Evaluación SEA

Optimización Óxidos Mantoverde

Rol 2148693372
SEA · DIA · Aprobado · 2020-10-14 · Región de Atacama · MANTOVERDE S.A.

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REPÚBLICA DE CHILE COMISIÓN DE EVALUACIÓN Región de Atacama

Califica Ambientalmente el proyecto “Optimización Óxidos Mantoverde”

Resolución Exenta N°132

Copiapó, 29 de junio de 2021

VISTOS:

1º. La Declaración de Impacto Ambiental (DIA), su Adenda de fecha 05 de marzo de 2021 y su Adenda Complementaria de fecha 11 de mayo de 2021, del proyecto “Optimización Óxidos Mantoverde”, presentado por MANTOVERDE S.A. con fecha 06 de octubre del 2020.

2º. Los pronunciamientos y observaciones de los órganos de la administración del Estado que, sobre la base de sus facultades legales y atribuciones, participaron en la evaluación de la DIA, y que se detallan en el Capítulo 3.3 del Informe Consolidado de Evaluación (ICE) de la DIA del proyecto “Optimización Óxidos Mantoverde”.

3º. El Acta de Evaluación N°09 del 01 de junio de 2021, del Comité Técnico de la Región de Atacama.

4º. El ICE de la DIA del proyecto “Optimización Óxidos Mantoverde” de 2 de junio de 2021.

5º. El acuerdo adoptado en la sesión de 10 de junio de 2021 de la Comisión de Evaluación de la Región de Atacama.

6º. La Resolución de Calificación Ambiental N°16, de 2018, de la Comisión de Evaluación de Atacama, del proyecto denominado “Proyecto Desarrollo Mantoverde” que se modifica a través de la presente Resolución.

7º. Los demás antecedentes que constan en el expediente de evaluación de impacto ambiental de la DIA del proyecto “Optimización Óxidos Mantoverde”.

8º. Lo dispuesto en la Ley Nº19.300, Sobre Bases Generales del Medio Ambiente; el D.S. Nº40, de 2012, del Ministerio del Medio Ambiente, Reglamento del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental (Reglamento del SEIA); la Ley N°19.880, que Establece Bases de los Procedimientos Administrativos que Rigen los Actos de los Órganos de la Administración del Estado; la Ley N°18.575, Ley Orgánica Constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado; la Resolución Exenta RA 119046/376/2019 del 17 de diciembre de 2019, de la Dirección Ejecutiva del Servicio de Evaluación Ambiental, que nombra a doña Verónica Ossandón Pizarro como Directora Regional; y la Resolución Nº7, de 2019, de la Contraloría General de la República.

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CONSIDERANDO:

1º. Que, MANTOVERDE S.A. (en adelante, el Titular), ha sometido al Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental (SEIA) la DIA del proyecto “Optimización Óxidos Mantoverde” (en adelante, el Proyecto). Los antecedentes del Titular son los siguientes:

Nombre o razón social MANTOVERDE S.A. Rut 77.020.457-7 Domicilio ANDRES BELLO 660 Teléfono 552693001 Nombre representante legal Giancarlo Bruno Lagomarsino Rut representante legal 9196442-2 Domicilio representante legal Nicolás Tirado 377 Teléfono representante legal 552693001 Correo electrónico Titular o representante legal giancarlo.bruno@mantoscopper.com

2º. Que, conforme se indica en el ICE de fecha 2 de junio de 2021, la Directora del Servicio de Evaluación Ambiental de la Región de Atacama ha recomendado aprobar el Proyecto, por cuanto cumple con la normativa de carácter ambiental aplicable identificada en la sección 9 del ICE; cumple con los requisitos de otorgamiento de carácter ambiental contenidos en los permisos ambientales sectoriales aplicables identificados en la sección 10 del ICE; no genera ni presenta los efectos, características o circunstancias del artículo 11 de la Ley N°19.300, que dan origen a la necesidad de evaluar un Estudio de Impacto Ambiental; y el Proponente ha subsanado los errores, omisiones e inexactitudes planteados en los Informes Consolidados de Aclaraciones, Rectificaciones y Ampliaciones.

3º. Que, en sesión de 10 de junio de 2021, la Comisión de Evaluación de la Región de Atacama acordó calificar favorablemente el proyecto “Optimización Óxidos Mantoverde”, aprobando íntegramente el contenido del ICE de 2 de junio de 2021, el que forma parte integrante de la presente Resolución. Por lo tanto, conforme a lo indicado en el artículo 60 inciso segundo del Reglamento del SEIA, se excluyen de la presente Resolución las consideraciones técnicas en que se fundamenta.

4º. Que, según lo señalado en la DIA y sus anexos, en su Adenda, y en su Adenda Complementaria, los cuales forman parte integrante de la presente Resolución, la descripción del Proyecto es la que a continuación se indica:

4.1. ANTECEDENTES GENERALES Objetivo general El objetivo general del Proyecto Optimización Óxidos Mantoverde es otorgar continuidad a la operación de óxidos, permitiendo mantener la producción de cátodos de cobre de alta pureza, autorizado en 60.000 t/año (aprobadas mediante RCA N°110/2002) durante la vida útil de la línea de óxidos (hasta el 2036). Esto considera aumentar la tasa de extracción de mineral oxidado en 18 Mt/año o 1,5 Mt/mes y aumentar la capacidad total de los botaderos de lixiviación de mineral de baja ley en 197 Mt. Tipología principal, así como las aplicables a sus partes, obras o acciones i.1) Proyectos de desarrollo minero sobre 5.000 ton/mes. i.3) Proyectos de disposición de residuos y estériles. Vida útil 20 años Monto de inversión USD $ 40.000.000,000 Gestión, acto o faena mínima que da cuenta del inicio de la ejecución Movimientos de tierra asociados a la ejecución del Dump Leach Sur II. Proyecto se desarrolla por etapas Si No La fase de construcción se realizará en 5 fases de 6 meses cada una. X

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Proyecto modifica un proyecto o actividad Si No Área/Obra Condición Aprobada Condición Modificada Explotación Mina • Total Heap: 5.757 kt • Total Dump: 98.149 kt. • Total Estéril: 926.850 kt • Aumenta la extracción de mineral de alta ley (Heap) a 109.214 kt • Aumenta la extracción de mineral de baja ley (Dump) a 144.852 kt. • Aumenta la extracción total de estéril a 1.064.986 kt. Explotación Mina • Zona Celso – Mantoruso • Zona Mantoverde • Zona Kuroki • Zona Franko Norte • Ampliación de zona de explotación Mantoverde, específicamente la ampliación denominada fase VI. Son 29 hectáreas adicionales de explotación mina. • De los rajos de Operación Mantoverde se incorpora la Fase Mantoverde Sur 6. Lixiviación de baja ley • Dump Leach Sur I (fase V y VI). • Conversión de pila dinámica a botadero de lixiviación de baja ley. • Incorpora Fase VII al Dump Leach Sur. • Incorpora Dump Leach Sur II. • Se suman 197 Mt adicionales de capacidad de lixiviación de mineral de baja ley. • Se aplaza la conversión de pila dinámica a botadero de lixiviación de baja ley hasta el año 2031. Botaderos De Estéril Botadero BOSU: • Superficie de 45,6 ha. (aprox) • Capacidad de 105 Mt. (aprox) • Reprocesamiento de la totalidad del material del BOSU depositados a la fecha. • La cantidad por reprocesar desde el botadero BOSU es de 26 Mt. X

Proyecto modifica otra(s) RCA Si No RCA N°16/2018. X

4.2. UBICACIÓN DEL PROYECTO División político- administrativa Región de Atacama

Descripción de la localización El proyecto se ubica dentro de la Faena del “Proyecto Desarrollo Mantoverde”. Superficie Instalación Superficie (ha) Dump Leach Sur (Fase VII) 39 Dump Leach Sur II (incluye sector de piscinas, sala eléctrica y tuberías) 121 (124) Canaleta de aguas lluvias Dump Leach Sur II 1 Fase Mantoverde Sur 6 20 Botadero BOSU 30 Stock Óxidos 40 Stock Sulfuros Norte 33 Stock Sulfuros Sur 50 Pila dinámica 80 4

Oficinas de apoyo Patio Contratista 0,003 Total 417,003 Coordenadas UTM en Datum WGS84 Las coordenadas de las obras se presentan en la Tabla 5 del Capítulo 1 de la DIA. En Tabla 1 del Anexo K.1 PAS 136.part1 de la Adenda, se rectifican las coordenadas de los Botaderos de mineral de baja ley (Dump Leach Sur (Fase VII) y Dump Leach Sur II), así también como las coordenadas de los Stocks. Caminos de acceso Las vías de acceso consideradas por el Proyecto para el abastecimiento de insumos, materiales, transporte de producto y personal, corresponderán a las mismas utilizadas por la operación actual; específicamente, hacia y desde el Área Mina-Planta. Estas rutas son: por el norte las rutas 5 Norte /C- 13/C-209; y por el sur las rutas 5 Norte/C-261/C-225. Referencia al expediente de evaluación de los mapas, georreferenciación e información complementaria sobre la localización de sus partes, obras y acciones En Anexo F de la DIA se presenta un plano georrefenciado de las obras del proyecto, la imagen 4 del capítulo 1 de la DIA, presenta un plano con las vías de acceso. Lo anterior, se complementa con lo presentado en Anexo B.1 de la Adenda complementaria donde se presentan las obras del Proyecto en Formato KMZ y SHP.

4.3. PARTES, OBRAS Y ACCIONES QUE COMPONEN EL PROYECTO 4.3.1. FASE DE CONSTRUCCIÓN Obras Caminos El Proyecto incorpora una ruta de acceso interna para el Dump Leach Sur II. Esta ruta no requiere la construcción de obras de arte, ni tampoco modifica la sección del cauce de la quebrada Guamanga, de tal manera que no altera el régimen de escurrimiento esporádico de la quebrada. También, se habilitarán rutas de acceso internas para el Stock Sulfuros Sur y Stock Óxidos. Estas rutas no requieren la construcción de obras de arte, ni tampoco modifica la sección del cauce de la quebrada Guamanga, de tal manera que no altera el régimen de escurrimiento esporádico de la quebrada. En Adenda se aclaró que las características de los caminos de acceso a los stocks considerados serán las siguientes: • Material: Camino de tierra perfilado. • Ancho de 12 m por vía (una por sentido), las que son separadas con camellones de 1 m de alto, exceptuando el cruce de la quebrada. • Bermas de 2 m de alto a cada lado del camino, exceptuado el cruce de la quebrada. • Tipo de estabilización: Bischofita. Respecto a la ruta de acceso a los stocks y Dump Leach Sur II, considera una parte que ya existe (Anexo A.5.1 de la Adenda) que deberá considerar mejoras para el cruce de la ruta C-225, en las cuales incluirán elementos para el control de flujo vehicular, como barreras controladas por operador y señaléticas de advertencia del cruce, límite de velocidad y sector de detención. En el Anexo a.5 de la Adenda, se presentan en formato KMZ y de manera diferenciada los caminos existentes, los que serán construidos para este proyecto y los que contarán con supresión de polvo. Oficinas de apoyo Patio Contratista Para el desarrollo de las actividades constructivas se requerirá de forma complementaria la instalación de dos contenedores a emplazarse en el patio de contratistas, los cuales estarán destinados a labores administrativas. Las oficinas de apoyo tendrán una superficie aproximada de 0,003 ha. Su emplazamiento georreferenciado se entrega en el Anexo B.1 de la Adenda Complementaria. Acciones 5

Construcción Dump Leach Sur II. Requiere la ejecución de movimientos de tierra para preparar las superficies en las cuales se habilitará el Dump Leach Sur II, los ductos de soluciones de proceso, las piscinas de proceso, y la canaleta de aguas lluvia. Este primer trabajo se efectuará empleando métodos y equipos convencionales, principalmente cargadores frontales y retroexcavadoras para efectuar la remoción del escarpe. El material removido será dispuesto como relleno para generar las propias plataformas del proyecto. Luego se llevará a cabo la compactación de las superficies de acuerdo con el diseño geotécnico. Además, sobre la superficie previamente preparada se instalará la carpeta impermeable (geomembrana) aplicando métodos y procedimientos de soldadura. Se habilitarán mediante retroexcavadora las zanjas que serán recubiertas con geomembrana impermeable y que colectarán y conducirán las soluciones hasta las piscinas de proceso. Sobre la carpeta impermeable se dispondrán los ductos por los cuales fluirán las soluciones de lixiviación, y sobre éstos una capa de material protector. Las piscinas se construirán excavadas en el terreno mediante retroexcavadora y cargadores frontales, utilizando el material para formar pretiles perimetrales que contribuirán a otorgar las capacidades volumétricas de diseño. La superficie será preparada mediante compactación, eliminación de elementos punzantes e instalación de las carpetas impermeables. Luego, se realizará la instalación de los sistemas eléctricos, bombas de impulsión de soluciones y sistemas de medición de niveles, mediante métodos y equipos convencionales, principalmente cargadores frontales y retroexcavadoras para efectuar la remoción del escarpe. Posteriormente, se efectuará la compactación de las superficies, se construirán las bases de hormigón para transformadores y se instalarán los transformadores, los pilotes para sala eléctrica y conteiner. Construcción de Tuberías de soluciones. Se construirán durante la primera Fase de la construcción del Dump Sur II, durante un período de 4 meses. La instalación de las tuberías bajo la cota de socavación se efectuará durante un período sin escurrimiento de aguas en la quebrada, considerando que la quebrada se encuentra seca la mayor parte del año. Se habilitarán, mediante retroexcavadoras, las zanjas que serán recubiertas con geomembrana impermeable y que colectarán y conducirán las soluciones hasta las piscinas de proceso. Sobre la carpeta impermeable se dispondrán los ductos por los cuales fluirán las soluciones de lixiviación, y sobre éstos una capa de material protector. Luego, se instalarán arenas para ductos y los conductores subterráneos. Una vez finalizada la instalación de los ductos se procederá a la realización de pruebas de presión neumáticas en estas instalaciones, así como pruebas de control y operación de válvulas. Para el atravieso de las tuberías de solución con la Ruta C-225, se considera excavación en zanja y reposición del camino, considerando los desvíos necesarios para asegurar el libre tránsito de la ruta C-225. Sala eléctrica y sistema de bombas. Las actividades de movimientos de tierra se efectuarán empleando métodos y equipos convencionales, principalmente cargadores frontales y retroexcavadoras para efectuar la remoción del escarpe. Posteriormente, se efectuará la compactación de las superficies de acuerdo con el diseño geotécnico. Luego, se construirán las bases de hormigón para transformadores, se instalarán los transformadores, los pilotes para la sala eléctrica y finalmente se instalará el container. Construcción de línea de tensión eléctrica (13,8 kV). Se construirá en tres pasos: 1. Elaboración de holladuras para postes y tirantes. 2. Instalación de postes de hormigón (se instalan en holladuras). Instalación de línea eléctrica. Construcción Canaleta perimetral de aguas lluvia. Se construirá de forma excavada, sin revestimiento, usando los excedentes de construcción para la habilitación de una berma lateral adyacente. Las actividades de movimientos de tierra se efectuarán empleando métodos y equipos convencionales, principalmente cargadores frontales y retroexcavadoras Construcción de En esta fase del Proyecto, la construcción de los Stocks sólo considera la construcción de gaviones impermeabilizados de 1 m3 aproximadamente en los cauces de la parte alta 6

Stocks. de la ladera, inmediatamente aguas arriba de los stocks. Construcción de caminos acceso a stocks y nuevo Dump Leach sur II. Las actividades de construcción de los caminos de acceso a los stocks serán desarrolladas mediante maquinaria convencional (principalmente Bulldozer y motoniveladora). Específicamente las actividades a desarrollar para la ejecución de caminos corresponden a: i) Replanteo del trazado; ii) Despeje del sector y ejecución de plataformas mediante corte y relleno autocompensado, según el tramo, o simple compactación en tramos planos; iii) Construcción de bermas de seguridad e iv) Instalación de señaléticas. Estas actividades no requieren la construcción de obras de arte, ni tampoco modifican la sección del cauce de la quebrada Guamanga, de tal manera que no altera el régimen de escurrimiento esporádico de la quebrada. En este sentido, el Proyecto mantiene las condiciones de la ruta existente que atraviesa la quebrada Guamanga y que se emplea cuando el cauce no posee escurrimiento. Las características de los caminos de acceso a los stocks considerados son: • Material: Camino de tierra perfilado. • Ancho de 12 m por vía (una por sentido), las que son separadas con camellones de 1 m de alto, exceptuando el cruce de la quebrada. • Bermas de 2 m de alto a cada lado del camino, exceptuado el cruce de la quebrada. • Tipo de estabilización: Bischofita. En Anexo A.5 de la Adenda se presenta un plano con todos los caminos internos del Proyecto, diferenciando los nuevos con los del proyecto original y su forma de estabilización. Este camino considera un atravieso de la ruta C-225, el cual incluirá elementos para el control de flujo vehicular, como barreras controladas por operador y señaléticas de advertencia del cruce, límite de velocidad y sector de detención. Transporte. A continuación, se presenta un detalle del transporte para esta fase. La tabla más detallada se presenta en tablas 22 y 23 de la Adenda Complementaria.

Ruta de transporte Origen - Destino Carga a transportar Cantidad de vehículos Frecuencia viajes (ida y vuelta) Ruta 5/ C-261/ C- 225 Caldera - Operación Mantoverde Insumos (Combustibles y lubricantes) 1 camión Mensual: 4 viajes/mes Diaria: 0,1 viajes/día Ruta 5/C- 261/C- 225 Copiapó - Operación Mantoverde Insumos (materiales de construcción) 1 camión Mensual: 24 viajes/mes Diaria: 0,8 viajes/día Ruta 5/C- 13/C- 209/C-225 Chañaral - Operación Mantoverde Transporte personal 1 bus Mensual: 60 viajes/mes Diaria: 2 viajes/día Ruta 5/C- 13/C- 209/C-225 Chañaral - Operación Mantoverde Transporte personal 1 camioneta Mensual: 60 viajes/mes Diaria: 2 viajes/día Ruta interna Mina Frente de trabajo - Sector disposición residuos Residuos 1 camión Mensual: 4 viajes/mes Diaria: 0,1 viajes/día Rutas interna Mina. Dump Leach Sur II - Botadero autorizado Op. Mantoverde Movimientos de tierra (excedentes) 10 camiones Mensual: 1.896 viajes/mes Diaria: 63 viajes/día Movimientos de tierra Resumen movimientos de tierra por actividad Fase Dump Leach Sur II Corte (m3) Relleno (m3) 7

Mejoramiento basal – Dump Leach Sur II Fase 1 37.090 79.466 Fase 2 43.216 51.525 Fase 3 212.064 3.360 Fase 4 114.819 48.309 Fase 5 191.578 10.653 Total 598.767 193.313 Conjunto de piscinas - Dump Leach Sur II Fase 1 27.898 4.940 Total 27.898 4.940 Zanja recolectora - Dump Leach Sur II Fase 1 4.620 - Fase 2 1.430 - Fase 3 2.750 - Fase 4 1.870 - Fase 5 3.355 - Total 14.025 - Canaleta perimetral - Dump Leach Sur II Fase 1 5.590 110 Total 5.590 110 Plataforma tuberías y línea de transmisión - Dump Leach Sur II Fase 1 16.526 10.707 Total 16.526 10.707 Total, todas las actividades 662.806 209.070

Excedentes de tierra y lugar de disposición – Fase de construcción Fase de Construcción Excedentes (m3) Disposición de excedentes Fase 1 - - Fase 2 - - Fase 3 211.454 Botaderos de estériles autorizados de Mantoverde Fase 4 68.380 Fase 5 184.280 Recursos naturales renovables La Fase de Construcción del Proyecto no requiere extraer o explotar recursos naturales renovables. El agua necesaria para esta fase provendrá del actual flujo producido por la planta desalinizadora existente, no siendo necesario aumentar el actual caudal. Emisiones y efluentes EMISIONES A LA ATMÓSFERA El resumen de emisiones se presenta en Tabla 4.6.4.1 del ICE. Las acciones de abatimiento de emisiones atmosféricas que se aplicarán durante la fase de construcción del Proyecto serán las siguientes: • Humectación de frentes de trabajo al menos dos veces al día. Supresor de polvo (bischofita o similar) - Caminos mina y planta • Aplicación de supresor de polvo en los caminos principales del área mina – planta por movimientos y traslados de equipos y vehículos; • Un sistema de supresión de polvo en las líneas de minerales, con correas transportadoras cubiertas; • Extender la medida de supresor de polvo de 85% (Porcentaje de eficiencia para caminos aprobada en el marco de la RCA N°16/2018) de eficiencia para el camino de acceso existente al relleno sanitario de la operación. A partir de esta medida se estima reducir 2,2 t/año de emisiones de MP10, considerando 1,4 km de aplicación. En Tabla 11 de la Adenda Complementaria, se presenta la reducción de emisiones de MP10 producto de la incorporación de esta medida. Luego en Figura 3 del mismo documento se muestra el camino donde se extenderá la medida de abatimiento (bischofita), el cual se presenta en formato KMZ en el Anexo B.4 de la misma Adenda. • La frecuencia de aplicación de los supresores dependerá de la eficiencia que muestre el supresor en el tiempo. Se implementará un sistema de monitoreo tipo DustMate que permitirá determinar la frecuencia de aplicación óptima para asegurar un 85% de eficiencia. 8

• Los medios de verificación son: ✓ Registro de aplicación del supresor de polvo. ✓ Registro de las mediciones DustMate con las que se determinarán la frecuencia y cantidad de aplicación. • No se considera sistema de supresión en los nuevos stocks

EFLUENTES Aguas servidas: Se considera una cantidad de 7,5 m3/día, considerando 150 l/persona/día. Serán manejadas en baños químicos en los frentes de trabajos y en sistemas de alcantarillado y aguas servidas existentes en campamentos e instalaciones sanitarias de Operación Mantoverde. La fase de construcción se divide en 5 fases, las cuales tendrán un máximo de duración de 6 meses cada una. Se implementará un procedimiento sistematizado de seguimiento de los residuos de aguas servidas que salgan de sus instalaciones, cotejando que todos los camiones que se despachen de faena lleguen a destino autorizado. La Operación Mantoverde cuenta con una planta de tratamiento de aguas servidas (PTAS) con capacidad de tratamiento de 250 m3/día, aprobada mediante la Resolución Exenta N°2588/2014 de la SEREMI de Salud de Atacama. Considerando la entrada en operación del Proyecto Desarrollo Mantoverde (RCA N°16/2018), se espera que la PTAS trate un caudal máximo de 227 m3/día (1.512 personas por 150L/Hab/día). En consecuencia, la actual PTAS posee capacidad suficiente para tratar la dotación esperada por el Proyecto, que alcanzará como máximo 7,5 m3/día (50 personas x 150 L/Hab/día). En la Tabla 23 de la Adenda se muestran los datos de capacidad de tratamiento existentes mencionados.

RUIDO Para esta fase se consideró principalmente como fuente emisora la construcción del Dump Leach Sur y todas sus obras asociadas. Maquinaria Nivel de potencia sonora Lw dB(A) Retroexcavadora 105 Cargador Frontal 109 Motoniveladora 110 Compactadora 110 Grupo electrógeno 105 Para el caso del ruido proveniente de fuentes móviles, se considera una emisión de 42 Leq a 25 metros de cada lado de los caminos a utilizar, uno de los cuales pasa a una distancia de aproximadamente 80 metros de la vivienda más cercana de la localidad de El Salado. (Figura 4 del Anexo N de la Adenda. El receptor más cercano, se indicó como la Localidad de El Salado, que se ubica a 15 km en línea recta del Proyecto. Residuos, productos químicos y otras sustancias que puedan afectar el medio ambiente. RESIDUOS NO PELIGROSOS Domésticos: Considera una cantidad de 1,5 ton/mes, será generado en los campamentos y casinos. Serán principalmente envases y restos de alimentos, artículos de aseo personal, artículos de oficina, entre otros. Estos residuos serán manejados en contenedores herméticos cerrados, demarcados y habilitados en áreas comunes en la faena minera (campamento, casinos, etc.). Su retiro y disposición se realizará en el relleno sanitario autorizado de Operación Mantoverde. Residuos Industriales no Peligrosos: Considera una cantidad de 4 ton/mes, será generado en los Frentes de Trabajo. Serán principalmente plásticos sin valor comercial, embalajes, EPP en desuso, metales ferrosos y no- ferrosos, restos de HDPE. Estos residuos se dispondrán en contenedores, con base sólida, en las diversas áreas de generación, los cuales serán vaciados periódicamente para ser transportados en camiones a patios de almacenamiento autorizados en Operación Mantoverde. Su retiro y disposición se realizará en un lugar de disposición final autorizado fuera de la faena.

RESIDUOS PELIGROSOS 9

Baterías usadas: Se considera una cantidad de 0,005 t/mes. Estos residuos serán retirados de las zonas de generación en los frentes de trabajo para ser almacenados temporalmente en patios de residuos peligrosos existentes y aprobados para la Operación Mantoverde. Su retiro y disposición se realizará en un lugar de disposición final autorizado por terceros fuera de la faena. Tipo de peligrosidad: Corrosivo Aceites y grasas usados: Se considera una cantidad de 0,02 t/mes. Estos residuos serán retirados de las zonas de generación en los frentes de trabajo para ser almacenados temporalmente en patios de residuos peligrosos existentes y aprobados para la Operación Mantoverde. Su retiro y disposición se realizará en un lugar de disposición final autorizado por terceros fuera de la faena. Tipo de peligrosidad: Toxicidad extrínseca. Filtros de aceite usados: Corresponden a filtros de aceites usados provenientes de los vehículos que se emplearán durante el desarrollo del Proyecto. Se considera una cantidad de 0,02 t/mes. Estos residuos serán retirados de las zonas de generación en los frentes de trabajo para ser almacenados temporalmente en patios de residuos peligrosos existentes y aprobados para la Operación Mantoverde. Su retiro y disposición se realizará en un lugar de disposición final autorizado por terceros fuera de la faena. Tipo de peligrosidad: Toxicidad extrínseca. Materiales y/o envases contaminados con hidrocarburos, aceites o grasas: Se considera una cantidad de 0,06 t/mes. Estos residuos serán retirados de las zonas de generación en los frentes de trabajo para ser almacenados temporalmente en patios de residuos peligrosos existentes y aprobados para la Operación Mantoverde. Su retiro y disposición se realizará en un lugar de disposición final autorizado por terceros fuera de la faena. Tipo de peligrosidad: Toxicidad extrínseca. PRODUCTOS QUÍMICOS Y OTRAS SUSTANCIAS Lubricantes: Los lubricantes requeridos para la fase de construcción serán obtenidos de las empresas distribuidoras que suministran la operación actual, se requerirá una cantidad de 0,9 m3/mes. Serán almacenados, con un tiempo menor a 6 meses, en la bodega de lubricantes existentes de la Operación Mantoverde, las cuales se encuentran acogidas al Plan de Adecuación aprobado mediante la Resolución N°966/2018 adjuntado en Anexo E de la Adenda. se define como una sustancia no peligrosa y el tipo de envase que considera es un tambor. El Proyecto generará un aumento máximo de 24 % en la tasa de consumo de lubricantes respecto a la condición aprobada, por lo tanto, no se requerirá aumentar la capacidad de las instalaciones de almacenamiento de combustibles y lubricantes. Sólo será necesario aumentar en una cantidad similar (24%) la frecuencia de suministro. En el Anexo F de la Adenda se presenta la HDS de esta sustancia. Combustible: Se considera una cantidad de 0,6 m3/día (18 m3/mes), será obtenido de las empresas distribuidoras que actualmente suministran a la operación. Su almacenamiento será en estanque de almacenamiento existente de la Operación Mantoverde, las cuales cuentan con las respectivas declaraciones de instalaciones de combustibles líquidos, entregados en Anexo E de la Adenda. Se define como una sustancia clase 3, Líquidos inflamables. El Proyecto generará un aumento máximo de 24 % en la tasa de consumo de combustibles respecto a la condición aprobada, por lo tanto, no se requiere aumentar la capacidad de las instalaciones de almacenamiento de combustibles y lubricantes, dado que sólo será necesario aumentar en una cantidad similar (24%) la frecuencia de suministro. En el Anexo F de la Adenda se presenta la HDS de esta sustancia. Referencia al ICE para mayores detalles sobre esta fase. La fase de construcción se detalla en el apartado 4.6 del ICE. 4.3.2. FASE DE OPERACIÓN 10

Partes y Obras Dump Leach Sur (Fase VII) El Proyecto considera el aumento de capacidad del Dump Leach Sur, que es un botadero de lixiviación del mineral de baja ley, incorporando la Fase VII, adicional a las fases aprobadas y sobre éstas. El área basal de este botadero ya cuenta con una carpeta impermeable (membrana de HDPE), sobre la cual se dispone una cubierta de áridos finos destinados a su protección y al drenaje de la solución enriquecida hacia el canal colector. Asociado al sistema de lixiviación se cuenta con piscinas de almacenamiento y de emergencia. Esta nueva Fase (VII) tendrá una altura adicional máxima de 105 metros (desde la cota 860 hasta la cota 965 m.s.n.m.) y una capacidad adicional de 12 Mt. La ampliación del Dump Leach Sur no implica la modificación del sistema de captación y manejo de soluciones, ni tampoco la construcción de nuevas piscinas. Esta ampliación de capacidad mencionada no requiere de una fase de construcción. En Tabla 12 del capítulo 1 de la DIA se indican las cotas y capacidades (KTon) del Dump Leach Sur para su Fase VII y en Figura 8 del mismo documento se presenta una imagen esquemática de esta nueva fase. Las coordenadas de esta obra se presentan en la Tabla 5 del capítulo 1 de la DIA. Considera una superficie aproximada de 39 ha. Su emplazamiento georreferenciado (KMZ y PDF) se entrega en el Anexo B.1 de la Adenda Complementaria. Dump Leach Sur II El Proyecto considera un nuevo botadero de lixiviación de baja ley denominado Dump Leach Sur II. La construcción y operación de este botadero de lixiviación de baja ley requerirá de las siguientes partes: a) Botadero de lixiviación y sistemas de drenajes de soluciones: Esta obra es la que se detalla en este apartado. b) Piscinas de soluciones: La operación del nuevo Dump Leach Sur II requerirá de la construcción de 4 piscinas de almacenamiento y recirculación de soluciones, junto con un estanque de solución de curado. Esta obra, si bien es parte del sistema, se detalla en un apartado distinto de esta misma tabla. c) Conducción de soluciones hacia planta de procesos (tuberías): El Proyecto considera la conducción de soluciones para ser procesadas en la planta de procesos existente, por medio de tuberías de soluciones que se detallan en otro apartado de esta tabla. d) Canaleta de aguas lluvias: La operación del Dump Leach Sur II incluye la construcción de una canaleta de aguas lluvia perimetral para interceptar las escorrentías de laderas adyacentes a la instalación, entregando las aguas recolectadas por el costado del botadero, aguas abajo, en el terreno natural. Esta obra se detalla en otro apartado de esta tabla. Este nuevo botadero de lixiviación de mineral de baja ley poseerá una altura máxima de 150 m con una capacidad de apilamiento de 185 Mt. La generación de este botadero comprende una altura máxima de 150 m, pasando de la cota 880 m.s.n.m. (topografía inicial) a la cota 1.040 m.s.n.m. como cota de coronación. De esta manera, este botadero quedará configurado con 9 niveles, cada uno con un espesor de 20 metros, depositados en ángulo de reposo (37°) y manteniendo un ancho de desacople de 15 metros entre los niveles o pisos. Este diseño cuenta con una rampa de acceso de 40 metros de ancho con una pendiente máxima de 10%. Contará con una carpeta impermeable (geomembrana) que interceptará las soluciones de lixiviación, sobre la cual se dispondrán los ductos que permitirán que éstas fluyan por gravedad hacia los sistemas de colección, siguiendo la pendiente de la plataforma. Se considera instalar una carpeta de 1,5 milímetros de espesor del tipo simple lisa. También tendrá un sistema de drenaje consistente en tuberías de recolección de las soluciones de lixiviación dispuestas sobre la carpeta impermeable. Su objetivo es facilitar el escurrimiento gravitacional de las soluciones de lixiviación hacia los sistemas de colección. Los sistemas de colección de las soluciones de lixiviación (canaletas revestidas impermeables), serán dispuestos longitudinalmente al centro y Sur de la superficie habilitada, para conducir las soluciones hacia las piscinas proyectadas. 11

Finalmente, contará con un sistema de suministro y aplicación (riego) de las soluciones sobre las pilas de lixiviación, el cual consiste en tuberías sub-matrices de 110 mm de diámetro con sistema de goteo y/o aspersión. Para el bombeo se requerirá de la instalación de una sala eléctrica y un sistema de bombas. En la Tabla 14 del capítulo 1 de la DIA se muestran las cotas y capacidades (t) del Dump Leach Sur II. En Tabla 2 del Anexo D.1 de la Adenda se presenta el resultado del análisis de estabilidad, falla circular y, en Tabla 3 del mismo documento, se presenta para falla no circular de esta obra. El Dump Leach Sur II y sus instalaciones asociadas tendrán una superficie aproximada de 124 ha. Su emplazamiento georreferenciado se entrega en el Anexo B.1 de la Adenda Complementaria. Dump Leach Sur II incorpora sistemas de impermeabilización permanentes, específicamente los siguientes componentes: • Carpeta impermeable (geomembrana) que interceptará las soluciones de lixiviación, sobre la cual se dispondrán los ductos que permitirán que éstas fluyan por gravedad hacia los sistemas de colección, siguiendo la pendiente de la plataforma. Se considera instalar una carpeta de 1,5 milímetros de espesor del tipo simple lisa. • Sistema de drenaje consistente en tuberías de recolección de las soluciones de lixiviación dispuestas sobre la carpeta impermeable. Se trata de tuberías de HDPE perforadas de 4 pulgadas de diámetro, dispuestas en el sentido de la pendiente de la plataforma, conectadas a tuberías de mayor diámetro que conducen a receptores dispuestos de forma desagregada (por módulos). Su objetivo es facilitar el escurrimiento gravitacional de las soluciones de lixiviación hacia los sistemas de colección. • Sistemas de colección de las soluciones de lixiviación, dispuestos longitudinalmente al centro y sur de la superficie habilitada, para conducir las soluciones hacia las piscinas proyectadas. Sector Piscinas Como se ha mencionado, la operación del nuevo Dump Leach Sur II requerirá de la construcción de 4 piscinas de almacenamiento y recirculación de soluciones, junto con un estanque de solución de curado. Las capacidades de las piscinas se muestran en la siguiente tabla.: Piscina Capacidad Operacional (m³) Refino 1.142 ILS + H 1.142 ILS Pobre 1.142 PLS 1.142 El diseño de las piscinas considera un sistema de impermeabilización doble con geomembranas, incluyendo un sistema de detección de fugas, el cual consiste en instrumentos detectores de líquido instalados en una cámara testigo habilitada en cada piscina. El detector funciona básicamente con un transmisor de conductividad comunicado de forma alámbrica a un sistema de control central. De esta forma, ante la eventual ocurrencia de una fuga en la membrana superior de una piscina, el líquido escurrirá entre ambas membranas siguiendo la pendiente del terreno hacia la cámara testigo, en la cual se activaría el transmisor de conductividad, dando la correspondiente alarma hacia la sala de control. Además, el conjunto de piscinas contará con un cierre perimetral para evitar el ingreso de terceros y de fauna mayor. En la Figura 9 del Capítulo 1 de la DIA, se muestra el diseño en planta de las piscinas requeridas. Tuberías de Soluciones Dump Leach Sur II Estas tuberías conducen la solución hasta la planta de procesos. Cruzarán la quebrada Guamanga, hacia la planta SX-EW. El diseño de las tuberías de soluciones proyectadas se presenta a continuación: Tipo Tubería Diámetro (mm) Longitud (m) Origen/Destino Tubería Refino 500 2.900 Desde derivación de tubería de refino existente hasta piscina de refino proyectada. Tubería 200 2.350 Desde estación de curado existente 12

Curado hasta estanque proyectado Tubería Emergencia 560 1.250 Desde manifold salida de piscinas proyectadas hasta canaleta recolectora Dump Sur 1 existente. Tubería ILS + H 500 2.500 Desde estación curado existente hasta estanque proyectado. Tubería ILS 450 1.350 Desde piscina ILS proyectada hasta Tubería Dump Sur 1 existente. Tubería PLS 400 1.350 Desde piscina PLS proyectada hasta Tubería Dump Sur 1 existente. Las tuberías de solución que atraviesan la quebrada Guamanga serán instaladas bajo la cota de socavación esperada, manteniéndose al menos 0,8 metros por debajo de esta cota, de modo de evitar alterar el régimen de escurrimiento de las aguas que pueden correr por la quebrada de acuerdo con las estimaciones realizadas en el Anexo I de la DIA, luego mejorada en Anexo H.2 de la Adenda y E.2 de la Adenda Complementaria. Serán tuberías de HDPE perforadas de 4 pulgadas de diámetro, dispuestas en el sentido de la pendiente de la plataforma, conectadas a tuberías de mayor diámetro que conducen a receptores dispuestos de forma desagregada (por módulos). Estas tuberías se construirán durante la primera fase del Dump Leach Sur II, durante un período de 4 meses. En la Figura 10 del Capítulo 1 de la DIA, se muestra el tramo de las tuberías de solución que atraviesa la quebrada Guamanga bajo la cota de socavación. Por su parte, la Figura 11 del mismo Capítulo, se presenta la sección de la tubería identificada en la Figura 10 mencionada, identificando la socavación máxima. Canaleta Perimetral de aguas lluvias Dump Leach Sur II La operación del Dump Leach Sur II considera una canaleta de aguas lluvia perimetral para interceptar las escorrentías de laderas adyacentes a la instalación, entregando las aguas recolectadas por el costado del botadero, aguas abajo, en el terreno natural. De acuerdo con la información presentada en el PAS 157 de la Adenda, la canaleta perimetral de intercepción de aguas lluvias posee un caudal de diseño de 0,44 m3/s. Su emplazamiento georreferenciado se entrega en el Anexo B.1 de la Adenda Complementaria. Sala eléctrica, sistema de bombas y LTE Todas estas obras serán requeridas para el bombeo de soluciones del Dump Leach Sur II. La línea eléctrica tendrá un trazado dentro de la faena de aproximadamente 2 km, en postes de hormigón de 15 y 11,5 m. Esta línea se conecta a una línea aérea existente de la Minera Mantoverde en 13,8 kV. Antes del cruce en la Quebrada Guamanga, se transforma en una instalación subterránea de 600 metros de largo, que se construiría por medio de ductos y cámaras.

Estas obras se presentan en formato KMZ en Anexo B.1 de la Adenda Complementaria. Para el caso de la línea eléctrica, esta nueva obra, es la versión más corta, dado que en la capa se incluyen dos líneas, de las cuales la más larga corresponde a una ya construida. Fase Mantoverde Sur 6 El Proyecto incluye una ampliación del área de extracción de materiales de la mina en la zona Mantoverde, denominada Fase Mantoverde Sur 6. En la siguiente tabla se entrega la explotación anual y la distribución de todo el material que se extraerá de la Fase Mantoverde Sur 6. En el Anexo B.2 de la Adenda Complementaria se presenta un plano con el rajo Mantoverde actual (original para efectos del presente proyecto) y lo proyectado por la Fase Mantoverde Sur 6 en forma secuencial, tanto en formato PDF como KMZ donde la capa denominada Fase 6 de Rajo Mantoverde Sur corresponde al límite de explotación de esta fase. Material 2021 (kt) 2022 (kt) 2023 (kt) 2024 (kt) Heap (Mineral de alta ley) 238 535 4.548 2.695 Dump (Mineral de baja ley) 564 687 3.135 2.122 Estériles 2.483 2.795 6.591 1.776 Total 3.285 4.017 14.274 6.593 Considera una superficie aproximada de 20 ha. Su emplazamiento georreferenciado se 13

entrega en el Anexo B.1 de la Adenda Complementaria. En Tabla 8 del capítulo 1 de la DIA se presentan los criterios operacionales y figura 6 del mismo documento se presenta el perfil tipo de la operación. El resto de los rajos de la Operación Mantoverde mantendrán los criterios de diseño aprobados, no aumentando ni las superficies ni las profundidades aprobadas. Botadero BOSU El Proyecto incluye el reprocesamiento de minerales de baja ley disponibles en el botadero de estériles BOSU, que en las actuales condiciones operacionales y económicas poseen factibilidad de procesarse en el nuevo Dump Leach Sur II. La cantidad de minerales de baja ley a procesar desde el botadero BOSU (antes considerados estériles) es de 26 Mt. Actualmente el Botadero BOSU no se encuentra operativo. Considera una superficie aproximada de 30 ha. Su emplazamiento georreferenciado se entrega en el Anexo B.1 de la Adenda Complementaria. Stock Óxidos El Proyecto incluye un nuevo acopio de material de óxidos el cual se ubicará cercano al nuevo Dump Leach Sur II y alcanzará una capacidad de 27 Mt. Considera los siguientes parámetros de diseño. Ítem Valor Cota Máxima 930 msnm Cota Mínima 830 msnm Altura Máxima 100 m Ángulo de talud 37° Berma 20 m Altura Banco 20 m Ancho de Rampa 40 m Pendiente de Rampa 10 % Área Basal 40 ha En la Tabla 18 del capítulo 1 de la DIA se muestran las cotas y capacidades (kt) del Stock de óxidos. En Tabla 2 del Anexo D.1 de la Adenda se presenta el resultado del análisis de estabilidad, falla circular y, en Tabla 4 del mismo documento, se presenta para falla no circular de esta obra. En el Anexo B.1 de la Adenda Complementaria se presenta el stock en formato KMZ y PDF. Stock Sulfuros Norte Se incorpora un nuevo acopio de material sulfurado denominado Stock Sulfuros Norte, que incluye una capacidad de 17 Mt y se emplazará en el sector de los rajos Manto Ruso y Celso. Considera los siguientes parámetros de diseño. Ítem Valor Cota Máxima 970 msnm Cota Mínima 900 msnm Altura Máxima 70 m Ángulo de talud 37° Berma 20 m Altura Banco 20 m Ancho de Rampa 40 m Pendiente de Rampa 10% Área Basal 33 ha En la Tabla 20 del capítulo 1 de la DIA se muestran las cotas y capacidades (kt) del Stock de sulfuros Norte. En Tabla 2 del Anexo D.1 de la Adenda se presenta el resultado del análisis de estabilidad, falla circular y, en Tabla 4 del mismo documento, se presenta para falla no circular de esta obra. Su emplazamiento georreferenciado se entrega en el Anexo B.1 de la Adenda Complementaria. Stock Sulfuros Sur El Proyecto incluye un nuevo acopio de material de sulfuros el cual se ubicará cerca del nuevo Dump Leach Sur II y alcanzará una capacidad de 43 Mt. 14

Considera los siguientes parámetros de diseño. Ítem Valor Cota Máxima 980 msnm Cota Mínima 870 msnm Altura Máxima 110 m Ángulo de talud 37° Berma 20 m Altura Banco 20 m Ancho de Rampa 40 m Pendiente de Rampa 10% Área Basal 50 ha En la Tabla 22 del capítulo 1 de la DIA se muestran las cotas y capacidades (kt) de este Stock. En Tabla 2 del Anexo D.1 de la Adenda se presenta el resultado del análisis de estabilidad, falla circular y, en Tabla 4 del mismo documento, se presenta para falla no circular de esta obra. En el Anexo B.1 de la Adenda Complementaria se presenta el stock en formato KMZ. El layout del Stock de Sulfuros Sur, ajustado en el “pie del stock” deja una distancia de la Quebrada Sin Nombre de 85 metros. En la Figura 1 de la Adenda Complementaria se muestra la comparación entre el emplazamiento de los stocks presentado en la Adenda y el optimizado para la Adenda Complementaria. La coordenada límite Stock Sulfuros Sur Optimizado en Datum WGS 84, Huso 19 S, será: Este (m) Norte (m) 366.943 7.058.802 Obras de Protección Stocks El diseño considera como obras de protección la instalación de pretiles perimetrales mediante material depositado en stock, además de gaviones impermeabilizados de 1 m3 aproximadamente en los microcauces de la parte alta de la ladera, inmediatamente aguas arriba de los acopios. Las alturas de los pretiles se presentan en la siguiente tabla.

Obra Altura (m) Sulfuros Norte - Noroeste 1 Sulfuros Norte - Suroeste 1 Óxidos - Este 0,75 Óxidos - Oeste 0,75 Sulfuros Sur -Este 1 Sulfuros Sur - Oeste 1,5 Caminos Esta obra ya fue descrita en el apartado 4.3.1 de este documento. Pila dinámica La conversión de la Pila Dinámica existente a Botadero de lixiviación de mineral de baja ley se ha pospuesto hasta el año 2031, requiriendo mantenerla operativa por mayor tiempo que lo previsto originalmente. La configuración actual de la Pila Dinámica consiste en pilas de mineral chancado que se alinean horizontalmente sobre la cancha de lixiviación. Cada una de estas pilas tiene dimensiones aproximadas de 90 metros de ancho y 1.100 metros de largo en la corona, con una altura de 7 metros. La Pila Dinámica cuenta actualmente con un sistema de impermeabilización (geomembrana, cama de apoyo y material de cobertura), sistema colector (tuberías colectoras, cajones de traspaso) y descarga final en piscinas desarenadoras y de almacenamiento final (solución rica o PLS). Adicionalmente, cuenta con piscinas para atender situaciones no controladas (emergencias). Así, el Proyecto no modifica las instalaciones que conforman el sistema de lixiviación de la Pila Dinámica. Considera una superficie aproximada de 80 ha. Su emplazamiento georreferenciado se entrega en el Anexo B.1 de la Adenda Complementaria. Acciones Ampliación de la La explotación de los rajos se realizará a través del método convencional a “cielo 15

explotación de Minerales abierto”, el cual tendrá como actividades unitarias: perforación y tronaduras; carguío y transporte de mineral de alta ley con destino a la Planta de Procesamiento; carguío y trasporte de mineral de baja ley hacia botaderos de lixiviación de mineral de baja ley; y carguío y trasporte estériles a botaderos de estériles. El Proyecto incorpora perforaciones para cargar los explosivos necesarios para explotar los óxidos en los rajos, y actualiza la cantidad de perforaciones contempladas en el Proyecto Desarrollo Mantoverde (aprobado por la RCA N°16/2018) para las tronaduras de explotación de sulfuros. En términos totales, la cantidad anual de perforaciones para el año de mayor movimiento de material (año 2026) se incrementa de 18.642 a 53.264. La operación de tronaduras se realizará a través de una empresa externa especializada, la cual tendrá la responsabilidad de trasportar almacenar y utilizar los explosivos necesarios para todas las actividades de tronaduras; dicha empresa deberá contar con los permisos para manipular los explosivos utilizados. Esta optimización responde a actualizaciones del plan minero y procesos de lixiviación, e implican aumentar las tasas de extracción de minerales oxidados de alta ley (mineral Heap) y baja ley (Dump). Consecuentemente, la tasa de extracción de roca estéril también aumentará. La tasa global máxima de extracción de materiales de la mina aumentará desde 106 millones de toneladas anuales (Mt/año) autorizadas a un total de 127 Mt/año. En la Tabla siguiente, se presentan los requerimientos operacionales que forman parte del presente proyecto y que modifican la situación actualmente aprobada para el PDMV.

Tipo de Material Condición Aprobada PDMV RCA N°16/2018 (*) (A) Proyecto (B) Condición Modificada (A+B) Fin vida útil Cantidad total periodo Fin vida útil Cantidad total periodo Fin vida útil Cantidad total periodo Mineral Sulfuros 2037 236.156 kt - - 2037 236.156 kt Mineral de alta ley (Heap) 2024 5.757 kt 2031 103.457 kt 2031 109.214 kt Mineral de baja ley (Dump) 2036 98.149 kt 2036 46.703 kt 2037 144.852 kt Estéril 2037 926.850 kt 2036 138.134 kt 2037 1.064.984 Remanejo (BOSU y Stocks) - - 2040 91.851 kt 2040 91.851 kt Total

1.266.912 kt

380.147 kt

1.647.059 kt En Tabla 15 de la Adenda se presenta un Resumen de la Operación del Proyecto, para la condición modificada. Finalmente, el Proyecto incorpora perforaciones para cargar los explosivos necesarios para explotar los óxidos en los rajos, y actualiza la cantidad de perforaciones contempladas en el PDMV para las tronaduras de explotación de sulfuros. En términos totales la cantidad anual de perforaciones para el año de mayor movimiento de material (año 2026) se incrementa de 18.642 a 53.264. Operación Fase Mantoverde Sur 6 Junto con lo detallado en apartado anterior, el Proyecto incluye una ampliación del área de extracción de materiales de la mina en la zona Mantoverde, denominada Fase Mantoverde Sur 6. Esta modificación se proyecta realizar sobre áreas industriales de la faena Mantoverde (en el rajo Mantoverde). Junto con esto, la conversión de la Pila Dinámica a Botadero de lixiviación de mineral de baja ley se ha pospuesto hasta el año 2031, requiriendo mantenerla operativa por mayor tiempo que lo previsto originalmente. 16

Los criterios operacionales de la Fase Mantoverde Sur 6 mantendrán los criterios y estabilidad del Rajo Mantoverde. En la Tabla 8 de la DIA se muestran los parámetros operacionales de la fase Mantoverde Sur 6. En Adenda Complementaria se señala que se incorporarán actividades complementarias de muestreo en la fase Mantoverde Sur 6, durante la fase de operación, con la finalidad de determinar eventuales acciones de control a implementar en la fase de cierre. Estas actividades de muestreo consideran lo siguiente: • Muestrear aguas que eventualmente se acumulen en el interior del rajo por afloramiento durante la operación, considerando pH y conductividad in situ, y metales y sulfatos en laboratorio. Para esto se efectuará un monitoreo mensual de pH y conductividad eléctrica mientras exista agua, utilizando equipos de medición in situ, y análisis de metales y sulfato en laboratorio con frecuencia trimestral. • Determinar las unidades litológicas-mineralógicas que quedarán expuestas en paredes del rajo al término de la explotación y efectuar test ABA a un set de muestras de dichas unidades extraídas durante la operación. Se proponen 20 muestras totales, las cuales se distribuirán en proporción a la abundancia de cada tipo de litología-mineralización. Los muestreos anteriores permitirán verificar la predominancia de unidades sin potencial de acidificación de aguas al término de la operación, y verificar si se producen o no niveles de pH ácido, y contenidos elevados de conductividad, metales y sulfatos. En la siguiente tabla se entrega la explotación anual y la distribución de todo el material que se extraerá de la Fase Mantoverde Sur 6. En el Anexo A.1 de esta Adenda se muestran los planos que justifican la explotación. Explotación anual por tipo de material – Fase Mantoverde Sur 6 Material 2021 (kt) 2022 (kt) 2023 (kt) 2024 (kt) Heap (Mineral de alta ley) 238 535 4.548 2.695 Dump (Mineral de baja ley) 564 687 3.135 2.122 Estériles 2.483 2.795 6.591 1.776 Total 3.285 4.017 14.274 6.593 Fuente: Tabla 1 de Adenda. Por otra parte, el total de material a extraer de la zona Mantoverde (mineral y estéril) alcanza los 1.381.000 kt, por lo que la extracción de la fase Mantoverde Sur 6 alcanza un 2 % de este total. Actividades de operación Dump Leach Sur II El llenado del Dump Leach Sur II se realizará utilizando camiones proveniente de las diferentes fases de explotación de la mina y botadero BOSU. Un equipo bulldozer será el encargado de recibir el material desde los camiones empujando los mismos hasta los límites y cotas establecidas en los diseños. Cada etapa, a su vez, se construirá por medio de franjas de 80 metros de ancho y largo variable, según el nivel en desarrollo. El llenado se realizará teniendo disponible el módulo inmediatamente inferior, una vez cumplido los días del ciclo de riego. Carga de mineral a botadero de lixiviación: La operación de carguío de mineral de baja ley se realizará, de manera equivalente a la operación actual, implicando el traslado directo desde la mina (Zona Mantoverde, Zona Franco Norte y Zona Celso – Mantoruso), incluye el reprocesamiento de minerales de baja ley disponibles en el botadero de estériles BOSU. El material será dispuesto en el botadero de lixiviación mediante maquinaria prevista para adecuar los materiales en torno a los módulos de lixiviación. La tasa media anual de carga del Dump será de 10 Mt/año. El proceso de llenado se realizará conforme a la siguiente estimación: Periodo Material a Dump Leach Sur II (kt) Periodo Material a Dump Leach Sur II (kt) 2021 9.083 2029 11.676 2022 15.000 2030 11.228 2023 15.000 2031 8.335 2024 15.000 2032 4.611 2025 15.307 2033 6.980 2026 15.000 2034 9.854 2027 15.000 2035 2.887 17

2028 9.367 2036 120 Total 164.447 En Anexo A.6 de la Adenda se presentan las rutas consideradas para la operación del Dump Leach Sur II. El transporte de mineral se realizará manteniendo las actuales rutas de transporte al interior de la operación minera, además de las rutas existentes consideradas para el acceso al Dump Leach Sur II. Se considera aplicar las mismas acciones de control de emisiones para el transporte y depositación de mineral que el Proyecto original, es decir: • Aplicación de supresor de polvo en los caminos principales del área mina – planta por movimientos y traslados de equipos y vehículos. • Se realizarán revisiones periódicas de la mantención de camiones y vehículos para verificar los gases emitidos, junto con vigilar que las revisiones técnicas se mantengan al día. • Se respetarán las rutas y velocidades de circulación. Aplicación de Soluciones: El sistema de suministro y aplicación (riego) de las soluciones sobre las pilas de lixiviación consisten en tuberías de diámetro variable entre 200 y 560 mm de sistema de goteo y/o aspersión. El sistema considera la aplicación de dos tipos de soluciones: refino e ILS (Intermediate Leach Solution). El abastecimiento del refino se realizará desde la estación de curado existente en la planta SX, mientras que el ILS será recirculado en el propio Dump. Las soluciones ILS y refino serán aplicadas vía riego por goteo y/o aspersión para recuperar el cobre contenido en el mineral. Estas soluciones con contenido de cobre serán impulsadas por sistemas de bombas. Verificación y Mantención: Durante la fase de operación del Proyecto se verificará frecuentemente el estado de las piscinas, las tuberías y canales. Además, se realizarán mantenciones a los equipos y maquinarias utilizadas en las operaciones. Para realizar el seguimiento de la calidad de agua subterránea, aguas abajo del Dump Leach Sur II, se utilizará el pozo de monitoreo existente (Pozo WM-03). Éste se ubica aproximadamente a 2 km aguas abajo y posee una frecuencia de monitoreo mensual. Considera medición de los parámetros establecidos en la NCh 1.333. En la Figura 12 del capítulo 1 de la DIA se muestra el trazado de las tuberías de solución bajo la cota de socavación, y la distancia respecto al pozo de monitoreo WM-03. De igual forma, se realizará un monitoreo en las cámaras testigo habilitadas en las piscinas de proceso para la detección de eventuales fugas en las membranas de impermeabilización. En el eventual caso de registrarse soluciones en estas cámaras, se procederá a la verificación del incidente y las acciones correctivas, incluyendo el vaciado de la piscina y la reparación de la membrana. Acciones de control y detección temprana de disminución de flujos: • Durante la operación del Dump Leach Sur II se verificará frecuentemente el estado de las tuberías, piscinas y canaleta. • Se realizará un monitoreo en las cámaras testigo habilitadas en las piscinas de proceso para la detección de eventuales fugas en las membranas de impermeabilización. En el eventual caso de registrarse soluciones en estas cámaras, se procederá a la verificación del incidente y las acciones correctivas, incluyendo el vaciado de la piscina y la reparación de la membrana. • Para realizar el seguimiento de la calidad de agua subterránea, aguas abajo del Dump Leach Sur II, se utilizará el pozo de monitoreo existente (Pozo WM-03). • Ante una posible disminución de flujos, se contempla detener el flujo por la tubería y realizar las inspecciones y reparaciones pertinentes.

Operación Dump Leach Sur Fase VII El Proyecto considera el aumento de capacidad del Dump Leach Sur, incorporando la Fase VII adicional sobre las fases aprobadas. La ampliación del Dump Leach Sur no implica la modificación del sistema de captación y manejo de soluciones, ni tampoco la construcción de nuevas piscinas, por lo que no requiere fase de construcción. El carguío de la Fase VII se realizará en camiones y manejado con maquinaria para acomodar los módulos de lixiviación de igual manera se realiza en la actualidad y como se realizarán las fases V y VI aprobadas. Esta actividad no se modifica respecto de lo 18

autorizado previamente. El manejo de soluciones para la Fase VII mantiene la misma operación que para las otras fases, la cual permite el riego tanto con solución de ILS como de refino. En la tabla 21 del Anexo K.1 PAS 136 de la Adenda, se muestran los parámetros de operación del Dump Leach Sur Fase VII, los cuales no se modifican respecto a lo aprobado. En la Figura 15 del capítulo 1 de la DIA, se muestra un diagrama de manejo de soluciones de botaderos de mineral de baja ley. Operación de Stocks de sulfuros y óxidos El Proyecto contempla la operación de un nuevo acopio de material sulfurado denominado Stock Sulfuros Norte, que incluye una capacidad de 17 Mt y se emplazará en el sector de los rajos Manto Ruso y Celso; junto con esto, también se incluye la operación de un nuevo acopio de material de sulfuros denominado Stock Sulfuros Sur y otro de óxidos llamado Stock Óxidos, los cuales se ubicarán al Norponiente del nuevo Dump Sur Leach II, y alcanzarán capacidades de 27 Mt y 43 Mt respectivamente. El diseño considera la instalación de pretiles perimetrales mediante material depositado en stock, además de 1 o 2 gaviones impermeabilizados de 0,5 m3 aproximadamente en los microcauces de la parte alta de la ladera, inmediatamente aguas arriba de los acopios. El objetivo de estas obras es evitar la erosión del material acopiado por flujos concentrados de agua en caso de lluvias extremas durante la vida útil. Las obras interceptarán los flujos eventuales y los desviará alrededor de los stocks. La precipitación directa sobre los stocks se acumulará como humedad intersticial en la parte superior, de modo que no se espera la generación de flujos hasta la base, teniendo presente que los stocks no permanecerán después del cierre (el mineral será consumido en el proceso). Además, considera la incorporación de obras de protección para los stocks del Proyecto, las cuales contemplan la instalación de pretiles perimetrales de forma manual mediante el material depositado en los stocks, estas obras de protección se ejecutarán durante la fase de operación de los stocks. El llenado de los stocks se realizará utilizando camiones provenientes de las diferentes fases de explotación de la mina. Un equipo bulldozer será el encargado de recibir el material desde los camiones empujando los mismos hasta los límites y cotas establecidas en los diseños. Los stocks de sulfuros que incorpora el Proyecto permitirán regular la ley del mineral que se alimenta a esta línea de proceso, de tal forma de priorizar el proceso de mineral con las mayores leyes al inicio, y alimentar las menores leyes en años posteriores, desde los stocks temporales. En este sentido, el Proyecto no modifica ni la cantidad total de extracción de mineral sulfurado (236.156 kt) ni la vida útil de explotación respecto a la condición aprobada por el Proyecto Desarrollo Mantoverde (RCA N°16/2018), tal como se muestra en la Tabla 3 de la Adenda Complementaria. De igual forma, el Proyecto no modifica ni amplía la línea de proceso de sulfuros respecto a la condición aprobada, manteniéndose las mismas capacidades del proceso y sus instalaciones, tal como se muestra en la Tabla 4 y Tabla 5 de la Adenda Complementaria. En el Anexo A.2 de la Adenda, se entregan los planos con el llenado secuencial de los stocks. El Proyecto considera como medida de contingencia el monitoreo de agua en pozo y una inspección de la base los stocks con frecuencia semestral y después de lluvias intensas. Como medida de emergencia, el Proyecto contempla la habilitación de una trinchera al pie de los stocks para recoger drenajes. Estas medidas se presentan en el Anexo C de la Adenda. En Adenda, se señala que el Proyecto no modifica ni la extracción de mineral sulfurado ni la vida útil de explotación respecto a la condición aprobada por el Proyecto Desarrollo Mantoverde (RCA N°16/2018). En este sentido, el Proyecto no modifica la vida útil de la línea de sulfuros, manteniéndola operativa hasta el año 2040. La línea de procesos de sulfuros no se modifica ni se amplía, manteniéndose las mismas instalaciones de proceso y sus capacidades. Los acopios temporales permiten regular la ley del mineral que se alimenta a esta línea de proceso, de tal forma de priorizar el proceso de mineral con las mayores leyes al inicio, y alimentar las menores leyes en años posteriores, desde los stocks temporales. 19

Actividades reprocesamiento botadero BOSU Las principales acciones de reprocesamiento consideran la extracción, carguío, transporte y depositación del botadero de estériles BOSU. Extracción: El Proyecto incluye el reprocesamiento de minerales de baja ley disponibles en el botadero de estériles BOSU, que poseen factibilidad de procesarse en el nuevo Dump Leach Sur II. La cantidad de minerales de baja ley a procesar desde el botadero BOSU (antes considerados estériles) es de 26 Mt. El proceso de extracción considera franjas de 10 m de altura desde la cota superior (930 msnm) hasta la cota 850 (msnm). Carguío, transporte y depositación: Para el carguío del mineral proveniente de BOSU se utilizarán cargadores frontales y para el transporte se utilizarán camiones mineros. El material será dispuesto en el Dump Leach Sur II mediante maquinaria prevista para adecuar los materiales en torno a los módulos de lixiviación. En la figura 7 del capítulo 1 de la DIA, se presenta el diseño del botadero junto a las cotas de extracción de mineral de baja ley desde el mismo. Monitoreo Tabla 1 y Figura 2 del Apéndice 1 del Anexo C de la Adenda: puntos de monitoreo.

N° Emplaza- miento Acuífero ID Monitoreo Coordenadas UTM WGS81- Huso 19S Frecuencia Norte Este 1 Aguas arriba del stock de óxidos y sulfuros sur (SS). Guamanga GWP- 1C Niveles de calidad química 7.056.619 370.811 mensual 2 Guamanga WM03 7.060.294 367.421 mensual 3 Aguas abajo del stock SN Manto verde RCH- 11WX01 7.065.059 368.332 mensual 4 Aguas arriba del Dump Leach Sur II. Guamanga GWP- 1C 7.056.619 370.811 mensual 5 Aguas arriba del Dump Leach Sur II. Guamanga WM03 7.060.294 367.421 mensual El Monitoreo Considera Parámetros de Calidad Química de las Aguas en base a la NCh 1333 para Riego para el pozo. El sistema se activará cuando al menos dos parámetros de calidad química monitoreados en los pozos de monitoreo aguas debajo de los stocks (WM03 y RCH- 11WX01) aumenten en 25% o más (mismo criterio considerado para el tranque de relaves del PDMV aprobado por RCA N°16/2018) sobre los valores de la línea de base de los pozos, por más de dos meses consecutivos para los parámetros críticos relacionados a potenciales infiltraciones, que son los siguientes: Cobre, Molibdeno, Cloruro, Sulfatos y pH. En Adenda complementaria, se suma una nueva acción de control, mediante monitoreo de la Fase Mantoverde Sur 6, con la finalidad de determinar eventuales acciones de control a implementar en la fase de cierre. Éstas son: • Muestrear aguas que eventualmente se acumulen en el interior del rajo por afloramiento durante la operación, considerando pH y conductividad in situ, y metales y sulfatos en laboratorio. Para esto se efectuará un monitoreo mensual de pH y conductividad eléctrica mientras exista agua, utilizando equipos de medición in situ, y análisis de metales y sulfato en laboratorio con frecuencia trimestral. 20

• Determinar las unidades litológicas-mineralógicas que quedarán expuestas en paredes del rajo al término de la explotación y efectuar test ABA a un set de muestras de dichas unidades extraídas durante la operación. Se proponen 20 muestras totales, las cuales se distribuirán en proporción a la abundancia de cada tipo de litología-mineralización. Los muestreos anteriores permitirán verificar la predominancia de unidades sin potencial de acidificación de aguas al término de la operación, y verificar si se producen o no niveles de pH ácido, y contenidos elevados de conductividad, metales y sulfatos. Las acciones de control en caso de que los resultados se encuentren fuera de rango se detallan en el punto 10.2.7 de este documento, Plan de Contingencias y Emergencias. Aumento vida útil de la pila de lixiviación El Proyecto considera un aumento en la vida útil de explotación de minerales oxidados de alta ley aprobados en el “Proyecto Desarrollo Mantoverde”, pasando desde el año 2024 hasta el 2031. Por consiguiente, el Proyecto contempla extender la vida útil de la Pila Dinámica, desfasando su conversión a botadero de lixiviación de baja ley hasta el año 2031. Sin embargo, no se modifican ni las instalaciones ni los procesos que conforman el sistema de lixiviación de la Pila Dinámica; únicamente extiende su operación hasta el año 2031, momento en que se prevé el término de la explotación de óxidos de alta ley. Tampoco se considera modificar la capacidad aprobada del botadero de ripios, la cual es suficiente para la disposición de los ripios del Proyecto, tal como se muestra en Tabla siguiente. Tabla Capacidad de disposición de ripios Capacidad aprobada (Mt) Capacidad disponible desde 2021 (Mt) Ripios PDMV (Mt) desde el 2021 Ripios Proyecto (Mt) Condición final (Ripios PDMV + Ripios Proyecto) (Mt) 243 () 110 5,7 103,4 109,2 () Capacidad final aprobada en la RCA N°202/2016. Transporte

A continuación, se presenta un detalle del transporte para esta fase. La información más detallada se presenta en tablas 22 y 23 de la Adenda Complementaria. Ruta de transporte Origen - Destino Carga a transportar Cantidad de vehículos Frecuencia viajes (ida y vuelta) Ruta 5/ C- 261/ C-225 Caldera - Operación Mantoverde Combustibles y lubricantes 1 camión Mensual: 121 viajes/mes Diaria: 4 viajes/día Ruta 5/ C-13/ C-209/ C-225 Mejillones - Operación Mantoverde Explosivos 1 camión Mensual: 50 viajes/mes Diaria: 2 viajes/día C-209/ C-13/ Ruta 5/ Ruta 1 Operación Mantoverde - Mejillones y Antofagasta Producto final cátodos de cobre 3 – 6 camiones Mensual: 180 viajes/mes Diaria: 6 viajes/día Rutas internas Mina. Frentes de trabajo operación Mina - Frentes de trabajo operación Mina Movimientos mina 27 camiones Mensual: 26.453 viajes/mes Diaria: 882 viajes/día Rutas internas Mina. Sector mantención camiones - Sector disposición residuos Residuos Peligrosos 1 camión Mensual: 2 viajes/mes Diaria: 0,1 viajes/día Cierre línea procesamiento de sulfuros. Vaciado de las líneas de proceso hacia el tranque de relaves. Productos Dado que el Proyecto no corresponde a un proyecto fabril o equivalente, no considera la generación de productos de algún proceso. 21

generados Recursos naturales renovables El proyecto no considera la extracción de recursos naturales renovables. Emisiones y efluentes EMISIONES A LA ATMÓSFERA MP2,5: Se estima una cantidad de 140,1 t/año, cuya mayor actividad generadora de este contaminante será el Tránsito por caminos no pavimentados. Además, se suma una cantidad de 7,9 t/año por el producto de perforaciones adicionales. MP10: Se estima una cantidad de 658,8 t/año, cuya mayor actividad generadora de este contaminante será el Tránsito por caminos no pavimentados. Además, se suma una cantidad de 7,9 t/año por el producto de perforaciones adicionales. MP30: Se estima una cantidad de 2.791,6 t/año, cuya mayor actividad generadora de este contaminante será el Tránsito por caminos no pavimentados y la operación del Chancador terciario. Además, se suma una cantidad de 15,1 t/año por el producto de perforaciones adicionales. CO: Se estima una cantidad de 345,1 t/año, cuya mayor actividad generadora de este contaminante será la combustión de maquinaria. NOx: Se estima una cantidad de 1.648,5 t/año, cuya mayor actividad generadora de este contaminante será la combustión de maquinaria. SO2: Se estima una cantidad de 9,7 t/año, cuya mayor actividad generadora de este contaminante será la combustión de maquinaria. Las acciones de abatimiento de emisiones atmosféricas que se aplicarán durante la fase de operación del Proyecto son las siguientes:

Supresor de polvo (bischofita o similar) - Caminos mina y planta • Aplicación de supresor de polvo en los caminos principales del área mina – planta por movimientos y traslados de equipos y vehículos; • Un sistema de supresión de polvo en las líneas de minerales, con correas transportadoras cubiertas; • Extender la medida de supresor de polvo de 85% (Porcentaje de eficiencia para caminos aprobada en el marco de la RCA N°16/2018) de eficiencia para el camino de acceso existente al relleno sanitario de la operación. A partir de esta medida se estima reducir 2,2 t/año de emisiones de MP10, considerando 1,4 km de aplicación. En Tabla 11 de la Adenda Complementaria, se presenta la reducción de emisiones de MP10 producto de la incorporación de esta medida. Luego en Figura 3 del mismo documento se muestra el camino donde se extenderá la medida de abatimiento (bischofita), el cual se presenta en formato KMZ en el Anexo B.4 de la misma Adenda. • La frecuencia de aplicación de los supresores dependerá de la eficiencia que muestre el supresor en el tiempo. Se implementará un sistema de monitoreo tipo DustMate que permitirá determinar la frecuencia de aplicación óptima para asegurar un 85% de eficiencia. • No se considera sistema de supresión en los nuevos stocks.

Aspersores y encapsulamiento (línea de óxidos) • Mantenimiento de los sistemas de control será mensual por personal capacitado, mediante la verificación del estado estructural, reparación de daños y reemplazo de sectores cuando corresponda. • Domos en stock pile de mineral y aspersores de boquillas en correas, domos y traspasos en molienda de mineral. Los aspersores y encapsulamientos de la línea de óxidos se realizarán en el Chancador Primario, Chancador Secundario, en Chancador Terciario y en el acopio de gruesos. Frecuencia será continua.

EFLUENTES Aguas Servidas: El presente proyecto no requiere modificar la dotación de mano de obra requerida para la operación del PDMV aprobado mediante la RCA N°16/2018, por lo que no se generarán aguas servidas adicionales a las autorizadas. Flujos de agua basales en las obras de acopio: Durante el proceso de evaluación se presentaron estudios que demuestran que la precipitación directa sobre los stocks se 22

acumule como humedad intersticial en la parte superior (espesor inferior a dos metros) y quede luego sujeta a un proceso de evaporación, dada la sequedad del ambiente y el tiempo significativo entre precipitaciones. Dichos estudios se encuentran en Anexo B.1 de la Adenda, además del Anexo H y Anexo I de la Adenda Complementaria. Se detalla también que, si bien las alturas proyectadas para los stocks (70 y 100 m) no se alcanzarán de forma inmediata, la altura de los stocks durante su construcción será superior a la profundidad que alcanzarán una eventual solución lixiviante. En la Tabla 13 de la Adenda Complementaria se presenta un análisis comparativo entre las alturas para el primer año de depositación (menor cota proyectada), y la profundidad de precipitaciones estimada en el análisis de capacidad de campo presentado en el Anexo I de la misma Adenda. El análisis arroja que las precipitaciones quedarán retenidas en la parte superior de los stocks, para posteriormente evaporarse. Sin perjuicio de la baja probabilidad de que se generen flujos de agua basales, el Proyecto contempla las siguientes medidas de control: • Se contempla el monitoreo de agua en pozo e inspección de la base de los stocks con frecuencia semestral y después de lluvias intensas; • Habilitación de calicatas de observación a lo largo del pie de los stocks para verificar ausencia de flujo subsuperficial; en caso eventual de detectarse humedad o flujo, se procedería con la construcción de trincheras para recoger eventuales drenajes y enviarlos a proceso. Estas acciones se detallan en el punto 10 de este documento, Plan de Contingencias y Emergencias Además, el Proyecto contempla un plan de monitoreo de aguas subterráneas, el cual incluye: • Descripción del área de monitoreo; • Descripción de los puntos de monitoreo; • Parámetros de monitoreo; • Definición de umbrales de activación. • Acciones de control en caso de que los resultados se encuentren fuera de rango. El plan de monitoreo se presenta en el Apéndice 1 del Anexo A de la Adenda Complementaria. RUIDO Para esta fase se consideraron las actividades se operación de los Stocks y el botadero BOSU. Instalación/Sector Equipo/ maquinaria Nivel de potencia sonora Lw dB(A) Stock Sulfuros Norte Cargador frontal 109 Stock Sulfuros Sur Cargador frontal 109 Stock Óxidos Cargador frontal 109 BOSU Cargador frontal 109 Para el caso del ruido móvil, se considera una emisión de 42 Leq a 25 metros de cada lado de los caminos a utilizar, uno de los cuales pasa a una distancia de aproximadamente 80 metros de la vivienda más cercana de la localidad de El Salado. (Figura 4 del Anexo N de la Adenda). Durante el proceso de evaluación se determinó que el receptor más cercano es la Localidad de El Salado, que se ubica a 15 km en línea recta del Proyecto. VIBRACIONES Los niveles de vibración a generarse producto de la actualización de la cantidad de perforaciones del Proyecto Desarrollo Mantoverde (de 18.642 a 53.264 para el año de mayor movimiento), serán acotados al entorno inmediato, resultando imperceptibles en la localidad del El Salado, lo que se debe principalmente a la atenuación producto de la distancia respecto al receptor. Se considera un Lv proyectado a 41 metros de la fuente, de 65 VdB para el caso del criterio molestia y un PPV proyectado a 6 metros de la fuente, de 0,12 in/s, para el criterio de daño. Ambos datos son el máximo permitido según homologación de la guía la guía “Transit Noise and Vibration Impact Assessment”, de la Federal Transit 23

Administration (FTA) de Estados Unidos. La localidad de El Salado se ubica a 15 km de distancia en línea recta de la Operación Mantoverde. Este incremento de perforaciones no modificará la cantidad de tronaduras diarias (1 tronadura/día) ni la frecuencia semanal (3 a 4 veces por semana), tampoco la cantidad de explosivos a ocupar por retardo respecto a la condición aprobada en el Proyecto Desarrollo Mantoverde (RCA N°16/2018). Residuos, productos químicos y otras sustancias que puedan afectar el medio ambiente. RESIDUOS NO PELIGROSOS Domésticos: No se generarán residuos domésticos adicionales a los aprobados para el PDMV mediante la RCA N°16/2018; puesto que el Proyecto no considera aumentar la mano de obra. Cabe precisar que el PDMV considera 471 t/año de residuos sólidos domiciliarios durante la fase de operación, los cuales son clasificados y posteriormente dispuestos en el relleno sanitario Mantoverde Sólidos no Peligrosos: No se generarán residuos domésticos adicionales a los aprobados para el PDMV mediante la RCA N°16/2018; puesto que el Proyecto no considera insumos adicionales a los aprobados que pudiesen generar residuos industriales no peligrosos. Cabe precisar que el PDMV considera 1.398 t/año de RINP. En cuanto a su manejo, los residuos que puedan ser reutilizados serán almacenados de forma temporal en el Patio de Salvataje, para su posterior venta, donación o reutilización. Los residuos que no puedan ser reutilizados serán almacenados temporalmente en el Patio de Almacenamiento Temporal de Residuos en el sector de residuos industriales no peligrosos, para su posterior traslado a un sitio de disposición final autorizado. Residuos mineros masivos: Se refiere a Estéril y considera una cantidad total de 138.136 kt. Serán generados en el sector de los rajos y serán dispuestos en los depósitos de estéril aprobados. Su tasa de generación será de 8.633 kt/año. El Proyecto no requiere modificar las capacidades aprobadas de los botaderos de estériles existentes. Los botaderos de estériles no generan drenaje en la base, tal como ha podido observarse y verificarse en terreno (Anexo B.2 de la Adenda, se muestra el registro fotográfico al pie de los botaderos de la Operación Mantoverde). En Adenda se señala que también será dispuesto en estos botaderos el material excedente de tierra proveniente de las actividades de mejoramiento basal y excavaciones asociados al Dump Leach Sur II, el cual tendrá características similares a los estériles que se disponen actualmente en los botaderos. Dicha tierra proveniente del Proyecto se dispondrá en la parte superior (plataformas) de los botaderos, representando aproximadamente 0,1% respecto a la capacidad aprobada. Ripios mineros: Considera una cantidad total de 103.457 kt. Serán generados en el sector de la pila dinámica y serán dispuestos en el botadero de ripios aprobado. Su tasa de generación será de 9.405 kt/año. El Proyecto no requiere modificar la capacidad aprobada del botadero de ripios existente. En el Anexo G de la Adenda se entregan los análisis de peligrosidad (SPLP) asociados a los residuos mineros masivos y ripios generados por la Operación Mantoverde, los cuales arrojan que estos residuos no presentan características de peligrosidad. Por otra parte, y de acuerdo con la caracterización geoquímica presentada en el Anexo D.2 de la Adenda, los materiales a depositar en los botaderos muestran predominancia de materiales no generadores de ácido. Finalmente, destaca que el botadero de ripios cuenta con una carpeta impermeabilizante como medida para potenciales infiltraciones.

RESIDUOS PELIGROSOS Baterías usadas: Se considera una cantidad de 0,1 t/mes. Estos residuos serán retirados de las zonas de generación en los frentes de trabajo para ser almacenados temporalmente en patios de residuos peligrosos existentes y aprobados para la Operación Mantoverde. Su retiro y disposición se realizará en un lugar de disposición final autorizado por terceros fuera de la faena. Tipo de peligrosidad: Corrosivo 24

Aceites y grasas usadas: Corresponden a restos de aceites y grasas que se generarán durante las fases del Proyecto. Se considera una cantidad de 0,2 t/mes. Estos residuos serán retirados de las zonas de generación en los frentes de trabajo para ser almacenados temporalmente en patios de residuos peligrosos existentes y aprobados para la Operación Mantoverde. Tipo de peligrosidad: Toxicidad extrínseca. Filtros de aceite usados: Corresponden a filtros de aceites usados provenientes de los vehículos que se emplearán durante el desarrollo del Proyecto. Se considera una cantidad de 0,2 t/mes. Estos residuos serán retirados de las zonas de generación en los frentes de trabajo para ser almacenados temporalmente en patios de residuos peligrosos existentes y aprobados para la Operación Mantoverde. Su retiro y disposición se realizará en un lugar de disposición final autorizado por terceros fuera de la faena. Tipo de peligrosidad: Toxicidad extrínseca. Materiales y/o envases contaminados con hidrocarburos, aceites o grasas: Se considera una cantidad de 0,06 t/mes. Estos residuos serán retirados de las zonas de generación en los frentes de trabajo para ser almacenados temporalmente en patios de residuos peligrosos existentes y aprobados para la Operación Mantoverde. Su retiro y disposición se realizará en un lugar de disposición final autorizado por terceros fuera de la faena. Tipo de peligrosidad: Toxicidad extrínseca. PRODUCTOS QUÍMICOS Y OTRAS SUSTANCIAS Lubricantes: Los lubricantes requeridos para esta fase serán obtenidos de las empresas distribuidoras que suministran la operación actual, se requerirá una cantidad de 9 m3/mes (0.3 m3/día). Serán almacenados, con un tiempo menor a 6 meses, en la bodega de lubricantes existentes de la Operación Mantoverde, las cuales se encuentran acogidas al Plan de Adecuación aprobado mediante la Resolución N°966/2018 adjuntado en Anexo E de la Adenda. se define como una sustancia no peligrosa y el tipo de envase que considera es un tambor. El Proyecto generará un aumento máximo de 24 % en la tasa de consumo de lubricantes respecto a la condición aprobada, por lo tanto, no se requiere aumentar la capacidad de las instalaciones de almacenamiento de combustibles y lubricantes. Sólo será necesario aumentar en una cantidad similar (24%) la frecuencia de suministro. Combustibles: Se considera una cantidad de 30 m3/día (900 m3/mes), será obtenido de las empresas distribuidoras que actualmente suministran a la operación. Su almacenamiento será en estanque de almacenamiento existente de la Operación Mantoverde, por un tiempo menor a 6 meses, las cuales cuentan con las respectivas declaraciones de instalaciones de combustibles líquidos, entregados en Anexo E de la Adenda. Se define como una sustancia clase 3, Líquidos inflamables. El Proyecto generará un aumento máximo de 24 % en la tasa de consumo de combustibles respecto a la condición aprobada, por lo tanto, no se requiere aumentar la capacidad de las instalaciones de almacenamiento de combustibles y lubricantes, dado que sólo será necesario aumentar en una cantidad similar (24%) la frecuencia de suministro. Explosivos: Junto con esto es preciso señalar que este incremento de perforaciones no modificará la cantidad de tronaduras diarias (1 tronadura/día) ni la frecuencia semanal (3 a 4 veces por semana) ni la cantidad de explosivos a ocupar por retardo respecto a la condición aprobada en el Proyecto Desarrollo Mantoverde (RCA N°16/2018). En Capítulo 1 de la DIA, se indica que el Proyecto no modifica las instalaciones para el almacenamiento de insumos existentes de la Operación Mantoverde. Respecto del ácido sulfúrico, durante el proceso de evaluación se determinó que se mantendrán los mismos consumos (dependiendo de la ley de carbonato de calcio CaCO3) y estanques de almacenamiento de ácido sulfúrico, debido a que se cuenta con una capacidad definida de bombeo de soluciones que no aumenta. El Dump Leach Sur II nace debido al término en capacidad de carga y lixiviación del Dump Leach Sur actual, por lo que la misma cantidad de material a lixiviar solo será ubicada en otro 25

sector a fin de mantener los niveles productivos. Las piscinas y estanque de curado que se construyen se deben a que la cota de las actuales instalaciones no satisface los requerimientos para poder regar la nueva área del Dump Leach Sur II y, por otra parte, existe una transición donde se regarán ambas áreas en paralelo (sin sobrepasar la capacidad de riego actual), antes de abandonar el actual Dump Leach I de manera definitiva por el agotamiento de la misma. Referencia al ICE para mayores detalles sobre esta fase. La fase de operación se detalla en el apartado 4.7 del ICE. 4.3.3. FASE DE CIERRE Partes y Obras Fase Mantoverde Sur 6 Esta obra ya fue descrita en el apartado 4.3.2 de este documento. Caminos Los caminos ya fueron descritos en el apartado 4.3.1 de este documento. Pila dinámica Esta obra ya fue descrita en el apartado 4.3.2 de este documento. Acciones Obras de cierre de área mina Como actividad previa al desarme y la demolición se considera desenergizar las instalaciones. Esta actividad considera un equipo de profesionales que se encargará de planificar la desenergización por áreas, el bloqueo de equipos y la coordinación general de liberación de áreas para iniciar las actividades de desmantelamiento. Desmantelamiento o aseguramiento de infraestructura Desmantelamiento de instalaciones Se considera desmontar y desmantelar los equipos, cableados y, en general, todos los elementos instalados en cada una de las áreas en las que se aplicará esta medida. El desmontaje y desmantelamiento de los equipos mecánicos y eléctricos se realizará procurando conservar las distintas piezas y elementos para permitir su reutilización. Los equipos reutilizables serán almacenados transitoriamente en un sector especial de la faena, para posteriormente transportarlos a lugares de comercialización o reciclaje de sus partes. Las instalaciones a las cuales se les aplicará esta medida corresponden a las tuberías, sistema de bombas y sala eléctrica del Dump Leach Sur (Fase VII) y del Dump Leach Sur II. Respecto de los stocks y sus obras de protección (pretiles y gaviones), éstos no permanecerán después del cierre del Proyecto, ya que el mineral será consumido en el proceso durante la vida útil del Proyecto. Por lo anterior, tampoco deberán ser retirados. Se realizará el retiro de las instalaciones bajo tierra (cableado y canalizaciones). Estabilización de taludes Respecto a las medidas para la estabilización de talud en los rajos, se considera mantener los taludes finales que resulten de la operación de éste, permitiendo que los taludes inter-banco y globales adquieran naturalmente una condición estable de largo plazo. Los desprendimientos de material que puedan ocurrir gradualmente en el tiempo quedarán confinados al interior de los rajos, sin representar un riesgo hacia el exterior. Al cese de la operación se evaluará la estabilidad física de los taludes de botaderos y rajos. En caso de ser necesario se implementarán las medidas necesarias para controlar su estabilidad en el largo plazo. Se controlará la construcción de ángulo de talud a medida que finalice la actividad minera y la construcción de cada plataforma. Las instalaciones a las cuales se le aplicará esta medida corresponden a: • Dump Leach Sur I (Fase VII) • Dump Leach Sur II • Fase Mantoverde Sur 6. Cierre de accesos mediante bermas o parapeto perimetral Se construirá una berma o parapeto perimetral en el perímetro del rajo y botaderos de lixiviación de baja ley, de modo de impedir el ingreso de vehículos y personas. 26

La berma o parapeto se ubicará a una distancia segura del borde del banco superior del rajo y de la base de los botaderos de lixiviación de baja ley, para permitir la ocurrencia de fallas locales en el talud, sin afectar la berma. Las bermas o parapetos se construirán principalmente con lastre de la mina o material del lugar y tendrán una altura mínima de 1,5 m y un ángulo de talud no inferior a 33° o 1,5:1,0 (H: V). Las instalaciones a las cuales se les aplicará esta medida son: • Dump Leach Sur I (Fase VII) • Dump Leach Sur II • Fase Mantoverde Sur 6. Señalética de advertencia de peligro Se instalará señalética de advertencia de peligro en el perímetro de las áreas consideradas de riesgo y en los sectores de cortes de caminos. Se utilizará letreros empotrados de concreto u otro material duradero. Los letreros serán ubicados en lugares visibles, y se diseñarán de acuerdo con la Norma Chilena N°1411/Of. 78. Como resultado de la ejecución de esta medida, las áreas de riesgos y los accesos contarán con señalética clara, visible y de material duradero para advertir a terceros sobre los peligros de ingreso a las áreas delimitadas. Las instalaciones a las cuales se les aplicará esta medida son: • Dump Leach Sur I (Fase VII) • Dump Leach Sur II • Fase Mantoverde Sur 6. Portal de acceso Para los rajos se contempla la construcción temporal de un portal de acceso. El objetivo de dicho portal será permitir un ingreso controlado al área de riesgo durante las actividades de post-cierre. La instalación a la cual se le aplicará esta medida es la Fase Mantoverde Sur 6. Restaurar la geoforma o morfología, vegetación y cualquier otro componente ambiental que haya sido afectado durante la ejecución del proyecto o actividad Respecto al manejo específico de las aguas de no contacto (escorrentía superficial y aguas lluvia), esencialmente, se considera hacer extensivo el manejo diseñado para la fase de operación. Se procurará en la fase de cierre, que las obras de captación de aguas de no contacto, queden preparadas y en condiciones que aseguren la utilidad en el largo plazo. Junto con lo anterior, se contempla el retiro de pretiles, gaviones, reperfilamiento del terreno para los stocks que incorpora el Proyecto. • Dump Leach Sur I (Fase VII) y Dump Leach Sur: Se mantiene el camellón, zanjas y/o canaletas para el desvío de las aguas de escorrentías. • Stocks Sulfuros sur, Stock Sulfuros Norte y Stock Óxidos. Retiro de pretiles (en caso de quedar algo) y reperfilamiento del terreno. • Rajo Mantoverde (Fase 6): No se considera esta acción para esta obra. Prevención de futuras emisiones Las posibles aguas superficiales que pudieran entrar en contacto con las obras de acumulación de material minero serán interceptadas y manejadas para evitar que alteren la calidad de las aguas debajo de las instalaciones u obras de la Operación Mantoverde. Fase Monteverde Sur 6: Evaluación de generación de lagunas en los rajos y, si procede, serán caracterizados. Dump Leach Sur I (Fase VII) y Dump Leach Sur II: • Habilitar canaleta impermeabilizada. • Evaluar la composición de materiales remanentes en superficie. • Manejo de soluciones remanentes (Evaporación). • Cierre de piscinas cuando el drenaje haya cesado. Transporte A continuación, se presenta un detalle del transporte para esta fase. La información más detallada se presenta en tablas 22 y 23 de la Adenda Complementaria. 27

Ruta Origen - Destino Carga a transportar Cantidad Frecuencia viajes (ida y vuelta) Ruta 5/C- 261/C- 225 Caldera - Operación Mantoverde Insumos (Combustibles y lubricantes) 1 camión Mensual: 4 viajes /mes Diaria: 0,1 viajes/día Rutas internas Mina Frente de trabajo - Área disposición residuos Desmantela- miento

1 camión Mensual: 24 viajes/mes Diaria: 0,8 viajes/día Rutas internas Mina Frente de trabajo - Área disposición residuos Residuos 1 camión Mensual: 4 viajes/ mes Diaria: 0,1 viajes/día Rutas internas Mina Botadero autorizado Op. Mantoverde - Frente de trabajo Movimientos de tierra (relleno piscinas) 1 camión Mensual: 86 viajes/ mes Diaria: 3 viajes/día Rutas internas Mina Botadero autorizado Operación Mantoverde - Frente de trabajo Movimientos de tierra (bermas) 1 camión Mensual: 58 viajes/ mes Diaria: 1,9 viajes/día Mantención, conservación y supervisión El Proyecto considera mantener las medidas realizar una serie de monitoreos y actividades de verificación una vez que finalicen las actividades propias del cierre de la faena minera. Fase Monteverde Sur 6: • Control topográfico de los taludes y bancos (5 años post- cierre). Dump Leach Sur I (Fase VII) y Dump Leach Sur II: • Control topográfico de taludes (5 años post-cierre) • Monitoreo calidad de aguas subterráneas (3 años post- cierre). los límites de los parámetros de la Norma Chilena NCh 1333 y los niveles establecidos a partir de la línea de base del Proyecto Mantoverde. Canaleta Dump Leach Sur II: • Se inspeccionará periódicamente la canaleta perimetral y se mantendrá un programa de limpieza. Las inspecciones y la limpieza se realizarán anualmente durante los primeros 5 años de post-cierre, frecuencia que podrá reducirse en función de los resultados a bianual o menos. • Registro de inspección periódica de la obra de contorno en toda su extensión (en libro de obra). En el Anexo A de esta Adenda Complementaria se presenta el Plan de Contingencias para la Canaleta de Dump Sur II. Recursos naturales renovables El proyecto no considera la extracción de recursos naturales renovables, en ninguna de sus fases. Emisiones y efluentes EMISIONES A LA ATMÓSFERA MP2,5: Se estima una cantidad de 1,4 t/año, cuya mayor actividad generadora de este contaminante será la excavación. MP10: Se estima una cantidad de 5,1 t/año, cuya mayor actividad generadora de este contaminante será el Transito por caminos no pavimentados. MP30: Se estima una cantidad de 18,5 t/año, cuya mayor actividad generadora de este contaminante será el Tránsito por caminos no pavimentados, seguida por las excavaciones. CO: Se estima una cantidad de 1,5 t/año, cuya mayor actividad generadora de este contaminante será la combustión de maquinaria. NOx: Se estima una cantidad de 5,8 t/año, cuya mayor actividad generadora de este contaminante será la combustión de maquinaria. SO2: Se estima una cantidad de 0,2 t/año, cuya mayor actividad generadora de este 28

contaminante será la combustión de maquinaria Para esta fase NO se consideran medidas de abatimiento.

EFLUENTES

Aguas Servidas: El presente proyecto no requiere modificar la dotación de mano de obra requerida para la operación del PDMV aprobado mediante la RCA N°16/2018, por lo que no se generarán aguas servidas adicionales a las autorizadas.

RUIDO

Para esta fase se consideran las actividades de cierre del Dump Leach Sur II.

Maquinaria Nivel de potencia sonora Lw dB(A) Retroexcavadora 105 Cargador Frontal 109 Para el caso del ruido móvil, se considera una emisión de 38 Leq a 25 metros de cada lado de los caminos a utilizar, uno de los cuales pasa a una distancia de aproximadamente 80 metros de la vivienda más cercana de la localidad de El Salado. (Figura 4 del Anexo N de la Adenda).

Residuos, productos químicos y otras sustancias que puedan afectar el medio ambiente. RESIDUOS NO PELIGROSOS Domésticos: No se generarán residuos domésticos adicionales a los aprobados para el PDMV mediante la RCA N°16/2018; puesto que el Proyecto no considera aumentar la mano de obra. Industriales no peligrosos: Considera una tasa de generación de 4 Ton/mes. Estos residuos se dispondrán contenedores, con base sólida, en las diversas áreas de generación, los cuales serán vaciados periódicamente para ser transportados en camiones a patios de almacenamiento autorizados en Operación Mantoverde. Su retiro y disposición se realizará en un lugar de disposición final autorizado fuera de la faena. RESIDUOS PELIGROSOS Baterías usadas: Se considera una cantidad de 0,1 t/mes. Estos residuos serán retirados de las zonas de generación en los frentes de trabajo para ser almacenados temporalmente en patios de residuos peligrosos existentes y aprobados para la Operación Mantoverde. Su retiro y disposición se realizará en un lugar de disposición final autorizado por terceros fuera de la faena. Tipo de peligrosidad: Corrosivo Aceites y grasas usados: Se considera una cantidad de 0,02 t/mes. Estos residuos serán retirados de las zonas de generación en los frentes de trabajo para ser almacenados temporalmente en patios de residuos peligrosos existentes y aprobados para la Operación Mantoverde. Su retiro y disposición se realizará en un lugar de disposición final autorizado por terceros fuera de la faena. Tipo de peligrosidad: Toxicidad extrínseca. Filtros de aceite usados: Corresponden a filtros de aceites usados provenientes de los vehículos que se emplearán durante el desarrollo del Proyecto. Se considera una cantidad de 0,02 t/mes. Estos residuos serán retirados de las zonas de generación en los frentes de trabajo para ser almacenados temporalmente en patios de residuos peligrosos existentes y aprobados para la Operación Mantoverde. Su retiro y disposición se realizará en un lugar de disposición final autorizado por terceros fuera de la faena. Tipo de peligrosidad: Toxicidad extrínseca. Materiales y/o envases contaminados con hidrocarburos, aceites o grasas: Se considera una cantidad de 0,06 t/mes. 29

Manejo: Estos residuos serán retirados de las zonas de generación en los frentes de trabajo para ser almacenados temporalmente en patios de residuos peligrosos existentes y aprobados para la Operación Mantoverde. Su retiro y disposición se realizará en un lugar de disposición final autorizado por terceros fuera de la faena. Tipo de peligrosidad: Toxicidad extrínseca. PRODUCTOS QUÍMICOS Y OTRAS SUSTANCIAS: Lubricantes: Los lubricantes requeridos para la fase de construcción serán obtenidos de las empresas distribuidoras que suministran la operación actual, se requerirá una cantidad de 0,9 m3/mes. Serán almacenados, con un tiempo menor a 6 meses, en la bodega de lubricantes existentes de la Operación Mantoverde, las cuales se encuentran acogidas al Plan de Adecuación aprobado mediante la Resolución N°966/2018 adjuntado en Anexo E de la Adenda. se define como una sustancia no peligrosa y el tipo de envase que considera es un tambor. El Proyecto generará un aumento máximo de 24 % en la tasa de consumo de lubricantes respecto a la condición aprobada, por lo tanto, no se requiere aumentar la capacidad de las instalaciones de almacenamiento de combustibles y lubricantes. Sólo será necesario aumentar en una cantidad similar (24%) la frecuencia de suministro. Combustibles: Se considera una cantidad de 18 m3/mes, será obtenido de las empresas distribuidoras que actualmente suministran a la operación. Su almacenamiento será en estanque de almacenamiento existente de la Operación Mantoverde, por un tiempo menor a 6 meses, las cuales cuentan con las respectivas declaraciones de instalaciones de combustibles líquidos, entregados en Anexo E de la Adenda. Se define como una sustancia clase 3, Líquidos inflamables. El Proyecto generará un aumento máximo de 24 % en la tasa de consumo de combustibles respecto a la condición aprobada, por lo tanto, no se requiere aumentar la capacidad de las instalaciones de almacenamiento de combustibles y lubricantes, dado que sólo será necesario aumentar en una cantidad similar (24%) la frecuencia de suministro Referencia al ICE para mayores detalles sobre esta fase. La fase de cierre se detalla en el apartado 4.8 del ICE.

4.4. CRONOLOGÍA DE LAS FASES DEL PROYECTO 4.4.1. FASE DE CONSTRUCCIÓN Fecha estimada de inicio Segundo semestre 2021. Parte, obra o acción que establece el inicio Movimientos de tierra asociados a la ejecución de las obras del Dump Leach Sur II. Fase 1 de construcción del Dump Leach Sur II. Fecha estimada de término Segundo semestre 2029. Parte, obra o acción que establece el término Retiro de maquinarias y desmontaje de equipos asociados al término de la fase 5 de construcción del Dump Leach Sur II. 4.4.2 Fase de Operación Fecha estimada de inicio Primer semestre 2021. Parte, obra o acción que establece el inicio Ampliación de la explotación de Minerales. Fecha estimada de término Segundo semestre 2040. Parte, obra o acción que establece el término Cierre de la línea de procesamiento de sulfuros. 4.4.3 Fase de Cierre Fecha estimada de inicio Primer semestre de 2041 30

Parte, obra o acción que establece el inicio Obras de cierre de Área Mina. Fecha estimada de término Primer semestre 2051 Parte, obra o acción que establece el término Cierre de caminos de Acceso a la faena En Tabla 13 de la Adenda se presenta el cronograma de actividades para la fase de construcción. En Tabla 2 de la Adenda Complementaria se presenta el cronograma de actividades para la fase de operación. En Tabla 10 de la Adenda se presenta el cronograma de actividades para la fase de cierre.

5º. Que, durante el proceso de evaluación se han presentado antecedentes que justifican la inexistencia de los siguientes efectos, características y circunstancias del artículo 11 de la Ley N°19.300:

5.1. RIESGO PARA LA SALUD DE LA POBLACIÓN, DEBIDO A LA CANTIDAD Y CALIDAD DE EFLUENTES, EMISIONES Y RESIDUOS Impacto ambiental Aumento niveles de MP en zona poblada. En términos de MP10 el Proyecto tendrá un aporte total en la localidad El Salado de 0,4 μg/m3 como percentil 98 de 24 horas y de 0,17 μg/m3 como promedio anual, lo que representa un 0,3% de la concentración normada para 24 horas y media anual (Anexo O de la Adenda). Parte, obra o acción que lo genera Transporte Fase en que se presenta Construcción, operación y cierre. Impacto ambiental Aumento en los niveles de ruido en zona poblada. Para el caso del ruido proveniente de fuentes móviles, se considera un aumento de la emisión a 25 metros de cada lado de los caminos a utilizar, uno de los cuales pasa a una distancia de aproximadamente 80 metros de la vivienda más cercana de la localidad de El Salado. (Figura 4 del Anexo N de la Adenda). Parte, obra o acción que lo genera Transporte Fase en que se presenta Construcción, operación y cierre. Referencia al ICE para mayores detalles sobre este impacto específico Estos impactos y el descarte de su significancia se detallan en el apartado 6.1 del ICE. Se concluye que el aporte del proyecto es reducido, esta estimación considera el año de mayor aporte de Material Particulado, donde la emisión en operación es máxima (operación 2026), se suman las perforaciones adicionales de ese año y la construcción en su fase 3. Por otro lado, los niveles de ruido generados por el Proyecto serán acotados al entorno inmediato de las fuentes e imperceptibles en la localidad de El Salado, lo cual se debe principalmente a los bajos niveles de presión sonora proyectados y a la atenuación producto de la distancia respecto al receptor evaluado.

5.2. EFECTOS ADVERSOS SIGNIFICATIVOS SOBRE LA CANTIDAD Y CALIDAD DE LOS RECURSOS NATURALES RENOVABLES, INCLUIDOS EL SUELO, AGUA Y AIRE Impacto ambiental Contaminación aguas subterráneas por drenaje ácido. Dada la operación de nuevas obras de acumulación de material de sulfuro y óxidos, es probable que se produzca un drenaje ácido, el cual podría alcanzar los flujos de agua subterránea del área. Parte, obra o acción que lo genera • Operación Stock de Sulfuros Norte • Operación Stock de Sulfuros Sur Operación Stock de Óxidos. 31

Fase en que se presenta Operación y cierre Impacto ambiental Afectación a cursos de agua superficial por obras en cauces. Dada la construcción y operación de nuevas obras, ubicadas sobre cuencas, es posible que el flujo superficial esporádico del área pueda verse afectado, generando un impacto sobre la dinámica hidrográfica local. Parte, obra o acción que lo genera • Operación de Stocks de sulfuros y óxidos. • Construcción de Dump Leach Sur II. Actividades de operación Dump Leach Sur II. Fase en que se presenta Construcción, operación y cierre. Impacto ambiental Afectación a Quebrada Guamanga. La construcción de tuberías y una línea de transmisión del Dump Leach Sur II que cruzan de forma soterrada la quebrada Guamanga podrían generar efectos sobre la misma. Parte, obra o acción que lo genera • Construcción de tuberías de soluciones. • Operación Dump Leach Sur II. • Construcción de línea de tensión eléctrica (13,8 kV). Fase en que se presenta Construcción y operación. Impacto ambiental Aumento niveles de MP30 en Sitio Prioritario Quebrada Guamanga. El aporte del Proyecto en los receptores evaluados alcanza valores inferiores al 1% de la depositación de la norma de referencia (Norma Suiza: 200 mg/m2-día), pues se proyecta una cantidad de 0,059 mg/m2- día en Guamanga 1 y 0,374 mg/m2-día en Guamanga 2. Parte, obra o acción que lo genera • Construcción Dump Leach Sur II. • Construcción de Tuberías de soluciones. • Construcción de línea de tensión eléctrica (13,8 kV). • Construcción Canaleta perimetral de aguas lluvia. • Construcción de Stocks. • Construcción de caminos acceso a stocks y nuevo Dump Leach sur II. • Transporte. • Movimientos de tierra. • Ampliación de la explotación de Minerales. • Operación Fase Mantoverde Sur 6. • Actividades de operación Dump Leach Sur II. • Operación Dump Leach Sur Fase VII. • Operación de Stocks de sulfuros y óxidos. • Actividades reprocesamiento botadero BOSU. Fase en que se presenta Construcción y operación. Impacto ambiental Afectación a Sitio Prioritario Quebrada Guamanga. Dado el aumento de los niveles de MP30 y las posibles afectaciones a la quebrada Guamanga por obras soterradas, es posible que se genere un impacto sobre el sitio prioritario indicado, en elementos que permiten la singularidad de esta área. Parte, obra o acción que lo genera • Construcción Dump Leach Sur II. • Construcción de Tuberías de soluciones. • Construcción de línea de tensión eléctrica (13,8 kV). • Construcción Canaleta perimetral de aguas lluvia. • Construcción de Stocks. • Construcción de caminos acceso a stocks y nuevo Dump Leach sur II. • Transporte. • Movimientos de tierra. 32

• Ampliación de la explotación de Minerales. • Operación Fase Mantoverde Sur 6. • Actividades de operación Dump Leach Sur II. • Operación Dump Leach Sur Fase VII. • Operación de Stocks de sulfuros y óxidos. • Actividades reprocesamiento botadero BOSU. Fase en que se presenta Construcción y operación Impacto ambiental Afectación a especie Eriosyce rodentiophila F. Ritter – Sandillón de los Ratones. A fin de construir el Stock de óxidos, será necesaria la remoción de individuos Eriosyce rodentiophila F. Ritter. Parte, obra o acción que lo genera Construcción de Stocks. Fase en que se presenta Construcción. Impacto ambiental Afectación a especies de fauna de baja movilidad. Liolaemus atacamensis. En el área del Proyecto se ha detectado la presencia de la especie de reptil Liolaemus atacamensis, la cual se encuentra en categoría de conservación Preocupación Menor. Parte, obra o acción que lo genera • Construcción Dump Leach Sur II. • Construcción de Stocks. Fase en que se presenta Construcción. Referencia al ICE para mayores detalles sobre este impacto específico Estos impactos y el descarte de su significancia se detallan en el apartado 6.2 del ICE. Para el caso de la especie Eriosyce rodentiophila F. Ritter – Sandillón de los Ratones, el Proyecto presenta un compromiso de Rescate y Relocalización de la única especie encontrada en categoría de conservación, compromiso que se detalla en el punto 9.2 de este documento. En cuanto a la fauna, se estimó una riqueza total de ocho especies durante la campaña realizada. Siendo las aves las de mayor riqueza, seguido de los mamíferos, para los cuales solo se registró evidencia indirecta. Mientras que para los reptiles solo se evidenció la presencia de una especie, Liolaemus atacamensis. No se hizo registro de anfibios, debido a la ausencia de cuerpos de agua. Para el caso de la modificación de cauce, se consideraron 4 obras que producirán modificación de éstos: Emplazamiento de Stocks (Óxidos, Sulfuros Norte y Sulfuros Sur) y cruce de tuberías y línea de transmisión en Quebrada Guamanga. Para lo cual se presentaron los antecedentes del PAS 156 en Anexo K.2 de la Adenda. Por otra parte, el Stock Sulfuros Norte no afectará el régimen de escurrimiento de la quebrada Las Ánimas, debido a que, para el proyecto “Explotación Minerales Oxidados Mantoverde” (RCA N°202/2016), se consideró la incorporación del canal de contorno Las Ánimas, el cual se ubica aguas arriba del Stock Sulfuros Norte, y busca interceptar todo el flujo de la quebrada Las Ánimas aguas arriba del Botadero Manto Ruso, para luego ser descargado al interior del rajo Manto Ruso, tal como ocurre de forma natural. En la Figura 3 de la Adenda se muestra el emplazamiento del Stock Sulfuros Norte junto con el canal de contorno Las Ánimas Durante el proceso de evaluación se determinó que los stocks del Proyecto tienen muy baja a nula posibilidad de drenaje ácido, debido a las características climáticas de la zona. Lo anterior, se funda en los resultados obtenidos del estudio de retención de humedad o capacidad de campo (Anexo I de la Adenda Complementaria), se espera que la precipitación directa sobre los stocks se acumule como humedad intersticial en la parte superior (espesor inferior a un metro) y quede luego sujeta a un proceso de evaporación, dada la sequedad del ambiente y el tiempo significativo entre precipitaciones. De este modo, no se espera la generación de flujos de agua hasta la base, teniendo presente la altura de los stocks (entre 70 y 100 metros) y que éstos no permanecerán después del cierre del Proyecto (el mineral será consumido en el proceso). Además, el Proyecto considera obras para interceptar y desviar escorrentías aportante de las laderas y microcauces.

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5.3. REASENTAMIENTO DE COMUNIDADES HUMANAS O ALTERACIÓN SIGNIFICATIVA DE LOS SISTEMAS DE VIDA Y COSTUMBRES DE GRUPOS HUMANOS Impacto ambiental No se consideraron posibles impactos sobre esta componente. Referencia al ICE para mayores detalles sobre este impacto específico Estos impactos y el descarte de su significancia se detallan en el apartado 6.3 del ICE. El área donde se emplaza el Proyecto está deshabitada, siendo la localidad de El Salado, a 15 km en línea recta al norte del Proyecto, el núcleo de población más cercano dentro de la Región de Atacama. De acuerdo con la información que se desprende de la Tabla 22 del Adenda Complementaria, durante la fase de construcción se realizarían unos 5 viajes ida y vuelta al día en rutas externas al Proyecto; durante la fase de operación se realizarían 12 viajes ida y vuelta al día en rutas externas al Proyecto; y durante la fase de cierre se realizarían 4 viajes ida y vuelta de forma mensual en rutas externas al Proyecto. Por lo anterior, el flujo vehicular realizado en el exterior de la faena minera no es significativo y el número de viajes no constituiría una alteración para los grupos humanos que habitan en las zonas más cercanas a este. En definitiva, la mayor parte de los flujos de transporte del Proyecto se efectuarán dentro de la faena minera. El proyecto no genera reasentamiento de grupos humanos.

5.4. LOCALIZACIÓN EN O PRÓXIMA A POBLACIONES, RECURSOS Y ÁREAS PROTEGIDAS, SITIOS PRIORITARIOS PARA LA CONSERVACIÓN, HUMEDALES PROTEGIDOS Y GLACIARES, SUSCEPTIBLES DE SER AFECTADOS, ASÍ COMO EL VALOR AMBIENTAL DEL TERRITORIO EN QUE SE PRETENDE EMPLAZAR Impacto ambiental No se consideraron posibles impactos sobre esta componente. Referencia al ICE para mayores detalles sobre este impacto específico Estos impactos y el descarte de su significancia se detallan en el apartado 6.4 del ICE. El proyecto no se emplaza en tierras indígenas ni en áreas de desarrollo indígena ni tampoco se encuentra cercano a grupos humanos pertenecientes a pueblos indígenas (GHPPI). De acuerdo con los antecedentes aportados en el proceso de evaluación, en el área de influencia del Proyecto no existe presencia de recursos y áreas protegidas, sitios prioritarios para la conservación, humedales protegidos, glaciares, ni zona con valor ambiental.

5.5. ALTERACIÓN SIGNIFICATIVA, EN TÉRMINOS DE MAGNITUD O DURACIÓN, DEL VALOR PAISAJÍSTICO O TURÍSTICO DE UNA ZONA Impacto ambiental No se consideraron posibles impactos sobre esta componente. Referencia al ICE para mayores detalles sobre este impacto específico Estos impactos y el descarte de su significancia se detallan en el apartado 6.5 del ICE. El área de influencia del Proyecto no presenta valor turístico, ni tampoco valor paisajístico, el Proyecto se emplaza al interior de la Operación Mantoverde, en una zona industrial-minera, por lo que no existen zonas con valor paisajístico susceptibles de afectar por obstrucción de visibilidad.

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5.6. ALTERACIÓN DE MONUMENTOS, SITIOS CON VALOR ANTROPOLÓGICO, ARQUEOLÓGICO, HISTÓRICO Y, EN GENERAL, LOS PERTENECIENTES AL PATRIMONIO CULTURAL Impacto ambiental No se consideraron posibles impactos sobre esta componente. Referencia al ICE para mayores detalles sobre este impacto específico Estos impactos y el descarte de su significancia se detallan en el apartado 6.6 del ICE. De acuerdo con el resultado de la prospección de patrimonio cultural realizada, no se evidenciaron elementos relevantes del patrimonio cultural en el área del Proyecto, incluso no se registraron hallazgos aislados. Tampoco existen monumentos nacionales declarados (Anexo H.3 de la DIA). De acuerdo con los resultados obtenidos de las prospecciones en terreno, no se definieron zonas fosilíferas ni susceptibles, siendo posible considerar todas estas áreas como estéril respecto a la componente paleontológica (Anexo H.2 de la DIA).

6º. Que resultan aplicables al Proyecto los siguientes permisos ambientales sectoriales, asociados a las correspondientes partes, obras o acciones que se señalan a continuación:

6.1 PERMISOS AMBIENTALES SECTORIALES MIXTOS

6.1.1 Permiso para Establecer un Botadero de Estériles o Acumulación de Mineral según se establece en el artículo 136 del Reglamento del SEIA Fase del proyecto a la cual corresponde Operación Parte, obra o acción a la que aplica - Dump Leach Sur (Fase VII). - Dump Leach Sur II. - Stock Óxidos. - Stock Sulfuros Norte. - Stock Sulfuros Sur. Condiciones o exigencias específicas para su otorgamiento No se presentaron condiciones. Pronunciamiento del órgano competente Mediante ORD. Nº3230 de fecha 26 de mayo de 2021, el SERNAGEOMIN, Región de Atacama se pronunció conforme con relación a este PAS. Referencia al ICE para mayores detalles Tabla 10.2.1 del ICE 6.1.2 Permiso para la ejecución del plan de cierre de una faena minera según se establece en el artículo 137 del Reglamento del SEIA Fase del proyecto a la cual corresponde Cierre. Parte, obra o acción a la que aplica - Fase Mantoverde Sur 6 - Dump Leach Sur Fase VII. - Dump Leach Sur II. - Stock Óxidos. - Stock Sulfuros Norte. - Stock Sulfuros Sur. Condiciones o exigencias específicas para su otorgamiento De acuerdo con los monitoreos comprometidos durante la operación de la fase Mantoverde Sur 6 ( Respuesta 3.1.1 PAS 137 - Adenda Complementaria), se deberán adecuar las medidas de cierre durante la tramitación sectorial del plan de cierre y/o su actualización en el caso de que no se compruebe lo indicado por el titular “Los muestreos anteriores permitirán verificar la predominancia de unidades sin potencial de acidificación de aguas al término de la operación, y verificar si se producen o no niveles de pH ácido, y contenidos elevados de conductividad, metales y sulfatos”. Además, se deberá mantener la información disponible para efectos de fiscalización. Pronunciamiento del Mediante ORD. Nº3230 de fecha 26 de mayo de 2021, el 35

órgano competente SERNAGEOMIN, Región de Atacama se pronunció conforme con condiciones en relación con este PAS. Referencia al ICE para mayores detalles Tabla 10.2.2 del ICE 6.1.3 Permiso para efectuar modificaciones de cauce según se establece en el artículo 156 del Reglamento del SEIA Fase del proyecto a la cual corresponde Construcción. Parte, obra o acción a la que aplica ▪ Stock Óxidos. ▪ Stock Sulfuros Norte. ▪ Stock Sulfuros Sur. ▪ Cruce de Tubería ▪ Cruce de Línea de Transmisión Condiciones o exigencias específicas para su otorgamiento No se presentaron condiciones. Pronunciamiento del órgano competente Mediante ORD. Nº347 de fecha 26 de mayo de 2021, la DGA, región de Atacama, se pronunció conforme con relación a este PAS. Referencia al ICE para mayores detalles Tabla 10.2.3 del ICE 6.1.4 Permiso para efectuar obras de regularización o defensa de cauces naturales según se establece en el artículo 157 del Reglamento del SEIA. Fase del proyecto a la cual corresponde Construcción. Parte, obra o acción a la que aplica ▪ Canaleta Dump Leach Sur II. Condiciones o exigencias específicas para su otorgamiento En relación con las actividades de seguimiento post-cierre, referidas a la obra denominada Canaleta Dump Leach Sur II, el Proponente deberá incluir al plan de seguimiento de post cierre, inspecciones y limpieza de la canaleta, previa y posterior a aviso de ocurrencia de eventos meteorológicos. Pronunciamiento del órgano competente Mediante ORD. Nº347 de fecha 26 de mayo de 2021, la DGA, región de Atacama, se pronunció conforme con condiciones en relación con este PAS. Referencia al ICE para mayores detalles Tabla 10.2.4 del ICE 6.1.5 Permiso para subdividir y urbanizar terrenos rurales o para construcciones fuera de los límites urbanos (PAS 160). Fase del proyecto a la cual corresponde Construcción. Parte, obra o acción a la que aplica Sala eléctrica. Oficinas de apoyo Patio Contratista. Condiciones o exigencias específicas para su otorgamiento No se presentaron condiciones. Pronunciamiento del órgano competente Mediante ORD. Nº280/2021 de fecha 13 de mayo de 2021, el SAG, región de Atacama, se pronunció conforme con relación a este PAS. Mediante ORD. Nº248 de fecha 23 de marzo de 2021, la SEREMI del MINVU, región de Atacama, se pronunció conforme con relación a este PAS. Referencia al ICE para mayores detalles Tabla 10.2.5 del ICE 36

7º. Que, de acuerdo con los antecedentes que constan en el expediente de evaluación, la forma de cumplimiento de la normativa de carácter ambiental aplicable al Proyecto es la siguiente:

7.1 Componente/materia: Emisiones atmosféricas. Nombre Decreto Supremo Nº 144/1961. Establece normas para evitar emanaciones o contaminantes atmosféricos de cualquier naturaleza. Ministerio de Salud. Otros cuerpos legales asociados No aplica. Fase del proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Construcción, operación y cierre. Parte, obra, acción, emisión, residuo o sustancias a la que aplica • Construcción Dump Leach Sur II. • Construcción de Tuberías de soluciones. • Construcción de línea de tensión eléctrica (13,8 kV). • Construcción Canaleta perimetral de aguas lluvia. • Construcción de Stocks. • Construcción de caminos acceso a stocks y nuevo Dump Leach sur II. • Transporte. • Movimientos de tierra. • Ampliación de la explotación de Minerales. • Operación Fase Mantoverde Sur 6. • Actividades de operación Dump Leach Sur II. • Operación Dump Leach Sur Fase VII. • Operación de Stocks de sulfuros y óxidos. • Actividades reprocesamiento botadero BOSU. Forma de cumplimiento Las acciones de abatimiento de emisiones atmosféricas que se aplicarán durante la fase de construcción del Proyecto serán las siguientes: • Humectación de frentes de trabajo al menos dos veces al día. Supresor de polvo (bischofita o similar) - Caminos mina y planta • Aplicación de supresor de polvo en los caminos principales del área mina – planta por movimientos y traslados de equipos y vehículos; • Un sistema de supresión de polvo en las líneas de minerales, con correas transportadoras cubiertas; • Extender la medida de supresor de polvo de 85% (Porcentaje de eficiencia para caminos aprobada en el marco de la RCA N°16/2018) de eficiencia para el camino de acceso existente al relleno sanitario de la operación. A partir de esta medida se estima reducir 2,2 t/año de emisiones de MP10, considerando 1,4 km de aplicación. En Tabla 11 de la Adenda Complementaria, se presenta la reducción de emisiones de MP10 producto de la incorporación de esta medida. Luego en Figura 3 del mismo documento se muestra el camino donde se extenderá la medida de abatimiento (bischofita), el cual se presenta en formato KMZ en el Anexo B.4 de la misma Adenda. • La frecuencia de aplicación de los supresores dependerá de la eficiencia que muestre el supresor en el tiempo. Se implementará un sistema de monitoreo tipo DustMate que permitirá determinar la frecuencia de aplicación óptima para asegurar un 85% de eficiencia. • Los medios de verificación Registro de aplicación del supresor de polvo. Registro de las mediciones DustMate con 37

las que se determinarán la frecuencia y cantidad de aplicación. No se considera sistema de supresión en los nuevos stocks. Las acciones de abatimiento de emisiones atmosféricas que se aplicarán durante la fase de operación del Proyecto son las siguientes: Supresor de polvo (bischofita o similar) - Caminos mina y planta • Aplicación de supresor de polvo en los caminos principales del área mina – planta por movimientos y traslados de equipos y vehículos; • Un sistema de supresión de polvo en las líneas de minerales, con correas transportadoras cubiertas; • Extender la medida de supresor de polvo de 85% (Porcentaje de eficiencia para caminos aprobada en el marco de la RCA N°16/2018) de eficiencia para el camino de acceso existente al relleno sanitario de la operación. A partir de esta medida se estima reducir 2,2 t/año de emisiones de MP10, considerando 1,4 km de aplicación. En Tabla 11 de la Adenda Complementaria, se presenta la reducción de emisiones de MP10 producto de la incorporación de esta medida. Luego en Figura 3 del mismo documento se muestra el camino donde se extenderá la medida de abatimiento (bischofita), el cual se presenta en formato KMZ en el Anexo B.4 de la misma Adenda. • La frecuencia de aplicación de los supresores dependerá de la eficiencia que muestre el supresor en el tiempo. Se implementará un sistema de monitoreo tipo DustMate que permitirá determinar la frecuencia de aplicación óptima para asegurar un 85% de eficiencia. • Los medios de verificación Registro de aplicación del supresor de polvo. Registro de las mediciones DustMate con las que se determinarán la frecuencia y cantidad de aplicación. • No se considera sistema de supresión en los nuevos stocks. Aspersores y encapsulamiento (línea de óxidos) • Mantenimiento de los sistemas de control será mensual por personal capacitado, mediante la verificación del estado estructural, reparación de daños y reemplazo de sectores cuando corresponda. • La verificación y mantenimiento de estas medidas serán registradas en una ficha de control, indicando fecha, encargado y observaciones de la revisión, con una periodicidad mensual. • Domos en stock pile de mineral y aspersores de boquillas en correas, domos y traspasos en molienda de mineral. Los aspersores y encapsulamientos de la línea de óxidos se realizarán en el Chancador Primario, Chancador Secundario, en Chancador Terciario y en el acopio de gruesos. Frecuencia será continua El modelo y el inventario se desarrollan en el Anexo O de la Adenda y abordan las emisiones de material particulado del Proyecto. Los resultados del modelo muestran que el Proyecto no producirá concentraciones significativas de MP2,5 y MP10 en el entorno. Indicador que acredita su cumplimiento El indicador de cumplimiento será un registro fotográfico de la señalética que restringe la velocidad de circulación. Además, se contempla mantener un registro de revisiones técnicas y certificado de emisiones de gases de los vehículos y maquinaria a utilizar durante las fases del Proyecto. Registro de aplicación del supresor de polvo. Registro de las mediciones DustMate con las que se determinarán la frecuencia y cantidad de aplicación. La verificación y mantenimiento de las acciones en la línea de óxidos serán registradas en una ficha de control, indicando fecha, encargado 38

y observaciones de la revisión, con una periodicidad mensual. Forma de control y seguimiento Se mantendrá copia de los registros de control de vehículos motorizados en las dependencias del Proyecto para su fiscalización. Se mantendrá copia de todos los registros indicados en indicadores. Norma Decreto Supremo Nº 4/1994 modificado por Decreto Supremo Nº58/2004. Establece normas de emisión de contaminantes aplicables a los vehículos motorizados y fija los procedimientos para su control. Ministerio de Transporte y Telecomunicaciones. Otros cuerpos legales asociados No aplica. Fase del proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Construcción, operación y cierre Parte, obra, acción, emisión, residuo o sustancias a la que aplica Transporte. Forma de cumplimiento Los vehículos que se utilizarán contarán con permiso de circulación y revisión técnica al día. Indicador que acredita su cumplimiento Registros de control de vehículos motorizados con certificado de revisión técnica y gases al día. Forma de control y seguimiento Se mantendrá copia de los registros de control de vehículos motorizados en las dependencias del Proyecto para su fiscalización. Norma Decreto Supremo Nº55/1994, modificado por Decreto Supremo Nº4/2012. Establece Normas de emisión aplicables a vehículos motorizados pesados que indica. Ministerio de Transporte y Telecomunicaciones. Otros cuerpos legales asociados No aplica. Fase del proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Construcción, operación y cierre Parte, obra, acción, emisión, residuo o sustancias a la que aplica Transporte. Forma de cumplimiento Los vehículos que se utilizarán contarán con sus respectivas revisiones técnicas, permiso de circulación y mantenciones al día. Indicador que acredita su cumplimiento Registros de control de vehículos motorizados pesados con certificado de revisión técnica y gases al día. Forma de control y seguimiento Se mantendrá copia de los registros de control de vehículos motorizados pesados disponibles en las dependencias del Proyecto para su fiscalización. Referencia al ICE para mayores detalles Tablas 9.1.1, 9.1.2 y 9.1.3 del ICE

7.2 Componente/materia: Agua Potable Nombre Decreto Supremo Nº 594/1999. Reglamento de las Condiciones Sanitarias y Ambientales Básicas en los Lugares de Trabajo. Ministerio de Salud. Otros cuerpos legales asociados No aplica. Fase del proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Construcción. Parte, obra, acción, emisión, residuo o sustancias a la que aplica El Proyecto requiere de suministro de agua potable durante la fase de construcción. 39

Forma de cumplimiento Durante la fase de construcción del Proyecto se requerirá agua potable para el personal, la cual será suministrada en mediante dispensadores y/o agua embotellada, la cual será provista por empresas autorizadas. Junto con esto, también se considerará el suministro por parte de las plantas de tratamiento de agua potable (PTAP) aprobadas de la Operación Mantoverde. En las fases de operación y cierre no se requerirá agua potable adicional, debido a que durante estas fases no se incrementará la dotación de personal respecto a la considerada en el Proyecto Desarrollo Mantoverde (Aprobado por la RCA N°16/2018). Indicador que acredita su cumplimiento Disponer de agua potable en los volúmenes y calidad exigidos por la normativa vigente, lo cual deberá verificarse en terreno y contar con los registros del agua suministrada para los frentes de trabajo, donde consten los antecedentes de la empresa autorizada y los volúmenes de agua proveídos. Forma de control y seguimiento Se mantendrá copia de los registros de agua suministrada por una empresa autorizada, los cuales estarán disponibles en las dependencias del Proyecto para su fiscalización. Nombre Decreto Supremo Nº735/1969. Aprueba Reglamento de los servicios de agua destinados al consumo humano. Ministerio de Salud. Otros cuerpos legales No aplica. Fase del proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Construcción. Parte, obra, acción, emisión, residuo o sustancias a la que aplica El Proyecto requiere de suministro de agua potable durante las fases de construcción. Forma de Cumplimiento Durante la fase de construcción del Proyecto se requerirá agua potable para el personal, la cual será suministrada en mediante dispensadores y/o agua embotellada, la cual será provista por empresas autorizadas. Junto con esto, también se considerará el uso de las plantas de tratamiento de agua potable (PTAP) aprobadas de la Operación Mantoverde. En las fases de operación y cierre no se requerirá agua potable adicional, debido a que durante estas fases no se incrementará la dotación de personal respecto a la considerada en el Proyecto Desarrollo Mantoverde (Aprobado por la RCA N°16/2018). Indicador que acredita su cumplimiento Disponer de agua potable en los volúmenes y calidad exigidos por la normativa vigente, lo cual deberá verificarse en terreno y contar con los registros del agua suministrada para los frentes de trabajo, donde consten los antecedentes de la empresa autorizada y los volúmenes de agua proveídos. Forma de control y seguimiento Se mantendrá copia de los registros de agua suministrada por una empresa autorizada, los cuales estarán disponibles en las dependencias del Proyecto para su fiscalización. Referencia al ICE para mayores detalles Tablas 9.1.4 y 9.1.5 del ICE

7.3 Componente/materia: Emisiones de ruido Nombre Decreto Supremo Nº38/2011. Estable Norma de Emisión de Ruido para Fuentes que Indica. Ministerio de Salud. Otros cuerpos legales asociados No aplica. Fase del proyecto a la que aplica o en la que se dará Construcción, operación y cierre. 40

cumplimiento Parte, obra, acción, emisión, residuo o sustancias a la que aplica Durante la fase de construcción, operación y cierre, se generarán emisiones acústicas producto del funcionamiento de equipos y maquinarias del Proyecto. La emisión de ruido de la fase de operación se generará por la utilización de maquinaria para el remanejo de material al interior de la Operación Mantoverde. Es importante señalar que los niveles de emisión de ruido asociados al resto de las actividades de la operación minera no se modificarán respecto a lo aprobado para el Proyecto Desarrollo Mantoverde mediante la RCA N°16/2018, debido a que el presente proyecto no modifica la maquinaria y equipos de operación de los rajos (en tipo o cantidad), la frecuencia de tronaduras diarias, la cantidad de explosivos por retardo. Forma de cumplimiento Los niveles de ruido del área de Proyecto se han determinado mediante la aplicación de un modelo de propagación de presión sonora, el cual se desarrolla en el Anexo N de la Adenda y aborda las emisiones de ruido de la fase de construcción, operación y cierre del Proyecto, generadas principalmente por movimientos de tierra. Los resultados del modelo muestran que el Proyecto no producirá niveles de ruido significativas en el entorno. Indicador que acredita su cumplimiento El indicador de cumplimiento corresponde a los resultados de la modelación del nivel de presión sonora asociado a la fase de construcción, operación y cierre, donde se verifica el cumplimiento de la normativa. Forma de control y seguimiento Anexo N de la Adenda que contiene los resultados del Estudio de Ruido. Los cuales servirán de medición para los controles. Referencia al ICE para mayores detalles Tabla 9.1.6 del ICE

7.4 Componente/material: Residuos Nombre Decreto con Fuerza de Ley Nº 725/1968, modificado por la Ley Nº 20.724. Código Sanitario. Ministerio de Salud. Otros cuerpos legales No aplica. Fase del proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Construcción. Parte, obra, acción, emisión, residuo o sustancias a la que aplica El Proyecto contempla la generación de aguas servidas durante la fase de construcción. En las fases de operación y cierre no se generarán nuevos residuos líquidos domésticos, debido a que durante estas fases no se requerirá mayor dotación de personal que la considerada en el Proyecto Desarrollo Mantoverde (Aprobado por la RCA N°16/2018). Forma de Cumplimiento Se mantendrá un listado actualizado y disponible cuando la Autoridad lo requiera, de las empresas contratistas, señalando datos (marca, modelo, año, patente, capacidad, como mínimo) de cada uno de los camiones involucrados y mantener actualizada mensualmente la evaluación de los antecedentes. Esto para demostrar que todos los residuos generados por el Proyecto han ingresado a la planta de aguas servidas autorizada para ello, con sus correspondientes medios de verificación Indicador que acredita su cumplimiento El indicador de cumplimiento de esta normativa será el registro de instalación, habilitación y limpieza de los baños químicos y copia de las resoluciones sanitarias de las PTAS. Forma de control y seguimiento Se mantendrá copia de la Resolución Sanitaria disponible en las dependencias del Proyecto para fiscalización. Se mantendrá en faena los registros de los camiones que realizan la limpieza de los baños químicos con sus respectivas autorizaciones sanitarias. 41

Nombre Decreto Supremo Nº594/1999, modificado por Decretos Supremos Nº556, 201, 57, 97, 4 y 28. Reglamento sobre Condiciones Sanitarias Ambientales Básicas en Lugares de Trabajo. Ministerio de Salud. Otros cuerpos legales No aplica. Fase del proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Construcción. Parte, obra, acción, emisión, residuo o sustancias a la que aplica El Proyecto contempla la generación de aguas servidas durante la fase de construcción. En las fases de operación y cierre no se generarán nuevos residuos líquidos domésticos, debido a que durante estas fases no se requerirá mayor dotación de personal que la considerada en el Proyecto Desarrollo Mantoverde (Aprobado por la RCA N°16/2018). Forma de Cumplimiento Se mantendrá un listado actualizado y disponible cuando la Autoridad lo requiera, de las Empresas contratistas, señalando datos (marca, modelo, año, patente, capacidad, como mínimo) de cada uno de los camiones involucrados y mantener actualizada mensualmente la evaluación de los antecedentes. Esto para demostrar que todos los residuos generados por el Proyecto han ingresado a la planta de aguas servidas autorizada para ello, con sus correspondientes medios de verificación. Indicador que acredita su cumplimiento El indicador de cumplimiento de esta normativa será el registro de instalación, habilitación y limpieza de los baños químicos y copia de las resoluciones sanitarias de las PTAS. Forma de control y seguimiento Se mantendrá copia de la Resolución Sanitaria disponible en las dependencias del Proyecto para fiscalización. Se mantendrá en faena los registros de los camiones que realizan la limpieza de los baños químicos con sus respectivas autorizaciones sanitarias. Nombre Decreto con Fuerza de Ley Nº725/1968, modificado por la Ley Nº 20.724. Código Sanitario. Ministerio de Salud. Otros cuerpos legales No aplica. Fase del proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Construcción y cierre. Parte, obra, acción, emisión, residuo o sustancias a la que aplica El Proyecto contempla la generación y acumulación temporal de residuos sólidos domésticos durante la fase de construcción. En las fases de operación y cierre no se generarán nuevos residuos, debido a que durante estas fases no se requerirá mayor dotación de personal que la considerada en el Proyecto Desarrollo Mantoverde (Aprobado por la RCA N°16/2018). El Proyecto contempla la generación y acumulación temporal de residuos sólidos no peligrosos en las fases de construcción y cierre. En la fase de operación no se generarán industriales no peligrosos (RINP) adicionales a los aprobados para el PDMV mediante la RCA N°16/2018; puesto que el Proyecto no considera insumos adicionales a los aprobados que pudiesen generar residuos industriales no peligrosos. Forma de Cumplimiento Los residuos serán almacenados en contenedores cerrados (herméticos) y retiro periódico para transporte en camión a Relleno Sanitario de Operación Mantoverde autorizado. Los residuos no peligrosos se dispondrán contenedores, con base sólida, en las diversas áreas de generación, los cuales serán vaciados periódicamente para ser transportados en camiones a patios de almacenamiento autorizados en la faena. Posteriormente, se efectuará su retiro y disposición en lugar de disposición final autorizado fuera de la faena. 42

Indicador que acredita su cumplimiento El indicador de cumplimiento será contar con registro de la autorización Sanitaria para los sitios de almacenamiento de residuos y un registro interno de las actividades de retiro y disposición final en sitio autorizado de los residuos generados por el Proyecto. Forma de control y seguimiento Verificación en terreno del almacenamiento efectuado en los términos descritos, los que deberán estar autorizados y contar los registros de su traslado y disposición final en lugares autorizados, así como de las declaraciones realizadas mediante la ventanilla única del RETC. Nombre Decreto Supremo Nº594/1999, modificado por Decretos Supremos Nº 556, 201, 57, 97, 4 y 28. Reglamento sobre condiciones sanitarias y ambientales básicas en los lugares de trabajo. Ministerio de Salud. Otros cuerpos legales No aplica. Fase del proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Construcción y cierre. Parte, obra, acción, emisión, residuo o sustancias a la que aplica El Proyecto contempla la generación y acumulación temporal de residuos sólidos no peligrosos en las fases de construcción y cierre. En la fase de operación no se generarán industriales no peligrosos (RINP) adicionales a los aprobados para el PDMV mediante la RCA N°16/2018; puesto que el Proyecto no considera insumos adicionales a los aprobados que pudiesen generar residuos industriales no peligrosos. Forma de Cumplimiento Los residuos se dispondrán contenedores, con base sólida, en las diversas áreas de generación, los cuales serán vaciados periódicamente para ser transportados en camiones a patios de almacenamiento autorizados en la faena. Posteriormente, se efectuará su retiro por empresas autorizadas y disposición en lugar de disposición final autorizado fuera de la faena Indicador que acredita su cumplimiento El indicador de cumplimiento será contar con Autorización Sanitaria para los sitios de almacenamiento temporal de residuos. Además, se deberá contar con autorización sanitaria para el retiro del predio de los residuos industriales no peligrosos generados por el Proyecto, para lo cual se considerarán transportistas y lugar de disposición autorizados. Forma de control y seguimiento Verificación en terreno del almacenamiento efectuado en los términos descritos, los que deberán estar autorizados y contar los registros de su traslado y disposición final en lugares autorizados, así como de las declaraciones realizadas mediante la ventanilla única del RETC. Nombre Decreto Supremo Nº 148/2004. Reglamento Sanitario sobre Manejo de Residuos Peligrosos. Ministerio de Salud. Otros cuerpos legales No aplica. Fase del proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Construcción, operación y cierre. Parte, obra, acción, emisión, residuo o sustancias a la que aplica El Proyecto contempla la generación de residuos industriales peligrosos en sus fases de construcción, operación y cierre. Forma de Cumplimiento Los residuos peligrosos son manejados de acuerdo con los procedimientos internos de almacenaje, transporte y rotulado de Operación Mantoverde, conforme con el D.S. Nº 148/03. Serán retirados de las zonas de generación en los frentes de trabajo para ser almacenados temporalmente en patios de residuos peligrosos existentes y aprobados. Indicador que acredita su cumplimiento El indicador de cumplimiento para estos efectos será contar con Autorización Sanitaria para la bodega de almacenamiento de residuos y mantendrá un registro interno de las actividades de retiro y disposición final en sitio autorizado de los residuos generados por el Proyecto, y de las declaraciones en el SIDREP según corresponda. 43

Forma de control y seguimiento Verificación en terreno del almacenamiento efectuado en los términos descritos, los que deberán estar autorizados y contar los registros de su traslado y disposición final en lugares autorizados, así como de las declaraciones realizadas mediante la ventanilla única del SIDREP MMA. Norma Decreto Supremo Nº594/1999, modificado por Decretos Supremos Nº 556, 201, 57, 97, 4 y 28. Reglamento sobre condiciones sanitarias y ambientales básicas en los lugares de trabajo. Ministerio de Salud. Otros cuerpos legales No aplica. Fase del proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Construcción, operación y cierre. Parte, obra, acción, emisión, residuo o sustancias a la que aplica El Proyecto contempla la generación de residuos industriales peligrosos en sus fases de construcción, operación y cierre. Forma de Cumplimiento Los residuos peligrosos son manejados de acuerdo con los procedimientos internos de almacenaje, transporte y rotulado de Mantoverde, conforme con el D.S. Nº 148/03. Serán retirados de las zonas de generación en los frentes de trabajo para ser almacenados temporalmente en patios de residuos peligrosos existentes y aprobados. Indicador que acredita su cumplimiento El indicador de cumplimiento para estos efectos será contar con Autorización Sanitaria para la bodega de almacenamiento de residuos y mantendrá un registro interno de las actividades de retiro y disposición final en sitio autorizado de los residuos generados por el Proyecto, y de las declaraciones en el SIDREP según corresponda. Forma de control y seguimiento Verificación en terreno del almacenamiento efectuado en los términos descritos, los que deberán estar autorizados y contar los registros de su traslado y disposición final en lugares autorizados, así como de las declaraciones realizadas mediante la ventanilla única del SIDREP MMA. Nombre Decreto con Fuerza de Ley Nº 725/1968, modificado por la Ley Nº 20.724. Código Sanitario. Ministerio de Salud. Otros cuerpos legales No aplica. Fase del proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Construcción, operación y cierre. Parte, obra, acción, emisión, residuo o sustancias a la que aplica El Proyecto contempla la generación de residuos industriales peligrosos en sus fases de construcción, operación y cierre. Forma de Cumplimiento Los residuos peligrosos son manejados de acuerdo con los procedimientos internos de almacenaje, transporte y rotulado de Mantoverde, conforme con el D.S. Nº 148/03. Serán retirados de las zonas de generación en los frentes de trabajo para ser almacenados temporalmente en patios de residuos peligrosos existentes y aprobados. Indicador que acredita su cumplimiento El indicador de cumplimiento para estos efectos será contar con Autorización Sanitaria para la bodega de almacenamiento de residuos y mantendrá un registro interno de las actividades de retiro y disposición final en sitio autorizado de los residuos generados por el Proyecto, y de las declaraciones en el SIDREP, según corresponda. Forma de control y seguimiento Verificación en terreno del almacenamiento efectuado en los términos descritos, los que deberán estar autorizados y contar los registros de su traslado y disposición final en lugares autorizados, así como de las declaraciones realizadas mediante la ventanilla única del SIDREP MMA. Referencia al ICE para mayores detalles Tablas 9.1.7, 9.18, 9.1.9, 9.1.10, 9.1.11, 9.1.12 y 9.1.13 del ICE

7.5 Componente/materia: Sustancias Peligrosas 44

Nombre Decreto Supremo Nº160/08. Reglamento de Seguridad para las Instalaciones y Operaciones de Producción, Refinación, Transporte y Almacenamiento, Distribución y Abastecimiento de Combustibles Líquidos. Ministerio de Economía. Otros cuerpos legales No aplica. Fase del proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Construcción, operación y cierre. Parte, obra, acción, emisión, residuo o sustancias a la que aplica El Proyecto requerirá suministro de combustible, tanto para la operación de la maquinaria del Proyecto, como para el transporte del personal y de los materiales. Forma de cumplimiento El Proyecto requerirá suministro de combustible, tanto para la operación de la maquinaria del Proyecto, como para el transporte del personal y de los materiales. Dicho suministro se realizará desde las instalaciones de abastecimiento autorizadas de la Operación Mantoverde, utilizando los actuales sistemas de transportes autorizados. Indicador que acredita su cumplimiento El indicador de cumplimiento será la resolución de aprobación de estaciones de servicio existentes en Operación Mantoverde y las autorizaciones sectoriales de los camiones para el transporte de combustible. Forma de control y seguimiento Se mantendrá copia de la resolución de autorización y registro de la declaración disponibles en las dependencias del Proyecto para su fiscalización. Norma Decreto Supremo N°43/2016, Aprueba el reglamento de almacenamiento de sustancias peligrosas. Ministerio de Salud. Otros cuerpos legales No aplica. Fase del proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Construcción, operación y cierre. Parte, obra, acción, emisión, residuo o sustancias a la que aplica El Proyecto contempla el empleo de combustibles y lubricantes para todas las fases del Proyecto. Forma de cumplimiento El Proyecto dará cumplimiento a todas las obligaciones que el presente Reglamento establece para el manejo de sustancias peligrosas. Indicador que acredita su cumplimiento Registro de entrada y salida de sustancias peligrosas. Registro de hojas de seguridad de las sustancias peligrosas almacenadas. Rotulación de los productos, según lo establecido en la NCh 2120/Of. 2004 y NCh 382Of. 2004. Forma de control y seguimiento Se mantendrá el registro disponible en las dependencias del Proyecto para su fiscalización. Referencia al ICE para mayores detalles Tablas 9.1.14 y 9.1.15 del ICE

7.6 Componente/material: Vialidad y Transporte Norma Decreto con Fuerza de Ley Nº 850/1997. Ministerio de Obras Públicas. Otros cuerpos legales No aplica. Fase del proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Construcción, operación y cierre. Parte, obra, acción, emisión, residuo o sustancias a la que aplica El Proyecto requiere el transporte de diversos materiales, materias primas e insumos mediante camiones por caminos públicos. 45

Forma de Cumplimiento Se cumplirá con las dimensiones y peso máximos para la circulación de vehículos por vías públicas. Indicador que acredita su cumplimiento Mantención de registro de los camiones utilizados por sus contratistas para el transporte de cargas. Forma de control y seguimiento Se mantendrá copia del registro de los camiones utilizados, estando disponible en las dependencias del Proyecto para su fiscalización. Nombre Resolución Nº01/1995. Establece dimensiones máximas a vehículos que indica. Ministerio de Obras Públicas. Otros cuerpos legales No aplica. Fase del proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Construcción, operación y cierre. Parte, obra, acción, emisión, residuo o sustancias a la que aplica El Proyecto requiere el transporte de diversos materiales, materias primas e insumos mediante camiones por caminos públicos. Forma de Cumplimiento Los camiones que utilizará el Proyecto se ajustarán a las dimensiones máximas establecidas en esta normativa. No obstante, si se requiere la utilización de vehículos que pudieran exceder las dimensiones que indica en cuanto al ancho, largo y alto máximo, se solicitará permiso a la Dirección de Vialidad. Indicador que acredita su cumplimiento El indicador de cumplimiento consistirá en contar con la autorización previa de la Dirección de Vialidad en el evento de efectuar el transporte de maquinarias que excedan las dimensiones permitidas y que se mantendrá un registro interno de dichos permisos, en caso de que sea necesario solicitarlos. Forma de control y seguimiento Se mantendrá copia del registro de la autorización previa de la Dirección de Vialidad en el caso de se requiera. Este registro se mantendrá en las dependencias del Proyecto para su fiscalización. Nombre Decreto Supremo Nº 75/1987, Establece condiciones para el transporte de carga que indica. Ministerio de Transporte y Telecomunicaciones. Otros cuerpos legales No aplica. Fase del proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Construcción, operación y cierre. Parte, obra, acción, emisión, residuo o sustancias a la que aplica Transporte Forma de Cumplimiento El transporte de carga que indica esta normativa será realizado en camiones que contarán con los equipos e implementos necesarios para evitar el escurrimiento o caída de los materiales trasportados al suelo de acuerdo con lo exigido en la legislación vigente Indicador que acredita su cumplimiento Registro de camiones que transporten material, indicando día y patente. Registro de las mantenciones y revisión técnica al día Forma de control y seguimiento Se mantendrá copia del registro de los camiones utilizados, estando disponible en las dependencias del Proyecto para su fiscalización. Referencia al ICE para mayores detalles Tablas 9.1.16, 9.1.17 y 9.1.18 del ICE

7.7 Componente/material: Energía eléctrica Nombre Decreto Supremo Nº115/2004. Aprueba Norma Técnica NCh. 4/2003, Instalaciones de Consumo en baja Tensión. Ministerio de Economía. Otros cuerpos legales No aplica. 46

Fase del proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Construcción, operación y cierre Parte, obra, acción, emisión, residuo o 888sustancias a la que aplica En las distintas fases del Proyecto se requerirá de energía eléctrica para sus actividades. Forma de Cumplimiento Durante la fase de construcción, operación y cierre del Proyecto la energía eléctrica será suministrada por fuentes existentes y aprobadas de Operación Mantoverde. Sin embargo, durante la fase de construcción, el Proyecto contempla, además, el empleo de dos grupos electrógenos de 12 kW. Indicador que acredita su cumplimiento El indicador de cumplimiento de esta normativa será la certificación de las instalaciones eléctricas. Forma de control y seguimiento Se mantendrá copia del registro de la certificación de las instalaciones eléctricas, estando disponible en las dependencias del Proyecto para su fiscalización. Nombre Resolución Nº610/1982. Prohíbe el uso de Bifenilos – Policlorinados (PCB) en equipos eléctricos. Otros cuerpos legales No aplica. Fase del proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Construcción, operación y cierre Parte, obra, acción, emisión, residuo o sustancias a la que aplica En las distintas fases del Proyecto se requerirá de energía eléctrica para sus actividades. Forma de Cumplimiento El Proyecto dará estricto cumplimiento a esta Resolución, no contemplando en sus equipos el uso de bifenilos – Policlorinados (PCB) en equipos eléctricos. Indicador que acredita su cumplimiento El indicador de cumplimiento será mantener una copia de las especificaciones técnicas de los equipos utilizados en el Proyecto. Forma de control y seguimiento Se mantendrá copia del registro de las especificaciones técnicas de los equipos utilizados por el Proyecto, estando disponible en las dependencias del Proyecto para su fiscalización. Referencia al ICE para mayores detalles Tablas 9.1.19 y 9.1.20 del ICE

7.8 Componente/material Cierre de Faenas Mineras Nombre Ley N°20.551 de 2011. Regula el Cierre de Faenas e Instalaciones Mineras. Ministerio de Minería. Otros cuerpos legales Decreto Supremo N°41 de 2012 Fase del proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Cierre Parte, obra, acción, emisión, residuo o sustancias a la que aplica Las obras del Proyecto están regidas por las disposiciones del Reglamento de Seguridad Minera y afectas a la Ley de Cierre de Instalaciones Mineras. Forma de Cumplimiento Todas las actividades asociadas al proyecto se desarrollarán de acuerdo con las normas previstas en el Reglamento de Seguridad Minera. Indicador que acredita su cumplimiento Obtención del Permiso Ambiental Sectorial 137: Permiso para la Aprobación del Plan de Cierre de una faena minera. Forma de control y seguimiento Se mantendrá copia del Plan de Cierre y de la resolución sectorial, estando disponible en las dependencias del Proyecto para su fiscalización. 47

Referencia al ICE para mayores detalles Tabla 9.1.21 ICE

7.9 Componente/materia: Biota Nombre Ley N°20.283/2008. Ley sobre la Recuperación del Bosque Nativo y Fomento Forestal. Ministerio de Agricultura. Otros cuerpos legales Decreto N°93/2008, del Ministerio de Agricultura, Reglamento General de la Ley sobre Recuperación del Bosque Nativo y Fomento Forestal. Fase del proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Construcción y operación. Parte, obra, acción, emisión, residuo o sustancias a la que aplica Movimientos de tierra Forma de cumplimiento Durante las campañas de flora y vegetación desarrolladas para el área del Proyecto, se registraron 2 individuos en categoría de conservación, pertenecientes a la especie la suculenta Eriosyce rodentiophila (Vulnerable). A partir de esto, en el Anexo D de la Adenda Complementaria se presentan acciones preventivas para evitar afectación de esta especie, específicamente previo al inicio de los movimientos de tierra se realizará un rescate y relocalización de estos individuos fuera del área de intervención del Proyecto, de acuerdo con el protocolo de rescate y relocalización presentado en este anexo. Indicador que acredita su cumplimiento - Se define como meta el trasplante del 100% de los ejemplares de Eriosyce rodentiophila (Sandillón) que se encuentren en el área de intervención a raíz de las obras del Proyecto. Respecto a la medida se emitirá informe de cumplimiento a la SMA tal como se indica en el capítulo de seguimiento del presente Documento. Forma de control y seguimiento - La forma de control se señala en el punto 9.2 de este documento. Norma Ley Nº19.473/1996, sustituye texto de la Ley N°4.601, Ley de Caza. Ministerio de Agricultura. Otros cuerpos legales asociados Decreto Supremo Nº5/1998, modificado por el Decreto Supremo Nº53/2004 Fase del proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Construcción y operación. Parte, obra, acción, emisión, residuo o sustancias a la que aplica Durante las actividades de construcción y operación del Proyecto. Forma de cumplimiento Durante campaña de fauna realizada para el área del Proyecto, se detectó la presencia de la especie de reptil Liolaemus atacamensis, la cual se encuentra en categoría de conservación Preocupación Menor. A partir de esto, en el Anexo D de la Adenda Complementaria se presentan acciones de perturbación controlada para evitar la afectación de este tipo de fauna. Se realizarán charlas explicativas. Indicador que acredita su cumplimiento - Registro de charlas explicativas a los trabajadores de la empresa, dando a conocer las prohibiciones indicadas en la Ley. - Registro fotográfico de ejecución de actividad. - Reporte ejecutivo de encargado ambiental en formato de ficha que describa las actividades, ubicación georreferencia, así como fecha en que se realizó la actividad y fecha prevista para ejecución de las actividades. - En caso de que las actividades se realicen en un plazo mayor a 5 días después de la actividad de perturbación controlada, se verificará en terreno la ausencia de individuos y ausencia de rocas (retirando eventuales elementos que sirvan de refugios que hayan quedado remanentes) previamente a las actividades de intervención. 48

Forma de control y seguimiento Una vez ejecutado el trabajo de ahuyentar la fauna en cada sector del proyecto, el encargado de la ejecución de los compromisos ambientales del Proyecto verificará que se haya logrado el 100%, antes del inicio de trabajos de construcción. En caso contrario, se solicitará la inmediata complementación del trabajo de ahuyentar. - Los parámetros de control a ser medidos corresponderán a presencia/ausencia de elementos de refugio. - Semestralmente se elaborará un informe consolidado de todas las actividades de perturbación realizadas en el periodo, incluyendo todos los aspectos relevados en los reportes individuales. Este informe se mantendrá disponible en caso de que la autoridad lo requiera Nombre D. S. N°23/2019. Aprueba y Oficializa Clasificación de Especies según Estado de Conservación, Décimo Quinto Proceso. Ministerio del Medio Ambiente Otros cuerpos legales No aplica. Fase del proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Construcción y operación. Parte, obra, acción, emisión, residuo o sustancias a la que aplica Durante las actividades de construcción y operación del Proyecto. Forma de Cumplimiento Flora y vegetación: Durante las campañas de flora y vegetación desarrolladas para el área del Proyecto, se registraron 2 individuos en categoría de conservación, pertenecientes a la especie la suculenta Eriosyce rodentiophila (Vulnerable). A partir de esto, en el Anexo D de la Adenda Complementaria se presentan acciones preventivas para evitar afectación de esta especie, específicamente previo al inicio de los movimientos de tierra se realizará un rescate y relocalización de estos individuos fuera del área de intervención del Proyecto, de acuerdo con el protocolo de rescate y relocalización presentado en este anexo. Fauna: Durante campaña de fauna realizada para el área del Proyecto, se detectó la presencia de la especie de reptil Liolaemus atacamensis, la cual se encuentra en categoría de conservación Preocupación Menor. A partir de esto, en el Anexo D de la Adenda Complementaria se presentan acciones de perturbación controlada para evitar la afectación de este tipo de fauna. Indicador que acredita su cumplimiento Indicador flora y vegetación: Se define como meta el trasplante del 100% de los ejemplares de Eriosyce rodentiophila (Sandillón) que se encuentren en el área de intervención a raíz de las obras del Proyecto. Respecto a la medida se emitirá informe de cumplimiento a la SMA tal como se indica en el capítulo de seguimiento del presente Documento. Indicador fauna: - Registro fotográfico de ejecución de actividad. - Reporte ejecutivo de encargado ambiental en formato de ficha que describa las actividades, ubicación georreferencia, así como fecha en que se realizó la actividad y fecha prevista para ejecución de las actividades. - En caso de que las actividades se realicen en un plazo mayor a 5 días después de la actividad de perturbación controlada, se verificará en terreno la ausencia de individuos y ausencia de rocas (retirando eventuales elementos que sirvan de refugios que hayan quedado remanentes) previamente a las actividades de intervención. Forma de control y seguimiento Flora y vegetación: Seguimiento control de 5 años. Específicamente, el seguimiento será de carácter semestral durante los 3 primeros años desde la fecha de trasplante y de manera anual los 2 años siguientes. Fauna: - Una vez ejecutado el trabajo de ahuyentar la fauna en cada sector del proyecto, el encargado de la ejecución de los compromisos ambientales del Proyecto verificará que se haya logrado el 100%, antes del inicio de 49

trabajos de construcción. En caso contrario, se solicitará la inmediata complementación del trabajo de ahuyentado. - Los parámetros de control a ser medidos corresponderán a presencia/ausencia de elementos de refugio. - Semestralmente se elaborará un informe consolidado de todas las actividades de perturbación realizadas en el periodo, incluyendo todos los aspectos relevados en los reportes individuales. Este informe se mantendrá disponible en caso de que la autoridad lo requiera. Nombre D. S. N°16/2020. Aprueba y Oficializa Clasificación de Especies según Estado de Conservación, Decimosexto Proceso. Ministerio del Medio Ambiente Otros cuerpos legales No aplica. Fase del proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Construcción y operación. Parte, obra, acción, emisión, residuo o sustancias a la que aplica Durante las actividades de construcción y operación del Proyecto. Forma de Cumplimiento Flora y vegetación: Durante las campañas de flora y vegetación desarrolladas para el área del Proyecto, se registraron 2 individuos en categoría de conservación, pertenecientes a la especie la suculenta Eriosyce rodentiophila (Vulnerable). A partir de esto, en el Anexo D de la Adenda Complementaria presentan acciones preventivas para evitar afectación de esta especie, específicamente previo al inicio de los movimientos de tierra se realizará un rescate y relocalización de estos individuos fuera del área de intervención del Proyecto, de acuerdo con el protocolo de rescate y relocalización presentado en este anexo. Fauna: Durante campaña de fauna realizada para el área del Proyecto, se detectó la presencia de la especie de reptil Liolaemus atacamensis, la cual se encuentra en categoría de conservación Preocupación Menor. A partir de esto, en el Anexo D de la Adenda Complementaria se presentan acciones de perturbación controlada para evitar la afectación de este tipo de fauna. Indicador que acredita su cumplimiento Indicador flora y vegetación: Se define como meta el trasplante del 100% de los ejemplares de Eriosyce rodentiophila (Sandillón) que se encuentren en el área de intervención a raíz de las obras del Proyecto. Respecto a la medida se emitirá informe de cumplimiento a la SMA tal como se indica en el capítulo de seguimiento del presente Documento. Indicador fauna: - Registro fotográfico de ejecución de actividad. - Reporte ejecutivo de encargado ambiental en formato de ficha que describa las actividades, ubicación georreferencia, así como fecha en que se realizó la actividad y fecha prevista para ejecución de las actividades. - En caso de que las actividades se realicen en un plazo mayor a 5 días después de la actividad de perturbación controlada, se verificará en terreno la ausencia de individuos y ausencia de rocas (retirando eventuales elementos que sirvan de refugios que hayan quedado remanentes) previamente a las actividades de intervención. Forma de control y seguimiento Flora y vegetación: Seguimiento control de 5 años. Específicamente, el seguimiento será de carácter semestral durante los 3 primeros años desde la fecha de trasplante y de manera anual los 2 años siguientes.

Fauna: - Una vez ejecutado el trabajo de ahuyentar a la fauna en cada sector del proyecto, el encargado de la ejecución de los compromisos ambientales del Proyecto verificará que se haya logrado el 100%, antes del inicio de 50

trabajos de construcción. En caso contrario, se solicitará la inmediata complementación del trabajo de ahuyentado. - Los parámetros de control a ser medidos corresponderán a presencia/ausencia de elementos de refugio. - Semestralmente se elaborará un informe consolidado de todas las actividades de perturbación realizadas en el periodo, incluyendo todos los aspectos relevados en los reportes individuales. Este informe se mantendrá disponible en caso de que la autoridad lo requiera Referencia al ICE para mayores detalles Tablas 9.2.1. 9.2.2., 9.2.3 y 9.2.4 del ICE

7.10 Componente/material: Patrimonio Cultural Nombre Ley 17.288/70, modificada por la Ley 20.423/2010. Ley sobre Monumentos Nacionales. Ministerio de Educación Pública. Otros cuerpos legales Decreto Supremo Nº484/1991. Fase del proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Construcción, operación y cierre Parte, obra, acción, emisión, residuo o sustancias a la que aplica El Proyecto en sus fases de construcción, operación y cierre contempla el movimiento de tierra. Forma de Cumplimiento Respecto de Arqueología Los resultados de la prospección de patrimonio cultural en el área de influencia se presentan en el Anexo H.1 de la DIA. Los resultados de dicho trabajo indican que no hubo hallazgos de sitios arqueológicos, históricos o de otro tipo, pertenecientes al patrimonio cultural. Respecto de Paleontología De acuerdo con los resultados obtenidos de las prospecciones en terreno, no se definieron zonas fosilíferas ni susceptibles, siendo posible considerar todas estas áreas como estéril respecto a la componente paleontológica (Anexo H.2 de la DIA). En caso de efectuarse un hallazgo arqueológico o paleontológico durante las excavaciones del proyecto, y a fin de evitar incurrir en el delito de daño a Monumento Nacional establecido en el artículo N°38 de la Ley N°17.288, se deberá proceder según lo establecido en los artículos N°26 y 27 de la Ley N°17.288 de Monumentos Nacionales y el artículo N°23 del Decreto Supremo N°484 de 1990 del Ministerio de Educación, Reglamento sobre excavaciones y/o prospecciones arqueológicas, antropológicas y paleontológicas, paralizando toda obra en el sector del hallazgo e informando de inmediato y por escrito al Consejo de Monumentos Nacionales (CMN), para que este organismo determine los procedimientos a seguir, cuya implementación deberá ser efectuada por el titular del proyecto. Indicador que acredita su cumplimiento De encontrarse hallazgos arqueológicos durante la ejecución del Proyecto, como indicador de cumplimiento se generarán fichas de los hallazgos y se mantendrá el registro de los avisos dados a la Autoridad Competente (SMA y CMN). Forma de control y seguimiento Se notificará al CMN acerca del hallazgo no previsto, la cual se efectuará en un plazo máximo de cinco días hábiles desde la fecha de descubrimiento del hallazgo. Registro de notificaciones de hallazgos no previstos presentados al CMN. Referencia al ICE para mayores detalles Tablas 9.2.5 del ICE

7.11 Componente/material: Contaminación lumínica 51

Nombre Decreto Supremo N°43/2012. Establece Norma de Emisión para la Regulación de la Contaminación Lumínica. Ministerio del Medio Ambiente. Otros cuerpos legales No aplica. Fase del proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Construcción, operación y cierre Parte, obra, acción, emisión, residuo o sustancias a la que aplica El Proyecto considera la instalación de luminarias exteriores para iluminación nocturna. Forma de Cumplimiento La luminaria utilizada por el Proyecto cumplirá con los umbrales de emisión establecidos en los artículos 6°, 7° y 8° de presente cuerpo normativo. El Proponente informará al Sistema Nacional de Información de Fiscalización Ambiental de la Superintendencia del Medio Ambiente mediante ingreso electrónico al portal del Registro de Emisiones de Transferencia de Contaminantes de la copia del certificado de laboratorio autorizado por la SEC y la cantidad de fuentes emisoras a instalar. Indicador que acredita su cumplimiento Certificados del fabricante o Superintendencia de Electricidad y Combustibles que indique el cumplimiento de la normativa de las fuentes iluminarias que sean utilizadas. Forma de control y seguimiento Se mantendrá copia del certificado de aprobación de equipos, estando disponible en las dependencias del Proyecto para su fiscalización. Referencia al ICE para mayores detalles Tablas 9.2.6 del ICE

7.12 Componente/material: Cuerpos de agua Nombre Decreto 430. Fija el texto refundido, coordinado y sistematizado de la Ley N°18.892 y sus modificaciones, Ley de Pesca y Acuicultura. Otros cuerpos legales No aplica. Fase del proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Construcción, operación y cierre. Parte, obra, acción, emisión, residuo o sustancias a la que aplica Obras del Proyecto. Forma de Cumplimiento De acuerdo con los estudios hidráulicos presentados en el Anexo H.2 de la Adenda y Anexo E.1 de la Adenda Complementaria, las obras del proyecto no intervendrán la hidrología presente en el sector. De manera específica se determinó mediante un análisis de inundabilidad que las que las quebradas Guamanga y Sin Nombre no se verán intervenidas por las partes del Proyecto. Indicador que acredita su cumplimiento Obtención de Permisos Ambientales Sectoriales (PAS) 156 y 157 asociados a las obras de modificación de cauce y regularización que incorporará el Proyecto respectivamente. Referencia al ICE para mayores detalles Tablas 9.2.7 del ICE

8º. Que, para ejecutar el Proyecto deben cumplirse las siguientes condiciones o exigencias, en concordancia con el artículo 25 de la Ley N°19.300:

8.1 Condición o exigencia Adecuar medidas de cierre Impacto asociado Contaminación aguas subterráneas por drenaje ácido. Fase del Proyecto a la que aplica Cierre. Objetivo, descripción Objetivo: Evitar el potencial de acidificación de aguas al término de la operación. 52

y justificación Descripción: De acuerdo con los monitoreos comprometidos durante la operación de la fase Mantoverde Sur 6, se deberán adecuar las medidas de cierre durante la tramitación sectorial del plan de cierre y/o su actualización en el caso de que no se compruebe lo indicado por el titular “Los muestreos anteriores permitirán verificar la predominancia de unidades sin potencial de acidificación de aguas al término de la operación, y verificar si se producen o no niveles de pH ácido, y contenidos elevados de conductividad, metales y sulfatos”. Justificación: Se debe asegurar la verificación de si se producen o no niveles de pH ácido y contenidos elevados de conductividad, metales y sulfatos. Lugar, forma y oportunidad de implementación Lugar: Fase Mantoverde Sur 6. Forma: Deberá corregir las medidas de cierre en caso de no verificarse que no se presenta el potencial de acidificación. Oportunidad: al cierre de las obras. Indicador que acredite su cumplimiento Informes de monitoreo de pH y contenidos de conductividad, metales y sulfatos. Forma de control y seguimiento Mantener la información de monitoreo disponible para efectos de fiscalización. Referencia al ICE para mayores detalles Tabla 11.2.1 del ICE.

8.2 Condición o exigencia Incluir inspección y limpieza Impacto asociado Afectación a cursos de agua superficial por obras cauces Fase del Proyecto a la que aplica Cierre. Objetivo, descripción y justificación Objetivo: Prevenir afectación a cursos de agua superficial. Descripción: Para las actividades de seguimiento de la Canaleta Dump Leach Sur II, el Titular deberá incluir al plan de seguimiento de post cierre, inspecciones y limpieza de la canaleta. Justificación: Debido a la posibilidad de obstrucciones que no permitan el correcto uso de la canaleta, ésta deberá ser monitoreada. Lugar, forma y oportunidad de implementación Lugar: Área de canaleta Dump Leach Sur II. Forma: Se deberá limpiar e inspeccionar la canaleta. Oportunidad: De manera previa y posterior a aviso de ocurrencia de eventos meteorológicos. Indicador que acredite su cumplimiento Fotografías pre y post limpieza, con fecha. Registro de avisos de ocurrencia de eventos meteorológicos. Forma de control y seguimiento Disposición de fotografías y registro para efectos de fiscalización. Referencia al ICE para mayores detalles Tabla 11.2.2 del ICE.

9º. Que, durante el procedimiento de evaluación de la DIA el Titular del Proyecto propuso los siguientes compromisos ambientales voluntarios:

9.1 Compromiso ambiental voluntario Perturbación controlada de fauna de baja movilidad Impacto asociado Afectación a especies de fauna de baja movilidad. Liolaemus atacamensis. Fase del Proyecto a la que aplica Construcción y operación. Objetivo, descripción y justificación Objetivo: Evitar la afectación de individuos de fauna en categorías de conservación de baja movilidad, durante la fase de construcción del Proyecto. Provocar el abandono o inducir el desplazamiento gradual de los individuos de la fauna de baja movilidad, desde su lugar de origen hacia zonas 53

inmediatamente adyacentes, en forma previa a la intervención por parte del proyecto o actividad. Descripción: Se realizarán actividades de perturbación controlada, las cuales se llevarán a cabo en la cercanía de sectores donde se han registrado individuos de fauna de baja movilidad, esto es, en el sector del Dump Leach Sur II, Stock Sulfuros Sur y Stock Óxidos. Justificación: En el área del Proyecto se ha detectado la presencia de la especie de reptil Liolaemus atacamensis, la cual se encuentra en categoría de conservación Preocupación Menor. Lugar, forma y oportunidad de implementación Lugar: Áreas intervenidas en Dump Leach Sur II, Stock Sulfuros Sur y Stock Óxidos. El detalle de los sectores donde se llevarán a cabo la actividad de perturbación controlada se presenta en el Apéndice 1 del Anexo D de la Adenda Complementaria. Forma: Se considera remover y retirar en forma manual rocas, vegetación y todo aquello que pueda servir como refugio potencial para los individuos, 5 días antes del inicio de las actividades en la zona de hallazgos, para conceder un margen de tiempo de escape y evitar también la recolonización del área intervenida o el regreso de los animales (SAG 2012; Sullivan et al. 2014). Posteriormente, el funcionamiento de la maquinaria generará una perturbación gradual a eventuales individuos que se mantengan en el área, evitando su recolonización del área. Cabe precisar que la perturbación para el Dump Leach Sur II se realizará por fases (5 fases), conforme a la ejecución del Proyecto de acuerdo con el cronograma constructivo. Se aplicarán acciones de control en caso de encontrar recolonización en las áreas intervenidas, las cuales son: • Se detendrán momentáneamente las actividades del sector; • En caso de existir rocas u otros elementos o condiciones que sirvan de refugio, se procederá con su retiro según lo descrito previamente. • Se analizarán las causas de recolonización y se definirán y aplicarán acciones correctivas. Oportunidad: Se realizará la perturbación 5 días antes de la habilitación de la ejecución de obras del Dump Sur Leach II y de la operación de los stocks. Indicador que acredite su cumplimiento Indicador de Cumplimiento ▪ Registro fotográfico de ejecución de actividad. ▪ Reporte ejecutivo de profesional ambiental en formato de ficha que describa las actividades, ubicación georreferenciada, así como la fecha en que se realizó la actividad y la prevista para ejecución de las actividades. ▪ En caso de que las actividades se realicen en un plazo mayor a 5 días después de la actividad de perturbación controlada, se verificará en terreno la ausencia de individuos y ausencia de rocas (retirando eventuales elementos que sirvan de refugios que hayan quedado remanentes) previamente a las actividades de intervención. Indicador de Éxito ▪ Una vez ejecutado el trabajo de ahuyentar a la fauna en cada sector del proyecto, quien esté a cargo de la ejecución de los compromisos ambientales del Proyecto verificará que se haya logrado el 100%, antes del inicio de trabajos de construcción. En caso contrario, se solicitará la inmediata complementación del trabajo de ahuyentado. ▪ Los parámetros de control a ser medidos corresponderán a presencia/ausencia de elementos de refugio. Forma de control y seguimiento Semestralmente se elaborará un informe consolidado de todas las actividades de perturbación realizadas en el periodo, incluyendo todos los aspectos relevados en los reportes individuales. Este informe se mantendrá disponible en caso de que la autoridad lo requiera. 54

Referencia al ICE para mayores detalles Tabla 11.1.1 del ICE.

9.2 Compromiso ambiental voluntario Rescate y relocalización de Eriosyce rodentiophila F. Ritter – Sandillón de los Ratones Impacto asociado Afectación a especie Eriosyce rodentiophila F. Ritter – Sandillón de los Ratones. Fase del Proyecto a la que aplica Construcción y operación. Objetivo, descripción y justificación Objetivo: Evitar la afectación de los individuos de Eriosyce rodentiophila, identificados en el área de influencia del Proyecto. Descripción: Se realizará el rescate de los individuos Eriosyce rodentiophila en las áreas que serán intervenidas por el Proyecto, y se realizará el trasplante mediante su relocalización en áreas con similares condiciones de hábitat respecto a su lugar de origen. Justificación: Se ha establecido la implementación de la medida de Rescate y Relocalización de los ejemplares que se verían afectados como una manera de disminuir los efectos del Proyecto sobre esta especie y el componente flora. Lugar, forma y oportunidad de implementación Lugar: El rescate deberá ser realizado en las áreas de intervención del Proyecto con presencia de Eriosyce rodentiophila, es decir el área de Stock Óxidos. El sitio de relocalización se ubica en el Sitio Prioritario Quebrada Guamanga. El detalle del sitio de relocalización, así como su caracterización se encuentra en el Apéndice 2 del Anexo D de la Adenda Complementaria. La ubicación georreferenciada en formato shape y KMZ del lugar de relocalización de los ejemplares se presenta en el Anexo A.8 de la Adenda. Forma: Previo a la etapa de intervención de las áreas se realizarán las siguientes actividades: • Implementación del rescate, trasplante y mantención, a través de las siguientes actividades: extracción de individuos, acondicionamiento y cicatrización, preparación área trasplante, plantación, trasplante y monitoreo del trasplante. • Zona de trasplante: será demarcada con un cartel donde se indique el sitio de relocalización de cactáceas. Además, cada ejemplar relocalizado será individualizado con una placa en la que se indique su procedencia (obra del proyecto), la fecha del rescate y la de relocalización. Por otro lado, cada ejemplar se identificará con una placa de material a definir, la cual tendrá mantenciones en la misma periodicidad de los monitoreos planteados. • Todos los individuos relocalizados serán georreferenciados. • Se considera realizar acciones de colecta y conservación de germoplasma y, viverización de ejemplares, en el evento que el procedimiento de relocalización no prospere, para lo cual se contemplan las siguientes actividades: ✓ Evaluación fenológica de la especie, para asegurar la recolección de semillas maduras, con alta viabilidad y en cantidad apropiada (no más de 20% de las semillas maduras viables y sanas, disponibles al momento de la colecta, para así evitar cualquier efecto en la capacidad de regeneración de la población). ✓ Cada colecta será almacenada en bolsas de papel o género y las semillas de frutos carnosos en bolsas plásticas, tratando de mantenerlas bien aireadas. No se dejarán las semillas en espacios cerrados y calurosos para evitar sofocación y proliferación de hongos. ✓ Se elaborarán ficha de terreno estandarizadas, las que contendrán la información mínima necesaria para describir la muestra y el sitio donde fue colectada. Dentro de los datos que registrarán se encuentran: Ubicación 55

geográfica, condiciones del hábitat, identificación de la especie, nombre recolector, fecha de recolección, localidad, superficie muestreada, humedad de las semillas al momento de colecta, entre otros. Cada colecta será identificada con un número único correlativo. ✓ Almacenamiento en banco de semillas: Las semillas colectadas serán secas lo antes posible y conservadas a bajas temperaturas para así evitar reducción en su potencial de longevidad. Las semillas recolectadas serán almacenadas en el banco de germoplasma del INIA, el cual cuenta con equipamiento e infraestructura para recibir y almacenar semillas, lo que garantiza la conservación de una muestra del genotipo de la población. ✓ Seguimiento: Como indicador de cumplimiento de la medida se deberá emitir el certificado de entrega y almacenamiento de semillas por parte de la institución acreditada. ✓ En caso de resultar necesario, la actividad de viverización se realizará en un vivero certificado de la región de Atacama. El Protocolo para el rescate y relocalización de los ejemplares se entrega en el Apéndice 3 del Anexo D de la Adenda Complementaria. Oportunidad: Previo a la operación del Stock de Óxidos. Indicador que acredite su cumplimiento Se define como meta el trasplante del 100% de los ejemplares de Eriosyce rodentiophila (Sandillón) que se encuentren en el área de intervención a raíz de las obras del Proyecto. Forma de control y seguimiento Se emitirán informes de cumplimiento a la SMA tal como se indica el seguimiento que se describe a continuación. El Titular acoge la solicitud de la autoridad, considerando un período de seguimiento y control de 5 años. Específicamente, el seguimiento será de carácter semestral durante los 3 primeros años desde la fecha de trasplante y de manera anual los 2 años siguientes. En apéndice del Anexo D de Adenda complementaria se determinó que el monitoreo del estado de los ejemplares comprenderá, verificación del desarrollo general, enraizamiento de los individuos, porcentaje de mortalidad y necesidades de replante y estado sanitario de los ejemplares, indicando las medidas correctivas necesarias. Referencia al ICE para mayores detalles Tabla 11.1.2 del ICE.

9.3 Compromiso Charlas de inducción paleontológica y arqueológica Impacto asociado N/A Fase del Proyecto a la que aplica. Construcción. Objetivo, descripción y justificación Objetivo: Evitar la afectación de Patrimonio Natural en la zona de intervención del Proyecto. Descripción: Todo el personal propio y colaboradores del Proyecto se someterán a Charlas de Inducción en paleontología y arqueología, las cuales deberán ser supervisadas por un/a paleontólogo/a que cumpla con el perfil profesional aprobado por el Consejo de Monumentos Nacionales para estos fines; y por un/a arqueólogo/a o licenciado/a en arqueología previo al inicio de las obras, y cada vez que se incorpore personal. Justificación: Los elementos del patrimonio paleontológico corresponden a elementos ambientales protegidos por la Ley de Monumentos Nacionales (Ley 17.288/1970). Lugar, forma y oportunidad de implementación Lugar: En las dependencias de Operación Mantoverde. Forma: Las charlas se efectuarán de forma virtual a través de material audiovisual, las que serán incorporadas a las inducciones de seguridad tanto en la fase de construcción como al personal contratado para el Proyecto. Componentes abordadas en charla de arqueología: 56

Cuidado y gestión de los elementos arqueológicos registrados en el Proyecto, marco legal aplicable, categoría de elementos patrimoniales arqueológicos y procedimiento en caso de hallazgos no previstos. Componentes abordadas en charla de paleontología: Definición de conceptos generales (paleontología, fósiles) y proceso de fosilización, antecedentes paleontológicos en el área del Proyecto, marco legal aplicable, procedimiento en caso de aparición de elementos paleontológicos. Oportunidad: Las charlas de arqueología y paleontología serán realizadas de forma previa al inicio de las actividades de construcción. Indicador que acredite su cumplimiento Registro de asistencia a capacitación firmada por los trabajadores. Forma de control y seguimiento El registro deberá estar disponible para fiscalizaciones. Envío de registros consolidados a SMA cada 3 años. Referencia al ICE para mayores detalles Tabla 11.1.3 del ICE.

9.4 Señalética Sitio Prioritario Quebrada Guamanga Impacto asociado Afectación a Sitio Prioritario Quebrada Guamanga. Fase del Proyecto Construcción, operación y cierre. Objetivo, descripción y justificación Objetivo: Minimizar la afectación del Sitio Prioritario Quebrada Guamanga. Descripción: Instalación de señalética alusiva al Sitio Prioritario. Justificación: Las instalaciones minerales del Proyecto se emplazarán a más de un 1 kilómetro del sitio prioritario Quebrada Guamanga, mientras que los contenedores del patio de contratistas se ubicarán a más de 400 metros del sitio. Lugar, forma y oportunidad de implementación Lugar: Caminos de circulación vehicular del Proyecto. Forma: Instalación de señalética alusiva al Sitio Prioritario en aquellas áreas de contacto con los caminos públicos de mayor circulación. Oportunidad: La señalética se instalará de forma previa a las actividades de construcción. Indicador que acredite su cumplimiento Registro fotográfico de ejecución de actividad. Forma de control y seguimiento El registro deberá estar disponible para fiscalizaciones. Envío de registros consolidados a SMA cada 3 años. Referencia al ICE para mayores detalles Tabla 11.1.4 del ICE.

9.5 Señalética vehículos asociados al Proyecto Impacto asociado Eventual afectación durante el transporte asociado al Proyecto. Fase del Proyecto Construcción, operación y cierre. Objetivo, descripción y justificación Objetivo: Identificar los vehículos asociados al Proyecto. Descripción: Los vehículos asociados al Proyecto, que transiten por vías públicas o fuera de la faena, deberán contar con una señalética en la que se identifique: Proponente, Nombre del Proyecto y Número de Contacto. Justificación: Identificar fácilmente a los vehículos del Proyecto en caso de que alguna persona requiera presentar algún reclamo. Lugar, forma y oportunidad de implementación Lugar: Vehículos del Proyecto que transiten por vías públicas o fuera de la faena. Forma: Se instalará una señalética alusiva al Proyecto en los vehículos que transiten por vías públicas o fuera de la faena. 57

Oportunidad: La señalética se instalará de forma previa a las actividades de transporte, y durante todas las fases del proyecto. Indicador que acredite su cumplimiento Registro fotográfico de ejecución de actividad. Forma de control y seguimiento El registro deberá estar disponible para fiscalizaciones. Envío de registros consolidados a SMA cada 3 años. Referencia al ICE para mayores detalles Tabla 11.1.5 del ICE.

9.6 Compromiso voluntario de contratación mano de obra local Impacto asociado N/A Fase del Proyecto Construcción, operación y cierre. Objetivo, descripción y justificación Objetivo: Generar y promover el empleo de trabajadores locales. Descripción: En el marco de la ejecución del Proyecto, se espera poder apoyar la participación de trabajadores locales. Justificación: Promover la actividad laboral local. Lugar, forma y oportunidad de implementación Lugar: Comuna de Chañaral. Forma: Los contratistas que participen de los procesos de licitación del proyecto, que incluyan mano de obra local (Región de Atacama) serán evaluados positivamente al momento de calificar sus propuestas de licitación. o anterior será especificado en las Bases Técnicas de licitación en los contratos bajo esa modalidad Oportunidad: Antes del inicio de la construcción del proyecto y durante todas las fases del proyecto. Indicador que acredite su cumplimiento Registro de envío de planilla con el detalle del personal asignado al presente Proyecto, a la SEREMI de Desarrollo Social y Familia de la Región de Atacama, Superintendencia del Medio Ambiente y a la Ilustre Municipalidad de Chañaral. Forma de control y seguimiento Enviar informe consolidado de los registros cada 3 años a la SMA, con copia a los SSPP señalados. Referencia al ICE para mayores detalles Tabla 11.1.6 del ICE.

10º. Que, las medidas relevantes del Plan de Prevención de Contingencias y del Plan de Emergencias, son las siguientes:

10.1 PLAN DE PREVENCIÓN DE CONTINGENCIAS

10.1.1. Riesgo Flujos de sedimentos y/o aguas de contacto por lluvias extraordinarias Fase del proyecto a la que aplica Operación y Cierre. Emplazamiento, parte, obra o acción asociada Canaleta Dump Leach Sur II Acciones o medidas a implementar para prevenir la contingencia El diseño considera una canaleta perimetral y bermas para recibir y conducir la escorrentía superficial asociada a las aguas correspondientes a una lluvia de 100 años de periodo de retorno. Se inspeccionarán periódicamente la canaleta perimetral y se mantendrá un programa de limpieza. 58

Objetivo: Prevenir la afectación de las obras del Proyecto por flujos de sedimentos y/o aguas por lluvias extraordinarias. Plazos Fase de Operación: Las inspecciones y la limpieza se realizarán durante la operación del Dump Leach Sur II. Plazos Fase de Cierre: Las inspecciones y la limpieza se realizarán anualmente durante los primeros 5 años de post-cierre, frecuencia que podrá reducirse en función de los resultados a bianual o menos. Lugar de implementación: Canaleta Dump Leach Sur II. Oportunidad: Las medidas se implementarán durante la operación y cierre del Proyecto. Forma de control y seguimiento Registro de inspección periódica de la obra de contorno en toda su extensión, el cual estará disponible para la autoridad en caso de ser requerido (en libro de obra). Referencia a documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada Anexo A. Plan de Contingencias y Emergencias presentado en Adenda Complementaria.

10.1.2 Situación de riesgo o contingencia Rotura de tuberías de soluciones y geomembrana basal Fase del proyecto a la que aplica Operación. Emplazamiento, parte, obra o acción asociada Dump Leach Sur II, sus Tuberías de soluciones y sus Piscinas. Acciones o medidas a implementar para prevenir la contingencia El diseño del Dump Leach II y piscinas incluyen sistemas de verificación de eventuales fugas de soluciones las que permitirán la toma de acciones correctivas y de reparación, en caso de ser necesario. La operación actual (caso base) cuenta con una red de pozos de monitoreo de la calidad de las aguas subterráneas para el acuífero Guamanga. Específicamente para realizar el seguimiento de la calidad de agua subterránea, aguas abajo del Dump Leach Sur II, se utilizará el pozo de monitoreo existente (Pozo WM-03). Este pozo de monitoreo se ubica aproximadamente a 2 km aguas abajo, posee una frecuencia de monitoreo mensual y considera medición de los parámetros establecidos en la NCh 1333. El diseño del Dump Leach Sur II fue realizado de tal modo de ubicarse fuera de la máxima crecida de la Quebrada Guamanga, con una tasa de retorno de 100 años, por lo que no se prevé que existan interferencias con la quebrada antes señalada (Anexo H.2 de la Adenda). Las actividades constructivas para el cruce de tuberías por la Quebrada Guamanga, se realizará bajo la cota de socavación y en periodo de ausencia de escurrimientos, de modo de evitar modificar el libre escurrimiento de los flujos de la quebrada. Objetivos: Prevenir derrames e infiltraciones de soluciones producto de la rotura de tuberías y/o geomembrana basal. Plazos: Las medidas deberán mantenerse durante la operación del Dump Leach Sur II. Lugar de implementación: Dump Leach Sur II. Oportunidad: Las medidas se implementarán durante la operación del Dump Leach Sur II. Forma de control y seguimiento - Registros de todas las actividades de verificación de fugas y monitoreo, además de auditorías internas de verificación de cumplimiento. - Registro de las mantenciones y revisiones periódicas al sistema de verificación fugas de soluciones del Dump Leach 59

Sur II. - Registro de los parámetros monitoreados por la red de pozos de la Operación actual. Referencia a documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada Anexo A. Plan de Contingencias y Emergencias presentado en Adenda Complementaria.

10.1.3 Situación de riesgo o contingencia Atropello de fauna durante silvestre Riesgo o contingencia Atropello de fauna durante silvestre. Fase del proyecto a la que aplica Construcción, operación y cierre. Emplazamiento, parte, obra o acción asociada Transporte. Acciones o medidas a implementar para prevenir la contingencia i. Para efectos de evitar o minimizar eventuales incidentes con fauna, se considera el control de velocidad para los vehículos que transporte materiales de las excavaciones, insumos y transporte de mineral. El control de velocidad permitirá que los choferes puedan visualizar eventuales individuos de fauna en el sector y con esto, reducir las posibilidades de atropellos. ii. Los trabajadores contarán con capacitación asociadas a la protección de la fauna, incluyendo el control de velocidad como medida preventiva. Plazos: Las medidas deberán mantenerse durante las fases de construcción, operación y cierre del Proyecto. Lugar de implementación: Caminos internos del circulación de la Operación Mantoverde. Forma de control y seguimiento Registros de auditorías internas de verificación de cumplimiento. Registro de las actividades de actividades de control de velocidad. Registro de capacitaciones a trabajadores. Referencia a documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada Anexo A. Plan de Contingencias y Emergencias presentado en Adenda Complementaria.

10.1.4 Situación de riesgo o contingencia Riesgos generados por eventos climáticos y/o naturales Riesgo o contingencia Riesgos generados por eventos climáticos y/o naturales Fase del proyecto a la que aplica Construcción, operación y cierre Emplazamiento, parte, obra o acción asociada Obras generales del Proyecto Acciones o medidas a implementar para prevenir la contingencia Como medidas generales ante todo evento natural se establecerán las siguientes medidas: - Se establecerá un comité operativo que administrará las distintas decisiones y acciones durante estas emergencias. - Se dispondrá durante el periodo de invierno de la siguiente maquinaria: buldozer, moto niveladora y un cargador. - Se procederá a realizar una supervisión diaria de las condiciones climáticas y caminos de la Operación Mantoverde. En el caso de lluvias, además se consideran las siguientes medidas de contingencia: - En presencia de lluvias la determinación de suspensión de actividades en el área mina, 60

corresponde al Jefe de Turno Mina o por instrucción de un mando superior. - En presencia de lluvias la determinación de suspensión de actividades en línea de chancado, aglomeración, apilamiento de pilas, corresponde al Jefe de Turno Planta. - La gerencia de seguridad y salud ocupacional deberá suspender el tránsito de vehículos por acceso a faena, de forma parcial o total. En ausencia de este o personal de gerencia la responsabilidad es del Jefe de Turno. En el caso de aluviones, además se mantendrán las medidas consideradas actualmente para la Operación Mantoverde, las cuales consideran: - Se definen, en los campamentos zonas de seguridad. También se demarcan y señalizan todas las vías de evacuación, puntos de reunión y zonas de seguridad, las cuales deben permanecer en todo momento, libres de cualquier elemento que las obstruya. - Se mantendrán en cada frente de trabajo, equipos especiales de radio y/o teléfonos satelitales. En el caso de sismos, además se consideran las siguientes medidas de contingencia: - Se verificará sistemáticamente el cumplimiento de la normativa aplicable, tanto en el diseño de ingeniería y en la fase de construcción, considerando los factores de seguridad sísmica que las Normas Chilenas Oficiales contempla para tal efecto (Norma Chilena Nº433/1996 Diseño Sísmico de Edificios y Norma Chilena Nº2369/2002 – Diseño Sísmico de Estructuras e instalaciones Industriales). - Se realizarán charlas informativas respecto a los mecanismos de respuesta frente a un evento de sismo. - Se realizarán simulacros de emergencia en las instalaciones del Proyecto en todas las fases de éste. Plazos: Las medidas deberán mantenerse durante las fases de construcción, operación y cierre del Proyecto. Lugar de implementación: Toda el área del Proyecto. Forma de control y seguimiento - Registros de Simulacros de eventos. - Registro de charlas de seguridad. - Registros de inspecciones regulares a instalaciones y equipos de emergencia. - Registros de auditorías internas de verificación de cumplimiento. Referencia a documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada Anexo A. Plan de Contingencias y Emergencias presentado en Adenda Complementaria.

10.1.5 Situación de Contingencia Accidentes que involucren sustancias peligrosas dentro del predio o carretera Riesgo o contingencia Accidentes que involucren sustancias peligrosas dentro del predio o carretera Fase del proyecto a la que aplica Construcción, operación y cierre Emplazamiento, parte, obra o acción asociada Transporte y almacenamiento de sustancias y residuos peligrosos 61

Acciones o medidas a implementar para prevenir la contingencia - El transporte de sustancias peligrosas se realizará conforme a las disposiciones del D.S. N°298/1994 del Ministerio de Transporte y Telecomunicaciones, que Reglamenta el Transporte de Cargas Peligrosas por Calles y Caminos. - Todos los vehículos deberán contar con sistemas de control de derrames (palas, elementos absorbentes, extintores, elementos de protección personal, etc.). - Las sustancias peligrosas, tanto a granel como envasadas, permanecerán adecuadamente acondicionadas al interior de su bodega o lugar de almacenamiento correspondiente y solamente podrán almacenarse de acuerdo con su cantidad, clase y división de peligrosidad, según la NCh 382 of. 2004. Los estanques, cajas y envases serán marcados y etiquetados en conformidad con lo establecido en la Norma Chilena NCh 2190 of. 2003. - Los estanques, cajas y envases serán marcados y etiquetados en conformidad con lo establecido en la Norma Chilena NCh 2190 of. 2003. Plazos: Las medidas deberán mantenerse durante las fases de construcción, operación y cierre del Proyecto. Lugar de implementación: Caminos de circulación e instalaciones de la Operación Mantoverde. Oportunidad: Las medidas se implementarán durante las fases de construcción, operación y cierre. Forma de control y seguimiento - Registros de capacitación de procedimientos internos de manipulación, almacenamiento y uso de sustancias peligrosas. - Registro de Hojas de Datos de Seguridad (HDS) de sustancias peligrosas almacenadas, disponibles en garitas de entrada a instalaciones y en cada acceso de bodegas en formato físico. Referencia a documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada Anexo A. Plan de Contingencias y Emergencias presentado en Adenda Complementaria.

10.1.6 Contingencia Protocolo hallazgos arqueológicos y/o paleontológicos imprevistos Riesgo o contingencia Hallazgos paleontológicos imprevistos Fase del proyecto a la que aplica Construcción, operación y cierre Emplazamiento, parte, obra o acción asociada Movimientos de tierra y excavaciones Acciones o medidas a implementar para prevenir la contingencia En casos que se evidencie la existencia de sitios arqueológicos y/o paleontológicos se paralizará inmediatamente las actividades en el área y se dará aviso por escrito a la Gobernación Provincial de Chañaral y al Consejo de Monumentos Nacionales. Todo el personal propio y colaboradores del Proyecto se someterán a Charlas de Inducción del patrimonio cultural de la zona, a cargo de un arqueólogo, instruyendo sobre las acciones a seguir en caso de dar con algún hallazgo. Plazos: Las medidas deberán mantenerse durante las fases de construcción, operación y cierre del Proyecto. Lugar de implementación: Sectores del Proyecto que requieran movimientos de tierra. Oportunidad: Las medidas se implementarán durante las fases de construcción, operación y cierre. Forma de control y seguimiento Registros de todas las actividades realizadas además de auditorías internas de verificación de cumplimiento. 62

Registro de las charlas de inducción de patrimonio cultural realizadas, además de auditorías internas de verificación de cumplimiento. Referencia a documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada Anexo A. Plan de Contingencias y Emergencias presentado en Adenda Complementaria.

10.1.7 Contingencia Eventual generación de drenaje ácido Nombre de riesgo/Contingencia Eventual generación de drenaje ácido Fase del proyecto a la que aplica Operación Emplazamiento, parte, obra o acción asociada Stock Sulfuros Norte, Stock Sulfuros Sur y Stock Óxidos Acciones o medidas a implementar para prevenir la contingencia A pesar de la baja posibilidad de generación de drenaje ácido por parte de los stocks de sulfuros del Proyecto, el Proyecto considera como medidas de contingencias lo siguiente: - Plan de monitoreo de calidad química al Stock Sulfuros Norte. El Plan de monitoreo se presenta en el Apéndice 1 del Anexo A de la Adenda Complementaria. - Plan de monitoreo de calidad química al Stock Sulfuros Sur y Stock de Óxidos. El Plan de monitoreo se presenta en el Apéndice 1 del Anexo A de la Adenda Complementaria. - Inspección de la base los stocks con frecuencia semestral y después de lluvias intensas. - Habilitación de calicatas de observación a lo largo del pie de los stocks para verificar ausencia de flujo subsuperficial. - Se mantendrá y vigilará el vaciado con pretiles en la base del stock y control topográficos para asegurar que el vaciado no sobrepase el diseño. Además, se asegurará que siempre estén habilitados los pretiles – gaviones de contorno para que las aguas no ingresen a los stocks. - Se considera la depositación del material de acuerdo con las especificaciones técnicas, además de control de taludes de acuerdo con el diseño de los stocks. Objetivos: Prevenir filtraciones y la afectación de cursos de agua ante una eventual generación de drenaje ácidos. Plazos: Las medidas deberán mantenerse durante la fase de operación del Proyecto. Lugar de implementación: Stocks del Proyecto. Oportunidad: Las medidas se implementarán durante la fase de operación. Forma de control y seguimiento Registros de todas las actividades realizadas además de auditorías internas de verificación de cumplimiento. Los niveles basales o de calidad natural de parámetros de calidad referencial (NCh 1333) para el monitoreo de la calidad de las aguas corresponderán a los monitoreados por los siguientes pozos: - Stock Sulfuros Sur y Stock Óxidos: Pozo GWP-1C y WM03. - Stock Sulfuros Norte: Pozo RCH-11WX01. Referencia a documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada Anexo A. Plan de Contingencias y Emergencias presentado en Adenda Complementaria.

10.2 PLAN DE EMERGENCIAS

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10.2.1. Riesgo Flujos de sedimentos y/o aguas de contacto por lluvias extraordinarias Acciones o medida a implementar para controlar la emergencia Descripción: En caso de que la canaleta este dañada y no pueda ejercer el control de los flujos de sedimentos y/o contacto por aguas lluvias, esta deberá ser reparada. Objetivo: Evitar la afectación de las obras del Proyecto por flujos de sedimentos y/o aguas por lluvias extraordinarias. Lugar de implementación: Canaleta Dump Leach Sur II. Oportunidad para implementar la acción: En caso de ser necesario, las medidas se implementarán durante las fases de Operación y Cierre del Proyecto. Oportunidad y vías de comunicación a la SMA de la activación del Plan de Emergencia Registro de las reparaciones realizadas. Estas eventuales situaciones serán informadas a la Superintendencia de Medio Ambiente, adjuntando el reporte del eventual incidente. Referencia a documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada Anexo A. Plan de Contingencias y Emergencias presentado en Adenda Complementaria.

10.2.2 Situación de riesgo o contingencia Rotura de tuberías de soluciones y geomembrana basal Acciones o medida a implementar para controlar la emergencia - El área afectada será inmediatamente aislada, restringiendo el acceso sólo a personal autorizado. - Confinamiento y contención de derrames por medio de Bermas y Zanjas. - Neutralizar y absorber el ácido Sulfúrico con arena seca, tierra o cal o sus derivados. - Se deberá en todo momento impedir que el líquido derramado alcance quebradas y/o vegetación. - El material saturado con ácido deberá recogerse una vez neutralizada y deberá disponerse como residuo peligroso. - En caso de afectar a suelo, se levantará el suelo afectado, hasta una profundidad de 10 cm. por debajo del nivel de contaminación afectado. El material o suelo contaminado será transportado a depósitos de seguridad autorizados. - En caso de daños a la Flora y Fauna, se procederá a dar aviso de forma inmediata a las autoridades ambientales competentes, informando de las características del contaminante, la zona de derrame y las especies dañadas. De forma posterior a la emergencia se tomarán las siguientes medidas: - Delimitar el área afectada para su posterior restauración, lo que incluye la remoción de todo suelo afectado, su reposición, acciones de revegetación y la eliminación de este material a las áreas de depósitos de excedentes. - Se revisarán las acciones tomadas durante el derrame y se elaborará un reporte de incidentes. - De ser necesario, se recomendarán cambios en los procedimientos. Oportunidad para implementar la acción: Las medidas se implementarán durante la operación del Dump Leach Sur II. Oportunidad y vías de comunicación a la SMA de la activación del Plan Se llevarán registros de todas las actividades realizadas además de auditorías internas de verificación de cumplimiento. Se informará de forma inmediata a la Superintendencia del Medio Ambiente y Autoridad Sanitaria, y en 48 horas se 64

enviará pre-informe del hecho. Junto con esto, en un plazo no superior a los 10 días corridos posterior a la emergencia, se entregará un informe detallando las causas de la emergencia con una evaluación de los riesgos, y si ello corresponde, una propuesta de remediación debido al vertimiento. Referencia a documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada Anexo A. Plan de Contingencias y Emergencias presentado en Adenda Complementaria.

10.2.3 Situación de riesgo o contingencia Atropello de fauna durante silvestre Acciones o medida a implementar para controlar la emergencia Ante el encuentro con fauna silvestre, que requiera de asistencia médica veterinaria, los pasos a seguir son los descritos a continuación: - El/la trabajador/a deberá dar aviso al o la especialista ambiental del área, informando sobre el lugar, condición general y situación en la que se encuentre el ejemplar (es), quedando prohibido cualquier tipo de intervención en ausencia del especialista ambiental del área. - El o la Especialista de Medio Ambiente acudirá al lugar del avistamiento, evaluará la situación y definirá si procede la captura o rescate para posterior traslado o liberación inmediata del ejemplar (es), dependiendo de la necesidad de atención médica veterinaria. - En caso de tratarse de algún mamífero mayor, se solicitará al/la médico/a veterinario/a su presencia en el lugar para que el ejemplar (es) sea sedado para su posterior manipulación, evitando de esta manera lesiones por mordeduras o golpes a quienes intervengan en el rescate o captura, o agravar las lesiones que pueda presentar el ejemplar (es). - Si el ejemplar(es) no presenta lesiones, se procederá a su traslado y liberación inmediata en un lugar seguro, propio de su hábitat natural. - Si el ejemplar requiere de atención médica veterinaria, será trasladado y atendido por la persona responsable del servicio, el cual definirá si posteriormente será liberado en su hábitat natural o derivado a algún centro de rescate de la zona para su recuperación. En caso de hallazgo de algún ejemplar muerto o incidentes donde la consecuencia sea la muerte por atropellos o por causas no descritas en el plan de contingencias, el proceder estará a cargo del Titular y será el siguiente: - En el caso de muerte de fauna se informará a especialista de medio ambiente del proyecto, entregando todos los antecedentes necesarios del lugar del hallazgo o incidente, incluyendo ubicación georreferenciado, descripción del evento y fotografías. - Si la muerte fue causada por acción del proyecto o acciones propias de la operación, se informará a la Autoridad como incidente ambiental a través de la plataforma de la SMA. - Una vez recopilados todos los antecedentes, el o la veterinario/a dispondrá el cuerpo del animal en relleno sanitario de Operación Mantoverde. - El informe quedará disponible para el Servicio Agrícola y Ganadero de requerirse. Lugar de implementación: Caminos internos de circulación al interior de la Operación Mantoverde. 65

Oportunidad de implementar la acción: Las medidas se implementarán durante las fases de construcción, operación y cierre, y de forma inmediata al evento ocurrido. Oportunidad y vías de comunicación a la SMA de la activación del Plan Quien esté a cargo del área de biodiversidad deberá mantener un registro e informar al Servicio Agrícola y Ganadero del hecho. Adicionalmente, estas eventuales situaciones serán informadas a la Superintendencia de Medio Ambiente, adjuntando el reporte del eventual incidente. Lo anterior se efectuará mediante un reporte escrito que indicará lo sucedido, señalando el lugar y momento de su ocurrencia. Este plan se activará de forma posterior a emergencia, cuyo reporte será remitido dentro de 24 horas de ocurrido el incidente. Referencia a documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada Anexo A. Plan de Contingencias y Emergencias presentado en Adenda Complementaria.

10.2.4 Situación de riesgo o contingencia Riesgos generados por eventos climáticos y/o naturales Acciones o medida a implementar para controlar la emergencia Se consideran las siguientes medidas para controlar la emergencia producto de lluvias intensas: - Ante el evento de fuertes lluvias que pueden generar deslizamientos de tierras y/o caídas de rocas, el personal y el equipo serán trasladados hacia las zonas seguras previamente señaladas. - Se hará inspección completa de las instalaciones, y cualquier tipo de daño, debe reportarse para realizar su reparación inmediata para no interrumpir el funcionamiento de las diferentes estructuras emplazadas. - Se procederá a la limpieza de canales, conductos, que hayan sido tapados por el deslizamiento o caída de rocas, sedimentos, residuos, etc., que afectan al funcionamiento adecuado del sistema. - Se realizará un reforzamiento, reparación de muros, estabilización de taludes o disminución de los ángulos de taludes de aquellas obras afectadas. - Se construirán muros de contención en los taludes que hayan quedado debilitados, mientras se mejora al ángulo de talud a uno con factor de seguridad adecuado. Se consideran las siguientes medidas para controlar la emergencia producto de aluviones: - La brigada de emergencias de Mantoverde, procederá a detener las operaciones e informar a todos los trabajadores si corresponde. Luego, asistirá a los lesionados en caso de haber y desarrollar medidas de control para evitar mayores daños a las personas, instalaciones y medio ambiente. - La brigada de emergencias procederá a evacuar al personal que aún no lo haya hecho a los Puntos de Encuentro de Emergencia (P.E.E.) y chequear el personal con el fin de verificar que no existan personas desaparecidas. - En caso de constatarse la existencia de personas afectadas con lesiones graves o fatales, se deberá proceder según lo indicado en la Circular Nº 2345 de la Superintendencia de Seguridad Social (SUSESO). Se consideran las siguientes medidas para controlar la emergencia producto de sismos: - ·Si se produce un movimiento telúrico de gran magnitud, se dará alerta de manera inmediata, a Brigada de Emergencia para que active el plan de emergencia y las actividades de evacuación del personal si corresponde. 66

- Ante aviso de evacuación todo el personal deberá dirigirse hacia los puntos de encuentro de emergencias. - En caso de extravío de personal, se deberá dar aviso a Brigada de Emergencia para que inicie la búsqueda y rescate. Si en la búsqueda de personal se encuentra uno o más accidentados, se deberá activar el Plan de Emergencias para dar las atenciones médicas necesarias. - En caso de constatarse la existencia de personas afectadas con lesiones graves o fatales, se deberá proceder según lo indicado en la Circular Nº 2.345 de la Superintendencia de Seguridad Social (SUSESO). - Una vez concluido el sismo, se deberá verificar la estabilidad de las estructuras principales de Mantoverde. Lugar de implementación: Operación Mantoverde. Oportunidad de implementar la acción: Las medidas se implementarán durante las fases de construcción, operación y cierre, y de forma inmediata al evento ocurrido. Oportunidad y vías de comunicación a la SMA de la activación del Plan Se llevarán registros de todas las actividades realizadas además de auditorías internas de verificación de cumplimiento Se informará a la Superintendencia del Medio Ambiente (SMA) de la activación del plan de emergencias o bien de la ejecución de alguna medida vinculada a un eventual incidente ambiental, de acuerdo con lo señalado en la Res. Ex. N°885/2016 de la SMA. Lo anterior se efectuará mediante un reporte escrito que indicará lo sucedido, señalando el lugar y momento de su ocurrencia. Este reporte será remitido dentro de 48 horas de ocurrido el incidente. Referencia a documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada Anexo A. Plan de Contingencias y Emergencias presentado en Adenda Complementaria.

10.2.5 Situación de Contingencia Accidentes que involucren sustancias peligrosas dentro del predio o carretera Acciones o medida a implementar para controlar la emergencia Medidas a implementar en caso de derrame en suelo durante el transporte: - ·quien conduce el vehículo estará capacitado para aplicar las primeras medidas de control de la emergencia. - La Brigada de Emergencia acudirá inmediatamente al sitio del accidente, se prestarán las atenciones de primeros auxilios si hay personas afectadas y paralelamente se adoptarán las medidas necesarias para aislar el lugar del accidente y mantener acotado el derrame (dique de tierra o arena para evitar avance del producto a otra zona). - El suelo contaminado será retirado y se repondrá con tierra nueva, será tratado como residuo peligroso para su manejo. Medidas a implementar en caso de derrame en cursos de agua durante el transporte: - Se dará aviso inmediato a las autoridades competentes para que se adopten las medidas de resguardo necesarias de comunicación y coordinación. - Se adoptarán medidas para interrumpir el flujo tanto aguas arriba como aguas abajo del derrame para evitar su dispersión. - En el caso que el lecho del curso de agua resulte afectado de forma significativa se removerá el lecho contaminado. - En caso de que el derrame en el curso de agua afecte actividades humanas, el Proponente proporcionará a los afectados de este recurso de forma inmediata y hasta que las condiciones del curso se restauren a su estado antes del derrame. 67

- Después de la emergencia se aplicará un monitoreo especial e intensivo de las aguas para evaluar el efecto causado en su calidad. El monitoreo se extenderá hasta que las condiciones naturales del agua se recuperen. Lugar de implementación: Caminos de circulación e instalaciones de la Operación Mantoverde. Oportunidad de implementar la acción: Las medidas se implementarán durante las fases de construcción, operación y cierre, y de forma inmediata al evento ocurrido. Oportunidad y vías de comunicación a la SMA de la activación del Plan Se enviará un pre-informe a la SMA dentro de las 24 horas siguientes a la ocurrencia del siniestro, y un informe final dentro de los 15 días siguientes. Este deberá incluir como mínimo: causa del accidente; cantidad y tipo de sustancia peligrosa derramada; fecha y hora del siniestro, localización y superficie afectada; fotografías del área afectada. Referencia a documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada Anexo A. Plan de Contingencias y Emergencias presentado en Adenda Complementaria.

10.2.6 Contingencia Protocolo hallazgos arqueológicos y/o paleontológicos imprevistos Acciones o medida a implementar para controlar la emergencia En caso de efectuarse un hallazgo arqueológico y/o paleontológico durante las excavaciones del Proyecto, basado en el artículo N°38 de la Ley N°17.288, se procederá según lo establecido en los artículos N°26 y 27 de dicha Ley y el artículo N°23 del Decreto Supremo N°484 de 1990 del Ministerio de Educación, Reglamento Sobre Excavaciones y/o Prospecciones Arqueológicas, Antropológicas y Paleontológicas, paralizando toda obra en el sector del hallazgo e informando de inmediato y por escrito al Consejo de Monumentos Nacionales (CMN), para que este organismo determine los procedimientos a seguir, cuya implementación será efectuada por el Titular del Proyecto. Esto implica: - Detener las obras en el lugar del hallazgo, en al menos 2 metros de distancia alrededor del punto donde se produjo. Si el hallazgo es múltiple (por ejemplo: formando un nivel) se considerará 2 metros desde los especímenes más alejados del centro del lugar. - Dar aviso de manera inmediata al jefe de obra o superior a cargo de los trabajos en el área del hallazgo, e informar de su localización exacta al departamento de Medio Ambiente, o similar, que represente al Proponente del proyecto. - Se delimitará y señalizará correctamente (señalética, banderín, etc.) el área para su protección. Se dispondrá para ello de la señalética adecuada que indique la restricción de ingreso al sector, acompañado de un cerco perimetral que limite y resguarde el hallazgo. - Se deberá notificar al CMN acerca del hallazgo no previsto, utilizando coordenadas UTM (DATUM WGS 84) y registro fotográfico de buena resolución (con tomas en primer plano, de detalle, con escala y del contexto en general). La notificación deberá ser informada al CMN por el o la encargada de Medio Ambiente, o quien representante al Titular, en un plazo máximo de cinco días hábiles desde la fecha de descubrimiento del hallazgo. El CMN determinará las medidas a implementar por parte del Titular, considerando la Ley 17.288 de Monumentos Nacionales y el Reglamento de Excavación D.S. N°484 de 1990. 68

Lugar de implementación: Sectores del Proyecto que requieran movimientos de tierra. Oportunidad de implementar la acción: Las medidas se implementarán durante las fases de construcción, operación y cierre, y de forma inmediata al evento ocurrido. Oportunidad y vías de comunicación a la SMA de la activación del Plan Se dará aviso a la Superintendencia del Medio Ambiente (SMA) de la activación del plan de emergencias o bien de la ejecución de alguna medida vinculada a un eventual incidente ambiental, de acuerdo con lo señalado en la Res. Ex. N°885/2016 de la SMA. Junto con lo anterior, se notificará al CMN acerca del hallazgo no previsto, utilizando coordenadas UTM (DATUM WGS 84) y registro fotográfico de buena resolución (con tomas en primer plano, de detalle, con escala y del contexto en general). La notificación será informada al CMN, en un plazo máximo de cinco días hábiles desde la fecha de descubrimiento del hallazgo. El CMN determinará las medidas a implementar por parte del titular, considerando la Ley 17.288 de Monumentos Nacionales y el Reglamento de Excavación D.S. N°484 de 1990. Referencia a documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada Anexo A. Plan de Contingencias y Emergencias presentado en Adenda Complementaria.

10.2.7 Contingencia Eventual generación de drenaje ácido Acciones o medida a implementar para controlar la emergencia A pesar de la baja posibilidad de generación de drenaje ácido por parte de los stocks de sulfuros del Proyecto, el Proyecto considera como medida de emergencias la habilitación de una trinchera al pie de los stocks para recoger drenajes. Umbrales de activación de plan de emergencias: El sistema se activará cuando al menos dos parámetros de calidad química monitoreados en los pozos de monitoreo aguas debajo de los stocks (WM03 y RCH-11WX01) aumenten en 25% o más (mismo criterio considerado para el tranque de relaves del PDMV aprobado por RCA N°16/2018) sobre los valores de la línea de base de los pozos, por más de dos meses consecutivos para los parámetros críticos relacionados a potenciales infiltraciones, que son los siguientes: Cobre, Molibdeno, Cloruro, Sulfatos y pH. Objetivo: Evitar filtraciones y la afectación de cursos de agua ante una eventual generación de drenaje ácidos. Lugar de implementación: Red de pozos de la Operación Mantoverde. Oportunidad de implementar la acción: Las medidas se implementarán durante la fase de operación. Oportunidad y vías de comunicación a la SMA de la activación del Plan de Emergencia Registros de todas las actividades realizadas además de auditorías internas de verificación de cumplimiento. Se avisará a la Superintendencia del Medio Ambiente (SMA) de la activación del plan de emergencias o bien de la ejecución de alguna medida vinculada a un eventual incidente ambiental, de acuerdo con lo señalado en la Res. Ex. N°885/2016 de la SMA. Referencia a documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada Anexo A. Plan de Contingencias y Emergencias presentado en Adenda Complementaria.

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11º. Que, el Titular deberá remitir a la Superintendencia del Medio Ambiente la información respecto de las condiciones, compromisos o medidas, ya sea por medio de monitoreos, mediciones, reportes, análisis, informes de emisiones, estudios, auditorías, cumplimiento de metas o plazos, y en general cualquier otra información destinada al seguimiento ambiental del Proyecto, según las obligaciones establecidas en la presente Resolución de Calificación Ambiental y las Resoluciones Exentas que al respecto dicte la Superintendencia del Medio Ambiente. De igual forma, y a objeto de conformar el Sistema Nacional de Información de Fiscalización Ambiental (SNIFA), el Registro Público de Resoluciones de Calificación Ambiental y registrar los domicilios de los sujetos sometidos a su fiscalización en conformidad con la ley, el Titular deberá remitir en tiempo y forma toda aquella información que sea requerida por la Superintendencia del Medio Ambiente a través de las Resoluciones Exentas que al respecto ésta dicte.

12º. Que, el Titular deberá informar a la Superintendencia del Medio Ambiente la realización de la gestión, acto o faena mínima que da cuenta del inicio de la ejecución de obras, a que se refiere el Considerando 4.1 de la presente Resolución.

13º. Que, con el objeto de dar adecuado seguimiento a la ejecución del Proyecto, el Titular deberá informar a la Superintendencia del Medio Ambiente, al menos con una semana de anticipación, el inicio de cada una de las fases del Proyecto, de acuerdo con lo indicado en la descripción del mismo.

14º. Que, la Superintendencia del Medio Ambiente, de oficio o a petición de parte o de algún organismo sectorial, podrá aprobar, modificar o complementar el contenido del plan de seguimiento de las variables ambientales y, en general, cualquier otro mecanismo establecido en la respectiva resolución de calificación ambiental que tenga dicho objeto, con el fin de asegurar, en el transcurso del tiempo, que el seguimiento de las variables ambientales cumpla con su objetivo de forma eficiente y eficaz.

15º. Que, para que el proyecto “Optimización Óxidos Mantoverde” pueda ejecutarse, deberá cumplir con todas las normas vigentes que le sean aplicables.

16º. Que, el Titular deberá informar inmediatamente a la Secretaría de la Comisión de Evaluación de la Región de Atacama y a la Superintendencia del Medio Ambiente, la ocurrencia de impactos ambientales no previstos en la DIA, asumiendo inmediatamente las acciones necesarias para abordarlos.

17º. Que, el Titular del Proyecto deberá comunicar inmediatamente y por escrito a la Dirección Regional del SEA Servicio de Evaluación Ambiental Región de Atacama la ocurrencia de cambios de titularidad, representante legal, domicilio y correo electrónico, de acuerdo con lo establecido en el inciso tercero del artículo 162 y artículo 163, ambos del Reglamento del SEIA.

18º. Que, se hace presente al Titular que cualquier modificación al Proyecto que constituya un cambio de consideración, en los términos definidos en el artículo 2° letra g) del Reglamento del SEIA, deberá someterse al SEIA.

19º. Que, todas las medidas, condiciones, exigencias y disposiciones establecidas en la presente Resolución son de responsabilidad del Titular, sean implementadas por éste directamente o a través de un tercero.

RESUELVO:

1°. Calificar favorablemente la Declaración de Impacto Ambiental del proyecto “Optimización Óxidos Mantoverde”, de MANTOVERDE S.A.

2°. Certificar que el proyecto “Optimización Óxidos Mantoverde” cumple con la normativa de carácter ambiental aplicable.

3°. Certificar que el proyecto “Optimización Óxidos Mantoverde” cumple con los requisitos de carácter ambiental contenidos en los permisos ambientales sectoriales que se señalan en los artículos 136, 137, 156, 157 y 160 del D.S. Nº40/2012 del Ministerio del Medio Ambiente, Reglamento del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental.

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Gobierno Regional, Región de Atacama. I. Municipalidad de Chañaral Superintendencia de Medio Ambiente