Evaluación SEA

Instalación de 3 Aerogeneradores Villa Alegre 1

Rol 2146876743
SEA · DIA · Rechazado · 2020-06-22 · Región de Los Lagos · Windkraft _Villa Alegre 1 SPA

O Documento Digital N°: 202110101437 - Fecha: 24/08/2021 Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente ud REPÚBLICA DE CHILE COMISIÓN DE EVALUACIÓN Región de Los Lagos Califica Ambientalmente el proyecto "Instalación de 3 Aerogeneradores Villa Alegre 1" Puerto Montt VISTOS: 1°. La Declaración de Impacto Ambiental (DIA), su Adenda y Adenda Complementaria del proyecto "Instalación de 3 Aerogeneradores Villa Alegre 1", presentado por Windkraft Villa Alegre 1 SpA, con fecha 22 de junio 2020. 2°. Los pronunciamientos y observaciones de los órganos de la administración del Estado que, sobre la base de sus facultades legales y atribuciones, participaron en la evaluación de la DIA, y que se detallan en el Capítulo 3 del Informe Consolidado de Evaluación (ICE) de la DIA del proyecto "Instalación de 3 Aerogeneradores Villa Alegre 1". 3°. El Acta de Evaluación de fecha 02 de agosto de 2021, del Comité Técnico de la Región de Los Lagos. 4°. El ICE de la DIA del proyecto "Instalación de 3 Aerogeneradores Villa Alegre 1" de fecha 2 de agosto de 2021. 5°. El Acuerdo de la sesión de la Comisión de Evaluación de la Región de Los Lagos, de fecha 10 de agosto de 2021. 6°. La Resolución Exenta N° 82, de 28 de julio de la Dirección Regional del Servicio de Evaluación Ambiental Región de Los Lagos que dispuso la realización de un proceso de participación ciudadana, conforme a lo previsto en el artículo 30 bis de la Ley N° 19.300, sobre Bases Generales del Medio Ambiente. 7°. Los demás antecedentes que constan en el expediente de evaluación de impacto ambiental de la DIA del proyecto "Instalación de 3 Aerogeneradores Villa Alegre 1". 8. Lo dispuesto en la Ley N° 19.300, Sobre Bases Generales del Medio Ambiente; el D.S. N° 40, de 2012, del Ministerio del Medio Ambiente, Reglamento del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental (Reglamento del SETA); la Ley N° 19.880, que Establece Bases de los Procedimientos Administrativos que Rigen los Actos de los Órganos de la Administración del Estado; la Ley N° 18.575, Ley Orgánica Constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado; la Resolución N° 7, de 2019, de la Contraloría General de la República. CONSIDERANDO: 1°. Que, Windkraft Villa Alegre 1 SpA. (en adelante, el Titular), ha sometido al Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental (SEIA) la DIA del proyecto "Instalación de 3 Aerogeneradores Villa Alegre 1" (en adelante, el Proyecto). Los antecedentes del Titular son los siguientes: Nombre o razón social Windkraft Villa Alegre 1 SpA. Rut 76.981.873-1 Domicilio Santa Rosa 575, Oficina 31. Puerto Varas Nombre representante legal PAUL THOMAS HOHF RIVEROS Rut representante legal 13658609-2 Domicilio representante legal Santa Rosa 575, Oficina 31. Puerto Varas Correo electrónico Titular representante legal o hohf@energy.kitchen 2°. Que, conforme se indica en el ICE de fecha 2 de agosto de 2021, el Director Regional de la Región de Los Lagos ha recomendado rechazar el Proyecto, por cuanto el Titular no ha subsanado los errores, omisiones e inexactitudes planteados en el Informes Consolidados de Aclaraciones, Rectificaciones y Ampliaciones complementario, en particular aquellas referidas al componente ambiental ruido. En efecto, la SEREMI de Medio Ambiente, a través de su oficio Ord. N°223 del 13 de julio de 2021, mantiene observaciones al informe de impacto acústico presentado por el Titular, conforme se detalla en el punto 9.2.5 del ICE. Del tenor de las observaciones, es posible sostener que existen errores e inconsistencias técnicas en la estimación de los niveles de ruido, durante la fase de operación, proyectados sobre los receptores, que revelan una subestimación de los potenciales impactos. Consecuentemente, durante el procedimiento de evaluación ambiental no ha sido posible acreditar, por parte del Titular, el cumplimiento del D.S. (MMA) N°38/11, Norma de emisión de ruidos generados por fuentes que indica. A su vez, lo anterior no permite evaluar si se genera o presenta riesgo para la salud de la población, cuya salud pueda verse afectada por la superación de los valores de ruido establecidos en la normativa ambiental vigente, conforme a lo preceptuado en el artículo 5°, letra b) del Reglamento del SEIA. 3°. Que, en sesión de fecha 10 de agosto de 2021, la Comisión de Evaluación de la Región de Los Lagos acordó calificar desfavorablemente el proyecto "Instalación de 3 Aerogeneradores Villa Alegre 1", aprobando el contenido del ICE de fecha 2 de agosto de 2021. En consecuencia, el ICE forma parte integrante de la presente Resolución. 4°. Que, según lo señalado en la DIA y sus anexos, en su Adenda, y en su Adenda Complementaria, los cuales forman parte integrante de la presente Resolución, la descripción del proyecto es la que a continuación se indica: 4.1.- Antecedentes generales del proyecto o actividad Objetivo general El objetivo del Proyecto es producir e inyectar al Sistema Eléctrico Nacional (SEN), la energía eléctrica producida a través de la generación eólica de 45 GWh en promedio anual, mediante la instalación y operación de 3 aerogeneradores con una capacidad total de 16,8 MW. Descripción general del proyecto El proyecto consiste en la construcción y operación de tres aerogeneradores de hasta 5,6 MW de potencia cada uno (16,8 MW en total), interconectados a través de una línea de distribución eléctrica soterrada de media tensión (23 KV) que conducirá la energía hasta la red de distribución de media tensión local, existente en el sector. Tipología principal, así como las aplicables a sus partes, obras o acciones c.) Centrales generadoras de energía mayores a 3 MW Vida útil 30 años

4.1.- Antecedentes generales del proyecto o actividad Monto de inversión USD $ 17 000 000 Gestión, acto o faena mínima, que da cuenta del inicio de la ejecución del proyecto de modo sistemático y permanente, para efectos de la caducidad de la RCA La actividad que da inicio al Proyecto es la implementación de la instalación de faena, que corresponden a la primera actividad que indican que el Proyecto comienza a ejecutarse de manera sistemática y permanente. Proyecto o actividad se desarrolla por etapas Si No X Proyecto o actividad modifica un proyecto o actividad existente Si No X Proyecto modifica otra(s) RCA Si No X 4.2.- Ubicación del proyecto o actividad División político-administrativa Región de Los Lagos, provincia del Llanquihue, comuna de Frutillar, sector Villa Alegre. Justificación de la localización La justificación de la localización del proyecto se basa en las siguientes características de la zona: a. La zona presenta un potencial eólico favorable. b. Los terrenos del área corresponden a planicies destinadas a uso agropecuario, en sector rural. c. No presenta singularidades ambientales o de biodiversidad que pudieran ser impactadas por las actividades del Proyecto. d. Se cuenta con accesos adecuados para el transporte de materiales, maquinarias, personal y especialmente, para equipos de mayor envergadura. e. La conexión al sistema interconectado central se realiza en poste inserto al interior del predio de ubicación del Proyecto, sin la necesidad de instalar líneas eléctricas de acercamiento. Superficie La superficie total de los predios donde se localizan las obras del proyecto es de 133,23 hectáreas. Por su parte, el área efectivamente utilizada por el Proyecto, que incluye todas las obras permanentes y transitorias, corresponde a 4,23 hectáreas. Coordenadas UTM en Datum WGS84 Temporalidad Obra vértices Coordenadas de ubicación (t.12114 Dotom11116.5 64, Huso 18 Si Este Int) Sur (ml. Aerogenerador 1 VI 655.145 5.442.961 Aerogenerador 2 VI 654.8.76 5.442.374 Actrogenerador 3 Vi 655.417 5.442.000 V1 655.073 5.442.991 Plataforma de montaje V2 655.132 5.442.979 1 V3 653.224 5.442.935 2: Vi V4 655.065 5.442.948 VI 654.872 5.442.442 I c Plataforma de montaje V2 654.912 5.442.433 V3 654.901 5.442.385 2 2 V4 654.861 5.442393 VI 655.428 5.442.365 Plataforma de in taje V2 655.467 5.442.052 3 V3 655.452 5.442.005 V4 655.412 5.442.018 Punto de Conmión V1 655.984 5.442.426 V1 155.959 5.442.435 Mstalación de Faenas 655.992 5.442425 V3 655.956 5.442.347 655.923 5.442.360 V1 655.095 5.442.941 .1 V2 654.987 5.442.842 1 V3 654.977 5.442.857 1. Área de trabaja V4 655.072 5.442.946 VS 655.065 5.442944 temporal Aerogeneraclor I sJ6 655,050 5.442.951 V7 655.1358 5.442.994 V8 655.073 5.442.991 V9 655.072 5.443.002 V10 655.077 5.443.022 V11 655.162 5.443.004 V12 655.258 5.442.984 V1.3 655.126 5.442.949 V/4 655.155 5.442.941 V15 655.152 5.442.928 V16 655.324 5.442.935 V1 654.1372 5.442.442 V2 654.909 5 442 606 . . V3 554.925 5.442301 V4 654.897 5.442474 Área de trabajo VS 654.933 5.442.467 temporal Y6 654.915 5.442.383 Aerogeneraclor 2 654.907 5.442.384 654.901. 5.442.354 V9 654.889 5.442.357 VIO 654.895 5.442.386 V11 654.901 5.442.385 V12 654.912 5.442.433 V1 655.427 5.442.065 Y2 655.442 5.442.069 V3 655.500 5.442.209 V4 655314 5.442.204 VS 655.466 5.442.053 V6 655.476 5.442.061 655.496 5.442.054 Área de trabajo temporal V8 655.468 5.441.971 V9 655.449 5.441.978 ~Deaner/a:dor 3 V10 655.451 5.442.004 V11 655.441 5.441.976 V12 655.427 5.441.131 V13 655.436 5.442039 V14 655.412 5.442.013 V15 655.402 5.442.021 655.413 5.442.058 V17 655.423 5.442.054 Caminos o vías de acceso Al proyecto se accede desde la Ruta 5 Sur por el norte, ingresando por acceso a Frutillar Alto (paso nivel), para tomar Ruta V-20 por unos 6 km hacia el Oeste hasta llegar a Ruta V- 272, se continúa por esta Ruta por unos 4,5 km aproximadamente para llegar el punto de acceso del proyecto. Desde el Sur, se ingresa por Ruta 5 Sur por acceso a Frutillar, kilómetro 982, para tomar Ruta V-20 hasta llegar a Ruta V-272, se continúa por esta Ruta por unos 4,5 km. aproximadamente para llegar el punto de acceso del proyecto.
— , .e. ...... YO» , 11 , , . 1,.... ' • § a 1. .. YO , - I E l 1 i — 1 1 , a• E a ,, e f 4 ; ama IDotE Es. «c. te,ac vEED Obra Superfkiern. Escarpen' Atea de trabajo Temporal AG1 1 5.470 1.094 Área de trabajo Temporal AG2 9.170 1.034 Asea de traba» Temporal AG3 5.970 1.194 Total 16.610 3.322 Aerogeneradores Los aerogeneradores corresponderán a turbinas eólicas de eje horizontal de tres aspas, con una altura total de 226,5 m, siendo sus componentes los siguientes: -Aspas: Son las encargadas de capturar la energía del viento y transmitirlas hacia el eje principal ubicado en la góndola. Las 3 aspas conforman el rotor, el que tiene un diámetro de 163 m. -Góndola: Contiene todos los equipos necesarios para transformar la energía mecánica del eje principal en energía eléctrica. La góndola está ubicada en la parte superior de la torre. Torre: Es una estructura metálica, soporta la góndola y está compuesta por secciones cónicas ensambladas hasta lograr una altura máxima de 145 m. La torre se monta sobre la fundación. Fundación: Esta tiene 32 metros de diámetro y una profundidad máxima de 4,5 metros. Para su construcción se requiere una excavación de 3.618 m3 por fundación (10.854 m3 para las tres fundaciones). La fundación está construida con una armadura de fierro y rellena de hormigón. Las características técnicas de los aerogeneradores son las siguientes: Permanente Construcción /Operación (tem actéfsticas técnicas Potencia Nominal 5,6 MW Velocidad loZcldl degeneración 3,0 Mis Velocidad dedesoanexión " 24,5 nafs Altura máxima de buje 145 rn Velocidad de giro nominal del rotor 4,9 —12 nom Número de aspas 3 lárnetro máximo (Rotor) 153 In Altura máxima aerogenerador 226,5 m Tensión de generación 23 KV Plataforma de maniobras y montaje de aerogeneradores Junto a cada aerogenerador se construirá una plataforma estabilizada para el izado de los aerogeneradores y así permitir el acopio de los equipos y el trabajo de las grúas de montaje, que en total suman una superficie aproximada de 6.788 m2. Permanente Construcción /Operación lieltafornlas .. de montaje ,Sisperficie (in2) 1 2.700 2 2.022 3 2.066 Línea de transmisión Los aerogeneradores estarán interconectados mediante una línea eléctrica soterrada, de media tensión (23 KV), que conducirá la energía generada por los aerogeneradores hasta la línea de distribución local. El soterrado de la línea eléctrica (ver Plano general de instalación, Anexo III Planos del Proyecto, en la DIA) tendrá una longitud de 2.707 metros. La línea de media Permanente Construcción /Operación La será tensión línea punto será conectada de manera directa de distribución local a través del poste. que conexión es el siguiente: a la El 1 m de será obra coordenadas DM! Datum WGS 84— linso 18 Sur. Punto de eonexiM ate (m) Sur (in) 1 655.984 5.442.426 ancho principalmente interiores. zanja que se requiere realizar es de x 1 m de profundidad, y su trazado a un costado de los caminos El material excavado para esta de 2.707 m3. Caminos internos Se utilizarán caminos existentes en el predio donde se inserta el Proyecto, además de la construcción de caminos nuevos. De este modo, 10.906 m2 corresponden a caminos nuevos y 9.576 m2 a caminos existentes que serán mejorados. Para los caminos nuevos se considera un ancho de 6 m, mientras que, para los caminos existentes, que presentan un ancho de 4 m, solamente se realizarán trabajos de ensanche para llegar a 6 m de ancho, junto con compactación y material estabilizado. Los lugares de adquisición de áridos y estabilizados corresponderán a las empresas más cercanas del proyecto, debidamente autorizadas. Los sitios de acopio de escarpe estarán situados temporalmente al costado de los caminos, no excediendo una altura de 0,5 m. Permanente Construcción /Operación 4.3.1 Acciones del proyecto Nombre Fase Preparación del terreno y habilitación de caminos internos. Construcción Construcción de la instalación de faenas, área de acopio de residuos, plataformas de montaje y área de trabajo temporal. Construcción Construcción de las fundaciones de los aerogeneradores. Construcción Traslado aerogeneradores Construcción Montaje de aerogeneradores. Construcción Construcción de línea de distribución eléctrica de media tensión. Construcción Lavado de camiones mixer. Construcción Desarme y retiro de obras de apoyo transitorias. Construcción Limpieza y restauración. Construcción Operación de aerogeneradores. Operación 4.4.- Cronología de las fases del proyecto o actividad Fase de Construcción Fecha estimada de inicio Segundo semestre 2021 Parte, obra o acción que establece el inicio Preparación del terreno para la instalación de faenas. Fecha estimada de Primer semestre 2022 término Parte, obra o acción que establece el término Operación de los aerogeneradores. Fase de Operación Fecha estimada de inicio Primer semestre de 2022 Parte, obra o acción que establece el inicio Conexión y puesta en marcha del Proyecto Fecha estimada de término 30 años después del inicio de operación Parte, obra o acción que establece el término Inicio de la fase de cierre, cuya evaluación se realizará 30 años transcurridos desde la correcta puesta en marcha del Proyecto. Fase de Cierre Fecha estimada de inicio Se estima que ocurrirá para el año 2052. De todos modos, se espera que el período de funcionamiento de estas unidades se extienda en el tiempo Parte, obra o acción que establece el inicio Sin perjuicio de lo anterior, en la DIA se indica como actividad la realización del retiro y desmantelamiento de los aerogeneradores. Fecha estimada de término No definida Parte, obra o acción que establece el término No definida 5°. Que, durante el proceso de evaluación se han presentado antecedentes que justifican la inexistencia de los siguientes efectos, características y circunstancias del artículo 11 de la Ley N° 19.300: 5.1. RIESGO PARA LA SALUD DE LA POBLACIÓN, DEBIDO A LA CANTIDAD Y CALIDAD DE EFLUENTES, EMISIONES Y RESIDUOS Impacto ambiental Aumento de la concentración de material particulado y gases Componente(s) ambiental(es) afectado(s) Salud de la población por calidad del aire Parte, obra o acción que lo genera Preparación de terreno, excavaciones, habilitación de caminos, tránsito vehicular y uso de equipos y maquinaria. Fase en que se presenta Construcción Impacto ambiental Efecto de parpadeo por proyección de sombras de aspas del aerogenerador Componente(s) ambiental(es) afectado(s) Salud de la población Parte, obra o acción que lo genera Funcionamiento aerogeneradores Fase en que se presenta Operación Impacto ambiental Aumento de los niveles basales de ruido Componente(s) ambiental(es) afectado(s) Salud de la población Parte, obra o acción que lo genera Faenas de construcción y circulación vehicular Fase en que se presenta Construcción Receptor Condición de Máxima Astronómica (Peor Caso/ Condición Meteorológicamente Probable (Caso Real) Criterio de Distancia Danish Wind Industry Association Condición del Entorno pl. 30 hrs/año No cumple 8 hrs/año No cumple de la distancia visible Con barreras que suprime el efecto sombra 30 ~MI Na cumpPt 30 min/día Cumple P2 30 las/ello No cumple 8/ars/año No cumple Fuera de la distancia visible Con barreras que suprime el efectO sombra 30 min/día No cumple 30 min/dia Cumple PS 301ns/dio Cumple shrsiatío Cumple — _. 30 min/dia Cumple 30 min/día Cumple 30 brs/afio Cumple 8 rirs/afio Cumple — _ 30 min/día Cumple 30 min/día Cumple Fuente: informe Evaluación de Parpadeo de Sombra, Anexo Vil/ Referencia al ICE para mayores detalles sobre este impacto específico Punto 4.6.4.3, 5.1 y 6.1 del ICE Las principales emisiones atmosféricas se generarán durante la fase de construcción del proyecto, y corresponden al contaminante NOx (7,795 ton/año). Estas emisiones están asociadas a la combustión interna de petróleo diésel de los vehículos motorizados y de la maquinaria utilizada en los trabajos de movimiento de tierra. En cuanto a las emisiones de MP 10, provenientes de la circulación de los vehículos en caminos pavimentados asociados a la actividad de traslado de materiales y en los caminos no pavimentados asociadas a las actividades circunscritas al área de emplazamiento del proyecto, se estimaron en 7,516 ton/año. Considerado la baja magnitud las emisiones totales anuales y las condiciones de naturales de ventilación de la zona, no se prevé que las concentraciones superen los valores de concentraciones establecidas en las normas de calidad primaria para NO2 y PM10. Adicionalmente, el proyecto considera medias de abatimiento y control de polvo (MP) y gases y gases (CO, HC y NOx), las que se detallan en el punto 4.6.4.1 del ICE. En relación al efecto sombra parpadeante se obtuvieron los siguientes resultados: Tabla 2-52 Resumen de resultados. De lo anterior se puede desprender que en la condición de máxima astronómica o "peor caso", para el límite de 30 h/año y 30 min/día, tanto el receptor pl como el receptor p2 no cumplen dichos límites; - En la condición meteorológicamente probable o "caso real", para el límite de 8 h/año, tanto el receptor pl como el p2 no cumple dicho parámetro, mientras que para el límite de 30 min/día, todos los receptores la cumplen; - De los receptores que no cumplen alguno de los criterios de la normativa alemana (p 1 y p2), considerado los criterios de distancia de la fuente al receptor de Danish Wind Industry Association, todos estos receptores se encuentran sobre las distancias donde el efecto sombra intermitente no es observada o no es perceptible. - Considerando el entorno de los receptores que no cumplen alguno de los criterios de la normativa alemana (pl y p2), todos cuentan con alguna barrera que minimice el efecto sombra parpadeante. Las modelaciones realizadas, tanto para el caso de condición meteorológica probable (caso real), como para el caso astronómico (peor caso), no consideraron los obstáculos presentes en el terreno, por lo que en ambos casos los resultados del modelo representan la "peor condición posible". En relación al receptor PI, la sombra parpadeante en la condición máxima astronómica (peor caso), supera la norma de referencia para las 30 h/año y para los 30 min/día, mientras que para la condición meteorológica probable (caso real), supera la norma de 8 h/año pero no la de 30 min/día. Reitera que es importante considerar que la condición meteorológica probable es la situación con mayor probabilidad de ocurrencia, ya que la condición de máxima astronómica considera un año con 100% de días sin nubes, lo que no resulta una condición real para la zona. Con relación a la medida propuesta, indica que la instalación de cortinas en el receptor pl ha sido concordada con los habitantes de dicha vivienda, los que han aceptado esta medida, entendiendo que estas pueden ser abiertas o cerradas a voluntad durante el día. Con relación al receptor p2, la vivienda presenta una importante barrera visual arbórea que la rodea, lo que se puede observar en la imagen satelital y que las dimensiones de los árboles que sirven como barrera para los efectos de la sombra parpadeante. lo que permitirá suprimir el efecto sombra parpadeante calculado por la modelación que, tal como se indicó, fue generado en la "peor condición posible", es decir, sin barreras naturales o artificiales resentes en el terreno.
En relación a las emisiones acústicas durante la fase de construcción, se consideró el peor escenario en fase de construcción para la evaluación de emisiones según D.S. 38/11 MMA, esto es, aquellas labores que tienen relación con la emisión simultánea de 3 frentes de trabajo (uno por cada aerogenerador) e instalación de faenas, correspondientes a labores de construcción de obras viales, construcción de plataformas, el montaje de grúas, construcción de fundaciones de aerogeneradores y la construcción y montaje de conexiones internas. La siguiente Tabla presentan los resultados de niveles de ruido y su cumplimiento normativo: Punto Distancia A Fuente Más i Ruido de ! Cercena frn) I fondo I Nivel Proyectado áx. DS 38 Supera L'Al 635 49 46,3 59 NO VA2 1042 52 42,0 62 NO VA3 1413 S/ 36,4 62 NO Fuente: Estudio dé Impacto Ac sttop, Anexo VI Referente a la estimación de emisiones por tráfico vehicular, para el caso de los receptores en las inmediaciones del proyecto, se ha definido como categoría de uso de suelo como categoría 2, Tipo de Uso de Suelo Residencial, el cual está definido para zonas residenciales, viviendas, hoteles y en general, todo sitio donde la gente normalmente duerme. Como datos de entrada del modelo, se ha considerado un promedio de 3 vehículos (camiones) por hora, a una velocidad media de 50 km/h (31 mph) y de 1 camión por hora en horario nocturno. Adicionalmente, para evaluar el impacto sobre los receptores, se considera en el cálculo el nivel de ruido de fondo más bajo obtenido para horario diurno, y una distancia entre la vivienda y la ruta de 15 m. Para la evaluación, se consideró como situación basal un ruido de fondo de 49 dB(A). Con las consideraciones anteriores, se presenta gráfica con resumen de cálculo y nivel de impacto asociado exclusivamente al tránsito de camiones por rutas cercanas a las viviendas, asociado al proyecto durante su etapa de construcción. Tabla 2-33 Niveles de Ruido Proyectados Transito Camiones— Fase de Construcción. Existing Lela: 49 dBA Total Project Ldn: 51 dBA Total Noise Exposure 55 dBA Increase• 4 dB Impact None Fuente: Estudio de Impacto Acústico, Anexo VI Por lo tanto, del análisis realizado se pude determinar que las emisiones asociadas al tránsito de 3 camiones por hora durante la fase de construcción del proyecto no generan un aumento significativo de ruido sobre los receptores, por tanto, no genera impacto. 5.2. EFECTOS ADVERSOS SIGNIFICATIVOS SOBRE LA CANTIDAD Y CALIDAD DE LOS RECURSOS NATURALES RENOVABLES, INCLUIDOS EL SUELO, AGUA Y AIRE Impacto ambiental Pérdida y compactación del recurso suelo Componente(s) ambiental(es) afectado(s) Recurso natural suelo Parte, obra o acción que lo genera Habilitación de caminos interiores, plataforma de montaje, fundación aerogenerador, línea de transmisión soterrada, instalación de faenas. Fase en que se presenta Construcción Impacto ambiental Alteración de calidad de las aguas subterráneas Componente(s) ambiental(es) afectado(s) Calidad del agua Parte, obra o acción que lo genera Preparación de terreno, excavaciones, habilitación de caminos. Fase en que se presenta Construcción Impacto ambiental Aumento de las concentraciones basales de gases y material particulado Componente(s) ambientales) afectado(s) Calidad del aire Parte, obra o acción que lo genera Tránsito vehicular, uso de equipos y maquinaria, funcionamiento aerogeneradores Fase en que se presenta Construcción Impacto ambiental Pérdida de vegetación Componente(s) ambiental(es) afectado(s) Flora y vegetación Parte, obra o acción que lo genera Movimiento de tierra asociada a caminos interiores, trazado línea de transmisión soterrada, plataforma de montaje, fundación aerogeneradores. Fase en que se presenta Construcción Impacto ambiental Perdida de ejemplares de aves por colisión Pérdida de ejemplares de quirópteros por colisión o barotrauma Alteración de hábitat de fauna nativa Componente(s) ambiental(es) afectado(s) Fauna nativa Parte, obra o acción que lo genera Funcionamiento aerogeneradores Fase en que se presenta Operación Referencia al ICE para mayores detalles sobre este impacto específico Punto 5.2 y 6.2 del ICE En el área de emplazamiento del proyecto ni en su área de influencia existen recursos naturales renovables que se consideren escasos, únicos o representativos, de acuerdo con las indicaciones del punto 5.2 de la Guía de Evaluación de Impacto Ambiental Efectos Adversos sobre Recursos Naturales Renovables (SEA, 2015). La superficie de suelo intervenida por el proyecto será de 4,23 ha, correspondiente a suelo de uso agroindustrial (3,29 ha) o sin vegetación (0,94 ha). La capacidad de uso del suelo intervenido en el área del proyecto es de 1,18 hectáreas de Clase III y 3.05 de Clase VI. Los aerogeneradores se emplazarán sobre un suelo perteneciente a la serie Ñadi Frutillar, cuyas características indican que son suelos planos con una pendiente levemente inclinada, profundos, drenaje interno moderado, presentan eventuales anegamientos en la temporada invernal, se clasifican según su capacidad de uso en Clase III, dada al lento drenaje interno (w); dichas características hacen de estos suelos de bajo impacto al laboreo. Este suelo se clasifica en el grupo de suelos arables, siendo necesario adoptar medidas ante la eventual pérdida del recurso suelo a causa de la construcción del proyecto. La evaluación sobre la posible activación de procesos erosivos, con especial énfasis en los suelos descritos con problemas de drenaje interno, indica que el mejoramiento de la carpeta de rodados propuesto no generará una activación de procesos erosivos en los caminos, así como tampoco en el área de influencia de estos. Los nuevos tramos de camino que se construirán no generarán activación de procesos erosivos debido a que incorporan elementos de diseño que permiten canalizar los flujos y conducirlos hacia los costados para luego infiltrar o desembocar suavemente a los fosos de drenaje existentes. Tampoco hubo registro de indicios manifiestos de erosión a lo largo de todos los tramos estudiados, lo que sumado a la extensa red de fosos de drenaje existentes hacen posible afirmar que no habrá una activación de procesos erosivos en el área de mejoramiento y construcción como tampoco en el área de influencia del proyecto. Por otra parte, no se prevé perdida de suelo por presencia de contaminantes debida a las características del proyecto y el manejo de residuos, previsto para la ejecución del mismo. El proyecto no considera la intervención o corta de bosques nativos o plantaciones forestales, y las obras e instalaciones se emplazan en suelos con praderas, sin afectar o impactar a bosquetes remanentes. La proyección del movimiento de las aspas de los aerogeneradores del proyecto, no se realiza sobre bosques que pudieran ser afectados por éstas. El Proyecto se localiza en un terreno predominantemente silvoagropecuario, con presencia menor de zonas nativas dentro del área de influencia y en la periferia de éste. De las especies vertebradas identificadas en terreno, todas ellas se encuentran en un estado de conservación de Preocupación menor. Para el caso de los anfibios solamente se detectó la especie Pleurodema sp., cuyo estado de conservación es "Casi Amenazada" según la Unión Internacional para la Conservación de la Naturaleza (UICN). En relación con la presencia de anfibios en la zona y las actividades del Proyecto, las actividades constructivas del Proyecto no generarán intervenciones en canales o áreas con bosque, hábitats comunes de este tipo de especies, por lo que no se prevé algún tipo de impacto sobre ella. En cuanto a la presencia de quirópteros la totalidad de las especies identificadas en el área de influencia están catalogadas como de Preocupación Menor. La detección de los individuos se realizó cercano a zona de bosque nativo, que se encuentra en los márgenes del área del Proyecto, y que no será cortado ni intervenid, por lo que se descarta la posibilidad de intervenir las zonas de posibles refugios de quirópteros existentes en la zona. Cabe consignar que el proyecto considera un plan de acción para avifauna y quirópteros (Anexo F del Adenda Complementaria) que incluye un monitoreo de aves y quirópteros, y la implementación de un plan de contingencia ante eventuales mortalidad de aves y barotrauma de quirópteros. 5.3. REASENTAMIENTO DE COMUNIDADES HUMANAS O ALTERACIÓN SIGNIFICATIVA DE LOS SISTEMAS DE VIDA Y COSTUMBRES DE GRUPOS HUMANOS Impacto ambiental Alteración de sistemas de vidas y costumbres de grupos humanos Parte, obra o acción que lo genera Construcción y operación del proyecto Fase en que se presenta Construcción y operación Referencia al ICE para mayores detalles sobre este impacto específico Punto 5.3 y 6.3 del ICE. El proyecto se desarrolla al interior de un predio particular no produciéndose reasentamiento de comunidad humanas. Las principales actividades productivas de quienes residen en Villa Alegre Sur son artesanía, construcción y agricultura. Algunos explotan recursos de la tierra como crianza, engorda de vacuno y lechería; en tanto que las 29 familias restantes trabajan en específico una economía de subsistencia que consiste en la mantención de gallineros y huertos caseros donde las aves y verduras se consumen a nivel familiar, y a la vez sus excedentes de verduras de huerto, o fabricación de queso fresco. Al respecto, las obras y acciones del proyecto no intervienen ni restringe el acceso a los recursos naturales que utilizan como sustento los grupos humano en el área de influencia. Tampoco se identificó uso tradicional, como medicinal, espiritual o cultural de recurso que se vean afectado por el proyecto. Las rutas viales que utilizará el proyecto presentan un bajo flujo vehicular durante el año, lo que genera espacios suficientes para que, el volumen adicional de vehículos durante la fase de construcción del Proyecto (máximo de 7 vehículos/hora, durante 2 meses), no ocasione aumentos significativos de tiempo en desplazamiento de la comunidad por dichas rutas. Además, y considerando lo anterior, las vías permanecerán con un tránsito fluido, sin generar obstrucciones o restricciones a la libre circulación por estas rutas o acceso a los bienes, equipamientos, servicios o infraestructura básica para la comunidad. La fase de construcción y operación no supone acciones u obras que alteren el acceso o a la calidad de bienes y/o servicios básicos, tales como: vivienda, transporte, energía, salud, educación, servicios sanitarios o recreación; ya que dichos servicios se encuentran distantes del emplazamiento del proyecto, sin que éste interfiera en ellos. La DIA no identifica alteración del normal del desarrollo de manifestaciones culturales e intereses comunitarios de la población, particularmente, la fiesta costumbrista de La Manzana. Esta actividad se desarrolla a finales del verano de cada año, se realiza en el área de la cancha de futbol ubicada en la entrada de la comunidad de Villa Alegre Norte, aproximadamente a 4,2 km del ingreso al área del proyecto. el ingreso a la cancha de futbol donde se desarrolla la Fiesta de La Manzana corresponde a la ruta hacia Villa Alegre Norte, la que no es utilizada por el proyecto, que usa la ruta V-272, en dirección a Villa Alegre Sur. La información proporcionada en la DIA sobre los grupos humanos que habitan el área de influencia del proyecto no indicó la existencia grupos o personas pertenecientes a pueblos indígenas 5.4. LOCALIZACIÓN EN O PRÓXIMA A POBLACIONES, RECURSOS Y ÁREAS PROTEGIDAS, SITIOS PRIORITARIOS PARA LA CONSERVACIÓN, HUMEDALES PROTEGIDOS Y GLACIARES, SUSCEPTIBLES DE SER AFECTADOS, ASÍ COMO EL VALOR AMBIENTAL DEL TERRITORIO EN QUE SE PRETENDE EMPLAZAR Impacto ambiental Susceptibilidad de afectación a áreas, población o recursos protegidos Componente(s) ambiental(es) afectado(s) Área, población o recurso protegido. Parte, obra o acción que lo genera Construcción y operación del proyecto Fase en que se presenta Construcción y operación Impacto ambiental Afectación de servicios ecosistémicos relevantes para la población local Componente(s) ambiental(es) afectado(s) Valor ambiental Parte, obra o acción que lo genera Construcción y operación del proyecto Fase en que se presenta Construcción y operación Referencia al ICE para mayores detalles sobre este impacto específico Puntos 5.4, 5.5 y 6.4 de ICE No se identificó personas o grupos humanos pertenecientes población protegida por leyes especiales en el área de influencia del proyecto. De acuerdo con la localización del área de emplazamiento del proyecto éste no se ubica en o próximo a un área protegida, sitios prioritarios para la conservación, humedales protegidos o glaciares. Además, no corresponde a una zona con valor ambiental, ya que no se trata de un área con nula o baja intervención antrópica, sino que a una zona donde en los predios se han llevado a cabo actividades agrícolas y ganaderas. Tampoco se identifica algún recurso natural protegido en el área de influencia 5.5. ALTERACIÓN SIGNIFICATIVA, EN TÉRMINOS DE MAGNITUD O DURACIÓN, DEL VALOR PAISAJÍSTICO O TURÍSTICO DE UNA ZONA Impacto ambiental Alteración del valor paisajístico o turístico del área Componente(s) ambiental(es) afectado(s) Paisaje Parte, obra o acción que lo genera Aerogeneradores Fase en que se presenta Construcción y operación Referencia al ICE para mayores detalles sobre este impacto específico Puntos 5.6 y 6.5 del ICE. La instalación de aerogeneradores no implica un bloqueo de las vistas hacia los atributos biofísicos del paisaje y no perjudica mayormente a ningún elemento que otorgue valor paisajístico a la zona de emplazamiento. Si bien las estructuras que conteTpllsyProyecto son verticales y podrían generar
un grado de intrusión e incompatibilidad con el paisaje, estas no se constituyen como objetos que concentren la vista o atención de los observadores, basados principalmente en la conformación del paisaje, tanto de la unidad de paisaje, como del entorno inmediato. La intervisibilidad generada por la superposición de las cuencas visuales, refleja que la visibilidad hacia el Proyecto se concretará desde sectores asociados a los puntos de observación más cercanos al Proyecto, que producto de las condiciones del relieve y de la vegetación permiten acceder visualmente a las obras. Si bien las rutas secundarias identificadas como V-272 y V-200, se encuentran más distante de la zona de emplazamiento, al encontrarse en superficie, y considerando el tamaño de las obras, también son definidas como puntos de observación del Proyecto. Debido a las características (forma y color) de los aerogeneradores, que facilitan su integración al paisaje, sumado a la obstrucción por parte de la vegetación en los primeros y segundos planos y la distancia desde los puntos de observación hacia los aerogeneradores, hace que se atenúen su visibilidad, fundamentalmente debido a que las rutas públicas están alejadas del emplazamiento desde donde es posible acceder al Proyecto. Desde puntos de observación del paisaje adicionales a los presentados en la DIA, se determinó que no existirá una afectación provocada por la intrusión de nuevos elementos al paisaje (aerogeneradores), ya que, si bien las estructuras son de gran tamaño (226,5 m), existen pantallas arbóreas distribuidas en la zona que minimizan el área visible de estas estructuras, por lo que no atraen mayormente la vista de los observadores, transformándose estos en parte del fondo escénico. Finalmente, en respuesta a observación ciudadana se incorpora el análisis de paisaje y visibilidad desde una parcelación distantes aproximadamente 1,5 -2,5 km de distancia del proyecto, se tiene que si bien, la instalación de aerogeneradores corresponde a un elemento que modifica la lectura visual del territorio, la inclusión de estos, tanto en la fase de construcción como de operación, no implica un bloqueo de las vistas hacia los atributos biofísicos del paisaje y no perjudica mayormente a ningún elemento que otorgue valor paisajístico a la zona de emplazamiento. Y, si bien las estructuras que contempla el proyecto son verticales, y podrían generar un mayor grado de intrusión e incompatibilidad con el paisaje, debido a que se consideran la instalación de 3 aerogeneradores, estos no se constituyen como objetos que concentren la vista o atención de los observadores. Es importante hacer notar que la atención visual en esta área se enfoca en dirección Este, hacia donde se encuentran atractivos visuales, como los volcanes Osorno, Calbuco, cerros Tronador y Puntiagudo. Por otra parte, la instalación de las partes y obras del Proyecto, en relación al tamaño y superficie, no implican una alteración significativa de los atributos biofísicos que componen el paisaje. Ahora, si bien, las obras pueden producir alguna alteración cromática en la zona de emplazamiento, durante su etapa de operación, esta no genera un cambio sustancial en los atributos estéticos que otorgan valor paisajístico, ya que la vegetación tiene mayor peso en la composición de la calidad visual del paisaje. Por otra parte, durante la evaluación se determinó que la macrozona donde se ubica el Proyecto posee valor turístico, definido por la existencia de un (1) sitio natural, y cinco (5) servicios de alojamiento y alimentación. Además de un (1) Acontecimiento Programado con jerarquía local. Al aplicar los criterios de magnitud del valor turístico en el área de influencia, se pudo determinar que posee una Baja magnitud, debido a que los recursos turísticos en esta área son de carácter local y no se encuentran dentro de los polos de concentración de atractivos turísticos de la comuna. Dado los flujos vehiculares y rutas a utilizar por el proyecto, la actividad de transporte de material y trabajadores tendrá baja interacción con los elementos que otorgan el valor turístico, tanto de la zona donde se emplazará el Proyecto, como en los otros sectores de la comuna 5.6. ALTERACIÓN DE MONUMENTOS, SITIOS CON VALOR ANTROPOLÓGICO, ARQUEOLÓGICO, HISTÓRICO Y, EN GENERAL, LOS PERTENECIENTES AL PATRIMONIO CULTURAL Impacto ambiental Alteración de patrimonio arqueológico y/o paleontológico Parte, obra o acción que lo genera Excavaciones en terreno Fase en que se presenta Construcción Impacto ambiental Afectación de sitios en que se lleven a cabo
manifestaciones culturales. Parte, obra o acción que lo genera Construcción y operación de aerogeneradores Fase en que se presenta Construcción y operación Referencia al ICE para mayores detalles sobre este impacto específico Punto 5.7 y 6.6 del ICE Conforme a los resultados de la prospección arqueológica contenida en la DIA no se identificaron elementos patrimoniales de carácter arqueológico o histórico en el área de influencia del proyecto. En el Anexo 10 del Adenda y el Anexo E de Adenda complementaria se amplía la revisión de los antecedentes bibliográficos específicos del área del proyecto, profundizando en aquellos de carácter tanto prehispánico como histórico, a partir de una revisión bibliográfica actualizada en la que se incorporaron fuentes tales como publicaciones, informes y/o manuscritos procedentes de proyectos de investigación, proyectos sometidos al SETA. El proyecto considera como parte de los compromisos ambientales voluntario, un monitoreo arqueológico durante la ejecución de las obras del proyecto que impliquen excavaciones, de manera de verificar que no se producirá alteración al patrimonio cultural arqueológico. Para ello contará con la presencia de un arqueólogo en terreno, quien además realizará charlas de inducción a los trabajadores y elaborará un informe mensual de las actividades. La inspección y caracterización del componente de patrimonio paleontológico, que se desarrolló sobre la base de una revisión bibliográfica y trabajo de terreno consistentes en una prospección paleontológica visual de carácter superficial, determinó que el proyecto se emplaza directamente sobre una unidad sedimentarias con potencial paleontológico Susceptible (Medio-Bajo), sin que se observaran componentes fósiles dentro de esta unidad. Dado estos resultados el Titular contempla la realización del compromiso ambiental voluntario de Capacitación de Trabajadores-Patrimonio Paleontológico y Arqueológico, además de un protocolo en caso de hallazgo fortuitos. La DIA da cuenta de la inexistencia de lugares o sitios en que se lleven a cabo manifestaciones propias de la cultura o folclore de algún pueblo, comunidad o grupo humano, en el área de emplazamiento del proyecto y en su área de influencia. Las obras del proyecto se desarrollan en terrenos actualmente de agrícolas que no cuentan con construcciones de ningún tipo, ni se emplaza en un área en que existan este tipo de elementos patrimoniales culturales. 6°. Que, durante la evaluación del proyecto no se han proporcionado los antecedentes suficientes que justifiquen la inexistencia de los siguientes efectos, características y circunstancias del artículo 11 de la Ley N° 19.300: 6.1. RIESGO PARA LA SALUD DE LA POBLACIÓN, DEBIDO A LA CANTIDAD Y CALIDAD DE EFLUENTES, EMISIONES Y RESIDUOS Impacto ambiental Aumento de los niveles basales de ruido Parte, obra o acción que lo genera Funcionamiento de aerogeneradores Fase en que se presenta Operación Referencia al ICE para mayores detalles sobre este impacto específico Puntos 5.1, 6.1 y 9.2.5 del ICE Conforme se describe en el punto 9.2.5 del ICE, el estudio de ruido presentado en la DIA adolece de errores e inconsistencias técnicas, que no permiten tener certeza del cumplimiento de la norma de ruidos, asociado al funcionamiento de los aerogeneradores, durante la fase de operación del proyecto. La evaluación de impactos sobre el riesgo para la salud de la población, Art. 5 literal b) del RSEIA, se realizó en base a valores de emisiones de ruido y ruido de fondo que subestiman los potenciales impactos. De esta forma no se ha descartado el riesgo para la salud de la población, cuya salud pueda verse afectada por la superación de los valores de ruido establecidos en la normativa ambiental vigente, conforme a lo preceptuado en el artículo 5°, letra b) del Reglamento del SEIA. 7°. Que resultan aplicables al Proyecto los siguientes permisos ambientales sectoriales, asociados a las correspondientes partes, obras o acciones que se señalan a continuación: 7.1. PERMISOS AMBIENTALES SECTORIALES DE CONTENIDO ÚNICAMENTE AMBIENTAL 7.1.1. El permiso para la construcción, reparación, modificación y ampliación de cualquier obra pública o particular destinada a la evacuación, tratamiento o disposición final de desagües, aguas servidas de cualquier naturaleza, según se establece en el artículo 138 del Reglamento del SETA Fase del Proyecto a la cual corresponde Operación Parte, obra o acción a la que aplica Servicios higiénicos Condiciones o exigencias específicas para su otorgamiento La solución sanitaria particular proyectada, corresponde a la implementación de un contenedor marítimo estándar de 20 pies, el que está dividido en dos unidades con accesos independientes (Comedor y servicios higiénicos). La solución sanitaria, se proyecta una dotación para un máximo de 5 usuarios. Una de las unidades, corresponde a un área destinada a ser usada como comedor, el que contará con un lavaplatos (Lp). Las aguas grises generadas por este artefacto serán recolectadas mediante tubería sanitaria de PVC de 75 mm, para posteriormente ser dirigidas a una cámara de separación de grasas y luego a una cámara de inspección, en donde se unirán a las aguas residuales provenientes de los artefactos sanitarios del servicio higiénico del personal (Baños). La otra unidad, corresponde al servicio higiénico del personal, el que estará implementada con un inodoro (WC), un lavatorio (Lo) y una ducha de tipo lluvia (B°11). Las aguas que se generarán producto del uso de estos artefactos serán conducidas a una cámara de inspección, mediante tuberías sanitarias de PVC de 110 mm, para luego ingresar a una fosa séptica de 2000 litros de capacidad y seguido, de un tiempo de retención determinado, ser infiltradas al terreno natural por medio de un sistema de drenes. Detalles de los antecedentes del permiso se encuentran en el Anexo C del Adenda complementaria. Pronunciamiento del órgano competente Ord. N°8259/2021 del 14 de julio de 2021 de la SEREMI de Salud de la Región de Los Lagos. Se pronuncia conforme con los antecedentes ambientales del permiso Referencia al ICE para mayores detalles Punto 10.1.1 del ICE 7.1.2. Permiso para la construcción, reparación, modificación y ampliación de cualquier planta de tratamiento de basuras y desperdicios de cualquier clase o para la instalación de todo lugar destinado a la acumulación, selección, industrialización, comercio o disposición fmal de basuras y desperdicios de cualquier clase, según se establece en el artículo 140 del Reglamento del SETA Fase del Proyecto a la cual corresponde Construcción Parte, obra o acción a la que aplica Áreas para la acumulación temporal de residuos (residuos domésticos, residuos asimilables a domésticos y residuos sólidos industriales no peligrosos) Condiciones o exigencias específicas para su otorgamiento El lugar de almacenamiento temporal de residuos del Proyecto será en el área de la instalación de faenas. Los residuos serán acopiados temporalmente, no contemplando un tratamiento de estos, sino que solo se considera su almacenamiento temporal previo a su traslado hacia un sitio de disposición fmal autorizado. El área de acopio temporal de residuos sólidos domiciliarios e industriales
no peligrosos tendrá una radier de hormigón de al menos 20 cm de espesor, cuya superficie será de 18 m2 (ver plano instalación faenas en Apéndice I). A continuación, se describen las características del área de acopio de estos residuos: • • Portón de acceso restringido, pudiendo ingresar solamente el personal responsable de su operación. • • Contará con un cierre perimetral de 1,8 m de altura. • • Los residuos domiciliarios se dispondrán dentro de contenedores de basura fabricados de HDPE o similar, con capacidad aproximada desde 100 a 1.000 litros, con tapa y sistema de ruedas con freno (hermético). Se considera la implementación de al menos 10 de estos receptáculos en la instalación de faenas. • • El almacenamiento será ordenado y no obstruirán las vías de ingreso. • • Existirá un registro de ingreso y salida de residuos • • Se dará estricto cumplimiento al artículo 18 del D.S. N° 594/99 del Ministerio de Salud. • • Contará con señalización de seguridad y uso de los elementos de protección personal (E.P.P). Con relación a los residuos industriales no peligrosos correspondientes a material de excavaciones de las fundaciones de los aerogeneradores, se dispondrán temporalmente en zonas cercanas al frente de trabajo y posteriormente serán reutilizados en faenas de nivelación, compactación y habilitación de caminos internos y fundaciones. Se estima que el volumen total desplazado por las fundaciones de los aerogeneradores y las zanjas de cables subterráneos será de 10.854 m3 y 2.707 m3 respectivamente, que serán reutilizados integralmente. Se estima que los excedentes de excavaciones serán 4 m3, los cuales se reutilizarán como estabilizador y compactador en la habilitación de caminos, en otras obras de la construcción o simplemente como reparador de suelos agrícolas. Detalles de los antecedentes del permiso se encuentran en el Anexo IV de la DIA. Pronunciamiento del Ord. N°8259/2021 del 14 de julio de 2021 de la SEREMI de Salud de la órgano competente Región de Los Lagos. Se pronuncia conforme con los antecedentes ambientales del permiso Referencia al ICE para mayores detalles Punto 10.1.2 del ICE 7.1.3. Permiso para todo sitio destinado al almacenamiento de residuos peligrosos según se establece en el artículo 142 del Reglamento del SEIA Fase del Proyecto a la cual corresponde Construcción Parte, obra o acción a la que aplica Bodega de almacenamiento de residuos peligrosos Condiciones o exigencias específicas para su otorgamiento El lugar de almacenamiento temporal de residuos del Proyecto será en el área de la instalación de faenas. Los residuos serán acopiados temporalmente, no contemplando un tratamiento de estos, sino que solo se considera su almacenamiento temporal previo a su traslado hacia un sitio de disposición final autorizado. Durante la fase de construcción del Proyecto se almacenarán residuos con categoría de peligrosos (RESPEL), en su mayoría serán envases de sustancias peligrosas tales como lubricantes, diluyentes, pinturas, huaipes contaminados, materiales absorbentes entre otros. El manejo de los RESPEL se realizará a través de dos etapas: - Contenedores primarios estancos y sellados en el lugar de generación (frente de trabajo), para posteriormente ser llevados a un contenedor secundario. - Los contenedores secundarios se almacenarán en una Bodega de Acopio Temporal de RESPEL, de aproximadamente 15 m2, en espera de su traslado a un sitio de disposición final autorizado. Se espera una producción aproximada de residuos peligrosos durante la construcción de 15,6 kg/mes. El transporte y disposición final de estos residuos, durante la fase de construcción del Proyecto, será realizado por una empresa autorizada y dichos residuos serán dispuestos en sitios que cuenten con las resoluciones correspondientes de la SEREMI de Salud de la región de Los Lagos. La bodega de almacenamiento tendrá acceso restringido, en términos que sólo podrá ingresar personal debidamente autorizado por el responsable de la instalación y contará con señalización de acuerdo a la Norma Chilena NCh. 2.190 Of.93. El titular mantendrá en sus instalaciones el registro del retiro y disposición fmal de estos residuos, en caso de generarse. Detalles de los antecedentes del permiso se encuentran en el Anexo IV de la DIA. Pronunciamiento del Ord. N°8259/2021 del 14 de julio de 2021de la SEREMI de Salud de la órgano competente Región de Los Lagos. Se pronuncia conforme con los antecedentes ambientales del permiso Referencia al ICE para mayores detalles Punto 10.1.3 del ICE 7.2. PERMISOS AMBIENTALES SECTORIALES MIXTOS 7.2.1. Permiso para subdividir y urbanizar terrenos rurales o para construcciones fuera de los límites urbanos según se establece en el artículo 160 del Reglamento del SEIA Fase del Proyecto a la cual corresponde Construcción Parte, obra o acción a la que aplica Fundaciones aerogeneradores, edificaciones instalación de faenas Condiciones o exigencias especificas para su otorgamiento En el Anexo IV de la DIA se acompañaron los antecedentes técnicos de carácter ambiental requeridos para el otorgamiento del permiso para las construcciones industriales fuera de los límites urbanos que considera el proyecto. Estos antecedentes incluyeron una caracterización del suelo del área donde se emplazarán las edificaciones que requieren IFC. Los tipos de suelo y las superficies afectos IFC. En Adenda complementaria se incorpora una edificación correspondiente al baño, de aproximadamente 15m2. Por lo tanto, las superficies afectas a IFC son: Cuadro 111 Predios donde se sondea aji.F..0 W Roles Nombre del predio Orootetabo Consteucadr5 Superliele afecta a 1.F.0 3 24394 Pereda ti Redro Mesa Weba43Cados Gerudo InsuAldón de faenas, Isaf1o, 'e0'.""d°13 3.740 2 243-303 P dm Wel PC 4 11 lie,otenenclorAn 204 3 243.344 P,:h1 loo. PC a X Aewgenersdo AG2 aoe Todas las construcciones son sobre terrenos rurales con Clase de Capacidad de Uso Illw. El proyecto no genera nuevos núcleos urbanos al margen de la planificación y no genera pérdida o degradación del recurso natural suelo. Pronunciamiento del órgano competente Ord. N°131 del 26 de junio de 2020 de la SEREMI de Agricultura de la Región de Los Lagos. Se pronunció conforme con los antecedentes ambientales del PAS contenido en la DIA. Ord. N°415 del 09 de julio de 2021 del SAG Región de Los Lagos. Se pronunció conforme con los antecedentes ambientales del FAS contenido en la DIA. Referencia al ICE para mayores detalles Punto 10.2.1 del ICE 8°. Que, de acuerdo a los antecedentes que constan en el expediente de evaluación, la forma de cumplimiento de la normativa de carácter ambiental aplicable al Proyecto es la siguiente: Norma Ley General de Urbanismo y Construcciones Componente/materia: Construcciones en área rural Otros cuerpos legales D.S. N° 47/92, del Ministerio de Vivienda y Urbanismo (MINVU), Ordenanza General de Urbanismo y Construcción (OGUC) Fase del proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Construcción y operación Parte, obra, acción, emisión, residuo o sustancias a la que aplica Aerogeneradores y baño Forma de cumplimiento La DIA incorporó una caracterización del suelo en el área de influencia y de las edificaciones que contempla el proyecto. Indicador que acredita su cumplimiento La DIA y Adenda complementaria acompañan los antecedentes técnicos de carácter ambiental requeridos para el otorgamiento del permiso para las construcciones industriales fuera de los límites urbanos (IFC). Forma de control y seguimiento Las obras deberán contar con el otorgamiento del IFC previo a la ejecución de las obras. Referencia al ICE para mayores detalles Punto 9.1.1 del ICE Norma D.S. N° 725/1967 (MINSAL). Código Sanitario Componente/materia: Manejo de residuos sólidos y líquidos Otros cuerpos legales Fase del proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Construcción y operación Parte, obra, acción, emisión, residuo o sustancias a la que aplica El proyecto generará efluentes líquidos en la fase de construcción, correspondientes a las aguas servidas asociadas a la presencia de trabajadores y el funcionamiento de la zona de lavado de camiones mixer. El Proyecto generará residuos sólidos por la construcción de las obras correspondientes a excedentes materiales y excavación. Además, se prevé la generación de residuos sólidos domiciliarios y residuos peligrosos. Forma de cumplimiento El Titular ha indicado las condiciones y especificaciones técnicas que reunirán los lugares destinados a la acumulación y disposición final de las basuras y desperdicios del proyecto (PAS 140). Las aguas servidas, en la etapa de construcción, serán manejadas a través de baños químicos provistos por una empresa autorizada. Para la etapa de operación se contará con baño y sistema de alcantarillado particular (PAS 138). Para el lavado de camiones mixer se contará con una piscina decantadora, sin que se realice descarga de residuos líquidos a cursos o cuerpos de agua. Los residuos peligrosos generados en la fase de construcción serán segregados y almacenados transitoriamente en bodega habilitada para almacenar dicho tipo de residuos. Las características y antecedentes
técnicos de la bodega de almacenamiento transitorio de residuos peligrosos encuentran contenidos en el PAS 142 El período de almacenamiento no excederá los 6 meses y el retiro de los residuos peligrosos será realizado por empresas externas que cuenten con autorización sanitaria, tanto para el transporte como para la disposición final en lugar autorizado de éstos. Indicador que acredita su cumplimiento La DIA acompaña los acompañan los antecedentes técnicos de carácter ambiental requeridos para el otorgamiento del permiso para las áreas de acumulación temporal de residuos (residuos domésticos, residuos asimilables a domésticos y residuos sólidos industriales no peligrosos), asociados al PAS 140 del RSEIA y para el almacenamiento de residuos peligrosos (PAS 142). Por su parte presenta los contenidos técnicos ambientales para la obtención del permiso para el sistema de alcantarillado particular (PAS 138) Forma de control y seguimiento El Titular deberá obtener las autorizaciones sectoriales respectivas, previo a la ejecución del proyecto. Además, deberá mantener un registro documentado de traslado y disposición final en lugar autorizado de los residuos. Referencia al ICE para mayores detalles Punto 9.2.1 del ICE Norma D.S. (MINSAL) N° 594/99, Reglamento sobre condiciones sanitarias y Ambientales en los lugares de trabajo. Componente/materia: Manejo de residuos sólidos y líquidos Otros cuerpos legales asociados Fase del proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Construcción y operación. Parte, obra, acción, emisión, residuo o sustancias a la que aplica El proyecto generará efluentes líquidos en la fase de construcción, correspondientes a las aguas servidas asociadas a la presencia de trabajadores y el funcionamiento de la zona de lavado de camiones mixer. El Proyecto generará residuos sólidos por la construcción de las obras correspondientes a excedentes materiales y excavación. Además, se prevé la generación de residuos sólidos domiciliarios y residuos peligrosos. Forma de cumplimiento El Titular describe en la DIA las acciones para dar cumplimiento a las disposiciones contenidas en el Párrafo III referidas al manejo y disposición de residuos industriales liquidos y sólidos, así como al artículo 26 del Reglamento referida al manejo de las aguas servidas. En la fase de construcción, las aguas servidas generadas serán manejadas en baños químicos. La instalación y limpieza de estos baños será realizado por una empresa autorizada para tales efectos. En la fase de operación, se prevé la utilización de baño con sistema de alcantarillado particular. El lavado de hormigón de camiones genera una fase sólida, la cual al endurecer será retirada por la misma empresa que retirará los residuos sólidos no peligrosos y una fase líquida la cual será retirada por una empresa especializada en retiro y tratamiento de residuos líquidos industriales, para luego ser dispuestos en un lugar autorizado. Luego del retiro de los desechos, se mantendrá en planta una ficha con el registro de esta actividad para posterior revisión por parte de la autoridad que lo solicite.
Se estima que durante la fase de construcción se generará un total aproximado de 322,68 toneladas de RSINP, durante 6 meses de faena. Por su parte, los excedentes de excavaciones se calculan en 13.585 m3, los cuales serán reutilizados como estabilizador y compactador en la habilitación de caminos, en otras obras de la construcción o simplemente como reparador de suelos agrícolas. Se estima una frecuencia de retiro de RSINP durante la fase de construcción de 1 vez a la semana. Respecto a los residuos sólidos peligrosos serán segregados y almacenados transitoriamente en bodega habilitada para almacenar dicho tipo de residuos. Indicador que acredita su cumplimiento La DIA acompaña los acompañan los antecedentes técnicos de carácter ambiental requeridos para el otorgamiento del permiso para las áreas de acumulación temporal de residuos (residuos domésticos, residuos asimilables a domésticos y residuos sólidos industriales no peligrosos), asociados al PAS 140 del RSEIA y para el almacenamiento de residuos peligrosos (PAS 142). Por su parte presenta los contenidos técnicos ambientales para la obtención del permiso para el sistema de alcantarillado particular (PAS 138) Forma de control y seguimiento Se mantendrán las autorizaciones sanitarias de lugares de acopio y/o almacenamiento temporal de residuos sólidos industriales no peligrosos y de las empresas encargadas de transporte y disposición final de los residuos disponibles para ser fiscalizados por la Autoridad. - Autorización sanitaria de empresa suministradora de servicios sanitarios. - Registro de manejo realizado en baños químicos. - Autorización sanitaria de empresa encargada de retiro y disposición fmal de baños químicos Autorización sanitaria de los sitios de lavado de camiones. - Autorización sanitaria de empresa encargada del retiro por intermedio de camión aljibe. Referencia al ICE para mayores detalles Punto 9.2.2 del ICE Norma D.S. (MINSAL) N° 148/03 del Reglamento Sanitario sobre Manejo de Residuos Peligrosos Componente/materia: Manejo de residuos peligrosos Fase del proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Construcción y operación. Parte, obra, acción, emisión, residuo o sustancias a la que aplica El proyecto prevé la generación de residuos peligrosos. Forma de cumplimiento Respecto a los residuos sólidos peligrosos generados en la fase de construcción serán segregados y almacenados transitoriamente en bodega habilitada para almacenar dicho tipo de residuos. Las características y antecedentes técnicos de la bodega de almacenamiento transitorio de residuos peligrosos encuentran contenidos en el PAS 142. En la DIA se consigna que la frecuencia de retiro de RESPEL no superará los 6 meses, y serán informados con 48 horas de anticipación a la SEREMI de Salud de Los Lagos por medio físico o en formato digital en el Sistema de Declaración Electrónico de Residuos Peligrosos (SIDREP). Los RESPEL a generar por el Proyecto en su fase de operación, corresponderán al recambio de aceites eléctricos y mecánicos de aerogeneradores y su correspondiente transformador interior, durante las labores de mantención del Proyecto. El servicio de mantención será contratado a una empresa externa la cual también será la responsable del manejo, gestión y disposición final de estos residuos. Esta empresa será debidamente acreditada y autorizada para estos efectos por la autoridad competente. Se estima que la generación de residuos peligrosos durante la operación del proyecto es de 0,204 ton/año. De acuerdo con lo presentado en la tabla anterior, y según lo establecido en el artículo 25 del DS N° 148/2004, al no generar una cantidad superior a 12 toneladas de RESPEL, no se hace necesario la presentación de un plan de manejo de residuos peligrosos a la autoridad sanitaria durante la fase de operación del Proyecto. Indicador que acredita su cumplimiento Autorización sanitaria la bodega de almacenamiento temporal de residuos peligrosos. - Autorización sanitaria de empresa encargada de realizar el transporte. - Autorización sanitaria de la empresa de disposición final de residuos peligrosos. Forma de control y seguimiento Se mantendrán copia de autorizaciones sanitarias disponibles para ser fiscalizadas por la Autoridad. Referencia al ICE para mayores detalles Punto 9.2.3 del ICE Norma D.S. (MINSAL) N° 43/16 del Reglamento de Almacenamiento de Sustancias Peligrosas Componente/materia: Manejo de sustancias peligrosas Fase del proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Construcción y operación. Parte, obra, acción, emisión, residuo o sustancias a la que aplica El proyecto prevé la utilización de sustancias peligrosos. Almacenamiento temporal de sustancias peligrosas en dependencias del proyecto, específicamente en bodega de acopio de material durante la instalación de faena. Forma de cumplimiento El titular dará cumplimiento al presente cuerpo normativo mediante almacenamiento de sustancias peligrosas en las bodegas correspondientes para sustancias peligrosas. Indicador que acredita su cumplimiento , Autorización sanitaria por parte de la autoridad. Forma de control y seguimiento Se mantendrán copia de autorizaciones sanitarias disponibles para ser fiscalizadas por la Autoridad. Referencia al ICE para mayores detalles Punto 9.2.4 del ICE Norma D.S. (MMA) N° 38/11 Establece Norma de Emisión de Ruidos Generados por Fuentes que Indica. Componente/materia: Emisiones de ruidos provenientes de fuentes fijas Fase del proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Todas las fases del proyecto. Parte, obra, acción, emisión, residuo o sustancias a la que aplica Obras de construcción y operación de aerogeneradores. Forma de cumplimiento El Titular acompaño en el Anexo VI de la DIA un estudio de impacto acústico, tanto para las fases de construcción como de operación del proyecto. Efectuando mediciones ruido de fondo en 3 receptores Para Para cercanos ruido realizó software considerando Propagación modelo geométrica, entre parque específicamente velocidad cumplimiento identificados (VA 1 , VA2 y V3). Para estimar las emisiones producidas por la construcción y operación del proyecto, modelación de propagación del sonido al aire libre mediante iNoise 2020 (construcción) y CadnaA (operación), la norma ISO 9613, "Atenuación del Sonido durante en Exteriores — Método General de Cálculo". Dicho involucra las variables de atenuación por divergencia topografía del sector y atenuación por efectos del suelo otros factores. Adicionalmente, para el caso de operación eólico, se incorporó variables del modelo Concawe, para condiciones de operación de 8, 10 y 12 m/s de viento. la etapa de construcción los niveles de ruido proyectados y normativo se resume en la siguiente Tabla: de se la del de el el 1 r í 1 Pi, ura 5.4. Niveles de Ruido Pro ectados Varia ojón Cura dimiento D.S. 38f11 MMA diurno VA1 635 49 46,3 I 59 NO .... [... r I VA2 1042 52 i 42,0 82 NO cumplimiento 1 VA3 1 1413 , 52 . 36 4 62 I NO la fase de operación los niveles de ruido proyectados y normativo se resume en la siguiente Tabla Figura 5.8. Niveles de Ruido Proyectados y Verificación Cumplimiento D.S. 38111 MMA diurno y Nocturno - Eta deo oración Horario CifilMO Nocturno Punto Ruede Z7' '1DS Supera Ruido de fondo Zivl Mea OS 38 Supere ,r ,.do 8 D, d, VA1 49 36 51C: 41 35 50 NO VA2 52 32 4.: NC 43 32 5C NO VA3 52 28 42 NO 41 28 50 NO I HorariO Diurno Nocturno Punto RI.V. Proyectado "Ir Supere Ruido de fondo proNyet., Max DS 38 Supere t/A1 49 36 59 NO 41 38 50 NO — VA2 -- 52 3d e2 NO 40 34 CO NO VA3 , 52 i 29 62 NO 41 9 50 NO Horario Diurno Nocturno Punto R'iordr ,,,, Nivel Max OS Supera Ruido de fondo ,,ZZI,„,, Váz OS 38 Supera VA1 49 37 59 NO 41 37 5C NO VA2 52 34 52 NO 41 34 Y NO VA3 52 29 92 NO 41 29 te NO Indicador que acredita su cumplimiento De acuerdo con lo expuesto a continuación no es posible acreditar el cumplimiento normativo. Forma de control y seguimiento La DIA consideraba la implementación de un plan de monítoreo de niveles de ruido con una frecuencia trimestral durante el primer año de operación del Proyecto, abarcando todas las condiciones estacionales del viento, una vez sean instalados los aerogeneradores y, por ende, el instrumental de medición de viento que permita evaluar todas las condiciones de ruido exigidas. Referencia al ICE para mayores detalles Punto 9.2.5 del ICE En relación al Anexo 8 del Adenda complementaria, donde el Titular adjunta la actualización del estudio de impacto acústico, se advierten errores e inconsistencia que informa la SEREMI de Medio Ambiente Región de Los Lagos, a través del oficio Ord. N°223 del 13 de julio de 2021, donde señala: - No se presentan todos los antecedentes que justifiquen que el instrumental de medición cumple con los requerimientos que establece la normativa aplicable, en específico, en la Guía para la Aplicación del D.S. N°38/11 MMA en Parques Eólicos (SEA, 2020). Al respecto, no se presenta información técnica de la pantalla anti-viento, como su diámetro, porosidad o ficha técnica, que permita comprobar que esta cumple con lo solicitado en dicha guía: "La pantalla anti-viento deberá tener un diámetro no menor a 100 mm y una porosidad de 4 a 8 poros cada 10 mm". Al respecto, en la Adenda el titular menciona que "Para las mediciones de ruido de fondo, se utilizó un sonómetro integrador marca Larson Davis modelo LxT2, con su respectiva pantalla anti-viento". Como referencia, este sonómetro de fábrica posee una pantalla anti-viento modelo WS001, la cual es de 90 mm de diámetro. Dado que la guía de evaluación sugiere el uso de una pantalla de a lo menos 100 mm de diámetro y porosidad de 4 a 8 poros cada 10 mm, para estas mediciones se utilizó como accesorio la pantalla anti-viento modelo NA-0303 de marca ACO, cuyo diámetro es de 200 mm, para micrófonos de 1/2". Seguido de ello, en la misma respuesta el titular presenta una imagen referencial de la pantalla antes citada. No obstante, y habiendo solicitado en el ICSARA complementario que se adjunte una imagen 'roto de la pantalla anti-viento empleada durante las mediciones y no imágenes referenciales", el titular presenta en la página 12 del Anexo B una imagen del sonómetro y pantalla ami-viento utilizada para las mediciones, en donde se aprecia que esta no corresponde a lo informado en la adenda, así como tampoco cumple con los requerimientos que establece la citada guía. La memoria de cálculo que describe la estimación de niveles de presión sonora sobre los receptores identificados, presentada en el Anexo B de la Adenda complementaria, presenta los siguientes errores u omisiones: - El titular aclara en el Anexo B de la Adenda complementaria, Capítulo 5.2.1 que, "La modelación se hizo considerando velocidades de viento de 8 m/s, 10 m/s y 12 m/s. A su vez, como datos de entrada se consideró ficha técnica del fabricante, para modelo Vestas (Dinamarca) V162 5.6MW". Seguido de ello, se presenta la ficha referida, en donde se aprecia que para las velocidades de viento de 8 m/s, 10 mIs y 12 m/s, los niveles de potencia acústica son, respectivamente, 102.9 dBA, 104.9 dBA y 104.9 dBA. No obstante, en las memorias de cálculo extraídas desde el software de modelación adjuntadas por el titular al mismo Anexo, se aprecia que el modelamiento consideró otro nivel de potencia acústica de 100.6 dBA, lo cual no coincide con lo previamente informado y representa una subestimación de los niveles de ruido sobre los receptores. - Junto con lo anterior, no existe claridad en cuanto a la cantidad de fuentes consideradas y su emisión, toda vez que, en la misma memoria de cálculo se identifican 6 fuentes de ruido para la fase de operación, y no 3 como es informado en la descripción de proyecto (aerogeneradores). Por lo demás, dichas fuentes presentan distintos niveles de emisión de ruido, los cuales no son coherentes con lo informado en el presente proceso de evaluación, con lo cual no se indican con claridad los antecedentes técnicos referidos al cumplimiento normativo. - A mayor abundamiento, se aprecia en las memorias de cálculo que la altura de fuente, considerada para en el modelamiento (altura de buje) es de 123 m, en circunstancias que, el Anexo B indica que la altura de buje es de 145 m (Capítulo 5.2.1). Respecto a lo anteriormente señalado cabe destacar que: El criterio de evaluación establecido por la Guía para la aplicación del D.S. 38/11 MMA en parques eólicos, en el SEIA, establece: "Se deberá realizar una medición del ruido de fondo en al menos tres rangos de velocidad de viento a altura de buje (6-8, 8-10 y 10-12 m/s), bajo una condición óptima del perfil de viento, en donde la velocidad a altura de medición sea mínima." El Titular presenta como referencia datos históricos provenientes del explorador eólico del Ministerio de Energía, señalando la variación del ciclo diario promedio entre los meses de diciembre y febrero, a una altura de 123 metros. Sobre la referencia anterior, el titular señala lo siguiente: "A partir de dicha información se tiene que, durante el periodo estival, el perfil de viento a 123 metros de altura tendrá una velocidad promedio entre los 6 y 7 m/s. De modo que las mediciones de Ruido de Fondo están condicionadas a dicho rango de velocidad de viento según la información disponible y debidamente referenciada y validada para el emplazamiento del Proyecto." Lo anterior no es correcto ya que la velocidad de viento promedio representa un comportamiento estimado a una altura de referencia. Al respecto, dependiendo del periodo de medición se podrían estar considerando velocidades de viento no correspondientes al rango de operación del parque eólico (por debajo de los 3 mis a altura de buje) o bien, no tener certeza del rango que se está evaluando. Además, dicha información no representa un perfil de viento propiamente tal, más bien es un promedio referencial que no entrega información útil para las mediciones de ruido. Además, el titular señala lo siguiente: "Como una forma de abarcar el resto de rangos de velocidad indicados por la guía, se ha propuesto la implementación de un plan de monitoreo de niveles de ruido con una frecuencia trimestral, abarcando todas las condiciones estacionales del viento, una vez sean instalados los aerogeneradores y, por ende, el instrumental de medición de viento que permita evaluar todas las condiciones de ruido exigidas. No obstante, con el fin de evaluar todas las condiciones proyectadas para la etapa de operación del Proyecto, se hizo uso de los niveles de ruido de fondo obtenidos en la campaña de medición." Lo anterior no presenta suficiente certeza para asegurar una evaluación correcta del cumplimiento de la norma dado que se debe identificar la condición más desfavorable para cada receptor, para cada rango de velocidad de viento, estableciendo el nivel máximo permisible correspondiente a zona rural. De esta forma, el Titular realiza mediciones de ruido de fondo para periodos diurno y nocturno, según el procedimiento del D.S. 38/11 MMA, registrando la velocidad de viento a altura de medición a fm de asegurar la condición óptima de perfil de viento citada en la Guía antes mencionada, asumiendo que la condición promedio de velocidad de viento presentada como referencia, corresponde a la condición in situ, en el momento de la medición, para el rango entre 6 y 8 m/s. La condición de evaluación se homologa para todos los rangos de velocidad de viento, lo cual no es correcto dado que se debió presentar la justificación que permita asegurar que dicha condición corresponde a la más desfavorable. Adicionalmente, de acuerdo a las observaciones presentadas por el MMA, se aprecia que la pantalla anti-viento no cumple con las condiciones mínimas establecidas en la Guía para la Aplicación del D.S. 38/11 MMA en parques eólicos, en el SE1A. Lo anterior revela un grado de incerteza aún mayor sobre la condición de ruido de fondo declarada por el titular, dado que el uso de una pantalla anti-viento incorrecta facilita la presencia de ruidos auto-inducidos sobre el diafragma del micrófono, entendiendo el entorno de medición (condición susceptible a presencia de ráfagas de viento esporádicas). Por otra parte, dado que el área de influencia responde a una caracterización de la condición basal de ruido, esto es, el nivel de ruido de fondo mínimo registrado durante la campaña de medición, se presenta incerteza respecto a la determinación de la extensión del área de influencia según los antecedentes señalados anteriormente. Cabe recordar que la Guía para la Aplicación del D.S. 38/11 MMA en parques eólicos, en el SEIA, indica que: "Se deberá definir el área de influencia de acuerdo al menor de los niveles que caracterizan la situación basal, o bien, considerando un valor de referencia de ruido de fondo de 25 dB(A) con el objetivo de identificar a todos los potenciales receptores de ser impactados". En cuanto a las implicancias sobre la predicción de impactos, se ha señalar que la predicción de niveles de ruido debe considerar las condiciones de verificación normativa señaladas en la Guía para la aplicación del D.S. 38/11 MMA en parques eólicos, en el SETA. Al respecto, el Titular estima los niveles de ruido para las condiciones señaladas (6-12 m/s, por rangos de velocidad de viento). No obstante, se identifican diferencias entre los niveles de potencia acústica declarados de los aerogeneradores, de acuerdo a la memoria de cálculo presentada. Tal como lo observa la SEREMI de Medio Ambiente, los datos presentados por el titular difieren hasta en en 3.4 dB(A) para los rangos superiores (8-10 y 10-12 m/s). La siguiente tabla evidencia las diferencias de información presentada: Tabla 1. Comparación potencia acústica aerogeneradores (Elab. Propia). Rango de velocidad de viento Datasheet de aerogenerador entregado Lw dB(A) Memoria de cálculo Lw dB(A) Diferencia Lw dB(A) 6-8 m/s 102,9 100,6 2,3 8-10 m/s 104,0 100,6 3,4 10-12 m/s 104,0 100,6 3,4 Asimismo, el titular indica que se consideró para la predicción de niveles de ruido una altura del buje a 145 m, lo que no se evidencia en la memoria de cálculo, presentando una altura de modelación de 123 m. En consecuencia, se identifica una subestimación de los niveles de ruido sobre los receptores, por lo cual el Titular no ha presentado los antecedentes suficientes para asegurar que el proyecto cumple con la normativa y que la predicción de impactos es correcta. D.S. N°75/1987 (MINTRATEL) Regulación de trasporte de escombros u otros materiales. Componente/materia: Transporte de materiales Fase del proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Construcción Parte, obra, acción, emisión, residuo o sustancias a la que aplica Transporte de materiales y excedentes de construcción. Forma de cumplimiento Durante el desarrollo del Proyecto el Titular considera el transporte de materiales que pueda generar emisiones difusas se efectúe con la sección de carga de los camiones cubierta o selladas para impedir la dispersión de polvo o el escurrimiento de materiales. Indicador que acredita su cumplimiento - Forma de control y seguimiento - Referencia al ICE para mayores detalles Punto 9.2.6 del ICE D.S. N° 47/92 (MINVU) Regulación de trasporte de escombros u otros materiales. Componente/materia: L Emisiones depolvo y material particulado Fase del proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Construcción Parte, obra, acción, emisión, residuo o sustancias a la que aplica Se generarán emisiones atmosféricas difusas de gases y material particulado, propias de faenas constructivas, circunscritas a los frentes de trabajo y acotadas temporalmente a los meses que dura esta fase. El artículo 5.8.3 de esta Ordenanza, en relación con las faenas constructivas, establece medidas orientadas a minimizar las emisiones de polvo en toda obra de construcción, reparación, modificación, alteración, reconstrucción o demolición. A su vez el artículo 5.8.5 establece normas relativas al retiro de escombros. Forma de cumplimiento Para abatir y controlar las emisiones de polvo (MP) y gases (CO, TIC y NOx), se ha considerado emplear infraestructura adecuada para disminuir las emisiones difusas y directas provenientes de las maquinarias y camiones que se utilizarán en este tipo de faenas, entre ellas: • Apagado de motores mientras los vehículos y maquinarias estén detenidos y sin operar. • Humectación de superficies y caminos de tierra internos del Proyecto. • Control de las velocidades de circulación al interior de las faenas, máximo 20 km/h. • Sellado de carrocerías de camiones que transporten materiales. • Lavado de ruedas para vehículos que saldrán de la obra. • Exigencia a los contratistas de revisiones técnicas y mantenciones al día de los vehículos y maquinarias. Complementariamente, se exigirá a los contratistas la implementación de buenas prácticas por parte de los trabajadores en relación con el uso
de equipos y maquinarias con motores de combustión y actividades que generen emisiones al aire. Para mayor detalle, revisar Anexo VII de la DIA, Informe Estimación de Emisiones. Indicador que acredita su cumplimiento Registro de humectación de caminos. Forma de control y seguimiento Se mantendrán disponibles para ser fiscalizados por la Autoridad, los registros de la realización de humectación de caminos. Referencia al ICE para mayores detalles Punto 9.2.7 del ICE Norma Decreto Supremo N° 5/1998, Reglamento de la Ley de Caza Componente/materia: Fauna Fase del proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Todas las fases. Parte, obra, acción, emisión, residuo o sustancias a la que aplica Todas las fases del proyecto implican intervenir el hábitat donde es posible encontrar especies de fauna silvestre. Para más detalles, revisar Anexo XIV Línea de Base de Fauna Silvestre Vertebrados. Forma de cumplimiento El proyecto no considera acciones de caza. No obstante, se compromete a capacitar a sus trabajadores en cuanto a la prohibición de realización de dichas actividades en las dependencias del proyecto. Indicador que acredita su cumplimiento Registro mediante ficha de capacitaciones al personal. Forma de control y seguimiento Mantención de fichas de registro de capacitaciones disponibles para fiscalización de la Autoridad pertinente. Referencia al ICE para mayores detalles Punto 9.3.1 del ICE Norma Ley N° 17288 Sobre Monumentos Nacionales Componente/materia: Patrimonio arqueológico y cultural Fase del proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Construcción Parte, obra, acción, emisión, residuo o sustancias a la que aplica Ejecución de actividades asociadas a la construcción de infraestructura necesaria para la implementación del proyecto. Forma de cumplimiento El proyecto considera el movimiento de tierra y excavaciones en los sitios donde se emplazarán los aerogeneradores y en el acondicionamiento de áreas de trabajo temporal. Se mantendrá una supervisión directa por parte de un Arqueólogo durante las labores de escarpe y excavaciones del proyecto. En caso de hallazgo de algún sitio u objeto de carácter histórico, arqueológico, antropológico o paleontológico, se paralizarán las obras de excavación y se dará aviso inmediato al Consejo de Monumentos Nacionales. Indicador que acredita su cumplimiento Aviso a la Autoridad competente, en caso de producirse un hallazgo. - Remisión de un Informe de Hallazgo. Forma de control y seguimiento Registro de aviso e informe de hallazgo, se mantendrán disponibles en dependencias de la planta, para ser fiscalizados por la Autoridad. Referencia al ICE para Punto 9.3.2 del ICE mayores detalles 9. Que, durante el procedimiento de evaluación de la DIA el Titular del Proyecto propuso los siguientes compromisos ambientales voluntarios: Compromiso ambiental voluntario ante riesgo de alteración de sitios arqueológicos. Impacto asociado Alteración de sitios arqueológicos. Fase del Proyecto a la que aplica Construcción Objetivo, descripción y justificación Detectar posibles sitios o elementos de carácter arqueológico durante las labores de excavación del proyecto, y proceder en conformidad a lo dispuesto por la Ley 17.288 de Monumentos Nacionales. Considera la presencia en terreno de un Licenciado en Arqueología o un Arqueólogo titulado que, durante las labores de excavación, definirá la presencia o no de elementos arqueológico que pudieran ser hallados de forma no prevista. Esta medida se justifica debido a que se realizarán excavaciones y movimientos de tierra que podrían evidenciar la presencia de sitios arqueológicos. Lugar, forma y oportunidad de implementación La presencia del profesional en arqueología será. durante la fase de construcción, específicamente durante las labores de escarpe o excavaciones de las diferentes estructuras consideradas por el proyecto. Indicador que acredite su cumplimiento Imágenes y registros firmados por el profesional arqueólogo de las actividades realizadas. Forma de control y seguimiento Se enviará informe mensual durante la fase de construcción, con documentos de respaldo de la ejecución de esta medida, a la Superintendencia de Medio Ambiente. La elaboración de informes mensual incluirá los siguientes antecedentes: a) Descripción de las actividades en todos los frentes de excavación del mes, con fecha. b) Descripción de matriz y materialidad encontrada (con profundidad) en cada obra de excavación. c) Plan mensual de trabajo de la constructora donde se especifique en libro de obras los días monitoreados por el/la arqueólogo/a. d) Planos y fotos (de alta resolución) de los distintos frentes de excavación y sus diferentes etapas de avances. e) Contenidos de las charlas de inducción efectuadas y la constancia de asistentes con la firma de cada trabajador/a. f) De evidenciarse restos arqueológicos, incorporar: -Ficha de registro arqueológico con fotografías panorámicas y específicas de los hallazgos (en alta resolución). -Descripción detallada del estado de conservación y si hubiera afectación por las obras del proyecto. -Medidas de protección y/o conservación implementadas. -Constancia de aviso del hallazgo al CMN, de acuerdo a lo establecido en el art. 26° de la Ley 17.288 de Monumentos Nacionales. g) Efectuar el seguimiento del estado de conservación de las medidas de prevención a implementar si corresponden (cercado, sefialéticas, etc.). h) El informe final de monitoreo debe dar cuenta de las actividades realizadas, y de haberse detectado sitios arqueológicos, incluir la información de rescate correspondiente. En estos casos se incluirá una revisión bibliográfica de la zona, el análisis (por tipo de materialidad) y la conservación de todos los materiales arqueológicos que se encuentren motivo de esta actividad. Se recuerda que para los rescates de hallazgos no previstos que aparezcan durante el monitoreo o en otra instancia, se deberá
solicitar el permiso de intervención arqueológica, según el Artículo 7° del Reglamento de Excavación, establecida en la Ley 17.288 de Monumentos Nacionales. i) De recuperarse materiales arqueológicos, la propuesta de destinación definitiva de dichos bienes deberá ser indicada al momento de entregar el informe fmal del monitoreo e incluir un documento oficial de la institución museográfica aceptando la eventual destinación. Asimismo, se deben solventar los gastos de análisis, conservación y embalaje de las piezas, así como su traslado a la entidad receptora. Compromiso ambiental voluntario: Capacitación de trabajadores - patrimonio paleontológico y arqueológico Impacto asociado Alteración de materiales y yacimientos paleontológicos y de sitios arqueológicos. Fase del Proyecto a la que aplica Construcción Objetivo, descripción y justificación Entregar a los trabajadores involucrados en los trabajos relacionados con el proyecto, los conceptos básicos para la comprensión de porqué es necesario conservar el patrimonio arqueológico y paleontológico, cuál es su normativa y qué procedimientos se deben seguir ante un hallazgo no previsto. Consistirá en charlas de inducción y educativas sobre el resguardo de posibles hallazgos arqueológicos y material paleontológico del área del Proyecto, a todas aquellas personas que trabajen en la construcción de las obras del Proyecto. En estas charlas además se presentarán los procedimientos que deben seguir los trabajadores en caso de encontrar algún hallazgo fortuito. Lugar, forma y oportunidad de implementación Las charlas serán dictadas en las instalaciones de faenas o en otro lugar adecuado para su realización. Estas charlas se llevarán a cabo durante toda la fase de construcción, siendo parte de la charla de ingreso u hombre nuevo al proyecto. Las charlas serán preparadas por un arqueólogo, licenciado en arqueología, o un paleontólogo, el que capacitará a personal idóneo de la empresa para que este, haga difusión de la información durante las charlas señaladas. Indicador que acredite su cumplimiento Registro de asistencia a las charlas de inducción. El registro se mantendrá en las oficinas del Titular. Forma de control y seguimiento Se enviará de forma trimestral durante la fase de construcción, un informe resumen de la ejecución de esta medida junto con documentos de respaldo, a la Superintendencia de Medio Ambiente. Compromiso ambiental voluntario Supervisión de velocidad vehicular Impacto asociado Riesgo de accidentes vehiculares Fase del Proyecto a la que aplica Construcción Objetivo, descripción y justificación Mantener el tránsito vehicular hacia y desde el proyecto cumpliendo la velocidad máxima definida en 30 km/hr. Se instará a contratistas y personal de la empresa, mediante cláusulas contractuales, a circular dentro del área rural de Villa Alegre Sur y calles colindantes al proyecto a un máximo de 30 km/h. Además, se supervisará mediante punto de control de velocidad ubicados en la ruta V-272 el cumplimiento de la medida. El tránsito vehicular en la ruta V-272 resulta relevante considerando la presencia de residentes que circulan por dicha vía, además de minimizar la emisión de polvo desde la ruta no pavimentada.
Lugar, forma y oportunidad de implementación La medida se considera aplicar dentro del tramo de la ruta V-272 y en los caminos internos del proyecto. La forma de supervisión del cumplimiento de la velocidad de tránsito de los vehículos hacia y desde el proyecto, se realizará mediante el control directo del tiempo de desplazamiento entre dos puntos de la ruta. Esto se llevará a cabo a través de la supervisión directa del Titular o personal encargado de Medio Ambiente y Seguridad en las rutas, durante la fase constructiva del proyecto. Indicador que acredite su cumplimiento Se acreditará su cumplimiento a través de los controles realizados a los vehículos que circulen hacia y desde el proyecto. Forma de control y seguimiento Se llevará el registro del control de velocidad en las rutas, indicando: fecha de control, vehículos controlados, tiempos de desplazamiento, velocidades medidas, entre otros datos. Compromiso ambiental voluntario Desplazamiento seguro Ruta V-272 Impacto asociado Riesgo de accidentes en la ruta Fase del Proyecto a la que aplica Construcción y cierre Objetivo, descripción y justificación Evitar accidentes en la ruta V-272 que involucren a las personas que transitan por dicha ruta. Esta medida considera la instalación de señalética vial tanto en el punto de ingreso al proyecto como en la ruta señalada. La medida se justifica al ser la ruta V-272 la única ruta de transito de la comunidad de Villa Alegre sur, utilizada tanto para medios de transporte vehicular como peatonal (aunque en menor medida). Lugar, forma y oportunidad de implementación La señalética vial será instalada en la ruta V-272 durante la fase de construcción del proyecto, y considera señalética que indique: velocidad máxima (30 krn/hr), tipo de vehículos a transitar (carga pesada), Salidas y entradas de camiones (en punto de ingreso alproyecto), entre otros. Indicador que acredite su cumplimiento Se mantendrá un registro fotográfico de la instalación, condición y remplazos (si fuera necesario). Forma de control y seguimiento Se llevará un registro de la instalación de la señalética vial, características, ubicación, mantenimiento y retiro. Compromiso ambiental voluntario: Actividad educativas , Impacto asociado - Fase del Proyecto a la que aplica Operación Objetivo, descripción justificación y Objetivo: Apoyar en temas de interés comunitario a los habitantes de Villa Alegre Sur. Descripción: Se coordinará con la Junta de vecinos de Villa Alegre Sur, el desarrollo de actividades educativas dirigidas a la comunidad. Estas actividades consistirán en charlas y exposiciones sobre temas de energía sustentable y medio ambiente, u otras relacionadas con la protección ambiental. Justificación: La medida se justifica ya que, resulta relevante la participación de la Empresa en la comunidad donde se insertará el Proyecto, como parte de dicha comunidad. Lugar, forma oportunidad implementación 5,. de Lugar: Las actividades serán coordinadas con los representantes de las comunidades de Villa Alegre Sur. Forma: Esta medida se llevará a cabo mediante charlas o exposiciones en la ubicación que la comunidad disponga. Oportunidad: Esta medida se coordinará con la comunidad durante el primer año de operación del Proyecto, y se ejecutarán durante los dos primeros años de operación del mismo. Indicador que acredite su cumplimiento Se generarán informes sobre la ejecución de esta medida, cada 6 meses durante los 2 años de duración de la medida. Forma de control y seguimiento Se llevará un registro de las reuniones y compromisos generados por la comunidad, que serán parte del informe semestral enviado a la SMA. Compromiso ambiental voluntario Apoyo comunitario Impacto asociado - Fase del Proyecto a la que aplica Operación Objetivo, descripción y justificación Objetivo: Apoyar en temas de interés comunitario a los habitantes de Villa Alegre Sur. Descripción: Se generarán instancias de acercamiento con la comunidad de Villa Alegre Sur para que, en conjunto, se acuerden apoyos enfocados a los intereses de estas comunidades y las posibilidades de la Empresa. Justificación: La medida se justifica ya que, resulta relevante la participación de la Empresa en la comunidad donde se insertará el Proyecto, como parte de dicha comunidad. Lugar, forma y oportunidad de implementación Lugar: Villa Alegre Sur. Forma: Esta medida se desarrollará mediante acercamientos con las comunidades mencionadas, para lograr acuerdos en cuanto a apoyos de parte de la Empresa. Oportunidad: Esta medida se coordinará con la comunidad durante el primer año de operación del Proyecto, y se ejecutarán durante los dos primeros años de operación del mismo. Indicador que acredite su cumplimiento Se generarán informes sobre la ejecución de esta medida, cada 6 meses durante los 2 años de duración de la medida. Forma de control y seguimiento Se llevará un registro de las reuniones y compromisos generados por la comunidad, que serán parte del informe semestral enviado a la SMA. Compromiso ambiental voluntario Plan de acción para aves y quirópteros Impacto asociado - Fase del Proyecto a la que aplica Construcción y operación Objetivo, descripción justificación y Objetivo: Describir las acciones o medidas a implementar para evitar o minimizar la probabilidad de ocurrencia de colisiones y barotraumas, asociadas al Proyecto. En ese sentido se pretende establecer a través del presente plan, un sistema de seguimiento comenzando durante los 2 últimos meses de la fase de construcción y los primeros tres (3) años de la fase de operación del proyecto. Además, este Plan incluye una serie de actividades complementarias a ser desarrolladas durante las distintas fases del Proyecto, con el objetivo de ajustar, si fuera necesario, la información obtenida durante la etapa de desarrollo de los estudios de condición base. Descripción: El presente plan considera dos etapas: - Estudios de complementarios de aves y quirópteros; - Monitoreo de ocurrencia de posibles colisiones Los detalles del plan se encuentran descrito en el Anexo F del Adenda Complementaria.
Lugar, forma y Este Plan se aplica a las fases de construcción y operación del proyecto. Se oportunidad de considera que, durante la fase de construcción, las obras que generan riesgo implementación para las aves y quirópteros estarán presentes durante los 2 últimos meses de dicha fase, por lo que, en las instalaciones de faenas del proyecto, permanecerá una copia de este Plan, entregando con ello la posibilidad que cada trabajador pueda acceder a la información libremente. Dentro de los horarios de trabajo, el titular mantendrá un Inspector Ambiental, quien realizará y supervisará todas las labores relacionadas al Proyecto, durante la etapa de construcción, específicamente asociado al montaje de aerogeneradores. Durante la etapa de operación, sin embargo, este Plan considera el monitoreo durante los primeros tres (3) años de funcionamiento de los aerogeneradores, supervisión que se llevará a cabo por especialistas en fauna que, mediante visitas a terreno, detectarán la ocurrencia de colisiones o barotraumas de aves o quirópteros. Para complementar la información de línea base ambiental en los términos de este Plan, se desarrollará pre-construcción (12 meses previo al izamiento del primer aerogenerador), durante la fase de construcción (2 meses) y los primeros tres (3) años de la fase de operación, una serie de estudio que serán la base comparativa del comportamiento de la avifauna con relación a la operación del Proyecto. Indicador que Todos los hallazgos, tanto de animales vivos como muertos, y sus acredite su correspondientes fichas de registro serán incluidos en la elaboración de cumplimiento informes que serán enviados a la autoridad ambiental (SAG) con una frecuencia mensual. Forma de control y De forma trimestral, se realizará un informe resumen con las actividades seguimiento realizadas y sus resultados, el que será enviado a la Superintendencia de Medio Ambiente para su análisis. Finalizadas todas las acciones y medidas descrita en el presente plan, se realizará un informe que dé cuenta de las labores realizadas y de la verificación o éxito de las medidas. Este informe será entregado a la autoridad ambiental al finalizar el tercer año de la etapa de operación del proyecto. Este informe contendrá: • Fotografias del proceso de instalación de las medidas en las aspas y aerogeneradores, junto con su georreferenciación. • Los resultados y hallazgos del monitoreo de avifauna y quirópteros, adjuntando las planillas correspondientes. • El seguimiento de aves en recuperación (en caso de existir). • Resultados sobre el monitoreo de las especies en categoría de conservación. • Conclusiones sobre el éxito de las medidas. • Identificación de los especialistas a cargo, incorporando datos como la experiencia profesional, el título o grado académico y las funciones correspondientes en el estudio. 10. Que, las medidas relevantes del Plan de Prevención de Contingencias y del Plan de Emergencias, son las siguientes: Riesgo Sismo Fase del proyecto a la que aplica Todas las fases del proyecto Emplazamiento, parte, obra o acción asociada Todas las obras del proyecto Acciones o medidas a implementar para prevenir la contingencia • Establecimiento de zonas de seguridad, las que se mantendrán demarcadas y libres de obstáculos, considerando ubicar estas en niveles superiores a los sectores de acumulación de agua. • Diseño de Plan de emergencias y realización de simulacros. • Capacitación y entrenamiento del personal en labores de rescate y emergencia. • Mantener diariamente un registro de ingresos y salidas de personas. • Durante la fase de operación se realizará una inspección de las instalaciones con el fin de verificar su estado y descartar la existencia de daños. Forma de control y seguimiento • Realizar inspección de la respuesta de las faenas u obras, con el fin de verificar su estado y descartar la existencia de daños. • Posterior al sismo se verificará que la cantidad total de personas que participen del Proyecto, se encuentren a salvo verificando el ingreso del personal en dicha ocasión. • Durante las fases de construcción y cierre se suspenderán todas las faenas hasta que se haya verificado técnicamente que no existe riesgo para los trabajadores. Referencia a documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada Anexo A del Adenda complementaria Acciones o medida a implementar para controlar la emergencia Al momento de comenzado el sismo, se dará inicio al siguiente procedimiento: • Mantener la calma • Protegerse de estructuras que puedan caer y cubra su cabeza. Si cuentas con elementos como un mesón resistente al impacto, aplica técnica del triángulo de vida. • Alejarse de cables o estructuras elevadas que puedan colapsar. (cables, muros, etc.) • En caso de que se encuentren desarrollando trabajos en altura física no intentes bajar por escalerillas o escalas. Recuerda siempre estar afianzado a una estructura independiente a lo que estén utilizando como mecanismo de acceso a trabajos en altura. • Se deberá dar aviso inmediatamente al Jefe de Emergencias quien informará a los coordinadores de área y encargados de prevención de riesgos. • Se activará el Plan de Comunicaciones establecido en el Plan de Emergencias. • Dependiendo de la magnitud del evento, se paralizarán inmediatamente las obras, y si es necesario se evacuará a todo el personal, hacia las zonas de seguridad. • Se evaluarán daños en la estructura física del Proyecto Oportunidad y vías de comunicación a la SMA de la activación del Plan de Emergencia El responsable de informar a la SMA será el encargado de Faena de Construcción, Operación o Cierre según corresponda. La comunicación se realizará por la vía telefónica o mediante correo electrónico dentro de las primeras 48 horas de ocurrida la emergencia. Referencia a documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada Anexo A del Adenda complementaria Situación de riesgo o contingencia: Derrames de residuos peligrosos (RESPEL) Fase del proyecto a la que aplica Fase de construcción y operación Emplazamiento, parte, obra o acción asociada Manejo de RESPEL en bodega transitoria. - Carga y descarga de residuos a caminos externos. - Recolección de residuos a nivel primario y secundario. - Transporte de residuos al interior y exterior del proyecto. Acciones o medidas a implementar para prevenir la contingencia • Cumplimiento de los requerimientos del Decreto N° 298/94, "Reglamenta transporte de cargas peligrosas por
calles y caminos" y de la legislación aplicable al transporte de combustible. • Disposición en el vehículo de las instrucciones a seguir en caso de accidente. • Capacitación del conductor para respuesta en caso de accidente con derrame de los residuos transportados. • Capacitación en Hojas de datos de seguridad — Hojas de transporte de residuos peligrosos que se esté transportando. Este documento estará disponible en los lugares donde se generen, almacenen y transporten en forma externa, los residuos peligrosos. • Capacitación a todo el personal de Obra y visitas que pudiesen llegar a obra, esto con el objetivo de esperar una buena respuesta ante este tipo de emergencias. • Realización de simulacros. Después de cada simulacro, el Plan de Contingencia se deberá evaluar, con el fin de actualizar, complementar y adecuar su información Forma de control y seguimiento • Contar con suministros de Primeros Auxilios y Camillaje para atención de lesionados. • Entrenamiento y/o simulacro de derrame de residuos peligrosos. • Protocolo de recambio de la empresa responsable del transporte y retiro del aceite, en caso que se produzca un fallo eléctricoy se requiera su reemplazo. Referencia a documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada Anexo A del Adenda complementaria Acciones o medida a implementar para controlar la emergencia Derrame en tierra: Si el personal que detecta un derrame deberá dar inmediato aviso al Jefe de Emergencia, el cual deberá dar inicio al siguiente procedimiento: • Se paralizará inmediatamente cualquier tarea que se esté realizando en el momento del derrame, en el sector afectado por el derrame. • Se evaluará la magnitud del derrame y la factibilidad del control de éste tomando en cuenta los equipos de control disponibles, el grado de avance y los recursos afectados. • Identificar el sitio de escape e impedir el mayor derrame posible • Rodear con tierra, arena, aserrín o cualquier otro elemento a su alcance, el derrame, a fin de evitar su desplazamiento a fuentes de agua superficiales, canales y/o drenajes • Bloquear los drenajes y canales próximos al derrame evitando la contaminación de aguas. • Los brigadistas deberán suprimir fuentes de ignición y evitar el contacto con material combustible u orgánico. • Una vez confinado el derrame taparlo con tierra, arena o aserrín • Utilizar telas absorbentes como estopas y/o tela oleofílica • Recoger el material (arena, aserrín, tierra) utilizado para contener el derrame y la capa del suelo contaminado con palas, picas, carretillas y demás herramientas menores. Este material se recoge en bolsas plásticas, posteriormente se almacenará transitoriamente y se efectuará su ulterior gestión conforme el procedimiento de residuos especiales o peligrosos.
• El personal involucrado en la contención del derrame de residuos peligrosos deberá utilizar calzado impermeable, ropa impermeable, guantes PVC, antiparras y mascaras medio rostro con filtros. Derrames en curso o cuerpos de agua • Paralizará inmediatamente cualquier tarea que se esté realizando en el momento del derrame, en el sector afectado por el derrame. • Evaluará la magnitud del derrame y la factibilidad del control de éste tomando en cuenta los equipos de control disponibles, el grado de avance y los recursos afectados. • Identificar y controlar las fuentes de escape e impedir el mayor derrame de ser posible. • Identificar el área susceptible. • Identificar la ruta del derrame por los canales o drenajes. • Establecer puntos de control dentro de la ruta de derrame. • El Jefe de Emergencia comunicará de inmediato a la DGA Y SMA vía telefónica y escrita. • En caso de producirse una fuga por orificios en el o los contenedores los brigadistas deberán sellar la fuga con los tapones de madera u otro material que no reaccione con la sustancia o residuo derramado. • Si el derrame fuera sobre cauce de agua se deberá bombear. • Los brigadistas deberán suprimir fuentes de ignición y evitar el contacto con material combustible u orgánico. • En caso de ser posible, se detendrá el derrame regresando el recipiente a su posición o colocando en el lugar un segundo recipiente para recuperar la solución que se está fugando. • Todo el material absorbente contaminado utilizado para la limpieza del área deberá ser dispuesto en tambores de almacenaje y etiquetados, para su posterior traslado y eliminación en una planta autorizada para ser tratado como residuos peligrosos. • El personal involucrado en la contención del derrame de residuos peligrosos deberá utilizar calzado impermeable, ropa impermeable, guantes PVC, antiparras y mascará medio rostro con filtros. El responsable de informar a la SMA será el encargado de Oportunidad y vías de comunicación a Faena de Construcción, Operación o Cierre según la SMA de la activación del Plan corresponda. La comunicación se realizará por la vía telefónica o mediante correo electrónico dentro de las primeras 48 horas de ocurrida la emergencia. Referencia a documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada Anexo A del Adenda Complementaria Situación de riesgoso contingencia: Accidente en transporte de sustancias peligrosas Fase del proyecto a la que aplica Fase de construcción y operación Emplazamiento, parte, obra o acción asociada Manejo de SUSSPEL en bodega transitoria. - Carga y descarga en caminos externos. - Transporte de SUSPEL al interior y exterior del proyecto. Acciones o medidas a implementar para prevenir la contingencia Las siguientes medidas serán desarrolladas durante todas las fases del Proyecto, de acuerdo a los siguiente: • Cumplimiento de los requerimientos del Decreto N° 298/94, "Reglamenta transporte de cargas peligrosas por calles y caminos" y de la legislación aplicable al transporte de combustible. Esta medida será parte de los requerimientos que el Titular realizará a todas las empresas proveedoras o subcontratadas por el Proyecto, lo que quedará registrado en contrato de servicios. • Disposición en el vehículo de las instrucciones a seguir en caso de accidente. • Capacitación del conductor para respuesta en caso de accidente con derrame de las sustancias transportadas. Esta capacitación será requisito para la contratación de los servicios de transporte de sustancias peligrosas, lo que debe ser avalado por la empresa mediante certificados o documentos afines. Se solicitará que las capacitaciones sean trimestrales, lo que será avalado con documento a ser entregado por la Empresa al Titular. • Uso de distintivos de seguridad, según NCh N° 2190 "Transporte de sustancias peligrosas — Distintivos para identificación de riesgos". • Capacitación en Hojas de datos de seguridad — Hojas de transporte de residuos peligrosos. Esta capacitación será requisito para la contratación de los servicios de transporte de sustancias peligrosas, lo que debe ser avalado por la empresa mediante certificados o documentos afines. Se solicitará que las capacitaciones sean trimestrales, lo que será avalado con documento a ser entregado por la Empresa al Titular. Forma de control y seguimiento • Contar con suministros de Primeros Auxilios y camillaje para atención de lesionados. •Entrenamiento y/o simulacro de derrame de sustancias peligrosas. Actividad para realizar previo al inicio de la prestación de servicios de transpone de residuos peligrosos por parte de la empresa contratista. Se generará registro de esta actividad el que quedará disponible en las instalaciones del proyecto. • Protocolo de recambio de la empresa responsable del transporte y retiro de aceites en caso de que se produzca un fallo eléctrico y se requiera su reemplazo. Este documento será entregado al Titular de parte de la empresa contratista, y será mantenido en las instalaciones de faena como respaldo. • Durante la carga de combustibles y otros productos derivados de hidrocarburos, se debe considerar lo siguiente: - Antes de iniciar la carga: se efectuará la conexión a tierra para eliminar la electricidad estática; la carga se deberá efectuar bajo la supervisión de una persona y se deberá colocar el extintor en un lugar de fácil acceso. - Durante la descarga: se colocarán triángulos o conos de seguridad para impedir el paso de personal ajeno a la labor. Referencia a documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada Anexo A del Adenda complementaria Acciones o medida a implementar para controlar la emergencia - Oportunidad y vías de comunicación a la SMA de la activación del Plan El responsable de informar a la SMA será el encargado de Faena de Construcción, Operación o Cierre según corresponda. La comunicación se realizará por la vía telefónica o mediante correo electrónico dentro de las primeras 48 horas de ocurrida la emergencia. Referencia a documentos expediente de evaluación contenga la descripción detallada del que Anexo A del Adenda Complementaria Situación de riesgo o contingencia: Incendios Fase del proyecto a la que aplica Fase de construcción y operación Emplazamiento, parte, obra o acción asociada - Trabajo en caliente (soldadura, corte de fierro, etc.) Acciones o medidas a implementar para prevenir la contingencia Las medidas de prevención de riesgo de incendios se indican a continuación: - Se dispondrá en la instalación de faena elementos básicos de amago de fuegos o incendios, como extintores, mangueras, rociadores, etc., los cuales deben estar debidamente señalizados en cuanto a su ubicación. - Se realizarán capacitaciones periódicas a los trabajadores para el uso y manejo de extintores y cómo enfrentar amagos de incendio. - Se contará con una brigada capacitada contra incendios. - Se contará con un Plan de Emergencias. - Prohibición de encender fogatas, a través de carteles indicativos. - Se dispondrá de fuentes de agua industrial para su utilización, en caso de producirse un incendio en el área. Forma de control y seguimiento La instalación contará con registros de las capacitaciones y simulacros realizados. A su vez, dispondrá de forma accesible para los trabajadores extintores dispuestos en distintos sectores de faena. Referencia a documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada Anexo A del Adenda complementaria Acciones o medida a implementar para controlar la emergencia Si el personal detecta un incendio, deberá dar inmediato aviso a la Jefe de Emergencia, el cual deberá dar inicio al siguiente procedimiento: • Evaluará la magnitud del incendio y la factibilidad del control del incendio tomando en cuenta los equipos de control disponibles, el grado de avance del siniestro y los elementos inflamados. • En caso de requerir la presencia de Bomberos y/o Brigadas de CONAF, el Jefe de Emergencia solicitará su presencia, y deberá dejar expedito el acceso a la empresa. • Dependiendo de la magnitud del incendio los brigadistas deberán cortar suministro eléctrico. • Si no es posible el control del incendio se deberá evacuar el área de todo el personal, esperando el ingreso de bomberos y/o CONAF, a los cuales se les deberá proporcionar toda la información y apoyo necesario. • Los residuos generados serán tratados de acuerdo a su naturaleza. • Las actividades podrán reanudarse una vez que el siniestro esté controlado y que el Jefe de Emergencia de la autorización de ingreso. • El Jefe de Emergencia será el encargado de entregar la información oficial del siniestro a servicios externos como Bomberos, Autoridad Sanitaria, Carabineros, CONAF. • Posteriormente se deberá investigar las causas del siniestro. Oportunidad y vías de comunicación a la SMA de la activación del Plan El responsable de informar a la SMA será el encargado de Faena de Construcción, Operación o Cierre según corresponda. La comunicación se realizará por la vía telefónica o mediante correo electrónico dentro de las primeras 48 horas de ocurrida la emergencia. Referencia a documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada Anexo A del Adenda Complementaria Situación de riesgo o contingencia: Derrames de Sustancias Peligrosas Riesgo o contingencia Derrames de Sustancias Peligrosas Fase del proyecto a la que aplica Fase de construcción y operación Emplazamiento, parte, obra o acción asociada - Movimiento de camiones, vehículos y maquinarias Acciones o medidas a implementar para prevenir la contingencia Descripción de actividades previas: Previo al inicio de la ejecución de este Plan, se realizarán las siguientes actividades para operativizar la respuesta frente a contingencias que pudieran ocurrir en el área del proyecto: - Se definirán las fechas de charlas de capacitación y reuniones por parte de los responsables del Plan. - Se realizará una charla de capacitación al personal del proyecto, por parte de los responsables de la ejecución del Plan, sobre la situación de riesgos asociados y las medidas de prevención y minimización consideradas. Medidas de prevención de la contingencia: Se establecen las siguientes medidas de prevención para evitar los riesgos asociados a los derrames de sustancias peligrosas: - Implementación de Hojas de Datos de Seguridad (HDS) de las sustancias peligrosas, como hidrocarburos utilizados en las obras del proyecto. - Todos los trabajadores, incluidos el personal contratista, conocerán las Hojas de Seguridad de los hidrocarburos y sustancias peligrosas que se puedan manipular durante la construcción del proyecto, con el objetivo de informar a los trabajadores sobre los cuidados que deben tener para manejarlos adecuadamente, así como las acciones a realizar en caso de una emergencia. Este documento estará disponible en los lugares donde se generen, almacenen y transporten estos elementos. - Capacitación a todo el personal de Obra y visitas que pudiesen llegar a obra, esto con el objetivo de esperar una buena respuesta ante este tipo de emergencias. Realización de simulacros: Después de cada simulacro, el Plan de Contingencia se deberá evaluar, con el fin de actualizar, complementar y adecuar su información Forma de control y seguimiento La instalación contará con registros de las capacitaciones y simulacros realizados. A su vez, dispondrá de forma accesible para los trabajadores de las hojas de seguridad de cada residuo peligroso generado. Referencia a documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada Anexo A del Adenda complementaria
Acciones o medida a implementar Derrame en tierra: Si el personal que detecta un derrame, para controlar la emergencia deberá dar inmediato aviso al Jefe de Emergencia, el cual deberá dar inicio al siguiente procedimiento: • Se paralizará inmediatamente cualquier tarea que se esté realizando en el momento del derrame, en el sector afectado por el derrame. • Se evaluará la magnitud del derrame y la factibilidad del control de éste tomando en cuenta los equipos de control disponibles, el grado de avance y los recursos afectados. • Identificar el sitio de escape e impedir el mayor derrame posible • Rodear con tierra, arena, aserrín o cualquier otro elemento a su alcance, el derrame, a fm de evitar su desplazamiento a fuentes de agua superficiales, canales y/o drenajes • Bloquear los drenajes y canales próximos al derrame evitando la contaminación de aguas.• Los brigadistas deberán suprimir fuentes de ignición y evitar el contacto con material combustible u orgánico. • Una vez confinado el derrame taparlo con tierra, arena o aserrín • Utilizar telas absorbentes como estopas y/o tela oleofílica • Recoger el material (arena, aserrín, tierra) utilizado para contener el derrame y la capa del suelo contaminado con palas, picas, carretillas y demás herramientas menores. Este material se recoge en bolsas plásticas, posteriormente se almacenará transitoriamente y se efectuará su ulterior gestión conforme el procedimiento de residuos especiales o peligrosos. • El personal involucrado en la contención del derrame de residuos peligrosos deberá utilizar calzado impermeable, ropa impermeable, guantes PVC, antiparras y mascaras medio rostro con filtros. Derrames en curso o cuerpos de agua • Paralizará inmediatamente cualquier tarea que se esté realizando en el momento del derrame, en el sector afectado por el derrame. • Evaluará la magnitud del derrame y la factibilidad del control de éste tomando en cuenta los equipos de control disponibles, el grado de avance y los recursos afectados. • Identificar y controlar las fuentes de escape e impedir el mayor derrame de ser posible. • Identificar el área susceptible. • Identificar la ruta del derrame por los canales o drenajes. • Establecer puntos de control dentro de la ruta de derrame. • El Jefe de Emergencia comunicará de inmediato a la DGA Y SMA vía telefónica y escrita. • En caso de producirse una fuga por orificios en el o los contenedores los brigadistas deberán sellar la fuga con los tapones de madera u otro material que no reaccione con la sustancia o residuo derramado. • Si el derrame fuera sobre cauce de agua se deberá bombear. • Los brigadistas deberán suprimir fuentes de ignición y evitar el contacto con material combustible u orgánico. • En caso de ser posible, se detendrá el derrame regresando el recipiente a su posición o colocando en el lugar un segundo recipiente para recuperar la solución que se está fugando. • Todo el material absorbente contaminado utilizado para la limpieza del área deberá ser dispuesto en tambores de almacenaje y etiquetados, para su posterior traslado y eliminación en una planta autorizada para ser tratado como residuos peligrosos. • El personal involucrado en la contención del derrame de residuos peligrosos deberá utilizar calzado impermeable, ropa impermeable, guantes PVC, antiparras y mascará medio rostro con filtros. Oportunidad y vías de comunicación a la SMA de la activación del Plan El responsable de informar a la SMA será el encargado de Faena de Construcción, Operación o Cierre según corresponda. La comunicación se realizará por la vía telefónica o mediante correo electrónico dentro de las primeras 48 horas de ocurrida la emergencia. Referencia a documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada Anexo A del Adenda Complementaria 11. Que, durante el proceso de participación ciudadana, desarrollado conforme a lo dispuesto en el artículo 30 bis de la Ley N° 19.300, se formularon observaciones por parte de la comunidad respecto del Proyecto, las que han sido consideradas en el proceso de evaluación de la forma que a continuación se señala. 11.1 Evaluación técnica de las observaciones ciudadanas Las observaciones formuladas por la ciudadanía que cumplen con los requisitos establecidos en el artículo 30 bis de la Ley N° 19.300 y en el artículo 95 del Reglamento del SEIA son las siguientes: Observante: Juan Alberto 011er Casanueva Observación: Represento a 142 vecinos y creo que tenemos derecho a opinar de este proyecto que nos atañe directamente, nadie nos ha informado sobre esto que nos afecta en nuestra calidad de vida a todos los que vinimos a la región a mejorar nuestra vida. Nos gustaría que nos indicaran como poder participar activamente, somos 142 familias muy interesadas en lo que pasa en nuestro entorno. Gracias. Evaluación técnica de la observación: Esta Dirección Regional, considera pertinente la observación ciudadana, toda vez que hace referencia a aspectos ambientales del proyecto en evaluación. Respecto de lo observado y de acuerdo a los antecedentes tenidos a la vista durante el proceso de evaluación de la Declaración de Impacto Ambiental, incluidas sus respectivas Adendas, se puede indicar lo siguiente: Si bien no existe claridad respecto de donde reside o a quienes representa el observante, la información proporcionada en la DIA consideró viviendas pertenecientes al sector Villa Alegre y parcelaciones más próximas al emplazamiento del proyecto. Asimismo, se puede mencionar que en el marco de la evaluación ambiental del proyecto, se llevó a cabo un proceso de participación ciudadana, de conformidad con los dispuesto en el artículo 94 del DS N°40/2012, del Ministerio de Medio ambiente, y luego de haber estado suspendidos los plazos del proyecto a fin de resguardar el derecho a la participación ciudadana y el adecuado desarrollo del procedimiento de evaluación ambiental durante la contingencia sanitaria producto del COVID 19, mediante Resolución Exenta N°82 del 28 de julio de 2020, el Servicio de Evaluación Ambiental de la Región de Los Lagos ordenó la realización de un proceso de participación ciudadana, por un plazo de 20 días hábiles, en el procedimiento de evaluación ambiental de la Declaración de Impacto Ambiental del proyecto "Instalación de 3 aerogeneradores Villa Alegre 1", presentado por Windkraft Villa Alegre 1 SpA con fecha 22 de junio de 2020. Dicho proceso se llevó a efecto entre los días 24 de noviembre y 22 de diciembre de 2020. Para tales efectos, se dispuso información relativa al proyecto en el portal de participación ciudadana, en la página web del Servicio de evaluación Ambiental: www.sea.gob.cl. Asimismo, se estableció contacto con las organizaciones representativas del área de influencia del proyecto, tales como Junta de Vecinos de Villa Alegre y Junta de Vecinos Pichi López, quienes, a través de los canales de difusión organizacional, informaron y convocaron a las actividades presenciales. Mayores antecedentes, en el siguiente enlace: https://seia.sea.gob.cl/archivos/2021/01/07/Inforrne Final PAC DIA Instalacion de 3 aerogenera dores Villa Alegre 1.PDF También señalar, que, por el mismo hecho de haber realizado una observación ciudadana, está siendo parte del proceso de participación ciudadana del proyecto, por cuanto, su inquietud, y la de
los demás observantes fue canalizada en la evaluación ambiental del proyecto, y a través del presente documento es considerada. Por otra parte, en relación a su preocupación por la posible afectación a la calidad de vida de las personas que habitan en el sector, en Adenda Ciudadana, el Titular, proporciona antecedentes complementarios a los incorporados en la DIA, tendientes a acreditar que no genera afectación a los sistemas de vida y costumbres de grupos humanos que habitan en el área de influencia del proyecto, así como residentes de parcelaciones próximas al proyecto. De este modo, se indica que la ubicación del Proyecto en relación con la población de Villa Alegre tendría una relación con el uso de la vía V-272, que será el único elemento del medio que tendrá un uso compartido, tanto por el proyecto como por la Comunidad, al respecto señala lo siguiente: - La ruta V-272 tendrá un uso compartido mayoritariamente durante la fase de construcción del Proyecto (6 meses) y su etapa de máximo flujo que durará 3 meses, será de 8 veh/hr. - Dentro de las medidas ambientales del Proyecto en relación al uso de esta ruta, se encuentras: Reducción y control de la velocidad de los vehículos que ingresan al Proyecto, instalación de señalética vial, humectación de la ruta para minimizar las emisiones de polvo, entre otras. Sobre el emplazamiento de las actuales subdivisiones prediales existentes en la cercanía del proyecto se puede indicar que estas se encuentran a 1,2 km del punto de ingreso al proyecto, colindante a la ruta V-272. Imagen 2.3, Ubicación de Fundo Praderas de Frutillar en retad Esta parcelación llamada "Fundo Praderas de Frutillar", en la actualidad cuenta con una serie de viviendas construidas y otras en proceso de construcción. Por lo tanto, el análisis se realizó considerando las viviendas habitadas existentes y en proceso de construcción. Sombra intermitente: En relación a la emisión de sombra intermitente generada por los aerogeneradores del proyecto, se indica que en el Anexo VIII de la DIA se encuentra el estudio "Evaluación del Parpadeo de Sombra", donde se evaluó el cumplimiento normativo relacionado con los límites de exposición temporales para la duración astronómicamente posible de sombra anual y diaria (peor caso), y para el escenario con la condición meteorológica probable (caso real). Al no contar con normativa nacional al respecto, y según la recomendación señalada en la "Guía para la Descripción de Centrales Eólicas de Generación de Energía Eléctrica en el SEIA" (SEA, 2020), corresponde el uso de la normativa de Alemania denominada "Hinweise zur Ermittiung und Beurteilung der optischen Inmissionen von Windenergieanlagen (WEA-Schattenwurf-Hinweise), Stand: 13-03-2002" (Indicaciones relativas a la investigación y evaluación de las emisiones ópticas de instalación de energía eólica). Dicho estudio evaluó en términos espaciales en general y de los receptores más cercanos en particular, el tiempo en que se proyecta la sombra de los aerogeneradores sobre el área de influencia. Realizada la modelación de dicha sombra sobre el área, en la siguiente imagen se puede apreciar el área de sombra en la condición de máxima astronómica (condición que considera el 100% de los días del año sin nubes). Imagen 2.4. Resultado gráfico sobre imagen satelital de áreas de som máxima astronómica según modetación (horasfailo) La modelación presentada en la imagen anterior muestra las curvas de tiempo en horas de exposición anual de la sombra parpadeante en el área de estudio. Al incluir el polígono de la parcelación en consulta en el análisis (polígono amarillo), para la condición de máxima astronómica (peor caso), se puede observar que esta zona se encuentra ubicada en un área que presenta una sombra intermitente menor a 30 h/año, por lo que todas las viviendas ubicadas dentro de dicha parcelación recibirían en dicha condición sombra intermitente bajo el máximo indicado en la normativa de referencia (30 h/año). Para el caso de los min/día, y tomando en cuenta que el receptor más cercano (P3) se ubica en las proximidades de la entrada de la parcelación y que en ese punto el tiempo de sombra es inferior a 29 min/día, se puede concluir que, en cuanto al máximo de sombra por día en minutos, es inferior al límite de la normativa (30 minidía). Para el caso de la condición meteorológica probable (caso real), la siguiente imagen muestra las curvas de tiempo en horas de exposición anual de la sombra parpadeante en el área de estudio. Imagen 2.5. Resuttadográfico sobre imagen satelital de áreas de so meteorológica probable según motleladón (horas/4 Tal como se puede apreciar, el polígono de la parcelación y las viviendas ubicadas dentro de ellas presentarán un tiempo de exposición a la sombra parpadeante menor a 4 h/año, siendo el límite máximo de la norma 8 h/año. Mientras que los minutos del día en que la sombra intermitente se encontrará presente en el área corresponderá a menos de 5 min/día (condición presente en P3), siendo que el máximo normado es de 30 min/día. Es importante señalar que, frente a la parcelación y colindante a la ruta V-272, se encuentra una cortina arbórea de altas dimensiones que no fue considerada dentro de la modelación. Esto indica
que, al incorporar dicha barrera visual, disminuiría la sombra proyectada dentro del predio parcelado, y por ende su percepción por los habitantes de las viviendas presentes. La siguiente imagen muestra la barrera visual presente frente al área de la parcelación señalada: Imagen 2.6, Barrera visual presente frente a la parcelación (vista en c provecto) Por lo tanto, considerando la normativa de referencia, donde en el área de la parcelación en análisis los valores de tiempo de sombra se encuentran bajo los límites de dicha norma y que frente a dicho terreno existe una barrera visual de importancia que evita la proyección de la sombra hacia dicho sector (incluyendo las viviendas presentes), se puede indicar que la sombra parpadeante del proyecto no genera alteración de los sistemas de vidas y costumbre de dichos grupos humanos. Ruido: En relación a las emisiones de ruido generadas por el proyecto, se puede señalar que la zona donde se ubica la parcelación señalada ha sido evaluada dentro del Estudio de Impacto Acústico de la DIA (Anexo VI), ya que el punto de análisis definido como receptor 3 de dicho estudio (VA3) se ubica en el acceso a dicha parcelación. La siguiente figura presenta el detalle de la toma de información de ruido de fondo en dicho punto: Imagen 2,7. Valores medidos ruido de fondo, horario diurno y n Con dicha información, el Titular realizó las modelaciones de propagación sonora del proyecto. La siguiente imagen muestra la propagación sonora considerando la peor condición posible, es decir, los tres frentes de trabajo y la instalación de faenas con emisiones sonoras simultáneas durante la fase de construcción: imagen 2,8. Representación Gráfica Niveles cle Ruido Proyel La parcelación señalada se encuentra a la altura del receptor 3, donde el ruido de fondo es superior al ruido proyectado por las actividades de la fase de construcción. Además, en relación al ruido generado por el tránsito vehicular, de acuerdo a lo establecido por la FTA (Transit Noise and Vibration Impact Assessment Manual), para el caso de los receptores en las inmediaciones del proyecto, se ha definido como categoría de uso de suelo como categoría 2, Tipo de Uso de Suelo Residencial, el cual está definido para zonas residenciales, viviendas, hoteles y en general, todo sitio donde la gente normalmente duerme. Adicionalmente, para evaluar el impacto sobre los receptores, se considera en el cálculo el nivel de ruido de fondo más bajo obtenido para horario diurno, y una distancia entre la vivienda y la ruta de 15 m (la vivienda habitada más cercana a la ruta de la parcelación señalada se encuentra a 110 m y la vivienda en construcción más cercana a la ruta se encuentra a 50 m). Para la evaluación, se consideró como situación basal un ruido de fondo de 49 dB(A). Con las consideraciones anteriores, se presenta gráfica con resumen de cálculo y nivel de impacto asociado exclusivamente al tránsito de camiones por rutas cercanas a las viviendas, asociado al proyecto durante su etapa de construcción, concluyendo que las emisiones asociadas al tránsito vehicular durante la etapa de construcción del proyecto en horario diurno y nocturno no generan un aumento significativo de ruido sobre los receptores, y por tanto, no genera impacto. Tabla 2.3. Niveles de Ruido Proyectados Transito Camiones— Etapa Existing (in: 49 dBA Total Project -dm 51 dBA Total Noise Exposure: 53 dBA Inerase: 4 dB In» t?: Norte En relación al tránsito vehicular durante la fase de operación, considerando que solamente se realizarán visitas esporádicas durante las actividades de mantención 2 veces al año, el ruido generado por esta actividad resulta despreciable. Para la etapa de operación, las modelaciones de ruido en la zona del receptor 3, también definió el ruido de fondo mayor al generado por la operación del proyecto, tal como lo muestran las siguientes tablas. Por lo tanto, que de acuerdo a los antecedentes presentados por el Titular no se excedería la norma de ruido en el receptor de interés ni en los otros evaluados. 52 j 28 62 NO Ruido fondode 1 52 Dhgno Nivel Lomado 29 &lex DS 38 62 Supera NO Horario Diurno Noctuo Ruido Nivel Máx 1 rn Ruido I Nivel 1 de l , -- Máx Punto fondo , proyectado " OS 38 era de fondo Lproyectado DS 38 VA3 41 i 28 50 Horario Punto VA3 Nocturno Ruido den— Nivel r.itax fondo v2xectado DS 38 'AiPera 41 29 [ 50' NO Tabla 2.4, finales de Ruido Proyectados y Verificación Cumplimiento „S. NIIVIA diurno y Nocturno — Etapa de Operación Horario Diurno Nocturno Punto Ruido de fondo Nivel ro estado 813x'Ai c OS 38 pera • Ruido de fondo Nivel ; Max . ro ectado i DS 38 c Pera " VA3 52 29 62 NO ' ' 41 29 I 1 50 NO i Fuente: Estudio de Impacto Acústico, Anexo VI, DIA de Proyecto No obstante, lo anteriormente expuesto, de la revisión de los antecedentes técnico y la modelación efectuada por el Titular respecto a la propagación y niveles de ruido en el área de influencia el proyecto, se advirtieron durante la evaluación ambiental del proyecto errores e inconsistencias en la presentación de los resultados. Ello implicó la presentación de un nuevo informe de ruido que se acompañó en el Anexo B del Adenda complementaria, donde nuevamente los resultados del Titular indicaban que la proyección de ruido en los distintos receptores no superaba la normativa vigente. Sin embargo, la SEREMI de Medio Ambiente, a través de su oficio Ord. N°223 del 13 de julio de 2021, formuló observaciones al informe de impacto acústico presentado por el Titular en el Adenda complementaria. Del tenor de las observaciones y el análisis efectuado el SEA, es posible sostener que existe errores e inconsistencias técnicas en la estimación de los niveles de ruido, durante la fase de operación, proyectados sobre los receptores, que revelan una subestimación de los potenciales impactos. Ello implica que, durante el procedimiento de evaluación ambiental, no ha sido posible acreditar, por parte del Titular, el cumplimiento del D.S. (1VIMA) N°38/11, Norma de emisión de ruidos generados por fuentes que indica y con ello descartar que no se genera o presenta riesgo para la salud de la población, cuya salud pueda verse afectada por la superación de los valores de ruido establecidos en la normativa ambiental vigente, conforme a lo preceptuado en el artículo 5°, letra b) del Reglamento del SETA. Observante: Alejandra Del Rosario Ortega Follmer Observación: Existe una gran cantidad de gente viviendo alrededor de este proyecto, creo que es un sector muy poblado para tener algo tan contaminante visualmente y acústicamente en el sector, debe realizarse un estudio de impacto ambiental completo. Me opongo en lo que se pueda a la ejecución de este proyecto junto a todos mis vecinos. Evaluación técnica de la observación: Esta Dirección Regional, considera pertinente la observación ciudadana, toda vez que hace referencia a aspectos ambientales del proyecto en evaluación. Respecto de lo observado y de acuerdo a los antecedentes tenidos a la vista durante el proceso de evaluación de la Declaración de Impacto Ambiental, incluidas sus respectivas Adendas, se puede indicar lo siguiente: Tanto en la DIA como Adenda Ciudadana, se señala que la información incluida en el Informe de Medio Humano presentado en la DIA fue recolectada mediante entrevistas a personas claves de la comunidad, como a habitantes de la comunidad de Villa Alegre Sur. De dichas entrevistas, se obtuvieron los datos que fueron utilizados para caracterizar el componente de medio humano dentro del área de influencia del Proyecto. Es así que, de la información entregada por los entrevistados, se indica que los residentes corresponden a 30 familias y 90 habitantes, por lo que se consideran valores referenciales. Por otra parte, con el objetivo de obtener un mayor grado de detalle con relación a la población de Villa Alegre Sur, es que, durante el mes de enero de 2021, se realizó una nueva visita a la zona para ahondar en antecedentes referidos a la población del sector. Así, en relación a las viviendas y residentes de la comunidad de Villa Alegre Sur, se indica lo siguiente: Observador {Punto de observación1 •01 (Aitu A lo largo de los años, los terrenos que inicialmente presentaban dimensiones de importancia han sido subdivididos permanentemente. Es frecuente encontrarse con relatos de los lugareños que refieren que los terrenos fueron divididos y subdivididos, y así se han ido construyendo viviendas de distintas dimensiones, materiales y calidades; siendo frecuente encontrar sucesiones familiares, y, por tanto, en un sitio varias casas donde todos son familiares y mantienen un solo acceso. Normalmente se da la figura de quienes han adquirido un predio de 5.000 m2 entre varios familiares, dando lugar a la subdivisión interna, siendo el terreno o loteo, una propiedad legalmente inscrita como un predio. Los residentes señalan que existen pocos pobladores que residan en la zona desde hace muchos años; que hay varias segundas viviendas; que existen 2 o más casas de trabajadores en 1 predio, y que, desde hace un año, se han iniciado varias construcciones de casas que aún no han sido habitadas. Mediante un recorrido sistemático del territorio que comprende Villa Alegre Sur, se pudieron identificar una serie de viviendas con habitantes dispuestos a entregar información sobre su condición de residente de la zona, mientras que otros, no fue posible entrevistar por negativa a entregar información. En tabla 2.1 de Adenda Ciudadana, se presenta información sobre habitantes de Villa Alegre recabada en terreno e imágenes de éstas. Asimismo, se incorpora información relativa al paisaje, a fin de descartar alteración de los sistemas de vidas y costumbre de grupos humanos que habitan en el área de influencia del proyecto. • En Anexo XI de la DIA, se presenta la Caracterización Ambiental del Paisaje y en Adenda ciudadana se proporciona información adicional referida a dicha componente, tomando como puntos representativos la parcelación aledaña a la ruta V-272. Para dar respuesta a lo solicitado por la autoridad ambiental, y en el marco de la presentación de la caracterización ambiental del Proyecto "Instalación de 3 Aerogeneradores Villa Alegre 1", se realizó un levantamiento de tres nuevos puntos de observación, que permitieron realizar un análisis de visualización y simulación de impacto, que permitirán visualizar el tipo de afectación asociada a los sistemas de vidas y costumbre de los grupos humanos, que se encuentran dentro del entorno cercano del Proyecto. La metodología utilizada para este análisis de visibilidad comprende la identificación de los puntos de observación con mayor acceso visual hacia las obras del Proyecto, mediante la aplicación de la herramienta viewshed, del software ArcGis 10.5, la cual arrojó la superficie del relieve visible desde los PO seleccionados, obteniendo un mapa de visibilidad, basado en la Guía Valor Paisajístico en el SEIA, 2019. Cabe destacar que esta herramienta se aplica solamente al relieve (modelo digital de elevaciones) de la zona donde se emplazará el Proyecto. Para complementar este análisis, se utilizó la herramienta "línea de visión" de ArcGis 10.5 3D Analyst correspondiente a una línea gráfica entre dos puntos (observador y objeto observado) en una superficie marcando los lugares visibles y no visibles a lo largo de la línea. El color de la línea indica las ubicaciones en las que la superficie está visible (Verde) y en las que está oculta (Rojo). imagen 2,10, Esquema proceso de línea de visión Conjuntamente, se tomó en consideración las tomas fotográficas de cada punto de observación, con la finalidad de determinar barreras visuales producto de la vegetación o estructuras verticales cercanas al punto de observación. Con esto fueron identificadas las secciones de las obras que potencialmente podrán ser vistas desde estos puntos, para posteriormente realizar una simulación fotográfica o fotomontaje, a través del manejo de la fotografia tomada desde cada uno de los puntos seleccionados, considerando la superposición de imágenes de obras del Proyecto, sobre la fotografia que contiene la vista actual, lo que permitió comparar las situaciones "con y sin Proyecto". Los Puntos de Observación considerados (P01 P02 y P03), se encuentran emplazados en un sector rural, y la toma fotográfica para las simulaciones, se realizó desde un camino no enrolado, que permite visualizar distintos escenarios de la zona de emplazamiento con las estructuras proyectadas. Respecto de la presentación de las fotosimulaciones, se entregarán a continuación 3 simulaciones específicas para el Proyecto "Instalación de 3 Aerogeneradores Villa Alegre 1". En la siguiente tabla se presentan las coordenadas geográficas UTM de los PO seleccionados para el análisis de visibilidad y fotomontaje. Tabla 2.5. Puntos de observación seleccionados para simulasi Punto de observación Coordenadas UTM Huso 185, WGS 84 Distancia PC Proyecto Este (m) Norte (m) P01 656.627 5.437.010 1,5 km P03 656.739 5.437.030 1,7 km mutis cc,' 170 C 477 nzri 1 r Un, A continuación, se presenta una cartografía con la localización de los puntos de observación y su relación con las obras del Proyecto. Imagen 2.1L Emplazamiento Pontos,de observación Teniendo en cuenta lo anterior, se presenta para cada Punto de Observación, la simulación de la situación con proyecto y su respectiva descripción:
,7 Posidóel di Distancia PO al proyecta Olriented6n arista: ~+rra Pamt)sie ObservacIn (PO 2. CDerdenrecias:1 I") E55.73E5 frn'i 5.437.031 Punto ile Observación 1Poil Tabla 2.6. Punto de Observad:4n I Distancia PO al proyecto:1,7 MI S ea Posición dt Coordenadas: E pn) 655.127: frni 5.4s7zicl oritsininii5nvxa 2.11.t
Posicían Obsei Orientecinel viste: 5urOeste Punto de Observeóln 1P021 Couneenadzez E irrt) 657.273; fedi 5.437230 Dietsficis PO el proyecto:2,5 In Tabla 2.11.. Punto de Observa aiS t 3 De acuerdo a la información que arroja la simulación de escenarios con Proyecto, y debido a la cercanía que posee el Proyecto con el sector estudiado, es importante señalar, que las partes serán perceptibles desde distintos puntos de observación, lo que queda en mayor evidencia con el fotomontaje presentado en el P01. Tomando en consideración que las cuencas visuales en la zona de emplazamiento son de gran tamaño y que existe un nivel de compacidad medio, asociado principalmente a la presencia de pantallas vegetacionales, de acuerdo a lo que se presenta en la simulación del P03, la atención de los observadores comunes no se concentrará en la presencia de las estructuras. Entendiendo que existen dos escenarios posibles sobre la definición de potenciales impactos que generaría el Proyecto en el Paisaje, es posible determinar que existirá una afectación provocada por la intrusión de nuevos elementos al asociado al tamaño de las estructuras que contempla las obras. A continuación, se justifica la no existencia de impactos significativos, respecto de: 1°- Obstrucción de visibilidad de la zona con valor paisajístico: Si bien, la instalación de aerogeneradores corresponde a un elemento que modifica la lectura visual del territorio, la inclusión de estos, tanto en la fase de construcción como de operación, no implica un bloqueo de las vistas hacia los atributos biofísicos del paisaje y no perjudica mayormente a ningún elemento que otorgue valor paisajístico a la zona de emplazamiento. Y, si bien las estructuras que contempla el proyecto son verticales, y podrían generar un mayor grado de intrusión e incompatibilidad con el paisaje, debido a que se consideran la instalación de 3 aerogeneradores, estos no se constituyen como objetos que concentren la vista o atención de los observadores. Es importante hacer notar que la atención visual en esta área se enfoca en dirección Este, hacia donde se encuentran atractivos visuales, como los volcanes Osorno, Calbuco, cerros Tronador y Puntiagudo. 2°- Alteración de los atributos en la zona con valor paisajístico Por otra parte, la instalación de las partes y obras del Proyecto, en relación al tamaño y superficie, no implican una alteración significativa de los atributos biofísicos que componen el paisaje. Ahora, si bien, las obras pueden producir alguna alteración cromática en la zona de emplazamiento, durante su etapa de operación, esta no genera un cambio sustancial en los atributos estéticos que otorgan valor paisajístico, ya que la vegetación tiene mayor peso en la composición de la calidad visual del paisaje. Así también, respecto de la consulta que apunta a la alteración de los sistemas de vidas y costumbre de dichos grupos humanos, en relación con la componente de paisaje, es importante señalar que la
Ottim4 Punto I lonas VAt 49 VA2 1 52 VA3 j 52 /MI 11"1 Mix DO /4" " Supera Ruido de fondo NI"; proyecudo 38 proyectado Supero 36 m- NO 41 36 SO 32 82 NO 43 32 50 N NO 41 28 NO presencia de los aerogeneradores no implica un bloqueo visual o una alteración significativa, a la calidad de los atributos visuales que configuran el paisaje del entorno cercano. Si bien las obras serán perceptibles, la instalación de los aerogeneradores en conjunto no implicará una alteración significativa a la visibilidad del entorno inmediato, ni al fondo escénico distante. Tampoco se prevé una alteración de la condición naturales de los atributos biofísicos y estéticos que caracteriza a la zona de emplazamiento. Por tanto, y de acuerdo a lo descrito, es posible determinar, que la instalación de las partes y obras que contempla el proyecto, si bien generarán un efecto asociado a la inclusión de un nuevo elemento en el paisaje, no será significativo, en cuanto a la obstrucción hacia la zona de emplazamiento, ni en la alteración de los atributos de la zona valor paisajístico significativo y/relevante. Lo anterior teniendo en cuenta las características (forma y color) de los aerogeneradores, que facilitan su integración al paisaje, sumado a la obstrucción por parte de la vegetación en los primeros y segundos planos y la distancia desde los puntos de observación hacia los aerogeneradores, hace que se atenúen su visibilidad, fundamentalmente debido a que las rutas públicas están alejadas del emplazamiento desde donde es posible acceder al Proyecto. En relación al ruido, el Titular acompaño en el Anexo VI de la DIA un estudio de impacto acústico, tanto para las fases de construcción como de operación del proyecto. Efectuando mediciones ruido de fondo en 3 receptores cercanos identificados (VA', VA2 y V3). Para estimar las emisiones de ruido producidas por la construcción y operación del proyecto, se realizó modelación de propagación del sonido al aire libre mediante software iNoise 2020 (construcción) y CadnaA (operación), considerando la norma ISO 9613, "Atenuación del Sonido durante la Propagación en Exteriores — Método General de Cálculo". Dicho modelo involucra las variables de atenuación por divergencia geométrica, topografía del sector y atenuación por efectos del suelo entre otros factores. Adicionalmente, para el caso de operación del parque eólico, se incorporó variables del modelo Concawe, específicamente para condiciones de operación de 8, 10 y 12 m/s de velocidad de viento. Para la etapa de construcción los niveles de ruido proyectados y el cumplimiento normativo se resume en la siguiente Tabla: Fi• ura 5.4. Niveles de Ruido Pro ectaaos venticecion Cum • miento u.d. Je/11 MIRA Diurno VA1 635 49 46,3 59 NO VA2 1042 52 42.0 62 NO VA3 1413 i 52 36.4 62 Para la fase de operación los niveles de ruido proyectados y el cumplimiento normativo se resume en la siguiente Tabla Floara 6.8. Niveles de Ruido Proyectad« y Verificación Cumplimiento D.S. 38111 MMA diurno y Nocturno - Eta a de° • ración Nonada Horario 1 Diurno Punto 1 r Ruido de MaxOS Supon ;Ruido rondo Nivel , Nivel Su del d f .__._.ronde «yac e«. 38 . pinectedo ... , VA1 • 49 36 . 59 No , 41' :: 36 VA2 52 34 ' 82 . NO 40 1 -- 34 VA9 ! 52 29 x.62 . NO 41 29 Mac OS 38 Supera i 50 NO3, 50 NO NO 1 50 ' Hoiario Diurna.. ' 1 ; Nocturno ' ." ; ....„...... • _ L,..,,,,, Ruido de Nivel 1 Max OS ... - Nivel - "+ ' . Punto ' ' «oda Ruido o fenilo fondo proyectado i 38 , • ''' proyectado Max 00" SuPem . VA1 * 49 27 59 ' NO 41 ; 37 ; SO NO VA.1 J. .52 34 NO 40 34 50 NO VAS ' 52 23.1 62 :NO 40 29 á0 N(37-1 En relación a las emisiones de ruido generadas por el proyecto, se puede señalar que la zona donde se ubica la parcelación señalada ha sido evaluada dentro del Estudio de Impacto Acústico de la DIA (Anexo VI), ya que el punto de análisis definido como receptor 3 de dicho estudio (VA3) se ubica en el acceso a dicha parcelación. La siguiente figura presenta el detalle de la toma de información de ruido de fondo en dicho punto: Imagen 2.7. Valores medidos ruido de fondo, horario diurno y n Con dicha información, el Titular realizó las modelaciones de propagación sonora del proyecto. La siguiente imagen muestra la propagación sonora considerando la peor condición posible, es decir, los tres frentes de trabajo y la instalación de faenas con emisiones sonoras simultáneas durante la fase de construcción: Imagen 2.8. Representación Gráfic,a Niveles de Ruido Proveí La parcelación señalada se encuentra a la altura del receptor 3, donde el ruido de fondo es superior al ruido proyectado por las actividades de la fase de construcción. Además, en relación al ruido generado por el tránsito vehicular, de acuerdo a lo establecido por la FTA (Transit Noise and Vibration Impact Assessment Manual), para el caso de los receptores en las inmediaciones del proyecto, se ha definido como categoría de uso de suelo como categoría 2, Tipo de Uso de Suelo Residencial, el cual está definido para zonas residenciales, viviendas, hoteles y en general, todo sitio donde la gente normalmente duerme. Adicionalmente, para evaluar el impacto sobre los receptores, se considera en el cálculo el nivel de ruido de fondo más bajo obtenido para horario diurno, y una distancia entre la vivienda y la ruta de 15 m (la vivienda habitada más cercana a la ruta de la parcelación señalada se encuentra a 110 m y la vivienda en construcción más cercana a la ruta se encuentra a 50 m). Para la evaluación, se consideró como situación basal un ruido de fondo de 49 dB(A). Con las consideraciones anteriores, se presenta gráfica con resumen de cálculo y nivel de impacto asociado exclusivamente al tránsito de camiones por rutas cercanas a las viviendas, asociado al Supera NO proyecto durante su etapa de construcción, concluyendo que las emisiones asociadas al tránsito vehicular durante la etapa de construcción del proyecto en horario diurno y nocturno no generan un aumento significativo de ruido sobre los receptores, y por tanto, no genera impacto. Tabla 2.3. Niveles de Ruido Proyectados Transito Camiones— Etapa Existing Ldn: 49 dBA Total Project Ldn: 51 dBA Total Noise Exposure: 53 dBA Int ase: 4 dB In-spact?: Non* En relación al tránsito vehicular durante la fase de operación, considerando que solamente se realizarán visitas esporádicas durante las actividades de mantención 2 veces al año, el ruido generado por esta actividad resulta despreciable. Para la etapa de operación, las modelaciones de ruido en la zona del receptor 3, también definió el ruido de fondo mayor al generado por la operación del proyecto, tal como lo muestran las siguientes tablas. Por lo tanto, que de acuerdo a los antecedentes presentados por el Titular no se excederla la norma de ruido en el receptor de interés ni en los otros evaluados. Tabla 2.4. NiVele$ de Ruido Proyectados y Verificación Cumplimiento OS. 38/11 IVIMA diurno y NOebttrno — Etapa de Operación Horario Ix 1.111.0TIO I octurno Punto Ruido de fondo Nivel I .11áx . Supera 11 Ruido proyectado ! OS 38 1 de fondo Mili" prnyectado íliirt c....s.,. D118 Supera 52 28 ' $2 ' NO 1 41 I , 21', ' 411 No Horario urno Mar c &2 , . Ruido de rondo —,, j 41 Nocturno Punto „;-VA3 Ruidó de l fondo 52 Nivel ro Botado OS 38 .. ,,.. Su era tala Nive pro celado Más OS 38 50 Supera NO 29 pinmo , Nocturno Ruido de t ivel i Mar. Ruido de Nivel ! Máx fondo proyectado [ Os 38 1 fondo , proyectado i OS 38 5/2,, J29 1 ea i NO 41 ; 29 j SO Fun :Estudio de InwniutOAcústito, Anexo Vi, DIA de Proyecto Punto 1110 No obstante, lo anteriormente expuesto, de la revisión de los antecedentes técnico y la modelación efectuada por el Titular respecto a la propagación y niveles de ruido en el área de influencia el proyecto, se advirtieron durante la evaluación ambiental del proyecto errores e inconsistencias en la presentación de los resultados. Ello implicó la presentación de un nuevo informe de ruido que se acompañó en el Anexo B del Adenda complementaria, donde nuevamente los resultados del Titular indicaban que la proyección de ruido en los distintos receptores no superaba la normativa vigente. Sin embargo, la SEREMI de Medio Ambiente, a través de su oficio Ord. N°223 del 13 de julio de 2021, formuló observaciones al informe de impacto acústico presentado por el Titular en el Adenda complementaria. Del tenor de las observaciones y el análisis efectuado el SEA, es posible sostener que existe errores e inconsistencias técnicas en la estimación de los niveles de ruido, durante la fase de operación, proyectados sobre los receptores, que revelan una subestimación de los potenciales impactos. Ello implica que, durante el procedimiento de evaluación ambiental, no ha sido posible acreditar, por parte del Titular, el cumplimiento del D.S. (MMA) N°38/11, Norma de emisión de ruidos generados por fuentes que indica y con ello descartar que no se genera o presenta riesgo para la salud de la población, cuya salud pueda verse afectada por la superación de los valores de ruido establecidos en la normativa ambiental vigente, conforme a lo preceptuado en el artículo 5°, letra b) del Reglamento del SETA. Finalmente, respecto a la necesidad del proyecto de elaborar un Estudio de Impacto Ambiental (ETA), cabe indicar que corresponde en primera instancia al Titular del proyecto definir la modalidad de ingreso de su proyecto al Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental (SETA), ya sea a través de un Estudio de Impacto Ambiental (ETA) o una Declaración de Impacto Ambiental (DIA). Para ello, debe analizar el artículo I1 de la Ley N° 19.300, donde se establece que los proyectos que se presentan al SEIA lo harán presentando un DIA, salvo que generen o presenten a lo menos uno los efectos, características o circunstancias que allí se indican, en cuyo caso requerirán la elaboración de un EIA. Una vez presentado el proyecto el procedimiento de evaluación de impacto ambiental en el SEIA, y conforme a lo establecido en el artículo 31 del Reglamento del SEIA, se debe verificar el tipo de proyecto y la vía de evaluación que debe seguir, así como los contenidos a que se refiere el Titulo II y los artículos 28 y 29 del reglamento. Este proceso de admisión a trámite fue realizado, comprobando que la presentación, en este caso la DIA, cumplía con los requisitos formales de presentación, incluidos los contenidos mínimos, pues la revisión de fondo es parte del proceso de evaluación. Ahora bien, el procedimiento de evaluación ambiental contempla instancias para solicitar al Titular del proyecto aclaraciones, rectificaciones o ampliaciones de la información, salvo que el Servicio de Evaluación Ambiental (SEA) determine que adolece de información relevante o esencial -entendiendo por relevante aquella información indispensable para la compresión del proyecto como unidad y por esencial la requerida para determinar que no se generan los efectos, características o circunstancias (ECC) del artículo 11 de la Ley-, que no pueda ser subsanada mediante aclaraciones, rectificaciones o ampliaciones, lo que deriva necesariamente de la trascendencia de la información omitida; o bien se determine que el proyecto requiere la elaboración de un ETA, por quedar de manifiesto en los antecedentes presentados que se genera un ECC que dan origen a la necesidad de presentar un EIA. Dicho análisis fue llevado a cabo por el SEA y consideró la opinión fundada de los órganos de la administración del estado (OAECA) que participaron de la evaluación ambiental del proyecto, determinando que no concurrían las condiciones expresadas, continuando con el procedimiento de evaluación ambiental y procediendo a elaborar el Informe Consolidad de Aclaraciones Rectificaciones o ampliaciones (ICSARA) a la DIA. Por último, cabe indicar que la presentación de la DIA al actual procedimiento de evaluación ambiental concluirá con la calificación ambiental de mismo por parte de la Comisión de Evaluación de la Región de Los Lagos, donde se establecerá finalmente, entre otros aspectos, si el proyecto genera o no los ECC del artículo 11 del Ley que dan origen a la necesidad de presentar un EIA y, consecuentemente, en caso así se determine, rechazar la presentación a través de una DIA, por requerir un EIA. Observante: Ellen Ibarra Schuh Observación: Hay que hacer un estudio profundo ya que seremos muchas las familias que viviremos allá y nuestra calidad de vida puede verse afectada. Evaluación técnica de la observación: Esta Dirección Regional, considera pertinente la observación ciudadana, toda vez que hace referencia a aspectos ambientales del proyecto en evaluación. Respecto de lo observado y de acuerdo a los antecedentes tenidos a la vista durante el proceso de evaluación de la Declaración de Impacto Ambiental, incluidas sus respectivas Adendas, se puede indicar lo siguiente: El proyecto en evaluación fue presentado al Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental (SETA), mediante una Declaración de Impacto Ambiental. En virtud de lo anterior los contenidos de la presentación deben dar cumplimiento a lo establecido en el Párrafo 3 del Título III del Reglamento del SEIA, que establece los contenidos mínimos de las Declaraciones. En este sentido una vez presentado el proyecto el procedimiento de evaluación de impacto ambiental en el SETA, y conforme a lo establecido en el artículo 31 del Reglamento del SEIA, se debe verificar el tipo de proyecto y la vía de evaluación que debe seguir, así como los contenidos a que se refiere el Titulo II y los artículos 28 y 29 del reglamento. Este proceso de admisión a trámite fue realizado, comprobando que la presentación, en este caso la DIA, cumplía con los requisitos formales de presentación, incluidos los contenidos mínimos pues la revisión de fondo es parte del proceso de evaluación. Ahora bien, el procedimiento de evaluación ambiental contempla instancias para solicitar al Titular del proyecto aclaraciones, rectificaciones o ampliaciones de la información presentada, de manera de contar con la información necesaria para llevar a cabo adecuadamente la evaluación del impacto ambiental del proyecto. Cabe mencionar que durante la evaluación del proyecto se presentaron diversos estudios, dando cumplimiento a los requerimientos normativos, propios de la evaluación ambiental, de este modo, en la DIA, se presentaron antecedentes relativos a los Permisos Ambientales Sectoriales, Planes de Manejo Ambiental y Seguridad, Informes Geotécnicos, Estudio de Impacto acústico, Informe de Estimación de Emisiones, Evaluación del Parpadeo de Sombra, Línea de base Medio Físico, Caracterización del Paisaje, Caracterización Ambiental Atractivos Naturales o Culturales y sus Interrelaciones, Línea de Base de Flora y Vegetación, Línea Base de Fauna Silvestre, Línea Base del Patrimonio Cultural y Línea Base Ambiental Medio Humano. Durante el proceso de evaluación, Organismos con competencia ambiental, revisaron la información contenida en la DIA y sus anexos y realizaron observaciones al proyecto, solicitando en muchos casos ampliación de antecedentes, con lo cual la empresa titular generó nuevos levantamientos de información, tendientes a acreditar que debido a las partes, obras y acciones del proyecto no se generan efectos sobre los diversos componentes ambientales y sus objetos de protección, incluido los sistemas de vida y costumbres de grupos humanos. En lo que respecta a la posible afectación a los sistemas de vida y costumbres de grupos humanos, aun cuando la observante no indica donde habitará, es posible indicar que en el anexo XVI Línea Base Ambiental de Medio Humano, de la DIA, se analizan los diversos literales del artículo 7 del Reglamento del SETA: La intervención, uso o restricción al acceso de los recursos naturales utilizados como sustento económico del grupo o para cualquier otro uso tradicional, tales como uso medicinal, espiritual o cultural. No se identifica que, por efecto del proyecto, pueda generarse alteración del normal desarrollo de las actividades productivas en el sector. Tampoco se identifican actividades o usos tradicionales en el área de intervención del proyecto. La obstrucción o restricción a la libre circulación, conectividad o el aumento significativo de los tiempos de desplazamiento. No se identifica alteración del tiempo normal de desplazamientos. No existe obstrucción o restricción a la libre circulación en las vías de acceso, considerando los viajes adicionales desde y hacia el proyecto en sus vías de acceso en Villa Alegre Sur. La alteración al acceso o a la calidad de los bienes, equipamientos, servicios o infraestructura básica. No se identifica un potencial impacto. En el área de intervención del proyecto, no se presentan equipamiento, servicios o infraestructura básica. En el sector donde se emplaza el proyecto no se generarán nuevos núcleos urbanos. La dificultad o impedimento para el ejercicio o la manifestación de tradiciones, cultura o intereses comunitarios, que puedan afectar los sentimientos de arraigo o la cohesión social del grupo. No se identifica alteración del normal desarrollo de manifestaciones culturales e intereses comunitarios de la población. En el área de influencia del proyecto, pero fuera de las zonas de intervención, se desarrolla la fiesta costumbrista de La Manzana que refieren vecinos y actores claves que captarán mayor afluencia de público para venta de sus productos. Esta actividad se realiza un fin de semana al año, por lo que no se observan posibles impactos en dicha celebración por el desarrollo de las actividades del proyecto. Por otra parte, en Adenda Ciudadana, se aporta información adicional, en la cual se señala que la información incluida en el Informe de Medio Humano presentado en la DIA, fue recolectada mediante entrevistas a personas claves de la comunidad, como a habitantes de la comunidad de Villa Alegre Sur. De dichas entrevistas, se obtuvieron los datos que fueron utilizados para caracterizar el componente de medio humano dentro del área de influencia del Proyecto. Es así que, de la información entregada por los entrevistados, se indica que los residentes corresponden a 30 familias y 90 habitantes, por lo que se consideran valores referenciales. Por otra parte, con el objetivo de obtener un mayor grado de detalle con relación a la población de Villa Alegre Sur, es que, durante el mes de enero de 2021, se realizó una nueva visita a la zona para ahondar en antecedentes específicos que no hubieran quedado suficientemente claros en el Estudio de Medio Físico presentado. En relación a las viviendas y residentes de la comunidad de Villa Alegre Sur, se indica lo siguiente: - A lo largo de los años, los terrenos que inicialmente presentaban dimensiones de importancia han sido subdivididos permanentemente. Es frecuente encontrarse con relatos de los lugareños que refieren que los terrenos fueron divididos y subdivididos, y así se han ido construyendo viviendas de distintas dimensiones, materiales y calidades; siendo frecuente encontrar sucesiones familiares, y por tanto, en un sitio varias casas donde todos son familiares y mantienen un solo acceso. Normalmente se da la figura de quienes han adquirido un predio de 5.000 m2 entre varios
familiares, dando lugar a la subdivisión interna, siendo el terreno o loteo, una propiedad legalmente inscrita como un predio. - Los residentes señalan que existen pocos pobladores que residan en la zona desde hace muchos años; que hay varias segundas viviendas; que existen 2 o más casas de trabajadores en 1 predio, y que, desde hace un año, se han iniciado varias construcciones de casas que aún no han sido habitadas. - Mediante un recorrido sistemático del territorio que comprende Villa Alegre Sur, se pudieron identificar una serie de viviendas con habitantes dispuestos a entregar información sobre su condición de residente de la zona, mientras que otros, no fue posible entrevistar por negativa a entregar información. Se indica que la ubicación del Proyecto en relación con la población de Villa Alegre tendría una relación con el uso de la vía V-272, que será el único elemento del medio que tendrá un uso compartido tanto por el proyecto como por la Comunidad, al respecto señala lo siguiente: - La ruta V-272 tendrá un uso compartido mayoritariamente durante la fase de construcción del Proyecto (6 meses) y su etapa de máximo flujo que durará 3 meses, será de 8 veh/hr. - Dentro de las medidas ambientales del Proyecto en relación al uso de esta ruta, se encuentras: Reducción y control de la velocidad de los vehículos que ingresan al Proyecto, instalación de señalética vial, humectación de la ruta para minimizar las emisiones de polvo, entre otras. Sobre el emplazamiento de las actuales subdivisiones prediales existentes en la cercanía del proyecto se puede indicar que estas se encuentran a 1,2 km del punto de ingreso al proyecto, colindante a la ruta V-272. Imagen 2.:3. Ubicación de Fundo Praderas de Frutillar en relad <0;(1.1 Y5141- W,t).11` °P114 MI» Esta parcelación llamada "Fundo Praderas de Frutilla?, en la actualidad cuenta con una serie de viviendas construidas y otras en proceso de construcción. Por lo tanto, el análisis se realizó considerando las viviendas habitadas existentes y en proceso de construcción. Sombra intermitente: En relación a la emisión de sombra intermitente generada por los aerogeneradores del proyecto, se indica que en el Anexo VIII de la DIA se encuentra el estudio "Evaluación del Parpadeo de Sombra", donde se evaluó el cumplimiento normativo relacionado con los límites de exposición temporales para la duración astronómicamente posible de sombra anual y diaria (peor caso), y para el escenario con la condición meteorológica probable (caso real). Al no contar con normativa nacional al respecto, y según la recomendación señalada en la "Guía para la Descripción de Centrales Eólicas de Generación de Energía Eléctrica en el SETA" (SEA, 2020), corresponde el uso de la normativa de Alemania denominada "Hinweise zur Ermittiung und Beurteilung der optischen Inmissionen von Windenergieanlagen (WEA-Schattenwurf-Hinweise), Stand: 13-03-2002" (Indicaciones relativas a la investigación y evaluación de las emisiones ópticas de instalación de energía eólica). Dicho estudio evaluó en términos espaciales en general y de los receptores más cercanos en particular, el tiempo en que se proyecta la sombra de los aerogeneradores sobre el área de influencia. Realizada la modelación de dicha sombra sobre el área, en la siguiente imagen se puede apreciar el área de sombra en la condición de máxima astronómica (condición que considera el 100% de los días del año sin nubes). Imagen 2.4. Resultado gráfico sobre imagen satelital de áreas de som máxima astronómka según modelación (.torasjallo) ara La modelación presentada en la imagen anterior muestra las curvas de tiempo en horas de exposición anual de la sombra parpadeante en el área de estudio. Al incluir el polígono de la parcelación en consulta en el análisis (polígono amarillo), para la condición de máxima astronómica (peor caso), se puede observar que esta zona se encuentra ubicada en un área que presenta una sombra intermitente menor a 30 hiarío, por lo que todas las viviendas ubicadas dentro de dicha parcelación recibirían en dicha condición sombra intermitente bajo el máximo indicado en la normativa de referencia (30 h/año). Para el caso de los min/día, y tomando en cuenta que el receptor más cercano (P3) se ubica en las proximidades de la entrada de la parcelación y que en ese punto el tiempo de sombra es inferior a 29 min/día, se puede concluir que, en cuanto al máximo de sombra por día en minutos, es inferior al límite de la normativa (30 min/día). Para el caso de la condición meteorológica probable (caso real), la siguiente imagen muestra las curvas de tiempo en horas de exposición anual de la sombra parpadeante en el área de estudio. Imagen 2.s. Resultado gráfico sobre imagen satelital de áreas de so meteorológica probable según modelación (horas/ad Tal como se puede apreciar, el polígono de la parcelación y las viviendas ubicadas dentro de ellas presentarán un tiempo de exposición a la sombra parpadeante menor a 4 hrs/año, siendo el límite máximo de la norma 8 hrs/año. Mientras que los minutos del día en que la sombra intermitente se encontrará presente en el área corresponderá a menos de 5 min/día (condición presente en P3), siendo que el máximo normado es de 30 min/día.
Fb ura 5.4. Niveles de Ruido Pro ectados Verificación Cumplimiento P.S. 38111 MMA diurno VA1 635 VA2 1042 VA3 1413 49 46,3 59 NO 52 42.0 62 NO 52 36,4 62 NO Es importante señalar que, frente a la parcelación y colindante a la ruta V-272, se encuentra una cortina arbórea de altas dimensiones que no fue considerada dentro de la modelación. Esto indica que, al incorporar dicha barrera visual, disminuiría la sombra proyectada dentro del predio parcelado, y por ende su percepción por los habitantes de las viviendas presentes. La siguiente imagen muestra la barrera visual presente frente al área de la parcelación señalada: imagen 2.6. Barrera visual presente frente a la parcelación (vista en c proyecto} Por lo tanto, considerando la normativa de referencia, donde en el área de la parcelación en análisis los valores de tiempo de sombra se encuentran bajo los límites de dicha norma y que frente a dicho terreno existe una barrera visual de importancia que evita la proyección de la sombra hacia dicho sector (incluyendo las viviendas presentes), se puede indicar que la sombra parpadeante del proyecto no genera alteración de los sistemas de vidas y costumbre de dichos grupos humanos. En relación al ruido, el Titular acompaño en el Anexo VI de la DIA un estudio de impacto acústico, tanto para las fases de construcción como de operación del proyecto. Efectuando mediciones ruido de fondo en 3 receptores cercanos identificados (VA 1, VA2 y V3). Para estimar las emisiones de ruido producidas por la construcción y operación del proyecto, se realizó modelación de propagación del sonido al aire libre mediante software iNoise 2020 (construcción) y CadnaA (operación), considerando la norma 1SO 9613, "Atenuación del Sonido durante la Propagación en Exteriores — Método General de Cálculo". Dicho modelo involucra las variables de atenuación por divergencia geométrica, topografía del sector y atenuación por efectos del suelo entre otros factores. Adicionalmente, para el caso de operación del parque eólico, se incorporó variables del modelo Concawe, específicamente para condiciones de operación de 8, 10 y 12 m/s de velocidad de viento. Para la etapa de construcción los niveles de ruido proyectados y el cumplimiento normativo se resume en la siguiente Tabla: Para la fase de operación los niveles de ruido proyectados y el cumplimiento normativo se resume en la siguiente Tabla Diurno Ruido de fondo 141vel proyectado Aldx DS 33 Supera Nocturno Ruido de fondo 49 37 S. NO 4I 52 34 92 NO 40 52 20 12 NO 4 Horario Punto in VA1 1 YA r5 '5AS 1 34 29 Figure 6.1 Nivele de Ruldu Proyootodoe y Verificación Cumplirolordo 03.36811 rémA diurna y impenzigammi N abo Eatatiyaimigmlimim turrko ' Ruido de fondo proy.c„,. r48y OS 33 Sopen. —.., I 35 53 NO. - n 32 02 NO 41 28 22 NO 1111111~1111~~" . e 848v OS 38 Supera Nivel . Ruldo — difOodo NI 8z DS 38 Supera proy.,„" i 41 36 50 NO 40 1 34 50 NO 41 19 50 NO 1 ' Hora,: Diurno Nocturno Ruido de Nivel Mix DS Nivel Punto VA1 VAS VAS VA3 fondo pmvectecio 38 Supera 49 35 N , 52 32 52 Ncy 52 28 52 NO Horario . Punto • VAl ' VA2 I VAS Ruido de fondo 4P 02 02 Olumo , Nivel proyectado 36 34 . 29 . 59 02 12 NO NO NO No En relación a las emisiones de ruido generadas por el proyecto, se puede señalar que la zona donde se ubica la parcelación señalada ha sido evaluada dentro del Estudio de Impacto Acústico de la DIA (Anexo VI), ya que el punto de análisis definido como receptor 3 de dicho estudio (VA3) se ubica en el acceso a dicha parcelación. La siguiente figura presenta el detalle de la toma de información de ruido de fondo en dicho punto: Imagen 2.7. Valores medidos ruido de fondo, h rar oliurno y n 1 VA3 i$:3$ 156452.00 544352700 Con dicha información, el Titular realizó las modelaciones de propagación sonora del proyecto. La siguiente imagen muestra la propagación sonora considerando la peor condición posible, es decir, los tres frentes de trabajo y la instalación de faenas con emisiones sonoras simultáneas durante la fase de construcción: Imagen 2.8. Representación Gráfica Niveles de Ruido P ye, La parcelación señalada se encuentra a la altura del receptor 3, donde el ruido de fondo es superior al ruido proyectado por las actividades de la fase de construcción. Además, en relación al ruido generado por el tránsito vehicular, de acuerdo a lo establecido por la FTA (Transit Noise and Vibration Impact Assessment Manual), para el caso de los receptores en las inmediaciones del proyecto, se ha definido como categoría de uso de suelo como categoría 2, Tipo de Uso de Suelo Residencial, el cual está definido para zonas residenciales, viviendas, hoteles y en general, todo sitio donde la gente normalmente duerme. Adicionalmente, para evaluar el impacto sobre los receptores, se considera en el cálculo el nivel de ruido de fondo más bajo obtenido para horario diurno, y una distancia entre la vivienda y la ruta de 15 m (la vivienda habitada más cercana a la ruta de la parcelación señalada se encuentra a 110 m y la vivienda en construcción más cercana a la ruta se encuentra a 50 m). Para la evaluación, se consideró como situación basal un ruido de fondo de 49 dB(A). Con las consideraciones anteriores, se presenta gráfica con resumen de cálculo y nivel de impacto asociado exclusivamente al tránsito de camiones por rutas cercanas a las viviendas, asociado al proyecto durante su etapa de construcción, concluyendo que las emisiones asociadas al tránsito vehicular durante la etapa de construcción del proyecto en horario diurno y nocturno no generan un aumento significativo de ruido sobre los receptores, y por tanto, no genera impacto. Tabla 2.3. Niveles de Ruido Proyectados Transitó Camiones— Etapa Existing Ldn: 49 dBA Total Project Ldn: 51 dBA Total Noíse Exposure: 53 dBA Increase: 4 dB Impact?: Non :e En relación al tránsito vehicular durante la fase de operación, considerando que solamente se realizarán visitas esporádicas durante las actividades de mantención 2 veces al año, el ruido generado por esta actividad resulta despreciable. Para la etapa de operación, las modelaciones de ruido en la zona del receptor 3, también defmió el ruido de fondo mayor al generado por la operación del proyecto, tal como lo muestran las siguientes tablas. Por lo tanto, que de acuerdo a los antecedentes presentados por el Titular no se excedería la norma de ruido en el receptor de interés ni en los otros evaluados. Diurno Ruido de Nivel Máx Ruido de Nivel Max fondo ro ciado DS 38 i Supera fondo proyectado DS 38 82 8 1 NO 41 t 29 Horario Punto h3 Supera O Tabla 2.4. Niveles de Ruido Proyectados y Vedficación Cumplimiento D.S. 38/11 diurno y Nocturno — Etapa de Operación Horario ' Diurno Nocturno Punto Ruido de fondo Nivel proyectado Máx OS 38 Su"' „ - Ruido de fondo Nivel I ps2yectado i Máx DS 38 Supera A3 $2 28 62 NO 41 28 l so 1 NO Horario Diurno Nocturno Punto Ruido de fondo Nivel proyectado Máx DS 38 Ruido de Supera ; fondo Nivel I Max proyectado i DS 38 Para dar respuesta a lo solicitado por la autoridad ambiental, en Adenda Ciudadana, en el marco de la presentación de la caracterización ambiental del Proyecto "Instalación de 3 Aerogeneradores Villa Alegre 1", se realizó un levantamiento de tres nuevos puntos de observación, que permitieron realizar un análisis de visualización y simulación de impacto, que permitirán visualizar el tipo de afectación asociada a los sistemas de vidas y costumbre de los grupos humanos, que se encuentran dentro del entorno cercano del Proyecto. La metodología utilizada para este análisis de visibilidad comprende la identificación de los puntos de observación con mayor acceso visual hacia las obras del Proyecto, mediante la aplicación de la herramienta viewshed, del software ArcGis 10.5, la cual arrojó la superficie del relieve visible desde los PO seleccionados, obteniendo un mapa de visibilidad, basado en la Guía Valor Paisajístico en el SETA, 2019. Cabe destacar que esta herramienta se aplica solamente al relieve (modelo digital de elevaciones) de la zona donde se emplazará el Proyecto. Para complementar este análisis, se utilizó la herramienta "línea de visión" de ArcGis 10.5 3D Analyst correspondiente a una línea gráfica entre dos puntos (observador y objeto observado) en una superficie marcando los lugares visibles y no visibles a lo largo de la línea. El color de la línea indica las ubicaciones en las que la superficie está visible (Verde) y en las que está oculta (Rojo). I magen 2.10. Esquema proceso de línea de visión Observador (Punto de observacióni Conjuntamente, se tomó en consideración las tomas fotográficas de cada punto de observación, con la finalidad de determinar barreras visuales producto de la vegetación o estructuras verticales cercanas al punto de observación. Con esto fueron identificadas las secciones de las obras que potencialmente podrán ser vistas desde estos puntos, para posteriormente realizar una simulación fotográfica o fotomontaje, a través del manejo de la fotografia tomada desde cada uno de los puntos seleccionados, considerando la superposición de imágenes de obras del Proyecto, sobre la fotografía que contiene la vista actual, lo que permitió comparar las situaciones "con y sin Proyecto". Los Puntos de Observación considerados (P01 P02 y P03), se encuentran emplazados en un sector rural, y la toma fotográfica para las simulaciones, se realizó desde un camino no enrolado, que permite visualizar distintos escenarios de la zona de emplazamiento con las estructuras proyectadas. Respecto de la presentación de las fotos simulaciones, se entregarán a continuación 3 simulaciones específicas para el Proyecto "Instalación de 3 Aerogeneradores Villa Alegre 1". En la siguiente tabla se presentan las coordenadas geográficas UTM de los PO seleccionados para el análisis de visibilidad y fotomontaje. Tabla 2.5. Puntos de observación seleccionados para simulad Punto de observación Coordenadas UTM Huso 18S. VI/G5 84 Distancia PC Proyecto Este {m) Norte fru} P01 656.627 5.437.010 1,5 km P03 656.739 5437.030 1,7 krn nrk= c en, '170 e' 1127 12A ', e 1,.., PON Proylec p. .41 o,!P Ca tinlb01 9tA situacian con Plu ceta desde Okenind zoma residencial A continuación, se presenta una cartografía con la localización de los puntos de observación y su relación con las obras del Proyecto. Imagen 2.11. Emplazamiento Puntos de observación Teniendo en cuenta lo anterior, se presenta para cada Punto de Observación, la simulación de la situación con proyecto y su respectiva descripción: Tabla 2.6. Punto denthervacián 1 OiVeldele PO ed proyecto: 1..„7 km Pesicidn Ob P ltcde Observaciara Punto de ObsenreciOn~.1 Dístancie PO el poyecto: 1.7 kre Coordenadas: Elan) 156.73,9: Cal 5,437030 Claientorián visto: R.:melte Posición O e Ormino 2º1111 res:ceded, -.Ladón Con ProY.e£to desde CVnino zona res:Oencial mee. Taba' Z.It. Punto de Observacian 3 Punto de Observa:clan 1P02 Disilincia PO al proyecto: km Coordenadas: E 1m) eS7273; Y ('Tt 437.230 orientacitien viste: SurVexte Patitiétil vine' Sin Prov± ,-, e Cell wne resikencla TV 1 tinno 2oria redclentiai Tabla 1 7 Punto de Observa:con 2 De acuerdo a la información que arroja la simulación de escenarios con Proyecto, y debido a la cercanía que posee el Proyecto con el sector estudiado, es importante señalar, que las partes serán perceptibles desde distintos puntos de observación, lo que queda en mayor evidencia con el fotomontaje presentado en el P01. Tomando en consideración que las cuencas visuales en la zona de emplazamiento son de gran tamaño y que existe un nivel de compacidad medio, asociado principalmente a la presencia de pantallas vegetacionales, de acuerdo a lo que se presenta en la simulación del P03, la atención de los observadores comunes no se concentrará en la presencia de las estructuras.
Entendiendo que existen dos escenarios posibles sobre la definición de potenciales impactos que generaría el Proyecto en el Paisaje, es posible determinar que existirá una afectación provocada por la intrusión de nuevos elementos al asociado al tamaño de las estructuras que contempla las obras. A continuación, se justifica la no existencia de impactos significativos, respecto de: 1°- Obstrucción de visibilidad de la zona con valor paisajístico: Si bien, la instalación de aerogeneradores corresponde a un elemento que modifica la lectura visual del territorio, la inclusión de estos, tanto en la fase de construcción como de operación, no implica un bloqueo de las vistas hacia los atributos biofísicos del paisaje y no perjudica mayormente a ningún elemento que otorgue valor paisajístico a la zona de emplazamiento. Y, si bien las estructuras que contempla el proyecto son verticales, y podrían generar un mayor grado de intrusión e incompatibilidad con el paisaje, debido a que se consideran la instalación de 3 aerogeneradores, estos no se constituyen como objetos que concentren la vista o atención de los observadores. Es importante hacer notar que la atención visual en esta área se enfoca en dirección Este, hacia donde se encuentran atractivos visuales, como los volcanes Osorno, Calbuco, cerros Tronador y Puntiagudo. 2°- Alteración de los atributos en la zona con valor paisajístico Por otra parte, la instalación de las partes y obras del Proyecto, en relación al tamaño y superficie, no implican una alteración significativa de los atributos biofisicos que componen el paisaje. Ahora, si bien, las obras pueden producir alguna alteración cromática en la zona de emplazamiento, durante su etapa de operación, esta no genera un cambio sustancial en los atributos estéticos que otorgan valor paisajístico, ya que la vegetación tiene mayor peso en la composición de la calidad visual del paisaje. Así también, respecto de la consulta que apunta a la alteración de los sistemas de vidas y costumbre de dichos grupos humanos, en relación con la componente de paisaje, es importante señalar que la presencia de los aerogeneradores no implica un bloqueo visual o una alteración significativa, a la calidad de los atributos visuales que configuran el paisaje del entorno cercano. Si bien las obras serán perceptibles, la instalación de los aerogeneradores en conjunto no implicará una alteración significativa a la visibilidad del entorno inmediato, ni al fondo escénico distante. Tampoco se prevé una alteración de la condición naturales de los atributos biofísicos y estéticos que caracteriza a la zona de emplazamiento. Por tanto, y de acuerdo a lo descrito, es posible determinar, que la instalación de las partes y obras que contempla el proyecto, si bien generarán un efecto asociado a la inclusión de un nuevo elemento en el paisaje, no será significativo, en cuanto a la obstrucción hacia la zona de emplazamiento, ni en la alteración de los atributos de la zona valor paisajístico significativo y/relevante. Lo anterior, debido a las características (forma y color) de los aerogeneradores, que facilitan su integración al paisaje, sumado a la obstrucción por parte de la vegetación en los primeros y segundos planos y la distancia desde los puntos de observación hacia los aerogeneradores, hace que se atenúen su visibilidad, fundamentalmente debido a que las rutas públicas están alejadas del emplazamiento desde donde es posible acceder al Proyecto. 12. Que, conforme a lo señalado en el artículo 19 inciso tercero de la Ley N° 19.300, sobre Bases Generales del Medio Ambiente, "se rechazarán las Declaraciones de Impacto Ambiental cuando no se subsanaren los errores, omisiones o inexactitudes de que adolezca o si el respectivo proyecto o actividad requiere de un Estudio de Impacto Ambiental o cuando no se acreditare el cumplimiento de la normativa ambiental aplicable, de acuerdo a lo dispuesto en la misma Ley". Atendido lo anterior, corresponde rechazar el proyecto "Instalación de 3 Aerogeneradores Villa Alegre 1" de Windkraft Villa Alegre 1 SpA., por cuanto el Titular no ha subsanado los errores, omisiones e inexactitudes planteados en el Informes Consolidados de Aclaraciones, Rectificaciones y Ampliaciones complementario, en particular aquellas referidas al componente ambiental ruido. En efecto, la SEREMI de Medio Ambiente, a través de su oficio Ord. N°223 del 13 de julio de 2021, mantiene observaciones al informe de impacto acústico presentado por el Titular, conforme se detalla en el punto 9.2.5 del ICE. Del tenor de las observaciones, es posible sostener que existen errores e inconsistencias técnicas en la estimación de los niveles de ruido, durante la fase de operación, proyectados sobre los receptores, que revelan una subestimación de los potenciales impactos. Consecuentemente, durante el procedimiento de evaluación ambiental no ha sido posible Carlos Guillermo Geisse Mac-Evoy Delegado Presidencial Presidente Comisión de Evaluación Región de Los Lagos acreditar, por parte del Titular, el cumplimiento del D.S. (MMA) N°38/11, Norma de emisión de ruidos generados por fuentes que indica. A su vez, lo anterior no permite evaluar si se genera o presenta riesgo para la salud de la población, cuya salud pueda verse afectada por la superación de los valores de ruido establecidos en la normativa ambiental vigente, conforme a lo preceptuado en el artículo 5°, letra b) del Reglamento del SEIA. RESUELVO: 1°. Calificar desfavorablemente la Declaración de Impacto Ambiental del proyecto "Instalación de 3 Aerogeneradores Villa Alegre 1", de Windkraft Villa Alegre 1 SpA por las razones expuestas en los Considerando 6, 8 y 12 de la presente Resolución. 2°. Hacer presente que el proyecto "Instalación de 3 Aerogeneradores Villa Alegre 1" de Windkraft Villa Alegre 1 SpA no se podrá ejecutar y que los órganos de la administración del Estado con competencia ambiental no podrán otorgar las correspondientes autorizaciones o permisos, en razón del impacto ambiental del referido proyecto, aun cuando se satisfagan los demás requisitos legales, en tanto no se les notifique pronunciamiento en contrario. 3°. Hacer presente que contra esta Resolución es procedente el recurso de reclamación de acuerdo a lo dispuesto en el artículo 20 y 30 de la Ley N° 19.300 ante el Director Ejecutivo del Servicio de Evaluación Ambiental. El plazo para interponer este recurso es de treinta días contados desde la notificación del presente acto. Notifíquese y Archívese Alfredo Wendt Scheblein Director (S) Regional Servicio de Evaluación Ambiental Secretario Comisión de Evaluación Región de Los Lagos CVEirmado por: Alfredo Wendt Scheblein Fecha: 24/08/2021 :49:22 CLT