los días de operación del relleno, el cual se manejará con el tractor, y siempre esta área debe contar con material de cobertura, de manera de poder disponer los residuos sin atrasos, y cubriéndolos inmediatamente. El coeficiente de conductividad hidráulica máxima del material de cobertura se encuentra adjunto en el Anexo 1 de la Adenda Complementaria, la misma a utilizar para la impermeabilización basal. Recursos naturales renovables Suelo: Para la preparación del sitio de disposición de residuos, se requiere la extracción de la base o fondo del sitio, profundizando 70 cm en un área de aproximadamente 169 m2, donde la profundidad efectiva del suelo (presencia de raíces) es de aproximadamente 30 cm (capa superficial), y serán repuestos posteriormente en las áreas explotadas durante el cierre del Relleno Sanitario, y tratada mediante el Plan de Intervención de Cubierta Vegetal. Los 40 cm restantes, serán dispuestos en lugar autorizado. Emisiones y efluentes Las emisiones atmosféricas de esta fase corresponderán principalmente a emisiones de tipo indirectas, generándose material particulado por el Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2152866005
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tránsito de vehículos, maquinaria, transporte y acopio de material por caminos no pavimentados hacia y desde el sitio donde se emplaza el proyecto; además de las emisiones de combustión propias de la maquinaria y vehículos involucrados (ver Anexo 8 de la DIA, Cálculo de Emisiones Atmosféricas). Dados los resultados obtenidos en el Cálculo de Emisiones Atmosféricas, tanto de emisiones de Material Particulado Suspendido (MP10, MP2,5) como de emisiones de Material Particulado de Combustión y Gases (CO, HC, NOx, SO2, MP), se concluye que las coberturas dispuestas en la fase de construcción del relleno sanitario y movimientos no generarán emisiones atmosféricas que puedan causar deterioro en el ecosistema. Las cifras obtenidas para ambos tipos de emisiones fueron muy inferiores a las dispuestas como máximas en el Decreto 31/2017, Artículo 64 del Plan de Prevención y Descontaminación Atmosférica (PPDA) de la Región Metropolitana, del Ministerio del Medio Ambiente, considerado como referencia para el presente Proyecto en cuanto a su exigencia y factor de seguridad implicado; siendo en el caso de las de combustión y de gases incluso hasta 8 veces menor a la cifra límite, como es el caso del contaminante NOx. Como medida preventiva de control de emisiones atmosféricas y máximo resguardo, los vehículos y maquinarias circularán a una velocidad máxima de 40 km/hr en cada trayecto, para mantener a bajos niveles el material particulado producto de la resuspensión, a pesar de que se debe considerar que no existe población cercana al proyecto y ruta de acceso al relleno. Los residuos líquidos que se producirán en la fase de construcción corresponderán a las aguas servidas generadas por parte de los trabajadores. Estos residuos serán manejados mediante baño químico/letrina sanitaria al Personal de trabajo estipulado, los cuales serán limpiados y sus desechos dispuestos en lugar autorizado. Las principales emisiones acústicas corresponderán al de los motores de vehículos y maquinaria. Las emisiones en esta fase del proyecto, al ser traslados breves, en una ruta sinuosa y pedregosa, a bajas velocidades y revoluciones, no producirá alteraciones significativas o relevantes en el medio ambiente, considerando, además, que el emplazamiento del proyecto está alejado de zonas pobladas, áreas protegidas o de conservación de especies. En cuanto a las emisiones odoríferas que posiblemente genere el vertedero actual, cabe señalar que una vez cerrado con la capa de 15 cm de material tipo arcilloso, a pesar de seguir generándose el proceso de descomposición de los residuos dentro de la celda, la liberación de partículas odoríferas disminuye notablemente, dadas las características de filtro y aislante que posee este material, y, además, al disminuir el ingreso de oxígeno a los residuos, se produce un decrecimiento e incluso muerte de bacterias aeróbicas, quedando principalmente bacterias anaeróbicas en el proceso. Por lo que durante esta etapa no se considera la generación de olores, una vez realizado el cierre del vertedero y recuperación de cubierta. Residuos, productos químicos y otras sustancias que puedan afectar el medio ambiente. En relación a la generación de residuos sólidos domésticos y asimilables, corresponderán a restos de materiales en desuso, los que serán dispuestos en un contenedor, claramente identificado, para posteriormente ser trasladado al vertedero municipal de la comuna de Primavera, ubicado a 5,3 km del nuevo Relleno Sanitario. Residuos Peligrosos: Se considera sólo la mantención del cargador frontal en esta fase de construcción del relleno sanitario y cierre de vertedero actual, dadas las horas de uso a llevarse a cabo, cuyos RESPEL sería el aceite obtenido luego del recambio del anterior, en específicamente la unidad de Motor (a realizar cada 250 hr), calculado en 9 litros. Este recambio se hará una vez en esta fase, el resto de las unidades se lubrican cada 1.000 hr, siendo ésta una cifra muy superior al periodo a utilizar la máquina. Referencia al ICE para mayores detalles sobre esta fase. Capítulo 4 Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2152866005
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4.4.2. FASE DE OPERACIÓN Traslados de residuos sólidos orgánicos y material de acopio al relleno La fase de operación se iniciará una vez terminada la fase de construcción y cierre del vertedero, y consistirá en la disposición de los residuos sólidos orgánicos en el relleno sanitario (no contempla la recepción de residuos líquidos, Residuos Peligrosos ni residuos asimilables a domiciliarios), considerando el traslado y disposición de los siguientes residuos generados en el Frigorífico Río Side, propiedad de Swanhouse S.A. Sólidos orgánicos provenientes de matadero de ovinos, bovinos y auquénidos; dentro de los que se encuentran: Patas, cabezas, pezuñas, tripones, guatas sin contenido digestivo, desechos de desposte (hueso, grasa, músculo, cartílago, tendones, aserrín de carne y hueso), sangre de faenamiento fracción sólida, cuero de animales mortecinos, animales mortecinos sin cuero, decomisos de canales, grasa, decomisos de vísceras rojas y verdes, estiércol de corrales. La disposición de residuos se realiza de diciembre a octubre, no habiendo faena ni disposición de residuos durante el mes de noviembre de cada año. La frecuencia de disposición de los residuos varía desde 5 a 10 veces por mes, siendo los meses de febrero y marzo donde ocurre la mayor frecuencia de disposición, por la actividad más intensa de faena en el frigorífico. La recolección de los residuos sólidos orgánicos desde el Frigorífico Río Side, ubicado en km 58, Ruta Ch-257, Comuna de Primavera, Tierra del Fuego, en un camión portacontenedor provisto de equipos hidráulico con capacidad para transportar 5 m3 de residuos, que cuenta con autorización sanitaria. Posteriormente, una vez cargado el camión, se trasladan los residuos hacia el Relleno Sanitario, ubicado a 6,8 km del frigorífico, debidamente cubiertos, y se genera la disposición de los residuos en el recinto en forma de celda. En la etapa de construcción se definió el área donde se acopiará el material de cobertura diaria para operación de 15 días, el cual será trasladado desde el predio del titular, de cantera autorizada a la fecha, o bien donde se cumpla con el coeficiente de conductividad hidráulica máxima del material de cobertura se encuentra adjunto en el Anexo 1 de la Adenda Complementaria. Plan de Seguimiento de Variables Sanitarias y Ambientales En cuanto al seguimiento de variables sanitarias, de acuerdo a lo especificado en la normativa de referencia D.S. Nº189, se especifica lo siguiente: Con una frecuencia mensual, se remitirá a la Autoridad Sanitaria Regional un informe de la operación del “Relleno sanitario particular, Swanhouse S.A”, el que dará cuenta de los siguientes aspectos: - Cantidad, origen y tipo de residuos dispuestos en el relleno sanitario; - Estado de avance del relleno sanitario; - Se anexará, si corresponde, cualquier otra información relevante y material de respaldo como fotografías. En cuanto al plan de seguimiento de las variables ambientales relevantes, respecto a los componentes ambientales a los cuales fueron identificadas para el proyecto de Relleno Sanitario Particular de Swanhouse S.A.: agua, aire, suelo, biota y medio humano. Se desprende el análisis de cada medida asociada al impacto, ubicación del punto o sitio de muestreo/medida, parámetro, muestreo y análisis, y periodicidad en informes de seguimiento ambiental, para las siguientes variables que se encuentran desarrollados en el Anexo 10 de la DIA: - Calidad del Aire - Calidad del Suelo - Cambio en la estructura de la vegetación presente en el área intervenida, disminución de superficie vegetada, disminución de la superficie disponible para las especies, cambios en presencia de fauna nativa y ganadera en los alrededores, ingreso de fauna nativa al recinto. - Intrusión visual por las obras a desarrollar. Cabe destacar que este plan de seguimiento debe continuar realizándose por un periodo total de 20 años una vez cerrado el relleno sanitario, siendo más riguroso y frecuente durante su primer año post-cierre, luego con registros anuales durante los cinco años posteriores, y en frecuencia a determinar por Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2152866005
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SMA en los 15 años restantes. Disposición de residuos orgánicos en relleno sanitario La construcción de las celdas se iniciará desde el fondo de la zanja hacia arriba. La cantidad máxima a disponer en una celda, según los antecedentes registrados por Frigorífico Río Side, es de 5 m3/día de residuos sueltos, lo que corresponde a 3,33 m3 de residuos recién acomodados y compactados. El talud de la celda (plano inclinado donde se apoyan los residuos y tractor), se recomienda que sea máximo de a 1:3, es decir, por cada metro de altura, avanzar 3 metros horizontalmente. Puede existir dos frentes de trabajo (en este caso, lado Norte y lado Sur del Relleno). La altura final de disposición del relleno sanitario alcanzará la cota de 59 m.s.n.m, pues los residuos se dispondrán hasta nivelarse con el terreno circundante, así se recuperará la topografía del sitio. Luego de esta disposición de residuos sólidos orgánicos, el operario traslada y estaciona el camión portacontenedor al estacionamiento ubicado en la cantera de Estancia Quinta Esperanza (ubicado a 900 metros de Relleno Sanitario), y traslada el tractor desde ese mismo punto hacia Relleno Sanitario. Se procede, luego, a la compactación de los residuos incorporados mediante el accionamiento de tractor o retroexcavadora con cargador frontal, además de la aplicación de la cobertura de 15 cm de espesor de material arcilloso sobre ellos como mínimo, acopiado en el mismo recinto en su sección noroeste. El material se acomodará con la pala frontal, y se terminará el proceso con compactación y confinamiento con pisón manual. Se deberá disponer de 0,83 m3 de material de cobertura por cada celda sanitaria, lo cual será medible en forma visible por el operario del tractor según la capacidad volumétrica de la pala a operar (cartel a instalar en cada tractor a utilizar en esta faena), y luego en forma física mediante la hendidura de una pala de mano (con una largo de cuchara mínimo de 15 cm) en dos puntos extremos de la celda, de modo de definir la homogeneidad de la capa de material sobrepuesta. Esta herramienta será guardada en el exterior del tractor, y luego desinfectada al desinfectarse el tractor en Frigorífico Río Side una vez terminadas las labores de esa jornada en el Relleno. Se llevará a cabo una revisión semanal por parte del Supervisor de la empresa Swanhouse S.A. de la capa de cobertura puesta sobre los residuos por parte del operario de máquina, mediante el mismo método de pala manual y medición en puntos extremos de la celda trabajada. Luego se proceder al siguiente proceso de lavado y/o desinfección. El camión y tractor se dirigen a su lavado y/o desinfección en Frigorífico Río Side (uno por vez), el cual cuenta con una zona definida para ello, cuyos RILes se encuentran considerados en la RCA aprobada de Manejo de Residuos Industriales Líquidos de Swanhouse S.A., Res. Ex. N°033/2008. La duración promedio de la totalidad del proceso, desde la recolección de los residuos, hasta el lavado de vehículos utilizados, es de entre 105 minutos a 120 minutos, y eso se realizará cada vez que se dispongan residuos, que varía desde 5 a 10 veces por mes. Emisiones y efluentes Las emisiones atmosféricas de esta fase corresponderán principalmente a emisiones de tipo indirectas, generándose material particulado por el tránsito de vehículos, maquinaria y transporte de material por caminos no pavimentados hacia y desde el sitio donde se emplaza el proyecto; además de las emisiones de combustión propias de la maquinaria y vehículos involucrados (ver Anexo 8 de la DIA, Cálculo de Emisiones Atmosféricas). Dados los resultados obtenidos en el Cálculo de Emisiones Atmosféricas, tanto de emisiones de Material Particulado Suspendido (MP10, MP2,5) como de emisiones de Material Particulado de Combustión y Gases (CO, HC, NOx, SO2, MP), se concluye que las coberturas dispuestas en la fase de operación de relleno sanitario y movimientos no generarán emisiones atmosféricas que puedan causar deterioro en el ecosistema. Además, el camión portacontenedor destinado al transporte de material de relleno y de residuos sólidos deberá cumplir con la disposición que determina el recubrimiento total de sus tolvas, a fin de disminuir la emisión de material particulado (PM10). Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2152866005
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Además, se generarán emisiones por el proceso de descomposición de la materia orgánica, el que se controlará con la aplicación y compactación de la capa de cobertura diaria, confinando así los residuos en cada evento de disposición. Al ser volúmenes inferiores a 113 toneladas anuales de residuos sólidos distribuidos en once meses del año, se consideran despreciables las emisiones emitidas luego de la cobertura de los residuos sólidos orgánicos con material arcilloso. Cabe señalar, además, que la altura máxima que alcanzará el relleno será inferior a la indicada en la normativa de referencia, D.S N°189/2008, Ministerio de Salud, por lo que no requiere manejo de gases. De acuerdo a lo indicado en Anexo 3 de la DIA, Balance Hídrico, no se generarán lixiviados producto de precipitaciones en la zona de emplazamiento del Proyecto, y se generará un volumen de lixiviados producto de la propia humedad de los residuos y sus procesos de degradación y compactación a partir del año 13 luego de iniciada la operación del relleno sanitario, los que no migrarán fuera de la masa de residuos debido al confinamiento de los mismos por la cobertura diaria, la impermeabilización basal y geomembrana, y la cobertura final del relleno sanitario. En caso de presentarse una contingencia extraordinaria de afloramiento de lixiviados o rebalse, en caso de una contingencia, y de acuerdo al volumen máximo de lixiviados anual y capacidad de retención del Relleno, se determina la construcción de una columna única de reinyección, la cual se construirá desde la parte superior de la cobertura final del Relleno, hasta una profundidad máxima de 1,5 m sobre el nivel del fondo del módulo, donde se reinyectarán los líquidos en la masa residual más antigua del relleno. Las principales emisiones acústicas, corresponderán al de los motores de vehículos y maquinaria, los cuales como se ha planteado en el proyecto, durante la operación serán esporádicos y de corta duración. Estas emisiones no producirán alteraciones significativas tanto en operarios como en población y medio ambiente según lo establecido en Decreto 38/2011 del Ministerio de Medio Ambiente, considerando, además, que el emplazamiento del proyecto está alejado de zonas pobladas, áreas protegidas o de conservación de especies. Dentro de las emisiones odoríferas en el momento de llenado de la celda, se puede establecer la presencia de olores compuestos (mezcla de más de un olor simple), dada la diversidad de residuos sólidos orgánicos a desechar en el recinto. Según la “Rueda de descriptores de olor de carácter general”, de la “Guía para la predicción y evaluación de impactos por olor” en el SEIA, los residuos a verter en el Relleno Sanitario caen en la categoría de “Notas Ofensivas”, pudiendo contener trazas de sangre en pequeña proporción, fecal, guano, cocción de subproductos, y carne cruda. Los procesos con mayor tono hedónico, como lo son la descomposición, y notas pútridas, se generarán una vez depositados los desechos en su celda y cubiertos con el material arcilloso a disposición, el cual actuará como agente retenedor tanto de líquidos, como de sólidos y olores. Al realizarse de manera inmediata el cubrimiento de los residuos dispuestos, la emanación de olores será mínima, y solo perceptible al momento de la descarga en el mismo lugar del relleno. Residuos, productos químicos y otras sustancias que puedan afectar el medio ambiente. Debido a lo puntual de la operación del proyecto y su frecuencia, no se estima la generación de residuos sólidos domiciliarios y asimilables. Ahora bien, en caso de generarse, se manejarán y dispondrán en lugar autorizado. Los residuos peligrosos (RESPEL) que se generen durante las mantenciones de vehículos durante la fase de operación del relleno sanitario, se almacenarán de manera protegida y segura en secciones sin tránsito de instalaciones cementadas de Swanhouse S.A., ubicadas dentro de Estancia Quinta Esperanza. Considerando que la generación de residuos peligrosos variará dependiendo de los procesos de mantenimiento realizados, se generará mayor o menor frecuencia de retiro de éstos, acorde a la cantidad de residuos peligrosos acumulados. Referencia al ICE para mayores detalles sobre esta Capítulo 4 Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2152866005
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fase. 4.4.3. FASE DE CIERRE Compactación y nivelación de la superficie utilizada Si bien durante toda la vida útil del relleno, cada vez que se incorporen residuos, estos serán inmediatamente cubiertos, y al final de su vida útil, se realizará la compactación de la superficie con máquina retroexcavadora y nivelación de la superficie, mediante el uso del cargador frontal, de manera de generar una nivelación y compactación final del sitio donde se proyecta el relleno sanitario. El cierre del frente de trabajo tendrá una pendiente no superior a 1V:3H. Disposición de material de cobertura final más capa de 15 cm de suelo Para el cierre del relleno sanitario, y al igual que para el cierre del vertedero, de manera de asegurar estabilidad de la zona a tratar, una vez compactada la superficie, luego se dispondrá sobre ella una capa de cobertura final de un espesor mínimo de 30 cm de espesor. El material al tipo arcilloso, que se caracterizan por poseer baja permeabilidad y actuar como filtro natural ante olores, residuos sólidos y líquidos, e incluso bacterias. Además, se colocará una capa de 15 cm de suelo, que actuará de protección contra la erosión y sustentación de cobertura vegetal. El material de cobertura final contará con la conductividad hidráulica señalada para todo el proyecto, según análisis presentado en el Anexo de la Adenda Complementaria, asegurando las condiciones óptimas de cobertura del vertedero. El relleno no tiene implementado manejo de biogás, ya que posee una altura inferior (aproximadamente 3 m) a la establecida por la normativa de referencia para realizarlo, indicado en 6 m. Establecimiento de pradera en superficie utilizada y monitoreo Se rehabilitará la superficie bajo plan de cierre, mediante el establecimiento de especies pratenses que faciliten una buena cobertura, mantengan su integridad, evitando procesos erosivos (ver Plan de Intervención de Cubierta Vegetal, Anexo 9 de la DIA), la cual se describió anteriormente. Se garantizará la recuperación de una cobertura vegetal no inferior al 60% de la cobertura natural existente en el suelo colindante no intervenido, en un periodo máximo de dos temporadas de crecimiento, contados partir de la fecha de cada uno de los cierres (ya sea el vertedero y relleno), de manera de evitar que se generen focos erosivos, y los monitoreos serán remitidos a la SMA de manera anual una vez que se de inicio a la etapa de cierre. Plan de Monitoreo de Cubierta Vegetal Se rehabilitará la superficie bajo plan de cierre, mediante el establecimiento de especies pratenses que faciliten una buena cobertura, mantengan su integridad, evitando procesos erosivos (ver Plan de Intervención de Cubierta Vegetal, Anexo 9 de la DIA). Se sembrarán especies pratenses, las cuales corresponderán a una mezcla de especies gramíneas perennes (Pasto Ovillo y Festuca), en dosis de 24 kg/ha para ambas. Estas especies toleran condiciones de acidez y baja fertilidad con mayor éxito que otras gramíneas, y por supuesto, que leguminosas. En cuanto a fertilización, luego de un análisis de suelo, se considera la aplicación de una dosis de fertilización starter de formulación comercial específica para cespitosas, o en su defecto aplicar nitrógeno (N), fósforo (P2O5) y azufre (S), a razones estimadas de 55 kg N/ha, 206 kg P205/ha, 40 kg S/ha, según condiciones de suelos aledaños muestreados anteriormente. Frecuentemente se monitoreará por personal de Swanhouse S.A. y asesoría externa, si fuese necesario, la evolución del sitio en cuanto a emergencia y cobertura de plantas, cerco perimetral, estado de la cobertura final, entre otros (ver Plan Seguimiento y Monitoreo Ambiental, Anexo 10 de la DIA). Se respaldará con fotografías que indiquen fecha y estado de situación cada 3 meses el primer año luego de concluido el cierre, y posteriormente una (1) vez al año por 5 años, informando a la Autoridad Sanitaria y SMA. Los indicadores de éxito esperados al cierre del relleno sanitario, el cual será el mismo para el cierre del vertedero, es el siguiente: 1. Cobertura Vegetal al Año 2 de Siembra: - N° plantas por m2 suelo intervenido > = 60% N° plantas por m2 suelo colindante no intervenido. El Método de medición: Método del Cuadrante, el cual consiste en colocar un cuadrado sobre la vegetación y medir, en este caso, cobertura de las Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2152866005
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plantas. Puede estar dividido en subsecciones.
- Acidez de Suelo al Año 2 de Siembra:
- Nivel de acidez suelo intervenido < = Nivel de acidez suelo colindante no intervenido También puede entenderse como:
-
pH suelo intervenido > = pH suelo colindante no intervenido El Método de medición: Extracción de muestras, con una tasa de 20 muestras por há. Análisis de muestras y comparación de resultados.
-
Capa vegetal al Año 2 de Siembra:
- Profundidad de capa vegetal en suelo intervenido > = 15 cm Método de medición: Utilización de un barreno, enterrándolo hasta la profundidad máxima del instrumento (25 cm aprox.), y con huincha de medir, medir la capa vegetal en la muestra. Esta medición puede realizarse en conjunto con la extracción de muestras para determinar el nivel de acidez del suelo, dado que es el mismo instrumento.
El plan de cierre, desde su inicio, se mantendrá por un período total de 20 años, en los que se verificará el estado e integridad de la cobertura final, realizando obras de mantención si fuese necesario. Referencia al ICE para mayores detalles sobre esta fase. Capítulo 4 4.5. CRONOLOGÍA DE LAS FASES DEL PROYECTO 4.5.1. Fase de Construcción Fecha estimada de inicio Agosto 2021 Parte, obra o acción que establece el inicio Mejoramiento de la vía de acceso y circulación Fecha estimada de término Septiembre 2021 Parte, obra o acción que establece el término Acopio de material de cobertura 4.5.2. Fase de Operación Fecha estimada de inicio Octubre 2021 Parte, obra o acción que establece el inicio Traslados de residuos sólidos orgánicos y material de acopio al relleno Fecha estimada de término Mayo 2028 Parte, obra o acción que establece el término Disposición de residuos orgánicos en relleno sanitario 4.5.3. Fase de Cierre Fecha estimada de inicio Mayo 2028 Parte, obra o acción que establece el inicio Compactación y nivelación de la superficie utilizada Fecha estimada de término Octubre 2028 Parte, obra o acción que establece el término Plan de Seguimiento de Variables Sanitarias y Ambientales Referencia al ICE para mayores detalles sobre esta fase. Capítulo 4 5°. Que, durante el proceso de evaluación se han presentado antecedentes que justifican la inexistencia de los siguientes efectos, características y circunstancias del artículo 11 de la Ley N°19.300: 5.1. RIESGO PARA LA SALUD DE LA POBLACIÓN, DEBIDO A LA CANTIDAD Y CALIDAD DE EFLUENTES, EMISIONES Y RESIDUOS Impacto ambiental Emisiones Disminución de la calidad del aire debido a la emisión de material particulado y gases por tránsito de camioneta, camión y maquinaria. La camioneta se controlará vía GPS contratado por empresa Swanhouse S.A. a la fecha, otros vehículos serán fiscalizados desde portón de ingreso a camino privado hacia Relleno Sanitario de forma Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2152866005
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aleatoria, sin conocimiento del operario. Se presentará un informe para las fases de construcción de relleno sanitario, cierre de vertedero actual, y cierre de relleno sanitario, emitido máximo 05 días después de ser realizadas las emisiones; y un informe anual para la fase de operación de relleno sanitario. Parte, obra o acción que lo genera Relleno Sanitario y Vertedero Fase en que se presenta Construcción y Operación Referencia al ICE para mayores detalles sobre este impacto específico Capítulo 6.1 En cuanto a las emisiones atmosféricas emitidas durante las fases del Proyecto, se encuentran por debajo de lo establecido por las normas chilenas que aseguran la calidad del aire de acuerdo a Cálculo de Emisiones Atmosféricas del Proyecto (ver Anexo 8 de la DIA), utilizando como norma de referencia de emisiones atmosféricas máximas el Art. 64 del Plan de Prevención y Descontaminación Atmosférica (PPDA) de la Región Metropolitana, Decreto 31 publicado en noviembre del año 2017 por el Ministerio del Medio Ambiente. La locación del proyecto no se ubica próxima a poblaciones (Cerro Sombrero se ubica a más de 6 kms de distancia, por ruta ascendente), por lo que no genera un impacto potencialmente significativo en éstos. Las principales emisiones acústicas, corresponderán al de los motores de vehículos y maquinaria, los cuales como se ha planteado en el proyecto, durante sus fases serán esporádicos y de corta duración, considerando además que no se encuentra en las cercanías de un asentamiento humano (Cerro Sombrero ubicado a más de 6 kilómetros de distancia), y que los decibeles emitidos, y de baja duración, se mantienen por debajo de la normativa chilena en cuanto a ruidos molestos según los antecedentes presentados. El proyecto no contempla emisiones de efluentes sobre recursos naturales renovables, que pudiesen afectar la salud de una población. Para evitar este tipo de sucesos, se dispondrá, tanto en el cierre del vertedero actual como en el del relleno sanitario, de una capa de material arcilloso de 30 cm de espesor sobre la última capa de residuos sólidos orgánicos, y sobre ésta, una capa adicional de 15 centímetros de suelo, para evitar todo tipo de fuga a la superficie. En la zona basal del relleno sanitario a construir, se incorporará una capa de 60 cm de espesor de material arcilloso, una geomembrana y sobre ésta, una segunda capa de suelo de 10 cm. Estas medidas son consideradas además de las capas de cobertura de 15 cm de espesor entre cada capa dispuesta de residuos sólidos orgánicos durante la operación del relleno sanitario. Con ello se evita fugas fuera del relleno sanitario, y además de impedir el ingreso de aguas lluvias al interior del vertedero y relleno. El proyecto generará residuos sólidos de tipo domiciliarios, no peligrosos industriales y peligrosos (RESPEL). Los dos primeros se trasladarán a vertedero municipal de la comuna de Primavera, y los RESPEL, que se constituyen de derivados de trapos contaminados con aceite o petróleo y de mantenciones de vehículos y maquinaria del Proyecto, serán retirados en su totalidad por empresa autorizada de la ciudad de Punta Arenas, acorde a D.S. 148/03 “Reglamento Sanitario sobre manejo de Residuos Peligrosos” del Ministerio de Salud y dispuestos en lugar autorizados. Las aguas servidas generadas durante la etapa de construcción serán retiradas por personal de empresa externa contratada para brindar el servicio de letrina sanitara o baño químico y dispuestas en lugar autorizados. En el caso de ser necesario, lixiviados recuperados desde la pileta, será reinyectadas en el propio relleno sanitario, de acuerdo a lo establecido anteriormente, de manera de no generar impactos sobre recursos naturales renovables. 5.2. EFECTOS ADVERSOS SIGNIFICATIVOS SOBRE LA CANTIDAD Y CALIDAD DE LOS RECURSOS NATURALES RENOVABLES, INCLUIDOS EL SUELO, AGUA Y AIRE Referencia al ICE para mayores detalles sobre este impacto específico Capítulo 6.2 El proyecto considera la utilización de un sitio ya intervenido con anterioridad (década de los ´70), para extracción de material, evidenciándose la pérdida del recurso edáfico. En la actualidad y en una porción, está siendo utilizado como vertedero autorizado, y el proyecto considera seguir utilizando la oquedad existente, sin intervenir suelo adicional al ya intervenido, utilizando como normativa de referencia el D.S. Nº189 “Reglamento sobre condiciones sanitarias y de seguridad básicas en los rellenos sanitarios”, Subsecretaría de Salud Pública, Ministerio de Salud, y desarrollando posteriormente (cierre del vertedero actual y relleno sanitario) un Plan de Intervención de Cubierta Vegetal de manera de manera de descartar que se generen focos erosivos. Considerando que el proyecto se desarrollará en un área previamente intervenida, continuando con la disposición de residuos, pero con estándares mayores, toda vez que considera como normativa de referencia el D.S. Nº189 “Reglamento sobre condiciones sanitarias y de seguridad básicas en los rellenos sanitarios”, no se observa que el proyecto genere efectos sobre superficie con plantas, algas, hongos, animales silvestres y biota intervenida, explotada, alterada o manejada. Dentro de la fauna mencionada, las especies que marcan mayor presencia en las inmediaciones son Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2152866005
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Festuca gracillima (Coirón), Chiliotrichium diffusum (mata verde) y Rytidosperma virescens, no encontrándose en la Lista de Especies Nativas según estado de conservación bajo alguna categoría de riesgo, clasificadas por el Ministerio del Medio Ambiente. En cuanto a la fauna presente, se encuentra un número acotado de mamíferos y aves, siendo los principales de los primeros el Lycalopex griseus (zorro gris) y en escasas oportunidades, de acuerdo a tránsito estacional, Lama guanicoe (guanaco). Dentro de las aves avistadas, la presencia es dominada por Polyborus plancus (traro o carancho), en segundo lugar, Chloephaga picta (caiquén) y tercer lugar, Vanellus chilensis (queltehue o tero). En cuanto al riesgo de presencia de fauna silvestre en la zona, se destaca que el recinto ya cuenta con un cierre perimetral que impide el ingreso de fauna terrestre dentro de él, en conjunto con un control de plagas mensual realizado por una empresa externa en su condición de Vertedero Particular. El sitio total a utilizar por el proyecto ya fue intervenido en el pasado, por lo que está en una condición degradada en relación a la condición base del sector, y el proyecto considera utilizar la misma intervención para el relleno sanitario, mejorando posteriormente su condición al aplicar un Plan de Intervención de Cubierta Vegetal, comprometiendo la recuperación de una cobertura vegetal no inferior al 60% de la cobertura natural existente en el suelo colindante no intervenido, en un periodo máximo de dos temporadas de crecimiento, contados partir de la fecha de cada uno de los cierres (vertedero y relleno), de manera de descartar que se generen focos erosivos. Además, el proyecto no generará emisiones atmosféricas, ni a fuentes hídricas, que signifiquen un impacto negativo al ecosistema. De acuerdo a los antecedentes presentados, las normas secundarias de calidad ambiental no son aplicables al proyecto, sin embargo, es posible declarar que por las características y magnitud del proyecto no se generarán efectos adversos sobre la biota, en cualquiera de sus fases. En consideración de lo anterior, el titular utiliza como norma de referencia el D.S. Nº189 “Reglamento sobre condiciones sanitarias y de seguridad básicas en los rellenos sanitarios”, Subsecretaría de Salud Pública, Ministerio de Salud, en especial en cuanto a la construcción e impermeabilización del relleno, de manera de evitar efectos sobre los recursos naturales. El proyecto considera como foco de emisiones acústicas los de motores de vehículos y maquinaria utilizados a lo largo de las fases. Los traslados, sin embargo, serán de baja periodicidad, de breve duración, con velocidad máxima permitida por la empresa Swanhouse S.A. a choferes de 40 km/hr, lo que permite que no se generen alteraciones significativas o relevantes en el medio ambiente circundante. En cuanto a las actividades a desarrollar en el emplazamiento del proyecto, estas serán puntuales, de corta duración, considerando además que el área cuenta con un cerco perimetral que impide el ingreso de animales al vertedero y futuro relleno. Además, en el área de emplazamiento, no se concentra fauna nativa asociada a hábitats de relevancia para su nidificación, reproducción o alimentación. El proyecto no contempla la intervención o explotación de recursos hídricos de ningún tipo, como tampoco se encuentra cercanos a vegas, zonas inundables (Turberas más cercanas se ubican a 146 kilómetros de distancia, aproximadas a la ciudad de Porvenir, oeste de Tierra del Fuego) o glaciares (el proyecto se emplaza a más de 400 km de distancia de glaciares ubicados al sur de la isla de Tierra del Fuego) capaz de afectarlos. El proyecto considera la impermeabilización del relleno, de manera de evitar que una posible generación de lixiviados pueda infiltrar en el subsuelo. En cuanto a aguas subterráneas, es necesario señalar que, según lo observado en terreno, no se evidenció signos de saturación de agua en el subsuelo hasta los 4,2 m de profundidad (profundidad máxima observada) que indiquen presencia de napa freática. El proyecto no contempla la introducción de especies exóticas al territorio nacional o en áreas, zonas o ecosistemas determinados. 5.3. REASENTAMIENTO DE COMUNIDADES HUMANAS O ALTERACIÓN SIGNIFICATIVA DE LOS SISTEMAS DE VIDA Y COSTUMBRES DE GRUPOS HUMANOS Referencia al ICE para mayores detalles sobre este impacto específico Capítulo 6.3 El proyecto en cualquiera de sus fases, no contempla la intervención, uso o restricción al acceso de los recursos naturales utilizados como sustento económico de un grupo o para cualquier otro uso tradicional, tales como uso medicinal, espiritual o cultural de un grupo humano. Como análisis vial, el proyecto se encuentra emplazado en una zona alejada de asentamientos humanos (a más de 6 km del primer centro poblado significativo, Cerro Sombrero), con una baja frecuencia de tránsito vehicular. Se debe añadir, además, que la maquinaria y vehículos a utilizar en el mes de máxima faena será una vez al día y de 2 a 3 veces a la semana. Las rutas a utilizar serán de carácter privado, propiedad de Swanhouse S.A., y públicas, utilizándose la ruta, no pavimentada y de escaso tránsito, Y-665, y en un kilómetro de extensión la ruta CH-257, que conecta la Ruta Y-665 con Frigorífico Río Side. Por consecuencia, se evidencia que no existirá obstrucción o restricción a la libre circulación, conectividad o el aumento significativo de tiempos de desplazamiento, tomando en cuenta, además, que si bien existirá Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2152866005
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un leve aumento en el flujo en las fases de construcción de relleno sanitario, cierre de vertedero actual, y cierre de relleno sanitario, durante la fase de operaciones (la más extensa, con 80 meses) no se incrementará el flujo, dado que éste será igual al ya generado por disposición de residuos sólidos orgánicos por la empresa Swanhouse S.A. desde el año 2008 en su Vertedero Particular. El proyecto en cualquiera de sus fases, no contempla la alteración al acceso o a la calidad de bienes, equipamientos, servicios o infraestructura básica ya que éste se ubica en un espacio rural a aproximadamente 6,2 km., de la localidad de Cerro Sombrero. En adición, es importante resaltar que el Proyecto contribuye positivamente a este punto, ya que coadyuva en el fortalecimiento de infraestructura comunal, en este caso, en implementar un sector habilitado para disponer residuos generados por la actividad industrial, lo cual no existe en la comuna alguno autorizado. El proyecto no contempla la generación de dificultades o de impedimentos para el ejercicio o la manifestación de tradiciones, cultura o intereses comunitarios, que puedan afectar los sentimientos de arraigo o la cohesión social de un grupo, ya que el área de emplazamiento del proyecto no es utilizada para ninguna de las manifestaciones señaladas. Las manifestaciones culturales de la comuna se realizan, principalmente, en el pueblo de Cerro Sombrero, siendo la más importante de ellas la Fiesta del Ovejero a fines del mes de febrero. Este evento, como se ha mencionado, se realiza a más de 6 km de distancia del sitio de emplazamiento del Proyecto, y el traslado de residuos sólidos orgánicos de Frigorífico Río Side a su Vertedero Particular Controlado (ubicado en sitio de emplazamiento del Proyecto) no ha sido causal de dificultad o impedimento para este evento en ninguna de sus oportunidades desde el año 2008. El proyecto no se encuentra emplazado en, ni en las cercanías de tierras indígenas, ni en áreas de desarrollo indígena o pueblos indígenas, según el Sistema Integrado de Información de CONADI (http://siic.conadi.cl/). 5.4. LOCALIZACIÓN EN O PRÓXIMA A POBLACIONES, RECURSOS Y ÁREAS PROTEGIDAS, SITIOS PRIORITARIOS PARA LA CONSERVACIÓN, HUMEDALES PROTEGIDOS Y GLACIARES, SUSCEPTIBLES DE SER AFECTADOS, ASÍ COMO EL VALOR AMBIENTAL DEL TERRITORIO EN QUE SE PRETENDE EMPLAZAR Referencia al ICE para mayores detalles sobre este impacto específico Capítulo 6.4 El área de influencia del presente Proyecto no se encuentra inserta en áreas de protección oficial. De acuerdo a la ubicación del proyecto, el área a ser utilizada se encuentra en una zona alejada de poblaciones, y de poblaciones protegidas, no constituyendo un motivo de conflicto o perjuicio hacia ellas. De acuerdo a los antecedentes del Servicio Nacional de Turismo, el área de influencia del Proyecto no se encuentra dentro de los núcleos o polos de desarrollo definidos por dicha institución. Además, el área de emplazamiento del Proyecto, no presenta zonas que estén en o próximas a glaciares y humedales protegidos, ni sectores considerados dentro de las categorías del Sistema Nacional de Áreas Protegidas del Estado, en especial aquellos que puedan ser clasificados como Áreas Protegidas, Parques Nacionales y/o Monumentos Nacionales o que por sus características puedan ser catalogados como Patrimonio Nacional. Respecto a recursos y áreas protegidas, sitios prioritarios para la conservación, humedales protegidos, glaciares o territorios con valor ambiental. En cuanto a las áreas con valor para la observación astronómica, según el texto publicado por el Ministerio del Medio Ambiente, “Cielos de Chile: Desde la tierra al Universo”, https://mma.gob.cl/wp- content/uploads/2018/06/Cielos_2018_Chilean_Skies.pdf, la región de Magallanes no se encuentran áreas con valor para la observación astronómica, por lo cual el proyecto no tiene ninguna incidencia en este componente. 5.5. ALTERACIÓN SIGNIFICATIVA, EN TÉRMINOS DE MAGNITUD O DURACIÓN, DEL VALOR PAISAJÍSTICO O TURÍSTICO DE UNA ZONA Referencia al ICE para mayores detalles sobre este impacto específico Capítulo 6.5 El proyecto se encuentra emplazado en un sitio ya intervenido en la década de los ´70 para la extracción de áridos y actualmente es utilizado como Vertedero Particular. Cabe señalar además que no se encuentra emplazado en una zona con valor paisajístico, y que dada la cobertura de 15 cm con material arcilloso que se le realizará en cada oportunidad a los residuos sólidos orgánicos depositados, y el establecimiento de praderas perennes luego del cierre tanto del vertedero actual como del relleno sanitario a futuro, se tendrá un efecto positivo en esta materia respecto a su situación inicial de intervención. Además, el terreno donde se emplaza el Proyecto es privado, perteneciente a la empresa Swanhouse S.A., y se ubica a una distancia de 1 km de la ruta no pavimentada Y-665, la cual es transitada principalmente por personal de la empresa Swanhouse S.A. y personal relacionado a la Empresa Nacional del Petróleo (ENAP). El tránsito chileno- argentino hacia el sur de Cerro Sombrero se realiza por la ruta pavimentada internacional CH-257, la cual se dirige en forma paralela a ruta Y-665, pero a 10 kms hacia el oeste, por lo que el radio de alcance de población que podrá ser testigo del flujo vehicular y el cerco perimetral a larga distancia es nulo. Además, la ejecución del Proyecto tendrá una duración de 86 meses. Por lo indicado, la duración o la magnitud del Proyecto no obstruirán la visibilidad a alguna zona con valor paisajístico. Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2152866005
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El área de emplazamiento del proyecto no se encuentra en una zona de valor paisajístico, y además, el proyecto tiene como objetivo realizar la disposición de residuos conforme a normativa vigente y en concordancia con los planes y programas de desarrollo generales (nacionales y regionales) y principalmente los comunales, en directa relación con el desarrollo productivo y sustentable de la Comuna de Primavera. El área de influencia del Proyecto no se encuentra emplazada dentro de áreas turísticas, por lo que se puede afirmar que la realización de este Proyecto no tendría efectos significativos en el desarrollo turístico de la comuna. Dado lo anterior, no se verán alterados los atributos de una zona con valor paisajístico o turístico, considerando que el presente proyecto no se localiza próximo a dichas zonas, entendiéndose que una zona tiene valor turístico cuando, teniendo valor paisajístico, cultural y/o patrimonial, atrae flujos de visitantes o turistas hacia ella. Independiente de lo anterior, cabe destacar que la comuna de Primavera cuenta con el Monumento Histórico Nacional “Equipamiento de Cerro Sombrero: Centro Cívico y Surtidor de gasolina de Cerro Sombrero”, que incluye la iglesia del pueblo de Cerro Sombrero. Sin embargo, éste se ubica a más de 6 kms de distancia del emplazamiento de este Proyecto, por lo que no genera un impacto en ésta, tanto a nivel religioso, como turístico y de infraestructura. 5.6. ALTERACIÓN DE MONUMENTOS, SITIOS CON VALOR ANTROPOLÓGICO, ARQUEOLÓGICO, HISTÓRICO Y, EN GENERAL, LOS PERTENECIENTES AL PATRIMONIO CULTURAL Referencia al ICE para mayores detalles sobre este impacto específico Capítulo 6.6 Dentro del área de emplazamiento del proyecto no se encuentra ningún Monumento Nacional o Patrimonio Cultural de aquellos definidos por la Ley de Monumentos Nacionales, Ley N°17.288, en la actualidad. Resulta improbable en esta zona, al ser intervenida previamente por una empresa externa en la década de 1970, que se genere un hallazgo arqueológico y/o paleontológico, sin embargo, dada la existencia de un proceso de excavación en un grado menor en la fase de construcción del relleno sanitario, en caso de un hallazgo de este tipo, se procederá de acuerdo a lo establecido en los Artículos N°26 y 27 de la Ley N°17.288 de Monumentos Nacionales y el Artículo N°23 del Reglamento de la Ley N°17.288, sobre excavaciones y/o prospecciones arqueológicas, antropológicas y paleontológicas. El proyecto no contempla modificar o deteriorar construcciones, lugares o sitios que pertenezcan al patrimonio cultural, incluido el patrimonio cultural indígena. “El sitio a intervenir en el Proyecto se encuentra a más de 6 kilómetros de distancia del Monumento Histórico Nacional “Equipamiento de Cerro Sombrero: Centro Cívico y Surtidor de gasolina de Cerro Sombrero” y Monumento Nacional “Campamento Cerro Sombrero”, y a mayor distancia de los demás sitios históricos de la comuna. El Monumento Histórico Nacional “Pozo Petrolero N°1 (Cerro Manantiales)”, que corresponde al primer pozo descubierto en Tierra del Fuego en 1945, se ubica a 39 kilómetros del sitio de emplazamiento del Proyecto. En cuanto a sitios o hitos históricos preferentemente turísticos, tales como Estancias: Punta Catalina, Bahía Felipe, Los Mellizos, Springhill, Faro Cabo San Vicente, Faro Segunda Angostura, Faro Cabo Espíritu Santo; todos se ubican a más de 22 kilómetros de distancia del sitio donde se emplaza el Proyecto, de modo que no se considera un impacto tanto ambiental como de infraestructura hacia el patrimonio histórico comunal con el desarrollo de este Proyecto.” En el área de Proyecto y sus alrededores, no existen lugares o sitios en que se lleven a cabo manifestaciones habituales propias de la cultura o folclore de alguna comunidad o grupo humano sujetas a una eventual afección por parte de la implementación del Proyecto y el desarrollo de sus actividades, por lo cual no existirá afectación sobre los lugares o sitios descritos en este literal. Cabe mencionar que el Proyecto no se localiza en o cercano a algún Monumento Nacional de aquellos definidos por la Ley Nº17.288, sea terrestre o subacuático, conforme a la revisión realizada de los listados publicados y oficializados por el Consejo de Monumentos Nacionales (http://www.monumentos.cl). 6°. Que, las medidas relevantes del Plan de Prevención de Contingencias y del Plan de Emergencias, son las siguientes 6.1. PLAN DE PREVENCIÓN DE CONTINGENCIAS 6.1.1. Plan de contingencia que garantice cobertura material de impermeabilización Fase del Proyecto a la que aplica Fase de operación Parte, obra o acción asociada Relleno Sanitario Acciones o medidas a implementar Falla operacional en tractor a utilizar (imposibilidad de avanzar o hacer funcionar pala) Procedimiento: a) Operario debe dar aviso a la Administración de la Empresa, de modo que 1 o más personas vayan en su auxilio en forma Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2152866005
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inmediata. b) Operario deberá indicar su ubicación con puntos de referencia, su estado y la posible razón de falla. A su vez, el personal Administrativo deberá indicar el tiempo aproximado de llegada del encargado interno al lugar de los hechos. c) Durante la espera, Operario no debe abandonar el vehículo que conduce a no ser que esta acción represente un riesgo para él. d) Si el encargado interno repara la falla, Operario podrá proceder con la faena pendiente. De no ser así, encargado interno deberá trasladar a Operario a Estancia Quinta Esperanza y éste deberá trasladarse nuevamente al Relleno Sanitario con el tractor de reemplazo que posee Swanhouse S.A. y continuar con su trabajo.
Falla operacional en camión portacontenedor de material de cobertura (imposibilidad de avanzar o hacer funcionar sistema hidráulico) Procedimiento: a) Operario debe dar aviso a la Administración de la Empresa, de modo que 1 o más personas vayan en su auxilio en forma inmediata. b) Operario deberá indicar su ubicación con puntos de referencia, su estado y la posible razón de falla. A su vez, el personal Administrativo deberá indicar el tiempo aproximado de llegada del encargado interno al lugar de los hechos. c) Durante la espera, Operario no debe abandonar el vehículo que conduce a no ser que esta acción represente un riesgo para él. d) Si el encargado interno repara la falla, Operario podrá proceder con la faena pendiente. De no ser así, encargado interno deberá trasladar el vehículo a remolque a Taller Mecánico en Estancia Quinta Esperanza, y realizarle una completa revisión mecánica. La empresa Swanhouse S.A. se compromete a adquirir una bomba hidráulica de repuesto, en caso de que falle la original; siendo ésta una de las fallas más graves que pudiesen ocurrir. En caso de ocurrir otra falla que no pueda ser resuelta en menos de 3 horas por personal interno y mecánicos disponibles en el pueblo de Cerro Sombrero, Swanhouse S.A. cuenta con un carro de arrastre con capacidad de traslado de 5 toneladas, por lo que, en caso de falla del camión para reposición de material de cobertura, se puede trasladar el material con este carro y tractor hacia el Relleno. Forma de control y seguimiento - Se llevará una bitácora con mantenciones realizadas y por realizar (cronograma) a vehículos y maquinaria - Se realizarán pruebas breves de evaluación de protocolos de contingencias y emergencias al personal operario y de Administración, en forma aleatoria, por lo menos una vez al año - En caso de suceder un evento de este tipo, se deberá llenar un registro o informe con el fin de establecer cuáles son los principales sitios o actividades con riesgo de volcamiento, además de establecer una base de datos de análisis de riesgos. Esta deberá incluir: - Descripción del incidente o accidente, - Descripción del efecto ambiental, - Principales riesgos de seguridad y salud, - Referencia a documentación y material de seguridad de relevancia, - Nombres y responsabilidades del personal clave (fuera y dentro de la organización), - Números de contacto telefónico (fuera y dentro de la organización), - Materiales e información técnica (incluyendo ubicaciones), - Equipamiento requerido (incluyendo ubicaciones), Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2152866005
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- Instrucciones especiales / Acciones. Ante la ocurrencia del evento, se redactará un informe de la situación y se dará aviso a SMA por su plataforma electrónica dentro del plazo de 24 horas desde ocurrido el evento de la activación del Plan y del desenlace en caso de ya estar solucionado 6.1.2. Plan de Contingencia y Emergencia Fase del Proyecto a la que aplica Fase de construcción, operación y cierre. Parte, obra o acción asociada Relleno Sanitario y Vertedero Acciones o medidas a implementar para prevenir la contingencia A continuación, se presentan una serie de situaciones de emergencia que pueden ocurrir en el área de gestión interna de los residuos, recomendándose ciertas medidas a adoptar para atenuar y/o evitar los efectos negativos que pueden sobrevenir.
- Rotura del Contenedor
- Volcamiento del Contenedor
- Incendio
- Presencia de Vectores
- Derrame de Combustible Las acciones están descritas en detalle en el Anexo 12 de la DIA Forma de control y seguimiento • Se llevará una bitácora con mantenciones realizadas y por realizar (cronograma) a vehículos y maquinaria • Se realizarán pruebas breves de evaluación de protocolos de contingencias y emergencias al personal operario y de Administración, en forma aleatoria, por lo menos una vez al año • En caso de suceder un evento, se deberá llenar un registro o informe con el fin de establecer una base de datos de análisis de riesgos. Esta deberá incluir:
- Descripción del incidente o accidente,
- Descripción del efecto ambiental,
- Principales riesgos de seguridad y salud,
- Referencia a documentación y material de seguridad de relevancia,
- Nombres y responsabilidades del personal clave (fuera y dentro de la organización),
- Números de contacto telefónico (fuera y dentro de la organización),
- Materiales e información técnica (incluyendo ubicaciones),
- Equipamiento requerido (incluyendo ubicaciones),
- Instrucciones especiales / Acciones. Acciones o medida a implementar para controlar la emergencia • Dar aviso inmediato de la contingencia ocurrida a su jefatura directa • Se delimitará el área afectada a fin de que no ingresen personas • Si corresponde, se procederá a contener el derrame con material plástico grueso y cinta adhesiva de alta resistencia, a disponer dentro del camión portacontenedor • Si corresponde, se dispondrán los residuos en un nuevo contenedor. Para ello, se debe solicitar asistencia inmediata a jefatura directa y transportar un contenedor adicional al lugar donde se ubique el camión portacontenedor con el contenedor afectado • Si corresponde, se deberán recuperar los residuos derramados en bolsas, en caso de un derrame menor a 10 kg, o en contenedor adicional para mayor masa. • Si corresponde, todo el material utilizado y los residuos recuperados deberán ser manejados como residuos especiales, y transportados al vertedero o relleno sanitario correspondiente (restos orgánicos a Relleno Sanitario de Swanhouse S.A., y restos sólidos de otro tipo a vertedero municipal de la comuna de Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2152866005
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Primavera). • Se deberán utilizar EPP acordes al peligro En caso de incendio: • Dar aviso inmediato de la contingencia ocurrida a su jefatura directa • Revisión de EPP disponibles en el vehículo utilizado que permitan llevar a cabo un intento de apagar el fuego • Si se cuenta con ellos, proceder a apagar el fuego mediante las técnicas de sofocación, utilizando la cobertura de material arcilloso acopiada y segregación, mediante los equipos de operación aislando el área del incendio. 1. En caso de contar con el cargador frontal en el recinto sanitario, operario deberá cargar material arcilloso en pala frontal, y arrojar sobre el fuego. Repetir la acción hasta lograr sofocarlo. 2. Si no se cuenta con cargador frontal, quien aviste el incendio deberá solicitar asistencia inmediata a jefatura directa, de modo de trasladar el cargador frontal al recinto y ejercer la acción 1. • Personal Administrativo redactará un informe de la situación, y dará aviso a SMA dentro del plazo de 24 horas desde ocurrido el evento, así como también si está solucionado o no Oportunidad y vías de comunicación a la SMA de la activación del Plan Ante la ocurrencia del evento, se redactará un informe de la situación y se dará aviso a SMA por su plataforma electrónica dentro del plazo de 24 horas desde ocurrido el evento de la activación del Plan de Emergencia y del desenlace en caso de ya estar solucionado Referencia al ICE para mayores detalles Capítulo 7 7°. Que, de acuerdo a los antecedentes que constan en el expediente de evaluación, la forma de cumplimiento de la normativa de carácter ambiental aplicable al Proyecto es la siguiente: 7.1. D.S 144/1961, Ministerio de Salud. Establece normas para evitar emanaciones o contaminantes atmosféricos de cualquier naturaleza Componente/materia: Emisiones Fase del proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Fase de construcción, operación y cierre Parte, obra, acción, emisión, residuo o sustancias a la que aplica Relleno Sanitario y Vertedero Forma de cumplimiento Se utilizarán vehículos como camioneta, camión portacontenedor y cargador frontal, a lo largo del Proyecto, que conllevan la emisión de contaminantes atmosféricos. Se considera mitigar al máximo las emisiones atmosféricas emitidas, referentes al material particulado en suspensión y de combustión de y gases, cuyos valores si bien se encuentran debajo de la normativa de referencia (MP10=0,08 t/año, donde se incluyen las emisiones MP2,5; NOx=1,00 t/año; SO2=0,11 t/año; CO=0,25 t/año, HC=0,11 t/año), pueden ser inferiores al estipularse una velocidad máxima de tránsito de 40 km/hr, y cubrir completamente los contenedores donde se lleva el material arcilloso de cobertura hacia el Relleno Sanitario. Además, los vehículos y maquinarias utilizados contarán con revisión técnica y mantenciones adecuadas para su operación. Indicador que acredita su cumplimiento 1. Revisiones técnicas al día en todos los vehículos motorizados a utilizar en el Proyecto. 2. Camión portacontenedor deberá permanecer con tapa cerrada durante traslados cada vez que se utilice. Forma de control y seguimiento Copia de los registros de las revisiones se encontrarán disponibles en caso de ser requeridos en una fiscalización Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2152866005
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7.2. Decreto Supremo Nº38/2011, del Ministerio del Medio Ambiente Componente/materia: Ruido Fase del proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Fase de construcción y operación Parte, obra, acción, emisión, residuo o sustancias a la que aplica Relleno Sanitario y Vertedero Forma de cumplimiento Las principales emisiones acústicas, corresponderán al de los motores de vehículos y maquinaria, los cuales como se ha planteado en el proyecto, durante sus fases serán esporádicos y de corta duración, considerando además que no se encuentra en las cercanías de un asentamiento humano (Cerro Sombrero ubicado a más de 6 kilómetros de distancia), y que los decibeles emitidos, y de baja duración, se mantienen por debajo de la normativa chilena en cuanto a ruidos molestos según los antecedentes presentados. Indicador que acredita su cumplimiento Registro de mantenimiento de la maquinaria y equipos que contengan la fecha, estado y aprobación de cada mantención realizada. Forma de control y seguimiento Los registros estarán disponibles para el ente fiscalizador en caso de ser requeridos. 7.3. Decreto Supremo Nº594/1999, del Ministerio de Salud, Aprueba Reglamento sobre condiciones sanitarias y ambientales básicas en los lugares de trabajo Componente/materia: Condiciones Sanitarias y Ambientales en los Lugares de Trabajo Fase del proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Fase de construcción, operación y cierre. Parte, obra, acción, emisión, residuo o sustancias a la que aplica Relleno Sanitario y Vertedero Forma de cumplimiento Se proveerá de agua potable y servicios sanitarios conforme lo indicado en los artículos 15 y 24 del D.S 594/1999. Se manejará las aguas servidas (baños químicos) con empresa autorizada y dispuesto en lugar autorizado. Indicador que acredita su cumplimiento Autorización Sanitaria para funcionamiento de Relleno Sanitario Privado de Swanhouse S.A. Forma de control y seguimiento Se mantendrá en formato físico o digital, registro asociado a la entrega de los Elementos de Protección Personal (EPP). Se llevará el registro de despacho de residuos y aguas servidas a lugar autorizado, una vez iniciado el Proyecto. 7.4. DFL N° 725 del Ministerio de Salud. Código Sanitario Componente/materia: Residuos Fase del proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Fase de construcción, operación y cierre. Parte, obra, acción, emisión, residuo o sustancias a la que aplica Relleno Sanitario y Vertedero Forma de cumplimiento El proyecto contempla en todas sus etapas el cumplimiento de la normativa vigente en cuanto a disposición de residuos, preservación de los lugares de trabajo y operación, manteniéndolos limpios y libres de riesgos, para el personal. Indicador que acredita su cumplimiento Autorización Sanitaria para funcionamiento de Relleno Sanitario Privado de Swanhouse S.A. Forma de control y seguimiento Se mantendrá en formato físico o digital, copia del comprobante de ingreso al vertedero o centro de disposición final autorizado, atendiendo a si corresponde a residuos sólidos o respel. 7.5. Decreto con Fuerza de Ley Nº 1/1989, Ministerio de Salud Componente/materia: Residuos Fase del proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Fase de construcción, operación y cierre. Parte, obra, acción, emisión, residuo o sustancias a la que aplica Relleno Sanitario y Vertedero Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2152866005
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Forma de cumplimiento El Proyecto será presentado para evaluación de la Autoridad Sanitaria. En caso de obtenerse una Resolución de Calificación Ambiental favorable, toda modificación por sobre ésta sólo podrá realizarse con la autorización sanitaria y de SMA correspondiente. Indicador que acredita su cumplimiento Autorización Sanitaria para funcionamiento de Relleno Sanitario Privado de Swanhouse S.A. Forma de control y seguimiento Se mantendrá en formato físico o digital, copia de la autorización sanitaria vigente. 7.6. Decreto Supremo Nº148/2003, del Ministerio de Salud Reglamento Sanitario Sobre Manejo de Residuos Peligrosos Componente/materia: RESPEL Fase del proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Fase de construcción, operación y cierre. Parte, obra, acción, emisión, residuo o sustancias a la que aplica Relleno Sanitario y Vertedero Forma de cumplimiento El proyecto contempla en todas sus etapas el cumplimiento de la normativa vigente en cuanto a disposición de residuos peligrosos, manejados de acuerdo a lo que señala la norma y disponiendo de los mismos en lugar autorizado Indicador que acredita su cumplimiento Reporte anual de residuos por ventanilla única en la oportunidad correspondiente. Forma de control y seguimiento Se mantendrá en formato físico o digital, copia del comprobante de disposición final de los respel, en caso de ser requeridos en una fiscalización 7.7. Ley Nº17.288, del Ministerio de Educación Pública Ley sobre Monumentos Nacionales Componente/materia: Patrimonio Arqueológico Otros cuerpos legales Decreto Supremo Nº484/1991, del Ministerio de Educación Pública Reglamento de la Ley Nº17.288, Sobre Excavaciones y/o Prospecciones Arqueológicas, Antropológicas y Paleontológicas Fase del proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Fase de construcción Parte, obra, acción, emisión, residuo o sustancias a la que aplica Preparación del Terreno Forma de cumplimiento El Proyecto se desarrollará al interior de un área previamente intervenida, área donde no se han identificado elementos pertenecientes al patrimonio cultural (arqueológico). No obstante, en el caso eventual de efectuarse un hallazgo arqueológico o paleontológico durante la etapa constructiva, el titular informará de inmediato y por escrito al Consejo de Monumentos Nacionales como se establece en los Artículos Nº26 y 27 de la Ley Nº17.288. Indicador que acredita su cumplimiento Efectuar denuncia en el caso de hallazgos. Forma de control y seguimiento Se mantendrá disponible, en formato físico o digital, copia de la denuncia efectuada, en caso de ser requerida en una fiscalización. 8°. Que resultan aplicables al Proyecto los siguientes permisos ambientales sectoriales, asociados a las correspondientes partes, obras o acciones que se señalan a continuación: 8.1. Permisos Ambientales Sectoriales Mixtos 8.1.1. Permiso para la construcción, reparación, modificación y ampliación de cualquier planta de tratamiento de basuras y desperdicios de cualquier clase o para la instalación de todo lugar destinado a la acumulación, selección, industrialización, comercio o disposición final de basuras y desperdicios de cualquier clase, del artículo Nº140 del Reglamento del SEIA Fase del Proyecto a la cual corresponde Fase de construcción y operación Parte, obra o acción a que aplica Relleno Sanitario Pronunciamiento del órgano competente ORD N°134 de fecha 17 de mayo de 2021, de la Secretaría Regional Ministerial de Salud Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2152866005
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8.1.2. Permiso para todo sitio destinado al almacenamiento de residuos peligrosos, del artículo Nº142 del Reglamento del SEIA Fase del Proyecto a la cual corresponde Fase de construcción y operación Parte, obra o acción a que aplica Relleno Sanitario y Vertedero Pronunciamiento del órgano competente ORD N°134 de fecha 17 de mayo de 2021, de la Secretaría Regional Ministerial de Salud Referencia al ICE para mayores detalles Capítulo 9 9°. Que, el Titular deberá remitir a la Superintendencia del Medio Ambiente la información respecto de las condiciones, compromisos o medidas, ya sea por medio de monitoreos, mediciones, reportes, análisis, informes de emisiones, estudios, auditorías, cumplimiento de metas o plazos, y en general cualquier otra información destinada al seguimiento ambiental del Proyecto, según las obligaciones establecidas en la presente Resolución de Calificación Ambiental y las Resoluciones Exentas que al respecto dicte la Superintendencia del Medio Ambiente. De igual forma, y a objeto de conformar el Sistema Nacional de Información de Fiscalización Ambiental (SNIFA), el Registro Público de Resoluciones de Calificación Ambiental y registrar los domicilios de los sujetos sometidos a su fiscalización en conformidad con la ley, el Titular deberá remitir en tiempo y forma toda aquella información que sea requerida por la Superintendencia del Medio Ambiente a través de las Resoluciones Exentas que al respecto ésta dicte. 10°. Que, el Titular deberá informar a la Superintendencia del Medio Ambiente la realización de la gestión, acto o faena mínima que da cuenta del inicio de la ejecución de obras, a que se refiere el Considerando 4.1 de la presente Resolución. 11°. Que, con el objeto de dar adecuado seguimiento a la ejecución del Proyecto, el Titular deberá informar a la Superintendencia del Medio Ambiente, al menos con una semana de anticipación, el inicio de cada una de las fases del Proyecto, de acuerdo a lo indicado en la descripción del mismo. 12°. Que, la Superintendencia del Medio Ambiente, de oficio o a petición de parte o de algún organismo sectorial, podrá aprobar, modificar o complementar el contenido del plan de seguimiento de las variables ambientales y, en general, cualquier otro mecanismo establecido en la respectiva resolución de calificación ambiental que tenga dicho objeto, con el fin de asegurar, en el transcurso del tiempo, que el seguimiento de las variables ambientales cumpla con su objetivo de forma eficiente y eficaz 13°. Que, para que el proyecto “Relleno Sanitario Particular, Swanhouse S.A.” pueda ejecutarse, deberá cumplir con todas las normas vigentes que le sean aplicables. 14°. Que, el Titular deberá informar inmediatamente a la Secretaría de la Comisión de Evaluación de la Región de Magallanes y de la Antártica Chilena y a la Superintendencia del Medio Ambiente, la ocurrencia de impactos ambientales no previstos en la DIA, asumiendo inmediatamente las acciones necesarias para abordarlos. 15°. Que, el Titular del Proyecto deberá comunicar inmediatamente y por escrito a la Secretaría de la Comisión de Evaluación de la Región de Magallanes y de la Antártica Chilena la ocurrencia de cambios de titularidad, representante legal, domicilio y correo electrónico, de acuerdo a lo establecido en el inciso tercero del artículo 162 y artículo 163, ambos del Reglamento del SEIA. 16°. Que, se hace presente al Titular que cualquier modificación al Proyecto que constituya un cambio de consideración, en los términos definidos en el artículo 2° letra g) del Reglamento del SEIA, deberá someterse al SEIA. 17°. Que, todas las medidas, condiciones, exigencias y disposiciones establecidas en la presente resolución, son de responsabilidad del Titular, sean implementadas por éste directamente o a través de un tercero. RESUELVO: 1°. Calificar favorablemente la Declaración de Impacto Ambiental del proyecto “Relleno Sanitario Particular, Swanhouse S.A.”, de Swanhouse S.A. 2°. Certificar que el proyecto “Relleno Sanitario Particular, Swanhouse S.A.” cumple con la normativa de carácter ambiental aplicable. 3°. Certificar que el proyecto “Relleno Sanitario Particular, Swanhouse S.A.” cumple con los requisitos de carácter ambiental contenidos en los permisos ambientales sectoriales que se señalan en los artículos Nº140 y Nº142 del D.S. Nº40/2012 del Ministerio del Medio Ambiente, Reglamento del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental. Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.cl/validar/2152866005
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4°. Certificar que el proyecto “Relleno Sanitario Particular, Swanhouse S.A.” no genera los efectos, características o circunstancias del artículo 11 de la Ley N°19.300, que dan origen a la necesidad de elaborar un Estudio de Impacto Ambiental. 5°. Definir como gestión, acto o faena mínima del Proyecto, para dar cuenta del inicio de su ejecución de modo sistemático y permanente, a los mencionados en el considerando 4.1 del presente acto. 6°. Hacer presente que contra esta Resolución es procedente el recurso de reclamación de acuerdo a lo dispuesto en el artículo 20 de la Ley Nº 19.300, ante el Director Ejecutivo del Servicio de Evaluación Ambiental. El plazo para interponer este recurso es de treinta días contados desde la notificación del presente acto. NOTIFÍQUESE Y ARCHÍVESE
JENNIFER CAROLINA ROJAS GARCÍA DELEGADA PRESIDENCIAL REGIONAL PRESIDENTE COMISIÓN DE EVALUACIÓN REGIÓN DE MAGALLANES Y ANTÁRTICA CHILENA
JOSÉ LUIS RIFFO FIDELI DIRECTOR REGIONAL SERVICIO DE EVALUACIÓN AMBIENTAL SECRETARIO COMISIÓN DE EVALUACIÓN REGIÓN DE MAGALLANES Y ANTÁRTICA CHILENA COB/COV
Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url Eduardo Tafra Sturiza eduardotafra@gmail.com Corporación Nacional de Desarrollo Indígena, Región de Magallanes y Antártica Chilena cavendano@conadi.gov Corporación Nacional Forestal, Región de Magallanes y Antártica Chilena nelson.moncada@conaf.cl Dirección de Obras Hidráulicas, Región de Magallanes y Antártica Chilena jorge.martinic@mop.gov.cl Dirección de Vialidad, Región de Magallanes y Antártica Chilena francisco.orozco@mop.gov.cl Dirección General de Aguas, Región de Magallanes y de la Antártica Chilena lorena.olivares@mop.gov.cl Gobierno Regional, Región de Magallanes y Antártica Chilena anabel.sanchez@goremagallanes.cl Ilustre Municipalidad de Primavera alcaldia@muniprimavera.cl Secretaría Regional Ministerial de Agricultura, Región de Magallanes y Antártica Chilena alfonso.roux@minagri.gob.cl Secretaría Regional Ministerial de Bienes Nacionales, Región de Magallanes y Antártica Chilena frojas@mbienes.cl Secretaría Regional Ministerial de Desarrollo Social y Familia, Región de Magallanes y Antártica Chilena lcasanueva@desarrollosocial.gob.cl Secretaría Regional Ministerial de Energía, Región de Magallanes y Antártica Chilena vfernandez@minenergia.cl Secretaría Regional Ministerial del Medio Ambiente, Región de Magallanes y Antártica Chilena colave@mma.gob.cl Secretaría Regional Ministerial de Obras Públicas, Región de Magallanes y Antártica Chilena pablo.rendoll@mop.gov.cl Secretaría Regional Ministerial de Salud, Región de Magallanes y Antártica Chilena eduardo.castillo@redsalud.gov.cl Secretaría Regional Ministerial de Vivienda y Urbanismo, Región de Magallanes y Antártica Chilena jhorcos@minvu.cl Secretaría Regional Ministerial Transportes y Telecomunicaciones, Región de Magallanes y Antártica Chilena mmella@mtt.gob.cl Servicio Agrícola y Ganadero, Región de Magallanes y Antártica Chilena gustavo.stantonyonge@sag.gob.cl Servicio Nacional de Turismo, Región de Magallanes y Antártica Chilena xcastro@sernatur.cl Consejo de Monumentos Nacionales ebrevis@monumentos.gob.cl CC: https://validador.sea.gob.cl/validar/2152866005 Firmado Digitalmente por Jose Luis Riffo Fideli Fecha: 06-08-2021 10:52:38:481 UTC -04:00 Razón: Firma Electrónica Avanzada Lugar: PUF Firmado Digitalmente por JENNIFFER CAROLINA ROJAS GARCIA Fecha: 18-08-2021 15:56:27:154 UTC -04:00 Razón: Firma Electrónica Avanzada Lugar: PUF Oficina de Partes SEA mgallardo.12@sea.gob.cl PAC MH PCPI paraos@sea.gob.cl Oficina de Partes SMA oficinadepartes@sma.gob.cl