Obras Fluviales y de Control Aluvional en la Cuenca del Rio Salado, Región de Atacama
Califica Ambientalmente el proyecto
“Obras Fluviales y de Control Aluvional
en la Cuenca del Rio Salado, Región de
Atacama”
VISTOS:
1°. El Estudio de Impacto Ambiental (EIA), su Adenda de 6 de octubre de 2021, su Adenda Complementaria de 11 de febrero de 2022 y su segunda Adenda Complementaria de 4 de mayo de 2022, del proyecto “Obras Fluviales y de Control Aluvional en la Cuenca del Rio Salado, Región de Atacama”, presentado por MINISTERIO DE OBRAS PÚBLICAS con fecha 10 de noviembre de 2020.
2°. Los pronunciamientos y observaciones de los órganos de la administración del Estado que, sobre la base de sus facultades legales y atribuciones, participaron en la evaluación del EIA, y que se detallan en el Capítulo 3 del Informe Consolidado de Evaluación (ICE) del EIA del proyecto “Obras Fluviales y de Control Aluvional en la Cuenca del Rio Salado, Región de Atacama”.
3°. El Acta de Evaluación Nº 20220300616 de 30 de junio de 2022, del Comité Técnico de la Región de Atacama.
4°. El ICE del EIA del proyecto “Obras Fluviales y de Control Aluvional en la Cuenca del Rio Salado, Región de Atacama” de 30 de junio de 2022.
5°. El acuerdo adoptado en la sesión de fecha 08 de julio de 2022 de la Comisión de Evaluación de la Región de Atacama.
6°. Los demás antecedentes que constan en el expediente de evaluación de impacto ambiental del EIA del proyecto “Obras Fluviales y de Control Aluvional en la Cuenca del Rio Salado, Región de Atacama”.
7°. Las disposiciones de la Ley N° 19.300, sobre Bases Generales del Medio Ambiente, publicada en
el Diario Oficial el 09 de marzo de 1994, modificada por la Ley N° 20.417, publicada en el Diario
Oficial el 26 de enero de 2010, que crea el Ministerio, el Servicio de Evaluación Ambiental y la
Superintendencia del Medio Ambiente y del D.S. Nº 40, del Ministerio del Medio Ambiente que
“Aprueba el Reglamento del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental”, publicado en el Diario
Oficial el 12 de agosto de 2013. La Ley Nº 19.880, publicada en el Diario Oficial el 29 de mayo de
2003, que establece las Bases de los Procedimientos Administrativos que rigen los Actos de los
Órganos de la Administración del Estado. La Resolución Exenta Nº 167 “Aprueba Modificación
Texto del Reglamento de Organización y Funcionamiento de la Comisión de Evaluación de Atacama”
de fecha 13 de agosto de 2021, que modifica la Resolución Exenta N° 181-1, de fecha 18 de
de julio de 2014, de la Comisión de Evaluación de la Región de Atacama, que aprueba el Reglamento de Sala de la Comisión de Evaluación de la Región de Atacama y delega facultades que indica en el Director Regional del Servicio de Evaluación Ambiental, Región de Atacama; la Resolución Exenta RA Nº 119046/376/2019 del 17 de diciembre de 2019, de la Dirección Ejecutiva del Servicio de Evaluación Ambiental, que nombra como Directora Regional del SEA de Atacama a doña Verónica Ossandón Pizarro; y, en la Resolución Nº 7 de 26 de marzo del año 2019, de la Contraloría General de la República, que fija normas sobre exención del trámite de Toma de Razón.
CONSIDERANDO:
1°. Que, MINISTERIO DE OBRAS PÚBLICAS (en adelante, el Titular), ha sometido al Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental (SEIA) el EIA del proyecto “Obras Fluviales y de Control Aluvional en la Cuenca del Rio Salado, Región de Atacama” (en adelante, el Proyecto). Los antecedentes del Titular son los siguientes:
Nombre o razón social MINISTERIO DE OBRAS PÚBLICAS Rut 12102073-4 Domicilio Morandé 59, piso 3, Santiago Teléfono +562 24494022 Nombre representante legal Scarlett Oriana Vásquez Paulus Rut representante legal 12102073-4 Domicilio representante legal Morandé 59, piso 3, Santiago Teléfono representante legal +562 24494022 Correo electrónico Titular o representante legal scarlett.vasquez@mop.gov.cl, evelyn.galdames@mop.gov.cl, mauricio.lavin@mop.gov.cl.
2°. Que, conforme se indica en el ICE de fecha 30 de junio de 2022, la Directora Regional de la Región de Atacama ha recomendado rechazar el Proyecto, por cuanto el Proyecto no se hace cargo de manera adecuada del impacto significativo de reasentamiento de comunidades humanas, debido a que su Plan de Reasentamiento no incluyó la selección de predios ni el estudio de cabida de las soluciones habitacionales individuales, tanto de la comuna de Chañaral como de la comuna de Diego de Almagro, tal como indica la respectiva Guía de Reasentamiento de comunidades humanas (SEA, 2014). De esta forma, al no identificar los potenciales lugares de relocalización ni sus correspondientes estudios de cabida, no podría hacerse un seguimiento de las medidas asociadas a las soluciones individuales, ni tampoco permite descartar potenciales impactos en los sistemas de vida para familias reasentadas por el propio proceso de materialización de las medidas presentadas por el Titular. Así, el Titular no ha subsanado las omisiones planteadas en los Informes Consolidados de Aclaraciones, Rectificaciones y Ampliaciones, en particular aquellas referidas a la selección de predios de las soluciones habitacionales individuales, solicitadas en los puntos 7.2.c del ICSARA Complementario y 4.2.2 del ICSARA Excepcional.
3°. Que, sin perjuicio de los señalado en el punto anterior, en sesión de fecha 8 de julio de 2022, la Comisión de Evaluación de la Región de Atacama acordó calificar favorablemente el proyecto “Obras Fluviales y de Control Aluvional en la Cuenca del Rio Salado, Región de Atacama”, imponiendo las exigencias detalladas en el Considerando 11° de la presente resolución y que el Titular deberá cumplir para la ejecución de su proyecto.
En consecuencia, el ICE forma parte integrante de la presente Resolución con excepción de las consideraciones señaladas en el Considerando 11° del presente acto.
4°. Que, según lo señalado en el EIA y sus anexos, en su Adenda, y en sus Adendas
Complementarias, los cuales forman parte integrante de la presente Resolución, la descripción del
Proyecto es la que a continuación se indica:
4.1. ANTECEDENTES GENERALES Objetivo general El objetivo de las obras de canalización es proteger a los sectores urbanizados de las localidades Chañaral, El Salado y Diego de Almagro, por lo que se ha considerado la canalización del río Salado en una longitud tal que permita contener al flujo desde aguas arriba de cada una de las zonas urbanas y lo conduzca hasta su descarga aguas abajo de cada zona poblada. Tipología principal, así como las aplicables a sus partes, obras o acciones a.4) Defensa o alteración de un cuerpo o curso de aguas continentales Vida útil Indefinida. Monto de inversión USD $ 104.272,055 Gestión, acto o faena mínima que da cuenta del inicio de la ejecución Decreto de Expropiación Proyecto se desarrolla por etapas Si No
[X] Proyecto modifica un proyecto o actividad Si No
[X]
4.2. UBICACIÓN DEL PROYECTO
División político-
administrativa
Región de Atacama, Provincia de Chañaral, Comunas de Chañaral
y Diego de Almagro.
Descripción de la localización
Las partes acciones y obras f sicas del Proyecto se localizar en la
Región de Atacama Provincia de Chañaral y en las comunas de
Chañaral y Diego de Almagro. En particular las partes acciones y
obras físicas del Proyecto se desarrollar en las localidades de
Diego de Almagro, El Salado y Chañaral, específicamente las
obras que comprende el Proyecto se emplazan tanto en el cauce
principal del Río Salado ocupando zonas ubicadas aguas arriba y
abajo de cada localidad como en el interior de su área urbana.
Superficie
El Proyecto considerará una superficie total de intervención de
aproximadamente 67,17 ha.
Mayores antecedentes se presentan en la Tabla 11.2 del Anexo D
de la Adenda Complementaria Excepcional, específicamente en la
sección “Superficie Total del Proyecto”.
Coordenadas UTM en Datum
WGS84
Las coordenadas para cada parte y obra del Proyecto se presentan
en la Tabla 2.1-2 de la Adenda Complementaria.
Caminos de acceso
El acceso a las localidades en las cuales se ejecutarán las partes,
acciones y obras físicas del Proyecto, es el siguiente:
•
Localidad de Chañaral: El acceso a la localidad de Chañaral,
desde Copiapó se realiza directamente por la Ruta 5 que se
encuentra pavimentada y es de doble calzada, así como desde
Pan de Azúcar por la Ruta C -120, que es una ruta de grava
tratada bidireccional. Los accesos al río Salado se pueden
realizar por la calle Merino Jarpa, que se cierra mediante pretiles de tierra durante el invierno, Jorge Ribera o desde la Ruta 5 o Nueva Salado, mediante rebajes en la ribera del río. Para el acceso a la quebrada Conchuela es posible usar la Avenida Almirante Latorre desde el norte o Conchuela desde el poniente. El acceso al botadero desde el río Salado se desarrolla por el interior del río hasta la intersección con la Ruta C-203. Se atraviesa la Ruta 5 hacia el norte en el cruce existente y se prosigue hacia el norte por un camino de tierra bidireccional de 1.800 m de longitud, a construir, que será humectado con riego por camiones aljibes. • Localidad de El Salado: El acceso a la localidad de El Salado, desde Chañaral es a través de la Ruta 5 y luego por la Ruta C- 13, ambas con calzadas pavimentadas, la primera de doble calzada y la segunda bidireccional, respectivamente. También se accede desde el norte por la Ruta C-125 y desde el sur por la Ruta C-209, ambas con calzada bidireccional de grava tratada. El acceso al botadero desde el río Salado se desarrolla por el interior del río hasta la intersección con la Ruta C-209, prosiguiendo hacia el sur por esta vía, hasta el botadero. Se accede a este último por una corta variante de calzada en tierra bidireccional de 40 m de longitud, a construir, que será humectado con riego por camiones aljibes. • Localidad de Diego de Almagro: El acceso a la localidad de Diego de Almagro, desde Chañaral es a través de la Ruta 5, hasta empalmar con la Ruta C-13 en dirección al Este, la primera de doble calzada y la segunda bidireccional, respectivamente. El acceso a Diego de Almagro, desde la ciudad de Copiapó, es por la Ruta C-17 de calzada bidireccional pavimentada. El acceso al Botadero N° 1 desde el río Salado se desarrolla por el interior del río hasta la Ruta C13, luego Juan Martínez de Rosas, ambas vías bidireccionales pavimentadas. Se prosigue hacia el norte por la Avenida Diego de Almagro, de doble calzada pavimentada, hasta Almirante Latorre desde donde se hace conexión con la Ruta C-151, que corresponde a una calzada bidireccional pavimentada. A los 6 km se encuentra el desvío hacia el botadero, accediendo por un camino de tierra bidireccional, a construir, de 3,5 km, que será humectado con riego por camiones aljibes. El acceso al Botadero N° 2 se accede desde el río Salado y a través de una calle existente, ubicada en el extremo poniente de Diego de Almagro, hacia la Ruta C-13. A través de esta última y por una longitud de 2.600 m se accede a un camino lateral, de tierra de tipo bidireccional, de 450 m de longitud que permite la conexión con el botadero. Este camino que será humectado con riego por camiones aljibes. Referencia al expediente de evaluación de los mapas, georreferenciación e información complementaria sobre la localización de sus partes, obras y acciones La cartografía digital del Proyecto se presenta en el Anexo 1-B del EIA, complementada en el Anexo A de la Adenda, Anexo A de la Adenda Complementaria.
4.3. PARTES, OBRAS Y ACCIONES QUE COMPONEN EL PROYECTO
4.3.1. FASE DE CONSTRUCCIÓN
Partes y obras sector Chañaral
Instalación de Faena
Instalación de apoyo para la construcción de las obras proyectadas
en la localidad de Chañaral, conformada por oficinas, comedor,
estanque de agua potable, baños, planta de tratamiento de aguas
servidas, áreas para disposición temporal de residuos (RSD, RSINP
y RESPEL), talleres de carpintería, zona de lavado de canoas y
ruedas, estacionamientos para vehículos, entre otras. Contará con
garita de control y acceso restringido.
Mayores antecedentes en la Tabla 2.1-1 de la Adenda
Complementaria, específicamente en la sección Localidad de
Chañaral/Instalación de Faena.
Obras de control aluvional del
Río Salado
La canalización en Chañaral tiene una longitud total de 2,3 km, con
pendientes de entre 1,0% y 1,6%, cuenta con una obra de entrada
de 330 m y una obra de salida que consta de un perfilamiento de
160 m y enrocados de protección. La canalización consta de un
tramo inicial de 1,115 km de longitud, conformado por un canal en
sección trapecial de ancho basal 90 m y alrededor de 120 m de
ancho superficial, más un segundo tramo de 1,185 km de longitud
canal de sección rectangular de ancho 70 m. Entre ambas secciones
transversales, se desarrolla una transición que permite cambiar
gradualmente desde trapecial a rectangular, en una longitud de 300
m. La canalización trapecial tiene altura de 4,55 m, taludes 1:1
(H:V) con banquetas intermedias de 5,0 m de ancho ubicadas a los
2,0 m de altura. La canalización rectangular tiene altura de 6,35 m.
Se incluye una zona de protección lateral a ambos lados de las
riberas del río, con un ancho variable, pero de un máximo de 10,0
m. El dimensionamiento de la canalización se realizó con el fin de
conducir de manera controlada los flujos aluvionales y además
disminuir la cantidad de predios a expropiar y con ello el impacto
en el espacio urbano. Lo anterior es la razón por la que parte del
canal se diseñó con sección rectangular sin relleno de respaldo, lo
que permitirá reducir la extensión del derrame lateral.
Mayores antecedentes en la Tabla 2.1-1 de la Adenda
Complementaria, específicamente en la sección Localidad de
Chañaral/Obras de control aluvional del Río Salado.
Rampas de acceso
Dado que el emplazamiento de la canalización interfiere con
algunas obras de vialidad que comunican los sectores norte y sur de
Chañaral, se ha considerado incluir rampas de acceso que permitan
mantener la comunicación a través de la canalización. Además,
estas rampas también permiten realizar labores de mantención en
caso de ser requerido.
Las rampas tienen un ancho uniforme de 5 m y una pendiente
longitudinal máxima de 6%, cabe destacar que las rampas no
afectan el área hidráulica de la canalización.
Se contemplan cuatro rampas de acceso emplazadas cercanas al
Km 0,75 con el fin de dar continuidad a una calle proyectada
dentro del plan regulador.
Mayores antecedentes en la Tabla 2.1-1 de la Adenda
Complementaria, específicamente en la sección Localidad de
Chañaral/Rampas de acceso.
Botadero Chañaral
Las excavaciones y movimientos de tierra derivados de la
ejecución de las faenas generarán material excedente (tierra,
arenas, gravas y bolones) que será dispuesto en un botadero
habilitado. Se ha estimado que el rechazo de las obras alcanzará
aproximadamente los 638.702 m3 de material, a disponer en el
botadero proyectado. Cabe señalar que en la Adenda y en la
Adenda Complementaria se pone a disposición el material de
excedente de excavación de acuerdo a lo indicado en respuesta a la
observación 12.3 y respuesta 2.1.b respectivamente. Para el
saneamiento de las aguas lluvias cuenta con un foso perimetral de
tipo trapecial de 0,5 m de ancho basal y 0,5 m de profundidad,
cuyas aguas en caso de lluvias son evacuadas hacia un curso de
quebrada cercano. Para la protección de la zona se considera
además un cerco perimetral de 5 hebras tipo Manual de Carreteras.
Mayores antecedentes en la Tabla 2.1-1 de la Adenda
Complementaria, específicamente en la sección Localidad de
Chañaral/Botadero Chañaral.
Camino de acceso al Botadero
Chañaral
Camino de tierra bidireccional de 1.800 m de longitud, a construir.
Mayores antecedentes en la Tabla 2.1-1 de la Adenda
Complementaria, específicamente en la sección Localidad de
Chañaral/Camino de acceso al Botadero Chañaral.
Poza de control aluvional
Con la finalidad de controlar el ingreso de las aguas lluvias
generadas en esta cuenca, existe una segunda poza, denominada
Poza Conchuelas 2.
Mayores antecedentes en la Tabla 2.1-1 de la Adenda
Complementaria, específicamente en la sección Localidad de
Chañaral/Poza de control aluvional.
Puente Ruta 5
La infraestructura del puente estará formada por dos estribos
cerrados en base a muros rectos que contendrán los terraplenes de
acceso, ellos serán de hormigón armado con muros ala paralelos al
eje longitudinal de la estructura. El dado de fundación tendrá 2,0
metros de altura y transmitirá los esfuerzos hacia pilotes pre-
excavados de hormigón armado.
Mayores antecedentes en la Tabla 2.1-1 de la Adenda
Complementaria, específicamente en la sección Localidad de
Chañaral/Puente Ruta 5.
Puente 21 de mayo
La infraestructura del puente estará formada por dos estribos
cerrados en base a muros rectos que contendrán los terraplenes de
acceso, ellos serán de hormigón armado con muros ala paralelos al
eje longitudinal de la estructura. El dado de fundación tendrá 2,0
metros de altura y transmitirá los esfuerzos hacia pilotes pre-
excavados de hormigón armado.
Mayores antecedentes en la Tabla 2.1-1 de la Adenda
Complementaria, específicamente en la sección Localidad de
Chañaral/Puente 21 de mayo.
Cruce Peatonal Jorge Rivera
Se considera un cruce peatonal ubicado en el sector Jorge Rivera.
Mayores antecedentes en la Tabla 2.1-1 de la Adenda
Complementaria, específicamente en la sección Localidad de
Chañaral/Cruce Peatonal Jorge Rivera.
Partes y obras sector El Salado
Instalación de Faena
Instalación de apoyo para la construcción de las obras proyectadas
en la localidad de El Salado. Estará conformada por oficinas,
comedor, estanque de agua potable, baños, planta de tratamiento de
aguas servidas, áreas para disposición temporal de residuos (RSD,
RSINP y RESPEL), talleres de carpintería, zona de lavado de
canoas y ruedas, estacionamientos para vehículos, entre otras.
Contará con garita de control y acceso restringido.
Mayores antecedentes en la Tabla 2.1-1 de la Adenda
Complementaria, específicamente en la sección Localidad El
Salado/Instalación de Faena.
Obras de control aluvional del
Río Salado
La canalización tiene una longitud total de 743 m, con una
pendiente de 1,32 %. Corresponde a un canal revestido de sección
trapecial de ancho basal constante igual a 85 m. La canalización
tiene una altura uniforme de 4,4 m, taludes 1:1 (H:V) con
banquetas intermedias de 5 m de ancho ubicadas a los 2 m de altura
y fundaciones de 4,5 m. El dimensionamiento de la canalización se
realizó con el fin de conducir de manera controlada los flujos
aluvionales y además disminuir la cantidad de predios a expropiar
y con ello el impacto en el espacio urbano.
Por lo anterior, en algunas zonas específicas se ha dispuesto
conformar la sección con un muro lateral de contención que
permite reducir la extensión del derrame lateral de apoyo del
revestimiento del canal.
Mayores antecedentes en la Tabla 2.1-1 de la Adenda
Complementaria, específicamente en la sección Localidad El
Salado/Obras de control aluvional del Río Salado.
Rampas de acceso
Dado el emplazamiento de la canalización, se ha considerado la
realización de rampas de acceso peatonal que permitan mantener la
comunicación a través de la canalización. Además, estas rampas
también permiten realizar labores de mantención en caso de ser
requerido.
Las rampas tienen un ancho uniforme de 5 m y una pendiente
longitudinal máxima de 6% para permitir el transporte de vehículos
y personas, cabe destacar que las rampas no afectan el área
hidráulica de la canalización.
Las rampas se encuentran relativamente enfrentadas a cada lado de
las riberas.
Mayores antecedentes en la Tabla 2.1-1 de la Adenda
Complementaria, específicamente en la sección Localidad El
Salado/Rampas de acceso.
Botadero El Salado
Las excavaciones y movimientos de tierra derivados de la
ejecución de las faenas generarán material excedente (tierra,
arenas, gravas y bolones) que será dispuesto en zonas habilitadas
para tales efectos. Se ha estimado que el rechazo de las obras
alcanzará aproximadamente 121.410 m3, material que será
dispuesto en el botadero proyectado.
Para el saneamiento de las aguas lluvias cuenta con un foso
perimetral de tipo trapecial de 0,5 m de ancho basal y 0,5 m de
profundidad, cuyas aguas en caso de lluvias son evacuadas hacia
un curso de quebrada cercano. Para la protección de la zona se
considera además un cerco perimetral de 5 hebras tipo Manual de
Carreteras.
Mayores antecedentes en la Tabla 2.1-1 de la Adenda
Complementaria, específicamente en la sección Localidad El
Salado/Botadero El Salado.
Camino de acceso al Botadero
El Salado
El camino de acceso al botadero se inicia en la Ruta C-209 por una
corta variante de calzada en tierra, bidireccional de 40 m de
longitud, a construir.
Mayores antecedentes en la Tabla 2.1-1 de la Adenda
Complementaria, específicamente en la sección Localidad El
Salado/Camino de acceso al Botadero El Salado.
Baden Ruta C-209
En la Localidad de El Salado, se considera la construcción de 2
Badenes, uno de los cuales se encontrará en la ruta C-209, el cual
servirá tanto para cruce vehiculares como peatonales.
Mayores antecedentes en la Tabla 2.1-1 de la Adenda
Complementaria, específicamente en la sección Localidad El
Salado/Baden Ruta C-209.
Baden calle Condell
También en la localidad de El Salado se proyecta un Baden a la
altura de la calle Condell, el cual será sólo de uso vehicular.
Mayores antecedentes en la Tabla 2.1-1 de la Adenda
Complementaria, específicamente en la sección Localidad El
Salado/Baden calle Condell.
Cruce peatonal
Se considera un cruce peatonal que reemplace el existente, el cual
se ubicará donde mismo se encuentra el actual.
Mayores antecedentes en la Tabla 2.1-1 de la Adenda
Complementaria, específicamente en la sección Localidad El
Salado/Cruce peatonal.
Partes y obras sector Diego de Almagro
Instalación de Faena
Instalación de apoyo para la construcción de las obras proyectadas
en la localidad de Diego de Almagro. Estará conformada por
oficinas, comedor, estanque de agua potable, baños, planta de
tratamiento de aguas servidas, áreas para disposición temporal de
residuos (RSD, RSINP y RESPEL), talleres de carpintería, zona de
lavado de canoas y ruedas, estacionamientos para vehículos, entre
otras. Contará con garita de control y acceso restringido.
Mayores antecedentes en la Tabla 2.1-1 de la Adenda
Complementaria, específicamente en la sección Localidad Diego
de Almagro/ Instalación de Faena.
Obras de control aluvional del
Río Salado
La canalización corresponde a un canal revestido de sección
trapecial de un ancho basal constante igual a 25 m. Se extiende en
una longitud de 3.100 m desde el ingreso a la zona poblada de
Diego de Almagro y hasta la salida en el extremo de aguas abajo.
La canalización tiene una altura uniforme de 4 m, taludes 1:1 (H:V)
revestidos en hormigón con banquetas intermedias de 5,0 m de
ancho ubicadas a los 2 m de altura y fundaciones de 3,5 m de
profundidad.
El dimensionamiento de la canalización se realizó con el fin de
conducir de manera controlada los flujos aluvionales y además
disminuir la cantidad de predios a expropiar y con ello el impacto
en el espacio urbano. Por lo anterior, en algunas zonas específicas
se ha dispuesto conformar la sección con un muro lateral de
contención que permite reducir la extensión del derrame lateral de
apoyo del revestimiento de canal.
En algunos tramos, en que la disponibilidad de espacio es limitada
y la sección definida implica aumentar el número de
expropiaciones, se consideró limitar la extensión lateral del relleno
del respaldo mediante muros verticales de hormigón.
Mayores antecedentes en la Tabla 2.1-1 de la Adenda
Complementaria, específicamente en la sección Localidad Diego
de Almagro/Obras de control aluvional del Río Salado.
Rampas de acceso
En la canalización se cuenta con rampas de acceso al lecho del río
Salado, que se inician a nivel del coronamiento del canal y
terminan al interior del cauce, a la cota del lecho. Su descenso se
desarrolla en una longitud de 131 m y una pendiente longitudinal
de 5,45%, lo que permite el cruce por el interior de la canalización
y realizar labores de mantenimiento cuando es requerido.
Las rampas tienen un ancho uniforme de 5 m. Se contemplan seis
(6) rampas de acceso emplazadas cercanas a la ruta C-17, Av.
Rodrigo de Quiroga y Calle Juan Martínez de Rosa, de modo que
tres (3) de ellas se ubicarán en una ribera y las tres (3) restantes en
la ribera opuesta, prácticamente enfrentadas.
Mayores antecedentes en la Tabla 2.1-1 de la Adenda
Complementaria, específicamente en la sección Localidad Diego
de Almagro/Rampas de acceso.
Botadero Diego de Almagro 1
Las excavaciones y movimientos de tierra derivados de la
ejecución de las faenas generarán material excedente (tierra,
arenas, gravas y bolones) que será dispuesto en dos (2) botaderos
habilitados para tales efectos. Se ha estimado que el rechazo de las
obras alcanzará aproximadamente 392.200 m3, material que será
dispuesto en dichos botaderos.
El Botadero 1 de Diego de Almagro ocupará una superficie de
alrededor de 7,5 ha. Para el saneamiento de las aguas lluvias cuenta
con un foso perimetral de tipo trapecial de 0,5 m de ancho basal y
0,5 m de profundidad, cuyas aguas en caso de lluvias son
evacuadas hacia un curso de quebrada cercano. Para la protección
de la zona se considera además un cerco perimetral de 5 hebras tipo
Manual de Carreteras.
Mayores antecedentes en la Tabla 2.1-1 de la Adenda
Complementaria, específicamente en la sección Localidad Diego
de Almagro/Botadero Diego de Almagro 1.
Camino de acceso al Botadero
Diego de Almagro 1
Desde la Ruta C-151 se construirá el desvío hacia el botadero,
correspondiente a un camino de tierra bidireccional de 3,5 km.
Mayores antecedentes en la Tabla 2.1-1 de la Adenda
Complementaria, específicamente en la sección Localidad Diego
de Almagro/Camino de acceso al Diego de Almagro 1.
Botadero Diego de Almagro 2
Las excavaciones y movimientos de tierra derivados de la
ejecución de las faenas generarán material excedente (tierra,
arenas, gravas y bolones) que será dispuesto en dos (2) botaderos
habilitados para tales efectos. Se ha estimado que el rechazo de las
obras alcanzará aproximadamente 392.200 m3, material que será
dispuesto en dichos botaderos.
El Botadero 2 de Diego de Almagro ocupará una superficie de
alrededor de 2,5 ha. Para el saneamiento de las aguas lluvias cuenta
con un foso perimetral de tipo trapecial de 0,5 m de ancho basal y
0,5 m de profundidad, cuyas aguas en caso de lluvias son
evacuadas hacia un curso de quebrada cercano. Para la protección
de la zona se considera además un cerco perimetral de 5 hebras tipo
Manual de Carreteras.
Mayores antecedentes en la Tabla 2.1-1 de la Adenda
Complementaria, específicamente en la sección Localidad Diego
de Almagro/Botadero Diego de Almagro 2.
Camino de acceso al Botadero
Diego de Almagro 2
A partir de la Ruta C-13 y por una longitud de 2.600 m se accederá
a un camino lateral, de tierra de tipo bidireccional, de 450 m de
longitud que permitirá la conexión con el botadero 2.
Mayores antecedentes en la Tabla 2.1-1 de la Adenda
Complementaria, específicamente en la sección Localidad Diego
de Almagro/Camino de acceso al Diego de Almagro 2.
Puente Ruta C-17
De acuerdo con su estructuración, se clasifica como un puente de
tres tramos, mixto, simplemente apoyado en su vano central de 34
m y tramos extremos de 7 m, tipo losa monolítica a la estructura de
los estribos conformando un marco. El tramo central estará
conformado por un sistema estructural de tablero de hormigón
armado soportado por un conjunto de 5 vigas de hormigón
pretensado, apoyadas sobre neoprenos.
La infraestructura la compondrán dos estribos con fundación en
base a pilotes tipo marco de 1,0 m de diámetro y 12 m de longitud,
con dado de amarre en la zona de transición y muro frontal. El
estribo de salida será variable en su ancho dado que se utilizará
para desarrollar la curva de salida de acuerdo con el diseño
geométrico.
Mayores antecedentes en la Tabla 2.1-1 de la Adenda
Complementaria, específicamente en la sección Localidad Diego
de Almagro/Puente Ruta C-17.
Cruce peatonal Tomas da
Silva Austral
Se considera la instalación de un cruce peatonal en la intersección
Tomas da Silva- Austral.
Mayores antecedentes en la Tabla 2.1-1 de la Adenda
Complementaria, específicamente en la sección Localidad Diego
de Almagro/Cruce peatonal Tomas da Silva Austral.
Cruce peatonal y vehicular
Av. Rodrigo de Quiroga
Se considera la instalación de un cruce peatonal y según lo
expuesto en Adena Complementaria también se considera
mantener el cruce vehicular en la intersección Av. Rodrigo de
Quiroga.
Mayores antecedentes en la Tabla 2.1-1 de la Adenda
Complementaria, específicamente en la sección Localidad Diego
de Almagro/Cruce peatonal y vehicular Av. Rodrigo de Quiroga.
Cruce
peatonal
Camilo
Henríquez
Se considera la instalación de un cruce peatonal en la intersección
Camilo Henríquez.
Mayores antecedentes en la Tabla 2.1-1 de la Adenda
Complementaria, específicamente en la sección Localidad Diego
de Almagro/Cruce peatonal Camilo Henríquez.
Acciones en los 3 sectores
Expropiación y relocalización En forma previa a la ejecución de las obras se realizarán las
acciones pertinentes relativas a las expropiaciones que permitan
de población
disponer de los terrenos que son necesarios para la ejecución de las
obras del Proyecto. Junto con ello se desarrollarán las medidas y
acciones asociadas al Plan de reasentamiento de la población, cuya
actualización se presenta en el Anexo A de la Adenda
Complementaria Excepcional.
Perturbación
controlada
y
desratización
Se implementará una perturbación controlada de especies de fauna
de baja movilidad, identificadas en el área donde se ejecutará el
Proyecto, con el objetivo de evitar la pérdida de ejemplares de
reptiles a través de la inducción del abandono de las áreas a
intervenir, específicamente en el sector del botadero de Chañaral y
camino al mismo y también en el área del Botadero 1 de Diego de
Almagro y su respectivo camino de acceso. El detalle de este plan
se presenta en el Anexo A de la de la Adenda Complementaria
Excepcional.
Del mismo modo, previo a la instalación de faenas y durante toda
la fase de construcción, se realizará la desratización mediante la
aplicación, control y reposición de trampas de captura viva,
mecanismos de control mecánico tipo tubulares. Estos sistemas de
control serán claramente señalizados y rotulados para evitar su
manipulación por parte de terceros no autorizados para estas tareas.
Instalación
de
cierres
provisorios,
obras
de
protección de fachadas e
instalación de faenas
Se instalarán los cierres provisorios que sean necesarios por los
deslindes perimetrales del terreno, según la Normativa municipal
vigente. Además, se considerarán también los requisitos necesarios
para cumplir con la norma de ruido, de acuerdo las medidas de
control propuestas para el componente ruido.
Demoliciones
y
limpieza
despeje de terreno
La actividad de demolición y despeje de los terrenos se refiere al
retiro de toda la infraestructura existente que interfiera con las
obras a construir, de modo de disponer libremente de los terrenos
para el desarrollo de las actividades del Proyecto. Las demoliciones
se refieren a específicamente a las viviendas, cercos, muros y en
general cualquier elemento que quede al interior de las zonas
expropiadas.
Para realizar esta actividad de limpieza se considera utilizar
maquinaria tipo Bulldozer D6T o similar, considerando un
rendimiento 150 m3/hora por equipo. El material de escarpe será
cargado con un cargador Cat 924 o similar, a dos camiones tolva de
15 m3, para ser llevado a un botadero de escombros debidamente
autorizado.
Habilitación de la instalación
de faenas
Corresponde a la instalación de dependencias para el apoyo a las
actividades de la fase de construcción, las que serán desmontadas y
retiradas al final de dicha fase.
Cada instalación de faena será habilitada con radieres de gravilla
para las áreas de estacionamientos y circulación de vehículos;
radieres de hormigón en el sector de dependencias como oficinas,
instalaciones sanitarias (baños, duchas y comedores), bodega de
materiales, bodega para residuos peligrosos, caseta para el
cuidador, instalación de agua, electricidad y otros servicios, en base
a contenedores de medidas estándar.
Las superficies de estas instalaciones serán las siguientes:
•
Chañaral: 0,15 ha.
• El Salado: 0,15 ha. • Diego de Almagro: 0,15 ha. Solución de interferencias Existen interferencias con servicios que deben ser resueltas antes de construir las obras de control aluvional, como, por ejemplo, el traslado de postes de distribución eléctrica y reubicación de redes de agua potable y de aguas servidas. Los postes de distribución eléctrica serán sacados de la zona de emplazamiento de las obras, en tanto las viviendas que servían serán retiradas mediante el proceso de expropiaciones para liberar los terrenos ocupados por las obras. Por su parte, las redes de agua potable y de alcantarillado que cruzan el cauce del río Salado serán profundizadas a fin de evitar su afectación por la fundación de las obras de control aluvional. Para resolver las interferencias de los pretiles de ingreso de las canalizaciones con la Ruta 5 en el caso de Chañaral y Ruta C-13 en el caso de las localidades de El Salado y Diego de Almagro, se considera el solevantamiento de las rasantes de modo de que las vías señaladas crucen por sobre los pretiles de la canalización. Se mantendrán los trazados en planta y sólo se levantará la cota de rasante, manteniendo las estructuras de los pavimentos existentes. Construcción de las obras La construcción de las obras considerará el desarrollo de las siguientes actividades, siendo las principales las incluidas en la Tabla 2.4 1 del Capítulo 2 del EIA: • Escarpe y excavaciones. • Construcción y compactación de pretiles. • Enrocado y mampostería. • Construcción de canales transversales. • Depósito en botaderos.
Mayores antecedentes se presentan en la Tabla 2-1 de la Adenda
Complementaria Excepcional, específicamente en la sección Fase
de construcción/Construcción de las obras.
Transporte
de
insumos,
materiales y residuos
El transporte de materiales, equipos, insumos y personal se
realizará a través de camiones, buses y vehículos livianos.
Se consideró el uso de buses para el transporte de personal hacia
las faenas de construcción del Proyecto. El personal que participará
en la fase de construcción será movilizado internamente en
vehículos
de
trabajo
con
capacidad
para
20
personas
aproximadamente. Una vez completado su régimen de trabajo, el
personal será trasladado vía terrestre hacia los lugares de
alojamiento o residencia.
Para el desplazamiento de estos vehículos se utilizará la Ruta 5
hasta la instalación de faenas en Chañaral, mientras que para El
Salado y Diego de Almagro la ruta de acceso será la C-13.
Desmovilización
de
obras
temporales
Al finalizar la construcción de cada una de las obras se procederá al
desarme y retiro de las instalaciones temporales.
Una vez que se hayan desarmado y retirado las obras transitorias, el
titular se compromete a restituir el terreno modificado a sus
condiciones originales.
Recursos naturales renovables La fase de construcción del Proyecto no contempla extraer o explotar recursos naturales renovables para satisfacer sus necesidades. Sin embargo, producto de la intervención de las partes y obras del Proyecto se contemplan utilizar superficie dentro del cauce del río y alrededor de las obras de control aluvional, así como en los sectores de instalación de obras temporales, excluyendo los botaderos, alcanzando 17,4 ha. Emisiones y efluentes Emisiones Atmosféricas Las emisiones máximas del Proyecto serán durante la fase de construcción. Los valores de las emisiones en esta fase corresponden a:
MP2,5: • Chañaral: 5,2 ton/año (año 3) por un periodo de 10 años. • El Salado: 3,2 ton/año por un periodo de 2 años. • Diego de Almagro: 3,51 ton/año por un periodo de 5 años.
MP10: • Chañaral: 12,11 ton/año (año 3) por un periodo de 10 años. • El Salado: 6,35 ton/año por un periodo de 2 años. • Diego de Almagro: 7,16 ton/año por un periodo de 5 años.
MPS: • Chañaral: 39,45 ton/año (año 3) por un periodo de 10 años. • El Salado: 20,57 ton/año por un periodo de 2 años. • Diego de Almagro: 24,68 ton/año por un periodo de 5 años.
CO: • Chañaral: 5,44 ton/año (año 3) por un periodo de 10 años. • El Salado: 5,47 ton/año por un periodo de 2 años. • Diego de Almagro: 6,33 ton/año por un periodo de 5 años.
SO2: • Chañaral: 0,124 ton/año (año 3) por un periodo de 10 años. • El Salado: 0,12 ton/año por un periodo de 2 años. • Diego de Almagro: 0,12 ton/año por un periodo de 5 años.
NOX: • Chañaral: 22,16 ton/año (año 3) por un periodo de 10 años. • El Salado: 20,08 ton/año por un periodo de 2 años. • Diego de Almagro: 21,19 ton/año por un periodo de 5 años.
Las emisiones se asocian principalmente a las siguientes
actividades:
• Excavaciones.
• Transferencia de material.
• Tránsito
vehicular
por
caminos
no
pavimentados
y
pavimentados.
• Emisión por combustión de maquinaria.
• Procesos de combustión interna de los motores de vehículos
livianos, camiones, equipos electrógenos y de la maquinaria
utilizada
En relación a las acciones de control, para el caso del material particulado (MP10, MP2,5 y MPS) se implementará lo siguiente: • Aplicación de supresor de polvo (bischofita o similar). • Implementación de mallas perimetrales en sector de obras. • Humectación de áreas de acopio temporal y botaderos. • Límites de velocidad máxima para camiones de 30 km/h dentro del área de las obras. Para el caso de las emisiones de gases (NOx, SO2 y CO), se realizarán mantenciones periódicas de maquinarias y vehículos.
Ruido y Vibraciones Durante la fase de construcción se generarán emisiones de ruido y vibraciones producto del funcionamiento de equipos y maquinarias para la construcción de las obras de canalización Chañaral, Diego de Almagro y El Salado, la construcción de los Cruces y puentes Chañaral, Diego de Almagro y El Salado, funcionamiento de botaderos Chañaral, Diego de Almagro y El Salado y construcción de Poza de control aluvional (Chañaral). La mayor emisión de ruido corresponde al funcionamiento del generador de 300 kVA con un valor de 124 Lw dB (A), mientras que, para las vibraciones, Los mayores niveles de vibración corresponden al funcionamiento del rodillo y la perforadora con un valor de 93 Lv a 25 ft cada uno.
El periodo de tiempo en que se generan las emisiones será 10 años en la localidad de Chañaral, 2 años en El Salado y 5 años en Diego de Almagro.
Emisiones líquidas o efluentes Aguas servidas: Se estima una cantidad total de 27.896 m3/fase, que provendrán de las instalaciones sanitarias que se dispondrán para el personal de construcción del Proyecto en las instalaciones de faena y de los baños químicos que se habilitarán en los frentes de trabajo ubicados a más de 75 metros de la misma.
Las aguas servidas de cada instalación de faena, captadas por los sistemas particulares de alcantarillado, serán conducidas a las plantas de tratamientos de aguas servidas modulares, las cuales funcionarán mediante el sistema de tratamiento con lodos activados. Por su parte, la gestión y tratamiento de las aguas servidas de los baños químicos que serán habilitados en los frentes de trabajo ubicados a más de 75 m de los servicios higiénicos de la instalación de faenas y por no más de 6 meses, estará a cargo de una empresa externa con autorización sanitaria, la que será responsable de retirar estas aguas para su posterior tratamiento fuera de las instalaciones del Proyecto.
Agua lavado canoas: Se estima una cantidad total de 1.022 m3/fase, que provendrán del lavado de canoas de camiones mixer que se realizará en un sitio habitado para ello, en la instalación de faenas del Proyecto.
El Proyecto considera un pozo de lavado de 3 metros de diámetro, cubierto por un polietileno de alta densidad, donde se acumulará el agua de lavado de las canoas de los camiones mixer. Considerando las condiciones climáticas del área de emplazamiento del Proyecto, se estima que el residuo industrial líquido almacenado en el pozo evaporará durante gran parte del año. Los residuos sólidos decantados en la piscina serán retirados y manejados como excedente de construcción, como RSINP. Cuando no sea factible la evaporación del caudal generado, será todo el efluente retirado por un camión estanque, habilitado con bomba de succión y trasladado a un sitio autorizado.
Agua lavado ruedas: Se estima una cantidad total de 511 m3/fase, que provendrán del lavado de ruedas de camiones tolva que se realizará en un sitio habitado para ello, en la instalación de faenas del Proyecto.
Se prevé la generación de residuos líquidos producto del lavado de
ruedas de camiones tolva que se realizará en un sitio habilitado
para ello, en la instalación de faenas del Proyecto. El residuo
industrial líquido se evaporará durante gran parte del año, mientras
que el material decantado en el pozo donde se lavarán las ruedas
(agua con tierra), será retirado y manejado como excedente de
excavación, es decir, será dispuesto en alguno de los botaderos
contemplado por el Proyecto. Cuando no sea factible la
evaporación del caudal generado, se evaluará su uso para humectar
acopios de material, considerando que, por su naturaleza, la
composición de este efluente será sólo agua con tierra.
Residuos, productos químicos
y otras sustancias que puedan
afectar el medio ambiente.
Residuos sólidos asimilables a domiciliarios
Se generará una cantidad total de 2,8 ton/mes durante la fase de
construcción. Estos residuos corresponden a desechos de alimentos
(residuos orgánicos), excedentes de comida, restos de papeles, de
cartón, envases plásticos e insumos inertes de oficina.
Los residuos asimilables a domésticos generados durante la fase de
construcción serán manejados mediante una “Política 3Rs” que
consistirá en Reducir, Reutilizar, Reciclar. Este proceso comenzará
con la separación de los distintos residuos a medida que se generan,
para luego darle a cada tipo de desechos el tratamiento que le
corresponde.
De esta manera, se segregará la basura en 2 grupos que
corresponden a residuos ordinarios y sólidos reciclable, los cuales
serán almacenados en contenedores de 240 litros de capacidad
(carga útil aproximada: 100 Kg), los contenedores estarán ubicados
en las áreas habilitadas para ello en las instalaciones de faenas que
considera el Proyecto.
De acuerdo a respuesta 5.3.a.i de la Adenda Complementaria, los
contenedores contarán con una bolsa plástica en su interior para
evitar el escurrimiento de líquidos percolados que pudieran
infiltrarse desde los contenedores, los cuales se mantendrán
cerrados en todo momento para así evitar la proliferación de
vectores sanitarios y/u olores que pudiesen generarse a causa de la
naturaleza de los residuos. Adicionalmente se indica que en virtud
de los lineamientos que tiene el Ministerio de Obras Públicas ante el actual escenario de escasez hídrica en el país y la imperante situación de la región de Atacama, se deben incorporar soluciones constructivas, por lo que la limpieza y lavado de contenedores se realizará una vez cada dos semanas y, además, cada vez que se realice el retiro de los residuos por la empresa autorizada, la cual tiene una frecuencia de tres veces por semana, se contempla la desinfección de los contenedores a través de un medio no acuoso (aerosol). Estos RSD serán retirados por el servicio municipal o por una empresa autorizada, que los dispondrá también en un lugar acreditado para ello. Dicha disposición se realizará fuera de las instalaciones del Proyecto y con una frecuencia de retiro de 3 veces por semana.
Residuos sólidos industriales no peligrosos (RSINP) Se generará una cantidad total de 802 m3 durante toda la fase de construcción. Estos residuos corresponderán principalmente a escombros, restos de hormigón, restos de acero, entre otros. Los RSINP se almacenarán transitoriamente en tolvas de 12 m3, instaladas en un área habilitada especialmente para ello en las instalaciones de faenas que considera el Proyecto. De aquí serán retirados por una empresa autorizadas cada 15 días y trasladados a botaderos autorizados, fuera del área del Proyecto. El resto de los residuos se almacenará en un área de acopio, desde donde serán retirados en camiones tolva encarpados y transportados también a sitios de disposición autorizados. El manejo de los residuos sólidos industriales no peligrosos, esto es el diseño de las áreas de almacenamiento, puntos de generación, traslado y disposición final, se realizará de acuerdo con lo dispuesto en el D. F. L. Nº 725/1978, Código Sanitario y D.S. Nº 594/1999, ambos del Ministerio de Salud.
Residuos Sólidos Peligrosos
Se generará una cantidad de 5,8 ton/mes y una generación total de
439 ton/fase que corresponden a residuos de limpieza, envases y
embalajes, aceites y grasas y repuestos y piezas
Los RESPEL que se generarán durante la fase de construcción del
Proyecto serán dispuestos en tambores de 200 litros, los cuales
estarán rotulados y cerrados. Serán almacenados temporalmente en
la bodega para residuos peligrosos que se habilitará en cada una de
las instalaciones de faenas del Proyecto. Estas bodegas se diseñarán
y construirán siguiendo los criterios y exigencias contenidas en el
título IV del D.S. N° 148/2003 del Ministerio de Salud, que
aprueba Reglamentos sanitarios sobre manejo de residuos
peligrosos.
Estos residuos serán retirados por una empresa con autorización
sanitaria cada 15 días y dispuestos en lugares autorizados. Los
retiros serán informados a través del Sistema Ventanilla Única del
Registro de Emisiones y Transferencias de Contaminantes (RETC),
en conformidad a lo establecido en el artículo 30 del D.S. N° 1/2013 del Ministerio del Medio Ambiente, que aprueba Reglamento del registro de emisiones y transferencias de contaminantes, RETC.
Productos químicos y otras sustancias
Se requerirá aceite de recambio, pinturas óleo, aguarrás mineral,
barnices, adhesivo y resinas Epóxicas. Dadas las cantidades
requeridas de este producto, su almacenamiento podrá realizarse en
estantes ubicados en la bodega de materiales habilitada en las
instalaciones de faenas del Proyecto, considerando para su manejo
las disposiciones incluidas en la hoja de datos de seguridad adjunta
en el Anexo E.2 de la Adenda. Mayores detalles sobre las
cantidades a utilizar de cada sustancia o producto se presentan en la
Tabla 4.6.5.3 del ICE.
Referencia
al
ICE
para
mayores detalles
Tabla 4.2. y Tabla 4.6.1.1. Partes y obras
Tabla 4.6.1.2. Acciones
Tabla 4.6.2. Suministros básicos
Tabla 4.6.3. Recursos naturales a extraer, explotar o utilizar
Tabla 4.6.4. Emisiones y efluentes
Tabla 4.6.5. Residuos.
4.3.2. FASE DE OPERACIÓN
Partes y obras
Obras de control aluvional del
Río Salado (Localidades de
Chañaral, El Salado y Diego
de Almagro).
Estas obras ya fueron descritas en el punto 4.3.1 de este
documento.
Rampas
de
acceso
(Localidades de Chañaral, El
Salado y Diego de Almagro).
Estas obras ya fueron descritas en el punto 4.3.1 de este
documento.
Botaderos (Localidades de
Chañaral, El Salado y Diego
de Almagro).
Estas obras ya fueron descritas en el punto 4.3.1 de este
documento.
Camino
de
acceso
a
Botaderos (Localidades de
Chañaral, El Salado y Diego
de Almagro).
Estas obras ya fueron descritas en el punto 4.3.1 de este
documento.
Poza de control aluvional
(Localidad de Chañaral).
Estas obras ya fueron descritas en el punto 4.3.1 de este
documento.
Puentes
(Localidades
de
Chañaral, El Salado y Diego
de Almagro).
Estas obras ya fueron descritas en el punto 4.3.1 de este
documento.
Cruces
peatonales
(Localidades de Chañaral, El
Salado y Diego de Almagro).
Estas obras ya fueron descritas en el punto 4.3.1 de este
documento.
Badenes
(Localidad
El
Salado)
Estas obras ya fueron descritas en el punto 4.3.1 de este
documento.
Acciones
Inspecciones Rutinarias
Se entenderá como inspección rutinaria, al recorrido general de las
obras, regular y periódico que deberá realizar personal
técnicamente capacitado, con el objetivo de mantener en forma
actualizada la información tanto del estado de conservación de la
canalización como de sus obras de arte, todo lo cual deberá quedar
consignado por escrito en una bitácora, que tendrá como función
llevar una hoja de vida de las obras del Proyecto.
En la bitácora se realizará una descripción general del estado de los
tramos y sectores visitados con indicación de la fecha de la visita,
así como la identificación y clasificación de los problemas
detectados. Este documento se mantendrá debidamente archivado
asegurando su permanencia en el tiempo, así como su trazabilidad.
Respecto a la frecuencia de las inspecciones rutinarias, se
realizarán a lo menos cada 6 meses. Una por cada estación extrema
y/u ocurrencia de posibles eventos extremos (verano e invierno).
Inspecciones Extraordinarias
Se deben programar inspecciones extraordinarias de todas las obras
con posterioridad a la ocurrencia de eventos meteorológicos
extremos que generen aportes importantes al interior de las obras
de canalización construidas.
Las inspecciones extraordinarias también deben programarse, en
caso de ocurrir alguna situación, anormal o critica, particularmente
en el entorno del o de los sectores afectados.
Mantenciones y Reparaciones
Se deben programar actividades de mantención periódicas según el
tipo de obras, características de las mismas y estado de
conservación, así como las reparaciones que sean necesarias para
asegurar la integridad de las obras y su adecuado funcionamiento.
Considerando que las obras consisten en revestimientos de
hormigón, los trabajos que deben realizarse una vez al año tendrán
como objetivo atender los siguientes desgastes:
•
Erosión por abrasión: Este tipo de desgaste suele producirse
por la acción de arcillas, arenas, grava y otros solidos
arrastrados por las aguas que circula a cierta velocidad por los
canales y obras de arte. La existencia de este tipo de daño se
manifiesta como una pérdida de hormigón. En general, los
hormigones de buena calidad sufren un ligero desgaste de
aspecto uniforme, en cambio, los hormigones de mala calidad
sufren la pérdida del mortero en una primera etapa, dejando
expuesta la
grava
que
posteriormente
se
desprende,
aumentando el daño y perdiendo espesor. Esto último debe ser
motivo de especial preocupación debiendo realizarse labores
de mantención, recubriendo las ares erosionadas con mortero
de cemento.
•
Erosión por Cavitación: Se origina cuando el agua circula a
alta velocidad sobre obstrucciones que se proyectan por sobre
el plano de la superficie del hormigón (fondo o paredes), tales
como los resaltes que quedan cuando el moldaje pierde
continuidad en sus uniones o cuando existen cambios bruscos
en las pendientes y en zona de curvaturas. La cavitación
produce el picado del hormigón el cual progresa rápidamente,
rompiendo el mortero y continuando con el desprendimiento
de la grava. Corresponde en este caso reparar los tramos
afectados mediante recubrimiento de morteros de cemento,
teniendo la precaución de no dejar nuevas irregularidades que
pudiesen repetir el fenómeno.
•
Grietas: La aparición de grietas puede producirse por efectos
térmicos, reacciones químicas, corrosión de armaduras o por
esfuerzos no controlados como sismos, asentamientos,
sobrecargas debidas a derrumbes, impactos, etc. Para el
tratamiento de este tipo de fallas, debe tenerse presente que
existen grietas que pueden cerrarse mediante inyección de
producto adhesivos de buenas características mecánicas con lo
cual se puede restituir, en muchos casos, el carácter monolítico
del hormigón, mientras que otras grietas o fisuras no son
inyectables porque el origen de las mismas sigue vivo y es
progresivo como ocurre en el caso de las que son
consecuencias
de
una
acción
del
tipo
químico
o
electroquímico.
•
Aberturas de Juntas: Este tipo de daños puede producirse en
las juntas de hormigonado o en juntas de construcción. En las
primeras se manifiesta en forma de una ligera separación que
puede deberse a acciones sísmicas o asentamientos; en las
juntas de contracción, puede originarse por la pérdida del
material de sello que se ha rigidizado, fracturándose y
desprendiéndose posteriormente. En ambos casos del daño
puede dar origen a filtraciones. Las soluciones que es posible
plantear en este caso se enmarcaran dentro de lo expuesto para
el tratamiento de grietas.
•
Eflorescencia: consiste en el depósito de sales, normalmente
de
color
blanco
sobre
la
superficie
del
hormigón.
Generalmente constituyen un claro indicio de la existencia de
filtraciones de agua a través del hormigón, canalizándose por
nidos, grietas o aberturas de juntas. Al detectarse la presencia
de estos depósitos salinos, deberá inspeccionarse la obra para
ubicar la filtración y proceder a su tratamiento.
•
Tratamiento General: En cada uno de los casos expuestos el
procedimiento general de reparación consistirá en lo descrito a
continuación;
1. Limpiar mediante picado de la zona a reparar, eliminando el
material suelto y dando una forma regular a la cavidad,
considerando siempre una profundidad de al menos 5 cm.
2. Colocar un moldaje adecuado y rellenar la cavidad con
hormigón con áridos de buena calidad, de tamaño máximo ¼”
(6 mm), debiendo considerarse el uso de un aditivo expansor.
3. El hormigón debe ser de aspecto plástico, de un
asentamiento máximo de 6 cm, medido en el cono de Abrams.
La compactación del hormigón debe ser muy bien realizada,
pudiéndose hacerse en forma manual, mediante el apisonado
con barra metálica o con estacas de madera dura.
4. El moldaje se puede retirar a las 48 hr. con precaución para
no dañar el hormigón. El exceso de hormigón se puede
eliminar mediante picado. La superficie de la reparación debe
quedar lisa y sin resaltes respecto de las superficies contiguas. 5. Debe darse un tratamiento de curado adecuado por al menos 7 días o utilizar un compuesto formador de membrana de curado. 6. En el caso de grietas menores o iguales de 2 mm de espesor, podrá utilizarse Sikadur 31 o similar, siempre y cuando no respondan en su origen al oxido de las armaduras. En este último caso deberá consultarse a un especialista para establecer la causa del oxido. 7. Con recomendación general puede considerarse que los sistemas epoxi permiten la inyección con facilidad en fisuras de hasta 0,1 mm. Con fisuras de hasta 2 mm deben emplearse formulaciones puras y sin disolventes formadas exclusivamente por una resina y un endurecedor, sin embargo, en fisuras de mayor amplitud no hay inconveniente en cargarlas con un árido de tipo silíceo. 8. En el caso de abertura de juntas, podrá utilizarse, una vez limpia y seca la superficie del hormigón, Colmaflex de sika o similar, rellenando la junta y extendiendo el producto 5 cm a cada lado de ella. Productos generados El Proyecto no contempla la generación de productos, por lo que no se estima su manejo ni transporte. Recursos naturales renovables Durante la fase de operación no se contempla extraer ningún recurso natural renovable. Emisiones y efluentes Emisiones Atmosféricas Los valores de las emisiones en esta fase corresponden a:
MP2,5: • Chañaral: 0,0005 ton/año. • El Salado: 0,0005 ton/año. • Diego de Almagro: 0,0006 ton/año.
MP10: • Chañaral: 0,0015 ton/año. • El Salado: 0,0013 ton/año. • Diego de Almagro: 0,00110 ton/año.
MPS: • Chañaral: 0,035 ton/año. • El Salado: 0,0036 ton/año. • Diego de Almagro: 0,0041 ton/año.
CO: • Chañaral: 0,0032 ton/año. • El Salado: 0,0119 ton/año. • Diego de Almagro: 0,0216 ton/año.
SO2:
• Chañaral: 0,0009 ton/año.
• El Salado: 0,0000 ton/año.
• Diego de Almagro: 0,0000 ton/año.
NOX: • Chañaral: 0,0052 ton/año. • El Salado: 0,0059 ton/año. • Diego de Almagro: 0,0054 ton/año.
Las emisiones se asocian principalmente a las siguientes actividades: • Tránsito vehicular por caminos no pavimentados y pavimentados. • Emisión por combustión de maquinaria y vehículos.
Respecto a las acciones de control, se considera una evaluación en la aplicación de las acciones comprometidas para la fase de construcción del Proyecto, de acuerdo con la necesidad del desarrollo de las obras que se requieran realizar (mantenimiento) y para el caso de humectación, según la existencia de flujo de vehículos que se requieran.
Ruido y Vibraciones No se consideran emisiones de ruido y vibraciones significativas, ya que las únicas fuentes corresponderán a aquellas generadas producto de la mantención y conservación de las obras civiles, de carácter aislado, de baja frecuencia y requerirán una cantidad muy menor de trabajadores y equipos en comparación con la fase de construcción.
Emisiones líquidas o efluentes Este tipo de efluentes no será considerado, dado que se estima que durante la fase de operación no se habilitarán oficinas y/o instalaciones de faenas. Sólo en caso de requerirse, durante las actividades puntuales de mantenimiento, se habilitarán baños químicos en cantidad conforme a lo establecido en el D.S. N° 594/1999 del Ministerio de Salud, que aprueba reglamento sobre las condiciones sanitaria y ambientales básicas en los lugares de trabajo. La gestión y tratamiento de las aguas servidas de estos baños químicos estará a cargo de una empresa externa con autorización sanitaria, la que será responsable de retirar estas aguas para su posterior tratamiento en un lugar también autorizado. Residuos, productos químicos y otras sustancias que puedan afectar el medio ambiente. Residuos sólidos asimilables a domiciliarios Se prevé que los trabajadores que desarrollen las actividades de inspección y mantenimiento puedan generar estos residuos, los cuales no superarán los 10 kg/mes, considerando la cantidad de trabajadores previstos para dichas actividades y una tasa de generación de 1 kg/persona. Estos residuos, en caso de generarse, serán manejados y dispuestos en un relleno sanitario autorizado.
Residuos sólidos industriales no peligrosos (RSINP)
Los RSINP que se producirán durante esta fase, corresponderán principalmente a escombros que puedan ser recolectados producto de las actividades de limpieza y mantención de las obras del Proyecto. La cantidad dependerá de la basura acumulada. Respecto a su manejo, estos serán dispuestos en un sitio de disposición autorizado.
Residuos Sólidos Peligrosos Durante esta fase no se generarán residuos peligrosos.
Productos químicos y otras sustancias Durante esta fase no se requiere la utilización de productos químicos u otras sustancias peligrosas que puedan afectar el medio ambiente Referencia al ICE para mayores detalles Tabla 4.2. y Tabla 4.7.1.1. Partes y obras Tabla 4.7.1.2. Acciones Tabla 4.7.2. Suministros básicos Tabla 4.7.3. Productos generados Tabla 4.7.4. Recursos naturales a extraer, explotar o utilizar Tabla 4.7.5. Emisiones y efluentes Tabla 4.7.6. Residuos 4.3.3. FASE DE CIERRE No se consideran partes, obras y acciones asociadas a una fase de cierre, producto que la vida útil de las obras es indefinida, sin embargo, para extender la durabilidad de los materiales que constituyen las obras, se han considerado adecuadas labores de mantención que permitan extender largamente la durabilidad del material de las obras.
4.4. CRONOLOGÍA DE LAS FASES DEL PROYECTO
4.4.1. FASE DE CONSTRUCCIÓN
Fecha estimada de inicio 30 de marzo de 2023.
Parte, obra o acción que
establece el inicio
Decreto de Expropiación
Es importante aclarar que en el punto 4.2.7 de la Adenda
Complementaria Excepcional, el Titular comprometió que la población
afecta a reasentamiento solo será desplazada directamente a la solución
habitacional elegida por cada reasentado, ya sea esta individual o
colectiva, cumpliendo lo señalado en el Plan de Reasentamiento del
presente Proyecto, y siempre antes de dar inicio a la ejecución de
cualquier obra o acción que genere alteración significativa de sus
sistemas de vida y costumbres.
Fecha estimada de
término
Diego de Almagro: Mayo de 2026
El Salado: Mayo de 2028
Chañaral: Mayo de 2031
Parte, obra o acción que
establece el término
Desmovilización (retiro) de las obras temporales de Chañara
4.4.2. FASE DE OPERACIÓN
Fecha estimada de inicio
Diego de Almagro: abril de 2026
El Salado: abril de 2028 Chañaral: abril de 2031 Parte, obra o acción que establece el inicio Recepción de la última obra terminada por parte del MOP – DOH, en cada una de las localidades donde se canalizará el río Salado, conforme a las fechas indicadas en la fila anterior. Fecha estimada de término No Aplica Parte, obra o acción que establece el término No Aplica 4.4.3. FASE DE CIERRE Fecha estimada de inicio No Aplica Parte, obra o acción que establece el inicio No Aplica Fecha estimada de término No Aplica Parte, obra o acción que establece el término No Aplica
5°. Que, los efectos, características o circunstancias del artículo 11 de la Ley N° 19.300 que el Proyecto genera o presenta son los que a continuación se describen:
5.1. SOBRE EL REASENTAMIENTO DE COMUNIDADES HUMANAS O ALTERACIÓN
SIGNIFICATIVA DE LOS SISTEMAS DE VIDA Y COSTUMBRES DE GRUPOS HUMANOS
Impacto ambiental
IMHCOP-01: Reasentamiento de comunidades humanas.
Las obras fluviales y de control aluvional del Proyecto
requieren de un área que se sobrepone con viviendas e
infraestructura asociada a actividades económicas, por lo
que se hace necesario reasentar a los 65 grupos humanos
afectados, de los cuales 21 corresponden a grupos humanos
de la comuna de Chañaral (de ellos 1 pertenece a la
localidad de El Salado) y 44 corresponden a grupos
humanos de la comuna de Diego de Almagro.
Parte, obra o acción que lo genera
• Demoliciones y limpieza despeje de terreno.
• Habilitación de la instalación de faenas.
• Construcción y operación de las obras de canalización.
Fase en que se presenta
Construcción y operación.
Referencia al ICE para mayores
detalles sobre este impacto específico
Tabla
5.1.1
Medio
Humano.
Reasentamiento
de
comunidades humanas.
Tabla 6.1.1 Sobre el reasentamiento de comunidades
humanas o alteración significativa de los sistemas de vida y
costumbres de grupos humanos.
Tabla 6.1.2 Sobre alteración significativa de los sistemas
de vida y costumbres de grupos humanos
Respecto al desplazamiento y reubicación de grupos humanos que habitan en el área de influencia
del proyecto o actividad.
Las obras fluviales y de control aluvional del Proyecto se deben construir en un área que se
sobrepone con viviendas e infraestructura asociada a actividades económicas, por lo que se hace
necesario reasentar a los 65 grupos humanos afectados, de los cuales 21 corresponden a grupos humanos de la comuna de Chañaral (de ellos 20 pertenecen a la ciudad de Chañaral y 1 a la localidad de El Salado) y 44 corresponden a grupos humanos de la comuna de Diego de Almagro.
Para hacerse cargo de dicho impacto, el Titular presenta un Plan de Reasentamiento (PdR), el que fue observado por el Servicio de Evaluación Ambiental durante el proceso de evaluación ambiental y cuya versión final se puede encontrar en el Anexo C (Plan de Reasentamiento actualizado) de la Adenda Complementaria excepcional.
Dicho PdR presenta un Plan de Relocalización, que está compuesto por un Programa de Vivienda y un Programa de Reposición de Infraestructura para Actividades Económicas afectadas.
A. Respecto al PROGRAMA DE VIVIENDA, este presenta un modelo combinado de solución habitacional para el reasentamiento, que considera 3 criterios:
Criterio 1: Tipo de reasentamiento: solución individual o colectiva
El Plan de Reasentamiento para los 10 hogares de Chañaral (7 hogares y 3 mixtos, es decir, hogares con actividades económicas incluidas) comprende una solución individual para cada uno: reposición de la vivienda, en el caso de los propietarios, y subsidio de arriendo, en el caso de los arrendatarios. La vivienda podrá estar emplazada en cualquier lugar de su interés dentro de la Región de Atacama.
El Plan de Reasentamiento para los 37 hogares de Diego de Almagro (22 hogares y 15 mixtos, es decir, hogares con actividades económicas incluidas) comprende la opción tanto individual antes explicada, que aplica en los mismos términos que para los hogares de Chañaral, o la opción colectiva, esta es la correspondiente al nuevo conjunto habitacional Macrourbanización Torreblanca.
Criterio 2: tenencia de la propiedad actual: propietarios
Para todos los hogares a reasentar que son propietarios se considera aplicar el procedimiento de expropiación y emplear este monto para la adquisición de una nueva vivienda y sitio, lo que será inscrito a su nombre. Lo anterior aplica para quienes opten tanto por la opción individual como colectiva.
También podrán los propietarios optar por la solución privada, que implica recibir los dineros de la expropiación y autónomamente adquirir con ellos una nueva propiedad o mudarse a otra vivienda bajo otra modalidad (por ejemplo, arriendo). De tomar esta decisión, el PdR aplicará íntegramente, con todos sus programas, para quienes se mantengan dentro de la Región de Atacama. De decidir por una reubicación fuera de esta región, el PdR solamente aplicará el Proyecto de apoyo en el desplazamiento y la reubicación, en lo que compete a la mudanza (por el valor máximo dentro del territorio regional) y la asesoría jurídica para la adquisición e inscripción de la nueva propiedad.
En relación con la solución habitacional colectiva de Diego de Almagro, si el monto de la expropiación de la propiedad actual es mayor al monto promedio del subsidio de la vivienda correspondiente al proyecto habitacional Macrourbanización Torreblanca, se considera la entrega del monto saldo de la expropiación, o bien, si así lo decide el hogar afectado, se podrá invertir en mejoras a la vivienda que permitan compensar dicha diferencia. Si el monto de la propiedad actual a expropiar es menor al monto del subsidio definido para la solución colectiva de Diego de Almagro, se aplicará igualmente la entrega de dicho subsidio, sin mediar diferencias.
Criterio 3: tenencia de la propiedad actual: no propietarios
Para todos los hogares a reasentar que no son actualmente propietarios, el PdR considera las
siguientes alternativas, opcionales para el hogar afectado:
• Subsidio por un período de hasta 6 meses para el arriendo de una vivienda en sector no vulnerable a inundaciones por crecidas del río Salado, en condiciones de habitabilidad, equipamiento y disponibilidad de servicios iguales o mejores a la condición actual.
En relación con este punto, se detectaron 4 casos de hogares en Chañaral que no son propietarios ni arrendatarios de sus viviendas (algunos son cedidos y ocupación irregular). Los folios de estos casos se detallan a continuación: • 51-Ch-Sal: la ficha correspondiente del Apéndice C-4, Anexo C de la Adenda Complementaria excepcional, señala que este caso es arrendado sin contrato. Sin embargo, la misma ficha señala como medida de compensación (situación futura) una “Vivienda y sitio propios con valor de mercado igual o superior al de la vivienda actual”. Por lo anterior, el Proponente se hace cargo de forma adecuada del impacto. • 060-ch-sal (cedido): la ficha correspondiente del Apéndice C-4, Anexo C de la Adenda Complementaria excepcional, señala que este caso será compensado con un subsidio de arriendo de 24 meses. Además, se contempla una compensación económica por un período de hasta 12 meses, equivalente al promedio mensual de sus remuneraciones en los últimos 6 meses (incluye leyes sociales). Por lo anterior, el Proponente se hace cargo de forma adecuada del impacto. • 549-RG (arrendado sin contrato): la ficha correspondiente del Apéndice C-4, Anexo C de la Adenda Complementaria excepcional, señala que este caso será compensado con un subsidio de arriendo por un año. Además, se contempla un subsidio monetario mensual (equivalente al promedio mensual de los ingresos percibidos) durante el período en que la actividad económica deba dejar de funcionar por efecto del reasentamiento de que será objeto. Por lo anterior, el Proponente se hace cargo de forma adecuada del impacto. • 549WP-H (ocupación irregular): la ficha correspondiente del Apéndice C-4, Anexo C de la Adenda Complementaria excepcional, señala que este caso será compensado con un subsidio de arriendo por un periodo de 36 meses. Por lo anterior, el Proponente se hace cargo de forma adecuada del impacto.
• En el caso de Diego de Almagro, para la solución habitacional colectiva se contempla la alternativa de entregar un monto en dinero en cuenta de ahorro para la vivienda, el que será utilizado por el hogar como “ahorro previo” para postular a un subsidio de vivienda en el conjunto habitacional Macrourbanización Torreblanca, en concordancia con la normativa y marco legal vigente del Ministerio de Vivienda y Urbanismo. Este monto en dinero será equivalente al arriendo de hasta 6 meses de una vivienda en sector de Diego de Almagro no vulnerable a inundaciones por crecidas del río Salado, en condiciones de habitabilidad, equipamiento y disponibilidad de servicios al menos iguales a la actual. El desplazamiento de aquellos reasentados que opten por esta alternativa se efectuará antes del inicio de la fase de construcción del Proyecto en dicha comuna.
En relación con aquellos hogares de Diego de Almagro que no son propietarios ni arrendatarios formales de sus viviendas (son 9 casos en que algunos son cedidos y otros arriendan sin contrato) se concluye que la alternativa de la solución colectiva Macrourbanización Torreblanca sí se haría cargo de forma idónea del impacto significativo del reasentamiento, al ofrecer una opción “de vivienda adecuada con seguridad de tenencia, de manera que puedan reasentarse legalmente sin tener que enfrentar el riesgo de desalojo forzoso” (Guía de Reasentamiento, SEA, 2014).
B. Respecto al PROGRAMA DE REPOSICIÓN DE INFRAESTRUCTURA PARA ACTIVIDADES ECONÓMICAS AFECTADAS, señalado en el punto 3.2.2.1 del Anexo C (PdR actualizado) de la Adenda Complementaria excepcional, este considera:
- Para las actividades económicas propietarias del sitio en que se emplazan actualmente (3
actividades económicas de Chañaral y 2 en Diego de Almagro) se contempla la reposición de la infraestructura actual en un sitio ubicado en la respectiva localidad, que sea de un tamaño compatible con la actividad económica que se desarrolla actualmente. El predio en que se emplacen las instalaciones contará con cercos o muros medianeros, y todos los servicios básicos (electricidad, agua potable y alcantarillado). Respecto de la infraestructura, se contempla la reposición de aquella de la que la actividad económica dispone actualmente.
-
Para las actividades económicas que son arrendatarias (8 actividades económicas en Chañaral y 2 en Diego de Almagro), se contempla un subsidio para el arriendo de infraestructura ubicada en la misma localidad similar a la que dispone actualmente, que resulte compatible con la actividad económica que desarrolla. Para los efectos, y a modo de referencia, se contempla la infraestructura que declara disponer actualmente la respectiva actividad económica, según lo habría descrito el Titular para cada caso en la Ficha de Medida de Compensación que se habría adjuntado en Apéndice C-5 del Anexo C de la Adenda Complementaria excepcional; sin embargo, esas fichas no fueron presentadas en el Apéndice señalado, por lo que dicha carencia de información no permite corroborar lo indicado por el Titular.
-
En el caso de que las actividades económicas de microempresa que se realizaban en la misma vivienda que es objeto de reubicación (3 casos mixtos en Chañaral y 15 casos mixtos en Diego de Almagro), el análisis de la solución buscará mantener esta misma condición, ya sea en las viviendas usadas a adquirir o de las viviendas nuevas de la solución colectiva en Diego de Almagro.
Aun así, el Titular NO presentó toda la información solicitada por el Servicio de Evaluación Ambiental durante el proceso de evaluación, que busca que se cumpla con la entrega de los antecedentes indicados en la Guía de Reasentamiento de comunidades humanas (SEA, 2014), específicamente con relación a la selección de predios de las soluciones habitacionales individuales y su correspondiente estudio de cabida (el Titular presentó la selección de predio y el estudio de cabida de la solución colectiva, es decir, del conjunto habitacional Macrourbanización Torreblanca; pero no de las soluciones individuales).
La Guía de Reasentamiento de Comunidades Humanas (SEA, 2014) informa respecto a la Selección de Predios que: “La identificación de los lugares potenciales para el reasentamiento de la población afectada es una etapa fundamental en el proceso de reasentamiento. La elección definitiva para la disposición del reasentamiento debe considerar las estrategias de sobrevivencia, así como el sistema productivo del grupo afectado por el proyecto. El criterio básico indica que la disponibilidad de recursos debe ser al menos equivalente a la preexistente.”
Es decir, NO se identificaron aquellas potenciales áreas receptoras donde se relocalizarían los grupos humanos afectados por el reasentamiento y que opten por una solución individual. Tampoco se incluye un análisis para individualizar y analizar de forma pormenorizada los potenciales barrios del área urbana de cada localidad, argumentando que sí cumplían con una condición de habitabilidad equivalente o mejor a la actual; dando especial énfasis a las distancias con servicios e infraestructura básica, tales como centros de salud, educación, etc., lugares de trabajo de los reasentados y accesibilidad de servicios básicos, tales como agua potable, electricidad, alcantarillado, acceso a internet, etc.
En este sentido, en el punto 3 de la respuesta 4.2.2 de la Adenda Complementaria excepcional, el
Titular señala que: “se debe considerar que las soluciones habitacionales para la solución
individual, tal como se señala en el PDR, estarán ubicadas dentro del área urbana de las
localidades, las cuales deben cumplir con la regulación de la Ordenanza General de Urbanismo y
Construcciones que menciona, en su Título II, la forma en que deben elaborarse los instrumentos de
planificación territorial sobre los cuales se define la construcción de las viviendas, resguardando,
para ello, elementos de carácter ambiental tales como: capacidad de carga vial, equipamiento
comunitario, y acceso a servicios, agua potable y alcantarillado, energía eléctrica, internet. Por
tanto, se comprende que las alternativas de vivienda que considera el Plan de Reasentamiento para aquellos sujetos con quienes se resolverá la situación habitacional a través de la solución citada, garantizan “(…) la protección ambiental de las áreas propuestas, sus recursos naturales y las comunidades humanas receptoras” (SEA, 2014: 29), al acogerse a estos instrumentos”.
Sin embargo, lo indicado por el Proponente constituye una declaración que carece de la especificidad necesaria para ser considerada como una medida idónea para hacerse cargo del impacto significativo sobre el medio humano y que, además, sea susceptible de ser fiscalizada por la autoridad competente. Además, al no incluir los lugares potenciales de relocalización, se hace imposible dar cumplimiento con el Plan de Seguimiento de la variable ambiental, según se define en el artículo 105 del Reglamento del SEIA, al no incluir la “ubicación de los puntos de control”, lo que imposibilita la fiscalización de la medida.
Por todo lo anterior, y a pesar de que fue solicitado en los puntos 7.2.c del ICSARA Complementario, donde se señaló “se informa al Proponente que en todos los casos de soluciones individuales −tanto en Chañaral como en los casos que se de esta opción en Diego de Almagro (actividades económicas, mixtos u hogares de mayores dimensiones que las viviendas del conjunto habitacional Macrourbanización Torreblanca)− es necesario presentar, al menos, la selección de predios, ya que la identificación de los lugares potenciales para el reasentamiento de la población afectada es una etapa fundamental en el proceso de reasentamiento, tal como se señala en la Guía de Reasentamiento de comunidades humanas (SEA, 2014)”, y 4.2.2 del ICSARA Complementario Excepcional “se reitera al Proponente presentar la selección de predios donde se relocalizarán los grupos humanos que accedan a soluciones habitacionales individuales, tanto en la comuna de Chañaral como en la comuna de Diego de Almagro”, el Titular no presentó la selección de predios ni el estudio de cabida de las soluciones habitacionales individuales, tanto de la comuna de Chañaral como de la comuna de Diego de Almagro, tal como indica la respectiva Guía de Reasentamiento de comunidades humanas (SEA, 2014).
En este sentido el Titular indica que los grupos humanos afectados serán relocalizados en el área urbana, y que se cumple con las características de habitabilidad y acceso a servicios.
Con lo anterior, no se cumple con la presentación de un Estudio de Cabida, el cual es señalado por la Guía de Reasentamiento: “El titular del proyecto deberá presentar, dentro del proceso de evaluación de impacto ambiental, alternativas de terrenos de acogida, los que deberán ser evaluados ambientalmente con el fin de garantizar la protección ambiental de las áreas propuestas, sus recursos naturales y las comunidades humanas receptoras. Dicha evaluación deberá ser conocida por las comunidades afectadas por el reasentamiento y deberá ser entregada dentro de la proposición de alternativas de reasentamiento.” (SEA, 2014).
Al no identificar los potenciales lugares de relocalización ni sus correspondientes estudios de cabida, no podría hacerse un seguimiento de las medidas asociadas a las soluciones individuales, ni tampoco permite descartar potenciales impactos en los sistemas de vida para familias reasentadas por el propio proceso de materialización de las medidas presentadas por el Titular.
Cuando excepcionalmente el traslado y la reubicación de grupos humanos pertenecientes a pueblos
indígenas (GHPPI) se consideren necesarios, sólo deberán efectuarse en las condiciones que
establece el RSEIA en su artículo 7 párrafo cuarto.
En relación con los grupos humanos que deben ser reasentados por el Proyecto, existen 9 hogares
con presencia de integrantes indígenas (1 en Chañaral y 8 en Diego de Almagro), los cuales
pertenecerían a los pueblos Colla, Diaguita, Mapuche y Aymara. Al encontrarse en el área de obras
del Proyecto, se ubican en localidades de carácter urbano, por lo que aquellos integrantes de estas
familias que se reconocen como indígenas se circunscriben a este contexto sociocultural urbano,
siendo esta la cotidianidad que determinaría sus sistemas de vida y costumbres. Algunos de ellos
pertenecerían a grupos que emigraron desde las zonas tradicionales Colla que se ubican en la precordillera y cordillera de la región de Atacama y que habrían optado por asentarse en las cabeceras comunales de Diego de Almagro y Chañaral, ya sea por el acceso a servicios como educación, salud o abastecimiento, así como también para acceder a nuevas fuentes laborales. Otras familias, cuyos integrantes son de otros pueblos indígenas (tales como Mapuche y Aymara), también se identifican como población inmigrante, no obstante, sus territorios tradicionales se encontrarían fuera de la región de Atacama.
En estos contextos urbanos, las personas indígenas que forman parte de los grupos humanos afectos a reasentamiento no desarrollarían actividades tradicionales propias de los pueblos originarios en dichos espacios urbanos, ni tampoco reconocerían sitios de significancia cultural tradicionales relacionados a estos grupos en las localidades mencionadas, compartiendo los mismos espacios cotidianos, intereses y problemáticas que la población no indígena. El único lugar de interés identificado para los GHPPI es la sede indígena de la localidad de Diego de Almagro, infraestructura moderna que constituye un espacio de reunión para esta población protegida, que se ubica a unos 30 metros del sector de obras del Proyecto y que no sería afectado por las obras y acciones de este.
Aquellos integrantes de los grupos humanos afectos a reasentamiento que mantienen vínculos con los territorios ancestrales, ya sea por relaciones familiares, por participar en organizaciones indígenas o por ejercer una habitabilidad alternada entre las zonas urbanas y rurales, tampoco mantendrían sitios de significación cultural tradicionales ni realizarían actividades tradicionales en las localidades de Diego de Almagro o Chañaral, ya que estas se dan en las zonas precordilleranas o cordilleranas de la provincia, lejanas a los centros urbanos.
Con estos antecedentes, se concluye que el reasentamiento como resultado de las obras y acciones del Proyecto no afectaría aquellos elementos y características de los sistemas de vida y costumbres propias de los GHPPI, específicamente de las personas que se reconocen como indígenas en los hogares afectos a reasentamiento, ya que estos aspectos y elementos no se relacionarían con su ámbito doméstico, ni terreno o área en que se encuentran sus viviendas urbanas. Por todo lo anterior, se descarta cualquier susceptibilidad de afectación a GHPPI por las obras y acciones del Proyecto.
Respecto a la intervención, uso o restricción al acceso de los recursos naturales utilizados como sustento económico del grupo o para cualquier otro uso tradicional, tales como uso medicinal, espiritual o cultural. A raíz del impacto significativo de reasentamiento, “IMHCO-1: Reasentamiento de comunidades humanas”, se genera la pérdida de continuidad de las actividades económicas desarrolladas por los grupos humanos afectados, así como de sus redes económicas existentes. Esto sucede con 11 actividades económicas y 3 mixtos (es decir, hogares con actividades económicas asociadas) de la comuna de Chañaral; y con 7 actividades económicas y 15 mixtos (es decir, hogares con actividades económicas asociadas) de la comuna de Diego de Almagro.
Lo anterior fue incluido en el Plan de Reasentamiento actualizado, presentado en el Anexo C de la
Adenda Complementaria excepcional, y en las siguientes medidas de compensación, detalladas en el
punto 7 del ICE:
•
Medida MC03: Reposición de infraestructura de actividades económicas (no asociadas a
hogares) en comuna de Chañaral
•
Medida MC04: Reposición de infraestructura de actividades económicas (no asociadas a
hogares) en comuna de Diego de Almagro
•
Medida MC05: Apoyo, asesoría y acompañamiento para la reorganización de actividades
económicas no asociadas a hogares en la comuna de Chañaral
•
Medida MC06: Apoyo, asesoría y acompañamiento para la reorganización de actividades
económicas no asociadas a hogares en la comuna de Diego de Almagro • Medida MC07: Compensación de lucro cesante directamente relacionado al desplazamiento de las Actividades Económicas (no asociadas a hogares) en la comuna de Chañaral • Medida MC08: Compensación de lucro cesante directamente relacionado al desplazamiento de las Actividades Económicas (no asociadas a hogares) en la comuna de Diego de Almagro.
Lo indicado por el Titular constituye una declaración que carece de la especificidad necesaria para ser considerada como una medida idónea para hacerse cargo del impacto significativo sobre el medio humano y que, además, sea susceptible de ser fiscalizada por la autoridad competente. Además, al no contar con la selección de predios y estudios de cabida solicitados en ICSARA Complementario e ICSARA Excepcional, se hace imposible evaluar si las medidas propuestas por el Proponente se hacen cargo del impacto significativo sobre las actividades económicas desarrolladas por los grupos humanos que serán afectados en Chañaral (11 + 3 mixtos) y Diego de Almagro (7 + 15 mixtos), así como de la pérdida de sus redes económicas, imposibilitando dar cumplimiento con el Plan de Seguimiento de la variable ambiental, según se define en el artículo 105 del Reglamento del SEIA, al no incluir la “ubicación de los puntos de control”, lo que imposibilita la fiscalización de la medida. Respecto a la obstrucción o restricción a la libre circulación, conectividad o el aumento significativo de los tiempos de desplazamiento. A raíz del impacto significativo de reasentamiento, “IMHCO-1: Reasentamiento de comunidades humanas”, se detecta una afectación en el aumento de los tiempos de desplazamiento de los reasentados que serían relocalizados en el conjunto habitacional Macrourbanización Torreblanca de Diego de Almagro. Por lo anterior, se presentan las medidas de mitigación denominadas “MM01: Transporte rotativo, accesible y gratuito en Diego de Almagro” y “MM02: Habilitación de camino de asfalto para conectividad en Diego de Almagro” (ambas detalladas en el punto 7 del ICE).
Sin embargo, lo indicado por el Proponente constituye una declaración que carece de la especificidad necesaria para ser considerada como una medida idónea para hacerse cargo del impacto significativo sobre el medio humano y que, además, sea susceptible de ser fiscalizada por la autoridad competente. Además, al no contar con la selección de predios y estudios de cabida solicitados en ICSARA Complementario e ICSARA Excepcional, se hace imposible evaluar si las medidas propuestas por el Proponente se hacen cargo del impacto significativo de aumento de los tiempos de desplazamiento sobre los grupos humanos afectados en la Comuna de Diego de Almagro, menos aún de aquellos afectados en Chañaral, donde no se ha propuesto una medida debido a que no se ha determinado si los tiempos de desplazamiento aumentarán o no producto del reasentamiento, imposibilitando dar cumplimiento con el Plan de Seguimiento de la variable ambiental, según se define en el artículo 105 del Reglamento del SEIA, al no incluir la “ubicación de los puntos de control”, lo que imposibilita la fiscalización de la medida
Respecto a la alteración al acceso o a la calidad de bienes, equipamientos, servicios o infraestructura básica. A raíz del impacto significativo de reasentamiento, “IMHCO-1: Reasentamiento de comunidades humanas”, se genera la pérdida de viviendas de 10 hogares de la comuna de Chañaral (3 de ellos con actividades económicas incluidas, denominados mixtos durante la evaluación ambiental), y la pérdida de viviendas de 37 hogares de la comuna de Diego de Almagro (15 de ellos con actividades económicas incluidas, denominados mixtos durante la evaluación ambiental).
Lo anterior fue incluido en el Plan de Reasentamiento actualizado, presentado en el Anexo C de la
Adenda Complementaria excepcional, y en las siguientes medidas de compensación, detalladas en el
punto 7 del ICE: • Medida MC01: Plan de Reasentamiento comuna de Chañaral. • Medida MC02: Plan de Reasentamiento comuna de Diego de Almagro.
Para una mayor claridad, a continuación, se detalla el desglose de los grupos humanos afectados por el reasentamiento:
Tipo Chañaral Diego de Almagro Hogares 07 22 Actividades económicas * 11 07 Mixtos 03 15 Total 21 44 * Para la comuna de Chañaral se incluye 1 actividad económica de la localidad de El Salado. Fuente: Tabla 4-1 de la Adenda Complementaria excepcional.
Sin embargo, tal como se ha explicado anteriormente, debido a que el Titular no presenta la Selección de predios ni su correspondiente Estudio de cabida de las soluciones habitacionales individuales de las comunas de Chañaral y Diego de Almagro, entonces tampoco se cuenta con la información necesaria para evaluar si los reasentados verán afectados o no su acceso o calidad de bienes, equipamiento y servicios después de implementada la medida.
Además, respecto a la población que permanece en el sector cercano a las obras del Proyecto, se suma la afectación a la calidad urbanística del sector Ampliación Torreblanca, debido a la demolición de las viviendas de los hogares que serían reasentados. Dicho impacto fue considerado dentro del impacto significativo de reasentamiento, “IMHCO-1: Reasentamiento de comunidades humanas”. Para la recuperación urbanística de dichos espacios degradados, se propone la medida de compensación denominada “MC09: Habilitación urbanística de áreas restantes del reasentamiento en la comuna de Diego de Almagro”, detallada en el punto 7.1.11 del ICE.
Respecto a la dificultad o impedimento para el ejercicio o la manifestación de tradiciones, cultura o intereses comunitarios, que puedan afectar los sentimientos de arraigo o la cohesión social del grupo. A raíz del impacto significativo de reasentamiento a comunidades humanas generado por el Proyecto, “IMHCO-1: Reasentamiento de comunidades humanas”, y según lo señalado en el capítulo 4 del EIA, también se identifican los siguientes impactos relacionados con este literal: i) Alteración al estilo de vida, vínculos y relaciones sociales de los grupos humanos afectados por el reasentamiento, y ii) Afectación a las relaciones sociales y comunitarias del sector Ampliación Torreblanca (debido al distanciamiento físico de 17 hogares de este sector, que serán relocalizados).
Dichos impactos serían abordados en el Programa de Apoyo Psicosocial y Organizacional, señalado en el punto 3.3.2 del Plan de Reasentamiento actualizado, del Anexo C de la Adenda Complementaria excepcional.
Sin perjuicio de lo señalado anteriormente, respecto al que el Proyecto no podría hacerse un seguimiento de las medidas asociadas a las soluciones individuales, ni tampoco permite descartar potenciales impactos en los sistemas de vida para familias reasentadas, en sesión de fecha 8 de julio de 2022, la Comisión de Evaluación de la Región de Atacama acordó calificar favorablemente el Proyecto, estableciendo condiciones o exigencias, las cuales se presentan en el Considerando 12 de la presente resolución.
6°. Que, durante el proceso de evaluación se han presentado antecedentes que justifican la inexistencia de los demás efectos, características y circunstancias del artículo 11 de la Ley N° 19.300:
6.1. RIESGO PARA LA SALUD DE LA POBLACIÓN, DEBIDO A LA CANTIDAD Y CALIDAD DE EFLUENTES, EMISIONES Y RESIDUOS Impacto ambiental ICACO-01: Alteración de la calidad del aire debido al aumento del nivel de las concentraciones de material particulado respirable en los sectores donde se emplazan las obras y botaderos. Parte, obra o acción que lo genera • Movimientos de Tierra • Excavaciones. • Carga y descarga de material. • Tránsito vehicular por caminos no pavimentados y pavimentados. Fase en que se presenta Construcción Impacto ambiental IRUC-01: Alteración de los niveles de presión sonora producto de la generación de emisiones de ruido por fuentes fijas y móviles en la fase de construcción del Proyecto. Parte, obra o acción que lo genera Funcionamiento simultaneo de maquinarias y obras asociadas a las actividades que se ejecutaran durante la fase de construcción del Proyecto. Fase en que se presenta Construcción. Impacto ambiental IVIBCO-01: Alteración de los niveles de vibraciones generadas por funcionamiento de maquinaria en la fase construcción. Parte, obra o acción que lo genera Uso de maquinaria para la construcción de las obras. Fase en que se presenta Construcción Referencia al ICE para mayores detalles sobre este impacto específico Tabla 5.2.1.1 Calidad del Aire Tabla 5.2.1.2 Ruido Tabla 5.2.1.3 Vibraciones Tabla 6.2.1 Riesgo para la salud de la población, debido a la cantidad y calidad de efluentes, emisiones y residuos El Proyecto generará emisiones atmosféricas (MP2,5, MP10 y gases) en la fase de construcción y operación del Proyecto, siendo los mayores aportes durante la fase de construcción.
De acuerdo a la modelación realizada (actualizada en el Anexo F de la Adenda), para la fase de construcción (fase con mayor aporte), se establece considerando los valores de línea de base y aporte del Proyecto, en ningún receptor de las localidades evaluadas se excede el valor límite de las normativas que los regulan y tampoco los sitúan en niveles de latencia (menor al 80%).
De acuerdo a lo anterior, sumado a la circunstancia de que el Proyecto no generará una superación de los valores de concentración y periodos establecidos en las normas primarias, no se prevé un efecto sobre la salud de la población producto de las emisiones atmosféricas generadas por el Proyecto, además, el Titular adoptará acciones tendientes al control y prevención de emisiones de material particulado y gases.
En relación a la generación de emisiones de ruido y vibraciones, y de acuerdo a los antecedentes
presentados por el Titular en el proceso de evaluación, el Proyecto generará ruido y vibraciones durante la fase de construcción debido al uso de equipos y maquinarias, y actividades propias de esta fase, mientras que para la fase de operación, no se consideran emisiones de ruido y vibraciones significativas, ya que las únicas fuentes corresponderán a aquellas generadas producto de la mantención y conservación de las obras civiles, de carácter aislado, de baja frecuencia y requerirán una cantidad muy menor de trabajadores y equipos en comparación con la fase de construcción. Considerando las características del Proyecto, no se considera una fase de cierre.
En la evaluación realizada respecto a ruido, para la fase de construcción del Proyecto (fase de mayor emisión), se identificaron 10 receptores de interés en la localidad de Chañaral, que corresponden a viviendas, 8 receptores en la localidad de El Salado, donde 7 corresponden a viviendas y uno al cementerio de dicha localidad y para Diego de Almagro se identificaron 12 receptores, que corresponden a viviendas (11) y a un parque. Mayores detalles de los receptores identificados en las 3 localidades se presentan en la Tabla 4-8 de la Adenda. Al respecto, se verifica que para todos los receptores identificados los valores se encuentran dentro de los rangos según la normativa aplicable D.S. N° 38/11 del MMA. Respecto a los frentes de trabajo cercanos a los receptores R15, R16, RA9 y RA10 en Chañaral, R7, R9 y RA7 en El Salado y R1, R2, R3, R4, R5 y R17 en Diego de Almagro, el Titular implementará paneles o barreras acústicas como cierre perimetral como medida de control de emisiones, asimismo, se efectuará un monitoreo de ruido durante la fase de construcción para verificar el cumplimiento de los valores de ruido modelados en los receptores más cercanos al Proyecto durante la fase de construcción y, además, para verificar el éxito de las medidas de control implementadas, tanto el cierre de obras con barreras acústicas, como las acciones de índole administrativo y constructivo, especificadas en la sección 6 del Anexo 4-B del EIA. Respecto a las vibraciones generadas, y de acuerdo a los antecedentes aportados por el Titular y considerando las medidas de control señaladas en el punto 6.2 del Anexo 4-B del EIA, es posible señalar que el Proyecto cumple la normativa de referencia utilizada (Norma FTA “Transit Noise and Vibration – Impact Assesment”) en todos los receptores identificados.
A partir de lo expuesto, se puede concluir que el Proyecto no presenta un riesgo para la salud de las personas, por superación de los valores de ruido establecidos en la normativa ambiental vigente y las normativas de referencia utilizadas.
6.2. EFECTOS ADVERSOS SIGNIFICATIVOS SOBRE LA CANTIDAD Y CALIDAD DE LOS
RECURSOS NATURALES RENOVABLES, INCLUIDOS EL SUELO, AGUA Y AIRE
Impacto ambiental
ISUCOP-01: Pérdida de suelo por el emplazamiento de
obras permanentes y botaderos.
ISUCO-01: Alteración de suelo asociada a las actividades
de construcción de las obras del Proyecto.
Componente(s) ambiental(es)
afectado(s)
Suelo
Parte, obra o acción que lo genera
• El Proyecto considera la instalación de obras
permanentes en el cauce del río Salado, así como muros
de cierre y modificación de caminos durante la fase de
construcción y operación del Proyecto, junto con la
instalación de botaderos durante la fase de construcción.
• Habilitación de instalaciones de faena
• Demoliciones y despeje de terreno.
• Desmovilización de obras temporales.
Fase en que se presenta
Construcción y operación.
Impacto ambiental
IVEGCO-02: Pérdida de ejemplar de flora nativa en
categoría de amenaza por la construcción de obras del
Proyecto. IVEGCO-02: Pérdida de ejemplar de flora nativa en categoría de amenaza por la construcción de obras del Proyecto. Componente(s) ambiental(es) afectado(s) Flora y vegetación Parte, obra o acción que lo genera • Habilitación de instalación de faenas. • Despeje de terrenos. • Excavaciones para canalización y zanjas de fundación. • Disposición en botaderos. • Actividades asociadas a la canalización del río Salado. Fase en que se presenta Construcción Impacto ambiental IASCO-01: Pérdida de ambientes de animales silvestres por la construcción de las obras del Proyecto. IASCO-02: Pérdida de individuos de especies de baja movilidad y en categoría de conservación por la construcción de las obras del Proyecto. IRUCO-01: Alteración de los niveles de presión sonora producto de la generación de emisiones de ruido por fuentes fijas y móviles en la fase de construcción del Proyecto. Componente(s) ambiental(es) afectado(s) Fauna Parte, obra o acción que lo genera • Habilitación de instalación de faenas. • Despeje de terrenos. • Excavaciones para canalización y zanjas de fundación. • Disposición en botaderos. • Funcionamiento simultaneo de maquinarias y obras asociadas a las actividades que se ejecutaran durante la fase de construcción del Proyecto. Fase en que se presenta Construcción Referencia al ICE para mayores detalles sobre este impacto específico Tabla 5.2.1.4 Suelo. Tabla 5.2.2.1 Flora y vegetación. Tabla 5.2.2.2 animales Silvestres. Tabla 6.2.2 Sobre la inexistencia de efectos adversos significativos sobre la cantidad y calidad de los recursos naturales renovables, incluidos el suelo, agua y aire. El Proyecto no prevé la pérdida de suelo o de su capacidad para sustentar biodiversidad por degradación, erosión, impermeabilización, compactación o presencia de contaminantes.
Respecto al proceso de evaluación, se identificaron 2 impactos sobre esta componente: • ISUCOP-01: Pérdida de suelo por el emplazamiento de obras permanentes y botaderos (Construcción y operación). • ISUCO-01: Alteración de suelo asociada a las actividades de construcción de las obras del Proyecto.
Respecto al primer impacto (ISUCOP-01), este se genera por la instalación de obras permanentes en
el cauce del río Salado, así como muros de cierre y modificación de caminos durante la fase de
construcción y operación del Proyecto, junto con la instalación de botaderos durante la fase de
construcción. Se estima que estas obras, al estar emplazadas sobre el recurso suelo por un largo periodo de tiempo, generarán la pérdida del suelo. Este impacto se generará en las áreas de instalación de las obras permanentes y de los botaderos, lo que se estima abarque una superficie de 88 ha. En función de lo anterior, y de acuerdo a la evaluación realizada, este impacto fue considerado como No Significativo, toda vez que el suelo que será impactado cuenta una baja calidad según lo indicado en la Línea de Base de Edafología presentada en el Capítulo 3.5 del EIA, dado que presenta limitaciones muy severas y, por otro lado, no se trata de un recurso escaso, el cual además presenta baja capacidad de sustentar biodiversidad, dadas las características limitantes del desierto, donde la vida vegetal es nula o muy escasa, ya que se trata de suelos aridisoles, los cuales se caracterizan por presentar un déficit importante de humedad, asimismo, registran una importante degradación por causa de fenómenos naturales.
Respecto al segundo impacto identificado (ISUCO-01), este se genera debido a que durante la fase de construcción del Proyecto se realizarán actividades de expropiación, habilitación de instalaciones de faena, demoliciones y despeje de terreno, así como desmovilización de obras temporales. Dichas actividades generarán la alteración del suelo de forma temporal, principalmente asociada a la compactación generada por maquinarias y vehículos. Este impacto se generará principalmente dentro del cauce del río y alrededor de las obras de control aluvional, así como en los sectores de instalación de obras temporales, excluyendo los botaderos. En total se estima una superficie afectada por este impacto de 17,4 ha. Al respecto, y de acuerdo a la evaluación realizada, este impacto fue considerado como No Significativo, puesto que los efectos se manifestarán en un área reducida, menor que la localidad de Diego de Almagro, El Salado o Chañaral, sólo produciéndose en los tramos específicos alrededor de las obras fluviales, asimismo, las actividades de construcción que generarán el impacto tendrán una duración acotada en cada localidad y por último, y como se señaló anteriormente, el suelo que será impactado cuenta una baja calidad dado que presenta limitaciones muy severas y, por otro lado, no se trata de un recurso escaso, el cual además presenta baja capacidad de sustentar biodiversidad.
Respecto al impacto IVEGCO-01: Pérdida de vegetación nativa por la construcción de las obras del Proyecto, este fue considerado como No Significativo, toda vez que el impacto comprende a una superficie menor de vegetación nativa de matorrales y herbazales, distribuida dentro de una subcuenca, asimismo, solamente en el sector Chañaral se registró formaciones xerofíticas, correspondiente al matorral de Skytanthus acutus (0,35 ha), la cual no presentan singularidades ambientales vegetacionales, además, corresponden a formaciones vegetales que presentan una amplia abundancia y representatividad en el área. El Titular presenta los antecedentes técnicos y formales para la obtención del PAS 151 del RSEIA.
Respecto al impacto IVEGCO-02: Pérdida de ejemplar de flora nativa en categoría de amenaza por la construcción de obras del Proyecto, el cual se genera por la afectación de 2 individuos de la especie Prosopis chilensis (algarrobo) la cual se encuentra clasificada como Vulnerable, los cuales fueron registrados en la primera campaña realizada, sin embargo, de acuerdo a la campaña de terreno realizada en verano de 2021 para actualización de la Línea de Base, los dos ejemplares que se presentaban en la caja del río Salado no fueron encontrados, por lo tanto, se desestima dicho impacto.
Respecto a la componente Fauna, en el proceso de evaluación se identificaron 3 impactos: • IASCO-01: Pérdida de ambientes de animales silvestres por la construcción de las obras del Proyecto. • IASCO-02: Pérdida de individuos de especies de baja movilidad y en categoría de conservación por la construcción de las obras del Proyecto. • IRUCO-01: Alteración de los niveles de presión sonora producto de la generación de emisiones de ruido por fuentes fijas y móviles en la fase de construcción del Proyecto.
Respecto al primer impacto (IASCO-01), este se genera por la intervención total o parcial de los ambientes de fauna silvestre como resultado de acciones de habilitación de instalación de faenas, despeje de terrenos, excavaciones para canalización y zanjas de fundación y disposición en botaderos. Al respecto, dicho impacto fue considerado como No Significativo, toda vez que, este se manifiesta en las áreas donde se ejecutarán las obras del Proyecto y en donde se constituye hábitats de fauna terrestre nativa, la cual comprende una superficie de intervención de 0,7 ha de ambiente de Matorral y 17,49 ha de ambiente Áreas desprovistas de vegetación. Dicha intervención en conjunto, constituye un 18,19 ha en total (42%) respecto de los ambientes de fauna presentes en del Área de Influencia del Proyecto. Considerando la superficie total del Área de Influencia (224,22 ha), incluyendo el Área Urbana e Industrial, la superficie de intervención de ambientes de fauna representa cerca del 8% del área evaluada, asimismo, este recurso (hábitat) no es un factor limitante ya que se encuentra ampliamente representado en la zona. Además, de acuerdo a los resultados de Línea de Base para esta componente, arrojaron una baja abundancia y los ambientes una pobre riqueza de especies.
Para el caso del segundo impacto identificado (IASCO-02), este se genera, igualmente que, para el impacto anterior, debido a la intervención de nuevas superficies para la habilitación de instalación de faenas, despeje de terrenos, excavaciones para canalización y zanjas de fundación, y la disposición en botaderos. De acuerdo a los antecedentes presentados durante el proceso de evaluación, este impacto fue considerado como No Significativo, debido a que el área de influencia del Proyecto se evidenció una baja proporción de especies en categoría de conservación, donde se registraron sólo 3 especies de baja movilidad en categoría de conservación (Liolaemus nigromaculatus, Liolaemus audituvelatus y Liolaemus atacamensis), asimismo, se registró una baja abundancia de individuos de dichas especies. Complementariamente, los efectos del Proyecto se circunscriben a las áreas donde se ejecutarán las obras y en donde se constituya hábitats de fauna terrestre nativa (Matorral y Áreas desprovistas de vegetación), la cual comprende una superficie de intervención menor (18,19 ha en total). Sin perjuicio de lo anterior, el Titular implementará antes de la ejecución de las obras una perturbación controlada de fauna terrestre de baja movilidad, compromiso que se desarrolla en el Capítulo 12 del ICE.
Respecto al tercer impacto identificado “IRUCO-01: Alteración de los niveles de presión sonora producto de la generación de emisiones de ruido por fuentes fijas y móviles en la fase de construcción del Proyecto”, se identificaron 2 receptores de interés de fauna (Chañaral y Diego de Almagro), los cuales son representativos del hábitat de especies en categoría de conservación registradas en la Línea de Base de Fauna presentada. De acuerdo a la modelación realizada, se obtiene que los niveles de ruido proyectados en los receptores de fauna resultaron menor a los 85 dB establecidos en la normativa de referencia “Effects of Noise on Wildlife and Other Animals” de la Agencia de Protección Ambiental de los estados Unidos (US EPA), por lo que el impacto identificado (IRUCO-01) se consideró como No Significativo, por lo que no aplica considerar sistemas de abatimiento o control, al establecerse que no existirá impacto sobre la fauna presente en el área de influencia del Proyecto, sin perjuicio de ello, el Titular implementará antes de la ejecución de las obras una perturbación controlada de fauna terrestre de baja movilidad, compromiso que se desarrolla en el Capítulo 12 del ICE.
Complementariamente, es importante señalar que el Proyecto no considera obras en la playa de Chañaral y desembocadura del río Salado ya que estas obras quedarán dentro del límite urbano, por lo que no se prevén efectos derivados de la fase de construcción sobre la descarga hacia la playa. Sin perjuicio lo anterior, para caracterizar la fauna del lugar se realizaron dos puntos de muestreo durante los días 02 al 04 de marzo 2021 (Anexo B.1 Actualización Línea de Base de Animales Silvestre de la Adenda), donde se registraron 6 especies de aves nativas, ninguna de ellas en categoría de conservación y todas con una amplia distribución en el país. No se registraron especies de otras clases de fauna.
6.3. REASENTAMIENTO DE COMUNIDADES HUMANAS O ALTERACIÓN SIGNIFICATIVA DE LOS SISTEMAS DE VIDA Y COSTUMBRES DE GRUPOS HUMANOS Impacto ambiental IMHCO-01: Alteración de los modos de vida producto de la extensión territorial y temporal de las obras de control aluvional en las localidades de Chañaral, El Salado y Diego de Almagro. IMHCO-03: Alteración de rutas y aumento en tiempos de desplazamiento por obras de control aluvional en las localidades de Chañaral, El Salado y Diego de Almagro. Parte, obra o acción que lo genera • Demoliciones y despeje de terrenos. • Habilitación de la instalación de faena. • Solución de interferencias. • Habilitación de caminos de acceso. • Construcción de las Obras. • Excavación masiva para canalizar el río y zanja de fundación. • Relleno estructural para conformar el pretil de respaldo del canal. • Rellenos zanja de fundación. • Revestimientos y Obras de hormigón armado. • Enrocados de protección. • Pozas de control aluvional quebrada Conchuelas. • Transporte de insumos, materiales y residuos. • Desmovilización de obras temporales. Fase en que se presenta Construcción Impacto ambiental IMHOP-01: Alteración en tiempos de desplazamiento por operación de obras permanentes de control aluvional en las localidades de Chañaral, El Salado y Diego de Almagro. Parte, obra o acción que lo genera Accesos Viales proyectados en el cauce del Río Salado en las localidades de Chañaral, El Salado y Diego de Almagro. Fase en que se presenta Operación Referencia al ICE para mayores detalles sobre este impacto específico Tabla 5.2.5 Medio Humano. Tabla 6.2.3 Sobre la inexistencia de reasentamiento de comunidades humanas o alteración significativa de los sistemas de vida y costumbres de grupos humanos. El Proyecto está inserto en el área urbana de las localidades de Chañaral, El Salado y Diego de Almagro, donde no existe uso de recursos naturales en el sector de obras del proyecto, es decir, no existen actividades asociadas al uso de recursos naturales cuyo acceso pueda ser intervenido, utilizado o restringido por el Proyecto.
A pesar de lo anterior, el Proyecto reconoce impacto significativo sobre este literal asociado al impacto “IMHCO-1: Reasentamiento de comunidades humanas” según se informó en el punto 6.1.2 de este documento.
Respecto al impacto identificado “IMHCO-03: Alteración de rutas y aumento en tiempos de
desplazamiento por obras de control aluvional en las localidades de Chañaral, El Salado y
Diego de Almagro”, el Proyecto contempla durante su fase de construcción, un aumento en la
generación del flujo vehicular producto del tránsito de vehículos pesados y livianos necesarios para
el transporte de personal, material, insumos y residuos, y además el Proyecto provocaría interferencia vial en rutas locales, Ruta 5 y C-13, debido a las actividades de construcción y transporte de materiales a botaderos. Sin embargo, la evaluación de dicho impacto, detallada en la Tabla 4.4-62 del capítulo 4 del EIA, arroja que este no es significativo. De todas formas, el Proyecto contempla alternativas de reemplazo de los atraviesos y rutas que cruzan el río Salado y que conectan los distintos sectores de las tres localidades, estas son Diego de Almagro, El Salado y Chañaral, y además se consideran compromisos ambientales voluntarios, tales como los denominados “Relacionamiento Comunitario” y “Coordinación para gestión de Tránsito en circunstancias de intervención vial del Proyecto y eventos locales de relevancia sociocultural”, que son detallados en el capítulo 12 del ICE y que buscan disminuir las posibles molestias causadas por la construcción de obras del Proyecto.
En relación con el impacto identificado “IMHOP-01: Alteración en tiempos de desplazamiento por operación de obras permanentes de control aluvional en las localidades de Chañaral, El Salado y Diego de Almagro”, la evaluación de dicho impacto, detallada en la Tabla 4.4-65 del capítulo 4 del EIA, arroja que este no es significativo. Además, según lo señalado en el punto 5.3.3 del capítulo 5 del EIA, en la fase de operación del Proyecto no habría un incremento en el flujo vehicular, por lo que no se prevén cambios en los niveles de servicio ni en los tiempos de desplazamiento a través de las rutas del Proyecto. De todas formas, se suman los compromisos ambientales voluntarios denominados “Estudio de ingeniería para factibilizar estándar Manual de Carreteras para rampas de acceso localidad de Diego de Almagro” y “Estudio de ingeniería para factibilizar estándar Manual de Carreteras para rampas de acceso localidad Chañaral y El Salado”, ambos detallados en el capítulo 12 del ICE, y que buscan aumentar la conexión entre la ribera norte y sur de las tres localidades, facilitando el acceso a servicios y comunicación por parte de sus residentes. En base a lo anterior el Proyecto no provocaría en ninguna de sus fases la obstrucción o restricción a la libre circulación, conectividad o el aumento significativo de los tiempos de desplazamiento de los grupos humanos considerados en el área de influencia del Proyecto.
A pesar de lo anterior, el Proyecto reconoce impacto significativo sobre este literal asociado al impacto “IMHCO-1: Reasentamiento de comunidades humanas” según se informó en el punto 6.1.2 del ICE.
Según lo señalado en el punto 5.3.3 del capítulo 5 del EIA, Descripción pormenorizada de aquellos efectos, características o circunstancias del artículo 11 de la Ley, el Proyecto no contempla en ninguna de sus fases la alteración al acceso o a la calidad de bienes, equipamientos, servicios o infraestructura básica de los grupos humanos identificados en el área de influencia del Proyecto. Esto debido a que los trabajadores no utilizarán para la ejecución de las obras del Proyecto el uso de bienes, equipamientos, servicios o infraestructura básica, por lo que no se provocarán efectos sobre estos durante el periodo que se ejecute el Proyecto.
Además, según lo señalado en la Tabla 1.3-2 del capítulo 1 del EIA, Descripción de proyecto, la mano de obra del Proyecto sería acotada, lo que se ve en el siguiente detalle de mano de obra por localidad durante la fase de construcción:
Localidad Mano de obra (fase construcción) Promedio Máximo Diego de Almagro 36 46 El Salado 08 15 Chañaral 38 46 Total 84 113 Fuente: Tabla 1.3-2 del capítulo 1 del EIA.
En tanto, para la fase de operación se ha proyectado que luego de cada invierno se deben realizar faenas de limpieza mediante dos cuadrillas de maquinarias durante un mes al año, lo que se traduciría en un máximo de 10 trabajadores por cada localidad.
Por todo lo anterior, se descarta que el presente Proyecto genere afectaciones relacionadas al presente literal en las localidades de Chañaral, El Salado y Diego de Almagro, es decir, el área de influencia de medio humano.
A pesar de lo anterior, el Proyecto reconoce impacto significativo sobre este literal asociado al impacto “IMHCO-1: Reasentamiento de comunidades humanas” según se informó en el punto 6.1.2 del ICE.
En relación con el impacto identificado “IMHCO-01: Alteración de los modos de vida producto de la extensión territorial y temporal de las obras de control aluvional en las localidades de Chañaral, El Salado y Diego de Almagro”, según la evaluación de dicho impacto, detallada en la Tabla 4.4-60 del capítulo 4 del EIA, este impacto no sería de carácter significativo, por lo que no habría una afectación sobre los sentimientos de arraigo o la cohesión social del grupo toda vez que el Proyecto no dificultará o impedirá el ejercicio o la manifestación de tradiciones, cultura o intereses comunitarios.
A pesar de lo anterior, el Proyecto reconoce impacto significativo sobre este literal asociado al impacto “IMHCO-1: Reasentamiento de comunidades humanas” según se informó en el punto 6.1.2 del ICE.
De acuerdo con lo señalado en la Tabla 6.2.4 del ICE, se concluye que el reasentamiento como resultado de las obras y acciones del Proyecto no afectaría aquellos elementos y características de los sistemas de vida y costumbres propias de los GHPPI, específicamente de las personas que se reconocen como indígenas en los hogares afectos a reasentamiento, ya que estos aspectos y elementos no se relacionarían con su ámbito doméstico, ni terreno o área en que se encuentran sus viviendas urbanas. Por todo lo anterior, se descarta cualquier susceptibilidad de afectación a GHPPI por las obras y acciones del Proyecto.
6.4. LOCALIZACIÓN EN O PRÓXIMA A POBLACIONES, RECURSOS Y ÁREAS PROTEGIDAS, SITIOS PRIORITARIOS PARA LA CONSERVACIÓN, HUMEDALES PROTEGIDOS Y GLACIARES, SUSCEPTIBLES DE SER AFECTADOS, ASÍ COMO EL VALOR AMBIENTAL DEL TERRITORIO EN QUE SE PRETENDE EMPLAZAR Referencia al ICE para mayores detalles sobre este impacto específico Tabla 6.2.4 Sobre la inexistencia de localización en o próxima a poblaciones, recursos y áreas protegidas, sitios prioritarios para la conservación, humedales protegidos y glaciares, susceptibles de ser afectados, así como el valor ambiental del territorio en que se pretende emplazar. Las obras y acciones del Proyecto, al igual que el área de influencia de medio humano, se ubican en las localidades de Diego de Almagro, El Salado y Chañaral. En este sentido, el análisis para descartar cualquier susceptibilidad de afectación a poblaciones protegidas incluyó a los siguientes GHPPI presentes en las comunas de Diego de Almagro y Chañaral, estos son: Comunidad Indígena Colla Comuna Diego de Almagro, Comunidad Indígena Colla Geoxcultuxial, Comunidad Indígena Colla Chiyagua de la Quebrada El Jardín, Comunidad Indígena Wara de la Quebrada de Chañaral Alto y sus Quebradas, Agrupación Indígena Multicultural Las Parcelas y Asociación Indígena Multicultural Musuk Relmu.
En relación con las tres (3) primeras comunidades mencionadas, estas son Comunidad Indígena
Colla Comuna Diego de Almagro, Comunidad Indígena Colla Geoxcultuxial y Comunidad Indígena
Colla Chiyagua de la Quebrada El Jardín, dichas comunidades cuentan con integrantes que viven en la zona urbana de Diego de Almagro y también en los sectores rurales de la precordillera, realizando sus actividades tradicionales y manteniendo sus sitios de significancia en la precordillera y cordillera de la comuna de Diego de Almagro, a más de 40 km al Este de las obras y acciones del Proyecto.
En relación con la Comunidad Indígena Wara de la Quebrada de Chañaral Alto y sus quebradas, este fue el único GHPPI con el que no se pudo obtener información primaria, tal como se señala en el Anexo I del Adenda. De todas formas, dicho GHPPI se incluye en el análisis a través de fuentes secundarias, las que están debidamente seleccionadas y registradas en el Anexo recién mencionado. Al respecto, se puede señalar que el territorio de interés que dicha Comunidad declara correspondería a la Quebrada de Chañaral Alto y sus quebradas, el cual estaría asociado a rutas y sectores vinculados a actividades productivas, especialmente comercio y minería. La desembocadura de esta quebrada se da en el río Salado, punto que se encuentra aproximadamente a 4,5 km de las obras de canalización, a 3,5 km del botadero 1 y a 3,8 km del botadero 2, tal como se puede visualizar en la Figura 3-4 del Anexo I del Adenda. La extensión de la Quebrada de Chañaral Alto es de aproximadamente 60 km, siendo parte de las administraciones territoriales de las comunas de Diego de Almagro y Copiapó.
Adicionalmente, según los registros oficiales de CONADI, la Comunidad Indígena Wara de Chañaral Alto y sus Quebradas pertenecería a Copiapó, con dirección de la mayoría de sus miembros en dicha comuna. La CONADI fue consultada por el Servicio de Evaluación Ambiental acerca del estado del proceso de constitución de la Comunidad Indígena Wara de la Quebrada de Chañaral Alto y sus Quebradas, por medio del ORD. N° 20220310210, remitiendo en respuesta dicha Corporación la Resolución Exenta N° 001/2022, que da cuenta de la caducidad de la personalidad jurídica de la comunidad en comento. La Resolución señalada hace referencia al recurso de protección tramitado ante la Corte de Apelaciones de Copiapó en autos Rol N° 100-2021. Analizado el informe entregado por CONADI en el marco de dicho proceso, se aprecia que las observaciones que la comunidad no contestó satisfactoriamente dicen relación precisamente con su imposibilidad de acreditar su vinculación con el territorio.
A su vez, la Agrupación Indígena Multicultural Las Parcelas reconoce como sector de interés el área conocida como Las Parcelas, asentamiento humano que se ubica en la salida oeste de la ciudad de Diego de Almagro (en dirección hacia Chañaral) y que se encuentra a una distancia de 1 km en línea recta aproximadamente de las obras más cercanas del Proyecto. La organización, que está conformada por 38 personas, cuenta con familias de los pueblos Colla, Diaguita, Mapuche y Aymara, algunas de las cuales habitan de forma permanente en el sector de Las Parcelas, conformando un grupo cercano a las 22 personas. Ahí realizan actividades agrícolas y ganaderas de subsistencia y entre sus proyectos colectivos destacan el mejorar y apoyar el desarrollo de la agricultura y la ganadería. El gran anhelo de la agrupación es asentarse de modo regular en el sector de Las Parcelas, tener una sede y revitalizar las diferentes culturas que convergen por medio de educación y actividades colectivas.
Finalmente, la Asociación Indígena Multicultural Musuk Relmu se constituyó como una organización que busca visibilizar a la población indígena de Chañaral y contribuir al bienestar de sus integrantes a través de distintas iniciativas de rescate de las prácticas culturales y desarrollo local. La asociación, compuesta por integrantes de los pueblos Colla, Diaguita, Mapuche y Aymara, es una agrupación eminentemente urbana que tiene como sitio de interés un vivero en el sector de Falda Verde, en las cercanías de la Reserva Nacional Pan de Azúcar (proyecto desarrollado a través de un Fondo de Protección Ambiental). Si bien en Chañaral una de las actividades tradicionales dependiente de recursos naturales es la pesca artesanal, en esta asociación no hay pescadores, ni tampoco población que sea parte del pueblo originario Chango.
En relación con los grupos humanos que deben ser reasentados por el Proyecto, existen 9 hogares
con presencia de integrantes indígenas (1 en Chañaral y 8 en Diego de Almagro), los cuales pertenecerían a los pueblos Colla, Diaguita, Mapuche y Aymara. Al encontrarse en el área de obras del Proyecto, se ubican en localidades de carácter urbano, por lo que aquellos integrantes de estas familias que se reconocen como indígenas se circunscriben a este contexto sociocultural urbano, siendo esta la cotidianidad que determinaría sus sistemas de vida y costumbres. Algunos de ellos pertenecerían a grupos que emigraron desde las zonas tradicionales Colla que se ubican en la precordillera y cordillera de la región de Atacama y que habrían optado por asentarse en las cabeceras comunales de Diego de Almagro y Chañaral, ya sea por el acceso a servicios como educación, salud o abastecimiento, así como también para acceder a nuevas fuentes laborales. Otras familias, cuyos integrantes son de otros pueblos indígenas (tales como Mapuche y Aymara), también se identifican como población inmigrante, no obstante, sus territorios tradicionales se encontrarían fuera de la región de Atacama.
En estos contextos urbanos, las personas indígenas que forman parte de los grupos humanos afectos a reasentamiento no desarrollarían actividades tradicionales propias de los pueblos originarios en dichos espacios urbanos, ni tampoco reconocerían sitios de significancia cultural tradicionales relacionados a estos grupos en las localidades mencionadas, compartiendo los mismos espacios cotidianos, intereses y problemáticas que la población no indígena. El único lugar de interés identificado para los GHPPI es la sede indígena de la localidad de Diego de Almagro, infraestructura moderna que constituye un espacio de reunión para esta población protegida, que se ubica a unos 30 metros del sector de obras del Proyecto y que no sería afectado por las obras y acciones de este.
Aquellos integrantes de los grupos humanos afectos a reasentamiento que mantienen vínculos con los territorios ancestrales, ya sea por relaciones familiares, por participar en organizaciones indígenas o por ejercer una habitabilidad alternada entre las zonas urbanas y rurales, tampoco mantendrían sitios de significación cultural tradicionales ni realizarían actividades tradicionales en las localidades de Diego de Almagro o Chañaral, ya que estas se dan en las zonas precordilleranas o cordilleranas de la provincia, lejanas a los centros urbanos.
Con estos antecedentes, se concluye que el reasentamiento como resultado de las obras y acciones del Proyecto no afectaría aquellos elementos y características de los sistemas de vida y costumbres propias de los GHPPI, específicamente de las personas que se reconocen como indígenas en los hogares caracterizados, ya que estos aspectos y elementos no se relacionarían con su ámbito doméstico, ni terreno o área en que se encuentran sus viviendas urbanas. Por todo lo anterior, se descarta cualquier susceptibilidad de afectación a GHPPI por las obras y acciones del Proyecto.
De acuerdo a los antecedentes presentados en el proceso de evaluación, dentro del Área de influencia del Proyecto no se identificaron Áreas Protegidas y/o Sitios Prioritarios para la Conservación. Las áreas protegidas y sitios prioritarios se encuentran lejanos al área de influencia y no son susceptibles de ser afectos directa e indirectamente por el Proyecto. Cabe señalar que las áreas protegidas y sitios prioritarios más cercanos son los siguientes: El Parque Nacional Pan de Azúcar se encuentra a aproximadamente 11 km al norte del Proyecto (obras Chañaral) y el sitio prioritario Salar de Pedernales y sus alrededores se ubica a aproximadamente 38 km al este del Proyecto (obras Diego de Almagro).
6.5. ALTERACIÓN SIGNIFICATIVA, EN TÉRMINOS DE MAGNITUD O DURACIÓN, DEL
VALOR PAISAJÍSTICO O TURÍSTICO DE UNA ZONA
Impacto ambiental
IPACOP-01: Intrusión visual, artificialidad y modificación
de atributos estéticos del paisaje por la habilitación de
obras sobre las unidades de paisaje (UP1, UP2 y UP3).
Componente(s) ambiental(es) afectado(s) Paisaje Parte, obra o acción que lo genera Producto de la ejecución de las obras de canalización del río Salado, que consideran la regularización y defensa fluvial de manera de permitir el escurrimiento sin desbordarse del caudal mayor, en las localidades de Chañaral, Salado y Diego de Almagro, se alterarán las condiciones basales del paisaje produciéndose una intrusión visual, artificialidad y modificación de atributos estéticos sobre el paisaje. Fase en que se presenta Construcción y operación. Impacto ambiental IATRCO-01: Alteración temporal del acceso a atractivos turísticos producto de los desvíos en rutas públicas durante la fase de construcción del Proyecto. Componente(s) ambiental(es) afectado(s) Turismo Parte, obra o acción que lo genera Producto de la ejecución de las obras de canalización del río Salado, que consideran la regularización y defensa fluvial de manera de permitir el escurrimiento sin desbordarse del caudal mayor, en las localidades de Chañaral, Salado y Diego de Almagro, se alterarán temporalmente la Ruta 5, C-120 (Chañaral – Caleta Pan de Azúcar), C-13 (Chañaral – Diego de Almagro), C-209 (El Salado – Manto Verde), C-17 (Diego de Almagro – Inca de Oro) y C-167 (Diego de Almagro – Cuesta Topón Azul). Fase en que se presenta Construcción Referencia al ICE para mayores detalles sobre este impacto específico Tabla 5.2.3.1 Paisaje. Tabla 5.2.3.2 Turismo. Tabla 6.2.5 Alteración significativa, en términos de magnitud o duración, del valor paisajístico o turístico de una zona. De acuerdo a los antecedentes aportados en el proceso de evaluación, en el área de influencia del Proyecto se identificaron 3 unidades de paisaje; UP1 Diego de Almagro, UP2 El Salado y UP3 Chañaral. Estas unidades presentan calidades visuales similares entre sí, en función de las características propias de sus atributos biofísicos, estructurales y estéticos. Estas tres unidades de paisaje presentaron una calidad visual baja, condicionado porque contienen muy poca variedad de atributos y además éstos se valoran en calidad baja en un más del 50% de los atributos.
En relación a lo anterior, para el análisis de visibilidad, se analizaron 10 puntos de observación para la localidad de Diego de Almagro, 6 para la localidad de El Salado y 10 para la localidad de Chañaral, hacia las obras proyectadas en cada una de estas localidades. En función de las cuencas visuales, respecto a la intervisibilidad, se obtiene zonas con visibilidad reciproca en algunos sectores dentro del área de influencia, donde existen cruces de caminos y donde los puntos de observación se oponen entre sí, generando áreas de mayor exposición visual, asociada a las obras del Proyecto.
Al respecto y de acuerdo a la condición basal y a los fotomontajes presentados (Anexo 4-C del
Capítulo 4 del EIA), el impacto identificado se calificó como No Significativo, toda vez que, desde
los puntos de observación, no se evidencian bloqueo de vistas, pérdida de atributos biofísicos ni
incompatibilidad visual. En particular, todos los fotomontajes muestran que ninguna parte u obra del
Proyecto bloquea total o parcialmente una vista del paisaje, lo que implicaría una pérdida de la capacidad de acceder visualmente a los atributos del paisaje.
En relación a la duración o la magnitud en que se alteren atributos de una zona con valor paisajístico, es posible señalar que la artificialidad, relacionada con el grado de alteración ocasionada por las partes y obras del Proyecto en el conjunto de atributos naturales del paisaje, presenta una magnitud baja, considerando que, si bien las obras son visibles en todos los fotomontajes, la percepción de estas es muy menor en comparación al paisaje preexistente. Si bien, hay cuencas visuales cuya percepción hacia las obras no es de manera nítida o se encuentra obstaculizada por infraestructura existente en el paisaje, la intervención del Proyecto no genera una disminución de la naturalidad del entorno, sobre la base de que la cuenca del río Salado en estas localidades se encuentra fuertemente intervenida por diversas acciones, por lo que el Proyecto tiende a regular y proponer nuevos espacios de usos recreacionales, cumpliendo con el fin de resguardar a la población de las crecidas. Por lo anterior, el desarrollo de las actividades y obras del Proyecto No generarán un impacto significativo en lo referente a la alteración de los atributos de una zona con valor paisajístico.
En relación a esta componente, de acuerdo a los antecedentes aportados en el proceso de evaluación (Capítulo 3.15 del EIA), en las áreas de emplazamiento de las partes, obras y acciones del Proyecto presentan valor turístico, considerando que existen flujos de visitantes o turistas asociado a los atractivos y destinos turísticos próximos a las áreas de influencia del Proyecto.
Asimismo, se determinó la existencia de valor cultural en el AI, considerando que existen seis (6) atractivos turísticos asociados al valor cultural, de tipo realización técnica, científica o artística contemporánea (Diego de Almagro y Chañaral) y de tipo museo o manifestación cultural (Templo Presbiteriano de Chañaral, Iglesia de Chañaral y Casa Contigua, Museo de Historia Natural Rodulfo A. Philippi y Ruinas de Chañaral). Respecto al AI de El Salado, no se registran atractivos culturales.
Además, se determinó la existencia de valor patrimonial, considerando que se registraron 15 servicios turísticos en el Área de Influencia de Chañaral y Diego de Almagro, servicios asociados principalmente a alimentación, como también, se determinó la presencia actividades turísticas de rutas patrimoniales (Litoral de Atacama Caldera – Chañaral y De Cordillera a Mar El Derrotero de Atacama) distribuidas en Chañaral, Salado y Diego de Almagro.
De acuerdo a lo anterior y conforme a los lineamientos de la Guía de Evaluación de Impacto
Ambiental Valor Turístico en el SEIA (2017), se concluyó que el valor turístico del AI del Proyecto
presenta una magnitud variada según el emplazamiento de las obras del Proyecto, definiendo para
Chañaral y Diego de Almagro una magnitud del valor turístico medio, mientras que El Salado sólo
presenta una magnitud del valor turística baja. Al respecto, y según las acciones del Proyecto, en las
localidades de Chañaral, El Salado y Diego de Almagro, se alterarán temporalmente la Ruta 5, C-
120 (Chañaral – Caleta Pan de Azúcar), C-13 (Chañaral – Diego de Almagro), C-209 (El Salado –
Manto Verde), C-17 (Diego de Almagro – Inca de Oro) y C-167 (Diego de Almagro – Cuesta
Topón Azul). Si bien, el Titular implementará desvíos y soluciones de ingeniería en las rutas
indicadas anteriormente (mayores detalles en el Capítulo 12 de este documento) durante la
habilitación de las obras de canalización y defensa fluvial en las localidades de Chañaral, El Salado
y Diego de Almagro, se generará un grado de alteración temporal (principalmente estival) del flujo
de visitantes o turistas que utilizan las rutas como acceso a atractivos naturales y culturales
próximos a las Áreas de influencia. No obstante, estas soluciones de ingeniería y desvío en las rutas
no deterioran la condición basal de los flujos actuales, por tanto, sus efectos son poco significativos.
En este sentido, el grado de saturación será bajo, existiendo capacidad de reserva para recibir el
flujo de Proyecto sin afectación mayor en cada intersección; como también, el incremento del
TMDA (Tránsito Medio Diario Anual) será bajo, por lo que el Proyecto No afectará las
condiciones operativas considerando que se mantienen las mismas indicaciones operacionales con y
sin Proyecto. Sin perjuicio de lo anterior, el Titular presenta como acción de control un compromiso
de coordinación para la gestión de Tránsito en las rutas de acceso a atractivos turísticos, el cual se desarrolla en el Capítulo 12 del ICE.
6.6. ALTERACIÓN DE MONUMENTOS, SITIOS CON VALOR ANTROPOLÓGICO, ARQUEOLÓGICO, HISTÓRICO Y, EN GENERAL, LOS PERTENECIENTES AL PATRIMONIO CULTURAL Impacto ambiental IARCO-01: Afectación de elementos patrimoniales producto de la construcción de las obras de canalización y defensa fluvial durante la fase de construcción del Proyecto. Parte, obra o acción que lo genera Actividades asociadas a la canalización del río Salado. Fase en que se presenta Construcción Referencia al ICE para mayores detalles sobre este impacto específico Tabla 5.2.4.1 Arqueología. Tabla 6.2.6. Alteración significativa, en términos de magnitud o duración, de monumentos, sitios con valor antropológico, arqueológico, histórico y, en general, los pertenecientes al patrimonio cultural. De acuerdo a los antecedentes aportados en el proceso de evaluación (Anexo B.3 “Actualización Línea de Base de Patrimonio Cultural y Monumentos Nacionales” de la Adenda), dentro del área de influencia del Proyecto, se registraron seis (6) sitios arqueológicos, que se encuentran tanto en el área del cauce del río como en los botaderos, y en general se trata de vestigios de época histórica reciente, o bien indeterminados. La funcionalidad de estos es variada, registrándose, 2 huellas o senderos (OARS005 y OARS006), 2 basurales históricos (OARS002 y OARS009), una estructura de señalización (OARS001) y un parapeto (OARS008). Asimismo, en el área prospectada se identificaron 2 Monumentos Públicos (OARS003 y OARS007) conmemorativos.
Considerando lo anterior, se identificó el impacto “IARCO-01: Afectación de elementos patrimoniales producto de la construcción de las obras de canalización y defensa fluvial durante la fase de construcción del Proyecto”, toda vez que, producto de la construcción de las obras del Proyecto, se intervendrán directamente los hallazgos patrimoniales OARS001 y OARS005. A su vez, de manera indirecta y producto de los trabajos de las actividades constructivas, podrían alterarse de manera indirecta los hallazgos OARS002, OARS008 y OARS009, considerando la distancia acotada en relación con las obras proyectadas. Al respecto, este impacto fue catalogado como No Significativo, debido a que los sitios a intervenir directamente corresponden principalmente a elementos de cronología actual e histórica, sin registro de elementos prehispánicos, de baja relevancia ambiental y sin asociación a elementos culturales de significancia registrados en la zona, asimismo, el Titular presenta los antecedentes técnicos y formales para el obtención del PAS 132 RSEIA. Para el caso de los hallazgos que potencialmente podrían ser intervenidos por las obras del Proyecto, como para la zona de los rasgos lineales que no será afectada (OARS005), se presentan medidas de protección las cuales se desarrollan en el Capítulo 12 del ICE.
De acuerdo con la información proporcionada durante el proceso de evaluación del presente Proyecto, es posible señalar que el Proyecto no afectaría lugares o sitios en que se lleven a cabo manifestaciones habituales propias de la cultura o folclore de alguna comunidad o grupo humano, especialmente aquellas referidas a pueblos indígenas.
Para más detalles sobre el análisis que descarta de forma fundada cualquier susceptibilidad de afectación a poblaciones protegidas, remitirse a la Tabla 6.2.4 del ICE.
7°. Que, del proceso de evaluación de impacto ambiental del Proyecto se propusieron las siguientes medidas de mitigación, reparación y/o compensación para hacerse cargo de los efectos, características y circunstancias del artículo 11 de la Ley N° 19.300 que genera o presenta el Proyecto, las que deberán implementarse para su ejecución:
7.1 FASE DE CONSTRUCCIÓN
7.1.1. Medida MM01: Transporte rotativo, accesible y gratuito en Diego de Almagro
Impacto asociado
IMHCO-1: Reasentamiento de comunidades humanas.
Tipo de medida
Mitigación
Componente(s)
ambiental(es) objeto de
protección
Medio Humano
Objetivo
Mitigar el efecto negativo de aumento en los tiempos de
desplazamiento de grupos humanos desplazados por construcción de
obras de control aluvional.
Descripción
La medida consiste en la entrega de transporte circular, accesible a
personas con movilidad reducida y sin costos al usuario en el área
urbana de Diego de Almagro con rutas a definir en actividades de
participación ciudadana con los afectados, que se realizará conforme a
las siguientes condiciones:
-
El transporte se realizará a través de un vehículo de transporte de
pasajeros con capacidad mediana y que cumpla con condiciones
óptimas de seguridad y comodidad conforme las normas
nacionales;
-
El transporte se realizará a través de un vehículo de transporte de
pasajeros con capacidad mediana y que cumpla con estándares de
accesibilidad universal para posibilitar el adecuado transporte de
personas con movilidad reducida y adultos mayores;
-
La ruta, la frecuencia y las condiciones del transporte serán
validadas junto a la Dirección de Tránsito de la comuna de Diego
de Almagro y con los afectados por desplazamiento;
-
La ruta y la frecuencia del transporte será monitoreado por el titular
que se compromete a realizar los debidos ajustes en caso de real
necesidad;
-
El transporte circular, accesible y gratuito en Diego de Almagro
será ofrecido de lunes a viernes, limitado a un máximo de tres
recorridos al día con horarios de transporte definidos de forma
participativa con los afectados;
-
El transporte circular, accesible y gratuito en Diego de Almagro
será de libre acceso a la comunidad y visitantes locales sin costo al
usuario;
-
El financiamiento de todos los costos de implementación y
manutención relacionados a esta medida estarán a cargo del titular
del Proyecto;
-
El titular del Proyecto podrá subcontratar el servicio de transporte
circular, accesible y gratuito en Diego de Almagro;
La responsabilidad por la frecuencia y calidad del servicio de
transporte circular, accesible y gratuito en Diego de Almagro también
estarán a cargo del titular del Proyecto.
Justificación
El presente proyecto consiste en obras de canalización del río Salado
en las tres principales localidades presentes en su cuenca: Diego de Almagro, El Salado y Chañaral.
Para concretar las obras contempladas en el Proyecto, se ve la necesidad de adquirir los terrenos en que dichas obras se realizarán. En algunos de esos terrenos hay construcciones que albergan hogares y/o dedicadas a actividades económicas. El desplazamiento de los hogares y/o de las actividades económicas –aunque adentro de la misma comuna– podría generar efectos de aumento de los tiempos y costos de desplazamiento de las personas que viven y/o trabajan en las propiedades afectadas. En ese sentido y en consideración al impacto de Reasentamiento de comunidades humanas, se identifica la necesidad de proveer transporte circular, accesible y gratuito con el objetivo de que alcancen a restablecer sus desplazamientos diarios y ocasionales en condiciones equivalentes o superiores a las originales. Referencia al ICE para mayores detalles Punto 7.1.1
7.1.2. Medida MC01: Plan de Reasentamiento comuna de Chañaral Impacto asociado IMHCO-1: Reasentamiento de comunidades humanas Tipo de medida Compensación Componente(s) ambiental(es) objeto de protección Medio Humano Objetivo Compensar los impactos generados por el reasentamiento, tanto en la población desplazada como aquella que continúa viviendo en el lugar y la población receptora de las personas y familias que serán relocalizadas. Descripción Dado que el Proyecto genera efectos, características o circunstancias estipulados en el artículo 11, letra c), de la Ley N°19.300, que indica “reasentamiento de comunidades humanas, o alteración significativa de los sistemas de vida y costumbres de grupos humanos”, en que considera el desplazamiento y reubicación de grupos humanos que habitan en el área de influencia del Proyecto, es necesaria la realización de un Plan de Reasentamiento que asista a las personas desplazadas “en sus esfuerzos por mejorar sus medios de subsistencia y sus niveles de vida, o al menos devolverles, en términos reales, los niveles que tenían antes de ser desplazados (…)”, de acuerdo a lo que indica la Guía de Reasentamiento de comunidades humanas (SEA, 2014).
El presente Plan de Reasentamiento (PdR) tiene una estructura
compuesta por:
-
Plan de Involucramiento de la comunidad: incluye un Programa de
socialización y Mecanismo de comunicación con la comunidad
durante toda la ejecución del PdR.
-
Plan de Relocalización: incluye un Programa de vivienda, un
Programa de Reposición de Infraestructura para microempresas y
un Programa de apoyo en el desplazamiento e instalación de los
afectados por el reasentamiento.
-
Plan de Gestión Social: incluye un Programa de Desarrollo
Socioeconómico y un Programa de Apoyo Psicosocial y
Organizacional.
El detalle de esta medida se presenta en el Anexo C (Plan de Reasentamiento actualizado), de la Adenda Complementaria excepcional. Justificación El Proyecto consiste en obras de canalización del río Salado en las tres principales localidades presentes en su cuenca: Diego de Almagro, El Salado y Chañaral.
Para concretar las obras contempladas en el Proyecto, se ve la necesidad de adquirir los terrenos en que dichas obras se realizarán. En algunos de esos terrenos hay construcciones que albergan hogares y/o son dedicadas a actividades económicas. En consideración a los impactos reconocidos, se identifica la necesidad de presentar un Plan de medidas que se haga cargo de sus efectos. Lugar de implementación El lugar de implementación de la medida se define de acuerdo con los 21 grupos humanos afectados por el reasentamiento de la comuna de Chañaral:
Población desplazada: entorno del río Salado, en las áreas necesarias para construir las obras de control aluvional en la localidad de Chañaral y El Salado, comuna de Chañaral, y sitios de reposición indicados por los afectados cuando esos se encuentren dentro del área de influencia.
El detalle de esta medida se presenta en el Anexo C (Plan de Reasentamiento actualizado), de la Adenda Complementaria excepcional. Forma y oportunidad de implementación Forma: El Titular señala que este Plan de Reasentamiento se estructura bajo los requisitos que se indican en la Guía de Reasentamiento de Comunidades Humanas (SEA, 2014), enfatizando que “El Plan, tal cual se indica en la Guía mencionada, se compone por un conjunto de medidas y acciones que tienen por objetivo compensar los impactos generados por el reasentamiento, tanto en la población desplazada como aquella que continúa viviendo en el lugar y la población receptora de las personas y familias que serán relocalizadas”.
Sin embargo, el presente Plan de Reasentamiento no incluye la selección de predios ni su correspondiente estudio de cabida para las soluciones habitacionales individuales de los grupos humanos afectos a reasentamiento, requisitos señalados expresamente por la Guía mencionada. En este sentido, la Guía de Reasentamiento, en su punto 4.8, es clara al señalar que: “El titular del proyecto deberá presentar, dentro del proceso de evaluación de impacto ambiental, alternativas de terrenos de acogida, los que deberán ser evaluados ambientalmente con el fin de garantizar la protección ambiental de las áreas propuestas, sus recursos naturales y las comunidades humanas receptoras. Dicha evaluación deberá ser conocida por las comunidades afectadas por el reasentamiento y deberá ser entregada dentro de la proposición de alternativas de reasentamiento”.
En este sentido, el Titular se limita a señalar lo siguiente: “En cuanto a
población receptora, en este PdR no se incluye esa categoría porque
en rigor no habrá, ya que en los casos de Chañaral y eventualmente de
otros hogares que pudieran optar por soluciones individuales en Diego
de Almagro, el efecto se limitará a la llegada de un nuevo hogar a vecindarios urbanos, por ende, su efecto no involucra susceptibilidad de afectación en los sistemas de vida y costumbres de esos grupos” (punto 3.1.1.2.2 del PdR actualizado, Anexo C de la Adenda Complementaria excepcional).
Por lo anterior, y considerando que el Plan de Reasentamiento no cuenta con alternativas de potenciales áreas receptoras para relocalizar a los grupos humanos afectados por el reasentamiento y que opten por una solución individual, el Servicio de Evaluación Ambiental solicitó dicha “selección de predios” al Titular tanto en el ICSARA Complementario como en el ICSARA Excepcional, para que se hubiera individualizado y analizado de forma pormenorizada los potenciales barrios del área urbana de cada localidad, argumentando si cumplían con una condición de habitabilidad equivalente o mejor a la actual; dando especial énfasis a las distancias con servicios e infraestructura básica, tales como centros de salud, educación, etc., lugares de trabajo de los reasentados y accesibilidad de servicios básicos, tales como agua potable, electricidad, alcantarillado, acceso a internet, etc.
Sin embargo, el Titular no presentó la información solicitada por el Servicio de Evaluación Ambiental, que a su vez es un requisito fundamental para la evaluación ambiental de un Plan de Reasentamiento, tal como se señala en la Guía de Reasentamiento de comunidades humanas (SEA, 2014). Por lo anterior, se hace imposible evaluar la idoneidad del Plan de Reasentamiento como medida de compensación para hacerse cargo del impacto “IMHCO-1: Reasentamiento de comunidades humanas”.
Además, el Titular señala que el método de implementación de la medida contempla un Plan de Involucramiento de la Comunidad, compuesto por tres líneas de acción: - Informar a los grupos afectados sobre el Plan de Reasentamiento: esto incluye dar a conocer en detalle el Proyecto, especialmente todas las fases, impactos y medidas consideradas en el marco de dicho Plan; - Fomentar la participación de la población afectada en el diseño de los programas sociales y medidas del Plan de Reasentamiento. - Convocar a los diferentes actores que deben estar presente en el proceso de elaboración e implementación del Plan de Reasentamiento.
Lo anterior es especialmente relevante considerando que durante el presente proceso de evaluación ambiental hubo una actualización de Línea de Base que arrojó una mayor cantidad de grupos humanos afectados por el reasentamiento, concluyéndose que el número final de afectados corresponde a 65 grupos humanos (21 de la comuna de Chañaral y 44 de la comuna de Diego de Almagro).
El detalle de los métodos de implementación de la medida se presenta en el Anexo C (Plan de Reasentamiento actualizado), de la Adenda Complementaria excepcional.
Oportunidad: Los plazos del Plan de Reasentamiento se presentan por sub-Plan: - Plan de Involucramiento con la comunidad: su plazo de finalización está vinculado al término de todas las demás actividades del Plan de Reasentamiento; - Plan de Relocalización: tiene como plazo de finalización el inicio de las obras; - Plan de Gestión Social: tiene como plazo de finalización 3,5 años desde la relocalización de población afectada.
Las deficiencias presentadas en esta medida fueron uno de los motivos para la propuesta de rechazo al Proyecto que se plasmó en el Informe Consolidado de Evaluación. Indicador de cumplimiento El cumplimiento del Plan de Reasentamiento (PdR) se medirá a través de la ejecución de cada una de las actividades propuestas en este (tales como los programas contenidos en los planes de Involucramiento con la comunidad, Relocalización y Gestión Social del PdR), cuyo detalle y respectivos indicadores de cumplimiento se encuentran en el Anexo C (Plan de Reasentamiento actualizado), de la Adenda Complementaria excepcional.
La comprobación de la ejecución de las actividades debe contemplar conforme corresponda: - Escrituras; - Registros de convocatorias; - Registro de Lista de Asistencia; - Fotografías, cuando corresponda.
Dichos indicadores de cumplimiento deberán ser debidamente informados a la SMA, por medio del sistema de seguimiento ambiental (SSA). Referencia al ICE para mayores detalles Punto 7.1.3
7.1.3 Medida MC02: Plan de Reasentamiento comuna de Diego de Almagro
Impacto asociado
IMHCO-1: Reasentamiento de comunidades humanas
Tipo de medida
Compensación
Componente(s)
ambiental(es) objeto de
protección
Medio Humano
Objetivo
Compensar los impactos generados por el reasentamiento, tanto en la
población desplazada como aquella que continúa viviendo en el lugar y
la población receptora de las personas y familias que serán
relocalizadas.
Descripción
Dado que el Proyecto genera efectos, características o circunstancias
estipulados en el artículo 11, letra c), de la Ley N°19.300, que indica
“reasentamiento de comunidades humanas, o alteración significativa
de los sistemas de vida y costumbres de grupos humanos”, en que
considera el desplazamiento y reubicación de grupos humanos que
habitan en el área de influencia del Proyecto, es necesaria la realización
de un Plan de Reasentamiento que asista a las personas desplazadas
“en sus esfuerzos por mejorar sus medios de subsistencia y sus niveles
de vida, o al menos devolverles, en términos reales, los niveles que
tenían antes de ser desplazados (…)”, de acuerdo a lo que indica la Guía de Reasentamiento de comunidades humanas (SEA, 2014).
El presente Plan de Reasentamiento (PdR) tiene una estructura compuesta por: - Plan de Involucramiento de la comunidad: incluye un Programa de socialización y Mecanismo de comunicación con la comunidad durante toda la ejecución del PdR. - Plan de Relocalización: incluye un Programa de vivienda, un Programa de Reposición de Infraestructura para microempresas y un Programa de apoyo en el desplazamiento e instalación de los afectados por el reasentamiento. - Plan de Gestión Social: incluye un Programa de Desarrollo Socioeconómico y un Programa de Apoyo Psicosocial y Organizacional.
El detalle de esta medida se presenta en el Anexo C (Plan de Reasentamiento actualizado), de la Adenda Complementaria excepcional. Justificación El Proyecto consiste en obras de canalización del río Salado en las tres principales localidades presentes en su cuenca: Diego de Almagro, El Salado y Chañaral.
Para concretar las obras contempladas en el Proyecto, se ve la necesidad de adquirir los terrenos en que dichas obras se realizarán. En algunos de esos terrenos hay construcciones que albergan hogares y/o son dedicadas a actividades económicas. En consideración a los impactos reconocidos, se identifica la necesidad de presentar un Plan de medidas que se haga cargo de sus efectos. Lugar de implementación El lugar de implementación de la medida se define de acuerdo con los distintos grupos afectados: - Población desplazada: 44 grupos humanos afectados por el reasentamiento, ubicados en el entorno del río Salado, en las áreas necesarias para construir las obras de control aluvional en la en la comuna de Diego de Almagro y sitios de reposición indicados por los afectados cuando esos se encuentren adentro del área de influencia; - Población que continúa viviendo en el lugar: sector Ampliación Torreblanca en Diego de Almagro.
El detalle de esta medida se presenta en el Anexo C (Plan de Reasentamiento actualizado), de la Adenda Complementaria excepcional. Forma y oportunidad de implementación Forma: El Titular señala que este Plan de Reasentamiento se estructura bajo los requisitos que se indican en la Guía de Reasentamiento de Comunidades Humanas (SEA, 2014), enfatizando que “El Plan, tal cual se indica en la Guía mencionada, se compone por un conjunto de medidas y acciones que tienen por objetivo compensar los impactos generados por el reasentamiento, tanto en la población desplazada como aquella que continúa viviendo en el lugar y la población receptora de las personas y familias que serán relocalizadas”.
Sin embargo, el presente Plan de Reasentamiento no incluye la
selección de predios ni su correspondiente estudio de cabida para las
soluciones habitacionales individuales de los grupos humanos afectos a reasentamiento, requisitos señalados expresamente por la Guía mencionada. En este sentido, la Guía de Reasentamiento, en su punto 4.8, es clara al señalar que: “El titular del proyecto deberá presentar, dentro del proceso de evaluación de impacto ambiental, alternativas de terrenos de acogida, los que deberán ser evaluados ambientalmente con el fin de garantizar la protección ambiental de las áreas propuestas, sus recursos naturales y las comunidades humanas receptoras. Dicha evaluación deberá ser conocida por las comunidades afectadas por el reasentamiento y deberá ser entregada dentro de la proposición de alternativas de reasentamiento”.
En este sentido, el Titular se limita a señalar lo siguiente: “En cuanto a población receptora, en este PdR no se incluye esa categoría porque en rigor no habrá, ya que en los casos de Chañaral y eventualmente de otros hogares que pudieran optar por soluciones individuales en Diego de Almagro, el efecto se limitará a la llegada de un nuevo hogar a vecindarios urbanos, por ende, su efecto no involucra susceptibilidad de afectación en los sistemas de vida y costumbres de esos grupos” (punto 3.1.1.2.2 del PdR actualizado, Anexo C de la Adenda Complementaria excepcional).
Por lo anterior, y considerando que el Plan de Reasentamiento no cuenta con alternativas de potenciales áreas receptoras para relocalizar a los grupos humanos afectados por el reasentamiento y que opten por una solución individual, el Servicio de Evaluación Ambiental solicitó dicha “selección de predios” al Titular tanto en el ICSARA Complementario como en el ICSARA Excepcional, para que se hubiera individualizado y analizado de forma pormenorizada los potenciales barrios del área urbana de cada localidad, argumentando si cumplían con una condición de habitabilidad equivalente o mejor a la actual; dando especial énfasis a las distancias con servicios e infraestructura básica, tales como centros de salud, educación, etc., lugares de trabajo de los reasentados y accesibilidad de servicios básicos, tales como agua potable, electricidad, alcantarillado, acceso a internet, etc.
Sin embargo, el Titular no presentó la información solicitada por el Servicio de Evaluación Ambiental, que a su vez es un requisito fundamental para la evaluación ambiental de un Plan de Reasentamiento, tal como se señala en la Guía de Reasentamiento de comunidades humanas (SEA, 2014). Por lo anterior, se hace imposible evaluar la idoneidad del Plan de Reasentamiento como medida de compensación para hacerse cargo del impacto “IMHCO-1: Reasentamiento de comunidades humanas”.
Además, el Titular señala que el método de implementación de la
medida contempla un Plan de Involucramiento de la Comunidad,
compuesto por tres líneas de acción:
-
Informar a los grupos afectados sobre el Plan de Reasentamiento:
esto incluye dar a conocer en detalle el Proyecto, especialmente
todas las fases, impactos y medidas consideradas en el marco de
dicho Plan;
-
Fomentar la participación de la población afectada en el diseño de
los programas sociales y medidas del Plan de Reasentamiento.
Convocar a los diferentes actores que deben estar presente en el proceso de elaboración e implementación del Plan de Reasentamiento.
Lo anterior es especialmente relevante considerando que durante el presente proceso de evaluación ambiental hubo una actualización de Línea de Base que arrojó una mayor cantidad de grupos humanos afectados por el reasentamiento, concluyéndose que el número final de afectados corresponde a 65 grupos humanos (21 de la comuna de Chañaral y 44 de la comuna de Diego de Almagro).
El detalle de los métodos de implementación de la medida se presenta en el Anexo C (Plan de Reasentamiento actualizado), de la Adenda Complementaria excepcional.
Oportunidad: Los plazos del Plan de Reasentamiento se presentan por sub-Plan: - Plan de Involucramiento con la comunidad: su plazo de finalización está vinculado al término de todas las demás actividades del Plan de Reasentamiento; - Plan de Relocalización: tiene como plazo de finalización el inicio de las obras; - Plan de Gestión Social: tiene como plazo de finalización 3,5 años desde la relocalización de población afectada.
Las deficiencias presentadas en esta medida fueron uno de los motivos para la propuesta de rechazo al Proyecto que se plasmó en el Informe Consolidado de Evaluación. Indicador de cumplimiento El cumplimiento del Plan de Reasentamiento (PdR) se medirá a través de la ejecución de cada una de las actividades propuestas en este (tales como los programas contenidos en los planes de Involucramiento con la comunidad, Relocalización y Gestión Social del PdR), cuyo detalle y respectivos indicadores de cumplimiento se encuentran en el Anexo C (Plan de Reasentamiento actualizado), de la Adenda Complementaria excepcional.
La comprobación de la ejecución de las actividades debe contemplar conforme corresponda: - Escrituras; - Registros de convocatorias; - Registro de Lista de Asistencia; - Fotografías, cuando corresponda.
Dichos indicadores de cumplimiento deberán ser debidamente informados a la SMA, por medio del sistema de seguimiento ambiental (SSA). Referencia al ICE para mayores detalles Punto 7.1.4
7.1.4. Medida MC03: Reposición de infraestructura de actividades económicas (no asociadas a
hogares) en comuna de Chañaral
Impacto asociado
IMHCO-1: Reasentamiento de comunidades humanas
Tipo de medida Compensación Componente(s) ambiental(es) objeto de protección Medio Humano Objetivo Compensar a las actividades económicas afectadas por la construcción de las obras del Proyecto en la comuna de Chañaral. Descripción La medida contempla la ejecución de las acciones necesarias para la reposición de la infraestructura de las 11 actividades económicas (no asociadas a hogares) afectadas por la construcción del Proyecto en la comuna de Chañaral. La medida deberá entregar a cada unidad productiva afectada que decida continuar su negocio en otra ubicación, la reposición de la infraestructura en condiciones equivalentes o superiores a las originales.
La medida se desarrolla de forma de complementar a otras medidas relacionadas con el mismo impacto, tales como: - Medida MC05: Apoyo, asesoría y acompañamiento para la reorganización de actividades económicas no asociadas a hogares en la comuna de Chañaral; - Medida MC07: Compensación de lucro cesante directamente relacionado al desplazamiento de actividades económicas (no asociadas a hogares) en la comuna de Chañaral. Justificación El Proyecto consiste en obras de canalización del río Salado en las tres principales localidades presentes en su cuenca: Diego de Almagro, El Salado y Chañaral.
Para concretar las obras contempladas en el Proyecto, se ve la
necesidad de adquirir los terrenos en que dichas obras se realizarán. En
algunos de esos terrenos hay construcciones dedicadas a actividades
económicas. En ese sentido y en consideración al impacto de
Reasentamiento de comunidades humanas, se identifica la necesidad de
fomentar el desarrollo de dichas actividades económicas con el
objetivo de que alcancen a restablecer su negocio en condiciones
equivalentes o superiores a las originales.
Lugar
de
implementación
En la comuna de Chañaral, en las actividades económicas afectadas.
Forma y oportunidad de
implementación
Forma: Para la implementación de la medida de Reposición de
infraestructura de actividades económicas no asociadas a hogares están
previstas las actividades presentadas a continuación:
-
El Titular deberá contar en su presupuesto, conforme la normativa
nacional que lo rige, con un fondo monetario para la Reposición de
infraestructura de las actividades económicas no asociadas a
hogares;
-
El Titular realizará un levantamiento detallado de las pérdidas
económicas de cada unidad productiva afectada, a través de
evaluaciones de tres tasadores independientes;
-
El Titular, junto a la asesoría de expertos independientes, va a
evaluar y registrar las condiciones cualitativas del negocio,
incluyendo cercanía a proveedores y clientes, etc.;
-
El Titular, junto a la asesoría de expertos independientes, va a
evaluar los fondos necesarios para restablecer las condiciones del
negocio en su condición original e identificar oportunidades de
mejoría;
-
El Titular concederá los recursos económicos necesarios para el
restablecimiento del negocio en condiciones equivalentes o superiores a la original, conforme la evaluación experta realizada; - Los montos concedidos serán transferidos directamente a la actividad económica.
Oportunidad: La entrega de fondos para el fomento de la actividad económica se realizará antes del desplazamiento de éstas. Indicador de cumplimiento - Estudios de evaluaciones de pérdidas económicas y cualitativas de las unidades productivas; - Presentación de los registros de pago de indemnización económica correspondiente; - Inscripciones en Bienes Raíces; - Presentación de Informe Final con Registro de apoyos y asesorías concedidas a afectados. Dichos registros deberán ser debidamente informados a la SMA, por medio del sistema de seguimiento ambiental (SSA). Referencia al ICE para mayores detalles Punto 7.1.5
7.1.5. Medida MC04: Reposición de infraestructura de actividades económicas (no asociadas a hogares) en comuna de Diego de Almagro Impacto asociado IMHCO-1: Reasentamiento de comunidades humanas. Tipo de medida Compensación Componente(s) ambiental(es) objeto de protección Medio Humano Objetivo Compensar las actividades económicas afectadas por la construcción de las obras del Proyecto en la comuna de Diego de Almagro. Descripción La medida contempla la ejecución de las acciones necesarias para la reposición de la infraestructura de las 7 actividades económicas (no asociadas a hogares) afectadas por la construcción de las obras del Proyecto en la comuna de Diego de Almagro. La medida deberá entregar a cada unidad productiva afectada que decida continuar su negocio en otra ubicación, la reposición de la infraestructura en condiciones equivalentes o superiores a las originales.
La medida se desarrolla de forma de complementar a otras medidas relacionadas con el mismo impacto: - Medida MC06: Apoyo, asesoría y acompañamiento para la reorganización de actividades económicas no asociadas a hogares en la comuna de Diego de Almagro|; - Medida MC08: Compensación de lucro cesante directamente relacionado al desplazamiento de las actividades económicas (no asociadas a hogares) en la comuna de Diego de Almagro. Justificación El Proyecto consiste en obras de canalización del río Salado en las tres principales localidades presentes en su cuenca: Diego de Almagro, El Salado y Chañaral.
Para concretar las obras contempladas en el Proyecto, se ve la
necesidad de adquirir los terrenos en que dichas obras se realizarán. En
algunos de esos terrenos hay construcciones dedicadas a actividades
económicas. En ese sentido y en consideración al impacto de
Reasentamiento de comunidades humanas, se identifica la necesidad de
fomentar el desarrollo de dichas actividades económicas con el objetivo de que alcancen a restablecer su negocio en condiciones equivalentes o superiores a las originales. Lugar de implementación En la comuna de Diego de Almagro, en las actividades económicas afectadas. Forma y oportunidad de implementación Forma: Para la implementación de la medida de Reposición de infraestructura de las actividades económicas no asociadas a hogares están previstas las actividades presentadas a continuación: - El Titular deberá contar en su presupuesto, conforme la normativa nacional que lo rige, con un fondo monetario para la Reposición de infraestructura de las actividades económicas no asociadas a hogares; - El Titular realizará un levantamiento detallado de las pérdidas económicas de cada unidad productiva afectada, a través de evaluaciones de tres tasadores independientes; - El Titular, junto a la asesoría de expertos independientes, va a evaluar y registrar las condiciones cualitativas del negocio, incluyendo cercanía a proveedores y clientes, etc.; - El Titular, junto a la asesoría de expertos independientes, va a evaluar los fondos necesarios para restablecer las condiciones del negocio en su condición original e identificar oportunidades de mejoría; - El Titular concederá los recursos económicos necesarios para el restablecimiento del negocio en condiciones equivalentes o superiores a la original, conforme la evaluación experta realizada; - Los montos concedidos serán transferidos directamente a la actividad económica.
Oportunidad: La entrega de fondos para el fomento de la actividad económica se realizará antes del desplazamiento de éstas. Indicador de cumplimiento - Estudios de evaluaciones de pérdidas económicas y cualitativas de las unidades productivas; - Presentación de los registros de pago de indemnización económica correspondiente; - Inscripciones en Bienes Raíces; - Presentación de Informe Final con Registro de apoyos y asesorías concedidas a afectados. Dichos registros deberán ser debidamente informados a la SMA, por medio del sistema de seguimiento ambiental (SSA). Referencia al ICE para mayores detalles Punto 7.1.6
7.1.6. Medida MC05: Apoyo, asesoría y acompañamiento para la reorganización de actividades
económicas no asociadas a hogares en la comuna de Chañaral
Impacto asociado
IMHCO-1: Reasentamiento de comunidades humanas
Tipo de medida
Compensación
Componente(s)
ambiental(es) objeto de
protección
Medio Humano
Objetivo
Apoyar, asesorar y acompañar la reorganización de las 11 actividades
económicas (no asociadas a hogares) afectadas por el reasentamiento
en la comuna de Chañaral con el fin de promover el establecimiento de
condiciones iguales y/o superiores a las originales.
Descripción La medida establece que, para aquellas actividades económicas (no asociadas a hogares) que decidan continuar su negocio en otra ubicación, el Titular del Proyecto entregue apoyo económico, asesoría y acompañamiento para su reorganización en una nueva ubicación definida por el propietario e inserta en el área de influencia del Proyecto.
Se destaca que la presente medida se realiza sin perjuicio de la compensación económica correspondiente a una acción legal de expropiación, conforme corresponda.
La medida se desarrolla de forma complementaria a otras medidas relacionadas con el mismo impacto: - Medida MC03: Reposición de infraestructura de actividades económicas (no asociadas a hogares) en comuna de Chañaral; - Medida MC07: Compensación de lucro cesante directamente relacionado al desplazamiento de las actividades económicas (no asociadas a hogares) en la comuna de Chañaral. Justificación El Proyecto consiste en obras de canalización del río Salado en las tres principales localidades presentes en su cuenca: Diego de Almagro, El Salado y Chañaral.
Para concretar las obras contempladas en el proyecto, se ve la necesidad de adquirir los terrenos en que dichas obras se realizarán. En algunos de esos terrenos hay construcciones dedicadas a actividades económicas. En el proceso de desplazamiento, dichas actividades económicas se van a encontrar con desafíos relacionados: restablecimiento del negocio, obtención de permisos y patentes, captación de nuevos clientes, entre otros.
En ese sentido y en consideración al impacto de Reasentamiento de
comunidades humanas, se identifica la necesidad de fomentar el
desarrollo de dichas actividades económicas con el objetivo de que
alcancen a restablecer su negocio en condiciones equivalentes o
superiores a las originales.
Lugar
de
implementación
Actividades económicas (no asociadas a hogares) afectadas por la
construcción de obras de control aluvional en la comuna de Chañaral.
Forma y oportunidad de
implementación
Forma: Para la implementación de la medida de Apoyo, asesoría y
acompañamiento para la reorganización de actividades económicas no
asociadas a hogares en la comuna de Chañaral, están previstas las
actividades presentadas a continuación:
-
Creación de un Fondo de Apoyo a la reorganización de las
Actividades Económicas, financiado por el Titular del Proyecto. El
fondo será utilizado por el Titular para financiar los costos
vinculados a la reorganización de las Actividades Económicas,
como la obtención de nuevas patentes y permisos, etc.
-
Orientación para la gestión del negocio: i) Entregar asesoría técnica
especializada y contratada por el Titular del Proyecto para la
gestión del negocio. La asesoría será técnica, individual y sin costo
para la unidad productiva reasentada; ii) Gestionar el acceso de las
unidades productivas al Centro de Desarrollo de Negocios de
Copiapó, donde las pequeñas empresas y emprendedores/as reciben
asesoría técnica, individual y sin costo.
-
Postulación a fondos para inversión e innovación: Informar,
asesorar y apoyar a las unidades productivas para que postulen a programas Sercotec y Corfo. La asesoría técnica contratada por el Titular deberá generar los documentos necesarios para la postulación y el apoyo financiero de la medida financiará los costos de documentación necesaria. - Apoyo Logístico: Apoyo en la gestión y pago del traslado de bienes (mobiliario, equipamientos, etc.) a la nueva ubicación de la unidad productiva. - Apoyo y asesoría en la obtención Patentes y permisos: i) informar, asesorar a las unidades productivas para que regularicen sus patentes comerciales y/o industriales; ii) costear la obtención de patente y permisos para la nueva ubicación. - Acompañamiento: Durante el período de cinco años pasado el restablecimiento de las unidades productivas en su nueva ubicación el Titular brindará acompañamiento técnico especializado que evaluará el desempeño económico del negocio y proveerá asesoría para mejorías en el desempeño económico, cuando sea necesario.
Oportunidad: La ejecución de la medida debe desarrollarse en el primer año de la construcción del Proyecto. Indicador de cumplimiento - Registro documental de beneficios económicos entregados por el Fondo de Apoyo a la reorganización de las actividades económicas (no asociadas a hogar); - Copias de cartas registradas entregadas a los propietarios de unidades productivas ofreciendo a la asesoría; - Listado de propietarios que han aceptado la asesoría; - Registro documental de la asesoría concedida; - En caso de que no exista ningún caso de asesoría se deberá entregar a la Autoridad Ambiental un reporte que relate los procedimientos de oferta de la asesoría y las razones de no ocurrencia de casos. Dichos registros deberán ser debidamente informados a la SMA, por medio del sistema de seguimiento ambiental (SSA). Referencia al ICE para mayores detalles Punto 7.1.7
7.1.7. Medida MC06: Apoyo, asesoría y acompañamiento para la reorganización de actividades
económicas no asociadas a hogares en la comuna de Diego de Almagro
Impacto asociado
IMHCO-1: Reasentamiento de comunidades humanas
Tipo de medida
Compensación
Componente(s)
ambiental(es) objeto de
protección
Medio Humano
Objetivo
Apoyar, asesorar y acompañar la reorganización de las 7 actividades
económicas (no asociadas a hogares) afectadas por el reasentamiento
en la comuna de Diego de Almagro con el fin de promover el
establecimiento de condiciones iguales y/o superiores a las originales.
Descripción
La medida establece que, para aquellas actividades económicas (no
asociadas a hogares) que decidan continuar su negocio en otra
ubicación, el Titular del Proyecto entregue apoyo económico, asesoría
y acompañamiento para su reorganización en una nueva ubicación
definida por el propietario e inserta en el área de influencia del
Proyecto.
Se destaca que la presente medida se realiza sin perjuicio de la compensación económica correspondiente a una acción legal de expropiación, conforme corresponda.
La medida se desarrolla de forma de complementar a otras medidas relacionadas con el mismo impacto: - Medida MC04: Reposición de infraestructura de actividades económicas (no asociadas a hogares) en la comuna de Diego de Almagro; - Medida MC08: Compensación de lucro cesante directamente relacionado al desplazamiento de las actividades económicas (no asociadas a hogares) en la comuna de Diego de Almagro. Justificación El Proyecto consiste en obras de canalización del río Salado en las tres principales localidades presentes en su cuenca: Diego de Almagro, El Salado y Chañaral.
Para concretar las obras contempladas en el Proyecto, se ve la necesidad de adquirir los terrenos en que dichas obras se realizarán. En algunos de esos terrenos hay construcciones dedicadas a actividades económicas. En el proceso de desplazamiento, dichas actividades económicas se van a encontrar con desafíos relacionados: restablecimiento del negocio, obtención de permisos y patentes, captación de nuevos clientes, entre otros.
En ese sentido y en consideración al impacto de Reasentamiento de
comunidades humanas, se identifica la necesidad de fomentar el
desarrollo de dichas actividades económicas con el objetivo de que
alcancen a restablecer su negocio en condiciones equivalentes o
superiores a las originales.
Lugar
de
implementación
Actividades económicas (no asociadas a hogares) afectadas por
construcción de obras de control aluvional en la comuna de Diego de
Almagro.
Forma y oportunidad de
implementación
Forma: Para la implementación de la medida de Apoyo, asesoría y
acompañamiento para la reorganización de actividades económicas no
asociadas a hogares en la comuna de Diego de Almagro, están
previstas las actividades presentadas a continuación:
-
Creación de un Fondo de Apoyo a la reorganización de las
Actividades Económicas, financiado por el Titular del Proyecto. El
fondo será utilizado por el Titular para financiar los costos
vinculados a la reorganización de las Actividades Económicas,
como la obtención de nuevas patentes y permisos, etc.
-
Orientación para la gestión del negocio: i) Entregar asesoría técnica
especializada y contratada por el Titular del Proyecto para la
gestión del negocio. La asesoría será técnica, individual y sin costo
a la unidad productiva reasentada; ii) Gestionar el acceso de las
unidades productivas al Centro de Desarrollo de Negocios de
Copiapó, donde las pequeñas empresas y emprendedores/as reciben
asesoría técnica, individual y sin costo.
-
Postulación a fondos para inversión e innovación: Informar,
asesorar y apoyar a las unidades productivas para que postulen a
programas Sercotec y Corfo. La asesoría técnica contratada por el
Titular deberá generar los documentos necesarios para la
postulación y el apoyo financiero de la medida financiará costos de
documentación necesaria.
Apoyo Logístico: Apoyo en la gestión y pago del traslado de bienes (mobiliario, equipamientos, etc.) a la nueva ubicación de la unidad productiva. - Apoyo y asesoría en la obtención Patentes y permisos: i) Informar, asesorar a las unidades productivas para que regularicen sus patentes comerciales y/o industriales; ii) Costear la obtención de patente y permisos para la nueva ubicación. - Acompañamiento: Durante el período de cinco años pasado el restablecimiento de las unidades productivas en su nueva ubicación el titular brindará acompañamiento técnico especializado que evaluará el desempeño económico del negocio y proveerá asesoría para mejorías en el desempeño económico, cuando sea necesario.
Oportunidad: La ejecución de la medida debe desarrollarse en el primer año de la construcción del Proyecto. Indicador de cumplimiento - Registro documental de beneficios económicos entregados por el Fondo de Apoyo a la reorganización de las Actividades Económicas (no asociadas a hogar); - Copias de cartas registradas entregadas a los propietarios de unidades productivas ofreciendo a la asesoría; - Listado de propietarios que han aceptado la asesoría; - Registro documental de la asesoría concedida; - En caso de que no exista ningún caso de asesoría se deberá entregar a la Autoridad Ambiental un reporte que relate los procedimientos de oferta de la asesoría y las razones de no ocurrencia de casos. Dichos registros deberán ser debidamente informados a la SMA, por medio del sistema de seguimiento ambiental (SSA). Referencia al ICE para mayores detalles Punto 7.1.8
7.1.8. Medida MC07: Compensación de lucro cesante directamente relacionado al desplazamiento de las Actividades Económicas (no asociadas a hogares) en la comuna de Chañaral Impacto asociado IMHCO-1: Reasentamiento de comunidades humanas Tipo de medida Compensación Componente(s) ambiental(es) objeto de protección Medio Humano Objetivo Compensar lucro cesante directamente relacionado al desplazamiento de las unidades productivas. Descripción La medida consiste en compensar el lucro cesante directamente relacionado al desplazamiento de las 11 actividades económicas afectadas por el reasentamiento en la comuna de Chañaral.
Aquí se entiende el lucro cesante como la ganancia que ha dejado de
obtener el acreedor como consecuencia del hecho del que se es
responsable. El concepto de lucro cesante se refiere a una lesión
patrimonial consistente en la pérdida de un incremento patrimonial
neto que se haya dejado de obtener como consecuencia de un
incumplimiento, ilícito o perjuicio ocasionado o imputado a un tercero
(fuente: www.lucrocesante.com). En el caso específico del Proyecto se
consideran las pérdidas que ocurren en consecuencia del perjuicio
imputado a terceros por la construcción del Proyecto.
Se destaca que la presente medida se realiza sin prejuicio de la compensación económica correspondiente a una acción legal de expropiación, conforme corresponda. Justificación El Proyecto consiste en obras de canalización del río Salado en las tres principales localidades presentes en su cuenca: Diego de Almagro, El Salado y Chañaral.
Para concretar las obras contempladas en el Proyecto, se ve la necesidad de adquirir los terrenos en que dichas obras se realizarán. En algunos de esos terrenos hay construcciones dedicadas a actividades económicas. En el proceso de desplazamiento de dichos negocios es posible que exista un corto período de suspensión de actividades (debido a la necesidad de desplazar sus equipamientos y volver a instalarlos en el nuevo local de destino).
En ese sentido y en consideración al impacto de Reasentamiento de comunidades humanas, se identifica la necesidad de compensar eventuales pérdidas de lucro durante el período de desplazamiento de dichas actividades económicas con el objetivo de que alcancen a restablecer su negocio en condiciones equivalentes o superiores a las originales. Lugar de implementación Actividades económicas afectadas por obras del Proyecto en la comuna de Chañaral. Forma y oportunidad de implementación Forma: La medida está compuesta por dos actividades: a) evaluación del lucro cesante, y b) pago de las indemnizaciones correspondientes, a saber: - Evaluación del lucro cesante: La evaluación de la rentabilidad del negocio debe ser realizada por profesionales especializados con la participación de los propietarios, incluyendo las siguientes actividades: i) evaluación de la rentabilidad de la unidad productiva estimada en la unidad de tiempo (pesos por día) de acuerdo con metodologías validadas y ejecutadas por peritos judiciales independientes; ii) definición del tiempo de comprometimiento de la unidad productiva desde su desestructuración a su reorganización; iii) cálculo del monto correspondiente a cada unidad productiva; - Pago de la compensación económica conforme valores definidos en la etapa de evaluación: una vez definido el monto correspondiente a cada unidad productiva se deberá informar a cada propietario y realizar el pago con registro en notario.
Oportunidad: La ejecución de la medida debe desarrollarse hasta la
instalación definitiva de las infraestructuras de reposición de las
actividades económicas.
Indicador
de
cumplimiento
-
Informe con presentación de la metodología de evaluación a los
afectados;
-
Informe con resultados de las evaluaciones de los 3 peritos
independientes;
-
Registro notarial del pago de las compensaciones económicas
conforme la evaluación de los 3 peritos independientes.
Dichos registros deberán ser debidamente informados a la SMA, por
medio del sistema de seguimiento ambiental (SSA).
Referencia al ICE para mayores detalles Punto 7.1.9
7.1.9. Medida MC08: Compensación de lucro cesante directamente relacionado al desplazamiento de las Actividades Económicas (no asociadas a hogares) en la comuna de Diego de Almagro Impacto asociado IMHCO-1: Reasentamiento de comunidades humanas Tipo de medida Compensación Componente(s) ambiental(es) objeto de protección Medio Humano Objetivo Compensar lucro cesante directamente relacionado al desplazamiento de las unidades productivas. Descripción La medida consiste en compensar el lucro cesante directamente relacionado por el desplazamiento de las 7 actividades económicas afectadas por el reasentamiento en Diego de Almagro.
Aquí se entiende el lucro cesante como la ganancia que ha dejado de obtener el acreedor como consecuencia del hecho del que se es responsable. El concepto de lucro cesante se refiere a una lesión patrimonial consistente en la pérdida de un incremento patrimonial neto que se haya dejado de obtener como consecuencia de un incumplimiento, ilícito o perjuicio ocasionado o imputado a un tercero (fuente: www.lucrocesante.com). En el caso específico del Proyecto se consideran las pérdidas que ocurren en consecuencia del perjuicio imputado a terceros por la construcción del Proyecto.
Se destaca que la presente medida se realiza sin prejuicio de la compensación económica correspondiente a una acción legal de expropiación, conforme corresponda. Justificación El Proyecto consiste en obras de canalización del río Salado en las tres principales localidades presentes en su cuenca: Diego de Almagro, El Salado y Chañaral.
Para concretar las obras contempladas en el Proyecto, se ve la necesidad de adquirir los terrenos en que dichas obras se realizarán. En algunos de esos terrenos hay construcciones dedicadas a actividades económicas. En el proceso de desplazamiento de dichos negocios es posible que exista un corto período de suspensión de actividades (debido a la necesidad de desplazar sus equipamientos y volver a instalarlos en el nuevo local de destino).
En ese sentido y en consideración al impacto de Reasentamiento de
comunidades humanas, se identifica la necesidad de compensar
eventuales pérdidas de lucro durante el período de desplazamiento de
dichas actividades económicas con el objetivo de que alcancen a
restablecer su negocio en condiciones equivalentes o superiores a las
originales.
Lugar
de
implementación
Actividades económicas afectadas por obras del Proyecto en la comuna
de Diego de Almagro.
Forma y oportunidad de
implementación
Forma: La medida está compuesta por dos actividades; a) evaluación
del lucro cesante, y b) pago de las indemnizaciones correspondientes, a
saber:
-
Evaluación del lucro cesante: La evaluación de la rentabilidad del
negocio debe ser realizada por profesionales especializados con la participación de los propietarios, incluyendo las siguientes actividades: i) evaluación de la rentabilidad de la unidad productiva estimada en la unidad de tiempo (pesos por día) de acuerdo con metodologías validadas y ejecutadas por peritos judiciales independientes; ii) definición del tiempo de comprometimiento de la unidad productiva desde su desestructuración a su reorganización; iii) cálculo del monto correspondiente a cada unidad productiva; - Pago de la compensación económica conforme valores definidos en la etapa de evaluación: una vez definido el monto correspondiente a cada unidad productiva se deberá informar a cada propietario y realizar el pago con registro en notario.
Oportunidad: La ejecución de la medida debe desarrollarse hasta la instalación definitiva de las infraestructuras de reposición de las actividades económicas. Indicador de cumplimiento - Informe con presentación de la metodología de evaluación a los afectados; - Informe con resultados de las evaluaciones de los 3 peritos independientes; - Registro notarial del pago de las compensaciones económicas conforme la evaluación de los 3 peritos independientes. Dichos registros deberán ser debidamente informados a la SMA, por medio del sistema de seguimiento ambiental (SSA). Referencia al ICE para mayores detalles Punto 7.1.10
7.1.10. Medida MC09: Habilitación urbanística de áreas restantes del reasentamiento en la comuna de Diego de Almagro Impacto asociado IMHCO-1: Reasentamiento de comunidades humanas Tipo de medida Compensación Componente(s) ambiental(es) objeto de protección Medio Humano Objetivo Compensar la alteración al sistema de vida de población ubicada en Ampliación Torreblanca, brindando adecuadas condiciones de habitabilidad al espacio urbano. Descripción La medida de Habilitación Urbanística de áreas restantes del reasentamiento busca contribuir a la calidad de vida de la población que permanece en los sectores donde se desplaza población, y de forma indirecta a toda la comunidad de las localidades de Chañaral y de Diego de Almagro, al brindarles la recuperación urbanística de espacios degradados.
La medida de habilitación urbanística debe realizarse en asociación con
el MINVU que cuenta con los equipos de expertos adecuados al
trabajo, y a la vez buscando el alineamiento de las propuestas a la
visión de los gestores locales. Así como también deberá ser detallada a
través de un proceso de diseño participativo con la comunidad local. Si
bien la mantención de las áreas verdes será ejecutada por otro
organismo público, el Titular del Proyecto es el responsable del
cumplimiento de dicha medida.
La propuesta de habilitación urbanística de Ampliación Torreblanca incluye la implementación de: - Plantación y mantención de áreas verdes, incluyendo pasto, jardines y vegetación arbustiva; - Pavimentación de calles; - Construcción y recuperación de veredas y paseos peatonales; - Instalación de señalética; - Instalación de iluminación de calles y jardines; - Espacios recreacionales en los espacios vacíos y sitios eriazos; - Equipamientos para deporte; - Además de la instalación de equipamientos y servicios básicos.
Adicionalmente, otras medidas de habilitación urbanística podrán ser incluidas por indicaciones de la comunidad local en el proceso de diseño participativo a desarrollar.
Se destaca que la presente medida se realiza sin prejuicio de la compensación económica correspondiente a una acción legal de compra/expropiación, conforme corresponda. Justificación El Proyecto consiste en obras de canalización del río Salado en las tres principales localidades presentes en su cuenca: Diego de Almagro, El Salado y Chañaral.
Para concretar las obras contempladas en el Proyecto, se ve la necesidad de adquirir los terrenos en que dichas obras se realizarán. En el sector Ampliación Torreblanca en algunos de esos terrenos hay construcciones que albergan hogares.
Entre los terrenos requeridos para el Proyecto es posible identificar las siguientes categorías: 1. Terrenos requeridos en su totalidad para obras; 2. Terrenos requeridos parcialmente para obras; 3. Terrenos requeridos en su totalidad para zona de seguridad; 4. Terrenos requeridos parcialmente para zonas de seguridad.
De las cuatro categorías identificadas sólo la primera contempla intervención/uso en la totalidad del predio, puesto que la zona de seguridad no contempla construcciones del Proyecto, pero sí requiere espacio de libre circulación. Frente a eso, se identifica la generación de espacios “restantes” del desplazamiento de grupos humanos. Esos espacios, sin el debido tratamiento urbanístico podrían generar desvalorización del sector, sensación de inseguridad, entre otros efectos negativos sobre la población que permanece viviendo en el local.
En ese sentido y en consideración al impacto de Reasentamiento de
comunidades humanas, se identifica la necesidad de compensar los
efectos negativos sobre el entorno urbano de la población que
permanece viviendo en el lugar, con el objetivo de que ese grupo
humano siga viviendo en condiciones similares o superiores a las
originales.
Lugar
de
implementación
En el sector de Ampliación Torreblanca, en la comuna de Diego de
Almagro, en la ubicación correspondiente a las coordenadas que se
indican a continuación:
ID Coordenadas UTM WGS84 H19S Este Norte 1 394.797 7.079.962 2 394.795 7.079.974 3 394.831 7.079.979 4 394.831 7.079.977 5 394.839 7.079.980 6 394.838 7.079.991 7 394.873 7.079.996 8 394.873 7.079.993 9 394.881 7.079.996 10 394.879 7.080.008 11 394.915 7.080.013 12 394.915 7.080.011 13 394.923 7.080.014 14 394.922 7.080.025 15 394.957 7.080.031 16 394.958 7.080.027 17 394.965 7.080.030 18 394.964 7.080.044 19 394.981 7.080.052 20 394.999 7.080.055 21 395.000 7.080.050 22 394.988 7.080.039 23 395.012 7.080.054 24 395.010 7.080.073 25 395.034 7.080.077 26 395.034 7.080.072 27 395.067 7.080.008 28 395.056 7.080.004 29 395.046 7.080.005 30 395.065 7.080.013 31 395.067 7.080.008 Fuente: Medida MC09, Anexo A de la Adenda Complementaria excepcional.
En la siguiente figura se señala la ubicación referencial de las áreas restantes que serán habilitadas urbanísticamente:
Fuente: Medida MC09, Anexo A de la Adenda Complementaria
excepcional. Forma y oportunidad de implementación Forma: Para la implementación de la medida es necesaria la realización de un conjunto de actividades que se presenta a continuación: - Identificación y levantamiento de predios resultantes de la relocalización de hogares y actividades económicas para la construcción de obras de control aluvional; - Identificación y levantamiento de terrenos eriazos y áreas verdes públicas no calificadas; - Coordinación con la Municipalidad de Diego de Almagro para incorporación de terrenos eriazos y áreas verdes públicas no calificadas en el Proyecto de Calificación; - Realización de actividades de Participación Ciudadana para el diseño participativo de la propuesta; - Elaboración de Proyecto Urbanístico; - Validación del Proyecto junto a sociedad civil y autoridades locales; - Ejecución de las medidas de calificación; - Inauguración del espacio con participación de la sociedad civil. - Mantención del espacio y monitoreo de la medida, la que estará a cargo del Ministerio de la Vivienda y Urbanismo. - Si bien la mantención de las áreas verdes a que se refiere la presente medida será ejecutada por otro organismo público, el Titular del Proyecto será el responsable del cumplimiento de esta.
Oportunidad: La ejecución de la medida debe iniciarse con la conclusión del desplazamiento de los reasentados y debe inaugurarse en el plazo máximo de conclusión de las obras de control aluvional. Su mantención debe continuarse durante la operación del Proyecto. Indicador de cumplimiento - Estudios y levantamientos realizados; - Registros de reuniones con la sociedad civil y autoridades locales para diseño participativo y validación de la propuesta; - Proyecto arquitectónico y de ingeniería de la calificación urbanística del espacio; - Registros fotográficos y documentales de la inauguración; - Registros fotográficos del espacio en funcionamiento; - Registros fotográficos y documentales de la mantención del espacio Dichos registros deberán ser debidamente informados a la SMA, por medio del sistema de seguimiento ambiental (SSA). Referencia al ICE para mayores detalles Punto 7.1.11
7.2 FASE DE CONSTRUCCIÓN Y OPERACIÓN
7.2.1. Medida MM02: Habilitación de camino de asfalto para conectividad en Diego de Almagro
Impacto asociado
IMHCO-1: Reasentamiento de comunidades humanas
Tipo de medida
Mitigación
Componente(s)
ambiental(es) objeto de
protección
Medio Humano
Objetivo
Mitigar el efecto negativo de aumento en los tiempos de
desplazamiento de grupos humanos desplazados por construcción de
obras de control aluvional.
Descripción La medida consiste en la habilitación de un nuevo camino de acceso al sector que normalmente utiliza el puente en calle Rodrigo Quiroga. Este camino permitirá que se pueda acceder desde calle Rodrigo Quiroga al Conjunto habitacional Macrourbanización Torreblanca.
El camino tendrá lo siguientes estándares:
Camino será construido con una carpeta de asfalto.
Para la definición de este se utilizará el Plan regulador que se encuentra en aprobación, de manera de usar como trayecto alguno de los caminos que están proyectados en este nuevo Plan Regulador de Diego de Almagro. Justificación El Proyecto consiste en obras de canalización del río Salado en las tres principales localidades presentes en su cuenca: Diego de Almagro, El Salado y Chañaral.
Para concretar las obras contempladas en el Proyecto, se ve la necesidad de adquirir los terrenos en que dichas obras se realizarán. En algunos de esos terrenos hay construcciones que albergan hogares y/o actividades económicas. El desplazamiento de los hogares y/o de las actividades económicas –aunque adentro de la misma comuna– podría generar efectos de aumento de los tiempos de desplazamiento de las personas que viven y/o trabajan en las propiedades afectadas. En ese sentido y en consideración al impacto de Reasentamiento de comunidades humanas, se identifica la necesidad de habilitar un camino de acceso de asfalto para conectar la calle Rodrigo Quiroga con el conjunto habitacional Macrourbanización Torreblanca. Lugar de implementación El camino de asfalto se desarrollará en Diego de Almagro, en las coordenadas que se indica:
Vértice Coordenadas UTM WGS84 H19S Este Norte 1 395.445 7.079.685 2 395.507 7.079.707
En la siguiente Figura se presenta la ubicación referencial del camino de asfalto que contempla la medida:
Fuente: Medida MM02, Anexo A, Adenda Complementaria
excepcional.
Forma y oportunidad de
implementación
Forma: Para la implementación de la medida es necesario la realización
de un conjunto de actividades presentadas a continuación:
- Definición final del camino de acceso, el cual debe llegar desde la calle Rodrigo Quiroga a las villas afectadas. - Construcción y/o habilitación de camino según Plan Regulador en proceso de aprobación. - Instalación de señalética vial (velocidad máxima, prohibido estacionar, etc.).
Oportunidad: La medida se implementará desde el inicio de las obras en Diego de Almagro hasta el cierre de faenas y se mantendrá durante la operación del Proyecto. Indicador de cumplimiento - Registro de las actividades de participación para validación de la medida; - Registro fotográfico de la obra (Camino de acceso) - Registro fotográfico de señalética para el camino - Reporte a la autoridad ambiental de la implementación de las medidas, previa validación de la Dirección del Tránsito de la Municipalidad de Diego de Almagro. Dichos registros deberán ser debidamente informados a la SMA, por medio del sistema de seguimiento ambiental (SSA), una vez que la presente medida esté operativa. Referencia al ICE para mayores detalles Punto 7.1.2
8°. Que, el plan de seguimiento de las variables ambientales relevantes que fueron objeto de evaluación ambiental es el siguiente:
8.1. FASE DE CONSTRUCCIÓN
8.1.1. Plan de seguimiento medida MM01: Transporte rotativo, accesible y gratuito en Diego de
Almagro
Componente Ambiental
Medio Humano
Impacto asociado
IMHCO-1: Reasentamiento de comunidades humanas
Medidas asociadas
MM01: Transporte rotativo, accesible y gratuito en Diego de Almagro
Ubicación
puntos
de
control
El Titular señala de manera genérica que los puntos de control se
ubicarían en el área urbana de Diego de Almagro. Sin embargo, al no
contar con información específica sobre la ruta de la presente medida,
la cual se definiría de manera participativa en una etapa posterior a la
evaluación ambiental con los grupos humanos afectos a reasentamiento
en Diego de Almagro, no sería posible determinar su debido
seguimiento durante el presente proceso de evaluación.
Parámetros a medir
El procedimiento de medición debe enfocarse en la verificación de que
se cumplan las siguientes condiciones:
-
El transporte se realizará a través de un vehículo de transporte de
pasajeros con capacidad mediana y que cumpla con condiciones
óptimas de seguridad y comodidad conforme las normas
nacionales;
-
El transporte se realizará a través de un vehículo de transporte de
pasajeros con capacidad mediana y que cumpla con estándares de
accesibilidad universal para posibilitar el adecuado transporte de
personas con movilidad reducida y adultos mayores;
-
La ruta, la frecuencia y las condiciones del transporte serán
validadas junto a la Dirección de Tránsito de la comuna de Diego
de Almagro y con los afectados por desplazamiento;
-
La ruta y la frecuencia del transporte será monitoreado por el titular
que se compromete a realizar los debidos ajustes en caso de real
necesidad;
-
El transporte circular, accesible y gratuito en Diego de Almagro
será ofrecido de lunes a viernes, limitado a un máximo de dos
recorridos al día con horarios de transporte definidos de forma
participativa con los afectados;
-
El transporte circular, accesible y gratuito en Diego de Almagro
será de libre acceso a la comunidad y visitantes locales sin costo al
usuario;
-
El financiamiento de todos los costos de implementación y
manutención relacionados a esta medida estarán a cargo del Titular
del Proyecto;
-
El Titular del Proyecto podrá subcontratar el servicio de transporte
circular, accesible y gratuito en Diego de Almagro;
-
La responsabilidad por la frecuencia y calidad del servicio de
transporte circular, accesible y gratuito en Diego de Almagro
también estarán a cargo del Titular del Proyecto.
Límites permitidos/
comprometidos
El cumplimiento de la implementación incluye la implementación de
las condiciones especificadas en el apartado “Parámetros a medir”. Sin
embargo, la medida contempla proceso de participación ciudadana para
la discusión de las acciones de la medida, lo que puede ocasionar
ajustes en las acciones propuestas. En ese caso los ajustes deberán ser
debidamente registrados con la debida justificación de la participación
ciudadana asociada.
Duración del monitoreo
Esta medida se mantendrá durante 2 años a partir del momento en que
se realice el reasentamiento, o en su defecto, hasta que se disponga de
un servicio regular de transporte público para dicho sector. El
monitoreo debe durar mientras se desarrolle la medida.
Frecuencia
del
Monitoreo
Trimestral
Método o procedimiento
de medición
El procedimiento de medición debe enfocarse en la verificación de que
se cumplan las siguientes condiciones:
-
El transporte se realizará a través de un vehículo de transporte de
pasajeros con capacidad mediana y que cumpla con condiciones
óptimas de seguridad y comodidad conforme las normas
nacionales;
-
El transporte se realizará a través de un vehículo de transporte de
pasajeros con capacidad mediana y que cumpla con estándares de
accesibilidad universal para posibilitar el adecuado transporte de
personas con movilidad reducida y adultos mayores;
-
La ruta, la frecuencia y las condiciones del transporte serán
validadas junto a la Dirección de Tránsito de la comuna de Diego
de Almagro y con los afectados por desplazamiento;
-
La ruta y la frecuencia del transporte será monitoreado por el titular
que se compromete a realizar los debidos ajustes en caso de real
necesidad;
-
El transporte circular, accesible y gratuito en Diego de Almagro
será ofrecido de lunes a viernes, limitado a un máximo de dos
recorridos al día con horarios de transporte definidos de forma
participativa con los afectados;
-
El transporte circular, accesible y gratuito en Diego de Almagro
será de libre acceso a la comunidad y visitantes locales sin costo al
usuario;
- El financiamiento de todos los costos de implementación y manutención relacionados a esta medida estarán a cargo del Titular del Proyecto; - El Titular del Proyecto podrá subcontratar el servicio de transporte circular, accesible y gratuito en Diego de Almagro; - La responsabilidad por la frecuencia y calidad del servicio de transporte circular, accesible y gratuito en Diego de Almagro también estarán a cargo del Titular del Proyecto. Plazo y frecuencia de entrega de informe Trimestral Referencia al ICE para mayores detalles Tabla 9.1.1
8.1.2. Plan de seguimiento medida MC01: Plan de Reasentamiento comuna de Chañaral Componente Ambiental Medio Humano Impacto asociado IMHCO-1: Reasentamiento de comunidades humanas Medidas asociadas MC01: Plan de Reasentamiento comuna de Chañaral Ubicación puntos de control Al no contar con información específica sobre los potenciales lugares de relocalización de los distintos grupos humanos afectados por el reasentamiento de la comuna de Chañaral, no es posible determinar su debido seguimiento durante el presente proceso de evaluación ambiental. Parámetros a medir El Titular señala como parámetros los siguientes: - Involucramiento de la comunidad; - Caracterización de la población desplazada y criterios de elegibilidad; - Catastro y valoración de activos perdidos (costos de reposición); - Plan de Gestión Social; - Responsabilidades organizacionales; - Propuestas de tipos de vivienda e infraestructura; - Selección de predios y estudio de cabida; - Plan de Integración en sitio de acogida; - Carta Gantt o cronograma de actividades.
Sin embargo, durante el proceso de evaluación ambiental el Titular no entregó la Selección de predios ni su correspondiente estudio de cabida ni tampoco el Plan de Integración en sitio de acogida de las soluciones habitacionales individuales que corresponderían a la comuna de Chañaral. Dicha falta de información no permite evaluar si la medida es idónea para hacerse cargo del impacto significativo de reasentamiento de comunidades humanas en la comuna de Chañaral.
Las deficiencias presentadas en este Plan de Seguimiento fueron uno
de los motivos para la propuesta de rechazo al Proyecto que se plasmó
en el Informe Consolidado de Evaluación.
Límites permitidos/
comprometidos
Reasentamiento de la población desplazada en condiciones iguales o
superiores a las originales.
Duración del monitoreo
Cinco años desde la puesta en marcha del Plan de Reasentamiento,
según lo señalado en la Carta Gantt del Anexo A (Plan de
Reasentamiento
actualizado)
de
la
Adenda
Complementaria
excepcional.
Frecuencia
del
Monitoreo
Trimestral
Método o procedimiento de medición La medición de la medida debe enfocarse en la verificación del cumplimiento de los contenidos y actividades establecidas por la Guía de Reasentamiento de comunidades humanas (SEA, 2014), a saber: - Involucramiento de la comunidad; - Caracterización de la población desplazada y criterios de elegibilidad; - Catastro y valoración de activos perdidos (costos de reposición); - Plan de Gestión Social; - Responsabilidades organizacionales; - Propuestas de tipos de vivienda e infraestructura; - Selección de predios y estudio de cabida; - Carta Gantt o cronograma de actividades.
Sin embargo, el Titular no entregó la Selección de Predios ni su correspondiente Estudio de Cabida de las soluciones habitacionales individuales para los afectados por reasentamiento en la comuna de Chañaral, por lo que no es posible determinar el debido seguimiento de la medida durante el presente proceso de evaluación ambiental. Plazo y frecuencia de entrega de informe Anual Referencia al ICE para mayores detalles Tabla 9.1.3
8.1.3. Plan de seguimiento medida MC02: Plan de Reasentamiento comuna de Diego de Almagro Componente Ambiental Medio Humano Impacto asociado IMHCO-1: Reasentamiento de comunidades humanas Medidas asociadas MC02: Plan de Reasentamiento comuna de Diego de Almagro Ubicación puntos de control La ubicación de puntos de control se define de acuerdo con los distintos grupos afectados: - Población desplazada: 44 grupos humanos afectados por el reasentamiento, ubicados en el entorno del río Salado, en las áreas necesarias para construir las obras del Proyecto en la comuna de Diego de Almagro. - Población que continúa viviendo en el lugar: sector Ampliación Torreblanca en Diego de Almagro. - Conjunto habitacional Macrourbanización Torreblanca en Diego de Almagro. Parámetros a medir El Titular señala como parámetros los siguientes: - Involucramiento de la comunidad; - Caracterización de la población desplazada y criterios de elegibilidad; - Catastro y valoración de activos perdidos (costos de reposición); - Plan de Gestión Social; - Responsabilidades organizacionales; - Propuestas de tipos de vivienda e infraestructura; - Selección de predios y estudio de cabida; - Plan de Integración en sitio de acogida; - Carta Gantt o cronograma de actividades.
Sin embargo, durante el proceso de evaluación ambiental el Titular no
entregó la Selección de Predios ni el correspondiente Estudio de
Cabida de las soluciones habitacionales individuales de los afectados
por reasentamiento de la comuna de Diego de Almagro. Dicha falta de
información no permite evaluar si la medida es idónea para hacerse cargo del impacto significativo de reasentamiento de comunidades humanas en la comuna de Diego de Almagro, para aquellos casos que elijan soluciones habitacionales individuales. Límites permitidos/ comprometidos Reasentamiento de la población desplazada en condiciones iguales o superiores a las originales. Duración del monitoreo Cinco años desde la puesta en marcha del Plan de Reasentamiento, según lo señalado en la Carta Gantt del Anexo A (Plan de Reasentamiento actualizado) de la Adenda Complementaria excepcional. Frecuencia del Monitoreo Trimestral Método o procedimiento de medición La medición de la medida debe enfocarse en la verificación del cumplimiento de los contenidos y actividades mínimas establecidas por la Guía de Reasentamiento de comunidades humanas (SEA, 2014), a saber: - Involucramiento de la comunidad; - Caracterización de la población desplazada y criterios de elegibilidad; - Catastro y valoración de activos perdidos (costos de reposición); - Plan de Gestión Social; - Responsabilidades organizacionales; - Propuestas de tipos de vivienda e infraestructura; - Selección de predios y estudio de cabida; - Carta Gantt o cronograma de actividades.
Sin embargo, el Titular no entregó la Selección de predios y estudio de cabida de las soluciones habitacionales individuales que corresponderían a la comuna de Diego de Almagro, por lo que no es posible determinar el debido seguimiento de la medida en dichos casos durante el presente proceso de evaluación ambiental.
Las deficiencias presentadas en este Plan de Seguimiento fueron uno de los motivos para la propuesta de rechazo al Proyecto que se plasmó en el Informe Consolidado de Evaluación. Plazo y frecuencia de entrega de informe Anual Referencia al ICE para mayores detalles Tabla 9.1.4
8.1.4. Plan de seguimiento medida MC03: Reposición de infraestructura de actividades
económicas (no asociadas a hogares) en comuna de Chañaral
Componente Ambiental
Medio Humano
Impacto asociado
IMHCO-1: Reasentamiento de comunidades humanas
Medidas asociadas
MC03: Reposición de infraestructura de actividades económicas (no
asociadas a hogares) en comuna de Chañaral
Ubicación
puntos
de
control
En la comuna de Chañaral, en las 11 actividades económicas afectadas
por el reasentamiento.
Parámetros a medir
-
Estudio de Expropiaciones a la Autoridad Ambiental;
-
Informe de tasaciones para compra o expropiación;
-
Registros de pago de indemnización económica correspondiente;
-
Inscripciones en Bienes Raíces;
-
Informe Final con Registro de la reposición de infraestructura de la
actividad económica no asociada a hogar. Límites permitidos/ comprometidos Pago de valores de mercado establecidos por la evaluación de tres tasadores independientes. Duración del monitoreo La ejecución de las adquisiciones debe comenzar y concluirse antes del inicio de la fase de obras en la comuna afectada. El monitoreo debe durar mientras se desarrolle la medida. Frecuencia del Monitoreo Trimestral Método o procedimiento de medición - Verificación de Estudio de Expropiaciones a la Autoridad Ambiental; - Verificación de Informe de tasaciones para compra o expropiación; - Verificación de Registros de pago de indemnización económica correspondiente; - Verificación de Inscripciones en Bienes Raíces; - Verificación de Informe Final con Registro de la reposición de infraestructura de la actividad económica no asociada a hogar. Plazo y frecuencia de entrega de informe Anual Referencia al ICE para mayores detalles Tabla 9.1.5
8.1.5. Plan de seguimiento medida MC04: Reposición de infraestructura de actividades
económicas (no asociadas a hogares) en comuna de Diego de Almagro
Componente Ambiental
Medio Humano
Impacto asociado
IMHCO-1: Reasentamiento de comunidades humanas
Medidas asociadas
MC04: Reposición de infraestructura de actividades económicas (no
asociadas a hogares) en comuna de Diego de Almagro
Ubicación
puntos
de
control
En la ciudad de Diego de Almagro, en las 7 actividades económicas
afectadas por el reasentamiento.
Parámetros a medir
-
Estudio de Expropiaciones a la Autoridad Ambiental;
-
Informe de tasaciones para compra o expropiación;
-
Registros de pago de indemnización económica correspondiente;
-
Inscripciones en Bienes Raíces;
-
Informe Final con Registro de la reposición de infraestructura de la
actividad económica no asociada a hogar.
Límites permitidos/
comprometidos
Pago de valores de mercado establecidos por la evaluación de tres
tasadores independientes.
Duración del monitoreo
La ejecución de las adquisiciones debe comenzar y concluirse antes del
inicio de la fase de obras en la localidad afectada. El monitoreo debe
durar mientras se desarrolle la medida.
Frecuencia
del
Monitoreo
Trimestral
Método o procedimiento
de medición
-
Verificación de Estudio de Expropiaciones a la Autoridad
Ambiental;
-
Verificación de Informe de tasaciones para compra o expropiación;
-
Verificación de Registros de pago de indemnización económica
correspondiente;
-
Verificación de Inscripciones en Bienes Raíces;
-
Verificación de Informe Final con Registro de la reposición de
infraestructura de la actividad económica no asociada a hogar.
Plazo y frecuencia de
entrega de informe
Anual
Referencia al ICE para Tabla 9.1.6
mayores detalles
8.1.6, Plan de seguimiento medida MC05: Apoyo, asesoría y acompañamiento para la reorganización de actividades económicas no asociadas a hogares en la comuna de Chañaral Componente Ambiental Medio Humano Impacto asociado IMHCO-1: Reasentamiento de comunidades humanas Medidas asociadas MC05: Apoyo, asesoría y acompañamiento para la reorganización de actividades económicas no asociadas a hogares en la comuna de Chañaral Ubicación puntos de control 11 actividades económicas (no asociadas a hogar) afectadas por construcción de obras del Proyecto en la comuna de Chañaral Parámetros a medir - Beneficios económicos entregados por el Fondo de Apoyo a la reorganización de las Actividades Económicas; - Entrega de cartas registradas a los propietarios de actividades económicas ofreciendo la asesoría; - Listado de propietarios que han aceptado la asesoría; - Registro documental de la asesoría concedida; - En caso de que no exista ningún caso de asesoría se deberá entregar a la Autoridad Ambiental un reporte que relate los procedimientos de oferta de la asesoría y las razones de no ocurrencia de casos. Límites permitidos/ comprometidos El Titular debe comprobar la apertura del proceso para concesión del beneficio, sin embargo, la concesión de beneficios económicos queda pendiente de la inscripción voluntaria de los afectados. Duración del monitoreo La ejecución de la medida debe desarrollarse en el primer año de obras del Proyecto. El monitoreo debe durar durante el desarrollo de la medida. Frecuencia del Monitoreo Semestral Método o procedimiento de medición - Verificación de entrega de beneficios económicos por el Fondo de Apoyo a la reorganización de las Actividades Económicas; - Verificación de entrega de cartas registradas a los propietarios de unidades productivas ofreciendo a la asesoría; - Verificación de listado de propietarios que han aceptado la asesoría; - Verificación de registro documental de la asesoría concedida; - En caso de que no exista ningún caso de asesoría se deberá verificar reporte que relate los procedimientos de oferta de la asesoría y las razones de no ocurrencia de casos. Plazo y frecuencia de entrega de informe Anual Referencia al ICE para mayores detalles Tabla 9.1.67
8.1.7. Plan de seguimiento medida MC06: Apoyo, asesoría y acompañamiento para la
reorganización de actividades económicas no asociadas a hogares en la comuna de Diego de
Almagro
Componente Ambiental
Medio Humano
Impacto asociado
IMHCO-1: Reasentamiento de comunidades humanas
Medidas asociadas
MC06: Apoyo, asesoría y acompañamiento para la reorganización de
actividades económicas no asociadas a hogares en la comuna de Diego
de Almagro
Ubicación
puntos
de 7 actividades económicas (no asociadas a hogar) afectadas por
control construcción de obras del Proyecto en la ciudad de Diego de Almagro. Parámetros a medir - Beneficios económicos entregados por el Fondo de Apoyo a la reorganización de las Actividades Económicas; - Entrega de cartas registradas a los propietarios de actividades económicas ofreciendo a la asesoría; - Listado de propietarios que han aceptado la asesoría; - Registro documental de la asesoría concedida; - En caso de que no exista ningún caso de asesoría se deberá entregar a la Autoridad Ambiental reporte que relate los procedimientos de oferta de la asesoría y las razones de no ocurrencia de casos. Límites permitidos/ comprometidos El Titular debe comprobar la apertura del proceso para concesión del beneficio, sin embargo, la concesión de beneficios económicos queda pendiente de la inscripción voluntaria de los afectados. Duración del monitoreo La ejecución de la medida debe desarrollarse en el primer año de obras del Proyecto. El monitoreo debe durar durante el desarrollo de la medida. Frecuencia del Monitoreo Semestral Método o procedimiento de medición - Verificación de entrega de beneficios económicos por el Fondo de Apoyo a la reorganización de las Actividades Económicas; - Verificación de entrega de cartas registradas a los propietarios de unidades productivas ofreciendo a la asesoría; - Verificación de listado de propietarios que han aceptado la asesoría; - Verificación de registro documental de la asesoría concedida; - En caso de que no exista ningún caso de asesoría se deberá verificar reporte que relate los procedimientos de oferta de la asesoría y las razones de no ocurrencia de casos. Plazo y frecuencia de entrega de informe Anual Referencia al ICE para mayores detalles Tabla 9.1.8
8.1.8. Plan de seguimiento medida MC07: Compensación de lucro cesante directamente
relacionado al desplazamiento de las Actividades Económicas (no asociadas a hogares) en la
comuna de Chañaral
Componente Ambiental
Medio Humano
Impacto asociado
IMHCO-1: Reasentamiento de comunidades humanas
Medidas asociadas
MC07: Compensación de lucro cesante directamente relacionado al
desplazamiento de las Actividades Económicas (no asociadas a
hogares) en la comuna de Chañaral
Ubicación
puntos
de
control
11 actividades económicas afectadas por obras del Proyecto en la
comuna de Chañaral
Parámetros a medir
-
Evaluación del lucro cesante: La evaluación de la rentabilidad del
negocio debe ser realizada por profesionales especializados con la
participación de los propietarios, incluyendo las siguientes
actividades: i) evaluación de la rentabilidad de la unidad productiva
estimada en la unidad de tiempo (pesos por día) de acuerdo con
metodologías validadas y ejecutadas por peritos judiciales
independientes; ii) definición del tiempo de comprometimiento de
la
unidad
productiva
desde
su
desestructuración
a
su
reorganización; iii) cálculo del monto correspondiente a cada
unidad productiva;
Pago de la compensación económica conforme valores definidos en la etapa de evaluación: una vez definido el monto correspondiente a cada actividad económica se deberá informar a cada propietario y realizar el pago con registro en notario. Límites permitidos/ comprometidos Los valores entregados como compensación del lucro cesante no pueden ser inferiores al promedio de las evaluaciones de los tres tasadores independientes. Duración del monitoreo La ejecución de la medida debe desarrollarse en el primer año de las obras del Proyecto. El monitoreo debe durar mientras se desarrolle la medida. Frecuencia del Monitoreo El monitoreo se desarrolla en dos etapas: - La primera con la conclusión de las evaluaciones del lucro cesante; - La segunda con la conclusión de los pagos correspondientes. Método o procedimiento de medición - Verificación de Informe con presentación de la metodología de evaluación a los afectados; - Verificación de Informe con resultados de las evaluaciones de los 3 peritos independientes; - Verificación de Registro notarial del pago de las compensaciones económicas conforme la evaluación de los 3 peritos independientes. Plazo y frecuencia de entrega de informe Se entregarán tres informes: - Informe con presentación de la metodología de evaluación a los afectados (plazo de entrega: 06 meses) - Informe con resultados de las evaluaciones de los 3 peritos independientes (plazo de entrega: 12 meses) - Informe con registro notarial del pago de las compensaciones económicas conforme la evaluación de los 3 peritos independientes (plazo de entrega: cuando se lleve a cabo el hito de inicio de la fase de construcción del Proyecto en la localidad correspondiente, ya sea Chañaral o El Salado). Referencia al ICE para mayores detalles Tabla 9.1.9
8.1.9. Plan de seguimiento medida MC08: Compensación de lucro cesante directamente
relacionado al desplazamiento de las Actividades Económicas (no asociadas a hogares) en la
comuna de Diego de Almagro
Fase
Construcción
Componente Ambiental
Medio Humano
Impacto Ambiental
IMHCO-1: Reasentamiento de comunidades humanas
Medidas asociadas
MC08: Compensación de lucro cesante directamente relacionado al
desplazamiento de las Actividades Económicas (no asociadas a
hogares) en la comuna de Diego de Almagro
Ubicación
puntos
de
control
7 actividades económicas afectadas por obras del Proyecto en la
comuna de Diego de Almagro.
Parámetros a medir
-
Evaluación del lucro cesante: La evaluación de la rentabilidad del
negocio debe ser realizada por profesionales especializados con la
participación de los propietarios, incluyendo las siguientes
actividades: i) evaluación de la rentabilidad de la unidad productiva
estimada en la unidad de tiempo (pesos por día) de acuerdo con
metodologías validadas y ejecutadas por peritos judiciales
independientes; ii) definición del tiempo de comprometimiento de
la
unidad
productiva
desde
su
desestructuración
a
su
reorganización; iii) cálculo del monto correspondiente a cada unidad productiva; - Pago de la compensación económica conforme valores definidos en la etapa de evaluación: una vez definido el monto correspondiente a cada actividad económica se deberá informar a cada propietario y realizar el pago con registro en notario. Límites permitidos/ comprometidos Los valores entregados como compensación del lucro cesante no pueden ser inferiores al promedio de las evaluaciones de los tres tasadores independientes. Duración del monitoreo La ejecución de la medida debe desarrollarse en el primer año de las obras del Proyecto. El monitoreo debe durar mientras se desarrolle la medida. Frecuencia del Monitoreo El monitoreo se desarrolla en dos etapas: - La primera con la conclusión de las evaluaciones del lucro cesante; - La segunda con la conclusión de los pagos correspondientes. Método o procedimiento de medición - Verificación de Informe con presentación de la metodología de evaluación a los afectados; - Verificación de Informe con resultados de las evaluaciones de los 3 peritos independientes; - Verificación de Registro notarial del pago de las compensaciones económicas conforme la evaluación de los 3 peritos independientes. Plazo y frecuencia de entrega de informe Se entregarán tres informes: - Informe con presentación de la metodología de evaluación a los afectados (plazo de entrega: 06 meses) - Informe con resultados de las evaluaciones de los 3 peritos independientes (plazo de entrega: 12 meses) - Informe con registro notarial del pago de las compensaciones económicas conforme la evaluación de los 3 peritos independientes (plazo de entrega: cuando se lleve a cabo el hito de inicio de la fase de construcción del Proyecto en la localidad de Diego de Almagro). Referencia al ICE para mayores detalles Tabla 9.1.10
8.1.10. Plan de seguimiento medida MC09: Habilitación urbanística de áreas restantes del reasentamiento en la comuna de Diego de Almagro Componente Ambiental Medio Humano Impacto asociado IMHCO-1: Reasentamiento de comunidades humanas Medidas asociadas MC09: Habilitación urbanística de áreas restantes del reasentamiento en la comuna de Diego de Almagro Ubicación puntos de control En el sector de Ampliación Torreblanca, en la comuna de Diego de Almagro, en la ubicación correspondiente a las coordenadas que se indican a continuación:
ID
Coordenadas UTM WGS84 H19S
Este
Norte
1
394.797
7.079.962
2
394.795
7.079.974
3
394.831
7.079.979
4
394.831
7.079.977
5
394.839
7.079.980
6
394.838
7.079.991
7
394.873
7.079.996
8
394.873
7.079.993
9
394.881
7.079.996
10
394.879
7.080.008
11
394.915
7.080.013
12
394.915
7.080.011
13
394.923
7.080.014
14
394.922
7.080.025
15
394.957
7.080.031
16
394.958
7.080.027
17
394.965
7.080.030
18
394.964
7.080.044
19
394.981
7.080.052
20
394.999
7.080.055
21
395.000
7.080.050
22
394.988
7.080.039
23
395.012
7.080.054
24
395.010
7.080.073
25
395.034
7.080.077
26
395.034
7.080.072
27
395.067
7.080.008
28
395.056
7.080.004
29
395.046
7.080.005
30
395.065
7.080.013
31
395.067
7.080.008
Fuente: Medida MC09, Anexo A de la Adenda Complementaria
excepcional.
Parámetros a medir
-
Plantación y mantención de áreas verdes, incluyendo pasto,
jardines y vegetación arbustiva;
-
pavimentación de calles;
-
construcción y recuperación de veredas y paseos peatonales;
-
instalación de señalética;
-
instalación de iluminación de calles y jardines;
-
espacios recreacionales en los espacios vacíos y sitios eriazos;
-
equipamientos para deporte;
-
además de la instalación de equipamientos y servicios básicos.
Límites permitidos/
comprometidos
El cumplimiento de la implementación incluye la implementación de
las condiciones especificadas en el apartado “Parámetros a medir”. Sin
embargo, la medida contempla proceso de participación ciudadana para
la discusión de las acciones de la medida, lo que puede ocasionar en
ajustes en las acciones propuestas. En ese caso los ajustes deberán ser
debidamente registrados con la debida justificación de la participación
ciudadana asociada.
Duración del monitoreo
La ejecución de la medida debe iniciarse con la conclusión del
desplazamiento de los afectados y debe inaugurarse en el plazo
máximo de conclusión de obras del Proyecto. Su mantención debe
continuarse durante la operación del Proyecto. El monitoreo debe durar
mientras se desarrolle la medida.
Frecuencia
del
Monitoreo
Trimestral
Método o procedimiento
de medición
El procedimiento de medición debe enfocarse en la verificación de que
sean
-
implementados:
- Plantación y mantención de áreas verdes, incluyendo pasto, jardines y vegetación arbustiva; - pavimentación de calles; - construcción y recuperación de veredas y paseos peatonales; - instalación de señalética; - instalación de iluminación de calles y jardines; - espacios recreacionales en los espacios vacíos y sitios eriazos; - equipamientos para deporte; - además de la instalación de equipamientos y servicios básicos Plazo y frecuencia de entrega de informe Anual Referencia al ICE para mayores detalles Tabla 9.1.11
8.2. FASE DE OPERACIÓN
8.2.1 Plan de seguimiento medida MM02: Habilitación de camino de asfalto para conectividad en Diego de Almagro Componente Ambiental Medio Humano Impacto Ambiental IMHCO-1: Reasentamiento de comunidades humanas Medidas asociadas MM02: Habilitación de camino de asfalto para conectividad en Diego de Almagro Ubicación puntos de control El camino de asfalto se desarrollará en las siguientes coordenadas:
Vértice
Coordenadas UTM WGS84 H19S
Este
Norte
1
395.445
7.079.685
2
395.507
7.079.707
Parámetros a medir
El procedimiento de medición debe enfocarse en la verificación de que
se cumplan las siguientes condiciones:
-
El camino debe estar construido previo a la inhabilitación del
Puente ubicado en calle Rodrigo Quiroga.
-
Instalación de señalética.
-
Estado del camino.
Límites permitidos/
comprometidos
El cumplimiento de la implementación incluye la implementación de
las condiciones especificadas en el apartado “Parámetros a medir”. Sin
embargo, la medida contempla proceso de participación ciudadana para
la discusión de las acciones de la medida, lo que puede ocasionar en
ajustes en las acciones propuestas. En ese caso los ajustes deberán ser
debidamente registrados con la debida justificación de la participación
ciudadana asociada.
Duración del monitoreo
La ejecución de la medida debe iniciarse con la conclusión del
desplazamiento de los afectados y debe inaugurarse en el plazo
máximo de conclusión de obras del Proyecto. Su mantención debe
continuarse durante la operación del Proyecto. El monitoreo debe durar
mientras se desarrolle la medida.
Frecuencia
del
Monitoreo
Trimestral
Método o procedimiento
de medición
El procedimiento de medición debe enfocarse en la verificación de que
se cumplan las siguientes condiciones:
-
Registro de las actividades de participación para validación de la
medida;
-
Registro fotográfico de la obra (Camino de acceso)
- Registro fotográfico de señalética para el camino - Reporte a la autoridad ambiental de la implementación de las medidas, previa validación de la Dirección del Tránsito de la Municipalidad de Diego de Almagro. Plazo y frecuencia de entrega de informe Anual Referencia al ICE para mayores detalles Tabla 9.1.2
9°. Que resultan aplicables al Proyecto los siguientes permisos ambientales sectoriales, asociados a las correspondientes partes, obras o acciones que se señalan a continuación:
9.1. PERMISOS AMBIENTALES SECTORIALES MIXTOS
9.1.1. Permiso para hacer excavaciones de tipo arqueológico, antropológico y paleontológico, según establece el artículo 132 del Reglamento del SEIA Fase del proyecto a la cual corresponde Construcción. Parte, obra o acción a la que aplica Hallazgo OARS001, ya que dada su distancia a las obras (5,2 m) se encuentra expuesto a ser afectado por los frentes de trabajo ubicados en la obra de canalización del río Salado en la localidad de Diego de Almagro. Así también, le resulta aplicable al sitio OARS005, el cual será afectado por la superficie del botadero 1 proyectado en Diego de Almagro. Condiciones o exigencias específicas para su otorgamiento El PAS 132 se otorga considerando lo siguiente: • Registro exhaustivo de rasgos lineales para "OARS005". • Registro exhaustivo arquitectónico para "OARS001". • Recolección superficial de los hallazgos asociados a los sitios "OARS001" y "OARS005". • Medidas de protección, correspondientes a cercado perimetral y atraviesos (para rasgos lineales), que se deben implementar en la zona de los rasgos lineales que no será afectada ("OARS005"). El cercado perimetral con señalética deberá implementarse para “OARS002”, “OARS008” y “OARS009”. Pronunciamiento del órgano competente A través del Ord. N° 1073 de fecha 03 de marzo de 2022, el Consejo de Monumentos Nacionales se pronunció conforme a los antecedentes presentados. Referencia al ICE para mayores detalles Tabla 11.1.1
9.1.2. Permiso para la construcción, reparación, modificación y ampliación de cualquier obra
pública o particular destinada a la evacuación, tratamiento o disposición final de desagües, aguas
servidas de cualquier naturaleza según se establece en el artículo 138 del Reglamento del SEIA
Fase del proyecto a
la cual corresponde
Construcción.
Parte, obra o acción a
la que aplica
Sistemas de evacuación y a las plantas de tratamiento de aguas servidas
(PTAS) que serán habilitados en las instalaciones de faenas del Proyecto
(Diego de Almagro, El Salado y Chañaral), durante su fase de
construcción.
Condiciones
o
exigencias
No hay.
específicas para su otorgamiento Pronunciamiento del órgano competente A través del Ord. N° 4701 de fecha 24 de mayo de 2022, la SEREMI de Salud, Región de Atacama, se pronunció conforme a los antecedentes presentados. Referencia al ICE para mayores detalles Tabla 11.1.2
9.1.3. Permiso para la construcción, reparación, modificación y ampliación de cualquier planta de tratamiento de basuras y desperdicios de cualquier clase o para la instalación de todo lugar destinado a la acumulación, selección, industrialización, comercio o disposición final de basuras y desperdicios de cualquier clase según se establece en el artículo 140 del Reglamento del SEIA Parte u obra a la que aplica Construcción. Calificación de la parte u obra Áreas destinadas al almacenamiento temporal de RSD y RSINP que serán habilitadas en las instalaciones de faenas del Proyecto (Diego de Almagro, El Salado y Chañaral), durante su fase de construcción. Condiciones o exigencias específicas del pronunciamiento No hay. Pronunciamiento del órgano competente A través del Ord. N° 4701 de fecha 24 de mayo de 2022, la SEREMI de Salud, Región de Atacama, se pronunció conforme a los antecedentes presentados. Referencia al ICE para mayores detalles Tabla 11.1.3
9.1.4. Permiso para todo sitio destinado al almacenamiento de residuos peligrosos, del artículo 142 del Reglamento del SEIA Parte u obra a la que aplica Construcción. Calificación de la parte u obra Bodegas destinadas al almacenamiento temporal de RESPEL que serán habilitadas en las instalaciones de faenas del Proyecto (Diego de Almagro, El Salado y Chañaral), durante su fase de construcción. Condiciones o exigencias específicas del pronunciamiento No hay. Pronunciamiento del órgano competente A través del Ord. N° 4701 de fecha 24 de mayo de 2022, la SEREMI de Salud, Región de Atacama, se pronunció conforme a los antecedentes presentados. Referencia al ICE para mayores detalles Tabla 11.1.4
9.1.5. Permiso para la corta, destrucción o descepado de formaciones xerofíticas, del artículo 151
del Reglamento del SEIA
Parte u obra a la que
aplica
Construcción.
Calificación
de
la Botadero de Chañaral, donde se intervendrán formaciones xerofíticas en
parte u obra una extensión de 0,35 ha. Condiciones o exigencias específicas del pronunciamiento No hay. Pronunciamiento del órgano competente A través del Ord. N° 17-EA de fecha 03 de marzo de 2022, la CONAF, Región de Atacama, se pronunció conforme a los antecedentes presentados. Referencia al ICE para mayores detalles Tabla 11.1.5
10°. Que, de acuerdo a los antecedentes que constan en el expediente de evaluación, la forma de cumplimiento de la normativa de carácter ambiental aplicable al Proyecto es la siguiente:
10.1. Decreto Supremo N° 144/1961 del MINSAL. Establece normas para evitar emanaciones o
contaminantes atmosféricos de cualquier naturaleza
Componente/materia:
Calidad del Aire y Emisiones Atmosféricas
Norma
Decreto Supremo N° 144/1961 del MINSAL. Establece normas para
evitar emanaciones o contaminantes atmosféricos de cualquier
naturaleza.
Otros cuerpos legales
No aplica
Fase del proyecto a la que
aplica o en la que se dará
cumplimiento
Construcción
Parte,
obra,
acción,
emisión,
residuo
o
sustancias a la que aplica
Durante la fase de construcción del Proyecto, se generarán
emisiones de partículas totales en suspensión (PTS); MP10, de
MP2,5, NOX, CO, HC y SO2. Por lo tanto, en el Proyecto debe
describir las acciones que se implementarán para la estimación y
control de estas emisiones de manera de dar cumplimiento a la
normativa.
Dada la naturaleza del Proyecto, la fase de operación sólo incluye
actividades de tránsito de vehículos producto de las actividades de
limpieza y mantención de las obras, por lo tanto, no generará
emisiones significativas.
El Proyecto no considera una fase de cierre, pues con la adecuada
mantención de las obras, estas pueden tener una duración indefinida.
El detalle de la metodología y la obtención de los resultados de las
emisiones atmosféricas se presentará en el Anexo de “Modelación
de Calidad del Aire” del Capítulo 4 “Predicción y Evaluación de
Impacto” del EIA, complementado en el Anexo F de la Adenda.
Forma de cumplimiento
Respecto a las medidas a implementar durante la fase de
construcción, para minimizar las emisiones atmosféricas, se
considera la humectación de caminos utilizados para transporte de
insumos, personal y material generado por movimientos de tierra, la
humectación de frentes de trabajo donde exista movimiento de
material y las mantenciones periódicas de vehículos y maquinaria.
Adicionalmente, para minimizar la dispersión de polvo hacia el
exterior de obras, se considera la protección de eventuales fuentes
de emisión con mallas tipo Raschel y la cobertura de camiones de
carga.
Indicador que acredita su cumplimiento • Revisión técnica y gases de vehículos. • Registro de actividades de humectación de caminos y frentes de trabajo. • Informe semestral del estado de aplicación y/o mantenimiento del supresor de polvo. Forma de control y seguimiento • Verificación de registros de cumplimiento de las medidas propuestas, tales como humectación periódica de caminos al interior de la faena, mantención de vehículos, etc. • El Titular mantendrá la información disponible y actualizada, en caso de ser requerida por las autoridades, en el área de ejecución del Proyecto. Referencia al ICE para mayores detalles Tabla 10.1.1
10.2. D.S. N° 1/2013 del MMA. Reglamento del Registro de Emisiones y Transferencias de Contaminantes (RETC). Componente/materia: Calidad del Aire y Emisiones Atmosféricas Norma D.S. N° 1/2013 del MMA. Reglamento de Emisiones y Transferencia de Contaminantes Otros cuerpos legales asociados No aplica Fase del proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Construcción y cierre. Parte, obra, acción, emisión, residuo o sustancias a la que aplica Para la fase de construcción se considerarán generadores de respaldo eléctrico los cuales estarán confinados en gabinetes insonorizados. De todas formas, el consumo proveniente de grupos generadores móviles para este y otros sectores del Proyecto será despreciable en comparación con las operaciones normales de faena. Forma de cumplimiento El Titular efectuará anualmente en el RETC la Declaración de Emisiones de Fuentes Fijas correspondiente a cada periodo anual anterior. Indicador que acredita su cumplimiento Declaración de emisiones realizada en el Sistema de Ventanilla Única del RETC. Forma de control y seguimiento • El Registro de comprobantes mencionados en el campo relativo a indicador. • El Titular mantendrá la información disponible y actualizada, en caso de ser requerida tanto en el área de ejecución del Proyecto, como en las plataformas de registro correspondientes de acuerdo a las instrucciones que imparta la SMA. Referencia al ICE para mayores detalles Tabla 10.1.2
10.3. Decreto Supremo N° 75/1987 del MTT. Establece condiciones para el transporte de cargas
que indica
Componente/Materia
Calidad del Aire y Emisiones Atmosféricas
Norma
D.S. N° 75/1987 del MTT. Establece Condiciones para el
Transporte de Cargas que indica.
Otros cuerpos legales
No aplica
Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Construcción y operación. Parte, obra, acción, emisión, residuo o sustancia a la que aplica El Proyecto considera el uso de vehículos motorizados para el transporte de carga durante la fase de construcción. Forma de cumplimiento El Proyecto exigirá que el transporte de ciertas sustancias por zonas urbanas se efectúe con la sección de carga del vehículo cubierta con lona, con el fin de impedir la dispersión de polvo y el escurrimiento de materiales. Indicador que acredita su cumplimiento Registro de inspecciones realizadas por parte del personal encargado. Forma de control y seguimiento El Titular mantendrá la información disponible y actualizada en el área de ejecución del Proyecto, en caso de ser requerida. Referencia al ICE para mayores detalles Tabla 10.1.3
Tabla 10.4. D.S. N° 138/2005 del MINSAL. Establece Obligación de Declarar Emisiones para Fuentes Fijas Componente/Materia Emisiones de Material Particulado Norma D.S. N° 138/2005 del MINSAL. Establece Obligación de Declarar Emisiones para Fuentes Fijas Otros cuerpos legales No aplica Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Construcción, operación y cierre Parte, obra, acción, emisión, residuo o sustancia a la que aplica Para la fase de construcción de las obras se considerarán generadores de respaldo eléctrico los cuales estarán confinados en gabinetes insonorizados. De todas formas, el consumo proveniente de grupos generadores móviles para este y otros sectores del Proyecto será despreciable en comparación con las operaciones normales de faena. Forma de cumplimiento El Titular entregará con una periodicidad anual, y a través del Sistema de Ventanilla Única del Registro de Emisiones y Transferencias de Contaminantes (RETC) los antecedentes necesarios de las emisiones provenientes de los grupos generadores eléctricos que considera el Proyecto. En la declaración se señalarán las estimaciones o mediciones de los contaminantes del periodo anual anterior. Indicador que acredita su cumplimiento El comprobante de ingreso al RETC, obtenido una vez realizados los procedimientos descritos en la sección anterior. Forma de control y seguimiento Verificación anual del ingreso de todas las emisiones del Proyecto en el RETC. Referencia al ICE para mayores detalles Tabla 10.1.4
10.5. D.S. N°54/1994 del MTT. Establece normas de emisión aplicables a vehículos motorizados
medianos, modificado por D.S. N° 40/2020.
Componente/Materia
Aire
Norma
D.S. N° 54/1994 del MTT. Establece normas de emisión aplicables a
vehículos motorizados medianos, modificado por D.S. N° 40/2020. Otros cuerpos legales No aplica Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Construcción Parte, obra, acción, emisión, residuo o sustancia a la que aplica El Proyecto considera la utilización de maquinaria y vehículos motorizados medianos durante su fase de construcción. Forma de cumplimiento Como medida de control de las emisiones de gases de combustión, se exigirá que todos los vehículos motorizados medianos sean sometidos a las mantenciones respectivas para que cumplan con las normas de emisión establecidas por el Ministerio de Transporte y Telecomunicaciones. Indicador que acredita su cumplimiento • Certificados de revisión técnica al día. • Registros de mantenciones periódicas. Forma de control y seguimiento • Verificación de registros de Revisiones Técnicas al día. • El Titular mantendrá la información disponible y actualizada, en caso de ser requerida tanto en el área de ejecución del Proyecto, como en las plataformas de registro correspondientes de acuerdo a las instrucciones que imparta la SMA. Referencia al ICE para mayores detalles Tabla 10.1.5
10.6. D.S. N° 211/91 MTT. Establece normas sobre emisiones de vehículos motorizados livianos.
Componente/Materia
Aire
Norma
D.S. N° 211/91 MTT. Establece normas sobre emisiones de vehículos
motorizados livianos.
Otros cuerpos legales
No aplica
Fase del Proyecto a la
que aplica o en la que se
dará cumplimiento
Construcción
Parte,
obra,
acción,
emisión,
residuo
o
sustancia a la que aplica
El Proyecto considera la utilización de maquinaria y vehículos
motorizados livianos durante la fase de construcción.
Forma de cumplimiento
Como medida de control de las emisiones de gases de combustión, se
exigirá que todos los vehículos motorizados livianos sean sometidos a
mantenciones periódicas y cumplan con las normas de emisión
establecidas por el Ministerio de Transporte y Telecomunicaciones.
Indicador que acredita
su cumplimiento
• Certificados de revisión técnica al día.
• Registros de mantenciones periódicas.
Forma de control y
seguimiento
• Parque vehicular asociado al Proyecto con permiso de circulación y
la revisión técnica al día.
• Registros de mantenciones periódicas.
• Copias de la documentación se encontrarán disponibles para su
inspección al interior de los vehículos.
• El Titular mantendrá la información disponible y actualizada, en
caso de ser requerida tanto en el área de ejecución del Proyecto,
como en las plataformas de registro correspondientes, de acuerdo a
las instrucciones que la SMA establezca.
Referencia al ICE para mayores detalles Tabla 10.1.6
10.7. D.S. N° 38/2011 del MMA. Norma de emisión de ruidos generados por fuentes que indica Componente/Materia Ruido Norma D.S. N° 38/2011 del MMA. Norma de emisión de ruidos generados por fuentes que indica Otros cuerpos legales No aplica Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Construcción y operación Parte, obra, acción, emisión, residuo o sustancia a la que aplica Esta norma se relaciona con el Proyecto, ya que, durante la fase de construcción, existirán actividades generadoras de ruido y vibraciones, principalmente por la operación de maquinaria para la construcción, la que tendrá una incidencia acústica y vibratoria sólo en su entorno inmediato. Forma de cumplimiento Para la fase de construcción, se observa que, durante el periodo diurno, los valores proyectados para la construcción se encuentran bajo los máximos permitidos por la normativa en todos los puntos de evaluación para receptores humanos y en aquellos casos que corresponda, se implementarán medidas de control. Indicador que acredita su cumplimiento Estudio de Impacto Acústico, en donde se acredita el cumplimiento de la normativa o en base al cual se determinan las medidas necesarias para dar cumplimiento a los límites exigidos Forma de control y seguimiento Contar con los registros de revisiones técnicas al día. Referencia al ICE para mayores detalles Tabla 10.1.7
10.8. D.F.L. N° 725/67 del MINSAL. Código Sanitario.
Componente/Materia
Residuos Líquidos.
Norma
D.F.L. N° 725/67 del MINSAL. Código Sanitario.
Otros cuerpos legales
No aplica
Fase del Proyecto a la
que aplica o en la que se
dará cumplimiento
Construcción
Parte,
obra,
acción,
emisión,
residuo
o
sustancia a la que aplica
En la fase de construcción, se originarán aguas servidas tanto en las
instalaciones de faena como en los frentes de trabajo. La generación de
aguas servidas será variable, dependiendo del número de trabajadores
efectivamente trabajando en la faena.
Adicionalmente, se considera la instalación de baños químicos
temporales asociados a distintas obras y frentes de trabajo, los cuales
cumplirán la normativa vigente, es decir, no se encontrarán más 6
meses en cada frente de trabajo.
Forma de cumplimiento
Respecto de las aguas servidas que se originarán en la fase de
construcción en las instalaciones de faena, el Proyecto considera, una
Planta de Tratamiento de Aguas Servidas (PTAS) por cada instalación
de faena (3).
Por su parte, para las aguas servidas que se originarán en los frentes de trabajo el Proyecto considera la utilización de baños químicos, en la cantidad y distancia que establece la normativa (a más de 75 m y que no se encuentren más 6 meses en cada frente de trabajo), los que serán mantenidos por las empresas proveedoras retirando periódicamente los residuos y para su posterior tratamiento fuera de las instalaciones del Proyecto. Indicador que acredita su cumplimiento • Obtención del permiso ambiental sectorial del Artículo N° 138. • Autorizaciones de la empresa responsable de los baños químicos. Forma de control y seguimiento Mantención de la información actualizada en la plataforma que la SMA indique, de acuerdo a las instrucciones que ésta establezca. Referencia al ICE para mayores detalles Tabla 10.1.8
10.9. D.S. N°4/2009, del MINSEGPRES, Reglamento para el Manejo de Lodos Generados en Plantas de Tratamiento de Aguas Servidas. Componente/Materia Aguas Servidas (lodos) Nombre D.S. N°4/2009, del MINSEGPRES, Reglamento para el Manejo de Lodos Generados en Plantas de Tratamiento de Aguas Servidas. Otros cuerpos legales No aplica Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Construcción Parte, obra, acción, emisión, residuo o sustancia a la que aplica El Proyecto generará lodos estabilizados y deshidratados con ocasión del tratamiento de las aguas servidas en las PTAS descritas en la fase de construcción. Forma de cumplimiento Para la fase de construcción, los lodos serán recuperados desde las PTAS, ya aprobadas ambientalmente, y trasladados en camión por empresa autorizada para estos efectos por el Proyecto, de acuerdo a lo dispuesto en el Decreto Supremo N° 4/09 del MINSAL. Indicador que acredita su cumplimiento • Comprobante de Declaración de generación de lodos a través del sistema de ventanilla única del RETC. • Obtención del permiso ambiental sectorial del Artículo N° 138. Forma de control y seguimiento Se mantendrá copia de las autorizaciones sanitarias de las empresas transportistas y de disposición final de lodos que se contrate y de los registros de transporte y recepción. Referencia al ICE para mayores detalles Tabla 10.1.9
10.10. D.S. N° 594/1999 del MINSAL. Reglamento sobre condiciones sanitarias y ambientales
básicas en los lugares de trabajo
Componente/Materia
Residuos Sólidos
Nombre
D.S. N° 594/1999 del MINSAL. Reglamento sobre condiciones
sanitarias y ambientales básicas en los lugares de trabajo.
Otros cuerpos legales
No aplica
Fase del Proyecto a la
que aplica o en la que se
dará cumplimiento
Construcción
Parte,
obra,
acción, Residuos sólidos domésticos y asimilables
emisión, residuo o sustancia a la que aplica Para la fase de construcción, los residuos sólidos domésticos corresponden esencialmente a restos de comida, envases, envoltorios, papeles, artículos de aseo personal, de oficina y elementos similares. Los residuos sólidos domésticos se generarán en las actividades propias de las instalaciones de faenas y frentes de trabajo.
Residuos industriales sólidos no peligrosos Para la fase de construcción, los residuos industriales sólidos no peligrosos consistirán en cartones, maderas, escombros, papeles, pallets, chatarra, gomas, filtros, plásticos sin valor comercial, embalajes, metales ferrosos y no ferrosos, entre otros, y serán generados en las actividades propias de las instalaciones de faenas y frentes de trabajo.
Residuos industriales sólidos peligrosos Este tipo de residuos en la fase de construcción corresponderá esencialmente en residuos de limpieza, aceites y lubricantes usados, envases contaminados, restos de pinturas y solventes, baterías, entre otros, y serán generados en las actividades propias de la construcción. Forma de cumplimiento Residuos sólidos domésticos y asimilables Los RSD generados durante la fase de construcción del Proyecto serán dispuestos en contenedores herméticos con tapa y una bolsa plástica en su interior para evitar escurrimiento de líquidos percolados que pudieran infiltrarse, los cuales serán ubicados en un área especialmente habilitada para ello en la instalación de faenas. Estos RSD serán retirados por el servicio municipal o por una empresa autorizada, que los dispondrá también en un lugar autorizado para ello, fuera de las instalaciones del Proyecto. La frecuencia de retiro será de 3 veces por semana, es decir, serán manejados de acuerdo a un plan de manejo de residuos domésticos, siendo dispuestos inicialmente en sitios de almacenamiento temporal para luego ser retirados y dispuestos finalmente en un sitio autorizado.
Residuos industriales sólidos no peligrosos Para el manejo de estos residuos en la fase de construcción, se dispondrán contenedores, con base sólida, en las diversas áreas de generación, los cuales serán vaciados periódicamente para ser transportados en camiones a su sitio de disposición final autorizados. Estos residuos serán dispuestos inicialmente en sitios especialmente destinados para estos efectos dentro de las 3 instalaciones de faena que contempla el Proyecto.
Residuos industriales sólidos peligrosos
Para la fase de construcción, en las instalaciones de faena se contará
con sitios de almacenamiento transitorio de residuos peligrosos (SAT)
de RESPEL. El proyecto para cada sitio será presentado a la autoridad
para su aprobación y puesta en servicio por la vía sectorial.
Una vez en operación los SAT en cada una de las instalaciones de
faena, los RESPEL podrán permanecer almacenados hasta un máximo
de 6 meses para luego, ser enviados hacia sitios de disposición final
autorizados, en recipientes cerrados y herméticos ubicados en lugares
delimitados y seguros. La recolección, transporte, tratamiento y/o
disposición final es realizada por empresas autorizadas. Indicador que acredita su cumplimiento • Obtención del permiso ambiental sectorial del Artículo N° 140. • Obtención del permiso ambiental sectorial del Artículo N° 142. Forma de control y seguimiento Registro sistema ventanilla única del RETC. Referencia al ICE para mayores detalles Tabla 10.1.10
10.11. D.S. N° 148/2003 del MINSAL. Reglamento sanitario sobre manejo de residuos peligrosos. Componente/Materia Residuos Sólidos peligrosos Norma D.S. N° 148/2003 del MINSAL. Reglamento sanitario sobre manejo de residuos peligrosos Otros cuerpos legales No aplica Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Construcción Parte, obra, acción, emisión, residuo o sustancia a la que aplica Residuos industriales sólidos peligrosos Este tipo de residuos en la fase de construcción corresponderá esencialmente en residuos de limpieza, aceites y lubricantes usados, envases contaminados, restos de pinturas y solventes, baterías, entre otros, y serán generados en las actividades propias de la construcción. Forma de cumplimiento Para la fase de construcción, en las instalaciones de faena se contará con sitios de almacenamiento transitorio de residuos peligrosos (SAT) de RESPEL. El Proyecto para cada sitio será presentado a la autoridad para su aprobación y puesta en servicio por la vía sectorial. Una vez en operación los SAT en cada una de las instalaciones de faena, los RESPEL podrán permanecer almacenados hasta un máximo de 6 meses para luego, ser enviados hacia sitios de disposición final autorizados, en recipientes cerrados y herméticos ubicados en lugares delimitados y seguros. La recolección, transporte, tratamiento y/o disposición final es realizada por empresas autorizadas. En caso de producirse un accidente de derrame o descarga accidental de aceites, grasas, otros, se recuperarán y almacenarán los residuos en tambores con tapa, en un sector con piso impermeable, con control de derrame, bajo techo y señalizado, para luego ser dispuesto en sitios autorizados por la SEREMI de Salud, Región de Atacama, dando cumplimiento a lo indicado en el D.S. 148 de 2003 del MINSAL. Indicador que acredita su cumplimiento • Obtención del permiso ambiental sectorial del Artículo N° 142. • Registro de entrada y salida de los residuos peligrosos de los SAT. • Registro interno de las actividades de retiro y disposición final en sitio autorizado. • Declaraciones realizadas en la ventanilla única del RETC. Forma de control y seguimiento Contar con los registros de autorización sanitaria y ambiental de las empresas que realizan el transporte y disposición final de los RESPEL. Referencia al ICE para mayores detalles Tabla 10.1.11
10.12. D.S. N° 43/2016, del Ministerio Salud, Aprueba Reglamento de Almacenamiento de
sustancias peligrosas.
Componente/Materia Sustancias peligrosas Norma D.S. N° 43/2016, del Ministerio Salud, Aprueba Reglamento de Almacenamiento de sustancias peligrosas. Otros cuerpos legales No aplica Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Construcción Parte, obra, acción, emisión, residuo o sustancia a la que aplica El Proyecto considera para la fase de construcción la utilización de sustancias peligrosas. Forma de cumplimiento El Proyecto dará cumplimiento a todas las obligaciones que el presente Reglamento establece para el manejo de sustancias peligrosas, considerando las correspondientes capacitaciones del personal, condiciones técnicas de almacenamiento, obligaciones de información y la existencia de procedimientos para la adecuada utilización de dichas sustancias. Indicador que acredita su cumplimiento • Hojas de datos de seguridad a disposición de la autoridad fiscalizadora en el sitio de almacenamiento. • Registro de capacitaciones al personal que interviene en manipulación de sustancias peligrosas. • Plan de emergencias. • Inventario de sustancias peligrosas. • Autorización Sanitaria para el funcionamiento de las instalaciones de almacenamiento de sustancias peligrosas en el caso de ser procedente debido a la cantidad de sustancias peligrosas a almacenar. Forma de control y seguimiento Verificación de los registros y condiciones generales de almacenamiento de Sustancias Peligrosas. Referencia al ICE para mayores detalles Tabla 10.1.12
10.13. D.S. N° 75/1987 del MTT. Establece Condiciones para el Transporte de Cargas que indica
Componente/Materia
Viabilidad y transporte
Norma
D.S. N° 75/1987 del MTT. Establece Condiciones para el Transporte
de Cargas que indica.
Otros cuerpos legales
No aplica
Fase del Proyecto a la
que aplica o en la que se
dará cumplimiento
Construcción
Parte,
obra,
acción,
emisión,
residuo
o
sustancia a la que aplica
Durante la fase de construcción, se considera transporte de materiales,
equipos, insumos y personal a través de camiones, buses y vehículos
liviano
Forma de cumplimiento
El transporte será realizado en camiones que contarán con los equipos
e implementos necesarios para evitar el escurrimiento o caída de los
materiales transportados al suelo de acuerdo a lo exigido en la
legislación vigente.
Indicador que acredita
su cumplimiento
Registro de control de equipos e implementos en el transporte.
Forma de control y Verificación de todos los contenidos fiscalizables.
seguimiento Referencia al ICE para mayores detalles Tabla 10.1.13
10.14. Ley N° 17.288/70, Ministerio de Educación Pública. Ley Sobre Monumentos Nacionales. Componente/Materia Patrimonio arqueológico y cultural Norma Ley N° 17.288/70, Ministerio de Educación Pública. Ley Sobre Monumentos Nacionales Otros cuerpos legales D.S. N° 484/1991 Reglamento sobre excavaciones y/o prospecciones arqueológicas, antropológicas y paleontológicas Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Construcción Parte, obra, acción, emisión, residuo o sustancia a la que aplica La ejecución del Proyecto considera la ejecución de excavaciones, en las cuales potencialmente podría identificarse la presencia de elementos de carácter patrimonial o arqueológico. Forma de cumplimiento En el evento que durante la ejecución de las acciones u obras de construcción del Proyecto se encontraren piezas u objetos de carácter arqueológico o antropológico, el titular dará aviso a Carabineros y detendrá totalmente las obras en el sector del suceso, procediendo según lo establecido en los 26 y 27 de la Ley N°17.288. Además, se informará de inmediato y por escrito al Consejo de Monumentos Nacionales para que este organismo determine los procedimientos a seguir Indicador que acredita su cumplimiento • Registro interno de comunicación de hallazgos de carácter histórico, antropológico, arqueológico o paleontológico al Gobernador Provincial y Consejo de Monumentos Nacionales. • Registro de la ejecución del plan por un arqueólogo. • Registro de las acciones de capacitación realizadas sobre temas de protección de patrimonio histórico, antropológico, arqueológico o paleontológico. Forma de control y seguimiento • Revisión y verificación periódica por parte del Proyecto de los indicadores de cumplimiento. • Mantención de la información actualizada en la plataforma de avisos que la SMA administra, de acuerdo a las instrucciones que ésta establezca. Referencia al ICE para mayores detalles Tabla 10.2.1
10.15. D.S. N° 430/91 del Ministerio de Economía. Fija el texto refundido, coordinado y
sistematizado de la Ley N° 18.892 de 1989 y sus modificaciones, Ley General de Pesca y
Acuicultura
Componente/Materia
Ecosistemas acuáticos.
Norma
D.S. N° 430/91 del Ministerio de Economía. Fija el texto refundido,
coordinado y sistematizado de la Ley N° 18.892 de 1989 y sus
modificaciones, Ley General de Pesca y Acuicultura.
Otros cuerpos legales
No aplica
Fase del Proyecto a la
que aplica o en la que se
Construcción y cierre
dará cumplimiento Parte, obra, acción, emisión, residuo o sustancia a la que aplica Construcción y mantenimiento de las obras de canalización del Río Salado. De acuerdo con lo indicado en el Capítulo 1 del EIA, no se ejecutarán obras en las lagunas costeras, por tanto, éstas no serán intervenidas por el Proyecto Forma de cumplimiento El cumplimiento de esta normativa se implementará mediante las siguientes acciones: • Si bien el Proyecto generará residuos sólidos y líquidos, estos no serán descargados a cuerpos o cauces de agua. Para ello, mediante cláusulas contractuales, se prohibirá a los trabajadores del Proyecto verter desperdicios a cuerpos o cuerpos de agua incluyendo ramas, hojas o troncos. • El material removido del cauce del río será trasladado directamente a los botaderos habilitados para ello, los cuales forman parte del presente Proyecto. • Sólo se intervendrá la superficie estrictamente necesaria de acuerdo con la descripción del Proyecto, evitando problemas de erosión en áreas aledañas a las obras. • El personal de la obra no podrá utilizar los cauces naturales ni sus riberas como áreas de esparcimiento. • Cualquier residuo (RSD o RSINP) que se genere en los frentes de trabajo se retirará de inmediato del área y será dispuesto en áreas debidamente habilitadas y autorizadas en las instalaciones de faenas del Proyecto. • Se prohibirá a los trabajadores manipular combustible o sustancias peligrosas en las inmediaciones de los cauces. • No se realizará mantención mecánica a los vehículos ni a la maquinaria que se utilice con ocasión del Proyecto. Estos servicios serán realizados con terceros autorizados, fuera de las instalaciones del Proyecto, tal como se indicó en la respuesta 2.4.c de la Adenda. Indicador que acredita su cumplimiento General: • Cláusulas contractuales que prohíban a los trabajadores del Proyecto arrojar o verter desperdicios a cursos o cuerpos de agua, así como manipular sustancias químicas y combustibles en las inmediaciones de los cauces. • Cláusulas contractuales que prohíban a los trabajadores utilizar los cauces naturales ni sus riberas como áreas de esparcimiento.
Respecto al manejo de residuos:
• Autorización de la empresa que realice el retiro y manejo de los
residuos provenientes de los baños químicos.
• Obtención de los Permisos para la construcción y funcionamiento
de los sitios destinados al almacenamiento transitorio de residuos
sólidos durante la fase de construcción, otorgados por la SEREMI
de Salud.
• Ausencia de acopios de residuos en sitios no autorizados
(verificación mediante inspecciones del personal).
• Declaración de Residuos Peligrosos mediante ventanilla única
(RETC).
• Autorización de la empresa que realiza el traslado de los RESPEL,
RSD y RSINP.
• Autorización de la empresa que realiza la disposición final de los
RESPEL, RSD y RSINP.
• Registro de recepción de RESPEL, RSD y RSINP por parte de la empresa que realizará la disposición final de los mismos. Forma de control y seguimiento No aplica Referencia al ICE para mayores detalles Tabla 10.2.2
11°. Que, sin perjuicio de lo señalado en el Informe Consolidado de Evaluación (ICE), en lo que respecta a la Recomendación de Calificación y sus fundamentos, la Comisión de Evaluación de la Región de Atacama, según consta en el acta de sesión celebrada el día 08 de julio 2022, resolvió calificar favorablemente el Proyecto, estableciendo que para su ejecución, el Titular deberá cumplir las siguientes condiciones o exigencias, en concordancia con el artículo 25 de la Ley N° 19.300:
11.1. Previo a la construcción de la obra en el sector de la familia reasentada, el Titular presentará a la Superintendencia del Medio Ambiente Atacama, la constancia de que la familia ya se encuentra reasentada y conforme con la solución habitacional, según lo establecido en el análisis metodológico de suficiencia de la solución habitacional del EIA en su vivienda de reposición (Capítulo 6 Plan de Medidas, Anexo 6 A Plan de Reasentamiento, numeral 3.2.1.3) y la Guía de Reasentamiento de Comunidades Humanas, del SEA 2014.
11.2. Previo a la construcción de las obras en el tramo de las familias afectadas por reasentamiento, el Titular deberá presentar a la Superintendencia del Medio Ambiente Atacama, la vivienda definida para la solución habitacional individual por cada propietario afectado por reasentamiento, de acuerdo a los contenidos de la Guía de reasentamiento de comunidades humanas, considerando para la solución individual propiedades con un predio y cabida similar a la vivienda original, con una ubicación donde no sean vulnerables a inundaciones del río Salado, en las cuales se garantice las condiciones de habitabilidad y disponibilidad de servicios básicos, resguardando por lo tanto, los servicios actuales disponibles, tales como: equipamiento comunitario y acceso a servicios, agua potable y alcantarillado, energía eléctrica e internet.
11.3. Para realizar un correcto seguimiento de las medidas asociadas al Plan de Seguimiento, además de los establecido en el EIA, el Titular informará a la Superintendencia del Medio Ambiente Atacama el cumplimiento de lo indicado en el punto precedente, esto es que la solución habitacional tenga un predio y cabida similar a la vivienda original, además de verificar que se haya dado cumplimiento al equipamiento comunitario y acceso a servicios, agua potable y alcantarillado, energía eléctrica e internet.
12°. Que, durante el procedimiento de evaluación del EIA el Titular del Proyecto propuso los siguientes compromisos ambientales voluntarios:
12.1. Límites de Velocidad en áreas del Proyecto.
Impacto asociado
Alteración de la calidad del aire debido al aumento del nivel de las
concentraciones de material particulado respirable en los sectores donde
se emplazan las obras y botaderos.
Fase del Proyecto a la
que aplica
Construcción
Objetivo, descripción
y justificación
Objetivo: Establecer medidas de control de las emisiones de material
Particulado MP10.
Descripción: se mantendrá límites de velocidad máxima para camiones
de 30 km/h dentro del área de las obras.
Justificación: Disminuir la percepción de potencial afectación de la
calidad de aire por emisiones de material particulado MP10.
Lugar, forma y oportunidad de implementación Lugar: Los lugares de implementación de este compromiso corresponden a Diego de Almagro, El Salado y Chañaral: • Regulación de Velocidad a 30 km/hr, dentro del área del Proyecto, ya sea en Chañaral, Diego de Almagro y/o el Salado. Forma: Control de velocidad vehicular por medio de radar. Oportunidad: Una vez iniciada la fase de construcción, durante toda la fase de descripción. Indicador que acredite su cumplimiento Informe anual de señalética de regulación de velocidad máxima instalado a la Superintendencia del Medio Ambiente (SMA). Forma de control y seguimiento Comprobante de ingreso del informe anual a la Superintendencia del Medio Ambiente (SMA). Referencia al ICE para mayores detalles Tabla 12.1.1
12.2 Aplicación de Supresor
Impacto asociado
Alteración de la calidad del aire debido al aumento del nivel de las
concentraciones de material particulado respirable en los sectores donde
se emplazan las obras y botaderos
Fase del Proyecto a la
que aplica
Construcción
Objetivo, descripción
y justificación
Objetivo: Control de Polvo por caminos no pavimentados.
Descripción: Aplicación de supresor (tipo bischofita o similar) En
términos de respaldo técnico se adjunta en el Anexo E.4 (Fichas Tipos)
el respaldo técnico que señala que con la aplicación de la medida es
factible alcanzar el 80% establecido como control de emisiones en
caminos no pavimentados.
Justificación: Emisiones por circulación de vehículos en camios no
pavimentados y cercanía a viviendas.
Lugar,
forma
y
oportunidad
de
implementación
Lugar:
Chañaral:
• Canal Obras Chañaral: 3,42 km.
• Camino Botadero: 1,85 km.
• Tramo a Poza: 0,15 km.
El Salado:
• Canal Obras Salado: 0,98 km.
• Botadero El Salado: 0,15 km.
Diego de Almagro
• Canal Obras Diego de Almagro: 3,1 km
• Tramo 1 Botadero 1: 3,64 km.
• Tramo 2 Botadero 1: 5,93 km.
• Tramo a Botadero 2: 0,63 km.
Forma: Aplicación de dosis mensual a definir en terreno de acuerdo con
condiciones en camino.
Oportunidad: El supresor se contempla aplicar específicamente en la
Fase Construcción de acuerdo con cronograma de la siguiente forma:
• Chañaral Año 1-10.
• El Salado Año 6-7.
• Diego de Almagro Año 1-5.
Indicador que acredite su cumplimiento Medición en terreno y control semanal Forma de control y seguimiento Informe de Medición y Mantención (Semestral) Referencia al ICE para mayores detalles Tabla 12.1.2
12.3. Implementación Malla Raschel Perimetral Impacto asociado Alteración de la calidad del aire debido al aumento del nivel de las concentraciones de material particulado respirable en los sectores donde se emplazan las obras y botaderos Fase del Proyecto a la que aplica Construcción Objetivo, descripción y justificación Objetivo: Captura de Polvo en obras. Descripción: Implementación de mallas perimetrales. Justificación: Emisiones de material particulado en obras cercanas a viviendas. Lugar, forma y oportunidad de implementación Lugar: • Chañaral: Obras. • El Salado: Obras. • Diego de Almagro: Obras. Forma: Malla perimetral. Oportunidad: Se considera la instalación de mallas en el perímetro de obras de canal. • Chañaral Año 1-10. • El Salado Año 6-7. • Diego de Almagro Año 1-5. Indicador que acredite su cumplimiento Informe de construcción e instalación (sin eficiencia de control comprometida en el inventario de emisiones). Revisión semanal del estado de la malla. Forma de control y seguimiento Informe de construcción e instalación (Semestral). Referencia al ICE para mayores detalles Tabla 12.1.3
12.4. Humectación de Lugares de Acopio de Material
Impacto asociado
Alteración de la calidad del aire debido al aumento del nivel de las
concentraciones de material particulado respirable en los sectores donde
se emplazan las obras y botaderos.
Fase del Proyecto a la
que aplica
Construcción
Objetivo, descripción
y justificación
Objetivo: Control de polvo en lugares de acopio (botadero).
Descripción: Humectación de sectores de acopio de material.
Justificación: Emisiones de material particulado en obras cercanas a
viviendas.
Lugar,
forma
y
oportunidad
de
implementación
Lugar:
• Chañaral: Botadero y sector de acopio temporal.
• El Salado: Botadero y sector de acopio temporal.
• Diego de Almagro: Botadero y sector de acopio temporal. Forma: Humectación de tres veces al día por medio de camión aljibe. Oportunidad: Se considera la humectación de los sitios de acopio de material. • Chañaral Año 1-10. • El Salado Año 6-7. • Diego de Almagro Año 1-5. Indicador que acredite su cumplimiento Informe de aplicación de la medida de aplicación de agua (Cantidad, día, sector en que se aplica. Nota: Dado que es una emisión que depende de variables atmosféricas (velocidad y dirección del viento, humedad, etc.) no es factible asumir un valor de eficiencia. Forma de control y seguimiento Informe de aplicación de la medida (Semestral). Referencia al ICE para mayores detalles Tabla 12.1.4
12.5. Instalación de paneles o barreras acústicas como cierre perimetral en cada frente de trabajo
Impacto asociado
Alteración de los niveles de presión sonora producto de la generación de
emisiones de ruido por fuentes fijas y móviles en la fase de construcción
del Proyecto.
Fase del Proyecto a la
que aplica
Construcción.
Operación (en los casos de emplear maquinaria pesada durante las
actividades de limpieza y/o mantención, se hará extensiva la medida de
control).
Objetivo, descripción
y justificación
Objetivo: Instalar Paneles acústicos en frentes de trabajo.
Descripción: Instalación de paneles o barreras acústicas móvil, como
cierre perimetral en el frente de trabajo. Considerando que el frente de
trabajo no puede estar en el mismo lugar por más de 6 meses, el panel
acústico se deberá reubicar.
Justificación: Para el control de la percepción de potencial afectación de
la calidad de vida de los receptores humanos por emisión de ruido
Lugar,
forma
y
oportunidad
de
implementación
Lugar: Este compromiso se debe implementar para las localidades de
Diego de Almagro, El Salado y Chañaral, específicamente en los
receptores R15, R16, RA9 y RA10 en Chañaral, R7, R9 y RA7 en El
Salado y R1, R2, R3, R4, R5 y R17 en Diego de Almagro.
Los paneles deben ser ubicados en el perímetro de las obras, a la altura
de los frentes de trabajos y estos deben ir moviéndose a medida que se
reubique los frentes de trabajos. Para el caso de la fase de operación y en
caso de emplear maquinaria pesada, las barreras se instalarán
específicamente en los receptores anteriormente señalados.
Forma: Se propone que los paneles o barrera acústica sea con una barrera
de 4,88 metros de alto (correspondiente a cuatro planchas de madera
OSB de 1,22 x 2,44 m) y una cumbrera de 1 metro inclinada en 45° hacia
el interior del recinto, esta característica utiliza el fenómeno de
difracción de la onda sonora, de este modo el frente de onda es “cortado”
por la cumbrera, lo que produce una desviación en el camino de
propagación, aumentando la sombra acústica proporcionada por la
barrera. La barrera debe ser instalada en el deslinde del Proyecto.
Es importante en la instalación de la barrera no dejar ninguna abertura por la que se pueda propagar el ruido a través de esta, esto incluye aberturas a nivel de suelo y entre los paneles, asimismo debe mantenerse en buen estado de modo de no producir insuficiencias en la sombra acústica otorgada. Oportunidad: Debe estar implementado durante la fase de construcción, junto con la instalación de frentes de trabajos y en la fase de operación, en caso de emplear maquinaria pesada para las labores de limpieza y mantención. Indicador que acredite su cumplimiento Informe anual (fase de construcción) e informe posterior a labores de limpieza y mantención, en caso de emplear maquinaria pesada, en la fase de operación, remitido a la Superintendencia del Medio Ambiente (SMA) que dé cuenta de la implementación de este compromiso mediante un registro fotográfico con la instalación de los paneles. Forma de control y seguimiento Comprobante de ingreso del informe anual a la Superintendencia del Medio Ambiente (SMA). Referencia al ICE para mayores detalles Tabla 12.1.5
12.6. Monitoreo de ruido
Impacto asociado
Alteración de los niveles de presión sonora producto de la generación de
emisiones de ruido por fuentes fijas y móviles en la fase de construcción
del Proyecto.
Fase del Proyecto a la
que aplica
Construcción
Objetivo, descripción
y justificación
Objetivo: Verificar los valores de ruido modelados en receptores más
cercanos al Proyecto durante la fase de construcción.
Descripción: Se efectuará un monitoreo de ruido durante la fase de
construcción para verificar el cumplimiento de los valores de ruido
modelados en los receptores más cercanos al Proyecto durante la fase de
construcción y, además, para verificar el éxito de las medidas de control
implementadas, tanto el cierre de obras con barreras acústicas, como las
acciones de índole administrativo y constructivo, especificadas en la
sección 6 del Anexo 4-B del EIA.
Justificación: El Proyecto emitirá emisiones de ruido durante su fase de
construcción, las cuales, de acuerdo con el modelo presentado en el
Anexo 4-B del EIA, generarán en algunos casos valores de inmisión por
sobre los límites establecidos por el D.S. N° 38/2011, por lo que se
requiere de medidas de control para reducir dichos valores y dar
cumplimiento a la mencionada normativa.
Lugar,
forma
y
oportunidad
de
implementación
Lugar: Este compromiso se debe implementar en las localidades de
Diego de Almagro, El Salado y Chañaral, específicamente en las áreas de
trabajo que constituyan el peor escenario en cuanto al uso de maquinaria.
Forma: De acuerdo con el programa de construcción del Proyecto se
identificarán los escenarios más desfavorables en cuanto al uso de
maquinaria pesada de forma simultánea para efectuar los monitoreos de
ruido. Estos serán realizados en las faenas de las tres localidades.
Oportunidad: Este compromiso se implementará una vez durante la fase
de construcción del Proyecto, específicamente en el escenario más
desfavorable respecto al uso de maquinaria.
Indicador que acredite su cumplimiento Informe el monitoreo remitido a SEREMI de Salud, Región de Atacama y a la Superintendencia del Medio Ambiente Forma de control y seguimiento Comprobante de ingreso del informe de monitoreo a la SEREMI de Salud y a la Superintendencia del Medio Ambiente. Referencia al ICE para mayores detalles Tabla 12.1.6
12.7. Coordinación para gestión de Tránsito en rutas de acceso a atractivos turísticos
Impacto asociado
Alteración temporal del acceso a atractivos turísticos producto de los
desvíos en rutas públicas durante la fase de construcción del Proyecto.
Fase del Proyecto a la
que aplica
Construcción
Objetivo, descripción
y justificación
Objetivo: Reducir la interferencia en el tránsito vehicular, hacia el acceso
a atractivos turísticos además de aportar a la gestión de tráfico de la
comuna durante el período de obras.
Descripción: El Compromiso de Coordinación para gestión de tránsito
contempla la coordinación con la Dirección de Tránsito con las comunas
correspondientes en las rutas que se alteran temporalmente son: la Ruta
5, C-120 (Chañaral – Caleta Pan de Azúcar), C-13 (Chañaral – Diego de
Almagro), C-209 (El Salado – Manto Verde), C-17 (Diego de Almagro –
Inca de Oro) y C-167 (Diego de Almagro – Cuesta Topón Azul).
Justificación: En consideración a la alteración de rutas y aumento
tiempos de desplazamiento por obras de control aluvional en las
localidades de Chañaral, El Salado y Diego de Almagro, se identifica la
necesidad de realizar un conjunto de acciones de coordinación entre
organizaciones del Estado para una adecuada y segura gestión del
tránsito durante la fase de obra, así como durante la operación del
Proyecto.
Las Áreas de Influencia presentan valor turístico condicionado por la
presencia de atractivos culturales (valor cultural) tales como el Templo
Presbiteriano de Chañaral, Iglesia de Chañaral y Casa Contigua, Museo
de Historia Natural Rodulfo A. Philippi, Ruinas de Chañaral y Diego de
Almagro; servicios y actividades turísticas (valor patrimonial) asociado a
la presencia de servicios de alojamiento en Chañaral y Diego de
Almagro, como también, la presencia de rutas patrimoniales Litoral de
Atacama y El Derrotero de Atacama, que se proyectan por las Áreas de
Influencia de Chañaral, Salado y Diego de Almagro; y por la existencia
de flujos de visitantes o turistas, según antecedentes de la Estadística de
Establecimiento de Alojamiento Turístico Primer Semestre 2018 y
estadísticas de visitantes a las unidades del SNASPE.
De manera complementaría, según antecedentes del Servicio Nacional
de Turismo (SERNATUR), las Áreas de Influencia de Chañaral y Diego
de Almagro se encuentran dentro de las Áreas Turísticas Prioritarias
Parque Nacional Pan de Azúcar – Chañaral y Desierto y Puna de
Atacama, respectivamente. En cuanto a Destinos Turísticos, sólo
Chañaral se encuentra dentro del Destino Caldera – Parque Nacional Pan
de Azúcar.
Lugar,
forma
y
oportunidad
de
implementación
Lugar: En las localidades de Chañaral, El Salado y Diego de Almagro.
Forma: La implementación de la medida contempla un conjunto de
actividades que se presentan a continuación:
• Coordinar con la Dirección de Tránsito de las comunas de Chañaral
(que incluye las localidades de El Salado y Chañaral) y Diego de Almagro para el establecimiento de un canal de comunicación permanente entre el titular y la institucionalidad para informar y discutir sobre las actividades de obra del proyecto y flujos de vehículos previstos; • Presentar a la Dirección de Tránsito de cada comuna el proyecto detallado; • Validar de forma previa las propuestas de rutas de circulación y horarios con la Dirección de Tránsito; • Comunicar a la Dirección de Tránsito de las comunas de Chañaral y Diego de Almagro sobre horarios y ubicación de obras y de mayor flujo de vehículos pesados; • Comunicar inmediatamente a la Dirección de Tránsito de las comunas de Chañaral y Diego de Almagro sobre emergencias, cortes o actividades no programadas que se realicen; • Establecer dialogo con la sociedad civil e institucionalidad local con fines de evitar circulación de vehículos de carga asociados a la construcción en fechas, horarios y ubicación de realización de eventos locales de relevancia sociocultural que se desarrollen en las vías públicas. Oportunidad: La medida se implementará durante toda la fase de construcción del Proyecto. Indicador que acredite su cumplimiento • Reporte anual a la autoridad ambiental de la implementación de los compromisos; • Registros de la previa validación de medidas con la Dirección del Tránsito de las comunas de Chañaral y Diego de Almagro (se incluirá en el reporte indicado anteriormente); • Registros de las comunicaciones de las acciones de obras y flujo vehicular a la Dirección del Tránsito de las comunas de Chañaral y Diego de Almagro y a la sociedad civil a través del Plan de Relacionamiento Comunitario (se incluirá en el reporte indicado anteriormente). Forma de control y seguimiento Comprobante de ingreso del reporte a la Superintendencia del Medio Ambiente. Referencia al ICE para mayores detalles Tabla 12.1.7
12.8. Monitoreo arqueológico permanente
Impacto asociado
Afectación de elementos patrimoniales producto de la construcción de
las obras de canalización y defensa fluvial durante la fase de
construcción del Proyecto.
Fase del Proyecto a la
que aplica
Construcción
Objetivo, descripción
y justificación
Objetivo: Identificar la presencia de componentes arqueológicos
presentes en el área del Proyecto, que pudiesen ser dañados producto de
los movimientos de tierra durante la fase de construcción.
Descripción: Se realizará un monitoreo arqueológico permanente por
arqueólogo(a) o licenciado(a) en arqueología en los frentes de trabajo
durante la fase de construcción del Proyecto que impliquen la remoción
de sedimentos, escarpes y/o excavación, de forma de liberar el terreno y
de verificar la no existencia de restos arqueológicos, o en su defecto, de
establecer las medidas que corresponda de acuerdo con la Ley 17.288
sobre
Monumentos
Nacionales.
Este
monitoreo
se
reportará
mensualmente mediante un informe, el cual incluirá dentro de sus
contenidos, los siguientes antecedentes:
• Descripción de las actividades en todos los frentes de excavación del
mes, con fecha.
• Descripción de matriz y materialidad encontrada (con profundidad)
en cada obra de excavación.
• Plan mensual de trabajo de la constructora donde se especifique en
libro de obras los días monitoreados por el/la arqueólogo/a.
• Planos y fotos (de alta resolución) de los distintos frentes de
excavación y sus diferentes etapas de avances.
• Contenidos de las charlas de inducción efectuadas, la constancia de
asistentes con la firma de cada trabajador/a y además una síntesis de
sus comentarios, observaciones y preguntas efectuadas por los
participantes (CV-05).
• De evidenciarse restos arqueológicos, se incorporarán:
-
Ficha de registro arqueológico con fotografías panorámicas y
específicas de los hallazgos (en alta resolución).
-
Descripción detallada del estado de conservación y si hubiera,
afectación por las obras del Proyecto.
-
Medidas de protección y/o conservación, implementadas.
-
Constancia de aviso del hallazgo al CMN, de acuerdo a lo
establecido en el art. 26° de la Ley17.288 de Monumentos
Nacionales.
• Reporte sobre el estado de conservación de las medidas de
prevención
implementadas
(cercado,
señaléticas,
etc.),
específicamente en los sitios, OARS002, OARS008 y OARS009,
durante la fase de construcción del Proyecto (CV-06).
Respecto al informe final de monitoreo, éste deberá considerar lo
siguiente:
• El informe final de monitoreo deberá dar cuenta de las actividades
realizadas, y de haberse detectado sitios arqueológicos, deberá incluir
la información de rescate correspondiente. En estos casos se deberá
incluir una revisión bibliográfica de la zona, el análisis (por tipo de
materialidad) y la conservación de todos los materiales arqueológicos
que se encuentren motivo de esta actividad.
• De recuperarse materiales arqueológicos, la propuesta de destinación
definitiva de dichos bienes deberá ser indicada al momento de
entregar el informe final del monitoreo e incluir un documento oficial
de la institución museográfica aceptando la eventual destinación.
Asimismo, se deberán solventar los gastos de análisis, conservación y
embalaje de las piezas, así como su traslado a la entidad receptora.
Justificación: En las áreas cercanas al Proyecto se encontraron hallazgos
que pueden implicar encontrar otros hallazgos durante la fase de
construcción.
Lugar,
forma
y
oportunidad
de
implementación
Lugar: Este compromiso se debe implementar para las localidades de
Diego de Almagro, El Salado y Chañaral, específicamente en las áreas de
emplazamiento de las obras donde se ejecutarán actividades de
movimiento de tierra y/o excavaciones.
Forma: De acuerdo con el programa de construcción del Proyecto se
identificarán aquellas obras donde se ejecutarán actividades de
movimiento de tierra, y excavaciones. En base a este cronograma se dispondrá la presencia permanente de un arqueólogo en dichas actividades. Oportunidad: Este compromiso se implementará durante toda la fase de construcción del Proyecto, mientras se ejecuten actividades que conlleven movimientos de tierra y/o excavaciones. Indicador que acredite su cumplimiento • Contrato de trabajo del arqueólogo o licenciado en arqueología a cargo del monitoreo. • Informe mensual del monitoreo remitido al Consejo de Monumentos Nacionales y a la Superintendencia del Medio Ambiente. • Informe final de monitoreo, el cual también deberá ser enviado al Consejo de Monumentos Nacionales y a la Superintendencia del Medio Ambiente. Por medio de la SMA se remitirá al Departamento de Cultura y Turismo de la Ilustre Municipalidad de Diego de Almagro y la Ilustre Municipalidad de Chañaral. Forma de control y seguimiento • Comprobante de ingreso mensual del informe de monitoreo al Consejo de Monumentos Nacionales y a la Superintendencia del Medio Ambiente. • Comprobante de requerimiento a la SMA para remitir informe mensual al Departamento de Cultura y Turismo de la Ilustre Municipalidad de Diego de Almagro y la Ilustre Municipalidad de Chañaral. • Registro fotográfico de las actividades de monitoreo (que formarán parte del informe). • Acta o ficha que dé cuenta del monitoreo permanente, durante la ejecución de labores de movimientos de tierra y excavaciones. Referencia al ICE para mayores detalles Tabla 12.1.8
12.9. Implementación de Charlas de Inducción en Arqueología a trabajadores a cargo de las
actividades de excavación
Impacto asociado
Afectación de elementos patrimoniales producto de la construcción de
las obras de canalización y defensa fluvial durante la fase de
construcción del Proyecto.
Fase del Proyecto a la
que aplica
Construcción
Objetivo, descripción
y justificación
Objetivo: Entregar a los trabajadores información acerca del área donde
se emplazará el Proyecto con el propósito de prevenir afectaciones al
patrimonio arqueológico.
Descripción: Se realizarán charlas de inducción en arqueología a los
trabajadores del Proyecto, las cuales serán realizadas por un/a
arqueólogo/a o licenciado/a en arqueología. Dicha actividad deberá
concretarse previo al inicio de las obras, con el propósito de prevenir una
posible afectación al Patrimonio Arqueológico. Además, deberán tener
una periodicidad anual, y dentro de los tópicos a considerar se incluirá un
protocolo de emergencia en caso de hallazgos.
Justificación: En las áreas cercanas al Proyecto se encontraron hallazgos
que pueden implicar encontrar otros hallazgos durante la fase de
construcción.
Lugar,
forma
y
oportunidad
de
Lugar: Este compromiso implementará en todas las localidades donde se
desarrollará el Proyecto, es decir, Diego de Almagro, El Salado y
implementación Chañaral. En particular, las charlas se dictarán en lugares habilitados para tales efectos y previo a iniciar trabajos en terreno. Forma: Se implementará un Programa de charlas el cual deberá considerar a todos los trabajadores propios y de empresas colaboradoras, en los distintos turnos existentes durante las fases de construcción. Se realizarán charlas donde se presentará a través de métodos visuales las zonas donde se definen hallazgos arqueológicos. Además, se incluirá ejemplos de hallazgos encontrados, información referente a los hallazgos que se han encontrado en el pasado y además un protocolo en caso de hallazgos fortuitos. Oportunidad: Previo y durante la fase de construcción del Proyecto Indicador que acredite su cumplimiento • Registros de charlas de inducción (asistencia). • Inclusión de los contenidos de las charlas en los informes mensuales de monitoreo arqueológico. Forma de control y seguimiento Comprobante de ingreso del informe mensual de monitoreo al Consejo de Monumentos Nacionales y a la Superintendencia del Medio Ambiente. Referencia al ICE para mayores detalles Tabla 12.1.9
12.10. Cercado e instalación de señalética a hallazgos Arqueológicos Impacto asociado Afectación de elementos patrimoniales producto de la construcción de las obras de canalización y defensa fluvial durante la fase de construcción del Proyecto. Fase del Proyecto a la que aplica Construcción Objetivo, descripción y justificación Objetivo: Proteger los sitios, OARS002, OARS005, OARS008 y OARS009 durante la fase de construcción del Proyecto. Descripción: Se realizará cercado e instalación de señalética a los sitios, OARS002, OARS008 y OARS009 que se encuentran cercanos al Proyecto. Justificación: Los sitios OARS002, OARS008 y OARS009 se encuentran cercanos al área del Proyecto y para evitar que estos sean alterados o dañados durante la fase de construcción se protegerán por medio de cercos perimetrales. Para el sitio OARS005 (rasgo lineal) en caso de que este se extienda al interior del área de influencia del Proyecto, se implementará protección mediante cercado tipo corchete. Lugar, forma y oportunidad de implementación Lugar: Ubicación de los sitios a proteger:
Localidad
Sitio
Tipo de
hallazgo
Coordenadas UTM
WGS84 19s
Norte
Este
Diego de
Almagro
OARS002
Habitacional
397.322
7.081.217
397.350
7.081.143
397.264
7.081.132
397.256
7.081.157
Diego de
Almagro
OARS005
Rasgo lineal
389.656
7.081.278
Chañaral OARS008 Parapeto 342.208 7.087.284 El Salado OARS009 Basural Histórico 367.869 7.076.234 367.883 7.076.217 367.876 7.076.212 367.856 7.076.228
Forma: Cercado perimetral para los sitios/hallazgos arqueológicos, OARS002, OARS008 y OARS009, que consiste en un cerco visible de mallas y postes de 1,20 m de altura mínima, dejando un buffer de 10 m alrededor de los hallazgos, dichos cercos se mantendrán durante toda la etapa de construcción del Proyecto. Para el caso del sitio OARS005 (Rasgo lineal) en caso de que se extienda al interior del área de influencia del Proyecto, este será protegido mediante cercado tipo corchete, que se dispondrá en los puntos de atravieso del rasgo lineal con las obras, evitando la afectación de la porción restante del rasgo por parte de las obras del Proyecto. Esto incluirá instalación de señalética que indique que corresponde a un sitio arqueológico, la legislación vigente y la prohibición de ingreso. La instalación de los cercos y señalética se realizará previo al inicio de las obras (considerando la habilitación de caminos), e incluirá el monitoreo arqueológico de la instalación y charlas de inducción patrimonial a los encargados de la construcción, con el fin de proteger los sectores que no serán intervenidos. El monitoreo antes mencionado consistirá en la vigilancia permanente por parte de un/a arqueólogo/a o licenciado/a en arqueología, el cual llevará registro de los procesos con fotografías y descripción diaria de los trabajos, para posteriormente generar un informe final de las labores realizadas. Estas actividades serán informadas al Consejo de Monumentos Nacionales mediante un Informe con fotografías que demuestren la implementación de la medida una vez realizada. Oportunidad: Previo al inicio de las obras, en la fase de construcción. Indicador que acredite su cumplimiento • Registro fotográfico del cercado y señalización. • Inclusión del registro fotográfico y detalle metodológico en los informes mensuales de monitoreo arqueológico. Forma de control y seguimiento Comprobante de ingreso informe de monitoreo enviado al CMN y a la Superintendencia del Medio Ambiente. Referencia al ICE para mayores detalles Tabla 12.1.10
12.11. Registro superficial de los elementos patrimoniales arqueológicos
Impacto asociado
Afectación de elementos patrimoniales producto de la construcción de
las obras de canalización y defensa fluvial durante la fase de
construcción del Proyecto.
Fase del Proyecto a la
que aplica
Construcción
Objetivo, descripción
y justificación
Objetivo: Proteger el sitio OARS005, durante la fase de construcción del
Proyecto.
Descripción: Se realizará un registro superficial de los elementos
patrimoniales OARS005.
Justificación: Este sitio se encuentra cercano al área del Proyecto y para evitar perder información del mismo, se levantará la información y se registrará. Lugar, forma y oportunidad de implementación Lugar: Ubicación de los sitios a proteger:
Localidad Sitio Tipo de hallazgo Coordenadas UTM WGS84 19s Norte Este Diego de Almagro OARS005 Huella 389.656 7.081.278
Forma: El registro superficial de los elementos patrimoniales arqueológicos incluirá un registro fotográfico y un levantamiento topográfico de todos los rasgos relevantes de los elementos, incluyendo una prospección de 1 km desde el elemento en cada dirección de la huella registrada. Oportunidad: Previo al inicio de la fase de construcción. Indicador que acredite su cumplimiento Inclusión del registro visual y topográfico de la huella en los informes mensuales de monitoreo arqueológico. Forma de control y seguimiento Inclusión del registro visual y topográfico de la huella en los informes mensuales de monitoreo arqueológico. Referencia al ICE para mayores detalles Tabla 12.1.11
12.12. Puesta en valor y difusión del patrimonio cultural identificado en el área del Proyecto
Impacto asociado
Afectación de elementos patrimoniales producto de la construcción de
las obras de canalización y defensa fluvial durante la fase de
construcción del Proyecto.
Fase del Proyecto a la
que aplica
Construcción
Objetivo, descripción
y justificación
Objetivo: Registrar y difundir el patrimonio cultural identificado en el
área donde se emplazará el Proyecto.
Descripción: Se considera el desarrollo de dos actividades principales:
1. Elaborar un documento (tipo cuadernillo) que exponga el patrimonio
cultural identificado en el Proyecto y a nivel regional (prehispánico,
histórico, paleontológico y social), el cual debe considerará un formato
educativo o bien, de índole catastral. Este documento contendrá un
registro de los trabajos asociados a cada uno de los hallazgos que serán
afectados por el Proyecto, correspondientes a OARS001 y OARS005, y
que forman parte del PASM 132 presentado con ocasión de este Proyecto
(Ver Anexo C.1 de la Adenda):
•
OARS001: Se implementará registro arquitectónico de la estructura
de señalización mediante fotografía digital y la aplicación de una
ficha especializada basada en la propuesta de Castro et al. (1993),
levantamiento topográfico y/o aerofotogrametría y recolección de
materiales históricos asociados, además del posterior análisis de los
elementos recuperados por tipo de materialidad.
•
OARS005: Será registrado de manera sistemática mediante ficha de
registro de rasgos viales o lineales especializada basada en la
propuesta de Castro et al. (2004). Junto a esto, se entregará un registro ortofotográfico y topográfico completo y detallado de toda su extensión dentro del Área de Influencia del Proyecto, incluyendo además el registro de 1 km a cada extremo en la zona que se encuentra fuera del Área de Influencia del Proyecto. De identificarse material superficial se realizará la recolección superficial de los materiales diagnósticos, con su respectivo análisis de laboratorio. Las recolecciones superficiales serán ejecutadas por un arqueólogo titulado en arqueología previa autorización del CMN. Adicionalmente, este documento incluirá registro y descripción del resto de los hallazgos identificados en la línea de base (Ver en Anexo B.3 de la Adenda) y, además, una caracterización del patrimonio cultural propio de la región de Atacama. 2. Implementación de un plan de difusión del contenido incorporado en el cuadernillo antes descrito, el que estará orientado a todo tipo de público. Este plan considerará lo siguiente: • Charlas de difusión en colegios y juntas de vecino. • Entrega en colegios, juntas de vecino y municipios de copias del cuadernillo elaborado. Justificación: Dada la intervención que realizará el Proyecto a los hallazgos arqueológicos OARS001 y OARS005, resulta importante rescatar y poner en valor el patrimonio arqueológico existente en el área, así como su difusión en el contexto histórico de la región. Lugar, forma y oportunidad de implementación Lugar: Las charlas de difusión se realizarán en colegios y juntas de vecinos de Chañaral, El Salado. y Diego de Almagro. La entrega de los cuadernillos se realizará a colegios, juntas de vecino y municipios. Forma: La puesta en valor y las actividades de difusión será planificada, elaborada y ejecutada por un equipo multidisciplinario, integrando especialistas en las materias a tratar. Previo a su implementación, esta propuesta será presentada para su visación y aprobación al CMN. Oportunidad: La presentación de la puesta en valor y su planificación se presentará al CMN a más tardar un año después de entregados los informes finales de rescate (recolección y registro exhaustivo), comprometido en el CV-04 (Ver respuesta 14.2 de la Adenda), Por su parte, la elaboración del cuadernillo y las charlas de difusión se realizarán una vez visada la propuesta. Indicador que acredite su cumplimiento • Visación de la propuesta y planificación de puesta en valor y difusión del patrimonio arqueológico existente en el área del Proyecto. • Registros de la realización de las charlas de difusión, que incluya contenido y listado de asistentes. • Registro de la entrega de cuadernillos elaborados sobre el patrimonio arqueológico existente en el área del Proyecto. Forma de control y seguimiento Según planificación de la puesta en valor Referencia al ICE para mayores detalles Tabla 12.1.12
12.13. Implementación de Charlas de Inducción en Paleontología a trabajadores a cargo de las
actividades de excavación y movimientos de tierra
Impacto asociado
--
Fase del Proyecto a la que aplica Construcción Objetivo, descripción y justificación Objetivo: Entregar a los trabajadores información acerca del área donde se emplazará el Proyecto y el protocolo de hallazgos no previstos, con el propósito de prevenir afectaciones al patrimonio paleontológico. Descripción: Se realizarán charlas de inducción en paleontología y el protocolo de hallazgos no previstos a los trabajadores del Proyecto, las cuales serán realizadas por un/a paleontólogo/a que cumpla con el perfil profesional aprobado por el CMN para estos fines. Dicha actividad deberá concretarse previo al inicio de las obras o bien al momento de incorporarse nuevos trabajadores a las faenas de construcción y que vayan a ser destinados a labores de movimientos de tierra y/o excavaciones. Justificación: Al Área de Influencia del Proyecto definida para esta componente (Capítulo 3.12 del EIA) se le asignó un potencial paleontológico medio a bajo con una categoría paleontológica susceptible, por tanto, tiene una alta probabilidad de albergar restos fósiles puesto que su formación ocurre en general en la parte exterior de la corteza terrestre. Lugar, forma y oportunidad de implementación Lugar: Este compromiso se implementará en todas las localidades donde se desarrollará el Proyecto, es decir, Diego de Almagro, El Salado y Chañaral. En particular, las charlas se dictarán en lugares habilitados para tales efectos y previo a iniciar trabajos en terreno. Forma: Se implementará un Programa de charlas el cual deberá considerar a todos los trabajadores propios y de empresas colaboradoras que se desempeñen en actividades de excavación y movimientos de tierra, en los distintos turnos existentes durante la fase de construcción del Proyecto. Se realizarán charlas sobre el componente paleontológico que se podría encontrar en el área y los procedimientos a seguir en caso de hallazgo. Oportunidad: Previo y durante la fase de construcción del Proyecto. Indicador que acredite su cumplimiento • Registros de charlas de inducción (asistencia). • Inclusión de los contenidos de las charlas en los informes mensuales de monitoreo paleontológico. Forma de control y seguimiento Comprobante de ingreso del informe mensual de monitoreo paleontológico al Consejo de Monumentos Nacionales y a la Superintendencia del Medio Ambiente. Referencia al ICE para mayores detalles Tabla 12.1.13
12.14. Monitoreo paleontológico mensual
Impacto asociado
--
Fase del Proyecto a la
que aplica
Construcción
Objetivo, descripción
y justificación
Objetivo: Identificar la presencia de componentes arqueológicos
presentes en el área del Proyecto, que pudiesen ser dañados producto de
los movimientos de tierra durante la fase de construcción.
Descripción: Se realizará un monitoreo paleontológico mensual, durante
la fase de construcción del Proyecto, específicamente mientras se
realicen actividades de excavaciones y movimientos de tierra, el cual
será realizado por un(a) paleontólogo(a) cuyo perfil profesional se
encuentre aprobado por el CMN. Este monitoreo se reportará
mensualmente mediante un informe, el que dará cuenta de al menos lo
siguiente:
• Descripción de las actividades que se están ejecutando en los frentes
de trabajo que se estén monitoreando, con fecha.
• Descripción de matriz y materialidad encontrada (con profundidad)
en cada obra de excavación.
• Plan mensual de trabajo de la constructora donde se especifique en
libro de obras los días monitoreados por el/la paleontólogo/a.
• Planos y fotos (de alta resolución) de los distintos frentes de
excavación y sus diferentes etapas de avances.
• Contenidos de las charlas de inducción paleontológicas efectuadas, la
constancia de asistentes con la firma de cada trabajador/a y además
una síntesis de sus comentarios, observaciones y preguntas
efectuadas por los participantes (CV-08).
• De evidenciarse restos paleontológicos, se procederá a realizar el
rescate de una colección representativa, considerando criterios
tafonómicos, taxonómicos y de representatividad. Además, se
elaborará un informe de rescate, conforme a los lineamientos de la
“Guía
para
la
elaboración
de
informes
de
rescate
paleontológico”.(CMN, 2014). Esta tarea será realizada por un
paleontólogo que cumplirá el perfil profesional aprobado por el CMN
deberá solicitar el permiso correspondiente ante el CMN.
Justificación: Al Área de Influencia del Proyecto definida para esta
componente (Capítulo 3.12 del EIA) se le asignó un potencial
paleontológico medio a bajo con una categoría paleontológica
susceptible.
Lugar,
forma
y
oportunidad
de
implementación
Lugar: Este compromiso se debe implementar para las localidades de
Diego de Almagro, El Salado y Chañaral, específicamente en las áreas de
emplazamiento de las obras donde se ejecutarán actividades de
movimiento de tierra, excavaciones y acopios de material (obras de
canalización, botaderos, caminos de acceso, instalaciones de faenas y
poza de control aluvional en Conchuelas).
Forma: De acuerdo con el programa de construcción del Proyecto se
identificarán aquellas obras donde se ejecutarán actividades de
movimiento de tierra, excavaciones y acopio de material. En base a este
cronograma, se programarán los monitoreos mensuales por parte de un
paleontólogo durante la ejecución de dichas actividades.
Oportunidad: Este compromiso se implementará durante toda la fase de
construcción del Proyecto, mientras se ejecuten actividades que
conlleven movimientos de tierra y/o excavaciones.
Indicador que acredite
su cumplimiento
• Contrato de trabajo del paleontólogo a cargo del monitoreo.
• Informe mensual del monitoreo remitido al Consejo de Monumentos
Nacionales y a la Superintendencia del Medio Ambiente.
• Informe de rescate remitido al Consejo de Monumentos Nacionales y
a la Superintendencia del Medio Ambiente, en caso de que se haya
realizado colección de materiales. Por medio de la SMA se remitirá
al Departamento de Cultura y Turismo de la Ilustre Municipalidad de
Diego de Almagro y la Ilustre Municipalidad de Chañaral.
Forma de control y
seguimiento
• Comprobante de ingreso mensual del informe de monitoreo al
Consejo de Monumentos Nacionales y a la Superintendencia del
Medio Ambiente. • Comprobante de requerimiento a la SMA para remitir informe mensual al Departamento de Cultura y Turismo de la Ilustre Municipalidad de Diego de Almagro y la Ilustre Municipalidad de Chañaral. • Registro fotográfico de las actividades de monitoreo (que formarán parte del informe). • Acta o ficha que dé cuenta del monitoreo mensual, durante la ejecución de labores de movimientos de tierra y excavaciones. Referencia al ICE para mayores detalles Tabla 12.1.14
12.15. Perturbación controlada de fauna terrestre de baja movilidad
Impacto asociado
Pérdida de ejemplares de fauna de baja movilidad (reptiles)
Fase del Proyecto a la
que aplica
Construcción
Objetivo, descripción
y justificación
Objetivo: Implementar acciones de resguardo para fauna clasificada en
categoría de conservación o protegida de baja movilidad presentes en las
áreas que serán intervenidas por las obras del Proyecto Obras Fluviales y
de Control Aluvional en la cuenca del Río Salado, Región de Atacama.
Descripción: Esta actividad, corresponde a un manejo consistente en
inducir el abandono de los ejemplares que se encuentran en las áreas a
intervenir por el Proyecto, en forma previa a la construcción de éste,
hacia sectores emplazados fuera del área de faenas. La finalidad de esta
técnica es reducir el estrés de los ejemplares, evitando su manipulación y
que dichos ejemplares ocupen nuevas áreas, que en determinados casos
requieren aumento de la oferta de hábitat.
Justificación: Las especies de baja movilidad, debido a sus características
intrínsecas, ya sea por su comportamiento etológico y/o fisiología,
presentan dificultades para escapar ante las intervenciones del Proyecto.
Por tanto, se considera esta medida de manera de evitar o disminuir la
mortalidad de individuos presentes en el área de ejecución de las obras,
orientando su desplazamiento hacia zonas aledañas (perturbación
controlada).
Lugar,
forma
y
oportunidad
de
implementación
Lugar: Las actividades asociadas a la perturbación controlada para fauna
de baja movilidad se ejecutarán en los lugares donde se emplazan las
obras asociadas a ambientes de área desprovista de vegetación y
matorral, los cuales no cuenten con una intervención antrópica constante
y actual. Específicamente en los caminos hacia los botaderos de Chañaral
y Diego de Almagro, y en el botadero 1 de Chañaral.
Forma: La medida consiste en remover de forma manual y gradual los
refugios o madrigueras de las especies objetivo, tales como
acumulaciones de rocas, residuos domiciliarios o vegetación arbustiva,
de este modo se provoca el abandono o desplazamiento gradual de los
individuos de fauna, desde su lugar de origen (hábitat original) hacia
zonas inmediatamente adyacentes (hábitat receptor), previo al inicio de la
construcción del Proyecto, evitando la intervención de maquinaria. El
ahuyentamiento se logra a través de los ruidos molestos y eliminación de
los refugios presentes.
Además, se identificará la existencia de áreas receptoras, en su condición
actual, estas presentan similares características a las áreas a intervenir lo
que favorecerá el asentamiento de las especies perturbadas, sumado al traslado de los refugios que se hallen en el área a perturbar. En cuanto a los requerimientos directos de las especies foco, las áreas receptoras presentan de todas formas las características necesarias para la actividad de las especies, donde se pueden encontrar estratos arbustivos y refugios en la superficie directa del suelo, atributos idóneos para la actividad de las especies objetivo. Posterior a las labores mencionadas, el equipo de profesionales realizará el recorrido del área de intervención para verificar la ausencia de individuos y de evidencias indirectas (huellas, fecas y/o muda). En caso de encontrar hallazgos, se repiten las actividades de perturbación controlada junto con las actividades de remoción de refugios. Una vez comprobado el éxito de la medida, esto es, luego de medidos los parámetros de actividad (riqueza de especies y abundancia), observando la ausencia total de individuos al día posterior a la ejecución de la medida, se procederá a liberar el área para el comienzo de ejecución de obras. Como se mencionó, el período comprendido entre el término de la perturbación y el comienzo de las obras contempladas por el Proyecto no podrá exceder los quince (15) días. Superado este período, se tendrá que ejecutar la medida nuevamente. Luego de verificar el éxito de la medida, se permitirá el ingreso de la maquinaria y el inicio de las obras (lo cual deberá iniciarse inmediatamente una vez liberada el área), lo que evitará la recolonización inmediata de estos terrenos por parte de reptiles. Oportunidad: La medida se realizará en forma previa a la fase de construcción, por lo que la perturbación se programará de acuerdo con el calendario de construcción y frentes de trabajo, ejecutándose al menos 3 a 5 días antes del inicio de cada faena. Indicador que acredite su cumplimiento • Las superficies que no presentan una intervención antrópica constante y actual, serán sometidas a perturbación controlada y revisión final por parte del especialista. • Ausencia de ejemplares de baja movilidad (liberación de áreas). Forma de control y seguimiento El Titular llevará registros de: • Acciones de la perturbación controlada: Áreas donde se ejecutó remoción de refugios, identificación de sitios similares, construcción de refugios (de requerirse), verificación de ausencia de ejemplares, liberación de áreas. • Fichas de liberación.
Por su parte, el Titular emitirá los siguientes informes a la autoridad (SMA y SAG regional): • Informe de perturbación controlada: que dé cuenta del éxito de la perturbación controlada y resultados de los medios de verificación (100% de áreas liberadas). Se emitirá 60 días después del término de actividades de ahuyentamiento. Referencia al ICE para mayores detalles Tabla 12.1.15
12.16. Estudio de ingeniería para factibilizar estándar Manual de Carreteras para rampas de acceso
localidad de Diego de Almagro
Impacto asociado
--
Fase del Proyecto a la
que aplica
Construcción
Objetivo, descripción y justificación Objetivo: Realizar un estudio de ingeniería para la comuna de Diego de Almagro, con el objetivo de factibilizar que las rampas de acceso cumplan con el estándar exigido en el Manual de Carreteras de la Dirección de Vialidad del MOP. Descripción: El diseño de las rampas permitirán el cruce vehicular de una vía entre las riberas opuestas del río Salado, dado que permitirá efectuar labores de mantenimiento de las obras de canalización. Estas rampas están diseñadas con un ancho útil de 5 m, con revestimiento de hormigón hasta el fondo del cauce. Con el objetivo de factibilizar el cumplimiento del estándar MOP y para efectos de considerar un flujo vehicular permanente en las rampas que permitan el cruce entre las riberas opuestas de río Salado, es que durante la fase de construcción, se realizará un estudio de ingeniería para ver la factibilidad de adecuar las rampas y dar cumplimiento con el estándar del Manual de Carreteras de la Dirección de Vialidad del MOP y/o especificaciones técnicas del Ministerio de Vivienda y Urbanismo. Justificación: Las rampas contempladas en el diseño del Proyecto, las cuales permitirán aumentar la conexión entre la ribera norte y sur, facilitando también el acceso a servicios y comunicación por parte de sus residentes, se evaluará si es factible el cumplimiento del estándar del manual de carreteras. Lugar, forma y oportunidad de implementación Lugar: Los lugares de implementación de este compromiso corresponde a la localidad de Diego de Almagro. Forma: El Titular una vez iniciada la fase de construcción, licitará la elaboración de un estudio de Ingeniería. Una vez adjudicado el servicio la empresa ejecutora evaluará la factibilidad de cumplir con el estándar del Manual de Carreteras. Oportunidad: Una vez iniciada la fase de construcción, durante los primeros 2 años desde el inicio de dicha fase en cada sector del Proyecto y previo a la construcción de las rampas de acceso. Indicador que acredite su cumplimiento Informe de ingeniería Forma de control y seguimiento Comprobante de ingreso del informe de ingeniería a la Superintendencia del Medio Ambiente (SMA). Referencia al ICE para mayores detalles Tabla 12.1.16
12.17. Estudio de ingeniería para factibilizar estándar Manual de Carreteras para rampas de acceso
localidad Chañaral y El Salado
Impacto asociado
--
Fase del Proyecto a la
que aplica
Construcción
Objetivo, descripción
y justificación
Objetivo: Realizar un estudio de ingeniería para las localidades de
Chañaral y El Salado, con el objetivo de factibilizar que las rampas de
acceso cumplan con el estándar exigido en el Manual de Carreteras de la
Dirección de Vialidad del MOP.
Descripción: El diseño de las rampas permitirán el cruce vehicular de
una vía entre las riberas opuestas del río Salado, dado que permitirá
efectuar labores de mantenimiento de las obras de canalización. Estas
rampas están diseñadas con un ancho útil de 5 m, con revestimiento de
hormigón hasta el fondo del cauce. Con el objetivo de factibilizar el cumplimiento del estándar MOP y para efectos de considerar un flujo vehicular permanente en las rampas que permitan el cruce entre las riberas opuestas de río Salado, es que, durante la fase de construcción, se realizará un estudio de ingeniería para ver la factibilidad de adecuar las rampas y dar cumplimiento con el estándar del Manual de Carreteras de la Dirección de Vialidad del MOP y/o especificaciones técnicas del Ministerio de Vivienda y Urbanismo. Justificación: Las rampas contempladas en el diseño del Proyecto, las cuales permitirán aumentar la conexión entre la ribera norte y sur, facilitando también el acceso a servicios y comunicación por parte de sus residentes, se evaluará si es factible el cumplimiento del estándar del manual de carreteras. Lugar, forma y oportunidad de implementación Lugar: Los lugares de implementación de este compromiso corresponden a las localidades de Chañaral y El Salado. Forma: El Titular una vez iniciada la fase de construcción, licitará la elaboración de un estudio de Ingeniería. Una vez adjudicado el servicio la empresa ejecutora evaluará la factibilidad de cumplir con el estándar del Manual de Carreteras. Oportunidad: Una vez iniciada la fase de construcción, durante los primeros 2 años desde el inicio de dicha fase en cada sector del Proyecto y previo a la construcción de las rampas de acceso. Indicador que acredite su cumplimiento Informe de ingeniería Forma de control y seguimiento Comprobante de ingreso del informe de ingeniería a la Superintendencia del Medio Ambiente (SMA). Referencia al ICE para mayores detalles Tabla 12.1.17
12.18. Relacionamiento Comunitario
Impacto asociado
IMHCO-01 Alteración de los modos de vida producto de la extensión
territorial y temporal de las obras de control aluvional en las localidades
de Chañaral, El Salado y Diego de Almagro.
Fase del Proyecto a la
que aplica
Construcción
Objetivo, descripción
y justificación
Objetivo:
Es objetivo general del Relacionamiento Comunitario:
•
Establecer un conjunto de medidas preventivas coordinadas para
establecer y mantener un adecuado relacionamiento entre el titular
del Proyecto y la comunidad y la institucionalidad local.
Son sus objetivos específicos:
•
Establecer comunicación permanente con la comunidad sobre las
acciones del Proyecto y también sobre la implementación de las
medidas de mitigación, reparación y compensación;
•
Mantener
los
actores
relevantes
de
la
sociedad
civil
e
institucionalidad local informados sobre el Proyecto, sus impactos y
acciones;
•
Hacer gestión de las consultas, requerimientos y reclamos de la
comunidad respecto al desempeño ambiental y social del Proyecto.
Descripción: En el análisis de los resultados obtenidos en los Capítulos 3, de Línea de Base, y 4, de Predicción y evaluación de impacto ambiental del presente EIA, se ha identificado la oportunidad de proponer compromisos asociados a la responsabilidad social del Proyecto, alineados con la idea de mantener relaciones enmarcadas en la participación y compromiso con las comunidades y/u organizaciones interesadas o potencialmente afectadas por las actividades del Proyecto. En respuesta a esa oportunidad, se plantea un Plan de Relacionamiento Comunitario que busca coordinar y gestionar acciones de información y comunicación. El Plan de Relacionamiento Comunitario está compuesto por dos ejes, a saber: • Mecanismo de Información con la Comunidad e Institucionalidades locales. • Mecanismo de Comunicación con la comunidad.
El Mecanismo de Información con la Comunidad e Institucionalidades locales es responsable por entregar información a los actores relevantes de la sociedad civil y de la institucionalidad local sobre el Proyecto, sus impactos y medidas durante su construcción.
El método de implementación consiste en la entrega de información a actores públicos y privados de la sociedad civil y de la institucionalidad local sobre el Proyecto, sus impactos y medidas. El trabajo de entrega de información debe cumplir con las siguientes condiciones: • Ser permanente desde el momento de la obtención de la RCA hasta el final de las obras; • Alcanzar todos los actores identificados en las actividades de participación ciudadana anticipada y obligatorias del Proyecto; • Mantener informada la comunidad e institucionalidad local sobre cronogramas, avances, inauguraciones del Proyecto y de sus medidas de mitigación, reparación y compensación; • Realizar actividades de inauguración de obras de medidas de mitigación, reparación y compensación; • Realizar registro de todas las comunicaciones realizadas; • Revisar periódicamente la necesidad de ampliar y/o ajustar la comunicación.
El Mecanismo de Comunicación se propone incluye procedimientos, plazos y responsables, de acuerdo con las recomendaciones que establece la Norma de Desempeño 1 del IFC.
El Marco de Sostenibilidad de la IFC expresa el compromiso estratégico
de la Corporación hacia el desarrollo sostenible, y es parte integral del
enfoque de la IFC para la gestión del riesgo. El Marco de Sostenibilidad
comprende la Política y las Normas de Desempeño de la IFC sobre
Sostenibilidad Ambiental y Social, y la Política sobre Acceso a la
Información de la IFC. La Norma de Desempeño 1 establece la
importancia de: (i) una evaluación integrada para identificar los
impactos, riesgos y oportunidades ambientales y sociales de los
proyectos; (ii) una participación comunitaria efectiva, basada en la divulgación de la información del Proyecto y la consulta con las comunidades locales en los temas que las afectan directamente, y (iii) el manejo por parte del cliente del desempeño ambiental y social durante todo el transcurso del Proyecto (IFC 2012).
El método de implementación consiste en un mecanismo de quejas y
reclamos que se desarrolla según recomendaciones del IFC. Se propone
un Mecanismo en seis actividades:
•
Etapa 1: Ingreso de la comunicación: están previstas tres formas de
ingreso para comunicación desde la comunidad; Libro de consultas
y reclamos (disponibles en las oficinas de las obras y en las oficinas
del titular del Proyecto);
-
Correo electrónico (exclusivo para ese mecanismo);
-
Teléfono de contacto (exclusivo para ese mecanismo).
Aunque con tres vías de ingreso, el Mecanismo opera como “ventana
única”, ya que sólo el equipo de relacionamiento comunitario recibe
y gestiona las comunicaciones. Para cada requerimiento se ingresa, al
menos, la siguiente información de la comunicación:
-
Nombre (no necesariamente el apellido);
-
Información de contacto (teléfono, dirección física o de correo
electrónico. Esto es obligatorio para poder dar respuesta al
requerimiento); y
-
Motivo de la comunicación (consulta, requerimiento o reclamo).
•
Etapa 2: Identificación del ámbito de la comunicación: en esta etapa
se identifica el tema al que la comunicación corresponde y define los
requerimientos de apoyo de otras áreas de la empresa para la
elaboración de la respuesta.
•
Etapa 3: Elaboración de la respuesta: en esta etapa se consideran
todas las gestiones necesarias para elaborar la respuesta, incluyendo
reunir todos los antecedentes necesarios (lo cual podría considerar
recurrir a distintas áreas o equipos de la empresa), analizar la
información, tomar decisiones y, luego, elaborar una carta de
respuesta. Para preparación de la respuesta se considerará las
recomendaciones del IFC respecto a que:
-
Las respuestas sean culturalmente apropiadas;
-
Su elaboración considera una variedad de enfoques (por ejemplo,
desde el punto de vista legal, cultural y/o económico).
•
Etapa 4: Envío de la respuesta: deben ser enviadas por carta o correo
electrónico, conforme información de contacto registrada en la Etapa
1.
•
Etapa 5: Implementación de la respuesta: hay comunicaciones que
requerirán la definición e implementación de acciones (por ejemplo,
la solución a un problema) por parte del titular del Proyecto, por lo
que en esta etapa se considera todas las tareas necesarias al interior
de la organización para definir la acción. Aunque el equipo de
profesionales responsables por el Plan de Relacionamiento
Comunitario sea será responsable que esta etapa se lleve a cabo, es
fundamental la colaboración de equipos de otras áreas de la empresa,
o hasta mismo de entidades externas a ella.
•
Etapa 6: Seguimiento: el seguimiento de la comunicación tiene
múltiples objetivos. Primero, para verificar que el requirente recibió
una respuesta, a través de la confirmación vía telefónica o correo
electrónico. Segundo, para asegurar la mejora continua del
Mecanismo, de tal forma que se pueda identificar oportunidades de mejora, ya sea en los plazos, procesos y responsabilidades establecidas. Además, un análisis de las comunicaciones ingresadas (por ejemplo, qué tipo de reclamos, qué tipo de actores está usando más el mecanismo), permitirá hacer un análisis de la gestión de riesgos e impactos del Proyecto, de tal forma de avanzar en la definición e implementación de estrategias para la resolución de potenciales conflictos de forma temprana y constructivamente.
• En la siguiente figura a continuación se presentan las seis etapas del mecanismo, con los procedimientos y pasos correspondientes, así como los plazos en días corridos:
Justificación: La construcción del Proyecto tendrá interferencias socioambientales que van a interactuar de distintos modos con actores sociales presentes y actuantes en el área de influencia. Así, producto de las actividades para ejecutar la fase de construcción, se espera generar una Alteración de los modos de vida producto de la extensión territorial y temporal de las obras de control aluvional. En consideración a esos escenarios y mirando a un relacionamiento transparente y fluido con las comunidades locales, se identifica la necesidad de realizar un conjunto de acciones de información y comunicación, entre comunidad y empresa según los mejores estándares internacionalmente reconocidos. Lugar, forma y oportunidad de implementación Lugar: Este compromiso se debe implementar para las localidades de Diego de Almagro, El Salado y Chañaral.
Forma: El Relacionamiento Comunitario se constituye como un proceso participativo para promover información y comunicación y en cada fase de construcción del Proyecto. El Relacionamiento Comunitario cuenta con dos públicos: • Instituciones locales; • Comunidades del área de influencia (Chañaral, El Salado y Diego de Almagro).
Para la implementación del compromiso se ha optado por adoptar los
estándares internacionalmente reconocidos de la Corporación Financiera
(IFC por su sigla en inglés), que en su Manual de Buenas Prácticas sobre
la participación de los interesados destaca la importancia del titular
iniciar desde temprano el relacionamiento con sus interesados, trayendo
como símbolos del buen relacionamiento la confianza, el respeto mutuo
y la comprensión.
El establecimiento y la mantención de buenos relacionamientos requieren un horizonte de largo plazo. Por lo que se requiere la dedicación de un equipo exclusivamente dedicado a la tarea. Así, para el Relacionamiento Comunitario está previsto la formación de un equipo de Relacionamiento Comunitario que será responsable por la ejecución de las acciones comprometidas por el compromiso. El Relacionamiento Comunitario se desarrollará en 3 fases: • Fase 1: Identificación de los actores interesados; • Fase 2: Diseño de estrategias; • Fase 3: Implantación.
Oportunidad: El compromiso se implementará durante toda la fase de construcción del Proyecto. Indicador que acredite su cumplimiento Reportes periódicos (semestrales) a la autoridad ambiental de la implementación del compromiso, que contengan a lo mínimo: • Registro de las convocatorias e invitaciones realizadas a la comunidad y a la institucionalidad local para la participación en eventos de educación; • Registros (lista de asistencia, acta, fotos, vídeos, etc.) de los eventos de educación que se realicen en el marco del eje de Educación; • Registros de las comunicaciones realizadas en el marco del Mecanismo de Comunicaciones; • Registros del seguimiento dado a las consultas, quejas y reclamos en el marco del mecanismo de comunicación. Forma de control y seguimiento Comprobante de ingreso semestral del reporte de la implementación del compromiso a la Superintendencia del Medio Ambiente. Referencia al ICE para mayores detalles Tabla 12.1.18
12.19. Coordinación para gestión de Tránsito en circunstancias de intervención vial del Proyecto y
eventos locales de relevancia sociocultural
Impacto asociado
IMHCO-03 Alteración de rutas y aumento tiempos de desplazamiento
por obras de control aluvional en las localidades de Chañaral, El Salado
y Diego de Almagro.
Fase del Proyecto a la
que aplica
Construcción
Objetivo, descripción
y justificación
Objetivo: Reducir la interferencia en el tránsito vehicular y mejorar las
condiciones de seguridad próximo al Proyecto, además de aportar –
siempre que posible – a la gestión de tráfico de la comuna durante el
período de obras.
Descripción: El Compromiso de Coordinación para gestión de tránsito
contempla la coordinación con la Dirección de Tránsito de las comunas
de Chañaral y Diego de Almagro para información, validación,
autorización y coordinación para la ejecución de obras con intervención
en la vialidad local.
Además, el compromiso también busca dar respuesta a la necesidad de
coordinar señalética y cortes de vías para garantizar la seguridad de las
personas durante la realización de los sepelios en las localidades de
Chañaral, El Salado y Diego de Almagro.
Justificación: En consideración a la alteración de rutas y aumento
tiempos de desplazamiento por obras de control aluvional en las
localidades de Chañaral, El Salado y Diego de Almagro, se identifica la
necesidad de realizar un conjunto de acciones de coordinación entre
organizaciones del Estado para una adecuada y segura gestión del
tránsito durante la fase de obra, así como durante la operación del
Proyecto.
Adicionalmente se identifica que entre las rutas afectadas están los
caminos recorridos para la realización de sepelios – los recorridos
fúnebres desde el local del velorio hasta el cementerio – en las
localidades de Chañaral, El Salado y Diego de Almagro. La alteración de
las rutas podría llevar a la eventual utilización de vías alternativas de
mayor tránsito. Por esta razón se prevé la coordinación con la
institucionalidad local para realizar las acciones pertinentes para
garantizar la seguridad del recorrido.
En consideración a las necesidades citadas, se identifica la necesidad de
proponer un compromiso que se haga cargo de esas funciones de
coordinación con los actores locales. En respuesta a dicha necesidad se
presenta el presente compromiso de Coordinación para la Gestión de
tránsito
Lugar,
forma
y
oportunidad
de
implementación
Lugar: En las localidades de Chañaral, El Salado y Diego de Almagro.
Forma: La implementación de la medida contempla un conjunto de
actividades que se presentan a continuación:
•
Coordinar con la Dirección de Tránsito de las comunas de Chañaral
y Diego de Almagro para el establecimiento de un canal de
comunicación permanente – durante fase de obras – entre el titular y
la institucionalidad para informar y discutir sobre las actividades de
obra del Proyecto y flujos de vehículos previstos;
•
Presentar a la Dirección de Tránsito de cada comuna el proyecto
detallado;
•
Validar de forma previa las propuestas de rutas de circulación y
horarios con la Dirección de Tránsito;
•
Comunicar a la Dirección de Tránsito de las comunas de Chañaral y
Diego de Almagro sobre horarios y ubicación de obras y de mayor
flujo de vehículos pesados;
•
Comunicar inmediatamente a la Dirección de Tránsito de las
comunas de Chañaral y Diego de Almagro sobre emergencias, cortes
o actividades no programadas que se realicen.
•
Establecer dialogo con la sociedad civil e institucionalidad local con
fines de evitar circulación de vehículos de carga asociados a la
construcción en fechas, horarios y ubicación de realización de
eventos locales de relevancia sociocultural que se desarrollen en las
vías públicas.
Oportunidad: La medida se implementará durante toda la fase de
construcción del Proyecto.
Indicador que acredite
su cumplimiento
•
Reporte a la autoridad ambiental de la implementación de las
medidas;
•
Registros de la previa validación de medidas con la Dirección del
Tránsito de las comunas de Chañaral y Diego de Almagro;
•
Registros de las comunicaciones de las acciones de obras y flujo
vehicular a la Dirección del Tránsito de las comunas de Chañaral y
Diego de Almagro y a la sociedad civil a través del Plan de
Relacionamiento Comunitario. Forma de control y seguimiento Comprobante de ingreso semestral del reporte de la implementación del compromiso a la Superintendencia del Medio Ambiente. Referencia al ICE para mayores detalles Tabla 12.1.19
12.20. Priorizar contratación de mano de obra local durante la fase de construcción del Proyecto
Impacto asociado
IMHCO-01: Alteración de los modos de vida producto de la extensión
territorial y temporal de las obras de control aluvional en las localidades
de Chañaral, El Salado y Diego de Almagro.
Fase del Proyecto a la
que aplica
Construcción
Objetivo, descripción
y justificación
Objetivo: Priorizar la contratación de mano de obra local para la fase de
construcción del Proyecto.
Descripción: Para la ejecución de las actividades propias de construcción
se considerará priorizar la contratación de mano de obra local, es decir,
de personas que habiten en las localidades de Chañaral, El Salado y
Diego de Almagro, en la medida que haya disponibilidad de las mismas.
Justificación: El Proyecto se ejecutará en las localidades de Chañaral, El
Salado y Diego de Almagro y durante su fase de construcción de
requerirá la siguiente mano de obra:
Localidad
Mano de Obra (Construcción)
Promedio
Máximo
Diego de Almagro
36
46
El Salado
8
15
Chañaral
38
46
Total
84
113
Lugar,
forma
y
oportunidad
de
implementación
Lugar: En las localidades de Chañaral, El Salado y Diego de Almagro.
La coordinación se realizará con los Municipios de Chañaral y Diego de
Almagro.
Forma: Se priorizará la contratación de mano de obra local para la fase
de construcción del Proyecto, para lo cual el Titular solicitará a la
empresa contratista respectiva a cargo de estas labores que se coordine
con las Oficinas Municipales de Información Laboral (OMIL) de los
municipios de Chañaral y Diego de Almagro para contactar a personas
disponibles que cuenten con las competencias y experiencias necesarias
para incorporarse a los equipos de trabajo que se desempeñarán
construyendo el Proyecto.
El proceso de selección y el acuerdo contractual a establecer con el
trabajador considerará el mismo estándar que para las personas que
provengan de otros lugares.
Oportunidad: Previo y durante la fase de construcción del Proyecto.
Indicador que acredite
su cumplimiento
Reporte anual de la planilla o registro que dé cuenta del personal
contratado durante la fase de construcción del Proyecto, su remisión se
realizará a través de sistema electrónico de seguimiento ambiental de la
Superintendencia del Medio Ambiente (SMA) a la SEREMI de
Desarrollo Social y Familia de la Región de Atacama y a la
Municipalidad correspondiente.
Forma de control y Comprobante de ingreso del reporte anual remitido a la SEREMI de
seguimiento Desarrollo Social y Familia de la Región de Atacama, a la Superintendencia del Medio Ambiente y a la Municipalidad correspondiente. Referencia al ICE para mayores detalles Tabla 12.1.20
12.21. Instalación de señalética en todos los vehículos que presenten servicios al Proyecto durante su fase de construcción Impacto asociado IMHCO-03: Alteración de rutas y aumento tiempos de desplazamiento por obras de control aluvional en las localidades de Chañaral, El Salado y Diego de Almagro Fase del Proyecto a la que aplica Construcción Objetivo, descripción y justificación Objetivo: Identificar a los vehículos que presten servicios al Proyecto durante su fase de construcción, con el objeto de que la comunidad pueda reconocerlos fácilmente en caso de querer presentar una queja. Descripción: El Titular se compromete a instalar señalética en todos los vehículos que presenten servicios al Proyecto, identificando en ella el nombre del Titular, del Proyecto y los datos de contacto del mismo. Esta señalética será visible al menos a 20 metros de distancia del vehículo. Justificación: Con ocasión del Proyecto, durante su fase de construcción, se prevé el tránsito de vehículos pesados y livianos dentro de las localidades Chañaral, El Salado y Diego de Almagro, los cuales trasladarán los insumos y materiales requeridos, así como también los residuos generados durante dicha fase. Esta actividad, podría generar molestias o incomodidad en los habitantes de las mencionadas localidades. Lugar, forma y oportunidad de implementación Lugar: En todos los vehículos que presenten servicios al Proyecto durante su fase de construcción. Forma: Se instalarán carteles, con letra visible, en todos los vehículos que presenten servicios al Proyecto. En este cartel se entregará al menos la siguiente información: • Nombre del Proyecto. • Titular. • Nombre de le empresa que está presentando el Servicio. • Datos de contacto en caso de reclamos (número telefónico y correo electrónico). Oportunidad: Durante la fase de construcción del Proyecto Indicador que acredite su cumplimiento • Registro fotográfico de los vehículos. • Disposición contractual con empresas contratistas, en la cual se exija la instalación de esta señalética en sus vehículos que presten servicios al Proyecto. Forma de control y seguimiento Registro fotográfico de los vehículos. - Disposición contractual con empresas contratistas, en la cual se exija la instalación de esta señalética en sus vehículos que presten servicios al Proyecto. Referencia al ICE para mayores detalles Tabla 12.1.21
13°. Que, las medidas relevantes del Plan de Prevención de Contingencias y del Plan de Emergencias, son las siguientes:
13.1. PLAN DE PREVENCIÓN DE CONTINGENCIAS
13.1.1. Riesgos de contaminación y/o alteración de las condiciones bases de agua y suelo por derrame de sustancias peligrosas, provenientes del Proyecto Fase del proyecto a la que aplica Construcción. Emplazamiento, parte, obra o acción asociada El riesgo es generado por el transporte, almacenamiento y manipulación de sustancias peligrosas tales como gasolina, petróleo, aceite para maquinarias, solventes y otros químicos. Acciones o medidas a implementar para prevenir la contingencia Para prevenir el derrame y emanaciones o cualquier situación de riesgo durante el transporte o manipulación, se consideran las siguientes medidas, en cualquiera de los procesos involucrados. • El transportista llevará consigo la guía de despacho o factura con información mínima de o las sustancias que transporta, además de las Hojas de Datos de Seguridad (HDS) para saber cómo actuar en caso de accidente. • El transportista contará con un plan ante contingencias y elementos mínimos para la contención en caso de derrame en rutas internas. • Los conductores serán capacitados en el manejo y manipulación de las sustancias que transportan, así como en procedimientos de primeros auxilios y control de eventuales contingencias. • En caso de ocurrencia de un derrame mayor será obligación notificar al SEREMI de Salud el accidente por derrame de productos químicos. • Implementar y dotar a la instalación, donde sea necesario de acuerdo con la magnitud del riesgo, de elementos extintores y sistemas de extinción de fuego. Forma de control y seguimiento Revisión semestral de las Medidas del Plan de contingencia Referencia a documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada Capítulo 3 del Anexo A de la Adenda Complementaria Excepcional
13.1.2. Riesgos de alteración de sitios de interés arqueológico y patrimonio paleontológico
Fase del proyecto a la que
aplica
Construcción.
Emplazamiento, parte, obra o
acción asociada
El riesgo es generado, por la eventual alteración de algún sitio o
resto patrimonial, en el caso de encontrar hallazgos producto de
las actividades de excavación y habilitación de áreas durante las
fases de construcción.
Acciones
o
medidas
a
implementar para prevenir la
contingencia
Las acciones para prevenir el riesgo de alteración de algún sitio o
resto patrimonial son las siguientes:
• Arqueólogo en terreno durante la construcción de las obras
(movimiento de tierra y/o excavaciones).
• Capacitación de los trabajadores sobre metodología visual de
reconocimiento y un protocolo de hallazgos fortuito.
• En el momento de encontrar un hallazgo, se dará la orden de
paralizar los trabajos en esa área y se procederá a informar de inmediato y por escrito al Consejo de Monumentos Nacionales, para que este organismo autorice los procedimientos específicos a seguir, dando así cumplimiento a la Ley 17.288/1970 de Monumentos Nacionales y a lo dispuesto en el Artículo 20 del “Decreto Supremo. N° 484/1990” que corresponde al reglamento de dicha Ley. • Las charlas de inducción considerada para todo el personal en obra, tendrá el fin de difundir en forma general los antecedentes de la zona donde se emplaza el Proyecto, además de una sección que considere la protección y cuidado del Patrimonio Cultural. Dicha actividad deberá concretarse previo al inicio de las obras, con el propósito de prevenir una posible afectación de sitios arqueológicos o de patrimonio paleontológico. Forma de control y seguimiento Revisión semestral de las Medidas del Plan de contingencia Referencia a documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada Capítulo 3 del Anexo A de la Adenda Complementaria Excepcional.
13.1.3. Riesgo por interacción con fauna silvestre Fase del proyecto a la que aplica Construcción. Emplazamiento, parte, obra o acción asociada El riesgo se asocia a la posibilidad de interacción con individuos de fauna silvestre que pudiesen ingresar al área de faenas o bien, que pudiesen circular en los sectores donde transiten vehículos asociados al Proyecto. Acciones o medidas a implementar para prevenir la contingencia Las acciones para prevenir el riesgo por interacción con fauna silvestre son las siguientes: • Límite de velocidad de 50 km/hr. • Cercado perimetral del área en construcción. • Inspecciones visuales del entorno donde se desarrollen las actividades. • Disposición de residuos en sectores autorizados, residuos domésticos contenidos en lutocar cerrados. • La charla de inducción considerada para todo el personal en obra tendrá como fin el difundir en forma general los antecedentes de la zona donde se emplaza el Proyecto, además de una sección que considere la protección de la fauna silvestre. • Prohibición de alimentar a animales silvestres. • Señalética que advierte la presencia de fauna. Forma de control y seguimiento Revisión semestral de las Medidas del Plan de contingencia Referencia a documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada Capítulo 3 del Anexo A de la Adenda Complementaria Excepcional.
13.1.4. Riesgos hidrológicos Fase del proyecto a la que aplica Construcción. Emplazamiento, parte, obra o acción asociada El riesgo se genera por las condiciones físicas del territorio donde se emplaza el Proyecto que hacen necesario considerar el manejo de crecidas de escurrimientos superficiales por riesgos de aluvión en la cuenca del Rio Salado, en el periodo que se están realizando los trabajos. Además, se considera también el riesgo generado por evento de lluvias intensas que podrían ocasionar el crecimiento del Rio Salado. Acciones o medidas a implementar para prevenir la contingencia • Se contará con un Plan de Evacuación, el cual indicará los lineamientos de evacuación ante crecidas normales y extraordinarias, este Plan de Evacuación contempla ceñirse a lo establecido en el Plan específico de emergencia por variable de riesgo en remoción en masa de la región de Atacama (Resolución Intendencia Atacama NN°1111 de 28 de diciembre de 2018) y a los planos de Evacuación por remoción en masa vigente de la ONEMI para las tres comunas, donde indican las zonas seguras. • El Plan de Evacuación contará con coordinadores de evacuación, en caso de ser necesario. Dicho plan será presentado a los trabajadores junto con las charlas de seguridad al inicio de los trabajos. • Se instalará señalización informativa sobre las zonas de seguridad y hacia donde deben dirigirse los trabajadores en caso de evacuación de la caja de río, informándole las rutas de evacuación, salidas de emergencia y puntos de encuentro. • Se capacitará a los trabajadores. • Se realizarán simulacros de evacuación, esto permitirá tener una estimación del tiempo que toma hacer la evacuación de las obras en la caja del río. • Se tendrá un constante conocimiento a la situación climática del área. En las épocas de lluvias en la alta cordillera se deberá verificar en forma diaria el estado meteorológico de la zona para ver posibilidad de lluvias que puedan generar acciones preventivas. • En el caso de crecidas extraordinarias, se deberá retirar los elementos, maquinarias y equipos de la instalación de faenas, en base a los protocolos y medidas de acción correspondientes.
En cuanto a las medidas consideradas para evitar la remoción de
material de los botaderos, principalmente para prevenir de
eventos meteorológicos extremos:
• En todos los botaderos se habilitará un foso perimetral de tipo
trapecial de 0,5 m de ancho basal y 0,5 m de profundidad, el
cual actuará como recolector de las aguas lluvias de la cuenca
para que no ingresen al sector de trabajo y estas sean
evacuadas hacia una quebrada cercana.
• En la fase de construcción, las aguas lluvias del interior del
botadero se conducirán a una zanja drenante en el interior del
mismo sector de trabajo del botadero, la cual la ejecutará el
contratista, antes de cada posible evento de precipitaciones.
• El área del sitio de botadero de inertes y los caminos de acceso a éste, se mantendrán limpios de material de excavación, y en perfectas condiciones para tránsito de vehículos. • El tránsito de maquinarias y vehículos sólo se realizará por los accesos y caminos autorizados y definidos para las obras del Proyecto. Se delimitará claramente las áreas de circulación y estacionamientos de vehículos y maquinaria vinculados a la actividad, restringiendo absolutamente el uso de áreas no autorizadas • El transporte de material se realizará a una velocidad de 30 km/hr, de tal forma de prevenir accidentes. • En los sitios de acopio de residuos inertes no se dispondrán restos orgánicos, chatarras, maderas o papel, lodos, productos derivados del petróleo ni desechos peligrosos. Es decir, sólo se dispondrán desechos inertes provenientes de las excavaciones. • Se llevará el registro de residuos que ingresan al sitio de depósito. Este registro contendrá información sobre tipo de material, volumen, origen y fecha de ingreso. Así se mantendrá el control de volúmenes que se depositan para respetar la capacidad del botadero. • Para la protección de la zona se considera además un cerco perimetral de 5 hebras tipo Manual de Carreteras.
Cuando los botaderos hayan dejado de recibir material y hayan
llegado a su máxima capacidad, se implementará un programa de
cierre, el cual considerará las siguientes medidas:
• En el área de las instalaciones se hará un desmantelamiento y
retiro total de las mismas. Se retirará todo tipo de elementos o
estructuras provisorias. También se retirará la señalética
provisoria. Una vez que la zona esté libre de todo tipo de
instalaciones, se procederá a descompactar el suelo en los
sectores que este haya sido compactado (caminos internos,
etc.).
• En el área del botadero propiamente tal, se condicionará la
forma final del depósito a la topografía del lugar. El relleno
será emparejado hasta lograr una superficie plana y los taludes
que resulten del apilamiento y compactación del material serán
perfilados hasta alcanzar pendientes no superiores a 3:2 (H:V),
evitándose deslizamientos, desprendimiento o erosión de
material por aguas lluvias.
• Se verificará que no existan hundimientos del terreno hasta la
recepción definitiva del sitio. En caso de que hayan sido
detectados,
se
deberá
realizar
la
rehabilitación
correspondiente.
• Se mantendrá la compactación natural del suelo de acuerdo
con las condiciones de los suelos aledaños al área de botadero.
• Se verificará que el botadero final no sobrepase su capacidad,
ni exceda la superficie comprometida en este EIA.
Forma
de
control
y
seguimiento
Revisión semestral de las Medidas del Plan de contingencia
Referencia a documentos del
expediente de evaluación que
contenga
la
descripción
Capítulo 3 del Anexo A de la Adenda Complementaria
Excepcional.
detallada
13.2. PLAN DE EMERGENCIAS
13.2.1. Riesgos de contaminación y/o alteración de las condiciones bases de agua y suelo por derrame de sustancias peligrosas, provenientes del Proyecto Fase del proyecto a la que aplica Construcción. Emplazamiento, parte, obra o acción asociada El riesgo es generado por el transporte, almacenamiento y manipulación de sustancias peligrosas tales como gasolina, petróleo, aceite para maquinarias, solventes y otros químicos. Acciones o medida a implementar para controlar la emergencia Se han dispuesto medidas de control de emergencia conforme con el derrame que se produzca. Ante el derrame de sustancias peligrosas, serán aplicadas las siguientes medidas, las cuales serán también extensibles a derrames de cualquier tipo de residuos. • Comunicación radial, dando aviso inmediato a la jefatura. • Aislamiento del sector y contención del derrame con kit de emergencia. • Limpieza del área, tratando los residuos como RESPEL. • En caso de requerirse, en acuerdo con los organismos con competencias ambientales se fijarán las medidas de monitoreo u otras que procedan. • Dar aviso a la gerencia del Proyecto, encargado ambiental y a los encargados de comunicaciones. • En el caso que el accidente afecte a áreas relevantes de biota, fauna, recurso hídrico y áreas protegidas y población se realizará un comunicado a los organismos regionales competentes.
Ante el derrame de sustancias peligrosas en volúmenes menores (<200 litros) en sectores de almacenamiento o disposición transitoria se ejecutarán las siguientes acciones: • Se deberá aislar el área con cinta de acordonamiento y se emplearán elementos de contención de derrames pequeños, tales como válvulas o tapones a fin de detener el vertimiento del producto. • Se comunicará al Supervisor correspondiente, quién determinará las acciones a seguir para limpiar el área afectada, dando aviso al encargado ambiental. • Se diseñará un plan de monitoreo de contingencia, a fin de revisar la calidad de las aguas, en caso de existir un derrame hacia las aguas del rio Salado. Se advertirá de inmediato a los usuarios que extraen agua del curso hídrico de existir (dependiendo del sector donde ocurra el derrame). • Se mantendrá un registro indicando la información que permita dimensionar el derrame producido.
Derrame en Suelos:
• Deberá retirarse el suelo contaminado.
• Las sustancias obtenidas con motivo de la contención del
derrame serán almacenadas temporalmente en estanques o
recipientes seguros y serán tratadas como residuos peligrosos los cuales serán trasladados por empresa autorizada para su disposición final. • El suelo contaminado será removido y manejado de igual forma que el material recuperado, como residuo peligroso. • Se informará a la Superintendencia de Medio Ambiente, SEREMI de Salud correspondiente, dentro de las 24 horas posteriores de ocurrido el derrame. • Se elaborará un informe final dentro de los 15 días siguientes de ocurrido el evento, el cual incluirá la causa del accidente; cantidad y tipo de sustancia peligrosa y/o residuos derramados; fecha y hora del siniestro, localización y superficie afectada; fotografías del área afectada. Este informe será reportado a las mismas Autoridades indicadas en el punto anterior.
Derrame de Sustancias Peligrosas provenientes del Proyecto,
en Cursos de Agua:
• Interrumpir el flujo aguas arriba como aguas debajo de la zona
del derrame, evitando así su dispersión.
• Se solicitará la toma de muestra del agente contaminante,
curso del agua antes de la contaminación y aguas abajo del
sector de la contaminación. Estas muestras serán identificadas
y enviadas para análisis.
• En caso de que el lecho del curso de agua resulte afectado de
forma significativa, se removerá el lecho contaminado.
• Se aplicará un monitoreo de las aguas para evaluar su calidad,
cuya duración se mantendrá hasta que estén las condiciones
naturales recuperadas. Los parámetros por monitorear serán
los indicados en la Tabla 1 del D.S. N° 90/2000 del Ministerio
Secretaría General de la Presidencia, el que establece la norma
de emisión para la regulación de contaminantes asociados a las
descargas de residuos líquidos a aguas marinas y continentales
superficiales. La periodicidad del monitoreo se definirá con la
Autoridad Sanitaria, ya que dependerá de la envergadura del
derrame.
• En caso de que se afecte un curso de agua destinado a uso
sanitario, el Titular se compromete a tomar las medidas
necesarias para que las personas afectadas obtengan el agua
por otro medio, conforme a las indicaciones que al efecto
señale la Autoridad Sanitaria, hasta que el problema se
encuentre resuelto y se restauren las condiciones que permitan
dar el uso inicial que tenía el curso de agua afectado.
• En el caso de que se afecte un curso de agua que pueda llegar
al mar, las principales tareas a ejecutar son la contención,
recolección y disposición del material derramado y se
coordinará con la Autoridad Marítima.
• En primer lugar, se localizará la mancha para la contención en
el mar y se registrarán las condiciones meteorológicas
(dirección del viento).
• Se contendrá la mancha mediante barreras, las cuales se
dispondrán estratégicamente en torno al derrame.
• Si las condiciones del mar y viento lo permiten, se recuperará
mecánicamente el producto derramado, mediante barreras antiderrames, motobombas, dispersantes, etc. • Mantener información actualizada respecto a la extensión del derrame, ubicación y movimiento de las manchas grandes y área de playa más afectada. • Se dispondrá el producto recogido en recipientes. • Posteriormente, estos residuos serán enviados a un lugar de depósito autorizado o serán incinerados de acuerdo a instrucciones de las autoridades sanitarias. • Se informará a la Superintendencia de Medio Ambiente, SEREMI de Salud y Servicio Nacional de Pesca y Acuicultura de la Región de Atacama y Autoridad Marítima, dentro de las 24 horas posteriores de ocurrido el derrame. Este informe incluirá la fecha de ocurrencia y las medidas inmediatas implementadas para hacerse cargo de la emergencia. • Se elaborará un informe final dentro de los 15 días siguientes de ocurrido el evento, el cual incluirá la causa del accidente; cantidad y tipo de sustancia peligrosa y/o residuos derramados; fecha y hora del siniestro, localización y superficie afectada; fotografías del área afectada. Este informe será reportado a las mismas Autoridades indicadas en el punto anterior. Oportunidad y vías de comunicación a la SMA de la activación del Plan de Emergencia Una vez controlados los riesgos críticos y realizada la atención de primeros auxilios y ambulancias, el supervisor dará aviso al Representante Legal de la activación del plan de emergencia, el cual a su vez comunicará a la Superintendencia del Medio Ambiente (SMA) mediante un llamado telefónico y/o correo electrónico con dicha información. Referencia a documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada Capítulo 3 del Anexo A de la Adenda Complementaria Excepcional.
13.2.2. Riesgos de alteración de sitios de interés arqueológico y patrimonio paleontológico
Fase del proyecto a la que
aplica
Construcción.
Emplazamiento, parte, obra o
acción asociada
El riesgo es generado, por la eventual alteración de algún sitio o
resto patrimonial, en el caso de encontrar hallazgos producto de
las actividades de excavación y habilitación de áreas durante las
fases de construcción.
Acciones
o
medida
a
implementar para controlar la
emergencia
• Ante la eventualidad de hallazgos de carácter patrimonial,
arqueológico o paleontológico se procederá de acuerdo con lo
dispuesto en los Artículos N°26 y 27 de la Ley N° 17.288 de
Monumentos Nacionales y a lo dispuesto en el Artículo 20 del
D.S. N° 484/90 que corresponde al reglamento de dicha Ley.
De esta forma, “se informará de inmediato y por escrito al
Consejo de Monumentos Nacionales para que este organismo
determine los procedimientos a seguir.
• En caso de ser necesario de efectuar excavaciones y
prospecciones arqueológicas, antropológicas o paleontológicas
asociadas al hallazgo fortuito de elementos pertenecientes al
Patrimonio
Cultural,
se
solicitarán
los
permisos
correspondientes según lo establece el reglamento”. • Los procedimientos a realizar, en conformidad a lo que establezca el Consejo de Monumentos Nacionales, estarán bajo la supervisión de un especialista. • Los trabajos de movimiento de máquinas y tierras deben ser detenidos hasta que se implementen las medidas necesarias. En términos metodológicos la implementación de los trabajos de salvataje debe respetar las técnicas mínimas de excavación de sitios arqueológicos, es decir, implementación de cuadrículas, evaluación de la estratigrafía y excavación en función de estas, harneo de los sedimentos, embolsado de materiales, registro detallado, etc. Estos trabajos deberán dar origen a un informe consolidado de la actividad. • Sin perjuicio de lo anterior, previo al inicio de las obras de construcción se dictarán charlas expositivas a los trabajadores con la finalidad de prepararlos para reconocer los eventuales restos arqueológicos, históricos o paleontológicos que se pudieran encontrar. Oportunidad y vías de comunicación a la SMA de la activación del Plan de Emergencia Una vez controlados los riesgos críticos y realizada la atención de primeros auxilios y ambulancias, el supervisor dará aviso al Representante Legal de la activación del plan de emergencia, el cual a su vez comunicará a la Superintendencia del Medio Ambiente (SMA) mediante un llamado telefónico y/o correo electrónico con dicha información. Referencia a documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada Capítulo 3 del Anexo A de la Adenda Complementaria Excepcional.
13.2.3. Riesgo por interacción con fauna silvestre Fase del proyecto a la que aplica Construcción. Emplazamiento, parte, obra o acción asociada El riesgo se asocia a la posibilidad de interacción con individuos de fauna silvestre que pudiesen ingresar al área de faenas o bien, que pudiesen circular en los sectores donde transiten vehículos asociados al Proyecto. Acciones o medida a implementar para controlar la emergencia Se han dispuesto las siguientes medidas de control general de emergencia: • Aviso a la Gerencia de Sustentabilidad. • Aviso oportuno a las Oficinas del SAG de la jurisdicción. • Rescate y traslado de especies afectadas a los Centros de rehabilitación más próximos. • Tratamiento veterinario si fuese necesario. Para la Emergencia fauna silvestre herida se tomarán las siguientes medidas:
Para la Emergencia fauna silvestre herida se tomarán las
siguientes medidas:
Durante la emergencia
• Dar aviso de inmediato al encargado de medio ambiente en
terreno, quien, en función de la situación y estado del animal
evaluará la condición más adecuada para el manejo inmediato
de este (suspensión parcial de faena, rescate y/o traslado del individuo, tomado en cuenta las condiciones de seguridad personal y del ejemplar, utilizando jaulas de transporte en caso de ser necesario). • Se contactará a un centro médico veterinario (previo convenio y/o contrato con profesionales que se localice cercano a las instalaciones del Proyecto), para que realice la primera atención del animal, realizando el diagnóstico y la estabilización del animal en el lugar o en una clínica veterinaria en caso de requerirse. • En base a lo anterior, se procederá (en caso de requerir cuidados especiales), al traslado a un centro de rehabilitación y rescate dentro de la Región y que se encuentre registrado en el SAG. • Se notificará a la brevedad a la Autoridad (SAG y SMA), vía mail para informar de las acciones realizadas junto con un diagnóstico preliminar del especialista veterinario.
Después de la Emergencia • Se emitirá un informe al SAG y a la SMA, en un plazo máximo de 7 días hábiles de ocurrido el hecho. • Cuando el animal esté en condiciones, se procederá a su liberación. • En el caso de que el ejemplar no pueda ser reinsertado en su hábitat natural, se trasladará al animal a un centro de rescate, centro de exhibición o algún tenedor de fauna autorizado por el SAG. • Todos los costos del transporte y tratamiento del animal accidentado serán asumidos por el Titular del Proyecto. Oportunidad y vías de comunicación a la SMA de la activación del Plan de Emergencia Una vez controlados los riesgos críticos, el supervisor dará aviso al Representante Legal de la activación del plan de emergencia, el cual a su vez comunicará a la Superintendencia del Medio Ambiente (SMA) mediante un llamado telefónico y/o correo electrónico con dicha información. Referencia a documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada Capítulo 3 del Anexo A de la Adenda Complementaria Excepcional.
13.2.4. Riesgos hidrológicos
Fase del proyecto a la que
aplica
Construcción.
Emplazamiento, parte, obra o
acción asociada
El riesgo se genera por las condiciones físicas del territorio donde
se emplaza el Proyecto que hacen necesario considerar el manejo
de crecidas de escurrimientos superficiales por riesgos de aluvión
en la cuenca del Rio Salado, en el periodo que se están realizando
los trabajos. Además, se considera también el riesgo generado por
evento de lluvias intensas que podrían ocasionar el crecimiento
del Rio Salado.
Acciones
o
medida
a
implementar para controlar la
A continuación, se presentan las medidas controlar la emergencia
que el Proyecto considera en caso de eventos de Riesgo
emergencia
Hidrológico;
• Los procedimientos de este plan aplican para todo el personal
propio o empresas colaboradoras.
• Será obligatorio el uso de los equipos de protección personal
para cualquier procedimiento de emergencia.
• Todos los equipos que serán retirados deberán estar
claramente identificado, también se tendrá definido con
anterioridad la zona de seguridad en la cual se dejarán estos
equipos mientras pasa la emergencia.
• Las áreas de trabajo y sus accesos se mantendrán limpias,
secas, en orden y libres de cualquier tipo de elementos o
materiales.
• Estos procedimientos de emergencias se establecerán una vez
conocido el pronóstico de las precipitaciones, con este dato se
calculará el volumen que éstas puedan provocar, con esta
información se determinará la orden de evacuar a zonas de
seguridad.
• Una vez que la emergencia pase, los trabajadores no podrán
volver a sus puestos de trabajo hasta que se dé la orden de
aquello.
• Adicionalmente, en las instalaciones de faenas, para facilitar la
evacuación de los trabajadores y el resguardo de las propias
instalaciones, se habilitará la señalética de evacuación, se
mantendrán las áreas de tránsito libre y sin obstáculos y los
residuos se mantendrán almacenados exclusivamente en las
áreas especialmente habilitadas para ello, las cuales contarán
con los permisos de la autoridad sanitaria correspondientes.
• Por su parte, en relación con los trabajos que se ejecutarán en
el cauce propiamente tal, se considera la implementación de
las siguientes acciones, destinadas también a facilitar la
evacuación de los trabajadores y a minimizar los posibles
daños a cauce de un evento meteorológico extremo:
-
El material removido del cauce del río será trasladado
directamente a los botaderos habilitados para ello, los
cuales forman parte del presente Proyecto.
-
Se prohibirá a los trabajadores vaciar o depositar residuos
líquidos o sólidos en los cursos de agua, incluyendo
ramas, hojas o troncos.
-
El personal de la obra no podrá utilizar los cauces
naturales ni sus riberas como áreas de esparcimiento.
-
Cualquier residuo (RSD o RSINP) que se genere en los
frentes de trabajo se retirará de inmediato del área y será
dispuesto en áreas debidamente habilitadas y autorizadas
en las instalaciones de faenas del Proyecto.
-
Se prohibirá a los trabajadores manipular combustible o
sustancias peligrosas en las inmediaciones de los cauces.
-
No se realizará mantención mecánica a los vehículos ni a
la maquinaria que se utilice con ocasión del Proyecto.
Estos servicios serán realizados con terceros autorizados,
fuera de las instalaciones del Proyecto
Oportunidad
y
vías
de
comunicación a la SMA de la
activación
del
Plan
de
Una vez controlados los riesgos críticos y realizada la atención de
primeros auxilios y ambulancias, el supervisor dará aviso al
Representante Legal de la activación del plan de emergencia, el
Emergencia cual a su vez comunicará a la Superintendencia del Medio Ambiente (SMA) mediante un llamado telefónico y/o correo electrónico con dicha información. Referencia a documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada Capítulo 3 del Anexo A de la Adenda Complementaria Excepcional.
14°. Que, durante el proceso de participación ciudadana, desarrollado conforme a lo dispuesto en el artículo 29 de la Ley N° 19.300, se formularon observaciones por parte de la comunidad respecto del Proyecto, las que han sido consideradas en el proceso de evaluación de la forma que a continuación se señala.
14.1 Admisibilidad de las observaciones ciudadanas
Todas las observaciones ciudadanas cumplen con los requisitos establecidos en el artículo 29 de la Ley Nº 19.300 y en los artículos 83 y 95 del RSEIA.
14.2 Evaluación técnica de las observaciones ciudadanas
Las observaciones formuladas por la ciudadanía que cumplen con los requisitos establecidos en el artículo 29 de la Ley Nº 19.300 y en los artículos 83 y 88 del RSEIA son las siguientes:
- OBSERVANTE: Evelyn Higuera Sandoval.
Observación: El polígono es un peligro para esas casas, ya que el agua del río siempre llega al borde. Ahí hay casas con peligro de inundación, las 5 primeras casas (localidad de El Salado).
Respuesta: Se considera la observación pertinente toda vez que hace referencia a la descripción de Proyecto y sus potenciales impactos. Al respecto, en primer lugar, se aclara que el Proyecto tiene como objetivo principal proteger los sectores urbanizados y la población de las tres localidades que interviene, estas son Chañaral, El Salado y Diego de Almagro. Lo anterior mediante la canalización del río Salado, en una longitud tal que permita contener al flujo desde aguas arriba de cada una de las zonas urbanas, con una obra hidráulica de embudo de entrada, y que luego lo conduzca hasta su descarga aguas abajo.
En este contexto, para la localidad de El Salado, estas obras de canalización fueron proyectadas para el evento más extremo (la mayor crecida aluvional registrada a la fecha, ocurrida en marzo de 2015) o para un periodo de retorno de 100 años. Así, se diseñaron las obras para un caudal máximo de detrítico de 923 m3/s, estimado para un período de retorno de 100 años. Bajo estas condiciones, la canalización en El Salado tendrá una longitud de 743 metros, con una pendiente media de 1,32% y adicionalmente contará con una obra de entrada de 200 metros de largo y un perfilamiento de salida de aproximadamente 100 metros de longitud. También se considera una franja aledaña a la canalización del río como zona de seguridad, donde se restringirá la construcción de viviendas y/o edificaciones. De este modo, todo el sector urbano fuera de esta área o zona de seguridad no tendría riesgo de inundación por crecidas del río Salado.
De acuerdo con lo expuesto, el Titular señala que el Proyecto no generará peligro para las casas aledañas a las obras en la localidad de El Salado, por el contrario, tendrá el propósito de contener y conducir los caudales del río incluso en eventos meteorológicos extremos. En la siguiente figura se presenta la vista en planta de las obras de control aluvional en la localidad de El Salado.
Disposición en planta canalización El Salado
Fuente: Figura 1-1, Anexo N de la Adenda.
- OBSERVANTE: Comunidad Indígena Wara de la Quebrada de Chañaral Alto y sus Quebradas
Observación: 1. Con fecha 2 de febrero del presente año (2021), realizados presentación a ese Servicio, indicando nuestra constitución como Comunidad, los motivos y a la vez que nos revindicamos y reconocemos como territorios la Quebrada de Charal Alto en toda su extensión en la Comuna de Copiapó y Diego de Almagro.
-
Con fecha 12 de febrero del presente año (2021), y ya habiendo informado lo indicado en el punto anterior; el Servicio de Evaluación Ambiental realiza el Informe Consolidado de Solicitud de Aclaraciones, rectificaciones y/o ampliaciones al EIA (icsara) del Proyecto Obras Fluviales y de Control Aluvional en la Cuenca del Rio Salado, Región de Atacama.
-
En el Iscasa Obras Fluviales y de Control Aluvional en la Cuenca del Rio Salado, Región de Atacama de fecha 12.02.2021 en el punto 4.1 Medio Humano se indica:
b. En relación con la intervención, uso o restricción al acceso de los recursos naturales utilizados como sustento económico del grupo o para cualquier otro uso tradicional, tales como uso medicinal, espiritual o cultural; se solicita al Titular aclarar si en el área donde se construirá el Proyecto se realizan algunas de estas actividades que tengan relación con el acceso de los recursos naturales.
c. En relación con poblaciones protegidas, se solicita al Titular caracterizar a la Asociación indígena multicultural Musuk Relmu (comuna de Chañaral) y a las Comunidades Indígenas Colla Comuna de Diego de Almagro, Geoxcultuxial y Chiyagua de Quebrada el Jardín (estas tres de la comuna de Diego de Almagro) con fuentes primarias y acompañar los respectivos medios de verificación que den fe de la información entregada, con el objetivo de descartar de forma fundada cualquier susceptibilidad de afectación a estos GHPPI por una posible interacción de las obras y acciones del Proyecto con estos GHPPI y sus sitios de significancia.
Sin embargo, pese que el titular no hace ninguna caracterización de ninguna de las comunidades de
la comuna; el Servicio de Evaluación Ambiental de Atacama, en el ICSARA no menciona a esta
Comunidad entre las que se encuentra presente en la comuna de Diego de Almagro.
Se hace presente que la Quebrada de Chañaral Alto cruza el Rio Salado y que anterior al aluvión del año 2015, en la unión de la Quebrada de Chañaral Alto y el Rio Salado, por la Quebrada existía una apacheta, lugar de rogativas y uno de los lugares de ingreso a la Quebrada y a Chañarcito.
Por lo anteriormente expuesto, solicito:
a) Considerar a esta Comunidad en la indicadas al titular como comunidades de la Comuna de Diego de Almagro.
b) Considerando que el titular realizará un reasentamiento de personas indígenas, es que se solicita una Consulta Indígena de acuerdo a artículo 85 del Decreto 40 de acuerdo con el artículo 13 del Decreto 66; lo anterior se fundamenta que al realizar reasentamiento, esto provoca un impacto significativo, no solo a las personas indígenas que lo sufrirán, sino a su comunidad y al pueblo Colla, incluida esta comunidad, por estar en desigualdad de condiciones para poder evaluar las consecuencias de un reasentamiento, ya que en esta oportunidad le toca a estas personas, pero en un futuro le puede tocar el turno a esta Comunidad. También se fundamenta en nuestros objetivos como comunidad que es la defensa de los derechos humanos indígenas.
Esperando una buena acogida y acceder a lo solicitado. Saluda atentamente
Respuesta: Se considera la observación pertinente toda vez que hace referencia a la línea de base y potenciales impactos del Proyecto.
En relación con la primera observación ciudadana, esta es “Considerar a esta Comunidad en la indicadas al titular como comunidades de la Comuna de Diego de Almagro”, se informa al observante que la Comunidad Indígena Wara de la Quebrada de Chañaral Alto y sus quebradas fue incluida dentro de los seis (6) Grupos Humanos Pertenecientes a Pueblos Indígenas (GHPPI) con presencia en el área de influencia de medio humano del Proyecto, los que a su vez fueron considerados en el análisis del artículo 7 y 8 del Reglamento del SEIA, es decir, para ponderar y/o descartar de forma fundada cualquier susceptibilidad de afectación a dichos GHPPI.
En este sentido, en el Anexo I de la Adenda (“Informe de caracterización y análisis de pertinencia indígena - actualizado”) se caracterizaron a los siguientes GHPPI que tendrían presencia en las comunas de Diego de Almagro y Chañaral, estos son: 1) Comunidad Indígena Colla Comuna Diego de Almagro, 2) Comunidad Indígena Colla Geoxcultuxial, 3) Comunidad Indígena Colla Chiyagua de la Quebrada El Jardín, 4) Comunidad Indígena Wara de la Quebrada de Chañaral Alto y sus quebradas, 5) Agrupación Indígena Multicultural Las Parcelas y 6) Asociación Indígena Multicultural Musuk Relmu. Adicionalmente, el análisis sobre susceptibilidad de afectación a poblaciones protegidas por parte del Proyecto se puede revisar en la tabla 6.2.4 del presente documento.
En relación con la segunda observación ciudadana, esta es: “Considerando que el titular realizará
un reasentamiento de personas indígenas, es que se solicita una Consulta Indígena de acuerdo a
artículo 85 del Decreto 40 de acuerdo con el artículo 13 del Decreto 66; lo anterior se fundamenta
que al realizar reasentamiento, esto provoca un impacto significativo, no solo a las personas
indígenas que lo sufrirán, sino a su comunidad y al pueblo Colla, incluida esta comunidad, por
estar en desigualdad de condiciones para poder evaluar las consecuencias de un reasentamiento,
ya que en esta oportunidad le toca a estas personas, pero en un futuro le puede tocar el turno a esta
Comunidad. También se fundamenta en nuestros objetivos como comunidad que es la defensa de
los derechos humanos indígenas”. Al respecto, se informa al observante que en relación con los
grupos humanos que deben ser reasentados por el Proyecto, existen 9 hogares con presencia de
integrantes indígenas (1 en Chañaral y 8 en Diego de Almagro), los cuales pertenecerían a los pueblos Colla, Diaguita, Mapuche y Aymara. Al encontrarse en el área de obras del Proyecto, se ubican en localidades de carácter urbano, por lo que aquellos integrantes de estas familias que se reconocen como indígenas se circunscriben a este contexto sociocultural urbano, siendo esta la cotidianidad que determinaría sus sistemas de vida y costumbres. Algunos de ellos pertenecerían a grupos que emigraron desde las zonas tradicionales Colla que se ubican en la precordillera y cordillera de la región de Atacama y que habrían optado por asentarse en las cabeceras comunales de Diego de Almagro y Chañaral, ya sea por el acceso a servicios como educación, salud o abastecimiento, así como también para acceder a nuevas fuentes laborales. Otras familias, cuyos integrantes son de otros pueblos indígenas (tales como Mapuche y Aymara), también se identifican como población inmigrante, no obstante, sus territorios tradicionales se encontrarían fuera de la región de Atacama.
En estos contextos urbanos, las personas indígenas que forman parte de los grupos humanos afectos a reasentamiento no desarrollarían actividades tradicionales propias de los pueblos originarios en dichos espacios urbanos, ni tampoco reconocerían sitios de significancia cultural tradicionales relacionados a estos grupos en las localidades mencionadas, compartiendo los mismos espacios cotidianos, intereses y problemáticas que la población no indígena. El único lugar de interés identificado para los GHPPI es la sede indígena de la localidad de Diego de Almagro, infraestructura moderna que constituye un espacio de reunión para esta población protegida, que se ubica a unos 30 metros del sector de obras del Proyecto y que no sería afectado por las obras y acciones de este.
Aquellos integrantes de los grupos humanos afectos a reasentamiento que mantienen vínculos con los territorios ancestrales, ya sea por relaciones familiares, por participar en organizaciones indígenas o por ejercer una habitabilidad alternada entre las zonas urbanas y rurales, tampoco mantendrían sitios de significación cultural tradicionales ni realizarían actividades tradicionales en las localidades de Diego de Almagro o Chañaral, ya que estas se dan en las zonas precordilleranas o cordilleranas de la provincia, lejanas a los centros urbanos.
Con estos antecedentes, se concluye que el reasentamiento como resultado de las obras y acciones del Proyecto no afectaría aquellos elementos y características de los sistemas de vida y costumbres propias de los GHPPI, específicamente de las personas que se reconocen como indígenas en los hogares caracterizados, ya que estos aspectos y elementos no se relacionarían con su ámbito doméstico, ni terreno o área en que se encuentran sus viviendas urbanas.
Por todo lo anterior, es que el proceso de evaluación ambiental descartó susceptibilidad de afectación directa (SAD) a GHPPI, por lo que no corresponde abrir un proceso de Consulta Indígena, según lo señalado en el artículo 85 del DS N° 40/2012, del Ministerio de Medio Ambiente, Reglamento del SEIA.
15°. Que, el Titular deberá remitir a la Superintendencia del Medio Ambiente la información respecto de las condiciones, compromisos o medidas, ya sea por medio de monitoreos, mediciones, reportes, análisis, informes de emisiones, estudios, auditorías, cumplimiento de metas o plazos, y en general cualquier otra información destinada al seguimiento ambiental del Proyecto, según las obligaciones establecidas en la presente Resolución de Calificación Ambiental y las Resoluciones Exentas que al respecto dicte la Superintendencia del Medio Ambiente. De igual forma, y a objeto de conformar el Sistema Nacional de Información de Fiscalización Ambiental (SNIFA), el Registro Público de Resoluciones de Calificación Ambiental y registrar los domicilios de los sujetos sometidos a su fiscalización en conformidad con la ley, el Titular deberá remitir en tiempo y forma toda aquella información que sea requerida por la Superintendencia del Medio Ambiente a través de las Resoluciones Exentas que al respecto ésta dicte.
16°. Que, el Titular deberá informar a la Superintendencia del Medio Ambiente la realización de la gestión, acto o faena mínima que da cuenta del inicio de la ejecución de obras, a que se refiere el Considerando 4° de la presente Resolución.
17°. Que, con el objeto de dar adecuado seguimiento a la ejecución del Proyecto, el Titular deberá informar a la Superintendencia del Medio Ambiente, al menos con una semana de anticipación, el inicio de cada una de las fases del Proyecto, de acuerdo a lo indicado en la descripción del mismo.
18°. Que, la Superintendencia del Medio Ambiente, de oficio o a petición de parte o de algún organismo sectorial, podrá aprobar, modificar o complementar el contenido del plan de seguimiento de las variables ambientales y, en general, cualquier otro mecanismo establecido en la respectiva resolución de calificación ambiental que tenga dicho objeto, con el fin de asegurar, en el transcurso del tiempo, que el seguimiento de las variables ambientales cumpla con su objetivo de forma eficiente y eficaz.
19°. Que, para que el proyecto “Obras Fluviales y de Control Aluvional en la Cuenca del Rio Salado, Región de Atacama” pueda ejecutarse, deberá cumplir con todas las normas vigentes que le sean aplicables.
20°. Que, el Titular deberá informar inmediatamente a la Secretaría de la Comisión de Evaluación de la Región de Atacama y a la Superintendencia del Medio Ambiente, la ocurrencia de impactos ambientales no previstos en el EIA, asumiendo inmediatamente las acciones necesarias para abordarlos.
21°. Que, el Titular del Proyecto deberá comunicar inmediatamente y por escrito a la Dirección Regional del SEA Atacama la ocurrencia de cambios de titularidad, representante legal, domicilio y correo electrónico, de acuerdo a lo establecido en el inciso tercero del artículo 162 y artículo 163, ambos del Reglamento del SEIA.
22°. Que, se hace presente al Titular que cualquier modificación al Proyecto que constituya un cambio de consideración en los términos definidos en el artículo 2° letra g) del Reglamento del SEIA, deberá someterse al SEIA.
23°. Que, todas las medidas, condiciones, exigencias y disposiciones establecidas en la presente Resolución son de responsabilidad del Titular, sean implementadas por éste directamente o a través de un tercero.
RESUELVO:
1°. Calificar favorablemente el Estudio de Impacto Ambiental del proyecto “Obras Fluviales y de Control Aluvional en la Cuenca del Rio Salado, Región de Atacama”, de MINISTERIO DE OBRAS PÚBLICAS.
2°. Certificar que el proyecto “Obras Fluviales y de Control Aluvional en la Cuenca del Rio Salado, Región de Atacama” cumple con la normativa de carácter ambiental aplicable.
3°. Certificar que el proyecto “Obras Fluviales y de Control Aluvional en la Cuenca del Rio Salado, Región de Atacama” cumple con los requisitos de carácter ambiental contenidos en los permisos ambientales sectoriales que se señalan en los artículos 132, 138, 140, 142 y 151 del D.S. Nº 40/2012 del Ministerio del Medio Ambiente, Reglamento del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental.
4°. Certificar que el proyecto “Obras Fluviales y de Control Aluvional en la Cuenca del Rio Salado,
Región de Atacama” se hace cargo adecuadamente de los efectos, características y circunstancias
5°. Definir como gestión, acto o faena mínima del Proyecto, para dar cuenta del inicio de su ejecución de modo sistemático y permanente, a los mencionados en el considerando 4° del presente acto.
6°. Hacer presente que contra esta Resolución es procedente el recurso de reclamación de acuerdo a los artículos 20 y 29 de la Ley Nº 19.300, ante el Comité de Ministros. El plazo para interponer este recurso es de treinta días contados desde la notificación del presente acto.
Notifíquese y Archívese
Verónica Ossandón Pizarro Directora Regional Servicio de Evaluación Ambiental Secretaria Comisión de Evaluación Región de Atacama
AEC/JES/MAM/FJSH