Evaluación SEA

Ampliación y Normalización de Instalaciones del Sistema de Tratamientos de Residuos Líquidos Planta Palmilla

Rol 2148030620
SEA · DIA · Aprobado · 2020-09-23 · Región del Libertador General Bernardo O'Higgins · Sociedad Anónima Viña Santa Rita

REPÚBLICA DE CHILE COMISIÓN DE EVALUACIÓN Región del Libertador General Bernardo O Higgins

Califica Ambientalmente el proyecto “Ampliación y Normalización de Instalaciones del Sistema de Tratamientos de Residuos Líquidos Planta Palmilla”

N*20210600173

Rancagua

4 de Noviembre de 2021

VISTOS:

1?. La Declaración de Impacto Ambiental (DIA), su Adenda de fecha 29 de abril de 2021 y su Adenda Complementaria de fecha 20 de septiembre de 2021, del proyecto “Ampliación y Normalización de Instalaciones del Sistema de Tratamientos de Residuos Líquidos Planta Palmilla”, presentado por Sociedad Anónima Viña Santa Rita con fecha 26 de agosto de 2020.

2*. Los pronunciamientos y observaciones de los órganos de la administración del Estado que, sobre la base de sus facultades legales y atribuciones, participaron en la evaluación de la DIA, y que se detallan en el Capítulo 3 del Informe Consolidado de Evaluación (ICE) de la DIA del proyecto “Ampliación y Normalización de Instalaciones del Sistema de Tratamientos de Residuos Líquidos Planta Palmilla”,

3”. El Acta de Evaluación N*16/2021, de fecha 18 de mayo de 2021, del Comité Técnico de la Región del Libertador General Bernardo O'Higgins

4. El ICE N20210610978 de la DIA del proyecto “Ampliación y Normalización de Instalaciones del Sistema de Tratamientos de Residuos Líquidos Planta Palmilla” de 18 de octubre de 2021.

5%, El Acta de la Sesión Extraordinaria de fecha 26 de octubre de 2021 de la Comisión de Evaluación de la Región del Libertador General Bernardo O”Higgins.

  1. Lo dispuesto en la Ley N19.300, sobre Bases Generales del Medio Ambiente; en el D.S. N40 del 30 de octubre de 2012 del Ministerio del Medio Ambiente, que aprueba el Reglamento del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental; en el D.F.L. N1/19.653, de 2002 del Ministerio Secretaría General de la Presidencia, que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado dela Ley N18.575, Orgánica Constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado; en la Ley N19.880, que establece Bases de los Procedimientos Administrativos que rigen los Actos de los Órganos de la Administración del Estado; en la Resolución Exenta N156 de fecha 7 de agosto de 2014, de la Comisión de Evaluación de la Región de O”Higgins, que Aprueba el Reglamento de Organización y Funcionamiento de la Comisión de Evaluación de la Región del Libertador General Bernardo O”Higgins; en la Resolución Exenta RA N%119046/250/2021 de fecha 28 de Julio, que renueva por un nuevo período el nombramiento el cargo de Director Regional del SEA Región de O”Higgins; en el D.S. N*178, de 12 de julio de 2021, del Ministerio del Interior y Seguridad Pública, que nombra en el cargo de Delegado Presidencial Regional a don Ricardo Guzmán Millas; y en la Resolución N?7 de 2019 de la Contraloría General de la República, que Fija normas sobre exención del trámite de toma de razón

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CONSIDERANDO:

1”. Que, Sociedad Anónima Viña Santa Rita (en adelante, “Titular”), ha sometido al Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental (en adelante, “SEIA”) la DIA del proyecto “Ampliación y Normalización de Instalaciones del Sistema de Tratamientos de Residuos Líquidos Planta Palmilla” (en adelante, “Proyecto”). Los antecedentes del Titular son los siguientes:

Nombre o razón social

Sociedad Anónima Viña Santa Rita

Rut 86.547.900-K

Domicilio Kilómetro 200 Ruta $5 Sur, Lontué, Comuna Molina, Provincia Curicó, Región del Maule.

Teléfono (2) 23622000

Nombre representante legal Andrés Eduardo Lavados Germain

Rut representante legal 8956051-9

Domicilio representante legal | Apoquindo 3669, Piso 6, Comuna Las Condes, Región

Metropolitana

Teléfono representante legal (2) 23622000

representante legal

Correo electrónico Titular o | medioambiente(Usantarita.cl

2?. Que, conforme se indica en el ICE N*20210610978 de fecha 18 de octubre de 2021, el Director del Servicio de Evaluación Ambiental de la Región del Libertador General Bernardo O”Higgins ha recomendado aprobar el Proyecto, por cuanto:

  • El proyecto cumple con la normativa de carácter ambiental aplicable identificada en la

sección 8 del ICE;

  • Cumple con los requisitos de otorgamiento de carácter ambiental contenidos en los permisos ambientales sectoriales aplicables identificados en la sección 9 del ICE;

  • No genera ni presenta los efectos, características o circunstancias del artículo 11 de la Ley N? 19.300, que dan origen a la necesidad de evaluar un Estudio de Impacto Ambiental; y el Titular ha subsanado los errores, omisiones e inexactitudes planteados en los Informes Consolidados de Aclaraciones, Rectificaciones y Ampliaciones.

3”, Que, en Sesión Extraordinaria de fecha 26 de octubre de 2021, la Comisión de Evaluación de la Región del Libertador General Bernardo O'Higgins acordó calificar favorablemente el proyecto “Ampliación y Normalización de Instalaciones del Sistema de Tratamientos de Residuos Líquidos Planta Palmilla”, aprobando íntegramente el contenido del ICE de fecha 18 de octubre de 2021, el que forma parte integrante de la presente Resolución. Por lo tanto, conforme a lo indicado en el artículo 60 inciso segundo del Reglamento del SEIA, se excluyen de la presente Resolución las consideraciones técnicas en que se fundamenta.

47, Que, según lo señalado en la DIA y sus anexos, en su Adenda, y en su Adenda Complementaria, los cuales forman parte integrante de la presente Resolución, la descripción del Proyecto es la que a

continuación se indica:

4.1. ANTECEDENTES GENERALES

Objetivo general

El Proyecto tiene como objetivo ampliar la capacidad tratamiento de la Planta, así como normalizar ciertas mejoras en el manejo de los residuos líquidos ejecutadas con anterioridad a esta fecha.

Tipología principal, así como las aplicables a sus partes, obras o acciones

Tipología Principal:

0.7) Sistemas de tratamiento y/o disposición de residuos industriales líquidos

Puesto que la planta de tratamiento considera un sistema de tratamiento de residuos industriales líquidos.

Tipología Secundaria:

I) Agroindustrias, mataderos, planteles y establos de crianza, lechería y engorda de animales, de dimensiones industriales.

1.1) Agroindustrias donde se realicen labores u operaciones de limpieza, clasificación de productos según tamaño y calidad, tratamiento de deshidratación, congelamiento, empacamiento, transformación biológica, física o química de productos agrícolas, y que tengan capacidad para generar una cantidad total de residuos sólidos igual o

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superior a ocho toneladas por día (8 t/día) en algún día de la fase de operación del proyecto; o agroindustrias que reúnan los requisitos señalados en los literales h.2. o k.1., según corresponda, ambos del

presente artículo.

Puesto que la planta de tratamiento puede genera en la época de mayor producción de riles (vendimia) 15,2 ton/día

Vida útil

Bajo condiciones adecuadas de operación y mantención, la vida útil del proyecto se estima indefinida (sobre 30 años)

Monto de inversión

USD $ 1.010.000

Gestión, acto o faena mínima que da cuenta del inicio de la ejecución

El inicio de la ejecución del proyecto serán las obras civiles destinadas a la instalación del sedimentador.

Proyecto se desarrolla por Si No etapas X Proyecto modifica un Si No | El Proyecto modifica la RCA N101/2006, de fecha proyecto o actividad 25 de abril de 2006 de la Comisión Regional del Medio Ambiente de la VI Región del Libertador X General Bernardo O'Higgins, que calificó ambientalmente favorable el proyecto “Sistema de Tratamiento de RILes Planta Palmilla”. Proyecto modifica otra(s) Si No | El Proyecto modifica la RCA N101/2006, cuyo RCA detalle encuentra en el capítulo 2.1 del ICE y en el Anexo 4 de la Adenda. Asimismo, las principales Xx modificaciones se detallan a continuación, en el considerando 4.1.1:

4.1.1 Detalle de Modificación de Proyecto en relación con la RCA N*101/2006:

Instalación N? Descripción del Considerando RCA | Modificación Propuesta por Considerando RCA N101/2006 el Proyecto y ajustes RCA operativos desde RCA N% N101/2006 101/2006 Bodega de | 3.1.1. La Planta de Producción de Vinos de | La Planta de Producción de Vinos Viña Santa Rita de Palmilla, produce | Vinos de Viña Santa Rita

anualmente 11.900.000 L. Esta Planta se compone fundamentalmente de un área de recepción de la uva, otra de vinificación (almacenamiento de mostos y vinos). Adicionalmente la planta cuenta con bodegas, oficinas administrativas y un laboratorio.

La Planta de Producción de Vinos Palmilla no cuenta con línea de embotellación, solamente realiza vinificación y cuenta con una capacidad para almacenar aproximadamente 19.000.000 L. Anualmente se procesan 17.000.000 Kg. de uva, la que se comienza a recibir diariamente entre los meses de febrero y abril de cada año, meses a los cuales se extiende normalmente el período de vendimia.

de Palmilla, aproximadamente 37.500.000 L por año. Esta Planta se compone fundamentalmente de un área de recepción de la uva, otra de vinificación (almacenamiento de mostos y vinos). Adicionalmente la planta cuenta con bodegas, oficinas administrativas y un laboratorio.

Planta Palmilla no cuenta con línea de embotellación, solamente realiza vinificación y cuenta con una capacidad para almacenar aproximadamente 33.000.000 L. Anualmente se aproximadamente 50.000.000 Kg. de uva, la que se comienza a recibir diariamente entre los meses de febrero y abril de cada año, meses en los cuales se

produce

procesan

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extiende normalmente el período de vendimia.

El consumo promedio diario de agua en el período de no vendimia es de aproximadamente de 50.000 L/día. En la vendimia el consumo puede alcanzar a 200.000 L/día

El consumo promedio diario de agua en el período de no vendimia será de aproximadamente 90.000 L/día. En la vendimia el consumo puede alcanzar

320.000 L/día. Sistema de | 3.1.1. Periodo Volumen diario (L/día) | | Periodo Volumen diar Tratamiento de RILES Vendimia 200.000 Vendimia 320. No Vendimia 50.000 No 90.d Se realizó una caracterización de || Vendimia RILES de Planta Palmilla en el Se Fealizó una periodo abelrago 2004 caracterización de RILES de Planta Palmilla en el periodo de vendimia año 2020, adjuntado en Anexo 6 de Adenda Sistema de | 3.1.2 Pretratamiento (Homogenización del | La capacidad del estanque Tratamiento Caudal y ajuste del pH del RIL) receptor fue ampliada, de RILES aumentando la capacidad (Proceso) de almacenamiento del

RIL. Este estanque receptor fue ampliado a una capacidad de 6.000.000 L y sus medidas son 30 m x 48 mx4.0m.

Tratamiento biológico

Se modificó el considerando, en esta segunda etapa de

depuración posterior a la filtración (Trickling). El

RIL es enviado a 3 Reactores Biológicos (dispuestos en serie), ubicados en estanque

multipropósito. Se agregó un tercer biorreactor para aumentar la capacidad de tratamiento, el que tiene una capacidad de 500 m?.

Sistema de separación y acondicionamiento de lodos

Respecto de la etapa de Deshidratación del Lodo, se cambió el filtro prensa por una centrifuga de deshidratación de lodos, denominada Decanter, equipo de mejor tecnología que permitió aumentar la capacidad de tratamiento y mejorar la condición de calidad y cantidad de lodos generados.

“El efluente tratado será descargado en el Estero Lihueimo a través de un canal de derrame que desemboca en este estero. El canal de derrame nace y muere dentro de la propiedad de la Viña Santa Rita. La descarga dará

El punto de descarga del ril se encontrará en las Coordenadas Norte: 6.180.582 y Este 279.255.

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cumplimiento a la Tabla 1 del D.S.90/00 MINSEGPRES, descarga de Riles en cauces superficiales sin capacidad de dilución.

Las coordenadas UTM del Estero Lihueimo son E: 278,255,51 y N: 6.181,428,0.”

4.2. UBICACIÓN DEL PROYECTO

División político- administrativa

El proyecto se ubica en el KM 40 de la Ruta 1-340, en un sector rural distante a unos 11 km del centro urbano de Palmilla, en la Provincia de Colchagua, Región del Libertador General Bernardo O'Higgins

Descripción de la localización

La localización del Proyecto se justifica por las siguientes razones: 1. Disponibilidad de terreno y distancia a zonas pobladas.

  1. El área de emplazamiento del Proyecto no presenta zonas con valor paisajístico y/o turístico o zonas declaradas de interés turístico nacional.

  2. En el entorno del Proyecto no se encuentran evidencias de lugares o sitios donde se lleven a cabo manifestaciones propias de la cultura o folclore de algún pueblo, comunidad o grupo humano.

  3. Accesibilidad. Las instalaciones se encuentran localizadas en una zona de fácil acceso.

Superficie

Terreno: 377 ha (viña Santa Rita) Obras permanentes: 0,9 ha Obras temporales: 1.253 m?

Coordenadas UTM en Datum WGS384

Coordenadas de ubicación de Planta de Tratamiento de Residuos Líquidos Tabla N*1 “Coordenadas del Proyecto”

Vértices Coordenada Este Coordenada Norte 1 279.008 6.181.041 2 279.718 6.181.040 3 279.716 6.180.953 4 279.684 6.180.890 5 279.652 6.180.907

Fuente: Anexo 2 de Adenda Complementaria. Se hace presente que el detalle de todas las coordenadas se encuentra en archivo “Planilla Excel con coordenadas de las partes y obras” del Anexo N*2_Planos de Adenda Complementaria

Caminos de acceso

El Proyecto contempla el acceso a la instalación de faenas por el acceso original de la planta aprobada mediante RCA N*101/2006. No se contempla vialidad interna adicional a la existente, esto es en el KM 40 de la Ruta 1-340.

Referencia al expediente de evaluación de los mapas, georreferenciación e información complementaria sobre la localización de sus partes, obras y acciones

Anexo 9 de la DIA. Anexo 18 de Adenda. Anexo 2 de Adenda Complementaria.

| 4.3, PARTES, OBRAS Y ACCIONES QUE COMPONEN EL PROYECTO

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Se hace presente que el presente Proyecto contempla por una parte la ampliación de la planta de

tratamiento de residuos líquidos actual y por otra, la regularización respecto de lo aprobado a través de la RCA 101/2006.

Las obras físicas se indican a continuación:

a) Ampliación de la actual planta de tratamiento de residuos líquidos de Viña Santa Rita que incluye: + La instalación de un estanque clarificador (estanque sedimentador).

b) Regularización respecto de lo aprobado a través de la RCA 101/2006, que incluye la: » Instalación de Filtro Rotatorio * Instalación de sistema Dissolved Air Flotation (DAF), el cual contempla como subcomponentes: Equipo flotador de sólidos y neutralizador de pH en línea o Estanque de agua Estanque de agua Decanter Estanque Coagulante Estanque Neutralizante Estanque Ecualizador DAF

o Estanque Espesador de lodos 30 m*

  • Ampliación del Estanque Receptor » Instalación de Bio-Reactor 3 » Instalación de Decanter

00000

4.3.1. FASE DE CONSTRUCCIÓN

Estanque O también llamado Estanque Clarificador, de acero inoxidable, y que tiene Sedimentador de | las siguientes características: Sólidos

  • Manto cilíndrico en 3.0 mm de espesor y fondo cónico en 4.0 mm de espesor, capacidad nominal 75 m*, fabricado completamente en acero inoxidable calidad AISI 304 L 2B, según plano adjunto.

  • Dimensiones generales: diámetro 5.6 m x 3.0 m de altura de manto, con ocho patas tubulares arriostradas entre ellas.

  • Superficie de decantación de 25 m?.

El equipo considera:

  • Pista de rodadura para circulación de puente.

  • Pasarela circular superior alrededor del estanque con escalera de acceso

  • Puente de arrastre

En figura 1 de la DIA, se presenta una imagen referencial del

sedimentador., Instalación Aguas | Se instalarán baños químicos, en el área de la obra. La mantención y Servidas limpieza de éstos se realizará con una empresa externa autorizada por

Seremi Salud. Independiente a la anterior, en planta existen baños permanentes conectados a sistema particular de alcantarillado autorizado por la Autoridad Sanitaria.

Almacenamiento de | Residuos Domiciliarios y Asimilables:

Residuos Sólidos No ] e A Peligrosos Los residuos se generan principalmente por el personal que trabajará en el armado e instalación del Sedimentador, que corresponden a restos de

papel y bolsas plásticas.

Se considera que la generación será de 1,5 Kg/persona*día. Estos serán almacenados en un contenedor de 200 litros, con protección de bolsa plástica en su interior y tapa, para evitar atracción y escondite de vectores y estarán ubicados cerca de la obra. La frecuencia de retiro será dos (2) veces por semana, por empresa autorizada, manteniendo un registro del retiro de éstos.

Residuos de la Construcción:

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Corresponden a residuos sólidos no peligrosos, que corresponden principalmente a restos de materiales de embalaje, madera y elementos de ferretería.

Estos residuos serán clasificados y almacenados en contenedores plásticos, que están ubicados en una zona cercana a la obra. Su retiro será dos veces por semana por una empresa autorizada.

Regularización de | El proyecto contempla la regularización de las obras que ya se encuentran obras construidas respecto de lo aprobado a través de la RCA 101/2006, que incluye la: » Instalación de Filtro Rotatorio +» Instalación de sistema Dissolved Air Flotation (DAF), el cual contempla como subcomponentes: o Equipo flotador de sólidos y neutralizador de pH en línea o Estanque de agua o Estanque de agua Decanter o Estanque Coagulante o Estanque Neutralizante o Estanque Ecualizador DAF o Estanque Espesador de lodos 30 m? + Ampliación del Estanque Receptor + Instalación de Bio-Reactor 3 » Instalación de Decanter El detalle de las superficies de las obras ya construidas se encuentra a continuación: Imagen N1 “Superficies de instalaciones” Aprobado según RCA N Mejora Tecnológica y en Equipo/Instalación 101/2006 (dimensiones) operación Proyecto (dimensiones) Filtro Rotatorio 1 mem tamaño orificio Sin modificación Estanque Receptor de RiLes Sin dimensiones definidas 6000 m DAF (homogenizar, ecualizar cargas 132" orgánicas e hidráulicas y separación de sólidos, denominado Dissolved Air Flotation -DAF-) Pozo Pre-Percolador Trickling (Pozo 34 mt Sin modificación Filtro Trickling 1) Torre Percolador Trickling (Filtro 453 mt Sin modificación Trickling) Pozo Post percolador Trickling 00% En (Pozo Filtro Trickling 2) aa A Bio-reactor 1 281m Sin modificación Bio-reactor 2 235 m Sin modificación Bio-reactor 3 : 500 m Sedimentador 113 m Sedimentador (Proyecto) 113m ra práña: Sin dimensiones definidas Reemplazado por Decanter Decanter (Deshidratación Lodos) Capacidad 300 kg/hora Acondicionamiento Considera la excavación para remover 60 m3, en un área de 100 m2, con del Terreno una profundidad de 0,5 m, considerando un factor de esponjamiento de

1,2. Sólo existirá compactación del material de base (áridos) hasta el 95% de la densidad óptima, con rodillo autopropulsado.

Para las obras civiles del radier, para instalar el Sedimentador, se utilizarán 30 m3 de áridos de río, los que serán suministrados por una planta o cantera. El árido utilizado será suministrado por proveedores autorizados, que cuenten con el PAS 159

Armado de Estanque Sedimentador

Para las obras civiles del radier, para instalar el Sedimentador, se utilizarán 30 m3 de áridos de río, los que serán suministrados por una planta o cantera autorizada. Los áridos serán vertidos directamente en la excavación de 100 m2, por lo tanto, no habrá acopio de material.

Para instalar el Sedimentador, se utilizarán 30 m3 de hormigón, lo que serán suministrados por un camión Mixer, el cual descargará directamente en la excavación de 100 m2, sobre la base de áridos.

Para el armado e instalación del Estanque Sedimentador, se requerirá la mano de obra de dos personas, las cuales se contratan por medio de una

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empresa externa (Contratista). No se considera alojamiento por lo tanto no existe instalación de faenas.

Recursos naturales | Se debe realizar un escarpe que implica la extracción de 60 m3 de suelo,

renovables para ser rellenada primero por 30 m3 de áridos y luego de 20 m2 de hormigón. La superficie destinada a la pavimentación de la superficie para la instalación del Estanque Sedimentador, se encuentra emplazada entre los Biorreactores de la Planta de Tratamiento de RILes

Emisiones En relación a las emisiones atmosféricas, las actividades susceptibles de

generar emisiones atmosféricas son: - Excavaciones - Carguío y volteo de material - Compactación - Nivelación - Tránsito de vehículos por camino no pavimentado - Tránsito de vehículos por camino pavimentado - Combustión de vehículos - Combustión maquinaria fuera de ruta

En relación al cálculo de emisiones atmosféricas generadas durante la fase de construcción, se puede concluir que el proyecto no genera un aporte significativo en emisiones atmosféricas, considerando la medida de control que corresponde a la humectación de caminos. El detalle de las referidas Emisiones Atmosféricas se encuentra en Anexo 8 de Adenda. Además, es detallada en la respuesta 5 de la Adenda Complementaria, en donde se indica que: “La humectación de los caminos se realizará en forma diaria durante la fase de construcción del Proyecto. Sin embargo, se analizarán las condiciones climáticas (por ejemplo, la existencia de precipitaciones) o días con bajo movimiento vehicular, para determinar la necesidad, en esos días, de humectación de los caminos. ”

Al respecto, la SEREMI de Medio Ambiente, mediante Ord. N*384, de fecha 04 de octubre de 2021, se pronuncia conforme a la Adenda Complementaria del Proyecto.

En relación a las emisiones acústicas, las principales emisiones acústicas durante esta fase están relacionadas al montaje e instalación de un estanque sedimentador (estanque de acero inoxidable) en el área donde actualmente se encuentra operando la planta de tratamiento de residuos líquidos.

Al respecto en capítulo 5.6.4 del Anexo 12 de la Adenda, se realiza el análisis de las emisiones acústicas del Proyecto, de lo cual se desprende que:

Tabla N*2 Evaluación D.S. 38/2011 FC

Evaluación D.S. N*38/2011 del MMA Etapa de construcción Periodo diurno Nivel de ruido Límite Estado Punto Ce proyectado Nivel de ruido Permisible (Supera/

NPSeq [dBA] [BA] No Supera) 1 Rural 26 61 No Supera 2 Rural 36 56 No Supera 3 Rural 38 50 No Supera

Fuente: Tabla N19 de aenxo 12 de Adenda. Por lo anterior, el proyecto cumple con los límites establecidos en el D.S. N38/2011 del Ministerio del Medio Ambiente.

Al respecto, la SEREMI de Salud, mediante Ord. N*1368, de fecha 18 de mayo de 2021, se pronuncia conforme a la Adenda respecto de estos antecedentes.

Respecto de las emisiones odoríficas, se consideraron como fuentes generadoras de olor, las que se detallan en tabla N“9 del Anexo 8 de

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Adenda Complementaria, las cuales contempla: - Filtro Rotatorio. - Tolva Residuos Filtro Rotatorio. - Decanter. - DAF. - Estanque de ecualización. - Estanque Receptor. - Filtro Trickling. - Pozo Filtro Trickling. - Biorreactor. - Receptor. - Estanque Clarificador.

  • Estanque Espesador.

De las referidas fuentes generadoras de olor, se definieron 8 receptores en el área de influencia, los cuales se detallan en Figura 20 y Tabla 13, ambas del Anexo 8 de Adenda Complementaria.

Los valores de concentración olor calculados y horas de superación de 3 Uo/m? para cada uno de los receptores discretos definidos.

Tabla N%3 Emisiones odoríficas.

EE Percentls C. de olor . de olor A Horas EOres Receptor (Uo/m?) Udo sopreS No: sobra 3 do: P-98 P-99,5 Máximo Máximo é normado 175 normado 2% ra ES 2,95 0% lr 3,34: 66 1% Ral 0,02 0,14 0 0% a 1,30 5 0% ESTAIS 0,24 0,99 o 0% ARE Al 0,18 0,85 o 0% 0,13 0,56 o 0% VS CIEA 1,10 2,15 16 0% pm] 5,00 11,00 440 5%

Fuente: Tabla 16 del Anexo 8 de Adenda Complementaria. Finalmente, de lo anterior, se desprende que:

Para P-98, los receptores 1, 2 y 8 se encuentran dentro del área de influencia, con un valor de concentración igual a 1,08, 1,92 y 1,10 Uo/m* respectivamente; para P-99,5, los receptores 1, 2, 4, y 8 quedan inmersos dentro del área de influencia, con valores de concentración iguales a 2,95; 3,34; 1,30 y 2,15 Uo/m?, respectivamente.

Al comparar con la normativa propuesta, que considera la evaluación de los resultados considerando P98 como parámetro, se observa que solamente se supera para el caso del receptor 2, en forma muy leve (0,42 Uo/m*, menos de medio punto por sobre el límite propuesto). Los siete receptores restantes presentan valores de concentración por debajo del límite propuesto. Respecto del punto de máximo impacto, se obtuvo un resultado de 5,00 Uo/m?; sin embargo, este punto se encuentra dentro del predio perteneciente a Viña Santa Rita en el cual se emplaza el proyecto, por lo que no genera un impacto o molestia en la comunidad.

Por lo anterior, se da la conformidad a los antecedentes entregados por el Titular, siempre y cuando este incluya como punto crítico dentro de su

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Plan de Gestión de Olores (PGO), el receptor 2 al momento de realizar las mediciones comprometidas y entregar un reporte pormenorizado de este punto a la SMA (dentro del informe comprometido en PGO), que permita verificar que el percentil 98 de las concentraciones en dicho punto no sean superiores a lo que se presenta en el PGO, tabla 7; en caso contrario, y tal como lo establece el PGO, se deberán tomar las medidas necesarias a realizar, y de requerirse realizar cambios o mejoras a los procesos con las mejores técnicas disponibles (MTD) o tecnología en el mercado en ese momento para mitigar olores.

Al respecto, la SEREMI de Medio Ambiente, mediante Ord. N*384, de fecha 04 de octubre de 2021, se pronuncia conforme a la Adenda Complementaria del Proyecto.

En relación a las aguas servidas, éstas serán Provenientes de los baños químicos en los lugares de trabajo, cuya limpieza y mantenimiento se realiza con una empresa externa autorizada por el Ministerio de Salud.

El Proyecto cuenta con alcantarillado particular, autorizado por las Resoluciones N9311/2005; 2890/2002 y 8788/2005 (disponibles en el Anexo N15 de la Adenda).

Efluentes Residuos, productos químicos y otras sustancias que puedan afectar el medio ambiente.

En relación a los residuos no peligrosos, el proyecto contempla una generación de 3 Kg/día de residuos sólidos domiciliarios y asimilables a domiciliarios. Dichos residuos serán almacenados en contenedor con tapa de 200 litros, con protección de bolsa en su interior. La frecuencia de retiro será de dos veces por semana.

Los contenedores se instalarán cerca de la obra, según los antecedentes entregados por el titular en Anexo 17 de Adenda.

Finalmente, los residuos serán retirados por transportista autorizado y su disposición en lugares autorizados

En relación a los residuos peligrosos, el titular en respuesta 60 de Adenda, aclara que el proyecto no generará residuos peligrosos durante la fase de construcción.

Referencia al ICE para mayores detalles sobre esta fase.

Capítulo 4.6 del ICE

4.3.2. FASE DE OPERACIÓN

Operación de la planta

En relación a la fase de operación, en particular a la acción de la operación de la planta, el titular entrega un diagrama de flujo del funcionamiento de la planta de tratamiento en Anexo 2 de Adenda, el detalle del proceso se presenta a continuación:

a) Conducción del RIL desde la Planta Industrial al Sistema Tratamiento

En la Planta Palmilla, la recolección de los efluentes se realiza por gravedad, a través de una red interior de canalizaciones en pavimentos, las que recogen las aguas de las actividades de lavado y sanitizado de cubas, bins, pisos, prensas y filtros. El RIL es conducido hasta una cámara principal, desde donde será impulsado por medio de una bomba sumergible hacia el separador rotatorio.

b) Separación de Sólidos (Rotatorio) Desde el pozo de elevación, el RIL es impulsado por un sistema de bombeo hasta el separador de sólidos (filtro rotatorio), ubicado en la planta de tratamiento de RlLes. El Filtro Rotatorio, retiene todos los sólidos gruesos superiores a | mm y son descargados en la tolva de lodos, que se ubica debajo de la unidad. El líquido es conducido al tratamiento primario. Para el periodo de vendimia, se generan 400 Kg/día de residuos sólidos en el separador de sólidos. Durante la máxima de producción de Lodos, la tolva es retirada 5 veces por semana; en periodos de baja

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producción de lodos, la tolva se retira 3 veces a la semana. Los lodos son retirados por transportista autorizado y son enviados a destinatario final autorizado.

Este equipo y su operación mejoran la eficiencia de la operación y corresponden a una modificación a la RCA N* 101/2006.

c) Ecualización, Separación de Sólidos, Homogenización (DAF- Dissolved Air Flotation)

Ecualizador:

Luego de retirados los sólidos gruesos en el separador primario de sólidos (Filtro Rotatorio), el RIL es conducido por gravedad al estanque de homogenización que tiene por función ecualizar las cargas orgánicas e hidráulicas, además de homogenizar el RIL hacia el sistema de flotación con aire disuelto DAF (Dissolved Air Flotation).

Separador de sólidos:

El sistema DAF, es un equipo que separa por flotación las partículas en suspensión por ascensión de flóculos a la superficie de la unidad, que luego son transportados por un sistema barredor.

El RIL ingresa al floculador donde, por adición de coagulante, floculante y neutralizadores de pH (polímero e hidróxido de sodio respectivamente), se aumenta el diámetro efectivo de partículas y se logra separar con mayor efectividad el sólido disuelto en el RIL. El sistema cuenta con estanques y bombas de dosificación automáticas de los insumos, además de un estanque de preparación de polímero.

Respecto a los insumos utilizados actualmente en el DAF, tanto el Neutralizante (Hidróxido de Sodio) como el Coagulante (Hidróxicloruro de Aluminio), corresponden a sustancias peligrosas, de acuerdo a NCh382. Of98. Ambos están contenidos en estanques dosificadores automáticos con sistema anti-derrames, dando cumplimiento a las disposiciones del DS 43/2015. Para el manejo de las sustancias peligrosas, el personal maneja instructivos, procedimientos y hojas de seguridad y técnicas que permiten minimizar los riesgos asociados a su almacenamiento y operación de manera segura.

Homogenizador:

Una vez ingresado el RIL floculado al sistema DAF, se mezcla con una corriente recirculada de agua tratada del DAF que se encuentra saturada con aire comprimido inyectado a través de un compresor. Luego, el RIL ya floculado y mezclado pasa a través del sistema de regulación de presión y el fluido es liberado en la unidad a presión atmosférica, en donde la diferencia de presión provoca que las micro-burbujas logren la separación del sólido del agua clarificada. Las partículas se adhieren a las micro- burbujas y con la velocidad ascensional se separan del RIL.

El lodo generado en la superficie del equipo es transportado por un barredor que lo conduce hacia la tolva de recepción de lodos, generándose cerca de 6,98 ton/día de lodo flotado como máximo en periodo de vendimia. Luego, estos lodos son impulsados a través de una bomba hacia el espesador de lodos de 30 m?, para su posterior deshidratación.

Una parte del clarificado del DAF se retorna para saturarlo con aire y mezclarlo con el RIL floculado y el resto se descarga por gravedad al estanque receptor de almacenamiento de 6000 m?.

Este equipo DAF fue incorporado al proyecto original de la planta de tratamiento (aprobada mediante RCA N*101/2006), por lo tanto, esto corresponde a una mejora tecnológica, ya que originalmente el RIL era conducido directamente a un estanque homogenizador-ecualizador.

d) Homogenización y Acumulación de RIL (Estanque Receptor) Este estanque receptor tiene por función absorber los máximos de carga orgánica e hidráulica hacia los biorreactores biológicos y de las posibles

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emergencias que se puedan presentar. El estanque receptor tiene una capacidad de 6.000.000 L y sus dimensiones son 30 m x 48 m x 4.0 m de altura, medidas basales. Este posee 8 aireadores sumergidos, para mantener el RIL tratado del Ecualizador, Separador de Sólidos, Homogenizador (DAF-Dissolved Air Flotation) en mezcla completa y así evitar malos olores. De esta unidad se alimenta el Pozo N%1 del Filtro Trickling.

El estanque receptor es una ampliación de la capacidad del homogenizador aprobado en la RCA N*101 del año 2006, aumentando la capacidad para absorber incrementos de caudal y para casos de emergencia.

e) Depuración biológica (Piscinas del Filtro Percolador “Trickling”) La dosificación de nutrientes sólo considera la adición de urea, adicionando 200 Kg/día en periodo de vendimia y 100 Kg/día, fuera de vendimia aproximadamente. Esta se realiza dentro del pozo N1 del filtro “trickling”. Los nutrientes mantienen una relación de DBOS, nitrógeno y fósforo de 100: 5: 1, lo que permite que los microorganismos obtengan las condiciones óptimas para una buena depuración del RIL. El sistema consiste en dos pozos de acumulación del RIL. Cada uno tiene una capacidad de 20 m y 34 m* respectivamente, construidos en hormigón. Los equipos y la operación se encuentran en funcionamiento, de acuerdo a lo aprobado según RCA 101/2006.

f) Remoción Carga Orgánica (50%) (filtro percolador “trickling”) El RIL proveniente del estanque receptor, ingresa al Pozo N1 del Filtro Trickling, desde donde se bombea RIL hacia el filtro percolador “trickling”. Este filtro está diseñado para remover un mínimo del 50% de la carga orgánica de afluente al proceso de tratamiento. El sistema denominado Filtro Trickling, consiste en un lecho fijo poroso de plástico sobre el cual se dosifica el RIL con una frecuencia y un caudal determinado, permitiendo un tiempo de contacto adecuado entre la capa de biomasa adherida al lecho y el RIL. Este filtro, permite el crecimiento de biomasa aeróbica que será responsable de la biodegradación de los compuestos carbonáceos. El empaque del filtro trickling está constituido por tiras de polietileno estabilizados contra rayos ultravioleta y reforzados con cordones de polietileno de alta densidad (HDPE), que permiten soportar el peso de la biomasa que se adhiere y la del agua que escurre entre ellas. Las tiras cuelgan desde el soporte superior del filtro. Este filtro dispone de entradas de aire en el sector inferior, que permiten que el aire circule a través del lecho fijo, por convección natural, permitiendo oxigenar la biomasa adherida al relleno del filtro. Este proceso asegura que no se generen reacciones anaeróbicas responsables de la proliferación de olores molestos. Además, como precaución, se ha considerado un sistema auxiliar de ventiladores que permitirán, en caso de emergencias, su utilización para la inyección de aire forzado para evitar la posible generación de malos olores. Desde el pozo N?1, el RIL es impulsado hacia la parte superior del filtro trickling por medio de una bomba, llegando a un sistema de brazo distribuidor que dosifica el RIL sobre el lecho fijo del filtro. El sistema del filtro trickling incluye un pozo de acumulación de agua tratada (Pozo N2), el cual tiene por función acumular el RIL tratado del filtro trickling y recircular un porcentaje de esta agua tratada al Pozo N*1, para mejorar la eficiencia de remoción de compuestos carbonáceos del filtro. El proceso dual biológico utilizando un filtro trickling mejora el control sobre el proceso biológico dando mayor estabilidad, menor producción de lodos biológicos, favorece la oxidación biológica de los compuestos biodegradables y genera una buena sedimentabilidad de la biomasa. El equipo tiene una capacidad de 453 m?.

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Los equipos y la operación se encuentran en funcionamiento, de acuerdo a lo aprobado según RCA 101/2006.

g) Depuración Carga Orgánica (Reactores Biológicos) Luego, el RIL es enviado a tres reactores biológicos, construidos en hormigón, de capacidad 281, 236 y 500 m* respectivamente. Están dotados de sopladores y difusores, y además poseen una configuración en serie. Acá el RIL continúa su proceso de depuración mediante la acción de microorganismos heterótrofos, encargados de biodegradar los compuestos carbonáceos. El oxígeno requerido, es proporcionado a través de sopladores con sistemas de parrillas de difusores. Estos suministran el 70% del oxígeno de los reactores. El oxígeno restante, es decir el 30%, es suministrado con oxígeno puro proveniente de un estanque de almacenamiento de oxígeno, el cual será disuelto en el agua mediante el mismo sistema de inyección de aire, obteniendo una mayor eficiencia en la transferencia de masa. La inyección de oxígeno en cada caso es controlada en forma automática e independiente en cada reactor por controladores de oxígeno disuelto cuyos sensores se encuentran en el interior de los biorreactores. El sistema permite adaptarse a diferentes condiciones de RIL y absorber posibles aumentos de carga orgánica y carga hidráulica, ya que siempre será posible suministrar la cantidad de oxígeno necesaria, lo que permite incrementar la acción depuradora, junto con garantizar una completa eliminación de olores.

Tabla N%4 Capacidades de los Biorreactores

. Capacidad Operando y aprobado RCA | "el Equipo | Regularización mm? 101/2006 Biorreactor N“1 281 x | Biorreactor N“2 236 x | Biorreactor N*3 500 | Xx

El Biorreactor N*3, es una mejora en la capacidad de proceso. Los Biorreactores N%1 y N%2 se mantienen según RCA N? 101 del año 2006.

h) Clarificación de Lodos (Estanque Clarificador o Sedimentador) Desde el tercer biorreactor, se alimenta al estanque clarificador de capacidad 113 m?, que cuenta con un puente barredor de lodos que permite que los lodos sedimentados sean conducidos hacia la succión de una bomba de tornillo, la cual tendrá como función retornar los lodos a los reactores biológicos o conducirlos a los espesadores para su posterior deshidratación. En periodo de vendimia se generan 4,3 ton/día de lodos, mientras en periodo de no vendimia, 1,9 ton/día aproximadamente. El agua ya tratada, sale por una canaleta perimetral ubicada en la parte superior del sedimentador, hacia una cámara de inspección ubicada al costado de los biorreactores.

Los equipos y la operación se encuentran en funcionamiento, de acuerdo a lo aprobado según RCA 101/2006.

La obra proyectada considera la construcción e instalación de un segundo estanque de sedimentación de sólidos, construido en acero inoxidable de capacidad 113 m?. Este equipo no aumentará la superficie intervenida por el proyecto en operación, sino que se instalará en el área de la operación actual y apoyará la gestión del clarificador en operación y aprobado según RCA 101/2006.

i) Espesamiento de Lodos El lodo será tratado mediante la adición de polímeros de tal manera de entregarle las condiciones para facilitar la deshidratación, mediante Floculación. Esta etapa operacional se realiza en dos estanques, el primero

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construido en hormigón y con una capacidad de 10 m y el segundo estanque construido en acero inoxidable de 30 m de capacidad.

El espesador de lodos de 10 m* se encuentra en funcionamiento de acuerdo a lo aprobado según RCA 101/2006, mientras que el espesador de lodos de 30 m' es una mejora en la capacidad de proceso.

j) Centrifugado y Deshidratación del Lodos (Decanter)

El lodo biológico generado por las reacciones de óxido reducción, decantan en la parte inferior del estanque clarificador. Estos lodos son recirculados hacia los biorreactores para mantener la concentración deseada. Sin embargo, el exceso de lodos debe ser eliminado del sistema, enviándolo a los estanques espesadores. Para la deshidratación de los lodos, se podrán eliminar por separado o mezclados con los lodos producidos en el sistema DAF. Para ello, se dosifica una solución de polímero que se prepara en la planta de polímeros, de tal forma que se genera una floculación del lodo y esto facilita el proceso de deshidratación. La dosificación de la solución de polímero se realiza por medio de una bomba dosificadora.

Para disminuir el contenido de humedad de los lodos se utiliza un Decanter centrífugo. El equipo deshidrata los lodos en un estanque que gira a 4000 rpm. El proceso es continuo y separa los lodos húmedos en dos corrientes. En una corriente salen los lodos deshidratados y en la corriente inferior se descarga el agua clarificada del proceso de separación, llamado centrado o agua de cola. El lodo deshidratado es descargado

en una tolva de lodos que se junta con los residuos acumulados del filtro rotatorio, mientras el centrado o agua de cola, se retorna al pozo trickling N2 que ingresa nuevamente a los biorreactores.

El equipo de deshidratado de lodos reemplaza a la prensa de lodos aprobada mediante, RCA N*101/2006, con el objetivo de optimizar la operación actual de la Planta de tratamiento de RILes.

k) Descarga del RIL:

k.1) En relación al punto de descarga, en primer lugar se debe hacer presente que este se encuentra definido en la RCA N*101/2006, en particular en literal d) del considerando 3.1.2, en donde se señala que:

“El efluente tratado será descargado en el Estero Lihueimo a través de un canal de derrame que desemboca en este estero. El canal de derrame nace y muere dentro de la propiedad de la Viña Santa Rita. La descarga dará cumplimiento a la Tabla 1 del D.S.90/00 MINSEGPRES, descarga de Riles en cauces superficiales sin capacidad de dilución.

Las coordenadas UTM del Estero Lihueimo son E: 278.255,51 y N: 6.1581.428,0.”

k.2) Luego el titular en la DIA en página 16 de la Descripción de Proyecto señala lo siguiente:

“El efluente será descargado en un canal de derrame, que nace y muere dentro de la propiedad de Viña Santa Rita, y luego desemboca en el Estero Lihueimo como se indica en la RCA 101/2006. El efluente descargado cumple con lo dispuesto en el programa de monitoreo definido por la Superintendencia de Servicios Sanitarios de la Región del Libertador Bernardo O'Fliggins mediante Resolución Exenta N* 274 emitida el 01 de febrero del año 2010.”

En ese sentido si uno revisa el Anexo 4 de la DIA, en donde se adjunta la Resolución N*274 de la SISS, se puede encontrar que en el punto 3.2 se

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señala la ubicación del punto de descarga, coordenadas Norte: 6.181.428 y Este: 278.255. Lo anterior, no es consecuente con lo que el titular señala en la DIA, puesto que hay una diferencia en la ubicación del punto de descarga.

En acápite 1.3.11 del Anexo 23 de la DIA, se indica que la conducción hasta el punto de descarga se realiza a través de una tubería enterrada de PVC.

k.3) Dicha información es observada en pregunta N18 del ICSARA N486, de fecha 05 de noviembre de 2020, y respondida por el titular en respuesta N*18 de Adenda, en particular:

En respuesta 18 de Adenda, el titular indica que “ La descarga del RIL se realiza cumpliendo con la RCA 101/2006 de acuerdo al considerando 3.1.2. letra d): “el efluente tratado será descargado en el Estero Lihueimo a través de un canal de derrame que desemboca en este estero. El canal de derrame nace y muere dentro de la propiedad de la Viña Santa Rita. La descarga dará cumplimiento al D.S. 90/00 MINSEGPRES. ”

En Anexo N“6, se muestran los resultados analíticos de laboratorio ETFA de la descarga (informes de enero y febrero 2021), dando cumplimiento a lo establecido en la Resolución de Monitoreo N* 274 de 1 de Febrero del año 2010, emitida por la Superintendencia de Servicios Sanitarios.

Al revisar el Anexo 6 de Adenda, las coordenadas en donde se realizó esta acción son coordenada Este: 279657.3 y Coordenada Norte: 6180935.83, las cuales son distintas a las que se encuentran en el informe de monitoreo N*274, mencionado en la letra k.2) del presente capítulo.

Por lo anterior, seguía existiendo una inconsistencia de donde se encontraba el punto de descarga del RIL tratado.

k.4) Dicha información es observada en pregunta N31 del ICSARA Complementario N277, de fecha 04 de juntio de 2021, lo cual es respondido por el titular en respuesta N“31 de Adenda Complementaria, en particular;

“Se rectifica la información, toda vez que el canal de derrame nace en el área del proyecto; sin embargo, los RILestratados son conducidos por dicho canal interno, siendo descargados en el Estero Lihueimo Como se puede observar en los archivos “Plano Síntesis” y “Plano KMZ Consolidado” (Anexo N“2 de la presente Adenda complementaria), el punto N68 “Punto de descarga del RIL tratado” se encuentra en la desembocadura del canal de derrame, en el Estero Lihueimo, específicamente en las coordenadas UTM E:278.255,51 y N: 6.181.428,0 (Datum WGS 1984 Huso 19 Sur), en coherencia con lo señalado en la RCA N101/2006” (Enfasis agregado)”

Por lo anterior, se rectificó el punto de descarga del Ril, en Anexo 2 de Adenda Complementaria, se adjuntan los mapas actualizados del proyecto, en donde se puede apreciar con mejor claridad la diferencia del punto de descarga del ril actual y lo aprobado mediante RCA N*101/2006, se adjunta imagen de referencia y la distancia líneal entre un punto y otro con una diferencia de 1.570 mts aprox.

Imagen N* 2 Diferencia entre puntos de descarga

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Finalmente, y debido a que el titular rectificó esta información en Adenda Complementaria detallando que el punto de descarga del RIL será en las coordenadas 279555.00 m E; 6180582.00 m S, nos encontramos con una actualización de esta información, teniendo en consideración que en la DIA y Adenda el punto de descarga del Ril tratado era el mencionado en la RCA N*101/2006, y no en el escenario rectificado en respuesta 31 de Adenda Complementaria.

Por lo que, se condiciona la aprobación del proyecto a que actualice su programa de monitoreo establecido en la Resolución N*274 presentada en Anexo 4 de la DIA, y realice sus monitoreos en los dos puntos identificados durante el proceso de evaluación, tanto en época de vendimia, cómo en época de no vendimia, en los siguientes puntos ubicados en las Coordenadas UTM, WGS 84, H 19S:

Coordenadas Norte: 6.181.428 y Este: 278.255 Coordenadas Norte: 6.180.582 y Este 279.255

Mantenimiento de la Planta

El titular entrega un programa de mantenimiento de la planta de tratamiento de Riles, el cual se adjunta en Anexo 26 de Adenda, en donde se detalla el componente que se mantendrá, la frecuencia de mantenimiento, las tareas a realizar, la duración en horas, la cantidad de veces al año y el personal necesario para esta actividad.

Productos generados

Riles: La principal modificación que contempla el presente proyecto respecto a lo aprobado mediante RCA N*101/2006, es:

RCA N*101/2006, se contempla una generación de Riles de 200.000 L/día en época de vendimia y de 50.000 en época de no vendimia.

La presente modificación contempla un aumento de esta generación, la cual será de un volumen de 320.000 L/día en época de vendimia y de 90.000 L/día en época de no vendimia.

Recursos naturales renovables

Durante esta fase no se contempla la extracción, explotación o utilización de este recurso.

Emisiones

En relación a las emisiones atmosféricas, las actividades susceptibles de generar emisiones atmosféricas son:

  • Tránsito de vehículos por camino no pavimentado

  • Tránsito de vehículos por camino pavimentado

  • Combustión de vehículos

  • Combustión maquinaria fuera de ruta

  • Operación de la planta

En relación al cálculo de emisiones atmosféricas generadas durante la fase de construcción, se puede concluir que el proyecto no genera un aporte significativo en emisiones atmosféricas, considerando la medida de control que corresponde a la aplicación de supresor de polvo. El detalle de las referidas Emisiones Atmosféricas se encuentra en Anexo 8 de Adenda.

En relación a las medidas de control, el titular en respuesta 25 de Adenda,

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indica que:

Para el cálculo de las emisiones, se consideraron las siguientes medidas de control de emisiones: Caminos de tierra:

Humectación: Los caminos internos de la Viña, deberán ser habitualmente humectados, durante el tránsito de vehículos y maquinaria.

Aplicación de Supresor: Para la fase de operación, se aplicará un supresor de polvo a los caminos no pavimentados de la Viña.

Cubierta de Camiones Tolva: Para la fase de construcción, se deberá cubrir, aquellos camiones tolva que trasladen material de relleno o tierra.

Respecto de la humectación de caminos se detallada en respuesta 6 de Adenda Complementaria por el titular, en donde indica que: “Para la fase de operación, se aplicará un supresor de polvo a los caminos no pavimentados de la Planta. Este será aplicado una vez por año, previo a cada vendimia, al ser dicho periodo el con mayor afluencia vehicular a lo largo el año. El verificador para la ejecución de esta acción corresponderá a la factura por la compra del producto y un registro de aplicación con fotografías de la actividad. ”

Al respecto, la SEREMI de Medio Ambiente, mediante Ord. N*384, de fecha 04 de octubre de 2021, se pronuncia conforme a la Adenda Complementaria del Proyecto.

En relación a las emisiones acústicas, las principales emisiones acústicas durante esta fase están relacionadas a la operación de la planta.

Al respecto en capítulo 5.6.4 del Anexo 12 de la Adenda, se realiza el análisis de las emisiones acústicas del Proyecto, de lo cual se desprende que:

Tabla N95 Evaluación D.S. 38/2011 Fase de operación

Evaluación D.S, N38/2011 del MMA Etapa de construcción + operación plantas de producción y de Riles Periodo diurno nas Nivel de pi: e Límite ruido [dBA] , ruido total A a ruido Nivel de Estado operación NPSeg Zona DS S Punto iñtaede proyectado [dBA] N38 ruido (Supera/ En se etapa de Permisible | No Supera) progucción construcción (suma [dBA] y de Riles energética) 1 56 26 Ss6 Rural 61 No Supera 2 49 36 49 Rural 56 No Supera 3 40 38 42 Rural 50 No Supera

Por lo anterior, el proyecto cumple con los límites establecidos en el D.S. N938/2011 del Ministerio del Medio Ambiente.

Al respecto, la SEREMI de Salud, mediante Ord. N*1368, de fecha 18 de mayo de 2021, se pronuncia conforme a la Adenda.

En relación a las emisiones odoríficas, se consideraron como fuentes generadoras de olor, las que se detallan en tabla N*9 del Anexo 8 de Adenda Complementaria, las cuales contempla:

  • Filtro Rotatorio.

  • Tolva Residuos Filtro Rotatorio.

  • Decanter.

  • DAF,

  • Estanque de ecualización.

  • Estanque Receptor.

  • Filtro Trickling.

  • Pozo Filtro Trickling.

  • Biorreactor.

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  • Receptor.
  • Estanque Clarificador.

  • Estanque Espesador.

De las referidas fuentes generadoras de olor, se definieron 8 receptores en el área de influencia, los cuales se detallan en Figura 20 y Tabla 13, ambas del Anexo 8 de Adenda Complementaria.

Los valores de concentración olor calculados y horas de superación de 3 Uo/m3 para cada uno de los receptores discretos definidos.

Tabla N%6 Evaluación de emisiones odoríficas.

[> percentiles: Umite de 3 Uo

N* Horas sobre 3 Uo. Máximo normado 175

% Horas sobre 3 Uo, Máximo normado 2%

Receptor

A os 2,95 0% DESAISA] 1,92 3,34 66 1% PERERA 0,02 0,14 0 0% EEE ESA 0,30 1,30 5 0% ERAS] 0,24 0,99 0 0% (ER 0,18 0,85 0 0% 0,13 0,56 o 0% MTI 110 2,15 16 0% DATA 5,00 11,00 440 5%

Fuente: Tabla 16 del Anexo 8 de Adenda Complementaria. Finalmente, de lo anterior, se desprende que:

Para P-98, los receptores 1, 2 y 8 se encuentran dentro del área de influencia, con un valor de concentración igual a 1,08, 1,92 y 1,10 Uo/m* respectivamente; para P-99,5, los receptores 1, 2, 4, y 8 quedan inmersos dentro del área de influencia, con valores de concentración iguales a 2,95; 3,34; 1,30 y 2,15 Uo/m', respectivamente.

Al comparar con la normativa propuesta, que considera la evaluación de los resultados considerando P98 como parámetro, se observa que solamente se supera para el caso del receptor 2, en forma muy leve (0,42 Uo/m*, menos de medio punto por sobre el límite propuesto). Los siete receptores restantes presentan valores de concentración por debajo del límite propuesto. Respecto del punto de máximo impacto, se obtuvo un resultado de 5,00 Uo/m?; sin embargo, este punto se encuentra dentro del predio perteneciente a Viña Santa Rita en el cual se emplaza el proyecto, por lo que no genera un impacto o molestia en la comunidad.

Por lo anterior, se da la conformidad a los antecedentes entregados por el titular, siempre y cuando este, dentro de su PGO incluya como punto crítico el receptor 2 al momento de realizar las mediciones comprometidas y entregar un reporte pormenorizado de este punto a SMA (dentro del informe comprometido en PGO), que permita verificar que el percentil 98 de las concentraciones en dicho punto no sean superiores a lo que se presenta en PGO, tabla 7, en caso contrario y tal como lo establece el PGO se deberán tomar las medidas necesarias a realizar y de requerirse realizar cambios o mejoras a los procesos con las mejores técnicas disponibles (MTD) o tecnología en el mercado en ese momento para mitigar olores.

Al respecto, la SEREMI de Medio Ambiente, mediante Ord. N*384, de fecha 04 de octubre de 2021, se pronuncia conforme a la Adenda Complementaria del Proyecto.

Efluentes

En relación a las aguas servidas, éstas vendrán de los baños existentes en la Planta Palmilla, que cuentan con alcantarillado particular, autorizado por las Resoluciones N*9311/2005; 2890/2002 y 8788/2005 (disponibles

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en el Anexo N*15 de la Adenda).

En relación a los residuos líquidos de la planta de tratamiento de riles, como resultado de la ampliación de la Planta de Tratamiento de RILes, se podría llegar a tratar y descargar 307 m*/día de RlLes en algunos días dentro del periodo peak de vendimia. Según lo indicado por el titular en respuesta 31 de Adenda Complementaria, el punto de descarga del RIL tratado es el que el titular identifica con el número de archivo N%40, en su Anexo 2 de la Adenda Complementaria, el cual estará dado por las coordenadas 279555.00 m E y 6180582.00 m S, este es el punto de descarga que se entenderá aprobado.

Residuos, — productos | En relación a los residuos sólidos domiciliarios, el proyecto contempla químicos y otras | Una generación de 0,5 Kg/día de residuos sólidos domiciliarios. Dichos sustancias que puedan residuos serán almacenados en contenedor con tapa de 200 litros, con afectar el medio | Protección de bolsa en su interior. La frecuencia de retiro será de dos ambiente. veces por semana.

Los contenedores se instalarán cerca de la obra, en lugar de fácil acceso y protegidos de lluvia, según los antecedentes entregados por el titular en Anexo 17 de Adenda.

Finalmente, los residuos serán retirados por transportista autorizado y su disposición en lugares autorizados

En relación a los residuos sólidos reciclables, El proyecto contempla una generación de 100kg/mes de residuos reciclables. Dichos residuos serán almacenados en contenedores. La frecuencia de retiro será de carácter mensual por empresa autorizada.

Se acopian en contenedores en un patio de acopio señalizado, según los antecedentes entregados por el titular en Anexo 17 de Adenda. Finalmente, los residuos serán retirados por transportista autorizado y su disposición en lugares autorizados

En relación a los residuos orgánicos de lodos, el proyecto contempla una generación de 15,2 ton/día de residuos orgánicos de lodos. Dichos residuos serán almacenados en contenedor metálico de 15 a 20 m'* hermético. La frecuencia de retiro será diaria

El contenedor se instala en un lugar techado y con piso impermeable (cemento pulido), en PAS 140 (Anexo N*17 de Adenda) se describe en detalle la ubicación incluyendo la planimetría.

Finalmente, los residuos serán retirados por transportista autorizado y su disposición en un lugar autorizado.

Referencia al ICE para | Capítulo 4.7 del ICE. mayores detalles sobre esta fase.

4.3.3, FASE DE CIERRE

Según los antecedentes entregados por el titular en respuesta N*2 de Adenda Complementaria, el proyecto contempla una vida útil indefinida, sin embargo, en la eventualidad de ocurrir una fase de cierre se indican las acciones a realizar.

a) Desmantelar o asegurar la estabilidad de la infraestructura utilizada por el proyecto o actividad;

En primer lugar, se detendrá la generación de residuos líquidos. El desmantelamiento de las partes que componen la planta de tratamiento se realizará con la ayuda de un camión pluma y una grúa si fuese necesario. Las piezas y elementos de las estructuras serán enviados a una zona de acopio, para luego iniciar un catastro de los activos fijos que pueden ser valorizados y/o utilizados en el desarrollo de actividades compatibles. En caso de contar con piezas o estructuras sin valor por su estado o características, se procederá a gestionar su envío mediante un transportista a un destinatario final, ambos autorizados por la autoridad sanitaria.

b) Restaurar la geoforma o morfología, vegetación y cualquier otro componente ambiental que haya sido afectado durante la ejecución del proyecto o actividad:

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Todas las instalaciones de la Planta de Tratamiento de RILes serán desmanteladas y desenergizadas. Las estructuras sobre el nivel del suelo serán demolidas, hasta unos 30 cm de profundidad, incluyendo hormigón y acero de armadura. Posteriormente, se repondrá la capa superior del suelo sobre dichos lugares dejando en iguales o mejores condiciones geomorfológicas iniciales, excepto aquellas que tengan un uso futuro asignado y compatible con la actividad vitivinícola.

Todos los residuos generados serán dispuestos según su característica principal en sitios de disposición final autorizados.

c) Prevenir futuras emisiones desde la ubicación del proyecto o actividad, para evitar la afectación del ecosistema incluido el aire, suelo y agua:

El cierre del proyecto no guarda relación con futuras emisiones, puesto que no existirán elementos que se relacionen con algún tipo de emisión, ni tampoco se utilizan sustancias en la operación del proyecto que persistan en el lugar bajo ningún tipo de acopio o disposición. Del mismo modo, una vez retirados los residuos producto del desmantelamiento de estructuras en la fase de cierre, no existirá ningún tipo de residuo bajo ningún tipo o forma de acopio que implique la generación de futuras emisiones en el área de emplazamiento del Proyecto.

d) La mantención, conservación y supervisión que sean necesarias; Retiradas las partes de la infraestructura desmantelada, no se requieren labores de mantenimiento de la fase de cierre, puesto que el cierre no guarda relación con ningún tipo de emisión, ni con la necesidad de monitoreo de ningún tipo de efluente, ni con la percolación de ningún tipo de residuo industrial, ni con la estabilidad de ningún tipo de vertedero, o derrame de ningún tipo de sustancia o residuo bajo ningún tipo de acopio o disposición.

Referencia al ICE para | Capítulo 4.8 del ICE. mayores detalles sobre esta fase.

4.4, CRONOLOGÍA DE LAS FASES DEL PROYECTO

4.4.1. FASE DE CONSTRUCCIÓN

Fecha estimada de inicio | Diciembre 2021

Parte, obra o acción que | Habilitación del terreno establece el inicio

Fecha estimada de Febrero 2022 término

Parte, obra o acción que | Marcha blanca funcionamiento establece el término

4.4.2. FASE DE OPERACIÓN

Fecha estimada de inicio | Febrero 2022

Parte, obra o acción que | Ingreso y tratamiento de RILes en el nuevo Estanque Sedimentador establece el inicio

Fecha estimada de Indefinida término

Parte, obra o acción que | Si bien se considera una vida útil del proyecto de carácter indefinida, establece el término considerando futuras actualizaciones y renovaciones de tecnología y equipamientos, la acción que establecería el término sería la detención de la generación de residuos líquidos para continuar con las actividades descritas en la respuesta N“2 de la Adenda complementaria

4.4.3. FASE DE CIERRE

Fecha estimada de inicio | El proyecto contempla una vida útil indefinida

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5”. Que, durante el proceso de evaluación se han presentado antecedentes que justifican la inexistencia de los siguientes efectos, características y circunstancias del artículo 11 de la Ley N*

19.300:

Tabla 5.1 Sobre la inexistencia de riesgo para la salud de la población, debido a la cantidad y calidad de

efluentes, emisiones y residuos

Impacto ambiental

  • Superación de los valores de ruido establecidos en la normativa ambiental vigente, en los receptores cercanos al Proyecto.

  • Exposición a contaminantes debido al impacto generado por el manejo de residuos.

  • Aumento en la concentración de olor en receptores sensibles.

Existencia de población cuya salud pudiera verse afectada

La población más cercana se encuentra a 200 metros, por lo tanto, su salud no puede verse afectada, tal como lo señalan los Estudios que se han acompañado al Proyecto (Anexo N?12 de la Adenda).

Los siguientes antecedentes justifican que el proyecto o actividad no genera o presenta riesgo para la salud de la población debido a la cantidad y calidad de los efluentes, emisiones o residuos, en consideración a lo dispuesto en el artículo 5 del Reglamento del SEIA:

a) La superación de los valores de las concentraciones y períodos establecidos en las normas primarias de calidad ambiental vigentes o el aumento o disminución significativos, según corresponda, de la concentración por sobre los límites establecidos en éstas. A falta de tales normas, se utilizarán como referencia las vigentes en los Estados que se señalan en el artículo 11 del Reglamento.

Para evaluar los efectos para la componente aire, se ha desarrollado una estimación y modelación de las emisiones atmosféricas, adjuntado en Anexo N98 de la Adenda. A nivel de dispersión, ninguno de los contaminantes analizados (PM10, NOx, SOx) supera las normas de calidad del aire de la Región Del Libertador Bernardo O'Higgins, D.S. B15/2013, ”Plan de Descontaminación Atmosférica para el Valle Central”; El aporte de ellos es baja, para el caso del NOx 2,5%; MP10 10,5% y para SOx 0,035%. En cuanto a los residuos líquidos generados son tratados y el efluente es descargado cumpliendo con lo dispuesto en el programa de monitoreo definido por la Superintendencia de Servicios Sanitarios, de la Región del Libertador Bernardo O”Higgins mediante Resolución Exenta N%274, emitida el 01 de Febrero del año 2010. El efluente es descargado en un canal de derrame que desemboca en el Estero Lihueimo, como se indica en la RCA N*101/2006. Por lo tanto, no se prevé la superación de los valores de las concentraciones y periodos establecidos en las normas primarias de calidad ambiental vigentes o el aumento o disminución — significativos, según corresponda, de la concentración por sobre los límites establecidos en éstas.

b) La superación de los valores de ruido establecidos en la normativa ambiental vigente. A falta de tales normas, se utilizarán como referencia las vigentes en los Estados que se señalan en el artículo 11 del Reglamento.

Tal como lo establece el Informe técnico “Evaluación Acústica Normativa de Ruido Ambiental DS N38/2011, del MMA”, adjuntado en Anexo N12 de Adenda, que de acuerdo a las modelaciones acústicas realizadas para cada una de las fases del proyecto (construcción en este caso), es posible concluir:

“En la etapa de construcción, instalación y montaje del Estanque Sedimentador, se verifica que se cumplirán con los niveles máximos en los tres receptores más cercanos a las instalaciones, el valor más alto corresponde a 38 (Npseq (dBA)) y el DS N*38/11 establece como máximo 50 (Npseq (dBA)).

Por lo tanto, de acuerdo a los resultados de la evaluación del impacto acústico ambiental, indica que no se producirán impactos acústicos significativos sobre la comunidad o puntos sensibles más cercanos.

c) La exposición a contaminantes debido al impacto de las emisiones y efluentes sobre los recursos naturales renovables, incluidos el suelo, agua y aire, en caso que no sea posible evaluar el riesgo para la salud de la población de acuerdo a las letras anteriores.

El impacto de las emisiones y efluentes sobre recursos naturales renovables no es ni será significativo, ya que de acuerdo con los estudios realizados no se prevé contaminación de suelo, agua y aire. El agua para consumo humano proviene del Comité de Agua Potable Rural Las Garzas, Las Majadas, La Tricahuera. Por otra parte, el estudio de emisiones atmosféricas muestra el cumplimiento de la normativa para las etapas de construcción y operación (Anexo N*8 de la Adenda) De acuerdo al estudio “Modelación de Dispersión e Impacto por Olores”, adjunto en el

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Anexo N*8 de la adenda Complementaria, señala que los resultados obtenidos permiten afirmar que el proyecto cumple con los parámetros exigidos por la normativa de referencia, por lo que se puede asegurar que no generará impactos negativos para las personas cercanas al m ismo, ni en las actividades desarrolladas en el sector. Por último, en cuanto al suelo, el proyecto en su fase de construcción (montaje e instalación estanque sedimentador), hará una pequeña intervención en el área de la planta de tratamiento existente y operativa, con una baja excavación y sin riesgos de infiltración.

d) La exposición a contaminantes debido al impacto generado por el manejo de residuos sobre los recursos naturales renovables, incluidos el suelo, agua y aire.

No se considera que exista una exposición a contaminantes por el manejo de residuos, ya que éstos se clasifican y almacenan transitoriamente, en lugares específicos, cumpliendo la normativa vigente, por lo tanto, no se deberían ver afectados los recursos naturales renovables incluidos el suelo, agua y aire.

Referencia al ICE para mayores detalles sobre este impacto específico

Capítulo 5.1 del ICE Capítulo 6.1 del ICE

En base a lo expuesto en las filas anterior, se indica que la DIA del Proyecto “Ampliación y Normalización de Instalaciones del Sistema de Tratamientos de Residuos Líquidos Planta Palmilla”, no genera efectos, características o circunstancias del artículo 5 del D.S. N*40/2012 del MMA.

Tabla 5.2 Sobre la inexistencia de efectos adversos significativos sobre la cantidad y calidad de los recursos naturales renovables, incluidos el suelo, agua y aire

Impacto ambiental

  • Alteración de las condiciones fisicoquímicas del Estero Lihueimo, por la descarga de efluentes tratados con potencial alteración de la biota acuática.

  • Pérdida de hábitats de especies vegetales

  • Modificación de hábitats de especies de fauna terrestre.

Los siguientes antecedentes justifican que el proyecto o actividad no genera o presenta efectos adversos significativos sobre la cantidad y calidad de los recursos naturales renovables, incluidos el suelo, agua y aire, en consideración a lo dispuesto en el artículo 6 del Reglamento del Reglamento del SETA:

Recursos naturales renovables escasos, | No aplica.

únicos o representativos.

a) La pérdida de suelo o de su capacidad | Respecto a la pérdida de suelo, cabe destacar que el proyecto se

para sustentar biodiversidad

por | desarrolla en la zona de la actual Planta de Tratamiento, y sólo

degradación, erosión, impermeabilización, | requiere intervenir un área de 100 m? para la construcción e

compactación o presencia contaminantes.

de | instalación del Estanque Sedimentador de Sólidos o también

llamado Estanque Clarificador.

De acuerdo al Informe Técnico “Caracterización de Flora y Fauna Terrestre, señala que se observa el mismo conjunto de especies de la Arboleda y Bosque artificial (naturalizado), pero en una densidad mucho mayor, reduciéndose el número de especies observadas en el estrato bajo donde la mayor parte de los individuos observados son renovales de las especies. En la única zona donde se definió esta unidad del paisaje se hallaron individuos plantados de las especies nativas Maitén y Quillay. Además, en la formación vegetacional, el tipo dominante es la hierba, cuyos individuos se presentan como plantas pequeñas, poco espaciadas, sobre un césped de hierbas en estado de brote y germinación, dominado por la presencia de poáceas y gramíneas.

Se observó vegetación hidrófila, lo que implica que son plantas que viven en contacto directo con el agua, las cuales pueden ser de tipos flotantes, sumergidos, emergentes o sub-emergentes, dependiendo del lugar de la columna de agua que habiten.

Por lo anterior, el proyecto no genera pérdida de suelo significativa, ni tampoco de su capacidad para sustentar la biodiversidad.

b) La superficie con plantas, algas, | Flora

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hongos, animales silvestres y biota intervenida, explotada, alterada o manejada y el impacto generado en dicha superficie. Para la evaluación del impacto se deberá considerar la diversidad biológica, así como la presencia y abundancia de especies silvestres en estado de conservación o la existencia de un plan de recuperación, conservación y gestión de dichas especies, de conformidad a lo señalado en el artículo 37 de la Ley 19.300.

De acuerdo a lo establecido en el Informe Técnico “Caracterización Flora y Fauna Terrestre” (Anexo N*13 de la Adenda), se detectaron mediante transectos y observación directa en el área de estudio, 35 especies de flora vascular, distribuidos en 18 familias de las cuales Asteraceas, Poligonaceas y Fabáceas fueron las más abundantes, agrupando un 39% de las especies, el resto de las familias con porcentajes menores. De estas especies, un 49% fueron del tipo hierbas, seguidas por plantas macrófitas con un 23% (planta de hábitat eminentemente acuático), el restante porcentaje se reparte entre arbustos y árboles.

Además, de la flora observada, destaca que el 83% tiene un origen exótico (o introducido), un 14% son nativas y sólo una especie es de origen endémico (4%).

Fauna

En base al muestreo de fauna realizado ya sea por observación directa o indirecta en el área de estudio, se detectaron 30 especies, entre Aves (20), Mamíferos (5), Reptiles (4) y un Anfibio.

Del grupo más representado, las aves, se destaca que el 33% fueron del orden de las Passeriformes, un 7% Columbiformes, Falconiformes y Gruiformes; y sólo una especie de los órdenes Cathartiformes, Charadriiformes, Galliformes y Pelecaniformes.

De todas las especies detectadas de fauna, un 83% de ellas tiene un origen nativo, un 13% introducido y una de origen endémico.

Estas especies se encontraron distribuidas con distintas abundancias en las áreas prospectadas.

Por otra parte, de estas especies, aquellas cuya presencia fue más recurrente en las áreas prospectadas fueron el Queltehue, Cernícalo, Chirihue, Jilguero, Golondrina chilena, Chercán y Lagartija lemniscata.

Por tanto, de acuerdo con lo anterior, no se prevé la generación de impactos significativos sobre plantas, animales silvestres y biota, ya que, el Proyecto contempla una superficie acotada, que se encuentra dentro del área de la Planta de Tratamiento, por lo tanto, no se representa ser un recurso escaso, único O representativo y sin diversidad biológica susceptible de ser afectado.

Por lo expuesto, se concluye que el proyecto no genera efectos significativos de los recursos naturales.

c) La magnitud y duración del impacto del proyecto o actividad sobre el suelo, agua o aire en relación con la condición de línea de base.

La magnitud y duración del impacto sobre el suelo

Fase de Construcción

Si bien el Proyecto no tiene por objetivo la explotación o la extracción de suelo, para el montaje e instalación del Estanque Sedimentador adicional, en el área donde actualmente se encuentra emplazada y operando la Planta de Tratamiento, por lo que el suelo no presenta capa vegetal, flora y vegetación alguna, El acondicionamiento considera la excavación de dicho terreno. La cantidad de material a remover corresponde a 60 m?, contenidos en un área de 100 m?, con profundidad de 0,5 m y considerado un factor de esponjamiento de 1,2. El destino final del material removido será a relleno sanitario autorizado por la autoridad sanitaria.

No se requiere nivelación ni de compactación de terreno, sólo hay compactación del material de base (áridos) hasta el 95% de la densidad óptima, con un rodillo autopropulsado.

Fase de Operación En esta etapa no se contempla la explotación o la extracción de

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suelo, el proyecto hará ocupación de las superficies preparadas durante la fase de construcción. Cabe destacar que la superficie que será ocupada por el proyecto corresponde a sectores intervenidos por la operación actual de la Planta de Tratamiento.

Fase de Cierre

No se considera esta fase, dado que el proyecto tiene vida útil indefinida.

La magnitud y duración del impacto sobre el agua

Fase de Construcción

En cuanto a los requerimientos de agua (potable e industrial), el proyecto para su ejecución no requiere extracción de este recurso, debido a que el agua utilizada será abastecida por terceros autorizados.

El suministro de agua potable es a través de las conexiones existentes en instalaciones, proveniente del Comité de Agua Potable Rural Las Garzas, Las Majadas, Las Tricahueras. Además, se suministrará agua en botellas individuales para el consumo durante esta fase.

En cuanto al manejo de las aguas servidas, se realizará a través de la utilización de baños químicos en el área del montaje e instalación del Estanque Sedimentador, los que serán manipulados por una empresa que cuenta con las autorizaciones sanitarias para realizar, manejo, transporte y disposición final de las aguas servidas.

Fase de Operación

Durante la fase de operación, los residuos líquidos provenientes de la planta de tratamiento son descargados en un canal de derrame que desemboca en el Estero Lihueimo, como se señala en la RCA N101/2006, cumpliendo lo establecido en el Programa de Monitoreo definido por la Superintendencia de Servicios Sanitarios, mediante Resolución Exenta N274/2010.

También se generarán aguas servidas durante esta fase, por el uso derivado de los servicios higiénicos existentes, los cuales se encuentran conectados a un sistema particular de alcantarillado, autorizados bajo Resoluciones N” 9311/2005; 878/2005 y 2890/2002 (Anexo N*15 de la Adenda)

Fase de Cierre No se considera esta fase, dado que el proyecto tiene vida útil indefinida.

La magnitud y duración del impacto sobre el aire

De acuerdo a lo expresado en el Estudio “Modelación de Calidad del Aire” (Anexo N98 de la Adenda), el cual señala que las emisiones en la fase de construcción se presentan muy bajas, además esta fase considera actividades acotadas en el tiempo, con una duración de 12 semanas. Estas emisiones corresponden principalmente a actividades de movimiento de tierra, excavaciones y actividades propias de la instalación del Estanque Sedimentador.

En relación a la fase de operación, ningún contaminante supera los límites de emisión definidos en el D.S. N*15/2013, “Establece Plan de Descontaminación Atmosférica para el Valle central de la Región del Libertador General Bernardo O Higgins”.

En relación a los aportes a la calidad del aire, durante la fase de

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construcción, se presentan muy bajos, con aportes que oscilan entre 1 a 4 órdenes de magnitud por debajo de límite de detección de 1 ug/m? o 1 mg/m?-día para la depositación, por lo tanto, no se prevén impactos significativos durante esta fase del Proyecto.

Para la fase de operación, la situación es similar, los aportes son muy bajos con aportes que oscilan entre 1 a 3 órdenes de magnitud por debajo del límite de detección de 1 ug/m? o 1 mg/m?-día para la depositación, con excepción del NO2 en su Norma relacionada al Percentil 99 de los valores horarios, donde el Receptor 1, receptor definido más cercano al área del Proyecto, presenta un aporte de 4 ug/m?, de todas maneras, para aquellos receptores definidos en estaciones EMRP, los aportes oscilan entre 2 a 4 órdenes de magnitud por debajo de 1 ug/m*, por lo que tampoco se prevén impactos significativos durante la fase de operación del Proyecto.

De acuerdo con lo anterior, se concluye que el proyecto no genera efectos significativos sobre los recursos naturales, considerando su situación basal.

d) La superación de los valores de las concentraciones establecidos en las normas secundarias de calidad ambiental vigentes o el aumento o disminución significativos, según corresponda, de la concentración por sobre los límites establecidos en éstas. A falta de tales normas, se utilizarán como referencia las normas vigentes en los Estados que se señalan en el artículo 11 del Reglamento. En caso de que no sea posible evaluar el efecto adverso de acuerdo a lo anterior, se considerará la magnitud y duración del efecto generado sobre la biota por el proyecto o actividad y su relación con la condición de línea de base.

En nuestro país se encuentran vigentes dos (2) normas secundarias de calidad ambiental del aire: Norma de Calidad del Aire para SO2, D. S. N”22/2009, MINSEGPRES, y la Norma de Calidad del Aire para Material Particulado Sedimentable en la cuenca del rio Huasco en III Región; D.S. N4/1992, Ministerio de Agricultura. De las dos (2) normas de calidad secundarias vigentes de aire, ninguna de ellas es aplicable al proyecto, dado que éste no se emplaza en la Región de Atacama, además el Proyecto no es generador de SO2. Respecto a las cuatro (4) normas secundarias de calidad ambiental del recurso hídrico: Norma secundaria de calidad ambiental para la protección de las aguas continentales superficiales de la cuenca del Bio-Bio (D.S. N9/2015, MMA); Norma secundaria de calidad ambiental para la protección de las aguas continentales superficiales de la cuenca del río Maipo (D. S. N53/2012, MMA); Norma secundaria de calidad ambiental para la protección de las aguas continentales superficiales del lago Villarrica (D. S. N19/2013, MMA) y Norma secundaria de calidad ambiental para la protección de las aguas continentales superficiales de la cuenca del río Serrano (D.S. N*19/2013, MMA). De las cuatro (4) normas de calidad secundarias vigentes del recurso hídrico, ninguna es aplicable al proyecto, toda vez que éste no descarga su efluente tratado en las aguas continentales protegidas por dichos instrumentos.

De acuerdo a lo anterior, él área del Proyecto no está sujeto a normas secundarias, y la construcción y operación del Proyecto no afecta a recursos protegidos por ellas, por consiguiente, no se pueden evaluar límites establecidos. No obstante, de acuerdo con el análisis realizado anteriormente en la letra c), se puede concluir que el proyecto no generará efectos adversos significativos sobre recursos naturales.

De acuerdo a lo anterior, se concluye que el proyecto no genera superación de las concentraciones establecidas en normas de calidad secundaria.

e) La diferencia entre los niveles estimados de ruido con proyecto O actividad y el nivel de ruido de fondo representativo y característico del entorno donde se concentre fauna nativa asociada a hábitats de relevancia para su nidificación, reproducción o alimentación.

Dada la inexistencia de normativa nacional asociada a ruido para fauna, se utilizó el criterio de la EPA (United States Enviromental Protection Agency, “Effects of Noise on Wildlife and Other animals”, 1971), el cual establece los siguientes límites acústicos para la fauna.

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que aplica

Objetivo, descripción y justificación

El proyecto generará impactos ambientales, por lo tanto, mediante el Plan de Comunicación se busca mantener informada a la comunidad de todos los componentes enlistados en la respuesta a la observación N*38 de la Adenda complementaria, logrando de esta forma contar con un canal de comunicación formal para abordar de forma efectiva eventuales inquietudes o reclamos desde la comunidad.

Lugar, forma y oportunidad de implementación

Instalación de cartel informativo en el acceso de la Planta Palmilla (2 x 3 m) y entrega de cartillas y folletos informativos a los vecinos del sector a intervenir con los componentes enlistados en la respuesta a la observación N*38 de la Adenda Complementaria.

Indicador que acredite su cumplimiento

Número de carteles informativos (1) y número de folletos entregados a los vecinos

Forma de control y seguimiento

Fotografía del cartel informativo y de la entrega de los folletos a los vecinos

  1. Que, las medidas relevantes del Plan de Prevención de Contingencias y del Plan de Emergencias, son las siguientes:

Las medidas o acciones relevantes del plan de prevención de contingencias y emergencias son las

siguientes:

10.1.1 Riesgo o contingencia Sismo

Tabla 10.1.1 Riesgo Sismo

Fase del proyecto a la que aplica

Construcción y operación

Emplazamiento, parte,

asociada

obra o acción | Todas las obras del proyecto

Acciones o medidas a implementar para prevenir la contingencia

  • Identificar y difundir instrucciones respecto a corte general de interruptores o fusibles de electricidad.

» Identificar las zonas de seguridad » Señalización de las vías de evacuación y zonas seguras. » Realizar simulacros.

» Realizar inducciones a los trabajadores sobre las zonas de seguridad y contenidos del plan de emergencia.

Forma de control y seguimiento

Registro de capacitaciones y simulacros

Referencia a documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada

Anexo 1 de Adenda Complementaria

Acciones o medida a implementar para controlar la emergencia

Durante el movimiento telúrico:

  • Mantener la calma, bajo ningún motivo correr dado ya que podría salir herido y/o producir un accidente

  • Alejarse de objetos que puedan caer.

  • Mantenerse lejano de ventanales o puertas de vidrio.
  • Ante el aviso de evacuación del recinto, se deberá seguir las

siguientes instrucciones: salir con paso rápido por las vías de evacuación señaladas (no correr) hasta la zona de seguridad

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preestablecida y servir de guía a visitas o clientes.

  • Permanecer bajo vigas, pilares, muebles o lugares de seguridad preestablecidos. Si ya se está en el exterior, alejarse de murallas altas, postes de alumbrado eléctrico y árboles altos.

Después del movimiento telúrico:

  • Verificar si hay personas lesionadas.

  • Verifique estado de instalaciones.

  • Cualquier anomalía detectada informar inmediatamente al supervisor.

  • No regresar hasta que se dé la autorización por el área de

Prevención de Riesgo y Supervisor de Terreno / Subgerente de Operaciones Industriales.

Oportunidad y vías de comunicación a la SMA de la activación del Plan de Emergencia

Se avisará mediante correo electrónico a la SMA y Seremi de Salud dentro de las 24 horas siguientes de ocurrida la emergencia y las medidas a adoptar y seguimiento según corresponda

Referencia a documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada

Anexo 1 de Adenda Complementaria

10.1.2 Riesgo o contingencia Incendio en obra

Tabla 10.1.2 Riesgo Incendio en obra

Fase del proyecto a la que aplica

Construcción y operación

Emplazamiento, parte, obra o acción

asociada

Todas las obras del proyecto.

Acciones o medidas a implementar para prevenir la contingencia

  • Está estrictamente prohibido fumar, encender fogatas o realizar fuegos en instalaciones VSR.

  • Se dispondrá de extintores en áreas señalizadas y accesibles

  • Se capacitará al personal sobre el control de incendios y uso de extintores

Forma de control y seguimiento

Registro de capacitaciones y simulacros

Referencia a documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada

Anexo 1 de Adenda Complementaria

Acciones o medida a implementar para controlar la emergencia

  • El personal que detecta el incendio sin importar su cargo deberá informar la emergencia

  • El personal capacitado en el uso y manejo de extintores podrá actuar frente a un amago de incendio solo si es posible, además deberá tener en cuenta si posee los recursos necesarios para proceder a extinguir, también deberá chequear la dirección del viento para ver donde se posiciona y hacia donde dirige el agente extintor si tiene los medios antes mencionados (Extintores, etc.).

  • En caso de actuar frente al amago y ser sobrepasado, poniendo en riesgo su integridad física, deberá comunicar la situación al Supervisor y paralelamente se informará a personal de VSR (seguir paso a paso mecanismo de comunicación de

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Emergencia).

  • De no ser capaz de extinguir el amago o incendio, debe comunicar la situación, a través del número de emergencia 132 Bomberos.

Oportunidad y vías de comunicación a la SMA de la activación del Plan de Emergencia

Se avisará mediante correo electrónico a la SMA y Seremi de Salud dentro de las 24 horas siguientes de ocurrida la emergencia y las medidas a adoptar y seguimiento según corresponda

Referencia a documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada

Anexo 1 de Adenda Complementaria

10.1.3 Riesgo o contingencia Derrame de sustancias peligrosas

Tabla 10.1.3 Riesgo Derrame de sustancias peligrosas

Fase del proyecto a la que aplica

Construcción y operación

Emplazamiento, obra o acción

asociada

parte,

Aplicación de coagulante/floculante y neutralizante

Acciones o medidas a implementar para prevenir la contingencia

Capacitación al personal del “Procedimiento Manejo Sustancias Peligrosas”.

Forma de control y seguimiento

  • Registro de capacitación

  • Registro de incidentes

Referencia a documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada

Anexo 1 de Adenda Complementaria

Acciones o medida a implementar para controlar la emergencia

Medidas durante la contingencia: Contener el derrame inmediatamente

Para sustancias líquidas, se debe realizar contención con material absorbente, con ayuda de pala y escoba y se debe manipular con los elementos de protección personal adecuados como guantes y mascarillas.

Para sustancias sólidas, se debe contener con elementos como palas y escobas que no estén contaminados previamente y se debe manipular con los elementos de protección personal adecuados como guantes y mascarilla.

Medidas post contingencia

El material absorbente contaminado debe almacenarse en bolsas de basura gruesas o bien en contenedores plásticos cerrados y deben contar con la señalización respectiva. Proceder igual forma con los EPP

Oportunidad y vías de comunicación a la SMA de la activación del Plan de Emergencia

Se avisará mediante correo electrónico a la SMA y Seremi de Salud dentro de las 24 horas siguientes de ocurrida la emergencia y las medidas a adoptar y seguimiento según corresponda.

Referencia a documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada

Anexo 1 de Adenda Complementaria

10.1.4 Riesgo o contingencia Derrame de RIL (Rebalse; Rotura Canaletas; Filtraciones Cámaras)

Tabla 10,1.4 Riesgo Derrame de RIL (Rebalse; Rotura Canaletas; Filtraciones Cámaras)

Fase del proyecto a la que aplica

| Construcción y operación

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Emplazamiento, obra o acción

asociada

parte,

Funcionamiento general Planta Tratamiento

Acciones o medidas a implementar para prevenir la contingencia

  • Aplicación del Programa de Mantenimiento Planta de Riles
  • Control operacional diario Planta de Riles

  • Inspección visual diario y control de niveles hidráulicos diario Planta de Riles.

Forma de control y seguimiento

Registro de actividades de mantención y monitoreo Planta de Riles

Referencia a documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada

Anexo 1 de Adenda Complementaria

Acciones o medida a implementar para controlar la emergencia

Medidas durante la contingencia

» Si el derrame es posterior al Estanque Receptor de la Planta de RILes, detener inmediatamente la alimentación desde el mismo hacia el sistema de tratamiento biológico.

» Si es antes del Estanque Receptor, detener las operaciones de generación de RIL y establecer un perímetro con material absorbente alrededor de la Planta de Tratamiento.

» Ante un gran rebalse de la Planta, se detendrán las operaciones que generan RIL hasta detener el rebalse y se bombeará mediante motobomba y mangueras hacia el Estanque Receptor, si es que cuenta con capacidad disponible. De lo contrario, se bombeará el RIL derramado hacia estanques disponibles en el establecimiento para su acopio provisorio y se contactará inmediatamente a camiones limpia fosas para continuar y dar término a la succión del RIL derramado.

Medidas Post Contingencia

  • El material absorbente contaminado debe ser dispuesto como residuo no peligroso.

» Se deben verificar obstrucciones o roturas en todo el sistema de conducción de RIL de la Planta, en las bombas y equipos de la Planta, para ser reparadas inmediatamente.

» Ante un gran rebalse de la Planta, se realizará análisis del suelo sometido al derrame.

Oportunidad y vías de comunicación a la SMA de la activación del Plan de Emergencia

Se avisará mediante correo electrónico a la SMA y Seremi de Salud dentro de las 24 horas siguientes de ocurrida la emergencia y las medidas a adoptar y seguimiento según corresponda

Referencia a documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada

Anexo 1 de Adenda Complementaria

10.1.5 Riesgo o contingencia Proliferación de Vectores Sanitarios

Tabla 10.1.5 Riesgo Proliferación de Vectores Sanitarios

Fase del proyecto a la que aplica

Construcción y operación

Emplazamiento, obra o acción

asociada

parte,

Planta de Tratamiento de Riles

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Acciones o medidas a implementar para prevenir la contingencia

Medidas preventivas

Se realizará un control de vectores (roedores) mediante el control de cebos y desinsectaciones, asegurando la integridad del cierre perimetral de la Planta. La frecuencia de control será cada 6 meses y será realizada por una empresa autorizada.

Forma de control y seguimiento

  • Registros de desinsectaciones, recambio cebos y mantención sistema de control de vectores.

  • Facturas del servicio

  • Inspección visual.

Referencia a documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada

Anexo 1 de Adenda Complementaria

Acciones o medida a implementar para controlar la emergencia

Medidas durante la contingencia

En caso de que se presenten vectores a pesar de las medidas de control, se debe informar a la autoridad sanitaria.

Medidas Post contingencia Se evaluará la causa de la presencia de vectores y se analizará la

posibilidad de aumentar la frecuencia de control por la empresa autorizada.

Oportunidad y vías de comunicación a la SMA de la activación del Plan de Emergencia

Se avisará mediante correo electrónico a la SMA y Seremi de Salud dentro de las 24 horas siguientes de ocurrida la emergencia y las medidas a adoptar y seguimiento según corresponda

Referencia a documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada

Anexo 1 de Adenda Complementaria

10.1.6 Riesgo o contingencia Incendio Forestal / Agrícola

Tabla 10.1.6 Riesgo Incendio Forestal / Agrícola

Fase del proyecto a la que aplica

Construcción y operación

Emplazamiento, obra O acción

asociada

parte,

Zonas cubiertas de vegetación, ubicadas en los alrededores del área de emplazamiento del proyecto.

Acciones o medidas a implementar para prevenir la contingencia

Por parte de VSR se cuenta con las siguientes medidas:

  • Se cuenta con el camino perimetral de la Planta de RILes a modo de cortafuego.

  • Se prohibirá fumar en las instalaciones

  • Se dispondrá de extintores en áreas señalizadas y accesibles

  • Inspecciones periódicas del cierre perimetral y cortafuegos
  • Mantener despejado de insumos y residuos en el sector

  • Despeje de vegetación herbácea en el perímetro de la Planta de RILes previo a la temporada estival.

  • Capacitación al personal.

Forma de control y seguimiento

  • Se llevará un registro de las capacitaciones y simulacros

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realizados y de la mantención/reposición de extintores.

  • Inspección visual

Referencia a documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada

Anexo 1 de Adenda Complementaria

Acciones o medida a implementar para controlar la emergencia

-Accionamiento inmediato de alarma de incendio.

  • Alertar a viva voz al personal, contactarse con personal de vigilancia, Jefe de Planta y/o Jefe más cercano a la emergencia.

  • El personal que detecta el incendio sin importar su cargo deberá informar la emergencia.

  • La energía eléctrica de fuerza debe ser cortada de inmediato desde el tablero correspondiente al área de la emergencia, para prevenir un shock eléctrico en el caso de atacar el siniestro utilizando la red húmeda disponible.

  • Si la emergencia es un incendio y personal se encuentra capacitado, este realizará una primera intervención atacando el fuego con los extintores portátiles o haciendo uso de la Red Húmeda, cualquier persona está autorizada a manipular estos equipos en caso de ser testigo presencial de un amago de incendio.

  • Comunicarse inmediatamente con el área agrícola de VSR para traer un estanque aljibe con agua impulsada por tractor, para contar con suministro de agua para el control del incendio.

  • De no ser capaz de extinguir el amago o incendio, se debe comunicar la situación, a través del número de emergencia 132 Bomberos.

Oportunidad y vías de comunicación a la SMA de la activación del Plan de Emergencia

Se avisará mediante correo electrónico a la SMA y Seremi de Salud dentro de las 24 horas siguientes de ocurrida la emergencia y las medidas a adoptar y seguimiento según corresponda

Referencia a documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada

Anexo 1 de Adenda Complementaria

10.1.7 Riesgo o contingencia Fallas en Planta Tratamiento de RILes que conlleve a superación de

parámetros de descarga.

Tabla 10.1.7 Riesgo Fallas en Planta Tratamiento de RILes que conlleve a superación de parámetros de

descarga.

Fase del proyecto a la que aplica

Operación

Emplazamiento, parte, obra o acción

asociada

Funcionamiento planta tratamiento de Riles

Acciones o medidas a implementar para prevenir la contingencia

  • Ejecución del Programa de Mantenimiento Planta de Riles

  • Control y registro operacional sobre los parámetros en las distintas etapas del tratamiento y del efluente.

  • Revisión visual periódica del funcionamiento de equipos, instalaciones y sus conexiones, para evitar posibles derrames y/o cualquier situación que pueda generar un riesgo de contaminación de napas y/o cursos de agua superficial.

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  • Capacitación del personal que opera la planta de tratamiento
  • Mantener procedimientos de stand-by de bombas

  • Aplicación del Plan de Gestión de Olores

Forma de control y seguimiento

  • Registro de actividades del Programa de Mantenimiento

  • Registros de capacitación

Referencia a documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada

Anexo 1 de Adenda Complementaria

Acciones o medida a implementar para controlar la emergencia

  • Cierre de válvula de descarga (detención descarga) y recirculación de RILes contra estanque receptor.

  • Dar aviso inmediato al Supervisor de la Planta de Riles, al Jefe de Planta Palmilla y al Jefe de Gestión Ambiental de VSR.

  • Aumento periodicidad de controles internos diarios.

  • En caso de contar con riesgo de derrame de Ril desde el estanque receptor, se dispondrá de camiones para evacuar el RIL a destinatarios, ambos autorizados por la autoridad sanitaria.

  • Desde la bodega se reducirán las operaciones para reducir la cantidad de afluente generado,

  • De ser necesario, la bodega detendrá sus operaciones para evitar rebalses desde el estanque receptor.

Oportunidad y vías de comunicación a la SMA de la activación del Plan de Emergencia

Se avisará mediante correo electrónico a la SMA y Seremi de Salud dentro de las 24 horas de ocurrida la emergencia y las medidas a adoptar y seguimiento según corresponda

Referencia a documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada

Anexo 1 de Adenda Complementaria

10.1.8 Riesgo o contingencia Fallas en Planta de Tratamiento de Riles - Rebalse del estanque

receptor, ecualizador o biorreactores

Tabla 10.1.8 Riesgo Fallas en Planta de Tratamiento de Riles - Rebalse del estanque receptor, ecualizador o

biorreactores

Fase del proyecto a la que aplica

Operación

Emplazamiento, parte, obra o acción asociada

Planta de tratamiento

Acciones o medidas a implementar para prevenir la contingencia

  • Aplicación del Programa de Mantenimiento Planta de Riles
  • Control operacional diario Planta de Riles

  • Inspección visual diario y control de niveles hidráulicos diario Planta de Riles.

  • Para el caso en que el estanque receptor se encuentre en su nivel máximo de capacidad, después de realizada su medición y para evitar un posible rebalse, o en alguna situación que impida la operación de la Planta de Tratamiento de RILes, se contratará camiones autorizados que realicen el traslado de RIL desde el estanque receptor hacia un destino autorizado por la autoridad sanitaria.

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Forma de control y seguimiento

Registro de actividades de mantención y monitoreo Planta de Riles

Referencia a documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada

Anexo 1 de Adenda Complementaria

Acciones o medida a implementar para controlar la emergencia

Medidas durante la contingencia

  • Si el derrame es posterior al Estanque Receptor de la Planta de RILes, detener inmediatamente la alimentación desde el mismo hacia el sistema de tratamiento biológico.

  • Detención de las operaciones de generación de RIL y establecer un perímetro con material absorbente alrededor del estanque receptor.

  • Bombeo de RIL derramado hacia estanques disponibles en el establecimiento para su acopio provisorio y se contactará inmediatamente a camiones limpia fosas para continuar y dar término a la succión del RIL derramado.

Medidas Post Contingencia

  • El material absorbente contaminado debe ser dispuesto como residuo no peligroso.

  • Disposición de RIL retirado en destinatarios autorizados por la autoridad sanitaria.

  • Ante un gran rebalse de la Planta, se realizará análisis del suelo sometido al derrame.

Oportunidad y vías de comunicación a la SMA de la activación del Plan de Emergencia

Se avisará mediante correo electrónico a la SMA y Seremi de Salud dentro de las 24 horas de ocurrida la emergencia y las medidas a adoptar y seguimiento según corresponda.

Referencia a documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada

Anexo 1 de Adenda Complementaria

10,1.9 Riesgo o contingencia Corte de energía eléctrica

Tabla 10.1.9 Riesgo Corte de energía eléctrica

Fase del proyecto a la que aplica

Operación

Emplazamiento, parte, obra o acción asociada

Planta de tratamiento

Acciones o medidas a implementar para prevenir la contingencia

  • Ejecución del Plan de Mantención de la Planta de Riles

Forma de control y seguimiento

  • Registro mantenciones
  • Registro contingencias

  • Verificación diaria del funcionamiento de los equipos.

Referencia a documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada

Anexo 1 de Adenda Complementaria

Acciones o medida a implementar para controlar la emergencia

  • Esperar reposición de suministro eléctrico.
  • Si el corte es prolongado, se podrá optar a:

-Arriendo de generador de energía eléctrica para reemplazar

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temporalmente el suministro, hasta su reposición.

-Retiro de Ril en camiones autorizados hacia destinatarios autorizados, ambos por la autoridad sanitaria.

  • Plan de Gestión de Olores

Oportunidad y vías de comunicación a la SMA de la activación del Plan de Emergencia

Si el corte de energía es prolongado (más de 48 horas) y afecta la operación de la planta de tratamiento, se avisará mediante correo electrónico a la SMA y Seremi Salud.

Referencia a documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada

Anexo 1 de Adenda Complementaria

10.1.10 Riesgo o contingencia Falla en Bomba de Alimentación desde Estanque Receptor a Pozo

Trickling N*1

Tabla 10,1.10 Riesgo Falla en Bomba de Alimentación desde Estanque Receptor a Pozo Trickling N*1

Fase del proyecto a la que aplica

Operación

Emplazamiento, obra o acción

asociada

parte,

Funcionamiento Planta Tratamiento

Acciones o medidas a implementar para prevenir la contingencia

  • Ejecución del Plan de Mantención

  • Aplicación del Plan de Gestión de olores

Forma de control y seguimiento

  • Registros de mantenimiento

  • Registro contingencias

Referencia a documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada

Anexo 1 de Adenda Complementaria

Acciones o medida a implementar para controlar la emergencia

  • En el caso de falla mecánica o eléctrica de este equipo, se deberá proceder con la siguiente manera:

-Operador debe notificar a mantención para que revise la bomba -En caso de que se encuentre con problemas se debe sustituir o instalar bomba provisoria hasta que la bomba dañada se

encuentre reparada.

  • Aplicación del Plan de Gestión de Olores

Oportunidad y vías de comunicación a la SMA de la activación del Plan de Emergencia

Se avisará mediante correo electrónico a la SMA y Seremi de Salud dentro de las 24 horas de ocurrida la emergencia y las medidas a adoptar y seguimiento según corresponda.

Referencia a documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada

Anexo 1 de Adenda Complementaria

10.1.11 Riesgo o contingencia Falla DAF

Tabla 10.1.11 Riesgo Falla DAF

Fase del proyecto a la que aplica

Operación

Emplazamiento, obra o acción

asociada

parte,

Funcionamiento Planta Tratamiento

Acciones o medidas a implementar para prevenir la contingencia

» Ejecución del Plan de Mantención » Aplicación del Plan de Gestión de olores

Forma de control y seguimiento

  • Registros de mantenimiento
  • Registro contingencias

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Referencia a documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada

Anexo 1 de Adenda Complementaria

Acciones o medida a implementar para controlar la emergencia

Ante la posibilidad de falla del equipo DAF, el operador debe detener la alimentación del DAF cerrando la válvula manualmente desde el ecualizador y notificar al área de mantención. La Planta de Tratamiento de Riles podrá alimentarse directamente desde el estanque receptor, a través del filtro trickling, se deberá calcular cargas orgánicas en el proceso.

Oportunidad y vías de comunicación a la SMA de la activación del Plan de Emergencia

Se avisará mediante correo electrónico a la SMA y Seremi de Salud dentro de las 24 horas de ocurrida la emergencia y las medidas a adoptar y seguimiento según Corresponda.

Referencia a documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada

Anexo 1 de Adenda Complementaria

10.1.12 Riesgo o contingencia Falla de Sop

lador en Reactor Biológico

Tabla 10.1.12 Riesgo Falla de Soplador en

Reactor Biológico

Fase del proyecto a la que aplica

Operación

Emplazamiento, parte, obra o acción asociada

Funcionamiento Planta de Tratamiento de Riles

Acciones o medidas a implementar para prevenir la contingencia

  • Ejecución del Plan de Mantención

  • Aplicación del Plan de Gestión de olores

Forma de control y seguimiento

  • Registros de mantenimiento

  • Registro contingencias

Referencia a documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada

Anexo 1 de Adenda Complementaria

Acciones o medida a implementar para controlar la emergencia

Si falla alguno de los sopladores del reactor biológico, se podrá mantener en operación el reactor con el soplador, midiendo el Oxígeno Disuelto y procurando mantener un nivel de 0,5 mg/l de O2. De fallar ambos sopladores, no se podrá realizar el tratamiento del RIL, por lo que se deberá detener la bomba de impulsión desde el estanque receptor al pozo trickling N*1 y acumular el RIL en el estanque receptor, según el nivel de éste.

Oportunidad y vías de comunicación a la SMA de la activación del Plan de Emergencia

Se avisará mediante correo electrónico a la SMA y Seremi de Salud dentro de las 24 horas de ocurrida la emergencia y las medidas a adoptar y seguimiento según corresponda.

Referencia a documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada

Anexo 1 de Adenda Complementaria

10.1.13 Riesgo o contingencia Falla de bomba Impulsión del Pozo Trickling N*2 al Biorreactor N%1

Tabla 10.1.13 Riesgo Falla de bomba Impu

Isión del Pozo Trickling N*2 al Biorreactor N%1

Fase del proyecto a la que aplica

Operación

Emplazamiento, parte, obra o acción asociada

Funcionamiento Planta Tratamiento

Acciones o medidas a implementar para prevenir la contingencia

  • Ejecución del Plan de Mantención

  • Aplicación del Plan de Gestión de olores

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Forma de control y seguimiento

  • Registros de mantenimiento

  • Registro contingencias

Referencia a documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada

Anexo 1 de Adenda Complementaria

Acciones o medida a implementar para controlar la emergencia

En caso de falla de la bomba, se detiene la alimentación desde el estanque receptor y se notifica al área de mantención para su revisión. Si no se puede reparar inmediatamente, se instala bomba provisoria y se alimenta Biorreactor hasta que la bomba de trabajo se encuentre reparada.

Oportunidad y vías de comunicación a la SMA de la activación del Plan de Emergencia

Se avisará mediante correo electrónico a la SMA y Seremi de Salud dentro de las 24 horas de ocurrida la emergencia y las medidas a adoptar y seguimiento según corresponda.

Referencia a documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada

Anexo 1 de Adenda Complementaria

10.1.14 Riesgo o contingencia Falla de bomba desde Pozo Trickling N?1 a Filtro Trickling

Tabla 10.1.14 Riesgo Falla de bomba desde Pozo Trickling N*1 a Filtro Trickling

Fase del proyecto a la que aplica

Operación

Emplazamiento, obra o acción

asociada

parte,

Funcionamiento Planta Tratamiento

Acciones o medidas a implementar para prevenir la contingencia

  • Ejecución del Plan de Mantención

  • Aplicación del Plan de Gestión de olores

Forma de control y seguimiento

  • Registros de mantenimiento

  • Registro contingencias

Referencia a documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada

Anexo 1 de Adenda Complementaria

Acciones o medida a implementar para controlar la emergencia

En Planta de Tratamiento de Riles, se tiene una bomba de impulsión desde el Pozo Trickling N*1 al Filtro Trickling. Esta bomba eleva el RIL para ser tratado en este sistema de filtro. En caso de presentar falla, considerar los siguientes pasos:

  • Operador debe dar aviso de inmediato de falla de bomba a mantención.

  • Desenergizar y bloquear funcionamiento de bomba

Oportunidad y vías de comunicación a la SMA de la activación del Plan de Emergencia

Se avisará mediante correo electrónico a la SMA y Seremi de Salud dentro de las 24 horas de ocurrida la emergencia y las medidas a adoptar y seguimiento según corresponda.

Referencia a documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada

Anexo 1 de Adenda Complementaria

10.1.15 Riesgo o contingencia Falla de equipo de Filtro Trickling

Tabla 10.1.15 Riesgo Falla de equipo de Filtro Trickling

Fase del proyecto a la que aplica

Operación

Emplazamiento, parte, obra o acción

asociada

Funcionamiento Planta Tratamiento

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Acciones o medidas a implementar para prevenir la contingencia

  • Ejecución del Plan de Mantención

  • Aplicación del Plan de Gestión de olores

Forma de control y seguimiento

  • Registros de mantenimiento

  • Registro contingencias

Referencia a documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada

Anexo 1 de Adenda Complementaria

Acciones o medida a implementar para controlar la emergencia

En caso de falla del equipo del filtro trickling:

  • Operador debe dar aviso inmediato de falla del equipo a mantención.

  • Desengrasar y bloquear funcionamiento de motorreductor y esperar a que el área de mantención revise la falla de este equipo. Si se verifica que el motor estará quemado, se debe contratar a un camión pluma para bajar el equipo y así, trasladarlo a reparación. La planta podrá quedar en funcionamiento, evaluando las cargas orgánicas que ingresarían directamente a los biorreactores.

Oportunidad y vías de comunicación a la SMA de la activación del Plan de Emergencia

Se avisará mediante correo electrónico a la SMA y Seremi de Salud dentro de las 24 horas de ocurrida la emergencia y las medidas a adoptar y seguimiento según corresponda.

Referencia a documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada

Anexo 1 de Adenda Complementaria

10.1.16 Riesgo o contingencia Falla de Equipo Decanter Centrífugo

Tabla 10.1.16 Riesgo Falla de Equipo Decanter Centrífugo

Fase del proyecto a la que aplica

Operación

Emplazamiento, parte, obra o acción asociada

Funcionamiento Planta Tratamiento

Acciones o medidas a implementar para prevenir la contingencia

  • Ejecución del Plan de Mantención

  • Aplicación del Plan de Gestión de olores

Forma de control y seguimiento

  • Registros de mantenimiento

  • Registro contingencias

Referencia a documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada

Anexo 1 de Adenda Complementaria

Acciones o medida a implementar para controlar la emergencia

El equipo Decanter elimina los lodos en exceso del sistema, debido la producción de biomasa. En caso de que este equipo presente fallas, se debe realizar lo siguiente:

  • Operador debe dar aviso de inmediato de falla de equipo a supervisor de PTR

  • Se mantendrá el sistema a baja carga para limitar la producción de biomasa del sistema.

Oportunidad y vías de comunicación a la SMA de la activación del Plan de Emergencia

Se avisará mediante correo electrónico a la SMA y Seremi de Salud dentro de las 24 horas de ocurrida la emergencia y las medidas a adoptar y seguimiento según corresponda.

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Referencia a documentos del expediente | Anexo 1 de Adenda Complementaria de evaluación que contenga la descripción detallada

10.1.17 Riesgo o contingencia Falla en estanque almacenamiento de químicos (coagulante y neutralizante)

Tabla 10.1.17 Riesgo Falla en estanque almacenamiento de químicos (coagulante y neutralizante)

Fase del proyecto a la que aplica Operación

Emplazamiento, parte, obra o acción | Funcionamiento Planta Tratamiento asociada

Acciones o medidas a implementar para | Aplicación del Procedimiento de manejo de sustancias

prevenir la contingencia peligrosas

Forma de control y seguimiento - Registro de capacitación

  • Registro de incidentes

Referencia a documentos del expediente | Anexo 1 de Adenda Complementaria de evaluación que contenga la descripción detallada

Acciones o medida a implementar para | En caso de ruptura de los estanques de almacenamiento de

controlar la emergencia químicos, se deben realizar los siguientes pasos:

de estos estanques

  • Operador debe avisar a superior de PTR

  • Realizar contención del líquido en los pretiles que existentes

Oportunidad y vías de comunicación a la | Se avisará mediante correo electrónico a la SMA y Seremi de SMA de la activación del Plan de | Salud dentro de las 24 horas de ocurrida la emergencia y las

Emergencia medidas a adoptar y seguimiento según corresponda.

Referencia a documentos del expediente | Anexo 1 de Adenda Complementaria de evaluación que contenga la descripción detallada

  1. Que, la DIA del proyecto Ampliación y Normalización de Instalaciones del Sistema de Tratamientos de Residuos Líquidos Planta Palmilla, fue publicada en el Diario Oficial de la República de Chile con fecha 01 de octubre de 2020 y en el diario Litoralexpress, con fecha 01 de octubre de 2020. La difusión radial se efectuó por medio de la radio Éxodo 89.7FM los días 2, 5, 6, 7 y 8 de octubre de 2020 en horarios diferentes, según consta en el certificado de fecha 20 de octubre de 2020 emitido por la misma radio.

Con fecha 16 de octubre de 2020 se venció el plazo indicado en el artículo 30 bis de la Ley N*19.300, para la solicitud de realización de un proceso de participación ciudadana en declaraciones de impacto ambiental que se presenten a evaluación y que generen cargas ambientales para las comunidades próximas, al respecto en la Dirección Regional del SEA de la Región de O”Higgins no existieron solicitudes para abrir un proceso de participación ciudadana.

  1. Que, el Titular deberá remitir a la Superintendencia del Medio Ambiente la información respecto de las condiciones, compromisos o medidas, ya sea por medio de monitoreos, mediciones, reportes, análisis, informes de emisiones, estudios, auditorías, cumplimiento de metas o plazos, y en general cualquier otra información destinada al seguimiento ambiental del Proyecto, según las obligaciones establecidas en la presente Resolución de Calificación Ambiental y las Resoluciones Exentas que al respecto dicte la Superintendencia del Medio Ambiente. De igual forma, y a objeto de conformar el Sistema Nacional de Información de Fiscalización Ambiental (SNIFA), el Registro Público de Resoluciones de Calificación Ambiental y registrar los domicilios de los sujetos sometidos a su fiscalización en conformidad con la ley, el Titular deberá remitir en tiempo y forma toda aquella información que sea requerida por la Superintendencia del Medio Ambiente a través de las Resoluciones Exentas que al respecto ésta dicte.

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  1. Que, el Titular deberá informar a la Superintendencia del Medio Ambiente la realización de la gestión, acto o faena mínima que da cuenta del inicio de la ejecución de obras, a que se refiere el Considerando 4.1 de la presente Resolución.

  2. Que, con el objeto de dar adecuado seguimiento a la ejecución del Proyecto, el Titular deberá informar a la Superintendencia del Medio Ambiente, al menos con una semana de anticipación, el inicio de cada una de las fases del Proyecto, de acuerdo a lo indicado en la descripción del mismo.

  3. Que, la Superintendencia del Medio Ambiente, de oficio o a petición de parte o de algún organismo sectorial, podrá aprobar, modificar o complementar el contenido del plan de seguimiento de las variables ambientales y, en general, cualquier otro mecanismo establecido en la respectiva resolución de calificación ambiental que tenga dicho objeto, con el fin de asegurar, en el transcurso del tiempo, que el seguimiento de las variables ambientales cumpla con su objetivo de forma eficiente y eficaz.

  4. Que, para que el proyecto “Ampliación y Normalización de Instalaciones del Sistema de Tratamientos de Residuos Líquidos Planta Palmilla” pueda ejecutarse, deberá cumplir con todas las normas vigentes que le sean aplicables.

  5. Que, el Titular deberá informar inmediatamente a la Secretaría de la Comisión de Evaluación de la Región del Libertador General Bernardo O”Higgins y a la Superintendencia del Medio Ambiente, la ocurrencia de impactos ambientales no previstos en la DIA, asumiendo inmediatamente las acciones necesarias para abordarlos.

  6. Que, el Titular del Proyecto deberá comunicar inmediatamente y por escrito a la Dirección Regional del Servicio de Evaluación Ambiental, Región del Libertador General Bernardo O”Higgins, la ocurrencia de cambios de titularidad, representante legal, domicilio y correo electrónico, de acuerdo a lo establecido en el inciso tercero del artículo 162 y artículo 163, ambos del Reglamento del SEIA.

19, Que, se hace presente al Titular que cualquier modificación al Proyecto que constituya un cambio de consideración, en los términos definidos en el artículo 2? letra g) del Reglamento del SEIA, deberá someterse al SEIA.

  1. Que, todas las medidas, condiciones, exigencias y disposiciones establecidas en la presente Resolución son de responsabilidad del Titular, sean implementadas por éste directamente o a través de un tercero.

RESUELVO:

  1. Calificar favorablemente la Declaración de Impacto Ambiental del proyecto “Ampliación y Normalización de Instalaciones del Sistema de Tratamientos de Residuos Líquidos Planta Palmilla”, de Sociedad Anónima Viña Santa Rita.

2*. Certificar que el proyecto “Ampliación y Normalización de Instalaciones del Sistema de Tratamientos de Residuos Líquidos Planta Palmilla” cumple con la normativa de carácter ambiental aplicable.

3". Certificar que el proyecto “Ampliación y Normalización de Instalaciones del Sistema de Tratamientos de Residuos Líquidos Planta Palmilla” cumple con los requisitos de carácter ambiental contenidos en los permisos ambientales sectoriales que se señalan en los artículos 139, 140 y 160 del D.S. N* 40/2012 del Ministerio del Medio Ambiente, Reglamento del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental.

  1. Disponer el otorgamiento del permiso ambiental sectorial que se señalan en el artículo 119 del D.S. N* 40/2012 del Ministerio del Medio Ambiente, Reglamento del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental.

  2. Certificar que el proyecto “Ampliación y Normalización de Instalaciones del Sistema de Tratamientos de Residuos Líquidos Planta Palmilla” no genera los efectos, características o circunstancias del artículo 11 de la Ley N? 19.300, que dan origen a la necesidad de elaborar un Estudio de Impacto Ambiental.

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6”. Definir como gestión, acto o faena mínima del Proyecto, para dar cuenta del inicio de su ejecución de modo sistemático y permanente, a los mencionados en el considerando 4.1 del presente acto.

7*. Hacer presente que contra esta Resolución es procedente el recurso de reclamación de acuerdo a lo dispuesto en el artículo 20 de la Ley N” 19.300, ante el/la Director/a Ejecutivo/a del Servicio de Evaluación Ambiental. El plazo para interponer este recurso es de treinta días contados desde la notificación del presente acto.

Notifíquese y Archívese

— E >

éS Guzpxrán Millas Ñ Delegádo Presidencial

Presidente Comisión de Evaluación Región del Libertador General Bernardo O Higgins

etarió Comisión de Evaluación Región del Libertador General Bernardo O Higgins

PMA/EGP/GHR/JOS

Distribución:

Andrés Eduardo Lavados Germain; medioambiente(Asantarita.cl

(Interregional) Consejo de Monumentos Nacionales.

(Interregional) Subsecretaría de Pesca y Acuicultura.

(Interregional) Superintendencia de Servicios Sanitarios.

CONAF, Región del Libertador General Bernardo O'Higgins.

DGA, Región del Libertador General Bernardo O'Higgins.

Dirección de Vialidad, Región del Libertador General Bernardo O'Higgins.

DOH, Región del Libertador General Bernardo O'Higgins.

SAG, Región del Libertador General Bernardo O'Higgins.

SEC, Región del Libertador General Bernardo O'Higgins.

SEREMI de Agricultura, Región del Libertador General Bernardo O'Higgins.

SEREMI de Desarrollo Social y Familia, Región del Libertador Gral. Bernardo O'Higgins. SEREMI de Salud, Región del Libertador General Bernardo O'Higgins.

SEREMI de Transportes y Telecomunicaciones, Región del Libertador General Bernardo O'Higgins.

SEREMI de Vivienda y Urbanismo, Región del Libertador General Bernardo O'Higgins. SEREMI Medio Ambiente, Región del Libertador General Bernardo O'Higgins. SEREMI MOP, Región del Libertador General Bernardo O'Higgins.

SERNAGEOMIN, Región del Libertador General Bernardo O'Higgins.

Servicio Nacional Turismo, Región del Libertador General Bernardo O'Higgins.

Oficina Regional de la SMA, Región del Libertador General Bernardo O'Higgins. Superintendencia de Medio Ambiente.

OS,

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