Modificación Avel Solar
REPÚBLICA DE CHILE Servicio COMISIÓN DE EVALUACIÓN
de Eval: 10 .. . s Ambiental Región del Biobío
Califica Ambientalmente el proyecto “Modificación Avel Solar” Resolución Exenta N*121 Concepción, 3 de mayo de 2021
VISTOS:
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La Declaración de Impacto Ambiental (DIA), su Adenda de 16 de febrero de 2021 y su Adenda Complementaria de 31 de marzo de 2021, del proyecto “Modificación Avel Solar”, presentado por SANTA LAURA ENERGY SpA con fecha 16 de octubre de 2020.
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Los pronunciamientos y observaciones de los órganos de la administración del Estado que, sobre la base de sus facultades legales y atribuciones, participaron en la evaluación de la DIA, y que se detallan en el Capítulo IM del Informe Consolidado de Evaluación (ICE) de la DIA del proyecto “Modificación Avel Solar”.
3”. El Acta de Evaluación N* 21 de 14 de abril 2021, del Comité Técnico de la Región de Biobío. 4". El ICE de la DIA del proyecto “Modificación Avel Solar” de 23 de abril de 2021.
59, El acuerdo de la Sesión de la Comisión de Evaluación de la Región del Biobío, de fecha 03 de mayo de 2021.
6”. La Resolución de Calificación Ambiental N* 218/2019, de la Comisión de Evaluación de la Región Biobío, del proyecto “Avel Solar” que se modifica a través de la presente Resolución.
7%. Los demás antecedentes que constan en el expediente de evaluación de impacto ambiental de la DIA del proyecto “Modificación Avel Solar”.
8”. Lo dispuesto en la Ley N 19.300, Sobre Bases Generales del Medio Ambiente; el D.S. N 40, de 2012, del Ministerio del Medio Ambiente, Reglamento del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental (en delante, Reglamento del SEIA); la Ley N” 19.880, que Establece Bases de los Procedimientos Administrativos que Rigen los Actos de los Órganos de la Administración del Estado; la Ley N 18.575, Ley Orgánica Constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado; la Resolución N 7, de 2019, de la Contraloría General de la República, que fija normas sobre exención del trámite de toma de razón; el Reglamento de Sala de la Comisión de Evaluación de la Región del Biobío, aprobado mediante Resolución Exenta N* 267 de fecha 21 de julio de 2014; la Resolución TRA 119046/47/2019 de fecha 25 de abril de 2019, del Servicio de Evaluación
Ambiental, que nombra a la Directora Regional del Servicio de Evaluación Ambiental de la Región del Biobío.
CONSIDERANDO:
1”. Que, SANTA LAURA ENERGY SpA (en adelante, el Titular), ha sometido al Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental (SEIA) la DIA del proyecto “Modificación Avel Solar” (en adelante, el Proyecto). Los antecedentes del Titular son los siguientes:
Nombre o razón social SANTA LAURA ENERGY SpA
Rut 76.939.827-9
Domicilio Apoquindo 4700, Of. 1102, Las Condes Teléfono 224341837
Nombre representante legal Carlos Andrés José Cabrera Rivas
Rut representante legal 19657616-9
Domicilio representante legal| Apoquindo 4700, Of. 1 102, Las Condes Teléfono representante legal 224341837
Correo electrónico Titular o | ecabrera(Aspheraenergy.com representante legal
2”. Que, conforme se indica en el ICE de fecha 23 de abril de 2021, la Directora del Servicio de Evaluación Ambiental Región del Biobío ha recomendado aprobar el Proyecto, por cuanto cumple con la normativa de carácter ambiental aplicable identificada en la sección 9 del ICE; cumple con los requisitos de otorgamiento de carácter ambiental contenidos en los permisos ambientales sectoriales aplicables identificados en la sección 10 del ICE; no genera ni presenta los efectos, características o circunstancias del artículo 11 de la Ley N* 19.300, que dan origen a la necesidad de evaluar un Estudio de Impacto Ambiental; y el Titular ha subsanado los errores, omisiones e inexactitudes planteados en los Informes Consolidados de Aclaraciones, Rectificaciones y Ampliaciones.
3”. Que, en sesión de 3 de mayo de 2021, la Comisión de Evaluación de la Región del Biobío acordó calificar favorablemente el proyecto “Modificación Avel Solar”, aprobando íntegramente el contenido del ICE de 23 de abril de 2021, el que forma parte integrante de la presente Resolución. Por lo tanto, conforme a lo indicado en el artículo 60 inciso segundo del Reglamento del SEIA, se excluyen de la presente Resolución las consideraciones técnicas en que se fundamenta.
4”. Que, según lo señalado en la DIA y sus anexos, en su Adenda, y en su Adenda Complementaria, los cuales forman parte integrante de la presente Resolución, la descripción del Proyecto es la que a continuación se indica:
4.1. ANTECEDENTES GENERALES
Objetivo general El proyecto tiene como objetivo la generación de energía eléctrica a partir de la energía solar, a través de un parque fotovoltaico cuya potencia máxima a inyectar a la red de distribución es 9 MW AC.
Tipología principal, así | “.) Centrales generadoras de energía mayores a 3 MW
como las aplicables a sus partes, obras o acciones
Vida útil 25 años
Monto de inversión USD $ 12.000.000,000
Gestión, acto o faena | Despeje de la vegetación y preparación de la superficie del área de mínima que da cuenta del | Proyecto, en conjunto con la instalación del cerco perimetral. inicio de la ejecución
Proyecto se desarrolla por Si No etapas X Proyecto modifica un Si No ¡+ El Proyecto “Modificación Avel Solar”,
proyecto o actividad
corresponde a una modificación del proyecto “Avel Solar”, aprobado por la Comisión de Evaluación de la Región del Biobío mediante RCA N*218/2019.
XxX e El detalle de los numerales de la RCA N*218/2019 que modifica el proyecto se detallan en la Tabla 3 de la Adenda Proyecto modifica otra(s) Si No RCA x
4.2. UBICACIÓN DEL PROYECTO
División político- administrativa
El proyecto se ubica en la Región del Biobío, Provincia del Biobío, especificamente en la comuna de Los Angeles.
Descripción de la localización
Se instalará en un solo predio, siendo éste de privados. Cuenta con alta radiación solar aprovechable.
Alto número de horas totales de sol adecuadas. Cercano a líneas de distribución eléctrica existentes.
e Caminos de accesos en buen estado
Superficie
El proyecto “Modificación Avel Solar” contempla la utilización de una superficie aproximada de 19,56 hectáreas, las que incluyen la construcción del parque fotovoltaico, la línea de transmisión eléctrica y los caminos a utilizar (construir y mejorar).
Coordenadas UTM en Datum WGS84
TIPO | VERTI | ESTE NORTE SUPE CES RFICIE ha Vértices 1 736.121.334 | 5.856.568,96 | 19,56 Area de 2 736.12799 | 5.856.561,19 Proyecto 3 736.134,55 | 5.856.560,29 4 736.129,78 | 5.856.557,42 5 736.145,64 | 5.856.551,81 6 736.153,86 | 5.856.550,80 7 736.161,08 | 5.856.549,90 8 736.180,05 | 5.856.547,99 9 736.188,58 | 5.856.546,56
10 736.188,02 | 5.856.553,69 11 736.224,51 | 5.856.553,62 12 736.224,51 | 5.856.624,36 13 736.232,84 | 5.856.639,68 14 736.299,28 | 5.856.639,68 15 736.354,51 | 5.856.705,67 16 736.720,72 | 5.856.705,67 17 736.760,72 | 5.856.657,88 18 736.760,72 | 5.856.571,24 19 736.834,03 | 5.856.571,24 20 736.834,03 | 5.856.459,68 21 736.617,82 | 5.856.459,68 22 736.510,43 | 5.856.540,81 23 736.376,26 | 5.856.555,76 24 736.323,07 | 5.856.537,60
25 736.224,51 | 5.856.537,60 26 736.224,50 | 5.856.533,62 27 36.180,91 | 5.856.533,70 28 736.117,73 | 5.856.542,42 29 736.109,60 | 5.856.551,91 30 736.095,65 | 5.856.556,88 31 736.088,67 | 5.856.564,46 32 735.983,97 | 5.856.576,48 33 735.982,38 | 5.856.564,93 34 735.895,78 | 5.856.571,69 35 735.738,07 | 5.856.571,76 36 735.592,97 | 5.856.568,72 37 735.411,33 | 5.856,567,15 38 735.363,38 | 5.856.243,13 39 735.343,60 | 5.856.246,06 40 735.392,61 | 5.856.577,37 41 735.403,81 | 5.856.587,11 42 735.578,66 | 5.856.588,42 43 135.737,97 | 5.856,591,76 44 735.896,95 | 5.856.591,66 45 735.965,14 | 5.856.586,32 46 736.000,55 | 5.856.843,89 47 736.013,81 | 5.856.940,29 48 735.936,25 | 5.857.034,32 49 735.936,25 | 5.857.037,67 50 735.857,55 | 5.857.049,50 51 735.839,45 | 5.857.071,15 52 735.732,04 | 5.857.106,77 53 735.732,04 | 5.857.231,17 54 735.722,04 | 5.857,231,17 55 735.722,04 | 5.857.331,32 56 735.814,89 | 3.857.331,24 57 735.814,89 | 5.857.341,24 58 735.906,25 | 5.857.341,17 59 735.906,25 | 5.857.252,63 60 735.946,25 | 5,857.252,63 61 735.946,25 | 5.857.053,63 62 736.034,82 | 5.856.946,25 63 735.991,34 | 5.856.630,06 64 736.034,62 | 5.856.625,12 65 736.103,58 | 5.856.617,25 66 736.099,61 | 5.856.581,89 67 736.107,02 | 5.856.574,06
(Fuente: Tabla 4, Coordenadas Área de Proyecto, de la DIA) Mayores detalles en:
Tabla 5. Coordenadas Áreas de Paneles, de la DIA. Tabla 6. Coordenadas Centros de Transformación, de la DIA. Tabla 7. Coordenadas Sala de Media, de la DIA.
Tabla 8. Coordenadas de los postes de la Línea Eléctrica, de la DIA.
e Tabla 9. Coordenadas del Instalación de Faena, de la DIA.
» Tabla 10. Área Instalaciones temporales: Estacionamiento vehículos pesados y acopio temporal de paneles, de la DIA.
- Tabla 11. Punto de conexión eléctrica y acceso al proyecto, de la DIA.
e Tabla 2. Partes y obras del Proyecto, carácter temporal y permanente, de la Adenda.
Caminos de acceso
Se accede al proyecto desde la Avenida Las Industrias (Ruta 177) a la altura del kilómetro 504 aproximadamente, por un camino existente a lo largo de aproximadamente 700 metros hacia el nor- oriente, frente a la Forestal Aitué. (Figura 3. Ubicación general del Proyecto a escala local, de la DIA).
Referencia al expediente de evaluación de los mapas, georreferenciación e información complementaria sobre la localización de sus partes, obras y acciones
- Capítulo 1 DESCRIPCIÓN DEL PROYECTO, de la DIA. e Anexo 3 de la Adenda, Información Cartográfica y KMZ.
4.3. PARTES, OBRAS Y ACCIONES QUE COMPONEN EL PROYECTO
4.3.1. FASE DE CONSTRUCCIÓN
Instalación de Faena
Tendrá una superficie aproximada de 2.900 m?. La Instalación de Faenas será el centro de coordinación y servicios básicos mientras se construya el proyecto. Sus partes estarán construidas principalmente por conteiner o módulos prefabricados.
Estará conformada por: + Instalación + Área de Lavado de contenedores + Bodega de Residuos Domésticos + Bodega de Residuos No Peligrosos e Bodega de Residuos Peligrosos + Bodega de Sustancias Peligrosas e Comedor e Estanque de Agua Potable e Estanque de Aguas Sucia + Estanque de Combustible + Garita + Grupo Electrógeno + Oficinas + Servicios Higiénicos y Vestidores e Taller y Bodega + Estacionamiento Vehículos Livianos
Mayores detalles en la Tabla 12. Resumen partes de la instalación de faenas, de la DIA.
- Mayores antecedentes en la página 29 de la DIA. Ubicación de los estanques de agua potable y aguas sucias en la figura 1 de la Adenda.
Área Instalaciones temporales
Estacionamiento vehículos pesados:
Contará con una carpeta de gravilla y estará debidamente demarcada para evitar el uso de áreas no acondicionadas para este fín, tendrá un área de 134,4 m?.
Almacenamiento temporal de paneles:
A un costado de la instalación de faena se habilitará un amplio sector que será para acopiar materiales, principalmente los paneles solares y todas las partes y estructuras asociadas al parque fotovoltaico. Tendrá una superficie de 611,1 m?,
Despeje y preparación de la
Comenzará con la habilitación de los terrenos que serán utilizados para el emplazamiento de los módulos fotovoltaicos, las estructuras de soporte y los centros de transformación. Esta acción delimitará las áreas a ocupar por el proyecto, nivelar los suelos y adecuar la topografía.
Se requerirá cortar un total de 9.646 m? de plantación forestal y alrededor de 12.848 m? de vegetación asociada a principalmente cortinas arbóreas.
La habilitación consistirá en la corta de árboles, presentes en las cortinas vegetales y otros sectores, y posteriormente, se removerá la vegetación correspondiente a cultivos y pastizales, finalizando con el escarpe para remover el material suelto de la superficie, incluyendo el material vegetal que quede como residuo. Posteriormente, se efectuará la nivelación del terreno ocupando la tierra que será removida por el escarpe y siendo distribuida íntegramente en los diferentes sectores para nivelar los sectores requeridos, siempre al interior del área del proyecto. En caso de que se requiera (sujeto a programación in situ de tiempos de actividad de escarpe y nivelación), y sólo en ese caso excepcional, el material removido (escarpe) será depositado transitoriamente en sectores del área del proyecto ya intervenido o por intervenir, durante tiempos no superiores a 7 días. Esta actividad comenzará por el área destinada a la instalación de faena, y posteriormente se desarrollará para el resto del área del proyecto.
superficie del área del proyecto Instalación del cerco perimetral
Cada zona (A y B) tendrá un cerco perimetral particular. De este modo, la longitud del vallado de la Zona A corresponde a 998 m, en tanto que el vallado de la Zona B presenta un vallado de 1.603 m de longitud. En ambos casos el vallado será de simple torsión, con una altura de 2 metros aproximadamente.
Aplicación de supresor de polvo o mata polvo
Se aplicará únicamente durante la fase de construcción en los caminos internos, los cuales se encuentran identificados dentro del kmz (Anexo 3 de la Adenda).
Se aplicará supresores de polvo (matapolvo), el cual podrá ser bischofita, cloruro de sodio o similar. El supresor de polvo se aplicará en el comienzo de la fase de construcción y su re aplicación será evaluada al final del tercer mes de construcción (a fase de construcción tendrá una duración de 6 meses).
Por otro lado, para las actividades de excavación se realizará la actividad de humectación previa, considerando una eficiencia de reducción de un 50% de material particulado, con una periodicidad de una vez al día.
Mayores detalles en la Tabla 4.6.1.2. del ICE,
Construcción y habilitación de caminos
El camino de acceso tendrá un ancho de entre 3 a 6 metros aproximadamente. Este camino será construido un tramo aproximado de 570 metros, que posteriormente empalmará con la huella existente al interior del predio, huella que será mejorada en su ancho de 6 metros. Todo será estabilizado y compactado, y adicionalmente se le incorporará algún agente “mata polvo”. Por otra parte, los caminos internos unen el área de instalación de faena con los centros de transformación y las áreas de paneles, tendrán un
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ancho variable entre 3 y 5 metros, los que serán estabilizados y compactados, y adicionalmente se le incorporará algún agente “mata Polvo”.
Movimientos de tierra
Se consideran las acciones de escarpe y excavación, asociadas a la construcción de los caminos, instalación de faenas y para la instalación de los postes de las líneas eléctricas. Total escarpe: 1850 mí y total excavación 114 mi.
Mayores detalles en Tabla 13. Resumen de los Movimientos de Tierra, de la DIA).
Construcción de zanjas
Si bien en el proyecto original se declaró la construcción de zanjas, éstas no serán requeridas en tanto se utilizarán líneas eléctricas aéreas para comunicar la Zona A de paneles con la Sala de Media, la Zona B de paneles con la Sala de Media y a su vez la Sala de Media con el punto de conexión.
Frentes de trabajo móviles
Los frentes de trabajo móviles constituyen sitios aledaños a los puntos de construcción, donde se disponen insumos básicos tales como extintor, botiquín, baño químico, elementos de protección personal, equipos y herramientas de uso diario. En los frentes de trabajo, se dispondrán servicios higiénicos (baños químicos) en número correspondiente a lo establecido en la normativa vigente (DS 594/99 MINSAL). El servicio de limpieza y mantención de los sanitarios químicos será contratado a una empresa autorizada.
Hincado de estructuras, montaje de paneles y centros de transformación
La profundidad de hincado, así como el perfil a utilizar, dependerá de las características del suelo y de la carga a soportar; sin embargo, se estima una profundidad de aproximadamente 2 m.
Los perfiles que se utilizarán serán metálicos, del tipo galvanizado en caliente.
En caso de ser necesario, la instalación de las estructuras de soporte se complementará con hormigón, adquirido mediante terceros autorizados (camión mixer). Una vez montada la estructura de soporte, básicamente perfilados de aluminio anclados a los postes hincados en el suelo para crear una plataforma horizontal, se procederá a la instalación de los paneles fotovoltaicos, estos se trasladarán hasta el sector de instalación con un camión con brazo hidráulico o una mini grúa hidráulica y serán instalados manualmente. Los 3 centros de transformación serán adquiridos como conteiner de 40 pies, proporcionados directamente de fábrica, por lo que su instalación en el parque consistirá en un emplazamiento sencillo sobre el terreno nivelado, sobre plataformas de hormigón previamente instaladas La maquinaria que será utilizada durante esta fase consistirá en una excavadora, una motoniveladora y un camión con brazo hidráulico o una mini grúa hidráulica.
Conexiones eléctricas
Una vez montados los paneles solares se comenzará con la conexión de todo el sistema de cableado eléctrico. El sistema de cableado desde los paneles fotovoltaicos hasta los inversores (en el centro de transformación) considera la conexión de los paneles entre sí a formar una cadena, utilizando sus propios cables (cadena o string de módulos) y agrupando las cadenas en paralelo en cajas de agrupamiento. Desde cada final de la fila de módulos hasta el centro de transformación respectivo, la conexión se hará a través de canalizaciones subterráneas de aproximadamente 80 cm de ancho y hasta 100 cm de profundidad. Una vez terminada la colocación de los cables se cubrirá con el mismo material extraído. Los centros de transformación estarán conectados entre sí mediante conexión en anillo o mediante conexión en paralelo. Esta conexión se dirigirá hacia el punto de evacuación del parque, desde donde se transportará la electricidad generada mediante una Línea de Interconexión de 23 KV hacia el punto de conexión a la red de distribución.
Construcción de líneas
eléctricas
Para la construcción de la linea, primero se posiciona la excavadora frente a localización de poste, y remueve tierra haciendo un agujero puntual de dimensiones aproximadas lm ancho x lm largo, y 3 m
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profundidad, en el lugar que éste se instalará. Luego, el camión grúa que transporta los postes se posiciona aledaño al agujero, para posicionar el poste en el agujero. Posteriormente, se hormigona el espacio entre el poste y el agujero, al que además se adiciona tierra, para luego compactar el material de relleno que se ha colocado entre el borde del agujero y el poste. Una vez que todos los postes están instalados y alineados, se procede a tensar y tender los cables conductores.
Después de ello, los cables son izados hasta las poleas para asirlos a través de los aisladores a las estructuras de transmisión. Una vez que los cables están tensados y las alturas de las catenarias cumplen con la normativa vigente, se procede a retirar los tecles y poleas, y se colocan grapas para asegurar los cables a las cadenas de los aisladores.
Transporte de equipos y transporte de personal
Como medios de transporte se utilizarán vehículos livianos, buses y camiones. Los paneles y otros equipos e insumos serán suministrados por terceros y transportados por camiones de empresas autorizadas externas al titular, Mayores antecedentes en la tabla 14 Estimación de viajes - Fase de construcción, de la DIA.
Pruebas eléctricas menores
Se realizarán pruebas eléctricas a cada equipo instalado de manera individual, con el fin de detectar desperfectos específicos previos a la Puesta en Marcha.
Desmontaje de instalaciones
Se realizará el retiro de los materiales sobrantes, residuos y desechos de las áreas que hayan sido intervenidas por las faenas, los cuales serán finalmente dispuestos en lugares que cuenten con la autorización sanitaria respectiva.
Recursos naturales renovables
Suelo: Durante la fase de construcción del proyecto se contempla el movimiento de tierras producto de acciones de escarpe y excavación, asociadas a la construcción de los caminos, instalación de faenas y para la instalación de los postes de las líneas eléctricas. Los movimientos de tierra, diferenciando entre excavación y escarpe. Alcanzando un total de 1.850 m* de escarpe y 114m? de excavación.
Emisiones y efluentes
Emisiones atmosféricas: Para la fase de construcción se consideraron las siguientes actividades: Escarpe, excavación, transferencia de materia, compactación, circulación por caminos no pavimentados, circulación por caminos pavimentados, combustión de motores vehículos, combustión de motores maquinaria, grupos generadores.
Los resultados se presentan en la siguiente tabla:
Actividad Emisiones Fase de construcción (tom/fase)
MP, | MPio | MPr NOx co SOx Ccov NH 5
TOTAL [0,27 | 0,53 | 0,964 | 2,560 | 11486 | 0,043 | 0,232 | 0,002 FASE DE | 9 1
CONSTR UCCIÓN
(Fuente: Tabla 3.41. Cuadro resumen de emisiones de acuerdo con las actividades realizadas en la fase de construcción, Anexo 9 Adenda).
Se aplicará supresor de polvo o mata polvo a los caminos internos. Los caminos internos se encuentran incluidos dentro del kmz adjunto en el Anexo 3 de la Adenda.
Residuos líquidos: Los residuos líquidos domésticos generados en la fase de construcción serán los provenientes de los lavamanos y duchas. Cabe señalar que durante la fase de construcción en el área de instalación de faenas y en los frentes de trabajo se utilizarán
baños químicos. El titular llevará un estricto control de los retiros de estos residuos, manteniendo disponible para control de la Autoridad, el documento timbrado que certifique la disposición final de las aguas servidas en un recinto autorizado.
Las aguas residuales de los baños químicos serán retiradas periódicamente por empresas que contarán con las respectivas autorizaciones sanitarias. El número de baños químicos será proporcional al número de trabajadores de acuerdo a las exigencias del D.S. 594/99 del MINSAL.
Ruido: Se presentó una caracterización de ruido y vibraciones (Anexo 4 de la DIA).
Los valores estimados para el ruido generado por maquinaria e instalaciones fueron comparados con los máximos permitidos establecidos en el Decreto Supremo N* 38/2011 del Ministerio del Medio Ambiente.
Además de lo anterior, se evaluó el incremento del ruido sobre la fauna en los puntos establecidos en base a los criterios de la normativa internacional, United States Environmental Protection Agency (EPA); “Effects of Noise on Wildlife and Other Animals”, 1971 y en base al de límite 85 dB establecido por el Servicio Agrícola y Ganadero (SAG).
e El área de influencia del componente ruido se presentó en la Figura 1 del Anexo 4 de la DIA.
e Los receptores se identifican en la Figura 2 del Anexo 4 de la DIA.
los resultados permitieron concluir que el proyecto no supera el
límite establecido para fauna.
Vibraciones: Se presentó una caracterización de ruido y vibraciones (Anexo 4 de la DIA).
La estimación de vibraciones se realizó según lo indicado en la Transit Noise and Vibration Impact Assesment de la Federal Transit Administration — USA — 2018 (norma de referencia), sobre cada punto de evaluación.
Los resultados obtenidos permiten concluir que el proyecto no supera el límite establecido por la norma de referencia.
Residuos, productos químicos y otras sustancias que puedan afectar el medio ambiente.
Residuos Domésticos: Estos serán almacenados en bolsas plásticas al interior de contenedores cubiertos especialmente demarcados y habilitados en cada uno de los frentes de trabajo móvil y en diversas áreas de la instalación de faena. Serán retirados diariamente y llevados al sector de la bodega de residuos domésticos en contenedores cerrados que se ubica al interior de la instalación de faena, para posteriormente ser enviados a sitios autorizados de la región mediante empresas autorizadas para realizar esta labor.
La frecuencia de retiro desde el sitio de almacenamiento temporal será de dos veces por semana.
Para llevar un control del retiro, tanto en la garita como en las oficinas de la instalación de faena, tendrán el procedimiento de registro y seguimiento para los residuos domiciliarios generados, se verificará que todos los camiones que se despachen de faena lleguen a destino autorizado.
Residuos Industriales No Peligrosos: Serán almacenados en la bodega de residuos no peligrosos ubicada al interior de la instalación de faena.
En garita y en las oficinas se podrá encontrar el procedimiento de registro y seguimiento para los residuos no peligrosos generados. Adicionalmente se verificará que todos los camiones que se
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despachen de faena lleguen a destino autorizado.
Este plan contempla el registro y la emisión de informes mensuales. Todos los residuos sólidos generados serán tratados en conformidad a la legislación aplicable. Respecto de las maderas de embalajes de los equipos que provengan del extranjero, deberán contar con la certificación exigida en la Resolución N? 133/05 del SAG destinado a la prevención del ingreso potencial de plagas al país.
Residuos Peligrosos: Los residuos peligrosos serán dispuestos temporalmente en una bodega de residuos peligrosos ubicada al interior de la instalación de faena, la cual estará debidamente identificadas y clasificados todos los residuos en conformidad con el D.S. 148/03 del MINSAL.
Los residuos sólidos peligrosos serán dispuestos en receptáculos cerrados y el tiempo máximo de almacenamiento temporal será de 6 meses o cuando la bodega se encuentre al 80% de su capacidad. La disposición final se realizará a través de una empresa autorizada de la zona, declarando oportunamente la cantidad de residuos peligrosos en el SIDREP. Adicionalmente, hay que indicar que los paneles fotovoltaicos dañados serán catalogados como residuos peligrosos y por tanto serán dispuestos al interior de la bodega.
Combustible: Se almacenará combustible para el equipo electrógeno. El combustible será almacenado en un estanque de 1.000 litros ubicado dentro de la instalación de faena. Este almacenamiento cumplirá con lo establecido en la normativa vigente.
Referencia al ICE para mayores detalles sobre esta fase.
Sección 4.6. del ICE “Fase de construcción”
4.3.2. FASE DE OPERACIÓN
Parque fotovoltaico
El parque fotovoltaico estará conformado por:
Módulos fotovoltaicos:
El parque fotovoltaico contará con un máximo de 24.000 módulos fotovoltaicos. Las medidas aproximadas de los módulos corresponden a de 2 m de altura, por un 1 m de ancho y 40 mm de profundidad, y su peso aproximado es de 30 kg. Los módulos fotovoltaicos tienen un marco de aluminio, una cubierta de vidrio templado antirreflejos, y celdas solares de un material semiconductor posicionadas entre el vidrio anterior y una lámina de plástico posterior, que transforman la radiación solar en electricidad, las que se encuentran eléctricamente cableadas entre sí al interior del módulo y que poseen dos terminales eléctricos de conexión localizados en la parte trasera de cada módulo. (Ver fotografía 1 de la DIA).
Estructuras de soporte: Los módulos fotovoltaicos serán ubicados sobre estructuras de soporte (Fotografía 2 de la DIA). Cada estructura de soporte consistirá en un seguidor a un eje horizontal, lo que producirá un seguimiento diario al sol en el eje Este-Oeste.
Centros de transformación: Tres unidades, cada centro de transformación contendrá un conjunto de uno o más inversores que en total sumen 3.000 kW de potencia nominal, que transformarán la corriente generada de continua en alternada. En el mismo conteiner se alojará un transformador de aceite que elevará la tensión de la corriente alternada de Baja a Media Tensión (elevando la tensión a un nivel de 23 kV de tensión), además de otros equipos eléctricos pertinentes y usuales en dicho tipo de instalaciones, tales como
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interruptores, relés y puesta a tierra. La electricidad será conducida desde los paneles fotovoltaicos a los centros de transformación mediante conductores de corriente continua.
Oficina, Centro de Control y estacionamientos: Cada una de estas partes estará presente durante toda la vida útil del proyecto. Estas serán construidas durante la fase de construcción y estarán ubicadas dentro de la instalación de faena. Una vez que la fase de construcción esté concluida y la instalación de faena sea desmantelada, las oficinas y estacionamientos serán reacondicionados para la fase de operación. Parte de las oficinas se transformarán en el centro de control del proyecto, será el lugar donde se efectúe el control tele-comandado y monitoreo durante la fase de operación y permitiendo la operación del parque fotovoltaico, dando las alertas en caso de que exista alguna contingencia durante la fase de operación del proyecto.
Cerco perimetral: El proyecto contará con un cierre perimetral de aproximadamente 2 metros de altura, lo que permitirá resguardar la seguridad del personal y las instalaciones junto con limitar el acceso y la seguridad de terceros (Fotografía 4 de la DIA).
Punto de evacuación y Línea eléctrica
Punto de Evacuación (Sala de Media): Consiste en una estructura tipo container de dimensiones aproximadas 20 m x 20 m, con interruptores o reconectadores según corresponda, relés y equipos de medida entre otros, que permitirá el inicio de la Línea de Interconexión a la red de distribución. La electricidad será conducida desde los centros de transformación al punto de evacuación mediante conductores localizados en líneas eléctricas de corriente alterna.
Línea de Interconexión a la red de distribución: La evacuación de la energía eléctrica producida en el parque fotovoltaico se realizará mediante un tendido eléctrico aéreo de 23 kV de tensión nominal, que conectará el punto de evacuación del parque con el punto de conexión a la red de distribución. Este tendido eléctrico tendrá una longitud aproximada de 914 m. Las estructuras de soporte de los conductores serán postes simples de hormigón armado. En la Fotografía 5 del Capítulo de Descripción de Proyecto de la DIA se muestra un esquema de una estructura tipo a utilizar en la línea eléctrica. En el punto de conexión a la red de distribución, se instalarán los siguientes equipos sobre las estructuras de soporte: un equipo compacto de medida, un medidor de energía y potencia, un reconectador, un relé y un fusible (Fotografía 5 de la DIA). El Proyecto no contará con una subestación eléctrica, sino que se conectará directamente a la red de distribución perteneciente al Sistema Eléctrico Nacional, mediante los equipos antes señalados. La conexión a la red de distribución se realizará en las coordenadas referenciales: 5856244,60 N; 735.353,49 E (Coordenadas UTM, WGS84 H18S) considerando una disminución en la postación debido a un cambio en el poste de conexión más cercano al área del proyecto.
Caminos
Caminos Internos: El parque fotovoltaico contará con caminos que unen el área de instalación de faena con los centros de transformación y las áreas de paneles, (Figura 5 de la DIA). Dichos caminos tendrán un ancho variable entre 3 y 5 metros.
Caminos de acceso a construir y mejorar: El proyecto considera la construcción de un tramo del camino de acceso al proyecto, desde el camino rural existente hasta una huella existente, todo esto dentro del predio privado donde se ubica el proyecto. El tramo por construir tiene un largo aproximado de 570 metros con un ancho de 3 a 6 metros. Posteriormente, y cuando la construcción del camino de acceso indicado empalma con la huella existente, se mejorará ésta para ser utilizada por el proyecto. Finalmente, estos caminos a construir y mejorar según corresponda, darán acceso a cada una de las áreas de paneles del proyecto, instalación de faena y área de
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acopio temporal.
Puesta en marcha
Consistirá en la generación y entrega de energía eléctrica en condiciones normales con el fin de garantizar la normalidad de funcionamiento de los equipos.
Operación del Parque | Este proceso podrá ser monitoreado desde la sala de control
fotovoltaico mediante control diario en turno. Todas las instalaciones contarán con un contrato de mantenimiento con una empresa especializada en este tipo de actividades durante su vida útil. Este contrato incluirá la revisión anual preventiva de todas las intervenciones que fueran necesarias para el correcto funcionamiento del parque y el retiro de los residuos generados producto de dichas actividades.
Control, mantención y | En la fase de operación se contempla el control y la limpieza de los
limpieza de paneles | Paneles fotovoltaicos para asegurar su eficiencia. Esta actividad
fotovoltaicos contempla lo siguiente:
1, Comprobación de cableado y conexiones.
- Revisión general de la estructura y edificios de inversor.
-
Mantención y limpieza de módulos fotovoltaicos.
-
Mantención Preventiva,
-
Mantención Correctiva,
6.Mantención Predictiva.
-
Limpieza en Seco.
-
Limpieza con Agua.
Mayores detalles en la sección 1.6.5.3. Plan de mantención, de la DIA.
Productos generados
Energía eléctrica: El proyecto considera la generación de energía eléctrica a través de la operación de un parque fotovoltaico que entregará hasta 9 MW de potencia AC a la red de distribución local y al Sistema Eléctrico Nacional (SEN). El proceso considera la captación de la energía a través del sol, transformación de la misma a energía eléctrica y luego inyección a la red de distribución a través de una Línea de Interconexión en 23 kV.
Recursos naturales renovables
Vegetación: En las visitas de control durante la fase de operación, se realizará la revisión de la altura de los individuos de flora que hayan crecido durante el periodo entre una y otra visita técnica o de mantención.
En caso que la altura de los individuos de flora posea una altura mayor a los 20 cm, esta será podada y cortada hasta la altura indicada.
Emisiones y efluentes
Emisiones atmosféricas:
La operación contempla una duración de 25 años, cuyas actividades corresponden en su mayoría a tareas como el monitoreo del funcionamiento del parque fotovoltaico desde la sala de control mediante un control diario en turno.
En la siguiente Tabla se presenta un resumen de las emisiones atmosféricas de material particulado y gases de combustión de motores que aporta cada una de las actividades del Proyecto en la fase de operación.
Activid Emisiones (ton/año) ad
MP2.5 | MPIO | MPT_ | NOx co SOx COV__| NH3 TOTA 0,001 [0,013 [0.039 | 0.002 | 0,000 | 0,000 | 0000 | 0,000 LANO [año]
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TOTA | 0,037 0,329 0,975 0,045 0,000 0,000 0,000 0,000 L FASE DE OPER ACIO N [t'fase] Q5 años)
(Fuente: Tabla 3.52. Cuadro resumen de emisiones de acuerdo con las actividades realizadas en la fase de operación, del Anexo 9 de la Adenda).
Mayores detalles en el Anexo 9 de la Adenda.
Residuos líquidos domésticos: La generación de residuos líquidos durante esta fase está directamente asociada a la mano de obra (máximo 6 personas), ya que corresponderá a aguas servidas. Si bien las actividades de mantención son eventuales, en caso de realizarse, se generarán 0,72 m'/día de aguas servidas domésticas durante dichas mantenciones, tomando como referencia un factor de recuperación de 0,8 del total del consumo de agua potable. Estos efluentes serán manejados al interior de los mismos baños químicos dispuestos para estas actividades. Las aguas residuales de los baños químicos serán retiradas periódicamente por empresas que contarán con las respectivas autorizaciones sanitarias.
Ruido: Durante la fase de operación se considera el funcionamiento de los motores trackers, funcionamiento de la línea de transmisión, el generador de emergencia, los inversores y transformadores. Por otra parte, el movimiento de los trackers no es de carácter continuo, ya que sólo se activa conforme a la operación predefinida para los mismos, por lo tanto, la emisión sonora además de ser baja tiene un carácter puntual.
Los resultados obtenidos permiten concluir que el proyecto no superará los limites establecidos en el D.S N*38/11 del MMA, durante la fase de operación.
Mayores detalles en Tabla 38. Evaluación Normativa — Fase de Operación., del Anexo $ de la DIA.
Emisiones electromagnéticas: El proyecto contempla líneas de media tensión (LM) (3kV), las cuales generan emisiones electromagnéticas. No obstante, estas no superan los límites normativos señalados por la International Commission on Non-lonizing Radiation Protection, ICNIRP Publication— 2010, Guidelines for limiting exposure to time-varying electric and magnetic fields. Por cuanto, el proyecto se mantiene por debajo de los limites normativos, tanto en campos eléctricos como magnéticos.
Residuos, productos químicos y otras sustancias que puedan afectar el medio ambiente.
Residuos Domésticos: Se estima una generación de 0,18 mes, considerando una tasa de generación de 1 kg/día/persona y la dotación máxima (6 trabajadores). Estos residuos serán dispuestos (en origen) en bolsas plásticas y llevadas por el mismo personal a contenedores públicos en las localidades cercanas.
Residuos Industriales No Peligrosos: Los residuos sólidos industriales no peligrosos durante la fase de operación provendrán de actividades como reparaciones varias, por lo que serán de muy baja magnitud. Se estima una generación de 0,2 toneladas/mes. Estos residuos serán dispuestos temporalmente en contenedores cerrados localizados próximos a la sala de control, para luego ser retirados por una empresa externa, autorizada y que cumpla con toda la legislación vigente, hasta un sitio autorizado para su disposición
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final; la frecuencia de retiro será cada 6 meses.
Como plan de manejo de las estructuras u otros elementos utilizados por el proyecto que ya no se encuentren en funcionamiento ya sea por daño, recambio o desmantelamiento, se hará una separación en aquellos residuos susceptibles de ser reciclados y los que no, lo cual deberá quedar establecido en un registro que señale el tipo de residuo, su categoría (reciclaje, donación, residuo, etc.), transporte (empresa a cargo del transporte), destinatario (quien recepciona el material). Estos últimos, en caso de ser categorizado como residuo, las empresas a cargo del transporte y disposición final deberán estar regularizados por la Autoridad Sanitaria.
Residuos Peligrosos: La generación de residuos peligrosos durante la fase de operación consistirá básicamente en paneles fotovoltaicos dañados y por residuos producto de actividades de mantención.
La cantidad de estos residuos será de una cantidad inferior a 0,36 año. Los residuos peligrosos serán dispuestos temporalmente en contenedores segregados según tipo de residuos a un costado de la sala de control. Cabe señalar que la zona destinada al almacenamiento temporal de residuos peligrosos será la misma que se utilizará en la fase de construcción, al interior del área de instalaciones. Periódicamente (máximo 6 meses) serán retirados por una empresa autorizada y trasladados a un lugar de disposición final autorizado, de acuerdo con lo dispuesto en el D.S. N* 148/2003.
Referencia al ICE para mayores detalles sobre esta fase.
Sección 4.70 del ICE “Fase de operación”
4.3.3. FASE DE CIERRE
Habilitación instalación de faenas
Tendrá características similares a la Instalación de faenas en fase de construcción.
Desmantelamiento o aseguramiento de infraestructura
Durante la fase de cierre se realizará el retiro de todas las estructuras. En términos generales, el desmantelamiento de los módulos fotovoltaicos se realizará evitando su daño, con el propósito de poder comercializarlos, por lo cual, dicha actividad y el retiro de los mismos será coordinado para trasladarlos a un lugar de disposición final a medida que son desmontados. Adicionalmente, se realizarán labores de descompactación de las áreas donde se hayan emplazado caminos y en el área de instalaciones. Además, se removerá todo el hormigón que pudiese ser utilizado como radier para el soporte de ciertos equipos como centros de transformación, bodegas u otros, con la finalidad de no entorpecer el desarrollo de futuras actividades en el predio. Todos los materiales retirados (incluido el hormigón) que no pudiesen ser reutilizados y/o reciclados se dispondrán en lugares autorizados para este fin.
Restauración
Las actividades de restauración del terreno consistirán en un proceso de descompactación de las áreas donde se hayan emplazado estructuras de peso (área de instalaciones) y caminos, permitiendo devolver la estructura y aumentar la aireación del suelo. En virtud de que el suelo cumple funciones a nivel ambiental, mediante la sustentación de vegetación permanente y efímera, las acciones de descompactación permitirán un repoblamiento natural del área recuperada, sin necesidad de intervención humana. De esta Manera, se facilitará además el repoblamiento por parte de la fauna nativa.
Se restaurará la superficie equivalente a la pérdida de cubierta vegetal asociada a la plantación forestal de Eucalyptus que será intervenida por el emplazamiento del proyecto, las cuales en su conjunto abarcan 2,24 ha. Esta restauración será efectuada con la misma especie Eucalyptus o con especies nativas. Mayores detalles en la respuesta a la observación 1.7. de la Adenda (página 4).
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Prevención de futuras
emisiones
Emisiones atmosféricas: atmosféricas de material particulado y gases de combustión de motores que aporta cada una de las actividades del proyecto en la fase de cierre:
Actividad | Emisiones fase de cierre (EMISIONES [tfase]) MP2, |MPIO MP NOx co SOx Ccov NH3 5 T TOTAL 0,163 | 0,353 0,64 | 1,335 1,013 0,041 0,171 0,001 FASE DE 6 CIERRE
(Fuente: Tabla 3.76. Cuadro resumen de emisiones de acuerdo con las actividades realizadas en la fase de cierre, del Anexo 9 de la Adenda)
Emisiones de ruido: Los resultados obtenidos permiten concluir que el titular no superará los máximos permitidos en el D.S. N*38/11 del MMA durante la fase de cierre del proyecto. Mayores detalles en Tabla 39. Evaluación normativa — Fase de Cierre, del Anexo 4 de la DIA.
Vibraciones: Los resultados obtenidos permiten concluir que el proyecto no superará los límites de vibración establecidos en la norma de referencia. Mayores antecedentes en Tabla 34. PPV Proyectados - Fase de Cierre, Anexo 4 de la DIA).
Emisiones y efluentes
Residuos líquidos domésticos: Los efluentes domésticos serán semejantes a los generados durante la fase de construcción, correspondientes a aguas servidas provenientes de los servicios higiénicos, por lo que se implementarán las mismas medidas definidas para la fase de construcción.
Residuos, productos químicos y otras sustancias que puedan afectar el medio ambiente.
Residuos sólidos domésticos: Los residuos sólidos domésticos generados serían de naturaleza similar a los declarados para la fase de construcción en términos de cantidades y características, por lo que se implementarán las mismas medidas de manejo.
Residuos sólidos industriales no peligrosos: Los residuos sólidos industriales no peligrosos a generar serán semejantes a los generados durante la fase de construcción en términos de cantidad y características, por lo que se implementarán las mismas medidas de manejo.
Residuos sólidos industriales peligrosos: Los residuos sólidos industriales peligrosos generados serían de naturaleza similar a los declarados para la fase de construcción en términos de cantidades y características, por lo que se implementarán las mismas medidas de manejo.
Respecto a los módulos fotovoltaicos, en general se priorizará la reutilización, reciclaje o donación de estos residuos, teniéndose como última alternativa el ser llevados a un lugar de disposición final en sitio autorizado en las cercanías del Proyecto. Asimismo, se privilegiará la reutilización y/o reciclaje de partes las partes eléctricas del proyecto, incluyendo aquellos elementos soterrados. En el caso particular de los módulos fotovoltaicos se realizará a través de la empresa PVUCYCLE o similar.
Referencia al ICE para mayores detalles sobre esta fase.
Sección 4.8. del ICE “Fase de cierre”
4.4. CRONOLOGÍA DE LAS FASES DEL PROYECTO
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4.4.1. FASE DE CONSTRUCCIÓN
Fecha estimada de inicio
Abril 2021
Parte, obra o acción que establece el inicio
Despeje de la vegetación y preparación de la superficie del área de proyecto, en conjunto con la instalación del cerco perimetral.
Fecha estimada de término
Septiembre 2021
Parte, obra o acción que establece el término
Desmontaje de la instalación de faenas y la puesta en marcha del proyecto
4.4.2. FASE DE OPERACIÓN
Fecha estimada de inicio
Octubre 2021
Parte, obra o acción que establece el inicio
Desmontaje de la instalación de faenas y la puesta en marcha del proyecto
Fecha estimada de término
Octubre 2046
Parte, obra o acción que establece el término
Desconexión del Proyecto y el cese de la inyección de energía al SEN
4.4.3. FASE DE CIERRE
Fecha estimada de inicio
Noviembre 2046
Parte, obra o acción que establece el inicio
Desconexión del Proyecto y el cese de la inyección de energía al SEN,
Fecha término
estimada de
Abril 2047
Parte, obra o acción que establece el término
Una vez desmantelado el parque fotovoltaico se realizará un informe a la SMA con la información necesaria y de acuerdo a la normativa vigente, en la que se incluirán los registros fotográficos que demuestren la reposición de los recursos naturales a su estado inicial.
5%. Que, durante el proceso de evaluación se han presentado antecedentes que justifican la inexistencia de los siguientes efectos, características y circunstancias del artículo 11 de la Ley N?
19,300:
5.1. RIESGO PARA LA SALUD DE LA POBLACIÓN, DEBIDO A LA CANTIDAD Y CALIDAD DE EFLUENTES, EMISIONES Y RESIDUOS
Impacto ambiental
Aumento del riesgo preexistente a la salud de la población por aumento de la concentración de Material Particulado y gases de combustión.
Parte, obra o acción que lo genera .
Despeje y preparación de la superficie del área del proyecto
- Excavación de zanjas
- Transporte de personal
Fase en que se presenta
. Construcción . Operación . Cierre
Impacto ambiental
Riesgo a la salud de la población por aumento de los niveles de ruido en los receptores más cercanos
Parte, obra o acción que lo genera
Funcionamiento maquinaria
Fase en que se presenta
. Construcción . Cierre
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Referencia al ICE para mayores e Tabla 5.1. del ICE, Salud de la población
detalles sobre este impacto específico | ¿Tabla 6.1. del ICE, Sobre la inexistencia de riesgo
para la salud de la población, debido a la cantidad y calidad de efluentes, emisiones y residuos
Emisiones a la atmósfera:
Al igual que lo señalado en el Proyecto Original, las emisiones de MP se mantienen por debajo de la tonelada/año, sin requerir la presentación de un plan de compensación de emisiones señalado en el D.S N? 4/2017, que establece el PPDA para la comuna de Los Angeles.
A partir de los resultados de las modelaciones, se puede concluir que las emisiones estimadas para la Fase de Construcción del Proyecto no son relevantes desde el punto de vista ambiental, ya que no aumentan de forma significativa la condición basal del área de influencia, la cual, como se indicó, se encuentra declarada saturada por PM 2.5. Lo anterior se debe, por una parte, porque las fuentes emisoras asociadas presentan bajos niveles de generación de contaminantes atmosféricos y, por otra
parte, porque las actividades emisoras son de corta magnitud y duración dentro de la Fase de Construcción.
Emisiones de ruido
Con este objeto, se evalúan los niveles de ruido utilizando como base el D.S. N"38/11 del Ministerio del Medio Ambiente: “Norma de emisión de ruido por fuentes que indica”, el cual establece los niveles máximos de emisión de ruido generados por las fuentes que son objeto de regulación.
De acuerdo con lo anterior, se analizaron los niveles de ruido para las diferentes etapas del Proyecto, encontrándose nueve potenciales receptores humanos y un punto de fauna, para los que se obtuvieron resultados donde todos los receptores se presentan por debajo de los niveles máximos permitidos para las zonas consideradas, según la normativa vigente.
En atención a lo anterior, y a los antecedentes disponibles en el expediente del proyecto, es posible concluir que el proyecto no generará riesgo a la salud de la población, en los términos establecidos en el art. 5 del D.S. N*40/2012.
5.2. EFECTOS ADVERSOS SIGNIFICATIVOS SOBRE LA CANTIDAD Y CALIDAD DE LOS RECURSOS NATURALES RENOVABLES, INCLUIDOS EL SUELO, AGUA Y AIRE
Impacto ambiental Pérdida de suelo por generación de procesos erosivo Componente(s) ambiental(es) Suelo
afectado(s)
Parte, obra o acción que lo genera + Movimiento de tierra
- Faenas de construcción
- Montaje de paneles
- Habilitación de caminos internos
Fase en que se presenta . Construcción . Operación . Cierre Impacto ambiental Alteración sobre flora y vegetación del área de influencia Componente(s) ambiental(es) Vegetación afectado(s) Parte, obra o acción que lo genera . Escarpe . Mantención y limpieza del terreno
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Fase en que se presenta . Construcción . Operación
Referencia al ICE para mayores | +. Tabla 5.2.1 del ICE, Suelo detalles sobre este impacto específico e Tabla 5.2.2. del ICE, Agua
e Tabla 5.2,3. del ICE, Aire
e Tabla 5.2.4.1. del ICE, Flora e Tabla 5.2.4.2. del ICE, Fauna
- Tabla 6.2. del ICE, Sobre la inexistencia de efectos adversos significativos sobre la cantidad y calidad de los recursos naturales renovables, incluidos el suelo, agua y aire.
En cuanto a la erodabilidad, podemos señalar que en el Área de Proyecto no se observaron formas de erosión (laminar, surco o cárcavas) y por lo tanto no existen procesos erosivos actuales. Por otro lado, se estima que dicha área posee un riesgo de erosión potencial bajo o nulo como fue identificado en el Proyecto Original. Adicionalmente, el Proyecto considera durante la Fase de Operación la mantención de una cobertura vegetal a baja altura en todo el sector de paneles fotovoltaicos con la finalidad de evitar la ocurrencia de procesos erosivos, En el caso de los caminos se realizará una compactación controlada con la finalidad de minimizar el riesgo de erosión.
De acuerdo con los antecedentes presentados por el titular en el estudio de Flora y vegetación (Anexo 8.1 Suelos, Anexo 8,2 Flora y vegetación y Anexo 8.3 Fauna terrestre de la DIA) en el área de influencia de este componente, no se identificaron recursos naturales renovables escasos, únicos o representativos.
Lo que se explica por el alto grado de intervención antrópica histórica que posee la superficie de emplazamiento del proyecto, su vegetación es principalmente exótica, lo que limita la colonización de fauna nativa de hábitats.
En atención a lo anteriormente expuesto, así como los antecedentes expuestos, es posible concluir que el proyecto no generará efectos adversos significativos sobre la cantidad y calidad de los recursos naturales renovables, incluidos el suelo agua y aire, en los términos establecido en el art. 6 del D.S. N*40/2012.
5.3. REASENTAMIENTO DE COMUNIDADES HUMANAS O ALTERACIÓN SIGNIFICATIVA DE LOS SISTEMAS DE VIDA Y COSTUMBRES DE GRUPOS HUMANOS
Impacto ambiental Susceptibilidad de afectación a la calidad de vida de los grupos humanos
Parte, obra o acción que lo genera No aplica
Fase en que se presenta No aplica
Referencia al ICE para mayores | Tabla 5.3. del ICE, Grupos humanos, incluyendo detalles sobre este impacto específico grupos humanos pertenecientes a pueblos indígenas
e Tabla 6.3 del ICE, Sobre la inexistencia de reasentamiento de comunidades humanas o alteración significativa de los sistemas de vida y costumbres de grupos humanos
De acuerdo a los registros proporcionados por la Corporación Nacional de Desarrollo Indígena (CONADD, asimismo como la información facilitada por los propios habitantes de la localidad, en el área de influencia del proyecto no se encuentran Áreas de Desarrollo Indígena (ADD, y no existen Asociaciones o Comunidades Indígenas en el sector. Lo anterior fue ratificado mediante el
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pronunciamiento conforme sobre la DIA de dicho Órgano del Estado (Ord N*449 de fecha 11 de noviembre).
En base a las entrevistas semiestructuradas y en la percepción de los diferentes dirigentes sociales de las juntas de vecinos del territorio, en el área de influencia del proyecto, no existe un lugar físico de importancia cultural o significación ritual para familias y personas de ascendencia mapuche. Tampoco se realizan actividades relacionadas a las tradiciones culturales de algún pueblo originario. No se encontraron antecedentes de compra de tierras indígenas art. 20a y art. 20b, tampoco en expedientes históricos del registro de CONADL
Desde un punto de vista organizacional, y en base a las entrevistas a parte de los dirigentes en el área de influencia, es posible indicar que la mayoría de las actividades sociales, se realizan en espacios públicos como plazas, canchas y en áreas verdes distribuidos dentro del área de influencia, pero que de ninguna forma serán alteradas ni afectadas por el proyecto.
5.4. LOCALIZACIÓN EN O PRÓXIMA A POBLACIONES, RECURSOS Y ÁREAS PROTEGIDAS, SITIOS PRIORITARIOS PARA LA CONSERVACIÓN, HUMEDALES PROTEGIDOS Y GLACIARES, SUSCEPTIBLES DE SER AFECTADOS, ASÍ COMO EL VALOR AMBIENTAL DEL TERRITORIO EN QUE SE PRETENDE EMPLAZAR
Impacto ambiental Susceptibilidad de afectación debido a la localización del proyecto en o próximo a áreas con valor ambiental
Componente(s) ambiental(es) Valor ambiental afectado(s)
Parte, obra o acción que lo genera No aplica
Fase en que se presenta No aplica
Referencia al ICE para mayores |+ Tabla 5.4. del ICE, Áreas protegidas, poblaciones detalles sobre este impacto específico protegidas, recursos protegidos, glaciares, humedales protegidos, sitios prioritarios para la conservación.
e Tabla 5.5 del ICE, Valor ambiental
e Tabla 6.4. del ICE, Sobre la inexistencia de localización en o próxima a poblaciones, recursos y áreas protegidas, sitios prioritarios para la conservación, humedales protegidos y glaciares, susceptibles de ser afectados, así como el valor ambiental del territorio en que se pretende emplazar.
El área de influencia del proyecto no posee valor ambiental en los términos del SELA, toda vez que presenta un alto grado de antropización, no provee de servicios ecosistémicos locales relevantes para la población, ni posee ecosistemas o formaciones naturales con características de unicidad, escasez o representatividad.
En las cercanías del proyecto no se encontraron tierras, áreas o sitios declarados bajo la categoría de “Areas de Desarrollo Indígena” que estén regulados, definidos y/o que gestionen usos de suelo en el área de emplazamiento del Proyecto.
El área de influencia del Proyecto no está inserto o en las cercanías de áreas colocadas bajo protección oficial y/o áreas protegidas, tampoco la presencia de aquellas áreas prioritarias de nivel regional establecidos en la Estrategia Regional de Biodiversidad de la región del Biobío y en la Política Regional para la Conservación de la Biodiversidad 2017-2030, ni de otras áreas protegidas por normativa legal o de iniciativas de conservación privada que se encuentren emplazadas en el territorio actual de la Región del Biobío.
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5.5. ALTERACIÓN SIGNIFICATIVA, EN TÉRMINOS DE MAGNITUD O DURACIÓN, DEL VALOR PAISAJÍSTICO O TURÍSTICO DE UNA ZONA
Impacto ambiental Obstrucción de la visibilidad a una zona con valor paisajístico y/o turístico
Componente(s) ambiental(es) Paisaje afectado(s)
Parte, obra o acción que lo genera No aplica Fase en que se presenta No aplica
Referencia al ICE para mayores |+ Tabla 5.6 del ICE, Valor paisajístico y turístico
detalles sobre este impacto específico |, Tabla 6.5 del ICE, Sobre la inexistencia de alteración
significativa, en términos de magnitud o duración, del valor paisajístico o turístico de una zona
El área donde se emplazará el Proyecto, no se encuentra en una zona con valor turístico, y su duración y magnitud de intervención no obstruye la visibilidad hacia áreas de tales características, dado a que se emplaza en un predio privado fuera de los límites urbanos de Los Ángeles y cuya área de influencia se asocia al entorno inmediato del Proyecto.
De acuerdo a lo señalado en el Anexo 12 de la Adenda del Proyecto Original, según la Guía para la Evaluación de Impacto Ambiental del Valor Paisajístico en el SEA (2019), se determinó que el área del Proyecto se ubica en un sector con baja calidad visual, pues no se identifican elementos de calidad visual alta dentro de los atributos biofísicos, estéticos y estructurales. Asimismo, se presentan en su mayoría atributos de calidad baja.
Adicional a lo anterior, el proyecto se ubica en un predio privado, el cual posee barreras visuales naturales con respecto a la ubicación de los paneles, dado que se encuentra al interior.
Adicionalmente las estructuras a utilizar no son de gran altura para que obstruyan el paisaje o interfieran con la visibilidad de algún objeto. En este sentido, los lugares donde el Proyecto adquiere mayor visibilidad son caminos privados sin acceso al público.
El área donde se emplazará el Proyecto no se encuentra en una zona con valor paisajístico y/o turístico, y su duración y magnitud de intervención no obstruye la visibilidad hacia áreas de tales características.
5.6. ALTERACIÓN DE MONUMENTOS, SITIOS CON VALOR ANTROPOLÓGICO, ARQUEOLÓGICO, HISTÓRICO Y, EN GENERAL, LOS PERTENECIENTES AL PATRIMONIO CULTURAL
Impacto ambiental Alteración al Patrimonio Cultural Parte, obra o acción que lo genera No aplica Fase en que se presenta No aplica
Referencia al ICE para mayores |« Tabla 5.7 del ICE, Patrimonio Cultural
detalles sobre este impacto específico |, Tabla 6.6 del ICE, Sobre la inexistencia de alteración
de monumentos, sitios con valor antropológico, arqueológico, histórico y, en general, los pertenecientes al patrimonio cultural
Según lo presentado en la caracterización arqueológica del Proyecto, no se registraron hallazgos de tipo arqueológico en el área.
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En el complemento se destaca que tampoco existen elementos patrimoniales dentro del área de intervención que puedan verse afectados por la ejecución del Proyecto, no obstante se seguirá manteniendo el compromiso adquirido en el Proyecto Original donde se señala que “El Titular dispondrá de un arqueólogo o licenciado en arqueología para que realice un monitoreo permanente por cada frente de trabajo durante el tiempo real que dure la fase de construcción del Proyecto. Además, antes del inicio de cada obra se realizarán charlas de inducción a las/los trabajadores sobre el componente arqueológico”.
Del mismo modo, en la prospección paleontológica (ver Anexo 10 de la Adenda) no se registraron materiales paleontológicos en terreno, además, como resultado se tiene que el Proyecto se emplaza sobre la unidad geológica Formación La Montaña, concluyéndose que el área influencia del Proyecto tiene potencial paleontológico bajo a medio, clasificada dentro de la categoría Susceptible, según la Guía de Informes Paleontológicos del CMN.
De acuerdo a la ADENDA completaría el proyecto realizará charlas de inducción paleontológica, las que se llevarán a cabo previo al inicio de las obras, y cada vez que se incorpore personal.
Los informes de esta actividad serán suscritos por el paleontólogo a cargo de las charlas con periodicidad semestral, e incluirán un registro fotográfico de las actividades, y las listas de
asistencias firmadas para cada charla.
En caso de registrarse un hallazgo paleontológico durante las obras del Proyecto, y a fin de evitar incurrir en el delito de daño a Monumento Nacional establecido en el artículo 38 de la Ley 17.288, el proyecto procederá según lo establecido en los artículos 26 y 27 de la Ley N 17.288 de Monumentos Nacionales y el artículo 23 del D.S. N 484 Reglamento sobre excavaciones y/o prospecciones arqueológicas, antropológicas y paleontológicas, paralizando toda obra en el sector del hallazgo e informando de inmediato y por escrito al Consejo de Monumentos Nacionales, para que este organismo determine los procedimientos a seguir, y cuya implementación deberá ser efectuada por el Titular del Proyecto.
En este sentido, el protocolo que se implementará de parte del proyecto consistiría en detener las obras de forma inmediata de forma de prevenir cualquier afección al hallazgo paleontológico imprevisto, dando aviso de inmediato al Consejo de Monumentos Nacionales, al cual se consultará por los pasos a seguir.
El Consejo de Monumentos Nacional acreditó dicho protocolo y se pronuncia conforme con la ADENDA mediante ORD. N” 1649 de fecha 13 de abril de 2021.
6”, Que resultan aplicables al Proyecto los siguientes permisos ambientales sectoriales, asociados a las correspondientes partes, obras o acciones que se señalan a continuación:
6.1. PERMISOS AMBIENTALES SECTORIALES MIXTOS
Tabla 6.1.1 Permiso para la construcción, modificación y ampliación de cualquier planta de tratamiento de basuras y desperdicios de cualquier.clase; o para la instalación de todo lugar destinado a la acumulación, selección, industrialización, comercio o disposición final de basuras y desperdicios de cualquier clase, según
se establece en el artículo:140 del Reglamento del SELA
Fase del proyecto a la cual | Fase de construcción, operación y cierre. corresponde
Parte, obra o acción a la que | El Proyecto contempla la habilitación de áreas para el almacenamiento
aplica temporal de residuos no peligrosos.
Condiciones o exigencias | No aplica. específicas para su otorgamiento
Pronunciamiento del órgano | Mediante Ord. N*897 de fecha 4 de marzo de 2021, la Autoridad
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competente
Competente, SEREMI de Salud indicó: “El titular da cumplimiento a los permisos ambientales sectoriales PAS 140 y PAS 142, entregando los antecedentes técnicos para su autorización sectorial para el almacenamiento de residuos no peligrosos y almacenamiento de residuos peligrosos”,
Referencia al ICE para mayores detalles
En ítem 102.2
Tabla 6.1.2: Permiso para todo sitio destinado al almacenamiento de residuos peligrosos, según se establece
en
el artículo 142: del Reglamento del SELA
Fase del proyecto a la cual corresponde
Fase de construcción, operación y cierre,
Parte, obra o acción a la que aplica
El Proyecto contempla el almacenamiento temporal de residuos peligrosos.
Condiciones o exigencias | No aplica.
específicas para su otorgamiento
Pronunciamiento del órgano | Mediante Ord. N*897 de fecha 4 de marzo de 2021, la Autoridad competente Competente, SEREMI de Salud indicó: “El titular da cumplimiento a
los permisos ambientales sectoriales PAS 140 y PAS 142, entregando los antecedentes técnicos para su autorización sectorial para el almacenamiento de residuos no peligrosos y almacenamiento de residuos peligrosos”.
Referencia al ICE para mayores detalles
Ítem 10.2.2
Tabla 6.1.3. Permiso para subdividir y urbanizar terrenos rurales o para construcciones fuera de los límites
urbanos, según 's
€ establece en el artículo 160 del Reglamento del SELA:
Fase del proyecto a la cual corresponde
Fase de construcción y operación
Parte, obra o acción a la que aplica
Todas las partes y obras del proyecto
Condiciones o exigencias especificas para su otorgamiento
No aplica.
Pronunciamiento del
competente
Órgano
Mediante Ord. N? 18 de fecha 24 de febrero de 2021, la SEREMI de Vivienda y Urbanismo indicó al respecto: “el proyecto acredita el cumplimiento de la normativa ambiental aplicable del PAS 160, en tanto presenta los antecedentes solicitados y es posible verificar que genera un total construido de 393,00 m? correspondientes a instalaciones temporales y 620,00 mis? de instalaciones permanentes. Además, las características de este proyecto no lo hacen susceptible de generar un nuevo núcleo urbano”.
Mediante Ord. N*457, de fecha 13 de abril de 2021, el SAG indicó: “El titular cumple con los contenidos técnicos de la letra b (b1, b2, b3, b5) del artículo 160 del DS 40/2012, de competencias de este Servicio, referido a una superficie de 128.525,30 m2 (393 m? de construcciones temporales y 128.132,30 m? de construcciones permanentes), superficie que incluye el emplazamiento de los paneles fotovoltaicos (127.512,30 mi)”.
Referencia al ICE para mayores detalles
Ítem 10.3.2
7”. Que, de acuerdo a los anteced
entes que constan en el expediente de evaluación, la forma de
cumplimiento de la normativa de carácter ambiental aplicable al Proyecto es la siguiente:
22
Tabla ¡Error! No se encuentra el origen de la referencia.73 Norma D.F.L. N 458/75 Y D.S. N 47/92,
AMBOS DEL MINISTERIO
DE VIVIENDA Y URBANISMO, LEY GENERAL DE URBANISMO Y
CONSTRUCCIONES (LGUC) Y ORDENANZA GENERAL DE URBANISMO Y CONSTRUCCIONES
(OCIO
Componente/materia:
Ordenamiento territorial
Otros cuerpos legales
No aplica
Fase del proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento
Fase de construcción y operación
Parte, obra, acción, emisión, residuo o sustancias a la que aplica
Todas las partes y obras del proyecto.
Forma de cumplimiento
El proyecto comprende obras de uso de suelo del tipo infraestructura energética (subestación eléctrica), por lo que le es aplicable lo señalado en el artículo 2.1.29 de la Ordenanza General de Urbanismo y Construcciones (OGUC) y las interpretaciones que, de este artículo, se realizan en las Circulares DDU 218 y 219 del Ministerio de Vivienda y Urbanismo (MINVU).
Lo anterior, en el sentido que las redes y trazados de uso de suelo del tipo infraestructura se encontrarán siempre admitidas tanto en el área urbana como rural, y se sujetarán a las disposiciones que establezcan los organismos competentes.
El instrumento de planificación territorial deberá reconocer las fajas o zonas de protección determinadas por la normativa vigente y destinarlas a áreas verdes, vialidad o a los usos determinados por dicha normativa.
El proyecto se emplaza fuera de los límites de áreas reguladas por un instrumento de planificación territorial, es decir una zona rural.
Indicador que acredita su
El titular mantendrá un registro interno del PAS establecido en el artículo 160
cumplimiento del Reglamento del Sistema de Evaluación Ambiental. Forma de control y| Se mantendrá disponible para la autoridad un registro interno del contenido seguimiento del PAS establecido en el artículo 160 del Reglamento del Sistema de
Evaluación Ambiental.
Tabla 7.2 Norma D.S. N* 144/1961, Del Ministerio De Salud Pública, Establece Normas para evitar
emanaciones o contaminantes
atmosféricos de cualquier naturaleza.
Componente/materia:
Emisiones atmosféricas
Otros cuerpos legales
e DS N” 75/87, del Ministerio de Transporte y Telecomunicaciones, que “Establece Condiciones para el Transporte de Cargas.”
D.S. N*” 47/1992, DEL MINISTERIO DE VIVIENDA Y URBANISMO, ORDENANZA GENERAL DE LA LEY DE URBANISMO Y CONSTRUCCIONES
D.S. N* 4/2019 del Ministerio del Medio Ambiente, que Establece Plan de Descontaminación Atmosférica para la comuna de Los Ángeles.
Fase del proyecto a la que aplica o en la que se dará
Fase de construcción, operación y cierre.
cumplimiento Parte, obra, acción, Movimientos de tierra emisión, residuo o Excavaciones
sustancias a la que aplica
Carga, descarga y transporte de excedentes. Tránsito, de camiones, maquinarias vehículos de transporte.
Forma de cumplimiento
Durante la fase de construcción del proyecto se contemplan las siguientes medidas de control de material particulado a la atmósfera:
e Se aplicará “mata polvo” en los caminos internos del proyecto (abatimiento del 90%).
Humectación de aquellos materiales que puedan desprender polvo, de los sitios de desplazamiento y vías de circulación de vehículos, máquinas y equipos, sobre todo en los horarios de mayor flujo vehicular, siempre y cuando se trate de vías no estabilizadas.
La ejecución de los movimientos de tierra y excavaciones se realizará humectando previamente la superficie del suelo, en caso de ser necesario.
23
e Los vehículos poseerán las revisiones técnicas al día. La mantención de la maquinaria se realizará de acuerdo a las especificaciones del fabricante, en talleres mecánicos autorizados.
- Se hace presente que, dada las emisiones que genera el proyecto en todas sus fases, inferiores a 1 Ton/año no debe compensar sus emisiones de acuerdo al PDA de la comuna de Los Ángeles.
Indicador que acredita su cumplimiento
Registro interno de:
- Humectación y aplicación del agente “mata polvo”, en caso de ser necesario.
e Fotografías de las medidas de cumplimiento.
- Catastro de vehículos y fechas de respectivas revisiones técnicas y mantenciones
Forma de seguimiento
control y
Revisión de los registros internos.
Tabla 7.3 Norma D:S. N*:138/2005, del Ministerió de Salid, establece obligación de declarar emisiones que
indica
Componente/materia:
Emisiones atmosféricas
Otros cuerpos legales asociados
D.S. N” 1/2013 Reglamento del RETC.
Fase del proyecto a la que aplica o en la que se dará
Fase de construcción, operación y cierre
cumplimiento Parte, obra, acción, | 1 grupos electrógeno emisión, residuo o
sustancias a la que aplica
Forma de cumplimiento
El titular cumplirá con declarar anualmente sus emisiones, de acuerdo a los formularios que para este efecto ha desarrollado la autoridad sanitaria, a través del sitio web para el registro de emisiones y transferencias de contaminantes (www.retc.cl), dando cumplimiento al D.S. N* 1/2013 Reglamento del RETC.
Indicador que acredita su cumplimiento
Registro del Formulario de Declaración de Emisiones (F-138) de todas aquellas emisiones de fuentes fijas a las que resulte aplicable. Se ingresará a través del Sistema de Ventanilla única, según las disposiciones de la Resolución Exenta N* 1.139/2013 MMA que establece Normas Básicas para Aplicación RETC.
Forma de seguimiento
control y
Copia de las declaraciones realizadas y revisión de los registros internos.
Tabla 7,4 Norma D.S, N”-4/1994 DEL MINISTERIO DE TRANSPORTES Y TELECOMUNICACIONES ESTABLECE NORMA DE EMISIÓN DE CONTAMINANTES APLICABLES A LOS VEHÍCULOS MOTORIZADOS Y FIJA LOS PROCEDIMIENTOS PARA SU CONTROL
Componente/materia:
Emisiones atmosféricas
Otros cuerpos legales asociados
- D.S. N'279, APRUEBA REGLAMENTO PARA EL CONTROL DE LA EMISIÓN DE CONTAMINANTES DE VEHÍCULOS MOTORIZADOS DE COMBUSTIÓN INTERNA. FECHA DE PUBLICACIÓN: 17 DE DICIEMBRE DE 1983. MINISTERIO: SALUD.
e DS. N* 55/1994, DEL MINISTERIO DE TRANSPORTES Y TELECOMUNICACIONES, QUE ESTABLECE NORMAS DE EMISIÓN APLICABLE A VEHÍCULOS MOTORIZADOS PESADOS, DEL MINISTERIO DE TRANSPORTE Y TELECOMUNICACIONES.
- DS. N% 54/1994, DEL MINISTERIO DE TRANSPORTE Y
TELECOMUNICACIONES, QUE ESTABLECE NORMAS DE EMISIÓN APLICABLE A VEHÍCULOS MOTORIZADOS MEDIANOS.
- DS. N” 211/1991, DEL MINISTERIO DE TRANSPORTES Y
TELECOMUNICACIONES, QUE ESTABLECE NORMAS SOBRE EMISIONES DE VEHÍCULOS MOTORIZADOS LIVIANOS
24
Fase del proyecto a la que aplica o en la que se dará
Fase de construcción, operación y cierre
cumplimiento Parte, obra, acción, | Vehículos motorizados pesados y livianos, para el transporte de materiales, emisión, residuo o | insumos, residuos, maquinaria y personal.
sustancias a la que aplica
Forma de cumplimiento
Se exigirá que todos los vehículos motorizados pesados y livianos sean sometidos a mantenciones periódicas y cumplan con las normas de emisión establecidas por el Ministerio de Transporte y Telecomunicaciones, lo que se acreditará a través del Certificado de Revisión Técnica al día. Se mantendrá un registro de las revisiones técnicas al día.
Indicador que acredita su
Certificado de revisiones técnicas y certificado de gases al día de todos los
cumplimiento vehículos involucrados en el proyecto, tanto propios como de contratistas. Forma de control y| Revisión de los registros de revisiones técnicas según necesidad (ej. entrada seguimiento de vehículos o maquinaria nueva al Proyecto), como mínimo cada seis meses,
durante todas las fases del proyecto.
Tabla 7.5 Norma D.S. N*75, ESTABLECE CONDICIONES PARA EL TRANSPORTE DE CARGAS QUE INDICA. FECHA DE PUBLICACION: 7. DE JULIO. DE 1987: MINISTERIO DE TRANSPORTES Y:
TELECOMUNICACIONES.
Componente/materia:
Emisiones atmosféricas
Otros cuerpos legales asociados
No aplica
Fase del proyecto a la que aplica o en la que se dará
Fase de construcción y cierre.
cumplimiento Parte, obra, acción, | Las actividades de construcción y cierre del proyecto requerirán de materiales emisión, residuo O | e insumos enumerados en el artículo 2 del presente cuerpo legal, que serán
sustancias a la que aplica
transportados por las rutas de acceso al proyecto.
Forma de cumplimiento
Los camiones o vehículos propios, del contratista y de sus proveedores, que transporten los materiales señalados precedentemente, deberán circular cubriendo total y eficazmente los materiales con lonas o plásticos o con cualquier otro sistema que impida la dispersión de polvo a la atmósfera (no se utilizará malla Rachel), lo cual será revisado periódicamente. Del mismo modo se exigirá que los vehículos que transporten líquidos o sólidos con porcentaje de humedad lo realicen en camiones 100% estancos que impidan el escurrimiento y posterior caída de éstos al suelo. Esto se hará exigible por el Titular a las empresas contratistas a través de cláusulas contractuales.
Indicador que acredita su cumplimiento
Registro fotográfico de camiones encarpados.
Forma de seguimiento
control y
Mantención de los registros en las faenas
Tabla 7.6 Norma D.S. N*-38/2011, DEL MINISTERIO DEL MEDIO AMBIENTE, ESTABLECE NORMA DE RUIDOS GENERADOS POR FUENTES QUE INDICA, ELABORADA A PARTIR DE LA REVISION DEL DECRETO N?- 146, DE 1997, DEL MINISTERIO SECRETARÍA GENERAL DE LA
PRESIDENCIA
Componente/materia:
Ruido
Otros cuerpos legales asociados
No aplica
Fase del proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento
Fase de construcción, operación y cierre
Parte, obra, acción, emisión, residuo o sustancias a la que aplica
Uso de maquinaria y vehículos motorizados asociados a todas las actividades de construcción. Corresponde principalmente de fuentes móviles y esporádicas, acotadas exclusivamente a las faenas.
Forma de cumplimiento
El ruido generado por el proyecto no superará los niveles máximos
25
dispuesto en el D.S. N 160/08 del Ministerio de Economía, Fomento y Reconstrucción “Aprueba Reglamento de Seguridad para las Instalaciones y Operaciones de Producción y Refinación, Transporte, Almacenamiento, Distribución y Abastecimiento de Combustibles Líquidos” y en el D.S. N 78/2009 del Ministerio de Salud “Aprueba Reglamento de Almacenamiento de Sustancias Peligrosas”.
-
Disposición en las instalaciones de los elementos de extinción de incendios adecuados (extintores, etc.), realizando las mantenciones periódicas (mensuales), según se establece en la normativa vigente.
-
Ubicación de los equipos de extinción en las proximidades de los puntos probables de incendio, siendo accesibles por parte de los trabajadores y demarcando el área donde están ubicados de acuerdo a la normativa vigente.
-
Capacitación a trabajadores en el correcto uso de los elementos de protección y combate contra incendios.
-
Control de los productos combustibles, manteniendo el orden y limpieza en el almacenamiento y disponiendo sólo del stock necesario,
-
Mantención de comunicación con los propietarios de los predios de emplazamiento del Proyecto con el objeto de detectar posibles conductas de terceros que propicien la generación de un incendio. Esto se fiscalizará mensualmente, y el encargado de prevención de riesgo realizará informes del estado de cada una de las obras y elementos de prevención.
Fase de operación: Por el tipo de obras, no se contemplan acciones especiales para eventos de incendio durante esta fase, excepto aquellas que establece la Ley. De acuerdo a lo comprometido en el Proyecto Original, se mantiene el cortafuegos considerando un área libre de vegetación arbórea de 10 m de ancho en la Zona A de los paneles. La forma de control se realizará en cada visita de mantención manteniendo los caminos libres de vegetación. Se usará el número de emergencias 130 de CONAF, en caso de que se produzca un incendio forestal o de pastizales dentro del área de Proyecto o fuera de éste.
Forma de control y seguimiento
Se elaborará un registro de la inspección de extintores, la cual dará cuenta del estado y vencimiento de los mismos. Se capacitará al personal referente al uso de extintores, para esto se dejará un registro firmado de los asistentes.
Se hace presente que los sectores asociados a la instalación de faenas y a la Zona B de paneles no contendrán masas arbóreas importantes, no obstante, se ha dejado un cortafuego igualmente a modo de prevención desde el cerco perimetral hasta la ubicación de los paneles (Figura 1. Superficie morada libre de vegetación Zona B, de la Adenda)
Referencia en el ICE
Capítulo 8
Tabla 8.1.6. Situación de riesgo o contingen
cia: Accidente por uso de equipos y maquinaria pesada
Fase del proyecto a la que aplica
Construcción y cierre
Emplazamiento, parte, obra o acción asociada
Instalación de faena y frentes de trabajo móvil
Acciones o medidas a implementar para prevenir la contingencia
Fase de construcción y cierre:
- El Contratista implementará un procedimiento formal para la operación que permita atender de forma segura la conducción y operación de maquinarias, el cual
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permanecerá al interior de cada equipo.
- Se capacitará a los operadores y conductores respecto de las acciones a seguir ante un siniestro.
+» Se implementará la señalización adecuada en el área de construcción.
e La operación de equipos no deberá exceder los máximos permitidos de acuerdo al manual de operación.
- Se implementará un plan de mantención de equipos y maquinarias.
e El supervisor será el responsable de resguardar el sitio arqueológico en las mismas condiciones que se detectó.
Forma de control y seguimiento
Existirá un registro firmado de todos los asistentes a las capacitaciones. Mantención y revisión de señaléticas del uso de maquinaria pesada. Se llevará un registro de las mantenciones de cada una de las máquinas, estas estarán en la oficina de la instalación de faena.
Referencia en el ICE
Capítulo 8
Tabla 8.1.7. Situación de riesgo o contingencia: Riesgo de derrumbe
Fase del proyecto a la que aplica
Construcción y cierre
Emplazamiento, parte, obra o acción asociada
Asociado a todas las partes y obras pertenecientes al Proyecto, específicamente en la ejecución de la obra “Zanjas”.
Acciones o medidas a implementar para prevenir la contingencia
Fase de construcción y cierre:
- El Contratista implementará un procedimiento formal para la operación que permita atender de forma segura el movimiento de tierra.
e El mandante contara con un equipo de topografía permanente para controlar las diferentes obras a ejecutar. El escarpe y la geometría del proyecto será verificada en emplazamiento y cotas por cada capa de material que se retire o coloque. Se capacitará a los operadores y conductores respecto de las acciones a seguir ante un siniestro.
e La operación de equipos no deberá exceder los máximos permitidos de acuerdo al manual de operación.
e Se implementará un plan de mantención de equipos y maquinarias.
e En caso de detectarse alguna intervención de un sitio arqueológico, se debe detener la obra en ese sector € informar a las autoridades. El supervisor será el responsable de resguardar el sitio arqueológico y dará aviso a la gerencia del proyecto, quien dará aviso al CMN.
Forma de control y seguimiento
Firma de cada trabajador de recibir el procedimiento de ejecución de movimiento de tierra. Hoja de seguimiento de mantención de maquinaria. Informes en caso de hallazgos de sitios arqueológicos.
Referencia en el ICE
Capítulo 8
Tabla 9.1.8. Situación de riesgo o contingencia: Riesgo de atropello y afectación de fauna silvestre
Fase del proyecto a la que aplica
Construcción, operación y cierre
Emplazamiento, parte, obra o acción asociada
Corresponde a todas las obras al interior del área del Proyecto,
considerando la instalación de faenas permanente y temporal.
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Acciones o medidas a implementar para prevenir la contingencia
El protocolo establece las siguientes medidas a modo de prevenir la ocurrencia de incidentes como atropello, electrocución, colisión y/o muerte accidental de fauna silvestre, a causa de las actividades y/u obras del Proyecto. Algunas de estas medidas están contenidas en la Guía de Evaluación Ambiental Componente Fauna Silvestre (SAG, 2016), y se incluyen medidas tales como:
-
Capacitar a los trabajadores del proyecto (a través de folletos, carteles y charla) de modo de crear conciencia de la necesidad de conocer, valorar y conservar la fauna. También se impartirán charlas al personal acerca de la potencial fauna presente en el área, del resguardo y cuidado de la misma, así como del procedimiento de actuación en caso de un hallazgo.
-
Capacitación a personal de Proyecto sobre el eventual cruce de animales, indicando la prohibición de uso de bocinas en el caso de encuentro con fauna en área de tránsito de vehículos.
-
Velocidad de desplazamiento de los vehículos al interior de las obras del Proyecto de 30 km/h.
e Se prohibirá alimentar a animales, para evitar domesticar a estos y atraerlos permanentemente al sector del Proyecto.
En particular para evitar la colisión de aves con la línea eléctrica se tomarán las siguientes medidas:
-
Mantener una distancia entre las estructuras energizadas de al menos 1,5m entre conductores, y 0,6m entre conductor y tierra, De acuerdo a lo propuesto en SAG (2015).
-
Ubicación de los conductores por debajo de la cruceta, suspendidos por medio de aisladores de cadena. - Implementación de disuasores de vuelo para aumentar la visibilidad del tendido. Estos dispositivos de marcaje serán instalados especialmente en el cable de guardia y a lo largo de toda su extensión.
Forma de control y seguimiento
Se capacitará al personal referente a la fauna presente en el área del Proyecto, para lo cual se dejará un registro firmado de los asistentes a dicha capacitación y de la entrega de folletos. Registro de velocidad.
Referencia en el ICE
Capítulo 8
9.2. PLAN DE EMERGENCIAS
Tabla 9.2.1. Situación de emergencia: Sismo
Fase del proyecto a la que aplica
Construcción, operación y cierre
Emplazamiento, parte, obra o acción asociada
Todas las partes y obras pertenecientes al proyecto.
Acciones o medida a implementar
»+ Dependiendo de la magnitud del sismo, se activará la alarma y si es pertinente se ordenará la evacuación hacia las zonas de seguridad.
-
Los trabajadores deberán quedarse en la zona de seguridad y esperar instrucciones del personal entrenado.
-
Producido un sismo, el titular procederá a evaluar los daños en las estructuras físicas.
-
En caso que existen daños que impidan el normal funcionamiento del Parque, se informará de esta situación a las autoridades competentes.
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Oportunidad y vías de comunicación a la SMA de la activación del Plan de Emergencia
Se procederá en base a lo establecido en la R.E. N* 885/2016 de la SMA Normas de Carácter General sobre Deberes de Reporte de Avisos, Contingencias e Incidentes a través del Sistema de Seguimiento Ambiental.
Referencia en el ICE
Capítulo 3
Tabla:9.2.2. Situación de emergencia: Riesgo Condiciones climáticas
Fase del proyecto a la que aplica
Construcción, operación y cierre
Emplazamiento, parte, obra o acción asociada
Todas las partes y obras pertenecientes al proyecto
Acciones o medida a implementar
e Dependiendo de la magnitud del temporal, se activará la alarma y si es pertinente la evacuación hacia las zonas de seguridad.
- Los trabajadores deberán quedarse en la zona de seguridad y esperar instrucciones por la supervisión.
e Producido un temporal, El titular procederá a evaluar los daños en la estructura física.
- En caso que existen daños que impidan el normal funcionamiento, se informará de esta situación a las autoridades competentes.
Oportunidad y vías de comunicación a la SMA de la activación del Plan
- Se informará a la SMA, mediante un informe subida a la plataforma de seguimiento del Proyecto, en caso que hubiera suspensión de fanas laborales o se genere algún daño debido las condiciones climatizas.
e Sele dará aviso en un plazo no superior a 24 horas posterior de la ocurrencia del incidente, a través del Sistema Electrónico de Seguimiento Ambiental de la SMA. Posteriormente, al mismo sistema y en un plazo de 15 días hábiles, se ingresará un informe completo del incidente y de sus medidas de control utilizados, así como los resultados del mismo.
e Se procederá en base a lo establecido en la R.E. N* 885/2016 de la SMA Normas de Carácter General sobre Deberes de Reporte de Avisos, Contingencias e Incidentes a través del Sistema de Seguimiento Ambiental.
Referencia en el ICE
Capítulo 8
Tabla 9.2.3 Situación de emergencia: Riesgo de derrame de sustancias o residuos
Fase del proyecto a la que aplica
Construcción y cierre
Emplazamiento, parte, obra o acción asociada
Todas las partes y obras pertenecientes al proyecto
Acciones o medida a implementar
Se deberá dar cumplimiento a todo lo indicado en el punto anterior respecto de accidentes de tránsito y/o en el interior de recintos o frentes de trabajo, en adición a esto se deberá cumplir con al menos uno de los siguientes puntos según corresponda a la envergadura o complicación de atención de la emergencia.
a) En caso de derrame debido a accidente de tránsito se deberá cumplir, al menos, con lo siguiente:
a.1) Acciones Iniciales:
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El chofer, operador u otro dará aviso Inmediato al Supervisor Directo y tratará de contener el derrame mediante la generación de diques de tierra u otro elemento del que disponga, Se verificará si hay personas que se hayan visto afectadas por el derrame. En caso que se requiera, se procederá a utilizar los elementos apropiados para resguardar primero la vida y salud de dichas personas. Se determinará la naturaleza del derrame respecto de si esta es producto de sustancias transportadas o procedentes del vehículo siniestrado. Si corresponde a transporte de sustancias se identificará el tipo de productos transportados y que sean causantes del derrame a través de la individualización de los productos contenidos en el vehículo y sus registros, además se solicitará la copia de las hojas de seguridad de los productos transportados y el procedimiento en caso de emergencia establecido en la Guía GRE, de no encontrarse, se procederá a buscar por parte de la Brigada de Emergencias del registro en su copia de la Guía GRE.
a.2) Acciones de Control: Se procederá a llamar al número de emergencia consignado en el vehículo de transporte, llamar a Bomberos y Carabineros más cercanos al lugar del accidente. Como acción inmediata de precaución, aislar el área del derrame o escape como mínimo cincuenta metros en todas las direcciones. En caso de derrames de líquidos, trate de contener el avance de este mediante la confección de diques de tierra en círculos concéntricos, evite la utilización de maquinarias que puedan provocar chispas hasta definir la naturaleza de la sustancia derramada. Verifique las condiciones y presencia de cuerpos de agua superficial (ríos, lagos u otros) que se puedan ver afectados, de ser necesario cave zanjas para desviar los flujos. Mediante la Brigada de Emergencia trate de taponear o sellar los puntos de fuga de sustancias a través del uso de piezas de madera. Mantener alejado al personal no autorizado.
Si se trata de un evento que por su envergadura puede afectar a terceros producto de la emergencia, se dará aviso inmediato a la Autoridad Sanitaria y a las municipalidades involucradas, sobre la localización y magnitud del evento, para dar cumplimiento a esto la brigada de emergencias, la ITO y el Titular contarán con un listado de teléfonos con todos los servicios, municipalidades, bomberos y carabineros de cada localidad involucrada en el proyecto.
a.3) Acciones Posteriores: Una vez controlada la fuente del derrame se procederá a retirar todo el material contaminado y dando especial cuidado a dar cumplimiento a lo indicado en el DS 148, la cual deberá, al menos, dar cumplimiento a los siguientes puntos: Si el derrame es de combustibles y/o aceites derivados de hidrocarburos, se procederá a retirar todo el material contaminado, colocando este en bolsas plásticas las cuales serán selladas y transportadas a botaderos que cuenten con resolución sanitaria adecuada. Si eventualmente hubiese producto derramado, éste será recogido con pala para vaciarlo a un envase que se pueda cerrar herméticamente y colocarlo también dentro de una bolsa plástica gruesa que, a su vez, debe cerrarse. Se utilizarán envases de polietileno. Tanto la disposición final de la sustancia como la correspondiente limpieza del vehículo de transporte (restos contaminados producto del accidente), serán realizadas por una empresa especializada en el tratamiento de residuos peligrosos y con su aprobación sanitaria y con su respectiva Resolución de Calificación Ambiental. El prestador de servicios (EPS) deberá
42
mantener copias de la documentación respectiva, tanto del transporte como de la disposición final de los residuos generados acorde a lo especificado en el D.S. 148. Si el accidente ocurriese en una vía de transito pública se incorporarán las acciones necesarias que permitan un despeje oportuno y rápido de la vía afectada en coordinación con Carabineros de Chile y la Dirección de Vialidad, para esto tanto la EPS como el Titular pondrán a disposición los medios necesarios para dar soporte a estas instituciones.
En caso de no haber derrame de sustancias peligrosas y tras la obtención por parte de Carabineros de Chile, se procederá a recuperar los contenedores o embalajes de producto desplazándolos fuera de la zona de circulación y luego de esto realizar las acciones tendientes a que el vehículo siniestrado sea retirado para permitir la libre circulación de los vehículos. La persona a cargo del control de la emergencia mantendrá permanente contacto con el Titular para informarle de avances, modificaciones y/o recibir instrucciones o acotaciones. Luego de controlada la emergencia, es Supervisor Directo y el Jefe de Terreno deberán emitir un informe donde se consigne la naturaleza de los aspectos ambientales involucrados en la emergencia, los impactos generados, las medidas de mitigación y de control efectuadas, de ser necesario establecerá las medidas de seguimiento adecuadas; no será inimputable ante la emergencia por parte de subcontratistas, por lo que la EPS y/o el Titular deberán velar por el cumplimiento de este punto. La evaluación de un accidente con derrame considerará el estado de los recursos hídricos superficiales y subterráneos que pudieran verse afectados y será consignado en el Informe. El Informe Técnico realizado será revisado por el Titular, el cuál remitirá una copia a la Autoridad Ambiental, la Autoridad Sanitaria, así como a las reparticiones involucradas (Vialidad, DGA, Ministerio de Agricultura, etc.). Se realizará una investigación interna sobre las causas que originaron el evento y la eficiencia o suficiencia de las acciones preventivas o correctivas adoptadas con el fin de corregir los procedimientos que eviten que la aparición de dicha situación en el futuro. Fases de operación: Idem a las medidas indicadas para la fase de construcción con referencia al Jefe de Proyecto en vez de jefe de terreno. Fases de cierre: Ídem a las medidas indicadas para la fase de operación.
b) Para el caso de derrames de sustancias peligrosas (productos químicos o contaminantes, aceites, lubricantes, pinturas, etc.) al suelo Dadas las características de productos utilizados para las distintas fases del proceso, en general se trabajará con sustancias derivadas de los hidrocarburos, por lo que en general será aplicable lo estipulado en la Guía GRE. No obstante, se aplicará como mínimo: Identificar y localizar el foco que provoca contaminación, sea esta causado por un derrame accidental de una sustancia almacenada temporalmente o a causa de fugas en alguna maquinaria o dispositivo, para proceder inmediatamente a su control y neutralización. Detectado el punto de fuga este será controlado mediante la contención del derrame procediendo a embolsar el recipiente afectado y sellándolo. Como acción inmediata de precaución se aislará el área del derrame o escape como mínimo cincuenta metros en todas las direcciones. Si la contaminación es provocada por una fuga en maquinaria o equipo, se procederá a tratar de sellar esta fuga mediante la aplicación de una cinta de
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goma o similar, si esta no es capaz de controlar la fuga se detendrá el uso del equipo o maquinaria o se enviará a taller autorizado para su revisión y control. Una vez controlada la fuente del derrame se procederá a retirar todo el material contaminado y dando especial cuidado a dar cumplimiento a lo indicado en el DS 148, la cual deberá, al menos, dar cumplimiento a los siguientes puntos: Si el derrame es de combustibles y/o aceites derivados de hidrocarburos, se procederá a retirar todo el material contaminado, colocando este en bolsas plásticas las cuales serán selladas y transportadas a botaderos que cuenten con resolución sanitaria adecuada. Si eventualmente hubiese producto derramado, éste será recogido con pala para vaciarlo a un envase que se pueda cerrar herméticamente y colocarlo también dentro de una bolsa plástica gruesa que, a su vez, debe cerrarse. Se utilizarán envases de polietileno. Tanto la disposición final de la sustancia como la correspondiente limpieza del vehículo de transporte (restos contaminados producto del accidente), serán realizadas por una empresa especializada en el tratamiento de residuos peligrosos y con su aprobación sanitaria y con su respectiva Resolución de Calificación Ambiental.
El prestador de servicios (EPS) deberá mantener copias de la documentación respectiva, tanto del transporte como de la disposición final de los residuos generados acorde a lo especificado en el D.S. 148. En caso de no haber derrame de sustancias peligrosas y tras la obtención por parte del Jefe de Terreno o el Representante por parte del Titular, se procederá a recuperar los contenedores o embalajes de producto desplazándolos fuera de la zona de circulación y luego de esto realizar las acciones tendientes a restaurar las condiciones anteriores a la ocurrencia del accidente. La persona a cargo del control de la emergencia mantendrá permanente contacto con el Titular para informarle de avances, modificaciones y/o recibir instrucciones O acotaciones. Luego de controlada la emergencia, es Supervisor Directo y el Jefe de Terreno deberán emitir un informe donde se consigne la naturaleza de los aspectos ambientales involucrados en la emergencia, los impactos generados, las medidas de mitigación y de control efectuadas, de ser necesario establecerá las medidas de seguimiento adecuadas; no será inimputable ante la emergencia por parte de subcontratistas, por lo que la EPS y/o el Titular deberán velar por el cumplimiento de este punto. La evaluación de un accidente con derrame considerará el estado de los recursos hídricos superficiales y subterráneos que pudieran verse afectados y será consignado en el Informe. El Informe Técnico realizado será revisado por el Titular, el cuál remitirá una copia a la Autoridad Ambiental, la Autoridad Sanitaria, así como a las reparticiones involucradas (Vialidad, DGA, Ministerio de Agricultura, etc.). Se realizará una investigación interna sobre las causas que originaron el evento y la eficiencia o suficiencia de las acciones preventivas O correctivas adoptadas con el fin de corregir los procedimientos que eviten que la aparición de dicha situación en el futuro. Cada Instalación de Faenas contará con los elementos necesarios para la implementación de este procedimiento, para el retiro de la sustancia peligrosas derramadas, sean éstos palas, maquinaria, envases de almacenamiento provisorios, bolsas plásticas, etc. según se requiera. Asimismo, se deberán establecer y seguir los procedimientos confeccionados para cada caso, así como las recomendaciones establecidas en las Hojas de Seguridad de cada producto utilizado.
44
Oportunidad y vías de comunicación a la SMA de la activación del Plan
e Se informará de lo ocurrido a la Superintendencia del Medio Ambiente (SMA) una vez controlada la emergencia. En caso que el derrame haya afectado a algún curso de agua, se avisará a las autoridades respectivas, SERNAPESCA, DHA y DOH.
-
Sele dará aviso en un plazo no superior a 24 horas posterior de la ocurrencia del incidente, a través del Sistema Electrónico de Seguimiento Ambiental de la SMA. Posteriormente, al mismo sistema y en un plazo de 15 días hábiles, se ingresará un informe completo del incidente y de sus medidas de control utilizados, así como los resultados del mismo.
-
Se procederá en base a lo establecido en la R.E. N* 885/2016 de la SMA Normas de Carácter General sobre Deberes de Reporte de Avisos, Contingencias e Incidentes a través del Sistema de Seguimiento Ambiental.
Referencia en el ICE
Capítulo 8
9.2.4 Situación de emergencia: Riesgo derrame de aguas grises o de baños químicos
Fase del proyecto a la que aplica
Construcción y cierre
Emplazamiento, parte, obra o acción asociada
Asociada a las instalaciones de faenas temporales y especificamente a las actividades de la construcción del Proyecto.
Acciones o medida a implementar
En caso de derrame de aguas grises o aguas sucias cuando exista la limpieza de éstos u otros, se actuará de acuerdo a lo descrito a continuación:
-
Una vez se detecte el derrame, avisar al Director de Emergencia por si ha de procederse a activar el Plan de Emergencia.
-
El Coordinador de Emergencia deberá dar las instrucciones para evacuar el área de ser necesario de toda persona ajena a las medidas de control del derrame.
-
Se controlará la fuga cerrando válvulas o tomando las acciones necesarias y se llamará de inmediato a la empresa autorizada para disponer de este tipo de residuos,
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El Coordinador de Emergencia definirá el personal designado para realizar las actividades de limpieza.
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Los residuos generados productos del control del derrame deberán ser colectados y almacenados en tambores etiquetados, para luego, ser dispuestos según sus características en el sitio de disposición final autorizado por la Seremi de Salud de la región y a través de una empresa autorizada para ello, la cual será la encargada de manejar los residuos en la normalidad del manejo de aguas grises del estanque de aguas grises y de aguas servidas de los baños químicos.
-
El material según sea el caso deberá ser removido con pala y carretilla de ser posible, de lo contrario deberá utilizarse la maquinaria ad — hoc.
-
Finalizando la operación, se deberán lavar los elementos de protección personal utilizados y volver a disponerlos en los sitios definidos para ellos.
-
Una vez controlada la situación de emergencia, el Jefe de Emergencia informará del hecho al Director de Emergencia, decretando éste el final de la misma. Cabe recordar que el desarrollo de los trabajos ha de realizarse siempre en condiciones de seguridad, por lo que se pararán los trabajos si no se cumplen dichas condiciones de seguridad.
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- en caso de emergencia donde no sea posible entregar servicios sanitarios, el Titular velará por la continuidad del servicio sanitario para los trabajadores, contratando un servicio provisorio
Oportunidad y vías de comunicación a la SMA de la activación del Plan
e Ante un eventual derrame en faena se dará aviso a la Superintendencia del Medio Ambiente (SMA).
-
Sele dará aviso en un plazo no superior a 24 horas posterior de la ocurrencia del incidente, a través del Sistema Electrónico de Seguimiento Ambiental de la SMA. Posteriormente, al mismo sistema y en un plazo de 15 días hábiles, se ingresará un informe completo del incidente y de sus medidas de control utilizados, así como los resultados del mismo.
-
Se procederá en base a lo establecido en la R.E. N? 885/2016 de la SMA Normas de Carácter General sobre Deberes de Reporte de Avisos, Contingencias e Incidentes a través del Sistema de Seguimiento Ambiental.
Referencia en el ICE
Capitulo 8
Tabla 9.2.5 Situación de emergencia: Riesgo de incendio industrial o forestal
Fase del proyecto a la que aplica
Construcción, operación y cierre
Emplazamiento, parte, obra o acción asociada
Asociado a todas las partes y obras pertenecientes al Proyecto.
Acciones o medida a implementar
En caso de incendio, se actuará de acuerdo a lo descrito a continuación:
-
Una vez se detecte el incendio, avisar al Director de Emergencia por si ha de procederse a activar el Plan de Emergencia.
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Si la situación no es excesivamente peligrosa, es decir, si se trata de un fuego de pequeña magnitud; sin exponerse, intentar apagar el fuego con un extintor, siempre que sea posible con el viento por la espalda y la salida con el viento de cara.
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En caso de no poder extinguir el incendio, avisar para la activación del Plan de Emergencia y evacuar la zona. En caso de necesidad, se paralizarán todas las operaciones de la faena o área comprometida y no se permitirá el funcionamiento de:
-
Motores u otros equipos eléctricos.
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Otros equipos o vehículos que pueden provocar un punto de ignición.
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Se deberá observar la dirección del viento, se delimitará ampliamente la zona de peligro y se deberá impedir el acceso a la misma del personal que no esté adecuadamente equipado, alejando preferentemente en dirección contraria al viento, a toda persona ajena a la emergencia.
-
Se deberá limitar el número de personas en la zona de peligro al mínimo imprescindible, controlándolos constantemente por un responsable que deberá permanecer en el exterior de la zona, el cual deberá disponer de un equipo de socorro listo para intervenir si fuera necesario.
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-
Una vez que el Director de Emergencia active el Plan, el Equipo de Intervención se desplegará para controlar el incendio y, si es posible, acordonará la zona afectada.
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Se debe mantener la seguridad del personal, disponiendo de una vía de retirada en todo momento y utilizando los agentes extintores y EPP adecuados contra el incendio. Si la situación reviste de gravedad, se comunicará el hecho a la compañía de bomberos.
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Tras la extinción del fuego, recoger efluentes contaminados por los agentes extintores y gestionarlos adecuadamente.
-
Una vez controlada la situación de emergencia, el Jefe de Emergencia informará del hecho al Director de Emergencia, decretando éste el final de la misma. Cabe recordar que el desarrollo de los trabajos ha de realizarse siempre en condiciones de seguridad, por lo que se pararán los trabajos si no se cumplen dichas condiciones de seguridad. En caso de producirse fuertes vientos que hagan peligrar la salud de los trabajadores se paralizarán los trabajos, apagando las máquinas que estén utilizando y dirigiéndose a los puntos de concentración o reunión preestablecidos para estos casos.
Oportunidad y vías de comunicación a la SMA de la activación del Plan
- Ante un eventual incendio en faena se dará aviso a la Superintendencia del Medio Ambiente (SMA) y/o a la Corporación Nacional Forestal (CONAP).
e Sele dará aviso en un plazo no superior a 24 horas posterior de la ocurrencia del incidente, a través del Sistema Electrónico de Seguimiento Ambiental de la SMA. Posteriormente, al mismo sistema y en un plazo de 15 días hábiles, se ingresará un informe completo del incidente y de sus medidas de contro! utilizados, así como los resultados del mismo.
e Se procederá en base a lo establecido en la R.E. N* 885/2016 de la SMA Normas de Carácter General sobre
Deberes de Reporte de Avisos, Contingencias e Incidentes a través del Sistema de Seguimiento Ambiental.
Referencia en el ICE
Capitulo 8
Tabla 9.2.6 Situación de emergencia: Accidente por uso de equipos y maquinaria pesada
Fase del proyecto a la que aplica
Construcción y cierre
Emplazamiento, parte, obra o acción asociada
Instalación de faena y frentes de trabajo móvil
Acciones o medida a implementar
-
Se informará al jefe de terreno del accidente.
-
Se dimensionará la emergencia.
e Seclasificará el evento (leve, serio, grave).
e Se activará el Plan de Comunicaciones si la situación lo amerita con Ambulancia (131) Bomberos (132) y Carabineros (133), informando acerca de la ocurrencia del
accidente, la gravedad de éste y la identificación de las personas y vehículos involucrados.
e Se demarcará el área afectada, prohibiendo el ingreso a la zona del accidente.
- Se inspeccionará, por parte del personal calificado, el área verificando la presencia de heridos. Si este fuera el caso se
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trasladará de inmediato hasta un centro asistencial.
- Una vez controlada la situación, se procederá a restaurar la vialidad disponiendo equipos y maquinaria para ayudar a despejar la ruta en el más breve plazo (una vez que la autoridad responsable lo autorice).
e Se dará aviso oportuno a las compañías de seguros involucradas.
- Se entregará información oportuna a los encargados en la empresa.
e Se registrará e informará el accidente en un formulario previamente definido. Se realizará una completa descripción de la respuesta frente a la emergencia, recolectando todas las evidencias posibles, con el fin de hacer las correcciones que el caso amerite y mejorar los procedimientos.
Oportunidad y vías de comunicación a la SMA de la activación del Plan
-
Se informará de lo ocurrido a la Inspección del Trabajo, a Carabineros de Chile y a la Secretaría Regional Ministerial de Salud de la Región de Biobío. Adicionalmente, si esto ocurre en alguna ruta concesionaria, se dará aviso a los numero de emergencias correspondientes.
-
Se procederá en base a lo establecido en la R.E. N* 885/2016 de la SMA Normas de Carácter General sobre Deberes de Reporte de Avisos, Contingencias e Incidentes a través del Sistema de Seguimiento Ambiental.
Referencia en el ICE
Capítulo 8
Tabla 9.2.7 Situación de emergencia: Derrumbe
Fase del proyecto a la que aplica
Construcción y cierre
Emplazamiento, parte, obra o acción asociada
Asociado a todas las partes y obras pertenecientes al Proyecto, especificamente en la ejecución de la obra “Zanjas”.
Acciones o medida a implementar
- Se informará al jefe de terreno del accidente. » Se dimensionará la emergencia.
-
Se clasificará el evento accidente (leve, serio y grave).
-
Se activará el Plan de Comunicaciones si lo amerita con Ambulancia (131), Bomberos (132) y Carabineros (133), informando acerca de la ocurrencia del accidente, la gravedad de éste y la identificación de las personas y vehículos involucrados.
» Se demarcará el área afectada, prohibiendo el ingreso a la zona del accidente.
» Se inspeccionará, por parte del personal calificado, el área verificando la presencia de heridos. Si este fuera el caso se trasladará de inmediato hasta un centro asistencial. » Se dará aviso oportuno a las compañías de seguros involucradas.
» Se entregará información oportuna a los encargados en la empresa.
» Se registrará e informará el accidente en un formulario previamente definido, Se realizará una completa descripción de la respuesta frente a la emergencia, recolectando todas las evidencias posibles, con el fin de hacer las correcciones que el caso amerite y mejorar los procedimientos.
Oportunidad y vías de comunicación a la SMA de la activación del Plan
- Se informará de lo ocurrido a la Inspección del Trabajo, a Carabineros de Chile y a la Secretaría Regional Ministerial de Salud de la Región de Biobío.
e__Se le dará aviso a la SMA en un plazo no superior a 24
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horas posterior de la ocurrencia del incidente, a través del Sistema Electrónico de Seguimiento Ambiental de la SMA. Posteriormente, al mismo sistema y en un plazo de 15 días hábiles, se ingresará un informe completo del incidente y de sus medidas de control utilizados, así como los resultados del mismo.
- Se procederá en base a lo establecido en la R.E. N* 885/2016 de la SMA Normas de Carácter General sobre Deberes de Reporte de Avisos, Contingencias e Incidentes a través del Sistema de Seguimiento Ambiental.
Referencia en el ICE
Capítulo 8
Tabla 9.2.8 Situación de emergencia: Atropello y afectación de farma silvestre
Fase del proyecto a la que aplica
Construcción, operación y cierre
Emplazamiento, parte, obra o acción asociada
Corresponde a todas las obras al interior del área del Proyecto, considerando la instalación de faenas permanente y temporal.
Acciones o medida a implementar para controlar la emergencia
En caso de que se desarrolle una situación de emergencia, es decir, afectación a fauna silvestre (mamíferos, aves, peces, entre otros), se procederá al rescate inmediato de las especies que estuvieran O pudiesen verse afectadas, para ser asentadas momentáneamente en el centro de rehabilitación de fauna silvestre más cercano al área del Proyecto hasta el momento de su recuperación, al punto que sea posible el retorno de las especies a el lugar de origen. En paralelo se dará aviso al Servicio Agrícola Ganadero (SAG) de lo ocurrido. Es importante mencionar que el Titular correrá con todos los gastos económicos asociados a accidentes de fauna silvestre. El titular formulará un informe con siguientes puntos:
a) Identificación y Aviso
b) Determinación del curso de acción a seguir c) Rescate y Transporte
d) Rehabilitación, Liberación /Relocalización
Oportunidad y vías de comunicación a la SMA de la activación del Plan
e Se dará aviso al SAG y a la SMA de lo ocurrido.
e Sele dará aviso en un plazo no superior a 24 horas posterior de la ocurrencia del incidente, a través del Sistema Electrónico de Seguimiento Ambiental de la SMA. Posteriormente, al mismo sistema y en un plazo de 15 días hábiles, se ingresará un informe completo del incidente y de sus medidas de control utilizados, así como los resultados del mismo.
- Se procederá en base a lo establecido en la R.E. N* 885/2016 de la SMA Normas de Carácter General sobre Deberes de Reporte de Avisos, Contingencias e Incidentes a través del Sistema de Seguimiento Ambiental.
Referencia en el ICE
Capítulo 8
- Que, el Titular deberá remitir a la Superintendencia del Medio Ambiente la información respecto de las condiciones, compromisos o medidas, ya sea por medio de monitoreos, mediciones, reportes, análisis, informes de emisiones, estudios, auditorías, cumplimiento de metas o plazos, y en general cualquier otra información destinada al seguimiento ambiental del Proyecto, según las obligaciones establecidas en la presente Resolución de Calificación Ambiental y las Resoluciones Exentas que al respecto dicte la Superintendencia del Medio Ambiente. De igual forma, y a objeto de conformar el Sistema Nacional de Información de Fiscalización Ambiental (SNIFA), el Registro Público de Resoluciones de Calificación Ambiental y registrar los domicilios de los sujetos sometidos a su fiscalización en conformidad con la ley, el Titular deberá remitir en tiempo y forma toda aquella información que sea requerida por la Superintendencia del Medio Ambiente a través de las Resoluciones Exentas que al respecto ésta dicte.
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-
Que, el Titular deberá informar a la Superintendencia del Medio Ambiente la realización de la gestión, acto o faena mínima que da cuenta del inicio de la ejecución de obras, a que se refiere el Considerando 4.1 de la presente Resolución.
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Que, con el objeto de dar adecuado seguimiento a la ejecución del Proyecto, el Titular deberá informar a la Superintendencia del Medio Ambiente, al menos con una semana de anticipación, el inicio de cada una de las fases del Proyecto, de acuerdo a lo indicado en la descripción del mismo.
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Que, la Superintendencia del Medio Ambiente, de oficio o a petición de parte o de algún organismo sectorial, podrá aprobar, modificar o complementar el contenido del plan de seguimiento de las variables ambientales y, en general, cualquier otro mecanismo establecido en la respectiva resolución de calificación ambiental que tenga dicho objeto, con el fin de asegurar, en el transcurso del tiempo, que el seguimiento de las variables ambientales cumpla con su objetivo de forma eficiente y eficaz
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Que, para que el proyecto “Modificación Avel Solar” pueda ejecutarse, deberá cumplir con todas las normas vigentes que le sean aplicables.
15, Que, el Titular deberá informar inmediatamente a la Secretaría de la Comisión de Evaluación de la Región del Biobío y a la Superintendencia del Medio Ambiente, la ocurrencia de impactos ambientales no previstos en la DIA, asumiendo inmediatamente las acciones necesarias para abordarlos.
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Que, el Titular del Proyecto deberá comunicar inmediatamente y por escrito a la Dirección Regional del SEA Servicio de Evaluación Ambiental Región del Biobío la ocurrencia de cambios de titularidad, representante legal, domicilio y correo electrónico, de acuerdo a lo establecido en el inciso tercero del artículo 162 y artículo 163, ambos del Reglamento del SELA.
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Que, se hace presente al Titular que cualquier modificación al Proyecto que constituya un cambio de consideración, en los términos definidos en el artículo 2* letra g) del Reglamento del SEIA, deberá someterse al SEIA.
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Que, todas las medidas, condiciones, exigencias y disposiciones establecidas en la presente Resolución son de responsabilidad del Titular, sean implementadas por éste directamente o a través de un tercero,
RESUELVO:
1?. Calificar favorablemente la Declaración de Impacto Ambiental del proyecto “Modificación Avel Solar”, de SANTA LAURA ENERGY SpA.
2". Certificar que el proyecto “Modificación Avel Solar” cumple con la normativa de carácter ambiental aplicable.
3”, Certificar que el proyecto “Modificación Avel Solar” cumple con los requisitos de carácter ambiental contenidos en los permisos ambientales sectoriales que se señalan en los artículos 140, 142 y 160 del D.S. N” 40/2012 del Ministerio del Medio Ambiente, Reglamento del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental.
4*. Certificar que el proyecto “Modificación Avel Solar” no genera los efectos, características o circunstancias del artículo 11 de la Ley N” 19.300, que dan origen a la necesidad de elaborar un Estudio de Impacto Ambiental.
5”. Definir como gestión, acto o faena mínima del Proyecto, para dar cuenta del inicio de su ejecución de modo sistemático y permanente, a los mencionados en el considerando 4.1 del presente
acto.
6”. Hacer presente que contra esta Resolución es procedente el recurso de reclamación de acuerdo a lo dispuesto en el artículo 20 de la Ley N* 19.300, ante el Director Ejecutivo del Servicio de
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Evaluación Ambiental. El plazo para interponer este recurso es de treinta días contados desde la notificación del presente acto.
Anotese, Notifíquese, comuníquese y Archívese
atricio Kuhn Aftigues Intendente Regional ¿sidente Comisión de Evaluación Región del Biobío
: Silvana Suanes Araneda Secretario Comisión de Evaluación Región del Biobío
ARS//rcc y
Distribución:
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[OCR parcial: primeras 25 y últimas 15 páginas de 52]