Continuidad Operacional Planta Iván
REPÚBLICA DE CHILE COMISIÓN DE EVALUACIÓN Región de Antofagasta
Califica Ambientalmente el proyecto “Continuidad Operacional Planta Iván”
Resolución Exenta N* 022/2021
Antofagasta, 22 de enero de 2021
VISTOS:
1%. La Declaración de Impacto Ambiental (“DIA”), su Adenda de 29 de septiembre de 2020 y su Adenda Complementaria de 02 de diciembre de 2020, del proyecto “Continuidad Operacional Planta Iván”, presentado por Minera Rayrock Limitada con fecha 11 de marzo de 2020.
- Los pronunciamientos y observaciones de los órganos de la administración del Estado que, sobre la base de sus facultades legales y atribuciones, participaron en la evaluación de la DIA, y que se detallan en el Capítulo II y IM del Informe Consolidado de Evaluación (“ICE”) de la DIA del proyecto “Continuidad Operacional Planta Iván”.
3”, El Acta de Evaluación N*25/2020 de 24 de abril de 2020, del Comité Técnico de la Región de Antofagasta.
4%. El ICE de la DIA del proyecto “Continuidad Operacional Planta Iván” de fecha 30 de diciembre de 2020.
-
El acuerdo N*002/2021 de la sesión ordinaria N%001/2021 de la Comisión de Evaluación de la Región de Antofagasta, de fecha 08 de enero de 2021.
-
La Resolución Exenta N 190/2002, de fecha 22 de agosto de 2002 de la Comisión de Evaluación de la Región de Antofagasta, del proyecto “Ampliación y Aumento de la Capacidad de Proceso de la Planta de Extracción por Solvente”, la Resolución Exenta N 268/2010, de fecha 03 de septiembre de 2010 de la Comisión de Evaluación de la Región de Antofagasta, del proyecto “Ampliación de la Capacidad de disposición de Ripios Lixiviados”, la Resolución Exenta N 17/2005, de fecha 27 de enero de 2005 de la Comisión de Evaluación de la Región de Antofagasta, del proyecto “Pilas Dinámica de Lixiviación y Botadero de Ripios Lixiviados”, y la Resolución Exenta N 63/2007, de fecha 07 de marzo de 2007 de la Comisión de Evaluación de la Región de Antofagasta, del proyecto “Almacenamiento Temporal de Envases Asociados al Consumo de Materias Primas”, que se modifican a través de la presente Resolución.
7”. Los demás antecedentes que constan en el expediente de evaluación de impacto ambiental de la DIA del proyecto “Continuidad Operacional Planta Iván”.
8”. Lo dispuesto en la Ley N 19.300, Sobre Bases Generales del Medio Ambiente; el D.S. N 40, de 2012, del Ministerio del Medio Ambiente, Reglamento del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental (“Reglamento del SEILA”); la Ley N 19.880, que Establece Bases de los Procedimientos Administrativos que Rigen los Actos de los Órganos de la Administración del Estado; la Ley N? 18.575, Ley Orgánica Constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado; la Resolución N 1.600, de 2008, de la Contraloría General de la República; la Resolución N 7/2019 de la Contraloría General de la República que Fija Normas sobre Exención del Trámite de Toma de Razón; la Resolución Exenta RA N 119046/280/2019 de fecha 03/09/2019 que nombra al Director Regional de Antofagasta y el Decreto N*18 de fecha 12 de enero de 2021 del Ministerio del Interior y Seguridad Publica, que nombra al Intendente de la Región de Antofagasta, se dicta lo siguiente:
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CONSIDERANDO:
- Que, Minera Rayrock Limitada (en adelante, el “Titular”), ha sometido al Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental (“SEIA”) la DIA del proyecto “Continuidad Operacional Planta Iván” (en adelante, el “Proyecto”). Los antecedentes del Titular son los siguientes:
Nombre o razón social Minera Rayrock Limitada
Rut 76.612.000-2
Domicilio Cerro el Plomo 5420 Of. 1504, Las Condes, Santiago Teléfono +56 2 2431 7600
Nombre representante legal Patricio Pinto Ariztía
Rut representante legal 10.915.104-1
Domicilio representante legal | Cerro el Plomo 5420 Of. 1504, Las Condes, Santiago Teléfono representante legal +56 2 2431 7600
Correo electrónico Titular o | ppinto(Ymarimaca.com
representante legal
2”. Que, conforme se indica en el ICE de fecha 30 de diciembre de 2020, el Director Regional del Servicio de Evaluación Ambiental de la Región de Antofagasta ha recomendado aprobar el Proyecto, en base a la opinión de los Órganos de la Administración del Estado con Competencia Ambiental que participaron del proceso de evaluación del Proyecto, y que a partir de sus informes se puede concluir que el Proyecto:
. Cumple con la normativa de carácter ambiental vigente aplicable.
. Ha identificado el permiso ambiental sectorial aplicable al Proyecto, y ha proporcionado satisfactoriamente los requisitos y contenidos técnicos de dicho permiso, y no genera ni presenta ninguno de los efectos, características o circunstancias establecidas en el artículo 11 de la Ley N* 19.300, sobre Bases Generales del Medio Ambiente.
- Que, en sesión N*001/2021 de fecha 08 de enero de 2021, la Comisión de Evaluación de la Región de Antofagasta acordó calificar favorablemente el proyecto “Continuidad Operacional Planta Iván”, aprobando íntegramente el contenido del ICE de 30 de diciembre de 2020, el que forma parte integrante de la presente Resolución. Por lo tanto, conforme a lo indicado en el artículo 60 inciso segundo del Reglamento del SEA, se excluyen de la presente Resolución las consideraciones técnicas en que se fundamenta.
47, Que, según lo señalado en la DIA y sus anexos, en su Adenda, y en su Adenda Complementaria, los cuales forman parte integrante de la presente Resolución, la descripción del Proyecto es la que a continuación se indica:
4.1. ANTECEDENTES GENERALES
El Proyecto tiene como objetivo dar continuidad operacional a la planta de proceso de lixiviación, extracción por solvente y electro-obtención (Planta Iván) de la faena Mina Rayrock, sin aumentar la capacidad de tratamiento de minerales de cobre, ni la producción de cátodos aprobada, considerando el abastecimiento propio desde Mina Emperatriz y de terceros.
Objetivo general
Tipología principal, así | Según artículo 3 del Reglamento del Sistema de Evaluación de Impacto como las aplicables a sus | Ambiental (SEIA):
partes, obras o acciones ¡.3) Se entenderá por proyectos de disposición de residuos y estériles aquellos en que se dispongan residuos masivos mineros resultantes de la extracción o beneficio, tales como estériles, minerales de baja ley, residuos de minerales
Vida útil La vida útil del Proyecto es de 25 años.
Monto de inversión USD 21.500.000.
Gestión, acto o faena |El hito que establecerá el inicio del Proyecto es la movilización de mínima que da cuenta del | Contratistas al área del Proyecto. El cronograma de actividades se detalla en el ítem 1.6.3, 1.7.3 de la DIA y Tabla 8 de la Adenda Complementaria.
inicio de la ejecución
E M/B? e) 2143 NX 4, 5
Proyecto se desarrolla por
Si
No | El Proyecto no se desarrollará por etapas.
etapas
[4]
Proyecto modifica un
Si
El Proyecto actualiza y complementa la fase de operación del Proyecto “Ampliación y Aumento de la
proyecto o actividad
2]
Capacidad de Proceso de la Planta de Extracción por Solvente” (Aprobado mediante la RCA N19/2002 de la Comisión de Evaluación de la Región de Antofagasta), del Proyecto “Ampliación Botadero de Ripios Lixiviados” (Aprobado mediante la RCA N268/2010 de la Comisión de Evaluación de la Región de Antofagasta), del Proyecto “Pilas Dinámica de Lixiviación y Botadero de Ripios Lixiviados” (aprobado mediante la RCA N17/2005 de la Comisión de Evaluación de la Región de Antofagasta) y del Proyecto “Almacenamiento Temporal de Envases Asociados al Consumo de Materias Primas” (aprobado mediante la RCA N63/2007 de la Comisión de Evaluación de la Región de Antofagasta) para más detalle ver Tabla 1-2.de la DIA.
Proyecto modifica otra(s)
Si
No | RCA N?*19/2002, “Ampliación y Aumento de la
RCA
Capacidad de Proceso de la Planta de Extracción por Solvente”.
RCA N*268/2010, “Ampliación Botadero de Ripios Lixiviados”.
RCA N*17/2005, “Pilas Dinámica de Lixiviación y Botadero de Ripios Lixiviados”.
RCA N*63/2007, “Almacenamiento Temporal de Envases Asociados al Consumo de Materias Primas”.
4.2. UBICACIÓN DEL PROYECTO
División político- administrativa
El Proyecto se ubicará en la Región de Antofagasta, Provincia de Antofagasta, Comuna de Antofagasta, específicamente en el yacimiento de la Minera Rayrock, el cual se emplaza a 17 km al noroeste de la localidad de Antofagasta.
Descripción de la localización
El Proyecto se desarrollará al interior de las actuales instalaciones industriales de la Minera Rayrock.
Superficie
El Proyecto contempla intervenir con obras una superficie total estimada de 77,19 hectáreas, las cuales corresponden a modificaciones, ampliaciones, construcciones, renovaciones y rectificaciones del proyecto original.
Para mayor detalle ver Tabla 1-4 de la DIA.
Coordenadas UTM en Datum WGS84
Las Coordenadas Geográficas del Proyecto se presentan en la Tabla 1-3 de la DIA y Anexo E Cartografía de la Adenda.
Caminos de acceso
El acceso al Proyecto se efectúa desde la ciudad de Antofagasta hacia el norte por la Ruta 1 durante 19 km al hasta el cruce con la ruta B-400. Por esta última, se avanza 1,8 km hacia el este hasta la ruta B-350, por la que se conduce durante 13 km hacia el este hasta la garita principal de acceso a la faena minera.
Referencia al expediente de evaluación de los mapas, georreferenciación e información complementaria sobre la localización de sus partes, obras y acciones
Figura 1-3, 1-4 de la DIA, Anexo 1_4 Planos del Proyecto de la DIA y Figura 17 de la Adenda.
| 4.3. PARTES, OBRAS Y ACCIONES QUE COMPONEN EL PROYECTO
4.3.1, FASE DE CONSTRUCCIÓN
Adecuación del área de las pilas de lixiviación
El área de lixiviación primaria será adecuada en 54.934 m?. Para ello se removerá material que se encuentra en desuso (173.960 m?) en la pila existente, para poder intervenir el área de las pilas y adicionalmente se debe realizar el saneamiento general de piping (sistema de tuberías) y carpeta de esta área, con ello también se realizarán cortes y rellenos del sector y cambio de bombas.
Ampliación área de piscina
La piscina estará cubierta por capas impermeabilizantes, se instalarán consecutivamente una capa de geotextil de 250 gr/m?, una capa de HDPE de 1 mm de espesor, una capa de geonet de 5 mm de espesor y una capa de HDPE de 1,5 mm de espesor.
Además, la piscina contempla un sistema de detección de fugas a partir de tuberías de HDPE, tipo drenaflex, dispuestas entre las capas impermeabilizantes y un sistema de sensores de nivel para prevenir eventuales rebalses.
El botadero de ripios existente no será utilizado en la operación del proyecto Iván, por lo que no se considera su rehabilitación. Por consiguiente, no se consideran movimientos de tierra de corte y relleno, solo se realizará el perfilamiento del suelo mediante motoniveladora, además se consideran las medidas de cierre correspondientes para esta instalación. Esta área será compactada y debidamente impermeabilizada. Para mayor detalle ver Anexo A y C de la Adenda Complementaria.
Modificación de diseño del botadero de ripio Ampliación de área de
caminos
La construcción de caminos del Proyecto Iván se centra en el sector de las pilas de lixiviación dinámicas y camino al nuevo botadero de ripios. Para más detalle, ver ítem 1.5.4 de la DIA.
Construcción canales de
contorno
La construcción del canal de contorno, que encausan las precipitaciones provenientes de las sub-cuencas presentes en el sector sur de la faena minera, se realizará mediante el uso de maquinaria pesada convencional. La maquinaria excavará la superficie natural del terreno. La longitud total del canal de la faena minera corresponde a 1.649 metros.
Para mayor detalle, ver Anexo 1-4 Planos de Proyectos de la DIA.
Construcción de garita de control de acceso
La garita de control de acceso utilizará una superficie efectiva de 29 m? con 5 metros de ancho y 6 metros de largo aproximadamente y se emplazará en el sector nororiente del área del Proyecto. Estará compuesta por una estructura modular tipo contenedor prefabricado que se instalará sobre puntos de hormigón que servirán de anclaje en cuyo interior se dispondrá un sector de oficina de control y otro de servicio higiénico. Además, contará con un sector para el estacionamiento de vehículos livianos y pesados. El sector de la garita se preparará mediante compactación del terreno, sin requerir excavaciones ni rellenos.
Construcción de oficina en área seca chancado y Construcción de oficina en área de la romana chancado
La oficina área seca chancado y la oficina área de la romana chancado utilizarán cada una, una superficie efectiva de 29 m? con 5 metros de ancho y 6 metros de largo aproximadamente y se emplazarán en el sector oriente del área del Proyecto. Estarán compuesta por una estructura modular tipo contenedor prefabricado que se instalará sobre puntos de hormigón que servirán de anclaje en cuyo interior se dispondrá un sector de oficina de control y otro de servicio higiénico.
Fosas sépticas asociadas a garita, y oficinas nuevas
El Proyecto contempla la instalación de tres nuevas fosas sépticas las cuales recibirán y tratarán las aguas servidas provenientes de los servicios higiénicos de la nueva garita de acceso de camiones, oficinas área seca chancado y oficina área de la romana chancado.
Construcción de sala eléctrica
La sala eléctrica utilizará una superficie efectiva de 13 m?. La edificación se emplazará en el área oriente de la faena minera específicamente en el área de chancado. Estará compuesta por una
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estructura modular tipo contenedor prefabricado que se instalará sobre puntos de hormigón que servirán de anclaje.
Renovación de área patio de salvataje
El Patio de Salvataje utilizará la superficie existente y se emplazará en el sector nororiente del área del Proyecto. Estará compuesta por la misma área existente, la modificación consiste en reordenar los residuos dentro del lugar y renovar la infraestructura dañada por el paso del tiempo, división clasificación de residuos.
Rectificación de patio de almacenamiento temporal de residuos peligrosos:
El área de residuos peligrosos mantendrá según lo aprobado en la RCA N63/2007 las obras existentes, las cuales se rectificarán para cumplir con lo dispuesto en el DS N148/2003. Esta área será configurada por un radier de hormigón de 15 m x 10 m (150 m? aproximadamente), el cual se encuentra cubierto por un galpón que encierra las obras. El patio de almacenamiento temporal de residuos peligrosos se emplazará en el sector nororiente del área del Proyecto cercano a la garita de acceso de camiones. El área cuenta con un cierre perimetral y está construida en base a lo que establecen los cuerpos normativos regulatorios de almacenamiento de residuos. Además, contará con un sector para el estacionamiento de vehículos livianos y pesados. Este sector se preparará mediante compactación del terreno, sin requerir excavaciones ni rellenos.
Recursos naturales renovables
El proyecto contempla la extracción de agua subterránea.
Emisiones y efluentes
a) Emisiones a la atmósfera
Las emisiones a la atmósfera en la fase de construcción corresponden principalmente a material particulado respirable generado por movimientos de tierra (escarpe y excavaciones para fundaciones) y transporte de materiales de construcción. Además de gases provenientes de la combustión de los vehículos y maquinaria utilizados en el proyecto.
Fase (t/año) | MP10 | MP2,5 | NOx |SOz |CO Ccov
Construcción | 44,27 | 15,82 20,71 | 0,01 | 4,44 | 1,60
A continuación, se listan las medidas de abatimiento de emisiones atmosféricas:
- Humectación de caminos internos 2 veces al día
-
Mantención mensual de caminos internos.
-
Control de la velocidad máxima de 30 km/hora para los vehículos que circulen por los caminos internos.
-
Mantención periódica de la maquinaria y equipos para el control de las emisiones atmosféricas.
-
Transporte de materiales en camiones, con un límite de carga máximo de la tolva de 10 cm por debajo de ésta. Para mayor detalle ver Anexo D.l de la Adenda.
b) Residuos líquidos domésticos (aguas servidas):
Baños químicos: Durante la fase de construcción se dispondrán baños químicos en los frentes de trabajo que se encuentren alejados de los servicios higiénicos existentes. La limpieza, mantención y disposición final de las aguas servidas generadas en los baños químicos estará a cargo de una empresa de terceros especializada, la cual contará con las autorizaciones y permisos pertinentes para su operación.
Se estima que se genere una cantidad de 12 m*/día de aguas servidas
Se consideran para esta fase las PTAS existentes: Durante la fase de construcción las aguas servidas serán colectadas por la red de
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alcantarillado existente de la faena y conducidas hacia las dos plantas modulares de tratamiento de aguas servidas
Cabe señalar que el presente Proyecto no modifica la disposición final del efluente de las PTAS señalada en el Considerando 10.1, letra a) de la RCA N*190/2002 de faena minera Rayrock, es decir, el agua servida tratada será utilizada en la humectación de caminos internos de la faena.
Se estima que se genere una cantidad de 8 kg/dia de lodos provenientes de las PTAS.
c) Emisión de Ruido:
Durante la fase de construcción, se generarán emisiones de ruido principalmente por movimientos de tierra y construcción en general. No se excederán los niveles de emisión de ruido permitidos por el Decreto Supremo N* 38/2011 del Ministerio de Medio Ambiente. Para mayor detalle ver Anexo 2-2 de la DIA.
Residuos, productos químicos y otras sustancias que puedan afectar el medio ambiente.
a) Residuos Sólidos Domiciliarios y Asimilables:
Durante la fase de construcción del Proyecto, se generarán residuos sólidos domiciliarios y asimilables. Estos residuos estarán compuestos básicamente por papeles, cartones, botellas plásticas, desechos de oficina y restos de comida. Se estima una generación de 3,9 t/mes, los cuales serán dispuestos en contenedores de 200 litros en cada frente de trabajo, los cuales se ubicarán en los distintos frentes de trabajo, donde serán retirados por empresas de terceros autorizadas.
El Proyecto dispondrá de estos residuos domésticos en sitios debidamente autorizados a través de una resolución sanitaria de funcionamiento.
b) Residuos industriales sólidos no peligrosos:
Durante la fase de construcción se generarán residuos industriales sólidos no peligrosos, tales como envases no contaminados, cartón, chatarra, piezas metálicas y neumáticos usados de maquinarias, hormigón, madera, plásticos, entre otros. Se estima una generación de 46 t/mes, los cuales serán dispuestos en contenedores de 50 litros, 200 litros y 770 litros ubicados en los puntos de generación. Luego serán trasladados hasta el sitio de almacenamiento de residuos no peligrosos de la faena minera.
Cabe señalar que estos residuos serán acopiados en contenedores en cada frente de trabajo y trasladados hasta el actual sitio de residuos no peligrosos que será modificado, donde se almacenarán en forma segregada para su posterior comercialización, reutilización en la planta o traslado hasta su disposición final.
c) Residuos peligrosos:
La cantidad total de residuos sólidos industriales peligrosos que se generará será de 1,3 t/mes los cuales serán básicamente aceite lubricante usado, baterías de plomo, filtros de aceite, guaipes y trapos con aceite, etc. Estos residuos serán almacenados en contenedores herméticos de 190 a 227 litros aproximadamente, los que serán dispuestos en el sitio de almacenamiento de residuos peligrosos.
El transporte se realizará por empresas de terceros autorizados hasta el sitio de disposición final autorizado con una frecuencia máxima de 6 meses.
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Referencia al ICE para mayores detalles sobre esta fase.
Ver Tabla 4.5. del ICE
43.2. FASE DE OPERACIÓN
Alimentación a chancado
El mineral proveniente desde mina Emperatriz será depositado en la cancha de acopio de mineral, al igual que el mineral proveniente desde terceros. El control de entrada y salida será realizará desde la nueva garita en el sector norte, en la cual se llevará registro de los camiones con mineral que ingresan a Planta Iván.
Operación de Chancado y Aglomerador:
La aglomeración del material consiste en alimentar el mineral chancado a un tambor rotatorio levemente inclinado, adicionando ácido sulfúrico y agua desde los respectivos estanques de almacenamiento, produciendo un mineral humedecido en solución ácida denominado mineral aglomerado, el que es conducido por medio de correas a camiones que transportan el material hacia las pilas de lixiviación. Para mayor detalle, ver item 1.7.1.2 de la DIA,
Área de Lixiviación (LX)
El proceso se inicia con la construcción de pilas frescas de mineral curado proveniente del sistema de Aglomeración, Concluido lo anterior, se inicia el riego del mineral con una solución ILS (solución producto de irrigación de pilas agotadas, ácido sulfúrico, refino desde la etapa de Extracción por Solventes (SX). El producto de lixiviación de pilas frescas es una solución de PLS y material sólido empobrecido en cobre en la pila agotada. Para mayor detalle, ver ítem 1.7.1.3 de la DIA.
Área de Extracción por Solventes (SX) y Electro Obtención (EW)
La etapa de Extracción por solventes contempla la renovación de la planta de SX, con una configuración 2E-S-L, es decir, dos etapas de extracción, una etapa de re-extracción y una etapa de lavado.
Operación para suministros de agua:
El recurso hídrico utilizado para los procesos y servicios diversos en la planta Iván, será obtenido desde dos fuentes: - Uno es la compra de agua industrial y/o potable a terceros certificados como ADASA. - La siguiente fuente es el agua obtenida desde tres pozos de propiedad de Coro Mining, los que cuentan con derecho de extracción de agua según Resoluciones Exentas DGA N534/1991, DGA N535/1991 y DGA N*837/2009 ubicados a una distancia de 7 km y 11 km respectivamente al oeste del Proyecto.
Operaciones para suministro de ácido sulfúrico
El ácido sulfúrico podrá ser provisto por Interacid Chile Ltda. (Mejillones), Fundición Altonorte S.A. (Antofagasta) u otro autorizado, dada su cercanía al Proyecto. El traslado será a través de camiones aljibes de 16 m?* y su descarga será en el único abastecimiento y sistema de almacenamiento de ácido en Planta Iván.
Productos generados
El Proyecto considera el tratamiento de 150.000 toneladas mensuales de mineral de cobre, el cual será adquirido por Minera Rayrock Ltda a productores locales (terceros), para la producción de 9.120 toneladas anuales promedio de cátodos de alta pureza.
Recursos naturales renovables
El proyecto contempla la extracción de agua subterránea.
Emisiones y efluentes
a) Emisiones a la atmósfera:
Las emisiones a la atmósfera en la fase de operación corresponden principalmente a material particulado respirable generado por el acopio y chancado de mineral, y el tránsito por caminos internos. Además, se generarán gases provenientes de la combustión de los vehículos y maquinaria utilizados en esta fase.
Fase MP10 | MP2,5 | NOx |SOz |CO COov (año) Operación | 40,44 | 6,06 0,00 0,00 |0,00 |0,00
A continuación, se listan las medidas de abatimiento de emisiones atmosféricas:
- Humectación de caminos internos 2 veces al día
-
Mantención mensual de caminos internos.
-
Control de la velocidad máxima de 30 km/hora para los vehículos que circulen por los caminos internos.
-
Mantención periódica de la maquinaria y equipos para el control de las emisiones atmosféricas.
- Transporte de materiales en camiones, con un límite de carga máximo de la tolva de 10 cm por debajo de ésta. Para mayor detalle, ver Anexo D.1 de la Adenda.
b) Residuos líquidos domésticos (aguas servidas):
PTAS existentes: Las aguas servidas generadas durante esta fase serán colectadas por la red de alcantarillado existente de la faena y conducidas hacia las dos plantas modulares de tratamiento de aguas servidas existentes y aprobadas mediante Resolución N* 3537 de 1996 del SEREMI de Salud de la Región de Antofagasta.
Cabe señalar que el presente Proyecto no modifica la disposición final de la RCA N*190/2002 de faena minera Rayrock, es decir, el agua servida tratada será utilizada en la humectación de caminos internos de la faena.
Fosas Sépticas: Las aguas servidas que se generen en la garita de acceso de camiones, oficina de chancado y oficina de control de pesaje, serán conducidas y tratadas a sus respectivas fosas sépticas.
Las aguas tratadas en las fosas sépticas serán infiltradas al subsuelo mediante pozos de absorción. Los cálculos para determinar el diseño óptimo de estos pozos se presentan en la actualización del PASM 138 adjunto en el Anexo B de la Adenda Complementaria.
Se estima que se genere una cantidad de 32 m*/día de aguas servidas. PTAS existentes y nuevas Fosas Sépticas: La disposición de los lodos será en sitios autorizados, los servicios serán contratados a través de una empresa externa experta que acredite contar con todas las resoluciones sanitarias respectivas en cuanto al manejo, transporte y disposición final de los lodos.
c) Emisión de Ruido: Durante la fase de operación las actividades que generarán emisiones de ruido corresponden al uso de maquinaria y al paso de camiones. Debido a la baja cantidad de emisiones, no se justifica aplicar medidas de abatimiento y control. Para más detalle, ver Anexo 2-2 de la DIA.
Residuos, productos químicos y otras sustancias que puedan afectar el medio ambiente.
a) Residuos Sólidos Domiciliarios y Asimilables:
Durante la fase de operación del Proyecto, se generarán residuos sólidos domiciliarios y asimilables. Estos residuos estarán compuestos básicamente por papeles, cartones, botellas plásticas, desechos de oficina y restos de comida. Se estima una generación de 10,5 t/mes, los cuales serán dispuestos en contenedores de 200 litros en cada frente de trabajo, los cuales se ubicarán en los distintos frentes de trabajo, donde serán retirados por empresas de terceros autorizadas.
El Proyecto dispondrá de estos residuos domésticos en sitios debidamente autorizados a través de una resolución sanitaria de funcionamiento.
b) Residuos Industriales no peligrosos:
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Durante la fase de operación se generarán residuos industriales sólidos no peligrosos, tales como envases no contaminados, cartón, chatarra, piezas metálicas y neumáticos usados de maquinarias, hormigón, madera, plásticos, entre otros. Se estima una generación de 20 ton/mes, los cuales serán dispuestos en contenedores de 50 litros, 200 litros y 770 litros ubicados en los puntos de generación. Luego serán trasladados hasta el sitio de almacenamiento de residuos no peligrosos de la faena minera.
Cabe señalar que estos residuos serán acopiados en contenedores en cada frente de trabajo y trasladados hasta el actual sitio de residuos no peligrosos que será modificado, donde se almacenarán en forma segregada para su posterior comercialización, reutilización en la planta o traslado hasta su disposición final.
c) Residuos Peligrosos:
La cantidad total de residuos sólidos industriales peligrosos que se generará será de 1,7 t/mes los cuales serán básicamente aceite lubricante usado, baterías de plomo, filtros de aceite, guaipes y trapos con aceite, etc. Estos residuos serán almacenados en contenedores herméticos con tapa de 190 a 227 litros aproximadamente, los que serán dispuestos en el sitio de almacenamiento de residuos peligrosos.
Referencia al ICE para mayores detalles sobre esta fase.
Ver Tabla 4.6. del ICE
4,3.3, FASE DE CIERRE
Desmantelamiento de infraestructura
El Proyecto considera realizar las siguientes actividades de desmantelamiento y desmontaje:
-
Desmantelamiento de instalaciones de Planta Chancado, Planta Aglomerado, Planta SX/EW, Piscinas, Almacenamiento de ácidos, instalaciones auxiliares, abastecimiento de agua.
-
— Desmantelamiento de la línea eléctrica
- Demolición de hormigón
Cubrimiento de fundaciones con material estéril Para mayor detalle ver sección 3.2 del Capítulo 3, PAS 137, Anexo T de la Adenda.
Restauración de la geoforma
Se consideran actividades de reperfilamiento y restauración de la superficie para nivelar el terreno con el objeto de evitar la acumulación de agua y minimizar el efecto de la erosión.
Prevención de futuras emisiones para evitar afectaciones al aire, suelo y agua
Una vez realizada la fase de cierre, en el sitio no quedarán equipos e instalaciones que pueda generar futuras emisiones que afecten al aire, el suelo o el agua. Sin embargo, como consecuencia de las distintas actividades a realizar durante la fase de cierre, se prevé la generación de emisiones a la atmósfera, ruido, generación de efluentes y disposición de residuos sólidos peligrosos y no peligrosos.
Recursos naturales renovables
El proyecto no contempla la extracción de recursos naturales renovables.
Emisiones y efluentes
a) Emisiones a la atmósfera:
En la fase de cierre, las emisiones a la atmósfera estarán asociadas al tránsito de vehículos, actividad de maquinaria pesada, al desmantelamiento y las labores de nivelación que involucra la restitución del terreno. Estas emisiones corresponderán principalmente a material particulado respirable y en menor grado a los gases emitidos por los vehículos y maquinarias producto de la combustión interna de sus motores.
Fase MP10 | MP2,5 | NOx | SO, | CO Ccov (año)
Cierre 29,57 | 12,66 21,69 | 0 5,24 |2,33
A continuación, se listan las medidas de abatimiento de emisiones atmosféricas:
- Humectación de caminos internos 2 veces al día
-
Mantención mensual de caminos internos.
-
Control de la velocidad máxima de 30 km/hora para los vehículos que circulen por los caminos internos.
-
Mantención periódica de la maquinaria y equipos para el control de las emisiones atmosféricas.
-
Transporte de materiales en camiones, con un límite de carga máximo de la tolva de 10 cm por debajo de ésta. Para mayor detalle, ver Anexo D.1 de la Adenda.
b) Residuos líquidos domésticos (aguas servidas):
Baños químicos: Durante la fase de cierre se dispondrán baños químicos en los frentes de trabajo que se encuentren alejados de los servicios higiénicos existentes y operarán posteriormente a la desmantelación de las PTAS existentes hasta el término de la fase de cierre.
La limpieza, mantención y disposición final de las aguas servidas generadas en los baños químicos estará a cargo de una empresa de terceros especializada, la cual contará con las autorizaciones y permisos pertinentes para su operación.
PTAS existentes: Durante los cinco primeros meses de la fase de cierre, además, las aguas servidas serán colectadas por la red de alcantarillado existente de la faena y conducidas hacia las dos plantas modulares de tratamiento de aguas servidas.
Efluentes PTAS: El presente Proyecto no modifica la disposición final del efluente de las PTAS señalada en el Considerando 10.1, letra a) de la RCA N*190/2002 de faena minera Rayrock, es decir, el agua servida tratada será utilizada en la humectación de caminos internos de la faena.
PTAS existentes: La disposición de los lodos será en sitios autorizados, los servicios serán contratados a través de una empresa externa experta que acredite contar con todas las resoluciones sanitarias respectivas en cuanto al manejo, transporte y disposición final de los lodos.
Se estima que se genere una cantidad de 6 m*/día de aguas servidas.
c) Emisión de Ruido:
Durante la fase de cierre las actividades que generarán emisiones de ruido corresponden al desmontaje de tuberías, bombas, líneas de agua, válvulas y sistemas de control de soluciones. Debido a la baja cantidad de emisiones, no se aplicarán medidas de abatimiento y control. Para más detalle, ver Anexo 2-2 de la DIA.
Residuos, productos químicos y otras sustancias que puedan afectar el medio ambiente.
a) Residuos Sólidos Domiciliarios y Asimilables:
Durante la fase de cierre del Proyecto, se generarán residuos sólidos domiciliarios y asimilables. Estos residuos estarán compuestos básicamente por papeles, cartones, botellas plásticas, desechos de oficina y restos de comida. Se estima una generación de 2 t/mes, los cuales serán dispuestos en contenedores de 200 litros en cada frente
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de trabajo, los cuales se ubicarán en los distintos frentes de trabajo, donde serán retirados por empresas de terceros autorizadas.
El Proyecto dispondrá de estos residuos domésticos en sitios debidamente autorizados a través de una resolución sanitaria de funcionamiento.
b) Residuos industriales sólidos no peligrosos:
Durante la fase de cierre se generarán residuos industriales sólidos no peligrosos, tales como envases no contaminados, cartón, chatarra, piezas metálicas y neumáticos usados de maquinarias, hormigón, madera, plásticos, entre otros. Se estima una generación de 525 t/mes, los cuales serán dispuestos en contenedores de 50 litros, 200 litros y 770 litros ubicados en los puntos de generación. Luego serán trasladados hasta el sitio de almacenamiento de residuos no peligrosos de la faena minera.
Cabe señalar que estos residuos serán acopiados en contenedores en cada frente de trabajo y trasladados hasta el actual sitio de residuos no peligrosos que será modificado, donde se almacenarán en forma segregada para su posterior comercialización, reutilización en la planta o traslado hasta su disposición final.
c) Residuos peligrosos:
Durante la fase de cierre se generarán residuos industriales sólidos no peligrosos, tales como envases no contaminados, cartón, chatarra, piezas metálicas y neumáticos usados de maquinarias, hormigón, madera, plásticos, entre otros. Se estima una generación de 1,3 t/mes, los cuales serán dispuestos en contenedores de 90 a 227 litros, los que serán dispuestos en el sitio de almacenamiento de residuos peligrosos.
Cabe señalar que estos residuos serán acopiados en contenedores herméticos con tapa debidamente rotulados e identificados de acuerdo con la NCh 2.190 Of 93, los cuales se sellarán una vez que el contenedor complete su capacidad de almacenamiento, para ser trasladados hasta el actual sitio de almacenamiento de residuos peligrosos que será modificado. El transporte se realizará por empresas de terceros autorizados hasta el sitio de disposición final autorizado con una frecuencia máxima de 6 meses.
Referencia al ICE para mayores detalles sobre esta fase.
Ver Tabla 4.7. del ICE
4.4. CRONOLOGÍA DE LAS FASES DEL PROYECTO
4.4.1. FASE DE CONSTRUCCIÓN |
Fecha estimada de inicio | Primer trimestre 2021
Parte, obra o acción que | Movilización de contratistas para la construcción al área del Proyecto.
establece el inicio
Fecha estimada de Tercer trimestre 2021
término
Parte, obra o acción que | Desmovilización de contratistas de construcción.
establece el término
4.4.2. FASE DE OPERACIÓN
Fecha estimada de inicio | Segundo semestre 2021
Parte, obra o acción que | Puesta en marcha de la planta
establece el inicio
11/43
Fecha estimada de Segundo semestre 2046 término
Parte, obra o acción que | Fin de la producción de cátodos de la Planta Iván establece el término
4.4.3. FASE DE CIERRE
Fecha estimada de inicio | Segundo semestre 2046
Parte, obra o acción que | Desarme y desmantelamiento de las instalaciones establece el inicio
Fecha estimada de | Primer semestre 2047 término
Parte, obra o acción que | Instalación de señalética de advertencia de cierre de instalaciones establece el término
5%, Que, durante el proceso de evaluación se han presentado antecedentes que justifican la inexistencia de los siguientes efectos, características y circunstancias del artículo 11 de la Ley N* 19.300:
5.1. RIESGO PARA LA SALUD DE LA POBLACIÓN, DEBIDO A LA CANTIDAD Y CALIDAD DE EFLUENTES, EMISIONES Y RESIDUOS
Impacto ambiental Generación de emisiones, residuos y efluentes
Parte, obra o acción que lo genera El Proyecto se localizará aproximadamente 17 km al noroeste de la localidad de Antofagasta y a 30 km al sureste de Mejillones, sin embargo, en base a los resultados de modelaciones de calidad del aire y ruido, así como la forma de manejo de efluentes y residuos, es posible indicar que no existe riesgo para la salud de la población.
Fase en que se presenta Todas las fases
Referencia al ICE para mayores Tabla 6.1 del ICE detalles sobre este impacto específico
5.2. EFECTOS ADVERSOS SIGNIFICATIVOS SOBRE LA CANTIDAD Y CALIDAD DE LOS RECURSOS NATURALES RENOVABLES, INCLUIDOS EL SUELO, AGUA Y AIRE
Impacto ambiental Alteración de suelo y Aumento de material particulado y gases Parte, obra o acción que lo genera El Proyecto se emplaza en un área previamente intervenida
por instalaciones mineras del Proyecto Minera Iván Zar aprobado ambientalmente mediante la RCA N*674/1993. Por lo tanto, el proyecto no generará pérdida o degradación de suelo por erosión, impermeabilización, compactación o contaminación.
En relación con la calidad del aire, de acuerdo al inventario de emisiones e informe de modelación, el Proyecto no producirá aportes significativos en los receptores más cercanos al proyecto, por lo que no se generará efectos adversos significativos sobre la calidad de aire, durante la construcción, operación y cierre del proyecto.
Fase en que se presenta Todas las fases del proyecto. Componente ambiental afectado Alteración de acuífero Parte, obra o acción que lo genera Se considera la prolongación de la extracción de agua
subterránea desde los tres pozos DPW-C, DPW-B y WW- 24 con derechos de aprovechamiento constituidos sobre el acuífero de la Quebrada El Desesperado por 20 años adicionales (duración total del proyecto 25 años), es decir,
12/43
el periodo comprendido entre el 2026 y el fin de la vida útil, ya que el Proyecto mantendrá la extracción de agua desde los pozos aprobada ambientalmente a través de la RCA N*269/2010, hasta el año 2025 (vida útil 15 años del Proyecto “Ampliación Botadero de Ripios Lixiviados”).
Posterior al 2025, el Proyecto continuará con la extracción de agua desde los tres pozos con el caudal necesario para no causar un impacto significativo, hasta el fin de la vida útil (20 años adicionales), el cual, de acuerdo al análisis realizado y basado en un modelo conceptual de la zona, pruebas de bombeo y balances de agua, este no excederá los 5,1 1/s entre las 3 captaciones, siendo este el caudal que no producirá un riesgo grave de niveles en la zona del proyecto.
Fase en que se presenta
Construcción y Operación
Referencia al ICE para mayores detalles sobre este impacto específico
Tabla 6.2 del ICE
5.3. REASENTAMIENTO DE COMUNIDADES HUMANAS O ALTERACIÓN SIGNIFICATIVA DE LOS SISTEMAS DE VIDA Y COSTUMBRES DE GRUPOS HUMANOS
Impacto ambiental
El Proyecto en evaluación no genera impactos ambientales sobre reasentamiento de comunidades humanas o alteración significativa de los sistemas de vida y costumbres de grupos humanos
Parte, obra o acción que lo genera
No Aplica
Fase en que se presenta
No Aplica
Referencia al ICE para mayores detalles sobre este impacto específico
Tabla 6.3 del ICE
5.4. LOCALIZACIÓN EN O PRÓXIMA A POBLACIONES, RECURSOS Y ÁREAS PROTEGIDAS, SITIOS PRIORITARIOS PARA LA CONSERVACIÓN, HUMEDALES PROTEGIDOS Y GLACIARES, SUSCEPTIBLES DE SER AFECTADOS, ASÍ COMO EL VALOR AMBIENTAL DEL TERRITORIO EN QUE SE PRETENDE EMPLAZAR
Impacto ambiental
No aplica
Parte, obra o acción que lo genera
El Proyecto no se localiza próximo a poblaciones, recursos y áreas protegidas, sitios prioritarios para la conservación, humedales protegidos y glaciares, o territorio con valor ambiental en que se pretende emplazar.
Fase en que se presenta
No Aplica
Referencia al ICE para mayores detalles sobre este impacto específico
Tabla 6.4 del ICE
53 ALTERACIÓN SIGNIFICATIVA, EN TÉRMINOS DE MAGNITUD O DURACIÓN, DEL VALOR PAISAJÍSTICO O TURÍSTICO DE UNA ZONA
Impacto ambiental
No aplica.
Parte, obra o acción que lo genera
El territorio no cuenta con valor ambiental, por corresponder a un territorio con alta intervención antrópica y no proveer de servicios ecosistémicos locales relevantes para la población, o cuyos ecosistemas o formaciones naturales presenten características de unicidad, escasez 0 representatividad.
13/43 Y
Dentro del área de influencia se identifican dos unidades de paisaje, (UP1) Formaciones montañosas de la cordillera de la costa y (UP-2) Actividad Minera. Cabe señalar que en general el área de estudio es una zona bastante intervenida desde un punto de vista antrópico, pudiéndose encontrar, caminos, líneas de transmisión eléctrica, complejos industriales mineros, postaciones eléctricas, entre otros.
Fase en que se presenta
No aplica
Referencia al
ICE para mayores detalles sobre este impacto específico
Tabla 6.4 del ICE
S.6. ALTERACIÓN DE MONUMENTOS, SITIOS CON VALOR ANTROPOLÓGICO, ARQUEOLÓGICO, HISTORICO Y, EN GENERAL, LOS PERTENECIENTES AL PATRIMONIO
CULTURAL
Impacto ambiental
No aplica
Parte, obra o acción que lo genera
En el área del Proyecto solo se registró un sitio arqueológico denominado Huella de Carreta 1 el cual será protegido mediante la instalación de un cerco a lo largo de toda la huella y sus ramales dentro del área de influencia del Proyecto, ubicado a ambos lados con un buffer de mínimo $ m, mediante un cerco visible simple (mallas y postes) de 1,20 m de altura como mínimo. Además, se instalará la señalética que identifique el sitio e indique que corresponde a un elemento protegido por la Ley 17.288 de Monumentos Nacionales.
Fase en que se presenta
No aplica
Referencia al
ICE para mayores detalles sobre este impacto específico
Tabla 6.4 del ICE
- Que resultan aplicables al Proyecto los siguientes permisos ambientales sectoriales, asociados a las correspondientes partes, obras o acciones que se señalan a continuación:
6.1. PERMISOS AMBIENTALES SECTORIALES MIXTOS Los permisos ambientales sectoriales mixtos aplicables al Proyecto son los siguientes:
6.1.1. Permiso para establecer un botadero de estériles o acumulación de mineral según se establece en el artículo 136 del Reglamento del SEIA
Fase del Proyecto a la cual corresponde
Construcción, operación y cierre
Parte, obra o acción a la que aplica
Botadero de Ripios
Los antecedentes asociados a este permiso se detallan en el Anexo 1 de la Adenda y Anexo B de la Adenda Complementaria.
Condiciones o exigencias específicas para su otorgamiento
El Botadero de Ripios, según lo presentado por el titular en el anexo 1-3 “Análisis de Estabilidad Física” del capítulo 3 de la DIA, no será regado durante las distintas fases del proyecto.
El titular deberá presentar en tramitación del permiso sectorial del PAS 136, el procedimiento a seguir en caso de sobrepasar rangos de seguridad del nivel freático en Botadero de Ripios.
Pronunciamiento del órgano competente
Mediante ORD 7502 de fecha 17 de diciembre de 2020 SERNAGEOMIN, Región de Antofagasta, se pronuncia conforme condicionado a los antecedentes presentados por el titular.
Referencia al ICE para mayores detalles
Tabla 9.1.1 del ICE
6.1.2. Permiso para la aprobación del plan de cierre de una faena minera según se establece en el artículo 137 del Reglamento del SETA.
Fase del Proyecto a la cual corresponde
Cierre
Parte, obra o acción a la que aplica
Faena minera
Los antecedentes asociados a este permiso se detallan en el Anexo I, PASM 137 Adenda de la DIA y Anexo B de la Adenda Complementaria.
Condiciones o exigencias específicas para su otorgamiento
Las medidas indicadas, específicamente en lo relativo a las actividades de monitoreo, mantención, conservación y supervisión durante la fase de cierre podrían ajustarse durante la tramitación sectorial y actualizaciones del plan de cierre conforme a lo establecido en la Ley N* 20.551, y su reglamento.
Pronunciamiento del órgano competente
Mediante ORD 7502 de fecha 17 de diciembre de 2020 SERNAGEOMIN, Región de Antofagasta, se pronuncia conforme condicionado a los antecedentes presentados por el titular.
Referencia al ICE para mayores detalles
Tabla 9.1.2 del ICE
6.1.3. Permiso para la construcción, reparación, modificación y ampliación de cualquier obra pública o particular destinada a la evacuación, tratamiento o disposición final de desagiles, aguas servidas de cualquier naturaleza según se establece en el artículo 138 del Reglamento del SEIA
Fase del Proyecto a la cual corresponde
Operación
Parte, obra o acción a la que aplica
Fosas sépticas asociadas a garita y oficinas nuevas.
Los antecedentes asociados a este permiso se detallan en el Capítulo 3.2 de la DIA, Anexo I de la Adenda y Anexo B de la Adenda Complementaria.
Condiciones o exigencias específicas para su otorgamiento
No existen condiciones
Pronunciamiento del órgano competente
Mediante ORD 1767 de fecha 28 de diciembre de 2020 la SEREMI de Salud, Región de Antofagasta, se pronuncia conforme a los antecedentes presentados por el titular.
Referencia al ICE para mayores detalles
Tabla 9.1.3 del ICE
6.1.4. Permiso para la construcción, modificación y ampliación de cualquier planta de tratamiento de basuras y desperdicios de cualquier clase; o para la instalación de todo lugar destinado a la acumulación, selección, industrialización, comercio o disposición final de basuras y desperdicios de cualquier clase según se establece en el artículo 140 del Reglamento del SEIA.
Fase del Proyecto a la cual corresponde
Construcción, operación y cierre
Parte, obra o acción a la que aplica
Renovación sitio de almacenamiento transitorio de residuos no peligrosos.
Los antecedentes asociados a este permiso se detallan en el Anexo I, PASM 140, de la Adenda de la DIA.
Condiciones o exigencias específicas para su otorgamiento
No existen condiciones
Pronunciamiento del órgano competente
Mediante ORD 1767 de fecha 28 de diciembre de 2020 la SEREMI de Salud, Región de Antofagasta, se pronuncia conforme a los antecedentes presentados por el titular.
15/43
Referencia al ICE para mayores detalles
Tabla 9.1.4 del ICE
6.1.5. Permiso para todo sitio destinado al almacenamiento de residuos peligrosos según se establece en el artículo 142 del Reglamento del SEIA.
Fase del Proyecto a la cual corresponde
Construcción, operación y cierre
Parte, obra o acción a la que aplica
Reacondicionamiento de patio de almacenamiento de residuos peligrosos.
Los antecedentes asociados a este permiso se detallan en el Anexo I, PASM 142 de la Adenda de la DIA.
Condiciones o exigencias específicas para su otorgamiento
No existen condiciones
Pronunciamiento del órgano competente
Mediante ORD 1767 de fecha 28 de diciembre de 2020 la SEREMI de Salud, Región de Antofagasta, se pronuncia conforme a los antecedentes presentados por el titular.
Referencia al ICE para mayores detalles
Tabla 9.1.5 del ICE
6.1.6 Permiso para efectuar obras de regularización o defensa de cauces naturales según se establece en el artículo 157 del Reglamento del SEIA.
Fase del Proyecto a la cual corresponde
Construcción y Operación
Parte, obra o acción a la que aplica
Canal de contorno de 1,36 m?/s de capacidad de diseño
Los antecedentes asociados a este permiso se detallan en el Capítulo 3.2 de la DIA y Anexo I PASM 157 de la Adenda de la DIA
Condiciones o exigencias específicas para su otorgamiento
No existen condiciones o exigencias.
Pronunciamiento del órgano competente
Mediante ORD 517 de fecha 15 de diciembre de 2020 la Dirección General de Aguas de la Región de Antofagasta, se pronuncia conforme a los antecedentes presentados por el titular.
Referencia al ICE para mayores detalles
Tabla 9.1.6 del ICE
6.1.7. Permiso para subdividir y urbanizar terrenos rurales fuera de los límites urbanos según se
establece en el artículo
160 del Reglamento del SEIA
Fase del Proyecto a la cual corresponde
Construcción, operación y cierre.
Parte, obra o acción a la que aplica
Obras temporales y permanentes declaradas en el PASM
Los antecedentes asociados a este permiso se detallan en el Anexo Capítulo 3.2 y Anexo L, PASM 160 de la Adenda de la DIA.
Condiciones o exigencias específicas para su otorgamiento
No existen condiciones o exigencias.
Pronunciamiento del órgano competente
Mediante Ord 400 de fecha 15 de octubre de 2020 el Servicio Agrícola Ganadero de la Región de Antofagasta, se pronuncia conforme a los antecedentes presentados por el titular.
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Mediante Ord 1117 de fecha 14 de octubre de 2020 la SEREMI de Vivienda y Urbanismo de la Región de Antofagasta, se pronuncia conforme con condiciones a los antecedentes presentados por el titular.
Referencia al ICE para mayores detalles
Tabla 9.1.7 del ICE
7%. Que, de acuerdo a los antecedentes que constan en el expediente de evaluación, la forma de cumplimiento de la normativa de carácter ambiental aplicable al Proyecto es la siguiente:
7.1. COMPONENTE/MATERIA: Ordenamiento Territorial
Norma
Resolución N*7/2005 Promulga "Plan Regional de Desarrollo Urbano (PRDU) II Región", Gobierno Regional de Antofagasta.
Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento
Construcción, operación y cierre
Parte, obra o acción a la que aplica
Todas las obras del proyecto Continuidad Operacional Planta Iván
Forma de cumplimiento
El proyecto se localización dentro del sector denominado “Área de Uso Múltiple Condicionado”, PRDU, que se define como aquella zona que se localizan entre los límites urbanos de los Planes reguladores comunales y las áreas de restricción.
Indicador que acredita su cumplimiento
Registro cartográfico de las instalaciones sobre el Plan Regional de Desarrollo Urbano.
Forma de control y seguimiento
Los planos de localización de la planta sobre el PRDU se mantendrán dentro de las instalaciones en caso de ser solicitado por la autoridad.
Referencia al ICE para mayores detalles
Tabla 8.1.1 del ICE
7.2. COMPONENTE/MATERIA: Emisiones a la atmósfera.
Norma
D.S. N* 144/1961 del MINSAL Establece normas para evitar emanaciones o contaminantes atmosféricos de cualquier naturaleza.
Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento
Construcción, operación y cierre.
Parte, obra o acción a la que aplica
El Proyecto generará emisiones producto del movimiento de tierra, tránsito de vehículos, traslado de material, operación de chancado y funcionamiento de maquinarias en general.
Forma de cumplimiento
Para el control de las emisiones, se contemplarán las medidas de manejo detalladas en el Anexo D.1 de la Adenda
Indicador que acredita su cumplimiento
Instalar, aplicar o ejecutar las medidas señaladas en la forma propuesta.
Forma de control y seguimiento
Revisión y actualización periódica de los registros.
Referencia al ICE para mayores detalles
Tabla 8.2.1.1 del ICE
7.3. COMPONENTE/MATERIA: Emisiones a la atmósfera.
Norma
D.S. N* 138/2005 del MINSAL Establece obligación de declarar emisiones que indica.
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Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento
Construcción, operación y cierre.
Parte, obra o acción a la que aplica
Uso de grupos electrógenos
Forma de cumplimiento
Las emisiones generadas por la operación de los generadores eléctricos, en cada una de las fases del Proyecto, serán declaradas anualmente, a través de la ventanilla única del “Registro de Emisiones y Transferencias de Contaminantes (RETC)”, a más tardar el 30 de abril de cada año, conforme al procedimiento señalado en el DS 138/2005.
Indicador que acredita su cumplimiento
Comprobante de envío de declaración, Comprobante de aprobación de declaración.
Forma de control y seguimiento
Revisión y actualización periódica de los registros.
Referencia al ICE para mayores detalles
Tabla 8.2.1.2 del ICE
7.4. COMPONENTE/MATERIA: Emisiones a la atmósfera
Norma
D.S. N* 4/1994 del Ministerio de Transporte y Telecomunicaciones. Establece normas de emisión de contaminantes aplicables a los vehículos motorizados y fija los procedimientos para su control.
Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento
Construcción, operación y cierre.
Parte, obra o acción a la que aplica
El Proyecto durante su fase de construcción, operación y cierre considera el uso de vehículos motorizados.
Forma de cumplimiento
Los vehículos que se utilizarán contarán con el permiso de circulación y la revisión técnica vigente, además de ser mantenidos periódicamente
Indicador que acredita su cumplimiento
Registro de revisiones técnicas y permisos de circulación vigentes de todos los vehículos motorizados.
Forma de control y seguimiento
Revisión y actualización periódica de los registros.
Referencia al ICE para mayores detalles
Tabla 8.2.1.3 del ICE
7.5. COMPONENTE/MATERIA: Emisiones a la atmósfera
Norma
Decreto Supremo N* 279/1983, Ministerio de Salud “Aprueba Reglamento para el Control de la Emisión de Contaminantes de Vehículos Motorizados de Combustión Interna”.
Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento
Construcción, operación y cierre.
Parte, obra o acción a la que aplica
Las modificaciones propuestas en el presente Proyecto involucran la utilización de camiones para el transporte de materiales, residuos e insumos.
Cabe señalar que el transporte de personal, de insumos y productos generados no forma parte del presente proyecto, este estará a cargo de una empresa autorizada y que cumpla todas las condiciones normativas.
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Forma de cumplimiento
En todas las fases del Proyecto, los camiones que se utilicen contaran con su documentación técnica requerida y vigente, debiendo además circular en óptimas condiciones mecánicas. Se verificará que todos los vehículos motorizados cuenten con su revisión técnica al día, mediante contrato con empresa de transporte y registro de camiones que ingresen al proyecto
Indicador que acredita su cumplimiento
Revisiones técnicas Registros de mantención de vehículos y maquinaria.
Forma de control y seguimiento
Durante la fase de operación se verificará el registro de las revisiones técnicas de los vehículos al día y el registro de mantenciones, esto se realizará de forma anual para la fase de operación. Durante la fase de construcción y cierre se verificará el registro de las revisiones técnicas asociados a contratistas y/o terceros.
Referencia al ICE para mayores detalles
Tabla 8.2.1.4 del ICE
7.6. COMPONENTE/MATERIA: Ruido
Norma
D.S. N* 38/2011, Ministerio del Medio Ambiente. Norma de emisión de ruidos generados por fuentes que indica.
Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento
Construcción, operación y cierre.
Parte, obra o acción a la que aplica
El Proyecto generará emisiones de ruido, asociadas al uso de maquinarias y transporte de materiales, durante todas sus fases.
Forma de cumplimiento
Conforme a los resultados obtenidos del estudio de ruido disponible en el Anexo 2-2 de la DIA “Estudio de ruido y vibraciones”, se establece que el proyecto cumple con la normativa vigente en esta materia, no sobrepasando los niveles de presión sonora establecidos.
Indicador que acredita su cumplimiento
Informe de modelo de ruido, Anexo 2-2 Ruido de la DIA.
Forma de control y seguimiento
Registro de medición de niveles de ruido.
Referencia al ICE para mayores detalles
Tabla 8.2.2.1 del ICE
7.7. COMPONENTE/MATERIA: Aguas servidas
Norma
Decreto con Fuerza de Ley N * 725 de 1967. Código Sanitario. 31 de enero de 1968. Ministerio de Salud.
Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento
Construcción, Operación y Cierre.
Parte, obra o acción a la que aplica
El Proyecto generará aguas servidas en cada una de sus fases.
Forma de cumplimiento
Durante la fase de construcción y cierre las aguas servidas se manejarán en baños químicos y en la planta de tratamiento existente de la faena minera. La limpieza de los baños químicos en los frentes de trabajo estará a cargo de una empresa de terceros especializada, la cual contará con las autorizaciones y permisos pertinentes para su operación.
Durante la fase de operación, las aguas servidas se manejarán en la PTAS existente de la faena minera y en las tres fosas sépticas con pozo
absorbente, proyectadas. Los lodos generados en las fosas sépticas serán retirados por una empresa autorizada en el manejo de estos
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residuos, mientras que las aguas tratadas en las nuevas fosas se dispondrán al terreno mediante pozo absorbente.
Indicador que acredita su cumplimiento
Resoluciones sanitarias correspondientes a la aprobación de las fosas sépticas y de funcionamiento del sistema particular de manejo y tratamiento de las aguas servida.
Forma de control y seguimiento
Mantención del registro de resoluciones y registro de retiro de aguas servidas durante la fase de construcción, operación y cierre.
Referencia al ICE para mayores detalles
Tabla 8.2.3.1 del ICE.
7.8. COMPONENTE/MATERIA: Manejo de lodos provenientes de plantas de tratamiento de aguas
servidas.
Norma
D.S. N4/2010, del Ministerio Secretaria General de la Presidencia. Reglamento para el manejo de lodos generados en plantas de tratamiento de aguas servidas.
Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento
Construcción, operación y cierre.
Parte, obra o acción a la que aplica
Sistemas particulares de tratamiento y disposición final de aguas servidas en el proyecto.
Forma de cumplimiento
Los lodos generados en los sistemas particulares serán retirados para su disposición final por una empresa que cuente con la debida autorización para realizar esta actividad.
No se considera el tratamiento de lodos dentro de las instalaciones del Proyecto.
Se llevará un registro de la cantidad de lodos retirados hacia disposición final. Para realizar esta actividad se solicitarán las autorizaciones sanitarias correspondientes tanto del transporte como de la disposición final.
Indicador que acredita su cumplimiento
Guías de despacho de lodos.
Resoluciones de empresas transportistas y Resoluciones de recepción y/o disposición de lodos.
Forma de control y seguimiento
El Titular verificará los registros de todas las Guías de despacho de lodos, y solicitará cada vez que se cambie al proveedor y previo a realizar el retiro y disposición final, las resoluciones de empresas transportistas y Resoluciones del lugar de disposición final de los lodos.
Referencia al ICE para mayores detalles
Tabla 8.2.3.2 del ICE
7.9. COMPONENTE/MATERIA: Agua potable.
Norma
Decreto N* 446 de 2006, del Ministerio de Salud. Declara Normas Oficiales de la República de Chile NCh 409 parte 1 y parte 2.
Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento
Construcción, Operación y Cierre.
Parte, obra o acción a la que aplica
El Proyecto requiere de suministro de agua potable durante las fases de construcción, operación y cierre.
Forma de cumplimiento
El agua potable para consumo humano será comprada a proveedores autorizados, a quienes se les solicitará el certificado de calidad del agua.
Indicador que acredita su cumplimiento
Certificado de calidad del agua, entregado por la empresa proveedora.
Forma de control y seguimiento
Registro de certificados de calidad del agua potable.
Referencia al ICE para mayores detalles
Tabla 8.2.3.3 del ICE.
7.10. COMPONENTE/MATERIA: Residuos sólidos.
Norma
Decreto con Fuerza de Ley N* 725/68 del Ministerio de Salud. Código Sanitario
Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento
Construcción, operación y cierre.
Parte, obra o acción a la que aplica
El Proyecto contempla la generación y acumulación temporal de residuos domésticos y residuos industriales no peligrosos.
Forma de cumplimiento
Para la fase de construcción y cierre, los residuos generados serán manejados en forma transitoria en el sector de almacenamiento y el patio de salvataje.
Durante la operación los residuos domésticos serán manejados en contenedores dispuestos en las diferentes áreas de generación, los que serán trasladados hasta los sectores de almacenamiento de la faena minera,
La disposición final de los residuos se realizará en lugares de terceros autorizados.
Indicador que acredita su cumplimiento
Resoluciones sanitarias correspondientes a la aprobación del funcionamiento, del Almacenamiento Temporal de Residuos No Peligrosos y de transporte de residuos
Forma de control y seguimiento
Registro de resoluciones de funcionamiento de las instalaciones de almacenamiento de residuos.
Registro con información sobre la cantidad semestral de residuos generados, y registro de retiro de residuos.
Referencia al ICE para mayores detalles
Tabla 8.2.4.1 del ICE.
7.11. COMPONENTE/MATERÍA: Residuos sólidos.
Norma
D.S. N*148/2003 del Ministerio de Salud, “Reglamento Sanitario sobre Manejo de Residuos Peligrosos”.
Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento
Construcción, operación y cierre.
Parte, obra o acción a la que aplica
El Proyecto contempla la generación de residuos industriales peligrosos en sus fases de construcción, operación y cierre.
Forma de cumplimiento
Los residuos peligrosos serán almacenados en recipientes sellados y debidamente etiquetados y trasladados hasta la bodega de almacenamiento de residuos peligrosos que se habilitará en el área del Proyecto, el cual cumplirá con los requisitos normativos correspondientes.
El transporte se realizará por empresas de terceros autorizados hasta el sitio disposición final autorizado.
Indicador que acredita su cumplimiento
Resoluciones sanitarias correspondientes a la aprobación del proyecto y de funcionamiento del almacenamiento temporal de residuos peligrosos.
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Forma de control y seguimiento
Registro con información sobre la cantidad mensual de residuos generados, y registro de retiro de residuos a través del sistema SIDREP.
Referencia al ICE para mayores detalles
Tabla 8.2.4.2 del ICE
7.12. COMPONENTE/MATERIA: Sustancias Peligrosas
Norma
D.S. N ? 43/2015, Ministerio de Salud. Aprueba el Reglamento de Almacenamiento de Sustancias Peligrosas.
Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento
Construcción, Operación y Cierre.
Parte, obra o acción a la que aplica
El Proyecto requiere la utilización de sustancias peligrosas en sus fases.
Forma de cumplimiento
Las sustancias peligrosas serán almacenadas según lo establecido en el decreto en análisis, respetando en su totalidad las indicaciones de seguridad establecidas para evitar riesgos hacia los trabajadores, comunidad en general y medio ambiente.
Indicador que acredita su cumplimiento
Resolución sanitaria de almacenamiento de Sustancias Peligrosas.
Forma de control y seguimiento
Verificación en terreno condiciones de almacenamiento.
Referencia al ICE para mayores detalles
Tabla 8.2.5.1 del ICE
7.13. COMPONENTE/MATERIA: Emisiones lumínicas
Norma
D.S. N * 43/2013 del Ministerio del Medio Ambiente, Norma de emisión para la regulación de la Contaminación Lumínica.
Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento
Construcción, operación y cierre.
Parte, obra o acción a la que aplica
El Proyecto requerirá la instalación de luminarias, las cuales deberán cumplir con esta normativa por encontrarse emplazadas en la Región de Antofagasta.
Forma de cumplimiento
Las luminarias estarán certificadas por laboratorios acreditados por la Superintendencia de Electricidad y Combustibles (SEC).
Indicador que acredita su cumplimiento
Certificación de cumplimiento de límites de emisión de la luminaria instalada.
La verificación de la correcta instalación de las fuentes emisoras, considerando los ángulos y los niveles de luminancia.
Forma de control y seguimiento
Mantención del registro de la cantidad de la luminaria instalada y sus respectivas certificaciones.
Referencia al ICE para mayores detalles
Tabla 8.2.6.1 del ICE
7.14. COMPONENTE/MATERIA: Fauna.
Norma
Ley N19.473, de 1996, Ley de Caza, Ministerio de Agricultura. Modificado por el D.S. N31/2017 del MMA.
Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento
Construcción, operación y cierre
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Parte, obra o acción a la que aplica
El Proyecto requerirá ocupar áreas nuevas e intervenidas por la faena minera para la construcción y operación de sus obras.
Forma de cumplimiento
El Proyecto considera medidas de contingencias y emergencias para la fauna identificada. Para mayor detalle ver, Anexo 1-6 Plan de Contingencias y Emergencias actualizado en el Anexo G de la Adenda.
Indicador que acredita su cumplimiento
Registro de charlas sobre prevención y cuidados para proteger a fauna silvestre, dando a conocer puntualmente aquella que presentan categoría de conservación.
Forma de control y seguimiento
Registros de capacitación
Referencia al ICE para mayores detalles
Tabla 8.3.1.1 del ICE
7.15. COMPONENTE/MATERIA: Agua subterránea
Norma
Código de aguas (D.F.L. N*1.122/81)
Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento
Construcción, operación y cierre
Parte, obra o acción a la que aplica
Pozos de captación de agua subterránea de propiedad de MRL.
Forma de cumplimiento
MRL dará cumplimiento con las exigencias en la Resolución DGA N1.238 y Resolución DGA N199, ambas de 2019, sobre la instalación y mantención de sistemas de medición y transmisión de extracciones efectivas en las obras de captación. Específicamente, y dado que los puntos de captación se localizan en la cuenca hidrográfica “Costeras Rio Loa-Quebrada Caracoles”, MRL considerará los estándares de medición y transmisión de registros a la DGA indicados en el Cuadro N“2 del Resuelvo N%2 de la Resolución DGA N199 y las condiciones técnicas establecidas en el Resuelvo N2 Resolución DGA N*1.238.
Indicador que acredita su cumplimiento
Registro fotográfico de la implementación de los sistemas de monitoreo y transmisión de las extracciones que MRL realice desde los pozos con derechos de aprovechamiento otorgados por la DGA.
Forma de control y seguimiento
Inspección periódica del funcionamiento de los sistemas habilitados.
Referencia al ICE para mayores detalles
Tabla 8.3.2.1 del ICE.
7.16. COMPONENTE/MATERIA: Patrimonio cultural y Arqueológico
Norma
Ley N * 17.288/1970. Legisla sobre Monumentos Nacionales del Ministerio de Educación
Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento
Construcción y cierre.
Parte, obra o acción a la que aplica
Movimiento de tierra,
Forma de cumplimiento
En caso de hallazgo, durante la realización de las actividades del Proyecto, se procederá de acuerdo con lo señalado en este cuerpo legal, siendo la primera medida la detención de las obras en el área del hallazgo, de acuerdo a las exigencias establecidas por la Ley N*17.288 Monumentos Nacionales y su reglamento. Dar aviso inmediato al
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Consejo de Monumentos Nacionales, cumpliendo con lo establecido en el artículo 26 de dicha Ley, llevando un registro de dichas actividades.
Indicador que acredita su cumplimiento
Registro escrito de aviso a las autoridades competentes ante eventuales hallazgos.
Forma de control y seguimiento
Revisión de ejecución de medidas conforme a lo indicado por el CMN.
Referencia al ICE para mayores detalles
Tabla 8.3.3.1 del ICE.
- Que, para ejecutar el Proyecto deben cumplirse las siguientes condiciones o exigencias, en concordancia con el artículo 25 de la Ley N* 19.300:
8.1 El titular deberá presentar en tramitación del permiso sectorial del PAS 136 el procedimiento a seguir en caso de sobrepasar rangos de seguridad del nivel freático en Botadero de Ripios
8.2 El titular debe tener presente que las medidas relacionadas con el monitoreo, mantención, conservación y supervisión durante la fase de cierre podrían ajustarse durante la tramitación sectorial.
- Que, durante el procedimiento de evaluación de la DIA el Titular del Proyecto propuso los siguientes compromisos ambientales voluntarios:
9.1. Compromiso ambiental voluntario contratación de mano de obra local
Impacto asociado
No aplica
Fase del Proyecto a la que aplica
Construcción, Operación y Cierre
Objetivo, descripción y justificación
Objetivo: Generar y promover empleos de calidad para hombres y mujeres de la Región de Antofagasta.
Descripción: Para la fase de construcción, operación y cierre del Proyecto, se contempla priorizar la contratación de mano de obra local, la que se estima ocupará la mayoría de los puestos de trabajo a generar. MRL enviará al inicio de cada fase un reporte de recursos humanos indicando el porcentaje de mano de obra local contratada.
Justificación: El presente compromiso voluntario se adopta con el fin de vincularse con el Lineamiento N * 5 "Integración social y calidad de vida" de la Estrategia de Desarrollo Regional de Antofagasta 2009 -2020. Por otro lado, la contratación de mano de obra local también obedece a que la faena minera no cuenta con un campamento que permita alojar a un mayor número de trabajadores que provengan de localidades más alejadas.
Lugar, forma y oportunidad de implementación
Lugar: La mano de obra local se contratará para realizar labores en las instalaciones del Proyecto.
Forma: Se contratará en base a la información disponible de la oficina municipal de intermediación laboral de Antofagasta y Mejillones, y a través de anuncios por medios de comunicación locales.
Oportunidad: Durante todas las fases del Proyecto.
Indicador que acredite su cumplimiento
Contratos de mano de obra local.
Reporte de recursos humanos indicando el porcentaje de mano de obra local contratada de cada fase del Proyecto.
Forma de control y seguimiento
Se mantendrá información disponible en las oficinas administrativas en caso de ser requerido.
Referencia al ICE para mayores detalles
Tabla 10.1.1 del ICE
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9.2. Compromiso ambiental voluntario reposición de insumos a Bomberos de Chile
Impacto asociado
No aplica
Fase del Proyecto a la que aplica
Construcción, Operación y Cierre
Objetivo, descripción y justificación
Objetivo: Reponer aquellos insumos y hacerse cargo de los deterioros que sufran los equipos que Bomberos de Chile emplee con ocasión de dar respuesta a una emergencia generada por el Proyecto.
Descripción: En el caso que se requiera de los servicios de Bomberos para la ayuda de alguna emergencia en el Proyecto, se llevará un registro de los insumos utilizados y los equipos que han sido deteriorados por efectos de la ayuda prestada. Estos insumos serán repuestos y se coordinará con la Institución la forma disminuir el deterioro de los equipos, tales como mantenciones.
Justificación: Propiciar el trabajo de redes permanentes de coordinación y
participación en post del desarrollo regional, en conformidad con el lineamiento N? 7 de la Estrategia de Desarrollo Regional 2009 -2020.
Lugar, forma y oportunidad de implementación
Lugar: En todas las instalaciones del Proyecto.
Forma: Se deberá verificar previamente el estado de los insumos, y al final del proceso verificar por medio de fotografías, cuáles de estos han sido dañados producto de la ayuda prestada.
Oportunidad: Se ejecutará el compromiso durante todas las fases del Proyecto.
Indicador que acredite su cumplimiento
Fichas de registros y fotografías en caso de daños.
Forma de control y seguimiento
Se mantendrá información disponible en las oficinas administrativas en caso de ser requerido.
Referencia al ICE para mayores detalles
Tabla 10.1.2 del ICE.
9.3. Compromiso ambiental voluntario generar planes de colaboración respecto a pasantías a
egresados de liceos Técnicos. Impacto asociado No aplica Fase del Proyecto a la | Operación
que aplica
Objetivo, descripción y justificación
Objetivo: Generar alianzas con los Municipios y establecimientos educacionales de la provincia de Antofagasta para establecer pasantías a estudiantes de carreras afines.
Descripción: El titular generará alianzas con liceos técnicos de la provincia de Antofagasta para establecer pasantías a estudiantes egresados. Justificación: Propiciar el trabajo de redes permanentes de coordinación y participación en post del desarrollo regional, en conformidad con el lineamiento N ? 7 de la Estrategia de Desarrollo Regional 2009 -2020.
Lugar, forma y oportunidad de implementación
Lugar: En todas las instalaciones del Proyecto.
Forma: Se coordinará con los municipios y establecimientos educacionales la solicitud de alumnos egresados para realizar pasantías.
Oportunidad: Se ejecutará el compromiso durante la fase de operación del Proyecto.
Indicador que acredite su cumplimiento
Fichas de registros de pasantes
Forma de control y
Se mantendrá información disponible en las oficinas administrativas en
seguimiento
caso de ser requerido.
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Fase del Proyecto a la que aplica
Fase de construcción, operación y cierre
Parte, obra o acción asociada
Instalaciones de faena, especialmente en donde se almacenen insumos.
Acciones o medidas a implementar
. Se implementarán extintores y señalética, manteniendo siempre el acceso a estos despejado. . Se mantendrá orden y limpieza, así como adecuada ventilación en los lugares de trabajo.
. Los materiales combustibles o inflamables deben mantenerse lejos de los procesos con alta temperatura, chispas o presencia de ignición.
. Establecer prohibición de encender fuego y fumar al interior de las áreas de trabajo. . Se capacitará a trabajadores respecto al uso de extintores. . Se realizará mantención periódica a los extintores.
Forma de control y seguimiento . Inspección, con énfasis en:
— Zonas con instalaciones o cableado eléctrico. — Zonas con materiales inflamables. — Zonas expuestas a chispa o calor.
. Registro firmado de capacitación en uso de extintores.
asistencia a
. Registro de mantención de extintores
Referencia al ICE o documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada
Tabla 7.1.3 del ICE.
10.1.4 Situación de riesgo o contingencia: paleontológicos
Potencial alteración de sitios arqueológicos y
Fase del Proyecto a la que aplica
Fase de construcción, operación y cierre
Parte, obra o acción asociada
Todo el Proyecto
Acciones o medidas a implementar
. Se realizarán charlas de capacitación/inducción sobre temáticas arqueológicas y paleontológicas y la forma de actuar en caso de hallazgos.
. En caso de identificar un hallazgo arqueológico o paleontológico, se procederá a comunicar internamente y se dará aviso formal al Consejo de Monumentos Nacionales (CMN).
. Para evitar dañar el material que constituye el hallazgo, se informará al personal para que conozca las medidas a implementar y los resguardos que se deben tomar.
. Se aislará el hallazgo de manera visible con una cinta (tipo peligro) o con una barrera blanda.
. La barrera al hallazgo tendrá una zona de seguridad (buffer) de 5 a 10 m para cautelar que, en caso de una intromisión a los límites del cerco, no se altere el material que constituye el hallazgo.
. Se coordinará con un profesional Arqueólogo, el diseño de un plan de acción
respecto del hallazgo, para establecer las medidas
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o actividades a realizar, según la normativa o las indicaciones del Consejo de Monumentos Nacionales.
Forma de control y seguimiento
Registro firmado de asistencia a capacitación sobre arqueología y paleontología.
Referencia al ICE o documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada
Tabla 7.1.4 del ICE.
10.1.5 Situación de riesgo o contingencia: Vertimiento a suelo por manipulación de insumos y
reactivos.
Fase del Proyecto a la que aplica
Fase de construcción, operación y cierre
Parte, obra o acción asociada
Manejo de sustancias químicas
Acciones o medidas a implementar
. Las sustancias peligrosas se almacenarán en la bodega de SUSPEL, la cual contará con sistema de contención de derrames.
. El suministro de insumos y reactivos será por empresa distribuidora autorizada y contará con un procedimiento de control.
. El almacenamiento y transporte de productos químicos se realizará de acuerdo con el D.S. N* 43/16.
. Las personas que manipulen o interactúen con productos químicos deberán usar Elementos de Protección Personal.
. En el lugar de almacenamiento, se tendrán a disposición materiales absorbentes (arena, aserrín u otro).
. Se capacitará a los trabajadores respecto al manejo de SUSPEL.
Forma de control y seguimiento
Inspección del almacenamiento y manejo de SUSPEL.
Registro firmado de asistencia a capacitación de manejo SUSPEL.
Referencia al ICE o documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada
Tabla 7.1.5 del ICE
10.1.6 Situación de riesgo o contingencia: Ruptura en equipos de proceso
Fase del Proyecto a la que aplica
Fase de construcción, operación y cierre
Parte, obra o acción asociada
Todo el Proyecto
Acciones o medidas a implementar
. Contar con equipos stand by y
periódicamente realizar pruebas.
. Realizar mantención programada a equipos stand by. . Contar con equipos, materiales de
reemplazo en caso de producir una falla.
Forma de control y seguimiento
Registro de mantenciones periódicas e
inspecciones visuales.
Referencia al ICE o documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada
Tabla 7.1.6 del ICE
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10.1.7 Situación de riesgo o contingencia: Ruptura de la obra de conducción y eventual derrame de
agua industrial.
Fase del Proyecto a la que aplica
Operación
Parte, obra o acción asociada
Obra de conducción de agua industrial.
Acciones o medidas a implementar
Se implementará un Programa de mantenimiento con el fin de evitar la ocurrencia de este evento, el cual consiste en las siguientes actividades:
- Inspección de la tubería de agua industrial.
Forma de control y seguimiento
Registro de inspección de la tubería de agua industrial.
Referencia al ICE o documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada
Tabla 7.1.7 del ICE
10.1.8 Situación de riesgo o contingencia: Colapso o filtraciones de las piscinas del área de lixiviación
y nuevo botadero de ripios.
Fase del Proyecto a la que aplica
Operación
Parte, obra o acción asociada
Áreas de lixiviación y botadero de ripios
Acciones o medidas a implementar
. Impermeabilización del área basal sobre la cual se dispondrán las instalaciones.
. Habilitación de pozos de monitoreo para detectar posibles infiltraciones desde las obras existentes y proyectadas de la faena minera.
. Construcción de sistema de contención de derrame para reactores y base impermeable y resistente (radier).
. Realizar inspecciones y mantenciones de acuerdo con recomendaciones del fabricante a equipos que pudieran generar derrames de soluciones e insumos.
. Comprobar la calidad y estado de los recipientes de almacenamiento de soluciones e insumos.
. Disponer en el área de trabajo, las Hojas de Datos de Seguridad (HDS) de cada una de las sustancias peligrosas que se manejen.
. Mantener capacitado a todo el personal, con el fin de que cuenten con las herramientas de acción ante la ocurrencia de un evento de este tipo.
Forma de control y seguimiento
. Registro de mantenciones periódicas e inspecciones visuales.
. Registro de capacitación al personal, en caso de la ocurrencia de un evento de este tipo.
Referencia al ICE o documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada
Tabla 7.1.8 del ICE
10.1.9 Situación de riesgo o contingencia: Vertido accidental de aguas servidas fuera del sistema de
fosa séptica y pozos de absorción.
Fase del Proyecto a la que aplica
Operación
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Parte, obra o acción asociada
Sistema particular para la evacuación, tratamiento y disposición final de aguas servidas
Acciones o medidas a implementar
. Se suspenderá el uso de los baños.
. Se contactará al servicio limpia fosas para que realice el retiro inmediato de las aguas y lodos de la fosa y los envíe a un sitio de disposición autorizado.
. Se investigará el origen del problema y se procederá a su reparación o eventualmente al recambio de la fosa séptica.
. Si el problema se hubiere originado por insuficiencia de drenaje, se ampliará el sistema de drenes de infiltración manteniendo el mismo diseño.
. Durante la contingencia se instalarán baños químicos provisoriamente.
Forma de control y seguimiento
. Registro de inspección y mantención de la planta de tratamiento
. Verificar que los trabajadores que realicen la mantención se encuentren capacitados para realizar las labores de mantenimiento o inspección de los sistemas de tratamiento de aguas servidas (STAS).
. Registro de limpieza, retiro y disposición final . Resolución sanitaria STAS
Referencia al ICE o documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada
Tabla 7.1.9 del ICE.
10.1.10 Situación de riesgo o contingencia: Riesgos por atropello a fauna silvestre,
Fase del Proyecto a la que aplica
Fase de construcción, operación y cierre
Parte, obra o acción asociada
Todo el tránsito de vehículos en la Faena
Acciones o medidas a implementar
Capacitar al personal sobre los cuidados que deben tener con la fauna silvestre y las prohibiciones indicadas en la Ley (Ley N* 19.473/1996 del MINAGRI).
Se incluirá señalética sobre la eventual presencia de fauna en caminos y obras del proyecto.
Se respetará el límite de velocidad de 30 km/hr para vehículos que circulen por las dependencias del proyecto.
Se prohibirá la alimentación de animales domésticos y silvestres, como perros domésticos y zorro chilla.
Cualquier trabajador que observe un ejemplar de alguna especie de fauna silvestre dentro del área del Proyecto bajo una circunstancia potencial de riesgo (de acuerdo con la información entregada en capacitación y/o inducción) deberá indicar al supervisor en qué circunstancias se encuentra el animal (lugar y condiciones del entorno). De acuerdo con esto, el Supervisor deberá analizar si la situación en la que se encuentra el individuo es de riesgo o no. Si la situación es de riesgo deberá
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controlar y/o manejar la fuente de riesgo de tal manera de asegurar la seguridad del animal.
Forma de control y seguimiento
Registro firmado de asistencia a capacitación sobre fauna silvestre.
Registro fotográfico de señalética
Referencia al ICE o documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada
Tabla 7.1.10 del ICE.
10.1.11 Situación de riesgo o contingencia: Riesgo de caída de fauna en piscinas e intoxicación por
bebida de soluciones químicas.
Fase del Proyecto a la que aplica
Fase de operación
Parte, obra o acción asociada
Piscinas del Proyecto
Acciones o medidas a implementar
Instalación de un cierre perimetral en cada piscina para impedir el ingreso de fauna, que considera el uso de polines de maderas empotrados en una base de cemento, malla galvanizada tipo biscocho o similar, de 1,8 m de altura, a lo que se debe agregar, 20 cm adicionales de malla que irán enterradas en el suelo para evitar el ingreso de animales por la parte baja del cierre.
Instalación de ahuyentadores de aves por sonido en las piscinas de acuerdo a la capacidad de cobertura señaladas en las especificaciones técnicas del fabricante para cada modelo de equipo y que permitan cubrir la superficie de las piscinas.
Cualquier trabajador que observe un ejemplar de alguna especie de fauna silvestre dentro de estas áreas del Proyecto bajo una circunstancia potencial de riesgo (de acuerdo con la información entregada en capacitación y/o inducción) deberá indicar al supervisor en qué circunstancias se encuentra el animal (lugar y condiciones del entorno). De acuerdo con esto, el Supervisor deberá analizar si la situación en la que se encuentra el individuo es de riesgo o no. Si la situación es de riesgo deberá controlar y/o manejar la fuente de riesgo de tal manera de asegurar la seguridad del animal.
Forma de control y seguimiento
Inspección regular al cierre perimetral de cada piscina.
Registro firmado de asistencia a capacitación sobre fauna silvestre.
De todos los procedimientos, acciones realizadas e informes generados, se mantendrán los registros correspondientes para futuras fiscalizaciones.
Referencia al ICE o documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada
Tabla 7.1.11 del ICE.
10.1.12 Situación de riesgo o contingencia: Riesgo de encandilamiento y desorientación de avifauna
por efecto de luminarias.
Fase del Proyecto a la que aplica
Fase de construcción, operación y cierre
Parte, obra o acción asociada
Toda el área del Proyecto.
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Acciones o medidas a implementar
Capacitar al personal sobre los cuidados que deben tener con la fauna silvestre y las prohibiciones indicadas en la Ley (Ley N* 19.473/1996 del MINAGRI).
Cualquier trabajador que observe un ejemplar de alguna especie de fauna silvestre dentro del área del Proyecto bajo una circunstancia potencial de riesgo (de acuerdo con la información entregada en capacitación y/o inducción) deberá indicar al supervisor en qué circunstancias se encuentra el animal (lugar y condiciones del entorno). De acuerdo con esto, el Supervisor deberá analizar si la situación en la que se encuentra el individuo es de riesgo o no. Si la situación es de riesgo deberá controlar y/o manejar la fuente de riesgo de tal manera de asegurar la seguridad del animal.
Las luminarias cumplirán con las disposiciones establecidas en la norma lumínica vigente, DS N? 43/2012 MMA.
Se instruirá a los trabajadores para evitar, dentro de lo posible, el uso de luces altas en los vehículos que transiten por el área de emplazamiento del Proyecto.
Forma de control y seguimiento
Registro firmado de asistencia a capacitación sobre fauna silvestre.
Registro de compra e instalación de iluminaria.
Referencia al ICE o documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada
Tabla 7.1.12 del ICE.
10.2. PLAN DE EMERGENCIAS
10.2.1. Riesgo o contingencia: Eventos meteorológicos y/o naturales extremos
Fase del Proyecto a la que aplica
Construcción, Operación y Cierre
Parte, obra o acción asociada
Todo el Proyecto
Acciones a implementar
. Buscar protección inmediata. Mantenerse alejado en todo momento de las ventanas y postes eléctricos. Si se encuentra en una zona de riesgo, utilice las vías de evacuación hacia las zonas de seguridad preestablecidas,
. Desconectar si es posible, eléctricos y apagar las fuentes de calor.
. Alejarse inmediatamente de áreas donde existan estanques, cañerías, y redes de abastecimiento líquido, especialmente si estos son combustibles o inflamables. Mantenerse fuera del posible curso que puedan tomar estos en caso de romperse el depósito o cañería que los contiene.
equipos
Oportunidad y vías de comunicación a la SMA de la activación del Plan
Se informará a la SMA a través del Módulo de avisos de contingencias e incidentes dentro de las 24 horas de ocurrido el evento que se informa.
Referencia al ICE o documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada
Anexo G de la Adenda Plan de Prevención de Contingencias y Emergencias.
10.2.2. Situación de riesgo o contingencia: Eventos de lluvia de media intensidad a alta intensidad.
Fase del Proyecto a la que aplica
Construcción, operación y Cierre
Parte, obra o acción asociada
Todo el Proyecto
Acciones a implementar
. Accionar la alarma general
. Se procederá a cerrar la zona inundada y se prohibirá el ingreso o circulación de vehículos y peatones en el lugar afectado.
. Verificar superficialmente, la existencia de algún derrame de sustancia peligrosa en el área anegada.
. El barro o agua que se encuentra contaminado será extraído y se almacenará como residuo peligroso.
. Por otra parte, luego de la extracción de agua superficial, verificar que no se hayan generado derrames de sustancias peligrosas a consecuencia de la inundación. De evidenciar suelo inerte contaminado, se procederá a retirar el suelo y se dispondrá en sitio habilitado.
. Una vez que se haya contenido la emergencia, la jefatura deberá evaluar si se está en condiciones de operativas.
Oportunidad y vías de comunicación a la SMA de la activación del Plan
Se informará a la SMA a través del Módulo de avisos de contingencias e incidentes dentro de las 24 horas de ocurrido el evento que se informa.
Referencia al ICE o documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada
Tabla 7.1.2 del ICE
10.2.3. Situación de riesgo o contingencia: Incendios al interior de la faena.
Fase del Proyecto a la que aplica
Fase de construcción, operación y cierre
Parte, obra o acción asociada
Instalaciones de faena, especialmente en donde se almacenen insumos.
Acciones a implementar
. Comunicar al jefe directo y a la brigada de emergencia.
. Utilizar los extintores solo si es un fuego incipiente y si se sabe operar.
. Cortar la energía eléctrica en el sector afectado.
. Si se determina incendio declarado, se
procederá a: activar alarma de incendio; utilizar el extintor asegurándose de tener el viento a la espalda para poder aproximarse y estar resguardarse de las llamas; accionar el extintor con el retiro del seguro con una mano, mientras que con la otra se debe dirigir el chorro en forma de abanico a la base del fuego; solo se deben enfrentar fuegos pequeños, por lo tanto, si no se logra controlar en dos minutos, evacuar rápidamente, pero sin correr; una vez extinguido el fuego, se revisará el lugar, asegurando no dejar focos que pudieran reavivar el fuego.
. Si ocurre el caso que no sea posible combatir el fuego mediante el uso de extintores,
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contactar inmediatamente a bomberos,
carabineros y/o ambulancia.
. El retorno a las actividades se realizará solo cuando el encargado lo indique, posterior a una inspección total de la obra.
. Se investigarán las causas y origen del siniestro. . Está prohibido utilizar extintores a base
de agua o espuma para apagar fuegos en equipos eléctricos energizado.
Oportunidad y vías de comunicación a la SMA de la activación del Plan
Se informará a la SMA a través del Módulo de avisos de contingencias e incidentes dentro de las 24 horas de ocurrido el evento que se informa.
Referencia al ICE o documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada
Tabla 7.1.3 del ICE.
10.2.4. Situación de riesgo o contingencia:
paleontológicos.
Potencial alteración de sitios arqueológicos y
Fase del Proyecto a la que aplica
Fase de construcción, operación y cierre
Parte, obra o acción asociada
Todo el Proyecto
Acciones a implementar
En el momento de encontrar un hallazgo no previsto, se dará la orden de paralizar los trabajos en esa área y se procederá a informar de inmediato y por escrito al Consejo de Monumentos Nacionales, para que este organismo autorice los procedimientos a seguir
Oportunidad y vías de comunicación a la SMA de la activación del Plan
Registro firmado de asistencia a capacitación sobre arqueología y paleontología.
Referencia al ICE o documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada
Tabla 7.1.4 del ICE.
10.2.5. Situación de riesgo o contingencia: Vertimiento a suelo por manipulación de insumos y
reactivos.
Fase del Proyecto a la que aplica
Fase de construcción, operación y cierre
Parte, obra o acción asociada
Manejo de sustancias químicas
Acciones a implementar
. Los involucrados en el derrame deberán contactar inmediatamente al encargado de obra y prevencionista de riesgos informándoles el tipo de producto derramado (combustible, aceites, pintura, lubricantes, etc.).
. Contener el derrame a través de construcción de pretiles, zanjas, o utilización de material absorbente. En caso de lluvia deberá cubrirse con nylon, para evitar su disolución o reacción.
. El suelo contaminado manejado como residuo peligroso. . Desarrollo de la investigación respectiva para identificar las causas y tomar las acciones de controles correspondientes, incluido el seguimiento de reparación de daño a terceros en caso de concurrir dicho efecto.
deberá ser
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Oportunidad y vías de comunicación a la SMA de la activación del Plan
Dentro de un plazo de 24 horas de ocurrida la emergencia, será informada a la SMA, a través del Sistema de Seguimiento Ambiental, según lo indica la Resolución Exenta N*885/2016 del Ministerio del Medio Ambiente.
Referencia al ICE o documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada
Tabla 7.1.5 del ICE.
10.2.6. Situación de riesgo o contingencia: Ruptura en equipos de proceso.
Fase del Proyecto a la que aplica
Operación
Parte, obra o acción asociada
Todo el Proyecto
Acciones a implementar
. Revisar y realizar las reparaciones del sistema. . De detectar un problema mayor, que no
pueda ser resuelto de forma inmediata y que requiera paralizar el proceso, se detendrá la operación, hasta que se normalice el funcionamiento del sistema.
Oportunidad y vías de comunicación a la SMA de la activación del Plan
Se emitirá un reporte escrito a la SMA que indicará lo sucedido, indicando el lugar y momento de su ocurrencia, y el tipo de alteración al medio
Referencia al ICE o documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada
Tabla 7.1.6
10.2.7. Situación de riesgo o contingencia: Ruptura de la obra de conducción y eventual derrame de
agua industrial.
Fase del Proyecto a la que aplica
Operación
Parte, obra o acción asociada
Obra de conducción de agua industrial.
Acciones a implementar
. Los involucrados en el derrame deberán contactar inmediatamente al encargado de obra y prevencionista de riesgos informándoles de la contingencia.
. Contener el derrame a través de construcción de pretiles, zanjas, o utilización de material absorbente.
. Desarrollo de la investigación respectiva para identificar las causas y tomar las acciones de controles correspondientes, incluido el seguimiento de reparación de daño a terceros en caso de concurrir dicho efecto.
Oportunidad y vías de comunicación a la SMA de la activación del Plan
Dentro de un plazo de 24 horas de ocurrida la emergencia, será informada a la SMA, a través del Sistema de Seguimiento Ambiental, según lo indica la Resolución Exenta N*885/2016 del Ministerio del Medio Ambiente.
Referencia al ICE o documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada
Tabla 7.1.7 del ICE.
10.2.8. Situación de riesgo o contingencia: Colapso o filtraciones de las piscinas del área de
lixiviación y nuevo botadero de ripios.
Fase del Proyecto a la que aplica
Operación
Parte, obra o acción asociada
Areas de lixiviación y botadero de ripios
Acciones a implementar
. Identificación del sector afectado.
. Prohibición de acceso a personal no autorizado.
. Contención primaria in situ para evitar
propagación de las sustancias hacia sectores adyacentes al del incidente, mediante la construcción de diques o barreras para confinar el área de derrame, utilizando tierra, arena oO concreto.
. Absorber el líquido con tierra o arena.
. Transferir el material tambores plásticos o similares.
recuperado a
. Manejar los recipientes como residuo (peligroso o no dependiendo de la sustancia derramada), según procedimiento. Si hay contaminación de suelo con sustancias peligrosas, removerlo mediante equipos especializado (mecánicos o manuales); la remoción abarcará toda la extensión real y en profundidad en que se observe presencia de la sustancia y manejado como sustancia peligrosa.
Oportunidad y vías de comunicación a la SMA de la activación del Plan
Dentro de un plazo de 24 horas de ocurrida la emergencia, será informada a la SMA, a través del Sistema de Seguimiento Ambiental, según lo indica la Resolución Exenta N*885/2016 del Ministerio del Medio Ambiente.
Referencia al ICE o documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada
Tabla 7.1.8 del ICE.
10.2.9. Situación de riesgo o contingencia: Vertido accidental de aguas servidas fuera del sistema de
fosa séptica y pozos de absorción.
Fase del Proyecto a la que aplica
Operación
Parte, obra o acción asociada
Sistema particular para la evacuación, tratamiento y disposición final de aguas servidas
Acciones a implementar
. Se suspenderá el uso de los baños.
. Se aislará el sector con cinta o malla especial y señalética de peligro.
. Se movilizará una cuadrilla con equipos de protección personal para remover las aguas acumuladas en superficie y el terreno afectado, todo lo cual se cargará a un camión limpia fosas. . Los materiales removidos serán enviados a un sitio de disposición autorizado.
. Durante la emergencia se instalarán baños químicos provisoriamente.
Oportunidad y vías de comunicación a la SMA de la activación del Plan
Dentro de un plazo de 24 horas de ocurrida la emergencia, será informada a la SMA, a través del Sistema de Seguimiento Ambiental, según lo
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indica la Resolución Exenta N*885/2016 del Ministerio del Medio Ambiente.
Referencia al ICE o documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada
Tabla 7.1.9 del ICE
10.2.10. Situación de riesgo o contingencia: Riesgos por atropello a fauna silvestre.
Fase del Proyecto a la que aplica
Fase de construcción, operación y cierre
Parte, obra o acción asociada
Todo el tránsito de vehículos en la Faena
Acciones a implementar
Detener la marcha del vehículo y verificar la condición del animal desde una distancia prudente.
Asegurar un mínimo de perturbación, para evitar que el animal se estrese.
Dar aviso al encargado ambiental informando ubicación del accidente y especie de fauna afectada.
Si el animal no puede movilizarse con normalidad o presenta heridas evidentes se debe dar aviso al coordinador de la emergencia, el cual iniciará las labores de rescate por parte de profesionales capacitados. En el caso de requerir rescate del animal, este será i nmediatamente llevado a un Centro de Rescate y/o Rehabilitación inscrito en el Registro Nacional de Tenedores de Fauna Silvestre (RNTFS) para ser atendido, contemplando acciones de captura según su especie y tamaño, evitando perturbar al animal y utilizando elementos de protección personal.
En el caso de activación del plan de emergencia se dará aviso a la Superintendencia del Medio Ambiente.
Se coordinará con los órganos del Estado
pertinentes el destino final del ejemplar.
Desarrollo de la investigación respectiva para identificar las causas y tomar las acciones de control correspondientes.
El Titular coordinará directamente las acciones de atención y rehabilitación de la fauna que eventualmente puedan resultar accidentada, con un Centro de Rescate y/o Rehabilitación inscrito en el Registro Nacional de Tenedores de Fauna Silvestre.
Oportunidad y vías de comunicación a la SMA de la activación del Plan
Dentro de un plazo de 24 horas de ocurrida la emergencia, será informada a la SMA, a través del Sistema de Seguimiento Ambiental, según lo indica la Resolución Exenta N*885/2016 del Ministerio del Medio Ambiente.
Referencia al ICE o documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada
Tabla 7.1.10 del ICE.
10.2.11. Situación de riesgo o contingencia: Riesgo de caída de fauna en piscinas e intoxicación por
bebida de soluciones químicas.
Fase del Proyecto a la que aplica
Fase de operación
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ar
Y
Parte, obra o acción asociada
Piscinas del Proyecto
Acciones a implementar
Verificar la condición del animal desde una distancia prudente.
Asegurar un mínimo de perturbación, para evitar que el animal se estrese.
Dar aviso al encargado ambiental informando ubicación del accidente y especie da fauna afectada.
En el caso de activación del plan de emergencia se dará aviso a la Superintendencia del Medio Ambiente, también se informará, si como resultado del accidente o en caso del hallazgo de fauna muerta. Se coordinará con los órganos del Estado pertinentes el destino final del ejemplar.
Desarrollo de la investigación respectiva para identificar las causas y tomar las acciones de control correspondientes.
El Titular coordinará directamente las acciones de atención y rehabilitación de la fauna que eventualmente puedan resultar accidentada, con un Centro de Rescate y/o Rehabilitación inscrito en el Registro Nacional de Tenedores de Fauna Silvestre.
Oportunidad y vías de comunicación a la SMA de la activación del Plan
Dentro de un plazo de 24 horas de ocurrida la emergencia, será informada a la SMA, a través del Sistema de Seguimiento Ambiental, según lo indica la Resolución Exenta N*885/2016 del Ministerio del Medio Ambiente.
Referencia al ICE o documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada
Tabla 7.1.11 del ICE
10.2.12. Situación de riesgo o contingencia: Riesgo de encandilamiento y desorientación de avifauna
por efecto de luminarias.
Fase del Proyecto a la que aplica
Fase de construcción, operación y cierre
Parte, obra o acción asociada
Toda el área del Proyecto.
Acciones a implementar
En caso de avistamiento de avifauna afectada se debe verificar la condición del animal desde una distancia prudente.
Dar aviso al encargado ambiental informando ubicación de la especie de fauna afectada.
En el caso de activación del plan de emergencia se dará aviso a la Superintendencia del Medio Ambiente.
Se coordinará con los órganos del pertinentes el destino final del ejemplar.
Estado
Desarrollo de la investigación respectiva para identificar las causas y tomar las acciones de control correspondientes.
El Titular coordinará directamente las acciones de atención y rehabilitación de la fauna que eventualmente puedan resultar accidentada, con un Centro de Rescate y/o Rehabilitación inscrito en el Registro Nacional de Tenedores de Fauna Silvestre.
Oportunidad y vías de comunicación a la SMA | Dentro de un plazo de 24 horas de ocurrida la de la activación del Plan emergencia, será informada a la SMA, a través del Sistema de Seguimiento Ambiental, según lo indica la Resolución Exenta N*885/2016 del Ministerio del Medio Ambiente.
Referencia al ICE o documentos del expediente | Tabla 7.1.12 del ICE. de evaluación que contenga la descripción detallada
-
Que, el Titular deberá remitir a la Superintendencia del Medio Ambiente la información respecto de las condiciones, compromisos o medidas, ya sea por medio de monitoreos, mediciones, reportes, análisis, informes de emisiones, estudios, auditorías, cumplimiento de metas o plazos, y en general cualquier otra información destinada al seguimiento ambiental del Proyecto, según las obligaciones establecidas en la presente Resolución de Calificación Ambiental y las Resoluciones Exentas que al respecto dicte la Superintendencia del Medio Ambiente. De igual forma, y a objeto de conformar el Sistema Nacional de Información de Fiscalización Ambiental (SNIFA), el Registro Público de Resoluciones de Calificación Ambiental y registrar los domicilios de los sujetos sometidos a su fiscalización en conformidad con la ley, el Titular deberá remitir en tiempo y forma toda aquella información que sea requerida por la Superintendencia del Medio Ambiente a través de las Resoluciones Exentas que al respecto ésta dicte.
-
Que, el Titular deberá informar a la Superintendencia del Medio Ambiente la realización de la gestión, acto o faena mínima que da cuenta del inicio de la ejecución de obras, a que se refiere el Considerando 4.4 de la presente Resolución.
-
Que, con el objeto de dar adecuado seguimiento a la ejecución del Proyecto, el Titular deberá informar a la Superintendencia del Medio Ambiente, al menos con una semana de anticipación, el inicio de cada una de las fases del Proyecto, de acuerdo a lo indicado en la descripción del mismo.
14, Que, la Superintendencia del Medio Ambiente, de oficio o a petición de parte o de algún organismo sectorial, podrá aprobar, modificar o complementar el contenido del plan de seguimiento de las variables ambientales y, en general, cualquier otro mecanismo establecido en la respectiva resolución de calificación ambiental que tenga dicho objeto, con el fin de asegurar, en el transcurso del tiempo, que el seguimiento de las variables ambientales cumpla con su objetivo de forma eficiente y eficaz
15, Que, para que el proyecto “Continuidad Operacional Planta Iván” pueda ejecutarse, deberá cumplir con todas las normas vigentes que le sean aplicables.
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Que, el Titular deberá informar inmediatamente a la Secretaría de la Comisión de Evaluación de la Región de Antofagasta y a la Superintendencia del Medio Ambiente, la ocurrencia de impactos ambientales no previstos en la DIA, asumiendo inmediatamente las acciones necesarias para abordarlos.
-
Que, el Titular del Proyecto deberá comunicar inmediatamente y por escrito a la Dirección Regional del Servicio de Evaluación Ambiental de la Región de Antofagasta la ocurrencia de cambios de titularidad, representante legal, domicilio y correo electrónico, de acuerdo a lo establecido en el inciso tercero del artículo 162 y artículo 163, ambos del Reglamento del SEIA.
-
Que, se hace presente al Titular que cualquier modificación al Proyecto que constituya un cambio de consideración, en los términos definidos en el artículo 2? letra g) del Reglamento del SETA, deberá someterse al SEIA.
-
Que, todas las medidas, condiciones, exigencias y disposiciones establecidas en la presente Resolución son de responsabilidad del Titular, sean implementadas por éste directamente o a través de un tercero.
RESUELVO:
- Calificar favorablemente la Declaración de Impacto Ambiental del proyecto “Continuidad Operacional Planta Iván”.
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- Certificar que el proyecto “Continuidad Operacional Planta Iván” cumple con la normativa de carácter ambiental aplicable de Minera Rayrock Limitada.
3", Certificar que el proyecto “Continuidad Operacional Planta Iván” cumple con los requisitos de carácter ambiental contenidos en los permisos ambientales sectoriales que se señalan en los artículos 136, 137, 138, 140, 142, 157 y 160 del D.S. N* 40/2012 del Ministerio del Medio Ambiente, Reglamento del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental.
4%, Certificar que el proyecto “Continuidad Operacional Planta Iván” no genera los efectos, características o circunstancias del artículo 11 de la Ley N? 19.300, que dan origen a la necesidad de elaborar un Estudio de Impacto Ambiental.
5*. Definir como gestión, acto o faena mínima del Proyecto, para dar cuenta del inicio de su ejecución de modo sistemático y permanente, a los mencionados en el considerando 4.4 del presente acto.
6”. Hacer presente que contra esta Resolución es procedente el recurso de reclamación de acuerdo a lo dispuesto en el artículo 20 de la Ley N* 19.300, ante el Director Ejecutivo del Servicio de Evaluación Ambiental. El plazo para interponer este recurso es de treinta días contados desde la notificación del presente acto.
Notifíquese y Archívese
* e.
<e Rodrigo Saavedra Burgos
“- 10 nténdente de la Región de Antofagasta Presidente Comisión de Evaluación Región de Antofagasta
Director
KICS/RGP/YSB/NMM/DTZ Distribución:
Rodrigo Iván Cienfuegos Pinto
DGA, Región de Antofagasta
Dirección de Vialidad, Región de Antofagasta
Gobernación Marítima de Antofagasta
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Gobierno Regional, Región de Antofagasta
Ilustre Municipalidad de Antofagasta
Oficina Regional CONADL Región de Antofagasta
SAG, Región de Antofagasta
SEC, Región de Antofagasta
SEREMI de Agricultura, Región de Antofagasta
SEREMI de Bienes Nacionales, Región de Antofagasta
SEREMI de Desarrollo Social y Familia, Región de Antofagasta
SEREMI de Minería, Región de Antofagasta
SEREMI de Salud, Región de Antofagasta
SEREMI de Transportes y Telecomunicaciones, Región de Antofagasta
SEREMI Medio Ambiente, Región de Antofagasta
SEREMI MOP, Región de Antofagasta
SERNAGEOMIN, Región de Antofagasta
Servicio Nacional Turismo, Región de Antofagasta
Consejo de Monumentos Nacionales
Subsecretaría de Pesca y Acuicultura
Superintendencia de Servicios Sanitarios
Superintendencia de Medio Ambiente
Co:
Secretaría Comisión de Evaluación
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