Parque Fotovoltaico María Dolores
Servicio REPÚBLICA DE CHILE
de Evaluación
Ambiental COMISIÓN DE EVALUACIÓN Región del Biobío
Califica Ambientalmente el proyecto “Parque Fotovoltaico María Dolores” Resolución Exenta N*85 Concepción, 6 de abril de 2021
VISTOS:
1?. La Declaración de Impacto Ambiental (en adelante, DIA), su Adenda de 21 de diciembre de 2020 y su Adenda Complementaria de 8 de marzo de 2021, del proyecto “Parque Fotovoltaico María Dolores”, presentado por Pedro Solar SPA con fecha 17 de julio de 2020.
2”. Los pronunciamientos y observaciones de los órganos de la administración del Estado que, sobre la base de sus facultades legales y atribuciones, participaron en la evaluación de la DIA, y que se detallan en el Capítulo 3 del Informe Consolidado de Evaluación (en adelante, ICE) de la DIA del proyecto “Parque Fotovoltaico María Dolores”.
- El Acta de Evaluación N? 41 de 26 de agosto de 2020, del Comité Técnico de la Región del Biobío.
4*. El ICE de la DIA del proyecto “Parque Fotovoltaico María Dolores” de 25 de marzo de 2021.
- El acuerdo de la Sesión de la Comisión de Evaluación de la Región del Biobío, de fecha 05 de abril de 2021.
6”. Los demás antecedentes que constan en el expediente de evaluación de impacto ambiental de la DIA del proyecto “Parque Fotovoltaico María Dolores”.
7. Lo dispuesto en la Ley N 19,300, Sobre Bases Generales del Medio Ambiente; el D.S. N 40, de 2012, del Ministerio del Medio Ambiente, Reglamento del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental (en delante, Reglamento del SEIA); la Ley N? 19.880, que Establece Bases de los Procedimientos Administrativos que Rigen los Actos de los Órganos de la Administración del Estado; la Ley N 18.575, Ley Orgánica Constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado; la Resolución N? 7, de 2019, de la Contraloría General de la República, que fija normas sobre exención del trámite de toma de razón; el Reglamento de Sala de la Comisión de Evaluación de la Región del Biobío, aprobado mediante Resolución Exenta N* 267 de fecha 21 de julio de 2014; la Resolución TRA 119046/47/2019 de fecha 25 de abril de 2019, del Servicio de Evaluación
Ambiental, que nombra a la Directora Regional del Servicio de Evaluación Ambiental de la Región del Biobío.
CONSIDERANDO:
1%, Que, Pedro Solar SpA (en adelante, el Titular), ha sometido al Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental (SELA) la DIA del proyecto “Parque Fotovoltaico María Dolores” (en adelante, el Proyecto). Los antecedentes del Titular son los siguientes:
Nombre o razón social Pedro Solar SpA.
Rut 77.091.341-1
Domicilio Avenida Vitacura, Nro. 2909, Depto.: 418, Las Condes, Santiago.
Teléfono +56232494826
Nombre representante legal Daniel Reyes Figueroa
Rut representante legal 14,293,491-4
Domicilio representante legal | Av. Vitacura 2909, Oficina 418, Las Condes, Santiago
Teléfono representante legal +56232494826
Correo electrónico Titular o | daniclG)3mw.cl
representante legal
27, Que, conforme se indica en el ICE de fecha 25 de marzo de 2021, la Directora del Servicio de Evaluación Ambiental Región del Biobío ha recomendado aprobar el Proyecto, por cuanto cumple con la normativa de carácter ambiental aplicable identificada en la sección 9 del ICE; cumple con los requisitos de otorgamiento de carácter ambiental contenidos en los permisos ambientales sectoriales aplicables identificados en la sección 10 del ICE; no genera ni presenta los efectos, características o circunstancias del artículo 11 de la Ley N* 19.300, que dan origen a la necesidad de evaluar un Estudio de Impacto Ambiental; y el Titular ha subsanado los errores, omisiones e inexactitudes planteados en los Informes Consolidados de Aclaraciones, Rectificaciones y Ampliaciones.
3”, Que, en sesión de 05 de abril de 2021, la Comisión de Evaluación de la Región del Biobío acordó calificar favorablemente el proyecto “Parque Fotovoltaico María Dolores”, aprobando íntegramente el contenido del ICE de 25 de marzo de 2021, el que forma parte integrante de la presente Resolución. Por lo tanto, conforme a lo indicado en el artículo 60 inciso segundo del Reglamento del SETA, se excluyen de la presente Resolución las consideraciones técnicas en que se fundamenta.
4”, Que, según lo señalado en la DIA y sus anexos, en su Adenda, y en su Adenda
Complementaria, los cuales forman parte integrante de la presente Resolución, la descripción del Proyecto es la que a continuación se indica:
4.1. ANTECEDENTES GENERALES
Objetivo general El objetivo principal del “Parque Fotovoltaico María Dolores”, consiste en la construcción y operación de un parque fotovoltaico de potencia nominal 9 MW, que permitirá inyectar 21 GWh al año al Sistema Eléctrico Nacional (SEN).
Tipología principal, así como las aplicables a sus | C) Centrales generadoras de energía mayores a 3 MW. partes, obras o acciones
Vida útil 30 años.
Monto de inversión US$ 10.000.000.-
Gestión, acto o faena mínima que da cuenta del
min C el Habilitación de Instalación de faena inicio de la ejecución
Proyecto se desarrolla por Si No etapas XxX Proyecto modifica un Si No |El proyecto corresponde a un proyecto nuevo, no
proyecto o actividad
Proyecto modifica otra(s) RCA
SEÍA asociados a éste. Si No
4.2. UBICACIÓN DEL PROYECTO
División político- administrativa
Región de Biobío, Provincia del Biobío, comuna de Los Ángeles.
Descripción de la
e Recurso de radiación propicio para la generación de energía
xXx existiendo actividades ni proyectos presentados al
localización eléctrica.
e Sitio cercano a la red de distribución de energía eléctrica.
- Sitio cercano a los centros de consumo de energía.
e Las condiciones topográficas son propicias para emplazamiento de los módulos fotovoltaicos.
-
Ausencia de sombras lejanas.
-
Compatibilidad territorial: El área seleccionada para el emplazamiento del proyecto se encuentra en un área rural de la comuna, no regulada por el Plan Regulador Comunal vigente.
Superficie El Parque fotovoltaico María Dolores considera una superficie de
intervención de aproximadamente 20,4 ha.
Tabla obras temporales:
Edificación Superficie (m?) Estanques de agua (x2) 14 Sala de multiusos 18 Baños químicos 9 Comedor 36 Vestidor 18 Oficinas (x2 36 Generador 9 Bodega x2 36
B. RESPEL 6
B. RISES 6 B.RSD 1,5 Superficie total 198.74
(Fuente: Tabla N? 5. Superficies temporales en área rural, de la
Adenda).
Tabla obras permanentes:
Edificación Superficie (m?) Paneles Solares 130.000 Oficina sala de telecontrol 15
Estaciones de transformación (3) | 71,4
Bodega
15
Superficie total
130.101,4
(Fuente: Tabla N? 6. Edificaciones permanentes, de la Adenda)
Coordenadas UTM en Datum WGS84
Tabla Punto central del proyecto: Este (mE) 730723
Vértices Norte (mS) 5850944
(Fuente: Tabla N* 2. Punto central del Proyecto, de la Adenda)
Punto central
Tabla cuadro de coordenadas Parque Fotovoltaico María Dolores 1. WGS884 - 18 H.
VERTICES ESTE (mE) NORTE (m) Al 731109 5851234 A2 731165 5851186 A3 731032 5850816 Ad 730918 5850825 A5 730405 5850758 A6 730392 5851039 A7 730485 5851056 AS 730658 5850987 A9 730658 5850947 A10 730685 5850947 All 730685 5850962 Al 730750 5851040 A13 730751 5851110 A14 730991 5851162
(Fuente: Tabla N* 1. Cuadro de coordenadas Parque Fotovoltaico María Dolores |. WGS84-18 H, de la Adenda)
Caminos de acceso
El acceso principal al área del proyecto se realiza desde la panamericana Ruta 5 Sur ingresando a por cruce María Dolores en el km 507, desde ahí se continúa por ruta Q-20 hasta intercepción con ruta Q 262. Km 5,08. El acceso al ingreso secundario de realiza de la misma forma antes señalada, continuando hasta 250 m en dirección a la ciudad de Los Ángeles (km 5,33).
Referencia al expediente de evaluación de los mapas, georreferenciación e información complementaria sobre la localización de sus partes, obras y acciones
- Capítulo 1 de la DIA: Antecedentes Generales
e Anexo B de la DIA: Layout y cartografía
e Capítulo 1 de la Adenda: Descripción de proyecto + Anexo Al de la Adenda: Layout y cartografía.
- AnexoLl de la Adenda Ficha Resumen.
4.3. PARTES, OBRAS Y ACCIONES QUE COMPONEN EL PROYECTO. 4.3.1. FASE DE CONSTRUCCIÓN - a
Instalación de faena
Se considera un área total de 198, 74 m? (sin incluir ¿ área de acopio de materiales ni estacionamientos). La cual corresponde a:
- 2 Oficinas
1 Vestidor
1 Comedor
4 Baños químicos
1 Pañool de Herramientas
2 Bodegas insumos generales
1 Bodega residuos peligrosos
-
1 Bodega residuos industriales no peligrosos
-
1] Bodega residuos domésticos
-
2 Estanques de agua 25.000 1 cada uno (agua limpia y agua sucia)
-
1 Estanque de Combustible o 1 Sala de generador
Mayores antecedentes en la Tabla N%3 de la Adenda.
Zona de acopio de materiales y residuos
Se contempla una zona de almacenamiento de materiales y residuos industriales no peligrosos, la cual es descubierta y destinada al acopio de material que puede mantenerse a la intemperie como acero de refuerzo, material granular, postes, entre otros. Su superficie total es de 1.016 m? aproximadamente.
Montaje mecánico: soportes y módulos fotovoltaicos
Habilitado el terreno, se procederá al hincado de los perfiles de las estructuras de soporte de los paneles fotovoltaicos. La profundidad de hincado, así como el perfil a utilizar, dependerá de las características del suelo y de la carga a soportar; sin embargo, se calcula una profundidad máxima de aproximadamente 2 m. Los perfiles que se utilizarán serán metálicos, del tipo galvanizado en caliente. En el caso que las características mecánicas del suelo no sean idóneas, la instalación de las estructuras de soporte se complementará con hormigón, adquirido mediante terceros autorizados (camión mixer). Montada la estructura de soporte, básicamente perfilados de aluminio anclados a los postes hincados en el suelo para crear una plataforma horizontal, se procederá a la instalación de los paneles fotovoltaicos, estos se trasladarán hasta el sector de instalación en un camión con brazo hidráulico o una mini grúa hidráulica y serán instalados manualmente.
Habilitación de accesos y caminos interiores
Consiste en la limpieza de las áreas de ocupación de los caminos. Estas labores se llevarán a cabo utilizando maquinarias adecuada para evitar afectar la cubierta vegetal más allá de lo contemplado originalmente. Se ha estimado un volumen de escarpe y excavación de equivalente a 30. 561 mí. Este material será dispuesto temporalmente en zonas aleñadas a la intervención y su destino final será aquellas zonas de recuperación de suelo según lo indique el propietario del predio o dispuestos en botaderos autorizados de la zona.
Desmantelamiento y retiro de instalaciones temporales
La fase de construcción culmina con el retiro de las instalaciones temporales, a excepción de los contenedores de oficina, a ser utilizados durante la fase de operación. Los que se habilitarán para la sala de control Se realizará la limpieza del área con el fin de restituir el terreno a sus condiciones originales, se retirará todo vestigio de ocupación, tales como restos de escombros y materiales de desecho los que serán transportados por empresas autorizadas y dispuestos en sitios autorizados sanitaria y ambientalmente. Retiradas las construcciones temporales y desechos, se efectuarán los trabajos destinados a reponer los suelos. Estas actividades implicarán la remoción o recubrimiento de las construcciones temporales, el arado de los suelos compactados y la reposición de suelos vegetales (acopiados desde el inicio de la construcción del proyecto y provenientes de la ejecución de roces y escarpes).
Recursos renovables
naturales
Suelo: Se realizará escarpe de suelo vegetal con maquinaria de los primeros centímetros de suelo (20 cm aprox.), material que será utilizado para restituir el suelo de las áreas utilizadas temporalmente, donde, además, luego de concluida la fase de construcción, se utilizará esta cobertura vegetal en zonas que sea requerido al interior del predio. Respecto al material de excavación, se estima se extraerá un volumen aproximado de 40.608 m, donde el material de excavación remanente será utilizado en su totalidad en las tareas de restitución de terrenos, nivelación de terreno o relleno de fundaciones.
Emisiones y efluentes
Emisiones de PM10, PM2.5, NO», CO, SO»:
Las principales actividades generadoras de emisiones atmosféricas identificadas en la fase de construcción corresponden a: Escarpe, excavación, transferencia de material, nivelación, tránsito de vehículos por caminos pavimentados, tránsito de vehículos livianos por caminos no pavimentados, tránsito de vehículos pesados por caminos no pavimentaos, combustión maquinaria, combustión vehículos y 6combustión grupos electrógenos.
Los resultados de la estimación de Emisiones en la fase de construcción se resumen en la siguiente tabla:
Conjunt | Totales Emisiones para Construcción (Tomaño' o emisor PM10 PM2.5 | NO, (010) so, Fuentes | Total 0,78 0,24 1,02 0,39 0,037 directas (en planta) Total 0,14 0,921 0,17 0,098 9,00051 Fuentes indirect as (en rutas)** Total Construcción 99 0,26 1,19 0,49 0,038
*Valores corresponden a NOx expresado como NO, y SOx expresado como SO»
**Emisiones de camiones fuera de la planta y dentro de la zona saturada de Los Ángeles.
De acuerdo a los resultados presentados, durante la fase de construcción se generará 0,92 Tor/año de MP10 y 0,26 Ton/año MP2.5 en el periodo acotado de 6 meses que durará dicha fase,
Residuos líquidos domésticos:
Las labores desarrolladas en la fase de construcción serán ejecutadas por un máximo de 65 trabajadores, los que generarán aguas servidas. Al respecto, se considera la utilización de baños químicos móviles en la instalación de faena y frentes de trabajo, cuyo servicio será proporcionado por una empresa autorizada que se encargará de retirar y transportar periódicamente las aguas servidas, dando cumplimiento a lo estipulado en el D.S, N* 594/99 de MINSAL.
Ruido:
Las fuentes de ruido corresponden principalmente a maquinaria fija y móvil. Cabe indicar que se realizó la modelación en horario diurno, dado que la construcción sólo operará en ese horario. Los niveles de ruido proyectados no sobrepasarán los valores permisibles por la norma de ruido de acuerdo a su zonificación.
Vibraciones:
Las actividades durante la fase de construcción no generarán emisiones de vibración que superen el límite normativo, toda vez que no se encuentran receptores a menos de 170 m de la fuente de energía vibratoria (Hincadora/perforadora) bajo estándar conservador , y por lo tanto, se dará cumplimiento a los criterios de molestia y de impacto que estipula la normativa FTA-VA-90-1003- 06, U.S. Federal Transit Administration Report, Transit Noise and Vibration Impact Assessment, Edición Mayo de 2006.
Residuos, productos químicos y otras sustancias que puedan afectar el medio ambiente.
Residuos asimilables a domiciliarios
Esta generación de residuos se estima en 1 kg/día/persona. Los residuos generados en el frente de trabajo e instalación de faena serán dispuestos en contenedores adecuados al tipo de residuo, los que serán almacenados temporalmente en la bodega de residuos
domésticos de la instalación de faenas. Finalmente, estos serán dispuestos en un sitio de disposición final autorizado.
Residuos industriales no peligrosos
Los residuos valorizables tales como madera, acero, lona y restos de cables serán almacenados en instalación de faenas y posteriormente gestionados por empresas que cuenten con autorización sanitaria para su reciclaje. Los residuos no valorizables serán almacenados en zona acopio de residuos de construcción en la instalación de faenas o en su defecto almacenados temporalmente en tolvas en cada uno de los frentes de trabajo para luego ser directamente transportados a sitio de disposición final autorizado. En instalación de faenas se mantendrán todos los registros asociados al manejo de residuos.
En la siguiente tabla se presenta una estimación de los residuos a generar:
Residuo Cantidad | Almacenamiento | Disposición (kg/mes)
Papeles 10 Contenedor Lugar de
Restos de 300 disposición
Madera autorizado
Restos de | 100
acero
Embalaje de | 400
equipos
Plásticos 200
En el caso de utilizar equipos contenidos en embalajes de madera que provengan de otros países, se solicitará a los proveedores el cumplimiento de la Resolución Exenta N 133/2005 del MINAGRI. En relación a los pallets de madera se dará aviso al SAG para que proceda a su inspección según lo establece la Resolución N 133, modificada por la Resolución 2.859, del 26 de enero de 2005 y 29 de junio de 2007, respectivamente del Ministerio de Agricultura, Servicio Agrícola y Ganadero, para su posterior eliminación o reutilización, según determinación del SAG.
Residuos peligrosos
Los residuos peligrosos que se generen serán manejados conforme a sus características, dando cumplimiento al D.S. N 148/03 del MINSAL. Su almacenamiento se realizará en la bodega de RESPEL, que cumple con características según el D.S. N 148/03 del MINSAL. Posteriormente serán trasladado por empresa autorizada a sitio de disposición final autorizado.
RESPEL Cantidad | Almacenamient | Tiempo de | Destino final Aprox. o almacenamiento / (ko/mes) Retiro EPP y guaipe | 18 Contenedor No superior a 6 | Lugar autorizado con transitorio en | meses / Mediante | sanitariamente hidrocarburos bodega Respel empresa autorizada Tubos 0,6 Fluorescentes Tarros, 25 brochas y rodillos de Pinturas Tóner 2 impresoras Envases 5
aceites usados
Envase 12 lubricantes
Arena o 5 aserrín para
captación de aceites
Referencia al ICE para mayores detalles sobre esta fase.
Sección 4.6. del ICE Fase de construcción
43.2. FASE DE OPERACIÓN
Caminos interiores
Se mantendrán los caminos construido, con una extensión de 2.038 m lineales.
Caminos de acceso
Se consideran dos caminos acceso al Parque. Los cuales se encuentran en las siguientes coordenadas:
Obra Coordenada | Coordenada Este (m E) Norte (m S)
Acceso 1 | 731.122 5.851.222
Acceso2 | 731.129 5.851.079
Conexiones eléctricas
El proyecto considera las siguientes conexiones: + Conexión DC en baja tensión entre paneles. + Conexión DC en baja tensión entre string e inversores.
e Conexión AC en baja tensión entre inversores y estaciones elevadoras.
e Conexión entre estaciones elevadoras.
e Línea de MT entre estación elevadora más cerca a punto de conexión y línea de MT particular.
Los conductores irán dentro de ductos de PVC y las conexiones se realizarán dentro de cámaras y cajas eléctricas estancas. Las uniones entre ductos y cámaras/cajas irán selladas. Se asegurará en todo momento que el cable quede correctamente instalado.
Estación meteorológica
Este equipo este compuesto por un anemómetro instalado a más de 2.5 m de altura. El sensor está constantemente enviado datos al equipo de control y recepción de datos instalados en la misma estación meteorológica. El equipo receptor es el encargado de procesar la información recibida, enviándola de manera inalámbrica a través de la antena vía comunicación inalámbrica hacia la antena receptora en instalada en la Sala de Operaciones,
Cerco perimetral
El Parque fotovoltaico contará con un cerco perimetral de 2.308 m lineales. Los postes serán empotrados mediante pilotes metálicos que garanticen su rigidez. Los postes soportan una malla metálica de altura no superior a 2.00 metros. El espaciamiento de los alambres será suficientemente estrecho para impedir el paso de animales y tener una transparencia mayor al 80%. Las puertas de acceso siguen de la misma estructura, formadas por perfiles tubulares circulares con malla de alambre.
Cabe indicar que, no ejecutará intervención u obras en la pequeña zona del humedal ubicada al lado norte del predio, para lo cual se establece una zona de protección y una zona buffer a su contorno de mínimo $ metros en torno al cerco perimetral del Proyecto (Figura N* 23 Adenda Complementaria) La zona contará con una malla de protección de pequeños roedores.
Oficinas, bodega estacionamiento
y
Se habilitarán 2 módulos de 18 m? cada uno, tipo contenedor adaptado o estructura prefabricada para la instalación de oficinas.
Campo solar fotovoltaico
El campo solar está compuesto por el conjunto de paneles, los cuales van montados sobre estructuras de soporte hincadas, cuentan con sistema de seguimiento o inclinación automática.
Características del campo solar
Caracteristicas Cantidad | Unidad
Cantidad total de paneles | 21.060 paneles
fotovoltaicos.
Modelo de panel Longi 500 Wp
Superficie panel 2.176 x|mm? 1.098
Angulo desplazamiento | -60% a 60% N-S panel tracker o seguidor
Superficie total del| 13 ha campo solar
Potencia nominal por | 500 Wp panel fotovoltaico
Potencia nominal del | 10.53 MWp conjunto de paneles
fotovoltaicos
Altura de los paneles | 0,9 m fotovoltaicos al soporte
seguidor
Altura máxima de los | 2,14 m paneles fotovoltaicos
respecto al suelo
Profundidad de las | 1,5 m
fundaciones u otro (hincado de pilotes).
Vida útil de los paneles | 30 años fotovoltaicos (años)
(Fuente: Pág. 18 de la Adenda)
Paneles fotovoltaicos
Los módulos fotovoltaicos poseen un marco de aluminio y una cubierta de vidrio templado antirreflejos.
Las características específicas de los paneles fotovoltaicos se detallan en la Tabla N93. Partes y obras del proyecto de la Adenda (pág. 19 de la Adenda).
Estructuras de soporte
Los módulos fotovoltaicos serán colocados sobre estructuras de soporte mediante la utilización de seguidores o tracker.
Cada seguidor o tracker consiste en una estructura montada sobre un eje horizontal N-S en donde se soportan los paneles (hincado directo). El alcance del seguidor es de +60% con sistema de “Backtracking” que evita o minimiza el sombreado entre filas consecutivas de paneles. Cada seguidor contará con su propio
cuadro de control, el cual alimenta y controla el conjunto actuador- motor.
Las principales características técnicas de los seguidores son las siguientes:
Parámetro Estructura de Soporte
Seguidores de 92 m (78 módulos) 245
Seguidores de 62 m (52 módulos) 14
Seguidores de 32 m (26 módulos) 47
Inclinación -60% a 607 N-S
Longitud seguidor 92m//52m//32m Pendiente admisible 602
Motor seguidor 24 V DC (Fuente: Tabla 3 Adenda y Anexo Al. Layout y cartografía, de la Adenda )
Sistema de conexión de módulos
Strings: La conexión en serie de un grupo determinado de paneles solares se denomina strings. Estos strings se conectan en una caja combinadora. El cableado empleado para dichas conexiones estará dimensionado para producir la menor caída de tensión y serán de clase IL. Esto quiere decir que tiene un doble aislamiento para prevenir los casos en que se produzca un primer defecto.
Inversor: Los inversores corresponden a equipos diseñados para convertir la corriente continua que generan los paneles solares en corriente alterna para ser compatible con la forma de corriente de la red. Mayores detalles se presentan en la Tabla N*%3 de la Adenda (página 21) Su ubicación se puede ver en detalle en anexo Al. Layout y cartografía, de la Adenda.
Estación de transformación: Un centro de transformación es un contenedor que en su interior alberga un transformador BT/MT, una celda de BT y una celda de MT. En la celda de BT se conectan los inversores string con una tensión de 800V. En el lado de alta el transformador tiene la tensión de la red distribución. Las estaciones de transformadores tendrán un switchgear de distribución, el cual corresponde a la combinación de interruptores eléctricos, fusibles, interruptores de medición utilizados para controlar, proteger, y aislar a los equipos eléctricos y para medir el voltaje y la corriente de flujos de energía. El proyecto considera 3 estaciones de transformación y contenedores de 20”. Se considera una potencia instalada de 3.300 kVA cada uno. Su ubicación se puede ver en detalle en anexo A1. Layout y cartografía, de la Adenda.
Punto subida a red: En el punto de conexión entre el parque fotovoltaico y la red de distribución, se ubicará en las siguientes coordenadas:
Obra Coordenada Coordenada
Este (m E) Norte (m S) Punto de | 731.140 5.850.029 conexión
Conductor de energía eléctrica
Las zanjas para líneas de baja tensión serán de aproximadamente 0,5 m de profundidad por 0,6 m de ancho. Se incorporará al fondo de la zanja una primera capa de 5 cm de arena sobre la cual van apoyados los tubos corrugados. Luego se recubre con una nueva capa de arena (5 cm) y posteriormente con la misma tierra del terreno. Las zanjas para líneas de media tensión serán de 0,6 m de profundidad por 0,4 m de ancho aproximadamente y serán rellanadas en capas arena. Se incorporará al fondo de la zanja una primera capa de 5 cm de arena y sobre ella irán apoyados los tubos corrugados, los que también serán recubiertos con arena 5 cm. La última capa será de 50 cm y se realizará con la misma tierra del área de emplazamiento.
Pruebas y puesta en marcha
Una vez finalizada la fase de construcción se procede a realizar la puesta en marcha del proyecto y las pruebas finales. El objetivo de las pruebas es garantizar el correcto funcionamiento del parque fotovoltaico. Se realizan tanto pruebas internas como pruebas de conexión a la red. Las acciones que se ejecutarán para la verificación y puesta en marcha inicial son:
- Verificación de parámetros y puesta en marcha de los
seguidores. e Pruebas finales de puesta en servicio de los seguidores,
10
inversores, transformadores y celdas. + Prueba de conexión a la red de distribución. Aprobada esta etapa por el organismo competente se procede a la autorización de energización de la planta e interconexión con el sistema de distribución respectivo.
Actividades de mantención periódicas.
El parque solar requiere niveles de mantención mínimos. Básicamente consiste en el monitoreo y control, mantenimientos preventivos y la limpieza de los paneles se estima que estas mantenciones se realizarán cada 4 meses y las actividades de limpieza cada 2 meses. Estas actividades son:
-
Monitoreo y control del parque
-
Mantenimientos preventivos generales
-
Mantención Predictiva
e Mantención Preventiva
Control y manejo de la vegetación (desmalezado)
Corresponde a una actividad de carácter preventivo y se desarrollará con una periodicidad bimensual. Dicha actividad abarcará toda la extensión de la superficie del proyecto. El desmalezado se realizará de forma mecánica, mediante la utilización de maquinaria liviana (desmalezadoras manuales), evitando la utilización de herbicidas. Se efectuará el retiro inmediato de los residuos vegetales generados, siendo transportados y dispuestos en sitios autorizados por la Autoridad Sanitaria, minimizando los focos de incendio y la generación de vectores sanitarios. Esta actividad depende netamente de una inspección visual previa para determinar, en el caso de los paneles, si la altura de la vegetación es suficiente para obstruir su movimiento y la radiación directa a través de la generación de sombra, y para interferir con el cableado para el caso de la línea área que evacúa la energía hasta la red existente. Por tales motivos, se aclara que el desmalezado se realizará al menos cada dos meses, la última semana de ese mes que corresponda. Esto implica que se realicen al menos 6 controles de la vegetación que obstruya el proyecto.
Productos generados
Energía eléctrica:
Se contempla una producción media anual del parque de 21 GWh anuales de energía.
Recursos naturales renovables
Vegetación:
Se realizará control y manejo de la vegetación (desmalezado), de forma mecánica, mediante la utilización de maquinaria liviana (desmalezadoras manuales), evitando la utilización de herbicidas Previamente se realizará una inspección visual para determinar, en el caso de los paneles, si la altura de la vegetación es suficiente para obstruir su movimiento y la radiación directa a través de la generación de sombra, y para interferir con el cableado para el caso de la línea área que evacúa la energía hasta la red existente, (Mayores detalles en Tabla 4.7.1.2 Acciones, del ICE).
Emisiones y efluentes
Emisiones de MP10, MP2.5, NO», CO, SO»;
Las emisiones atmosféricas en la fase de operación se generarán por las siguientes actividades: Combustión en motores Diesel de maquinaria (dentro de planta), Tránsito de maquinaria en caminos no pavimentados (dentro de planta), Combustión en motores de vehículos en rutas, Tránsito de vehículos en camino no pavimentado de acceso, Tránsito de vehículos en caminos pavimentados.
Conjunto | Totales Emisiones fase operación (Ton/año) emisor
MP10 MP2.5 NO, co SO» Fuentes Total 0,08 0,0088 0,041 0,023 0,00012 directas fen planta)
11
Fuentes Total 0,011 0,0016 0,014 0,0079 0,000041 indirectas
(en
rutas)**
Total Construcción 0,091 0,01 0,055 0,031 0,00016
Emisiones líquidas:
El proyecto considera operación remota, por lo cual no se generarán aguas servidas de forma permanente. Durante la ejecución de las actividades de mantenimiento, las empresas contratistas dispondrán del número legal mínimo suficiente para atender al personal en terreno, el que se estima con un máximo de 5 personas. Se estima una generación de aguas servidas de 100 1/d por cada trabajador.
Ruido:
Debido a que las principales acciones que considera el proyecto durante la fase de operación, corresponden a mantenciones, el proyecto no generará emisiones sonoras relevantes durante esta fase,
Emisiones electromagnéticas:
el valor de campo eléctrico que emitirá la línea de 15 kV del Parque FV María Dolores es 0,026 kV/m, mucho menor a 5 kV/m que es el valor indicado por la norma International Commission on Non- lonizing Radiation Protection (ICNIRP). El valor de campo magnético máximo que emitirá la línea de 15 kV del Parque FV María Dolores es 0,85 HT, valor bastante menor a 100 1 T indicado por la norma ICNIRP.
Residuos, productos químicos y otras sustancias que puedan afectar el medio ambiente.
Residuos asimilables a domiciliarios:
Los residuos asimilables a domiciliarios se originarán por las actividades asociados a mantenimiento de infraestructura. Se hace presente que el proyecto será operado de forma remota, por lo que no existirá personal permanente. Los residuos generados en el frente de trabajo serán dispuestos en contenedores municipales, debido a que corresponden a bajas cantidades y su generación es esporádica.
Residuo Generación NO Total de sólido por trabajador | trabajadores trabajadores (kg/dia) (un) Asimilable a | 1 5 5 (kg/día) domiciliario
Residuos industriales no peligrosos:
Durante esta etapa se estima que la generación de residuos industriales no peligrosos será eventual y en pequeñas cantidades asociadas a actividades de mantenimiento de partes y equipos. El manejo de los residuos estará a cargo de contratistas los que deberán almacenar los residuos en la bodega de residuos no peligrosos implementada para estas actividades, para luego realizar la disposición final de los residuos. La administración de esta bodega y manejo de residuos será realizada por el contratista, a quienes se les exigirán los registros del manejo de residuos de acuerdo al tipo de trabajos realizados (registros de almacenamiento y disposición final en sitio autorizado).
Residuo Cantidad (kg/mes) | Almacenamiento Paneles defectuoso | 0,2 m* Contenedor Residuos de | 30 kg/mes Contenedor mantenciones
Residuos peligrosos:
La generación de residuos peligrosos está asociados al mantenimiento de los paneles fotovoltaicos principalmente, ya que este mantenimiento está asociado a lubricación de piezas mecánicas y eléctricas. De igual modo, podrán ejecutarse actividades de mantenimiento de partes que requieran utilización de pinturas y solventes.
RESPEL Cantidad | Almacena | Tiempo de | Destino aprox. miento almacena | final (kg/mes) miento / Retiro EPP y |2 Contenedo | No Lugar guaipe con r superior a | autorizado hidrocarbu transitorio | 6 meses / | sanitariam ros en bodega | Mediante | ente Tubos 0.6 Respel empresa autorizada Fluorescen tes Tarros, 2 brochas y rodillos de Pinturas Latas 3 lubricantes
(Fuente: Tabla N* 41. Estimación de residuos peligrosos generados durante la fase de operación, de la DIA).
Referencia al ICE para mayores detalles sobre esta fase.
Sección 4.7. del ICE Fase de Operación
4.3.3.FASE DE CIERRE
Instalación de faenas y Se llevará a cabo de forma similar a lo presentado en la fase de caminos internos construcción. El área de emplazamiento de la instalación de faena será la misma considerada para la fase de construcción. Desmantelamiento o | Se realizará el retiro de las obras permanentes, es decir, módulos aseguramiento de | fotovoltaicos, bodegas, sala de control, cierre perimetral, entre otras. infraestructura Las actividades se relacionan principalmente con el
desmantelamiento de las instalaciones permanentes que sirvieron de apoyo para el mantenimiento del Parque solar. Cada una de las obras será desarmada y acopiada dentro del mismo terreno, según el tipo de residuo de! que se trate. Luego de ello, cada uno de estos residuos será transportado, mediante vehículos especialmente habilitados y autorizados para este fin, a sitios de disposición final autorizados por la Seremi de Salud. Al término de la fase de cierre, los servicios higiénicos móviles serán retirados por el proveedor del servicio. En cuanto a la potencial generación de residuos peligrosos durante esta fase, se realizará el manejo de estos residuos mediante empresas autorizadas para el retiro y disposición final en sitios de seguridad autorizados por la Seremi de Salud.
Desenergización de LMT: Previamente al desmantelamiento de la línea de media tensión, se procederá a su desenergización para trabajar de manera segura, evitando riesgos de electrocución.
Retiro de conductores: Esta actividad se efectuará retirando los conductores en procedimiento inverso al tendido y tensado, es decir, soltando y relajando las líneas, para posteriormente, retirar los conductores enrollándolos en carretes que serán enviados a sitios autorizado para reúso o reciclaje. Otros elementos asociados como
crucetas, aisladores y pernos serán embalados y trasladados a empresa autorizada para el reciclaje.
Desmontaje de postes: Los postes se desmontarán con asistencia mecánica retirándolos de su sitio y disponiendo su traslado a sitio autorizado de disposición de residuos de la construcción.
Nivelación del terreno: En los sectores intervenidos por las obras permanentes y de apoyo a la fase de cierre, se realizará su nivelación, en caso de ser necesario, a condiciones similares del entorno circundante, de acuerdo a lo indicado en el punto 2.4.3 de la Adenda.
Limpieza y cierre del sector: Se procederá a la limpieza general de la superficie completa del proyecto, eliminando los desechos propios de las actividades, para luego ser destinados a lugares autorizados.
Restauración
Se restaurará la geoforma levemente alterada (por excavaciones de zanjas y nivelaciones) y dejar el sitio similar a las condiciones basales de suelo y geoforma.
Prevención de futuras
emisiones
Debido a que el terreno quedará prácticamente como en su estado basal, ya que la afectación del suelo y geoforma serán restituidas a su condición basal, no se presentarán condiciones que generen futuras emisiones.
(Mayores antecedentes en Tabla N” 44, Resumen de emisiones en fase de abandono., Anexo B1 de la Adenda).
Mantención, conservación y supervisión
Luego de realizadas las actividades de desmantelamiento, no será necesario realizar actividades de mantención, conservación y supervisión en el área ocupada por el Parque Solar, puesto que posterior al cierre del parque se restituirá a su condición basal el lugar de emplazamiento del proyecto.
Recursos naturales
renovables
No aplica. Durante la fase de cierre no se consideran recursos naturales a extraer, explotar o utilizar.
Emisiones y efluentes
Durante esta fase se generarán residuos líquidos en características y magnitud similares a los de la construcción.
El manejo de aguas servidas y residuos se realizará del mismo modo que durante la construcción.
Residuos, productos químicos y otras sustancias que puedan afectar el medio ambiente.
Durante esta fase se generarán residuos sólidos domiciliarios, residuos industriales sólidos no peligrosos y residuos peligrosos en características y magnitud similares a los de la construcción.
Referencia al ICE para mayores detalles sobre esta fase.
Sección 4.8, del ICE Fase de cierre.
4.4, CRONOLOGÍA DE LAS FASES DEL PROYECTO
4.4.1. FASEDE CONSTRUCCIÓN |
Fecha estimada de inicio
Junio 2021
Parte, obra o acción que establece el inicio
Habilitación de Instalación de faena
Fecha estimada de término
Diciembre 2021
Parte, obra o acción que establece el término
Retiro de las instalaciones temporales.
SE DE OPERACIÓN
14
Fecha estimada de inicio | Diciembre 2021
Parte, obra o acción que | Pruebas y puesta en marcha. De acuerdo con la información que entrega
establece el inicio el Coordinador Eléctrico Nacional (CEN) al término del proceso de conexión.
Fecha estimada de Diciembre 2051
término
Parte, obra o acción que | Cierre y desarme de las instalaciones establece el término
4.4.3. FASE DE CIERRE
El proyecto contempla una vida útil de 30 años. Al término de dicho periodo, se evaluará la implementación de la fase de cierre, dejando disponible el terreno para otras actividades, o bien, la ' mejora de las instalaciones para continuar su operación.
- Que, durante el proceso de evaluación se han presentado antecedentes que justifican la
inexistencia de los siguientes efectos, características y circunstancias del artículo 11 de la Ley N* 19.300:
5.1. RIESGO PARA LA SALUD DE LA POBLACIÓN, DEBIDO A LA CANTIDAD Y CALIDAD DE EFLUENTES, EMISIONES Y RESIDUOS
Impacto ambiental Aumento del riesgo preexistente a la salud de la población por aumento de la concentración de Material Particulado y gases de combustión.
Parte, obra o acción que lo genera + Despeje y preparación de la superficie del área del proyecto
e Excavación de zanjas + Transporte de personal Mejoras al camino de acceso
Fase en que se presenta e Construcción
- Operación
e Cierre
Impacto ambiental Riesgo a la salud de la población por aumento de los niveles de ruido en los receptores más cercanos
Parte, obra o acción que lo genera Funcionamiento maquinaria
Fase en que se presenta + Construcción e Cierre
Impacto ambiental .
Riesgo a la salud de la población por generación de emisiones electromagnéticas.
/ Parte, obra o acción que lo genera Línea de 15 kV Fase en que se presenta Operación Referencia al ICE para mayores e Sección 5.1. del ICE, Salud de la población
detalles sobre este impacto especifico |, Sección 6.1. del ICE, Sobre la inexistencia de riesgo
para la salud de la población, debido a la cantidad y calidad de efluentes, emisiones y residuos
Los principales aspectos ambientales que permitieron acreditar que el proyecto no genera o presenta riesgo a la salud de la población son:
Respecto a las normas primarias de calidad ambiental vigentes, se presentó una modelación de calidad de aire (Anexo D2. Modelación emisiones atmosféricas, de la Adenda Complementaria). En esta modelación se identificó como receptores de área, toda la ciudad de Los Angeles (Figura
15
4.1.1: Zonas receptoras programadas en modelo, Anexo D2 Adenda Complementaria) dicha área receptora corresponde a un elevado número de receptores puntuales agrupados dentro de una misma zona y como receptores puntuales, 23 puntos definidos por estudio de Medio Humano y la estación 21 de mayo (Figura 4.2.1: Puntos receptores programadas en modelo, Anexo D2 Adenda Complementaria). De acuerdo a los resultados obtenidos, es posible indicar que los aportes del proyecto en sus distintas fases (principalmente durante la fase de construcción), evaluados en los receptores identificados, son de baja magnitud y duración durante la fase de construcción (que corresponde a la fase que generaría mayores emisiones atmosféricas). Por cuanto, es posible concluir que el proyecto no aumentará el riesgo preexistente a la salud de la población, por superación de valores de concentraciones y periodos establecidos en las normas primarias de calidad ambiental vigentes. Además, es importante indicar que, de acuerdo a los resultados obtenidos de la estimación de emisiones del proyecto en sus distintas fases, al titular no le corresponde compensar sus emisiones en un 120% de acuerdo a lo establecido en el Plan de descontaminación, lo anterior contribuye a la conclusión de la baja significancia de las emisiones generadas.
En cuanto al ruido, de acuerdo a los antecedentes presentados por el titular, especificamente en el Estudio Acústico (Anexo Il. Actualización Estudio de Ruido, de la Adenda) y su posterior evaluación, se concluye que el proyecto no superará los valores de ruido estimados en el D.S. N 38/11, cumpliendo con los valores permitidos para los receptores identificados. Además, en cuanto a la línea de 15 kV Dentro de las manifestaciones más importantes del efecto corona, se encuentra el ruido audible, Al respecto, es posible indica que el valor de ruido audible producido por efecto corona es inferior al máximo indicado por la norma International Commission on Non- lonizing Radiation Protection (ICNIRP), de 45 dB. Por lo anterior, el proyecto no genera un riesgo a la salud por este aspecto toda vez que no supera los valores máximos de ruido establecidos en la normativa vigente.
En relación con la generación y manejo de emisiones y efluentes, durante la fase de construcción se generarán residuos líquidos correspondientes a aguas servidas, las que serán manejadas mediante la implementación de baños químicos, cuyo servicio será proporcionado por una empresa autorizada que se encargará de retirar y transportar periódicamente las aguas servidas. El destino final de los residuos de baños químicos se realizará en una planta de tratamiento de aguas servidas con autorización sanitaria o un sitio de disposición final sanitariamente autorizado. Por su parte, dado que, en la fase de operación, el proyecto considera la operación remota, no se generarán aguas servidas de forma permanente. Durante la ejecución de las actividades de mantenimiento, las empresas contratistas dispondrán del número legal mínimo suficiente para atender al personal en terreno.
En consideración al manejo de residuos durante la fase de construcción, los residuos asimilables a domiciliarios serán dispuestos en contenedores adecuados al tipo de residuo, los que serán almacenados temporalmente en la bodega de residuos domésticos de la instalación de faenas. Finalmente, estos serán dispuestos en un sitio de disposición final autorizado. Los residuos industriales no peligrosos serán separados en su origen y almacenados en contenedores con tapa y capacidad adecuada, los que estarán distribuidos uniformemente en la instalación de faenas y frentes de trabajo. Los residuos valorizables serán almacenados en instalación de faenas y posteriormente gestionados por empresas que cuenten con autorización sanitaria para su reciclaje. Los residuos no valorizables serán almacenados en zona acopio de residuos de construcción en la instalación de faenas o en su defecto almacenados temporalmente en tolvas en cada uno de los frentes de trabajo para luego ser directamente transportados a sitio de disposición final autorizado.
En atención a lo anterior, y a los antecedentes disponibles en el expediente del proyecto, es posible concluir que el proyecto no generará riesgo a la salud de la población, en los términos establecidos en el art. 5 del D.S. N40/2012. En este sentido, cabe indicar que, la Seremi de Salud indicó en su pronunciamiento Ord. N1843 de fecha 12 de agosto de 2020 que: “Esta SEREMI de Salud se pronuncia que el proyecto o actividad no genera o presenta alguno de los efectos, caracteristicas o circunstancias indicados en el art.11 de la Ley de Bases Generales del Medio Ambiente”.
5.2. EFECTOS ADVERSOS SIGNIFICATIVOS SOBRE LA CANTIDAD Y CALIDAD DE LOS RECURSOS NATURALES RENOVABLES, INCLUIDOS EL SUELO, AGUA Y AIRE
Impacto ambiental Pérdida de suelo por generación de procesos erosivo
Componente ambiental afectado Suelo
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Parte, obra o acción que lo genera + Movimiento de tierra + Faenas de construcción + Montaje de paneles
- Habilitación de caminos internos
Fase en que se presenta + Construcción
- Operación
e Cierre
Impacto ambiental Aumento de las concentraciones de MP10, MP 2.5 y gases de combustión
Componente(s) ambiental(es) Aire
afectado(s)
Parte, obra o acción que lo genera + Combustión de Diésel en equipo electrógeno
- Combustión en motores Diesel de maquinaria
- Movimiento de tierra
-
Carguío de tierra
-
Tránsito por caminos pavimentados y no pavimentados
Fase en que se presenta + Construcción
e Operación
e Cierre Impacto ambiental Alteración sobre flora y vegetación del área de influencia Componente(s) ambiental(es) Flora afectado(s) Parte, obra o acción que lo genera + Escarpe + Mantención y limpieza del terreno Fase en que se presenta * Construcción
- Operación
Referencia al ICE para mayores | +. Sección 5.2. del ICE, Recursos naturales renovables
detalles sobre este impacto específico |, Sección 6.2. Sobre la inexistencia de efectos adversos
significativos sobre la cantidad y calidad de los recursos naturales renovables, incluidos el suelo, agua y aire.
Los principales aspectos ambientales que permitieron acreditar que el proyecto no genera o presenta Efectos adversos significativos sobre la cantidad y calidad de los Recursos Naturales Renovables, incluidos el suelo, agua y aire son:
En el área de influencia, no se identificaron recursos naturales renovables escasos, únicos o representativos. Lo que se explica por el alto grado de intervención antrópica histórica que posee la superficie de emplazamiento del proyecto. su vegetación es principalmente exótica, lo que limita la colonización de fauna nativa de hábitats.
A mayor abundamiento, de acuerdo a la caracterización del componente suelo, para lo cual se realizaron 15 calicatas en el área de influencia, los resultados obtenidos indican que posee una calidad muy baja debido a su alto índice de erosión, pérdida parcial o total del horizonte superficial y una compactación y dureza del sustrato, que en casos como C2, C12 y CIS imposibilitó la excavación más allá de los 45, 20 y 43 centímetros respectivamente. Si bien se encontraron parches donde el suelo presenta condiciones aceptables (baja erosión, profundidad y horizonte superficial) como es el caso de C3 y C14, la tendencia general encontrada en los suelos presentes en el área de influencia es una baja aptitud agrícola.
Por lo tanto, en base a lo anterior y a su posterior evaluación, es posible indicar que, por efecto del proyecto no se alteran las condiciones actuales del recurso suelo, toda vez que la ocupación de suelo por obras permanentes en poco significativa, las características del proyecto (paneles) permiten el desarrollo de vegetación y solo se realizará poda o recorte de vegetación para evitar que esta obstruya los paneles. Además, al finalizar la vida útil del proyecto, el suelo quedará despejado.
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A mayor abundamiento, las características actuales del recurso suelo, no presentan una capacidad Óptima para sustentar biodiversidad, además, no se afectará el recurso de manera significativa por degradación, erosión, impermeabilización, compactación o presencia de contaminante, debido a las partes, obras y acciones del proyecto.
En cuanto a la vegetación, en el área de influencia está constituida casi en su totalidad de especies introducidas. Al respecto, se presentó “Línea de base de flora y vegetación Terrestre-Campaña invierno 2020” (Anexo G2. Flora y vegetación, de la DIA) para el área de influencia. En dicha campaña del catastro de flora del área de prospección para el proyecto, obtuvo como resultado un total de 41 ejemplares. Las especies de plantas identificadas pertenecen a 20 familias botánicas diferentes, siendo las más abundantes Poaceae (10 especies, 24%,), Asteraceae (4 especies, 10%) y Juncaceae y Polygonaceae (3 especies c/u, 7% c/u). En cuanto al origen biogeográfico de la flora identificada, 38 ejemplares tienen un origen introducido (93%), mientras que 3 (7%) especies tienen un origen nativo. Los ejemplares catastrados e identificados, presentaron 3 hábitos o formas de crecimiento diferentes: arbóreo, arbustivo y herbáceo. De ellos, los mayormente representados fueron el herbáceo (35 especies, 88%), seguido del arbóreo (3 especies, 7%) y el arbustivo (2 especies, 5%).
La información respecto al componente flora, fue actualizada y ampliada en el “Informe de Flora y Vegetación Terrestre-Campaña de Primavera 2020” (Anexo Hl. LB PFV María Dolores, de la Adenda), que entregó como resultado un total de 56 ejemplares en el área de influencia, el 95% de la flora catastrada tiene un origen biogeográfico introducida, indicando una alta antropización del área. Cabe indicar que no se identificaron especies en categoría de conservación.
Por su parte, respecto a la fauna, se presentó Línea Base Fauna Terrestre Campaña invierno (Anexo G.1l. de la DIA), en el cual se indica que en el área de influencia del proyecto presenta una intervención humana histórica y su vegetación es principalmente exótica, lo que limita la colonización de fauna nativa de hábitats y hábitos especializados.
No se registraron anfibios y reptiles lo cual se atribuyó a las condiciones invernales de la campaña. Las especies de mamiferos presentes son domésticas. Las especies de aves registradas son de hábitos generalistas, comunes, y frecuentes en los ambientes silvoagropecuarios de Chile central. No se detectó ninguna asociación especial o particular de fauna-flora-suelo en relación a especies nativas.
Posteriormente, en la Adenda, se amplió la información mediante Línea Base Fauna Terrestre, campaña Primavera 2020 (Anexo Hl. Fauna, de la Adenda), la cual permite indicar que No se registraron anfibios y reptiles lo cual se atribuye a las condiciones ambientales en general de mala calidad del hábitat. Aun así, se considera probable la presencia de sapito de cuatro ojos en el humedal inverno/primaveral, el cual no será intervenido por ninguna parte, obra o acción del proyecto y se implementará una zona de protección buffer (descrita en la tabla 4,2. del ICE).
Al igual que en la campaña anterior, se identificaron especies de mamíferos domésticas, las especies de aves registradas son de hábitos generalistas, comunes, y frecuentes en los ambientes silvoagropecuarios de Chile central. No se detectó ninguna asociación especial o particular de fauna- flora-suelo en relación a especies nativas.
Por su parte, el proyecto no generará un impacto significativo sobre el recurso hídrico, toda vez que no se intervendrán cuerpos de agua. El agua necesaria para la construcción y operación será adquirida a una empresa que cuente con las respectivas autorizaciones de extracción de aguas por parte de la autoridad competente.
En cuanto al aire, como fue descrito anteriormente (tabla 5.1. de la presente RCA), el proyecto genera la máxima cantidad de emisiones atmosféricas durante la fase de construcción, las que no son significativas y son de carácter temporal (6 meses).
En atención a lo anteriormente expuesto, así como los antecedentes expuestos en la tabla 6.2. del ICE, es posible concluir que el proyecto no generará efectos adversos significativos sobre la cantidad y calidad de los recursos naturales renovables, incluidos el suelo agua y aire, en los términos establecido en el art. 6 del D.S. N*40/2012.
- REASENTAMIENTO DE COMUNIDADES HUMANAS O ALTERACIÓN SIGNIFICATIVA DE LOS SISTEMAS DE VIDA Y COSTUMBRES DE GRUPOS HUMANOS
Impacto ambiental Susceptibilidad de afectación a la calidad de vida de los
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grupos humanos
Parte, obra o acción que lo genera Obras permanentes del proyecto
Fase en que se presenta e Construcción
-
Operación
-
Cierre Impacto ambiental Molestia por vibraciones a receptores cercanos Parte, obra o acción que lo genera Uso de maquinaria (Hincadora/perforadora) Fase en que se presenta + Construcción
ll Referencia al ICE para mayores | + Sección 5.3 del ICE, Grupos humanos, incluyendo
detalles sobre este impacto específico grupos humanos pertenecientes a pueblos indígenas.
e Sección 6.3. del ICE, Sobre la inexistencia de reasentamiento de comunidades humanas o alteración significativa de los sistemas de vida y costumbres de grupos humanos.
Los principales aspectos ambientales que permitieron acreditar que el proyecto no presenta o genera reasentamiento de comunidades humanas o alteración significativa de los sistemas de vida y costumbres de grupos humanos son:
El área de influencia definida para el medio humano solo comprende la existencia de una infraestructura agrícola vinculada al cuidado de animales y una vivienda deshabitada. Los receptores más cercanos corresponden a viviendas aisladas, que van desde los 300 m a los 717 m. de distancia hacia el proyecto (Mayores antecedentes en el Anexo K1 Actualización medio humano, de la Adenda).Cabe indicar que, en el área de influencia, no se identificaron Grupos Humanos Pertenecientes a Pueblos Indígenas (GHPPD.
El área de ejecución del proyecto no presenta construcciones, ni viviendas, por lo que el proyecto no contempla la relocalización de personas ni grupos humanos.
A mayor abundamiento, la implementación del proyecto se desarrollará al interior de un predio particular con marcado uso agrario. donde no se aprecia un acervo cultural de origen autóctono o que pertenezca a pueblos originarios, tampoco existe recolección de plantas ni arbustos con fines espirituales en sectores inmediatos a los predios del proyecto y los eventuales usos medicinales que pudiesen realizarse, se desarrollan al interior de cada uno de los mismos predios donde residen las familias. Por cuanto, se concluye que el proyecto no interviene, no usa y no restringe el acceso de los habitantes del área de influencia a los recursos naturales utilizados como sustento económico o para cualquier otro uso tradicional, tales como uso medicinal, espiritual o cultural.
Cabe indicar que en el área de influencia no existe infraestructura social como consultorios, colegios, iglesias etc. Solo es posible observar ganado. En consecuencia, el área es muy acotada no produciéndose afectación a ninguna vivienda. lo que permite descartar su afectación en términos de acceso a servicios básicos en las distintas fases del proyecto.
En cuanto al flujo vehicular asociado a la etapa de construcción del proyecto, no generará un aumento significativo en los tiempos de desplazamiento, como tampoco provocará la obstrucción o restricción a la libre circulación o conectividad.
En particular, respecto de un eventual impacto sobre el flujo vehicular, es necesario decir que todos los vehículos que transitarán por la ruta $ hacia el emplazamiento del proyecto son camiones de más de dos ejes, los cuales suman 9 vehículos diarios aproximadamente durante los 6 meses de la fase de construcción del proyecto. Es relevante mencionar que es el escenario más desfavorable, dado que se estima que los vehículos que ingresan a la comuna de Los Ángeles por el Acceso Norte siguen por Camino Maria Dolores y no por la ruta Q-20, por lo que el aporte sería menor.
En atención a lo anteriormente expuesto, así como los antecedentes expuestos en la tabla 6.3. del ICE, es posible concluir que el proyecto no generará reasentamiento de comunidades humanas o alteración significativa de los sistemas de vida y costumbres humanas. En este contexto, cabe indicar que, CONADI, quien se pronunció conforme respecto a la DIA, indicó mediante Ord. N*337 de fecha 14 de agosto de 2020: “se verifica que en el área donde se encuentra emplazado el proyecto, no existirian organizaciones indigenas que pudieran ser afectadas por partes, obras o la ejecución del proyecto. Por otra parte, el titular descartó que al interior del área ' de influencia, existieran GHPPI que pudieran ser afectados con el proyecto en evaluación”.
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5.4. LOCALIZACIÓN EN O PRÓXIMA A POBLACIONES, RECURSOS Y ÁREAS PROTEGIDAS, SITIOS PRIORITARIOS PARA LA CONSERVACIÓN, HUMEDALES PROTEGIDOS Y GLACIARES, SUSCEPTIBLES DE SER AFECTADOS, ASÍ COMO EL VALOR AMBIENTAL DEL TERRITORIO EN QUE SE PRETENDE EMPLAZAR
Impacto ambiental Susceptibilidad de afectación por localización del proyecto en o próximo a poblaciones protegidas, recursos protegidos, humedales protegidos, sitios prioritarios para la
conservación.
Componente(s) ambiental(es) No aplica
afectado(s)
Parte, obra o acción que lo genera No aplica
Fase en que se presenta No aplica
Impacto ambiental e Susceptibilidad de afectación debido a la localización
del proyecto en o próximo a áreas con valor ambiental
Componente(s) ambiental(es) No aplica
afectado(s)
Parte, obra o acción que lo genera No aplica
Fase en que se presenta No aplica
Referencia al ICE para mayores ¡e Sección 5.4, del ICE, Áreas protegidas, poblaciones detalles sobre este impacto específico protegidas, recursos protegidos, glaciares, humedales protegidos, sitios prioritarios para la conservación.
e Sección 5.5. del ICE, Valor Ambiental
e Sección 6.4, del ICE, Sobre la inexistencia de localización en o próxima a poblaciones, recursos y áreas protegidas, sitios prioritarios para la conservación, humedales protegidos y glaciares, susceptibles de ser afectados, así como el valor ambiental del territorio en que se pretende emplazar.
De acuerdo con la información presentada por el titular y posterior evaluación de los organismos competentes, incluyendo a CONADI, quien se pronunció conforme respecto a la DIA, es posible indicar que, en el área de influencia del proyecto no hay comunidades, terrenos destinados a manifestación ni actividades étnicas. Además, en el área de influencia del proyecto no existen recursos, humedales ni áreas protegidas, glaciares ni sitios prioritarios para la conservación susceptibles de ser afectados por las partes, obras y/o acciones del proyecto.
El área de emplazamiento del proyecto no presenta valor ambiental en los términos del SEIA, dado que no presenta baja o nula intervención antrópica, ni provee de servicios ecosistémicos locales relevantes para la población, o cuyos ecosistemas o formaciones naturales que presenten características de unicidad, escasez o representatividad. En este sentido, el área de influencia del proyecto presenta un alto grado de intervención antrópica. En cuanto a flora y vegetación, predominan las especies herbáceas y no se registraron especies en categoría de conservación.
En atención a lo anteriormente expuesto, así como los antecedentes expuestos en la tabla 6.4. del ICE, es posible concluir que el proyecto no se localizará en o próximo a poblaciones, recursos y áreas protegidas, sitios prioritarios para la conservación, humedales protegidos y glaciares, susceptibles de ser afectados, así como el valor ambiental del territorio en que se pretende emplazar.
5.5. ALTERACIÓN SIGNIFICATIVA, EN TÉRMINOS DE MAGNITUD O DURACIÓN, DEL VALOR PAISAJÍSTICO O TURÍSTICO DE UNA ZONA
Impacto ambiental Obstrucción de la visibilidad a una zona con valor paisajístico y/o turístico.
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Componente(s) ambiental(es) No aplica
afectado(s) Parte, obra o acción que lo genera No aplica Fase en que se presenta No aplica
Referencia al ICE para mayores | Sección 5.6. del ICE, Valor paisajístico y turístico
detalles sobre este impacto específico | Sección 6.5 del ICE, Sobre la inexistencia de alteración
significativa, en términos de magnitud o duración, del valor paisajístico o turístico de una zona
El área de influencia del proyecto no presenta valor turístico en los términos del SEIA, toda vez que no cuenta con valor paisajístico, cultural y/o patrimonial, ni atrae flujos de visitantes o turistas. Así como tampoco presenta valor paisajístico en los términos del SEIA, toda vez que no posee atributos naturales que le otorguen calidad que la haga única y representativa.
En atención a lo anteriormente expuesto, así como los antecedentes expuestos en la tabla 6.5, del ICE, es posible concluir que el proyecto no alterará significativamente, en términos de magnitud o duración, el valor paisajístico o turístico de la zona, En este contexto, cabe hacer presente que, la autoridad competente, SERNATUR, mediante Ord. N*282 de fecha 14 de agosto de 2020, se pronunció conforme respecto a la DIA.
5.6. ALTERACIÓN DE MONUMENTOS, SITIOS CON VALOR ANTROPOLÓGICO, ARQUEOLÓGICO, HISTÓRICO Y, EN GENERAL, LOS FPERTENECIENTES AL PATRIMONIO CULTURAL
Impacto ambiental Alteración al Patrimonio Cultural Parte, obra o acción que lo genera No aplica Fase en que se presenta No aplica
Referencia al ICE para mayores e Sección 5.7. del ICE, Patrimonio cultural
detalles sobre este impacto específico |, Sección 6.6. del ICE, Sobre la inexistencia de alteración
de monumentos, sitios con valor antropológico, arqueológico, histórico y, en general, los pertenecientes al patrimonio cultural.
En el área de influencia del proyecto no se registró ningún Monumento Nacional, correspondiente a aquellos definidos por la Ley N? 17.288, incluyendo al Patrimonio Cultural Indígena. (Anexo El Actualización inspección arqueológica y Anexo Gl Línea Base Patrimonio Natural, de la Adenda), ni existen construcciones, lugares o sitios que pertenezcan al patrimonio cultural, considerando al Patrimonio Cultural Indígena, en atención a los antecedentes presentados por el titular en la prospección arqueológica (Mayores antecedentes en el Anexo El Actualización Inspección arqueológica y Anexo Gl. Paleontología, de la Adenda). Además, no se identificaron lugares o sitios en los cuales se realicen manifestaciones propias de la cultura o folclore de alguna comunidad o grupo humano, considerando los grupos humanos pertenecientes a pueblos indígenas.
En atención a lo anteriormente expuesto, así como los antecedentes expuestos en la tabla 6.6. del ICE, es posible concluir que el proyecto no generará alteración a monumentos, sitios con
valor antropológico, arqueológico, histórico y, en general, los pertenecientes al patrimonio cultural.
6”. Que resultan aplicables al Proyecto los siguientes permisos ambientales sectoriales, asociados a las correspondientes partes, obras o acciones que se señalan a continuación:
6.1. PERMISOS AMBIENTALES SECTORIALES MIXTOS
6.2.1. Permiso para la construcción, reparación, modificación y ampliación de cualquier planta de
tratamiento de basuras y desperdicios de cualquier clase o para la instalación, según se establece en el artículo 140 del Reglamento del SELA
|
Fase del Proyecto a la | Construcción y Cierre
21
cual corresponde
Parte, obra o acción a la que aplica
Almacenamiento de residuos sólidos asimilables a domiciliarios
Condiciones o exigencias específicas para su otorgamiento
No aplica.
Pronunciamiento del órgano competente
Mediante Ord. N*1843, de fecha 12 de agosto de 2020, la Seremi de Salud se pronunció conforme respecto a la DIA, indicando al respecto: “El titular presenta los antecedentes técnicos en conformidad para la obtención del permiso sectorial del sitio de almacenamiento de residuos no peligrosos PAS 140 y del sitio de almacenamiento de residuos peligrosos PAS 142.”
Referencia al ICE para mayores detalles
Tabla 102.1. del ICE, Permiso para la construcción, reparación, modificación y ampliación de cualquier planta de tratamiento de basuras y desperdicios de cualquier clase, o para la instalación de todo lugar destinado a la acumulación, selección, industrialización, comercio O disposición final de basuras y desperdicios de cualquier clase, según se establece en el artículo 140 del Reglamento del SELA
6.2.2. Permiso para todo sitio destinado al almacenamiento de residuos sólidos peligrosos, cuyo requisito consiste en que el almacenamiento de residuos en un sitio no afecte la calidad de las aguas, suelo y aire que pueda poner en riesgo la salud de la población según se establece en el artículo 142 del Reglamento del SEIA
Fase del Proyecto a la cual corresponde
Construcción y abandono
Parte, obra o acción a la que aplica
bodega de residuos peligrosos, para el acopio temporal de estos.
Condiciones o exigencias especificas para su otorgamiento
No aplica.
Pronunciamiento del órgano competente
Mediante Ord. N*1843, de fecha 12 de agosto de 2020, la Seremi de Salud se pronunció conforme respecto a la DÍA, indicando al respecto: “El titular presenta los antecedentes técnicos en conformidad para la obtención del permiso sectorial del sitio de almacenamiento de residuos no peligrosos PAS 140 y del sitio de almacenamiento de residuos peligrosos PAS 142.”
Referencia al ICE para mayores detalles
Tabla 10.2.2 Permiso o para todo sitio destinado al almacenamiento de residuos peligrosos, según se establece en el artículo 142 del Reglamento del SELA
6.2.3. Permiso para subdividir y urbanizar terrenos rurales o para construcciones fuera de los límites urbanos, cuyos requisitos consisten en no originar nuevos núcleos urbanos al margen de la planificación urbana y no generar pérdida o degradación del recurso natural suelo según se establece en el artículo 160 del Reglamento del SELA
Fase del Proyecto a la cual corresponde
Construcción y Operación
Parte, obra o acción a la que aplica
Edificaciones del proyecto
Condiciones o exigencias específicas para su otorgamiento
No aplica
Pronunciamiento del órgano competente
El MINVU, mediante Ord. N*022 de fecha 18 de marzo de 2021 indicó al respecto: “Se informa que se revisó la Adenda Complementaria con
22
pronunciamiento conforme, condicionado a la corrección del total de las superficies de las construcciones, tanto de las provisorias como de las permanentes, las que deben quedar registradas en el Informe Final de Evaluación, de acuerdo a lo señalado a continuación.
El PAS 160 del Reglamento de Evaluación Ambiental señala claramente los antecedentes que se requieren para su otorgamiento. En su mayoría están referidos a las construcciones contempladas, tanto en el literal a) referido a las subdivisiones y urbanizaciones como en el literal b), referido especificamente a las construcciones.
Si bien es cierto el Titular corrige los cuadros de superficies de las construcciones tanto permanentes como provisorias, mantiene algunas inconsistencias que es necesario aclarar para su registro.
En la respuesta otorgada a la observación N"4.2., se incluye la Tabla N*42 "Superficies Instalaciones Temporales- Edificios Afectas a PAS 160, que registra un total de 144 m?. A continuación enumera las "instalaciones Temporales” consideradas "áreas abiertas”, las que no estarían afectas al PAS 160, dentro de las cuales contempla los "baños químicos”.
En cuanto a la respuesta sobre las construcciones permanentes otorgada a la observación N"4.3., el Titular no separa entre instalaciones y construcciones, mezclándolas y rotulándolas todas como instalaciones. En la Tabla N*%43 "Superficie de Instalaciones”, junto con incluir los paneles solares, señalando entre paréntesis (no edificable), igualmente los contabiliza en el total de la superficie de las construcciones permanentes, llegando a una cifra de 130.102 m?, en consecuencia, solo debiera registrar en dicho cuadro la superficie correspondiente a las construcciones, tales
como la Oficina sala de telecontrol, las Estaciones de transformación (3) y la Bodega”.
En función de lo anterior, las tablas presentadas en la Adenda Complementaria quedan de la siguiente manera:
Construcciones Proyisorias
Tabla N*%42.Construcciones Provisoras - PAS 160
Construcciones Superficie (m?) Oficinas 36
Vestidor 18
Sala multiusos 18
Bodegas 36
Baños químicos 9
Comedor 36
Superficies total 153
Construcciones permanentes
Tabla N*43. Construcciones Permanentes - PAS 160
Construcciones Superficie (mi) Oficina sala de telecontrol 15 Estaciones de 12) transformación (3)
15 102
Bodega
Superficie total
Se hace presente que, la información presentada en las tablas precedentes se obtuvo a partir de la información presentada por el Titular en la Adenda Complementaria.
Por su parte, el SAG, se pronunció conforme respecto al PAS, indicando mediante Ord. N*%363/2021 que: “El proyecto cumple con los contenidos técnicos para el otorgamiento del PAS 160, que corresponden a los señalados en el literal b (b1, b2, b3 y b3) del Artículo 160 del D.S.40 del 2012, de competencia de este Servicio, referido a una superficie de emplazamiento de construcciones de 130.246 m2 (130.102 ná de construcciones permanentes y 144 m2 de construcciones temporales), superficie que incluye el emplazamiento de los paneles fotovoltaicos (130.000 m? )”.
Referencia al ICE para mayores detalles
Tabla 10.2.3. del ICE, Permiso subdividir y urbanizar terrenos rurales o para construcciones fuera de los limites urbanos, según se establece en el artículo 160 del Reglamento del SEIA
7". Que, de acuerdo a los antecedentes que constan en el expediente de evaluación, la forma de cumplimiento de la normativa de carácter ambiental aplicable al Proyecto es la siguiente:
7.1. COMPONENTE/MATERIA: Ordenamiento Territorial.
Norma
D.F.L. N* 458/1975; aprueba Nueva Ley General de Urbanismo y Construcción. Según lo dispuesto en su artículo 55.
Otros cuerpos legales
D.S. N* 47/1992. Ordenanza de Urbanismo y Construcción. Según lo dispuesto en los artículos 4.14.1, 414.3 y 4.14,5,
Fase del proyecto a la que aplica o en la que se dará
cumplimiento
En la etapa de construcción se consideran las instalaciones temporales tale como oficinas 1 y 2, vestidor, comedor, bodegas de RESPEL, bodega de insumos generales, bodega de insumos. En la etapa de operación se consideran las instalaciones de oficina, bodega, estación transformadora, paneles solares.
Parte, obra, acción, emisión, residuo o sustancias a la que
aplica
Fase de construcción y operación.
Forma de cumplimiento
Aprobación ambiental y sectorial del PAS 160.
Indicador que acredita su
- Informe favorable para la construcción (IFC).
cumplimiento e Autorización sectorial del PAS160 + Patente Municipal e Calificación de actividad económica Forma de control y No aplica seguimiento Referencia al ICE para | Tabla 9.1.1. Norma D.F.L. N* 458/1975; aprueba Nueva Ley
mayores detalles
General de Urbanismo y Construcción. Según lo dispuesto en su artículo 559,
7.2. COMPONENTE/MATERIA: Registro de Emisiones y Transferencias de Contaminantes, RETC
Norma
Decreto Supremo N 1/2013, Aprueba reglamento del Registro de Emisiones y Transferencias de Contaminantes, RETC. Modificado por D.S. N 31/2017 “Modifica Decreto Supremo N* 1, de 2013, del ministerio del medio ambiente, que aprueba el reglamento del registro de emisiones y transferencias de contaminantes”. Ministerio de Medio Ambiente.
Componente/materia:
Emisiones y Residuos
Otros cuerpos legales
No aplica
Fase del proyecto a la que aplica o en la que se dará
Todas las fases del proyecto
24
¡ cumplimiento
Parte, obra, acción, emisión, residuo o sustancias a la que aplica
Generación de emisiones atmosféricas
Forma de cumplimiento
El titular cargará los reportes asociados a los residuos y emisiones. De manera previa al inicio de la ejecución del proyecto, se realizarán las siguientes acciones: .
-
Designación del encargado de establecimiento a través de poder notarial.
-
Acceso a la plataforma virtual del RETC con RUT de Titular.
-
Carga al sistema en formato digital del poder notarial y fotocopia del carné de identidad del encargado del establecimiento designado en el poder notarial. Efectuados los pasos anteriores, y una vez obtenido el comprobante de ingreso electrónico al RETC, se presentarán el poder, la cédula de identidad del encargado y el comprobante en formato físico en el Ministerio de Medio Ambiente, en su rol d administrador del sistema. Se debe solicitar en la página web del RETC la inscripción del establecimiento, para luego solicitar los sistemas sectoriales para SINADER, SIDREP, Registros de Fuentes y procesos y Registro único de emisiones atmosféricas
Indicador que acredita su cumplimiento
Comprobantes de declaraciones RETC,
Forma de seguimiento
control y
Comprobantes de declaraciones RETC.
Referencia al mayores detalles
ICE para
Tabla 9.2.1. Norma Decreto Supremo N 1/2013, Aprueba reglamento del Registro de Emisiones y Transferencias de Contaminantes, RETC. Modificado por D.S. N 31/2017 “Modifica Decreto Supremo N' 1, de 2013, del ministerio del medio ambiente, que aprueba el reglamento del registro de emisiones y transferencias de contaminantes”. Ministerio de Medio Ambiente.
7.3. COMPONENTE/MATERIA: Seguimiento y Fiscalización.
Norma
Resolución Exenta N1.518/2013, Fija el Texto refundido, coordinado y sistematizado de la Resolución N574/2012 “Requiere información que indica e instruye la forma y el modo de presentación de los antecedentes solicitados”. Ministerio del Medio Ambiente. Artículo 19, zo 3 qe y se
Otros cuerpos legales asociados
No aplica
Fase del proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento
Todas las fases del proyecto
Parte, obra, acción, emisión, residuo o sustancias a la que aplica
El proyecto ingresa al SEIA con el fin de evaluarse ambientalmente hasta la obtención de una RCA favorable
Forma de cumplimiento
De obtener RCA favorable, se realizará la carga en plataforma http://snifa.sma.gob.cl/SistemaRCA dentro del plazo de 15 días hábiles, contados desde la fecha de notificación de la RCA.
Indicador que acredita su cumplimiento
El registro que arroja como comprobante la plataforma, opera como indicador de cumplimiento.
Forma de seguimiento
control y
Ante cualquier modificación de titularidad o representante legal, se realizará el cambio de inmediato. Asimismo, en forma previa al inicio de cada fase, se informará su estado.
Referencia al mayores detalles
ICE para
Tabla 9.2.2. Norma Resolución Exenta N1.518/2013, Fija el Texto refundido, coordinado y sistematizado de la Resolución N574/2012 “Requiere información que indica e instruye la forma y el modo de presentación de los antecedentes solicitados”. Ministerio del Medio Ambiente, Artículo 19, 29 ,3%, 4% y 59
Norma
D.F.L N850 (modificado por Decreto con Fuerza de Ley N2/06), Ministerio de Obras Públicas, Fija el texto refundido, coordinado y sistematizado de la Ley N15.840, de 1964, Orgánica del Ministerio de Obras Públicas, y del Decreto con Fuerza de Ley, del mismo Ministerio, N206 de 1960, sobre construcción y conservación de caminos. Según lo dispuesto en sus artículos 36”,
Otros cuerpos legales asociados
Resolución N*1 (modificada por Resolución N” 3466/19) del Ministerio de Transporte y Telecomunicaciones. Según lo dispuesto en sus artículos 19 y 32.
Fase del proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento
Todas las fases del proyecto
Parte, obra, acción, emisión, residuo o sustancias a la que aplica
Durante la fase de construcción se realizará el traslado de materiales por caminos de uso público
Forma de cumplimiento
Para el traslado de insumos, maquinaria, equipos, personal y material de excavación, el Proyecto considera la utilización de caminos públicos y de sus fajas fiscales existentes en el área, y en la zona del Proyecto. En el uso de los caminos públicos, se respetarán las directrices contenidas en esta norma.
Durante todas las fases del proyecto, se implementarán las siguientes medidas:
- Los camiones que transporten material de relleno u otros similares serán cubiertos con implementos que eviten la generación de residuos y escurrimiento (ej. lonas o carpetas cobertoras).
Indicador que acredita su cumplimiento
Autorización de la Dirección de Vialidad en caso de ser necesario. Registro fotográfico de camiones cubiertos para evitar generación de emisiones en todas las fases del Proyecto.
Forma de control y
Se mantendrá un registro de la autorización de la Dirección de
seguimiento Vialidad en caso de ser necesario, Se mantendrán registros disponibles y actualizados formato digital y papel.
Referencia al ICE para Tabla 9.2.17. Norma D.F.L N*850 (modificado por Decreto con
mayores detalles
Fuerza de Ley N2/06), Ministerio de Obras Públicas, Fija el texto refundido, coordinado y sistematizado de la Ley N15.840, de 1964, Orgánica del Ministerio de Obras Públicas, y del Decreto con Fuerza de Ley, del mismo Ministerio, N*206 de 1960, sobre construcción y conservación de caminos. Según lo dispuesto en sus artículos 36",
7.19. COMPONENTE/MATERIA: Seguimiento y Fiscalización.
Norma
Resolución Exenta N* 885/2016 Normas de carácter general sobre deberes de reporte de avisos, contingencias e incidentes a través del Sistema de Seguimiento Ambiental.
Otros cuerpos legales asociados
No aplica
Fase del proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento
Todas las fases del proyecto
Parte, obra, acción, emisión, residuo o sustancias a la que aplica
El proyecto presenta a evaluación ambiental un Plan de Emergencias y Contingencias donde se prevén eventos excepcionales y se establecen acciones para controlarlos.
Forma de cumplimiento
Una vez obtenida la Resolución de Calificación Ambiental favorable se empleará el Sistema Electrónico de Seguimiento Ambiental de la SMA para avisar o informar sobre la ocurrencia de contingencias o incidentes ambientales, en los términos previstos en aquella o, en su defecto, dentro del plazo de 24 horas de ocurrido el evento que se informe.
Indicador que acredita su cumplimiento
Obtención de usuario y contraseña en el sistema web de la SMA, y carga de la información requerida en la forma y plazos establecidos por la SMA.
Registros Electrónicos.
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Forma de control y seguimiento
Mantención de los registros respectivos a disposición de la Superintendencia del Medio Ambiente.
Referencia al ICE para mayores detalles
Tabla 9.2.18. Norma Resolución Exenta N* 885/2016 Normas de carácter general sobre deberes de reporte de avisos, contingencias e incidentes a través del Sistema de Seguimiento Ambiental.
7.20, COMPONENTE/MATERIA: Patrimonio arqueológico y cultural
Norma
Ley N*17.288 del Ministerio de Educación. Ley sobre Monumentos Nacionales.
Otros cuerpos legales asociados
DS 484/1990, Ministerio de Educación, Reglamento de la Ley 17.288, Sobre Excavaciones y/o Prospecciones arqueológicas, Antropológicas y Paleontológicas.
Fase del proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento
Fase de Construcción.
Parte, obra, acción, emisión, residuo o sustancias a la que aplica
Impone obligaciones al titular en las actividades de construcción del Proyecto.
Forma de cumplimiento
-
Ante la eventual aparición de restos culturales durante la ejecución de las obras, los responsables del Proyecto que deberán proceder en conformidad a lo dispuesto por la Ley 17.288 de Monumentos Nacionales, dando oportuno aviso a las autoridades competentes.
-
Serealizará un monitoreo arqueológico, por cada frente detrabajo durante las obras de escarpe del terreno y en todas las actividades que consideren la remoción de la superficie. A partir de la mencionada actividad se remitirá al Consejo de Monumentos y a la Superintendencia del Medio Ambiente el informe de monitoreo elaborado por el arqueólogo.
-
Se implementarán un monitoreo paleontológico con frecuencia mensual durante las obras que impliquen excavaciones y/o movimientos de tierra en unidades paleontológicamente susceptibles. En caso de aparición de unidades fosilíferas, se cambiará la frecuencia a semanal o diario, dependiendo del tipo de hallazgos que eventualmente se encuentren, previa consulta al CMN. Los informes de monitoreo deberán ser remitidos semestralmente a este Consejo, suscritos por un paleontólogo.
-
Se implementarán de charlas de inducción en paleontología, las cuales serán dictadas por un paleontólogo que cumpla con el perfil profesional aprobado por el CMN para estos fines previo al inicio de las obras, y cada vez que se incorpore personal. Los informes de esta actividad serán suscritos por el paleontólogo a cargo de las charlas con periodicidad semestral, y deberán incluir un registro fotográfico de las actividades, y las listas de asistencia firmadas para cada charla.
Indicador que acredita su cumplimiento
Durante el desarrollo de las faenas de excavaciones en la fase de construcción del proyesto, en caso de efectuarse un hallazgo arqueológico, se procederá a detener las obras e informar de inmediato y por escrito al Consejo de Monumentos Nacionales tal como lo indica la ley (Ley N*17.288/1970 del Ministerio de Educación Pública).
Forma de control y seguimiento
Registros mensuales durante la fase de construcción,
Referencia al ICE para mayores detalles
Tabla 9.3.1. Norma Ley N*17.288 del Ministerio de Educación. Ley sobre Monumentos Nacionales.
8”, Que, para ejecutar el Proyecto no se presentaron condiciones o exigencias, en concordancia con el artículo 25 de la Ley N? 19.300,
9”. Que, durante el procedimiento de evaluación de la DIA el Titular del Proyecto no propuso compromisos ambientales voluntarios:
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- Que, las medidas relevantes del Plan de Prevención de Contingencias y del Plan de Emergencias, son las siguientes
10.1. PLAN DE PREVENCIÓN DE CONTINGENCIAS
10.1.1. Riesgo o contingencia: Riesgos asociados al almacenamiento de residuos no peligrosos
Fase del proyecto a la que aplica
Construcción, Operación y Cierre.
Emplazamiento, parte, obra O acción asociada
Fase construcción: Almacenamiento de residuos de construcción y residuos domiciliarios.
Fase de operación: Almacenamiento de residuos domiciliarios,
Fase cierre: Almacenamiento de residuos de construcción y residuos domiciliarios.
Acciones o medidas a implementar para prevenir la contingencia
-
En el interior del sitio de almacenamiento de residuos no peligrosos se contará con contenedores con tapa y en buen estado, debidamente identificado.
-
Se contará con sistema de extinción de incendio cercano y equipos de seguridad.
-
— El retiro de los residuos no peligrosos se realizará por parte de una empresa externa que cuente con los Autorizaciones Sanitarias para el transporte.
Objetivo: Establecer medidas de control a considerar para evitar la presencia de vectores biológicos más frecuentes, se ha considerado un sistema de control para vectores como roedores, arácnidos e insectos rastreros y voladores.
Plazos: Las medidas implementadas durarán todo el tiempo de construcción, operación y abandono del proyecto.
Lugar de implementación: Bodega de residuos no peligrosos. Indicador de cumplimiento:
-
Registro de Capacitación del personal en el manejo de residuos industriales no peligroso y sobre el plan de emergencia y contingencia.
-
. Registro de mantención de las instalaciones.
Forma de control y seguimiento
Se dispondrá de una bitácora digital donde se indicará en caso de ocurrir un incidente de estas características,
Registro de mantención de las instalaciones.
Plazos: Ante la ocurrencia de un incidente se notifica a la SMA en un plazo de 24 horas.
Informe de incidente 10 días hábiles después de ocurrida el incidente. Frecuencia: La notificación se realizará cada vez que ocurra el incidente. Destinatario de informes: SMA y SEREMI de Salud.
Referencia al ICE
Tabla 8.1.1. del ICE, Riesgo: Riesgos asociados al almacenamiento de residuos no peligrosos.
10.1.2. Riesgo o contingencia: Derrame de Combustibles
Fase del proyecto ala que aplica
Construcción y Fase de Cierre
Funcionamiento de maquinarias y equipos de construcción. Carga de combustible al grupo electrógeno
Emplazamiento, parte, obra O acción asociada Acciones O medidas a implementar para prevenir la contingencia
Carga de combustible directamente al grupo electrógeno. Antes de proceder a la descarga se deben verificar:
-
Durante la recepción y suministro de combustible, se pueden presentar accidentes que ocasionen derrames, por lo que los encargados de esta labor deben ser personas capacitadas en el manejo de combustibles.
-
La zona de recepción de combustible, y canaleta de recepción del combustible presentará una base compacta de algún material que no permita
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escurrimiento al suelo.
De manera inmediata se procederá a remover en su totalidad el combustible derramado.
En caso de presentarse el derrame de combustibles, por el volcamiento de un vehículo, se dará aviso al supervisor, quien dependiendo de la magnitud del daño instruirá las acciones correspondientes (contención en el lugar o llamado a equipo especializado).
Vehículos y maquinarias serán cargados con diésel fuera de las
instalaciones del proyecto, en lugar autorizado como abastecedor de combustible.
Controlado el evento se realizará una evaluación de los efectos sobre el suelo, para posteriormente restaurar el área afectada.
Plazos: En la fase de construcción y cierre Lugar de implementación: Zona de Recepción de combustible. Indicador de cumplimiento:
Registro de Capacitación del personal en el manejo de residuos industriales no peligroso y sobre el plan de emergencia y contingencia.
Registro de mantención de las instalaciones. Registro bitácora digital en caso de incidente
f
¡ Forma de control y seguimiento
Se dispondrá de una bitácora digital donde se indicará en caso de ocurrir un incidente de estas características.
Informe de incidentes. Registro de capacitación de capacitación y mantención. Plazos:
Bitácora Digital ante la ocurrencia de un incidente se notifica a la SMA en un plazo de 24 horas.
Informe de incidente 10 días hábiles después de ocurrida el incidente. Frecuencia:
La notificación se realizará cada vez que ocurra el incidente. Destinatario de informes: SMA y SEREMI de Salud.
Referencia al ICE
Tabla 8.1.2, del ICE, Riesgo o contingencia: Derrame de Combustibles
10.1.3. Riesgo o contingencia: Derrames de sustancias y residuos peligrosos
Fase del proyecto ala que aplica
Fase de Construcción, Fase de Operación y Fase de Cierre
Fase construcción: Almacenamiento de residuos de construcción.
Fase de operación: Almacenamiento de residuos de mantención y propios de la Operación.
Fase cierre: Almacenamiento de residuos de desmantelamiento.
Emplazamiento, parte, obra 0 acción asociada Acciones o medidas a implementar para prevenir la contingencia
Los residuos peligrosos en operación, que se pueden generar en la planta serán manejados de forma segura y almacenados en contenedores debidamente identificados dentro de la bodega de residuos peligrosos, hasta su traslado a disposición final en lugar autorizado para dichos fines.
Se prohíbe el acopio de residuos orgánicos en lugares no autorizados. Se prohibirá descargar aceites, lubricantes y combustibles al suelo. Acompañando lo anterior, se complementa con las siguientes medidas de prevención de derrames:
El transporte de sustancias y residuos peligrosos se realizará de acuerdo a las características de casa sustancia o residuo.
La carga y descarga de combustibles y/o sustancias peligrosas se realizará en áreas previamente definidas y demarcadas.
Se suspenderá cualquier tarea que genere partículas incandescentes en el área cercana a la carga y descarga.
Tanto en el lugar de carga y descarga como en el área de almacenamiento se contará con elementos de contingencia para evitar derrames.
- La bodega de residuos peligrosos posee piso continuo e impermeable de acuerdo a lo exigido por la norma aplicable, lo cual fue señalado en la DIA. Aplica similares características a la bodega de sustancias peligrosas.
Objetivo: Establecer el manejo de los residuos peligrosos y la disposición transitoria y final en las distintas etapas del proyecto.
Lugar de implementación: Bodega de residuos peligrosos y lugares de
operación de mantención.
Indicador de cumplimiento:
-
Capacitación en el tema, al personal relacionado con el manejo de manejo de sustancias y residuos peligrosos y sobre procedimientos de respuesta ante emergencias de derrame.
-
Se realizarán inspecciones visuales para la verificación de la correcta utilización de los sitios de almacenamiento, y manejo de sustancias y residuos peligrosos.
Forma de control y seguimiento
-
— Se dispondrá de una bitácora digital donde se indicará en caso de ocurrir un incidente de estas características.
-
— Registro de capacitación e inspecciones.
Plazos: Ante la ocurrencia de un incidente se notifica a la SMA en un plazo de 24 horas.
Informe de incidente 10 días hábiles después de ocurrida el incidente. Frecuencia: La notificación se realizará cada vez que ocurra el incidente. Destinatario de informes: SMA y SEREMI de Salud
Referencia al ICE
Tabla 8.1.3. Riesgo o contingencia: Derrames de sustancias y residuos peligrosos
10.1.4. Riesgo o contingencia: Amenazas de explosivo y/o ocupación no autorizada
Fase del proyecto a la que aplica
Fase de Construcción, Fase de Operación y Fase de Cierre.
Todas las obras del proyecto
Emplazamiento, parte, obra O acción asociada Acciones o medidas a implementar para prevenir la contingencia
Descripción: a) Amenaza de explosivos u objetos detonantes
— En caso de llamada que indique presencia de aparato explosivo, se dará inmediato aviso al supervisor.
— Se mantendrán teléfonos de emergencias para que personal especializado realice la verificación de presencia de objetos sospechosos.
b) Ocupación no autorizada
— Se mantendrá en todo momento resguardo con el ingreso y salida de personas al Parque Fotovoltaico. Toda persona deberá estas debidamente identificada.
— Se mantendrán teléfonos de emergencias de fácil acceso. Objetivos: Establecer el manejo ante amenazas de explosivo y/o ocupación no autorizada durante la fase construcción, operación y cierre.
Lugar de implementación: Parque fotovoltaico María Dolores. Oportunidad: A partir de la fase de construcción. Indicador de cumplimiento: Bitácora digital.
Forma de control y seguimiento
Se dispondrá de una bitácora digital donde se indicará en caso de ocurrir un incidente de estas características.
Plazos: Ante la ocurrencia de un incidente se notifica a la SMA en un plazo de 24 horas.
— Informe de incidente 10 días hábiles después de ocurrida el incidente. Frecuencia:
— La notificación se realizará cada vez que ocurra el incidente. Destinatario de informes: SMA.
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Referencia al ICE
Tabla 8.1.4. Riesgo o contingencia: Amenazas de explosivo y/o ocupación no autorizada
10.1.5. Riesgo o contingencia: Incendio
Fase del proyecto a la que aplica
| Fase de construcción, Fase de Operación y Fase de Cierre.
Emplazamiento,
Todas las obras del proyecto.
parte, obra O acción asociada Acciones o medidas a implementar para prevenir la contingencia
La ubicación de los extintores será en todo momento de fácil acceso y
claramente identificados y libres de obstáculos y se tendrán los números de
emergencia de fácil acceso. Se dispondrá de planes evacuación indicando punto
de encuentro y rutas de evacuación. Periódicamente se realizarán simulacros.
-
Todo lugar de trabajo, faena, obra e instalación deberán estar en condiciones óptimas de orden y limpieza.
-
En todos los lugares de trabajo, faenas e instalaciones se dispondrá de los elementos mínimos para combatir fuegos pequeños, de acuerdo a las exigencias establecidas por la autoridad competente.
-
Los elementos para combatir los incendios deberán ubicarse en sitios de fácil acceso y contar con identificación clara. Así mismo, los extintores deberán ser sometidos a revisión, control y mantención preventiva según normas chilenas oficiales.
-
Se mantendrán resguardadas las sustancias inflamables, en lugares que no revistan riesgo de combustión.
-
Se prohibirá encender fogatas, fumar o realizar cualquier otra acción que represente riesgo de incendio.
-
Se retirarán todos los elementos combustibles como madera, leña y otros que hayan quedado del despeje de la vegetación en el área de las faenas, a sectores de acopio especificamente individualizados para estos fines.
-
El estacionamiento y uso de maquinarias y vehículos se realizará en sectores definidos para ello, quedando prohibido estacionarse en sectores que presenten vegetación seca.
-
— Desbroce y limpieza de la faja de servidumbre a lo largo de la línea.
- — Instalación de equipos contraincendios en el Parque Fotovoltaico.
Objetivo: Establecer los protocolos a seguir en caso de incendio en el Parque fotovoltaico María Dolores.
Lugar de implementación: Parque fotovoltaico María Dolores. Indicadores de cumplimiento: - Capacitación general sobre uso de extintores.
- Registro de Inspección permanente de los lugares de trabajo, faenas e instalaciones con el objetivo de detectar peligros.
-___Plan de emergencia con su registro de simulacro.
Forma de control y seguimiento
Se dispondrá de una bitácora digital donde se indicará en caso de ocurrir un incidente de estas características.
Referencia al ICE
Tabla 8.1.5. Riesgo o contingencia: Incendio
10.1.6. Riesgo o contingencia: Sismos
Fase del proyecto a la que aplica
Fase de construcción, Fase de Operación y Fase de Cierre.
Emplazamiento, Todas las obras del proyecto
parte, obra o
acción asociada
Acciones o - Todas las obras del proyecto cumplirán con normativa de construcción medidas a asociada a diseños antisísmicos.
implementar para prevenir la contingencia
- Se deberán conocer con antelación las áreas de seguridad.
- — Se mantendrán rutas señalizadas de escape y seguridad.
-
Se mantendrán botiquín de primeros auxilios,
-
Durante un sismo: el personal seguirá las acciones iniciadas en Plan de prevención de contingencia y emergencias de riesgos laborales de la empresa.
-
— Posterior a un sismo: o Se evaluarán dafios a edificaciones y se tomarán las medidas de emergencia en caso necesario. o Se demarcarán zonas que pudiesen ser riesgo para la población o la integridad del activo.
Objetivo: Establecer los protocolos en caso de sismos. Lugar de implementación: Parque fotovoltaico María Dolores. Indicadores de cumplimiento: Registro de mantención
Forma de control y
Se dispondrá de una bitácora digital donde se indicará en caso de ocurrir un
seguimiento incidente de estas caracteristicas. Plazos: - Ante la ocurrencia de un incidente se notifica a la SMA en un plazo de 24 horas. - Informe de incidente 10 días hábiles después de ocurrida el incidente. Frecuencia: - La notificación se realizará cada vez que ocurra el incidente. Destinatario de informes: SMA. Referencia al ICE | Tabla 8.1.6 del ICE, Riesgo o contingencia: Sismos
10.2. PLAN DE EMERGENCIAS
10.2.1. Situación de emergencia: Riesgos asociados al almacenamiento de residuos no peligrosos.
Fase del Proyecto ala que aplica
Construcción, Operación y Cierre.
Parte, obra o acción asociada
Fase construcción: Almacenamiento de residuos de construcción y residuos domiciliarios.
Fase de operación: Almacenamiento de residuos domiciliarios. Fase cierre: Almacenamiento de residuos de construcción y residuos domiciliarios,
Acciones a implementar
Descripción:
- — Se avisará a supervisor o persona a cargo de las actividades.
-
— Aislar el área del derrame/fuga inmediatamente.
-
— Mantenga a las personas fuera del área,
-
— Resguardar que el derrame no continué su escurrimiento.
-
Luego de la contención se deberá realizar el trabajo de recoger los residuos derramados.
-
Recursos técnicos disponibles para la emergencia:
Emergencias médicas Equipo para atención de
primeros auxilios
Comunicación Equipos celulares
Sistema de extinción y | Red contra incendios: control de incendio
- Extintores « Arena. + Palas
Objetivo: Establecer protocolos a considerar en caso de detectar un derrame de residuos no peligrosos durante todas las etapas de construcción, operación y cierre.
Lugar de implementación: Bodega de residuos no peligrosos. Oportunidad: Se implementará una vez iniciada la etapa de construcción y durante todas las
fases.
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| Indicar de cumplimiento: Bitácora con fotografías.
Oportunidad y vías de comunicación a la SMA de la
activación del Plan
Ante la ocurrencia de una emergencia de carácter ambiental se dará aviso a la SMA a través Sistemas Electrónico de Seguimiento Ambiental, dentro de un plazo de 24 horas ocurrido el evento que se está informando. Con plazo de 10 días hábiles se entregará informe de incidentes el cual contendrá las medidas de control, a través del seguimiento de Sistemas Electrónico de Seguimiento Ambiental.
Se procederá en base a lo establecido en la R.E. N” 885/2016 de la SMA Normas de Carácter General sobre Deberes de Reporte de Avisos, Contingencias e Incidentes a través del Sistema de Seguimiento Ambiental.
Referencia al ICE
Tabla 8.1.1. del ICE, Riesgo: Riesgos asociados al almacenamiento de residuos no peligrosos.
10.2.1. Situación de
emergencia: Derrame de Combustibles
Fase del Proyecto a la que aplica
Construcción y Fase de Cierre
Parte, obra o acción asociada
Funcionamiento de maquinarias y equipos de construcción. Carga de combustible al grupo electrógeno.
activación del Plan
Acciones a - Una vez que se detecte el derrame de combustibles, el personal deberá implementar levantar la alerta a su supervisor.
-
— Aislar el área del derrame/fuga inmediatamente.
-
Mantenga a las personas fuera del área.
-
Manténgase alejado de las áreas bajas, con el viento por la espalda.
-
Ventile los espacios cerrados antes de entrar,
-
— Para el derrame se necesita el Kit para el control de derrame.
-
Se deberá priorizar la contención para evitar que el derrame llegue a cuerpos de agua.
-
Luego de finalizada la emergencia, se debe desechar el combustible derramado, el método de contención y aquellos elementos de protección como residuos peligrosos.
Objetivo: Establecer los protocolos para contener el derrame de combustibles
en las etapas de construcción y cierre en el Parque Fotovoltaico María
Dolores.
Lugar de implementación: Sector implementado para la carga de
combustible en la etapa de construcción y cierre.
Oportunidad:
- La implementación se ejecutará desde el comienzo de la etapa de
construcción. Indicador de cumplimiento:
— Registro bitácora digital en caso de incidente.
- Informe de incidente, medidas de control implementados y resultados de
estos.
Oportunidad y Ante la ocurrencia de una emergencia de carácter ambiental se dará aviso a la vías de SMA a través Sistemas Electrónico de Seguimiento Ambiental, dentro de un comunicación ala | plazo de 24 horas ocurrido el evento que se está informando. Con plazo de 10 SMA de la días hábiles se entregará informe de incidentes el cual contendrá las medidas
de control, a través del seguimiento de Sistemas Electrónico de Seguimiento Ambiental.
Se procederá en base a lo establecido en la R.E. N* 885/2016 de la SMA Normas de Carácter General sobre Deberes de Reporte de Avisos, Contingencias e Incidentes a través del Sistema de Seguimiento Ambiental.
Referencia al ICE
Tabla 8.1.2. del ICE, Riesgo o contingencia: Derrame de Combustibles
| 10.2.1. Situación de emergencia: Derrames de sustancias y residuos peligrosos
41
Fase del Proyecto a la que aplica
Fase de Construcción, Fase de Operación y Fase de Cierre
Parte, obra o acción asociada
Fase construcción: Almacenamiento de residuos de construcción.
Fase de operación: Almacenamiento de residuos de mantención y propios de la operación. Fase cierre: Almacenamiento de residuos de desmantelamiento.
Acciones a implementar
-
Una vez que se detecte el derrame de residuos peligrosos, el personal deberá levantar la alerta a su supervisor.
-
— Aislar el área del derrame/fuga inmediatamente.
-
Mantenga a las personas fuera del área.
-
— Manténgase alejado de las áreas bajas, con el viento por la espalda.
-
Ventile los espacios cerrados antes de entrar.
-
— Para el derrame se necesita el Kit para el control de derrame.
-
Se deberá priorizar la contención para evitar que el derrame llegue a cuerpos de agua.
-
— Luego de finalizada la emergencia, se debe desechar los residuos, junto con aquellos equipos usados en la contención.
-
El material desechable utilizado para la contención será depositado de la misma manera que los residuos productos del derrame, deben ser tratados por como residuos peligrosos.
— Recursos técnicos disponibles para la emergencia:
Emergencias médicas. Equipo para atención de
primeros auxilios,
Comunicación. Equipos celulares
Red contra incendios, Extintores. Arena. + Palas.
Sistema de extinción y control de incendio
Objetivo: Establecer los pasos a seguir en caso de presentarse la emergencia en caso de derrame y manejo de residuos peligrosos para las fases de construcción, operación y cierre.
Lugar de implementación: Zona de Recepción de combustible en etapa de construcción y cierre.
— Bodega de Respel para los residuos de mantención.
Oportunidad: Implementado desde la fase de construcción.
Indicador de cumplimiento:
-
Registro bitácora digital en caso de incidente.
-
— Informe de incidente, medidas de control implementados y resultados de los mismos
Oportunidad y vías de comunicación a la SMA de la activación del Plan
Ante la ocurrencia de una emergencia de carácter ambiental se dará aviso a la SMA a través Sistemas Electrónico de Seguimiento Ambiental, dentro de un plazo de 24 horas ocurrido el evento que se está informando. Con plazo de 10 días hábiles se entregará informe de incidentes el cual contendrá las medidas de control, a través del seguimiento de Sistemas Electrónico de Seguimiento Ambiental.
Se procederá en base a lo establecido en la R.E. N” 885/2016 de la SMA Normas de Carácter General sobre Deberes de Reporte de Avisos, Contingencias e Incidentes a través del Sistema de Seguimiento Ambiental.
Referencia al ICE
Tabla 8.1.3. del ICE, Riesgo o contingencia: Derrames de sustancias y residuos peligrosos
10.2.1. Situación de emergencia: Amenazas de explosivo y/o ocupación no autorizada
Fase del Proyecto a la que aplica
Fase de Construcción, Fase de Operación y Fase de Cierre.
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¡ Parte, obra o acción asociada
Todas las obras del proyecto
Acciones a implementar
Descripción: a) Amenaza de explosivos u objetos detonantes
— Se procederá dejar las actividades, en caso de ser requerido se deberá realizar el corte de suministros en sus puestos de trabajo. — Luego se procede a evacuar a todo el personal que se encuentre realizando actividades en el Parque Fotovoltaico.
- Todo el personal deberá estar a disposición de los requerimientos de personal especializado.
b) Ocupación no autorizada
— En caso de verificar ocupación de instalaciones se llamará a teléfonos de emergencia. Se activará plan de contingencia y emergencia de riesgos laborales de acuerdo a riesgos asociados (riesgos de electrocución, caídas de altura, etc).
— Se procederá de acuerdo con lo indicado por el personal especializado.
Objetivos: Establecer el manejo ante amenazas de explosivo y/o ocupación no autorizada durante la fase construcción, operación y cierre.
Lugar de implementación: Parque fotovoltaico María Dolores. Oportunidad:
— A partir de la fase de construcción. Indicador de cumplimiento: — Bitácora digital.
Oportunidad y vías de comunicación a la SMA de la activación del Plan
Ante la ocurrencia de una emergencia de carácter ambiental se dará aviso a la SMA a través Sistemas Electrónico de Seguimiento Ambiental, dentro de un plazo de 24 horas ocurrido el evento que se está informando. Con plazo de 10 días hábiles se entregará informe de incidentes el cual contendrá las medidas de control, a través del seguimiento de Sistemas Electrónico de Seguimiento Ambiental.
Se procederá en base a lo establecido en la R.E. N* 885/2016 de la SMA Normas de Carácter General sobre Deberes de Reporte de Avisos, Contingencias e Incidentes a través del Sistema de Seguimiento Ambiental.
Referencia al ICE
Tabla 8.1.4. Riesgo o contingencia: Amenazas de explosivo y/o ocupación no autorizada
10.2.1. Situación de emergencia: Incendio
Fase del Proyecto a la que aplica
Fase de construcción, Fase de Operación y Fase de Cierre.
Parte, obra o acción asociada
Todas las obras del proyecto.
Acciones a implementar
El personal que detecte un incendio deberá dar inmediato aviso al supervisor, el cual deberá dar inicio al siguiente procedimiento:
a) Evaluar la magnitud del incendio y la factibilidad del control del incendio tomando en cuenta los equipos de control disponibles, el grado de avance del siniestro y los elementos inflamados.
b) En caso de requerir la presencia de Bomberos, el Supervisor solicitará su presencia, y deberá realizar las coordinaciones necesarias para que el acceso a la empresa sea expedito.
c) Dará orden de evacuar el área a todo el personal, esperando el ingreso de bomberos, a los cuales se les deberá proporcionar toda la información necesaria.
d) Se iniciará el combate del siniestro mediante equipos de extinción de incendios disponibles.
e) Si la presencia de humo disminuye la capacidad para respirar y desplazarse, se deberá en lo posible, mojar un trapo u otro similar y colocárselo en la
| cabeza, de tal manera que cubra el área de la boca y nariz
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f) Si una persona estuviera envuelta en llamas, lo primero que ésta debe hacer es arrojarse al suelo y uno de sus compañeros deberá envolverlo en una frazada u otro similar e ir presionando para extinguir las llamas, de no contar con ninguno de estos utensilios deberá rodar por el suelo. Una de las primeras recomendaciones que se le debe entregar, consiste en que no debe correr, debido a que esto sólo aumentaría las llamas. g) Los líquidos generados productos del control de incendios deben ser recolectados para su posterior disposición final h) Los residuos generados serán tratados de acuerdo a su naturaleza. 1) El Supervisor será el encargado de entregar la información oficial.
Emergencias médicas Equipo para atención de
primeros auxilios.
Comunicación
Sistema de extinción control de incendio
Equipos celulares
y | Red contra incendios:
e Extintores e Arena. e Palas.
— Bajo su supervisión se activarán las alertas de acuerdo a la naturaleza del fuego mediante una alarma.
Objetivo: Establecer protocolos en caso de incendios en el Parque fotovoltaico María Dolores.
Lugar de implementación: Parque fotovoltaico María Dolores.
Oportunidad: En caso de requerir la presencia de Bomberos o empresas especializadas, se dará aviso a la SMA de la activación del plan.
Indicador de cumplimiento: — Registro bitácora digital en caso de incidente.
- Informe de incidente, medidas de control implementados y resultados obtenidos.
Oportunidad y vías de comunicación a la SMA de la activación del Plan
Ante la ocurrencia de una emergencia de carácter ambiental se dará aviso a la SMA a través Sistemas Electrónico de Seguimiento Ambiental, dentro de un plazo de 24 horas ocurrido el evento que se está informando. Con plazo de 10 días hábiles se entregará informe de incidentes el cual contendrá las medidas de control, a través del seguimiento de Sistemas Electrónico de Seguimiento Ambiental.
Se procederá en base a lo establecido en la R.E. N* 885/2016 de la SMA Normas de Carácter General sobre Deberes de Reporte de Avisos, Contingencias e Incidentes a través del Sistema de Seguimiento Ambiental.
Referencia al ICE
Tabla 8.1.5 del ICE, Riesgo o contingencia: Incendio
10.2.1. Situación de
emergencia: Sismos.
Fase del Proyecto a la que aplica
Fase de construcción, fase de operación y fase de cierre.
Parte, obra o acción asociada
Todas las obras del proyecto
Acciones a implementar
En caso de un evento de sismo, el supervisor de acuerdo a su capacitación y
experiencia determinará si procede la detención del Parque Fotovoltaico, junto
con el corte de transmisión eléctrica. Las acciones a seguir que considerarán el
Supervisor y el personal que se encuentre en la planta son:
-
— Mantener la calma.
-
Ubicarse en una zona segura protegida de cualquier elemento que pueda caer y dañar a las personas. Una vez terminado el evento se evaluarán los daños y se tomarán las siguientes medidas:
-
— Detener la transmisión de energía eléctrica;
-
— Inspeccionar e identificar las estructuras dañadas; y Reparar o reemplazar
las estructuras dañadas
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Emergencias médicas Equipo para atención de primeros auxilios.
Comunicación Equipos celulares/radio.
| | Sistema de extinción y | Red contra incendios: control de incendio
ol Objetivo: Establecer protocolos en caso de sismo en el Parque fotovoltaico María Dolores.
Lugar de implementación: Parque fotovoltaico María Dolores.
Oportunidad: En caso de requerir la presencia de Bomberos o empresas especializadas, se dará aviso a la SMA de la activación del plan.
Indicador de cumplimiento: - Bitácora digital — Reporte de registro notificación SMA.
| Oportunidad y vías | Ante la ocurrencia de una emergencia de carácter ambiental se dará aviso a la | de comunicación a | SMA a través Sistemas Electrónico de Seguimiento Ambiental, dentro de un | la SMA de la plazo de 24 horas ocurrido el evento que se está informando. Con plazo de 10 activación del Plan | días hábiles se entregará informe de incidentes el cual contendrá las medidas de control, a través del seguimiento de Sistemas Electrónico de Seguimiento Ambiental.
Se procederá en base a lo establecido en la R.E. N* 885/2016 de la SMA Normas de Carácter General sobre Deberes de Reporte de Avisos, Contingencias e Incidentes a través del Sistema de Seguimiento Ambiental.
Referencia al ICE | Tabla 8.1.6 del ICE, Riesgo o contingencia: Sismos
-
Que, el Titular deberá remitir a la Superintendencia del Medio Ambiente la información respecto de las condiciones, compromisos o medidas, ya sea por medio de monitoreos, mediciones, reportes, análisis, informes de emisiones, estudios, auditorías, cumplimiento de metas o plazos, y en general cualquier otra información destinada al seguimiento ambiental del Proyecto, según las obligaciones establecidas en la presente Resolución de Calificación Ambiental y las Resoluciones Exentas que al respecto dicte la Superintendencia del Medio Ambiente. De igual forma, y a objeto de conformar el Sistema Nacional de Información de Fiscalización Ambiental (SNIFA), el Registro Público de Resoluciones de Calificación Ambiental y registrar los domicilios de los sujetos sometidos a su fiscalización en conformidad con la ley, el Titular deberá remitir en tiempo y forma toda aquella información que sea requerida por la Superintendencia del Medio Ambiente a través de las Resoluciones Exentas que al respecto ésta dicte.
-
Que, el Titular deberá informar a la Superintendencia del Medio Ambiente la realización de la gestión, acto o faena mínima que da cuenta del inicio de la ejecución de obras, a que se refiere el Considerando 4.1. de la presente Resolución.
-
Que, con el objeto de dar adecuado seguimiento a la ejecución del Proyecto, el Titular deberá informar a la Superintendencia del Medio Ambiente, al menos con una semana de anticipación, el inicio de cada una de las fases del Proyecto, de acuerdo a lo indicado en la descripción del mismo.
-
Que, para que el proyecto “Parque Fotovoltaico María Dolores” pueda ejecutarse, deberá cumplir con todas las normas vigentes que le sean aplicables.
-
Que, el Titular deberá informar inmediatamente a la Secretaría de la Comisión de Evaluación de la Región del Biobío y a la Superintendencia del Medio Ambiente, la ocurrencia de impactos
ambientales no previstos en la DIA, asumiendo inmediatamente las acciones necesarias para abordarlos.
- Que, el Titular del Proyecto deberá comunicar inmediatamente y por escrito a la Dirección Regional del SEA Servicio de Evaluación Ambiental VIII Región del Biobío la ocurrencia de cambios de titularidad, representante legal, domicilio y correo electrónico, de acuerdo a lo establecido en el inciso tercero del artículo 162 y artículo 163, ambos del Reglamento del SEIA.
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-
Que, se hace presente al Titular que cualquier modificación al Proyecto que constituya un cambio de consideración, en los términos definidos en el artículo 2” letra g) del Reglamento del SEIJA, deberá someterse al SEIA.
-
Que, todas las medidas, condiciones, exigencias y disposiciones establecidas en la presente Resolución, son de responsabilidad del Titular, sean implementadas por éste directamente o a través de un tercero.
-
Que, la Superintendencia del Medio Ambiente, de oficio o a petición de parte o de algún organismo sectorial, podrá aprobar, modificar o complementar el contenido del plan de seguimiento o monitoreo y, en general, el de cualquier otro mecanismo establecido en la presente resolución de calificación ambiental que tenga dicho objeto, con el fin de asegurar, en el transcurso del tiempo, que cumpla con la finalidad para la cual fue establecido.
RESUELVO:
1%. Calificar favorablemente la Declaración de Impacto Ambiental del proyecto “Parque Fotovoltaico María Dolores”, de Pedro Solar SpA.
2*. Certificar que el proyecto “Parque Fotovoltaico María Dolores” cumple con la normativa de carácter ambiental aplicable.
3”. Certificar que el proyecto “Parque Fotovoltaico María Dolores” cumple con los requisitos de carácter ambiental contenidos en los permisos ambientales sectoriales que se señalan en los artículos 140, 142 y 160 del D.S. N” 40/2012 del Ministerio del Medio Ambiente, Reglamento del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental.
4”. Certificar que el proyecto “Parque Fotovoltaico María Dolores” no genera los efectos, características o circunstancias del artículo 11 de la Ley N? 19.300, que dan origen a la necesidad de elaborar un Estudio de Impacto Ambiental.
5”. Definir como gestión, acto o faena mínima del Proyecto, para dar cuenta del inicio de su ejecución de modo sistemático y permanente, a los mencionados en el considerando 4.1. del presente acto.
6”. Hacer presente que contra esta Resolución es procedente el recurso de reclamación de acuerdo a lo dispuesto en el artículo 20 de la Ley N* 19.300, ante el Director Ejecutivo del Servicio de Evaluación Ambiental. El plazo para interponer Éste recurso es de treinta días contados desde la notificación del presente acto.
Notifíquese y Archívese
AA GBLICA DE a / SS gencia Región gay ae atricio Kuhn Artigues Intendente Regional nte Comisión de Evaluación
Región del Biobío
Silyana Suanes Araneda Directora Regional Servicio de Evaluación Ambiental Secretaria Comisión de Evaluación Región del Biobío SSA/Pjb
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Distribución:
Daniel Reyes Figueroa, daniel93MW.el CONADI, Región del Biobío
CONAF, Región del Biobío
Consejo de Monumentos Nacionales
DGA, Región del Biobío
Dirección de Vialidad, Región del Biobío
Dirección Regional de Aeropuertos, Región Biobío DOH, Región del Biobío
SAG, Región del Biobío
SEC, Región del Biobío
SEREMI de Agricultura, Región del Biobío
SEREMI de Bienes Nacionales, Región del Bio bío SEREMI de Desarrollo Social y Familia, Región del Biobío SEREMI de Energía, Región del Biobío
SEREMI de Minería, Región del Biobío
SEREMI de Salud, Región del Biobío
SEREMI de Transportes y Telecomunicaciones, Región del Biobío SEREMI de Vivienda y Urbanismo, Región del Biobío SEREMI del Medio Ambiente, Región del Biobío SEREMI MOP, Región del Biobío
SERNAGEOMÍN, Zona Sur
Servicio Nacional de Pesca, Región del Biobío Servicio Nacional Turismo, Región del Biobío Subsecretaría de Pesca y Acuicultura
Superintendencia de Servicios Sanitarios
¡e/0
Encargada de Participación Ciudadana
Superintendencia del Medio Ambiente contactorcaí/sma.gob.cl Oficial de Partes de la Región del Biobío
Expediente del Proyecto “Parque Fotovoltaico María Dolores” Archivo Servicio de Evaluación Ambiental, Región del Biobío
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