Parque Solar Fotovoltaico San Francisco
Califica Ambientalmente el proyecto “Parque Solar Fotovoltaico San Francisco”.
Resolución Exenta N° 31.
Copiapó, 04 de marzo de 2021.
VISTOS:
1°. La Declaración de Impacto Ambiental (DIA), su Adenda de 13 de noviembre de 2020 y su Adenda Complementaria de 15 de enero de 2021, del proyecto “Parque Solar Fotovoltaico San Francisco”, presentado por San Francisco SpA con fecha 22 de mayo de 2020.
2°. Los pronunciamientos y observaciones de los órganos de la administración del Estado que, sobre la base de sus facultades legales y atribuciones, participaron en la evaluación de la DIA, y que se detallan en el Capítulo 3 del Informe Consolidado de Evaluación (ICE) de la DIA del proyecto “Parque Solar Fotovoltaico San Francisco”.
3°. El Acta de Evaluación N° 01/2021 de 10 de febrero de 2021, del Comité Técnico de la Región de Atacama.
4°. El ICE de la DIA del proyecto “Parque Solar Fotovoltaico San Francisco” de 10 de febrero de 2021.
5°. El acuerdo adoptado en la sesión del 18 de febrero de 2021 de la Comisión de Evaluación de la Región de Atacama.
6°. Los demás antecedentes que constan en el expediente de evaluación de impacto ambiental de la DIA del proyecto “Parque Solar Fotovoltaico San Francisco”.
7°. Lo dispuesto en la Ley Nº 19.300, Sobre Bases Generales del Medio Ambiente; el D.S. Nº 40, de 2012, del Ministerio del Medio Ambiente, Reglamento del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental (Reglamento del SEIA); la Ley N° 19.880, que Establece Bases de los Procedimientos Administrativos que Rigen los Actos de los Órganos de la Administración del Estado; la Ley N° 18.575, Ley Orgánica Constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado; la Resolución Exenta RA 119046/376/2019 del 17 de diciembre de 2019, de la Dirección Ejecutiva del Servicio de Evaluación Ambiental, que nombra a doña Verónica Ossandón Pizarro como Directora Regional y la Resolución Nº 7, de 2019, de la Contraloría General de la República.
1°. Que, San Francisco SpA (en adelante, el Titular), ha sometido al Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental (SEIA) la DIA del proyecto “Parque Solar Fotovoltaico San Francisco” (en adelante, el Proyecto). Los antecedentes del Titular son los siguientes:
Nombre o razón social San Francisco SpA. Rut 77.096.942-5 Domicilio Cerro El Plomo 5630 Piso 14 Of 1401A, Las Condes, Santiago. Teléfono 56232105200 Nombre representante legal Rodrigo Iván Cienfuegos Pinto Rut representante legal 7.024.826-3 Domicilio representante legal Cerro El Plomo 5630, piso 14 Oficina 1401A, Las Condes, Santiago. Teléfono representante legal 56232105200 Correo electrónico Titular o representante legal rodrigo.cienfuegos@prime-energia.com
2°. Que, conforme se indica en el ICE de fecha 10 de febrero de 2021, la Directora del Servicio de Evaluación Ambiental Región de Atacama ha recomendado aprobar el Proyecto, por cuanto el proyecto cumple con la normativa de carácter ambiental aplicable identificada en la sección 8 del ICE; cumple con los requisitos de otorgamiento de carácter ambiental contenidos en los permisos ambientales sectoriales aplicables identificados en la sección 9 del mismo documento; no genera ni presenta los efectos, características o circunstancias del artículo 11 de la Ley N° 19.300, que dan origen a la necesidad de evaluar un Estudio de Impacto Ambiental; y el Titular subsanó los errores, omisiones e inexactitudes planteados en los Informes Consolidados de Solicitud de Aclaraciones, Rectificaciones y Ampliaciones.
3°. Que, en sesión de 18 de febrero de 2021, la Comisión de Evaluación de la Región de Atacama acordó calificar favorablemente el proyecto “Parque Solar Fotovoltaico San Francisco”, aprobando íntegramente el contenido del ICE de 10 de febrero de 2021, el que forma parte integrante de la presente Resolución. Por lo tanto, conforme a lo indicado en el artículo 60 inciso segundo del Reglamento del SEIA, se excluyen de la presente Resolución las consideraciones técnicas en que se fundamenta.
4°. Que, según lo señalado en la DIA y sus anexos, en su Adenda, y en su Adenda Complementaria, los cuales forman parte integrante de la presente Resolución, la descripción del Proyecto es la que a continuación se indica:
4.1. ANTECEDENTES GENERALES Objetivo general El objetivo es la generación de energía eléctrica a través de ERNC, para lo cual se instalará una Central Solar Fotovoltaica con una potencia instalada de 12,5 MWp. La energía generada será inyectada a la Red Distribuidora Local mediante su LMT. Tipología principal, así como las aplicables a sus partes, obras o acciones c.) Centrales generadoras de energía mayores a 3 MW. Vida útil El Proyecto tendrá una vida útil de 41 años, considerando la fase de construcción de 6 meses, fase de operación de 40 años y fase de cierre 6 meses. Monto de inversión USD $ 9.500.000 Gestión, acto o faena mínima que da cuenta del inicio de la ejecución El hito de inicio consistirá en la habilitación del área de la Instalación de Faenas, en específico la instalación del contenedor de la Oficina, la que incluye actividades de limpieza, despeje, nivelación del área de trabajo y montaje de las instalaciones temporales. Proyecto se desarrolla por etapas Si No
[X]
[X] Proyecto modifica otra(s) RCA Si No
[X]
4.2. UBICACIÓN DEL PROYECTO División político- administrativa El Proyecto se emplazará en la Región de Atacama, provincia y comuna de Copiapó.
Descripción de la localización La localización del Proyecto está relacionada directamente con la existencia de zonas que cuenten con una privilegiada exposición a la radiación solar, favorecida por una escasa nubosidad. Asimismo, como condición técnica, se requiere la existencia de instalaciones para la transmisión eléctrica, con capacidad disponible para inyectar la energía generada por el Proyecto. El sitio definido para el presente Proyecto reúne las condiciones señaladas previamente, lo que constituye la justificación de la localización escogida. Superficie La superficie a intervenir por el Proyecto será de 18,98 hectáreas, siendo la superficie de obras temporales y permanentes de 17,75 hectáreas, de acuerdo a lo indicado por el Titular en la Tabla 3 de la Adenda. Coordenadas UTM en Datum WGS84 En el punto 1.4.2.1 del Capítulo 1 de la DIA, se presentan las coordenadas de las obras del proyecto. En la Tabla 1 de la Adenda, y Anexo A de la Adenda (Anexo A.1 KMZ/PDF Caminos Proyecto, Anexo A.2 KMZ/PDF Ubicación georreferenciada postación LMT, Anexo A.3 Actualización archivos digitales kmz/shp layout, Anexo A.4 Planos planta y perfil). Anexo E Actualización archivos digitales kmz/shp de la Adenda Complementaria. Caminos de acceso El camino de acceso al Proyecto será desde la ciudad de Copiapó por la Ruta 31 Ch hasta el cruce (Paipote) – Tierra Amarilla - Paso Pircas Negra avanzando 7,5 Km, para luego tomar la ruta C-377 por 2.3 Km hasta el camino de acceso a la faena de Mantos Cobrizos por 200 metros para luego tomar el camino de acceso al Proyecto. Referencia al expediente de evaluación de los mapas, georreferenciación e información complementaria sobre la localización de sus partes, obras y acciones Anexo A de la Adenda (Anexo A.1 KMZ/PDF Caminos Proyecto, Anexo A.2 KMZ/PDF Ubicación georreferenciada postación LMT, Anexo A.3 Actualización archivos digitales kmz/shp layout, Anexo A.4 Planos planta y perfil). Anexo E Actualización archivos digitales kmz/shp.
4.3. PARTES, OBRAS Y ACCIONES QUE COMPONEN EL PROYECTO
4.3.1. FASE DE CONSTRUCCIÓN
Parte/obra
Instalación de Faena
Se habilitará una instalación de faenas para las actividades
constructivas y para el desmantelamiento del Proyecto. Las
instalaciones serán del tipo modular (desarmable y fácil de montar)
de apoyo. El área de instalación de faena comprenderá una
superficie de 3.499 m2, adaptada para esos fines. Cabe mencionar
que la superficie efectiva (construcciones) a utilizar por las obras
de la Instalación de Faenas será de 858 m2. La infraestructura
corresponde a:
- Caseta de guardia
Alrededor del área de emplazamiento de la Central se construirá un
vallado perimetral de una altura estimada de 2,2 m, el cual será
instalado a través de una inserción directa en el suelo. Además, el
acceso al parque solar se realizará a través de puertas dobles. Como
medida de seguridad adoptada, se instalarán señaléticas para
indicar la ubicación de las estructuras y riesgos asociados.
Acciones
Actividades previas asociadas
Previo al inicio de actividades de la fase de Construcción, se
realizarán las siguientes acciones:
- Perturbación controlada de fauna terrestre de baja movilidad
(reptiles).
- Charlas de inducción sobre prevención de atropellos y protección
de fauna, las cuales serán impartidas a todo el personal del
Proyecto.
- Medidas de protección ambiental durante la corta y descepado de
xerofíticas para la habilitación de franja LMT.
- Capacitación a los trabajadores respecto a la protección de flora y
fauna nativa existente en el área del Proyecto.
El acondicionamiento del terreno se realizará mediante la limpieza, despeje, nivelación del área de trabajo y montaje de las instalaciones temporales. Una vez nivelado el terreno se habilitará la instalación de faena del tipo modular, donde se destinarán diversos sectores para estacionamientos, bodega de residuos peligrosos, almacenamiento de materiales y equipos de construcción, así como también el patio de salvataje para clasificación y almacenamiento temporal de los residuos sólidos. Se instalarán baños químicos. En los frentes de trabajo existirán áreas de manejo de residuos en transición (contenedor simple, tapado). Habilitación de caminos Se habilitará un camino de acceso, así como caminos internos dentro de la Central y para la LMT. Para el camino de acceso se requerirá realizar actividades de escarpe, nivelación y compactación simple del terreno. La habilitación de caminos consiste en despejar y ensanchar la faja, nivelar y compactar la subrasante y aportar la base estabilizada, perfilarla y compactarla. Una vez descargado el material de la base estabilizada, éste debe ser extendido mediante motoniveladora y luego compactado por rodillo. Todo este ciclo considera suministro de agua mediante camiones aljibes, tanto para humectación como para compactación. El excedente de material que será removido por las actividades de escarpe será distribuido íntegramente en sectores a nivelar, siempre al interior de la zona de intervención. Por su parte, los caminos internos tendrán la misma metodología de construcción, y conectarán el acceso con todas las instalaciones del Proyecto. Frentes de Trabajo Los trabajos de construcción se realizarán a partir de frentes de trabajo, distribuidos en la zona del Proyecto, los que dependerán de los avances de las obras. Los frentes de trabajo constituyen sitios aledaños a los puntos de construcción, donde se disponen insumos básicos tales como extintor, botiquín, baño químico, elementos de protección personal, equipos y herramientas de uso diario. Habilitación de terrenos para obras permanentes La habilitación de terrenos consistirá en el escarpe y nivelación del terreno donde se emplazarán las estructuras de soporte y módulos fotovoltaicos. La habilitación de terreno incluirá el área definida para el emplazamiento de los Módulos. Los materiales, equipos y estructuras se transportarán mediante camiones. Hincado de estructuras y montaje de paneles
Una vez habilitado el terreno, se procederá al hincado de los
perfiles de las estructuras de soporte de los paneles fotovoltaicos.
Los perfiles que se utilizarán serán metálicos, del tipo galvanizado.
Una vez montada la estructura de soporte se procederá a la
instalación de los paneles fotovoltaicos, los que serán trasladados
con un camión con brazo hidráulico o una mini grúa hasta el sector
de instalación, y serán instalados manualmente.
Habilitación de centro de
transformación,
centro
de
control
y
estación
meteorológica
Los tres centros de transformación serán adquiridos como edificios
prefabricados, proporcionados directamente de fábrica, por lo que
su instalación en el parque consistirá en un emplazamiento sencillo
sobre el terreno nivelado, sobre plataformas de hormigón
previamente instaladas. El centro de control y la estación
meteorológica serán estructuras prefabricadas montadas sobre
radier de hormigón.
Conexiones
eléctricas
interiores
El sistema de cableado se conectará desde los paneles fotovoltaicos
hasta los Centros de Transformación, considera la conexión de los
paneles entre sí, utilizando su propia estructura (fila de módulos o
string) y agrupándose en series, en cajas de agrupamiento. Desde
cada final de la fila de módulos hasta la caja de agrupamiento y,
desde éstas al Centro de Transformación respectivo, la conexión se
hará a través de canalizaciones subterráneas. Una vez terminada la
En la Tabla 10 de la Adenda se especifican las acciones de control
de emisiones (junto con el lugar de aplicación, el % de eficiencia,
frecuencia de aplicación, forma de mantenimiento, medio
verificación, etc.) que se implementarán en la fase de construcción,
y en el punto 1.6.4 del Anexo E.1 de la Adenda, se presentan
medidas de control y que corresponden a las siguientes:
- Humectación camino acceso.
- Humectación camino interno.
- Los vehículos contarán con las revisiones técnicas al día.
- La mantención de la maquinaria se realizará de acuerdo con las
especificaciones del fabricante, en talleres mecánicos autorizados.
- El tránsito de vehículos se realizará a una velocidad no superior a
Ruido y vibraciones:
Durante la fase de construcción se utilizarán distintas maquinarias generadoras de ruido, a saber: retroexcavadora, motoniveladora, minicargador, hincadora, camión mixer, camión grúa, zanjadora, placa compactadora, camión hormigonero, camión tolva y generador. Las emisiones de ruido de cada maquinaria utilizada en las distintas etapas de la fase de construcción se presentan entre las Tablas 1.4- 13 hasta la Tabla 1.4-27 del Anexo E.2 de la Adenda. De acuerdo a la información proporcionada en dichas tablas, la maquinaría que emite mayores cantidades de ruido es la zanjadora con 109 dBA, asimismo, se considera el frente con mayor emisión sonora, el cual corresponde a “Conexiones eléctricas interiores en baja tensión y media tensión”, el cual presenta un nivel de potencia acústica de 114 [dB(A)]. Se considerá la medida de control que consiste en la implementación de barreras móviles sobre la maquinaria en las inmediaciones del punto R5. Estas barreras acústicas deberán fabricarse en base a las características detalladas en la ficha técnica presentada en la Tabla 1.6-1 del Anexo E.2 de la Adenda y Tabla 18 de la Adenda se presenta la ubicación de la barrera móvil. Durante la fase de construcción se utiliza como caso más crítico las vibraciones generadas por el rodillo vibratorio la que genera un nivel típico de 94 VdB de emisión.
Efluentes:
Se instalarán baños químicos en los frentes de trabajo móviles, por un periodo inferior a 6 meses, cuyas aguas servidas serán retiradas al menos 2 veces por semana por empresa que cuente con las autorizaciones sanitarias, de modo de asegurar su correcta mantención y el adecuado manejo de los residuos. Se mantendrá en faenas, los medios de verificación de retiro. Se utilizará un sistema de fosa séptica de capacidad de 20.000 litros que contará con dren de infiltración en el sector de Instalación de Faenas. Se estima una generación de 1.688 m3/fase. Los lodos serán retirados con una frecuencia de retiro de cada 2 meses, por una empresa autorizada por la autoridad sanitaria para su transporte y disposición final autorizado. Residuos, productos químicos y otras sustancias que puedan afectar el medio ambiente. Residuos Domésticos y asimilables a domésticos, se generarán 2.250 kg/mes, el cual será almacenado en un sitio transitorio, la frecuencia de retiro será 3 veces por semana, para luego ser llevados a un relleno sanitario autorizado por la SEREMI de Salud. Se mantendrá en faenas, los medios de verificación de retiro y disposición final de los residuos domiciliarios.
Residuos Industriales no peligrosos, se generarán 40.873 kg/mes, los que serán almacenados en una bodega de residuos no peligrosos, y serán llevados a disposición final autorizado. Se mantendrá en faenas, los medios de verificación de retiro y disposición final de los residuos.
Residuos peligrosos, se generarán 682 kg/mes, los cuales serán
almacenados en el sitio de almacenamiento temporal de residuos
peligrosos, con una frecuencia de retiro menor a 6 meses, por una
empresa autorizada y llevados a disposición final autorizado. Se
mantendrá en faenas, los medios de verificación de retiro y
disposición final de los residuos.
Referencia
al
ICE
para Tabla 4.2 y Tabla 4.6.1.1Partes y obras.
El Proyecto generará emisiones de material particulado y gases, en las concentraciones ton/fase que a continuación se indican: MP10 MP2,5 MPS CO NOx NH3 SOx 0,114 0,012 0,401 0,007 0,0015 0,150 0,000001
Ruido: Las fuentes emisoras durante la fase de operación están asociadas a los inversores. Los niveles de presión sonora (NPS) para los inversores es de 87 dBA.
Efluente: Durante cada campaña de mantenimiento de las instalaciones eléctricas, (limpieza de módulos fotovoltaicos 3 limpiezas de módulos al año), se considera un sistema de fosa séptica de capacidad de 20.000 litros que contara con dren de infiltración, se estima una generación de 0,9 m3/día. Los lodos que se generarán durante cada campaña de mantenimiento serán del tipo domiciliario, luego de haberse llevado las mantenciones del Proyecto, por empresas que cuente con las autorizaciones sanitarias para y la disposición final autorizada. Residuos, productos químicos y otras sustancias que puedan afectar el medio ambiente. Residuos Domésticos y asimilables a domésticos, se generarán 0,3 t/año, los que serán retirados a medida que se generen en cada actividad de mantención que se realizarán tres veces al año, y luego serán llevados por una empresa autorizada a un sitio de disposición final autorizado. Se mantendrá en faenas los medios de verificación de retiro y disposición final de los residuos domiciliarios.
Residuos Industriales no peligrosos, se generarán 300 kg/año. Estos serán almacenados en contenedores, para luego ser retirados por una empresa autorizada a medida que estos sean generados, y posterior a cada mantención realizada a la Central, es decir, cada cuatro (4) meses, dado que se realizarán 3 mantenciones al año durante esta fase. La empresa que realizará su retiro y transporte estará a cargo de su disposición en un lugar autorizados. Se mantendrá en faenas los medios de verificación de retiro y disposición final de los residuos.
Residuos peligrosos, se generarán 1,45 t/año, y serán almacenados
temporalmente en la bodega de residuos peligrosos, con una
frecuencia de retiro menor a 6 meses, por una empresa autorizada y
llevados a disposición final autorizado. Se mantendrá en faena, los
medios de verificación de retiro y disposición final de los residuos.
Referencia
al
ICE
para
mayores detalles sobre esta
Tabla 4.2 y Tabla 4.7.1.1 Partes y obras.
Tabla 4.7.1.2. Acciones.
Tabla 4.7.2 Suministros básicos.
En la Tabla 10 de la Adenda, se especifican las acciones de control de emisiones (junto con el lugar de aplicación, el % de eficiencia, frecuencia de aplicación, forma de mantenimiento, medio verificación, etc.) que se implementarán en la fase de cierre, y en el punto 1.6.4 del Anexo E.1 de la Adenda, se presentan medidas de control y que corresponden a las siguientes: - Humectación camino acceso. - Humectación camino interno. - Los vehículos contarán con las revisiones técnicas al día. - La mantención de la maquinaria se realizará de acuerdo con las especificaciones del fabricante, en talleres mecánicos autorizados. - El tránsito de vehículos se realizará a una velocidad no superior a los 40 (km/h) en zonas de faenas.
Ruido y vibraciones: Para la fase de cierre se consideró el mismo análisis utilizado en la fase de construcción, ya que para esta fase se considera maquinaria de similares características a la de construcción, ya sea en menor o igual cantidad. Se utilizarán distintas maquinarias generadoras de ruido, a saber: retroexcavadora, motoniveladora, minicargador, hincadora, camión mixer, camión grúa, zanjadora, placa compactadora, camión hormigonero, camión tolva y generador.
Para la fase de cierre se consideró el mismo análisis utilizado en la fase de construcción, ya que para esta fase se considera maquinaria de similares características a la de construcción, ya sea en menor o igual cantidad. Se utiliza como caso más crítico las vibraciones generadas por el rodillo vibratorio la que genera un nivel típico de 94 VdB de emisión.
Efluentes:
Se instalarán baños químicos en los frentes de trabajo móviles, por
un periodo inferior a 6 meses, cuyas aguas servidas serán retiradas
al menos 2 veces por semana por empresa que cuente con las
autorizaciones sanitarias, de modo de asegurar su correcta
mantención y el adecuado manejo de los residuos. Se mantendrá en
faena, los medios de verificación de retiro.
Se utilizará un sistema de fosa séptica de capacidad de 20.000 litros
que contará con dren de infiltración en el sector de Instalación de
Faenas. Se estima una generación de 1.688 m3/fase. Los lodos
serán retirados con una frecuencia de retiro de cada 2 meses, por
una empresa autorizada por la autoridad sanitaria para su transporte
y disposición final autorizado.
4.4. CRONOLOGÍA DE LAS FASES DEL PROYECTO
4.4.1. FASE DE CONSTRUCCIÓN
Fecha estimada de inicio Junio 2021.
Parte, obra o acción que
establece el inicio
El hito de inicio consistirá en la habilitación del área de la Instalación
de Faenas, en específico la instalación del contenedor de la Oficina, la
que incluye actividades de limpieza, despeje, nivelación del área de
trabajo y montaje de las instalaciones temporales.
Fecha estimada de
término
Noviembre 2021.
Parte, obra o acción que
establece el término
El hito de término de esta fase será el desmantelamiento de la última
obra temporal del Proyecto.
4.4.2. FASE DE OPERACIÓN
Fecha estimada de inicio
Diciembre 2021.
Parte, obra o acción que
establece el inicio
El hito de inicio se define como el momento en que el Coordinador
Eléctrico Nacional (CEN) emita la carta que confirme la entrada en
operación de la instalación.
Fecha estimada de
término
Diciembre 2061.
Parte, obra o acción que
establece el término
La acción que dará término consistirá en el corte de la entrega de
energía (desenergización) para realizar el cierre del Proyecto. Hito que
se evidenciará mediante la notificación escrita al Coordinador Eléctrico
Nacional.
4.4.3. FASE DE CIERRE
Fecha estimada de inicio
Enero 2062.
Parte, obra o acción que
establece el inicio
El hito de inicio se define como la desconexión de la línea eléctrica de
media tensión.
5°. Que, durante el proceso de evaluación se han presentado antecedentes que justifican la inexistencia de los siguientes efectos, características y circunstancias del artículo 11 de la Ley N° 19.300:
5.1. RIESGO PARA LA SALUD DE LA POBLACIÓN, DEBIDO A LA CANTIDAD Y CALIDAD DE EFLUENTES, EMISIONES Y RESIDUOS Impacto ambiental Alteración de los niveles de ruido en receptores. Parte, obra o acción que lo genera Ruido. Fase en que se presenta - Línea de media tensión. Referencia al ICE para mayores detalles sobre este impacto específico Capítulo 6 del ICE, específicamente la Tabla 6.1 El Proyecto generará emisiones atmosféricas, que se generarán con ocasión del proyecto, tales como emisiones de material particulado y gases durante las fases de Construcción, Operación y Cierre, siendo la fase de construcción la que presenta mayores aportes y con una duración de 6 meses, estas emisiones se generan producto de las actividades propias de esta fase como despeje y limpieza de terreno, nivelación excavaciones, entre otras. Sin embargo, las emisiones de material particulado durante dicha fase serán de baja magnitud. Conforme al análisis del literal, la estimación de emisiones presentada para las actividades del Proyecto en las fases de construcción, operación y cierre, permiten definir que éstas no generan la superación de los valores establecidos en las normas primarias de calidad ambiental vigentes, dado que de acuerdo a las concentraciones de MP10 y MP2,5 obtenidas a través de las modelaciones de Screen3 son menores, toda vez que las actividades serán desarrolladas de forma puntual y acotadas en espacio y tiempo. El Proyecto generará ruido en todas sus fases, donde los mayores aportes serán durante la fase de construcción, provenientes de la operación de máquinas por la actividad de movimiento de tierra y equipos, para lo cual se presentó un estudio de ruido. Además, se identificaron 5 receptores cercanos al Proyecto, que podrían verse afectados por el Proyecto, todos ubicados en zona rural. Por lo anterior, se concluye que las emisiones de ruido esperadas para el proyecto no superarán los máximos permisibles que establece D.S. Nº 38/11 del MMA para el periodo diurno y nocturno, por lo que se espera que este proyecto, no genere un impacto significativo sobre los receptores analizados. Sin embargo, el Titular ha propuesto una acción de control que consiste en la implementación de barrera móvil en las inmediaciones del receptor R5. Además, acciones de control en la fase de construcción según se han detallado en el capítulo 8 de este documento. Por otra parte, respecto a las vibraciones, durante las fases de construcción y cierre se utilizan maquinarias que generan vibraciones, sin embargo, las proyecciones realizadas utilizando las maquinarias en los casos más críticos determinan que se cumple con la normativa de referencia FTA para los 5 receptores identificados en el sector. Se generarán efluentes líquidos en todas sus fases, provenientes de baños químicos durante las fases de construcción y cierre. En relación con el manejo de efluentes por el uso de baños químicos, éstos serán operados por empresa autorizada. De igual forma, se implementará por el Titular una fosa séptica con infiltración de dren para las tres fases (construcción, operación y cierre), además de un procedimiento sistematizado de seguimiento de los residuos de aguas servidas que salgan de las instalaciones del Proyecto. Sobre la base de lo analizado en el punto 6.1 del ICE, se concluye que el Proyecto no genera o presenta riesgos para la salud de la población debido a la cantidad y calidad de efluentes, emisiones o residuos.
5.2. EFECTOS ADVERSOS SIGNIFICATIVOS SOBRE LA CANTIDAD Y CALIDAD DE LOS
RECURSOS NATURALES RENOVABLES, INCLUIDOS EL SUELO, AGUA Y AIRE
Impacto ambiental
Afectación
a
especies
de
flora
en
categoría
de
conservación.
5.3. REASENTAMIENTO DE COMUNIDADES HUMANAS O ALTERACIÓN SIGNIFICATIVA DE LOS SISTEMAS DE VIDA Y COSTUMBRES DE GRUPOS HUMANOS Referencia al ICE para mayores detalles sobre este impacto específico Capítulo 6 del ICE, específicamente la Tabla 6.3. El Proyecto, no requiere intervenir ni utilizar en ninguna de sus fases recursos naturales utilizados como sustento económico de un grupo humano o para cualquier otro uso tradicional, tales como uso medicinal, espiritual o cultural. En la Figura 6 de la Adenda, se presentan las operaciones industriales y las faenas mineras más cercanas al Proyecto. Ahí se puede apreciar que los piques mineros más cercanos se encuentran a más de 5 km de las obras y acciones del Proyecto, y que sus accesos no se relacionan con éste. Con todo lo anterior, se concluye la inexistencia de pequeños productores mineros o pirquineros en el área del Proyecto, con lo que se puede descartar cualquier tipo de afectación a este grupo humano. El Proyecto no generará obstrucción o restricción a la libre circulación o conectividad o el aumento significativo de los tiempos de desplazamiento. Lo anterior debido al acotado flujo vehicular que tendrá el proyecto: durante las fases de construcción y cierre (6 meses de duración cada una), el Proyecto aportará un flujo máximo diario de 102 viajes ida y vuelta, mientras que en la fase de operación (40 años), el Proyecto aportará un flujo máximo diario de 36 viajes ida y vuelta. El proyecto tampoco contempla modificar rutas con uso permanente, ni accesos al transporte público, ni se proyectan desvíos de tránsito ni cortes de caminos en ningún momento. De acuerdo con los datos mencionados, el Proyecto presentaría un bajo aporte al flujo de transporte, con lo que se prevé que el Proyecto no generaría obstaculizaciones o restricciones a la libre circulación y conectividad que normalmente poseen los caminos del área de influencia de medio humano, principalmente el eje vial que es la ruta 31 CH. Por lo anterior, se concluye que el Proyecto no genera o presenta reasentamiento de comunidades humanas o alteración significativa de los sistemas de vida y costumbres de grupos humanos.
5.4. LOCALIZACIÓN EN O PRÓXIMA A POBLACIONES, RECURSOS Y ÁREAS PROTEGIDAS, SITIOS PRIORITARIOS PARA LA CONSERVACIÓN, HUMEDALES PROTEGIDOS Y GLACIARES, SUSCEPTIBLES DE SER AFECTADOS, ASÍ COMO EL VALOR AMBIENTAL DEL TERRITORIO EN QUE SE PRETENDE EMPLAZAR Referencia al ICE para mayores detalles sobre este impacto específico Capítulo 6 del ICE, específicamente la Tabla 6.4. El proyecto no se emplaza en tierras indígenas ni en áreas de desarrollo indígena ni tampoco se encuentra cercano a grupos humanos pertenecientes a pueblos indígenas (GHPPI). El proyecto no intervendrá o afectará a los recursos y áreas protegidas presentes en la región de Atacama (Parques Nacionales, Santuario de la Naturaleza, Reserva Nacional, Monumentos Nacionales, Zonas de Interés Turístico, sitio RAMSAR, Bienes Nacionales Protegidos, Área Marina Costera Protegida y área de Reserva Marina). Por otro lado, el proyecto no se emplazará en humedales protegidos, glaciares, así como tampoco en un territorio con alto valor ambiental, por tanto, no existe susceptibilidad de afectar estos recursos.
5.5. ALTERACIÓN SIGNIFICATIVA, EN TÉRMINOS DE MAGNITUD O DURACIÓN, DEL
VALOR PAISAJÍSTICO O TURÍSTICO DE UNA ZONA
Referencia al ICE para mayores
detalles sobre este impacto específico
Capítulo 6 del ICE, específicamente la Tabla 6.5.
El Proyecto se emplaza en una unidad de paisaje, que no presenta atributos naturales que la
caractericen como una zona con valor turístico.
El proyecto se emplaza en un área donde la vida vegetal es casi nula, con presencia de un sector de
bajo valor de conservación y fuertemente antropizado del “Sitio Prioritario para la Conservación de
la Biodiversidad Desierto Florido”, porque no se presentan aspectos o atributos singulares o únicos
que le otorguen características especiales. Donde se determinó que el área no cuenta con
5.6. ALTERACIÓN DE MONUMENTOS, SITIOS CON VALOR ANTROPOLÓGICO,
ARQUEOLÓGICO,
HISTÓRICO
Y,
EN
GENERAL,
LOS
PERTENECIENTES
AL
PATRIMONIO CULTURAL
Impacto ambiental
Alteración
a
sitios
con
valor
antropológico,
arqueológico.
Parte, obra o acción que lo genera
- Parque fotovoltaico.
- Caminos de acceso.
- Línea de media tensión.
Fase en que se presenta
Fase de construcción y cierre.
Referencia al ICE para mayores
detalles sobre este impacto específico
Capítulo 6 del ICE, específicamente la Tabla 6.6
Patrimonio arqueológico
Se identificaron 4 hallazgos (SF-01; SF-02; SF-03; SF-04) en la inspección arqueológica efectuada,
las tres primeras corresponden a rasgos lineales (huella carreta y línea férrea) y la última a un
hallazgo aislado (fragmentos de vidrio). Todos los elementos son de data histórica e
histórica/subactual.
Dos hallazgos se ubican en el área de influencia del Proyecto; SF-01, y SF-04, en específico en el
sector de la Central Fotovoltaica; el rasgo lineal SF-02 correspondiente a una Línea Férrea, se ubica
cercano al área de influencia, en específico a 13 m al poniente del área de la franja de LMT. Esta
evidencia (SF-02), no se proyecta hacia la LMT, debido a que desaparece en el cruce de la ruta 31
ch. hacia el oriente, por tanto, no se verá afectada por obras o acciones del Proyecto. Se descartar el
registro asociado al rasgo lineal (Línea Férrea) SF-03, pues aquella evidencia se ubica a una
distancia de más de 3 km al sur de la obra más cercana de la modificación de la LMT (Poste Nº
117).
Para el hallazgo SF-01, se indica que el único hallazgo podría verse afectado por obras corresponde
a en su eventual proyección hacia el Oeste hasta las áreas de módulos fotovoltaicos, por lo que es
pertinente recomendar su registro y posterior cercado y señalización. Para el hallazgo de SF-02 se
descarta la afectación, igualmente se recomienda implementar barreras físicas.
Asimismo, se implementará un monitoreo arqueológico permanente en la fase de construcción, por
un arqueólogo/a(s) y/o licenciado/a(s) en arqueología, por cada frente de trabajo, durante las obras
de escarpe del terreno y en todas las actividades que consideren cualquier tipo de remoción de la
superficie y excavación sub-superficial en el área del Proyecto. Esta medida de resguardo tiene
como objetivo protegerlo de un posible tránsito peatonal, animal o vehicular, además de señalizarlo
para que no sea afectado por actividades asociadas a las obras del proyecto. Además, en el Capítulo
8 de este documento se detallan otras acciones, como Charlas y capacitaciones temáticas
ambientales (arqueología).
Sin perjuicio de lo anterior, en caso de efectuarse un hallazgo arqueológico o paleontológico durante
las labores del Proyecto, se deberá proceder según lo establecido en los Artículos N° 26 y 27 de la
Ley N° 17.288 de Monumentos Nacionales y los Artículos N° 20 y 23 del Reglamento de la Ley N°
17.288, sobre excavaciones y/o prospecciones arqueológicos, antropológicas y paleontológicas,
paralizando las obras en el sector afectado e informando de inmediato y por escrito al Consejo de
Monumentos Nacionales para que este organismo determine los procedimientos a seguir, cuya
implementación deberá ser efectuada por el Titular del proyecto.
Patrimonio paleontológico
En el área de intervención del Proyecto, se registran las unidades geológicas de Depósitos Aluviales
(Qal), Formación Nantoco (Kin) y Formación Punta Del Cobre (JKpc). De las unidades geológicas
mencionadas se registraron hallazgos paleontológicos correspondientes a moldes internos de
ammonites en los Depósitos Aluviales, los cuales se encontraban en clastos y bloques de calizas,
provenientes de la Formación Nantoco. El área del Proyecto correspondiente al camino de acceso a
construir y el sector de la Central, se clasificó con un potencial paleontológico fosilífero (medio a
alto), mientras que, el área conformada por sedimentos antrópicos es clasificada con un potencial
6°. Que resultan aplicables al Proyecto los siguientes permisos ambientales sectoriales, asociados a las correspondientes partes, obras o acciones que se señalan a continuación:
6.1. PERMISOS AMBIENTALES SECTORIALES MIXTOS
6.1.1. Permiso para hacer excavaciones de tipo arqueológico, antropológico y paleontológico, del artículo 132 del Reglamento del SEIA Fase del Proyecto a la cual corresponde Fase de construcción. Parte, obra o acción a la que aplica Se realizarán acciones al hallazgo arqueológico SF-01; SF-02 y SF-04. En el área de influencia del proyecto se determinaron 2 sectores con distinto potencial paleontológico. Los antecedentes para su otorgamiento se presentaron en el Anexo 3-1 de la DIA, actualizados en el Anexo B.3 de la Adenda. Condiciones o exigencias específicas para su otorgamiento No se establecieron. Pronunciamiento del órgano competente Mediante oficio ORD. N° 4365 del 09 de diciembre de 2020, el Consejo de Monumentos Nacionales, se pronuncia conforme. Referencia al ICE para mayores detalles Capítulo 9 del ICE, específicamente el punto 9.1.1
6.1.2. Permiso para la construcción, reparación, modificación y ampliación de cualquier obra pública o particular destinada a la evacuación, tratamiento o disposición final de desagües, aguas servidas de cualquier naturaleza, del artículo 138 del Reglamento del SEIA Fase del Proyecto a la cual corresponde Fase de construcción, operación y cierre. Parte, obra o acción a la que aplica Se contempla un sistema de fosa séptica de capacidad de 20.000 litros que contara con dren de infiltración. Los antecedentes para su otorgamiento se presentaron en el Anexo A de la Adenda Complementaria. Condiciones o exigencias específicas para su otorgamiento No se establecieron. Pronunciamiento del órgano competente Mediante oficio ORD. N° 1377/2021 del 02 de febrero de 2021, la SEREMI de Salud de la Región de Atacama, se pronuncia conforme. Referencia al ICE para mayores detalles Capítulo 9 del ICE, específicamente el punto 9.1.2
6.1.3. Permiso para la construcción, modificación y ampliación de cualquier planta de tratamiento
de residuos y desperdicios de cualquier clase; o para la instalación de todo lugar destinado a la
6.1.4. Permiso para todo sitio destinado al almacenamiento de residuos peligrosos, del artículo 142 del Reglamento del SEIA Fase del Proyecto a la cual corresponde Fase de construcción, operación y cierre. Parte, obra o acción a la que aplica Se construirá un sitio de almacenamiento transitorio llamado “Bodega de Acopio Temporal (BAT)”. Los antecedentes para su otorgamiento se presentaron en el Anexo 3-3 de la DIA, presentados en el Anexo B.4 de la Adenda y actualizados en el Anexo B de la Adenda Complementaria. Condiciones o exigencias específicas para su otorgamiento No se establecieron. Pronunciamiento del órgano competente Mediante oficio ORD. N° 1377/2021 del 02 de febrero de 2021, la SEREMI de Salud de la Región de Atacama, se pronuncia conforme. Referencia al ICE para mayores detalles Capítulo 9 del ICE, específicamente el punto 9.1.4
6.1.5. Permiso para la corta, destrucción o descepado de formaciones xerofíticas, del artículo 151
del Reglamento del SEIA
Fase del Proyecto a la
cual corresponde
Fase de construcción.
Parte, obra o acción a
la que aplica
Se intervendrán formaciones xerofíticas por las obras del Proyecto, para lo
cual se realizará un Plan de Trabajo para Cortar, Descepar o Intervenir
Formaciones Xerofíticas.
Los antecedentes para su otorgamiento se presentaron en el Anexo 3-4 de la
DIA, actualizados en el Anexo B.5 de la Adenda y complementado en
Adenda Complementaria.
Condiciones o
exigencias
específicas para su
otorgamiento
No se establecieron.
Pronunciamiento del
Mediante oficio ORD. N° 130/2020 del 27 de noviembre de 2020, la
6.1.6. Permiso para efectuar modificaciones de cauce, del artículo 156 del Reglamento del SEIA Fase del Proyecto a la cual corresponde Fase de construcción. Parte, obra o acción a la que aplica Se contempla la construcción de una serie de obras en cauces naturales correspondientes a paneles solares, cableado subterráneo, cerco perimetral, obras que conforman el Parque Solar Fotovoltaico San Francisco, postes de la línea de media tensión y caminos internos y de acceso. Los antecedentes para su otorgamiento se presentaron en el Anexo 3-5 de la DIA, presentados en el Anexo B.1 de la Adenda y actualizados en el Anexo C de la Adenda Complementaria. Condiciones o exigencias específicas para su otorgamiento No se establecieron. Pronunciamiento del órgano competente Mediante oficio ORD. N° 73 del 01 de febrero de 2021, la DGA de la Región de Atacama se pronuncia conforme. Referencia al ICE para mayores detalles Capítulo 9 del ICE, específicamente el punto 9.1.6
6.1.7. Permiso para subdividir y urbanizar terrenos rurales o para construcciones fuera de los límites urbanos, del artículo 160 del Reglamento del SEIA Fase del Proyecto a la cual corresponde Fase de construcción. Parte, obra o acción a la que aplica Para la instalación de obras temporales y permanentes, siendo la superficie Total 74.856 m². En Tabla 2.1-3 del Anexo 3-6 de la DIA y en Tabla 31 de la Adenda se presentan las obras y superficies. Los antecedentes para su otorgamiento se presentaron en el Anexo 3-6 de la DIA, complementada en Adenda. Condiciones o exigencias específicas para su otorgamiento No se establecieron. Pronunciamiento del órgano competente Mediante oficio ORD. N° 749 del 27 de noviembre de 2020, el SAG de la Región de Atacama, se pronuncia conforme. Mediante oficio ORD. N° 1026 del 16 de diciembre de 2020, la SEREMI de Vivienda y Urbanismo de la Región de Atacama, se pronuncia conforme. Referencia al ICE para mayores detalles Capítulo 9 del ICE, específicamente el punto 9.1.7
7°. Que, de acuerdo a los antecedentes que constan en el expediente de evaluación, la forma de cumplimiento de la normativa de carácter ambiental aplicable al Proyecto es la siguiente:
7.1. COMPONENTE/MATERIA: Planificación Territorial.
Norma
D.F.L N° 458 de 1975, del Ministerio de Vivienda y Urbanismo, Ley
General de Urbanismo y Construcciones.
Fase del Proyecto a la que
aplica o en la que se dará
cumplimiento
Fase de construcción.
7.2. COMPONENTE/MATERIA: Emanaciones o contaminantes atmosféricos de cualquier
naturaleza.
Norma
Decreto Supremo Nº 144 de 1961, Establece normas para evitar
emanaciones o contaminantes atmosféricos de cualquier naturaleza, 2
de mayo de 1961, Ministerio de Salud.
Fase del Proyecto a la que
aplica o en la que se dará
cumplimiento
Construcción, operación y cierre.
Parte, obra o acción a la que
aplica
Actividades generadoras de emisiones atmosféricas como tránsito de
camiones, maquinaria, etc.
Forma de cumplimiento
Para controlar la emisión de gases, durante la ejecución de las fases
de construcción y cierre del Proyecto, los vehículos y maquinarias
contarán con su revisión técnica al día y se revisará la vigencia de las
mantenciones periódicas según lo indicado por el fabricante. Esto
será exigido por el Titular a las empresas contratistas mediante
cláusulas contractuales.
En cuanto a las medidas tendientes a minimizar la emisión de
material particulado, se considera durante la fase de construcción y
fase de cierre, la humectación del camino de acceso y del sector de
huellas existentes, 2 veces al día, lo cual considera un porcentaje de
abatimiento del 75% de las emisiones.
Otras medidas a implementar durante la ejecución del Proyecto son:
• La mantención de la maquinaria se realizará de acuerdo con las
especificaciones del fabricante, en talleres mecánicos autorizados;
• Los vehículos contarán con las revisiones técnicas al día;
• El transporte de materiales en camiones con carga cubierta, en
caminos internos y públicos;
• La prohibición de quemar restos vegetales u otros materiales
combustibles;
• El tránsito de vehículos se realizará a una velocidad no superior a
los 40 (km/h) en zonas de faenas.
Indicador que acredita su
cumplimiento
Instalar, aplicar o ejecutar las medidas señaladas, en la forma
propuesta.
Forma de control y
seguimiento
Revisión técnica y gases de vehículos que transporten materiales y
personas
• Programa de mantenimiento de maquinaria.
• Registro de actividades de humectación de caminos.
• Cláusulas contractuales respecto a las condiciones de los vehículos
7.3. COMPONENTE/MATERIA: Establece Norma de Emisión Aplicables a Vehículos Motorizados Medianos. Norma Decreto Supremo Nº 54 de 1994, Establece Norma de Emisión Aplicables a Vehículos Motorizados Medianos, 08 de marzo de 1994, Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones. Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Fase de construcción, operación y cierre. Parte, obra o acción a la que aplica Durante todas las fases del Proyecto, se requerirá el uso de vehículos motorizados medianos para el transporte. Forma de cumplimiento Los vehículos y maquinarias contarán con su revisión técnica al día y se revisará la vigencia de las mantenciones periódicas según lo indicado por el fabricante. Esto será exigido por el Titular a las empresas contratistas mediante cláusulas contractuales. Otras medidas a implementar durante la ejecución del Proyecto son: • La mantención de la maquinaria se realizará de acuerdo con las especificaciones del fabricante, en talleres mecánicos autorizados; • Los vehículos contarán con las revisiones técnicas al día; • El transporte de materiales en camiones con carga cubierta, en caminos internos y públicos; • La prohibición de quemar restos vegetales u otros materiales combustibles; El tránsito de vehículos se realizará a una velocidad no superior a los 40 (km/h) en zonas de faenas. Indicador que acredita su cumplimiento • Revisión técnica y gases de vehículos que transporten materiales y personas. • Programa de mantenimiento de maquinaria. Cláusulas contractuales respecto a las condiciones de los vehículos que emplearán los Contratistas. Forma de control y seguimiento Registro de control de la medida propuesta, a disposición de la autoridad en la instalación de faena. Referencia al ICE para mayores detalles Capítulo 8 del ICE, específicamente en el punto 8.2.2.
7.4. COMPONENTE/MATERIA: Establece normas de emisión aplicables a vehículos motorizados
pesados que indica.
Norma
Decreto Supremo Nº 55 de 1994, Establece Normas de emisión
aplicables a vehículos motorizados pesados que indica, 08 de marzo
de 1994, Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones.
Fase del Proyecto a la que
aplica o en la que se dará
cumplimiento
Fase de construcción y cierre.
Parte, obra o acción a la que
aplica
En la fase de construcción y cierre del Proyecto, por la utilización de
vehículos pesados para preparación del terreno, movimientos de
tierra, construcción de fundaciones, desmantelamiento, entre otras
actividades; se producirán emanaciones de gases generados por la
combustión interna de estos.
Forma de cumplimiento
Se cumplirá con las normas de emisión para todos los vehículos
motorizados asociados a cada fase del Proyecto, lo cual se verificará
con el certificado de revisión técnica y de gases al día.
Forma de control y seguimiento Durante todas las fases del Proyecto, se verificará el registro de las revisiones técnicas y de gases de los vehículos al día, los que se mantendrán disponibles en faena. Referencia al ICE para mayores detalles Capítulo 8 del ICE, específicamente en el punto 8.2.3.
7.5. COMPONENTE/MATERIA: Emisiones de contaminantes emanadas de los vehículos motorizados. Norma Decreto Supremo Nº 4 de 1994, modificado por D.S. N°58/2004 Establece normas de emisión de contaminantes aplicables a los vehículos motorizados y fija los procedimientos para su control, 29 de enero de 1994, Ministerio de Transporte y Telecomunicaciones. Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Fase de construcción, operación y cierre. Parte, obra o acción a la que aplica Durante la fase de construcción y cierre se producirán emanaciones de gases generados por la combustión interna de los motores de los vehículos motorizados pesados utilizados tanto para el transporte del personal como de materiales e insumos. Para la fase de operación, también se generarán emanaciones de gases producto de la utilización de vehículos motorizados para el transporte de personal. Forma de cumplimiento Los vehículos y maquinarias contarán con su revisión técnica al día y se revisará la vigencia de las mantenciones periódicas según lo indicado por el fabricante. Esto será exigido por el Titular a las empresas contratistas mediante cláusulas contractuales. Otras medidas a implementar durante la ejecución del Proyecto son: • La mantención de la maquinaria se realizará de acuerdo con las especificaciones del fabricante, en talleres mecánicos autorizados; • Los vehículos contarán con las revisiones técnicas al día; • El transporte de materiales en camiones con carga cubierta, en caminos internos y públicos; • La prohibición de quemar restos vegetales u otros materiales combustibles; • El tránsito de vehículos se realizará a una velocidad no superior a los 40 (km/h) en zonas de faenas. Indicador que acredita su cumplimiento • Revisión técnica y gases de vehículos que transporten materiales y personas • Programa de mantenimiento de maquinaria. • Cláusulas contractuales respecto a las condiciones de los vehículos que emplearán los Contratistas. Forma de control y seguimiento - Registro de control de la medida propuesta, a disposición de la autoridad en la faena del Proyecto. Referencia al ICE para mayores detalles Capítulo 8 del ICE, específicamente en el punto 8.2.4.
7.6. COMPONENTE/MATERIA: Establece las condiciones para el transporte de cargas.
Norma
Decreto Supremo Nº 279 de 1983, “Reglamento para el control de la
emisión de contaminantes de vehículos motorizados de combustión
interna, 17 de diciembre 1983, Ministerio de Salud.
Fase del Proyecto a la que
aplica o en la que se dará
Fase de construcción, operación y cierre.
7.7. COMPONENTE/MATERIA: Establece normas sobre emisiones de vehículos motorizados
livianos.
Norma
Decreto Supremo Nº 211 de 1991, que establece normas sobre
emisiones de vehículos motorizados livianos que indica, 18 de
octubre de 1991, Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones.
Fase del Proyecto a la que
aplica o en la que se dará
cumplimiento
Fase de construcción, operación y cierre.
Parte, obra o acción a la que
aplica
El Proyecto considera transporte del personal.
Forma de cumplimiento
Los vehículos contarán con su revisión técnica al día y se revisará la
vigencia de las mantenciones periódicas según lo indicado por el
fabricante. Esto será exigido por el Titular a las empresas
contratistas mediante cláusulas contractuales.
Otras medidas a implementar durante la ejecución del Proyecto son:
• Los vehículos contarán con las revisiones técnicas al día;
• El transporte de materiales en camiones con carga cubierta, en
caminos internos y públicos;
• La prohibición de quemar restos vegetales u otros materiales
combustibles;
• El tránsito de vehículos se realizará a una velocidad no superior a
los 40 (km/h) en zonas de faenas.
Indicador que acredita su
cumplimiento
-
Revisión técnica y gases de vehículos que transporten materiales
y personas
7.8. COMPONENTE/MATERIA: Reglamento del registro de emisiones y transferencias de contaminantes, RETC. Norma Decreto N° 1/2013, Reglamento del registro de emisiones y transferencias de contaminantes, RETC, 02 de enero de 2013, Ministerio del Medio Ambiente. Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Fase de construcción, operación y cierre. Parte, obra o acción a la que aplica El Proyecto generará emisiones atmosféricas por sus distintas actividades y contempla la generación de residuos, los cuales serán almacenados temporalmente en una bodega de almacenamiento de residuos, hasta su retiro por empresas autorizadas hacia sitios de disposición final autorizados, además se generarán emisiones por las diferentes actividades que se realizarán en el Proyecto. Forma de cumplimiento Se realizarán los reportes de emisiones y residuos a través de la ventanilla única que se encuentra en el portal electrónico del RETC ante la SEREMI de Salud de la Región de Atacama, del reporte de los establecimientos emisores o generadores. Además, el Titular entregará la información referida a las emisiones y residuos a través del Sistema de Ventanilla única y Registro de emisiones de Contaminantes. Indicador que acredita su cumplimiento Copia de los registros de reportes de emisiones y residuos, a través de la ventanilla única del RETC. Forma de control y seguimiento Comprobantes de las declaraciones de emisiones, residuos y/o trasferencia de contaminantes realizadas. Se mantendrá disponible en faena. Referencia al ICE para mayores detalles Capítulo 8 del ICE, específicamente en el punto 8.2.7.
7.9. COMPONENTE/MATERIA: Ruidos Molestos generados por Fuentes Fijas.
Norma
Decreto Supremo Nº 38 de 2011, Establece Norma de Emisión de
Ruidos Generados por Fuentes que Indica, Elaborada a partir de la
revisión del Decreto N° 146, de 1997, del Ministerio Secretaría
General de la Presidencia, 11 de noviembre de 2011, Ministerio del
Medio Ambiente.
Fase del Proyecto a la que
aplica o en la que se dará
cumplimiento
Construcción, operación y cierre
Parte, obra o acción a la que
aplica
Actividades generadoras de emisiones acústicas (grupo electrógeno,
subestación, maquinaria, etc.).
Forma de cumplimiento
Para todas las fases, el Proyecto dará cumplimiento a los límites de
emisión de ruido establecidos en el presente Decreto, tal como se
acredita en el Anexo Nº E.2 “Actualización del Estudio Acústico y
Vibraciones Actualizado” de la Adenda.
Indicador que acredita su
cumplimiento
El indicador de cumplimiento corresponde a los resultados de la
modelación del nivel de presión sonora asociado a la fase de
7.10. COMPONENTE/MATERIA: Vialidad y Transporte. Norma Decreto Fuerza de Ley N° 75/1987, Establece la prohibición de circular por caminos públicos a vehículos que sobrepasen los límites de peso máximo establecidos. Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones. Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Fase de construcción y cierre. Parte, obra o acción a la que aplica El Proyecto considera la utilización de vehículos motorizados durante todas sus fases.
Forma de cumplimiento Los vehículos y maquinarias contarán con su revisión técnica al día y se revisará la vigencia de las mantenciones periódicas según lo indicado por el fabricante. Esto será exigido por el Titular a las empresas contratistas mediante cláusulas contractuales. Otras medidas a implementar durante la ejecución del Proyecto son: • La mantención de la maquinaria se realizará de acuerdo con las especificaciones del fabricante, en talleres mecánicos autorizados; • Los vehículos contarán con las revisiones técnicas al día; • El transporte de materiales en camiones con carga cubierta, en caminos internos y públicos; • La prohibición de quemar restos vegetales u otros materiales combustibles; El tránsito de vehículos se realizará a una velocidad no superior a los 40 (km/h) en zonas de faenas. Indicador que acredita su cumplimiento - Registro de camiones que transporten material, indicando día, patente y registro fotográfico aleatorio. - Registro de las mantenciones y revisión técnica al día. Forma de control y seguimiento Registro de Revisiones Técnicas vigentes, programa de mantenciones de maquinaria, camiones de transporten material, registro fotográfico, cláusulas contractuales respecto a las condiciones de los vehículos que emplearán los Contratistas, accesibles en oficina de la faena. Referencia al ICE para mayores detalles Capítulo 8 del ICE, específicamente en el punto 8.2.9.
7.11. COMPONENTE/MATERIA: Residuos domésticos, industriales sólidos no peligrosos y
Efluentes líquidos.
Norma
Decreto con Fuerza de Ley N° 725 de 1967, Código Sanitario, 31 de
enero de 1968, Ministerio de Salud.
Fase del Proyecto a la que
aplica o en la que se dará
cumplimiento
Fase de construcción, operación y cierre.
Parte, obra o acción a la que
aplica
El Proyecto contará con bodegas de almacenamiento para los
residuos domésticos, sólidos no peligrosos y peligrosos. Respecto a
los efluentes líquidos en fase de construcción, operación y cierre
contará con un sistema de fase séptica con infiltración, y para la fase
En cuanto a los Residuos Sólidos Industriales No Peligrosos, el Proyecto generará 40.873 kg/mes, los que serán almacenados en una bodega de residuos no peligrosos y serán llevados disposición final autorizado.
Respecto de los Residuos Industriales Peligrosos: el Proyecto generará 682 kg/mes, los serán almacenados en el sitio de almacenamiento en el sitio de almacenamiento temporal de residuos peligrosos, con una frecuencia de retiro menor a 6 meses, por una empresa autorizada y llevados a disposición final autorizado.
Efluentes líquidos: Se considera baños químicos. La mantención y limpieza se realizará por una empresa autorizada que cuente con los permisos vigentes y llevados a disposición final por una empresa sanitaria autorizada. Además, se utilizará un sistema de fosa séptica que contará con dren de infiltración en el sector de Instalación de Faenas. Los lodos serán retirados una vez al término de la fase de construcción, sin embargo, como medida de prevención, este se realizará con una frecuencia de retiro de cada 2 meses, por una empresa autorizada por la autoridad sanitaria para su transporte y disposición final autorizado.
Fase de Operación: Los Residuos Domésticos a generar por el Proyecto serán 0,3 t/año, los que serán retirados a medida que se generen en de cada actividad de mantención que se realizarán tres veces al año, y luego serán llevados por una empresa autorizada a un sitio de disposición final autorizado.
Respecto a los Residuos Sólidos Industriales No Peligrosos a generar por el proyecto será 300 kg/año, serán almacenados en contenedores, para luego ser retirados por una empresa autorizada a medida que estos sean generados, y posterior a cada mantención realizada a la Central, es decir, cada cuatro (4) meses, dado que se realizarán 3 mantenciones al año durante esta fase, para luego ser llevados a disposición final autorizado.
Los Residuos Peligrosos a generar serán de 1,45 t/año, los cuales serán almacenados temporal en la bodega de residuos peligrosos, con una frecuencia de retiro menor a 6 meses, por una empresa autorizada y llevados a disposición final autorizado.
Efluentes líquidos: Durante cada campaña de mantenimiento de las instalaciones eléctricas, limpieza de módulos fotovoltaicos (3 limpiezas de módulos al año), se considera un sistema de fosa séptica que contara con dren de infiltración, se estima una generación de 0,9 m3/día. Los lodos que se generarán son del tipo domiciliario y la limpieza se realizará 3 veces al año, luego de haberse llevado las mantenciones del Proyecto, por empresas que cuente con las autorizaciones sanitarias para y la disposición final autorizada.
Fase de Cierre:
Los Residuos de tipo domésticos a generar por el Proyecto, serán
2.250 kg/mes, los que serán almacenado en un sitio transitorio, la
En cuanto a los Residuos Sólidos Industriales No Peligrosos, el Proyecto generará 40.873 kg/mes, los que serán almacenados en una bodega de residuos no peligrosos y serán llevados disposición final autorizado.
Respecto de los Residuos Industriales Peligrosos: el Proyecto generará 682 kg/mes, los serán almacenados en el sitio de almacenamiento en el sitio de almacenamiento temporal de residuos peligrosos, con una frecuencia de retiro menor a 6 meses, por una empresa autorizada y llevados a disposición final autorizado.
Efluentes líquidos: Se considera baños químicos. La mantención y limpieza se realizará por una empresa autorizada que cuente con los permisos vigentes y llevados a disposición final por una empresa sanitaria autorizada. Además, se utilizará un sistema de fosa séptica que contará con dren de infiltración en el sector de Instalación de Faenas. Los lodos serán retirados una vez al término de la fase de cierre, sin embargo, como medida de prevención, este se realizará con una frecuencia de retiro de cada 2 meses, por una empresa autorizada por la autoridad sanitaria para su transporte y disposición final autorizado.
Por lo anterior, durante el proceso de evaluación se presentaron para la fase de construcción, operación y cierre los requisitos técnicos y formales para la obtención de los permisos ambientales sectoriales de los Artículos 138, 140 y 142 del RSEIA. Indicador que acredita su cumplimiento • Boletas, certificados y/o comprobantes que permitan acreditar que los sitios de disposición final de los residuos se encuentran autorizados. • Inspección visual y/o registro fotográfico de las condiciones de almacenaje de los residuos no peligrosos de la obra. • Autorización para almacenar temporalmente los residuos no peligrosos dentro del predio. • Obtención de los permisos ambientales sectoriales de los Artículos 138, 140 y 142 del RSEIA. • Aprobaciones de proyecto y autorizaciones sanitarias a que se refieren los Artículos 79 y 80 del D.F.L. Nº 725/67 Código Sanitario. Forma de control y seguimiento • Registro de retiro de los residuos por parte del transportista autorizado y dispuestos en sitios de disposición final autorizados. • Autorización sanitaria del transportista autorizado, y lo indicado anteriormente todos disponibles en faena. Referencia al ICE para mayores detalles Capítulo 8 del ICE, específicamente en el punto 8.2.10.
7.12. COMPONENTE/MATERIA: Residuos Sólidos.
Norma
Decreto Supremo Nº 594 de 1999, Aprueba Reglamento sobre
condiciones sanitarias y ambientales básicas en los lugares de
trabajo, 15 de septiembre de 1999, Ministerio de Salud.
Fase del Proyecto a la que
aplica o en la que se dará
cumplimiento
Fase de construcción, operación y cierre.
En cuanto a los Residuos Sólidos Industriales No Peligrosos, el proyecto generará 40.873 kg/mes, los que serán almacenados en una bodega de residuos no peligrosos y serán llevados disposición final autorizado.
Respecto de los Residuos Industriales Peligrosos: el proyecto generará 682 kg/mes, los serán almacenados en el sitio de almacenamiento en el sitio de almacenamiento temporal de residuos peligrosos, con una frecuencia de retiro menor a 6 meses, por una empresa autorizada y llevados a disposición final autorizado.
Efluentes líquidos: Se considera baños químicos. La mantención y limpieza se realizará por una empresa autorizada que cuente con los permisos vigentes y llevados a disposición final por una empresa sanitaria autorizada. Además, se utilizará un sistema de fosa séptica que contará con dren de infiltración en el sector de Instalación de Faenas. Los lodos serán retirados una vez al término de la fase de construcción, sin embargo, como medida de prevención, este se realizará con una frecuencia de retiro de cada 2 meses, por una empresa autorizada por la autoridad sanitaria para su transporte y disposición final autorizado.
Fase de Operación: Los Residuos Domésticos a generar por el proyecto serán 0,3 t/año, los que serán retirados a medida que se generen en de cada actividad de mantención que se realizarán tres veces al año, y luego serán llevados por una empresa autorizada a un sitio de disposición final autorizado.
Respecto a los Residuos Sólidos Industriales No Peligrosos a generar por el proyecto será 300 kg/año, serán almacenados en contenedores, para luego ser retirados por una empresa autorizada a medida que estos sean generados, y posterior a cada mantención realizada a la Central, es decir, cada cuatro (4) meses, dado que se realizarán 3 mantenciones al año durante esta fase, para luego ser llevados a disposición final autorizado.
Los Residuos Peligrosos a generar serán de 1,45 t/año, los cuales serán almacenados temporal en la bodega de residuos peligrosos, con una frecuencia de retiro menor a 6 meses, por una empresa autorizada y llevados a disposición final autorizado.
Efluentes líquidos: Durante cada campaña de mantenimiento de las
instalaciones eléctricas, limpieza de módulos fotovoltaicos (3
limpiezas de módulos al año), se considera un sistema de fosa séptica
que contara con dren de infiltración, se estima una generación de 0,9
m3/día. Los lodos que se generarán son del tipo domiciliario y la
limpieza se realizará 3 veces al año, luego de haberse llevado las
mantenciones del Proyecto, por empresas que cuente con las
autorizaciones sanitarias para y la disposición final autorizada.
Fase de Cierre: Los Residuos de tipo domésticos a generar por el proyecto, serán 2.250 kg/mes, los que serán almacenado en un sitio transitorio, la frecuencia de retiro será 3 veces por semana, para luego ser llevados a un relleno sanitario autorizado por SEREMI de Salud.
En cuanto a los Residuos Sólidos Industriales No Peligrosos, el proyecto generará 40.873 kg/mes, los que serán almacenados en una bodega de residuos no peligrosos y serán llevados disposición final autorizado.
Respecto de los Residuos Industriales Peligrosos: el proyecto generará 682 kg/mes, los serán almacenados en el sitio de almacenamiento en el sitio de almacenamiento temporal de residuos peligrosos, con una frecuencia de retiro menor a 6 meses, por una empresa autorizada y llevados a disposición final autorizado.
Efluentes líquidos: Se considera baños químicos. La mantención y limpieza se realizará por una empresa autorizada que cuente con los permisos vigentes y llevados a disposición final por una empresa sanitaria autorizada. Además, se utilizará un sistema de fosa séptica que contará con dren de infiltración en el sector de Instalación de Faenas. Los lodos serán retirados una vez al término de la fase de construcción, sin embargo, como medida de prevención, este se realizará con una frecuencia de retiro de cada 2 meses, por una empresa autorizada por la autoridad sanitaria para su transporte y disposición final autorizado.
Por lo anterior, durante el proceso de evaluación se presentaron para la fase de construcción, operación y cierre los requisitos técnicos y formales para la obtención de los permisos ambientales sectoriales de los Artículos 138, 140 y 142 del RSEIA. Indicador que acredita su cumplimiento • Boletas, certificados y/o comprobantes que permitan acreditar que los sitios de disposición final de los residuos se encuentran autorizados. • Inspección visual y/o registro fotográfico de las condiciones de almacenaje de los residuos no peligrosos de la obra. • Autorización para almacenar temporalmente los residuos no peligrosos dentro del predio. • Obtención de los permisos ambientales sectoriales de los Artículos 138, 140 y 142 del RSEIA. Aprobaciones de proyecto y autorizaciones sanitarias a que se refieren los Artículos 79 y 80 del D.F.L. Nº 725/67 Código Sanitario. Forma de control y seguimiento • Registro de retiro de los residuos por parte del transportista autorizado y dispuestos en sitios de disposición final autorizados. Autorización sanitaria del transportista autorizado, y lo indicado anteriormente todos disponibles en faena. Referencia al ICE para mayores detalles Capítulo 8 del ICE, específicamente en el punto 8.2.11.
7.13. COMPONENTE/MATERIA: Residuos sólidos peligrosos.
Norma
Decreto Supremo Nº 148 de 2003, Aprueba Reglamento Sanitario
sobre Manejo de Residuos Peligrosos, 12 de junio de 2003,
Ministerio de Salud.
Fase del Proyecto a la que
Fase de construcción, operación y cierre.
Fase de Operación: Los Residuos Peligrosos serán almacenados en la bodega de residuos peligros de la instalación de faenas, para luego ser llevados a disposición final autorizado.
Fase de Cierre: Los Residuos Peligrosos serán almacenados temporal en la bodega de residuos peligrosos, con una frecuencia de retiro menor a 6 meses, para posteriormente ser retirados por una empresa autorizada y llevados a disposición final autorizado.
La bodega se construirá de acuerdo a lo establecido en el D.S. N° 148 que regula el manejo de los residuos peligrosos, además, los residuos estarán etiquetados de acuerdo a lo establecido en la Norma Chilena 2.190 Of 93.
Indicador que acredita su cumplimiento - Registros que acrediten el retiro y disposición final de residuos peligrosos, mediante empresa autorizada. - Autorización para el almacenaje de residuos peligrosos. - Registros de declaración en SIDREP. Aprobación del PAS del artículo 142. Obtención de Autorización Sanitaria de funcionamiento de la bodega de almacenamiento de residuos sólidos peligrosos. Forma de control y seguimiento Se mantendrá copia de las autorizaciones sanitarias de las empresas transportistas de residuos sólidos peligrosos. Registro de lugar de disposición final. Registro en el RETC al día e histórico; disponibles en faena. Verificación de que se cuente con Registro de declaración y retiro de residuos en SIDREP. Referencia al ICE para mayores detalles Capítulo 8 del ICE, específicamente en el punto 8.2.12.
7.14. COMPONENTE/MATERIA: Almacenamiento de sustancias peligrosas.
Norma
Decreto Supremo Nº 43 de 2015, Reglamento de almacenamiento de
sustancias peligrosas, 27 de julio de 2015, Ministerio de Salud.
Fase del Proyecto a la que
aplica o en la que se dará
cumplimiento
Fase de construcción, operación y cierre.
Parte, obra o acción a la que
aplica
El Proyecto contempla el almacenamiento de sustancias peligrosas,
tales como aceites, lubricantes, diluyentes, entre otros.
Forma de cumplimiento
Se cumplirá con los aspectos de almacenaje y manipulación de
insumos peligrosos, establecidos en el presente Reglamento, a saber:
Los pisos de los sectores de almacenaje serán de material resistente,
impermeable y no poroso, de tal manera que facilitan una limpieza
oportuna y completa. Los sectores de almacenaje estarán provistos
con extintores compatibles con los productos almacenados, en
7.15. COMPONENTE/MATERIA: Sustancias peligrosas. Norma Decreto Supremo Nº 594 de 1999, Aprueba Reglamento sobre condiciones sanitarias y ambientales básicas en los lugares de trabajo, 15 de septiembre de 1999, Ministerio de Salud. Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Fase de construcción, operación y cierre. Parte, obra o acción a la que aplica Almacenaje de insumos con características de peligrosidad. Forma de cumplimiento Se cumplirá con los aspectos de almacenaje y manipulación de insumos peligrosos, establecidos en el presente Reglamento, a saber: Los pisos de los sectores de almacenaje serán de material resistente, impermeable y no poroso, de tal manera que facilitan una limpieza oportuna y completa. Los sectores de almacenaje estarán provistos con extintores compatibles con los productos almacenados, en cantidad y distribución acorde a lo establecido en este Decreto. Indicador que acredita su cumplimiento • Instalación de bodega de SUSPEL • Mantener productos químicos, debidamente rotulados en bodega común autorizada sectorialmente previo a su utilización. Forma de control y seguimiento • Hojas de datos de seguridad a disposición de la autoridad fiscalizadora en el sitio de almacenamiento. • Autorización Sanitaria para el funcionamiento de las instalaciones de almacenamiento de sustancias peligrosas en el caso de ser procedente debido a la cantidad de sustancias peligrosas a almacenar. Referencia al ICE para mayores detalles Capítulo 8 del ICE, específicamente en el punto 8.2.14.
7.16. COMPONENTE/MATERIA: Contaminación Lumínica.
Norma
Decreto Supremo N° 43 de 2012, Establece Norma de Emisión para
la Regulación de la Contaminación Lumínica, elaborada a partir de la
revisión del Decreto Nº 686, de 1998, del Ministerio de Economía,
Fomento y Reconstrucción, 17 de diciembre de 2012, Ministerio del
Medio Ambiente.
Fase del Proyecto a la que
aplica o en la que se dará
cumplimiento
Fase de construcción, operación y cierre.
Parte, obra o acción a la que
aplica
Para las iluminarias del Proyecto.
Forma de cumplimiento
La luminaria exterior que se instale para el Proyecto cumplirá con los
límites de emisión establecidos por el presente Decreto.
Indicador que acredita su
Certificado emitido por el instalador de la luminaria exterior y/o
7.17. COMPONENTE/MATERIA: Combustible. Norma Decreto Supremo N° 160/2008, Reglamento de Seguridad para las instalaciones y operaciones de producción y refinación, transporte, almacenamiento, distribución y abastecimiento de combustibles líquidos. Ministerio de Economía, Fomento y Reconstrucción. Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Fase de construcción, operación y cierre. Parte, obra o acción a la que aplica Fase de construcción, operación y cierre. Forma de cumplimiento Abastecimiento de combustible para todos los vehículos, equipos o maquinarias utilizados en las Fases del Proyecto Indicador que acredita su cumplimiento El abastecimiento de combustibles se realizará de acuerdo a los procedimientos que son indicados en la Hoja de Seguridad de cada tipo de combustible líquido, además de contar con un Plan de Manejo de Residuos Peligrosos correspondientes aprobado por la autoridad sectorial. El transporte de combustible será realizado por empresas contratistas, exigiéndole el cumplimiento de la presente normativa y con las condiciones de seguridad para evitar riesgos derivados del transporte. Forma de control y seguimiento Se mantendrá registro del fiel cumplimiento del Plan de Manejo de Sustancias Peligrosas, además se mantendrá registro de los respectivos certificados de las instalaciones de almacenamiento. Referencia al ICE para mayores detalles Capítulo 8 del ICE, específicamente en el punto 8.2.16.
7.18. COMPONENTE/MATERIA: Cursos de agua. Norma Decreto con Fuerza de Ley N° 1.122 de 1981, Fija el texto del Código de Aguas, de 1981, 13 de agosto de 1981, Ministerio de Justicia. Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Fase de construcción. Parte, obra o acción a la que aplica Obras de modificación y de defensa de cauce. Forma de cumplimiento Para la ejecución de las obras de modificación y de defensa de cauce el Titular presenta los contenidos técnicos y formales actualizados para la obtención de los PAS 156 del RSEIA, actualizados en el Anexo C de la Adenda Complementaria. Indicador que acredita su cumplimiento Obtención del PAS 156. Forma de control y seguimiento Registro de la obtención del PAS 156 disponibles para fiscalización. Referencia al ICE para mayores detalles Capítulo 8 del ICE, específicamente en el punto 8.3.1.
Referencia al ICE para mayores detalles Capítulo 8 del ICE, específicamente en el punto 8.3.2.
7.20. COMPONENTE/MATERIA: Flora y Vegetación. Norma Ley N°20.283/2008 del Ministerio de Agricultura. Ley Sobre Recuperación del Bosque Nativo y Fomento Forestal. Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Fase de construcción. Parte, obra o acción a la que aplica Construcción de la LMT (habilitación de franja LMT). Forma de cumplimiento En el área de influencia se encontraron formaciones vegetales reguladas por la Ley Nº 20.283. La formación Matorral muy abierto de Atriplex clivicola y Bulnesia chilensis, cumple con los criterios de formación xerofítica debido a la dominancia de Bulnesia chilensis, la cual está descrita en el D.S. N°68/2009 como especie autóctona. Se elaborará de un Plan de Trabajo para la corta, descepado o intervención de formaciones xerofíticas, el cual considera medidas de protección ambiental durante la corta y descepado de xerofíticas para la habilitación de franja LMT, referidas a la protección de suelo, prevención y combate de incendios forestales y para asegurar la diversidad biológica, se detallan en el Anexo B.5 Actualización PAS 151 de la Adenda. Por otro lado, se impartirán charlas formativas a los trabajadores tendientes a la prevención de daños a la flora y vegetación. Indicador que acredita su cumplimiento Plan de trabajo para la corta, descepado o intervención de la formación xerofítica. Forma de control y seguimiento - Resolución de Calificación Ambiental Favorable del Proyecto. Autorización sectorial CONAF (PAS 151). Referencia al ICE para mayores detalles Capítulo 8 del ICE, específicamente en el punto 8.3.3.
7.21. COMPONENTE/MATERIA: Fauna.
Norma
Ley Nº 19.473 de 1996, Ley de Caza, septiembre de 1996, Ministerio
de Agricultura.
Fase del Proyecto a la que
aplica o en la que se dará
cumplimiento
Fase de construcción.
Parte, obra o acción a la que
aplica
Obras
de
habilitación
y
construcción,
mantención
y
desmantelamiento del Parque Fotovoltaico.
Forma de cumplimiento
Se realizará una perturbación controlada. Para esto se consideran las
siguientes actividades de ahuyentamiento de los individuos a través
de la remoción manual de los refugios de reptiles (ej. rocas, piedras
arbustos), previo al inicio de la construcción del Proyecto, evitando
la intervención de maquinaria.
Indicador que acredita su
cumplimiento
Aviso a la SMA ante ocurrencia de eventos, según indica el Plan de
Contingencia y Emergencia.
8°. Que, durante el procedimiento de evaluación de la DIA el Titular del Proyecto propuso los siguientes compromisos ambientales voluntarios:
8.1. Humectación de caminos no pavimentados Impacto asociado No aplica. Fase del Proyecto a la que aplica Construcción y cierre. Objetivo, descripción y justificación Objetivo: Reducción de emisiones atmosféricas de MP por circulación de vehículos por caminos no pavimentados.
Descripción: Humectación del camino de acceso e interno del Proyecto.
Justificación: Mantener la eficiencia de la medida de control de emisiones atmosféricas material particulado (75%). Lugar, forma y oportunidad de implementación Lugar: Camino de acceso y camino interno del Proyecto.
Forma: Humectación de camino de acceso e interno mediante camión aljibe.
Oportunidad: Todos días con una frecuencia de 2 veces al día, durante la fase de construcción y cierre del Proyecto. Indicador que acredite su cumplimiento Aplicación de la humectación con una frecuencia de 2 veces al día de manera día, por todo lo que dure la fase de construcción y cierre. Forma de control y seguimiento Se mantendrá un registro y control diario en faena de la cantidad de agua a utilizar para la humectación de caminos no pavimentados (m3), tanto para la fase de construcción, como de cierre, indicándose en este registro la frecuencia de camiones, la ubicación, superficie en donde fue aplicada, su origen, e indicándose, además, las horas del día en la cual se realizó la humectación. Lo anterior se mantendrá a disposición en faena en caso de que la autoridad lo requiera. Referencia al ICE para mayores detalles Capítulo 10 del ICE, específicamente la Tabla 10.1.1.
8.2. Campañas de medición de ruido
Impacto asociado
Alteración de los niveles de ruido en receptores.
Fase del Proyecto a la
que aplica
Construcción.
Objetivo, descripción y
justificación
Objetivo: Ejecución de campañas de medición de ruido para dar
cumplimiento del D.S. N°38/11 del MMA durante la fase de construcción
en periodo diurno en receptores cuyo valor modelado se encuentra
Descripción: Se efectuarán campañas de ruido en los receptores en donde los valores modelados se encuentran cercanos al valor límite establecido en la normativa vigente (D.S. N°38/11 del MMA), correspondientes a los receptores R1 y R5, durante la fase de construcción.
Justificación: Se dará cumplimiento al D.S. N°38/11 del MMA para todos los receptores. Sin embargo, se ejecutarán campañas de medición de ruido sobre los receptores que se encuentran cercanos al valor límite establecido en la normativa, con el objeto de mantener su cumplimiento normativo. Lugar, forma y oportunidad de implementación Lugar: Receptores R1: Oficina de venta de explosivos "Famesa" (E: 380102; N: 6973377) y R5 Planta de Cal “INACAL" ubicada a un costado de ruta 31 CH (E: 379065; N: 6973423).
Forma: Se realizarán 3 campañas de ruido en los receptores R1 y R5; cada dos meses, comenzado la primera campaña al inicio de la fase de construcción, posteriormente a los dos meses, y finalizar con la tercera campaña durante el último mes de la fase de construcción.
Oportunidad: Durante la fase de construcción. Indicador que acredite su cumplimiento Informe de Ruido en el cual se presenten los resultados de las campañas realizadas en los receptores indicados, dando cumplimiento normativo del D.S. N°38/11 del MMA. Forma de control y seguimiento Copia de ingreso a la SMA del informe de ruido de las campañas realizadas. Referencia al ICE para mayores detalles Capítulo 10 del ICE, específicamente la Tabla 10.1.2.
8.3. Perturbación controlada de fauna terrestre de baja movilidad (reptiles) Impacto asociado Alteración de hábitat de fauna de baja movilidad. Fase del Proyecto a la que aplica Construcción. Objetivo, descripción y justificación Objetivo: Evitar la pérdida de ejemplares de reptiles por la construcción de las obras del Proyecto, a través de la inducción del abandono de estos ejemplares desde las áreas a intervenir, previo a la construcción del Proyecto.
Descripción: Esta actividad, corresponde a un manejo consistente en inducir el abandono de los ejemplares que se encuentran en las áreas a intervenir por el Proyecto, en forma previa a la construcción de éste, hacia sectores emplazados fuera del área de faenas. La finalidad de esta técnica es reducir el estrés de los ejemplares, evitando su manipulación y que dichos ejemplares ocupen nuevas áreas, que en determinados casos requieren aumento de la oferta de hábitat.
Justificación: Las especies de baja movilidad, debido a sus características
intrínsecas, ya sea por su comportamiento etológico y/o fisiología,
presentan dificultades para escapar ante las intervenciones del Proyecto.
Por tanto, se considera esta medida de manera de evitar o disminuir la
mortalidad de individuos presentes en el área de ejecución de las obras,
orientando su desplazamiento hacia zonas aledañas (perturbación
controlada).
Forma: Esta actividad consiste en realizar el ahuyentamiento de los individuos a través de la remoción manual de los refugios de reptiles (e.g. rocas, piedras arbustos), previo al inicio de la construcción del Proyecto, evitando la intervención de maquinaria. El ahuyentamiento se logra a través de los ruidos molestos y eliminación de los refugios presentes. Además, se identificará la existencia de sitios similares, cercanos al área de intervención, donde serán desplazados los ejemplares, y se evaluará la necesidad de construir pircas con materiales naturales propios del sector (arbustos, piedras) que servirán como refugio para los individuos desplazados. Posterior a las labores mencionadas, el equipo de profesionales realizará el recorrido del área de intervención para verificar la ausencia de individuos y de evidencias indirectas (huellas, fecas y/o muda). En caso de encontrar hallazgos, se repiten las actividades de perturbación controlada junto con las actividades de remoción de refugios. Una vez finalizada la perturbación controlada y verificada la ausencia de individuos, se completará una ficha de liberación (Tabla 27 de la Adenda), que hará referencia a cada obra o superficie sin ejemplares (coordenadas UTM), la fecha de cierre de la actividad y las principales observaciones realizadas en terreno. Luego de verificar el éxito de la medida, se permitirá el ingreso de la maquinaria y el inicio de las obras (lo cual deberá iniciarse inmediatamente una vez liberada el área), lo que evitará la recolonización inmediata de estos terrenos por parte de reptiles.
Oportunidad: Se realizará previo a la fase de construcción, por lo que la perturbación se programará de acuerdo con el calendario de construcción y frentes de trabajo, ejecutándose al menos 3 a 5 días antes del inicio de cada faena. Indicador que acredite su cumplimiento 100% de superficie de intervención sometida a perturbación controlada y revisión final por parte del especialista. - Ausencia de ejemplares de baja movilidad (liberación de áreas). Forma de control y seguimiento Se llevará registros de: - Acciones de la perturbación controlada: Áreas donde se ejecutó remoción de refugios, identificación de sitios similares, construcción de refugios (de requerirse), verificación de ausencia de ejemplares, liberación de áreas. - Fichas de liberación. Por su parte, se emitirá los siguientes informes a la autoridad (SMA y SAG Región de Atacama): - Informe de perturbación controlada: que dé cuenta del éxito de la perturbación controlada y resultados de los medios de verificación (100% de áreas liberadas). Se emitirá 60 días después del término de actividades de ahuyentamiento. Referencia al ICE para mayores detalles Capítulo 10 del ICE, específicamente la Tabla 10.1.3.
8.4. Contratación mano de obra local y servicios locales
Impacto asociado
No aplica.
Fase del Proyecto a la
Construcción, operación y cierre.
Descripción: Se coordinarán las acciones con la OMIL del Municipio de Copiapó para dar prioridad a la contratación de mano de obra y servicios locales durante la fase de construcción, operación y cierre del Proyecto, de personas residentes de la comuna de Copiapó.
Justificación: Privilegiar la contratación de mano de obra local y servicios locales de la comuna de Copiapó. Lugar, forma y oportunidad de implementación Lugar: Comuna de Copiapó.
Forma: Se coordinarán las acciones con la OMIL del Municipio de Copiapó para dar prioridad a la contratación de mano de obra local y servicios locales, tanto en la fase de construcción como de cierre. Durante la fase de operación no se requerirá personal de manera permanente en el parque fotovoltaico, y el personal a cargo de las mantenciones, las cuales se estima que se efectuarán 3 veces al año, estará contratado mediante la empresa encarada del servicio.
Oportunidad: Durante la fase de construcción, operación y cierre del Proyecto. Indicador que acredite su cumplimiento - Planilla del personal contratado al inicio de cada fase (construcción y cierre). - Contrato de servicio de mantención con empresa a cargo (fase de operación) Forma de control y seguimiento Se entregará el medio de verificación, correspondiente a la planilla del personal contratado o contrato de servicio, según corresponda, al inicio de cada fase, a la SEREMI de Desarrollo Social y Familia de la Región de Atacama, Superintendencia del Medio Ambiente y a la Ilustre Municipalidad de Copiapó. Referencia al ICE para mayores detalles Capítulo 10 del ICE, específicamente la Tabla 10.1.4.
8.5. Charlas y capacitaciones temáticas ambientales. Impacto asociado No aplica. Fase del Proyecto a la que aplica Construcción. Objetivo, descripción y justificación Objetivo: Realizar charlas de inducción y Capacitación a todos los trabajadores del Proyecto y de empresas colaboradoras, antes del inicio de las obras, y a medida que se vayan incorporando nuevos trabajadores, en temáticas ambientales, tales como flora y vegetación, fauna, patrimonio cultural, etc.
Descripción: Se realizarán charlas de inducción de temáticas ambientales, tales como flora y vegetación, fauna, arqueología y paleontología, a todos los trabajadores propios del Proyecto y de empresas colaboradoras, antes del inicio de las obras y a medida que se vayan incorporando nuevos trabajadores.
Justificación: Mantener al personal capacitado para saber cómo prevenir
posible afectación a algún componente ambiental, o como proceder ante
posibles hallazgos.
Forma: Se realizarán las charlas y capacitaciones, conforme a lo establecido en el presente proceso de evaluación, según se indica a continuación: Flora y Vegetación: Se impartirán charlas formativas a los trabajadores tendientes a la prevención de daños a la flora y vegetación, no obstante, en el área de influencia no se desarrolla vegetación y flora natural. Fauna: Capacitación mensual al personal respecto de las medidas de gestión del Proyecto y la fauna silvestre. Se indicará sobre la potencial presencia de fauna silvestre en el área del Proyecto, en específico de aves, la prohibición de alimentación de ésta, las acciones de prevención que se deben implementar para prevenir el atropello de fauna y sobre qué hacer en caso de atropello, además de las acciones de prevención que se deben implementar para prevenir la colisión y/o electrocución y sobre qué hacer en caso de esta contingencia. Arqueología: las charlas de inducción arqueológicas propuestas, serán realizadas por un/a arqueólogo/a o licenciado/a en arqueología a cargo del monitoreo a las/los trabajadores del Proyecto sobre el componente arqueológico que se podría encontrar en el área y los procedimientos a seguir en caso de hallazgo, antes del inicio de cada obra. Paleontología: Las charlas, en el caso de las temáticas respecto a paleontología, deberán ser realizadas por un profesional paleontólogo que cumpla con el perfil del Consejo de Monumentos Nacionales, y dentro de los tópicos a tratar se incluirá un protocolo en caso de hallazgos paleontológicos no previstos.
Oportunidad: Durante la fase de construcción. Indicador que acredite su cumplimiento Flora y Vegetación: Registro de las actividades de capacitación a todo el personal. Fauna: Registro de las actividades de capacitación a todo el personal. Arqueología: Registro de los contenidos de las charlas de inducción efectuadas y la constancia de asistentes con la firma de cada trabajador/a. Paleontología: Registro de las actividades de capacitación a todo el personal. Forma de control y seguimiento Flora y Fauna: Acta de la capacitación del personal respecto de las medidas de gestión del Proyecto. Arqueología: Remitir el informe mensual a la SMA de monitoreo elaborado por el/la arqueólogo/a en un plazo máximo de 15 días hábiles luego de terminado el mes, con los contenidos de las capacitaciones y constancia de asistencia de los trabajadores. Paleontología: Una vez realizada la última inducción en el proyecto, en un plazo no mayor a 15 días, se deberá remitir un registro fotográfico por fechas y las listas de asistencia firmadas para cada charla. Referencia al ICE para mayores detalles Capítulo 10 del ICE, específicamente la Tabla 10.1.5.
8.6. Monitoreo Arqueológico. Impacto asociado Alteración a sitios con valor antropológico, arqueológico. Fase del Proyecto a la que aplica Construcción. Objetivo, descripción y justificación Objetivo: Monitoreo arqueológico permanente, por arqueólogo/a(s) y/o licenciado/a(s) en arqueología, por cada frente de trabajo, durante la fase de construcción.
Justificación: Debido a la existencia de hallazgos arqueológicos dentro del área del proyecto, se implementará monitoreo arqueológico permanente, por arqueólogo/a(s) y/o licenciado/a(s) en arqueología, por cada frente de trabajo, durante las obras de escarpe del terreno y en todas las actividades que consideren cualquier tipo de remoción de la superficie y excavación sub-superficial en el área del proyecto. Lugar, forma y oportunidad de implementación Lugar: En cada frente de trabajo, durante las obras de escarpe del terreno y en todas las actividades que consideren cualquier tipo de remoción de la superficie y excavación sub-superficial en el área del Proyecto.
Forma: El informe final de monitoreo dará cuenta de las actividades realizadas, y de haberse detectado sitios arqueológicos, se incluirá la información de rescate correspondiente. En estos casos se incluirá una revisión bibliográfica de la zona, el análisis (por tipo de materialidad) y la conservación de todos los materiales arqueológicos que se encuentren motivo de esta actividad. Para los rescates de hallazgos no previstos que aparezcan durante el monitoreo o en otra instancia, se deberá solicitar el permiso de intervención arqueológica, según el Artículo 7° del Reglamento de Excavación, establecida en la Ley 17.288 de Monumentos Nacionales. El informe mensual de monitoreo elaborado por el/la arqueólogo/a, en incluirá los antecedentes indicados en la respuesta 42 de la Adenda.
Oportunidad: Durante la fase de construcción. Indicador que acredite su cumplimiento Ingreso mensual del informe a la SMA Forma de control y seguimiento Se remitirá a la Superintendencia del Medio Ambiente (SMA) el informe mensual de monitoreo elaborado por el/la arqueólogo/a, en un plazo máximo de 15 días hábiles luego de terminado el mes. Referencia al ICE para mayores detalles Capítulo 10 del ICE, específicamente la Tabla 10.1.6.
8.7. Monitoreo Paleontológico permanente. Impacto asociado Alteración a sitios con valor antropológico. Fase del Proyecto a la que aplica Construcción. Objetivo, descripción y justificación Objetivo: Monitoreo permanente para zonas con potencial fosilífero y para las áreas susceptibles.
Descripción: Se realizará un monitoreo permanente (frecuencia diaria para zonas con potencial fosilífero) y semanal para las áreas susceptibles en el frente de trabajo y en todas las excavaciones involucradas y/o movimientos de sedimentos.
Justificación:
Prevenir
una
posible
afectación
al
Patrimonio
Paleontológico durante la fase de construcción del Proyecto, debido a que
el Proyecto se emplazará en unidades geológicas determinadas con
potencial paleontológico fosilífero (medio a alto).
Lugar, forma y
Lugar: Los trabajos de monitoreo se centrarán en la revisión de todos los
Forma: El monitoreo considerará primeramente una caracterización estratigráfica general, que conlleva la descripción litológica del suelo, con el objetivo de obtener un marco para contextualizar los restos fosilíferos que pudiesen detectarse. Se revisarán así mismo las acumulaciones de sedimento resultante de las excavaciones y escarpe. Se tomará registro fotográfico en vista general y de detalle, con escala, y se llevará un registro de la profundidad alcanzada diariamente para cada frente de excavación. Los resultados obtenidos durante los trabajos de monitoreo serán informados al CMN en informes mensuales, en cumplimiento de lo señalado por dicho Organismo en la “Guía de informes paleontológicos” (CMN, 2016). Finalmente, en caso de hallazgo paleontológico no previsto, se notificará de inmediato y por escrito al CMN, y se procederá según quede establecido en el permiso otorgado por dicho servicio de manera previa al inicio de la fase de construcción del Proyecto. La metodología de monitoreo se encuentra descrita en el Anexo B.3-2 Actualización PAS 132 de la Adenda.
Oportunidad: Durante la fase de construcción. Indicador que acredite su cumplimiento Durante la ejecución de las obras de supervisión paleontológica, se dispondrá del oficio otorgado por CMN que aprueba las obras de monitoreo, excavaciones y rescate paleontológico. Forma de control y seguimiento Se elaborarán informes mensuales con un plazo máximo de entrega de 15 días hábiles después del último monitoreo del mes. Se debe indicar la metodología utilizada de cada mes monitoreado, que contendrán las actividades realizadas en terreno incluyendo días de excavación, áreas y profundidades alcanzadas, coordenadas UTM WGS 84 Huso 19S, inspección de marinas, registro fotográfico, columnas estratigráficas con escala, en caso de ser posible la realización de estas, los resultados de la toma de muestras de sedimentos y demás aspectos exigidos por el CMN (CMN, 2016). En el caso de hallazgos fosilíferos, el nivel de éstos se ubicará en la columna estratigráfica. Los informes de monitoreo serán remitidos al Consejo de Monumentos Nacionales con una frecuencia semestral. Referencia al ICE para mayores detalles Capítulo 10 del ICE, específicamente la Tabla 10.1.7.
8.8. Monitoreo Paleontológico en sedimentos finos Impacto asociado Alteración a sitios con valor antropológico. Fase del Proyecto a la que aplica Construcción. Objetivo, descripción y justificación Objetivo: Monitoreo paleontológico en sedimentos finos.
Descripción: En el caso de identificar la presencia de sedimentos finos y una ausencia de restos paleontológicos a simple vista, se procederá a realizar el muestreo de sedimentos siguiendo la metodología indicada por CMN (2016), extrayendo 50 kg de muestra, para posterior lavado, tamizado y triado.
Justificación:
Prevenir
una
posible
afectación
al
Patrimonio
Paleontológico durante la fase de construcción del Proyecto, debido a que
el Proyecto se emplazará en unidades geológicas determinadas con
Forma: El muestreo de sedimentos durante la inspección de los frentes de excavación para su posterior análisis paleontológico por la técnica del “lavadotamizado-triado” forma parte del monitoreo paleontológico, y tiene como objeto la detección de fósiles de tamaño pequeño, es decir, difícilmente visibles a simple vista durante la inspección visual de los frentes de excavación (CMN, 2016). La metodología Técnica de lavado- tamizado-triado (CMN, 2016), se encuentra descrita en el Anexo B.3-2 Actualización PAS 132 de la Adenda.
Oportunidad: Durante la fase de construcción. Indicador que acredite su cumplimiento Durante la ejecución de las obras de supervisión paleontológica, se dispondrá del oficio otorgado por CMN que aprueba las obras de monitoreo, excavaciones y rescate paleontológico. Forma de control y seguimiento Se elaborarán informes mensuales con un plazo máximo de entrega de 15 días hábiles después del último monitoreo del mes. Se debe indicar la metodología utilizada de cada mes monitoreado, que contendrán las actividades realizadas en terreno incluyendo días de excavación, áreas y profundidades alcanzadas, coordenadas UTM WGS 84 Huso 19S, inspección de marinas, registro fotográfico, columnas estratigráficas con escala, en caso de ser posible la realización de estas, los resultados de la toma de muestras de sedimentos y demás aspectos exigidos por el CMN (CMN, 2016). En el caso de hallazgos fosilíferos, el nivel de éstos se ubicará en la columna estratigráfica. Los informes de monitoreo serán remitidos al Consejo de Monumentos Nacionales con una frecuencia semestral. Referencia al ICE para mayores detalles Capítulo 10 del ICE, específicamente la Tabla 10.1.8.
8.9. Incorporar señalética visible. Impacto asociado No aplica. Fase del Proyecto a la que aplica Construcción, operación y cierre. Objetivo, descripción y justificación Objetivo: Identificación del Titular del Proyecto de manera fácil en todos los vehículos asociados al Proyecto, en caso de que algún habitante requiera presentar una molestia.
Descripción: Se incorporará señalética visible (al menos a 20 m) en todos los vehículos asociados al Proyecto (tanto propios como de contratistas), identificando al Titular, el Proyecto en cuestión y un número de contacto, con el objetivo de poder ser identificados fácilmente, en caso de que algún habitante requiera presentar una molestia.
Justificación: En base a otras consideraciones relacionadas con el proceso de Evaluación de Impacto Ambiental del Proyecto, el Titular incorporará el compromiso voluntario de incorporar señalética visible a todos los vehículos asociados al Proyecto. Lugar, forma y oportunidad de implementación Lugar: Se incorporará señalética visible (al menos a 20 m) en todos los vehículos asociados al Proyecto (tanto propios como de contratistas).
Forma: Se incorporará señalética visible (al menos a 20 m) en todos los
vehículos asociados al Proyecto (tanto propios como de contratistas),
Oportunidad: Incorporación de señalética visible a todos los vehículos asociados al Proyecto durante las fases de construcción y cierre. Indicador que acredite su cumplimiento Instalación de la señalética en los vehículos asociados al Proyecto. Forma de control y seguimiento Registro fotográfico de la señalética instalada en los vehículos asociados al Proyecto. Referencia al ICE para mayores detalles Capítulo 10 del ICE, específicamente la Tabla 10.1.9.
- Que, las medidas relevantes del Plan de Prevención de Contingencias y del Plan de Emergencias, son las siguientes:
9.1. PLAN DE PREVENCIÓN DE CONTINGENCIAS
9.1.1. Riesgo o contingencia Sismos
Fase del Proyecto a la que aplica
Fase de construcción, operación y cierre.
Parte, obra o acción asociada
Toda el área del Proyecto.
Acciones o medidas a implementar
Construcción y Cierre:
- Previo al inicio de cada fase del Proyecto, se
dispondrá de planes de evacuación para estos
eventos, indicando cuales son los sectores más
susceptibles de ser afectados, lo que será
difundido al personal.
- Se definirán zonas de seguridad y se elaborará
un Plan de Evacuación de Emergencia para cada
subcontrato de construcción, el que incluirá un
programa
de
comunicaciones,
cuyo
cumplimiento será́ verificado y controlado por el
asesor en prevención de riesgos del Titular.
- En cada una de las fases del Proyecto, se
capacitará al personal, adoptando acciones
físicas, emocionales y técnicas que permitan
proteger la integridad de todas las personas
expuestas a los eventos, con objeto que puedan
desarrollar sus respectivos trabajos con total
normalidad.
- El diseño de ingeniería y la construcción de las
Instalaciones del Proyecto obedecerán a normas o
estándares nacionales e internacionales de
resistencia sísmica.
- En el caso de ocurrir un sismo, en cualquiera de
las Fases del Proyecto, se activará el Plan de
Emergencias.
Asimismo,
se
realizará
un
monitoreo del área afectada para evaluar y se
informará de los daños a la Autoridad Pertinente.
- Se realizarán simulacros en los cuales deberán
participar todos los trabajadores de forma
obligatoria con una frecuencia de al menos una
vez al año.
Forma de control y seguimiento
Fases de Construcción y Cierre: Existirá registro
de todos los procedimientos de simulacros y de
capacitaciones
realizadas.
Este
registro
se
encontrará presente en la Central y/o en zona de
instalación de faenas según la fase que se esté
9.1.2. Riesgo o contingencia Climatológicos Fase del Proyecto a la que aplica Fase de construcción, operación y cierre. Parte, obra o acción asociada Toda el área del Proyecto. Acciones o medidas a implementar - Se mantendrán equipos de radio y/o telefonía, con el objeto de mantener en todo momento activo el Plan de Comunicaciones. - Se realizarán charlas informativas respecto a los mecanismos de respuesta frente a un evento de aluvión, tormentas, vientos huracanados, etc. - Se mantendrán señaladas las rutas de emergencias o salidas hacia las zonas de seguridad. - En caso de ser necesario, se suspenderán las actividades y operaciones hasta que se den las condiciones adecuadas de seguridad para los trabajadores del Proyecto. Forma de control y seguimiento Existirá registro de todos los procedimientos de simulacros y de capacitaciones realizadas. Este registro se encontrará presente en la Central y/o en zona de instalación de faenas según la fase que se esté ejecutando. Referencia al ICE o documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada Tabla 7.1.2 del ICE y Anexo D Actualización Plan de Prevención de Contingencias y Emergencias de la Adenda.
9.1.3. Riesgo o contingencia Sistemas de almacenamiento de residuos
Fase del Proyecto a la que aplica
Fase de construcción, operación y cierre.
Parte, obra o acción asociada
Instalación de Faenas.
Acciones o medidas a implementar
Para minimizar eventuales efectos ambientales
derivados de fuga o derrame de residuos, se
proveerá al personal a cargo de las herramientas
y elementos de contención de derrames, estos se
describen en Tabla 2.4-3 del Anexo D de la
Adenda.
Para los residuos asimilables a domiciliarios e
industriales no peligrosos, y residuos peligrosos,
se detallan las acciones en Tabla 2.4-3 del Anexo
D de la Adenda.
Forma de control y seguimiento
Se elaborarán registros de capacitación al
personal específico sobre la manipulación de
residuos.
Estos
registros
se
mantendrán
actualizados y disponibles en el área de ejecución
del Proyecto.
9.1.4. Riesgo o contingencia Incendio Fase del Proyecto a la que aplica Fase de construcción, operación y cierre. Parte, obra o acción asociada Todas las áreas del Proyecto. Acciones o medidas a implementar Las acciones de contingencias para fase de Construcción y Cierre, y para fase se operación se detallan en la Tabla 2.4-4 del Anexo D de la Adenda. Transmisión de la alarma: El Proyecto contará con un Sistema de Videovigilancia que contará con una Central de Alarmas, que recibirá las alarmas del sistema perimetral. Un módulo Interface de Intrusión, que integrará el sistema de seguridad perimetral con la Central de Alarmas de la Central, para poder enviar las incidencias a la Central Receptora de Alarmas. Medidas de prevención Reducción del riesgo de ocurrencia: a) De la vigilancia y el aviso a la autoridad: se mantendrá vigilancia permanente a fin de poder detectar oportunamente cualquier amago de incendio. En caso de ocurrir un evento de incendio, desde teléfonos celulares y de red fija, se dará aviso a los números de emergencias 132 de Bomberos de Chile. b) Del control de riesgo: se tomarán todas las medidas que posibiliten reducir el riesgo de incendios, entre estas; realizar retiro diario de los residuos vegetales en sector, en el caso de corresponder, prohibir la acumulación de los mismos, realizar capacitaciones a los trabajadores respecto de la prohibición de hacer fuego al interior de las áreas del Proyecto. Forma de control y seguimiento Se elaborarán registros de capacitación realizados por la brigada de emergencias sobre el uso de elementos de protección y el combate contra incendios. Estos registros se mantendrán actualizados y disponibles en el área de ejecución del Proyecto, para su presentación en el caso de ser solicitado por el órgano del estado con competencia de fiscalización. Referencia al ICE o documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada Tabla 7.1.4 del ICE y Anexo D Actualización Plan de Prevención de Contingencias y Emergencias de la Adenda.
9.1.5. Riesgo o contingencia Rotura de Paneles Fotovoltaicos.
Fase del Proyecto a la que aplica
Fase de construcción, operación y cierre.
Parte, obra o acción asociada
Instalación de Paneles fotovoltaicos durante la
fase de construcción, en la fase de operación
(generación de electricidad y actividades de
mantención y conservación), y desmantelamiento
de los paneles durante la fase de cierre.
9.1.6. Riesgo o contingencia Atropello de fauna terrestre. Fase del Proyecto a la que aplica Fase de construcción, operación y cierre. Parte, obra o acción asociada Toda el área del Proyecto. Acciones o medidas a implementar Fase de construcción, operación y cierre: Se implementará un estricto control de velocidad en general para todos los vehículos del Proyecto, informando al personal y empresas contratistas respecto de los límites de velocidad de conducción permisibles en todos los caminos al interior del área del Proyecto, que permitan una oportuna reacción por parte del conductor en caso de avistar algún ejemplar de fauna terrestre. - En caso de avistamiento de animales en los caminos internos o cercanos a ellos, el conductor empleará el aviso sonoro (bocina) para ahuyentamiento. - Se instalarán señales verticales de tipo caminera con límite de velocidad en caminos interiores. - El personal estará autorizado para transitar solo por los sectores habilitados del Proyecto. - Capacitación mensual al personal respecto de las medidas de gestión del Proyecto y la fauna silvestre. Se indicará sobre la potencial presencia de fauna silvestre en el área del Proyecto, la prohibición de alimentación de ésta, las acciones de prevención que se deben implementar para prevenir el atropello de fauna y sobre qué hacer en caso de atropello. Forma de control y seguimiento Fases de construcción, operación y cierre: - Registro de las actividades de capacitación a todo el personal. - Instalación de señalética con límites de velocidad de circulación. Referencia al ICE o documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada Tabla 7.1.6 del ICE y Anexo D Actualización Plan de Prevención de Contingencias y Emergencias de la Adenda, respuesta a la pregunta 33 de la Adenda.
9.1.7. Riesgo o contingencia Colisión y/o electrocución de aves.
Fase del Proyecto a la que aplica
Fase de construcción, operación y cierre.
Parte, obra o acción asociada
Línea Eléctrica de Media Tensión (LMT).
Acciones o medidas a implementar
Fases de construcción y operación: se incorpora
la acción de prevención para todas las especies
de avifauna con riesgo de colisión y/o
electrocución.
- Capacitación mensual al personal respecto de
las medidas de gestión del Proyecto y la fauna
silvestre. Se indicará sobre la potencial presencia
de fauna silvestre en el área del Proyecto, en
específico
de
aves,
la
prohibición
de
alimentación de éstas, las acciones de prevención
que se deben implementar para prevenir la
colisión y/o electrocución y sobre qué hacer en
caso de esta contingencia.
9.1.8. Riesgo o contingencia Hallazgos de valor cultural paleontológico / arqueológico. Fase del Proyecto a la que aplica Fase de construcción y cierre. Parte, obra o acción asociada Toda el área del Proyecto. Acciones o medidas a implementar Capacitación al personal previo a las obras sobre aspectos relativos a: - Capacitación del personal respecto del procedimiento a seguir en caso de realizarse un hallazgo, firmada por todos los participantes. Se realizarán charlas de inducción paleontológicas a todo el personal del Proyecto, que incluyen la difusión del protocolo a seguir ante hallazgos paleontológicos. Las charlas de inducción en paleontología se realizarán previo al inicio de las obras y cada vez que se incorpore profesional, las cuales serán supervisadas por un paleontólogo cuyo perfil profesional cumplirá con el aprobado por el CMN para estos fines. - Se realizarán charlas de inducción arqueológicas, las que serán realizadas por un/a arqueólogo/a o licenciado/a en arqueología a las/los trabajadores del Proyecto sobre el componente arqueológico que se podría encontrar en el área y los procedimientos a seguir en caso de hallazgo, antes del inicio de cada obra. Forma de control y seguimiento Registro de capacitaciones a todo el personal de obra relativos a los hallazgos culturales paleontológicos y/o arqueológicos Referencia al ICE o documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada Tabla 7.1.8 del ICE y Anexo D Actualización Plan de Prevención de Contingencias y Emergencias de la Adenda.
9.1.9. Riesgo o contingencia Derrame de sustancias peligrosas.
Fase del Proyecto a la que aplica
Fase de construcción, operación y cierre.
Parte, obra o acción asociada
Instalación de faenas, transporte de sustancias
(fase operación)
Acciones o medidas a implementar
Fase de construcción, operación (solo en
trasporte de sustancias) y cierre:
- Revisión periódica de las instalaciones.
- En caso de identificación de fugas, localice el
origen del derrame o fuga y tome las siguientes
acciones: o
* Recurra a la hoja de seguridad de productos
químicos.
* Identifique los posibles riesgos en el curso del
derrame,
como
materiales,
equipos
y
trabajadores.
9.2. PLAN DE EMERGENCIAS
9.2.1. Sismos
Fase del Proyecto a la que aplica
Fase de construcción, operación y cierre.
Parte, obra o acción asociada
Toda el área del Proyecto.
Acciones a implementar
Ante un eventual riesgo sísmico, el personal
deberá proceder de la siguiente manera:
- No abandonar las instalaciones durante el
sismo, ya que esto constituye un riesgo.
- Alejarse de cables eléctricos, postes, edificio o
cualquier lugar desde donde podrían caer objetos.
- Buscar refugio al interior del edificio bajo
vigas, umbrales de puertas, escritorios, etc.; pero
siempre alejándose de ventanas y ventanales.
- No encender fósforos, velas u objetos
inflamables en el interior del edificio durante o
después del sismo. Deben apagarse todos los
fuegos y llamas abiertas que existan, además de
cortar el suministro de gas que pudiese estar
habilitado.
- Si es necesario evacuar oficinas, se debe hacer
en forma ordenada y con calma, dirigiéndose a la
zona de seguridad más cercana.
- Una vez iniciada la evacuación, por ningún
motivo se podrá volver a las instalaciones.
- El coordinador de la emergencia autorizará el
reintegro a las funciones normales.
- Finalmente, el reintegro de los trabajadores será
autorizado
sólo
después
que
se
haya
inspeccionado
personalmente
todas
las
dependencias de la Central, y cuando estas
ofrezcan las condiciones de seguridad necesarias.
Oportunidad y vías de comunicación a la SMA
de la activación del Plan
El Encargado de Prevención de Riesgos se
encargará de recopilar los registros referidos a
tareas de capacitaciones, simulacros, EPP,
recursos, etc. Como medio para informar a los
organismos
correspondientes,
posterior
a
ocurrida le emergencia, en caso de que se
9.2.2. Climatológicos Fase del Proyecto a la que aplica Fase de construcción, operación y cierre. Parte, obra o acción asociada Toda el área del Proyecto. Acciones a implementar Durante la emergencia: - Ante el evento de fuertes lluvias que pueden generar deslizamientos de tierras y/o caídas de rocas, el Jefe de Emergencias se asegurará que el personal y el equipo sean trasladados hacia las zonas seguras previamente señaladas y se limitarán los accesos por las rutas afectadas. - De ser necesario se realizará la llamada de alerta de evacuación. - Se monitoreará el avance del frente climático. Si la lluvia es persistente y su intensidad hace riesgosa una operación normal, se determinará la paralización de faenas, el cierre de caminos y prohibición de circulación de equipos y maquinarias. - Mantenga resguardada a personal en lugar seguro como sala de reuniones o sala de control, si no es posible llegar a estas instalaciones, resguárdese en las naves teniendo la precaución de alejarse de posible fuente de peligro y equipos energizados. - No acuda a los puntos de encuentro de emergencia que se encuentren a campo abierto y que no ofrezcan el resguardo necesario. - Dentro de lo posible no conduzca vehículos motorizados. Oportunidad y vías de comunicación a la SMA de la activación del Plan El Encargado de Prevención de Riesgos se encargará de recopilar los registros referidos a tareas de capacitaciones, simulacros, EPP, recursos, etc. Como medio para informar a los organismos correspondientes, posterior a ocurrida le emergencia, en caso de que se requiera. Referencia al ICE o documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada Tabla 7.1.2 del ICE y Anexo D Actualización Plan de Prevención de Contingencias y Emergencias de la Adenda.
9.2.3. Sistemas de almacenamiento de residuos.
Fase del Proyecto a la que aplica
Fase de construcción, operación y cierre.
Parte, obra o acción asociada
Instalación de Faenas.
Acciones a implementar
Para los residuos asimilables a domiciliarios e
industriales no peligrosos, y residuos peligrosos,
se detallan las acciones de emergencia en Tabla
2.4-3 del Anexo D de la Adenda.
Oportunidad y vías de comunicación a la SMA
de la activación del Plan
- Dentro de un plazo de 24 horas de ocurrida la
emergencia, será informada a la SMA, a través
9.2.4. Incendio. Fase del Proyecto a la que aplica Fase de construcción, operación y cierre. Parte, obra o acción asociada Todas las áreas del Proyecto. Acciones a implementar Las acciones de emergencia para fase de construcción, operación y cierre se detallan en la Tabla 2.4-4 del Anexo D de la Adenda. Oportunidad y vías de comunicación a la SMA de la activación del Plan - Dentro de un plazo de 24 horas de ocurrida la emergencia, será informada a la SMA, a través del Sistema de Seguimiento Ambiental, según lo indica la Resolución Exenta N°885/2016 del Ministerio del Medio Ambiente. - El Encargado de Prevención de Riesgos se encargará de recopilar los registros referidos a tareas de capacitaciones, simulacros, EPP, recursos, etc. Como medio para informar a los organismos correspondientes, posterior a ocurrida le emergencia, en caso de que se requiera. Referencia al ICE o documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada Tabla 7.1.4 del ICE y Anexo D Actualización Plan de Prevención de Contingencias y Emergencias de la Adenda.
9.2.5. Rotura de Paneles Fotovoltaicos.
Fase del Proyecto a la que aplica
Fase de construcción, operación y cierre.
Parte, obra o acción asociada
Instalación de Paneles fotovoltaicos durante la
fase de construcción, en la fase de operación
(generación de electricidad y actividades de
mantención y conservación), y desmantelamiento
de los paneles durante la fase de cierre.
Acciones a implementar
Fase de construcción, operación y cierre: Tras
haber detectado en el Área del Proyecto uno o
más paneles fotovoltaicos con desperfectos,
roturas, daños o cualquier otro perjuicio, se
informará al Jefe de Operación y Mantenimiento
y se dará inicio al procedimiento de reemplazo de
éste, por uno en adecuadas condiciones. Los
paneles fotovoltaicos catalogados como residuo
peligroso serán almacenados temporalmente en la
bodega de RESPEL, hasta su retiro, transporte y
disposición final, mediante empresas autorizadas.
Oportunidad y vías de comunicación a la SMA
No aplica.
9.2.6. Atropello de fauna terrestre. Fase del Proyecto a la que aplica Fase de construcción, operación y cierre. Parte, obra o acción asociada Toda el área del Proyecto. Acciones a implementar Fases de construcción, operación y cierre: - El causante de la contingencia o quien encuentre un animal herido deberá informar inmediatamente al coordinador de emergencia. - Si el animal puede moverse sin problemas, se dará por superado el incidente y se deberán reportar de forma interna (registro) las circunstancias del mismo (lugar, hora, responsables, medidas existentes en la zona) a objeto de prevenir la ocurrencia de nuevos atropellos. - Si el animal puede moverse sin problemas no se deberá tener mayor interacción con el o los ejemplares. - Si el animal no puede movilizarse con normalidad (pérdida de orientación) o presenta heridas evidentes se debe dar aviso al coordinador de la emergencia, el cual iniciará las labores de rescate por parte de profesionales capacitados. En el caso de requerir rescate del animal, este será inmediatamente llevado a un Centro de Rescate y/o Rehabilitación inscrito en el Registro Nacional de Tenedores de Fauna Silvestre (RNTFS) para ser atendido, contemplando acciones de captura según su especie y tamaño, evitando perturbar al animal y utilizando elementos de protección personal. - En caso de enviar fauna afectada a un Centro de Rescate y/o Rehabilitación, el Titular se hará cargo de todos los gastos que implica el rescate, recuperación y liberación del ejemplar. - Se mantendrán los respectivos registros para futuras fiscalizaciones. Finalmente, el Titular será quien se hará responsable de todo lo que conlleve el tratamiento y captura de la fauna, que a consecuencia de las obras del Proyecto pueda generar algún incidente sobre esta, tal sea el caso, por ejemplo, de un atropello u otro incidente. Oportunidad y vías de comunicación a la SMA de la activación del Plan Vía y Oportunidad: Se enviará el informe realizado ante la ocurrencia de incidente por atropello de fauna terrestre al Servicio Agrícola y Ganadero y a la Superintendencia del Medio Ambiente. Referencia al ICE o documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada Tabla 7.1.6 del ICE y Anexo D Actualización Plan de Prevención de Contingencias y Emergencias de la Adenda, respuesta a la pregunta 33 de la Adenda.
9.2.8. Hallazgos de valor cultural paleontológico / arqueológico.
Fase del Proyecto a la que aplica
Fase de construcción y cierre.
Parte, obra o acción asociada
Toda el área del Proyecto.
Acciones a implementar
En el momento de encontrar un hallazgo no
previsto, se dará la orden de paralizar los trabajos
en esa área y se procederá a informar de
inmediato
y
por
escrito
al
Consejo
de
Monumentos
Nacionales,
para
que
este
organismo autorice los procedimientos a seguir
Oportunidad y vías de comunicación a la SMA
de la activación del Plan
Dentro de un plazo de 24 horas de ocurrida la
emergencia, será informada a la SMA, a través
del Sistema de Seguimiento Ambiental, según lo
indica la Resolución Exenta N°885/2016 del
Ministerio del Medio Ambiente. Elaboración de
informe que dé cuenta de las acciones a seguir
posterior a la información al CMN, y su
correspondiente seguimiento.
Referencia al ICE o documentos del expediente
Tabla 7.1.8 del ICE y Anexo D Actualización
9.2.9. Derrame de sustancias peligrosas.
Fase del Proyecto a la que aplica
Fase de construcción, operación y cierre.
Parte, obra o acción asociada
Instalación de faenas, transporte de sustancias
(fase operación)
Acciones a implementar
Fase de construcción, operación (solo en
trasporte de sustancias) y cierre:
- Alertar a sus compañeros sobre el derrame o
fugas para que no se acerquen.
- Ventilar el área - Delimitar el área
contaminada.
- Rodear con materiales que adsorben como
arena.
- Apagar todos los equipos o fuentes de ignición.
- Disponer de equipos de amago de incendio.
- Controlar y contenga el derrame.
- Antes de comenzar con el control y contención
del derrame o fuga deben colocarse los
elementos de protección personal adecuados
tales como, ropa adecuada impermeable y
resistente a los productos químicos, guantes
protectores, lentes de seguridad y protección
respiratoria.
- Adoptar procedimiento de derrame de
sustancias peligrosas.
- Localizar el origen del derrame o fuga, o
controlar dentro de lo posible a ese punto.
-
Contención
con
barreras
o
materiales
absorbentes.
- Si es posible realizar barrera con tierra y zanjas.
- Evitar contaminar el medio ambiente.
- Evitar que la contaminación llegue a cauces o
caudales.
- Limpiar la zona contaminada.
- Adsorber o neutralizar.
- Lavar la zona contaminada con presión de agua
(salvo que esté contraindicado).
- Señalizar los receptáculos donde se van a
depositar los residuos.
- Todos los productos recogidos deben tratarse
como residuos peligrosos.
Oportunidad y vías de comunicación a la SMA
de la activación del Plan
Fase de construcción, operación (solo en
trasporte de sustancias) y cierre: Dentro de un
plazo de 24 horas de ocurrida la emergencia, será
informada a la SMA, a través del Sistema de
Seguimiento Ambiental, según lo indica la
Resolución Exenta N°885/2016 del Ministerio
del Medio Ambiente.
Referencia al ICE o documentos del expediente
de evaluación que contenga la descripción
detallada
Tabla 7.1.9 del ICE y Anexo D Actualización
Plan
de
Prevención
de
Contingencias
y
Emergencias de la Adenda, respuesta a la
pregunta 33 de la Adenda.
-
Que, el Titular deberá remitir a la Superintendencia del Medio Ambiente la información respecto de las condiciones, compromisos o medidas, ya sea por medio de monitoreos, mediciones, reportes, análisis, informes de emisiones, estudios, auditorías, cumplimiento de metas o plazos, y en general cualquier otra información destinada al seguimiento ambiental del Proyecto, según las obligaciones establecidas en la presente Resolución de Calificación Ambiental y las Resoluciones Exentas que al respecto dicte la Superintendencia del Medio Ambiente. De igual forma, y a objeto de conformar el Sistema Nacional de Información de Fiscalización Ambiental (SNIFA), el Registro Público de Resoluciones de Calificación Ambiental y registrar los domicilios de los sujetos sometidos a su fiscalización en conformidad con la ley, el Titular deberá remitir en tiempo y forma toda aquella información que sea requerida por la Superintendencia del Medio Ambiente a través de las Resoluciones Exentas que al respecto ésta dicte.
-
Que, el Titular deberá informar a la Superintendencia del Medio Ambiente la realización de la gestión, acto o faena mínima que da cuenta del inicio de la ejecución de obras, a que se refiere el Considerando 4.1 de la presente Resolución.
-
Que, con el objeto de dar adecuado seguimiento a la ejecución del Proyecto, el Titular deberá informar a la Superintendencia del Medio Ambiente, al menos con una semana de anticipación, el inicio de cada una de las fases del Proyecto, de acuerdo a lo indicado en la descripción del mismo.
-
Que, la Superintendencia del Medio Ambiente, de oficio o a petición de parte o de algún organismo sectorial, podrá aprobar, modificar o complementar el contenido del plan de seguimiento de las variables ambientales y, en general, cualquier otro mecanismo establecido en la respectiva resolución de calificación ambiental que tenga dicho objeto, con el fin de asegurar, en el transcurso del tiempo, que el seguimiento de las variables ambientales cumpla con su objetivo de forma eficiente y eficaz.
-
Que, para que el proyecto “Parque Solar Fotovoltaico San Francisco” pueda ejecutarse, deberá cumplir con todas las normas vigentes que le sean aplicables.
-
Que, el Titular deberá informar inmediatamente a la Secretaría de la Comisión de Evaluación de la Región de Atacama y a la Superintendencia del Medio Ambiente, la ocurrencia de impactos ambientales no previstos en la DIA, asumiendo inmediatamente las acciones necesarias para abordarlos.
-
Que, el Titular del Proyecto deberá comunicar inmediatamente y por escrito a la Dirección Regional del SEA Servicio de Evaluación Ambiental Región de Atacama la ocurrencia de cambios de titularidad, representante legal, domicilio y correo electrónico, de acuerdo a lo establecido en el inciso tercero del artículo 162 y artículo 163, ambos del Reglamento del SEIA.
-
Que, se hace presente al Titular que cualquier modificación al Proyecto que constituya un cambio de consideración, en los términos definidos en el artículo 2° letra g) del Reglamento del SEIA, deberá someterse al SEIA.
-
Que, todas las medidas, condiciones, exigencias y disposiciones establecidas en la presente Resolución son de responsabilidad del Titular, sean implementadas por éste directamente o a través de un tercero.
RESUELVO:
1°. Calificar favorablemente la Declaración de Impacto Ambiental del proyecto “Parque Solar Fotovoltaico San Francisco”, de San Francisco SpA.
2°. Certificar que el proyecto “Parque Solar Fotovoltaico San Francisco” cumple con la normativa de carácter ambiental aplicable.
3°. Certificar que el proyecto “Parque Solar Fotovoltaico San Francisco” cumple con los requisitos de carácter ambiental contenidos en los permisos ambientales sectoriales que se señalan en los artículos 132, 138, 140, 142, 151, 156 y 160 del D.S. Nº 40/2012 del Ministerio del Medio Ambiente, Reglamento del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental.