SEA · DIA · Aprobado · 2020-02-20 · Región del Libertador General Bernardo O'Higgins · Sociedad Agrícola El Porvenir S.A.
REPÚBLICA DE CHILE
COMISIÓN DE EVALUACIÓN
Región del Libertador General Bernardo O'Higgins
Resolución Exentactc0 35
Califica Ambientalmente el proyecto
"Tranque Quilamuta"
Rancagua, 28 de diciembre de 2020.
VISTOS:
1°. La Declaración de Impacto Ambiental (DIA) admitida a trámite con fecha 20 de febrero de
2020, su Adenda de fecha 27 de agosto de 2020 y su Adenda Complementaria de fecha 10 de
noviembre de 2020, del proyecto "Tranque Quilamuta", presentado por Sociedad Agrícola El
Porvenir S.A.
2°. Los pronunciamientos y observaciones de los órganos de la administración del Estado que, sobre
la base de sus facultades legales y atribuciones, participaron en la evaluación de la DIA y sus
Adendas, y que se detallan en el Capítulo 3 del Informe Consolidado de Evaluación (en adelante,
"ICE") de la DIA del proyecto "Tranque Quilamuta".
3°. El Acta de Evaluación N°29 de la Sesión N°16 del Comité Técnico de la Región del Libertador
General Bernardo O'Higgins (en adelante, "Región de O'Higgins") de fecha 8 de septiembre del
2020.
4°. El ICE de la DIA del proyecto "Tranque Quilamuta" de fecha 4 de diciembre de 2020.
5°. El Acta de la Sesión Extraordinaria N°17 de fecha 15 de diciembre de 2020 de la Comisión de
Evaluación de la Región de O'Higgins.
6°. Los demás antecedentes que constan en el expediente de evaluación de impacto ambiental de la
DIA del proyecto "Tranque Quilamuta".
7°. Lo dispuesto en la Ley N°19.300, sobre Bases Generales del Medio Ambiente; en el D.S. N°40
del 30 de octubre de 2012 del Ministerio del Medio Ambiente, que aprueba el Reglamento del
Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental; en el D.F.L. N°1/19.653, de 2002 del Ministerio
Secretaria General de la Presidencia, que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado de la
Ley N°18.575, Orgánica Constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado; en la
Ley N°19.880, que establece Bases de los Procedimientos Administrativos que rigen los Actos de
los Órganos de la Administración del Estado; en la Resolución Exenta N°156 de fecha 7 de agosto
de 2014, de la Comisión de Evaluación de la Región de O'Higgins, que Aprueba el Reglamento de
Organización y Funcionamiento de la Comisión de Evaluación de la Región del Libertador General
Bernardo O'Higgins; en la Resolución N°119046/344/2019 del Servicio de Evaluación Ambiental,
de fecha 30 de octubre de 2019, que establece Orden de Subrogancia de la Dirección Regional del
SEA Región de O'Higgins; y en la Resolución N°7 de 2019 de la Contraloría General de la
República, que Fija normas sobre exención del trámite de toma de razón.
CONSIDERANDO:
1°. Que, Sociedad Agrícola El Porvenir S.A. (en adelante, "Titular"), ha sometido al Sistema de
Evaluación de Impacto Ambiental (en adelante, "SETA") la DIA del proyecto "Tranque Quilamuta"
(en adelante, "Proyecto"). Los antecedentes del Titular son los siguientes:
Nombre o razón social
Sociedad Agrícola El Porvenir S.A.
Rut
78.134.990-0
Domicilio
Parcela Cinco, Santa Inés, comuna de Las Cabras, Región del
Libertador General Bernardo O'Higgins
Teléfono
+56 22 2082993
Nombre representante legal
Arturo Costábal García — Huidobro
Rut representante legal
13.657.778-6
Domicilio representante legal
Parcela Cinco, Santa Inés, comuna de Las Cabras, Región del
Libertador General Bernardo O'Higgins
Teléfono representante legal
+56 22 2082993
Correos electrónicos del Titular
o representante legal
cmendez®glcambiental.c1
2°. Que, conforme se indica en el ICE de fecha 4 de diciembre de 2020, el Director del SEA de la
Región de O'Higgins ha recomendado aprobar el Proyecto, por cuanto cumple con la normativa de
carácter ambiental aplicable; cumple con los requisitos de otorgamiento de carácter ambiental
contenidos en los permisos ambientales sectoriales aplicables (PAS N°140, N°142, N°155 y N°160
del Reglamento del SETA); no genera ni presenta los efectos, características o circunstancias del
artículo 11 de la Ley N°19.300, que dan origen a la necesidad de evaluar un Estudio de Impacto
Ambiental; y el Titular ha subsanado los errores, omisiones e inexactitudes planteados en los
Informes Consolidados de Aclaraciones, Rectificaciones y Ampliaciones.
3°. Que, en Sesión Extraordinaria N°17 de fecha 15 de diciembre de 2020, la Comisión de
Evaluación de la Región de O'Higgins acordó calificar favorablemente el Proyecto, aprobando
íntegramente el contenido del ICE de fecha 4 de diciembre de 2020, el que forma parte integrante
de la presente Resolución. Por lo tanto, conforme a lo indicado en el artículo 60 inciso segundo del
Reglamento del SETA, se excluyen de la presente Resolución las consideraciones técnicas en que se
fundamenta.
4°. Que, según lo señalado en la DIA y sus anexos, en su Adenda, y en su Adenda Complementaria,
los cuales forman parte integrante de la presente Resolución, la descripción del Proyecto es la que a
continuación se indica:
4.1. ANTECEDENTES GENERALES
Objetivo general
El objetivo del Proyecto es la acumulación de aguas para su empleo en
riego agrícola. En este contexto, se conducen aguas subterráneas desde
las captaciones hacia el tranque para su embalse y contención, cuya
agua almacenada se aprovecha para el riego agrícola de 60 hectáreas de
cerezos.
El Proyecto consiste en la operación de un tranque de acumulación de
aguas
para
riego,
derivadas
desde
dos
captaciones
de
aguas
subterráneas denominados pozos azul y celeste. Estas fuentes de
captación
de
aguas
cuentan
con
sus
respectivos
derechos
de
aprovechamiento de aguas, de ejercicio permanente y continuo.
La obra de entrega de las aguas embalsadas a riego se ubica en el sector
nororiente del tranque, y consiste en una cámara de hormigón
consolidado, con tres secciones tubulares de igual diámetro.
La toma se ubica en el nivel del fondo del tranque y corresponde a tres
tuberías de HDPE de 400 mm de diámetro, la cual encausa las aguas
hacia una tubería de fierro de 400 mm, que se emplaza en la cámara de
hormigón. La descarga se realiza a través de un tubo PVC de 400 mm
de diámetro.
El Proyecto corresponde a una regularización debido a que está
construido y con agua almacenada, dado que su llenado se efectuó en
julio de 2019.
El tranque posee una capacidad máxima de acumulación de 473.650 m3
y una altura máxima, contada desde la cota del terreno natural hasta el
coronamiento de 8 metros.
La determinación de la capacidad de diseño del tranque estuvo
orientada
a
obtener
un
respaldo
hídrico,
que
permitiese
el
abastecimiento y riego de una superficie de 60 hectáreas de cerezos.
Sobre lo anterior, y considerando la demanda hídrica del cultivo de
cerezos, se determinó una capacidad máxima de almacenamiento de
473.650 m3.
Tipología
principal,
así
como las aplicables a sus
partes, obras o acciones
La pertinencia de ingreso del Proyecto al Sistema de Evaluación de
Impacto Ambiental (en adelante, "SETA"), de acuerdo a lo descrito en
el artículo 10, letra a) de la Ley 19.300 sobre Bases Generales del
Medio Ambiente, y según lo pormenorizado en el artículo 3°, letra a.l.
del D.S. N°40/2012 del Ministerio del Medio Ambiente, Reglamento
del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental (en adelante,
"RSEIA"), se enmarca en la siguiente tipología:
a) Acueductos, embalses o tranques y sifones que deban someterse a la
autorización establecida en el artículo 294 del Código de Aguas.
Presas,
drenajes,
desecación,
dragado,
defensa
o
alteración,
significativos, de cuerpos o cursos naturales de aguas, incluyendo a los
glaciares que se encuentren incorporados como tales en un Inventario
Público a cargo de la Dirección General de Aguas.
Se entenderá que estos proyectos o actividades son significativos
cuando se trate de:
a.l. Presas cuyo muro tenga una altura superior a cinco metros (5 m)
medidos desde el coronamiento hasta el nivel del terreno natural, en el
plano vertical que pasa por el eje de éste y que soportará el embalse de
las aguas, o que generen un embalse con una capacidad superior a
cincuenta mil metros cúbicos (50.000 m3).
Considerando que corresponde a un tranque con un muro de 8 m de
altura y que permite almacenar un volumen de 473.650 m3, el Proyecto
se somete a evaluación al SETA debido a que se encuentra listado en el
literal a. 1. del artículo 3° del RSEIA.
Vida útil
50 años
Monto de inversión
El
Proyecto
consideró
un
monto
de
inversión
equivalente
a
$272.050.050, correspondiente a USD $356.413.
Gestión,
acto
o
faena
mínima que da cuenta del
inicio de la ejecución
El Proyecto corresponde a una regularización debido a que está
construido y con agua almacenada, dado que su llenado se efectuó en
julio de 2019; por lo tanto, las obras constructivas se iniciaron en
diciembre de 2018 con la "Limpieza y Despeje del Terreno". La fase de
construcción tuvo una duración de 6 meses, cuya fecha de término fue
en junio de 2019 con el "Desmontaje de Obras Temporales".
Proyecto se desarrolla por
etapas
Sí
No
Conforme a la exigencia establecida en el Artículo 14
del RSEIA, se indica que el Proyecto no se desarrolla
por etapas.
x
Proyecto
modifica
un
proyecto o actividad
Sí
No
De acuerdo con lo solicitado en el Artículo 12 del
RSEIA, cabe indicar que el Proyecto corresponde a
una iniciativa nueva, y; por lo tanto, no constituye
modificación alguna a proyectos evaluados en el
SETA.
X
Proyecto modifica otra(s)
RCA
Sí
No
X
4.2. UBICACIÓN DEL PROYECTO
División político-
El Proyecto se ubica en la comuna de Las Cabras, Provincia de Cachapoal,
administrativa
Región del Libertador General Bernardo O'Higgins.
El emplazamiento del Proyecto se sitúa geográficamente a 24,6 kilómetros
lineales al norte de la ciudad de Las Cabras, específicamente en el Fundo
Quilamuta.
Pro/locho
'
'
t
Los Cobras
.
.
,
-
-,
•
-
...,
, .
. ,
8
a
•
8
1.
(
',.•,'I
I
1
t
-41011" ^
Descripción de la
El Fundo Quilamuta cuenta con recursos hídricos subterráneos para el riego,
localización
provenientes de los derechos de aprovechamiento de aguas subterráneas
otorgados por la Dirección General de Aguas, los cuales se presentan en el
Anexo 05 de la DIA y en el Anexo 02 de la Adenda.
Históricamente, el predio ha sido utilizado para el emplazamiento de la
actividad agrícola. Lo anterior, puede ser corroborado con la información
contenida en la base de datos del United States Geological Survey (USGA;
Servicio Geológico de Estados Unidos), sistema que se encarga de
sistematizar la información territorial a nivel mundial, con la finalidad de
proveer información científica para describir y comprender los fenómenos
globales. Desde esta base de datos, se obtuvo la Fotografía Aérea CHILE —
09 — 1246, singularizada bajo la nomenclatura UAg 113071 151,98, de fecha
12 de mayo de 1991. Esta fotografía aérea permite visualizar que el área
geográfica asociada al emplazamiento del Fundo Quilamuta ha sido
históricamente utilizada por la actividad agrícola.
En la actualidad, el Fundo no cuenta con obras hidráulicas suficientes para
contener y regular los recursos disponibles para el riego, quedando el
sistema expuesto a variaciones estacionales y anuales del recurso. En el
fundo, se cuenta con pequeños tranques de acumulación, de dimensiones
menores a las exigidas por el literal a.1 del artículo 3° del Reglamento del
SETA, literal a del artículo 10° de la Ley 19.300 y el artículo 294° del
Código de Aguas, los cuales resultan insuficientes para otorgar el respaldo
hídrico del riego en el fundo para los meses de verano.
La posibilidad de poder dar continuidad a la actividad agrícola en la zona
requiere disponer de un respaldo hídrico de mayor volumen, que permita
aprovechar la disponibilidad del recurso en toda época, a través de su
embalse y contención.
Sobre la base de este contexto, se consideró materializar un tranque con una
capacidad de almacenamiento de 473.650 m3, que permita otorgar respaldo
para los periodos de escases. Asimismo, el sitio de emplazamiento del
tranque Quilamuta se da en el mismo Fundo, al cual permite abastecer de
agua. Este tranque se emplaza en una zona plana y libre de interferencias, lo
que permite conectar fácilmente las aguas desde los pozos al tranque y,
posteriormente, hacia las plantaciones agrícolas, abarcando una superficie
aproximada de 60 hectáreas de cerezos.
Además, la implementación del Proyecto favorece varios objetivos de la
Estrategia Regional de Desarrollo, en tanto que aporta a desarrollar a la
Región del Libertador General Bernardo O'Higgins como potencia agrícola,
mejorando la eficiencia en el uso del recurso hídrico, y contribuyendo en
forma sustancial en la producción de los suelos agrícolas.
Superficie
Superficies Obras Permanentes
[- Estructura
' Superficie [ml
Talud exterior muro (total)
77.165
Superficie
de
inundación
o
superficie
interna
58.440
i.
„....
Sitio de almacenamiento de residuos no
i peligrosos
100
Caseta de pozo celeste
I 6,7
`Caseta de pozo azul
"--1-1,-r7
[-Caseta de distribución a riego
i 78
Fuente: Tabla 1 de la Adenda
El
área de
intervención
de
obras
permanentes
corresponde
al
área
conformada por el talud exterior del muro (incluye área de inundación),
además de las superficies relacionadas con las otras obras permanentes.
Superficies Obras Temporales
... .
..
........ .......
Obra
Tipo de Edificación
i SnlirtíCii .......
Sustancias peligrosas
Oficinas
300
: AFai-ai-'"a""sta
—c—ioiiainTáIo's
________
60
vehículos menores
Área de estadonamientos
Temporal
200
maquinaria
1 Zona de almacenamiento
50
de residuos no peligrosos
Bodega de RESPEL
15
Área delimitada total
i 3.750 m2
Fuente: Tabla 2 de la Adenda
Coordenadas UTM
----T-----
I Coordenadas (DatuiiVVGS84rituso193)
Estructura l vértice
en Datum WGS84
Este (ni)
Norte In]
•
EA-1
287.854
1227.700
EA-2
.
i 287.979
8.227;111
----'
Espejo de Agua
EA-3
288.146
1227:837-
EA-4
288.042
1227.815
TE-1
287.823
6.227.701
TE-2
i 287.973
Talud Exterior
6.227.448
TE-3
288.167
6.227.610
TE-4
288.061
-
_
.._
•
.
...
....... ....... ..........._
¿aseIiirieiiigc7----r aiíe'
le de Riego
288.099
6.227.855
.
8.227 51---
Pozo celeste: coordenadas UTM, Datum WGS 84, H 19 S: 288,501 E y
6.227.001 N.
Pozo Azul: coordenadas UTM, Datum WGS 84, H 19 S: 288.327 E y
6.227.397 N.
En el Anexo N°02 de la Adenda se acompaña la inscripción conservatoria,
con vigencia actualizada.
Se indica, además que las coordenadas presentadas de los pozos difieren de
las presentadas en la escritura conservatoria, debido a que el datum de las
coordenadas de dicho documento está en PSAD 56.
Caminos de acceso
El acceso desde la ciudad de Las Cabras se realiza hacia el norte por la Ruta
66 hasta el sector de Santa Inés, donde se toma la Ruta H-692-G hacia el
oriente por 8,41 kilómetros aproximadamente, luego se ingresa por un
camino interno que sirve de servidumbre de paso, por aproximadamente
1,38 kilómetros hasta el ingreso al Fundo Quilamuta.
Una vez ingresado al Fundo Quilamuta, se toma un camino interno en
dirección poniente, por aproximadamente 1,38 kilómetros.
Referencia al
La ubicación del Proyecto se especifica en el numeral 1.3. de la DIA, en el
expediente de
Anexo 4 y 6 de la DIA; complementado con lo indicado en las respuestas
evaluación de los
N°1.1, N°1.2 y N°1.3, y en los Anexos 1, 7 y 11, todos de la Adenda; y en la
mapas,
georreferenciación e
información
complementaria
sobre la localización
de sus partes, obras y
acciones
respuesta N°1.1
y
Anexo
1
(archivo
kmz
síntesis)
de
la Adenda
Complementaria.
4.3. PARTES, OBRAS Y ACCIONES QUE COMPONEN EL PROYECTO
4.3.1. FASE DE CONSTRUCCIÓN
Parte u Obra
La instalación de faenas estuvo constituida por oficinas, instalaciones
sanitarias para los trabajadores (baños, duchas y comedores), bodega de
materiales, área de estacionamientos y cierre perimetral.
El Proyecto requirió
de una zona para la instalación de faenas de
aproximadamente 634 m2, que fue materializado en base a contenedores de
medida estándar, más áreas de estacionamientos de maquinaria.
Oficinas: Correspondió a 2 contenedores habilitados, en donde operó la
administración y control de la obra. A un costado de estos contenedores, se
habilitó la oficina de la inspección técnica de obras (ITO).
Baños y duchas: De manera provisoria para la instalación de faenas, se
dispuso de la implementación de baños químicos para los trabajadores, de
acuerdo a lo establecido en el D.S. N°594/1999, del MINSAL, los cuales
fueron mantenidos y retirados por una empresa autorizada.
Esta implementación dio cumplimiento a las disposiciones establecidas en
los artículos 24°, 25° y 26° del D.S. N°594/1999, en relación a que:
- El número mínimo de artefactos se calculó en base a la Tabla del artículo
23° del D.S. N°594/1999.
- Los baños químicos estuvieron instalados a menos de 75 metros del área
de trabajo.
- Comedor: Es importante señalar que por la naturaleza del Proyecto,
Instalación de faenas
durante la fase de construcción, cada trabajador estuvo a cargo de su
alimentación, no contemplando la habilitación de cocina y/o casino.
Sin perjuicio de lo anterior, se habilitó un recinto compuesto por
1
contenedor, que incluyó los implementos necesarios para la adecuada
alimentación de los trabajadores.
- Área de Estacionamientos: Se habilitaron dos áreas de estacionamientos,
demarcados y señalizados.
Se consideró un área de 60 m2 para 4 estacionamientos de vehículos
menores, y un área de 200 m2 para el estacionamiento de la maquinaria que
no se encontraba operando en la obra de construcción.
Parte u Obra
A la zona de acopio temporal llegaron los materiales provenientes de la
excavación, a fin de que a partir de un proceso de selección y retiro de sobre
tamaños, como piedras y rocas de mayor tamaño, fueran reutilizados en la
construcción de los muros del tranque.
Se desarrolló un proceso de acopio y retiro, en tanto las excavaciones y
rellenos se realizaron en forma paralela.
Todo el material excavado tuvo un volumen de 67.323,60 m3, el cual se
transportó a esta zona de acopio temporal en forma previa al destino final,
que correspondió al relleno de los muros del tranque.
Zona
de
acopio
temporal
de
excavación
Parte u Obra
Los residuos sólidos domiciliarios y asimilables, generados durante la fase
de construcción, correspondieron a restos de comida, papeles y bolsas de
basura. Estos residuos fueron dispuestos transitoriamente en contenedores
de plástico de tapa hermética de 1 m3, ubicados en los frentes de trabajo y,
posteriormente, trasladados al sector especialmente delimitado para el
acopio de este tipo de residuos, y consistente en una tolva de 20 m3 con tapa
Y cierre hermético para proteger a los residuos de las condiciones climáticas,
evitar la generación de percolados y proliferación de vectores de interés
sanitario.
Los residuos fueron retirados con frecuencia de 2 veces por semana, con la
finalidad de evitar descomposición de restos de alimentos, focos de
insalubridad, malos olores y/o proliferación de vectores sanitarios. El retiro
de estos residuos se realizó mediante camiones municipales, y fueron
Zona de
almacenamiento
de
residuos no
peligrosos
destinados a sitios de disposición final autorizados por la Seremi de Salud.
Parte u Obra
Tuvo una superficie aproximada de 9 m2, cierre perimetral, piso liso e
impermeable, sistema de contención local y materiales de absorción, sistema
manual de extinción de incendio a base de extintores, y las respectivas hojas
de seguridad (HDS) de cada sustancia.
Bodega de
Sustancias
Peligrosas
Parte u Obra
Los
residuos
peligrosos
generados
en
la
fase
de
construcción
correspondieron a contenedores de pintura, lubricantes y aceites de válvulas.
Estos residuos fueron almacenados de manera temporal en contenedores con
tapa, debidamente rotulados. Para dicho propósito, existió una bodega para
la mantención transitoria de los residuos peligrosos, los cuales fueron
manejados según lo dispuesto por el D.S. N°148/2003 del MINSAL.
El sitio que se habilitó para el almacenamiento transitorio de RESPEL, dio
cumplimiento a lo establecido en el D.S. N°148/2003, D.S. N°594/1999,
ambos del MINSAL y a la Ordenanza General de Urbanismo y
Construcciones, de la siguiente forma:
- La bodega tuvo una base continua, impermeable y resistencia estructural y
química a los residuos.
- Contó con un cierre perimetral de al menos 1,8 metros de alto, el cual
impidió el libre acceso de personas y animales.
- Estuvo techada y protegida de condiciones ambientales, tales como:
humedad, temperatura, radiación solar, para minimizar la volatilización, el
arrastre o la lixiviación y, en general, cualquier otro mecanismo de
contaminación del medio ambiente, que pueda afectar la salud de la
población.
- Tuvo una capacidad de retención de escurrimientos o derrames, no inferior
al volumen del contenedor de mayor capacidad, correspondiente al 20% del
volumen total de los contenedores almacenados.
- Contó con señalización de acuerdo a la NCh 2.190 Of 93.
- Tuvo acceso restringido.
- La bodega contó con al menos un extintor de polvo químico ABC — BC de
10 kg en el exterior, de fácil acceso y clara identificación, libre de cualquier
obstáculo.
Bodega de Residuos
Peligrosos
Parte u Obra
El camino interno considerado para las labores de construcción, operación y
cierre, se desarrolla al interior del fundo Quilamuta, desde la caseta de
control de acceso, con una distancia de 1,38 km y un ancho promedio de
7,82 metros.
Camino interno
Acción
El Proyecto corresponde a una regularización debido a que está construido y
con agua almacenada, dado que su llenado se efectuó en julio de 2019.
La limpieza del terreno
contempló el despeje
de todos los cultivos
existentes, además de un escarpe en el área de intervención, asociados a las
obras del Pro ecto
también
ara las obras tem orales.
Limpieza y despeje
del terreno
Acción
Correspondió a la instalación
de dependencias para el
apoyo
a las
actividades de la fase de construcción, las que fueron desmontadas y
retiradas al final de dicha fase.
La instalación de faena se ubicó contigua al área de emplazamiento del
tranque, disponiendo los contenedores para oficinas en una zona cercana a la
zona de emplazamiento del tranque.
En esta parte se llevó a cabo la actividad de instalación de contenedores
habilitados para oficinas y obras auxiliares de la construcción, tales como:
comedores, servicios higiénicos, empalmes eléctricos y sistemas sanitarios
corres•ondientes.
Habilitación
de
la
instalación de faenas
Los servicios sanitarios (baños, duchas y lavatorios) fueron implementados
de acuerdo a las disposiciones del D.S. N°594/1999, del MINSAL. En ese
contexto, el número mínimo de artefactos se calculó en base a la Tabla
contenida en el artículo 23° del citado cuerpo legal. Los baños químicos se
instalaron a no más de 75 metros de los frentes de trabajo.
Acción
de
Se contempló la nivelación y perfilamiento topográfico en el área
emplazamiento del Proyecto. En esta actividad, se consideró el escarpe
una superficie de 6,84 hectáreas, con un volumen de remoción aproximado
de 22.323,6 m3, consistente en tierras provenientes de desniveles
superficies en el área.
La Tabla a continuación representa las cantidades de tierra removidas
utilizadas para la construcción de los muros de contención de aguas.
de
en
y
y/o
Movimiento
tierras
FAColón
Volumen (ml
I Escarpe
22.323,6
Material excavado 45.000
Acción
del
Luego del replanteo topográfico se comenzó con la excavación,
requirió movilizar un volumen total de 67.323,6 m3, el que fue excavado
utilizando
retroexcavadoras.
Este
material
fue
utilizado
para
consolidación de los taludes.
Todo el material de excavación fue depositado en la zona de
temporal, en donde fue procesado, removiendo los sólidos de mayor tamaño
para posteriormente ser llevado a la zona de construcción de los taludes,
mediante relleno por estratos compactados. Para la actividad de relleno
muro, se consideró utilizar el material de la misma excavación del tranque,
donde se extendió en capas uniformes y fueron compactadas mediante
rodillo compactador, el cual debió alcanzar la compactación requerida
las especificaciones del Proyecto.
El tranque se ubica en un terreno con una pendiente media de 0,3%,
cual se conforman los taludes de excavaciones y rellenos.
Para la construcción de los muros se consolidó material extraído
excavaciones,
mediante
depositación
por
estratos
y
compactación,
generando un ancho de coronamiento de 4 metros mínimo y de 5,8
máximo, y una revancha mínima de 1 metro, sobre la base
disposiciones del D.S. N°50/2015 del MOP.
Ancho de coronamiento
Lado
. Ancho [ro]
lo cual
la
acopio
del
según
en el
de las
metros
de
las
que
de la
a 4
una
de
reposo
Construcción
tranque
A.
4,0
. 5,a
,
....__.
B
1 4,0
,
13'
4 3
'
Para la construcción del Proyecto no se consideró la extracción de material
de lecho de río o estero u otros cuerpos superficiales.
Respecto a los resultados de los estudios geotécnicos, conviene precisar
los resultados de estos estudios — presentados en el Anexo N°12
Adenda — definieron los taludes como "estables". Lo anterior, argumentado
sobre la base que el ancho del coronamiento mínimo corresponde
metros, y la relación de taludes mínimas se presenta mediante
proyección vs horizontal igual a 2:1 (H:V), la cual conlleva un ángulo
inclinación de 27°, los que se encuentran por debajo del ángulo de
del suelo, correspondiente a 29°.
En función de lo anterior, y con la finalidad de corroborar la estabilidad
definida, se procedió a evaluar el sistema completo de la presa (taludes
aguas arribay abajo), mediante el método de equilibrio límite.
Considerando la situación constructiva y operacional de una obra hidráulica
de tal magnitud, se realizaron diversas evaluaciones de estabilidad de
taludes (aguas arriba y abajo); es decir, el sistema completo del tranque en
sus distintas etapas.
Considerando que las arenas de la zona son susceptibles a fenómenos de
erosión, se indican algunas medidas de mitigación y/o protección de taludes
del terraplén, particularmente el talud aguas abajo, el cual se encuentra
expuesto totalmente, a diferencia del talud aguas arriba, el cual está cubierto
y protegido mediante una geomembrana.
Dicho lo anterior, en primera instancia se recomienda la generación de
enrocados; sin embargo, se presentan algunas otras medidas contempladas
para evitar la erosión superficial del talud en cuestión:
(1) Hidrosiembra controlada, a través de semillas de pasto, arbustos o
especies propias de la zona o que se adapten con facilidad a ella, y que en
conjunto aseguren la cobertura vegetal permanente del talud.
(2) Malla vegetal biodegradable, mediante la colocación de una malla textil
biodegradable en el tiempo, que posea una cuadricula mínima de 10x10 cm
en espesor de 0,50 a 1,00 cm, la cual asegure una vida útil de 3 años como
mínimo.
(3) Material vegetal compuesto por suelos de origen superficial con
contenido orgánicos, libre de piedras y/o gravas mayores a 2", ramas, restos
vegetales de gran tamaño, escombros y desperdicios no degradables.
Todos los métodos mencionados anteriormente, tienen como objetivo
principal proteger la superficie expuesta de los taludes de terraplenes,
principalmente de un agente altamente erosivo como es el agua, y,
eventualmente, el viento en épocas invernales y en ciertas zonas del país.
Dichos métodos buscan minimizar la interacción de aguas lluvia y/o
escorrentías superficiales mediante la conformación de cubiertas vegetales,
las cuales puedan amortiguar el impacto del agua, disminuyendo su
velocidad de escurrimiento, evitando así la erosión superficial de la cara
externa.
Asimismo, se contempla la implementación de piezómetros, inclinómetros y
placas de control de deformación. De manera complementaria, se
recomienda la utilización de lo siguiente:
i. Piezómetros eléctricos de cuerda vibrante:
Estos son instrumentos utilizados para monitorear los niveles piezométricos
del agua, necesarios en los controles de colocación del material de relleno, la
predicción de la estabilidad de los taludes y la visualización de la infiltración
y modelos de flujo.
Los piezómetros mencionados anteriormente, se instalan en sondajes
geotécnicos y son embebidos en rellenos para principalmente medir
presiones de poros al interior del sistema. Dicho piezómetro convierte la
presión de agua a una señal de frecuencia a través de un diafragma y de una
cuerda de acero tensionada,
El piezómetro está diseñado de manera tal que un cambio en la presión en el
diafragma genera un cambio en la tensión de la cuerda. Cuando es activada
por una bobina magnética produce una señal de frecuencia que es
transmitida al aparato lector.
Se recomienda la instalación de piezómetros en la parte central de la presa
(desde su coronamiento), en su costado izquierdo y costado derecho, a modo
de monitorear la totalidad del sistema.
Piezómetros Casagrande
Se tratan de piezómetros de monitoreo que sirven para la medición del nivel
piezométrico del agua subterránea o nivel freático, y se basan en el principio
de diferencia de .resiones de a•ua al interior de un terreno. Consisten en
Coordenadas UTM \Nes 84 Huso 19S
Este [m]
Norte [m]
287.974
6.227.608
287.903
6.227.775
287.821
6.227.802
287.725
6.227.745
287.677
6.227.650
287.752
6.227.533
287.838
6.227.507
287.942
6.227.600
Puntos
perforaciones o sondeos que traspasan el nivel freático, seguido por la
inserción de un revestimiento de PVC de 2" de diámetro, ranurado en el
fondo para que pueda ingresar el agua subterránea que se requiere medir,
colocándose un filtro de arena alrededor de la tubería.
Para la presente obra, se recomienda la instalación de 5 piezómetros.
iii. Levantamiento topográfico
Se recomienda realizar un levantamiento topográfico completo, con la
finalidad de monitorear cada 6 meses como distancia temporal máxima, o
luego de ocurrido un evento sísmico, los posibles desplazamientos y/o
movimientos laterales de la presa, para lo cual se debe instalar un PR
conocido a través de un prisma especial, el cual sirva de nivel de referencia
para las mediciones futuras.
iv. Monolito y puntos de referencia
Se considera la implementación de un total de 8 monolitos ubicados en el
coronamiento de cada uno de los 4 muros que componen el tranque
Quilamuta.
Como se indicó anteriormente, las deformaciones en los muros pueden darse
por asentamientos y/o desplazamientos.
Para llevar un control de estos, se debe considerar puntos de referencia que
se materializarán a lo largo de los cuatro muros que componen el tranque,
sobre sus coronamientos. Cada muro cuenta con 2 monolitos, ubicados a 1/3
y 2/3, respectivamente de la longitud de cada uno. Las coordenadas de los
puntos de ubicación son las siguientes:
v. Inspección visual geotécnica del embalse
De manera adicional a la instrumentación de monitoreo recomendada
anteriormente, es pertinente realizar inspecciones visuales al sistema
completo, a modo de detectar posibles patologías asociadas al suelo
propiamente tal, tales como: grietas de tracción en coronamiento y/o cuerpo
del talud, erosión del tipo superficial o interna.
A modo de poder tener una idea generalizada de la revisión a realizar, se
menciona la siguiente secuencia de inspección visual, describiendo las
partes más importantes para tener en cuenta:
- Corona de la presa: revisar hundimientos o asentamientos excesivos,
movimientos horizontales, los cuales generan fisuras y/o grietas de tracción.
- Taludes (aguas arriba y abajo): inspeccionar sigilosamente degradación y
erosiones internas en la eventualidad de existir. Además, es muy importante
el monitoreo o revisión de manera periódica de geomembrana.
- Contacto presa — cimiento: revisar la existencia de fisuras, grietas,
filtraciones, signos de movimiento, hundimiento o asentamientos, hasta
aparición de vegetación excesiva.
De esta manera, cabe resaltar que es importante la revisión y/o inspección
de:
,
..
__,........
i. Filtraciones y humedades.
ii. Deslizamientos.
iii. Depresiones y/o hundimientos
iv. Aspectos relacionados con el mantenimiento,
protecciones en los parámetros; efectos de la vegetación
pie del embalse.
En lo que respecta a las inspecciones regulares,
planilla de control.
Plan de Inspección Regular
Tipo de inspección
. fRegularlExtraordinarial
Encargado de la inspección
[nombre]
Rut encargado de la inspección
[RUT]
Objetivo de la inspección : [inspección estructural, sistema
riego]
Metas
i [según los objetivos descritos]
Pie de Talud
Talud
Coronamiento
Aspectos inspeccionados
Sistema de captación de
Sistema de entrega a riego
Geomembrana
tales como erosión y
y fauna; estado del
se mantiene la siguiente
.......—__
de captación o sistema de
agua subterránea
Tipo de examen
: [visualitopográficormonítoreo piezométrico]
Hallazgos
1 [si los hubiere]
Fecha de Inspección
i [Indicar fecha de registro]
Para Inspección regular [Mensual/Trimestral/Semestral]
I Frecuencia de inspección Para Inspección extraordinario [determinar en base a último
i registro]
La planilla anterior es mantenida en la caseta de control de acceso del fundo
Quilamuta,
para
fines
de
acceso
a
la
información
ante
eventuales
fiscalizaciones. Se conservan los registros con una antigüedad máxima de 2
años.
Cabe mencionar que, tal como indica el D.S. N°50/2015, del MOP, las
inspecciones ante situaciones extraordinarias se efectúan posteriormente a la
ocurrencia de eventos tales como: sismos, precipitaciones abundantes u
otros relacionados.
Esta inspección se desarrolla para evaluar la situación de seguridad de las
obras, y se elabora un informe de manera posterior de ocurrido el evento,
donde se resuman las observaciones realizadas, se indiquen las anomalías
detectadas y se propongan las medidas tendientes a mantener el nivel de
seguridad, basándose en el levantamiento de los datos provistos por el
sistema de control y monitoreo. Dicho informe debe incluirse como parte de
la información técnica de obra, de conformidad a lo indicado en la letra i)
del artículo 20 del citado cuerpo legal.
Acción
de
Se consideró la instalación de una geomembrana
densidad (LLDE) de espesor 2 mm. Esta geomembrana
fondo y taludes internos del tranque.
A continuación, la siguiente tabla resume las características
geomembrana.
1 Propiedad
Método de ensayo
%s'o especifico
-- ASTM D - 1505-98--
Contenido de negro de humo
i ASTM D- 1603 - 94
1% rango admisible
de polietileno de baja
se instaló en todo el
técnicas de la
Valores específicos
0,915 a 9,926 gimi
2,0 - 3.0
Instalación
geomembrana
. -
:PikeSileriCia-
ASTM O - 4833
punzonamiento
_______. .
Uso > 250 Nimm
TextUrado > 150 M11/mm
....._
.,.......„ ,., ._,„..........
Acción
Los recursos hídricos almacenados son extraídos en forma controlada por
medio de tuberías de acero de diámetro de 8', y conducidos al tranque de
acumulación a través de tuberías que se detallan en el Anexo N°06 de la
Adenda.
Especificaciones técnicas del sistema de alimentación
Pozo Celeste
Ítem
,
I Detalle
Coordenada Este Captación [UTM WGS 84
Huso 19S1
288.486
Coordenada Norte Captación [UTM WGS 84
6
Huso 19S]
6.227.059
Bomba
Franklin 50 HP
Diámetro tubería extracción
8.
Tubería alimentadora tranque
PVC diámetro 350 mm
Tubería descarga a tranque
PVC Diámetro 400 mm
Pozo Azul
Herr
l Detalle
Coordenada Este Captación [UTM WGS 84
Huso 193]
288.311
Coordenada Norte Captación [UTM WGS 84
6
Huso 19S]
6.227.451
Bomba
Franklin 50 HP
Diámetro tubería extracción
8'
Habilitación
de
captaciones
y
llenado del tranque
Tubería alimentadora tranque
. PVC 250 mm
Tubería descarga a tranque
. PVC 250 mm
'
Las aguas derivadas desde el pozo celeste como azul son conducidas
exclusivamente al tranque Quilamuta, y por su parte, el tranque no es
conectado con ningún otro pozo o captación superficial existente en el
fundo,
considerando
de
este
modo
un
régimen
de
alimentación
exclusivamente subterráneo y únicamente a través de los pozos celeste y
azul, no compartiendo infraestructura ni posibilidad de derivación de aguas
desde otros tranques o captaciones.
Así, el diagrama de flujo de aguas es el siguiente:
I
Pozo azul
\
Tranque
Quilamuta
Riego de 60
hectáreas
77
,..--...._
Pozo celeste
A r .< tv erg.. t any yona
Evacuador de
excedentes
Acción
Consistió en la implementación de las tuberías necesarias para conectar el
tranque con el evacuador de emergencias.
Habilitación
de
conexión a
evacuador
de
emergencias
Acción
Todo el transporte de insumos, materiales y residuos se realizó en camiones
adecuados para el transporte de este tipo de materiales, cumpliendo con la
normativa vigente.
El detalle de los transportes de insumos y materiales de construcción, así
como los residuos generados por el Proyecto en esta Fase, se presenta en la
siguiente tabla:
,
Distancia recorrida
TDistancia recorrida
Actividad
I Viajes
por camino I por camino no
i
I reales
,
pavimentado ikm)
1 pavimentado
mentado pc
: Traslado de tierra
1000
8,36 :
2,94
Traslado Residuos Domiciliarios
2
14.7
0,24
Traslado RESPEL
1
14,7
0,24 :
Transporte
de
insumos,
materiales
y residuos
Traslado Residuos. No
peligrosos
24
a.sa i
0,38
Traslado en vehículo liviano
300
1,98
p,1
_.._..
,
.....______.
......
....
....
............._
..,
.
.
.
Acción
Al finalizar la fase de construcción, se procedió al desarme y retiro de las
instalaciones temporales.
Desmontaje de obras
temporales
Insumos
Básicos
Para el suministro de agua potable se instaló un estanque de agua potable.
La capacidad del estanque permitió disponer de un suministro adecuado para
la cantidad de mano de obra (10 personas), asegurando el cumplimiento de
lo establecido en el artículo 14° del D.S. N°594/1999, del MINSAL,
correspondiente a 150 L/hab/día.
Agua potable
Insumos
Básicos
Durante la construcción de las instalaciones se dispuso de baños químicos
en los frentes de trabajo, a una distancia no superior a 75 metros de cada
frente de trabajo, conforme a la exigencia establecida por los artículos 21° y
25° del Decreto Supremo N°594/1999, del MINSAL. La implementación y
mantención de los baños químicos estuvo a cargo de una empresa
debidamente autorizada para estos efectos.
Asimismo, las aguas servidas generadas fueron retiradas por una empresa
autorizada, y posteriormente tratadas y dispuestas en un lugar autorizado por
la autoridad sanitaria, asegurando las condiciones y exigencias establecidas
por los artículos 24°, 25° y 26° del D.S. N°594/1999, del MINSAL, en
relación a que:
.`El número mínimo de artefactos se calculó en base a la Tabla del articulo
23° del D.S. N°594/1999.
Los baños químicos no podrán estar instalados a más de 74 metros del área
de trabajo.
Se debe acreditar el punto de descarga de las aguas servidas, manteniendo
en las obras copia y/o factura u otro documento que acredite la disposición
adecuada de los mismos, y/o copia del convenio del uso de colectores
suscrito con la respectiva empresa sanitaria, que autoriza dicha descarga,
estableciéndose que el transporte, habilitación y limpieza de los baños
químicos es responsabilidad del empleador".
Servicios higiénicos
___
__
.______
Insumos
Básicos
El proyecto no contempló la pernoctación de trabajadores en el área del
Proyecto. De este modo, al no incurrir en esta acción se descartó la creación
de nuevos núcleos, campamentos o tecno estructuras similares destinadas
para tales fines.
La alimentación durante la fase de construcción fue de responsabilidad de
cada trabajador. No obstante, se habilitó un comedor al interior de la
instalación de faenas. Se aseguró que el comedor estuviera completamente
aislado
de
las
áreas
de
trabajo,
así
como
de
cualquier
fuente
de
contaminación ambiental, y contó con mesas, sillas y un medio de
refrigeración, dando cumplimiento a los requerimientos establecidos en el
artículo 28° del D.S. N°594/1999, del MINSAL.
Alojamiento
y
Alimentación
Insumos
Básicos
Durante la fase de construcción, la energía fue provista por medio de
empalme a la red eléctrica existente. Este empalme se encuentra habilitado
en la actualidad y cumple con las normas vigentes y disposiciones de la
Superintendencia de Electricidad y Combustibles.
La recarga de combustible para las maquinarias y camiones se realizó
diariamente en las estaciones de servicio más cercanas, o aquellas con la
cual se estableció un convenio de suministro.
Electricidad
y
combustible
Insumos
Básicos
La maquinaria empleada en la fase de construcción consistió en:
Nombre
Cantidad
Retroexcavadora
Camión Tolva
Maquinaria
y
equipos
Camión Aljibe
1 .
[ Rodillo Compactador
`1
---
Insumos
Básicos
El
personal
que
trabajó
en
las
faenas
de construcción
se
movilizó
diariamente al Proyecto mediante el uso de transporte público y privado.
El arribo de camiones de transporte de material fue planificado, así como su
permanencia al interior de la obra, evitando aglomeraciones de vehículos
fuera de acceso, como también se evitaron vehículos estacionados en la
calzada, limitando, además, la cantidad de camiones que ingresan a la obra.
Los lugares de origen o destino de insumos, materiales excedentes y
residuos, y sus principales rutas se presentan en el Anexo N°02 de la DIA.
La Tabla a continuación resume los flujos viales asociados a la fase de
construcción del Proyecto.
Transporte
Í
Actividad
Traslado de tierra
Traslado Residuos Domiciliarios
Viaj
ales
es
1 Distancia recorrida
1 Distancia recorrida
re
' por camino 1 por camino no
pavimerdadollmj
lievimentaclo (11m L,
1000
138
2,94
:
2 ;
14.7
024
[Traslado RESPEL
1
14
1
.
0,24
,7
1
1 Traslado Residuos. No
24 1
8,58
0,38
igrosos
1
ppel
I
Traslado en vehículo liviano
300 i
,
. ......,.._..,
t
198 1
0,1
Recursos naturales
Se contempló la nivelación y perfilamiento topográfico en el área de
emplazamiento del Proyecto. En esta actividad, se consideró el escarpe en
una superficie de 6,84 hectáreas, con un volumen de remoción aproximado
de 22.323,6
m3, consistente
en tierras provenientes de desniveles y
superficies en el área.
,
La Tabla a continuación representa las cantidades de tierra removidas y/o
utilizadas para la construcción de los muros de contención de aguas.
I Acción
Volumen [mI
_
................_
.......
.
lo cual
excavado
para
la
acopio
tamaño
taludes,
del
tranque,
mediante
según
Escarpe
1 22.323,6
: Material excavado ¡ 45.000
Luego del replanteo topográfico se comenzó con la excavación,
requirió movilizar un volumen total de 67.323,6 m3, el que fue
utilizando retroexcavadoras. Este material fue utilizado
consolidación de los taludes.
Todo el material de excavación fue depositado en la zona de
temporal, en donde fue procesado, removiendo los sólidos de mayor
para posteriormente ser llevado a la zona de construcción de los
mediante relleno por estratos compactados. Para la actividad de relleno
muro, se consideró utilizar el material de la misma excavación del
donde se extendió en capas uniformes y fueron compactadas
rodillo compactador, el cual debió alcanzar la compactación requerida
las especificaciones del Proyecto.
renovables
Suelo
Emisiones
Y
efluentes
Emisiones a la atmósfera
Para la fase de construcción,
de
vehículos,
tanto
provenientes de
emisiones resultantes
En la siguiente tabla
de construcción:
i
Aguas servidas
las
al
interior
combustión de
de las acciones
se sintetizan
Contaminante
,.
MP 10
MP 2,5
NOx
emisiones se generaron
como
exterior
del
motores, maquinaria
de escarpe y excavación.
las emisiones generadas
Emisión Fase de
construcción
(ton/añol
6,31
144
3 58
por la circulación
Proyecto,
gases
y equipos, y las
durante la etapa
SO2
5,20E-07
Se generaron aguas servidas provenientes de los baños y duchas de los
trabajadores de la obra. Considerando la cantidad máxima de trabajadores
durante la fase de construcción, correspondiente a 10 trabajadores, y un
consumo de agua promedio por cada uno de ellos equivalente a 150 L/día, se
estimó una generación de 1,5 m3/día de aguas servidas.
Durante la construcción de las instalaciones se dispuso de baños químicos
en los frentes de trabajo, a una distancia no superior a 75 metros de cada
frente de trabajo, conforme a la exigencia establecida por los artículos 21° y
25° del Decreto Supremo N°594/1999, del MINSAL. La implementación y
mantención de los baños químicos estuvo a cargo de una empresa
debidamente autorizada para estos efectos.
Asimismo, las aguas servidas generadas fueron retiradas por una empresa
autorizada, y posteriormente tratadas y dispuestas en un lugar autorizado por
la autoridad sanitaria, asegurando las condiciones y exigencias establecidas
por los artículos 24°, 25° y 26° del D.S. N°594/1999, del MINSAL.
Ruido
Para la estimación de ruido en fase de construcción, se elaboró un estudio de
emisiones acústicas, el cual se acompañó en el Anexo N°02 de la DIA. Los
resultados competentes a la proyección en fase de construcción se presentan
en la siguiente Tabla.
R attpfor
xima nivel
r
d
td8A)
57
d
lune chumo 00,4)
57
aluacíón DSS
1
MIdA
Cu
r
iti
56
Si
CuropFe
e ITtle
.
123
91
- --------, — —
94
-U -
7
Cumple
Cumple
Ft9
56
57
Puntos de evaluación
e.*
-,..
•
\ •
'
•
',.'
.
.
.,
\ ,1,
,
\
t
,
En atención a los resultados obtenidos
posible evidenciar que, dadas
sobrepasados los niveles máximos
MMA, dando así cumplimiento
Vibraciones
a partir de la modelación de ruido, es
las características del proyecto, no fueron
establecidos en el D.S. N° 38/11 del
a esta normativa en la fase de construcción.
en cada receptor, se consideró el nivel de
de mayor emisión vibratoria, además de
vibratorio o maquinaria.
Para proyectar las vibraciones
vibración emitido por la maquinaria
la distancia entre receptor y foco
Receptor
Lv Proyectado Mal
Limite de vibración FTA
Evaluación FTA
R1
70
75
Cumple
R2
75
Cumple
70
15
Cumple
R4
&
75
cumple
57
75
Cumple
Residuos, productos
químicos
y
otras
sustancias
que
puedan
afectar
el
medio ambiente,
Residuos domiciliarios y asimilables a domiciliarios (RSD)
Los residuos domiciliarios y asimilables a domiciliarios
la fase de construcción, correspondieron a restos de
bolsas de basura. Estos residuos fueron dispuestos transitoriamente
contenedores de plásticos de tapa hermética, de 1 m3 ubicados
de trabajo, y, posteriormente, trasladados al sector especialmente
para el almacenamiento transitorio de este tipo de residuos.
fueron retirados con una frecuencia de 2 veces por semana.
Se consideró la instalación de una tolva de acero A36
hermético para el almacenamiento transitorio de este tipo
Se estimó que se generaron aproximadamente 0,5 kg/día
domiciliarios por trabajador. Así, y considerando una mano
de 10 trabajadores para la fase de construcción, se estimó
diaria de 5 kg de este tipo de residuos.
Residuos sólidos industriales no peligrosos (RS1NP)
generados durante
comida, papeles y
en
en los frentes
delimitado
Estos residuos
con tapa y cierre
de residuos.
de residuos
de obra máxima
una generación
fase corresponden
y material de
entre otros. Se
Los residuos sólidos no peligrosos generados en esta
principalmente a excedentes de movimientos de tierra
descarte, como por ejemplo: tubos de PVC dañados, válvulas,
estimó la siguiente generación de residuos.
Tipo de residuos
Fuente
Cantidad o Volumen Almacenamiento
Restos de maltiales,
tubos PVC, maderas, 3 toniano
etc.
Zona de acopio
No Peligrosos
Escarpe: 22. 23,6 ni,
transitorio
en
Excedentes de Tierras
_
Excavación: 45 000 instalación de faenas.
m,
TataI 67.323,8 m'
Residuos Peligrosos
Los residuos peligrosos generados correspondieron a envases de
contenedores de combustible, pintura, lubricantes y aceites para válvulas.
Tipo
Cantidad litgiaño]
Envases de pintura de válvulas 30
Envases de lubricantes de válvulas
20
Envases de aceites de válvulas 20
Total
170
Estos residuos fueron almacenados de manera temporal en contenedores con
tapa, debidamente rotulados. Para dicho propósito, existió una bodega para
la mantención transitoria de los residuos peligrosos, los cuales fueron
manejados según lo dispuesto por el D.S. N°148/2003 del MINSAL.
El sitio que se habilitó para el almacenamiento transitorio de RESPEL, dio
cumplimiento a lo establecido en el D.S. N°148/2003, D.S. N°594/1999,
ambos del MINSAL y a la Ordenanza General de Urbanismo y
Construcciones, de la siguiente forma:
- La bodega tuvo una base continua, impermeable y resistencia estructural y
química a los residuos.
- Contó con un cierre perimetral de al menos 1,8 metros de alto, el cual
impidió el libre acceso de personas y animales.
- Estuvo techada y protegida de condiciones ambientales, tales como:
humedad, temperatura, radiación solar, para minimizar la volatilización, el
arrastre o la lixiviación y, en general, cualquier otro mecanismo de
contaminación del medio ambiente, que pueda afectar la salud de la
población.
- Tuvo una capacidad de retención de escurrimientos o derrames, no inferior
al volumen del contenedor de mayor capacidad, correspondiente al 20% del
volumen total de los contenedores almacenados.
- Contó con señalización de acuerdo a la NCh 2.190 Of 93.
- Tuvo acceso restringido.
- La bodega contó con al menos un extintor de polvo químico ABC — BC de
10 kg en el exterior, de fácil acceso y clara identificación, libre de cualquier
obstáculo.
Sustancias peligrosas
En la instalación de faenas se habilitó una bodega de sustancias peligrosas
para el almacenamiento temporal de insumos con características de
peligrosidad. La bodega de almacenamiento de sustancias peligrosas contó
con las siguientes características:
- Dimensión total de 9 m2.
- Cierre perimetral con muros de material resistente al medio.
- Piso liso e impermeable.
- Sistema de contención local de derrames con pretiles de conducción y
materiales de absorción.
- Sistema manual de extinción de incendio a base de
- Cada sustancia peligrosa contó con su respectiva
Seguridad.
La Tabla a continuación presenta el tipo, cantidades
peligrosas almacenadas:
'Tipo
Cantidad
1
tarro
de
pintura
para
4 litros
válvulas
¡
t
I
.....
1
extintores.
Hoja de Datos de
y manejo de sustancias
Manejo
Se mantuvieron debidamente-1
etiquetados
acorde
a
sus
características de peligrosidad
con una
HDS visible
para
revisión, separados por tipo de
sustancia
a
almacenar.
Además.
se
realizará
un
chequeo
para
evaluar
la
i
i condición de su contenedor
' con el fin de que se encuentre
en perfectas condiciones para
almacenar
las
sustancias
peligrosas.
En caso de no
estar en buenas condiciones,
se dará retiro inmediato del
contenedor para ser tratado
corno residuo peligroso.
Mano de obra
10 personas
Referencia
al
ICE
para
mayores
detalles
sobre
esta
fase.
Numerales 4.2., 4.5. y 4.6. del ICE.
4.3.2. FASE DE OPERACIÓN
Parte u Obra
El tranque tiene una profundidad máxima de 10 metros, contados desde la
cota de fondo hasta el coronamiento; y de 8 metros máximos, medidos desde
la cota del terreno natural hasta la cota del coronamiento.
El tranque posee una capacidad máxima de acumulación de 473.650 m3, en
una superficie de inundación de 58.440 m2.
El tranque se ubica en un terreno con una pendiente media de 0,3%, en el
cual se conforman los taludes de excavaciones y rellenos.
Para la construcción de los muros se consolidó material extraído de las
excavaciones,
mediante
depositación
por
estratos
y
compactación,
generando un ancho de coronamiento de 4,0 metros mínimo y de 5,8 metros
máximo, y una revancha mínima de 1 metro, sobre la base de las
disposiciones del D.S. N°50/2015 del MOP.
Ancho de coronamiento
Lado
Ancho 1mi
Tranque
- 4,0
...„.
A'
. 5,8
B
: 4,0
B
4,3
Parte u Obra
Se considera el empleo de dos captaciones de aguas subterráneas por un
caudal total de 62 L/s.
Dichas captaciones de aguas subterráneas corresponden a los pozos celeste y
Captaciones
de
aguas subterráneas
azul, emplazados en el fundo Quilamuta.
En el Anexo N°02 de la Adenda se acompaña la inscripción conservatoria,
con vigencia actualizada.
Caudales autorizados en pozos
Pozo
_
...
ul
Celeste
Caudal iLisl
_........_... ..____
32
30
1
A continuación, se presenta el detalle de las inscripciones de cada captación
de aguas subterráneas:
- Pozo Azul: Este derecho de aprovechamiento de aguas subterráneas, se
encuentra inscrito a fojas 148, N°219 del Registro de Propiedad de Aguas
del Conservador de Bienes Raíces de Peumo — Las Cabras, correspondiente
al año 2015,
- Pozo Celeste: Este derecho de aprovechamiento de aguas subterráneas, se
encuentra inscrito a fojas, N°148 del Registro de Propiedad de Aguas del
Conservador de Bienes Raíces de Peumo — Las Cabras, correspondiente al
año 2015.
En la respuesta N°1.3 de la Adenda Complementaria, el Titular aclara que el
Proyecto es abastecido única y exclusivamente mediante la extracción de
aguas subterráneas de las captaciones denominadas pozo Azul y pozo
Celeste.
Los recursos hídricos almacenados son extraídos en forma controlada, por
medio de tuberías de acero de diámetro de 8', y conducidos al tranque de
almacenamiento a través de un sistema de tuberías, detallado a continuación.
Especificaciones técnicas sistema de alimentación
Pozo Celeste
dem
Coordenada Este Captación [UTM WGS 84
Huso 19S]
Coordenada Norte Captación [OTM WGS 841-.
Huso 19S]
.227.059
I Detalle
.
I
288.486
6
Bomba
i Franklin 50 HP
Diámetro tuberia extracción
18'
Tubería alimentadora tranque
. PVC diámetro 350 mm
Tuberfa descarga a tranque
Pozo
Ítem
Coordenada Este Captación [UTM WGS 84
Huso 19S]
Coordenada Norte Captación [UTM WGS 84
Huso 1053
Éíimiii-
_
'
Diámetro tubería extracción
1
' PVC Diámetro 400 mm
Azul
i 288.311
1227.451
: Franklin 59 HP
8.
Tubería alimentadora tranque
, PVC 250 mm
Tubeda descarga a tranque
. : PVC 250 mm
Parte u Obra
La obra de entrega de las aguas embalsadas a riego se ubica en el sector
nororiente del tranque, y consiste en una cámara de hormigón consolidado,
con tres secciones tubulares de igual diámetro.
La toma se ubica en el nivel del fondo del tranque.
El mecanismo de entrega de aguas embalsadas consiste en tres tuberías de
HDPE, ubicadas en el nivel del fondo del tranque, de 400 mm de diámetro,
Obra de entrega a
riego
las cuales encausan las aguas hacia tuberías de fierro de 400 mm de
diámetro, emplazadas en una cámara de hormigón. La descarga se realiza a
través de un tubo de PVC de 400 mm de diámetro.
En el Anexo N°06 de la Adenda se detalla el sistema de entrega de aguas
embalsadas a riego.
Parte u Obra
de
Se utilizará como evacuador de emergencias un tranque menor, emplazado
al sur del Proyecto, cuyas coordenadas en proyección UTM, Datum WGS
84, 1-1 19 S son las siguientes:
Vértice_
Coordenada Este [m]
283.302 --
Coordenada Norte (m]
Pr
6.227.439
1 P2
288.433
6227.480
P3
288.483
6.227,387
1 P4
288.354
6.227.341
...
1
15-
'
1
4Tranqu
4)1,1. arn:vá
11
•:"...„
¿Ve edero des"errefgencia
Evacuador
excedentes
Esta estructura permite contar con un respaldo de evacuación, además de la
detención
de
la
extracción
de
aguas
subterráneas,
ante
eventos
pluviométricos.
El protocolo de uso de dicho evacuador es el siguiente:
i. Debido a la naturaleza del Proyecto, cuyo régimen de alimentación es
exclusivamente a través de extracción de aguas subterráneas, genera un
escenario de total control del llenado de la obra hidráulica, no generándose
caudales excesivos por sobre llenado, toda vez que el llenado puede ser
detenido inmediatamente, mediante apagado de las bombas de extracción
instaladas en los pozos azul y celeste.
ii. Ante eventos pluviométricos y para llevar un control de los niveles de
llenado del tranque, se detiene la operación de los pozos hasta finalizado el
evento pluviométrico. Una vez finalizado el evento pluviométrico, y siempre
y cuando no se haya alcanzado el nivel máximo de llenado del tranque, se
vuelve a habilitar el sistema de extracción de aguas subterráneas.
iii. Ante el escenario que el evento pluviométrico ocurra con el tranque a su
máxima capacidad, se procede a activar el sistema de evacuación de
emergencias. Este sistema permite evacuar un caudal de 45.000 m3, lo que
corresponde a un 9,5% del volumen total de almacenamiento del tranque
Quilamuta, volumen más que suficiente para un eventual aporte de aguas
lluvias. Con lo anterior, se controla y evita la existencia de sobrellenados.
Parte u Obra
El camino interno considerado para las labores de construcción, operación y
cierre, se desarrolla al interior del fundo Quilamuta, desde la caseta de
control de acceso, con una distancia de 1,38 km y un ancho promedio de
7,82 metros.
Camino interno
Acción
Se refiere al momento en que las captaciones de aguas subterráneas,
correspondientes a los pozos azul y celeste, comienzan a bombear agua
Demanda de riego (rriVrnesj
o
114903,912
219671,013
290174,7
230040
156465,075
42771
o
o
Puesta en marcha
hacia el tranque de acumulación y se realiza el primer llenado con las
medidas de precaución y control asociado.
El tranque se mantiene operativo durante todo el año, considerando el
siguiente flujo de trabajo y embalse.
Balance de Agua Mensual
Volumen medio mensual (m 3J
1 Volumen de salida [ni
.Disponible en : DispOnible en tranque
Mes 1 pozos azul y
celeste
1 Inicio (rnVmesi - Fln (m3fmesj
[m3/mes]
Julio ' 166060,8 :
0
166060,8023
5
:
Agosto 166060,8 1 166060,8023 332121,6023
: Septiembre
160704
, 332121,6023
473650
Octubre 166060,8
473650
473650
5 Noviembre
160704
358746,088
473650
Diciembre
166060,8
358746,088
473650
Enero 166060,8 253976,987 420039,787
Febrero 149990,4 129865,087 279855,487
Marzo 166060,8 49815,487 215876,2918
Abril
160704 59411,21685 220115,2631
Mayo 166060,8 177344,2631 343405,0729
Junio
160704 343405,0729 504109,083
Se efectuó una prueba de bombeo por un caudal mayor al que efectivamente
se encuentra inscrito y constituido en Derechos de Aprovechamiento A
pesar de lo anterior, tanto el pozo celeste y azul se registraron
estabilizaciones a los 1.080 y 1.020 minutos respectivamente, no
registrándose mayores fluctuaciones el nivel freático.
Por su parte, la prueba de recuperación alcanzó niveles cercanos al nivel
inicial (12 metros de profundidad aproximadamente) en los primeros 8
minutos de cada prueba.
Lo anterior, da cuenta de la rápida recuperación del acuífero, no viéndose
afectado por el caudal de la prueba de bombeo (60 y 40 L/s para pozo
celeste y azul).
Así las cosas, si consideramos que el caudal otorgado en los derechos de
aprovechamiento es menor al caudal de la prueba de bombeo, y las pruebas
de bombeo de igual manera determinaron una rápida estabilización del
acuífero y no se detectaron descensos significativos. En el Anexo N°06 y
Anexo N°09 de la Adenda se actualizan las pruebas de bombeo.
Acción
Llenado
Previo al inicio del primer llenado, se aseguró que las obras de entrega para
riego se encontraban perfectamente operativas, de tal forma que se usaron
para controlar el llenado o detenerlo si fuese necesario.
Durante cada llenado debe llevarse registros de los elementos de control y
verificar que no se presenten afloramiento de agua al pie de los taludes.
Al iniciarse el llenado, se pone especial atención a la humectación del pretil
y el ascenso de agua por capilaridad en la interfaz aire — agua. Se verificó y
verifica que no existan filtraciones anormales en cualquier lugar del pretil,
antes de continuar con la fase siguiente de llenado.
Al terminar el llenado del tercio correspondiente, se abre la válvula de
fondo, hasta disminuir su nivel en 20 centímetros, comprobando el flujo de
salida para el vertedero de emergencia.
Las fluctuaciones el nivel de llenado del tranque se ejecuta en 3 etapas. Cada
etapa se desarrolla durante el día en que se realiza la carga, y luego se deja
el agua inmóvil hasta el día siguiente, momento en el que se verifica la
presencia de fugas o filtraciones. En caso de detectar fugas o filtraciones, se
debe proceder a la reparación correspondiente, y una vez ejecutada dicha
reparación, se deben reiniciar las pruebas.
En caso de no detectar fugas o filtraciones se continúa con la etapa
siguiente.
Fluctuaciones nivel de llenado del tranque
r Etapa
: Volumen almacenado [ron
Altura de agua [mi
i
hirrineTa --- --'í57,1361,5-
.
_______
„ ______
3. ,
'
I I Segunda
' 315.766,7
. 6,0
1 Tercera
i 473.650
, 9.0
1
Respecto al tiempo estimado que duraría el llenado del tranque, se estima un
periodo de 88 días con los caudales medios de acuerdo a derecho de
aprovechamiento de aguas subterráneas.
En el talud de los muros del tranque se dispone de los limnímetros para la
lectura diaria del nivel de llenado. Estos instrumentos están ubicados cada 1
metro desde la cota de fondo del tranque.
Acción
Corresponde a la operación
derivadas desde los
almacenadas y luego
riego.
El control de las extracciones
aguas
subterráneas,
caudalímetros que permitan
aguas extraídas desde
Los niveles mínimos
Quilamuta se indican
Nivel
------,_„,
propiamente tal del tranque, captando las aguas
pozos celeste y azul del fundo Quilamuta, para ser
entregados en forma distribuida durante el periodo de
del recurso hídrico desde las captaciones de
es
a través
de
la
instalación
y
mantención
de
contar con un registro de las cantidades de
cada captación.
y máximos de operación de llenado del tranque
a continuación.
. Descripción
fari f4lian ado 7117thliiWrnal deó¡iii7ail&Z`G—ilTriiique
Quilamuta está determinado por la cota mínima de la rejilla de la
cámara de salida a riego, lo que se traduce en la cota 147.
También llamado nivel de aguas máximas ordinario. Queda definido I
. como el nivel de umbral del vertedero, es decir, la máxima capacidad
del embalse. En el tranque del fundo Quilamuta e determina en la cota !
=156.
el pozo celeste como azul, caudalímetros que permitan
efectivos
extraídos
diariamente
desde
ambas
es reportada a la SMA y a la DGA, de
y/o medio de verificación para dar cumplimiento
de
inundación
del
Proyecto,
para
su
máximo
al limnímetro, donde se indica en base a color
llenado del tranque, la cual corresponde a 7 metros
natural hasta el coronamiento, o cota 9 contada
hasta el coronamiento.
, Mínimo de operación
Plan
de
operación
normal
i---- —
! Máximo
normal
de
operación
Se instalan, tanto en
registrar
los
caudales
captaciones, dicha información
manera trimestral.
Asimismo, el mecanismos
a
la
cota
máxima
almacenamiento, corresponde
la cota máxima de
contados desde el terreno
desde el fondo del tranque
Acción
de
y
del
Se lleva un registro de la inspección del tranque y sus obras anexas durante
toda la vida útil de cada estructura.
La inspección consta de una revisión ocular del estado de las obras y taludes
del muro, verificando la funcionalidad de las obras mecánicas, como
válvulas y compuertas y de la ausencia de filtraciones de los muros.
La inspección consta de una revisión ocular del estado de las obras y taludes
del muro, verificando la funcionalidad de las obras mecánicas, como
tuberías y válvulas, además de la verificación de inexistencia de filtraciones
al pie de muros. El almacenamiento y distribución el agua a través de la obra
Inspecciones
seguridad
monitoreo
tranque
opera de manera automática.
Para los caudalímetros, se realiza la inspección visual una vez al mes, al
término de cada mes correspondiente. Una semana después, se evacua un
informe
interno
de hallazgos,
que permita mantener un registro de
inspecciones o mantenciones. Se mantiene en planta los registros con
antigüedad máxima de 6 meses.
Para las bombas sumergibles, se ejecuta una única mantención anual,
desarrollada al inicio de cada año.
Se mantienen los reportes de hallazgos y registros de mantenciones en la
caseta de control de acceso. Se sigue el siguiente esquema de reporte.
Equipo Inspeccionado
Fecha de inspección
Mantenimiento
efectuado,
indicando
acciones.
Se requiere reemplazo
de piezas (si/no)
Se mantienen registros
de control de acceso al
de las mismas.
El Proponente no considera
Mantenimiento del Proyecto.
amplia la información
Proyecto, considerando
tranque Quilamuta.
Operación:
con una antigüedad máxima de 6 meses en la caseta
fundo, para facilitar la fiscalización de la ejecución
disponer de un Manual de Operación y
Sin perjuicio de lo anterior, a continuación se
respecto a la operación y mantenimiento del
la ejecución de las siguientes actividades para el
a la operación propiamente tal del tranque,
tranque mediante las conexiones a las captaciones
aguas en el tranque mediante la lectura del nivel de
a riego.
y conservación se realizan periódicamente
Las labores se mantención incluyen:
de los muros del tranque.
de la tubería y válvulas de entrega a riego.
del sistema de evacuación de excedentes.
instalaciones.
piezométricos son monitoreados cada dos semanas.
de los piezómetros son mantenidos en la caseta de
fundo
Quilamuta.
Se mantienen registros
con
años.
preventivas se realizan de manera mensual,
de las mantenciones correctivas se indica que estas
que se requiera.
siguientes compromisos ambientales voluntarios
los cuales se detallan en el Considerando 9 de esta
Las actividades correspondientes
son las siguientes:
- Ingreso de las aguas al
pozo azul y pozo celeste.
- Almacenamiento de las
llenado (limnímetro).
- Control y entrega de agua
Mantenimiento
Las labores de mantención
durante la vida útil del Proyecto.
- Evaluación del estado
- Evaluación del estado
- Evaluación del estado
- Limpieza general de las
Asimismo, los registros
Los registros recolectados
control de acceso al
antigüedad máxima de 2
Por su parte, las mantenciones
mientras que para el caso
son ejecutadas cada vez
El Titular presenta los
vinculados a monitoreos,
resolución:
- Compromiso ambiental voluntario: Monitoreo de estabilidad de tranque.
- Compromiso ambiental voluntario: Monitoreo calidad recurso hídrico
subterráneo.
-
Compromiso
ambiental
voluntario:
Cantidad
de
recurso
hídrico
subterráneo.
Compromiso
ambiental
voluntario:
Seguimiento
de calidad
de
agua
embalsada.
Suministros básicos
La energía eléctrica sigue siendo suministrada a través del empalme
eléctrico existente en el fundo.
Por la naturaleza del Proyecto, no se requiere de un suministro de
combustible para la fase de operación.
Electricidad
y
Combustibles
Suministros básicos
Considerando la visita esporádica del personal para labores de inspección, se
suministra agua potable para los colaboradores a través de botellas de agua
notable individual, con la cantidad suficiente cara día de terreno.
Agua Potable
Suministros básicos
Considerando que la mano de obra en esta fase es de carácter esporádico y
control del tranque, no se cuenta con una solución definitiva de servicios
.
.
hi
léni cos.
Servicios Higiénicos
Suministros básicos
Cada trabajador (2) se hace cargo de su alimentación.
Alimentación
Productos generados
Según los antecedentes entregados sobre las partes, obras y acciones del
Proyecto, se informa que no se generan productos durante la operación del
mismo.
Recursos
naturales
renovables
Agua (recurso hídrico subterráneo)
de aguas subterráneas por un
corresponden a los pozos celeste y
acompaña la inscripción conservatoria,
en pozos
Se considera el empleo de dos captaciones
caudal total de 62 L/s.
Dichas captaciones de aguas subterráneas
azul, emplazados en el fundo Quilamuta.
En el Anexo N°02 de la Adenda se
con vigencia actualizada.
Caudales autorizados
Pozo
Caudal [Usi
; Azul
32
Celeste
A continuación, se presenta el detalle
de aguas subterráneas:
- Pozo Azul: Este derecho de aprovechamiento
encuentra inscrito a fojas 148, N°219
del Conservador de Bienes Raíces de
al año 2015.
- Pozo Celeste: Este derecho de aprovechamiento
encuentra inscrito a fojas, N°148 del
Conservador de Bienes Raíces de Peumo
año 2015.
En la respuesta N°1.3 de la Adenda Complementaria,
Proyecto es abastecido única y exclusivamente
aguas subterráneas de las captaciones
Celeste.
30
de las inscripciones de cada captación
de aguas subterráneas, se
del Registro de Propiedad de Aguas
Peumo — Las Cabras, correspondiente
de aguas subterráneas, se
Registro de Propiedad de Aguas del
— Las Cabras, correspondiente al
el Titular aclara que el
mediante la extracción de
denominadas pozo Azul y pozo
Los recursos hídricos almacenados son extraídos en forma controlada, por
medio de tuberías de acero de diámetro de 8', y conducidos al tranque de
almacenamiento a través de un sistema de tuberías, detallado a continuación.
Especificaciones técnicas sistema de alimentación
Huso 19S)
Bomba
Franklin 50 HP
Diámetro tubería extracción
Tubería alimentadora tranque
PVC diámetro 350 mm
Tubería descarga a tranque
PVC Diáme o 400 mm
Pozo Azul
itero
Detalle
Coordenada Este Captación [11114 WGS 84
Huso 19S]
288.311
Coordenada Norte Captación (UTM WGS 84
Huso 19S)
Bomba
Franklin 50 HP
Diámetro tubería extracción
a'
Tubería alimentadora tranque
PVC 250 mm
Tubería descarga a tranque
PVC 250 mm
Extracción mensual de aguas subterráneas
Mes
I Oteo
Pozo Celeste (Lis)
Pozo Azul (Lid
Acumulado [lis]
Acumulado im3/mes)
Enero
31.
30
32
62
1661)60,8
Febrero
28
30
32
62
149390,4
Marzo
31
30
32
62
166060,8
Abril
30
30
32
62
160704
Mayo
31
30
32
62
166060 8
Junto
30
30
32
62
160704
Julio
31
30
32
62
1b60608
Agosto
31
30
32
62
166060,8
Septiembre
..„
30
.30
32
62
160704
Octubre
31
30
32
62
166060,8
Noviembre
30
30
32
62
160701
Dldembre
31
30
32
62
166060,8
Considerando la superficie de 60 hectáreas para la aplicación de riego, se
tiene la siguiente Tabla síntesis:
Balance de Agua Mensual
Pozo Celeste
tem
Detalle
Coordenada Este Captación [UTM WGS 84
Huso 19S]
288.486
Coordenada Norte Captación [Uní WGS 84
8.227.059
6.227.451
Volumen medio mensual[e01
Disponible en Disponible en tranque
pozos azul y
celeste
Inicio [m,imes]
Fin [rn3lnes]
(ni'lmes)
166060,8 0
166060,8023
166060,8 166060,8023 332121,6023
volumen de seiideteisj
Demanda de riego tm,/rnes)
o
Mes
Julio
Agosto
• Septiembre
Octubre
Noviembre
Diciembre
Enero
Febrero
Marzo
Abril
Mayo
Junio
160704
332121,6023 1
473650
166060,8
473650
473650
160704
358746,088
473650
166060,8
358746,088
473650
166060,8 253978,987 420039,787
149990,4 129865,087 279855,487
166060,8 49815,487 215876,2918
160704 59411,21685 220115,2631
166060,8 177344,2631 343405,0729
160704 343405,0729 504109,083
O
114903,912
'
219671,013
290174,7
230040
156465,075
Del balance anterior se deben hacer las siguientes precisiones:
i. Se considera un volumen de O m3 para el día uno de operación, puesto que
corresponde a la puesta en marcha del tranque e inicio de llenado.
ii. Para las entradas al tranque se considera el aporte neto derivado desde las
captaciones de aguas subterráneas (pozos azul y celeste), por un caudal total
de 62 L/s, sumado al aporte de la precipitación efectiva.
iii. El volumen de embalse considerado al inicio del mes para los meses
desde agosto en adelante, considera la resta del volumen embalsado al
término del mes anterior y la demanda hídrica de los cultivos.
iv. Para el presente caso de estudio se consideró como cultivo el cerezo y
una superficie de riego de 60 hectáreas.
v. En aquellos meses en que la demanda hídrica y el aporte mensual
derivado desde los pozos celeste y azul, sea superior a la capacidad máxima
del embalse, se detiene el bombeo de los pozos una vez alcanzado el
volumen máximo de embalse, correspondiente a 473.650 m3.
Emisiones a la atmósfera
La fase de operación solo considera el tránsito ocasional de los vehículos
manejados por los operarios encargados de las inspecciones de seguridad, y
mantenciones. En este sentido, las emisiones a generar se asumen como
mínimas y sin efectos al medio ambiente, situación por la cual no se
contemplan medidas de control y/o de abatimiento. La siguiente tabla
resume las emisiones durante la fase de operación.
Emisiones
Y
efluentes
Contaminante
MP 2,5
MP 10
Emisión total
[Tonelada/riñó],
1
•
PAg
0,09,
CO
HC
0,03 I
0,01 I
NO.
0,10
SO2
0,00
NH3
0,00
Aguas servidas
Dado lo esporádico de la mano de obra, toda vez que esta se limita
únicamente a 2 trabajadores máximo, que se encargan de las labores de
inspecciones de seguridad, no se prevé una generación de este tipo de
residuos.
Dada la naturaleza del Proyecto, no se prevé la generación de residuos
industriales líquidos.
Ruido
En relación a las emisiones proyectadas por concepto del funcionamiento
del tranque, se indica que, el ruido es proveniente del funcionamiento de la
maquinaria asociada; es decir, para éste caso en particular, de las bombas de
alimentación y de riego (pozo azul, celeste y caseta de riego,
respectivamente) las cuales cuentan con el siguiente detalle técnico.
Bomba
Pozo Azul
Pozo Celeste
Caseta Riego
I Uso
I Alimentación
Tranque
Alimentación
tranque
- Bomba de riego
Coordenada
Este
1 288.311
i
i 288.486
288.099
Coordenada
Note
6.227.451
6.277.059
6.227,780
Detalle bomba
Bomba
sumergible
3
etapas.
Marca
Franklin Potencia
50 hp
Bomba
sumergible
3
etapas.
Marca
Franklin Potencia
50 hp
Bomba
sumergible
3
etapas.
Marca
Franklín Potencia
50 hp
Puntos de evaluación.
De lo anterior, y mediante la modelación realizada, fue posible estimar la
generación de ruido durante la fase de operación del proyecto, resultados
que se presentan a continuación:
Receptor
Periodo
Nivel Proyectado tc1114) Nivel máximo permitido (en Evolución D.S.N°38111 MISA
R1
Ojimo
23
57
Cumple
Nocturno
50
Cumple
R2
Diurno
25
57
Cumple
Nocturno
50
Cumple
53
Diurno
27
57
Cumple
Nodurno
50
Cumple
R4
Diurno
31
57
Cumple
Nocturno
46
Cumple
R5
Diurno
31
57
Cumple
Nocturno
46
Cumple
Las emisiones de ruido proyectadas para la fase de operación, no sobrepasan
los límites máximos permitidos, por lo que no es necesario contemplar
medidas de abatimiento de ruido.
Otras Emisiones
Dada la naturaleza del Proyecto, la fase de operación no guarda relación con
otros tipos de emisiones, considerando que sólo se realizan actividades de
supervisión, control y limpieza.
Residuos, productos
químicos
y
otras
sustancias
que
puedan
afectar
el
medio ambiente.
Residuos asimilables a domiciliarios
Cabe mencionar que la mano de obra de Proyecto corresponde a un máximo
de 2 operarios, encargados de las labores de inspección. Esta mano de obra
tiene un carácter temporal, limitándose exclusivamente a inspecciones
ocasionales y visitas inspectivas al tranque.
Ahora, considerando una generación de 0,5 kg/día por trabajador, es posible
obtener una generación estimada de 1 kg/día de residuos domiciliarios y
asimilables a domiciliarios.
Estos residuos son contenidos en un sector de acopio transitorio, compuesto
por un contenedor de 1 m3, impermeable y con tapa hermética. La
recolección de estos residuos es de al menos 2 veces a la semana para evitar
la proliferación de vectores.
Residuos industriales no peligrosos
Dada la naturaleza del Proyecto, no se prevé la generación de este tipo de
residuos en esta fase.
Residuos peligrosos
Dada la naturaleza del Proyecto, no se prevé la generación de este tipo de
residuos en esta fase.
Productos químicos y otras sustancias que puedan afectar el medio ambiente
Dada la naturaleza del Proyecto no se requiere del almacenamiento de
sustancias peligrosas para la fase de operación.
Mano de obra
2 personas
Referencia
al
ICE
para
mayores
detalles
sobre
esta
fase.
Numerales 4.2., 4.5. y 4.7. del ICE.
4.3.3. FASE DE CIERRE
Parte u Obra
El camino interno considerado para las labores de construcción, operación y
cierre, se desarrolla al interior del fundo Quilamuta, desde la caseta de
control de acceso, con una distancia de 1,38 km y un ancho promedio de
7,82 metros.
Camino interno
Parte u Obra
Conforme a lo exigido por el artículo 5.8.7 de la OGUC, se levanta un cierre
perimetral de carácter provisional, que permite segregar y delimitar las áreas
Cierre perimetral
en donde se ejecutan las labores de desmontaje; y a su vez, impedir el
acceso de terceros no autorizados a la zona de obras.
Parte u Obra
Los residuos peligrosos que se generan en la fase de cierre son contenedores
de pintura, lubricantes y aceites de válvulas.
Estos residuos son almacenados de manera temporal en contenedores con
tapa, debidamente rotulados. Para dicho propósito, existe una bodega para la
mantención transitoria de los residuos peligrosos, los cuales son manejados
según lo dispuesto por el D.S. N°148/2003 del MINSAL.
El sitio que se habilita para el almacenamiento transitorio de RESPEL, da
cumplimiento a lo establecido en el D.S. N°148/2003, D.S. N°594/1999,
ambos del MINSAL y a la Ordenanza General de Urbanismo y
Construcciones, de la siguiente forma:
- La bodega tiene una base continua, impermeable y resistencia estructural y
química a los residuos.
- Tiene un cierre perimetral de al menos 1,8 metros de alto, el cual impide el
libre acceso de personas y animales.
- Estará techada y protegida de condiciones ambientales, tales como:
humedad, temperatura, radiación solar, para minimizar la volatilización, el
arrastre o la lixiviación y, en general, cualquier otro mecanismo de
contaminación del medio ambiente, que pueda afectar la salud de la
población.
- Tiene una capacidad de retención de escurrimientos o derrames no inferior
al volumen del contenedor de mayor capacidad, correspondiente al 20% del
volumen total de los contenedores almacenados.
- Cuenta con señalización de acuerdo a la NCh 2.190 Of 93.
- Tiene acceso restringido.
- La bodega cuenta con al menos un extintor de polvo químico ABC — BC
de 10 kg en el exterior, de fácil acceso y clara identificación, libre de
cualquier obstáculo.
Bodega de residuos
peligrosos
Parte u Obra
Corresponde a un área delimitada, compuesta por contenedores herméticos
de
1
m3,
destinados al
almacenamiento de residuos domiciliarios y
asimilables provenientes de las faenas de cierre, y un contenedor tipo tolva
de 20 m3 con tapa y cierre hermético para proteger a los residuos de las
condiciones climáticas, evitar la generación de percolados y proliferación de
vectores de interés sanitario.
Estos residuos son retirados con una frecuencia de 2 veces por semana, para
evitar descomposición de restos de alimentos, focos de insalubridad, olores
molestos y/o proliferación de vectores sanitarios.
El retiro de estos residuos se efectúa mediante camiones municipales, los
que se destinan a sitio de disposición final autorizado.
Zona de
almacenamiento
de
residuos no
peligrosos
Acción
Las instalaciones son inspeccionadas y preparadas para ser retiradas de
manera definitiva. Si se requiere, se evalúa la situación y se emite un
.
diagnóstico para establecer el estado de las instalaciones al momento de
comenzar la fase de cierre.
Revisión y
adaptación del plan
de abandono de las
instalaciones
Acción
Se considera desmontar la estructura correspondiente a tuberías, válvulas y
bombas instaladas en el tranque.
Con lo anterior, se considera el aplanamiento de los taludes del tranque,
retirando
las
tierras
excedentes
hacia
un
sitio
de
disposición
final
específicamente autorizado por la autoridad sanitaria.
Las instalaciones a desmontar corresponden a sistema de tuberías, válvulas y
Desarme
de
estructuras
y
retiro
de materiales
bombas, y taludes del tranque.
- Sistema de tuberías: se desconectarán las tuberías que conducen las aguas
desde las captaciones de aguas subterráneas hacia el tranque de acumulación
de aguas. Dependiendo de las condiciones y estado de la maquinaria esta
podrá ser vendida, o despachada a un sitio de disposición final de residuos
especialmente autorizado por la autoridad sanitaria para estos fines.
El sistema de tuberías corresponde a una red de tubos de PVC HDPE.
- Válvulas y bombas: se considera el retiro de todas las estructuras que
permiten el paso de agua o que funcionan con energía eléctrica, tales como
las bombas de impulsión de aguas desde las captaciones hacia el tranque, y
desde el tranque a los sistemas de riego.
- Taludes del tranque: se considera el aplanamiento y perfilamiento de los
taludes levantados para el tranque, contemplando la remoción de tierras
excedentes. Esta etapa considera, igualmente, la remoción de la
geomembrana y su posterior traslado a un sitio de disposición autorizado por
la autoridad sanitaria.
Limpieza del predio
Prevenir
futuras
emisiones desde la
ubicación
del
proyecto o actividad,
para
evitar
la
afectación
del
ecosistema, incluido
aire, agua o suelo
Se contempla la limpieza del predio luego del desarme de las estructuras, y
retiro de estos materiales y escombros a sitios específicamente autorizados
por la autoridad sanitaria correspondiente.
Esta fase contempla el repaso del suelo compactado por las zonas
pavimentadas con una retroexcavadora, dejando el suelo libre de escombros
y materiales de operación residuales.
En lo referente a la restauración de la geoforma o morfología de la zona de
emplazamiento del Proyecto, se debe destacar que el emplazamiento se da al
interior del fundo Quilamuta, área que ha sido históricamente utilizada para
el desarrollo de la actividad agrícola. Por lo anterior, no es posible dar
cuenta de una geoforma o morfología natural a la cual restaurar el estado del
predio, así como tampoco vegetación u otro componente ambiental que haya
sido modificado con ocasión de la implementación del Proyecto.
En lo que respecta a cauces artificiales o naturales, se indica que, con
ocasión de la materialización del Proyecto ninguno ha sido modificado o
alterado, tanto en su caudal de escurrimiento, secciones del trazado, lecho u
obras de arte. Se destaca, además que en el área de emplazamiento no
existen cauces naturales, tales como esteros, ríos o quebradas que hubieran
sufrido algún grado de modificación.
Dadas las condiciones históricas agrícolas del predio, la restauración estaría
enfocada en volver a dicho estado.
El Proyecto corresponde a un tranque de acumulación de aguas para riego.
Por lo anterior, no se requiere del empleo y uso de sustancias peligrosas o
generación de residuos especiales, que pudieran tener una persistencia en el
tiempo.
Cabe mencionar que, durante la fase de cierre se realiza un manejo
diferenciado entre tierras de excedente y materiales residuales, segregando
efectivamente aquellos residuos como tuberías rotas o válvulas dañadas,
siendo tratados como residuos y disponiéndolos en sitios especialmente
autorizados por la autoridad sanitaria para la recepción y tratamiento de este
tipo de residuos.
Por lo anterior, no se prevén emisiones futuras desde la ubicación del
Proyecto o Actividad.
Para la fase de cierre, el Proponente presentó un compromiso ambiental
voluntario referido a un Programa de Control de Emisiones, en los términos
que se describen a continuación:
- El transporte de residuos o materiales, que desprendan polvo, se realiza
con la carga cubierta (encarpado) manteniendo una distancia mínima de 10
cm entre la superficie de la carga y la cubierta, además de humectar la carga
Restauración de la
geoforma
o
morfología,
vegetación
y
cualquier
otro
componente
ambiental
del
proyecto o actividad
en caso de ser necesario.
- Llevar a cabo la compactación de la zona de tránsito de la maquinaria y
vehículo por el periodo correspondiente.
- Se prohibe, durante todas las etapas del proyecto, la quema de maderas,
basura u otros combustibles no autorizados.
- Se implementa un sistema mecánico por medio de resaltos en la salida de
la obra, que permita remover el barro adherido a las ruedas de los camiones.
El barro que se desprenda es recogido y dispuesto con los residuos
proveniente de la construcción, para luego ser trasladados a sitio de
disposición final autorizado.
- En cuanto a la emisión de gases, se exige a los contratistas mantener los
vehículos con revisión técnica y mantenciones al día, debiendo contar con la
documentación en obra en todo momento.
Mantención,
conservación
y
supervisión que sean
necesarias
Dado el desmantelamiento y limpieza total del área de emplazamiento del
Proyecto, no se considera la implementación de mantención, conservaciones
o supervisiones, toda vez que la estructura del tranque es removida,
aplanada y/o perfilada en su totalidad.
Mano de obra
10 personas
Referencia al ICE
para
mayores
detalles sobre esta
fase.
Numerales 4.2., 4.5. y 4.8. del ICE.
4.4. CRONOLOGÍA DE LAS FASES DEL PROYECTO
4.4.1. FASE DE CONSTRUCCIÓN
Fecha estimada de inicio
Diciembre de 2018
Parte, obra o acción que
establece el inicio
Limpieza y despeje del terreno
Fecha estimada de
término
Junio de 2019
Parte, obra o acción que
establece el término
Desmontaje de obras temporales
4.4.2. FASE DE OPERACIÓN
Fecha estimada de inicio
Julio de 2019
Parte, obra o acción que
establece el inicio
Llenado del tranque
Fecha estimada de
término
Julio de 2069
Parte, obra o acción que
establece el término
Cierre de válvulas de llenado del tranque
4,43. FASE DE CIERRE
Fecha estimada de inicio
Julio de 2069
Parte, obra o acción que
establece el inicio
Cierre de válvulas de llenado
Fecha
estimada
de
término
Enero de 2070
Parte, obra o acción que
establece el término
Retiro de cierre perimetral
5°. Que, durante el proceso de evaluación se han presentado antecedentes que justifican la
inexistencia de los siguientes efectos, características y circunstancias del artículo 11 de la Ley
N°19.300:
5.1. RIESGO PARA LA SALUD DE LA POI3LACIÓN, DEBIDO A LA CANTIDAD Y
CALIDAD DE EFLUENTES, EMISIONES Y RESIDUOS
Impacto ambiental
Aumento de la concentración de material particulado y gases.
Existencia
de
población cuya salud
pudiera
verse
afectada
Se considera la evaluación de los receptores sensibles existentes en las
inmediaciones del área de emplazamiento del Proyecto.
_
„ _
R4
V
•
,
."11.
slk,
,
s
!
Los siguientes antecedentes justifican que el proyecto o actividad no genera o presenta riesgo para la
salud de la población debido a la cantidad y calidad de los efluentes, emisiones o residuos, en
consideración a lo dispuesto en el articulo 5 del Reglamento del SETA:
a) La superación de
los
valores
de
las
concentraciones
y
períodos
establecidos
en
las
normas primarias de
calidad
ambiental
vigentes
o
el
aumento o
disminución
significativos, según
corresponda,
de
la
concentración
por
sobre
los
límites
establecidos en éstas.
A
falta
de
tales
normas,
se
utilizan
como referencia las
Para la fase de
de
vehículos,
provenientes de
emisiones resultantes
En la siguiente
de construcción:
La fase de operación
manejados por
construcción, las
tanto
al
interior
combustión de
de las acciones
tabla se sintetizan
Contaminante
MP 10
MP 2,5
NOx
emisiones se generaron por
como
exterior
del
Proyecto,
motores, maquinaria y
de escarpe y excavación.
las emisiones generadas durante
Emisión Fase de
construcción
il:Prqand„ _ ,
6 31
la circulación
gases
equipos, y las
la etapa
los vehículos
de seguridad, y
1,44
3 58
SO2
5,20E-07
solo considera el tránsito ocasional de
los operarios encargados de las inspecciones
vigentes
en
los
Estados
que
se
señalan en el artículo
11 del Reglamento.
mantenciones. En
mínimas y sin efectos
contemplan medidas
resume las emisiones
Para la fase de cierre,
MP 10
este sentido, las emisiones a generar
al medio ambiente, situación
de control y/o de abatimiento.
durante la fase de operación.
Contaminante
Emisión total
[Tonelada/año]
MP 2,5
O 02
MP 10
0,09
CO
0,03_
HC
01
—__._....
O
NO,
...___._
0,10
SO2
0,90
por la
0,82
se asumen
La siguiente
como
cual no se
tabla
a un
describen a
se realiza
de 10
la carga
maquinaria y
de maderas,
la salida de
camiones.
los residuos
a sitio
de
mantener los
contar con la
NH3
0,00
Contaminante
las emisiones son los siguientes:
Emisión Fase de cierre
[Toniaño]
MP 2,5
N Ox
0,55
2,65
7,52E-07
I LSO2
El Proponente presentó un compromiso ambiental voluntario referido
Programa de Control de Emisiones, en los términos que se
continuación:
- El transporte de residuos o materiales, que desprendan polvo,
con la carga cubierta (encarpado) manteniendo una distancia mínima
cm entre la superficie de la carga y la cubierta, además de humectar
en caso de ser necesario.
- Llevar a cabo la compactación de la zona de tránsito de la
vehículo por el periodo correspondiente.
- Se prohibe, durante todas las etapas del proyecto, la quema
basura u otros combustibles no autorizados.
- Se implementa un sistema mecánico por medio de resaltos en
la obra, que permita remover el barro adherido a las ruedas de los
El barro que se desprenda es recogido y dispuesto con
proveniente de la construcción, para luego ser trasladados
disposición final autorizado.
- En cuanto a la emisión de gases, se exige a los contratistas
vehículos con revisión técnica y mantenciones al día, debiendo
documentación en obra en todo momento.
b) La superación de
los valores de ruido
establecidos
en
la
normativa ambiental
vigente. A falta de
tales
normas,
se
utilizan
como
referencia
las
vigentes
en
los
Estados
que
se
señalan en el artículo
Para la estimación de ruido en fase de construcción, se elaboró un estudio de
emisiones acústicas, el cual se acompañó en el Anexo N°02 de la DIA. Los
resultados competentes a la proyección en fase de construcción se presentan
en la siguiente Tabla.
Receptor
iximo nivel proyecto
kdeál
57
LIrrthe diurna itittA5
aiu
O
11
LIR
Opta
Cumplo
CorryCr
C
1
c
Ra
11
11 4
54
55
R1
En atención a los resultados obtenidos a partir de la modelación de ruido, es
11 del Reglamento.
posible evidenciar
sobrepasados los
MMA, dando así
En relación a las
del tranque (etapa
funcionamiento
particular, de las
caseta de riego,
técnico.
Bomba
I
Pozo Azul
que, dadas
niveles máximos
cumplimiento
emisiones proyectadas
de operación),
de la maquinaria
bombas de
respectivamente)
Uso
i Tranque
Alimentación
las características del proyecto, no fueron
establecidos en el D.S. N° 38/11 del
a esta normativa en la fase de construcción.
por concepto del funcionamiento
se indica que, el ruido es proveniente del
asociada, es decir, para éste caso en
alimentación y de riego (pozo azul, celeste y
las cuales cuentan con el siguiente detalle
Coordenada
I Coordenada
, Detalle bomba
1 Este 1 Note
1
I
I Bomba
! sumergible
3
288.311
1 8.227.451
1 etapas.
Marca
Franklin Potencia
1 50 hp
Pozo Celeste
Caseta Riego
Alimentación
tranque
Bomba de riego
Puntos
1 Bomba
I
, sumergible
3
288.486
1 8.277.059
I etapas.
Marca
I
I
1 Franklin Potencia
1 SO hp
1 '
Bomba
1
sumergible
3
288.099
1 6.227.780
1 etapas.
Marca
i Franklin Potencia I
1 50 hp
de e\ aluación.
..,-
.,..
r,
Y1
t
..
.__
.,..
De lo anterior, y mediante la modelación realizada, fue posible estimar la
generación de ruido durante la fase de operación del proyecto, resultados
que se presentan a continuación:
Receptor
Perlado
Nivel Proyectado (dRA) Nivel micho permitido (dBA) Eveleadee D.5.11'35111 ) 51.4
R1
Diurno
23
57
Cumple
Nodumo
50
Cumple
R2
Dame
25
57
Cumple
Nodumo
50
Cumple
R3
Dame
27
57
Cumple
Nocturno
50
Cumple
R4
Duro
31
57
Cumpla
Nocturno
46
Cumple
R5
Denlo
31
57
Cumple
NOctumo
46
Cumple
Las emisiones de ruido proyectadas para
los límites máximos permitidos, por
medidas de abatimiento de ruido.
Para el caso de la fase de cierre,
maquinaria, se tiene lo siguiente:
máximo
Nivel
Receptor
Proyectada 1113141
F21
57
R2
56 ---
----151
R3
56
P4
54
la fase de operación, no sobrepasan
lo que no es necesario contemplar
realizando la homologación de la
j Evaluación
D.S.
i Limite diurno (0EA)
, ._ _
I
I
3
, re 812011. !AMA
sr
r Cumple
---- i dimPle
— -
57
j
1
Cumple
57
; Cumple
5
55
l 57
cumple
Considerando lo anterior y los resultados detallados en el Anexo N°02 de la
DIA, no se prevén efectos adversos significativos sobre la salud de las
personas debido a las emisiones de ruido derivadas de la ejecución del
Proyecto debido a que en ninguno de los receptores identificados se superan
los niveles de ruido permitidos.
c) La exposición a
contaminantes
debido al impacto de
las
emisiones
y
efluentes
sobre
los
recursos
naturales
renovables, incluidos
el suelo, agua y aire,
en caso de que no
sea posible
evaluar
el
riesgo
para
la
salud de la población
de
acuerdo
a
las
letras anteriores.
Emisiones atmosféricas
Respecto a las emisiones atmosféricas para las diversas etapas del Proyecto,
estas se exponen en el literal a) precedente.
Efluentes Líquidos
En la etapa de construcción se generaron aguas servidas provenientes de los
baños y duchas de los trabajadores de la obra. Considerando la cantidad
máxima de trabajadores durante la fase de construcción, correspondiente a
10 trabajadores, y un consumo de agua promedio por cada uno de ellos
equivalente a 150 L/día, se estimó una generación de 1,5 m3/día de aguas
servidas.
Durante la construcción de las instalaciones se dispuso de baños químicos
en los frentes de trabajo, a una distancia no superior a 75 metros de cada
frente de trabajo, conforme a la exigencia establecida por los artículos 21° y
25° del Decreto Supremo N°594/1999, del MINSAL. La implementación y
mantención de los baños químicos estuvo a cargo de una empresa
debidamente autorizada para estos efectos.
Asimismo, las aguas servidas generadas fueron retiradas por una empresa
autorizada, y posteriormente tratadas y dispuestas en un lugar autorizado por
la autoridad sanitaria, asegurando las condiciones y exigencias establecidas
por los artículos 24°, 25° y 26° del D.S. N°594/1999, del MINSAL.
Dado lo esporádico de la mano de obra durante la fase de operación, toda
vez que esta se limita únicamente a 2 trabajadores máximo, que se encargan
de las labores de inspecciones de seguridad, no se prevé una generación de
este tipo de residuos.
Dada la naturaleza del Proyecto, no se prevé la generación de residuos
industriales líquidos.
os
Escarpe: 22.323,8 ms
: Excav-ación• 45.000
Excedentes de T lenes m,
Total: 67,323,8 m5
No Pettg
Vibraciones
Para proyectar las vibraciones en cada receptor durante la etapa de
construcción, se consideró el nivel de vibración emitido por la maquinaria
de mayor emisión vibratoria, además de la distancia entre receptor y foco
vibratorio o maquinaria.
Receptor
La Proyectado(VdB)
Límite de vibracien FTA
Evaluack n FTA
R1
70
15
Cumple
R2
69
75
Cumple
13
70
75
Cumple
R4
75
Cumple
R5
87
75
Cumple
d) La exposición a
contaminantes
debido al impacto
generado por el
manejo de residuos
sobre los recursos
naturales renovables,
incluidos el suelo,
agua y aire.
Etapa de Construcción
Residuos domiciliarios y asimilables
Los residuos domiciliarios y asimilables a domiciliarios generados durante
la fase de construcción, correspondieron a restos de comida, papeles y
bolsas de basura. Estos residuos fueron dispuestos transitoriamente en
contenedores de plásticos de tapa hermética, de 1 m3 ubicados en los frentes
de trabajo, y, posteriormente, trasladados al sector especialmente delimitado
para el almacenamiento transitorio de este tipo de residuos. Estos residuos
fueron retirados con una frecuencia de 2 veces por semana.
Se consideró la instalación de una tolva de acero A36 con tapa y cierre
hermético para el almacenamiento transitorio de este tipo de residuos.
Se estimó que se generaron aproximadamente 0,5 kg/día de residuos
domiciliarios por trabajador. Así, y considerando una mano de obra máxima
de 10 trabajadores para la fase de construcción, se estimó una generación
diaria de 5 kg de este tipo de residuos.
Residuos industriales sólidos no peligrosos
Los residuos sólidos no peligrosos generados en esta fase corresponden
principalmente a excedentes de movimientos de tierra y material de
descarte, como, por ejemplo, tubos de PVC dañados, válvulas, entre otros.
Se estimó la siguiente generación de residuos.
Tipo de residuos
Fuente
Cantidad o Volumen Almacenamiento
Restos de materiales.
tubos PVC, maderas, 3 ton/ano
etc.
Zona de acopio
transitorio
en
instalación de faenas.
Residuos Peligrosos
Los residuos peligrosos generados correspondieron a envases de
contenedores de combustible, pintura, lubricantes y aceites para válvulas.
Tipo
Cantidad [kg/año)
Envases de pintura de válvulas ao
Envases de lubricantes de válvulas
20
Envases de aceites de válvulas 20
Total
170 • —
Estos residuos fueron almacenados de manera temporal en contenedores con
tapa, debidamente rotulados. Para dicho propósito, existió una bodega para
la mantención transitoria de los residuos peligrosos, los cuales fueron
manejados según lo dispuesto por el D.S. N°148/2003 del MINSAL.
El sitio que se habilitó para el almacenamiento transitorio de RESPEL, dio
cum limiento a lo establecido en el D.S. N°148/2003, D.S. N°594/1999,
ambos del M1NSAL y a la Ordenanza General de Urbanismo y
Construcciones, de la siguiente forma:
- La bodega tuvo una base continua, impermeable y resistencia estructural y
química a los residuos.
- Contó con un cierre perimetral de al menos 1,8 metros de alto, el cual
impidió el libre acceso de personas y animales.
- Estuvo techada y protegida de condiciones ambientales, tales como:
humedad, temperatura, radiación solar, para minimizar la volatilización, el
arrastre o la lixiviación y, en general, cualquier otro mecanismo de
contaminación del medio ambiente, que pueda afectar la salud de la
población.
- Tuvo una capacidad de retención de escurrimientos o derrames, no inferior
al volumen del contenedor de mayor capacidad, correspondiente al 20% del
volumen total de los contenedores almacenados.
- Contó con señalización de acuerdo a la NCh 2.190 Of 93.
- Tuvo acceso restringido.
- La bodega contó con al menos un extintor de polvo químico ABC — BC de
10 kg en el exterior, de fácil acceso y clara identificación, libre de cualquier
obstáculo.
Sustancias Peligrosas
En la instalación de faenas se habilitó una bodega de sustancias peligrosas
para el almacenamiento temporal de insumos con características de
peligrosidad. La bodega de almacenamiento de sustancias peligrosas contó
con las siguientes características:
- Dimensión total de 9 m2.
- Cierre perimetral con muros de material resistente al medio.
- Piso liso e impermeable.
- Sistema de contención local de derrames con pretiles de conducción y
materiales de absorción.
- Sistema manual de extinción de incendio a base de extintores.
- Cada sustancia peligrosa contó con su respectiva Hoja de Datos de
Seguridad.
La Tabla a continuación presenta el tipo, cantidades y manejo de sustancias
peligrosas almacenadas:
Tipo
Cantidad
1 tarro de pintura para
válvulas
4 litros
Manejo
Se mantuvieron debidamente:
etiquetados acorde a sus
I características de peligrosidad
[ con una FIDS visible para
revisión, separados por tipo de
sustancia a almacenar.
Además, se realizará un
chequeo para evaluar la
I condición de su contenedor
con el fin de que se encuentre
en perfectas condiciones para
almacenar las sustancias
peligrosas. En caso de no
estar en buenas condiciones,
se dará retiro Inmediato del
contenedor para ser tratado
como residuo peligroso.
Etapa de Operación
Cabe mencionar que la mano de obra de Proyecto corresponde a un máximo
de 2 operarios, encargados de las labores de inspección. Esta mano de obra
tiene un carácter temporal, limitándose exclusivamente a inspecciones
ocasionales y visitas inspectivas al tranque.
Ahora, considerando una generación de 0,5 kg/día por trabajador, es posible
obtener una generación estimada de 1 kg/día de residuos domiciliarios y
asimilables a domiciliarios.
Estos residuos son contenidos en un sector de acopio transitorio, compuesto
por un contenedor de 1 m3, impermeable y con tapa hermética. La
recolección de estos residuos es de al menos 2 veces a la semana para evitar
la proliferación de vectores.
Dada la naturaleza del Proyecto, no se prevé la generación de residuos
sólidos industriales no peligrosos y residuos peligrosos en esta fase.
Etapa de Cierre
El Proyecto corresponde a un tranque de acumulación de aguas para riego.
Por lo anterior, no se requiere del empleo y uso de sustancias peligrosas o
generación de residuos especiales, que pudieran tener una persistencia en el
tiempo.
Cabe mencionar que, durante la fase de cierre se realiza un manejo
diferenciado entre tierras de excedente y materiales residuales, segregando
efectivamente aquellos residuos como tuberías rotas o válvulas dañadas,
siendo tratados como residuos y disponiéndolos en sitios especialmente
autorizados por la autoridad sanitaria para la recepción y tratamiento de este
tipo de residuos.
5.2. EFECTOS ADVERSOS SIGNIFICATIVOS SOBRE LA CANTIDAD Y CALIDAD DE LOS
RECURSOS NATURALES RENOVABLES, INCLUIDOS EL SUELO, AGUA Y AIRE
Impacto ambiental
Corta de vegetación y ejemplares de flora nativa por acondicionamiento del
terreno y construcción de obras del Proyecto.
Afectación de fauna de baja movilidad por acondicionamiento del terreno y
construcción de obras del Proyecto.
Extracción de aguas subterráneas del acuífero Alhué.
Pérdida de suelo.
Los siguientes antecedentes justifican que el proyecto o actividad no genera o presenta efectos
adversos significativos sobre la cantidad y calidad de los recursos naturales renovables, incluidos el
suelo, agua y aire, en consideración a lo dispuesto en el artículo 6 del Reglamento del Reglamento
del SETA:
Recursos
naturales
renovables
escasos,
únicos o
representativos.
En el área de influencia del proyecto no existe presencia de recursos
naturales renovables escasos, únicos o representativos.
a)
La
pérdida
de
suelo
o
de
su
capacidad
para
sustentar
biodiversidad
por
degradación,
erosión,
impermeabilización,
compactación
o
presencia
de
Al analizar el Proyecto de manera integral, se considera que la afectación de
6,84 hectáreas de suelo clase II no representa un impacto significativo sobre
este componente ambiental, toda vez que se busca la permanencia y
persistencia de la actividad agrícola del fundo, lo cual va en directa línea con
las disposiciones que establece
la Estrategia Regional
de Desarrollo,
mejorando la eficiencia en el uso del recurso hídrico y contribuyendo en
forma sustancia no solo a la protección sino para la productividad de suelos
agrícolas, fomentando el desarrollo y posicionamiento de la región como
potencia agroalimentaria.
contaminantes.
b) La superficie con
plantas,
algas,
hongos,
animales
silvestres
y
biota
intervenida,
explotada, alterada o
manejada
y
el
impacto generado en
dicha
superficie.
Para
la
evaluación
del impacto se debe
considerar
la
diversidad biológica,
así
como
la
presencia
Y
abundancia
de
especies silvestres en
estado de
conservación
o
la
existencia de un plan
de
recuperación,
conservación
Y
gestión
de
dichas
especies,
de
conformidad
a
lo
señalado
en
el
artículo 37 de la Ley
19.300.
La vegetación del Al no presenta singularidades, estando ampliamente
representadas en las formaciones de vegetación que se encuentran en el
entorno del área del Proyecto.
El tranque se emplaza en un área de cultivos frutales que no posee valor
relevante para la diversidad biológica, debido a la alta distribución y destino
agrícola y no considera intervenir formaciones vegetales que cuenten con
especies en categoría de conservación.
Se destaca, además, que el Proyecto no se localiza en alguna área colocada
bajo protección. Si bien el Proyecto se encuentra entre dos sectores de
relevancia para la biodiversidad, correspondiente al Cordón de Cantillana y
Cocalán, se inserta en una matriz altamente intervenida preferentemente por
actividad agrícola y ganadera.
Consecuentemente, de acuerdo con el catastro de uso de suelo y vegetación
de la CONAF, el Proyecto se localiza en uso de rotación cultivo pradera. Si
bien la zona de estudio presenta baja calidad de hábitats para fauna terrestre
debido a la intervención existente, fue posible determinar la presencia de
fauna terrestre nativa, con representación de especies en categoría de
conservación Preocupación Menor para los grupos de aves, murciélagos y
mamíferos. En el grupo de las aves, se registró una especie en categoría de
conservación, correspondiente a Garza Cuca en cauce seco del estero Alhué
y fuera del área de intervención directa del Proyecto. Sin embargo, dada la
baja movilidad, se establece un monitoreo de aves en operación.
Respecto a los murciélagos, se registraron tres especies en categoría de
conservación, correspondiente a Murciélago Común, Murciélago Ceniciento
y Murciélago Común. Por lo anterior, se establece un monitoreo en
operación, en los términos que se describen más adelante en la sección de
compromisos ambientales. Sobre la base de lo anteriormente expuesto y, las
medidas de control establecidas, es posible concluir respecto a la no
afectación de fauna o flora protegida.
En el numeral 11 de este informe consolidado, se presentan 2 Compromisos
ambientales voluntarios: "Monitoreo de fauna aves" y "Monitoreo de fauna:
Descarte de algún tipo de murciélagos debido a la operación del Tranque
Qui lamuta".
c) La magnitud y
duración del impacto
del
proyecto
o
actividad
sobre
el
suelo, agua o aire en
relación
con
la
condición de línea de
base.
Considerando que la intervención permanente generada por el Proyecto
sobre el suelo corresponde a las excavaciones para la habilitación del
tranque, se considera que la superficie de ocupación es de baja magnitud y
no se esperan efectos significativos sobre la superficie del suelo en relación
a su condición base.
Tal como se aborda en la letra a) del artículo 6 del Reglamento del SEIA, el
Proyecto permite incrementar la se guridad de riego, lo que implica una
mejora integral de suelos agrícolas del sector. Por ello, se estima que los
efectos generados por la habilitación del tranque no corresponden a un
impacto significativo.
Del mismo modo, no se contemplan efectos sobre la calidad del agua, toda
vez que, por la naturaleza del Proyecto, no se contemplan descargas de
aguas servidas o residuos industriales líquidos sobre ningún cuerpo receptor.
En el Anexo N°06 y N°09 de la Adenda se acompañan los análisis químicos
que permiten caracterizar el agua subterránea y a utilizar mediante riego.
Respecto al impacto sobre el aire, y de acuerdo a los antecedentes que se
encuentran señalados en la letra a) del artículo 5 del Reglamento del SEIA,
el Proyecto no genera sus emisiones principalmente durante la fase de
construcción, provenientes mayormente del
tránsito de vehículos por
caminos no pavimentados y dado que la fase de construcción posee un
carácter temporal, es posible señalar que el Proyecto no contempla efectos
significativos sobre el aire. Por su parte, en la fase de operación, las
emisiones
disminuyen
drásticamente
hasta
alcanzar
un
valor
poco
significativo.
d) La superación de
los
valores
de
las
concentraciones
establecidos
en
las
normas
secundarias
de calidad ambiental
vigentes
o
el
aumento o
disminución
significativos, según
corresponda,
de
la
concentración
por
sobre
los
limites
establecidos en éstas.
A
falta
de
tales
normas,
se
utilizan
como referencia las
normas vigentes en
los Estados que se
señalan en el artículo
11 del Reglamento.
En caso que no sea
posible
evaluar
el
efecto
adverso
de
acuerdo a lo anterior,
se
considera
la
magnitud y duración
del efecto generado
sobre la biota por el
proyecto o actividad
y su relación con la
condición de línea de
base.
La zona de emplazamiento del Proyecto no presenta superación de normas
secundarias, y el proyecto no genera emisiones significativas de ningún
contaminante regulado a través de normas secundarias.
e)
La
diferencia
entre
los
niveles
estimados
de ruido
con
proyecto
o
actividad y el nivel
de ruido de fondo
representativo
y
característico
del
entorno
donde
se
concentre
fauna
nativa
asociada
a
hábitats de
relevancia
para
su
nidificación,
reproducción
alimentación.
Conforme a la Estimación de Ruido realizada para el Proyecto, la diferencia
entre el ruido de fondo y el ruido que generan las actividades del Proyecto
básicamente durante la generada en la etapa de construcción, y la que se
genera en la fase de cierre, son bastante bajas (menor a 51 dB); por lo tanto,
se concluye que no hace afectación a la fauna del lugar. Asimismo, es
importante destacar que las emisiones de ruido no superarán la norma
"Effects of Noise on Wildlife and Other Animals", Metodología de 1971
perteneciente a la EPA, la que establece como referencia, un máximo de 85
dB para no generar efecto sobre la fauna silvestre.
f)
El
impacto
generado
por
la
utilización
y/o
manejo de productos
químicos,
residuos,
así como
cualesquiera
otras
sustancias
_que
Etapa de Construcción
Residuos domiciliarios y asimilables
Los residuos domiciliarios y asimilables a domiciliarios generados durante
la fase de construcción, correspondieron a restos de comida, papeles y
bolsas de basura. Estos residuos fueron dispuestos transitoriamente en
contenedores de plásticos de tapa hermética, de 1 m3 ubicados en los frentes
de trabajo, y, posteriormente, trasladados al sector especialmente delimitado
para el almacenamiento transitorio de este tipo de residuos. Estos residuos
fueron retirados con una frecuencia de 2 veces por semana.
Se consideró la instalación de una tolva de acero A36 con tapa y cierre
hermético para el almacenamiento transitorio de este tipo de residuos.
Se estimó que se generaron aproximadamente 0,5 kg/día de residuos
domiciliarios por trabajador. Así, y considerando una mano de obra máxima
de 10 trabajadores para la fase de construcción, se estimó una generación
diaria de 5 kg de este tipo de residuos.
Residuos industriales sólidos no peligrosos
Los residuos sólidos no peligrosos generados en esta fase corresponden
principalmente a excedentes de movimientos de tierra y material de
descarte, como, por ejemplo, tubos de PVC dañados, válvulas, entre otros.
Se estimó la siguiente generación de residuos.
Tipo de residuos
Fuente
Cantidad o Volumen Almacenamiento
Restes de matenales,
tubos PVC, maderas, 3 ton/ario
etc.
Zona de acoplo
No Peligrosos
Escarpe; 22 323,6 in,
transaono en
Excavación: 45,000 instalación de faenas.
Residuos Peligrosos
Los residuos peligrosos generados correspondieron a envases de
contenedores de combustible, pintura, lubricantes y aceites para válvulas.
Tipo
Cantidad jkglafitaj
Envases de
ra de válvulas 30
Envases de lubricantes de válvulas
20
Envases de acedes de válvulas
Total
7
Estos residuos fueron almacenados de manera temporal en contenedores con
tapa, debidamente rotulados. Para dicho propósito, existió una bodega para
la mantención transitoria de los residuos peligrosos, los cuales fueron
manejados según lo dispuesto por el D.S. N°148/2003 del MINSAL.
El sitio que se habilitó para el almacenamiento transitorio de RESPEL, dio
cumplimiento a lo establecido en el D.S. N°148/2003, D.S. N°594/1999,
ambos del MINSAL y a la Ordenanza General de Urbanismo y
Construcciones, de la siguiente forma:
- La bodega tuvo una base continua, impermeable y resistencia estructural y
química a los residuos.
- Contó con un cierre perimetral de al menos 1,8 metros de alto, el cual
impidió el libre acceso de personas y animales.
- Estuvo techada y protegida de condiciones ambientales, tales como:
humedad, temperatura, radiación solar, para minimizar la volatilización, el
arrastre o la lixiviación y, en general, cualquier otro mecanismo de
contaminación del medio ambiente, que pueda afectar la salud de la
población.
- Tuvo una capacidad de retención de escurrimientos o derrames, no inferior
al volumen del contenedor de mayor capacidad, correspondiente al 20% del
volumen total de los contenedores almacenados.
- Contó con señalización de acuerdo a la NCh 2.190 Of 93.
- Tuvo acceso restringido.
- La bodega contó con al menos un extintor de polvo químico ABC — BC de
puedan afectar los
recursos
naturales
renovables.
Excedentes de Mercas
rrrl
Total: 67.323, m
10 kg en el exterior, de fácil acceso y clara identificación, libre de cualquier
obstáculo.
Sustancias Peligrosas
En la instalación de faenas se habilitó una bodega de sustancias peligrosas
para el almacenamiento temporal de insumos con características de
peligrosidad. La bodega de almacenamiento de sustancias peligrosas contó
con las siguientes características:
- Dimensión total de 9 m2.
- Cierre perimetral con muros de material resistente al medio.
- Piso liso e impermeable.
- Sistema de contención local de derrames con pretiles de conducción y
materiales de absorción.
- Sistema manual de extinción de incendio a base de extintores.
- Cada sustancia peligrosa contó con su respectiva Hoja de Datos de
Seguridad.
La Tabla a continuación presenta el tipo, cantidades y manejo de sustancias
peligrosas almacenadas:
Tipo
Cantidad
Manejo
Se mantuvieron debidamente
etiquetados acorde a sus
características de peligrosidad 1
con una HDS visible para
revisión, separados por tipo de
sustancia a almacenar.
Además, se realizará un
chequeo para evaluar la
tarro de pintura para
4 litros
condición de su contenedor
válvulas
con el fin de que se encuentre
en perfectas condiciones para
almacenar las sustancias
peligrosas. En caso de no
estar en buenas condiciones,
se dará retiro inmediato del
contenedor para ser tratado
como residuo peligroso.
Etapa de Operación
Cabe mencionar que la mano de obra de Proyecto corresponde a un máximo
de 2 operarios, encargados de las labores de inspección. Esta mano de obra
tiene un carácter temporal, limitándose exclusivamente a inspecciones
ocasionales y visitas inspectivas al tranque.
Ahora, considerando una generación de 0,5 kg/día por trabajador, es posible
obtener una generación estimada de 1 kg/día de residuos domiciliarios y
asimilables a domiciliarios.
Estos residuos son contenidos en un sector de acopio transitorio, compuesto
por un contenedor de 1 m3, impermeable y con tapa hermética. La
recolección de estos residuos es de al menos 2 veces a la semana para evitar
la proliferación de vectores.
Dada la naturaleza del Proyecto, no se prevé la generación de residuos
sólidos industriales no peligrosos y residuos peligrosos en esta fase.
Etapa de Cierre
El Proyecto corresponde a un tranque de acumulación de aguas para riego.
Por lo anterior, no se requiere del empleo y uso de sustancias peligrosas o
generación de residuos especiales, que pudieran tener una persistencia en el
tiempo.
Cabe mencionar que, durante la fase de cierre se realiza un manejo
diferenciado entre tierras de excedente y materiales residuales, segregando
efectivamente aquellos residuos como tuberías rotas o válvulas dañadas,
siendo tratados como residuos y disponiéndolos en sitios especialmente
autorizados por la autoridad sanitaria para la recepción y tratamiento de este
tipo de residuos.
g) El impacto
generado por el
volumen o caudal de
recursos hídricos a
intervenir o explotar,
así como el generado
por el transvase de
una cuenca o
subcuenca
hidrográfica a otra,
incluyendo
el
generado
por
ascenso o descenso
de los niveles de
aguas subterráneas y
superficiales.
La
evaluación de dicho
impacto
debe
considerar siempre la
magnitud de la
alteración en:
g.1.
Cuerpos de
aguas subterráneas
que contienen aguas
fósiles.
g.2.
Cuerpos o
cursos de aguas en
que se generen
fluctuaciones
de
niveles.
g.3.
Vegas y/o
bofedales
que
pudieren
ser
afectadas por el
ascenso o descenso
de los niveles de
aguas.
g.4. Áreas o zonas de
humedales, estuarios
y turberas que
pudieren
ser
afectadas por el
ascenso o descenso
de los niveles de
aguas subterráneas o
superficiales.
g.5. La superficie o
volumen de un
glaciar susceptible
de modificarse.
El Proyecto no considera la intervención de cuerpos de aguas subterráneas
que contengan aguas fósiles. Como se mencionó anteriormente, el Proyecto
considera la extracción de aguas subterráneas a través de los pozos azul y
celeste, los cuales se emplazan en las siguientes coordenadas:
Pozo celeste: coordenadas UTM WGS 84 Huso 19s: 288.501 m E;
6.227.001 m N. Pozo Azul: coordenadas UTM WGS 84 Huso 19S: 288.327
m E; 6.227.297 m N.
A través de las pruebas de bombeo del periodo 2017 y 2020 presentadas en
el Anexo N°09 de la Adenda, se da cuenta de una rápida recuperación del
acuífero, no viéndose afectado por el caudal de extracción y recuperando su
nivel inicial previo al bombeo a los 8 minuto de detenida la prueba, para el
caso de las pruebas de bombeo 2017.
El Proyecto no se emplaza cercano a vegas y/o bofedales que pudieran ser
afectadas por el ascenso o descenso de los niveles de aguas. Sin perjuicio de
lo anterior, se debe considerar lo explicado precedentemente.
El Proyecto no se emplaza cercano a vegas y/o bofedales que pudieran ser
afectadas por el ascenso o descenso de los niveles de aguas. Sin perjuicio de
lo anterior, se debe considerar lo explicado en el subliteral g.2 respecto a
analizar eventuales fluctuaciones de niveles.
Se efectuó una prueba de bombeo por un caudal mayor al que efectivamente
se encuentra inscrito y constituido en Derechos de Aprovechamiento A
pesar de lo anterior, tanto el pozo celeste y azul se registraron
estabilizaciones a los 1.080 y 1.020 minutos respectivamente, no
registrándose mayores fluctuaciones el nivel freático.
Por su parte, la prueba de recuperación alcanzó niveles cercanos al nivel
inicial (12 metros de profundidad aproximadamente) en los primeros 8
minutos de cada prueba.
Lo anterior, da cuenta de la rápida recuperación del acuífero, no viéndose
afectado por el caudal de la prueba de bombeo (60 y 40 L/s para pozo
celeste y azul).
Así las cosas, si se considera que el caudal otorgado en los derechos de
aprovechamiento es menor al caudal de la prueba de bombeo, y las pruebas
de bombeo de igual manera determinaron una rápida estabilización del
acuífero y no se detectaron descensos significativos. En el Anexo N°06 y
Anexo N°09 de la Adenda se actualizan las pruebas de bombeo.
Se instalan, tanto en el pozo celeste como azul, caudalímetros que permitan
registrar los caudales efectivos extraídos diariamente desde ambas
captaciones, dicha información es reportada a la SMA y a la DGA, de
manera trimestral.
El Proyecto no considera la intervención de un glaciar susceptible de
modificarse. De acuerdo con el Inventario de Glaciares de la Dirección
General de Aguas, en la Región del Libertador General Bernardo O'Higgins
se cuenta con un registro de 683 glaciares. El emplazamiento de estos
glaciares al darse en la Cordillera de los Andes, define una distancia
promedio de 89 kilómetros lineales entre el Proyecto y estas unidades.
h) Los impactos que
pueda generar la
introducción
de
especies exóticas al
territorio nacional o
en áreas, zonas o
ecosistemas
determinados.
El Proyecto (de acuerdo a su naturaleza) no considera la introducción al
territorio nacional de ninguna especie de flora o fauna, ni de organismos
modificados genéticamente o mediante otras técnicas similares.
5.3.
REASENTAMIENTO
DE
COMUNIDADES
HUMANAS
O
ALTERACIÓN
SIGNIFICATIVA DE LOS SISTEMAS DE VIDA Y COSTUMBRES DE GRUPOS HUMANOS
Impacto ambiental
No aplica
Existencia de grupos
humanos en el área
de influencia
Se considera como área de influencia del medio humano, el territorio que
corresponde a los receptores sensibles por las emisiones atmosféricas y
acústicas del Proyecto, así como los cercanos a las partes, obras y acciones
del Proyecto. Véase Anexo N°04 de la Adenda.
Reasentamiento
de
comunidades
humanas
El Proyecto no genera reasentamiento de comunidades humanas,
ni
considera el desplazamiento y reubicación de grupos humanos que habiten
en el área de influencia de este.
Los siguientes antecedentes justifican que el proyecto o actividad no genera o presenta alteración
significativa de los sistemas de vida y costumbres de grupos humanos, en consideración a lo
dispuesto en el artículo 7 del Reglamento del SETA:
a)
La intervención,
uso o restricción al
acceso
de
los
recursos
naturales
utilizados
como
sustento
económico
del
grupo
o
para
cualquier
otro
uso
tradicional,
tales
como uso medicinal,
espiritual o cultural.
A partir de los datos recopilados en terreno, así como la revisión de
información oficial (ya sea CENSO, CASEN, bases de datos SII, datos
comunales, entre otros), se pudo establecer que, en el área de influencia
definida, la principal actividad desarrollada es la agricultura, ya sea en el
trabajo, mantención u operación de predios agrícolas, así como en el trabajo
estacionario, tales como temporeros y temporeras.
Por parte del recurso hídrico, este es alimentado por agua de pozo, extraído
desde las captaciones denominadas azul y celeste.
Para evaluar el efecto de la extracción de aguas subterráneas desde estas
captaciones, se realizaron 2 series de pruebas de bombeo en 2017 y 2020. El
detalle de estas pruebas se presenta en el Anexo N°09 de la Adenda.
Considerando el análisis de estas pruebas, no se prevé una disminución de la
disponibilidad al acceso, en términos de calidad y cantidad, a los recursos
naturales con motivo de la operación del Proyecto, toda vez que el efecto de
la extracción del agua subterránea no logra generar un descenso significativo
en el nivel estático de la zona.
Se efectuó una prueba de bombeo por un caudal mayor al que efectivamente
se encuentra inscrito y constituido en Derechos de Aprovechamiento. A
pesar
de
lo
anterior,
tanto
el
pozo
celeste
y
azul
se
registraron
estabilizaciones
a
los
1.080
y
1.020
minutos
respectivamente,
no
registrándose mayores fluctuaciones el nivel freático.
Por su parte, la prueba de recuperación alcanzó niveles cercanos al nivel
inicial (12 metros de profundidad aproximadamente) en los primeros 8
minutos de cada prueba.
Lo anterior, da cuenta de la rápida recuperación del acuífero, no viéndose
afectado por el caudal de la prueba de bombeo (60 y 40 L/s para pozo
celeste y azul).
Así las cosas, si consideramos que el caudal otorgado en los derechos de
aprovechamiento es menor al caudal de la prueba de bombeo, y las pruebas
de bombeo de igual manera determinaron una rápida estabilización del
acuífero y no se detectaron descensos significativos. En el Anexo N°06 y
Anexo N°09 de la Adenda se actualizan las pruebas de bombeo.
Se instalan, tanto en el pozo celeste como azul, caudalímetros que permitan
registrar
los
caudales
efectivos
extraídos
diariamente
desde
ambas
captaciones, dicha información es reportada a la SMA y a la DGA, de
manera trimestral.
b) La obstrucción o
restricción a la libre
circulación,
conectividad
o
el
aumento
significativo
de
los
tiempos de
desplazamiento.
Relacionado a la libre circulación, conectividad o aumento en los tiempos de
desplazamiento, se indica que la vía principal de acceso al tranque es
realizado por la ruta H-692-G, la cual conecta directamente con la Ruta 66 y
dota de conectividad vial a los pobladores del sector, conectando la
localidad de Santa Inés, Las Cabras, entre otros.
Ahora bien, el Al y sus alrededores, cuenta con una oferta de transporte
público, ya sea mediante buses, taxis colectivos o buses interurbanos. En
atención a esto último, el transporte público, en específico buses, cuenta con
una baja frecuencia, teniendo servicio cada dos horas. Del mismo modo, el
uso de automóviles motorizados particulares, motocicletas o bicicletas como
medio de transporte es el más frecuente en el AI.
Ahora, dado que el Proyecto no genera una afectación a la libre circulación
de las personas, conectividad o el aumento de los tiempos de desplazamiento
que considera el Proyecto, con motivo de la construcción, operación y cierre
del Proyecto, toda vez que el aporte que realiza el Proyecto, en materia de
flujos viales, es poco significativo.
c) La alteración al
acceso o a la calidad
de bienes,
equipamientos,
servicios o
infraestructura
básica.
No se identifica equipamiento, servicios o infraestructura básica alterada,
tanto por la ejecución como por el desarrollo del Proyecto, esto, dado por el
hecho que la gran mayoría de estos servicios se localizan próximos al área
urbana de la comuna de Las Cabras, y, además, el Proyecto no contempla un
aumento de la mano de obra permanente que pueda requerir el uso o empleo
de servicios básicos, infraestructura, entre otros.
A nivel comunal, fue posible identificar diversos centros educativos, más no
en el AI, tal como se plasma en el Anexo N°04 de la Adeuda, teniendo la
misma tendencia de presencia comunal más no en el AI para los centros de
salud.
Independiente de lo anterior, ningún centro educativo ni de salud, ven
comprometidos su normal funcionamiento, así como el libre acceso a los
mismos,
con
motivo
del
presente
Proyecto,
esto,
debido
a que
la
materialización del Proyecto, en sus diversas fases, no interfiere a nivel vial,
estructural ni a nivel de dinámicas en los centros educativos y de salud. Por
otro lado, en el AI y en sus cercanías existen juntas de vecinos
d) La
dificultad
o
impedimento para el
ejercicio
o
la
manifestación
de
tradiciones, cultura o
intereses
comunitarios,
que
puedan
afectar
los
sentimientos
de
arraigo o la cohesión
social del grupo.
Según el levantamiento de información secundaria, el proyecto se encuentra
emplazado en un sector donde no existen comunidades o grupos humanos
protegidos por leyes especiales, por lo que se estima que los habitantes
presentes en el sector, como también en el área de influencia del proyecto,
no se ven restringidos en ningún aspecto considerado en este punto; no
obstante, y para no impedir manifestaciones de tradiciones, cultura o
intereses comunitarios, el Proponente toma contacto con los coordinadores
de cada una de las actividades, para no afectar los sentimientos de arraigo o
la cohesión de la comunidad.
Para
los
grupos
humanos
pertenecientes
a
pueblos
indígenas,
además
de
las
circunstancias
señaladas
precedentemente, se
El Proyecto no presenta susceptibilidad de afectación a grupos humanos
pertenecientes a pueblos indígenas.
considera la duración
y/o magnitud de la
alteración en sus
formas de
organización social
particular.
5.4. LOCALIZACIÓN EN O PRÓXIMA A POBLACIONES, RECURSOS Y ÁREAS
PROTEGIDAS, SITIOS PRIORITARIOS PARA LA CONSERVACIÓN, HUMEDALES
PROTEGIDOS Y GLACIARES, SUSCEPTIBLES DE SER AFECTADOS, ASÍ COMO EL
VALOR AMBIENTAL DEL TERRITORIO EN QUE SE PRETENDE EMPLAZAR
Impacto ambiental
El proyecto no se encuentra emplazado sobre un área bajo protección
oficial, por lo que no se contempla potencial impacto.
Existencia
de
poblaciones
protegidas
No existen poblaciones protegidas.
Existencia de recursos
y
áreas
protegidas,
sitios prioritarios para
la
conservación,
humedales protegidos,
glaciares y zona con
valor ambiental
No
existen
recursos
ni
áreas
protegidas,
sitios
prioritarios
para
la
conservación, humedales protegidos, glaciares y zona con valor ambiental.
Los siguientes antecedentes justifican que el proyecto o actividad no se localización en o próxima a
poblaciones, recursos y áreas protegidas, sitios prioritarios para la conservación, humedales
protegidos y glaciares, susceptibles de ser afectados, así como el valor ambiental del territorio en
que se pretende emplazar, en consideración a lo dispuesto en el artículo 8 del Reglamento del SETA.
Susceptibilidad
de
afectar
poblaciones
protegidas,
considerando
la
extensión, magnitud o
duración
de
la
intervención en áreas
donde ellas habitan.
El Proyecto no afecta poblaciones protegidas por leyes especiales, debido a
que en su área de influencia no existe población, comunidades ni tierras
indígenas, en atención a lo señalado por el reglamento.
Susceptibilidad
de
afectar
recursos
y
áreas
protegidas,
sitios prioritarios para
la
conservación,
humedales protegidos,
glaciares o territorios
con valor ambiental,
se considera la
extensión, magnitud o
duración
de
la
intervención
de
sus
partes,
obras
o
acciones, así como de
los impactos
generados por el
proyecto o actividad,
teniendo
en
especial
consideración los
objetos de protección
El Proyecto se ubica en una zona alejada de recursos y áreas protegidas,
sitios prioritarios para la conservación, humedales protegidos y glaciares,
susceptibles de ser afectados directamente por el Proyecto o por sus áreas
de influencia, así como el valor ambiental del territorio en que se pretende
emplazar. Además, el polígono en que se emplaza el Proyecto no se
encuentra declarado bajo protección oficial.
que se pretenden
resguardar.
5.5. ALTERACIÓN SIGNIFICATIVA, EN TÉRMINOS DE MAGNITUD O DURACIÓN, DEL
VALOR PAISAJISTICO O TURISTICO DE UNA ZONA
Impacto ambiental
No aplica
Existencia de valor turístico
El sector de emplazamiento no presenta valor turístico.
Existencia de valor paisajístico
El sector de emplazamiento no presenta valor paisajístico.
De justificar que en el área o espacio geográfico no existe valor paisajístico ni turístico, se descarta
de plano la generación de una alteración significativa de dichos valores.
Los siguientes antecedentes justifican que el proyecto o actividad no genera o presenta alteración
significativa del valor paisajístico o turístico de una zona, en consideración a lo dispuesto en el
artículo 9 del Reglamento del SETA:
a) La duración o la magnitud en que
se obstruye la visibilidad a una zona
con valor paisajístico.
El Proyecto se emplaza en una zona sin valor turístico o
paisajístico, no genera ningún impacto a este componente,
ya que no hace una alteración significativa en términos de
magnitud o duración.
El proyecto no obstruye el acceso o altera una zona con
valor turístico.
b) La duración o la magnitud en que
se alteren atributos de una zona con
valor paisajístico.
La duración o magnitud en que se
obstruya el acceso o se alteren zonas
con valor turístico.
5.6. ALTERACIÓN DE MONUMENTOS, SITIOS CON VALOR ANTROPOLÓGICO,
ARQUEOLÓGICO,
HISTÓRICO
Y,
EN
GENERAL,
LOS
PERTENECIENTES
AL
PATRIMONIO CULTURAL
Impacto ambiental
No aplica
Existencia de monumentos sitios con
valor
antropológico,
arqueológico,
histórico
y,
en
general,
los
pertenecientes al patrimonio cultural.
El área del Proyecto no presenta monumentos, sitios con
valor antropológico, arqueológico, histórico y, en general,
los pertenecientes al patrimonio cultural, que pudieren
verse afectados por su construcción.
De justificarse que en el área o espacio geográfico no existe patrimonio cultural, se descarta de
plano la generación o presencia de una alteración de dicho patrimonio.
Los siguientes antecedentes justifican que el proyecto o actividad no genera o presenta alteración de
monumentos, sitios con valor antropológico, arqueológico, histórico, y en general, los pertenecientes
al patrimonio cultural, en consideración a lo dispuesto en el artículo 10 del Reglamento del SEIA:
a) La magnitud en que se remueva,
destruya, excave, traslade, deteriore,
intervenga o se modifique en forma
permanente
algún
Monumento
Nacional de aquellos definidos por la
Ley N°17.288.
Como resultado de la caracterización del Anexo N°02 de la
DIA, el área del Proyecto no se inserta ni se encuentra
cercano
a
Monumentos
Históricos,
Zona
Típica
o
Pintoresca y Santuarios de la Naturaleza, según la Nómina
de Monumentos Nacionales del CMN. Por otro lado, como
resultado de las prospecciones arqueológicas pedestres
ejecutadas, se constató la nula presencia de elementos
culturales, materiales susceptibles a ser protegidos bajo la
normativa legal vigente en los sitios en que se emplaza el
Proyecto.
Cabe mencionar, de igual modo, que la actividad agrícola y
el arado del suelo, como se expuso anteriormente, se
desarrollan desde al menos el año 1973. En el Anexo N°02
de la DIA se acompañó la correspondiente caracterización.
Sin perjuicio de lo anterior, se considera que ante la
eventualidad de que se realice un hallazgo arqueológico no
previsto, se procede según lo establecido en los Artículos
N° 26 y 27 de la Ley N° 17,288 de Monumentos
Nacionales, y los artículos N° 20 y 23 del Reglamento de la
Ley N° 17,288, sobre excavaciones y/o prospecciones
arqueológicas, antropológicas y paleontológicas. Además,
debe informar de inmediato y por escrito al Consejo de
Monumentos
Nacionales
para
que
este
organismo
determine los procedimientos a seguir.
b) La magnitud en que se modifique o
deteriore
en
forma
permanente
construcciones, lugares o sitios que
por sus características constructivas,
por
su
antigüedad,
por
su
valor
científico, por su contexto histórico o
por su
singularidad,
pertenecen
al
patrimonio
cultural,
incluido
el
patrimonio cultural indígena.
En virtud de los resultados de la inspección arqueológica,
es posible sostener que el Proyecto no modifica o deteriora
en forma permanente construcciones, lugares o sitios que,
por sus características constructivas, por su antigüedad, por
su valor científico, por su contexto histórico o por su
singularidad, pertenece al patrimonio cultural.
De la misma forma, no se registró la existencia de
patrimonio cultural indígena en el área de influencia.
c) La afectación a lugares o sitios en
que se lleven a cabo manifestaciones
propias de la cultura o folclore de
algún pueblo, comunidad o grupo
humano, derivada de la proximidad y
naturaleza de las partes, obras y/o
acciones del proyecto o actividad,
considerando
especialmente
a
los
grupos humanos indígenas.
El Proyecto se emplaza en un área rural, donde no se
reporta existencia de grupos humanos ni comunidades
indígenas que habiten en el área de influencia del Proyecto,
y que puedan ser afectados por las actividades de éste.
En
el
área
de
inserción
del
Proyecto
no
existen
construcciones, lugares o sitios que, por sus características
constructivas, por su antigüedad, por su valor científico,
por su contexto histórico o por su singularidad, pertenecen
al
patrimonio
cultural,
incluido
el
patrimonio
cultural
indígena.
El Proyecto no afecta lugares o sitios en que se lleven a
cabo manifestaciones habituales propias de la cultura o
folclore, de alguna comunidad o grupo humano, derivada
de la proximidad y naturaleza de las partes, obras y/o
acciones
del
proyecto
o
actividad,
considerando
especialmente las referidas a los pueblos indígenas.
En virtud de los resultados expuestos en el estudio de
caracterización de medio humano, acompañado en el
Anexo N°04 de la Adenda, se concluye que el Proyecto no
genera
alteración
de
monumentos,
sitios
con
valor
antropológico, arqueológico, histórico, y, en general, los
pertenecientes al patrimonio cultural, situación por la cual
el Proyecto no requiere ingresar al SETA mediante un ETA.
6°. Que, resultan aplicables al Proyecto los siguientes permisos ambientales sectoriales, asociados a
las correspondientes partes, obras o acciones que se señalan a continuación:
6.1. PERMISOS AMBIENTALES SECTORIALES MIXTOS
6.1.1. Permiso para la construcción, reparación, modificación y ampliación de cualquier planta de
tratamiento de basuras y desperdicios de cualquier clase o para la instalación de todo lugar destinado
a la acumulación, selección, industrialización, comercio o disposición final de basuras y
desperdicios de cualquier clase, según se establece en el artículo 140 del Reglamento del SETA.
Fase del Proyecto a la cual
corresponde
Construcción y cierre
Parte, obra o acción a la que
aplica
Sitio de almacenamiento de Residuos No Peligrosos
Condiciones
o
exigencias En el Anexo 7 de la DIA se presentan los contenidos técnicos y
especificas
para
su formales del PAS 140, a saber:
otorgamiento
a) Generales:
a. 1. Descripción y planos del sitio.
a.2. Descripción de variables meteorológicas relevantes.
a.3. Estimación y caracterización cualitativa y cuantitativa de los
residuos a tratar.
a.4. Diseño de la planta de tratamiento que incluya diagrama de
flujo y las unidades y equipamiento.
a.5. Formas de abatimiento de emisiones y de control y manejo de
residuos.
a.6. Descripción del sistema de manejo de rechazos.
a.7. Plan de verificación y seguimiento de los residuos a ser
tratados y rechazados.
a.8. Plan de contingencias.
a.9. Plan de emergencia.
e) Tratándose de almacenamiento de residuos, además de lo
señalado en las letras desde a. I) hasta a.9):
e. 1. Especificaciones técnicas de las características constructivas
del
sitio de
almacenamiento y
medidas
de protección
de
condiciones ambientales.
e.2. Capacidad máxima de almacenamiento.
e.3. Descripción del tipo de almacenamiento, tales como a granel
o en contenedores.
De acuerdo a lo anterior, durante la evaluación de impacto
ambiental del Proyecto, el Proponente presentó los antecedentes
para su otorgamiento, consistente en que las condiciones de
saneamiento y seguridad eviten un riesgo a la salud de la
población.
Pronunciamiento
competente
del órgano Oficio Ordinario N°269 de fecha 17 de marzo de 2020 de la
SEREMI de Salud de la Región del Libertador General Bernardo
O'Higgins.
6.1.2. Permiso para los sitios de almacenamiento de residuos peligrosos, es el establecido en el
artículo 29 del Decreto Supremo N°148 de 2003 del Ministerio de Salud, Reglamento sanitario sobre
manejo de residuos peligrosos, según se establece en el articulo 142 del Reglamento del SETA!
Fase del Proyecto a la cual
corresponde
Construcción y cierre
Parte, obra o acción a la que
aplica
Bodega de almacenamiento de residuos peligrosos.
Condiciones
o
exigencias
especificas
para
su
otorgamiento
En el Anexo 8 de la DIA se presentan los contenidos técnicos y
formales del PAS 142, a saber:
a) Descripción del sitio de almacenamiento.
b) Especificaciones técnicas de las características constructivas
del
sitio
de
almacenamiento y
medidas
de protección
de
condiciones ambientales.
c) Clase de residuos, cantidades, capacidad máxima y período de
almacenamiento.
d) Medidas para minimizar cualquier mecanismo que pueda
afectar la calidad del agua, aire, suelo que ponga en riesgo la salud
de la población.
e) Capacidad de retención de escurrimientos o derrames del sitio
de almacenamiento.
f) Plan de contingencias (actualizado en Anexo 5 de la Adenda).
g) Plan de emergencia (actualizado en Anexo 5 de la Adenda).
De acuerdo a lo anterior, durante la evaluación de impacto
ambiental del Proyecto, el Proponente presentó los antecedentes
para su otorgamiento, consistente en que el almacenamiento de
residuos en un sitio no afecte la calidad de las aguas, suelo y aire
que pueda poner en riesgo la salud de la población.
Pronunciamiento
competente
del órgano Oficio Ordinario N°269 de fecha 17 de marzo de 2020 de la
SEREMI de Salud de la Región del Libertador General Bernardo
O'Higgins.
6.1.3. Permiso para la construcción de ciertas obras hidráulicas, según se establece en el artículo 155
del Reglamento del SETA.
Fase del Proyecto a la cual
corresponde
Operación
Parte, obra o acción a la que
aplica
Tranque
Condiciones
o
exigencias
específicas
para
su
otorgamiento
En el Anexo 6 de la Adenda se presentan actualizados los
contenidos técnicos y formales del PAS 155, complementados con
las
respuestas
N°3.1,
N°3.2
y
N°3.3
de
la
Adenda
Complementaria.
a) Descripción de la obra.
b) Estudios generales de topografía, geología, hidrología,
hidrogeología, hidráulica fluvial, hidrodinámica y balance de
aguas.
c) Análisis del comportamiento de la calidad de las aguas en la
situación sin proyecto y con proyecto.
d) Medidas que eviten la contaminación o alteración de la calidad
de las aguas en las fases del proyecto.
e) Planes de seguimiento y contingencias, incluyendo planes de
control y monitoreo ambiental aguas arriba y aguas abajo de la
obra.
O Planes de prevención.
g) Planes de acción.
De acuerdo con lo anterior, durante la evaluación de impacto
ambiental del Proyecto, el Proponente presentó los antecedentes
para su otorgamiento, consistente en no producir contaminación
de las aguas.
Pronunciamiento
del
órgano
competente
Oficio Ordinario N° 570 de fecha 12 de noviembre de 2020 de la
DGA de la Región del Libertador General Bernardo O'Higgins.
6.1.4. Permiso para subdividir y urbanizar terrenos rurales o para construcciones fuera de los límites
urbanos, según se establece en el articulo 160 del Reglamento del SETA.
Fase del Proyecto a la cual
corresponde
Construcción, Operación y Cien-e.
Parte, obra o acción a la que
aplica
Obras temporales y permanentes.
Edificaciones pertenecientes a la instalación de faenas durante la
fase de construcción y cierre.
Fase de operación: cámara de riego, casetas de pozos.
Condiciones
o
exigencias
específicas
para
su
otorgamiento
En el Anexo 4 de la Adenda Complementaria se presentan
actualizados los contenidos técnicos y formales del PAS 160, a
saber:
b. De tratarse de construcciones:
b.1. Destino de la edificación.
b.2. Plano de ubicación, que señale la posición relativa del predio
respecto de los terrenos colindantes y del espacio público.
b.3. Plano de emplazamiento de las edificaciones.
b.4. Plantas de arquitectura esquemáticas y siluetas
de las
elevaciones que ilustren los puntos más salientes, su altura,
número de pisos y la línea correspondiente al suelo natural.
15. Caracterización del suelo.
De acuerdo a lo anterior, durante la evaluación de impacto
ambiental del Proyecto el Proponente presentó los antecedentes
para su otorgamiento, consistente en no originar nuevos núcleos
urbanos al margen de la planificación urbana, y no generar
pérdida o degradación del recurso natural suelo.
No obstante lo anterior, mediante el Oficio Ordinario N°1541 de
fecha 23 de noviembre de 2020, la SEREMI MINVU de la Región
de O'Higgins se pronuncia conforme condicionado a lo siguiente:
Aclarar o corregir las planimetrías y superficies (m2) de oficinas y
bodega RESPEL presentadas en los literales b.3) y b.4) del PAS
160, para que exista congruencia en la información entregada para
la presentación de este permiso ambiental sectorial.
Pronunciamiento
del
órgano
competente
Oficio Ordinario N°791 de fecha 10 de septiembre de 2020, del
SAG de la Región del Libertador General Bernardo O'Higgins.
Oficio Ordinario N°377 de fecha 17 de noviembre de 2020, de la
SEREMI de Agricultura de la Región del Libertador General
Bernardo O'Higgins.
Oficio Ordinario N° 1541 de fecha 23 de noviembre de 2020, de
la SEREMI MINVU de la Región del Libertador General
Bernardo O'Higgins.
7°. Que, de acuerdo a los antecedentes que constan en el expediente de evaluación, la forma de
cumplimiento de la normativa de carácter ambiental aplicable al Proyecto es la siguiente:
7.1. Normativa de carácter general y normas relacionadas al emplazamiento del proyecto
Componente/materia:
Normativa de carácter general. Medio Ambiente e Institucionalidad
vigente. Proyectos que deben ingresar al SETA.
Norma:
Ley N°19.300, Sobre Bases Generales del Medio Ambiente y sus
modificaciones (modificada por la Ley N° 20.417).
Fase del Proyecto a la que
aplica o en la que se dará
cumplimiento
Construcción, operación y cierre.
Parte,
obra,
acción,
emisión,
residuo
o
sustancias a la que aplica
Todas las partes, obras y acciones del Proyecto, incluyendo obras
permanentes,
obras
y/o
acciones
temporales,
la
generación
de
emisiones, residuos y sustancias.
Forma de cumplimiento
El Proyecto es susceptible de ser subsumido a la tipología descrita por
el literal a) del artículo 10° de la Ley N°19.300, por cuanto el Proyecto
consiste en una obra hidráulica que supera los 5 metros de altura —
contados desde el coronamiento hasta la cota del terreno natural — y la
capacidad de 50.000 m3 de acumulación. Por consiguiente, el presente
Proyecto debe evaluar sus impactos, con el objeto de dar cumplimiento
a esta Ley.
En razón de ello, el Proyecto ingresa a través de una DIA al SEIA, para
evaluar sus impactos y determinar que éstos se ajustan a la Ley
N°19.300, al Reglamento del SEIA, y los demás cuerpos legales y
reglamentarios aplicables.
Asimismo,
el
Proyecto
no
produce
ninguno
de
los
efectos,
características o circunstancias descritos por el artículo 11° de la Ley,
de modo que, su evaluación se debe efectuar a través de una DIA.
Indicador que acredita su
cumplimiento
El Proyecto ingresa a través de una DIA al SEA, con el fin de obtener
una Resolución de Calificación Ambiental favorable. Dicha DIA — tal
como se acredita a través de este procedimiento — cuenta con todos los
antecedentes y estudios exigidos por el artículo 12° bis que permiten
acreditar el estricto cumplimiento a esta Ley.
- Resolución de admisibílidad de la DIA, emitida por el SEA.
- Resolución de Calificación Ambiental favorable.
- Comprobantes de carga de informes de seguimiento ambiental.
-
Resoluciones
aprobatorias
de
los
permisos
sectoriales
mixtos
aprobados ambientalmente a través de la RCA.
Forma
de
control
y
seguimiento
Expediente
ambiental
de
evaluación,
disponible
en
línea
en
http://www.sea.gob.cl. Además, seguimiento de obligaciones,
compromisos ambientales e informes de seguimiento ambiental, a
través de http://snifa.sma.gob.cl/v2/SeguimientoAmbiental.
Componente/materia:
Normativa de carácter general. Medio Ambiente e Institucionalidad
vigente. Contenidos formales para la elaboración de la DIA.
Norma:
D.S.
N°40/2012,
del
Ministerio
del
Medio
Ambiente.
Aprueba
Reglamento del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental.
Fase del Proyecto a la que
aplica o en la que se dará
cumplimiento
Construcción, operación y cierre.
Parte,
obra,
acción,
emisión,
residuo
o
sustancias a la que aplica
Todas las partes, obras y acciones del Proyecto, incluyendo obras
permanentes,
obras
y/o
acciones
temporales,
la
generación
de
emisiones, residuos y sustancias.
Forma de cumplimiento
El Proyecto es susceptible de ser subsumido a las tipologías descritas
por el literal a.1 del artículo 3° del Reglamento del SETA, por cuanto
supera los 5 metros de altura — contados desde el coronamiento hasta la
cota del terreno natural — y la capacidad de almacenamiento de 50.000
m3.
En razón de ello, el Proyecto ingresa a través de una DIA al SETA, para
evaluar sus impactos y determinar que éstos se ajusten a la Ley
N°19.300, al Reglamento del SETA, y las demás normas legales y
reglamentos aplicables.
Se da cumplimiento a este Reglamento, mediante el ingreso del
Proyecto al SETA a través de una DIA.
Por su parte, se presentan los antecedentes que permiten concluir
respecto a la inexistencia de los efectos, características o circunstancias
descritas en los Artículos 5, 6, 7, 8, 9 y 10 del RSEIA, que aclaran y
desagregan los criterios del Artículo 11 de la Ley, y en consecuencia la
pertinencia de presentar una DIA.
Indicador que acredita su El Proyecto ingresa a través de una DIA al SETA, con el fin de obtener
cumplimiento
una Resolución de Calificación Ambiental favorable. Dicha DIA — tal
como se acreditas a través de este procedimiento — cuenta con todos los
antecedentes y estudios exigidos por el artículo 19° del Reglamento del
SETA, que permiten acreditar el estricto cumplimiento a este Decreto
Supremo.
- Resolución de admisibilidad de la DIA, emitida por el SEA.
- Resolución de Calificación Ambiental favorable.
- Comprobantes de carga de informes de seguimiento ambiental.
-
Resoluciones
aprobatorias
de
los
permisos
sectoriales
mixtos
aprobados ambientalmente a través de la RCA.
Forma
de
control
y Expediente
ambiental
de
evaluación,
disponible
en
línea
en
seguimiento
http://www.sea.gob.cl.
Además,
seguimiento
de
obligaciones,
compromisos ambientales e informes de seguimiento ambiental, a
través de http://snifa.sma.gob.cl/v2/SeguimientoAmbiental.
Componente/materia:
Ubicación y construcción del Proyecto.
Norma:
D.F.L. N°458/1975 "Ley General de Urbanismo y Construcciones", del
Ministerio de Vivienda y Urbanismo, artículo 55, 116 y 145.
Fase del Proyecto a la que
aplica o en la que se dará
cumplimiento
Construcción, Operación y Cierre.
Parte,
obra,
acción,
emisión,
residuo
o
sustancias a la que aplica
Obras temporales de fase de construcción, Obras Permanentes de fase
de operación.
Forma de cumplimiento
El proyecto se emplaza en zona rural, fuera de los límites urbanos
establecidos
en
los
respectivos
Instrumentos
de
Planificación
Territorial, correspondientes al Plan Regulador Comunal de Las Cabras
y Plan Regulador Intercomunal de Rancagua. Por lo anterior, el
Proyecto requiere solicitar el permiso ambiental sectorial contenido en
el artículo 160, del D.S. N°40/2012 y artículo 55 de la presente Ley,
para
construcciones
correspondientes
a
obra
temporales
y
regularización de las obras permanentes del proyecto, a las cuales les
aplica el presente permiso, tales como casetas de pozos y zona de
acopio de residuos no peligrosos.
Cabe mencionar que, debido a que la fase de construcción ya se
ejecutó, la correspondiente solicitud del PASM 160 se efectúa bajo la
figura de regularización, solicitándose tanto para construcción como
operación. Por su parte, se consideran las disposiciones establecidas en
los artículos 116 y 145 de la LGUC, de la siguiente forma:
- Fase de construcción y cierre
El Proponente solicitará la solicitud de permiso de edificación para
todas aquellas instalaciones que deban ser ejecutadas con la finalidad
de llevar a cabo la fase de construcción (ya ejecutada) y la futura fase
de cierre.
En esa misma línea, el Proponente, previo a la ocupación de cualquier
de las instalación afecta a permiso de edificación, una vez concluidas
dichas obras, solicitará ante la dirección de obras municipales, la
correspondiente Recepción Definitiva.
- Fase de operación En todas aquellas estructuras que corresponda,
tales como casetas de riego y pozos, se solicitará el correspondiente
permiso de edificación (de manera posterior a la obtención del Informe
Favorable para Construcciones Ajenas a la Agricultura), junto con su
posterior Recepción Definitiva.
Indicador que acredita su
cumplimiento
- Certificado de informaciones previas.
- Permiso ambiental sectorial mixto N°160.
- Resolución de calificación ambiental favorable.
- Resolución de aprobación de proyecto conforme al artículo 55 de la
LGUC.
- Permisos de edificación y recepción definitiva en aquellas obras que
se requiera.
Forma
de
control
y Registro en caseta de control de acceso al Fundo Quilamuta que
seguimiento
acreditan el cumplimiento de la normativa y los permisos aplicables,
los cuales son solicitados con posterioridad a la obtención de la RCA.
Componente/materia:
Ubicación y construcción del Proyecto.
Norma:
D.S. N°47/1992 del MINVU, Ordenanza General de Urbanismo y
Construcciones, artículo 2.1.29. y 4.14.2.
Fase del Proyecto a la que
aplica o en la que se dará
cumplimiento
Construcción, Operación y Cierre.
Parte,
obra,
acción,
emisión,
residuo
o
sustancias a la que aplica
Instalación de Faenas y construcciones de casetas.
Forma de cumplimiento
El Proyecto se emplaza en zona rural, fuera de los límites urbanos
establecidos
en
los
respectivos
Instrumentos
de
Planificación
Territorial, correspondientes
al Plan Regulador Comunal de Las
Cabras. Por lo anterior, el Proyecto requiere solicitar el permiso
ambiental sectorial mixto contenido en el artículo 160° del D.S.
N°40/2012, y artículo 55° de la LGUC, para las construcciones
correspondientes a la instalación de faenas y las casetas de resguardo
de los pozos, independiente de si corresponden a obras temporales o
definitivas.
Cabe mencionar que, debido a que la fase de construcción ya se
ejecutó, la correspondiente solicitud del PASM 160 se efectúa bajo la
figura de regularización, solicitándose tanto para construcción como
operación. Por su parte, se consideran las disposiciones establecidas en
los artículos 116 y 145 de la LGUC, de la siguiente forma:
- Fase de construcción y cierre
El Proponente solicitará la solicitud de permiso de edificación para
todas aquellas instalaciones que deban ser ejecutadas con la finalidad
de llevar a cabo la fase de construcción (ya ejecutada) y la futura fase
de cierre.
En esa misma línea, el Proponente, previo a la ocupación de cualquier
de las instalación afecta a permiso de edificación, una vez concluidas
dichas obras, solicitará ante la dirección de obras municipales, la
correspondiente Recepción Definitiva.
- Fase de operación
En todas aquellas estructuras que corresponda, tales como casetas de
riego y pozos, se solicitará el correspondiente permiso de edificación
(de manera posterior a la obtención del Informe Favorable para
Construcciones Ajenas a la Agricultura), junto con su posterior
Recepción Definitiva.
Indicador que acredita su -
Certificado
de
Informaciones
Previas
emitidos
por
la
Ilustre
cumplimiento
Municipalidad de Las Cabras.
- Permiso Ambiental Sectorial Mixto N°160.
- Resolución de calificación ambiental favorable
- Resolución de aprobación de proyecto conforme al artículo 55° de la
LGUC.
- Permisos de Edificación.
- Recepción Definitiva.
Forma
de
control
y Registro en caseta de control de acceso al Fundo Quilamuta que
seguimiento
acreditan el cumplimiento de la normativa y los permisos aplicables,
los cuales son solicitados con posterioridad a la obtención de la RCA.
7.2. Normas relacionadas con las partes, obras, actividades o acciones, emisiones, residuos y
sustancias peligrosas del proyecto
Componente/materia:
Calidad de aire y emisiones atmosféricas
Norma:
D.S. N°144, de 1961, del Ministerio de Salud, que establece Normas
para Evitar Emanaciones o Contaminantes de Cualquier Naturaleza.
Fase del Proyecto a la que
aplica o en la que se dará
cumplimiento
Construcción, Operación y Cierre.
Parte,
obra,
acción,
emisión,
residuo
o
sustancias a la que aplica
Movimientos de tierra, circulación de vehículos y maquinaria
Forma de cumplimiento
Para la fase de construcción, las emisiones se generaron por la
circulación de vehículos, tanto al interior como exterior del Proyecto,
gases provenientes de combustión de motores, maquinaria y equipos, y
las emisiones resultantes de las acciones de escarpe y excavación.
En la siguiente tabla se sintetizan las emisiones generadas durante la
etapa de construcción:
Emisión Fase de cierre
Contaminante
[Toniañol
MP 10
MP 2,5
NOx
SO2
0,82
0,55
2.65
7,52E-07
Contaminante
MP 10
MP 2,5
NOx
SO2
Emisión Fase de
construcción
[Ton/a991__
6,31
1,44
3,58
5,20E-07
La fase de operación solo considera el tránsito ocas'onal de los
vehículos manejados por los operarios encargados de las inspecciones
de seguridad, y mantenciones. En este sentido, las emisiones a generar
se asumen como mínimas y sin efectos al medio ambiente, situación
por la cual no se contemplan medidas de control y/o de abatimiento. La
siguiente tabla resume las emisiones durante la fase de operación.
1
Contaminante
Emisión total
inmeladatailo
MP 2,5
002
MP 10
9,1)9_
CO
9,03
HC
0.01.
NO.
0,10
SO2
090_
:NH3
_9,00
Para la fase de cierre, las emisiones son los siguientes:
El Proponente presentó un compromiso ambiental voluntario referido a
un Programa de Control de Emisiones, en los términos que se describen
a continuación:
- El transporte de residuos o materiales, que desprendan polvo, se
realiza con la carga cubierta (encarpado) manteniendo una distancia
mínima de 10 cm entre la superficie de la carga y la cubierta, además
de humectar la carga en caso de ser necesario.
- Llevar a cabo la compactación de la zona de tránsito de la maquinaria
y vehículo por el periodo correspondiente.
- Se prohibe, durante todas las etapas del proyecto, la quema de
maderas, basura u otros combustibles no autorizados.
- Se implementa un sistema mecánico por medio de resaltos en la salida
de la obra, que permita remover el barro adherido a las ruedas de los
camiones. El barro que se desprenda es recogido y dispuesto con los
residuos proveniente de la construcción, para luego ser trasladados a
sitio de disposición final autorizado.
- En cuanto a la emisión de gases, se exige a los contratistas mantener
los vehículos con revisión técnica y mantenciones al día, debiendo
contar con la documentación en obra en todo momento.
Las normativas de referencia de calidad del aire utilizada para el
análisis respecto a la calidad del aire corresponden a las siguientes:
- D.S.59/98, modificado por D.S. N° 45/2001, ambos del Ministerio
Secretaría General de la Presidencia, Norma de calidad primaria para
material particulado respirable MPIO.
- D.S.12/11 del Ministerio del Medio Ambiente, Norma de calidad
ambiental para material particulado fino respirable MP 2.5.
- D.S. N° 104/2018 del Ministerio de Medio Ambiente, Norma de
calidad del aire para SO2.
- D.S. N° 114/2002 del Ministerio Secretaría General de la Presidencia,
Norma de calidad del aire para NO2.
- D.S. N° 115/2002 del Ministerio Secretaría General de la Presidencia,
Norma de calidad del aire para CO.
De acuerdo con la información recopilada de la Región del Libertador
Bernardo O'Higgins, el Proyecto no se encuentra situado en zonas
declaradas saturadas o latentes.
Las concentraciones de MP2,5 y MP10 no son significativas para la
afectación de la población. Por lo anterior, la estimación de emisiones
presentada
para
las
actividades
del
Proyecto
en
las
fases
de
construcción, y cierre, permiten definir que éstas son desarrolladas de
forma puntual y acotadas en espacio y tiempo; en tanto las emisiones
atmosféricas en etapa de operación son bajas.
Indicador que acredita su
cumplimiento
- Registro de revisión técnica y emisión de gasea al día.
- Registro de permiso de circulación vigente de todos los vehículos
motorizados.
- Registro de mantenciones.
- Sello verde.
Forma
de
control
y Mantención de documentación asociada en caseta de control de acceso
seguimiento
al fundo.
Componente/materia:
Calidad de aire y emisiones atmosféricas
Norma:
Decreto con Fuerza de Ley N°1/2007 del Ministerio de Transporte y
Telecomunicaciones,
Reglamento
de
funcionamiento
de
fuentes
emisoras de contaminantes.
Fase del Proyecto a la que
aplica o en la que se dará
cumplimiento
Construcción, Operación y Cierre.
Parte,
obra,
acción,
emisión,
residuo
o
sustancias a la que aplica
Flujos vehiculares
Forma de cumplimiento
Los vehículos utilizados para la construcción y operación del Proyecto
tienen por finalidad el transporte y traslado de materiales y retiro de
residuos y escombros. En este orden de ideas, todos los vehículos
cuentan y cuentan con todos los sistemas y accesorios exigidos por el
DFL N°1/2007, del MINTRATEL, que permitan y garanticen la
seguridad requerida para su correcto funcionamiento.
Adicionalmente, la carga se encontró siempre correctamente estibada y
asegurada, respetando siempre el peso máximo de carga. Finalmente,
los vehículos motorizados están y están equipados, ajustados y
carburados, a fin que éstos no emitan materiales o gases contaminantes,
en un índice superior al permitido.
Para ello se controla que éstos no despidan humo visible por su tubo de
escape. Además, se exige que todo vehículo cuente con su revisión
técnica y emisión de gases al día, así como su respectivo permiso de
circulación vigente. Respecto de las máquinas que no requieran el
certificado antes indicado, se exige la realización de mantención
permanente.
Indicador que acredita su - Registro de revisión técnica y emisión de gases al día. - Registro de
cumplimiento
permiso de circulación vigente de todos los vehículos motorizados. -
Registro de mantenciones.
Forma
de
control
y Mantención de documentación asociada en caseta de control de acceso
seguimiento
al fundo.
Componente/materia:
Calidad de aire y emisiones atmosféricas
Norma:
D.S. N°4/1994, del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones,
que establece Norma de Emisión de Contaminantes Aplicables a los
Vehículos Motorizados y fija los Procedimientos para su Control.
Fase del Proyecto a la que
aplica o en la que se dará
cumplimiento
Construcción, Operación y Cierre.
Parte,
obra,
acción,
emisión,
residuo
o
sustancias a la que aplica
Flujos vehiculares.
Forma de cumplimiento
Como medida de control de las emisiones de gases de combustión, se
exige a todos los vehículos motorizados pesados y livianos, que se
sometan a mantenciones periódicas y cumplan con las normas de
emisión
establecidas
por
el
Ministerio
de
Transporte
y
Telecomunicaciones, fiscalizadas a través del Certificado de Revisión
Técnica al día.
Indicador que acredita su
cumplimiento
- Parque vehicular asociado al proyecto con permiso de circulación y la
revisión técnica al día.
-
Registros
de
mantenciones
periódicas
por parte
del
personal
encargado.
- Copias de la documentación relativa a permiso de circulación y
revisión técnica disponibles al interior de vehículos.
Forma
de
control
y
seguimiento
Documentación es mantenida al interior de los vehículos que sean
utilizados por el Proyecto.
Componente/materia:
Calidad de aire y emisiones atmosféricas
Norma:
D.S. N°279/1983, del Ministerio de Salud, que aprueba Reglamento
para el Control de la Emisión de Contaminantes de Vehículos
Motorizados de Combustión Interna.
Fase del Proyecto a la que
aplica o en la que se dará
cumplimiento
Construcción, Operación y Cierre.
Parte,
obra,
acción,
emisión,
residuo
o
Flujos vehiculares.
sustancias a la que aplica
Forma de cumplimiento
Como medida de control de las emisiones de gases de combustión, se
exige a todos los vehículos motorizados pesados y livianos, que se
sometan a mantenciones periódicas y cumplan con las normas de
emisión
establecidas
por
el
Ministerio
de
Transporte
y
Telecomunicaciones, fiscalizadas a través del Certificado de Revisión
Técnica al día.
Indicador que acredita su
cumplimiento
- Parque vehicular asociado al proyecto con permiso de circulación y la
revisión técnica al día.
-
Registros
de
mantenciones
periódicas
por
parte
del
personal
encargado.
- Copias de la documentación relativa a permiso de circulación y
revisión técnica disponibles al interior de vehículos.
Forma
de
control
y
seguimiento
Documentación es mantenida al interior de los vehículos que sean
utilizados por el Proyecto.
Componente/materia:
Calidad de aire y emisiones atmosféricas
Norma:
D.S.
N°
211/1991,
del
Ministerio
de
Transportes
y
Telecomunicaciones, sobre Norma de emisión aplicable a los vehículos
motorizados livianos
Fase del Proyecto a la que
aplica o en la que se dará
cumplimiento
Construcción, Operación y Cierre.
Parte,
obra,
acción,
emisión,
residuo
o
sustancias a la que aplica
Flujos vehiculares
Forma de cumplimiento
Durante la fase de construcción se utilizaron vehículos motorizados
livianos, cuya estimación se realizó en el capítulo 1 en función de los
requerimientos propios de esta actividad.
El Proponente se aseguró y asegurará (para fases de operación y cierre)
que estos vehículos motorizados cuenten con sello distintivo de color
verde, indicador que permite confirmar que se cumple con las normas
nacionales de emisión. Adicionalmente, se indica que no utilizan ni
utilizan vehículos livianos con sello amarillo o rojo.
Finalmente, se exige que todo vehículo cuente con su revisión técnica y
emisión de gases al día, así como su respectivo permiso de circulación
vigente. Respecto de las máquinas que no requieran el certificado antes
indicado, se exige la realización de mantención permanente.
Indicador que acredita su
cumplimiento
- Estimación del transporte de vehículos motorizados livianos.
- Registro de revisión técnico y emisión de gases al día.
- Registro de permisos de circulación vigente de todos los vehículos
motorizados.
- Registro de mantenciones.
- Sello verde, en vehículos motorizados.
Forma
de
control
y
seguimiento
Mantención de documentación asociada en caseta de control de acceso
al Fundo.
Componente/materia:
Calidad de aire y emisiones atmosféricas
Norma:
D.S. N°55/1994, del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones,
que establece Normas de Emisión aplicables a Vehículos Motorizados
Pesados.
Fase del Proyecto a la que
aplica o en la que se dará
cumplimiento
Todas las fases del Proyecto
Parte,
obra,
acción,
emisión,
residuo
o
sustancias a la que aplica
Flujos vehiculares
Forma de cumplimiento
Durante la construcción y cierre del Proyecto se utilizaron y utilizan
vehículos motorizados pesados, cuya estimación se realizó en el
capítulo 1 en función de los requerimientos propios del Proyecto.
El Proponente aseguró y asegurará que estos vehículos motorizados
cuenten con sello distintivo de color verde, indicador que permite
confirmar que se cumple con las normas nacionales de emisión.
Adicionalmente, se indica que no se utilizaron ni utilizan vehículos
pesados con sello amarillo o rojo.
Indicador que acredita su
cumplimiento
- Estimación de flujos viales.
- Registro de revisión técnica y emisión de gases al día.
- Registro de permiso de circulación vigente de todos los vehículos
motorizados.
- Registro de mantenciones.
- Sello verde, en vehículos motorizados pesados.
Forma
de
control
y
seguimiento
Mantención de documentación en caseta de control de acceso al Fundo.
Componente/materia:
Calidad de aire y emisiones atmosféricas
Norma:
D.S. N°54/1994, del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones,
que establece Normas de Emisión aplicables a Vehículos Motorizados
Medianos que Indica
Fase del Proyecto a la que
aplica o en la que se dará
cumplimiento
Construcción, Operación y Cierre.
Parte,
obra,
acción,
emisión,
residuo
o
sustancias a la que aplica
Flujos vehiculares
Forma de cumplimiento
Durante la construcción y operación del Proyecto se utilizaron y
utilizan vehículos motorizados cuya estimación se realizó en el capítulo
1, esto, en función de los requerimientos de este Proyecto.
El Proponente asegurará que estos vehículos motorizados cuenten con
sello distintivo de color verde, indicador que permite confirmar que se
cumple con las normas nacionales de emisión.
Adicionalmente, se indica que no se utilizaron ni utilizan vehículos con
sello
amarillo o rojo,
dando cumplimiento
a las normas
sobre
circulación
establecida
en
el
artículo
8°
del
Decreto
Supremo
N°54/1994 y artículo 9° y 10° del Decreto Supremo N°211/1991.
Finalmente, se exige que todo vehículo cuente con su revisión técnica y
emisión de gases al día, así como su respectivo permiso de circulación
vigente.
Indicador que acredita su
cumplimiento
- Estimación de flujos viales.
- Registro de revisión técnica y emisión de gases al día.
- Registro de permiso de circulación vigente de todos los vehículos
motorizados.
- Registro de mantenciones,
- Sello verde, en vehículos motorizados medianos,
Forma
de
control
y
seguimiento
Mantención de documentación asociada en caseta de control de acceso
al fundo.
Componente/materia:
Ruido
Norma:
D.S. N°38/2012, del Ministerio del Medio Ambiente, que Establece
Norma de emisión de ruidos generados por fuentes que indica
Fase del Proyecto a la que
aplica o en la que se dará
cumplimiento
Construcción, Operación y Cierre.
Parte,
obra,
acción,
emisión,
residuo
o
sustancias a la que aplica
Todo el Proyecto
Forma de cumplimiento
Para la estimación de ruido en fase de construcción, se elaboró un
estudio de emisiones acústicas, el cual se acompañó en el Anexo N°02
de la DIA. Los resultados competentes a la proyección en fase de
construcción se presentan en la siguiente Tabla.
Receptor
Mgxgrna nazi propeetado
NEM
dRveaa ,d8,1
'
bobático D.S.#4111/11
RIMA
Rl
-......v.....
Cumple
0.1
SI
C
li
R6
En atención a los resultados obtenidos a partir de la modelación de
ruido, es posible evidenciar que, dadas las características del proyecto,
no fueron sobrepasados los niveles máximos establecidos en el D.S. N°
38/11 del MMA, dando así cumplimiento a esta normativa en la fase de
construcción.
En
relación
a
las
emisiones
proyectadas
por
concepto
del
funcionamiento del tranque (etapa de operación), se indica que, el ruido
es proveniente del funcionamiento de la maquinaria asociada, es decir,
para éste caso en particular, de las bombas de alimentación y de riego
(pozo azul, celeste y caseta de riego, respectivamente) las cuales
cuentan con el siguiente detalle técnico.
.. ........
Bomba Uso
Alimentación
Pozo Azul
Tranque
Coordenada
Este
.
' 288.311
288.486
288.099
Coordenada
Note
6.227.451
Detalle bomba
Bomba
sumergible
3
etapas.
Marca
Franklin Potencia
50 hp
' .
Alimentación
Pozo Celeste
i
tranque
1-.
Caseta Riego
: Bomba de riego
Puntos de evaluación.
6.277.059
6.227.780
Bomba
sumergible
3
etapas.
Marca
Franklin Potencia
50 hp
Bomba
sumergible
3
etapas.
Marca
Franklin Potencia
50 hp
„..,..
De lo anterior, y mediante la modelación realizada, fue posible estimar
la generación de ruido durante la fase de operación del proyecto,
resultados que se presentan a continuación:
Recepto
Pertodo
Nivel Proyectado (rIBA) 'Noel máxime permitido (d9A1 Evaluación 0.5.5°3&11 164A
Ri
N.o
23
57
Cumple
Nocturno
59
Cumple
R2
(Sumo
25
57
Cumple
Noclurno
50
Cumple
R3
Diurno
27
57
Cumple
Nocturno
50
Cumple
R4
Orurno
31
57
Cumple
Nodurrra
46
Cumple
R5
Dern:,
31
57
Cumple
Nocturno
46
Cumple
Las emisiones de ruido proyectadas para la fase de operación, no
sobrepasan los límites máximos permitidos, por lo que no es necesario
contemplar medidas de abatimiento de ruido.
Para el caso de la fase de cierre, realizando la homologación de la
maquinaria, se tiene lo siguiente:
l Máximo
Nivel i
Receptor I
Lirnite diurno (d13A)
Proyectado «113A)
i R1
57
' 57
I
Rz
57
1 IR3
i 56
57
1-14
I 54
57
Evaluación
D.S.
te3012011,MMA
Cumple
Cumple
Cumple
Cumple
n
155
57
Considerando lo anterior y los resultados detallados
de la DIA, no se prevén efectos adversos significativos
de las personas debido a las emisiones de ruido
ejecución del Proyecto debido a que en ninguno
identificados se superan los niveles de ruido permitidos.
Cumple
en el Anexo N°02
sobre la salud
derivadas de la
de los receptores
Indicador que acredita su
cumplimiento
Informe de emisiones de ruido acompañados en Anexo N°02 de la
DIA.
- Resolución de calificación ambiental
Forma
de
control
y
seguimiento
Mantenimiento de documentación en caseta de control de acceso al
Fundo.
Componente/materia:
Residuos sólidos
Norma:
D.S. N°594, de 1999, del Ministerio de Salud, que aprueba Reglamento
sobre Condiciones Sanitarias y Ambientales Básicas en los Lugares de
Trabajo
Fase del Proyecto a la que
aplica o en la que se dará
cumplimiento
Construcción, Operación y Cierre.
Parte,
obra,
acción,
emisión,
residuo
o
sustancias a la que aplica
Áreas de almacenamiento de residuos.
1
Forma de cumplimiento
Etapa de Construcción
Residuos domiciliarios y asimilables
Los residuos domiciliarios y asimilables a domiciliarios generados
durante la fase de construcción, correspondieron a restos de comida,
papeles
y
bolsas
de
basura.
Estos
residuos
fueron
dispuestos
transitoriamente en contenedores de plásticos de tapa hermética, de 1
m3 ubicados en los frentes de trabajo, y, posteriormente, trasladados al
sector especialmente delimitado para el almacenamiento transitorio de
este
tipo
de
residuos.
Estos
residuos fueron
retirados con
una
frecuencia de 2 veces por semana.
Se consideró la instalación de una tolva de acero A36 con tapa y cierre
hermético para el almacenamiento transitorio de este tipo de residuos.
Se estimó que se generaron aproximadamente 0,5 kg/día de residuos
domiciliarios por trabajador. Así, y considerando una mano de obra
máxima de 10 trabajadores para la fase de construcción, se estimó una
generación diaria de 5 kg de este tipo de residuos.
Residuos industriales sólidos no peligrosos
Los residuos sólidos no peligrosos generados en esta fase corresponden
principalmente a excedentes de movimientos de tierra y material de
descarte, como, por ejemplo, tubos de PVC dañados, válvulas, entre
otros. Se estimó la siguiente generación de residuos.
Tipo de residuos
Fuente
Cantidad o Volumen Nmacenarnonto
Restos de materiales,
tubos PVC, maderas. 3 tallara
etc.
Zona de acopio
No Peligro***
Escarpe 22.323.6 rn' transitorio
Excavación^ 45.000 instalacIón de tase
Excedentes de Trenas
rn,
Tolai- 57.323,6
Residuos Peligrosos
Los residuos peligrosos generados correspondieron a envases de
contenedores de combustible, pintura, lubricantes y aceites para
válvulas.
Tipo
- Cantldad N ri
utoo)
Envases de pintura do vábra 130
Envases de lubricante* do tra uta*
20
Envases de aceites da válvulas 1 20
Total
170
Estos residuos fueron almacenados de manera temporal en
contenedores con tapa, debidamente rotulados. Para dicho propósito,
existió una bodega para la mantención transitoria de los residuos
peligrosos, los cuales fueron manejados según lo dispuesto por el D.S.
N°148/2003 del MINSAL.
El sitio que se habilitó para el almacenamiento transitorio de RESPEL,
dio cumplimiento a lo establecido en el D.S. N°148/2003, D.S.
N°594/1999, ambos del MINSAL y a la Ordenanza General de
Urbanismo y Construcciones, de la siguiente forma:
- La bodega tuvo una base continua, impermeable y resistencia
estructural y química a los residuos.
- Contó con un cierre perimetral de al menos 1,8 metros de alto, el cual
impidió el libre acceso de personas y animales.
- Estuvo techada y protegida de condiciones ambientales, tales como:
humedad, temperatura, radiación solar, para minimizar la
volatilización, el arrastre o la lixiviación y, en general, cualquier otro
mecanismo de contaminación del medio ambiente, que pueda afectar la
salud de la población.
- Tuvo una capacidad de retención de escurrimientos o derrames, no
inferior al volumen del contenedor de mayor capacidad,
correspondiente al 20% del volumen total de los contenedores
almacenados.
- Contó con señalización de acuerdo a la NCh 2.190 Of 93.
- Tuvo acceso restringido.
- La bodega contó con al menos un extintor de polvo químico ABC —
BC de 10 kg en el exterior, de fácil acceso y clara identificación, libre
de cualquier obstáculo.
Etapa de Operación
Cabe mencionar que la mano de obra de Proyecto corresponde a un
máximo de 2 operarios, encargados de las labores de inspección. Esta
mano de obra tiene un carácter temporal, limitándose exclusivamente a
inspecciones ocasionales y visitas inspectivas al tranque.
Ahora, considerando una generación de 0,5 kg/día por trabajador, es
posible obtener una generación estimada de 1 kg/día de residuos
domiciliarios y asimilables a domiciliarios.
Estos residuos son contenidos en un sector de acopio transitorio,
compuesto por un contenedor de 1 m3, impermeable y con tapa
hermética. La recolección de estos residuos es de al menos 2 veces a la
semana para evitar la proliferación de vectores.
Dada la naturaleza del Proyecto, no se prevé la generación de residuos
sólidos industriales no peligrosos y residuos peligrosos en esta fase.
Etapa de Cierre
El Proyecto corresponde a un tranque de acumulación de aguas para
riego. Por lo anterior, no se requiere del empleo y uso de sustancias
peligrosas o generación de residuos especiales, que pudieran tener una
persistencia en el tiempo.
Cabe mencionar que, durante la fase de cierre se realiza un manejo
diferenciado
entre
tierras
de
excedente
y
materiales
residuales,
segregando efectivamente aquellos residuos como tuberías rotas o
válvulas dañadas, siendo tratados como residuos y disponiéndolos en
sitios especialmente autorizados por la autoridad sanitaria para la
recepción y tratamiento de este tipo de residuos.
Indicador que acredita su
cumplimiento
- Solicitud de PASM 140 y 142
- Resolución de calificación ambiental que otorga permisos solicitados.
Autorización
sanitaria
de
sitio
de
almacenamiento
temporal
de
residuos.
Forma
de
control
y
seguimiento
Mantención de documentación en caseta de control de acceso al predio.
Componente/materia:
Residuos sólidos
Norma:
D.F.L. N°1, de 1990, Ministerio de Salud, Determina Materias que
Requieren Autorización Sanitaria Expresa
Fase del Proyecto a la que
aplica o en la que se dará
cumplimiento
Fases de Construcción y Cierre
Parte,
obra,
acción,
emisión,
residuo
o
sustancias a la que aplica
Manejo de residuos, áreas de acopio temporal.
Forma de cumplimiento
El Proponente cuenta con un usuario, contraseña y el certificado de
ingreso al Sistema de Ventanilla Única RETC. Además, realiza las
respectivas declaraciones en la forma y en los plazos establecidos para
ello, particularmente aquellas referidas a residuos sólidos asimilables a
domiciliarios y domiciliarios. Estos residuos generados por el Proyecto
son declarados en los términos y condiciones establecidas en el artículo
18° y 30° del presente Decreto.
Indicador que acredita su
cumplimiento
Certificado de ingreso al Sistema de Ventanilla Única RETC.
Declaraciones RETC.
Forma
de
control
y
seguimiento
Registro de la generación de residuos, trasporte y lugar de disposición
en el sitio web Ventanilla Única RETC, indicando fecha y hora.
Componente/materia:
Residuos sólidos
Norma:
D.F.L. N°725/1967, del Ministerio de salud Pública, Código Sanitario
Fase del Proyecto a la que
aplica o en la que se dará
Construcción, Operación y Cierre.
cumplimiento
Parte,
obra,
acción,
emisión,
residuo
o
sustancias a la que aplica
Áreas de almacenamientos de residuos.
Forma de cumplimiento
Ídem al cumplimiento del D.S. N° 594 de 1999, Ministerio de Salud
para residuos sólidos.
Indicador que acredita su
cumplimiento
- Solicitud de PASM 140 y 142
- Resolución de calificación ambiental que otorga permisos solicitados.
Autorización
sanitaria
de
sitio
de
almacenamiento
temporal
de
residuos.
Forma
de
control
y
seguimiento
Mantención de documentación en caseta de control de acceso al predio.
Componente/materia:
Residuos sólidos
Norma:
Decreto 301/1991 de la Ilustre Municipalidad de Las Cabras, dicta
ordenanza local sobre aseo de la comuna
Fase del Proyecto a la que
aplica o en la que se dará
cumplimiento
Construcción, Operación y Cierre.
Parte,
obra,
acción,
emisión,
residuo
o
sustancias a la que aplica
Residuos sólidos domésticos y asimilables.
Forma de cumplimiento
Los
residuos
sólidos
domiciliarios
y
asimilables
fueron
y
son
acumulados transitoriamente en contenedores herméticos, en sectores
dentro del predio, para posteriormente ser retirados por una empresa
sanitaria autorizada por la Seremi de Salud.
Fase de construcción y Cierre: Los residuos sólidos domiciliarios
generados durante esta fase, corresponden a los generados por el
personal
que trabajó en
las faenas constructivas. Estos residuos
corresponden,
en
general,
a
restos
orgánicos,
envases,
papeles,
cartones, plásticos, cajas, films, etc. Estos residuos fueron acopiados de
forma transitoria en contenedores del tipo hermético con tapa, los
cuales fueron ubicados al interior de la zona de obras a una distancia
adecuada para cada lugar de trabajo.
Posteriormente,
estos
residuos
generados
durante
la
fase
de
construcción, fueron trasladados y almacenados de forma transitoria en
un lugar de acopio, respecto del cual, en la presenta DIA se solicita el
respectivo PASM 140.
Fase de Operación: Durante esta fase, los residuos generados por el
personal eventual que asista al área de emplazamiento de tranque para
labores de inspección, son almacenados en este mismo sitio de acopio.
Los residuos son y son retirados por una empresa que cuenta con
autorización sanitaria, un día a la semana, y con frecuencia suficiente
para
evitar
el
sobrellenado.
Estos
residuos,
finalmente,
son
transportados y dispuestos en sectores que cuenten con la autorización
sanitaria. Se lleva un registro trimestral de residuos generados y
egresados, indicando su cantidad y tipo, el cual es informado a través
del sistema de ventanilla única RETC.
Indicador que acredita su - Solicitud de PASM 140
cumplimiento
- Resolución de calificación ambiental que otorga permisos solicitados.
- Autorización sanitaria de sitio de almacenamiento temporal de
residuos,
Forma
de
seguimiento
control
y Mantención de documentación en caseta de control de acceso al predio.
Componente/materia:
Residuos peligrosos
Norma:
D.S. N°148, de 2003, del Ministerio de Salud, sobre Reglamento
Sanitario sobre Manejo de Residuos Peligrosos
Fase del Proyecto a la que
aplica o en la que se dará
cumplimiento
Construcción.
Parte,
obra,
acción,
emisión,
residuo
o
sustancias a la que aplica
Áreas de almacenamiento de residuos.
Forma de cumplimiento
Los residuos peligrosos generados correspondieron a envases de
contenedores
de combustible,
pintura,
lubricantes y
aceites
para
válvulas.
Tipo
Cantidad Notado)
Envases de pintura de válvulas 30
Envases de lubricantes de válvulas
20
Envases de aceites do válvulas 20
Total
170
.
Estos
residuos
fueron
almacenados
de
manera
temporal
en
contenedores con tapa, debidamente rotulados. Para dicho propósito,
existió una bodega para la mantención transitoria de los residuos
peligrosos, los cuales fueron manejados según lo dispuesto por el D.S.
N°148/2003 del MINSAL.
El sitio que se habilitó para el almacenamiento transitorio de RESPEL,
dio cumplimiento a lo establecido en el D.S. N°148/2003, D.S.
N°594/1999, ambos del MINSAL y a la Ordenanza General de
Urbanismo y Construcciones, de la siguiente forma:
- La bodega tuvo una base continua, impermeable y resistencia
estructural y química a los residuos.
- Contó con un cierre perimetral de al menos 1,8 metros de alto, el cual
impidió el libre acceso de personas y animales.
- Estuvo techada y protegida de condiciones ambientales, tales como:
humedad,
temperatura,
radiación
solar,
para
minimizar
la
volatilización, el arrastre o la lixiviación y, en general, cualquier otro
mecanismo de contaminación del medio ambiente, que pueda afectar la
salud de la población.
- Tuvo una capacidad de retención de escurrimientos o derrames, no
inferior
al
volumen
del
contenedor
de
mayor
capacidad,
correspondiente al 20% del volumen total de los contenedores
almacenados.
- Contó con señalización de acuerdo a la NCh 2.190 Of 93.
- Tuvo acceso restringido.
- La bodega contó con al menos un extintor de polvo químico ABC —
BC de 10 kg en el exterior, de fácil acceso y clara identificación, libre
de cualquier obstáculo.
Indicador que acredita su
cumplimiento
- Solicitud de Permiso Ambiental Sectorial Mixto N°142
- Resolución de Calificación Ambiental que aprueba parte ambiental
del PASM 142.
Forma
de
control
y
seguimiento
Mantención de copia de documentación en caseta de control de acceso
al Fundo.
Componente/materia:
Aguas servidas
Norma:
Código Sanitario (Decreto con Fuerza de Ley N° 725):
El Artículo 71 letra b) dispone que la SEREMI de Salud de la Región
correspondiente, le corresponde aprobar los proyectos relativos a la
construcción, reparación, modificación y ampliación de cualquier obra
pública
o
particular
destinada
a
la
evacuación,
tratamiento
o
disposición final de desagües, aguas servidas de cualquier naturaleza.
Antes de poner en explotación las obras mencionadas, ellas deben ser
autorizadas por el Servicio Nacional de Salud.
Fase del proyecto a la que
aplica o en la que se dará
cumplimiento
Construcción, Operación y Cierre.
Parte,
obra,
acción,
emisión,
residuo
o
sustancias a la que aplica
Aguas servidas provenientes de baños químicos.
Forma de cumplimiento
Fase de construcción: En lo que respecta al agua potable, durante esta
fase se suministró a través de la instalación de un estanque de
almacenamiento. La capacidad del estanque permitió disponer de un
suministro adecuado para el consumo humano y cubrir las necesidades
básicas de higiene y aseo del número de trabajadores requeridos como
mano de obra — 10 máximo -, garantizando una dotación diaria de 150
litros por persona al día, cumpliendo con lo establecido por el artículo
14° del D.S. N°594/1999, del MINSAL.
Durante esta fase se generaron aguas servidas provenientes de los
baños y duchas de los trabajadores de la obra. Considerando la cantidad
máxima de trabajadores que durante la fase de construcción — 10
trabajadores máximo — y un consumo de agua por cada uno de ellos
equivalente a 150 L/hab/día, se estimó una generación aproximada de
1,5 m3/día de aguas servidas.
Para la instalación de faenas, se dispuso de la implementación de baños
químicos para los trabajadores, de acuerdo a lo establecido en el D.S
N°594/1999, del MINSAL, los cuales fueron mantenidos y retirados
por una empresa autorizada, evitando, de esta forma, la proliferación de
vectores o malos olores (artículo 21°, 22°, 24° y 26° del Decreto
Supremo N°594/1999). Esta implementación dio cumplimiento con las
disposiciones establecidas en los artículos 24°, 25° y 26° del D.S.
N°594/1999, en relación a que:
- "El número mínimo de artefactos se calculará en base a la Tabla del
artículo 23° del D.S. N°594/1999.
- Los baños químicos no podrán estar instalados a más de 75 metros del
área de trabajo."
Fase
de
Operación:
Para
este
personal,
se
dispondrá
de
la
implementación de un baño químico, conforme a lo establecido en el
D.S. N°594/1999, del MINSAL, el cual es mantenido y retirado por
una empresa autorizada, al igual que en la Fase de Construcción.
En lo que respecta al suministro de agua potable, dado que la visita de
personal al Proyecto es eventual, se dispondrá de botellas de agua en
cantidades
adecuadas
y
respetando
lo
establecido
en
el
D.S.
N°594/1999.
Fase de Cierre: Respecto al suministro de agua potable, se reinstalará el
estanque de agua potable para el consumo humano, manteniendo un
asegurando una dotación de 150 L/hab/día, conforme a lo establecido
en el artículo 14° del D.S. N°594/1999.
Indicador que acredita su
cumplimiento
- Resolución de calificación ambiental
- Registros de proveedor del servicio de baños químicos.
Forma
de
control
y RCA que aprueba el Proyecto Mantenimiento de documentación en
seguimiento
caseta de control de acceso al Fundo.
Componente/materia:
Aguas servidas
Norma:
D.S.
N° 594, de
1999, Ministerio de Salud,
Reglamento
sobre
condiciones sanitarias y ambientales básicas en los lugares de trabajo.
Artículo 24: En aquellas faenas temporales en que por su naturaleza no
sea materialmente posible instalar servicios higiénicos conectados a
una red de alcantarillado, el empleador debe proveer como mínimo una
letrina sanitaria o baño químico, cuyo número total se calculará
dividiendo por dos la cantidad de excusados indicados en el inciso
primero del artículo 23. El transporte, habilitación y limpieza de éstos
es responsabilidad del empleador. Una vez finalizada la faena temporal,
el empleador es responsable de reacondicionar sanitariamente el lugar
que ocupaba la letrina o baño químico, evitando la proliferación de
vectores, los malos olores, la contaminación ambiental y la ocurrencia
de accidentes causados por la instalación.
Fase del proyecto a la que
aplica o en la que se dará
cumplimiento
Construcción, Operación y Cierre.
Parte,
obra,
acción,
emisión,
residuo
o
sustancias a la que aplica
Aguas servidas provenientes de baños químicos.
Forma de cumplimiento
Fase de construcción: En lo que respecta al agua potable, durante esta
fase se suministró a través de la instalación de un estanque de
almacenamiento. La capacidad del estanque permitió disponer de un
suministro adecuado para el consumo humano y cubrir las necesidades
básicas de higiene y aseo del número de trabajadores requeridos como
mano de obra — 10 máximo -, garantizando una dotación diaria de 150
litros por persona al día, cumpliendo con lo establecido por el artículo
14° del D.S. N°594/1999, del MINSAL.
Durante esta fase se generaron aguas servidas provenientes de los
baños y duchas de los trabajadores de la obra. Considerando la cantidad
máxima de trabajadores que durante la fase de construcción — 10
trabajadores máximo — y un consumo de agua por cada uno de ellos
equivalente a 150 L/hab/día, se estimó una generación aproximada de
1,5 m3/día de aguas servidas.
Para la instalación de faenas, se dispuso de la implementación de baños
químicos para los trabajadores, de acuerdo a lo establecido en el D.S
N°594/1999, del MINSAL, los cuales fueron mantenidos y retirados
por una empresa autorizada, evitando, de esta forma, la proliferación de
vectores o malos olores (artículo 21°, 22°, 24° y 26° del Decreto
Supremo N°594/1999). Esta implementación dio cumplimiento con las
disposiciones establecidas en los artículos 24°, 25° y 26° del D.S.
N°594/1999, en relación a que:
- "El número mínimo de artefactos se calculará en base a la Tabla del
artículo 23° del D.S. N°594/1999.
- Los baños químicos no podrán estar instalados a más de 75 metros del
área de trabajo."
Fase
de
Operación:
Para
este
personal,
se
dispondrá
de
la
implementación de un baño químico, conforme a lo establecido en el
D.S. N°594/1999, del MINSAL, el cual es mantenido y retirado por
una empresa autorizada, al igual que en la Fase de Construcción.
En lo que respecta al suministro de agua potable, dado que la visita de
personal al Proyecto es eventual, se dispondrá de botellas de agua en
cantidades
adecuadas
y
respetando
lo
establecido
en
el
D.S.
N°594/1999.
Fase de Cierre: Respecto al suministro de agua potable, se reinstalará el
estanque de agua potable para el consumo humano, manteniendo un
asegurando una dotación de 150 L/hab/día, conforme a lo establecido
en el artículo 14° del D.S. N°594/1999.
Indicador que acredita su
cumplimiento
- Resolución de calificación ambiental
- Registros de proveedor del servicio de baños químicos.
Forma
de
control
y RCA que aprueba el Proyecto Mantenimiento de documentación en
seguimiento
caseta de control de acceso al Fundo.
Componente/materia:
Combustible, sustancias peligrosas.
Norma:
D.S.
N°160,
de
2008,
Ministerio
de
Economía,
Fomento
y
Reconstrucción, que aprueba Reglamento de Seguridad para las
Instalaciones y Operaciones de Producción y Refinación, Transporte,
Almacenamiento, Distribución y Abastecimiento de Combustibles
Líquidos.
Fase del Proyecto a la que
aplica o en la que se dará
cumplimiento
Construcción, Operación y Cierre.
Parte,
obra,
acción,
emisión,
residuo
o
sustancias a la que aplica
No aplica.
Forma de cumplimiento
Por la naturaleza del Proyecto, no se contempla la implementación de
estanques de almacenamiento de combustible, en ninguna de las fases
del mismo.
Indicador que acredita su
cumplimiento
No aplica.
Forma
de
control
y
seguimiento
No aplica.
Componente/materia:
Sustancias peligrosas.
Norma:
D.S. N°43 de 2016, Ministerio de Salud, que Aprueba el Reglamento
de Almacenamiento de Sustancias Peligrosas
Fase del Proyecto a la que
aplica o en la que se dará
Construcción.
cumplimiento
Parte,
obra,
acción,
emisión,
residuo
o
sustancias a la que aplica
Bodega de sustancias peligrosas.
Forma de cumplimiento
En la instalación de faenas se habilitó una bodega de sustancias
peligrosas
para
el
almacenamiento
temporal
de
insumos
con
características de peligrosidad. La bodega de almacenamiento de
sustancias peligrosas contó con las siguientes características:
- Dimensión total de 9 m2.
- Cierre perimetral con muros de material resistente al medio.
- Piso liso e impermeable.
- Sistema de contención local de derrames con pretiles de conducción
materiales de absorción.
- Sistema manual de extinción de incendio a base de extintores.
- Cada sustancia peligrosa contó con su respectiva Hoja de Datos de
Seguridad.
La Tabla a continuación presenta el tipo, cantidades y manejo de
sustancias peligrosas almacenadas:
Tipo
Cantidad
r Manejo
_.
...
Se mantuvieron debidamente
etiquetados
acorde
a
sus
características de peligrosidad
con una HDS visible
para
revisión, separados por tipo de
sustancia
a
almacenar.
Además,
se
realizará
un
1
tarro
de
pintura
para
1 chequeo
para
evaluar
la
4 litros
condición de su contenedor
válvulas
con el fin de que se encuentre
en perfectas condiciones para
almacenar
las
sustancias
peligrosas. En caso de no
estar en buenas condiciones,
se dará retiro inmediato del
contenedor para ser tratado
como residuo peligroso.
-----
... ...
_
..
___......
...
y
Indicador que acredita su
cumplimiento
No aplica
Forma
de
control
y
seguimiento
No aplica
Componente/materia:
Sustancias peligrosas.
Norma:
D.S. N°298//1994 del Ministerio de Transporte y Telecomunicaciones,
Reglamento de transporte de cargas peligrosas por calles y caminos
Fase del Proyecto a la que
aplica o en la que se dará
cumplimiento
Construcción/Operación/Cierre
Parte,
obra,
acción,
emisión,
residuo
o
sustancias a la que aplica
Bodega de sustancias peligrosas.
Forma de cumplimiento
En la instalación de faenas se habilitó una
peligrosas
para
el
almacenamiento
temporal
características de peligrosidad. La bodega
sustancias peligrosas contó con las siguientes características:
- Dimensión total de 9 m2.
- Cierre perimetral con muros de material resistente
- Piso liso e impermeable.
- Sistema de contención local de derrames con
materiales de absorción.
- Sistema manual de extinción de incendio a base
- Cada sustancia peligrosa contó con su respectiva
Seguridad.
La Tabla a continuación presenta el tipo, cantidades
sustancias peligrosas almacenadas:
Tipo
Cantidad
bodega de sustancias
de
insumos
con
de almacenamiento de
al medio.
pretiles de conducción y
de extintores.
Hoja de Datos de
y manejo de
Manejo
l
e mantuvieron debidamente
etiquetados
acorde
a
sus
características de peligrosidad
con una HDS
visible
para
revisión, separados por tipo de
sustancia
a
almacenar. I
Además,
se
realizará
un
chequeo
para
evaluar
la i
I
condición de su contenedor =
con el fin de que se encuentre
en perfectas condiciones para
almacenar
las
sustancias
peligrosas.
En caso de
no
estar en buenas condiciones,
se dará retiro inmediato del
contenedor para ser tratado
como residuo peligroso.
1
tarro
de
pintura
para
4 Illros
válvulas
Indicador que acredita su
cumplimiento
No aplica
Forma
de
control
y
seguimiento
No aplica
7.3. Normas relacionadas con componentes ambientales (fauna, vegetación y flora, suelo, agua,
patrimonio cultural)
Componente/materia:
Fauna
Norma:
Ley N°19.473/ 1996, sustituye Texto de la Ley N°4.601, sobre Caza.
Fase del Proyecto a la que
aplica o en la que se dará
cumplimiento
Construcción/Operación/Cierre
Parte,
obra,
acción,
emisión,
residuo
o
sustancias a la que aplica
Proyecto
Forma de cumplimiento
El área de emplazamiento del Proyecto se encuentra asentado en un
área eminentemente agrícola, cuyo desarrollo agropecuario es de
características
histórica
—
considerando
lo
indicado
en
la
caracterización de Flora y Fauna adjunta en Anexo N°02 -.
De esta forma, la presente área se encuentra totalmente intervenida por
la actividad agropecuaria, por lo que no se ha constatado la presencia
de fauna silvestre que sea susceptible de ser catalogada en algunas de
las categorías de conservación.
Ahora, si eventualmente, algún ejemplar silvestre se extravía en las
inmediaciones del Proyecto, el personal dará aviso de forma inmediata
al Servicio Agrícola y Ganadero, para su captura y relocalización.
Finalmente, se indica que, tanto durante la fase de construcción como
de operación y cierre, no se efectúa ningún tipo de transporte,
comercialización, posesión o industrialización de aves, mamíferos,
anfibios y reptiles silvestres.
Indicador que acredita su
cumplimiento
Informe de caracterización de Flora, Vegetación y Fauna.
Forma
de
control
y RCA que aprueba los estudios presentados y mantención en caseta de
seguimiento
control de acceso al Fundo de la documentación antes descrita.
Componente/materia:
Fauna
Norma:
D.S. N°5, de
1998, del
Ministerio de Agricultura, que Aprueba
Reglamento de la Ley De Caza.
Fase del Proyecto a la que
aplica o en la que se dará
cumplimiento
Construcción.
Parte,
obra,
acción,
emisión,
residuo
o
sustancias a la que aplica
Actividades
constructivas
del
Proyecto
(movimiento
de
tierra,
transporte,
instalación
de
cerco
perimetral,
instalación de quipos
eléctricos, entre otros)
Forma de cumplimiento
El área de emplazamiento del Proyecto se encuentra asentado en área
rural, fuera de los límites urbanos establecidos en el Plan Regulador
Comunal de Las Cabras.
El área donde se emplaza el Proyecto ha sido históricamente utilizada
para el cultivo de viñedos y cerezos, no registrándose en la historia
predial la existencia de formaciones vegetacionales protegidas o
calificadas como bosque, conforme a lo establecido en la Ley.
Sin perjuicio de lo anterior, en el Anexo N°02 de esta DIA se presenta
la caracterización ambiental del componente flora y vegetacional. Este
estudio realiza un levantamiento de información disponible en el
Servicio Geológico de Estados Unidos, el cual recolecta fotografías
aéreas desde el año 1973.
Dicho registro permite dar cuenta de que la historia predial ha sido
eminentemente agrícola, destacando la ausencia de formaciones
vegetacionales protegidas o clasificada como bosque.
En lo que respecta a la situación actual, el estudio concluye respecto a
la inexistencia de especies clasificadas en categoría de conservación o
formaciones vegetacionales susceptibles de verse afectadas con ocasión
de la operación del Proyecto.
Indicador que acredita su
cumplimiento
Informe de caracterización de flora, vegetación y fauna.
Forma
de
control
y
seguimiento
Ante la eventualidad de que el Servicio Agrícola y Ganadero realice la
captura y relocalización de algún ejemplar que se adentre en las
instalaciones, se mantiene un registro en caseta de control de acceso al
fundo que indique lo siguiente:
- Fecha del evento
- Horario de arribo del servicio a las instalaciones
- Gestiones asociadas
- Resultado del procedimiento
El registro se mantiene en planta por un plazo de un año, en caso de
que la autoridad lo requiera.
RCA que aprueba los estudios presentados.
Componente/materia:
Flora y fauna acuática
Norma:
D.S.
N°430/1992
del
Ministerio
de
Economía
Fomento
y
Reconstrucción. Ley General de Pesca y Acuicultura
Fase del Proyecto a la que
aplica o en la que se dará
cumplimiento
Construcción, Operación y Cierre.
Parte,
obra,
acción,
emisión,
residuo
o
sustancias a la que aplica
Todo el proyecto
Forma de cumplimiento
El Proyecto, si bien no considera el empleo de aguas derivadas desde
algún cauce superficial, toda vez que el régimen de alimentación es
exclusivamente de aguas subterráneas, si dará cumplimiento al presente
decreto dentro del principio preventivo de la evaluación ambiental.
Para lo anterior, el Proyecto dará cumplimiento al artículo 136° del
Decreto, estableciendo la prohibición contractual de arrojar cualquier
tipo de basura en cauces artificiales o naturales de zonas aledañas al
Proyecto. Para lo anterior, se realizan capacitaciones respecto al
cuidado de los recursos hídricos y manejo de residuos al personal que
trabajará en las fases de operación y cierre del Proyecto.
Indicador que acredita su
cumplimiento
- Resolución de calificación ambiental. - Registro de capacitaciones a
trabajadores en materia de cuidado de recursos hídricos y manejo de
residuos.
Forma
de
control
y
seguimiento
Mantenimiento de documentación en caseta de control de acceso al
fundo.
Componente/materia:
Flora y Fauna
Norma:
Decreto Ley N°701/1974 del Ministerio de Agricultura
Fase del Proyecto a la que
aplica o en la que se dará
cumplimiento
Construcción, Operación y Cierre.
Parte,
obra,
acción,
emisión,
residuo
o
sustancias a la que aplica
Todo el proyecto
Forma de cumplimiento
El área de emplazamiento del Proyecto se encuentra asentado en área
rural, fuera de los límites urbanos establecidos en el Plan Regulador
Comunal de Las Cabras.
El área donde se emplaza el Proyecto ha sido históricamente utilizada
para el cultivo de viñedos y cerezos, no registrándose en la historia
predial
la existencia de formaciones vegetacionales protegidas o
calificadas como bosque, conforme a lo establecido en la Ley. Sin
perjuicio de lo anterior, en el Anexo N°02 de esta DIA se presenta la
caracterización ambiental del componente flora y vegetacional. Este
estudio realiza un levantamiento de información disponible en el
Servicio Geológico de Estados Unidos, el cual recolecta fotografías
aéreas desde el año 1973,
Dicho registro permite dar cuenta de que la historia predial ha sido
eminentemente agrícola,
destacando
la ausencia de formaciones
vegetacionales protegidas o clasificada como bosque. En lo que
respecta a la situación actual, el estudio concluye respecto a la
inexistencia de especies clasificadas en categoría de conservación o
formaciones vegetacionales susceptibles de verse afectadas con ocasión
de la operación del Proyecto.
Indicador que acredita su Caracterización
ambiental
del
componente
Flora
y
Vegetación
cumplimiento
Autorización simple de corta, si correspondiera,
Forma
de
control
y Resolución
de
calificación
ambiental
que
aprueba
los
permisos
seguimiento
ambientales y superficies correspondientes. RCA que aprueba estudios
presentados y mantención en planta de la documentación antes descrita.
Componente/materia:
Flora y fauna.
Norma:
Ley N°20.283 Ley sobre recuperación del bosque nativo y fomento
forestal
Fase del Proyecto a la que
aplica o en la que se dará
cumplimiento
Construcción, Operación y Cierre.
Parte,
obra,
acción,
emisión,
residuo
o
sustancias a la que aplica
Todo el proyecto
Forma de cumplimiento
El área de emplazamiento del Proyecto se encuentra asentado en área
rural, fuera de los límites urbanos establecidos en el Plan Regulador
Comunal de Las Cabras.
El área donde se emplaza el Proyecto ha sido históricamente utilizada
para el cultivo de viñedos y cerezos, no registrándose en la historia
predial
la existencia de formaciones vegetacionales protegidas o
calificadas como bosque, conforme a lo establecido en la Ley. Sin
perjuicio de lo anterior, en el Anexo N°02 de esta DIA se presenta la
caracterización ambiental del componente flora y vegetacional. Este
estudio realiza un levantamiento de información disponible en el
Servicio Geológico de Estados Unidos, el cual recolecta fotografías
aéreas desde el año 1973.
Dicho registro permite dar cuenta de que la historia predial ha sido
eminentemente agrícola,
destacando
la
ausencia de formaciones
vegetacionales protegidas o clasificada como bosque.
En lo que
respecta a la situación actual, el estudio concluye respecto a la
inexistencia de especies clasificadas en categoría de conservación o
formaciones vegetacionales susceptibles de verse afectadas con ocasión
de la operación del Proyecto.
Indicador que acredita su
cumplimiento
Caracterización ambiental del componente Flora y Vegetación
Autorización simple de corta, si correspondiera.
Forma de control y
seguimiento
Resolución de calificación ambiental que aprueba los permisos
ambientales y superficies correspondientes. RCA que aprueba estudios
presentados y mantención en planta de la documentación antes descrita.
Componente/materia:
Flora y fauna acuática
Norma:
D.S.
N°430/1992
del
Ministerio
de
Economía
Fomento
y
Reconstrucción. Ley General de Pesca y Acuicultura
Fase del Proyecto a la que
aplica o en la que se dará
cumplimiento
Construcción, Operación y Cierre.
Parte,
obra,
acción,
emisión,
residuo
o
sustancias a la que aplica
Todo el proyecto
Forma de cumplimiento
El Proyecto, si bien no considera el empleo de aguas derivadas desde
algún cauce superficial, toda vez que el régimen de alimentación es
exclusivamente de aguas subterráneas, si dará cumplimiento al presente
decreto dentro del principio preventivo de la evaluación ambiental.
Para lo anterior, el Proyecto dará cumplimiento al artículo 136° del
Decreto, estableciendo la prohibición contractual de arrojar cualquier
tipo de basura en cauces artificiales o naturales de zonas aledañas al
Proyecto. Para lo anterior, se realizan capacitaciones respecto al
cuidado de los recursos hídricos y manejo de residuos al personal que
trabajará en las fases de operación y cierre del Proyecto.
Indicador que acredita su
cumplimiento
- Resolución de calificación ambiental. - Registro de capacitaciones a
trabajadores en materia de cuidado de recursos hídricos y manejo de
residuos.
Forma
de
control
y
seguimiento
Mantenimiento de documentación en caseta de control de acceso al
fundo.
Componente/materia:
Suelo — Protección agrícola, gestión de residuos
Norma:
D.L. N°3.557, de 1980, del Ministerio de Agricultura, que establece
Disposiciones sobre Protección Agrícola
Fase del Proyecto a la que
aplica o en la que se dará
cumplimiento
Construcción, Operación y Cierre.
Parte,
obra,
acción,
emisión,
residuo
o
sustancias a la que aplica
Todas las sustancias que utilizar y residuos generados por el Proyectos.
Forma de cumplimiento
El área en donde se emplaza el Proyecto corresponde a una zona rural,
la cual se encuentra actualmente intervenida con actividad agrícola.
Por las características del Proyecto, el cual corresponde a un tranque de
acumulación de aguas cuyo objetivo es garantizar la disponibilidad del
recurso para el desarrollo de la actividad, no se prevé la generación de
riesgos
que
afecten
la
calidad
de
los
suelos
ni
el
patrimonio
fitosanitario, esto, considerando que el Proyecto involucra el embalse
de aguas para riego.
Ahora,
para preservar
la aptitud
de
los
suelos preferentemente
agrícolas, el Proponente manejará todos los residuos, tanto líquidos
como sólidos, ajustándose a la nomenclatura ambiental aplicable.
Se hace presente, de igual modo, que para todas sus fases, el
Proponente adoptó y adoptará todas las medidas prácticas para evitar
cualquier tipo de contaminación de los suelos y cursos de aguas
superficiales
y
subterráneos,
ajustándose
a
los
procedimientos
autorizados por la Seremi de Salud.
El Proponente asegurará el
retiro de todos los residuos sólidos
generados, y manejo de los residuos líquidos, tal como se abordará en
las secciones de residuos del presente capítulo. De este modo, se dará
cumplimiento al Código Sanitario, al Decreto Supremo N°594/1999,
del MINSAL y a las demás normas que regulan el manejo de residuos,
considerando la naturaleza del Proyecto.
Indicador que acredita su - Solicitud del permiso ambiental sectorial mixto 140. - Solicitud del
cumplimiento
permiso ambiental sectorial mixto 142. - Facturas de proveedor de
servicio de baños químicos. - Registro de retiro de baños químicos,
indicando fecha y proveedor. - Resolución de calificación ambiental
que aprueba la parte ambiental de los PASM. - Resoluciones
aprobatorias de carácter sectorial de los permisos otorgados a través de
la RCA.
Forma
de
control
y Registro en caseta de
control
de acceso
al
Fundo de toda
la
seguimiento
documentación antes señalada.
Componente/materia:
Suelo — Protección agrícola, gestión de residuos
Norma:
Ley 18.755 Establece normas sobre el Servicio Agrícola y Ganadero
Fase del Proyecto a la que
aplica o en la que se dará
cumplimiento
Construcción, Operación y Cierre.
Parte,
obra,
acción,
emisión,
residuo
o
sustancias a la que aplica
Todas las sustancias que utilizar y residuos generados por el Proyectos.
Forma de cumplimiento
El área en donde se emplaza el Proyecto corresponde a una zona rural,
la cual se encuentra actualmente intervenida con actividad agrícola. Por
las características del Proyecto, el cual corresponde a un tranque de
acumulación de aguas cuyo objetivo es garantizar la disponibilidad del
recurso para el desarrollo de la actividad, no se prevé la generación de
riesgos
que
afecten
la
calidad
de
los
suelos
ni
el
patrimonio
fitosanitario, esto, considerando que el Proyecto involucra el embalse
de aguas para riego.
Ahora,
para preservar
la aptitud
de
los
suelos preferentemente
agrícolas, el Proponente manejará todos los residuos, tanto líquidos
como sólidos, ajustándose a la nomenclatura ambiental aplicable.
Se hace presente, de igual
modo, que para todas sus fases, el
Proponente adoptó y adoptará todas las medidas prácticas para evitar
cualquier tipo de contaminación de los suelos y cursos de aguas
superficiales
y
subterráneos,
ajustándose
a
los
procedimientos
autorizados por la Seremi de Salud.
El Proponente asegurará el
retiro de todos
los residuos sólidos
generados, y manejo de los residuos líquidos, tal como se abordará en
las secciones de residuos del presente capítulo. De este modo, se dará
cumplimiento al Código Sanitario, al Decreto Supremo N°594/1999,
del MINSAL y a las demás normas que regulan el manejo de residuos,
considerando la naturaleza del Proyecto.
Indicador que acredita su - Solicitud del permiso ambiental sectorial mixto 140. - Facturas de
cumplimiento
proveedor de servicio de baños químicos. - Registro de retiro de baños
químicos, indicando fecha y proveedor. - Resolución de calificación
ambiental que aprueba la parte ambiental de los PASM. - Resoluciones
aprobatorias de carácter sectorial de los permisos otorgados a través de
la RCA.
Forma
de
control
y Registro en caseta de
control
de acceso
al
Fundo
de toda la
seguimiento
documentación antes señalada.
Componente/materia:
Patrimonio Cultural
Norma:
Ley N°17.288 sobre Monumentos Nacionales
Fase del Proyecto a la que
aplica o en la que se dará
cumplimiento
Construcción, operación y cierre
Parte,
obra,
acción,
emisión,
residuo
o
sustancias a la que aplica
Actividades de movimiento de tierra (escarpe y excavaciones).
Forma de cumplimiento
Conforme a lo indicado anteriormente, el área de emplazamiento del
Proyecto se ha caracterizado, al menos desde 1973 por contar con una
importante presencia de actividad agrícola, constituyendo un predio
históricamente explotado por esta actividad. Según lo señalado en la
nómina de monumentos nacionales de la Dirección de Bibliotecas,
archivos y museos, en el sector donde se emplaza el Proyecto no se
presentan Monumentos Históricos, Arqueológicos, Zonas Típicas o
Pintorescas o Santuarios de la Naturaleza, por lo que no se ocasionará
un deterioro a Monumentos Nacionales o se altera el valor paisajístico
del área.
Se advierte, además, que todos los Monumentos Nacionales localizados
al interior de la comuna de Las cabras, se encuentran fuera del área de
influencia del Proyecto. Sin perjuicio de lo anterior, con objeto de
evaluar
y
caracterizar
adecuadamente
el
componente
ambiental
arqueología, se desarrolló una campaña de terreno con objeto de
verificar la existencia de eventuales hallazgos o condiciones idóneas
para su existencia. Dicho estudio permitió concluir respecto de la no
existencia de hallazgos arqueológicos o Monumentos en el área de
influencia del Proyecto.
Ahora, si durante la operación o cierre del Proyecto, se verifica algún
hallazgo
del
tipo
arqueológico,
se
detienen
inmediatamente
los
trabajos, y se dará aviso al Consejo de Monumentos Nacionales.
Asimismo, se autorizará el ingreso inmediato de Carabineros de Chile
para que éstos resguarden el hallazgo hasta que el Consejo de
Monumentos Nacionales se haga cargo de él.
Indicador que acredita su
cumplimiento
- Informe de caracterización arqueológico (Anexo N°02). - Resolución
de Calificación Ambiental
- Aviso a Consejo de Monumentos
Nacionales
Forma
de
control
y
seguimiento
Seguimiento por medio de personal que supervise las obras de
restitución de la geoforma en fase de cierre, en caso de realizar algún
hallazgo, se procede a paralizar la obra, tomar registro fotográfico e
informar
al
Consejo
de
Monumentos
Nacionales.
Se
indica,
igualmente,
que
el
registro
fotográfico
contiene
fecha,
hora
y
localización.
Componente/materia:
Patrimonio Cultural
Norma:
D.S. N°484, de 1990, del Ministerio de educación, Reglamento de la
Ley N°17.288, sobre Excavaciones y/o Prospecciones Arqueológicas,
Antropológicas y Paleontológicas.
Fase del Proyecto a la que
aplica o en la que se dará
cumplimiento
Construcción/Operación/Cierre
Parte,
obra,
acción,
emisión,
residuo
o
sustancias a la que aplica
Actividades de movimiento de tierra (escarpe y excavaciones).
Forma de cumplimiento
Conforme a lo indicado anteriormente, el área de emplazamiento del
Proyecto se ha caracterizado, al menos desde 1973 por contar con una
importante presencia de actividad agrícola, constituyendo un predio
históricamente explotado por esta actividad. Según lo señalado en la
nómina de monumentos nacionales de la Dirección de Bibliotecas,
archivos y museos, en el sector donde se emplaza el Proyecto no se
presentan Monumentos Históricos, Arqueológicos, Zonas Típicas o
Pintorescas o Santuarios de la Naturaleza, por lo que no se ocasionará
un deterioro a Monumentos Nacionales o se altera el valor paisajístico
del área.
Se advierte, además, que todos los Monumentos Nacionales localizados
al interior de la comuna de Las cabras, se encuentran fuera del área de
influencia del Proyecto. Sin perjuicio de lo anterior, con objeto de
evaluar
y
caracterizar
adecuadamente
el
componente
ambiental
arqueología, se desarrolló una campaña de terreno con objeto de
verificar la existencia de eventuales hallazgos o condiciones idóneas
para su existencia.
Dicho estudio permitió
concluir respecto de la no existencia de
hallazgos arqueológicos o Monumentos en el área de influencia del
Proyecto. Ahora, si durante la operación o cierre del Proyecto, se
verifica
algún
hallazgo
del
tipo
arqueológico,
se
detienen
inmediatamente
los
trabajos,
y
se
dará
aviso
al
Consejo
de
Monumentos Nacionales.
Asimismo, se autorizará el ingreso inmediato de Carabineros de Chile
para que éstos resguarden el hallazgo hasta que el Consejo de
Monumentos Nacionales se haga cargo de él.
Indicador que acredita su
cumplimiento
- Informe de caracterización arqueológico (Anexo N°02).
- Resolución de Calificación Ambiental.
- Aviso a Consejo de Monumentos Nacionales
Forma
de
control
y
seguimiento
Seguimiento por medio de personal que supervise las obras de
restitución de la geoforma en fase de cierre, en caso de realizar algún
hallazgo, se procede a paralizar la obra, tomar registro fotográfico e
informar
al
Consejo
de
Monumentos
Nacionales.
Se
indica,
igualmente,
que
el
registro
fotográfico
contiene
fecha,
hora
y
localización.
Componente/materia:
Agua
Norma:
Decreto N°203/2013 del Ministerio de Obras Públicas. Reglamento
sobre Normas de Exploración y Explotación de Aguas Subterráneas
Fase del Proyecto a la que Operación
aplica o en la que se dará
cumplimiento
Parte,
obra,
acción,
emisión,
residuo
o
sustancias a la que aplica
Extracción de Aguas Subterráneas.
Forma de cumplimiento
El Proyecto, correspondiente al tranque de acumulación de aguas para
riego, es llenado a través de la extracción de aguas subterráneas. Para
ello, el Proponente cuenta con dos pozos de extracción de aguas
subterráneas,
dotando
al
Fundo
Quilamuta
de
derechos
de
aprovechamiento de aguas de ejercicio permanente y continuo, por un
caudal instantáneo de 32 y 30 litros por segundo en total para los pozos
celeste y azul respectivamente.
Indicador que acredita su
cumplimiento
Resoluciones DGA que otorgan derechos de aprovechamiento de aguas
subterráneas, de ejercicio permanente y continuo.
Forma
de
control
y
seguimiento
Mantención en caseta de control de acceso al fundo Quilamuta, de una
copia de las respectivas resoluciones.
Componente/materia:
Agua
Norma:
Resolución Exenta N°2129/2016, de la Dirección General de Aguas.
Ordena a los titulares de derechos de aprovechamiento de aguas
subterráneas que se indica
Fase del Proyecto a la que
aplica o en la que se dará
cumplimiento
Operación
Parte,
obra,
acción,
emisión,
residuo
o
sustancias a la que aplica
Extracción de Aguas subterráneas.
Forma de cumplimiento
El Proyecto, correspondiente al tranque de acumulación de aguas para
riego, es llenado a través de la extracción de aguas subterráneas, Para
ello, el Proponente cuenta con dos pozos de extracción de aguas
subterráneas,
dotando
al
Fundo
Quilamuta
de
derechos
de
aprovechamiento de aguas de ejercicio permanente y continuo, por un
caudal instantáneo de 32 y 30 litros por segundo en total para los pozos
celeste y azul respectivamente.
Asimismo, el Proponente, conforme a lo dispuesto en el artículo 40°
del Decreto Supremo N°203/2013 y lo dispuesto por la Resolución
Exenta N°2129/2016 de la DGA, instalará un sistema de control de
extracciones o caudalímetro conforme a las especificaciones técnicas
exigidas por el Anexo I del instructivo, denominado "Normas y
Procedimientos de control de extracciones de aguas subterráneas, año
2017".
Indicador que acredita su
cumplimiento
Resoluciones DGA que otorgan derechos de aprovechamiento de aguas
subterráneas, de ejercicio permanente y continuo.
Forma
de
control
y
seguimiento
Mantención en caseta de control de acceso al fundo Quilamuta, de una
copia de las respectivas resoluciones.
Componente/materia:
Agua
Norma:
Resolución DGA 1238 Rectificada por Resolución DGA 564.
Fase del Proyecto a la que
aplica o en la que se dará
cumplimiento
Operación
Parte,
obra,
acción,
emisión,
residuo
o
sustancias a la que aplica
Captaciones de Aguas Subterráneas
Forma de cumplimiento
El Titular implementa un sistema de medición de extracciones. Dicho
sistema podrá ser General, Básico o Para Caudales Muy Pequeños, lo
cual es determinado mediante publicación en el diario oficial por parte
de la DGA Regional.
El Proponente registrará las obras de captación (pozos azul y celeste)
en el Software DGA de Monitoreo de Extracciones Efectivas. Para la
correcta remisión de la información a la DGA, se instalará alguno de
los siguientes Sistemas de Transmisión al Software DGA de Monitoreo
de Extracciones Efectivas: online, por archivo y por formulario.
Lo anterior es determinado por la DGA Regional a través de
publicación en diario oficial. El Proponente cumplirá los estándares y
obligaciones singularizados en el punto 7.1 de la presente Resolución,
cuya aplicabilidad es determinada por la DGA Regional mediante
publicación en el diario oficial.
Los plazos para la instalación del sistema de medición y transmisión,
son determinados por resolución DGA Regional.
Indicador que acredita su
cumplimiento
- Resolución DGA que determine el sistema de control aplicable.
- Resolución DGA que determine la vía de remisión de información
aplicable.
- Resolución DGA que determine el estándar y obligaciones a cumplir.
- Registro fotográfico de la implementación del sistema de control
aplicable.
- Registro de obras de captación en software de monitoreo MEE.
- Registros de información enviados a DGA.
Forma
de
control
y
seguimiento
Disponible en sitio web del software DGA MEE y registros de
medición en caseta de control de acceso al fundo junto con las
resoluciones DGA aplicables
Componente/materia:
Recursos Naturales
Norma:
Decreto 276/1980 del Ministerio de Agricultura, Reglamento sobre
roce a fuego
Fase del Proyecto a la que
aplica o en la que se dará
cumplimiento
Construcción, operación y cierre.
Parte,
obra,
acción,
emisión,
residuo
o
sustancias a la que aplica
Proyecto
Forma de cumplimiento
Sobre el área específica de emplazamiento del Proyecto, se tiene que
este
se
circunscribe
en
una
matriz
eminentemente
agrícola,
identificándose parches de vegetación natural únicamente en la ribera
del estero Alhué y pie de monte.
Conforme a la revisión histórica del emplazamiento del Proyecto, el
área siempre ha tenido características agrícolas, al menos desde 1973,
correspondiente al año del primer registro visual consultado. Por lo
anterior, no se distinguen formaciones vegetacionales o especies en
alguna categoría de conservación, susceptibles de verse afectadas por la
materialización. Se destaca que el Proyecto no requirió, para su
materialización, actividades de quema.
Indicador que acredita su
cumplimiento
Informe de flora y vegetación presentada en Anexo N°02 de la DIA.
Forma
de
control
y
seguimiento
No aplica
7.4. Otras normativas (energía, vialidad y transporte, combustibles, condiciones sanitarias y
ambientales básicas en los lugares de trabajo, y otras normativas)
Componente/materia:
Parte de los insumos que requiere el Proyecto llegan de fuera del país y
en embalajes de madera.
Norma:
RES N°133 de 2005, del Servicio Agrícola y Ganadero, que Establece
regulaciones cuarentenarias para el ingreso de embalajes de madera".
Fase del Proyecto a la que
aplica o en la que se dará
cumplimiento
Operación.
Parte,
obra,
acción,
emisión,
residuo
o
sustancias a la que aplica
Mantenciones del sistema de alimentación del tranque.
Forma de cumplimiento
Si bien el Proyecto no contempla la importación de mercaderías ni el
desembarque de productos de procedencia extranjera susceptible de
infectarse por plagas, eventualmente, podría requerirse el ingreso de
materiales, partes y piezas provenientes del extranjero.
Respecto a los potenciales embalajes provenientes del exterior, se
verifica que éstos cumplan con las disposiciones establecidas en la
presente Resolución y sus modificaciones, en lo que dice relación con
el tratamiento de la madera y las marcas de certificación de los
tratamientos fitosanitarios. Para lo anterior, se exige contractualmente a
los contratistas, que la internación de equipos o piezas en embalaje de
madera, sea realizada bajo las medidas de tratamiento fitosanitario
descritas en la Norma Internacional de Medidas Fitosanitarias, que
entrega las directrices para reglamentar el embalaje de madera utilizado
en el comercio internacional.
Indicador que acredita su
cumplimiento
- Certificado de tratamientos fitosanitarios de embalajes provenientes
del exterior.
- Registro de fumigación o certificado de cuarentena en caso de que sea
decretado por el SAG.
- Cláusulas contractuales respecto a las condiciones de los embalajes de
maderas.
Forma
de
control
y
seguimiento
Mantenimiento de documentación en caseta de control de acceso al
Fundo.
Componente/materia:
Vialidad y transporte
Norma:
D.S. N°75, de 1987, del Ministerio de Transportes, que Establece
condiciones para el transporte de cargas, así como medidas de manejo _
destinadas a evitar emisiones de polvo
Fase del Proyecto a la que
aplica o en la que se dará
cumplimiento
Construcción, Operación y Cierre.
Parte,
obra,
acción,
emisión,
residuo
o
sustancias a la que aplica
Flujos vehiculares
Forma de cumplimiento
Los vehículos utilizados en la fase de construcción y cierre tienen por
finalidad el traslado de tierra, materiales y residuos. Por su parte, los
vehículos utilizados para la operación del tranque tienen por finalidad
el traslado eventual de personal para labores de inspección del tranque.
De
esta
forma,
todos
los
vehículos
de
carga
se
encontrarán
debidamente estibados y con la carga debidamente asegurada, evitando
que
se desprendan
elementos.
Para el
caso
de residuos,
según
corresponda, el vehículo se encontrará cubierto y encarpado, evitando
así que la carga escurra o se disperse en el aire en forma de polvo en
suspensión.
Indicador que acredita su
cumplimiento
Para la fase de cierre se mantiene copia de contratos con empresa
contratistas.
Forma
de
control
y
seguimiento
Mantención de documentación asociada en caseta de control de acceso
al Fundo.
Componente/materia:
Vialidad y transporte
Norma:
DFL N°1/2007 del Ministerio de Transporte y Telecomunicaciones,
Ley de Tránsito
Fase del Proyecto a la que
aplica o en la que se dará
cumplimiento
Construcción/Operación/Cierre
Parte,
obra,
acción,
emisión,
residuo
o
sustancias a la que aplica
Flujos vehiculares.
Forma de cumplimiento
Los vehículos utilizados para las fases de construcción, operación y
cierre, tienen por finalidad el transporte y traslado de materiales de
construcción, insumos para la producción, materias primas y retiro de
escombros, así como la utilización de otros vehículos propios de la
actividad.
En este orden de ideas, todos los vehículos cuentan y cuentan con todos
los sistemas y accesorios exigidos por el DFL N°1/2007, del
MINTRATEL, que permiten y garantizan la seguridad requerida para
su correcto funcionamiento.
Adicionalmente, la carga se encontró y encontrará (para fase de cierre u
otra fase con transporte de material) siempre correctamente estibada y
asegurada, respetando el peso máximo de carga.
Los
vehículos
motorizados
del
Proponente
no
transportan
ni
transportarán maquinarias u otros objetos indivisibles, que excedan los
pesos o dimensiones máximos permitidos y establecidos por el punto
2.1 del Decreto N°158/1980, del MOP, el artículo 1° del Decreto
N°200/1993, del MOP y el artículo 1° de la Resolución N°1/1996, del
MINTRATEL.
En
caso
de
requerir
transporte
de
maquinaria
pesada
o
sobredimensionada, se solicitará la autorización a la Dirección de
Vialidad competente, pagando los aranceles correspondientes.
Asimismo,
se
exige
y
exige
contractualmente
a
contratistas
y
subcontratistas,
y
proveedores,
dar
cumplimiento
estricto
a
los
permisos y autorizaciones exigidas por el DFL N°850/1997, del MOP y
el Decreto N°158/1980, del MOP. Sin perjuicio de lo anterior, por la
naturaleza del Proyecto no se hace necesaria la utilización de grandes
maquinarias o camiones que transportes insumos o productos.
Indicador que acredita su
cumplimiento
Registro de revisión técnica Autorización otorgada por la Dirección de
Vialidad, según corresponda.
Forma
de
control
y
seguimiento
Mantención de documentación asociada en la caseta de control de
acceso al fundo.
Componente/materia:
Salud, Seguridad Ocupacional y Medio Ambiente de los Trabajadores.
Norma:
Decreto Supremo N°735/1969 del Ministerio de Salud. Reglamento de
los servicios de agua destinados al consumo humano
Fase del Proyecto a la que
aplica o en la que se dará
cumplimiento
Construcción/Operación/Cierre
Parte,
obra,
acción,
emisión,
residuo
o
sustancias a la que aplica
Mano de Obras/Suministro de Agua Potable
Forma de cumplimiento
Durante todas las fases del Proyecto, se requiere del abastecimiento de
agua potable para los trabajadores en las condiciones establecidas en la
presente Norma.
En la fase de construcción, así como en la fase de cierre, el consumo de
agua potable se estimó en 150 L/hab/día, para un máximo de 10
personas en la desarrollada fase de construcción, y 8 personas para la
eventual fase de cierre.
La provisión de agua potable para la bebida de los trabajadores de
realizó a través de la disposición de un estanque de almacenamiento de
agua potable, provista por una empresa autorizada. Durante la fase de
operación, dado que la mano de obra es eventual, solo contemplando 2
trabajadores máximo para labores de inspección del tranque, se
suministra agua en cantidades adecuadas mediante la provisión de agua
embotellada.
En todas las fases del Proyecto, el agua potable suministrada cumplirá
con los requisitos establecidos en la NCh 409/1 Of 2005 y sus
modificaciones.
Indicador que acredita su
cumplimiento
- Copia de autorizaciones sanitarias de empresas proveedoras del
suministro de agua potable en fase de operación y cierre.
- Registro de compra y provisión de agua potable.
Forma
de
control
y
seguimiento
Mantenimiento en caseta de control de acceso al fundo.
Componente/materia:
Vialidad y transporte
Norma:
D.F.L. N°850 de 1997, del Ministerio de obras Públicas, que Fija el
Texto Refundido, Coordinado y Sistematizado de la Ley N° 15.840 y
del D.F.L. N° 206/1960, Sobre Construcción y Conservación de
Caminos.
Fase del Proyecto a la que
aplica o en la que se dará
cumplimiento
Construcción, Operación y Cierre.
Parte,
obra,
acción,
emisión,
residuo
o
sustancias a la que aplica
Actividades de transporte del proyecto.
Forma de cumplimiento
Los
vehículos
motorizados
del
Proponente
no
transportan
ni
transportarán maquinarias u otros objetos indivisibles, que excedan los
pesos o dimensiones máximos permitidos y establecidos por el punto
2.1 del Decreto N°158/1980, del MOP, el artículo I° del Decreto
N°200/1993, del MOP y el artículo 1° de la Resolución N°1/1996, del
MINTRATEL.
En
caso
de
requerir
transporte
de
maquinaria
pesada
o
sobredimensionada, se solicitará la autorización a la Dirección de
Vialidad
competente,
pagando
los
aranceles
correspondientes.
Asimismo,
se
exige
y
exige
contractualmente
a
contratistas
y
subcontratistas,
y
proveedores,
dar
cumplimiento
estricto
a
los
permisos y autorizaciones exigidas por el DFL N°850/1997, del MOP y
el Decreto N°158/1980, del MOP.
Sin perjuicio de lo anterior, por la naturaleza del Proyecto no se hace
necesaria la utilización de grandes maquinarias o camiones que
transportes insumos o productos.
Indicador que acredita su
cumplimiento
Autorización
otorgada
por
la
Dirección
de
Vialidad,
según
corresponda.
Forma
de
control
y
seguimiento
Se efectúa un registro de salida de vehículos, el cual contiene fecha y
hora de salida, tipo de vehículos, tipo y cantidad de carga, si aplicase.
Cada registro mensual se mantiene en caseta de control de acceso al
fundo por un plazo de 3 meses.
Componente/materia:
Vialidad y transporte
Norma:
D.S. N°158, de 1980, Ministerio de Obras Públicas, Fija Peso Máximo
de los Vehículos que pueden circular por Caminos Públicos
Fase del Proyecto a la que
aplica o en la que se dará
cumplimiento
Construcción, Operación y Cierre.
Parte,
obra,
acción,
emisión,
residuo
o
sustancias a la que aplica
Actividades de transporte del proyecto.
Forma de cumplimiento
Los
vehículos
motorizados
del
Proponente
no
transportan
ni
transportarán maquinarias u otros objetos indivisibles, que excedan los
pesos o dimensiones máximos permitidos y establecidos por el punto
2.1 del Decreto N°158/1980, del MOP, el artículo 1° del Decreto
N°200/1993, del MOP y el artículo 1° de la Resolución N°1/1996, del
MNINTRATEL.
En
caso
de
requerir
transporte
de
maquinaria
pesada
o
sobredimensionada, se solicitará la autorización a la Dirección de
Vialidad competente, pagando los aranceles correspondientes.
Asimismo,
se
exige
y
exige
contractualmente
a contratistas
y
subcontratistas,
y
proveedores,
dar
cumplimiento
estricto
a
los