Proyecto Fotovoltaico CE Pampa Bellavista
REPÚBLICA DE CHILE COMISIÓN DE EVALUACIÓN Región de Atacama
Califica Ambientalmente el proyecto “Proyecto Fotovoltaico CE Pampa Bellavista” Resolución Exenta N° 162 Copiapó, 04 de agosto de 2021
VISTOS:
1°. La Declaración de Impacto Ambiental (DIA), su Adenda de 12 de febrero de 2021 y su Adenda Complementaria de 23 de junio de 2021, del proyecto “Proyecto Fotovoltaico CE Pampa Bellavista”, presentado por Montajes Cielpanel SpA con fecha 21 de agosto de 2020.
2°. Los pronunciamientos y observaciones de los órganos de la administración del Estado que, sobre la base de sus facultades legales y atribuciones, participaron en la evaluación de la DIA, y que se detallan en el Capítulo 3 del Informe Consolidado de Evaluación (ICE) de la DIA del proyecto “Proyecto Fotovoltaico CE Pampa Bellavista”.
3°. El Acta de Evaluación N°14 del 14 de julio de 2021, del Comité Técnico de la Región de Atacama
4°. El ICE de la DIA del proyecto “Proyecto Fotovoltaico CE Pampa Bellavista” de 14 de julio de 2021.
5°. El acuerdo adoptado en la sesión del 23 de julio de 2021 de la Comisión de Evaluación de la Región de Atacama.
6°. Los demás antecedentes que constan en el expediente de evaluación de impacto ambiental de la DIA del proyecto “Proyecto Fotovoltaico CE Pampa Bellavista”.
7°. Lo dispuesto en la Ley Nº19.300, Sobre Bases Generales del Medio Ambiente; el D. S. Nº40, de 2012, del Ministerio del Medio Ambiente, Reglamento del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental (Reglamento del SEIA); la Ley N°19.880, que Establece Bases de los Procedimientos Administrativos que Rigen los Actos de los Órganos de la Administración del Estado; la Ley N°18.575, Ley Orgánica Constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado; la Resolución Exenta RA 119046/376/2019 del 17 de diciembre de 2019, de la Dirección Ejecutiva del Servicio de Evaluación Ambiental, que nombra a doña Verónica Ossandón Pizarro como Directora Regional; y la Resolución Nº7, de 2019, de la Contraloría General de la República.
CONSIDERANDO:
1°. Que, Montajes Cielpanel SpA (en adelante, el Titular), ha sometido al Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental (SEIA) la DIA del proyecto “Proyecto Fotovoltaico CE Pampa Bellavista” (en adelante, el Proyecto). Los antecedentes del Titular son los siguientes:
Nombre o razón social Montajes Cielpanel SpA Rut 76.732.087-6 Domicilio Cerro El Plomo 5931 oficina 606 Teléfono 56-2-2327 07796 Nombre representante legal Rodrigo Añazco Saba Rut representante legal 8.845.121-K Domicilio representante legal Cerro El Plomo 5931 oficina 606 Teléfono representante legal 56-2-23270 7796 / 998839735 Correo electrónico Titular o representante legal ranazco@cielpanel.com
2°. Que, conforme se indica en el ICE de fecha 14 de julio de 2021, la Directora Servicio de Evaluación Ambiental Región de Atacama ha recomendado aprobar el Proyecto, por cuanto el proyecto cumple con la normativa de carácter ambiental aplicable identificada en la sección 8 de este documento; cumple con los requisitos de otorgamiento de carácter ambiental contenidos en los permisos ambientales sectoriales aplicables identificados en la sección 9 de este documento; no genera ni presenta los efectos, características o circunstancias del artículo 11 de la Ley N°19.300, que dan origen a la necesidad de evaluar un Estudio de Impacto Ambiental; y el Titular ha subsanado los errores, omisiones e inexactitudes planteados en el o los Informes Consolidados de Aclaraciones, Rectificaciones y Ampliaciones.
3°. Que, en sesión de 23 de julio de 2021, la Comisión de Evaluación de la Región de Atacama acordó calificar favorablemente el proyecto “Proyecto Fotovoltaico CE Pampa Bellavista”, aprobando íntegramente el contenido del ICE de 14 de junio de 2021, el que forma parte integrante de la presente Resolución. Por lo tanto, conforme a lo indicado en el artículo 60 inciso segundo del Reglamento del SEIA, se excluyen de la presente Resolución las consideraciones técnicas en que se fundamenta.
4°. Que, según lo señalado en la DIA y sus anexos, en su Adenda, y en su Adenda Complementaria, los cuales forman parte integrante de la presente Resolución, la descripción del Proyecto es la que a continuación se indica:
4.1. ANTECEDENTES GENERALES Objetivo general El proyecto tiene como objetivo generar energía eléctrica a partir de una planta fotovoltaica de 10,46 MWp de potencia máxima instalada, inyectando al Sistema Eléctrico Nacional (SEN) 9 MWac mediante una línea de media tensión de 23 kV. Tipología principal, así como las aplicables a sus partes, obras o acciones c.) Centrales generadoras de energía mayores a 3 MW Vida útil 30 años y 8 meses Monto de inversión USD $ 10.000.000 Gestión, acto o faena mínima que da cuenta del inicio de la ejecución Habilitación de los caminos interiores. Proyecto se desarrolla por etapas Si No
X Proyecto modifica un proyecto o actividad Si No
X
4.2. UBICACIÓN DEL PROYECTO División político- administrativa El Proyecto se ubica en la comuna de Caldera de la provincia de Copiapó, Región de Atacama. Justificación de la localización Conforme a los antecedentes expuestos en el punto 4.3 del Capítulo 2 de la DIA, la localización del Proyecto se justifica debido a que el sector cuenta con cantidades favorables de radiación solar, además, se encuentra cercano a la red de distribución de media tensión existente para la inyección de la energía eléctrica generada, está cercano a los centros de demanda energética y cuenta con condiciones topográficas favorables, de baja pendiente y bastante planos, para el emplazamiento de los módulos solares fotovoltaicos. Superficie La superficie total donde se emplazarán las obras del Proyecto corresponde a 28,3 hectáreas, que incluye obras temporales y permanentes. El detalle por obra permanente y obra temporal se presenta en la Tabla 6 del Capítulo 2 de la DIA. Coordenadas UTM en Datum WGS84 El polígono del parque fotovoltaico está definido por las siguientes coordenadas: Vértice Coordenadas UTM Este (E) Norte (N) N°1 327.692 7.002.615 N°2 327.633 7.001.900 N°3 327.950 7.001.898 N°4 328.003 7.002.609 En la Tabla N°3 del Capítulo 2 de la DIA, el Titular presenta las coordenadas referenciales por cada obra permanente y temporal del Proyecto. Luego, en la Tabla N°1 y Tabla N°6 de la Adenda Complementaria, se presentan las coordenadas actualizadas de cada poste del Proyecto (98 en total) y de las estaciones de almacenamiento y estación meteorológica, respectivamente. Caminos de acceso Para acceder al Proyecto, desde la ciudad de Caldera, se toma la ruta 5 Norte en dirección a Copiapó, luego, a la altura del kilómetro 880 se avanza por la ruta C-351 uno 5,8 kilómetros en dirección Oriente, donde inicia un camino no enrolado que avanza en dirección norte hasta llegar al polígono de la planta. Referencia al expediente de evaluación de los mapas, georreferenciación e En el Anexo 1 de la Adenda Complementaria se presenta el layout actualizado de las partes y obras del Proyecto, en formatos KMZ y SHAPE. información complementaria sobre la localización de sus partes, obras y acciones
4.3. PARTES, OBRAS Y ACCIONES QUE COMPONEN EL PROYECTO 4.3.1. FASE DE CONSTRUCCIÓN Partes y obras Paneles fotovoltaicos La planta fotovoltaica estará compuesta de 32.704 módulos de una potencia nominal de 320 Wp que generarán 23,2 GWh al año aproximadamente, ocupando una superficie estimada de 11,9 ha. Los módulos se montarán sobre estructuras llamadas mesas, que a su vez se fijarán sobre estructuras metálicas que se hincarán en el terreno. La geometría determinada por la cantidad de paneles por mesa y la distancia entre estas maximizará la energía producida por la planta, minimizando las pérdidas debido a las sombras que se generen. Las mesas en las cuales se instalarán los módulos fotovoltaicos se montarán sobre estructuras con motores eléctricos que permitirán seguir la trayectoria del sol con un eje horizontal móvil orientado NorteSur. Los seguidores, tienen ángulos de giro desde ±45º hasta ±60º Los paneles fotovoltaicos se conectan en series de hasta 28 módulos, denominada rama o strings. Estas ramas se conectarán a una caja de conexiones. Por otro lado, el cableado empleado para dichas conexiones estará dimensionado para producir la menor caída de tensión en corriente continua (el cable será del tipo SOLAR CABLE 4 mm²; (+) ≥ 1400 mm. (−) ≥ 1400 mm), resistente a las condiciones climáticas extremas. Más detalles respecto al área de paneles se presenta en el apartado 7.1. del Capítulo 2 de la DIA. Estación inversora 1, 2 y 3 Se considera la instalación de 3 estaciones inversoras sobre plataformas de hormigón. Cada una estará compuesta por inversores, cuadros DC, equipamiento de monitoreo y control, transformador auxiliar para consumos propios, transformador BT/MT, tableros y protecciones de salida en Media Tensión, y equipamiento que se instalará dentro de un contenedor o cabina prefabricada. Más detalles se presentan en el apartado 7.1.6 del Capítulo 2 de la DIA. Línea Eléctrica de Media Tensión 23 KV El cableado en corriente alterna conectará a las estaciones inversoras en MT entre sí y a la primera estación inversora con el Poste N°1 de la Línea de Media Tensión. La línea de media tensión que se considera construir, tendrá un largo total de 7.130 metros y estará constituida por 98 postes, cuyo detalle de ubicación se presenta en la tabla N°1 de la Adenda Complementaria. Los postes serán de hormigón armado de 11.5 metros de altura. Luego, la línea se conectará al alimentador “Rodillo” de la compañía CGE Distribución. La línea contará con dos sectores subterráneos, el primero tendrá una longitud de 18,01 metros (postaciones P13A y P13B) y el segundo de 32 metros (postaciones P82 y P83). El objetivo es cruzar de forma subterránea la línea de alta tensión existente (Línea “Galleguillos - Caldera 110 kV” de CGE). Para ello, la canalización consistirá en una zanja de 0,6 m de ancho y una profundidad de 0,95 m, y será realizada de forma manual o con pequeñas excavadoras. El material removido de la excavación se dejará a un costado en primera instancia, ya que se utiliza para rellenar posteriormente. Más detalle de las características de la línea subterránea se presentan en el punto 1.1.1 de la Adenda Complementaria. Más detalles de diseño y características de seguridad de la línea se presentan actualizados en el punto 1.1.3 de la Adenda. Estación Storage 1,2, y 3 El sistema de almacenamiento está destinado a almacenar el diferencial de energía producida por la planta, se acoplará en corriente continua DC y estará compuesta por 3 unidades de 3727kWh/1250kWdc + 3125kWac. Este sistema consiste en 10 Plataformas de alto voltaje, cada una con 3 racks dispuestos para las baterías. Además, cada batería tendrá una capacidad máxima de almacenamiento de 14,336 kWh, siendo la capacidad máxima en conjunto de 3.718 kWh (260 baterías). Las baterías son del tipo fosfato de hierro y litio (LFP). Se estima que las baterías se irán renovando en grupos, cada 10 años, de manera que su cambio no afecte la continuidad operacional de la Planta. Más antecedentes respecto a los equipos que se incluyen en las estaciones, así como las características de las baterías se presentan en el punto 7.1.8 del Capítulo 2 de la DIA. Camino interior El Proyecto cuenta con una serie de caminos internos para la circulación de vehículos livianos y maquinaria, tanto para la fase de Construcción, Operación y Cierre. Estos caminos internos, que serán habilitados durante la fase de construcción, tendrán un ancho mínimo de 4 metros en toda su extensión, de aproximadamente 2,53 km, resultando en una superficie de 10.112,87 m2 Estacionamiento de vehículos livianos El Proyecto contempla un estacionamiento para uso exclusivo de vehículos livianos y se emplazará a un costado de las oficinas de obra, tendrá una superficie de 252 m2 y el piso será de suelo natural compactado. Sala de Control de operaciones El Proyecto contempla una oficina para el control de operaciones y será instalada durante la fase de construcción del Proyecto. Su objetivo será albergar el equipamiento que permita la operación y control de la planta, para la planificación de labores de mantención preventiva, correctiva y la conexión/ desconexión de potencia. Esta sala será una construcción sólida, en base a concreto sobre un radier de hormigón. Bodega de herramientas El objetivo de esta bodega es que los contratistas y proveedores puedan guardar herramientas y materiales. Se utilizará para la construcción un contenedor cerrado de 30 m2. Bodega de almacenamiento de residuos peligrosos El Proyecto contempla una bodega para el acopio temporal de productos con categoría de peligrosos, de 150 m2 aproximados, que albergará residuos tales como lubricantes, diluyentes, pinturas, huaipes, etc. Los residuos serán manejados con un sistema integrado de dos componentes. En un primer momento se dispondrán en contenedores primarios estancos y sellados en el lugar de generación (los frentes de faenas), para posteriormente ser llevados a un contenedor secundario, en espera de su traslado al sitio de disposición final. Esta bodega cumplirá con todos los requisitos establecidos en el D. S. N°148/03 del Ministerio de Salud. Mayores antecedentes sobre el diseño y características de esta bodega se presentan en el Anexo 1 de la Adenda, donde el Proponente entrega los antecedentes actualizados para el otorgamiento del PAS 142 del RSEIA. Cerco Perimetral Se instalará un cerco o cierre perimetral, a lo largo de todo el perímetro de la planta fotovoltaica, de 2,40 m de altura sobre el nivel del suelo, de malla metálica tipo Rombo, ACMA, Fence o similar, con postes metálicos galvanizados sobre apoyos de hormigón. Se estima una instalación de 2.528 m lineales de cerco. Patio de Almacenamiento de Residuos No peligrosos El patio de almacenamiento de residuos no peligrosos será de aproximadamente 150,4 m2, se cercará en su perímetro y tendrá un portón cerrado con llave, para evitar el acceso de personas no autorizadas. En este patio se acopiarán, temporalmente, restos de cables, fierros, estructuras sobrantes, embalajes de plástico y madera. Mayores antecedentes sobre el diseño y características del patio se presentan en el Anexo 2 de la Adenda Complementaria, donde el Proponente entrega los antecedentes actualizados para el otorgamiento del PAS 140 del RSEIA. Patio de insumos El Proyecto contempla habilitar un patio de insumos de 711,7 m2, para elementos de mayor volumen como módulos, cables, transformadores, inversores y estructuras. Además, el patio contará con un sistema de extinción de incendios, y, tal como se aclara en el punto 1.1.4 de la Adenda Complementaria, durante la fase de operación, este espacio se mantendrá libre de otras construcciones para recibir materiales y repuestos que puedan ser necesarios a lo largo de la vida útil de la planta fotovoltaica. Planta de tratamiento de aguas servidas Se contará con una planta de tratamiento de aguas servidas, de lodos activos, con una capacidad de tratamiento mínima de 9.300 l/día. Mayores antecedentes sobre el diseño y características del sistema de tratamiento de la PTAS se presentan en el Anexo 3 de la Adenda Complementaria, donde el Proponente entrega los antecedentes actualizados para el otorgamiento del PAS 138 del RSEIA. Estanque de combustible El Proyecto contempla la instalación de estanque de almacenamiento de combustible de 1.000 litros, el cual contará con un sistema de recolección de posibles derrames, y estará ubicado a un costado de la sala de control. Este estanque se abastecerá desde una estación de servicios autorizada y contará con lo exigido por el D. S. N°160/2008. Para el llenado del estanque de almacenamiento de combustible se considera: - Generadores apagados al momento del carguío. - Igualación de potencial eléctrico camión y estanque. - No existan fuentes de ignición a menos de 7 metros. - Verificación de espacio suficiente para el llenado de combustible. - Verificación del tipo de combustible del generador y camión. - Sistema de letreros o señalética. El Proponente contempla un extintor de polvo químico seco (Tipo B) y un balde de arena para ser usados en caso de ser necesario. En caso de producirse una fuga o rebalse, se procederá a cortar la bomba de suministro. Posterior a esto, se procederá a contener el derrame mediante la arena. Sumado a lo anterior, se procederá a construir pretiles de contención en terreno. Posterior a esto, el material contaminado con combustible será llevado al patio de residuos peligrosos, para su posterior disposición final en un lugar autorizado. Oficina de obras Corresponderá a contenedores modulares metálicos, especialmente adecuados como oficinas para habilitar las dependencias que se requieran. Se contempla una oficina en total, que será utilizada por los contratistas y por la administración de la planta durante la construcción, sobre una superficie de 50,49 m2 Estacionamiento de equipos y maquinaria Este estacionamiento será utilizado principalmente por camiones y maquinaria y tendrá una superficie de 279,81 m2. El piso será de suelo natural compactado y se ubicará en el lado poniente del Proyecto, junto al patio de insumos N°1, donde se recepcionarán los insumos de construcción y se estacionarán los equipos y maquinarias que se utilizarán para la construcción del proyecto Servicios higiénicos Durante la fase de construcción el Proponente contempla el uso de baños químicos en los frentes de trabajo, los cuales cumplirán con lo establecido en el artículo 25 del D. S. Nº594/1999 del Ministerio de Salud, con respecto a la distancia de 75 m desde el área de trabajo. Estos baños serán de plástico duro resistente al agua, autónomos y de uso independiente para cada persona. Mantienen un estanque receptor de 180 l, lo que permite un uso en condiciones normales para un máximo de 8 días, sin perjuicio que el Proponente considera un mantenimiento cada 4 días. Además, cuentan con lavamanos con agua que funciona a través de una bomba de pie y tiene un dispensador de jabón líquido. El agua potable será suministrada desde el estanque acumulador de agua que se encontrará ubicado en la instalación de faenas. Estanque de agua potable El Proyecto contará con un depósito de agua con capacidad para 20 m3, con la cual se abastecerán los servicios higiénicos del Proyecto. El suministro se realizará a través de una empresa autorizada por la SEREMI de Salud Región de Atacama, al igual que la empresa propietaria de los camiones aljibe utilizados para el transporte de este insumo. Una vez contratado el servicio de suministro, en la instalación de faenas se contará con una copia de las respectivas autorizaciones sanitarias Sector lavado de camiones El lavado de los camiones mixer se realizará sobre una instalación especialmente construida de 75,1 m2, que será una excavación para contener el agua del lavado, la que estará revestida de una lámina de HDPE. Las aguas del lavado por gravedad llegarán a una piscina de decantación igualmente revestida por una capa de HDPE con capacidad de 8 m3, esta agua que contiene químicos será retirada por empresas que cuenten con las autorizaciones respectivas. Más detalles respecto a este sector de lavado se presentan en el punto 1.1.6 de la Adenda. Acciones Habilitación de caminos de acceso y caminos internos En la fase de Construcción del Proyecto se contempla la habilitación de caminos de acceso e interiores que servirán para la operación de la planta permitiendo el tránsito de vehículos y personas. Los caminos contarán con superficies regulares, para evitar accidentes, riesgos de deslizamientos o caída de carga. Estos caminos deberán permitir durante toda la vida útil del proyecto el acceso adecuado de vehículos cuyo objeto sea la construcción, mantención y operación de la planta. La intervención de los caminos interiores contará con un aporte de áridos, que durante su incorporación deberá alcanzar el grado de humedad adecuado para cumplir con el nivel de compactación del 95% de Proctor. Liberación ambiental del área a intervenir. Se realizará el replanteo topográfico en terreno, lo cual implica marcaje sobre el terreno puntos de coordenadas geográficas del layout del proyecto definido en gabinete para realizar las diversas actividades de construcción de las obras, tal como fueron diseñadas y no ocupar áreas mayores a lo informado. Para llevar a cabo lo anterior, se contará con un topógrafo, un especialista en flora y un especialista en fauna. Cada especialista deberá presentar un informe de prospección y levantamiento de información de terreno según corresponda. En caso de que se deban realizar liberaciones ambientales (verificación de biota en terreno, antes del inicio de las faenas de construcción), cada especialista deberá anexar al informe un registro fotográfico de la condición actual del terreno. La liberación se encuentra asociada a los Compromisos Voluntarios que se realizarán antes del movimiento de maquinaria. Movimiento de tierra y nivelación de terreno Se realizará una nivelación de toda el área de Proyecto a través del cual también se recogerán las piedras superficiales de mayor dimensión si las hubiera, con la principal precaución para que no se entierren e interfieran en la penetración de las hincas de la estructura hasta la profundidad prevista. La excavación y relleno por medios mecánicos se realizará siempre delimitando un perímetro de seguridad, impidiendo la circulación de personas y maquinarias ajenas a la actividad. Se delimitará y señalizará mediante banda de plástico roja y blanca arrollada a fierros clavados en el suelo y tapones para las cabezas de los fierros. Conforme se indica en la Tabla N° 16 del Capítulo 2 de la DIA, se estima un volumen de material extraído de 541 m3, principalmente por la excavación en zanjas para la línea soterrada, y la generación de 334 m3 de material excedente, el cual quedará en el sector del Proyecto. Luego, en el punto 1.1.13 de la Adenda, se aclara que la superficie afecta a nivelación de terreno corresponde a 11.383,9 m2 equivalentes a 1,134 hectáreas. Para el caso de la instalación de faenas se intervendrán 628,4 m2 equivalentes a 0,063 hectáreas. Instalación de faena Para poder montar la instalación de faenas en el sector destinado para estos fines, primero se realizará la nivelación y compactación del suelo, conforme a lo descrito en el punto anterior. Lo que constituye a su vez las siguientes acciones: - Construcción y habilitación de oficinas de obras. - Instalación de servicios higiénicos y baños químicos en los frentes de trabajo. - Instalación de estanque para almacenamiento de agua potable. - Instalación de casetas de control de ingreso. - Habilitación de sector para manejo de residuos sólidos domiciliarios y asimilables. - Habilitación de sector para manejo de residuos sólidos de construcción e industriales. - Habilitación de patio de insumos y sector de estacionamientos, tanto para el tránsito de maquinaria pesada y camiones (transporte de materiales, insumos, residuos sólidos, excedentes de excavaciones, etc.), como de vehículos livianos. - Habilitación de sector para almacenamiento de combustibles. - Habilitación de sector para almacenamiento de sustancias peligrosas. Instalación de grupos electrógenos de emergencia. Construcción de línea de media tensión La construcción de la línea comienza con el replanteo topográfico, proceso en el cual se define la ubicación exacta de cada poste en terreno. Esto se materializa mediante la instalación de una estaca de madera pequeña. Posteriormente una vez definida la ubicación de cada poste, con una retroexcavadora se harán las excavaciones dejando el material extraído a un costado de este, ya que será reutilizado para relleno compactado una vez efectuada la instalación del poste. Previo a su instalación, los postes son “vestidos” lo que significa que en piso se instalan las crucetas y aisladores con sus respectivos elementos de sujeción, de tal forma que mediante el camión pluma son transportados y llevados al sitio de instalación para su montaje. Mayores detalles de la construcción de la línea de meda tensión, se presentan en el punto 1.1.3 de la Adenda, donde la información se agrupa en función de tres etapas: 1) Izado y montaje de postes de hormigón; 2) Vestido de estructuras; y 3) Instalación del conductor. Construcción de obras civiles Esta acción contempla la construcción del cerco perimetral, el montaje mecánico de estructuras y el montaje eléctrico, estas últimas se indican a continuación. Montaje de estructuras El montaje mecánico consiste en el equipamiento y los insumos necesarios para la construcción de la Planta. Estos serán trasladados y descargados en los frentes de trabajo móviles de la obra donde se les retirarán los embalajes y/o pallets que luego serán acopiados en las bodegas de residuos industriales no peligrosos. Primero se procederá a la instalación de pilotes hincados de acero galvanizado para el soporte de las mesas. Para esto será necesario perforar y luego hincar a una profundidad aproximada de 1,5 m de profundidad. Las labores la realizarán dos tipos de máquinas, dos hincadoras y dos perforadoras. Sobre los pilotes se montarán las estructuras con seguimiento descritas en la sección 7.1.4. del Capítulo 2 de esta DIA, donde cada una de estas estructuras soportará 1 a 5 mesas de paneles soportando a su vez 90 a 450 paneles dependiendo de la ubicación específica dentro del área de proyecto Montaje eléctrico El montaje eléctrico consiste en la instalación de conductores fijados bajo las estructuras metálicas que soportarán los paneles, la canalización bajo tierra y la materialización de zanjas para cableado de baja tensión, el acondicionamiento de Equipos Inversores, y la malla a tierra. Puesta en marcha Una vez terminado el montaje de equipos, el tendido del cableado y conexionado de todo el equipamiento del parque Fotovoltaico, se realizarán una serie de pruebas que aseguren que los equipos instalados cumplen con las especificaciones de diseño del Proyecto, así como con los requerimientos de seguridad, previo a la interconexión de la planta fotovoltaica a la red de distribución en Media Tensión de propiedad de la Compañía CGE Distribución. Para ello, se ha considerado realizar las pruebas de puesta en marcha, que considera las siguientes actividades: - Verificación que la planta cumple con las especificaciones de diseño. - Inspecciones visuales. - Medidas y pruebas instrumentales. - Pruebas con tensión, sin carga o de pre-puesta en marcha. - Pruebas en carga. - Pruebas de puesta en marcha. - Pruebas en operación. El personal de pruebas y puesta en servicio realizará su labor de acuerdo con el siguiente programa de revisión de equipamiento: - Módulos fotovoltaicos y equipos DC. - Estructuras y seguidores solares. - Cableado DC, AC y MT. - Equipos en estación inversora. - SCADA y comunicaciones. - Sistema de seguridad y cerco perimetral. Interconexiones a la red Media Tensión. Transporte de material y personal Tal como se aclara en la Tabla 3 de la Adenda Complementaria, el Proyecto requerirá de transporte para el traslado de personal, equipos necesarios en la construcción del Proyecto (paneles, estructuras, inversores, transformadores, cables, entre otros), insumos y para el retiro de residuos. Cabe señalar que la mayoría de los requerimientos de la planta provendrán desde Antofagasta, mientras que el resto de los movimientos se circunscriben a comunas de la Región de Atacama. Como medio de transporte se considera camionetas y buses para el personal, camiones contenedores de 40”, camión ¾, camión pluma, camiones aljibes para el abastecimiento de agua, Camión mixer para el traslado de hormigón, y otros. En la Tabla 3 de la Adenda Complementaria se presenta el detalle del transporte, considerando la comuna de procedencia o destino, rutas empleadas, cantidad de carga por día, así como la frecuencia de los viajes diarios. Recursos naturales por extraer, explotar o utilizar Agua Potable Para la fase de construcción, se contempla el uso de agua potable para abastecer al número de trabajadores, la cual será suministrada por cada contratista, bajo la responsabilidad y supervisión del Proponente. El agua potable será de fuentes de abastecimiento superficial, adquirida a proveedores de la zona, debidamente autorizados por la SEREMI de Salud Región de Atacama. Desde ahí, el agua será transportada en camiones aljibes – destinados exclusivamente para este propósito - hasta las instalaciones de faena del Proyecto, donde será almacenada en un estanque de agua potable, el cual contará con un sistema de cloración. Además, para la bebida, el abastecimiento se realizará mediante bidones. Se llevará un registro con las facturas de adquisición de agua en bidones y camiones aljibes. Dicho registro se cotejará con la cantidad de trabajadores activos en Planta. Más detalles se presentan en el punto 1.1.16 de la Adenda, literal a). Agua Industrial Durante la construcción del Proyecto se considera la utilización de agua industrial principalmente para el trabajo con hormigón, humectación de caminos y humectación de superficies para el abatimiento del polvo. Se estima que en promedio se necesitará un volumen de 654 m3/mes de agua industrial, cuyo abastecimiento será mediante un proveedor autorizado, para ello, el agua industrial será abastecida mediante camión aljibe cuyo suministro será comprado a terceros que posean acceso al recurso a través de la red pública o que cuenten con los derechos legalmente inscritos. Por otro lado, en el caso del lavado de camiones mixer, esta agua la suministra el mismo camión, mediante un estanque propio. Más detalles se presentan en el punto 1.1.16 de la Adenda, literal b). Emisiones y efluentes Emisiones atmosféricas El Proyecto generará emisiones de material particulado y gases, asociadas principalmente a las actividades de excavación y tránsito en caminos no pavimentados y asociadas a procesos de combustión interna de los motores de vehículos livianos, camiones, equipos electrógenos y de la maquinaria. A continuación, se presenta la estimación para la fase de construcción en toneladas/año:
MP2,5 MP10 HC CO NOx SOx 0,567 3,788 0,174 1,040 2,250 0,283 Las acciones o medidas de control son: • Humectación de superficies en interiores de la obra, previo a las faenas de excavación, remoción de materiales y limpieza (Construcción y cierre) • Aplicación de bischofita, bioway o similar en un tramo de 1 kilómetro del camino no enrolado desde la Ruta C-351 al acceso del Proyecto. • Control de velocidad al interior de las áreas del Proyecto (20 km/h) • Encarpetado de camiones de carga.
Ruido: Durante la fase de construcción, el Proyecto emitirá emisiones de ruido principalmente por el uso de maquinaria pesada, tanto en la construcción de la planta como la LTE, con niveles de presión sonora que irán desde los 65 dBA (por motoniveladora y grúa horquilla) y 79 dBA (por perforadoras). Como acción de control el Proponente contempla implementar barreras acústicas modulares cuya altura será 2,4 [m], sobre tres sectores cercanos al Proyecto (R4, R10, R11) a fin de fin es reducir las emisiones que se generan para la construcción de la LMT. Más antecedentes sobre las fuentes emisoras, modelación de aportes y acciones de control se presentan en el Anexo 10 de la Adenda Complementaria.
Vibraciones El Proyecto generará emisiones por vibraciones por el uso de maquinaria pesada, considerándose un valor máximo de 91 Lv [VdB] provenientes del rodillo compactador. Conforme a los resultados presentados en el Anexo 10 de la Adenda Complementaria, existe el riesgo de superación de nivel de vibración en dos puntos sensibles (receptor R10 y R11). Por tal motivo, para el abatimiento y control de las vibraciones se contempla restringir el uso de maquinaria pesada en estos sectores, definiendo un Área de Restricción de 17 [m] desde estas viviendas hasta el sector donde se ejecutarán las actividades del Proyecto. Dentro de esta Área, no podrán realizar sus funciones: el Rodillo Compactador, la Motoniveladora, el Bulldozer, la Excavadora, el Cargador Frontal, la Hincadora de Pilotes, la Perforadora, los camiones pluma y los Camiones Aljibe. En caso de que se requiera ocupar alguna de esta maquinaria, se utilizará la maquinaria de reemplazo de menor tamaño pero que cumpla con los mismos objetivos que se requieren (Por ejemplo: Mini Rodillo compactador, Rodillo de 3t máximo, Miniexcavadora o Retroexcavadora, etc.)
Aguas Servidas: Se estima una generación de 80 m3/mes. La disposición final del efluente tratado será mediante un sistema de drenes de infiltración. Las aguas servidas serán manejadas mediante PTAS, para lo cual el Proponente presenta los antecedentes actualizados para el otorgamiento del PAS 138 en el Anexo 3 de la Adenda Complementaria. La disposición final del efluente tratado será mediante un sistema de drenes de infiltración. Adicionalmente, se considera el uso de baños químicos en los frentes de trabajo, los cuales serán manejados por empresa externa autorizada por la SEREMI de Salud de la Región de Atacama y sus efluentes dispuestos en lugar autorizado. En el punto 1.3.6 de la Adenda se presentan los medios de verificación que permitirán mantener un control sobre la generación de aguas servidas de los baños químicos y su disposición final en la Planta de Tratamiento de Aguas Servidas.
Efluente lavado de camiones. Debido al lavado de camiones mixer durante la fase de construcción, se generará 2 m3/mes de residuos líquidos, los cuales serán acumuladas en la piscina del sector de lavado de camiones, durante 2 días o según necesidad, o en el caso de que esta supere el 50% de su capacidad, para luego ser retirado por empresa autorizada para su disposición final. Por cada retiro realizado de los efluentes de lavado de camiones mixer, el Titular contará con los comprobantes de disposición final en las oficinas del Proyecto para cuando la autoridad lo requiera.
Residuos, productos químicos y otras sustancias que puedan afectar el medio ambiente. Residuos asimilables a doméstico Se estima una generación de 654 kg/mes constituidos por envases de plástico, latas de bebida, envases vacíos, entre otros. Estos residuos se depositarán en el Patio de Residuos No Peligrosos, en contenedores separados debidamente identificados según su composición y serán retirados 3 veces a la semana por camión recolector autorizado por la SEREMI de Salud Región de Atacama que gestionará su transporte hasta sitio de disposición final autorizado. Mayores antecedentes se presenten en el Anexo 2 de la Adenda Complementaria, donde el Proponente presenta los antecedentes actualizados para el otorgamiento del PAS 140 del RSEIA.
Residuos industriales no peligrosos Se estima una generación de 3,6 t/mes que corresponden a cartones, maderas y embalajes principalmente de los materiales como módulos y equipos eléctricos, y también otros residuos como restos de hormigones, cables o metales. Estos residuos serán almacenados temporalmente en el Patio de Residuos no Peligrosos, donde se dispondrán en contenedores separados debidamente identificados, hasta su posterior retiro por empresa autorizada para llevarlos a centro de reciclaje autorizado o disposición final autorizada. Mayores antecedentes se presenten en el Anexo 2 de la Adenda Complementaria, donde el Proponente presenta los antecedentes actualizados para el otorgamiento del PAS 140 del RSEIA.
Residuos peligrosos Se estima una generación de 52,9 kg/mes de residuos peligrosos, constituidos por aceite residual, grasa lubricante, spray de zinc, espuma de poliuretano materiales contaminados con hidrocarburos y paneles dañados y defectuosos. La cantidad desagregada por tipo se presenta en la Tabla 24 de la Adenda. Para el almacenamiento temporal de residuos industriales peligrosos, se instalará una bodega de almacenamiento, donde se mantendrán los residuos en contenedores identificados y etiquetados de acuerdo con la clasificación y tipo de riesgo que establece la NCh 2190 Of. 2003 y las características de peligrosidad indicadas en el artículo 11 del DS 148/2003. Se contempla una frecuencia de retiro cada 6 meses por empresa autorizada para su disposición en sitios autorizados.
Productos químicos y otras sustancias Petróleo Diesel: Se estima un consumo de 0,3 m3/mes, el cual será almacenado en estanque aislado al aire libre, con tiempo de almacenamiento de 3 meses. Hipoclorito de calcio: Se estima un consumo de 10 kg/mes, el cual será almacenado en la bodega de sustancias peligrosas, con tiempo de almacenamiento de 3 meses. Hipoclorito de sodio: Se estima un consumo de 0,001 m3/mes, el cual será almacenado en la bodega de sustancias peligrosas, con tiempo de almacenamiento de 3 meses. Bisulfito de sodio: Se estima un consumo de 5 kg/mes, el cual será almacenado en la bodega de sustancias peligrosas, con tiempo de almacenamiento de 3 meses. Pintura de zinc anticorrosiva: Se estima un consumo de 25 kg/mes, el cual será almacenado en la bodega de sustancias peligrosas, con tiempo de almacenamiento de 3 meses. Referencia al ICE para mayores detalles sobre esta fase. Tabla 4.2. y Tabla 4.6.1.1. Partes y obras Tabla 4.6.1.2. Acciones Tabla 4.6.2. Suministros básicos Tabla 4.6.3. Recursos naturales por extraer, explotar o utilizar Tabla 4.6.4. Emisiones y efluentes Tabla 4.6.5. Residuos 4.3.2. FASE DE OPERACIÓN Partes y obras Paneles fotovoltaicos Esta obra ya fue descrita en el punto 4.3.1 de este documento. Estación inversora 1, 2 y 3 Esta obra ya fue descrita en el punto 4.3.1 de este documento. Línea Eléctrica de Media Tensión 23 KV Esta obra ya fue descrita en el punto 4.3.1 de este documento. Estación storage 1,2, y 3 Esta obra ya fue descrita en el punto 4.3.1 de este documento. Camino interior Esta obra ya fue descrita en el punto 4.3.1 de este documento. Estacionamiento de vehículos livianos Esta obra ya fue descrita en el punto 4.3.1 de este documento. Sala de Control de operaciones Esta obra ya fue descrita en el punto 4.3.1 de este documento. Bodega de herramientas Esta obra ya fue descrita en el punto 4.3.1 de este documento. Bodega de almacenamiento de residuos peligrosos Esta obra ya fue descrita en el punto 4.3.1 de este documento. Grupo electrógeno de emergencia El Proyecto considerado la instalación de un grupo electrógeno para la fase de operación con el objetivo de servir de respaldo frente emergencias de la planta o corte de suministro externo, sobre todo, en la sala de control. Cerco Perimetral Esta obra ya fue descrita en el punto 4.3.1 de este documento. Patio de Almacenamiento de Residuos No peligrosos Esta obra ya fue descrita en el punto 4.3.1 de este documento. Patio de insumos Esta obra ya fue descrita en el punto 4.3.1 de este documento. Planta de tratamiento de aguas servidas Esta obra ya fue descrita en el punto 4.3.1 de este documento. Estanque de combustible Esta obra ya fue descrita en el punto 4.3.1 de este documento. Acciones Operación Planta Durante la operación se considera el control diario de la planta que se llevará a cabo desde la sala de control y/o en forma remota. El sistema de monitoreo de las cajas de conexión, inversores, etc. permitirá detectar fallas tempranamente tomando las medidas que correspondan, ya sea de mantención correctiva o incluso conectar/desconectar equipos. Inspección y mantenimiento Preventivo El Mantenimiento Preventivo consiste en el conjunto de actividades a realizar en los equipos instalados en la Planta Fotovoltaica de manera sistemática y programada, y que se dirigen a obtener las condiciones óptimas de funcionamiento de esta, la mayor disponibilidad de sus equipos, así como prevenir las averías de los equipos instalados en la planta. Las tareas representativas son: - Reparación de cerco. - Mantenimiento de equipos contra incendio y seguridad. - Control de las canalizaciones tubo caja de conexión. - Control de los seguidores. - Control de las estructuras de los módulos. - Control de los módulos fotovoltaicos. - Limpieza de módulos y sensores. - Inspección y control de los inversores, estación meteorológica, entre otros. Más detalles respecto a esta actividad se presenta en el punto 9.1.2.1 del Capítulo 2 de la DIA, y en el punto 1.1.18 de la Adenda, donde se indica el detalle de las frecuencias de cada mantención. Mantenimiento correctivo El mantenimiento correctivo comprende un conjunto de actividades necesarias ante una anomalía, falla o deterioro de funcionamiento. Se asegurará que la planta Fotovoltaica funcione durante toda su vida útil. Las operaciones correctivas más habituales son: Cambio de módulos, cambio de inversores, cambio de batería de almacenamiento, reinicio y puesta en marcha, reinicio de sistema de monitorización y reparación de elementos y protecciones eléctricas. Más detalles respecto a esta actividad se presenta en el punto 9.1.2.2 del Capítulo 2 de la DIA. Transporte de material y personal Tal como se aclara en la Tabla 4 de la Adenda Complementaria, el Proyecto requerirá de transporte para el traslado de personal, insumos y retiro de residuos. En este sentido, considerando que las actividades durante la fase de operación son acotadas, los movimientos se llevarían a cabo principalmente en la comuna de Caldera. Como medio de transporte se considera camionetas para el personal, y camiones de diversa naturaleza, especialmente por el retiro de residuos. En la Tabla 4 de la Adenda Complementaria se presenta el detalle del transporte, considerando la comuna de procedencia o destino, rutas empleadas, cantidad de carga por día, así como la frecuencia de los viajes diarios. Productos generados Energía Eléctrica La planta fotovoltaica contará con una Potencia Nominal Total de 9 MWac, especificada por la limitación de los equipos inversores, y se estima una generación anual de 23,2 GWh. que se inyectarán en la línea existente de la Compañía CGE Distribución, a un nivel de Tensión de 23 kV Recursos naturales renovables Agua Durante la fase de operación se requerirá de agua potable para los requerimientos del personal. Además, se utilizará agua para la limpieza de paneles, que serán provistos por empresas que cuenten con los permisos requeridos. Las cantidades y formas de abastecimiento se presentan en la Tabla 4.7.2 del ICE. Emisiones y efluentes Emisiones atmosféricas. Durante la fase de operación el Proyecto generará emisiones de material particulado, principalmente por resuspensión en caminos no pavimentados, gases producto de combustión de vehículos y operación de grupos electrógenos de respaldo. Las emisiones en toneladas/año estimadas son:
MP2,5 MP10 HC CO NOx SOx 0,119 1,145 0,056 0,039 0,140 0,041 Las acciones o medidas de control son:
• Aplicación de bischofita, bioway o similar en un tramo de 1 kilómetro del camino no enrolado desde la Ruta C-351 al acceso del Proyecto. • Control de velocidad al interior de las áreas del Proyecto (20 km/h) • Encarpetado de camiones de carga.
Ruido: Durante la fase de operación el Proyecto generará emisiones de ruido principalmente por los dispositivos seguidores (Trackers), los centros de transformación e inversores y la línea de transmisión, con niveles de presión sonora que irán desde los 50 dBA (seguidores) y 76 dBA (por camión). En la Tabla 14 del Anexo 10 de la Adenda Complementaria, se presentan los niveles de emisión a 10 metros y los espectros sonoros considerados para cada uno de los equipos a ser empleados durante la fase de operación del Proyecto.
Vibraciones Durante la fase de operación el proyecto generará emisiones menores por vibraciones, debido principalmente al uso de camiones tolva y aljibe, considerándose un valor de emisión de 82 Lv [VdB].
Campos electromagnéticos: En el Anexo 2 de la Adenda el Proponente presenta el estudio de campos electromagnéticos generado principalmente por los módulos fotovoltaicos y baterías; los centros de transformación BT/MT de 3000 [kVA], la línea subterránea de media tensión en 23 [kV] y la línea subterránea de baja tensión en 1500 [VDC] (Se considera tensión máxima). Los valores más altos de densidad de flujo magnético se obtuvieron para la línea de 1,5 [kV] y la línea subterránea de media tensión en 23 [kV], con valores muy por debajo de la normativa de referencia (indicados por la ICNIRP y la normativa de la Unión Europea).
Aguas servidas: Las aguas servidas serán manejadas mediante PTAS, la cual será un sistema de drenes de infiltración, la misma utilizada para las otras fases del proyecto. Residuos, productos químicos y otras sustancias que puedan afectar el medio ambiente. Residuos asimilables a doméstico: Se estima una generación de 36 kg/mes constituidos por envases de plástico, latas de bebida, envases vacíos, entre otros. Estos residuos se depositarán en papeleros con tapa, dispuestos en los puntos de generación y retirados diariamente cuando se ejecuten las actividades de mantenimiento. Mayores antecedentes se presenten en el Anexo 2 de la Adenda Complementaria, donde se presentan los antecedentes actualizados para el otorgamiento del PAS 140 del RSEIA.
Residuos industriales no peligrosos: Se estima una generación de 0,72 t/mes que corresponden residuos de embalajes y restos de piezas metálicas producto de la reparación o reemplazo de partes de estructuras y otros equipos. Durante cada campaña de mantenimiento, se dispondrán temporalmente en contenedor metálico y se retirarán diariamente para evitar acopiar residuos en faena, ya que no habrá trabajadores de forma permanente. Mayores antecedentes se presenten en el Anexo 2 de la Adenda Complementaria, donde el Proponente presenta los antecedentes actualizados para el otorgamiento del PAS 140 del RSEIA.
Residuos peligrosos: Se estima una generación de 100 kg/mes de residuos peligrosos, constituidos por baterías con fallas o por recambio, aceites residuales, materiales contaminados con hidrocarburos y paneles dañados. La cantidad desagregada por tipo se presenta en la Tabla 25 de la Adenda. Para el almacenamiento temporal de residuos industriales peligrosos, se instalará una bodega de almacenamiento, donde se mantendrán los residuos en contenedores, tambores o pallet, según corresponda. Se contempla una frecuencia de retiro cada 6 meses por empresa autorizada para disposición de los residuos en sitios autorizados. La frecuencia de retiro será mayor para el caso de las baterías, conforme se indica en la tabla recién citada. Cabe señalar que, respecto a los paneles solares, el Proponente contempla dos opciones para el destino final de estos, lo cual dependerá de si se permiten su reciclaje conforme a la normativa vigente, o en su defecto serán manejados como residuos peligrosos, tal como se informa en el punto 1.3.2 de la Adenda.
Productos químicos y otras sustancias Petróleo Diesel: Se estima un consumo de 0,1 m3/mes, el cual será almacenado en estanque aislado al aire libre, con tiempo de almacenamiento de 3 meses. Hipoclorito de calcio: Se estima un consumo de 2 kg/mes, el cual será almacenado en la bodega de sustancias peligrosas, con tiempo de almacenamiento de 3 meses. Hipoclorito de sodio: Se estima un consumo de 0,001 m3/mes, el cual será almacenado en la bodega de sustancias peligrosas, con tiempo de almacenamiento de 3 meses. Bisulfito de sodio: Se estima un consumo de 1 kg/mes, el cual será almacenado en la bodega de sustancias peligrosas, con tiempo de almacenamiento de 3 meses. Referencia al ICE para mayores detalles sobre esta fase. Tabla 4.2. y Tabla 4.6.1.1. Partes y obras Tabla 4.7.1.2. Acciones Tabla 4.7.2. Suministros básicos Tabla 4.7.3. Productos generados Tabla 4.7.4. Recursos naturales por extraer, explotar o utilizar Tabla 4.7.5. Emisiones y efluentes Tabla 4.7.6. Residuos 4.3.3. FASE DE CIERRE Partes y obras Paneles fotovoltaicos Esta obra ya fue descrita en el punto 4.3.1 de este documento. Estación inversora 1, 2 y 3 Esta obra ya fue descrita en el punto 4.3.1 de este documento. Línea Eléctrica de Media Tensión 23 KV Esta obra ya fue descrita en el punto 4.3.1 de este documento. Estación storage 1,2, y 3 Esta obra ya fue descrita en el punto 4.3.1 de este documento. Camino interior Esta obra ya fue descrita en el punto 4.3.1 de este documento. Estacionamiento de vehículos livianos Esta obra ya fue descrita en el punto 4.3.1 de este documento. Sala de Control de operaciones Esta obra ya fue descrita en el punto 4.3.1 de este documento. Bodega de herramientas Esta obra ya fue descrita en el punto 4.3.1 de este documento. Bodega de almacenamiento de residuos peligrosos Esta obra ya fue descrita en el punto 4.3.1 de este documento. Grupo electrógeno de emergencia Esta obra ya fue descrita en el punto 4.3.2 de este documento. Cerco Perimetral Esta obra ya fue descrita en el punto 4.3.1 de este documento. Patio de Almacenamiento de Residuos No peligrosos Esta obra ya fue descrita en el punto 4.3.1 de este documento. Patio de insumos Esta obra ya fue descrita en el punto 4.3.1 de este documento. Planta de tratamiento de aguas servidas Esta obra ya fue descrita en el punto 4.3.1 de este documento. Estanque de combustible Esta obra ya fue descrita en el punto 4.3.1 de este documento. Acciones Desmantelar o asegurar la estabilidad de la infraestructura utilizada por el proyecto La infraestructura de planta fotovoltaica será desmantelada, de acuerdo con la división de los componentes principales que son los módulos, estructuras, líneas eléctricas, inversores y edificaciones. Durante esta Fase, se cumplirá con todas las exigencias legales y ambientales vigentes, retirando, si es posible reutilizando, reciclando y disponiendo conforme a la normativa vigente, todos los elementos retirados de la planta. Habilitación de instalación de faena La ubicación de instalación de faenas para el desmantelamiento de la planta fotovoltaica coincide exactamente con la instalación de faenas de la Fase de Construcción, lo que supone que se aprovechará la sala de control existente con baños, zonas de estacionamiento de vehículos y maquinaria, así como la zona para residuos y almacenaje de herramientas. Se traerán dos contenedores para instalación de faenas, los que se dispondrán en el lugar mencionado, para posteriormente retirarse Desmantelamiento de módulos Los módulos fotovoltaicos tienen una vida útil superior a 30 años. No obstante, si en el momento de cierre de la planta, los módulos no encuentran comprador por ser una tecnología obsoleta, o no ser rentable su reutilización para producción de energía, deberán reciclarse adecuadamente. Para el desmantelamiento de módulos fotovoltaicos, primeramente, se deberán desconectar eléctricamente las series que interconectan los módulos, y las cajas de conexión DC. Posteriormente los módulos deberán colocarse en pallets ordenados, en el lugar de la planta especificado, para posteriormente llevarse mediante transporte a un punto de reciclaje Desmantelamiento de estructuras Una vez desmontados los módulos fotovoltaicos y separado el cableado eléctrico de la estructura, esta podrá comenzar a desmantelarse, primero desarmando los perfiles de soporte de los módulos, y después tirando de las hincas para arrancarlas del terreno. En el caso de las instaladas con hormigón contra terreno, de no ser posible extraerlas tirando de ellas, se utilizará excavadora para retirarlas en forma completa y serán cargadas sobre un camión para ser llevadas a plantas especializadas. Desmantelamiento de líneas eléctricas Tanto las líneas en Media Tensión en corriente continua que interconectan los módulos, las series, las cajas de conexiones DC (string box), y los cuadros DC en la entrada de los inversores, como las líneas de Media Tensión en corriente alterna que interconectan los inversores con la línea de Media Tensión de la distribuidora, consisten en cables eléctricos de cobre o aluminio, con revestimiento plástico aislante, o tubos o conductos por los que se han canalizado algunos de estos cables, fabricados en plástico, entre otros, serán desmantelados para luego llevarlos y reunirlos en el lugar de la planta destinado a ello, para posteriormente ser recogidas por un transporte que pueda llevarlas a una planta específica para tratamiento y reciclaje de cables y plásticos respectivamente Desmantelamiento de edificaciones Las edificaciones del proyecto, consistentes en la sala de control y bodega de materiales, serán vendidas para su reutilización, y de no ser posible, serán trasladadas a una planta específica para su reciclaje. Igualmente se demolerá y retirará el hormigón utilizado para las fundaciones de estas edificaciones y los equipos inversores, los restos de la demolición serán trasladados a un Relleno Sanitario autorizado. Restaurar la geoforma o morfología y cualquier otro componente ambiental que haya sido afectado durante la ejecución del proyecto Una vez trasladado todo el equipamiento a plantas de reciclaje o bien para su reutilización, se dejará el terreno en las condiciones similares a las iniciales, para lo cual se utilizará maquinaria especializada como motoniveladora u otras que se requiriesen. En cuanto al equipamiento a desmantelar, no contienen fluidos contaminantes de ningún tipo que puedan producir contaminación. Para evitar que un manejo inadecuado de los paneles pueda producir su ruptura y queden restos de vidrios se tomarán las medidas necesarias que consideran, pero no se limitan a un manejo delicado y la protección de los paneles con pallets adecuados. Transporte de material y personal Tal como se aclara en la Tabla 5 de la Adenda Complementaria, el Proyecto requerirá de transporte para el traslado de personal, el retiro de los materiales desmantelados (paneles, estructuras, fierros, etc.), abastecimiento de insumos y retiro de residuos de diversa naturaleza. La mayoría de los movimientos de transporte se incidan en comunas de la Región de Atacama. Como medio de transporte se considera camionetas y buses para el personal, camiones contenedores de 40”, camión tolva, camiones aljibes para el abastecimiento de agua, y otros. En la Tabla 5 de la Adenda Complementaria se presenta el detalle del transporte, considerando la comuna de procedencia o destino, rutas empleadas, cantidad de carga por día, así como la frecuencia de los viajes diarios. Recursos naturales renovables No se contempla la extracción o explotación de recursos naturales renovables durante esta fase. Emisiones y efluentes Emisiones atmosféricas. Durante la fase de cierre el Proyecto generará emisiones de material particulado, principalmente por resuspensión en caminos no pavimentados, gases producto de combustión de maquinaria fuera de ruta. Las emisiones en toneladas/año estimadas son:
MP2,5 MP10 HC CO NOx SOx 0,197 1,657 0,018 0,132 0,287 0,050 Las acciones o medidas de control son:
• Humectación de superficies en interiores de la obra, previo a las faenas de excavación, remoción de materiales y limpieza (Construcción y cierre) • Aplicación de bischofita, bioway o similar en un tramo de 1 kilómetro del camino no enrolado desde la Ruta C-351 al acceso del Proyecto. • Control de velocidad al interior de las áreas del Proyecto (20 km/h) • Encarpetado de camiones de carga.
Ruido: Durante la fase de cierre el Proyecto generará emisiones de ruido principalmente por el uso de maquinaria pesada, con niveles de presión sonora que van desde los 65 dBA (por motoniveladora) hasta los 77 dBA (por camiones pluma). En la Tabla 15 del Anexo 10 de la Adenda Complementaria, se presentan los niveles de emisión a 10 metros y los espectros sonoros considerados para cada uno de los equipos a ser empleados durante la fase de cierre del Proyecto. Como acción de control el Proponente contempla implementar barreras acústicas modulares cuya altura será 2,4 [m], sobre tres sectores cercanos al Proyecto (R4, R10, R11) a fin de fin es reducir las emisiones que se generan el desmantelamiento de la LTE. Más antecedentes sobre las fuentes emisoras, modelación de aportes y acciones de control se presentan en el Anexo 10 de la Adenda Complementaria.
Vibraciones Para la fase de cierre se generarán emisiones de vibraciones, y se estima que sean similares a la fase de construcción del Proyecto, tanto en valores emitidos como por las fuentes generadoras. Por lo anterior, durante esta fase se contemplan las mismas acciones de abatimiento contempladas para la fase de cierre del Proyecto.
Efluentes: Durante la fase de cierre se generarán residuos líquidos domésticos (aguas servidas) provenientes de los baños y duchas de los trabajadores, estimándose en 16 m3/mes. Las aguas servidas serán manejadas mediante PTAS, para lo cual el Proponente presenta los antecedentes actualizados para el otorgamiento del PAS 138 en el Anexo 3 de la Adenda Complementaria. La disposición final del efluente tratado será mediante un sistema de drenes de infiltración. Residuos, productos químicos y otras sustancias que puedan afectar el medio ambiente. Residuos asimilables a domésticos: Se estima una generación de 156 kg/mes constituidos por envases de plástico, latas de bebida, envases vacíos, entre otros. Estos residuos se depositarán en el Patio de Residuos No Peligrosos, en contenedores separados debidamente identificados según su composición y serán retirados 3 veces a la semana por camión recolector autorizado por la SEREMI de Salud Región de Atacama que gestionará su transporte hasta sitio de disposición final autorizado. Mayores antecedentes se presenten en el Anexo 2 de la Adenda Complementaria, donde el Proponente presenta los antecedentes actualizados para el otorgamiento del PAS 140 del RSEIA.
Residuos industriales no peligrosos: Se estima una generación de 2.160 t/mes que corresponden restos de acero y fierro, hormigón y otros materiales. Estos residuos serán almacenados temporalmente en el Patio de Residuos no Peligrosos, donde se dispondrán en contenedores separados debidamente identificados, hasta su posterior retiro por empresa autorizada para llevarlos a centro de reciclaje autorizado o disposición final autorizada. Mayores antecedentes se presenten en el Anexo 2 de la Adenda Complementaria, donde el Proponente presenta los antecedentes actualizados para el otorgamiento del PAS 140 del RSEIA.
Residuos Peligrosos: Se estima una generación de 744.610 kg/mes de residuos peligrosos, constituidos por desengrasantes, materiales contaminados con hidrocarburos, paneles y baterías en desuso. La cantidad desagregada por tipo se presenta en la Tabla 26 de la Adenda. Para el almacenamiento temporal de residuos industriales peligrosos, se instalará una bodega de almacenamiento, donde se mantendrán los residuos en contenedores identificados y etiquetado, pallet o tambores metálicos, según corresponda. Se contempla un solo retiro en los dos meses de duración de la fase de cierre del Proyecto. Cabe señalar que, respecto a los paneles solares, se contemplan dos opciones para su destino final, lo cual dependerá de si se permiten su reciclaje conforme a la normativa vigente, o en su defecto serán manejados como residuos peligrosos, tal como se informa en el punto 1.3.2 de la Adenda.
Productos químicos y otras sustancias Petróleo Diesel: Se estima un consumo de 0,1 m3/mes, el cual será almacenado en estanque aislado al aire libre, con tiempo de almacenamiento de 3 meses. Hipoclorito de calcio: Se estima un consumo de 6 kg/mes, el cual será almacenado en la bodega de sustancias peligrosas, con tiempo de almacenamiento de 3 meses. Hipoclorito de sodio: Se estima un consumo de 0,001 m3/mes, el cual será almacenado en la bodega de sustancias peligrosas, con tiempo de almacenamiento de 3 meses. Bisulfito de sodio: Se estima un consumo de 4 kg/mes, el cual será almacenado en la bodega de sustancias peligrosas, con tiempo de almacenamiento de 3 meses. Referencia al ICE para mayores detalles sobre esta fase. Tabla 4.8.1.1. Partes y obras Tabla 4.8.1.2. Acciones Punto 4.8.3 Recursos naturales por extraer, explotar o utilizar Tabla 4.8.4.1 Emisiones a la atmósfera Tabla 4.8.4.2 Emisiones líquidas o efluentes Tabla 4.8.4.3 Emisiones de Ruido Tabla 4.8.4.4 Otras emisiones Tabla 4.8.5.1 Residuos no peligrosos Tabla 4.8.5.2 Residuos peligrosos Tabla 4.8.5.3 Productos químicos y otras sustancias que puedan afectar el medio ambiente.
4.4. CRONOLOGÍA DE LAS FASES DEL PROYECTO 4.4.1. FASE DE CONSTRUCCIÓN Fecha estimada de inicio Primer semestre de 2021 Parte, obra o acción que establece el inicio Habilitación de los caminos interiores. Fecha estimada de término Segundo semestre del año 2021. Parte, obra o acción que establece el término Puesta en marcha de la Planta Fotovoltaica. 4.4.2. FASE DE OPERACIÓN Fecha estimada de inicio Segundo semestre del año 2021. Parte, obra o acción que establece el inicio Puesta en marcha de la Planta Fotovoltaica. Fecha estimada de término Segundo semestre del año 2051. Parte, obra o acción que establece el término Término de la inyección de energía de la Planta Fotovoltaica 4.4.3. FASE DE CIERRE Fecha estimada de inicio Segundo semestre de 2051 Parte, obra o acción que establece el inicio Instalación de faena de cierre Fecha estimada de término Segundo semestre de 2051 Parte, obra o acción que establece el término Desarme instalación de faena de cierre.
5°. Que, durante el proceso de evaluación se han presentado antecedentes que justifican la inexistencia de los siguientes efectos, características y circunstancias del artículo 11 de la Ley N°19.300:
5.1. RIESGO PARA LA SALUD DE LA POBLACIÓN, DEBIDO A LA CANTIDAD Y CALIDAD DE EFLUENTES, EMISIONES Y RESIDUOS Impacto ambiental Aumento en los niveles de ruido en zona poblada. Para el caso del ruido proveniente de fuentes fijas, el proyecto tendrá una superación de los niveles de ruido en los receptores R4, R10 y R11. Parte, obra o acción que lo genera Construcción de línea de media tensión. Fase en que se presenta Construcción y cierre. Impacto ambiental Aumento en los niveles de vibración en zona poblada. Para el caso del ruido proveniente de fuentes fijas, el proyecto tendrá una superación de los niveles de ruido en los receptores R10 y R11. Parte, obra o acción que lo genera Construcción de línea de media tensión. Fase en que se presenta Construcción y cierre. Referencia al ICE para mayores detalles sobre este impacto específico Tabla 5.1 Salud de la Población. Tabla 6.1 Sobre la inexistencia de riesgo para la salud de la población, debido a la cantidad y calidad de efluentes, emisiones y residuos. Sobre la base de los antecedentes analizados en el punto 6.1 del ICE, se concluye que los aportes del Proyecto en términos de concentraciones de MP10, obtenidos de la modelación, presentada en Anexo 3 de la Adenda, la máxima concentración diaria de MP10 se alcanza a 380 m del centro del Proyecto con 10,82 µg/m3 (7,2% de la norma diaria). Además, se observa que más allá de los 900 metros, los aportes son menores al 1,1% de la norma diaria de MP10. Por otro lado, la máxima concentración anual de MP10 se alcanza a los 380 m del centro del Proyecto con 2,164 µg/m3 (4,3% de la norma anual). Además, se observa que más allá de los 700 metros, los aportes son menores al 1,1% de la norma diaria de MP10.Cabe mencionar que se establecieron acciones de control para reducir las emisiones de material particulado y gases en las fases de construcción y cierre: aplicación de bischofita en caminos interiores y humectación del camino de acceso. Respecto a la generación de Ruido se identificaron doce receptores sensibles, los que corresponden a instalaciones comerciales con viviendas, tanto dentro como fuera de los límites urbanos establecidos en el Plan regulador Comunal de Caldera, por lo que los límites de ruido determinados por el D. S. N°38/2011 de MMA, varían (los resultados de la modelación para la fase de construcción, considerada la de mayores emisiones de ruido, se encuentran en la tabla 6.1 del ICE), determinándose tres puntos donde se observaría, para el caso de ruido superación de la mencionada norma (R4, R10 y R11). Para el caso de la fase de operación, donde se modeló según límite diurno y nocturno, los resultados fluctúan entre 3 y 25 dB(A), por lo que no se observación superaciones de nivel máximo en ningún periodo. Luego para el caso de la fase de cierre, la modelación arrojó dos receptores con superación de norma (R4 y R10)- Dadas las superaciones de norma se establece la implementación de barreras acústicas modulares cuya altura será 2,4 [m], y se implementará en los sectores cercanos a R4, R10 y R11, obstaculizando las emisiones que se generan para la construcción de la LMT y el desmantelamiento de ella en la fase de cierre. El material de esta barrera cumplirá con condiciones de densidad superficial igual o superior a 10 [kg/m2] (ejemplo: paneles de madera OSB de 15 [mm] de espesor o material equivalente), mientras que las junturas de los paneles que conformen la barrera serán herméticas tanto entre ellas como la unión con el piso, de modo que no se generen fugas y se pierda efectividad. Dado lo expuesto en el punto 6.2 del ICE, es posible concluir que no se generarán impactos sobre los recursos naturales que sirvan de sustento para las comunidades del área de influencia. Los residuos que se generarán durante las fases de construcción, operación y cierre del Proyecto se indican en los puntos 4.6.5, 4.6.7 y 4.8.5 del ICE, respectivamente. De lo ahí señalado, se concluye que el Proyecto manejará sus residuos en instalaciones autorizadas. Por lo tanto, no debería generarse exposición a contaminantes debido al manejo de residuos sobre los recursos naturales renovables, incluidos el suelo, agua y aire. Por todo lo anterior, y sobre la base de los antecedentes analizados en el punto 6.1 del ICE, se concluye que el Proyecto no tendrá efectos adversos significativos sobre el riesgo a la salud de la población debido a la cantidad y calidad de efluentes, emisiones y residuos.
5.2. EFECTOS ADVERSOS SIGNIFICATIVOS SOBRE LA CANTIDAD Y CALIDAD DE LOS RECURSOS NATURALES RENOVABLES, INCLUIDOS EL SUELO, AGUA Y AIRE Impacto ambiental Afectación a cursos de agua superficial por obras en cauces. Dada la construcción y operación de obras ubicadas sobre quebradas, es posible que el flujo superficial esporádico del área pueda verse afectado, generando un impacto sobre la dinámica hidrográfica local. Componente ambiental afectado Agua Parte, obra o acción que lo genera • Habilitación de caminos de acceso y caminos internos. • Movimientos de tierra y nivelación de terreno. • Construcción de línea de media tensión. • Construcción de obras civiles. • Operación planta. Fase en que se presenta Construcción y operación. Impacto ambiental Afectación a formaciones vegetacionales. El Proyecto requiere de realizar el despeje de formaciones xerofíticas. Componente ambiental afectado Flora Parte, obra o acción que lo genera • Habilitación de caminos de acceso y caminos internos. • Movimientos de tierra y nivelación de terreno. • Construcción de línea de media tensión. • Construcción de obras civiles. Fase en que se presenta Construcción Impacto ambiental Afectación a especies de fauna de baja movilidad. En el área del Proyecto se ha detectado la presencia de la especie de reptiles Liolaemus atacamensis y Liolaemus nigromaculatus, las cuales se encuentran en categoría de conservación Preocupación Menor y Casi Amenazada, respetivamente. Componente ambiental afectado Fauna. Parte, obra o acción que lo genera • Habilitación de caminos de acceso y caminos internos. • Movimientos de tierra y nivelación de terreno. • Construcción de línea de media tensión. • Construcción de obras civiles. • Montaje de estructuras. Fase en que se presenta Construcción Referencia al ICE para mayores detalles sobre este impacto específico Tabla 5.2.1 Agua Tabla 5.2.2.1 Flora Tabla 5.2.2.2 Fauna Tabla 6.2 Sobre la inexistencia de efectos adversos significativos sobre la cantidad y calidad de los recursos naturales renovables, incluidos el suelo, agua y aire Sobre la base de los antecedentes analizados en el punto 6.2 del ICE se concluye que el Proyecto no generará pérdida de suelo o de su capacidad para sustentar biodiversidad por degradación, erosión, impermeabilización, compactación o presencia de contaminantes. Por otra parte, respecto de la componente flora y vegetación, se detectó 1 singularidad ambiental para flora, la cual corresponde a presencia de especies endémicas. En cuanto a la presencia de especies en alguna categoría de conservación cabe señalar que, no se hallaron especies en alguna categoría de conservación. Respecto a la Fauna, se realizaron 2 campañas, una en otoño y la otra en primavera, destacando la presencia de una especie más en la segunda (detalles de la campaña se muestran en tabla 6.2 del ICE). No se afectarán individuos de manera directa. Sin embargo, considerando que existen 2 especies de reptiles, en categoría de conservación (Liolaemus atacamensis y Liolaemus nigromaculatus), se realizará de manera preventiva lo siguiente: • Rescate y relocalización antes de realizar la corta de vegetación y movimientos de tierra para la zona del Parque (PAS 146). • Perturbación controlada en la línea de media tensión eléctrica, antes de iniciar actividades constructivas.
Respecto al componente agua, se realizó un estudio hidrológico (resultados se encuentran disponibles en Anexo 4 de la adenda y ampliados en Anexo 4 de la adenda complementaria) para el cual se obtienen las siguientes conclusiones: - De acuerdo con las cartas IGM 1:50.000 de la zona de estudio, el Parque se encuentra sobre la Quebrada del Corralillo, con lecho correspondiente a arenas. - De la visita a terreno, se constató que el Parque se ubica sobre sedimentos no consolidados, principalmente arenas. Se encontraron restos de caracoles marinos, lo que indicaría que la zona correspondería a terrazas marinas. - Las arenas del sector poseen una alta tasa de infiltración. - En la zona de la línea de media tensión se observó la presencia de gran cantidad de quebradas difusas y un total de 5 quebradas relativamente bien definidas mediante cauces. Dichas 5 cuencas fueron ratificadas tanto por la topografía 1:1000 como por las imágenes dron tomadas en la visita. - La Ruta C-351 se construyó en base a un terraplén de material del sector que se obtuvo tanto del lado sur como del lado norte del camino. Lo anterior llevo a tener una zona de acumulación de agua, de la cuenca aportante, aguas arriba del camino. Este obstáculo hace que el tiempo de retención del agua aumente, dando más tiempo para infiltrarse en el sector a las aguas acumuladas. En el caso de periodos de retorno bajos, el agua no alcanzaría a pasar hacia el norte del camino, sin embargo, para periodos de retorno altos, el agua pasaría con un flujo tipo vertedero (lámina de agua muy delgada) por el o los sectores bajos del camino. - No existen evidencias en terreno, ni de la geología revisada de flujos aluvionales en la zona de proyecto, por lo que los cálculos de caudales detríticos con 30% de concentración de sólidos determinados en el presente informe, son conservadores en términos de caudales máximos instantáneos. - Se observa que los flujos en la zona de ubicación de los postes en general son de tipo subcrítico, con velocidades bajas y alturas de agua menores. En el Anexo 2 de la Adenda Complementaria se entregan los planos de detalle de las diferentes zonas de inundación modeladas, con las obras del Parque fotovoltaico. Respecto del aire, dado que éstas se definieron como escasas y de baja duración y que no se encuentra en área en estado de latencia o saturación, no se prevé un impacto significativo sobre esta componente. El impacto sobre el suelo también fue descartado, tal como se explica en el literal a) de la tabla 6.2 del ICE. Dado que no se prevé un impacto significativo sobre la calidad del aire, ni sobre la flora o calidad de las aguas, no se determinaron modelaciones en relación con normas secundarias, descartándose el impacto por esta componente. Las cantidades estimadas de residuos y efluentes para las fases de construcción, operación y cierre se consideran menores dado que la mano de obra será acotada, al igual del tiempo de construcción, fase de mayor generación de residuos y emisiones. Durante la fase de construcción del proyecto, se almacenarán productos químicos en pequeñas cantidades, en una bodega de sustancias peligrosas. En ella se clasificarán y almacenarán cumpliendo estrictamente con las disposiciones del D.S.43/2015. Para el caso del manejo de residuos se realizará de manera adecuada conforme a la normativa.
En relación con el componente agua, el Proyecto no genera un impacto ambiental significativo sobre el volumen o caudal de los recursos hídricos, debido a que no contempla la intervención o explotación de los mismos.
En cuanto al agua requerida para consumo humano (en todas las fases del Proyecto), será adquirida a empresa autorizada y con los permisos de la SEREMI de Salud de la Región de Atacama. Respecto del agua industrial, será abastecida por camiones aljibes, los que deberán ser identificados como agua industrial y contar además con los permisos de la SEREMI de Salud de la Región de Atacama.
Por otra parte, en el área de influencia del Proyecto no existen aguas superficiales, vegas, bofedales, humedales, estuarios, turberas ni glaciares.
En conclusión, y sobre la base de los antecedentes analizados en detalle en el punto 6.2 del ICE, se descarta la existencia de efectos adversos significativos sobre la cantidad y calidad de los recursos naturales renovables, incluidos el suelo, agua y aire.
5.3. REASENTAMIENTO DE COMUNIDADES HUMANAS O ALTERACIÓN SIGNIFICATIVA DE LOS SISTEMAS DE VIDA Y COSTUMBRES DE GRUPOS HUMANOS Impacto ambiental No se identifican impactos Referencia al ICE para mayores detalles sobre este impacto específico Tabla 6.3 Sobre la inexistencia de reasentamiento de comunidades humanas o alteración significativa de los sistemas de vida y costumbres de grupos humanos El área de influencia considera a aquellos sectores que tienen alguna interacción con el polígono definido para la construcción y operación del parque fotovoltaico, ubicado en el kilómetro km 5,79 de la ruta C-351, incluyendo el camino interno de 1,12 km que lleva hasta el polígono y la línea de transmisión que llega hasta la Estación CGE. En relación con la disposición de la línea de trasmisión eléctrica se detectaron 6 de 14 elementos de interés humano general a saber: carro de Comida al paso, Oasis Alemán (alojamiento), Restaurante Las Rosas, Vulcanización, Restaurante Mama Lucha, Taller Mecánico. Éstos se pueden visualizar en Figura N°10. Área de Servicios (Anexo 5, Adenda). En el sitio de emplazamiento del Proyecto, no existen recursos naturales que generen sustento económico u otro uso tradicional como medicinal, espiritual o cultural, por tanto sus obras y/o actividades no interviene los recursos naturales que se utilicen como sustento o uso tradicional. Considerando que el principal flujo vehicular se limitará a la fase de construcción, la cual tendrá una duración de 6 meses, el proyecto no representará un aumento en el flujo vehicular sobre la red vial, dado el tránsito de vehículos por la Ruta 5 que conecta a la ciudad de Caldera con Copiapó, en tanto la Ruta C-351 el tránsito de vehículos entre la Ruta 5 y la Mina Cerro Norte de CAP (Compañía de Acero del Pacífico S.A) y el tránsito de vehículos relacionados con las faenas de pequeña minería que se encuentra en el sector. La ejecución del Proyecto no generará la alteración al acceso o a la calidad de bienes, equipamientos, servicios o infraestructura básica, dado que los trabajadores se alojarán y alimentarán en la comuna de Caldera, donde la cantidad reducida de trabajadores (peak de 85 trabajadores en construcción) no afecta al componente en evaluación, dado el tamaño de la ciudad. Sobre la base de los antecedentes analizados en el punto 6.3 del ICE se concluye que el Proyecto no generará reasentamiento de comunidades humanas o alteración significativa de los sistemas de vida y costumbres de grupos humanos.
5.4. LOCALIZACIÓN EN O PRÓXIMA A POBLACIONES, RECURSOS Y ÁREAS PROTEGIDAS, SITIOS PRIORITARIOS PARA LA CONSERVACIÓN, HUMEDALES PROTEGIDOS Y GLACIARES, SUSCEPTIBLES DE SER AFECTADOS, ASÍ COMO EL VALOR AMBIENTAL DEL TERRITORIO EN QUE SE PRETENDE EMPLAZAR Impacto ambiental No se identifican impactos Referencia al ICE para mayores detalles sobre este impacto específico Tabla 6.4 Sobre la inexistencia de localización en o próxima a poblaciones, recursos y áreas protegidas, sitios prioritarios para la conservación, humedales protegidos, glaciares y áreas con valor para la observación astronómica con fines de investigación científica, susceptibles de ser afectados, así como el valor ambiental del territorio en que se pretende emplazar En el área del proyecto no hay presencia de comunidades indígenas susceptibles de ser afectadas. En el área de influencia del Proyecto no existen áreas ni recursos protegidos. Las comunidades identificadas en la caracterización de grupos humanos (Anexo 12 DIA y Anexo 5 Adenda) no tienen ni rutas de trashumancia ni sitios de significación cultural cercanos al proyecto por lo que no habrá intervención alguna de las obras, partes o acciones del proyecto en el territorio de la Comunidad Indígena Diaguita Familia Campillay ni de la Comunidad indígena Diaguita Emma Piñones e Hijos de Juan Godoi. Dado que en el área de influencia del Proyecto no existen recursos y áreas protegidas, sitios prioritarios para la conservación, y que el Proyecto no se emplazará en humedales protegidos, glaciares, así como tampoco en un territorio con valor ambiental, es posible indicar que durante todas las fases del Proyecto no afectará recursos y áreas protegidas, así como tampoco sitios prioritarios para la conservación, humedales protegidos, glaciares, ni territorios con valor ambiental.
5.5. ALTERACIÓN SIGNIFICATIVA, EN TÉRMINOS DE MAGNITUD O DURACIÓN, DEL VALOR PAISAJÍSTICO O TURÍSTICO DE UNA ZONA Impacto ambiental No se identifican impactos Referencia al ICE para mayores detalles sobre este impacto específico Tabla 6.5 Sobre la inexistencia de alteración significativa, en términos de magnitud o duración, del valor paisajístico o turístico de una zona Si bien el área del Proyecto presenta una Calidad Visual, se puede determinar que los resultados del presente informe concluyen que el Proyecto no generaría efectos sobre el paisaje y su visibilidad ya que a pesar de su categoría de Calidad Visual Baja, la morfología del lugar genera zonas de ocultamiento o compacidad visual, además de la intervención antrópica del sector, que corresponde a elementos verticales para el uso del transporte de la energía que corresponde a las postaciones, que enmarcan el actual paisaje local del Proyecto Fotovoltaico CE Pampa Bellavista. Sobre la base de los antecedentes analizados en el punto 6.5 del ICE se concluye que el Proyecto no genera alteración significativa, en términos de magnitud o duración del valor paisajístico o turístico de la zona de emplazamiento del Proyecto.
5.6. ALTERACIÓN DE MONUMENTOS, SITIOS CON VALOR ANTROPOLÓGICO, ARQUEOLÓGICO, HISTÓRICO Y, EN GENERAL, LOS PERTENECIENTES AL PATRIMONIO CULTURAL Impacto ambiental Afectación a Hallazgos Paleontológicos. En el área del Proyecto se presentaron hallazgos de bienes paleontológicos que deberán ser levantados. Parte, obra o acción que lo genera • Habilitación de caminos de acceso y caminos internos. • Movimientos de tierra y nivelación de terreno. • Construcción de línea de media tensión. • Construcción de obras civiles. • Montaje de estructuras. Fase en que se presenta Construcción Referencia al ICE para mayores detalles sobre este impacto específico Tabla 5.3 Patrimonio cultural Tabla 6.6 Sobre la inexistencia de alteración de monumentos, sitios con valor antropológico, arqueológico, histórico y, en general, los pertenecientes al patrimonio cultural De acuerdo con lo señalado en el Anexo 5 de la DIA, se identificó un total de 5 sitios arqueológicos ubicados al interior del área de influencia del proyecto (PFC-001, PFC-002, PFP-003, PFP-004 y PFP- 005), los cuales se verán afectados por las obras de construcción del Proyecto. Los sitios corresponden a tres hallazgos aislados (PFC-001, PFC-002, PFP-003) y 2 rasgos viales con material histórico asociado (PFP-004 y PFP-005). Los hallazgos aislados serán afectados en un 100% por las obras, mientras que los rasgos viales serán afectados solo en aquellos segmentos emplazados al interior del AI del Proyecto, ya que ambos se proyectan fuera de su área de influencia. Para un adecuado manejo del patrimonio arqueológico a ser afectado, se elaboró un plan de acción, que implica Recolección superficial y levantamiento topográfico para los hallazgos aislados y registro integral, levantamiento topográfico, orto imágenes para las huellas de carreta. Durante la prospección en terreno se realizaron hallazgos de bienes paleontológicos. En los puntos de monitoreo MPC2, MPC3, MPC4, MPC5, MPC8 y MPC9, las especies reconocidas corresponden a: moluscos bivalvos, Protothaca thaca, Mytilus sp y Argopecten sp.; moluscos gastrópodos, Calyptraea sp, y Concholepas concholepas: y artrópodos cirripedios, Megabalanus sp. Para estos hallazgos se propone un levantamiento, el cual se detalla en el PAS 132, del Anexo 1 de la Adenda. También, se realizará un monitoreo paleontológico permanente durante la fase de construcción. El proyecto no modificará o deteriorará en forma permanente construcciones, lugares o sitios que, por sus características constructivas, por su antigüedad, por su valor científico, por su contexto histórico o por su singularidad, pertenecen al patrimonio cultural, incluido el patrimonio cultural indígena. El proyecto no afectará lugares o sitios en que se lleven a cabo manifestaciones habituales propias de la cultura o folclore de alguna comunidad o grupo humano, derivada de la proximidad y naturaleza de las partes, obras y/o acciones del Proyecto, considerando especialmente las referidas a los pueblos indígenas. Sobre la base de los antecedentes analizados en el punto 6.6 del ICE se concluye que el Proyecto no genera alteración significativa de monumentos, sitios con valor antropológico, arqueológico, histórico y, en general, los pertenecientes al patrimonio cultural.
6°. Que resultan aplicables al Proyecto los siguientes permisos ambientales sectoriales, asociados a las correspondientes partes, obras o acciones que se señalan a continuación:
6.1. PERMISOS AMBIENTALES SECTORIALES MIXTOS
6.1.1. Permiso para hacer excavaciones de tipo arqueológico, antropológico y paleontológico, del artículo 132 del Reglamento del SEIA. Fase del proyecto a la cual corresponde Fase de construcción Parte, obra o acción a la que aplica Habilitación de caminos de acceso y caminos internos. Movimiento de tierra y nivelación de terreno. Condiciones o exigencias específicas para su otorgamiento No hay. Pronunciamiento del órgano competente En atención a que el CMN no dio respuesta al Ord. N°195, de fecha 05 de julio de 2021, del SEA, Región de Atacama,(Art. 58 del RSEIA), se da por otorgado favorablemente el PAS. Referencia al ICE para mayores detalles Tabla 10.2.1 Permiso para hacer excavaciones de tipo arqueológico, antropológico y paleontológico, del artículo 132 del Reglamento del SEIA. 6.1.2 Permiso para la construcción, reparación, modificación y ampliación de cualquier obra pública o particular destinada a la evacuación, tratamiento o disposición final de desagües, aguas servidas de cualquier naturaleza según se establece en el artículo 138 del Reglamento del SEIA Fase del proyecto a la cual corresponde Fase de construcción, operación y cierre. Parte, obra o acción a la que aplica Planta de tratamiento de aguas servidas. Condiciones o exigencias específicas para su otorgamiento No hay. Pronunciamiento del órgano competente La SEREMI de Salud, Región de Atacama, mediante Nº 8265/2021 de fecha 14 de julio de 2021, se pronunció conforme respecto a los antecedentes presentados para el otorgamiento de los PAS. Referencia al ICE para mayores detalles Tabla 10.2.2. Permiso para la construcción, reparación, modificación y ampliación de cualquier obra pública o particular destinada a la evacuación, tratamiento o disposición final de desagües, aguas servidas de cualquier naturaleza según se establece en el artículo 138 del Reglamento del SEIA.
6.1.3. Permiso para la construcción, reparación, modificación y ampliación de cualquier planta de tratamiento de basuras y desperdicios de cualquier clase o para la instalación de todo lugar destinado a la acumulación, selección, industrialización, comercio o disposición final de basuras y desperdicios de cualquier clase según se establece en el artículo 140 del Reglamento del SEIA Fase del proyecto a la cual corresponde Fase de construcción y cierre. Parte, obra o acción a la que aplica Patio de Residuos No Peligrosos. Condiciones o exigencias específicas para su otorgamiento No hay. Pronunciamiento del órgano competente La SEREMI de Salud, Región de Atacama, mediante Nº8265/2021 de fecha 14 de julio de 2021, se pronunció conforme respecto a los antecedentes presentados por el Proponente para el otorgamiento de los PAS. Referencia al ICE para mayores detalles Tabla 10.2.3. Permiso para la construcción, reparación, modificación y ampliación de cualquier planta de tratamiento de basuras y desperdicios de cualquier clase o para la instalación de todo lugar destinado a la acumulación, selección, industrialización, comercio o disposición final de basuras y desperdicios de cualquier clase según se establece en el artículo 140 del Reglamento del SEIA
6.1.4 Permiso para todo sitio destinado al almacenamiento de residuos peligrosos, del artículo 142 del Reglamento del SEIA. Fase del proyecto a la cual corresponde Fase de construcción, operación y cierre. Parte, obra o acción a la que aplica Bodega de Almacenamiento Transitorio de Residuos Peligrosos. Condiciones o exigencias específicas para su otorgamiento No hay. Pronunciamiento del órgano competente La SEREMI de Salud, Región de Atacama, mediante Nº8265/2021 de fecha 14 de julio de 2021, se pronunció conforme respecto a los antecedentes presentados por el Proponente para el otorgamiento de los PAS. Referencia al ICE para mayores detalles Tabla 10.2.4. Permiso para todo sitio destinado al almacenamiento de residuos peligrosos, del artículo 142 del Reglamento del SEIA.
6.1.5 Permiso para la caza o captura de ejemplares de animales de especies protegidas para fines de investigación, para el establecimiento de centros de reproducción o criaderos y para la utilización sustentable del recurso, del artículo 146 del Reglamento del SEIA. Fase del proyecto a la cual corresponde Fase de construcción Parte, obra o acción a la que aplica Área planta e instalaciones. Condiciones o exigencias específicas para su otorgamiento No hay. Pronunciamiento del órgano competente El SAG región de Atacama, mediante oficio ORD N°119/2021, de fecha 25 de febrero de 2021, se pronunció conforme respecto de los antecedentes presentados para dar cumplimiento a este PAS. Referencia al ICE para mayores detalles Tabla 10.2.5. Permiso para la caza o captura de ejemplares de animales de especies protegidas para fines de investigación, para el establecimiento de centros de reproducción o criaderos y para la utilización sustentable del recurso, del artículo 146 del Reglamento del SEIA.
6.1.6 Permiso para la corta, destrucción o descepado de formaciones xerofíticas, del artículo 151 del Reglamento del SEIA. Fase del proyecto a la cual corresponde Fase de construcción Parte, obra o acción a la que aplica Movimientos de tierra. Liberación ambiental. Condiciones o exigencias específicas para su otorgamiento No hay. Pronunciamiento del órgano competente CONAF, Región de Atacama a través del Ord. N°96/2021, de fecha 14 de julio de 2021, se pronunció conforme respecto de los antecedentes presentados para dar cumplimiento a este PAS. Referencia al ICE para mayores detalles Tabla 10.2.6 Permiso para la corta, destrucción o descepado de formaciones xerofíticas, del artículo 151 del Reglamento del SEIA.
6.1.7 Permiso para efectuar modificaciones de cauce según se establece en el artículo 156 del Reglamento del SEIA Fase del proyecto a la cual corresponde Fase de construcción. Parte, obra o acción a la que aplica Línea de trasmisión eléctrica. Condiciones o exigencias específicas para su otorgamiento Condición al PAS 156 incorporada en la Tabla 11.2.1 Condición o exigencia ampliación PAS 156 del ICE, la que solicita incluir al PAS 156, en su tramitación sectorial, los postes de la línea eléctrica 28A, 32, 41, 42, 43, 44, 45, 45A, 48, 49, 67, 69, 73, 73A y74. Pronunciamiento del órgano competente DGA, Región de Atacama a través del Ord. Nº496, de fecha 09 de julio de 2021, se pronunció con observaciones en relación a este PAS, las cuales fueron subsanadas con la condición expuesta. Referencia al ICE para mayores detalles Tabla 10.2.7. Permiso para subdividir y urbanizar terrenos rurales o para construcciones fuera de los límites urbanos según se establece en el artículo 160 del Reglamento del SEIA
7°. Que, de acuerdo con los antecedentes que constan en el expediente de evaluación, la forma de cumplimiento de la normativa de carácter ambiental aplicable al Proyecto es la siguiente:
7.1. COMPONENTE/MATERIA: Aire y Emisiones Atmosféricas Norma Decreto N° 20/2013 Ministerio del Medio Ambiente Fase del proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Todas las fases del Proyecto. Parte, obra o acción a la que aplica Transporte. Forma de cumplimiento Durante la fase de construcción se generarán emisiones de material particulado suspendido debido a excavaciones, compactaciones de terreno y trasferencia de tierra, vehículos y maquinarias en el sector de instalaciones de faena. Además, se contemplan las siguientes medidas: • Durante la fase de operación y cierre, se generarán emisiones más bajas y poco significativas. • El proyecto tanto en la fase de construcción, operación y cierre no generará emisiones que estén por sobre los estándares señalados en las normas de emisiones aplicables y vigentes. Se complementará el formulario de ingreso de Declaración de Emisiones al Registro de Emisiones y Transferencia de Contaminantes (RETC). • Se exigirá a los camiones que transporten residuos procedentes de excavaciones y otros residuos similares que lo hagan con la carga cerrada por lonas para evitar mayores emisiones de material particulado. Se exigirá que las camionetas de mantención que circulen dentro de la planta lo hagan con una velocidad de circulación restringida a 20 km/h. en el emplazamiento del proyecto y en sus accesos. Además, se prohibirá categóricamente la quema de cualquier tipo de residuo, durante la fase de construcción, operación y cierre. Indicador que acredita su cumplimiento • Ingreso de Declaración de Emisiones al Registro de Emisiones y Transferencia de Contaminantes (RETC). • Catastro de vehículos y fechas de respectivas revisiones técnicas y mantenciones. • Registro de los mantenimientos realizados a caminos interiores. Forma de control y seguimiento Comprobante de declaración de emisiones en sistema Ventanilla Única, registro de vehículos autorizados al ingreso de la obra con revisiones técnicas y mantenciones al día. Entidad fiscalizadora SEREMI de Medio Ambiente Atacama y Superintendencia del Medio Ambiente. Referencia al ICE para mayores detalles Tabla 9.2.1. Decreto N° 20/2013 Ministerio del Medio Ambiente Norma Decreto Supremo N°138/2005 Ministerio de Salud Fase del proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Todas las fases del Proyecto. Parte, obra o acción a la que aplica La presente normativa se relaciona con el Proyecto, dado que se ha considerado un grupo electrógeno de 50 kVA (que utiliza diésel como combustible), para la etapa de Construcción, Operación y cierre con el objetivo de proveer energía a la instalación de faena en fases de construcción y cierre, y en operación servir de respaldo frente a cualquier emergencia de la planta o corte de suministro externo sobre todo en la sala de control. Forma de cumplimiento Se dará cumplimiento a lo establecido según lo dispuesto en el artículo 3 del Decreto Supremo Nº 138, es decir, el Proponente del Proyecto proporcionará anualmente la declaración anual de las emisiones del grupo electrógeno, a través de la plataforma de Registro de Emisiones y Transferencias de Contaminantes, en adelante “RETC", generada para estos fines. Indicador que acredita su cumplimiento Ingreso de la declaración anual de emisiones de la plataforma RETC en las fechas indicadas. Forma de control y seguimiento Comprobante de declaración de emisiones en plataforma RETC. Entidad fiscalizadora SEREMI de Medio Ambiente Atacama y Superintendencia del Medio Ambiente. Referencia al ICE para mayores detalles Tabla 9.2.2. Decreto Supremo N°138/2005 Ministerio de Salud Norma Decreto Supremo N°1/2013 Ministerio del Medio Ambiente. Fase del proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Todas las fases del Proyecto. Parte, obra o acción a la que aplica Maquinaria. Transporte. Movimientos de tierra. Grupo electrógeno. Movimiento de tierra y nivelación de terreno. Forma de cumplimiento • Definir quién estará a cargo de establecimiento. • Según lo dispuesto en el artículo 30 del presente decreto, el Proponente realizará la entrega a la SEREMI de Salud de la Región de Atacama la declaración anual de las emisiones del grupo electrógeno, lo cual se realizará a través del Sistema de Ventanilla Única RETC. • Carga de formulario de producción. • Carga de formulario de gastos de protección ambiental. Indicador que acredita su cumplimiento Corresponderá a las declaraciones • Declaraciones anuales de las emisiones de los grupos electrógenos, a través del sistema de Ventanilla Única RETC. • Declaraciones anuales formulario de producción. • Declaraciones anuales formulario de gasto de protección ambiental. Las declaraciones enlistadas serán ingresadas en su plataforma virtual en las fechas indicadas por la SMA. Forma de control y seguimiento Certificado de declaración en plataforma Ventanilla Única. Entidad fiscalizadora SEREMI de Medio Ambiente Atacama y Superintendencia del Medio Ambiente. Referencia al ICE para mayores detalles Tabla 9.2.3. Decreto Supremo N°1/2013 Ministerio del Medio Ambiente. Norma Decreto Supremo N°31/2018 Modifica Decreto Supremo N°1, de 2013, del Ministerio del Medio Ambiente, que aprueba el Reglamento del Registro de Emisiones y Transferencias de Contaminantes Fase del proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Operación y cierre Parte, obra o acción a la que aplica Grupo electrógeno. Forma de cumplimiento ▪ Definición de encargado de establecimiento. ▪ Carga de formulario de producción. ▪ Carga de formulario de gastos de protección ambiental. Indicador que acredita su cumplimiento Corresponderá a las declaraciones: ▪ Declaraciones anuales de las emisiones de los grupos electrógenos, a través del sistema de Ventanilla Única RETC. ▪ Declaraciones anuales formulario de producción. ▪ Declaraciones anuales formulario de gasto de protección ambiental. Forma de control y seguimiento Superintendencia del Medio Ambiente. Referencia al ICE para mayores detalles Tabla 9.2.4. Decreto Supremo N°31/2018 Modifica Decreto Supremo N°1, de 2013, del Ministerio del Medio Ambiente, que aprueba el Reglamento del Registro de Emisiones y Transferencias de Contaminantes Norma Aprueba Norma Básica para la implementación de modificación al Reglamento del Registro de Emisiones y Transferencia de Contaminantes, RETC Fase del proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Operación. Parte, obra o acción a la que aplica La presente normativa se relaciona con el proyecto, dado que se ha considerado un grupo electrógeno que utiliza diésel como combustible, durante el desarrollo de las perforaciones. Forma de cumplimiento En la fase de operación, el Proponente realizará la carga de información correspondiente de la declaración anual de las emisiones de los grupos electrógenos, lo cual se realizará a través del Sistema de Ventanilla Única del RETC, de lo que se llevará un registro. Indicador que acredita su cumplimiento Se ingresará al Sistema de Ventanilla Única, según lo dispuesto en la Resolución Exenta Nº 144/2020 del Ministerio del Medio Ambiente, la cual establece Normas Básicas para Aplicación RETC. Forma de control y seguimiento Superintendencia del Medio Ambiente. Referencia al ICE para mayores detalles Tabla 9.2.5. Aprueba Norma Básica para la implementación de modificación al Reglamento del Registro de Emisiones y Transferencia de Contaminantes, RETC Norma Decreto Supremo N° 279/1983 Ministerio de Salud Aprueba el Reglamento para el Control de la Emisión de Contaminantes de Vehículos Motorizados de Combustión Interna Fase del proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Todas las fases del Proyecto. Parte, obra o acción a la que aplica Transporte. Forma de cumplimiento Para estos efectos se exigirá que todos los vehículos motorizados que participen del desarrollo del Proyecto cumplan con la normativa, lo cual se verificará a través del certificado de revisión técnica y gases. Indicador que acredita su cumplimiento Revisión de los certificados de revisión técnica al día y mantenciones periódicas vigentes de todos los vehículos presentes en la obra. Forma de control y seguimiento Registro de vehículos autorizados al ingreso de la obra con revisiones técnicas y mantenciones al día. Entidad fiscalizadora SEREMI de Salud Atacama y Superintendencia del Medio Ambiente. Referencia al ICE para mayores detalles Tabla 9.2.6. Decreto Supremo N° 279/1983 Ministerio de Salud Aprueba el Reglamento para el Control de la Emisión de Contaminantes de Vehículos Motorizados de Combustión Interna Norma Decreto Supremo N° 144/1961 Ministerio de Salud, Establece Normas para Evitar Emanaciones o Contaminantes Atmosféricos de Cualquiera Naturaleza Fase del proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Todas las fases del proyecto. Parte, obra o acción a la que aplica Maquinaria. Transporte. Movimientos de tierra. Grupo electrógeno. Movimiento de tierra y nivelación de terreno. Forma de cumplimiento Para estos efectos el Proponente se compromete a: • El acceso a la zona del Proyecto se realiza por la ruta C-351, por un camino no enrolado de tierra, donde se recorre por una distancia de 1,1 kilómetros hasta llegar al portón de acceso. Debido al tránsito vehicular, tanto de camiones como de vehículos livianos. Se realizará humectación de este camino con un camión aljibe que al menos lo realizará durante dos veces al día recorriendo toda su extensión, cuyo objetivo es disminuir las emisiones de material particulado producto del tránsito vehicular. • Se mantendrán humectadas las superficies interiores de la obra, previo a las faenas de excavación, remoción de materiales y limpieza. • Velocidad de circulación promedio de los vehículos de 20 (km/h) para la fase de construcción, operación y cierre. • Se exigirá que los vehículos que transporten arena, ripio, tierra, entre otros, que transiten en las zonas urbanas, sean cubiertos con una carpa o lona con el objeto de evitar el desprendimiento de material. • Los vehículos estacionados se mantendrán con su motor apagado. • Mantención permanente de vehículos y maquinaria (en lugares autorizados fuera de la obra), y exigencia de revisión técnica al día. • Capacitación a los trabajadores, sobre el control de emisiones atmosféricas, de acuerdo las funciones que cada uno desempeñe. Indicador que acredita su cumplimiento Se llevará un registro de cada una de las medidas anteriormente señaladas. En síntesis, se considera como indicador de cumplimiento a: • Implementación de un sistema de control interno, para las velocidades establecidas • Se mantendrá copia de las revisiones técnicas y mantenciones de vehículos y maquinarias. • Se llevará un registro de las mantenciones realizadas a los caminos. • Se realizarán inspecciones periódicas a los vehículos con carga para verificar la forma de traslado de esta. • Se mantendrá un registro de las capacitaciones realizadas a los trabajadores en referencia a esta materia. Forma de control y seguimiento Registros escritos y fotográficos de humectación, vehículos autorizados para el ingreso de la obra con mantenciones y revisiones técnicas al día, formularios de inspección periódica a vehículos, listado de asistencia de capacitaciones para trabajadores involucrados en esta materia. Entidad fiscalizadora SEREMI de Salud Atacama y Superintendencia del Medio Ambiente. Referencia al ICE para mayores detalles Tabla 9.2.7. Decreto Supremo N° 144/1961 Ministerio de Salud, Establece Normas para Evitar Emanaciones o Contaminantes Atmosféricos de Cualquiera Naturaleza Norma Decreto Supremo N°47/1992 Ministerio de Vivienda y Urbanismo, Fija Nuevo Texto de la Ordenanza General de la Ley General de Urbanismo y Construcciones Fase del proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Todas las fases del proyecto. Parte, obra o acción a la que aplica Maquinaria. Transporte. Movimientos de tierra. Grupo electrógeno. Movimiento de tierra y nivelación de terreno. Forma de cumplimiento El cumplimiento de lo dispuesto en este Decreto se llevará a cabo conforme a lo establecido en el artículo 5.8.3., es decir, el Proponente del Proyecto se compromete a las siguientes medidas: • El acceso a la zona del Proyecto se realiza por la ruta C-351, por un camino no enrolado de tierra, donde se recorre por una distancia de 1,1 kilómetros hasta llegar al portón de acceso. Debido al tránsito vehicular, tanto de camiones como de vehículos livianos. Se realizará humectación de este camino con un camión aljibe que al menos lo realizará durante dos veces al día recorriendo toda su extensión, cuyo objetivo es disminuir las emisiones de material particulado producto del tránsito vehicular. • Velocidad de circulación promedio de los vehículos de 20 (km/h) para la fase de construcción, operación y cierre. • Se exigirá que los vehículos que transporten arena, ripio, tierra, que transiten en las zonas urbanas, sean cubiertos con una carpa o lona con el objeto de evitar el desprendimiento de material. Indicador que acredita su cumplimiento Se llevará un registro de cada una de las medidas anteriormente señaladas. Forma de control y seguimiento Registros de vehículos autorizados para el ingreso de la obra con mantenciones y revisiones técnicas al día, formularios de inspección periódica a vehículos, listado de asistencia de capacitaciones para trabajadores involucrados en esta materia. Entidad fiscalizadora SEREMI de Vivienda y Urbanismo Atacama y Superintendencia del Medio Ambiente. Referencia al ICE para mayores detalles Tabla 9.2.8. Decreto Supremo N°47/1992 Ministerio de Vivienda y Urbanismo, Fija Nuevo Texto de la Ordenanza General de la Ley General de Urbanismo y Construcciones Norma Decreto Supremo N°55/1994 Ministerio de Transporte y Telecomunicaciones, Establece Normas de Emisión aplicables a Vehículos Motorizados Pesados que indica. Fase del proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Todas las fases del proyecto. Parte, obra o acción a la que aplica Transporte. Forma de cumplimiento Respecto de los vehículos motorizados pesados que hayan sido inscritos con posterioridad al 1 de septiembre de 1994 se verificará que cuenten con el sello autoadhesivo que acredite que cumplen con las normas de emisión y se verificará que se encuentren con la revisión técnica al día, de lo contrario no podrán ingresar a la obra. No se permitirá la entrada al área del Proyecto a los vehículos que no cuenten con la revisión técnica al día. Indicador que acredita su cumplimiento Hallazgos en inspecciones en obra de certificados de revisión técnica y mantenciones periódicas, y de los vehículos motorizados pesados que cuenten con el sello autoadhesivo. Forma de control y seguimiento Registros de vehículos autorizados para el ingreso de la obra con mantenciones y revisiones técnicas al día. Entidad fiscalizadora SEREMI de Transportes y Telecomunicaciones Atacama, carabineros y Superintendencia del Medio Ambiente. Referencia al ICE para mayores detalles Tabla 9.2.9. Decreto Supremo N°55/1994 Ministerio de Transporte y Telecomunicaciones, Establece Normas de Emisión aplicables a Vehículos Motorizados Pesados que indica. Norma Decreto Supremo N° 54/1994 Ministerio de Transporte y Telecomunicaciones, Establece Normas de Emisión aplicables a Vehículos Motorizados Medianos que indica. Fase del proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Todas las fases del proyecto. Parte, obra o acción a la que aplica Este Decreto se relaciona con el Proyecto puesto que se emplearán, en la fase de construcción, vehículos motorizados medianos para el traslado de insumos, materiales y trabajadores. En la fase de operación se utilizarán esporádicamente, para efectos de la mantención del Proyecto. Forma de cumplimiento Se exigirá que todos los vehículos motorizados que participen en el desarrollo del Proyecto, durante todas sus fases, cumplan con estas normas, lo que se verificará con el correspondiente certificado de revisión técnica y gases. Indicador que acredita su cumplimiento Hallazgos en inspección en obra de revisiones técnicas, mantenciones de los vehículos utilizados durante el Proyecto, en la faena o sala de control. Forma de control y seguimiento Registros de vehículos autorizados para el ingreso de la obra con mantenciones y revisiones técnicas al día. Entidad fiscalizadora SEREMI de Transportes y Telecomunicaciones Atacama, carabineros y Superintendencia del Medio Ambiente. Referencia al ICE para mayores detalles Tabla 9.2.10. Decreto Supremo N° 54/1994 Ministerio de Transporte y Telecomunicaciones, Establece Normas de Emisión aplicables a Vehículos Motorizados Medianos que indica. Norma Decreto Supremo N° 211/1991 Ministerio de Transporte y Telecomunicaciones, Norma sobre Emisiones de Vehículos Motorizados Livianos. Fase del proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Todas las fases del proyecto. Parte, obra o acción a la que aplica Transporte. Forma de cumplimiento El Proponente verificará que las condiciones técnicas y emisiones de gases de los vehículos motorizados livianos sean las establecidas en este Decreto, a través de las revisiones técnicas y de gases al día. Indicador que acredita su cumplimiento Hallazgos en inspección en obra de certificados de revisión técnica, mantenciones periódicas y que cuenten con el sello autoadhesivo respectivo. Forma de control y seguimiento Registros de vehículos autorizados para el ingreso de la obra con mantenciones y revisiones técnicas al día. Entidad fiscalizadora SEREMI de Transportes y Telecomunicaciones Atacama, Carabineros y Superintendencia del Medio Ambiente. Referencia al ICE para mayores detalles Tabla 9.2.11. Decreto Supremo N° 211/1991 Ministerio de Transporte y Telecomunicaciones, Norma sobre Emisiones de Vehículos Motorizados Livianos. Norma Decreto N° 4/1994 Ministerio de Transporte y Telecomunicaciones, Establece Normas de Emisión de Contaminantes Aplicables a los Vehículos Motorizados y fija los Procedimientos para su Control. Fase del proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Todas las fases del proyecto. Parte, obra o acción a la que aplica Transporte. Forma de cumplimiento Con el fin de cumplir con la presente normativa, el Proponente exigirá que todos los vehículos motorizados que ingresen a la obra se encuentren con certificado de revisión técnica y de gases al día, y con las mantenciones periódicas al día. Indicador que acredita su cumplimiento Hallazgos en inspección en obra de certificados de revisión técnica y mantenciones periódicas. Forma de control y seguimiento Registros de vehículos autorizados para el ingreso de la obra con mantenciones y revisiones técnicas al día. Entidad fiscalizadora SEREMI de Transportes y Telecomunicaciones Atacama, Carabineros y Superintendencia del Medio Ambiente. Referencia al ICE para mayores detalles Tabla 9.2.12 Decreto N° 4/1994 Ministerio de Transporte y Telecomunicaciones, Establece Normas de Emisión de Contaminantes Aplicables a los Vehículos Motorizados y fija los Procedimientos para su Control. Norma Ley Nº 20.096, Ministerio Secretaría General de la Presidencia, Establece Mecanismos de Control Aplicables a las Sustancias Agotadoras de la Capa de Ozono. Fase del proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Todas las fases del proyecto. Parte, obra o acción a la que aplica Se contempla trabajos en faena con exposición a radiación ultravioleta por parte del personal que realizará actividades en todas las fases de Proyecto. Forma de cumplimiento Se exigirá que, dentro de los elementos de protección personal que se entreguen a los trabajadores, tanto en las fases de construcción, operación y cierre, se considere la protección eficiente contra la radiación ultravioleta. Lo anterior, de acuerdo con lo que se indica en la norma, se contendrá en los respectivos contratos que se celebren. Indicador que acredita su cumplimiento Hallazgo en inspección en obras por uso de Elementos de Protección Personal (EPP). Forma de control y seguimiento Registro de entrega de Elementos de Protección Personal (EPP), a los trabajadores, Registro de capacitaciones realizadas a los trabajadores sobre los riesgos asociados a la exposición UV. Entidad fiscalizadora SEREMI de Medio Ambiente Atacama y Superintendencia del Medio Ambiente. Referencia al ICE para mayores detalles Tabla 9.2.13 Ley Nº 20.096, Ministerio Secretaría General de la Presidencia, Establece Mecanismos de Control Aplicables a las Sustancias Agotadoras de la Capa de Ozono.
7.2. COMPONENTE/MATERIA: Residuos Industriales No Peligrosos. Norma Decreto Supremo N°594/1999 Ministerio de Salud, Aprueba Reglamento sobre Condiciones Sanitarias Básicas en los Lugares de Trabajo. Fase del proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Todas las fases del proyecto. Parte, obra o acción a la que aplica Patio de Almacenamiento de Residuos No peligrosos. Forma de cumplimiento El Proyecto contará con almacenamiento temporal de residuos industriales no peligrosos y por lo tanto deberá contar con la autorización sanitaria pertinente. La información está detallada en el Permiso Ambiental Sectorial mixto definido en el artículo 140 del D. S. Nº40/2012 MMA, presentados en el Anexo 3 “Permisos Ambientales Sectoriales” de la presente Adenda. El Proyecto contratará empresas autorizadas por el Servicio de Salud correspondiente que se encarguen del transporte y de la disposición final de los residuos industriales no peligrosos.
Para cada fase del Proyecto, el cumplimiento se dará de la siguiente manera:
Fase de construcción: La generación de residuos domésticos viene dada por la generación de envases de plástico, latas de bebida, envases vacíos. Sin embargo, hay que tener en cuenta que la alimentación (desayuno, almuerzo y cena) no se realizará en la faena, sino que a nivel domiciliario o en locales que presten servicios de alimentación, lo que significa un bajo volumen generado de residuos domésticos.
Los residuos se depositarán en el área de bodega de residuos no peligrosos en contenedores separados debidamente identificados. El retiro será semanal, y el transporte y la disposición final serán ejecutados por una empresa autorizada para transportarlo a un relleno autorizado por la SEREMI de salud de Atacama.
Fase de operación: Corresponde a la generación de envases de plástico, latas de bebida, envases vacíos, productos de las visitas esporádicas del personal de la planta. Su retiro se hará una vez por semana, por un camión recolector municipal autorizado por la SEREMI de Salud de la Región del Atacama que gestionará su transporte hasta punto de relleno sanitario correspondiente.
Fase de cierre: Estos residuos se depositarán en la bodega de residuos no peligrosos, en contenedores separados debidamente identificados según su composición. Aquellos no reciclables serán retirados semanalmente por camión recolector autorizado por la SEREMI de Salud de la Región del Atacama que gestionará su transporte hasta punto de relleno sanitario correspondiente. Indicador que acredita su cumplimiento Cantidad de residuos retirados por las empresas transportistas autorizadas para trabajos en la obra y declarados en sistema Ventanilla Única y Sistema Nacional de Declaración de Residuos (SINADER) en las fechas correspondientes. Forma de control y seguimiento Copia de las autorizaciones sanitarias de las empresas transportistas y de disposición final de residuos utilizadas en el Proyecto. Registro de las facturas y/o guías de despacho de los residuos sólidos que sean despachados desde las faenas. Comprobante de carga de residuos generados y retirados en sistema Ventanilla Única y SINADER. Entidad fiscalizadora SEREMI de Medio Ambiente Atacama, SEREMI de Medio Ambiente Atacama y Superintendencia del Medio Ambiente. Referencia al ICE para mayores detalles Tabla 9.2.14. Decreto Supremo N°594/1999 Ministerio de Salud, Aprueba Reglamento sobre Condiciones Sanitarias Básicas en los Lugares de Trabajo. Norma Decreto con Fuerza de Ley N° 725/1967 Ministerio de Salud Pública, Código Sanitario. Fase del proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Todas las fases del proyecto. Parte, obra o acción a la que aplica Patio de Almacenamiento de Residuos No peligrosos. Forma de cumplimiento Los residuos generados, serán acopiados convenientemente, para posteriormente ser transportados y dispuestos por una empresa autorizada en un sitio de disposición final autorizado por la SEREMI de Salud de la Región de Atacama. En la fase de construcción se contará con una zona de almacenamiento temporal de residuos, para lo cual se presentan todos los antecedentes del el Permiso Ambiental Sectorial mixto definido en el artículo 140 del D.S. Nº 40/2012 MMA. A dicha empresa se le exigirá que tenga autorización sanitaria para funcionar y que cumpla con los requisitos establecidos en el artículo 81 del presente Decreto. Indicador que acredita su cumplimiento Cantidad de residuos retirados por las empresas transportistas autorizadas para trabajos en la obra y declarados en sistema Ventanilla Única y Sistema Nacional de Declaración de Residuos (SINADER) en las fechas correspondientes. Forma de control y seguimiento Copia de las autorizaciones sanitarias de las empresas transportistas y de disposición final de residuos utilizadas en el Proyecto. Registro de las facturas y/o guías de despacho de los residuos sólidos que sean despachados desde las faenas. Comprobante de carga de residuos generados y retirados en sistema Ventanilla Única y SINADER. Entidad fiscalizadora SEREMI de Medio Ambiente Atacama, SEREMI de Medio Ambiente Atacama y Superintendencia del Medio Ambiente. Referencia al ICE para mayores detalles Tabla 9.2.15. Decreto con Fuerza de Ley N° 725/1967 Ministerio de Salud Pública, Código Sanitario. Norma Decreto Alcaldicio N° 2942-18 Ordenanza medioambiental Comunal de Caldera. Fase del proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Todas las fases del proyecto. Parte, obra o acción a la que aplica Patio de Almacenamiento de Residuos No peligrosos. Forma de cumplimiento Los residuos generados, serán acopiados en forma segregada, para posteriormente ser transportados y dispuestos por una empresa autorizada en un sitio de disposición final autorizado por la SEREMI de Salud de la Región de Atacama. En la fase de construcción se contará con una zona de almacenamiento temporal de residuos, para lo cual se presentan todos los antecedentes del el Permiso Ambiental Sectorial mixto definido en el artículo 140 del D.S. Nº 40/2012 MMA. A dicha empresa se le exigirá que tenga autorización sanitaria para funcionar y que cumpla con los requisitos establecidos en el artículo 81 del presente Decreto. Indicador que acredita su cumplimiento Cantidad de residuos retirados por las empresas transportistas autorizadas para trabajos en la obra y declarados en sistema Ventanilla Única y Sistema Nacional de Declaración de Residuos (SINADER) en las fechas correspondientes. Forma de control y seguimiento Copia de las autorizaciones sanitarias de las empresas transportistas y de disposición final de residuos utilizadas en el Proyecto. Registro de las facturas y/o guías de despacho de los residuos sólidos que sean despachados desde las faenas. Comprobante de carga de residuos generados y retirados en sistema Ventanilla Única y SINADER. Entidad fiscalizadora SEREMI de Medio Ambiente Atacama, SEREMI de Medio Ambiente Atacama y Superintendencia del Medio Ambiente Referencia al ICE para mayores detalles Tabla 9.2.16. Decreto Alcaldicio N° 2942-18 Ordenanza medioambiental Comunal de Caldera.
7.3 COMPONENTE/MATERIA: Residuos Líquidos. Norma Decreto con Fuerza de Ley N° 1/1989 Ministerio de Salud, Determina Materias que Requieren Autorización Sanitaria Expresa. Fase del proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Todas las fases del proyecto. Parte, obra o acción a la que aplica Planta de tratamiento de aguas servidas. Baños químicos. Estanque de agua potable. Forma de cumplimiento Aprobación Pas 138 Para las fases de construcción y cierre se utilizarán baños químicos de forma complementaria para los frentes de trabajo, las que serán gestionadas por una empresa autorizada y dispuestas de forma que dar cumplimiento a la legislación vigente, por lo tanto, el presente permiso se solicita para el funcionamiento de todas las fases del Proyecto. En las diferentes etapas del Proyecto, el agua potable para beber será suministrada a través de un proveedor autorizado, por medio de camión aljibe y almacenada en un estanque de 20 m3, lo que asegura el suministro permanente del agua. Las instalaciones del proyecto dispondrán de instalación de cloración para poder mantener y asegurar la condición de potabilidad del agua almacenada. Se verificará que la empresa externa a cargo de la mantención, limpieza y manejo de los baños químicos y aguas servidas cuente con la respectiva autorización sanitaria y a guardar en sus registros una copia de dicha autorización. Indicador que acredita su cumplimiento Registro con frecuencia del retiro de las aguas servidas por empresa autorizada. Registro de mantención, limpieza y todo tipo de manejo asociado a los baños químicos. Forma de control y seguimiento Copia de la autorización de la empresa que se encontrará a cargo de la limpieza, mantención y manejo de los baños químicos. Entidad fiscalizadora SEREMI de Salud Atacama y Superintendencia del Medio Ambiente. Referencia al ICE para mayores detalles Tabla 9.2.17. Decreto con Fuerza de Ley N° 1/1989 Ministerio de Salud, Determina Materias que Requieren Autorización Sanitaria Expresa.
7.4 COMPONENTE/MATERIA: Residuos Peligrosos. Norma Decreto Supremo N°148/2003 Ministerio de Salud, Aprueba Reglamento Sanitario sobre Manejo de Residuos Peligrosos. Fase del proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Todas las fases del proyecto. Parte, obra o acción a la que aplica Bodega de almacenamiento de residuos peligrosos. Forma de cumplimiento Estos residuos serán almacenados y trasladados a disposición final conforme a la legislación sanitaria vigente, contenida principalmente en el Decreto Supremo N°148/2003 del MINSAL. Específicamente, el lugar para el almacenamiento transitorio de estos residuos cumplirá con todas las exigencias del Título IV de este decreto. Los residuos peligrosos durante la construcción y cierre del Proyecto se almacenarán temporalmente en las bodegas destinadas para tal fin. El almacenamiento temporal se realizará con contenedores primarios adecuados para cada tipo de residuo, debidamente identificados y rotulados. Todos ellos estarán a su vez almacenados temporalmente en una bodega de residuos peligrosos cuyas características constructivas se detallan en el PAS 142. Los residuos en ningún caso permanecerán en la bodega transitoria de residuos peligrosos más de seis meses, para las fases de construcción, operación y cierre. Indicador que acredita su cumplimiento Obtención del Permiso ambiental sectorial mixto definido en el artículo 142 del D.S. Nº 40/2012 MMA, asociado al almacenamiento temporal de residuos peligrosos. Forma de control y seguimiento Autorización sanitaria para el funcionamiento de las zonas de almacenamiento temporal de residuos peligrosos del Proyecto. Copia de las autorizaciones sanitarias de las empresas transportistas y de disposición final de residuos utilizada en el Proyecto. Registro de facturas y/o guías de despacho de los residuos sólidos que sean despachados desde la faena. Certificado con declaración de residuos producidos en plataforma RETC. Entidad fiscalizadora SEREMI de Medio Ambiente Atacama, SEREMI de Salud Atacama y Superintendencia del Medio Ambiente. Referencia al ICE para mayores detalles Tabla 9.2.18. Decreto Supremo N°148/2003 Ministerio de Salud, Aprueba Reglamento Sanitario sobre Manejo de Residuos Peligrosos.
7.5 COMPONENTE/MATERIA: Sustancias Peligrosas. Norma Decreto Supremo N°298/1994 Ministerio de Transporte y Telecomunicaciones, Reglamenta Transporte de Cargas Peligrosas por Calles y Caminos. Fase del proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Todas las fases Parte, obra o acción a la que aplica Se contempla el transporte de sustancias peligrosas al lugar de la obra durante todas las fases del Proyecto. Forma de cumplimiento El transporte de cualquier materia prima, producto terminado o sustancia peligrosa desde o hacia las instalaciones del Proyecto cumplirá con el transporte adecuado. Para esto, se contratará a empresas especializadas y autorizadas en el transporte de cargas peligrosas. El Proponente exigirá a los transportistas a dar estricto cumplimiento a lo dispuesto en este Decreto, en especial a lo referido a los límites de velocidad y a la utilización de letreros que señalen nombre de la carga peligrosa, nombre y teléfono del destinatario de la carga, nombre del expedidor de la carga y nombre y teléfono del transportista. Indicador que acredita su cumplimiento Hallazgo en inspecciones periódicas a transportistas a cargo del traslado de cargas peligrosas. Forma de control y seguimiento Registro interno del cumplimiento de los estándares, normativa y copia de la certificación asociada a empresa encargada del transporte de cargas peligrosas, según lo dispuesto en el Decreto Supremo. Entidad fiscalizadora SEREMI de Transportes y Telecomunicaciones Atacama y Superintendencia del Medio Ambiente. Referencia al ICE para mayores detalles Tabla 9.2.19. Decreto Supremo N°298/1994 Ministerio de Transporte y Telecomunicaciones, Reglamenta Transporte de Cargas Peligrosas por Calles y Caminos. Norma Decreto Supremo N°160/2008 Ministerio de Economía Fomento y Reconstrucción, Aprueba Reglamento de Seguridad para las Instalaciones y Operaciones de Producción y Refinación, Transporte, Almacenamiento, Distribución y Abastecimiento de Combustibles Líquidos. Fase del proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Construcción, operación y cierre. Parte, obra o acción a la que aplica Combustible, petróleo Diesel. Estanque de combustible. Forma de cumplimiento Durante las fases de construcción, se contempla la utilización de combustible líquido, principalmente en la maquinaria pesada y como combustible para grupos electrógenos de apoyo continuo, para lo cual se contará con un suministro a través de un proveedor autorizado, quien con un sistema surtidor cargará la maquinaria en obra (2.000 lts). Además, se mantendrá un estanque de 1.000 litros para el equipo electrógeno. La carga de combustible desde el proveedor autorizado, serán realizadas sobre una superficie que sea capaz de contener la sustancias en caso de un derrame, tipo bandeja de control, así en caso de derrames, está tendrá la capacidad para contenerlos. Indicador que acredita su cumplimiento Inspecciones periódicas a vehículos de empresa a cargo del abastecimiento de combustible con exigencia de autorizaciones para la ejecución de dicha actividad. Forma de control y seguimiento Copia de las autorizaciones asociadas a las empresas distribuidoras, que abastezcan de combustible la obra. Registro de los camiones que hagan entrega de combustible en la instalación del Proyecto. Contrato de suministro con la empresa que ejecute el suministro de combustible exigiendo la certificación de autorización para la ejecución de dicha actividad. Entidad fiscalizadora Superintendencia de Electricidad y Combustibles, SEREMI de Salud Atacama y Superintendencia del Medio Ambiente. Referencia al ICE para mayores detalles Tabla 9.2.20. Decreto Supremo N°160/2008 Ministerio de Economía Fomento y Reconstrucción, Aprueba Reglamento de Seguridad para las Instalaciones y Operaciones de Producción y Refinación, Transporte, Almacenamiento, Distribución y Abastecimiento de Combustibles Líquidos.
7.6. COMPONENTE/MATERIA: Ruido Norma Decreto Supremo N° 38/2011 Ministerio del Medio Ambiente, Establece Norma de Emisión de Ruidos Molestos Generados por Fuentes Fijas Fase del proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Todas las fases del proyecto. Parte, obra o acción a la que aplica Actividades de construcción y cierre. Mantenciones. Forma de cumplimiento Se identificaron siete (7) receptores, principalmente con usos industriales, ubicados en el sector aledaño a la futura Planta Fotovoltaica y al trazado de la LMT, emplazados en Zona Rural y en Zona III del D.S. Nº38/11 del MMA según los usos de suelos permitidos en el PRC de Caldera. Se efectuaron modelaciones acústicas configurando escenarios lo más desfavorables posible, para la fase de construcción, operación y cierre, en los cuales se distribuyeron frentes de trabajo con la totalidad de las maquinarias operando simultáneamente, en el área de intervención más cercana a los receptores. Los resultados de dichas modelaciones sonoras arrojan niveles acústicos sobre los receptores de hasta 55 [dB(A)] para la fase de construcción en periodo diurno, y de hasta 57 [dB(A)] para la fase de cierre en el mismo periodo, por lo que el Proyecto implementa medidas de control según se detalla en el Anexo 10 Estudio de Ruido y Vibraciones de esta adenda complementaria. Estas medidas incorporadas permiten dar cumplimiento con los límites máximos permisibles para la zona donde se ubican los receptores de acuerdo con lo establecidos por el D.S. N° 38/11 del MMA. Por otra parte, se estimaron y evaluaron las Velocidades Peak de Partículas (PPV) y los Niveles de Vibración (Lv) asociados a la ejecución del Proyecto, cuyos valores cumplen con el criterio de referencia internacional para la evaluación de daño estructural y de molestia. Si bien el Proyecto tiene asociada la emisión de Ruido y Vibración, de acuerdo con los antecedentes presentados en este estudio y los resultados obtenidos, es posible concluir que dichas emisiones, bajo las condiciones más desfavorables y considerando las medidas de control incorporadas en el diseño del Proyecto, no superarán los valores establecidos por la normativa vigente o normativas de referencia según corresponda y por lo tanto no generan riesgo para la salud de la población en virtud de lo definido en el Artículo 5 del Reglamento del SEIA (D.S Nº 40/2012 del MMA). Indicador que acredita su cumplimiento Realización de un monitoreo de ruido durante la fase de construcción que contemplaría la evaluación de los Niveles de Presión Sonora en los 6 receptores identificados para el Estudio de Evaluación de Ruido y Vibraciones presentado en la DIA. Forma de control y seguimiento Informes asociados al monitoreo de ruido a realizarse durante la fase de construcción del Proyecto. Entidad fiscalizadora SEREMI de Medio Ambiente Atacama, Superintendencia del Medio Ambiente. Referencia al ICE para mayores detalles Tabla 9.2.21. Decreto Supremo N° 38/2011 Ministerio del Medio Ambiente, Establece Norma de Emisión de Ruidos Molestos Generados por Fuentes Fijas
7.7 COMPONENTE/MATERIA: Contaminación Lumínica. Norma Decreto N°43/2012 Ministerio del Medio Ambiente, Establece Norma de Emisión para la Regulación de la Contaminación Lumínica, Elaborada a Partir de la Revisión del Decreto Nº 686, de 1998, del Ministerio de Economía, Fomento y Reconstrucción. Fase del proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Todas las fases del proyecto. Parte, obra o acción a la que aplica Todas las partes del proyecto. Forma de cumplimiento Durante las distintas fases el Proyecto cumplirá esta norma mediante la adquisición de luminarias certificadas (lámparas vía fotocelda y/o reloj control) cuya emisión no sea mayor a los límites máximos permitidos establecidos en el Decreto. Indicador que acredita su cumplimiento Certificado proveedor de luminaria que indique las emisiones de la luminaria a instalar. Forma de control y seguimiento Se mantendrán certificado del proveedor de luminaria en faena. Referencia al ICE para mayores detalles Tabla 9.2.22. Decreto N°43/2012 Ministerio del Medio Ambiente, Establece Norma de Emisión para la Regulación de la Contaminación Lumínica, Elaborada a Partir de la Revisión del Decreto Nº 686, de 1998, del Ministerio de Economía, Fomento y Reconstrucción.
7.8. COMPONENTE/MATERIA: Fauna Terrestre Norma Ley N°19.473, Ministerio de Agricultura, Sustituye Texto de la Ley N°4.601, Sobre Caza, y Articulo 609 del Código Civil. Fase del proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Todas las fases del proyecto. Parte, obra o acción a la que aplica Todas las obras del proyecto. Forma de cumplimiento Previo a la presentación del Proyecto al SEIA. Para la ejecución de la línea de base caracterización de fauna terrestre se obtuvo la Resolución Exenta N° 137/2018 de fecha 23 de abril de 2019, del Servicio Agrícola y Ganadero Región del Atacama, que otorga permiso de captura de animales de especies protegidas de fauna silvestre que indica, para línea de base en el marco del SEIA. En la línea de media tensión eléctrica se realizará perturbación controlada de reptiles y micromamíferos, con el objetivo de provocar el abandono o producir el desplazamiento de la fauna objetivo presente en el área de influencia del Proyecto hacia zonas adyacentes, evitando de esta manera que la fauna nativa sea afectada por el desarrollo del Proyecto. Durante la fase de construcción, el Proyecto generará un impacto asociado a la perturbación de fauna, específicamente reptiles. Por lo que se propone la medida de rescate y relocalización de reptiles, en el sector del Parque e instalaciones. Por estas razones, el objetivo de este punto es presentar los antecedentes requeridos para la aprobación del PAS establecido en el Artículo Nº 146 del Reglamento del SEIA. El citado permiso se presentará asociado a las especies Liolaemus atacamensis, clasificada en categoría de conservación “Preocupación menor” (LC) y Liolaemus nigromaculatus, clasificada en categoría de conservación “Casi amenazada” (NT), las cuales serán relocalizadas en un sector de similares características a una distancia aproximada de 750 metros del Proyecto. Adicionalmente, se contemplan las siguientes medidas de control, aplicables a cada una de las fases del Proyecto:
• Prohibición de caza, captura y/o recolección de especies animales silvestres • Prohibición de alimentar especies domésticas • Prohibición de alimentar especies silvestres • Prohibición de botar residuos fuera de los lugares establecidos • Prohibición de la circulación de vehículos y trabajadores fuera de caminos habilitados y establecidos • Educación y/o capacitación de los trabajadores. de las cuales se llevará registro, de manera de asegurar que el 100% de los trabajadores la hayan recibido. • Junto con esto se contará con un panel informativo, respecto a los cuidados que se debe tener para no afectar la fauna del sector. Indicador que acredita su cumplimiento Se realiza rescate y relocalización de reptiles en planta. Se realizar perturbación controlada de reptiles y micromamíferos en línea de media tensión. Forma de control y seguimiento Registro de charlas de inducción realizadas a los trabajadores, donde se aborden los temas de: • Prohibición de caza, captura y/o recolección de especies animales silvestres • Prohibición de alimentar especies domésticas • Prohibición de alimentar especies silvestres • Prohibición de botar residuos fuera de los lugares establecidos • Prohibición de la circulación de vehículos y trabajadores fuera de caminos habilitados y establecidos. Registro de especies perturbadas en obras lineales. Registro de especies rescatadas en la planta fotovoltaica. Entidad fiscalizadora Servicio Agrícola y Ganadero Atacama, Superintendencia del Medio Ambiente. Referencia al ICE para mayores detalles Tabla 9.3.1. Ley N°19.473, Ministerio de Agricultura, Sustituye Texto de la Ley N°4.601, Sobre Caza, y Articulo 609 del Código Civil. Norma Decreto Supremo N° 5/1998 Servicio Agrícola y Ganadero, Reglamento de la Ley de Caza. Fase del proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Todas las fases del proyecto. Parte, obra o acción a la que aplica Todas las obras del proyecto. Forma de cumplimiento Previo a la presentación de este Proyecto al SEIA. Para la ejecución de la línea de base caracterización de fauna terrestre se obtuvo la Resolución Exenta N° 137/2018 de fecha 23 de abril de 2019, del Servicio Agrícola y Ganadero Región del Atacama, que otorga permiso de captura de animales de especies protegidas de fauna silvestre que indica, para línea de base en el marco del SEIA. En la línea de media tensión eléctrica se realizará perturbación controlada de reptiles y micromamíferos, con el objetivo de provocar el abandono o producir el desplazamiento de la fauna objetivo presente en el área de influencia del Proyecto hacia zonas adyacentes, evitando de esta manera que la fauna nativa sea afectada por el desarrollo del Proyecto. Durante la fases de construcción, el Proyecto generará un impacto asociado a la perturbación de fauna, específicamente reptiles. Por lo que se propone la medida de rescate y relocalización de reptiles, en el sector del Parque e instalaciones. Por estas razones, el objetivo de este punto es presentar los antecedentes requeridos para la aprobación del PAS establecido en el Artículo Nº 146 del Reglamento del SEIA. El citado permiso se presentará asociado a las especies Liolaemus atacamensis, clasificada en categoría de conservación “Preocupación menor” (LC) y Liolaemus nigromaculatus, clasificada en categoría de conservación “Casi amenazada” (NT). Las cuáles serán relocalizadas en un sector de similares características a una distancia aproximada de 750 metros del Proyecto. Adicionalmente, se contemplan las siguientes medidas de control, aplicables a cada una de las fases del Proyecto: • Prohibición de caza, captura y/o recolección de especies animales silvestres • Prohibición de alimentar especies domésticas • Prohibición de alimentar especies silvestres • Prohibición de botar residuos fuera de los lugares establecidos • Prohibición de la circulación de vehículos y trabajadores fuera de caminos habilitados y establecidos • Educación y/o capacitación de los trabajadores. de las cuales se llevará registro, de manera de asegurar que el 100% de los trabajadores la hayan recibido. Junto con esto se contará con un panel informativo, respecto a los cuidados que se debe tener para no afectar la fauna del sector. Indicador que acredita su cumplimiento Se realiza rescate y relocalización de reptiles en planta. Se realizar perturbación controlada de reptiles y micromamíferos en línea de media tensión. Forma de control y seguimiento Registro de charlas de inducción realizadas a los trabajadores, donde se aborden los temas de: • Prohibición de caza, captura y/o recolección de especies animales silvestres • Prohibición de alimentar especies domésticas • Prohibición de alimentar especies silvestres • Prohibición de botar residuos fuera de los lugares establecidos • Prohibición de la circulación de vehículos y trabajadores fuera de caminos habilitados y establecidos. Registro de especies perturbadas en obras lineales. Registro de especies rescatadas en la planta fotovoltaica. Entidad fiscalizadora Servicio Agrícola y Ganadero Atacama, Superintendencia del Medio Ambiente. Referencia al ICE para mayores detalles Tabla 9.3.2. Decreto Supremo N° 5/1998 Servicio Agrícola y Ganadero, Reglamento de la Ley de Caza. Norma Decreto Supremo N°29/2011 Ministerio del Medio Ambiente, Aprueba Reglamento para la Clasificación de Especies Silvestres Según Estado de Conservación. Fase del proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Todas las fases del proyecto. Parte, obra o acción a la que aplica Todas las obras del proyecto. Forma de cumplimiento Previo a la presentación de este Proyecto al SEIA. Para la ejecución de la línea de base caracterización de fauna terrestre se obtuvo la Resolución Exenta N° 137/2018 de fecha 23 de abril de 2019, del Servicio Agrícola y Ganadero Región del Atacama, que otorga permiso de captura de animales de especies protegidas de fauna silvestre que indica, para línea de base en el marco del SEIA. En la línea de media tensión eléctrica se realizará perturbación controlada de reptiles y micromamíferos, con el objetivo de provocar el abandono o producir el desplazamiento de la fauna objetivo presente en el área de influencia del Proyecto hacia zonas adyacentes, evitando de esta manera que la fauna nativa sea afectada por el desarrollo del Proyecto. Durante la fase de construcción, el Proyecto generará un impacto asociado a la perturbación de fauna, específicamente reptiles. Por lo que se propone la medida de rescate y relocalización de reptiles, en el sector del Parque e instalaciones. Por estas razones, el objetivo de este punto es presentar los antecedentes requeridos para la aprobación del PAS establecido en el Artículo Nº 146 del Reglamento del SEIA. El citado permiso se presentará asociado a las especies Liolaemus atacamensis, clasificada en categoría de conservación “Preocupación menor” (LC) y Liolaemus nigromaculatus, clasificada en categoría de conservación “Casi amenazada” (NT). Las cuáles serán relocalizadas en un sector de similares características a una distancia aproximada de 750 metros del Proyecto. Adicionalmente, se contemplan las siguientes medidas de control, aplicables a cada una de las fases del Proyecto: • Prohibición de caza, captura y/o recolección de especies animales silvestres • Prohibición de alimentar especies domésticas • Prohibición de alimentar especies silvestres • Prohibición de botar residuos fuera de los lugares establecidos • Prohibición de la circulación de vehículos y trabajadores fuera de caminos habilitados y establecidos • Educación y/o capacitación de los trabajadores. de las cuales se llevará registro, de manera de asegurar que el 100% de los trabajadores la hayan recibido. • Junto con esto se contará con un panel informativo, respecto a los cuidados que se debe tener para no afectar la fauna del sector. Indicador que acredita su cumplimiento Se realiza rescate y relocalización de reptiles en planta. Se realiza perturbación controlada de reptiles y micromamíferos en línea de media tensión. Forma de control y seguimiento Registro de charlas de inducción realizadas a los trabajadores, donde se aborden los temas de: • Prohibición de caza, captura y/o recolección de especies animales silvestres • Prohibición de alimentar especies domésticas • Prohibición de alimentar especies silvestres • Prohibición de botar residuos fuera de los lugares establecidos • Prohibición de la circulación de vehículos y trabajadores fuera de caminos habilitados y establecidos. Registro de especies perturbadas en obras lineales. Registro de especies rescatadas en la planta fotovoltaica. Entidad fiscalizadora Servicio Agrícola y Ganadero Atacama, Superintendencia del Medio Ambiente. Referencia al ICE para mayores detalles Tabla 9.3.3. Decreto Supremo N°29/2011 Ministerio del Medio Ambiente, Aprueba Reglamento para la Clasificación de Especies Silvestres Según Estado de Conservación.
7.9 COMPONENTE/MATERIA: Vegetación Terrestre. Norma Ley 20.283, Ley sobre Recuperación del Bosque Nativo y Fomento Forestal, Ministerio de Agricultura. Fase del proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Construcción. Parte, obra o acción a la que aplica Habilitación de caminos de acceso y caminos internos. Movimiento de tierra y nivelación de terreno. Forma de cumplimiento En consideración a la línea de base de flora y vegetación elaborada para este Proyecto, se deberá intervenir una superficie de 6,68 hectáreas de formaciones xerofíticas, lo que obliga a la presentación de un plan de trabajo de acuerdo con lo que establece el artículo 60 de la Ley N°20.283. Se presenta formulario denominado “Plan de Trabajo para la Corta, Destrucción o Descepado de Formaciones Xerofíticas”, el que dispone en su página web (www.conaf.cl). Indicador que acredita su cumplimiento Resolución aprobatoria por parte de CONAF. Forma de control y seguimiento Informe de ejecución de corta enviado a Superintendencia del Medio Ambiente. Entidad fiscalizadora Sectorial Corporación Nacional Forestal Atacama, Superintendencia del Medio Ambiente. Referencia al ICE para mayores detalles Tabla 9.3.4. Ley 20.283, Ley sobre Recuperación del Bosque Nativo y Fomento Forestal, Ministerio de Agricultura. Norma Decreto Supremo Nº 93, Ministerio de Agricultura, Reglamento General de la Ley sobre Recuperación del Bosque Nativo y Fomento Forestal. Fase del proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Construcción. Parte, obra o acción a la que aplica Habilitación de caminos de acceso y caminos internos. Movimiento de tierra y nivelación de terreno. Forma de cumplimiento En consideración a la línea de base de flora y vegetación elaborada para este Proyecto, se tiene que se interviene una superficie de 6,68 hectáreas de formaciones xerofíticas, lo que obliga a la presentación de un plan de trabajo de acuerdo con lo que establece el artículo 60 de la Ley N°20.283. Se presenta formulario denominado “Plan de Trabajo para la Corta, Destrucción o Descepado de Formaciones Xerofíticas”, el que dispone en su página web (www.conaf.cl). Indicador que acredita su cumplimiento Resolución aprobatoria por parte de CONAF. Forma de control y seguimiento Informe de ejecución de corta enviado a Superintendencia del Medio Ambiente. CONAF Atacama, Superintendencia del Medio Ambiente. Referencia al ICE para mayores detalles Tabla 9.3.5. Decreto Supremo Nº 93, Ministerio de Agricultura, Reglamento General de la Ley sobre Recuperación del Bosque Nativo y Fomento Forestal.
7.10 COMPONENTE/MATERIA: Patrimonio Cultural. Norma Ley N° 17.288, Ministerio de Educación, sobre Monumentos Nacionales y sus Modificaciones, Incluyendo su Modificación Mediante la Ley Nº 20.021. Fase del proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Todas las fases del Proyecto. Parte, obra o acción a la que aplica Habilitación de caminos de acceso y caminos internos. Movimiento de tierra y nivelación de terreno. Forma de cumplimiento Se encontraron sitios de valor arqueológico y paleontológico que deberán ser recuperados, por su afectación, debido al emplazamiento de obras y actividades de remoción de material. De esta manera, se presenta Permiso Ambiental Sectorial previsto en el Artículo 132 del Decreto Supremo N° 40/2012, del Ministerio del Medio Ambiente, Reglamento del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental, el cual se refiere al “Permiso para hacer excavaciones de tipo arqueológico, antropológico y paleontológico” establecido a su vez, en los artículos 22º y 23º de la Ley Nº 17.288, sobre Monumentos Nacionales. En caso de efectuarse un hallazgo arqueológico o paleontológico durante las excavaciones del proyecto, se deberá proceder según lo establecido en los artículos N°26 y 27 de la Ley N°17.288 de Monumentos Nacionales y el artículo N°23 del D. S N°484 Reglamento sobre excavaciones y/o prospecciones arqueológicas, antropológicas y paleontológicas, por lo que se paralizará toda obra en el sector del hallazgo y se informará de inmediato y por escrito al Consejo de Monumentos Nacionales (CMN), para que este organismo determine los procedimientos a seguir. Indicador que acredita su cumplimiento Resolución de aprobación de permiso por parte de Consejo de Monumentos Nacionales. Forma de control y seguimiento Informe con resultados de rescate arqueológicos. Ante un eventual hallazgo se registrará y se deberá paralizar toda obra en el sector del hallazgo e informar de inmediato y por escrito al Consejo de Monumentos Nacionales (CMN), para que este organismo determine los procedimientos a seguir. Además, tal como se señala en el artículo 26 se denunciará inmediatamente el descubrimiento al Gobernador Provincial. Entidad fiscalizadora Consejo de Monumentos Nacionales Atacama y Superintendencia del Medio Ambiente. Referencia al ICE para mayores detalles Tabla 9.3.6. Ley N° 17.288, Ministerio de Educación, sobre Monumentos Nacionales y sus Modificaciones, Incluyendo su Modificación Mediante la Ley Nº 20.021.
8°. Que, durante el procedimiento de evaluación de la DIA el Titular del Proyecto propuso los siguientes compromisos ambientales voluntarios:
8.1. Perturbación controlada para individuos de reptiles Impacto asociado Afectación a especies de fauna de baja movilidad. Fase del Proyecto a la que aplica Construcción. Objetivo, descripción y justificación Objetivo: El objetivo de la medida es provocar el abandono o producir el desplazamiento de la fauna objetivo presente en el área de influencia del Proyecto hacia zonas adyacentes, evitando de esta manera que la fauna nativa sea afectada por el desarrollo del Proyecto. Como objetivos específicos de esta medida de manejo ambiental: ▪ Perturbar a las especies objetivos identificadas durante el desarrollo de la línea de base de fauna terrestre, con la finalidad que estos migren por sus propios medios hacia un hábitat receptor antes del inicio de las obras de construcción del Proyecto. ▪ Prevenir la recolonización del área perturbada.
Descripción: Especies objetivos identificadas en Línea de Base de Fauna Terrestre - Liolaemus atacamensis - Liolaemus nigromaculatus Se realizará una actividad de perturbación controlada para toda el área de construcción de obras lineales. Justificación: Los reptiles, por su tamaño pequeño y su condición ectoterma, son un grupo con ámbitos de hogar reducidos y menor capacidad para desplazarse. Sin embargo, los reptiles tienen una amplia capacidad ecológica que les ha permitido ocupar diversos ambientes a lo largo de todo el país. En los reptiles, la perturbación controlada es aplicable para proyectos de extensión lineal y para proyectos areales pequeños (Guía Técnica para Implementar Medidas de Rescate/ Relocalización y Perturbación Controlada, Torres-Mura, et al., 2014). La ejecución de la medida de manejo ambiental de perturbación controlada para reptiles se contempla ejecutar una vez aprobada la Resolución de Calificación Ambiental del Proyecto en evaluación. Asimismo, estas actividades se contemplan realizar previo a las primeras obras del Proyecto, a saber: movimiento de tierras, escarpe y decepado de vegetación (tampoco es conveniente ejecutar la medida con mucha antelación a los trabajos de obras y maquinarias, ya que existe el riego de recolonización de ejemplares de reptiles). Asimismo, la implementación de la actividad de perturbación controlada se ejecutará 7 días previo a cada obra relevante. Además, se implementará un Registro de Liberación Ambiental de Áreas de Trabajo, el cual se adjunta en el Anexo 1 de este Capítulo. Finalmente, se debe indicar que esta medida se encuentra definida en la “Guía de Evaluación Ambiental Componente Fauna Silvestre D-Pr-Ga- 01(Servicio Agrícola y Ganadero, 2016). Para este caso en particular, se ha considerado esta Guía para el desarrollo de esta medida. Lugar, forma y oportunidad de implementación Lugar: La medida se implementará para las obras asociadas a la Línea de Media Tensión y camino de acceso. OBRAS Coordenadas (WGS84 HUSO Este [m] Norte [m] OBRAS PERMANENTES Línea de Media Tensión Aérea 324.503 7.001.907 Camino de acceso 327.444 7.002.167 Forma: Se debe tener en consideración, que, para la correcta implementación de esta medida, se debe ejecutar mientras se mantengan las condiciones de temperaturas adecuadas para esta taxa, dado que éstas, bajo ciertas condiciones hibernan o están en un estadio de latencia metabólica en sus respectivos refugios, donde la ejecución de la remoción manual de éstos no permitiría que éstas encuentren un hábitat receptor y la medida no tendría un éxito esperado. Suponiendo un caso de condiciones meteorológicas ideales, se debe ejecutar las siguientes actividades, en orden cronológico: 1. Identificación de potenciales hábitats receptores. Para identificar los hábitats receptores y las vías de evacuación, mediante la utilización de un sistema de información geográfica, se realizó un análisis de sobreposición espacial de los registros de las especies objetivo identificadas en este estudio y en las campañas realizadas para la línea de base de fauna, ejecutada para la Declaración de Impacto Ambiental del Proyecto,, con un mapa de las formaciones vegetacionales presentes en la zona de estudio (generado en el estudio de línea de base de vegetación) (Douven et al. 2003). Esto permitió identificar los sectores fuera de la zona del proyecto, que tienen el mismo hábitat asociado a las especies objetivo y que se encuentran adyacentes o muy cercanos a los sectores donde se registraron las especies objetivo. 2. La ejecución de la medida de manejo ambiental de perturbación controlada se contempla ejecutar una vez aprobada la Resolución de Calificación Ambiental del Proyecto en evaluación. En este sentido, una fecha estimada para la ejecución de la medida sería entre marzo y mayo de 2021. 3. Posteriormente, y una vez asegurada la disponibilidad potencial de nuevos hábitats, se procederá a la remoción manual de potenciales refugios. 4. Para la remoción manual de refugios, se considera que la ejecuten biólogos en terreno por al menos una semana. Oportunidad: La ejecución de la medida de manejo ambiental de perturbación controlada se contempla ejecutar una vez aprobada la Resolución de Calificación Ambiental del Proyecto en evaluación. Asimismo, estas actividades se contemplan realizar previo a las primeras obras del Proyecto, a saber: movimiento de tierras, escarpe y decepado de vegetación (tampoco es conveniente ejecutar la medida con mucha antelación a los trabajos de obras y maquinarias, ya que existe el riesgo de recolonización de ejemplares de reptiles). Por otro lado, se debe tener en consideración el período estival. En este sentido, una fecha estimada para la ejecución de la medida sería entre marzo y mayo de 2021. Asimismo, la implementación de la actividad de perturbación controlada se ejecutará 7 días previos a cada obra relevante. Indicador que acredite su cumplimiento Se considerarán como indicadores de éxito la riqueza de especies, donde después del proceso de perturbación controlada no deberían encontrarse las especies objetivo. Para la campaña de seguimiento, se considera elaborar un informe, el cual deberá contener al menos los siguientes parámetros de seguimiento: ▪ Riqueza de especies del ensamble (antes/después de la aplicación de la medida). ▪ Abundancia especifica. ▪ Diversidad del ensamble (índice Shannon). ▪ Grado de desplazamiento. ▪ Área proyectada para la perturbación versus área efectivamente perturbada. ▪ Riqueza y abundancia de otros grupos de fauna que conviven con las especies objetivo. Forma de control y seguimiento Para evaluar el éxito de la implementación de la medida se contempla: ▪ Al día siguiente de ejecutada la medida de perturbación, realizar un primer seguimiento. ▪ Evaluar densidad y abundancia por especie, comparando los días requeridos para realizar la perturbación. ▪ En caso de detectar nuevos ejemplares, se realizará el mismo procedimiento metodológico de perturbación, de tal forma de mantener evidencia objetivo sobre la ejecución de la medida. ▪ Después de aplicada por segunda vez de la medida, se monitoreará el efecto de la misma. De esta manera, se determinará la necesidad de aplicar un tercer proceso de perturbación controlada. ▪ Seguimiento del éxito de la medida para reptiles, con 1 campaña de perturbación, para lo cual se realizará un reporte por campaña, cuyos informes cumplirán con lo establecido en la Res Ex 223/2015 SMA. Referencia al ICE para mayores detalles Tabla 11.1.1 Perturbación controlada para individuos de reptiles
8.2. Humectación de caminos Impacto asociado No hay. Fase del Proyecto a la que aplica Construcción. Objetivo, descripción y justificación Objetivo: Reducir las emisiones de material particulado durante el desarrollo del Proyecto, tanto para los caminos de accesos e interiores, como para los frentes de trabajo que requieran movimiento de tierra. Descripción: Con el fin de reducir las emisiones de material particulado durante el desarrollo del Proyecto, se tomarán medidas de manejo ambiental para reducir dichas emisiones de material particulado, las cuales también se replicarán para el transporte de materiales, escombros y residuos. Justificación: Sin perjuicio de que la generación de emisiones no es significativa, se contempla el desarrollo de acciones de control ambiental para mantener y reducir estas emisiones de material particulado con el objeto de minimizarlas aún más. Lugar, forma y oportunidad de implementación Lugar: Se realizará en las áreas del proyecto, donde se realicen obras que generen emisiones de polvo y sea necesaria su aplicación. Las coordenadas de las obras donde podría necesitarse del tratamiento antes mencionado son las siguientes: Obras Coordenadas UTM Este [m] Norte [m] Obras permanentes Área paneles fotovoltaicos 1 370.132 7.075.681 Área paneles fotovoltaicos 2 370.132 7.075.510 Caminos interiores 370.119 7.075.601 Camino exterior 369.970 7.075.426 Camino de acceso 368.457 7.075.967 Estacionamiento vehículos livianos 369.990 7.075.731 Patio de residuos no peligrosos 369.984 7.075.695 Obras temporales Estacionamiento equipos y maquinaria 369.987 7.075.677 Patio de insumos 369.987 7.075.545
Forma: Con el fin de reducir las emisiones de material particulado y gases durante el desarrollo del Proyecto, se tomarán las siguientes medidas de control: • Se mantendrán humectadas las superficies interiores de la obra, previo a las faenas de excavación, remoción de materiales y limpieza. • Se humectará aproximadamente 1 kilómetro del tramo del camino no enrolado desde la Ruta C-351 al acceso del Proyecto, el cual no se encuentra pavimentado, proceso de humectación mediante agua y bischofita, Bioway u otro similar; durante una vez al día de aplicación con camión aljibe. • Los equipos y maquinaria usados para las faenas de excavación serán manejados con precaución y a velocidad mejorada, con objeto de minimizar la emisión de material particulado. Se exigirá que los vehículos que circulen dentro de la planta lo hagan con una velocidad restringida a 20 (km/h) en el emplazamiento del proyecto y en sus accesos para la fase de construcción, operación y cierre. En cuanto a los camiones de las rutas publicas enroladas se cumplirá con el máximo permisible establecido por la Ley de Tránsito. • Todos los vehículos contarán con su revisión técnica al día y la maquinaria utilizada no tendrá una antigüedad superior a 10 años, a modo de asegurar un funcionamiento adecuado. Respecto al transporte de materiales, escombros y residuos, se cumplirá con las siguientes medidas: • Verificará que los camiones sean cargados manteniendo una distancia mínima en el borde de 10 cm entre la superficie de carga y la cubierta de lona. • Mantendrá la carrocería de los vehículos de transporte de materiales, escombros y residuos, cubierta con una lona, asegurada en los costados de la tolva del camión. • Verificará que los camiones no salgan de la faena con materiales que puedan incorporarse a las vías públicas (tapabarros y borde de la tolva). • Se limitará a velocidad de todo vehículo asociado a la obra, en todo tramo donde esto con se vea enfrentado a la ley de tránsito. Se estima que en promedio se necesitará un volumen de 650 m3 /mes de agua industrial, cuyo abastecimiento será mediante un proveedor autorizado, para ello, el agua industrial será abastecida mediante camión aljibe cuyo suministro será comprado a terceros que posean acceso al recurso a través de la red pública o que cuenten con los derechos legalmente inscritos.
ZONA Volumen Aplicación (m3) Frecuencia Aplicación (veces/día) Volumen (m3 /mes) Total Volumen Construcción (m3) Humectación de camino Diagonal a ruta C-351 5 2 200 1.200 Humectación de Caminos interiores 5 2 200 1.200 Frentes de Trabajo Construcción 5
250 1.500 Total
650 3.900 Oportunidad: Durante la construcción del Proyecto. Las aplicaciones serán, en caso de ser necesarias, por las mañanas, antes de las 12:00 AM. Indicador que acredite su cumplimiento Según la metodología - establecida en la Sección 13.2.2 Unpaved Road (AP42 de la U.S. EPA) y recomendada en la "Guía para la Estimación de Emisiones Atmosféricas de Proyectos Inmobiliarios para la Región Metropolitana" y "Herramienta de evaluación ambiental permite estimación de emisiones atmosféricas", para alcanzar un 75% de efectividad, la razón presentada en la ecuación, que debe alcanzar un valor de 2,0, tal como se observa en el gráfico. Para dar cumplimiento al porcentaje de eficiencia comprometido se realizará la verificación de la mantención más los registros de humectación (dando cumplimiento a lo indicado en la DIA y el procedimiento indicado en “Metodología de Aplicación del Cloruro de Magnesio como supresor de polvo en caminos no pavimentados” (DICTUC, 2004).), tal información se encontrará en faena en todo momento, como documento fiscalizable para la Autoridad competente. Se mantendrá un registro en terreno con la aplicación de la medida. Para todas las fases del proyecto, se mantendrán en las oficinas del Proyecto los medios de verificación que acreditarán el cumplimiento de la medida y que sean fiscalizables por la autoridad pertinente. Forma de control y seguimiento Se mantendrá un registro en terreno con la aplicación de la medida. N° Fecha Hora Vol Aplicado [m3] Distancia (A) [m] Ancho Medio (B) [ ] Superficie (AxB) [m2] 1 2 3
Cabe precisar, que el agua considerada para la humectación de caminos y frentes de trabajo cumplirá, con la calidad establecida en la Norma Chilena NCh 1333/78. Se entregará un informe semestral a la SMA, cumpliendo con lo establecido en la Res Ex. 223/2015. Referencia al ICE para mayores detalles Tabla 11.1.2 Humectación de caminos
8.3. Contratación de mano de obra local en todas las fases del proyecto. Impacto asociado No aplica Fase del Proyecto a la que aplica Todas las fases del proyecto. Objetivo, descripción y justificación Objetivo: Generar un beneficio en la comunidad de Caldera Descripción: Se priorizará la contratación de al menos un 20% de mano de obra local. Justificación: La contratación de mano de obra local en la comuna de Caldera, generará beneficios económicos tanto a los trabajadores como a la economía local. Lugar, forma y oportunidad de implementación Lugar: Comuna de Caldera. Forma: Representantes de la empresa encargada de la construcción del Proyecto, previo a la fase de construcción, se contactarán con la Oficina Municipal de Intermediación Laboral (OMIL) de la Ilustre municipalidad de Caldera para informar de las vacantes de trabajo existentes que se requieran para las distintas faenas constructivas. Oportunidad: Antes del inicio de las obras de construcción y a medida que se vayan creando vacantes susceptibles de ser ocupadas por mano de obra local. Indicador que acredite su cumplimiento Contratos de trabajo de trabajadores con domicilio en la Comuna de Caldera. Forma de control y seguimiento Informe semestral con copia de contratos a la SMA. Referencia al ICE para mayores detalles Tabla 11.1.3 Contratación de mano de obra local en todas las fases del proyecto.
8.4. Monitoreo de ruido para comprobar cumplimiento de la norma en el receptor R4 Impacto asociado Impacto acústico adverso en algún receptor sensible. Fase del Proyecto a la que aplica Construcción y cierre. Objetivo, descripción y justificación Objetivo: Comprobar el cumplimiento de la norma los receptores definidos donde se superaría la norma de referencia. Descripción: Se implementará un monitoreo de ruido por medio de campañas de seguimiento de cumplimiento normativo en receptores sensibles. Justificación: El monitoreo de ruido permitirá establecer si se las medidas de control permiten reducir los niveles de ruido a los valores entregados. Lugar, forma y oportunidad de implementación Lugar: Cercano a receptores R4, R10, R11. Las coordenadas de las barreras se definen en Figuras 19 y 20 del Anexo 10 de la Adenda Complementaria. Forma: Para la evaluación de la emisión de ruido asociado a la ejecución del Proyecto (excluyendo fuentes móviles) en receptores humanos, se aplica la “Norma de Emisión de Ruido Generados por Fuentes que Indica” contenida en el Decreto Supremo Nº38 del año 2011 del Ministerio del Medio Ambiente. Los criterios para la identificación de receptores son los definidos en la norma: “toda persona que habite resida o permanezca en un recinto, ya sea en un domicilio particular o en un lugar de trabajo, que esté o pueda estar expuesta al ruido generado por una fuente emisora de ruido externa”, y que se encuentren ubicados dentro del AI del Proyecto. Al existir asentamientos humanos con características homogéneas, se define un punto representativo y desfavorable para la toma de muestra basal, a modo de obtener el ambiente sonoro típico del lugar. Se realizarán rondas de medición en los puntos identificados previamente, en períodos diurno y nocturno. Los equipos utilizados para caracterizar la línea base de ruido son: • Sonómetro Integrador Clase 2, marca Larson Davis, modelo LxT2. Nº de Serie 0002245. • Calibrador acústico marca Larson Davis, modelo CAL150. Nº de Serie 5246. • Pantalla anti-viento • Trípode 1,5 m • GPS Garmin • Cámara fotográfica digital Oportunidad: Durante la fase de construcción y cierre, con campañas trimestrales en las condiciones de mayor nivel de ruido. Indicador que acredite su cumplimiento Informes de campañas de monitoreo. Forma de control y seguimiento Se entregará un informe trimestral a la SMA, cumpliendo con lo establecido en la Res. Ex. 223/2015 Referencia al ICE para mayores detalles Tabla 11.1.4 Monitoreo de ruido para comprobar cumplimiento de la norma en el receptor R4
8.5. Charlas de inducción sobre el componente arqueológico. Impacto asociado Alteración del patrimonio cultural. Fase del Proyecto a la que aplica Construcción. Objetivo, descripción y justificación Objetivo: Prevenir la alteración del patrimonio cultural. Descripción: Charlas de inducción por parte un/a arqueólogo/a o licenciado/a en arqueología. Justificación: Los trabajadores del proyecto tendrán estarán alertas y podrán reconocer algún componente arqueológico encontrado durante las obras y los procedimientos a seguir en caso de hallazgo. Lugar, forma y oportunidad de implementación Lugar: Las charlas se realizarán en las oficinas de obras. Forma: Charlas de inducción con entrega de material didáctico impreso. Oportunidad: Antes del inicio de cada obra. Indicador que acredite su cumplimiento Actas firmadas por trabajadores e inductor. Informe de ejecución. Forma de control y seguimiento Se entregará un informe trimestral a la SMA, cumpliendo con lo establecido en la Res. Ex. 223/2015 Referencia al ICE para mayores detalles Tabla 11.1.5 Charlas de inducción sobre el componente arqueológico.
8.6. Monitoreo Arqueológico Permanente Impacto asociado Alteración del patrimonio cultural. Fase del Proyecto a la que aplica Construcción. Objetivo, descripción y justificación Objetivo: Prevenir la alteración del patrimonio cultural Descripción: Monitoreo arqueológico permanente, por arqueólogo/a(s) y/o licenciado/a(s) en arqueología, por cada frente de trabajo. Justificación: El monitoreo permitirá detectar la presencia de restos arqueológicos, permitiendo su rescate o implementación de medidas de prevención. Lugar, forma y oportunidad de implementación Lugar: Cada frente de trabajo, durante las obras de escarpe del terreno y en todas las actividades que consideren cualquier tipo de remoción de la superficie y excavación subsuperficial en el área del proyecto. Forma: monitoreo arqueológico permanente, por arqueólogo/a(s) y/o licenciado/a(s) en arqueología, por cada frente de trabajo, durante las obras de escarpe del terreno y en todas las actividades que consideren cualquier tipo de remoción de la superficie y excavación subsuperficial en el área del proyecto. Oportunidad: durante las obras de escarpe del terreno y en todas las actividades que consideren cualquier tipo de remoción de la superficie y excavación subsuperficial en el área del proyecto. Indicador que acredite su cumplimiento Informe mensual con los siguientes contenidos: a) Descripción de las actividades en todos los frentes de excavación del mes, con fecha. b) Descripción de matriz y materialidad encontrada (con profundidad) en cada obra de excavación. c) Plan mensual de trabajo de la constructora donde se especifique en libro de obras los días monitoreados por el/la arqueólogo/a. d) Planos y fotos (de alta resolución) de los distintos frentes de excavación y sus diferentes etapas de avances. e) Contenidos de las charlas de inducción efectuadas y la constancia de asistentes con la firma de cada trabajador/a. f) De evidenciarse restos arqueológicos, incorporar: - Ficha de registro arqueológico con fotografías panorámicas y específicas de los hallazgos (en alta resolución). - Descripción detallada del estado de conservación y si hubiera afectación por las obras del proyecto. - Medidas de protección y/o conservación implementadas. - Constancia de aviso del hallazgo al CMN, de acuerdo con lo establecido en el art. 26° de la Ley 17.288 de Monumentos Nacionales. g) Efectuar el seguimiento del estado de conservación de las medidas de prevención a implementar si corresponden (cercado, señaléticas, etc.). h) El informe final de monitoreo debe dar cuenta de las actividades realizadas y, de haberse detectado sitios arqueológicos, incluir la información de rescate correspondiente. En estos casos se deberá incluir una revisión bibliográfica de la zona, el análisis (por tipo de materialidad) y la conservación de todos los materiales arqueológicos que se encuentren motivo de esta actividad. Se recuerda que para los rescates de hallazgos no previstos que aparezcan durante el monitoreo o en otra instancia, se deberá solicitar el permiso de intervención arqueológica, según el Artículo 7° del Reglamento de Excavación, establecida en la Ley 17.288 de Monumentos Nacionales. De recuperarse materiales arqueológicos, la propuesta de destinación definitiva de dichos bienes deberá ser indicada al momento de entregar el informe final del monitoreo e incluir un documento oficial de la institución museográfica aceptando la eventual destinación. Asimismo, se deben solventar los gastos de análisis, conservación y embalaje de las piezas, así como su traslado a la entidad receptora. Forma de control y seguimiento Se entregará un informe mensual a la SMA, cumpliendo con lo establecido en la Res. Ex. 223/2015 Referencia al ICE para mayores detalles Tabla 11.1.6. Monitoreo Arqueológico Permanente
8.7. Charlas de inducción componente paleontológico Impacto asociado Alteración del patrimonio paleontológico. Fase del Proyecto a la que aplica Construcción. Objetivo, descripción y justificación Objetivo: Prevenir la alteración del patrimonio paleontológico. Descripción: Charlas de inducción paleontológica a los trabajadores serán realizadas por un profesional paleontólogo, previo al inicio de obras y cada vez que se incorpore nuevo personal. En la charla se señalará que, tal como indica el artículo 73 del RSEIA se entenderá que se ha dado inicio a la ejecución del proyecto o actividad, cuando se realice la ejecución de “gestiones, actos u obras, de modo sistemático, ininterrumpido y permanente”, destinado al desarrollo de la fase de construcción del proyecto o actividad. En este sentido, el primer acto o faena corresponde a la primera gestión, acto u obra que se realizará. Pudiendo ser este, la tramitación de un PAS o, en caso de que esa tramitación no sea un acto ininterrumpido, puede ser la ejecución del mismo PAS. Justificación: Los trabajadores del proyecto estarán alertas y podrán reconocer algún componente paleontológico encontrado durante las obras y los procedimientos a seguir en caso de hallazgo. Lugar, forma y oportunidad de implementación Lugar: Las charlas se realizarán en las oficinas de obras. Forma: Charlas de inducción con entrega de material didáctico impreso. Oportunidad: Antes del inicio de cada obra. Indicador que acredite su cumplimiento Actas firmadas por trabajadores e inductor. Informe de ejecución. Forma de control y seguimiento Se entregará un informe trimestral a la SMA, cumpliendo con lo establecido en la Res. Ex. 223/2015 Además, el reporte de esta actividad deberá adjuntarse a los informes mensuales de monitoreo a enviarse al Consejo de Monumentos Nacionales (CMN), incluyendo los temas tratados, el registro fotográfico de la actividad y las listas de asistencia firmadas Referencia al ICE para mayores detalles Tabla 11.1.7. Charlas de inducción componente paleontológico
8.8. Monitoreo Paleontológico Permanente Impacto asociado Alteración del componente paleontológico. Fase del Proyecto a la que aplica Construcción. Objetivo, descripción y justificación Objetivo: Prevenir la alteración del patrimonio Paleontológico Descripción: Monitoreo paleontológico permanente por parte de paleontólogos, por cada frente de trabajo Justificación: El monitoreo permitirá detectar la presencia de restos paleontológicos, permitiendo su rescate o implementación de medidas de prevención. Lugar, forma y oportunidad de implementación Lugar: Cada frente de trabajo, durante las obras de escarpe del terreno y en todas las actividades que consideren cualquier tipo de remoción de la superficie y excavación subsuperficial en el área del proyecto. Forma: Monitoreo paleontológico permanente por parte de paleontólogos, por cada frente de trabajo, durante las obras de escarpe del terreno y en todas las actividades que consideren cualquier tipo de remoción de la superficie y excavación subsuperficial en el área del proyecto. Oportunidad: Durante las obras de escarpe del terreno y en todas las actividades que consideren cualquier tipo de remoción de la superficie y excavación subsuperficial en el área del proyecto. Indicador que acredite su cumplimiento Informe mensual con los siguientes contenidos: a) Descripción de las actividades en todos los frentes de excavación del mes, con fecha. b) Descripción de matriz y materialidad encontrada (con profundidad) en cada obra de excavación. c) Plan mensual de trabajo de la constructora donde se especifique en libro de obras los días monitoreados por el/la paleontólogo/a. d) Planos y fotos (de alta resolución) de los distintos frentes de excavación y sus diferentes etapas de avances. e) Contenidos de las charlas de inducción efectuadas y la constancia de asistentes con la firma de cada trabajador/a. f) De evidenciarse restos paleontológicos, incorporar: - Ficha de registro paleontológico con fotografías panorámicas y específicas de los hallazgos (en alta resolución). - Descripción detallada del estado de conservación y si hubiera afectación por las obras del proyecto. - Medidas de protección y/o conservación implementadas. - Constancia de aviso del hallazgo al CMN, de acuerdo a lo establecido en el art. 26° de la Ley 17.288 de Monumentos Nacionales. g) Efectuar el seguimiento del estado de conservación de las medidas de prevención a implementar si corresponden (cercado, señaléticas, etc.). h) El informe final de monitoreo debe dar cuenta de las actividades realizadas y, de haberse detectado sitios paleontológicos, incluir la información de rescate correspondiente. En estos casos se deberá incluir una revisión bibliográfica de la zona, el análisis (por tipo de materialidad) y la conservación de todos los materiales paleontológicos que se encuentren motivo de esta actividad. Se recuerda que para los rescates de hallazgos no previstos que aparezcan durante el monitoreo o en otra instancia, se deberá solicitar el permiso de intervención paleontológica, según el Artículo 7° del Reglamento de Excavación, establecida en la Ley 17.288 de Monumentos Nacionales. De recuperarse materiales paleontológicos, la propuesta de destinación definitiva de dichos bienes deberá ser indicada al momento de entregar el informe final del monitoreo e incluir un documento oficial de la institución museográfica aceptando la eventual destinación. Asimismo, se deben solventar los gastos de análisis, conservación y embalaje de las piezas, así como su traslado a la entidad receptora. Forma de control y seguimiento Se entregará un informe trimestral a la SMA, cumpliendo con lo establecido en la Res. Ex. 223/2015 Referencia al ICE para mayores detalles Tabla 11.1.8. Monitoreo Paleontológico Permanente
8.9. Exposición hallazgos componente Paleontológico Impacto asociado Alteración del patrimonio paleontológico. Fase del Proyecto a la que aplica Construcción. Objetivo, descripción y justificación Objetivo: Aportar conocimiento del patrimonio paleontológico a la comunidad de Caldera. Descripción: Exposición de hallazgos del área de influencia del proyecto, los cuales deben ser debidamente identificados por un Paleontólogo durante el monitoreo de la Fase de Construcción. Justificación: Permitir a la comunidad de Caldera reconocer componentes paleontológicos encontrados durante las obras. Lugar, forma y oportunidad de implementación Lugar: Museo Paleontológico de Caldera. Forma: Exposición de los hallazgos del área de influencia del Proyecto a través de una charla en el museo Paleontológico de Caldera. Oportunidad: Antes del inicio de las obras de construcción. Indicador que acredite su cumplimiento Acta firmada por inductor y asistentes. Informe de ejecución. Forma de control y seguimiento Se entregará un informe trimestral a la SMA, cumpliendo con lo establecido en la Res. Ex. 223/2015 Referencia al ICE para mayores detalles Tabla 11.1.9. Exposición hallazgos componente Paleontológico
8.10. Identificación vehículos, buses, camiones y equipos pertenecientes al Proyecto Impacto asociado No aplica. Fase del Proyecto a la que aplica Todas las fases del proyecto. Objetivo, descripción y justificación Objetivo: Identificar vehículos, buses, camiones y equipos que presten servicio a trabajos del Proyecto. Descripción: Vehículos, buses, camiones y equipos deben estar debidamente identificados. Justificación: La identificación de los vehículos, buses, camiones y equipos permite restringir el ingreso de personal autorizado al área del Proyecto, además de identificar a los trabajadores fuera de esta. Lugar, forma y oportunidad de implementación Lugar: Zona de emplazamiento del Proyecto. Forma: Todos los vehículos, buses, camiones y equipos que pertenezcan al Proyecto contarán con señalética y número de teléfono que identifique al Titular, los cuales estarán a un costado y en el sector trasero de cada vehículo, el cual será visible al menos de 20 metros. Oportunidad: Antes del inicio de las obras de construcción y a medida que se vayan integrando vehículos, buses, camiones o equipo. Indicador que acredite su cumplimiento Registro de cumplimiento en Garita de acceso al Proyecto. Forma de control y seguimiento Se entregará un informe semestral a la SMA. Referencia al ICE para mayores detalles Tabla 11.1.10. Identificación vehículos, buses, camiones y equipos pertenecientes al Proyecto
8.11. Mejoramiento del análisis de inundación para área planta. Impacto asociado No aplica. Fase del Proyecto a la que aplica Construcción. Objetivo, descripción y justificación Objetivo: Complementar la información presentada respecto a las áreas de inundación. Descripción: Se deberá entregar, de manera sectorial y antes del inicio de la fase de construcción, un análisis de inundación sobre el área Planta. Justificación: La información presentada por el Proponente, en la evaluación ambiental del proyecto respecto a la inundación para el área planta, esta se basa en actividades de terreno la cual debe ser complementada con un informe de inundación que permita asegurar que el área planta no será afectada por inundaciones. Lugar, forma y oportunidad de implementación Lugar: Área Planta Fotovoltaica. Forma: Informe técnico de inundación con un período de retorno de 100 años en el área planta. Oportunidad: previo a la construcción del Proyecto. Indicador que acredite su cumplimiento Registro de presentación del informe técnico a la DGA, Región de Atacama. Forma de control y seguimiento No aplica. Referencia al ICE para mayores detalles Tabla 11.2.2 Condición o exigencia mejoramiento del análisis de inundación para área planta.
9°. Que, durante el procedimiento de evaluación de la DIA, al Titular del Proyecto se le asignó las siguientes condiciones:
9.1. Ampliación PAS 156. Impacto asociado Afectación a cursos de agua superficial por obras en cauces. Dada la construcción y operación de obras ubicadas sobre quebradas, es posible que el flujo superficial esporádico del área pueda verse afectado, generando un impacto sobre la dinámica hidrográfica local. Fase del Proyecto a la que aplica Construcción. Objetivo, descripción y justificación Objetivo: Evitar la afectación del curso de agua cercano a la línea de transmisión eléctrica, mediante la aplicación de medidas tendientes a minimizare los efectos sobre calidad de las aguas, aguas debajo del lugar de construcción. Descripción: Incluir al PAS 156, en su tramitación sectorial, los postes 28A, 32, 41, 42, 43, 44, 45, 45A, 48, 49, 67, 69, 73, 73A y74. Justificación: Dado el análisis hidráulico presentado, estas torres se encuentran dentro del área de inundación. Lugar, forma y oportunidad de implementación Lugar: Sector construcción línea de transmisión eléctrica. Forma: Se deberán incluir las torres señaladas en la tramitación sectorial del PAS 156. Oportunidad: Al momento de tramitarse sectorialmente, antes de la construcción de la línea. Indicador que acredite su cumplimiento Aprobación de PAS en su parte sectorial. Forma de control y seguimiento Envío de informe de PAS aprobados, que incluya las torres señaladas. Referencia al ICE para mayores detalles Tabla 11.2.1 Condición o exigencia ampliación PAS 156.
10°. Que, las medidas relevantes del Plan de Prevención de Contingencias y del Plan de Emergencias, son las siguientes:
10.1. Sismos Fase del proyecto a la que aplica Todas las fases del proyecto. Emplazamiento, parte, obra o acción asociada Todas las obras del Proyecto. Acciones o medidas a implementar para prevenir la contingencia Descripción: • Elaboración, capacitación y difusión de un plan de evacuación del personal frente a riesgos de este tipo. • Definir y demarcar áreas de evacuación dirigidas a la zona de seguridad que defina el plan de evacuación del personal; así mismo se mantendrán planos de emergencia identificando las vías de escape, zona de seguridad. • El diseño de ingeniería y la construcción de las instalaciones del proyecto obedecen a normas o estándares nacionales e internacionales de resistencia sísmica.
Plazos: Inicio de obras e ingresos nuevos al proyecto. Forma de control y seguimiento Registro de asistencia a difusión relacionada al plan de evacuación. Obtención de permiso de edificación y recepción de obras. Referencia al ICE o documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada Anexo 5, Actualización Plan de Contingencias y Emergencias (Adenda Complementaria). Tabla 8.1.1. Riesgo Sismos (ICE). Acciones o medida a implementar para controlar la emergencia • Dependiendo de la magnitud del sismo, se activará la alarma y si es pertinente la evacuación hacia las zonas de seguridad. • Los trabajadores deberán quedarse en la zona de seguridad y esperar instrucciones del personal calificado. • Producido un sismo, se procederá a evaluar los daños en la estructura física estableciendo equipos de reparación de estos sistemas. • En caso de que existan daños que impidan el normal funcionamiento de las instalaciones, se informará de esta situación a las autoridades competentes (DGA, SEA, CONAF, entre otras). Oportunidad y vías de comunicación a la SMA de la activación del Plan de Emergencia Se informará a la SMA mediante Módulo de avisos de contingencias e incidentes dentro de 24 hrs de ocurrido el evento. Referencia al ICE o documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada Anexo 5, Actualización Plan de Contingencias y Emergencias (Adenda Complementaria). Tabla 8.1.1. Riesgo Sismos (ICE).
10.2. Inundaciones Fase del proyecto a la que aplica Todas las fases del proyecto. Emplazamiento, parte, obra o acción asociada Todas las obras del Proyecto. Acciones o medidas a implementar para prevenir la contingencia Descripción: • Elaboración, capacitación y difusión de un plan de evacuación del personal frente a riesgos de este tipo. • Definir y demarcar áreas de evacuación dirigidas a la zona de seguridad que defina el plan de evacuación del personal; así mismo se mantendrán planos de emergencia identificando las vías de escape, zona de seguridad. • Realizar simulacros de emergencia y evaluar respuesta del personal. • Mantener teléfonos de emergencia en una zona visible para su fácil uso. • Mantener libre los espacios de objetos que pudiesen ser arrastrados por el agua, sobre todo los productos peligrosos que pueden ocasionar contaminaciones. • Mantener en la camioneta un botiquín con los implementos básicos, una linterna con pilas extras, manta térmica y un radio con baterías. Forma de control y seguimiento Obtención de permiso de edificación y recepción de obras. Registro de asistencia a difusión relacionada al plan de evacuación. Referencia al ICE o documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada Anexo 5, Actualización Plan de Contingencias y Emergencias (Adenda Complementaria). Tabla 8.1.2. Riesgo Inundaciones (ICE). Acciones o medida a implementar para controlar la emergencia Descripción: • Permanecer alejado de los ríos, quebradas, puentes y zonas susceptibles de inundación. Así también, permanecer alejado de las zonas bajas de laderas y colinas, por el riesgo de avalanchas de agua, piedras y lodo. • No atravesar zonas inundadas ya que "la fuerza del agua podría arrastrarle". • Si el vehículo queda "atrapado" por el agua en la carretera, se recomienda apagar las luces y dejarlo estacionado. • Dirigirse al terreno más alto y evitar las zonas sujetas a inundaciones. • En caso de pronosticarse eventos meteorológicos extremos (recurrencia 50 o 100 años), que puedan generar crecidas que pongan en riesgo la vida de los trabajadores ya sea en faena o en el tránsito hacia o desde ella, se suspenderán los trabajos en faena hasta verificar que el evento ha concluido y que no hay riesgo para los trabajadores. Oportunidad y vías de comunicación a la SMA de la activación del Plan Se informará a la SMA mediante Módulo de avisos de contingencias e incidentes dentro de 24 hrs de ocurrido el evento. Referencia al ICE o documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada Anexo 5, Actualización Plan de Contingencias y Emergencias (Adenda Complementaria). Tabla 8.1.2. Riesgo Inundaciones (ICE).
10.3. Incendios de instalaciones Fase del proyecto a la que aplica Todas las fases del proyecto. Emplazamiento, parte, obra o acción asociada Todas las obras del Proyecto. Acciones o medidas a implementar para prevenir la contingencia Descripción:
• Elaboración, capacitación y difusión de un plan de evacuación del personal frente a riesgos de este tipo. • Definir y demarcar áreas de evacuación dirigidas a la zona de seguridad que defina el plan de evacuación del personal; así mismo se mantendrán planos de emergencia identificando las vías de escape, zona de seguridad. • Realizar simulacros de emergencia y evaluar respuesta del personal. • Mantener teléfonos de emergencia en una zona visible para su fácil uso. • Se realizará, un inventario de actividades críticas potenciales de generar un incendio forestal durante cada fase del Proyecto. Además de identificar la disponibilidad de recursos necesarios para el control de incendios forestales. • Mantenimiento de sistema de alarma de incendio • Procedimiento seguro para efectuar el suministro de combustible a maquinaria y vehículos de transporte en faenas. • Los materiales inflamables serán rotulados y almacenados en lugares adecuados y cerrados para evitar el ingreso de personal no autorizado y animales. • Se prohibirá fumar en lugares con riesgo de incendio. • Se revisarán en forma permanente las señales de prevención de riesgo de incendios en las áreas de faenas, obras e instalaciones. • Para prevenir la ocurrencia de un incendio, se cumplirá lo establecido en el Decreto Supremo 594, en lo particular lo siguiente: - Artículo 45 D.S. 594: Todo lugar de trabajo en que exista algún riesgo de incendio, ya sea por la estructura del edificio o por la naturaleza del trabajo que se realiza, contará con extintores de incendio, del tipo adecuado a los materiales combustibles o inflamables que en él existan o se manipulen. - Artículo 47 D.S. 594: Los extintores se ubicarán en sitios de fácil acceso y clara identificación, libres de cualquier obstáculo, y estarán en condiciones de funcionamiento máximo. Se colocarán a una altura máxima de 1,30 metros, medidos desde el suelo hasta la bese del extintor y estarán debidamente señalizados. - Artículo 48 D.S.594: Todo personal que se desempeña en un lugar de trabajo será instruido y entrenado sobre la manera de usar los extintores en caso de emergencia - Artículo 49 D.S. 594: Los extintores que precisen estar situados a la intemperie se colocarán en un nicho o gabinete que permita su retiro expedito, y podrá tener una puerta de vidrio simple, fácil de romper en caso de emergencia. - Artículo 51 D.S. 594: Los extintores serán sometidos a revisión, control y mantención preventiva según normas chilenas oficiales, realizadas por el fabricante o servicio técnico, de acuerdo con lo indicado en el decreto N°369 de 1996, del Ministerio de Economía, Fomento y Reconstrucción, por lo menos una vez al año, haciendo constar esta circunstancia en la etiqueta correspondiente, a fin de verificar sus condiciones de funcionamiento. Será responsabilidad del empleador tomar las medidas necesarias para evitar que los lugares de trabajo queden desprovistos de extintores cuando se deba proceder a dicha mantención. • Se adoptará un procedimiento de comunicación interna de alerta de incendio forestal para contratistas que será elaborado por el Proponente; y otro de comunicación externa de alerta de incendio forestal que será elaborado por el Proponente para los organismos competentes en esta materia. Forma de control y seguimiento Obtención de permiso de edificación y recepción de obras. Registro de asistencia a difusión relacionada al plan de evacuación. Autorizaciones sanitarias de Bodegas RESPEL Registro de inspección a extintores. Referencia al ICE o documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada Anexo 5, Actualización Plan de Contingencias y Emergencias (Adenda Complementaria). Tabla 8.1.3. Riesgo Incendios de instalaciones (ICE). Acciones o medida a implementar para controlar la emergencia Descripción: • Activación de alarma de incendio. • Se dará aviso de inmediato al Jefe de Emergencias quien informará y coordinará a los coordinadores de área y encargados de prevención de riesgos. • Se activará el procedimiento contra incendios, que incluye la presencia de la Brigada de Emergencia, quienes estarán capacitados en el uso de extintores y tratarán de extinguir el fuego solo si este es controlable. • Si no es posible controlar la situación se dará aviso inmediato a la compañía de Bomberos de Caldera y se evacuará a los trabajadores hacia las zonas de seguridad. • Se inspeccionará el área verificando la presencia de heridos. Si este fuera el caso se trasladará de inmediato hasta un centro asistencial y se dará aviso al Servicio de Urgencia en caso de no ser posible la atención primaria de los heridos. • Se deberá investigar las causas del siniestro. Sólo podrán reanudarse las actividades una vez que el siniestro este controlado. • Sólo podrán reanudarse las actividades una vez que el siniestro este controlado. Oportunidad y vías de comunicación a la SMA de la activación del Plan de Emergencia Se informará a la SMA mediante Módulo de avisos de contingencias e incidentes dentro de 24 hrs de ocurrido el evento. Referencia al ICE o documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada Anexo 5, Actualización Plan de Contingencias y Emergencias (Adenda Complementaria). Tabla 8.1.3. Riesgo Incendios de instalaciones (ICE).
10.4. Derrame de sustancias/residuos peligrosos Fase del proyecto a la que aplica Todas las fases del proyecto. Emplazamiento, parte, obra o acción asociada Instalación de faenas. Grupo electrógeno de emergencia. Bodega SUSPEL. Acciones o medidas a implementar para prevenir la contingencia Descripción: • Se capacitará al personal involucrado en el manejo de sustancias/residuos peligrosos. • Definición y demarcación de áreas para el almacenamiento y manejo de dichas sustancias. Los lugares de almacenamiento y manejo estarán debidamente condicionados y señalizados según lo dispuesto en la normativa vigente. • Se dispondrá de elementos que permitan la contención de derrames hasta cierta magnitud. • Las áreas de almacenamiento y manejo contarán con las Hojas de Seguridad de las sustancias utilizadas durante el proyecto. • Mantener teléfonos de emergencia en una zona visible para su fácil uso. • Se llevará registro de entradas y salidas de sustancias y residuos peligrosos. • En las inmediaciones de las bodegas se contará con la implementación de herramientas necesarias para el retiro de los residuos derramados, contando con palas estanques de almacenamiento provisorios, elementos de protección individual según se requiera, para recoger el residuo líquido peligroso fugado. • Asimismo, se deberán seguir los procedimientos establecidos en la Hoja de Seguridad del producto que generó el residuo sólido peligroso. Plazos: Inicio de obras e ingresos nuevos al proyecto. Forma de control y seguimiento Obtención de permiso de edificación y recepción de obras. Registro de asistencia a capacitación al personal involucrado en manejo de sustancias/residuos peligrosos. Autorización sanitaria para los puntos de almacenamiento de sustancias y puntos de almacenamiento de residuos. Autorización sanitaria de empresas subcontratistas a cargo del transporte de dichas sustancias/residuos. Registro fotográfico de área de derrame y, en caso de haberse podido efectuar, manejo preventivo. Referencia al ICE o documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada Anexo 5, Actualización Plan de Contingencias y Emergencias (Adenda Complementaria). Tabla 8.1.4. Riesgo Derrame de sustancias/residuos peligrosos (ICE). Acciones o medida a implementar para controlar la emergencia Descripción: • Identificación y localización del foco de contaminación, para proceder inmediatamente a su neutralización o control. • Se hará un completo registro escrito y/o gráfico del evento, y de las medidas inmediatas adoptadas. • Verificación si hay personas que hayan sido afectadas por el derrame para poder resguardarlos primero. • Se activará una investigación interna sobre las causas del evento y la eficiencia o suficiencia de las acciones preventivas o correctivas adoptadas, con el fin de corregir los procedimientos que eviten que la situación se repita en el futuro. • Dependiendo de las características de la sustancia/residuo derramado, se revisará la posibilidad de efectuar una limpieza inmediata y retiro del suelo que haya estado en contacto con el residuo sólido peligroso, siendo transportado a un sitio autorizado para su tratamiento y disposición final. • En caso de que sea un evento que pudiese afectar a terceros o el derrame haya sido directamente en algún cuerpo de agua cercano, se avisará de forma inmediata a la SEREMI de Salud de la Región de Atacama y Municipalidades involucradas. Oportunidad y vías de comunicación a la SMA de la activación del Plan de Emergencia Se informará a la SMA mediante Módulo de avisos de contingencias e incidentes dentro de 24 hrs de ocurrido el evento. En caso de accidentes que involucren sustancias peligrosas dentro de predio o en carretera, con generación de residuos peligrosos, incluso en el caso en que el transporte lo realicen terceros, se deberá adoptar las medidas necesarias para contener el siniestro, y comunicar el hecho inmediatamente, se enviará un pre-informe dentro de las 24 horas siguientes a la ocurrencia del siniestro, y un informe final dentro de los 15 días siguientes. Este deberá incluir como mínimo: causa del accidente; cantidad y tipo de sustancia peligrosa derramada; fecha y hora del siniestro, localización y superficie afectada; fotografías del área afectada. Referencia al ICE o documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada Anexo 5, Actualización Plan de Contingencias y Emergencias (Adenda Complementaria). Tabla 8.1.4. Riesgo Derrame de sustancias/residuos peligrosos (ICE).
10.5. Derrame de sustancias inflamables y/o combustibles Fase del proyecto a la que aplica Todas las fases del proyecto. Emplazamiento, parte, obra o acción asociada Todas las áreas del Proyecto. Acciones o medidas a implementar para prevenir la contingencia Descripción: • Se capacitará al personal involucrado en el manejo de sustancias inflamables y/o combustibles. • Definición y demarcación de áreas para el almacenamiento y manejo de dichas sustancias. Los lugares de almacenamiento y manejo estarán debidamente condicionados y señalizados según lo dispuesto en la normativa vigente. • Se dispondrá de elementos que permitan la contención de derrames. • Las áreas de almacenamiento y manejo contarán con las Hojas de Seguridad de las sustancias utilizadas durante el proyecto. • Mantener teléfonos de emergencia en una zona visible para su fácil uso. • Se llevará registro de entradas y salidas de sustancias inflamables y/o combustibles • En las inmediaciones de las bodegas se contará con la implementación de herramientas necesarias para el retiro de los residuos derramados, contando con palas estanques de almacenamiento provisorios, elementos de protección individual según se requiera. • Asimismo, se deberán seguir los procedimientos establecidos en la Hoja de Seguridad del producto. • El contratista establecerá un procedimiento de abastecimiento de combustibles y aceites que permita evitar el derrame accidental de éstos en el terreno. • Los vehículos encargados del transporte y abastecimiento de combustibles y aceites deberán contar con las condiciones técnicas necesarias para asegurar la correcta carga y manipulación de los bidones utilizados para este fin, cumpliendo las disposiciones de la reglamentación chilena.
Forma de control y seguimiento Obtención de permiso de edificación y recepción de obras. Registro de asistencia a capacitación al personal involucrado en el manejo de sustancias inflamables y combustibles. Autorización sanitaria para los puntos de almacenamiento de sustancias. Autorización sanitaria de empresas subcontratistas a cargo del transporte de dichas sustancias. Referencia al ICE o documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada Anexo 5, Actualización Plan de Contingencias y Emergencias (Adenda Complementaria). Tabla 8.1.5. Riesgo Derrame de sustancias inflamables y/o combustibles (ICE). Acciones o medida a implementar para controlar la emergencia Descripción: • Cortar cualquier fuente de energía eléctrica, chispas, o fuego que pueda entrar en contacto con el combustible derramado. • Una vez localizado el origen o determinada la extensión de la zona afectada por el derrame, señalizar y acordonar la zona contaminada con barreras o cintas. • Se deberá cavar una zanja alrededor del derrame comenzando sobre la menor cota del suelo en caso de pendiente. Ésta se debe realizar manualmente con una pala a una distancia mínima de 20 centímetros del borde del derrame de manera de formar un pequeño muro de contención. Esto se realiza hasta rodear completamente el derrame. • Una vez que se ha contenido el derrame, dependiendo de su magnitud se deberá recolectar el aceite o sustancia derramada. En el caso de derrames menores recolectar con una pala. • Todo el material contaminado se deberá recoger y disponer en contenedores habilitados para residuos peligrosos. • Se procederá a la limpieza de la zona contaminada y a la descontaminación de los equipos. • Los contenedores con material impregnado con petróleo deben ser etiquetados adecuadamente y dispuestos temporalmente, en la bodega de acopio de residuos peligrosos para posteriormente ser trasladados por una empresa autorizada hasta el sitio para disposición final como residuos peligrosos. • Registrar el accidente en el formulario previamente definido. • Dar aviso a las autoridades competentes según corresponda. Oportunidad y vías de comunicación a la SMA de la activación del Plan de Emergencia Registro fotográfico de área de derrame y su manejo. Se informará a la SMA mediante Módulo de avisos de contingencias e incidentes dentro de 24 hrs de ocurrido el evento. En caso de accidentes que involucren sustancias peligrosas dentro de predio o en carretera, con generación de residuos peligrosos, incluso en el caso en que el transporte lo realicen terceros, se deberá adoptar las medidas necesarias para contener el siniestro, y comunicar el hecho inmediatamente, se enviará un pre-informe dentro de las 24 horas siguientes a la ocurrencia del siniestro, y un informe final dentro de los 15 días siguientes. Este deberá incluir como mínimo: causa del accidente; cantidad y tipo de sustancia peligrosa derramada; fecha y hora del siniestro, localización y superficie afectada; fotografías del área afectada. Referencia al ICE o documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada Anexo 5, Actualización Plan de Contingencias y Emergencias (Adenda Complementaria). Tabla 8.1.5. Riesgo Derrame de sustancias inflamables y/o combustibles (ICE).
10.6. Ingreso de fauna al interior de la planta fotovoltaica Fase del proyecto a la que aplica Todas las fases del proyecto. Emplazamiento, parte, obra o acción asociada Área planta. Acciones o medidas a implementar para prevenir la contingencia Descripción: • Se procederá a capacitar al personal en faena, acerca de la prohibición de alimentar y tenencia de animales domésticos y sobre todo, de fauna silvestre. Plazos: Inicio de obras e ingresos nuevos al proyecto. Indicador de cumplimiento: Registro de asistencia a capacitación al personal. Forma de control y seguimiento Registro de asistencia a capacitación al personal respecto Reglamento en caso de emergencias. Registro en Libro de Obras respecto avistamiento y forma de manejo de la situación. Referencia al ICE o documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada Anexo 5, Actualización Plan de Contingencias y Emergencias (Adenda Complementaria). Tabla 8.1.6. Riesgo Ingreso de fauna al interior de la planta fotovoltaica (ICE). Acciones o medida a implementar para controlar la emergencia Descripción: • Aplicar metodología de ahuyentar la fauna silvestre, para que abandone las instalaciones sin daño. • En el caso de emergencia en que el ingreso de que un individuo se dañe por el ingreso a la planta se procederá a dar atención primaria a cargo de personal capacitado y será comunicado al Servicio Agrícola Ganadero. Oportunidad y vías de comunicación a la SMA de la activación del Plan de Emergencia Se informará a la SMA mediante Módulo de avisos de contingencias e incidentes dentro de 24 hrs de ocurrido el evento. Referencia al ICE o documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada Anexo 5, Actualización Plan de Contingencias y Emergencias (Adenda Complementaria). Tabla 8.1.6. Riesgo Ingreso de fauna al interior de la planta fotovoltaica (ICE).
10.7. Atropellamiento de fauna silvestre Fase del proyecto a la que aplica Todas las fases del proyecto. Emplazamiento, parte, obra o acción asociada Transporte. Acciones o medidas a implementar para prevenir la contingencia Descripción: • Regulación de velocidad máxima dentro del área del proyecto de 15-20 km/hr. • Instalación de letreros, en ciertas áreas específicas de mayor frecuencia de fauna (ejemplo: bosques), que indiquen a los conductores que reduzcan la velocidad debido a la presencia de animales. • Capacitaciones a los trabajadores del Proyecto de modo de crear conciencia de la necesidad de conocer, valorar y conservarla fauna. También se impartirán charlas al personal acerca de la potencial fauna presente en el área, del resguardo y cuidado de la misma, así como del procedimiento de actuación en caso de un hallazgo. Forma de control y seguimiento Registro de asistencia a capacitación al personal respecto Reglamento en caso de emergencias. Registro en Libro de Obras respecto avistamiento y forma de manejo de la situación. Referencia al ICE o documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada Anexo 5, Actualización Plan de Contingencias y Emergencias (Adenda Complementaria). Tabla 8.1.7. Riesgo Atropellamiento de fauna silvestre (ICE). Acciones o medida a implementar para controlar la emergencia Descripción: • En el caso de emergencia de atropello de fauna silvestre se informará de inmediato a la jefatura en faena y finalmente al encargado de prevención de riesgos del proyecto. Se prestarán todas las acciones y recursos para enviar el animal afectado a un centro de rehabilitación veterinaria a costo de la empresa. • Se dará aviso inmediato a las autoridades competentes. Oportunidad y vías de comunicación a la SMA de la activación del Plan de Emergencia Se informará a la SMA mediante Módulo de avisos de contingencias e incidentes dentro de 24 hrs de ocurrido el evento. Referencia al ICE o documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada Anexo 5, Actualización Plan de Contingencias y Emergencias (Adenda Complementaria). Tabla 8.1.7. Riesgo Atropellamiento de fauna silvestre (ICE).
10.8. Accidentes personales Fase del proyecto a la que aplica Todas las fases del proyecto. Emplazamiento, parte, obra o acción asociada Transporte. Actividades de construcción. Habilitación de caminos. Actividades de cierre. Mantenciones. Acciones o medidas a implementar para prevenir la contingencia Descripción: • Regulación de velocidad máxima dentro del área del proyecto de 15-20 km/hr • El personal de faenas deberá operar equipos sólo si está autorizado, y si cuenta con la capacitación y experiencia para hacerlo. • Se deberán inspeccionar los equipos y herramientas al comienzo de cada turno, completando una ficha que indique el estado en que se recibieron y se informará de cualquier anomalía detectada para proceder a su reparación o reemplazo. • No se operarán los equipos más allá de sus capacidades o de las capacidades personales del operador. • Los equipos y maquinarias se someterán a mantenciones periódicas, a través de un calendario de mantenciones planificado de acuerdo a las recomendaciones del fabricante y al uso de ellos, y se llevará un registro de dichas mantenciones. • Se deberá usar en forma obligatoria los elementos de protección personal (EPP) que establecen las normas de seguridad. No podrán operar los equipos y maquinarias, las personas que no cuenten con todos sus EPP. • En cada jornada de trabajo se inspeccionarán a lo menos en 2 oportunidades (una al inicio y otra a la mitad de jornada) el estado de los equipos y maquinarias utilizados en la fase de construcción, operación y cierre del Proyecto, para evitar la ocurrencia de algún accidente (D.S. N°594/99 del Ministerio de Salud). • Se instalará la señalética adecuada en los sitios de faenas para impedir caídas en sectores de excavaciones. Asimismo, durante la operación de la Planta se mantendrá la señalética adecuada en las instalaciones a fin de evitar electrocuciones (subestación), caídas a zanjas o canales perimetrales, entre otros. Forma de control y seguimiento Registro de asistencia a capacitación al personal respecto Reglamento en caso de emergencias. Registro en Libro de Obras respecto accidente. Referencia al ICE o documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada Anexo 5, Actualización Plan de Contingencias y Emergencias (Adenda Complementaria). Tabla 8.1.8. Riesgo Accidentes personales (ICE). Acciones o medida a implementar para controlar la emergencia Descripción: • Todo el personal que detecte o presencie un accidente, debe mantener la calma, comunicar en forma inmediata vía radial o solicitando a un segundo testigo que informe al supervisor directo, indicando: - Lugar del accidente. - Cantidad de lesionados. - Tipo de lesiones. - Informar su nombre y cargo. • El accidentado recibirá atención primaria del prevencionista de riesgos, o quien esté debidamente capacitado y asignado para tales fines. • En caso de caídas o golpes que afecten la cabeza y/o columna, queda estrictamente prohibido mover al accidentado hasta que reciba ayuda del prevencionista de riesgos (o la persona con capacitación en primeros auxilios); sólo se moverá si existe una condición de riesgo para su vida. • El supervisor de faenas coordinará las comunicaciones necesarias para la emergencia, dependiendo de la gravedad de las lesiones. • Una vez prestada la atención de primeros auxilios, el accidentado debe ser trasladado a la posta u hospital más cercano, o donde la mutual lo determine. • Se deberá dejar registro del accidente en un formulario previamente definido. Oportunidad y vías de comunicación a la SMA de la activación del Plan de Emergencia Se informará a la SMA mediante Módulo de avisos de contingencias e incidentes dentro de 24 hrs de ocurrido el evento. Referencia al ICE o documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada Anexo 5, Actualización Plan de Contingencias y Emergencias (Adenda Complementaria). Tabla 8.1.8. Riesgo Accidentes personales (ICE).
10.9. Accidentes vehiculares Fase del proyecto a la que aplica Todas las fases del proyecto. Emplazamiento, parte, obra o acción asociada Transporte. Acciones o medidas a implementar para prevenir la contingencia Descripción:
• Los desplazamientos de vehículos por los accesos al área del Proyecto (particularmente ruta Q-503) se harán con estricto apego a las normas de tránsito vigentes para dichas rutas, considerando los límites máximos de velocidad, los pesos máximos de los vehículos, y el uso de camiones adecuados para evitar el derrame de materiales de insumo durante el transporte. • En todas las vías utilizadas tanto caminos públicos como caminos interiores en el área del Proyecto, se procurará el cumplimiento estricto de las reglamentaciones de seguridad de tránsito aplicables, por ejemplo, uso de los cinturones de seguridad, permisos de circulación, revisión técnica y seguros obligatorios al día. • Asimismo, todos los vehículos utilizados durante el transporte de personas y equipamiento deberán respetar las condiciones de operación establecidas por el fabricante, encontrarse en buenas condiciones y cumplir con las normas y regulaciones chilenas vigentes. • Los vehículos transitarán solamente en áreas y vías designadas para ello. • Dentro de las instalaciones de faena, y en todas las zonas donde se realicen trabajos, se establecerán las señalizaciones necesarias para demarcar las distintas áreas: oficinas, comedores, estacionamiento, tránsito de maquinaria y peatones, vehículos de transporte pesados y vehículos menores, áreas de carga y descarga de insumos y combustibles, almacenamiento de combustibles y residuos, evitando de esta forma la ocurrencia de situaciones riesgosas derivadas del movimiento de vehículos. • En las áreas destinadas a estacionamiento, todos los vehículos se colocarán aculatados. En caso de no existir un espacio destinado para estacionar en algunas zonas durante las faenas de construcción, los vehículos se colocarán de manera de dejar expedito el camino y el área de las labores en la faena, y asegurarse de que exista buena visibilidad para las maniobras de estacionamiento y salida. • Se contará con personal adecuado, autorizado y debidamente calificado para la conducción y manejo de vehículos involucrados en el Proyecto. Se exigirá documentos legales al día (licencia de conducir y hoja de vida del conductor). • Los vehículos y maquinarias contarán con sus permisos de operación y revisiones técnicas al día. Forma de control y seguimiento Registro de asistencia a capacitación al personal respecto Reglamento en caso de emergencias. Registro en Libro de Obras respecto accidente. Referencia al ICE o documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada Anexo 5, Actualización Plan de Contingencias y Emergencias (Adenda Complementaria). Tabla 8.1.9. Riesgo Accidentes vehiculares (ICE). Acciones o medida a implementar para controlar la emergencia Descripción: • Todo accidente debe ser informado por el trabajador en forma inmediata a su jefe directo. Si la lesión es menor, el accidentado será atendido con botiquín de primeros auxilios. Si la gravedad de la lesión requiere de atención médica, debe ser derivado a la mutual que corresponda. El accidentado tendrá como plazo máximo de 24 horas para su denuncia, pasado este plazo se entenderá como no ocurrido en la obra.
Definiciones: • Accidente de trabajo: (artículo 5° ley 16.744) “Toda lesión que una persona sufra a causa o con ocasión del trabajo y que le produzca incapacidad o muerte.” • Accidente de trayecto: (artículo 5° ley 16.744) “Lesión que sufre una persona en el trayecto directo, de ida o regreso, entre la habitación y el lugar de trabajo.” • Grado 1 (G.1): Accidentes leves que son solucionables por el chofer dentro de la jornada de trabajo. • Grado 2 (G.2): Accidentes de mayor gravedad, que requieren de ayuda médica adicional. • Grado 3 (G.3): Accidentes graves que requieren de la cooperación de los servicios médicos, ambulancias, Carabineros, Bomberos y/o Brigada de rescate. (Atropello, colisión, con heridos, choque, volcamiento, etc.) Procedimiento: En caso de accidente G.1 debe cumplirse con lo establecido en la ley de tránsito en cuanto a estacionamiento y señalización, en ningún caso se debe dejar el vehículo abandonado, y dar aviso inmediato vía frecuencia radial al supervisor directo. En caso de accidente G.2, se debe colocar una barrera u obstáculos de emergencia a 20 metros de distancia del vehículo, dar aviso inmediato al supervisor directo, quien coordinara el envío oportuno de personal mecánico adicional. En caso de accidente G.3, se dirigirá a los accidentados al centro de urgencia más cercano y se informará inmediatamente al Supervisor directo Indicando: - Lugar del accidente. - Cantidad de lesionados. - Tipo de lesiones. - Su nombre y cargo. En caso de accidentes con resultados fatales se debe llamar a carabineros tomando en cuenta el no alterar el sitio del suceso. Se deberá registrar el accidente en un formulario previamente definido. En caso de sufrir un accidente de trabajo en el trayecto, será responsabilidad del trabajador reunir los antecedentes necesarios para que este sea considerado de trayecto: - Denuncia de carabineros. - Comprobante de atención en Posta, Hospital, etc. - Presentación de testigos. Oportunidad y vías de comunicación a la SMA de la activación del Plan de Emergencia Se informará a la SMA mediante Módulo de avisos de contingencias e incidentes dentro de 24 hrs de ocurrido el evento. Referencia al ICE o documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada Anexo 5, Actualización Plan de Contingencias y Emergencias (Adenda Complementaria). Tabla 8.1.9. Riesgo Accidentes vehiculares (ICE).
10.10. Prevención de riesgos y manejo de la calidad del agua Fase del proyecto a la que aplica Todas las fases del proyecto. Emplazamiento, parte, obra o acción asociada Todas las áreas del Proyecto. Acciones o medidas a implementar para prevenir la contingencia Descripción: • Para disminuir el riesgo de contaminación de las aguas se considera la elaboración de un programa que contenga al menos los siguientes puntos y el cual estará disponible antes del inicio de las faenas. - Objetivos y plan de inspección ambiental de la obra. - Normas para la contratación de servicios y subcontrataciones en cuanto a prevención de riesgo de contaminación. - Plan de capacitación del personal en protección al medio ambiente. - Plan de contingencias para contaminación de las aguas. - Normas para lugares de mantención y reparación de vehículos y maquinarias. • Prohibición de estacionamiento y mantención de camiones en zona de quebradas (carga de combustible, cambios de aceite, reparaciones, mantención, lavado y aseo de maquinaria y vehículos, etc.) • Definición de sectores de lavado de camiones y maquinarias, alejado de quebradas. • Disposición en tambores de los residuos de la mantención de vehículos y maquinaria como aceites, grasas y otros, los que a su vez deberán ser dispuestos en sitios autorizados. • Prohibición de la descarga de desechos de cualquier tipo al cauce (materiales de desecho domiciliarios, escombros, material de rechazo de áridos). • Definición de zonas para la disposición de desechos inorgánicos como chatarra, pinturas, baterías, grasas, solventes, reactivos, resinas, tambores, detergentes y otros. • Definición de zonas para la disposición de suelos contaminados con hidrocarburos y materiales tóxicos. • Definición de sectores de acopio para residuos sólidos domésticos Forma de control y seguimiento Registro de asistencia a capacitación al personal respecto Reglamento en caso de emergencias. Registro en Libro de Obras respecto accidente. Referencia al ICE o documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada Anexo 5, Actualización Plan de Contingencias y Emergencias (Adenda Complementaria). Acciones o medida a implementar para controlar la emergencia Descripción: • Identificación y localización del foco de contaminación, para proceder inmediatamente a su neutralización o control. • Se hará un completo registro escrito y/o gráfico del evento, y de las medidas inmediatas adoptadas. • Se activará una investigación interna sobre las causas del evento y la eficiencia o suficiencia de las acciones preventivas o correctivas adoptadas, con el fin de corregir los procedimientos que eviten que la situación se repita en el futuro. • El suelo excavado será rellenado con material de características similares al original y nivelado a una cota similar al suelo original. Oportunidad y vías de comunicación a la SMA de la activación del Plan de Emergencia Se informará a la SMA mediante Módulo de avisos de contingencias e incidentes dentro de 24 hrs de ocurrido el evento. Referencia al ICE o documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada Anexo 5, Actualización Plan de Contingencias y Emergencias (Adenda Complementaria). Tabla 8.1.10. Riesgo Prevención de riesgos y manejo de la calidad del agua (ICE).
10.11. Falla del sistema de acumulación de aguas servidas (fosa séptica). Falla en el retiro programado del camión aljibe. Fase del proyecto a la que aplica Construcción y cierre. Emplazamiento, parte, obra o acción asociada Sistema de acumulación de aguas. Acciones o medidas a implementar para prevenir la contingencia Descripción: • Revisión periódica (cada 2 días), del nivel de llenado del estanque de fosa séptica. Forma de control y seguimiento Registro de asistencia a capacitación al personal respecto Reglamento en caso de emergencias. Registro en Libro de Obras respecto accidente. Referencia al ICE o documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada Anexo 5, Actualización Plan de Contingencias y Emergencias (Adenda Complementaria). Tabla 8.1.11. Riesgo Falla del sistema de acumulación de aguas servidas (fosa séptica). Falla en el retiro programado del camión aljibe (ICE). Acciones o medida a implementar para controlar la emergencia Descripción: • En el caso en que se produzca una eventual mayor acumulación por sobre lo estimado, se debe de poner en funcionamiento el siguiente protocolo: - Dar aviso a los trabajadores de la imposibilidad del uso de los servicios higiénicos del sector de oficina de obras. - Sólo se podrán utilizar los baños químicos portátiles que se disponen en los frentes de trabajo. - Gestionar el suministro de baños químicos transitorios en caso de ser necesarios por la cantidad de trabajadores del proyecto. Oportunidad y vías de comunicación a la SMA de la activación del Plan de Emergencia Se informará a la SMA mediante Módulo de avisos de contingencias e incidentes dentro de 24 hrs de ocurrido el evento. Referencia al ICE o documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada Anexo 5, Actualización Plan de Contingencias y Emergencias (Adenda Complementaria). Tabla 8.1.11. Riesgo Falla del sistema de acumulación de aguas servidas (fosa séptica). Falla en el retiro programado del camión aljibe (ICE).
10.12. Hallazgos paleontológicos no previstos durante las actividades de excavación Fase del proyecto a la que aplica Construcción y cierre. Emplazamiento, parte, obra o acción asociada Excavaciones. Acciones o medidas a implementar para prevenir la contingencia Descripción: • Charlas sobre protocolo de acción frente a hallazgos paleontológicos Forma de control y seguimiento Registro de asistencia a capacitación al personal respecto al protocolo Referencia al ICE o documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada Anexo 5, Actualización Plan de Contingencias y Emergencias (Adenda Complementaria). Tabla 8.1.12. Riesgo Hallazgos paleontológicos no previstos durante las actividades de excavación (ICE). Acciones o medida a implementar para controlar la emergencia Descripción: • Detener las obras en el lugar del hallazgo, en al menos 2 metros de distancia alrededor del punto donde se produjo el hallazgo. Si el hallazgo es múltiple (formando un nivel, p. ej) se considerarán 2 metros desde los especímenes más alejados del centro del lugar del hallazgo. Lo anterior, teniendo certeza de que el hallazgo es puntual y no se presenta dentro de un nivel con abundancia de fósiles con continuidad lateral (horizontal) mayor al afloramiento detectado. En el caso que se presente un nivel (estrato) paleontológico, es necesario despejar más la zona, de manera de delimitar claramente la potencia de este nivel. • Dar aviso de manera inmediata al profesional paleontólogo o en su ausencia al jefe de obra o superior a cargo de los trabajos en el área del hallazgo, informando de su localización exacta al departamento de Medio Ambiente, o similar, que represente al titular del proyecto. • Se deberá delimitar y señalizar correctamente (señalética, banderín) el área para su protección. Se deberá disponer para ello de la señalética adecuada que indique la restricción de ingreso al sector, acompañado de un cerco perimetral (2 metros de alto) que limite y resguarde el hallazgo. • Se deberá notificar a este Consejo acerca del hallazgo no previsto, utilizando coordenadas UTM (DATUM WGS 84) y registro fotográfico de buena resolución (con tomas en primer plano, de detalle, con escala y del contexto en general). La notificación deberá ser informada al CMN por el profesional paleontólogo, encargado de Medio Ambiente, u otro representante del titular, en un plazo máximo de cinco días hábiles desde la fecha de descubrimiento del hallazgo. El CMN determinará las medidas a implementar por parte del titular, considerando la Ley 17.288 de Monumentos Nacionales y el Reglamento de Excavación D.S. N°484 de 1990. Oportunidad y vías de comunicación a la SMA de la activación del Plan de Emergencia Notificación al CMN de acuerdo con el protocolo establecido. Se informará a la SMA mediante Módulo de avisos de contingencias e incidentes dentro de 24 hrs de ocurrido el evento. Referencia al ICE o documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada Anexo 5, Actualización Plan de Contingencias y Emergencias (Adenda Complementaria). Tabla 8.1.12. Riesgo Hallazgos paleontológicos no previstos durante las actividades de excavación (ICE).
11°. Que, el Titular deberá remitir a la Superintendencia del Medio Ambiente la información respecto de las condiciones, compromisos o medidas, ya sea por medio de monitoreos, mediciones, reportes, análisis, informes de emisiones, estudios, auditorías, cumplimiento de metas o plazos, y en general cualquier otra información destinada al seguimiento ambiental del Proyecto, según las obligaciones establecidas en la presente Resolución de Calificación Ambiental y las Resoluciones Exentas que al respecto dicte la Superintendencia del Medio Ambiente. De igual forma, y con objeto de conformar el Sistema Nacional de Información de Fiscalización Ambiental (SNIFA), el Registro Público de Resoluciones de Calificación Ambiental y registrar los domicilios de los sujetos sometidos a su fiscalización en conformidad con la ley, el Titular deberá remitir en tiempo y forma toda aquella información que sea requerida por la Superintendencia del Medio Ambiente a través de las Resoluciones Exentas que al respecto ésta dicte.
12°. Que, el Titular deberá informar a la Superintendencia del Medio Ambiente la realización de la gestión, acto o faena mínima que da cuenta del inicio de la ejecución de obras, a que se refiere el Considerando 4° de la presente Resolución.
13°. Que, con el objeto de dar adecuado seguimiento a la ejecución del Proyecto, el Titular deberá informar a la Superintendencia del Medio Ambiente, al menos con una semana de anticipación, el inicio de cada una de las fases del Proyecto, de acuerdo con lo indicado en la descripción del mismo.
14°. Que, la Superintendencia del Medio Ambiente, de oficio o a petición de parte o de algún organismo sectorial, podrá aprobar, modificar o complementar el contenido del plan de seguimiento de las variables ambientales y, en general, cualquier otro mecanismo establecido en la respectiva resolución de calificación ambiental que tenga dicho objeto, con el fin de asegurar, en el transcurso del tiempo, que el seguimiento de las variables ambientales cumpla con su objetivo de forma eficiente y eficaz.
15°. Que, para que el proyecto “Proyecto Fotovoltaico CE Pampa Bellavista” pueda ejecutarse, deberá cumplir con todas las normas vigentes que le sean aplicables.
16°. Que, el Titular deberá informar inmediatamente a la Secretaría de la Comisión de Evaluación de la Región de Atacama y a la Superintendencia del Medio Ambiente, la ocurrencia de impactos ambientales no previstos en la DIA, asumiendo inmediatamente las acciones necesarias para abordarlos.
17°. Que, el Titular del Proyecto deberá comunicar inmediatamente y por escrito a la Dirección Regional del SEA Servicio de Evaluación Ambiental de la Región de Atacama la ocurrencia de cambios de titularidad, representante legal, domicilio y correo electrónico, de acuerdo con lo establecido en el inciso tercero del artículo 162 y artículo 163, ambos del Reglamento del SEIA.
18°. Que, se hace presente al Titular que cualquier modificación al Proyecto que constituya un cambio de consideración, en los términos definidos en el artículo 2° letra g) del Reglamento del SEIA, deberá someterse al SEIA.
19°. Que, todas las medidas, condiciones, exigencias y disposiciones establecidas en la presente Resolución son de responsabilidad del Titular, sean implementadas por éste directamente o a través de un tercero.
RESUELVO:
1°. Calificar favorablemente la Declaración de Impacto Ambiental del proyecto denominado “Proyecto Fotovoltaico CE Pampa Bellavista”, de Montajes Cielpanel SpA.
2°. Certificar que el proyecto denominado “Proyecto Fotovoltaico CE Pampa Bellavista” cumple con la normativa de carácter ambiental aplicable.
3°. Certificar que el proyecto denominado “Proyecto Fotovoltaico CE Pampa Bellavista” cumple con los requisitos de carácter ambiental contenidos en los permisos ambientales sectoriales que se señalan en los artículos 132, 138, 140, 142, 146, 151, 156 y 160 del D. S. Nº40/2012 del Ministerio del Medio Ambiente, Reglamento del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental.
4°. Certificar que el proyecto “Proyecto Fotovoltaico CE Pampa Bellavista” no genera los efectos, características o circunstancias del artículo 11 de la Ley N°19.300, que dan origen a la necesidad de elaborar un Estudio de Impacto Ambiental.
5°. Definir como gestión, acto o faena mínima del Proyecto, para dar cuenta del inicio de su ejecución de modo sistemático y permanente, a los mencionados en el considerando 4° del presente acto.
6°. Hacer presente que contra esta Resolución es procedente el recurso de reclamación de acuerdo a lo dispuesto en el artículo 20 de la Ley Nº 19.300, ante el Director Ejecutivo del Servicio de Evaluación Ambiental. El plazo para interponer este recurso es de treinta días contados desde la notificación del presente acto.
VOP/JES/TTA/REE
Distribución: Sr. Rodrigo Añazco Saba Consejo de Monumentos Nacionales Subsecretaría de Pesca y Acuicultura Superintendencia de Servicios Sanitarios CONADI, Región de Atacama CONAF, Región de Atacama DGA, Región de Atacama DOH, Región de Atacama Gobernación Marítima de Caldera SAG, Región de Atacama SEC, Región de Atacama SEREMI Desarrollo Social y Familia, Región de Atacama SEREMI MOP, Región de Atacama SEREMI Medio Ambiente, Región de Atacama SEREMI de Agricultura, Región de Atacama SEREMI de Bienes Nacionales, Región de Atacama SEREMI de Energía, Región de Atacama SEREMI de Minería, Región de Atacama SEREMI de Salud, Región de Atacama SEREMI de Transportes y Telecomunicaciones, Región de Atacama SEREMI de Vivienda y Urbanismo, Región de Atacama SERNAGEOMIN, Región de Atacama Servicio Nacional Turismo, Región de Atacama Gobierno Regional, Región de Atacama I. Municipalidad de Caldera Superintendencia de Medio Ambiente