Evaluación SEA

Obras Fluviales Río Copiapó Sector Rural Comuna de Tierra Amarilla

Rol 2147570446
SEA · EIA · Aprobado · 2020-12-02 · Región de Atacama · MINISTERIO DE OBRAS PÚBLICAS

REPÚBLICA DE CHILE COMISIÓN DE EVALUACIÓN REGIÓN DE ATACAMA

Califica Ambientalmente el proyecto “Obras Fluviales Río Copiapó Sector Rural Comuna de Tierra Amarilla”

Copiapó

VISTOS:

1°. El Estudio de Impacto Ambiental (EIA), su Adenda de 30 de agosto de 2021, su Adenda Complementaria de 30 de junio de 2023 y su Adenda Complementaria Excepcional de 28 de noviembre de 2025, del proyecto “Obras Fluviales Río Copiapó Sector Rural Comuna de Tierra Amarilla”, presentado por el MINISTERIO DE OBRAS PÚBLICAS con fecha 02 de diciembre de 2020.

2°. Los pronunciamientos y observaciones de los órganos de la administración del Estado que, sobre la base de sus facultades legales y atribuciones, participaron en la evaluación del EIA, y que se detallan en el Capítulo 3 del Informe Consolidado de Evaluación (ICE) del EIA del proyecto “Obras Fluviales Río Copiapó Sector Rural Comuna de Tierra Amarilla”.

3°. Las Actas de las reuniones realizadas con grupos humanos pertenecientes a pueblos indígenas localizados en el área en que se desarrollará el proyecto “Obras Fluviales Río Copiapó Sector Rural Comuna de Tierra Amarilla”, conforme a lo previsto en el artículo 86 del D.S. Nº 40, de 2012, del Ministerio del Medio Ambiente, Reglamento del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental.

4°. El Acta de Evaluación N° 20260310631 de 19 de enero de 2026, del Comité Técnico de la Región de Atacama.

5°. El ICE del EIA del proyecto “Obras Fluviales Río Copiapó Sector Rural Comuna de Tierra Amarilla” de 19 de enero de 2026.

6°. El acuerdo adoptado en la sesión del 27 de enero de 2026 de la Comisión de Evaluación de la Región de Atacama.

7°. Los demás antecedentes que constan en el expediente de evaluación de impacto ambiental del EIA del proyecto “Obras Fluviales Río Copiapó Sector Rural Comuna de Tierra Amarilla”.

8°. Lo dispuesto en la Ley Nº 19.300, Sobre Bases Generales del Medio Ambiente, publicada en el Diario Oficial el 09 de marzo de 1994, modificada por la Ley N° 20.417, publicada en el Diario Oficial el 26 de enero de 2010, que crea el Ministerio, el Servicio de Evaluación Ambiental y la Superintendencia del Medio Ambiente y el D.S. Nº 40, del Ministerio del Medio Ambiente que “Aprueba el Reglamento del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental” (Reglamento del SEIA), publicado en el Diario Oficial el 12 de agosto de 2013; la Ley N° 18.575, Ley Orgánica Constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado; la Resolución Nº 1.600, de 2008, de la Contraloría General de la República; la Ley N° 19.880, publicada en el Diario Oficial el 29 de mayo de 2003, que Establece Bases de los Procedimientos Administrativos que Rigen los Firmado Digitalmente por sellodigital.sea.gob.cl Fecha: 30-01-2026 12:50:08:607 UTC -03:00 Razón: Lugar:

Actos de los Órganos de la Administración del Estado; la Resolución Exenta Nº 167 “Aprueba Modificación Texto del Reglamento de Organización y Funcionamiento de la Comisión de Evaluación de Atacama” de fecha 13 de agosto de 2021, que modifica la Resolución Exenta N° 181-1, de fecha 18 de julio de 2014, de la Comisión de Evaluación de la Región de Atacama, que aprueba el Reglamento de Sala de la Comisión de Evaluación de la Región de Atacama y delega facultades que indica en el/la Directora/a Regional del Servicio de Evaluación Ambiental, Región de Atacama; la Resolución Exenta RA 119046/347/2022 del 25 de noviembre de 2022, de la Dirección Ejecutiva del Servicio de Evaluación Ambiental, que nombre a doña Verónica Ossandón Pizarro como Directora Regional; y, en la Resolución N° 36 de 2024, de la Contraloría General de la República, que fija normas sobre exención del trámite de Toma de Razón.

CONSIDERANDO:

1°. Que, el MINISTERIO DE OBRAS PÚBLICAS (en adelante, “el Titular”), ha sometido al Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental (SEIA) el EIA del proyecto “Obras Fluviales Río Copiapó Sector Rural Comuna de Tierra Amarilla” (en adelante, “el Proyecto”). Los antecedentes del Titular son los siguientes:

Nombre o razón social MINISTERIO DE OBRAS PÚBLICAS Rut 61.202.000-0 Domicilio Calle Morandé 59, piso 4, Santiago, Región Metropolitana. Teléfono (+56 2) 24496802 Nombre representante legal Boris Olguín Morales Rut representante legal 12.448.003-5 Domicilio representante legal Calle Morandé 59, piso 4, Santiago, Región Metropolitana. Teléfono representante legal (+56 2) 24490000 Correo electrónico Titular o representante legal daniel.bifani@mop.gov.cl, paulina.jaque@mop.gov.cl

2°. Que, conforme se indica en el ICE de fecha 19 de enero de 2026, la Directora Regional de la Región de Atacama ha recomendado aprobar el Proyecto, por cuanto cumple con la normativa de carácter ambiental aplicable identificada en la sección 10 de dicho documento; y, haciéndose cargo de los efectos, características o circunstancias establecidas en el artículo 11 de la Ley, propone medidas de mitigación, compensación o reparación apropiadas, considerando las condiciones y exigencias que establece el punto 12.2 del ICE y el Titular ha subsanado los errores, omisiones e inexactitudes planteados en el o los Informes Consolidados de Aclaraciones, Rectificaciones y Ampliaciones.

3°. Que, en sesión de 27 de enero de 2026, la Comisión de Evaluación de la Región de Atacama acordó calificar favorablemente el proyecto “Obras Fluviales Río Copiapó Sector Rural Comuna de Tierra Amarilla”, aprobando íntegramente el contenido del ICE de fecha 19 de enero de 2026, el que forma parte integrante de la presente Resolución. Por lo tanto, conforme a lo indicado en el artículo 60 inciso segundo del Reglamento del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental (en adelante, “RSEIA”), se excluyen de la presente Resolución las consideraciones técnicas en que se fundamenta.

4°. Que, según lo señalado en el EIA y sus anexos, en su Adenda, Adenda Complementaria y en su Adenda Complementaria Excepcional, los cuales forman parte integrante de la presente Resolución, la descripción del Proyecto es la que a continuación se indica:

4.1. ANTECEDENTES GENERALES Objetivo general El objetivo general es ejecutar una mejora integral en la cuenca del Río

Copiapó y de sus cauces, que permita entregar soluciones únicas y/o combinadas a los problemas de control aluvional y de defensa fluvial que se han registrado en el área en estudio, especialmente aquellos asociadas al evento del 25 y 26 de marzo de 2015. Los objetivos específicos del Proyecto corresponden a: • Desarrollar obras de mitigación aluvional y cauces de evacuación en quebradas en que dichos flujos amenazan a centros poblados, específicamente en quebradas de: Los Loros, Los Loritos y San Antonio, a las que se les suman las quebradas de Amolanas y Majaditas. • Desarrollar obras de defensa fluvial y canalización en el río Copiapó, específicamente en sectores de Los Loros y San Antonio, las que permitan que el embalse Lautaro pueda regular la totalidad de la crecida, específicamente en el tramo que va desde el embalse Lautaro hacia el norte por 59,2 km. Tipología principal, así como las aplicables a sus partes, obras o acciones a.4) Defensa o alteración de un cuerpo o curso de aguas continentales tal que se movilice una cantidad igual o superior a cincuenta mil metros cúbicos de material (50.000 m³), tratándose de las Regiones de Arica y Parinacota a la Región de Coquimbo. Vida útil Indefinida Monto de inversión USD $ 30.000.000,000 Gestión, acto o faena mínima que da cuenta del inicio de la ejecución Instalación del primer contenedor de la instalación de faenas Proyecto se desarrolla por etapas Si No

X Proyecto modifica un proyecto o actividad existente Si No

X Proyecto modifica otra(s) RCA Si No

X

4.2. UBICACIÓN DEL PROYECTO División político- administrativa El Proyecto se localizará en la Región de Atacama, en la Provincia de Copiapó, Comuna de Tierra Amarilla. Descripción de la localización El Proyecto se desarrolla como solución a los efectos de las crecidas y aluviones producidos por un sistema de lluvias convectivas asimilables a lluvias altiplánicas, que avanzan de Oriente a Poniente, cuya intensidad máxima abarca superficies en general no mayores a 10 km2, como el fenómeno sucedido los días 25 y 26 de marzo de 2015 en la cuenca del Río Copiapó. Los sectores involucrados por el Proyecto corresponden a: • Quebrada de Los Loros y Loritos. • Quebrada de San Antonio. • Río Copiapó sector Los Loros. • Quebrada de Majaditas. • Río Copiapó sector San Antonio y Quebrada Sur. • Quebrada de Amolanas. Superficie La superficie total del Proyecto es de 21,2 ha.

Coordenadas UTM en Datum WGS84 A continuación, se presentan las coordenadas de inicio y fin del Proyecto, en formato DATUM WGS 84: Coordenadas UTM WGS 84 H19S Punto Inicio Tramo Punto Término Tramo Este Norte Este Norte 389.716 6.921.270 400.298 6.901.648 Caminos de acceso El Proyecto no contempla la habilitación de nuevos caminos, por lo que utilizarán los caminos ya existentes tales como: • C-35: una pista, doble vía, pavimentada. • Caminos internos de Los Loros y Loritos, San Antonio, Vizcachas y Amolanas: una pista, doble vía, pavimentada. • Caminos de tierra internos de Los Loros, San Antonio, Majaditas, Vizcachas, Amolanas: una pista, una vía, de tierra en buen estado. • C-539: una pista, doble vía, con una capa de protección asfáltica en buen estado. Por último, se señala que la mayor parte de los trayectos serán realizados dentro del lecho del río Copiapó y algunas quebradas, lo anterior debido a las características del Proyecto. Referencia al expediente de evaluación de los mapas, georreferenciación e información complementaria sobre la localización de sus partes, obras y acciones En el Anexo 2.1.1 Cartografía de la Adenda Complementaria se adjunta la cartografía en formato kmz y shapefile.

4.3. PARTES, OBRAS Y ACCIONES QUE COMPONEN EL PROYECTO 4.3.1. FASE DE CONSTRUCCIÓN Partes y Obras Defensas Fluviales De acuerdo a la información proporcionada en el proceso de evaluación, el presente Proyecto considera obras en los siguientes sectores: • Quebrada de Los Loros y Loritos. • Quebrada de San Antonio. • Río Copiapó sector Los Loros. • Quebrada de Majaditas. • Río Copiapó sector San Antonio y Quebrada Sur. • Quebrada de Amolanas. Respecto a lo anterior, las obras a realizar en los diferentes sectores corresponden a; Obras de Retención, Obras de Cruce, Obras de Paisajismo, Obras de Canalización, Obras en Cauce de Evacuación, y Conservación de Mallas Flexibles. Instalación de Faena Se considera una instalación de faena de 1.000 m2, para cada uno de los seis sectores, para la correcta ejecución y administración de las obras, donde se instalan oficinas administrativas, depósitos, talleres y otros elementos similares, detallados a continuación: Áreas Administrativas e instalaciones para el personal: • Caseta de vigilancia. • Oficinas. • Baños químicos. • Baños con sistema de tratamiento. • Camarines.

• Estacionamientos. • Comedor.

Uso y recinto asociado al manejo de insumos: • Bodega de materiales e insumos. • Bodega sustancias peligrosas. • Almacenamiento de combustible. • Respaldo de energía.

Uso y recinto asociado al manejo de residuos: • Área de almacenamiento de asimilables a domésticos. • Patio de residuos industriales no peligrosos. • Bodega de sustancias peligrosas. Bodega de residuos peligrosos. Frentes de trabajo móviles Los frentes de trabajo corresponden a los sectores donde se concentrarán las labores de construcción tanto la de tipo manual como de maquinaria. Acciones Expropiación y Plan de Reasentamiento Se realizará el proceso de expropiación de los terrenos, con la finalidad de emplazar la instalación de faena correspondiente al sector. Habilitación de Instalación de Faena Se considera la habilitación de una instalación de faena de 1.000 m2 para cada uno de los seis sectores del Proyecto, para la correcta ejecución y administración de las obras. Cada instalación de faenas contempla una oficina, bodega de residuos peligrosos, bodega de sustancias peligrosas, garita, estacionamientos, instalaciones sanitarias, y la instalación de una planta de tratamiento compacta móvil, una por cada instalación de faena, con su correspondiente PAS, utilizada solamente durante la fase de construcción del Proyecto. Habilitación de Frentes de Trabajo En cada frente de trabajo se instalará un baño químico, cuya mantención será realizada por una empresa externa que contará con autorización sanitaria, lo cual asegurará el correcto manejo del servicio sanitario. Además, se considera el tener bidones de agua potable de 20 litros suministradas por una empresa externa que cuente con la autorización de la respectiva SEREMI de Salud. El agua será abastecida en una cantidad de 150 litros/persona/día y cumplirá con los requisitos físicos, químicos, radiactivos y bacteriológicos, conforme a lo indicado por el D.S. Nº 594/99 del Ministerio de Salud y la norma NCh 409/1 Of 0.5 sobre requisitos del agua potable. La energía eléctrica será suministrada a través de una conexión a la red de distribución eléctrica local. Instalación de Obras de Retención A continuación, se señalan los sectores del Proyecto donde se realizará la instalación de obras se retención y el detalle de estás:

Sector Quebrada Los Loros Las estructuras de retención diseñadas se localizan en la parte alta del cono de deyección y corresponden a 1 dique. El dique de retención diseñado tiene una altura de muros de 7 m, al vertedero y una longitud de 94 m. El cuerpo del Dique de retención está formado por material fluvial seleccionado, con un talud de aguas abajo de 2:1 (H:V) y de aguas arriba de 1,5:1 (H:V). El ancho de coronamiento del Dique es de 4.0 m. El Dique propuesto permite la retención de 20.348 m3 de material aluvional.

Sector Quebrada Majaditas Las estructuras de retención diseñadas para esta quebrada se localizan en la parte alta del cono de deyección y corresponden a 3 mallas de control detrítico, dispuestas con una separación entre mallas de 136 a 140 m. Las mallas presentan un largo de 19 a 35 m y una altura de 6 m y están empotradas en las laderas del cauce. El sistema de Mallas diseñado permite una retención total de 24.479 m3 de material aluvional.

Sector Quebrada San Antonio Las estructuras de retención diseñadas para esta quebrada se localizan en la parte alta del cono de deyección y corresponden a 1 dique. El Dique diseñado tiene una altura de muros de 7 m, al vertedero y una longitud de 88m. El cuerpo del Dique está formado por material fluvial seleccionado, con un talud de aguas abajo de 2:1 (H:V) y de aguas arriba de 1,5:1 (H:V). El ancho de coronamiento del Dique es de 4 m. El Dique propuesto permite la retención de 30.171 m3 de material aluvional. Ejecución de Obras de Cruce A continuación, se señalan los sectores del Proyecto donde ejecutarán obras de cruce y el detalle de estás:

Obra Cruce Ruta C-35 y Bypass sector Quebrada Los Loros El cruce de esta quebrada por la ruta C-35 se realiza a través de un puente de reciente construcción (14 m de ancho y 4 m de alto), con capacidad suficiente para el caudal de descarga de la quebrada. En el caso del cruce del By Pass la alcantarilla existente resulta insuficiente para el caudal de la quebrada, proponiéndose un puente de 17 m de ancho y 4 m de altura.

Obra Cruce Ruta C-35 sector Quebrada San Antonio Esta quebrada no posee una estructura de cruce da la ruta C-35, proponiéndose localizar un cajón doble de 3 m x 3 m, para la evacuación el caudal de diseño de esta quebrada.

Obra Cruce Ruta C-447 sector Quebrada Amolanas Para el cruce del cauce de evacuación proyectado para la quebrada Amolanas con la ruta C-447 se configura la localización una alcantarilla tipo (Manual de Carreteras) formada por tres cajones de 3 x 3 m, de 15 m de longitud.

Obra Cruce Ruta C-539 sector Quebrada Sur – San Antonio Para el cruce del cauce proyectado para la quebrada frente a San Antonio con la ruta C-539 se diseñó una alcantarilla tipo (Manual de Carreteras) formada por un cajón de 2,5 x 2,5 m de 7 m de longitud Ejecución de Obras de Paisajismo El Proyecto ejecutará obras de paisajismo en el sector Quebrada Los Loros.

El proyecto de paisajismo busca contribuir al mejoramiento del entorno de las obras civiles y al mismo tiempo naturalizar sus bordes para que sean aprovechados como espacios públicos de las zonas urbanas. Esto permite proteger los sectores más vulnerables a catástrofes y a su vez entregar un espacio de esparcimiento a las

comunidades.

El Proyecto propone recuperar el pretil y terraplén existente para constituir un sector de esparcimiento y recreación para los habitantes del sector a través de un recorrido en diferentes niveles y zonas de estar acompañadas con sombreaderos. Además, desde el recorrido superior propuesto sobre el terraplén existente, se contemplan conexiones hacia el sector norte de la quebrada a través de los diques de retención existentes que permitirán conectar de mejor manera ambos costados de la quebrada y otorgará una nueva función a la obra hidráulica. Ejecución de Obras de Canalización Las acciones propuestas para el cauce del río Copiapó son el diseño de una canalización y obras de defensa fluvial para los sectores con presencia de viviendas o donde el MINVU tiene previsto ejecutar planes de desarrollo urbano a futuro.

La obra de canalización diseñada para el río Copiapó, corresponde a una sección trapecial compuesta, que permite el tránsito de un caudal detrito con Tr 100 y con una revancha suficiente para evacuar un caudal detrítico con Tr 200 años. Este caudal incluye las descargas del embalse Lautaro de 1,5 m3/s, a través de su válvula de evacuación.

La canalización diseñada para el río Copiapó, incorpora obras de revestimiento de riberas mediante enrocados, de manera de aumentar los niveles de seguridad frente a socavaciones de riberas

A continuación, se señalan los sectores del Proyecto donde ejecutarán obras de canalización y su longitud:

Río Copiapó sector Los Loros: La longitud del tramo de canalización corresponde a 1.645 m.

Río Copiapó sector San Antonio: La longitud del tramo de canalización corresponde a 2.115 m. Ejecución de Obras en Cauce de Evacuación A continuación, se señalan los sectores del Proyecto donde ejecutarán las obras en cuestión:

Sector Quebrada Majaditas El cauce de descarga de la quebrada Majaditas diseñado corresponde a un mejoramiento del cauce existente, en su tramo interior, previo a su descarga en el río Copiapó. Esta estructura tiene una longitud de 347 m, con una sección trapecial de ancho basal 7.0 m y taludes 1,5:1,0: (H:V). Como elemento de protección de sus cotas de fondo se configura la localización de 7 muros guarda radier, formados por roca de peso 300 kg.

Sector Quebrada San Antonio El cauce de evacuación de la quebrada San Antonio se ubica en la actualidad al lado norte del cono de deyección, después de trabajos de desvió del cauce por parte de la DOH, a objeto de alejar su descarga de zona de viviendas existentes en esta quebrada. El cauce de evacuación proyectado tiene una longitud de 664 m, con una sección trapecial de ancho basal 6.0 m y taludes 1,5:1,0: (H:V).

Para este cauce de evacuación se configura la localización de 18 muros guarda radier, formados por roca de peso 300 kg.

Sector Quebrada Amolanas El cauce diseñado para la quebrada Amolanas se ubica en el lado derecho del cono, en una longitud de 2.496 m. A partir de este punto el cauce se desvía, a través de terrenos agrícolas, para descargar en el cauce del río Copiapó, alejado del embalse Lautaro, con un canal de longitud de 1.406 m. Este cauce de evacuación proyectado tiene una sección trapecial de ancho basal 8 m y taludes 1,5:1,0: (H:V). En el tramo final, previo a su descarga en el río Copiapó, para este cauce de evacuación se configura la localización de 29 muros guarda radier, formados por roca de peso 300 kg.

Sector Quebrada Sur -San Antonio Se contempla la construcción de dos cauces de evacuación los que cuentan con dos pretiles para el cierre de las quebradas llevando el flujo de la cuenca por un canal único que cruza la Ruta C-539 mediante una alcantarilla para finalmente descargar en el Río Copiapó. El cauce diseñado para la quebrada SN1 se ubica en el lado norte del cono, en una longitud de 522 m y una sección trapecial de ancho basal 2 m y alto 2,5 m. El cauce de evacuación de SN2 tiene una longitud de 91m, con un ancho basal de 2 m y alto 2 m. Ambos canales tienen taludes laterales 1,5:1,0: (H:V). Conservación de Mallas Flexibles En el sector Quebrada San Antonio, se realizará la instalación de mallas flexibles cuyo objetivo consiste en retener el material y generar una disipación en la energía asociada a los flujos aluvionales. Desarme de Instalación de Faena Se realizará el desmantelamiento de los elementos y obras que conforman las instalaciones de faena consideradas en el Proyecto, efectuando la restauración de las zonas ocupadas. Recursos naturales renovables Para la materialización del Proyecto, se tendrá que intervenir bosques de conservación y formaciones xerofíticas. Mayores detalles se presentan en el Anexo 8 “PAS 150” y Anexo 14 “PAS 151”, ambos de la Adenda Complementaria Excepcional. Emisiones y efluentes Emisiones Atmosféricas MP10 Las tasas de emisión se presentan de acuerdo a cada sector del Proyecto: Sector MP10 ton/año Tiempo de emisión (años) Quebrada de Los Loros y Loritos 6,7384 2 Quebrada de San Antonio 7,9496 1 Río Copiapó sector Los Loros 4,5128 3 Quebrada de Majaditas 2,2338 1 Río Copiapó sector San Antonio y Quebrada Sur 3,9752 4 Quebrada de Amolanas 5,1632 3

Las emisiones de material particulado generadas por el Proyecto en su fase de construcción provienen principalmente del tránsito de vehículos y excavaciones.

Sistema de abatimiento o control propuestos por el Titular durante la evaluación: • Humectación de caminos no pavimentados y aplicación de bischofita. • Mantención preventiva de maquinaria y vehículos. • Capacitación de operarios y restricción de quema en faena.

MP2,5 Las tasas de emisión se presentan de acuerdo a cada sector del Proyecto: Sector MP2,5 ton/año Tiempo de emisión (años) Quebrada de Los Loros y Loritos 1,9643 2 Quebrada de San Antonio 2,4818 1 Río Copiapó sector Los Loros 1,5659 3 Quebrada de Majaditas 0,7969 1 Río Copiapó sector San Antonio y Quebrada Sur 1,2128 4 Quebrada de Amolanas 1,5519 3

Las emisiones de material particulado generadas por el Proyecto en su fase de construcción provienen principalmente del tránsito de vehículos y excavaciones.

Sistema de abatimiento o control propuestos por el Titular durante la evaluación: • Humectación de caminos no pavimentados y aplicación de bischofita. • Mantención preventiva de maquinaria y vehículos. • Capacitación de operarios y restricción de quema en faena.

MPS Las tasas de emisión se presentan de acuerdo a cada sector del Proyecto: Sector MPS ton/año Tiempo de emisión (años) Quebrada de Los Loros y Loritos 26,6171 2 Quebrada de San Antonio 32,0226 1 Río Copiapó sector Los Loros 18,5479 3 Quebrada de Majaditas 8,8028 1 Río Copiapó sector San Antonio y Quebrada Sur 16,3079 4 Quebrada de Amolanas 20,4377 3

Las emisiones de material particulado generadas por el Proyecto en su fase de construcción provienen principalmente del tránsito de vehículos y excavaciones.

Sistema de abatimiento o control propuestos por el Titular durante la evaluación: • Humectación de caminos no pavimentados y aplicación de bischofita.

• Mantención preventiva de maquinaria y vehículos. • Capacitación de operarios y restricción de quema en faena.

NOX Las tasas de emisión se presentan de acuerdo a cada sector del Proyecto: Sector NOX ton/año Tiempo de emisión (años) Quebrada de Los Loros y Loritos 4,3897 2 Quebrada de San Antonio 3,5227 1 Río Copiapó sector Los Loros 3,7914 3 Quebrada de Majaditas 3,1232 1 Río Copiapó sector San Antonio y Quebrada Sur 3,6963 4 Quebrada de Amolanas 3,8933 3

Las emisiones de gases generadas por el Proyecto en su fase de construcción provienen principalmente de la combustión de los vehículos y maquinaria

Sistema de abatimiento o control propuestos por el Titular durante la evaluación: • Mantención preventiva de maquinaria y vehículos.

SOX Las tasas de emisión se presentan de acuerdo a cada sector del Proyecto: Sector SOX ton/año Tiempo de emisión (años) Quebrada de Los Loros y Loritos 0,0105 2 Quebrada de San Antonio 0,0080 1 Río Copiapó sector Los Loros 0,0088 3 Quebrada de Majaditas 0,0069 1 Río Copiapó sector San Antonio y Quebrada Sur 0,0085 4 Quebrada de Amolanas 0,0091 3

Las emisiones de gases generadas por el Proyecto en su fase de construcción provienen principalmente de la combustión de los vehículos y maquinaria

Sistema de abatimiento o control propuestos por el Titular durante la evaluación: • Mantención preventiva de maquinaria y vehículos.

CO Las tasas de emisión se presentan de acuerdo a cada sector del Proyecto: Sector CO ton/año Tiempo de emisión (años)

Quebrada de Los Loros y Loritos 2,3822 2 Quebrada de San Antonio 2,3434 1 Río Copiapó sector Los Loros 2,3539 3 Quebrada de Majaditas 2,3222 1 Río Copiapó sector San Antonio y Quebrada Sur 2,3504 4 Quebrada de Amolanas 2,3605 3

Las emisiones de gases generadas por el Proyecto en su fase de construcción provienen principalmente de la combustión de los vehículos y maquinaria

Sistema de abatimiento o control propuestos por el Titular durante la evaluación: • Mantención preventiva de maquinaria y vehículos.

HC/COV Las tasas de emisión se presentan de acuerdo a cada sector del Proyecto: Sector HC/COV ton/año Tiempo de emisión (años) Quebrada de Los Loros y Loritos 0,2802 2 Quebrada de San Antonio 0,2770 1 Río Copiapó sector Los Loros 0,2770 3 Quebrada de Majaditas 0,2737 1 Río Copiapó sector San Antonio y Quebrada Sur 0,2771 4 Quebrada de Amolanas 0,2787 3

Las emisiones de gases generadas por el Proyecto en su fase de construcción provienen principalmente de la combustión de los vehículos y maquinaria

Sistema de abatimiento o control propuestos por el Titular durante la evaluación: • Mantención preventiva de maquinaria y vehículos.

Aguas Servidas Respecto a la utilización de baños químicos que serán utilizados en faena durante la fase de construcción, se prevé una generación de 9,48 m3/día.

Respecto a la utilización de PTAS, se prevé una generación de 10.7 m3/día. El efluente líquido proveniente de dichas PTAS tendrá calidad de agua de riego, cumpliendo con la norma chilena NCh1333-1987 “Requisitos de calidad de agua para diferentes usos”, y será utilizado en la humectación de caminos interiores no pavimentados y actividades de movimiento de material para el control de las emisiones de polvo fugitivo. Se realizarán monitoreos trimestrales del efluente proveniente de las PTAS que demuestren que tienen las características para ser utilizados para humectación de caminos, según Norma Chilena 1333. Of78, y se mantendrán los resultados de laboratorio disponibles en la faena en

caso de ser requeridos por la Autoridad.

Respecto a los lodos, se estima que por cada metro cúbico de aguas servidas se generan 0,88 kg de lodos. Por lo anterior, se prevé una generación de lodos de 9,42 kg/día a raíz del tratamiento de aguas servidas en la fase de construcción del Proyecto.

El retiro de los lodos se realizará con la frecuencia recomendada por el fabricante, por medio de camiones limpia fosas. Esta frecuencia de retiro no podrá ser superior a un año calendario. El servicio de retiro lo prestará una empresa externa autorizada para el manejo, retiro y disposición final de estos residuos.

Ruido Para las faenas que se realizarán en la fase de construcción del Proyecto, se utilizarán diversas maquinarias pesadas y equipos generadores de ruido. Las maquinarias no funcionarán de forma simultánea, sino que de forma secuencial en el tiempo o en pequeños grupos de trabajo. Estas actividades se desarrollarán únicamente en periodo diurno.

En las Tablas 9, 10, 11, 12, 13, 14, 15, 16 y 17 del Anexo C.4 del EIA, se presentan las potencias acústicas generadas por los equipos y maquinaria a utilizar asociadas a movimiento de tierra, rellenos y de uso general, respectivamente. La mayor emisión corresponde al funcionamiento de los camiones tolva con un valor 108,5 Lw dB (A).

Vibraciones Durante la fase de construcción se generarán vibraciones producto del uso de una serie de maquinarias. Los niveles de emisión de las distintas maquinarias a utilizar se presentan en la Tabla 8 del Anexo C.4 del EIA. Respecto a lo anterior, se desprende que la actividad de hincado de pilotes generará mayores emisiones de vibraciones (medido a 8 mts de distancia aprox.) correspondiente a una emisión de 112 LV VdB. Residuos, productos químicos y otras sustancias que puedan afectar el medio ambiente. Residuos Sólidos Asimilables a Domiciliarios • Contenido estimado: Se considera una generación de 79 kg/día de residuos, los que corresponderán a papeles, restos de alimentos y botellas de agua. • Disposición temporal: Tambores o recipientes, especialmente destinados para esto, los cuales contarán con tapa para evitar la generación de vectores sanitarios y/u olores, así como la atracción de fauna. • Frecuencia de retiro: 3 veces por semana mínimo. • Disposición final: Relleno sanitario autorizado de la Región de Atacama, llevados por una empresa transportista autorizada para su disposición final. Se mantendrá el registro de los retiros al relleno a disposición de la Autoridad Fiscalizadora.

Residuos Sólidos Industriales No Peligrosos • Contenido estimado: Se considera una generación de 60 kg/mes de residuos, los que corresponderán principalmente a hormigón, enrocados, fierro, metales, gomas y despuntes de madera.

• Disposición temporal: Estos residuos serán almacenados temporalmente en contenedores estancos dentro de un sitio delimitado al anterior de la instalación de faena. Los materiales serán dispuestos de manera ordenada, de modo de promover la reutilización y el reciclaje. • Frecuencia de retiro: Deberá ser 2 veces por mes mínimo. • Disposición final: Aquellos residuos que no puedan ser reutilizados, reciclados o comercializados, serán retirados, transportados y dispuestos en un sitio de disposición final autorizado, a través de terceros que cuenten con las autorizaciones sanitarias necesarias para realizar tal actividad.

Residuos Peligrosos • Contenido estimado: Se considera una generación de 832 kg/mes de residuos, los que corresponderán principalmente a huaipes, arenas contaminadas con hidrocarburos, envases de pinturas, entre otros. La descripción y cantidad generada de cada uno de estos se detalla en la Tabla 2.6-2 de la Adenda Complementaria Excepcional. • Disposición temporal: Estos residuos serán debidamente identificados y clasificados en conformidad con el D.S. N° 148/03 del MINSAL, o la normativa vigente, y se almacenarán temporalmente en las bodegas de residuos peligrosos de las instalaciones de faenas de acuerdo con el manejo específico que cada tipo de residuos generados requiera. • Frecuencia de retiro: En ningún caso excederá los 6 meses. • Disposición final: El retiro, transporte y disposición final de estos residuos, se realizará por medio de depósito de residuos peligrosos, a través de una empresa contratada, especializada y debidamente autorizada por la Autoridad Sanitaria.

Productos químicos y otras sustancias que puedan afectar el medio ambiente Combustible: Almacenamiento temporal en bidones o estanques autorizados. Consumo aproximado según faena. Manejo bajo D.S N° 43/2015. Transporte por proveedor autorizado.

Aceites, lubricantes y grasas: Uso en mantenimiento de maquinaria pesada. Almacenamiento en zonas techadas, bandejas de contención, retiro por gestor autorizado. Aplicación en partes móviles de equipos. Almacenaje seguro en bodega de insumos. Residuos controlados como residuos peligrosos. Se estima como máximo 600 kg/mes.

Bischofita (cloruro de magnesio): Supresor de polvo para caminos. Almacenaje en tolvas cubiertas. Aplicación de 10 m3 de solución que contiene el supresor de polvo en los caminos internos y posterior homogenización del terreno.

Reactivos de laboratorio (PTAS): Uso en el proceso de tratamiento de aguas servidas. Cantidades muy menores (cloro, polímeros). Manejo en gabinete cerrado. Referencia al ICE para mayores detalles Capítulo 4 del ICE.

4.3.2. FASE DE OPERACIÓN Partes y Obras Defensas Fluviales Dichas obras se describen en el punto 4.3.1 del presente documento. Acciones Inspecciones y evaluaciones del estado y comportamiento de las soluciones construidas. Dichas revisiones constarán de chequeo de la alineación de las defensas, revisión del estado de las mallas, revisión de los revestimientos, etc. Conforme a lo indicado, no se contemplan obras o actividades que puedan generar impactos ambientales. Productos generados No aplica, dado que en el Proyecto no hay productos generados, y por tanto, no está considerado el transporte, entrega o despacho de productos. Recursos naturales renovables No se extraerán ni explotarán recursos naturales en la fase de operación del Proyecto. Actividades de mantención y conservación Se realizarán inspecciones y evaluaciones del estado y comportamiento de las soluciones construidas. Dichas revisiones constarán de chequeo de la alineación de las defensas, revisión del estado de las mallas, revisión de los revestimientos, etc. Emisiones y efluentes Emisiones Atmosféricas Para la fase de operación no se consideran emisiones relevantes a ser evaluadas ya que corresponden a labores de inspección fundamentalmente.

Emisiones Líquidas o efluentes Durante la fase de operación se considera no se considera generación de residuos líquidos.

Ruido y Vibraciones Para la fase de operación no se consideran emisiones de ruido y vibraciones relevantes a ser evaluadas ya que corresponden a labores de inspección fundamentalmente. Residuos, productos químicos y otras sustancias que puedan afectar el medio ambiente. Residuos Sólidos Asimilables a Domiciliarios Considerando un máximo de 5 trabajadores durante la fase de operación, y una generación de 1 kg/día de residuos domiciliarios por trabajador, anualmente se generarán aproximadamente 1,2 toneladas de residuos sólidos asimilables a domiciliarios, considerando que se trabajen 20 días al mes (peor escenario). Los residuos constarán principalmente de papeles, cartones, útiles de oficina, entre otros. Los residuos serán retirados por los servicios municipales, y dispuestos posteriormente en un sitio final autorizado.

Residuos Sólidos Industriales No Peligrosos Se estima una cantidad a generar de 0,01 ton/mes. Los residuos industriales no peligrosos serán retirados fuera del predio al momento de retirarse dichos residuos, y serán transportados hacia un sitio final autorizado por una empresa de transporte autorizada para tales fines.

Residuos Peligrosos Se considera una generación de 30 kg/mes de residuos, los que

corresponderán principalmente a huaipes, arenas contaminadas con hidrocarburos, envases de pinturas, entre otros. La descripción y cantidad generada de cada uno de estos se detalla en la Tabla 2.6-4 de la Adenda Complementaria Excepcional.

Durante la fase de operación no se contempla un sitio de almacenamiento de residuos peligrosos, por lo cual se contará con registro SIDREP, y se retirarán los residuos mediante empresa autorizada a un sitio de disposición final autorizado. El retiro se realizará en recipientes herméticamente sellados.

Productos químicos y otras sustancias que puedan afectar el medio ambiente Para el mantenimiento de las obras, que se realizará cuando sea necesario, se utilizará como insumos maquinaria y combustible. Referencia al ICE para mayores detalles Capítulo 4 del ICE. 4.3.3. FASE DE CIERRE Debido a las características del presente Proyecto, no se contempla una fase de cierre, ya que son obras permanentes de construcción que modifican el cauce del río Copiapó, y su período de operación es indefinido, por lo tanto, no aplican las actividades, obras y acciones asociadas.

4.4. CRONOLOGÍA DE LAS FASES DEL PROYECTO 4.4.1. FASE DE CONSTRUCCIÓN Fecha estimada de inicio 01-12-2026 Parte, obra o acción que establece el inicio Comienzo de la etapa de expropiaciones Fecha estimada de término 15 años después del inicio. Parte, obra o acción que establece el término Retiro de las últimas instalaciones de faenas del sector de Amolanas 4.4.2. FASE DE OPERACIÓN Fecha estimada de inicio Posterior al retiro de faena en cada tramo construido (inicio progresivo) Parte, obra o acción que establece el inicio Activación operacional progresiva de cada tramo Fecha estimada de término Indefinida Parte, obra o acción que establece el término No aplica 4.4.3. FASE DE CIERRE Fecha estimada de inicio No aplica Parte, obra o acción que establece el inicio Fecha estimada de término

Parte, obra o acción que establece el término

5°. Que, los efectos, características o circunstancias del artículo 11 de la Ley N° 19.300 que el Proyecto genera o presenta son los que a continuación se describen:

5.1. EFECTOS ADVERSOS SIGNIFICATIVOS SOBRE LA CANTIDAD Y CALIDAD DE LOS RECURSOS NATURALES RENOVABLES, INCLUIDOS EL SUELO, AGUA Y AIRE Impacto ambiental • Pérdida de coberturas de las unidades de vegetación presentes en el área de intervención del Proyecto. Este impacto se origina debido a la intervención directa y permanente sobre unidades de vegetación identificadas en el área de emplazamiento del Proyecto, las cuales presentan especies clasificadas en categoría de conservación, tales como Geoffroea decorticans (chañar) y Prosopis chilensis (algarrobo), ambas en categoría Vulnerable.

La pérdida de estas unidades de vegetación es de carácter total e irreversible, toda vez que se asocia a la ejecución de actividades propias de la fase de construcción, tales como la habilitación de áreas para instalaciones de faena, el desarrollo de obras civiles, movimiento de tierra y la construcción de instalaciones asociadas a actividades previas del Proyecto, las que implican la remoción completa de la cobertura vegetal. Por lo anterior, el impacto adquiere relevancia ambiental por afectar formaciones de Bosque Nativo de Preservación, así como formaciones de matorral de diversa tipología, contribuyendo a la disminución de la superficie de ecosistemas naturales con valor de conservación a escala local.

Considerando la condición de vulnerabilidad de las especies afectadas, la magnitud de la pérdida de cobertura vegetal, la extensión espacial de la intervención y el carácter permanente del impacto, se justifica su calificación como impacto adverso significativo. Parte, obra o acción que lo genera Remoción de vegetación y suelo debido a las obras requeridas para materializar el Proyecto. Fase en que se presenta Construcción Referencia al ICE para mayores detalles sobre este impacto específico Tabla 5.1.1 y Tabla 6.1.1 del ICE En relación al impacto significativo señalado anteriormente, la medida que el Titular deberá adoptar para hacerse cargo de este impacto se presentan en el Considerando 7° de la presente Resolución.

5.2. REASENTAMIENTO DE COMUNIDADES HUMANAS O ALTERACIÓN SIGNIFICATIVA DE LOS SISTEMAS DE VIDA Y COSTUMBRES DE GRUPOS HUMANOS Impacto ambiental • Reasentamiento de grupos humanos. • Pérdida de vivienda o espacio habitado por grupos humanos. • Pérdida del bienestar social por el reasentamiento humano. • Alteración al estilo de vida, vínculo y relaciones sociales de grupos humanos reasentados. Debido a la ubicación de las obras del Proyecto, será necesario reasentar a 21 familias. Los otros impactos identificados, se generan debido al

reasentamiento de grupos humanos. Parte, obra o acción que lo genera Ensanchamiento de cauce del río producto de la construcción de las obras del Proyecto. Fase en que se presenta Construcción. Referencia al ICE para mayores detalles sobre este impacto específico Tabla 5.1.2 y Tabla 6.1.2.1 y Tabla 6.1.2.1 del ICE. En relación a los impactos significativos señalados anteriormente, se presentan las siguientes medidas, las cuales se desarrollan en el Considerando 7° de la presente Resolución: • Plan de Reasentamiento. • Plan de Reasentamiento - Sub-Plan de Información a la Comunidad. • Plan de Reasentamiento - Sub-Plan Reuniones informativas con la comunidad. • Plan de Reasentamiento - Sub-Plan Apoyo a la Salud de la Comunidad Talleres de adaptación al Cambio. • Plan de Reasentamiento - Sub-Plan Apoyo al desarrollo productivo programa de Apoyo Agrícola. • Plan de Reasentamiento - Sub-Plan Apoyo Pecuario. • Plan de Reasentamiento - Sub-Plan de empleo temporal. • Plan de Reasentamiento - Sub-Plan Determinación de necesidades de capacitación. • Plan de Reasentamiento – Sub-Plan Capacitación de trabajadores. • Programa de Obtención de Infraestructura de Reposición para Actividades Económicas • Plan de Reasentamiento – Sub-Plan Mecanismos de Comunicación. • Plan de Reasentamiento - Sub- Plan Soluciones Habitacionales. • Plan de Reasentamiento - Sub-Plan Asistencia al traslado de familias. • Plan de Reasentamiento - Sub-Plan Apoyo al Desarrollo Cultural.

6°. Que, durante el proceso de evaluación se han presentado antecedentes que justifican la inexistencia de los demás efectos, características y circunstancias del artículo 11 de la Ley N° 19.300:

6.1. RIESGO PARA LA SALUD DE LA POBLACIÓN, DEBIDO A LA CANTIDAD Y CALIDAD DE EFLUENTES, EMISIONES Y RESIDUOS Impacto no significativo Alteración de la calidad del aire (MP10, MP2,5 y gases) evaluada en puntos de interés durante la fase de construcción del Proyecto. Parte, obra o acción que lo genera • Movimientos de Tierra. • Excavaciones. • Carga y descarga de material. • Tránsito vehicular por caminos no pavimentados y pavimentados. Fase en que se presenta Construcción. Impacto no significativo Alteración en los niveles de presión sonora producto de la generación de emisiones de ruido por fuentes fijas en receptores cercanos. Parte, obra o acción que lo genera Funcionamiento de maquinarias y obras asociadas a las actividades que se ejecutarán durante la fase de construcción del Proyecto. Fase en que se presenta Construcción.

Referencia al ICE para mayores detalles sobre este impacto específico Tabla 5.2.1.1, Tabla 5.2.1.2 y Tabla 6.2.1 del ICE En relación a la generación de emisiones atmosféricas, y según la modelación de dispersión de contaminantes (Anexo 8.1.1-a de la Adenda Complementaria), se consideró el periodo de un año para cada sector donde se realizarán las actividades de la fase de construcción del Proyecto, sobre los distintos receptores identificados, los cuales se presentan en la Tabla 14 del citado Anexo. Respecto a los resultados obtenidos, se verifica que el aporte de MP10 y MP2,5 del Proyecto, se encuentran bajo los límites permisibles estipulados en las normativas primarias vigentes, tanto para el promedio anual como para el periodo diario, en todos los receptores identificados para cada sector de trabajo. De la misma forma, para los gases como el CO, el NO2 y el SO2, las concentraciones como aporte del Proyecto se encuentran por debajo de los límites normativos vigentes. De acuerdo a lo anterior, el mayor aporte de concentración se realiza en el sector “Río Copiapó sector San Antonio y Quebrada Sur”, sobre el receptor denominado “R_7”, que corresponde a una vivienda ubicada en San Antonio, cuyas coordenadas UTM (Huso 18H. Datum WGS84) son; 396.206 E y 6.915.828 N (ubicación se presenta en la Figura 22 del Anexo en cuestión). A continuación, se presentan dichas concentraciones, respecto al receptor señalado: • Para el caso del MP10, el Proyecto realiza un aporte de 8,05 µg/m3 para la norma diaria en el receptor en cuestión, no superando el 6,2% del valor de la norma diaria. • Para el caso del MP2,5, el aporte sobre dicho receptor es de 3,7 µg/m3, lo cual no superará el 7,5% del valor de la norma diaria. • Para el caso de los gases, el mayor aporte está asociado para la norma horaria de NO2, donde no se superará el 37,3% respecto del valor normado.

De acuerdo a lo anterior, sumado a la circunstancia de que el Proyecto no generará una superación de los valores de concentración y periodos establecidos en las normas primarias, no se prevé un efecto sobre la salud de la población producto de las emisiones atmosféricas generadas por el Proyecto, además, el Titular adoptará acciones tendientes al control y prevención de emisiones de material particulado y gases, las que se detallan en el Considerando 12° de la presente Resolución.

En relación a la generación de emisiones de ruido, el Proyecto generará emisiones acústicas en la fase de construcción, las que se encuentran asociadas en su mayor parte a la maquinaria utilizada en movimiento de tierras y a las actividades asociadas a la construcción de las obras. Respecto a la evaluación efectuada, la cual se presenta en el Anexo C.4 del EIA, se identificaron 14 receptores, los que en su mayoría corresponden a viviendas de 1 piso (en la Tabla 5 del citado Anexo, se presenta la ubicación y descripción de estos). De acuerdo a la modelación realizada, se verifica que para todos los receptores identificados, los valores con la implementación de las medidas de control (en la Tabla 29 del citado Anexo, se presentan los receptores y faenas que requieren la implementación de medidas de control de ruido), se encuentran dentro de los rangos según la normativa aplicable D.S. N° 38/11 del MMA (Tablas 23 y 30 del Anexo C.4 del EIA). Dichas medidas de control corresponden a la implementación de: • Barreras acústicas modulares de 2.4 y 3.6 [m] altura. Mayores antecedentes se presentan en la Tabla 28 del Anexo en cuestión. • Barreras acústicas con cumbrera, de mismas características técnicas que las barreras modulares, con la incorporación adicional de una cumbrera de 1.2 [m] de largo que forme un ángulo de 60° con el eje vertical. Mayores antecedentes se presentan en el punto 8.1.2 del Anexo en cuestión. • Restricción de operación simultánea. Mayores antecedentes se presentan en el punto 8.1.3 del Anexo en cuestión. • Restricción de potencia acústica global. Mayores antecedentes se presentan en el punto 8.1.4 del Anexo en cuestión.

Además, usando la normativa de referencia FTA-VA—90-1003-06 “Transit Noise and Vibration Assessment”, se evaluaron vibraciones de maquinaria pesada, tanto para el criterio de molestia como el criterio de daño. Para ambos criterios de evaluación, los valores proyectados están por

debajo de los máximos recomendados. Por lo tanto, se prevé que el Proyecto no generará impactos vibratorios negativos. Sin perjuicio de lo anterior, se implementará como medida de control correspondiente a la restricción de distancia para la operación del rodillo compactador (33 [m]) cerca de 2 receptores.

Considerando que se implementarán medidas de control de ruido y vibraciones, el Proyecto contempla la ejecución de monitoreos para dichas componentes durante la fase de construcción, en los puntos sensibles identificados.

A partir de lo expuesto, se puede concluir que el Proyecto no presenta un riesgo para la salud de las personas, por superación de los valores de ruido y vibraciones establecidos en la normativa ambiental vigente en ninguna de sus fases.

En relación a los demás antecedentes que justifican que el Proyecto no genera o presenta riesgo para la salud de la población debido a la cantidad y calidad de los efluentes, emisiones o residuos, en consideración a lo dispuesto en los literales c) y d) del Art. 5° del RSEIA, estos se presentan en la Tabla 6.2.1 del ICE.

6.2. EFECTOS ADVERSOS SIGNIFICATIVOS SOBRE LA CANTIDAD Y CALIDAD DE LOS RECURSOS NATURALES RENOVABLES, INCLUIDOS EL SUELO, AGUA Y AIRE Impacto no significativo Pérdida de hábitat para fauna nativa de vertebrados terrestres Componente(s) ambiental(es) afectado(s) Fauna Parte, obra o acción que lo genera Despeje de la vegetación, movimientos de tierra y rocas para la construcción de las obras proyectadas. Fase en que se presenta Construcción. Impacto no significativo Mortalidad incidental de fauna nativa de vertebrados terrestres Componente(s) ambiental(es) afectado(s) Fauna Parte, obra o acción que lo genera Aumento de flujo vehicular en los caminos existentes, donde comenzará la circulación de maquinaria. Fase en que se presenta Construcción. Impacto no significativo Alteración de la calidad del aire (MPS) evaluada en puntos de interés durante la fase de construcción del Proyecto. Componente(s) ambiental(es) afectado(s) Calidad del Aire Parte, obra o acción que lo genera • Movimientos de Tierra. • Excavaciones. • Carga y descarga de material. • Tránsito vehicular por caminos no pavimentados y pavimentados. Fase en que se presenta Construcción. Referencia al ICE para mayores detalles sobre este impacto específico Tabla 5.2.2.1, Tabla 5.2.3.1 y Tabla 6.2.2 del ICE Respecto al impacto “Pérdida de hábitat para fauna nativa de vertebrados terrestres”, este impacto fue calificado como No Significativo, toda vez que, las actividades asociadas a la

construcción del Proyecto afectarán una superficie de 0,1 ha del total de hábitats registrados, no modificando las características estructurales y funcionales de los ambientes en que se desarrolla la fauna de baja como de alta movilidad identificada. Sumado a lo anterior, para el caso de las especies de alta movilidad, cuyo desplazamiento es extenso, no se prevé una afectación significativa por dicha condición, toda vez que, podrían desplazarse a otros sectores.

Para el caso del impacto “Mortalidad incidental de fauna nativa de vertebrados terrestres”, este fue calificado como No Significativo, toda vez que, la fauna de baja y alta movilidad, sobre la cual se podría generar una afectación de ejemplares, presenta una baja abundancia en relación a la presente en el resto del Área de Influencia del Proyecto. Asimismo, respecto a las especies registradas en categoría de conservación, ninguna de estas presenta algún grado de amenaza, según el Reglamento de Clasificación de Especies. Sumado a lo anterior, el Titular implementará como medida de control, previo al inicio de las obras, un plan de perturbación controlada de especies de baja movilidad, el cual se detalla en el Considerando 12° de la presente Resolución.

Respecto a lo anterior, es posible señalar que la realización del presente Proyecto no generará efectos adversos significativos sobre la componente Fauna.

Respecto a la “Alteración de la calidad del aire (MPS) evaluada en puntos de interés durante la fase de construcción del Proyecto”, este fue calificado como No Significativo, ya que, el Proyecto no superará los valores establecidos en la normativa de referencia utilizada perteneciente a la Confederación Suiza, la cual establece un límite de 200 mg/m2 día, por lo tanto, es posible concluir que el presente el Proyecto no afectará la componente Flora y Vegetación presente en el AI producto de la depositación de MPS. Según los antecedentes aportados en la modelación atmosférica, presentada en el Anexo 8.1.1-a de la Adenda Complementaria, las depositaciones de MPS alcanzan un máximo en el receptor RS4 alcanzando un promedio anual de 5,97 mg/m2-día equivalente al 2,98% de la norma de referencia utilizada. Sin perjuicio de lo anterior, el Titular adoptará acciones de control para las emisiones atmosféricas generadas, las que se presentan en el Considerando 12° de la presente Resolución.

En relación a los demás antecedentes que justifican que el Proyecto no genera o presenta efectos adversos significativos sobre la cantidad y calidad de los recursos naturales renovables, incluidos el suelo, agua y aire, en consideración a lo dispuesto en los literal a), c), e), f), g) y h) del Art. 6° del RSEIA, estos se presentan en la Tabla 6.2.2 del ICE.

6.3. REASENTAMIENTO DE COMUNIDADES HUMANAS O ALTERACIÓN SIGNIFICATIVA DE LOS SISTEMAS DE VIDA Y COSTUMBRES DE GRUPOS HUMANOS Impacto no significativo Alteración de los niveles de servicio y tiempos de viaje en rutas públicas por aumento de flujos vehiculares Parte, obra o acción que lo genera Una de las actividades que considera el Proyecto es el transporte de insumos, residuos y trabajadores, lo que condiciona un posible aumento en el flujo de transporte sobre las rutas públicas y caminos de acceso descritos anteriormente. Fase en que se presenta Construcción. Impacto no significativo Modificación de la actividad comercial en el entorno a las obras propuestas Parte, obra o acción que lo genera El impacto corresponde a la modificación de la actividad productiva cercana al río Copiapó, debido al reasentamiento humano y/o expropiación de terrenos. Esta actividad es relevante como generadora de empleo local y se ve favorecida por las condiciones edafo-climáticas de la

comuna, especialmente para el cultivo de uva de mesa destinada a la exportación, concentrada en la cuenca del río Copiapó. Fase en que se presenta Construcción. Referencia al ICE para mayores detalles sobre este impacto específico Tabla 5.2.4 y Tabla 6.2.3 del ICE. Durante la fase de construcción, y conforme a lo indicado en el punto 5.2 del presente documento, el Proyecto genera un impacto no significativo asociado a la alteración de los flujos de comunicación por el tránsito de camiones y maquinaria. El área de influencia del componente Medio Humano y Cultural Asentamientos Humanos está conformada por los asentamientos humanos emplazados en el área de estudio, entre los sectores de Pabellón y Amolanas, a lo largo de la Ruta C-35. En este contexto, se identifican dos tipos de receptores potencialmente afectados: • Afectados puntuales, correspondientes a residentes que habitan en las inmediaciones de las áreas de emplazamiento de las obras y que no serán objeto de reasentamiento, en particular los vecinos del sector de la Toma del asentamiento de San Antonio. • Afectados de la zona de tránsito, correspondientes a residentes de asentamientos humanos donde no se emplazan obras, pero que se ven afectados por el tránsito de camiones y vehículos asociados a la ejecución del Proyecto a través de la Ruta C-35.

El impacto identificado corresponde a la alteración no significativa de los niveles de servicio y de los tiempos de viaje en rutas públicas, producto del aumento temporal de los flujos vehiculares, así como a la expropiación de terrenos en sectores puntuales de obras. Entre las actividades del Proyecto se considera el transporte de insumos, residuos y trabajadores, lo cual puede generar un incremento acotado en el flujo de transporte sobre las rutas públicas y caminos de acceso definidos.

En relación a los demás antecedentes que justifican que el Proyecto no dificulta o impide el ejercicio o la manifestación de tradiciones, cultura o intereses comunitarios, que puedan afectar los sentimientos de arraigo o la cohesión social de grupos humanos, incluidos los pertenecientes a pueblos indígenas, estos se presentan en la Tabla 6.2.3 del ICE.

6.4. LOCALIZACIÓN EN O PRÓXIMA A POBLACIONES, RECURSOS Y ÁREAS PROTEGIDAS, SITIOS PRIORITARIOS PARA LA CONSERVACIÓN, HUMEDALES PROTEGIDOS Y GLACIARES, SUSCEPTIBLES DE SER AFECTADOS, ASÍ COMO EL VALOR AMBIENTAL DEL TERRITORIO EN QUE SE PRETENDE EMPLAZAR Impacto ambiental No se identifican impactos Referencia al ICE para mayores detalles sobre este impacto específico Tabla 6.2.4 En relación a este literal, y de acuerdo a los antecedentes presentados en la Tabla 6.2.4 “Sobre la inexistencia de localización en o próxima a poblaciones, recursos y áreas protegidas, sitios prioritarios para la conservación, humedales protegidos y glaciares, susceptibles de ser afectados, así como el valor ambiental del territorio en que se pretende emplazar” del ICE, es posible señalar que: • Respecto a la susceptibilidad de afectar poblaciones protegidas, considerando la extensión, magnitud o duración de la intervención en áreas donde ellas habitan, el presente Proyecto no afecta poblaciones protegidas. • El presente Proyecto no afecta recursos y áreas protegidas, sitios prioritarios para la conservación, humedales protegidos, glaciares o territorios con valor ambiental.

6.5. ALTERACIÓN SIGNIFICATIVA, EN TÉRMINOS DE MAGNITUD O DURACIÓN, DEL VALOR PAISAJÍSTICO O TURÍSTICO DE UNA ZONA

Impacto ambiental No se identifican impactos Referencia al ICE para mayores detalles sobre este impacto específico Tabla 6.2.5 En relación a este literal, y de acuerdo a los antecedentes presentados en la Tabla 6.2.5 “Alteración significativa, en términos de magnitud o duración, del valor paisajístico o turístico de una zona” del ICE, es posible señalar que el presente Proyecto no genera o presenta alteración significativa del valor paisajístico o turístico de una zona, en consideración a lo dispuesto en el artículo 9 del RSEIA.

6.6. ALTERACIÓN DE MONUMENTOS, SITIOS CON VALOR ANTROPOLÓGICO, ARQUEOLÓGICO, HISTÓRICO Y, EN GENERAL, LOS PERTENECIENTES AL PATRIMONIO CULTURAL Referencia al ICE para mayores detalles sobre este impacto específico Tabla 6.2.6 Respecto del literal a) “La magnitud en que se remueva, destruya, excave, traslade, deteriore, intervenga o se modifique en forma permanente algún Monumento Nacional de aquellos definidos por la Ley N° 17.288” del Art. 10 del RSEIA: De acuerdo a los antecedentes aportados en la Línea de Base de Arqueológica, presentada en el Capítulo 3.4 del EIA y el Informe 3.4.1 del Anexo C.3 de la misma, la cual fue complementada, en el Anexo 4.5.1 de la Adenda Complementaria y en el Anexo 5 de la Adenda Complementaria Excepcional, se informa que se logró inspeccionar aproximadamente el 85% del área del Proyecto, quedando un porcentaje acotado sin revisar debido a restricciones de acceso. Respectos a los resultados obtenidos, se verificó la ausencia de cualquier tipo de hallazgos de interés arqueológico, monumental o patrimonial dentro del área de influencia del Proyecto, según las definiciones establecidas por la Ley N°17.288 de Monumentos Nacionales. Sin perjuicio de lo anterior, el Titular implementará un monitoreo arqueológico permanente y charlas a trabajadores asociadas a dicha componente.

En cuanto al patrimonio paleontológico, de acuerdo a los antecedentes presentados en el Capítulo 3.4 del EIA y el Informe 3.4.2 del Anexo C.3 de la misma, el Proyecto se emplaza mayormente sobre capas susceptibles y estériles; a excepción del sector “Amolanas”, la cual colinda con depósitos no consolidados de la unidad “Formación Lautaro” clasificada como fosilífera. Al respecto, de acuerdo a la predicción y evaluación de impactos presentada en el Capítulo 4 del EIA, se identifica el impacto denominado “Modificación del potencial fosilífero”, el cual por su magnitud, extensión y duración sobre las unidades registradas en el área de emplazamiento del Proyecto, que como se señaló anteriormente corresponden en su mayoría a capas susceptibles y estériles, y sumado a que las obras que contempla el presente Proyecto se ejecutarán en sitios ampliamente intervenidos y expuestos recientemente a los eventos naturales registrados, dicho impacto fue calificado como No Significativo. Asimismo, el Titular adoptará Compromisos Ambientales Voluntarios, los que se detallan en el Capítulo 12 del presente documento, que consisten en actividades de recolección superficial, charla de capacitación al personal y monitoreo paleontológico permanente, por lo tanto, se descarta de esta forma un impacto significativo sobre la componente paleontológica.

Respecto del literal b) “La magnitud en que se modifique o deteriore en forma permanente construcciones, lugares o sitios que por sus características constructivas, por su antigüedad, por su valor científico, por su contexto histórico o por su singularidad, pertenecen al patrimonio cultural, incluido el patrimonio cultural indígena.” del Art. 10 del RSEIA: De acuerdo a la información proporcionada durante el proceso de evaluación, no se identificaron elementos arqueológicos ni monumentos nacionales dentro del área de influencia del Proyecto, por lo que no se prevén impactos en estos aspectos.

En el área de influencia del Proyecto se identifican cuatro (4) grupos familiares de origen Colla, asociados a la Comunidad Indígena Colla Juan Bautista de Paipote, la cual no presenta demandas territoriales ni solicitudes de reconocimiento de tierras dentro del área evaluada. Según los antecedentes desarrollados en la Adenda Complementaria, particularmente en el Anexo 4.4.1: Plan de Reasentamiento actualizado, y la información obtenida a partir de entrevistas en terreno realizadas en abril de 2023, se constató que las principales actividades productivas de esta familia se desarrollan fuera del área de influencia del Proyecto.

Los eventuales impactos derivados del reasentamiento son abordados de manera integral mediante la ejecución del Plan de Reasentamiento actualizado, cuya versión final se encuentra incorporada en el Anexo 13: Respaldos Medio Humano y Plan de Reasentamiento, partes 1 a 5, contenidos en la Adenda Complementaria Excepcional. En virtud de lo anterior, se concluye que el Proyecto no presenta susceptibilidad de afectación directa sobre los Grupos Humanos Pertenecientes a Pueblos Indígenas (GHPPI).

Respecto del literal c) “La afectación a lugares o sitios en que se lleven a cabo manifestaciones propias de la cultura o folclore de algún pueblo, comunidad o grupo humano, derivada de la proximidad y naturaleza de las partes, obras y/o acciones del proyecto o actividad, considerando especialmente a los grupos humanos indígenas” del Art. 10 del RSEIA: Dentro del área de influencia del Proyecto se reconocen cuatro (4) núcleos familiares de origen Colla, vinculados a la Comunidad Indígena Colla Juan Bautista de Paipote, la cual no presenta reivindicaciones territoriales ni solicitudes de reconocimiento de tierras en el área de estudio. Conforme a los antecedentes contenidos en la Adenda Complementaria, Anexo 4.4.1: Plan de Reasentamiento actualizado, junto con la información levantada mediante entrevistas en terreno realizadas en abril de 2023, se verificó que las principales actividades productivas desarrolladas por dicha familia se ejecutan fuera del área de influencia del Proyecto. Los posibles efectos asociados al reasentamiento son gestionados de forma integral a través de la implementación del Plan de Reasentamiento actualizado, cuya versión definitiva se encuentra incorporada en el Anexo 13: Respaldos Medio Humano y Plan de Reasentamiento, partes 1 a 5, contenidos en la Adenda Complementaria Excepcional. En consecuencia, se concluye que el Proyecto no genera una susceptibilidad de afectación directa sobre los Grupos Humanos Pertenecientes a Pueblos Indígenas (GHPPI).

7°. Que, del proceso de evaluación de impacto ambiental del Proyecto puede concluirse que las siguientes medidas de mitigación, reparación y/o compensación son adecuadas para hacerse cargo de los efectos, características y circunstancias del artículo 11 de la Ley N° 19.300 que genera o presenta el Proyecto, las que deberán implementarse para su ejecución:

FLORA Y VEGETACIÓN

De acuerdo a la condición señalada en el punto 12.2.1 del ICE, el Titular, para hacerse cargo del Impacto Significativo denominado “Pérdida de coberturas de las unidades de vegetación presentes en el área de intervención del Proyecto”, deberá implementar la siguiente medida de compensación:

7.1 Establecimiento de nuevos BNP Fase Construcción Impacto ambiental Pérdida de coberturas de las unidades de vegetación presentes en el área de intervención del Proyecto Tipo de Medida Compensación Componente ambiental objeto de protección Flora y vegetación

Objetivo Ejecutar un programa de reforestación y enriquecimiento en sectores de Matorral o sectores desprovistos de vegetación nativa, según corresponda, para ser transformados en Bosque Nativo de Preservación. Descripción La medida se tendrá que ejecutar a partir de dos acciones: 1. Reforestar 9,31 hectáreas de sectores desprovistos de vegetación principalmente con Geoffroea decorticans y otras especies acompañantes, como Atriplex retusa, Baccharis salicifolia, Prosopis chilensis, Tessaria absinthioides, Schinus areira, y Bulnesia chilensis. El valor de superficie corresponde a la cantidad de BNP a intervenir y alterar (respuesta N°7.1.1 numeral N°4 de la Adenda Complementaria Excepcional). 2. Enriquecer 15,18 ha. de matorral degradado existente con especies en categoría de conservación (Geoffroea decorticans y Prosopis chilensis), transformando así estas unidades en Bosque Nativo de Preservación. Esta medida busca fortalecer el continuo vegetal y mitigar la fragmentación. El valor de superficie corresponde a la cantidad de Matorral con y sin presencia de G. decorticans (2,72 ha. y 12,46 ha, respuesta N° 7.1.1 numeral N°4 de la Adenda Complementaria Excepcional). Se incluye este último por principio precautorio, debido a la posible presencia de N. chilensis en esta última formación y dado que el Titular no presenta un detalle de la densidad y/o cantidad de individuos de las especies en categoría de conservación a afectar en la evaluación del impacto. Justificación Se justifica por la pérdida de cobertura vegetacional con presencia de especies en categoría de conservación, tales como Geoffroea decorticans (Chañar) y Prosopis chilensis (Algarrobo), ambas en categoría Vulnerable. El impacto se materializa tanto en formaciones de Bosque Nativo de Preservación, como del tipo Matorral de distinta índole. Con su implementación, se aumenta el régimen de protección de la vegetación y ecosistema, al transformar parte del matorral de la cuenca a bosque nativo de preservación. Lugar de implementación Antes de iniciar la fase de construcción del Proyecto, el Titular deberá presentar a la Superintendencia de Medio Ambiente (SMA) la ubicación digital georreferenciada de los sitios y/o polígonos de compensación. Estos en formato Shape y KMZ en WGS84 huso 19S.

Asimismo, estos sitios deberán cumplir con las condiciones edafoclimáticas asociadas a G. decorticans y P. chilensis, así como sus especies acompañantes, de acuerdo con la Línea de Base de Flora y Vegetación (Capítulo 3-2 Línea de Base Ambiental Medio Biótico del EIA). Al momento de la elección de sitios, se debe considerar su accesibilidad para fines de posterior seguimiento y fiscalización. Forma y oportunidad de implementación 1. Colecta de germoplasma: Previo al inicio de la fase de construcción, el Titular deberá ejecutar una campaña de colecta de germoplasma de las especies requeridas para la reforestación. Esta debe realizarse entre noviembre y abril, calendarizando de acuerdo a los períodos específicos de cada especie. El esfuerzo de colecta debe ser equivalente a la cantidad de individuos por hectárea por la superficie total de la medida, adicionando un 20% del total para contar con una reserva en caso de infertilidad de las semillas y/o mortandad en la viverización.

  1. Viverización: A partir del germoplasma colectado, se procederá a su viverización y posterior monitoreo hasta alcanzar su tamaño y edad idónea para el trasplante. Esta actividad debe realizarse en un vivero dentro de la misma región de Atacama, para que el crecimiento y aclimatación de las plántulas sea de acuerdo a las condiciones climáticas del sector a plantar. Aspectos relevantes a considerar son la alta radiación, exposición solar, sustrato y baja humedad relativa. Debe considerarse que para las especies de hábito arbóreo, el tiempo en vivero será de mínimo 1 a 2 años.
  2. Preparación del sitio: De ser necesario, se preparará el sustrato ya sea físicamente para descompactar, como químico para aportar nutrientes y estructura.
  3. Reforestación: Se realizará a partir de los individuos viverizados de forma previa en el paso N° 2. El diseño de plantación debe seguir el patrón natural de distribución de la comunidad florística en la formación, dejando algunos metros de distancia entre individuos, acorde a lo observado en el Capítulo 3-2 Línea de Base Ambiental Medio Biótico. Esta etapa debe realizarse en invierno para permitir la adaptación a la radiación y temperatura. A las plántulas deben instalarse protectores contra herbívoros.
  4. Mantenimiento: Es imprescindible que se realice riego de mantención como mínimo por 1 año y cada 15 días a cada individuo. Posteriormente, la periodicidad puede variar dependiendo del grado de prendimiento, crecimiento y autonomía de los individuos. A su vez, se le debe dar mantenimiento a los protectores de herbívora y gestionar el reciclaje y/o tratamiento de los que se descontinúan.
  5. Monitoreo: Dependiendo de la etapa a monitorear, se realizará con la siguiente periodicidad: - Colecta de germoplasma y viverización: trimestral - Reforestación: trimestral los dos primeros años de la reforestación y luego semestral hasta la autosuficiencia de los polígonos de reforestación. Lo anterior, debe demostrarse mediante la sobrevivencia del 85% de los individuos plantados, en un período mínimo de 6 meses posterior al cese del riego. - Entrega de informes semestrales a la SMA. Estos además deben incluir el cálculo de pérdida neta cero de biodiversidad de acuerdo a los avances de la implementación de la medida. Indicador de cumplimiento
  6. Su cumplimiento quedará condicionado a que, previo al inicio de la fase de construcción, el Titular deberá presentar a la Superintendencia de Medio Ambiente todos los aspectos mínimos requeridos para la compensación de biodiversidad (de acuerdo a la obs. N° 8.2.1 del ICSARA N° 3 mediante carta N°202303103198 de fecha 17 de octubre de 2023), a saber: - Mapas de relevancia del o los sitios de compensación. - Matriz de componentes clave de biodiversidad. - Métrica de cuantificación y sus multiplicadores. - Cálculo de métricas pérdida neta cero de biodiversidad y la posible ganancia neta.
  7. Valores mínimos a considerar en el punto anterior y como indicador de cumplimiento: - Cobertura promedio de la Línea de Base de la superficie de la formación (Archivo Excel “Datos Muestreo EIA Copiapó

Rural_Tierra Amarilla” del Anexo 4 Datos muestreo Flora y Vegetación de la Adenda Complementaria Excepcional). - Cobertura de las especies en categoría de conservación (Archivo Excel “Datos Muestreo EIA Copiapó Rural_Tierra Amarilla” del Anexo 4 Datos muestreo Flora y Vegetación de la Adenda Complementaria Excepcional). - Las dos anteriores debe verificarse con la misma metodología empleada en la Línea de Base (Capítulo 3-2 Línea de Base Ambiental Medio Biótico del EIA). 3. Ley N° 20.283: Polígonos de reforestación deben cumplir además con la definición de Bosque Nativo y Bosque Nativo de Preservación. 4. Cronograma de actividades de la medida, ajustado a las fases del Proyecto. Referencia al ICE para mayores detalles Punto 12.2.1

MEDIO HUMANO

7.2 Plan de Reasentamiento Fase Construcción Impacto ambiental • Reasentamiento de grupos humanos. • Pérdida de vivienda o espacio habitado por grupos humanos. • Pérdida del bienestar social por el reasentamiento humano. • Alteración al estilo de vida, vínculo y relaciones sociales de grupos humanos reasentados. Tipo de Medida Compensación Componente ambiental objeto de protección Sistemas de vida y costumbres de grupos humanos Objetivo El presente plan tiene como propósito disminuir el impacto en las condiciones de vida de la población presente dentro del área de las obras, además de considerar lo siguiente: • Facilitar la realización de acciones que conduzcan al mejoramiento de las condiciones de vida a través de la promoción de actividades que permitan aprovechar las oportunidades y condiciones que crea el Proyecto. • Mantener las condiciones actuales de habitación, acceso a servicios básicos e infraestructura comunitaria de los habitantes. • Generar condiciones para el establecimiento de redes de apoyo social, amistad, cooperación y recreación con las familias reasentadas y el mantenimiento de los vínculos entre familias. Descripción El Plan de Reasentamiento (PDR) está referido a las 21 familias que se verán afectadas por el proyecto; 20 de ellas pertenecientes a la Localidad de San Antonio y 1 familia en la localidad de Los Loros. El reasentamiento de las familias de San Antonio será hacia un sitio colindante con su emplazamiento actual, y a la familia de Los Loros se le asignará una vivienda en esa localidad, el proceso completo no afectará de modo significativo a la organización familiar, a los medios de subsistencia, a sus niveles de vida, a la mano de obra, a los sistemas de producción ni a la infraestructura productiva. Justificación La estrategia de participación social se abordó desde la óptica de la participación anticipada, esto es, desarrollando encuentros con la comunidad antes de la etapa formalmente establecida en la Ley N°

19.300 y el D.S. N° 40/2012, Reglamento del SEIA. Como propósito, se buscó conocer la realidad de los afectados, y realizar un diagnóstico del impacto sobre los afectados, acercar posiciones y visualizar alternativas para el diseño de las medidas de manejo social que permitan abordar adecuadamente los efectos sociales del proyecto. Asimismo, como propósito se buscó familiarizarlos con las futuras obras, a partir de las experiencias que han vivido con los aluviones. La estrategia de participación social consideró las opiniones e indicaciones de la comunidad, para la identificación de los impactos y la generación de las medidas.

En lo relacionado al Sub Plan de Reasentamiento el sitio de reasentamiento de la población se seleccionó en base a un análisis de las relaciones funcionales existentes en el sector, pudiéndose observar que gran parte de los afectados por las obras del proyecto poseen relaciones de dependencia entre sí, 17 de ellos miembros del Comité Jaime Andrade y con una vasta experiencia viviendo juntos en el sector. Así las familias afectadas manifestaron expresamente su deseo de mantenerse en el sector cercano a sus antiguas viviendas, preferentemente en la localidad de San Antonio.

La construcción del Sub Plan de Reasentamiento considero la voluntad y el deseo de las familias involucradas en permanecer en el área. En el caso de la familia reasentada proveniente de Los Loros se produce la lejanía y el quiebre de sus redes al ser trasladada a San Antonio, por lo que se opta por comprar una vivienda dentro de la localidad de Los Loros para su reasentamiento.

Asimismo, se consideraron medidas para los asentamientos que se ven afectados indirectamente, especialmente durante la construcción, donde se proponen algunas medidas, especialmente ligadas al tránsito de camiones y a preparar los servicios para la llegada de los trabajadores.

Debe mencionarse que las actividades de participación ciudadana previas al ingreso del Estudio de Impacto Ambiental contemplaron varias campañas que permitieron la elaboración del Sub Plan de Reasentamiento.

A modo de síntesis el Plan de Reasentamiento contempla los siguientes ámbitos:

• Apoyo al desarrollo Productivo: Dada la importancia de las actividades agrícolas en la economía de las familias en el área de influencia directa, se considera la realización de un programa que brinde apoyo a las actividades agrícolas de subsistencia familiar.

El Titular deberá considerar para los hogares que mantienen cultivos, una superficie en el mismo sitio de la vivienda, destinados al cultivo de huertos familiares, especialmente frutales. Se considera la mejora de los suelos mediante la aplicación del suelo orgánico proveniente de los sectores de expropiación, siendo tratados y habilitados antes del traslado de las familias afectadas. La habilitación de los suelos

comprenderá la incorporación de materia orgánica adicional (mulch), el arado y aireación de las superficies y tratamiento topográfico posterior, el cual permitirá evitar la erosión de éstos.

En complemento se les proveerá de insumos agrícolas (semillas, abonos, fertilizantes, etc.) hasta el pleno funcionamiento de los huertos familiares. Asimismo, para el mantenimiento del huerto se generarán programas de ayuda agrícola coordinando a las familias con los equipos INDAP a través del PRODESAL respectivo, a fin de que cuenten con la asesoría técnica al fin del programa.

Dada la importancia de las actividades pecuarias en la economía de las familias en el área de influencia directa, en especial cría de cabras y mulares, se considera la realización de un programa que brinde apoyo a las actividades pecuarias que apoyen la subsistencia familiar.

• Información a la Comunidad: Es importante que la comunidad cuente con material informativo escrito, que sea editado en varias versiones de acuerdo con el desarrollo del proyecto con el fin de mantener un sistema de información hacia la comunidad. Este material debe tener una mirada pedagógica y será distribuido en los sitios a definir en conjunto con las juntas de vecinos y organizaciones sociales del sector.

Además, deberá contener información sobre el proceso de SEIA y las instancias de participación para las comunidades.

Es importante establecer instancias donde la comunidad tenga la oportunidad de dialogar directamente con los promotores del proyecto, para lo cual se propone realizar al menos un taller en el sector de Los Loros y otro en el sector de San Antonio, de acuerdo con el desarrollo de las obras.

• Apoyo al Empleo temporal: Este plan apunta a aprovechar y hacer efectivo los efectos positivos que se producirán en el empleo, producto de la construcción de las obras.

Para alcanzar el objetivo, se deberán construir los perfiles ocupacionales de la población localizada en el área de influencia y la caracterización de la demanda de mano de obra que generará el proyecto. Asimismo, se deberá realizar una calificación de apresto laboral (cuando corresponda) y la colocación de personas en los puestos de trabajo que se generen en las diferentes etapas de ejecución de las obras.

Esta actividad será responsabilidad del Titular, el que en conjunto con la Oficina Municipal de Intermediación Laboral (OMIL), creará un convenio marco para llevar a cabo la ejecución de las tareas.

• Apoyo a la Salud de la Comunidad: Se considera apoyo profesional de un psicólogo a las personas y familias de la comunidad que lo requieran (afectados directos), durante la fase de construcción. El Titular deberá presentar los

medios de verificación del cierre de los procesos o de los avances alcanzados. En el caso de ser necesario la continuidad del tratamiento se deberán realizar las gestiones necesarias para asegurar que el afectado cuente con la atención necesaria.

Se contemplan talleres de adaptación al cambio que permitan incorporar herramientas de aprendizaje para administrar el cambio general y personal y a la vez generar o emprender acciones adaptativas.

Como complemento, se ha observado la falta de recursos materiales para resolver las necesidades de salud primaria de la población.

A nivel general, se plantea como meta prevenir a nivel primario y secundario, alteraciones y deterioro de la salud mental y física de la población. Por su parte, los objetivos específicos se refieren a: - Implementar sistemas de asistencia y apoyo al enfrentamiento de crisis, a nivel comunitario. - Apoyar en el desarrollo de campañas preventivas de embarazo y enfermedades venéreas. - Apoyar la salud primaria en las condiciones de saneamiento, e insumos disponibles para la atención en salud.

• Reasentamiento familiar: El Plan de reasentamiento considera el suministro de tierras, viviendas e infraestructura para las familias en San Antonio, comuna de Tierra Amarilla, así como también las compensaciones y/o indemnizaciones por sus pérdidas.

En este contexto, el Sub Plan de Reasentamiento ha sido elaborado sobre la base de una estrategia de desarrollo que incluye una serie de medidas dirigidas a mejorar o al menos restablecer la base económica de los desplazados. Lugar de implementación El Plan de Reasentamiento se realizará en la comuna de Tierra Amarilla, Región de Atacama, específicamente contempla a 21 familias ubicadas en la quebrada de Los Loros y en el Río Copiapó en el sector de San Antonio. Forma y oportunidad de implementación El modelo general de trabajo contempla la combinación de estrategias comunitarias de apoyo a grupos, organizaciones y comunidades, más la instalación de un sistema de atención de casos.

Al inicio de las obras se deberá conformar un equipo técnico de ejecución, coordinación y administración, compuesto por profesionales especializados bajo cuya responsabilidad se coordinará y administrará la destinación presupuestaria; se coordinará la relación con instituciones pertinentes; se entregará apoyo logístico y operativo en terreno y se mantendrá vínculo permanente con las comunidades y hogares afectados, a través de la implementación directa de acciones de apoyo comunitario y la instalación de un sistema de atención de casos. Se sumarán a este equipo profesionales, asesores en materias de salud mental y evaluación de proyectos comunitarios, entre otros. De igual manera, cuando corresponda, se integrarán profesionales especializados según las necesidades específicas de los proyectos.

Este equipo iniciará sus actividades con un ciclo de formación y actualización, que les permita informarse en detalle de la naturaleza y pretensiones del plan, así como integrar las orientaciones estratégicas y metodológicas que se encuentran a su base. Se propone que personal del equipo técnico, representantes del Titular del Proyecto y de las entidades gubernamentales involucradas (incluyendo del nivel central, regional y local), junto a representantes de las comunidades afectadas, constituyan el ‘comité de gestión del plan’, encargado del seguimiento, reorientación de actividades y de la coordinación política y técnica de las actividades del plan con otras iniciativas complementarias. De este modo, la conformación del comité de gestión supone un proceso de articulación e información con representantes de instituciones involucradas, poniendo especial énfasis en la vinculación con entidades locales, que asumirán responsabilidades de importancia en la sostenibilidad de los avances y logros del plan.

La tabla siguiente ordena los ámbitos de aplicación de las medidas del plan de Reasentamiento de acuerdo con el tipo de afectados.

Sub Plan/Programa / Sub programas Medidas Sub Plan de Reasentamiento/ Habilitación servicios básicos en nuevas viviendas Soluciones a familias sin Título de Dominio (ocupantes) Acceso Agua potable, electricidad y accesibilidad Sub Plan de Reasentamiento/ Programa asistencia al traslado de familias Construcción de nuevas viviendas con colectores solares Apoyo al desmantelamiento de viviendas y transporte de enseres domésticos Apoyo alimentario transitorio Apoyo a la actualización situación social familiar Sub Plan de restablecimiento y desarrollo productivo / Programa de desarrollo Agrario Programa de desarrollo Pecuario Sub Plan de Información a la Comunidad Elaboración material informativo Reuniones informativas con la comunidad Sub Plan de Apoyo a la salud de la comunidad Programa de promoción y prevención en salud. Apoyo psicológico a la comunidad y talleres de adaptación al cambio Sub plan de apoyo al desarrollo cultural Construcción de historias locales.

Incorporación de Iconografía Colla en Espacio Público de Solución Habitacional. Indicador de cumplimiento Se realizará un seguimiento periódico de la implementación del Plan de Reasentamiento, cuyos resultados serán sistematizados en informes de monitoreo. Para ello, cada sub-plan será gestionado mediante una matriz de marco lógico, registrando actividades ejecutadas, resultados, impactos y recursos utilizados. El proceso considerará el registro y respaldo de las acciones desarrolladas por familia, incluyendo actas, acuerdos, entrega de apoyos y soluciones habitacionales. Esta información será consolidada en un informe de cierre, el cual será remitido a la Superintendencia del Medio Ambiente (SMA) dentro del plazo establecido. Adicionalmente, se aplicarán encuestas de satisfacción y se realizarán inspecciones en terreno para verificar la ocupación efectiva y las condiciones de habitabilidad de las viviendas entregadas.

7.3 Plan de Reasentamiento - Sub-Plan de Información a la Comunidad Fase Construcción Impacto ambiental • Reasentamiento de grupos humanos. • Pérdida de vivienda o espacio habitado por grupos humanos. • Pérdida del bienestar social por el reasentamiento humano. • Alteración al estilo de vida, vínculo y relaciones sociales de grupos humanos reasentados. Tipo de Medida Compensación Componente ambiental objeto de protección Sistemas de vida y costumbres de grupos humanos Objetivo Mantener un sistema de información directo y permanente Descripción Es importante que la comunidad reasentada cuente con material informativo, que sea editado en varias versiones de acuerdo con el desarrollo del proceso con el fin de mantener un sistema de información directo y permanente Justificación Es importante que la comunidad reasentada cuente con material informativo, que sea editado en varias versiones de acuerdo con el desarrollo del proceso con el fin de mantener un sistema de información directo y permanente Lugar de implementación Área del Proyecto. Forma y oportunidad de implementación La información para entregar será periódica y actualizada, se contemplarán escritos y digitales. Para ello podrán diseñar boletines, dípticos o trípticos Indicador de cumplimiento Cada sub-plan será gestionado mediante una matriz de marco lógico, que registre las actividades ejecutadas, resultados, impactos y recursos utilizados. Asimismo, se mantendrá un registro documentado por familia, que incluya actas, acuerdos, entrega de apoyos y soluciones habitacionales. Dicha información será consolidada en un informe de cierre, el cual será remitido a la Superintendencia del Medio Ambiente (SMA) dentro del plazo establecido.

7.4 Plan de Reasentamiento - Sub-Plan Reuniones informativas con la comunidad Fase Construcción Impacto ambiental • Reasentamiento de grupos humanos. • Pérdida de vivienda o espacio habitado por grupos humanos.

• Pérdida del bienestar social por el reasentamiento humano. • Alteración al estilo de vida, vínculo y relaciones sociales de grupos humanos reasentados. Tipo de Medida Compensación Componente ambiental objeto de protección Sistemas de vida y costumbres de grupos humanos Objetivo Mantener un sistema de información directo y permanente Descripción Es importante establecer instancias donde la comunidad reasentada tenga la oportunidad de dialogar directamente con los promotores del proyecto Justificación Es importante establecer instancias donde la comunidad reasentada tenga la oportunidad de dialogar directamente con los promotores del proyecto Lugar de implementación Area del proyecto Forma y oportunidad de implementación Forma: Talleres Bimensual, charlas, folletos informativos, redes sociales. Oportunidad: Durante la fase de construcción. Indicador de cumplimiento Dicha información será consolidada en un informe de cierre, el cual será remitido a la Superintendencia del Medio Ambiente (SMA) dentro del plazo establecido, e incluirá los registros del taller, tales como fotografías, actas y listados de asistencia.

7.5 Plan de Reasentamiento - Sub-Plan Apoyo a la Salud de la Comunidad Talleres de adaptación al Cambio Fase Construcción Impacto ambiental • Reasentamiento de grupos humanos. • Pérdida de vivienda o espacio habitado por grupos humanos. • Pérdida del bienestar social por el reasentamiento humano. • Alteración al estilo de vida, vínculo y relaciones sociales de grupos humanos reasentados. Tipo de Medida Compensación Componente ambiental objeto de protección Sistemas de vida y costumbres de grupos humanos Objetivo Mantener un sistema de información directo y permanente Descripción Talleres de adaptación al cambio que permitan incorporar herramientas de aprendizaje para administrar el cambio general y personal y a la vez generar o emprender acciones adaptativas. Estos talleres están destinados a los afectados directos y sus grupos familiares.

Considerando los estresores vividos y la edad promedio de los reasentados que es sobre los 50 años, se debe contar con apoyo profesional de un psicólogo para las personas y familias de la comunidad que lo requieran, durante la fase de construcción. Justificación A raíz de los estresores externos que un proceso de reasentamiento puede producir, las comunidades reasentas experimentarán alteraciones en su salud física y mental, producidas a partir del desajuste entre las exigencias de los procesos de cambio y los recursos disponibles para enfrentarlos. Lugar de implementación Área del Proyecto. Sedes de juntas vecinales, colegios u otro centro de uso comunitario. Forma y oportunidad de implementación Forma: Talleres, charlas, folletos informativos, redes sociales. Oportunidad: Durante la fase de construcción.

Indicador de cumplimiento Mantención del registro de actividades realizadas para ser presentadas ante requerimiento de la SMA.

7.6 Plan de Reasentamiento - Sub-Plan Apoyo al desarrollo productivo programa de Apoyo Agrícola Fase Construcción Impacto ambiental • Reasentamiento de grupos humanos. • Pérdida de vivienda o espacio habitado por grupos humanos. • Pérdida del bienestar social por el reasentamiento humano. • Alteración al estilo de vida, vínculo y relaciones sociales de grupos humanos reasentados. Tipo de Medida Compensación Componente ambiental objeto de protección Sistemas de vida y costumbres de grupos humanos Objetivo Brindar apoyo a las actividades agrícolas de subsistencia familiar Descripción Se considera la mejora de los suelos dentro de los sitios de las propiedades asignadas, siendo tratados y habilitados antes del traslado de las familias afectadas Justificación A raíz de los estresores externos que un proceso de reasentamiento puede producir, las comunidades reasentas experimentarán alteraciones en su salud física y mental, producidas a partir del desajuste entre las exigencias de los procesos de cambio y los recursos disponibles para enfrentarlos Lugar de implementación Área del Proyecto. Sedes de juntas vecinales, colegios u otro centro de uso comunitario. Forma y oportunidad de implementación Forma: Talleres, charlas, folletos informativos, redes sociales. Oportunidad: Durante la fase de construcción. Indicador de cumplimiento Mantención del registro de actividades realizadas para ser presentadas ante requerimiento de la SMA.

7.7 Plan de Reasentamiento - Sub-Plan Apoyo Pecuario Fase Construcción Impacto ambiental • Reasentamiento de grupos humanos. • Pérdida de vivienda o espacio habitado por grupos humanos. • Pérdida del bienestar social por el reasentamiento humano. • Alteración al estilo de vida, vínculo y relaciones sociales de grupos humanos reasentados. Tipo de Medida Compensación Componente ambiental objeto de protección Sistemas de vida y costumbres de grupos humanos Objetivo Brindar apoyo a las actividades pecuarias de subsistencia familiar Descripción El apoyo pecuario considera la entrega de alimentos para los animales durante los tres (3) primeros meses posterior al reasentamiento, construcción de cercos y/o corrales para los animales dentro del terreno donde estará emplazada la vivienda, habilitación de huertas de autoconsumo para las familias que lo requieran, apoyo veterinario durante los primeros seis meses posterior al reasentamiento, reposición de animales en caso de muerte por motivo del traslado y/o ejecución de las obras del proyecto, y compra de instrumentación y herramientas básicas (martillos, sierras, palas, llaves) que pudiesen necesitar las familias que deben ser reasentadas, para la mantención de cercos, corrales u otros dentro del terreno que se les otorgue. Justificación A raíz de los estresores externos que un proceso de reasentamiento

puede producir, las comunidades reasentas experimentarán alteraciones en su salud física y mental, producidas a partir del desajuste entre las exigencias de los procesos de cambio y los recursos disponibles para enfrentarlos. Lugar de implementación Área del Proyecto. Sitio de las 21 familias que se verán afectadas por el proyecto; 20 de ellas pertenecientes a la Localidad de San Antonio y 1 familia en la localidad de Los Loros. Forma y oportunidad de implementación El apoyo pecuario considera la entrega de alimentos para los animales durante los tres (3) primeros meses posterior al reasentamiento y otros. Indicador de cumplimiento Mantención de registro documentado de las entregas de apoyo pecuario, disponible para su presentación ante la Superintendencia del Medio Ambiente (SMA) cuando esta lo requiera.

7.8 Plan de Reasentamiento - Sub-Plan de empleo temporal Fase Construcción Impacto ambiental • Reasentamiento de grupos humanos. • Pérdida de vivienda o espacio habitado por grupos humanos. • Pérdida del bienestar social por el reasentamiento humano. • Alteración al estilo de vida, vínculo y relaciones sociales de grupos humanos reasentados. Tipo de Medida Compensación Componente ambiental objeto de protección Sistemas de vida y costumbres de grupos humanos Objetivo Potenciar y materializar los efectos positivos en el empleo local derivados de la ejecución y construcción de las obras, fortaleciendo la inserción laboral y el desarrollo socioeconómico de las familias afectadas por el reasentamiento. Para ello, se realizará un catastro sistemático de la experiencia laboral y de los intereses de capacitación y empleabilidad de las personas, con el fin de vincularlas con la oferta pública disponible en materia de capacitación y facilitar su acceso a oportunidades laborales acordes a sus perfiles, mediante acciones de orientación y apoyo a la postulación, promoviendo una integración socioeconómica efectiva y sostenible. Descripción En primer lugar, se procederá a catastrar la oferta de capacitación existente, con el fin de conocer y mapear todas las oportunidades disponibles en el ámbito formativo. Paralelamente, el Titular identificará oportunidades laborales a través del registro de la Oficina Municipal de Inserción Laboral (OMIL) del municipio de Tierra Amarilla, comunicando dichas oportunidades a los interesados que se encuentren desempleados o requieran un cambio en su fuente laboral. Para apoyar este proceso, se realizarán instancias de apresto laboral, en las cuales se asistirá a los participantes en la redacción de su currículum vitae y en la preparación para entrevistas laborales. Justificación Esta actividad será responsabilidad del Titular, el que en conjunto con la Oficina Municipal de Intermediación Laboral (OMIL) de la Ilustre Municipalidad de Tierra Amarilla, creará un convenio marco para llevar a cabo la ejecución de las tareas. Lugar de implementación Área del Proyecto. Forma y oportunidad de implementación Esta actividad será responsabilidad del Titular, el que en conjunto con la Oficina Municipal de Intermediación Laboral (OMIL) de la Ilustre Municipalidad de la Comuna de Tierra Amarilla, creará un convenio

marco para llevar a cabo la ejecución de las tareas Indicador de cumplimiento El cumplimiento y la calidad de las acciones desarrolladas, se aplicarán diversas herramientas de evaluación, tales como encuestas y entrevistas a los participantes, el análisis de datos proporcionados por la Oficina Municipal de Inserción Laboral (OMIL) de Tierra Amarilla sobre la colocación laboral, y la revisión de los registros de asistencia y certificados emitidos. Asimismo, se elaborarán informes trimestrales durante la fase de construcción, y un informe final consolidado al término del primer año posterior al reasentamiento, en el cual se incluirán recomendaciones y conclusiones. Por otro lado, los informes finales de las medidas realizadas por el Plan de Reasentamiento se entregarán a la Superintendencia del Medio Ambiente (SMA) seis meses después de iniciado el emprendimiento.

7.9 Plan de Reasentamiento - Sub-Plan Determinación de necesidades de capacitación Fase Construcción Impacto ambiental • Reasentamiento de grupos humanos. • Pérdida de vivienda o espacio habitado por grupos humanos. • Pérdida del bienestar social por el reasentamiento humano. • Alteración al estilo de vida, vínculo y relaciones sociales de grupos humanos reasentados. Tipo de Medida Compensación Componente ambiental objeto de protección Sistemas de vida y costumbres de grupos humanos Objetivo Aprovechar y materializar los efectos positivos en el empleo derivados de la construcción de las obras. Descripción Se elaborará e implementará un programa de capacitación en especialidades básicas, orientado a ampliar el acceso de la población local a los beneficios asociados a la ejecución del proyecto, facilitando su incorporación a oportunidades laborales vinculadas a las obras. Justificación La ejecución de las obras generará oportunidades laborales temporales que constituyen un efecto positivo del proyecto. La presente medida se orienta a aprovechar y materializar dichos efectos en el empleo, facilitando el acceso de la población local a las oportunidades laborales asociadas a la fase de construcción, contribuyendo así al fortalecimiento socioeconómico del área de influencia. Lugar de implementación Área del Proyecto. Forma y oportunidad de implementación Esta actividad será responsabilidad del Titular, el que en conjunto con la Oficina Municipal de Intermediación Laboral (OMIL) de la Ilustre Municipalidad de la Comuna de Tierra Amarilla, creará un convenio marco para llevar a cabo la ejecución de las tareas. Indicador de cumplimiento Registro de las necesidades de capacitación para ser presentadas ante requerimiento de la SMA.

7.10 Plan de Reasentamiento – Sub-Plan Capacitación de trabajadores Fase Construcción Impacto ambiental • Reasentamiento de grupos humanos. • Pérdida de vivienda o espacio habitado por grupos humanos. • Pérdida del bienestar social por el reasentamiento humano. • Alteración al estilo de vida, vínculo y relaciones sociales de grupos humanos reasentados.

Tipo de Medida Compensación Componente ambiental objeto de protección Sistemas de vida y costumbres de grupos humanos Objetivo Aprovechar y materializar los efectos positivos en el empleo derivados de la construcción de las obras. Descripción Se implementarán cursos de capacitación básicos en especialidades vinculadas a las necesidades detectadas, a las personas que se ajusten al perfil de demanda Justificación La ejecución de las obras generará oportunidades laborales temporales que constituyen un efecto positivo del proyecto. La presente medida se orienta a aprovechar y materializar dichos efectos en el empleo, facilitando el acceso de la población local a las oportunidades laborales asociadas a la fase de construcción, contribuyendo así al fortalecimiento socioeconómico del área de influencia. Lugar de implementación Área del Proyecto. Forma y oportunidad de implementación Forma: Talleres de capacitación semestral. Oportunidad: Durante la fase de construcción. Indicador de cumplimiento Dicha información será consolidada en un informe de cierre, el cual será remitido a la Superintendencia del Medio Ambiente (SMA) dentro del plazo establecido, e incluirá los registros del taller, tales como fotografías, actas y listados de asistencia.

7.11 Plan de Reasentamiento – Sub-Plan Mecanismos de Comunicación Fase Construcción Impacto ambiental • Reasentamiento de grupos humanos. • Pérdida de vivienda o espacio habitado por grupos humanos. • Pérdida del bienestar social por el reasentamiento humano. • Alteración al estilo de vida, vínculo y relaciones sociales de grupos humanos reasentados. Tipo de Medida Compensación Componente ambiental objeto de protección Sistemas de vida y costumbres de grupos humanos Objetivo Realización de los ajustes necesarios para su modificación y actualización, en caso de ser requerido. Descripción El canal de comunicación previsto es el siguiente: • Durante el desarrollo y elaboración del Plan: Comunicación directa con • Inspector Fiscal del Contrato de Construcción de la Dirección de Obras Hidráulicas (DOH). La comunicación con el I.F. se realizará en las oficinas de la instalación de faenas del contrato de obras. • Durante el Proceso de implementación de Plan: Oficina de Apoyo: Instalada en San Antonio. • Durante seguimiento del Plan: Dirección de Obras Hidráulicas MOP, SEREMI de Obras Públicas. Justificación Realización de los ajustes necesarios que permitan su modificación y actualización, en caso de ser requerido. Asimismo, se asegurará que la comunidad reasentada cuente con material informativo actualizado, elaborado en distintas versiones conforme al avance del proceso, con el fin de mantener un sistema de información directo, permanente y oportuno. Lugar de implementación Área del Proyecto.

Forma y oportunidad de implementación Comunicación directa con Inspector Fiscal del Contrato de Construcción de la Dirección de Obras Hidráulicas (DOH). La comunicación con el I.F. se realizará en las oficinas de la instalación de faenas del contrato de obras Indicador de cumplimiento Dicha información será consolidada en un informe de cierre, el cual será remitido a la Superintendencia del Medio Ambiente (SMA) dentro del plazo establecido, e incluirá los registros del taller, tales como fotografías, actas y listados de asistencia. Copia de registros de comunicación, cartas, oficios, emails etc.

7.12 Plan de Reasentamiento - Sub- Plan Soluciones Habitacionales Fase Construcción Impacto ambiental • Reasentamiento de grupos humanos. • Pérdida de vivienda o espacio habitado por grupos humanos. • Pérdida del bienestar social por el reasentamiento humano. • Alteración al estilo de vida, vínculo y relaciones sociales de grupos humanos reasentados. Tipo de Medida Compensación Componente ambiental objeto de protección Sistemas de vida y costumbres de grupos humanos Objetivo Todas las familias directamente afectadas (21), podrán acceder a una solución habitacional. Descripción Soluciones a casos con situación de tenencia saneada. Soluciones a familias sin Título de Dominio (simples ocupantes). Justificación Todas las familias directamente afectadas (21), podrán acceder a una solución habitacional, entendiendo que todas son familias vulnerables que habitan de forma irregular los terrenos. Lugar de implementación Área del Proyecto Forma y oportunidad de implementación Este proceso incluirá el registro de entregas de recursos, la verificación de adquisición de sitios y viviendas, la revisión de expedientes y acuerdos, y la evaluación de satisfacción de las familias reasentadas. Las actividades de monitoreo se realizarán mediante visitas en terreno, levantándose actas que consignen los temas abordados, conclusiones y recomendaciones. Indicador de cumplimiento Al finalizar el acompañamiento de cada familia, se consolidará la información en un informe respaldado por dichas actas, el cual se adjuntará a los informes finales de las medidas realizadas por el Plan de Reasentamiento y se entregará a la SMA seis meses después del inicio del reasentamiento.

7.13 Plan de Reasentamiento - Sub-Plan Asistencia al traslado de familias Fase Construcción Impacto ambiental • Reasentamiento de grupos humanos. • Pérdida de vivienda o espacio habitado por grupos humanos. • Pérdida del bienestar social por el reasentamiento humano. • Alteración al estilo de vida, vínculo y relaciones sociales de grupos humanos reasentados. Tipo de Medida Compensación Componente ambiental objeto de protección Sistemas de vida y costumbres de grupos humanos Objetivo Facilitar el proceso de traslado y reubicación de las familias afectadas por las obras y acciones del Proyecto, asegurando condiciones adecuadas y seguras durante el desmantelamiento, transporte y

reinstalación de sus bienes, exceptuando los bienes tasados y pagados en la expropiación. Descripción a) Apoyo al desmantelamiento de viviendas y transporte de enseres domésticos: Se facilitará el retiro de parte de los inmuebles, que sean factibles de traslado, a un costo o esfuerzo razonables. El Titular proveerá de transporte para los enseres y material desmantelado de cada grupo familiar, de acuerdo con una planificación elaborada por el equipo de gestión y los reasentados.

Esta medida es extensiva a los 18 reasentados, incluyendo a la familia de Los Loros que debe reasentarse en la primera etapa de la ejecución de las obras.

b) Apoyo alimentario transitorio: Se considerará, para todas las familias (18), y por una vez, un apoyo en alimentos o su equivalente en dinero efectivo, para cubrir las necesidades que plantee el traslado por un tiempo definido, que no podrá exceder del mes transcurrido desde el día de reasentamiento.

El bono contemplado se propone de UF 2 por grupo familiar más UF 0,5 por cada hijo menor de 18 años, equivalente al Bono Solidario por Alimento entregado por el Ministerio de Desarrollo Social

c) Apoyo a la actualización situación social familiar: Se debe realizar previo a la fase de construcción, un informe social actualizado por cada una de las familias, de manera de poder identificar al conjunto de beneficiados de 38 las diferentes medidas que propone el plan. Para la actualización de la ficha social se solicitará la colaboración del municipio.

d) Coordinación con CONADI: Previo al inicio de la fase de construcción, se realizará la coordinación con la Corporación Nacional de Desarrollo Indígena (CONADI), con el objetivo de otorgar atención prioritaria a las familias pertenecientes a la etnia Colla. En particular, se considerarán cuatro familias de origen Colla, integrantes de la Comunidad Indígena Colla Juan Bautista de Paipote. Justificación El reasentamiento de las familias es una parte crucial del Proyecto y debe llevarse a cabo de manera cuidadosa y organizada. La asistencia técnica en el traslado asegura que este proceso se realice de manera eficiente, minimizando las tensiones logísticas, emocionales y sociales asociadas con el cambio de residencia, promoviendo la adaptación y el bienestar de las familias reasentadas. Lugar de implementación La medida se implementará en la vivienda de cada grupo humano reasentado, previo a la fase de construcción del Proyecto. El Plan de Reasentamiento actualizado 2025 identifica un total de 21 familias reasentadas. Familias Reasentadas Listado se detalla a continuación: 1. Rosa Rodríguez – Los Loros 2. Daniel Álvarez Alfaro – San Antonio 3. Daniel Álvarez Carrizo – San Antonio 4. Ivar Álvarez Carrizo – San Antonio 5. José Cisternas – San Antonio 6. José Ruiz Martínez – San Antonio

  1. Luis Novoa Cruces – San Antonio
  2. Erika Orellana Rodríguez – San Antonio
  3. Fredy Eliseo Oñate Reyes – San Antonio
  4. Ruth Magdalena Novoa Berkensen – San Antonio
  5. Héctor Bórquez Rojas – San Antonio
  6. Maribel Ferrer – San Antonio
  7. Francisca Marihuan – San Antonio
  8. Alberto Mauro Chata Velásquez – San Antonio
  9. Iván Aguilar Rojas – San Antonio
  10. Rodolfo Enrique Parada Villalobos – San Antonio
  11. Blas Tapia – San Antonio
  12. Mirta Quispe Ferrer – San Antonio
  13. Manuel Segundo González López – San Antonio
  14. Miguel Herrera Tello – San Antonio
  15. Orlando Gajardo González – San Antonio Forma y oportunidad de implementación En primer lugar, se asegura que el 100% de las familias acogidas al programa cuenten con una ficha de inscripción, así como con un acta firmada en la que acepten las condiciones y tiempos del servicio de mudanza. Además, se cumplirá con la firma de un acta de servicio realizado una vez que se complete la mudanza. Durante el mes de traslado, se realizará un monitoreo quincenal para verificar el avance de la entrega de la asistencia técnica, abarcando desde la formulación del informe ejecutivo hasta el traslado de los bienes al nuevo sitio de cabida. El proceso de mudanza estará completamente concluido antes del traslado definitivo de las familias a las nuevas viviendas o el inicio de las construcciones aluvionales. Indicador de cumplimiento Al finalizar el acompañamiento de cada familia, se consolidará la información en un informe respaldado por dichas actas, el cual se adjuntará a los informes finales de las medidas realizadas por el Plan de Reasentamiento y se entregará a la SMA seis meses después del inicio del reasentamiento.

7.14 Plan de Reasentamiento - Sub-Plan Apoyo al Desarrollo Cultural Fase Construcción Impacto ambiental • Reasentamiento de grupos humanos. • Pérdida de vivienda o espacio habitado por grupos humanos. • Pérdida del bienestar social por el reasentamiento humano. • Alteración al estilo de vida, vínculo y relaciones sociales de grupos humanos reasentados. Tipo de Medida Compensación Componente ambiental objeto de protección Sistemas de vida y costumbres de grupos humanos Objetivo Promover el desarrollo y fortalecimiento de la identidad local y los sentimientos de pertenencia entre los habitantes de las localidades reasentadas, mediante la implementación de mecanismos de soporte social orientados a la convivencia comunitaria, que faciliten la apropiación socioespacial de los hogares reasentados y su integración con la comunidad receptora. Descripción La medida contempla la implementación de un programa de recuperación de la historia local, un programa de construcción colectiva del entorno, con énfasis en las áreas verdes, así como un programa de apoyo a actividades deportivas tradicionales, recreativas y culturales. Asimismo, se considerará la incorporación de

iconografía representativa de la etnia Colla en el diseño del espacio público de las soluciones habitacionales, con el objetivo de difundir y relevar la importancia de los pueblos originarios de la región, fortaleciendo la identidad local de la comunidad usuaria de dichos espacio Justificación Las familias a ser reasentadas deben insertarse en espacios socioculturales distintos, debiendo vincularse de acuerdo a la cultura cívica del país promover el desarrollo y fortalecimiento de la identidad local entre los habitantes de las localidades reasentadas Lugar de implementación La medida se implementará en la vivienda de cada grupo humano reasentado, previo a la fase de construcción del Proyecto. El Plan de Reasentamiento actualizado 2025 identifica un total de 21 familias reasentadas. Familias Reasentadas Listado se detalla a continuación: 1. Rosa Rodríguez – Los Loros 2. Daniel Álvarez Alfaro – San Antonio 3. Daniel Álvarez Carrizo – San Antonio 4. Ivar Álvarez Carrizo – San Antonio 5. José Cisternas – San Antonio 6. José Ruiz Martínez – San Antonio 7. Luis Novoa Cruces – San Antonio 8. Erika Orellana Rodríguez – San Antonio 9. Fredy Eliseo Oñate Reyes – San Antonio 10. Ruth Magdalena Novoa Berkensen – San Antonio 11. Héctor Bórquez Rojas – San Antonio 12. Maribel Ferrer – San Antonio 13. Francisca Marihuan – San Antonio 14. Alberto Mauro Chata Velásquez – San Antonio 15. Iván Aguilar Rojas – San Antonio 16. Rodolfo Enrique Parada Villalobos – San Antonio 17. Blas Tapia – San Antonio 18. Mirta Quispe Ferrer – San Antonio 19. Manuel Segundo González López – San Antonio 20. Miguel Herrera Tello – San Antonio 21. Orlando Gajardo González – San Antonio Forma y oportunidad de implementación Durante la construcción del Proyecto: La implementación de la medida se realizará de manera progresiva y participativa, durante los cuales se ejecutarán talleres y actividades formativas orientadas a fortalecer la convivencia social y promover la identidad cultural. Indicador de cumplimiento Dicha información será consolidada en un informe de cierre, el cual será remitido a la Superintendencia del Medio Ambiente (SMA) dentro del plazo establecido, e incluirá los registros del taller, tales como fotografías, actas y listados de asistencia.

8°. Que, el plan de seguimiento de las variables ambientales relevantes que fueron objeto de evaluación ambiental es el siguiente:

FLORA Y VEGETACIÓN

De acuerdo a la condición señalada en el punto 12.2.1 del ICE, el seguimiento de la medida de compensación “Establecimiento de nuevos BNP”, es el siguiente:

8.1 Variable ambiental: Flora y vegetación Fase Construcción

Componente Ambiental Flora y vegetación Impacto Ambiental Pérdida de coberturas de las unidades de vegetación presentes en el área de intervención del Proyecto Medida asociada Establecimiento de nuevos BNP Ubicación puntos de control Reforestación: Polígonos de compensación georreferenciados (Shape y kmz, WGS84 huso 19S). Parámetros a medir Superficie efectivamente compensada (ha); densidad de plantación; composición florística. Límites permitidos/comprometidos • 9,31 ha plantadas de sectores desprovistos de vegetación principalmente con Geoffroea decorticans y otras especies acompañantes. • 15,18 ha enriquecidas de matorral degradado existente con especies en categoría de conservación (Geoffroea decorticans y Prosopis chilensis). Lo anterior, cumpliendo el criterio de pérdida neta cero o ganancia neta de biodiversidad. Duración del monitoreo Durante toda la implementación de la medida, hasta la autosuficiencia de los polígonos de reforestación. Frecuencia del monitoreo Trimestral los 2 primeros años de la reforestación y luego semestral hasta la autosuficiencia de los polígonos de reforestación (Lo anterior, debe demostrarse mediante la sobrevivencia del 85% de los individuos plantados, en un período mínimo de 6 meses posterior al cese del riego). Método o procedimiento de medición • Parcelas de muestreo permanentes. • Georreferenciación de polígonos (Shape/KMZ). • Registro fotográfico georreferenciado. Plazo y frecuencia de entrega de informe • Envío de informes trimestrales a la SMA los 2 primeros años de la reforestación. • Envío de informes semestrales a la SMA hasta la autosuficiencia de los polígonos de reforestación. Dichos informes deberán incluir el cálculo de pérdida neta cero de biodiversidad de acuerdo a los avances de la implementación de la medida. Asimismo, dichos informes deberán incluir un análisis de los datos que permita mostrar la evolución histórica desde el inicio del monitoreo. Organismo destinatario de informes Superintendencia del Medio Ambiente, a través de su página web. Referencia al ICE para mayores detalles Punto 12.2.1

MEDIO HUMANO

8.2 Variable ambiental: Medio Humano Fase Construcción Componente Ambiental Sistemas de vida y costumbres de grupos humanos Impacto Ambiental • Reasentamiento de grupos humanos. • Pérdida de vivienda o espacio habitado por grupos humanos. • Pérdida del bienestar social por el reasentamiento humano. • Alteración al estilo de vida, vínculo y relaciones sociales de grupos humanos reasentados. Medidas asociadas Plan de Reasentamiento Ubicación puntos de control Las coordenadas presentadas corresponden a los terrenos de reasentamiento y no a cada vivienda individual, conforme a

criterios de resguardo de información personal y evaluación territorial.

Sitio de Reasentamiento Los Loros (WGS84 H19S): Este: 391.039,67 m Norte: 6.921.189,92 m

Sitio de Reasentamiento San Antonio – Punto medio (WGS84 H19S): Este: 396.864 m Norte: 6.914.711 m Parámetros a medir Se trabajará a nivel de cada Sub Plan, estableciendo parámetros específicos en cada caso que den cuenta del avance / cumplimiento de cada iniciativa. Límites permitidos/comprometidos No aplica Duración del monitoreo Las mediciones serán trimestrales, y el equipo de gestión emitirá un informe sobre el desarrollo de cada uno de los ocho programas en desarrollo. Frecuencia del Monitoreo Se construirán matrices de seguimiento para cada uno de los programas, las cuales serán monitoreadas mediante Project. Método o procedimiento de medición Se tomará en cuenta la notificación de expropiación y hasta un año posterior a la misma. Este programa se llevará a cabo una única vez por familia que haya solicitado su participación. Plazo y frecuencia de entrega de informe Una vez al año, los informes se emitirán dentro de los 60 días hábiles posteriores a la realización de las campañas de seguimiento, y serán presentados a la SMA. Organismo destinatario de informes Superintendencia del Medio Ambiente, a través de su página web. Referencia al ICE para mayores detalles Tabla 9.1

8.3 Variable ambiental: Medio Humano Fase Construcción Componente Ambiental Sistemas de vida y costumbres de grupos humanos Impacto Ambiental • Reasentamiento de grupos humanos. • Pérdida de vivienda o espacio habitado por grupos humanos. • Pérdida del bienestar social por el reasentamiento humano. • Alteración al estilo de vida, vínculo y relaciones sociales de grupos humanos reasentados. Medidas asociadas Plan de Reasentamiento - Sub-Plan de Información a la Comunidad Ubicación puntos de control Las coordenadas presentadas corresponden a los terrenos de reasentamiento y no a cada vivienda individual, conforme a criterios de resguardo de información personal y evaluación territorial.

Sitio de Reasentamiento Los Loros (WGS84 H19S): Este: 391.039,67 m Norte: 6.921.189,92 m

Sitio de Reasentamiento San Antonio – Punto medio (WGS84 H19S):

Este: 396.864 m Norte: 6.914.711 m Parámetros a medir Se trabajará a nivel de cada Sub Plan, estableciendo parámetros específicos en cada caso que den cuenta del avance / cumplimiento de cada iniciativa. Límites permitidos/comprometidos No aplica Duración del monitoreo Las mediciones serán trimestrales, y el equipo de gestión emitirá un informe sobre el desarrollo de cada uno de los ocho programas en desarrollo. Frecuencia del Monitoreo Se realizará con periodicidad trimestral. Método o procedimiento de medición Se tomará en cuenta la notificación de expropiación y hasta un año posterior a la misma. Este programa se llevará a cabo una única vez por familia que haya solicitado su participación. Plazo y frecuencia de entrega de informe Una vez al año, los informes se emitirán dentro de los 60 días hábiles posteriores a la realización de las campañas de seguimiento, y serán presentados a la SMA. Organismo destinatario de informes Superintendencia del Medio Ambiente, a través de su página web. Referencia al ICE para mayores detalles Tabla 9.2

8.4 Variable ambiental: Medio Humano Fase Construcción Componente Ambiental Sistemas de vida y costumbres de grupos humanos Impacto Ambiental • Reasentamiento de grupos humanos. • Pérdida de vivienda o espacio habitado por grupos humanos. • Pérdida del bienestar social por el reasentamiento humano. • Alteración al estilo de vida, vínculo y relaciones sociales de grupos humanos reasentados. Medidas asociadas Plan de Reasentamiento Sub-Plan Reuniones informativas con la comunidad Ubicación puntos de control Las coordenadas presentadas corresponden a los terrenos de reasentamiento y no a cada vivienda individual, conforme a criterios de resguardo de información personal y evaluación territorial.

Sitio de Reasentamiento Los Loros (WGS84 H19S): Este: 391.039,67 m Norte: 6.921.189,92 m

Sitio de Reasentamiento San Antonio – Punto medio (WGS84 H19S): Este: 396.864 m Norte: 6.914.711 m Parámetros a medir Se trabajará a nivel de cada Sub Plan, estableciendo parámetros específicos en cada caso que den cuenta del avance / cumplimiento de cada iniciativa. Límites permitidos/comprometidos No aplica Duración del monitoreo Las mediciones serán trimestrales, y el equipo de gestión emitirá un informe sobre el desarrollo de cada uno de los ocho programas en desarrollo.

Frecuencia del Monitoreo Se construirán matrices de seguimiento por cada uno de los programas, dándoles seguimiento en Project. Método o procedimiento de medición Se tomará en cuenta la notificación de expropiación y hasta un año posterior a la misma. Este programa se llevará a cabo una única vez por familia que haya solicitado su participación. Plazo y frecuencia de entrega de informe Una vez al año, los informes se emitirán dentro de los 60 días hábiles posteriores a la realización de las campañas de seguimiento, y serán presentados a la SMA. Organismo destinatario de informes Superintendencia del Medio Ambiente, a través de su página web. Referencia al ICE para mayores detalles Tabla 9.3

8.5 Variable ambiental: Medio Humano Fase Construcción Componente Ambiental Sistemas de vida y costumbres de grupos humanos Impacto Ambiental • Reasentamiento de grupos humanos. • Pérdida de vivienda o espacio habitado por grupos humanos. • Pérdida del bienestar social por el reasentamiento humano. • Alteración al estilo de vida, vínculo y relaciones sociales de grupos humanos reasentados. Medidas asociadas Plan de Reasentamiento - Sub-Plan Apoyo a la Salud de la Comunidad Talleres de adaptación al Cambio Ubicación puntos de control Las coordenadas presentadas corresponden a los terrenos de reasentamiento y no a cada vivienda individual, conforme a criterios de resguardo de información personal y evaluación territorial.

Sitio de Reasentamiento Los Loros (WGS84 H19S): Este: 391.039,67 m Norte: 6.921.189,92 m

Sitio de Reasentamiento San Antonio – Punto medio (WGS84 H19S): Este: 396.864 m Norte: 6.914.711 m Parámetros a medir Se trabajará a nivel de cada Sub Plan, estableciendo parámetros específicos en cada caso que den cuenta del avance / cumplimiento de cada iniciativa. Límites permitidos/comprometidos No aplica Duración del monitoreo Las mediciones serán trimestrales, y el equipo de gestión emitirá un informe sobre el desarrollo de cada uno de los ocho programas en desarrollo. Frecuencia del Monitoreo Se construirán matrices de seguimiento por cada uno de los programas, dándoles seguimiento en Project. Método o procedimiento de medición Se tomará en cuenta la notificación de expropiación y hasta un año posterior a la misma. Este programa se llevará a cabo una única vez por familia que haya solicitado su participación. Plazo y frecuencia de entrega de informe Una vez al año, los informes se emitirán dentro de los 60 días hábiles posteriores a la realización de las campañas de seguimiento, y serán presentados a la SMA. Organismo destinatario de Superintendencia del Medio Ambiente, a través de su página web.

informes Referencia al ICE para mayores detalles Tabla 9.4

8.6 Variable ambiental: Medio Humano Fase Construcción Componente Ambiental Sistemas de vida y costumbres de grupos humanos Impacto Ambiental • Reasentamiento de grupos humanos. • Pérdida de vivienda o espacio habitado por grupos humanos. • Pérdida del bienestar social por el reasentamiento humano. • Alteración al estilo de vida, vínculo y relaciones sociales de grupos humanos reasentados. Medidas asociadas Plan de Reasentamiento - Sub-Plan Apoyo al desarrollo productivo programa de Apoyo Agrícola Ubicación puntos de control Las coordenadas presentadas corresponden a los terrenos de reasentamiento y no a cada vivienda individual, conforme a criterios de resguardo de información personal y evaluación territorial.

Sitio de Reasentamiento Los Loros (WGS84 H19S): Este: 391.039,67 m Norte: 6.921.189,92 m

Sitio de Reasentamiento San Antonio – Punto medio (WGS84 H19S): Este: 396.864 m Norte: 6.914.711 m Parámetros a medir Se trabajará a nivel de cada Sub Plan, estableciendo parámetros específicos en cada caso que den cuenta del avance / cumplimiento de cada iniciativa. Límites permitidos/comprometidos No aplica Duración del monitoreo Las mediciones serán trimestrales, y el equipo de gestión emitirá un informe sobre el desarrollo de cada uno de los ocho programas en desarrollo. Frecuencia del Monitoreo Se construirán matrices de seguimiento por cada uno de los programas, dándoles seguimiento en Project. Método o procedimiento de medición Se tomará en cuenta la notificación de expropiación y hasta un año posterior a la misma. Este programa se llevará a cabo una única vez por familia que haya solicitado su participación. Plazo y frecuencia de entrega de informe Una vez al año, los informes se emitirán dentro de los 60 días hábiles posteriores a la realización de las campañas de seguimiento, y serán presentados a la SMA. Organismo destinatario de informes Superintendencia del Medio Ambiente, a través de su página web. Referencia al ICE para mayores detalles Tabla 9.5

8.7 Variable ambiental: Medio Humano Fase Construcción Componente Ambiental Sistemas de vida y costumbres de grupos humanos Impacto Ambiental • Reasentamiento de grupos humanos. • Pérdida de vivienda o espacio habitado por grupos humanos.

• Pérdida del bienestar social por el reasentamiento humano. • Alteración al estilo de vida, vínculo y relaciones sociales de grupos humanos reasentados. Medidas asociadas Plan de Reasentamiento - Sub-Plan Apoyo Pecuario Ubicación puntos de control Las coordenadas presentadas corresponden a los terrenos de reasentamiento y no a cada vivienda individual, conforme a criterios de resguardo de información personal y evaluación territorial.

Sitio de Reasentamiento Los Loros (WGS84 H19S): Este: 391.039,67 m Norte: 6.921.189,92 m

Sitio de Reasentamiento San Antonio – Punto medio (WGS84 H19S): Este: 396.864 m Norte: 6.914.711 m Parámetros a medir Se trabajará a nivel de cada Sub Plan, estableciendo parámetros específicos en cada caso que den cuenta del avance / cumplimiento de cada iniciativa. Límites permitidos/comprometidos No aplica Duración del monitoreo Las mediciones serán trimestrales, y el equipo de gestión emitirá un informe sobre el desarrollo de cada uno de los ocho programas en desarrollo. Frecuencia del Monitoreo Se construirán matrices de seguimiento por cada uno de los programas, dándoles seguimiento en Project. Método o procedimiento de medición Se tomará en cuenta la notificación de expropiación y hasta un año posterior a la misma. Este programa se llevará a cabo una única vez por familia que haya solicitado su participación. Plazo y frecuencia de entrega de informe Una vez al año, los informes se emitirán dentro de los 60 días hábiles posteriores a la realización de las campañas de seguimiento, y serán presentados a la SMA. Organismo destinatario de informes Superintendencia del Medio Ambiente, a través de su página web. Referencia al ICE para mayores detalles Tabla 9.6

8.8 Variable ambiental: Medio Humano Fase Construcción Componente Ambiental Sistemas de vida y costumbres de grupos humanos Impacto Ambiental • Reasentamiento de grupos humanos. • Pérdida de vivienda o espacio habitado por grupos humanos. • Pérdida del bienestar social por el reasentamiento humano. • Alteración al estilo de vida, vínculo y relaciones sociales de grupos humanos reasentados. Medidas asociadas Plan de Reasentamiento - Sub-Plan de empleo temporal Ubicación puntos de control Las coordenadas presentadas corresponden a los terrenos de reasentamiento y no a cada vivienda individual, conforme a criterios de resguardo de información personal y evaluación territorial.

Sitio de Reasentamiento Los Loros (WGS84 H19S):

Este: 391.039,67 m Norte: 6.921.189,92 m

Sitio de Reasentamiento San Antonio – Punto medio (WGS84 H19S): Este: 396.864 m Norte: 6.914.711 m Parámetros a medir Se trabajará a nivel de cada Sub Plan, estableciendo parámetros específicos en cada caso que den cuenta del avance / cumplimiento de cada iniciativa. Límites permitidos/comprometidos No aplica Duración del monitoreo Las mediciones serán trimestrales, y el equipo de gestión emitirá un informe sobre el desarrollo de cada uno de los ocho programas en desarrollo. Frecuencia del Monitoreo Se construirán matrices de seguimiento por cada uno de los programas, dándoles seguimiento en Project. Método o procedimiento de medición Se tomará en cuenta la notificación de expropiación y hasta un año posterior a la misma. Este programa se llevará a cabo una única vez por familia que haya solicitado su participación. Plazo y frecuencia de entrega de informe Una vez al año, los informes se emitirán dentro de los 60 días hábiles posteriores a la realización de las campañas de seguimiento, y serán presentados a la SMA. Organismo destinatario de informes Superintendencia del Medio Ambiente, a través de su página web. Referencia al ICE para mayores detalles Tabla 9.7

8.9 Variable ambiental: Medio Humano Fase Construcción Componente Ambiental Sistemas de vida y costumbres de grupos humanos Impacto Ambiental • Reasentamiento de grupos humanos. • Pérdida de vivienda o espacio habitado por grupos humanos. • Pérdida del bienestar social por el reasentamiento humano. • Alteración al estilo de vida, vínculo y relaciones sociales de grupos humanos reasentados. Medidas asociadas Plan de Reasentamiento - Sub-Plan Determinación de necesidades de capacitación Ubicación puntos de control Las coordenadas presentadas corresponden a los terrenos de reasentamiento y no a cada vivienda individual, conforme a criterios de resguardo de información personal y evaluación territorial.

Sitio de Reasentamiento Los Loros (WGS84 H19S): Este: 391.039,67 m Norte: 6.921.189,92 m

Sitio de Reasentamiento San Antonio – Punto medio (WGS84 H19S): Este: 396.864 m Norte: 6.914.711 m Parámetros a medir Se trabajará a nivel de cada Sub Plan, estableciendo parámetros específicos en cada caso que den cuenta del avance / cumplimiento

de cada iniciativa. Límites permitidos/comprometidos No aplica Duración del monitoreo Las mediciones serán trimestrales, y el equipo de gestión emitirá un informe sobre el desarrollo de cada uno de los ocho programas en desarrollo. Frecuencia del Monitoreo Se construirán matrices de seguimiento por cada uno de los programas, dándoles seguimiento en Project. Método o procedimiento de medición Se tomará en cuenta la notificación de expropiación y hasta un año posterior a la misma. Este programa se llevará a cabo una única vez por familia que haya solicitado su participación. Plazo y frecuencia de entrega de informe Una vez al año, los informes se emitirán dentro de los 60 días hábiles posteriores a la realización de las campañas de seguimiento, y serán presentados a la SMA. Organismo destinatario de informes Superintendencia del Medio Ambiente, a través de su página web. Referencia al ICE para mayores detalles Tabla 9.8

8.10 Variable ambiental: Medio Humano Fase Construcción Componente Ambiental Sistemas de vida y costumbres de grupos humanos Impacto Ambiental • Reasentamiento de grupos humanos. • Pérdida de vivienda o espacio habitado por grupos humanos. • Pérdida del bienestar social por el reasentamiento humano. • Alteración al estilo de vida, vínculo y relaciones sociales de grupos humanos reasentados. Medidas asociadas Plan de Reasentamiento – Sub-Plan. Capacitación de trabajadores Ubicación puntos de control Las coordenadas presentadas corresponden a los terrenos de reasentamiento y no a cada vivienda individual, conforme a criterios de resguardo de información personal y evaluación territorial.

Sitio de Reasentamiento Los Loros (WGS84 H19S): Este: 391.039,67 m Norte: 6.921.189,92 m

Sitio de Reasentamiento San Antonio – Punto medio (WGS84 H19S): Este: 396.864 m Norte: 6.914.711 m Parámetros a medir Se trabajará a nivel de cada Sub Plan, estableciendo parámetros específicos en cada caso que den cuenta del avance / cumplimiento de cada iniciativa. Límites permitidos/comprometidos No aplica Duración del monitoreo Las mediciones serán trimestrales, y el equipo de gestión emitirá un informe sobre el desarrollo de cada uno de los ocho programas en desarrollo. Frecuencia del Monitoreo Se construirán matrices de seguimiento por cada uno de los programas, dándoles seguimiento en Project. Método o procedimiento de medición Se tomará en cuenta la notificación de expropiación y hasta un año posterior a la misma. Este programa se llevará a cabo una única

vez por familia que haya solicitado su participación. Plazo y frecuencia de entrega de informe Una vez al año, los informes se emitirán dentro de los 60 días hábiles posteriores a la realización de las campañas de seguimiento, y serán presentados a la SMA. Organismo destinatario de informes Superintendencia del Medio Ambiente, a través de su página web. Referencia al ICE para mayores detalles Tabla 9.9

8.11 Variable ambiental: Medio Humano Fase Construcción Componente Ambiental Sistemas de vida y costumbres de grupos humanos Impacto Ambiental • Reasentamiento de grupos humanos. • Pérdida de vivienda o espacio habitado por grupos humanos. • Pérdida del bienestar social por el reasentamiento humano. • Alteración al estilo de vida, vínculo y relaciones sociales de grupos humanos reasentados. Medidas asociadas Plan de Reasentamiento – Sub-Plan Mecanismos de Comunicación Ubicación puntos de control Las coordenadas presentadas corresponden a los terrenos de reasentamiento y no a cada vivienda individual, conforme a criterios de resguardo de información personal y evaluación territorial.

Sitio de Reasentamiento Los Loros (WGS84 H19S): Este: 391.039,67 m Norte: 6.921.189,92 m

Sitio de Reasentamiento San Antonio – Punto medio (WGS84 H19S): Este: 396.864 m Norte: 6.914.711 m Parámetros a medir Se trabajará a nivel de cada Sub Plan, estableciendo parámetros específicos en cada caso que den cuenta del avance / cumplimiento de cada iniciativa. Límites permitidos/comprometidos No aplica Duración del monitoreo Las mediciones serán trimestrales, y el equipo de gestión emitirá un informe sobre el desarrollo de cada uno de los ocho programas en desarrollo. Frecuencia del Monitoreo Se construirán matrices de seguimiento por cada uno de los programas, dándoles seguimiento en Project. Método o procedimiento de medición Se tomará en cuenta la notificación de expropiación y hasta un año posterior a la misma. Este programa se llevará a cabo una única vez por familia que haya solicitado su participación. Plazo y frecuencia de entrega de informe Una vez al año, los informes se emitirán dentro de los 60 días hábiles posteriores a la realización de las campañas de seguimiento, y serán presentados a la SMA. Organismo destinatario de informes Superintendencia del Medio Ambiente, a través de su página web. Referencia al ICE para mayores detalles Tabla 9.10

8.12 Variable ambiental: Medio Humano

Fase Construcción Componente Ambiental Sistemas de vida y costumbres de grupos humanos Impacto Ambiental • Reasentamiento de grupos humanos. • Pérdida de vivienda o espacio habitado por grupos humanos. • Pérdida del bienestar social por el reasentamiento humano. • Alteración al estilo de vida, vínculo y relaciones sociales de grupos humanos reasentados. Medidas asociadas Plan de Reasentamiento - Sub- Plan Soluciones Habitacionales Ubicación puntos de control Las coordenadas presentadas corresponden a los terrenos de reasentamiento y no a cada vivienda individual, conforme a criterios de resguardo de información personal y evaluación territorial.

Sitio de Reasentamiento Los Loros (WGS84 H19S): Este: 391.039,67 m Norte: 6.921.189,92 m

Sitio de Reasentamiento San Antonio – Punto medio (WGS84 H19S): Este: 396.864 m Norte: 6.914.711 m Parámetros a medir Se trabajará a nivel de cada Sub Plan, estableciendo parámetros específicos en cada caso que den cuenta del avance / cumplimiento de cada iniciativa. Límites permitidos/comprometidos No aplica Duración del monitoreo Las mediciones serán trimestrales, y el equipo de gestión emitirá un informe sobre el desarrollo de cada uno de los ocho programas en desarrollo. Frecuencia del Monitoreo Se construirán matrices de seguimiento por cada uno de los programas, dándoles seguimiento en Project. Método o procedimiento de medición Se tomará en cuenta la notificación de expropiación y hasta un año posterior a la misma. Este programa se llevará a cabo una única vez por familia que haya solicitado su participación. Plazo y frecuencia de entrega de informe Una vez al año, los informes se emitirán dentro de los 60 días hábiles posteriores a la realización de las campañas de seguimiento, y serán presentados a la SMA. Organismo destinatario de informes Superintendencia del Medio Ambiente, a través de su página web. Referencia al ICE para mayores detalles Tabla 9.11

8.13 Variable ambiental: Medio Humano Fase Construcción Componente Ambiental Sistemas de vida y costumbres de grupos humanos Impacto Ambiental • Reasentamiento de grupos humanos. • Pérdida de vivienda o espacio habitado por grupos humanos. • Pérdida del bienestar social por el reasentamiento humano. • Alteración al estilo de vida, vínculo y relaciones sociales de grupos humanos reasentados. Medidas asociadas Plan de Reasentamiento - Sub-Plan Asistencia al traslado de familias Ubicación puntos de control Las coordenadas presentadas corresponden a los terrenos de

reasentamiento y no a cada vivienda individual, conforme a criterios de resguardo de información personal y evaluación territorial.

Sitio de Reasentamiento Los Loros (WGS84 H19S): Este: 391.039,67 m Norte: 6.921.189,92 m

Sitio de Reasentamiento San Antonio – Punto medio (WGS84 H19S): Este: 396.864 m Norte: 6.914.711 m Parámetros a medir Se trabajará a nivel de cada Sub Plan, estableciendo parámetros específicos en cada caso que den cuenta del avance / cumplimiento de cada iniciativa. Límites permitidos/comprometidos No aplica Duración del monitoreo Las mediciones serán trimestrales, y el equipo de gestión emitirá un informe sobre el desarrollo de cada uno de los ocho programas en desarrollo. Frecuencia del Monitoreo Se construirán matrices de seguimiento por cada uno de los programas, dándoles seguimiento en Project. Método o procedimiento de medición Se tomará en cuenta la notificación de expropiación y hasta un año posterior a la misma. Este programa se llevará a cabo una única vez por familia que haya solicitado su participación. Plazo y frecuencia de entrega de informe Una vez al año, los informes se emitirán dentro de los 60 días hábiles posteriores a la realización de las campañas de seguimiento, y serán presentados a la SMA. Organismo destinatario de informes Superintendencia del Medio Ambiente, a través de su página web. Referencia al ICE para mayores detalles Tabla 9.12

8.14 Variable ambiental: Medio Humano Fase Construcción Componente Ambiental Sistemas de vida y costumbres de grupos humanos Impacto Ambiental • Reasentamiento de grupos humanos. • Pérdida de vivienda o espacio habitado por grupos humanos. • Pérdida del bienestar social por el reasentamiento humano. • Alteración al estilo de vida, vínculo y relaciones sociales de grupos humanos reasentados. Medidas asociadas Plan de Reasentamiento - Sub-Plan Apoyo al Desarrollo Cultura Ubicación puntos de control Las coordenadas presentadas corresponden a los terrenos de reasentamiento y no a cada vivienda individual, conforme a criterios de resguardo de información personal y evaluación territorial.

Sitio de Reasentamiento Los Loros (WGS84 H19S): Este: 391.039,67 m Norte: 6.921.189,92 m

Sitio de Reasentamiento San Antonio – Punto medio (WGS84 H19S):

Este: 396.864 m Norte: 6.914.711 m Parámetros a medir Se trabajará a nivel de cada Sub Plan, estableciendo parámetros específicos en cada caso que den cuenta del avance / cumplimiento de cada iniciativa. Límites permitidos/comprometidos No aplica Duración del monitoreo Las mediciones serán trimestrales, y el equipo de gestión emitirá un informe sobre el desarrollo de cada uno de los ocho programas en desarrollo. Frecuencia del Monitoreo Se construirán matrices de seguimiento por cada uno de los programas, dándoles seguimiento en Project. Método o procedimiento de medición Se tomará en cuenta la notificación de expropiación y hasta un año posterior a la misma. Este programa se llevará a cabo una única vez por familia que haya solicitado su participación. Plazo y frecuencia de entrega de informe Una vez al año, los informes se emitirán dentro de los 60 días hábiles posteriores a la realización de las campañas de seguimiento, y serán presentados a la SMA. Organismo destinatario de informes Superintendencia del Medio Ambiente, a través de su página web. Referencia al ICE para mayores detalles Tabla 9.13

9°. Que resultan aplicables al Proyecto los siguientes permisos ambientales sectoriales, asociados a las correspondientes partes, obras o acciones que se señalan a continuación:

9.1. PERMISOS AMBIENTALES SECTORIALES MIXTOS

9.1.1. Permiso para hacer excavaciones de tipo arqueológico, antropológico y paleontológico, según establece el artículo 132 del Reglamento del SEIA Fase del Proyecto a la cual corresponde Construcción Parte, obra o acción a la que aplica Aplicable a las obras de movimiento de tierra, excavación y despeje de material para la construcción de pretiles, muros de encauzamiento, canales y áreas de fundación del Proyecto. Condiciones o exigencias específicas para su otorgamiento El Titular deberá presentar sectorialmente los siguientes antecedentes: 1. Incorporar una introducción describiendo las actividades, partes, obras y acciones del Proyecto. Asimismo, se debe incorporar un resumen pormenorizado de los resultados de caracterización: identificando las unidades geológicas y cantidad de puntos de inspección. 2. Describir de forma resumida el potencial fosilífero de cada unidad geológica presente dentro del AI. 3. Adjuntar representaciones cartográficas del AI con los puntos de observación. 4. Incorporar una carta geológica en una escala adecuada, al menos de 1:100.000, de las unidades geológicas con el AI en asociación. 5. Incorporar un capítulo de caracterización superficial y estratigráfica del/los yacimientos paleontológicos, describiendo

la metodología de inspección visual y adjuntar tablas con los puntos de observación. Además, se debe remitir dichos puntos de información en formato .kmz. 6. Incorporar dentro del corpus del PAS 132, representaciones cartográficas que evidencien el cruce de información entre los resultados de la revisión bibliográfica, la caracterización paleontológica, las partes, obras y acciones del proyecto; y subdivisión del potencial paleontológico, clasificado como fosilífero, susceptible o nulo. 7. Dentro de los resultados, incorporar tablas resumen que tengan en cuenta: Nombre de la unidad, litología, hallazgo paleontológico en bibliografía, hallazgo paleontológico en terreno (en caso de corresponder), clasificación de potencial paleontológico. 8. Agregar una conclusión en base a los resultados de la caracterización paleontológica, junto con medidas propuestas en base a la potencialidad paleontológica. (p.ej. inducción de trabajadores y monitoreo paleontológico del tipo: permanente para unidades fosilíferas con hallazgos en terreno, semanal para unidades susceptibles o quincenales para unidades nulas). 9. Describir las actividades de inducción de trabajadores. Este tipo de descripción también debe ser aplicable a los monitoreos paleontológicos. 10. Agregar un protocolo de hallazgo no previsto junto con los medios de verificación o indicadores de cumplimiento. 11. Agregar propuestas de conservación de materiales en terreno, laboratorio y depósito, siguiendo las recomendaciones publicadas por el CMN. 12. Agregar la bibliografía utilizada para la construcción de antecedentes junto con la carta de aceptación de materiales por parte de una entidad museográfica. Respecto a los informes, estos deben estar firmados por un profesional asesor en paleontología debidamente reconocido por el CMN mediante su Res. Ex. N° 650/2022. Pronunciamiento del órgano competente A través de Of. Ord. N° 70, de fecha 08 de enero de 2026, el Consejo de Monumentos Nacionales, no da conformidad a los antecedentes presentados. La Comisión de Evaluación de la Región de Atacama condicionó la aprobación del proyecto a que el Titular presentará en forma sectorial los antecedentes de este permiso ambiental. Referencia al ICE para mayores detalles Tabla 11.1.1

9.1.2. Permiso para la construcción, reparación, modificación y ampliación de cualquier obra pública o particular destinada a la evacuación, tratamiento o disposición final de desagües, aguas servidas de cualquier naturaleza según se establece en el artículo 138 del Reglamento del SEIA Fase del Proyecto a la cual corresponde Construcción Parte, obra o acción a la que aplica El Proyecto considera una planta de tratamiento de aguas servidas bajo el proceso de lodos activados en instalaciones de faena.

Condiciones o exigencias específicas para su otorgamiento N/A Pronunciamiento del órgano competente A través de Of. Ord. N° 10899, de fecha 07 de agosto de 2023, la SEREMI de Salud, Región de Atacama, se pronunció conforme respecto a los antecedentes presentados. Referencia al ICE para mayores detalles Tabla 11.1.2

9.1.3. Permiso para la construcción, reparación, modificación y ampliación de plantas de tratamiento de basuras y desperdicios, o de instalaciones destinadas a su acumulación, selección, industrialización o disposición final según se establece en el artículo 140 del Reglamento del SEIA Fase del Proyecto a la cual corresponde Construcción Parte, obra o acción a la que aplica Durante la fase de construcción del Proyecto se contempla una zona de almacenaje de residuos en el interior de las instalaciones de faenas, dichos sitios contemplan un área de almacenamiento de residuos asimilables a domiciliarios, provenientes principalmente de las oficinas de administración de la obra, servicios higiénicos y comedores de los trabajadores. Además, se contempla un área de almacenamiento de residuos industriales no peligrosos, derivados principalmente de las obras de construcción. Condiciones o exigencias específicas para su otorgamiento N/A Pronunciamiento del órgano competente A través de Of. Ord. N° 10899, de fecha 07 de agosto de 2023, la SEREMI de Salud, Región de Atacama, se pronunció conforme respecto a los antecedentes presentados. Referencia al ICE para mayores detalles Tabla 11.1.3

9.1.4. Permiso para todo sitio destinado al almacenamiento de residuos peligrosos según se establece en el artículo 142 del Reglamento del SEIA Fase del Proyecto a la cual corresponde Construcción Parte, obra o acción a la que aplica El Proyecto contará con Bodega RESPEL en instalaciones de faena, para aceites, pinturas, solventes, envases contaminados, filtros y baterías, con piso impermeable, contención y ventilación. Condiciones o exigencias específicas para su otorgamiento N/A Pronunciamiento del órgano competente A través de Of. Ord. N° 10899, de fecha 07 de agosto de 2023, la SEREMI de Salud, Región de Atacama, se pronunció conforme respecto a los antecedentes presentados. Referencia al ICE para mayores detalles Tabla 11.1.4

9.1.5. Permiso para la intervención de especies vegetales nativas clasificadas de conformidad con

el artículo 37 de la Ley Nº 19.300, que formen parte de un bosque nativo, o alteración de su hábitat según se establece en el artículo 150 del Reglamento del SEIA Fase del Proyecto a la cual corresponde Construcción Parte, obra o acción a la que aplica Este Proyecto implica la realización de obras de excavación, la construcción de pretiles y gaviones en tramos rurales. Para ejecutar estas obras, es necesario realizar una tala de la vegetación nativa clasificada como parte del bosque nativo de preservación de Chañar. Esta medida se justifica debido a la necesidad de establecer infraestructuras fluviales en una zona rural del Río Copiapó en la comuna de Tierra Amarilla. Condiciones o exigencias específicas para su otorgamiento 1. Respecto del documento “2. Informe de experto” del Anexo 8 “PAS 150” de la Adenda Complementaria Excepcional, se tienen las siguientes condiciones: • En cuanto al numeral 4.2. “Caracterización de la vegetación de la subcuenca de estudio”, en específico del punto 4.2.2 “Muestreo”, el Titular deberá aclarar el tipo de muestreo utilizado y complementar la base de datos “Anexo E. Base Datos Terreno_Estadigrafos_COPIAPO”, implementando nuevas parcelas de inventario forestal y determinando la cobertura de las parcelas a partir de la medición de ancho de copas en terreno de todas las especies arbóreas y no solamente la especie objetivo. Lo anterior, se justifica según lo señalado por la CONAF, Región de Atacama, en su Of. N° 4-EA/2026, de fecha 9 de enero 2026, específicamente en su punto 1 de la pregunta N°1. Por lo tanto, el Titular deberá complementar el muestreo presentando parcelas complementarias a fines de identificar y caracterizar todos los Bosques Nativos de Preservación (BNP) sin identificar en la cuenca, actualizando los estadígrafos y realizando todos los ajustes necesario en la caracterización del BNP así como de las métricas para la evaluación del grado de amenaza del hábitat de la especie en categoría de conservación y su continuidad en la cuenca. • En cuanto al numeral 4.2.3 “Delimitación del Bosque Nativo de Preservación”, se informa que existen formaciones de Bosque Nativo de Preservación (BNP) de Geoffroea decorticans erróneamente categorizado como tal, debido a la inexistencia de la especie y/o el no cumplimiento de los requisitos legales para conformar BNP. Conforme a lo anterior, el Titular deberá revisar los polígonos señalados en la Tabla N° 2 del Ord. N° 4- EA/2026, de fecha 9 de enero 2026 de la CONAF, Región de Atacama, correspondientes a la capa identificada como “Rodales_BNP_Total_Cuenca_Estudio”, y corregir para efectos de realizar los ajustes a la intervención como alteración de hábitat, así como en las métricas para la evaluación del grado de amenaza del hábitat de la especie en categoría de conservación y su continuidad en la cuenca. Asimismo, se informa que existen errores en la rodalización de algunos polígonos no correspondiendo en su totalidad a Bosque Nativo de Preservación, algunos ejemplos se presentan en la Tabla N° 3 del Ord. N° 4-EA/2026, de fecha 9 de enero 2026, de la CONAF, Región de Atacama. Conforme a lo anterior, el

Titular deberá ajustar la rodalización de todos los polígonos en dicha situación, actualizar el uso actual de la cuenca y realizar los ajustes necesarios en las métricas para la evaluación del grado de amenaza del hábitat de la especie en categoría de conservación y su continuidad en la cuenca. • Respecto del numeral 5 “Caracterización del Bosque Nativo de Preservación en el área del proyecto o actividad”, en específico del punto 5.2 “Censo de las especies en categoría de conservación afectadas por las obras o actividades del proyecto”, el Titular deberá actualizar el censo y considerar sólo los individuos dentro del área de intervención y alteración de Bosque Nativo de Preservación. Por lo tanto, conforme a los cambios en la determinación del Bosque Nativo de Preservación, se deberá actualizar la información presentada respecto de los individuos a intervenir y alterar. Respecto de los individuos registrados en otras formaciones o aislados deben ser considerados en la medida de compensación que el Titular deberá aplicar. Conforme a lo anterior, y la actualización del censo forestal, el Titular deberá descartar la “Tabla 5-2. Intervención de individuos de la(s) especie(s) en categoría de conservación preliminar” y la “Tabla 5-3. Conforme a lo anterior y lo observado en terreno” del documento en cuestión (“2. Informe de experto” del Anexo 8 “PAS 150). Adicionalmente, el Titular deberá actualizar la “Tabla 5-4. Intervención de individuos de la(s) especie(s) en categoría de conservación” y la “Tabla 5-5. Alteración de hábitats de la(s) especie(s) en categoría de conservación”, ambas del mismo documento, ajustando además el análisis del estado de desarrollo y estado sanitario de los individuos, acorde a lo señalado para dar certeza de los individuos a intervenir y alterar así como las métricas para la evaluación del grado de amenaza del hábitat de la especie en categoría de conservación y su continuidad en la cuenca. • En cuanto al numeral 7 “Evaluación del grado de amenaza del hábitat de la especie en categoría de conservación y su continuidad en la cuenca”, el Titular deberá valorizar y ponderar nuevamente todos los parámetros, de acuerdo a los ajustes solicitados a la identificación de los Bosque Nativo de Preservación y al censo en el área de intervención y alteración. • Respecto del numeral 8 “Medidas para asegurar la continuidad de la especie”, el Titular plantea que intervendrá 3,05 ha y 726 individuos, mientras que alterarán 6,26 hectáreas de bosque de preservación y 1.756 individuos de Geoffroea decorticans. Lo anterior, deberá ser ajustado conforme a las observaciones antes realizadas. Sin perjuicio de lo anterior, respecto de las medidas propuestas, se tiene lo siguiente: i. Respecto a la medida “Establecimiento de nuevos bosques nativos de preservación” (9,31 ha): - En cuanto a la ubicación de la media se presentan 3 sectores, enumerados en la siguiente Figura:

Fuente: Ord. N° 4-EA/2026, de fecha 9 de enero 2026, de la CONAF, Región de Atacama. Respecto a lo anterior, todos los sitios corresponden a terrenos agrícolas en desuso o abandonados. Conforme a lo anterior y lo observado por la CONAF, Región de Atacama, en la visita a terreno, para los sitios 1 y 2, emplazados en el Fundo Ríoblanco, se observan parronales abandonados, con infraestructura que no se han desmantelado, muchas de ellas con rebrote de parras y Baccharis sp., con suelos pobres y algunas áreas presentan vestigios del aluvión (registro en Figura 2 del Ord. N° 4-EA/2026, de fecha 9 de enero 2026, de la CONAF, Región de Atacama). Incluso para el sitio 1, se observó un franja de cultivo de parras activo (registro en Figura 3 del Ord. N° 4-EA/2026, de fecha 9 de enero 2026, de la CONAF, Región de Atacama). Al respecto, el Proponte deberá excluir de la superficie propuesta las áreas del cultivo, así como todos los caminos existentes que cruza la medida y que son utilizados por la actividad agrícola. En cuanto al sitio 3, señalado por el Titular como un matorral arborescente, corresponde a un terreno agrícola abandonado a un costado de la ruta C-539. Actualmente, el área tiene presencia de Geoffroea decorticans, constituyendo Bosque Nativo de Preservación al menos en un sector del polígono (1,22 ha aproximadamente, ejemplo 9 de la Tabla N° 1 del Ord. N° 4-EA/2026, de fecha 9 de enero 2026, de la CONAF, Región de Atacama. Esta área deberá ser excluida de la medida y el Titular deberá presentar una superficie adicional para cumplir con lo señalado en la “Guía para la solicitud de excepcionalidad del artículo 19 de la Ley N° 20.283 sobre Recuperación del Bosque Nativo y Fomento Forestal” (CONAF, 2020), en su punto “2.2.4.4 Medidas para asegurar la continuidad de la especie”, respecto de la pérdida neta cero o ganancia en biodiversidad tanto en términos de superficie de intervención así como la alteración de su hábitat. - En cuanto a la preparación del sitio de reforestación, considerando los remanente de estructuras y plantaciones de parras, los suelos empobrecidos y los vestigios del aluvión en los sitios, el Titular deberá detallar con claridad las acciones

que llevará a cabo para lograr primero la habilitación de la zona y luego deberá detallar las acciones para lograr la descompactación de los suelos, mejorar textura y drenaje, salinidad, incluso se sugiere considerar enmiendas orgánicas de ser necesario, así como eventualmente, obras de captación y retención de aguas para mejorar las condiciones de humedad. En cuanto a la hoyadura, el Titular deberá presentar casillas de al menos 1 metro, mejorando la condición radicular para las especies a plantar. - Respecto a la plantación en núcleos y de forma sucesional, el Titular, para efectos de la fiscalización y seguimiento de la medida, deberá señalar con claridad la composición y densidad de cada núcleo, así como el distanciamiento a utilizar dentro del núcleo o el área de cada núcleo. Adicionalmente, deberá detallar las densidades por año para las especies sucesionales y las otras especies a utilizar en cada etapa. - Respecto de la densidad de plantación, el Titular deberá aclarar cómo plantando de 150 a 200 plantas por núcleo a una distancia de 3 metros cada núcleo pretende establecer en los 9,31 ha, sólo 7.234 plantas totales, ya que al menos con núcleos de un área de 100 metros cuadrados, para cubrir la superficie, el Titular necesitaría de 139.650 a 186.200 individuos totales a plantar. - El Titular deberá tener una sobrevivencia al año 12, de al menos igual a la suma de la cantidad de individuos a intervenir y alterar presentes en Bosque Nativo de Preservación. Por lo cual de ser necesario, deberá ajustar el número de individuos a establecer de esta manera asegurar la pérdida neta cero en cuanto al número de individuos a intervenir y alterar. - Se hace presente que el artículo 14 de la Ley N° 20.283, no resulta aplicable a la medida para asegurar la continuidad de la especie propuesta “Establecimiento de nuevos bosques nativos de preservación”, medida que será fiscalizable durante toda la vida útil del Proyecto o hasta alcanzar su objetivo. ii. Respecto a la medida “Transformación de bosque nativo y matorral a bosque nativo de preservación” (4,8 ha), se hace presente que, esta medida forma parte de las medidas de compensación propuestas por el Titular para el Impacto señalado como “ICFLO-01 Pérdida de coberturas de las unidades de vegetación presentes en el área de intervención del Proyecto”. Conforme a lo anterior y debido a que responden a legislaciones distintas, no pueden estar duplicadas, por lo cual deberá excluir esta medida del PAS 150. iii. En cuanto, a la colecta de semillas, señalada en el punto 8.1.4 del informe de experto donde señala que “Adicionalmente el organismo o institución a cargo de la ejecución de las medidas, deberá ajustar el programa de trabajo, considerando las actividades y parámetros comprometidos (como los indicadores de cumplimiento y años de

seguimiento)”. Se aclara que, si bien la ejecución de las actividades es un proceso dinámico, el Titular deberá presentar todos los ajustes necesarios para asegurar la continuidad de la especie y el éxito de la medida propuesta, se aclara que luego de esta etapa no podrá modificar indicadores de cumplimiento y años de seguimiento, para efectos de la posterior Fiscalización. En caso de aplazar alguna de las actividades de corta comprometidas en el Plan de Manejo de Preservación, deberá dar aviso en la oficina provincial correspondiente de la CONAF, según lo dispuesto para estos casos en el artículo 12 de la Ley N° 20.283 de la Ley N° 20.283 y artículo 7° de su reglamento (D.S. N° 93, de 2008, del Ministerio de Agricultura).

  1. Respecto del documento “1. Informe sobre el carácter de imprescindible” del Anexo 8 “PAS 150” de la Adenda Complementaria Excepcional, el Titular no evalúa varias alternativas de posicionamiento de las obras, en consecuencia sólo presenta la tabla de intervención y alteración de hábitat respecto de las obras proyectadas, concluyendo que, “La razón de dicha ubicación es imprescindible para la contención del caudal y evitar su desbordamiento”, y que, “No existe alternativa técnica, espacial o temporal razonable que evite o reduzca la afectación.”. Sin perjuicio de lo anterior, el Titular deberá actualizar la Tabla 2-1. “Intervención o alteración de hábitat por obra o actividad alternativa” del citado documento, conforme a la actualización de la superficie de intervención y alteración. Así como la actualización del censo de individuos que deberá realizar en las áreas de intervención y alteración. Pronunciamiento del órgano competente A través del Ord. N° 8-EA/2026 de 12 de enero de 2026, la CONAF, Región de Atacama, se pronunció conforme con condiciones a los antecedentes presentados. Referencia al ICE para mayores detalles Tabla 11.1.5

9.1.6. Permiso para la corta, destrucción o descepado de formaciones xerofíticas. según se establece en el artículo 151 del Reglamento del SEIA Fase del Proyecto a la cual corresponde Construcción Parte, obra o acción a la que aplica Corta de la vegetación nativa, la cual tiene por justificación el establecimiento de obras fluviales. Condiciones o exigencias específicas para su otorgamiento Respecto del Permiso Ambiental Sectorial PAS 151, se observa que el Titular presenta el Plan de Trabajo mediante el formulario aprobado y oficializado por Resolución Exenta N° 1270/2023 de CONAF, correspondiente al instrumento exigible para proyectos ingresados al SEIA a contar del 01 de febrero de 2024. No obstante, conforme a lo establecido en el numeral 3 del Resuelvo de la citada resolución, para aquellos proyectos que ya se encontraban en evaluación ambiental o aprobados con anterioridad, debe mantenerse vigente el formulario anterior para la tramitación sectorial del PAS 151.

Sin perjuicio de lo anterior, dichos contenidos deben encontrarse incorporados en el formulario que corresponde, debidamente completado y acompañado de todos los antecedentes técnicos y cartográficos exigidos al momento de su presentación sectorial. Pronunciamiento del órgano competente A través del Ord. N° 8-EA/2026 de 12 de enero de 2026, la CONAF, Región de Atacama, se pronunció conforme con condiciones a los antecedentes presentados. Referencia al ICE para mayores detalles Tabla 11.1.6

9.1.7. Permiso para subdividir y urbanizar terrenos rurales o para construcciones fuera de los límites urbanos según se establece en el artículo 160 del Reglamento del SEIA Fase del Proyecto a la cual corresponde Construcción Parte, obra o acción a la que aplica Instalaciones de faena. Condiciones o exigencias específicas para su otorgamiento N/A Pronunciamiento del órgano competente A través de Of. Ord. N°575, de fecha 11 de julio de 2023, la SEREMI de Vivienda y Urbanismo, Región de Atacama, se pronunció conforme respecto a los antecedentes presentados. A través de Of. Ord. N° 629, de fecha 19 de diciembre de 2025, el SAG, Región de Atacama, se pronunció conforme respecto a los antecedentes presentados. Referencia al ICE para mayores detalles Tabla 11.1.7

10°. Que, de acuerdo a los antecedentes que constan en el expediente de evaluación, la forma de cumplimiento de la normativa de carácter ambiental aplicable al Proyecto es la siguiente:

10.1 COMPONENTE/MATERIA: Calidad del Aire Norma D.F.L N° 725/67 del MINSAL. Código Sanitario Fase del proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Construcción Parte, obra, acción, emisión, residuo o sustancias a la que aplica Este cuerpo normativo es aplicable durante la fase de construcción dado que existirá emisión de material particulado, debido al desplazamiento de maquinaria y vehículos y al movimiento y transporte de tierra y residuos de la construcción. Forma de cumplimiento Se humectará periódicamente la superficie en el sector de las obras cercanas a zonas residenciales, remoción de materiales, limpieza y toda vez que se produzca un desplazamiento interno mayor de vehículos y camiones. Se contempla una frecuencia de 4 eventos por jornada. Indicador que acredita su cumplimiento - Inspección visual y registro fotográfico de camiones con escarpado (lona) - Inspección visual y registro fotográfico de las vías humectadas - Inspección visual y registro fotográfico de las mallas raschel y

verificación de su estado de funcionamiento. - Inspección visual y registro fotográfico de zonas de acopio de escombros y/o materiales derivados de escarpe y cortes. - Registro y control permanente de revisión técnica. - Asistencia de 100 % de los trabajadores a charlas de capacitación (con registro de asistencia). - Medidas de control de contaminación atmosférica y optimización del tiempo de funcionamiento de vehículos, maquinarias y equipos. - Registro de verificación de mantención de equipos según especificaciones del fabricante. Forma de control y seguimiento Se elaborará un reporte mensual con este desempeño, el cual semestralmente deberá ser enviado a la SMA. Referencia al ICE para mayores detalles Tabla 10.1.1

10.2 COMPONENTE/MATERIA: Calidad del Aire Norma Decreto Supremo N° 144/1961 del Ministerio de Salud. Establece normas para evitar emanaciones o contaminantes atmosféricos de cualquier naturaleza Fase del proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Construcción Parte, obra, acción, emisión, residuo o sustancias a la que aplica Durante la fase de construcción se generarán emisiones de material particulado a la atmósfera, como consecuencia de las actividades de transporte, circulación de maquinaria pesada y otros vehículos; y de aquellas asociadas a las faenas de movimiento de tierra y planta de áridos u de hormigón. Forma de cumplimiento - Para el caso de los gases de vehículos y maquinarias, se controlará que éstas cuenten con sus revisiones técnicas al día, incluyendo los certificados de emisión de gases. - Se realizará un riego periódico de las vías de circulación, zonas de instalación de faenas y movimiento de materiales cercanos a puntos sensibles, como viviendas, rurales y/o urbanas, con el fin de evitar el levantamiento de polvo. - Se prohibirá la incineración de cualquier tipo de residuos. - Restricción de velocidad de los vehículos que circulen por la zona de faenas y caminos de acceso. - Transporte de materiales y excedentes en camiones cubiertos. Indicador que acredita su cumplimiento - Inspección visual y registro fotográfico de camiones con escarpado (lona) - Inspección visual y registro fotográfico de las vías humectadas - Inspección visual y registro fotográfico de las mallas raschel y verificación de su estado de funcionamiento. - Inspección visual y registro fotográfico de zonas de acopio de escombros y/o materiales derivados de escarpe y cortes. - Registro y control permanente de revisión técnica. - Asistencia de 100 % de los trabajadores a charlas de capacitación (con registro de asistencia). - Medidas de control de contaminación atmosférica y optimización

del tiempo de funcionamiento de vehículos, maquinarias y equipos. - Registro de verificación de mantención de equipos según especificaciones del fabricante. Forma de control y seguimiento Se elaborará un reporte con el control de la totalidad de los vehículos y de la maquinaria que se emplee en el contrato, con el detalle de sus revisiones técnicas y certificados de emisión de gases. Este reporte será entregado semestralmente a la SMA. Referencia al ICE para mayores detalles Tabla 10.1.2

10.3 COMPONENTE/MATERIA: Calidad del Aire Norma Decreto Supremo N°55/1994 del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones, “Norma de emisión a vehículos motorizados pesados” Fase del proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Construcción Parte, obra, acción, emisión, residuo o sustancias a la que aplica Durante la fase de construcción se realizará movimiento de maquinaria y vehículos motorizados diésel y/o a gasolina, como consecuencia de las obras de transporte de tierra, materiales y residuos Forma de cumplimiento - Los vehículos utilizados deberán tener sello verde en parabrisas y documentación asociada a revisión técnica al día y certificados de emisión de gases respectivos. - Se exigirá al contratista un plan de mantención de maquinarías que deberá tener operativo desde el inicio de las actividades de transporte Indicador que acredita su cumplimiento - Contar con la certificación técnica de los vehículos utilizados disponibles para su control y verificación. Forma de control y seguimiento Se elaborará un reporte con el control de la totalidad de los vehículos de este tipo que se emplee en el contrato, con el detalle de sus revisiones técnicas y certificados de emisión de gases. Este reporte será entregado semestralmente a la SMA. Referencia al ICE para mayores detalles Tabla 10.1.3

10.4 COMPONENTE/MATERIA: Calidad del Aire Norma Decreto Supremo N° 594/1999 del MINSAL, “Reglamento sobre Condiciones Sanitarias y Ambientales Básicas en los Lugares de Trabajo” Fase del proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Construcción Parte, obra, acción, emisión, residuo o sustancias a la que aplica Aplicable a las condiciones que deben existir en los lugares de faenas durante la fase de construcción por motivo del movimiento de maquinaria. De especial relevancia son las exigencias relacionadas con las condiciones ambientales en los lugares de trabajo y con los límites máximos permisibles –químicos y físicos- en relación con el riesgo ocupacional. Forma de cumplimiento Las faenas que se desarrollarán durante la fase de construcción, que sean factibles de emitir contaminantes perjudiciales para la salud,

serán realizadas al aire libre de modo de contar con una adecuada ventilación. Por otra parte, para el caso de las emisiones generadas por el empleo de vehículos durante las faenas de construcción, estos deberán cumplir con la normativa respectiva, sin exceder los límites máximos permitidos, para así resguardar la salud de los trabajadores. Indicador que acredita su cumplimiento Fiscalización y sanción de infracciones Forma de control y seguimiento Se elaborará un reporte con el control de la totalidad de los vehículos de este tipo que se emplee en el contrato, con el detalle de sus revisiones técnicas y certificados de emisión de gases. Este reporte será entregado semestralmente a la SMA. Referencia al ICE para mayores detalles Tabla 10.1.4

10.5 COMPONENTE/MATERIA: Calidad del Aire Norma Decreto Supremo N°75/1987, Ministerio de Transporte y Telecomunicaciones, “Establece condiciones para el transporte de carga” Fase del proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Construcción Parte, obra, acción, emisión, residuo o sustancias a la que aplica Durante la fase de construcción se realizará transporte de tierra, materiales y residuos generados en los sectores de obra, los que eventualmente deberán desplazarse por zonas urbanas a los sitios de disposición final. Forma de cumplimiento La actividad de transporte de materiales por zonas urbanas se realizará en camiones que mantendrán la tolva cubierta con una lona impermeable y en buenas condiciones que evite la dispersión de material particulado. Indicador que acredita su cumplimiento El Proyecto contempla el transporte por zonas urbanas de materiales pétreos capaces de generar polvo. Los camiones o vehículos del contratista y sus proveedores, que transporten los materiales señalados precedentemente deberán circular cubriendo total y eficazmente los materiales con lonas o plásticos o con cualquier otro sistema que impida la dispersión de polvo a la atmósfera. Respecto a las medidas de transporte del material pétreo tendientes a evitar su caída a la carretera, se utilizarán vehículos que estarán construidos de forma que ello no ocurra por causa alguna. El material pétreo no podrá ocupar con el techo de la cabina ni llevarse en forma que exceda el ancho de la carrocería. La carga no sobrepasará el extremo anterior, no se arrastrará ni sobresaldrá por más de 2 metros. Los camiones o vehículos del contratista y sus proveedores, que transporten el material pétreo deberán circular cubriendo total y eficazmente los materiales con lonas o plásticos o con cualquier otro sistema que impida caída a la carretera durante el transporte del material pétreo. Forma de control y seguimiento Se elaborará un reporte mensual con este desempeño, el cual semestralmente a la SMA. Referencia al ICE para mayores detalles Tabla 10.1.5

10.6 COMPONENTE/MATERIA: Calidad del Aire Norma Decreto Supremo N° 138/2005 del Ministerio de Salud. “Establece

obligación de declarar emisiones que indica” Fase del proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Construcción Parte, obra, acción, emisión, residuo o sustancias a la que aplica Este cuerpo normativo es aplicable durante la fase de construcción dado que existirá emisión de material particulado, debido al desplazamiento de maquinaria y vehículos y al movimiento y transporte de tierra y residuos de la construcción. Forma de cumplimiento El Titular cumplirá con declarar anualmente sus emisiones, de acuerdo a los formularios que para este efecto ha desarrollado la autoridad sanitaria, a través del sitio web para el registro de emisiones y transferencias de contaminantes (www.retc.cl), dando cumplimiento al D.S. Nº 1/2013 Reglamento del RETC. Indicador que acredita su cumplimiento Registro del Formulario de Declaración de Emisiones (F-138) de todas aquellas emisiones de fuentes fijas a las que resulte aplicable. Se ingresará a través del Sistema de Ventanilla única, según las disposiciones de la Resolución Exenta Nº 1.139/2013 MMA que establece Normas Básicas para Aplicación RETC. Forma de control y seguimiento Copia de las declaraciones realizadas y revisión de los registros internos. Referencia al ICE para mayores detalles Tabla 10.1.6

10.7 COMPONENTE/MATERIA: Calidad del Aire Norma Decreto Supremo N° 47/1992, del Ministerio de Vivienda y Urbanismo, “Ordenanza General de la Ley de Urbanismo y Construcciones” Fase del proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Construcción Parte, obra, acción, emisión, residuo o sustancias a la que aplica Este cuerpo normativo se aplica a todas las actividades desarrolladas en la fase de construcción, que puedan ser causas de emisión de material particulado a la atmósfera Forma de cumplimiento - Los vehículos y maquinaria utilizados deberán contar con sello verde, documentación asociada a revisión técnica al día y certificados de emisión de gases respectivos para operar en buenas condiciones. - Los materiales que se transporten por zonas urbanas se realizarán en camiones con la carga cubierta. - Mantener la obra aseada y sin desperdicios, mediante colocación de recipientes recolectores, convenientemente identificados y ubicados. Indicador que acredita su cumplimiento - Inspección visual y registro fotográfico de camiones con escarpado (lona) - Inspección visual y registro fotográfico de las vías humectadas - Inspección visual y registro fotográfico de las mallas raschel y verificación de su estado de funcionamiento. - Inspección visual y registro fotográfico de zonas de acopio de escombros y/o materiales derivados de escarpe y cortes. - Registro y control permanente de revisión técnica. - Asistencia de 100 % de los trabajadores a charlas de capacitación

(con registro de asistencia). - Medidas de control de contaminación atmosférica y optimización del tiempo de funcionamiento de vehículos, maquinarias y equipos. - Registro de verificación de mantención de equipos según especificaciones del fabricante. Forma de control y seguimiento Verificación en terreno y mantención de los registros en las faenas. Referencia al ICE para mayores detalles Tabla 10.1.7

10.8 COMPONENTE/MATERIA: Calidad del Aire Norma Decreto Supremo N° 4/1994, de Ministerio de Transporte y Telecomunicaciones, “Establece Normas de emisión de contaminantes aplicables a los vehículos motorizados y fija los procedimientos para su control” Fase del proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Construcción Parte, obra, acción, emisión, residuo o sustancias a la que aplica Se aplica debido a la emisión de los gases de combustión de los vehículos motorizados que se utilizarán durante la fase de construcción del Proyecto. Forma de cumplimiento Los vehículos y maquinaria utilizados deberán contar con sello verde y documentación asociada a revisión técnica al día y certificados de emisión de gases respectivos para operar en buenas condiciones. Indicador que acredita su cumplimiento Revisiones técnicas al día de todos los vehículos involucrados en el Proyecto. Forma de control y seguimiento Se elaborará un reporte mensual con este desempeño, el cual será informado semestralmente a la SMA. Referencia al ICE para mayores detalles Tabla 10.1.8

10.9 COMPONENTE/MATERIA: Ruido y vibraciones Norma Decreto Supremo N° 38/2012, del Ministerio de Medio Ambiente, “Establece norma de emisión de ruidos molestos generados por fuentes que indica” Fase del proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Construcción Parte, obra, acción, emisión, residuo o sustancias a la que aplica Este cuerpo normativo es aplicable durante la fase de construcción en los sectores de faenas y operación de maquinarias, cercanas a viviendas rurales y/o lugares poblados. Forma de cumplimiento - Circulación a velocidad moderada - Semi-encierros acústicos Barreras Acústicas Móviles en zonas pobladas. - Privilegiar trabajos en horarios diurnos - Operarios, choferes y trabajadores contarán con los implementos de protección adecuados. - Existirá mantenimiento adecuado de la maquinaria y se privilegiará el empleo de maquinaria de baja emisión sonora de acuerdo a la tecnología disponible. - El contratista de la obra deberá implementar un plan de

monitoreo de modo de evaluar que se cumpla con los límites que establece esta normativa. Indicador que acredita su cumplimiento Los indicadores de evaluación utilizados se basan en la velocidad de vibración RMS, la cual ha mostrado una mejor correlación respecto a la sensibilidad de la vibración en el cuerpo humano. Los niveles de velocidad de vibración Lv son expresados en unidades de decibeles [dB] referenciados a 1 [µin/s] o con una V antepuesta a dB [VdB]. En general, el umbral de perceptibilidad humana es 65 [VdB]. Forma de control y seguimiento Elaboración de un reporte mensual que dé cuenta de la implementación de las medidas propuestas. Se informará semestralmente a la SMA. Referencia al ICE para mayores detalles Tabla 10.1.9

10.10 COMPONENTE/MATERIA: Ruido y vibraciones Norma Decreto Supremo N° 594/2000, del Ministerio de Salud, “Define las Condiciones Sanitarias y Ambientales Básicas en los lugares de trabajo” Fase del proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Construcción Parte, obra, acción, emisión, residuo o sustancias a la que aplica Durante la fase de construcción se generarán ruidos producto del funcionamiento de maquinaria, equipos estacionarios, maquinaria de impacto y el movimiento de tierra. Esta norma es aplicable al ambiente laboral, no así a la comunidad. Forma de cumplimiento - Contratista suministrará, supervisará y controlará el uso adecuado de implementos de seguridad por parte de los obreros, en especial el uso de protectores auditivos. - Evitar la operación en forma simultánea de faenas que superen los límites permitidos por la norma, poniendo en riesgo la salud de los trabajadores. - Se privilegiará el empleo de maquinaria de baja emisión sonora, de acuerdo a la tecnología disponible. Indicador que acredita su cumplimiento - Registro de compra de protectores auditivos - Registro de compra de maquinaria de baja emisión sonora Forma de control y seguimiento Se elaborará un reporte mensual con el detalle del cumplimiento de las mediadas señaladas, el cual será informado semestralmente a la Superintendencia del Medio Ambiente. Referencia al ICE para mayores detalles Tabla 10.1.10

10.11 COMPONENTE/MATERIA: Residuos Líquidos Norma D.F.L N° 725/1967, del Ministerio de Salud, Código Sanitario Fase del proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Construcción Parte, obra, acción, emisión, residuo o sustancias a la que aplica Esta normativa es aplicable durante la fase de construcción en los sitios de instalaciones de faenas y frentes de trabajo en general, respecto de la disposición de residuos líquidos (aguas servidas) generados en obra, y al suministro de agua potable. Forma de cumplimiento - Obtención del PAS 138, referido al “Permiso para la construcción, reparación, modificación y ampliación de cualquier

obra pública o particular destinada a la evaluación, tratamiento o disposición final de desagües, aguas servidas de cualquier naturaleza”. - Los efluentes generados de las PTAS que serán utilizados para humectación, deberán cumplir con la NCh N° 1.333/1978. - RCA favorable del Proyecto. Indicador que acredita su cumplimiento - Autorización sanitaria para el funcionamiento de las PTAS. - El Titular deberá efectuar monitoreo mensual de agua tratada por cada PTAS según los parámetros de agua de riesgo (NCh 1.333/1978). Forma de control y seguimiento Mantención de la información actualizada en la plataforma de la SMA, de acuerdo a las instrucciones que ésta establezca. Referencia al ICE para mayores detalles Tabla 10.1.11

10.12 COMPONENTE/MATERIA: Residuos Líquidos Norma D. S. N° 594/1999, del Ministerio de Salud, “Reglamento sobre Condiciones Sanitarias Básicas en Lugares de Trabajo” Fase del proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Construcción Parte, obra, acción, emisión, residuo o sustancias a la que aplica El Proyecto presenta los antecedentes ambientales requeridos para dar cumplimiento al permiso ambiental sectorial del Art. 138 del RSEIA para su fase de construcción Forma de cumplimiento - Obtención del PAS 138, referido al “Permiso para la construcción, reparación, modificación y ampliación de cualquier obra pública o particular destinada a la evaluación, tratamiento o disposición final de desagües, aguas servidas de cualquier naturaleza”. - Los efluentes generados de las PTAS que serán utilizados para humectación, deberán cumplir con la NCh N° 1.333/1978. - RCA favorable del Proyecto. Indicador que acredita su cumplimiento - Autorización sanitaria para el funcionamiento de las PTAS. - El Titular deberá efectuar monitoreo mensual de agua tratada por cada PTAS según los parámetros de agua de riesgo (NCh 1.333/1978). Forma de control y seguimiento Mantención de la información actualizada en la plataforma de la SMA, de acuerdo a las instrucciones que ésta establezca. Referencia al ICE para mayores detalles Tabla 10.1.12

10.13 COMPONENTE/MATERIA: Residuos Sólidos Norma D.F.L N° 725/1967, del Ministerio de Salud, “Código Sanitario” Fase del proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Construcción Parte, obra, acción, emisión, residuo o sustancias a la que aplica Dentro de la instalación de faenas y campamento se generarán distintos tipos de residuos, los que serán dispuestos en lugares autorizados por la Autoridad Sanitaria. Forma de cumplimiento - Obtención del PAS 140 y 142 del RSEIA.

  • RCA favorable del Proyecto. Todos los residuos generados durante la fase de construcción del Proyecto serán tratados conforme a lo establecido en la legislación aplicable. El Proyecto contempla la instalación de un sitio de almacenamiento temporal de los residuos sólidos domiciliarios y asimilables a domésticos en cada instalación de faenas durante la fase de construcción. En la fase de construcción del Proyecto cada instalación de faenas contará con un sitio donde se almacenarán temporalmente los residuos peligrosos y contarán con todas las exigencias que indique la normativa. Los residuos peligrosos al momento de ser retirados y transportados por una empresa contratista especializada serán declarados y se hará su seguimiento, a través del Sistema de Declaración y Seguimiento de Residuos Peligrosos (SIDREP), hasta el lugar de disposición final debidamente autorizado. Las instalaciones, equipos de limpieza y descontaminación con que cuente la empresa encargada serán los autorizados y contarán con todas las exigencias que indique la normativa. Indicador que acredita su cumplimiento Se llevará el registro de la actividad de transporte y disposición final, realizado por empresa especializada, a sitio autorizado, de todos los residuos generados durante la fase de construcción del Proyecto. Estos registros se mantendrán disponibles en faena, para cuando la Autoridad lo requiera. Forma de control y seguimiento
  • Verificación en terreno de la existencia y condiciones del sitio de almacenamiento temporal de residuos sólidos domiciliarios y asimilables a domésticos en cada instalación de faena, conforme a los requisitos del artículo 140 del RSEIA.
  • Fiscalización periódica del cumplimiento de las condiciones normativas aplicables a los sitios de almacenamiento temporal de residuos peligrosos, incluyendo infraestructura, señalización, contención, ventilación y acceso restringido, conforme a los requisitos del artículo 142 del RSEIA.
  • Archivo de registros y respaldos digitales o físicos de todas las gestiones mencionadas, disponibles para auditorías o fiscalización ambiental. Referencia al ICE para mayores detalles Tabla 10.1.13

10.14 COMPONENTE/MATERIA: Residuos Sólidos Norma D.S. N° 594/2000, del Ministerio de Salud, “Reglamento sobre Condiciones Sanitarias y Ambientales Básicas en los lugares de Trabajo” Fase del proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Construcción Parte, obra, acción, emisión, residuo o sustancias a la que aplica Aplicable a las condiciones que deben existir en los lugares de faenas durante la fase de construcción y operación. De especial relevancia son las exigencias relacionadas con las condiciones ambientales en los lugares de trabajo y con los límites máximos permisibles – químicos y físicos- en relación con el riesgo ocupacional. Forma de cumplimiento Durante la fase de construcción, en cada instalación de faenas, los

residuos asimilables a domiciliarios e industriales no peligrosos serán acopiados temporalmente en lugares habilitados para esto, para ser finalmente retirados por una empresa autorizada por la Autoridad Sanitaria para el manejo de residuos sólidos de este tipo. Indicador que acredita su cumplimiento - Registro de existencia y operatividad de sitios habilitados para el acopio temporal de residuos asimilables a domiciliarios e industriales no peligrosos en cada instalación de faena. - Registro de retiro de residuos asimilables a domiciliarios e industriales no peligrosos en cada instalación de faena por una empresa autorizada. - Autorización sanitaria de la empresa que realiza el transporte y disposición final de los residuos. Forma de control y seguimiento - Copia de la resolución sanitaria de los sitios de almacenamiento de residuos disponibles en faena - Registro sistema ventanilla única del RETC. Referencia al ICE para mayores detalles Tabla 10.1.14

10.15 COMPONENTE/MATERIA: Residuos Peligrosos Norma D.S. N° 148/2003, del Ministerio de Salud, “Reglamento Sanitario sobre manejo de residuos peligrosos” Fase del proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Construcción Parte, obra, acción, emisión, residuo o sustancias a la que aplica Esta normativa es aplicable a las faenas durante la fase de construcción, ya que se generarán residuos peligrosos, como lubricantes, aceites y combustibles, entre otros. Aunque el Proyecto no generará más de 12 toneladas de residuos peligrosos, se contempla el manejo de estos residuos bajo los procedimientos de la normativa. Forma de cumplimiento Todos los residuos peligrosos generados serán tratados conforme a lo establecido en la legislación aplicable. En la fase de construcción del Proyecto cada instalación de faenas contará con un sitio donde se almacenarán temporalmente este tipo de residuos y contarán con todas las exigencias que indique la normativa. Los residuos peligrosos al momento de ser retirados y transportados por una empresa contratista especializada serán declarados y se hará su seguimiento. Indicador que acredita su cumplimiento - Existencia y operatividad de sitios de almacenamiento temporal de residuos peligrosos en cada instalación de faena, autorizados conforme a los requisitos del PAS 142 del RSEIA. - Autorización sanitaria de la empresa que realiza el transporte y disposición final de los residuos peligrosos. - Registro del retiro de los residuos por empresa especializada, con declaración y trazabilidad en el sistema SIDREP. Forma de control y seguimiento Contar con los registros asociados a la actividad de transporte y disposición final, realizado por empresa especializada, a un sitio debidamente autorizado de todos los residuos generados. Estos registros se mantendrán disponibles en faena, para cuando la Autoridad lo requiera. Referencia al ICE para Tabla 10.1.15

mayores detalles

10.16 COMPONENTE/MATERIA: Transporte Norma D.F.L N° 850/1998, del Ministerio de Obras Públicas, “Ley Orgánica del MOP” Fase del proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Construcción Parte, obra, acción, emisión, residuo o sustancias a la que aplica Durante la fase de construcción se transportarán materiales e insumos para las obras Forma de cumplimiento Las medidas que se implementarán para el cumplimiento de esta normativa son las siguientes: El transporte de materiales por parte del contratista cumplirá con los pesos máximos establecidos por la normativa vigente. Indicador que acredita su cumplimiento Contar con la autorización previa de la Dirección de Vialidad en el evento de efectuar el transporte de maquinarias que excedan los pesos o dimensiones permitidos. Forma de control y seguimiento Se elaborará un reporte mensual con el detalle del cumplimiento de las mediadas señaladas, el cual será informado semestralmente a la SMA. Referencia al ICE para mayores detalles Tabla 10.1.16

10.17 COMPONENTE/MATERIA: Transporte Norma D.S. N° 158/1980, del Ministerio de Obras Públicas, “Fija el peso Máximo de los Vehículos que pueden Circular por Caminos Públicos Fase del proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Construcción Parte, obra, acción, emisión, residuo o sustancias a la que aplica Este cuerpo normativo prohíbe la circulación por caminos públicos de vehículos de cualquier especie, que excedan los siguientes límites de peso:

Forma de cumplimiento Los vehículos y camiones cumplirán con lo establecido por esta Ley. Por lo tanto, el contratista a cargo deberá cumplir con todas las autorizaciones del Ministerio de Transporte y Telecomunicación. Indicador que acredita su cumplimiento Mantener un registro de las exigencias realizadas a los contratistas así como copia de los permisos en caso que sea necesario solicitarlos. Forma de control y seguimiento Se elaborará un reporte mensual con el detalle del cumplimiento de las mediadas señaladas, el cual será informado semestralmente a la SMA.

Referencia al ICE para mayores detalles Tabla 10.1.17

10.18 COMPONENTE/MATERIA: Sustancias Peligrosas Norma D.S. N° 43/2016 que Aprueba el Reglamento sobre Almacenamiento de Sustancias Peligrosas Fase del proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Construcción Parte, obra, acción, emisión, residuo o sustancias a la que aplica El Proyecto durante su fase de construcción, podría contar con sustancias peligrosas asociadas a las faenas constructivas. En tal caso, el uso de sustancias peligrosas, el almacenaje de combustible para la maquinaria y camiones, entre otros elementos son actividades vinculadas a dicha actividad. Forma de cumplimiento Se dará cumplimiento a cada uno de los estándares de almacenaje y carga/descarga que establece el reglamento para aquellas sustancias peligrosas definidas en la Norma Chile Oficial Nº 382 Of2004. Se contará con las autorizaciones debidas para el almacenaje de estos elementos provenientes del Ministerio de Salud. Indicador que acredita su cumplimiento Registro en faena de las hojas de seguridad de cada una de las sustancias peligrosas a almacenar, rotuladas de acuerdo a lo establecido en la NCh 2120. Of2004 y NCh 382. Of2004 Verificación en terreno que las sustancias peligrosas se almacenen cumpliendo con las exigencias descritas por la normativa. Adicionalmente, se llevará un registro de las sustancias peligrosas almacenadas para la ejecución del Proyecto. Autorización sanitaria de la autoridad competente para el funcionamiento de las bodegas de SUSPEL con las que contará el Proyecto Forma de control y seguimiento Se elaborará un reporte mensual con el detalle del cumplimiento de las mediadas señaladas, el cual será informado semestralmente a la SMA. Referencia al ICE para mayores detalles Tabla 10.1.18

10.19 COMPONENTE/MATERIA: Flora y vegetación Norma Ley N° 20.283/2008, del Ministerio de Agricultura, “Sobre recuperación del Bosque Nativo y Fomento Forestal” Fase del proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Construcción Parte, obra, acción, emisión, residuo o sustancias a la que aplica En el área de influencia del Proyecto existen formaciones vegetacionales de tipo bosque nativo de preservación (especies con categoría de conservación, Geoffroea decorticans, con presencia de Prosopis flexuosa y Prosopis strombulifera). Además, se identificaron formaciones xerofíticas que se verán afectadas por el emplazamiento del Proyecto o las actividades de construcción. Por lo tanto, es preciso que la caracterización especifica determine la necesidad de presentar los antecedentes para acogerse a la excepción del artículo 19 de la Ley N° 20.283 y de esta forma obtener la Resolución Fundada de CONAF, que autorice la intervención de estas zonas mediante un Plan de Manejo de Preservación. Además, se debe presentar un Plan de Trabajo para Formaciones Xerofíticas

para las áreas con este tipo de cobertura. Forma de cumplimiento Otorgamiento de los PAS 150 y 151. Asimismo, al ser estos permisos mixtos, se tramitarán los antecedentes sectoriales en la dirección ejecutiva de CONAF, con el fin de acogerse a la excepción del artículo 19 de la Ley 20.283 y de esta forma obtener la Resolución Fundada de CONAF. Indicador que acredita su cumplimiento El indicador de cumplimiento será mantener un registro interno del PAS contenido en el artículo 150 y 151 del Reglamento del SEIA del presente EIA, y realizar la corta de conformidad a lo autorizado en los respectivos planes de manejo Forma de control y seguimiento Se elaborarán los documentos, planes de manejo, cartografía y antecedentes que sean requeridos, con el detalle del cumplimiento de las medidas exigidas. Estos antecedentes deben ser entregados y validados por la Corporación Nacional Forestal y enviados a la SMA. Referencia al ICE para mayores detalles Tabla 10.2.1

10.20 COMPONENTE/MATERIA: Fauna Norma Ley N° 19.473/1996, del Ministerio de Agricultura, “sobre Caza” Fase del proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Construcción y operación Parte, obra, acción, emisión, residuo o sustancias a la que aplica En algunos sectores del área de intervención del Proyecto será necesario el despeje del suelo con eliminación de algunos árboles, arbustos y vegetación, para la construcción de las obras, movimiento de la maquinaria y/o instalación de frentes de trabajo. Esto también pude acarrear intervención en área de hábitat de fauna terrestre. Forma de cumplimiento - Se elaborará el plan específico de intervención y rescate de fauna terrestre para las especies amenazadas en la fase de construcción del Proyecto. En él se definirá el área de influencia específica de intervención, las medidas de mitigación, reparación y/o compensación que estarán compiladas dentro del Plan de Manejo Ambiental. En este plan se describe la medida captura y relocalización de fauna, el cual deberá presentar al organismo competente para obtener el permiso descrito respectivo. - Prohibición de compra o captura de animales nativos (vivos o muertos o partes de ellos, como pieles o huesos) a todos los trabajadores asociados al Proyecto. - Capacitación de todos los trabajadores asociados al Proyecto sobre la importancia de minimizar el impacto sobre la fauna presente. - Durante la fase de construcción, se prohibirá estrictamente la caza de cualquier especie de fauna. De la misma forma, se evitará el tránsito de vehículos y maquinaria fuera de las áreas de trabajo o caminos habilitados. - Se exigirá a los contratistas de obras el desarrollo de charlas educativas para los trabajadores del Proyecto, en las que se informe sobre las características de la fauna del sector y se informe sobre la necesidad de conocer y proteger a la fauna existente. Indicador que acredita su El indicador de cumplimiento consistirá en lo siguiente:

cumplimiento - Registro de las inducciones y capacitaciones que se efectúen a los trabajadores. - Registro de la ocurrencia de accidentes y de las medidas tendientes a hacerse cargo de ello Forma de control y seguimiento De ser necesarios, se elaborarán los documentos, planes de manejo, cartografía y antecedentes que sean requeridos, con el detalle del cumplimiento de las medidas exigidas. Estos antecedentes deben ser entregados y validados por la Servicio Agrícola y Ganadero. Referencia al ICE para mayores detalles Tabla 10.2.2

10.21 COMPONENTE/MATERIA: Biota Acuática Norma Ley N° 18.892 de 1989 y sus Modificaciones, “Ley General de Pesca y Acuicultura” Fase del proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Construcción y operación Parte, obra, acción, emisión, residuo o sustancias a la que aplica Esta normativa es aplicable si es que en la zona de estudio la caracterización del área de influencia o línea base se encuentra biota acuática en el sector de emplazamiento del Proyecto. La realización de pesca de investigación en las estaciones de muestreo será realizada con la autorización de SUBPESCA. El permiso de pesca de investigación es pertinente para la fase de seguimiento y monitoreo tanto para la fase de construcción como de operación del Proyecto. Forma de cumplimiento La realización de pesca de investigación en las estaciones de muestreo fue realizada con la autorización de SUBPESCA, mediante la Res. Ex. Nº 61/2011; Nº 836/2010 y Nº 1529/2012. Indicador que acredita su cumplimiento No Aplica Forma de control y seguimiento De ser necesarios, se elaborarán los documentos, planes de manejo, cartografía y antecedentes que sean requeridos, con el detalle del cumplimiento de las medidas exigidas. Estos antecedentes deben ser entregados y validados por parte de SUBPESCA y SERNAPESCA según corresponda. Referencia al ICE para mayores detalles Tabla 10.2.3

10.22 COMPONENTE/MATERIA: Patrimonio Cultural Norma Ley N° 17.288/1970, del Ministerio de Educación, “Sobre Monumentos Nacionales” y su reglamento D.S. N° 484 de 1991, del Ministerio de Educación, “Reglamento de la Ley de Monumentos Nacionales. Fase del proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Construcción Parte, obra, acción, emisión, residuo o sustancias a la que aplica Este cuerpo legal indica que el patrimonio arqueológico y cultural queda bajo la tuición y protección del Estado. Señala que se prohíbe destruir u ocasionar perjuicios en los monumentos nacionales o en los objetos o piezas que se conserven en ellos o en los museos. Asimismo, indica que no se puede cambiar la ubicación de los monumentos públicos, sino con la autorización previa del Consejo de Monumentos Nacionales, quien define las condiciones y las

restricciones generales correspondientes.

Señala, además, que son Monumentos Nacionales en la categoría de Monumento Arqueológico, el Patrimonio Paleontológico, que exista sobre o bajo la superficie del territorio nacional, o en la plataforma submarina de sus aguas jurisdiccionales, y cuya conservación interesa a la historia, al arte o a la ciencia. Esta categoría de protección se otorga a los materiales paleontológicos (piezas o muestras) y a los lugares donde estos se encuentran, entendiendo por esto el yacimiento con contenido fosilífero Forma de cumplimiento Las actividades de prospección como parte del presente EIA, se realizaron con la correspondiente autorización del Consejo de Monumentos Nacionales.

Los resultados de esta caracterización permitieron determinar que, en la zona de estudio del Proyecto, no se encuentran áreas de importancia patrimonial o cultural.

Respecto a hallazgos paleontológicos, las obras del Proyecto se emplazan próximos a afloramientos de unidades fosilíferas que pueden ser considerados susceptibles o estériles. Se realizará una colecta superficial de fósiles (previo permiso del CMN) con el fin de crear una colección de referencia y contribuir al conocimiento sobre el patrimonio paleontológico de la formación. Indicador que acredita su cumplimiento - RCA. - Autorización sectorial PAS 132. - Autorización del Consejo de Monumentos Nacionales. - Supervisión durante movimientos de tierra. - Paralización de faenas y denuncia al Gobernador Provincial, en caso de hallazgos arqueológicos subsuperficiales no identificados en la Línea de Base. Forma de control y seguimiento De ser necesarios, se elaborarán los documentos, planes de manejo, cartografía y antecedentes que sean requeridos, con el detalle del cumplimiento de las medidas exigidas. Estos antecedentes deben ser entregados y validados por parte de Consejo de Monumentos Nacionales Referencia al ICE para mayores detalles Tabla 10.2.4

11° Que, para ejecutar el Proyecto deben cumplirse las siguientes condiciones o exigencias, las cuales fueron ratificadas por la Comisión de Evaluación de la región de Atacama, en concordancia con el artículo 25 de la Ley N° 19.300:

11.1 MEDIO HUMANO

Considerando que existen familias a reasentar (7) que no dieron conformidad al plan de Reasentamiento, el Titular deberá presentar a la Superintendencia del Medio Ambiente de la región de Atacama, la conformidad de las 7 familias a la solución habitacional propuesta sin que esto altere el inicio de las obras del proyecto.

11.2 PATRIMONIO CULTURAL

Considerando que, según lo señalado en la sección 3.4.1 de la Adenda Complementaria Excepcional, asociada a la actualización de la Línea de Base Arqueológica, el Titular logró inspeccionar aproximadamente el 85% del área total del Proyecto, sin registrar hallazgos arqueológicos, quedando un porcentaje acotado sin revisar debido a restricciones de acceso, donde el porcentaje no inspeccionado corresponde a 4 km ubicados dentro de propiedades privadas (principalmente viñas), cuyos propietarios no autorizaron el ingreso del equipo de arqueología, el Titular deberá completar la prospección superficial en los sectores faltantes, previo al inicio y construcción de las obras, y presentar dichos resultados de forma sectorial.

12° Que, durante el procedimiento de evaluación del EIA el Titular del Proyecto propuso los siguientes compromisos ambientales voluntarios:

12.1 Comunicación de alerta temprana y coordinación con servicios locales Impacto asociado No Aplica Fase del Proyecto a la que aplica Construcción Objetivo, descripción y justificación Objetivo: Establecer medidas de alerta temprana y coordinación durante la fase de construcción, con los servicios locales (juntas de vecinos, municipio, carabineros, bomberos, gobernación regional, y otras organizaciones sociales). Descripción: Se elaborará un plan de alerta temprana con el fin de notificar de manera preventiva a los servicios locales y organizaciones sociales, tales como juntas de vecinos, municipio, carabineros, bomberos y gobernación regional, entre otras. Justificación: Debido a que en el área de influencia del Proyecto se emplazan localidades que no cuentan con la infraestructura, ni el conocimiento de medidas para enfrentar aluviones, deslizamientos de barro, rocas y tierra, desbordes de ríos y canales, entre otras amenazas. Lugar, forma y oportunidad de implementación Lugar: Comuna de Tierra Amarilla. Forma: El Titular realizará una (1) charla semestral (por sector), señalando las principales características del Proyecto, riesgos asociados, y las Zonas de Seguridad establecidas para que la población acuda en caso de algún evento meteorológico extremo y/o movimiento sísmico. Oportunidad: Durante la fase de construcción del Proyecto, siendo coordinado con los servicios locales y organizaciones sociales. Indicador que acredite su cumplimiento Plan de alerta temprana será enviado a la SMA y se mantendrá un registro de las charlas realizadas a los servicios locales y organizaciones sociales. Forma de control y seguimiento El registro de las charlas se enviará semestralmente a la SMA y a la Municipalidad de Tierra Amarilla, con los datos de cada una de ellas y sus asistentes. Referencia al ICE para mayores detalles Tabla 12.1.1

12.2 Contratación de Mano de Obra Local Impacto asociado N/A Fase del Proyecto a la que aplica Construcción y Operación

Objetivo, descripción y justificación Objetivo: Priorizar la contratación de mano de obra local en la ejecución del Proyecto para la fase de construcción. Descripción: El Titular se compromete voluntariamente a que al menos, un 20% de la mano de obra sea de origen local. Justificación: El Titular se compromete a la contratación de mano de obra con domicilio en la comuna de Tierra Amarilla y manifiesta su intención en la medida de contar con el personal calificado o especializado para todas sus actividades. Lugar, forma y oportunidad de implementación Lugar: Comuna de Tierra Amarilla. Forma: Se tomará contacto con las OMIL de la Ilustre Municipalidad de Tierra Amarilla para la posible contratación de mano de obra local, considerando un 20%, para la fase de construcción del Proyecto. En caso de ser necesario, se gestionarán capacitaciones técnicas a aquellas personas que forman parte del rango de porcentaje comprometido, de tal forma de asegurar el cumplimiento del presente compromiso. Oportunidad: Esta medida se implementará previo de la ejecución de la fase de construcción para comenzar con la mano de obra local contratada. De todas maneras, en caso de necesitarse personal extra, se realizará de la forma indicada anteriormente. Indicador que acredite su cumplimiento Se mantendrán los contratos de los trabajadores en la Instalación de Faena para que, en caso de fiscalización, la autoridad pueda verificar el porcentaje de mano de obra local Forma de control y seguimiento El Titular se compromete a tener disponible y actualizada en sus instalaciones, la planilla del control personal contratado en cada fase del Proyecto para fiscalización de la SMA. Asimismo, se entregará la planilla con el personal contratado, al inicio de cada fase, a la SEREMI de Desarrollo Social y Familia, Región de Atacama, Superintendencia del Medio Ambiente y a la Ilustre Municipalidad de Tierra Amarilla. Referencia al ICE para mayores detalles Tabla 12.1.2

12.3 Plan de Manejo de Conectividad y Desplazamientos Locales Peatonales Impacto asociado N/A Fase del Proyecto a la que aplica Construcción y Operación Objetivo, descripción y justificación Objetivo: Asegurar el tránsito peatonal y señalética especialmente en las intersecciones principales de la concesión. Descripción: El Titular implementará el plan de conectividad y desplazamientos locales peatonales, exigidos en el Manual de Planes de Manejo Ambiental para Obras Concesionadas, SEMAT – versión vigente. Justificación: Dado que el emplazamiento del Proyecto provocará desplazamientos locales peatonales y desvíos de tránsito que influirán en la conectividad del sector. Lugar, forma y oportunidad de implementación Lugar: En los sectores donde se realizarán las siguientes actividades, según corresponda: - Expropiaciones. - Desvíos de tránsito. Forma: Este programa será entregado al Inspector Fiscal para su

aprobación, previo a cualquier desvío de tránsito y será actualizado conforme al avance y detalle del programa de las obras. El Titular mantendrá directa comunicación con los municipios, de manera de apoyar en las gestiones de informar oportunamente a la comunidad sobre los desvíos generados por las obras. Oportunidad: Se implementará durante la fase de construcción, una vez aprobado por el inspector fiscal. Indicador que acredite su cumplimiento Informes mensuales de cumplimiento por parte del encargado ambiental el cual deberá contener diversos medios de verificación de su cumplimiento. Forma de control y seguimiento Se mantendrán los informes mensuales de cumplimiento en obra en caso de una eventual fiscalización por parte de la Autoridad. Referencia al ICE para mayores detalles Tabla 12.1.3

12.4 Humectación de caminos con agua tratada (PTAS) y aplicación de Bischofita Impacto asociado Emisiones atmosféricas Fase del Proyecto a la que aplica Construcción Objetivo, descripción y justificación Objetivo: Disminuir emisiones difusas de MP10 generadas por tránsito vehicular y movimiento de suelos. Descripción: Aplicación de solución salina (Cloruro de Magnesio - Bischofita) mezclada con agua tratada proveniente de PTAS compactas. • Cantidad de agua: 7 m³/km por aplicación (según PAS 138 actualizado en Adenda Complementaria). • Origen del agua: efluente tratado de plantas PTAS (10,6 m³/días disponibles). • Frecuencia: cada 3 días por sector activo durante la construcción. • Eficiencia estimada: 90% (según respaldo técnico internacional). • Mantenimiento: reaplicación sistemática cada 3 días o tras lluvias. Justificación: el Tránsito vehicular corresponde a la principal fuente de emisiones del Proyecto; esta medida permite reducir la resuspensión de polvo de manera altamente eficiente. Lugar, forma y oportunidad de implementación Lugar: Caminos internos, accesos a zonas de obra y zonas de tránsito de maquinaria pesada. Forma: Aplicación con camiones aljibe y operarios capacitados. Oportunidad: Durante todo el periodo de construcción, mientras exista tránsito y movimiento de materiales. Indicador que acredite su cumplimiento Inspección preventiva y reacondicionamiento del terreno mediante la aplicación de bischofita. Forma de control y seguimiento Supervisión semanal, control de volúmenes aplicados, inspección visual en terreno. Registro de aplicación con fecha y hora de aplicación, metros lineales o superficie aproximada. El registro será firmado por el responsable de la aplicación de la medida y se mantendrá en obra. Referencia al ICE para mayores detalles Tabla 12.1.4

12.5 Mantención de maquinaria y vehículos Impacto asociado Emisiones atmosféricas Fase del Proyecto a la que aplica Construcción Objetivo, descripción y justificación Objetivo: Reducir emisiones generadas por la combustión incompleta de motores de maquinaria pesada. Descripción: • Mantenciones preventivas programadas según fabricante: revisión de sistemas de inyección, filtros de partículas y control de emisiones. • Frecuencia de mantención: cada 250 horas de operación o mensual según equipo. Revisión técnica al día. • Eficiencia estimada: hasta 80% en reducción de contaminantes generados por fallas mecánicas. Justificación: Las emisiones aumentan en equipos mal mantenidos, por lo que los equipos deben tener sus mantenciones al día. Lugar, forma y oportunidad de implementación Lugar: Áreas de mantenimiento de faena, chequeará que los vehículos y equipos tengan su documentación al día. Forma: Revisión mecánica por personal calificado y talleres autorizados. Oportunidad: Durante toda la fase de construcción en intervalos programados de operación. Indicador que acredite su cumplimiento Bitácoras de mantención, certificados de revisión técnica y registros de servicios mecánicos externos. Forma de control y seguimiento Guardar copia de la documentación de cada vehículo y sus mantenciones en terreno, mientras dure la fase de construcción. Referencia al ICE para mayores detalles Tabla 12.1.5

12.6 Capacitación a operarios y restricción de quema en faena Impacto asociado Emisiones atmosféricas Fase del Proyecto a la que aplica Construcción Objetivo, descripción y justificación Objetivo: Prevenir emisiones accidentales por malas prácticas operativas o quemas prohibidas. Descripción: Capacitación inicial y anual de operadores en conducción eficiente de maquinaria pesada. Prohibición total de quemas de materiales dentro del área de faena. Control indirecto sobre emisiones por prevención de fallas humanas. Justificación: La correcta operación del personal reduce riesgos de emisiones adicionales no previstas por fallas humanas. Lugar, forma y oportunidad de implementación Lugar: Toda el área de faena y zonas de operación de maquinaria pesada. Forma: Capacitación continua en terreno, charlas de seguridad y procedimientos operacionales. Oportunidad: Previo al inicio de faenas y reentrenamiento anual durante la ejecución del Proyecto.

Indicador que acredite su cumplimiento Listado de personal autorizado, registros de capacitación actualizados y bitácoras de seguridad. Forma de control y seguimiento Mantener en terreno registros de las capacitaciones realizadas a los trabajadores. Referencia al ICE para mayores detalles Tabla 12.1.6

12.7 Implementación de medidas de control de ruido y vibraciones Impacto asociado Ruido y vibraciones. Fase del Proyecto a la que aplica Construcción Objetivo, descripción y justificación Objetivo: Implementar medidas de control de ruido con el propósito de no superar los máximos exigidos en el D.S. N° 38/11, e implementar medidas de control de vibraciones para efectuar el cumplimiento del criterio de daño y molestia establecido en la normativa de referencia FTA-VA—90-1003-06 “Transit Noise and Vibration Assessment”. Descripción: Corresponde a la implementación de: • (A) Barreras acústicas modulares de 2.4 y 3.6 [m] altura. Mayores antecedentes se presentan en la Tabla 28 del Anexo C.4 del EIA. • (B) Barreras acústicas con cumbrera, de mismas características técnicas que las barreras modulares, con la incorporación adicional de una cumbrera de 1.2 [m] de largo que forme un ángulo de 60° con el eje vertical. Mayores antecedentes se presentan en el punto 8.1.2 del Anexo C.4 del EIA. • (C) Restricción de operación simultánea. Mayores antecedentes se presentan en el punto 8.1.3 del Anexo C.4 del EIA. • (D) Restricción de potencia acústica global. Mayores antecedentes se presentan en el punto 8.1.4 del Anexo C.4 del EIA. • Restricción de distancia mínima entre el lugar de ejecución de faenas con rodillo compactador y el receptor afectado. Mayores antecedentes se presentan en el punto 8.3 del Anexo C.4 del EIA. Justificación: En base a la modelación de ruido, en el marco del EIA, se llega a la conclusión que es necesaria la incorporación de barreas ya sea del tipo A, B o ambas, en los diversos tramos del Proyecto, incluyendo la restricción de operación simultánea y de potencia acústica. Lugar, forma y oportunidad de implementación Lugar: En el siguiente cuadro, se señalan las medidas de control de ruido requeridas para cada receptor sensible con niveles de ruido, por sobre los límites de la normativa, para la fase de construcción del Proyecto. Receptores y faenas que requieren medidas de control de ruido. Fuente: Tabla 29 del Anexo C.4 del EIA. Para el caso de vibraciones, la medida se implementará en los receptores

R2 y R5. Forma: Las barreras acústicas deberán ubicarse de manera tal que bloquee la radiación directa desde la fuente de ruido hacia los receptores identificados, lo más cerca posible de las fuentes de ruido sin entorpecer el funcionamiento de las mismas o perjudicar la seguridad de sus operarios. La altura de dichas pantallas corresponde a 2.4 [m] para los puntos 7, 10, 11, 12 y 14, y 3.6 [m] para los puntos 2, 3, 5 y 8. Para aquellos casos de faenas que implican operación de equipos móviles, con desplazamiento dentro de un área de trabajo prestablecida, la extensión mínima de la barrera debe sobrepasar en al menos 15 [m] la extensión de faenas. Respecto a la restricción de operación simultánea, para las obras cercanas a receptores específicos se deberá restringir la operación simultánea de las maquinarias para los frentes de excavación y escarpe de terreno (Tabla 10 del Anexo C.4 del EIA), retiro y transporte de excedentes (Tabla 11 del Anexo C.4 del EIA), relleno y esparcimiento, rellenos compactados (Tabla 12 del Anexo C.4 del EIA) y rocas (Tabla 13 del Anexo C.4 del EIA) permitiendo el funcionamiento de una sola máquina o equipo a la vez. En el caso particular del Receptor 2, se deberá aplicar una restricción a la emisión acústica de las maquinarias a utilizar. De este modo, dichas maquinarias no podrán tener un nivel de presión acústica mayor a 71 [dB(A)] a 10 [m]. La medida de control de vibraciones está enfocada en reducir el exceso y cumplir con los valores recomendados por la normativa para el criterio de molestia, y consiste en restringir la distancia mínima entre el lugar de ejecución de faenas con rodillo compactador y el receptor afectado. Dicha distancia deberá ser de al menos 33 [m] entre la fuente y el receptor, con tal de asegurar que no exista molestia producto de las vibraciones generadas por el uso del rodillo compactador. Oportunidad: La medida se implementará previo al inicio de los trabajos en los tramos del Proyecto. Indicador que acredite su cumplimiento El Indicador corresponde al CAV “Monitoreos de Ruido y Vibraciones”, descrito en la siguiente Tabla (Tabla 12.1.8 del presente documento), donde se indica que se realizarán monitoreos para las componentes de Ruido y Vibración para los puntos sensibles del Proyecto, es decir, R1, R2, R3, R4, R5, R7, R8, R10, R11, R12 y R14 para ruido, y R2 y R5 en vibraciones. Forma de control y seguimiento Se contempla la medición en sectores específicos, que sean representativos de las obras que se ejecutarán en toda su extensión. Esto permitirá verificar el cumplimiento del D.S. N° 38/11. Los Informes de Resultados, serán enviados de forma semestral a la SMA. De igual manera, estarán disponibles en formato físico en las Instalaciones de Faena, en caso de ser requeridos por la Autoridad. Referencia al ICE para mayores detalles Tabla 12.1.7

12.8 Monitoreos de Ruido y Vibraciones Impacto asociado Ruido y Vibración Fase del Proyecto a la Construcción

que aplica Objetivo, descripción y justificación Objetivo: Realizar monitoreos de ruido y vibración en los puntos sensibles del Proyecto, durante la fase de construcción. Descripción: Se realizarán monitoreos para las componentes de Ruido y Vibración para los puntos sensibles del Proyecto, es decir, R1, R2, R3, R4, R5, R7, R8, R10, R11, R12 y R14 para ruido, y R2 y R5 en vibraciones. Justificación: Verificar que no se estén sobrepasando los valores límites en los puntos sensibles del Proyecto, que pudiesen generar afectación en la calidad de vida de las personas. Lugar, forma y oportunidad de implementación Lugar: Comuna de Tierra Amarilla. Forma: Se harán monitoreos de manera mensual en cada uno de los sectores del Proyecto donde haya obras y funcionamiento de maquinaria, durante la fase de construcción de este. Oportunidad: Esta medida se hará de manera mensual durante toda la fase de Construcción del Proyecto. Indicador que acredite su cumplimiento Los niveles de ruido y vibración en aquellos puntos sensibles del Proyecto deberán permanecer por debajo de los valores máximos. Los monitoreos serán realizados por empresas especializadas, los cuales entregarán los informes correspondientes con los resultados. Forma de control y seguimiento Los Informes de Resultados, serán enviados de forma semestral a la SMA. De igual manera, estarán disponibles en formato físico en las Instalaciones de Faena, en caso de ser requeridos por la Autoridad. Referencia al ICE para mayores detalles Tabla 12.1.8

12.9 Charlas capacitación Paleontológica Impacto asociado Paleontología Fase del Proyecto a la que aplica Construcción Objetivo, descripción y justificación Objetivo: Sensibilizar a los trabajadores sobre el componente paleontológico que podría encontrarse en el área de emplazamiento del Proyecto y los procedimientos a seguir en caso de hallazgos imprevistos. Descripción: Se realizará una charla de inducción a los trabajadores, acorde a lo descrito a continuación: • Su contenido será entregado en una propuesta para ser visada por el CMN, previo a su ejecución • Deberán ser ejecutadas antes del inicio de obras y cada vez que entre una empresa contratista nueva. • Serán realizadas o supervisadas por el paleontólogo a cargo de los informes, las cuales deberán incluir un protocolo de procedimiento ante hallazgos no imprevistos, que debe estar en conocimiento de todos los trabajadores, especialmente del encargado de medio ambiente de la obra. • Los contenidos transmitidos en la inducción no deben aumentar la vulnerabilidad del componente paleontológico por tanto se deberá evitar dar la ubicación exacta de sitios de interés. • Se mantendrá un registro firmado de la actividad realizada, y se

remitirá un informe con cada informe de monitoreo paleontológico, según corresponda, que incluya un registro fotográfico con fechas y las listas de asistencia firmadas en cada charla. Justificación: Dado que la mayor parte del trazado del Proyecto se emplaza sobre unidades fosilíferas susceptibles, los trabajadores deben estar informados sobre cómo proceder en caso de un hallazgo de tipo paleontológico. Lugar, forma y oportunidad de implementación Lugar: Comuna de Tierra Amarilla. Forma: Con el fin de informar al personal de los procedimientos a seguir en caso de posibles hallazgos fortuitos, se realizarán charlas de capacitación paleontológica a todo el personal que intervendrá en labores de movimientos de tierra, previo al inicio de una nueva etapa de excavación, y durante los trabajos de ser necesario. Esta misma charla deberá ser dada al personal administrativo que opere habitualmente en la planta. Durante dicha inducción se explicará la legislación asociada a la protección del patrimonio fósil, el potencial paleontológico del sector, los posibles hallazgos que podrían realizarse durante las obras de excavación, y el protocolo a seguir en caso de que se confirme su presencia. Estas charlas de capacitación serán realizadas siguiendo las indicaciones del Ítem 3.2.4 de la Guía de Informes Paleontológicos (CMN, 2016), y estarán disponibles en faena en caso de ser requeridas por la Autoridad. Oportunidad: La charla de inducción se realiza al inicio de la fase de construcción del Proyecto, manteniendo la presentación correspondiente visada por el CMN, y se volverá a realizar cada que ingresen nuevos trabajadores. Indicador que acredite su cumplimiento Registro que acredite los contenidos de la inducción realizada y la firma de asistencia de los trabajadores, adjuntos al primer monitoreo paleontológico según corresponda, y cada vez que se repita por nuevas contrataciones. Lo cual deberá ser remitido con el primer informe mensual de monitoreo, a la SMA con copia al CMN, en un plazo máximo de entrega de 15 días hábiles después del último monitoreo del mes. Repitiéndose cada vez que corresponda. Forma de control y seguimiento • Verificación de que se cuente con el registro de inducción de los trabajadores en la obra. • Comprobante de remisión de la ejecución de la charla, emitido por la plataforma de seguimiento de la SMA. Referencia al ICE para mayores detalles Tabla 12.1.9

12.10 Colección Paleontológica de Referencia Impacto asociado Paleontología Fase del Proyecto a la que aplica Construcción Objetivo, descripción y justificación Objetivo: Colecta superficial de fósiles con el fin de crear una colección de referencia y contribuir al conocimiento sobre el patrimonio paleontológico de la formación. Descripción: Se realizará una colecta superficial de fósiles (previo permiso del CMN), lo que permitirá caracterizar paleontológicamente el

área en mayor detalle e identificar posibles fuentes de los materiales hallados como rodados. Justificación: Proteger eventuales hallazgos paleontológicos, adoptando las medidas de acción establecidas en la normativa vigente, dado que la mayor parte del trazado del Proyecto se emplaza sobre unidades fosilíferas susceptibles. Lugar, forma y oportunidad de implementación Lugar: Comuna de Tierra Amarilla, sector Amolanas. Forma: Dado que los trazados en el sector Amolanas colinda con estratos fosilíferos correspondientes a la Fm. Lautaro, como medida de mitigación y antes de cualquier intervención que pueda suponer la destrucción de material fósil en las secciones de quebradas entre las coordenadas 19J 400975/6904090 y 19J 400359/6901281, y 19J 403557/6905118 y 19J 402311/ 6905119; se realizará una colecta superficial de fósiles (previo permiso del CMN) con el fin de crear una colección de referencia y contribuir al conocimiento sobre el patrimonio paleontológico de la formación. El equipo paleontológico a cargo de las labores también podrá realizar colectas en los afloramientos colindantes, que pasarán a formar parte de esta misma colección junto con los correspondientes datos estratigráficos. Esto también permitirá caracterizar paleontológicamente el área en mayor detalle e identificar posibles fuentes de los materiales hallados como rodados. El proceso estará a cargo de profesional paleontólogo y la colección será depositada en un museo que cuente con los estándares solicitados por la autoridad, siendo debidamente catalogada y conservada previo a su entrega al depósito final definido en conjunto con el CMN. Oportunidad: En la fase de construcción, durante los periodos en que se realice las faenas durante las excavaciones y actividades que impliquen movimientos de tierra, en el sector Amolanas del Proyecto. Indicador que acredite su cumplimiento Se solicitará el Permiso Ambiental Sectorial 132 para dar cumplimiento a la recolección superficial, el cual deberá ser aprobado por el Consejo de Monumentos Nacionales previo a realizar la recolección. Forma de control y seguimiento Aprobación del Permiso Ambiental Sectorial 132. Referencia al ICE para mayores detalles Tabla 12.1.10

12.11 Monitoreo Paleontológico Permanente Impacto asociado Paleontología Fase del Proyecto a la que aplica Construcción Objetivo, descripción y justificación Objetivo: Resguardar el patrimonio paleontológico que se ha podido identificar en sector, como también identificar cualquier hallazgo correspondiente a rodados en el lecho del cauce fluvial. Descripción: monitoreo paleontológico permanente, por un paleontólogo acorde al perfil del CMN, durante las excavaciones y actividades que impliquen movimientos de tierra en zonas sensibles desde el punto de vista paleontológico dentro del área de influencia del Proyecto. Justificación: Proteger eventuales hallazgos paleontológicos, adoptando las medidas de acción establecidas en la normativa vigente, dado que la

mayor parte del trazado del Proyecto se emplaza sobre unidades fosilíferas susceptibles. Lugar, forma y oportunidad de implementación Lugar: Comuna de Tierra Amarilla, sector Amolanas. Forma: Considerando la presencia de fósiles in situ y rodados en el sector Amolanas, se realizará un monitoreo permanente por parte de un profesional paleontólogo (que cumpla con las exigencias del CMN), durante el desarrollo de obras de excavación y movimientos de tierra en este sector del Proyecto, dada la posible existencia de rodados y afloramientos fosilíferos de la Fm. Lautaro. La medida tiene como fin resguardar el patrimonio paleontológico que se ha podido identificar en sector, como también identificar cualquier hallazgo correspondiente a rodados en el lecho del cauce fluvial, considerando que todas las quebradas desembocan en el cauce del río, siendo probable encontrar hallazgos fortuitos en el área de influencia directa del Proyecto. Sin desmerito de lo anterior, el Titular tendrá presente que, en caso de realizar algún hallazgo casual durante sus labores, la protección del patrimonio paleontológico en Chile está fundamentado en su estatus de monumento nacional, establecido en la Ley 17.288 de Monumentos Nacionales. El Artículo 26 de dicha ley establece que toda persona natural o jurídica que al hacer excavaciones en cualquier punto del territorio nacional y con cualquier finalidad, encontrare yacimientos o piezas de carácter paleontológico, está obligada a denunciar inmediatamente el descubrimiento a la gobernación. Oportunidad: En la fase de construcción, durante los periodos en que se realice las faenas durante las excavaciones y actividades que impliquen movimientos de tierra, en el sector Amolanas del Proyecto. Indicador que acredite su cumplimiento Remisión del informe mensual de monitoreo, a la SMA con copia al CMN. El plazo máximo de entrega es 15 días hábiles después del último monitoreo del mes Forma de control y seguimiento Comprobante de remisión del informe semestral de monitoreo, emitido por la plataforma de seguimiento de la SMA. Referencia al ICE para mayores detalles Tabla 12.1.11

12.12 Monitoreo Arqueológico Permanente Impacto asociado Arqueología Fase del Proyecto a la que aplica Construcción Objetivo, descripción y justificación Objetivo: Resguardar el patrimonio arqueológico en cada frente de trabajo, durante las obras de escarpe del terreno y en todas las actividades que consideren cualquier tipo de remoción de la superficie y excavación sub-superficial en el área del Proyecto. Descripción: Se realizará un Monitoreo Arqueológico permanente durante la etapa de construcción, realizado por un por arqueólogo/a(s) y/o licenciado/a(s) en arqueología. En las obras de movimiento de tierra y remoción de la superficie de excavación Justificación: Proteger eventuales hallazgos arqueológicos, adoptando las medidas de acción establecidas en la normativa vigente

Lugar, forma y oportunidad de implementación Lugar: Comuna de Tierra Amarilla, todas las áreas del Proyecto Forma: i) Realizar un monitoreo arqueológico permanente por un/a arqueólogo/a o licenciado/a en arqueología durante la etapa de construcción, en todas las actividades que consideren movimientos de tierra. ii) El monitoreo deberá incluir los siguientes aspectos: a) Descripción de las actividades en todos los frentes de excavación del mes, con fecha. b) Descripción de matriz y materialidad encontrada (con profundidad) en cada obra de excavación. c) Plan mensual de trabajo de la constructora donde se especifique en libro de obras los días monitoreados por el/la arqueólogo/a. d) Planos y fotos (de alta resolución) de los distintos frentes de excavación y sus diferentes etapas de avances. e) Contenidos de las charlas de inducción efectuadas y la constancia de asistentes con la firma de cada trabajador/a. f) De evidenciarse restos arqueológicos, incorporar: - Ficha de registro arqueológico con fotografías panorámicas y específicas de los hallazgos (en alta resolución). - Planilla de registro de sitios arqueológicos (en formato Excel), siguiendo los criterios definidos en el Instructivo Registro de Sitios, ambos disponibles en: https://www.monumentos.gob.cl/servicios/formulariosprotocolos/planilla- registro-sitios-arqueologicos - Descripción detallada del estado de conservación y si hubiera afectación por las obras del Proyecto. - Medidas de protección y/o conservaciones implementadas. - Constancia de aviso del hallazgo al CMN, de acuerdo con lo establecido en el art. 26 de la Ley N° 17.288 de Monumentos Nacionales. g) Efectuar el seguimiento del estado de conservación de las medidas de prevención a implementar si corresponden (cercado, señaléticas, etc.). h) El informe final de monitoreo debe dar cuenta de las actividades realizadas, y de haberse detectado sitios arqueológicos, incluir la información de rescate correspondiente. En estos casos se incluirá una revisión bibliográfica de la zona, el análisis (por tipo de materialidad) y la conservación de todos los materiales arqueológicos que se encuentren motivo de esta actividad. Se recuerda que para los rescates de hallazgos no previstos que aparezcan durante el monitoreo o en otra instancia, se deberá solicitar el permiso de intervención arqueológica según el Artículo 7° del Reglamento de Excavación, establecida en la Ley 17.288 de Monumentos Nacionales. iii) De recuperarse materiales arqueológicos, la propuesta de destinación definitiva de dichos bienes deberá ser indicada al momento de entregar el informe final del monitoreo e incluir un documento oficial de la institución museográfica aceptando la eventual destinación. Asimismo, se deben solventar los gastos de análisis, conservación y embalaje de las piezas, así como su traslado a la entidad receptora. Oportunidad: En la fase de construcción, durante los periodos en que se realice las faenas durante las excavaciones y actividades que impliquen movimientos de tierra, en todos los sectores del Proyecto.

Indicador que acredite su cumplimiento Remitir a la Superintendencia del Medio Ambiente (SMA) el informe mensual de monitoreo elaborado por el/la arqueólogo/a en un plazo máximo de 15 días hábiles contados desde el término de cada mes monitoreado. Forma de control y seguimiento Comprobante de remisión del informe de monitoreo en un plazo máximo de 15 días hábiles contados desde el término de cada mes monitoreado, emitido por la plataforma de seguimiento de la SMA. Referencia al ICE para mayores detalles Tabla 12.1.12

12.13 Charlas de capacitación de Arqueología Impacto asociado Arqueología Fase del Proyecto a la que aplica Construcción Objetivo, descripción y justificación Objetivo: Sensibilizar a los trabajadores sobre el componente Arqueológico que podría encontrarse en el área de emplazamiento del Proyecto y los procedimientos a seguir en caso de hallazgos imprevistos. Descripción: Se realizará una charla de inducción a los trabajadores, acorde a lo descrito a continuación: • Su contenido será entregado en una propuesta para ser visada por el CMN, previo a su ejecución. • Deberán ser ejecutadas antes del inicio de obras y cada vez que entre una empresa contratista nueva. • Serán realizadas o supervisadas por el paleontólogo a cargo de los informes, las cuales deberán incluir un protocolo de procedimiento ante hallazgos no imprevistos, que debe estar en conocimiento de todos los trabajadores, especialmente del encargado de medio ambiente de la obra. • Los contenidos transmitidos en la inducción no deben aumentar la vulnerabilidad del componente arqueológico por tanto se deberá evitar dar la ubicación exacta de sitios de interés. • Se mantendrá un registro firmado de la actividad realizada, y se remitirá un informe con cada informe de monitoreo paleontológico, según corresponda, que incluya un registro fotográfico con fechas y las listas de asistencia firmadas en cada charla. Justificación: Los trabajadores deben estar informados sobre cómo proceder en caso de un hallazgo de tipo arqueológico. Lugar, forma y oportunidad de implementación Lugar: Comuna de Tierra Amarilla. Forma: Con el fin de informar al personal de los procedimientos a seguir en caso de posibles hallazgos fortuitos, se realizarán charlas de capacitación arqueológica a todo el personal que intervendrá en labores de movimientos de tierra, previo al inicio de una nueva etapa de excavación, y durante los trabajos de ser necesario. Esta misma charla deberá ser dada al personal administrativo que opere habitualmente en la planta. Durante dicha inducción se explicará la legislación asociada a la protección del patrimonio fósil, el potencial paleontológico del sector, los posibles hallazgos que podrían realizarse durante las obras de excavación, y el protocolo a seguir en caso de que se confirme su presencia. Oportunidad: La charla de inducción se realiza al inicio de la fase de

construcción del Proyecto, manteniendo la presentación correspondiente visada por el CMN, y se volverá a realizar cada que ingresen nuevos trabajadores. Indicador que acredite su cumplimiento Registro que acredite los contenidos de la inducción realizada y la firma de asistencia de los trabajadores, y cada vez que se repita por nuevas contrataciones. Lo cual deberá ser remitido con el primer informe semestral de monitoreo, a la SMA con copia al CMN, en un plazo máximo de entrega de 15 días hábiles después del último monitoreo del mes. Repitiéndose cada vez que corresponda. Forma de control y seguimiento • Verificación de que se cuente con el registro de inducción de los trabajadores en la obra. • Comprobante de remisión de la ejecución de la charla, emitido por la plataforma de seguimiento de la SMA. Referencia al ICE para mayores detalles Tabla 12.1.13

12.14 Prohibición de caza y captura Impacto asociado Fauna Fase del Proyecto a la que aplica Construcción Objetivo, descripción y justificación Objetivo: Evitar pérdida del recurso, particularmente de las aves de suelo y lagartijas presentes en el tramo a intervenir. Descripción: Se implementarán medidas cuya finalidad está asociada a la protección de fauna terrestre. Justificación: Los impactos sobre la fauna de vertebrados terrestres se producen por la alteración de hábitat durante la fase de construcción, debido a la presencia de personal del Proyecto, la intervención de superficies, la circulación de vehículos y la construcción de las obras. Lugar, forma y oportunidad de implementación Lugar: Comuna de Tierra Amarilla. Forma: Se prohibirá la compra o captura de animales nativos (vivos o muertos o partes de ellos pieles, o huesos) a todos los trabajadores asociados al Proyecto, especialmente mientras dure la construcción. Esta medida se complementará con la capacitación a los trabajadores y con la disposición de señalética y/o afiches apropiados, cuyo objetivo es incentivar la mantención y protección de la fauna del área de influencia. Las charlas se realizarán de forma permanentemente durante la fase de construcción a los trabajadores. Se implementará señalética, indicando los límites de velocidad establecidos para los vehículos que transitan en el sector del área del Proyecto Oportunidad: Se implementarán las capacitaciones a los trabajadores y las señaléticas durante la fase de construcción. La primera charla de inducción se efectuará al inicio de la obra a los trabajadores que ingresan, así como, también se irán realizado capacitaciones a aquellos que posteriormente vayan integrando el Proyecto. Indicador que acredite su Se propone generar un informe trimestral de la medida, con fotografías que den testimonio al cumplimiento.

cumplimiento Informes mensuales de cumplimiento por parte del encargado ambiental el cual deberá contener diversos medios de verificación de su cumplimiento Forma de control y seguimiento Se remitirán los informes a la SMA con copia al SAG de la Región Atacama. Referencia al ICE para mayores detalles Tabla 12.1.14

12.15 Perturbación Controlada Impacto asociado Fauna Fase del Proyecto a la que aplica Construcción Objetivo, descripción y justificación Objetivo: Remover de forma manual los refugios de las especies de interés previo al inicio de las actividades de despeje de vegetación o de movimiento de tierras, evitando así la intervención de maquinaria. Descripción: provocar el abandono o inducir el desplazamiento gradual, desde el lugar de origen hacia zonas inmediatamente adyacentes, de esta forma minimizar la afectación de ejemplares de fauna terrestre de baja movilidad, como los reptiles que ocupan micro hábitats en las áreas del Proyecto, específicamente en la Línea de transmisión, con el fin de asegurar la continuidad de las poblaciones que habitan el área de influencia. Justificación: La ejecución de la totalidad del Proyecto contempla la realización de obras en seis distintos sectores de forma correlativa, lo cual implicará el uso de maquinaria que pueden afectar a ejemplares de fauna terrestre de baja movilidad. Lugar, forma y oportunidad de implementación Lugar: Comuna de Tierra Amarilla Forma: La medida de perturbación controlada está dirigida a los reptiles, principalmente y a las especies de baja movilidad identificadas en la caracterización de la Línea de Base El presente Plan de Perturbación Controlada se aplicará en el área de influencia correspondiente a todas las obras del Proyecto, es decir, aquellas correspondientes a las mallas, diques (obras puntuales) y cauces de evacuación (obras lineales), que conllevan a la alteración del hábitat de dichas especies, producto de la intervención del sustrato. Cabe destacar que el desarrollo del Plan de Perturbación Controlada favorecerá a todas las especies de baja movilidad que pudiesen ser encontradas dentro del área de influencia de la línea de transmisión al momento de su ejecución. Para mayor detalle de la metodología del Plan de perturbación controlada ver Anexo 16 de la Adenda Complementaria Excepcional. Oportunidad: Se implementará al inicio de las obras en la fase de construcción. Indicador que acredite su cumplimiento El indicador de cumplimiento del Plan de Perturbación controlada, se considera el avistamiento o hallazgo, durante todas las visitas del plan de seguimiento, menor a un 15% de los individuos totales registrados dentro del monitoreo de la situación base efectuado. Para poder determinar la efectividad del Plan de Perturbación Controlada se desarrollará un programa de seguimiento de las medidas ambientales implementadas. Entre estas medidas se encuentran la limpieza del 100%

del área a intervenir al momento de realizar el primer monitoreo de seguimiento y la detección de menos de un 15% de los individuos registrados en la línea base. De esta manera, se diseñará un plan de seguimiento que considerará tres campañas de terreno para verificar la efectividad del plan de perturbación controlada. Forma de control y seguimiento Se remitirá un informe final a la SMA, con copia al SAG, Región Atacama, 30 días posterior a la ejecución del segundo monitoreo de seguimiento. Referencia al ICE para mayores detalles Tabla 12.1.15

12.16 Resguardo de la vegetación terrestre Impacto asociado Flora y vegetación Fase del Proyecto a la que aplica Construcción y operación Objetivo, descripción y justificación Objetivo: Asegurar que la vegetación que no será removida por el movimiento de tierra y limpieza del área de trabajo no sufra daños. Descripción: Se implementarán medidas cuyo objetivo es proteger de los efectos de movimientos de tierra a la vegetación existente en el cauce del río que no es afectada por las obras a realizar en el cauce. Justificación: Dado que la vegetación es un bien escaso y de gran valor ambiental ya que se asocia a otros componentes bióticos como la fauna, hongos y la protección del recurso suelo, es que se proponen las medidas pertinentes para el resguardo de la vegetación terrestre Lugar, forma y oportunidad de implementación Lugar: Comuna de Tierra Amarilla Forma: Para esto, se capacitarán a los trabajadores para que sus actividades no dañen superficie vegetal que no está especificada en los estudios respectivos. Las charlas a los trabajadores se implementarán al comienzo y durante el desarrollo de cada obra en la fase de construcción, respecto del tipo, características y valor de la flora y vegetación del área del Proyecto. El contenido de esta tendrá como objetivo central que los trabajadores acaten las medidas de mitigación de impactos relacionados con el recurso flora y vegetación. Para que este objetivo se cumpla, es necesario que la charla sea impartida al comienzo de los contratos y se repita cada tres meses durante la fase de construcción. La charla de capacitación será impartida por un profesional que domine el tema de los recursos naturales, específicamente flora y vegetación terrestre y materias legales- ambientales relacionadas. Esta charla incluirá capacitación entregada en forma de presentación oral, apoyada por material escrito que sea repartida, y que quede en posesión de los trabajadores. La charla de capacitación será realizada en alguna sala que quede habilitada para estos efectos en el área del Proyecto. Junto a lo anterior, se establecerán los perímetros correspondientes para que las actividades de construcción no sobrepasen lo estipulado en el Proyecto. Se dispondrán señaléticas y afiches con el objetivo de advertir sobre la prohibición de intervenir flora y vegetación fuera del área determinada en el Proyecto. También, incentivar la mantención y protección de la flora y vegetación del área de influencia. Estas

señaléticas indicarán los elementos de mayor importancia de la flora y vegetación terrestre localizada en el área de influencia, especificando la presencia de especies con problemas de conservación y endémicas, y los lugares de abundante vegetación, señalando además su importancia ecológica. Además, en las señaléticas se dará énfasis a la prohibición de corta de vegetación y quemas. Esta medida es aplicable tanto en el área de inundación, sectores de caminos y canal alimentador. Oportunidad: Se implementará durante la fase de construcción. Indicador que acredite su cumplimiento Informes mensuales de cumplimiento por parte del encargado ambiental el cual deberá contener diversos medios de verificación de su cumplimiento. Se generará un informe trimestral de la medida, con fotografías que den testimonio al cumplimiento. Forma de control y seguimiento Se remitirán todos los informes de cumplimiento con una frecuencia semestral a la SMA, CONAF y SAG, acreditando el cumplimiento de la medida. Referencia al ICE para mayores detalles Tabla 12.1.16

13°. Que, las medidas relevantes del Plan de Prevención de Contingencias y del Plan de Emergencias, son las siguientes:

13.1. PLAN DE PREVENCIÓN DE CONTINGENCIAS

13.1.1 Situación de Riesgo o contingencia: Accidentes Viales Fase del proyecto a la que aplica Todas las fases Parte, obra o acción asociada Caminos del Proyecto Acciones o medidas a implementar Los trabajadores que conduzcan vehículos motorizados sean equipos livianos o pesados, deberán estar en posesión de la respectiva Licencia de Conducir municipal vigente en el momento que los operan. Los vehículos deberán transitar por las zonas urbanas respetando la normativa existente. Forma de control y seguimiento • Chequeo de que se cuente en obra con las HDS, registros de mantenciones preventivas, protocolos de manejo y capacitaciones. • Inspección visual y/o registro fotográfico del almacenamiento de sustancias y residuos acorde a la normativa vigente, incluyendo medidas contención y control. • Comprobantes de remisión de aviso e informes a la SMA y organismos competentes. • Copia contractual en donde se estipule para los transportistas el cumplimiento de la normativa vigente. Referencia a documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada Capítulo 7 del EIA “Plan de Prevención de Contingencia y Emergencia” Anexo 08 de la Adenda.

13.1.2 Situación de riesgo o contingencia: Incendio Fase del proyecto a la que aplica Todas las fases del Proyecto Emplazamiento, parte, obra o acción asociada Todas las instalaciones del Proyecto Acciones o medidas a implementar Durante todas las fases del Proyecto y en todas sus obras, el riesgo de incendio está asociado principalmente a las áreas de emplazamiento y de almacenamiento de sustancias combustibles, comburentes e inflamables, o bien en el traslado de maquinaria o vehículos que los porten, en instalaciones con presencia de energía eléctrica, y en los lugares donde se desarrollan trabajos en caliente. Además, se aplica a las áreas como las instalaciones de faenas. • Se prohibirá fumar en áreas de trabajo. • Se establecerán procedimientos que al menos contengan: - Protocolos para mantener las áreas libres de cualquier objeto (principalmente aquellas que generen cargas combustibles). - Plan interno para actuación y comunicación en caso de este tipo de eventos. Forma de control y seguimiento • Inspección visual y/o registro fotográfico de señalética que establezca las prohibiciones de cualquier actividad que pueda generar chispas, tales como encender fuego, fumar, portar o mantener elementos que puedan ocasionar chispas, etc. • Inspección visual y/o registro fotográfico de áreas de almacenamientos de materiales combustibles e inflamables, acorde a la normativa. • Registro de capacitación en el uso de extintores y otros sistemas de control de incendios. • Inspección visual y/o registro de la distribución de los sistemas de control de incendio en la obra, así como de sus mantenciones con vigencia. • Copia de avisos y remisión de informes de incendios a la autoridad en el caso de que corresponda. Referencia a documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada Capítulo 7 del EIA “Plan de Prevención de Contingencia y Emergencia” Anexo 08 de la Adenda

13.1.3 Situación de riesgo o contingencia: derrame de aceites y combustibles de hidrocarburos, sustancias o residuos peligrosos Fase del proyecto a la que aplica Fase de construcción Emplazamiento, parte, obra o acción asociada Todas las instalaciones del Proyecto Acciones o medidas a implementar • Cumplimiento de los requerimientos del D.S. N° 298/94 “Reglamenta Transporte de Cargas Peligrosas por Calles y Caminos” y de la legislación aplicable al transporte de combustible. -Disposición en el vehículo de las instrucciones a seguir en caso de accidente.

• Capacitación del conductor para respuesta en caso de accidente con derrame de las sustancias transportadas. -Uso de distintivos de seguridad, según NCh Nº 2190 “Transporte de sustancias peligrosas Distintivos para identificación de riesgos”. • Protocolo de recambio de la empresa responsable del transporte y retiro del aceite de transformadores, en caso de que se produzca un fallo eléctrico y se requiera su reemplazo. • Todos los vehículos, buses, camiones, camionetas y equipos en general contarán con señalética que identifique al Titular y al Proyecto al que pertenece, como también de los servicios que contrate, de manera que puedan ser identificados en caso de accidentes. Forma de control y seguimiento Se enviará semestralmente a la SMA un informe consolidado con las capacitaciones a trabajadores fotografías de los distintivos de seguridad y señaléticas, y protocolos, entre otros Referencia a documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada Punto 7.6.2.11 y 7.7.11 Actualización Plan de Contingencias y Emergencias; Punto 10.9 Adenda.

13.1.4 Situación de riesgo o contingencia: deslizamiento de tierra y rocas, en caminos u otras instalaciones del proyecto Fase del proyecto a la que aplica Fase de construcción Emplazamiento, parte, obra o acción asociada Todas las instalaciones del Proyecto Acciones o medidas a implementar El riesgo está asociado al posible deslizamiento de tierra y rocas en caminos o instalaciones del Proyecto, o zonas de construcción (río Copiapó). Se proponen las siguientes medidas y procedimientos a adoptar para evitar eventuales situaciones de riesgo: • Durante la construcción, se realizarán monitoreos diarios de los caminos y áreas del Proyecto, de manera de identificar posibles áreas que presenten riesgos de deslizamiento de tierra y roca; • En caso de identificar área de riesgos, se definirán zonas seguras y rutas de evacuación de los trabajadores. Forma de control y seguimiento • Registro de mantención de las zonas seguras y rutas de evacuación. • Registro de capacitación sobre zonas seguras y rutas de evacuación. • Verificación visual y fotográfica de las potenciales zonas que puedan presentar riesgo. Referencia a documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada Capítulo 7 del EIA “Plan de Prevención de Contingencia y Emergencia” Anexo 08 de la Adenda

13.1.5 Situación de riesgo o contingencia: Sismo Fase del proyecto a la que aplica Fase de construcción

Emplazamiento, parte, obra o acción asociada Todas las instalaciones del Proyecto Acciones o medidas a implementar Para evitar que se produzcan desplazamiento de material estéril en las zonas de intervención en caso de sismos se proponen las siguientes medidas: • Se realizarán inspecciones visuales de los taludes, posteriores a eventos sísmicos de mediana y gran magnitud. • Se mantendrán actualizados los resultados de los estudios de geología y geotecnia respecto de la composición de la roca (estructura, textura, composición química para observar y estudiar si tuvo algún cambio físico – químico (meteorización) que la haga distinta a otros lugares de la mina o zona geográfica. Forma de control y seguimiento • Plan de emergencias disponible en obras con definición e identificación de las zonas de seguridad. • Registros de ejecución de capacitaciones y simulacros. • Registros visual o fotográfico del estado de las áreas de trabajo, vías de circulación y señalización (zonas de seguridad y vías de evacuación). • Copia de avisos y remisión de informes de sismos a la autoridad en el caso de que corresponda. Referencia a documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada Capítulo 7 del EIA “Plan de Prevención de Contingencia y Emergencia” Anexo 08 de la Adenda

13.1.6 Situación de riesgo o contingencia: accidentes causados por eventos naturales, tales como sismos, lluvias y nevadas de gran magnitud y aluviones Fase del proyecto a la que aplica Construcción y operación Emplazamiento, parte, obra o acción asociada Obras de defensa aluvional, tales como cauces de evacuación, diques de contención y mallas de control detrítico. Acciones o medidas a implementar El Titular realizará una (1) charla semestral (por sector), señalando las principales características del Proyecto, riesgos asociados, y las Zonas de Seguridad establecidas para que la población acuda en caso de algún sismo o aluvión. Forma de control y seguimiento El registro de las charlas se enviará semestralmente a la SMA y a la Municipalidad de Tierra Amarilla, con los datos de cada una de ellas y sus asistentes. Referencia a documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada Punto 7.6.2.6 Actualización Plan de Contingencia y Emergencia EIA; Punto 10.11 Adenda.

13.1.7 Situación de riesgo o contingencia: falla en el sistema de manejo de aguas Fase del proyecto a la que aplica Fase de construcción Emplazamiento, parte, obra o acción asociada Todas las instalaciones del Proyecto Acciones o medidas a El Proyecto contempla las siguientes obras orientadas en mejorar y

implementar disminuir los riesgos frente a un desastre natural. • Las obras de control aluvional y cauces de evacuación fueron diseñadas en aquellas quebradas en que los flujos aluvionales amenazan a centros poblados. • Los tipos de obras adoptados para el control aluvional corresponden a Diques y Mallas de control detrítico. • Las obras de retención del material aluvional fueron localizadas en sectores en que las quebradas se presentan confinadas y permiten retener la mayor cantidad de material aluvional. • Las obras de control aluvional fueron diseñadas para un caudal detrítico de con un Tr de 100 años. • Para los cauces de evacuación de las quebradas se adoptó una revancha de 1 m, para su caudal de diseño. • Para el cauce del río Copiapó, en todo el tramo de Proyecto, se diseñó una canalización para un caudal detrítico con Tr de 100 años, verificando que con la revancha adoptada puedan transitar un caudal detrítico de Tr de 200 años. Este caudal considera que el embalse Lautaro regula la totalidad de la crecida e incluye un caudal de descargas del embalse de 1,5 m3/s, a través de su válvula de evacuación. • Las obras de enrocados diseñadas fueron fundadas a una profundidad mínima de 1,5 bajo la cota de terreno, en los casos en que los cálculos de socavación resultaron menor a este valor. • Las cotas de coronamiento de los enrocados de revestimientos de riberas, fueron fijadas como una rasante definida a partir de las cotas de los ejes hidráulicos calculados. • Respecto al peso de los enrocados, se adoptó como peso mínimo 300 kg. Para peso de enrocado superior a los 1.000 kg, se optó por la colocación de enrocados consolidados. • Para las obras que se insertan en centros poblados, como las obras de la quebrada Los Loritos, se desarrollaron proyectos de paisajismo. Forma de control y seguimiento Registro visual y fotográfico periódico de cada una de las obras de control aluvional Charlas y capacitaciones a los trabajadores Referencia a documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada Capítulo 7 del EIA “Plan de Prevención de Contingencia y Emergencia” Anexo 08 de la Adenda

13.1.8 Situación de riesgo o contingencia: alumbramiento de aguas subterráneas Fase del proyecto a la que aplica Construcción Emplazamiento, parte, obra o acción asociada Movimiento de tierras y/o excavaciones Acciones o medidas a implementar Contar con los niveles freáticos de cada una de las zonas donde se desarrollen las obras, y además, ver la existencia de tuberías de agua potable. Lo anterior para determinar la profundidad de las excavaciones y tomar precauciones ante cualquier movimiento de tierras.

Forma de control y seguimiento Se enviará semestralmente a la SMA un Informe que contenga el detalle de las acciones o medidas consideradas en el Proyecto, como lo son el registro de charlas de capacitación y fotografías de los carteles informativos sobre el cruce de animales. Referencia a documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada Punto 7.6.2.8 y 7.7.8 Actualización Plan de Contingencia y Emergencia; Punto 10.1 Adenda.

13.1.9 Situación de riesgo o contingencia: atropello de fauna Fase del proyecto a la que aplica Construcción y operación Emplazamiento, parte, obra o acción asociada Obras de defensa aluvional, tales como cauces de evacuación, diques de contención y mallas de control detrítico. Acciones o medidas a implementar • Realización de charlas de capacitación al personal acerca de la potencial fauna presente en el área, del resguardo y cuidado de la misma, así como del procedimiento de actuación en caso de un hallazgo. • Velocidad del desplazamiento de los vehículos al interior de las obras de 30 km/hora. • Control de la velocidad para todos los vehículos del Proyecto, informando los límites de velocidad permitidos tanto en caminos internos como externos. • Instalación de carteles informativos sobre el eventual cruce de animales en las zonas adecuadas. Forma de control y seguimiento Se enviará semestralmente a la SMA un Informe que contenga el detalle de las acciones o medidas consideradas en el Proyecto, como lo son el registro de charlas de capacitación y fotografías de los carteles informativos sobre el cruce de animales Referencia a documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada Punto, 7.6.2.9 y 7.7.9 Actualización Plan de Contingencia y Emergencia; Punto 10.3 Adenda.

13.1.10 Situación de riesgo o contingencia: contaminación de aguas de uso sanitario Fase del proyecto a la que aplica Construcción Emplazamiento, parte, obra o acción asociada Ejecución de las obras del Proyecto, incluidas las actividades de transporte de insumo y residuos. Acciones o medidas a implementar Para prevenir la contaminación de cursos de agua que son utilizados para fines sanitarios, se considerará: • Se construirán las bodegas de residuos peligrosos y no peligrosos a una distancia considerable de cuerpos de agua (permanente o intermitente), para prevenir la contaminación de éstas con los residuos a generarse en el Proyecto. • Para el caso de los gases de vehículos y maquinarias, se controlará que éstas cuenten con sus revisiones técnicas al día, incluyendo los certificados de emisión de gases. • Se prohibirá la incineración de cualquier tipo de residuos.

• Transporte de materiales y excedentes en camiones cubiertos. • Todos los elementos que posean alguna clase de almacenamiento de sustancia peligrosa, contarán con una capa impermeable antiderrame en la base de los mismos, con la finalidad de contener cualquier filtración o derrame que pudiese contaminar el suelo o cuerpos de agua. Forma de control y seguimiento Se enviará semestralmente a la SMA un informe consolidado con fotografías de las bodegas y elementos antiderrames, registro de revisiones técnicas, entre otros. Referencia a documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada Punto 7.6.2.10 y 7.7.10 Actualización Plan de Contingencia y Emergencia; Punto 10.8 Adenda.

13.1.11 Situación de riesgo o contingencia por derrame de sustancias en predio o rutas de tránsito Fase del proyecto a la que aplica Construcción Emplazamiento, parte, obra o acción asociada Todas las instalaciones del Proyecto Acciones o medidas a implementar • Cumplimiento de los requerimientos del D.S. N° 298/94 “Reglamenta Transporte de Cargas Peligrosas por Calles y Caminos” y de la legislación aplicable al transporte de combustible. • Disposición en el vehículo de las instrucciones a seguir en caso de accidente. • Capacitación del conductor para respuesta en caso de accidente con derrame de las sustancias transportadas. • Uso de distintivos de seguridad, según NCh Nº 2190 “Transporte de sustancias peligrosas Distintivos para identificación de riesgos”. • Protocolo de recambio de la empresa responsable del transporte y retiro del aceite de transformadores, en caso de que se produzca un fallo eléctrico y se requiera su reemplazo. • Todos los vehículos, buses, camiones, camionetas y equipos en general contarán con señalética que identifique al Titular y al Proyecto al que pertenece, como también de los servicios que contrate, de manera que puedan ser identificados en caso de accidentes. Forma de control y seguimiento Se enviará semestralmente a la SMA un informe consolidado con las capacitaciones a trabajadores, fotografías de los distintivos de seguridad y señaléticas, y protocolos, entre otros Referencia a documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada Capítulo 7 del EIA “Plan de Prevención de Contingencia y Emergencia” Anexo 08 de la Adenda

13.1.12 Situación de riesgo o contingencia por falla en Planta de Tratamiento de Aguas Servidas Fase del proyecto a la que aplica Construcción

Emplazamiento, parte, obra o acción asociada Todas las instalaciones del Proyecto Acciones o medidas a implementar Realizar periódicamente el mantenimiento de unidades y equipos de la planta de tratamiento de aguas servidas. • Mantener stock de insumos críticos. • Verificar continuamente los parámetros de funcionamiento (presión, caudal, alturas de agua de los estanques, temperaturas, corrientes, sobrecargas eléctricas). • Controlar los equipos de dosificación de productos químicos. • Mantener actualizado el canal de comunicaciones para situación de emergencia. La extracción de lodos se realizará conforme a las recomendaciones del fabricante de la PTAS, y se contratarán los servicios de una empresa externa especializada en el manejo de éstos y que cuente con las autorizaciones sanitarias de traslado y disposición final. Esta labor se deberá realizar en presencia del encargado de la operación de la Planta, que asegure las tareas y detecte en forma inmediata, algún derrame accidental, de forma tal de detener las labores de extracción y contener el derrame inmediatamente. Forma de control y seguimiento • Registro de mantenimiento periódico de unidades y equipos de la PTAS al día. • Registro de stock de insumos críticos. • Registro de parámetros de funcionamiento (presión, caudal, alturas de agua de los estanques, temperaturas, corrientes, sobrecargas eléctricas) óptimos. • Verificación en obra del sistema de control de equipos de dosificación de productos químicos operativo. • Verificación en obra del canal de comunicaciones para situación de emergencia operativo. • Registro de contrato vigente de empresa autorizada de retiro de lodos, retiros dentro de plazo. • Registros de comunicación oportuna de situaciones de emergencia a la SMA y autoridad competente, en aquellos casos en que se identificó afectación de componentes ambientales y/o de población. Referencia a documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada Capítulo 7 del EIA “Plan de Prevención de Contingencia y Emergencia” Anexo 08 de la Adenda

13.1.13 Situación de riesgo o contingencia: alumbramiento de aguas subterráneas Fase del proyecto a la que aplica Construcción Emplazamiento, parte, obra o acción asociada Movimiento de tierras y/o excavaciones Acciones o medidas a implementar Contar con los niveles freáticos de cada una de las zonas donde se desarrollen las obras, y además, ver la existencia de tuberías de agua potable. Lo anterior para determinar la profundidad de las excavaciones y tomar precauciones ante cualquier movimiento de

tierras. Forma de control y seguimiento Se enviará semestralmente a la SMA un Informe que contenga el detalle de las acciones o medidas consideradas en el Proyecto, como lo son el registro de charlas de capacitación y fotografías de los carteles informativos sobre el cruce de animales. Referencia a documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada Punto 7.6.2.8 y 7.7.8 Actualización Plan de Contingencia y Emergencia; Punto 10.1 Adenda.

13.2. PLAN DE EMERGENCIAS

13.2.1 Situación de Riesgo o contingencia: Accidentes Viales Fase del proyecto a la que aplica Todas las fases Parte, obra o acción asociada Caminos del Proyecto Acciones o medida a implementar En caso de ocurrir atropellos, accidentes o choques de vehículos asociados al Proyecto contra algún vehículo particular, se deberán tomar en general las medidas indicadas a continuación. Durante la Emergencia: • Detener inmediatamente los vehículos o equipos en operación. • Dar aviso inmediato al Jefe de Emergencia, para que active canales de comunicación y de aviso de inmediato a Carabineros. • De ser pertinente, se activa Brigada de Emergencias y/o se da aviso a Bomberos y otras unidades de rescate. • Cuando se informa de una emergencia vehicular se tomará acción inmediata enviando ambulancia y vehículo de rescate previa coordinación con la Brigada de Emergencias. • Mantenerse en el lugar para no dejar solo al o los afectados hasta la llegada de los primeros brigadistas. Después de la Emergencia: Una vez controlada la emergencia vehicular se debe realizar todas las acciones necesarias para restablecer las condiciones normales de las áreas y operaciones afectadas, considerando en esto: • La revisión exhaustiva de las condiciones de seguridad, evaluación de impacto al medioambiente, retiro y disposición de sustancias o residuos de acuerdo con procedimientos vigentes. • Se activará el Plan de Emergencia. Oportunidad y vías de comunicación a la SMA de la activación del Plan de Emergencia De acuerdo al Art. 104° del Reglamento del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental (RSEIA), en caso de que se declare una emergencia en las instalaciones, el Líder de Emergencia es el responsable de que se dé aviso de forma inmediata vía telefónica, a la Superintendencia de Medio Ambiente y a las autoridades con competencia. Dependiendo del tipo de emergencia, se avisará a Dirección Regional del SAG, Dirección Regional de Vialidad, SEREMI de Salud, DGA, Municipalidad de las Comunas afectadas, etc. Excepcionalmente para la fase de operación, será el Titular quién, tras ser informado por el Líder de Emergencia, dará aviso a las autoridades mencionadas.

Referencia a documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada Capítulo 7 del EIA “Plan de Prevención de Contingencia y Emergencia” Anexo 08 de la Adenda

13.2.2 Situación de riesgo o contingencia: Incendio Fase del proyecto a la que aplica Todas las fases del Proyecto Emplazamiento, parte, obra o acción asociada Todas las instalaciones del Proyecto Acciones o medida a implementar En estos casos se actuará de acuerdo con lo descrito a continuación: 1. Una vez se detecte el incendio, avisar al Líder de Emergencia por si ha de procederse a activar el Plan de Emergencia. 2. Si la situación no es excesivamente peligrosa, es decir, si se trata de un fuego de pequeña magnitud; sin exponerse, intentar apagar el fuego con un extintor, siempre que sea posible con el viento por la espalda y la salida con el viento de cara. 3. En caso de no poder extinguir el amago, el Líder de Emergencia llamará a Bomberos y evacuará la zona. 4. En caso de necesidad, se paralizarán todas las operaciones de la faena o área comprometida y no se permitirá el funcionamiento de: - Motores u otros equipos eléctricos. - Otros equipos o vehículos que pueden provocar un punto de ignición. - Se deberá observar la dirección del viento, se delimitará ampliamente la zona de peligro y se deberá impedir el acceso a la misma del personal que no esté adecuadamente equipado, alejando preferentemente en dirección contraria al viento, a toda persona ajena a la emergencia. - Se deberá limitar el número de personas en la zona de peligro al mínimo imprescindible, controlándolos constantemente por un responsable que deberá permanecer en el exterior de la zona, el cual deberá disponer de un equipo de socorro listo para intervenir si fuera necesario. Tras la extinción del fuego, el Líder de la Emergencia coordinará el retiro de efluentes contaminados por los agentes extintores y gestionarlos adecuadamente. Oportunidad y vías de comunicación a la SMA de la activación del Plan De acuerdo al Art. 104° del Reglamento del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental (RSEIA), en caso de que se declare una emergencia en las instalaciones, el Líder de Emergencia es el responsable de que se dé aviso de forma inmediata vía telefónica, a la Superintendencia de Medio Ambiente y a las autoridades con competencia. Dependiendo del tipo de emergencia, se avisará a Dirección Regional del SAG, Dirección Regional de Vialidad, SEREMI de Salud, DGA, Municipalidad de las Comunas afectadas, etc. Excepcionalmente para la fase de operación, será el Titular quién, tras ser informado por el Líder de Emergencia, dará aviso a autoridades mencionadas.

Referencia a documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada Capítulo 7 del EIA “Plan de Prevención de Contingencia y Emergencia” Anexo 08 de la Adenda

13.2.3 Situación de riesgo o contingencia: derrame de aceites y combustibles de hidrocarburos, sustancias o residuos peligrosos Fase del proyecto a la que aplica Fase de construcción Emplazamiento, parte, obra o acción asociada Todas las instalaciones del Proyecto Acciones o medida a implementar En el caso de derrame de cualquier sustancia peligrosa, los pasos a seguir para su control son: 1. Una vez se detecte el derrame, avisar al Líder de Emergencia para activar el Plan de Emergencia. 2. Hacer uso de equipo de protección personal apropiado para manejar el derrame. 3. Contener el derrame con material absorbente. 4. En caso de producto combustible, estar preparados para actuar en caso de que se produzca la inflamación de la sustancia. 5. Descontaminar el área afectada. Retirar todos los materiales contaminados y gestionar como residuos peligrosos. 6. Descontaminar los equipos de protección y limpiar y reponer todo el equipo de emergencia empleado. 7. Si es posible, recoger el producto derramado, evitando su vertido al suelo: - En los lugares donde el derrame se encontrará ampliamente disperso en el terreno, el material absorbente se esparcirá, mezclará con el suelo y amontonará libremente, y luego será eliminado. - El material recogido de un derrame será dispuesto adecuadamente en cilindros para su posterior traslado y disposición final en un depósito de seguridad autorizado. 8. Una vez controlada la situación de emergencia, el Líder de Emergencia informará el final de la misma: - Se realizará un seguimiento de la emergencia, recopilando toda la información sobre el tamaño, contenido y ubicación del derrame, además de las medidas de respuesta que se hayan tomado. Lo anterior, permitirá establecer el monitoreo que será necesario implementar a largo plazo para asegurar que el impacto ambiental que hubiese causado dicho suceso fuese corregido. - Se deberá establecer la causa del derrame y las medidas correctivas y de protección ambiental del caso. Además, se deberá dar aviso a las autoridades o servicios competentes, así como notificar a la Superintendencia de Medio Ambiente. - Se enviará un pre-informe dentro de las 24 horas siguientes a la ocurrencia del siniestro, y un informe final dentro de los 15 días siguientes. El informe incluirá como mínimo: causa del accidente; cantidad y tipo de sustancia peligrosa derramada;

fecha y hora del siniestro, localización y superficie afectada; fotografías del área afectada. En caso de derrame de estas sustancias a cursos de agua superficiales o frente a la eventualidad de infiltración 1. Dar aviso de inmediato al encargado de prevención de riesgos o la persona responsable. 2. Posteriormente se evacuará al personal del área afectada, con el fin no exponerlos innecesariamente. 3. Coloque barreras y/o diques en los puntos de control identificados, barreras absorbentes, en tela oleofílica. Para la construcción de diques se puede emplear sacos de fibra rellenos con arena. 4. Si el derrame fuera sobre cauce de agua bombear o trasegar. 5. Luego de tener el sitio confinado con las barreras recoja el producto derramado con barreras y tela oleofílica manualmente. 6. Disponga el producto recogido en recipientes. 7. Recoja el material vegetal contaminado si lo hay. 8. Se tomarán muestras de la fuente receptora del agua tanto aguas arriba como aguas abajo del punto de vertimiento. Oportunidad y vías de comunicación a la SMA de la activación del Plan De acuerdo al Art. 104° del Reglamento del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental (RSEIA), en caso de que se declare una emergencia en las instalaciones, el Líder de Emergencia es el responsable de que se dé aviso de forma inmediata vía telefónica, a la Superintendencia de Medio Ambiente y a las autoridades con competencia. Dependiendo del tipo de emergencia, se avisará a Dirección Regional del SAG, Dirección Regional de Vialidad, SEREMI de Salud, DGA, Municipalidad de las Comunas afectadas, etc. Excepcionalmente para la fase de operación, será el Titular quién, tras ser informado por el Líder de Emergencia, dará aviso a autoridades mencionadas. Referencia a documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada Punto 7.6.2.11 y 7.7.11 Actualización Plan de Contingencias y Emergencias; Punto 10.9 Adenda.

13.2.4 Situación de riesgo o contingencia: deslizamiento de tierra y rocas, en caminos u otras instalaciones del proyecto Fase del proyecto a la que aplica Fase de construcción Emplazamiento, parte, obra o acción asociada Todas las instalaciones del Proyecto Acciones o medida a implementar En caso de remociones en masa, se procederá a: • El líder de emergencia será encargado de coordinar y efectuar la adecuada evacuación (en caso de ser necesaria) de los trabajadores, velando por la seguridad de cada uno de ellos. • Coordinar trabajos de estabilización para detener posibles deslizamientos. • Verificación del estado del personal, terreno y/o fauna afectada. En caso de haber lesionados, se procederá a su rescate.

• Se realizarán trabajos de retiro de material depositado y limpieza, teniendo especial cuidado de no afectar otras zonas. • Se realizará una investigación y reporte de incidentes, si fuera necesario se avisará a las Autoridades competentes. Oportunidad y vías de comunicación a la SMA de la activación del Plan De acuerdo al Art. 104° del Reglamento del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental (RSEIA), en caso de que se declare una emergencia en las instalaciones, el Líder de Emergencia es el responsable de que se dé aviso de forma inmediata vía telefónica, a la Superintendencia de Medio Ambiente y a las autoridades con competencia. Dependiendo del tipo de emergencia, se avisará a Dirección Regional del SAG, Dirección Regional de Vialidad, SEREMI de Salud, DGA, Municipalidad de las Comunas afectadas, etc. Excepcionalmente para la fase de operación, será el Titular quién, tras ser informado por el Líder de Emergencia, dará aviso a autoridades mencionadas. Referencia a documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada Capítulo 7 del EIA “Plan de Prevención de Contingencia y Emergencia” Anexo 08 de la Adenda

13.2.5 Situación de riesgo o contingencia: Sismo Fase del proyecto a la que aplica Fase de construcción Emplazamiento, parte, obra o acción asociada Todas las instalaciones del Proyecto Acciones o medida a implementar En caso de que se produzca un sismo de gran magnitud, se llevarán a cabo las siguientes acciones para cada fase: Fase de construcción: • Realizar inspección de las faenas u obras de las instalaciones, con el fin de verificar su estado y descartar la existencia de daños. • Durante la fase de construcción, se suspenderán todas las faenas hasta que se haya verificado técnicamente que no existe riesgo para los trabajadores. • Se activará la alarma y si es necesario la evacuación hacia el punto de encuentro. • Posterior al sismo evacuación hacia las zonas de seguridad definidas en el plan de emergencia del Proyecto. Fase de operación: • Se establecerá comunicación con personal, si eventualmente hubiese en terreno. • Realizar inspección de las faenas u obras de las instalaciones, con el fin de verificar su estado y descartar la existencia de daños, en caso de daño en las estructuras, se detendrá la generación de energía y se realizará una inspección para identificar las estructuras y equipos afectados, los cuales serán reparados o reemplazados según corresponda. Oportunidad y vías de De acuerdo al Art. 104° del Reglamento del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental (RSEIA), en caso de que se declare una

comunicación a la SMA de la activación del Plan emergencia en las instalaciones, el Líder de Emergencia es el responsable de que se dé aviso de forma inmediata vía telefónica, a la Superintendencia de Medio Ambiente y a las autoridades con competencia. Dependiendo del tipo de emergencia, se avisará a Dirección Regional del SAG, Dirección Regional de Vialidad, SEREMI de Salud, DGA, Municipalidad de las Comunas afectadas, etc. Excepcionalmente para la fase de operación, será el Titular quién, tras ser informado por el Líder de Emergencia, dará aviso a autoridades mencionadas. Referencia a documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada Capítulo 7 del EIA “Plan de Prevención de Contingencia y Emergencia” Anexo 08 de la Adenda

13.2.6 Situación de riesgo o contingencia: accidentes causados por eventos naturales, tales como sismos, lluvias y nevadas de gran magnitud y aluviones Fase del proyecto a la que aplica Construcción y operación Emplazamiento, parte, obra o acción asociada Obras de defensa aluvional, tales como cauces de evacuación, diques de contención y mallas de control detrítico. Acciones o medida a implementar • Realizar inspección de las faenas u obras de las instalaciones, con el fin de verificar su estado y descartar la existencia de daños. • Durante la fase de construcción, se suspenderán todas las faenas hasta que se haya verificado técnicamente que no existe riesgo para los trabajadores. • Se activará la alarma y si es necesario la evacuación hacia el punto de encuentro. • Posterior al sismo evacuación hacia las zonas de seguridad definidas en el plan de emergencia del Parque. Oportunidad y vías de comunicación a la SMA de la activación del Plan De acuerdo al Art. 104° del Reglamento del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental (RSEIA), en caso de que se declare una emergencia en las instalaciones, el Líder de Emergencia es el responsable de que se dé aviso de forma inmediata vía telefónica, a la Superintendencia de Medio Ambiente y a las autoridades con competencia. Dependiendo del tipo de emergencia, se avisará a Dirección Regional del SAG, Dirección Regional de Vialidad, SEREMI de Salud, DGA, Municipalidad de las Comunas afectadas, etc. Excepcionalmente para la fase de operación, será el Titular quién, tras ser informado por el Líder de Emergencia, dará aviso a autoridades mencionadas. Referencia a documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada Punto 7.6.2.6 Actualización Plan de Contingencia y Emergencia EIA; Punto 10.11 Adenda.

13.2.7 Situación de riesgo o contingencia: falla en el sistema de manejo de aguas Fase del proyecto a la que aplica Fase de construcción

Emplazamiento, parte, obra o acción asociada Todas las instalaciones del Proyecto Acciones o medida a implementar No aplica Oportunidad y vías de comunicación a la SMA de la activación del Plan De acuerdo al Art. 104° del Reglamento del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental (RSEIA), en caso de que se declare una emergencia en las instalaciones, el Líder de Emergencia es el responsable de que se dé aviso de forma inmediata vía telefónica, a la Superintendencia de Medio Ambiente y a las autoridades con competencia. Dependiendo del tipo de emergencia, se avisará a Dirección Regional del SAG, Dirección Regional de Vialidad, SEREMI de Salud, DGA, Municipalidad de las Comunas afectadas, etc. Excepcionalmente para la fase de operación, será el Titular quién, tras ser informado por el Líder de Emergencia, dará aviso a autoridades mencionadas. Referencia a documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada Capítulo 7 del EIA “Plan de Prevención de Contingencia y Emergencia” Anexo 08 de la Adenda

13.2.8 Situación de riesgo o contingencia: alumbramiento de aguas subterráneas Fase del proyecto a la que aplica Construcción Emplazamiento, parte, obra o acción asociada Movimiento de tierras y/o excavaciones Acciones o medida a implementar Ante el potencial afloramiento de aguas durante la Fase de Construcción del Proyecto, tanto el Titular y/o sus Contratistas darán aviso inmediato a la Superintendencia del Medio Ambiente, en un plazo menor a 24 h, acerca de la ocurrencia de afloramiento de agua, señalando las medidas que se han aplicado hasta ese momento. A continuación, y de manera preliminar, se procederá considerando las siguientes actividades: • Verificar la calidad del agua mediante toma de muestras a través de laboratorio acreditado, que asegure que la calidad de las aguas a ser gestionadas (dispuestas), es de similar calidad natural a la de las aguas de la fuente donde corresponda su disposición final. • Efectuar pruebas hidráulicas para determinar los volúmenes y caudales de agua comprometidos, a fin que esto además permita diseñar las medidas para el control de la estabilidad de las obras en el sector del afloramiento. • Enviar de inmediato los resultados de los análisis químicos y pruebas hidráulicas a la SMA, en un Informe que detalle los hechos. A su vez se adjuntarán imágenes fotográficas (con fecha) que describa los procedimientos seguidos y el análisis y discusión de los resultados respecto de la calidad (parámetros de la NCh 409), volúmenes y caudales, así como las respectivas conclusiones y recomendaciones para la gestión de dichas aguas (disposición final). • Una vez comprobada la naturaleza de la situación acaecida,

mediante los ensayos y mediciones solicitados, se analizará la medida de gestión definitiva en conjunto con la Autoridad. • Se informará el resultado de las acciones implementadas, comunicando la fecha cierta en que se pudo controlar el afloramiento, en un plazo menor a 24 h. • Si el afloramiento de aguas responde a un escenario permanente, se deberá incurrir en los estudios suficientes y necesarios que permitan determinar la posibilidad de alcanzar una solución definitiva, o bien determinar si responde a un cambio sustantivo de las variables evaluada. Oportunidad y vías de comunicación a la SMA de la activación del Plan Se enviará a la SMA, en un plazo menor a las 24 horas, un informe con el resultado de las acciones implementadas, incluyendo fotografías y análisis de laboratorio realizados. Referencia a documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada Punto 7.6.2.8 y 7.7.8 Actualización Plan de Contingencia y Emergencia; Punto 10.1 Adenda.

13.2.9 Situación de riesgo o contingencia: atropello de fauna Fase del proyecto a la que aplica Construcción y operación Emplazamiento, parte, obra o acción asociada Obras de defensa aluvional, tales como cauces de evacuación, diques de contención y mallas de control detrítico. Acciones o medida a implementar En caso de que una contingencia afecte a fauna silvestre, el Titular coordinará al rescate inmediato de las especies que estuvieran o pudiesen verse afectadas para ser asentadas momentáneamente en el centro de rehabilitación de fauna silvestre más cercano al área del Proyecto hasta el momento de su recuperación, al punto que sea posible el retorno de las especies a el lugar de origen. En paralelo se dará aviso al Servicio Agrícola Ganadero (SAG) de lo ocurrido. Es importante mencionar que el Titular correrá con todos los gastos económicos asociados a accidentes de fauna silvestre provocados por el Proyecto. La empresa remitirá, dentro del plazo de 30 días, a las Autoridades y Organismos Competentes, un informe detallado con la información de la emergencia ambiental que contendrá lo siguiente: • Origen de la emergencia. • Acción de respuesta. • Efectividad de la acción. • Conocimiento del impacto o daño ambiental producido. • Daños o pérdidas de recursos. • Costos involucrados. • Medidas de mitigación y/o compensación contempladas. Oportunidad y vías de comunicación a la SMA de la activación del Plan Se dará aviso al Servicio Agrícola Ganadero, lo antes posible, sobre la emergencia ocurrida en el Proyecto. La empresa remitirá, dentro del plazo de 30 días, a las Autoridades y Organismos Competentes (SAG y SMA), un informe detallado con la información de la emergencia ambiental. Referencia a documentos Punto, 7.6.2.9 y 7.7.9 Actualización Plan de Contingencia y

del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada Emergencia; Punto 10.3 Adenda.

13.2.10 Situación de riesgo o contingencia: contaminación de aguas de uso sanitario Fase del proyecto a la que aplica Construcción Emplazamiento, parte, obra o acción asociada Ejecución de las obras del Proyecto, incluidas las actividades de transporte de insumo y residuos. Acciones o medida a implementar En caso de producirse la contaminación de cuerpos de agua utilizados para fines de uso sanitario: • Se detendrán las obras del Proyecto involucradas en las actividades que generaron la contaminación del cuerpo de agua • Se dará aviso inmediato a la población aledaña y autoridades pertinentes, para advertir sobre la contaminación producida • Se identificará la fuente de la contaminación, para determinar previamente la sustancia o elemento contaminante. • Se realizarán pruebas de laboratorio para determinar los niveles de concentración del contaminante en el cuerpo de agua. Estos análisis se realizarán las veces que sea necesario hasta obtener los resultados que indiquen que el cuerpo de agua puede volver a ser utilizado nuevamente para fines sanitarios. • Mientras el Titular atiende y resuelve la contaminación del cuerpo de agua, proveerá de agua para fines sanitarios a la población que haga uso del cuerpo de agua, a través de camiones aljibes y contenedores de agua de 5m3, estimando como mínimo una cantidad de agua de 150 litros/día para cada persona afectada. Oportunidad y vías de comunicación a la SMA de la activación del Plan De acuerdo con el Art. 104° del Reglamento del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental (RSEIA), en caso de que se declare una emergencia en las instalaciones, el Líder de Emergencia es el responsable de que se dé aviso de forma inmediata vía telefónica, a la Superintendencia de Medio Ambiente y a las autoridades con competencia. Dependiendo del tipo de emergencia, se avisará a Dirección Regional del SAG, Dirección Regional de Vialidad, SEREMI de Salud, DGA, Municipalidad de las Comunas afectadas, etc. Excepcionalmente para la fase de operación, será el Titular quién, tras ser informado por el Líder de Emergencia, dará aviso a autoridades mencionadas. Referencia a documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada Punto 7.6.2.10 y 7.7.10 Actualización Plan de Contingencia y Emergencia; Punto 10.8 Adenda

13.2.11 Situación de riesgo o contingencia por derrame de sustancias en predio o rutas de tránsito Fase del proyecto a la que aplica Construcción Emplazamiento, parte, obra o acción asociada Todas las instalaciones del Proyecto Acciones o medida a En el caso de derrame de cualquier sustancia peligrosa, los pasos a

implementar seguir para su control son: 1. Una vez se detecte el derrame, avisar al Líder de Emergencia para activar el Plan de Emergencia. 2. Hacer uso de equipo de protección personal apropiado para manejar el derrame. 3. Contener el derrame con material absorbente. 4. En caso de producto combustible, estar preparados para actuar en caso de que se produzca la inflamación de la sustancia. 5. Descontaminar el área afectada. Retirar todos los materiales contaminados y gestionar como residuos peligrosos. 6. Descontaminar los equipos de protección y limpiar y reponer todo el equipo de emergencia empleado. 7. Si es posible, recoger el producto derramado, evitando su vertido al suelo: - En los lugares donde el derrame se encontrará ampliamente disperso en el terreno, el material absorbente se esparcirá, mezclará con el suelo y amontonará libremente, y luego será eliminado. - El material recogido de un derrame será dispuesto adecuadamente en cilindros para su posterior traslado y disposición final en un depósito de seguridad autorizado. 8. Una vez controlada la situación de emergencia, el Líder de Emergencia informará el final de la misma: - Se realizará un seguimiento de la emergencia, recopilando toda la información sobre el tamaño, contenido y ubicación del derrame, además de las medidas de respuesta que se hayan tomado. Lo anterior, permitirá establecer el monitoreo que será necesario implementar a largo plazo para asegurar que el impacto ambiental que hubiese causado dicho suceso fuese corregido. - Se deberá establecer la causa del derrame y las medidas correctivas y de protección ambiental del caso. Además, se deberá dar aviso a las autoridades o servicios competentes, así como notificar a la Superintendencia de Medio Ambiente. - Se enviará un pre-informe dentro de las 24 horas siguientes a la ocurrencia del siniestro, y un informe final dentro de los 15 días siguientes. El informe incluirá como mínimo: causa del accidente; cantidad y tipo de sustancia peligrosa derramada; fecha y hora del siniestro, localización y superficie afectada; fotografías del área afectada. En caso de derrame de estas sustancias a cursos de agua superficiales o frente a la eventualidad de infiltración 1. Dar aviso de inmediato al encargado de prevención de riesgos o la persona responsable. 2. Posteriormente se evacuará al personal del área afectada, con el fin no exponerlos innecesariamente. 3. Coloque barreras y/o diques en los puntos de control identificados, barreras absorbentes, en tela oleofílica. Para la construcción de diques se puede emplear sacos de fibra rellenos con arena.

  1. Si el derrame fuera sobre cauce de agua bombear o trasegar.
  2. Luego de tener el sitio confinado con las barreras recoja el producto derramado con barreras y tela oleofílica manualmente.
  3. Disponga el producto recogido en recipientes.
  4. Recoja el material vegetal contaminado si lo hay.
  5. Se tomarán muestras de la fuente receptora del agua tanto aguas arriba como aguas abajo del punto de vertimiento. Oportunidad y vías de comunicación a la SMA de la activación del Plan De acuerdo al Art. 104° del Reglamento del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental (RSEIA), en caso de que se declare una emergencia en las instalaciones, el Líder de Emergencia es el responsable de que se dé aviso de forma inmediata vía telefónica, a la Superintendencia de Medio Ambiente y a las autoridades con competencia. Dependiendo del tipo de emergencia, se avisará a Dirección Regional del SAG, Dirección Regional de Vialidad, SEREMI de Salud, DGA, Municipalidad de las Comunas afectadas, etc. Excepcionalmente para la fase de operación, será el Titular quién, tras ser informado por el Líder de Emergencia, dará aviso a autoridades mencionadas. Referencia a documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada Capítulo 7 del EIA “Plan de Prevención de Contingencia y Emergencia” Anexo 08 de la Adenda

13.2.12 Situación de riesgo o contingencia por falla en Planta de Tratamiento de Aguas Servidas Fase del proyecto a la que aplica Construcción Emplazamiento, parte, obra o acción asociada Todas las instalaciones del Proyecto Acciones o medida a implementar El Plan de Emergencias está compuesto por una serie de medidas que se activarán en caso de que fallen las acciones preventivas asumidas, en cuyo caso se procederá de la siguiente manera: • Toda persona que observe una falla en que se vea afectada la operación de la planta de tratamiento deberá comunicarlo inmediatamente a un jefe directo o a personal de operación. • Suspender el uso de servicios higiénicos conectados a la planta de tratamiento con problemas de funcionamiento. • Movilizar baños químicos en el área del Proyecto. • Deberán iniciarse las acciones correctivas como: reparaciones de equipos, la reposición del servicio eléctrico y las coordinaciones internas necesarias, según corresponda. • En el caso de alguna filtración de aguas servidas se procede a realizar las maniobras de contención. Si la filtración es mayor, de manera en que se vea imposibilitada la contención, se procederá a solicitar ayuda externa (retiro de aguas servidas a través de camión succionador). • Retiro de materiales contaminados y disposición final en lugar autorizado. • Una vez que la planta funcione normalmente, será de responsabilidad del Administrador autorizar nuevamente el funcionamiento normal de la PTAS.

• Comunicar situación de emergencia a la autoridad sanitaria de la Región de Atacama. Oportunidad y vías de comunicación a la SMA de la activación del Plan De acuerdo al Art. 104° del Reglamento del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental (RSEIA), en caso de que se declare una emergencia en las instalaciones, el Líder de Emergencia es el responsable de que se dé aviso de forma inmediata vía telefónica, a la Superintendencia de Medio Ambiente y a las autoridades con competencia. Dependiendo del tipo de emergencia, se avisará a Dirección Regional del SAG, Dirección Regional de Vialidad, SEREMI de Salud, DGA, Municipalidad de las Comunas afectadas, etc. Excepcionalmente para la fase de operación, será el Titular quién, tras ser informado por el Líder de Emergencia, dará aviso a autoridades mencionadas Referencia a documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada Capítulo 7 del EIA “Plan de Prevención de Contingencia y Emergencia” Anexo 08 de la Adenda

13.2.13 Situación de riesgo o contingencia: alumbramiento de aguas subterráneas Fase del proyecto a la que aplica Construcción Emplazamiento, parte, obra o acción asociada Movimiento de tierras y/o excavaciones Acciones o medida a implementar Ante el potencial afloramiento de aguas durante la fase de construcción del Proyecto, tanto el Titular y/o sus Contratistas darán aviso inmediato a la Superintendencia del Medio Ambiente, en un plazo menor a 24 h, acerca de la ocurrencia de afloramiento de agua, señalando las medidas que se han aplicado hasta ese momento. A continuación, y de manera preliminar, se procederá considerando las siguientes actividades: • Verificar la calidad del agua mediante toma de muestras a través de laboratorio acreditado, que asegure que la calidad de las aguas a ser gestionadas (dispuestas), es de similar calidad natural a la de las aguas de la fuente donde corresponda su disposición final. • Efectuar pruebas hidráulicas para determinar los volúmenes y caudales de agua comprometidos, a fin que esto además permita diseñar las medidas para el control de la estabilidad de las obras en el sector del afloramiento. • Enviar de inmediato los resultados de los análisis químicos y pruebas hidráulicas a la SMA, en un Informe que detalle los hechos. A su vez se adjuntarán imágenes fotográficas (con fecha) que describa los procedimientos seguidos y el análisis y discusión de los resultados respecto de la calidad (parámetros de la NCh 409), volúmenes y caudales, así como las respectivas conclusiones y recomendaciones para la gestión de dichas aguas (disposición final). • Una vez comprobada la naturaleza de la situación acaecida, mediante los ensayos y mediciones solicitados, se analizará la medida de gestión definitiva en conjunto con la Autoridad. • Se informará el resultado de las acciones implementadas,

comunicando la fecha cierta en que se pudo controlar el afloramiento, en un plazo menor a 24 h. • Si el afloramiento de aguas responde a un escenario permanente, se deberá incurrir en los estudios suficientes y necesarios que permitan determinar la posibilidad de alcanzar una solución definitiva, o bien determinar si responde a un cambio sustantivo de las variables evaluada. Oportunidad y vías de comunicación a la SMA de la activación del Plan Se enviará a la SMA, en un plazo menor a las 24 horas, un informe con el resultado de las acciones implementadas, incluyendo fotografías y análisis de laboratorio realizados. Referencia a documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada Punto 7.6.2.8 y 7.7.8 Actualización Plan de Contingencia y Emergencia; Punto 10.1 Adenda.

14°. Que, se ha podido establecer que el Proyecto no genera o presenta los efectos, características o circunstancias a que se refiere el artículo 85 del Reglamento del SEIA, en base al contenido de las actas de las reuniones realizadas con grupos humanos pertenecientes a pueblos indígenas localizados en el área en que se desarrollará el Proyecto.

15° Que, durante el proceso de participación ciudadana, desarrollado conforme a lo dispuesto en el artículo 29 de la Ley N° 19.300, se formularon observaciones por parte de la comunidad respecto del Proyecto, las que han sido consideradas en el proceso de evaluación de la forma que a continuación se señala.

15.1 Admisibilidad de las observaciones ciudadanas

La observación ingresada a la Dirección Regional del SEA Atacama, cumplen con los requisitos establecidos en el artículo 29 de la Ley Nº 19.300 y en los artículos 83 y 95 del RSEIA.

15.2 Evaluación técnica de las observaciones ciudadanas

Observante: Rosa Rodriguez Olmos

Observación: En virtud del informe de fecha 20 de agosto 2020, mi conviviente Ulises Bascur Beltrán (47 años) y yo Rosa Rodríguez Olmos (49 años) hemos vivido en el terreno, que desean expropiar ubicado en Los Loros (domicilio en la Quebrada del Zanjón s/n en la localidad de Los Loros) alrededor de 30 años, donde nos desarrollamos utilizando los 45 m2 para construir una vivienda que cuenta con un baño con alcantarillado, cocina, lavadero y dos dormitorios además de constituir nuestra familia, desarrollar nuestras actividades personales y también otras anexas destinadas a la plantación (arboles grandes que dan sombra, árboles frutales y plantas) y crianza de animales (conejos y gallinas, esta última con la finalidad de vender huevos, siendo un ingreso para nuestra familia).

También es menester aclarar que en el informe presentando estaba establecido que no contábamos con los suministros básicos, ya que los obteníamos de manera ilegal, es por esto que para nosotros es necesario dejar en claro y establecer que de los 30 años que hemos vivido en este lugar nosotros hemos contado con servicios básicos: luz eléctrica (desde el año 2003) y agua potable (desde el año 2005), que jamás los hemos obtenido de manera ilegal o de manera dudosa, es con respecto a este punto que lo acreditaremos con los documentos que se adjuntaran al final.

Si bien el informe contempla como Plan de reasentamiento no afectar los niveles de vida ni empeorar la calidad de las familias y como objetivo general del Plan de Gestión Social es mantener

las condiciones de vida de la población reasentada, nosotros consideramos que si habrá afectación, ya que no es menor la cantidad de años que hemos dedicado al terreno y al crecimiento de vegetación en la tierra, años de vida dedicados a prosperar, hemos vivido más de la mitad de nuestras vidas en este terreno y producto de la expropiación se generará un riesgo de empobrecimiento asimismo empeorando nuestra calidad de vida.

Dada nuestra edad no podemos comenzar de cero, necesitamos continuar con la calidad de vida que tenemos desde hace 30 años, la misma tranquilidad de tener nuestro hogar nuestras cosas y el saber que podemos tener una vejez tranquila en donde estaremos, esto se ha convertido en el principal motivo por el cual hemos decido junto a mi conviviente en presentar nuestra oposición al informe presentado por ustedes en agosto del año pasado, todo esto en virtud de que al analizarlo nos hemos dado cuenta que nos han dejado en desventaja si consideramos que a las familias que viven en San Antonio les están ofreciendo como indemnización la tenencia de un terreno, una casa de material sólido, correr con los costos de traslados de la misma y mano de obra.

Al leer el informe nos dimos cuenta de que la indemnización que nos están ofreciendo es potencialmente menor a la que deberíamos recibir, considerando que todos deberíamos recibir lo mismo por este perjuicio que estamos sufriendo, por lo cual la indemnización por el daño patrimonial que en este momento estamos sufriendo al quedarnos sin el hogar que tuvimos durante toda nuestra vida y que efectivamente nos está causando quedarnos sin nada lo cual es una consecuencia directa e inmediata de la expropiación que desean realizar, deben considerar que no es solo una vivienda que nos están quitando, es nuestra vida, nuestro espacio, nuestra dedicación a la agricultura en aquel terreno, el espacio que actualmente ocupan nuestros criaderos de animales, es un todo, algo que nos ha tomado 30 años construir sobre la base de nuestro trabajo.

Es por esto que el equivalente económico que va a compensar nuestra gran pérdida debe compensar de todas las maneras el reemplazo del bien expropiado es porque consideramos que debemos recibir el justo precio, una compensación integral a nuestro perjuicio, para que podamos restablecer nuestra situación patrimonial anterior a nuestra expropiación. La indemnización que recibiremos debe resarcir el valor del bien del que se nos está privando, debemos recibir el monto equivalente a la gran pérdida solo así evitarán que suframos un menoscabo o perjuicio en nuestro patrimonio, en virtud de esto que hemos decidido trasladarnos en un futuro con la indemnización que recibiremos a la quinta región.

Por lo tanto, solicitamos al Titular que al valor total que se nos estaba asignando en el informe presentando, se nos pague de manera íntegra en dinero ya que es la misma ley la que nos habilita para exigir esa modalidad de pago, la cual debería contemplar vivienda de material sólido, el costo de transporte y mano de obra de la misma, la cual no había sido contemplada en el informe de agosto del 2020, además que se nos constituya de la tenencia de un terreno, ya que solo otorgando de manera completa las peticiones que hoy presento mediante este escrito evitarán que mi patrimonio sufran un gran menoscabo y podrá reparar el perjuicio que hoy en día nos están haciendo sufrir.

Evaluación técnica de la observación: La observación presentada se considera pertinente, ya que aborda de manera adecuada aspectos relevantes del Proyecto, tales como su descripción general, la línea de base y los posibles impactos ambientales.

En relación a su observación, es importante aclarar que el Proyecto, reconoce el arraigo de larga data de la señora Rosa Rodríguez Olmos y su grupo familiar en el sector de Los Loros, así como el desarrollo de su vida familiar, productiva y social en dicho territorio. Estos antecedentes han sido considerados en el análisis de los impactos del Proyecto sobre el medio humano. El proceso de evaluación ambiental identificó impactos asociados al reasentamiento de grupos humanos, los cuales son abordados mediante un Plan de Reasentamiento, cuyo objetivo es evitar la disminución de la calidad de vida de las familias afectadas y prevenir situaciones de empobrecimiento,

asegurando condiciones de habitabilidad equivalentes o superiores a las existentes. En el caso particular de la observante, si bien el terreno actualmente ocupado corresponde a un Bien Nacional de Uso Público y no es objeto de expropiación, su situación es abordada dentro del Plan de Reasentamiento, considerando una solución habitacional definitiva en el mismo sector de Los Loros, con el fin de mantener sus redes sociales, su entorno comunitario y su forma de vida. La medida contempla la adquisición de una vivienda de material sólido, con acceso formal a servicios básicos (agua potable, electricidad y alcantarillado), emplazada en un terreno de propiedad de la familia y ubicada en una zona segura, fuera de riesgo de inundación. Durante el proceso, se considera acompañamiento para la búsqueda y selección de la vivienda que mejor se ajuste a sus necesidades. Adicionalmente, la familia será incorporada al Plan de Gestión Social, que incluye medidas de apoyo al restablecimiento productivo y acompañamiento social, con el objetivo de facilitar el proceso de reasentamiento y resguardar su bienestar familiar.

16° Que, el Titular deberá remitir a la Superintendencia del Medio Ambiente la información respecto de las condiciones, compromisos o medidas, ya sea por medio de monitoreos, mediciones, reportes, análisis, informes de emisiones, estudios, auditorías, cumplimiento de metas o plazos, y en general cualquier otra información destinada al seguimiento ambiental del Proyecto, según las obligaciones establecidas en la presente Resolución de Calificación Ambiental y las Resoluciones Exentas que al respecto dicte la Superintendencia del Medio Ambiente. De igual forma, y a objeto de conformar el Sistema Nacional de Información de Fiscalización Ambiental (SNIFA), el Registro Público de Resoluciones de Calificación Ambiental y registrar los domicilios de los sujetos sometidos a su fiscalización en conformidad con la ley, el Titular deberá remitir en tiempo y forma toda aquella información que sea requerida por la Superintendencia del Medio Ambiente a través de las Resoluciones Exentas que al respecto ésta dicte.

17°. Que, el Titular deberá informar a la Superintendencia del Medio Ambiente la realización de la gestión, acto o faena mínima que da cuenta del inicio de la ejecución de obras, a que se refiere el Considerando 4.4 de la presente Resolución.

18°. Que, con el objeto de dar adecuado seguimiento a la ejecución del Proyecto, el Titular deberá informar a la Superintendencia del Medio Ambiente, al menos con una semana de anticipación, el inicio de cada una de las fases del Proyecto, de acuerdo a lo indicado en la descripción del mismo.

19°. Que, la Superintendencia del Medio Ambiente, de oficio o a petición de parte o de algún organismo sectorial, podrá aprobar, modificar o complementar el contenido del plan de seguimiento de las variables ambientales y, en general, cualquier otro mecanismo establecido en la respectiva resolución de calificación ambiental que tenga dicho objeto, con el fin de asegurar, en el transcurso del tiempo, que el seguimiento de las variables ambientales cumpla con su objetivo de forma eficiente y eficaz.

20°. Que, para que el proyecto “Obras Fluviales Río Copiapó Sector Rural Comuna de Tierra Amarilla” pueda ejecutarse, deberá cumplir con todas las normas vigentes que le sean aplicables.

21°. Que, el Titular deberá informar inmediatamente a la Secretaría de la Comisión de Evaluación de la Región de Atacama y a la Superintendencia del Medio Ambiente, la ocurrencia de impactos ambientales no previstos en el EIA, asumiendo inmediatamente las acciones necesarias para abordarlos.

22°. Que, el Titular del Proyecto deberá comunicar inmediatamente y por escrito a la Dirección Regional de Atacama del SEA, la ocurrencia de cambios de titularidad, representante legal, domicilio y correo electrónico, de acuerdo a lo establecido en el inciso tercero del artículo 162 y artículo 163, ambos del Reglamento del SEIA.

23°. Que, se hace presente al Titular que cualquier modificación al Proyecto que constituya un cambio de consideración en los términos definidos en el artículo 2° letra g) del Reglamento del SEIA, deberá someterse al SEIA.

24°. Que, todas las medidas, condiciones, exigencias y disposiciones establecidas en la presente Resolución son de responsabilidad del Titular, sean implementadas por éste directamente o a través de un tercero.

RESUELVO:

1°. Calificar favorablemente el Estudio de Impacto Ambiental del proyecto “Obras Fluviales Río Copiapó Sector Rural Comuna de Tierra Amarilla”, del MINISTERIO DE OBRAS PÚBLICAS.

2°. Certificar que el proyecto “Obras Fluviales Río Copiapó Sector Rural Comuna de Tierra Amarilla” cumple con la normativa de carácter ambiental aplicable.

3°. Certificar que el proyecto “Obras Fluviales Río Copiapó Sector Rural Comuna de Tierra Amarilla” cumple con los requisitos de carácter ambiental contenidos en los permisos ambientales sectoriales que se señalan en los artículos 132, 138, 140, 142, 150, 151 y 160 del D.S. Nº 40/2012 del Ministerio del Medio Ambiente, Reglamento del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental.

4°. Certificar que el proyecto “Obras Fluviales Río Copiapó Sector Rural Comuna de Tierra Amarilla” se hace cargo adecuadamente de los efectos, características y circunstancias establecidos en el artículo 11 letras b) y c) de la Ley N° 19.300, al proponer medidas de mitigación y compensación adecuadas a tal efecto y dar estricto cumplimiento a las exigencias establecidas en el Considerando 11° de la presente resolución.

5°. Definir como gestión, acto o faena mínima del Proyecto, para dar cuenta del inicio de su ejecución de modo sistemático y permanente, a los mencionados en el Considerando 4.4 del presente acto.

6°. Hacer presente que contra esta Resolución es procedente el recurso de reclamación de acuerdo a los artículos 20 y 29 de la Ley Nº 19.300, ante el Comité de Ministros. El plazo para interponer este recurso es de treinta días contados desde la notificación del presente acto.

Notifíquese y Archívese

Rodrigo Andrés Illanes Naranjo Delegado Presidencial Presidente Comisión de Evaluación Región de Atacama

Verónica Ossandón Pizarro Directora Regional Servicio de Evaluación Ambiental Secretaria Comisión de Evaluación Región de Atacama

Verónica Ossandón Pizarro Firmado digitalmente por Verónica Ossandón Pizarro Fecha: 2026.01.29 08:46:12 -03'00' Rodrigo Andrés Illanes Naranjo Firmado digitalmente por Rodrigo Andrés Illanes Naranjo Fecha: 2026.01.30 12:24:17 -03'00'

Distribución: • MINISTERIO DE OBRAS PÚBLICAS • Superintendencia del Medio Ambiente • CONADI, Región de Atacama • CONAF, Región de Atacama • DGA, Región de Atacama • DOH, Región de Atacama • Gobernación Marítima de Caldera • Gobierno Regional, Región de Atacama • Ilustre Municipalidad de Tierra Amarilla • SAG, Región de Atacama • SEC, Región de Atacama • SEREMI de Agricultura, Región de Atacama • SEREMI de Bienes Nacionales, Región de Atacama • SEREMI de Desarrollo Social y Familia Región de Atacama • SEREMI de Energía, Región de Atacama • SEREMI de Minería, Región de Atacama • SEREMI de Salud, Región de Atacama • SEREMI de Transportes y Telecomunicaciones, Región de Atacama • SEREMI de Vivienda y Urbanismo, Región de Atacama • SEREMI Medio Ambiente, Región de Atacama • SEREMI MOP, Región de Atacama • SERNAGEOMIN, Región de Atacama • Servicio Nacional Turismo, Región de Atacama • Consejo de Monumentos Nacionales • Subsecretaría de Pesca y Acuicultura • Superintendencia de Servicios Sanitarios • Rosa Rodriguez Olmos