Regularización Ambiental Planta de Granos
Semicio REPÚBLICA DE CHILE de Evaluación COMISIÓN DE EVALUACIÓN Ambiental REGIÓN DEL BIOBIO
Califica Ambientalmente el proyecto “Regularización Ambiental Planta de Granos”
Región del Biobfo
Resolución Exenta N0 - 06 le!
Concepción, 18 MAR 2021
VISTOS:
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22.
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4,
se
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La Declaración de Impacto Ambiental (DIA), su Adenda de fecha 03 de noviembre de 2020 y su Adenda Complementaria de 21 de enero de 2021, del proyecto “Regularización Ambiental Planta de Granos”, presentado por Collipulli Red Soil S.A con fecha 07 de julio de 2020.
Los pronunciamientos y observaciones de los órganos de la administración del Estado que, sobre la base de sus facultades legales y atribuciones, participaron en la evaluación de la DIA, y que se detallan en el Capítulo 3 del Informe Consolidado de Evaluación (ICE) de la DIA del proyecto “Regularización Ambiental Planta de Granos”.
El Acta de Evaluación N* 22 de fecha 09 de diciembre de 2020, del Comité Técnico de la Región del Biobío.
El ICE de la DIA del proyecto “Regularización Ambiental Planta de Granos” de fecha 19 de febrero de 2021.
La sesión de la Comisión de Evaluación de la Región de Biobío N* 04 de 01 de marzo de 2021.
Los demás antecedentes que constan en el expediente de evaluación de impacto ambiental de la DIA del proyecto “Regularización Ambiental Planta de Granos”.
Lo dispuesto en la Ley N 19.300, Sobre Bases Generales del Medio Ambiente; el D.S. N 40, de 2012, del Ministerio del Medio Ambiente, Reglamento del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental (Reglamento del SETA); la Ley N? 19.880, que Establece Bases de los Procedimientos Administrativos que Rigen los Actos de los Órganos de la Administración del Estado; la Ley N 18.575, Ley Orgánica Constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado; la Resolución N 007, de 2019, de la Contraloría General de la República, que fija normas sobre exención del trámite de toma de razón; el Reglamento de Sala de la Comisión de Evaluación de la Región del Biobío, aprobado mediante Resolución Exenta N* 267 de fecha 21 de julio de 2014; la Resolución TRA 119046/47/2019 de fecha 25 de abril de 2019, del Servicio de Evaluación Ambiental, que nombra a la Directora Regional del Servicio de Evaluación Ambiental de la Región del Biobío.
CONSIDERANDO:
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. Que, Collipulli Red Soil S.A(en adelante, el Titular), ha sometido al Sistema de Evaluación de
Impacto Ambiental (SEIA) la DÍA del proyecto “Regularización Ambiental Planta de Granos” (en adelante, el Proyecto). Los antecedentes del Titular son los siguientes:
Nombre o razón social Collipulli Red Soil S.A
Rut 96.651.180-K
Domicilio Calle Badajoz N? 130, Oficina 705, Piso 7, Las Condes
Teléfono +562 2946 5202
Nombre representante legal Edgardo Meynet Ballocchi / Pedro Nickelsen Dessy
Rut representante legal 12.661.662-7 / 6.675.815-K
Domicilio representante legal. Calle Badajoz N? 130, Oficina 705, Piso 7, Las Condes
Teléfono representante legal +562 2946 5202
Correo electrónico Titular o | emevnetíhuertoscollipulli.cl representante legal
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. Que, conforme se indica en el ICE de fecha 19 de febrero de 2021, la Directora Regional del SEA Biobio ha recomendado aprobar el Proyecto, por cuanto el proyecto cumple con la normativa de carácter ambiental aplicable identificada en la sección 9 del ICE; cumple con los requisitos de otorgamiento de carácter ambiental contenidos en los permisos ambientales sectoriales aplicables identificados en la sección 10 del ICE; no genera ni presenta los efectos, caracteristicas o circunstancias del artículo 11 de la Ley N” 19.300, que dan origen a la necesidad de evaluar un Estudio de Impacto Ambiental; y el titular ha subsanado los errores, omisiones e inexactitudes planteados en el o los Informes Consolidados de Aclaraciones, Rectificaciones y Ampliaciones.
Que, en sesión de fecha 01 de marzo de 2021, la Comisión de Evaluación de la Región del Biobío acordó calificar favorablemente el proyecto “Regularización Ambiental Planta de Granos”, aprobando íntegramente el contenido del ICE de 19 de febrero de 2021, el que forma parte integrante de la presente Resolución. Por lo tanto, conforme a lo indicado en el artículo 60 inciso segundo del Reglamento del SEIA, se excluyen de la presente Resolución las consideraciones técnicas en que se fundamenta.
Que, según lo señalado en la DIA y sus anexos, en su Adenda, y en su Adenda Complementaria, los cuales forman parte integrante de la presente Resolución, la descripción del Proyecto es la que a continuación se indica:
4.1
. ANTECEDENTES GENERALES
Objetivo general El proyecto “Regularización Ambiental Planta de Granos” corresponde
a una regularización de proyecto, con el objetivo de asegurar que la actual operación del proyecto cumpla con la normativa ambiental vigente.
El Proyecto comenzó su operación el año 2015. Sin embargo, no fue ingresado al Sistema de Evaluación Ambiental y se hace necesaria su regulación para el debido cumplimiento de la normativa ambiental vigente.
La Planta de granos, tiene por objetivo el procesamiento de tres tipos de semillas (raps, maíz y avena) para producir de aceite de canola, harina de maíz y avena para el consumo humano, respectivamente.
El subproducto generado de la limpieza de los granos, es utilizado como biomasa para la generación eléctrica. El subproducto del proceso de raps (hollejo), al igual que los residuos de maíz y avena se venden como alimento de animales.
Tipología principal, asi | 1 Agroindustrias, mataderos, planteles y establos de crianza, lechería y como las aplicables a sus | £Mgorda de animales, de dimensiones industriales, partes, obras o acciones 1,1) Agroindustrias donde se realicen labores u operaciones de limpieza,
clasificación de productos según tamaño y calidad, tratamiento de deshidratación, congelamiento, empacamiento, transformación biológica, física o química de productos agrícolas, y que tengan capacidad para generar una cantidad total de residuos sólidos igual o
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superior a ocho toneladas por día (8 ton/día) en algún día de la fase de operación del proyecto.
Vida útil
30 años
Monto de inversión
USD
americanos)
$ 17.800.000 (diecisiete millones ochocientos mil dólares
Gestión, acto oO faena mínima que da cuenta del inicio de la ejecución
El Proyecto corresponde a una regularización ambiental de las obras de la Planta de granos, la cual se encuentra construida y operativa desde el | año 2015. Por tanto, no corresponde definir un hito de inicio para la ejecución del Proyecto, el cual se encuentra actualmente en operación.
Proyecto se desarrolla por Si No etapas XxX Proyecto modifica un Si No proyecto o actividad x | Proyecto modifica otra(s) Si No RCA [ XxX
4.2. UBICACIÓN DEL PROYECTO
División político- administrativa
| Comuna: Negrete
Región: Biobío Provincia: Biobío
Descripción de la localización
El Proyecto está emplazado en un predio donde hace unos años estaba instalada una empresa industrial, cuyos equipos fueron comprados por Collipulli Red Soil S.A para conformar la actual Planta de granos. El emplazamiento resulta propicio para la instalación del Proyecto debido a la cercanía con la Ruta 140 que conecta directamente con la ciudad de Concepción, además de la cercanía con la Ruta 180 que conecta con la ciudad de los Ángeles por el norte y con Renaico, Tijeral y Huequén por el Sur. Esto facilita la conectividad de la planta con las fuentes de abastecimiento de las materias primas para el procesamiento de raps, avena y maíz.
Superficie
El proyecto se ubica en un predio de 5,11 Ha, y las obras de la planta, ocupan una superficie total de 7.440,83 m?, los cuales se distribuyen según lo indicado en la Tabla 4.2.1
Tabla 4.2.1. Superficie y Ubicación Obras del proyecto.
3 Coordenadas (Datum WGS34 Obra rec HUSO19) Este Norte
Acceso - 711877 5841017
Galpón 685,44 711911 5841135
Oficinas 90,98 711875 5841033
Romana 43,82 711875 5841033 e a 120,06 711851 5841248 || alpón |
a 85,37 711886 5841043
Área Silos 6.447,93 711866 5841135
Bodega RESPEL 38,86 711929 5841056 Sitio | almacenamiento | Residuos No 38,86 712002 5841169 | Peligrosos | Poste Frontel 11,27 712038 5841129 | Drenaje 50,26 711944 5841036 |
Drenaje 50,26 711919 5841226 Pozo de agua - 711880 5841022 Fosa séptica 1 38,86 711912 5841219 Fosa séptica 2 38,86 711933 5841033
Total 7.440,83 m?
Coordenadas UTM en Datum ¿Coordenadas (Datum WGS84 WGS84 Vértices : HUSO19) o : Este Norte V-01 711.770 5.841.345 V-02 711.870 5.841.367 V-03 711.875 5.841.317 V-04 712,002 5.841.193 V-05 712.074 5.841.094 V-06 711.873 5.841.016 Caminos de acceso El acceso al proyecto se realizará por un acceso existente en el Km
0,3 del Camino Público Q-484
Referencia al expediente de CAP 1: Descripción de proyecto: sección 1.3.11. Localización del evaluación de los mapas, proyecto. georreferenciación e Figura 1 1: Ubicación General del Proyecto
información complementaria | Figura 1 3: Accesos al Proyecto sobre la localización de sus
partes, obras y acciones
4.3. PARTES, OBRAS Y ACCIONES QUE COMPONEN EL PROYECTO
4.3.1. FASEDE CONSTRUCCIÓN
El proyecto corresponde a una regularización de un proyecto que se encuentra construido y operando desde el año 2015, por lo tanto, no considera fase de construcción.
Referencia al ICE para Cap.2 Antecedentes generales del proyecto o actividad mayores detalles sobre esta | Cap. 4. Descripción del proyecto, fase.
4.3.2. FASE DE OPERACIÓN:
Corresponde a una edificación destinada al «control de acceso a la planta, tanto del personal que circulará diariamente Garita de Acceso (ingreso y salida), como de cualquier vehículo liviano y de carga que haga ingreso a la planta con insumos, así como por la salida de cualquier vehículo de carga.
Corresponde al edificio principal de la planta, donde se encuentran las unidades de procesamiento del grano. El edificio tiene una altura de 30 m, donde se encuentran las líneas de producción de maíz, avena y raps.
Nave de Producción
Las oficinas administrativas contarán con elementos que permitan la correcta ventilación y luminosidad, además de sillas y mesas Oficinas ergonométricas para facilitar el trabajo, Albergará las actividades de oficina necesarias para el desarrollo de las actividades de operación de la Planta de granos.
Junto a las oficinas se encuentra un área de pesaje de los camiones de carga que trasportan la materia prima, donde se pesa su carga al ingresar y salir de la planta, con tal de asegurar que los camiones no superen las cargas máximas exigidas por la autoridad.
Romana
La planta cuenta con 2 estacionamientos para camiones en el lado Estacionamientos nororiente del Galpón, así como con 5 estacionamientos para el personal de las Oficinas.
Silos de almacenamiento de | semillas y granos
| El proyecto cuenta con 2 silos para el almacenamiento de maíz, 4 silos para almacenamiento de avena y 2 silos para el almacenamiento de raps, los que se encuentran dispuestos a un costado de la planta.
1
Zanjas perimetrales
Las zanjas perimetrales tienen la finalidad de escurrir el agua lluvia fuera del predio, sin estar conectadas a ninguna red de canales u otro tipo de obra, desviándola a los predios colindantes, los cuales pertenecen al mismo dueño de la planta.
Sistema de Tratamiento Particular de Aguas Servidas
El proyecto considera dos fosas sépticas de 2.500 1 de capacidad cada una, que permiten realizar un primer tratamiento de las aguas servidas generadas en el área de oficinas y el galpón. Las fosas sépticas están compuestas por un estanque prefabricado de polietileno con una sección para el almacenamiento de lodos, recolectados por procesos de decantación, donde se descomponen mediante digestión anaeróbica, sin mezcla ni calentamiento, mientras que el agua depurada fluye por la salida del estanque en la zona alta, con menor porcentaje de sólidos y materia orgánica (Anexo E Adenda). Se incorporará a la fosa séptica un sistema de cloración, el cual utilizará un sistema de dosificación de cloro liquido mediante hipoclorito de sodio o mediante la adición de pastillas de hipoclorito de calcio al 65%. Para infiltrar las aguas servidas asociadas a la fosa séptica del galpón principal, se dispone de un sistema de drenes de infiltración, donde cada uno tiene 32 m de longitud y 0,1 m de ancho, enterrados a 1,4 de profundidad (Anexo E Adenda). La fosa séptica destinada a las aguas servidas provenientes de las oficinas cuenta con un pozo absorbente de 12 m de diámetro y 1,32 m de profundidad útil que permitirá la infiltración de las aguas servidas tratadas. Para más información respecto al sistema de tratamiento de aguas servidas remitirse al anexo E PAS 138 de la Adenda
Contratación de mano de obra y operador remoto
El Proyecto actualmente genera 15 puestos de trabajo asociados principalmente a la operación de las maquinarias y 3 puestos de trabajo en el control de la planta. El peak de trabajadores durante la fase de operación es de 18 personas.
Producción de Avena
La planta de Avenatop es específica para procesar avena para consumo humano, por lo cual todas las instalaciones están diseñadas y operadas en base a altos estándares de inocuidad alimentaria. Los productos a obtener se dividen en:
e Groats: Es el grano entero de Avena pelada que se ha sometido a un tratamiento térmico para inactivar sus enzimas.
Hojuela: Producto obtenido de granos de avena pelada y estabilizada previamente cortados transversalmente y pre- cocidos y que han sido aplastados para formar hojuelas, escamas O copos.
Harina de avena: Material fino producto de la elaboración de Groats y Hojuela o la molienda de ellas.
La planta de granos es 100% automatizada, controlada con un Programa de Control Lógico (PLC), cada vez que se necesite poner en funcionamiento alguna de las 5 líneas de proceso o su totalidad,
componen cada una de estas líneas, el procesamiento es observado y controlado mediante un monitor en el cual están todos los equipos agrupados por línea de proceso.
es necesario un conocimiento del proceso como de los equipos que |
Producción de Maíz
Recepción del maíz:
La primera etapa del procesamiento de maíz es la recepción de la materia prima dentro de la Planta de granos. El camión de carga ingresa a la rampla romana, donde es pesado previo a la descarga del maíz. Posteriormente, el grano es analizado en el laboratorio para evaluar si el maíz cumple con el estándar de calidad necesario para la producción de harina.
Pre-limpieza: Esta etapa consiste en separar el grano de maíz de las impurezas gruesas y finas.
Almacenaje húmedo: Se almacena el maíz en silos pulmones con ventiladores para
mantener el grano fresco, evitando la aparición de hongos, descomposición por humedad y altas temperaturas,
Secado:
Para comenzar a procesar el maíz se utilizan secadores de grano que se encargan de aplicar aire caliente con ventiladores y extractores a una temperatura promedio de 105%C para que el maíz alcance una humedad óptima. Una vez que se alcanza el parámetro óptimo de humedad en el secado (16,5% aprox) el grano es enviado a un silo 500 de enfriado.
Enfriado:
El maíz es transportado a un silo de enfriado donde la temperatura del grano baja a 20? C, eliminando el resto de humedad debido al condensado que se produce al enfriar el grano, quedando una humedad promedio de 15%.
Silo almacenaje: El maíz se transporta finalmente a los silos de guarda (5000) dentro
de los cuales se estabiliza la humedad y temperatura (14,5% y18*C, respectivamente). Existen distintos tipos de silos de almacenaje, a saber:
-
Silo lambton: Silo que almacena el grano para procesarlo.
-
Silo maíz Molido: Almacena el producto terminado para su posterior envasado.
El procesamiento del maíz comienza con el molino martillo. Los granos deben ser molidos hasta alcanzar la textura de la harina.
Ensacado: Posterior a la etapa de molienda, la harina de maíz se envasa en sacos a través de un equipo semi automático operado por un trabajador
especializado, quien llena el saco según el peso programado (50 o 25 kg).
Acopio: El acopio de sacos está ubicado junto a la molienda y se realiza sobre pallet de madera o sobre una superficie limpia,
Despacho:
El despacho de cargas en saco se coordina con clientes quienes envían una programación de retiro estimada semanalmente, según sus Órdenes de compra vigentes.
Mayor descripción y detalle se presenta en el ítem 1.6.1.3 del Anexo O de la Adenda.
Producción de Raps
Recepción de materia prima:
Las semillas de raps (canola) llegan a la Planta de granos en forma directa desde el campo con una humedad entre 3% y 9 %. Las semillas vienen mezcladas con pequeños fragmentos de la planta de canola, semillas de malezas, semillas de granos y otros materiales extraños, que representan impurezas de la materia prima.
Previo a la recepción de la materia prima, se extrae una muestra de raps para analizar el porcentaje de impurezas y humedad de las semillas.
Limpieza:
Esta etapa consiste en eliminar todas las impurezas de tierra, piedras, restos vegetales, elementos metálicos antes de que la semilla de raps sea procesada.
Almacenaje:
Posterior a la limpieza de las semillas, estas son almacenadas en silos a la espera de ser procesada.
Durante esta etapa se debe llevar un control de la temperatura de las semillas, la cual debe estar entre 15%C a 25%C para evitar el calentamiento del grano. Si se excede la temperatura, se debe realizar el proceso de aireación y/o transilaje.
Limpieza:
La limpieza consiste en extraer todas las partículas de grano partido y otras que no pertenecen a la canola a través de movimientos centrífugos y vibratorios.
Alimentación de Línea:
Posterior a la limpieza, el grano es acumulado en silos de alimentación. Cada silo alimenta dos líneas.
La canola baja del silo pasando a través de imanes los cuales retiene restos metálicos y es transportada por un sinfín que está compuesto por un calefactor eléctrico interno para adecuar la semilla en el proceso.
Pre-acondicionamiento térmico:
El pre — acondicionamiento térmico automatizado consiste en aumentar la temperatura de la semilla a través de un calefactor en el sinfín de alimentación, llevando al grano a una temperatura entre 30 a40*C.
Pre-Prensado y prensado:
El pre prensado consiste en prensar la semilla con un tornillo de superficie lisa, con el objetivo de mejorar el rendimiento de extracción de aceite. En este proceso se obtiene el primer filtrado de aceite y torta.
Filtrado:
El aceite del estanque pasa al proceso de filtrado de hojas, donde se retienen los restos vegetales y se forma una capa de torta de unos 10 mm aprox. El aceite limpio y filtrado es enviado a estanques de guarda hasta su despacho.
Luego, el filtro se comienza a vaciar, aplicando presión de aire para retener la capa de torta formada en las hojas de presión (vaciado). Posteriormente, se aplica aire a presión dentro del filtro sosteniendo la torta y secándola durante 20 minutos (secado).
Filtro de telas:
Esta etapa es considerada como punto crítico de control. El monitoreo consiste en la revisión visual diaria al inicio de la jornada de filtros de tela 1 ó 2 según proceso, en el que se debe retirar tapa de filtro y extraer bolsa filtrante, inspeccionar y retirar sedimentos si es necesario, los que de existir se mezclan con el subproducto para venta a consumo animal.
| Almacenaje y despacho:
El aceite limpio es almacenado en estanques de 90 ton hasta su despacho. En este punto se extrae una muestra de 250 ml, donde se analizan 5 ml y el resto se deja como contramuestra durante 30 días. Se analiza 3 veces por semana los parámetros de humedad, acidez, índice de peróxido, temperatura y densidad dejando evidencia en registro producción diaria aceite.
Mayor descripción y detalle se presenta en el ítem 1.6.1.4 del Anexo O de la Adenda.
Productos generados
El Proyecto tiene una generación anual de 89.856 ton de hojuelas (70% de rendimiento del procesamiento total bruto de avena), 11.000 ton de aceite de canola y 18.000 ton de maíz molido (harina).
Recursos naturales renovables
Emisiones atmosféricas: Se contempla la extracción agua industrial desde el pozo de la planta para el abastecimiento de la red húmeda de incendios, para la operación de la caldera, para la limpieza de las líneas de aceite y para humidificar granos. El pozo se ubica a un costado del edificio de administración, tal como se muestra en la Figura 1-4 del Anexo O de la Adenda.
Emisiones y efluentes
Para la fase de operación se generarán emisiones a partir del tránsito de vehículos de transporte de personal, de insumos y de materia prima para la producción de la planta. Cabe destacar, que las emisiones han sido separadas de acuerdo a aquellas emitidas dentro y fuera del límite del Plan de Prevención y Descontaminación Atmosférica (PPDA) de Los Ángeles, para poder identificar de mejor maneja el impacto del proyecto sobre la calidad del aire de la Comuna adyacente al Proyecto. Lo anterior, considerando que la planta se encuentra fuera del limite operacional del PDA de Los Ángeles, pero que sin embargo la materia prima proviene de dicha zona y se incluyó por tanto la circulación de vehículos en las emisiones de gases y MP por este concepto. El resumen general de emisiones anuales emitidas fuera del PPDA de Los Ángeles, para la Fase de Operación son: MP5 [Ton]: 1,143 MP0 [Ton]: 2,122 CO [Ton]: 2,341
e HC[Ton]: 0,025
e NOx [Ton]: 0,830
-
SOx [Ton]: 0,013 El resumen general de emisiones anuales emitidas dentro del PPDA de Los Ángeles, para la Fase de Operación son:
-
MP»s [Ton]: 0,066
e MP10[Ton]: 0,249
e COf[Ton]: 0,083
e HCE[Ton]: 0,015
- NOx [Ton]: 0,360 Ruido: Respecto a las emisiones de ruido, se indica que éstas se encuentran asociadas en su mayor parte a las maquinarias que funcionan dentro de las dependencias de la planta. Los resultados de la modelación de los niveles de presión sonora generados por el proyecto en la fase de operación se presentan en la Tabla 7 del Anexo D de la Adenda Complementaria, cuya evaluación corresponde a los 6 receptores identificados en las inmediaciones de la planta, correspondiente a viviendas, y cuyo detalle se presentan en en el Anexo 2-2 de la DIA, y cuyo resumen se presentan en las siguientes tablas: Tabla 4.3.2.1. Niveles de Presión Sonora proyectados a los puntos de evaluación, horario diurno
Descripción | Distancia al Nivel de ruido | centro Nivel de máximo R e geométrico Ruido permitido según | ds del proyectado Zona D.S | proyecto NPSeg N*38/11 del | (m) MMA | 1 Vivienda 239.9 48.3 dBA 56 dBA | 1] 2 Vivienda 231.3 50.9 dBA 60 dBA | 3 Vivienda | 366.02 | 469dBA 65 BA | 4 Vivienda 146.6 50.7 dBA 64 dBA 5 (piso 1) Vivienda 93.3 S0.8 dBA 65 dBA 5 (piso 2) Vivienda 93.3 51.8 dBA 65 dBA 6 (piso 1) | Vivienda 72.1 52.0 dBA 65 dBA 6 (piso 2) Vivienda 72.1 52.4 dBA 65 dBA
Tabla 4.3.2.2Niveles de Presión Sonora proyectados a los puntos de | evaluación (horario nocturno)
Descripción | Distancia Nivel de ruido al centro a máximo eométrico do ermitido según Receptor 8 del Ruido P Zona D E | proyecto NESes N038/11 del (m) MMA 1 Vivienda | 239.9 | 43.1dBA 50 BA | 2 Vivienda 231.3 42.3 dBA 45 dBA | 3 Vivienda | 366.02 | 426dBA 50 dBA | 4 Vivienda 146.6 45.4 dBA 50 dBA 5 (piso 1) | Vivienda 93.3 47.5 dBA S0 dBA 5 (piso 2) | Vivienda 93.3 48.8 dBA SO dBA | 6 (piso 1) | Vivienda | 721 | 478 dBA 50 dBA | 6 (piso 2) | Vivienda 72.1 48.2 dBA SO dBA
Residuos, productos químicos y Otras sustancias que puedan afectar el medio ambiente.
Residuos Líquidos Domiciliarios: La planta cuenta con 4 baños, dos | ubicados en las inmediaciones donde se encuentra la pesa romana y | el laboratorio, y dos en el edificio de procesamiento de avena. Las | aguas servidas generadas en los baños son tratadas en dos fosas sépticas, las que se emplazan a un costado de los edificios con baño. La estimación de aguas servidas a tratar se basa en un consumo de agua de 150 l/trabajador/día y un coeficiente de recuperación de 0,9, obteniéndose un valor total aproximado de 55 m3/mes durante para la fase de operación (peak de 18 trabajadores).
El detalle del sistema de tratamiento de aguas servidas tipo fosa séptica se presenta junto al resto de los contenidos técnicos y formales requeridos para la obtención del PAS 138, que se adjuntan en el Anexo 3-1 del Capítulo 3 de la DIA, actualizado en el Anexo E de la Adenda.
Residuos Líquidos Industriales: La operación del Proyecto | contempla la generación de residuos industriales líquidos a partir del | lavado de la línea de aceite, generando 2 m3/mes de agua con restos | de aceite. Este residuo liquido es conducido por una canaleta lateral | hacía en una de las fosas sépticas de la planta. | Respecto al uso de agua industrial para la limpieza de las líneas de
aceite, se indica a la autoridad que estas líneas son limpiadas una vez | al año, ya que cuentan con un filtro auto limpiante, el que opera en base a vibraciones y aire comprimido. Los finos capturados por este filtro se mezclan con la torta de raps y posteriormente se venden | como suplemento alimenticio animal. Por lo cual no se generan | residuos líquidos en este proceso. |
J
Las limpiezas por mantención de estructuras y equipos son llevadas a cabo con hidrolavadoras a presión abastecidas con agua desmineralizada, sin aditivos químicos, por lo cual la mezcla de restos de polvo con agua cae directamente al suelo, y luego es direccionado hacia las canaletas laterales con que cuenta la planta, desde donde circulan hacia la fosa séptica. El sistema particular de alcantarillado está compuesto por una cámara de inspección y una línea principal de descarga hacía una fosa séptica dispuesta para el almacenamiento de los lodos provenientes del agua servida. La fosa séptica es limpiada una vez al año para evitar problemas asociadas a la acumulación de estos.
Residuos asimilables a domésticos: Se generan residuos sólidos domésticos, constituidos principalmente por materia orgánica, papeles, restos de envoltorios, cartones, entre otros. Considerando un factor de generación de 1 kg/persona/día durante 22 días efectivos de trabajo al mes (considerando horario laboral de lunes a viernes), se generan como máximo, alrededor de 396 kg/mes de residuos domiciliarios.
Estos residuos serán almacenados temporalmente en bolsas plásticas dentro de contenedores con tapa, para posteriormente ser retirados por una empresa sanitaria autorizada y dispuestos en un relleno sanitario.
Residuos Industriales No Peligrosos: Durante la etapa de operación, se generarán residuos industriales no peligrosos como despuntes de fierros, cartones, plásticos y envases de embalaje, pallets de madera, entre otros, provenientes principalmente al embalaje de insumos y a las mantenciones de los equipos de la planta de granos.
Los plásticos, cartones y envases de embalaje serán dispuestos en una planta recicladora, mientras que los despuntes de fierro serán entregados a recicladores de chatarra. Los pallets de madera serán incinerados en un horno generador de calor para secar maíz.
Todos los demás residuos industriales que no puedan ser reciclados o reutilizados serán almacenados de forma temporal en un sector debidamente señalizado, desde donde serán retirados y dispuestos en un sitio autorizado.
Se estima que en total se producen como máximo 400 kg/mes de residuos sólidos inertes industriales.
Residuos Peligrosos: Los residuos peligrosos generados serán acopiados en contenedores exclusivos para estos fines y almacenados en la bodega de residuos peligrosos al interior de la planta, El traslado y disposición se realizará con empresas que cuenten con la autorización para realizar esta actividad.
Estos residuos corresponderán principalmente a restos aceites y lubricantes, filtros de maquinaria, huaipes, repuestos, baterías y envases contaminados con hidrocarburos, toners y tubos fluorescentes. Se estima una generación de aproximadamente 18,3 kg/mes durante la fase de operación.
Combustibles: Se estima un requerimiento de 2.000 litros mensuales de combustibles, los que serán suministrados directamente a las maquinarias y vehículos menores dentro del área del proyecto. El combustible será almacenado en tambores de 200 lts y el abastecimiento se realizará en un área impermeabilizada con una geomembrana HDPE de 1,5 mm para evitar infiltraciones de combustible al suelo.
Reactivos: En el laboratorio de la planta se requieren las siguientes sustancias químicas para llevar a cabo las labores de análisis de
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calidad de la materia prima que ingresa a la planta: Ácido Acético; Alcohol Etílico; Almidón; Cloroformo; Fenolftaleíina; Hidróxido de Sodio; Yoduro de Potasio; Tiosulfato de sodio; Hexano.
Se considera el almacenamiento de aproximadamente 50 kg en total al interior de la bodega.
Referencia al ICE para mayores detalles sobre esta fase.
Cap. 2 Antecedentes generales del proyecto o actividad Cap. 4. Descripción del proyecto.
Cap. 4.7. Fase de Operación
Cap. 4.7.5. Emisiones y efluentes
Cap. 4.7.6. Residuos
4.3.3.FASE DE CIERRE
Instalación de Faena
En la Fase de Cierre del Proyecto se contempla la implementación y habilitación de una Instalación de Faenas, con el objeto de centralizar las actividades generales de control de Proyecto, administración, planificación y manejo de materiales, además de toda la infraestructura logística para la gestión de recursos materiales y humanos.
Contratación de Mano de Obra
Durante la Fase de Cierre y Abandono del Proyecto se estima una dotación peak de 20 trabajadores
Desmantelamiento o aseguramiento de infraestructura
De forma general para el cierre y clausura de las instalaciones se procederá de la siguiente manera:
. Se retirarán todos los equipos y contenedores. Todas las construcciones que sean factibles de desmontar serán desmanteladas, especialmente las que sean prefabricadas.
, El procedimiento para el desarme y traslado de las estructuras consistirá en retirar las partes que componen cada estructura, con la ayuda de una grúa, para luego vender las partes metálicas o disponerlas según la legislación ambiental aplicable en la época del desmontaje.
. Se clausurarán todos los accesos a las instalaciones y se mantendrá el cerco perimetral a fin de impedir el acceso al área del proyecto.
. Las obras de hormigón se demolerán o se cubrirán, de manera que no produzcan impacto visual.
Desmantelamiento de Estructuras y Retiro de Equipos
Será realizado por cuadrillas que procederán en primer lugar al desarme de las estructuras soportantes, cableado y retiro de equipos. Los materiales y residuos resultantes serán acopiados y retirados posteriormente para su reciclaje y/o disposición final, según la normativa ambiental vigente.
Desmantelamiento de
Elementos de Hormigón
Dentro de esta categoría se enmarca:
. Las bases de hormigón que se emplean para las edificaciones. » Fundaciones y cimentaciones de estructuras o perfiles
Las losas de hormigón que se hayan construido serán fragmentadas mediante martillos mecánicos y los escombros enviados a un lugar de disposición debidamente autorizado. En el caso de las cimentaciones, serán retirados todos los elementos en superficie. De acuerdo con lo anterior, serán restauradas las geoformas iniciales.
Restauración
Una vez que sean desmanteladas las obras mencionadas en los acápites precedentes, se procederá a dejar el terreno de acuerdo con sus condiciones iniciales, poniendo especial énfasis en su pendiente. No se considera el movimiento de tierras.
Prevención de futuras
emisiones
El área del Proyecto deberá quedar desprovista de elementos que generen emisiones de cualquier tipo, por lo cual, se tendrá especial cuidado de realizar el desmantelamiento de las obras de manera óptima y realizar el retiro del total de los residuos generados para su posterior disposición en sitios autorizados por empresas autorizadas, según la legislación vigente.
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Mantención, conservación y |En caso de ser necesario, se realizará un calendario de visitas
supervisión
inspectivas al área del Proyecto luego de su cierre y abandono para supervisar y verificar el estado del terreno, a partir de lo cual se podrán establecer, en conjunto con la autoridad ambiental posibles acciones para su mantención y conservación.
Referencia al
ICE para Cap. 2 Antecedentes generales del proyecto o actividad
mayores detalles sobre esta Cap. 4. Descripción del proyecto.
fase,
Cap. 4.8. Fase de Cierre Cap. 4.8.1. Partes y obras Cap. 4.8.2. Acciones
4.4. CRONOLOGÍA DE LAS FASES DEL PROYECTO
4.4.1: FASE DE CONSTRUCCIÓN
Fecha estimada de inicio
No aplica (el proyecto se encuentra construido y operando)
Parte, obra o acción que establece el inicio
No aplica
Fecha estimada de No aplica término Parte, obra o acción que : No aplica
establece el término
4.4:2 FASE DE OPERACIÓN
Fecha estimada de inicio
Enero 2015
Parte, obra o acción que establece el inicio
Contratación de mano de obra
Fecha estimada de término
Se contempla que la operación de la planta tendrá una duración de al menos 30 años, sin perjuicio que las acciones y obras de mantención, reparación, y conservación que pudieran implementarse extiendan su vida útil.
Parte, obra o acción que establece el término
Paralización de las líneas de producción y desmantelamiento de la planta.
4.4/3..FASE DE CIERRE
Fecha estimada de inicio
Marzo 2051
Parte, obra o acción que establece el inicio
Implementación de la instalación de faenas
Fecha estimada de término
Abril 2051
Parte, obra o acción que establece el término
Desmovilización de las instalaciones temporales
- Que, durante el proceso de evaluación se han presentado antecedentes que justifican la inexistencia de los siguientes efectos, características y circunstancias del artículo 11 de la Ley
N? 19.300:
5.1. RIESGO PARA LA SALUD DE LA POBLACIÓN, DEBIDO A LA CANTIDAD Y CALIDAD DE EFLUENTES, EMISIONES Y RESIDUOS
Impacto ambiental
Aumento de las emisiones de material particulado y gases de combustión
Para la fase de operación se generarán emisiones a partir del tránsito de vehículos de transporte de personal, de insumos y de materia prima para la producción de la planta, combustión interna de maquinaria y la operación de una caldera,
Parte, obra o acción que lo genera e Nave de Producción
e Estacionamientos
12
e Silos de almacenamiento de semillas y granos e Zanjas perimetrales Instalación de Faena (fase de cierre)
Fase en que se presenta Operación y cierre
Impacto ambiental Aumento en los niveles de ruido:
Producto a las maquinarias que funcionan dentro de las dependencias de la planta
Parte, obra o acción que lo genera e Nave de Producción Instalación de Faena (fase de cierre) | | Fase en que se presenta Operación y cierre | Impacto ambiental Exposición a contaminantes por emisiones de olores
Durante el proceso productivo de la planta, es posible la generación de olores
Parte, obra o acción que lo genera e Producción de Avena
e Producción de Maíz Producción de Raps
Fase en que se presenta Operación
Referencia al ICE para mayores | Cap. 5. Impactos ambientales del proyecto detalles sobre este impacto específico | Cap. 6. Antecedentes que justifiquen que el proyecto o
actividad no requiere de la presentación de un estudio de impacto ambiental
Cap. 6.1. Sobre la inexistencia de riesgo para la salud de la población, debido a la cantidad y calidad de efluentes, emisiones y residuos
El titular acreditó la no generación de riesgo para la salud de la población en consideración a los | siguientes aspectos: |
Respecto de las emisiones atmosféricas, en la sección 2.2.4.1 del Anexo P de la Adenda, se presentaron las emisiones atmosféricas del Proyecto, las cuales son marginales con respecto a la normativa primaria de calidad ambiental vigente. Es importante destacar, que la comuna de Negrete, Región del Biobío, no cuenta con Planes de Descontaminación Ambiental. Conforme a lo señalado en el anexo indicado las emisiones a la atmósfera corresponderán principalmente a material particulado por la operación de la caldera (opera mediante agua industrial y uso de leña) y gases de combustión interna, generados por la operación y tránsito de vehículos dentro y fuera de la zona de emplazamiento del Proyecto. Para minimizar la emisión atmosférica durante la fase de operación del Proyecto se implementarán las siguientes medidas: - Con relación a la flota de camiones, se exigirá a los contratistas el empleo de camiones que cumplan como mínimo con la norma Euro II (valores de emisión D.S. N? 55/1994, artículo 8 bis); - Las maquinarias utilizadas contarán con la última tecnología, de manera de minimizar las emisiones a la atmósfera. - — Portodo lo anterior, no se superarán los límites de la norma y no habrá afectación a zonas habitadas por las emisiones atmosféricas del proyecto. - Aplicación de humectación previo al paso de camiones en camino de acceso e internos de la planta. - Uso de aspiradores neumáticos para retener partículas de suspensión en los procesos
de trasvasije desde camión a silos, y en el transporte de los granos a las líneas de producción.
Respecto de los olores, en el anexo L de la Adenda del proyecto, el titular presenta un estudio de olores cuyo objetivo fue evaluar el efecto en la atmósfera debido a las emisiones de olores por el funcionamiento del proyecto y de esta forma valorar una posible afectación a la calidad de vida de las personas que desarrollen actividades cercanas a dicha Planta. Desde un punto de vista normativo, dado que en Chile no existen aún normas que regulen las concentraciones de odorantes, se realizó la comparación de las concentraciones modeladas en los receptores discretos con una normativa de referencia tal como lo establece el D.S 40/2013 MMA, que para este caso, se utilizó la norma holandesa, la cual establece límites máximos de inmisión para plantas de deshidratación de productos de origen vegetal, que fija como valor límite para proyectos nuevos un valor de 2,5 uo/m? de concentración.
En relación a la estimación de emisiones de olor presentadas para la Planta de Granos, se prevé que esta generará 25.729 uo/h, siendo la actividad del horno de avena, aquella que emite |
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mayores unidades de olor, aportando con un 99% del total, lo cual está ligado directamente al factor de emisión que posee dicha actividad. Con respecto a los receptores discretos utilizados, se concluye que son cuatro aquellos que se ubican dentro de la pluma de dispersión de odorantes (área de influencia), siendo “R1” aquel que presenta la mayor concentración modelada correspondiente a 0,019 uo/mé, valor que se encuentra por debajo a lo que la norma de referencia indica como “olor molesto”.
- Enrelación al ruido, las emisiones de ruido del Proyecto se encuentran asociadas en su mayor
parte al funcionamiento de maquinarias y equipos durante las fases de operación y cierre, y a la circulación de vehículos durante las actividades de producción de la planta. En la sección 2.2.4.2 del Anexo P de la Adenda se presentaron las fuentes de ruido para los escenarios de las etapas de operación y cierre del Proyecto. En el área de influencia de este componente, se identificaron un total de 6 receptores, donde se evaluó el cumplimiento de los niveles de presión sonora de fuentes fijas y aportados por el Proyecto en cada receptor. Dicho análisis estableció el cumplimiento de los límites máximos D.S. N38/2011, en todos los receptores. las tablas con los resultados de la estimación acústica de las fases de operación y cierre del Proyecto fueron presentadas en el acápite 2.2,4.2, letras a y b del Anexo P, de la Adenda respectivamente. De acuerdo a lo indicado en dichos resúmenes, los resultados obtenidos en cada fase fueron comparados con los niveles máximos permisibles según el D.S. N38/11 del Ministerio de Medio Ambiente, de acuerdo con la zona de cada receptor, los que cumplen en horarios diurno y nocturnos de la fase operación y para el horario diurno de la fase de cierre en todos los puntos de evaluación identificados como sensibles a las emisiones de ruido. Mayores detalles respecto de las fuentes de ruido, nivel sonoro y cumplimiento normativo, fue presentado en el capítulo 4 del presente informe.
-
Respecto de la generación y exposición de la población a distintos tipos de residuos, El Proyecto en sus distintas etapas considera la emisión de residuos: sólidos y líquidos, los que se detallan a continuación:
-
— Residuos Sólidos Domiciliarios (RSD);
-
—— Residuos líquidos domiciliarios (RLD);
-
Residuos Industriales Sólidos (RISES); y
-
— Residuos Sólidos Peligrosos (RESPEL). De acuerdo a lo descrito en el acápite 2.2.5.1 del Anexo P de la Adenda, tanto los residuos sólidos domiciliarios, los industriales no peligrosos y los industriales peligrosos, serán almacenados en tambores o recipientes estancos con tapa, de forma que no entren en contacto con el recurso suelo, agua o aire. Posteriormente, serán retirados y transportados por una empresa sanitaria autorizada hacia un sitio de disposición final autorizado por la autoridad, de acuerdo a sus características y condiciones de peligrosidad. Las condiciones de almacenamiento se ajustarán a las características de cada residuo, según lo presentado en el Anexo G PAS 140 de la Adenda, donde se presentan los antecedentes del permiso ambiental sectorial asociado al acopio temporal de residuos sólidos no peligrosos y a lo detallado en el H PAS 142, asociado al almacenamiento temporal de residuos peligrosos. Dadas las características de los residuos sólidos y de las medidas de manejo y disposición final, se puede concluir que tales residuos no generarán impactos sobre recursos naturales renovables ni presentarán riesgos para la salud de la población, en los términos descritos en el presente literal.
5.2. EFECTOS ADVERSOS SIGNIFICATIVOS SOBRE LA CANTIDAD Y CALIDAD DE LOS RECURSOS NATURALES RENOVABLES, INCLUIDOS EL SUELO, AGUA Y AIRE
Impacto ambiental Pérdida de suelo o de su capacidad para sustentar o biodiversidad
Componente(s) ambiental(es) Suelo
afectado(s)
Parte, obra o acción que lo genera + Nave de Producción
-
Estacionamientos
-
Silos de almacenamiento de semillas y granos
- Zanjas perimetrales
» __ Instalación de Faena (fase de cierre)
Fase en que se presenta Operación y cierre
14
Impacto ambiental Aumento de las emisiones de material particulado y gases
de combustión
Componente(s) ambiental(es) Aire afectado(s) Parte, obra o acción que lo genera + Nave de Producción
-
Estacionamientos
-
Silos de almacenamiento de semillas y granos
-
Zanjas perimetrales
-
Instalación de Faena (fase de cierre)
Fase en que se presenta Operación y cierre Impacto ambiental Posible alteración de formaciones vegetacionales Componente(s) ambiental(es) | Flora
| afectado(s) |
Parte, obra o acción que lo genera + Nave de Producción |
- Estacionamientos | +» Silos de almacenamiento de semillas y granos |
-
Zanjas perimetrales
-
Instalación de Faena (fase de cierre)
Fase en que se presenta Operación y cierre
Impacto ambiental
Posible alteración de formaciones vegetacionales que constituyen hábitat de fauna
Componente(s) ambiental(es) | Fauna | afectado(s) | | Parte, obra o acción que lo genera + Nave de Producción
- Estacionamientos
» Silos de almacenamiento de semillas y granos + Zanjas perimetrales
» Instalación de Faena (fase de cierre)
Fase en que se presenta Operación y cierre |
Referencia al ICE para mayores | Cap. 5. Impactos ambientales del proyecto detalles sobre este impacto específico | Cap. 6. Antecedentes que justifiquen que el proyecto o
actividad no requiere de la presentación de un estudio de impacto ambiental
Cap. 6.2. Sobre la inexistencia de efectos adversos significativos sobre la cantidad y calidad de los recursos naturales renovables, incluidos el suelo, agua y aire
El titular acreditó la no generación de efectos adversos significativos sobre la cantidad y calidad de los recursos naturales renovables en consideración a los siguientes aspectos:
En relación al recurso suelo, señalar que la capacidad del suelo para sustentar vida no se verá afectada producto de las obras del proyecto, por cuanto éstas no contemplan obras ni acciones que pudiesen afectar la calidad ni las condiciones morfológicas, fisicoquímicas o biológicas del suelo durante el período en que el proyecto se emplace en el predio ya caracterizado. En tal sentido, el Proyecto tendrá un bajo efecto en el suelo y no implicará una pérdida o degradación del recurso suelo, en base a los siguientes motivos:
-
Las obras del proyecto ya se encuentran construidas. El presente Proyecto corresponde a una regularización ambiental, y por tanto, no contempla intervenir | áreas adicionales a las intervenidas en la actualidad. |
-
El Proyecto no afectará ni intervendrá cauces, quebradas ni escorrentías superficiales.
-
— Durante la fase de operación, el Proyecto no contempla la utilización de sustancias y elementos químicos que puedan alterar las propiedades minerales y orgánicas del suelo, como tampoco se alterará el grado de acidez o alcalinidad y la concentración de sales en el perfil.
-
La implementación del Proyecto no impide que en el futuro se recupere el predio para el uso agrícola.
Según lo indicado es factible indicar que el Proyecto, en su condición de evaluación actual, no generará pérdida de suelo o de su capacidad para sustentar biodiversidad por degradación, erosión, impermeabilización, compactación o presencia de contaminantes no generando efectos adversos significativos sobre la cantidad y calidad de los recursos naturales renovables, toda vez que aquellas obras o acciones susceptibles de afectar a dicho componente | se relacionan directamente con la fase de construcción, la cual no es considerada en el | presente proyecto, por cuanto solo corresponde a una regularización de un proyecto que se |
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encuentra construido y operando, lo cual fue informado a la SMA a través del Oficio Ord. Del SEA BIOBIO N*20200810241 de fecha 04 de agosto de 2020.
- Encuanto a la flora identificada en terreno, se detectaron un total de 29 especies cuyas formas de crecimiento más frecuentes fueron las herbáceas con 24 especies (14 hierbas anuales; 3 anuales o bianuales; 6 hierbas perennes, 1 trepadora perenne), las arbóreas con 3 especies, y las arbustivas con 2 especies. En cuanto al origen de la flora detectada, 27 especies son de origen alóctono, y no se registraron especies en categoría de conservación oficial dentro del área del Proyecto. Asimismo, no se registraron plantaciones en terrenos de aptitud preferentemente forestal o bosque nativo al interior del área del Proyecto que deben ser intervenidos, ni se considera la intervención o explotación de vegetación terrestre durante la operación del proyecto.
e Enrelación a la Fauna, indicar que de los antecedentes presentados por el titular fue posible establecer, en el área de influencia del proyecto por este componente, la riqueza de especies de 8 especies, todas ellas del grupo de las aves. Cinco de ellas se encuentran en condición de densidades poblacionales reducidas, beneficiosa para la actividad silvoagropecuaria y/o beneficiosa para la mantención del equilibrio de los ecosistemas, según el Decreto 05/98 “Aprueba Reglamento de Ley de Caza”. Siete de las especies observadas son nativas, siendo una de ellas de origen endémico para el país. Ninguna de las especies observadas presenta la condición de especialista de hábitat, y solo una de ellas presenta carácter migratorio, Las mayores abundancias se registran para la especie Columbia livia (Paloma bravía, la cual fue observada sobrevolando el área del Proyecto, y forrajeando en sectores con acumulación de alimentos, en praderas y áreas urbanas; Zonotrichia capensis (chincol) fue observado en sectores con vegetación tipo matorral, así como también en sectores urbanos; y Vanellus chilensis (queltehue) se registró en sectores urbanos desprovistos de vegetación.
El proyecto no considera la intervención ni explotación de especies de fauna (incluida la caza), así tampoco la intervención de áreas que constituyan hábitat de especies, adoptando incluso las siguientes medidas asociadas a la protección y no afectación de la fauna del sector: - Se establecerá la prohibición de cazar o capturar ejemplares de fauna silvestre en el área del proyecto, - Se establecerá la prohibición de levantar nidos, destruir madrigueras o recolectar huevos y crías, con excepción de los pertenecientes a las especies declaradas dañinas. - Se prohibirá el ingreso de animales domésticos al área del Proyecto, en su etapa de operación. - Serealizarán capacitaciones a los trabajadores al respecto, Finalmente señalar que del proceso de evaluación ambiental del proyecto, y de acuerdo a los antecedentes aquí analizados, y lo antecedentes de la Caracterización de Flora y vegetación (Anexo 2-4) y Fauna (Anexo 2-5), ambos de la DIA del proyecto, la superficie que se intervendrá no generará impactos significativos sobre flora, vegetación y fauna, y por tanto el proyecto no genera efectos significativos adversos sobre los recursos naturales, incluyendo el componente suelo y capacidad para soportar biodiversidad, que requiera la presentación de un Estudio de Impacto Ambiental (ELA). Asimismo, Dadas las características del proyecto, la magnitud de sus emisiones, el manejo de sus residuos y efluentes, de las actividades a desarrollar, es posible concluir que no revestirá una afectación sobre suelo, agua o aire, que implique un impacto significativo sobre dichos recursos. Lo anterior, de acuerdo con los antecedentes entregados en los acápites 2.2.4 y 2.2.5 de la Declaración de Impacto Ambiental.
5.3, REASENTAMIENTO DE COMUNIDADES HUMANAS O ALTERACIÓN SIGNIFICATIVA DE LOS SISTEMAS DE VIDA Y COSTUMBRES DE GRUPOS HUMANOS
Impacto ambiental e) Alteración a los sistemas de vida y costumbres de grupos humanos Parte, obra o acción que lo genera » Nave de Producción
» Estacionamientos
- Silos de almacenamiento de semillas y granos
- — Zanjas perimetrales
» Instalación de Faena (fase de cierre)
Fase en que se presenta Operación y cierre
Referencia al ICE para mayores Cap. 5. Impactos ambientales del proyecto
detalles sobre este impacto específico Cap. 6. Antecedentes que justifiquen que el proyecto o actividad no requiere de la presentación de un estudio de impacto ambiental
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| ¡| Cap. 6.3. Sobre la inexistencia de reasentamiento de | comunidades humanas o alteración significativa de los | sistemas de vida y costumbres de grupos humanos
El Proyecto no contempla la intervención, uso o restricción al acceso de recursos naturales a grupos o comunidades para el sustento económico, uso tradicional, medicina, espiritual o cultural.
En este sentido, el Proyecto en ninguna de sus fases producirá una alteración significativa a los sistemas de vida y costumbres de los grupos humanos a nivel local o comunal, que se encuentran en el área de influencia del Proyecto que sea causal de alguna intervención, uso o restricción del acceso a algún recurso natural que sea sustento económico para grupos del lugar.
En cuanto a las actividades económicas desarrolladas en el sector, se indica que la principal corresponde a la agricultura a gran escala, como el cultivo de maíz, cereza, arándano, manzanas y nogales, siendo la mayoría de exportación. Al que se asocian también empresas de packing, elaboración de productos. Adicionalmente, existe un gran porcentaje de la población que se dedica al rubro de la madera, principalmente en las empresas de celulosa y transporte de madera.
En cuanto a la agricultura de menor escala, la población manifiesta que esta se encuentra a la baja, ya que las tradiciones del trabajo de la tierra se han ido perdiendo, así como también la urbanización ha ido disminuyendo la superficie de cultivo para las familias.
En cuanto a infraestructura existe la presencia de una plaza abandonada, que cuenta con equipamiento para realizar ejercicios, pero cuyo acceso a estos implementos es dificultoso, debido al crecimiento de vegetación en el sector. En cuanto a uso de culto, se identifica una iglesia de la religión católica llamada “Iglesia Coihue” en la calle Angol.
Durante la etapa de operación se efectuará las actividades de transporte más significativas, haciendo uso de las vías de acceso existentes para transportar agua industrial, insumos, equipos, maquinarias y personal al área del Proyecto. No obstante, se considera que esto no causará afectación al acceso de los recursos naturales utilizados como sustento económico por los grupos humanos identificados.
En conclusión, el proyecto no afecta ni interviene el uso y el acceso de los recursos naturales por los grupos humanos identificados para el sustento económico, uso tradicional, medicina, espiritual o cultural.
Respecto del aumento de la circulación de vehículos de transporte con insumos y productos desde y hacia planta, indicar que el estudio “Caracterización rutas de transporte”, presentado por el titular en el anexo N de la Adenda, se concluye que de las actividades propias del proyecto no se generará una
transeúntes ni vehiculares, debido al uso de las rutas identificadas en el área que actualmente sostienen
una alta carga vial debido a la conectividad con las localidades de Nacimiento, Negrete, Renaico y Los Angeles.
Durante el proceso productivo de la planta, es posible la generación de olores, por lo tanto, se ha realizado un “Estudio de Modelación de Emisiones Odoríferas” (Anexo L de la Adenda)
en el que se ha generado un área de dispersión de odorantes que abarca un total de 113,2 hectáreas donde las concentraciones van desde 0,005 uo/m? a 0,019 uo/m?.
Al interior de la pluma de dispersión se identifican 6 receptores, los que se presentan en la Tabla AD-16 de la adenda, la que indica, que todos los receptores se encuentran muy por | debajo del límite de la norma de referencia utilizada (NERO).
Tabla AD- 1: Concentración de olores modelados en puntos discretos
Punto Distancia al Punto | Concentración modelada | Límite norma referencia! Cumplimiento Receptor Emisor (m) (UO/m3) (u0/m3) Normativo R1 374 0,019 Si R2 327 0,004 Si R3 349 0,005 2.5 Si | R4 330 0,018 s Si | RS 762 0,002 Si | R6 208 0,007 Si |
Fuente: Anexo L de la Adenda.
tradiciones, cultura o intereses comunitarios, que puedan afectar los sentimientos de arraigo
| Por lo anterior, el Proyecto no dificultará o impedirá el ejercicio o la manifestación de L o la cohesión social de los grupos humanos del área de influencia del proyecto.
obstrucción para la circulación ni conectividad, y no aumentará tiempos de desplazamiento ni de |
Y Hace referencia a Norma Holandesa, debido a que en Chile no existe normativa asociada.
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5.4. LOCALIZACIÓN EN O PRÓXIMA A POBLACIONES, RECURSOS Y ÁREAS PROTEGIDAS, SITIOS PRIORITARIOS PARA LA CONSERVACIÓN, HUMEDALES PROTEGIDOS Y GLACIARES, SUSCEPTIBLES DE SER AFECTADOS, ASÍ COMO EL VALOR AMBIENTAL DEL TERRITORIO EN QUE SE PRETENDE EMPLAZAR
Impacto ambiental Susceptibilidad de afectación a grupos humanos indígenas
Parte, obra o acción que lo genera » Nave de Producción
» Estacionamientos
- Silos de almacenamiento de semillas y granos
-
Zanjas perimetrales
-
Instalación de Faena (fase de cierre)
Fase en que se presenta Operación y cierre
Referencia al ICE para mayores | Cap. 5. Impactos ambientales del proyecto
detalles sobre este impacto específico | Cap. 6. Antecedentes que justifiquen que el proyecto o actividad no requiere de la presentación de un estudio de impacto ambiental
Cap. 6.4, Sobre la inexistencia de localización en o próxima a poblaciones, recursos y áreas protegidas, sitios prioritarios para la conservación, humedales protegidos y glaciares, susceptibles de ser afectados, así como el valor ambiental del territorio en que se pretende emplazar
El titular acreditó la no generación de efectos adversos significativos sobre poblaciones, recursos y áreas protegidas, sitios prioritarios para la conservación en consideración a los siguientes aspectos: En primer lugar, señalar que de los antecedentes presentados durante el proceso de evaluación ambiental, se acreditó que en el área de influencia del proyecto no existen recursos y áreas protegidas, sitios prioritarios para la conservación, humedales protegidos, glaciares y zona con valor ambiental. Luego, al interior del área de influencia se identificó la presencia de población protegida, representada por la comunidad indígena Coyan Mapu, la cual se encuentra constituida desde el año 2009, con 47 socios y 16 familias. De acuerdo a los antecedentes recabados por el titular a través de fuentes primarias (reuniones con los miembros de la comunidad) y aquella que se desprende de la reunión en el marco del art. 86 del D.S. N*40/2012, dicho GHPPI concentra sus actividades en la localidad de Rihuito, la cual se encuentra a más de 5 Kilómetros del área del Proyecto. Asimismo, en la ribera Este del río Biobío a la altura del área del proyecto se encuentra un Eltun o cementerio mapuche, la que se encuentra fuera del área de influencia del Proyecto, y no se vería afectado por la operación del proyecto.
En base a lo anterior, es posible indicar, que no existe afectación significativa a las formas de organización social particular de los grupos humanos pertenecientes a comunidades indígenas, así como tampoco el desarrollo del proyecto usa, interviene o restringe el acceso a recursos naturales utilizados como sustento económico o para uso tradicional como medicinal, espiritual o cultural, ya que el proyecto no posee rutas de transporte por los lugares de significancia cultural, así como tampoco los niveles de concentraciones modeladas de olores presentan niveles sobre la norma de referencias establecida, que permitan indicar posibles afectaciones.
5.5. ALTERACIÓN SIGNIFICATIVA, EN TÉRMINOS DE MAGNITUD O DURACIÓN, DEL VALOR PAISAJÍSTICO O TURÍSTICO DE UNA ZONA
Impacto ambiental No se identificaron impactos que pueda generar el Proyecto sobre los atractivos o zonas con valor turísticos y/o paisajísticos.
Referencia al ICE para mayores | Cap. 5. Impactos ambientales del proyecto
detalles sobre este impacto específico | Cap, 6, Antecedentes que justifiquen que el proyecto o
actividad no requiere de la presentación de un estudio de impacto ambiental
Cap. 6.5. Sobre la inexistencia de alteración significativa, en términos de magnitud o duración, del valor paisajístico o turístico de una zona
Conforme a lo indicado en la caracterización de los atractivos turísticos, el Proyecto no se emplaza en un área declarada como zona o centro de interés turístico nacional, de acuerdo con lo dispuesto en el Decreto Ley N*1.224 de 1975; las obras del proyecto no obstruirán la visibilidad a zonas con valor paisajístico; las obras del proyecto no alterarán los recursos o los elementos del medio ambiente que presentan valor paisajístico o turístico; y las obras del proyecto no obstruirán el acceso a recursos o
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elementos del medio ambiente de zonas con valor paisajístico o turístico, por cuanto estas se ubican en un predio privado y lejos de vías de acceso a este tipo de áreas.
Por todo lo anterior, el Proyecto no se localiza próximo a zonas con valor paisajístico, turístico ni con singularidades que resalten su valor turístico, que pudiera ser afectado significativamente por las partes, obras y acciones del proyecto.
5.6. ALTERACIÓN DE MONUMENTOS, SITIOS CON VALOR ANTROPOLÓGICO, ARQUEOLÓGICO, HISTÓRICO Y, EN GENERAL, LOS PERTENECIENTES AL PATRIMONIO CULTURAL
Impacto ambiental No se identificaron impactos que pueda generar alteración | de monumentos, sitios con valor antropológico, arqueológico, histórico y, en general, los pertenecientes al
patrimonio cultural
Referencia al ICE para mayores | [Identificar sección, parte o capítulo del ICE, según corresponda] detalles sobre este impacto específico |
En el Anexo 2-6 de la DIA se presentó la Caracterización de Arqueología y Patrimonio Cultural. La caracterización de la zona de emplazamiento del Proyecto se realizó mediante la recopilación documental y bibliográfica especializada disponible y mediante una prospección superficial en terreno, realizada el día 12 de noviembre de 2020.
Se identificó un total de 4 monumentos de carácter histórico en un radio de 30 kilómetros lineales desde el área de influencia del proyecto (ver Tabla ARQ-2 del Anexo 2-6 de la DIA), sin embargo estos se encuentran a una distancia considerable del área del proyecto.
Durante la realización del estudio se identificaron al menos 11 proyectos ambientales que presentan recursos culturales con cercanías a nivel regional y local con respecto al área de influencia del presente proyecto. De entre estos, los proyectos “Parque Eólico Tolpán”, “Parque Eólico Cuel”, “Parque Eólico Entre Ríos”, “Proyecto Eólico Coihue”, “Parque Eólico Alena” e “Instalación de tres aerogeneradores en Fundo Las Marias” se encuentran a una distancia menor a 15 kilómetros del área de influencia; presentando con excepción de los proyectos Parque “Eólico Cuel” y “Parque Eólico Entre Ríos”, recursos patrimoniales de carácter arqueológicos. Los recursos patrimoniales presentan como característica común la presencia de restos cerámicos y materiales líticos en contextos tanto de sitios, como hallazgos aislados.
Sin perjuicio que durante la realización de los trabajos de prospección no fue posible detectar en el área directa del proyecto materiales patrimoniales, culturales, arqueológicos y/o de valor históricos que se encuentren afectos a protección por parte de la ley N17.288, 19.300 y 19.253, en el caso de que se produzcan nuevos hallazgos arqueológicos al momento de realizar cualquier trabajo de movimiento, excavación, remoción de terreno o mera observación dentro del área del proyecto, se debe proceder en conformidad a la ley N 17.288 de Monumentos Nacionales, la cual señala la obligatoriedad de dar aviso a Carabineros, y posteriormente al honorable Consejo de Monumentos Nacionales, en conjunto con la detención total de las obras en el sector del suceso.
En este contexto la autoridad competente en materia arqueológica y paleontológica, el Consejo de Monumentos Nacionales, se pronunció conforme con los antecedentes proporcionados por el titular
durante la evaluación ambiental del proyecto, señalando en su Of. Ord N* 2776 de fecha 04 de agosto |
de 2020, lo siguiente: “En caso de efectuarse un hallazgo arqueológico o paleontológico durante las excavaciones del proyecto, y a fin de evitar incurrir en el delito de daño a Monumento Nacional establecido en el artículo N 38 de la Ley N 17.288, se deberá proceder según lo establecido en los
artículos N? 26 y 27 de la Ley N 17.288 de Monumentos Nacionales y el artículo N 23 del Decreto |
Supremo N* 484 de 1990 del Ministerio de Educación, Reglamento sobre excavaciones y/o prospecciones arqueológicas, antropológicas y paleontológicas, paralizando toda obra en el sector del hallazgo e informando de inmediato y por escrito al Consejo de Monumentos Nacionales, para que este organismo determine los procedimientos a seguir, cuya implementación deberá ser efectuada por el titular del proyecto”.
Finalmente señalar que, dadas las características del Proyecto y su ubicación, éste no dificultará ni impedirá el ejercicio o la manifestación habitual propia de la cultura o folclore de alguna comunidad o grupo humano, por cuanto no se presentan este tipo de manifestaciones en el área del Proyecto, debido a la ubicación del área de estudio en un predio privado sin acceso a terceros y deshabitado.
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6”. Que resultan aplicables al Proyecto los siguientes permisos ambientales sectoriales, asociados a las correspondientes partes, obras o acciones que se señalan a continuación:
6.1. PERMISOS AMBIENTALES SECTORIALES MIXTOS
Tabla:6.1-Permiso para la construcción, reparación, modificación y ampliación de cualquier obra pública o particular destinada a la evacuación, tratamiento o disposición final de desagiies, aguas servidas de cualquier naturaleza, según se establece en el artículo 138 del Reglamento del SEIA
¡Fase del proyecto a la cual corresponde
Operación y cierre
Parte, obra o acción a la que aplica
a) Fosas sépticas. Mayores antecedentes Anexo E de la Adenda del proyecto.
Condiciones o exigencias específicas para su otorgamiento
No se establecieron condiciones o exigencias específicas para este PAS
Pronunciamiento del órgano competente
SEREMI de Salud mediante Oficio Ord N* 3226 de fecha 17 de noviembre de 2020, pronunciamiento conforme con los contenidos técnicos del PAS.
Referencia al ICE para mayores detalles
Cap. 10 Permisos y pronunciamientos ambientales sectoriales
Tabla-6.2 Permiso para la construcción, reparación, modificación y ampliación de cualquier obra pública o particular destinada: a-la evacuación, tratamiento o disposición final de residuos industriales o mineros según se establece en el artículo 139 del Reglamento del SEIA
Fase del proyecto a la cual
corresponde
Operación
Parte, obra o acción a la que aplica
b) Aguas de purga de la Caldera Mayores antecedentes Anexo F de la Adenda del proyecto
Condiciones o exigencias específicas para su otorgamiento
No se establecieron condiciones o exigencias específicas para este PAS
Pronunciamiento del órgano competente
SEREMI de Salud mediante Oficio Ord N* 3226 de fecha 17 de noviembre de 2020, pronunciamiento conforme con los contenidos técnicos del PAS.
Referencia al ICE para mayores detalles
Cap. 10 Permisos y pronunciamientos ambientales sectoriales
Tabla :6.3- Permiso “para todo sitio destinado al almacenamiento de residuos domiciliarios” y residuos industriales no peligrosos, según se establece en el artículo 140 del Reglamento del SEIA
Fase del proyecto a la cual corresponde
Operación y cierre
Parte, obra o acción a la que aplica
c) Sitios de acumulación temporal de residuos d) Sitios de disposición final de residuos Mayores antecedentes Anexo G de la Adenda del proyecto
Condiciones o
No se establecieron condiciones o exigencias específicas para este PAS
exigencias específicas para su otorgamiento Pronunciamiento del órgano competente
SEREMI de Salud mediante Oficio Ord N* 3226 de fecha 17 de noviembre de 2020, pronunciamiento conforme con los contenidos técnicos del PAS,
Referencia al ICE para mayores detalles
Cap. 10 Permisos y pronunciamientos ambientales sectoriales
Tabla'6.4 Permiso para todo sitio destinado'al almacenamiento de residuos Peligrosos, según se establece en el artículo 142 del Reglamento del SEIA
Fase del proyecto a la cual corresponde
Operación y cierre
20
Parte, obra o acción a la que aplica
e) Bodega de acumulación temporal de residuos sólidos peligrosos Mayores antecedentes Anexo H de la Adenda del proyecto.
Condiciones o exigencias específicas para su otorgamiento
No se establecieron condiciones o exigencias específicas para este PAS
Pronunciamiento del órgano competente
SEREMI de Salud mediante Oficio Ord N* 3226 de fecha 17 de noviembre de 2020, pronunciamiento conforme con los contenidos técnicos del PAS.
Referencia al ICE para mayores detalles
Cap. 10 Permisos y pronunciamientos ambientales sectoriales
Tabla 6.5 Permiso para subdividir y urbanizar terrenos rurales o para construcciones fuera de los límites urbanos, según se establece en el artículo 160 del Reglamento del SEIA
Fase del proyecto a la cual | Operación
corresponde
Parte, obra o acción a la que aplica - Galpón - Oficinas
-
Servicios Higiénicos
-
Bodega de almacenamiento de insumos
-
Bodega de RESPEL
-
Edificio Pesa romana y laboratorio
-
Garita guardia
Condiciones O exigencias | especificas para su otorgamiento
No se establecieron condiciones o exigencias específicas para este PAS
| Pronunciamiento del órgano | competente
Servicio Agrícola y Ganadero mediante Oficio Ord N* 1268 de fecha 16 de noviembre de 2020, pronunciamiento conforme, indicando que el proyecto cumple con los contenidos técnicos de la letra b (b1,b2,b3,b5) del artículo 160 del DS 40/2012, referido a una superficie de emplazamiento de construcciones de 3.394,4 m?.
SEREMI de Vivienda y Urbanismo Oficio Ord N* 100 de fecha 18 de noviembre de 20020, pronunciamiento conforme, indicando que el proyecto acredita el cumplimiento de la normativa ambiental aplicable del PAS 160, en tato presenta los antecedentes solicitados y es posible
acreditar que las construcciones permanentes de ampliación son de 3.394,4 m?.
SEREMI de Agricultura Oficio Ord N* 206 de fecha 10 de noviembre de 2020, pronunciamiento conforme, indicando en base a la revisión del documento este órgano de administración del Estado se pronuncia conforme sobre la Adenda.
Referencia al ICE para mayores detalles
Cap. 10 Permisos y pronunciamientos ambientales sectoriales
- Que, de acuerdo a los antecedentes que constan en el expediente de evaluación, la forma de cumplimiento de la normativa de carácter ambiental aplicable al Proyecto es la siguiente:
Tabla 7.1 Norma Decreto Supremo (D.S) N? 1.150 de 1980 del Ministerio del Interior, “Constitución Política de la República de Chile”, modificada por la Ley 20.414 Componente/materia: Normativa General |
Fase del proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento
Fase de operación y cierre
Parte, obra, acción, emisión, residuo o sustancias a la que aplica
A todo el proyecto
| Forma de cumplimiento
El Titular respeta la garantía constitucional consagrada en el artículo 19 número
| 8, que establece el derecho a vivir en un ambiente libre de contaminación,
21
mediante el cumplimiento de la legislación ambiental vigente que exige el. ingreso del Proyecto al SEIA.
Indicador que acredita su cumplimiento
Resolución de Calificación Ambiental, procediendo el Titular a lo que ésta dispone, y permitiendo la fiscalización del proyecto por parte de la SMA, de forma tal que el derecho a vivir en un ambiente libre de contaminación no se vea afectado.
Forma de control y | De acuerdo al control y seguimiento de las normativas especificas que se seguimiento indican en el presente documento. Referencia al ICE para Cap. 9 Normativa ambiental aplicable
mayores detalles
Tabla 7.2 Norma Ley N* 19.300/1994 del Ministerio Secretaría General de la Presidencia
Componente/materia:
Normativa General
Otros cuerpos legales
Ley N 20.417/2010 del Ministerio Secretaria General de la Presidencia, Reglamento del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental”. Decreto Supremo N 40/2013 del Ministerio de Medio Ambiente, “Reglamento del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental”, Artículo 19 y siguientes
Fase del proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento
Fase de operación y cierre
Parte, obra, acción, emisión, residuo o sustancias a la que aplica
A todo el proyecto
Forma de cumplimiento
El proyecto se somete al Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental (SETA) como Declaración de Impacto Ambiental (DIA), elaborada conforme a lo establecido en el Artículo 19 y siguientes del Reglamento del SEIA.
Indicador que acredita su cumplimiento
Resolución de Calificación Ambiental, procediendo el Titular a lo que ésta dispone, y permitiendo la fiscalización del proyecto por parte de la SMA, de forma tal que el derecho a vivir en un ambiente libre de contaminación no se
vea afectado. :
Forma de
control. y Informes, registros, contratos u otros medios de prueba que acrediten el seguimiento cumplimiento de la Resolución de Calificación Ambiental (RCA). Referencia al ICE para Cap. 9 Normativa ambiental aplicable
mayores detalles
Tabla 7,3 Norma Decreto Supremo (D.S) N? 40/2013 del Ministerio de Medio Ambiente
Componente/materia:
Normativa General
Otros cuerpos legales
Ley N? 19.300/1994 del Ministerio Secretaría General de la Presidencia “Sobre Bases Generales del Medio Ambiente” Ley N* 20.417/2010 del Ministerio Secretaria General de la Presidencia, Reglamento del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental”
Fase del proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento
Fase de operación y cierre
Parte, obra, acción, emisión, residuo o sustancias a la que aplica
A todo el proyecto
Forma de cumplimiento
El proyecto se somete al Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental (SEIA) como Declaración de Impacto Ambiental (DIA), elaborada conforme a lo establecido en el Artículo 19 y siguientes del Reglamento del SETA
Indicador que acredita su cumplimiento
Resolución de Calificación Ambiental, procediendo el Titular a lo que ésta dispone, y permitiendo la fiscalización del proyecto por parte de la SMA, de forma tal que el derecho a vivir en un ambiente libre de contaminación no se vea afectado.
Forma de
control y | Informes, registros, contratos u otros medios de prueba que acrediten el seguimiento cumplimiento de la Resolución de Calificación Ambiental (RCA) Referencia al ICE para Cap. 9 Normativa ambiental aplicable
mayores detalles
22
Tabla 7.4. Norma D.S N*144/1961
Componente/materia:
Emisiones a la atmosfera
Otros cuerpos legales
No aplica
Fase del proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento
Fase de Operación y Cierre,
Parte, obra, acción, emisión, residuo o sustancias a la que aplica
A todo el proyecto
Forma de cumplimiento
Durante la etapa de operación se adoptarán las medidas necesarias para evitar | y/o reducir las emisiones de gases y material particulado. i - Aplicación de humectación previo al paso de camiones en camino de acceso e internos de la planta.
-
Uso de aspiradores neumáticos para retener partículas de suspensión en los procesos de trasvasije desde camión a silos, y en el transporte de los granos a las líneas de producción.
-
Se exigirá a los contratistas que sus vehículos y camiones cuenten con sus revisiones técnicas al día y que cumplan con la norma Euro II, así como también que el transporte de materiales se realice de acuerdo a lo que establece el Reglamento, en Decreto Supremo N* 75/87 del Ministerio de Transportes y : Telecomunicaciones.
Indicador que acredita su cumplimiento
._ aspiradoras neumáticas en las líneas de producción principal.
- Revisión técnica al día.
- Chequeo de mantenciones de maquinarias y equipos, así como de las
mayores detalles
Forma de control y. Inspección visual de todas las medidas señaladas. seguimiento - Registro de revisión técnica al día de camiones y vehículos. - Registro de mantención de maquinaria y equipos. | - Registro fotográfico que acredite las medidas de control propuestas. | Referencia al ICE para Cap. 9 Normativa ambiental aplicable
Tabla 7.5 Norma D.S N*1/2013
Componente/materia:
Emisiones a la atmosfera
Fase del proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento
Fase de Operación y Cierre.
Parte, obra, acción, emisión, residuo o sustancias a la que aplica
A todo el proyecto
Forma de cumplimiento
El Titular del Proyecto cumplirá con la obligación de declarar sus emisiones, residuos y/o transferencias de contaminantes normados a través del Sistema de Ventanilla Única habilitado para tal efecto,
Indicador que acredita su cumplimiento
Declaración de las emisiones de los equipos de grupo electrógeno a través del | Sistema de Ventanilla Única del Registro de Emisiones y Transferencias de '
Contaminantes (RECT) en su página web www.rect.cl. :
Forma de control y seguimiento
Comprobante de la Declaración,
Referencia al ICE para mayores detalles
Cap. 9 Normativa ambiental aplicable
Tabla 7.6 Norma D.S:N*75/1987
Componente/materia: Emisiones a la atmosfera Otros cuerpos legales | Norma Chilena 2979 de 2006 de “Sustancias peligrosas — Segregación y asociados
embalaje/envase en el transporte rodoviario”
Norma Chilena 2190 de 2003 de “Transporte de sustancias peligrosas — Distintivos para identificación de riesgos”.
Decreto Supremo N 298/1994 del Ministerio de Transportes y: Telecomunicaciones, “Transporte de cargas peligrosas por calles y caminos” Decreto Supremo N 294/1984 del Ministerio de Obras Públicas, que “Fija Texto refundido, coordinado y sistematizado de la Ley N? 15.840, Orgánica del Ministerio de Obras Públicas, y del Decreto con Fuerza de Ley N* 206, de 1960, del mismo Ministerio”, modificado por la Ley N? 19.474 de 1996.
Fase del proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento
Fase de operación y cierre.
Parte, obra, acción, emisión, residuo o sustancias a la que _aplica
A todo el proyecto.
Forma de cumplimiento
Se exigirá a los contratistas de los servicios de transporte de material el cumplimiento de la norma enunciada, y en especial, que los residuos no caigan al suelo durante el transporte.
Indicador que acredita su cumplimiento
Inspección visual de cubierta de la carga de los camiones.
-
Se establecerá mediante contrato que todo el transporte de materiales para la operación debe realizarse en camiones encarpados.
-
Copia del comprobante de autorización sanitaria de la empresa contratista para el retiro y disposición de los residuos sólidos (industriales peligrosos e industriales no peligrosos).
Forma de control y Mantención de contrato vigente con empresas autorizadas para el retiro y
seguimiento disposición de los distintos tipos de residuos (industriales peligrosos e industriales no peligrosos) generados al interior de la planta.
Referencia al ICE para | Cap. 9 Normativa ambiental aplicable
mayores detalles
Tabla 7.7 Norma D.S N”211/1991 del Ministerio de Transporte y Telecomunicaciones
Componente/materia: Emisiones a la atmosfera Otros cuerpos legales | Decreto Supremo N" 4/1994 del Ministerio de Transportes y asociados Telecomunicaciones, que “Establece normas de emisión de contaminantes
aplicables a los vehículos motorizados”,
Decreto Supremo N* 55/1994 del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones, que “Establece normas de emisión aplicables a vehículos motorizados pesados que indica”.
Decreto Supremo N* 54/1994 del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones, que “Establece normas de emisión aplicables a vehículos motorizados medianos que indica”.
Decreto Supremo N* 279/1983 del Ministerio de Salud, que establece el “Reglamento para el control de la emisión de contaminantes de vehículos motorizados de combustión interna
Fase del proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento
Fase de operación y cierre
Parte, obra, acción, emisión, : residuo o sustancias a la que aplica
Vehículo de transporte desde y hacia la planta
Forma de cumplimiento
El Titular procurará que las condiciones técnicas y las emisiones de gases de los vehículos motorizados livianos, ya sean propios, de contratistas, subcontratistas o de proveedores, cumplan los requerimientos establecidos en este Decreto.
Se utilizarán camiones que cumplan como mínimo con la norma Euro II.
Indicador que acredita su
- Realización de revisión técnica al día de camiones y vehículos.
cumplimiento
- Chequeo de mantenciones de maquinarias, equipos, camiones y/o vehículos
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Forma de control y|- Registro diario de los camiones que ingresan y salen a la planta (nombre seguimiento conductor, patente, etc).
-
Registro de la revisión técnica al día de vehículos.
-
Registro de mantención de maquinarias, equipos, camiones y/o vehículos
-
Documento que acrediten el permiso de circulación Referencia al ICE para | Cap. 9 Normativa ambiental aplicable |
mayores detalles
Tabla.7.8 Norma D.S N* 138/2005 del Ministerio de Salud
Componente/materia:
Emisiones a la atmósfera
Norma
Decreto Supremo N* 138/2005 del Ministerio de Salud que “Establece obligación de declarar emisiones que indica”.
Fase del proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento
Fase de operación y cierre
Parte, obra, acción, emisión, residuo o sustancias a la que aplica
A todo el proyecto
Forma de cumplimiento
El Proyecto contempla la utilización de equipos electrógenos. Se realizará oportunamente la declaración de emisiones de los equipos electrógenos ante la SEREMI de Salud de la Región de Biobío, a través de la página web habilitada al efecto.
Indicador que acredita su cumplimiento
Declaración de las emisiones de los equipos de grupo electrógeno a través del Sistema de Ventanilla Unica del Registro de Emisiones y Transferencias de Contaminantes (RECT) en su página web www.rect.cl.
Forma de control y seguimiento
Comprobante de la Declaración.
Referencia al ICE para mayores detalles
Cap. 9 Normativa ambiental aplicable
Tabla 7.9 Norma Decreto Supremo (D.S) N* 38/2011 del Ministerio del Medio Ambiente
Componente/materia:
Emisiones acústicas
Fase del proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento
Fase de operación y cierre
Parte, obra, acción, emisión, residuo o sustancias a la que aplica
A todas las partes, obras, acciones y emisiones del Proyecto.
Forma de cumplimiento
Las actividades se desarrollan dentro del área del Proyecto y los niveles no superarán los máximos establecidos por este Decreto de acuerdo con los antecedentes presentados.
En las inmediaciones del proyecto no se identificaron receptores sensibles. Por ello, se tomarán las siguientes medidas a fin de minimizar al máximo los niveles de ruido:
-
Sólo se utilizarán camiones y maquinaria con revisión técnica al día.
-
Se realizarán mantenciones periódicas de las maquinarias y equipos utilizados en la planta
Indicador que acredita su cumplimiento
Inspección visual de la implementación de las medidas señaladas. - Chequeo de mantenciones de maquinarias y equipos. - Asistencia de los trabajadores a las capacitaciones.
Forma de control y | - Registro de revisión técnica al día de camiones y vehículos. | seguimiento - Registro de mantención de maquinaria y equipos. | - Registro de asistencia de trabajadores a las capacitaciones. Tabla 7.10 Norma Decreto Supremo (D.S) N 594/1999 del Ministerio de Salud Componente/materia: | Agua Otros cuerpos legales | D.S. N 1.164/1974, del Ministerio de Obras Públicas, Oficializa la Norma asociados Chilena N*389 of.74, del INN “Sustancias Peligrosas-almacenamiento de
| sólidos, líquidos y gases inflamables-Medidas generales de seguridad”.
25
Tabla:10.3. Riesgo Sismos
Representante Legal de la planta sobre la activación del plan de emergencia, el cual a su vez comunicará a la Superintendencia del Medio Ambiente (SMA). En función de la magnitud y naturaleza de la emergencia, el procedimiento de comunicación considerará dar aviso y solicitar apoyo a las entidades correspondientes. Luego se elaborarán los reportes e informes correspondientes.
Referencia a documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada
Anexo C “Plan de Contingencia y Emergencias” de la Adenda Cap. 8 del ICE Medidas relevantes de los planes de contingencias y emergencias,
Tabla 10.4, Riesgo Lluvias intensas, Inundación y Anegamiento
Riesgo o contingencia
Lluvias intensas, Inundación y Anegamiento
Fase del proyecto a la que aplica
Todas las fases del proyecto
Emplazamiento, parte, obra o acción asociada
Todas las obras del proyecto son susceptibles de sufrir daño ante eventos de lluvias intensas, en especial aquellas obras que pueden sufrir daños por cortocircuitos, obstrucción, rebalses y/o fallas en su estructura.
Acciones o medidas a implementar para prevenir la contingencia
» Se capacitará al personal acerca del plan de prevención de contingencias y emergencias, así como también de las acciones necesarias para permitir la continuidad de la operación de las instalaciones.
» Con el objetivo de detectar frentes de mal tiempo, se procederá a monitorear permanentemente el pronóstico del tiempo, información que estará disponible antes del mediodía para su evaluación. Para ello, se Hevarán a cabo las siguientes acciones: - El monitoreo del pronóstico meteorológico se realizará entre marzo y septiembre de cada año, de manera tal de abarcar los periodos de otoño e invierno.
-
El Ingeniero en prevención de riesgos, deberá revisar el pronóstico meteorológico ingresando a la página www.meteochile.cl, en la pestaña buscar “Servicios Meteorología Agrícola” para revisar alertas que se generen para la región. Para mayor detalle es necesario revisar en el menú “Estaciones en Línea”. Para la revisión de Alertas meteorológicas vigentes, se visitará la página www.onemi.cl
-
La revisión en internet, se realizará todos los días lunes y miércoles de cada semana, durante el periodo a evaluar. En caso de que se encuentre una posible alerta meteorológica se dará aviso inmediato al jefe del departamento de prevención de riesgos, quien dará el aviso de alerta meteorológica vía e-mail a los jefes de área de la planta de granos. En relación con lo anterior, se deberá realizar un seguimiento diario, hasta que la probabilidad de alerta meteorológica sea nula.
-
Una vez que se reciba el e-mail, por parte del departamento de prevención de riesgos, los jefes de área deberán proceder de acuerdo con el procedimiento de preparación ante lluvias intensas
Forma de control y seguimiento
Registro de capacitación al personal del plan de prevención de contingencias y emergencias. * Registro del monitoreo meteorológico preventivo.
Referencia a documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada
Anexo C “Plan de Contingencia y Emergencias” de la Adenda
Acciones o medida a implementar para: controlar la emergencia
Durante la precipitación, pueden quedar algunos caminos intransitables, por lo tanto, las personas encargadas del personal y de tomar las decisiones de paralización de la planta tendrán que
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Tabla'10.4. Riesgo Lluvias intensas, Inundación y Anegamiento
manejar el reporte climático diario para seguir la evolución de la lluvia.
- Si la lluvia es persistente y su intensidad hace riesgosa una operación normal, estas personas irán determinando el orden de paralización de faenas, el cierre de caminos y prohibición de circulación de equipos.
*« Cuando se determine que el camino no está en condiciones de ser usado, se procederá a cerrar el camino principal colocando letreros de señalización, y se deberá disponer de una motoniveladora y un cargador para habilitar el camino y, en caso de emergencia, puedan auxiliar a microbuses y vehículos. Es necesario que estos equipos estén dotados de estrobos.
-
Evacuar hacia zonas de seguridad.
-
Dar aviso inmediato a supervisor del área.
-
Aislar la zona de riesgo hasta el cese de las lluvias intensas.
-
Realizar contacto interno con cada una de las áreas para la evaluación de daños.
-
Dependiendo de los daños se realizará llamado a las autoridades competentes.
-
Impedir el ingreso descontrolado de agua a las obras del proyecto y las oficinas, de lo contrario se debe iniciar de inmediato la evacuación del sector.
-
Detener todas las actividades, los equipos, apagar los electrodomésticos y computadores.
-
Retire a personas y equipos que puedan ser afectados.
-
Corte la electricidad a sectores inundados.
Oportunidad y vías de comunicación a la SMA de la activación del Plan
-
Dar aviso por escrito a la SMA en un plazo no superior a 24 horas ocurrido el evento, en la página web de la SMA.
-
Generar el informe preliminar en un máximo de 72 horas de ocurrido el incidente,
-
Generar y enviar el informe final en un plazo máximo de 15 días de ocurrido el incidente.
Referencia a documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada
Anexo C “Plan de Contingencia y Emergencias” de la Adenda Cap. 8 del ICE Medidas relevantes de los planes de contingencias Y emergencias.
Tabla 10.5. Riesgo Fauna o atropello de Fáuna Silvestre
Riesgo o contingencia
Atropello de fauna silvestre
Fase del proyecto a la que aplica
Fase de operación y cierre
Emplazamiento, parte, obra o acción asociada
Todas las áreas
Acciones o medidas a implementar para prevenir la contingencia
- Prohibición de alimentar a fauna que pudiera acercarse a las áreas del Proyecto.
- Prohibición de introducción de animales domésticos al área del proyecto.
- Prohibición de circular fuera de los caminos habilitados, ya sea a pie, o en vehículos y maquinarias.
- En los distintos sectores de intervención del Proyecto y según sus características particulares, se instalarán letreros con la siguiente indicación, o similar:
-
Prohibido cazar, capturar o perturbar especies de fauna nativa. Ley de Caza 19.473”.
-
No circular fuera de los caminos establecidos”
-
Prohibido el ingreso de animales domésticos”
-
No alimentar a la fauna silvestre”
¡ * Capacitar al personal dela planta acerca de las especies de fauna
que pudiesen encontrarse en la zona y el comportamiento adecuado a adoptar, dando la instrucción obligatoria de: - NO alimentar a la fauna silvestre.
47
Tabla 10:5. Riesgo Fauna o atropello de Fauna Silvestre
- NO golpear ni maltratar de ninguna forma a fauna silvestre.
- NO capturar, domesticar ni manipular de ninguna forma a la fauna silvestre, a menos que se trate de un incidente.
- NO obligar a la fauna silvestre a beber agua después de un incidente.
- NO sostener a la fauna silvestre de las zonas lesionadas después de un incidente. » Respetar el límite de velocidad en áreas industriales de 30 km/hr vehículos menores y 20km/h vehículos mayores y maquinaria pesada. » Disposición de residuos en sectores autorizados, residuos domésticos contenidos en contenedores cerrados. » La charla de inducción (charlas ODÍ para acreditación de personal) considerada para todo el personal en obra, tendrá como fin el difundir en forma general los antecedentes de la zona donde se emplaza el proyecto, además de una sección que considere la protección de la fauna silvestre. » Información respecto de los números de emergencia del Servicio Agricola y Ganadero (SAG) y los centros de rehabilitación autorizados por el Servicio.
Forma de control y seguimiento
» Registro de las capacitaciones a los trabajadores sobre las prohibiciones en cuanto a la fauna silvestre que se encuentre en el Proyecto.
- Registro fotográfico de los letreros instalados en las¿ instalaciones.
Referencia a documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada
Anexo C “Plan de Contingencia y Emergencias” de la Adenda
Acciones o medida a implementar para controlar la emergencia
Los trabajadores darán aviso inmediato a la autoridad pertinente. de medio ambiente del Proyecto.
- Se trasladará el individuo a un centro de rehabilitación
autorizado por el SAG para que se le practiquen los procedimientos necesarios para resguardar su vida (curaciones, cirugías, etc.).
-
Si posterior al incidente el individuo queda sin problemas de movilidad y se escapa, se reportará inmediatamente al SAG indicando lugar, hora, y especie afectada.
-
Dependiendo la gravedad del incidente, el rescate y traslado del animal será diferente. El médico veterinario prestará asistencia remota, si es necesario, al trabajador o al equipo de trabajadores para capturar y trasladar en vehículos de la empresa al ejemplar para una evaluación médica en la consulta. En caso que el veterinario lo requiera, éste será quien se trasladará a terreno de la forma más rápida posible para realizar la evaluación médica en el lugar del incidente.
» Si el diagnóstico del veterinario determina que el individuo quedó sin vida se reportará inmediatamente al SAG, quien indicará que hacer con el cuerpo. Además, se realizará una investigación en la que se estudiarán las causas del incidente y se ejecutarán medidas de control para disminuir la probabilidad de nueva ocurrencia. El veterinario es el único capacitado para establecer en qué condiciones se encuentra el animal, por lo tanto, no se ejecutarán acciones posteriores a la evaluación del profesional sin su consentimiento.
- En caso que el animal haya quedado herido y de ser necesario será llevado a algún centro de rehabilitación apto para el desarrollo de este proceso, en coordinación con el SAG Regional. » Posteriormente, será liberado, para ser reintroducido nuevamente en su ambiente, en las cercanías del lugar en el que ocurrió el incidente o en otro sitio que la autoridad lo determine.
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Tabla 10.5. Riesgo Fauna o atropello de Fauna Silvestre
- Se dará aviso oportuno al SAG dentro de las primeras 24 horas de ocurrido el suceso. Esto a través de un mail dirigido al Jefe de
| Oficina del SAG y del Director Regional del SAG Regional.
El titular realizará seguimiento de las acciones que determine este centro de rehabilitación en cuanto a la liberación del ejemplar y emitirá un informe al SAG que dé cuenta de esta acción a fin de registrar el procedimiento
Oportunidad y vías de comunicación a la SMA de la activación del Plan
Una vez controlados los riesgos críticos, el supervisor dará aviso al Representante Legal de la activación del plan de emergencia, el cual a su vez comunicará a la Superintendencia del Medio Ambiente (SMA). En función de la magnitud y naturaleza de la emergencia, el procedimiento de comunicación considerará dar aviso y solicitar apoyo a las entidades correspondientes (SAG). Luego se elaborarán los reportes e informes correspondientes
Referencia a documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción | detallada |
Anexo C “Plan de Contingencia y Emergencias” de la Adenda Cap. 8 del ICE Medidas relevantes de los planes de contingencias y emergencias.
Tabla 10.6. Riesgo
Manejo inadecuado de residuos sólidos
Riesgo o contingencia
Manejo inadecuado de residuos sólidos
Fase del proyecto a la que aplica
Todas las fases
Emplazamiento, parte, obra o acción asociada
Sito de almacenamiento temporal de residuos solidos
Acciones o medidas a implementar para prevenir la contingencia
-
Los lugares donde se almacenarán transitoriamente los residuos sólidos, tanto la bodega de residuos peligrosos, como los sitios destinados al acopio de residuos sólidos no peligrosos, contarán con autorización sanitaria de funcionamiento, previo a su uso.
-
Se cuantificará y registrará la generación de todo tipo de residuos.
-
Los contenedores de basura serán lavados periódicamente en el área de lavado destinada exclusivamente para esta actividad.
-
Se controlarán las operaciones de manejo de residuos, de acuerdo a su naturaleza, desde su generación hasta su envío a eliminación, incluyendo su clasificación en origen, envasado, etiquetado, almacenamiento y despacho, entre otras actividades, según corresponda.
-
Se registrarán las frecuencias de recolección y envío a los lugares de disposición final o eliminación, de todos los residuos. En las hojas de registro se informará las siguientes materias: nombre de la empresa recolectora, nombre del conductor, identificación del vehículo empleado para el retiro, cantidad retirada, fecha y hora de retiro y destino de los residuos.
-
Se solicitará copia del registro de recepción de los residuos en el sitio de disposición final, con el propósito de corroborar que estos estén siendo trasladados a un sitio autorizado.
-
Respecto al manejo de los RSINP, serán acumulados en los |
frentes de trabajo segregadamente y trasladados diariamente al sector de acopio temporal existente en la instalación de faenas.
-
En cuanto a los RSD y asimilables, serán almacenados en contenedores especiales, con tapa y herméticos ubicados en el sitio destinado para su acopio temporal en la instalación de faena que contempla el Proyecto.
-
Se privilegiará la reutilización o venta de materiales que cuentan con valor comercial.
-
Estos residuos serán retirados por empresa con autorización sanitaria y dispuestos en un sitio también autorizado para su disposición final.
49
Tabla 10.6. Riesgo Manejo inadecuado de residuos sólidos
-
Mantener programa de gestión de retiro que establezca la empresa prestadora del servicio y las fechas comprometidas.
-
Mantener vía de comunicación formal con la empresa proveedora del servicio para confirmar las fechas programadas y realizar el seguimiento del retiro de residuos.
-
Mantener, de manera preventiva, los datos de contacto de empresas alternativas en caso de que sea necesario gestionar el retiro por otra empresa que cuente con la autorización sanitaria respectiva.
-
Utilizar sólo hasta un 90% de la capacidad los contenedores de residuos, como medida preventiva para entender una contingencia respecto del retiro de residuos.
-
El sitio de almacenamiento de residuos contará con un cerco perimetral de al menos 1,80 m de altura, enterrado 0,3 m bajo el nivel de terreno natural con el fin de impedir el ingreso de animales o roedores por debajo de la malla. Asimismo, el sitio de disposición final contara con un acceso controlado.
Forma de control y seguimiento
Copia de la autorización sanitaria para la operación del sitio de almacenamiento de residuos sólidos no peligrosos.
-
Copia de la autorización sanitaria para la operación del sitio de almacenamiento de residuos peligrosos.
-
Registro de la recolección y envío a los lugares de disposición final o eliminación, de todos los residuos.
-
Copia del registro de recepción de los residuos en el sitio de disposición final
Referencia a documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada
Anexo C “Plan de Contingencia y Emergencias” de la Adenda
Acciones o medida a implementar para controlar la emergencia
En caso de falla de la empresa a cargo del retiro de los : residuos
-
En la medida que exista capacidad de almacenamiento de residuos en los sitios destinados a ellos y los plazos lo permitan, se contactará la empresa externa a cargo del retiro de los mismos y se solicitará que reanuden el servicio a la brevedad.
-
En caso de que estén colmados los sitios de almacenamiento transitorio, el Titular se compromete a exigir a la empresa contratista a cargo del retiro que realicen el servicio de inmediato. En caso de que ello no ocurra, se invertirá en la contratación de otra empresa que efectúe el retiro de emergencia.
-
En caso de que la acumulación de los RSD sobrepase la capacidad del sitio de almacenamiento y por algún factor externo no se haya podido hacer retiro de los mismos (movilizaciones, cortes de caminos u otras situaciones), el jefe o supervisor a cargo suspenderá las labores en sus dependencias, procediendo a trasladar a los trabajadores a otros sitios de trabajo o bien a su residencia, considerando que no se estarían cumpliendo las condiciones mínimas de higiene en los lugares de trabajo.
-
Se realizará investigación y registro del incidente.
En caso de malos olores provenientes de los RSD
- En caso de producirse malos olores producto de los RSD almacenados, se revisará el estado de los contenedores.
-En caso de que los contenedores se encuentren en mal estado, serán descartados y reemplazados por contenedores nuevos.
- En caso de requerirse, se solicitará el retiro anticipado de estos residuos y el lavado inmediato de los contenedores.
En caso de proliferación de vectores sanitarios
-
Retirar los residuos en forma inmediata del sector
-
Reforzar la limpieza y barrido de zonas sector afectado, a modo de eliminar cualquier trozo de material, donde las larvas de moscas pueden refugiarse y cumplir su ciclo de propagación.
50
Tabla 10.6. Riesgo Manejo inadecuado de residuos sólidos
-
Realizar campañas de desratización (principalmente instalaciones y cerco perimetral), y desinfección de las instalaciones, tales como acceso, oficina, instalaciones del personal, galpones, etc.
-
En el caso de ser necesario se programarán fumigaciones en las instalaciones afectadas.
En caso de dispersión de RSD en áreas no previstas
- Retirar los residuos en forma inmediata del área afectada - Revisión de la causa de la dispersión y dar aviso a su superior
Oportunidad y vías de comunicación a la SMA de la activación del Plan
El trabajador que detecte la generación de malos olores o sobreacumulación de residuos sólidos se comunicará directamente con el prevencionista de riesgos de la planta, quien a su vez se comunicará con el encargado de medio ambiente para asistir juntos al lugar del evento e identificar las causas de la contingencia/emergencia, el área afectada y su extensión sobre los componentes ambientales. Posteriormente, informarán al Departamento de Prevención de Riesgos y Medio Ambiente quienes se comunicarán con los organismos públicos que corresponda. El prevencionista de riesgos y el encargado de medio ambiente serán los responsables de identificar e implementar las acciones inmediatas. Para las acciones mediatas, se incorporará al proceso el Departamento de Prevención de Riesgos y Medio Ambiente y los organismos públicos correspondientes.
Una vez finalizada la contingencia se generará un Informe de Emergencia en el cual se reporte a la autoridad el evento o accidente. En el Informe de emergencia se detallará la siguiente información:
-
Antecedentes generales y de la emergencia (nombre del Proyecto y Titular, fecha, hora, tipo de accidente, causas, tipo de sustancia o residuo asociado, duración de la emergencia, acciones inmediatas realizadas en el lugar, personas afectadas por el accidente, etc.)
-
Antecedentes de los componentes ambientales afectados por la emergencia.
-
Antecedentes de las acciones inmediatas ejecutadas.
-
Antecedentes de las acciones mediatas implementadas.
El Informe de Emergencia será completado por el Titular y presentado a la Superintendencia del Medio Ambiente en un plazo no mayor a 15 días de ocurrida la emergencia.
Referencia a documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada
Anexo C “Plan de Contingencia y Emergencias” de la Adenda Cap. 8 del ICE Medidas relevantes de los planes de contingencias y emergencias.
Tabla 10.7. Riesgo en el manejo inadecuado de Sustancias y/o Residuos Peligrosos
Riesgo o contingencia
Derrame en la manipulación de sustancias y/o residuos peligrosos
| Fase del proyecto a la que aplica
Todas las fases
1] . .. ¡| Emplazamiento, parte, obra o acción | asociada
Todo el proyecto
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Tabla:10.7. Riesgo en el manejo inadecuado de Sustancias y/o Residuos Peligrosos
Acciones o medidas a implementar para prevenir la contingencia
El Titular realizará capacitaciones al personal del proyecto sobre el manejo de residuos y sustancias peligrosas. Para ello, los trabajadores serán informados sobre los posibles riesgos asociados al manejo de RESPEL. A su vez, se entregará una copia del Plan de Emergencias del Proyecto a todo el personal de la planta de granos. Todo trabajador es responsable de aplicar el procedimiento integramente.
-
Las sustancias peligrosas, tanto a granel como envasadas, permanecerán adecuadamente acondicionadas al interior de su bodega respectiva, la cual cumplirá con lo establecido en el D.S 43/2015. A su vez, los residuos peligrosos se almacenarán en sitios que cumplan con las condiciones establecidas en el Título TV del D.S 148/2004, contará con la señalización de acuerdo con la Norma Chilena NCh 2190/2019 Transporte terrestre de mercancías peligrosas
-
distintivos para identificación de peligros”.
-
Las bodegas donde se almacenan sustancias peligrosas, contarán con extintores de polvo químico seco. Asimismo, las Hojas de Seguridad de todos los compuestos almacenados, se encontrarán ubicados en lugares visibles y de fácil acceso.
-
Se usarán elementos adecuados de protección personal (EPP) para el manejo de sustancias peligrosas.
-
Solo el personal capacitado puede acarrear, manejar o disponer, sustancias peligrosas.
-
Se realizará periódicamente la inspección y mantenimiento de las instalaciones de manejo de residuos y sustancias peligrosas y se mantendrá registro de éstas inspecciones.
-
La carga de combustible a maquinarias y equipos se realizará en un área previamente definida y claramente demarcada. Se protegerá el suelo con geomembranas u otro impermeabilizante en el área de manejo de combustible, aceites y lubricantes, para evitar la infiltración de cualquier tipo de sustancia.
-
Donde se manejen sustancias y/o residuos peligrosos, se han colocado letreros de advertencia,
Forma de control y seguimiento
Acta de registro de entrega de documento “Plan de Prevención de Contingencias y Emergencias” al trabajador, con su respectiva firma. : - Acta de asistencia a capacitación sobre el manejo de residuos y sustancias peligrosas.
- Registro de inspecciones a las instalaciones de manejo de residuos y sustancias peligrosas.
Referencia a documentos del expediente ;
de evaluación que contenga la descripción detallada
Anexo C “Plan de Contingencia y Emergencias” de la Adenda
Acciones o medida a implementar para controlar la emergencia
- No poner en peligro la seguridad personal ni la de terceros (por ej. alertar a otras personas que se encuentren en el área de peligro, interrumpir el trabajo, desconectar las fuentes de alimentación eléctrica y las máquinas y equipos en movimiento, entre otras).
-
El personal que se encuentre en el área donde ocurra el derrame deberá identificar el producto que se ha derramado, como así también los riesgos potenciales (tales como el posible contacto : del material derramado con equipos u otros productos químicos, o descarga hacia el suelo). Si no se pudiera identificar inmediatamente la sustancia, se deberá solicitar asistencia al prevencionista de riesgos del área, y la identificación de la sustancia deberá ser realizada por personal calificado.
-
En forma segura, tomar acción para detener el flujo de derrame mediante el aislamiento del mismo cavando zanjas de contención o utilizando sacos de arena y así evitar que el derrame ingrese a
: cursos de aguas o afecte otros componentes ambientales.
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Tabla 10.7. Riesgo en el manejo inadecuado de Sustancias y/o Residuos Peligrosos
-
Recolectar inmediatamente la capa de suelo contaminado. - Almacenarlo en tambores de 200 litros, sellados y debidamente rotulados.
-
Rellenar la cavidad con materiales similares a los horizontes de suelo detectados. Si se produce un derrame mayor que afecte suelos de cultivos o áreas sensibles se procederá al retiro y reposición (con material similar a los horizontes del suelo presentes) de una capa de tierra de 5 cm, para evitar el exceso de basicidad del suelo. Se procurará dar un espesor mayor al horizonte orgánico existente con la finalidad de mejorar las condiciones de arraigo de las nuevas especies a plantar.
-
Trasladar y disponer finalmente los tambores en un vertedero autorizado para recibir este tipo de material contaminado, realizando su manejo como un residuo peligroso. Esta actividad será realizada por una empresa autorizada por la SEREMI de Salud para este efecto.
-
En el caso en que no sea viable remover el terreno, de ser posible se aplicarán técnicas adecuadas para la recuperación, remediación o rehabilitación del suelo, lo cual será informado y coordinado con las autoridades pertinentes.
-
Después de tres días de retirado el suelo contaminado, se tomará una muestra del sector donde se encontraba el derrame, para verificar la limpieza del sector. Los parámetros a evaluar dependerán de la sustancia derramada, por ejemplo, en caso que la sustancia sea combustible, se evaluarán las concentraciones de hidrocarburos presentes en la muestra.
| Oportunidad y vías de comunicación a la
SMA de la activación del Plan
Dar aviso en un plazo máximo de 24 horas de ocurrido el incidente.
-
Generar el informe preliminar en un máximo de 72 horas de ocurrido el incidente.
-
Generar y enviar el informe final en un plazo máximo de 15.
días de ocurrido el incidente. - Dar aviso por escrito a la SMA en un plazo no superior a 24 horas ocurrido el evento, en la página web de la SMA.
Referencia a documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada
Anexo C “Plan de Contingencia y Emergencias” de la Adenda Cap. 8 del ICE Medidas relevantes de los planes de contingencias y emergencias.
Tabla 10.8. Riesgo de derrame durante el transporte y descarga de Sustancias y/o Residuos Peligrosos
Riesgo o contingencia
Riesgo de derrame durante el transporte y descarga de Sustancias y/o Residuos Peligrosos
Fase del proyecto a la que aplica
Todas las fases
Emplazamiento, parte, obra o acción asociada
Todo el proyecto
Acciones o medidas a implementar para prevenir la contingencia
El transporte de combustibles se realiza en camiones especialmente diseñados para tal efecto, cumpliendo con lo dispuesto en el D.S. N 160/2008, que Aprueba Reglamento de Seguridad para las Instalaciones y Operaciones de Producción y Refinación, Transporte, Almacenamiento, Distribución y Abastecimiento de Combustibles Líquidos del Ministerio de Economía Fomento y Reconstrucción, el D.S. N 78/2009, que Aprueba Reglamento de Almacenamiento de Sustancias Peligrosas, del Ministerio de Salud, y el Reglamento de Seguridad Minera (Decreto 132).
- El transporte de sustancias peligrosas lo realizara una empresa sanitaria autorizada, que cuente con camiones especialmente diseñados para tal efecto y que cumplen con las disposiciones señaladas en el D.S. N* 298/ 1995, Ministerio de Transportes y
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Tabla 10:38. Riesgo de derrame durante el transporte y descarga de Sustancias y/o Residuos Peligrosos
Telecomunicaciones, que Reglamenta el Transporte de Cargas Peligrosas por calles y caminos.
-
El traslado y disposición final de RESPEL se realizará por empresas autorizadas.
-
El transporte de sustancias y/o residuos peligrosos se realiza a velocidades indicadas en la señalética del tramo utilizado para transporte. El cumplimiento de esta exigencia deberá estar contendida en los contratos con los proveedores. Además, como medida de prevención contra choques y atropellos, los camiones circularán en todo momento con las luces encendidas.
-
Todos los vehículos de transporte de sustancias peligrosas están equipados de acuerdo a la normativa vigente y certificaciones exigidas para ello.
-
Los vehículos de transporte de sustancias peligrosas son sometidos permanentemente a revisión y mantenimiento.
-
El transportista llevará consigo la guía de despacho o factura con información mínima de o las sustancias que transporta, además de las Hojas de Datos de Seguridad (HDS) para saber cómo actuar en caso de accidente.
-
El transportista contará con un plan ante contingencias y elementos mínimos para la contención en caso de derrame en
¿rutas internas, ¿- Los trabajadores del Proyecto serán capacitados sobre los
riesgos asociados al manejo de residuos y sustancias peligrosas y las medidas de prevención y emergencia asociadas a estos riesgos.
Forma de control y seguimiento
Acta de registro de entrega de documento “Plan de Prevención de Contingencias y Emergencias” al trabajador, con su respectiva firma.
-
Revisión técnica al día de los vehículos de transporte de residuos y sustancias peligrosas.
-
Registro de ingreso y salida de los transportistas y de la carga de residuos y sustancias peligrosas que transportan, indicado cantidad y tipo.
-
Certificado de autorización sanitaria para transportar sustancias peligrosas
Referencia a documentos del expediente
de evaluación que contenga la descripción detallada
Anexo € “Plan de Contingencia y Emergencias” de la Adenda
Acciones o medida a implementar para controlar la emergencia
En caso de derrame de RESPEL o SUSPEL desde camión transportista
-
Si un camión cargado con hidrocarburos ha sufrido un volcamiento, se debe transferir su carga antes de ser vuelto a su posición normal. De lo contrario se podría reducir un nuevo y mayor derrame, al romperse el estanque durante la operación.
-
Eliminar toda posible fuente de ignición, en un radio de 50 m alrededor del estanque accidentado y del derrame mismo. Especialmente si se trata de gasolina.
-
Desconectar la batería del o los vehículos comprometidos en el accidente con causa de derrame.
-
Alejar del lugar a toda persona ajena a la operación de rescate.
-
Dar aviso del accidente, a la Jefatura directa y al Departamento de Prevención de Riesgos y Medio Ambiente.
-
Si es posible, contener el derrame en la fuente, mediante | productos de parchado instantáneo de roturas.
-
La sustancia derramada debe ser contenida con zanjas, o pretiles construidos con el suelo circundante o en el mejor de los casos con absorbentes específicos para hidrocarburos, dependiendo de la geografía del terreno.
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Tabla 10.8. Riesgo de derrame durante el transporte y descarga de Sustancias y/o Residuos Peligrosos
-
Derrames de hidrocarburos producidos en terrenos permeables, pueden retardar su paso al subsuelo, agregando agua, una vez que el derrame ha sido confinado entre pretiles o bermas. El agua hará flotar el hidrocarburo, dando más tiempo para su recuperación.
-
La persona o grupo de personas directamente involucrada, definen exactamente la ubicación del derrame, con el nombre del sector donde ha ocurrido, más una descripción en distancia y dirección, a un punto de referencia conocido.
-
La tarea prioritaria a ejecutar posterior a un derrame, es la contención de éste.
-
Construcción de Bermas o Pretiles: Son de alta utilidad, cuando se requiere confinar en lugares reducidos, derrames ocurridos en terrenos planos. Se construye con el mismo suelo donde se produce el derrame, o bien con material absorbente específico para la substancia derramada.
-
Construcción de Zanjas: Deben construirse cuando el terreno afectado por el derrame tiene una pendiente. En este caso se excavará una zanja suficientemente profunda, cercana al derrame, en un lugar pendiente abajo en que se tenga la seguridad de atrapar la sustancia derramada. De acuerdo al tipo de sustancia derramada, se recuperará desde la zanja con el método apropiado.
-
Otros elementos de contención arcillosa, para evitar que ésta | absorba el contaminante, o bien cubrir con un nylon el confinamiento de tierra construido.
-
Descarte de la sustancia recuperada: una vez que toda la sustancia posible ha sido recuperada, y vuelta a proceso o a sus contenedores especiales, debe descartarse el suelo contaminado como “Residuo Peligroso”, y ser trasladado a Bodega de Residuos Peligrosos.
Oportunidad y vías de comunicación a la SMA de la activación del Plan
Dar aviso en un plazo máximo de 24 horas de ocurrido el incidente.
-
Generar el informe preliminar en un máximo de 72 horas de ocurrido el incidente.
-
Generar y enviar el informe final en un plazo máximo de 15 días de ocurrido el incidente.
-
Dar aviso por escrito a la SMA en un plazo no superior a 24 horas ocurrido el evento, en la página web de la SMA.
-
Informar inmediatamente vía telefónica, correo electrónico y por oficio, al Director Regional de Vialidad (51- 2542038) y al SEREMI de Obras Públicas (51-2542207). En el caso de transitar por rutas concesionadas deberá además dar aviso a la concesionaria respectiva (teléfonos disponibles en http://www.mop.ci/Prensa/Paginas/Telefonos emergencia.aspx).
Referencia a documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada
Anexo C “Plan de Contingencia y Emergencias” de la Adenda Cap. 8 del ICE Medidas relevantes de los planes de contingencias y emergencias.
Tabla 10.9. Riesgo de accidentes vehiculares en caminos
Riesgo o contingencia
| Riesgo de accidentes vehiculares en caminos
Fase del proyecto a la que aplica
Fase de operación y cierre.
| Emplazamiento, parte, obra o acción | asociada
Todo el proyecto
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Tabla 10.9.Riesgo de accidentes vehiculares en caminos
Acciones o medidas a implementar para prevenir la contingencia
-
Señalética apropiada en las instalaciones, que indiquen las velocidades máximas permitidas para la circulación de vehículos, áreas de estacionamiento, entre otros.
-
Se realizarán charlas de inducción con contenidos referidos al manejo seguro, normas establecidas para la conducción y transporte de insumos, materiales y quipos al interior del proyecto.
-
Los vehículos contarán con revisión técnica al día, y se realizarán mantenciones preventivas periódicamente.
-
El personal a contratar para conducir los vehículos livianos, camiones, buses o maquinarias necesarias en un área específica, será personal calificado, con licencia de conducir al día. Se les exigirá lo estipulado en la legislación vigente.
-
El personal encargado de conducir los vehículos deberá contar con la licencia adecuada, al día y cumplir lo establecido en la Ley de Tránsito N” 18.290/1984.
-
Los vehículos de transporte del personal deberán cumplir con la legislación de tránsito.
-
Los vehículos que transporten maquinaria deberán contar con las señalizaciones requeridas por la legislación actual.
-
El peso de los camiones que transportan maquinaria e insumos, no excederán el peso permitido en las vias por las cuales circulen. Para el transporte de quipos con sobredimensión o sobrepeso, se pedirán autorizaciones necesarias y se contará con las medidas de seguridad correspondientes.
-
Los vehículos serán inspeceionados diariamente y saldrán de circulación en caso de que filtren aceite o petróleo.
-
Se contará con un procedimiento ante una emergencia que estipule el oportuno aviso a las autoridades correspondientes (SAMU, Carabineros, equipo de rescate de bomberos si fuera necesario).
-
Capacitar al personal para enfrentar un eventual accidente, dando a conocer el procedimiento de emergencia.
Forma de control y seguimiento
- Registro de permisos y de aviso a las autoridades.
- Registro de las licencias de conducir de conductores.
- Registro de revisión técnica al día de vehiculos.
Referencia a documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada
Anexo C “Plan de Contingencia y Emergencias” de la Adenda
Acciones o medida a implementar para controlar la emergencia
Se informará al personal encargado del accidente ocurrido, quién deberá tomar las siguientes medidas:
-
Instalar señalización de seguridad correspondiente a una distancia prudente para prevenir nuevos accidentes,
-
Dar aviso inmediatamente a la Dirección de Vialidad Asegurarse que los accidentados sean trasladados a centros de atención médica.
-
Coordinar con la autoridad respecto a medidas a tomar para
habilitar nuevamente la vía.
-
Disponer quipos y maquinaria para ayudar a despejar los caminos en el más breve plazo.
-
Se entregará información oportuna a los encargados en la empresa, Luego de ocurrido el accidente:
-
Se registrará el accidente en formulario previamente definido. - De evidenciarse daño a la calzada o permanencia de sustancias que pongan en peligro el tráfico de los vehículos que transitan por la vía, se propondrán medidas para la restitución del tramo afectado, el cual será remitido a la Dirección de Vialidad.
-
Una vez realizadas las labores de restitución, se emitirá un nuevo informe dará cuenta de las medidas adoptadas y los resultados.
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Tabla 10.9. Riesgo de accidentes vehiculares en caminos
Oportunidad y vías de comunicación a la SMA de la activación del Plan
Una vez controlados los riesgos críticos y realizada la atención de primeros auxilios y ambulancias, el supervisor dará aviso al Representante Legal de la activación del plan de emergencia, el cual a su vez comunicará a la Superintendencia del Medio Ambienta (SMA) y la Dirección de Vialidad. Luego se elaborarán los reportes e informes correspondientes cuya copia será remitida a ambas autoridades.
Referencia a documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada
Anexo C “Plan de Contingencia y Emergencias” de la Adenda Cap. 8 del ICE Medidas relevantes de los planes de contingencias y emergencias.
- Que, el Titular deberá remitir a la Superintendencia del Medio Ambiente la información respecto de las condiciones, compromisos o medidas, ya sea por medio de monitoreos, mediciones, reportes, análisis, informes de emisiones, estudios, auditorías, cumplimiento de metas o plazos, y en general cualquier otra información destinada al seguimiento ambiental del Proyecto, según las obligaciones establecidas en la presente Resolución de Calificación Ambiental y las Resoluciones Exentas que al respecto dicte la Superintendencia del Medio Ambiente. De igual forma, y a objeto de conformar el Sistema Nacional de Información de Fiscalización Ambiental (SNIFA), el Registro Público de Resoluciones de Calificación Ambiental y registrar los domicilios de los sujetos sometidos a su fiscalización en conformidad con la ley, el Titular deberá remitir en tiempo y forma toda aquella información que sea requerida por la Superintendencia del Medio Ambiente a través de las Resoluciones Exentas que al
respecto ésta dicte.
129, Que, el Titular deberá informar a la Superintendencia del Medio Ambiente la realización de la gestión, acto o faena mínima que da cuenta del inicio de la ejecución de obras, a que se refiere el Considerando 4? de la presente Resolución.
139; ue, con el objeto de dar adecuado seguimiento a la ejecución del Pro ecto, el Titular deberá q yel E 8 ) y informar a la Superintendencia del Medio Ambiente, al menos con una semana de anticipación, el inicio de cada una de las fases del Proyecto, de acuerdo a lo indicado en la descripción del
mismo.
14%. Que, la Superintendencia del Medio Ambiente, de oficio o a petición de parte o de algún organismo sectorial, podrá aprobar, modificar o complementar el contenido del plan de seguimiento o monitoreo y, en general, el de cualquier otro mecanismo establecido en la presente resolución de calificación ambiental que tenga dicho objeto, con el fin de asegurar, en el transcurso del tiempo, que cumpla con la finalidad para la
cual fue establecido.
15%. Que, para que el proyecto “Regularización Ambiental Planta de Granos” pueda ejecutarse, deberá cumplir con todas las normas vigentes que le sean aplicables.
16”. Que, el Titular deberá informar inmediatamente a la Secretaría de la Comisión de Evaluación de la Región del Biobío y a la Superintendencia del Medio Ambiente, la ocurrencia de impactos ambientales no previstos en la DIA, asumiendo inmediatamente las acciones necesarias para
abordarlos.
17%. Que, el Titular del Proyecto deberá comunicar inmediatamente y por escrito a la Dirección Regional del SEA Región del Biobío la ocurrencia de cambios de titularidad, representante legal, domicilio y correo electrónico, de acuerdo a lo establecido en el inciso tercero del artículo 162 y artículo 163, ambos del Reglamento del SEIA.
18%. Que, se hace presente al Titular que cualquier modificación al Proyecto que constituya un cambio de consideración, en los términos definidos en el artículo 2? letra g) del Reglamento del
SEIA, deberá someterse al SEIA.
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19%, Que, todas las medidas, condiciones, exigencias y disposiciones establecidas en la presente Resolución son de responsabilidad del Titular, sean implementadas por éste directamente o a través de un tercero.
RESUELVO:
1%. Calificar favorablemente la Declaración de Impacto Ambiental del proyecto “Regularización Ambiental Planta de Granos”, de Collipulli Red Soil S.A.
2*. Certificar que el proyecto “Regularización Ambiental Planta de Granos” cumple con la normativa de carácter ambiental aplicable.
3". Certificar que el proyecto “Regularización Ambiental Planta de Granos” cumple con los requisitos de carácter ambiental contenidos en los permisos ambientales sectoriales que se señalan en los artículos 138, 139, 140, 142 y 160 del D.S. N* 40/2012 del Ministerio del Medio Ambiente, Reglamento del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental.
4%, Certificar que el proyecto “Regularización Ambiental Planta de Granos” no genera los efectos, características o circunstancias del artículo 11 de la Ley N? 19.300, que dan origen a la necesidad de elaborar un Estudio de Impacto Ambiental.
5%, Definir como gestión, acto o faena mínima del Proyecto, para dar cuenta del inicio de su ejecución de modo sistemático y permanente, a los mencionados en el considerando 4” del presente acto.
6, Hacer presente que contra esta Resolución es procedente el recurso de reclamación de acuerdo a lo dispuesto en el artículo 20 de la Ley N* 19.300, ante el/la Director/a Ejecutivo/a del Servicio de Evaluación Ambiental. El plazo para interponer este recurso es de treinta días contados desde la notificación del presente acto.
Anótese, Comuníquese, Notifíquese, y Archívese
atricio Kuhn [Artigues ntendente Regional
nte Comisión de Evaluación Región del Biobío
SER Pregi INTENDENTE
Silvana Suanes Araneda a Regional Servicio de Evaluación Ambiental Secretario Comisión de Evaluación
¡] SASA/NCM ¡N Distribución:
- — Representantes legales Collipulli Red Soil S.A, Sres. Edgardo Meynet Ballocchi; Pedro Nickelsen Dessy
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- CONADI, Región del Biobío
- CONAF, Región del Biobío
- DGA, Región del Biobío
- Dirección de Vialidad, Región del Biobío
- — Dirección Regional de Aeropuertos, Región Biobio
- — Dirección Regional de Obras Portuarias, Región del Biobío
- —DOH, Región del Biobío
- SAG, Región del Biobío
- SEC, Región del Biobío
- — SEREMI de Agricultura, Región del Biobío
- — SEREMI de Bienes Nacionales, Región del Biobío
- — SEREMI de Desarrollo Social y Familia, Región del Biobío
- — SEREMI de Energía, Región del Biobío
- SEREMI de Minería, Región del Biobío
- — SEREMI de Salud, Región del Biobío
- SEREMI de Transportes y Telecomunicaciones, Región del Biobío
- SEREMI de Vivienda y Urbanismo, Región del Biobío
- SEREMI del Medio Ambiente, Región del Biobío
- —SEREMI MOP, Región del Biobío
- —SERNAGEOMIN, Zona Sur
- Servicio Nacional Turismo, Región del Biobío
- — Hustre Municipalidad de Negrete
- Gobierno Regional, Región de Biobío
- Miembro Comisión de Evaluación Región del Biobío Con copia informativa_
- — Superintendencia de Medio Ambiente (S.M.A)
[OCR parcial: primeras 25 y últimas 15 páginas de 60]