Evaluación SEA

Modificación LTE Los Angeles Sur - Duqueco

Rol 2146014912
SEA · DIA · Aprobado · 2020-03-20 · Región del Biobío · wpd Duqueco S.p.A.

de Puntuacion REPÚBLICA DE CHILE

ao COMISIÓN DE EVALUACIÓN Región del Biobío

Califica Ambientalmente el proyecto “Modificación LTE Los Ángeles Sur — Duqueco” Resolución Exenta N* 190

Concepción, 14 de agosto de 2020

VISTOS:

1?. La Declaración de Impacto Ambiental (DÍA) y su Adenda de 27 de mayo de 2020, del proyecto “Modificación LTE Los Angeles Sur — Duqueco”, presentada por Wpd Duqueco S.p.A. con fecha 18 de marzo de 2020.

2”. Los pronunciamientos y observaciones de los órganos de la administración del Estado que, sobre la base de sus facultades legales y atribuciones, participaron en la evaluación de la DÍA, y que se detallan en el Capítulo 3 del Informe Consolidado de Evaluación (ICE) de la DIA del proyecto “Modificación LTE Los Ángeles Sur — Duqueco”.

3”. El Acta de Evaluación N* 36 de 17 de junio de 2020, del Comité Técnico de la Región del Biobío.

4%. ELICE de la DIA del proyecto “Modificación LTE Los Ángeles Sur — Duqueco” de 23 de julio de 2020.

5*. El acuerdo de la Sesión de la Comisión de Evaluación de la Región del Biobío, de fecha 10 de agosto de 2020.

6”. Los demás antecedentes que constan en el expediente de evaluación de impacto ambiental de la DIA del proyecto “Modificación LTE Los Ángeles Sur — Duqueco”.

7”. Lo dispuesto en la Ley N” 19.300, Sobre Bases Generales del Medio Ambiente; el D.S. N 40, de 2012, del Ministerio del Medio Ambiente, Reglamento del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental (Reglamento del SETA); la Ley N? 19.880, que Establece Bases de los Procedimientos Administrativos que Rigen los Actos de los Órganos de la Administración del Estado; la Ley N 18.575, Ley Orgánica Constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado; la Resolución N 7, de 2019, de la Contraloría General de la República, que fija normas sobre exención del trámite de toma de razón; el Reglamento de Sala de la Comisión de Evaluación de la Región del Biobío, aprobado mediante Resolución Exenta N 267 de fecha 21 de julio de 2014; la Resolución TRA 119046/47/2019 de fecha 25 de abril de 2019, del Servicio de Evaluación Ambiental, que nombra a la Directora Regional del Servicio de Evaluación Ambiental de la Región del Biobío.

CONSIDERANDO: 19. Que, Wpd Duqueco S.p.A. (en adelante, el Titular), ha sometido al Sistema de Evaluación de

Impacto Ambiental (SEIA) la DIA del proyecto “Modificación LTE Los Ángeles Sur — Duqueco” (en adelante, el Proyecto). Los antecedentes del Titular son los siguientes:

Titular wpd Duqueco S.p.A. RUT 76.560.824-4 Domicilio Augusto Leguía Sur 160, 0f 32, Las Condes, Santiago

Fono (56 2) 27520570

Representante Legal Tomas Schróter Gálvez

R.U.T 13.550.677-K

Domicilio Augusto Leguía Sur 160, of 32, Las Condes, Santiago Fono (56 2) 27520570

Correo Electrónico t.schroter(Qwpd.cl

  1. Que, conforme se indica en el ICE de fecha 23 de julio de 2020, la Directora del Servicio de Evaluación Ambiental VIII Región del Biobío ha recomendado aprobar el Proyecto, por cuanto por cuanto cumple con la normativa de carácter ambiental aplicable identificada en la sección 9 del ICE; cumple con los requisitos de otorgamiento de carácter ambiental contenidos en los permisos ambientales sectoriales aplicables identificados en la sección 10 del ICE; no genera ni presenta los efectos, características o circunstancias del artículo 11 de la Ley N* 19.300, que dan origen a la necesidad de evaluar un Estudio de Impacto Ambiental; y el Titular ha subsanado los errores, omisiones € inexactitudes planteados en los Informes Consolidados de Aclaraciones, Rectificaciones y Ampliaciones.

3”. Que, en sesión de 10 de agosto de 2020, la Comisión de Evaluación de la Región del Biobío acordó calificar favorablemente el proyecto “Modificación LTE Los Ángeles Sur — Duqueco”, aprobando íntegramente el contenido del ICE de 23 de julio de 2020, el que forma parte integrante de la presente Resolución. Por lo tanto, conforme a lo indicado en el artículo 60 inciso segundo del Reglamento del SELA, se excluyen de la presente Resolución las consideraciones técnicas en que se fundamenta.

4*. Que, según lo señalado en la DIA y sus anexos y en su Adenda, los cuales forman parte integrante de la presente Resolución, la descripción del Proyecto es la que a continuación se indica:

4.1. ANTECEDENTES GENERALES

Objetivo general El objetivo del proyecto es la optimización de un proyecto que ya cuenta con calificación ambiental favorable, mediante la modificación de la Línea de Transmisión Eléctrica asociada al proyecto “LTE Los Ángeles Sur — Duqueco”, en adelante “el proyecto original”, calificado ambientalmente favorable mediante Resolución Exenta N*49 del 20 de febrero del 2020.

El proyecto consiste en la modificación de la Línea de Transmisión Eléctrica (en adelante “LTE”) asociada al proyecto “LTE Los Ángeles Sur — Duqueco”. El proyecto originalmente aprobado contempla la construcción y operación de una Subestación Eléctrica (en adelante “S/E”) y una Línea de Transmisión Eléctrica (LTE) aérea de 1x66 kV de aproximadamente 4,4 km de longitud, para transmitir la energía generada por distintos proyectos de generación (existentes O proyectados) hacia el Sistema Eléctrico Nacional (en adelante “SEN”) a través de la conexión de la S/E Los Ángeles Sur (a construir) con la S/E Duqueco (existente y operativa, propiedad de CGE). El trazado original de la LTE inicia en la futura S/E Los Ángeles Sur y se extiende en aéreo hacia el Este por 4,4 km aproximadamente, hasta la S/E Duqueco, considerando 27 torres (14 torres de suspensión, 10 torres de anclaje y 3 de remate) para sostener el tendido eléctrico. La modificación a la LTE, objeto del presente proyecto, consistirá en una desviación del trazado aprobado en una longitud de 1,2 km aproximadamente y en el cambio del método constructivo de aéreo a soterrado en 4,04 km de su extensión. Por su parte, los cruces de la Ruta 5 Sur y Avenida Las Industrias, y la conexión con la S/E Duqueco, se mantendrán en aéreo mediante la implementación de solo cinco (5) torres de anclaje.

Con respecto a la S/E Los Ángeles Sur y el Área de Servicios que contendrá las instalaciones necesarias para la operación del proyecto, no sufrirán cambios por lo que serán ejecutadas de acuerdo a las consideraciones establecidas en la RCA N*49/2020. Asimismo, para la

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construcción del proyecto, se hará uso de la Instalación de Faenas aprobada por la RCA antes mencionada.

Tipología principal, así como las aplicables a sus partes, obras o acciones

El ingreso al SEIA se justifica debido a que el proyecto responde a la tipología mencionada en la letra b) del Artículo 10 de la Ley de Bases Generales del Medio Ambiente (LBGMA), desarrollada por la letra b) del Artículo 3 del Reglamento del SEIA, que indica que requierén de evaluación ambiental, en forma previa a su ejecución:

b) Líneas de transmisión eléctrica de alto voltaje y sus subestaciones. b.1. Se entenderá por líneas de transmisión eléctrica de alto voltaje aquellas líneas que conducen energía eléctrica con una tensión mayor a veintitrés kilovoltios (23 kV).

El proyecto corresponde a la tipología recién mencionada (b.1), dado que la tensión de la LTE a modificar posee una tensión de 66 kV.

El proyecto viene a mejorar un proyecto que ya cuenta con calificación ambiental favorable e ingresa al SEIA por tratarse de una modificación de consideración, según lo indica el literal g del artículo 2 del Reglamento del SEIA.

Vida útil

La vida útil del proyecto se mantiene de acuerdo a lo estipulado en la Tabla 4.1 del Considerando 4? de la RCA N*49/2020. Inicialmente, se ha proyectado una vida útil base de 99 años para el proyecto. Sin embargo, si por razones técnicas y económicas se determina su continuidad, ésta podría extenderse mediante actividades de mantención y/o mejoras tecnológicas, situación que será debidamente informada a los organismos sectoriales pertinentes y cumplirá con la normativa ambiental vigente.

Monto de inversión

El monto estimado de inversión para la ejecución del proyecto no se modifica, respecto al original aprobado por la RCA N*49/2020, por lo que se mantiene en aproximadamente US$2,8 millones de dólares.

Gestión, acto o faena mínima que da cuenta del inicio de la ejecución

La acción que da inicio a la materialización del proyecto corresponde a la “Habilitación de la Franja de Servidumbre” para la construcción de la Línea de Transmisión Eléctrica, la cual tendrá una duración estimada de l mes,

Es pertinente señalar que las obras permanentes asociadas al proyecto original “LTE Los ángeles — Duqueco” mantendrán su cronograma de construcción, estimándose el inicio en abril de 2020, supeditado a la

proyecto o actividad

obtención de la RCA favorable del presente proyecto, según corresponda al tipo de obra. Proyecto se desarrolla por Si No | El proyecto no se desarrollará por etapas. etapas En virtud del artículo 14 del D.S. N40/12 del Ministerio del Medio Ambiente, se indica ES expresamente que el proyecto no se desarrollará en etapas. Proyecto modifica un Si No |El proyecto modifica la RCA N49/2020. La

modificación a la LTE, objeto del presente proyecto, X consistirá en una desviación del trazado aprobado

Proyecto modifica otra(s) RCA

  • originalmente en una longitud de 1,2 km Si No

aproximadamente y en el soterramiento de la misma en 4,04 km de su extensión.

Xx La tabla 43 de esta resolución resume las modificaciones a RCA N*49/2020 a implementar por el presente proyecto.

4.2. UBICACIÓN DEL PROYECTO

División político- administrativa

El proyecto se emplaza en la Comuna de Los Ángeles, Provincia del Biobío, Región del Biobío.

Descripción y justificación de

Al tratarse de un proyecto de transmisión de energía eléctrica, la principal justificación de la localización obedece a las mejores alternativas desde el

la localización

ámbito técnico, ambiental y de tenencia de la tierra. Asimismo, su localización se sustenta en los siguientes aspectos:

  • Corresponde a áreas agrícolas, mayoritariamente llanas, donde la actividad agrícola y silvícola podrá desarrollarse en forma conjunta a la existencia de LTE soterrada;

» La preexistencia de infraestructura energética en el territorio, lo que permite optimizar la infraestructura energética preexistente y de paso asegura que el proyecto no obstruirá ni alterará zonas con valor paisajístico, teniendo en consideración la alta intervención antrópica observada en el área, en lo que refiere a recurso escénico;

  • Existencia de necesidades de transmisión de energía al SEN por parte de actividades de generación en la zona,

  • No existen áreas densamente pobladas cercanas a la localización de la línea de transmisión eléctrica proyectada;

» Existen rutas de acceso cercanas al proyecto, así como caminos interiores rurales privados, los que permiten acceder hasta el trazado de la LTE proyectado; y

  • No existen áreas singulares desde el ámbito ambiental, en tanto la línea de transmisión eléctrica se emplazará en terrenos ya intervenidos por actividades agrícolas y forestales.

Superficie La superficie del proyecto se modifica en sus obras permanentes, manteniéndose la superficie de obras temporales, abarcando una superficie total equivalente a 72.470 m? (7,24 hectáreas). El trazado de la LTE considera una franja de servidumbre de 15 m en total. El detalle de las superficies y sus modificaciones se detalla a continuación:

Superficie: de: ocupación: del | Superficies REA Superál es ES Modificación LTE: Los

proyecto N*49/2020 Ángeles Sur — Duqueco Obras Permanentes Metros? Hectáreas: Metros? Hectáreas Eranja de Servidumbre LTE | Ñ 62.645 6,64

oterrada mania de Servidumbre LTE | go 099 8,000 4.907 49

£rea Subestación Los Ángeles Sur 2.134 0,213 2.134,00 0,213 Área de Servicios 2.784 0,278 2.784,00 0,278 Subtotal Obras Permanentes 84.918 8,492 72.470 7,247 Obras Temporales Metros? Hectáreas: Metros? Hectáreas Instalación de Faenas 2.784 0,278 2.784 0,278 Subtotal Obras Temporales 2.784 0,278 2.734 0,278

Coordenadas Las obras asociadas a la modificación de la LTE corresponderán al trazado (en su

UTM en Datum mayoría soterrado) que se extiende desde la S/E Los Ángeles Sur hasta la S/E

WGS84 Duqueco, incluyendo las 5 torres de anclaje que formarán parte del trazado aéreo.

Coordenadas Geográficas - Línea de Transmisión Eléctrica Soterrada

Coordenadas DATUMWGS-84 Vértice Proyección UTM 19 8

Coordenada : Este | Coordenada Nórte

(m) (m) vi 733.150 5.844.369 v2 733.290 5.844.446 v3 734.463 5.844.668 V4 735.169 5.844.254 vs 736.505 5.844.067 v6 736.513 5.844.070 v7 736.516 5.844.077 V8 736.518 5.844.117 NE) 736.532 5.844.151

v10 736.564 5.844.162 vil 736.680 5.844.149 v12 736.688 5.844.152 v13 736.691 5.844.159

Coordenadas Geográficas -- Torres de Anclaje. Coordenadas DATUM WGS':84 Proyección UTM: 19 S

Torre Coordenada: Este | Coordenada: Norte (m) (m) Tl 732.605 5.844.337 Tr 732.803 5.844.312 T3 736.353 5.844.087 T4 736.426 5.844.077 TS 736.692 5.844.252 P1! 736,681 5.844.268

Y Torre existente de propiedad de CGE con la cual se conecta la torre T5

Caminos de | Los accesos al área del proyecto corresponderán a lo indicado en la Tabla acceso 4.2 del Considerando 4% de la RCA N*49/2020, En este sentido, no se contemplan nuevos accesos a los ya evaluados ambientalmente para la ejecución del proyecto “LTE Los Ángeles Sur — Duqueco”.

Por lo tanto, el acceso principal al área del proyecto se realizará a través de las siguientes rutas:

  • Ruta $5 Sur; y

  • Avenida Las Industrias (Ruta 177).

Adicionalmente, para acceder a los predios por los cuales se extenderá la LTE, se considerarán caminos vecinales y privados existentes, junto con la misma franja de servidumbre.

Referencia al En el Anexo N%3 de la Adenda de la DIA se encuentra el compendio expediente de | cartográfico del proyecto.

evaluación de los mapas, georreferenciaci óne información complementaria sobre la localización.

4.3 PARTES, OBRAS Y ACCIONES QUE COMPONEN EL PROYECTO

Las obras permanentes que conformarán el proyecto corresponderán al trazado soterrado y aéreo de la LTE (incluyendo las $5 torres de anclaje) que se extiende desde la S/E Los Ángeles Sur hasta la S/E Duqueco, las que se conectarán con la S/E Los Ángeles Sur y el Área de Servicios (ya evaluadas ambientalmente), lo que permitirá la operación del presente proyecto. Tal como se ha indicado anteriormente, estas últimas no serán modificadas, manteniéndose lo indicado en la Tabla 4.3 del Considerando 4? de la RCA N*49/2020.

Asimismo, para la materialización del proyecto se utilizará la Instalación de Faenas que será ejecutada de acuerdo a lo indicado en la Tabla 4.3 del Considerando 4? de la RCA N*49/2020 y que contendrá la infraestructura necesaria para brindar apoyo durante las labores constructivas, sin requerir cambios para la materialización del presente proyecto.

Todas las actividades a desarrollar durante la Fase de Construcción serán ejecutadas por empresas contratistas externas, las cuales cumplirán con todos los permisos necesarios para la ejecución de las obras. Lo anterior sin perjuicio de la responsabilidad del titular aunque las obras las ejecute un tercero.

Respecto a la Fase de Operación, se consideran únicamente actividades de inspección y

mantenimiento; conforme al detalle descrito en la sección 1.7 de la DIA.

En base a los antecedentes recién expuestos, las modificaciones al proyecto consideran la ejecución de las siguientes obras y/o actividades:

Partes y obras generales del proyecto PARTES Y OBRAS GENERALES DEL PROYECTO ÍTEM DESCRIPCIÓN

Obras permanentes Línea de Transmisión Eléctrica de 1x66 kV desde S/E Los Angeles $ S/E Duqueco, compuesta por los siguientes tramos:

  • Línea aérea

  • Línea soterrada Frentes de Trabajo, de acuerdo a lo siguiente: Obras temporales - — Frente de trabajo móvil para cruces aéreos de la LTE; y

  • Frente de trabajo móvil para el soterramiento de la LTE

La tabla siguiente resume las modificaciones a RCA N*49/2020 a implementar por el presente proyecto.

AN Ítem RCA Proyecto original Modificación DIA El Proyecto “LTE Los Ángeles Sur - | La modificación a la LTE, objeto del Duqueco”, corresponde a la | presente Proyecto, consistirá en una construcción y operación de una | desviación del trazado aprobado en una Subestación Eléctrica (S/E) y una | longitud de 1,2 km aproximadamente y en Línea de Transmisión Eléctrica (LTE) | el soterramiento de la misma en 4,04 km de de 1x66 kV, de aproximadamente 4,4 | su extensión. Por su parte, los cruces de la km de longitud, a ubicarse en la | Ruta 5 Sur y Avenida Las Industrias, y la comuna de Los Ángeles, Provincia, | conexión con la S/E Duqueco, se Región del Biobío. mantendrán en aéreo mediante la El Proyecto prestará el servicio de | implementación de 5 torres de anclaje. transmisión de la energía producida | Con respecto a la S/E Los Ángeles Sur y el por actividades de generación | Área de Servicios que contendrá las proyectadas o existentes de la zona | instalaciones necesarias para la operación hacia el Sistema Eléctrico Nacional | del Proyecto, serán ejecutadas de acuerdo a (SEN), gracias a la interconexión de | las consideraciones establecidas en la RCA las S/E Los Ángeles Sur (proyectada) | N49/2020. Asimismo, para la construcción Tabla 4.1. | Y la S/E Duqueco (existente y | del Proyecto, se hará uso de la Instalación 7 | operativa). Cabe indicar que la | de Faenas aprobada por la RCA N49/2020. Descripci Sub e hr . ubestación Eléctrica Duqueco no 42 ón 1 forma parte de este Proyecto. A La subestación Los Ángeles Sur se proyecto encuentra aproximadamente a 3,9 km al suroeste de la ciudad de Los Ángeles, justo al oeste de la Ruta Panamericana Sur (Ruta 5). Desde esta Subestación, la línea comienza su trazado avanzando en dirección Este por aproximadamente 4,4 km hasta llegar a la Subestación Duqueco (existente), la cual se encuentra aproximadamente a 3,4 km al sureste de la ciudad de Los Ángeles. La línea de transmisión considera 27 torres (14 torres de suspensión, TO torres de anclaje y 3 de remate) las que sostendrán el tendido eléctrico, cabe señalar que la torre número 27 corresponde a una torre ya existente de propiedad de CGE. La superficie del Proyecto se modifica en El Proyecto considera una superficie | sus obras permanentes, abarcando una total de 8,5 ha aproximadamente. La | superficie total equivalente a 72.470 m? Tabla 4.2, longitud de la Línea de Transmisión | (7,247 hectáreas). La longitud de la Línea 40 Supe ríicie será de 4,4 km, con una franja de | de Transmisión disminuye a 4,38 km y se servidumbre de 17 m promedio a lo | considera una franja de servidumbre de 15 largo de la línea, la que variará desde | m de ancho. los 12 m a 24 m de ancho. Mayor detalle en sección 1.5.3 del Capítulo 1 de la DIA.

Las obras permanentes corresponden a 27 torres (14 torres de suspensión, 10 torres de anclaje y 3 de remate) las que sostendrán el tendido eléctrico que

conducirá

la energía desde la

subestación proyectada Los Ángeles Sur a la subestación Duqueco existente para luego ser conducida al Sistema Eléctrico Nacional (SEN).

Las obras permanentes asociadas a la LTE se modifican. La mayoría del trazado pasa a ser soterrado, manteniéndose únicamente cinco (5) torres de anclaje que formarán parte del trazado aéreo de los cruces de la Ruta $ Sur y Avenida Las Industrias y la conexión a la S/E Duqueco. Las coordenadas de la LTE soterrada y de las torres de anclaje se presentan a continuación:

7 Coordenadas UTM H 188, Coordenadas Geográficas — LTE Soterrada TE. DATUM WGS-84 Coordenadas DATUM Este Norte . WGS 84 1 732.605 3.844.337 Vértice Proyección UTM 18 S 2 732.803 5.844.312 Este (m) Norte (m) 3 | 732951 5.844.336 vi 733.150 | 5.844.369 A E a vy2 733.290 3.844.446 61 733462 | 5.844.478 v3 734463 | 5.844.668 7 733.613 5.844.507 vá 735.169 | 5.844.254 8 733.821 5.844.546 v5 736.505 5.844.067 9 734.052 5.844.590 v6 736.513 5.844.070 10 734.220 5.844.622 v7 736.516 5.844.077 y 734,463 5.844.668 v8 736.518 5.844.117 o 12 | 462 | 844.574 v9 736.532 | 5.844.151 yo das UTM 13] 734.782 3.844.481 VIO 736.564 | 5.844,162 14 734.929 5.844.395 en Datum vil 736.680 5.844.149 WGS 15 T5058 | 5844319 Vio | 76688 | 5844152 16 735.169 5.844.254 : a 17] 735.312 | 5.844.235 v13 736.691 | 3:844.159 18 735.474 5.844.213 A : 19 735.634 5,844,192 Coordenadas Geográficas Torres de Anclaje 20 735.807 5.844.169 Coordenadas DATUM WGS 34 21 | 735.956 | 5.844.149 Torre Proyección UTM 18 5 22 | 736.114 5.844.128 Este (m) Norte (m) 23 1 736296 5.844.104 TI 732.605 5,844,337 24 736.444 5.844.145 T 732.803 3.844.312 25 736.631 5.844.196 T3 736.353 5.844.087 26 736.692 5.844.252 T4 736,426 5.844.077 27 [ 736.683 5.844.267 15 736.692 5.844.252 pp 736.681 5.844.268 1 Torre existente de propiedad de CGE con la cual se conecta la torre T5 Cabe destacar que las obras permanentes correspondientes a la S/E Los Ángeles Sur y al Área de Servicios que contendrá las instalaciones necesarias para la operación del presente Proyecto, no serán modificadas y se mantendrán de acuerdo a lo estipulado en la Tabla 4.2. del Considerando 4” de la RCA N*49/2020. Mayor detalle en sección 1.5,2,1 del Capitulo 1 de la DIA, Las partes y obras físicas permanentes | Las partes y obras físicas asociadas a la del proyecto corresponden a las | Línea de Transmisión Eléctrica se siguientes: modifican de acuerdo a la configuración de - Línea de Transmisión de 1x66 kV | su nuevo trazado, el cual contempla un desde subestación Los Ángeles Sur soterramiento de la LTE en 4,04 km de su a subestación Duqueco; extensión, manteniéndose en aéreo los - Subestación Eléctrica Los Ángeles eruces de la Ruta 5 Sur y Avenida Las Industrias y la conexión con la S/E Tabla 4.3. Sun Duqueco, mediante la implementación de 5 40 Partes y |” Caminos de acceso; y torres de anclaje. Obras - Área de Servicios El resto de las obras temporales y

Para la construcción de la Línea de Transmisión Los Ángeles Sur — Duqueco, la Subestación Los Ángeles Sur y el Acceso a Obras se contempla la ejecución de las siguientes instalaciones y obras temporales:

  • Frentes de trabajo móvil

permanentes se mantienen sin modificación. Mayor detalle en sección 1.6 del Capítulo 1 de la DIA,

  • Instalación de faenas.

  • Instalación de faenas y Frentes de

trabajo:

  • Habilitación de frentes de trabajo; y

  • Habilitación de Instalación de faenas.

  • Construcción Línea de Transmisión

Se incorpora a las acciones asociadas a la Fase de Construcción del Proyecto, las obras y acciones asociadas al soterramiento de la LTE. Se mantienen todas las acciones contempladas en la RCA N*49/2020 para el tendido eléctrico, tal como se indica a

continuación:

Eléctrica: Partes, obras Detalle - Habilitación de la franja de y acciones servidumbre; y . Se mantiene de acuerdo -- Coñstrueción de la Línea de Instalación [| a Tabla 4.3 del de Faenas Considerando 4% de la Transmisión Eléctrica. Res. Ex. N49/2020. - Construcción Subestación Los Se consideran dos [2] Ángeles Sur. j g ÉS o Frentes de frentes de trabajo, uno - Conexión y pruebas de energización. A [1] para la LTE aérea y Ñ Ñ Trabajo - Cierre de la fase de construcción uno [1] para la LTE - Transmisión de energía eléctrica soterrada. (Línea de Transmisión de 1x66 kV Se , AACOLDOrAn las . ; actividades asociadas al desde subestación Los Angeles Sur a soterramiento de la LTE subestación Duqueco) (soterramiento de la - Inspección y Mantenimiento LTE, unión de tendido Tabla 4.3. soterrado, agotamiento s de napa subterránea y y Acciones 4 del cruces sobre cuerpos de Provecto Construcción | agua), mientras que lo y LTE relativo a la construcción de la LTE aérea, se mantiene de acuerdo a Tabla 4.3 del Considerando 4% de la Res. Ex. N49/2020, para las cinco (5) torres que serán habilitadas por el presente proyecto. Ez Se mantiene de acuerdo Construcción |" rabla 43 del S/E Los Cóñsi do 42 Angeles Sus onsiderando 4? de la Res. Ex. N49/2020. CEN Se mantiene de acuerdo metasdo 12 Tabla 43 del pa E bación Considerando 4% de la 8 Res. Ex. N%49/2020. z Se mantiene de acuerdo Cierre dela [a Tabla 43 del conseueción Considerando 4% de la Res. Ex. N%49/2020. Mayor detalle en sección 1.7.1 y 1.8.1 del Capítulo 1 de la DIA. Cronograma en tabla 4.4 de esta resolución. El presente Proyecto reduce la duración del periodo de construcción de la Línea de Tabla 4.4. Tr isión Eléctrica de siete [7 Cronologí | La construcción de la Línea de enslsión Bicctricadde Siero [7] meses La A a un [1] mes, por lo que el cronograma de la a de las Transmisión Eléctrica, incluida la ee ( E EA A k Fase de Construcción contenido en la Tabla 4 fases del | habilitación de la faja de seguridad, se E o proyecto | desarrolla en un periodo de siete [7] E A 19 S 6 MESES. N49/2020, se modifica, actividad El cronograma actualizado de la Fase de Construcción se presenta en el Acápite 1.7.3 del Capítulo 1 de la DIA. Tabla 5.1. | Las principales emisiones | Debido al cambio en el método constructivo Sobre la | corresponden a la fase de|de la Línea de Transmisión Eléctrica inexistenc | construcción, donde las actividades | considerado por el presente Proyecto, se ia de relacionadas corresponden | modifican las emisiones generadas durante riesgo fundamentalmente a procesos de | la Fase de Construcción. ES para la escarpes, excavaciones, carga y | La estimación de estas emisiones, tanto salud de | descarga de material, levantamiento de | atmosféricas como de ruido, consideró la la polvo por tránsito de vehículos por | totalidad de las obras a ejecutar, es decir, población | caminos pavimentados y no | consideró las actividades que fueron , debido a | pavimentados y combustión interna | aprobadas ambientalmente mediante la Res. la del motor de maquinarias y vehículos. Ex. N*49/2020, y aquellas que modifican lo

cantidad y | Asimismo, principalmente serán las calidad de | actividades de la fase de construcción efluentes, | las que provocarán la generación de emisiones | ruido por el uso de distintas

anterior por medio del presente Proyecto. Los resultados de estas estimaciones se presentan en el Acápite 1.7.7 del Capítulo 1 de la DIA, mientras que los respectivos informes se adjuntan en el Anexo 6 de la Adenda (Actualización Estimación de Emisiones a la Atmósfera) y en el Anexo 5 de la DIA (Actualización Estudio de Ruido y Vibración).

De lo anterior es importante destacar que las medidas de control contempladas para las emisiones atmosféricas se mantienen de acuerdo a lo estipulado en la RCA N*49/2020. Por otro lado, para el componente ruido, se considera una medida de control como parte del diseño del Proyecto que consiste en una barrera acústica móvil.

y maquinarias y equipos. residuos. El Proyecto considera la implementación de los siguientes Compromisos Ambientales Voluntarios:

Comprom | 1) Mejoramiento del entorno 1sos 2) Medidas de Tránsito

ge Ambienta | 3) Charlas de inducción les | 4) Comunicación con la empresa Voluntari A i os 5) Programa de relacionamiento comunitario

6) Monitoreo de ruido T) Reforestación 8) Patrimonio cultural

El Proyecto no modifica los Compromisos Ambientales Voluntarios contemplados originalmente, pero considera la implementación de uno nuevo y que corresponde a un Seguimiento de la Biota Acuática.

Mayor detalle en Anexo 3 de la Adenda.

Las medidas o acciones relevantes del Plan de Prevención de Contingencias y Emergencias están enfocadas en lo siguiente:

D) Sismo. 2) Accidentes laborales.

Medidas 3) Accidentes en el transporte de relevantes personas y/o insumos.

del Plan | 4 Accidentes en transporte, manejo

de y derrame de sustancias y Prevenció residuos peligrosos, go n de contaminación de suelos en Continge instalación de faena. Plan 5) Incendios industriales y de forestales, Emergene | 6) Afectación a la fauna silvestre ias 7) Ingreso a instalación de faena o

encuentros con fauna silvestre. 8) Contagio de virus hanta, 9) Alteración de restos y sitios arqueológicos. 10) Lluvias intensas e inundaciones. 11) Eventos volcánicos.

Además de las medidas contempladas por el Plan de Prevención de Contingencias y Emergencias original, se incorporan medidas asociadas a los siguientes riesgos identificados para las modificaciones a implementar por el presente Proyecto:

  • Proliferación de vectores hacia zonas habitadas.

  • Afectación de recursos hídricos.

Para mayor detalle sobre las medidas a implementar, ver Anexo 1 de la Adenda.

3.1. FASE DE CONSTRUCCIÓN

Frentes de Se consideran dos [2] frentes de trabajo móviles; uno [1] para cruces aéreos y uno

Trabajo

[1] para el soterramiento de la LTE.

Habilitación de Franja de Servidumbre

El proyecto contempla la habilitación de una franja de servidumbre de un ancho de 15 m a lo largo de la extensión de toda la línea. Esta actividad comenzará con la marcación de los límites de la franja de servidumbre, y se identificarán los sectores donde exista vegetación que se requiera despejar.

Tendido soterrado de cables

Para el soterramiento de la LTE se utilizará una máquina especializada denominada “Arado de Cables”, la cual permite enterrar el set de cables sin la necesidad de excavaciones o zanjas continuas, disminuyendo considerablemente el tiempo de construcción de la Línea. Esta máquina está compuesta por tres [3] maquinarias; un [1] arado de tendido, un [1] vehículo de tiro y un [1] tractor.

Unión del tendido soterrado

Dado que es necesario contar con la misma profundidad del cable de todo el tramo, iniciar y finalizar el tendido de cada grupo de carrete de cables requiere de una zanja de entrada de aproximadamente 0,6 x 7 x 1,5 metros, y una zanja de salida de 0,6 x 10 x 1,5 metros (ancho x largo x profundidad); las dimensiones pueden variar dependiendo de las condiciones del terreno. Es posible también tener una zanja común, es decir una zanja de salida que a continuación es la zanja de entrada. En la zanja común posteriormente tendrá lugar una mufa de unión, elemento con el cual se unen dos extremos de cables y que es instalado completamente a mano por trabajadores calificados.

Agotamiento de napa subterránea

Considerando que la zanja requerida para la unión de los cables tendrá una profundidad de 1.5 m, de acuerdo a la actualización de la Caracterización de Hidrogeología (Anexo 8 de la DIA) se identificaron zonas con probabilidad de interferencia de napa. Por lo tanto, en caso de requerirse el agotamiento de la hapa freática para la excavación de la zanja para la unión de los cables soterrados, se procederá a realizar un drenaje del agua.

Cruces

De acuerdo a la actualización de la Caracterización de Hidrología (Anexo 7 de la DIA), se identifican 7 cruces de cuerpos de agua superficiales con el trazado de la LTE soterrada. Para la ejecución de estos cruces, se contempla llevar a cabo una serie de medidas que tendrán por objetivo minimizar los efectos sobre la calidad de las aguas y la biota acuática. Para la ejecución de estas obras de cruce, se presentan los contenidos técnicos y formales del correspondiente Permiso Ambiental Sectorial N*156, incorporados en el Anexo 13 de la DIA.

Suministros básicos

En la sección 4.5.2 del ICE se presentan y detallan los suministros básicos e insumos requeridos para la Fase de Construcción del proyecto: Agua potable; Combustible; Energía Eléctrica, Agua industrial; Servicios higiénicos; Alimentación; Transporte; Grasas, aceites y lubricantes; Hormigón; Áridos; Acero; Excavación y Relleno; Vehículos, Maquinarias y Equipos.

Recursos naturales renovables

Durante la Fase de Construcción del proyecto no se contempla explotar ni extraer ningún recurso natural renovable, tal como se justifica en el siguiente análisis:

  • Suelo: El proyecto no se relaciona con su extracción ni con su explotación, sin embargo, requiere ocupar una superficie aproximada de 6,26 ha para las Obras permanentes, que corresponden en su mayoría a suelos de clase II, HI y VÍI de capacidad de uso y a las series de suelo Arrayán, Mirador y Paillihue, en donde se construirán las estructuras aéreas y se soterrará la LTE (Mayor detalle en Anexo 9 de la DIA). Cabe destacar que durante la Fase de Construcción, el soterramiento de la LTE se llevará a cabo con una máquina denominada “Arado de Cables”, que permite enterrar el set de cables sin la necesidad de excavaciones o zanjas continuas (Mayor detalle en sección 1.7.1.5 del Capítulo 1 de la DIA). De acuerdo a lo anterior, se aclara que no se contempla extraer recurso suelo para llevar a cabo el soterramiento de los cables.

  • Agua: Con respecto a los cuerpos de agua, el proyecto no contempla la extracción de agua para su utilización en ninguna de las fases del proyecto, ya que el agua requerida para consumo humano e industrial será obtenida de fuentes autorizadas. Durante la Fase de Construcción, existe la probabilidad que se lleven a cabo drenajes de napas subterráneas debido a la materialización de las zanjas requeridas para la unión de los cables soterrados. Sin embargo, se indica que la cantidad de agua no se verá afectada, ya que si efectivamente se requiere drenar agua, ésta será depositada en el curso superficial más cercano. Adicionalmente, el drenaje será puntual y en un periodo corto de tiempo (no más de 1 día). En cuanto a utilización de este recurso para suministros básicos y labores de mantención durante la Fase de Operación, no se contempla la extracción de agua de cauces O pozos cercanos, en tanto el agua potable se considera un insumo a adquirir mediante terceros autorizados.

Emisiones y efluentes

Emisiones atmosféricas:

Las emisiones atmosféricas generadas por el proyecto durante la construcción corresponden principalmente a material particulado derivado de procesos de escarpes, excavación, carga y descarga de material, levantamiento de polvo por tránsito de vehículos por caminos pavimentados y no pavimentados y combustión interna del motor de maquinarias y vehículos.

Con el objetivo de estimar el aporte de las emisiones atmosféricas generadas por el

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proyecto considerando la totalidad de acciones a ejecutar, es decir, las actividades que fueron aprobadas ambientalmente mediante la Res. Ex. N49/2020, y aquellas que modifican lo anterior por medio del presente proyecto, se desarrolló: una actualización de la Estimación de Emisiones Atmosféricas (mayor detallé en Anexo 6 de la Adenda N1 de la DIA).

Tasa de emisión (año) — Fase de Construcción

o Actividad SO» INOX Co. |MP2s | MP [cov |NH Escarpe 0.0000 0,0000 0.0000 1 0.0280 0.0280 0,0000 1 0,0000 Excavaciones 0,0000 [0,0000 0,0000 [0,0034 | 0,0064 [0,0000 | 0,0000

Carga de materiales | 0,0000 [0,0000 ¡0,0000 | 0,0001 | 0,0004 | 0,0000 | 0.0000

Descarga de

  • 0,0000 |0,0000 [0,0000 | 0,0001 [0,0004 | 0,0000 | 0,0000 Materiales

Tránsito vehicular por caminos no¡0,0000 ¡0,0000 | 0,0000 | 0,0413 | 0,4483 | 0,0000 | 0,0000 Emision | pavimentados es

directas Combustión de motores de vehículos por | 0,0001 [0,0227 [0,0059 | 0,0006 | 0,0006 | 0,0015 | 0,0900 caminos no pavimentados Combustión de motores de ¡0,0002 | 0,2888 | 1,2077 (0,0121 [0,0121 | 0,0001 | 0,0000 maquinarias Grupos

z 0,0216 [0,3249 10,0702 | 0,0232 | 0,0232 | 0,1220 | 0,0000 Electrógenos

Total emisiones directas 0,0219 |0,6363 1,2837 [0,1036 | 0,5193 0,1235 | 0,0000

Tránsito vehicular por caminos | 0,0000 | 0,0000 | 0,0000 | 0,0063 | 0,0259 [0,0000 | 0,0000 Emision |Pavimentados

es Combustión de indirecta | motores de 5 vehículos por | 0,0004 | 0,0902 [0,0230 | 0,0022 [0,0022 | 0,0052 | 0,0001 caminos pavimentados Tota] emisiones indirectas 0,0004 [0,0902 ¡0,0230 [0,0085 | 0,0282 [0,0052 ¡ 0,0001 Total general 0,0222 |0,7265 | 1,3068 |0,1171 [0,5475 |0,1287 | 0,0001

Emisiones líquidas o efluentes:

Para los frentes de trabajo móviles, se emplearán baños químicos durante la fase de construcción, los que serán mantenidos por la misma empresa proveedora autorizada, quién se encargará del retiro de éstos y la disposición adecuada de las aguas servidas. En la instalación de faenas en tanto, se contará con servicios higiénicos conectados a una fosa séptica que tratará las aguas servidas generadas, las cuales serán infiltradas mediante drenes de infiltración. Se estima una tasa de generación 9 m3/día de aguas servidas, correspondiente a la solución particular calificada favorablemente en el proyecto original.

Emisiones de ruido y vibraciones

Durante la fase de construcción del proyecto las principales fuentes de emisión de ruido corresponderán al uso de maquinarias y al tránsito de vehículos. El estudio de impacto acústico y vibratorio se presentó en el Anexo NS de la DIA.

Respecto a las emisiones esperadas en el frente de trabajo, se tiene que este tiene un nivel de presión sonora NPS de 82 [dB(A)], el cual considera de forma simultánea el trabajo de toda la maquinaria asociada a la Etapa de Construcción, la cual se detalla mediante la siguiente tabla.

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Espectro frente de mayor emisión para Etapa de Construcción

NPS [dB], Frecuencia NPSeg Maouinaria [el (Q10m | Referencia BS Ñ 63 |125 250 |500 1k |2x Jak [sk [en 5228 [dB(A)] Grúa Telescópica 73 |71 168 ¡70 [66 |63 |354 [49 (71 Tabla €4, N4t Excavadora 74 170 ¡68 |67 |64 ¡62 (58 |50 170 Tabla €2, N07 Motoniveladora (10m 172 175 |67 ¡59 |60 |56 [49 ¡44 |65 Fuente Propia Perforadora 74 172 |65 (71 170 |68 163 157 |75 Tabla €3, N18 Rodillo Compactador (90 [82 (73 [72 170 |65 159 154 |75 Tabla €S, No20 Camión Grúa 81 |77 (66 |62 |59 (57 |51 j46 |67 Tabla €3, N28 Winche y freno Ql0m ¡66 ¡66 (163 |60 |58 |54 (46 |45 |63 Fuente Propia Arado de Tendido 78 |76 175 173 ¡67 ¡66 159 58 [74 Ficha (210m. Técnica Vehículo de Tiro 72 170 (69 |67 |61 |60 |53 [52 |68 Ficha (2 10m. Técnica Tractores 79 177 (76 ¡74 ¡68 ¡67 |60 (59 |75 Tabla €2, Nol TOTAL 65 [70 (72 177 [76 [75 [69 |63 ¡82

Fuente: BS] British Standards. BS 5228 — 1, 2009. -En el Apéndice 1 de Anexo N5 de la DIA. se entregan los detalles de la ficha técnica del equipo

Con el fin de predecir y evaluar el impacto producido por las vibraciones que se generarán durante la construcción y operación del proyecto, se utilizó la metodología de predicción y evaluación dispuesta en la norma norteamericana “Transit Noise and vibration Impact Assessment”, elaborada por la Federal Transit Administration (ETA), la cual establece valores de daño y criterios de molestia a partir de velocidad peak de partícula (Peak Particle Velocity o PPV) en [pulgadas/segundo] y Nivel de velocidad (L,) en [VdB], respectivamente,

En dicha normativa, se especifican niveles de vibración para diferentes tipos de maquinaria, los cuales fueron medidos a 25 pies de distancia (8 metros). Los valores especificados en la norma se detallan en la siguiente tabla:

Tabla Indicadores de vibración de distintas maquinarias, medidos a 25 pies de distancia.

Velocidad peak de partícula y niveles de vibración

Maquinaria foule 1508] 25 pies L, a 25 pies [VdB] Pilotera 1.518 112

Rodillo vibratorio 0.210 94

ON percutor en | 089 87

Bulldozer grande 0.089 87

Perforadora 0.089 87

Camión pesado 0.076 36

Kango 0.035 79

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Para el caso de vibraciones, se utilizó como fuente el “Rodillo Vibratorio” como maquinaria equivalente a un Compactador. .

Tabla Ubicación y descripción de puntos de evaluación. ,

Punt Altura de Distancia Coordenada UTM Ñ Descripción receptor | Proyecto* Huso 18 S — WGS84 9 [m] [m] Este [m] Norte [1] ri | Vivienda de | piso de LS 95 732.740 | 5.844.223 material sólido ra | 'Blesia Evangélica 1,5 77 732.994 | 5.844.267 pentecostal Fundo Duqueco, R3 | vivienda de 1 piso de 1,5 151 734.403 | 5.844.499 material ligero — E Ra | Viviendade2 pisosde | 5 40 179 735.824 | 5.843.980 material sólido Rs | Vivienda de 1 piso de LS 39 736.482 | 5.844.035 material sólido Ró | Empresa Comercial 15 134 736.750 | 5.844.420 GreenVic ny | Vivienda de | piso de 15 279 734.949 | 5.844.708 material ligero RII Vivienda de | piso 1,5 420 732.182 5.844.363 Ro.1 | Vivienda de 1 piso de 1,5 116 732.994 | 5.844.464 material sólido r3.1 | Vivienda de 1 piso de 15 240 734.425 | 5.844.910 material ligero rs.1 | Vivienda de | piso de LS 149 736.292. | 5,844,246 material ligero

En relación con el cumplimiento del D.S. N* 38/2011 MMA, como se verá en esta resolución el titular acredita cumplimiento de esta normativa.

Residuos, productos químicos y otras sustancias que puedan afectar el medio ambiente.

La generación y manejo de los residuos domiciliarios y asimilables a domésticos no se modifica por el presente proyecto, por lo que se mantiene lo declarado en el Permiso Ambiental Sectorial N140 descrito en el proyecto “LTE Los Ángeles Sur — Duqueco”, calificado ambientalmente favorable mediante Res. Ex. N49/2020. Cabe destacar que la mano de obra considerada tampoco es modificada por el proyecto. En este sentido, se indica que se espera una generación de 1,8 t/mes de papel, envases plásticos, vidrios y restos orgánicos de comida. Los RSAD son recolectados en bolsas plásticas y depositados temporalmente en contenedores tapados y herméticos para su retiro posterior por empresa autorizada.

La generación y manejo de los residuos industriales no peligrosos no se modifica por el presente proyecto, por lo que se mantiene lo declarado en el Permiso Ambiental Sectorial N*140, adjunto en el Anexo 5.2 de la DIA del proyecto “ETE Los Ángeles Sur — Duqueco”. Se estima una generación de 1 t/mes de restos de cables, cartones de embalaje, madera, envases vacios, restos de materiales de construcción, EPP defectuosos, hormigón sobrante, entre otros.

La generación y manejo de los residuos industriales peligrosos no se modifica por el presente proyecto, por lo que se mantiene lo declarado en el Permiso Ambiental Sectorial N*142, adjunto en el Anexo 5.3 de la DIA del proyecto “LTE Los Ángeles Sur — Duqueco”. Durante la Fase de Construcción se generarán Residuos Peligrosos, correspondientes a aceites y lubricantes usados y a materiales como trapos, EPP, guaipes o arena contaminados con hidrocarburos, los cuales serán almacenados en la Bodega de Acopio Temporal de Residuos Peligrosos contemplada habilitada en la Instalación de Faenas. Se estima una generación total de 21,4 kg/mes de residuos peligrosos.

En relación a otros productos químicos y otras sustancias que puedan afectar el medio ambiente es del caso indicar que la cantidad y manejo de sustancias no se modifica por el presente proyecto, por lo que se mantiene lo declarado en el

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Acápite 2.5.8.2 de la DIA del proyecto “LTE Los Ángeles Sur — Duqueco”.

En este sentido, el proyecto contempla el uso de aceites y lubricantes, así como grasa, todos ellos en pequeñas cantidades que no modifican lo ya declarado. Estos insumos se almacenarán en la Bodega de Sustancias Peligrosas contemplada por la Instalación de Faena del proyecto.

A continuación, se detalla la cantidad de los insumos referidos a sustancias peligrosas, que serán empleados en la fase de construcción, tanto para el proyecto original como la modificación propuesta:

Cantidad de sustancias peligrosas requeridas durante la Fase de Construcción del Proyecto. Sustancia Cantidad (t/mes) Aceite de motor 0,06204 Grasa lubricante 0,00667

Spray de zinc 0,00018 Espuma de | 0,00092 poliuretano

Total 0,06982

Cabe destacar que la provisión de combustible se realizará mediante una empresa distribuidora del mercado regional con las correspondientes autorizaciones, utilizando para ello un camión surtidor. Conforme a lo indicado, y considerando la cercanía con la ciudad de Los Ángeles, no se considera el almacenamiento de combustible en las dependencias del Proyecto a excepción de bidones de combustible de respaldo en caso de que se requiera alimentar un generador eléctrico. Dichos bidones se almacenarán en bodega de insumos en cuanto corresponde a almacenamiento en pequeñas cantidades, conforme lo señalado por el D.S N*160/2009 del Ministerio de Economía.

Referencia al | Sección 4.5 del ICE. ICE para mayores detalles sobre esta fase.

4.3.2. FASE DE OPERACIÓN

La fase de operación se relaciona con la transmisión de la energía producida por proyectos de generación existentes o futuros, desde la Subestación (S/E) Los Ángeles Sur (a construir) hasta la S/E Duqueco (construida y operando, propiedad de CGE). De esta manera las partes y obras asociadas a la Línea de Transmisión Eléctrica (1x66 kV) y operación de la S/E Los Ángeles Sur corresponden a:

  • Transmisión de energía eléctrica.

  • Mantenimiento de la Línea de Transmisión Eléctrica

  • Mantenimiento de la Franja de Servidumbre de la LTE

Transmisión energía eléctrica

El presente proyecto no modifica lo estipulado en la Tabla 4.3 del Considerando 4? de la Res. Ex. N*49/2020, respecto a la Transmisión de Energía Eléctrica. En este contexto, la principal actividad de la Fase de Operación corresponderá la transmisión de energía eléctrica a 66 kV, producida por proyectos de generación existentes y/o futuros, desde la S/E Los Ángeles Sur (proyectada por el proyecto “LTE Los Ángeles Sur — Duqueco”) y la S/E Duqueco (construida y operativa, propiedad de CGE).

Mantenimient | Las actividades de asociadas al mantenimiento de la LTE se mantienen de acuerdo o de la Línea | alo estipulado en la Tabla 4.3 del Considerando 4? de la Res. Ex. N*49/2020 para

de el tramo aéreo, de acuerdo a lo que se detalla a continuación: Transmisión Eléctrica - Inspecciones periódicas: La LTE se inspeccionará periódicamente durante la fase

de operación, con el objetivo de la detección temprana de cualquier falla potencial. Estas actividades consideran recorridos terrestres para la inspección visual de los conductores y de las estructuras de anclaje y suspensión, así como la

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detección de eventuales procesos erosivos en el suelo de las bases de las estructuras, que pudiesen afectar la estabilidad de las estructuras y la continuidad del servicio de la obra.

  • Mantenciones no programadas: Corresponden a las reparaciones no programadas, producidas por eventos tales como daños generados por eventuales fenómenos naturales, accidentes o por atentados cometidos por personas. Las actividades de reparación no son predecibles, por lo general se localizan en un área reducida (alrededor de una estructura), y pueden requerir el uso de equipo mayor y de personal adecuado, lo cual afectará temporalmente el terreno donde se realice la reparación. Cabe señalar que la ocurrencia de una emergencia que requiera un mantenimiento mayor, como la caída de una estructura o el corte de un conductor, es de muy baja probabilidad. Una vez terminadas las reparaciones de emergencia se recolectarán todos los desechos y residuos domésticos generados, para ser trasladados y depositados en sitios autorizados para este efecto, según el tipo de residuo.

Mantenimient o de la Franja de Servidumbre de la LTE

El mantenimiento de la franja de servidumbre de la LTE se mantiene de acuerdo a lo declarado en el Acápite 2.6.5.2 de la DIA del proyecto “LTE Los Ángeles Sur — Duqueco”. En este contexto, se indica que las labores de mantenimiento consistirán en podar todos los árboles y/o arbustos rebrotados dentro de ella, tuya altura sea mayor a o igual a 4 m en el caso del tramo aéreo. Asimismo, habrá un control de la vegetación menor de la faja de seguridad. El mantenimiento de las franjas se realizará en forma periódica y su frecuencia dependerá de la velocidad de crecimiento de las especies que se encuentren dentro de la franja de servidumbre.

Productos generados

El proyecto durante su operación transmitirá la energía eléctrica producida por proyectos de generación existentes o futuros en la zona, por lo que más que un producto, el proyecto corresponde a un servicio, el cual es la transmisión de energía eléctrica generada a través de su inyección al SEN mediante las obras propuestas.

Recursos naturales renovables

Durante la fase de operación del proyecto no se explotarán ni extraerán recursos naturales renovables.

Emisiones y efluentes

Emisiones atmosféricas

Las Emisiones Atmosféricas generadas durante la Fase de Operación, así como las medidas de control, se mantienen de acuerdo a lo estipulado en el punto 4.6.5.1 del ICE del proyecto “LTE Los Ángeles Sur — Duqueco”, calificado ambientalmente favorable mediante Res. Ex. N*49/2020, ya que el proyecto no contempla actividades distintas a las ya aprobadas.

Cabe destacar que las actividades de mantención asociadas a la LTE soterrada no generarán emisiones atmosféricas adicionales, dado que las mantenciones se efectuarán junto con las de la línea aérea, por lo tanto se mantienen las emisiones informadas en el Inventario de Emisiones Atmosféricas (Anexo 5.1 de la Adenda del proyecto “LTE Los Ángeles Sur — Duqueco”, calificado ambientalmente favorable mediante Res. Ex. N*49/2020).

Emisiones líquidas

Residuos Líquidos Domésticos (RLD): Dado que la mano de obra se mantiene de acuerdo a lo estipulado en el Acápite 2.6.4 de la DIA del proyecto “LTE Los Ángeles Sur — Duqueco”, calificado ambientalmente favorable mediante Res. Ex. N49/2020, la cantidad de residuos líquidos domésticos generados durante la Fase de Operación del proyecto, también se mantiene. Por lo tanto, se estima una generación de 0,6 m3/dia de residuos líquidos domiciliarios los cuales serán manejados de acuerdo al Permiso Ambiental Sectorial N138 del proyecto “LTE Los Angeles Sur -- Duqueco, calificado ambientalmente favorable mediante Res. Ex, N*49/2020.

Emisiones de Ruido

Dado que el presente proyecto no contempla fuentes de generación de ruido

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adicionales a las del proyecto original, las Emisiones Acústicas generadas durante la Fase de Operación se mantienen de acuerdo a lo estipulado en el Anexo 5.3 de la Adenda del proyecto “LTE Los Ángeles Sur — Duqueco”, calificado ambientalmente favorable mediante Res. Ex. N*49/2020. :

De acuerdo a lo anterior, se indica que las emisiones de ruido se generarán principalmente debido a la operación de la S/E Los Ángeles Sur, específicamente por el funcionamiento de los transformadores y, eventualmente, del funcionamiento del generador de emergencia, lo cual fue evaluado ambientalmente en la DIA “LTE Los Ángeles Sur — Duqueco”.

Finalmente, a continuación, se presentan los resultados obtenidos de la evaluación del nivel de ruido sobre los receptores contemplados:

Evaluación cumplimiento D.S. N*38/2011 del MMA -— Fase de Operación

Nivel Ñ NPC máximo . proyectado Dari permitido Puan

me lesivo Periodo diurno E o DS. N 38 del [dB(A)] [dB(A)] [dB(A)] MMA. NI 35 64 50 Cumple N 3 65 50 Cumple AS 4 65 50 Cumple NA 9 64 50 Cumple NS 41 64 50 Cumple NS 22 63 50 Cumple N7 4 65 50 Cumple NS 4 65 50 Cumple NS 7 57 50 Cumple N10 35 57 50 Cumple N11 37 57 50 Cumple N12 35 s7 50 Cumple NS 35 65 50 Cumple

Vibraciones: Debido a la naturaleza del proyecto, correspondiente a una LTE, no se generarán emisiones de vibración, manteniéndose lo indicado en el Estudio de Ruido y Vibraciones del proyecto “LTE Los Ángeles Sur — Duqueco” (Anexo 5.3 de la Adenda del proyecto mencionado).

Residuos, productos químicos y otras sustancias que puedan afectar el medio ambiente.

Residuos domiciliarios

Para el manejo de los residuos generados durante la Fase de Operación del presente proyecto, se hará uso de las instalaciones aprobadas ambientalmente mediante la Resolución Exenta N49/2020, que califica ambientalmente favorable el proyecto “LTE Los Ángeles Sur — Duqueco”. Los residuos del presente proyecto se mantienen dentro de las magnitudes consideradas y aprobadas en los respectivos Permisos Ambientales Sectoriales, ya que no generará residuos adicionales en términos cualitativos o cuantitativos. En este contexto, el presente proyecto no modificará los Permisos Ambientales Sectoriales N%138, 'N%140 y N142 aprobados y contenidos en el Considerando 6? de la RCA N*49/2020.

Residuos Sólidos Asimilables a Domiciliarios (RSAD): Dado que la mano de obra se mantiene de acuerdo a lo declarado en el Acápite 2.6.4 de la DIA del proyecto “LTE Los Ángeles Sur — Duqueco”, la cantidad de residuos sólidos domiciliarios generados durante la Fase de Operación del Proyecto, también se mantiene. Por lo tanto, se estima una generación de 6 kg/día de residuos los cuales serán manejados de acuerdo a lo considerado en el Permiso Ambiental Sectorial N*140 del proyecto “LTE Los Ángeles Sur — Duqueco.

La generación y manejo de los residuos industriales no peligrosos no se modifica por el presente Proyecto, por lo que se mantiene lo declarado en el Permiso Ambiental Sectorial N140, adjunto en el Anexo 5.2 de la DIA del proyecto “LTE Los Ángeles Sur — Duqueco”, calificado ambientalmente favorable mediante Res. Ex. N49/2020. De acuerdo a lo anterior, durante la Fase de Operación del

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Proyecto, se estima que se generará una cantidad de 60 kg/mes de RISES. Los RISES serán recolectados y transportados al área destinada para su almacenamiento (Bodega de RISES) y posteriormente serán retirados una vez terminadas las labores de mantención por los mismos trabajadores a lugares autorizados para su disposición final o reciclaje.

Durante la fase de operación se generarán residuos peligrosos en baja cantidad, producto de las actividades de mantenimiento de las instalaciones del proyecto las cuales serán almacenadas y trasladadas a un lugar autorizado para su disposición final, una vez terminadas las labores de mantención del proyecto. La generación y manejo de los residuos industriales peligrosos no se modifica por el presente Proyecto, por lo que se mantiene lo declarado en el Permiso Ambiental Sectorial N]142, adjunto en el Anexo 5.3 de la DIA del proyecto “LTE Los Ángeles Sur — Duqueco”, calificado ambientalmente favorable mediante Res. Ex. N49/2020. De acuerdo a lo anterior, durante la Fase de Operación se contempla la generación de un total de 11 kg/mes de residuos peligrosos que corresponderán principalmente a aceites y lubricantes, material contaminado y envases vacios contaminados.

En relación a otros productos químicos y otras sustancias que puedan afectar el medio ambiente es del caso indicar que la la utilización de sustancias peligrosas durante la operación del proyecto estará dada en ocasiones particulares y consistirán principalmente en aceites, grasas y derivados de hidrocarburos. Cabe señalar que no se contempla almacenamiento permanente de sustancias peligrosas.

Respecto del combustible, durante la fase de operación del proyecto, sólo se requerirá de combustible para abastecer los vehículos que participen de las obras de mantenimiento, los que serán abastecidos en estaciones de servicio cercanas al proyecto.

La cantidad y manejo de sustancias peligrosas no se modifica por el presente Proyecto, por lo que se mantiene lo declarado en el Acápite 2.6.11.2 de la DIA del proyecto “LTE Los Ángeles Sur — Duqueco”, calificado ambientalmente favorable mediante Res. Ex. N*49/2020.

Referencia al Sección 4.6 del ICE. ICE para mayores detalles sobre esta fase.

4:3.3.FASE DE CIERRE

Durante la fase de cierre, se habilitará un área de instalación de faenas conformada por una serie de dependencias destinadas al desarrollo del cierre del proyecto, éstas refieren a oficinas de contratistas, comedor, servicios higiénicos, fosa séptica, almacenamiento temporal de residuos para su posterior retiro mediante empresas autorizadas para su transporte a sitios de disposición final autorizados; entre otros. La mano de obra a emplear en esta fase será en promedio de 20 trabajadores y llegando a un máximo de 40 trabajadores.

La fase de cierre se refiere a desenergizar las instalaciones, para luego desmontar y desmantelar las estructuras, y restituir las áreas intervenidas.

Junto con los criterios señalados, la fase de cierre del proyecto contempla la realización de las actividades descritas a continuación.

Desmantelamiento de Infraestructura: Posterior a desenergizar las instalaciones, se desmontarán las Torres de la línea, retirando las partes y el cableado. Las fundaciones serán cubiertas con material para mantener el nivel del terreno natural, para la S/E Los Ángeles Sur se contempla la desconexión de los equipos para su posterior remoción.

Para la disposición de los materiales y partes provenientes del desmantelamiento de partes y estructuras, se dará prioridad a la venta a terceros de manera de que sean reutilizados aquellos componentes que pudieran tener utilidad en alguna otra actividad.

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Restauración de la Morfología de las Áreas Intervenidas: La restauración de la morfología de las áreas intervenidas se refiere principalmente a cubrir con material las fundaciones para mantener el nivel del terreno natural.

Prevención de Futuras Emisiones: Tras desenergizar las instalaciones, y luego de desmontar y desmantelar las estructuras del proyecto, el cierre del proyecto no guarda relación con futuras emisiones, puesto que no existirán elementos que se relacionen con algún tipo de emisión, ni tampoco se utilizan sustancias en la operación del proyecto que persistan en el lugar bajo ningún tipo de acopio o disposición, ni tampoco existirá ningún tipo de residuo bajo ningún tipo o forma de acopio que implicase la generación de futuras emisiones de ningún tipo.

Mantención, Conservación y Supervisión: Retiradas las partes de la infraestructura desmantelada, no se requerirán labores de mantención durante la fase de cierre, puesto que el cierre no guarda relación con ningún tipo de emisión, ni con la necesidad de monitoreo de ningún tipo de efluente, ni con la lixiviación de ningún tipo de residuo industrial, así como tampoco con la estabilidad de ningún tipo de botadero, y/o derrame de ningún tipo de sustancia o residuo bajo ningún tipo de acopio o disposición

Referencia al | Sección 4.7. Fase de cierre ICE para mayores detalles sobre esta fase.

4.4. CRONOLOGÍA DE LAS FASES DEL PROYECTO

4.4.1. FASE DE CONSTRUCCIÓN

Fecha estimada de inicio Octubre de 2020 Parte, obra o acción que establece el inicio Habilitación de la franja de servidumbre. Fecha estimada de término Octubre de 2020

Parte, obra o acción que establece el término Conexión y pruebas de energización.

4:42: FASE DE OPERACIÓN

Fecha estimada de inicio Noviembre de 2020* Parte, obra o acción que establece el inicio Energización y puesta en marcha de la LTE. Fecha estimada de término El término de la fase de operación se plantea

inicialmente tras 99 años de operación.

Parte, obra o acción que establece el término No aplica

4.4.3. FASE DE CIERRE

No aplica Si bien no se considera una fase de cierre para el presente proyecto, para efectos del SEIA se ha determinado que la fecha de inicio de esta fase del proyecto estará sujeta al cese de la operación, lo que podría ocurrir luego de 99 o más años de iniciada su operación. Ante la eventualidad de tener que ejecutar un abandono o cierre total del proyecto, derivado de causas comerciales, eventos naturales, entre otros, se ingresará dicha fase al SEIA previo a su ejecución, siempre en consideración a lo establecido en la normativa vigente.

  • La fecha estimada como inicio de la fase de operación, estará sujeta al inicio de la fase de operación de las obras permanentes del proyecto “LTE Los Ángeles Sur — Duqueco" que no se modifican (S/E Los Ángeles Sur y Área de Servicio)

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5%, Que, durante el proceso de evaluación se han presentado antecedentes que justifican la inexistencia de los siguientes efectos, características y circunstancias del artículo 11 de la Ley N*

19.300:

5.1. RIESGO PARA LA SALUD DE LA POBLACIÓN, DEBIDO A LA CANTIDAD Y CALIDAD DE EFLUENTES, EMISIONES Y RESIDUOS

Impacto ambiental

Aumento en los niveles de Ruido

Parte, obra o acción que lo genera

En frentes de trabajo, habilitación de franja de servidumbre, tendido soterrado de cables, unión del tendido soterrado, agotamiento de napa subterránea y obras en cruces de cauce.

Fase en que se presenta

Construcción, Operación y Cierre

Impacto ambiental

Exposición a contaminantes debido al impacto generado por el manejo de residuos sobre los recursos naturales renovables, incluidos el suelo, agua y aire.

Parte, obra o acción que lo genera

En frentes de trabajo, habilitación de franja de servidumbre, tendido soterrado de cables, unión del tendido soterrado, agotamiento de napa subterránea y obras en cruces de cauce.

Mantención en fase de Operación de la LTE.

Fase en que se presenta

Construcción, Operación y Cierre

Impacto ambiental

Aumento de concentración de contaminantes en el aire (material particulado y gases)

Parte, obra o acción que lo genera

En frentes de trabajo, habilitación de franja de servidumbre, tendido soterrado de cables, unión del tendido soterrado, agotamiento de napa subterránea y obras en cruces de cauce.

Mantención en fase de Operación de la LTE.

Fase en que se presenta

Construcción, Operación y Cierre

Referencia al ICE para mayores detalles sobre este

  • Sección 5.1. Salud de la población
  • Tabla 6.1 Sobre la inexistencia de riesgo para la salud de la

impasta espesílico población, debido a la cantidad y calidad de efluentes,

emisiones y residuos

El proyecto considera una interacción sobre los grupos humanos emplazados en las entidades rurales de Buen Truco, Santa Julia, Las Camelias y Las Camelias Bajo. En la tabla 6.1 del ICE se identifican las viviendas que se localizan en los predios por los cuales se extenderá la LTE, así como las viviendas más cercanas a la S/E Los Ángeles Sur, considerando para ello, la relación existente con el camino de acceso a esta.

Las actividades agrícolas que presentan mayor interacción corresponden al Receptor 101, llamado Buen Truco PC 6, y al Receptor 103, Rol 1545-98, llamado Parcela N*3 Buen Truco. Para este último, la línea pasará en un tramo de 350 m, manteniéndose lo declarado en el proyecto aprobado ya que el trazado de la LTE no se modifica en este tramo.

Las actividades ganaderas, por su parte, presentan mayor interacción en el Receptor 36, emplazado en el Fundo Duqueco, con Rol 1545-47, sobre el cual la LTE pasará en un tramo de 1,64 km, manteniéndose lo declarado en el proyecto aprobado ya que el trazado de la LTE no se modifica en este tramo.

Por último, la actividad apícola presenta mayor actividad en cuatro [4] predios. Estos predios se localizan a más de 400 m aproximadamente de la LTE, manteniéndose lo declarado en el proyecto aprobado ya que el trazado de la LTE no se modifica en este tramo.

Los siguientes antecedentes justifican que el proyecto o actividad no genera o presenta riesgo para la salud de la población debido a la cantidad y calidad de los efluentes, emisiones o residuos, en consideración a lo dispuesto en el artículo 5 del Reglamento del SEIA.

El proyecto no genera o presenta riesgos para la salud de la población y no aumenta el riesgo prexistente, en consideración a:

Las principales emisiones corresponden a la fase de construcción, donde las actividades

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relacionadas corresponden fundamentalmente a procesos de escarpes, excavación, carga y descarga de material, levantamiento de polvo por tránsito de vehículos por caminos pavimentados y no pavimentados y combustión interna del motor de maquinarias y vehículos.

Las estimaciones de las emisiones de las diferentes fases del proyecto se adjuntan en el Anexo 5 de la DIA y en Anexo 6 de la Adenda de la DIA. En este último anexo se presenta una actualización de los resultados de la estimación de emisiones en fase de construcción para los diferentes contaminantes considerados que pudieran afectar a los vecinos cercanos a las obras y caminos de acceso.

Resumen de principales Emisiones Atmosféricas generadas

PRINCIPALES EMISIONES (ton/año) Eee MP5 MP0 NOx (9/0) SOx CONSTRUCCIÓN 0,1171 0,5475 0,7265 1,3068 0,0222 OPERACIÓN 0,018 0,17 0,00314 |0,001 0,0001

En virtud de los resultados presentados para la fase de construcción, es posible señalar que las emisiones de contaminantes generadas por el proyecto tendrán un carácter temporal y local, debido a que esta fase contempla una duración de ocho (8) meses considerando el proyecto completo original (la sola construcción de la Línea de Transmisión Eléctrica, materia de esta evaluación ambiental, tendrá una duración estimada de 1 mes), siendo la combustión de maquinarias aquellas que generan mayores emisiones, sin embargo, las emisiones en general resultan ser poco significativas para todos los contaminantes.

Respecto a material particulado, los principales aportes de material particulado respirable (MP10) y fino (MP2,5) se producen por la resuspensión de polvo durante el tránsito de vehículos pesados y livianos por caminos no pavimentados, con un 82% para MP10 y 35% para MP2,5 del total de emisiones respectivas por contaminante.

Respecto a los gases de combustión, los máximos aportes de Dióxido de Azufre (SO2) y Óxidos de Nitrógeno (NOX) provienen de la combustión de los motores de los grupos electrógenos con un 97% y un 45% del total de las emisiones generadas, respectivamente. Por otro lado, otra actividad que emite Óxidos de Nitrógeno (NOX) es la combustión de los motores de maquinaria fuera de ruta, con un 40% del total de las emisiones totales. Los mayores aportes de Monóxido de Carbono (CO) resulta ser la combustión de los motores de la maquinaria fuera de ruta, con un 92% del total de las emisiones totales emitidas durante el desarrollo de la fase de construcción del proyecto, por otro lado, los máximos aportes de compuestos orgánicos volátiles (COV) provienen de la combustión de motores de grupos electrógenos con más de un 90% del total de emisiones. Finalmente, la mayor parte de los aportes de amoníaco (NH3) provienen de la combustión de los motores producida por el tránsito de vehículos.

Durante la fase de operación, se tiene que las emisiones atmosféricas provendrán del tránsito de vehículos por labores de mantención de la LTE, sin embargo, siguen siendo poco significativas. Finalmente, para la fase de cierre se consideran que estas emisiones igualmente son poco significativas y acotadas en el tiempo, si bien su temporalidad es similar a la fase de construcción, se considera un menor número de actividades a ejecutar.

En base a lo expuesto anteriormente se tiene para las emisiones de material particulado MP10 lo siguiente:

Durante la fase de construcción las emisiones de MP10 alcanzan un total de 0,55 ton/fase, valor que no supera lo establecido en el PDA (Plan de Descontaminación Ambiental) de la Comuna de los Ángeles.

Para la fase de operación del proyecto, se tiene que las emisiones anuales de MP10 estimadas corresponderán a 0,17 ton/año, emisiones atribuibles a las actividades de operación y mantención de la Línea de Transmisión Eléctrica. La magnitud de tales emisiones es poco significativa.

Tal como se puede observar en la tabla precedente, las emisiones atmosféricas generadas por el proyecto son poco significativas; además, se encuentran bajo los límites establecidos en el artículo 48 del D.S. N*4/2017 del MMA que Establece el Plan de Descontaminación Atmosférica para la Comuna de Los Ángeles, por lo que el proyecto no deberá compensar sus emisiones.

En función de lo expuesto anteriormente y considerando que la Fase de Construcción (fase en la que se presentan las mayores emisiones) se ejecutará en un corto periodo de tiempo (1 mes), no se espera que el proyecto genere un impacto significativo sobre la calidad del aire en el área de influencia. Cabe destacar que el método constructivo considerado para el soterramiento de cables disminuye considerablemente el tiempo de construcción de la Línea respecto a los plazos presentados en el proyecto original.

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Sin perjuicio de lo anterior, a modo de controlar y mantener bajas las emisiones de material particulado, en línea con las medidas establecidas en la Res. Ex. N*49/2020, se considera lo siguiente:

  • Durante la Fase de Construcción y Cierre, el camino de acceso correspondiente a un camino no pavimentado será tratado con un supresor de polvo el cual se contempla con una eficiencia de abatimiento del orden del 85%. El supresor será adicionado desde el sector donde se emplazará la S/E Los Ángeles Sur hasta llegar a Avenida Las Industrias, por una longitud de 4 km, lo cual se identifica en la Figura IV.1 de la Adenda N*1 del proyecto “LTE Los Ángeles Sur— Duqueco”.

  • Adicionalmente, se humectará el camino residencial público y camino residencial privado (caminos de acceso a la LTE) en el momento del tránsito de las maquinarias. Esto, sólo de ser necesario, ya que la región donde se localiza el proyecto presenta precipitaciones tales que el camino podrá encontrarse lo suficientemente humectado al momento de transitar por ellos.

  • Limitación de la velocidad máxima de 50 km/h para vehículos livianos en caminos pavimentados secundarios y de 30 km/h en caminos no pavimentados.

  • Limitación de la velocidad máxima de 50 km/h para vehículos pesados en caminos pavimentados secundarios y de 30 km/h en caminos no pavimentados.

  • Utilización de vehiculos, maquinarias y equipos motorizados en buen estado y con su revisión técnica al día.

  • Recubrimiento de la tolva de los camiones. Se exigirá que todos los camiones que transporten material de relleno o cualquier tipo, deberán cumplir con la disposición que determina el cubrimiento total de sus tolvas, con el fin de disminuir la emisión de material particulado.

Respecto a las emisiones electromagnéticas

Respecto a los campos electromagnéticos (CEM) se concluyó que el proyecto no producirá riesgo sobre la salud de las personas. Al respecto, se indica que los campos

eléctricos tienen su origen en el voltaje, vale decir, entre más elevado sea éste, más fuerte será el campo que resulta. Los campos magnéticos en tanto, tienen su origen en corrientes eléctricas, resultando que una corriente más fuerte también tendrá un campo más fuerte. Si bien de forma natural hay campos electromagnéticos (CEM) en el planeta, también existen fuentes generadas por el hombre, como rayos X, electricidad, antenas, estaciones de radio y telefonía móvil. Las diferencias entre las magnitudes de los CEM, y los efectos sobre el organismo es en función de su frecuencia y si éstos son ionizantes o no ¡onizantes.

En el caso de la frecuencia, existen campos eléctricos de radiofrecuencia, dadas principalmente por la radio, televisión, antenas de radares, teléfonos celulares y hornos microondas. También existen campos de frecuencia intermedia dadas por las pantallas de computador, dispositivos antirrobo y sistemas de seguridad. Por último, existen los campos de frecuencia extremadamente baja, donde las principales fuentes son la red de suministro eléctrico y todos los aparatos eléctricos.

Respecto de los CEM no ionizantes e ionizantes, se refiere a la forma en que las ondas electromagnéticas son transportadas en partículas denominadas cuantos de luz. Al respecto, la Organización Mundial de la Salud (OMS) señala que “Los cuantos de luz de ondas con frecuencias más altas (longitudes de onda más cortas) transportan más energía que los de las ondas de menor frecuencia (longitudes de onda más largas). Algunas ondas electromagnéticas transportan tanta energía por cuanto de luz que son capaces de romper los enlaces entre las moléculas. Dé las radiaciones que componen el espectro electromagnético, los rayos gamma que emiten los materiales radioactivos, los rayos cósmicos y los rayos X tienen esta capacidad y se conocen como «radiación ionizante». Las radiaciones compuestas por cuantos de luz sin energía suficiente para romper los enlaces moleculares se conocen como “radiación no ¡onizante”.

De acuerdo a lo señalado por la OMS, “en los últimos 30 años, se han publicado aproximadamente 25.000 artículos sobre los efectos biológicos y aplicaciones médicas de la radiación no ionizante. A pesar de que algunas personas piensan que se necesitan más investigaciones, los conocimientos científicos en este campo son ahora más amplios que los correspondientes a la mayoría de los productos químicos. Basándose en una revisión profunda de las publicaciones científicas, la OMS concluyó que los resultados existentes no confirman que la exposición a campos electromagnéticos de baja intensidad produzca ninguna consecuencia para la salud. Sin embargo, los conocimientos sobre los efectos biológicos presentan algunas lagunas que requieren más investigaciones”. En relación a los efectos sobre la salud en general, se indica que “algunas personas han atribuido un conjunto difuso de síntomas a la exposición de baja intensidad a campos electromagnéticos en el hogar. Los síntomas notificados incluyen dolores de cabeza, ansiedad, suicidios y depresiones, náuseas, fatiga y pérdida de la libido. Hasta la fecha, las pruebas científicas no apoyan la existencia de una relación entre estos síntomas y la exposición a campos electromagnéticos. Al menos algunos de estos problemas sanitarios pueden deberse al ruido o a otros factores del medio, o a la ansiedad

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relacionada con la presencia de tecnologías nuevas”.

Sin perjuicio de lo anterior, la OMS señala respecto de los efectos a corto plazo que “la exposición aguda a niveles elevados (muy por encima de las 100 pT) tiene efectos biológicos, atribuibles a mecanismos biofísicos comúnmente conocidos. Los campos magnéticos externos de frecuencia extremadamente baja originan en el cuerpo humano corrientes y campos eléctricos que, si la intensidad del campo es muy elevada, causan estimulación neural y muscular, así como cambios en la excitabilidad neuronal del sistema nervioso central”.

Al respecto, la norma de referencia utilizada por la Comisión Internacional de Proyección contra Radiaciones no lonizantes, establece un límite de 200 uT (50 Hz) para campos magnéticos y 5 kV/m (50 Hz) para campos magnéticos, a lo que se señala que el proyecto sólo alcanzaría 1,88 HT de campos magnéticos a los 12 m de la línea, y 0,132 kV/m de campos eléctricos a la misma distancia, ambos valores considerablemente menores a la normativa de referencia (resultados expuestos en el Anexo 3.2 de la DIA del proyecto original LTE Los Ángeles Sur — Duqueco.

Ahora bien, la modificación del proyecto planteada en esta evaluación ambiental considera que la mayoría del trazado de la LTE será soterrado, manteniéndose en aéreo únicamente los cruces con la Ruta 5 Sur y Avenida Las Industrias y la conexión con la S/E Duqueco, lo cual abarca una longitud total de 341 m. Por lo tanto, las emisiones electromagnéticas asociadas a la LTE disminuyen considerablemente, respecto a lo estimado para la DIA “LTE Los Ángeles Sur — Duqueco”.

Ante este escenario, no se contempló una reestimación de las emisiones asociadas a este componente dado que las ya presentadas con la DIA del proyecto “LTE Los Ángeles Sur — Duqueco”, calificado ambientalmente favorable mediante Res. Ex. N%49/2020, corresponden al peor escenario evaluado.

Por todo lo anterior, se concluye que el proyecto no producirá riesgo a la salud de la población, ni aumento del riesgo preexistente por las condiciones actuales de calidad del aire sobre los puntos habitados en los alrededores del proyecto, ni en la comuna, por aumento de concentraciones de gases y/o partículas en el aire y por ende no genera riesgo para la salud de la población.

Respecto al ruido, principalmente serán las actividades de la fase de construcción las que provocarán la generación de ruido por el uso de distintas máquinas y equipos.

De acuerdo a los resultados expuestos en el Anexo 5 de la DIA, el proyecto da cumplimiento a la norma en todas sus fases.

El estudio de ruido tuvo como objetivo general evaluar el posible impacto acústico y vibratorio que generará el proyecto sobre los receptores cercanos a las instalaciones y actividades que éste involucra. Sus objetivos específicos fueron: - Identificar los receptores sensibles a las futuras emisiones de ruido y vibraciones producidas por el proyecto en los sectores sensibles más cercanos a las obras y actividades de éste. - Identificar y caracterizar acústicamente la emisión de las principales fuentes de ruido y vibraciones participantes en las fases de construcción, operación y cierre (o abandono) del proyecto. - A través de modelaciones computacionales y proyecciones matemáticas, efectuar una predicción de los niveles de ruido y vibraciones que generarán las fases del proyecto sobre cada receptor. - Comparar los resultados obtenidos con los niveles permitidos por las normativas aplicables seleccionadas para tal efecto, evaluando su respectivo cumplimiento incluyendo medidas de control de ruido a nivel conceptual si fueran necesarias.

La ubicación de los puntos receptores de interés fue presentada en la figura 3 del anexo 5 de la DIA.

Ubicación y descripción de puntos de evaluación de ruido y vibraciones.

Altura de Distancia | Coordenada UTM Punto Descripción receptor | proyecto Huso 18 S -- WGS84

[m] bm] Este [m] | Norte [m] RI Vivienda de 1 piso de material sólido 1,5 95 732.740 | 5.844.223 R2 lelesia Evangélica pentecostal 1,5 Tr 732.994 | 5,844,267 83 o vivienda de 1 piso del , s 151 734.403 | 5.844.499 R4 Vivienda de 2 pisos de material sólido 1,5-4,0 | 179 735.824 | 5.843.980 RS Vivienda de l piso de material sólido 15 39 736.482 | 5.844.035 R6 Empresa Comercial GreenVic 1,5 134 736.750 | 5.844.420 R7 Vivienda de 1 piso de material ligero 1,5 279 734.949 | 5.844.708

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Adicionalmente, para efectos de modelación, se consideran cinco (5) puntos receptores adicionales, con el objetivo de estimar las emisiones en todo sector cercano al trazado de la LTE, en todas sus direcciones. Cabe mencionar que en estos puntos no se realizaron mediciones de ruido basal, sin embargo, se evaluarán en base a los límites establecidos para los receptores R1, R2, R3, RS y R7 dada su cercanía.

Tabla Descripción de receptores.

Distancia Coordenada UTM Punto Descripción Altura de proyecto Huso 18 S — WGS84 receptor [m] m] Este [m] Norte [m] R11 Vivienda de 1 piso LS 420 732.182 | 5.844.363 R2.1 Vivienda de 1 piso de 1,5 116 732.994 | 5.844.464 material sólido R3.1 Vivienda de 1 piso de 15 240 734.425 | 5.844.910 material ligero 85.1 Vivienda de 1 piso de LS 149 736.292 | 5.844.246 material ligero R7.1 Vivienda de 1 piso 1,5 290 735.402 | 5.844.517

Éstos fueron seleccionados de acuerdo a su cercanía con las futuras fuentes generadoras de ruido y vibraciones del proyecto.

Se presentan a continuación los resultados obtenidos a partir del modelo predictivo representativo de la fase de construcción. Los valores presentados indican el aporte de energía acústica que ejercerán exclusivamente las obras que involucran el proyecto.

En Anexo 5 de la DIA, los resultados se entregan mediante tablas de valores y mapas de propagación sonora cuya coloración está referida a una altura de 1.5 [m] del suelo.

De acuerdo con lo anterior, en las siguientes tablas se presenta un resumen de la evaluación de ruido según el Decreto Supremo N? 38/2011 del Ministerio del Medio Ambiente de los niveles de presión acústica estimados para la construcción del trazado subterráneo.

Evaluación Normativa de Niveles de Ruido — Fase de Construcción — Periodo Diurno.

NPS ¿Cumple

Receptores proyectado LMP dB(A) oo

AB(A) j RL 50 65 si R1 6s 65 Sí R2.1 58 65 si R2 63 65 Sí R3.1 54 54 sí R3 50 54 Si RA 55 58 sí 85.1 52 65 si RS 65 65 si R6 59 62 Sí R7.1 52 54 sí R7 52 54 sí

Se puede observar que los NPS estimados, asociados a la construcción de la LTE del proyecto, cumplen con los límites máximos permitidos según el D.S. N*38/11 del MMA, en periodo diurno.

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Por otro lado, en la siguiente tabla se presentan los resultados de las proyecciones vibratorias realizadas para todos los puntos de evaluación de acuerdo a la metodología detallada en el anexo 5 de la DIA. Los niveles de velocidad de vibración y nivel de vibración se evalúan según los criterios establecidos en la FTA, descritos en la sección 3.2 del Anexo 5 de la DIA.

Tabla. Evaluación de Velocidad Peak de Partículas (PPV) de vibración — Fase de Construcción.

Punto Distancia PPV Limite ¿Cumple? Ev Limite ¿Cumple? (m] [pulgadas/s] | [pulgadas/s] [VdB] EVaB]

R1.1 420 5,13E-04 0,2 Sí 39 72 Sí R1 95 4,77E-03 0,2 Sí 58 72 Sí R2 T 6,54E-03 0,2 Si 6l 75 Sí

R2.1 116 3,54.E-03 0,2 Sí 55 na Sí R3 151 2,38E-03 0,2 Sí 52 7 Sí

R3.1 240 1,19E-03 0,2 Sí 46 72 Sí R4 179 1,84E-03 0,2 Sí 50 72 Si RS 39 1,81E-02 0,2 Sí 70 72 Sí

R5.1 149 2,43E-03 0,2 Sí 52 72 Sí R6 134 2,85E-03 0,2 Sí 54 75 Sí

R7.1 279 9,48E-04 0,2 Sí 44 7 Sí R7 291 8,90E-04 0,2 Sí 43 7 Sí

Como se puede observar, los niveles de vibración se encuentran por debajo de los límites establecidos en la normativa de referencia utilizada, para las actividades de construcción del proyecto.

En resumen:

Se identificaron siete (7) receptores, los cuales se encuentran fuera del límite urbano de la comuna de Los Angeles, a excepción del receptor RS, el cual se encuentra en Zona III según los usos de suelo definidos en el PRC.

Adicionalmente, se consideraron cinco (5) receptores con el objetivo de abarcar los receptores en todas sus direcciones de la extensión de la LTE. Estos se identificaron como R1.1, R2.1, R3.1, R5.1 y R7.1 y los límites máximos permisibles son homologables a los puntos R1, R2, R3, RS y R7.

Se efectuaron mediciones de ruido representativas del ruido basal en cada punto receptor, obteniendo niveles de presión sonora equivalente de ruido que oscilan entre 44 y 59 [dB(A)] en periodo diurno. La principal fuente de ruido percibida, en este periodo, corresponde al tránsito vehicular, el viento sobre el follaje y el trinar de aves silvestres. Por otra parte, en periodo nocturno, se obtuvieron niveles de ruido de fondo que fluctúan entre los 40 y 49 [dB(A)], donde la principal fuente de ruido corresponde al tránsito vehicular presente en el sector.

Análogamente, se efectuaron mediciones basales de vibración en los mismos puntos receptores, obteniendo valores PPV que fluctúan entre 7,95x10% y 1,12x107 [pulgadas/s], mientras que los valores de Nivel de Vibración varían entre 41,4 y 43,6 VdB, en periodo diurno. En periodo nocturno, los valores PPV fluctúan entre 7,82x10* y 1,18x107” [pulgadas/s], mientras que los valores de Nivel de Vibración varían entre 41,3 y 44,2 VdB.

Se efectuaron modelaciones acústicas y estimación de vibración para la fase de construcción en el cual se distribuyeron frentes de trabajo con la totalidad de las maquinarias operando simultáneamente, en el área de intervención más cercana a los receptores.

Los resultados de dichas modelaciones sonoras arrojaron la necesidad de incluir medidas de control para cumplimiento normativo en el receptor R3, por lo que el proyecto implementa medidas de control según se detalla a continuación.

Durante el desarrollo de las actividades de construcción en los sectores cercanos a R3, se implementará una barrera acústica modular de 2,4 metros de altura, la cual tiene por objetivo obstaculizar las emisiones hacia el sector sur del trazado de la LTE. La barrera debe ser construida de un material que posea una densidad superficial de al menos 10 kg/m?. Es importante mencionar que las junturas del cierre serán herméticas tanto entre ellas como la unión con el piso, de modo que

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no se generen fugas y se pierda efectividad.

En la figura N*11 del Anexo 5 de la DIA se presentó la ubicación donde se instalará la barrera de 2,4 [m] de altura. Es decir, la barrera debe ser instalada cuando el frente de trabajo se encuentre en el siguiente tramo:

Tabla Coordenadas donde instalar la barrera acústica Móvil.

RecePt ntos Altura [m] Coordenadas UTM

or Este [m] Norte [m] Inicio (A) 734.242 5.844.626

R3 Medio (B) 2,4 734.457 5.844.665 Fin (C) 734.562 5.844.609

Cabe destacar que la extensión dependerá de la distancia que abarca el frente de trabajo, ya que deberá superar en al menos 3 metros extras de distancia en cada extremo.

Estas medidas incorporadas permiten dar cumplimiento con los límites máximos permisibles para la zona donde se ubican los receptores de acuerdo con lo establecidos por el D.S. N* 38/11 del MMA.

Se estimó la velocidad de vibración peak asociados al proyecto en receptores, bajo los escenários más desfavorables, concluyendo que éstos no superan los límites establecidos en el criterio de referencia de la Federal Transit Administration (USA) adoptado.

En virtud de todo lo anteriormente señalado, se concluyó que el proyecto no generará un impacto acústico ni vibratorio significativo en los receptores cercanos al emplazamiento y trazado del proyecto.

Según la metodología utilizada y las proyecciones realizadas, considerando la totalidad de las variables mencionadas durante el desarrollo del estudio de Impacto Acústico, el proyecto cumplirá en todas sus fases con los Niveles Máximos de Presión Sonora Corregidos establecidos en el Art. 7? del Decreto Supremo N38/11 del Ministerio del Medio Ambiente. En consecuencia, el titular acredita el cumplimiento de las disposiciones del DS N 38/11 del MMA durante la construcción y operación del proyecto y la no generación de riesgo a la salud de la población por esta materia.

En relación a los efluentes, los cuales corresponderán principalmente a los servicios higiénicos presentes en la instalación de faenas y en el área de servicios para la fase de operación. Una vez tratadas las aguas servidas, éstas serán infiltradas en drenes de infiltración.

Cabe indicar la generación y manejo de los residuos líquidos domésticos no se modifica por el presente proyecto, por lo que se mantiene lo declarado en la sección 2.5.8.1 de la DIA del proyecto “LTE Los Ángeles Sur — Duqueco”, calificado ambientalmente favorable mediante Res. Ex. N49/2020, y en el Permiso Ambiental Sectorial N138, adjunto en el Anexo 5.1 de la misma DIA. Cabe destacar que la mano de obra considerada no es modificada por el presente proyecto. En este sentido, se estima una generación de 9 m3/día de aguas servidas provenientes de los baños químicos habilitados en los frentes de trabajo y los servicios higiénicos de la Instalación de Faenas que estarán conectados al sistema de alcantarillado particular que consistirá en una fosa séptica que tratará las aguas servidas generadas para posteriormente ser infiltradas mediante drenes de infiltración.

Todas las aguas servidas serán manejadas, tratadas y dispuestas de acuerdo a lo establecido por la normativa vigente (el D.S. NO 594/99, del MINSAL), es posible concluir, que el proyectó no generará un impacto significativo asociado a este tipo de residuos sobre los recursos naturales, por ende, no se prevé un riesgo a la salud de las personas.

El organismo competente en la materia (SEREMI de Salud), mediante ORD N* 1085 de fecha 29 de mayo de 2020, se pronunció conforme con los antecedentes del proyecto.

No existirá descarga de Riles al suelo, tampoco al subsuelo o aguas subterráneas.

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Riesgo de Incendios Industriales y Forestales

cumpliendo con lo dispuesto en el D.S. N” 160/2008 del Ministerio de Economía, Fomento y Reconstrucción “Aprueba Reglamento de Seguridad para las instalaciones y operaciones de producción y refinación, transporte, almacenamiento, distribución y abastecimiento de combustibles líquidos” y en el D.S. N* 43/2016 del Ministerio de Salud “Aprueba Reglamento de almacenamiento de sustancias peligrosas”.

  • Disposición en las instalaciones de los elementos de extinción de incendios adecuados (extintores, etc.) realizando las mantenciones periódicas, según se establece en la normativa vigente.

  • Ubicación de los equipos de extinción en las proximidades de los puntos probables de incendio, siendo accesibles por parte de los trabajadores y demarcando el área donde están ubicados de acuerdo a la normativa vigente.

  • Capacitación a trabajadores en el correcto uso de los elementos de protección y combate contra incendios.

  • Control de los productos combustibles, manteniendo el orden y limpieza en el almacenamiento y disponiendo sólo del stock necesario.

  • Mantención de comunicación con los propietarios de los predios de emplazamiento del proyecto con el objeto de detectar posibles conductas de terceros que propicien la generación de un incendio.

Adicionalmente a lo indicado, en relación con la prevención de incendios forestales, se indican las siguientes medidas:

  • Elaboración de Plan de protección y prevención de incendios forestales.

  • Inducción a los trabajadores sobre la prevención de incendios forestales.

  • Establecer alianza con los Cuerpos de Bomberos de la Comuna de Los Ángeles.

Forma de control y seguimiento

Registro de capacitación, de mantención de extintores, registro de establecimientos de zona de seguridad, registro de instalación de señalética y registro del flujograma.

Acciones o medidas a

implementar para controlar la emergencia

Las zonas con una mayor probabilidad de que pueda producirse un incendio industrial son:

  • Enel Patio de Salvataje y Bodega de Residuos Peligrosos por combustión de elementos inflamables.

  • En el depósito de Residuos Sólidos Domiciliarios por acumulación de elementos de fácil combustión.

  • En el estanque de diesel por combustión de elementos inflamables.

  • Oficinas: puede presentarse un incendio por falta de orden y limpieza, actos inseguros del personal.

  • En vehículos móviles por fallas mecánicas de los equipos.

En caso de incendio industrial, se actuará de acuerdo a lo descrito a continuación:

  1. Una vez se detecte el incendio, avisar al Director de Emergencia por si ha de procederse a activar el Plan de Emergencia.

  2. Si la situación no es excesivamente peligrosa, es decir, si se trata de un fuego de pequeña magnitud; sin exponerse, intentar apagar el fuego con un extintor, siempre que sea posible con el viento por la espalda y la salida con el

95

Riesgo de Incendios Industriales y Forestales

viento de cara.

  1. En caso de no poder extinguir el incendio, avisar para la activación del Plan de Emergencia y evacuar la zona. En caso de necesidad, se paralizarán todas las operaciones de la faena o área comprometida y no se permitirá el funcionamiento de:

  2. — Motores u otros equipos eléctricos.

  3. Otros equipos o vehículos que pueden provocar un punto de ignición.

  4. Se deberá observar la dirección del viento, se delimitará ampliamente la zona de peligro y se deberá impedir el acceso a la misma del personal que no esté adecuadamente equipado, alejando preferentemente en dirección contraria al viento, a toda persona ajena a la emergencia.

  5. Se deberá limitar el número de personas en la zona de peligro al mínimo imprescindible, controlándolos constantemente por un responsable que deberá permanecer en el exterior de la zona, el cual deberá disponer de un equipo de socorro listo para intervenir si fuera necesario.

  6. Una vez que el Director de Emergencia active el Plan, el Equipo de Intervención se desplegará para controlar el incendio y, si es posible, acordonará la zona afectada.

  7. Se debe mantener la seguridad del personal, disponiendo de una vía de retirada en todo momento y utilizando los agentes extintores y EPP adecuados contra el incendio. Si la situación reviste de gravedad, se comunicará el hecho a la compañía de bomberos.

  8. Tras la extinción del fuego, recoger efluentes contaminados por los agentes extintores y gestionarlos adecuadamente.

  9. Una vez controlada la situación de emergencia, el Jefe de Emergencia informará del hecho al Director de Emergencia, decretando éste el final de la misma.

El Procedimiento de actuación en caso de incendio forestal será como sigue:

  1. Dar aviso inmediato al supervisor en caso de provocarse, avistar o ser informado de un incendio forestal.

  2. Realizar el primer ataque en caso de incendio forestal.

  3. En caso de no poder extinguir el incendio, avisar para la activación del Plan de Emergencia y evacuar la Zona.

  4. Coordinar con CONAF, bomberos y carabineros si la emergencia lo requiere.

  5. Una vez controlada la situación de emergencia, el Jefe de Emergencia informará del hecho al Director de Emergencia, decretando éste el final de la misma.

Oportunidad y vía de comunicación a la SMA de la activación del plan

De acuerdo al Art. 140 del Reglamento del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental, en caso de que se declare una emergencia en las instalaciones, el Director de Emergencia es el responsable de que se dé aviso de forma inmediata a las autoridades con competencia. Dependiendo del tipo de emergencia, se avisará a la SMA, SEA, Dirección Regional del SAG, Dirección Regional de Vialidad, SEREMI de Salud, DGA, Municipalidad de las comunas afectadas, etc.

Dicha notificación incluirá, al menos, la siguiente información: Comunicación, a la mayor brevedad posible, de las circunstancias y datos relevantes de la emergencia, incluyendo:

96

Riesgo de Incendios Industriales y Forestales

  • Identificación de la empresa.
  • — Tipo y categoría del accidente.
  • Descripción de la instalación de la instalación siniestrada.
  • Descripción, si es el caso, de la sustancia O sustancias involucradas.
  • — Descripción de la situación del accidente.
  • Efectos del accidente y acciones que se han tomado hasta el momento. Una vez analizada la emergencia, remitir las causas y efectos de la misma, así como las medidas de seguridad adoptadas.

Referencia a documentos del expediente de evaluación que contenga la

descripción detallada

Anexo 1 de la Adenda de la DIA.

Tabla N*10.9 Medidas de Contingencias y Emergencias — Riesgo de Afectación a la Fauna

Silvestre.

Riesgo de Afectación a la Fauna Silvestre

Riesgo o Contingencia

Posibilidad de atropello o hallazgo de fauna silvestre herida durante todas las fases del proyecto.

Fase del proyecto a la que aplica

Fase de Construcción, Operación y Cierre.

Emplazamiento, parte, obra o acción asociada

Interior del área del proyecto durante todas sus fases.

Acciones o medidas a implementar para prevenir la contingencia

Para evitar una contingencia debido al atropello de fauna silvestre, se deberán realizar las siguientes medidas:

  • Impartición de charlas de capacitación al personal acerca de la potencial fauna presente en el área, del resguardo y cuidado de la misma, así como del procedimiento de actuación en caso de un hallazgo.

  • Velocidad de desplazamiento de los vehículos al interiór de las obras del proyecto de 30 km/h.

  • Control de velocidad para todos los vehículos del proyecto, informando los límites de velocidad permitidos, tanto en caminos internos como externos.

  • Instalación de carteles informativos sobre el eventual cruce de animales en las zonas adecuadas.

Para evitar una contingencia debido a accidentes de aves se tomarán medidas pertinentes, siguiendo las recomendaciones de la Guía de Evaluación del Impacto Ambiental de proyectos Eólicos y de Líneas de Transmisión Eléctrica en Aves Silvestres y Murciélagos, del SAG, 2015, el cual está elaborado en las Medidas de Mitigación de Impactos en Aves Silvestres y Murciélagos, elaborado por Gonzalo González por encargo del SAG, en Agosto 2014. A continuación se mencionan las medidas:

  • Los conductores energizados irán por bajo la cruceta

  • Se utilizarán disuasores de vuelo para evitar el riesgo de colisión de la avifauna aumentando la visibilidad del tendido.

  • Las boyas aeronáuticas o balizas deben usarse como parte del cumplimiento de la normativa de la Dirección

97

Riesgo de Afectación a la Fauna Silvestre

General de Aeronáutica Civil (DGAC), no obstante, para poder ser utilizados como disuasores de vuelo, estas deben ser instaladas en el cable de guardia y aplicarlas en todo su largo.

Uso de boyas tipo esfera de un solo color altamente contrastante (rojo, amarillo o blanco).

Para evitar la ocurrencia de colisiones nocturnas se implementarán dispositivos que sean visibles durante la noche, ya sea por iluminación, fosforescencia, radiación ultravioleta, etc.

Forma de control y seguimiento

Registro de las capacitaciones con asistencia y temas tratados.

Registro de las medidas implementadas y de su mantención.

Acciones o medidas a implementar para controlar la emergencia

En caso de que ocurra alguna contingencia y/o accidente que involucre al menos a un ejemplar de fauna silvestre, ya sea por colisión de aves, choque con algún automóvil, u otro tipo de accidente, y que esto genere como consecuencia algún tipo o grado de daño, se procederá según lo descrito a continuación:

1.

105)

Identificación y aviso: Cualquier trabajador que cumpla labores para el proyecto, sea parte del Titular o algún subcontrato, al momento de observar o encontrar algún ejemplar de fauna herido, o haya producido un daño a algún animal, deberá dar aviso inmediato al encargado de medio ambiente del proyecto. El encargado avisará a la Superintendencia de Medio Ambiente (SMA) y al Servicio Agrícola y Ganadero (SAG), e informará lo ocurrido.

Rescate: el trabajador que se encuentre con el ejemplar, recibirá las instrucciones del encargado de medio ambiente, para evaluar la posibilidad de traslado del animal. Para esto, el Titular contará con un convenio con alguna clínica veterinario o centro de rescate de fauna que este cercano a la ubicación del proyecto. Ellos serán los que indiquen la forma de proceder en cada caso que se presente, dado que variará la forma de actuar dependiendo de la especie y del tipo de daño que presente.

Rehabilitación y liberación: la o las especies que estuvieran dañadas, y dependiendo de sus lesiones, serán trasladadas a la clínica veterinaria o centro de rehabilitación que se tenga convenio, para que estas puedan ser atendidas por profesionales. Una vez que los ejemplares estén listos para ser devueltos al ambiente, estos serán devueltos a áreas que presenten un ambiente idóneo y seguro para el ejemplar. Es importante mencionar que el Titular correrá con todos los gastos económicos asociados al tratamiento, recuperación y mantención del ejemplar herido.

Reporte a la autoridad: La empresa elaborará, dentro del plazo de 30 días tras ocurrido el accidente o hallazgo, un informe detallado con la información de lo ocurrido y las acciones tomadas, este contendrá:

Ubicación, fecha, N* personas y animales involucrados en la emergencia y/o hallazgo.

Nombre y cargo de cada una de las personas que participo

98

Riesgo de Afectación a la Fauna Silvestre

en todo el proceso. e Fechas y acciones realizadas. + Lugar y fecha de liberación. +» Medidas de mitigación y/o compensación contempladas en caso de requerirse. Este informe será enviado a la Superintendencia del Medio Ambiente y al Servicio Agrícola y Ganadero. Adicionalmente al plan antes detallado, de forma previa al inicio de la construcción, el Titular se contactará con la empresa concesionaria de la Ruta 5, para poder generar un protocolo de comunicación y acción en caso de ocurra algún accidente en esta vía. Esto con el fin de no interferir con protocolos existentes, ni acciones o personas responsables. - Este plan también será informado a la Superintendencia del Medio Ambiente.

Oportunidad y vía de comunicación a la SMA de la activación del plan

De acuerdo al Art. 140 del Reglamento del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental, en caso de que se declare una emergencia en las instalaciones, el Director de Emergencia es el responsable de que se dé aviso de forma inmediata a las autoridades con competencia. Dependiendo del tipo de emergencia, se avisará a la SMA, SEA, Dirección Regional del SAG, Dirección Regional de Vialidad, SEREMI de Salud, DGA, Municipalidad de las comunas afectadas, eto. Dicha notificación incluirá, al menos, la siguiente información: Comunicación, a la mayor brevedad posible, de las circunstancias y datos relevantes de la emergencia, incluyendo:

  • Identificación de la empresa.

  • Tipo y categoría del accidente.

  • — Descripción de la instalación de la instalación siniestrada.

  • Descripción, si es el caso, de la sustancia O sustancias

involucradas. - — Descripción de la situación del accidente. - Efectos del accidente y acciones que se han tomado hasta el momento.

Una vez analizada la emergencia, remitir las causas y efectos de la misma, así como las medidas de seguridad adoptadas.

Referencia a documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada

Anexo 1 de la Adenda de la DIA.

Tabla N*10.10 Medidas de Contingencias y Emergencias — Riesgo de Ingreso a Instalación

de Faena o Encuentros con Fauna Silvestre.

Riesgo de Ingreso a Instalación de Faena o Encuentros con Fauna Silvestre

Riesgo 0 Contingencia

Posibilidad de atropello o hallazgo de fauna silvestre herida durante todas las fases del proyecto.

Fase del proyecto a la que aplica

Fase de Construcción, Operación y Cierre.

Emplazamiento, parte, obra o acción asociada

El ingreso de fauna silvestre sólo se considera para la Instalación de faena y la Subestación a construir “Los Ángeles Sur”, dado que el resto de las obras no presentan áreas cercadas. Los encuentros pueden suceder en todas las áreas del proyecto,

99

Riesgo de Ingreso a Instalación de Faena o Encuentros con Fauna Silvestre

debido a la construcción y mantenciones que se realizarán en la fase de operación.

Acciones o medidas a implementar para prevenir la contingencia

En caso de que algún individuo de fauna silvestre ingrese a las obras cercadas del proyecto, instalación de faena en fase de construcción y cierre, y la Subestación “Los Ángeles Sur” en la fase de operación, las medidas a realizar son:

  • Identificación y aviso: El trabajador que aviste al individuo al interior de las obras del proyecto, deberá dar aviso inmediato al encargado de medio ambiente del proyecto. Donde se indicará la especie o a que grupo animal corresponde, la ubicación del individuo y su estado. El encargado ambiental, a su vez, avisará a la Superintendencia de Medio Ambiente (SMA) y al Servicio Agrícola y Ganadero (SAG), del avistamiento e ingreso del ejemplar. Cabe señalar que, si el individuo presenta alguna lesión, se deberá actuar según el “Plan de acción ante accidentes con fauna silvestre”.

  • Retiro del individuo del área: En el caso que el ejemplar se visualice tranquilo y sin un comportamiento agresivo, de forma lenta y pausada se inducirá que el animal se retire por sus propios medios. En el caso que el animal esté muy estresado, y con signos de agresividad, se solicitará apoyo al SAG y a la clínica veterinaria o centro de rehabilitación con la que se tenga contacto.

  • Revisión del área: Una vez que el ejemplar haya salido de la instalación del proyecto, y se encuentre alejado y seguro, se revisará el modo al punto de ingreso, para poder arreglar o tapar y que la situación no vuelva a ocurrir.

En caso de observación y encuentro de trabajadores con especie de fauna silvestre, las instrucciones a seguir son:

  • No acercarse

No hacer ruidos fuertes (tocar la bocina, gritar, etc.) Resguardarse o alejarse del área

Forma de control y seguimiento

1

Registro de capacitación al personal. Libro de Registro de eventos y avistamientos de fauna.

Acciones o medidas a implementar para controlar la emergencia

En caso de que ocurra alguna contingencia y/o accidente que involucre al menos a un ejemplar de fauna silvestre, ya sea por colisión de aves, choque con algún automóvil, u otro tipo de accidente, y que esto genere como consecuencia algún tipo o grado de daño, se procederá según lo descrito a continuación:

  1. Identificación y aviso: Cualquier trabajador que cumpla labores para el proyecto, sea parte del Titular o algún subcontrato, al momento de observar o encontrar algún ejemplar de fauna herido, o haya producido un daño a algún animal, deberá dar aviso inmediato al encargado de medio ambiente del proyecto. El encargado avisará a la Superintendencia de Medio Ambiente (SMA) y al Servicio Agrícola y Ganadero (SAG), e informará lo ocurrido.

  2. Rescate: el trabajador que se encuentre con el ejemplar, recibirá las instrucciones del encargado de medio ambiente, para evaluar la posibilidad de traslado del animal. Para esto, el Titular contará con un convenio con alguna clínica veterinario o centro de rescate de fauna que este cercano a la ubicación del proyecto. Ellos serán los

100

Riesgo de Ingreso a Instalación de Faena o Encuentros con Fauna Silvestre

que indiquen la forma de proceder en cada caso que sé presente, dado que variará la forma de actuar dependiendo de la especie y del tipo de daño que presente,

  1. Rehabilitación y liberación: la o las especies qué estuvieran dañadas, y dependiendo de sus lesiones, serán trasladadas a la clínica veterinaria o centro dé rehabilitación que se tenga convenio, para que estas puedan ser atendidas por profesionales. Una vez que los ejemplares estén listos para ser devueltos al ambiente, estos serán devueltos a áreas que presenten un ambiente idóneo y seguro para el ejemplar. Es importante mencionar que el Titular correrá con todos los gastos económicos asociados al tratamiento, recuperación y mantención del ejemplar herido.

  2. Reporte a la autoridad: La empresa elaborará, dentro del plazo de 30 días tras ocurrido el accidente o hallazgo, un informe detallado con la información de lo ocurrido y las acciones tomadas, este contendrá:

  3. Ubicación, fecha, N* personas y animales involucrados en la emergencia y/o hallazgo.

  4. Nombre y cargo de cada una de las personas que participo en todo el proceso.

e Fechas y acciones realizadas.

  • Lugar y fecha de liberación.

  • Medidas de mitigación y/o compensación contempladas en caso de requerirse.

Este informe será enviado a la Superintendencia del Medio Ambiente y al Servicio Agrícola y Ganadero. Adicionalmente al plan antes detallado, de forma previa al inicio de la construcción, el Titular se contactará con la empresa concesionaria de la Ruta 5, para poder generar un protocolo de comunicación y acción en caso de ocurra algún accidente en esta vía. Esto con el fin de no interferir con protocolos existentes, ni acciones o personas responsables.

  • Este plan también será informado a la Superintendencia

del Medio Ambiente.

Oportunidad y vía de comunicación a la SMA de la activación del plan

De acuerdo al Art. 140 del Reglamento del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental, en caso de que se declare una emergencia en las instalaciones, el Director de Emergencia es el responsable de que se dé aviso de forma inmediata a las autoridades con competencia. Dependiendo del tipo de emergencia, se avisará a la SMA, SEA, Dirección Regional del SAG, Dirección Regional de Vialidad, SEREMI de Salud, DGA, Municipalidad de las comunas afectadas, eto. Dicha notificación incluirá, al menos, la siguiente información: Comunicación, a la mayor brevedad posible, de las circunstancias y datos relevantes de la emergencia, incluyendo:

  • Identificación de la empresa.

  • — Tipo y categoría del accidente.

  • Descripción de la instalación de la instalación siniestrada.

  • Descripción, si es el caso, de la sustancia o sustancias

involucradas. - — Descripción de la situación del accidente.

101

Riesgo de Ingreso a Instalación de Faena o Encuentros con Fauna Silvestre

  • Efectos del accidente y acciones que se han tomado hasta el momento. Una vez analizada la emergencia, remitir las causas y efectos de la misma, así como las medidas de seguridad adoptadas.

Referencia a documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada

Anexo 1 de la Adenda de la DIA.

Tabla N*10.11 Medidas de Contingencias y Emergencias — Riesgo de Contagio de Virus

Hanta.

Riesgo de Contagio de Virus Hanta

Riesgo o contingencia

Posibilidad de que trabajadores del proyecto, como trabajadores contratistas, se contagien con Virus Hanta al desarrollar sus actividades

Fase del proyecto a la que aplica

Fase de Construcción, Operación y Cierre.

Emplazamiento, parte, obra o acción asociada

Instalación de faena temporal y áreas de servicios permanentes. Todo el periodo que estén presentes trabajadores en el área del proyecto.

Acciones o medidas a

implementar para prevenir la contingencia

El proyecto se emplaza en predios rurales de la comuna de Los Ángeles, Región del Biobío, donde se destaca la presencia de plantaciones agrícolas, forestales y pequeños remanentes de bosque nativo. Por lo tanto, es complejo descartar la presencia del ratón de cola larga (Oligoryzomys longicaudatus), y eliminar la probabilidad de contagio con el Virus Hanta por parte de los trabajadores del proyecto.

Conforme a lo anterior, se deberán adoptar las siguientes medidas:

  • Todos los alimentos deberán ser almacenados en lugares o envases resistentes a ratones.

  • Se deberán depositar los restos de basura en contenedores cerrados resistentes a ratones y los trabajadores no deberán dejar restos de alimentos al alcance de los roedores.

  • Se deberá limpiar constantemente el sector de comedor, bodegas y oficinas del sector de instalación de faena y áreas de servicios.

  • Se deberán mantener los alrededores del sector de instalación de faenas y área de servicios libre de desechos y escombros.

  • Se deberá evitar dejar al alcance de los ratones envases con agua y mantener protegidas las fuentes de abastecimiento de agua.

  • Sellar bodegas y oficinas, tapando los agujeros con virutilla y latones.

  • Capacitar a los trabajadores respecto las medidas de autocuidado para prevenir el riesgo de contagio de Virus Hanta, tanto en los frentes de trabajo, como en la instalación de faena y área de servicios.

Forma de control y seguimiento

  • Registro de las capacitaciones al inicio de la fase de construcción y operación del proyecto.

  • Registro de mantenciones y limpieza de los lugares con

102

Riesgo de Contagio de Virus Hanta

riesgo de presencia de roedores.

Acciones o medidas a

implementar para controlar la emergencia

En el caso de encontrar ratones muertos, se deben seguir los siguientes pasos:

  • Se debe ventilar el recinto donde se encontró el roedor, ya sea bodega, comedor u otro; por lo menos 30 minutos.

  • La persona que retirará el roedor del recinto deberá protegerse las manos con guantes de goma o plásticos y usar mascarilla que filtre micro-partículas y que cubra herméticamente la cara.

  • Antes de tomar el ratón deberá rociarlo con cloro.

  • Colocar el roedor dentro de una bolsa plástica y ésta colocarla dentro de otra más gruesa.

  • Finalmente, poner la doble bolsa en un basurero O enterrarla en un agujero a 50 cm de profundidad y lejos de la instalación de faena, frentes de trabajo y área de servicios. También está la alternativa de quemar la bolsa con el animal muerto.

  • Antes de que la persona se retiré los guantes, ésta deberá lavarse las manos enguantadas usando solución de agua con cloro o detergentes de uso doméstico.

  • Después de que la persona se retire los guantes, ésta deberá lavarse las manos con agua y jabón.

En el caso de sospechar que un determinado trabajador de la LTE o contratista se contagió con Virus Hanta, los pasos a seguir son los siguientes:

  • Llevar al trabajador inmediatamente al hospital o centro médico más cercano al área de proyecto, que cuente con unidad de cuidado intensivo.

  • En el Hospital o Centro Médico solicitar un examen de diagnóstico, el cual posteriormente debe ser enviado al Laboratorio Nacional de Referencia del ISP o uno con similares competencias.

  • Enel caso de que sea positivo el hospital deberá notificar al epidemiólogo del Servicio de Salud.

Oportunidad y vía de comunicación a la SMA de la activación del Plan

De acuerdo al Art. 140 del Reglamento del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental, en caso de que se declare una emergencia en las instalaciones, el Director de Emergencia es el responsable de que se dé aviso de forma inmediata a las autoridades con competencia. Dependiendo del tipo de emergencia, se avisará a la SMA, SEA, Dirección Regional del SAG, Dirección Regional de Vialidad, SEREMI de Salud, DGA, Municipalidad de las comunas afectadas, etc. Dicha notificación incluirá, al menos, la siguiente información: Comunicación, a la mayor brevedad posible, de las circunstancias y datos relevantes de la emergencia, incluyendo:

  • Identificación de la empresa.

  • — Tipo y categoría del accidente.

  • Descripción de la instalación de la instalación siniestrada.

  • Descripción, si es el caso, de la sustancia o sustancias involucradas.

  • Descripción de la situación del accidente.

  • Efectos del accidente y acciones que se han tomado hasta el momento.

Una vez analizada la emergencia, remitir las causas y efectos de

103

Riesgo de Contagio de Virus Hanta

la misma, así como las medidas de seguridad adoptadas. Referencia a documentos del species de Anexo 1 de la Adenda de la DIA. evaluación que contenga la descripción detallada

Tabla N*10.12 Medidas de Contingencias y Emergencias — Riesgo de Alteración de Restos

y Sitios Arqueológicos.

Ries

o de Alteración de Restos y Sitios Arqueológicos

Riesgo contingencia

o

Posibilidad de alteración de sitios arqueológicos durante la fase de construcción del proyecto.

Fase del proyecto a la que aplica

Fase de Construcción, Operación y Cierre.

Emplazamiento, parte, obra o acción asociada

Asociada a las instalaciones de faenas temporales y permanente, específicamente a las actividades de construcción del proyecto.

Acciones o medidas a implementar para prevenir la contingencia

En caso que se registre un hallazgo de carácter histórico, antropológico, arqueológico o paleontológico, se deberá dar cumplimiento a la Ley N 17.288, que establece que toda persona que al hacer excavaciones en cualquier punto del territorio nacional y con cualquier finalidad, encontrare ruinas, yacimientos, piezas u objetos de carácter histórico, antropológico, arqueológico o paleontológico, debe dar aviso inmediatamente el descubrimiento al Consejo de Monumentos Nacionales (CMN), que ordenará a Carabineros que se haga responsable de su vigilancia hasta que el CMN se haga cargo de él, procediendo de acuerdo a lo establecido en el Artículo 26 de la Ley.

Para evitar una contingencia en la que se produzca una alteración de los sitios arqueológicos, se implementarán las siguientes medidas:

En caso de que se detecte un sitio arqueológico se habilitarán cercos de protección para impedir el acceso de personas al área del sitio.

Impartición de charlas al personal acerca del procedimiento de actuación en caso de un hallazgo.

Forma de control y seguimiento

Registro de capacitaciones al personal, con lista de asistencia y temas tratados con firma del especialista. Registro de comunicaciones efectuadas para dar aviso al CMN y a Carabineros.

Registro de medidas y acciones implementadas en caso de hallazgos.

104

Acciones o medidas a implementar para

emergencia

En caso de hallazgo de elementos arqueológicos al momento de

realizar cualquier faena de excavación o remoción de terreno en el

área del proyecto, se definen los pasos mínimos que se deben adoptar con el fin de prevenir un potencial impacto sobre ellos:

  1. Se procederá según lo establecido en la Ley N” 17288 del Ministerio de Educación Pública que “Legisla sobre Monumentos Nacionales”.

  2. Se paralizarán los trabajos en el sector del hallazgo.

. Se dará aviso inmediatamente al Consejo de Monumentos Nacionales (CMN) para que éste disponga los pasos a seguir, así como al Gobernador Provincial y a Carabinerós para su vigilancia.

  1. Se contará con la asesoría de un arqueólogo, que elaborará un informe de la situación y de las medidas realizadas, para su entrega a la autoridad correspondiente.

  2. En caso que el Consejo de Monumentos Nacionales (CMN) resuelva que se debe rescatar el sitio y autorice las faenas, se procederá a realizar el correspondiente rescate arqueológico.

  3. Los trabajos en la zona del hallazgo se retomarán con la conformidad del Consejo de Monumentos Nacionales (CMN).

ur

Oportunidad y vía de comunicación a

activación del Plan

De acuerdo al Art. 140 del Reglamento del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental, en caso de que se declare una emergencia en las instalaciones, el Director de Emergencia es el responsable de que se dé aviso de forma inmediata a las autoridades con competencia. Dependiendo del tipo de emergencia, se avisará a la SMA, SEA, Dirección Regional del SAG, Dirección Regional de Vialidad, SEREMI de Salud, DGA, Municipalidad de las comunas afectadas, etc. Dicha notificación incluirá, al menos, la siguiente información: Comunicación, a la mayor brevedad posible, de las circunstancias y datos relevantes de la emergencia, incluyendo:

  • Identificación de la empresa.

  • — Tipo y categoría del accidente.

  • Descripción de la instalación de la instalación siniestrada.

  • Descripción, si es el caso, de la sustancia O sustancias

involucradas. - — Descripción de la situación del accidente. - Efectos del accidente y acciones que se han tomado hasta el momento.

Una vez analizada la emergencia, remitir las causas y efectos de la misma, así como las medidas de seguridad adoptadas.

Referencia a documentos del expediente de | Anexo 1 de la Adenda de la DIA. evaluación que contenga la

descripción detallada

Tabla N*10.13 Medidas de Contingencias y Emergencias — Riesgo de Afectación de

Recursos Hídricos.

Riesgo de Afectación de Recursos Hídricos

Riesgo o contingencia | Posible riesgo de alteración de la cantidad y calidad de aguas superficiales debido a las obras de cruce en los cauces.

Fase del proyecto a la

que aplica Fase de Construcción.

105

Riesgo de Afectación de Recursos Hídricos

Emplazamiento, parte, obra o acción asociada

Cruce de LTE con canal “Lomas de Duqueco” y canal “Duqueco Maza”.

Acciones o medidas a

implementar para prevenir la contingencia

Como medidas generales para prevenir la contingencia se tiene:

Para evitar el derrame de cualquier sustancia sobre cursos de aguas, se implementarán las siguientes medidas:

Capacitación e instrucción del personal en temas claves sobre medio ambiente, a través de charlas sobre cómo evitar la contaminación de los recursos hídricos, el uso correcto de equipos y herramientas, medidas de protección a cursos de agua, por ende, se mantendrá un registro actualizado de las actividades de capacitación, como por ejemplo: el no vertimiento de residuos O materias a cauces naturales, el no ingreso a los cauces de río para tomar baños o uso de urinario.

Manejo adecuado de residuos. Los residuos generados en los frentes de trabajos asociados a la LTE serán recolectados y dispuestos temporalmente en las áreas destinadas para ello, para posteriormente ser retirados y dispuestos en un sitio de disposición final autorizado por una empresa autorizada. Con respecto a los residuos líquidos domiciliarios, estos serán retirados por la misma empresa proveedora del servicio de baños químicos, debidamente autorizada, quién además de la disposición adecuada de las aguas servidas.

Control de eventuales derrames. Para controlar eventuales derrames de sustancias químicas se dispondrá en terreno de un kit de control de derrames que incluirá material absorbente, pala y bolsa de polietileno. Prohibición de estacionamiento de vehículos y maquinaria cerca de cursos de agua. Los vehículos deberán estacionarse lo más alejados posibles de los cuerpos de agua, para evitar de esta forma, posibles fuentes de contaminación producto de caída de materiales como por las propias emisiones de los vehículos.

Forma de control y

Registro de las capacitaciones con asistencia y temas

seguimiento tratados. Acciones o medidas a | Ante una afectación en el recurso hídrico, se deberá informar de implementar para | inmediato al Jefe de terreno con el fin de velar que las medidas controlar la | a desarrollar sean realizadas de acuerdo a este plan. El jefe de emergencia terreno deberá:

  1. Identificar la sustancia derramada.

  2. Identificar el área susceptible.

  3. Identificar la ruta del derrame.

  4. Establecer puntos de control dentro de la ruta del

derrame. 5. Colocar barreras en los puntos de control identificados,

en caso de que el derrame corresponda a sustancias químicas, se deberá realizar confinamiento mediante tabla-estacado por el límite del derrame y colocación de polietileno de alta densidad resistente al residuo vertido. Este confinamiento puede utilizarse para redireccionar el residuo vertido hacia las orillas, desarrollando a su vez una zanja de recuperación del material.

106

Riesgo de Afectación de Recursos Hídricos

Oportunidad y vía de comunicación a la SMA de la activación del Plan

De acuerdo al Art. 140 del Reglamento del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental, en caso de que se declare una emergencia en las instalaciones, el Director de Emergencia es el responsable de que se dé aviso de forma inmediata a las

autoridades con competencia: SMA, SERNAPESCA, DGA, SEA, SEREMI de Salud e Ilustre Municipalidad de Los Ángeles. Dicha notificación incluirá, al menos, la siguiente información: Comunicación, a la mayor brevedad posible, de las circunstancias y datos relevantes de la emergencia, incluyendo: - Identificación de la empresa. - Tipo y categoría del accidente.

  • Descripción de la instalación de la instalación siniestrada.

  • Descripción, si es el caso, de la sustancia o sustancias involucradas.

  • Descripción de la situación del accidente.

  • Efectos del accidente y acciones que se han tomado hasta el momento. Una vez analizada la emergencia, remitir las causas y efectos de la misma, así como las medidas de seguridad adoptadas.

Referencia a

documentos del

expediente de | Anexo 1 de la Adenda de la DIA. evaluación que

contenga la

descripción detallada

  1. Que, el Titular deberá remitir a la Superintendencia del Medio Ambiente la información respecto de las condiciones, compromisos o medidas, ya sea por medio de monitoreos, mediciones, reportes, análisis, informes de emisiones, estudios, auditorías, cumplimiento de metas o plazos, y en general cualquier otra información destinada al seguimiento ambiental del Proyecto, según las obligaciones establecidas en la presente Resolución de Calificación Ambiental y las Resoluciones Exentas que al respecto dicte la Superintendencia del Medio Ambiente. De igual forma, y a objeto de conformar el Sistema Nacional de Información de Fiscalización Ambiental (SNIFA), el Registro Público de Resoluciones de Calificación Ambiental y registrar los domicilios de los sujetos sometidos a su fiscalización en conformidad con la ley, el Titular deberá remitir en tiempo y forma toda aquella información que sea requerida por la Superintendencia del Medio Ambiente a través de las Resoluciones Exentas que al respecto ésta dicte.

  2. Que, el Titular deberá informar a la Superintendencia del Medio Ambiente la realización de la gestión, acto o faena mínima que da cuenta del inicio de la ejecución de obras, a que se refiere el Considerando 4.1 de la presente Resolución.

  3. Que, con el objeto de dar adecuado seguimiento a la ejecución del Proyecto, el Titular deberá informar a la Superintendencia del Medio Ambiente, al menos con una semana de anticipación, el inicio de cada una de las fases del Proyecto, de acuerdo a lo indicado en la descripción del mismo.

  4. Que, para que el proyecto “Modificación LTE Los Ángeles Sur — Duqueco” pueda ejecutarse, deberá cumplir con todas las normas vigentes que le sean aplicables.

  5. Que, el Titular deberá informar inmediatamente a la Secretaría de la Comisión de Evaluación de la Región del Biobío y a la Superintendencia del Medio Ambiente, la ocurrencia de impactos ambientales no previstos en la DIA, asumiendo inmediatamente las acciones necesarias para abordarlos.

  6. Que, el Titular del Proyecto deberá comunicar inmediatamente y por escrito a la Dirección Regional del SEA Servicio de Evaluación Ambiental VIM Región del Biobío la ocurrencia de

107

cambios de titularidad, representante legal, domicilio y correo electrónico, de acuerdo a lo establecido en el inciso tercero del artículo 162 y artículo 163, ambos del Reglamento del SEA.

  1. Que, se hace presente al Titular que cualquier modificación al Proyecto que constituya un cambio de consideración, en los términos definidos en el artículo 2? letra g) del Reglamento del SEIA, deberá someterse al SEIA.

  2. Que, todas las medidas, condiciones, exigencias y disposiciones establecidas en la presente Resolución, son de responsabilidad del Titular, sean implementadas por éste directamente o a través de un tercero.

RESUELVO:

1?. Calificar favorablemente la Declaración de Impacto Ambiental del proyecto “Modificación LTE Los Ángeles Sur — Duqueco”, de Wpd Duqueco S.p.A.

2*. Certificar que el proyecto “Modificación LTE Los Ángeles Sur — Duqueco” cumple con la normativa de carácter ambiental aplicable.

3", Certificar que el proyecto “Modificación LTE Los Ángeles Sur — Duqueco” cumple con los requisitos de carácter ambiental contenidos en los permisos ambientales sectoriales que se señalan en los artículos 119 y 156 del D.S. N* 40/2012 del Ministerio del Medio Ambiente, Reglamento del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental.

  1. Certificar que el proyecto “Modificación LTE Los Ángeles Sur — Duqueco” no genera los efectos, características o circunstancias del artículo 11 de la Ley N* 19.300, que dan origen a la necesidad de elaborar un Estudio de Impacto Ambiental.

  2. Definir como gestión, acto o faena mínima del Proyecto, para dar cuenta del inicio de su ejecución de modo sistemático y permanente, a los mencionados en el considerando 4.1. del presente acto.

6”. Hacer presente que contra esta Resolución es procedente el recurso de reclamación de acuerdo a lo dispuesto en el artículo 20 de la Ley N* 19.300, ante el Director Ejecutivo del Servicio de Evaluación Ambiental. El plazo para interponer este recurso es de treinta días contados desde la notificación del presente acto.

LiCA DE

Po cacia Región y. E) E agencia Región qe, ¿22, eS %. SS

Pesa 1

Distribución: - — Wpd Duqueco S.p.A.

108

CONADL, Región del Biobío

CONAF, Región del Biobío

Consejo de Monumentos Nacionales

DGA, Región del Biobío

Dirección de Vialidad, Región del Biobío

DOH, Región del Biobío

SAG, Región del Biobío

SEC, Región del Biobío

SEREMI de Agricultura, Región del Biobío

SEREMI de Bienes Nacionales, Región del Bio bío SEREMI de Desarrollo Social y Familia, Región del Biobío SEREMI de Energía, Región del Biobío

SEREMI de Minería, Región del Biobío

SEREMI de Salud, Región del Biobío

SEREMI de Transportes y Telecomunicaciones, Región del Biobío SEREMI de Vivienda y Urbanismo, Región del Biobío SEREMI del Medio Ambiente, Región del Biobío SEREMI MOP, Región del Biobío

SERNAGEOMIN, Zona Sur

Servicio Nacional de Pesca, Región del Biobío Servicio Nacional Turismo, Región del Biobío Subsecretaría de Pesca y Acuicultura Superintendencia de Servicios Sanitarios

Encargada de Participación Ciudadana Superintendencia del Medio Ambiente contactorca(Ysma.gob.cl Oficial de Partes de la Región del Biobío

Expediente del Proyecto “Modificación LTE Los Ángeles Sur — Duqueco”

Archivo Servicio Evaluación Ambiental, Región del Biobío

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