SEA · DIA · Rechazado · 2020-06-22 · Región de Los Lagos · Windkraft _Villa Alegre 1 SPA
O
Documento Digital N°: 202110101437 - Fecha: 24/08/2021
Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente ud
REPÚBLICA DE CHILE
COMISIÓN DE EVALUACIÓN
Región de Los Lagos
Califica Ambientalmente el proyecto "Instalación de 3 Aerogeneradores Villa Alegre 1"
Puerto Montt
VISTOS:
1°. La Declaración de Impacto Ambiental (DIA), su Adenda y Adenda Complementaria del
proyecto "Instalación de 3 Aerogeneradores Villa Alegre 1", presentado por Windkraft Villa Alegre
1 SpA, con fecha 22 de junio 2020.
2°. Los pronunciamientos y observaciones de los órganos de la administración del Estado que, sobre
la base de sus facultades legales y atribuciones, participaron en la evaluación de la DIA, y que se
detallan en el Capítulo 3 del Informe Consolidado de Evaluación (ICE) de la DIA del proyecto
"Instalación de 3 Aerogeneradores Villa Alegre 1".
3°. El Acta de Evaluación de fecha 02 de agosto de 2021, del Comité Técnico de la Región de Los
Lagos.
4°. El ICE de la DIA del proyecto "Instalación de 3 Aerogeneradores Villa Alegre 1" de fecha 2 de
agosto de 2021.
5°. El Acuerdo de la sesión de la Comisión de Evaluación de la Región de Los Lagos, de fecha 10
de agosto de 2021.
6°. La Resolución Exenta N° 82, de 28 de julio de la Dirección Regional del Servicio de Evaluación
Ambiental Región de Los Lagos que dispuso la realización de un proceso de participación
ciudadana, conforme a lo previsto en el artículo 30 bis de la Ley N° 19.300, sobre Bases Generales
del Medio Ambiente.
7°. Los demás antecedentes que constan en el expediente de evaluación de impacto ambiental de la
DIA del proyecto "Instalación de 3 Aerogeneradores Villa Alegre 1".
8. Lo dispuesto en la Ley N° 19.300, Sobre Bases Generales del Medio Ambiente; el D.S. N° 40, de
2012, del Ministerio del Medio Ambiente, Reglamento del Sistema de Evaluación de Impacto
Ambiental (Reglamento del SETA); la Ley N° 19.880, que Establece Bases de los Procedimientos
Administrativos que Rigen los Actos de los Órganos de la Administración del Estado; la Ley N°
18.575, Ley Orgánica Constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado; la
Resolución N° 7, de 2019, de la Contraloría General de la República.
CONSIDERANDO:
1°. Que, Windkraft Villa Alegre 1 SpA. (en adelante, el Titular), ha sometido al Sistema de
Evaluación de Impacto Ambiental (SEIA) la DIA del proyecto "Instalación de 3 Aerogeneradores
Villa Alegre 1" (en adelante, el Proyecto). Los antecedentes del Titular son los siguientes:
Nombre o razón social
Windkraft Villa Alegre 1 SpA.
Rut
76.981.873-1
Domicilio
Santa Rosa 575, Oficina 31. Puerto Varas
Nombre representante legal
PAUL THOMAS HOHF RIVEROS
Rut representante legal
13658609-2
Domicilio representante legal
Santa Rosa 575, Oficina 31. Puerto Varas
Correo
electrónico
Titular
representante legal
o hohf@energy.kitchen
2°. Que, conforme se indica en el ICE de fecha 2 de agosto de 2021, el Director Regional de la
Región de Los Lagos ha recomendado rechazar el Proyecto, por cuanto el Titular no ha subsanado
los errores, omisiones e inexactitudes planteados en el Informes Consolidados de Aclaraciones,
Rectificaciones y Ampliaciones complementario, en particular aquellas referidas al componente
ambiental ruido. En efecto, la SEREMI de Medio Ambiente, a través de su oficio Ord. N°223 del 13
de julio de 2021, mantiene observaciones al informe de impacto acústico presentado por el Titular,
conforme se detalla en el punto 9.2.5 del ICE. Del tenor de las observaciones, es posible sostener
que existen errores e inconsistencias técnicas en la estimación de los niveles de ruido, durante la
fase de operación, proyectados sobre los receptores, que revelan una subestimación de los
potenciales impactos. Consecuentemente, durante el procedimiento de evaluación ambiental no ha
sido posible acreditar, por parte del Titular, el cumplimiento del D.S. (MMA) N°38/11, Norma de
emisión de ruidos generados por fuentes que indica. A su vez, lo anterior no permite evaluar si se
genera o presenta riesgo para la salud de la población, cuya salud pueda verse afectada por la
superación de los valores de ruido establecidos en la normativa ambiental vigente, conforme a lo
preceptuado en el artículo 5°, letra b) del Reglamento del SEIA.
3°. Que, en sesión de fecha 10 de agosto de 2021, la Comisión de Evaluación de la Región de Los
Lagos acordó calificar desfavorablemente el proyecto "Instalación de 3 Aerogeneradores Villa
Alegre 1", aprobando el contenido del ICE de fecha 2 de agosto de 2021. En consecuencia, el ICE
forma parte integrante de la presente Resolución.
4°. Que, según lo señalado en la DIA y sus anexos, en su Adenda, y en su Adenda Complementaria,
los cuales forman parte integrante de la presente Resolución, la descripción del proyecto es la que a
continuación se indica:
4.1.- Antecedentes generales del proyecto o actividad
Objetivo general
El objetivo del Proyecto es producir e inyectar al Sistema Eléctrico
Nacional (SEN), la energía eléctrica producida a través de la generación
eólica de 45 GWh en promedio anual, mediante la instalación y operación
de 3 aerogeneradores con una capacidad total de 16,8 MW.
Descripción
general
del proyecto
El
proyecto
consiste
en
la
construcción
y
operación
de
tres
aerogeneradores de hasta 5,6 MW de potencia cada uno (16,8 MW en
total), interconectados a través de una línea de distribución eléctrica
soterrada de media tensión (23 KV) que conducirá la energía hasta la red
de distribución de media tensión local, existente en el sector.
Tipología
principal,
así
como
las
aplicables a sus partes,
obras o acciones
c.) Centrales generadoras de energía mayores a 3 MW
Vida útil
30 años
4.1.- Antecedentes generales del proyecto o actividad
Monto de inversión
USD $ 17 000 000
Gestión, acto o faena
mínima, que da cuenta
del
inicio
de
la
ejecución del proyecto
de modo sistemático y
permanente,
para
efectos
de
la
caducidad de la RCA
La actividad que da inicio al Proyecto es la implementación de la
instalación de faena, que corresponden a la primera actividad que indican
que
el
Proyecto
comienza
a
ejecutarse
de
manera
sistemática y
permanente.
Proyecto o actividad
se
desarrolla
por
etapas
Si
No
X
Proyecto o actividad
modifica un proyecto
o actividad existente
Si
No
X
Proyecto
modifica
otra(s) RCA
Si
No
X
4.2.- Ubicación del proyecto o actividad
División político-administrativa
Región de Los Lagos, provincia del Llanquihue, comuna de
Frutillar, sector Villa Alegre.
Justificación de la localización
La justificación de la localización del proyecto se basa en las
siguientes características de la zona:
a. La zona presenta un potencial eólico favorable.
b. Los terrenos del área corresponden a planicies destinadas a uso
agropecuario, en sector rural.
c. No presenta singularidades ambientales o de biodiversidad que
pudieran ser impactadas por las actividades del Proyecto.
d. Se cuenta con accesos adecuados para el transporte de
materiales, maquinarias, personal y especialmente, para equipos
de mayor envergadura.
e. La conexión al sistema interconectado central se realiza en
poste inserto al interior del predio de ubicación del Proyecto, sin
la necesidad de instalar líneas eléctricas de acercamiento.
Superficie
La superficie total de los predios donde se localizan las obras del
proyecto
es
de
133,23
hectáreas.
Por
su
parte,
el
área
efectivamente utilizada por el Proyecto, que incluye todas las
obras permanentes y transitorias, corresponde a 4,23 hectáreas.
Coordenadas UTM en Datum
WGS84
Temporalidad
Obra
vértices
Coordenadas de ubicación
(t.12114 Dotom11116.5 64, Huso 18 Si
Este Int)
Sur (ml.
Aerogenerador 1
VI
655.145
5.442.961
Aerogenerador 2
VI
654.8.76
5.442.374
Actrogenerador 3
Vi
655.417
5.442.000
V1
655.073
5.442.991
Plataforma de montaje
V2
655.132
5.442.979
1
V3
653.224
5.442.935
2:
Vi
V4
655.065
5.442.948
VI
654.872
5.442.442
I
c
Plataforma de montaje
V2
654.912
5.442.433
V3
654.901
5.442.385
2
2
V4
654.861
5.442393
VI
655.428
5.442.365
Plataforma de in
taje
V2
655.467
5.442.052
3
V3
655.452
5.442.005
V4
655.412
5.442.018
Punto de Conmión
V1
655.984
5.442.426
V1
155.959
5.442.435
Mstalación de Faenas
655.992
5.442425
V3
655.956
5.442.347
655.923
5.442.360
V1
655.095
5.442.941
.1
V2
654.987
5.442.842
1
V3
654.977
5.442.857
1.
Área de trabaja
V4
655.072
5.442.946
VS
655.065
5.442944
temporal
Aerogeneraclor I
sJ6
655,050
5.442.951
V7
655.1358
5.442.994
V8
655.073
5.442.991
V9
655.072
5.443.002
V10
655.077
5.443.022
V11
655.162
5.443.004
V12
655.258
5.442.984
V1.3
655.126
5.442.949
V/4
655.155
5.442.941
V15
655.152
5.442.928
V16
655.324
5.442.935
V1
654.1372
5.442.442
V2
654.909
5 442 606
.
.
V3
554.925
5.442301
V4
654.897
5.442474
Área de trabajo
VS
654.933
5.442.467
temporal
Y6
654.915
5.442.383
Aerogeneraclor 2
654.907
5.442.384
654.901.
5.442.354
V9
654.889
5.442.357
VIO
654.895
5.442.386
V11
654.901
5.442.385
V12
654.912
5.442.433
V1
655.427
5.442.065
Y2
655.442
5.442.069
V3
655.500
5.442.209
V4
655314
5.442.204
VS
655.466
5.442.053
V6
655.476
5.442.061
655.496
5.442.054
Área de trabajo
temporal
V8
655.468
5.441.971
V9
655.449
5.441.978
~Deaner/a:dor 3
V10
655.451
5.442.004
V11
655.441
5.441.976
V12
655.427
5.441.131
V13
655.436
5.442039
V14
655.412
5.442.013
V15
655.402
5.442.021
655.413
5.442.058
V17
655.423
5.442.054
Caminos o vías de acceso
Al proyecto se accede desde la Ruta 5 Sur por el norte,
ingresando por acceso a Frutillar Alto (paso nivel), para tomar
Ruta V-20 por unos 6 km hacia el Oeste hasta llegar a Ruta V-
272, se continúa por esta Ruta por unos 4,5 km aproximadamente
para llegar el punto de acceso del proyecto. Desde el Sur, se
ingresa por Ruta 5 Sur por acceso a Frutillar, kilómetro 982, para
tomar Ruta V-20 hasta llegar a Ruta V-272, se continúa por esta
Ruta por unos 4,5 km. aproximadamente para llegar el punto de
acceso del proyecto.
—
,
.e.
......
YO»
,
11
,
, .
1,.... '
•
§
a
1.
..
YO
,
-
I
E
l
1 i
—
1
1
,
a•
E
a
,,
e
f 4
;
ama
IDotE
Es.
«c.
te,ac
vEED
Obra
Superfkiern.
Escarpen'
Atea de trabajo Temporal AG1
1
5.470
1.094
Área de trabajo Temporal AG2
9.170
1.034
Asea de traba» Temporal AG3
5.970
1.194
Total
16.610
3.322
Aerogeneradores
Los aerogeneradores corresponderán a turbinas
eólicas de eje horizontal de tres aspas, con una
altura total de 226,5 m, siendo sus componentes
los siguientes:
-Aspas:
Son
las
encargadas
de
capturar
la
energía del viento y transmitirlas hacia el eje
principal ubicado en la góndola. Las 3 aspas
conforman el rotor, el que tiene un diámetro de
163 m.
-Góndola: Contiene todos los equipos necesarios
para transformar la energía mecánica del eje
principal en energía eléctrica. La góndola está
ubicada en la parte superior de la torre.
Torre: Es una estructura metálica, soporta la
góndola y está compuesta por secciones cónicas
ensambladas hasta lograr una altura máxima de
145 m. La torre se monta sobre la fundación.
Fundación: Esta tiene 32 metros de diámetro y
una profundidad máxima de 4,5 metros. Para su
construcción se requiere una excavación de
3.618 m3 por fundación (10.854 m3 para las tres
fundaciones). La fundación está construida con
una armadura de fierro y rellena de hormigón.
Las
características
técnicas
de
los
aerogeneradores son las siguientes:
Permanente Construcción
/Operación
(tem
actéfsticas técnicas
Potencia Nominal
5,6 MW
Velocidad loZcldl degeneración
3,0 Mis
Velocidad dedesoanexión
"
24,5 nafs
Altura máxima de buje
145 rn
Velocidad de giro nominal del rotor
4,9 —12 nom
Número de aspas
3
lárnetro máximo (Rotor)
153 In
Altura máxima aerogenerador
226,5 m
Tensión de generación
23 KV
Plataforma
de
maniobras
y
montaje
de
aerogeneradores
Junto a cada aerogenerador se construirá una
plataforma estabilizada para el izado de los
aerogeneradores y así permitir el acopio de los
equipos y el trabajo de las grúas de montaje, que
en total suman una superficie aproximada de
6.788 m2.
Permanente Construcción
/Operación
lieltafornlas
..
de montaje
,Sisperficie
(in2)
1
2.700
2
2.022
3
2.066
Línea
de
transmisión
Los
aerogeneradores
estarán
interconectados
mediante una línea eléctrica soterrada, de media
tensión (23
KV), que
conducirá la energía
generada por los aerogeneradores hasta la línea
de distribución local. El soterrado de la línea
eléctrica
(ver
Plano
general
de
instalación,
Anexo III Planos del Proyecto, en la DIA) tendrá
una longitud de 2.707 metros. La línea de media
Permanente Construcción
/Operación
La
será
tensión
línea
punto
será conectada de manera directa
de distribución local a través del poste.
que conexión es el siguiente:
a la
El
1 m de
será
obra
coordenadas DM! Datum WGS 84— linso 18 Sur.
Punto de eonexiM
ate (m)
Sur (in)
1
655.984
5.442.426
ancho
principalmente
interiores.
zanja que se requiere realizar es de
x 1 m de profundidad, y su trazado
a un costado de los caminos
El material excavado para esta
de 2.707 m3.
Caminos internos
Se utilizarán caminos existentes en el predio
donde se inserta el Proyecto, además de la
construcción de caminos nuevos. De este modo,
10.906 m2 corresponden a caminos nuevos y
9.576
m2
a
caminos
existentes
que
serán
mejorados.
Para
los
caminos
nuevos
se
considera un ancho de 6 m, mientras que, para
los caminos existentes, que presentan un ancho
de 4 m, solamente se realizarán trabajos de
ensanche para llegar a 6 m de ancho, junto con
compactación y material estabilizado.
Los
lugares
de
adquisición
de
áridos
y
estabilizados corresponderán a las empresas más
cercanas del proyecto, debidamente autorizadas.
Los sitios de acopio de escarpe estarán situados
temporalmente al costado de los caminos, no
excediendo una altura de 0,5 m.
Permanente
Construcción
/Operación
4.3.1 Acciones del proyecto
Nombre
Fase
Preparación del terreno y habilitación de caminos internos.
Construcción
Construcción de la instalación de faenas, área de acopio de residuos, plataformas
de montaje y área de trabajo temporal.
Construcción
Construcción de las fundaciones de los aerogeneradores.
Construcción
Traslado aerogeneradores
Construcción
Montaje de aerogeneradores.
Construcción
Construcción de línea de distribución eléctrica de media tensión.
Construcción
Lavado de camiones mixer.
Construcción
Desarme y retiro de obras de apoyo transitorias.
Construcción
Limpieza y restauración.
Construcción
Operación de aerogeneradores.
Operación
4.4.- Cronología de las fases del proyecto o actividad
Fase de Construcción
Fecha
estimada
de
inicio
Segundo semestre 2021
Parte, obra o acción que
establece el inicio
Preparación del terreno para la instalación de faenas.
Fecha
estimada
de Primer semestre 2022
término
Parte, obra o acción que
establece el término
Operación de los aerogeneradores.
Fase de Operación
Fecha
estimada
de
inicio
Primer semestre de 2022
Parte, obra o acción que
establece el inicio
Conexión y puesta en marcha del Proyecto
Fecha
estimada
de
término
30 años después del inicio de operación
Parte, obra o acción que
establece el término
Inicio de la fase de cierre, cuya evaluación se realizará 30 años
transcurridos desde la correcta puesta en marcha del Proyecto.
Fase de Cierre
Fecha
estimada
de
inicio
Se estima que ocurrirá para el año 2052. De todos modos, se espera que
el período de funcionamiento de estas unidades se extienda en el tiempo
Parte, obra o acción que
establece el inicio
Sin perjuicio de lo anterior, en la DIA se indica como actividad la
realización del retiro y desmantelamiento de los aerogeneradores.
Fecha
estimada
de
término
No definida
Parte, obra o acción que
establece el término
No definida
5°. Que, durante el proceso de evaluación se han presentado antecedentes que justifican la
inexistencia de los siguientes efectos, características y circunstancias del artículo 11 de la Ley N°
19.300:
5.1. RIESGO PARA LA SALUD DE LA POBLACIÓN, DEBIDO A LA CANTIDAD Y
CALIDAD DE EFLUENTES, EMISIONES Y RESIDUOS
Impacto ambiental
Aumento de la concentración de material particulado y
gases
Componente(s)
ambiental(es)
afectado(s)
Salud de la población por calidad del aire
Parte, obra o acción que lo genera
Preparación
de
terreno,
excavaciones,
habilitación
de
caminos, tránsito vehicular y uso de equipos y maquinaria.
Fase en que se presenta
Construcción
Impacto ambiental
Efecto de parpadeo por proyección de sombras de aspas del
aerogenerador
Componente(s)
ambiental(es)
afectado(s)
Salud de la población
Parte, obra o acción que lo genera
Funcionamiento aerogeneradores
Fase en que se presenta
Operación
Impacto ambiental
Aumento de los niveles basales de ruido
Componente(s)
ambiental(es)
afectado(s)
Salud de la población
Parte, obra o acción que lo genera
Faenas de construcción y circulación vehicular
Fase en que se presenta
Construcción
Receptor
Condición de Máxima
Astronómica (Peor Caso/
Condición
Meteorológicamente
Probable (Caso Real)
Criterio de
Distancia
Danish Wind
Industry
Association
Condición del
Entorno
pl.
30 hrs/año
No cumple
8 hrs/año
No cumple
de la
distancia visible
Con barreras que
suprime el efecto
sombra
30 ~MI
Na cumpPt
30 min/día
Cumple
P2
30 las/ello
No cumple
8/ars/año
No cumple
Fuera de la
distancia visible
Con barreras que
suprime el efectO
sombra
30 min/día
No cumple
30 min/dia
Cumple
PS
301ns/dio
Cumple
shrsiatío
Cumple
—
_.
30 min/dia
Cumple
30 min/día
Cumple
30 brs/afio
Cumple
8 rirs/afio
Cumple
—
_
30 min/día
Cumple
30 min/día
Cumple
Fuente: informe Evaluación de Parpadeo de Sombra, Anexo Vil/
Referencia al ICE para mayores
detalles sobre este impacto específico
Punto 4.6.4.3, 5.1 y 6.1 del ICE
Las principales emisiones atmosféricas se generarán durante la fase de construcción del proyecto, y
corresponden al contaminante NOx (7,795 ton/año). Estas emisiones están asociadas a la
combustión interna de petróleo diésel de los vehículos motorizados y de la maquinaria utilizada en
los trabajos de movimiento de tierra. En cuanto a las emisiones de MP 10, provenientes de la
circulación de los vehículos en caminos pavimentados asociados a la actividad de traslado de
materiales y en los caminos no pavimentados asociadas a las actividades circunscritas al área de
emplazamiento del proyecto, se estimaron en 7,516 ton/año. Considerado la baja magnitud las
emisiones totales anuales y las condiciones de naturales de ventilación de la zona, no se prevé que
las concentraciones superen los valores de concentraciones establecidas en las normas de calidad
primaria para NO2 y PM10. Adicionalmente, el proyecto considera medias de abatimiento y control
de polvo (MP) y gases y gases (CO, HC y NOx), las que se detallan en el punto 4.6.4.1 del ICE.
En relación al efecto sombra parpadeante se obtuvieron los siguientes resultados:
Tabla 2-52 Resumen de resultados.
De lo anterior se puede desprender que en la condición de máxima astronómica o "peor caso", para
el límite de 30 h/año y 30 min/día, tanto el receptor pl como el receptor p2 no cumplen dichos
límites;
- En la condición meteorológicamente probable o "caso real", para el límite de 8 h/año, tanto el
receptor pl como el p2 no cumple dicho parámetro, mientras que para el límite de 30 min/día, todos
los receptores la cumplen;
- De los receptores que no cumplen alguno de los criterios de la normativa alemana (p 1 y p2),
considerado los criterios de distancia de la fuente al receptor de Danish Wind Industry Association,
todos estos receptores se encuentran sobre las distancias donde el efecto sombra intermitente no es
observada o no es perceptible.
- Considerando el entorno de los receptores que no cumplen alguno de los criterios de la normativa
alemana (pl y p2), todos cuentan con alguna barrera que minimice el efecto sombra parpadeante.
Las modelaciones realizadas, tanto para el caso de condición meteorológica probable (caso real),
como para el caso astronómico (peor caso), no consideraron los obstáculos presentes en el terreno,
por lo que en ambos casos los resultados del modelo representan la "peor condición posible".
En relación al receptor PI, la sombra parpadeante en la condición máxima astronómica (peor caso),
supera la norma de referencia para las 30 h/año y para los 30 min/día, mientras que para la
condición meteorológica probable (caso real), supera la norma de 8 h/año pero no la de 30 min/día.
Reitera que es importante considerar que la condición meteorológica probable es la situación con
mayor probabilidad de ocurrencia, ya que la condición de máxima astronómica considera un año
con 100% de días sin nubes, lo que no resulta una condición real para la zona. Con relación a la
medida propuesta, indica que la instalación de cortinas en el receptor pl ha sido concordada con los
habitantes de dicha vivienda, los que han aceptado esta medida, entendiendo que estas pueden ser
abiertas o cerradas a voluntad durante el día. Con relación al receptor p2, la vivienda presenta una
importante barrera visual arbórea que la rodea, lo que se puede observar en la imagen satelital y que
las dimensiones de los árboles que sirven como barrera para los efectos de la sombra parpadeante. lo
que permitirá suprimir el efecto sombra parpadeante calculado por la modelación que, tal como se
indicó, fue generado en la "peor condición posible", es decir, sin barreras naturales o artificiales
resentes en el terreno.
En relación a las emisiones acústicas durante la fase de construcción, se consideró el peor escenario
en fase de construcción para la evaluación de emisiones según D.S. 38/11 MMA, esto es, aquellas
labores que tienen relación con la emisión simultánea de 3 frentes de trabajo (uno por cada
aerogenerador) e instalación de faenas, correspondientes a labores de construcción de obras viales,
construcción de plataformas, el montaje de grúas, construcción de fundaciones de aerogeneradores y
la construcción y montaje de conexiones internas. La siguiente Tabla presentan los resultados de
niveles de ruido y su cumplimiento normativo:
Punto
Distancia A Fuente Más
i
Ruido de
!
Cercena frn)
I
fondo
I
Nivel
Proyectado
áx. DS 38
Supera
L'Al
635
49
46,3
59
NO
VA2
1042
52
42,0
62
NO
VA3
1413
S/
36,4
62
NO
Fuente: Estudio dé Impacto Ac sttop, Anexo VI
Referente a la estimación de emisiones por tráfico vehicular, para el caso de los receptores en las
inmediaciones del proyecto, se ha definido como categoría de uso de suelo como categoría 2, Tipo
de Uso de Suelo Residencial, el cual está definido para zonas residenciales, viviendas, hoteles y en
general, todo sitio donde la gente normalmente duerme. Como datos de entrada del modelo, se ha
considerado un promedio de 3 vehículos (camiones) por hora, a una velocidad media de 50 km/h (31
mph) y de 1 camión por hora en horario nocturno. Adicionalmente, para evaluar el impacto sobre los
receptores, se considera en el cálculo el nivel de ruido de fondo más bajo obtenido para horario
diurno, y una distancia entre la vivienda y la ruta de 15 m. Para la evaluación, se consideró como
situación basal un ruido de fondo de 49 dB(A). Con las consideraciones anteriores, se presenta
gráfica con resumen de cálculo y nivel de impacto asociado exclusivamente al tránsito de camiones
por rutas cercanas a las viviendas, asociado al proyecto durante su etapa de construcción.
Tabla 2-33 Niveles de Ruido Proyectados Transito Camiones— Fase de Construcción.
Existing Lela:
49 dBA
Total Project Ldn:
51 dBA
Total Noise Exposure
55 dBA
Increase•
4 dB
Impact
None
Fuente: Estudio de Impacto Acústico, Anexo VI
Por lo tanto, del análisis realizado se pude determinar que las emisiones asociadas al tránsito de 3
camiones por hora durante la fase de construcción del proyecto no generan un aumento significativo
de ruido sobre los receptores, por tanto, no genera impacto.
5.2. EFECTOS ADVERSOS SIGNIFICATIVOS SOBRE LA CANTIDAD Y CALIDAD DE LOS
RECURSOS NATURALES RENOVABLES, INCLUIDOS EL SUELO, AGUA Y AIRE
Impacto ambiental
Pérdida y compactación del recurso suelo
Componente(s)
ambiental(es)
afectado(s)
Recurso natural suelo
Parte, obra o acción que lo genera
Habilitación de caminos interiores, plataforma de montaje,
fundación aerogenerador, línea de transmisión soterrada,
instalación de faenas.
Fase en que se presenta
Construcción
Impacto ambiental
Alteración de calidad de las aguas subterráneas
Componente(s) ambiental(es)
afectado(s)
Calidad del agua
Parte, obra o acción que lo genera
Preparación
de terreno, excavaciones, habilitación de
caminos.
Fase en que se presenta
Construcción
Impacto ambiental
Aumento de las concentraciones basales de gases y
material particulado
Componente(s)
ambientales)
afectado(s)
Calidad del aire
Parte, obra o acción que lo genera
Tránsito
vehicular,
uso
de
equipos
y
maquinaria,
funcionamiento aerogeneradores
Fase en que se presenta
Construcción
Impacto ambiental
Pérdida de vegetación
Componente(s)
ambiental(es)
afectado(s)
Flora y vegetación
Parte, obra o acción que lo genera
Movimiento de tierra asociada a caminos interiores, trazado
línea de transmisión soterrada, plataforma de montaje,
fundación aerogeneradores.
Fase en que se presenta
Construcción
Impacto ambiental
Perdida de ejemplares de aves por colisión
Pérdida de ejemplares de quirópteros por colisión o
barotrauma
Alteración de hábitat de fauna nativa
Componente(s)
ambiental(es)
afectado(s)
Fauna nativa
Parte, obra o acción que lo genera
Funcionamiento aerogeneradores
Fase en que se presenta
Operación
Referencia
al
ICE
para mayores
detalles sobre este impacto específico
Punto 5.2 y 6.2 del ICE
En el área de emplazamiento del proyecto ni en su área de influencia existen recursos naturales
renovables que se consideren escasos, únicos o representativos, de acuerdo con las indicaciones del
punto 5.2 de la Guía de Evaluación de Impacto Ambiental Efectos Adversos sobre Recursos
Naturales Renovables (SEA, 2015).
La superficie de suelo intervenida por el proyecto será de 4,23 ha, correspondiente a suelo de uso
agroindustrial (3,29 ha) o sin vegetación (0,94 ha). La capacidad de uso del suelo intervenido en el
área del proyecto es de 1,18 hectáreas de Clase III y 3.05 de Clase VI. Los aerogeneradores se
emplazarán sobre un suelo perteneciente a la serie Ñadi Frutillar, cuyas características indican que
son suelos planos con una pendiente levemente inclinada, profundos, drenaje interno moderado,
presentan eventuales anegamientos en la temporada invernal, se clasifican según su capacidad de
uso en Clase III, dada al lento drenaje interno (w); dichas características hacen de estos suelos de
bajo impacto al laboreo. Este suelo se clasifica en el grupo de suelos arables, siendo necesario
adoptar medidas ante la eventual pérdida del recurso suelo a causa de la construcción del proyecto.
La evaluación sobre la posible activación de procesos erosivos, con especial énfasis en los suelos
descritos con problemas de drenaje interno, indica que el mejoramiento de la carpeta de rodados
propuesto no generará una activación de procesos erosivos en los caminos, así como tampoco en el
área de influencia de estos. Los nuevos tramos de camino que se construirán no generarán activación
de procesos erosivos debido a que incorporan elementos de diseño que permiten canalizar los flujos
y conducirlos hacia los costados para luego infiltrar o desembocar suavemente a los fosos de drenaje
existentes. Tampoco hubo registro de indicios manifiestos de erosión a lo largo de todos los tramos
estudiados, lo que sumado a la extensa red de fosos de drenaje existentes hacen posible afirmar que
no habrá una activación de procesos erosivos en el área de mejoramiento y construcción como
tampoco en el área de influencia del proyecto. Por otra parte, no se prevé perdida de suelo por
presencia de contaminantes debida a las características del proyecto y el manejo de residuos,
previsto para la ejecución del mismo.
El proyecto no considera la intervención o corta de bosques nativos o plantaciones forestales, y las
obras e instalaciones se emplazan en suelos con praderas, sin afectar o impactar a bosquetes
remanentes. La proyección del movimiento de las aspas de los aerogeneradores del proyecto, no se
realiza sobre bosques que pudieran ser afectados por éstas.
El Proyecto se localiza en un terreno predominantemente silvoagropecuario, con presencia menor de
zonas nativas dentro del área de influencia y en la periferia de éste. De las especies vertebradas
identificadas en terreno, todas ellas se encuentran en un estado de conservación de Preocupación
menor. Para el caso de los anfibios solamente se detectó la especie Pleurodema sp., cuyo estado de
conservación es "Casi Amenazada" según la Unión Internacional para la Conservación de la
Naturaleza (UICN). En relación con la presencia de anfibios en la zona y las actividades del
Proyecto, las actividades constructivas del Proyecto no generarán intervenciones en canales o áreas
con bosque, hábitats comunes de este tipo de especies, por lo que no se prevé algún tipo de impacto
sobre ella.
En cuanto a la presencia de quirópteros la totalidad de las especies identificadas en el área de
influencia están catalogadas como de Preocupación Menor. La detección de los individuos se realizó
cercano a zona de bosque nativo, que se encuentra en los márgenes del área del Proyecto, y que no
será cortado ni intervenid, por lo que se descarta la posibilidad de intervenir las zonas de posibles
refugios de quirópteros existentes en la zona.
Cabe consignar que el proyecto considera un plan de acción para avifauna y quirópteros (Anexo F
del Adenda Complementaria) que incluye un monitoreo de aves y quirópteros, y la implementación
de un plan de contingencia ante eventuales mortalidad de aves y barotrauma de quirópteros.
5.3.
REASENTAMIENTO
DE
COMUNIDADES
HUMANAS
O
ALTERACIÓN
SIGNIFICATIVA DE LOS SISTEMAS DE VIDA Y COSTUMBRES DE GRUPOS HUMANOS
Impacto ambiental
Alteración de sistemas de vidas y costumbres de grupos
humanos
Parte, obra o acción que lo genera
Construcción y operación del proyecto
Fase en que se presenta
Construcción y operación
Referencia
al
ICE
para
mayores
detalles sobre este impacto específico
Punto 5.3 y 6.3 del ICE.
El proyecto se desarrolla al interior de un predio particular no produciéndose reasentamiento de
comunidad humanas.
Las principales actividades productivas de quienes residen en Villa Alegre Sur son artesanía,
construcción y agricultura. Algunos explotan recursos de la tierra como crianza, engorda de vacuno
y lechería; en tanto que las 29 familias restantes trabajan en específico una economía de subsistencia
que consiste en la mantención de gallineros y huertos caseros donde las aves y verduras se
consumen a nivel familiar, y a la vez sus excedentes de verduras de huerto, o fabricación de queso
fresco. Al respecto, las obras y acciones del proyecto no intervienen ni restringe el acceso a los
recursos naturales que utilizan como sustento los grupos humano en el área de influencia.
Tampoco se identificó uso tradicional, como medicinal, espiritual o cultural de recurso que se vean
afectado por el proyecto.
Las rutas viales que utilizará el proyecto presentan un bajo flujo vehicular durante el año, lo que
genera espacios suficientes para que, el volumen adicional de vehículos durante la fase de
construcción del Proyecto (máximo de 7 vehículos/hora, durante 2 meses), no ocasione aumentos
significativos de tiempo en desplazamiento de la comunidad por dichas rutas. Además, y
considerando lo anterior, las vías permanecerán con un tránsito fluido, sin generar obstrucciones o
restricciones a la libre circulación por estas rutas o acceso a los bienes, equipamientos, servicios o
infraestructura básica para la comunidad.
La fase de construcción y operación no supone acciones u obras que alteren el acceso o a la calidad
de bienes y/o servicios básicos, tales como: vivienda, transporte, energía, salud, educación, servicios
sanitarios o recreación; ya que dichos servicios se encuentran distantes del emplazamiento del
proyecto, sin que éste interfiera en ellos.
La DIA no identifica alteración del normal del desarrollo de manifestaciones culturales e intereses
comunitarios de la población, particularmente, la fiesta costumbrista de La Manzana. Esta actividad
se desarrolla a finales del verano de cada año, se realiza en el área de la cancha de futbol ubicada en
la entrada de la comunidad de Villa Alegre Norte, aproximadamente a 4,2 km del ingreso al área del
proyecto. el ingreso a la cancha de futbol donde se desarrolla la Fiesta de La Manzana corresponde a
la ruta hacia Villa Alegre Norte, la que no es utilizada por el proyecto, que usa la ruta V-272, en
dirección a Villa Alegre Sur.
La información proporcionada en la DIA sobre los grupos humanos que habitan el área de influencia
del proyecto no indicó la existencia grupos o personas pertenecientes a pueblos indígenas
5.4. LOCALIZACIÓN EN O PRÓXIMA A POBLACIONES, RECURSOS Y ÁREAS
PROTEGIDAS, SITIOS PRIORITARIOS PARA LA CONSERVACIÓN, HUMEDALES
PROTEGIDOS Y GLACIARES, SUSCEPTIBLES DE SER AFECTADOS, ASÍ COMO EL
VALOR AMBIENTAL DEL TERRITORIO EN QUE SE PRETENDE EMPLAZAR
Impacto ambiental
Susceptibilidad de afectación a áreas, población o recursos
protegidos
Componente(s) ambiental(es)
afectado(s)
Área, población o recurso protegido.
Parte, obra o acción que lo genera
Construcción y operación del proyecto
Fase en que se presenta
Construcción y operación
Impacto ambiental
Afectación de servicios ecosistémicos relevantes para la
población local
Componente(s) ambiental(es)
afectado(s)
Valor ambiental
Parte, obra o acción que lo genera
Construcción y operación del proyecto
Fase en que se presenta
Construcción y operación
Referencia
al
ICE
para
mayores
detalles sobre este impacto específico
Puntos 5.4, 5.5 y 6.4 de ICE
No se identificó personas o grupos humanos pertenecientes población protegida por leyes especiales
en el área de influencia del proyecto.
De acuerdo con la localización del área de emplazamiento del proyecto éste no se ubica en o
próximo a un área protegida, sitios prioritarios para la conservación, humedales protegidos o
glaciares. Además, no corresponde a una zona con valor ambiental, ya que no se trata de un área con
nula o baja intervención antrópica, sino que a una zona donde en los predios se han llevado a cabo
actividades agrícolas y ganaderas. Tampoco se identifica algún recurso natural protegido en el área
de influencia
5.5. ALTERACIÓN SIGNIFICATIVA, EN TÉRMINOS DE MAGNITUD O DURACIÓN, DEL
VALOR PAISAJÍSTICO O TURÍSTICO DE UNA ZONA
Impacto ambiental
Alteración del valor paisajístico o turístico del área
Componente(s) ambiental(es)
afectado(s)
Paisaje
Parte, obra o acción que lo genera
Aerogeneradores
Fase en que se presenta
Construcción y operación
Referencia
al
ICE
para
mayores
detalles sobre este impacto específico
Puntos 5.6 y 6.5 del ICE.
La instalación de aerogeneradores no implica un bloqueo de las vistas hacia los atributos biofísicos
del paisaje y no perjudica mayormente a ningún elemento que otorgue valor paisajístico a la zona de
emplazamiento. Si bien las estructuras que conteTpllsyProyecto son verticales y podrían generar
un grado de intrusión e incompatibilidad con el paisaje, estas no se constituyen como objetos que
concentren la vista o atención de los observadores, basados principalmente en la conformación del
paisaje, tanto de la unidad de paisaje, como del entorno inmediato.
La intervisibilidad generada por la superposición de las cuencas visuales, refleja que la visibilidad
hacia el Proyecto se concretará desde sectores asociados a los puntos de observación más cercanos
al Proyecto, que producto de las condiciones del relieve y de la vegetación permiten acceder
visualmente a las obras. Si bien las rutas secundarias identificadas como V-272 y V-200, se
encuentran más distante de la zona de emplazamiento, al encontrarse en superficie, y considerando
el tamaño de las obras, también son definidas como puntos de observación del Proyecto.
Debido a las características (forma y color) de los aerogeneradores, que facilitan su integración al
paisaje, sumado a la obstrucción por parte de la vegetación en los primeros y segundos planos y la
distancia desde los puntos de observación hacia los aerogeneradores, hace que se atenúen su
visibilidad, fundamentalmente debido a que las rutas públicas están alejadas del emplazamiento
desde donde es posible acceder al Proyecto.
Desde puntos de observación del paisaje adicionales a los presentados en la DIA, se determinó que
no existirá una afectación provocada por la intrusión de nuevos elementos al paisaje
(aerogeneradores), ya que, si bien las estructuras son de gran tamaño (226,5 m), existen pantallas
arbóreas distribuidas en la zona que minimizan el área visible de estas estructuras, por lo que no
atraen mayormente la vista de los observadores, transformándose estos en parte del fondo escénico.
Finalmente, en respuesta a observación ciudadana se incorpora el análisis de paisaje y visibilidad
desde una parcelación distantes aproximadamente 1,5 -2,5 km de distancia del proyecto, se tiene que
si bien, la instalación de aerogeneradores corresponde a un elemento que modifica la lectura visual
del territorio, la inclusión de estos, tanto en la fase de construcción como de operación, no implica
un bloqueo de las vistas hacia los atributos biofísicos del paisaje y no perjudica mayormente a
ningún elemento que otorgue valor paisajístico a la zona de emplazamiento. Y, si bien las
estructuras que contempla el proyecto son verticales, y podrían generar un mayor grado de intrusión
e incompatibilidad con el paisaje, debido a que se consideran la instalación de 3 aerogeneradores,
estos no se constituyen como objetos que concentren la vista o atención de los observadores. Es
importante hacer notar que la atención visual en esta área se enfoca en dirección Este, hacia donde
se encuentran atractivos visuales, como los volcanes Osorno, Calbuco, cerros Tronador y
Puntiagudo. Por otra parte, la instalación de las partes y obras del Proyecto, en relación al tamaño y
superficie, no implican una alteración significativa de los atributos biofísicos que componen el
paisaje. Ahora, si bien, las obras pueden producir alguna alteración cromática en la zona de
emplazamiento, durante su etapa de operación, esta no genera un cambio sustancial en los atributos
estéticos que otorgan valor paisajístico, ya que la vegetación tiene mayor peso en la composición de
la calidad visual del paisaje.
Por otra parte, durante la evaluación se determinó que la macrozona donde se ubica el Proyecto
posee valor turístico, definido por la existencia de un (1) sitio natural, y cinco (5) servicios de
alojamiento y alimentación. Además de un (1) Acontecimiento Programado con jerarquía local. Al
aplicar los criterios de magnitud del valor turístico en el área de influencia, se pudo determinar que
posee una Baja magnitud, debido a que los recursos turísticos en esta área son de carácter local y no
se encuentran dentro de los polos de concentración de atractivos turísticos de la comuna. Dado los
flujos vehiculares y rutas a utilizar por el proyecto, la actividad de transporte de material y
trabajadores tendrá baja interacción con los elementos que otorgan el valor turístico, tanto de la zona
donde se emplazará el Proyecto, como en los otros sectores de la comuna
5.6. ALTERACIÓN DE MONUMENTOS, SITIOS CON VALOR ANTROPOLÓGICO,
ARQUEOLÓGICO, HISTÓRICO Y, EN GENERAL, LOS PERTENECIENTES AL
PATRIMONIO CULTURAL
Impacto ambiental
Alteración de patrimonio arqueológico y/o paleontológico
Parte, obra o acción que lo genera
Excavaciones en terreno
Fase en que se presenta
Construcción
Impacto ambiental
Afectación
de
sitios
en
que
se
lleven
a
cabo
manifestaciones culturales.
Parte, obra o acción que lo genera
Construcción y operación de aerogeneradores
Fase en que se presenta
Construcción y operación
Referencia
al
ICE
para
mayores
detalles sobre este impacto específico
Punto 5.7 y 6.6 del ICE
Conforme a los resultados de la prospección arqueológica contenida en la DIA no se identificaron
elementos patrimoniales de carácter arqueológico o histórico en el área de influencia del proyecto.
En el Anexo 10 del Adenda y el Anexo E de Adenda complementaria se amplía la revisión de los
antecedentes bibliográficos específicos del área del proyecto, profundizando en aquellos de carácter
tanto prehispánico como histórico, a partir de una revisión bibliográfica actualizada en la que se
incorporaron fuentes tales como publicaciones, informes y/o manuscritos procedentes de proyectos
de investigación, proyectos sometidos al SETA. El proyecto considera como parte de los
compromisos ambientales voluntario, un monitoreo arqueológico durante la ejecución de las obras
del proyecto que impliquen excavaciones, de manera de verificar que no se producirá alteración al
patrimonio cultural arqueológico. Para ello contará con la presencia de un arqueólogo en terreno,
quien además realizará charlas de inducción a los trabajadores y elaborará un informe mensual de
las actividades.
La inspección y caracterización del componente de patrimonio paleontológico, que se desarrolló
sobre la base de una revisión bibliográfica y trabajo de terreno consistentes en una prospección
paleontológica visual de carácter superficial, determinó que el proyecto se emplaza directamente
sobre una unidad sedimentarias con potencial paleontológico Susceptible (Medio-Bajo), sin que se
observaran componentes fósiles dentro de esta unidad. Dado estos resultados el Titular contempla la
realización del compromiso ambiental voluntario de Capacitación de Trabajadores-Patrimonio
Paleontológico y Arqueológico, además de un protocolo en caso de hallazgo fortuitos.
La DIA da cuenta de la inexistencia de lugares o sitios en que se lleven a cabo manifestaciones
propias de la cultura o folclore de algún pueblo, comunidad o grupo humano, en el área de
emplazamiento del proyecto y en su área de influencia. Las obras del proyecto se desarrollan en
terrenos actualmente de agrícolas que no cuentan con construcciones de ningún tipo, ni se emplaza
en un área en que existan este tipo de elementos patrimoniales culturales.
6°. Que, durante la evaluación del proyecto no se han proporcionado los antecedentes suficientes
que justifiquen la inexistencia de los siguientes efectos, características y circunstancias del artículo
11 de la Ley N° 19.300:
6.1. RIESGO PARA LA SALUD DE LA POBLACIÓN, DEBIDO A LA CANTIDAD Y
CALIDAD DE EFLUENTES, EMISIONES Y RESIDUOS
Impacto ambiental
Aumento de los niveles basales de ruido
Parte, obra o acción que lo genera
Funcionamiento de aerogeneradores
Fase en que se presenta
Operación
Referencia
al
ICE
para mayores
detalles sobre este impacto específico
Puntos 5.1, 6.1 y 9.2.5 del ICE
Conforme se describe en el punto 9.2.5 del ICE, el estudio de ruido presentado en la DIA adolece de
errores e inconsistencias técnicas, que no permiten tener certeza del cumplimiento de la norma de
ruidos, asociado al funcionamiento de los aerogeneradores, durante la fase de operación del
proyecto.
La evaluación de impactos sobre el riesgo para la salud de la población, Art. 5 literal b) del RSEIA,
se realizó en base a valores de emisiones de ruido y ruido de fondo que subestiman los potenciales
impactos. De esta forma no se ha descartado el riesgo para la salud de la población, cuya salud
pueda verse afectada por la superación de los valores de ruido establecidos en la normativa
ambiental vigente, conforme a lo preceptuado en el artículo 5°, letra b) del Reglamento del SEIA.
7°. Que resultan aplicables al Proyecto los siguientes permisos ambientales sectoriales, asociados a
las correspondientes partes, obras o acciones que se señalan a continuación:
7.1. PERMISOS AMBIENTALES SECTORIALES DE CONTENIDO ÚNICAMENTE
AMBIENTAL
7.1.1. El permiso para la construcción, reparación, modificación y ampliación de cualquier obra
pública o particular destinada a la evacuación, tratamiento o disposición final de desagües, aguas
servidas de cualquier naturaleza, según se establece en el artículo 138 del Reglamento del SETA
Fase del Proyecto a la
cual corresponde
Operación
Parte, obra o acción a
la que aplica
Servicios higiénicos
Condiciones o
exigencias
específicas para su
otorgamiento
La
solución
sanitaria
particular
proyectada,
corresponde
a
la
implementación de un contenedor marítimo estándar de 20 pies, el que está
dividido en dos unidades con accesos independientes (Comedor y servicios
higiénicos). La solución sanitaria, se proyecta una dotación para un máximo
de 5 usuarios. Una de las unidades, corresponde a un área destinada a ser
usada como comedor, el que contará con un lavaplatos (Lp). Las aguas
grises generadas por este artefacto serán recolectadas mediante tubería
sanitaria de PVC de 75 mm, para posteriormente ser dirigidas a una cámara
de separación de grasas y luego a una cámara de inspección, en donde se
unirán a las aguas residuales provenientes de los artefactos sanitarios del
servicio higiénico del personal (Baños). La otra unidad, corresponde al
servicio higiénico del personal, el que estará implementada con un inodoro
(WC), un lavatorio (Lo) y una ducha de tipo lluvia (B°11). Las aguas que se
generarán producto del uso de estos artefactos serán conducidas a una
cámara de inspección, mediante tuberías sanitarias de PVC de 110 mm,
para luego ingresar a una fosa séptica de 2000 litros de capacidad y
seguido, de un tiempo de retención determinado, ser infiltradas al terreno
natural por medio de un sistema de drenes.
Detalles de los antecedentes del permiso se encuentran en el Anexo C del
Adenda complementaria.
Pronunciamiento del
órgano competente
Ord. N°8259/2021 del 14 de julio de 2021 de la SEREMI de Salud de la
Región de Los Lagos. Se pronuncia conforme con los antecedentes
ambientales del permiso
Referencia al ICE
para mayores detalles
Punto 10.1.1 del ICE
7.1.2. Permiso para la construcción, reparación, modificación y ampliación de cualquier planta de
tratamiento de basuras y desperdicios de cualquier clase o para la instalación de todo lugar destinado
a la acumulación, selección, industrialización, comercio o disposición fmal de basuras y
desperdicios de cualquier clase, según se establece en el artículo 140 del Reglamento del SETA
Fase del Proyecto a la
cual corresponde
Construcción
Parte, obra o acción a
la que aplica
Áreas para la acumulación temporal de residuos (residuos domésticos,
residuos asimilables a domésticos y residuos sólidos industriales no
peligrosos)
Condiciones o
exigencias
específicas para su
otorgamiento
El lugar de almacenamiento temporal de residuos del Proyecto será en el
área
de
la
instalación
de
faenas.
Los
residuos
serán
acopiados
temporalmente, no contemplando un tratamiento de estos, sino que solo se
considera su almacenamiento temporal previo a su traslado hacia un sitio de
disposición fmal autorizado.
El área de acopio temporal de residuos sólidos domiciliarios e industriales
no peligrosos tendrá una radier de hormigón de al menos 20 cm de espesor,
cuya superficie será de 18 m2 (ver plano instalación faenas en Apéndice I).
A continuación, se describen las características del área de acopio de estos
residuos:
• • Portón de acceso restringido, pudiendo ingresar solamente el personal
responsable de su operación.
• • Contará con un cierre perimetral de 1,8 m de altura.
• • Los residuos domiciliarios se dispondrán dentro de contenedores de
basura fabricados de HDPE o similar, con capacidad aproximada desde
100 a 1.000 litros, con tapa y sistema de ruedas con freno (hermético).
Se considera la implementación de al menos 10 de estos receptáculos
en la instalación de faenas.
• • El almacenamiento será ordenado y no obstruirán las vías de ingreso.
• • Existirá un registro de ingreso y salida de residuos
• • Se dará estricto cumplimiento al artículo 18 del D.S. N° 594/99 del
Ministerio de Salud.
• • Contará con señalización de seguridad y uso de los elementos de
protección personal (E.P.P).
Con relación a los residuos industriales no peligrosos correspondientes a
material de excavaciones de las fundaciones de los aerogeneradores, se
dispondrán temporalmente en zonas cercanas al frente de trabajo y
posteriormente serán reutilizados en faenas de nivelación, compactación y
habilitación de caminos internos y fundaciones. Se estima que el volumen
total desplazado por las fundaciones de los aerogeneradores y las zanjas de
cables subterráneos será de 10.854 m3 y 2.707 m3 respectivamente, que
serán
reutilizados
integralmente.
Se
estima
que
los
excedentes
de
excavaciones serán 4 m3, los cuales se reutilizarán como estabilizador y
compactador en
la habilitación
de caminos, en
otras obras
de
la
construcción o simplemente como reparador de suelos agrícolas.
Detalles de los antecedentes del permiso se encuentran en el Anexo IV de la
DIA.
Pronunciamiento del
Ord. N°8259/2021 del 14 de julio de 2021 de la SEREMI de Salud de la
órgano competente
Región de Los Lagos. Se pronuncia conforme con los antecedentes
ambientales del permiso
Referencia al ICE
para mayores detalles
Punto 10.1.2 del ICE
7.1.3. Permiso para todo sitio destinado al almacenamiento de residuos peligrosos según se
establece en el artículo 142 del Reglamento del SEIA
Fase del Proyecto a la
cual corresponde
Construcción
Parte, obra o acción a
la que aplica
Bodega de almacenamiento de residuos peligrosos
Condiciones o
exigencias
específicas para su
otorgamiento
El lugar de almacenamiento temporal de residuos del Proyecto será en el
área
de
la
instalación
de
faenas.
Los
residuos
serán
acopiados
temporalmente, no contemplando un tratamiento de estos, sino que solo se
considera su almacenamiento temporal previo a su traslado hacia un sitio de
disposición final autorizado.
Durante la fase de construcción del Proyecto se almacenarán residuos con
categoría de peligrosos (RESPEL), en su mayoría serán envases de
sustancias peligrosas tales como lubricantes, diluyentes, pinturas, huaipes
contaminados, materiales absorbentes entre otros.
El manejo de los RESPEL se realizará a través de dos etapas:
- Contenedores primarios estancos y sellados en el lugar de generación
(frente de trabajo), para posteriormente ser llevados a un contenedor
secundario.
- Los contenedores secundarios se almacenarán en una Bodega de Acopio
Temporal de RESPEL, de aproximadamente 15 m2, en espera de su
traslado a un sitio de disposición final autorizado. Se espera una producción
aproximada de residuos peligrosos durante la construcción de 15,6 kg/mes.
El transporte y disposición final de estos residuos, durante la fase de
construcción del Proyecto, será realizado por una empresa autorizada y
dichos residuos serán dispuestos en sitios que cuenten con las resoluciones
correspondientes de la SEREMI de Salud de la región de Los Lagos.
La bodega de almacenamiento tendrá acceso restringido, en términos que
sólo podrá ingresar personal debidamente autorizado por el responsable de
la instalación y contará con señalización de acuerdo a la Norma Chilena
NCh. 2.190 Of.93.
El titular mantendrá en sus instalaciones el registro del retiro y disposición
fmal de estos residuos, en caso de generarse.
Detalles de los antecedentes del permiso se encuentran en el Anexo IV de la
DIA.
Pronunciamiento del
Ord. N°8259/2021 del 14 de julio de 2021de la SEREMI de Salud de la
órgano competente
Región de Los Lagos. Se pronuncia conforme con los antecedentes
ambientales del permiso
Referencia al ICE
para mayores detalles
Punto 10.1.3 del ICE
7.2. PERMISOS AMBIENTALES SECTORIALES MIXTOS
7.2.1. Permiso para subdividir y urbanizar terrenos rurales o para construcciones fuera de los límites
urbanos según se establece en el artículo 160 del Reglamento del SEIA
Fase del Proyecto a la
cual corresponde
Construcción
Parte, obra o acción a
la que aplica
Fundaciones aerogeneradores, edificaciones instalación de faenas
Condiciones o
exigencias
especificas para su
otorgamiento
En el Anexo IV de la DIA se acompañaron los antecedentes técnicos de
carácter ambiental requeridos para el otorgamiento del permiso para las
construcciones industriales fuera de los límites urbanos que considera el
proyecto. Estos antecedentes incluyeron una caracterización del suelo del
área donde se emplazarán las edificaciones que requieren IFC. Los tipos de
suelo y las superficies afectos IFC. En Adenda complementaria se
incorpora una edificación correspondiente al baño, de aproximadamente
15m2. Por lo tanto, las superficies afectas a IFC son:
Cuadro 111 Predios donde se sondea aji.F..0
W
Roles
Nombre del predio
Orootetabo
Consteucadr5
Superliele afecta a 1.F.0
3
24394
Pereda ti Redro
Mesa Weba43Cados Gerudo
InsuAldón de faenas, Isaf1o,
'e0'.""d°13
3.740
2
243-303
P dm Wel PC 4 11
lie,otenenclorAn
204
3
243.344
P,:h1 loo. PC a X
Aewgenersdo AG2
aoe
Todas las construcciones son sobre terrenos rurales con Clase de Capacidad
de Uso Illw.
El proyecto no genera nuevos núcleos urbanos al margen de la planificación
y no genera pérdida o degradación del recurso natural suelo.
Pronunciamiento del
órgano competente
Ord. N°131 del 26 de junio de 2020 de la SEREMI de Agricultura de la
Región de Los Lagos. Se pronunció conforme con los antecedentes
ambientales del PAS contenido en la DIA.
Ord. N°415 del 09 de julio de 2021 del SAG Región de Los Lagos. Se
pronunció conforme con los antecedentes ambientales del FAS contenido
en la DIA.
Referencia al ICE
para mayores detalles
Punto 10.2.1 del ICE
8°. Que, de acuerdo a los antecedentes que constan en el expediente de evaluación, la forma de
cumplimiento de la normativa de carácter ambiental aplicable al Proyecto es la siguiente:
Norma Ley General de Urbanismo y Construcciones
Componente/materia:
Construcciones en área rural
Otros cuerpos legales
D.S. N° 47/92, del Ministerio de Vivienda y Urbanismo (MINVU),
Ordenanza General de Urbanismo y Construcción (OGUC)
Fase del proyecto a la que
aplica o en la que se dará
cumplimiento
Construcción y operación
Parte,
obra,
acción,
emisión,
residuo
o
sustancias a la que aplica
Aerogeneradores y baño
Forma de cumplimiento
La DIA incorporó una caracterización del suelo en el área de influencia
y de las edificaciones que contempla el proyecto.
Indicador que acredita su
cumplimiento
La DIA y Adenda complementaria acompañan los antecedentes
técnicos de carácter ambiental requeridos para el otorgamiento del
permiso para las construcciones industriales fuera de los
límites
urbanos (IFC).
Forma
de
control
y
seguimiento
Las obras deberán contar con el otorgamiento del IFC previo a la
ejecución de las obras.
Referencia al ICE para
mayores detalles
Punto 9.1.1 del ICE
Norma D.S. N° 725/1967 (MINSAL). Código Sanitario
Componente/materia:
Manejo de residuos sólidos y líquidos
Otros cuerpos legales
Fase del proyecto a la
que aplica o en la que se
dará cumplimiento
Construcción y operación
Parte,
obra,
acción,
emisión,
residuo
o
sustancias a la que aplica
El proyecto generará efluentes líquidos en la fase de construcción,
correspondientes a las aguas servidas asociadas a la presencia de
trabajadores y el funcionamiento de la zona de lavado de camiones
mixer.
El Proyecto generará residuos sólidos por la construcción de las obras
correspondientes a excedentes materiales y excavación. Además, se
prevé la generación de residuos sólidos domiciliarios y residuos
peligrosos.
Forma de cumplimiento
El Titular ha indicado las condiciones y especificaciones técnicas que
reunirán los lugares destinados a la acumulación y disposición final de
las basuras y desperdicios del proyecto (PAS 140).
Las aguas servidas, en la etapa de construcción, serán manejadas a
través de baños químicos provistos por una empresa autorizada. Para la
etapa de operación se contará con baño y sistema de alcantarillado
particular (PAS 138).
Para el lavado de camiones mixer se contará con una piscina
decantadora, sin que se realice descarga de residuos líquidos a cursos o
cuerpos de agua.
Los residuos peligrosos generados en la fase de construcción serán
segregados y almacenados transitoriamente en bodega habilitada para
almacenar dicho tipo de residuos. Las características y antecedentes
técnicos de la bodega de almacenamiento transitorio de residuos
peligrosos encuentran contenidos en el PAS
142 El período de
almacenamiento no excederá los 6 meses y el retiro de los residuos
peligrosos será realizado por empresas externas que cuenten con
autorización sanitaria, tanto para el transporte como para la disposición
final en lugar autorizado de éstos.
Indicador que acredita su
cumplimiento
La DIA acompaña los acompañan los antecedentes técnicos de carácter
ambiental requeridos para el otorgamiento del permiso para las áreas de
acumulación temporal
de residuos (residuos domésticos, residuos
asimilables a domésticos y residuos sólidos industriales no peligrosos),
asociados al PAS 140 del RSEIA y para el almacenamiento de residuos
peligrosos (PAS 142).
Por su parte presenta los contenidos técnicos ambientales para la
obtención del permiso para el sistema de alcantarillado particular (PAS
138)
Forma
de
control
y
seguimiento
El Titular deberá obtener las autorizaciones sectoriales respectivas,
previo a la ejecución del proyecto. Además, deberá mantener un
registro
documentado
de
traslado
y
disposición
final
en
lugar
autorizado de los residuos.
Referencia al ICE para
mayores detalles
Punto 9.2.1 del ICE
Norma D.S. (MINSAL) N° 594/99, Reglamento sobre condiciones sanitarias y Ambientales en los
lugares de trabajo.
Componente/materia:
Manejo de residuos sólidos y líquidos
Otros
cuerpos
legales
asociados
Fase del proyecto a la
que aplica o en la que se
dará cumplimiento
Construcción y operación.
Parte,
obra,
acción,
emisión,
residuo
o
sustancias a la que aplica
El proyecto generará efluentes líquidos en la fase de construcción,
correspondientes a las aguas servidas asociadas a la presencia de
trabajadores y el funcionamiento de la zona de lavado de camiones
mixer.
El Proyecto generará residuos sólidos por la construcción de las obras
correspondientes a excedentes materiales y excavación. Además, se
prevé la generación de residuos sólidos domiciliarios y residuos
peligrosos.
Forma de cumplimiento
El Titular describe en la DIA las acciones para dar cumplimiento a las
disposiciones contenidas en el Párrafo III referidas al manejo y
disposición de residuos industriales liquidos y sólidos, así como al
artículo 26 del Reglamento referida al manejo de las aguas servidas.
En la fase de construcción, las aguas servidas generadas serán
manejadas en baños químicos. La instalación y limpieza de estos baños
será realizado por una empresa autorizada para tales efectos. En la fase
de operación,
se
prevé
la utilización de baño con sistema de
alcantarillado particular.
El lavado de hormigón de camiones genera una fase sólida, la cual al
endurecer será retirada por la misma empresa que retirará los residuos
sólidos no peligrosos y una fase líquida la cual será retirada por una
empresa especializada en retiro y tratamiento de residuos líquidos
industriales, para luego ser dispuestos en un lugar autorizado. Luego
del retiro de los desechos, se mantendrá en planta una ficha con el
registro de esta actividad para posterior revisión por parte de la
autoridad que lo solicite.
Se estima que durante la fase de construcción se generará un total
aproximado de 322,68 toneladas de RSINP, durante 6 meses de faena.
Por su parte, los excedentes de excavaciones se calculan en 13.585 m3,
los cuales serán reutilizados como estabilizador y compactador en la
habilitación
de
caminos,
en
otras
obras
de
la
construcción
o
simplemente como reparador de suelos agrícolas.
Se estima una frecuencia de retiro de RSINP durante la fase de
construcción de 1 vez a la semana.
Respecto
a
los
residuos
sólidos
peligrosos
serán
segregados
y
almacenados transitoriamente en bodega habilitada para almacenar
dicho tipo de residuos.
Indicador que acredita su
cumplimiento
La DIA acompaña los acompañan los antecedentes técnicos de carácter
ambiental requeridos para el otorgamiento del permiso para las áreas de
acumulación temporal
de residuos (residuos domésticos, residuos
asimilables a domésticos y residuos sólidos industriales no peligrosos),
asociados al PAS 140 del RSEIA y para el almacenamiento de residuos
peligrosos (PAS 142).
Por su parte presenta los contenidos técnicos ambientales para la
obtención del permiso para el sistema de alcantarillado particular (PAS
138)
Forma
de
control
y
seguimiento
Se mantendrán las autorizaciones sanitarias de lugares de acopio y/o
almacenamiento temporal de residuos sólidos industriales no peligrosos
y de las empresas encargadas de transporte y disposición final de los
residuos disponibles para ser fiscalizados por la Autoridad.
- Autorización
sanitaria
de
empresa suministradora
de
servicios
sanitarios.
- Registro de manejo realizado en baños químicos.
- Autorización sanitaria de empresa encargada de retiro y disposición
fmal de baños químicos
Autorización sanitaria de los sitios de lavado de camiones.
- Autorización sanitaria de empresa encargada del retiro por intermedio
de camión aljibe.
Referencia al ICE para
mayores detalles
Punto 9.2.2 del ICE
Norma D.S. (MINSAL) N° 148/03 del Reglamento Sanitario sobre Manejo de Residuos Peligrosos
Componente/materia:
Manejo de residuos peligrosos
Fase del proyecto a la
que aplica o en la que se
dará cumplimiento
Construcción y operación.
Parte,
obra,
acción,
emisión,
residuo
o
sustancias a la que aplica
El proyecto prevé la generación de residuos peligrosos.
Forma de cumplimiento
Respecto a los residuos sólidos peligrosos generados en la fase de
construcción serán segregados y almacenados transitoriamente en
bodega
habilitada
para
almacenar
dicho
tipo
de
residuos.
Las
características y antecedentes técnicos de la bodega de almacenamiento
transitorio de residuos peligrosos encuentran contenidos en el PAS 142.
En la DIA se consigna que la frecuencia de retiro de RESPEL no
superará los 6 meses, y serán informados con 48 horas de anticipación
a la SEREMI de Salud de Los Lagos por medio físico o en formato
digital
en
el
Sistema
de
Declaración
Electrónico
de
Residuos
Peligrosos (SIDREP).
Los RESPEL a generar por el Proyecto en su fase de operación,
corresponderán al recambio de aceites eléctricos y mecánicos de
aerogeneradores y su correspondiente transformador interior, durante
las labores de mantención del Proyecto.
El servicio de mantención será contratado a una empresa externa la
cual también será la responsable del manejo, gestión y disposición final
de estos
residuos.
Esta empresa será debidamente acreditada y
autorizada para estos efectos por la autoridad competente.
Se estima que la generación de residuos peligrosos durante la operación
del proyecto es de 0,204 ton/año.
De acuerdo con lo presentado en la tabla anterior, y según lo
establecido en el artículo 25 del DS N° 148/2004, al no generar una
cantidad superior a 12 toneladas de RESPEL, no se hace necesario la
presentación de un plan de manejo de residuos peligrosos a la autoridad
sanitaria durante la fase de operación del Proyecto.
Indicador que acredita su
cumplimiento
Autorización sanitaria la bodega de almacenamiento temporal de
residuos peligrosos.
- Autorización sanitaria de empresa encargada de realizar el transporte.
- Autorización sanitaria de la empresa de disposición final de residuos
peligrosos.
Forma
de
control
y
seguimiento
Se mantendrán copia de autorizaciones sanitarias disponibles para ser
fiscalizadas por la Autoridad.
Referencia al ICE para
mayores detalles
Punto 9.2.3 del ICE
Norma D.S. (MINSAL) N° 43/16 del Reglamento de Almacenamiento de Sustancias Peligrosas
Componente/materia:
Manejo de sustancias peligrosas
Fase del proyecto a la
que aplica o en la que se
dará cumplimiento
Construcción y operación.
Parte,
obra,
acción,
emisión,
residuo
o
sustancias a la que aplica
El
proyecto
prevé
la
utilización
de
sustancias
peligrosos.
Almacenamiento temporal de sustancias peligrosas en dependencias del
proyecto, específicamente en bodega de acopio de material durante la
instalación de faena.
Forma de cumplimiento
El titular dará cumplimiento al presente cuerpo normativo mediante
almacenamiento
de
sustancias
peligrosas
en
las
bodegas
correspondientes para sustancias peligrosas.
Indicador que acredita su
cumplimiento
,
Autorización sanitaria por parte de la autoridad.
Forma
de
control
y
seguimiento
Se mantendrán copia de autorizaciones sanitarias disponibles para ser
fiscalizadas por la Autoridad.
Referencia al ICE para
mayores detalles
Punto 9.2.4 del ICE
Norma D.S. (MMA) N° 38/11 Establece Norma de Emisión de Ruidos Generados por Fuentes que
Indica.
Componente/materia:
Emisiones de ruidos provenientes de fuentes fijas
Fase del proyecto a la
que aplica o en la que se
dará cumplimiento
Todas las fases del proyecto.
Parte,
obra,
acción,
emisión,
residuo
o
sustancias a la que aplica
Obras de construcción y operación de aerogeneradores.
Forma de cumplimiento
El Titular acompaño en el Anexo VI de la DIA un estudio de impacto
acústico, tanto para las fases de construcción como de operación del
proyecto. Efectuando mediciones ruido de fondo en 3 receptores
Para
Para
cercanos
ruido
realizó
software
considerando
Propagación
modelo
geométrica,
entre
parque
específicamente
velocidad
cumplimiento
identificados (VA 1 , VA2 y V3). Para estimar las emisiones
producidas por la construcción y operación del proyecto,
modelación de propagación del sonido al aire libre mediante
iNoise
2020
(construcción)
y
CadnaA
(operación),
la norma ISO 9613, "Atenuación del Sonido durante
en Exteriores — Método General de Cálculo". Dicho
involucra
las
variables
de
atenuación
por
divergencia
topografía del sector y atenuación por efectos del suelo
otros factores. Adicionalmente, para el caso de operación
eólico,
se
incorporó
variables
del
modelo
Concawe,
para condiciones de operación de 8, 10 y 12 m/s
de viento.
la etapa de construcción los niveles de ruido proyectados y
normativo se resume en la siguiente Tabla:
de
se
la
del
de
el
el
1
r
í
1
Pi, ura 5.4. Niveles de Ruido Pro ectados
Varia
ojón Cura dimiento D.S. 38f11 MMA diurno
VA1
635
49
46,3
I
59
NO
....
[...
r
I
VA2
1042
52
i
42,0 82
NO
cumplimiento
1
VA3
1
1413
,
52
.
36 4 62
I
NO
la fase de operación los niveles de ruido proyectados y
normativo se resume en la siguiente Tabla
Figura 5.8. Niveles de Ruido Proyectados y Verificación Cumplimiento D.S. 38111 MMA diurno y
Nocturno - Eta
deo oración
Horario
CifilMO
Nocturno
Punto
Ruede
Z7'
'1DS
Supera
Ruido de fondo
Zivl
Mea OS 38
Supere
,r
,.do
8
D,
d,
VA1
49 36
51C: 41
35
50 NO
VA2
52 32 4.:
NC 43
32
5C NO
VA3
52 28 42
NO 41
28
50 NO
I
HorariO
Diurno
Nocturno
Punto
RI.V.
Proyectado
"Ir
Supere
Ruido de fondo
proNyet.,
Max DS 38
Supere
t/A1
49 36 59
NO 41
38
50 NO
—
VA2
--
52 3d e2
NO 40
34
CO NO
VA3
,
52
i
29 62
NO 41
9
50 NO
Horario
Diurno
Nocturno
Punto
R'iordr
,,,, Nivel
Max OS
Supera
Ruido de fondo
,,ZZI,„,,
Váz OS 38
Supera
VA1
49 37 59
NO 41
37
5C NO
VA2
52 34 52
NO 41 34
Y NO
VA3
52 29 92
NO 41 29
te NO
Indicador que acredita su
cumplimiento
De acuerdo con lo expuesto a continuación no es posible acreditar el
cumplimiento normativo.
Forma
de
control
y
seguimiento
La DIA consideraba la implementación de un plan de monítoreo de
niveles de ruido con una frecuencia trimestral durante el primer año de
operación del Proyecto, abarcando todas las condiciones estacionales
del viento, una vez sean instalados los aerogeneradores y, por ende, el
instrumental de medición de viento que permita evaluar todas las
condiciones de ruido exigidas.
Referencia al ICE para
mayores detalles
Punto 9.2.5 del ICE
En relación al Anexo 8 del Adenda complementaria, donde el Titular adjunta la actualización del
estudio de impacto acústico, se advierten errores e inconsistencia que informa la SEREMI de Medio
Ambiente Región de Los Lagos, a través del oficio Ord. N°223 del 13 de julio de 2021, donde
señala:
- No se presentan todos los antecedentes que justifiquen que el instrumental de medición cumple
con los requerimientos que establece la normativa aplicable, en específico, en la Guía para la
Aplicación del D.S. N°38/11 MMA en Parques Eólicos (SEA, 2020). Al respecto, no se presenta
información técnica de la pantalla anti-viento, como su diámetro, porosidad o ficha técnica, que
permita comprobar que esta cumple con lo solicitado en dicha guía: "La pantalla anti-viento
deberá tener un diámetro no menor a 100 mm y una porosidad de 4 a 8 poros cada 10 mm". Al
respecto, en la Adenda el titular menciona que "Para las mediciones de ruido de fondo, se utilizó un
sonómetro integrador marca Larson Davis modelo LxT2, con su respectiva pantalla anti-viento".
Como referencia, este sonómetro de fábrica posee una pantalla anti-viento modelo WS001, la cual
es de 90 mm de diámetro. Dado que la guía de evaluación sugiere el uso de una pantalla de a lo
menos 100 mm de diámetro y porosidad de 4 a 8 poros cada 10 mm, para estas mediciones se
utilizó como accesorio la pantalla anti-viento modelo NA-0303 de marca ACO, cuyo diámetro es de
200 mm, para micrófonos de 1/2".
Seguido de ello, en la misma respuesta el titular presenta una imagen referencial de la pantalla
antes citada. No obstante, y habiendo solicitado en el ICSARA complementario que se adjunte una
imagen 'roto de la pantalla anti-viento empleada durante las mediciones y no imágenes
referenciales", el titular presenta en la página 12 del Anexo B una imagen del sonómetro y pantalla
ami-viento utilizada para las mediciones, en donde se aprecia que esta no corresponde a lo
informado en la adenda, así como tampoco cumple con los requerimientos que establece la citada
guía.
La memoria de cálculo que describe la estimación de niveles de presión sonora sobre los receptores
identificados, presentada en el Anexo B de la Adenda complementaria, presenta los siguientes
errores u omisiones:
- El titular aclara en el Anexo B de la Adenda complementaria, Capítulo 5.2.1 que, "La modelación
se hizo considerando velocidades de viento de 8 m/s, 10 m/s y 12 m/s. A su vez, como datos de
entrada se consideró ficha técnica del fabricante, para modelo Vestas (Dinamarca) V162 5.6MW".
Seguido de ello, se presenta la ficha referida, en donde se aprecia que para las velocidades de
viento de 8 m/s, 10 mIs y 12 m/s, los niveles de potencia acústica son, respectivamente, 102.9 dBA,
104.9 dBA y 104.9 dBA. No obstante, en las memorias de cálculo extraídas desde el software de
modelación adjuntadas por el titular al mismo Anexo, se aprecia que el modelamiento consideró
otro nivel de potencia acústica de 100.6 dBA, lo cual no coincide con lo previamente informado y
representa una subestimación de los niveles de ruido sobre los receptores.
- Junto con lo anterior, no existe claridad en cuanto a la cantidad de fuentes consideradas y su
emisión, toda vez que, en la misma memoria de cálculo se identifican 6 fuentes de ruido para la fase
de operación, y no 3 como es informado en la descripción de proyecto (aerogeneradores). Por lo
demás, dichas fuentes presentan distintos niveles de emisión de ruido, los cuales no son coherentes
con lo informado en el presente proceso de evaluación, con lo cual no se indican con claridad los
antecedentes técnicos referidos al cumplimiento normativo.
- A mayor abundamiento, se aprecia en las memorias de cálculo que la altura de fuente,
considerada para en el modelamiento (altura de buje) es de 123 m, en circunstancias que, el Anexo
B indica que la altura de buje es de 145 m (Capítulo 5.2.1).
Respecto a lo anteriormente señalado cabe destacar que:
El criterio de evaluación establecido por la Guía para la aplicación del D.S. 38/11 MMA en parques
eólicos, en el SEIA, establece: "Se deberá realizar una medición del ruido de fondo en al menos
tres rangos de velocidad de viento a altura de buje (6-8, 8-10 y 10-12 m/s), bajo una condición
óptima del perfil de viento, en donde la velocidad a altura de medición sea mínima."
El Titular presenta como referencia datos históricos provenientes del explorador eólico del
Ministerio de Energía, señalando la variación del ciclo diario promedio entre los meses de
diciembre y febrero, a una altura de 123 metros. Sobre la referencia anterior, el titular señala lo
siguiente: "A partir de dicha información se tiene que, durante el periodo estival, el perfil de viento
a 123 metros de altura tendrá una velocidad promedio entre los 6 y 7 m/s. De modo que las
mediciones de Ruido de Fondo están condicionadas a dicho rango de velocidad de viento según la
información disponible y debidamente referenciada y validada para el emplazamiento del
Proyecto."
Lo anterior no es correcto ya que la velocidad de viento promedio representa un comportamiento
estimado a una altura de referencia. Al respecto, dependiendo del periodo de medición se podrían
estar considerando velocidades de viento no correspondientes al rango de operación del parque
eólico (por debajo de los 3 mis a altura de buje) o bien, no tener certeza del rango que se está
evaluando. Además, dicha información no representa un perfil de viento propiamente tal, más bien
es un promedio referencial que no entrega información útil para las mediciones de ruido.
Además, el titular señala lo siguiente: "Como una forma de abarcar el resto de rangos de velocidad
indicados por la guía, se ha propuesto la implementación de un plan de monitoreo de niveles de
ruido con una frecuencia trimestral, abarcando todas las condiciones estacionales del viento, una
vez sean instalados los aerogeneradores y, por ende, el instrumental de medición de viento que
permita evaluar todas las condiciones de ruido exigidas. No obstante, con el fin de evaluar todas
las condiciones proyectadas para la etapa de operación del Proyecto, se hizo uso de los niveles de
ruido de fondo obtenidos en la campaña de medición."
Lo anterior no presenta suficiente certeza para asegurar una evaluación correcta del cumplimiento
de la norma dado que se debe identificar la condición más desfavorable para cada receptor, para
cada rango de velocidad de viento, estableciendo el nivel máximo permisible correspondiente a zona
rural.
De esta forma, el Titular realiza mediciones de ruido de fondo para periodos diurno y nocturno,
según el procedimiento del D.S. 38/11 MMA, registrando la velocidad de viento a altura de
medición a fm de asegurar la condición óptima de perfil de viento citada en la Guía antes
mencionada, asumiendo que la condición promedio de velocidad de viento presentada como
referencia, corresponde a la condición in situ, en el momento de la medición, para el rango entre 6 y
8 m/s. La condición de evaluación se homologa para todos los rangos de velocidad de viento, lo cual
no es correcto dado que se debió presentar la justificación que permita asegurar que dicha condición
corresponde a la más desfavorable.
Adicionalmente, de acuerdo a las observaciones presentadas por el MMA, se aprecia que la pantalla
anti-viento no cumple con las condiciones mínimas establecidas en la Guía para la Aplicación del
D.S. 38/11 MMA en parques eólicos, en el SE1A. Lo anterior revela un grado de incerteza aún
mayor sobre la condición de ruido de fondo declarada por el titular, dado que el uso de una pantalla
anti-viento incorrecta facilita la presencia de ruidos auto-inducidos sobre el diafragma del
micrófono, entendiendo el entorno de medición (condición susceptible a presencia de ráfagas de
viento esporádicas).
Por otra parte, dado que el área de influencia responde a una caracterización de la condición basal
de ruido, esto es, el nivel de ruido de fondo mínimo registrado durante la campaña de medición, se
presenta incerteza respecto a la determinación de la extensión del área de influencia según los
antecedentes señalados anteriormente. Cabe recordar que la Guía para la Aplicación del D.S. 38/11
MMA en parques eólicos, en el SEIA, indica que: "Se deberá definir el área de influencia de
acuerdo al menor de los niveles que caracterizan la situación basal, o bien, considerando un valor
de referencia de ruido de fondo de 25 dB(A) con el objetivo de identificar a todos los potenciales
receptores de ser impactados".
En cuanto a las implicancias sobre la predicción de impactos, se ha señalar que la predicción de
niveles de ruido debe considerar las condiciones de verificación normativa señaladas en la Guía para
la aplicación del D.S. 38/11 MMA en parques eólicos, en el SETA. Al respecto, el Titular estima los
niveles de ruido para las condiciones señaladas (6-12 m/s, por rangos de velocidad de viento). No
obstante, se identifican diferencias entre los niveles de potencia acústica declarados de los
aerogeneradores, de acuerdo a la memoria de cálculo presentada.
Tal como lo observa la SEREMI de Medio Ambiente, los datos presentados por el titular difieren
hasta en en 3.4 dB(A) para los rangos superiores (8-10 y 10-12 m/s). La siguiente tabla evidencia las
diferencias de información presentada:
Tabla 1. Comparación potencia acústica aerogeneradores (Elab. Propia).
Rango
de
velocidad de
viento
Datasheet
de
aerogenerador
entregado
Lw
dB(A)
Memoria
de
cálculo
Lw dB(A)
Diferencia
Lw dB(A)
6-8 m/s
102,9
100,6
2,3
8-10 m/s
104,0
100,6
3,4
10-12 m/s
104,0
100,6
3,4
Asimismo, el titular indica que se consideró para la predicción de niveles de ruido una altura del
buje a 145 m, lo que no se evidencia en la memoria de cálculo, presentando una altura de
modelación de 123 m.
En consecuencia, se identifica una subestimación de los niveles de ruido sobre los receptores, por lo
cual el Titular no ha presentado los antecedentes suficientes para asegurar que el proyecto cumple
con la normativa y que la predicción de impactos es correcta.
D.S. N°75/1987 (MINTRATEL) Regulación de trasporte de escombros u otros materiales.
Componente/materia:
Transporte de materiales
Fase del proyecto a la
que aplica o en la que se
dará cumplimiento
Construcción
Parte,
obra,
acción,
emisión,
residuo
o
sustancias a la que aplica
Transporte de materiales y excedentes de construcción.
Forma de cumplimiento
Durante el desarrollo del Proyecto el Titular considera el transporte de
materiales que pueda generar emisiones difusas se efectúe con la
sección de carga de los camiones cubierta o selladas para impedir la
dispersión de polvo o el escurrimiento de materiales.
Indicador que acredita su
cumplimiento
-
Forma
de
control
y
seguimiento
-
Referencia al ICE para
mayores detalles
Punto 9.2.6 del ICE
D.S. N° 47/92 (MINVU) Regulación de trasporte de escombros u otros materiales.
Componente/materia:
L Emisiones depolvo y material particulado
Fase del proyecto a la
que aplica o en la que se
dará cumplimiento
Construcción
Parte,
obra,
acción,
emisión,
residuo
o
sustancias a la que aplica
Se generarán emisiones atmosféricas difusas de gases y material
particulado, propias de faenas constructivas, circunscritas a los frentes
de trabajo y acotadas temporalmente a los meses que dura esta fase.
El artículo 5.8.3 de esta Ordenanza, en relación con las faenas
constructivas, establece medidas orientadas a minimizar las emisiones
de polvo en toda obra de construcción, reparación, modificación,
alteración, reconstrucción o demolición. A su vez el artículo 5.8.5
establece normas relativas al retiro de escombros.
Forma de cumplimiento
Para abatir y controlar las emisiones de polvo (MP) y gases (CO, TIC y
NOx), se ha considerado emplear infraestructura adecuada para
disminuir
las
emisiones
difusas
y
directas provenientes
de
las
maquinarias y camiones que se utilizarán en este tipo de faenas, entre
ellas:
• Apagado de motores mientras los vehículos y maquinarias estén
detenidos y sin operar.
• Humectación de superficies y caminos de tierra internos del Proyecto.
• Control de las velocidades de circulación al interior de las faenas,
máximo 20 km/h.
• Sellado de carrocerías de camiones que transporten materiales. •
Lavado de ruedas para vehículos que saldrán de la obra.
• Exigencia a los contratistas de revisiones técnicas y mantenciones al
día de los vehículos y maquinarias.
Complementariamente, se exigirá a los contratistas la implementación
de buenas prácticas por parte de los trabajadores en relación con el uso
de equipos y maquinarias con motores de combustión y actividades
que generen emisiones al aire. Para mayor detalle, revisar Anexo VII
de la DIA, Informe Estimación de Emisiones.
Indicador que acredita su
cumplimiento
Registro de humectación de caminos.
Forma
de
control
y
seguimiento
Se mantendrán disponibles para ser fiscalizados por la Autoridad, los
registros de la realización de humectación de caminos.
Referencia al
ICE para
mayores detalles
Punto 9.2.7 del ICE
Norma Decreto Supremo N° 5/1998, Reglamento de la Ley de Caza
Componente/materia:
Fauna
Fase del proyecto a la
que aplica o en la que se
dará cumplimiento
Todas las fases.
Parte,
obra,
acción,
emisión,
residuo
o
sustancias a la que aplica
Todas las fases del proyecto implican intervenir el hábitat donde es
posible encontrar especies de fauna silvestre. Para más detalles, revisar
Anexo XIV Línea de Base de Fauna Silvestre Vertebrados.
Forma de cumplimiento
El proyecto no considera acciones de caza. No obstante, se compromete
a capacitar a sus trabajadores en cuanto a la prohibición de realización
de dichas actividades en las dependencias del proyecto.
Indicador que acredita su
cumplimiento
Registro mediante ficha de capacitaciones al personal.
Forma
de
control
y
seguimiento
Mantención de fichas de registro de capacitaciones disponibles para
fiscalización de la Autoridad pertinente.
Referencia al ICE para
mayores detalles
Punto 9.3.1 del ICE
Norma Ley N° 17288 Sobre Monumentos Nacionales
Componente/materia:
Patrimonio arqueológico y cultural
Fase del proyecto a la
que aplica o en la que se
dará cumplimiento
Construcción
Parte,
obra,
acción,
emisión,
residuo
o
sustancias a la que aplica
Ejecución de actividades asociadas a la construcción de infraestructura
necesaria para la implementación del proyecto.
Forma de cumplimiento
El proyecto considera el movimiento de tierra y excavaciones en los
sitios
donde
se
emplazarán
los
aerogeneradores
y
en
el
acondicionamiento de áreas de trabajo temporal. Se mantendrá una
supervisión directa por parte de un Arqueólogo durante las labores de
escarpe y excavaciones del proyecto. En caso de hallazgo de algún sitio
u
objeto
de
carácter
histórico,
arqueológico,
antropológico
o
paleontológico, se paralizarán las obras de excavación y se dará aviso
inmediato al Consejo de Monumentos Nacionales.
Indicador que acredita su
cumplimiento
Aviso a la Autoridad competente, en caso de producirse un hallazgo.
- Remisión de un Informe de Hallazgo.
Forma
de
control
y
seguimiento
Registro de aviso e informe de hallazgo, se mantendrán disponibles en
dependencias de la planta, para ser fiscalizados por la Autoridad.
Referencia al ICE para
Punto 9.3.2 del ICE
mayores detalles
9. Que, durante el procedimiento de evaluación de la DIA el Titular del Proyecto propuso los
siguientes compromisos ambientales voluntarios:
Compromiso ambiental voluntario ante riesgo de alteración de sitios arqueológicos.
Impacto asociado
Alteración de sitios arqueológicos.
Fase del Proyecto a
la que aplica
Construcción
Objetivo,
descripción
y
justificación
Detectar posibles sitios o elementos de carácter arqueológico durante las
labores de excavación del proyecto, y proceder en conformidad a lo
dispuesto por la Ley 17.288 de Monumentos Nacionales. Considera la
presencia en terreno de un Licenciado en Arqueología o un Arqueólogo
titulado que, durante las labores de excavación, definirá la presencia o no de
elementos arqueológico que pudieran ser hallados de forma no prevista.
Esta medida se justifica debido a que se realizarán excavaciones y
movimientos
de tierra que podrían evidenciar la presencia de sitios
arqueológicos.
Lugar,
forma
y
oportunidad
de
implementación
La presencia del profesional en arqueología será. durante la fase de
construcción, específicamente durante las labores de escarpe o excavaciones
de las diferentes estructuras consideradas por el proyecto.
Indicador
que
acredite su
cumplimiento
Imágenes y registros firmados por el profesional arqueólogo de las
actividades realizadas.
Forma de control y
seguimiento
Se
enviará
informe
mensual
durante
la
fase
de
construcción,
con
documentos
de
respaldo
de
la
ejecución
de
esta
medida,
a
la
Superintendencia de Medio Ambiente.
La elaboración de informes mensual incluirá los siguientes antecedentes:
a) Descripción de las actividades en todos los frentes de excavación del mes,
con fecha.
b) Descripción de matriz y materialidad encontrada (con profundidad) en
cada obra de excavación.
c) Plan mensual de trabajo de la constructora donde se especifique en libro
de obras los días monitoreados por el/la arqueólogo/a.
d) Planos y fotos (de alta resolución) de los distintos frentes de excavación y
sus diferentes etapas de avances.
e) Contenidos de las charlas de inducción efectuadas y la constancia de
asistentes con la firma de cada trabajador/a.
f) De evidenciarse restos arqueológicos, incorporar:
-Ficha de registro arqueológico con fotografías panorámicas y específicas de
los hallazgos (en alta resolución).
-Descripción detallada del estado de conservación y si hubiera afectación
por las obras del proyecto.
-Medidas de protección y/o conservación implementadas.
-Constancia de aviso del hallazgo al CMN, de acuerdo a lo establecido en el
art. 26° de la Ley 17.288 de Monumentos Nacionales.
g) Efectuar el seguimiento del estado de conservación de las medidas de
prevención a implementar si corresponden (cercado, sefialéticas, etc.).
h) El informe final de monitoreo debe dar cuenta de las actividades
realizadas,
y
de
haberse
detectado
sitios
arqueológicos,
incluir
la
información de rescate correspondiente. En estos casos se incluirá una
revisión bibliográfica de la zona, el análisis (por tipo de materialidad) y la
conservación de todos los materiales arqueológicos que se encuentren
motivo de esta actividad. Se recuerda que para los rescates de hallazgos no
previstos que aparezcan durante el monitoreo o en otra instancia, se deberá
solicitar el permiso de intervención arqueológica, según el Artículo 7° del
Reglamento de Excavación, establecida en la Ley 17.288 de Monumentos
Nacionales.
i) De recuperarse materiales arqueológicos, la propuesta de destinación
definitiva de dichos bienes deberá ser indicada al momento de entregar el
informe fmal del monitoreo e incluir un documento oficial de la institución
museográfica aceptando la eventual destinación. Asimismo, se deben
solventar los gastos de análisis, conservación y embalaje de las piezas, así
como su traslado a la entidad receptora.
Compromiso ambiental voluntario: Capacitación de trabajadores - patrimonio paleontológico y
arqueológico
Impacto asociado
Alteración
de
materiales
y
yacimientos
paleontológicos
y
de
sitios
arqueológicos.
Fase del Proyecto a
la que aplica
Construcción
Objetivo,
descripción
y
justificación
Entregar a los trabajadores involucrados en los trabajos relacionados con el
proyecto, los conceptos básicos para la comprensión de porqué es necesario
conservar el patrimonio arqueológico y paleontológico, cuál es su normativa
y qué procedimientos se deben seguir ante un hallazgo no previsto.
Consistirá en charlas de inducción y educativas sobre el resguardo de
posibles hallazgos arqueológicos y material paleontológico del área del
Proyecto, a todas aquellas personas que trabajen en la construcción de las
obras
del
Proyecto.
En
estas
charlas
además
se
presentarán
los
procedimientos que deben seguir los trabajadores en caso de encontrar algún
hallazgo fortuito.
Lugar,
forma
y
oportunidad
de
implementación
Las charlas serán dictadas en las instalaciones de faenas o en otro lugar
adecuado para su realización.
Estas charlas se llevarán a cabo durante toda la fase de construcción, siendo
parte de la charla de ingreso u hombre nuevo al proyecto. Las charlas serán
preparadas por un arqueólogo, licenciado en arqueología, o un paleontólogo,
el que capacitará a personal idóneo de la empresa para que este, haga
difusión de la información durante las charlas señaladas.
Indicador
que
acredite su
cumplimiento
Registro de asistencia a las charlas de inducción. El registro se mantendrá en
las oficinas del Titular.
Forma de control y
seguimiento
Se enviará de forma trimestral durante la fase de construcción, un informe
resumen de la ejecución de esta medida junto con documentos de respaldo, a
la Superintendencia de Medio Ambiente.
Compromiso ambiental voluntario Supervisión de velocidad vehicular
Impacto asociado
Riesgo de accidentes vehiculares
Fase del Proyecto a
la que aplica
Construcción
Objetivo,
descripción
y
justificación
Mantener el tránsito vehicular hacia y desde el proyecto cumpliendo la
velocidad máxima definida en 30 km/hr. Se instará a contratistas y personal
de la empresa, mediante cláusulas contractuales, a circular dentro del área
rural de Villa Alegre Sur y calles colindantes al proyecto a un máximo de 30
km/h. Además, se supervisará mediante punto de control de velocidad
ubicados en la ruta V-272 el cumplimiento de la medida.
El tránsito vehicular en la ruta V-272 resulta relevante considerando la
presencia de residentes que circulan por dicha vía, además de minimizar la
emisión de polvo desde la ruta no pavimentada.
Lugar,
forma
y
oportunidad
de
implementación
La medida se considera aplicar dentro del tramo de la ruta V-272 y en los
caminos internos del proyecto. La forma de supervisión del cumplimiento
de la velocidad de tránsito de los vehículos hacia y desde el proyecto, se
realizará mediante el control directo del tiempo de desplazamiento entre dos
puntos de la ruta. Esto se llevará a cabo a través de la supervisión directa del
Titular o personal encargado de Medio Ambiente y Seguridad en las rutas,
durante la fase constructiva del proyecto.
Indicador
que
acredite su
cumplimiento
Se acreditará su cumplimiento a través de los controles realizados a los
vehículos que circulen hacia y desde el proyecto.
Forma de control y
seguimiento
Se llevará el registro del control de velocidad en las rutas, indicando: fecha
de control, vehículos controlados, tiempos de desplazamiento, velocidades
medidas, entre otros datos.
Compromiso ambiental voluntario Desplazamiento seguro Ruta V-272
Impacto asociado
Riesgo de accidentes en la ruta
Fase del Proyecto a
la que aplica
Construcción y cierre
Objetivo,
descripción
y
justificación
Evitar accidentes en la ruta V-272 que involucren a las personas que
transitan por dicha ruta. Esta medida considera la instalación de señalética
vial tanto en el punto de ingreso al proyecto como en la ruta señalada. La
medida se justifica al ser la ruta V-272 la única ruta de transito de la
comunidad de Villa Alegre sur, utilizada tanto para medios de transporte
vehicular como peatonal (aunque en menor medida).
Lugar,
forma
y
oportunidad
de
implementación
La señalética vial será instalada en la ruta V-272 durante la fase de
construcción del proyecto, y considera señalética que indique: velocidad
máxima (30 krn/hr), tipo de vehículos a transitar (carga pesada), Salidas y
entradas de camiones (en punto de ingreso alproyecto), entre otros.
Indicador
que
acredite su
cumplimiento
Se mantendrá un registro fotográfico de la instalación, condición y
remplazos (si fuera necesario).
Forma de control y
seguimiento
Se llevará un registro de la instalación de la señalética vial, características,
ubicación, mantenimiento y retiro.
Compromiso ambiental voluntario: Actividad educativas
,
Impacto asociado
-
Fase del Proyecto a
la que aplica
Operación
Objetivo,
descripción
justificación
y
Objetivo: Apoyar en temas de interés comunitario a los habitantes de Villa
Alegre Sur.
Descripción: Se coordinará con la Junta de vecinos de Villa Alegre Sur, el
desarrollo
de actividades
educativas dirigidas a la comunidad.
Estas
actividades consistirán en charlas y exposiciones sobre temas de energía
sustentable y medio ambiente, u otras relacionadas con la protección
ambiental.
Justificación:
La
medida
se
justifica
ya
que,
resulta
relevante
la
participación de la Empresa en la comunidad donde se insertará el Proyecto,
como parte de dicha comunidad.
Lugar,
forma
oportunidad
implementación
5,.
de
Lugar: Las actividades serán coordinadas con los representantes de las
comunidades de Villa Alegre Sur.
Forma: Esta medida se llevará a cabo mediante charlas o exposiciones en la
ubicación que la comunidad disponga.
Oportunidad: Esta medida se coordinará con la comunidad durante el primer
año de operación del Proyecto, y se ejecutarán durante los dos primeros años
de operación del mismo.
Indicador
que
acredite su
cumplimiento
Se generarán informes sobre la ejecución de esta medida, cada 6 meses
durante los 2 años de duración de la medida.
Forma de control y
seguimiento
Se llevará un registro de las reuniones y compromisos generados por la
comunidad, que serán parte del informe semestral enviado a la SMA.
Compromiso ambiental voluntario Apoyo comunitario
Impacto asociado
-
Fase del Proyecto a
la que aplica
Operación
Objetivo,
descripción
y
justificación
Objetivo: Apoyar en temas de interés comunitario a los habitantes de Villa
Alegre Sur.
Descripción: Se generarán instancias de acercamiento con la comunidad de
Villa Alegre Sur para que, en conjunto, se acuerden apoyos enfocados a los
intereses de estas comunidades y las posibilidades de la Empresa.
Justificación:
La
medida
se
justifica
ya
que,
resulta
relevante
la
participación de la Empresa en la comunidad donde se insertará el Proyecto,
como parte de dicha comunidad.
Lugar,
forma
y
oportunidad
de
implementación
Lugar: Villa Alegre Sur.
Forma:
Esta medida se desarrollará mediante acercamientos con
las
comunidades mencionadas, para lograr acuerdos en cuanto a apoyos de parte
de la Empresa.
Oportunidad: Esta medida se coordinará con la comunidad durante el primer
año de operación del Proyecto, y se ejecutarán durante los dos primeros años
de operación del mismo.
Indicador
que
acredite su
cumplimiento
Se generarán informes sobre la ejecución de esta medida, cada 6 meses
durante los 2 años de duración de la medida.
Forma de control y
seguimiento
Se llevará un registro de las reuniones y compromisos generados por la
comunidad, que serán parte del informe semestral enviado a la SMA.
Compromiso ambiental voluntario Plan de acción para aves y quirópteros
Impacto asociado
-
Fase del Proyecto a
la que aplica
Construcción y operación
Objetivo,
descripción
justificación
y
Objetivo: Describir las acciones o medidas a implementar para evitar o
minimizar la probabilidad de ocurrencia de colisiones y barotraumas,
asociadas al Proyecto. En ese sentido se pretende establecer a través del
presente plan, un sistema de seguimiento comenzando durante los 2 últimos
meses de la fase de construcción y los primeros tres (3) años de la fase de
operación del proyecto. Además, este Plan incluye una serie de actividades
complementarias a ser desarrolladas durante las distintas fases del Proyecto,
con el objetivo de ajustar, si fuera necesario, la información obtenida
durante la etapa de desarrollo de los estudios de condición base.
Descripción: El presente plan considera dos etapas:
- Estudios de complementarios de aves y quirópteros;
- Monitoreo de ocurrencia de posibles colisiones
Los detalles del plan se encuentran descrito en el Anexo F del Adenda
Complementaria.
Lugar,
forma
y Este Plan se aplica a las fases de construcción y operación del proyecto. Se
oportunidad
de considera que, durante la fase de construcción, las obras que generan riesgo
implementación
para las aves y quirópteros estarán presentes durante los 2 últimos meses de
dicha fase, por lo que, en las instalaciones de faenas del proyecto,
permanecerá una copia de este Plan, entregando con ello la posibilidad que
cada trabajador pueda acceder a la información libremente. Dentro de los
horarios de trabajo, el titular mantendrá un Inspector Ambiental, quien
realizará y supervisará todas las labores relacionadas al Proyecto, durante la
etapa
de
construcción,
específicamente
asociado
al
montaje
de
aerogeneradores. Durante la etapa de operación, sin embargo, este Plan
considera el monitoreo durante los primeros tres (3) años de funcionamiento
de los aerogeneradores, supervisión que se llevará a cabo por especialistas
en fauna que, mediante visitas a terreno, detectarán la ocurrencia de
colisiones o barotraumas de aves o quirópteros. Para complementar la
información de línea base ambiental en los términos de este Plan, se
desarrollará pre-construcción (12 meses previo al izamiento del primer
aerogenerador), durante la fase de construcción (2 meses) y los primeros tres
(3) años de la fase de operación, una serie de estudio que serán la base
comparativa del comportamiento de la avifauna con relación a la operación
del Proyecto.
Indicador
que Todos los hallazgos, tanto de animales vivos como muertos, y sus
acredite su correspondientes fichas de registro serán incluidos en la elaboración de
cumplimiento
informes que serán enviados a la autoridad ambiental (SAG) con una
frecuencia mensual.
Forma de control y De forma trimestral, se realizará un informe resumen con las actividades
seguimiento
realizadas y sus resultados, el que será enviado a la Superintendencia de
Medio Ambiente para su análisis.
Finalizadas todas las acciones y medidas descrita en el presente plan, se
realizará un informe que dé cuenta de las labores realizadas y de la
verificación o éxito de las medidas. Este informe será entregado a la
autoridad ambiental al finalizar el tercer año de la etapa de operación del
proyecto. Este informe contendrá: • Fotografias del proceso de instalación
de
las
medidas
en
las
aspas
y
aerogeneradores,
junto
con
su
georreferenciación. • Los resultados y hallazgos del monitoreo de avifauna y
quirópteros, adjuntando las planillas correspondientes. • El seguimiento de
aves en recuperación (en caso de existir). • Resultados sobre el monitoreo de
las especies en categoría de conservación. • Conclusiones sobre el éxito de
las medidas. • Identificación de los especialistas a cargo, incorporando datos
como la experiencia profesional, el título o grado académico y las funciones
correspondientes en el estudio.
10. Que, las medidas relevantes del Plan de Prevención de Contingencias y del Plan de
Emergencias, son las siguientes:
Riesgo Sismo
Fase del proyecto a la que aplica
Todas las fases del proyecto
Emplazamiento, parte, obra o acción
asociada
Todas las obras del proyecto
Acciones o medidas a implementar
para prevenir la contingencia
• Establecimiento de zonas de seguridad, las que se
mantendrán
demarcadas
y
libres
de
obstáculos,
considerando ubicar estas en niveles superiores a los
sectores de acumulación de agua. • Diseño de Plan de
emergencias y realización de simulacros.
• Capacitación y entrenamiento del personal en labores de
rescate y emergencia.
• Mantener diariamente un registro de ingresos y salidas de
personas. • Durante la fase de operación se realizará una
inspección de las instalaciones con el fin de verificar su
estado y descartar la existencia de daños.
Forma de control y seguimiento
• Realizar inspección de la respuesta de las faenas u obras,
con el fin de verificar su estado y descartar la existencia de
daños.
• Posterior al sismo se verificará que la cantidad total de
personas que participen del Proyecto, se encuentren a
salvo verificando el ingreso del personal en dicha ocasión.
• Durante las fases de construcción y cierre se suspenderán
todas las faenas hasta que se haya verificado técnicamente
que no existe riesgo para los trabajadores.
Referencia
a
documentos
del
expediente
de
evaluación
que
contenga la descripción detallada
Anexo A del Adenda complementaria
Acciones o medida a implementar
para controlar la emergencia
Al momento de comenzado el sismo, se dará inicio al
siguiente procedimiento:
• Mantener la calma
• Protegerse de estructuras que puedan caer y cubra su
cabeza.
Si
cuentas
con
elementos
como
un
mesón
resistente al impacto, aplica técnica del triángulo de vida.
• Alejarse de cables o estructuras elevadas que puedan
colapsar. (cables, muros, etc.)
• En caso de que se encuentren desarrollando trabajos en
altura física no intentes bajar por escalerillas o escalas.
Recuerda
siempre
estar
afianzado
a
una
estructura
independiente a lo que estén utilizando como mecanismo
de acceso a trabajos en altura.
• Se
deberá
dar
aviso
inmediatamente
al
Jefe
de
Emergencias quien informará a los coordinadores de área y
encargados de prevención de riesgos.
• Se activará el Plan de Comunicaciones establecido en el
Plan de Emergencias.
• Dependiendo de la magnitud del evento, se paralizarán
inmediatamente las obras, y si es necesario se evacuará a
todo el personal, hacia las zonas de seguridad.
• Se evaluarán daños en la estructura física del Proyecto
Oportunidad y vías de comunicación a
la SMA de la activación del Plan de
Emergencia
El responsable de informar a la SMA será el encargado de
Faena
de
Construcción,
Operación
o
Cierre
según
corresponda. La comunicación se realizará por la vía
telefónica o mediante correo electrónico dentro de las
primeras 48 horas de ocurrida la emergencia.
Referencia
a
documentos
del
expediente
de
evaluación
que
contenga la descripción detallada
Anexo A del Adenda complementaria
Situación de riesgo o contingencia: Derrames de residuos peligrosos (RESPEL)
Fase del proyecto a la que aplica
Fase de construcción y operación
Emplazamiento, parte, obra o acción
asociada
Manejo de RESPEL en bodega transitoria.
- Carga y descarga de residuos a caminos externos.
- Recolección de residuos a nivel primario y secundario.
- Transporte de residuos al interior y exterior del proyecto.
Acciones o medidas a implementar
para prevenir la contingencia
• Cumplimiento de los requerimientos del Decreto N°
298/94, "Reglamenta transporte de cargas peligrosas por
calles
y
caminos"
y
de
la
legislación
aplicable
al
transporte de combustible. • Disposición en el vehículo de
las instrucciones a seguir en caso de accidente.
• Capacitación del conductor para respuesta en caso de
accidente con derrame de los residuos transportados.
• Capacitación en Hojas de datos de seguridad — Hojas de
transporte
de
residuos
peligrosos
que
se
esté
transportando. Este documento estará disponible en los
lugares donde se generen, almacenen y transporten en
forma externa, los residuos peligrosos. • Capacitación a
todo el personal de Obra y visitas que pudiesen llegar a
obra, esto con el objetivo de esperar una buena respuesta
ante este tipo de emergencias.
• Realización de simulacros. Después de cada simulacro,
el Plan de Contingencia se deberá evaluar, con el fin de
actualizar, complementar y adecuar su información
Forma de control y seguimiento
• Contar con suministros de Primeros Auxilios y Camillaje
para atención de lesionados.
• Entrenamiento y/o simulacro de derrame de residuos
peligrosos.
• Protocolo de recambio de la empresa responsable del
transporte y retiro del aceite, en caso que se produzca un
fallo eléctricoy se requiera su reemplazo.
Referencia
a
documentos
del
expediente
de
evaluación
que
contenga la descripción detallada
Anexo A del Adenda complementaria
Acciones o medida a implementar
para controlar la emergencia
Derrame en tierra:
Si
el
personal
que
detecta un derrame
deberá dar
inmediato aviso al Jefe de Emergencia, el cual deberá dar
inicio al siguiente procedimiento:
• Se paralizará inmediatamente cualquier tarea que se esté
realizando en el momento del derrame, en el sector
afectado por el derrame.
• Se evaluará la magnitud del derrame y la factibilidad del
control de éste tomando en cuenta los equipos de control
disponibles, el grado de avance y los recursos afectados.
• Identificar el sitio de escape e impedir el mayor derrame
posible
• Rodear con tierra, arena,
aserrín o
cualquier otro
elemento a su alcance, el derrame, a fin de evitar su
desplazamiento a fuentes de agua superficiales, canales
y/o drenajes
• Bloquear los drenajes y canales próximos al derrame
evitando la contaminación de aguas.
• Los brigadistas deberán suprimir fuentes de ignición y
evitar el contacto con material combustible u orgánico.
• Una vez confinado el derrame taparlo con tierra, arena o
aserrín
• Utilizar
telas
absorbentes
como
estopas
y/o
tela
oleofílica
• Recoger el material (arena, aserrín, tierra) utilizado para
contener el derrame y la capa del suelo contaminado con
palas, picas, carretillas y demás herramientas menores.
Este material se recoge en bolsas plásticas, posteriormente
se almacenará transitoriamente y se efectuará su ulterior
gestión conforme el procedimiento de residuos especiales
o peligrosos.
• El personal involucrado en la contención del derrame de
residuos peligrosos deberá utilizar calzado impermeable,
ropa impermeable, guantes PVC, antiparras y mascaras
medio rostro con filtros.
Derrames en curso o cuerpos de agua
• Paralizará inmediatamente cualquier tarea que se esté
realizando en el momento del derrame, en el sector
afectado por el derrame.
• Evaluará la magnitud del derrame y la factibilidad del
control de éste tomando en cuenta los equipos de control
disponibles, el grado de avance y los recursos afectados.
• Identificar y controlar las fuentes de escape e impedir el
mayor derrame de ser posible.
• Identificar el área susceptible.
• Identificar la ruta del derrame por los canales o drenajes.
• Establecer puntos de control dentro de la ruta de
derrame.
• El Jefe de Emergencia comunicará de inmediato a la
DGA Y SMA vía telefónica y escrita.
• En caso de producirse una fuga por orificios en el o los
contenedores los brigadistas deberán sellar la fuga con los
tapones de madera u otro material que no reaccione con la
sustancia o residuo derramado.
• Si el derrame fuera sobre cauce de agua se deberá
bombear.
• Los brigadistas deberán suprimir fuentes de ignición y
evitar el contacto con material combustible u orgánico.
• En
caso
de
ser posible,
se
detendrá
el
derrame
regresando el recipiente a su posición o colocando en el
lugar un segundo recipiente para recuperar la solución que
se está fugando.
• Todo el material absorbente contaminado utilizado para
la limpieza del área deberá ser dispuesto en tambores de
almacenaje y etiquetados, para su posterior traslado y
eliminación en una planta autorizada para ser tratado
como residuos peligrosos. • El personal involucrado en la
contención del derrame de residuos peligrosos deberá
utilizar calzado impermeable, ropa impermeable, guantes
PVC, antiparras y mascará medio rostro con filtros.
El responsable de informar a la SMA será el encargado de
Oportunidad y vías de comunicación a
Faena
de
Construcción,
Operación
o
Cierre
según
la SMA de la activación del Plan
corresponda. La comunicación se realizará por la vía
telefónica o mediante correo electrónico dentro de las
primeras 48 horas de ocurrida la emergencia.
Referencia
a
documentos
del
expediente
de
evaluación
que
contenga la descripción detallada
Anexo A del Adenda Complementaria
Situación de riesgoso contingencia: Accidente en transporte de sustancias peligrosas
Fase del proyecto a la que aplica
Fase de construcción y operación
Emplazamiento, parte, obra o acción
asociada
Manejo de SUSSPEL en bodega transitoria.
- Carga y descarga en caminos externos.
- Transporte
de
SUSPEL al
interior y
exterior del
proyecto.
Acciones o medidas a implementar
para prevenir la contingencia
Las siguientes medidas serán desarrolladas durante todas
las fases del Proyecto, de acuerdo a los siguiente:
• Cumplimiento de los requerimientos del Decreto N°
298/94, "Reglamenta transporte de cargas peligrosas por
calles
y
caminos"
y
de
la
legislación
aplicable
al
transporte de combustible. Esta medida será parte de los
requerimientos
que
el
Titular
realizará
a
todas
las
empresas proveedoras o subcontratadas por el Proyecto, lo
que quedará registrado en contrato de servicios.
• Disposición en el vehículo de las instrucciones a seguir
en caso de accidente.
• Capacitación del conductor para respuesta en caso de
accidente con derrame de las sustancias transportadas.
Esta capacitación será requisito para la contratación de los
servicios de transporte de sustancias peligrosas, lo que
debe ser avalado por la empresa mediante certificados o
documentos afines. Se solicitará que las capacitaciones
sean trimestrales, lo que será avalado con documento a ser
entregado por la Empresa al Titular.
• Uso de distintivos de seguridad, según NCh N° 2190
"Transporte de sustancias peligrosas — Distintivos para
identificación de riesgos".
• Capacitación en Hojas de datos de seguridad — Hojas de
transporte de residuos peligrosos. Esta capacitación será
requisito para la contratación de los servicios de transporte
de sustancias peligrosas, lo que debe ser avalado por la
empresa mediante certificados o documentos afines. Se
solicitará que las capacitaciones sean trimestrales, lo que
será avalado con documento a ser entregado por la
Empresa al Titular.
Forma de control y seguimiento
• Contar con suministros de Primeros Auxilios y camillaje
para atención de lesionados. •Entrenamiento y/o simulacro
de
derrame
de
sustancias
peligrosas. Actividad para
realizar previo al inicio de la prestación de servicios de
transpone de residuos peligrosos por parte de la empresa
contratista. Se generará registro de esta actividad el que
quedará disponible en las instalaciones del proyecto.
• Protocolo de recambio de la empresa responsable del
transporte y retiro de aceites en caso de que se produzca
un
fallo
eléctrico y
se requiera su reemplazo.
Este
documento será entregado al Titular de parte de la empresa
contratista, y será mantenido en las instalaciones de faena
como respaldo.
• Durante la carga de combustibles y otros productos
derivados
de
hidrocarburos,
se
debe
considerar
lo
siguiente:
- Antes de iniciar la carga: se efectuará la conexión a tierra
para eliminar la electricidad estática; la carga se deberá
efectuar bajo la supervisión de una persona y se deberá
colocar el extintor en un lugar de fácil acceso.
- Durante la descarga: se colocarán triángulos o conos de
seguridad para impedir el paso de personal ajeno a la
labor.
Referencia
a
documentos
del
expediente
de
evaluación
que
contenga la descripción detallada
Anexo A del Adenda complementaria
Acciones o medida a implementar
para controlar la emergencia
-
Oportunidad y vías de comunicación a
la SMA de la activación del Plan
El responsable de informar a la SMA será el encargado de
Faena
de
Construcción,
Operación
o
Cierre
según
corresponda. La comunicación se realizará por la vía
telefónica o mediante correo electrónico dentro de las
primeras 48 horas de ocurrida la emergencia.
Referencia
a
documentos
expediente
de
evaluación
contenga la descripción detallada
del
que
Anexo A del Adenda Complementaria
Situación de riesgo o contingencia: Incendios
Fase del proyecto a la que aplica
Fase de construcción y operación
Emplazamiento, parte, obra o acción
asociada
- Trabajo en caliente (soldadura, corte de fierro, etc.)
Acciones o medidas a implementar
para prevenir la contingencia
Las medidas de prevención de riesgo de incendios se
indican a continuación:
- Se dispondrá en la instalación de faena elementos
básicos de amago de fuegos o incendios, como extintores,
mangueras,
rociadores,
etc.,
los
cuales
deben
estar
debidamente señalizados en cuanto a su ubicación.
- Se realizarán capacitaciones periódicas a los trabajadores
para el uso y manejo de extintores y cómo enfrentar
amagos de incendio.
- Se contará con una brigada capacitada contra incendios.
- Se contará con un Plan de Emergencias. - Prohibición de
encender fogatas, a través de carteles indicativos.
- Se dispondrá de fuentes de agua industrial para su
utilización, en caso de producirse un incendio en el área.
Forma de control y seguimiento
La instalación contará con registros de las capacitaciones
y simulacros realizados. A su vez, dispondrá de forma
accesible para los trabajadores extintores dispuestos en
distintos sectores de faena.
Referencia
a
documentos
del
expediente
de
evaluación
que
contenga la descripción detallada
Anexo A del Adenda complementaria
Acciones o medida a implementar
para controlar la emergencia
Si el personal detecta un incendio, deberá dar inmediato
aviso a la Jefe de Emergencia, el cual deberá dar inicio al
siguiente procedimiento:
• Evaluará la magnitud del incendio y la factibilidad del
control del incendio tomando en cuenta los equipos de
control disponibles, el grado de avance del siniestro y los
elementos inflamados.
• En caso de requerir la presencia de Bomberos y/o
Brigadas de CONAF, el Jefe de Emergencia solicitará su
presencia, y deberá dejar expedito el acceso a la empresa.
• Dependiendo de la magnitud del incendio los brigadistas
deberán cortar suministro eléctrico.
• Si no es posible el control del incendio se deberá evacuar
el área de todo el personal, esperando el ingreso de
bomberos y/o
CONAF,
a
los
cuales
se
les
deberá
proporcionar toda la información y apoyo necesario.
• Los residuos generados serán tratados de acuerdo a su
naturaleza.
• Las actividades podrán reanudarse una vez que el
siniestro esté controlado y que el Jefe de Emergencia de la
autorización de ingreso.
• El Jefe de Emergencia será el encargado de entregar la
información oficial del siniestro a servicios externos como
Bomberos, Autoridad Sanitaria, Carabineros, CONAF.
• Posteriormente se
deberá
investigar
las
causas
del
siniestro.
Oportunidad y vías de comunicación a
la SMA de la activación del Plan
El responsable de informar a la SMA será el encargado de
Faena
de
Construcción,
Operación
o
Cierre
según
corresponda. La comunicación se realizará por la vía
telefónica o mediante correo electrónico dentro de las
primeras 48 horas de ocurrida la emergencia.
Referencia
a
documentos
del
expediente
de
evaluación
que
contenga la descripción detallada
Anexo A del Adenda Complementaria
Situación de riesgo o contingencia: Derrames de Sustancias Peligrosas
Riesgo o contingencia
Derrames de Sustancias Peligrosas
Fase del proyecto a la que aplica
Fase de construcción y operación
Emplazamiento, parte, obra o acción
asociada
- Movimiento de camiones, vehículos y maquinarias
Acciones o medidas a implementar
para prevenir la contingencia
Descripción de actividades previas: Previo al inicio de la
ejecución
de
este
Plan,
se
realizarán
las
siguientes
actividades
para
operativizar
la
respuesta
frente
a
contingencias que pudieran ocurrir en el área del proyecto:
- Se definirán las fechas de charlas de capacitación y
reuniones por parte de los responsables del Plan. - Se
realizará una charla de capacitación al personal del
proyecto, por parte de los responsables de la ejecución del
Plan, sobre la situación de riesgos asociados y las medidas
de prevención y minimización consideradas. Medidas de
prevención de la contingencia: Se establecen las siguientes
medidas de prevención para evitar los riesgos asociados a
los derrames de sustancias peligrosas: - Implementación
de Hojas de Datos de Seguridad (HDS) de las sustancias
peligrosas, como hidrocarburos utilizados en las obras del
proyecto. - Todos los trabajadores, incluidos el personal
contratista, conocerán las Hojas de Seguridad de los
hidrocarburos y sustancias peligrosas que se puedan
manipular durante la construcción del proyecto, con el
objetivo de informar a los trabajadores sobre los cuidados
que deben tener para manejarlos adecuadamente, así como
las acciones a realizar en caso de una emergencia. Este
documento estará disponible en los lugares donde se
generen,
almacenen y transporten estos elementos.
-
Capacitación a todo el personal de Obra y visitas que
pudiesen llegar a obra, esto con el objetivo de esperar una
buena respuesta ante este tipo de emergencias. Realización
de simulacros: Después de cada simulacro, el Plan de
Contingencia se deberá evaluar, con el fin de actualizar,
complementar y adecuar su información
Forma de control y seguimiento
La instalación contará con registros de las capacitaciones
y simulacros realizados. A su vez, dispondrá de forma
accesible para los trabajadores de las hojas de seguridad
de cada residuo peligroso generado.
Referencia
a
documentos
del
expediente
de
evaluación
que
contenga la descripción detallada
Anexo A del Adenda complementaria
Acciones o medida a implementar Derrame en tierra: Si el personal que detecta un derrame,
para controlar la emergencia deberá dar inmediato aviso al Jefe de Emergencia, el cual
deberá dar inicio al siguiente procedimiento: • Se
paralizará inmediatamente cualquier tarea que se esté
realizando en el momento del derrame, en el sector
afectado por el derrame. • Se evaluará la magnitud del
derrame y la factibilidad del control de éste tomando en
cuenta los equipos de control disponibles, el grado de
avance y los recursos afectados. • Identificar el sitio de
escape e impedir el mayor derrame posible • Rodear con
tierra, arena, aserrín o cualquier otro elemento a su
alcance, el derrame, a fm de evitar su desplazamiento a
fuentes de agua superficiales, canales y/o drenajes •
Bloquear los drenajes y canales próximos al derrame
evitando la contaminación de aguas.• Los brigadistas
deberán suprimir fuentes de ignición y evitar el contacto
con material combustible u orgánico. • Una vez confinado
el derrame taparlo con tierra, arena o aserrín • Utilizar
telas absorbentes como estopas y/o tela oleofílica •
Recoger el material (arena, aserrín, tierra) utilizado para
contener el derrame y la capa del suelo contaminado con
palas, picas, carretillas y demás herramientas menores.
Este material se recoge en bolsas plásticas, posteriormente
se almacenará transitoriamente y se efectuará su ulterior
gestión conforme el procedimiento de residuos especiales
o peligrosos. • El personal involucrado en la contención
del derrame de residuos peligrosos deberá utilizar calzado
impermeable, ropa impermeable, guantes PVC, antiparras
y mascaras medio rostro con filtros.
Derrames en curso o cuerpos de agua
• Paralizará inmediatamente cualquier tarea que se esté
realizando en el momento del derrame, en el sector
afectado por el derrame. • Evaluará la magnitud del
derrame y la factibilidad del control de éste tomando en
cuenta los equipos de control disponibles, el grado de
avance y los recursos afectados. • Identificar y controlar
las fuentes de escape e impedir el mayor derrame de ser
posible. • Identificar el área susceptible. • Identificar la
ruta del derrame por los canales o drenajes. • Establecer
puntos de control dentro de la ruta de derrame. • El Jefe de
Emergencia comunicará de inmediato a la DGA Y SMA
vía telefónica y escrita. • En caso de producirse una fuga
por orificios en el o los contenedores los brigadistas
deberán sellar la fuga con los tapones de madera u otro
material que no reaccione con la sustancia o residuo
derramado. • Si el derrame fuera sobre cauce de agua se
deberá bombear. • Los brigadistas deberán suprimir fuentes
de ignición y evitar el contacto con material combustible u
orgánico. • En caso de ser posible, se detendrá el derrame
regresando el recipiente a su posición o colocando en el
lugar un segundo recipiente para recuperar la solución que
se está fugando. • Todo el material absorbente
contaminado utilizado para la limpieza del área deberá ser
dispuesto en tambores de almacenaje y etiquetados, para
su posterior traslado y eliminación en una planta
autorizada para ser tratado como residuos peligrosos. • El
personal involucrado en la contención del derrame de
residuos peligrosos deberá utilizar calzado impermeable,
ropa impermeable, guantes PVC, antiparras y mascará
medio rostro con filtros.
Oportunidad y vías de comunicación a
la SMA de la activación del Plan
El responsable de informar a la SMA será el encargado de
Faena
de
Construcción,
Operación
o
Cierre
según
corresponda. La comunicación se realizará por la vía
telefónica o mediante correo electrónico dentro de las
primeras 48 horas de ocurrida la emergencia.
Referencia
a
documentos
del
expediente
de
evaluación
que
contenga la descripción detallada
Anexo A del Adenda Complementaria
11. Que, durante el proceso de participación ciudadana, desarrollado conforme a lo dispuesto en el
artículo 30 bis de la Ley N° 19.300, se formularon observaciones por parte de la comunidad
respecto del Proyecto, las que han sido consideradas en el proceso de evaluación de la forma que a
continuación se señala.
11.1 Evaluación técnica de las observaciones ciudadanas
Las observaciones formuladas por la ciudadanía que cumplen con los requisitos establecidos en el
artículo 30 bis de la Ley N° 19.300 y en el artículo 95 del Reglamento del SEIA son las siguientes:
Observante: Juan Alberto 011er Casanueva
Observación: Represento a 142 vecinos y creo que tenemos derecho a opinar de este proyecto que
nos atañe directamente, nadie nos ha informado sobre esto que nos afecta en nuestra calidad de
vida a todos los que vinimos a la región a mejorar nuestra vida. Nos gustaría que nos indicaran
como poder participar activamente, somos 142 familias muy interesadas en lo que pasa en nuestro
entorno. Gracias.
Evaluación técnica de la observación: Esta Dirección Regional, considera pertinente la observación
ciudadana, toda vez que hace referencia a aspectos ambientales del proyecto en evaluación.
Respecto de lo observado y de acuerdo a los antecedentes tenidos a la vista durante el proceso de
evaluación de la Declaración de Impacto Ambiental, incluidas sus respectivas Adendas, se puede
indicar lo siguiente:
Si bien no existe claridad respecto de donde reside o a quienes representa el observante, la
información proporcionada en la DIA consideró viviendas pertenecientes al sector Villa Alegre y
parcelaciones más próximas al emplazamiento del proyecto.
Asimismo, se puede mencionar que en el marco de la evaluación ambiental del proyecto, se llevó a
cabo un proceso de participación ciudadana, de conformidad con los dispuesto en el artículo 94 del
DS N°40/2012, del Ministerio de Medio ambiente, y luego de haber estado suspendidos los plazos
del proyecto a fin de resguardar el derecho a la participación ciudadana y el adecuado desarrollo del
procedimiento de evaluación ambiental durante la contingencia sanitaria producto del COVID 19,
mediante Resolución Exenta N°82 del 28 de julio de 2020, el Servicio de Evaluación Ambiental de
la Región de Los Lagos ordenó la realización de un proceso de participación ciudadana, por un
plazo de 20 días hábiles, en el procedimiento de evaluación ambiental de la Declaración de Impacto
Ambiental del proyecto "Instalación de 3 aerogeneradores Villa Alegre 1", presentado por
Windkraft Villa Alegre 1 SpA con fecha 22 de junio de 2020. Dicho proceso se llevó a efecto entre
los días 24 de noviembre y 22 de diciembre de 2020. Para tales efectos, se dispuso información
relativa al proyecto en el portal de participación ciudadana, en la página web del Servicio de
evaluación Ambiental: www.sea.gob.cl. Asimismo, se estableció contacto con las organizaciones
representativas del área de influencia del proyecto, tales como Junta de Vecinos de Villa Alegre y
Junta de Vecinos Pichi López, quienes, a través de los canales de difusión organizacional,
informaron y convocaron a las actividades presenciales. Mayores antecedentes, en el siguiente
enlace:
https://seia.sea.gob.cl/archivos/2021/01/07/Inforrne Final PAC DIA Instalacion de 3 aerogenera
dores Villa Alegre 1.PDF
También señalar, que, por el mismo hecho de haber realizado una observación ciudadana, está
siendo parte del proceso de participación ciudadana del proyecto, por cuanto, su inquietud, y la de
los demás observantes fue canalizada en la evaluación ambiental del proyecto, y a través del
presente documento es considerada.
Por otra parte, en relación a su preocupación por la posible afectación a la calidad de vida de las
personas que habitan en el sector, en Adenda Ciudadana, el Titular, proporciona antecedentes
complementarios a los incorporados en la DIA, tendientes a acreditar que no genera afectación a los
sistemas de vida y costumbres de grupos humanos que habitan en el área de influencia del proyecto,
así como residentes de parcelaciones próximas al proyecto.
De este modo, se indica que la ubicación del Proyecto en relación con la población de Villa Alegre
tendría una relación con el uso de la vía V-272, que será el único elemento del medio que tendrá un
uso compartido, tanto por el proyecto como por la Comunidad, al respecto señala lo siguiente:
- La ruta V-272 tendrá un uso compartido mayoritariamente durante la fase de construcción del
Proyecto (6 meses) y su etapa de máximo flujo que durará 3 meses, será de 8 veh/hr.
- Dentro de las medidas ambientales del Proyecto en relación al uso de esta ruta, se encuentras:
Reducción y control de la velocidad de los vehículos que ingresan al Proyecto, instalación de
señalética vial, humectación de la ruta para minimizar las emisiones de polvo, entre otras.
Sobre el emplazamiento de las actuales subdivisiones prediales existentes en la cercanía del
proyecto se puede indicar que estas se encuentran a 1,2 km del punto de ingreso al proyecto,
colindante a la ruta V-272.
Imagen 2.3, Ubicación de Fundo Praderas de Frutillar en retad
Esta parcelación llamada "Fundo Praderas de Frutillar", en la actualidad cuenta con una serie de
viviendas construidas y otras en proceso de construcción. Por lo tanto, el análisis se realizó
considerando las viviendas habitadas existentes y en proceso de construcción.
Sombra intermitente:
En relación a la emisión de sombra intermitente generada por los aerogeneradores del proyecto, se
indica que en el Anexo VIII de la DIA se encuentra el estudio "Evaluación del Parpadeo de
Sombra", donde se evaluó el cumplimiento normativo relacionado con los límites de exposición
temporales para la duración astronómicamente posible de sombra anual y diaria (peor caso), y para
el escenario con la condición meteorológica probable (caso real). Al no contar con normativa
nacional al respecto, y según la recomendación señalada en la "Guía para la Descripción de
Centrales Eólicas de Generación de Energía Eléctrica en el SEIA" (SEA, 2020), corresponde el uso
de la normativa de Alemania denominada "Hinweise zur Ermittiung und Beurteilung der optischen
Inmissionen von Windenergieanlagen (WEA-Schattenwurf-Hinweise), Stand: 13-03-2002"
(Indicaciones relativas a la investigación y evaluación de las emisiones ópticas de instalación de
energía eólica).
Dicho estudio evaluó en términos espaciales en general y de los receptores más cercanos en
particular, el tiempo en que se proyecta la sombra de los aerogeneradores sobre el área de
influencia. Realizada la modelación de dicha sombra sobre el área, en la siguiente imagen se puede
apreciar el área de sombra en la condición de máxima astronómica (condición que considera el
100% de los días del año sin nubes).
Imagen 2.4. Resultado gráfico sobre imagen satelital de áreas de som
máxima astronómica según modetación (horasfailo)
La modelación presentada en la imagen anterior muestra las curvas de tiempo en horas de
exposición anual de la sombra parpadeante en el área de estudio.
Al incluir el polígono de la parcelación en consulta en el análisis (polígono amarillo), para la
condición de máxima astronómica (peor caso), se puede observar que esta zona se encuentra
ubicada en un área que presenta una sombra intermitente menor a 30 h/año, por lo que todas las
viviendas ubicadas dentro de dicha parcelación recibirían en dicha condición sombra intermitente
bajo el máximo indicado en la normativa de referencia (30 h/año). Para el caso de los min/día, y
tomando en cuenta que el receptor más cercano (P3) se ubica en las proximidades de la entrada de
la parcelación y que en ese punto el tiempo de sombra es inferior a 29 min/día, se puede concluir
que, en cuanto al máximo de sombra por día en minutos, es inferior al límite de la normativa (30
minidía).
Para el caso de la condición meteorológica probable (caso real), la siguiente imagen muestra las
curvas de tiempo en horas de exposición anual de la sombra parpadeante en el área de estudio.
Imagen 2.5. Resuttadográfico sobre imagen satelital de áreas de so
meteorológica probable según motleladón (horas/4
Tal como se puede apreciar, el polígono de la parcelación y las viviendas ubicadas dentro de ellas
presentarán un tiempo de exposición a la sombra parpadeante menor a 4 h/año, siendo el límite
máximo de la norma 8 h/año. Mientras que los minutos del día en que la sombra intermitente se
encontrará presente en el área corresponderá a menos de 5 min/día (condición presente en P3),
siendo que el máximo normado es de 30 min/día.
Es importante señalar que, frente a la parcelación y colindante a la ruta V-272, se encuentra una
cortina arbórea de altas dimensiones que no fue considerada dentro de la modelación. Esto indica
que, al incorporar dicha barrera visual, disminuiría la sombra proyectada dentro del predio
parcelado, y por ende su percepción por los habitantes de las viviendas presentes.
La siguiente imagen muestra la barrera visual presente frente al área de la parcelación señalada:
Imagen 2.6, Barrera visual presente frente a la parcelación (vista en c
provecto)
Por lo tanto, considerando la normativa de referencia, donde en el área de la parcelación en análisis
los valores de tiempo de sombra se encuentran bajo los límites de dicha norma y que frente a dicho
terreno existe una barrera visual de importancia que evita la proyección de la sombra hacia dicho
sector (incluyendo las viviendas presentes), se puede indicar que la sombra parpadeante del
proyecto no genera alteración de los sistemas de vidas y costumbre de dichos grupos humanos.
Ruido:
En relación a las emisiones de ruido generadas por el proyecto, se puede señalar que la zona donde
se ubica la parcelación señalada ha sido evaluada dentro del Estudio de Impacto Acústico de la DIA
(Anexo VI), ya que el punto de análisis definido como receptor 3 de dicho estudio (VA3) se ubica
en el acceso a dicha parcelación. La siguiente figura presenta el detalle de la toma de información
de ruido de fondo en dicho punto:
Imagen 2,7. Valores medidos ruido de fondo, horario diurno y n
Con dicha información, el Titular realizó las modelaciones de propagación sonora del proyecto. La
siguiente imagen muestra la propagación sonora considerando la peor condición posible, es decir,
los tres frentes de trabajo y la instalación de faenas con emisiones sonoras simultáneas durante la
fase de construcción:
imagen 2,8. Representación Gráfica Niveles cle Ruido Proyel
La parcelación señalada se encuentra a la altura del receptor 3, donde el ruido de fondo es superior
al ruido proyectado por las actividades de la fase de construcción.
Además, en relación al ruido generado por el tránsito vehicular, de acuerdo a lo establecido por la
FTA (Transit Noise and Vibration Impact Assessment Manual), para el caso de los receptores en las
inmediaciones del proyecto, se ha definido como categoría de uso de suelo como categoría 2, Tipo
de Uso de Suelo Residencial, el cual está definido para zonas residenciales, viviendas, hoteles y en
general, todo sitio donde la gente normalmente duerme. Adicionalmente, para evaluar el impacto
sobre los receptores, se considera en el cálculo el nivel de ruido de fondo más bajo obtenido para
horario diurno, y una distancia entre la vivienda y la ruta de 15 m (la vivienda habitada más cercana
a la ruta de la parcelación señalada se encuentra a 110 m y la vivienda en construcción más cercana
a la ruta se encuentra a 50 m). Para la evaluación, se consideró como situación basal un ruido de
fondo de 49 dB(A).
Con las consideraciones anteriores, se presenta gráfica con resumen de cálculo y nivel de impacto
asociado exclusivamente al tránsito de camiones por rutas cercanas a las viviendas, asociado al
proyecto durante su etapa de construcción, concluyendo que las emisiones asociadas al tránsito
vehicular durante la etapa de construcción del proyecto en horario diurno y nocturno no generan un
aumento significativo de ruido sobre los receptores, y por tanto, no genera impacto.
Tabla 2.3. Niveles de Ruido Proyectados Transito Camiones— Etapa
Existing
(in: 49 dBA
Total Project -dm 51 dBA
Total Noise Exposure: 53 dBA
Inerase: 4 dB
In»
t?: Norte
En relación al tránsito vehicular durante la fase de operación, considerando que solamente se
realizarán visitas esporádicas durante las actividades de mantención 2 veces al año, el ruido
generado por esta actividad resulta despreciable.
Para la etapa de operación, las modelaciones de ruido en la zona del receptor 3, también definió el
ruido de fondo mayor al generado por la operación del proyecto, tal como lo muestran las siguientes
tablas. Por lo tanto, que de acuerdo a los antecedentes presentados por el Titular no se excedería la
norma de ruido en el receptor de interés ni en los otros evaluados.
52
j
28
62
NO
Ruido
fondode
1
52
Dhgno
Nivel
Lomado
29
&lex
DS 38
62
Supera
NO
Horario
Diurno
Noctuo
Ruido
Nivel
Máx
1
rn
Ruido I Nivel
1
de l
,
--
Máx
Punto
fondo , proyectado
"
OS 38
era
de fondo Lproyectado DS 38
VA3
41 i
28
50
Horario
Punto
VA3
Nocturno
Ruido den— Nivel
r.itax
fondo v2xectado DS 38 'AiPera
41 29 [ 50'
NO
Tabla 2.4, finales de Ruido Proyectados y Verificación Cumplimiento „S.
NIIVIA
diurno y Nocturno — Etapa de Operación
Horario
Diurno
Nocturno
Punto
Ruido de
fondo
Nivel
ro estado
813x'Ai
c
OS 38
pera •
Ruido de
fondo
Nivel
;
Max
. ro ectado i DS 38
c
Pera
"
VA3
52
29
62
NO
' '
41
29
I
1
50
NO
i
Fuente: Estudio de Impacto Acústico, Anexo VI, DIA de Proyecto
No obstante, lo anteriormente expuesto, de la revisión de los antecedentes técnico y la modelación
efectuada por el Titular respecto a la propagación y niveles de ruido en el área de influencia el
proyecto, se advirtieron durante la evaluación ambiental del proyecto errores e inconsistencias en la
presentación de los resultados. Ello implicó la presentación de un nuevo informe de ruido que se
acompañó en el Anexo B del Adenda complementaria, donde nuevamente los resultados del Titular
indicaban que la proyección de ruido en los distintos receptores no superaba la normativa vigente.
Sin embargo, la SEREMI de Medio Ambiente, a través de su oficio Ord. N°223 del 13 de julio de
2021, formuló observaciones al informe de impacto acústico presentado por el Titular en el Adenda
complementaria. Del tenor de las observaciones y el análisis efectuado el SEA, es posible sostener
que existe errores e inconsistencias técnicas en la estimación de los niveles de ruido, durante la fase
de operación, proyectados sobre los receptores, que revelan una subestimación de los potenciales
impactos. Ello implica que, durante el procedimiento de evaluación ambiental, no ha sido posible
acreditar, por parte del Titular, el cumplimiento del D.S. (1VIMA) N°38/11, Norma de emisión de
ruidos generados por fuentes que indica y con ello descartar que no se genera o presenta riesgo para
la salud de la población, cuya salud pueda verse afectada por la superación de los valores de ruido
establecidos en la normativa ambiental vigente, conforme a lo preceptuado en el artículo 5°, letra b)
del Reglamento del SETA.
Observante: Alejandra Del Rosario Ortega Follmer
Observación: Existe una gran cantidad de gente viviendo alrededor de este proyecto, creo que es un
sector muy poblado para tener algo tan contaminante visualmente y acústicamente en el sector,
debe realizarse un estudio de impacto ambiental completo. Me opongo en lo que se pueda a la
ejecución de este proyecto junto a todos mis vecinos.
Evaluación técnica de la observación: Esta Dirección Regional, considera pertinente la observación
ciudadana, toda vez que hace referencia a aspectos ambientales del proyecto en evaluación.
Respecto de lo observado y de acuerdo a los antecedentes tenidos a la vista durante el proceso de
evaluación de la Declaración de Impacto Ambiental, incluidas sus respectivas Adendas, se puede
indicar lo siguiente:
Tanto en la DIA como Adenda Ciudadana, se señala que la información incluida en el Informe de
Medio Humano presentado en la DIA fue recolectada mediante entrevistas a personas claves de la
comunidad, como a habitantes de la comunidad de Villa Alegre Sur. De dichas entrevistas, se
obtuvieron los datos que fueron utilizados para caracterizar el componente de medio humano dentro
del área de influencia del Proyecto. Es así que, de la información entregada por los entrevistados, se
indica que los residentes corresponden a 30 familias y 90 habitantes, por lo que se consideran
valores referenciales. Por otra parte, con el objetivo de obtener un mayor grado de detalle con
relación a la población de Villa Alegre Sur, es que, durante el mes de enero de 2021, se realizó una
nueva visita a la zona para ahondar en antecedentes referidos a la población del sector. Así, en
relación a las viviendas y residentes de la comunidad de Villa Alegre Sur, se indica lo siguiente:
Observador
{Punto de
observación1
•01
(Aitu
A lo largo de los años, los terrenos que inicialmente presentaban dimensiones de importancia han
sido subdivididos permanentemente. Es frecuente encontrarse con relatos de los lugareños que
refieren que los terrenos fueron divididos y subdivididos, y así se han ido construyendo viviendas
de distintas dimensiones, materiales y calidades; siendo frecuente encontrar sucesiones familiares,
y, por tanto, en un sitio varias casas donde todos son familiares y mantienen un solo acceso.
Normalmente se da la figura de quienes han adquirido un predio de 5.000 m2 entre varios
familiares, dando lugar a la subdivisión interna, siendo el terreno o loteo, una propiedad legalmente
inscrita como un predio.
Los residentes señalan que existen pocos pobladores que residan en la zona desde hace muchos
años; que hay varias segundas viviendas; que existen 2 o más casas de trabajadores en 1 predio, y
que, desde hace un año, se han iniciado varias construcciones de casas que aún no han sido
habitadas.
Mediante un recorrido sistemático del territorio que comprende Villa Alegre Sur, se pudieron
identificar una serie de viviendas con habitantes dispuestos a entregar información sobre su
condición de residente de la zona, mientras que otros, no fue posible entrevistar por negativa a
entregar información. En tabla 2.1 de Adenda Ciudadana, se presenta información sobre habitantes
de Villa Alegre recabada en terreno e imágenes de éstas.
Asimismo, se incorpora información relativa al paisaje, a fin de descartar alteración de los sistemas
de vidas y costumbre de grupos humanos que habitan en el área de influencia del proyecto. •
En Anexo XI de la DIA, se presenta la Caracterización Ambiental del Paisaje y en Adenda
ciudadana se proporciona información adicional referida a dicha componente, tomando como
puntos representativos la parcelación aledaña a la ruta V-272.
Para dar respuesta a lo solicitado por la autoridad ambiental, y en el marco de la presentación de la
caracterización ambiental del Proyecto "Instalación de 3 Aerogeneradores Villa Alegre 1", se realizó
un levantamiento de tres nuevos puntos de observación, que permitieron realizar un análisis de
visualización y simulación de impacto, que permitirán visualizar el tipo de afectación asociada a los
sistemas de vidas y costumbre de los grupos humanos, que se encuentran dentro del entorno cercano
del Proyecto.
La metodología utilizada para este análisis de visibilidad comprende la identificación de los puntos
de observación con mayor acceso visual hacia las obras del Proyecto, mediante la aplicación de la
herramienta viewshed, del software ArcGis 10.5, la cual arrojó la superficie del relieve visible desde
los PO seleccionados, obteniendo un mapa de visibilidad, basado en la Guía Valor Paisajístico en el
SEIA, 2019. Cabe destacar que esta herramienta se aplica solamente al relieve (modelo digital de
elevaciones) de la zona donde se emplazará el Proyecto. Para complementar este análisis, se utilizó
la herramienta "línea de visión" de ArcGis 10.5 3D Analyst correspondiente a una línea gráfica
entre dos puntos (observador y objeto observado) en una superficie marcando los lugares visibles y
no visibles a lo largo de la línea. El color de la línea indica las ubicaciones en las que la superficie
está visible (Verde) y en las que está oculta (Rojo).
imagen 2,10, Esquema proceso de línea de visión
Conjuntamente, se tomó en consideración las tomas fotográficas de cada punto de observación, con
la finalidad de determinar barreras visuales producto de la vegetación o estructuras verticales
cercanas al punto de observación.
Con esto fueron identificadas las secciones de las obras que potencialmente podrán ser vistas desde
estos puntos, para posteriormente realizar una simulación fotográfica o fotomontaje, a través del
manejo de la fotografia tomada desde cada uno de los puntos seleccionados, considerando la
superposición de imágenes de obras del Proyecto, sobre la fotografia que contiene la vista actual, lo
que permitió comparar las situaciones "con y sin Proyecto".
Los Puntos de Observación considerados (P01 P02 y P03), se encuentran emplazados en un sector
rural, y la toma fotográfica para las simulaciones, se realizó desde un camino no enrolado, que
permite visualizar distintos escenarios de la zona de emplazamiento con las estructuras proyectadas.
Respecto de la presentación de las fotosimulaciones, se entregarán a continuación 3 simulaciones
específicas para el Proyecto "Instalación de 3 Aerogeneradores Villa Alegre 1".
En la siguiente tabla se presentan las coordenadas geográficas UTM de los PO seleccionados para el
análisis de visibilidad y fotomontaje.
Tabla 2.5. Puntos de observación seleccionados para simulasi
Punto de observación
Coordenadas UTM Huso 185, WGS 84
Distancia PC
Proyecto
Este (m)
Norte (m)
P01
656.627
5.437.010
1,5 km
P03
656.739
5.437.030
1,7 km
mutis
cc,' 170
C 477 nzri
1 r Un,
A continuación, se presenta una cartografía con la localización de los puntos de observación y su
relación con las obras del Proyecto.
Imagen 2.1L Emplazamiento Pontos,de observación
Teniendo en cuenta lo anterior, se presenta para cada Punto de Observación, la simulación de la
situación con proyecto y su respectiva descripción:
,7
Posidóel di
Distancia PO al proyecta
Olriented6n arista: ~+rra
Pamt)sie ObservacIn (PO 2.
CDerdenrecias:1 I") E55.73E5
frn'i 5.437.031
Punto ile Observación 1Poil
Tabla 2.6. Punto de Observad:4n I
Distancia PO al proyecto:1,7 MI
S ea
Posición dt
Coordenadas: E pn) 655.127:
frni 5.4s7zicl
oritsininii5nvxa
2.11.t
Posicían Obsei
Orientecinel viste: 5urOeste
Punto de Observeóln 1P021
Couneenadzez E irrt) 657.273;
fedi 5.437230
Dietsficis PO el proyecto:2,5 In
Tabla 2.11.. Punto de Observa aiS t 3
De acuerdo a la información que arroja la simulación de escenarios con Proyecto, y debido a la
cercanía que posee el Proyecto con el sector estudiado, es importante señalar, que las partes serán
perceptibles desde distintos puntos de observación, lo que queda en mayor evidencia con el
fotomontaje presentado en el P01.
Tomando en consideración que las cuencas visuales en la zona de emplazamiento son de gran
tamaño y que existe un nivel de compacidad medio, asociado principalmente a la presencia de
pantallas vegetacionales, de acuerdo a lo que se presenta en la simulación del P03, la atención de
los observadores comunes no se concentrará en la presencia de las estructuras.
Entendiendo que existen dos escenarios posibles sobre la definición de potenciales impactos que
generaría el Proyecto en el Paisaje, es posible determinar que existirá una afectación provocada por
la intrusión de nuevos elementos al asociado al tamaño de las estructuras que contempla las obras. A
continuación, se justifica la no existencia de impactos significativos, respecto de:
1°- Obstrucción de visibilidad de la zona con valor paisajístico:
Si bien, la instalación de aerogeneradores corresponde a un elemento que modifica la lectura visual
del territorio, la inclusión de estos, tanto en la fase de construcción como de operación, no implica
un bloqueo de las vistas hacia los atributos biofísicos del paisaje y no perjudica mayormente a
ningún elemento que otorgue valor paisajístico a la zona de emplazamiento. Y, si bien las
estructuras que contempla el proyecto son verticales, y podrían generar un mayor grado de intrusión
e incompatibilidad con el paisaje, debido a que se consideran la instalación de 3 aerogeneradores,
estos no se constituyen como objetos que concentren la vista o atención de los observadores. Es
importante hacer notar que la atención visual en esta área se enfoca en dirección Este, hacia donde
se encuentran atractivos visuales, como los volcanes Osorno, Calbuco, cerros Tronador y
Puntiagudo.
2°- Alteración de los atributos en la zona con valor paisajístico
Por otra parte, la instalación de las partes y obras del Proyecto, en relación al tamaño y superficie,
no implican una alteración significativa de los atributos biofísicos que componen el paisaje. Ahora,
si bien, las obras pueden producir alguna alteración cromática en la zona de emplazamiento, durante
su etapa de operación, esta no genera un cambio sustancial en los atributos estéticos que otorgan
valor paisajístico, ya que la vegetación tiene mayor peso en la composición de la calidad visual del
paisaje.
Así también, respecto de la consulta que apunta a la alteración de los sistemas de vidas y costumbre
de dichos grupos humanos, en relación con la componente de paisaje, es importante señalar que la
Ottim4
Punto I
lonas
VAt
49
VA2 1
52
VA3 j
52
/MI
11"1
Mix DO
/4" "
Supera Ruido de fondo
NI";
proyecudo
38
proyectado
Supero
36 m-
NO 41
36
SO
32 82
NO 43
32
50 N
NO 41
28
NO
presencia de los aerogeneradores no implica un bloqueo visual o una alteración significativa, a la
calidad de los atributos visuales que configuran el paisaje del entorno cercano.
Si bien las obras serán perceptibles, la instalación de los aerogeneradores en conjunto no implicará
una alteración significativa a la visibilidad del entorno inmediato, ni al fondo escénico distante.
Tampoco se prevé una alteración de la condición naturales de los atributos biofísicos y estéticos que
caracteriza a la zona de emplazamiento.
Por tanto, y de acuerdo a lo descrito, es posible determinar, que la instalación de las partes y obras
que contempla el proyecto, si bien generarán un efecto asociado a la inclusión de un nuevo
elemento en el paisaje, no será significativo, en cuanto a la obstrucción hacia la zona de
emplazamiento, ni en la alteración de los atributos de la zona valor paisajístico significativo
y/relevante. Lo anterior teniendo en cuenta las características (forma y color) de los
aerogeneradores, que facilitan su integración al paisaje, sumado a la obstrucción por parte de la
vegetación en los primeros y segundos planos y la distancia desde los puntos de observación hacia
los aerogeneradores, hace que se atenúen su visibilidad, fundamentalmente debido a que las rutas
públicas están alejadas del emplazamiento desde donde es posible acceder al Proyecto.
En relación al ruido, el Titular acompaño en el Anexo VI de la DIA un estudio de impacto acústico,
tanto para las fases de construcción como de operación del proyecto. Efectuando mediciones ruido
de fondo en 3 receptores cercanos identificados (VA', VA2 y V3).
Para estimar las emisiones de ruido producidas por la construcción y operación del proyecto, se
realizó modelación de propagación del sonido al aire libre mediante software iNoise 2020
(construcción) y CadnaA (operación), considerando la norma ISO 9613, "Atenuación del Sonido
durante la Propagación en Exteriores — Método General de Cálculo". Dicho modelo involucra las
variables de atenuación por divergencia geométrica, topografía del sector y atenuación por efectos
del suelo entre otros factores. Adicionalmente, para el caso de operación del parque eólico, se
incorporó variables del modelo Concawe, específicamente para condiciones de operación de 8, 10 y
12 m/s de velocidad de viento.
Para la etapa de construcción los niveles de ruido proyectados y el cumplimiento normativo se
resume en la siguiente Tabla:
Fi• ura 5.4. Niveles de Ruido Pro ectaaos venticecion Cum • miento u.d. Je/11 MIRA Diurno
VA1
635
49 46,3
59 NO
VA2
1042
52
42.0
62
NO
VA3
1413 i
52
36.4
62
Para la fase de operación los niveles de ruido proyectados y el cumplimiento normativo se resume
en la siguiente Tabla
Floara 6.8. Niveles de Ruido Proyectad« y Verificación Cumplimiento D.S. 38111 MMA diurno y
Nocturno - Eta a de° • ración
Nonada
Horario 1
Diurno
Punto 1 r Ruido de
MaxOS Supon ;Ruido rondo
Nivel
,
Nivel
Su
del d f
.__._.ronde
«yac e«.
38
. pinectedo
...
,
VA1 •
49
36
. 59
No ,
41'
::
36
VA2
52
34
'
82 . NO 40
1 -- 34
VA9 !
52
29 x.62 .
NO 41
29
Mac OS 38
Supera i
50 NO3,
50 NO
NO
1
50
' Hoiario
Diurna..
' 1 ;
Nocturno
'
."
; ....„......
• _ L,..,,,,,
Ruido de Nivel
1 Max OS ...
-
Nivel -
"+
' .
Punto '
' «oda Ruido o fenilo
fondo
proyectado
i
38
, •
'''
proyectado
Max 00"
SuPem .
VA1 *
49
27 59 ' NO 41
;
37
;
SO NO
VA.1 J.
.52
34
NO 40
34
50 NO
VAS '
52
23.1 62
:NO 40
29 á0
N(37-1
En relación a las emisiones de ruido generadas por el proyecto, se puede señalar que la zona donde
se ubica la parcelación señalada ha sido evaluada dentro del Estudio de Impacto Acústico de la DIA
(Anexo VI), ya que el punto de análisis definido como receptor 3 de dicho estudio (VA3) se ubica
en el acceso a dicha parcelación. La siguiente figura presenta el detalle de la toma de información
de ruido de fondo en dicho punto:
Imagen 2.7. Valores medidos ruido de fondo, horario diurno y n
Con dicha información, el Titular realizó las modelaciones de propagación sonora del proyecto. La
siguiente imagen muestra la propagación sonora considerando la peor condición posible, es decir,
los tres frentes de trabajo y la instalación de faenas con emisiones sonoras simultáneas durante la
fase de construcción:
Imagen 2.8. Representación Gráfic,a Niveles de Ruido Proveí
La parcelación señalada se encuentra a la altura del receptor 3, donde el ruido de fondo es superior
al ruido proyectado por las actividades de la fase de construcción.
Además, en relación al ruido generado por el tránsito vehicular, de acuerdo a lo establecido por la
FTA (Transit Noise and Vibration Impact Assessment Manual), para el caso de los receptores en las
inmediaciones del proyecto, se ha definido como categoría de uso de suelo como categoría 2, Tipo
de Uso de Suelo Residencial, el cual está definido para zonas residenciales, viviendas, hoteles y en
general, todo sitio donde la gente normalmente duerme. Adicionalmente, para evaluar el impacto
sobre los receptores, se considera en el cálculo el nivel de ruido de fondo más bajo obtenido para
horario diurno, y una distancia entre la vivienda y la ruta de 15 m (la vivienda habitada más cercana
a la ruta de la parcelación señalada se encuentra a 110 m y la vivienda en construcción más cercana
a la ruta se encuentra a 50 m). Para la evaluación, se consideró como situación basal un ruido de
fondo de 49 dB(A).
Con las consideraciones anteriores, se presenta gráfica con resumen de cálculo y nivel de impacto
asociado exclusivamente al tránsito de camiones por rutas cercanas a las viviendas, asociado al
Supera
NO
proyecto durante su etapa de construcción, concluyendo que las emisiones asociadas al tránsito
vehicular durante la etapa de construcción del proyecto en horario diurno y nocturno no generan un
aumento significativo de ruido sobre los receptores, y por tanto, no genera impacto.
Tabla 2.3. Niveles de Ruido Proyectados Transito Camiones— Etapa
Existing Ldn: 49 dBA
Total Project Ldn: 51 dBA
Total Noise Exposure: 53 dBA
Int
ase: 4 dB
In-spact?: Non*
En relación al tránsito vehicular durante la fase de operación, considerando que solamente se
realizarán visitas esporádicas durante las actividades de mantención 2 veces al año, el ruido
generado por esta actividad resulta despreciable.
Para la etapa de operación, las modelaciones de ruido en la zona del receptor 3, también definió el
ruido de fondo mayor al generado por la operación del proyecto, tal como lo muestran las siguientes
tablas. Por lo tanto, que de acuerdo a los antecedentes presentados por el Titular no se excederla la
norma de ruido en el receptor de interés ni en los otros evaluados.
Tabla 2.4. NiVele$ de Ruido Proyectados y Verificación Cumplimiento OS. 38/11 IVIMA
diurno y NOebttrno — Etapa de Operación
Horario
Ix
1.111.0TIO
I
octurno
Punto
Ruido de
fondo
Nivel
I
.11áx
. Supera 11
Ruido
proyectado ! OS 38 1 de fondo
Mili"
prnyectado
íliirt
c....s.,.
D118
Supera
52
28
'
$2
'
NO
1
41
I
,
21',
'
411
No
Horario
urno
Mar
c
&2
,
.
Ruido de
rondo
—,,
j
41
Nocturno
Punto
„;-VA3
Ruidó de l
fondo
52
Nivel
ro Botado
OS 38
..
,,..
Su era
tala
Nive
pro celado
Más
OS 38
50
Supera
NO
29
pinmo
,
Nocturno
Ruido de
t ivel
i Mar. Ruido de
Nivel
! Máx
fondo
proyectado [ Os 38 1 fondo , proyectado i OS 38
5/2,,
J29
1 ea i
NO
41
;
29
j SO
Fun :Estudio de InwniutOAcústito, Anexo Vi, DIA de Proyecto
Punto
1110
No obstante, lo anteriormente expuesto, de la revisión de los antecedentes técnico y la modelación
efectuada por el Titular respecto a la propagación y niveles de ruido en el área de influencia el
proyecto, se advirtieron durante la evaluación ambiental del proyecto errores e inconsistencias en la
presentación de los resultados. Ello implicó la presentación de un nuevo informe de ruido que se
acompañó en el Anexo B del Adenda complementaria, donde nuevamente los resultados del Titular
indicaban que la proyección de ruido en los distintos receptores no superaba la normativa vigente.
Sin embargo, la SEREMI de Medio Ambiente, a través de su oficio Ord. N°223 del 13 de julio de
2021, formuló observaciones al informe de impacto acústico presentado por el Titular en el Adenda
complementaria. Del tenor de las observaciones y el análisis efectuado el SEA, es posible sostener
que existe errores e inconsistencias técnicas en la estimación de los niveles de ruido, durante la fase
de operación, proyectados sobre los receptores, que revelan una subestimación de los potenciales
impactos. Ello implica que, durante el procedimiento de evaluación ambiental, no ha sido posible
acreditar, por parte del Titular, el cumplimiento del D.S. (MMA) N°38/11, Norma de emisión de
ruidos generados por fuentes que indica y con ello descartar que no se genera o presenta riesgo para
la salud de la población, cuya salud pueda verse afectada por la superación de los valores de ruido
establecidos en la normativa ambiental vigente, conforme a lo preceptuado en el artículo 5°, letra b)
del Reglamento del SETA.
Finalmente, respecto a la necesidad del proyecto de elaborar un Estudio de Impacto Ambiental
(ETA), cabe indicar que corresponde en primera instancia al Titular del proyecto definir la
modalidad de ingreso de su proyecto al Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental (SETA), ya
sea a través de un Estudio de Impacto Ambiental (ETA) o una Declaración de Impacto Ambiental
(DIA). Para ello, debe analizar el artículo I1 de la Ley N° 19.300, donde se establece que los
proyectos que se presentan al SEIA lo harán presentando un DIA, salvo que generen o presenten a
lo menos uno los efectos, características o circunstancias que allí se indican, en cuyo caso
requerirán la elaboración de un EIA. Una vez presentado el proyecto el procedimiento de
evaluación de impacto ambiental en el SEIA, y conforme a lo establecido en el artículo 31 del
Reglamento del SEIA, se debe verificar el tipo de proyecto y la vía de evaluación que debe seguir,
así como los contenidos a que se refiere el Titulo II y los artículos 28 y 29 del reglamento. Este
proceso de admisión a trámite fue realizado, comprobando que la presentación, en este caso la DIA,
cumplía con los requisitos formales de presentación, incluidos los contenidos mínimos, pues la
revisión de fondo es parte del proceso de evaluación. Ahora bien, el procedimiento de evaluación
ambiental contempla instancias para solicitar al Titular del proyecto aclaraciones, rectificaciones o
ampliaciones de la información, salvo que el Servicio de Evaluación Ambiental (SEA) determine
que adolece de información relevante o esencial -entendiendo por relevante aquella información
indispensable para la compresión del proyecto como unidad y por esencial la requerida para
determinar que no se generan los efectos, características o circunstancias (ECC) del artículo 11 de la
Ley-, que no pueda ser subsanada mediante aclaraciones, rectificaciones o ampliaciones, lo que
deriva necesariamente de la trascendencia de la información omitida; o bien se determine que el
proyecto requiere la elaboración de un ETA, por quedar de manifiesto en los antecedentes
presentados que se genera un ECC que dan origen a la necesidad de presentar un EIA. Dicho
análisis fue llevado a cabo por el SEA y consideró la opinión fundada de los órganos de la
administración del estado (OAECA) que participaron de la evaluación ambiental del proyecto,
determinando que no concurrían las condiciones expresadas, continuando con el procedimiento de
evaluación ambiental y procediendo a elaborar el Informe Consolidad de Aclaraciones
Rectificaciones o ampliaciones (ICSARA) a la DIA. Por último, cabe indicar que la presentación de
la DIA al actual procedimiento de evaluación ambiental concluirá con la calificación ambiental de
mismo por parte de la Comisión de Evaluación de la Región de Los Lagos, donde se establecerá
finalmente, entre otros aspectos, si el proyecto genera o no los ECC del artículo 11 del Ley que dan
origen a la necesidad de presentar un EIA y, consecuentemente, en caso así se determine, rechazar la
presentación a través de una DIA, por requerir un EIA.
Observante: Ellen Ibarra Schuh
Observación: Hay que hacer un estudio profundo ya que seremos muchas las familias que viviremos
allá y nuestra calidad de vida puede verse afectada.
Evaluación técnica de la observación: Esta Dirección Regional, considera pertinente la observación
ciudadana, toda vez que hace referencia a aspectos ambientales del proyecto en evaluación.
Respecto de lo observado y de acuerdo a los antecedentes tenidos a la vista durante el proceso de
evaluación de la Declaración de Impacto Ambiental, incluidas sus respectivas Adendas, se puede
indicar lo siguiente:
El proyecto en evaluación fue presentado al Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental (SETA),
mediante una Declaración de Impacto Ambiental. En virtud de lo anterior los contenidos de la
presentación deben dar cumplimiento a lo establecido en el Párrafo 3 del Título III del Reglamento
del SEIA, que establece los contenidos mínimos de las Declaraciones. En este sentido una vez
presentado el proyecto el procedimiento de evaluación de impacto ambiental en el SETA, y
conforme a lo establecido en el artículo 31 del Reglamento del SEIA, se debe verificar el tipo de
proyecto y la vía de evaluación que debe seguir, así como los contenidos a que se refiere el Titulo II
y los artículos 28 y 29 del reglamento. Este proceso de admisión a trámite fue realizado,
comprobando que la presentación, en este caso la DIA, cumplía con los requisitos formales de
presentación, incluidos los contenidos mínimos pues la revisión de fondo es parte del proceso de
evaluación. Ahora bien, el procedimiento de evaluación ambiental contempla instancias para
solicitar al Titular del proyecto aclaraciones, rectificaciones o ampliaciones de la información
presentada, de manera de contar con la información necesaria para llevar a cabo adecuadamente la
evaluación del impacto ambiental del proyecto.
Cabe mencionar que durante la evaluación del proyecto se presentaron diversos estudios, dando
cumplimiento a los requerimientos normativos, propios de la evaluación ambiental, de este modo,
en la DIA, se presentaron antecedentes relativos a los Permisos Ambientales Sectoriales, Planes de
Manejo Ambiental y Seguridad, Informes Geotécnicos, Estudio de Impacto acústico, Informe de
Estimación de Emisiones, Evaluación del Parpadeo de Sombra, Línea de base Medio Físico,
Caracterización del Paisaje, Caracterización Ambiental Atractivos Naturales o Culturales y sus
Interrelaciones, Línea de Base de Flora y Vegetación, Línea Base de Fauna Silvestre, Línea Base del
Patrimonio Cultural y Línea Base Ambiental Medio Humano.
Durante el proceso de evaluación, Organismos con competencia ambiental, revisaron la información
contenida en la DIA y sus anexos y realizaron observaciones al proyecto, solicitando en muchos
casos ampliación de antecedentes, con lo cual la empresa titular generó nuevos levantamientos de
información, tendientes a acreditar que debido a las partes, obras y acciones del proyecto no se
generan efectos sobre los diversos componentes ambientales y sus objetos de protección, incluido
los sistemas de vida y costumbres de grupos humanos.
En lo que respecta a la posible afectación a los sistemas de vida y costumbres de grupos humanos,
aun cuando la observante no indica donde habitará, es posible indicar que en el anexo XVI Línea
Base Ambiental de Medio Humano, de la DIA, se analizan los diversos literales del artículo 7 del
Reglamento del SETA:
La intervención, uso o restricción al acceso de los recursos naturales utilizados como sustento
económico del grupo o para cualquier otro uso tradicional, tales como uso medicinal, espiritual o
cultural. No se identifica que, por efecto del proyecto, pueda generarse alteración del normal
desarrollo de las actividades productivas en el sector. Tampoco se identifican actividades o usos
tradicionales en el área de intervención del proyecto.
La obstrucción o restricción a la libre circulación, conectividad o el aumento significativo de los
tiempos de desplazamiento. No se identifica alteración del tiempo normal de desplazamientos. No
existe obstrucción o restricción a la libre circulación en las vías de acceso, considerando los viajes
adicionales desde y hacia el proyecto en sus vías de acceso en Villa Alegre Sur.
La alteración al acceso o a la calidad de los bienes, equipamientos, servicios o infraestructura
básica. No se identifica un potencial impacto. En el área de intervención del proyecto, no se
presentan equipamiento, servicios o infraestructura básica. En el sector donde se emplaza el
proyecto no se generarán nuevos núcleos urbanos.
La dificultad o impedimento para el ejercicio o la manifestación de tradiciones, cultura o intereses
comunitarios, que puedan afectar los sentimientos de arraigo o la cohesión social del grupo. No se
identifica alteración del normal desarrollo de manifestaciones culturales e intereses comunitarios de
la población. En el área de influencia del proyecto, pero fuera de las zonas de intervención, se
desarrolla la fiesta costumbrista de La Manzana que refieren vecinos y actores claves que captarán
mayor afluencia de público para venta de sus productos.
Esta actividad se realiza un fin de semana al año, por lo que no se observan posibles impactos en
dicha celebración por el desarrollo de las actividades del proyecto.
Por otra parte, en Adenda Ciudadana, se aporta información adicional, en la cual se señala que la
información incluida en el Informe de Medio Humano presentado en la DIA, fue recolectada
mediante entrevistas a personas claves de la comunidad, como a habitantes de la comunidad de
Villa Alegre Sur. De dichas entrevistas, se obtuvieron los datos que fueron utilizados para
caracterizar el componente de medio humano dentro del área de influencia del Proyecto. Es así que,
de la información entregada por los entrevistados, se indica que los residentes corresponden a 30
familias y 90 habitantes, por lo que se consideran valores referenciales. Por otra parte, con el
objetivo de obtener un mayor grado de detalle con relación a la población de Villa Alegre Sur, es
que, durante el mes de enero de 2021, se realizó una nueva visita a la zona para ahondar en
antecedentes específicos que no hubieran quedado suficientemente claros en el Estudio de Medio
Físico presentado.
En relación a las viviendas y residentes de la comunidad de Villa Alegre Sur, se indica lo siguiente:
- A lo largo de los años, los terrenos que inicialmente presentaban dimensiones de importancia han
sido subdivididos permanentemente. Es frecuente encontrarse con relatos de los lugareños que
refieren que los terrenos fueron divididos y subdivididos, y así se han ido construyendo viviendas
de distintas dimensiones, materiales y calidades; siendo frecuente encontrar sucesiones familiares, y
por tanto, en un sitio varias casas donde todos son familiares y mantienen un solo acceso.
Normalmente se da la figura de quienes han adquirido un predio de 5.000 m2 entre varios
familiares, dando lugar a la subdivisión interna, siendo el terreno o loteo, una propiedad legalmente
inscrita como un predio.
- Los residentes señalan que existen pocos pobladores que residan en la zona desde hace muchos
años; que hay varias segundas viviendas; que existen 2 o más casas de trabajadores en 1 predio, y
que, desde hace un año, se han iniciado varias construcciones de casas que aún no han sido
habitadas.
- Mediante un recorrido sistemático del territorio que comprende Villa Alegre Sur, se pudieron
identificar una serie de viviendas con habitantes dispuestos a entregar información sobre su
condición de residente de la zona, mientras que otros, no fue posible entrevistar por negativa a
entregar información.
Se indica que la ubicación del Proyecto en relación con la población de Villa Alegre tendría una
relación con el uso de la vía V-272, que será el único elemento del medio que tendrá un uso
compartido tanto por el proyecto como por la Comunidad, al respecto señala lo siguiente:
- La ruta V-272 tendrá un uso compartido mayoritariamente durante la fase de construcción del
Proyecto (6 meses) y su etapa de máximo flujo que durará 3 meses, será de 8 veh/hr.
- Dentro de las medidas ambientales del Proyecto en relación al uso de esta ruta, se encuentras:
Reducción y control de la velocidad de los vehículos que ingresan al Proyecto, instalación de
señalética vial, humectación de la ruta para minimizar las emisiones de polvo, entre otras.
Sobre el emplazamiento de las actuales subdivisiones prediales existentes en la cercanía del
proyecto se puede indicar que estas se encuentran a 1,2 km del punto de ingreso al proyecto,
colindante a la ruta V-272.
Imagen 2.:3. Ubicación de Fundo Praderas de Frutillar en relad
<0;(1.1
Y5141-
W,t).11`
°P114
MI»
Esta parcelación llamada "Fundo Praderas de Frutilla?, en la actualidad cuenta con una serie de
viviendas construidas y otras en proceso de construcción. Por lo tanto, el análisis se realizó
considerando las viviendas habitadas existentes y en proceso de construcción.
Sombra intermitente:
En relación a la emisión de sombra intermitente generada por los aerogeneradores del proyecto, se
indica que en el Anexo VIII de la DIA se encuentra el estudio "Evaluación del Parpadeo de
Sombra", donde se evaluó el cumplimiento normativo relacionado con los límites de exposición
temporales para la duración astronómicamente posible de sombra anual y diaria (peor caso), y para
el escenario con la condición meteorológica probable (caso real). Al no contar con normativa
nacional al respecto, y según la recomendación señalada en la "Guía para la Descripción de
Centrales Eólicas de Generación de Energía Eléctrica en el SETA" (SEA, 2020), corresponde el uso
de la normativa de Alemania denominada "Hinweise zur Ermittiung und Beurteilung der optischen
Inmissionen von Windenergieanlagen (WEA-Schattenwurf-Hinweise), Stand: 13-03-2002"
(Indicaciones relativas a la investigación y evaluación de las emisiones ópticas de instalación de
energía eólica).
Dicho estudio evaluó en términos espaciales en general y de los receptores más cercanos en
particular, el tiempo en que se proyecta la sombra de los aerogeneradores sobre el área de
influencia. Realizada la modelación de dicha sombra sobre el área, en la siguiente imagen se puede
apreciar el área de sombra en la condición de máxima astronómica (condición que considera el
100% de los días del año sin nubes).
Imagen 2.4. Resultado gráfico sobre imagen satelital de áreas de som
máxima astronómka según modelación (.torasjallo)
ara
La modelación presentada en la imagen anterior muestra las curvas de tiempo en horas de
exposición anual de la sombra parpadeante en el área de estudio.
Al incluir el polígono de la parcelación en consulta en el análisis (polígono amarillo), para la
condición de máxima astronómica (peor caso), se puede observar que esta zona se encuentra
ubicada en un área que presenta una sombra intermitente menor a 30 hiarío, por lo que todas las
viviendas ubicadas dentro de dicha parcelación recibirían en dicha condición sombra intermitente
bajo el máximo indicado en la normativa de referencia (30 h/año). Para el caso de los min/día, y
tomando en cuenta que el receptor más cercano (P3) se ubica en las proximidades de la entrada de
la parcelación y que en ese punto el tiempo de sombra es inferior a 29 min/día, se puede concluir
que, en cuanto al máximo de sombra por día en minutos, es inferior al límite de la normativa (30
min/día).
Para el caso de la condición meteorológica probable (caso real), la siguiente imagen muestra las
curvas de tiempo en horas de exposición anual de la sombra parpadeante en el área de estudio.
Imagen 2.s. Resultado gráfico sobre imagen satelital de áreas de so
meteorológica probable según modelación (horas/ad
Tal como se puede apreciar, el polígono de la parcelación y las viviendas ubicadas dentro de ellas
presentarán un tiempo de exposición a la sombra parpadeante menor a 4 hrs/año, siendo el límite
máximo de la norma 8 hrs/año. Mientras que los minutos del día en que la sombra intermitente se
encontrará presente en el área corresponderá a menos de 5 min/día (condición presente en P3),
siendo que el máximo normado es de 30 min/día.
Fb ura 5.4. Niveles de Ruido Pro ectados Verificación Cumplimiento P.S. 38111 MMA diurno
VA1
635
VA2
1042
VA3
1413
49 46,3 59
NO
52 42.0 62
NO
52 36,4 62
NO
Es importante señalar que, frente a la parcelación y colindante a la ruta V-272, se encuentra una
cortina arbórea de altas dimensiones que no fue considerada dentro de la modelación. Esto indica
que, al incorporar dicha barrera visual, disminuiría la sombra proyectada dentro del predio
parcelado, y por ende su percepción por los habitantes de las viviendas presentes. La siguiente
imagen muestra la barrera visual presente frente al área de la parcelación señalada:
imagen 2.6. Barrera visual presente frente a la parcelación (vista en c
proyecto}
Por lo tanto, considerando la normativa de referencia, donde en el área de la parcelación en análisis
los valores de tiempo de sombra se encuentran bajo los límites de dicha norma y que frente a dicho
terreno existe una barrera visual de importancia que evita la proyección de la sombra hacia dicho
sector (incluyendo las viviendas presentes), se puede indicar que la sombra parpadeante del
proyecto no genera alteración de los sistemas de vidas y costumbre de dichos grupos humanos.
En relación al ruido, el Titular acompaño en el Anexo VI de la DIA un estudio de impacto acústico,
tanto para las fases de construcción como de operación del proyecto. Efectuando mediciones ruido
de fondo en 3 receptores cercanos identificados (VA 1, VA2 y V3).
Para estimar las emisiones de ruido producidas por la construcción y operación del proyecto, se
realizó modelación de propagación del sonido al aire libre mediante software iNoise 2020
(construcción) y CadnaA (operación), considerando la norma 1SO 9613, "Atenuación del Sonido
durante la Propagación en Exteriores — Método General de Cálculo". Dicho modelo involucra las
variables de atenuación por divergencia geométrica, topografía del sector y atenuación por efectos
del suelo entre otros factores. Adicionalmente, para el caso de operación del parque eólico, se
incorporó variables del modelo Concawe, específicamente para condiciones de operación de 8, 10 y
12 m/s de velocidad de viento.
Para la etapa de construcción los niveles de ruido proyectados y el cumplimiento normativo se
resume en la siguiente Tabla:
Para la fase de operación los niveles de ruido proyectados y el cumplimiento normativo se resume
en la siguiente Tabla
Diurno
Ruido de
fondo
141vel
proyectado
Aldx DS
33
Supera
Nocturno
Ruido de fondo
49
37
S.
NO
4I
52
34
92
NO
40
52
20
12
NO 4
Horario
Punto
in VA1
1 YA
r5 '5AS 1
34
29
Figure 6.1 Nivele de Ruldu Proyootodoe y Verificación Cumplirolordo 03.36811 rémA diurna y
impenzigammi
N
abo Eatatiyaimigmlimim
turrko
'
Ruido de fondo
proy.c„,.
r48y OS 33
Sopen.
—..,
I
35
53
NO. -
n
32
02 NO
41
28
22
NO
1111111~1111~~"
. e
848v OS
38
Supera
Nivel
.
Ruldo — difOodo
NI 8z DS 38
Supera
proy.,„"
i
41
36
50 NO
40
1
34
50 NO
41
19
50 NO 1
' Hora,:
Diurno
Nocturno
Ruido de
Nivel
Mix DS
Nivel
Punto
VA1
VAS
VAS
VA3
fondo
pmvectecio
38
Supera
49
35
N ,
52
32
52
Ncy
52
28
52
NO
Horario .
Punto
• VAl
' VA2 I
VAS
Ruido de
fondo
4P
02
02
Olumo
,
Nivel
proyectado
36
34
.
29
.
59
02
12
NO
NO
NO
No
En relación a las emisiones de ruido generadas por el proyecto, se puede señalar que la zona donde
se ubica la parcelación señalada ha sido evaluada dentro del Estudio de Impacto Acústico de la DIA
(Anexo VI), ya que el punto de análisis definido como receptor 3 de dicho estudio (VA3) se ubica
en el acceso a dicha parcelación. La siguiente figura presenta el detalle de la toma de información
de ruido de fondo en dicho punto:
Imagen 2.7. Valores medidos ruido de fondo, h rar oliurno y n
1
VA3 i$:3$ 156452.00
544352700
Con dicha información, el Titular realizó las modelaciones de propagación sonora del proyecto. La
siguiente imagen muestra la propagación sonora considerando la peor condición posible, es decir,
los tres frentes de trabajo y la instalación de faenas con emisiones sonoras simultáneas durante la
fase de construcción:
Imagen 2.8. Representación Gráfica Niveles de Ruido P ye,
La parcelación señalada se encuentra a la altura del receptor 3, donde el ruido de fondo es superior
al ruido proyectado por las actividades de la fase de construcción.
Además, en relación al ruido generado por el tránsito vehicular, de acuerdo a lo establecido por la
FTA (Transit Noise and Vibration Impact Assessment Manual), para el caso de los receptores en las
inmediaciones del proyecto, se ha definido como categoría de uso de suelo como categoría 2, Tipo
de Uso de Suelo Residencial, el cual está definido para zonas residenciales, viviendas, hoteles y en
general, todo sitio donde la gente normalmente duerme. Adicionalmente, para evaluar el impacto
sobre los receptores, se considera en el cálculo el nivel de ruido de fondo más bajo obtenido para
horario diurno, y una distancia entre la vivienda y la ruta de 15 m (la vivienda habitada más cercana
a la ruta de la parcelación señalada se encuentra a 110 m y la vivienda en construcción más cercana
a la ruta se encuentra a 50 m). Para la evaluación, se consideró como situación basal un ruido de
fondo de 49 dB(A).
Con las consideraciones anteriores, se presenta gráfica con resumen de cálculo y nivel de impacto
asociado exclusivamente al tránsito de camiones por rutas cercanas a las viviendas, asociado al
proyecto durante su etapa de construcción, concluyendo que las emisiones asociadas al tránsito
vehicular durante la etapa de construcción del proyecto en horario diurno y nocturno no generan un
aumento significativo de ruido sobre los receptores, y por tanto, no genera impacto.
Tabla 2.3. Niveles de Ruido Proyectados Transitó Camiones— Etapa
Existing Ldn: 49 dBA
Total Project Ldn: 51 dBA
Total Noíse Exposure: 53 dBA
Increase: 4 dB
Impact?: Non :e
En relación al tránsito vehicular durante la fase de operación, considerando que solamente se
realizarán visitas esporádicas durante las actividades de mantención 2 veces al año, el ruido
generado por esta actividad resulta despreciable.
Para la etapa de operación, las modelaciones de ruido en la zona del receptor 3, también defmió el
ruido de fondo mayor al generado por la operación del proyecto, tal como lo muestran las siguientes
tablas. Por lo tanto, que de acuerdo a los antecedentes presentados por el Titular no se excedería la
norma de ruido en el receptor de interés ni en los otros evaluados.
Diurno
Ruido de
Nivel
Máx Ruido de
Nivel
Max
fondo
ro ciado DS 38 i Supera
fondo
proyectado DS 38
82
8
1 NO
41 t
29
Horario
Punto
h3
Supera
O
Tabla 2.4. Niveles de Ruido Proyectados y Vedficación Cumplimiento D.S. 38/11
diurno y Nocturno — Etapa de Operación
Horario '
Diurno
Nocturno
Punto
Ruido de
fondo
Nivel
proyectado
Máx
OS 38
Su"' „ -
Ruido
de fondo
Nivel
I
ps2yectado i
Máx
DS 38
Supera
A3
$2
28
62
NO
41
28
l so
1
NO
Horario
Diurno
Nocturno
Punto
Ruido de
fondo
Nivel
proyectado
Máx
DS 38
Ruido de
Supera ;
fondo
Nivel
I
Max
proyectado i DS 38
Para dar respuesta a lo solicitado por la autoridad ambiental, en Adenda Ciudadana, en el marco de
la presentación de la caracterización ambiental del Proyecto "Instalación de 3 Aerogeneradores
Villa Alegre 1", se realizó un levantamiento de tres nuevos puntos de observación, que permitieron
realizar un análisis de visualización y simulación de impacto, que permitirán visualizar el tipo de
afectación asociada a los sistemas de vidas y costumbre de los grupos humanos, que se encuentran
dentro del entorno cercano del Proyecto.
La metodología utilizada para este análisis de visibilidad comprende la identificación de los puntos
de observación con mayor acceso visual hacia las obras del Proyecto, mediante la aplicación de la
herramienta viewshed, del software ArcGis 10.5, la cual arrojó la superficie del relieve visible desde
los PO seleccionados, obteniendo un mapa de visibilidad, basado en la Guía Valor Paisajístico en el
SETA, 2019. Cabe destacar que esta herramienta se aplica solamente al relieve (modelo digital de
elevaciones) de la zona donde se emplazará el Proyecto. Para complementar este análisis, se utilizó
la herramienta "línea de visión" de ArcGis 10.5 3D Analyst correspondiente a una línea gráfica
entre dos puntos (observador y objeto observado) en una superficie marcando los lugares visibles y
no visibles a lo largo de la línea. El color de la línea indica las ubicaciones en las que la superficie
está visible (Verde) y en las que está oculta (Rojo).
I magen 2.10. Esquema proceso de línea de visión
Observador
(Punto de
observacióni
Conjuntamente, se tomó en consideración las tomas fotográficas de cada punto de observación, con
la finalidad de determinar barreras visuales producto de la vegetación o estructuras verticales
cercanas al punto de observación.
Con esto fueron identificadas las secciones de las obras que potencialmente podrán ser vistas desde
estos puntos, para posteriormente realizar una simulación fotográfica o fotomontaje, a través del
manejo de la fotografia tomada desde cada uno de los puntos seleccionados, considerando la
superposición de imágenes de obras del Proyecto, sobre la fotografía que contiene la vista actual, lo
que permitió comparar las situaciones "con y sin Proyecto".
Los Puntos de Observación considerados (P01 P02 y P03), se encuentran emplazados en un sector
rural, y la toma fotográfica para las simulaciones, se realizó desde un camino no enrolado, que
permite visualizar distintos escenarios de la zona de emplazamiento con las estructuras proyectadas.
Respecto de la presentación de las fotos simulaciones, se entregarán a continuación 3 simulaciones
específicas para el Proyecto "Instalación de 3 Aerogeneradores Villa Alegre 1".
En la siguiente tabla se presentan las coordenadas geográficas UTM de los PO seleccionados para el
análisis de visibilidad y fotomontaje.
Tabla 2.5. Puntos de observación seleccionados para simulad
Punto de observación
Coordenadas UTM Huso 18S. VI/G5 84
Distancia PC
Proyecto
Este {m)
Norte fru}
P01
656.627
5.437.010
1,5 km
P03
656.739
5437.030
1,7 krn
nrk=
c en, '170
e' 1127 12A
', e 1,..,
PON
Proylec
p.
.41
o,!P
Ca
tinlb01
9tA
situacian con Plu ceta desde Okenind zoma residencial
A continuación, se presenta una cartografía con la localización de los puntos de observación y su
relación con las obras del Proyecto.
Imagen 2.11. Emplazamiento Puntos de observación
Teniendo en cuenta lo anterior, se presenta para cada Punto de Observación, la simulación de la
situación con proyecto y su respectiva descripción:
Tabla 2.6. Punto denthervacián 1
OiVeldele PO ed proyecto: 1..„7 km
Pesicidn Ob
P ltcde Observaciara
Punto de ObsenreciOn~.1
Dístancie PO el poyecto: 1.7 kre
Coordenadas: Elan) 156.73,9:
Cal 5,437030
Claientorián visto: R.:melte
Posición O
e Ormino 2º1111 res:ceded,
-.Ladón
Con ProY.e£to desde CVnino zona res:Oencial
mee.
Taba' Z.It. Punto de Observacian 3
Punto de Observa:clan 1P02
Disilincia PO al proyecto: km
Coordenadas: E 1m) eS7273;
Y ('Tt 437.230
orientacitien viste: SurVexte
Patitiétil vine'
Sin Prov± ,-,
e Cell
wne resikencla
TV 1
tinno 2oria redclentiai
Tabla 1 7 Punto de Observa:con 2
De acuerdo a la información que arroja la simulación de escenarios con Proyecto, y debido a la
cercanía que posee el Proyecto con el sector estudiado, es importante señalar, que las partes serán
perceptibles desde distintos puntos de observación, lo que queda en mayor evidencia con el
fotomontaje presentado en el P01.
Tomando en consideración que las cuencas visuales en la zona de emplazamiento son de gran
tamaño y que existe un nivel de compacidad medio, asociado principalmente a la presencia de
pantallas vegetacionales, de acuerdo a lo que se presenta en la simulación del P03, la atención de
los observadores comunes no se concentrará en la presencia de las estructuras.
Entendiendo que existen dos escenarios posibles sobre la definición de potenciales impactos que
generaría el Proyecto en el Paisaje, es posible determinar que existirá una afectación provocada por
la intrusión de nuevos elementos al asociado al tamaño de las estructuras que contempla las obras. A
continuación, se justifica la no existencia de impactos significativos, respecto de:
1°- Obstrucción de visibilidad de la zona con valor paisajístico:
Si bien, la instalación de aerogeneradores corresponde a un elemento que modifica la lectura visual
del territorio, la inclusión de estos, tanto en la fase de construcción como de operación, no implica
un bloqueo de las vistas hacia los atributos biofísicos del paisaje y no perjudica mayormente a
ningún elemento que otorgue valor paisajístico a la zona de emplazamiento. Y, si bien las
estructuras que contempla el proyecto son verticales, y podrían generar un mayor grado de intrusión
e incompatibilidad con el paisaje, debido a que se consideran la instalación de 3 aerogeneradores,
estos no se constituyen como objetos que concentren la vista o atención de los observadores. Es
importante hacer notar que la atención visual en esta área se enfoca en dirección Este, hacia donde
se encuentran atractivos visuales, como los volcanes Osorno, Calbuco, cerros Tronador y
Puntiagudo.
2°- Alteración de los atributos en la zona con valor paisajístico
Por otra parte, la instalación de las partes y obras del Proyecto, en relación al tamaño y superficie,
no implican una alteración significativa de los atributos biofisicos que componen el paisaje. Ahora,
si bien, las obras pueden producir alguna alteración cromática en la zona de emplazamiento, durante
su etapa de operación, esta no genera un cambio sustancial en los atributos estéticos que otorgan
valor paisajístico, ya que la vegetación tiene mayor peso en la composición de la calidad visual del
paisaje.
Así también, respecto de la consulta que apunta a la alteración de los sistemas de vidas y costumbre
de dichos grupos humanos, en relación con la componente de paisaje, es importante señalar que la
presencia de los aerogeneradores no implica un bloqueo visual o una alteración significativa, a la
calidad de los atributos visuales que configuran el paisaje del entorno cercano.
Si bien las obras serán perceptibles, la instalación de los aerogeneradores en conjunto no implicará
una alteración significativa a la visibilidad del entorno inmediato, ni al fondo escénico distante.
Tampoco se prevé una alteración de la condición naturales de los atributos biofísicos y estéticos que
caracteriza a la zona de emplazamiento.
Por tanto, y de acuerdo a lo descrito, es posible determinar, que la instalación de las partes y obras
que contempla el proyecto, si bien generarán un efecto asociado a la inclusión de un nuevo
elemento en el paisaje, no será significativo, en cuanto a la obstrucción hacia la zona de
emplazamiento, ni en la alteración de los atributos de la zona valor paisajístico significativo
y/relevante. Lo anterior, debido a las características (forma y color) de los aerogeneradores, que
facilitan su integración al paisaje, sumado a la obstrucción por parte de la vegetación en los
primeros y segundos planos y la distancia desde los puntos de observación hacia los
aerogeneradores, hace que se atenúen su visibilidad, fundamentalmente debido a que las rutas
públicas están alejadas del emplazamiento desde donde es posible acceder al Proyecto.
12. Que, conforme a lo señalado en el artículo 19 inciso tercero de la Ley N° 19.300, sobre Bases
Generales del Medio Ambiente, "se rechazarán las Declaraciones de Impacto Ambiental cuando no
se subsanaren los errores, omisiones o inexactitudes de que adolezca o si el respectivo proyecto o
actividad requiere de un Estudio de Impacto Ambiental o cuando no se acreditare el cumplimiento
de la normativa ambiental aplicable, de acuerdo a lo dispuesto en la misma Ley".
Atendido lo anterior, corresponde rechazar el proyecto "Instalación de 3 Aerogeneradores Villa
Alegre 1" de Windkraft Villa Alegre 1 SpA., por cuanto el Titular no ha subsanado los errores,
omisiones e inexactitudes planteados en el Informes Consolidados de Aclaraciones, Rectificaciones
y Ampliaciones complementario, en particular aquellas referidas al componente ambiental ruido. En
efecto, la SEREMI de Medio Ambiente, a través de su oficio Ord. N°223 del 13 de julio de 2021,
mantiene observaciones al informe de impacto acústico presentado por el Titular, conforme se
detalla en el punto 9.2.5 del ICE. Del tenor de las observaciones, es posible sostener que existen
errores e inconsistencias técnicas en la estimación de los niveles de ruido, durante la fase de
operación, proyectados sobre los receptores, que revelan una subestimación de los potenciales
impactos. Consecuentemente, durante el procedimiento de evaluación ambiental no ha sido posible
Carlos Guillermo Geisse Mac-Evoy
Delegado Presidencial
Presidente Comisión de Evaluación
Región de Los Lagos
acreditar, por parte del Titular, el cumplimiento del D.S. (MMA) N°38/11, Norma de emisión de
ruidos generados por fuentes que indica. A su vez, lo anterior no permite evaluar si se genera o
presenta riesgo para la salud de la población, cuya salud pueda verse afectada por la superación de
los valores de ruido establecidos en la normativa ambiental vigente, conforme a lo preceptuado en
el artículo 5°, letra b) del Reglamento del SEIA.
RESUELVO:
1°. Calificar desfavorablemente la Declaración de Impacto Ambiental del proyecto "Instalación de
3 Aerogeneradores Villa Alegre 1", de Windkraft Villa Alegre 1 SpA por las razones expuestas en
los Considerando 6, 8 y 12 de la presente Resolución.
2°. Hacer presente que el proyecto "Instalación de 3 Aerogeneradores Villa Alegre 1" de Windkraft
Villa Alegre 1 SpA no se podrá ejecutar y que los órganos de la administración del Estado con
competencia ambiental no podrán otorgar las correspondientes autorizaciones o permisos, en razón
del impacto ambiental del referido proyecto, aun cuando se satisfagan los demás requisitos legales,
en tanto no se les notifique pronunciamiento en contrario.
3°. Hacer presente que contra esta Resolución es procedente el recurso de reclamación de acuerdo a
lo dispuesto en el artículo 20 y 30 de la Ley N° 19.300 ante el Director Ejecutivo del Servicio de
Evaluación Ambiental. El plazo para interponer este recurso es de treinta días contados desde la
notificación del presente acto.
Notifíquese y Archívese
Alfredo Wendt Scheblein
Director (S) Regional Servicio de Evaluación Ambiental
Secretario Comisión de Evaluación
Región de Los Lagos
CVEirmado por: Alfredo
Wendt Scheblein
Fecha: 24/08/2021
:49:22 CLT