Evaluación SEA

Edificio Rodrigo de Araya

Rol 2146810183
SEA · DIA · Aprobado · 2020-06-15 · Región Metropolitana de Santiago · Inmobiliaria Isabel SpA

REPÚBLICA DE CHILE COMISIÓN DE EVALUACIÓN Región Metropolitana de Santiago

Califica Ambientalmente el proyecto “Edificio Rodrigo de Araya” Resolución Exenta N* 120/2021 Santiago, 12 de febrero de 2021

VISTOS:

  1. La Declaración de Impacto Ambiental (“DIA”) admitida a trámite con fecha 15 de junio de 2020 mediante Resolución Exenta N* 304/2020 de la Comisión de Evaluación de la Región Metropolitana de Santiago, su Adenda de fecha 11 de septiembre de 2020 y su Adenda Complementaria de fecha 30 de diciembre de 2020 del Proyecto “Edificio Rodrigo de Araya” presentado por Inmobiliaria Isabel SpA.

2*. Los pronunciamientos y observaciones de los órganos de la administración del Estado que, sobre la base de sus facultades legales y atribuciones, participaron en la evaluación de la DIA, que se detallan en el Capítulo 3 del Informe Consolidado de Evaluación (“ICE”) de la DIA del Proyecto “Edificio Rodrigo de Araya”.

3". El Acta de Evaluación N* 01/2021 de fecha 26 de enero de 2021 del Comité Técnico de la Región Metropolitana.

4?. EN ICE de la DIA del Proyecto “Edificio Rodrigo de Araya” de fecha 29 de enero de 2021.

5”. El acuerdo de la Comisión de Evaluación de la Región Metropolitana de fecha 8 de febrero de 2021.

6”. Los demás antecedentes que constan en el expediente de evaluación de impacto ambiental de la DIA del Proyecto “Edificio Rodrigo de Araya”.

7". Lo dispuesto en la Ley N” 19.300, Sobre Bases Generales del Medio Ambiente; el D.S. N 40, de 2012, del Ministerio del Medio Ambiente, Reglamento del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental (Reglamento del SEIA); la Ley N? 19.880, que Establece Bases de los Procedimientos Administrativos que Rigen los Actos de los Órganos de la Administración del Estado; la Ley N 18.575, Ley Orgánica Constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado; La ley N? 19.175, Ley Orgánica Constitucional Sobre Gobiernos y Administración Regional; en el Decreto Supremo N? 558 de fecha 29 de octubre de 2019 del Ministerio del Interior y Seguridad Pública; Decreto N 440, de 11 de marzo de 2018, del Ministerio del Interior y Seguridad Pública; en la Resolución TRA N” 119046/163/2018 de fecha 25 de octubre de 2018, de la Dirección Ejecutiva del Servicio de Evaluación Ambiental; y en la Resolución N* 7/2019 de fecha 26 de marzo de 2019,

de la Contraloría General de la República, que Fija Normas sobre Exención del Trámite de Toma de Razón.

CONSIDERANDO:

  1. Que Inmobiliaria Isabel SpA. (en adelante, el “Titular”) ha sometido al Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental (“SEIA”) la DIA del Proyecto “Edificio Rodrigo de Araya” (en adelante, el “Proyecto”). Los antecedentes del Titular son los siguientes:

Nombre o razón social Inmobiliaria Isabel SpA.

Rut 76.975.837-2,

Domicilio Rosario Norte 532 piso 8, Las Condes. Teléfono +56226314710,

Nombre representante legal Raimundo Cruzat Correa,

Rut representante legal 13.657.810-3.

Domicilio representante legal Rosario Norte 532 piso 8, Las Condes. Teléfono representante legal +56226314710.

Correo electrónico Titular o

representante legal m.herrera(Qmho.cl

2”, Que, conforme se indica en el ICE de fecha 29 de enero de 2021, el Servicio de Evaluación Ambiental de la Región de Metropolitana ha recomendado aprobar el Proyecto, considerando que: + Cumple con la normativa de carácter ambiental aplicable; + Cumple con los requisitos contenidos en los Permisos Ambientales Sectoriales Mixtos señalados en los artículos 140 y 142 del D.S. N* 40/2012 MMA; + No genera los efectos caracteristicas o circunstancias del artículo 11 de la Ley 19.300, que dan origen a la necesidad de elaborar un Estudio de Impacto Ambiental.

3”. Que, en sesión de fecha 8 de febrero de 2021, la Comisión de Evaluación de la Región Metropolitana acordó calificar favorablemente el Proyecto “Edificio Rodrigo de Araya”, aprobando íntegramente el contenido del ICE de fecha 29 de enero de 2021, el cual forma parte integrante de la presente Resolución. Por lo tanto, conforme a lo indicado en el artículo 60 inciso segundo del Reglamento del SETA, se excluyen de la presente resolución las consideraciones técnicas en que se fundamenta.

47, Que, según lo señalado en la DIA y sus anexos, en su Adenda y Adenda Complementaria, los cuales forman parte integrante de la presente Resolución, la descripción del Proyecto es la que a continuación se indica:

4.1. ANTECEDENTES GENERALES

El objetivo del proyecto consiste en la construcción de dos torres de 18 Objetivo general pisos habitación, un pequeño decimonoveno piso para la sala de máquinas y 3 niveles de subterráneos, albergando un total de 518 departamentos, 502 bodegas, 424 estacionamientos vehiculares y 516 para bicicletas,

El Proyecto consiste en la construcción de dos torres, de edificios de uso residencial de 18 pisos habitación, un pequeño decimonoveno piso para la sala de máquinas y 3 niveles de subterráneos, en el que se contempla la Descripción general del | habilitación de 518 departamentos. Además, de 502 bodegas y 424 proyecto estacionamientos vehiculares y 516 estacionamientos para bicicletas. El proyecto contará con diversas áreas comunes, como salas gourmet, cowork, café lounge, salas de reuniones, salas de entrenamiento, yoga, gimnasio zen y extensión del mismo, áreas verdes, zonas de juegos para niños, dos piscinas y zona pet.

El proyecto se desarrollará en 1 etapa constructiva de 24 meses. El cronograma se encuentra en capítulo A,5.3 de la DIA.

Tipología principal: De conformidad con las disposiciones legales y reglamentarias citadas y, específicamente, el artículo 3 del RSEIA, las siguientes tipologías resultan aplicables al Proyecto:

“h) Proyectos industriales o inmobiliarios que se ejecuten en zonas declaradas latentes o saturadas,

Tipología principal, así | h.1. Se entenderá por Proyectos inmobiliarios aquellos loteos o como las aplicables a | comjuntos de viviendas que contemplen obras de edificación y/o

2

sus partes, obras 0

acciones

urbanización, así como los Proyectos destinados a equipamiento, y que presenten alguna de las siguientes características”.

“h.1,3 Que se emplacen en una superficie igual o superior a siete hectáreas (7 ha) o consulten la construcción de trescientos (300) o más viviendas ”.

De acuerdo a la tipología, la presentación del Proyecto al Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental es de carácter obligatorio, debido a que se trata de un proyecto inmobiliario que contempla la construcción de 518 (viviendas) en una superficie neta de terreno de 6.597,91 m? , dentro de la Región Metropolitana, la cual ha sido declarada zona latente para Dióxido de Nitrógeno (NO2) y saturada para Partículas Totales en Suspensión (PTS), Material Particulado Respirable (PM10), Monóxido de Carbono (CO) y Ozono (03); y zona saturada por Material Particulado Fino Respirable (MP2,5).

Vida útil

Indefinida.

Monto de inversión

El monto estimado total de la inversión asociada al proyecto es de USD 53.500.000.

Gestión, acto o faena mínima que da cuenta

El hito que dará inicio a la ejecución del Proyecto será corresponde a la

del inicio de la| excavación masiva. ejecución SI NO El proyecto no se desarrollará por etapas. Proyecto se desarrolla A] por etapas Si NO El Proyecto sometido a evaluación corresponde a un proyecto nuevo, por lo que no modifica algún proyecto o Proyecto modifica un [X] | actividad. Capítulo H de la DIA. Proyecto o actividad Si No Proyecto modifica [4] | No aplica. otra(s) RCA

4.2. UBICACIÓN DEL PROYECTO

División político- administrativa

El Proyecto se ubica en calle Rodrigo de Araya N1600 y N1640, comuna de Nuñoa, provincia de Santiago de la Región Metropolitana.

Descripción de la localización

El Proyecto se justifica, debido a la demanda creciente de vivienda en el sector, además de su ubicación cercana múltiples servicios, como colegios, universidades, clínicas, supermercados, entre otros.

En relación al uso de suelo del proyecto y su compatibilidad territorial, de acuerdo a los Certificados de Informaciones Previas adjuntos en Anexo 02 de la DIA y el Instrumento de Planificación Territorial vigente a la fecha para la comuna de Ñuñoa, el Proyecto

se emplazará en “Z-2”, donde se permite el uso de suelo con destino residencial.

Superficie

El proyecto cuenta con una superficie de terreno neta igual a 6.597,91 m? y una superficie total construida de 43.071,77 m?, la cual se distribuye de acuerdo a la siguiente tabla:

Tabla 4.2.1: Superficie construida bajo y sobre terreno,

Superficie Útil (m?) Común (m?) Total (m?)

Edificada 12.908,76 - 12.908,76 bajo terreno

Edificada 24.681,72 5.481,29 30.163,01 sobre terreno

Edificada 37.590,48 5.481,29 43.071,77 total

Fuente: Tabla 3 de la DIA.

Las áreas verdes del proyecto corresponden a 590 m? (tabla 4 del anexo 03 de la Adenda Complementaria), cuya distribución se aprecia en figura 4 del citado anexo.

Coordenadas UTM en Datum | Tabla 4.2.2: Coordenadas geográficas de emplazamiento UTM

WGS84 W6GS84 Huso 19, Puntos Coordenadas Este (m) Norte (m) A 349,865 6.295.002 B 349.863 6.295.021 0 349.923 6.295.022 D 349.926 6.294.953 E 349.819 6.294.948 F 349.816 6.294.997 Centroide 349.865 6.295.002 Fuente: Tabla 1 de la DIA. Caminos de acceso El acceso al Proyecto durante todo el periodo de construcción se

llevará a cabo por Sargento Candelaria.

Las principales rutas de acceso y egreso de los usuarios al Proyecto en la fase de operación están definidas en función de los accesos proyectados para las dos torres, en el cual se contemplan dos accesos peatonales por calle Rodrigo de Araya y un acceso vehicular por calle Sargento Candelaria (Ver figura 5 de la DIA). Referencia al expediente de | * Figura N” 1 de la DIA: Identificación de Torres.

evaluación de los mapas, |+* Figura N” 2 de la DIA: Localización del Proyecto.

georreferenciación e|e Figura N* 3 de la DIA: Rutas desde proveedores hacia el

información complementaria proyecto.

sobre la localización de sus | + Figura N? 4 de la DIA: Rutas hacia destinatarios del Proyecto.

partes, obras y acciones e Figura N” 5 de la DIA: Acceso peatonal y vehicular del proyecto.

e Figura N* 7 de la DIA: Ubicación del Proyecto según Plan Regulador de la Comuna de Ñuñoa.

  • Figura 8 de la DIA: Distribución de edificios por destino.

e Figura 9 de la DIA: Instalación De faenas.

e Anexo 7 de la DIA: Set fotográfico del actual estado del terreno del proyecto y vistas a su alrededor.

e Anexo 03 de la DIA, planos instalación de faenas, sistema de lavado, bodega de residuos peligrosos, arquitectura, cortes y elevaciones del proyecto,

  • Anexo 02 de la Adenda Complementaria: Planos del proyecto.

e Anexo 03 de la Adenda, 01 Estudio de Emisiones Atmosféricas: KMZ Rutas fase de construcción.

4.3. PARTES, O.

CCIONES QUE COMPONEN EL PROYECTO

PARTES Y OBRAS

En esta instalación se llevarán a cabo las habilitaciones de zonas de comedores, servicios higiénicos, áreas de acumulación de residuos, zonas de lavados de canoas y ruedas, áreas de carga y descarga, entre otros, de modo de prepararlo Instalación de | para la construcción. En figura 9 de la DIA se grafica la ubicación de la faenas instalación de faenas.

Mayores Antecedentes en A.5.1.1, letra b) de la DIA.

Cierre perimetral

El Proyecto contempla implementar un cierre perimetral cuya altura fluctuará entre los 4,8 y 6 [m] dependiendo del perímetro del predio. Este Cierre Perimetral tendrá características de Barrera Acústica cuyo material cumplirá con condiciones de densidad superficial igual o superior a 10 [kg/m?”]. Las junturas de los paneles que conformen la barrera serán herméticas tanto entre ellas como la unión con el piso, de modo que no se generen fugas y se pierda efectividad.

La ubicación del cierre perimetral, según su altura y el receptor se aprecia en figura 20 del Estudio de Emisiones Acústicas y Vibraciones, Estudio Acústico y Vibraciones Corregido, adjunto en el Anexo 03. Estudios de la Adenda Complementaria.

Patio de Acopio Temporal de Residuos

El patio de acopio corresponde a la instalación para el almacenamiento transitorio de los residuos sólidos domésticos e industriales no peligrosos generados en la faena, con la finalidad de ser enviados posteriormente a destinatarios autorizados.

El sitio de almacenamiento temporal de residuos se ubicará en un sector de terreno contiguo a la zona de faena. Las demarcaciones a utilizar para la zona de acopio de estos residuos (no peligrosos) serán del tipo rachel o similar, empleando, adicionalmente, señalética altamente visible. En la figura 9 de la DIA y en el anexo 03 de la DIA, se muestra la ubicación de este sitio.

Mayores antecedentes en literal C.4.1 de la DIA (PAS 140)

Bodega de residuos peligrosos

Los residuos peligrosos se almacenarán en una Bodega de 12,25 m? (3,5 m x 3,5 m) que estará ubicada al interior de la instalación de faenas y tendrá las siguientes características principales:

Y” Tendrá una base continua, impermeable y resistente estructural y químicamente a los residuos.

Y” Contará con un cierre perimetral de a lo menos 1,80 metros de altura que impida el libre acceso de personas y animales.

Y” Estará techada y protegida de condiciones ambientales tales como humedad, temperatura y radiación solar, utilizando para ello, planchas de zinc alum.

Y” Tendrá una capacidad de retención de escurrimientos o derrames no inferior al volumen del contenedor de mayor capacidad ni al 20% del volumen total de los contenedores almacenados.

En el Anexo 03. Planimetría de la DIA se presenta el plano con la ubicación de la bodega de residuos peligrosos. Mayores antecedentes en literal C.4.2 de la DIA (PAS 142)

Bodega de sustancias peligrosas

Se contará con una bodega para el almacenamiento de sustancias peligrosas de 12,25 m? (3,5 m x 3,5 m) que estará ubicada al interior de la instalación de faenas, cuya cantidad no superará las 3 toneladas (en tabla 13 de la DIA, se especifican las cantidades). Estas sustancias serán dispuestas en una bodega común en cumplimiento a lo establecido en el artículo 19 del Decreto Supremo N* 43/2015 del Ministerio de Salud.

En el Anexo 03, Planimetría de la DIA se presenta el plano con la ubicación de la bodega de sustancias peligrosas.

Mayores antecedentes en A.5.5.4 de la DIA.

Sector de lavado de ruedas y de canoas

Se habilitará un sector para el lavado de ruedas y canoas de camiones mixer al interior de la instalación de faenas, señalada en la figura 9 de la DIA, con las siguientes especificaciones:

Y Se excavará una piscina de 4 m? de superficie y una profundidad de 0,5 m, la cual estará recubierta con polietileno doble que sobresaldrá 60 cm por el contorno de la excavación.

Y Esta piscina será utilizada para lavar y verter el cemento restante del lavado ruedas y de las canoas de los camiones mixer.

y” En los procesos de lavados del camión ntixer y/o sus canoas, y suponiendo las medidas preventivas surgen efecto, se estima un consumo de 200 L/semana de agua y generación aproximada de 1,5 mé/mes de escombros.

Y” Cuando el pozo se encuentra lleno y evaporada el agua residual, con la lechada endurecida, ésta se demolerá mecánicamente y será trasladada al contenedor de acopio de escombros disponible en obra (Patio de Acopio Temporal de Residuos).

] Mayores antecedentes en a.5.1.1 literal b) de la DIA.

ACCIONES

Demolición y desmantelamient o

La demolición es una sub-etapa previa de la construcción del Proyecto, durante esta actividad se desmantelará y retirará todos los elementos no estructurales que se encuentren en el lugar, como muebles, puertas, ventanas, vidrios, planchas de cubierta, etc. Posteriormente, se procederá con la demolición de los elementos estructurales de las edificaciones existentes.

La actividad será aplicada a aproximadamente 6.007 m? y se generarán 2.136,34 m?* de escombros producto de la demolición los cuales serán trasladados al contenedor de acopio de escombros disponible en Patio de Acopio Temporal de Residuos. Se estima que el periodo en que se realiza la actividad corresponde a 2 meses.

En la figura 12 de la DIA de muestra la superficie a demoler,

Mayores antecedentes en capítulo A.5.1.2 A, literal b) de la DIA.

Escarpe

Previo al inicio de las excavaciones, se efectuará el escarpe del estrato superior de material vegetal, en toda la superficie del terreno del Proyecto (6.597,91 m?), considerando una profundidad de capa vegetal de 20 cm se generará un volumen total de tierra proveniente de esta actividad de 1.583,5 m* (valor ya esponjado), para definir la ubicación de todas las obras contempladas. El material a descartar será dispuesto en sitio de disposición final autorizado.

Se estima un tiempo de duración de 1 mes para la realización de esta actividad según Carta Gantt del capítulo A.5.3 de la DIA.

Mayores antecedentes en capítulo A.5.1,2 A, literal c) de la DIA.

Excavación socalzado

y

Las excavaciones se ejecutarán conforme a las dimensiones, cotas y pendientes establecidas en los Planos. Todo lo anterior, previo a la instalación en obra, de los elementos de seguridad necesaria.

La superficie a excavar corresponde a 4.302,92 m? por cada nivel de subterráneo (3 niveles), es decir a una profundidad total de 10,8 metros. De esta forma, la cantidad de material a extraer es de 46.471,5 m?, considerando un 20% de esponjamiento.

El sistema de socalzado consiste en la construcción de columnas de hormigón bajo los muros medianeros, las cuales servirán de apoyo que sostendrá el muro y traspasará su carga al terreno bajo el nivel de subterráneos a construir. Además, estas columnas sostienen el terreno permitiendo efectuar una excavación vertical.

Se estima un tiempo de duración de 3 meses para la realización de estas actividades según Carta Gantt del capítulo A.5.3 de la DIA.

Mayores antecedentes en capitulo A.5.1,2 A, literales d) y f) de la DIA.

Obra gruesa

La obra gruesa se inicia con la construcción de las fundaciones de ambas torres, para inmediatamente iniciar el levantamiento de los elementos estructurales de hormigón armado, tales como; pilares, vigas y losas, muros y cubiertas. Avanzada la obra gruesa, se inicia la instalación de tabiquerías interiores, ductos, instalaciones y arranques de servicios.

La construcción del edificio se realizará en base a hormigón armado, donde el abastecimiento se realizará mediante camiones betoneros o mixer de 8 mó de capacidad promedio.

Esta actividad comprende el mayor requerimiento de mano de obra, con una duración de 10 meses según Carta Gantt del capítulo A.5.3 de la DIA.

Mayores antecedentes en capítulo A.S.1.2 A, literal g) de la DIA.

Terminaciones e instalaciones

Consiste en la ejecución de las terminaciones de los diferentes niveles, incluyendo obras e instalaciones tendientes a habilitar los recintos para su uso, tales como pavimentos interiores, luminarias, artefactos, pinturas, revestimientos de pisos y muros, estructura de techumbres, forro y frontones. Esta actividad se ejecutará en concordancia y cumplimiento a lo establecido en los planos de estructura adjuntos en Anexo 03 de la DIA, y Anexo 02 de la Adenda Complementaria.

Mayores antecedentes en capítulo A.5,1,2 A, literal h) de la DIA.

Obras Exteriores

Las obras exteriores corresponden a las obras efectuadas en el exterior de las torres (es decir todas aquellas que no están relacionadas directamente con la construcción de las torres), entre los cuales se destacan:

e _ Obras de vialidad (accesos).

e Estacionamientos.

  • Áreas Verdes.

  • Espacios comunes exteriores. Se estima un tiempo de duración para la realización de esta actividad será de 4 meses según Carta Gantt del capítulo A.5.3 de la DIA. Mayores antecedentes en capítulo A.5.1.2 A, literal 1) de la DIA.

Flujo vehicular FC

El número de viajes asociados a la fase de construcción (transporte de materiales) será la siguiente:

Tabla 4.3.1.1: Viajes ida y regreso de vehículos durante fase de construcción.

Año 1 2 Total Camión utilizado Hormigón 2.908 324 3.232 C. Mixer Fierro 84 10 94 C. Basculante Tierra 8.698 0 8.698 C. Tolva Escombros 376 32 468 C. Tolva Otros 136 452 588 C. Basculante materiales Residuos 2 2 2 C. Tolva peligrosos Veh 1.920 1.920 3.840 Veh. Liviano Livianos Áridos 100 12 112 C. Tolva Asfalto 0 2 2 C. Tolva Bandejon Central Otros 0 4 4 C. Basculante Materiales Bandejon Central Arboles 0 2 2 C. Basculante

Fuente: Tabla N? 40 de Estudio de emisiones atmosféricas adjunta en el anexo 03 de la Adenda Complementaria.

Recursos naturales renovables

El Proyecto durante su fase de construcción no considera la extracción o explotación de recursos naturales renovables para satisfacer sus necesidades.

Emisiones atmosféricas: En el Anexo 03 de la Adenda Complementaria, Estudios, se adjunta el informe de Estimación de Emisiones Atmosféricas actualizado del Proyecto. Durante esta fase, las principales fuentes de emisión son las siguientes: * Demolición. Escarpe. Excavaciones. Compactación. Nivelación. Acopio. Carga y volteo de material. Tránsito de camiones por caminos pavimentados y no pavimentados. Combustión de vehículos y maquinaria de construcción.

Mejoramiento del bandejon central de Avenida Marathon, entre Calles Rodrigo de Araya y Zañartu.

El resumen de emisiones totales para la fase de construcción se presenta a continuación:

Tabla 4.3.1.2: Resumen de emisiones fase de construcción, conversión para

MP10 equivalente por contaminante (ton/año). Año | SOx | MP: | NOx | MPige | NH | MPio | MPjo | MProrota

E 4 3 4 4

1 1,15 ¡ 0,394 | 8,76 | 1,031 0 0 7,57 | 9,004

6 7 9

Emisiones efluentes

y

2 0,13 | 0,046 | 1,51 | 0,178 0 0 0,20 | 0,426

Límit - - - - - - - 2,5 e PPDA

Fuente: Tabla 54 del Anexo 1 de la Adenda Complementaria.

Respecto del cumplimiento del D.S. N” 31/2016 del Ministerio del Medio Ambiente y según se observa en la tabla precedente (año 1), se concluye que el Proyecto requiere compensar emisiones durante esta fase.

Emisiones líquidas:

Residuos líquidos industriales: Existirá lavado de camiones mixer, por tanto, los efluentes líquidos derivados de actividades de (lavado de canoas de camiones mixer y lavado de ruedas de camiones) se realizará antes de salir de faena, En obra estará habilitado un sector para el lavado de canoas de camiones mixer y ruedas de camiones con las siguientes especificaciones:

  • Se excavará una piscina de 4 m? de superficie y una profundidad de 0,5 m, la cual estará recubierta con polietileno doble que sobresaldrá 60 cm por el contorno de la excavación.

e Esta piscina será utilizada verter el agua restante del lavado de los camiones (lavado de canoas y ruedas).

e Cuando el pozo se encuentra lleno y evaporada el agua residual, con la lechada endurecida, ésta se demolerá mecánicamente y será trasladada al contenedor de acopio de escombros disponible en obra.

e En figura 9 de la DIA se muestra la ubicación del sistema de lavado de ruedas al interior de la instalación de faenas y en figura 10 de la DIA se muestra el esquema del sistema de lavado de canoas de camiones mixer.

En relación a los residuos líquidos provenientes del lavado de canoas, estos serán acumulados de manera temporal en la piscina señalada, para luego ser retirados por contratistas autorizados por la SEREMI de Salud de la Región Metropolitana y dispuestos en un lugar autorizado,

Residuos líquidos domésticos: El consumo de agua promedio diario de un trabajador se estima en 100 L/día, esto implica que como máximo, se tendrá aproximado un caudal de aguas servidas de 25 m'/día (250 trabajadores máximo mensual), las cuales corresponderán principalmente a las aguas provenientes de duchas, WC, lavamanos, los que han sido incorporados en las instalaciones de faena, cumpliendo lo señalado en el Decreto Supremo N594/1999 del Ministerio de Salud. Estos residuos serán descargados a la red de alcantarillado existente, cuyo certificado de factibilidad N 2068 de fecha 6 de marzo de 2020 se encuentra adjunto en anexo 01 de la Adenda,

Respecto a los servicios higiénicos de los trabajadores que se encuentren en altura, los baños químicos serán trasladados, para así respetar las distancias que debe tener respecto a los lugares de trabajo y accesibilidad de acuerdo al Decreto Supremo N*594/1999 del Ministerio de Salud. El punto de descarga de las aguas servidas será acreditado, manteniendo en las obras copia de la factura u otro documento que respalde la disposición adecuada de los mismos o copia del Convenio Uso de Colectores suscrito con la respectiva empresa sanitaria, que autorice dicha descarga.

Mayores antecedentes en punto A.5.5.1 y A.5.8.1 de la DIA.

Ruido: Durante la fase de construcción las fuentes de emisión de ruido provienen directamente de las maquinarias utilizadas para las distintas actividades de la construcción el Proyecto. Las fuentes de ruido se sitúan a nivel de suelo y en altura, debido al empleo de equipos portátiles y de hormigonado, desplazándose verticalmente según el avance de la obra, por lo que se diferencian dos frentes de trabajo: uno relacionado con trabajos en altura y el otro a nivel de suelo.

En el capítulo 7.1 del anexo 03 de la Adenda Complementaria, Estudios, Estudio de ruido y vibración, se presentan las medidas de control de ruidos para el proyecto, las que consisten en: cierre perimetral cuya altura fluctuará entre los 4,8 y 6 [m] dependiendo del perímetro del predio. Este Cierre Perimetral tendrá características de Barrera Acústica cuyo material cumplirá con

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condiciones de densidad superficial igual o superior a 10 [kg/m?] (ejemplo: paneles de madera OSB de 15 [mm] de espesor o material equivalente). Las junturas de los paneles que conformen la barrera serán herméticas tanto entre ellas como la unión con el piso, de modo que no se generen fugas y se pierda efectividad. En la figura 20 del citado anexo se grafican las medidas de control de ruido para la fase de construcción. Complementariamente, en cada frente de trabajo cercano a un receptor se utilizarán barreras acústicas modulares de 3 metros de altura, que cumpla con las mismas condiciones de densidad superficial mencionadas anteriormente, de manera de obstaculizar directamente las emisiones que se generan en este escenario hacia los receptores cercanos. Para el caso de faenas de construcción en altura, con el objetivo de confinar la emisión de ruidos generados al interior de la obra construida, se instalarán ventanas y puertas que el Proyecto contempla implementar inicialmente, de manera que dichos dispositivos actúen como barrera acústica artificial encerrando los frentes de trabajo al interior del edificio, el cual se puede apreciar de manera referencial en figura 24 del anexo 03 de la Adenda Complementaria. Cabe destacar, que la longitud de la barrera deberá ser tal que abarque todo el frente de trabajo y deberá tener al menos 3 metros adicionales para cada lado como se muestra en la figura 22 del citado anexo. El proyecto contempla medidas de gestión descritas en punto 7.1 del citado anexo. Según metodología utilizada, y las proyecciones realizadas, al incorporar las medidas de control y gestión como parte del diseño del Proyecto, descritas en el informe de Impacto Acústico presentado en el Anexo N 03 de la Adenda Complementaria, los valores de ruido se encontrarían por debajo de los Límites Máximos Permisibles, establecidos en el Artículo 7% del D.S. N 38/11 del Ministerio del Medio Ambiente para Zona II en horario diurno. Vibraciones: Según el acápite 5.3 del anexo 03 de la Adenda Complementaria, el titular señala los niveles de vibraciones de maquinaria en la fase de construcción. En capítulo 7.3 del citado anexo, se presentan las medidas de control de vibraciones, las cuales consisten en:

En el área del Proyecto, considerando que el rodillo compactador realizará las actividades a una profundidad de 9 metros en la excavación (profundidad de piso subterráneo -3), no operará a menos de: 3 metros al interior del deslinde oriente (hacia el receptor R2), o 8 metros al interior del deslinde nororiente (hacia el receptor R3), o 3 metros al interior del deslinde poniente (hacia R4), u 8 metros al interior del deslinde norponiente (hacia R5). A uuna distancia menor las señaladas precedentemente, estas actividades se realizarán con placa compactadora, cuyo PPV (medido a 25 pies), es de 0,003 [pulgadas/s]. El resto de la maquinaria de construcción, la cual realiza actividades a nivel de suelo, no operará a menos de 5 metros del deslinde con los receptores R3 y RS. Para llevar cabo lo anterior, se delimitarán las áreas de restricción y se capacitará a los operadores, de manera de apoyar y controlar que la medida se cumpla. En la tabla 39 del citado anexo, se evalúan los niveles de vibración estimados con medidas de control para los receptores con las actividades de construcción. De acuerdo a lo anterior, los niveles de vibración estimados para todas las faenas Proyecto se encuentran por debajo de los límites establecidos en la normativa de referencia utilizada “Transit Noise and Vibration Impact Assessment” de la Federal Transport Administration de Estados Unidos, para la fase de construcción.

Residuos sólidos no peligrosos: Residuos sólidos domésticos: En la fase de construcción, se considera una dotación de 250 trabajadores como máximo, con ello, se estima una generación

de 226,5 Kg/día de residuos domiciliarios. El detalle es el indicado en la tabla 18 de la DIA.

Residuos, productos químicos y otras sustancias que puedan afectar el medio ambiente.

Para almacenar temporalmente los residuos, se dispondrá de contenedores con tapa hermética y ruedas, cada uno de 360 litros de capacidad, reforzados en su interior, por una bolsa plástica resistente, los contenedores estarán distribuidos uniformemente al interior del terreno y serán llevados a la zona de instalación de faenas a los cuales serán vaciados según frecuencia de recolección del camión municipal, aproximadamente cada dos días.

Mayores antecedentes se adjuntan en la tabla 18 de la DIA.

Residuos industriales no peligrosos: Durante la fase de construcción se generarán 2.997,78 m? de escombros, de los cuales 2.136,34 m?* son provenientes de la demolición. Este tipo de residuos serán trasladados al contenedor de acopio de escombros disponible en Patio de Acopio Temporal de Residuos y enviados a lugares de disposición final aprobados por la autoridad sanitaria.

El movimiento de tierras, derivado de las labores de escarpe y excavación se generarán 48.055,03 m* de tierra a lugares de disposición final aprobados por la autoridad sanitaria.

Además, en obra se mantendrá un registro de la disposición final de estos residuos generados en la fase de construcción el cual será emitido por la empresa encargada de la disposición final, cada vez que se genere el traslado de dichos residuos, El encargado de mantener el registro en obra será designado por el Titular y se encontrará disponible para su revisión cada vez que la Autoridad Ambiental lo solicite,

Se generarán aproximadamente 15,86 ton/mes de residuos de rechazo, que corresponden a (descartes de fierro, madera, papel, entre otros), los cuales se almacenarán en tambores metálicos debidamente rotulados y en caso de que los residuos sean de mayor tamaño en contenedores metálicos abiertos. Estos residuos en lo posible serán reutilizados dentro de la misma obra, de lo contrario serán llevados a sitios de disposición final autorizados.

Por otro lado, los residuos sólidos de hormigón serán retenidos en la piscina de lavado de ruedas y canoas, una vez secos, serán picados por personal de la obra y almacenados en un contenedor para retirados y dispuestos en un lugar autorizado por la SEREMI de Salud de la Región Metropolitana,

Mayores antecedentes se adjuntan en capítulo A.5,1.2, A.5.8,4 y A.5,8.5 de la DIA.

Residuos peligrosos: Se generarán en el orden de 1,1 m%/mes, los que serán almacenados en tambores metálicos de 220 litros, los que estarán debidamente etiquetados dentro de la bodega de residuos peligrosos la cual tendrá una superficie de 12,25 m?, por un periodo inferior a 6 meses, según lo establecido en el Decreto Supremo N*148/2003 del Ministerio de Salud.

En la tabla 19 de la DIA se estima la cantidad de residuos peligrosos durante la fase de construcción.

Se mantendrá en obra, los correspondientes registros de los sitios de disposición final autorizados por la autoridad competente.

Mayores antecedentes en A.5.8.3 de la DIA.

Sustancias peligrosas: El proyecto requerirá de sustancias peligrosas, las cuales se encuentran indicadas en tipo y cantidad en la tabla 13 de la DIA, y éstas corresponden principalmente a pinturas, adhesivos, resinas, solventes, entre otras.

Respecto de su almacenamiento, se almacenarán menos de 3 toneladas de sustancias peligrosas y de éstas, menos de 1 tonelada de sustancias inflamables, por lo cual serán dispuestas en una bodega común en cumplimiento a lo establecido en el artículo 25 del Decreto Supremo N*43/2015 del Ministerio de Salud.

Mayores antecedentes en punto A.S.5.4 de la DIA.

Referencia al ICE para mayores detalles sobre esta fase.

Capítulo 4.6 del ICE,

PARTES Y. OBRAS

| Corresponden a las 518 viviendas (departamentos) en 2 torres de 18 pisos (259

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Viviendas e instalaciones

en la Torre Oriente y 259 en la Torre Poniente) y 3 niveles de subterráneos en cada una. Además, se contará con 502 bodegas. Las áreas verdes del proyecto corresponden a 590 m? y están graficadas en figura 4 del anexo 03 de la Adenda Complementaria.

Dentro de las instalaciones se contempla un Grupo electrógeno con potencia nominal de 125 kW, o 150 KVA aproximadamente, destinado a respaldar en caso de emergencia a cada edificio habitacional, el cual se ubicaría en el primer piso subterráneo, tal como se señala en la figura 9 del anexo 03 de la Adenda Complementaria.

Mayores antecedentes de los departamentos, bodegas y estacionamientos en punto A.4 de la DIA y tabla 6 de la misma.

Salas de basura y estación de precarguio

El proyecto contará con 4 salas de basura ubicados en el primer nivel de subterráneo (ver figura 18 de la DIA) para el almacenamiento de los residuos domiciliarios, los que serán depositados en contenedores de 360 litros (con tapa hermética y ruedas). Una vez llenos los contenedores, serán retirados hacia la estación de precarguío, ubicada en el primer nivel (ver figura 20 de la DIA), por personal de la administración del edificio, para su posterior retiro diario por el servicio de recolección municipal.

Mayores antecedentes en capítulo C.4.1.1 de la DIA, fase de operación).

Aguas lluvias

La solución a la evacuación y drenaje de las aguas lluvias, considerará las características del sitio de emplazamiento, y cumplirá con los parámetros y la tormenta de diseño establecida en el Plan Maestro de Evacuación y Drenaje de Aguas Lluvia de Ñuñoa, y de acuerdo a las indicaciones técnicas del SERVIU de La Región Metropolitana. El proyecto de aguas lluvias contará con cañerías de conducción, bajadas de aguas lluvias, decantadores, zanjas, pozos de absorción. El drenaje de aguas lluvias será a 1,73 metros (desde la loza del tercer subterráneo).

Mayores antecedentes en Anexo 04 de la Adenda, Proyectos de Especialidad (Proyectos de Aguas Lluvias).

Estacionamientos

El proyecto contará con 424 estacionamientos vehiculares y 516 para bicicletas. La distribución de éstos por piso se encuentra en tabla 6 de la DIA (niveles -3, - 2, -1y 1).

En planos adjuntos en anexo 04 de la Adenda se grafica la distribución de los estacionamientos en los niveles señalados en la citada tabla.

ACCIONES

Habitabilidad

Consiste en la ocupación de las viviendas, estimándose una cantidad aproximada de 1,417 habitantes, considerando como promedio 3,2 personas por vivienda.

Antecedentes en punto A.6.1 de la DIA.

Flujo peatonal y vial FO

El Flujo peatonal será diario, considerando la entrada y salida de empleados, residentes y visitantes. Este flujo se realizará por los accesos ubicados en calle Rodrigo de Araya (Ver Figura 5 de la DIA).

El Flujo vehicular será diario, considerando el estacionamiento de vehículos en el subterráneo y planta del primer piso. Este flujo se realizará por calle Sargento Candelaria (Ver Figura 5 de la DIA).

Antecedentes en punto A.6.3 de la DIA.

Actividades de administración, aseo y mantención de áreas verdes

Se ha considerado que las actividades de mantención estarán a cargo de terceros autorizados. Estas labores corresponderán a la mantención de ascensores, grupos electrógenos, piscina, entre otros.

La vigilancia, mantención, limpieza alrededor del Edificio será con una frecuencia diaria. La mantención de ascensores, grupo electrógeno y sala de boilers con una frecuencia semestral.

Sin perjuicio de lo anterior, el Titular tendrá presente, que en caso de ser calificado ambientalmente favorable las medidas, condiciones, exigencias y disposiciones establecidas en la respectiva Resolución, son de su responsabilidad, sean implementadas por el directamente o a través de un tercero.

Mayores antecedentes en A.6.3 y A.6.5 de la DIA.

Productos generados

El Proyecto no contempla la generación de productos.

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Recursos naturales renovables

El Proyecto no contempla en su fase de operación, la extracción ni explotación de recursos naturales renovables, por lo cual no corresponde llevar una cuantificación y forma de manejo de los mismos.

Emisiones y efluentes

Emisiones atmosféricas:

De acuerdo con el Anexo 3 de la Adenda Complementaria, Estudios, Estudio Atmosférico final, durante la fase de operación del Proyecto, las principales emisiones de contaminantes atmosféricos son las asociadas al funcionamiento del grupo electrógeno.

El resumen de emisiones para esta fase será el siguiente:

Tabla 4.3.2.1: Resumen de emisiones fase de operación, conversión para MP10 equivalente por contaminante (ton/año). SOx | MPio | NOx | MPio0e | NH | MProe | MPro

q q 3 2

3 0,00 | 0,001 | 0,05 | 0,007 0 0 0,00 4 6 4 Límit - - - - - - -

e PPDA Fuente: Elaboración propia a partir de Tabla 54 del Anexo 03 de la Adenda Complementaria.

Año MP jotota

1] 0,012

2,5

Respecto del cumplimiento del D.S. N” 31/2016 del Ministerio del Medio Ambiente y según se observa en la tabla precedente, se concluye que el Proyecto no requiere compensar emisiones durante esta fase.

Emisiones líquidas:

Durante esta fase, existirán residuos líquidos que serán conducidos a la red de alcantarillado del sector.

De acuerdo con el Certificado de factibilidad sanitaria N*2068 de fecha 6 de marzo de 2020, adjunto en el anexo 01 de la Adenda. Se estima un caudal aproximado de 282 m?/día, las cuales serán conducidas a la red de alcantarillado existente. Esta estimación se realizó en base al promedio per cápita de 170 litros de agua al día.

Mayores antecedentes en punto A.6.10.1 de la DIA.

Ruido y vibraciones:

Para la fase de operación en período nocturno el proyecto contará con un silenciador para el grupo electrógeno que proveerá al menos 29 [dB] de pérdida por inserción, de manera conservadora, considerando las especificaciones técnicas que se muestran en la Figura 28 del citado anexo.

Con la correcta implementación de esta medida, permite garantizar que los niveles de ruido se mantendrán bajo los correspondientes límites máximos permitidos durante la fase de operación del proyecto, por lo que se puede concluir que los niveles de ruido se mantendrán bajo los correspondientes límites máximos permitidos que establece el D.S, N* 38/2011 MMA, implementado la medida de control descrita precedentemente.

Vibraciones: Durante la fase de operación no se contemplan fuentes que pudieran generar vibración.

Residuos, productos químicos y otras sustancias que puedan afectar el medio ambiente.

Residuos asimilables a domiciliarios:

Durante esta fase existirá generación de residuos domiciliarios. Se ha estimado una generación aproximada de residuos domiciliarios de equivalente a 2.503,58 kg/día, los que serán recolectados según frecuencia del servicio de aseo Municipal.

Mayores antecedentes en punto A.6.10.2 de la DIA.

Referencia al ICE para mayores detalles sobre esta fase.

Capítulo 4.7 del ICE.

El Proyecto no contempla fase de cierre debido a las características del mismo, el cual tiene

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considerada una vida útil de carácter indefinido.

Referencia al ICE

para mayores detalles sobre | Capítulo 4.8 del ICE.

esta fase,

4.4. CRONOLOGÍA DE LAS FASES DEL PROYECTO

4.4.1 FASE DE CONSTRUCCIÓN

Fecha estimada de inicio | Julio de 2021.

Parte, obra o acción que El hito que da cuenta del inicio de la fase de construcción corresponde a establece el inicio excavación masiva.

Fecha estimada de Junio de 2023. término

Parte, obra o acción que | Recepción final por parte de la Dirección de Obras de la Ilustre establece el término Municipalidad de Nuñoa.

4.4.2. FASE DE OPERACIÓN

Fecha estimada de inicio | Junio de 2023.

Parte, obra o acción que | Recepción final por parte de la Dirección de Obras de la L

establece el inicio Municipalidad de Ñuñoa. Fecha estimada de No aplica, se considera vida útil indefinida. término

Parte, obra o acción que | No aplica, se considera vida útil indefinida. establece el término

4.43. FASE DE CIERRE

Fecha estimada de inicio | No aplica, se considera vida útil indefinida.

Parte, obra o acción que | No aplica, se considera vida útil indefinida, establece el inicio

Fecha estimada de | No aplica, se considera vida útil indefinida. término

Parte, obra o acción que | No aplica, se considera vida útil indefinida. establece el término

5%. Que, durante el proceso de evaluación se han presentado antecedentes que justifican la inexistencia de los siguientes efectos, características y circunstancias del artículo 11 de la Ley N* 19.300:

5.1. RIESGO PARA LA SALUD DE LA POBLACIÓN, DEBIDO A LA CANTIDAD Y CALIDAD DE EFLUENTES, EMISIONES Y RESIDUOS

Impacto ambiental No aplica

De acuerdo con los cálculos actualizados de emisiones atmosféricas, adjuntos en el Anexo 03 de la Adenda Complementaria, Estudios, el Proyecto debe compensar emisiones en la fase de construcción, según lo establecido en el D.S. N* 31/2016 del Ministerio del Medio Ambiente.

Sin perjuicio de ello, el titular considera implementar medidas de gestión y compromisos para la fase de construcción, de acuerdo a lo indicado el capítulo 9 del citado anexo.

Por otro lado, en la fase de operación las emisiones serán generadas por el uso del grupo electrógeno. Los valores estimados de emisiones atmosféricas no superarán los límites establecidos por el PPDA durante esta fase.

Los niveles de ruido durante la fase de construcción y operación cumplirán con los límites máximos permisibles establecidos por el D.S. N* 38/11 del MMA.

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El manejo de los efluentes líquidos será la siguiente:

Aguas de lavado: En la fase de construcción se contempla la generación de residuos líquidos industriales provenientes del lavado de canoas de camiones mixer y lavado de ruedas de camiones, por lo que se habilitará un sector para dichas actividades. En relación a los residuos líquidos provenientes del lavado de canoas, estos serán acumulados de manera temporal en la piscina, para luego ser retirados por contratistas autorizados por la SEREMI de Salud de la Región Metropolitana y dispuestos en un lugar autorizado.

Aguas servidas: Estos residuos serán descargados a la red de alcantarillado existente, cuyo certificado de factibilidad N* 2068 de fecha 6 de marzo de 2020 se encuentra adjunto en anexo 01 de la Adenda.

Respecto a los servicios higiénicos de los trabajadores que se encuentren en altura, los baños químicos serán trasladados, para así respetar las distancias que debe tener respecto a los lugares de trabajo y accesibilidad de acuerdo al Decreto Supremo N*594/1999 del Ministerio de Salud. El punto de descarga de las aguas servidas será acreditado, manteniendo en las obras copia de la factura u otro documento que respalde la disposición adecuada de los mismos o copia del Convenio Uso de Colectores suscrito con la respectiva empresa sanitaria, que autorice dicha descarga.

En la fase de operación se generarán aguas servidas provenientes de los servicios higiénicos, lavamanos, cocinas y duchas de las viviendas y locales comerciales, las cuales descargarán al alcantarillado público, debido a que el Proyecto posee factibilidad de conexión al sistema de

alcantarillado y agua potable, administrado por Aguas Andinas S.A., el cual se presenta en el Anexo N” 01 de la Adenda.

El manejo de residuos sólidos, en ambas fases del Proyecto, se realiza conforme lo establece la legislación vigente. Los residuos sólidos generados en la fase de construcción serán manejados y dispuestos en sitios autorizados según se detalla en los antecedentes de los PAS 140 y PAS 142. Por su parte, los residuos generados durante la fase de operación serán manejados y dispuestos conforme se presentan en los antecedentes del PAS 140 (Salas de basura).

Referencia al ICE para mayores Capítulo 6.1 del ICE. detalles sobre este impacto específico

El proyecto no genera riesgo para la salud de la población, debido a la cantidad y calidad de efluentes, emisiones y residuos.

5.2, EFECTOS. ADVERSOS SIGNIFICATIVOS . SOBRE: :LA” CANTIDAD :Y CALIDAD :DE. LOS RECURSOS NATURALES RENOVABLES, INCLUIDOS EL. SUELO,AGUA Y ATRE

Impacto ambiental Aumento en las concentraciones de material particulado y otros contaminantes.

De acuerdo con los cálculos actualizados de emisiones atmosféricas, adjuntos en el Anexo 03 de la Adenda Complementaria, Estudios, el Proyecto debe compensar emisiones en la fase de construcción, según lo establecido en el D.S. N” 31/2016 del Ministerio del Medio Ambiente.

Sin perjuicio de ello, el titular considera implementar medidas de gestión y compromisos para la fase de construcción, de acuerdo a lo indicado el capítulo 9 del citado anexo.

Por otro lado, en la fase de operación las emisiones serán generadas por el uso del grupo electrógeno. Los valores estimados de emisiones atmosféricas no superarán los límites establecidos por el PPDA durante esta fase.

Componente ambiental Aire. afectado

Parte, obra o acción que lo | Construcción: Demolición, escarpe, excavación y socalzado, obra genera gruesa, terminaciones e instalaciones, obras exteriores.

Operación: Grupo electrógeno.

Fase en que se presenta Construcción y operación.

Impacto ambiental Aumento en los niveles de ruido.

Los niveles de ruido se indican en el Anexo 03 de la Adenda Complementaria, Estudios, Estudio de ruido y vibraciones. El

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proyecto contempla la implementación de las medidas de control señaladas en el punto 7.1 del citado anexo.

El proyecto contempla las medidas de gestión descritas en punto 7.1 del citado anexo.

Se dará cumplimiento en todo momento a los requisitos establecidos en la Ordenanza de Nuñoa, respecto a horarios y condiciones para construcciones y demoliciones.

Con lo anterior, los valores de ruido se encontrarían por debajo de los Límites Máximos Permisibles, establecidos en el Artículo 7* del D.S. N? 38/11 del Ministerio del Medio Ambiente para Zona II en horario diurno.

Por su parte, para la fase de operación, se incorporará medidas de control de ruido consistente en el uso de un silenciador tipo crítico para el escape del grupo electrógeno de emergencia para la operación. En consecuencia, los niveles de ruido durante la fase de construcción

y Operación cumplirán con los límites máximos permisibles establecidos por el D.S. N* 38/11 del MMA.

Componente ambiental Aire. afectado

Parte, obra o acción que lo | Construcción: Demolición, escarpe, excavación y socalzado, obra genera gruesa, terminaciones e instalaciones, obras exteriores. Operación: Grupo electrógeno.

Fase en que se presenta Construcción y operación.

Referencia al ICE para | Capítulo 5.1.1, 6.1 y 6.2 del ICE. mayores detalles sobre este impacto específico

El proyecto no genera efectos adversos significativos sobre la cantidad y calidad de los recursos naturales renovables, incluidos el suelo, agua y aire.

5.3. REASENTAMIENTO DE COMUNIDADES HUMANAS O ALTERACIÓN SIGNIFICATIVA DE LOS SISTEMAS DE VIDA Y COSTUMBRES DE GRUPOS HUMANOS

Impacto ambiental Aumentos en los tiempos de desplazamiento y obstrucción del libre tránsito de peatones e incremento en la demanda de bienes, equipamientos, servicios o infraestructura básica.

El titular señala en respuesta 2.4 de la Adenda Complementaria que para la fase de construcción, el Titular determinó que en el caso de las rutas correspondientes a flujos tanto de proveedores de materiales, como destinatarios, estos se desarrollarán fuera de horarios punta, por vías habilitadas para el paso de todo tipo de vehículos (tanto livianos como pesados), siendo las rutas principales de acceso al emplazamiento del proyecto son Ñuble y Av. Marathon por el norte, Rodrigo de Araya por el oriente, y Carlos Valdovinos por el sur, ingresando todas por Zañartu. Para considerar el peor escenario, se tomará en cuenta el flujo total de camiones, donde el mayor número de estos se concentra en la actividad de Excavación y movimiento de tierras, conformando un total de 54 vehículos diarios que transitarían hacia el emplazamiento del proyecto.

Adicionalmente, en el mismo punto 2.4 de la Adenda Complementaria, el titular señala que la capacidad para Av. Marathon es de 7.200/hora, sobre los 3.317 vehículos/hora y 3.531 vehículos/hora estimados para mañana y tarde respectivamente, aportados por la situación futura en relación con los proyectos inmobiliarios del área de influencia. Por su parte, y tomando en cuenta que Rodrigo de Araya posee capacidad de 1.480 vehículos/hora, sobre los 995 vehículos/hora y 956 vehículos/hora estimados para mañana y tarde respectivamente, se puede afirmar que existe capacidad suficiente de las vías analizadas para absorber el

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flujo de camiones en esta fase,

Para la fase de operación, el Titular estimó la cantidad de viajes que los proyectos involucrados en el área de influencia generan tanto de salida como de entrada utilizando la partición modal, correspondiente al proyecto “Guillermo Mann Zañartu”, con RCA aprobada N*099/2019 y otros factores señalados en respuesta 2.4 de la Adenda Complementaria.

En este sentido, en relación a los vehículos particulares, se estima un aporte de 180 veh/hora para Punta Mañana Laboral y Punta Tarde Laboral. Al realizar el análisis se establece que la capacidad para Av. Marathon es de 7.200/hora, sobre los 3.443 vehículos/hora y 3.657 vehículos/hora estimados para mañana y tarde respectivamente, aportados por la situación futura en relación con los proyectos inmobiliarios del área de influencia. Por su parte, y considerando que Rodrigo de Araya posee capacidad de 1.480 vehículos/hora, sobre los 1.247 vehículos/hora y 1.082 vehículos/hora estimados para mañana y tarde respectivamente, se puede afirmar que existe capacidad suficiente de las vías analizadas para absorber la llegada de nuevos residentes en modo “Vehículo Particular”.

En cuanto a los tiempos de desplazamiento de los flujos vehiculares, el titular señala en respuesta 2,4 de la Adenda Complementaria que, ya establecido que no hay impacto en la capacidad vial, estos fueron calculados por el Titular en base a sitios de interés cercanos al área de influencia, rutas de desplazamiento calculadas e identificadas mediante el Software QGIS 3.2.1 y la herramienta ORS Tools, donde se generan isocronas de tiempo vehicular, en rangos de 5, 10, 15, 20, y 25 minutos, y velocidades entre los 30 km/h y 50 km/h en función de rangos de movilidad urbana. En base al cálculo de la fórmula de velocidad de desplazamiento se da cuenta que, existiendo capacidad de soporte vehicular en las vías, no hay impactos en los tiempos de desplazamiento con la llegada de nuevos vehículos en el área de influencia.

En el caso del Sistema RED de Buses, el titular señala en respuesta 2.4 de la Adenda Complementaria que, es posible observar que, en base a las encuestas realizadas en proyectos anteriores como “Guillermo Man-Zañartu” (2019) donde se calcula el uso de la infraestructura de transporte por parte de los usuarios pertenecientes a áreas de influencia similares, la población aportada por los proyectos cercanos a los puntos de muestreo identificados en el Estudio de Caracterización de Medio Humano, adjunto en el anexo 04 de la DIA sería de 13.206 habitantes, de los cuales el 26,8% -según los datos levantados en la encuesta utilizaría el sistema de buses Red (Micros); es decir, se añadirán 3.539 nuevos usuarios a dicho servicio, señalando que se agregarán 1.577 nuevos usuarios al sistema RED de Buses dentro del área de influencia. Al distribuir la población según los porcentajes de uso por paradero es posible determinar que considerando una capacidad máxima observada en escenario de llegada al paradero de 3.515 pasajeros en punta mañana y 3.800 pasajeros en punta tarde; existirán 2.293 pasajeros en punta mañana, y 2.759 pasajeros en punta tarde en escenario de retiro, encontrándose en esta situación dentro de los límites de ocupación en el caso de la medición en los paraderos seleccionados.

En el caso del servicio Metro, ante la misma encuesta señalada anteriormente (encuestas realizadas en proyectos anteriores como “Guillermo Man-Zañartu”), se considera que el 48% de la población nueva dentro del área de influencia ocuparía preferencialmente el metro especificamente las Estaciones Ñuble, traduciéndose en 6.392 nuevos usuarios, tomando en cuenta el peor escenario. En este sentido, al distribuir la población para los Periodos de Punta Mañana Laboral y Punta Tarde Laboral, el Titular asumió que habrá un flujo de 2.847 viajes/hora para ambos periodos. Es así como, el flujo total

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de usuarios del metro, correspondiente a la suma de la población base en el área de influencia, más la proyectada en el peor escenario, ascendería a 6.119 para la entrada de personas y 5.307 para la salida de personas, lo cual, ante la capacidad máxima de 19.750 usuarios ofrecida por el metro, indica que no habría efectos adversos sobre la libre circulación y utilización de este medio de transporte.

En el caso del desplazamiento de peatones, el titular señala en respuesta 2.4 de la Adenda Complementaria que, al igual que en los casos anteriormente, se utilizaron los porcentajes otorgados por la Partición Modal, aplicándole a estos las tasas de generación y atracción para Punta Mañana Laboral y Punta Tarde Laboral. Es así como que el 8.2% de la Población se desplazará como peatón hacia el metro, corresponde a 1.082 nuevos peatones, los cuales, según la periodización en psor escenario según las tasas de inducción, se estima un aporte de 241 viajes/hora para Punta Mañana Laboral, y Punta Tarde Laboral. Estos fueron añadidos a las mediciones de peatones correspondientes al proyecto “Guillermo Mann-Zañartu” con RCA aprobada N*099/2019, aludiendo al uso de la vereda por la calle Carlos Dittborn, ruta esperada de tránsito hacia el metro Ñuble. Según el Análisis de Densidad de veredas se estima una densidad peatonal de 0.48 peatones/m2, y para punta tarde de 0.3 peatones/m2, lo cual se encuentra dentro del rango de movimiento de Tipo A, entre 0.3, y 0.5 peatones/ím2, donde existe la superficie suficiente para seleccionar una velocidad normal de marcha y permitir el adelantamiento, principalmente en corrientes de sentido único de circulación.

En relación a los tiempos de desplazamiento asumiendo una velocidad promedio de 0,7 m/s de los habitantes en el peor escenario considerado, el Titular trazó 4 puntos posibles de desplazamiento para determinar posibles afectaciones, tomando en cuenta el tránsito libre de ocupación de veredas. De esta manera, mediante el Software QGIS 3.2.1 y la herramienta ORS Tools se determinaron las rutas hacia los puntos objetivo, y las isocronas de tiempo de desplazamiento en caminata en rangos de 5, 10, 15, 20, 25, 30,35 y 40 minutos, y en base al cálculo en base a la fórmula de velocidad de desplazamiento se da cuenta que ninguno de los puntos caracterizados, excede los 40 minutos de viaje, considerando la velocidad de caminata en el peor escenario en cuanto a la población proyectada dentro del área de influencia, lo cual establece que, en una distancia de 3 km para llegar a un establecimiento educacional o de salud como son la distancia máxima que se propone, esta no supera un margen de 30 minutos desde el emplazamiento del proyecto hacia su destino, por lo que no se prevén impactos asociados a los flujos y tiempos de desplazamiento de peatones dentro del área de influencia.

Finalmente, en el caso de bicicletas y ciclovías, de acuerdo a lo señalado en respuesta 2.4 de la Adenda Complementaria, el Titular consideró los aportes calculados según el D.S. N*30/2019 del MTT en base a los proyectos identificados en el área de influencia. El flujo actual es extraído de las mediciones identificadas en el Estudio de Caracterización de Medio Humano de la DIA, las cuales fueron realizadas el 03 de mayo del 2019 en las ciclovías de Vicuña Mackenna y Av. Marathon, en horario punta mafiana (08:00 horas a 09:00 horas), en cuatro puntos de control, registrando los movimientos norte y sur en ambas vías.

Esto arroja un flujo total de entrada y de salida de 70 viajes/hora asociada a los proyectos dentro del área de influencia, los cuales serán integrados a los resultados correspondientes de las mediciones realizadas en Punta Mañana para los puntos de control anteriormente descritos.

En cuanto a los tiempos de desplazamiento, el Titular tomó en cuenta lo expresado en el diseño geométrico de las ciclovías, presente en el

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Manual de Vialidad Ciclo Inclusiva del Ministerio de Vivienda y Urbanismo que establece, que en el caso de las Ciclovías Av. Vicuña Mackenna, como Av. Marathon la velocidad de diseño está establecida en 30 knvhora. Sin embargo, con el fin de considerar el peor escenario, se tomó en cuenta la velocidad de 16 km/hora.

En base al cálculo considerando la fórmula de velocidad de desplazamiento se da cuenta que considerando el aumento de ciclistas y la modificación de los niveles de servicios en las ciclovías presentes dentro del área de influencia, aun así, estas no presentarán modificaciones en sus tiempos de desplazamiento por la ocupación de ciclistas proyectados al contar estas con la capacidad suficiente de absorción del flujo futuro.

Mayores antecedentes en respuesta 2.4 de la Adenda Complementaria donde se incluyen tablas y figuras que explican lo señalado precedentemente.

De acuerdo a lo anterior, no se evidencia que el Proyecto genere efectos, caracteristicas o circunstancias del artículo 11 de la Ley, de acuerdo al artículo7, literal b) del D,S. N*40/2012 MMA,.

De acuerdo a lo señalado por el titular en la tabla 34 literal c) de la DIA, y en base a las rutas expresadas en la fase de construcción, y las actividades señaladas tanto para obras, partes y acciones de esta en el área de influencia, se da cuenta que estas se desarrollan en áreas donde no se identifican acceso a servicios relacionados a la calidad de bienes, equipamientos, servicios o infraestructura correspondiente a la localización del proyecto.

Se da cuenta, por otra parte, que las obras partes y acciones en esta fase, no contemplan interrumpir vías de acceso a los servicios y equipamiento tanto educacional como de seguridad, identificados en un rango de 3 kilómetros a la redonda del proyecto,

Ferias libres: Se han definidos las rutas de los camiones utilizados durante la fase de construcción de tal forma que no transiten por las ferias libres de la comuna y región.

En cuanto a la fase de operación, de acuerdo a la tabla 36 de la Adenda, en cuanto a los nuevos habitantes, el Titular estimó que el aporte poblacional de los proyectos del área de influencia será de unos 16,357 nuevos residentes aproximadamente (proyectos con fondo blanco). Lo anterior, sin considerar el proyecto en evaluación “Edificio Rodrigo de Araya”, con el cual, se estima que se aportarán aproximadamente 18.015 nuevos habitantes (Tabla 3 de la Adenda Complementaria).

Salud: De acuerdo a lo señalado precedentemente, los proyectos inmobiliarios del área de influencia aportarán 18.015 habitantes nuevos (tabla 3 de la Adenda Complementaria), el 30% utilizarán los establecimientos de salud público, el Titular señala en respuesta 4.9 de la Adenda Complementaria que, se estimó que habrá 5,404 nuevos usuarios aportados por los proyectos inmobiliarios del área de influencia. Como se observa en la tabla 41 de Adenda, se estima un delta según la cantidad de consultas médicas realizadas entre los años 2017 a 2019, calculado entre el máximo de consultas realizadas entre los años mencionados restando las consultas realizadas en 2019 generando así un delta entre el máximo de consultas alcanzado y el último año de datos obtenidos, se estima existen 11.586 cupos disponibles para nuevos residentes, número bastante superior al estimado para los nuevos residentes, con lo cual existe una capacidad en los establecimientos públicos de salud.

Educación: En respuesta 4.9 literal a) y b) de la Adenda, el titular indica que para estimar, la población en edad preescolar y escolar, se consideró el total de la población aportada por los proyectos inmobiliarios dentro del área de influencia, es decir, los 18.015 puevos habitantes y se extrajo el 5,84%, cifra que corresponde al

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porcentaje de la comuna perteneciente al tramo etario 0-4 años y el 14,11% que corresponden al porcentaje de la comuna entre las edades 5-19 años, obteniendo de esta forma que 1.052 nuevos habitantes se encontrarán en edad preescolar y 2.542 nuevos habitantes en edad escolar (tabla 37 de la Adenda Complementaria).

De acuerdo con los datos presentados en el Estudio de Caracterización Medio Humano, de la DIA, el Titular estimó que, la población escolar aportada por los proyectos será de 2.542 nuevos residentes (14,11% de 18.015 habitantes aportados por proyectos inmobiliarios del área de influencia), Dentro de una radio 3 km en torno al proyecto, se extrajeron los establecimientos que cuentan con un proceso de matrícula en ciclos educativos pertenecientes a la etapa escolar, de lo cual se obtuvo una capacidad en matriculas disponibles de 3.325 cupos considerando que los cupos son mayores que la población aportada se puede establecer que existe capacidad suficiente de los establecimientos escolares para absorber la llegada de nuevos habitantes del área de influencia en edad escolar.

Referente a la infraestructura de servicios de carácter comercial u otros, el titular señala en la tabla 34 literal c) de la DIA que, la alta conectividad del área de influencia, además de la amplia oferta y capacidad de estos en relación con ambas comunas no representa riesgos en cuanto a la llegada de población nueva al área de influencia, contando con supermercados cercanos en un radio de 2 kilómetros, a la redonda, centros comerciales, restaurantes, etc.

De acuerdo a lo anterior, no se evidencia que el Proyecto genere efectos, características o circunstancias del artículo 11 de la Ley, de acuerdo al literal c) del artículo 7? del Decreto Supremo N*40/2012

MMA. Parte, obra o acción que lo | Flujo vehicular FC, Flujo peatonal y vial FO. genera Fase en que se presenta Construcción y operación.

Referencia al ICE para | Capítulo 5.2.1 y 6.3 del ICE mayores detalles sobre este impacto específico

El proyecto no generará reasentamiento de comunidades humanas o alteración significativa de los sistemas de vida y costumbres de grupos humanos.

5.4. LOCALIZACIÓN EN O PRÓXIMA A POBLACIONES, RECURSOS Y ÁREAS PROTEGIDAS, SITIOS PRIORITARIOS PARA LA CONSERVACIÓN, HUMEDALES PROTEGIDOS Y GLACIARES,

SUSCEPTIBLES DE SER AFECTADOS, ASÍ COMO EL VALOR AMBIENTAL DEL TERRITORIO EN QUE SE PRETENDE EMPLAZAR

Impacto ambiental No aplica

Debido a la tipología del Proyecto y a la información levantada en el Estudio de caracterización de Medio Humano (Anexo 04. Estudios, de la DIA) y según lo indicado en el acápite B.6 de la DIA, se evidencia que el Proyecto no se localizará cercano a Poblaciones protegidas.

Por lo tanto, no se evidencia que, en términos de la extensión, magnitud o duración de la intervención en áreas donde habiten poblaciones protegidas.

Debido a la ubicación del Proyecto, este no se localizará en o cercano a recursos y áreas protegidas, sitios prioritarios para la conservación para la conservación, humedales protegidos, glaciares o territorios con valor ambiental en términos de la extensión, magnitud o duración de la intervención de sus partes obras o acciones, así como de los impactos generados por el Proyecto. Lo anterior se puede visualizar con el set fotográfico adjunto en el anexo 07 de la DIA.

Referencia al ICE para | Capítulo 6.4 del ICE. mayores detalles sobre este impacto específico

El proyecto no se localiza en o próxima a poblaciones, recursos y áreas protegidas, sitios prioritarios para la conservación, humedales protegidos y glaciares, susceptibles de ser afectados,

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así como el valor ambiental del territorio en que se pretende emplazar

5.5. ALTERACIÓN SIGNIFICATIVA, EN TÉRMINOS DE MAGNITUD Ó DURACIÓN, DEL'VALOR PAISAJÍSTICO O TURÍSTICO DE UNA ZONA

Impacto ambiental No aplica.

El Proyecto se emplaza dentro de la macrozona centro, subzona Cuencas y Valles. Al analizar los componentes biofísicos del paisaje, es decir la expresión visual de componentes bióticos y físicos a través de fotografías adjuntas en el anexo 07 de la DIA, e inspección visual realizada por el Titular del área de emplazamiento del Proyecto, se puede determinar que el Proyecto no obstruirá la visibilidad de zonas con valor paisajístico ni alterará atributos de zonas con valor paisajístico

El Proyecto no obstruye el acceso ni altera zonas con valor turístico debido a la tipología y emplazamiento del Proyecto, no se evidencia un valor turístico en ella, por cuanto no se evidencia valor paisajístico, cultural o patrimonial que pueda atraer flujos de visitantes o turistas hacia ella.

Referencia al ICE para | Capítulo 6.5 del ICE, mayores detalles sobre este impacto específico

El proyecto no genera alteración significativa, en términos de magnitud o duración, del valor paisajístico o turístico de una zona.

5.6. ALTERACIÓN: DE -.-MONUMENTOS,:: SITIOS +.CON-.-: VALOR... ANTROPOLÓGICO,

ARQUEOLÓGICO, HISTÓRICO Y, EN GENERAL, LOS .PERTENECIENTES AL PATRIMONIO CULTURAL

Impacto ambiental Alteración del patrimonio cultural.

Según lo indicado en el acápite B.1.3,2 de la DIA, en un radio de 3 km en torno del Proyecto existen 16 Monumentos Nacionales, 9 de ellos corresponde a Monumentos Históricos y 7 Zonas Típicas, los cuales se emplazan en las comunas de Ñuñoa, Macul y Santiago. Es importante destacar que en el área de influencia del Medio Humano existen dos Monumentos Históricos, “Archivos de la Colonia Dignidad” y “Bodegas de la Viña Santa Carolina”, los cuales se encuentran a aproximadamente 0,1 y 0,2 km respectivamente. Sin embargo, dada las características del Proyecto, estos no se verán afectados ni intervenidos con las obras, partes y acciones del Proyecto. En el sitio en que se emplazará el Proyecto no existe evidencia de existencia de lugares o sitios que, por sus características constructivas, por su antigúedad, por su valor científico, por su contexto histórico o por su singularidad, pertenezcan al patrimonio cultural de la zona, incluyendo el patrimonio cultural indígena. Según el Informe de Prospección Arqueológica, Anexo 03. Estudios de la Adenda, con fecha 06 de agosto del 2020 el Titular realizó una inspección patrimonial realizada superficialmente, la cual demuestra que la zona a emplazar el proyecto no evidenció presencia de restos arqueológicos de tipo patrimonial protegidos por la Ley N* 17.288 de Monumentos Nacionales que pudieran ser impactados directamente por estas obras, Sin embargo, a causa de la edificación y operación de un laboratorio colindante al momento de esta inspección, se establece una visibilidad nula, pudiendo solo revisar los jardines de este, por lo cual, se presenta una alteración del terreno por el uso antrópico del terreno, para la nueva prospección Arqueológica a realizar posterior a la limpieza del terreno, a desarrollarse durante las fases de obras previas, se utilizará la "Guía de Monumentos Nacionales Pertenecientes al Patrimonio Cultural en el SEIA". En este sentido y en base a las recomendaciones del especialista en Arqueología, se realizará una nueva revisión superficial, por parte de un arqueólogo (s) y/o licenciado (s) en arqueología, durante las actividades limpieza del terreno, a desarrollarse durante las fases de obras previas. No obstante a lo anterior y considerando que el Proyecto se encuentra frente a una edificación de carácter de Monumento Histórico, es que se el Titular del Proyecto adquiere los siguientes compromisos ambientales voluntarios: “Realizar un Monitoreo Arqueológico

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Permanente” (ver Tabla 35 de la Adenda Complementaria) y “Charlas de Inducción Arqueológica” (ver Tabla 8 de la Adenda) ambas realizadas por un arqueólogo (s) y/o licenciado (s) en arqueología, y por cada frente de trabajo que considere movimientos de tierras (escarpe, socalzado y excavación sub-superficial del terreno).

Por su parte, en base a los antecedentes expuestos en el Informe de Prospección Paleontológica adjunto en el anexo 03 de la Adenda, Estudios, el cual contiene información bibliográfica y una prospección superficial de terreno donde se ejecutará el Proyecto, realizada el 06 de agosto del 2018, no se encontraron hallazgos paleontológicos. Sin perjuicio de lo anterior, como la unidad en la que se emplaza el Proyecto es considerada fosilífera, el Titular del proyecto ha adquirido como compromiso ambiental voluntario la recomendación del Especialista en Paleontología. Por lo que, se compromete a impartir una “Charla de Capacitación Paleontológica” (ver Tabla 6 de la Adenda) a los trabajadores del proyecto previo al inicio de las obras, dicha capacitación, contendrán los aspectos generales de lo que implica el patrimonio paleontológico, la Ley vigente que lo protege y ejemplos de fósiles en el contexto del proyecto. Considerando que estos informes dan cuenta de los resultados obtenidos sólo a través de una inspección superficial del terreno, se debe considerar, en caso de efectuarse un hallazgo arqueológico y/o paleontológico durante las excavaciones del proyecto, y a fin de evitar incurrir en el delito de daño a Monumento Nacional establecido en el artículo N 38 de la Ley N 17.288, se procederá según lo establecido en los artículos N 26 y 27 de la Ley N? 17.288 de Monumentos Nacionales y el artículo N 23 del D.S N? 484 Reglamento sobre excavaciones y/o prospecciones arqueológicas, antropológicas y paleontológicas, paralizando toda obra en el sector del hallazgo e informando de inmediato y por escrito al Consejo de Monumentos Nacionales, para que este organismo determine los procedimientos a seguir, cuya implementación deberá ser efectuada por el titular del proyecto. De acuerdo a lo anterior, no se evidencia que el Proyecto genere efectos, características o circunstancias del artículo 11 de la Ley, de acuerdo al artículo 10% letra b) y c) del Decreto Supremo N40/2012 del Ministerio del

Medio Ambiente. Parte, obra o acción que lo | Excavaciones. genera Fase en que se presenta Construcción.

Referencia al ICE para | Capítulo 6.6 del ICE. mayores detalles sobre este impacto específico

El proyecto no generará alteración de monumentos, sitios con valor antropológico, arqueológico, histórico y, en general, los pertenecientes al patrimonio cultural.

6”. Que resultan aplicables al Proyecto los siguientes permisos ambientales sectoriales, asociados a las correspondientes partes, obras o acciones que se señalan a continuación:

6.1 PERMISOS AMBIENTALES SECTORIALES MIXTOS

6-1.1. Permiso Ambiental Sectorial 140, permiso para la construcción, reparación, modificación y ampliación de cualquier planta de tratamiento de basuras y desperdicios de cualquier clase o para la instalación de todo lugar destinado a la acumulación, selección, industrialización, comercio o disposición final de basuras y desperdicios de cualquier clase, según se establece en el artículo 140 del Reglamento del SEIA. : :

Fase del Proyecto a la | Construcción y operación. cual corresponde

Parte, obra o acción a la | Patio de Acopio Temporal de Residuos y salas de basura.

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que aplica

Condiciones o exigencias

En la fase de construcción se contará con el Patio de Acopio Temporal de Residuos corresponde a la instalación para el almacenamiento transitorio de los residuos sólidos domésticos e industriales no peligrosos generados en la instalación de faena, con la finalidad de ser enviados posteriormente a destinatarios autorizados, en cumplimiento con los estándares y plazos que manda la normativa vigente.

La caracterización cualitativa y cuantitativa de los residuos en la fase de construcción se presenta en la tabla 39 de la DIA. se estima su retiro 3 veces por semana, o de acuerdo a la frecuencia que tenga el servicio municipal.

En la fase de operación, el proyecto contempla 4 salas de basuras ubicadas en el primer nivel subterráneo, según muestra la figura 18 de la DIA. Se estima una generación de 16,69 m*/día. Estos residuos serán manejados por el personal de aseo y el acceso a las salas de basuras será restringido.

Mayores antecedentes se adjuntan en el capítulo C.4.1.1 de la DIA.

especificas para su otorgamiento Pronunciamiento del

órgano competente

La SEREMI de Salud RM, mediante Ord. N* 168, de fecha 12 de enero de 2021, señala que el titular del Proyecto ha entregado la documentación necesaria; por lo anterior, se pronuncia conforme

respecto de los antecedentes técnicos y formales contenidos en dicho PAS y señala:

“2.1.1 Durante la etapa de construcción del proyecto, contempla acopio de residuos inertes y residuos asimilables a domésticos.

2.1.2 Para los residuos asimilables a domésticos generados durante la etapa de operación del proyecto, se propone la implementación y funcionamiento de sistemas destinados a la acumulación y recolección, considerando salas de basura para el manejo de los residuos para cada torre. El titular deberá cumplir con la normativa sanitaria, en este caso, la Resolución N” 7328 “Normas Sobre Eliminación de Basuras en Edificios Elevados” y la normativa atingente al manejo de residuos, aspectos que serán evaluados una vez que el titular ingrese los proyectos sectoriales”.

Referencia al ICE para mayores detalles

Capítulo 9.1.1 del ICE.

  1. Permiso Ambiental Sectorial 142, permiso para todo sitio destinado al almacenamiento de residuos peligrosos, según se establece en el artículo 142 del Reglamento del SELA.

Fase del Proyecto a la cual corresponde

Construcción.

Parte, obra o acción a la que aplica

Bodega de residuos peligrosos.

Condiciones o exigencias

Los residuos peligrosos se almacenarán en una Bodega de 12,25 m? (3,5 m x 3,5 m) que estará ubicada al interior de la instalación de faenas y tendrá una base continua, impermeable y resistente estructural

específicas para su| y químicamente a los residuos, otorgamiento En el Anexo 03. Planimetría de la DIA se presenta el plano con la ubicación de la bodega de residuos peligrosos. Mayores antecedentes se adjuntan en el C.4.2 de la DIA. Pronunciamiento del | La SEREMI de Salud RM, mediante Ord. N* 168, de fecha 12 de enero

órgano competente

de 2021, señala que el titular del Proyecto ha entregado la documentación necesaria; por lo anterior, se pronuncia conforme

respecto de los antecedentes técnicos y formales contenidos en dicho PAS.

Referencia al ICE para mayores detalles

Capítulo 9.1.2 del ICE.

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7, Que, de acuerdo a los antecedentes que constan en el expediente de evaluación, la forma de cumplimiento de la normativa de carácter ambiental aplicable al Proyecto es la siguiente:

7.1.

Normas relacionadas con las partes, obras, actividades o acciones, emisiones, residuos y

sustancias peligrosas del Proyecto

7.1.1. Norma: D.S. N*144/1961 MINSAL. “Establece normas para evitar emanaciones 0 contaminantes atmosféricos de cualquier naturaleza”.

Componente/materia:

Emisiones atmosféricas.

Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento.

Construcción y operación.

Parte, obra, acción, emisión, residuo O sustancias a la que aplica.

Construcción: Demolición, escarpe, excavación y socalzado, obra

gruesa, terminaciones e instalaciones, obras exteriores, flujo vehicular FC.

Operación: Viviendas e instalaciones.

Forma de cumplimiento.

Construcción: Los movimientos de tierra, las actividades de carga y descarga y el movimiento de camiones se realizará tomando las medidas necesarias para captar y minimizar el polvo que tales actividades pudieran generar hacia la comunidad o en las áreas de trabajo.

Operación: mantenciones del grupo electrógeno cuando corresponda, según ficha técnica del equipo.

Indicador que acredita su

Construcción: Registros asociados a mantenciones de maquinarias y revisiones técnicas y registro fotográfico de señalización de restricción de velocidad y encarpe de camiones, entre otros. Registro en obra

cumplimiento. (fotográfico u otro) que corrobore la correcta ejecución de las actividades de carga y descarga, mantenciones al día de maquinarias y camiones (revisiones técnicas) Operación: Boleta o factura que corrobore las fechas de las mantenciones del grupo electrógeno. Programa (calendarización) de mantenciones regulares al grupo electrógeno mediante servicios autorizados.

Referencia al ICE Capítulo 8.1.1 del ICE.

7.1.2. Norma: D.S. N*31/2016 MMA. Establece Plan de Prevención y Descontaminación Atmosférica para la Región Metropolitana de Santiago” (PPDA).

Componente/materia:

Emisiones atmosféricas.

Otros cuerpos legales.

D.S, N* 47/1992 del MINVU.

Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento.

Construcción y operación.

Parte, obra, acción, emisión, residuo 0 sustancias a la que aplica.

Construcción: Demolición, escarpe, excavación y socalzado, obra gruesa, terminaciones e instalaciones, obras exteriores, flujo vehicular FC.

Operación: Viviendas e instalaciones.

Forma de cumplimiento.

De acuerdo al Estudio de Emisiones Atmosféricas, adjunto en el Anexo 03, Estudios, de la Adenda Complementaria, el Proyecto supera los límites establecidos en el Decreto Supremo N* 31/2016 del Ministerio del Medio Ambiente para MP10 equivalente durante el primer año de construcción, por lo que, el Titular debe presentar un Plan de Compensación de Emisiones (PCE) cuya emisión a compensar corresponde a 10,805 ton/año, para el año 1 (valor ya aumentado en 120%). Durante la fase de construcción se implementarán medidas de control para minimizar la suspensión de material particulado, dichas medidas se detallan en el punto 9 del citado anexo y que consisten en:

Se realizarán capacitaciones a los trabajadores sobre temas de carácter ambiental relacionados con prevención de contaminación en las faenas.

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Se instalarán señales de reducción de velocidad y velocidad máxima permitida dentro de la zona donde se emplaza el proyecto. Realizar el transporte de materiales en camiones encarpados mediante lona hermética, impermeable y sujeta a la carrocería, antes de salir del sitio del proyecto, de modo tal de evitar la caída de materiales y el desprendimiento de polvo en el trayecto del vehículo. Se controlará los límites máximos de carga; es decir, mantener un nivel por debajo del máximo de la tolva, además de implementar un plan de seguimiento para esta medida con prohibición del uso de carpas que no cumplan con las características mencionadas; por ejemplo, el uso de malla tipo 'rachel', pues este tipo de malla no cumple con las características señaladas. o Se realizará diariamente la limpieza de las calles pavimentadas (en frente del proyecto, incluyendo veredas y calzadas). Se aplicará supresor de polvo en caminos internos no pavimentados, o El recinto del proyecto debe contar con una barrera perimetral del tipo malla "Rachel" u otra que impida la dispersión de polvo fugitivo, Ésta se instalara alrededor de todo el perímetro del recinto. Se prohibirá la quema de materiales o desechos para calentar alimentos o calefacción, entre otros. Se reforzarán las medidas de mitigación y evitar la realización de actividades que generen emisiones de material particulado y gases durante los períodos en que se decrete Alerta, Pre- Emergencia y Emergencia Ambiental. Se realizará estabilización y compactación del camino interno no pavimentado. Como medida de mitigación para la actividad de demolición se utilizará un aspersor de agua para el control del polvo resuspendido En la fase de operación se realizará la declaración de emisiones de contaminantes (si corresponde) ante la Autoridad Sanitaria respectiva. La Seremi del Medio Ambiente de la Región Metropolitana se pronunció conforme a través de Ord. N* 575 de fecha 28 de septiembre de 2020.

Indicador que acredita su cumplimiento.

Fase de construcción: Registro con el cumplimiento de las medidas de control de emisiones descritas.

Presentar un Programa de Compensación de Emisiones a la Seremi del Medio Ambiente, según lo establecido en Ord N* 575 de fecha 28 de septiembre de 2020, de dicho Organismo.

Aprobación del Plan de Compensación de Emisiones y reporte de cumplimiento del PCE a la SMA.

Fase de operación: Declaración de emisiones del grupo electrógeno.

Referencia al ICE

Capítulo 8.1.2 del ICE,

7.13 Norma:

).8.N? 138/2005 del Minsal, establece obligación de declarar emisiones.

Componente/materia:

Emisiones atmosféricas.

Otros cuerpos legales

D.S. N? 31/2016 del Ministerio del Medio Ambiente.

D.S. N? 4/1992 del Ministerio de Salud.

D.S, N? 54/1994 del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones. D.S, N” 144/61 del Ministerio de Salud.

Fase del Proyecto a la

que aplica o en la que se | Operación.

dará cumplimiento.

Parte, obra, acción, | Viviendas y sus instalaciones (grupo electrógeno). emisión, residuo o

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sustancias a la que aplica.

Forma de cumplimiento.

El Proyecto contempla la instalación de un grupo electrógeno de emergencia. El Titular realizará la declaración de emisiones de contaminantes (si corresponde) ante la Autoridad Sanitaria respectiva.

Indicador que acredita su cumplimiento.

Comprobante de ingreso de la Declaración de Emisiones del grupo electrógeno. Registro de documentos de declaración de emisiones,

Referencia al ICE

Capítulo 8.1.3 del ICE.

7.1.4 Norma: D.S. N*75/1987 MINTRATEL. Establece Condiciones para el Transporte de Cargas

que Indica”.

Componente/materia:

Emisiones atmosféricas - Vialidad y transporte.

Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento.

Construcción.

Parte, obra, acción, emisión, residuo O sustancias a la que aplica.

Flujo vehicular FC.

Forma de cumplimiento.

Los camiones que transporten materiales serán cubiertos correctamente, por lo que no se producirán escurrimientos o caídas involuntarias, adicionalmente los camiones al salir del terreno del Proyecto serán controlados en cuanto a su nivel de carga.

Indicador que acredita su cumplimiento.

Exigencia contractual. Registro fotográfico de ingreso de camiones encarpados.

Control al ingreso/egreso de la obra. Los camiones que transporten tierra de excavaciones o material para relleno deben estar encarpados.

Referencia al ICE

Capítulo 8.1.4 del ICE.

7.1.5 Norma: D.S. N* 38/2011 MMA. Establece Norma de Emisión de Ruidos Generados por

Fuentes que Indica”.

Componente/materia:

Ruido.

Otros cuerpos legales

Ordenanza N*15/2007 de la Ilustre Municipalidad de Nuñoa. Ordenanza sobre ruidos y sonidos molestos para la comuna de Ñuñoa.

Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento.

Construcción y operación.

Parte, obra, acción, emisión, residuo o sustancias a la que aplica.

Construcción: Demolición, escarpe, excavación y socalzado, obra gruesa, terminaciones e instalaciones, obras exteriores. Operación: Viviendas e instalaciones.

Forma de cumplimiento.

En el capítulo 7,1 del anexo 03 de la Adenda Complementaria se presentan las medidas de control de ruidos para el proyecto, las que consisten en: cierre perimetral cuya altura fluctuará entre los 4,8 y 6 [m] dependiendo del perímetro del predio. Este Cierre Perimetral tendrá características de Barrera Acústica cuyo material cumplirá con condiciones de densidad superficial igual o superior a 10 [kg/m?] (ejemplo: paneles de madera OSB de 15 [mm] de espesor o material equivalente). Las junturas de los paneles que conformen la barrera serán herméticas tanto entre ellas como la unión con el piso, de modo que no se generen fugas y se pierda efectividad. En la figura 20 del citado anexo se grafican las medidas de control de ruido para la fase de construcción.

Complementariamente, en cada frente de trabajo cercano a un receptor se utilizarán barreras acústicas modulares de 3 metros de altura, que cumpla con las mismas condiciones de densidad superficial mencionadas anteriormente, de manera de obstaculizar directamente las emisiones que se generan en este escenario hacia los receptores Cercanos.

Para el caso de faenas de construcción en altura, con el objetivo de confinar_la emisión de ruidos generados al interior de la obra

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consideradas de bajo requerimiento hídrico y proporcionan una mayor contribución frente a contaminantes atmosféricos.

Todo lo anterior será acordado oportunamente con la Municipalidad de Nuñoa previo a la recepción final del Proyecto.

Justificación: Sumarse al lineamiento estratégico regional “Santiago — Región Limpia y sustentable”, objetivo “Aportar en la disminución de la contaminación atmosférica”, contribuyendo de esta forma a disminuir los niveles de contaminación del aire de la región Metropolitana.

Lugar: El proyecto de paisajismos se desarrollará en áreas verdes interiores

Lugar, forma y | dando cumplimiento a las solicitudes del gobierno regional.

oportunidad de | Forma: Se propone la incorporación en áreas verdes interiores, de especies

implementación de bajo consumo hídrico y mayor contribución frente a contaminantes atmosféricos, con el fin de dar mejor bienestar a los futuros habitantes del Proyecto y de la población en general. Según lo dispuesto en Proyecto de Paisajismo, Anexo 04 de la Adenda, Proyectos de Especialidad de la Adenda. Oportunidad: La ejecución del Proyecto se realizará después de la aprobación de la DOM, se desarrollará en la fase de construcción previo a la recepción final del Proyecto.

Indicador de ¡ Aprobación del proyecto de Paisajismo, con la autorización de la DOM,

cumplimiento Se entregará un álbum fotográfico al final de las obras del proyecto. Una vez ejecutadas las obras de urbanización, se avisará a la autoridad (DOM) del inicio y termino de la obra,

Referencia al ICE Capítulo 10.1.7 del ICE.

9.1.8. Compromiso ambiental voluntario 8: Promoción de la electromovilidad.

Impacto asociado

Aumento en las concentraciones de material particulado y otros contaminantes.

Fase en que aplica

Operación.

Objetivo: Incentivar el uso de vehículos eléctricos, puesto que, ayudará a disminuir la contaminación atmosférica en la cuenca de la Región Metropolitana.

Descripción: Se implementarán 2 conexiones a cargadores para vehículos,

Objetivo, bicicletas y scooters eléctricos.

descripción y | Justificación: Sumarse al lineamiento estratégico “Promoción la

justificación Electromovilidad” de la Región Metropolitana. Debido a que, El uso de vehículos eléctricos disminuyen a cero las emisiones que puede generar la misma persona, al trasladarse en un vehículo convencional con motor del tipo Otto o Diésel, que utilizan combustibles fósiles para generar energía. Lugar: En los estacionamientos del Proyecto.

Lugar, forma y | Forma: Según lo dispuesto en Proyecto Eléctrico.

oportunidad de | Oportunidad: Se instalarán los puntos de carga en una oportunidad durante

implementación la construcción del Proyecto, los cuales estarán operativos durante toda la vida útil del Proyecto.

Indicador de | Aprobación del Proyecto Eléctrico.

cumplimiento

Referencia al ICE Capitulo 10.1.8 del ICE.

9.1.9. Compromiso ambiental voluntario 9: Reunión con bomberos.

Impacto asociado

No aplica.

Fase en que aplica

Construcción.

Objetivo, descripción justificación

Objetivo: Presentación de proyecto al cuerpo de bomberos mediante una reunión,

Descripción: Se propone revisar en detalle el proyecto de accesibilidad universal, vías de evacuación, accesos vehiculares entre el Titular y cuerpo de bomberos, con el fin de informar las características del proyecto y verificar si es posible el acceso de los carros de bomberos, debido a las alturas y resistencia de la losa, en caso de emergencia. Además, del rescate o evacuación de minusválidos por balcones y/o ventanas, esto para lograr

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satisfacer las necesidades de seguridad que presentara el proyecto. Justificación: El titular informara y revisara los accesos del proyecto con cuerpo de bomberos, con el fin de que este último, conozca el diseño y dar cumplir además con lo señalado en los arts, 4.3.11 y 5.2.10 de la OGUC.

Lugar: El lugar donde se llevará a cabo la reunión con Bomberos será en el

Lugar, forma y | área de emplazamiento del Proyecto u otro lugar según lo acordad con

oportunidad de | cuerpo de bomberos.

implementación Forma: Según lo acordado con bomberos. Oportunidad: Una vez, previo a la presentación a la recepción final del Edificio.

Indicador de | Acta de asistencia a reunión con bomberos.

cumplimiento Recepción final del proyecto por parte de la DOM de Ñuñoa.

Referencia al ICE Capítulo 10.1.9 del ICE.

9.1.10. Compromiso ambiental voluntario 10: Hito cultural.

Impacto asociado

Afectación al patrimonio cultural.

Fase en que aplica

Construcción.

Objetivo: Implementar un hito cultural en un punto estratégico (acceso) de la comuna de Ñuñoa.

Descripción: Implementar un hito cultural en el bandejón central de Avenida Marathon, específicamente en la intersección con Rodrigo Araya (ver Master Plan, Anexo 02. Planos de la Adenda Complementaria), el cual será ejecutado en coordinación con la lustre Municipalidad de Ñuñoa. Justificación: Relacionar favorablemente el proyecto con la línea estratégica “Nuñoa comuna cultural”.

Objetivo, descripción y justificación

Lugar, forma y oportunidad de

implementación

Lugar: Bandejón central de Avenida Marathon entre Rodrigo de Araya y Zañartu, específicamente en la intersección con Rodrigo Araya (ver Master Plan, Anexo 02. Planos de la Adenda Complementaria).

Forma: Según lo acordado en reunión del 04 de diciembre de 2020, este Hito será ejecutado en coordinación con la Ilustre Municipalidad de Ñuñoa. Oportunidad: En una sola oportunidad, cuando se ejecuten las “Obras Exteriores”, ver Carta Gantt, Figura N%13 de la DIA.

Indicador cumplimiento

de

Registro fotográfico de la implementación de compromiso.

Referencia al ICE

Capítulo 10.1.10 del ICE.

9:1.11. Compromiso ambiental voluntario 11: Pavimentación y accesibilidad univérsal (etapa 1 del

master plan) Impacto asociado No aplica. Fase en que aplica Construcción.

Objetivo: Implementar pavimentos y ruta de accesibilidad universal en la comuna de Ñuñoa.

Descripción: Implementar pavimentos y ruta de accesibilidad universal en el bandejón central de Avenida Marathon entre Rodrigo de Araya y Zañartu,

Objetivo, específicamente en la Etapa 1 del Master Plan (ver Anexo 02. Planos de la descripción y | Adenda Complementaria). La materialidad de dichos pavimentos responde justificación a: baldosas y asfalto slurry. Además, se considera la ejecución de 2 rodados a ejecutar en la Etapa 1 del Master Plan (ver Anexo 02. Planos de la Adenda Complementaria). Justificación: Relacionar favorablemente el proyecto con la línea estratégica Nuñoa una ciudad con calidad de vida”. Lugar: Bandejón central de Avenida Marathon entre Rodrigo de Araya y Lugar, forma y| Zañartu, específicamente en la Etapa 1 del Master Plan (ver Anexo 02. oportunidad de | Planos de la Adenda Complementaria). implementación Forma; Según lo indicado en el Master Plan (ver Anexo 02. Planos de la Adenda Complementaria). Oportunidad: En una sola oportunidad, cuando se ejecuten las “Obras Exteriores”, ver Carta Gantt, Figura N*%13 de la DIA Indicador de | Registro fotográfico de la implementación de compromiso.

cumplimiento

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| Referencia al ICE

| Capítulo 10.1.11 del ICE.

-9.1.12 Compromiso ambiental voluntario 12: Reposición de equipamiento urbano (etapa 1 del

Master plan). o Impacto asociado No aplica. Fase en que aplica Construcción.

Objetivo: Reponer el equipamiento urbano en la comuna de Ñuñoa. Descripción: Reponer el equipamiento urbano (8 bancas y 5 basureros) en el bandejón central de Avenida Marathon., específicamente en la Etapa 1 del Master Plan (ver Anexo 02. Planos de la Adenda Complementaria).

Objetivo, Justificación: Relacionar favorablemente el proyecto con la línea estratégica descripción y | “Nuñoa una ciudad con calidad de vida” justificación Lugar: Bandejón central de Avenida Marathon entre Rodrigo de Araya y Lugar, forma y. | Zañartu, especificamente en la Etapa 1 del Master Plan (ver Anexo 02. oportunidad de | Planos de la Adenda Complementaria). implementación Forma: Según lo indicado en el Master Plan (ver Anexo 02. Planos de la Adenda Complementaria). Oportunidad: En una sola oportunidad, cuando se ejecuten las “Obras Exteriores”, ver Carta Gantt, Figura N*13 de la DIA. Indicador de | Registro fotográfico de la implementación de compromiso. cumplimiento Referencia al ICE Capítulo 10.1.12 del ICE.

9.1.13. Compromiso ambiental voluntario 13: Áreas verdes (etapa 1 del master plan)

Impacto asociado

No aplica.

Fase en que aplica

Construcción,

Objetivo: Implementar áreas verdes de bajo consumo hídrico en la comuna de Ñuñoa.

Descripción: Incorporar a las áreas verdes del bandejón central de Avenida Marathon. 7 unidades de Quillaja Saponaria (Quillay), los cuales tendrán

Objetivo, una altura mínima de 3 metros al momento de ser plantada. descripción y | Justificación: Relacionar favorablemente el proyecto con la línea estratégica justificación “Nuñoa y el medio ambiente, una relación de respeto”. Lugar: Bandejón central de Avenida Marathon entre Rodrigo de Araya y Lugar, forma y Zañartu, específicamente en la Etapa 1 del Master Plan (ver Anexo 02. oportunidad de | Planos de la Adenda Complementaria). implementación Forma: Según lo indicado en el Master Plan (ver Anexo 02. Planos de la Adenda Complementaria). Oportunidad: En una sola oportunidad, cuando se ejecuten las “Obras Exteriores”, ver Carta Gantt, Figura N*13 de la DIA. Indicador de | Registro fotográfico de la implementación de compromiso. cumplimiento Referencia al ICE Capitulo 10.1.13 del ICE.

9.1.14. Compromiso ambiental voluntario 14: Petzone (etapa 1 del master plan)

Impacto asociado

No aplica.

Fase en que aplica

Construcción.

Objetivo: Incorporar una Petzone en la comuna de Ñuñoa.

Descripción: Incorporar al bandejón central de Avenida Marathon una Petzone, zona exclusiva y delimitada para que los animales domésticos puedan jugar mientras son cuidados por sus dueños. Además, considerará

Objetivo, dos bebederos con opción para animales. descripción y | Justificación: Relacionar favorablemente el proyecto con la línea estratégica justificación “Nuñoa y el medio ambiente, una relación de respeto”.

Lugar: Bandejón central de Avenida Marathon entre Rodrigo de Araya y

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Lugar, forma y oportunidad de

Zañartu, específicamente en la Etapa 1 del Master Plan (ver Anexo 02. Planos de la Adenda Complementaria).

implementación Forma: Según lo indicado en el Master Plan (ver Anexo 02. Planos de la Adenda Complementaria). Oportunidad: En una sola oportunidad, cuando se ejecuten las “Obras Exteriores”, ver Carta Gantt, Figura N“13 de la DIA.

indicador de | Registro fotográfico de la implementación de compromiso.

cumplimiento

Referencia al ICE Capítulo 10,1.14 del ICE.

9-1.15. Compromiso ambiental voluntario 15: Luminarias públicas (etapa 1 del master plan)

Impacto asociado

No aplica.

Fase en que aplica

Construcción.

Objetivo, descripción y justificación

Objetivo: Instalar nueva luminaria con focos LED en la comuna de Ñuñoa. Descripción: Incorporar al bandejón central de Avenida Marathon 10 luminarias con focos LED (RALED).

Justificación: Relacionar favorablemente el proyecto con la línea estratégica “Nuñoa y el medio ambiente, una relación de respeto” y “Ñuñoa con toda seguridad”

Lugar: Bandejón central de Avenida Marathon entre Rodrigo de Araya y

Lugar, forma y | Zañartu, específicamente en la Etapa 1 del Master Plan (ver Anexo 02.

oportunidad de | Planos de la Adenda Complementaria).

implementación Forma: Según lo indicado en el Master Plan (ver Anexo 02. Planos de la Adenda Complementaria). Oportunidad: En una sola oportunidad, cuando se ejecuten las “Obras Exteriores”, ver Carta Gantt, Figura N*13 de la DIA.

Indicador de | Registro fotográfico de la implementación de compromiso.

cumplimiento

Referencia al ICE

Capítulo 10.1.15 del ICE.

  1. Que, las medidas relevantes del Plan de Prevención de Contingencias y del Plan de Emergencias, son las siguientes:

10.1Riesgo 1: Sismos:

Fase del Proyecto a la que aplica

Fase de construcción y operación.

Emplazamiento, parte, obra o acción

Construcción: Instalación de faenas.

asociada Operación: Viviendas y otras instalaciones, salas de basura. Dado que este tipo de situaciones no se pueden prevenir, se considerará para ambas fases lo siguiente:

Acciones o medidas a implementar > Mantener limpias y ordenadas las áreas de trabajo.

para prevenir la contingencia > Mantener limpias y ordenadas las vías de

circulación,

Mantener despejadas las salidas de emergencia para facilitar posibles evacuaciones.

Forma de control y seguimiento

Registro de despeje de vías de trabajo, circulación, salidas de emergencia.

Acciones o medida a implementar para controlar la emergencia

Las medidas en caso de sismos son las siguientes: Fase de construcción:

El Jefe de Emergencia debe coordinar la ejecución de los procedimientos establecidos, mantener la calma y transmitirla para no generar histeria colectiva. El Jefe de Emergencia de Incendio es el encargado de coordinar, en conjunto con la Brigada de Control de Incendio el corte del suministro eléctrico, agua y gas. Verificar que en la obra a producto del sismo no se produjera indicio de fuego.

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El Jefe de Emergencia es el encargado de coordinar, en conjunto con la brigada correspondiente, la evacuación en forma segura de los trabajadores a las zonas de seguridad identificadas o sectores donde se encuentren libres de objetos que puedan caer desde altura. El Jefe de Emergencia es el encargado de verificar, en conjunto con la Brigada de Primeros Auxilios, que no existan lesionados por la emergencia ocurrida, si hay personas lesionadas brindarle las atenciones de primeros auxilio, evaluar su estado de salud y derivar a servicio de urgencia si fuese necesario, Responsabilidad de los trabajadores: - Mantener la calma. - Abandonar inmediatamente lo que se esté haciendo. - Retirarse de las zonas que involucren riesgos. - Dirigirse a la zona de seguridad. Bajo ninguna circunstancia, podrán los encargados de prevención de riesgo por propia iniciativa, instruir o sugerir el reingreso del personal en obra a los lugares de trabajo, sin el informe explícito de ausencia de riesgo, emanada por parte del encargado responsable de bomberos, de Salud y/o profesional competente encargado de la situación de estabilidad estructural. Fase de operación: Mantener la calma. Abandonar inmediatamente haciendo. Retirarse de las zonas que involucren riesgos. -_ Dirigirse a la zona de seguridad.

lo que se esté

Oportunidad y vías de comunicación a la SMA de la activación del Plan de Emergencia

En un plazo no superior a 48 horas de ocurrido el evento, el encargado de obra del proyecto presentará a la Autoridad Ambiental (Superintendencia del Medio Ambiente, SEREMI del Medio Ambiente, Dirección de Emergencias y Dirección de Protección Ciudadana de la Municipalidad) y a los organismos con competencia en la materia, una ficha que informe de la emergencia ocurrida, la cual tendrá el formato del capítulo 10 del Plan de Prevención de Contingencias y Emergencias Corregido, Anexo 05 de la Adenda.

del que

Referencia a documentos expediente de evaluación contenga la descripción detallada

Anexo N* 05 de la Adenda,

Referencia al ICE

Capitulo 7.1.1 del ICE.

10.2 Riesgo 2: Incendio.

Fase del Proyecto a la que aplica

Fase de construcción y operación.

Emplazamiento, parte, obra o acción asociada

Construcción: Instalación de faenas. Operación: Viviendas y otras instalaciones, salas de basura.

Acciones o medidas a implementar para prevenir la contingencia

El Plan de Contingencias en caso de posibles incendios aplica para ambas fases del Proyecto, de tal forma, que las medidas de prevención son las siguientes: Fase de construcción:

Los contratistas dispondrán en las áreas de trabajos e instalación de faenas, los elementos básicos requeridos para combatir cualquier amago de fuego o incendio, según lo establecido por la

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normativa vigente en esta materia (extintores, mangueras, tambores con arena, etc.). Los cuales deben ser acordes con el tipo y la cantidad de los residuos peligrosos almacenados.

Contar equipos de seguridad para atención de emergencias. Se debe tener libre acceso a la calle y a las tomas de agua durante todo el tiempo que dure la construcción del Proyecto. Se deben colocar carteles claramente visibles con la ubicación del extintor de incendios más cercana. Además, se debe colocar el número de Teléfono de los Bomberos cerca de todos los aparatos de teléfono (132). En la instalación de faenas se construirán recintos especialmente habilitados para el almacenamiento de sustancias inflamables. Los materiales inflamables se mantendrán en forma ordenada y clasificada al interior del recinto. El prevencionista de riesgos realizará una inspección permanente, detectando posibles fallas en los procedimientos de manejo de estas sustancias. Prohibición de fumar en la obra y especialmente en sectores de acopio y/o almacenamiento transitorio de este tipo de residuos. El contratista constituirá una brigada adiestrada, la que se mantendrá operativa durante toda la construcción. Realizar una adecuada inspección por parte del ITO, poniendo énfasis en: - El equipo y la instalación eléctrica. - La provisión de líquidos y materiales inflamables. - Las zonas cercanas a donde se realizan las labores de soldaduras, especialmente si esta se realiza en lo alto. - Debajo y cerca de techos calientes. - Todos los lugares expuestos a las chispas o al calor. - Los compresores, los generadores de motor y otros equipos de combustión interno - Realizar capacitaciones a trabajadores en el uso de extintores. Fase de operación: Mantener despejadas las salidas de emergencia para facilitar posibles evacuaciones. Los extintores de incendios deben estar claramente visibles. Además, se debe colocar el número de Teléfono de los Bomberos cerca de todos los aparatos de teléfono (132)

Forma de control y seguimiento

Registro de la correcta materialización de las medidas propuestas.

Acciones o medida a implementar para controlar la emergencia

El Plan de Emergencias en caso de incendios aplica para ambas fases del Proyecto, de tal forma, que las medidas en caso de incendios son las siguientes: Fase de construcción:

Al detectar el fuego, si no es posible apagarlo con un extintor se deberá comunicar inmediatamente a los supervisores de obra, quién coordinará con el profesional de prevención de riesgo la llegada de equipos de emergencia. Al declararse incendio se deberá abandonar los frentes de trabajo que sean afectados y el personal

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deberá dirigirse al Punto de Encuentro de Emergencia definido en cada faena de trabajo.

El jefe de Terreno y el Prevencionista de riesgo coordinarán y darán aviso de evacuación al personal.

Llegando el personal a los puntos de emergencia de las instalaciones de faena, deberán identificar a su capataz y supervisor.

El supervisor y capataz debe verificar que este todo su personal a salvo.

El jefe de Terreno dará la señal de retorno al lugar a los trabajadores.

Al declararse fuego en oficinas, instalaciones o en cualquier lugar cerrado se deberá evacuar el área y no se podrá regresar en busca de objetos ni documentos olvidados hasta que sea autorizado por el Prevencionista de Riesgos. Bajo ninguna circunstancia, podrán los encargados de prevención de riesgo por propia iniciativa, instruir o sugerir el reingreso del personal en obra a los lugares de trabajo, sin el informe explícito de ausencia de riesgo, emanada por parte del encargado responsable de bomberos, de Salud y/o profesional competente encargado de la situación de estabilidad estructural.

Fase de operación:

Se activará la alarma de incendio.

Sino es posible controlar la situación se dará aviso inmediato a Bomberos (132) y se evacuará a los trabajadores y propietarios hacia las zonas de seguridad.

Se inspeccionará el área verificando la presencia de heridos. Sl este fuera el caso se trasladará de inmediato hasta un centro asistencial,

Se deberá investigar las causas del siniestro.

Sólo podrán reactivarse las actividades una vez que el siniestro este controlado.

Oportunidad y vías de comunicación a la SMA de la activación del Plan de Emergencia

En un plazo no superior a 48 horas de ocurrido el evento, el encargado de obra del proyecto presentará a la Autoridad Ambiental (Superintendencia del Medio Ambiente, SEREMI del Medio Ambiente, Dirección de Emergencias y Dirección de Protección Ciudadana de la Municipalidad) y a los organismos con competencia en la materia, una ficha que informe de la emergencia ocurrida, la cual tendrá el formato del capítulo 10 del Plan de Prevención de Contingencias y Emergencias Corregido, Anexo 05 de la Adenda.

Referencia a documentos del

expediente de evaluación que | Anexo N? 05 de la Adenda. contenga la descripción detallada

Referencia al ICE Capítulo 7.1.2 del ICE.

10.5 Riesgo 3: Accidentes durante el transporte de sustancias peligrosas y/o residuos peligrosos o.

combustibles.

Fase del Proyecto a la que aplica

Fase de construcción.

Emplazamiento, parte, obra o acción asociada

Flujo vehicular FC.

El Plan de Contingencias de accidentes de transporte de sustancias o residuos peligrosos aplica sólo para la fase de construcción del Proyecto, debido a que, en esta fase es

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Acciones o medidas a implementar para prevenir la contingencia

esencial el tránsito de vehículos para el transporte de material de trabajo, sustancias peligrosas y residuos inertes y peligrosos, entre otros. Por lo que, durante esta fase se deben aplicar las siguientes medidas preventivas:

El Contratista implementará un procedimiento formal para enfrentar accidentes de tránsito que permitan atender la emergencia en forma oportuna, el cual permanecerá al interior de cada vehículo de carga.

El personal a contratar para manejar los camiones será personal calificado, con licencia de conducir al día. Se les exigirá licencia según lo señalado en la Ley de Tránsito (N* 18.290).

Los conductores de los vehículos de transporte contarán con capacitación en el manejo y manipulación de las sustancias que transportan, así como en procedimientos de primeros auxilios y control de eventuales derrames (incluye la instrucción de los procedimientos asociados al manejo de sustancias peligrosas).

El transporte de sustancias peligrosas contará con las Hojas de Seguridad respectivas, que contendrán entre otros datos, las características de las sustancias, sus riesgos y los procedimientos de emergencia que deberán activarse en caso de declaración del riesgo.

Se dispondrá señalización especial en los lugares de acceso a los frentes de trabajos.

Para ello se utilizarán señales; barreras; luces intermitentes eléctricas; y cilindros delineadores. El peso de los camiones cargados con equipos o materiales no deberá exceder los máximos permitidos de acuerdo a las rutas/puentes que se estén utilizando. En caso contrario, se obtendrán los permisos correspondientes de la Dirección de Vialidad en cada caso.

El transporte de líquidos que se puedan requerir en la faena se regirá por las disposiciones de la legislación vigente.

El transportista o conductor poseerá la licencia adecuada, en conjunto a la capacitación necesaria para responder en caso de accidentes, con derrame de las sustancias transportadas.

Forma de control y seguimiento

Registro de transportista autorizado para el transporte de este tipo de materiales.

Acciones o medida a implementar para controlar la emergencia

El Plan de Emergencias relacionado al uso de equipos y maquinaria pesada aplica sólo para la fase de construcción del Proyecto, en esta etapa se deberán implementar las siguientes medidas en caso de accidente:

VVvvY

Se informará al jefe de terreno del accidente,

Se dimensionará la emergencia

Se clasificará el evento (leve, serio, grave).

Se activará el Plan de Comunicaciones si la situación lo amerita con Ambulancia (131), Bomberos (132) y Carabineros (133), informando acerca de la ocurrencia del accidente, la gravedad de éste y la identificación de las personas y vehículos involucrados.

Se demarcará el área afectada, prohibiendo el ingreso a la zona del accidente.

Se inspeccionará, por parte del personal calificado, el área verificando la presencia de heridos. Si este

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fuera el caso se trasladará de inmediato hasta un centro asistencial.

Una vez controlada la situación, se procederá a restaurar la vialidad disponiendo equipos y maquinaria para ayudar a despejar la ruta en el más breve plazo (una vez que la autoridad responsable lo autorice).

Se dará aviso oportuno a las compañías de seguros involucradas.

Se entregará información encargados en la empresa.

Se registrará e informará el accidente en un formulario previamente definido.

oportuna a los

Oportunidad y vías de comunicación a la SMA de la activación del Plan de Emergencia

En un plazo no superior a 48 horas de ocurrido el evento, el encargado de obra del proyecto presentará a la Autoridad Ambiental (Superintendencia del Medio Ambiente, SEREMI del Medio Ambiente, Dirección de Emergencias y Dirección de Protección Ciudadana de la Municipalidad) y a los organismos con competencia en la materia, una ficha que informe de la emergencia ocurrida, la cual tendrá el formato del capítulo 10 del Plan de Prevención de Contingencias y Emergencias Corregido, Anexo 05 de la Adenda.

Referencia a documentos del

expediente de evaluación que | Anexo N* 05 de la Adenda. contenga la descripción detallada

Referencia al ICE Capítulo 7.1.3 del ICE.

10.4 Riesgo 4: Afloramiento de aguas subterráneas.

Fase del Proyecto a la que aplica

Fase de construcción.

Emplazamiento, parte, obra o acción asociada

Excavaciones.

Acciones o medidas a implementar para prevenir la contingencia

El Plan de Contingencias en caso de afloramiento de aguas durante la Fase de Construcción, contempla:

Mantener en sitio los planos o informes de estudio de suelo donde indiquen las profundidades de las napas subterráneas de toda el área de influencia del Proyecto.

Capacitar a los operadores de equipos pesados (retroexcavadoras o excavadoras y pilotera de impacto) según el área a realizar las respectivas excavaciones la profundidad máxima que se debe excavar para evitar el afloramiento de agua.

Mantener en el sitio bombas de extracción de agua en buen estado de funcionamiento, para el caso de que exista la presencia de afloramiento se puede controlar lo más rápido posible.

Durante las actividades de construcción según las profundidades a trabajar se deberá implementar control de los taludes que generen según los estudios de mecánica de suelo pertinentes al Proyecto,

Forma de control o seguimiento

Registro de las acciones realizadas para evitar la situación de riesgo.

En caso de afloramiento de aguas, el Titular y/o sus Contratistas deben tener presente dar aviso inmediato a la Superintendencia del Medio Ambiente, en un plazo menor a 24 h, acerca de la ocurrencia de afloramiento de agua, señalando las medidas que ha aplicado hasta ese

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Acciones o medida a implementar para controlar la emergencia

momento. A continuación, y de manera preliminar, se

deberá proceder considerando las siguientes actividades:

i. Verificar la calidad del agua mediante toma de muestras a través de laboratorio acreditado, que asegure que la calidad de las aguas a ser gestionadas (dispuestas), es de similar calidad natural a la de las aguas de la fuente donde corresponda su disposición final.

ii. Efectuar pruebas hidráulicas para determinar los

volúmenes y caudales de agua comprometidos, a fin de

que esto además le permita al Titular diseñar las medidas para el control de la estabilidad de los taludes en el sector del afloramiento.

Enviar de inmediato los resultados de los análisis

químicos y pruebas hidráulicas a la SMA, en un

Informe que detalle los hechos. A su vez se solicita al

Titular que acompañe imágenes fotográficas (con

fecha) y que describa los procedimientos seguidos y el

análisis y discusión de los resultados respecto de la

calidad (parámetros de la NCh 409), volúmenes y

caudales, así como las respectivas conclusiones y

recomendaciones para la gestión de dichas aguas

(disposición final).

Iv. Una vez comprobada la naturaleza de la situación acaecida, mediante los ensayos y mediciones solicitados, se analizará la medida de gestión definitiva en conjunto con la Autoridad.

v. El Titular deberá informar el resultado de las acciones implementadas, comunicando la fecha cierta en que se pudo controlar el afloramiento, en un plazo menor a 24 h.

vi. Si el afloramiento de aguas responde a un escenario permanente, el Titular deberá incurrir en los estudios suficientes y necesarios que permitan determinar la posibilidad de alcanzar una solución definitiva, o bien determinar si responde a un cambio sustantivo de las variables evaluadas, sobre las cuales fueron establecidas las condiciones o medidas ambientales.

iii.

Oportunidad y vías de comunicación a la SMA de la activación del Plan de Emergencia

En un plazo no superior a 48 horas de ocurrido el evento, el encargado de obra del proyecto presentará a la Autoridad Ambiental (Superintendencia del Medio Ambiente, SEREMI del Medio Ambiente, Dirección de Emergencias y Dirección de Protección Ciudadana de la Municipalidad) y a los organismos con competencia en la materia, una ficha que informe de la emergencia ocurrida, la cual tendrá el formato del capítulo 10 del Plan de Prevención de Contingencias y Emergencias Corregido, Anexo 05 de la Adenda.

Referencia a documentos del

expediente de evaluación que| Anexo 05 de la Adenda. contenga la descripción detallada

Referencia al ICE Capítulo 7.1.4 del ICE.

10.5 Riesgo'5: Derrame de sustancias peligrosas:

Fase del Proyecto a la que aplica

Construcción.

Emplazamiento, parte, obra o acción asociada

Bodega de sustancias peligrosas.

Acciones o medidas a implementar

El Plan de Contingencias relacionado a derrames de sustancias peligrosas sólo aplica para la fase de construcción del Proyecto, debido a que, la naturaleza de

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para prevenir la contingencia

este Proyecto no contempla el uso de sustancias peligrosas y generación de residuos peligrosos durante la fase de operación. A continuación, se describen las medidas de prevención asociadas al almacenamiento y manipulación de sustancias peligrosas:

Se capacitará al personal que manipule y almacene este tipo de sustancias, en las instalaciones de faenas. Se dispondrá de un área especial de almacenamiento para estos materiales al interior de la instalación de faenas, la cual estará debidamente señalizada y acondicionada según lo dispuesto por la normativa vigente. Los recintos de acopio de estas sustancias peligrosas contarán con las Hojas de Seguridad respectivas, que contendrán entre otros datos, las características de las sustancias y residuos, sus riesgos y los procedimientos de emergencia que deberán activarse en caso de declaración del riesgo. Se dispondrá en esta área de elementos que permitan la contención de derrames de mediana magnitud. Cabe indicar que, para el funcionamiento de la maquinaria y vehículos motorizados a utilizar en la construcción de obras, se realizará la recarga en las bencineras más cercanas al emplazamiento del Proyecto, por lo que, no se realizará recarga de combustible en obra.

Forma de control y seguimiento

Registro en faena del correcto almacenamiento de sustancias y peligrosas.

Acciones o medida a implementar para controlar la emergencia

Limitar la cantidad de materiales nuevos y peligrosos para minimizar el riesgo y alcance de los derrames.

Almacenar los materiales bajo techo y alejados de puertas y drenajes para evitar descargas accidentales al medio ambiente.

Al trasladar o distribuir materiales, manejarlos correctamente para prevenir derrames.

Usar recipientes dobles para el transporte de materiales.

Realizar capacitación a trabajadores en el uso, manejo y almacenaje de sustancias peligrosas. En caso de ocurrencia de accidente que comprometa los recursos hídricos superficiales y/o subterráneos, se informará antes de 24 horas, a la Superintendencia del Medio Ambiente, indicando lo siguiente: 1. Descripción del accidente, indicando lugar, identificación de la sustancia, área de influencia, duración y magnitud del evento y principales impactos ambientales. ii. Detalles de cada acción y medida de mitigación utilizadas durante el evento de contaminación. iii, Evaluación de los efectos sobre los recursos hídricos superficiales y/o subterráneos afectados y su medio ambiente asociado y resultados de los monitoreos inmediatos en el área de influencia. iv. En caso de ser necesario, un Programa de Medidas de Descontaminación de la zona, metodología, y evaluación de la efectividad de las medidas, para ser aprobado por la Autoridad. (sólo en caso de accidentes).

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Bajo ninguna circunstancia, podrán los encargados de prevención de riesgo por propia iniciativa, instruir o sugerir el reingreso del personal en obra a los lugares de trabajo, sin el informe explícito de ausencia de riesgo, emanada por parte del encargado responsable de bomberos, de Salud y/o profesional competente encargado de la situación de estabilidad estructural

Oportunidad y vías de comunicación a | En un plazo no superior a 48 horas de ocurrido el evento, la SMA de la activación del Plan de | el encargado de obra del proyecto presentará a la Emergencia Autoridad Ambiental (Superintendencia del Medio Ambiente, SEREMI del Medio Ambiente, Dirección de Emergencias y Dirección de Protección Ciudadana de la Municipalidad) y a los organismos con competencia en la materia, una ficha que informe de la emergencia ocurrida, la cual tendrá el formato del capítulo 10 del Plan de Prevención de Contingencias y Emergencias Corregido, Anexo 05 de la Adenda.

Referencia a documentos del expediente de evaluación que | Anexo 05 de la Adenda. contenga la descripción detallada

Referencia al ICE Capítulo 7.1.5 del ICE.

  1. Que, el Titular deberá remitir a la Superintendencia del Medio Ambiente la información respecto de las condiciones, compromisos o medidas, ya sea por medio de monitoreos, mediciones, reportes, análisis, informes de emisiones, estudios, auditorías, cumplimiento de metas o plazos, y en general cualquier otra información destinada al seguimiento ambiental del Proyecto, según las obligaciones establecidas en la presente Resolución de Calificación Ambiental y las Resoluciones Exentas que al respecto dicte la Superintendencia del Medio Ambiente. De igual forma, y a objeto de conformar el Sistema Nacional de Información de Fiscalización Ambiental (SNIFA), el Registro Público de Resoluciones de Calificación Ambiental y registrar los domicilios de los sujetos sometidos a su fiscalización en conformidad con la ley, el Titular deberá remitir en tiempo y forma

toda aquella información que sea requerida por la Superintendencia del Medio Ambiente a través de las Resoluciones Exentas que al respecto ésta dicte.

  1. Que, el Titular deberá informar a la Superintendencia del Medio Ambiente la realización de la gestión, acto o faena mínima que da cuenta del inicio de la ejecución de obras, a que se refiere el Considerando 4.1 de la presente Resolución.

  2. Que, con el objeto de dar adecuado seguimiento a la ejecución del Proyecto, el Titular deberá informar a la Superintendencia del Medio Ambiente, al menos con una semana de anticipación, el inicio de cada una de las fases del Proyecto, de acuerdo a lo indicado en la descripción del mismo.

  3. Que, la Superintendencia del Medio Ambiente, de oficio o a petición de parte o de algún organismo sectorial, podrá aprobar, modificar o complementar el contenido del plan de seguimiento de las variables ambientales y, en general, cualquier otro mecanismo establecido en la respectiva resolución de calificación ambiental que tenga dicho objeto, con el fin de asegurar, en el transcurso

del tiempo, que el seguimiento de las variables ambientales cumpla con su objetivo de forma eficiente y eficaz

  1. Que, para que el proyecto “Edificio Rodrigo de Araya” pueda ejecutarse, deberá cumplir con todas las normas vigentes que le sean aplicables.

  2. Que, el Titular deberá informar inmediatamente a la Secretaría de la Comisión de Evaluación de la Región Metropolitana y a la Superintendencia del Medio Ambiente, la ocurrencia de impactos

ambientales no previstos en la DIA, asumiendo inmediatamente las acciones necesarias para abordarlos.

  1. Que, el Titular del Proyecto deberá comunicar inmediatamente y por escrito a la Dirección Regional del SEA Región Metropolitana la ocurrencia de cambios de titularidad, representante

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legal, domicilio y correo electrónico, de acuerdo a lo establecido en el inciso tercero del artículo 162 y artículo 163, ambos del Reglamento del SEIA,

  1. Que, se hace presente al Titular que cualquier modificación al Proyecto que constituya un cambio de consideración, en los términos definidos en el artículo 2 letra g) del Reglamento del SEIA, deberá someterse al SEIA.

  2. Que, todas las medidas, condiciones, exigencias y disposiciones establecidas en la presente Resolución son de responsabilidad del Titular, sean implementadas por éste directamente o a través de un tercero.

RESUELVO:

  1. Calificar favorablemente la Declaración de Impacto Ambiental del proyecto “Edificio Rodrigo de Araya”.

22, Certificar que el proyecto “Edificio Rodrigo de Araya” cumple con la normativa de carácter ambiental aplicable.

3", Certificar que el proyecto “Edificio Rodrigo de Araya” cumple con los requisitos de carácter ambiental contenidos en los permisos ambientales sectoriales que se señalan en los artículos 140 y 142 del D.S. N* 40/2012 del Ministerio del Medio Ambiente, Reglamento del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental.

4%, Certificar que el proyecto “Edificio Rodrigo de Araya” no genera los efectos, características o circunstancias del artículo 11 de la Ley N? 19.300, que dan origen a la necesidad de elaborar un Estudio de Impacto Ambiental.

5”. Definir como gestión, acto o faena mínima del Proyecto, para dar cuenta del inicio de su ejecución de modo sistemático y permanente, a los mencionados en el considerando 4.1 del presente acto.

6”. Hacer presente que contra esta Resolución es procedente el recurso de reclamación de acuerdo a lo dispuesto en el artículo 20 de la Ley N* 19.300, ante el Director/a Ejecutivo del Servicio de Evaluación Ambiental. El plazo para interponer este recurso es de treinta días contados desde la notificación del presente acto.

Notifíquese y Archívese

Íz ES Ne. a

iidelka Vrsalovic Melo al/Servició de Evaluación Ambiental ADA eel e

ária Comisión de Evaluación

50

AVM/AFA/MRS/CRV

Distribución:

Raimundo Cruzat Correa, representante legal Inmobiliaria Isabel SpA Superintendencia del Medio Ambiente

Consejo de Monumentos Nacionales

Superintendencia de Servicios Sanitarios

DGA, Región Metropolitana de Santiago

DOH, Región Metropolitana de Santiago

SEREMI de Bienes Nacionales, Región Metropolitana de Santiago SEREMI de Desarrollo Social y Familia, Región Metropolitana de Santiago SEREMI de Salud, Región Metropolitana de Santiago

SEREMI de Transportes y Telecomunicaciones, Región Metropolitana de Santiago SEREMI de Vivienda y Urbanismo, Región Metropolitana de Santiago SEREMI Medio Ambiente, Región Metropolitana de Santiago

SEREMI MOP Región Metropolitana de Santiago

Servicio de Vivienda y Urbanización SERVIU, RM

Gobierno Regional, Región Metropolitana

Ilustre Municipalidad de Ñuñoa

Hustre Municipalidad de Macul

CC: Oficina de Partes

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[OCR parcial: primeras 25 y últimas 15 páginas de 52]