Actualizacion Plan de Explotacion Mina Tenardita
= Documento Digital N*: 2022010012 - Fecha: 05/01/2022
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REPÚBLICA DE CHILE COMISIÓN DE EVALUACIÓN
REGIÓN DE TARAPACÁ Califica Ambientalmente el proyecto “Actualización Plan de Explotación Mina Tenardita” Resolución Exenta (N* digital en costado inferior izquierdo) Iquique
VISTOS:
l
10.
La Declaración de Impacto Ambiental (DIA) del proyecto “Actualización Plan de Explotación Mina Tenardita”, presentado por Compañía Minera Cordillera Chile SCM con fecha 11 de agosto de 2020, su Adenda de 11 de agosto de 2021 y su Adenda Complementaria de 18 de noviembre de 2021.
Los pronunciamientos y observaciones de los órganos de la administración del Estado que, sobre la base de sus facultades legales y atribuciones, participaron en la evaluación de la DIA, y que se detallan en el Capítulo 3 del Informe Consolidado de Evaluación (ICE) de la DIA del proyecto “Actualización Plan de Explotación Mina Tenardita”.
El Acta de la reunión realizada con grupos humanos pertenecientes a pueblos indígenas localizados en el área en que se desarrollará el proyecto “Actualización Plan de Explotación Mina Tenardita”, conforme a lo previsto en el artículo 86 del D.S. N*40, de 2012, del Ministerio del Medio Ambiente, Reglamento del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental.
El Acta de Evaluación N*12/2021, del Comité Técnico de la Región de Tarapacá, de fecha 13 de diciembre de 2021.
El ICE de la DIA del proyecto “Actualización Plan de Explotación Mina Tenardita” de 15 de diciembre de 2021.
Los acuerdos adoptados en la sesión ordinaria N%9 de la Comisión de Evaluación de la Región de Tarapacá, de fecha 22 de diciembre de 2021.
La Resolución de Calificación Ambiental N*120 de 2006, de la COREMA Región de Tarapacá, del proyecto “Explotación de Sal del Salar Grande” que se modifica a través de la presente Resolución.
La Resolución de Calificación Ambiental N*32 de 2010, de la COREMA Región de Tarapacá, del proyecto “Modificación de Proyecto Explotación de Sal del Salar Grande” que se modifica a través de la presente Resolución.
Los demás antecedentes que constan en el expediente de evaluación de impacto ambiental de la DIA del proyecto “Actualización Plan de Explotación Mina Tenardita”.
Lo dispuesto en la Ley N19.300, Sobre Bases Generales del Medio Ambiente; el D.S. N%40, de 2012, del Ministerio del Medio Ambiente, Reglamento del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental (Reglamento del SETA); la Ley N19.880, que Establece Bases de los Procedimientos Administrativos que Rigen los Actos de los Órganos de la Administración del Estado; la Ley N18.575, Ley Orgánica Constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado; la Resolución N7, de 2019, de la Contraloría General de la República.
CONSIDERANDO:
Le
Que, Compañía Minera Cordillera Chile SCM (en adelante, el Titular), ha sometido al Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental (SEIA) la DIA del proyecto “Actualización Plan de
2.
Explotación Mina Tenardita” (en adelante, el Proyecto). Los antecedentes del Titular son los siguientes:
Nombre o razón social Compañía Minera Cordillera Chile SCM
Rut 76.800.800-0
Domicilio Rosario Norte 615 OF 1603 Las Condes, Santiago, Teléfono 957298193
Nombre representante legal Matthias Mohr
Rut representante legal 22.225.260-1
Domicilio representante legal | Matthias Mobr
Teléfono representante legal 957298193 Correo electrónico Titular o | balvarezWcmcordillera.cl representante legal
Que, conforme se indica en el ICE de fecha 15 de diciembre de 2021, el Director del Servicio de Evaluación Ambiental de la Región de Tarapacá ha recomendado aprobar el Proyecto, por cuanto éste cumple con la normativa de carácter ambiental aplicable; cumple con los requisitos de otorgamiento de carácter ambiental contenidos en los permisos ambientales sectoriales aplicables; no genera ni presenta los efectos, características o circunstancias del artículo 11 de la Ley N*19.300, que dan origen a la necesidad de evaluar un Estudio de Impacto Ambiental; y el titular ha subsanado los errores, omisiones e inexactitudes planteados en los Informes Consolidados de Aclaraciones, Rectificaciones y Ampliaciones.
Que, en sesión ordinaria de fecha 22 de diciembre de 2021, la Comisión de Evaluación de la Región de Tarapacá acordó calificar favorablemente el proyecto “Actualización Plan de Explotación Mina Tenardita”, aprobando integramente el contenido del ICE de 15 de diciembre de 2021, el que forma parte integrante de la presente Resolución. Por lo tanto, conforme a lo indicado en el artículo 60 inciso segundo del Reglamento del SEIA, se excluyen de la presente Resolución las consideraciones técnicas en que se fundamenta.
Que, según lo señalado en la DIA y sus anexos, en su Adenda, y en su Adenda Complementaria, los cuales forman parte integrante de la presente Resolución, la descripción del Proyecto es la que a continuación se indica:
4.1. ANTECEDENTES GENERALES
Objetivo general
puntuales de la demanda de Sal, y extendiendo la operación de la faena.
Tipología principal, así | 1.1) Proyectos de desarrollo minero sobre 5.000 ton/mes como las aplicables a sus
partes, obras o acciones
Vida útil Aproximadamente 15 años, incluyendo el cierre.
Monto de inversión USD $ 1.000.000.-
Gestión, acto oO faena mínima que da cuenta del inicio de la ejecución
Proyecto se desarrolla por Si No | El Proyecto no se desarrollará por etapas. etapas A] Proyecto modifica un Si No | Capítulo 1 de la DIA proyecto o actividad Tabla 1-2 de la DIA X] Capítulo 4 del ICE
Proyecto modifica otra(s) Si No_| Capítulo 1 de la DIA
Tabla 1-2 de la DIA RCA LX] L
Capítulo 4 del ICE
4.2. UBICACIÓN DEL PROYECTO
El objetivo general del Proyecto es aumentar la explotación, procesamiento, transporte y almacenamiento de sal, con el objeto de dar mayor flexibilidad a la operación de CMC para atender incrementos
División político- administrativa
El Proyecto se localiza en la Región de Tarapacá, Provincia y Comuna de Iquique.
Descripción de la localización
Dado que el Proyecto corresponde a una actualización de la operación actual, su ubicación está determinada por el emplazamiento del rajo y las pertinencias mineras de CMC, Tenardita 1/30 (1-4) y Lorena 14.
Superficie 21 ha Coordenadas UTM en , Coordenadas UTM (Datum Datum WGS84 Area/Sector Vértice WGS 84, H19) Este (m) Norte (m) vi 397.193 7.683.806 pector v2 397.460 | 7.682.765 Planta V3 396.219 7.682.468 v4 395.963 7.683.473 Sector Al 376.562 7.699.425 Acopio A2 376.805 7.699.446 A3 376.623 7.698.916 A4 376.469 7.699.077 AS 376.527 7.699.138 A6 376.554 7.699.133
Caminos de acceso
Desde Iquique hacia el sur, el acceso a la faena minera se realiza a través de la Ruta A-1 denominada “ruta costera”, a lo largo de 60 km, hasta el cruce con Puerto de Patillos, Desde este cruce se sigue por la ruta pavimentada A-750 en dirección Sureste, que llega al Salar Grande, y a través de la cual se accede a las instalaciones del Proyecto. En la Figura 1-2 de la DIA, se muestran las rutas utilizadas para la operación actual, y que no se modificarán con la ejecución del Proyecto.
Referencia al expediente de evaluación de los mapas, georreferenciación e información complementaria sobre la localización de sus partes, obras y acciones
Capítulo 4.1 del ICE. Capítulo 1 de la DIA Capítulo 1 de la Adenda
4.3. PARTES, OBRAS Y ACC
IONES QUE COMPONEN EL PROYECTO
4.3.1. FASE DE CONSTRUCCIÓN
El proyecto “Actualización Plan de Explotación Mina Tenardita” no considera adicionar obras
distintas a las existentes en la
faena, ni introducir modificaciones al sistema de explotación a rajo
abierto o al procesamiento del mineral aprobado y ya materializado. La extensión del rajo se llevará a cabo como parte de la explotación minera en el marco de la fase de operación, de manera que el
Proyecto no considera una fase
de construcción.
Referencia al ICE para mayores detalles sobre esta fase.
Capítulo 4.6 del ICE
4.3.2. FASE DE OPERACIÓN
Explotación de Sal
La extracción del mineral seguirá siendo efectuada a rajo abierto, con operaciones unitarias de perforación, tronadura, carguío y transporte. Las características del depósito son tales que la relación estéril/mincral (REM) es igual a cero, por lo que no se requerirá remover material estéril ni construir botaderos.
El rajo alcanzará una superficie final de 92 ha, emplazado dentro de las 257 ha correspondientes a las pertenencias mineras Tenardita 1/30 (1-4) y Lorena 14, y una profundidad aproximada de 50 m. En el Anexo B de la DIA se adjuntan los Planos del Rajo Proyectado. Los parámetros geométricos utilizados en el diseño de las fases de explotación serán los que se presentan en la Tabla 1-16.
En cuanto al Plan Minero, éste contempla una extracción total de 92,6 millones de toneladas durante la totalidad de la operación de la faena, considerando una extracción anual promedio de 4,8 millones de toneladas a partir del año 2022. En la Tabla 1-17, se presenta el Plan minero consolidado entre los años 2007 a 2034, en el cual se ha considerado la extracción de 4,8 millones de toneladas anuales desde el año 2022.
En cuanto a la perforación, se continuará trabajando con diámetro de 3,5”, mientras que el burden (B) y espaciamiento (E) serán actualizados con respecto a lo aprobado en la RCA N* 32/2010, como se indica en la Tabla 1-8.
El banco N*] mantendrá la configuración aprobada de malla de perforación, con burden y espaciamiento de 2,8 m x 3,2 m (B x E). Para el resto de los bancos, el burden y espaciamiento será de 3,6 mx 4 m(Bx E). En cuanto a la profundidad de tiro, se considera actualizar a 10 m promedio.
El factor de carga para la tronadura es entre 240 y 250 gramos de explosivo por tonelada de mineral, con lo que se obtiene una granulometría con tamaño máximo de colpa no superior a 1 m3, de acuerdo con las dimensiones del chancador primario en la planta de procesos.
No obstante, en el marco del Plan de Prevención de Contingencias actualizado (Anexo 8 de la Adenda complementaria), el Proyecto considera disminuir la carga explosiva en las tronaduras durante un periodo de tres semanas entre noviembre y mayo, limitándola a un máximo de 4.000 kg, como medida tendiente a impedir efectos sobre sitios de nidificación de avifauna.
Para la etapa de carguío se considera un cargador frontal, por su versatilidad y velocidad de traslado, con altura máxima de excavación consistente con la altura de los bancos. Para el transporte del mineral a la planta se ha optado por camiones con una capacidad de hasta 60 t, lo que permite una buena combinación con el cargador seleccionado. El ancho de rampa es de 20 m, lo que permite un tránsito permanente y seguro de los camiones por el rajo.
Como equipos auxiliares para la explotación se considera un bulldozer, una motoniveladora y un camión regador, este último con operación continua.
Para cumplir con los requerimientos del plan minero, se mantendrá la flota de equipos compuesta por 1 perforadora, 2 cargadores, 4 camiones tolva, 1 bulldozer, 1 motoniveladora y 1 camión regador.
Chancado de Sal
El proceso de chancado actual, presentado en la Figura 1-8, no será modificado por el Proyecto y continuará desarrollándose del modo en que fuera aprobado en la RCA N*120/2006. No obstante, se va a extender su vida útil de acuerdo a la operación proyectada, que será de 13 años adicionales a la aprobación ambiental.
El mineral que ingresa al chancador primario se reduce a un tamaño inferior a 6” y se transporta por la correa CV 101 al harnero primario. El material inferior a Y2” se transporta por la correa CV 105 a la zona de acopio del producto final, y el material mayor a 4” se transporta al chancador secundario. El producto del chancador secundario se transporta por la correa CV 102 al harnero secundario, que clasifican el material en 4”, de manera que la fracción inferior a 4” pasa a la correa CV 105, pasando el resto del material al chancador terciario que reduce a un tamaño inferior a 3/8”. Este último pasa a las correas CV 103 y CV 104, para ser nuevamente traspasado a la correa CV 102 y ser clasificado por el harnero secundario, en un circuito cerrado.
Al final de la línea de chancado, existe un silo elevado de acopio, donde se cuenta con 2 stackers para el apilamiento de forma automática, para finalmente realizar el carguío de sal a los camiones que transportarán el producto al puerto de embarque o al acopio de Sal.
La planta de chancado está diseñada para procesar 700 t/hora de mineral, lo que equivale a una producción anual de 6,1 millones de toneladas, considerando una operación continua en todos los días del año. Por lo tanto, la actualización del Plan de Explotación no requerirá ampliar la planta de chancado.
Cabe agregar que, en el marco del Plan de Prevención de Contingencias actualizado (Anexo 8 de la Adenda complementaria), la faena suspende las operaciones nocturnas asociada a la planta de chancado durante un periodo de tres semanas, entre los meses de abril y mayo, periodo de salida de los juveniles de la especie de Golondrina de Mar Negra. En este contexto, se apagan todas las luminarias de la planta, además de luminarias de las instalaciones de apoyo, equivalente al 85% de la luminaria de la faena, tal como fuera indicado en la sección 1.5.1, literal d) y e).
Además, en la Adenda Complementaria, el Titular incorpora al diseño del Proyecto las siguientes acciones:
a) El cumplimiento anticipado de la futura Norma de Emisión Lumínica, (actualmente como anteproyecto), mediante la remoción de las luminarias actuales y su reemplazo por nuevas luminarias con luz ámbar, ultra cálida y con menos de un 1% en luz azul.
b) La implementación de un foto-sensor en cada una de las luminarias del nuevo sistema de alumbrado exterior de uso industrial, de modo que en horario nocturno, la condición base o en reposo de las nuevas luminarias será en oscurecimiento permanente y se activarán sólo ante la reacción del sensor de movimiento.
c) Apagar las luminarias del Área Mina-Planta por 3 meses, asociado a los meses del año de mayor sensibilidad para la Golondrina de mar, entre los meses de marzo a mayo, con excepción del sector en donde se ubican el control de acceso (caseta guardias), romana y encarpado de camiones, que constituyen el mínimo operacional de funcionamiento, previsto para los meses de marzo a mayo.
d) Se incorporará la ejecución de infraestructura de cobertura en los sectores de encarpado de camiones, romana y control de acceso, para optimizar el oscurecimiento mínimo operacional tanto en los meses de mayor sensibilidad, como el resto del año.
Adición de Anti aglomerante
Debido a que la Sal es de naturaleza higroscópica, es decir capta y retiene agua en sus intersticios, es susceptible de aglomerarse (solidificarse), generando dificultades para cumplir con las especificaciones físicas que imponen los clientes al producto, principalmente, por los inconvenientes que genera tal condición en el flujo del material a través de chutes y tolvas en las operaciones de embarque-desembarque y otros manejos. Por tal motivo, CMC cuenta con instalaciones destinadas al almacenamiento, mezcla, dosificación y aplicación de antiaglomerante al final de la línea de línea de chancado, especificamente, en el sector de acopio y carguío de Sal a los camiones que transportan el producto a destino (puerto de embarque/sitio de acopio).
El Proyecto no modifica la situación actual asociado al uso de YPS, descrito en la sección 2.4.1 letra e) de esta DIA. En este sentido, las instalaciones que se utilizan para el manejo de YPS corresponden a un container en donde se almacenan los maxi-sacos con el antiaglomerante, y dos estanques plásticos de 2.000 litros, en donde se prepara la solución para su dosificación durante el proceso de carguío a camiones, La Hoja de Seguridad y el Procedimiento de preparación y adición de antiaglomerante en Planta, se adjuntan en el Anexo € y Anexo D, respectivamente.
La dosificación de antiaglomerante depende de la concentración final requerida, la cual varía entre 15 y 25 ppm, de acuerdo con lo que se indica en la Tabla 1-18.
Stacker 5 y 6
Tal como se ha indicado anteriormente, al final de la línea de la operación de chancado se cuenta con los Stacker 5 y 6, con el objetivo de realizar el apilamiento de sal de forma automática, limpia y precisa.
Estas instalaciones no se verán modificadas con ocasión del Proyecto, salvo por la extensión de la vida útil de estas de acuerdo a la operación proyectada, que será de 13 años adicionales a la aprobación ambiental. Stacker 5
Es una correa transportadora móvil de 20 metros de largo, diseñada para un flujo de 600 toneladas por hora, construida con perfiles de calidad a-36 (ángulos, tubulares y planchas), y cinta de caucho de 36" de ancho. El sistema motriz opera con un motor eléctrico de 40 HP, 380 V. La polea motriz está fabricada en acero, con tambor recubierto en goma de diámetro 508 mm, y la polea de cola está fabricada en acero, del tipo forma autolimpiante, diámetro del tambor de 406 mm, sistema de rodado está fabricado en base a un eje de largo de 3,5 metros fijo, con el montaje de 4 neumáticos aro 22.
Stacker 6
Es una correa transportadora móvil de 30 metros de largo, diseñada para un flujo de 700 toneladas por hora, construida con perfiles de calidad a-36 galvanizados (ángulos, tubulares y planchas) y cinta de caucho de 36" de ancho. El sistema motriz opera con motor eléctrico de 50 HP, 380 V, 1465 RPM y un reductor de 1465 RPM. La polea motriz está fabricada en acero con un tambor recubierto en goma de diámetro 508 mm, la polea de cola está confeccionada en acero recubierta en goma de 406 mm. El sistema de rodado está fabricado en base a un eje de largo de 3,5 metros radial movido por un motor hidráulico, con montaje de 4 neumáticos aro 22,5.
Acopio
Al respecto, el Proyecto no modifica la operación actual en el sector Acopio, que fuera descrita en la sección 1.5.2 de la DIA, sólo extiende la vida útil de esta instalación de acuerdo a la operación proyectada, que será de 13 años adicionales a la aprobación ambiental.
Transporte del Producto
El producto será cargado en camiones para su transporte a sitios de destino. La base de la operación la proveerá la flota de camiones de 30 t, los que transportarán el material directamente al Puerto, o al Acopio de Sal en sector Patache, según la demanda internacional.
La distribución promedio estimada será del orden de 4.000.000 t/año al Puerto y alrededor de 800.000 t/año al sector de Acopio. En la Tabla 1-19 de la DIA, se presentan los flujos máximos diarios estimados por trayecto, que corresponden a la frecuencia máxima de viajes posibles utilizando la totalidad de la flota de camiones en un día, equivalente a 10 viajes por camión. Cabe aclarar, que esta corresponde a una situación eventual de maximización de la flota disponible, sin embargo, la frecuencia promedio será del orden de 438 viajes diarios entre mina y acopio o puerto considerando una tasa máxima de explotación de 4,8 millones de toneladas anuales.
En la Figura 1-9 de la DIA, por su parte, se muestra una representación de la distribución de los flujos de transporte máximos diarios a lo largo de un año, que corresponde a los viajes origen-destino: “Mina al Acopio”, “Mina a Puerto”, “Acopio a Puerto”.
Los máximos flujos entre “Mina a Puerto” ocurren durante el periodo de primavera-verano; lo mismo para el caso del transporte entre el “Acopio a Puerto”, en tanto que los movimientos entre “Mina al Acopio” se concentran en el periodo otoño - invierno. A partir de lo anterior, los flujos de transporte desde “Mina al Acopio” y “Mina a Puerto”, no coexistirán con los flujos de transporte desde “Acopio al Puerto”.
Las rutas utilizadas para el transporte del producto son las mismas que se utilizan en el marco de la operación actual, y que se muestran en la Figura 1-2 y se muestran en la Tabla 1-20.
Suministros básicos
Energía El Proyecto no modifica el abastecimiento de energía eléctrica
necesaria para las instalaciones y equipos asociados la operación. Se mantendrá el suministro de la operación actual, por el periodo que dure la operación del Proyecto.
Agua Potable
El suministro de agua potable para las instalaciones de la faena se realiza a través de la compra de agua a terceros autorizados que realizan despacho a través de camiones aljibe, mientras que el agua para consumo de los trabajadores se realiza a través de la compra de agua embotellada.
Agua Industrial
El agua industrial se abastece del mismo suministro de agua potable, y adicionalmente, de agua de mar que es transportada hasta la faena en camión aljibe hasta estanque existente.
Combustibles y lubricantes
El combustible es entregado en faena por una empresa autorizada que cumple con el D. S. N” 298/94, Reglamento de Trasporte de Sustancias Peligrosas por Calles y Caminos, y es almacenado en estanque existente en faena, operado por la misma empresa. Explosivos
El consumo de explosivo ANFO es de aproximadamente 240 g/t tronada de Sal, por lo que para una producción de 4.800.000 /año, se requerirá 1.152 t/año de explosivo ANFO, el cual será almacenado en las instalaciones existentes y manejado por empresa contratista autorizada para tales actividades.
Servicios higiénicos
En el sector Mina-Planta los trabajadores cuentan con instalaciones sanitarias conectadas a la planta de tratamiento de aguas servidas del barrio cívico. A su vez, el personal cuenta con cinco (5) baños químicos en los frentes de trabajo (en el rajo), los cuales tienen una duración inferior a una semana y, por lo tanto, se movilizan periódicamente según las zonas de explotación en las cuales se esté trabajando.
Alimentación y alojamiento
CMC cuenta con un casino para que los trabajadores puedan consumir su alimentación o colaciones, las que son preparadas en este mismo recinto. En relación a las instalaciones para el alojamiento, éstas no son requeridas ya que el personal es trasladado diariamente desde la ciudad de Iquique a la faena.
Equipos y maquinarias
La ejecución del Proyecto no modifica la actual flota de equipos y maquinarias en la faena minera.
Productos generados
El Proyecto producirá anualmente 4.800.000 toneladas de Sal, la que será manejada y cargada a camiones para su transporte a granel desde el sector Mina-Planta a los lugares de destino, correspondientes al Terminal Marítimo Patache (IMP) y/o sector Acopio en Patache, según lo señalado en las secciones anteriores de este documento. Este transporte de carga se realizará en camiones de 30 t, a través de las rutas utilizadas actualmente.
Recursos naturales renovables
El Proyecto no requiere la extracción ni explotación de recursos naturales renovables durante la fase de operación para satisfacer sus necesidades.
Emisiones y efluentes
Material Particulado y Gases
Para efectos del cálculo de las emisiones producto de las actividades de operación del Proyecto, se utilizó las metodologías de cálculo recomendadas por la EPA (U.S. Environmental Protection Agency) para procesos similares a los que se desarrollaran en este proyecto, y que se encuentran en el documento EPA AP-42, “Compilation of Air Pollutant Emission Factors”, Quinta Edición, 1995 y la “Guía para la Estimación de Emisiones Atmosféricas del SEA”, de Enero del 2012. Las mayores emisiones de material particulado están asociadas a la actividad de resuspensión por transporte, y en menor medida por la transferencia de material.
En cuanto a las emisiones de gases, se observa que las mayores emisiones del Proyecto están asociadas al funcionamiento de maquinaria y grupos electrógenos.
Como medida de control, se continuará realizando el riego de caminos al interior de la mina, con una frecuencia diaria, y el tratamiento de caminos con sal en solución, para disminuir las emisiones de material particulado.
Ruido
En cuanto al ruido generado por las tronaduras, no se prevé niveles de ruido distintos a los de la operación actual, dado que el Proyecto no involucra modificar estas actividades, es decir, que se mantiene la frecuencia de tronaduras y el factor de carga por toda la vida útil del Proyecto, equivalentes a un valor de entre 240 gr y 250 gr de explosivo por tonelada de mineral.
Formas de abatimiento y control:
En el Área Mina, y en el marco del Plan de Prevención de Contingencias (Anexo 8, Adenda Complementaria), se continuará aplicando la medida de disminución de la carga explosiva de las tronaduras a un máximo de 4.000 kg entre los meses de noviembre y mayo.
En el caso del Sector Acopio, el Proyecto cuenta con una barrera acústica para disminuir las emisiones de ruido de la actividad de carga y descarga de sal hacia los receptores ubicados en Caleta Cáñamo. Vibraciones
La alteración por vibraciones asociada a la maquinaria pesada es presentada a continuación, donde se detallan las Velocidades Peak de Partículas (PPV) y los Niveles de Vibración (Lv) asociados a la maquinaria relevante asociados a la fase de operación.
Formas de abatimiento y control:
En el Área Mina, y en el marco del Plan de Prevención de Contingencias (Anexo 8, Adenda Complementaria), se continuará aplicando la medida de disminución de la carga explosiva de las tronaduras a un máximo de 4.000 kg entre los meses de noviembre y mayo.
No se consideran otras formas de abatimiento y control de emisiones para las emisiones de vibraciones.
Efluentes líquidos
Se prevé un aumento de los efluentes respecto de los que se generan actualmente por concepto de lavado de maquinarias y equipos, proceso que se realiza dentro de en una instalación con losa y estanque de acumulación de lodos. Los lodos son retirados por una empresa debidamente autorizada.
En cuanto a las aguas servidas, el Proyecto no modificará las instalaciones existentes asociadas a los servicios higiénicos en faena, toda vez que la generación de este tipo de efluentes se mantendrá en el rango de generación actual, de aproximadamente 4 m/día. Para el manejo de este tipo de efluentes, se continuará empleando la Planta de Tratamiento de Aguas Servidas (PTAS) ECOPLANT 10 Plus, existente y autorizada para un tratamiento de 11 m/día.
Residuos, productos químicos y otras sustancias que puedan afectar el medio ambiente.
Residuos sólidos domésticos
» Cantidad
Se estima una generación inferior a 50 kg/día, que equivale a menos de 18 t/año, considerando una tasa máxima de 1 kg/hab/día y un máximo de 50 trabajadores
» Manejo y Disposición
El manejo transitorio de estos residuos será en el acopio temporal aprobado por la Autoridad, en contenedores de 1 y 3 m3, desde donde estos residuos serán retirados semanalmente por una empresa autorizada para su disposición final en un sitio fuera de la faena, tal como se desarrolla en la actualidad.
Residuos sólidos no peligrosos
- Cantidad
Se estima una generación de 16 t/año, incluyendo chatarra y embalajes de cartón, de plástico y de madera.
- Manejo y Disposición
El manejo de estos residuos se realizará de acuerdo a lo establecido en el Plan de Manejo aprobado por la autoridad Sanitaria adjunto en el Anexo E de la DIA.
Residuos sólidos peligrosos
- Cantidad
20t/año, incluyendo residuos tales como: Aceites y lubricantes; Baterías; Envases y EPP contaminados; Tubos fluorescentes.
» Manejo y Disposición
Almacenamiento en bodega de residuos peligrosos autorizada en faena (Resolución N* 1385 del 12 de abril de 2009 de la SEREMI de Salud Región Tarapacá adjunta en el Anexo A.06 de la DIA), para su posterior retiro, transporte y disposición final en recinto autorizado, por empresa autorizada para dicha actividad.
Productos químicos Corresponde al denominado comercialmente “YPS” ó químicamente
conocido como Ferrocianuro de Sodio Na4Fe(CN)6 x 10H20,, sustancia ampliamente utilizada en diversas industrias.
El YPS no tiene características de inflamabilidad, no es reactivo, ni tampoco explosivo, siendo considerado un producto muy estable. Según la NCh 382, corresponde a una sustancia Clase 9: “Sustancias Varias”. En el Anexo C de la DIA se adjunta su Hoja de Seguridad (EDS).
Para realizar correctamente lo indicado, CMC cuenta con el Procedimiento “Preparación y Adición de Antiaglomerante en Planta”, el cual se encuentra adjunto en el Anexo D de la DIA.
La solución que se obtiene es una solución de YPS con 20 gr de YPS por litro de solución, con un rango de error de + $5 er.
Referencia al ICE para mayores detalles sobre esta Íase.
Capítulo 4.7 del ICE
4.3.3. FASE DE CIERRE
Suministros básicos
Energía Suministro existente. En caso necesario se dispondrá de grupo
generador una vez que se elimine el suministro existente
Agua potable
El suministro de agua potable para las instalaciones de la faena se realiza a través de la compra de agua a terceros autorizados que realizan despacho a través de camiones aljibe, mientras que el agua para consumo de los trabajadores se realiza a través de la compra de agua embotellada.
Agua industrial
El agua industrial se abastece del mismo suministro de agua potable, y adicionalmente, de agua de mar que es transportada hasta la faena en camión aljibe hasta estanque existente.
Combustibles y lubricantes
Instalaciones en faena. En caso de ser necesario se dispondrá de suministro en faena.
Servicios higiénicos
Instalaciones existentes. Alternativamente se dispondrá de baños químicos o un módulo móvil de baños.
Alimentación y alojamiento
Instalaciones existentes y posteriormente se tendrá alimentación y alojamiento en localidades cercanas.
Equipos y maquinarias Equipos y maquinarias propia o de terceros
Actividades, obras y acciones para desmantelar o asegurar la estabilidad de la
El Proyecto considera desmantelar todas las instalaciones del área de la faena en el sector Mina, procurando, en primera instancia, comercializar los materiales. En caso de que esto no sea posible, estos
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infraestructura utilizada por el proyecto o actividad.
serán dispuestos en un lugar autorizado, dependiendo de su naturaleza.
Se indican en la Tabla 1-31 de la DIA las actividades, obras y acciones para desmantelar o asegurar la estabilidad de la infraestructura utilizada por el proyecto o actividad.
Actividades, obras y acciones destinadas a restaurar la geoforma, vegetación y cualquier otro componente ambiental que haya sido afectado durante la ejecución del proyecto
Dadas las características del Proyecto, este no considera obras y acciones para restaurar la geoforma o morfología, siendo la única obra remanente el Rajo Tenardita.
Al respecto, cabe hacer presente que no existen formaciones vegetales u otros componentes ambientales que requieran restauración de la geoforma producto de su afectación.
Actividades, obras y acciones destinadas a prevenir futuras emisiones que puedan afectar el ecosistema incluido aire, suelo y agua
Dadas las características del Proyecto, no se tendrá obras remanentes susceptibles de generar emisiones, efluentes o descarga que puedan afectar el ecosistema, suelo o agua una vez finalizada la operación de la faena. La única instalación remanente corresponderá al rajo, desde el cual, dada la naturaleza higroscópica de la Sal que lo conforma y la capacidad de recristalización de las partículas de sal, no se prevé generación de emisiones, por lo que no se contempla obras u acciones específicas para prevenir futuras emisiones. En este sentido, el proyecto no es susceptible de generar drenaje ácido, toda vez que los sondajes realizados por el Titular en el área del Proyecto, con profundidades de hasta 80 m, evidencian que hasta los 69 m de profundidad el contenido de NaCl es de 97,5%, equivalente a Sal pura.
Actividades, obras y acciones destinadas a la mantención, conservación y
Al final de la vida útil no quedará infraestructura fija remanente que requiera acciones de mantención o conservación, ya que todas serán desmanteladas para removerlas del área de la faena, tanto en sector mina como acopio.
En el caso del rajo, este cuenta con un diseño que permite asegurar la estabilidad física de la obra al final de la vida útil de la faena, de modo que no se prevé la necesidad de obras y acciones para la mantención, conservación y supervisión asociada a esta.
No obstante, lo anterior, posterior al cierre de la faena se contempla el desarrollo de inspecciones visuales del estado estructural del rajo Tenardita, verificando la ausencia de deslizamiento o grietas en su contorno. Del mismo modo, se revisarán visualmente el estado de las medidas de cierre ejecutadas asociadas.
supervisión que sean necesarias Recursos naturales renovables
El Proyecto no requiere la extracción ni explotación de recursos naturales renovables para satisfacer sus necesidades durante la fase de cierre,
Emisiones y efluentes
Emisiones atmosféricas de material particulado
Se estima una fracción de la fase de operación como un escenario conservador. Sin perjuicio de lo anterior, previo al cumplimiento de la vida útil, el titular resolverá la continuidad de las operaciones o el inicio de la respectiva fase de cierre.
Referencia al ICE para mayores detalles sobre esta fase.
Capítulo 4.8 del ICE
4.4, CRONOLOGÍA DE LAS FASES DEL PROYECTO
4.4.1. FASE DE CONSTRUCCIÓN
El proyecto “Actualización Plan de Explotación Mina Tenardita” no contempla una fase de
construcción
4.4.2. FASE DE OPERACIÓN
Fecha estimada de inicio
Enero 2022
10
Parte, obra o acción que establece el inicio
Continuidad operacional de la facna tras finalizado el año 2021, correspondiente al último año de vida útil según la aprobación ambiental de la RCA N120/2006 y RCA N032/2010.
Fecha estimada de término
Segundo semestre año 13 de operación
Parte, obra o acción que establece el
El término de la fase de operación corresponde al momento en que el último camión cargado con el producto salga desde la Planta Tenardita
término hacia el Puerto TMP.
4.4.3, FASE DE CIERRE
Fecha estimada de | Primer semestre del año siguiente al término de la fase de operación inicio
Parte, obra o acción que establece el inicio
Se considera la implementación de señaléticas en lugares visibles de la faena minera.
Fecha de
término
estimada
Primer semestre del año siguiente de inicio de la fase de cierre
Parte, obra o acción que establece el término
cierre de los accesos principales a la faena minera.
Que, durante el proceso de evaluación se han presentado antecedentes que justifican la inexistencia de los siguientes efectos, características y circunstancias del artículo 11 de la Ley
N*19.300:
5.1. EFECTOS ADVERSOS SIGNIFICATIVOS SOBRE LA CANTIDAD Y CALIDAD DE LOS RECURSOS NATURALES RENOVABLES, INCLUIDOS EL SUELO, AGUA Y AIRE
Impacto ambiental
Contaminación lumínica sobre especies de avifauna
Parte, obra o acción que lo genera
Fuentes de emisión lumínica del proyecto
Fase en que se presenta
Operación
Referencia al ICE para mayores
detalles sobre este
específico
Capítulo 5 del ICE impacto
De acuerdo a los antecedentes evaluados, es posible señalar que la ejecución del proyecto no genera o presenta efectos adversos significativos sobre la Golondrina de Mar Negra.
5.2, REASENTAMIENTO DE COMUNIDADES HUMANAS O ALTERACIÓN SIGNIFICATIVA DE LOS SISTEMAS DE VIDA Y COSTUMBRES DE GRUPOS HUMANOS
Impacto ambiental
Alteración de los sistemas de vida y costumbres de grupos humanos
Parte, obra o acción que lo genera
El proyecto considera el uso las rutas de uso público (Ruta 1 y A-750), las que también son utilizadas por algunos integrantes de los GHPPI.
Fase en que se presenta
Todas las fases
Referencia al ICE para mayores
detalles sobre este
específico
Capítulo 5 del ICE impacto
De acuerdo a los antecedentes evaluados es posible indicar que el proyecto no genera o presenta alteración significativa de los sistemas de vida y costumbres de grupos humanos ubicados en las
cercanías del proyecto
6.
Que resultan aplicables al Proyecto los siguientes permisos ambientales sectoriales, asociados a
las correspondientes partes, obras o acciones que se señalan a continuación:
11
6.1. PERMISOS AMBIENTALES SECTORIALES DE CONTENIDO ÚNICAMENTE AMBIENTAL
Al proyecto no le es aplicable permisos ambientales sectoriales de contenido únicamente ambiental.
6.2. PERMISOS AMBIENTALES SECTORIALES MIXTOS
Reglamento del SEIA, Fase del proyecto a la ¡cual corresponde
6.2,1. Permiso para establecer un botadero de estériles o acumulación de mineral, del artículo 136 del
Fase de operación.
Parte, obra o acción a la que aplica
Acumulación de sal en Sector Acopio.
Condiciones exigencias específicas para su otorgamiento
Pronunciamiento del órgano competente
Durante la tramitación sectorial, el titular deberá rectificar y confirmar las propiedades geotécnicas utilizadas. Deberá presentar los resultados de los ensayos de laboratorio que respalden humedad, granulometría, conductividad hidráulica, densidad, ángulo de fricción y cohesión, entre otros utilizados en el análisis de estabilidad, en condiciones drenadas y/o no drenadas, según corresponda. Considerar ensayo de compresión triaxial y corte directo.
De acuerdo al punto anterior en caso de requerirse ajustes en el diseño, geometría y disposición del botadero, ésta no podrá sobrepasar los límites establecidos y criterio instalado en el presente proyecto, altura, superficie, ángulos. En su defecto, deberá analizar su pertinencia de ingreso al SEIA. Oficio Ord N*2535 de fecha 9 de diciembre de 2021, del SERNAGEOMIN de la región de Tarapacá, mediante el cual se pronuncia conforme sobre la Adenda complementaria.
Referencia al ICE para mayores detalles
Capítulo 9 del ICE,
6.2.2. Permiso para la Reglamento del SEIA.
aprobación del plan de cierre de una faena minera, del artículo 137 del
Fase del proyecto a la cual corresponde
Fase de cierre,
Parte, obra o acción a la que aplica
Todas las partes e instalaciones de la faena minera.
Pronunciamiento del órgano competente
Oficio Ord N*2535 de fecha 9 de diciembre de 2021, del SERNAGEOMIN de la región de Tarapacá, mediante el cual se pronuncia conforme sobre la Adenda complementaria.
Referencia al ICE para mayores detalles
Capítulo 9 del ICE
6.2.3, Permiso para subdividir y urbanizar terrenos rurales o para construcciones fuera de los limites urbanos, del artículo 160 del Reglamento del SELA.
Fase del proyecto a la cual corresponde
Fase de operación.
Parte, obra o acción a la que aplica
El Proyecto se requiere habilitar un conjunto de construcciones industriales, incluyendo infraestructura de apoyo, tales como: oficinas administrativas, talleres, comedores, etc., que estarán ubicados en una zona rural de la comuna de Iquique.
Pronunciamiento del órgano competente
Oficio Ord N*370 de fecha 2 de diciembre de 2021, del SAG región de Tarapacá, mediante el cual se pronuncia sobre la Adenda complementaria.
Referencia al ICE para mayores detalles
Capítulo 9 del ICE
La,
Que, de acuerdo a los antecedentes que constan en el expediente de evaluación, la forma de cumplimiento de la normativa de carácter ambiental aplicable al Proyecto es la siguiente:
Tabla. 7. l Componente/mat
Norma
Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento
Parte, obra, acción, emisión, residuo o sustancias a la que aplica
Forma de cumplimiento
Indicador que acredita su cumplimiento
Forma de control y seguimiento Referencia al ICE para
mayores detalles
era: Calidad de aire y emisiones atmosféricas
Decreto Supremo N%47, de 1992, del Ministerio de Urbanismo, que Fija Nuevo Texto de la Ordenanza General de la Ley de Urbanismo y Construcciones.
Fase de operación,
Emisiones de polvo
El Proyecto considera las siguientes medidas de control de emisiones:
Verificación aleatoria de los indicadores de cumplimiento
Capítulo 8 del ICE
Vivienda. y
Humectación de caminos en interior mina con una frecuencia diaria, Tratamiento de caminos con Sal en solución con una frecuencia diaria.
Circulación de vehículos y camiones con control de velocidad en las rutas de transporte entre mina y acopio o puerto.
Se considera el recubrimiento con lona de la tolva de los camiones que transportan la Sal.
Registro de humectación de los caminos.
Registro de aplicación de tratamiento en caminos.
Registro del uso de tolva en los camiones que transportan la Sal.
7.2. Componente/materia:
Calidad de aire y emisiones atmosféricas
Norma
Decreto Supremo N*144, de 1961, del Ministerio de Salud Pública, que Establece Normas para Evitar Emanaciones o Contaminantes Atmosféricos de Cualquier Naturaleza.
Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento
Parte, obra, acción, emisión, residuo o sustancias a la que aplica
Fase de operación.
Este decreto contiene un mandato general al señalar en su Artículo 1* que “los gases, vapores, humos, polvo, emanaciones o contaminantes de cualquier naturaleza, producidos en cualquier establecimiento fabril o lugar de trabajo, deberán captarse o eliminarse en forma tal que no causen peligros, daños o molestias al vecindario”.
Forma de cumplimiento
El Proyecto considera las siguientes medidas de control de emisiones:
Humectación de caminos en interior mina con una frecuencia diaria.
Tratamiento de caminos con Sal en solución con una frecuencia diaria.
Circulación de vehículos y camiones con control de velocidad en las rutas de transporte entre mina y acopio o puerto.
Se considera el recubrimiento con lona de la tolva de los camiones que transportan la Sal.
Indicador que acredita su cumplimiento
Registro de humectación de los caminos. Registro de aplicación de tratamiento en caminos. Registro del uso de lona en los camiones que transportan la Sal.
13
de seguimiento
Forma control
y
Referencia al ICE para
mayores detalles
Verificación aleatoria de los indicadores de cumplimiento.
Capítulo 8 del ICE
7.3. Componente/materia:
Calidad de aire y emisiones atmosféricas
Norma
Decreto Supremo N*59, de 1998, Ministerio Secretaría General de la Presidencia, Comisión Nacional del Medio Ambiente.
¡Fase del Proyecto a la que.
aplica o en la que se dará cumplimiento
Fase de operación y cierre.
Parte, obra, acción, emisión, residuo o sustancias a la que aplica
Forma de cumplimiento
Indicador que acredita su cumplimiento
Se establece la norma primaria de calidad ambiental para material particulado fino MP10, cuyo objetivo es proteger la salud de las personas de los efectos agudos y crónicos de dicho contaminante, con un nivel de riesgo aceptable. Se considerará sobrepasada la norma de calidad del aire para material particulado respirable cuando el percentil 98 de las concentraciones de 24 horas sea mayor o igual a 150 mg/m? N. La norma primaria anual se considerará sobrepasada cuando la concentración anual calculada como promedio aritmético de tres años calendario consecutivos, sea mayor o igual que 50 ug/m?.
El Proyecto considera las siguientes medidas de control de emisiones:
-
Humectación de caminos en interior mina con una frecuencia diaria.
-
Tratamiento de caminos con Sal en solución con una frecuencia diaria.
-
Circulación de vehículos y camiones con control de velocidad en las rutas de transporte entre mina y acopio o puerto.
-
Se considera el recubrimiento con lona de la tolva de los camiones que transportan la Sal.
-
Revisiones técnicas de los vehículos al día.
-
Mantención periódica de la maquinaria y quipos,
-
Registro de humectación de los caminos. o
-
Registro de aplicación de tratamiento con Sal en solución en caminos.
-
Registro del uso de lona en los camiones que transportan la Sal.
Forma de control y Verificación aleatoria de los indicadores de cumplimiento seguimiento Referencia al ICE para | Capítulo 8 del ICE
mayores detalles
7.4. Componente/materia: Calidad de aire y emisiones atmosféricas
Norma
Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará
Decreto Supremo N*138, de 2005, del Ministerio de Salud, que Establece Obligación de Declarar Emisiones que Indica Fase de operación y cierre.
cumplimiento Parte, obra, acción, | Equipos electrógenos. emisión, residuo o
sustancias a la que aplica
Forma de cumplimiento
El titular proporciona anualmente, a través del sistema Ventanilla Única del Registro de Emisiones y Transferencias de Contaminantes (RETC), los antecedentes necesarios para estimar las emisiones provenientes de las fuentes fijas del Proyecto afectas a esta normativa.
14
Indicador que acredita su cumplimiento Forma de seguimiento Referencia al ICE para mayores detalles
control y
[Registros de declaración de emisiones en el sistema RETC.
l
l .
¡Verificación de los registros de emisiones y transferencias de | contaminantes (RETC) al día e histórico.
. —
| Capítulo 8 del ICE
| 7.5. Componente/materia: Calidad de aire y emisiones atmosféricas
1
Norma
Decreto Supremo N*211, de 1991, del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones, que Establece Normas sobre Emisiones de Vehículos Motorizados Livianos.
Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará
Fase de operación y cierre.
cumplimiento Parte, obra, acción, Establece normas sobre características técnicas de motores que permitan emisión, residuo o | cumplir niveles máximos de emisión de monóxido de carbono (CO),
sustancias a la que aplica
Forma de cumplimiento :
hidrocarburos totales (HC), óxidos de nitrógeno (NOx) y Material particulado (PM), para vehículos livianos.
El Titular verificará que los vehículos estén inscritos en el Registro Nacional de Vehículos Motorizados después del 01/09/1994, porten el sello que acredite la certificación de cumplimiento de los límites máximos de sus emisiones.
Indicador que acredita su cumplimiento Forma de seguimiento
control y
Sello en los vehículos que acredite la certificación de cumplimiento de los límites máximos de sus emisiones.
-
Verificación aleatoria del sello en los vehículos.
-
Verificación aleatoria de la revisión técnica al día.
Referencia al ICE para mayores detalles
Capítulo 8 del ICE
7.6. Componente/materia: Calidad de aire y emisiones atmosféricas
Norma
Decreto Supremo N*55, de 1994, del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones, que Establece Normas de Emisión Aplicable a Vehículos Motorizados Pesados, del Ministerio de Transporte y Telecomunicaciones,
Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará
Fase de operación y cierre.
cumplimiento Parte, obra, acción, Establece niveles máximos de emisión de monóxido de carbono (CO), emisión, residuo o | hidrocarburos totales (HC), óxidos de nitrógeno (NOx) y material
sustancias a la que aplica
particulado (PM) para los vehículos motorizados pesados que indica,
Forma de cumplimiento
Los vehículos motorizados pesados y utilizados por el Proyecto no. sobrepasarán los límites máximos de concentraciones de emisiones establecidos en el inciso primero del artículo 2 del D.S, N* 55/94. Para ello, el Titular exigirá a las empresas contratistas que los vehículos motorizados cuenten con la revisión técnica al día, y que los vehículos no excedan las concentraciones máximas de CO y HC, según lo establece la norma. Además, los vehículos pesados contarán con sus respectivas mantenciones, con el objetivo de operar en óptimas condiciones.
Los registros de las revisiones y mantenciones estarán disponibles en todo momento en la faena.
15
“Indicador que acredita su
Los vehículos motorizados pesados y utilizados por el Proyecto tendrán
cumplimiento su certificado de revisión técnica vigente, lo cual en sí mismo constituye ] el indicador para verificar el cumplimiento de la norma, Forma de control y! - Verificación aleatoria del sello en los vehículos.
seguimiento Referencia al ICE para mayores detalles
7.7. Componente/materia:
- Verificación aleatoria de la revisión técnica al día. Capítulo 8 del ICE ]
Calidad de aire y emisiones atmosféricas
Norma
Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará
cumplimiento Parte, obra, acción, emisión, residuo o
sustancias a la que aplica
Decreto Supremo N%4, de 1994, del Ministerio de Transportes y que Establece Norma de Emisión de Contaminantes Aplicables a los Vehículos Motorizados y Fija los Procedimientos para su Control.
Telecomunicaciones,
Fase de operación y cierre.
Establece las concentraciones máximas de Monóxido de carbono (CO) e Hidrocarburos (HC) para los vehículos motorizados de encendido por chispa de dos y cuatro tiempos para los cuales no se hayan establecido normas de emisión expresa. Indica las condiciones instrumentales de medición para CO y HC. Además, establece las mediciones de humo visible (partículas en suspensión) y las condiciones en que deberán efectuarse las mediciones instrumentales de humo visible.
Forma de cumplimiento
Indicador que acredita su
El Titular exigirá a las empresas contratistas que los vehículos motorizados cuenten con la revisión técnica al día, los que no podrán exceder las concentraciones máximas de CO y HC, según lo establece la norma.
Sello en los vehículos que acredite la certificación de cumplimiento de
cumplimiento los límites máximos de sus emisiones. Además, los vehículos contarán con su certificado de revisión técnica vigente, lo cual en sí mismo constituye el indicador para verificar el cumplimiento de la norma.
Forma de control y | Verificación aleatoria de la revisión técnica al día.
seguimiento
Referencia al ICE para mayores detalles
Capítulo 8 del ICE
7.8. Componente/materia:
Emisiones de vehículos motorizados.
Norma
Decreto Supremo N*54, de 1994, del Ministerio de Transporte y Telecomunicaciones, que Establece Normas de Emisión Aplicable a Vehículos Motorizados Medianos.
Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará
cumplimiento Parte, obra, acción, emisión, residuo o
sustancias a la que aplica
Forma de cumplimiento
Fase de operación y cierre,
Establece normas sobre características técnicas de motores que permitan cumplir niveles máximos de emisión de monóxido de carbono (CO), : hidrocarburos totales (HC), óxido de nitrógeno (NOx) y partículas para vehículos medianos.
CMC, verificará que los vehículos motorizados medianos utilizados cumplan con la norma de emisión establecidas por el Ministerio de Transporte y Telecomunicaciones. Además, los vehículos contarán con
sus respectivas revisiones técnicas.
16
| Indicador que acredita su |
cumplimiento
Los vehículos motorizados medianos utilizados por el Proyecto tendrán su certificado de revisión técnica vigente, lo cual en símismo constituye el indicador para verificar el cumplimiento de la norma.
de seguimiento
Forma control
y
Verificación aleatoria de la revisión técnica al día.
Referencia al ICE para mayores detalles
Capítulo 8 del ICE
7.9. Componente/materia:
Emisiones de vehículos motorizados.
Norma
Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento
Parte, emisión, sustancias a la que aplica
obra, acción,
residuo o
Forma de cumplimiento
Indicador que acredita su
Decreto Supremo N*279 de 1983, del Ministerio de Salud. Fase de operación y cierre.
La norma establece los aspectos normativos y técnicos para el control de la emisión de contaminantes evacuados por el tubo de escape de vehículos motorizados de combustión interna, que operen según el sistema diesel (petroleros) o ciclo Otto (bencineros) de dos y cuatro tiempos.
Se exigirá que todos los vehículos motorizados que participen en el desarrollo del Proyecto cumplan con estas normas, lo que se verificará con el correspondiente certificado de revisión técnica y gases. Mantención de registro de certificados de revisión técnica de vehículos,
cumplimiento lo que permitirá verificar el cumplimiento para todos los vehículos motorizados de combustión interna, que certifiquen el cumplimiento de la revisión técnica y gases al día de los vehículos a utilizar por el proyecto en las distintas fases.
Forma de control y Verificación aleatoria de la revisión técnica al día, y
seguimiento
Referencia al ICE para mayores detalles
Capítulo 8 del ICE
T10, Componente/materia: Norma
Ruido
Decreto Supremo N%38, de 201 L el Ministerio del Medio Ambiente, que Establece Norma de Ruidos Generados por Fuentes que indica, elaborada a partir de la revisión del Decreto N*146, de 1997, del Ministerio Secretaría General de la Presidencia
Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará
Fase de operación y cierre,
cumplimiento Parte, obra, acción, emisión, residuo o
sustancias a la que aplica
El Proyecto no incorpora nuevos equipos o maquinarias a la faena, sino | que realiza ajustes al régimen de operación pasando de una operación de lunes a sábado, a una operación de lunes a domingo. De esta forma, las fuentes generadoras de ruido y el nivel de emisión asociado a las mismas, no variará respecto de la condición actual, ambientalmente a través de la RCA N* 32/2010. Estas fuentes emisoras de ruido corresponden a los equipos mineros, a la planta de chancado, a las actividades de tronadura y de transporte.
aprobada |
Forma de cumplimiento
Indicador que acredita su cumplimiento
De acuerdo con la modelación presentada en el Anexo H de la DIA, los niveles de ruido estimados asociados a la ejecución del proyecto (maquinaria, flujo de camiones, y tronaduras) cumplen con los límites máximo permitidos y criterios de referencias respectivos.
Corresponderá a la Superintendencia del Medio Ambiente, fiscalizar el cumplimiento de las disposiciones de la presente norma. Para tales
17
efectos, podrá requerir a los titulares de las fuentes emisoras de ruido, informar su emisión de niveles de ruido, de acuerdo con lo estipulado en el Artículo 15 del D.S. N* 38 de 2011.
de seguimiento
Forma control
y
Referencia al ICE para mayores detalles
-
En caso de ser requerido por la Superintendencia del Medio Ambiente (SMA), se informará sobre sus emisiones de nivel de ruido de acuerdo a lo estipulado en el artículo 15 de la regulación, y en virtud del cumplimiento de la Resolución Exenta N'201/2013 de la SMA, que Aprueba Contenido y Formatos de las Fichas para Informe Técnico del Procedimiento General de Determinación del Nivel de Presión Sonora Corregido,
-
Registro de Emisiones y Transferencias de Contaminantes (RETO).
Capítulo 8 del ICE
7.11. Componente/materia: Norma
Residuos domésticos e industriales no peligrosos. | Decreto con Fuerza de Ley N*725, de 1968, del Ministerio de Salud, Código Sanitario.
Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento
acción, o
Parte, obra, emisión, residuo sustancias a la que aplica
Forma de cumplimiento
Indicador que acredita su cumplimiento
Fase de operación y cierre.
La ejecución del Proyecto presupone la generación de residuos, asociados a las actividades propias industriales, así como también asociadas a los trabajadores. De residuos sólidos domésticos, se estima una generación inferior a 50 kg/día, que equivale a menos de 18 t/año, considerando una tasa máxima de 1 kg/hab/día y un máximo de 50 trabajadores. De residuos sólidos no peligrosos se estima una generación de 16 t/año, incluyendo chatarra y embalajes de cartón, de plástico y de madera CMC cuenta con un Patio de Salvataje para residuos de carácter industrial no peligrosos, los que son manejados según lo dispuesto en el punto 3.2.6 de la RCA N*032/2010, y el Plan de Manejo de Residuos aprobado por la autoridad Sanitaria que se adjunta en el Anexo E de la DIA. Los residuos son retirados por una empresa autorizada con una frecuencia semanal, y son dispuestos en un recinto autorizado para la recepción final de este tipo de residuo. Aquellos residuos con potencial de reutilización o comercialización son dispuestos en el patio de salvataje que posee actualmente CMC. La ejecución del Proyecto mantendrá el manejo actual de residuos.
-
Autorización Sanitaria del Sitio de Almacenamiento Transitorio de residuos domésticos y residuos industriales no peligrosos (Anexo A de la DIA), que no se modifica con ocasión del proyecto.
-
Cumplimiento del Plan de Manejo de Residuos aprobado por la autoridad Sanitaria que se adjunta en el Anexo E de la DIA.
-
Registro de retiro y disposición final de residuos.
Forma de control seguimiento Referencia al ICE para
mayores detalles
y
Verificación de los registros de retiro y disposición final de residuos sólidos asimilables en sitio autorizado. Capítulo 8 del ICE
7.12, Componente/materia: Norma
Residuos domésticos e industriales no peligrosos j Decreto con Fuerza de Ley N*725, de 1968, del Ministerio de Salud,
Código Sanitario.
18
Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento
Fase de operación y cierre.
Parte, Obra, acción, emisión, residuo o sustancias a la que aplica
Forma de cumplimiento
Indicador que acredita su cumplimiento
Forma de control seguimiento Referencia al ICE para
mayores detalles
y
7.13. Componente/materia:
La ejecución del Proyecto presupone la generación de residuos, asociados a las actividades propias industriales, así como también asociadas a los trabajadores.
De residuos sólidos domésticos, se estima una generación inferior a 50 kg/día, que equivale a menos de 18 t/año, considerando una tasa máxima de 1 kg/hab/día y un máximo de 50 trabajadores.
De residuos sólidos no peligrosos se estima una generación de 16 /año, incluyendo chatarra y embalajes de cartón, de plástico y de madera. CMC cuenta con un Patio de Salvataje para residuos de carácter industrial no peligrosos, los que son manejados según lo dispuesto en el punto 3.2.6 de la RCA N*032/2010, y el Plan de Manejo de Residuos aprobado por la autoridad Sanitaria que se adjunta en el Anexo E de la DIA. Los residuos son retirados por una empresa autorizada con una frecuencia semanal, y son dispuestos en un recinto autorizado para la recepción final de este tipo de residuo. Aquellos residuos con potencial de reutilización o comercialización son dispuestos en el patio de salvataje que posee actualmente CMC. La ejecución del Proyecto mantendrá el manejo actual de residuos.
-
Autorización Sanitaria del Sitio de Almacenamiento Transitorio de residuos domésticos y residuos industriales no peligrosos (Anexo A de la DIA), que no se modifica con ocasión del proyecto. Cumplimiento del Plan de Manejo de Residuos aprobado por la autoridad Sanitaria que se adjunta en el Anexo E de la DIA.
-
Registro de retiro y disposición final de residuos.
Verificación de los registros de retiro y disposición final de residuos sólidos asimilables en sitio autorizado. Capítulo 8 del ICE ]
Residuos Industriales Peligrosos
Norma
Decreto Supremo N?148, de 2003, del Ministerio de Salud, que Aprueba el Reglamento Sanitario sobre Residuos Peligrosos.
Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará
Fase de operación y cierre.
cumplimiento Parte, obra, acción, La ejecución del Proyecto presupone la generación de residuos emisión, residuo o | peligrosos que corresponden a aceites, lubricantes y grasas usadas,
sustancias a la que aplica
Forma de cumplimiento
filtros, huaipes, baterías en desuso, tubos fluorescentes, elementos de protección personal y otros productos orgánicos e inorgánicos, en una cantidad aproximada de 20 t/año.
_Los residuos ; peligrosos serán almacenados temporalmente en la bodega en faena, destinada y autorizada para ello (Resolución N? 1385 del 12 de abril de 2009 de la SEREMI de Salud Región Tarapacá adjunta en el Anexo A.06 de la DIA), para su posterior retiro, transporte y disposición
final en recinto autorizado, por empresa autorizada para dicha actividad.
Cabe señalar que el manejo y disposición de este tipo de residuos será de acuerdo con lo evaluado y aprobado en las resoluciones singularizadas en la presente DIA, en lo especificado en el punto N? 3.4.5 de la RCA N? 120 del 2006; y de acuerdo al Procedimiento de Plan
de Manejo de Residuos aprobado por la autoridad Sanitaria que se adjunta en el Anexo E de la DIA.
Todos los residuos peligrosos serán debidamente identificados y etiquetados de acuerdo a la clasificación y tipo de riesgo que establece la Norma Chilena Oficial 2.190 0f.93, versión 2003.
Tal como se realiza en la actualidad, el manejo de aceites y lubricantes será en tambores metálicos cerrados, almacenados al interior de la bodega para almacenamiento temporal de residuos peligrosos, cuya superficie para el almacenamiento de los tambores es de 9 m2, con canaleta para contención de derrames, extintores y sectores separados e individualizados.
Al interior de la bodega se mantendrá la hoja de seguridad de las sustancias peligrosas, como también materiales para la contención de derrames.
Los contenedores que contengan residuos peligrosos cumplirán con los requisitos del Artículo 8 del D.S N*148/2004. Posteriormente, serán enviados a su lugar de almacenamiento y que cuenta con su respectiva Autorización Sanitaria.
Indicador que acredita su cumplimiento
Forma de control. y
seguimiento
-
Registro para la gestión de residuos peligrosos en el RETC.
-
Cumplimiento de la Resolución N* 1385 del 12 de abril de 2009 de la SEREMI de Salud Región Tarapacá adjunta en el Anexo A.06 de la DIA,
-
Registro de retiro y disposición final de residuos en sitio autorizado.
-
Cumplimiento del Plan de Manejo de Residuos aprobado por la autoridad Sanitaria que se adjunta en el Anexo E de la DIA.
-
Verificación del registro d del retiro y disposición final de residuos en sitio autorizado.
-
Registro y verificación periódica de las condiciones de la bodega de residuos peligrosos de acuerdo con la autorización sanitaria y el presente decreto,
-
Revisión de los registros de declaración de residuos en el sistema RETC.
Referencia al ICE para mayores detalles
Capítulo 8 del ICE
7.14. Componente/materia:
Norma
Fase del Proyecto a la que
aplica o en la que se dará |
cumplimiento Parte, obra, acción, emisión, residuo o
sustancias a la que aplica
Aguas servidas o o o ¡Decreto con Fuerza de Ley N*725, de 1968, del Ministerio de Salud,
Código Sanitario. Fase de operación y cierre.
El 1 Proyecto no modifica las instalaciones existentes asociadas a los servicios higiénicos en faena, que consiste en una Planta de Tratamiento de Aguas Servidas (PTAS) ECOPLANT 10 Plus, debidamente autorizada, con capacidad para tratamiento de 11 m”/día
Forma de cumplimiento
-
Cumplimiento de las Resoluciones Sanitarias de la PTAS de aprobación proyecto (Res 0531, Ministerio de Salud, Febrero de 2008) y funcionamiento (Res 1321, Ministerio de Salud, Abril 2009) de la PTAS, ambas adjuntas en el Anexo A.07.de la DIA.
-
Se generan mantenciones periódicas a la PTAS.
20
Indicador que acredita su cumplimiento
El efluente tratado de la PTAS da cumplimiento a la norma chilena |
NCh-1.333, y es utilizado para humectación de caminos interior |
mina, Registro de análisis de calidad de agua de las PTAS. Registro de las mantenciones a PTAS
Forma de control
seguimiento
y
Verificación periódica de los registros indicados como indicadores de | cumplimiento.
Referencia al ICE para mayores detalles
7 15. Componente/materia: Norma
Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento
Parte, emisión,
obra, acción, residuo o sustancias a la que aplica
Aguas servidas
Capítulo 8 del ICE
Decreto Supremo N*594, de 1999, del Ministerio de Salud, que Aprucba Reglamento de las Condiciones Sanitarias y Ambientales Básicas en los Lugares de Trabajo.
Fase de operación y cierre.
El Proyecto no modifica las instalaciones existentes asociadas a los servicios higiénicos en faena, que consiste en una Planta de Tratamiento de Aguas Servidas (PTAS) ECOPLANT 10 Plus, debidamente autorizada, con capacidad para tratamiento de 11 m'/día.
A su vez, el personal cuenta con cinco (5) baños químicos en los frentes de trabajo (en el rajo), los cuales tienen una duración inferior a una semana y, por lo tanto, se movilizan periódicamente según las zonas de explotación en las cuales se esté trabajando. La limpieza y mantención de estos baños está a cargo de una empresa especializada en estos servicios, que con las sanitarias correspondientes otorgadas por la Autoridad Sanitaria, y que se realiza con una frecuencia de dos (2) veces por semana.
la cuenta autorizaciones
Forma de cumplimiento
Cumplimiento de las Resoluciones Sanitarias de la PTAS de aprobación proyecto (Res 0531, Ministerio de Salud, Febrero de 2008) y funcionamiento (Res 1321, Ministerio de Salud, Abril 2009) de la PTAS, ambas adjuntas en el Anexo A.07 de la DIA.
Se generan mantenciones periódicas a la PTAS.
El efluente tratado de la PTAS da cumplimiento a la norma chilena NCh-1.333, y es utilizado para humectación de caminos interior mina.
Contratos con empresas proveedoras del servicio de abastecimiento y limpieza de baños químicos.
Indicador que acredita su cumplimiento
Forma de control | seguimiento
y
Registro de estudios de calidad de agua de las PTAS. Registro de las mantenciones a PTAS. Registro de contratos con las empresas de de limpieza baños químicos.
Verificación periódica de los registros indicados como indicadores de cumplimiento.
Referencia al ICE para mayores detalles
Capítulo 8 del ICE
Norma
7.16. Componente/materia: Aguas servidas Ml : o o i | Decreto Supremo N*236, de 1926, del Ministerio de Salud, que Aprueba
el Reglamento General de Alcantarillados Particulares, Fosas Sépticas, | Cámaras Filtrantes, Cámaras de Contacto, Cámaras Absorbentes y Letri inas Domiciliarias.
21
Fasc del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento
Fase de construcción, Operación y cierre.
Parte, obra, acción, emisión, residuo
sustancias a la que aplica
o
Forma de cumplimiento
Indicador que acredita su cumplimiento
El Proyecto no modifica las instalaciones existentes asociadas a los servicios higiénicos en faena, que consiste en una Planta de Tratamiento de Aguas Servidas (PTAS) ECOPLANT 10 Plus, debidamente autorizada, con capacidad para tratamiento de 11 m/día.
-
Cumplimiento de las Resoluciones Sanitarias de la PTAS de aprobación proyecto (Res 0531, Ministerio de Salud, Febrero de 2008) y funcionamiento (Res 1321, Ministerio de Salud, Abril 2009) de la PTAS, ambas adjuntas en el Anexo A.07 de la DIA.
-
Se generan mantenciones periódicas a la PTAS.
-
El efluente tratado de la PTAS da cumplimiento a la norma chilena NCh-1.333, y es utilizado para humectación de caminos interior mina.
-
Registro de estudios de calidad de agua de las PTAS,
-
Registro de las mantenciones a PTAS
Forma de control
seguimiento
y
Verificación periódica de los registros indicados como indicadores de cumplimiento.
Referencia al ICE para mayores detalles
Capítulo 8 del ICE
- Componente/materia:
Lodos generados en plantas de tratamiento de aguas servidas
Norma
Decreto Supremo N*4, de 2009, del Ministerio Secretaría General de la Presidencia
Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará
cumplimiento Parte, Obra, acción, emisión, residuo o
sustancias a la que aplica
Forma de cumplimiento
Indicador que acredita su cumplimiento
Fase de operación y cierre,
El Proyecto no modifica las instalaciones existentes asociadas a los servicios higiénicos en faena, que consiste en una Planta de Tratamiento de Aguas Servidas (PTAS) ECOPLANT 10 Plus, debidamente autorizada, con capacidad para tratamiento de 11 m*/día.
A su vez, el personal cuenta con cinco (5) baños químicos en los frentes de trabajo (en el rajo), los cuales tienen una duración inferior a una semana y, por lo tanto, se movilizan periódicamente según las zonas de explotación en las cuales se esté trabajando. La limpieza y mantención de estos baños está a cargo de una empresa especializada en estos servicios, la que cuenta con autorizaciones sanitarias correspondientes otorgadas por la Autoridad Sanitaria, y que se realiza con una frecuencia de dos (2) veces por semana.
Los lodos generados en la PTAS son retirados periódicamente por una empresa debidamente autorizada, quienes se encargan de su disposición final.
En relación con los baños químicos, su limpieza y mantención es realizada por una empresa especializada en estos servicios, la que cuenta con las autorizaciones sanitarias correspondientes otorgadas por la Autoridad Sanitaria, y que se realiza con una frecuencia de dos (2) veces por semana.
Registro de los retiros de lodos (incluyendo cantidad retirada y empresa contratista encargada del retiro y disposición final).
las
Forma de control
y
- Verificación de los registros de retiro y boletas emitidas por la
seguimiento
empresa contratista encargada de la gestión de los lodos.
22,
- Verificación de las autorizaciones de la empresa contratista | responsable del retiro y disposición final de los lodos.
Referencia al ICE para mayores detalles
Capítulo 8 del ICE
7.18. Componente/materia:
Norma
Combustibles
Reconstrucción, Reglamento de Seguridad para las Tnetlarionos y Operaciones de Producción y Refinación, Transporte, Almacenamiento, Distribución y Abastecimiento de Combustibles Líquidos.
Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará
Fase de operación y cierre
cumplimiento Parte, obra, acción, emisión, residuo o
sustancias a la que aplica
Forma de cumplimiento
El Proyecto requiere del uso de combustible (básicamente petróleo Diesel) para los equipos, maquinarias y vehículos. CMC cuenta con un estanque de almacenamiento de combustible capaz de contener 50 mi. La instalación del estanque considera pretiles de seguridad y estabilizado de base.
El combustible es entregado en faena por una empresa autorizada que cumple con el D. S. N* 298/94, Reglamento de Trasporte de Sustancias Peligrosas por Calles y Caminos, y es almacenado en estanque existente en faena, operado por la misma empresa,
Cumplimiento de las medidas indicadas en el presente decreto, (ver Anexo A.05) adjunto en la DIA).
Indicador que acredita su cumplimiento
Forma de seguimiento
control y
-
Certificado SEC del estanque de almacenamiento de combustible liquido.
-
Registro de las y adquisición periódica de combustible, entregada por la empresa autorizada para su venta, transporte y distribución directa en faena. Además de la copia contrato para venta, transporte, abastecimiento y distribución.
Verificación periódica de los registros indicados como indicadores de
cumplimiento.
mantenciones
Referencia al ICE para mayores detalles
Capítulo 8 del ICE
7.19. Componente/materia:
Sustancias 5 Peligrosas
Decreto Supremo N%43, de 2015, del Ministerio de Salud, que e Aprueba el Reglamento de Almacenamiento de Sustancias Peligrosas.
Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará
cumplimiento Parte, obra, acción, emisión, residuo o
sustancias a la que aplica
Fase de operación y cierre
El Proyecto requiere del uso de combustible (básicamente petróleo Diesel) para los equipos, maquinarias y vehículos. CMC cuenta con un estanque de almacenamiento de combustible capaz de contener 50 m3, La instalación del estanque considera pretiles de seguridad y estabilizado de base,
El combustible es entregado en faena por una empresa autorizada que cumple con el D. S. N*298/94, Reglamento de Trasporte de Sustancias Peligrosas por Calles y Caminos, y es almacenado en estanque existente en faena, operado por la misma empresa.
23
Forma de cumplimiento
Indicador que acredita su cumplimiento
de — control seguimiento Referencia al ICE para mayores detalles
Forma y
| 7.20. Componente/materia: Explosivos
CMC cuenta con un estanque de almacenamiento de combustible capaz |
de contener 50 m3. La instalación del estanque considera pretiles de
seguridad y estabilizado de base.
-
Certificado SEC del estanque de almacenamiento de combustible líquido.
-
Registro de las mantenciones y adquisición periódica de combustible, entregada por la empresa autorizada para su venta, transporte y distribución directa en faena. Además de la copia contrato para venta, transporte, abastecimiento y distribución.
Verificación según indicador de cumplimiento.
Capítulo 8 del ICE
Componente/materia: Norma
Otros cuerpos legales asociados
Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará
cumplimiento Parte, obra, acción, emisión, residuo o
sustancias a la que aplica
Forma de cumplimiento
Indicador que acredita su cumplimiento Forma de seguimiento Referencia al ICE para mayores detalles
control y
Resolución de autorización sobre uso y manipulación de explosivos.
Explosivos E Decreto N400 que fija texto refundido, coordinado y sistematizado de la Ley N17.798 del Ministerio de Defensa Nacional, sobre el Control de Armas y Explosivos.
Decreto N83/2007, del Ministerio de Defensa Nacional, que “Aprueba Reglamento Complementario de la Ley N17.798, sobre Control de Armas y Elementos Similares”.
Fase de operación,
Actualmente la operación cuenta con un polvorín administrado por la empresa contratista que presta el servicio de tronadura. Este consiste en contenedores metálicos, con un cierre perimetral con postes y malla metálica. Asimismo, cuenta con un parapeto construido con material de escarpe del sector.
El polvorín está amparado con la Resolución N99/001/00244, que aprueba la construcción, y la resolución N50/006/00082 que autoriza la adquisición y consumo habitual de explosivos de acuerdo con lo dispuesto por la Ley 17.798 sobre Control de Armas y Explosivos y sus Reglamentos Complementarios del Ministerio de Defensa Nacional.
Al igual como se realiza actualmente, los explosivos serán adquiridos, transportados, almacenados y manipulados, por empresas contratistas que cumplan con las disposiciones requeridas por la Ley y sus reglamentos.
Revisión periódica del indicador de cumplimiento.
Capítulo 8 del ICE
Norma
Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento
- Componente/materia: Agua Potable,
Decreto Supremo N132 de 2002 que fija texto refundido, coordinado y sistematizado del D.S. N72/1985 Fase de operación y cierre
24
acción, o
Parte, obra, emisión, residuo sustancias a la que aplica
Forma de cumplimiento
El Proyecto se abastecerá de agua potable del mismo modo que se realiza
en la operación actual, pero aumentando el consumo. El suministro para las instalaciones de la faena se realiza a través de la compra de agua a terceros autorizados que realizan despacho a través de camiones aljibe, para disponerla en dos estanques con capacidad de 20.000 litros cada uno; mientras que el agua para consumo de los trabajadores se realiza a través de la compra de agua embotellada.
Registro de la compra de agua a terceros y su disposición en la faena.
Indicador que acredita su cumplimiento de seguimiento Referencia al ICE para mayores detalles
Forma control y
Autorizaciones sanitarias de las empresas abastecedoras de agua potable. Verificación del indicador de cumplimiento.
Capítulo 8 del ICE.
(722. Componente/materia: Norma
Agua Poble.
Decreto Supremo N*446 de 2006.
Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará
Fase de operación y cierre
sustancias a la que aplica
Forma de cumplimiento
cumplimiento Parte, obra, acción, | El Proyecto se abastecerá de agua potable del mismo modo que se realiza emisión, residuo o | enla operación actual, pero aumentando el consumo. El suministro para
las instalaciones de la faena se realiza a través de la compra de agua a terceros autorizados que realizan despacho a través de camiones aljibe, para disponerla en dos estanques con capacidad de 20.000 litros cada uno; mientras que el agua para consumo de los trabajadores se realiza a través de la compra de agua embotellada.
Compra de agua a terceros que cumplan con la normativa.
Indicador que acredita su
Autorizaciones sanitarias de las empresas abastecedoras de agua
Referencia al ICE para mayores detalles
cumplimiento potable. Forma de control y Registro de las autorizaciones de la empresa proveedora de agua potable. seguimiento
Capítulo 8 del ICE
7.23. Componente/materia:
Agua Potable,
Norma
Decreto Supremo N*735 de 1969.
Fase del. Proyecto a la que aplica o en la que se dará
cumplimiento Parte, obra, acción, emisión, residuo o
sustancias a la que aplica
Fase de operación y cierre
El Proyecto se abastecerá de agua potable del mismo modo que se realiza. en la operación actual, pero aumentando el consumo. El suministro para
las instalaciones de la faena se realiza a través de la compra de agua a
terceros autorizados que realizan despacho a través de camiones aljibe,
para disponerla en dos estanques con capacidad de 20.000 litros cada
uno; mientras que el agua para consumo de los trabajadores se realiza a
través de la compra de agua embotellada.
Forma de cumplimiento
Registro de la compra de agua a terceros y su disposición en la faena.
Indicador que acredita su cumplimiento
Autorizaciones sanitarias de las empresas abastecedoras de agua potable.
Forma de control
seguimiento
y
Registro de las autorizaciones de la empresa proveedora de agua potable.
25
Forma de control y seguimiento
Registro de capacitaciones a los trabajadores, respecto de las medidas a implementar ante la ocurrencia de un evento de este tipo.
Referencia al ICE o documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada
Capítulo 7 del ICE
10.1.12. Inadecuado manejo de aguas servidas (falla en Planta de Tratamiento de Aguas Servidas)
Fase del proyecto a la que aplica
Fase de operación y cierre.
Emplazamiento, parte, obra o acción asociada
Sector Mina - Planta.
Acciones o medidas principales a implementar para prevenir la contingencia
Se generan inspecciones regulares en las PTAS para evaluar los estados de los procesos, así como también los equipos y obras que lo componen.
Se instruye al personal del Proyecto y al contratista encargado, sobre el sistema de tratamiento de aguas servidas y sus eventuales situaciones de riesgo o contingencias, mediante actividades de capacitación.
Para evitar rebalses y derrames se verifica periódicamente la limpieza de las tuberías de conducción de aguas servidas hacia la PTAS.
Para evitar filtraciones se verifica periódicamente la integridad de las tuberías de conducción, confirmando que éstas no presenten roturas ni fisuras, en especial en los sectores con uniones.
Forma de control y seguimiento
Registro de las inspecciones regulares en las PTAS para evaluar los estados de los procesos, así como también los equipos y obras que lo componen.
Registros de instrucción al personal del Proyecto y al contratista encargado, sobre el sistema de tratamiento de aguas servidas y sus eventuales situaciones de riesgo o contingencias.
Referencia al ICE o documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada
Capítulo 7 del ICE
10.1.13, Inadecuado manejo de agu
as servidas (Lodos) de baños químicos o sanitarios portátiles
Fase del proyecto a la que aplica
Fase de operación y cierre.
Emplazamiento, parte, obra o acción asociada
Sector Mina - Planta, específicamente en frentes de trabajo en el rajo.
Acciones o medidas principales a implementar para prevenir la contingencia
- La limpieza y mantención de los baños químicos está a cargo
de una empresa especializada en estos servicios, la que cuenta con las autorizaciones sanitarias correspondientes, y que se realiza con una frecuencia de dos (2) veces por semana.
Se mantiene un registro de empresas de apoyo que puedan contener la demanda provisoria en caso de falla de servicio contratado.
Forma de control y seguimiento
Registro de empresas de apoyo que puedan contener la demanda provisoria en caso de falla de servicio contratado.
Referencia al ICE o documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada
Capítulo 7 del ICE
48
10.1.14. Falla del gestor del transporte de residuos
Fase del proyecto a la que aplica
Fase de operación y cierre.
Emplazamiento, parte, obra o acción asociada
Sector Mina - Planta y Acopio.
Acciones o medidas principales a implementar para prevenir la contingencia
-
Se mantiene un programa de gestión de retiro en el cual se establece la empresa prestadora del servicio y las fechas comprometidas.
-
Se mantiene una vía de comunicación formal con la empresa proveedora del servicio, a través de la cual se confirman las fechas programadas para el retiro, y se realiza el seguimiento del retiro de residuos.
-
El encargado de la gestión de residuos de la faena mantendrá de manera preventiva los datos de contacto de empresa alternativa en caso que sea necesario gestionar el retiro por otra empresa que cuente con la autorización sanitaria respectiva
Forma de control y seguimiento
- Programa de gestión de retiro de residuos. -_ Registro de empresas alternativas que presten servicios.
Referencia al ICE o documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada
Capítulo 7 del ICE
10.1.15, Falla del gestor del transporte de residuos
Fase del proyecto a la que aplica
Fase de operación y cierre.
Emplazamiento, parte, obra o acción asociada
Sector Mina - Planta y Acopio.
Acciones o medidas principales a implementar para prevenir la contingencia
-
Se mantiene un sistema de respaldos a disposición, que sean capaces de contener demanda en caso de que hubiese una falla en el servicio de destino de los residuos.
-
Se mantiene una vía de comunicación formal gestor del tratamiento o eliminación de residuos fuera del predio, a través de la cual se confirma la factibilidad de recibir los residuos antes de su despacho.
Forma de control y seguimiento
- Registro de sistema de respaldo de gestores de tratamiento y/o eliminación de residuos.
Acciones medida a implementar para controlar la emergencia
o
- Gestión inmediata de otro lugar autorizado para la recepción y disposición final de residuos.
Oportunidad y vías de comunicación a la SMA de la activación del Plan de
Emergencia
Cualquier contingencia que genere afectación sobre algún componente ambiental (agua, aire, suelo, biodiversidad o medio humano) deberá ser reportado en forma inmediata a la Superintendencia del Medio Ambiente, de acuerdo con lo establecido en la Resolución Exenta N? 885 del 21 de septiembre de 2016 de la SMA. El encargado de dar este aviso será el Coordinador General de Emergencia CMC.
Referencia al ICE o documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada
Capítulo 7 del ICE
49
10.2. PLAN DE EMERGENCIAS
de peligrosa
10.2.1. Derrames de Aceites y combustibles, de hidrocarburos u otras sustancias con características
Fase del proyecto a la que aplica
Fase de operación y cierre
Emplazamiento, parte, obra o acción asociada
Sector Mina - Planta
Acciones o medida a implementar para controlar la emergencia
-
Aislar el área afectada.
-
Determinar rápidamente la naturaleza y extensión del incidente; si es posible, el derrame se controlará en sitio parando el flujo. Si el derrame no se puede controlar en sitio se llamará a los organismos de emergencia y autoridades.
-
Detectar el residuo derramado consultando la Hoja de Datos de Seguridad de la sustancia, para identificar los peligros asociados,
-
De acuerdo al tipo de sustancia, se neutralizará o diluirá la sustancia con anterioridad a su manejo.
-
Utilizar el equipo de protección personal correcto para entrar en contacto con la sustancia derramada.
-
En caso de identificar fuga de la sustancia, y si es seguro hacerlo así, se detendrá la fuga.
-
Demarcar el área que abarca la emergencia y su posible propagación hacia áreas vecinas.
-
En caso de derrames al interior de edificios, o que no sea posible de contener, proveer la ventilación adecuada y evacuar de manera inmediata,
-
Apagar fuentes de calor que puedan encender o generar gases, líquidos u otros materiales inflamables o tóxicos.
-
Seremoverá el suelo contaminado y escombros si se requiere.
-
Se descontaminarán todos los equipos.
-
Se envasará todo el material contaminado para descarte.
-
El manejo de los residuos generados durante las acciones de control de la emergencia será de acuerdo a su clasificación (peligroso o no peligroso).
-
Finalmente, todo derrame será informado al supervisor directo, asesor de prevención de riesgos y administrador de contratos como un incidente, efectuándose la respectiva investigación, determinación de sus causas, medidas de control y prevención adoptadas.
Oportunidad y vías de comunicación a la SMA de la activación del Plan de Emergencia
Cualquier contingencia que genere afectación sobre algún componente ambiental (agua, aire, suelo, biodiversidad o medio humano) será reportada en forma inmediata a la Superintendencia del Medio Ambiente, de acuerdo con lo establecido en la Resolución Exenta N* 885 del 21 de septiembre de 2016 de la SMA. El encargado de dar este aviso será el Coordinador General de Emergencia CMC.
Referencia al ICE o documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada
Capítulo 7 del ICE
10.2.2. Incendios al interior de la faena
Fase del proyecto a la que aplica | Fase de operación y cierre.
50
Emplazamiento, parte, obra o acción asociada
Sector Mina - Planta
medida a implementar para controlar la emergencia
Acciones o
Se dará aviso inmediatamente al jefe de Turno Mina (coordinador general de evacuación) o con su supervisor directo.
Si es posible, accionar los extintores dispuestos en las instalaciones, según las instrucciones de los mismos, guardando una distancia prudente a los sectores con llama.
Se paralizarán los trabajos en el área afectada.
Se accionarán la Red de Incendio.
Se evacuará al personal de las instalaciones afectadas, quienes deberán dirigirse al área de seguridad correspondiente.
En caso de no poder controlar rápidamente el evento, mediante los extintores disponibles, se procederá a llamar a la compañía de bomberos del sector.
Oportunidad y vías de comunicación a la SMA de la activación del Plan de Emergencia
Cualquier contingencia que genere afectación sobre algún componente ambiental (agua, aire, suelo, biodiversidad o medio humano) será reportada en forma inmediata a la Superintendencia del Medio Ambiente, de acuerdo con lo establecido en la Resolución Exenta N* 885 del 21 de septiembre de 2016 de la SMA. El encargado de dar este aviso será el Coordinador General de Emergencia CMC.
Referencia al ICE o documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada
Capítulo 7 del ICE
10.2.3, Accidentes de tránsito
Fase del proyecto a la que aplica
Fase de operación y cierre.
Emplazamiento, parte, obra o acción asociada
Rutas públicas utilizadas para el transporte: Ruta A - 750, Ruta 1; Rutas privadas al interior de la faena. En caso de choques, volcamiento de camiones, tracto camiones y semirremolque, vehículos livianos, y buses transporte personal.
Acciones o medida a implementar para controlar la emergencia
Se debe notificar inmediatamente en Garita Control Mina Canal 1 y/o Garita Control Patache, Teléfono o por medio de radios (canal 3), indicando lugar del accidente, si hay heridos graves o personal atrapado.
Revisar el área del accidente y buscar peligros inmediatos en el árca.
Instruir a dos (2) trabajadores para que se sitúen en ambos lados del camino para controlar el tráfico que viene y va, para prevenir congestión en el área.
Se instalarán triángulos reflectantes con el fin de que los vehículos que circulan por el lugar reduzcan la velocidad oportunamente.
Chequear el número de personas heridas y el grado de atascamiento de estos.
Instalar cuñas bajo el equipo o amarre con cables, prevenir algún movimiento inesperado mientras se realiza el rescate. Chequear el área en busca de fugas de combustibles, y mantener un extintor disponible para su uso de inmediato en caso de incendio accidental.
Intentar detener filtraciones y contener derrames, en caso de corresponder.
51
- Traslado del o los lesionados según gravedad.
- Solicitar colaboración de Carabineros, Bomberos.
la Ambulancias
(SAMU),
- Coordinar la limpieza del sector una vez finalizado el incidente.
Oportunidad y vías de comunicación a la SMA de la activación del Plan de Emergencia
Cualquier contingencia que genere una afectación sobre algún componente ambiental (agua, aire, suelo, biodiversidad o medio humano) deberá ser reportado en forma inmediata a la Superintendencia del Medio Ambiente, de acuerdo con lo establecido en la Resolución Exenta N? 885 del 21 de septiembre de 2016 de la SMA. El encargado de dar este aviso será el Coordinador General de Emergencia CMC.
Sin perjuicio de lo anterior, se indica que en caso de producirse un accidente en carretera que involucre derrame de residuos peligrosos, se comunicará el hecho inmediatamente, por cualquier medio expedito, a la ONEMI, Región de Tarapacá y la SEREMI de Transportes y Telecomunicaciones, Región de Tarapacá.
Referencia al ICE o documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada
Capítulo 7 del ICE
10.2.4. Uso de explosivos
Fase del proyecto a la que aplica
Fase de operación.
Emplazamiento, parte, obra o acción asociada
Polvorín ubicado en el sector Mina - Planta.
Acciones o medida implementar para controlar la emergencia
a
-
Los manipuladores de explosivos o conductores que se vean involucrados en incidentes deben informar inmediatamente a su Supervisor.
-
Evacuar a todo el personal y retiro de vehículos a una distancia mínima de 500 metros.
-
Permanecer aislado en ese lugar hasta que las explosiones y los fuegos resultantes se hayan extinguido por sí mismos.
-
El acceso a las instalaciones (polvorines y cancha de Nitrato) deberá ser bloqueado a una distancia mínima de 500 m a la redonda, para prevenir que cualquier persona ajena entre al área, incluyendo la policía y las brigadas de incendio. En el caso de vehículos cargados con explosivos dicha distancia será de 500 metros a la redonda.
-
En caso de existir lesionados, se deben suministrar los
primeros auxilios por las personas capacitadas y en forma
inmediata llamar al jefe Turno Mina. Canal 1
No se debe hacer ningún intento de limpiar o reparar el daño
a menos que sea autorizado por el jefe Turno Mina.
Oportunidad y vías de comunicación a la SMA de la activación del Plan de Emergencia
Cualquier contingencia que genere afectación sobre algún componente ambiental (agua, aire, suelo, biodiversidad o medio humano) deberá ser reportado en forma inmediata a la Superintendencia del Medio Ambiente, de acuerdo con lo establecido en la Resolución Exenta N* 885 del 21 de septiembre de 2016 de la SMA. El encargado de dar este aviso será el Coordinador General de Emergencia CMC.
S2
Referencia al ICE o documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada |
Capítulo 7 del ICE
10.2.5. Aves costeras por emisiones lumínicas
Fase del proyecto a la que aplica |
Fase de operación.
Emplazamiento, parte, obra o acción asociada
Luminaria exterior de áreas de instalaciones administrativas y de apoyo.
Acciones o medida a implementar para controlar la emergencia
caídas en el área de la faena, se llevará a cabo su rescate de acuerdo con el instructivo de rescate adjunto en el Anexo M de la DIA:
Ante el hallazgo de individuos de aves
-
Informar del hallazgo al jefe de Turno y al Centro de Rescate,
-
Tomar delicadamente al ave y ponerla en las cajas contenedoras especialmente dispuestas para ello, si es posible Usar guantes.
-
Depositarlas en uno de los compartimentos habilitados.
-
Si no se consigue la caja contenedora, se puede utilizar una caja de cartón pequeña, puede ser de zapatos, por ejemplo. Pero hay que hacerle perforaciones para que pueda circular el aire,
-
No darle agua ni alimento, Y entregarla al encargado o jefe de turno.
-
Mantener en silencio el entorno.
-
No tomarle fotos con flash.
-
El tiempo de manipulación debe ser lo más breve.
-
Enel caso de encontrar aves heridas, se debe avisar al jefe de turno y llevarla inmediatamente a Iquique a un centro veterinario, para su evaluación y que el profesional decida qué hacer con el ave.
-
Laliberación se realizará solamente será nocturna, en ausencia de luminarias y frente al mar, se estima que al menos a 1 km lejos de áreas iluminadas, se considera apto para su liberación. Punto liberación: Coordenada -20.817890, -70.191192
-
Las Golondrinas de Mar deberán ser liberadas el mismo día en que son encontradas, solo en horario nocturno.
-
Se marcará el ave que será liberada. Para ello se aplicará esmalte al agua, con un pincel en la extremidad izquierda y se cambiará el color del esmalte semanalmente. Este plan se llevará a cabo a partir de la campaña del año 2021.
-
Apoyarse con la Información disponible para todo el personal, que sé encuentra en paneles informativos con la descripción de las actividades de control e identificación de los tipos de Golondrinas de Mar en algunos puntos de faena.
-
Se llevará el registro diario de los individuos rescatados, indicando fecha, especie y estado, entre otros.
Oportunidad y vías de comunicación a la SMA de la activación del Plan de
Emergencia
Se llevará el registro de aves costeras encontradas en el área de la faena, indicando fecha, especie y estado del individuo, el cual será reportado semestral a la Superintendencia del Medio Ambiente (SMA) con copia al Servicio Agrícola y Ganadero (SAG).
Referencia al ICE o documentos del expediente de evaluación que
contenga la descripción detallada
Capítulo 7 del ICE
53
10.2.6. Aves costeras por emisiones de ruido y vibración por tronaduras
Fase del proyecto a la que aplica
Fase de operación.
Emplazamiento, parte, obra o acción asociada
Area mina.
medida a implementar para controlar la emergencia
Acciones o
Ante el hallazgo de individuos de aves caídas en el área de la faena, se llevará a cabo su rescate de acuerdo con el instructivo de rescate adjunto en el Anexo M de la DIA:
-
Informar del hallazgo al Jefe de Turno.
-
Tomar delicadamente al ave y ponerla en las cajas contenedoras especialmente dispuestas para ello, si es posible Usar guantes.
-
Depositarlas en uno de los compartimentos habilitados.
-
Si no se consigue la caja contenedora, se puede utilizar una caja de cartón pequeña, puede ser de Zapatos, por ejemplo. Pero hay que hacerle perforaciones para que pueda circular el aire,
-
No darle agua ni alimento, Y entregarla al encargado o jefe de turno.
-
Mantener en silencio el entorno.
-
No tomarle fotos con flash,
-
El tiempo de manipulación debe ser lo más breve.
-
Enel caso de encontrar aves heridas, se debe avisar al jefe de turno y llevarla inmediatamente a Iquique a un centro veterinario, para su evaluación y que el profesional decida qué hacer con el ave,
-
La liberación se realizará solamente será nocturna, en ausencia de luminarias y frente al mar, se estima que al menos a 1 km lejos de áreas iluminadas, se considera apto para su liberación. Punto liberación: Coordenada -20.817890, - 70.191192,
-
Las Golondrinas de Mar deberán ser liberadas el mismo día en que son encontradas, solo en horario nocturno.
-
Se marcará el ave que será liberada. Para ello se aplicará esmalte al agua, con un pincel en la extremidad izquierda y se cambiará el color del esmalte semanalmente. Este plan se llevará a cabo a partir de la campaña del año 2021.
-
Apoyarse con la Información disponible para todo el personal, que se encuentra en paneles informativos con la descripción de las actividades de control e identificación de los tipos de Golondrinas de Mar en algunos puntos de faena.
-
Se llevará el registro diario de los individuos rescatados, indicando fecha, especie y estado, entre otros,
Oportunidad y vías de comunicación a la SMA de la activación del Plan de
Emergencia
Se llevará el registro de aves costeras encontradas en el área de la faena, indicando fecha, especie, identificación de si corresponde a un adulto o volantón estado del individuo, el cual será reportado semestral a la Superintendencia del Medio Ambiente (SMA) con copia al Servicio Agrícola y Ganadero (SAG).
Referencia al ICE o documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada
Capítulo 7 del ICE
54
110.27. Caídas de aves costeras en el área de la faena minera
Fase del proyecto a la que aplica
Fase de operación.
Emplazamiento, parte, obra o acción asociada
Area mina.
Acciones o medida a implementar para controlar la emergencia
Ante el hallazgo de individuos de aves caídas en el área de la faena, se llevará a cabo su rescate de acuerdo con el instructivo de rescate adjunto en el Anexo M de la DIA:
-
Informar del hallazgo al Jefe de Turno.
-
Tomar delicadamente al ave y ponerla en las cajas contenedoras especialmente dispuestas para ello, si es posible usar guantes.
-
Depositarlas en uno de los compartimentos habilitados.
-
Si no se consigue la caja contenedora, se puede utilizar una caja de cartón pequeña, puede ser de zapatos, por ejemplo. Pero hay que hacerle perforaciones para que pueda circular el aire,
-
No darle agua ni alimento. Y entregarla al encargado o jefe de turno.
-
Mantener en silencio el entorno.
-
No tomarle fotos con flash.
-
El tiempo de manipulación debe ser lo más breve.
-
Enel caso de encontrar aves heridas, se debe avisar al jefe de turno y llevarla inmediatamente a Iquique a un centro veterinario, para su evaluación y que el profesional decida qué hacer con el ave.
-
La liberación se realizará solamente será nocturna, en ausencia de luminarias y frente al mar, se estima que al menos a 1 km lejos de áreas iluminadas, se considera apto para su liberación. Punto liberación: Coordenada -20.817890, - 70.191192
-
Las Golondrinas de Mar deberán ser liberadas el mismo día en que son encontradas, solo en horario nocturno.
-
Se marcará el ave que será liberada. Para ello se aplicará esmalte al agua, con un pincel en la extremidad izquierda y se cambiará el color del esmalte semanalmente. Este plan se llevará a cabo a partir de la campaña del año 2021.
-
Apoyarse con la Información disponible para todo el personal, que se encuentra en paneles informativos con la descripción de las actividades de control e identificación de los tipos de Golondrinas de Mar en algunos puntos de faena.
-
Se llevará el registro diario de los individuos rescatados, indicando fecha, especie y estado, entre otros.
Oportunidad y vias de comunicación a la SMA de la activación del Plan de
Emergencia
Se llevará el registro de aves costeras encontradas en el área de la faena, indicando fecha, especie, identificación de si corresponde a un adulto o volantón y estado del individuo, el cual será reportado semestral a la Superintendencia del Medio Ambiente (SMA) con copia al Servicio Agrícola y Ganadero (SAG).
Referencia al ICE o documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada
Capítulo 7 del ICE
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10.2.8. Sismo
Fase del proyecto a la que aplica
Fase de operación y cierre.
Emplazamiento, parte, obra o acción asociada
Sector Mina - Planta y Acopio.
Acciones o medida a implementar para controlar la emergencia
-
Ante la ocurrencia de un sismo de gran magnitud, el personal deberá evacuar la zona siguiendo las vías designadas para esto o utilizando el camino más rápido y expedito.
-
El personal que se encuentra laborando al interior de la mina en los bancos, si se encuentra al interior del vehículo, deberá permanecer en él hasta que pase el sismo y luego deberá dirigirse hacia el sector de reunión.
-
Para el personal que se encuentre laborando al interior de la mina a pie, deberá alejarse de las orillas de los bancos y laderas donde pudiesen existir desprendimientos de material, hasta que pase el sismo. Luego deberá esperar en el sector para ser trasladado a la zona de seguridad.
-
Todo el personal deberá mantenerse en la zona de seguridad en espera de instrucciones e informaciones.
-
En caso de tener personas accidentadas, se procederá con acciones de Evacuación de Accidentados.
-
Si hay señales evidentes de daño a la estructura del edificio (paredes o techos agrietados, etc.), notifíquelos al Coordinador General de Emergencia. Espere instrucciones.
-
Si tiene la orden de evacuar, siga el mismo procedimiento de salida igual que para los casos de incendio.
-
En caso de encontrarse en el Sector Acopio, y si está dentro de un vehículo, deténgase y permanezca en su interior.
-
Mantener siempre la calma y diríjase hacia el Punto de Encuentro de la Emergencia (PEE) asignado al área, en donde se hará el recuento del personal.
-
Toda acción posterior a la emergencia será coordinada por el Coordinador General de Emergencia en conjunto con el Administrador de Contratos de Empresas Contratistas.
Oportunidad y vías de comunicación a la SMA de la activación del Plan de Emergencia
En caso de ocurrir un evento telúrico de gran magnitud, y que este haya comprometido la seguridad o salud de los trabajadores, se realizará un llamado a las autoridades competentes. El encargado de dar este aviso será el Coordinador General de Emergencia CMC.
Referencia al ICE o documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada
Capítulo 7 del ICE
10.2.9. Tormentas eléctricas
Riesgo o contingencia
Tormentas eléctricas
Fase del proyecto a la que aplica
Fase de operación y cierre.
Emplazamiento, parte, obra o acción asociada
Sector Mina-Planta y Acopio.
Acciones o medida a implementar para controlar la emergencia
-
Mantenerse en el interior de los edificios de las instalaciones
-
Si se encuentra en terreno refúgiese en algún vehículo motorizado, si no se encuentra un vehículo cerca ubíquese en la explanada más baja en relación con el terreno en que se ubica.
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De encontrarse en un vehículo, mantener las ventanas cerradas, bajar la antena radial y apagar la radio musical; no se debe bajar del vehículo; se debe ubicar el vehículo lejos de líneas de alta tensión.
Alejarse de toda estructura metálica que no cuente con para rayos 0 con puesta de línea a tierra.
Informar a su jefatura directa de su ubicación para dar inicio al plan de evacuación.
Apagar y desenchufar todo artefacto eléctrico y electrónico que se pueda ver afectado por el alza de voltaje.
No salir del área segura en que se encuentra hasta que sea autorizado por el jefe del área.
No se deben realizar maniobras de rescate mientras no sea levantada la emergencia.
Mantener contacto radial para recibir información de la situación.
Todo Operador que se encuentre dentro de un equipo con tracción de orugas, debe detener el equipo y solicitar al jefe de Turno ser evacuado inmediatamente dado el aviso de Alerta, hacia un lugar seguro.
Los trabajos de montaje estructural se deben detener inmediatamente, independiente que las estructuras tengan una conexión a tierra.
Oportunidad y vías de comunicación a la SMA de la activación del Plan de
Emergencia
En caso de ocurrir un evento de esta naturaleza, cuya magnitud haya comprometido la seguridad o salud de los trabajadores, se realizará un llamado a las autoridades competentes. El encargado de dar este aviso será el Coordinador General de Emergencia CMC.
Referencia al ICE o documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada
Capítulo 7 del ICE
10.2.10. Vientos huracanados, lluvias
Fase del proyecto a la que aplica
Fase de operación.
Emplazamiento, parte, obra o acción asociada
Sector Mina-Planta y Acopio,
Acciones o medida al - implementar para controlar la | - emergencia
Permanecer en el interior de las instalaciones.
Si se encuentra en terreno refugiarse en lugares no expuestos a contactos con objetos que puedan caer. Mantenerse alejado de líneas eléctricas
Al estar operando equipos o vehículos, detener la actividad en forma inmediata y buscar una zona segura para refugiarse Queda restringido el movimiento de vehículos, izamientos y levantes de materiales y el desplazamiento o tránsito de personas a pie, según sea la velocidad del viento reinante. Esperar instrucciones del jefe directo.
Oportunidad y vías de comunicación a la SMA de la activación del Plan de Emergencia
En caso de ocurrir un evento de esta naturaleza, cuya magnitud haya comprometido la seguridad o salud de los trabajadores, se realizará un llamado a las autoridades competentes. El encargado de dar este aviso será el Coordinador General de Emergencia CMC.
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Referencia al ICE o documentos del expediente de evaluación que | contenga la descripción detallada
Capítulo 7 del ICE
10.2.11. Tsunami
Riesgo o contingencia
Tsunami
Fase del proyecto a la que aplica
Fase de operación y cierre.
Emplazamiento, parte, obra o acción asociada
Sector Acopio, ubicado en el área de Punta Patache.
Acciones o medida a implementar para controlar la emergencia
-
Se deberá evacuar la zona del Acopio, dirigiéndose a las áreas de seguridad ubicadas en sectores con mayor altitud.
-
Durante la evacuación, respetar las señalizaciones de dirección a zona segura de riesgo de Tsunami.
-
En caso de quedar rezagado en algún punto, se debe buscar subir a sectores en altura.
Oportunidad y vías de comunicación a la SMA de la activación del Plan de Emergencia
En caso de ocurrir un evento de esta naturaleza, cuya magnitud haya comprometido la seguridad o salud de los trabajadores, se realizará un llamado a las autoridades competentes. El encargado de dar este aviso será el Coordinador General de Emergencia CMC.
Referencia al ICE o documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada
Capítulo 7 del ICE
10.2.12, Inadecuado manejo de aguas servidas (falla en Planta de Tratamiento de Aguas Servidas)
Fase del proyecto a la que aplica
Fase de operación y cierre.
Emplazamiento, parte, obra o acción asociada
Sector Mina - Planta.
Acciones o medida a implementar para controlar la emergencia
-
En caso de fallas en el sistema tratamiento de aguas servidas, y dado que corresponden a plantas modulares, se aislará el módulo con fallas para reparar, mientras la planta sigue en funcionamiento, alterando minimamente su capacidad mientras dura la contingencia.
-
Encaso de requerir desactivar temporalmente la PTAS, de ser necesario se habilitará temporalmente baños modulares o baños químicos hasta la recuperación del sistema.
-
En caso de filtraciones, se realizará el retiro de materiales contaminados y disposición en sitio autorizado.
-
Serealizará un reporte final con una descripción del incidente en cuestión, incluyendo cronología de los eventos y fotográfico del evento.
Oportunidad y vías de comunicación a la SMA de la activación del Plan de Emergencia
Cualquier contingencia que genere afectación sobre algún componente ambiental (agua, aire, suelo, biodiversidad o medio humano) deberá ser reportado en forma inmediata a la Superintendencia del Medio Ambiente, de acuerdo con lo establecido en la Resolución Exenta N? 885 del 21 de septiembre de 2016 de la SMA. El encargado de dar este aviso será el Coordinador General de Emergencia CMC.
Referencia al ICE o documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada
Capítulo 7 del ICE
10.2.13. Inadecuado manejo de aguas servidas (Lodos) de baños químicos o sanitarios portátiles
Fase del proyecto a la que aplica
Fase de operación y cierre.
Emplazamiento, parte, obra o acción asociada
Sector Mina - Planta, específicamente en frentes de trabajo en el rajo.
Acciones o medida a implementar para controlar la emergencia
- En caso de falla del servicio se dará aviso inmediatamente a la gerencia correspondiente de CMC.
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- En caso de ser requerido, se contactará a una empresa de apoyo que pueda responder ante un eventual requerimiento provisorio.
Oportunidad y vías de comunicación a la SMA de la activación del Plan de Emergencia
Cualquier contingencia que genere afectación sobre algún componente ambiental (agua, aire, suelo, biodiversidad o medio humano) deberá ser reportado en forma inmediata a la Superintendencia del Medio Ambiente, de acuerdo con lo establecido en la Resolución Exenta N* 885 del 21 de septiembre de 2016 de la SMA. El encargado de dar este aviso será el Coordinador General de Emergencia CMC.
Referencia al ICE o documentos del expediente de evaluación que | contenga la descripción detallada
Capítulo 7 del ICE
10.2.14. Riesgo o contingencia por falla del gestor del transporte de residuos de modo tal que no uedan realizar el servicio con la fr
ecuencia comprometida.
Fase del proyecto a la que aplica
Fase de operación y cierre.
Emplazamiento, parte, obra o acción asociada
Sector Mina - Planta y Acopio.
Acciones o medidas principales a implementar para prevenir la contingencia
-
Se mantiene un programa de gestión de retiro en el cual se establece la empresa prestadora del servicio y las fechas comprometidas,
-
Se mantiene una vía de comunicación formal con la empresa proveedora del servicio, a través de la cual se confirman las fechas programadas para el retiro, y se realiza el seguimiento del retiro de residuos.
-
El encargado de la gestión de residuos de la faena mantendrá de manera preventiva los datos de contacto de empresa alternativa en caso que sea necesario gestionar el retiro por otra empresa que cuente con la autorización sanitaria respectiva
Forma de control y seguimiento
- Programa de gestión de retiro de residuos.
- Registro de empresas alternativas que presten servicios.
Acciones o medida a implementar para controlar la emergencia
Gestión inmediata para contar con otra empresa externa autorizada para el retiro inmediato de residuos.
Oportunidad y vías de comunicación a la SMA de la activación del Plan de Emergencia
Cualquier contingencia que genere afectación sobre algún componente ambiental (agua, aire, suelo, biodiversidad o medio humano) deberá ser reportado en forma inmediata a la Superintendencia del Medio Ambiente, de acuerdo con lo establecido en la Resolución Exenta N? 885 del 21 de septiembre de 2016 de la SMA. El encargado de dar este aviso será el Coordinador General de Emergencia CMC.
Referencia al ICE o documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada
Capítulo 7 del ICE
| 10.2.15. Falla del gestor del transporte de residuos
Riesgo o contingencia
Falla del gestor del tratamiento o eliminación de residuos fuera del predio de modo tal que no Puede recibir el residuo y realizar el servicio
Fase del proyecto a la que aplica
Fase de operación y cierre.
Emplazamiento, parte, obra o acción asociada
Sector Mina - Planta y Acopio.
Acciones o medida a implementar para controlar la emergencia
Gestión inmediata de otro lugar autorizado para la recepción y disposición final de residuos.
Oportunidad y vías de comunicación a la SMA de la
Cualquier contingencia que genere afectación sobre algún componente ambiental (agua, aire, suelo, biodiversidad o medio humano) deberá ser reportado en forma inmediata a la
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activación del Plan de Superintendencia del Medio Ambiente, de acuerdo con lo Emergencia establecido en la Resolución Exenta N? 885 del 21 de septiembre de 2016 de la SMA. El encargado de dar este aviso será el Coordinador General de Emergencia CMC.
Referencia al ICE o documentos Capítulo 7 del ICE del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada
12,
13.
14,
15,
16.
LA,
18,
19.
20.
Que, se ha podido establecer que el Proyecto no genera o presenta los efectos, características o circunstancias a que se refiere el artículo 85 del Reglamento del SEIA, en base al contenido del acta de la reunión realizada con grupos humanos pertenecientes a pueblos indígenas localizados en el área en que se desarrollará el Proyecto.
Que, el Titular deberá remitir a la Superintendencia del Medio Ambiente la información respecto de las condiciones, compromisos o medidas, ya sea por medio de monitoreos, mediciones, reportes, análisis, informes de emisiones, estudios, auditorías, cumplimiento de metas o plazos, y en general cualquier otra información destinada al seguimiento ambiental del Proyecto, según las obligaciones establecidas en la presente Resolución de Calificación Ambiental y las Resoluciones Exentas que al respecto dicte la Superintendencia del Medio Ambiente. De igual forma, y a objeto de conformar el Sistema Nacional de Información de Fiscalización Ambiental (SNIFA), el Registro Público de Resoluciones de Calificación Ambiental y registrar los domicilios de los sujetos sometidos a su fiscalización en conformidad con la ley, el Titular deberá remitir en tiempo y forma toda aquella información que sea requerida por la Superintendencia del Medio Ambiente a través de las Resoluciones Exentas que al respecto ésta dicte,
Que, el Titular deberá informar a la Superintendencia del Medio Ambiente la realización de la gestión, acto o faena mínima que da cuenta del inicio de la ejecución de obras, a que se refiere el Considerando 4.1 de la presente Resolución.
Que, con el objeto de dar adecuado seguimiento a la ejecución del Proyecto, el Titular deberá informar a la Superintendencia del Medio Ambiente, al menos con una semana de anticipación, el inicio de cada una de las fases del Proyecto, de acuerdo a lo indicado en la descripción del mismo.
Que, la Superintendencia del Medio Ambiente, de oficio o a petición de parte o de algún organismo sectorial, podrá aprobar, modificar o complementar el contenido del plan de seguimiento de las variables ambientales y, en general, cualquier otro mecanismo establecido en la respectiva resolución de calificación ambiental que tenga dicho objeto, con el fin de asegurar, en el transcurso del tiempo, que el seguimiento de las variables ambientales cumpla con su objetivo de forma eficiente y eficaz
Que, para que el proyecto “Actualización Plan de Explotación Mina Tenardita” pueda ejecutarse, deberá cumplir con todas las normas vigentes que le sean aplicables.
Que, el Titular deberá informar inmediatamente a la Secretaría de la Comisión de Evaluación de la Región de Tarapacá y a la Superintendencia del Medio Ambiente, la ocurrencia de impactos ambientales no previstos en la DIA, asumiendo inmediatamente las acciones necesarias para abordarlos.
Que, el Titular del Proyecto deberá comunicar inmediatamente y por escrito a la Dirección Regional del SEA Servicio de Evaluación Ambiental I Región de Tarapacá la ocurrencia de cambios de titularidad, representante legal, domicilio y correo electrónico, de acuerdo a lo establecido en el inciso tercero del artículo 162 y artículo 163, ambos del Reglamento del SEIA.
Que, se hace presente al Titular que cualquier modificación al Proyecto que constituya un cambio de consideración, en los términos definidos en el artículo 2? letra g) del Reglamento del SEIA, deberá someterse al SEIA.
Que, todas las medidas, condiciones, exigencias y disposiciones establecidas en la presente
Resolución son de responsabilidad del Titular, sean implementadas por éste directamente o a través de un tercero.
60
RESUELVO:
l;
Calificar favorablemente la Declaración de Impacto Ambiental del proyecto “Actualización Plan de Explotación Mina Tenardita”, de Compañía Minera Cordillera Chile SCM.
-
Certificar que el proyecto “Actualización Plan de Explotación Mina Tenardita” cumple con la normativa de carácter ambiental aplicable.
-
Certificar que el proyecto “Actualización Plan de Explotación Mina Tenardita” cumple con los requisitos de carácter ambiental contenidos en los permisos ambientales sectoriales que se señalan en los artículos 136, 137 y 160 del D.S. N*40/2012 del Ministerio del Medio Ambiente, Reglamento del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental.
-
Certificar que el proyecto “Actualización Plan de Explotación Mina Tenardita” no genera los efectos, características o circunstancias del artículo 11 de la Ley N*19.300, que dan origen a la necesidad de elaborar un Estudio de Impacto Ambiental.
-
Definir como gestión, acto o faena mínima del Proyecto, para dar cuenta del inicio de su ejecución de modo sistemático y permanente, a los mencionados en el considerando 4.1 del presente acto.
-
Hacer presente que contra esta Resolución es procedente el recurso de reclamación de acuerdo a lo dispuesto en el artículo 20 de la LeyN"19.300, ante el Director Ejecutivo del Servicio de Evaluación Ambiental. El plazo para inférponer este recurso es de treinta días contados desde la notificación del presente acto.
r % <———Migueránge Oiezada T , Delegado Prágiden: EGIÓN TARA Po Presidente Comisióhlde Evil" Región de Tarapacá Andrés Alejandro Richmagui Tomic Director Regional Servicio de Evaluación Ambiental Secretario Comisión de Evaluación Región de Tarapacá PMG/BIZ/JLA Distribución:
- Representante legal del titular del proyecto, Sr. Matthias Mohr
-
CONADIL Subdirección Nacional Norte
-
DGA, Región de Tarapacá
-
Dirección de Vialidad, Región de Tarapacá
» SAG, Región de Tarapacá
-
SEREMI de Agricultura, Región de Tarapacá
-
SEREMI de Bienes Nacionales, Región de Tarapacá
-
SEREMI de Salud, Región de Tarapacá
-
SEREMI de Transportes y Telecomunicaciones, Región de Tarapacá
-
SEREMI de Vivienda y Urbanismo, Región de Tarapacá
-
SEREMI Medio Ambiente, Región de Tarapacá
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- SERNAGEOMIN, Región de Tarapacá e Servicio Nacional Turismo, Región de Tarapacá
- Consejo de Monumentos Nacionales
- Tustre Municipalidad de Iquique
- Gobierno Regional, Región de Tarapacá C/c:
- Encargado Participación Ciudadana
» Superintendencia del Medio Ambiente
- Oficial de Partes de la Región
- Expediente del Proyecto "Actualización Plan de Explotación Mina Tenardita" *e Archivo Servicio Evaluación Ambiental, Región de Tarapacá
Firmado Digitalmente por Jeanett Eugenia Lepe Arancibia
Fecha: 05-01-2022 17:41:34:639 UTC -03:00 Razón: Firma realizada por el sistema SGC Lugar: SGC
Firmado por: Bárbara Inés Iturriaga Zamora Fecha: 05/01/2022 18:08:54 CLST
Firmado Digitalmente por Patricio Alejandro Meza Guerrero
Fecha: 05-01-2022 18:14:13:603 UTC -03:00 Razón: Firma realizada por el sistema SGC Lugar: SGC
Firmado por: Andrés Alejandro Richmagui Tomic
Fecha: 05/01/2022 18:19:31 CLST
62
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