Evaluación SEA

Parque Fotovoltaico Alianza

Rol 2146014549
SEA · DIA · Aprobado · 2020-03-23 · Región de Atacama · Parque Solar Alianza SpA

REPÚBLICA DE CHILE COMISIÓN DE EVALUACIÓN Región de Atacama

Califica Ambientalmente el proyecto “Parque Fotovoltaico Alianza”

Resolución Exenta N° 72

Copiapó, 04 de mayo de 2021

VISTOS:

1°. La Declaración de Impacto Ambiental (DIA) y su Adenda del 12 de febrero de 2021, del proyecto “Parque Fotovoltaico Alianza”, presentado por Parque Solar Alianza SpA con fecha 23 de marzo de 2020.

2°. Los pronunciamientos y observaciones de los órganos de la administración del Estado que, sobre la base de sus facultades legales y atribuciones, participaron en la evaluación de la DIA, y que se detallan en el Capítulo 3 del Informe Consolidado de Evaluación (ICE) de la DIA del proyecto “Parque Fotovoltaico Alianza”.

3°. El Acta de Evaluación N°3 del 30 de marzo de 2021, del Comité Técnico de la Región de Atacama.

4°. El ICE de la DIA del proyecto “Parque Fotovoltaico Alianza” de 31 de marzo de 2021.

5°. La sesión de la Comisión de Evaluación de la Región de Atacama, de fecha 9 de abril de 2021.

6°. La Resolución Exenta Nº51, del 20 de abril de 2020 de la Dirección Regional del Servicio de Evaluación Ambiental Región de Atacama que dispuso la realización de un proceso de participación ciudadana, conforme a lo previsto en el artículo 30 bis de la Ley N° 19.300, sobre Bases Generales del Medio Ambiente

7°. Los demás antecedentes que constan en el expediente de evaluación de impacto ambiental de la DIA del proyecto “Parque Fotovoltaico Alianza”.

8°. Lo dispuesto en la Ley Nº19.300 sobre Bases Generales del Medio Ambiente; el D.S. Nº 40, de 2012, del Ministerio del Medio Ambiente, Reglamento del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental (Reglamento del SEIA); la Ley N°19.880, que Establece Bases de los Procedimientos Administrativos que Rigen los Actos de los Órganos de la Administración del Estado, la Resolución Exenta RA 119046/376/2019 del 17 de diciembre de 2019, de la Dirección Ejecutiva del Servicio de Evaluación Ambiental, que nombra a doña Verónica Ossandón Pizarro como Directora Regional y la Resolución Exenta Nº7 de 2019, de la Contraloría General de la República, que fija Normas sobre Exención del Trámite de Toma de Razón.

CONSIDERANDO:

1°. Que, Parque Solar Alianza SpA (en adelante, el Titular), ha sometido al Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental (SEIA) la DIA del proyecto “Parque Fotovoltaico Alianza” (en adelante, el Proyecto). Los antecedentes del Titular son los siguientes:

Nombre o razón social Parque Solar Alianza SpA Rut 76.939.915-1 Domicilio Badajoz 45 Oficina 15-B, Las Condes, Santiago Teléfono 56966918576 Nombre representante legal Victor Emilio Opazo Carvallo Rut representante legal 8357119-5 Domicilio representante legal Badajoz 45 Oficina 15-B, Las Condes, Santiago Teléfono representante legal 56966918576 Correo electrónico Titular o representante legal b.ortega@solek.com campos@solek.com

2°. Que, conforme se indica en el ICE de fecha 31 de marzo de 2021, la Directora del Servicio de Evaluación Ambiental Región de Atacama ha recomendado aprobar el Proyecto, por cuanto: - El Proyecto cumple con la normativa ambiental vigente, incluyendo los Permisos Ambientales Sectoriales 138, 140, 142 y 160. - El proyecto no genera los efectos, características y circunstancias del Art. 11 de la Ley de Bases del Medio Ambiente, motivo por el cual no requiere de la presentación de un EIA.

3°. Que, en sesión del 9 de abril de 2021, la Comisión de Evaluación de la Región de Atacama acordó calificar favorablemente el proyecto “Parque Fotovoltaico Alianza”, aprobando íntegramente el contenido del ICE de 31 de marzo de 2021, el que forma parte integrante de la presente Resolución. Por lo tanto, conforme a lo indicado en el artículo 60 inciso segundo del Reglamento del SEIA, se excluyen de la presente Resolución las consideraciones técnicas en que se fundamenta.

4°. Que, según lo señalado en la DIA y sus anexos, y en su Adenda, los cuales forman parte integrante de la presente Resolución, la descripción del Proyecto es la que a continuación se indica:

4.1. ANTECEDENTES GENERALES Objetivo general El objetivo del Proyecto es producir energía eléctrica aprovechando la radiación solar, con una capacidad de 10,66 MWp de potencia nominal máxima e inyectando hasta 9 MW, utilizando energías renovables no convencionales (ERNC), además del aprovechamiento de las características propias de la zona para la producción de energía renovable y limpia. Tipología principal, así como las aplicables a sus partes, obras o acciones c) Centrales generadoras de energía mayores a 3 MW. Vida útil Construcción: 6 meses Operación: 29 años Cierre: 6 meses Monto de inversión USD $ 10.000.000,000 Gestión, acto o faena mínima que da cuenta del inicio de la ejecución Habitación de la instalación de faenas, comenzando por la instalación de un contenedor de oficinas y una bodega. Proyecto se desarrolla por etapas Si No De acuerdo con lo informado por el Titular en el punto 1.3 Desarrollo de proyectos o actividades por etapas (D.S. 40/2012 MMA, Artículo 14), de la DIA, el proyecto no se desarrollará por etapas.

X Proyecto modifica un Si No De acuerdo con lo informado por el Titular en el proyecto o actividad

X punto 1.1 Modificación de un proyecto o actividad (D.S. 40/2012 MMA, Artículo 12), de la DIA, el Proyecto Parque Fotovoltaico Alianza corresponde a un proyecto nuevo, por lo tanto, no corresponde a una modificación de proyecto o actividad. Proyecto modifica otra(s) RCA Si No De acuerdo con lo informado por el Titular en el punto 1.1 Modificación de un proyecto o actividad (D.S. 40/2012 MMA, Artículo 12), de la DIA, el Proyecto Parque Fotovoltaico Alianza corresponde a un proyecto nuevo, por lo tanto, no corresponde a una modificación de proyecto o actividad.

X

4.2. UBICACIÓN DEL PROYECTO División político- administrativa El Proyecto se ubica en la comuna de Tierra Amarilla, provincia de Copiapó, Región de Atacama, roles 24-67 y 24-68. En la Tabla 4, de la DIA, se presenta la información política-administrativa de la zona del Proyecto.

Descripción de la localización La localización del Proyecto resulta muy favorable para la instalación de una Central Solar Fotovoltaica y se justifica por las siguientes razones: - Resultados favorables de radiación solar corroborados mediante simulaciones de producción con los datos de radiación de diversas bases de datos certificadas. - El lugar se encuentra cercano a líneas de distribución y subestaciones existentes, lo que hace factible desde un punto de vista económico y técnico el desarrollo del proyecto y la evacuación de la energía eléctrica generada por el mismo. - Las condiciones topográficas hacen que el sitio sea ideal para el emplazamiento de los módulos fotovoltaicos y captación solar debido a la dirección de la pendiente, además de ser un terreno plano con una pendiente media de 2%. Superficie La superficie total del Proyecto a intervenir corresponde a 32,16 hectáreas, en la siguiente tabla se muestra el detalle: Tipo de obra Obra Superficie s [m2] Parque fotovoltaico Paneles Fotovoltaico (19656 módulos) 51.106 Subestación Transformadora (3 uds) 29 Inversores (43 uds) 146 Camino Interno (Longitud 2146 m) 8.584 Instalaciones de Faenas 2.492 Área sin Obra 251.770 Área Total del Parque Fotovoltaico 314.127 Faja y línea de evacuación (Longitud 585 m) 4.097 Camino de Acceso Existente (Longitud 854 m) 3.416 Área Total de Proyecto 321.640 Coordenadas UTM en Datum WGS84 En la Tabla 2. Actualización de coordenadas del Proyecto, de la Adenda, se presentan las coordenadas actualizadas del Proyecto en UTM 19s WGS84. Caminos de acceso El camino de acceso al Proyecto corresponde a un camino de tierra que comienza en la ruta C-33, y se extiende hasta un puente existente, con una longitud de 280 m. Además, el Proyecto contará con un camino interno principal de carácter permanente, con un ancho promedio de 4 m, para las actividades de mantenimiento del parque, garantizando así la accesibilidad a todos los puntos de este. Referencia al expediente de evaluación de los mapas, georreferenciación e información complementaria sobre la localización de sus partes, obras y acciones Los planos mapas y planos del proyecto se presentan en el Anexo 2 Planos, de la DIA. Estos fueron actualizados en el Anexo 1 – Planos, de la Adenda, mientras que en el Anexo 2 – Digitales, del mismo documento, se presentan los archivos en formato .kmz del Proyecto.

4.3. PARTES, OBRAS Y ACCIONES QUE COMPONEN EL PROYECTO 4.3.1. FASE DE CONSTRUCCIÓN Partes y obras Instalación de Faenas En este lugar se coordinarán y centralizarán los trabajos de la obra, la cual contará con los requisitos señalados en el artículo 28 del D.S. 594 MINSAL, el cual aprueba el Reglamento sobre las condiciones sanitarias y ambientales básicas de los lugares de trabajo. La instalación de faenas estará conformada principalmente por conteiner, sobre cimientos de nivelación y tacos de apoyo de madera, e incluye las siguientes componentes: Portería/acceso Corresponde a una caseta de control de acceso al Proyecto, la que contará con un guardia de seguridad Bodega de acumulación de residuos peligrosos (RESPEL) Se contempla habilitar una bodega de residuos peligrosos, la cual se utilizará durante las 3 fases del Proyecto. Las características de esta bodega darán cumplimiento al D.S. Nº 148/2003 del Ministerio de Salud. Zona de acumulación de residuos industriales no peligrosos Corresponde a un sector que permitirá acopiar excedentes de la construcción del parque fotovoltaico, donde se segregarán los residuos no peligrosos tales como pallets con su sello, fierros, pernos en desuso, maderas, plásticos, entre otros. Este sector se utilizará durante las 3 fases del Proyecto. Baños químicos En la instalación de faenas se dispondrán baños químicos para los trabajadores, cuya cantidad irá variando acorde al número de personas presentes en obras, en cumplimiento de lo indicado en el artículo 23 del D.S. N.º 594/00 del Ministerio de Salud. Para la limpieza y mantención de estos se contratará a una empresa autorizada que dispondrá los residuos generados en un destinatario autorizado. Baños Se considera la implementación de un sistema de tratamiento de aguas servidas del tipo “Fosa Séptica con Sistema de Infiltración” el cual será implementado durante la Fase de Construcción, quedando operativo durante la Fase Operación, manteniéndose como una obra permanente durante toda la vida útil del Proyecto, para ser retirado una vez finalizada la Fase de Cierre. Zona de grupo electrógeno En este lugar se ubicará el grupo electrógeno de 20 kVA para la instalación de faenas, el cual contará con un pretil para la contención de eventuales derrames de combustible que pudieran ocurrir durante la carga de este. Sumado a lo anterior, se contará con un grupo electrógeno móvil de 10 kVA para suministro eléctrico de la maquinaria, el que también contará con un pretil móvil. Bodegas de almacenamiento Se considera habilitar dos (2) bodegas para el almacenaje de materiales, herramientas e insumos. Para el caso de los insumos con características de peligrosidad que se almacenen en dichas bodegas (en cantidades inferiores a 600 kg o L), se contará con racks de material liso, no absorbente y lavable, con baranda antivuelco en cada sección, sistema de control de derrames, señalización que indique el tipo de insumos que se almacena, se mantendrán a la vista las respectivas HDS y estarán provistos con extintores compatibles con los productos almacenados. Lo anterior en cumplimiento del D.S. N.º 43/2016 del Ministerio de Salud. Oficinas Se instalarán dos (2) conteiner destinados para las oficinas, las que contarán con computadores y otros elementos requeridos para el apoyo administrativo de la fase de construcción. Zona de descarga y acopio Se considera la habilitación de un patio de acopio de material, cercano a la obra. Este patio será utilizado para el almacenaje temporal de materiales para la construcción. Estacionamientos Destinado para el uso de vehículos livianos y la maquinaria de la obra Área de Descompresión Corresponde a una zona más cercana al punto de acceso del proyecto que tendrá el objetivo de recibir a los vehículos pesados, la cual será una zona de estacionamiento para estos, debido a las condiciones del terreno no sería posible movilizarse sobre el área del proyecto para estos vehículos. Parque fotovoltaico

Módulos Fotovoltaicos Los módulos o paneles fotovoltaicos estarán compuestos por el conjunto de celdas fotovoltaicas, los cuales corresponden a dispositivos electrónicos que transforman la energía radiante luminosa, denominada como fotones, en energía eléctrica. La disposición de lo anterior podrá ser en serie y/o en paralelo a lo largo del módulo. El módulo estará formado por un cristal o lámina transparente superior, que lo protegerá de la intemperie (variables meteorológicas), dentro del cual se encuentra el sustrato conversor y sus conexiones eléctricas correspondientes. Existirán estructuras de soporte, cada una compuesta por 84 y 56 módulos respectivamente, con celdas fotovoltaicas, lo que suma un total de 19.656 paneles fotovoltaicos. El tipo de celda será silicio mono cristalino y cada módulo tendrá una potencia de 540 Wp, en corriente continua (CC), resultando en una potencia instalada de 10,660 MWp, inyectando 9,0 MW AC al Sistema Eléctrico Nacional. Estructuras de Soporte Los paneles fotovoltaicos se instalarán sobre estructuras de soporte (perfiles de acero galvanizado), las cuales serán móviles y contarán con un sensor de movimiento del ángulo del sol, lo cual permitirá captar con mayor eficiencia la radiación solar, dado que los paneles podrán seguir la trayectoria del sol, hasta que se esconda. La altura máxima de las estructuras será de 3 m para asegurar que el borde inferior de ésta y el suelo no se topen, para garantizar su adecuada limpieza, además de la ausencia de hierba sobre los módulos. Cabe aclarar que el soporte metálico se fijará directamente a la tierra por un poste o tornillo metálico, no considerando la actividad de soldadura, ocupando remaches y/o tornillos dependiendo de las características litográficas y de resistencia de la tierra. Las estructuras de soporte serán hincadas directamente al terreno a una profundidad máxima de 2 metros aproximadamente. Subestación Inversora Esta instalación corresponde a una estructura metálica techada que soportará los inversores del parque fotovoltaico, los que, por su parte, recibirán la energía generada por los módulos fotovoltaicos en corriente directa (DC) y la convertirán en corriente alterna (AC), de modo que se pueda inyectar al sistema de distribución, SEN. La estructura de la subestación inversora será de aluminio y será construida directamente sobre el terreno del parque, sin necesidad de fundaciones de hormigón ni concreto. El Proyecto contempla la instalación de 43 subestaciones inversoras. Subestación Transformadora Este equipo corresponde al transformador de potencia, donde se recibirá toda la energía generada en el parque fotovoltaico y se adecuará al nivel de voltaje requerido para su inyección a la red de distribución. Es un equipo integrado que permitirá conectar hasta 36 inversores de cadena e incluirá un transformador optimizado de MT sumergido en aceite, un equipo de conmutación con aislamiento de gas, todas las protecciones y conexiones de BT necesarias para conectar el conjunto fotovoltaico y un conjunto de servicios auxiliares, con alimentación auxiliar independiente. Serán 3 subestaciones transformadoras de 2,5 MVA cada una. Este equipo compacto tiene las dimensiones adecuadas para su transporte e instalación dentro de un contenedor marítimo y está diseñado para, al menos, 30 años de funcionamiento. La fundación de la subestación se realizará sobre losas de hormigón armado prefabricado o sobre pilares de concreto armado. Sala de servicios auxiliares Una vez que el parque comience su operación será controlado y monitoreado remotamente gracias a componentes instalados en los equipos y consolidados en la sala de servicios auxiliares instalada en terreno, la que permitirá conectar al parque remotamente con la central de control y monitoreo. Cierre perimetral del Parque El parque contará con un cierre perimetral consistente en una valla metálica, con una altura estimada de 2,5 m, la cual será instalada a través de una inserción directa en el suelo. Como medida de seguridad se instalarán señaléticas que indicarán la ubicación de las estructuras como de los riesgos asociados. Adicionalmente, se dejará un espacio entre el cierre perimetral y el parque fotovoltaico de al menos 5 metros de distancia, lo que servirá como un espacio de seguridad o corta fuegos en caso de incendios. Este espacio estará libre de vegetación y se hará mantención semestralmente. Caminos de acceso e interno El camino de acceso al Proyecto corresponde a un camino de tierra que comienza en la ruta C-33, y se extiende hasta un puente existente, con una longitud de 280 m. El Proyecto contará con un camino interno principal de carácter permanente, con un ancho promedio de 4 m, para las actividades de mantenimiento del parque, garantizando así la accesibilidad a todos los puntos de este. Línea de evacuación La línea de evacuación de la energía eléctrica generada por el Proyecto se desarrollará hasta una línea eléctrica existente, extendiéndose por aproximadamente 540 m hasta el punto de conexión. Los postes de la línea de evacuación serán de hormigón armado, tendrán una altura de 11,5 m y un ancho de 2,14 m en su parte más ancha, enterrados entre 1,50 y 1,90 metros de profundidad, que es donde se sustentan los conductores. Se considera la instalación de 12 postes. Distribución interna de baja tensión Se considera el suministro de energía eléctrica mediante un transformador MT/BT (Media tensión/Baja Tensión), para los equipos de control electrónico, la comunicación de los inversores, el seguimiento y el sistema de alarma, los sistemas de refrigeración, iluminación y líneas eléctricas de las instalaciones, es decir, se utilizará para el funcionamiento interno del parque fotovoltaico en su conjunto. Sistema de puesta a tierra Corresponde a un circuito que conectará las partes metálicas con el suelo, definiendo así el potencial eléctrico de estas con relación a la superficie de la tierra. En el caso de falla eléctrica, o fenómenos naturales como, por ejemplo, caída de rayos, el sistema de puesta a tierra permitirá que la corriente fluya al suelo, garantizando la seguridad tanto de las personas como del parque. Sensor meteorológico Se contará con un sensor meteorológico, cuyo objetivo será supervisar el rendimiento del parque fotovoltaico. Los parámetros que medirá son: - Irradiación solar de los módulos - Temperatura de los módulos, a través del sensor de temperatura para ser instalado en la parte posterior del módulo - Temperatura ambiente - Humedad - Velocidad y dirección del viento La información que sea recopilada será registrada con el sistema de vigilancia SCADA, los que se incluyen en la evaluación de energía, con el objetivo de verificar y supervisar la eficiencia del parque fotovoltaico. Acciones Habilitación de la Instalación de Faenas Se instalarán contenedores, los que serán utilizados como oficinas y bodegas de almacenamiento, además de otras instalaciones necesarias para el normal funcionamiento y desarrollo de la obra, las que, en general, solo corresponden a áreas escarpadas. Mayores detalles de cada instalación de presenta en numeral 2.8.5 de la DIA. Preparación del terreno Esta actividad consiste principalmente en una limpieza superficial del terreno y remoción de material presente. En lo que respecta al escarpe, esta actividad estará asociada a los caminos internos, instalación de faenas y subestaciones inversoras. Como parte de la preparación del terreno, también se contempla las excavaciones requeridas para las subestaciones transformadoras, sala de servicios auxiliares y canalizaciones asociadas a cableado subterráneo del parque. Es importante destacar que las estructuras de sustento de los módulos solares fotovoltaicos o pilotes no requieren de cimentación, y que serán hincadas directamente al terreno, a una profundidad máxima de 2 metros. Las únicas cimentaciones que requerirá el Proyecto corresponderán a las fundaciones de las subestaciones transformadoras y sala de servicios auxiliares. Obras civiles, caminos internos, canaletas e instalación de cerco perimetral Las obras civiles corresponden a la instalación del cerco, habilitación del camino, fundaciones de hormigón de subestaciones y servicios auxiliares y ejecución de las canalizaciones eléctricas requeridas por el Proyecto. Para la habilitación de caminos internos se considera escarpar el terreno y compactar, dado que estos caminos se mantendrán operativos para todas las fases del Proyecto. Para la instalación del cerco perimetral los pilares se atornillarán directamente al suelo y se extenderá la malla metálica, ajustándola manualmente a los pilares. Montaje mecánico Esta actividad contempla el montaje de todas las estructuras no eléctricas del Proyecto, correspondiente a las siguientes: - Estructuras de soporte o pilotes (pilotes de acero galvanizado que serán hincados directamente al terreno a una profundidad máxima de 2 metros) - Seguidores solares - Estructuras de subestaciones inversoras - Subestaciones transformadoras - Sala de servicios auxiliares - Módulos fotovoltaicos - Postaciones de línea de evacuación Retiro de las instalaciones temporales y limpieza

Conexión y puesta en marcha

Recursos naturales renovables De acuerdo con lo señalado por el Titular en el punto 2.5.6 Extracción de recursos naturales, de la DIA, el proyecto no contempla la extracción o explotación de los recursos naturales renovables durante la fase de construcción. Emisiones y efluentes EMISIONES ATMOSFERICAS: De acuerdo con las estimaciones efectuadas, las concentraciones de emisiones más altas pertenecen a la fase de construcción, especialmente para el movimiento de tierra y operación de maquinarias. A continuación, se presenta la estimación de emisiones de material particulado para esta fase: Tipo Tasa de emisión [ton/año] MP10 1,36 MP2,5 0,41 MPS 3,8 Para minimizar estas emisiones se han considerado las siguientes acciones de control: - Humectación y aplicación de bischofita en los caminos no pavimentados que utilizará el Proyecto. - Los camiones tolva que transporten materiales, estarán debidamente cubiertos (encarpados) y con restricciones de velocidad en el caso de los caminos no pavimentados. - Utilización de mallas Raschel en los sectores de mayores emisiones. Por otra parte, el Proyecto generará emisiones de gases durante la fase de construcción cuyo principal origen corresponde a la operación de maquinaria, emisiones de los motores de combustión de los vehículos y la operación de los grupos electrógenos. A continuación, se presenta la estimación de gases para esta fase: Tipo Tasa de emisión [ton/año] NOx 2,67 CO 0,77 HC/COV 0,3 SOx 0,07

AGUAS SERVIDAS: Durante la fase de construcción y cierre se generarán aguas servidas provenientes de los baños químicos, cuyos residuos serán manejados por la misma empresa proveedora de éstos, la que se encontrará debidamente autorizada para el manejo y disposición final de este tipo de residuos. El Titular mantendrá en obra los registros que permitan acreditar lo anterior. La generación de aguas servidas de acuerdo al número de trabajadores en su peak (40), en un periodo de 6 meses, será de 0,32 m3 /día.

RUIDO: La fase de construcción es donde mayores emisiones de ruido generará el Proyecto, producto principalmente de la utilización de equipos y maquinarias. La siguiente tabla resume los resultados obtenidos de la modelación: Receptor Límites D.S. N° 38/11 MMA Diurno Nivel Modelado Fase de Construcción* [dB(A)] R1 59 42 R2 58 56 R3 52 43 R4 62 49 R5 63 44 R6 54 52 R7 60 40 R8 58 50 * Considera efecto de Medida de Control de ruido Para minimizar estas emisiones se ha considerado la implementación de cierres trasladables con características de Barrera Acústica, esta acción de control se describe en el punto 8.1.1.1. Cierres acústicos trasladables, del Anexo 8 de la DIA. Residuos, productos químicos y otras sustancias que puedan afectar el medio ambiente. RESIDUOS SÖLIDOS DOMICILIARIOS: Cantidad (ton/mes): 0,7 Manejo: Contenedor hermético de 200 L Disposición Temporal y tiempo de almacenamiento: Capacidad máxima de almacenamiento de 2 m3 y su retiro será de 2 a 3 veces por semana Disposición Final Sitio autorizado (relleno sanitario) Caracterización: Restos de comida, envases, papeles y cartones, entre otros, generados en los lugares de oficinas, baños, etc.

RESIDUOS INDUSTRIALES NO PELIGROSOS: Cantidad (ton/mes): 0,65 Manejo: Contenedores metálico tipo estanco de 20 m3 Disposición Temporal y tiempo de almacenamiento: Capacidad máxima de almacenamiento de 40 m3. El retiro será de acuerdo a la tasa de generación, evitando siempre que se alcance la capacidad máxima del contenedor y sitio de acumulación Disposición Final: Si no se pueden reutilizar/reciclar la disposición final será un sitio autorizado (relleno sanitario) Caracterización: Latas, restos de madera, gomas, papeles y cartones, textiles, plásticos y escombros, entre otros, principalmente de envases de insumos.

RESIDUOS PELIGROSOS: Cantidad (ton/mes): 0,2 Manejo: Bodega de residuos peligrosos Disposición Temporal y tiempo de almacenamiento: El tiempo máximo de almacenamiento será de 6 meses, serán almacenados en tambores cerrados herméticamente Disposición Final: Sitio autorizado por la SEREMI de salud de la Región de Atacama, para la disposición final de RESPEL. Caracterización: Pilas y baterías usadas, trapos contaminados con hidrocarburos, tarros de pintura, envases de solventes vacíos, tóner de impresora y elementos de protección personal (EPP) contaminados con algún tipo de RESPEL. Además, los módulos solares en desuso también se considerarán y manejarán como residuos peligrosos. Referencia al ICE para mayores detalles sobre esta fase. Punto 4.6 del ICE. 4.3.2. FASE DE OPERACIÓN Partes y obras Módulos Fotovoltaicos Estas obras fueron descritas en el punto 4.3.1 del presente documento. Estructuras de Soporte Subestación Inversora Subestación Transformadora Sala de servicios auxiliares Cierre perimetral del Parque Caminos de acceso e interno Línea de evacuación Distribución interna de baja tensión Sistema de puesta a tierra Sensor meteorológico Acciones Pruebas de energización y puesta en servicio Consiste en la revisión y comprobación del correcto funcionamiento de todos los dispositivos eléctricos con el fin de asegurar su adecuado comportamiento para dar cumplimiento a la normativa asociada. Los equipos que deben ser revisados corresponden a: - Estaciones de inversores, centros de transformación, interruptores y distribución. - Sistema de conexiones eléctricas interna. - Control de supervisión y del sistema de adquisición de datos (SCADA). - Están previstas pruebas funcionales en diferentes condiciones de operación realizada para cada equipo. Después de este paso, los dispositivos deben ser revisados todos juntos con el fin de comprobar el funcionamiento de todo el parque fotovoltaico. Generación de energía La energía eléctrica será generada a partir de la captura y transformación directa de la energía solar por medio de los módulos fotovoltaicos, siendo posteriormente agrupada y transferida a los inversores (de corriente continua a corriente alterna), para luego ser trasladada a los transformadores (adapta las condiciones de intensidad y tensión de la corriente). Finalmente, esta energía agrupada será inyectada al Sistema Eléctrico Nacional, SEN. Monitoreo y vigilancia El monitoreo y vigilancia de la planta se realizará remotamente desde la central de control, la que se ubicará en las oficinas centrales de la empresa, fuera del lugar del emplazamiento del parque fotovoltaico (generalmente, en la ciudad de Santiago). Corte y desbrozado de hierbas y pastos Esta actividad corresponde a la limpieza del terreno de hierbas y pastos, con el propósito de evitar el bloqueo de los módulos y prevenir focos de incendio. Los residuos vegetales generados por esta actividad serán distribuidos uniformemente dentro del predio para su degradación natural. El corte y desbrozado de hierbas y pastos se efectuará con una frecuencia cuatrimestral y considerando que será realizada por 3 trabajadores, tendrá una duración de 3 días. Mantenciones Para el correcto funcionamiento de los componentes del Proyecto, se considera efectuar mantenciones a la planta fotovoltaica y su línea de evacuación, además de la limpieza de los paneles. Estas actividades se describen con mayor detalle en el numeral 2.9.10 de la DIA. Productos generados Energía eléctrica: El Proyecto tendrá una potencia instalada de 10,66 MWp, que le permitirá inyectar 9 MW AC al SEN. Recursos naturales renovables El proyecto no contempla en esta fase extraer o explotar recursos naturales renovables. Emisiones y efluentes EMISIONES ATMOSFËRICAS: Para la fase de operación, no existirán movimientos de tierra, por lo que las únicas emisiones previstas en esta fase corresponden al tránsito de vehículos por caminos no pavimentados. A continuación, se presenta la estimación de material particulado para esta fase: Tipo Tasa de emisión [ton/año] MP10 0,0251 MP2,5 0,0133 MPS 0,047 Las únicas emisiones previstas en esta fase, es la de la operación del grupo electrógeno, que estará para el caso de alguna emergencia y la utilización de vehículos de combustión interna. A continuación, se presenta la estimación de gases para esta fase: Tipo Tasa de emisión [ton/año] NOx 0,157 CO 0,0431 HC/COV 0,0063 SOx 0,0093

AGUAS SERVIDAS: En la fase de operación y cierre se generarán aguas servidas provenientes de los módulos sanitarios con fosa séptica que se instalarán, estos generarán como máximo 480 l/día cuando se realicen las mantenciones al Parque. En el PAS 138 del Anexo 5.1, de la Adenda, se encuentran más detalles.

RUIDO: Durante la fase de operación se generarán ruidos en mucha menor escala que en la fase de construcción y estos provienen principalmente de labores de mantención y utilización de equipos. Cabe señalar que estas actividades serán esporádicas. La siguiente tabla resume los resultados obtenidos de la modelación: Receptor Límites D.S. N° 38/11 MMA Diurno Nivel Modelado Fase de Construcción* [dB(A)] R1 59 29 R2 58 44 R3 52 33 R4 62 33 R5 63 32 R6 54 40 R7 60 27 R8 58 26 Residuos, productos químicos y otras sustancias que puedan afectar el medio ambiente. RESIDUOS SÖLIDOS DOMICILIARIOS: Cantidad (ton/mes): 0,04 Manejo: Contenedor hermético de 200 L Disposición Temporal y tiempo de almacenamiento: Luego de las mantenciones realizadas serán retiradas por la empresa a cargo. Disposición Final: Sitio autorizado (relleno sanitario) Caracterización: Restos de comida, envases, papeles y cartones, entre otros, generados en los lugares de oficinas, baños, etc.

RESIDUOS INDUSTRIALES NO PELIGROSOS: Cantidad (ton/mes): 0,09 Manejo: Contenedores metálico tipo estanco de 20 m3 Disposición Temporal y tiempo de almacenamiento: Luego de las mantenciones realizadas serán retiradas por la empresa a cargo. Disposición Final: Si no se pueden reutilizar/reciclar la disposición final sitio autorizado (relleno sanitario) Caracterización: Latas, restos de madera, gomas, papeles y cartones, textiles, plásticos y escombros, entre otros, principalmente de envases de insumos.

RESIDUOS PELIGROSOS: Cantidad (ton/mes): 0,026 Manejo: Bodega de residuos peligrosos Disposición Temporal y tiempo de almacenamiento: Luego de las mantenciones realizadas serán retiradas por la empresa a cargo Disposición Final: Sitio autorizado por el seremi de salud para la disposición final de RESPEL Caracterización: Módulos fotovoltaicos en desuso o dañados. Referencia al ICE para mayores detalles sobre esta fase. Punto 4.7 del ICE. 4.3.3. FASE DE CIERRE Partes y obras Instalación de faenas En este lugar se coordinarán y centralizarán los trabajos de la obra, la cual contará con los requisitos señalados en el artículo 28 del D.S. 594 MINSAL, el cual aprueba el Reglamento sobre las condiciones sanitarias y ambientales básicas de los lugares de trabajo. La instalación de faenas estará conformada principalmente por conteiner, sobre cimientos de nivelación y tacos de apoyo de madera. Acciones Desmantelamiento o aseguramiento de infraestructura - Habilitación de instalación de faenas: La instalación de faenas de esta fase se emplazará en el mismo sector que se utilice para la fase de construcción, considerando, además, el uso de los sectores existentes de acopio de residuos. - Desconexión de la central: Esta actividad se realizará por personal contratista según los procedimientos de trabajo que se encuentren vigentes. - Desmontaje de módulos fotovoltaicos: Será realizado por cuadrillas que procederán con el desenganche del panel de la estructura para su acopio y retiro por parte del proveedor. - Desmontaje de las estructuras de soporte, inversoras y transformadoras: Se retirarán y desmantelarán todas las estructuras y equipamiento de la sala de servicios auxiliares y cualquier instalación existente (estructuras, cableado, etc.). Todas las construcciones que sean factibles de desmontar serán desmanteladas. - Retiro de cableado subterráneo: El cableado subterráneo será retirado y las zanjas excavadas serán rellenadas con el mismo material removido. - Desmontaje del empalme de la línea de evacuación: Esta actividad se realizará por personal contratista según los procedimientos de trabajo que se encuentren vigentes, retirando los equipos del empalme con la distribuidora. - Desmontaje del cerco perimetral e instalación de faenas. Limpieza del terreno. Restauración Considerando que la topografía del terreno no sufrirá mayores variaciones, dado que no se contempla realizar nivelaciones en el área, a excepción de las zonas de emplazamiento de caminos y de estructuras como instalación de faenas, sala de servicios auxiliares, subestaciones inversoras y subestaciones transformadoras, no se contempla realizar una restauración de la morfología del lugar. Sólo se contempla des compactar las áreas antes indicadas y el relleno de excavaciones con el mismo material que se remueva para retirar los componentes existentes. Prevención de futuras emisiones Al finalizar la fase de cierre se realizará una revisión general de las áreas intervenidas por el Proyecto, para velar por que en el terreno no queden instalaciones, infraestructuras ni residuos, así como tampoco ningún material u obra. Considerando lo anterior, así como el tipo de proyecto en evaluación, no es factible que luego del cierre del Proyecto se generen emisiones que pudieran afectar el aire, suelo ni agua. Mantención, conservación y supervisión No se considera implementar actividades de mantención, debido a que no existirán obras luego de concluir la fase de cierre, como tampoco actividades de conservación y supervisión. Es importante mencionar que durante esta fase se utilizarán los mismos insumos, materiales y equipos, que los descritos para la fase de construcción en el numeral 2.8.5 del ICE. Lo mismo ocurrirá con los suministros básicos requeridos, que corresponderán a los mismos señalados para la fase de cierre. Con respecto a los residuos que se generen durante la fase de cierre, se dispondrán en los mismos sectores que se habilitarán durante la fase de construcción. Todos los residuos que se generen durante estas actividades serán transportados por empresas autorizadas hacia sitios de disposición autorizados. Referencia al ICE para mayores detalles sobre esta fase. Punto 4.8 dl ICE.

4.4. CRONOLOGÍA DE LAS FASES DEL PROYECTO 4.4.1. FASE DE CONSTRUCCIÓN Fecha estimada de inicio Noviembre 2021 Parte, obra o acción que establece el inicio Instalación de faena Fecha estimada de término Mayo 2022 Parte, obra o acción que establece el término Cableado y conexión 4.4.2. FASE DE OPERACIÓN Fecha estimada de inicio Junio 2022 Parte, obra o acción que establece el inicio Pruebas de energización y emisión de formulario 9 a SEC/CGE Puesta en servicio Fecha estimada de término Junio 2052 Parte, obra o acción que establece el término Desconexión del SEN 4.4.3. FASE DE CIERRE Fecha estimada de inicio Julio 2052 Parte, obra o acción que establece el inicio Emisión del formulario 11 a la SEC/CGE que formalizará la desconexión del proyecto al sistema de distribución Fecha estimada de término Noviembre 2052 Parte, obra o acción que establece el término Desmontaje de instalación de faena

5°. Que, durante el proceso de evaluación se han presentado antecedentes que justifican la inexistencia de los siguientes efectos, características y circunstancias del artículo 11 de la Ley N° 19.300:

5.1. RIESGO PARA LA SALUD DE LA POBLACIÓN, DEBIDO A LA CANTIDAD Y CALIDAD DE EFLUENTES, EMISIONES Y RESIDUOS Impacto ambiental Alteración de la calidad del aire debido al aporte en las concentraciones de material particulado, generado por las obras y actividades, en el área de influencia del Proyecto. Parte, obra o acción que lo genera Excavaciones, escarpe, transporte de insumos, maquinarias y equipos. Actividades de mantención en la fase de operación y actividades propias del desmantelamiento del parque en la fase de cierre. Fase en que se presenta Construcción, operación y cierre. Impacto ambiental Alteración de los niveles de ruido generados por los trabajos propios de las fases de construcción y cierre del Proyecto. Parte, obra o acción que lo genera Excavaciones, transporte de insumos, maquinarias y equipos. Actividades de mantención en la fase de operación y actividades propias del desmantelamiento del parque en la fase de cierre. Fase en que se presenta Construcción, operación y cierre. Referencia al ICE para mayores detalles sobre este impacto específico Capítulo 5 del ICE. Dentro de las emisiones generadas por el Proyecto, desarrolladas en el Inventario de Emisiones (Anexo 4.3 de la Adenda), se ha identificado la existencia de emisiones a la atmósfera, compuestas principalmente por material particulado (MP10, MP2,5 y MPS) y gases (NOx, CO, HC/COV, SOx), provenientes de las actividades de movimiento de tierra, maquinaria fuera de ruta y tránsito de vehículos, operación de grupo electrógeno, actividad de lavado y mantención de paneles. En consideración a los resultados de estimaciones de emisiones previamente expuestos, y de que la fase de construcción, en que se generan la mayor parte de las emisiones del Proyecto, corresponde a un período de tiempo acotado (6 meses), se concluye que las emisiones proyectadas para la implementación y desarrollo del mismo no son significativas. El proyecto, en su fase de construcción, contempla acciones de control para disminuir estas emisiones: - Humectación y aplicación de bischofita en los caminos no pavimentados que utilizará el Proyecto. - Los camiones tolva que transporten materiales, estarán debidamente cubiertos (encarpados) y con restricciones de velocidad en el caso de los caminos no pavimentados. - Utilización de mallas Raschel en los sectores de mayores emisiones.

Por otra parte, se señala que las emisiones de ruido generadas en la fase de operación y cierre no sobrepasarán los máximos permitidos en el D.S. Nº 38/2011, según los antecedentes presentados en el Anexo 8 de la DIA. Respecto de la fase de construcción, se contempla colocar una medida de control acústico, concluyendo que, considerando el sistema de abatimiento, las emisiones de ruido no sobrepasan los máximos permitidos en el D.S. Nº 38/2011, sobre los receptores identificados. Así las cosas, no existe riesgo a la salud de la población por superación de valores de ruido establecidos en la normativa ambiental vigente. Durante la fase de construcción y cierre las aguas servidas serán generadas en baños químicos y manejados de acuerdo a la normativa vigente por empresa externa autorizada; mientras que para la fase de operación serán tratadas en una fosa séptica de infiltración, la cual operará hasta su. Para este sistema, el Titular ha presentado los antecedentes necesarios para el otorgamiento del Permiso Ambiental Sectorial del artículo 138 del RSEIA. Por otra parte, en la fase de operación del proyecto no se considera la generación de residuos líquidos producto de la limpieza de los paneles fotovoltaicos, la cual se aplica a presión sobre los paneles. Dadas las condiciones naturales de la zona, esta agua se evaporará rápidamente. El agua de residuo contiene principalmente el polvo presente sobre las placas fotovoltaicas, por lo que la permanencia de su parte sólida sobre el suelo no generará efectos adversos sobre el mismo. Finalmente, La construcción del parque fotovoltaico, generará residuos industriales sólidos no peligrosos, residuos sólidos domésticos y Residuos peligrosos, en las tres fases del Proyecto. Para su debido manejo el Titular presentó los antecedentes necesarios para el otorgamiento de los Permisos Ambientales Sectoriales de los artículos 140 y 142 del RSEIA. Adicionalmente el transporte y disposición final, se realizará por un tercero autorizado.

5.2. EFECTOS ADVERSOS SIGNIFICATIVOS SOBRE LA CANTIDAD Y CALIDAD DE LOS RECURSOS NATURALES RENOVABLES, INCLUIDOS EL SUELO, AGUA Y AIRE Impacto ambiental Pérdida de suelo y su capacidad de uso.

Parte, obra o acción que lo genera Todas las obras partes y obras del Proyecto, además del tránsito de vehículos para las actividades de mantención. Fase en que se presenta Construcción, operación y cierre. Impacto ambiental Alteración de la calidad del aire debido al aporte en las concentraciones de material particulado, generado por las obras y actividades, en el área de influencia del Proyecto Parte, obra o acción que lo genera Excavaciones, escarpe, transporte de insumos, maquinarias y equipos. Actividades de mantención en la fase de operación y actividades propias del desmantelamiento del parque en la fase de cierre. Fase en que se presenta Construcción, operación y cierre. Referencia al ICE para mayores detalles sobre este impacto específico Capítulo 5 del ICE. Suelo: En el área de influencia del Proyecto se identificaron principalmente suelos originados en topografía de planos, delgados, de textura franco en superficie, con presencia de grava fina, media gruesa y guijarros. El área presenta pendientes que no superan el 5%. Esta unidad de suelo, que se extiende sobre toda el área de influencia, presenta una Clase de Capacidad de Uso VIIs3. Estos suelos presentan limitaciones muy severas que los hacen inadecuados para los cultivos, con uso preferente en pastoreo y forestal. Las restricciones de suelos son más severas que en la Clase VI por una o más de las limitaciones siguientes que no pueden corregirse: pendientes muy pronunciadas, erosión, suelo delgado, piedras, humedad, sales o sodio, clima no favorable, etc. Las estructuras soportantes del parque fotovoltaico serán hincadas, abarcarán una superficie acotada y las limpiezas de los paneles se realizará con agua desmineralizada por lo que no se prevé afectación sobre esta componente o de su capacidad para sustentar biodiversidad. Flora y vegetación: Según lo indicado en el Anexo 4.2 Flora y vegetación, en el margen oeste de la meseta donde se desarrollará el Parque Fotovoltaico Alianza, se encuentran pequeñas quebradas que drenan la meseta, donde se desarrolla vegetación nativa que prolifera en temporada de lluvias resguardada del viento, las cuales fueron definidas y caracterizadas como Unidad 1. Dentro de las especies encontradas en el lugar, se observa Cordia decandra (Carboncillo) categorizada como casi amenazada (NT) por el DS 42/2011 del MMA. Adicionalmente, esta especie junto a Bulnesia chilensis (Retama de Cerro) son especies sujetos de regulación por la Ley 20.283 de Recuperación de Bosque Nativo y Fomento Forestal. Si bien no se desarrollarán obras del Proyecto dentro de la Unidad 1, se contemplan acciones para evitar cualquier tipo de intervención o afectación sobre la flora presente en el lugar. Primero, se reubicó el cierre perimetral del parque fotovoltaico respecto al perímetro original del sitio del Proyecto, de manera de dejar fuera estos drenajes naturales. Lo mismo, se reubicaron las mesas de módulos fotovoltaicos fuera del cauce de drenaje natural ubicado en el extremo sur del sitio. Hacia el este y noreste de la meseta donde se emplaza el parque fotovoltaico, se encuentra una ladera de pendiente fuerte que da al valle del río Copiapó, también con presencia de vegetación nativa, la cual se mantiene principalmente con el aire húmedo que sube desde el valle y con las lluvias ocasionales que caen en el lugar, la cual se definió y caracterizó como Unidad 3. En este sitio se observan dos especies de cactáceas listadas en categorías de conservación: Opuntia berteri (Colla) como preocupación menor (LC) por el DS 19/2012 del MMA, y Pyrrhocactus eriosyzoides (Kunze) como vulnerable (VU) por el DS 13/2013 del MMA. En este sitio no se proyectan obras del parque fotovoltaico.

Fauna: A partir del levantamiento de información, se registró una riqueza total de 18 especies de fauna terrestre en el área de influencia, incluyendo un reptil y 17 aves. De las especies registradas, dos se encuentran en categoría de conservación según la legislación nacional vigente, Liolaemus velosoi (Lagartija de Veloso), catalogada como casi amenazada, y Falco peregrinus (Halcón Peregrino), catalogada como preocupación menor. La especie más abundante corresponde a Liolaemus velosoi (Lagartija de Veloso), y dado que corresponde a la única especie de baja movilidad el Titular llevará a cabo una perturbación controlada con el objetivo de minimizar afectación sobre dicha componente. Se descarta que el Proyecto pueda afectar la especie Falco peregrinus, ya que presenta alta movilidad y el proyecto se emplaza en un espacio acotado en función de su rango de distribución. Finalmente, en relación con el riesgo de electrocución y colisión de aves en la línea de evacuación eléctrica, el Proyecto propone una serie de acciones de control por medio de un diseño técnico de la línea que contempla las recomendaciones de la CNE y el SAG, las cuales se detallan en el capítulo 10 del ICE. Por lo anteriormente expuesto no se prevé impactos significativos sobre estas componente.

5.3. REASENTAMIENTO DE COMUNIDADES HUMANAS O ALTERACIÓN SIGNIFICATIVA DE LOS SISTEMAS DE VIDA Y COSTUMBRES DE GRUPOS HUMANOS Impacto ambiental No aplica Referencia al ICE para mayores detalles sobre este impacto específico Capítulo 5 del ICE. El Proyecto no interviene, usa o restringe el acceso de los recursos naturales utilizados como sustento económico del grupo o para cualquier otro uso tradicional, tales como uso medicinal, espiritual o cultural. Por lo tanto, no se verán intervenidos los Grupos Humanos Pertenecientes a Pueblos Indígena y Grupos Humanos de la Comuna de Tierra Amarilla y la Localidad de Nantoco. En este sentido, el proyecto no contempla el uso de recursos naturales utilizados como sustento económico. Mayor detalle se encuentra en el Anexo 14 caracterización componente de Medio Humano de la DIA. El Proyecto en su fase de construcción, operación y cierre no generará un aumento significativo en los tiempos de desplazamiento, como tampoco provocará la obstrucción o restricción a la libre circulación o conectividad. Se concluye que el flujo vehicular se centra en la ruta C-33 y la Ruta C- 411. Por lo tanto, el Proyecto en ninguna de sus fases provocará un efecto negativo en los tiempos de desplazamiento, como tampoco provocará la obstrucción o restricción a la libre circulación o conectividad. Mayor detalle se encuentra en el Anexo 14 caracterización componente de Medio Humano de la DIA. Según el proceso de evaluación, el Proyecto no altera el acceso o la calidad de bienes, equipamientos, servicios o infraestructura básica disponible. En consecuencia, no se prevé un efecto negativo a la alteración al acceso o a la calidad de bienes, equipamientos, servicios o infraestructura básica. Mayor detalle se encuentra en el Anexo 14 caracterización componente de Medio Humano de la DIA. El desarrollo del proyecto no dificulta o impide el ejercicio o la manifestación de tradiciones, cultura o intereses comunitarios, que puedan afectar los sentimientos de arraigo o la cohesión social de Grupos Humanos Pertenecientes a Pueblos Indígenas. Dado que los GHPPI no desarrollan actividades tradicionales donde se emplazarán obras y actividades del Proyecto. Mayor detalle se encuentra en el Anexo 14 caracterización componente de Medio Humano de la DIA. El proyecto no dificulta ni impide el ejercicio o manifestación de Grupos Humanos pertenecientes a Pueblos Indígenas, ya que no se localizan cercanos a ninguna Comunidad Indígena o Asociación Indígena. Por lo tanto, no altera significativamente los sistemas de vida y costumbre de Grupos Humanos Pertenecientes a Pueblos Indígenas. Mayor detalle se encuentra en el Anexo 14 caracterización componente de Medio Humano de la DIA.

5.4. LOCALIZACIÓN EN O PRÓXIMA A POBLACIONES, RECURSOS Y ÁREAS PROTEGIDAS, SITIOS PRIORITARIOS PARA LA CONSERVACIÓN, HUMEDALES PROTEGIDOS Y GLACIARES, SUSCEPTIBLES DE SER AFECTADOS, ASÍ COMO EL VALOR AMBIENTAL DEL TERRITORIO EN QUE SE PRETENDE EMPLAZAR Impacto ambiental No aplica Referencia al ICE para mayores detalles sobre este impacto específico Capítulo 5 del ICE. De acuerdo con la ubicación geográfica del área del proyecto, declarada en la DIA, El proyecto no afecta a ninguna Área Protegida de la región de Atacama o algún Sitio Prioritario de conservación listado. Por lo tanto, el Proyecto y sus obras, no afectará glaciares, humedales ni territorios con valor ambiental. En el Anexo 14 de la DIA, el Titular informa que el Proyecto no se encuentra cercano a Grupos Humanos Pertenecientes a Pueblos indígenas, que puedan ser afectados. El área de influencia del Proyecto no se encuentra próxima a áreas protegidas señaladas en los Oficios Ordinarios Nº 130844 de 2013 y Nº 161.081 de 2016 impartidos por el SEA. Relativo a los Sitios Prioritarios para la conservación de la biodiversidad que tienen aplicabilidad para el SEIA, se debe señalar que el Proyecto no afecta y/o no interactúa con ninguno de ellos.

5.5. ALTERACIÓN SIGNIFICATIVA, EN TÉRMINOS DE MAGNITUD O DURACIÓN, DEL VALOR PAISAJÍSTICO O TURÍSTICO DE UNA ZONA Impacto ambiental No Aplica Referencia al ICE para mayores detalles sobre este impacto específico Capítulo 5 del ICE. De acuerdo al estudio presentado en Anexo 15 de la DIA, Paisaje, es posible establecer que la zona de estudio posee valor paisajístico por encontrarse laderas pronunciadas y quebradas con formaciones rocosas propias del desierto cordillerano, el Río Copiapó y vegetación en distintos estratos. Considerando que el proyecto no obstruye ni bloquea vistas, y que el Proyecto se encuentra en un paisaje común y recurrente para la comuna de Tierra Amarilla y que donde se planea instalar el Proyecto se producirán zonas de sombra que impedirán tener accesibilidad visual al Proyecto por encontrarse en una meseta a más de 600 msnm, siendo imposible verlo desde la Rutas públicas, lo cual, además, se reafirma a partir del fotomontaje presentado en el Anexo 7 de la Adenda, se concluye que la instalación del Proyecto en este territorio no generará una alteración significativa al valor paisajístico de la zona. El Proyecto no produce una alteración significativa, en términos de magnitud o duración, del valor paisajístico del entorno, ya que la zona en que se localiza no posee atributos naturales que le otorguen una calidad que la hace única y representativa. Conforme a los antecedentes presentados en la DIA, el área de influencia del Proyecto no presenta valor turístico.

5.6. ALTERACIÓN DE MONUMENTOS, SITIOS CON VALOR ANTROPOLÓGICO, ARQUEOLÓGICO, HISTÓRICO Y, EN GENERAL, LOS PERTENECIENTES AL PATRIMONIO CULTURAL Impacto ambiental No aplica Referencia al ICE para mayores detalles sobre este impacto específico Capítulo 5 del ICE. A partir de los resultados presentados en el Anexo 13 de la DIA, se concluye que en el área de influencia del Proyecto no se registraron hallazgos de interés patrimonial, lo que podría explicarse por el uso intensivo del espacio y sus alteraciones previas. El Proyecto, incluidas sus obras y/o acciones asociadas, no considera la remoción, destrucción, excavación, traslado, deterioro o modificación de ningún Monumento definido por la Ley Nº 17.288, ya que no existen Monumentos Nacionales definidos por la Ley Nº 17.288 en el área del proyecto ni en sus cercanías. No obstante, frente a cualquier evidencia cultural sobre o bajo el sub- suelo, durante la ejecución del Proyecto, el Titular informará a las autoridades competentes, de acuerdo a la ley N° 17.288 y el Reglamento de Excavaciones y Prospecciones Arqueológicas. El proyecto incluidas sus obras y/o acciones asociadas, no considera la modificación, deterioro en construcciones, lugares o sitios que, por sus características constructivas, por su antigüedad, por su valor científico, por su contexto histórico o por su singularidad, pertenezcan al patrimonio cultural, ya que no se registraron sitios que pertenezcan al patrimonio cultural en el área del Proyecto. El Proyecto no contempla la afectación a lugares en que se lleven a cabo manifestaciones habituales propias de la cultura o folclore de alguna comunidad o grupo humano, derivada de la proximidad y naturaleza de las partes, obras y/o acciones del proyecto o actividad, considerando especialmente las referidas a los pueblos indígenas.

6°. Que resultan aplicables al Proyecto los siguientes permisos ambientales sectoriales, asociados a las correspondientes partes, obras o acciones que se señalan a continuación:

6.1. PERMISOS AMBIENTALES SECTORIALES MIXTOS

6.1.1. Permiso para la construcción, reparación, modificación y ampliación de cualquier obra pública o particular destinada a la evacuación, tratamiento o disposición final de desagües, aguas servidas de cualquier naturaleza, según se establece en el artículo 138 del Reglamento del SEIA Fase del Proyecto a la cual corresponde Operación y cierre. Parte, obra o acción a la que aplica Fosa Séptica con Sistema de Infiltración Condiciones o exigencias específicas para su otorgamiento No se establecieron. Pronunciamiento del órgano competente La SEREMI de Salud de la Región de Atacama, mediante Oficio Ordinario N° 2797, de fecha 10 de marzo de 2021, se pronunció conforme respecto a los antecedentes para el otorgamiento de este permiso. Referencia al ICE para mayores detalles Capítulo 9 del ICE.

6.1.2. Permiso para la construcción, reparación, modificación y ampliación de cualquier planta de tratamiento de basuras y desperdicios de cualquier clase o para la instalación de todo lugar destinado a la acumulación, selección, industrialización, comercio o disposición final de basuras y desperdicios de cualquier clase, según se establece en el artículo 140 del Reglamento del SEIA Fase del Proyecto a la cual corresponde Construcción, operación y cierre. Parte, obra o acción a la que aplica El Proyecto contempla la acumulación temporal de residuos no peligrosos (Zona de acumulación de residuos industriales no peligrosos) Condiciones o exigencias específicas para su otorgamiento No se establecieron. Pronunciamiento del órgano competente La SEREMI de Salud de la Región de Atacama, mediante Oficio Ordinario N° 2797, de fecha 10 de marzo de 2021, se pronunció conforme respecto a los antecedentes para el otorgamiento de este permiso. Referencia al ICE para mayores detalles Capítulo 9 del ICE.

6.1.3. Permiso para todo sitio destinado al almacenamiento de residuos peligrosos, según se establece en el artículo 142 del Reglamento del SEIA Fase del Proyecto a la cual corresponde Construcción, operación y cierre. Parte, obra o acción a la que aplica El Proyecto contempla la acumulación temporal de residuos peligrosos (Bodega de acumulación de residuos peligrosos (RESPEL)). Condiciones o exigencias específicas para su otorgamiento No se establecieron. Pronunciamiento del órgano competente La SEREMI de Salud de la Región de Atacama, mediante Oficio Ordinario N° 2797, de fecha 10 de marzo de 2021, se pronunció conforme respecto a los antecedentes para el otorgamiento de este permiso. Referencia al ICE para mayores detalles Capítulo 9 del ICE.

6.1.4. Permiso para subdividir y urbanizar terrenos rurales o para construcciones fuera de los límites urbanos, según se establece en el artículo 160 del Reglamento del SEIA Fase del Proyecto a la cual corresponde Construcción. Parte, obra o acción a la que aplica El Proyecto se emplazará sobre terreno rural tendrá instalaciones de paneles solares, transformador, contenedores de residuos, entre otros. Condiciones o exigencias específicas para su otorgamiento No se establecieron. Pronunciamiento del órgano competente La SAG de la Región de Atacama, mediante Oficio Ordinario N° 127, de fecha 1 de marzo de 2021, se pronunció conforme respecto a los antecedentes para el otorgamiento de este permiso. La SEREMI de Vivienda y Urbanismo de la Región de Atacama, mediante Oficio Ordinario N° 214, de fecha 10 de marzo de 2021, se pronunció conforme respecto a los antecedentes para el otorgamiento de este permiso. Referencia al ICE para mayores detalles Capítulo 9 del ICE.

7°. Que, de acuerdo a los antecedentes que constan en el expediente de evaluación, la forma de cumplimiento de la normativa de carácter ambiental aplicable al Proyecto es la siguiente:

7.1. COMPONENTE/MATERIA: AIRE Norma Decreto Supremo N° 1/2013, Ministerio del Medio Ambiente, Aprueba Reglamento del Registro de Emisiones y transferencia de contaminantes, RETC Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Construcción, operación y cierre. Parte, obra o acción a la que aplica El Proyecto se relaciona con el decreto toda vez que este genere emisiones atmosféricas asociadas a sus obras y acciones, específicamente generación de material particulado en la fase de construcción, emisiones producto de la combustión de vehículos así como también grupos electrógenos para la generación eléctrica. Forma de cumplimiento Se realizarán los reportes de las emisiones, residuos y/o transferencias de contaminantes, a través de la Ventanilla única que se encuentra en el portal electrónico del RETC, para los componentes que corresponda, y a través de la cual se accederá a los sistemas de declaración de los órganos fiscalizadores para dar cumplimiento a la obligación de reporte de los establecimientos emisores o generadores. El presente proyecto requiere declarar de acuerdo a sistema RETC. Indicador que acredita su cumplimiento Se realizará la declaración de emisiones pertinentes a través del sistema ventanilla única del RETC, de acuerdo a los plazos establecidos en la RCA o la normativa sectorial aplicable. Forma de control y seguimiento Comprobantes de la ventanilla única Referencia al ICE para mayores detalles Capítulo 8 del ICE.

7.2. COMPONENTE/MATERIA: AIRE Norma Resolución Exenta N° 1.139/2013, Ministerio del Medio Ambiente, Aprueba Norma Básica para la Aplicación del Reglamento del Registro de Emisiones y Transferencias de Contaminantes, RETC. Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Construcción, operación y cierre Parte, obra o acción a la que aplica Se realizarán los reportes de las emisiones, residuos y/o transferencias de contaminantes, a través de la Ventanilla única que se encuentra en el portal electrónico del RETC, para los componentes que corresponda, y a través de la cual se accederá a los sistemas de declaración de los órganos fiscalizadores para dar cumplimiento a la obligación de reporte de los establecimientos emisores o generadores. El presente proyecto requiere declarar de acuerdo a sistema RETC. Forma de cumplimiento Cumplimiento de las obligaciones de informar a la Autoridad derivadas del D.S. Nº 138/2005 (verificar si hay grupo electrógeno) MINSAL y D.S Nº 148/2003 MINSAL y la RCA, mediante la ventanilla única del portal electrónico RETC, conforme a la Resolución Exenta Nº 1.139/2013. Indicador que acredita su cumplimiento - Se ingresará al Sistema de Ventanilla única, según las disposiciones de la presente Resolución. - Se obtendrá el identificador y contraseña requeridos. - Se realizará la declaración de emisiones pertinente. Forma de control y seguimiento Comprobantes de la ventanilla única Referencia al ICE para mayores detalles Capítulo 8 del ICE.

7.3. COMPONENTE/MATERIA: AIRE Norma Decreto Supremo Nº 144/1961, Ministerio de Salud, Establece normas para evitar emanaciones o contaminantes atmosféricos de cualquier naturaleza Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Construcción y cierre. Parte, obra o acción a la que aplica Se producirán emisiones atmosféricas correspondientes a material particulado y gases durante las fases de construcción y cierre del Proyecto, como consecuencia de la remoción de materiales (tierra), movimientos de maquinaria, flujo de vehículos, resuspensión de polvo por tránsito en rutas pavimentadas y no pavimentadas y por la combustión tanto de maquinaria como de los vehículos que forman parte de éste. Las emisiones atmosféricas se consideran poco significativas, y serán acotadas al tiempo de duración de la fase de construcción, operación y cierre. El cálculo de emisiones se presenta en el Anexo Nº4.3 de la Adenda. Forma de cumplimiento Se implementarán medidas de control para minimizar las emisiones atmosféricas durante las fases de construcción y cierre del proyecto, entre las que se pueden mencionar: Control de emisiones atmosféricas: - Se exigirá a los contratistas, mediante cláusulas incluidas en los contratos, el cumplimiento en la mantención adecuada de la maquinaria de transporte en la fase de operación. - La maquinaria utilizada para efectos de transporte contará con revisión técnica al día cumpliendo con la normativa aplicable al efecto. - Control de emisiones de polvo por tránsito de camiones y vehículos por caminos internos no pavimentados: - Se exigirá cobertura (encarpado) a los vehículos o maquinarias que ingresen con tierra u otro material que pueda ser dispersado a la atmósfera. - Los vehículos y maquinarias serán manejados con precaución y se establecerán restricciones de velocidad en caminos no pavimentados, con objeto de minimizar la emisión de material particulado. - Se utilizarán mallas Raschel en los sectores de mayores emisiones. - Se mantendrán caminos de acceso en buen estado y se realizará humectación periódica de los mismos. - El tramo inicial de ingreso al Proyecto, de 854 mts, será humectado dos veces al día y el camino interno será estabilizado con bischofita o similar, para contribuir al control de material particulado. - Se reportarán los consumos de agua a la SMA.

Control de emisiones de olores: - No se generarán emisiones de olores molestos, ya que se trata de las fuentes de emisión relacionadas principalmente a la circulación de vehículos por caminos no pavimentados. Indicador que acredita su cumplimiento Mantención en obra de los siguientes registros: - Registro de entrada y salida de camiones con carga cubierta, en el que conste: Fecha, hora y empresa contratista. - Registro de revisiones técnicas al día. - Registro de mantención de maquinaria, en el que conste: Fecha, hora y empresa contratista encargada - Registro de humectación con fecha y hora. - Registro de las empresas proveedoras de agua industrial con la fecha, cantidad suministrada, fuente natural de abastecimiento y hora de la llegada para mantener el control de los volúmenes de agua usados - Reportes de los consumos de agua a la SMA. Forma de control y Fiscalizaciones de la Superintendencia del Medio Ambiente seguimiento Referencia al ICE para mayores detalles Capítulo 8 del ICE.

7.4. COMPONENTE/MATERIA: AIRE Norma Decreto Supremo Nº 138/2005, Ministerio de Salud, Establece obligación de declarar emisiones que indica Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Construcción Parte, obra o acción a la que aplica El Proyecto contempla la utilización de grupos electrógenos durante la fase de construcción y cierre del Proyecto, los que serán declarados conforme la normativa ambiental Forma de cumplimiento Se cumplirá con la obligación de declaración emanada de este decreto respecto del grupo electrógeno de 10 KVa para operar los equipos y maquinarias necesarios para la construcción del Proyecto y un grupo electrógeno para la instalación de faenas, de potencia de 20 KVa, a través de la plataforma de ventanilla única del RETC, en específico el formulario 138. Indicador que acredita su cumplimiento - Se realizará la declaración de emisiones pertinentes, y se mantendrá actualizado el sistema RETC. - Se mantendrá un registro en que consten los certificados de la declaración de emisiones en el sistema RETC. Forma de control y seguimiento Comprobante de la ventanilla única Fiscalizaciones de la Superintendencia del Medio Ambiente Referencia al ICE para mayores detalles Capítulo 8 del ICE.

7.5. COMPONENTE/MATERIA: AIRE Norma Decreto Supremo Nº 55/94, Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones, Establece Norma de Emisión aplicable a Vehículos Motorizados Pesados Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Construcción y cierre Parte, obra o acción a la que aplica Los vehículos utilizados en el Proyecto cumplirán esta norma de emisión contando con su revisión técnica al día Forma de cumplimiento Toda maquinaria o vehículo pesado que intervenga en el Proyecto tendrá sus revisiones técnicas al día, para asegurar que no se superen los límites de emisión máxima que corresponda. En caso de subcontratar servicios de transporte, se señalará expresamente en los contratos que se suscriban la obligación de cumplir con las disposiciones de esta norma. Indicador que acredita su cumplimiento - Registro de revisiones técnicas al día. - Registro de mantención de maquinaria, en el que conste: Fecha, hora y empresa contratista encargada. Forma de control y seguimiento Fiscalizaciones por parte de la Superintendencia del Medio Ambiente (SMA) y Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones. Referencia al ICE para mayores detalles Capítulo 8 del ICE.

7.6. COMPONENTE/MATERIA: AIRE Norma Decreto Supremo Nº 4/1994, Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones, 29 de enero de 1994, Establece Normas de Emisión de Contaminantes Aplicables a los Vehículos Motorizados y fija los Procedimientos para su Control Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Construcción y cierre Parte, obra o acción a la que aplica El Titular verificará que todo vehículo motorizado cuente con el sello adhesivo y los certificados que garanticen que cumplen con los límites máximos establecidos por la normativa y su revisión técnica al día. Forma de cumplimiento Todo vehículo que intervenga en el Proyecto tendrá sus revisiones técnicas al día, para asegurar que no se superen los límites de emisión máxima que corresponda. En caso de subcontratar servicios de transporte, se señalará expresamente en los contratos que se suscriban la obligación de cumplir con las disposiciones de esta norma. Indicador que acredita su cumplimiento - Registro de revisiones técnicas al día. - Registro de mantención de maquinaria, en el que conste: Fecha, hora y empresa contratista encargada. Forma de control y seguimiento Fiscalizaciones por parte de Carabineros de Chile, Inspectores Fiscales y Municipales, Superintendencia del Medio Ambiente (SMA). Referencia al ICE para mayores detalles Capítulo 8 del ICE.

7.7. COMPONENTE/MATERIA: RUIDO Norma Decreto Supremo Nº 38/2011, Ministerio del Medio Ambiente, Establece Norma de Emisión de Ruidos Generados por Fuentes que Indica, Elaborada a Partir de la Revisión del Decreto Nº 146, de 1997, del Ministerio Secretaría General de la Presidencia Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Construcción, operación y cierre Parte, obra o acción a la que aplica Las fuentes de emisión de ruido más relevantes durante la fase de construcción y cierre serán las provenientes del movimiento de tierra y el tránsito vehicular de vehículos pesados. Mientras que, en la fase de operación, las emisiones sonoras estarán asociadas al tránsito de vehículos menores producto de las labores de mantenimiento. Forma de cumplimiento En base a los resultados obtenidos en el estudio de ruidos, durante la fase de operación se cumple con los límites establecidos por el D.S. N° 38/2011 del MMA para el periodo diurno, periodo en que se desarrollarán las actividades constructivas asociadas. No se efectúan trabajos en horario nocturno que pudieran sobrepasar los límites máximos permisibles para zonas rurales. Respecto de la fase de construcción y cierre en 2 de los receptores no cumple con los límites establecidos, sin embargo, esto se mitigará por un lado con la instalación de una pantalla acústica móvil, y con medidas de gestión, como indica Anexo 8 Estudio de Ruido de la DIA Indicador que acredita su cumplimiento Cumplimiento de lo señalado en el Anexo 8 Ruido de la DIA. Forma de control y seguimiento Fiscalizaciones por parte de la Superintendencia del Medio Ambiente Referencia al ICE para Capítulo 8 del ICE. mayores detalles

7.8. COMPONENTE/MATERIA: CONAMINACIÓN LUMÍNICA Norma Decreto Supremo N°43/2012 Establece norma de emisión para la regulación de la contaminación lumínica, elaborada a partir de la revisión del decreto Nº 686, de 1998, del ministerio de economía, fomento y reconstrucción Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Operación Parte, obra o acción a la que aplica El Proyecto se relaciona con el decreto toda vez que este genere emisiones lumínicas que puedan afectar la calidad astronómica de la Región de Atacama. Forma de cumplimiento El Titular se asegurará de utilizar iluminaria que cumpla con los estándares necesarios para disminuir la contaminación lumínica, utilizando ampolletas y faroles que concentren la luz hacia el piso y esta no sea emitida hacia el cielo, cumpliendo con los flujos hemisféricos establecidos en la normativa. Por otra parte, la luminaria contará con sensores de movimiento, por lo que permanecerá apagado la mayor parte del tiempo. Indicador que acredita su cumplimiento Cumplir con el límite máximo establecido en la ley Forma de control y seguimiento Fiscalización conforme de la Superintendencia de Medio Ambiente. Referencia al ICE para mayores detalles Capítulo 8 del ICE.

7.9. COMPONENTE/MATERIA: RESIDUOS Norma Decreto con Fuerza de Ley Nº 725/1967, Ministerio de Salud, Código Sanitario Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Construcción, operación y cierre Parte, obra o acción a la que aplica En la construcción, operación y cierre del proyecto se van a generar residuos no peligrosos los cuales serán entregados para su disposición final adecuada. Se adjunta los antecedentes técnicos para la obtención del PAS 140 y así cumplir con tener un sitio autorizado para su almacenamiento temporal. Los lugares de trabajo, durante las fases de construcción, operación y cierre, se mantendrán limpios de residuos, ruido u olores que afecten la salud o pongan en riesgo la seguridad de las personas. El titular estará a cargo de controlar la verificación de estas obligaciones. Forma de cumplimiento Los residuos sólidos industriales no peligrosos, generados durante estas fases corresponden a residuos como despuntes de aluminio, chatarra, embalajes de cartón o madera, escombros, restos de hormigón, cables, metales entre otros, los cuales serán acumulados y almacenados en contenedores ubicados en la instalación de faena. Serán segregados los reciclables de los que no los son, y luego retirados por transportistas autorizados, para ser dispuestos en sitio autorizado. Los residuos domiciliarios serán transportados por empresas autorizadas y dispuestos en lugares autorizados, se mantendrá el registro de las empresas que retiren los residuos y el lugar de disposición final. Se obtendrá autorización por parte de la SEREMI de Salud de la Región de Atacama, para el sitio destinado a la acumulación de residuos industriales no peligrosos (basuras o desperdicios de cualquier clase). Se presentan los antecedentes necesarios para la obtención del PAS 140. Una vez obtenida la RCA favorable se solicitará a la SEREMI de Salud en forma sectorial el permiso correspondiente. El detalle de la cantidad de residuos no peligrosos generados por fase, se encuentra en Anexo 4 PAS 140 de la DIA y Anexo 5.2 de la Adenda. Indicador que acredita su cumplimiento Se mantendrá un registro de la salida y lugar de disposición final autorizado de los residuos industriales no peligrosos y domiciliarios. Autorización de SEREMI de Salud del sitio de almacenamiento Forma de control y seguimiento Fiscalizaciones por parte de la SEREMI de Salud y SMA Referencia al ICE para mayores detalles Capítulo 8 del ICE.

7.10. COMPONENTE/MATERIA: RESIDUOS Norma Decreto Supremo N° 594/1999, Ministerio de Salud, Reglamento sobre Condiciones Sanitarias y Ambientales Básicas en los Lugares de Trabajo Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Construcción, operación y cierre Parte, obra o acción a la que aplica En la construcción, operación y cierre del proyecto se van a generar residuos no peligrosos los cuales serán entregados para su disposición final adecuada. Se adjunta los antecedentes técnicos para la obtención del PAS 140 y así cumplir con tener un sitio autorizado para su almacenamiento temporal. Los lugares de trabajo, durante las fases de construcción, operación y cierre, se mantendrán limpios de residuos, ruido u olores que afecten la salud o pongan en riesgo la seguridad de las personas. El titular estará a cargo de controlar la verificación de estas obligaciones. Forma de cumplimiento Fase de construcción y cierre: Los residuos sólidos industriales no peligrosos, generados durante estas fases corresponden a residuos como despuntes de aluminio, chatarra, embalajes de cartón o madera, escombros, restos de hormigón, cables, metales entre otros, los cuales serán acumulados y almacenados en contenedores ubicados en la instalación de faena. Serán segregados los reciclables de los que no los son, y luego retirados por transportistas autorizados, para ser dispuestos en sitio autorizado. Los residuos domiciliarios serán transportados por empresas autorizadas y dispuestos en lugares autorizados, se mantendrá el registro de las empresas que retiren los residuos y el lugar de disposición final. Se tramitará autorización por parte de la SEREMI de Salud de la Región del Atacama, para el sitio destinado a la acumulación de residuos industriales no peligrosos (basuras o desperdicios de cualquier clase). Se presentan los antecedentes necesarios para la obtención del PAS 140. Una vez obtenida la RCA favorable se solicitará a la SEREMI de Salud en forma sectorial el permiso correspondiente.

Fase Operación: Corresponden a los originados de las reparaciones que existan dentro del área del proyecto, además de materiales como cartón, embalajes, entre otros. Éstos se almacenarán en bolsas plásticas y cajas, y al finalizar la actividad de mantención, serán dispuestas en un lugar debidamente autorizado para luego dirigirlos a su disposición final. No existirá, por tanto, acumulación al interior de la Planta Fotovoltaica. Indicador que acredita su cumplimiento Se mantendrá un registro de la salida y lugar de disposición final autorizado de los residuos industriales no peligrosos y domiciliarios. Autorización de SEREMI de Salud del sitio de almacenamiento Forma de control y seguimiento Fiscalización por parte de la SEREMI de Salud Referencia al ICE para mayores detalles Capítulo 8 del ICE.

7.11. COMPONENTE/MATERIA: RESIDUOS PELIGROSOS Norma Decreto Supremo Nº 148/2003, Ministerio de Salud, Reglamento Sanitario sobre Manejo de Residuos Peligrosos Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Construcción y cierre Parte, obra o acción a la que aplica Tanto en la fase de construcción como en el cierre, existirá almacenamiento temporal y generación de aceites, lubricantes y otros residuos menores considerados como peligrosos. Con todo, se generarán aceites lubricantes por recambio, el cual será recambiado en forma estanca, transportado y dispuesto finalmente en lugares con autorización a cargo de empresas que cuenten con el correspondiente permiso. En la fase de operación los residuos que se generen en las mantenciones serán retirados inmediatamente del proyecto. Forma de cumplimiento Construcción y cierre del proyecto: Construcción y cierre del proyecto: Durante esta fase se considera la generación residuos industriales peligrosos, consistentes únicamente en paneles fotovoltaicos dañados. Se tramitará autorización por parte de la SEREMI de Salud de la Región del Atacama, para el sitio destinado a la acumulación de residuos peligrosos (se presentan los antecedentes necesarios para la obtención del PAS 142.) En la Fase de operación, debido a las actividades de mantenimiento, se podrán generar residuos tales como: paneles fotovoltaicos dañados, latas de lubricante, tubos de espuma de poliuretano aislante, paños, y elementos de protección personal contaminados, en una cantidad mínima aproximada de 26 kg/mes, además de considerarse residuos peligrosos los paneles fotovoltaicos dañados. Serán gestionados por una empresa externa debidamente autorizada, y dispuestos en un lugar autorizado, por lo tanto, no existirá una acumulación de residuos sólidos peligrosos al interior de la planta fotovoltaica durante la fase de operación. Indicador que acredita su cumplimiento Procedimiento de registro y seguimiento, con informes mensuales. Autorización de SEREMI de Salud del sitio de almacenamiento RESPEL. Copia de resolución Sanitaria del vehículo de transporte y del sitio de disposición final. Capacitaciones a trabajadores para el manejo de los residuos peligrosos. Declaración de Residuos peligrosos generados en el SIDREP (RETC). Forma de control y seguimiento Fiscalización por parte de la Superintendencia del Medio Ambiente y SEREMI de Salud. Referencia al ICE para mayores detalles Capítulo 8 del ICE.

7.12. COMPONENTE/MATERIA: SUSTANCIAS PELIGROSAS Norma Decreto Nº 43/2015, Ministerio de Salud. Aprueba reglamento de almacenamiento de sustancias peligrosas. Promulgada con fecha: 27 de julio de 2015 Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Construcción, operación y cierre Parte, obra o acción a la que aplica Todas las fases del Proyecto consideran el uso y almacenamiento de sustancias consideradas como peligrosas conforme a la NCh. Nº 382/04, tales como grasas y aceites en pequeñas cantidades, asociadas a la mantención de equipos. En virtud de lo anterior, para las áreas de acopio se identificarán los riesgos asociados implementando los letreros indicados en la NCh. Nº 1.411/78. Forma de cumplimiento Se instalará una bodega de almacenamiento temporal de sustancias peligrosas que cumpla con todos los requerimientos presentes en el D.S. N° 43, esto es, instalaciones especialmente habilitadas para tales efectos, de acuerdo a sus características y sobre el piso o en estanterías de material liso no absorbente, en instalaciones que no estén destinadas al almacenamiento o que no constituyan una bodega, cuando su cantidad total no sea superior a 600 kg o L. Indicador que acredita su cumplimiento Cumplir con el límite máximo establecido en la ley Forma de control y seguimiento Fiscalización conforme de la Superintendencia de Medio Ambiente. Referencia al ICE para mayores detalles Capítulo 8 del ICE.

7.13. COMPONENTE/MATERIA: FAUNA Norma Ley Nº 19.473, de 1996, Ministerio de Agricultura Ley de Caza. Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Construcción, operación y cierre Parte, obra o acción a la que aplica En la campaña a terreno en el área de influencia se observó una comunidad de vertebrados terrestres representativa de la zona norte de Chile, todas dentro de su rango de distribución y ambientes habituales. Ésta estuvo compuesta por los ambientes matorral y suelo desnudo. A partir del levantamiento de información, se registró una riqueza total de 18 especies de fauna terrestre en el área de influencia, incluyendo un reptil y 17 aves. De las especies registradas, dos se encuentran en categoría de conservación según la legislación nacional vigente, Liolaemusvelosoi (lagartija de Veloso), catalogada como casi amenazada, y Falco peregrinus (halcón peregrino), catalogada como preocupación menor. De estas, ninguna se encuentra en categoría de amenaza. Para el caso de la lagartija de veloso se propone una perturbación controlada para especies de baja movilidad (reptiles) con el objetivo de no impactar significativamente el componente. Forma de cumplimiento Durante la construcción se evitará la ocupación innecesaria de suelos que no serán utilizados directamente por las obras del Proyecto. Se prohibirá la sustracción, caza o alteración de cualquier especie de fauna en el área del Proyecto, lo que se reforzará a través de capacitaciones a trabajadores. Indicador que acredita su cumplimiento Registro de capacitaciones a trabajadores. Forma de control y seguimiento Fiscalizaciones de Superintendencia del Medio Ambiente Referencia al ICE para Capítulo 8 del ICE. mayores detalles

7.14. COMPONENTE/MATERIA: FAUNA Norma Decreto Supremo Nº 5/1998, Ministerio de Agricultura, Aprueba Reglamento de la Ley de Caza Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Construcción, operación y cierre Parte, obra o acción a la que aplica En la campaña a terreno en el área de influencia se observó una comunidad de vertebrados terrestres representativa de la zona norte de Chile, todas dentro de su rango de distribución y ambientes habituales. Ésta estuvo compuesta por los ambientes matorral y suelo desnudo. A partir del levantamiento de información, se registró una riqueza total de 18 especies de fauna terrestre en el área de influencia, incluyendo un reptil y 17 aves. De las especies registradas, dos se encuentran en categoría de conservación según la legislación nacional vigente, Liolaemusvelosoi (lagartija de Veloso), catalogada como casi amenazada, y Falco peregrinus (halcón peregrino), catalogada como preocupación menor. De estas, ninguna se encuentra en categoría de amenaza. Para el caso de la lagartija de veloso se propone una perturbación controlada para especies de baja movilidad (reptiles) con el objetivo de no impactar significativamente el componente. Forma de cumplimiento Durante la construcción se evitará la ocupación innecesaria de suelos que no serán utilizados directamente por las obras del Proyecto. Se prohibirá la sustracción, caza o alteración de cualquier especie de fauna en el área del Proyecto, lo que se reforzará a través de capacitaciones a trabajadores. Indicador que acredita su cumplimiento Registro de capacitaciones a trabajadores. Forma de control y seguimiento Fiscalizaciones de Superintendencia del Medio Ambiente Referencia al ICE para mayores detalles Capítulo 8 del ICE.

7.15. COMPONENTE/MATERIA: FLORA Y VEGETACIÓN Norma Ley Nº 20.283. Ministerio de Agricultura, Servicio Agrícola y Ganadero, Ley sobre recuperación del bosque nativo y fomento forestal. Promulgada con fecha: 11 de julio, 2008 Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Construcción Parte, obra o acción a la que aplica En el margen oeste de la meseta donde se desarrollará el Parque Fotovoltaico Alianza, se encuentran pequeñas quebradas de drenan la meseta, donde se desarrolla vegetación nativa que prolifera en temporada de lluvias resguardada del viento, las cuales fueron definidas y caracterizadas como Unidad 1. Dentro de las especies encontradas en el lugar, se observa Cordia decandra (carboncillo) categorizada como casi amenazada (NT) por el DS 42/2011 del MMA. Adicionalmente, esta especie junto a Bulnesia chilensis (retama de cerro) son especies sujetos de regulación por la Ley 20.283 de Recuperación de Bosque Nativo y Fomento Forestal. Si bien no se desarrollarán obras del Proyecto dentro de la Unidad 1, se contemplan acciones para evitar cualquier tipo de intervención o afectación sobre la flora presente en el lugar. Primero, se reubicó el cierre perimetral del parque fotovoltaico respecto al perímetro original del sitio del Proyecto, de manera de dejar fuera estos drenajes naturales. Lo mismo, se reubicaron las mesas de módulos fotovoltaicos fuera del cauce de drenaje natural ubicado en el extremo sur del sitio. Adicionalmente, esto se complementa con medidas preventivas, sobre todo en las fases de construcción y cierre del Proyecto para evitar el impacto que pudieran tener los trabajadores en faena. Por una parte, la instalación de señalética que advierta la prohibición de verter cualquier tipo de residuo, material o sustancia en estos cauces naturales. Por otro lado, restringir el uso de herramientas de chispa en las cercanías de las quebradas donde hay vegetación presente. Anexo 10 Flora y Vegetación, Anexo 4.2 de la Adenda. Forma de cumplimiento Registro de inspección visual del estado de la señalética regularmente. Se realizará inspección visual del cumplimiento de estas medidas regularmente. Registro en obra de las campañas de limpieza del sitio del Proyecto. Se realizará inspección visual del cerco de protección del cactus y del estado del o los ejemplares protegidos y señalizados. Indicador que acredita su cumplimiento Señaléticas instaladas en cierre perimetral del parque fotovoltaico y camino de acceso en lugares visibles y cercano a los sitios que se requiere proteger. Inspección regular y el reemplazo de la señalética cuando se requiera. Instalación de cerco de protección y señalización para los ejemplares de cactus u otras especies que lo requieran. Forma de control y seguimiento Fiscalización por parte de la Superintendencia del Medio Ambiente Referencia al ICE para mayores detalles Capítulo 8 del ICE.

7.16. COMPONENTE/MATERIA: FLORA Y VEGETACIÓN Norma D.S. 93/2009 Ministerio de Agricultura, Servicio Agrícola y Ganadero, Reglamento General de la Ley sobre recuperación del bosque nativo y fomento forestal. Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Construcción Parte, obra o acción a la que aplica En el margen oeste de la meseta donde se desarrollará el Parque Fotovoltaico Alianza, se encuentran pequeñas quebradas de drenan la meseta, donde se desarrolla vegetación nativa que prolifera en temporada de lluvias resguardada del viento, las cuales fueron definidas y caracterizadas como Unidad 1. Dentro de las especies encontradas en el lugar, se observa Cordia decandra (carboncillo) categorizada como casi amenazada (NT) por el DS 42/2011 del MMA. Adicionalmente, esta especie junto a Bulnesia chilensis (retama de cerro) son especies sujetos de regulación por la Ley 20.283 de Recuperación de Bosque Nativo y Fomento Forestal. Si bien no se desarrollarán obras del Proyecto dentro de la Unidad 1, se contemplan acciones para evitar cualquier tipo de intervención o afectación sobre la flora presente en el lugar. Primero, se reubicó el cierre perimetral del parque fotovoltaico respecto al perímetro original del sitio del Proyecto, de manera de dejar fuera estos drenajes naturales. Lo mismo, se reubicaron las mesas de módulos fotovoltaicos fuera del cauce de drenaje natural ubicado en el extremo sur del sitio. Adicionalmente, esto se complementa con medidas preventivas, sobre todo en las fases de construcción y cierre del Proyecto para evitar el impacto que pudieran tener los trabajadores en faena. Por una parte, la instalación de señalética que advierta la prohibición de verter cualquier tipo de residuo, material o sustancia en estos cauces naturales. Por otro lado, restringir el uso de herramientas de chispa en las cercanías de las quebradas donde hay vegetación presente. Anexo 10 Flora y Vegetación, Anexo 4.2 de la Adenda. Por lo que no hay corta de bosque nativo o formaciones xerofíticas. Forma de cumplimiento Registro de inspección visual del estado de la señalética regularmente. Se realizará inspección visual del cumplimiento de estas medidas regularmente. Registro en obra de las campañas de limpieza del sitio del Proyecto. Se realizará inspección visual del cerco de protección del cactus y del estado del o los ejemplares protegidos y señalizados. Indicador que acredita su cumplimiento Señaléticas instaladas en cierre perimetral del parque fotovoltaico y camino de acceso en lugares visibles y cercano a los sitios que se requiere proteger. Inspección regular y el reemplazo de la señalética cuando se requiera. Instalación de cerco de protección y señalización para los ejemplares de cactus u otras especies que lo requieran. Forma de control y seguimiento Fiscalización por parte de la Superintendencia del Medio Ambiente. Referencia al ICE para mayores detalles Capítulo 8 del ICE.

7.17. COMPONENTE/MATERIA: ARQUEOLOGÍA y PALEONTOLOGÍA Norma Ley N° 17.288, Ministerio de Educación Pública, Legisla sobre Monumentos Nacionales; Modifica Las Leyes 16.617 y 16.719; Deroga el Decreto Ley 651, de 17 de octubre de 1925. Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Construcción Parte, obra o acción a la que aplica A partir de las labores de prospección arqueológica realizadas en terreno, no se constató la presencia de sitios arqueológicos superficiales en el área de emplazamiento del Proyecto. Por su parte, la revisión de antecedentes bibliográficos tampoco dio resultados positivos en relación a la presencia elementos de carácter patrimonial en el área del Proyecto (Ver Anexo N°13 Arqueología, de la DIA) Forma de cumplimiento El Proyecto no contempla intervención de monumentos nacionales, dado que se emplaza en un área en que no existen Monumentos Nacionales en sus categorías de Monumento Histórico y Zona Típica. En el Anexo 13 se encuentra el detalle del levantamiento de LB de arqueología. Ante la eventualidad de realizar excavaciones y encontrarse algún elemento arqueológico derivado del movimiento de tierra, se suspenderán las obras y se informará del hallazgo al Consejo de Monumentos y se dará cumplimiento a los artículos 26 y 27 de esta Ley. Indicador que acredita su cumplimiento Avisos al Consejo de Monumentos Nacionales, ante eventuales hallazgos realizados en la ejecución de las obras, adoptándose además las medidas de protección, control y seguimiento establecidas por el CMN. Inducción a los trabajadores de la obra en donde se expongan las características de los elementos arqueológicos Forma de control y seguimiento Fiscalizaciones de Superintendencia del Medio Ambiente y CMN Registro de la inducción Informe de monitoreo Referencia al ICE para mayores detalles Capítulo 8 del ICE.

7.18. COMPONENTE/MATERIA: ARQUEOLOGÍA y PALEONTOLOGÍA Norma Ley N° 17.288, Ministerio de Educación Pública, Legisla sobre Monumentos Nacionales; Modifica Las Leyes 16.617 y 16.719; Deroga el Decreto Ley 651, de 17 de octubre de 1925. Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Construcción Parte, obra o acción a la que aplica A partir de las labores de prospección arqueológica realizadas en terreno, no se constató la presencia de sitios arqueológicos superficiales en el área de emplazamiento del Proyecto. Por su parte, la revisión de antecedentes bibliográficos tampoco dio resultados positivos en relación a la presencia elementos de carácter patrimonial en el área del Proyecto (Ver Anexo N°13 Arqueología, de la DIA) Forma de cumplimiento El Proyecto no contempla intervención de monumentos nacionales, dado que se emplaza en un área en que no existen Monumentos Nacionales en sus categorías de Monumento Histórico y Zona Típica. En el Anexo 13 se encuentra el detalle del levantamiento de LB de arqueología. Ante la eventualidad de realizar excavaciones y encontrarse algún elemento arqueológico derivado del movimiento de tierra, se suspenderán las obras y se informará del hallazgo al Consejo de Monumentos y se dará cumplimiento a los artículos 26 y 27 de esta Ley. Indicador que acredita su cumplimiento Avisos al Consejo de Monumentos Nacionales, ante eventuales hallazgos realizados en la ejecución de las obras, adoptándose además las medidas de protección, control y seguimiento establecidas por el CMN. Inducción a los trabajadores de la obra en donde se expongan las características de los elementos arqueológicos Forma de control y seguimiento Fiscalizaciones de Superintendencia del Medio Ambiente y CMN Registro de la inducción Informe de monitoreo Referencia al ICE para mayores detalles Capítulo 8 del ICE.

  1. Que, durante el procedimiento de evaluación de la DIA el Titular del Proyecto propuso los siguientes compromisos ambientales voluntarios:

8.1. Compromiso ambiental voluntario - Estabilizado Impacto asociado Alteración de la calidad del aire debido al aporte en las concentraciones de material particulado, generado por las obras y actividades, en el área de influencia del Proyecto. Fase del Proyecto a la que aplica Construcción Objetivo, descripción y justificación Objetivo: Disminuir material particulado en tramo no pavimentado al ingreso del Proyecto por el paso de vehículos. Descripción: El tramo de 280 m que conecta la ruta C-35 con el puente, al ingreso del Proyecto que actualmente es un camino de tierra, se humectará y el camino interno no pavimentado se le aplicará Bischofita o similar para estabilizar. Justificación: Disminuye el impacto por material particulado Lugar, forma y oportunidad de implementación Lugar: Tramo de 854 mts al ingreso del Proyecto y tramo de 2,1 km camino interno no pavimentado, entre ruta C-35 y puente existente. Forma: Aplicación directa al suelo. Oportunidad de Implementación: La aplicación de bischofita será por una única vez durante el primer mes de construcción y la frecuencia de humectación del camino de acceso será dos veces al día, se llevará el registro por escrito de la fecha y hora de la actividad; el cual estará disponible para revisión de la autoridad. Indicador que acredite su cumplimiento Registro fotográfico Forma de control y seguimiento Una vez implementado, envío de informe a SMA mediante plataforma de seguimiento de compromisos Referencia al ICE para mayores detalles Capítulo 10 del ICE.

8.2. Compromiso ambiental voluntario - Instalación de disuasores de vuelo Impacto asociado Pérdida de ejemplares de fauna en alguna categoría de conservación. Fase del Proyecto a la que aplica Operación Objetivo, descripción y justificación Objetivo: Disminuir la probabilidad de ocurrencia de colisión con el tendido eléctrico de aquellas aves que transitan por la zona Descripción: La medida consiste en la implementación de dispositivos anticolisión en la línea de transmisión eléctrica Justificación: La medida se considera debido a la presencia de avifauna sensible al riesgo de colisión. Por otro lado, en la “Guía para la Evaluación del Impacto Ambiental de Proyectos Eólicos y de Líneas de Transmisión Eléctrica en Aves Silvestres y Murciélagos” (SAG, 2015), se indica que la principal medida de abatimiento para el impacto de colisión es la implementación de disuadores de vuelo para aumentar la visibilidad de tendidos. Lugar, forma y oportunidad de implementación Lugar: La medida se dispondrá en el cable de guarda de la Línea de Transmisión del Proyecto Forma: Se instalarán disuadores de vuelo “BirdMark BM-AG” o similar, o bien de características similares. Estos deberán ser de al menos 20 cm de largo, e instalarse en el cable de guarda, con un distanciamiento máximo de 10 metros entre sí. Los disuadores de vuelo contarán con las siguientes características: - Visibles de día y de noche - Se balancea con el viento y refleja la luz del sol para alertar a las aves. - Brilla hasta 10 horas después de la puesta de sol, y/o bajo condiciones de poca luz. Esto es de particular interés para especies que vuelan de noche. - De bajo costo, fácil aplicación y de ser necesario, se puede mover. Oportunidad: La medida será instaurada una vez instalado el tendido eléctrico, previo a la fase de operación. Indicador que acredite su cumplimiento El indicador de cumplimiento a efecto de garantizar la instalación de disuadores de vuelo, será la entrega a la Superintendencia de Medio Ambiente y SAG de la Región de Atacama, un informe que dé cuenta de la instalación de los disuadores en la línea eléctrica, incluyendo planos con la ubicación de los sectores donde fueron instalados y el registro fotográfico y de posicionamiento de estos. (Datum WGS84 Proyección UTM 19S). Forma de control y seguimiento Con el propósito de evaluar la colisión se realizará búsqueda de carcasas en la línea de evacuación eléctrica proyectada. Para ello, dos profesionales recorrerán de forma pedestre y en zig-zag, todo el recorrido de la línea en búsqueda de individuos colisionados (carcasas) durante una jornada. Se propone frecuencia de monitoreo semestral durante tres años de operación. Los informes con los resultados del monitoreo serán derivados a la SMA. Referencia al ICE para mayores detalles Capítulo 10 del ICE.

8.3. Compromiso ambiental voluntario – Instalación de dispositivos aisladores eléctricos Impacto asociado Pérdida de ejemplares de fauna en alguna categoría de conservación. Fase del Proyecto a la que aplica Operación Objetivo, descripción y justificación Objetivo: Disminuir la probabilidad de ocurrencia de electrocución con el tendido eléctrico de las especies que transitan el espacio aéreo del Proyecto y con potencial de percharse en las estructuras de soporte del tendido. Descripción: La medida consiste en la instalación de dispositivos anti- electrocución en la LTE. Estos dispositivos serán de al menos 1,3 m de largo (Birdlife International, 2013) y estarán fabricados preferentemente con algún polímero dada su mejor propiedad aislante (SAG, 2015). Estos dispositivos serán instalados a lo largo de todo el trazado eléctrico, en cada uno de los postes de sujeción de los conductores. Justificación: La medida se considera debido a la presencia de avifauna sensible al riesgo de electrocución. Lugar, forma y oportunidad de implementación Lugar: La medida se implementará en todas las estructuras de soporte (postes) del trazado eléctrico Forma: Se instalarán dispositivos anti-electrocución en todas las estructuras de soporte (postes) del trazado eléctrico. Los dispositivos serán de una longitud igual o mayor a 1,3 metros. Oportunidad: La medida será instaurada una vez instalado el tendido eléctrico, previo a la fase de operación. Indicador que acredite su cumplimiento El indicador de cumplimiento a efecto de garantizar la instalación de los dispositivos aisladores eléctricos será la entrega a la Superintendencia de Medio Ambiente y SAG de la Región de Atacama, un informe que dé cuenta de la instalación de los dispositivos aisladores en la línea eléctrica, incluyendo planos con la ubicación de los sectores donde fueron instalados y el registro fotográfico y de posicionamiento de estos. (Datum WGS84 Proyección UTM 19S) Forma de control y seguimiento Con el propósito de evaluar la electrocución, se realizará búsqueda de carcasas en la línea de evacuación eléctrica proyectada. Para ello, dos profesionales recorrerán de forma pedestre y en zig-zag, todo el recorrido de la línea en búsqueda de individuos colisionados (carcasas) durante una jornada. Se propone frecuencia de monitoreo semestral durante tres años de operación. Los informes con los resultados del monitoreo serán derivados a la SMA Referencia al ICE para mayores detalles Capítulo 10 del ICE.

8.4. Compromiso ambiental voluntario – Protección de especies de flora nativa Impacto asociado Pérdida de ejemplares de flora en alguna categoría de conservación. Fase del Proyecto a la que aplica Construcción, operación y cierre Objetivo, descripción y justificación Objetivo: Evitar los posibles impactos del Proyecto sobre especies de flora nativa en categorías de conservación o sujetos de regulación por la Ley 20.283 de Recuperación del Bosque Nativo y Fomento Forestal. Descripción: Se contempla una serie de medidas preventivas para evitar que las actividades del Proyecto, en todas sus fases, impacten sobre las especies de flora nativa Cordia decandra (carboncillo) categorizada como casi amenazada (NT) por el DS 42/2011 del MMA, Opuntia berteri (colla) categorizada como preocupación menor (LC) por el DS 19/2012 del MMA, Geoffroea decorticans (chañar) categorizada como preocupación menor (LC) por el DS 19/2012 del MMA y Pyrrhocactus eriosyzoides (kunze) categorizada como vulnerable (VU) por el DS 13/2013 del MMA. Adicionalmente, se consideran las especies Bulnesia chilensis (retama de cerro) y Schinus molle (pimiento), sujetos de regulación por la Ley 20.283 de Recuperación del Bosque Nativo y Fomento Forestal. Las medidas contempladas son las siguientes: - En el área de quebradillas que drenan la meseta donde se ubica el parque fotovoltaico hacia el oeste en la que se observan las especies Cordia decandra y Bulnesia chilensis, no se emplazarán obras del Proyecto, por lo que fue modificada la ubicación del cierre perimetral y de los módulos fotovoltaicos para no ocupar ni obstruir estos drenajes naturales. - Se implementarán señaléticas en este sector, en las cuales se señale la prohibición de verter residuos, materiales o sustancias en los cauces naturales, y la prohibición de cortar vegetación nativa. - Se restringirá el uso de herramientas de chispa en este sector, de manera de evitar incendios en la vegetación habitualmente seca. - Durante la fase de operación se verificará que no existan objetos, materiales o residuos que obstaculicen estos drenajes naturales en cada campaña de limpieza del sitio del Proyecto. - En la ladera norte del Proyecto, donde se detectó la presencia de un ejemplar de Pyrrhocactus eriosyzoides cercano a la línea de evacuación eléctrica, ya que no requiere ser relocalizado se protegerá este ejemplar mediante un cerco de 1 metro de diámetro y 1 metro de altura construido con estacas y malla de PVC naranja de señalización de obras. - Adicionalmente, previo al inicio de obras, un especialista ambiental inspeccionará el lugar para detectar la posible presencia de algún otro ejemplar de esta especie u otra que requiera ser protegido y señalizado. - En los sectores del lecho del río Copiapó y camino de acceso donde hay presencia de Schinus molle y Geoffroea decorticans, se implementará señalética en las cuales se indique la prohibición de verter residuos, materiales o sustancias en los cauces naturales, y la prohibición de cortar vegetación nativa o extraer los frutos del chañar. Justificación: Las obras del parque fotovoltaico se emplazan principalmente en una meseta sin presencia de vegetación, a excepción de un tramo de la línea de evacuación que se construirá en la ladera norte, considerando que el resto de la línea y el camino de acceso ya existen. Sin embargo, se proponen estas medidas para evitar que las acciones que se lleven a cabo en las distintas fases del Proyecto no afecten a las especies antes mencionadas ni a sus hábitats Lugar, forma y oportunidad de implementación Lugar: Se implementará la señalética en el sitio del parque fotovoltaico, sobre todo en el cierre perimetral, y puntos visibles del camino de acceso. Las medidas de protección para el cactus kunze, se implementarán en la ladera norte de la meseta, donde se construirá un tramo de la línea de evacuación. Forma: Se instalarán letreros visibles que indiquen la prohibición de verter residuos, materiales o sustancias en los sitios indicados. La protección para el o los ejemplares de cactus, consistirá en un cerco de estacas y malla de señalización de obras de color naranja. Oportunidad: Se implementará la señalética para todas las fases del Proyecto. La malla de protección para el cactus se implementará en las fases de construcción y cierre del Proyecto Indicador que acredite su cumplimiento Señaléticas instaladas en cierre perimetral del parque fotovoltaico y camino de acceso en lugares visibles y cercano a los sitios que se requiere proteger. Inspección regular y el reemplazo de la señalética cuando se requiera. Instalación de cerco de protección y señalización para los ejemplares de cactus u otras especies que lo requieran. Forma de control y seguimiento Se realizará inspección visual del estado de la señalética regularmente. Se realizará inspección visual del cumplimiento de estas medidas regularmente. Se mantendrá registro en obra de las campañas de limpieza del sitio del Proyecto. Se realizará inspección visual del cerco de protección del cactus y del estado del o los ejemplares protegidos y señalizados. Una vez implementado, se enviará un informe a la SMA mediante plataforma de seguimiento de compromisos Referencia al ICE para mayores detalles Capítulo 10 del ICE.

8.5. Compromiso ambiental voluntario – Perturbación Controlada

Impacto asociado Pérdida de ejemplares de fauna en alguna categoría de conservación. Fase del Proyecto a la que aplica Construcción. Objetivo, descripción y justificación Objetivo: Provocar el abandono o inducir el desplazamiento gradual de los individuos de la fauna de baja movilidad (Liolaemus velosoi) desde su lugar de origen hacia zonas inmediatamente adyacentes Descripción: Remover de forma manual y gradual los refugios de las especies de interés, como cúmulos de rocas o vegetación arbustiva, previo al inicio de las actividades de despeje de vegetación o de movimiento de tierras con medios mecánicos (SAG, 2012). Justificación: Disminuye el impacto a la especie mencionada Lugar, forma y oportunidad de implementación Lugar: En el área de Proyecto identificada como hábitat de la especie, indicada en Anexo 10 de la DIA Forma: Remover de forma manual y gradual los refugios de las especies de interés, como cúmulos de rocas o vegetación arbustiva. Oportunidad de Implementación: Previo a la fase de construcción Indicador que acredite su cumplimiento Registro de abundancia de especies previo y posterior a la aplicación de la medida. Forma de control y seguimiento Una vez implementado, envío de informe a la SMA mediante plataforma de seguimiento de compromisos Referencia al ICE para mayores detalles Capítulo 10 del ICE.

8.6. Compromiso ambiental voluntario – Vialidad Impacto asociado No aplica Fase del Proyecto a la que aplica Construcción Objetivo, descripción y justificación Objetivo: Facilitar la identificación de los vehículos pertenecientes al Proyecto por parte de la comunidad y de los usuarios de las rutas de acceso al Proyecto. Descripción: Todos los vehículos, buses, camiones, camionetas y equipos en general, contaran con señalética que identifique al Titular y al Proyecto al que pertenece con una visibilidad de al menos 20 metros de distancia, como también se les solicitará la utilización de esta señalética a los servicios externos que el Proyecto contrate. Justificación: Permitir una mejor identificación por parte de la comunidad a los vehículos asociados al Proyecto Lugar, forma y oportunidad de implementación Lugar: Parte frontal de los vehículos asociados al Proyecto Forma: Instalación de señalética en la parte frontal de todos los buses, camiones, vehículos, camiones y equipos que participen en el Proyecto Oportunidad de Implementación: Durante la construcción. Indicador que acredite su cumplimiento Registro fotográfico Forma de control y seguimiento Una vez implementado, envío de informe a la SMA mediante plataforma de seguimiento de compromisos. Referencia al ICE para mayores detalles Capítulo 10 del ICE.

  1. Que, las medidas relevantes del Plan de Prevención de Contingencias y del Plan de Emergencias, son las siguientes:

9.1. PLAN DE PREVENCIÓN DE CONTINGENCIAS

9.1.1. Sismo Fase del Proyecto a la que aplica Construcción, operación y cierre Parte, obra o acción asociada Todas las partes del proyecto Acciones o medidas a implementar 1.- El personal se deberá mantener en su lugar de trabajo. Al finalizar el sismo, se procederá a evaluar los daños y en caso de que existan daños de gran magnitud, se informara de esta situación a las autoridades competentes. 2.- Posterior al sismo se verificará que la cantidad total de personas que participen del Proyecto, se encuentren a salvo; para lo cual tendrán que mantener diariamente un registro de ingresos y salidas de personas. 3.- Se suspenderán todas las faenas hasta que se haya verificado técnicamente que no existe riesgo para los trabajadores. Forma de control y seguimiento Se mantendrá un registro de las actividades de capacitación al personal en la instalación de faenas y respecto a las señaléticas se mantendrán imágenes de su instalación y también un registro con sus mantenciones. Referencia al ICE o documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada Capítulo 7 del ICE Anexo 3 Plan de Contingencias y Emergencias, de la Adenda

9.1.2. Accidente en transporte, manejo y derrame de sustancias y residuos peligrosos Fase del Proyecto a la que aplica Construcción y cierre. Parte, obra o acción asociada Todas las partes del proyecto y camino de acceso Acciones o medidas a implementar 1.- Disposición en el vehículo de las instrucciones a seguir en caso de accidente. 2.-Capacitación del conductor para respuesta en caso de accidente con derrame de las sustancias transportadas. 3.-Uso de distintivos de seguridad, según NCh Nº 2190 “Transporte de sustancias peligrosas – Distintivos para identificación de riesgos”. 4.-Capacitación en Hojas de datos de seguridad de producto de las sustancias que se esté transportando. 5.-Protocolo de recambio de la empresa responsable del transporte y retiro del aceite de transformadores en caso de que se produzca un fallo eléctrico y se requiera su reemplazo.

Para el manejo de sustancias peligrosas (lubricantes, aceites y combustible) y residuos peligrosos (aceites usados, guaipes, paños y EPP contaminados con aceite) y prevención de potenciales derrames, se han de tener en consideración las siguientes medidas preventivas: 1.- Capacitación al personal que manipule y almacene este tipo de sustancias y residuos peligrosos. 2.- Disposición de medios de contención y limpieza de derrames. 3.- Disposición en el recinto de las Hojas de Datos de Seguridad de las sustancias peligrosas manipuladas y/o almacenadas en las instalaciones, que contendrán entre otros datos, las características de la sustancia, sus riesgos y los procedimientos de emergencia que deberán activarse en caso de declaración del riesgo. 4.-Mantención del inventario y control sobre el uso de las sustancias y residuos peligrosos. Las sustancias peligrosas serán entregadas con control de bodega, en porciones debidamente conferidas bajo registro. 5.- Se mantendrá un registro (en español) de las sustancias almacenadas, que estará a disposición del personal autorizado para ingresar a las bodegas, organismos externos y personal de bomberos. Este registro estará de acuerdo con lo establecido en la NCh 382 Of2004 o la que la sustituya 6.- Las sustancias peligrosas se almacenarán en una bodega que cumpla con las directrices del D.S. N°43/2016 del MINSAL, Reglamento de Sustancias Peligrosas. 7.- Se dispondrá en esta área de elementos que permitan la contención de derrames de mediana magnitud. 8.- Croquis con la ubicación de las sustancias al interior de la bodega. Para los residuos peligrosos, se contará con una bodega de RESPEL, que dará cumplimiento a las directrices establecidas en D.S. N°148 del MINSAL

El caso específico de los transformadores, para evitar fugas y derrames de aceite, incluyen en su parte inferior una cuba receptora para retener el aceite y así evitar que este tome contacto con el suelo. En caso de derrame, o por la eventual necesidad de reemplazar el aceite, se llamará a empresas especializadas para que retiren el aceite fugado y/o dañado y lo lleven a lugares certificados para su recirculación o desecho autorizado por la autoridad sanitaria Forma de control y seguimiento Registro de lista de asistencia a capacitación, registro fotográfico de uso de letreros de seguridad Referencia al ICE o documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada Capítulo 7 del ICE Anexo 3 Plan de Contingencias y Emergencias, de la Adenda

9.1.3. Incendio (construcción y cierre) Fase del Proyecto a la que aplica Construcción y cierre Parte, obra o acción asociada Manejo y almacenamiento de materiales inflamables y combustibles Trabajos con herramientas que pudiesen proyectar partículas incandescentes. Acumulación transitoria de maleza y residuos orgánicos provenientes del despeje del terreno para faenas constructivas Acciones o medidas a implementar 1.- Todo personal recibirá inducción de en la cual se les dará a conocer los riesgos que involucra su trabajo, la forma correcta de utilizar los elementos de seguridad y las medidas de prevención que debe adoptar. 2.- Se contará con señaléticas adecuada para la utilización de los elementos básicos para combatir el fuego las respectivas vías de evacuación. 3.- Se realizarán inspecciones para verificar la existencia y el estado de los equipos de control de incendios. 4.- Se impedirá el uso del fuego como elemento para roce de vegetación en la limpieza del terreno, en la fase de construcción del Proyecto. A.- Medidas de prevención - Reducción del riesgo de Ocurrencia. A1.- De la vigilancia y el aviso a la autoridad: se mantendrá vigilancia permanente en todos los frentes de trabajo a fin de poder detectar oportunamente cualquier amago de incendio. En caso de ocurrir un evento de incendio, desde teléfonos celulares, se avisará a los números de emergencias 130 y 132 (Departamento de Manejo del Fuego de CONAF y Bomberos de Chile, respectivamente). A2.- De la difusión: Se avisará a la junta de vecinos, acerca de las faenas realizadas en el predio, y en el acceso a este, se colocará un cartel que indique que se están realizando faena de limpieza de predio, donde se contempla la corta y retiro de maleza. A3.- Del control de riesgo: se tomarán todas las medidas que posibiliten reducir el riesgo de incendios, como son: realizar retiro diario de los residuos vegetales en sector, prohibir la acumulación de estos, realizar capacitaciones a los trabajadores respecto de la prohibición de hacer fuego al interior de las áreas del proyecto. A4 Tener identificadas las zonas de emergencia, y el lugar de adonde se obtendrá el agua. En caso de ocurrir un incendio que no pueda ser controlado por personal del Parque Solar, se considerará una emergencia, las medidas a seguir se encuentran en el Plan de Emergencia Forma de control y seguimiento Registro de capacitaciones de control de incendios y uso de extintores. Corte periódico de la maleza Referencia al ICE o documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada Capítulo 7 del ICE Anexo 3 Plan de Contingencias y Emergencias, de la Adenda

9.1.4. Incendio (operación) Fase del Proyecto a la que aplica Operación Parte, obra o acción asociada Manejo y almacenamiento de materiales inflamables y combustibles Trabajos con herramientas que pudiesen proyectar partículas incandescentes. Acumulación transitoria de maleza y residuos orgánicos provenientes del despeje del terreno para faenas constructivas Acciones o medidas a implementar Como el Parque tendrá operación remota, se contratará una empresa encargada de la seguridad. En caso de fallas, el sistema emitirá una alarma, que será detectada por el sistema SCADA, situación en que la empresa local encargada es automáticamente alertado vía mensaje telefónico, de texto y/o correo electrónico, mediante un informe descriptivo de la falla, junto con los datos necesarios para tomar la acción más efectiva y rápida posible. Para la gestión de alarmas se utiliza un software. El Parque Solar, también tendrá cámaras de vigilancia, en que la imagen se podrá ver desde un computador y/o celular, este sistema, también es considerado como detector incendios dentro del parque como en los perímetros. La empresa local es la que estará a cargo de comunicarse con bomberos. En cuanto a los tiempos de intervención y reacción, se considera el tiempo necesario para la detección de cualquier incendio por parte de bomberos, para llegar a la zona y comenzar el trabajo de extinción del fuego. Los bomberos de Tierra Amarilla se encuentran aproximadamente a 7,7 kms, se estima que el tiempo de viaje serán 10 a 15 minutos. Para disminuir el riesgo de incendio de la Línea de Transmisión eléctrica, se realizarán podas anuales a los árboles y arbustos que están en la faja de seguridad de la Línea de manera que la distancia entre la línea y la copa del árbol tenga al menos una distancia de 4 mts. En caso de las especies herbáceas se monitoreará la altura de éstas, de manera que no superen los 50 cm de altura, la faja de seguridad será de 10 mts, 5 mts a cada lado del poste. Forma de control y seguimiento Registro de capacitaciones de control de incendios y uso de extintores. Corte periódico de la maleza Referencia al ICE o documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada Capítulo 7 del ICE Anexo 3 Plan de Contingencias y Emergencias, de la Adenda

9.1.5. Accidente Fauna Silvestre Fase del Proyecto a la que aplica Construcción y cierre Parte, obra o acción asociada Todas las partes del proyecto Acciones o medidas a implementar Para evitar una contingencia debido al atropello de fauna silvestre y/o colisión de aves, se deberán realizar las siguientes medidas: 1.- Realización de charlas de capacitación al personal acerca de la potencial fauna presente en el área, del resguardo y cuidado de esta, así como del procedimiento de actuación en caso de un hallazgo. 2.- Velocidad del desplazamiento de los vehículos al interior de las obras de 40 km/hora. 3.- Control de la velocidad para todos los vehículos del Proyecto, informando los límites de velocidad permitidos tanto en caminos internos como externos. 4.- Instalación de carteles informativos sobre el eventual cruce de animales en las zonas adecuadas. En relación con la posibilidad de caza al interior del Proyecto: - Prohibir la captura, caza, perturbación de fauna y extracción de huevos de fauna nativa que habitan la zona, a excepción que exista alguna advertencia por parte del SAG (por ejemplo, para fines científicos). - Se prohibirá alimentar a la fauna silvestre que se encuentre en las cercanías de las áreas de obras del Proyecto, con el fin de evitar modificaciones en su conducta natural de alimentación y comportamiento frente a los humanos. - Se utilizará contenedores cerrados para evitar la alimentación de fauna nativa con restos de comida con retiro frecuente. No estará permitido comer en el área de Proyecto, dado la posibilidad que queden restos de comida. - No se permitirá el ingreso, tenencia, ni protección de animales domésticos por parte de personal asociado al Proyecto, evitando la competencia territorial y por alimento con las especies nativas y el riesgo de contagio de enfermedades infecciosas entre los animales Forma de control y seguimiento Registro de instalación de señalética y contenedores Registro de Capacitaciones Referencia al ICE o documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada Capítulo 7 del ICE Anexo 3 Plan de Contingencias y Emergencias, de la Adenda

9.1.6. Hallazgo Arqueológico Fase del Proyecto a la que aplica Construcción Parte, obra o acción asociada Todas las partes del proyecto Acciones o medidas a implementar En caso de registrarse un hallazgo de carácter histórico, antropológico, arqueológico o paleontológico, se deberá dar cumplimiento a la Ley Nº 17.288, el que establece que toda persona que al hacer excavaciones en cualquier punto del territorio nacional y con cualquier finalidad, encontrare ruinas, yacimientos, piezas u objetos de carácter histórico, antropológico, arqueológico o paleontológico, debe dar aviso inmediatamente el descubrimiento al Consejo de Monumentos Nacionales (CMN), que ordenará a Carabineros que se haga responsable de su vigilancia hasta que el CMN se haga cargo de él, procediendo de acuerdo a lo establecido en el Artículo 26º de la Ley. Capacitar al personal que participe en la fase de construcción, acerca del procedimiento a seguir en caso de hallazgo histórico, antropológico, arqueológico o paleontológico. En caso de detectarse un sitio arqueológico se habilitarán cercos de protección para impedir el acceso de personas al área del sitio. Impartición de charlas al personal acerca del procedimiento de actuación en caso de un hallazgo. Forma de control y seguimiento Registro de capacitación Referencia al ICE o documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada Capítulo 7 del ICE Anexo 3 Plan de Contingencias y Emergencias, de la Adenda

9.1.7. Evento climático extremo Fase del Proyecto a la que aplica Construcción Parte, obra o acción asociada Todas las partes del proyecto Acciones o medidas a implementar - Se realizaron modificaciones leves al área del Parque para asegurar que el cerco perimetral del parque se encuentra fuera de toda quebrada para descartar riesgo - La ubicación de la instalación de faenas es alejada de zonas propensas a eventuales deslizamientos de tierra. - En forma preventiva las instalaciones eléctricas se inspeccionarán de manera permanente por un especialista del área. - Capacitación a los trabajadores sobre los protocolos de seguridad Forma de control y seguimiento Registro de capacitación de protocolos de seguridad e inspecciones Referencia al ICE o documentos del expediente de evaluación que contenga la Capítulo 7 del ICE Anexo 3 Plan de Contingencias y Emergencias, de la Adenda descripción detallada

9.1.8. Emisión de olores Fase del Proyecto a la que aplica Operación y cierre Parte, obra o acción asociada Área de generación de aguas servidas Acciones o medidas a implementar Las acciones o medidas a implementar están enfocadas a la generación de aguas servidas, ya que tienen probabilidad de generar olores molestos, para evitar este riesgo se realizará las siguientes medidas: - Los servicios higiénicos se conectarán a una fosa séptica para el tratamiento primario de las aguas servidas Forma de control y seguimiento - Se llevará un registro de las empresas que provean el transporte de residuos y se mantendrá copia de la resolución sanitaria que permita su funcionamiento. - Se mantendrá un calendario mensual, en el cual se indiquen los días de retiro, el cual deberá ser enviado a la empresa que provea el servicio de forma tal de coordinar con anticipación el retiro de los residuos Referencia al ICE o documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada Capítulo 7 del ICE Anexo 3 Plan de Contingencias y Emergencias, de la Adenda

9.2. PLAN DE EMERGENCIAS

9.2.1. Sismo Fase del Proyecto a la que aplica Construcción, operación y cierre Parte, obra o acción asociada Todas las partes del proyecto Acciones a implementar 1.-Se suspenderá la actividad que están realizando los trabajadores y se paralizará el equipamiento y maquinaria en uso. 2.- De ser posible se desconectará la alimentación eléctrica. 3.- Todo el personal deberá dirigirse a la zona de seguridad a través evacuación en caso de sismos y mantener la calma durante el sismo. 4.- Permanecer en la zona segura hasta que todo vuelva a la normalidad y esperar las instrucciones del personal encargado de la emergencia. 5.- Avisar al Jefe de Obra en caso de que exista un herido Oportunidad y vías de comunicación a la SMA de la activación del Plan Ante una emergencia se entregará un informe a la SMA dentro de las 72 horas posteriores a la emergencia generada. Referencia al ICE o documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada Capítulo 7 del ICE Anexo 3 Plan de Contingencias y Emergencias, de la Adenda

9.2.2. Accidente en transporte, manejo y derrame de sustancias y residuos peligrosos Fase del Proyecto a la que aplica Construcción y cierre. Parte, obra o acción asociada Todas las partes del proyecto y camino de acceso Acciones a implementar En caso de que se produzca un accidente en el transporte, actuar del siguiente modo: Acciones Iniciales 1.- Dar aviso de inmediato al Supervisor Directo el chofer, operador u otro y tratará de contener el derrame mediante la generación de diques de tierra u otro elemento del que disponga. 2.- Verificar si hay personas que se hayan visto afectadas por el derrame. En caso de que se requiera, se procederá a utilizar los elementos apropiados para resguardar primero la vida y salud de dichas personas. 3.- Se determinará la naturaleza del derrame respecto de si esta es producto de sustancias transportadas o procedentes del vehículo siniestrado. 4.- En caso de transporte de sustancias se identificará el tipo de productos transportados y que sean causantes del derrame a través de la individualización de los productos contenidos en el vehículo y sus registros, además se solicitará la copia de las hojas de seguridad de los productos transportados y el procedimiento en caso de emergencia. 5.- Como acción inmediata de precaución, aislar el área del derrame o escape como mínimo cincuenta metros en todas las direcciones utilizando barrera de contención o productos de absorción. Usar EPP adecuados para la tarea. 6.- Para el caso de derrames de líquidos, tratar de contener el avance de este mediante la confección de diques de tierra en círculos concéntricos, evite la utilización de maquinarias que puedan provocar chispas hasta definir la naturaleza de la sustancia derramada. 7.- Mediante el equipo de respuesta a emergencias trate de taponear o sellar los puntos de fuga de sustancias a través del uso de piezas de madera. Mantener alejado al personal no autorizado. 8.- Si se trata de un evento que por su envergadura puede afectar a terceros producto de la emergencia, se dará aviso inmediato a la Autoridad Sanitaria y a las municipalidades involucradas, sobre la localización y magnitud del evento, para dar cumplimiento a esto el equipo de respuesta a emergencias, el Titular contará con un listado de teléfonos con todos los servicios, municipalidades, bomberos y carabineros de cada localidad involucrada en el proyecto. 9.-Recopilar información sobre el accidente ocurrido (mediante la colaboración del personal presente en la zona): 9.1.-Instalaciones o vehículos involucrados. 9.2.- Sustancias involucradas y peligrosidad de estas. Si las sustancias involucradas están clasificadas como Sustancias Peligrosas, el conductor del vehículo dispondrá de Hoja de Datos de Seguridad para Transporte para dichas sustancias. 9.3.- Situación de los vehículos accidentados y de los insumos y/o sustancias transportadas. 9.4.- Personas afectadas. 9.5.- Servicios de emergencia que han sido avisados (Carabineros, Bomberos, SAMU, etc.). 10.- Una vez evaluado el escenario, contactar con el Equipo de Intervención en caso necesario. 11.- Realizar el aseguramiento del área. Para ello se debe establecer un perímetro y estabilizar el vehículo accidentado en posición de seguridad. 12.- Verificar que existe una línea cargada de agua o extintor portátil, aunque no exista fuego en el momento. 13.- En caso de que haya heridos, asegurar el vehículo antes de ingresar a atender a los pacientes. No mover el vehículo, no intentar voltearlo, tirarlo o arrastrarlo con los pacientes adentro. 14.- Estabilizar y extraer a los pacientes en presencia de personal médico. 15.- Una vez controlada la situación de emergencia, el Jefe de Emergencia informará del hecho al Jefe de Obra, comunicando el final de esta.

Posterior a la emergencia Luego de controlada la fuente del derrame se procederá a retirar todo el material contaminado y se realizará acorde a lo indicado en el DS N°148, lo cual es: 1.- En caso de que el derrame es de combustibles y/o aceites derivados de hidrocarburos, se procederá a retirar todo el material contaminado, colocando este en bolsas plásticas las cuales serán selladas y transportadas a disposición final que cuente con resolución sanitaria adecuada. 2.- En caso de que exista producto derramado, éste será recogido con pala para vaciarlo a un envase que se pueda cerrar herméticamente y colocarlo también dentro de una bolsa plástica gruesa que, a su vez, debe cerrarse. Se utilizarán envases de polietileno. 3.- Tanto la disposición final de la sustancia como la correspondiente limpieza del vehículo de transporte (restos contaminados producto del accidente), serán realizadas por una empresa especializada en el tratamiento de residuos peligrosos y con su aprobación sanitaria. La disposición final se realizará en un sitio de disposición final autorizado. 4.- En caso de que el accidente ocurriese en una vía de tránsito pública se incorporarán las acciones necesarias que permitan un despeje oportuno y rápido de la vía afectada en coordinación con Carabineros de Chile y la Dirección de Vialidad, para esto tanto la empresa externa a cargo como el Titular pondrán a disposición los medios necesarios para dar soporte a estas instituciones. 5.- En caso de no haber derrame de sustancias peligrosas y tras la obtención del permiso por parte de Carabineros de Chile, se procederá a recuperar los contenedores o embalajes de producto desplazándolos fuera de la zona de circulación y luego de esto realizar las acciones tendientes a que el vehículo siniestrado sea retirado para permitir la libre circulación de los vehículos. 6.- Luego de controlada la emergencia, se elaborará un informe donde se consigne la naturaleza de los aspectos ambientales involucrados en la emergencia, los impactos generados, las medidas de mitigación y de control efectuadas, de ser necesario establecerá las medidas de seguimiento adecuadas 7.- Se realizará una investigación interna para determinar las causas que originaron el evento y la eficiencia o suficiencia de las acciones preventivas o correctivas adoptadas con el fin de corregir los procedimientos que eviten que la aparición de dicha situación en el futuro. En el caso de derrames de sustancias peligrosas o residuos al suelo, se aplicarán las siguientes acciones: La identificación y localización del foco que provoca contaminación, sea esta causado por un derrame accidental de una sustancia almacenada temporalmente o a causa de fugas en alguna maquinaria o dispositivo, para proceder inmediatamente a su control y neutralización. Luego de detectado el punto de fuga, será controlado mediante la contención del derrame procediendo a embolsar el recipiente afectado y sellándolo. A modo de precaución se tomará como acción inmediata la aislación del área del derrame o escape como mínimo cincuenta metros en todas las direcciones. En caso de que la contaminación es provocada por una fuga en maquinaria o equipo, se procederá a tratar de sellar esta fuga mediante la aplicación de una cinta de goma o similar, si esta no es capaz de controlar la fuga se detendrá el uso del equipo o maquinaria o se enviará a taller autorizado para su revisión y control. Controlada la fuente del derrame se procederá a retirar todo el material contaminado y dando especial cuidado a dar cumplimiento a lo indicado en el DS N°148. Ante eventos climáticos y en caso de eventuales inundaciones, las acciones a realizar para resguardar la bodega de sustancias y de residuos peligrosos corresponden a: - Aislar el área inmediatamente - Con la utilización de arena contener el agua en caso de inundación y realizar construcción de barreras de contención con materiales adecuados para ello - En caso que el agua inunde la bodega de sustancias o residuos peligrosos, se bombeará toda el agua y se tratará como residuo peligroso. Tener en consideración que la bodega cuenta con pretil antiderrames, diseñado para retener un volumen mayor al requerido de acuerdo a lo indicado en el DS.148 y DS 43. Oportunidad y vías de comunicación a la SMA de la activación del Plan El responsable de informar a la SMA será el encargado de Faena. Mediante página web SMA Referencia al ICE o documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada Capítulo 7 del ICE Anexo 3 Plan de Contingencias y Emergencias, de la Adenda

9.2.3. Incendio (construcción y cierre) Fase del Proyecto a la que aplica Construcción y cierre Parte, obra o acción asociada Manejo y almacenamiento de materiales inflamables y combustibles Trabajos con herramientas que pudiesen proyectar partículas incandescentes. Acumulación transitoria de maleza y residuos orgánicos provenientes del despeje del terreno para faenas constructivas Acciones a implementar En caso de un foco inicial de incendio, y en medida de lo posible, el personal que se encuentre disponible más cerca del lugar en cuestión comenzará a combatir de forma inmediata, con los recursos que se tengan disponibles, ya sean palas para construir cortafuego, extintores, agua, baldes con arena, maquinaria mecanizada, o una combinación de estos. Si la emergencia pasa a ser un incendio que no puede ser controlado, se pasa a una emergencia, se avisará de inmediato a bombero y a CONAF vía telefónica. La primera prioridad será la referida a las personas y segunda prioridad al combate del incendio; en caso de ser necesario, inmediatamente las personas se dirigirán a la zona de seguridad. Oportunidad y vías de comunicación a la SMA de la activación del Plan Ante una emergencia que sobrepase el actuar del Proyecto, se avisará a Bomberos y CONAF. Se entregará un informe dentro de las 72 horas posteriores a la emergencia generada mediante página web a la SMA Referencia al ICE o documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada Capítulo 7 del ICE Anexo 3 Plan de Contingencias y Emergencias, de la Adenda

9.2.4. Incendio (operación) Fase del Proyecto a la que aplica Operación Parte, obra o acción asociada Manejo y almacenamiento de materiales inflamables y combustibles Trabajos con herramientas que pudiesen proyectar partículas incandescentes. Acumulación transitoria de maleza y residuos orgánicos provenientes del despeje del terreno para faenas constructivas Acciones a implementar En caso de un foco inicial de incendio, y en medida de lo posible, el personal que se encuentre disponible más cerca del lugar en cuestión comenzará a combatir de forma inmediata, con los recursos que se tengan disponibles, ya sean palas para construir cortafuego, extintores, agua, baldes con arena, maquinaria mecanizada, o una combinación de estos. Si la emergencia pasa a ser un incendio que no puede ser controlado, se pasa a una emergencia, se avisará de inmediato a bombero y a CONAF vía telefónica. La primera prioridad será la referida a las personas y segunda prioridad al combate del incendio; en caso de ser necesario, inmediatamente las personas se dirigirán a la zona de seguridad. Oportunidad y vías de comunicación a la SMA de la activación del Plan Ante una emergencia que sobrepase el actuar del Proyecto, se avisará a Bomberos y CONAF. Se entregará un informe dentro de las 72 horas posteriores a la emergencia generada mediante página web de la SMA Referencia al ICE o documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada Capítulo 7 del ICE Anexo 3 Plan de Contingencias y Emergencias, de la Adenda

9.2.5. Accidente Fauna Silvestre Fase del Proyecto a la que aplica Construcción y cierre Parte, obra o acción asociada Todas las partes del proyecto Acciones a implementar - Dar la alarma a su supervisor directo con los medios de comunicación disponibles. - Comunicar a los trabajadores de la emergencia - Cerrar el acceso al Proyecto - Avisar a la autoridad - Seguir las instrucciones de la autoridad Oportunidad y vías de comunicación a la SMA de la activación del Plan En caso de presentarse un escenario de emergencia que Fauna Silvestre, el Titular avisará a la SMA y al SAG. Referencia al ICE o documentos del expediente de evaluación que contenga la Capítulo 7 del ICE Anexo 3 Plan de Contingencias y Emergencias, de la Adenda descripción detallada

9.2.6. Hallazgo Arqueológico Fase del Proyecto a la que aplica Construcción Parte, obra o acción asociada Todas las partes del proyecto Acciones a implementar En caso de efectuarse un hallazgo arqueológico o paleontológico durante las excavaciones del proyecto, y a fin de evitar incurrir en el delito de daño a Monumento Nacional establecido en el artículo N° 38 de la Ley N° 17.288, se deberá proceder según lo establecido en los artículos N° 26 y 27 de la Ley N°17.288 de Monumentos Nacionales y el artículo N°23 del Decreto Supremo N° 484 de 1990 del Ministerio de Educación, Reglamento sobre excavaciones y/o prospecciones arqueológicas, antropológicas y paleontológicas, paralizando toda obra en el sector del hallazgo e informando de inmediato y por escrito al Consejo de Monumentos Nacionales, para que este organismo determine los procedimientos a seguir, cuya implementación deberá ser efectuada por el Titular del proyecto. Oportunidad y vías de comunicación a la SMA de la activación del Plan En caso de haber un hallazgo arqueológico el Titular avisará a la SMA, y al CMN. Referencia al ICE o documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada Capítulo 7 del ICE Anexo 3 Plan de Contingencias y Emergencias, de la Adenda

9.2.7. Evento climático extremo Fase del Proyecto a la que aplica Construcción Parte, obra o acción asociada Todas las partes del proyecto Acciones a implementar - Avisar a supervisor directo con los medios de comunicación disponibles - El Jefe de área indicará la detención todas las actividades que se estén realizando, incluyendo todas las maquinas en funcionamiento. - En caso de inundación intentar detener con la utilización de arena y construcción de barreras de contención con materiales adecuados para ello. - Si la situación lo amerita, se debe refugiar al personal en sectores más elevados - Avisar a la autoridad y seguir sus instrucciones - Consultar con la autoridad respectiva la habilitación para transitar por el camino de acceso. Oportunidad y vías de comunicación a la SMA de la activación del Plan El responsable de informar a la SMA será el encargado de Faena. Mediante página web de la SMA Referencia al ICE o documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada Capítulo 7 del ICE Anexo 3 Plan de Contingencias y Emergencias, de la Adenda

9.2.8. Emisión de olores Fase del Proyecto a la que aplica Operación y cierre Parte, obra o acción asociada Área de generación de aguas servidas Acciones a implementar - En caso de detectar falla en el sistema que derive malos olores persistentes, se procederá a la clausura de los servicios higiénicos y todas las actividades que descargan en ella. - Se habilitarán baños químicos mientras dure la emergencia. Oportunidad y vías de comunicación a la SMA de la activación del Plan - Se notificará de forma inmediata (menos de 24 horas), luego de ocurrida y declara la emergencia mediante vía telefónica a los organismos competentes. - Una vez controlada la emergencia, en un plazo no mayor de 48 horas se emitirá por escrito un “Informe Preliminar” de la emergencia ocurrida y declara a los organismos competentes. Referencia al ICE o documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada Capítulo 7 del ICE Anexo 3 Plan de Contingencias y Emergencias, de la Adenda

  1. Que, durante el proceso de participación ciudadana, desarrollado conforme a lo dispuesto en el artículo 30 bis de la Ley N° 19.300, no se formularon observaciones por parte de la comunidad respecto del Proyecto.

  2. Que, el Titular deberá remitir a la Superintendencia del Medio Ambiente la información respecto de las condiciones, compromisos o medidas, ya sea por medio de monitoreos, mediciones, reportes, análisis, informes de emisiones, estudios, auditorías, cumplimiento de metas o plazos, y en general cualquier otra información destinada al seguimiento ambiental del Proyecto, según las obligaciones establecidas en la presente Resolución de Calificación Ambiental y las Resoluciones Exentas que al respecto dicte la Superintendencia del Medio Ambiente. De igual forma, y a objeto de conformar el Sistema Nacional de Información de Fiscalización Ambiental (SNIFA), el Registro Público de Resoluciones de Calificación Ambiental y registrar los domicilios de los sujetos sometidos a su fiscalización en conformidad con la ley, el Titular deberá remitir en tiempo y forma toda aquella información que sea requerida por la Superintendencia del Medio Ambiente a través de las Resoluciones Exentas que al respecto ésta dicte.

  3. Que, el Titular deberá informar a la Superintendencia del Medio Ambiente la realización de la gestión, acto o faena mínima que da cuenta del inicio de la ejecución de obras, a que se refiere el Considerando N°4 de la presente Resolución.

  4. Que, con el objeto de dar adecuado seguimiento a la ejecución del Proyecto, el Titular deberá informar a la Superintendencia del Medio Ambiente, al menos con una semana de anticipación, el inicio de cada una de las fases del Proyecto, de acuerdo a lo indicado en la descripción del mismo.

  5. Que, la Superintendencia del Medio Ambiente, de oficio o a petición de parte o de algún organismo sectorial, podrá aprobar, modificar o complementar el contenido del plan de seguimiento de las variables ambientales y, en general, cualquier otro mecanismo establecido en la respectiva resolución de calificación ambiental que tenga dicho objeto, con el fin de asegurar, en el transcurso del tiempo, que el seguimiento de las variables ambientales cumpla con su objetivo de forma eficiente y eficaz.

  6. Que, para que el proyecto “Parque Fotovoltaico Alianza” pueda ejecutarse, deberá cumplir con todas las normas vigentes que le sean aplicables.

  7. Que, el Titular deberá informar inmediatamente a la Secretaría de la Comisión de Evaluación de la Región de Atacama y a la Superintendencia del Medio Ambiente, la ocurrencia de impactos ambientales no previstos en la DIA, asumiendo inmediatamente las acciones necesarias para abordarlos.

VOP/JES/SGP

Distribución: Sr. Victor Emilio Opazo Carvallo Consejo de Monumentos Nacionales Subsecretaría de Pesca y Acuicultura Superintendencia de Servicios Sanitarios CONADI, Región de Atacama CONAF, Región de Atacama DGA, Región de Atacama DOH, Región de Atacama Gobernación Marítima de Caldera SAG, Región de Atacama SEC, Región de Atacama SEREMI Desarrollo Social y Familia, Región de Atacama SEREMI MOP, Región de Atacama SEREMI Medio Ambiente, Región de Atacama SEREMI de Agricultura, Región de Atacama SEREMI de Bienes Nacionales, Región de Atacama SEREMI de Energía, Región de Atacama SEREMI de Minería, Región de Atacama SEREMI de Salud, Región de Atacama SEREMI de Transportes y Telecomunicaciones, Región de Atacama SEREMI de Vivienda y Urbanismo, Región de Atacama SERNAGEOMIN, Región de Atacama Servicio Nacional Turismo, Región de Atacama Gobierno Regional, Región de Atacama. I. Municipalidad de Tierra Amarilla Superintendencia de Medio Ambiente