Evaluación SEA

Planta Fotovoltaica La Colonia

Rol 2146013540
SEA · DIA · Aprobado · 2020-03-23 · Región Metropolitana de Santiago · FOTOVOLTAICA BOLDO SPA

REPÚBLICA DE CHILE COMISIÓN DE EVALUACIÓN Región Metropolitana de Santiago

Califica Ambientalmente el proyecto “Planta Fotovoltaica La Colonia” Resolución Exenta N* 119/2021

Santiago 11 de febrero de 2021

VISTOS:

1”. La Declaración de Impacto Ambiental (“DIA”) admitida a trámite con fecha 23 de marzo de 2020, mediante Resolución Exenta N” 185/2020 de la Comisión de Evaluación de la Región Metropolitana de Santiago; su Adenda de fecha 26 de octubre de 2020 y su Adenda Complementaria de fecha 24 de diciembre de 2020 del Proyecto “Planta Fotovoltaica La Colonia” presentado por FOTOVOLTAICA BOLDO SpA.

  1. Los pronunciamientos y observaciones de los órganos de la Administración del Estado que, sobre la base de sus facultades legales y atribuciones, participaron en la evaluación de la DIA, que se detallan en el Capítulo III del Informe Consolidado de Evaluación (“ICE”) de la DIA del Proyecto “Planta Fotovoltaica La Colonia”.

3”. El Acta de Evaluación N* 02/2021 de fecha 26 de enero de 2021 del Comité Técnico de la Región Metropolitana.

  1. EL ICE de la DIA del Proyecto “Planta Fotovoltaica La Colonia”, de fecha 29 de enero de 2021.

  2. El acuerdo de la Comisión de Evaluación de la Región Metropolitana de fecha 8 de febrero de 2021.

6”. Los demás antecedentes que constan en el expediente de evaluación de impacto ambiental de la DIA del Proyecto “Planta Fotovoltaica La Colonia”.

7". Lo dispuesto en la Ley N” 19.300, Sobre Bases Generales del Medio Ambiente; el D.S. N 40, de 2012, del Ministerio del Medio Ambiente, Reglamento del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental (“Reglamento del SEIA”); la Ley N 19.880, que Establece Bases de los Procedimientos Administrativos que Rigen los Actos de los Órganos de la Administración del Estado; La ley N 19.175, Ley Orgánica Constitucional Sobre Gobiernos y Administración Regional; en el Decreto Supremo N 558 de fecha 29 de octubre de 2019 del Ministerio del Interior y Seguridad Pública; Decreto N? 440, de 11 de marzo de 2018, del Ministerio del Interior y Seguridad Pública; en la Resolución TRA N 119046/163/2018 de fecha 25 de octubre de 2018, de la Dirección Ejecutiva del Servicio de Evaluación Ambiental; y en la Resolución N 7/2019 de fecha 26 de marzo de 2019,

de la Contraloría General de la República, que Fija Normas sobre Exención del Trámite de Toma de Razón.

CONSIDERANDO:

1”, Que FOTOVOLTAICA BOLDO SpA. (en adelante, el “Titular”) ha sometido al Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental (“SELA”) la DIA del Proyecto “Planta Fotovoltaica La Colonia” (en adelante, el “Proyecto”). Los antecedentes del Titular son los siguientes:

Nombre o razón social FOTOVOLTAICA BOLDO SpA.

Rut 76.891.102-9

Domicilio Avenida Las Condes 9460, Of. 1003, Las Condes. Nombre representante legal José Antonio Larraín Riesco.

Rut representante legal 10,908.414-K

Domicilio representante legal Avenida Las Condes 9460, Of. 1003, Las Condes. Correo electrónico Titular o | jalarraindeactiva.cl representante legal

2”. Que, conforme se indica en el ICE de fecha 29 de enero de 2021, el Servicio de Evaluación Ambiental de la Región de Metropolitana ha recomendado aprobar el Proyecto, considerando que:

  • Cumple con la normativa de carácter ambiental aplicable;

  • Cumple con los requisitos contenidos en los Permisos Ambientales Sectoriales Mixtos señalados en los artículos 140, 142, 160 y Pronunciamiento del artículo 161 del D,S. N* 40/2012 MMA;

  • No genera los efectos características o circunstancias del artículo 11 de la Ley 19.300, que dan origen a la necesidad de elaborar un Estudio de Impacto Ambiental.

3”, Que, en sesión de fecha 8 de febrero de 2021, la Comisión de Evaluación de la Región Metropolitana acordó calificar favorablemente el Proyecto “Planta Fotovoltaica La Colonia”, aprobando íntegramente el contenido del ICE de fecha 29 de enero de 2021, el cual forma parte integrante de la presente Resolución. Por lo tanto, conforme a lo indicado en el artículo 60 inciso segundo del Reglamento del SEIA, se excluyen de la presente resolución las consideraciones técnicas en que se fundamenta.

4?, Que, según lo señalado en la DIA y sus anexos, en su Adenda y Adenda Complementaria, los cuales forman parte integrante de la presente Resolución, la descripción del Proyecto es la que a continuación se indica:

4.1, ANTECEDENTES GENERALES

Objetivo general El proyecto consiste en la construcción y operación de un parque

fotovoltaico de potencia nominal 10,8 MW que proveerá energía eléctrica al Sistema Eléctrico Nacional.

Descripción general del | El Proyecto consiste en la generación de energía eléctrica mediante el proyecto uso de tecnologías que emplean fuentes de Energías Renovables No Convencionales (ERNC), en particular, la radiación solar. De esta forma, se contempla la operación de un parque fotovoltaico de potencia nominal de 10,8 MW que proveerá energía eléctrica al Sistema Eléctrico Nacional. La Planta estará conformada por 23.436 paneles de 460 Wp, montados sobre estructuras metálicas (mesas fotovoltaicas), con seguidor horizontal en un eje. Contará con 2 inversores modulares de potencia unitaria 4.500 kWac y caminos internos de 2.946 m de longitud.

Para evacuar la energía generada por el proyecto a la red de distribución, se implementará una línea de media tensión soterrada de 15 kV la cual posee 91,8 m de longitud soterrada y 2.665 m aéreo. Esta colectará la energía proveniente de las estaciones transformadoras y la conducirá hasta el punto de conexión con una línea eléctrica aérea particular. El punto de conexión está localizado en las coordenadas (UTM Datum WGS84 Huso 19s) Norte: 335.651, Este: 6.258.777. (Respuesta 1.7 de la Adenda).

El Proyecto se desarrollará en 1 etapa constructiva en un total de 5 meses. (Tabla 1-15 de la DIA).

Tipología principal, así | Tipología principal: De acuerdo al artículo 10 de la Ley 19,300 y al como las aplicables a sus | artículo 3 del Reglamento del Sistema de Evaluación de Impacto

partes, obras o acciones

Ambiental, el Proyecto ingresa al SEÍA según lo señalado en la letra: “c) Centrales generadoras de energía mayores a 3 MW".

El proyecto consiste en la construcción de un parque fotovoltaico de potencia nominal de 10,8 MW.

Tipología Secundaria: No tiene.

Vida útil

El proyecto considera una vida útil de 30 años.

Monto de inversión

US$ 15.000.000.-

Gestión, acto O faena mínima que da cuenta del inicio de la ejecución

El hito que dará inicio a la ejecución del Proyecto será el acondicionamiento del terreno.

Proyecto se desarrolla por Si No | Respecto de lo previsto en el Artículo 14% del etapas Reglamento del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental, D.S. N*%40/2012 del MMA, el proyecto no 4] se desarrollará por etapas. Punto 2.9 de la DIA. Proyecto modifica un Si No | En relación con lo dispuesto en el Artículo 12% del

Proyecto o actividad

Reglamento del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental, D.S. N*”40/2012 MMA, se declara que el Proyecto no es una modificación de un proyecto 1] existente.

Punto 2.8 de la DIA.

Proyecto modifica otra(s) RCA

Si No

En relación con lo dispuesto en el Artículo 12? del Reglamento del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental, D.S. N*40/2012 MMA, se declara que el Proyecto no es una modificación de un proyecto XA] | existente y en consecuencia no modifica ninguna RCA.

Punto 2.8 de la DIA.

4.2. UBICACIÓN DEL PROYECTO

División político- administrativa

El Proyecto se emplazará en la localidad Viluco, comuna de Buin, provincia de Maipo, Región Metropolitana. Específicamente, al interior de la Parcela Número Diez, Rol 390-178, Buin, de 12,00 ha totales y la Parcela Número Dieciséis, Rol 390-184, Buin, de 12,20 ha totales.

Descripción de la localización

La zona de emplazamiento del proyecto resulta favorable para la

instalación de un parque fotovoltaico dado el cumplimiento de las

siguientes razones:

e Recurso de radiación propicio para la generación de energía.

e Sitio cercano a la red de distribución de energía eléctrica.

e Sitio cercano a los centros de consumo de energía.

e Las condiciones topográficas son propicias para el emplazamiento de los módulos fotovoltaicos.

  • Ausencia de sombras lejanas.

e Caminos de acceso en buen estado.

Por otra parte, conforme a los Certificados de Informaciones

Previas (CIP) N 2296/2020 de fecha 03/06/2020 y N 5239/2019

de fecha 05/09/2019 emitidos por la DOM de la 1. Municipalidad

de Buin (Anexo 11 de la Adenda), el proyecto se localiza en zona

rural y en un Área de Interés Agropecuario Exclusivo, ISAM 12.

Por lo tanto, de acuerdo a lo establecido en el artículo 2.1.29 de la

OGUC se deberá dar cumplimiento al artículo 55% de la Ley

General de Urbanismo y Construcciones, para lo cual el titular

adjunta los antecedentes del PAS 160 (Anexo 6 de la Adenda).

Superficie La superficie total del proyecto corresponde a 24,2 ha y la superficie de las obras y edificaciones que lo conforman, son las siguientes:

Tabla 1: Superficie de las obras permanentes.

Area dentro de cerco perimetral 239,163 Campo solar: Paneles Fotovoltaicos; 53.331 Seguidores en un eje horizontal; Cajas de

nivel

Centros Inversores y Transformación 42 Centro de control 15 Centro de maniobras 19 Bodega de almacenamiento 30 Caminos Internos 12.060

Fuente: Tabla 2, Anexo 6 de la Adenda.

Por otra parte, el conjunto de instalaciones mínimas provisionales para la fase de construcción y cierre, cuya finalidad está orientada al apoyo administrativo y logístico, contempla una superficie de 4.929 m?, según detalle de la tabla 2 (Instalación de faenas) del Anexo 6 de la Adenda Complementaria.

Coordenadas UTM en Datum WGS84

Tabla 2: Coordenadas geográficas UTM WGS84 Huso 19 S — del Proyecto. Cierre perimetral,

SN Coordenadas Cierre perimetral Vértice Este (m) Norte (m) 1 335.177,00 6.256.762,00 2 335.375,79 6.256.624,22 3 335.328,10 6.256.552,06 4 335.286,11 6.256,484,47 El 335.250,89 6.256.430,29 6 335.192,16 6.256.339,96 7 335.155,27 6.256.283,20 8 335.106,00 6.256.209,00 9 335.162,71 6.256.168,09 10 335.046,88 6.255.980,18 11 335.012,34 6.255.922,43 12 334.974,43 6.255.851,77 13 334.702,00 6.256.031,00 Fuente: Anexo 1 (Plano 004 Cierre Perimetral) de la Adenda Complementaria.

Tabla 3: Coordenadas geográficas UTM WGS84 Huso 19 S—

del Proyecto LMT. Vértice Coordenadas Trazado. LMT LMT Este (m) Norte (m) Vla 335,176 6.256.743 V2n 335,162 6.256.757 ván 335,232 6.256.861 vi2N 334,938 6.257.203 Punto le 334.930 6.257.207 Punto Se 334.677 6.257.523 Punto 158 335.297 6.258.399 Punto 168 335,298 6.258.400

Punto 21e 335.520 6.258.712 Punto 22e 335.522 6.258.718 Punto 236 335,546 6.258.767 Punto 24e 335.556 6.258.780 Punto 25e 335.621 6.258.746 Punto 26e 335,631 6.258.746 Punto 27e 335.632 6.258.749 Punto 28e 335.633 6.258.750 Punto de conexión con la red de distribución 335.651 6.258.777

Fuente: Planilla de coordenadas, Anexo 1 de la Adenda.

Mayor información sobre las coordenadas de las obras permanentes y temporales, se presenta en el Anexo 1 de la Adenda “Planilla de coordenadas”.

Caminos o vías de acceso

El acceso al área del Proyecto se realiza desde la ruta G-46, que une Lonquén con Paine, se encuentra a 5 km al Nororiente de Paine. Para acceder a ellas desde la Ruta G-46 la Corporación de la Reforma Agraria, al momento de dar origen a este proyecto de parcelación, estableció un camino interior que conecta ambas parcelas con la ruta señalada, (Anexo 1 de la Adenda Complementaria, Cartografía, Fotografías “Caminos” y Anexo 1 de la Adenda, Archivo KMZ “Caminos”).

Referencia al expediente de | « Localización del Proyecto en Figura 1-4 la DIA. evaluación de los mapas, |e Localización del Proyecto en formato KMZ en Anexo 1 de la

georreferenciación

e Adenda.

información complementaria | » Planos y cartografía en Anexo 1 de la Adenda sobre la localización de sus Complementaria.

partes, obras y acciones

4.3. FASE DE CONSTRUCCIÓN

4.3.1. PARTES, OBRAS Y ACCIONES QUE COMPONEN EL PROYECTO

4.3.1.1 PARTES Y OBRAS

Nombre Descripción Instalación de Conjunto de instalaciones mínimas provisionales cuya finalidad está orientada faenas al apoyo administrativo y logístico; contempla una superficie de 4.929 m? e incluye:

Edificaciones de servicios y administración.

e Oficina de vigilancia: Se contempla la habilitación de una caseta de vigilancia y control de ingreso a la faena tipo modular.

  • Estacionamientos: Serán para vehículos menores, camionetas, minibuses y, en menor medida para maquinaria. Se encontrarán demarcados.

  • Área de Oficinas: Corresponderán a 6 contenedores modulares, donde se desarrollarán las actividades administrativas de la obra.

e Zona de lavado de manos, baños químicos, comedor y vestidores.

Instalaciones para el manejo de insumos.

  • Bodega de sustancias peligrosas de 15 m?,

  • Bodega de almacenamiento de materiales de construcción.

  • — Área de acopio de materiales, donde se almacenarán las estructuras de los paneles.

+. Área de almacenamiento, donde se almacenarán temporalmente los paneles fotovoltaicos de forma previa a su instalación en el predio.

e Zona de carga y descarga de combustible, dedicada exclusivamente a la carga de combustible de los vehículos y maquinaria empleada en la faena, provisto por camiones tanque.

  • Estanque de Combustible: Se dispondrá de un estanque de combustible portátil con sistema de autocontención de derrames de 110% de capacidad. El estanque tendrá una capacidad de hasta 1.000 litros para abastecer la maquinaria de las faenas, para lo cual se contempla una superficie de

aproximadamente 13 m?,

Instalaciones para la provisión de agua.

e Se contemplan tres estanques para agua (uso en baños y duchas) de 3,4 mé de capacidad cada uno.

Otras instalaciones de apoyo a la construcción, como taller y generadores

eléctricos,

  • 2 Generadores eléctricos de 30 kVA, uno de trabajo y otro para reserva en caso de emergencias.

  • Se habilitará un taller mecánico para ejecutar aquellas labores de preparación y armado de partes de la planta fotovoltaica. El taller mecánico corresponde a un contenedor techado de 30 m?, el cual se encuentra instalado al aire libre, puesto que no se contempla mantención de maquinaria ni lavado, no se generan residuos líquidos en esta instalación.

Mayores detalles de estas instalaciones en la Tabla 1-3 de la DIA.

Área de residuos domiciliarios y asimilables y bodega de residuos de la construcción

Las mencionadas áreas de residuos se encontrarán al interior de la instalación de faenas, cuya localización se presenta en la Tabla 4-37 de la DIA.

El área de residuos sólidos domiciliarios y asimilables será de 17 m? de superficie, con 0,6 mé de capacidad. Este sector tendrá 3 contenedores plásticos de 200 litros de capacidad, con bolsa y tapa, individualizados por tipo de residuo (vidrio, metal, papel, plástico, y otros residuos domésticos).

El área de residuos de la construcción será de 140 m? de superficie con 75 m? de capacidad aproximada. Se considera almacenaje en contendores, cercada con malla ACMA o similar con una puerta de ingreso.

Mayores antecedentes en el Capítulo 4, punto 5.1 de la DIA (PAS 140).

Bodega temporal de residuos peligrosos

Se habilitará una bodega de almacenamiento de residuos peligrosos (RESPEL), la que se ubicará según las coordenadas indicadas en la Tabla 4-49 de la DIA.

El área de almacenamiento de residuos peligrosos tendrá una superficie de 68 nm? y una capacidad máxima de almacenamiento de 75 mi, distribuido en dos contenedores habilitados para almacenamiento de residuos.

Dentro de la bodega se identificará claramente las áreas destinadas a la acumulación de los residuos peligrosos, según su tipología y peligrosidad.

La bodega de RESPEL dará cumplimiento a los requerimientos del D.S N? 148/2003 MINSAL.

Mayores antecedentes en Capítulo 4 de la DIA, punto de la DIA, PAS 142 y respuestas 3.4 a 3.10 de la Adenda.

Bodega de almacenamiento de materiales

Se habilitará un sector destinado al almacenamiento de materiales de construcción de 207,36 m? de capacidad.

Caminos internos

El Proyecto contempla 2.946 m de caminos internos de 4 m de ancho. Estos corresponderán a una superficie de tierra nivelada y compactada, que considera un sistema de supresión de polvo, con la finalidad de lograr una forma similar al camino de acceso, Estos servirán para desplazarse por toda la planta en sus distintas fases para el mantenimiento de la planta y traslado de trabajadores, residuos como insumos. (Figura 1-13 de la DIA).

Cerco perimetral

El recinto donde se ubicará el Proyecto será cercado en todo su perímetro mediante una valla metálica de acero galvanizado. La altura aproximada de 2,1 m, instalada a través de una inserción directa en el suelo a una profundidad no menor a 0,35 m. El acceso a la instalación fotovoltaica será mediante una puerta de acceso también de acero galvanizado, con puertas dobles de 2,1 m de altura desde el nivel del suelo. Con el fin de otorgar protección, tanto al personal propio del parque solar, como al externo a ella, se contempla la instalación de una señalización adecuada, que indique la ubicación de las obras y los riesgos asociados. Se contempla el empleo de malla tipo gallinero o similar, situada a 15 cm del suelo la cual permitirá el libre tránsito a través del parque de vertebrados menores. Posee una longitud de 2.384 m.

4:3.1,2:ACCIONES

Nombre

Descripción

Preparación del terreno

Esta acción delimitará el área útil, nivelará los suelos y adecuará la topografía, en caso de ser necesario.

No será necesario realizar escarpe ni retiro de la primera capa de suelo, solo nivelación.

El terreno se encuentra libre de vegetación, con excepción de los deslindes en que se presentan hileras de árboles, los cuales serán talados y se realizará su destronque. Estos corresponden principalmente a Eucaliptus globulus y Casuarina equisetifolia, total 1,08 ha.

Nivelación del terreno: Luego de la tala y destronque de la vegetación se requerirá realizar una nivelación del terreno utilizando una motoniveladora. Movimiento de tierra: Se realizará para la construcción del proyecto y corresponde a las acciones asociadas a la nivelación del terreno, construcción de los caminos de internos, realización de las zanjas de cableado (los que luego serán cubiertos con la misma tierra) y para la instalación del poste del cercado. Si bien la superficie total de ambos predios corresponde a 24,2 ha, la superficie a intervenir por el proyecto es de 23,8 ha.

Habilitación de accesos y caminos interiores

Los caminos interiores del proyecto, equivalente a 2.946 m aproximadamente, serán habilitados hasta alcanzar los anchos de diseño. Posteriormente, serán nivelados y compactados.

Instalación de Cerco perimetral

El cerco constituido por postes tubulares cilíndricos, separados cada 3 m y empotrados mediante pilotes metálicos que garanticen su rigidez. Los postes soportan una malla metálica de altura no superior a 2,1 m, instalada a través de una inserción directa en el suelo a una profundidad 0,35 m y cimentada de hormigón.

Habilitación de la Instalación de Faena

Una vez construido el cerco perimetral y realizadas las labores limpieza y nivelación del terreno, se procede a la habilitación de todas las obras correspondiente a la instalación de faena. Cabe señalar, que las partes que conforman la IF son modulares y móviles, basadas en container, las cuales se apoyan sobre soportes de conereto premoldeado, siendo de rápida instalación.

Construcción de zanjas

Se excavarán zanjas para la instalación del cableado subterráneo (corriente alterna, corriente continua y cables de fibra óptica para la comunicación de los equipos). Una vez situados los cables en sus respectivas zanjas se cubrirán con una capa de arena y se instalará cinta de marcado, para indicar el tipo de conductores instalados debajo. Las zanjas para el cableado se ejecutarán, de acuerdo con la NCh 4/2003 8.2.16.1, con una profundidad de 0,6 m y 0,8 m en el caso que haya cruce de caminos.

Montaje de las estructuras y módulos

Habilitado el terreno, se procederá a la instalación de las estructuras de soporte donde se dispondrán los paneles fotovoltaicos. En este punto, se procederá al hincado directo de las estructuras mediante un rotomartillo. Solo en aquellos casos en que esta solución no sea factible, se procederá a una perforación previa, para luego continuar con el hincado de la estructura. La profundidad de hincado, así como el perfil a utilizar, dependerá de las características del suelo y de la carga a soportar; sin embargo, se calcula una profundidad máxima de aproximadamente 2 m. Si luego de perforar se necesitase de cimentación, la estructura será fijada junto a una mezcla para micro pilotes.

Montaje de estaciones de transformación y sala de control

Las tres estaciones de transformación serán adquiridas en contenedores de 20 pies, por lo que su instalación en el parque consistirá en un emplazamiento sencillo sobre el terreno nivelado, sobre elementos de soporte de hormigón previamente instalados.

Conexiones El proyecto considera las siguientes conexiones: eléctricas + Conexión AC en baja tensión. + Conexión entre centros de transformación. e Línea de MT entre centros de transformación más cerca a punto de conexión en línea de MT particular, En el interior de la planta, todos los conductores son soterrados con excepción de último tramo de línea de media tensión, el cual corresponde a la transición entre el parque solar y una línea particular de media tensión ubicada en el exterior del terreno. Desmantelamiento | Al final de la fase de construcción se realizará el retiro de las instalaciones de instalaciones temporales. Los módulos y los estanques de agua se retiran mediante camión temporales grúa, para ser trasladados mediante camión. Pruebas y puesta ¡| Una vez finalizado retiro de las instalaciones de faenas se procederá a las en marcha pruebas eléctricas, cuyo número dependerá de los resultados que se vayan

obteniendo. Las pruebas eléctricas consistirán básicamente en la generación y

entrega de energía eléctrica en condiciones similares a como ocurrirá en la

fase de operación.

Finalmente se proyecta la puesta en marcha del Proyecto, la que consiste en la

revisión y comprobación del correcto funcionamiento de todos los dispositivos

eléctricos con el fin de asegurar su comportamiento adecuado y el

cumplimiento de la normativa asociada. Los equipos que deben ser revisados

corresponden a:

  • Estaciones de inversores, centros de transformación, interruptores y distribución.

  • Sistema de conexiones eléctricas interno.

«___Control de supervisión y del sistema de adquisición de datos - SCADA.

Vialidad y transporte

En la Tabla 9 la Adenda Complementaria se detalla el transporte asociado a esta fase, origen-destino, distancias y las rutas origen - destino.

4.3.2 SUMINISTROS BÁSICOS

Abastecimiento de agua potable/agua

Durante esta fase se requerirá de agua potable para los trabajadores, la que será transportada mediante un camión aljibe proveniente de un proveedor autorizado, quien deberá contar con las autorizaciones y permisos sanitarios para proveer y transportar el agua.

El agua cumplirá con la NCh 409/2005 para agua potable.

Se mantendrá en la IF el registro de los proveedores autorizados. Además, se considera el uso de bidones de agua sellados para consumo humano, los cuales serán adquiridos en comercio local. Se estima 300 m*/mes de agua potable

industrial Y | para consumo humano. Servicios Para la gestión de aguas provenientes de las duchas/lavamanos se contempla higiénicos un estanque con finalidad almacenar todas las aguas utilizadas dentro de la instalación de faena. Tendrá una capacidad de al menos 22 m' y será limpiado y vaciado con una frecuencia mínima de 2 a 3 veces por semana según se requiera, por una empresa autorizada. Para las aguas servidas se contemplan baños químicos de acuerdo a la normativa vigente, los que serán manejados por empresas autorizadas. El hormigón será proporcionado por terceros autorizados, se estima menos de 75 m'. (Tabla 1-9 de la DIA). . Po. A los proveedores se les exigirá contar con autorización para la extracción y Hormigón/Aridos transporte de áridos, se mantendrá copia de registro de los proveedores en la IF, aproximadamente 1.225 m' (Tabla 11, Anexo 3 de la Adenda Complementaria). Se requerirá de petróleo diésel para alimentar un grupo electrógeno de 30 KVA . y maquinaria en terreno. El combustible será almacenado en un estanque de Combustible 1.000 litros ubicado dentro de la instalación de faenas. Este almacenamiento cumplirá con lo establecido en la normativa vigente. Para suministrar energía se instalará 1 generador de 30 kVA de motor diésel, Energía en la instalación de faenas, o por medio de un empalme temporal o provisorio solicitado a la compañía de distribución eléctrica de la zona. La maquinaria e insumos requeridos para el proyecto se resume a continuación: Tabla 4: Listado de maquinaria a utilizar en fase de construcción. Maqtiinaria Cantidad Hincadora 4 Retro excavadora 4 o Cargador frontal 4 Maquinaria Camión tolva 25 ton 3 Camión grúa 20 ton 1 Rodillo compactador 1 Grupo electrógeno 2 Motoniveladora 1 Camión mixer 1 Camión aljibe 1

Fuente: Elaboración propia en base a Tabla 1-10 de la DIA.

4:3,3 RECURSOS NATURALES RENOVABLES

El Proyecto requiere despejar los deslindes del predio, que en su totalidad suman 1,08 ha, los cuales se distribuyen en forma discontinua, y presenta una dominancia de especies exóticas y naturalizadas que oscilan entre los 2 y 10 m. Las especies dominantes corresponden a Eucaliptus globulus y Casuarina equisetifolia acompañada de diferentes especies arbóreas de origen introducido tales como Araucaria angustifolia, Acer Negundo y Fraxinus excelsior. Dichos individuos, tal como se indica en el Anexo 6 de la DIA, de acuerdo a la Ley 20.283 no corresponden a formación de bosque. (Punto 5.6, Capítulo 1 de la DIA)

4.3.4.1 EMISIONES A LA ATMÓSFERA

Nombre Descripción

En el Anexo 3 de la Adenda Complementaria se adjunta el Informe de Estimación de Emisiones Atmosféricas actualizado del Proyecto. Durante esta fase, las principales fuentes de emisión son las siguientes:

e Movimiento de tierra.

e Tránsito de vehículos por caminos pavimentados y no pavimentados.

  • Combustión de maquinaria y vehículos. El resumen de emisiones totales se presenta a continuación, teniendo en cuenta que el año 1 corresponde a construcción y operación (5 y 7 meses respectivamente): Emisiones

Tabla 5: Resumen de emisiones fase de construcción.

Año MP2,5 MP10 NOx SO;

1 0,92078 0,54024 0,93208 0,00769 Límite PPDA 2 2,50 Ej 10

Fuente: Elaboración propia en base a tablas 82 del Anexo 3 de la Adenda Complementaria.

Respecto del cumplimiento del D.S. N* 31/2016 del Ministerio del Medio Ambiente y según se observa en la tabla precedente, se concluye que el Proyecto no requiere compensar emisiones el año 1.

Al respecto, la SEREMI de Medio Ambiente se pronuncia conforme mediante Ord. N? 26 de fecha 8 de enero de 2021.

4.3.4,2 EMISIONES LÍQUIDAS O EFLUENTES

Nombre Descripción

Los efluentes líquidos que se generarán durante esta fase corresponderán a las aguas servidas provenientes de duchas, lavamanos y baños químicos.

Las aguas provenientes de duchas y lavamanos serán conducidas hacia un depósito de 21 mÍ de capacidad y serán retiradas con una frecuencia mínima de 2 a 3 veces por semana según se requiera, por una empresa autorizada por Residuos líquidos | la SEREMI de Salud para este efecto,

domésticos Para las aguas servidas se utilizarán baños químicos portátiles, los cuales cumplirán con lo dispuesto en el D.S. N 594/99 del MINSAL. Esta misma solución se empleará en los frentes de trabajo. El manejo y transporte se realizará por una empresa externa autorizada por la Secretaría Regional Ministerial de Salud. Su retiro será 2 a 3 veces por semana según se requiera. Se estima una generación máxima de 144 m/mes (6 m*/día).

4.3.4,3 EMISIONES DE RUIDO Y VIBRACIONES

Nombre Descripción

En el Anexo 12 de la Adenda se presenta el Estudio de Ruido y Vibraciones del Proyecto. En él se identifican los receptores sensibles que pudiesen verse afectados por la ejecución del Proyecto, se estiman los niveles de ruido y vibración generados en las distintas actividades de la fase de construcción, se evalúan las emisiones acústicas con respecto a los límites establecidos por el D.S. N” 38/11 del MMA y para vibraciones se utiliza el criterio establecido el documento “Transit Noise and Vibration Impact Assesment de la Federal Transit Administration — USA - May 2006”.

Las principales fuentes de ruido, para efectos del análisis acústico, corresponden a las actividades de movimiento de tierra e instalaciones mecánicas (escenario 1) y la instalación de LMT aérea (escenario 2).

La ubicación de los receptores del Proyecto se representa en la Tabla 23 y cartografía 2 del Anexo 12 citado y los niveles máximos permisibles de

Ruido y Vibraciones

acuerdo al D.S N* 38/2011 MMA se reflejan en la Tabla 29 del mismo Anexo. El Proyecto contempla la implementación de medidas de control detalladas en los puntos 8.1,5 y 8.1.7 del Anexo 12 de la Adenda y en la tabla 7,1.5 de la presente Resolución, consistentes en barreras acústicas modulares.

Al respecto, los niveles de ruido asociados a esta fase, según se aprecia en las tablas 48 y 50 del citado Anexo 12, cumplen con los límites máximos permisibles establecidos por el D.S. N” 38/11 del MMA en horario diurno, considerando la implementación de las medidas de control antes mencionadas. Respecto del componente vibraciones, los receptores evaluados se muestran en las Tablas 67 y 68 del Anexo 12 de la Adenda. De acuerdo a la modelación realizada por el Titular de los distintos escenarios, con el “criterio condición más desfavorable”, en ningún receptor se superó el límite de referencia ni tampoco se generarían daños a las estructuras al evaluarlos con los máximos niveles de referencia recomendados según guía técnica FTA, según se aprecia en la Tabla 73 del Anexo 12 antes citado.

Al respecto, la SEREMI de Salud se pronuncia conforme mediante Ord. N* 3639 de fecha 6 de

noviembre de 2020.

4.3.5 RESIDUOS Y SUSTANCIAS PELIGROSAS

4:3:5:1- RESIDUOS

NO PELIGROSOS

Residuos sólidos no peligrosos

Se contempla la generación de los siguientes residuos no peligrosos en esta fase:

Tabla 6: Residuos fase de construcción.

Nombre Cantidad | Fórma de-| Frecúenci.| -Almacenamient | Disposició residuo máxima almacenamient:| a de | o temporal n final [kg/mes] ]:0 retiro Residuos sólidos domiciliariós y asimilables Desechos 450 Contenedores Semanal Área de residuos | Sitio domésticos plásticos sólidos autorizado (tambores) con domiciliarios y | por la bolsas plásticas asimilables Secretaría en su interior, Regional con tapa Ministerial de Salud Residuos de la construcción Restos 400 Bodega de | Aquellos materiales residuos de la | residuos de construcción no construcció Contenedores Mensual peligrosos n plásticos (bin) que no se Embalaje 100 puedan reutilizar o reciclar, Madera 300 serán enviados a centro de Elementos 100 recepción de autorizado ferretería para su eliminació n

Fuente: Elaboración propia en base a tabla 4-42 de la DIA.

4.3:5,2 RESIDUOS

Mayores antecedentes en el Capítulo 4, punto 5,2 de la DIA (PAS 140).

PEEIGROSOS Ñ

Nombre Descripción Ñ Se generarán residuos del tipo peligroso cuya estimación se presenta a continuación: Tabla 7: Estimación de residuos peligrosos durante la fase de : construcción. Residuos Residuo Cantidad Forma de'¡ Frecuencia peligrosos máxima (kg/ almacenamiento de retiro mes) Envases de aceites $ usados Envases de pintura, 25

solventes y barnices

Arena o aserrín para 5

captación de aceites

Paños contaminados 8 Contenedor plástico o

Envases de aerosoles 25 metálico con tapa y Inferior a 6 Elementos de 10 rotulación meses. seguridad

contaminado

Pilas/baterías 15

Fuente: Elaboración propia en base a tabla 4-50 de la DIA.

Los RESPEL se almacenarán temporalmente en el sitio destinado para ello, conforme a las disposiciones del D.S. N” 148/2003 del MINSAL. La disposición final será realizada por empresas autorizadas por la Secretaría Regional Ministerial de Salud.

Mayores detalles en el Capítulo 4, punto 5.2 de la DIA (PAS 142) y respuestas 3.4 a3.10 de la Adenda.

Referencia al ICE para mayores detalles sobre esta fase.

Capítulo IV del ICE.

4.4. FASE DE OPERACION

4.4.1 PARTES, OBRAS Y ACCIONES QUE COMPONEN E EL PROYECTO.

4.4.1.1 PARTES Y OBRAS, Nombre Descripción Campo solar Tabla 8: Características campo solar. fotovoltaico Característica Unida | Valor d Cantidad total de paneles fotovoltaicos. paneles | 23,436 Superficie módulos. nÉ 53.331 Dimensiones modulo mm 2.205x1.032x3 5 Potencia nominal por panel fotovoltaico Wp 460 Eficiencia % 20,21% Peso por modulo kg 25 Tipo de celda — Monocristalina Seguidores Unidad | 434 Cajas de nivel Unidad | 40 Filas por seguidor Unidad | 54 paneles: 434 Tipo de inversor-transformador integrado KWac | 4.500 Cantidad de Inversores -transformador integrado Unidad | 2 Potencia nominal del conjunto de paneles| kWp | 10.780,6 fotovoltaicos Caminos internos de 4 m m 2,946 Zanjas - Línea de baja tensión m Profundidad: 0,6 Ancho: 0,60 Longitud: 6715 Zanjas - Línea de media tensión m Profundidad: 0,8 Ancho: 0,6 Longitud: 91,8 Cerco perimetral m 2.384 Fuente: Elaboración propia en base a Tabla 1 de la Adenda. En relación a los componentes del campo solar se puede señalar lo siguiente: Paneles Fotovoltaicos: Son los equipos que se encargan de la conversión de la energía solar (fotones) a energía eléctrica. Estos se encuentran compuestos por celdas fotovoltaicas que se encargan de este proceso, los que pueden ir dispuestos en serie o en paralelo; a su vez las celdas son cubiertas por una lámina o cristal que lo protege de factores climáticos, objetos en suspensión u otros. (Figura 1-7 de la DIA). Estructuras de soporte: Estructura de seguidores solares en un eje horizontal en las cuales son dispuestos los paneles fotovoltaicos, para este caso las

estructuras son metálicas y tendrán un motor que permite el seguimiento del sol, (Figuras 3-4 y 1-8 de la DIA).

Cajas de nivel: Corresponden a los puntos donde convergen los conductores de las agrupaciones de paneles fotovoltaicos y que posteriormente direccionan la energía generada a los inversores. Éstos a su vez actúan como protección para los paneles ante la ocurrencia de fallas de cortocircuito,

Centros inversores y de transformación: Son los equipos que transforman la potencia de corriente continua a corriente alterna, vale decir, la proveniente de los paneles fotovoltaicos que posteriormente se inyectará a las redes de distribución. Los inversores proyectados irán emplazados en contenedores diseñados por los proveedores los que tienen provista centros de protección, ventilación y control. (Figura 1-11 de la DIA).

Centro de control: Corresponde a una instalación modular compuesta por un contenedor de 60 m?, Dentro de la sala de control se instalarán equipos de comunicación y control, que permitirán controlar y operar la planta en forma remota. El centro de control contará con un sistema SCADA (Supervisor Control And Data Acquisito) será empleado en la supervisión de la instalación, permitiendo monitorear las actividades de la planta en forma remota utilizando un acceso web, a modo de verificar el correcto funcionamiento de la planta fotovoltaica. Este sistema estará dispuesto en la Sala de Control, Operación y Vigilancia (edificio permanente). (Figura 1-9 de la DIA).

Centro de maniobras: El centro de maniobras incluye las celdas de protección tanto de corriente continua, como corriente alterna, las cuales permiten proteger las instalaciones de media y baja tensión, actuando y aislando los equipos ante la ocurrencia de una falla eléctrica. (Figura 1-10 de la DIA). Punto de conexión: En el punto de conexión entre el parque fotovoltaico y la red de distribución, se instalarán los siguientes equipos sobre las estructuras de soporte: sistema de medidas, un transformador de servicios auxiliares, un reconectador, un relé, fusibles, pararrayos y desconectadores. (Coordenadas UTM Datum WGS84 Huso 198, Norte: 335.651, Este: 6.258.777). (Tabla 4 de la Adenda).

Linea de Media Tabla 9: Características LMT. Tensión Característica Unidad | Valor

Potencia kV 15

Longitud total m 2.756,8 = (2.665 +

91,8)

Longitud soterrada m 91,8

Longitud aérea m 2.665

Longitud aérea trazado nuevo m 600

Longitud aérea trazado existente m 2.065

reforzado

Número total de postes Unidade | 50, 29 existentes

s Altura de postes m 9,5 Fuente: Elaboración propia en base a Tabla 1 y 6 de la Adenda.

Bodega de Se contempla 1 bodega de 30 m? que será utilizada para el almacenamiento de almacenamiento repuestos para la mantención del parque fotovoltaico, el almacenamiento

contempla de materiales, herramientas y residuos (residuos sólidos domiciliarios y asimilables), cuyo objetivo será acopiar temporalmente los materiales, herramientas y residuos que se generen durante la fase operación.

Área de residuos domiciliarios y asimilables y bodega de residuos de la construcción

Los detalles de esta obra se desarrollan en la tabla 4.3.1.1 de la presente Resolución.

Bodega temporal de residuos peligrosos

Los detalles de esta obra se desarrollan en la tabla 4.3.1.1 de la presente Resolución.

Caminos internos

Los detalles de esta obra se desarrollan en la tabla 4.3.1.1 de la presente Resolución.

Cerco perimetral

Los detalles de esta obra se desarrollan en la tabla 4.3.1.1 de la presente Resolución.

4.4.1.2 ACCIONES.

Nombre

Descripción

Operación de la Planta

Consiste en la generación de energía eléctrica a partir de cada módulo fotovoltaico, que será transmitida en corriente continua de baja tensión, para luego ser invertida, transformada y conducida a través los sistemas de conexión internos al centro de distribución, para finalmente ser inyectada a la red de distribución mediante el tendido eléctrico proyectado.

Para la captación de energía solar se utilizará el sistema de seguimiento solar o tracking solar en cada panel, el cual se realizará en dirección este a oeste para seguir la trayectoria solar (en un solo eje) durante el día, maximizando la captación de radicación solar. Cada seguidor posee un actuador el cual es accionado por controladores de seguimiento que envían señales de potencia y control con el propósito de hacer rotar el eje horizontal del seguidor y por consiguiente los módulos fotovoltaicos.

Todo el proceso de generación en esta fase no requiere de personal técnico presente en el Proyecto, ya que el parque fotovoltaico será operado totalmente de forma remota a través del sistema SCADA, que controla y verifica la instalación fotovoltaica a distancia.

Mantención de la Planta

En esta fase se contempla el control y la limpieza de los paneles fotovoltaicos para asegurar su eficiencia comprobando el estado del cableado y conexiones (1 vez al año), el estado de los inversores, estructuras y centros de transformación (2 veces al año) y limpieza de módulos fotovoltaicos (a lo menos 6 veces al año).

La limpieza de los paneles solares considera dos modalidades: limpieza en seco y limpieza húmeda con agua desmineralizada. La limpieza en seco se realiza por medio de la utilización de paños de microfibra, estimándose un total de 3 limpiezas en seco al año (aproximadamente una (1) limpieza cada cuatro (4) meses). Por su parte, la limpieza húmeda se realizará por medio de hidrolavadoras con agua desmineralizada, libre de aditivos y/o detergentes, considerando una (1) limpieza al año. Para la limpieza húmeda, se prevé que el agua utilizada escurrirá desde la superficie de los paneles hacia el suelo, donde por condiciones de temperatura, viento y radiación solar se evaporará, por lo que no se considera la generación de residuos líquidos producto de las labores de limpieza.

Durante el funcionamiento del parque fotovoltaico, se contempla la ejecución de tres tipos de mantenciones: preventivas, predictivas y correctivas. Las dos primeras serán debidamente programadas para cada instalación, mientras que la tercera se realizará en caso de emergencia. Estas actividades serán realizadas por empresas externas, no obstante, el personal que desarrolle estas actividades será capacitado mediante una inducción de aquellos temas de relevancia ambiental.

Mayores detalles de las mantenciones en los puntos 6.5.1 a 6.5.3, Capítulo 1 de la DIA.

4.4,2 SUMINISTROS BÁSICOS

Nombre

Descripción

Agua potable y alcantarillado.

El suministro de agua potable para los trabajadores requerido para las mantenciones será provisto por las respectivas empresas contratistas a través de empresas autorizadas, en las cantidades suficientes de acuerdo a lo indicado en el D.S. N? 594/99 del MINSAL.

Para las aguas servidas se dispondrá de baños químicos portátiles que estarán en el área de trabajo, en el caso de que se proyecten trabajos en la planta por más de 1 día, Su utilización, manejo y retiro será desarrollado por una empresa autorizada por la Secretaría Regional Ministerial de Salud.

Agua industrial

La limpieza de los paneles solares considera dos modalidades: limpieza en seco y limpieza húmeda con agua desmineralizada, En el caso de esta última, se realizará por medio de hidrolavadoras, una (1) limpieza al año. Se estima la utilización de 18,96 m* de agua desmineralizada (0,6 1 por panel) cada vez que se limpien todos los paneles de la planta. Una vez realizada la limpieza los paños de microfibra usados serán retirados por el personal de mantenimiento y dispuestos en lugar autorizado fuera de las instalaciones del proyecto.

o La energía requerida por los consumos propios de la instalación será obtenida Electricidad desde la misma planta o desde la red eléctrica de distribución.

4.4.3 PRODUCTOS GENERADOS

El objetivo del Proyecto es la generación de energía a partir de una planta fotovoltaica de potencia nominal de 10,8 MW que proveerá energía eléctrica al Sistema Eléctrico Nacional. La energía será se despachada a través de una línea de distribución, para posteriormente ser inyectado a la red de transmisión de acuerdo a las instrucciones del Coordinador Eléctrico.

4.4.4 RECURSOS NATURALES RENOVABLES

Se ocupará temporalmente un área total de 24,20 ha de suelo rural para la instalación de las obras requeridas para la implementación de la planta solar fotovoltaica. (Punto 3.3, Capítulo 1 de la DIA).

4:4:5 EMISIONES Y: EFLUENTES

44:51 EMISIONES ATMOSFÉRICAS

En el Anexo 3 de la Adenda Complementaria se adjunta el Informe de Estimación de Emisiones Atmosféricas actualizado del Proyecto. Durante esta fase, las principales fuentes de emisión son las siguientes:

  • Tránsito de vehículos por caminos pavimentados y no pavimentados.

  • Combustión de vehículos. El resumen de emisiones totales de la fase de operación se presenta a continuación:

Emisiones Tabla 10: Resumen de emisiones fase de operación. Año MP2,5 MP10 NOx SOz 2 0,05640 0,02821 0,00004 0,00000 Límite PPDA 2 2,50 E] 10

Fuente: Elaboración propia en base a tablas 81 del Anexo 3 de la Adenda Complementaria.

Respecto del cumplimiento del D.S. N* 31/2016 del Ministerio del Medio Ambiente y según se observa en la tabla precedente, se concluye que el Proyecto no requiere compensar emisiones en la fase de operación.

A] respecto, la SEREMI de Medio Ambiente se pronuncia conforme mediante Ord. N* 26 de fecha 8 de enero de 2021.

4.4:5.2 EMISIONES LÍQUIDAS O EFLUENTES

Nombre Descripción

La generación de residuos líquidos durante esta fase está directamente Residuos líquidos | asociada a la mano de obra (máximo 6 personas), ya que corresponderá a domésticos aguas servidas. Si bien las actividades de mantención son eventuales estos (Aguas servidas) | efluentes serán manejados al interior de los mismos baños químicos dispuestos para estas actividades, los que serán manejados por empresas autorizadas.

4.4:5.3 EMISIONES DE RUIDO

Nombre Descripción

En el Anexo 12 de la Adenda se adjunta el Estudio de ruido y vibraciones actualizado el Proyecto.

Las principales fuentes de ruido, para efectos del análisis acústico de esta fase, corresponden a los 3 inversores y 307 motores de seguimiento.

Conforme la evaluación de cumplimiento presentada en las tablas 41 y 42 del Anexo 12 citado, para período diurno y nocturno, las emisiones esperadas para la fase de operación cumplen con lo establecido en el D.S. N* 38/11 del MMA, tanto en período diurno como nocturno.

Vibraciones. Al obtener cumplimiento de lo estipulado en la guía técnica FTA en la fase de cierre del proyecto, dado que las fases de construcción y operación son menos energéticas en término de vibraciones respecto de la fase de cierre, se considera que dichas fases cumplen igualmente con el criterio de evaluación (guía técnica FTA). Esto se condice con el criterio de condición más desfavorable considerado tanto para la evaluación de vibraciones como para la evaluación de ruido en receptores sensibles.

Ruido y Vibraciones

Al respecto, la SEREMI de Salud se pronuncia conforme mediante Ord. N* 3639 de fecha 6 de noviembre de 2020.

4.4.6 RESIDUOS

4.4.6.1 RESIDUOS NO PELIGROSOS

Nombre

Descripción

Se contempla la generación de los siguientes residuos no peligrosos en esta fase:

Tabla 11: Residuos fase de operación.

Nombre Cantida | Forma de | Frecuencia | Almacenamient | Disposició residuo d almacenamient | de retiro o temporal n final máxima | 0 Residuos sólidos domiciliarios y asimilables Desechos 5 kg Contenedores Durante la | Área de residuos | Sitio domésticos plásticos misma sólidos autorizado (tambores) con | semana en | domiciliarios y | por la Residuos sólidos bolsas plásticas | que se ¡ asimilables Secretaría A en su interior, | generen los Regional domiciliarios y con tapa, Fesiduos. Ministerial asimilables de Salud Residuos sólidos no peligrosos Paneles 12 Acopio al | Cada 5 | Bodega de | Sitio fotovoltaico | paneles interior de | años almacenamiento | autorizado s dañados año bodega de | dependiend por la almacenamiento | o de la tasa Secretaría de falia Regional Ministerial de Salud Fuente: Elaboración propia en base a Tabla 10 de la Adenda. Mayores antecedentes en el Capítulo 4, punto 5.2 de la DIA (PAS 140). 4.4.6.2 RESIDUOS PELIGROSOS Nombre Descripción Se generarán residuos del tipo peligroso cuya estimación se presenta a continuación: Tabla 12: Estimación de residuos peligrosos durante la fase de operación. Residuo Cantidad Forma de almacenamiento | Frecuencia máxima. (kg/ «retiro més) Paneles 0,1 m3 fotovoltaicos dañados Contenedor plástico o Inferior a 6 Residuos Latas vacías de 3 metálico con tapa y meses. peligrosos grasa rotulación Paños y EPP 2 contaminados

Fuente: Elaboración propia en base a tabla 4-51 de la DIA.

Los RESPEL se almacenarán temporalmente en el sitio destinado para ello, conforme a las disposiciones del D.S. N” 148/2003 del MINSAL. La disposición final será realizada por empresas autorizadas por la Secretaría Regional Ministerial de Salud.

Mayores detalles e en el capitulo 4, punto 5. 2 de la DIA o 122).

4.5. FASE DE CIERRE

4.5.1. PARTES, OBRAS Y ACCIONES QUE COMPONEN EL PROYECTO

4.5.1.1 PARTES Y OBRAS

Instalación de faenas

Los detalles de esta obra se desarrollan en la tabla 4.3.1.1 de la presente Resolución.

Área de residuos domiciliarios y asimilables y bodega de residuos de la construcción

Los detalles de esta obra se desarrollan en la tabla 4.3.1.1 de la presente Resolución.

Bodega temporal de residuos peligrosos

Los detalles de esta obra se desarrollan en la tabla 4.3.1.1 de la presente Resolución.

Bodega de almacenamiento de materiales

Los detalles de esta obra se desarrollan en la tabla 4.3.1.1 de la presente Resolución.

Caminos internos

Los detalles de esta obra se desarrollan en la tabla 4.3.1.1 de la presente Resolución,

Cerco perimetral

Los detalles de esta obra se desarrollan en la tabla 4.3.1.1 de la presente Resolución.

4.5.1.2 ACCIONES

Nombre

Descripción

Desmantelamiento O aseguramiento de infraestructura

Se realizará el retiro de todas las obras permanentes, es decir, el desmantelamiento de los módulos fotovoltaicos, inversores, sus estructuras de soporte, sistema de cableado soterrado, edificios de transformación, etc. Adicionalmente, se realizarán labores de retiro de restos hormigones de anclaje alguna estructura, y posteriormente la descompactación de las áreas donde se hayan emplazado caminos y en el área de instalaciones.

Una vez realizadas las actividades del cierre se registrará fotográficamente el estado en que se entrega el predio y se enviará un informe a la SMA en plazo de 21 días hábiles luego de concluido el cierre, (Respuesta 1.5 de la Adenda Complementaria).

Restauración de la geoforma, descompactación y revegetación

Luego del retiro de todas las obras y equipamiento de la central solar, se Mevará a cabo una restauración de la geoforma del suelo. Es importante indicar que la perturbación del suelo estará acotada a los puntos de anclaje de los postes hincados, zanjas, soterramiento, caminos internos y áreas de instalaciones permanentes,

Respecto a los circuitos que se encontrarán soterrados en zanjas, se considera su remoción y posteriormente la restauración del terreno a través de un proceso de descompactación permitiendo la aireación del suelo para un repoblamiento natural del área recuperada.

Finalmente, se realizará revegetación con herbáceas y gramíneas.

4.5.2 SUMINISTROS BÁSICOS

Agua potable y alcantarillado,

Se estima una cantidad de 6 m*/día de agua para los trabajadores, en base a una dotación de 150 Vpersona/día, para un máximo de 40 trabajadores. El proveedor mantendrá la provisión de agua necesaria para la operación de las duchas y los servicios sanitarios, El agua cumplirá con la normativa vigente para agua potable. El agua para beber se suministrará en bidones de agua sellados adquiridos a una empresa autorizada por la Secretaría Regional Ministerial de Salud, los cuales serán instalados en las oficinas al interior de la instalación de faena. También se mantendrán botellas individuales para el consumo durante la faena en los frentes de trabajo.

En la instalación de faenas se considera la instalación de baños químicos y duchas en cantidad suficiente y características acorde a lo establecido por el D.S. N” 594/99 del MINSAL. De igual forma, en los frentes de trabajo se habilitarán baños químicos conforme a lo establecido en la normativa vigente (D.S. N? 594/99 del MINSAL). El manejo de los mismos será realizado por un tercero autorizado por la Secretaría Regional Ministerial de Salud.

Combustible

Se requerirá de petróleo diésel para alimentar un grupo electrógeno de 30 KVA y maquinaria en terreno. El combustible será almacenado en un estanque de 1.000 litros ubicado dentro de la instalación de faenas. Este almacenamiento cumplirá con lo establecido en la normativa vigente.

Energía

Se podrá emplear un grupo electrógeno de 30 kVA (33 HP) de motor diésel, en la instalación de faenas, o bien, se podrá hacer un empalme temporal o provisorio solicitado a la compañía de distribución eléctrica de la zona.

4:5:3 RECURSOS NATURALES RENOVABLES

El Proyecto no considera la extracción o explotación de recursos naturales renovables en esta fase. (Punto 7.6, Capítulo 1 de la DIA).

4.5.4.1 EMISIONES A LA ATMÓSFERA

Nombre Descripción En el Anexo 3 de la Adenda Complementaria se adjunta el Informe de Emisiones Estimación de Emisiones Atmosféricas actualizado del Proyecto. Durante esta fase, las principales fuentes de emisión son las siguientes: + Movimiento de tierra.

e Tránsito de vehículos por caminos pavimentados y no pavimentados. + Combustión de vehículos y maquinaria.

El resumen de emisiones totales de esta fase se presenta a continuación, cabe indicar que el año 31 está compuesto por 6 meses de operación y 6 meses de cierre:

Tabla 13: Resumen de emisiones fase de cierre.

Año MP2,5 MP10 NOx SO. 31 0,92246 0,50585 0,76951 0,00699 Límite PPDA 2 2,50 8 10

Fuente: Elaboración propia en base a tabla 82 del Anexo 3 de la Adenda Complementaria.

Respecto del cumplimiento del D.S. N” 31/2016 del Ministerio del Medio Ambiente y según se observa en la tabla precedente, se concluye que el Proyecto no requiere compensar emisiones en esta fase.

Al respecto, la SEREMI de Medio Ambiente se pronuncia conforme mediante Ord. N* 26 de fecha

$ de enero de 2021.

4.5.4.2 EMISIONES LÍQUIDAS O EFLUENTES

Nombre

Descripción

Residuos líquidos domésticos

Los efluentes líquidos que se generarán en esta fase corresponderán a las aguas servidas provenientes de baños (excusados, duchas, lavamanos). Se estima una generación de 96 m*/mes.

Las aguas provenientes de las duchas, lavamanos y lavaplatos del comedor, serán conducidas hacia un estanque de almacenamiento temporal de residuos líquidos, que tendrá una capacidad máxima de 21 m?, las que serán retiradas entre 2 y 3 veces por semana (según se requiera) por una empresa autorizada en su manejo.

Para las aguas servidas se utilizarán baños químicos manejados por empresas autorizadas.

4.5.4.3 EMISIONES DE RUIDO Y VIBRACIONES

Nombre

Descripción

Ruido y Vibraciones

En el Anexo 12 de la Adenda se adjunta el Estudio de ruido y vibraciones actualizado el Proyecto. Las principales fuentes de ruido para efectos del análisis acústico de esta fase son el desmantelamiento de estructuras y rehabilitación del área intervenida.

El Proyecto contempla la implementación de la medida de control detallada en el punto 8.1,5 del Anexo 12 de la Adenda y en la tabla 7.1.5 de la presente Resolución, consistente en barreras acústicas modulares.

Al respecto, los niveles de ruido asociados a esta fase, según se aprecia en la tabla 51 del citado Anexo 12, cumplen con los límites máximos permisibles establecidos por el D,S. N* 38/11 del MMA en horario diurno, considerando la implementación de la medida de control antes mencionada.

Vibraciones. De acuerdo a la modelación realizada por el Titular de los distintos escenarios, con el “criterio condición más desfavorable”, en ningún receptor se superó el límite de referencia ni tampoco se generarían daños a las estructuras al evaluarlos con los máximos niveles de referencia recomendados en la guía técnica FTA, según se aprecia en la Tabla 72 del Anexo 12 antes citado.

Al respecto, la SEREMI de Salud se pronuncia conforme mediante Ord. N” 3639 de fecha 6 de

noviembre de 2020.

4:5.5 RESIDUOS

4.5.5.1 RESIDUOS NO PELIGROSOS

Residuos sólidos no peligrosos

Se contempla la generación de los siguientes residuos no peligrosos en esta fase:

Tabla 14: Residuos fase de cierre.

Nombre Cantida | Forma de | Frecuenci | Almacenamient | Disposició residuo d almacenamient | a de | o temporal n final máxima -|-0 retiró Residuos sólidos domiciliarios y asimilables

Desechos 450 Kg Contenedores Dos veces | Área de residuos | Sitio domésticos de 200 litros de | por sólidos autorizado capacidad semana domiciliarios y | por la asimilables Secretaría Regional Ministerial de Salud Residuos del cierre Residuos 400 kg Contenedores Mensual Bodega de | Agente sólidos no plásticos (bin) residuos de la | reciclador peligrosos y construcción autorizado reciclables Restos de | 1.000 Patio de acopio | Mensual Bodega de | Agente metales/fierr | ton de materiales residuos de la | reciclador [3 construcción de chatarra Paneles 591 ton Patio de acopio | Mensual Bodega de | Agente solares de materiales almacenamiento | reciclador autorizado o Depósito de residuos industriales no peligrosos Restos de | 70m* Contenedores Mensual Área de acopio | Agente hormigón metálicos de de insumos reciclador construcción de residuos industriales asimilables a los de la construcció n Restos de | 500kg Contenedores Mensual Bodega de | Agente cables/cajas plásticos (bin) residuos de la | reciclador construcción de chatarra Inversor -|2 x 16 | Patio de acopio | Una sola | Área de acopio | Agente transformad | ton de materiales vez de insumo reciclador or de chatarra

Fuente: Elaboración propia en base a Tabla 8 de la Adenda.

Mayores antecedentes en el Capítulo 4, punto 5.2 de la DIA (PAS 140).

4.5.5.2 RESIDUOS

PELIGROSOS

Residuos peligrosos

Se generarán residuos del tipo peligroso cuya estimación se presenta a continuación:

Tabla 15: Estimación de residuos peligrosos durante la fase de cierre.

Residuo Cantidad | Forma de | Frecuencia de retiro máxima almacenamiento (kg/ mes)

Arena o aserrín para

captación de aceites

Paños contaminados Contenedor plástico o Inferior a 6 meses.

Elementos de 10 metálico con tapa y

seguridad rotulación

contaminados

Fuente: Elaboración propia en base a tabla 4-52 de la DIA.

Los RESPEL se almacenarán temporalmente en el sitio destinado para ello, conforme a las disposiciones del D.S. N* 148/2003 del MINSAL. La disposición final será realizada por empresas autorizadas por la Secretaría Regional Ministerial de Salud.

Mayores detalles en el Capítulo 4, punto 5.2 de la DIA (PAS 142).

Fecha estimada de inicio

Mayo 2021.

Parte, obra o acción establece el inicio

que [El hito que dará inicio a la ejecución del Proyecto será el

acondicionamiento de terreno.

Fecha estimada de Octubre 2021. término

Parte, obra o acción que

l Fin de las pruebas de operación. establece el término

4.6.2. FASE DE OPERACION .

Fecha estimada de inicio | Noviembre 2021.

Parte, obra o acción que | Inicio operación comercial. establece el inicio

Fecha estimada de | Noviembre 2051. término

Parte, obra o acción que | Fin operación comercial. establece el término

4.6.3. FASE DE CIERRE

Fecha estimada de inicio | Diciembre 2051.

Parte, obra o acción que | Habilitación de instalación de faenas para cierre. establece el inicio

Fecha estimada de | Junio 2052. término

Parte, obra o acción que | Cierre de las instalaciones de faena,

establece el término Fin de contrato de arrendamiento.

5”. Que, durante el proceso de evaluación, se han presentado antecedentes que justifican la

inexistencia de los siguientes efectos, características y circunstancias del artículo 11 de la Ley N* 19.300:

5.1. RIESGO PARA LA SALUD DE LA POBLACIÓN, DEBIDO A LA CANTIDAD Y CALIDAD DE EFLUENTES, EMISIONES Y RESIDUOS

Impacto ambiental no | Aire: Aumento en las concentraciones de material particulado, gases de significativo combustión y de emisiones de ruido.

Emisiones atmosféricas: De acuerdo con los cálculos actualizados de emisiones atmosféricas, adjuntos en el Anexo 3 de la Adenda Complementaria, el Proyecto no requiere compensar emisiones en ninguna de sus fases, cumpliendo con los límites establecidos en el D.S. N* 31/2016 del Ministerio del Medio Ambiente. Sin perjuicio de ello, el Titular considera implementar medidas de control de emisiones (durante las fases de construcción y cierre en estación seca), citadas Anexo 3 de la Adenda Complementaria y detalladas en la tabla 7.1.3 de la presente Resolución.

Ruido: Los niveles de ruido asociadas a la fase de construcción y cierre, según se indica en el Anexo 12 de la Adenda, cumplen con los límites máximos permisibles establecidos por el D.S. N* 38/11 del MMA en horario diurno, considerando la implementación de medidas de control detalladas en los puntos 8.1.5 y 8.1.7 del Anexo 12 de la Adenda y en la tabla 7.1.5 de la presente Resolución, consistentes en barreras acústicas modulares.

Para la fase de operación la evaluación de cumplimiento presentado en el Anexo 12 citado, cumple con lo establecido en el D.S. N* 38/11 del MMA, tanto en período diurno como nocturno. Vibraciones: De acuerdo a la información presentada en el Anexo 12 de la Adenda, para la fase de construcción, la modelación realizada por el Titular de los distintos escenarios, con el “criterio condición más desfavorable”, arrojó que en ningún receptor se superará el límite de referencia ni tampoco se generarían daños a las estructuras al evaluarlos con los máximos niveles de referencia recomendados según guía técnica FTA.

Por otra parte, al obtener cumplimiento de lo estipulado en la guía técnica FTA en la fase de cierre del proyecto, según Anexo 12 de la Adenda, dado que las fases de construcción y operación son menos energéticas en término de vibraciones respecto de la anterior, se considera que dichas fases (construcción y operación) cumplen igualmente con el criterio de evaluación (guía técnica FTA).

Parte, obra o acción Aire. que lo genera Construcción y cierre: Movimiento de tierra, tránsito de vehículos por caminos pavimentados y no pavimentados y combustión de vehículos y maquinaria. Ruido.

Construcción: Movimiento de tierra e instalaciones mecánicas (escenario 1) y la instalación de LMT aérea (escenario 2).

Operación: 3 inversores modulares y 307 motores de seguimiento.

Cierre: Desmantelamiento infraestructura y restauración área intervenida.

Fase en que se Todas las fases. presenta Referencia al ICE Puntos 5.1.1 y 6.1 del ICE.

para mayores detalles sobre este impacto específico

El Proyecto no genera ni presenta riesgo para la salud de la población, debido a la cantidad y calidad de los efluentes, emisiones o residuos que este genera o produce.

5.2. EFECTOS ADVERSOS SIGNIFICATIVOS SOBRE LA CANTIDAD Y CALIDAD DE LOS RECURSOS NATURALES RENOVABLES, INCLUIDOS EL SUELO, AGUA Y AIRE

Impacto ambiental no | Pérdida en la calidad del suelo para sustentar biodiversidad, significativo

Suelo,

Conforme lo indicado por el Titular en la Tabla 24 del Anexo 6 de la Adenda Complementaria, dadas las características del sitio y del diseño considerado por el Proyecto, no se generará erosión hídrica por su ejecución ni aumentará la susceptibilidad a esta.

La superficie de suelo que será impermeabilizada por el Proyecto no se considera significativa debido a su escasa magnitud, equivalente al 5% del área donde se desarrollará el Proyecto.

La compactación que generará el Proyecto al suelo no se considera significativa debido a la escasa superficie donde se prevé que las obras produzcan dicho efecto, equivalente al 5% del área donde se desarrollará el Proyecto. Asimismo, durante la fase de cierre se realizará el desmantelamiento total de la planta y su devolución en condiciones similares a las que se encontraba al momento de iniciar la construcción.

El Proyecto no contempla actividades que impliquen la contaminación del suelo, por cuanto realizará adecuado manejo de sus residuos y sustancias químicas. Además, permitirá que el recurso deje de estar expuesto a la aplicación de químicos asociados a la actividad agrícola (fertilizantes, plaguicidas, y herbicidas).

El Proyecto no generará procesos que disminuyan la productividad de los suelos, ya que no provocará degradación del recurso. Existe una superficie aproximada de 23 ha en el área del Proyecto que no será impermeabilizada por las obras superficiales, la cual será revegetada naturalmente durante la fase de operación.

Una vez finalizado el Proyecto, el suelo podrá seguir siendo utilizado acorde a las capacidades descritas en el Estudio de suelos adjunto en el Anexo 2 de la Adenda.

Fauna, flora y vegetación.

Conforme lo señalado en el Anexo 6 de la DIA, el área de influencia presenta formaciones con vegetación del tipo “otras unidades arborescentes” y terrenos agrícolas. Respecto de la flora vascular presente en el área de influencia, el Titular determinó una riqueza florística de 20 especies distribuidas en 19 Familias, de las cuales, 3 son nativas, O endémicas y 17 alóctonas. Tras la revisión de la normativa vigente y propuestas científico-técnicas con ponderación legal, no se determinaron especies listadas en alguna categoría de conservación oficial. Para el área destinada para construcción de la planta solar, no se identificaron formaciones de Bosque Nativo ni Formaciones xerofíticas. Por último, en términos de origen, se observa un porcentaje bastante elevado de especies alóctonas, alcanzando el 85% del total de especies presentes en el área del Proyecto, en contrapunto a las especies nativas alcanzan un 15%,

Por su parte, conforme la información del Anexo 5 de la DIA, “Caracterización Ambiental Fauna Terrestre” el Área de Influencia del proyecto tiene una baja presencia de especies de fauna silvestre. Se observa un alto impacto de intervención antrópica, En el Área de estudio el Titular identificó tres tipos de ambientes disponibles para fauna, siendo el principal el de zonas de uso agrícola activo (90,9% de la superficie), cercos vivos y canal de riego. Adicionalmente, se identificó un tranque de uso agrícola con presencia de patos silvestres entre los postes proyectados 18 y 20 de la línea de media tensión (tramo de refuerzo de linea existente). En las campañas de verano, otoño y primavera realizados por el Titular, no se observó anfibios ni reptiles. Mediante el levantamiento de información en terreno y las metodologías aplicadas, fue posible registrar ocho especies de aves, de éstas, siete son nativas (Chercán, Pato Jergón Grande, Platero, Tiuque, Tórtola, Trile y Zorzal) y una es introducida (gorrión). Respecto de mamíferos, se registró una especie en forma indirecta (fecas y madriguera), correspondiendo a una especie introducida (conejo); por su parte, el uso de

trampas Sherman sólo permitió la captura de tres lauchas (Mus musculus), no se capturó ningún ejemplar nativo. Por tal razón, el Titular descarta afectación sobre este componente.

Recurso hídrico.

En relación al recurso hídrico superficial, al interior de los predios donde se emplaza el proyecto no existen canales que den servicios a terceros aguas abajo, o de propiedad de terceros bajo algún tipo de servidumbre. Solo existen las redes de riego propias de los predios. En los bordes perimetrales existe la red de riego, y desagiies de aguas de riego las cuales no serán intervenidas por el proyecto, más aun el cercado perimetral se emplaza internamente y no afecta los cursos ubicados en los deslindes. En la Figura 7 de la Adenda se pueden observar dichos canales.

Por lo tanto, el Titular aclara en la respuesta 3.12 de la Adenda que el proyecto no requiere atraviesos de cauces ni realizar obras de ningún tipo de las indicadas en los Art. 41, 171 o 294 del Código de Aguas. Asimismo, el Titular complementa la información en la respuesta 3.13 de la Adenda señalando en relación a la LMT que el tramo soterrado se encuentra íntegramente dentro del área de proyecto y no se contempla ninguna obra de atravieso de cauce. (Figura 8 de la Adenda). En relación al recurso hídrico subterráneo, en la respuesta 1.3.2 de la Adenda (pág. 67), el Titular señala que: “Para reconocer las características hidrogeológicas generales de la locación en análisis, se utilizó como insumo el Mapa Hidrogeológico de Chile de la Dirección General de Agua (1986). Este indica que el área de estudio se ubica en sectores clasificados con Alta a Media importancia hidrogeológica, con predominio de material sedimentario, aluvial y aluvional, y una productividad de pozos elevada a media”. (Figura 11 de la Adenda). Luego, agrega que “El área de estudio se ubica en el Acuífero del Maipo, este abarca gran parte de Santiago. Según Brantt (2011), los estudios de Falcon et al. (1970) y Morales (2002) identificaron tres unidades hidrogeológicas que se diferencian a partir de su permeabilidad y posición estratigráfica relativa” siendo estas las Unidades A, B y C.

A continuación, indica que el nivel estático de las aguas subterráneas en la zona es variable. En la figura 12 de la Adenda se puede observar que las mayores profundidades se encuentran al este de la cuenca, al norte del río Maipo, donde llegan a los 150 m aproximadamente. En el área de estudio alcanza niveles de profundidad que se pueden mover entre 0 y 30 m. Finalmente, señala que: “Esto último se condice con la información extraída desde Dirección General de Aguas, se puede indicar que los niveles estáticos de los pozos ubicados próximos al área de proyecto y ubicados en dentro del acuífero del Moipo (reseñados en la siguiente figura) son superiores a 4 metros de profundidad, pudiendo superar, incluso de los 20 m.” (Figura 13 de la Adenda e información de las Tablas 36 a 38 de la Adenda).

En este sentido, el Titular aclara que las excavaciones a realizarse en la fase de construcción consideran profundidades entre los 60 y 80 cm, y por tanto, indica que no se prevén alumbramientos de aguas subterráneas.

Así también, el Titular agrega que según información obtenida desde el “Mapa de Vulnerabilidad a la contaminación de los acuíferos de la cuenca de Santiago” (Iriarte, 2003), este nivel puede verse modificado producto de su estrecha relación con régimen de los cauces fluviales y de las precipitaciones anuales. En el mencionado documento se reconocen para el área de estudio, sectores alta y muy alta vulnerabilidad del acuífero, dadas las características litológicas del sector. En cuanto a los niveles freáticos, se reconocen niveles freáticos que van entre 2 y 5 m de profundidad, proviniendo de infiltración de aguas superficiales, tal como se presenta en la Figura 14 de la Adenda.

Manejo de residuos.

Durante todas las fases los residuos domiciliarios se almacenarán dentro de contenedores plásticos (tambores) con bolsas plásticas en su interior y con tapa. Serán almacenados temporalmente en el área de residuos y retirados semanalmente para ser dispuestos en sitios autorizados.

Los residuos sólidos de construcción (no peligrosos) generados en las fases de construcción y cierre se almacenarán dentro de contenedores plásticos en la bodega de residuos de la construcción o en el patio de acopio de materiales. Su retiro será mensual. Aquellos residuos no peligrosos que no se puedan reutilizar o reciclar, serán enviados a centro de recepción autorizado para su disposición final.

Los residuos peligrosos generados en la construcción, operación y cierre se almacenarán temporalmente (inferior a 6 meses) en el sitio destinado para ello, conforme a las disposiciones del D.S. N* 148/2003 del MINSAL. La disposición final será realizada por empresas autorizadas por la Secretaría Regional Ministerial de Salud.

Manejo de sustancias peligrosas.

Durante la construcción y cierre se requerirá almacenamiento de petróleo diésel para alimentar un grupo electrógeno de 30 KVA y maquinaria en terreno. El combustible será almacenado en un estanque de 1.000 litros ubicado dentro de la instalación de faenas, cumpliendo con lo establecido en la normativa vigente.

No se contempla el manejo de sustancias peligrosas en operación.

Manejo de residuos líquidos.

El proyecto solo generará efluentes provenientes de aguas servidas domésticas en cada una de sus fases, a cargo de una empresa autorizada, quién además llevará la gestión y mantenimiento de las instalaciones químicas portátiles.

Parte, obra o acción que lo Implementación de la Planta solar fotovoltaica. genera Fase en que se presenta Operación

Referencia al ICE para mayores | Punto 5.1.2 y 6.2 del ICE. detalles sobre este impacto específico

El Proyecto no genera o presenta efectos adversos significativos sobre la cantidad y calidad de los recursos naturales renovables, incluidos el suelo, agua y aire.

5.3. REASENTAMIENTO DE COMUNIDADES HUMANAS O ALTERACIÓN SIGNIFICATIVA DE LOS SISTEMAS DE VIDA Y COSTUMBRES DE GRUPOS HUMANOS

Acceso a recursos naturales.

Según lo indicado en la Tabla 25 del Anexo 6 de la Adenda Complementaria, el Proyecto no interviene ni restringe el acceso a recursos naturales utilizados como sustento económico de algún grupo humano, toda vez que el predio arrendado actualmente descartó continuar el uso agrícola debido a la baja productividad del suelo. Por su parte, el terreno no es empleado para usos tradicionales, tales como medicinal, espiritual o cultural.

El proyecto da paso mediante las salidas de emergencia acceso a los dueños de los canales para realizar las limpiezas y mantenciones que requieran.

Circulación y conectividad.

El Proyecto no genera obstrucción ni restricción a la libre circulación, conectividad o el aumento significativo de los tiempos de desplazamiento por caminos públicos, considerando lo señalado por el Titular en la Tabla 25 del Anexo 6 de la Adenda Complementaria, es decir, que durante la fase de construcción se generará un promedio 10 viajes al día (no superando los 12 viajes diarios), similar a la fase de cierre y los vehículos cumplirán los pesos máximos por eje. Por su parte, durante la fase de operación se ha estimado que el flujo será de 2 vehículos al día, los que pueden tener una frecuencia mensual o semestral.

Además, los accesos no se verán interrumpidos por acciones ni obras del proyecto y será durante el periodo de mayor flujo vehicular (fase de construcción y cierre) donde se implementará un plan de Gestión Vial, que contempla entre otras medidas un Banderero, para señalizar el acceso y egreso a la vía camino rural interior y la G-46, (CAV 3: Plan de gestión vial para el ingreso a la Ruta G-46, Tabla 9.3 de la presente Resolución). Por lo tanto, tampoco, la circulación peatonal se verá afectada por el tránsito de vehículos asociadas a las distintas fases del proyecto.

Por otra parte, conforme se señala en la citada Tabla 25 del Anexo 6 de la Adenda Complementaria, el transporte público no se verá afectado dado que por diseño se contempla tener transporte privado de buses (capacidad de 55 personas), y también se utilizarán camionetas con capacidad para $ personas. Finalmente, es posible determinar que el Proyecto no implicará el aumento significativo de los tiempos de desplazamiento de los otros usuarios de los caminos públicos debido al bajo flujo de viajes.

Bienes, equipamiento y servicios básicos.

De acuerdo a lo indicado en la Tabla 25 del Anexo 6 de la Adenda Complementaria, el Proyecto, por sus características y área de emplazamiento, no alterará el acceso a bienes, equipamiento, servicios ni infraestructura básica. El Proyecto aportará energía renovable no convencional al sistema de distribución eléctrica, su manejo y control se realiza de forma remota y la mano de obra de construcción y posterior mantención es reducida, por lo que debido a esta baja magnitud no se prevé una afectación de la calidad de bienes, equipamientos, servicios o infraestructura básica, sumado a la duración de cada una de esas fases,

Finalmente, durante las fases de construcción, operación y cierre, el titular se hará cargo de satisfacer los servicios básicos de los trabajadores, considerando el uso de agua potable, manejo de aguas servidas, sanitarios y alimentación.

Ejercicio o manifestación de tradiciones, cultura o intereses comunitarios.

Conforme lo indicado en el punto 6.1 del capítulo 3 de la DIA, del registro actualizado de Asociaciones Indígenas presentes en la comuna de Buin, se ha identificado la existencia de 3 de ellas, teniendo por resultado que ninguna se encuentra inserta en el área de influencia del proyecto (Localidad de Viluco y entidades antes mencionadas). Esta información se obtuvo a través de la Base de datos del Sistema Integrado de Información CONADI y está actualizada al 06 de enero de

  1. (Tabla 3-24 de la DIA).

El Proyecto no dificultará ni impedirá el ejercicio o manifestación de tradiciones locales o actividades de interés comunitario que puedan afectar los sentimientos de arraigo o la cohesión social del grupo. Para el área cercana del proyecto no han identificado celebraciones o actividades locales que puedan verse afectadas por las obras y partes del proyecto, además para el área se observa usos y edificaciones de carácter agroindustrial (incluyendo edificaciones abandonadas), mientras que en las vías de caminos rurales hasta la ruta G-55 se observa baja densidad poblacional lo que se traduce en baja presencial habitacional y poblacional. (Tabla 25 del Anexo 6 de la Adenda Complementaria).

Referencia al ICE para | Punto 6.3 del ICE. mayores detalles sobre este impacto especifico

El Proyecto no genera reasentamiento de comunidades humanas o alteración significativa de los sistemas de vida y costumbres de grupos humanos.

5.4. LOCALIZACIÓN EN O PRÓXIMA A POBLACIONES, RECURSOS Y AREAS PROTEGIDAS, SITIOS PRIORITARIOS PARA LA CONSERVACIÓN, HUMEDALES PROTEGIDOS Y GLACIARES, SUSCEPTIBLES DE SER AFECTADOS, ASÍ COMO EL VALOR AMBIENTAL DEL TERRITORIO EN QUE SE PRETENDE EMPLAZAR

Conforme lo indicado en el punto 6.1 del capítulo 3 de la DIA, del registro actualizado de Asociaciones Indígenas presentes en la comuna de Buin, se ha identificado la existencia de 3 de ellas, teniendo por resultado que ninguna se encuentra inserta en el área de influencia del proyecto (Localidad de Viluco y entidades antes mencionadas). Esta información se obtuvo a través de la Base de datos del Sistema Integrado de Información CONADI y está actualizada al 06 de enero de 2020. (Tabla 3-24 de la DIA).

De acuerdo a los antecedentes presentados en la sección 1.8 del Capítulo 3 de la DIA, no se identificaron recursos y áreas protegidas, sitios prioritarios para la conservación, humedales protegidos, glaciares, así como tampoco territorios con valor ambiental que sean afectados por las obras y actividades del Proyecto.

Referencia al ICE para mayores | Punto 6.4 del ICE.

detalles sobre este impacto específico

El Proyecto no se localiza en o próximo recursos y áreas protegidas, sitios prioritarios para la conservación, humedales protegidos y glaciares susceptibles de ser afectados, tampoco afectará el valor ambiental del territorio.

5.5. ALTERACIÓN SIGNIFICATIVA, EN TÉRMINOS DE MAGNITUD O DURACIÓN, DEL VALOR PAISAJÍSTICO O TURÍSTICO DE UNA ZONA

De acuerdo a lo indicado en la Tabla 27 del Anexo 6 de la Adenda Complementaria, el Proyecto se desarrolla en un área que presenta Calidad Visual baja, esta fue catalogada con valor paisajístico sobre la base del análisis de los atributos biofísicos. En este sentido, y respecto de la obstrucción de la visibilidad a una zona con valor paisajístico, se analizaron los conceptos de bloqueo de vistas, intrusión visual e incompatibilidad visual establecidos en la “Guía de Evaluación de Impacto Ambiental - Valor Paisajístico en el SEIA” (SEA; 2019). Al respecto, la valoración de calidad de paisaje permitió señalar que en estas unidades se alcanza una valoración de calidad visual Baja, dado que más del 50% de sus atributos evaluados alcanzan la categoría “Baja”. En cuanto a los eventuales impactos, se puede indicar que la presencia de los paneles solares no bloqueará características del paisaje. Esto, dada la ubicación del proyecto, el cual se ubicaría al interior de predios privados, con acceso público. Se debe señalar que la altura de las instalaciones consideradas, no deberían afectar la horizontalidad del paisaje, lo que no alteraría la componente cromática de la configuración escénica del sector,

Asimismo, en la citada Tabla 27 (Anexo 6 de la Adenda complementaria), se indica que desde los caminos anexos, no existirá un alto nivel de acceso visual al área del proyecto, esto último, por la existencia de barreras biológicas, materializadas en líneas de árboles, que se ubican al costado de la mencionada vía. Esta característica permite indicar que se no generarán intrusiones importantes al paisaje general de una vía pública. En cuanto a impactos, el área no se vería afectada significativamente, entendiendo que, con la intervención del proyecto, se mantendrían las tendencias de horizontalidad y homogeneidad del paisaje, generándose las modificaciones de menor

magnitud. Por lo anterior, el Proyecto no generará bloqueo de vistas, intrusión visual ni incompatibilidad visual.

Conforme lo señalado por el Titular en la Tabla 27 citada anteriormente, respecto de la alteración de atributos de una zona de valor paisajístico y según la Guía del SEIA, esta puede ser analizada en términos de la artificialidad, pérdida de atributos biofísicos y modificación de atributos estéticos. Relativo a la artificialidad, si bien el Proyecto comprende un conjunto de obras (principalmente los paneles fotovoltaicos, sala de control), estas no serán dominantes en el paisaje debido al escaso acceso visual a las mismas, por lo cual es posible establecer que no se generará una alteración significativa en la artificialidad. En lo que respecta al criterio pérdida de atributos biofísicos, de los seis analizados, el único que verá alterada su condición es Vegetación, debido a la intervención en las especies arbóreas y arbustivas existentes en el sector, teniendo en cuenta que dicha alteración no será significativa considerando que la tipología no requiere de plan de manejo por su naturaleza, Finalmente, no se prevén modificaciones significativas en los atributos estéticos analizados ya que los paneles no introducen reflejos, así como tampoco modifican las formas ni líneas del paisaje.

El Proyecto se emplazará en un predio de privados, correspondiente a una zona que no atrae flujo de visitantes o turistas hacia ella de acuerdo lo presentado en la sección 1.7 del Capítulo 3 de la DIA.

Referencia al ICE para mayores | Punto 6.5 del ICE. detalles sobre este impacto específico

El Proyecto no generará alteración significativa, en términos de magnitud o duración, del valor paisajístico o turístico de la zona.

5.6. ALTERACIÓN DE MONUMENTOS, SITIOS CON VALOR ANTROPOLÓGICO, ARQUEOLÓGICO, HISTÓRICO Y, EN GENERAL, LOS PERTENECIENTES AL PATRIMONIO CULTURAL

De acuerdo a lo indicado en el Anexo 7 de la DIA y sección 1.5 del Capítulo 3 del mismo documento, el Titular realizó un levantamiento del patrimonio cultural del área de influencia del proyecto y esta no arrojó resultados positivos respecto a la presencia de restos de interés patrimonial en el área prospectada. Asimismo, de la revisión de monumentos con declaratoria del Consejo de Monumentos Nacionales no registra monumentos en ninguna de sus categorías en la localidad de Viluco, comuna de Buin.

Conforme lo indicado en el punto 6.1 del capítulo 3 de la DIA, del registro actualizado de Asociaciones Indígenas presentes en la comuna de Buin, se ha identificado la existencia de 3 de ellas, teniendo por resultado que ninguna se encuentra inserta en el área de influencia del proyecto (Localidad de Viluco y entidades antes mencionadas). Por tal razón, se descarta afectación a lugares o sitios de algún grupo humano perteneciente a pueblos indígenas.

Referencia al ICE para mayores | Punto 6.6 del ICE. detalles sobre este impacto específico

El Proyecto no generará alteración de monumentos, sitios con valor antropológico, arqueológico, histórico y, en general, los pertenecientes al patrimonio cultural.

67, Que resultan aplicables al Proyecto los siguientes permisos ambientales sectoriales, asociados a las correspondientes partes, obras o acciones que se señalan a continuación:

6.1. PERMISOS AMBIENTALES SECTORIALES MIXTOS

6.1.1. Permiso para la construcción, reparación, modificación y ampliación de cualquier planta de tratamiento de basuras y desperdicios de cualquier clase o para la instalación de todo lugar destinado a la acumulación, selección, industrialización, comercio o disposición final de basuras y desperdicios de cualquier clase, según se establece en el artículo 140 del Reglamento del SEIA.

Fase del Proyecto a la Construcción y cierre. cual corresponde

Parte, obra o acción ala | Todas las fases:

que aplica Área de residuos domiciliarios y asimilables. Area de residuos sólidos no peligrosos. Condiciones o Todas las fases: exigencias específicas El Área de residuos sólidos domiciliarios y asimilables y la Bodega de para su otorgamiento residuos de la construcción y cierre son necesarias para el

almacenamiento temporal de los residuos que se generen en estas fases. Estas áreas se localizarán en las coordenadas presentadas en la Tabla 4- 37 de la DIA.

El área de residuos sólidos domiciliarios y asimilables será de 17 m? de superficie y 0,6 mi de capacidad. Este sector tendrá 3 contenedores plásticos de 200 litros de capacidad,

El área de residuos de la construcción y cierre será de 140 m? de superficie y 75 m* de capacidad aproximada. Se considera almacenaje en contenedores, cercada con malla ACMA o similar con una puerta de ingreso

Mayores antecedentes se adjuntan en el Capítulo 4, punto 5.1 de la DIA (PAS 140).

Pronunciamiento del órgano competente

La SEREMI de Salud RM, mediante Ord. N* 3639, de fecha 6 de noviembre de 2020, señala que el titular del Proyecto ha entregado la documentación necesaria; por lo anterior, se pronuncia conforme

respecto de los antecedentes técnicos y formales contenidos en dicho PAS.

Referencia al ICE para mayores detalles

Capítulo IX, punto 9.1.1.

6.1.2. Permiso para todo sitio destinado al almacenamiento de residuos peligrosos, según se establece en el artículo 142 del Reglamento del SETA.

Fase del Proyecto a la cual corresponde

Construcción, operación y cierre.

Parte, obra o acción a

Sitio destinado para la acumulación de residuos peligrosos.

la que aplica

Condiciones o Se habilitará una bodega de almacenamiento de residuos peligrosos exigencias (RESPEL), la que se localizará en las coordenadas indicadas en la tabla 4- específicas para su 49 de la DIA.

otorgamiento El área de almacenamiento de residuos peligrosos tendrá una superficie de

68 m? y una capacidad máxima de almacenamiento de 75 mí. Este recinto cumplirá estrictamente con las características que indica el D.S. N* 148/2003 del MINSAL

Mayores antecedentes se adjuntan en el Capítulo 4, punto 5.2 de la DIA, PAS 142 y respuestas 3.4 a 3.10 de la Adenda,

Pronunciamiento del órgano competente

La SEREMI de Salud RM, mediante Ord. N* 3639, de fecha 6 de noviembre de 2020, señala que el titular del Proyecto ha entregado la documentación necesaria; por lo anterior, se pronuncia conforme respecto de los antecedentes técnicos y formales contenidos en dicho PAS.

Referencia al ICE para mayores detalles

Capítulo IX, punto 9.1.2.

6.1.3. Permiso para para subdividir y urbanizar terrenos rurales o para construcciones fuera de los límites urbanos, según se establece en el artículo 160 del Reglamento del SEA.

Fase del Proyecto a la cual corresponde

Construcción y operación.

Parte, obra o acción a la que aplica

Obras permanentes y temporales asociadas al Parque Fotovoltaico.

Condiciones o exigencias especificas para su otorgamiento

Las instalaciones del Proyecto se ubican en el área rural de la comuna de Buin, provincia de Maipo, Región Metropolitana.

El lugar de emplazamiento del Proyecto tendrá una superficie aproximada de 24,2 ha, específicamente al interior de la Parcela Número Diez, Rol 390- 178, Buin de 12,00 ha totales y la Parcela Número Dieciséis, Rol 390-184, Buin de 12,20 ha totales.

Las superficies contempladas para las obras del Proyecto se detallan en la Tabla 25 del Anexo 6 de la Adenda.

Mayores antecedentes técnicos del PAS 160 se adjuntan en el Anexo 6 de la Adenda y la planimetría asociada se adjunta en el Anexo 1 de la Adenda Complementaria.

Pronunciamiento del órgano competente

Al respecto, la SEREMI de Vivienda y Urbanismo RM, mediante Ord N? 3231, de fecha 9 de noviembre de 2020, se pronuncia conforme al PAS

deben ser retirados con frecuencia de 2 a 3 veces por semana, con la Finalidad de evitar descomposición de los restos de alimentos, por tanto, generación de malos olores y atracción de vectores sanitarios (moscas, ratones, otros insectos) evitando la generación de focos de insalubridad.

e El titular deberá disponer los excedentes de movimiento de tierra, así como los de materiales empleados en la construcción (restos de hormigón, enfierraduras, materiales sintéticos, madera, etc.), en botaderos o en pozo con planes de recuperación de suelos, autorizados.

e Encaso de producirse un accidente de derrame o descarga accidental de aceites, líquidos hidráulicos y/o combustible durante la etapa de construcción, el titular debe recuperar y almacenar los residuos en tambores con tapa, en un sector con piso impermeable, con control de derrame, bajo techo y señalizado, para luego ser dispuesto en sitios autorizados por está Autoridad Sanitaria. Este tipo de residuos, por sus características, es considerado un residuo peligroso, por lo que para proceder a su mejor manejo, eliminación y/o tratamiento en planta autorizada, el titular deberá dar cumplimiento a lo indicado en el D.S. N* 148 de 2003 del MINSAL, que “APRUEBA REGLAMENTO SANITARIO SOBRE MANEJO DE RESIDUOS PELIGROSOS””.

Aguas Servidas

e “Para la etapa de Operación el titular informa que la planta

fotovoltaica, contará con un sistema de monitoreo remoto. Por lo tanto,

no habrá trabajadores en forma permanente en la planta, solo se estiman

5 trabajadores para mantenciones periódicas, por lo se consideran baños

químicos portátiles para la fase de operación.

La solución de aguas servidas de tipo provisorio, como lo es la

instalación de baños químicos a disposición de los trabajadores, deberá

ajustarse a todas las exigencias establecidas en el D.S.594/99 del

MINSAL “Reglamento sobre condiciones sanitarias y ambientales básicas

en los lugares de trabajo”, y sus modificaciones.

En relación a la disposición de baños químicos para trabajadores, el

titular deberá dar cumplimiento en todo momento a lo establecido en el

en el D.S. 594/99 del MINSAL, específicamente a lo establecido en los

artículos 23, 24 y 25, que define, entre otros, la cantidad, distancia y

reacondicionamiento de dichas instalaciones.

El titular deberá proveer de agua para consumo en todos aquellos puntos

donde se dispongan baños químicos.

se Será responsabilidad del titular del proyecto, la instalación, mantención

y limpieza de los servicios higiénicos provisorios, a saber, los baños

químicos y duchas con recinto de vestuario para la totalidad de los

trabajadores, durante la etapa de construcción del proyecto.

Durante la etapa de construcción podrá optarse por una solución para el

manejo de aguas servidas de tipo provisorio (por ejemplo el uso de baños

químicos) por un periodo no superior a los seis (6) meses ”.

8.6. Condición o exi.

encia 6: Otros.

Fase del Proyecto a la que aplica

Todas las fases, según corresponda.

Condición

La Superintendencia de Electricidad y Combustibles mediante Ord. N*

2669 de fecha 30/03/2020, señaló:

“(...) en materias de seguridad de electricidad y combustibles de

competencia de esta Superintendencia y cuyo cumplimiento le corresponde

fiscalizar, el titular del proyecto en comento deberá tener presente en su materialización, además de las disposiciones mencionadas en la DIA,

aquellas contenidas en al menos; los siguientes cuerpos normativos y

reglamentarios:

  1. El tanque de combustible de 1.000 litros en la instalación de faena, mencionado en la Tabla 1-9 Insumos fase de construcción, de la sección 5.3 Descripción suministro básicos para la fase de construcción, de la DIA del proyecto en comento, debe contar con su correspondiente Certificado de Fabricación según el Protocolo de Análisis y/o Ensayos de

Productos de Combustibles Líquidos PC SEC N 103, “Estanques de Acero para Almacenamiento de Combustibles Líquidos. Parte 1: Ensamblados en fábrica, de capacidad hasta 90 mi”, emitido por un Organismo de Certificación, autorizado por esta Superintendencia para tal efecto, debiendo el titular del Proyecto declarar la instalación asociada a dicho tanque ante esta Superintendencia, mediante personas naturales o jurídicas con los conocimientos y competencias necesarios para ello, de acuerdo a los procedimientos de Notificación de Obras (Oficio Circular SEC N 2083 de 1998) y al establecido en la ya citada Resolución Exenta SEC N 1128, de 2006, el Trámite de Combustibles TC4 “Declaración de Instalaciones de Combustibles Líquidos”. Asimismo, el suministro de combustibles para el funcionamiento del grupo electrógeno y maquinaria en terreno, mencionado en la ya citada Tabla 1-9, como también el abastecimiento del tanque, debe cumplir con los requerimientos establecidos en el Decreto Supremo N 160 de 2008, del Ministerio de Economía, Fomento y Reconstrucción, 'Reglamento de Seguridad para las Instalaciones y Operaciones de Producción y Refinación, Transporte, Almacenamiento, Distribución y Abastecimiento de Combustibles Líquidos”, modificado por los Decreto Supremo N 101/2013 y N 138/2016, ambos del Ministerio de Energía. Finalmente, el Camión estanque de Combustible (Petróleo) de 5 né mencionado en la Tabla 1-11 Detalle de flujo vehicular, de la ya citada sección 3.5, que deberá debe estar declarado ante esta Superintendencia, mediante la Declaración de Camión Tanque de Combustibles Líquidos.

  1. D.F.L 4/20.018 del 2006, del Ministerio de Economía, Fomento y Reconstrucción, “Fija texto refundido, coordinado y sistematizado del Decreto de Fuerza de Ley N” 1, de Minería, de 1982, Ley General de Servicios Eléctricos, en materia de energía eléctrica” (LGSE) y sus modificaciones posteriores.

  2. D.S. N* 327 de 1997, del Ministerio de Minería, “Fija Reglamento de la Ley General de Servicios Eléctricos”.

  3. DS. N* 291 de 2007, del Ministerio de Economía, Fomento y Reconstrucción, “Aprueba Reglamento que establece la Estructura, Funcionamiento y Financiamiento de los Centros de Despacho Económico de Carga” y sus modificaciones posteriores.

  4. DS. N* 244 de 2005, del Ministerio de Economía, Fomento y Reconstrucción, que "Aprueba Reglamento para Medios de generación No Convencionales y Pequeños Medios de Generación establecidos en la Ley General de Servicios Eléctricos” y sus modificaciones posteriores.

  5. Resolución Exenta N? 321, del 21 de julio de 2014, del Ministerio de Energía, que dictó la “Norma Técnica con exigencias de Seguridad y Calidad de Servicio para el Sistema Interconectado del Norte Grande y Sistema Interconectado Central”, y sus modificaciones posteriores.

  6. Resolución Exenta N* 329 de 2013, de la Comisión Nacional de Energía que modifica y aprueba texto refundido de la “Norma Técnica sobre Conexión y Operación de Pequeños Medios de Generación Distribuidos en Instalaciones de Media Tensión” y sus modificaciones posteriores.

  7. D.S. N* 115 de 2004, del Ministerio de Economía, Fomento y Reconstrucción, aprobatorio de la “Norma Técnica NCH Elec. 4/2003, Instalaciones de Consumo en Baja Tensión y deroga en lo pertinente, el decreto número 91, de 1984”.

  8. D.S. N* 4188 de 1955, del Ministerio del Interior, aprobatorio del “Reglamento de Instalaciones Eléctricas de Corrientes Fuertes”, NSEG 5. En. 71, Electricidad. “Instalaciones Eléctricas de Corrientes Fuertes”.

10.D.S. N* 1261 del957, del Ministerio del Interior, aprobatorio de la Norma NSEG 6 E.n. 71. Electricidad. 'Cruces y Paralelismos de Líneas Eléctricas”.

  1. Norma NCh Elec 10/1984. Electricidad. 'Trámite para la puesta en servicio de una instalación interior”.

  2. Resolución Exenta N 610, de 1982, de SEC “Prohibe el uso de PCB en equipos eléctricos”.

13, El grupo electrógeno de 30 kVA de capacidad nominal, en la instalación

de faenas, mencionado en la Tabla 1-9 Insumos fase de construcción, de la sección 5.5 Descripción suministro básicos para la fase de construcción, de la DIA del proyecto en comento, deberá contar con su correspondiente Certificación de Aprobación emitida por un Organismo de Certificación autorizado por esta Superintendencia, para tal efecto, de acuerdo a lo establecido en el Decreto Supremo N* 298, de 2005, del Ministerio de Economía, Fomento y Reconstrucción, que aprueba el Reglamento para la Certificación de Productos Eléctricos y de Combustibles”.

  1. Las instalaciones interiores de electricidad que se proyecten, provisorias o permanentes, previo a su puesta en servicio, deberán ser declaradas ante esta Superintendencia, mediante instaladores eléctricos de la Clase correspondiente, autorizados por ésta, según lo establecido en el D.S. 92, de 1983, “Reglamento de Instaladores Eléctricos y de Electricistas de recintos de espectáculos públicos' de acuerdo al procedimiento establecido en la Resolución Exenta SEC N* 1128, de 2006, “Establece Procedimientos y Plazos de Tramitación para la presentación de las Declaraciones que indica, deja sin efecto Resolución Exenta N? 2082, del 15 de Diciembre de 2005, y Modifica Resolución Exenta N? 796 del 02 de Junio de 2006, ambas de esta Superintendencia'y el Trámite Eléctrico TEl "Declaración de Instalación Eléctrica Interior”.

Toda la reglamentación citada precedentemente se encuentra disponible en el

sitio WEB institucional de SEC (www.sec.cl) ”.

Condición

La SEREMI de Salud RM en el Ord. N 3639 de fecha 6 de noviembre de 2020 se pronuncia conforme al Proyecto, precisando en el Ord. N 1538 de fecha 13 de abril de 2020, lo siguiente:

“El proyecto deberá, en todo momento, contar con abastecimiento de agua potable para sus trabajadores que cumpla en todo momento la calidad establecida en el D.S. 735/69 del MINSAL, “Reglamento de los Servicios de Agua Destinados al Consumo Humano” y las condiciones que establece el D.S. 594/99 del MINSAL, “Reglamento sobre condiciones sanitarias y ambientales básicas en los lugares de trabajo”, y sus modificaciones”.

Condición

La SEREMI MINVU en el Ord. N* 3231 de fecha 9 de noviembre de 2020

se pronuncia conforme al Proyecto, condicionado a:

e “El proyecto queda condicionado a que una vez obtenida la RCA favorable, el titular, deberá solicitar en forma sectorial el informe favorable que debe emitir esta secretaria, señalado en el artículo 55 de la Ley General de Urbanismo y Construcciones, para la asignación de normas de urbanización, el que debe ser solicitado por el dueño de los predios (al momento de realizar el trámite sectorial). La autorización que se otorgue deberá abarcar toda el área ocupada por las instalaciones del proyecto,

  • Enrelación al PAS 161, el proyecto queda condicionado a que obtenga la Calificación Sectorial correspondiente a establecimientos industriales o de bodegaje a que se refiere el art. 4.14.2 del D.S. 47/92 del MINVU, Ordenanza General de Urbanismo y Construcción ”.

  • Que, durante el procedimiento de evaluación de la DIA el Titular del Proyecto propuso los siguientes compromisos ambientales voluntarios:

9.1 Compromiso ambiental voluntario 1: Instalación de malla raschel en el cierre perimetral

de la faena.

Fase en que aplica

Construcción y cierre.

Objetivo, descripción y justificación

Objetivo: La instalación de malla raschel en el perímetro de la faena permitirá capturar el polvo de las emisiones difusas del proyecto limitando su efecto al área a intervenir.

Descripción: Se instalará malla raschel en el perímetro, adosado al cerco perimetral, en todo el contorno de la faena. Dada la extensión del área a intervenir, esta se implementará en las zonas donde se realicen obras permanentes.

Justificación: La implementación de esta medida permitirá reducir las emisiones de MP fuera de la faena, en particular el MP10 generadas por las

actividades de movimiento de tierra que pueden afectar los cultivos aledaños.

Lugar, forma y oportunidad de implementación

Lugar: La medida aplica al área de emplazamiento del proyecto.

Forma: La forma de implementación del compromiso voluntario incluye: Instalación de la malla raschel una vez instalado el cierre perimetral, previo al inicio de las actividades de movimiento de tierra (excavación, hincado, etc.) Oportunidad: La instalación de la malla raschel se ejecutará una vez instalado el cierre perimetral esta permanecerá durante la fase de construcción y cierre.

Indicador de

cumplimiento.

Registro fotográfico.

Forma de control y seguimiento

Se entregará a la Superintendencia del Medio Ambiente un informe que dé cuenta de la instalación de las mallas incluyendo un registro fotográfico del proceso.

9.2 Compromiso ambiental voluntario 2: Plan de gestión vial para el ingreso a la Ruta G-46.

Impacto significativo asociado

no

Emisiones por caminos no pavimentados. Alteración no significativa de tiempos de desplazamiento.

Fase en que aplica

Construcción.

Objetivo, descripción y justificación

Objetivo: Presentar un plan de gestión vial para el ingreso a la ruta ante la dirección de vialidad.

Descripción: El plan de gestión vial detallará las características de los flujos y medidas de aplicación de matapolvo en el recorrido desde el portón de acceso del proyecto hasta el cruce con la ruta G-46 de acceso a la faena, así como medidas de gestión con Banderero en el cruce durante el primer mes de la fase de construcción. Limpieza de lodo eventual en la carpeta de la ruta G-46, específicamente en la intersección desde el camino de tierra hacia la ruta G-46. En la Tabla 63 del Anexo 6 de la Adenda Complementaria se incluye una cartografía donde se muestra la ruta de acceso desde la G-46 (en amarillo) objeto del presente plan.

Justificación: El plan se presentará con la finalidad de controlar los flujos de vehículos y gestionar los riesgos viales a la entrada y salida de la faena.

Lugar, forma y oportunidad de implementación

Lugar: El plan a presentar tendrá como foco el camino de acceso a la Ruta de salida (G-46) desde el predio donde se emplaza el proyecto (en amarillo en la cartografía antes mencionada).

Forma: El plan de gestión vial se presentará en la dirección de vialidad de manera sectorial. Se detallarán los recorridos (vías locales a utilizar hasta la ruta 5), las fechas, las frecuencias y horarios, las características de los flujos, los puntos singulares y las medidas de atenuación y control a implementar. Dentro de las medidas que incluirá el plan se podrá considerar un Banderero para facilitar el acceso y salida de vehículos hacia y desde la faena. Además, en caso de ser necesario para los días de lluvia se implementará la limpieza de lodo en la Ruta G-46 frente al acceso al camino de tierra.

Oportunidad: Las medidas del plan de gestión se implementarán durante el primer mes de la fase de construcción del proyecto, período en el cual se recibirán el mayor flujo de transporte. El plan de gestión vial se presentará

previo al inicio de la fase de construcción y tendrá vigencia durante dicha fase.

Indicador cumplimiento.

de

Registro de aplicación de las medidas de gestión contenidas en el plan de gestión vial durante la fase de construcción.

Forma de control y seguimiento

Se entregará a la Superintendencia del Medio Ambiente una copia del plan de gestión vial previo a la fase de construcción mediante la plataforma web.

9.3 Compromiso ambiental voluntario 3: Instalación de disuasores de vuelo.

Impacto no significativo

asociado

Riesgo de colisión y electrocución de aves.

Fase en que aplica

Operación.

Objetivo, descripción

Objetivo: Disminuir el riesgo de colisión y electrocución de aves.

y justificación

Descripción: La evacuación de energía del proyecto se realizará a través de una línea de media tensión (LMT) de 15 kV, la cual, en los primeros 600 m de trazado considera una postación nueva (postes 1 al 12); a partir del poste 12 el tendido eléctrico se acopla a uno existente hasta llegar al Punto de conexión, contemplándose sólo el refuerzo mediante la instalación de postes entre los preexistentes,

Como compromiso voluntario se considera la instalación de disuasores de vuelo en el tramo donde se emplazará la postación nueva, consistente en 12 postes de 9,5 m de altura, separados entre 56 y 63 m entre ellos. Justificación: Riesgo de colisión y electrocución de aves en los primeros 600 m de trazado de la LMT, esto es, postes 1 al 12. A partir del poste 12 el tendido eléctrico se acopla a uno existente hasta llegar al Punto de conexión.

Lugar, forma y oportunidad de

Lugar: Línea de media tensión aérea, en el tramo entre los postes 1 a 12, aproximadamente 600 m.

implementación Forma: Instalación de disuasores de vuelo y su reposición con la periodicidad indicada por el fabricante. Oportunidad: La implementación de esta medida se realizará en la fase de construcción de la línea de media tensión. La reposición de los disuasores se realizará durante la fase de operación del Proyecto.

Indicador de | Registro fotográfico georreferenciado de la situación anterior y posterior a

cumplimiento. la instalación de los disuasores de vuelo.

Forma de control y | Una vez instalados los disuasores, el Titular realizará un informe anual

seguimiento durante la fase de operación, con el detalle de las acciones y/o medidas

adoptadas para dar cumplimiento al presente compromiso, que será enviado a la SMA.

9.4 Compromiso ambiental voluntario 4: Inspección visual durante excavaciones de zanjas en

cción.

la fase de constru: Impacto no significativo asociado

Verificar si durante las excavaciones y movimientos de tierra la presencia de elementos clasificados como Monumento Nacional en su categoría de Monumento Arqueológico.

Fase en que aplica

Construcción.

Objetivo, descripción y justificación

Objetivo: Verificar la ausencia de elementos del patrimonio arqueológico durante los procesos de movimiento de tierras.

Descripción: Un profesional arqueólogo/a profesional o licenciado/a en arqueología realizará una inspección visual en las áreas en donde se realicen movimientos de tierra y excavaciones de zanjas.

Justificación: La inspección de las excavaciones de zanjas y material removido para el acondicionamiento del terreno permitirán identificar elementos del patrimonio arqueológico que pudiesen encontrarse bajo la superficie. Por lo que la inspección visual del profesional permitirá identificarlo de mejor forma.

Lugar, forma y oportunidad de implementación

Lugar: Zanjas de acuerdo al plano indicado en Anexo 1 de la DIA y a información cartográfica indicada en Anexo 1 de la Adenda Complementaria.

Forma: Inspección visual del material removido.

Oportunidad: Durante excavación de zanjas se realizará una inspección visual del material removido, la inspección se realizará por sectores, manteniendo las condiciones de seguridad de la faena,

Indicador de cumplimiento,

Reporte de inspección visual efectuado por el profesional competente el cual contendrá los siguientes: a. Descripción de las actividades de inspección realizadas. b. Programación de los trabajos de excavación de la faena. Cc. Planos y fotos de buena resolución de los frentes de trabajo inspeccionados. d. Contenidos de charla de inducción y firma de asistentes. e. Informe de hallazgos: e Ficha de registro arqueológico con fotografías panorámicas y específicas de los hallazgos (en alta resolución). + Descripción detallada del estado de conservación y si hubiera

afectación por las obras del proyecto.

  • Medidas de protección y/o conservación implementadas.

e Constancia de aviso del hallazgo al CMN, de acuerdo a lo establecido en el art. 26” de la Ley 17.288 de Monumentos Nacionales.

e Solicitud del permiso de intervención arqueológica, según el Artículo 7” del Reglamento de Excavación, establecida en la Ley 17.288 de Monumentos Nacionales.

Forma de control y seguimiento

Informe de inspección visual a la SMA, 15 días hábiles luego de haber terminado el mes en que se realizaron las excavaciones.

Informe de hallazgos arqueológicos (si los hubiere) 15 días hábiles una vez que terminen las gestiones de rescate y entrega a la entidad receptora.

9.5 Compromiso ambiental voluntario 5: Incorporación de infraestructura de riego automatizado para 15 ha.

Impacto significativo asociado

no

Pérdida de productividad Agrícola por uso alternativo.

Fase en que aplica

Operación,

Objetivo, descripción y justificación

Objetivo: Habilitar un sistema de riego tecnificado que permita aumentar el valor de la producción agrícola de uva vinífera.

Descripción: Se implementará la red de riego tecnificado para 15 hectáreas con sistema de control.

Lugar, forma y oportunidad de implementación

Lugar: La medida será implementada en 15 ha del predio Rol N* 390-15 (u otro similar: suelo IV sin infraestructura de riego). Forma: Como parte del CAV, se contemplan las siguientes acciones: Habilitación de:

e Sistema de filtrado.

  • Red hidráulica.

e Sistema de línea con goteros integrado.

  • Caseta de control, Oportunidad: La medida será implementada con posterioridad a la obtención de la RCA, y finalizada antes del término del segundo año de operación del Proyecto. Mayores detalles del CAV, obras, registro de derechos de agua, registro de propiedad en el Anexo 4 de la Adenda Complementaria.

Indicador de cumplimiento.

Informe de resultados que acredite la ejecución e instalación de los elementos comprometidos en el diseño y construcción de Sistema de riego tecnificado para 15 ha. Dicho informe será entregado antes del término del segundo año de operación del Proyecto a la SMA, con copia al SAG.

Forma de control y seguimiento

Se realizará el seguimiento a las obras e infraestructura de riego una vez que estas se encuentren operando.

Dicha visita se realizará antes del término del segundo año de operación del Proyecto.

El informe de resultados que acredite el seguimiento será entregado antes del término del segundo año de operación del Proyecto a la SMA, con copia al SAG.

9.6 Compromiso ambiental voluntario 6: Revalorizar los Residuos y Reciclaje.

Impacto significativo asociado

no

Generación de residuos.

Fase en que aplica

Construcción, operación y cierre.

Objetivo, descripción y justificación

Objetivo: Propender a revalorizar los residuos generados por el proyecto como primera opción cuando existan agentes recicladores cercanos. Descripción: Los residuos que sean posible revalorizar o reciclar serán enviados a gestores autorizados cercanos, cuando no existan agentes recicladores o gestores en la región se enviarán a relleno sanitarios autorizados.

Justificación: Se contará con un registro del volumen o peso de los residuos, tipo, descripción, agente transportador y gestor o relleno sanitario.

Lugar, forma y oportunidad de implementación

Lugar: Instalación de faena (construcción y cierre) y oficinas de operación de la planta fotovoltaica,

Forma: Se consultará los agentes recicladores registrados en la SEREMI de Salud, buscando los más cercanos al proyecto y se mantendrá el registro de los contratos de transporte, contrato con gestor de residuos, o donde se especifique el destino final. Anualmente se reportará a la SMA o al término de la fase de construcción y cierre.

Oportunidad: Todos los retiros de residuos en obra/planta contarán con registro y se mantendrá copia de dicho registro en la instalación de faena en construcción y cierre y en oficina de centro de control durante operación.

Indicador de cumplimiento.

Registros de transporte y destino final de los residuos.

Forma de control y seguimiento

Anualmente se reportará a la SMA o al término de la fase de construcción y cierre el resumen de registros de transporte y destino final de los residuos.

9.7 Compromiso ambiental voluntario 7: Monitoreo de Ruido.

Impacto no significativo

asociado

Emisiones de ruido.

Fase en que aplica

Construcción y cierre.

Objetivo, descripción y justificación

Objetivo: Evaluar los niveles de ruido generados en las fases de construcción y cierre del proyecto. El objetivo de este plan voluntario es verificar que las actividades de trabajo cumplan la normativa legal vigente, según el D.S N*38/2011 del Ministerio del Medio Ambiente.

Descripción: Se realizará en base a una campaña de monitoreo de nivel de presión durante las fases de construcción y cierre en horario diurno, con el uso habitual de la maquinaria ruidosa.

Justificación: Verificación del cumplimiento de la norma. Con los resultados obtenidos en la campaña se elaborará un informe técnico indicando, en el caso que llegaran a existir, medidas adicionales de control de ruido que permitan cumplir con la normativa vigente.

Lugar, forma y oportunidad de implementación

Lugar: Se realizarán las mediciones en los receptores identificados en el informe de evaluación acústica en el Anexo 12 de la Adenda.

Forma: El monitoreo será anual para cada fase (construcción y cierre), el cual deberá realizarse con la maquinaria funcionando en forma habitual. Se utilizará sonómetro integrador tipo 1 o 2, con respuesta lenta y filtro de ponderación “A”, que cumpla con los requisitos establecidos en el del D.S. N*38/2011 del MMA.

Oportunidad: El monitoreo se ejecutará durante la fase de construcción y cierre a partir del mes 2, por una vez, Momento en que se ha iniciado la mayor intensidad de las obras.

Indicador de cumplimiento,

Informe técnico el cual considerará lo siguiente:

e Ficha de información de medición de ruido,

  • Ficha de georreferencia de los puntos de medición de ruido.

e Ficha de medición de niveles de ruido.

e Ficha de evaluación de niveles de ruido según la normativa vigente.

El informe se entregará a la SMA a través de la página web, 15 días hábiles luego de haber realizado las mediciones.

Forma de control y seguimiento

Se entregará un informe técnico a la SMA con las mediciones de acuerdo con el título V art. 15 letra d) del D,S, N” 38/2011, aplicando R.E. 693/2015 y la correspondiente verificación de cumplimiento normativo.

  1. Que, las medidas relevantes del Plan de Prevención de Contingencias y del Plan de Emergencias, son las siguientes:

10.1. PLAN DE PREVENCIÓN DE CONTINGENCIAS Y EMERGENCIAS

10.1.1. Riesgo 1: Actividad sísmica.

Fase del Proyecto a la que

aplica

Todas las fases.

Parte, obra oO

acción

Instalaciones permanentes y temporales.

asociada

Acciones o medidas a implementar para prevenir la contingencia

  • Todos los elementos constructivos cumplirán la normativa vigente en materia sísmica.

e Se indicará mediante señalización adecuada, las vías de evacuación, zona de seguridad, punto de encuentro, entre otros.

  • Se realizarán inspecciones en oficinas y bodegas, verificando condiciones de seguridad apropiadas para reducir peligros en caso de suceder un sismo.

Forma de control y| Registro de las medidas propuestas.

seguimiento

Acciones o medida ae Se designará un Coordinador de Emergencias, quien será el implementar para responsable de, una vez activada la emergencia, proceder a

controlar la emergencia

organizar a los trabajadores, comunicar la detención de los trabajos, parada de energización de equipos, comunicar la emergencia al organismo que proceda y ser el interlocutor frente a dicho organismo.

  • Aviso a los trabajadores del emplazamiento para que acudan a zonas de seguridad.

e Inspeccionar el emplazamiento y revisión de edificios a fin de verificar sus condiciones estructurales, elaborando un informe de daños.

Oportunidad y vías de comunicación a la SMA de la activación del Plan de Emergencia

Se comunica y prepara un informe “Informe Preliminar de Emergencias y/o Contingencias”, en un plazo no superior a 48 horas de ocurrido el evento que desencadene la activación del Plan de Emergencias, enviándose a la Superintendencia del Medio Ambiente y/o a los organismos con competencia en la materia que se requiera. El informe indicará:

e Tipo de accidente y causa, día fecha y hora de ocurrencia, sustancia, residuo u otro, duración del evento, acciones de control efectuadas, personas afectadas, identificación del área afectada y su extensión (suelo, curso de agua, aire).

  • Identificación y explicación de las posibles técnicas y/o acciones implementadas para limpiar el área y los recursos naturales que hayan sido afectados, identificación de los parámetros representativos y las normativas de referencias utilizadas para monitorear los componentes ambientales afectados por la emergencia y/o contingencia, protocolo aplicable al manejo proyectado de los residuos sólidos (peligrosos y no peligrosos) generados en el marco de una contingencia como posibles derrames de sustancias peligrosas u otra, el cual deberá considerar las directrices normativas aplicables a esta materia.

Referencia al ICE o documentos del expediente

de evaluación que contenga la descripción detallada

Anexo 5 y punto 10 del Anexo 6 de la Adenda Complementaria. 7.1.1 del ICE

10.1.2. Riesgo 2: Incendio Forestal y/o de Vegetación.

Fase del Proyecto a la que aplica

Construcción y operación.

Parte, obra o acción | Se asocia principalmente a la fase de construcción, debido a la

asociada presencia y manipulación de sustancias tales como combustibles y aceites de lubricación. Y de forma secundaria a la fase de mantenimiento, durante el corte de vegetación herbácea, especialmente en períodos secos.

Acciones o medidas a|e Existirá señalética apropiada que indique riesgo de incendio,

implementar para prohibición de fumar y/o hacer fuego en todo el emplazamiento,

prevenir la contingencia

indicadores de teléfonos de emergencias.

e Se dispondrá de los elementos básicos requeridos para combatir cualquier amago de fuego o incendio, según lo establecido por la normativa vigente en esta materia (extintores, tambores con arena,

etc.), así como la capacitación a los trabajadores acerca del comportamiento y uso eficiente de los mismos, y sus vías de evacuación y seguridad.

Durante la fase de operación se realizará corte de hierbas en toda el área del Proyecto en forma manual o mediante desbrozadora. La actividad será realizada al menos cada 6 meses, por personal capacitado y con herramientas en óptimas condiciones de funcionamiento.

El material deberá ser retirado el mismo día en que se ejecuten las mantenciones, por una empresa autorizada para su disposición final.

Los caminos interiores se mantendrán en perfectas condiciones y sin vegetación, de manera que puedan cumplir la función de cortafuego barrera en caso de incendio, ayudando a evitar su propagación.

Forma de control y|se Registro de las actividades de capacitación del personal, seguimiento implementación de señalética y elementos para combatir incendios. e Registro de mantenciones vegetales en fase de operación. Acciones o medida a|+. Se designará un Coordinador de Emergencias, quien será el implementar para responsable de, una vez activada la emergencia, proceder a

controlar la emergencia

organizar a los trabajadores, comunicar la detención de los trabajos, parada de energización de equipos, comunicar la emergencia al organismo que proceda y ser el interlocutor frente a dicho organismo,

El personal calificado que se encuentre más cerca deberá: Dar aviso al Coordinador de Emergencia. El Coordinador de Emergencia junto con el Jefe de Brigada evaluará si el incendio es controlable y autorizará a la Brigada de incendio para actuar. De lo contrario, dará aviso inmediato a CONAF y al Cuerpo de Bomberos más cercano al lugar.

Evacuar las instalaciones y dirigirse a las zonas de seguridad.

Dar aviso a la Gerencia de la empresa.

Trasladar a los lesionados (si hubiera) al centro de salud más Cercano.

Previo a la reanudación de las actividades se realizará la reparación y rehabilitación desde el punto de la seguridad y medio ambiente la(s) área(s) afectadas.

Oportunidad y vías de comunicación a la SMA de la activación del Plan de Emergencia

Se comunica y prepara un informe “Informe Preliminar de Emergencias y/o Contingencias”, en un plazo no superior a 48 horas de ocurrido el evento que desencadene la activación del Plan de Emergencias, enviándose a la Superintendencia del Medio Ambiente y/o a los organismos con competencia en la materia que se requiera. El informe contendrá lo señalado en la Tabla 10.1.1 de la presente Resolución, fila: “Oportunidad y vías de comunicación a la SMA de la activación del Plan de Emergencia”.

Referencia al ICE o| Anexo S y punto 10 del Anexo 6 de la Adenda Complementaria. documentos del | 7.1.2 del ICE

expediente de evaluación

que contenga la

descripción detallada

10.1.3. Riesgo 3: Derrames

sustancias peligrosas (combustible.

Fase del Proyecto a la que

Construcción y cierre.

aplica

Parte, obra o acción Empleo de sustancias peligrosas.

asociada

Acciones O medidas a |e Los sitios de almacenamiento de insumos estarán ubicados al implementar para interior de la faena.

prevenir la contingencia

Las áreas de almacenamiento de sustancias peligrosas estarán debidamente señalizadas y contarán con estructuras de contención

de derrames.

e En las áreas de almacenamiento, se dispondrá de elementos que permitan la contención de derrames pequeños y medianos, tales como esponjas, arena u otros equivalentes.

e Se mantendrá un registro permanente del inventario y consumo de combustible, realizándose un recuento para verificar que no ha habido pérdidas.

e La maquinaria y vehículos serán estacionados diariamente al finalizar los trabajos, en un área destinada específicamente en la zona de faenas.

  • Se dará cumplimiento al procedimiento para carga de combustible detallado en la Tabla 13 de la Adenda.

  • Todos los residuos serán retirados por empresas autorizadas para este fin.

Forma de control y|+e Registro de las medidas propuestas.

seguimiento

Acciones o medida a|e Se designará un Coordinador de Emergencias, quien será el implementar para responsable de, una vez activada la emergencia, proceder a

controlar la emergencia

organizar a los trabajadores, comunicar la detención de los trabajos, parada de energización de equipos, comunicar la emergencia al organismo que proceda y ser el interlocutor frente a dicho organismo.

  • Identificar y controlar la fuente que ha originado el derrame.

  • Cortar cualquier fuente de energía eléctrica, chispas, o fuego que pueda entrar en contacto con el combustible derramado.

e Despejar y delimitar el área afectada según características del incidente.

  • Contener el derrame a través de un pretil de arena o tierra.

e Todo el material contaminado se deberá recoger y disponer en contenedores habilitados para residuos peligrosos.

e Los contenedores con material impregnado con combustibles serán etiquetados adecuadamente y dispuestos temporalmente, en la bodega o área de residuos peligrosos para posteriormente ser trasladados por una empresa autorizada hasta el sitio para disposición final como residuos peligrosos (relleno de seguridad).

En caso de ocurrencia de accidente que comprometa los recursos

hídricos superficiales y/o subterráneos, se informará antes de 24 horas,

a la Superintendencia del Medio Ambiente, indicando lo siguiente:

i. Descripción del accidente, indicando lugar, identificación de la

sustancia, área de influencia, duración y magnitud del evento y

principales impactos ambientales. ii. Detalles de cada acción y medida

de mitigación utilizadas durante el evento de contaminación.

iii. Evaluación de los efectos sobre los recursos hídricos superficiales

y/o subterráneos afectados y su medio ambiente asociado y resultados

de los monitoreos inmediatos en el área de influencia.

iv. En caso de ser necesario, un Programa de Medidas de

Descontaminación de la zona, metodología, y evaluación de la

efectividad de las medidas, para ser aprobado por la Autoridad. (Solo

en caso de accidentes).

Oportunidad y vías de comunicación a la SMA de la activación del Plan de Emergencia

Se comunica y prepara un informe “Informe Preliminar de Emergencias y/o Contingencias”, en un plazo no superior a 48 horas de ocurrido el evento que desencadene la activación del Plan de Emergencias, enviándose a la Superintendencia del Medio Ambiente y/o a los organismos con competencia en la materia que se requiera. El informe contendrá lo señalado en la Tabla 10.1.1 de la presente Resolución, fila: “Oportunidad y vías de comunicación a la SMA de la activación del Plan de Emergencia”.

Particularmente, en caso de accidente que comprometa los recursos hídricos superficiales y/o subterráneos, se informará a la SMA según protocolo descrito en el punto anterior “Acciones o medida a implementar para controlar la emergencia” de la presente Tabla.

Referencia al ICE o documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada

Respuesta 1.24 de la Adenda, Anexo 5 y punto 10 del Anexo 6 de la Adenda Complementaria. 7.1.3 del ICE

10.1.4. Riesgo 4: Afloramiento de aguas subterráneas.

Fase del Proyecto a la que

Fase de construcción.

aplica

Parte, obra oO acción | Excavaciones.

asociada

Acciones O medidas aj Al realizar excavaciones existirá verificación permanente del implementar para | alumbramiento de napas de manera de identificar con antelación esta prevenir la contingencia | situación.

Forma de control y | Revisión periódica durante las excavaciones.

seguimiento

Acciones oO medida a; En caso de afloramiento de aguas, el Titular y/o sus Contratistas deben implementar para | tener presente dar aviso inmediato a la Superintendencia del Medio

controlar la emergencia

Ambiente, en un plazo menor a 24 h, acerca de la ocurrencia de afloramiento de agua, señalando las medidas que ha aplicado hasta ese momento. Á continuación, y de manera preliminar, se deberá proceder considerando las siguientes actividades:

i. Verificar la calidad del agua mediante toma de muestras a través de laboratorio acreditado, que asegure que la calidad de las aguas a ser gestionadas (dispuestas), es de similar calidad natural a la de las aguas de la fuente donde corresponda su disposición final.

ti. Efectuar pruebas hidráulicas para determinar los volúmenes y caudales de agua comprometidos, a fin de que esto además le permita al Titular diseñar las medidas para el control de la estabilidad de los taludes en el sector del afloramiento.

Enviar de inmediato los resultados de los análisis químicos y pruebas hidráulicas a la SMA, en un informe que detalle los hechos. A su vez, se acompañarán imágenes fotográficas (con fecha) que describan los procedimientos seguidos y el análisis y discusión de los resultados respecto de la calidad (parámetros de la NCh 409), volúmenes y caudales, así como las respectivas conclusiones y recomendaciones para la gestión de dichas aguas (disposición final).

Una vez comprobada la naturaleza de la situación acaecida, mediante los ensayos y mediciones solicitados, se analizará la medida de gestión definitiva en conjunto con la Autoridad.

v. El Titular deberá informar el resultado de las acciones implementadas, comunicando la fecha cierta en que se pudo controlar el afloramiento, en un plazo menor a 24 h.

Si el afloramiento de aguas responde a un escenario permanente, el Titular deberá incurrir en los estudios suficientes y necesarios que permitan determinar la posibilidad de alcanzar una solución definitiva, o bien determinar si responde a un cambio sustantivo de las variables evaluadas, sobre las cuales fueron establecidas las condiciones o medidas ambientales,

lil.

iv.

vi.

Oportunidad y vías de comunicación a la SMA de la activación del Plan de Emergencia

En el caso de que se active este plan de emergencia se procederá a comunicar a la SMA según protocolo antes mencionado.

Referencia al ICE o documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada

Respuesta, 1.23 de la Adenda, Anexo 5 y punto 10 del Anexo 6 de la Adenda Complementaria. 7.1.4 del ICE

10,1.5. Riesgo 5: Atropello de fauna.

Fase del Proyecto a la que | Todas las fases, aumentando a probabilidad en construcción y cierre. aplica

Parte, obra o acción | Vehículos y maquinaria asociada al proyecto.

asociada Acciones o medidas a|Se exigirá a las empresas contratistas a cargo del transporte de implementar para | materiales, transitar a velocidades iguales o inferiores a 40 km/h en las

prevenir la contingencia | vías de acceso, y que se mantenga especial atención durante el tránsito en caso de avistar algún animal en el camino. Asimismo, se capacitará a los choferes, frente a la ocurrencia de atropello de fauna. Adicionalmente, la empresa se compromete a instalar junto a los caminos del Proyecto señalética que informe al conductor de la presencia de fauna silvestre potencial y límites de velocidad a respetar, instándolo al manejo preventivo.

Forma de control y | Registro de las medidas propuestas.

seguimiento

Acciones 0 medida a|e Se designará un Coordinador de Emergencias, quien será el implementar para responsable de, una vez activada la emergencia, proceder a controlar la emergencia organizar a los trabajadores, comunicar la detención de los

trabajos, parada de energización de equipos, comunicar la emergencia al organismo que proceda y ser el interlocutor frente a dicho organismo.

e El conductor dará aviso al Coordinador de Emergencias en el emplazamiento. El conductor evaluará el estado del animal, de forma cuidadosa. El Coordinador dará aviso a un médico veterinario para la manipulación del animal herido/muerto.

e Se elaborará un informe correspondiente y se reportará al Servicio Agrícola Ganadero (SAG).

Oportunidad y vías de| Se comunica y prepara un informe “Informe Preliminar de comunicación a la SMA | Emergencias y/o Contingencias”, en un plazo no superior a 48 horas de la activación del Plan | de ocurrido el evento que desencadene la activación del Plan de de Emergencia Emergencias, enviándose a la Superintendencia del Medio Ambiente y/o a los organismos con competencia en la materia que se requiera. El informe contendrá lo señalado en la Tabla 10.1.1 de la presente Resolución, fila: “Oportunidad y vías de comunicación a la SMA de la activación del Plan de Emergencia”.

Referencia al ICE o| Anexo 5 y punto 10 del Anexo 6 de la Adenda Complementaria. documentos del | 7.1.5 del ICE

expediente de evaluación que contenga la descripción detallada

  1. Que durante el proceso de evaluación no hubo solicitud de participación ciudadana desarrollado conforme a lo dispuesto en el artículo 30 bis de la Ley N* 19.300, por lo que no se realizaron observaciones por parte de la comunidad respecto del Proyecto.

  2. Que el Titular deberá remitir a la Superintendencia del Medio Ambiente la información respecto de las condiciones, compromisos o medidas, ya sea por medio de monitoreos, mediciones, reportes, análisis, informes de emisiones, estudios, auditorías, cumplimiento de metas o plazos, y en general cualquier otra información destinada al seguimiento ambiental del Proyecto, según las obligaciones establecidas en la presente Resolución de Calificación Ambiental y las Resoluciones Exentas que al respecto dicte la Superintendencia del Medio Ambiente. De igual forma, y a objeto de conformar el Sistema Nacional de Información de Fiscalización Ambiental (SNIFA), el Registro Público de Resoluciones de Calificación Ambiental y registrar los domicilios de los sujetos sometidos a su fiscalización en conformidad con la ley, el Titular deberá remitir en tiempo y forma toda aquella información que sea requerida por la Superintendencia del Medio Ambiente a través de las Resoluciones Exentas que al respecto ésta dicte.

  1. Que el Titular deberá informar a la Superintendencia del Medio Ambiente la realización de la gestión, acto o faena mínima que da cuenta del inicio de la ejecución de obras, a que se refiere el Considerando 4.1 de la presente Resolución.

14, Que, con el objeto de dar adecuado seguimiento a la ejecución del Proyecto, el Titular deberá informar a la Superintendencia del Medio Ambiente, al menos con una semana de anticipación, el inicio de cada una de las fases del Proyecto, de acuerdo a lo indicado en la descripción del mismo.

15, Que, la Superintendencia del Medio Ambiente, de oficio o a petición de parte o de algún organismo sectorial, podrá aprobar, modificar o complementar el contenido del plan de seguimiento de las variables ambientales y, en general, cualquier otro mecanismo establecido en la respectiva resolución de calificación ambiental que tenga dicho objeto, con el fin de asegurar, en el transcurso del tiempo, que el seguimiento de las variables ambientales cumpla con su objetivo de forma eficiente y eficaz,

  1. Que para que el Proyecto “Planta Fotovoltaica La Colonia” pueda ejecutarse, deberá cumplir con todas las normas vigentes que le sean aplicables.

  2. Que el Titular deberá informar inmediatamente a la Secretaría de la Comisión de Evaluación de la Región Metropolitana de Santiago y a la Superintendencia del Medio Ambiente, la ocurrencia de impactos ambientales no previstos en la DIA, asumiendo inmediatamente las acciones necesarias para abordarlos.

18, Que el Titular del Proyecto deberá comunicar inmediatamente y por escrito a la Dirección Regional del SEA Servicio de Evaluación Ambiental Región Metropolitana de Santiago la ocurrencia de cambios de titularidad, representante legal, domicilio y correo electrónico, de acuerdo a lo establecido en el inciso tercero del artículo 162 y artículo 163, ambos del Reglamento del SEIA.

  1. Que se hace presente al Titular que cualquier modificación al Proyecto que constituya un cambio de consideración, en los términos definidos en el artículo 2” letra g) del Reglamento del SELA, deberá someterse al SETA.

  2. Que todas las medidas, condiciones, exigencias y disposiciones establecidas en la presente Resolución son de responsabilidad del Titular, sean implementadas por éste directamente o a través de un tercero.

RESUELVO:

1%, Calificar favorablemente la Declaración de Impacto Ambiental del Proyecto “Planta Fotovoltaica La Colonia”, del titular FOTOVOLTAICA BOLDO SpA.

2*, Certificar que el Proyecto “Planta Fotovoltaica La Colonia” cumple con la normativa de carácter ambiental aplicable.

3". Certificar que el Proyecto “Planta Fotovoltaica La Colonia” cumple con los requisitos de carácter ambiental contenidos en los permisos ambientales sectoriales que se señalan en los artículos 140, 142 y 160 del D.S. N” 40/2012 del Ministerio del Medio Ambiente, Reglamento del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental.

4*. Certificar que la Secretaría Regional Ministerial de Salud de la Región Metropolitana de Santiago, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 161 del Reglamento del SEIA, calificó la actividad como INOFENSIVA,

5”, Certificar que el Proyecto “Planta Fotovoltaica La Colonia” no genera los efectos, características o circunstancias del artículo 11 de la Ley N* 19,300, que dan origen a la necesidad de elaborar un Estudio de Impacto Ambiental.

6%. Definir como gestión, acto o faena mínima del Proyecto, para dar cuenta del inicio de su ejecución de modo sistemático y permanente, a los mencionados en el considerando 4.1 del presente acto,

  1. Hacer presente que contra esta Resolución es procedente el recurso de reclamación de acuerdo a lo dispuesto en el artículo 20 de la Ley N* 19.300, ante el Director Ejecutivo del Servicio de Evaluación Ambiental. El plazo para interponer este recurso es de treinta días contados desde la notificación del presente acto.

Notifíquese y Archívese

rm

PONS / ESIÓON US

"Vrsalovic Melo icio de Evaluación Ambiental

AVM/AFA/JMM/MRS

Distribución:

José Antonio Larraín Riesco, Representante Legal de FOTOVOLTAICA BOLDO SpA. Superintendencia del Medio Ambiente

Consejo de Monumentos Nacionales

Superintendencia de Servicios Sanitarios

CONAF, Región Metropolitana de Santiago

DGA, Región Metropolitana de Santiago

DOH, Región Metropolitana de Santiago

SAG, Región Metropolitana de Santiago

SEC, Región Metropolitana de Santiago

SEREMI de Bienes Nacionales, Región Metropolitana de Santiago SEREMI de Desarrollo Social y Familia, Región Metropolitana de Santiago SEREMI de Energía, Región Metropolitana de Santiago

SEREMI de Salud, Región Metropolitana de Santiago

SEREMI de Transportes y Telecomunicaciones, Región Metropolitana de Santiago SEREMI de Vivienda y Urbanismo, Región Metropolitana de Santiago SEREMI Medio Ambiente, Región Metropolitana de Santiago

SEREMI MOP Región Metropolitana de Santiago

Servicio Nacional Turismo, Región Metropolitana de Santiago SERNAGEOMIN, Zona Central

Gobierno Regional, Región Metropolitana

Ilustre Municipalidad de Buin

EC:

Oficina de Partes.

Expediente del Proyecto " Planta Fotovoltaica La Colonia" Archivo Servicio Evaluación Ambiental Región Metropolitana

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