Evaluación SEA

Centro de Cultivo de Salmónidos Caiquen N° de Solicitud 214 121 010

Rol 2145666845
SEA · DIA · Aprobado · 2020-02-14 · Región de Magallanes y de la Antártica Chilena · CULTIVOS OTWAY S.A.

REPÚBLICA DECHILE COMISIÓN DE EVALUACIÓN REGIÓN DE MAGALLANES Y ANTÁRTICA CHILENA

CALIFICA AMBIENTALMENTE EL PROYECTO “CENTRO DE CULTIVO DE SALMONIDOS CAIQUEN N* DE SOLICITUD 214121010”

Resolución Exenta N? 20221200116

PUNTA ARENAS,

16 de Febrero de 2022

VISTOS:

1

La Declaración de Impacto Ambiental (DIA), su Adenda de 30/03/2021 y su Adenda Complementaria de 10/01/2022, del proyecto “Centro de Cultivo de Salmónidos Caiquen N* de Solicitud 214121010”, presentado por Cultivos Otway S.A. con fecha 07/02/2020.

2%. Los pronunciamientos y observaciones de los Órganos de la Administración del Estado con competencia ambienta] que, sobre la base de sus facultades legales y atribuciones, participaron en la evaluación de la DIA, y que se detallan en el Capítulo 3 del Informe Consolidado de Evaluación (ICE) de la DIA del proyecto “Centro de Cultivo de Salmónidos Caiquen N* de Solicitud 214121010”,

3%. El Acta de la reunión realizada con grupos humanos pertenecientes a pueblos indigenas localizados en el área en que se desarrollará el proyecto “Centro de Cultivo de Salmónidos Caiquen N de Solicitud 214121010”, conforme a lo previsto en el artículo 86 del D.S. N40, de 2012, del Ministerio del Medio Ambiente, Reglamento del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental.

4%. El Acta de Evaluación N*024/2020 de 11/03/2020 del Comité Técnico de la Región de Magallanes y de la Antártica Chilena.

5%. El ICE N 2022121098 de la DIA del proyecto “Centro de Cultivo de Salmónidos Caiquen N de Solicitud 214121010” de 07/02/2022.

6?. El acuerdo adoptado en la sesión N%03 del 15/02/2022, de la Comisión de Evaluación de la Región de Magallanes y de la Antártica Chilena.

7%. Los demás antecedentes que canstan en el expediente de evaluación de impacto ambiental de la DIA del proyecto “Centro de Cultivo de Salmónidos Caiquen N* de Solicitud 214121010”.

8%. Lo dispuesto en la Ley N19,300, Sobre Bases Generales del Medio Ambiente; en el D.S. N40/2012, del Ministerio del Medio Ambiente, que aprueba el nuevo Reglamento del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental; en la Ley N19.880, publicada en el D.O. el 29 de Mayo de 2003, del Ministerio Secretaría General de la Presidencia de 2002, que establece las bases de los procedimientos administrativos que rigen los actos de los Órganos de la Administración del Estado; en el D.F.L. N1/19.653, de 2000, del MINSEGPRES, que fija texto refundido, coordinado y sistematizado de la Ley N18.575, Orgánica Constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado; en la Resolución Exenta RA N119046/24/2021, del Servicio de Evaluación Ambiental, de fecha 14 de enero de 2021, que nombra al Director Regional cn el Servicio de Evaluación Ambiental Región de Magallanes y de la Antártica Chilena y en la Resolución N%7 de 2019 de la Contraloría General de la República, que fija Normas sobre Exención del Trámite de Toma de Razón.

CONSIDERANDO:

1%, Que, Cultivos Otway S.A. (en adelante, el Titular), ha sometido al Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental (SEIA) la DIA del proyecto “Centro de Cultivo de Salmónidos Caiquen N? de Solicitud 214121010” (en adelante, el Proyecto). Los antecedentes del Titular son los siguientes:

Nombre o razón social Cultivos Otway S.A.

RUT 76.156. 181-2

Domicilio Cardonal 2501, Puerto Montt

Teléfono 65 2 480920

Representante Legal Daniela Fuentes

RUT 16.652.492-k

Domicilio Cardonal 2501, Puerto Montt

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| Teléfono

65 2 480920

[Correo Electrónico

dfuentesfgmultiexportfoods.com

22,

39

4.

Que, conforme se indica en cl ICE N*2022121098 de fecha 07/02/2022, el Director Regional de la Región de Magallanes y de la Antártica Chilena, ha recomendado aprobar el Proyecto, por cuanto cumple con la normativa de carácter ambiental aplicable al proyecto, cumple con los requisitos contenidos en ci Permiso Ambiental Sectorial scñalado en el artículo 116 del D.S. N“40/2012; y no genera los efcctos características o circunstancias del artículo 11 de la Ley 19,300, que dan origen a la necesidad de elaborar un Estudio de Impacto Ambiental,

Que, en sesión de 15/02/2022, la Comisión de Evaluación de la Región de Magallanes y de la Antártica Chilena acordó calificar favorablemente el proyecto “Centro de Cultivo de Salmónidos Caiquen N? de Solicitud 214121010”, aprobando íntegramente el contenido del ICE N*2022121098 de 07/02/2022, el que forma parte integrante de la presente Resolución. Por lo tanto, conforme a lo indicado en el articulo 60 inciso segundo del Reglamento del SEÍA, se excluyen de la presente resolución las consideraciones técnicas u otras en que se fundamenta la resolución.

En consecuencia, el ICE y las consideraciones señaladas precedentemente que lo complementan, forman parte integrante de la presente resolución.

Que, según lo señalado en la DIA y sus anexos, en su Adenda y en su Adenda Complementaria, los cuales forman parte integrante de la presente Resolución, la descripción del proyecto es la que a continuación se indica:

4,1.

ANTECEDENTES GENERALES

Objetivo general

El objetivo del presente Proyccto corresponde a un centro de cultivo de recursos salmónidos de 2.500 ton por ciclo de cultivo.

Descripción general del proyecto

Ej proyecto corresponde a la instalación y operación de un centro de cultivo en una concesión de 3 hectáreas con el objeto de producir 2.500 ton/ciclo de salmónidos, en 14 balsas jaulas de 40 metros de largo, 40 metros de ancho y 20 metros de profundidad, utilizando para el tratamiento de las mortalidades un sistema de ensilaje.

Tipología principal,

n.3) Una producción anual igual o superior a treinta y cinco toncladas (35 t) tratándose de equinodermos, crustáceos y moluscos no filtradores peces y otras especies, a través de un sisterna de producción intensivo,

asi como las - A 0% :

aplicables a sus p) Ejecución de obras, programas o actividades en Parques nacionales, reservas

partes, obras 0 nacionales, monumentos naturales, reservas de zonas vírgenes, santuarios de la

acciones naturaleza, parques marinos, reservas marinas o en cualesquiera otras áreas colocadas bajo protección oficial, en los casos en que la legislación respectiva lo permita.

Vida útil 25 años, renovables

Montro de Inversión

USS 4.600.000

Gestión, acto a faena mínima que da cuenta del inicio de la ejecución

Instalación sistema de fondeo

SI NO Proyecto se x desarrolla por etapas Proyecto modifica un proyecto o x actividad Proyecto Modifica x otra (s) RCA 4.2. UBICACIÓN DEL PROYECTO Región Magallanes y de la Antártica Chilena Provincia Magallanes Comuna Rio Verde, especificamente en Seno Caiquen, Peninsula Muñoz Gamcro

Descripción de la

localización

La zona donde se ubica la concesión de acuicultura posee características óptimas para el desarrollo del proyecto. El análisis de la información levantada en terreno, información productiva y bibliográfica, indican que el sector de emplazamiento presenta condiciones aeróbicas, cumpliendo con lo solicitado en el Artículo 17 y 3

del D.S. (MINECON) N? 320/2001.

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Superficie

[Indicación de superficie total]

Carta Subpesea Xll- SMYTH- SSPWGS84

Latitud S Longitud W 52%49"34,02” 73%2210,75” 52%49"35,63” 73%22”06,11” 52%49"44,06” 73%22"14,06” 52%49'42,45” 73%2218,70"

Caminos de atceso

Las rutas opcionales para utilizar, con mayor frecuencia corresponden a: Puertos Natales - Proyecto: Contempla una distancia aproximada de 130 km en línea recta, se ejecuta por vía maritima para abastecimiento de suministros e

insumos.

Punta Arenas/Rio Pérez - Proyecto: Contempla una distancia aproximada de 129 km en línea recta, se ejecuta por vía marítima para traslado de personal.

Referencia al expediente de evaluación de los mapas, georreferenciación e información

complementaria sobre la localización de sus partes, obras y acciones

Capitulo I de la DIA y Adenda Complementaria

4.3. PARTES Y OBRAS DEL PROYECTO

Nombre Descripción Fase El sistema de fondeo estará compuesto de una serie de muertos de hormigón, tadenas de acero, grilleles de acero galvanizad cal le polipropileno. Estas C ciór Fondeos E ado y cabo de poliprop! t onstrueción,

estructuras serán previamente confeccionadas y ensambladas por empresas autorizadas y transportadas vía marítima al sector.

operación y cierre

Artefacto Naval con habitabilidades

El proyecto considera la opción de implementar dos

alternativas de artefacto naval, la definición de estos

corresponderá a la disponibilidad al momento de entrar

en operación:

Alternativa 1: Pontón con dependencias para

habitabilidad, alimento, agua, luz, calefacción e

insumos y dispondrá de oficinas para los profesionales y

personal del centra. Las potenciales características del

artefacto naval considerado son las siguientes:

  • — Eslora moldeada: 26, m

  • Capacidad de Carga: 240 (6*40) Tons

  • — Habitabilidad: 18 Personas

En este caso el sistema de ensilaje es independiente de

capacidad 21 m3.

Las especificaciones técnicas del Artefacto Naval se

adjuntan en Anexo 4.1 de la DIA.

Alternativa 2: Pontón con dependencias para

habitabilidad, alimento, agua, luz, calefacción e

insumos y dispondrá de oficinas para los profesionales y

personal del centro. Las potenciales caracteristicas del

artefacto naval considerado son las siguientes:

  • — Eslora de flotación: hasta 31,6 m

  • — N? silos de alimento: hasta 8

  • — Capacidad / silo: hasta 75 ton

  • Capacidad máxima alimento: hasta 600 ton de alimento

  • Capacidad ensilaje mortalidad: 2 tanques de hasta 30 m3 cada uno

  • Estanque de combustible: 2 estanques de lasta 21 m3 cada uno.

Las especificaciones técnicas del Artefacto Naval se

Construeción, operación y cierre

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adjuntan en Anexo 4.7 de la DIA.

Balsas Jaulas

El número de balsas jaulas a instalar, sus dimensiones, el volumen y el área máxima a ocupar, se presentan a continuación:

  • — N* estructuras: 14

  • imensiones: 40x40 m

  • Profundidad: 20m

Las balsas jaulas contarán con dispositivos flotantes, las cuales serán fondeados con cables de acero galvanizados y tensores unidos a un sistema de anclaje. Los módulos de cultivo se ubicarán entre los 60 y 70 m de profundidad dentro de la concesión.

Construcción, operación y cierre

Redes, en el sistema de balsas jaulas

El centro utilizará tres tipos de redes: redes peceras, redes loberas y redes pajareras. Además, cel proyecto considera el uso de redes con y sin pintura antifouling (las redes peceras solo en caso de ser necesario serán impregnadas con pintura antifouling en taller autorizado).

Construcción, operación y cierre

Plataforma Sistema de Tratamiento Mortalidad mediante ensilaje

El sistema de ensilaje será ubicado dependiendo del artefacto naval con habitabilidades a utilizar o en una plataforma anexa adicional, para estos fines:

  • El artefacto naval contará con un sistema de ensilaje interno Con una capacidad de almacenamiento máximo de ensilado de 60m3; sin embargo, por normativa la capacidad máxima de almacenamiento de ensilado no debe sobrepasar el 80% de la capacidad del silo, por lo que cl presente sistema tendrá una capacidad de ensilado de 48m3, equivalente a 48 ton.

  • La plataforma de apoyo será construida con un discño longitudinal basado cn la normativa vigente, La plataforma de ensilaje estará ubicada al interior de la concesión y será de su uso exclusivo. El sistema de ensilaje se ubicará en forma independiente de las demás instalaciones del centro y contará con un generador de electricidad; con un sistema de contención de derrames individual para ácido y silo, capaz de evitar derrames de dichos productos al medio ambiente. Con una capacidad de almacenamiento de 21 m3.

La instalación de la presente plataforma quedará

supeditada al tipo de artefacto naval a implementar, en

caso de que éste no cuente con un sistema de ensilaje incorporado, se optará por un sistema independiente,

Construcción, operación y cierre

Plataforma de almacenamiento

Se instalará una plataforma de almacenamiento de materiales de uso cotidiano en el centro y corresponde a una plataforma diseñada para soportar la carga de materiales del centro, Su dimensión aproximada de 12 metros de largo por 8,7 metros de ancho, Se almacenará residuos no peligrosos, residuos peligrosos y materiales, como planzas, mangueras, cabos, contrapesos, Materiales EPP, trajes de agua o de buzo, Aspersores, Picarones, Lavaojos, Botiquín, Señalética, extintor, kit de contención antiderrames, galones de gas, etc.

Construcción, operación y cierre

Planta Desalinizadora

El titular instalará en el pontón una planta desalinizadora, que trabaja mediante un sistema de osmosis inversa. Las especificaciones técnicas de la planta desalinizadora se adjuntan en Anexo 1.2 de la Adenda, donde se incluye un completo detalle de las partes del sistema y su funcionamiento. Como subproducto la planta descargará salmvuera al medio acuático mediante un fiftting por sobre la línea de

Construcción, operación y cierre

¡al pS Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url

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flotación del artefacto naval con habitabilidad, cuyas coordenadas de referencia son 52%49*34.75” S; 73%22”10,43" 02 (DATUM WGS84). Según información proporcionada por el fabricante, ajustada a los requerimientos de agua del centro y a las condiciones oceanográficas del agua en el sector de emplazamiento se requiere un uso de 3,3 horas/dia, donde el flujo de rechazo es de 11,5 l/min, dando un total de 2.312 día con una salinidad de 34,5 psu.

  1. ACCIONES DEL PROYECTO

4.4.1. FASE DE CONSTRUCCIÓN

Instalación fondcos

de

La instalación de fondeos, en términos generales y referenciales para todas las

estructuras involucradas, comprende las siguientes etapas:

  • — Instalación de conexión anela a la linea fondeo: Para el levante y movimiento del ancla en cubierta, las embarcaciones poseen maquinarias como grúas y winches, los cuales se accionan a través de sistema hidráulico. La grúa es operada desde la embarcación y el ancla es posicionada en la zona de cubierta para ser bajada al fondo, luego de eso el extremo de la linea de fondeo es conectado al ancla. Una vez que la línea de fondeo ha sido armada y conectada a módulo, la embarcación navega en dirección al punto de posicionamiento, Cuando la línca comienza a extenderse, la baliza, que se encuentra en el tamborcte del winche, comienza a ser “bajada”, cosa que puede hacerse mediante el “desencapillado” del winche, frenando intermitentemente antes de tocar fondo con el ancla. El objetivo de esta maniobra es que la línea quede formada en su máxima extensión y se encuentre en la ubicación geo referenciada. Una vez que la embarcación se encuentra ch posición y el ancia se posiciona en el fondo, la embarcación, inicia la maniobra de traccionar cl ancla. En este momento la baliza se encuentra en un ángulo mínimo de 45%, y el ancla queda fondeada. Finalmente, el cabo-baliza se saca del tamborete del winchc y se deja con boya por un periodo determinado, por si hubiese que realizar reposicionamiento del anclaje, De esta manera se da por terminada la maniobra de fondeo del ancla.

  • Balizamiento del peso muerto: La maniobra es ejecutada por un buzo autorizado, quien deberá instalar un cabo, amarrando un extremo del cabo en el cáncamo superior del peso muerto y el otro extremo del cabo deberá quedar lo suficientemente largo para que este se pueda maniobrar con el Winche del barco para su levante en forma controlada.

  • — Levante de peso Muerto: El levante de peso muerto desde el fondo, se realiza a través de las embarcaciones habilitadas, donde el winche se acciona a través de sistema hidráulico. Una persona de la tripulación opera cl Winche y otra tomará el extremo del cabo ya balizado y se conectará al tambor del winche, el cual comenzará a enrollar hasta que este se despega desde cl fondo y se hace llegar hasta el máximo de la superficie o lo que permita la maniobrabilidad de eada embarcación. A continuación, se conecta la o las tíneas de fondeo.

Líneas Pesos Mucrto-Simples: Para la inaniobra de líneas simples, solo se hace el

levante del peso muerto y la conexión de ta cadena de fondeo y lucgo su traslado

hasta el lugar donde se desea instalar. Todas las estructuras para instalar durante la fase de construcción llegarán pre armadas desde fábrica, por lo tanto, no se construirán artefactos en el área del proyecto.

Instalación artefacto naval habitabilidades

de con

El artefacta naval con habitabilidad llegará armado al centro y este será fondeado acorde a las especificaciones de la Memoria de Cálculo de Fondeo de las estructuras del centro, la cual cumplirá con la normativa vigente, incluyendo las disposiciones del Res, Ex. N” 1821-2020 que Establece Metodología para el Levantamiento de Información, Procesamiento y Cálculos del Estudio de Ingeniería, y Especificaciones Técnicas de las Estructuras de Cultivo a la que se Refiere el Artículo 4% Letra E) del D.S. 320 de 2001. (Publicado en Página Web 19.08.2020) (F.D.O. 21-08-2020).

Referente al traslado de los implementos para la instalación del artefacto naval con habitabilidad (pontón), se aclara que las estructuras serán despachadas en Motonave dirceto al centro de engorda, correspondiente al presente proyecto. Una

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vez llegadas las embarcaciones al centro, se procederá con la instalación de las estrueturas.

El artefacto naval será instalado dentro del área de concesión, y cumplirá con la normativa sectorial aplicable. Las especificaciones técnicas del Artefacto Naval se adjuntan en Anexo 4.1, y 4,7 de la DIA.

Las balsas llegarán armadas al centro. Respecto a la seguridad de los módulos de cultivo y fondeos, se dispondrá de una Memoria de Cálculo de Fondeo (MCF) en función de antecedentes oceanográficos del sector, las cuales serán fondeados con cables de accro galvanizados y tensores unidos a un sistema de anclaje, acorde a Instalación de balsas | las especificaciones de la Memoria de Cálculo de Fondeo de las estructuras del jaulas centro, la cual cumplirá con la normativa vigente, incluyendo las disposiciones del Res. Ex. N” 1821-2020.

Además, se realizará la instalación de un sistema de monitoreo submarino mediante cámaras submarinas en los módulos de cultivo, con el fin de controlar la entrega de alimento, y con ello regular la cantidad de alimento no consumido.

Se instalarán tres tipos de redes de cultivo. Las redes serán trasladadas e instaladas por empresas externas contratadas para tales efectos, utilizando embarcaciones especialmente diseñadas para este tipo de maniobras.

  • Redes peceras: Corresponden a las redes de cultivo y serán confeccionadas en un taller autorizada. Las redes de eultivo tendrán dimensiones ajustadas a las estrueturas de cultivo, La apertura de red podrá variar de 1 hasta 3”, dependiendo del estado de desarrollo de los peces, las dimensiones y titulación de las redes peceras podrían variar durante el ciclo productivo, eomo forma de asegurar la resistencia. Solo en caso de ser necesario serán impregnadas con Pintura anti-fouling en un taller autorizado.

  • Redes loberas: Las unidades de cultivo serán cubiertas por una red lobera que

Instalación y Manejo protegerán las estructuras flotantes. Esta red tendrá una apertura de malla

de redes adecuada para evitar que el depredador se enmalle y/o enrede, además de evitar que rompa la red de cultivo y penetre a las balsas. Acorde a necesidades operativas, la profundidad de la red lobera puede, se dará cumplimiento al Artículo 4 d) del D.S. N” 320 del 2001 y sus modificaciones (RAMA), quedando el decil más profundo siempre libre de estas estructuras. En este easo particular la profundidad promedio en la zona de módulos es de 30 m, por lo cual se garantiza cumplir con esta disposición.

Redes pajareras: Las redes pajareras corresponderán a mallas que cubrirán la

totalidad del área superficial de las jaulas, de manera independiente, y cuya

función será evitar la depredación por aves y el escape de peces por acción del oleaje. La apertura de redes podrá variar para evitar la depredación por aves y el eseape de peces por acción del oleaje, asegurando que las aves no se enmallen.

La instalación de! Ensilaje de Mortalidad solo se ejecutará en caso de instalar el Pontón Alternativa |, que no posee sistema de ensilaje incorporado, Si se utilizar et Pontón con habitabilidad alternativa dos no se ejecuta la actividad.

En caso de ejecutarse, lo desarrollarán empresas autorizadas que se dediquen a esta actividad. Respecto de la estructura del Sistema de Ensilaje, se adjunta en Anexo 4 de la DIA un plano general con sus componentes y especificaciones técnicas.

Instalación — sistema de ensilaje

Adicionalmente a las estructuras señaladas se instalará una plataforma de almacenamiento de materiales de uso cotidiano en el centro. La instalación de la Plataforma será ejecutada por empresas autorizadas que se dediquen a esta actividad,

En la plataforma flotante el almacenaje de materiales es diverso, variando según requerimientos de cada etapa del ciclo de cultivo. Se almacenan residuos no peligrosos, residuos peligrosos y materiales, como planzas, mangueras, cabos, contrapesos, Materiales EPP, trajes de agua o de buzo, Aspersores, Picarones, Lavaojos, Botiquín, Señalética, extintor, kit de contención antiderrames, galones de gas, etc.

Instalación de plataforma almacenamiento.

Emisiones a la atmosfera

En la presente etapa el proyecto no presenta emisiones significativas a la Emisiones y | atmosfera. Las únicas emisiones serían aquellas provenientes de la embarcación efluentes que apoya las labores de instalación de las estructuras flotantes, provienen del generador cléctrico, considerado como fuente de emisión fija el cual funcionará en promedio 12 h/día de modo constante durante ta etapa de construcción, Además,

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existirá generación de gases atmosféricos producto de la operación de los motores fuera de borda, utilizado por las cmibarcaciones durante la etapa de construcción, De los resultados obtenidos, se puede establecer que las emisiones atmosféricas que generará el proyecto en la etapa de construcción vienen dadas por el funcionamiento del equipo electrógeno que abastecerá de ciectricidad al proyecto en su fase de instalación generando como principal contaminante emitido NOx, producto de la combustión interna de petróleo diésel, cuyos niveles son mínimos. Aguas servidas

Los residuos líquidos que pudiesen generarse en esta fase cstán circunscritos a las aguas servidas de las embarcaciones que participan de la facna de fondeo c instalación de las estructuras flotantes del cultivo, las que cuentan con servicios higiénicos reguladas sectorialmente y aprobadas por la Autoridad Marítima.

Ruido

Dado que la fase de construcción es una actividad puntual y las fuentes de ruido correspanden al traslado de toda la infraestructura del Proyecto y esta se realiza mediante una embarcación de carga, cuyo sistema de propulsión es por petróleo diésel, la cual es la principal fuente de ruido subacuática en toda la fase de construcción. Contempla 2 motores de Potencia motores 320 HP. Además, se contempla el uso de una embarcación pequeña para traslado de trabajadores. Residuo sólido domiciliario y Asimilables

La faena de instalación de estructuras no generará residuos sólidos, por cuánto las estructuras llegan armadas al centro y de generarse una mínima cantidad, éstas son retiradas por la misma empresa encargada de la instalación del centro y dispuestas en vertedero autorizado. Se acopian en contenedores en cubierta y se despachan a vertedero autorizado, generalmente cuando se realizan los relevos de personal.

La cantidad generada se estima en 5 kg/dia de residuos sólidos asimilables a domésticos, los cuales provendrán principalmente de la alimentación del personal siendo estas enviadas a sitios de disposición final, a través de empresas autorizadas. Se acopian en contenedores en cubierta y se despachan a vertedero autorizado, generalmente cuando se realizan los relevos de personal,

Residuos, productos

químicos y Otras sustancias que puedan afectar el

medio ambiente.

Debido al tiempo acotado de duración de la fase de construcción, no se estima la producción de residuos peligrosos para esta fase. En la eventualidad de que se generen residuos peligrosos, corresponderían a envases de aceite asociados a temas de mantención de maquinarias tales como generadores. Estos residuos serán retirados, manejados y enviados a sitios de disposición final autorizados, a través de empresas autorizadas.

Referencia al ICE

para mayores . detalles sobre esta Capítulo 4 fase.

4.4.2, FASE DE OPERACIÓN

Ingreso smolts

El ingreso de los smolt al centro se realizará a una talla aproximada de 200 gramos de peso. Esta actividad se efectuará mediante el traslado de peces en camiones estanques, barcazas o wellboats desde centros de smoltificación que cuenten con las acreditaciones sanitarias correspondientes, hasta cl centro de engorda. En evalquier easo, el transporte será efectuado por medio de empresas que cumplan la legislación vigente, Asimismo, cada movimiento de smolts será respaldado con toda la documentación necesaria exigida por la normativa vigente.

El número de ejemplares a ingresar estará en directa relación con la producción autorizada del centro, lo que en ningún caso se podrá exceder la producción de 2.500 tonoladas por ciclo de cultivo.

Engorda y Sistema de Alimentación

Los peces serán alimentados diariamente, desde el artefacto naval en forma automática, es decir controlados por operadores desde computadoras en forma local o remota. La técnica de alimentación puede ir variando según las tendencias y tecnologías disponibles en el mercado y según los requerimientos de los peces en cultivo, idealmente será suministrado durante todo el dia (micro-raciones). Se reajustará la dieta de acuerdo con la evolución de los peces en cautiverio. Las decisiones respecto al suministro de alimento se tomarán según la información proporcionada por un sistema de monitoreo y registro en cada una de las jaulas. El proceso de alimentación será monitoreado para asegurar su eficiencia. El titular optimizará el proceso de alimentación utilizando un sistema de captación o

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detección de alimento no consumido, reduciendo al mínimo las perdidas por este eoneepto y resguardando la sustentabilidad del sitio de emplazamiento.

El alimento será almacenado en el artefacto naval. Los sacos vacios serán retirados por la empresa proveedora de alimento, por lo que no son considerados residuos sólidos. La alimentación será semiautomática.

Tratamiento mortalidades mediante ensilaje

Extracción de Mortalidad:

Reeolección de mortalidad se realizará diariamente a través del Sistema Lift Up o buceo (semi-autónomo jaula a jaula). Los peces muertos extraídos serán cuantificados, luego se dispondrán en contenedores con tapa hermética, para ser transportados desde el módulo hasta la plataforma de ensilaje, donde serán clasificados según causa de mortalidad por personal calificado, adoptando las medidas de bioscguridad adecuadas. El traslado se efectuará al terminar la recolección de mortalidad, reduciendo de esta mauera el tiempo de acopio en módulos. Se adoptarán todas las medidas de seguridad adecuada para no generar escurrimiento de ningún tipo de residuo.

Sistema de Tratamiento:

La mortalidad, para un ciclo productivo en Situación normal se estima en hasta un 10% de la produeción, pudiendo corresponder ésta, a una biornasa de hasta 2,5 ton por cielo productivo. La mortalidad será procesada en el sistema de ensilaje, donde mecánicamente se genera una pasta proteica y ácida a partir de la introducción de peces muertos y la adición de ácido fórmico en un estanque mezclador y moledor; esta pasta luego se eonserva en un silo hasta su posterior retiro por embarcaciones autorizadas, que la transportarán hasta una Planta Reductora. El Silo de almacenaje tendrá una capacidad de 21 m3 y en el lugar se mantendrán los elementos de protección personal adecuados,

Se estima que el sistema de ensilaje del centro tendrá la capacidad de procesar y disponer del 100% de la Mortalidad generada. El estanque triturador tendrá una capacidad de proceso aproximada de 60 kg en un tiempo de 15 a 30 min. Al agregar 60 kg de mortalidad el tiempo promedio de molienda es de 30 minutos, en un día se pueden procesar hasta 2,88 Ton. En caso de que la mortalidad sea superior a la capacidad máxima que posee el triturador, se procederá con lo establecido en el Procedimiento de Manejo de Mortalidad y aplicación de Necropsias (Anexo 5.1 de la DIA) e Instructivo de Uso y Contingencia de Sistema de Ensilaje (Anexo 5.11 de la DIA). Se adicionará 30 ml acido fórmico /kilo de mortalidad.

Respecto a la frecuencia de retiro del ensilado, cl Titular señala que, como estrategia preventiva, se coordinará el retiro cuando el estanque alcance un 70% de su capacidad y/o cada 15 días en los meses 11 y 12.

La mortalidad inactivada será enviada a una planta reductora, con toda la documentación exigida y acorde a normativa vigente. El titular señala que el destino final de la mortalidad será, si existiese al momento de ejecución del proyecto, una planta reductora ubicada en la región de Magallanes.

Cuando se inicie el proceso de sistema de ensilaje, se realizará un análisis de peligrosidad a la primera producción del material, donde se incluye la reactividad, corrosividad, inflamabilidad y toxicidad, conforme al D.S. N” 148, previo a su disposición final y los análisis serán remitidos a la Autoridad Sanitaria. Posteriormente y dependiendo de los resultados obtenidos, la Autoridad Sanitaria evaluará la continuidad o la frecuencia del muestreo. Al respecto, en el caso de resultar un residuv peligroso de acuerdo con el análisis correspondiente, el titular indicará las medidas sobre el manejo y disposición final de dicho ensilaje.

El titular ha implementado como política preventiva en sus centros de cultivo, el muestreo de variables tales como oxigeno, salinidad, temperatura y microalgas nocivas, tendiente a anticiparse a la ocurrencia de un evento de mortalidad masiva. Mortalidades Masivas: Se adjunta en Anexo 6.4 de la Adenda el Plan de Acción de mortalidad masiva de salmones er cultivo e imposibilidad de operación de los sistemas O equipos utilizados para la extracción, desnaturalización o almacenamiento de la mortalidad diaria para el centro Caiquen, además se adjunta: Cronograma, Descripción de etapas, Diagrama de flujo, Mantención, Materiales insumos y señalización y Organigrama etapas del respectivo plan.

El citado Plan da cuanta de la Capacidad logística requerida para la extracción de la mortalidad de las balsas jaulas, Tratamiento aplicado para desnaturalizar la

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mortalidad, si es que procede y detalles de éste según el motivo que produjo la mortalidad y las medidas de seguridad a desarrollar, de acuerdo al marco legal vigente, Destino final de las mortalidades en la región u otra, capacidad de tratamiento del destino final, Tiempo requerido en el proceso desde que se da el evento de la mortalidad hasta el destino final y Catastro de medios para el traslado de mortalidades masivas con que cuenta la empresa para enfrentar este evento.

Tratamientos terapéuticos y sanitarios

Para el tratamiento de patologías en peces, se utilizarán productos terapéuticos que cumplan con la legislación vigente y estén permitidos por la autoridad correspondiente, La administración y dosificación de los medicamentos se encontrará sujeta a las condiciones ictiosanitarias, las cuales dependerán de factores como calidad genética, densidad máxima de cultivo, calidad y método de alimentación, temperatura de la columna de agua, entre otras. La prescripción de medicamentos será efectuada sola por un módico veterinario, respaldada con análisis de laboratorio.

Manejo de redes

El cambio de redes se realizará acorde a eronograma presentado en tabla 13 de la DIA para las redes de las jaulas, y semestralmente para las redes loberas. No obstante, el cambio y limpieza de redes puede ser adelantado o atrasado, dependiendo del estado de estas. Las redes recmplazadas, serán estibadas en una embarcación, dentro de contenedores herméticos, para ser llevadas hasta un taller autorizado, para su mantención,

Las redes removidas no serán acopiadas en el centro de cultivo, serán despachadas a un taller autorizado con su respectiva Guía de Despacho, ruta de navegación, certificado sanitario de movimiento o según lo indicado por la normativa vigente, quedando copia de estos documentos en el Centro de Cultivo.

Igualmente se podrá realizar limpieza in situ de redes, de acuerdo con las disposiciones contenidas en el D.S. N? 320 del 14 de diciembre de 2001 del Ministerio de Economía, Fomento y Reconstrucción (MINECON), Reglamento Ambiental para la Acuicultura.

Para el caso de redes que se encuentren sia pintura antí- incrustante serán limpiadas in situ mediante un sistema sin retención; según lo señalado en D.S. N* 320 (RAMA), se dará aviso a Sernapesca vía correo electrónico de la fecha de instalación de las redes en un plazo de cinco días desde que se haya efectuado la instalación, mediamte correo electrónico (redesptaarenas(Esenapesca.cl); tal documento, se mantendrá en el centro de cultivo, para presentarse en caso de fiscalización y se deberá presentar un calendario donde se señalen las fechas en que se efectuará cl limpieza de las redes (peccra/ lobera), acore a normativa vigente

Sistema de Tratamiento de aguas servidas

Las aguas servidas dornésticas generadas, se tratarán en una planta de iratamiento de aguas servidas homologada por la autoridad marítima. Para verificar el correcto funcionamiento de la PTAS de acuerdo con Directiva AS2/004 DGTM. Y MM. ORDINARIO N*12600/931 VRS. de fecha 13 de diciembre de 2007, se realizarán muestreos semestrales de los efluentes generados y sus resultados serán remitidos ala AAMM.

Cosecha

Los traslados de peces vivos se realizarán cumpliendo la normativa vigente y con respaldo de guía de despacho, estos serán sometidos a un ayuno previo y se establecerán procedimientos estandarizados, indicando características específicas como: especie, temperatura, distancias, entre otras.

La cosecha de peces se realizará cuando los individuos alcancen un tamaño

comercial, acorde a las tecnolagías de cosechas vigentes y disponibles en cl

mercado, cumpliendo siempre con la normativa ambiental vigente, se detendrá la alimentación en la jaula a cosechar y se procederá realizar la faena de cosecha

  • Cosecha en “wellboat”: Las embarcaciones “Wellboat”, succionan mediante bombas y yomas los peces vivos desde las jaulas de cultivos, luego son transportados en bodegas con parámetros fisicoquímicos controlados, con destino al centro de acopio o vivero respectivo. Luego, los peces serán descargados desde los estancos del wellboat por medio de una tubería directo a una jaula previamente coordinada.

  • Cosecha tradiciorial: Una vez alcanzado el peso cosecha, estos son sacrificados en el centro de cultivo en una plataforma de cosecha y/o barcaza, se depositan en Ecotank o Fishtank (los cuales poseen hieio elaborado), para posteriormente ser enviado por barco hacia la Planta de Procesos más

próxima.

de AP

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Los traslados de cosccha se realizarán en base a lo establecido cn la Resolución N* 64 del año 2003 del Servicio Nacional de Pesca, “Programa Sanitario General de procedimientos de Transporte”, reglamento que tiene como objetivo establecer los requisitos minimos y procedimientos sanitarios aplicables al transporte, tendientes a prevenir la diseminación. El titular mantendrá registros de cosecha y traslado respectivamente.

La cosecha podría requerir de entre 1 y 2 meses, la frecuencia de embarcaciones sería de aproximadamente 2 al mes, es decir, 4 embarcaciones mensuales, en los meses 11 y 12 para cosccha.

Limpieza lavado y desinfección

Una vez finalizada la cosecha, se cfectuará el descanso sanitario establecido por la autoridad, Durante cse período se desarrollará la limpieza, desinfección y mantención del centro; consistente cn una mantención general de las estructuras instaladas, siguiendo las disposiciones del D.S. N ” 320/01. Las faenas de limpieza, lavado y desinfección (LLD) realizadas en matenales, equipos, embarcaciones, naves, artefactos navales e infracstructuras del centro de cultivo y en sus operaciones anexas (abastecimiento, transporte, etc.), serán realizadas por empresas que cuenten con autorización de la Gobernación Marítima de Punta Arenas. La desinfección será por aspersión.

Procedimiento y seguimiento de variables ambientales

Seguimiento de mamíferos marinos: Las medidas involucradas en el plan de seguimiento de variables ambientales, una vez que el centro se encuentre en operación, se describen a continuación:

a) Estimar la abundancia relativa, distribución, y patrones de residencia de mamiferos y aves marinas. Con énfasis en aquellas con problemas de conservación y de especies que pueden tencr alta interacción con las instalaciones como es lobos marinos.

b) Establecer si las aguas del área son un lugar de alimentación y/o reproducción para estos grupos de especies.

c) Identificar especies de importancia especial en el área de acuerdo con criterios de conservación.

d) Consideraciones metodológicas:

  • Estimaciones de abundancia con Lineas de transecto y áreas sistemáticas en cl área de estudio.

  • Foto-identificación, de mamíferos marinos y construcción de catálogos de referencia. Las técnicas de identificación con foto (foto identificación) permiten la captura y recaptura de individuos sin manejo físico, utilizando las marcas naturales presentes cn la aleta dorsal (muescas) y la parte superior del cuerpo para reconocer a los individuos,

  • Los muestreos deberán ejecutarse en primavera-verano, con muestreos anuales y éstos deberán ser ejecutados por expertos en mamiferos y aves marinas con experiencia en terreno en la región de Magallanes.

e) Recolección de información ambiental:

  • Se debe recopilar factores abióticos ambientales, como turbidez, salinidad, temperatura superficial del mar y profundidad, nitrógeno y fósforo. Además de parámetros bióticos como. clorofila a y/o productividad primaria. La periodicidad deberá ser diaria.

  • Implementar muestreos de nitrógeno y fosforo con una periodicidad semanal, al menos en el primer ciclo productivo, para reevaluar su periodicidad posteriormente de acuerdo con los resultados. En su plan debe incluir una muestra control y en la concesión al menos tres muestras a una profundidad promedio de 5 metros.

Los resultados deberán ser entregados a la SMA, en abril de cada año, con copia a

la Dirección Regional del SEA.

Periodicidad Muestreo:

Los muestreos se realizarán durante los tres primeros años de operación del centro

se propone un muestreo bianual, en periodo otoño-invierno y primavera-verano y,

atendiendo a los resultados obtenidos y no abscrvándose cambios considerables en

la estructura poblacional, considerando además la estacionalidad y movilidad de las especies objetivo, se propone después de los tres primeros años de operación que los muestreos se reaticen anualmente en época primavera-verano.

Seguimiento praderas de Macrocytis:

No obstante que las emisiones de fecas y alimento no consumido -no alcanzan el

borde costero ni las profundidades con presencia de la especie, el proyecto

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contempla seguimiento a las praderas de Macrocvstis pyrifera, especie estructuradora de hábitat, que sc encuentra aproximadamente a 132 m del borde de la concesión. Las áreas para muestrear de acuerdo con la siguiente figura: (figura 4 Anexo 2,3 Adenda)

Figura4. Secrores de seguimiento Mocsosystis pynfera.

SECTORES DE MON:IOREO tApyrfera,

BELTOR 1-2-3 HMAPAIO SECTOR 4-5-6 CONTROL

Una vez que el centro de cultivo se encuentre en operación (con peces), se propone como descriptor de seguimiento anual de biomasa, la medición de la superficie del parche de M. pyrifera, evitando un muestreo que involucre extracción de frondas, así como de grampones, preservando integra la actual fauna asociada a los grampones de fijación, priorizándose un monitoreo no-destructivo. En cada muestreo anual, estando el centro en operación, realizado desde una embarcación menor, será georreferenciada la superficie de cada parche, adjuntando además un registro fotográfico de csta. Anualmente, estando el centro en operación, será actualizado el informe de seguimiento y monitoreo en el área de emplazamiento, material con el cual se efectuarán las capacitaciones anuales de Biodiversidad (Anexo 2.3 Adenda).

Aplicación Protocolo de Navegación

El titular elaboró un Protocolo de Navegación para la Protección de la Fauna Marina - Concesión Caiquén: El titular se compromete en todo momento a asegurar que las condiciones de navegabilidad sc realicen de forma segura y sin afectación a la población de aves y mamíferos marinos en el sector, tomando las medidas de resguardo necesarias, respetando las rutas de navegación y distancias con los ejemplares en su medio natural. se define una zona de seguridad, donde, se realizarán observaciones visuales, junto a la disminución de la velocidad de tránsito de las embarcaciones que transitan hacia y desde el proyecto.

Consideraciones previas a la navegación:

  • Las embarcaciones deberán contar con las revisiones y los permisos correspondientes otorgados pot la Autoridad Marítima.

  • Las embarcaciones deben estar en óptimas condiciones, es decir, limpias, con combustible y con los equipos de seguridad, comunicación y primeros auxilios revisados y en buenas condiciones.

  • Se debe contar con plan de contingencia ante derrames de combustible u otros liquidos al interior de las embarcaciones. Contando con al menos paños absorbentes y boas de contención, que evitan que restos líquidos contaminantes como combustibles y otros químicos se filtren y terminen en el mar; además de contar con los receptáculos necesarios para su disposición temporal.

  • El personal de la empresa, que sea responsable de operar embarcaciones, será capacitado para proceder de acuerdo con el presente procedimiento.

En caso de que algún mamífero marino o cetáceo, se aproximen a embarcaciones

en tránsito, deberán:

  • — Disminuir la velocidad y/o mantener el motor en neutro y esperar a que los animales se alejen por su cuenta, para evitar posible daño con las hélices

  • — Evitar generar ruidos molestos a bordo como gritos o bocina

  • — Evitarel contacto físico con los ejemplares

  • Se debe procurar no interferir en la traycctoria de un individuo o grupo de animales, y nunca interponerse entre una madre y una cría.

  • — Si alguna especie, sobre todo un cetáceo mayor, presenta un comportamiento amistoso la cmbarcación deberá permanecer con el motor encendido en neutro, y esperar la retirada del animal. Solo entonces podrá iniciar la navegación a baja velocidad y sin acelerar ni hacer cambios de dirección

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bruscos.

  • Al observar una de las siguientes conductas, se recomienda que las embarcaciones se alejen a baja velocidad: nado evasivo, cambios bruscos de dirección y/o velocidad, buceos prolongados y alejándose de la embarcación, interrupción de actividades esenciales (alimentación, apareamiento y/o crianza) y coletazos fuertes en el agua (evidencia de enojo).

  • En caso de avistamientos de cetáceos se deberá mantener una distancia mínima de 100 metros en el caso de cetáceos mayores, y 50 metros en cetáceos menores, considerando para ello; el ejemplar más próximo a la embarcación. Si existe aproximación involuntaria con ballenas, ésta debe ser lenta y respetando un ángulo de 60? que se forma en relación con la dirección de desplazamiento del animal.

  • Se respetará la distancia mínima de acercamiento, utilizando como referencia la establecida por el D.S. 38/2011 “Reglamento General de Observación de Mamiíferas, Reptiles y Aves Hidrobiológicas”, siendo estas, 100 metros para la mayoría de las especies de ballenas, 300 metros para la ballena azu) y 50 metros para cetáceos menores y otras especies hidrobiológicas.

  • Durante la navegación y cerca del área del proyecto o zonas de mayor diversidad de especies no se deben usar parlantes externos o megáfonos o generar ruidos ajenos a los generados por las operaciones normales de las embarcaciones.

En la zona de seguridad, las embarcaciones deberán disminuir su velocidad. En

caso de avistamiento de fauna, la velocidad debe ser siempre menor a la que se

desplaza cl mamífero más lento (no superando los 4 km/h, equivalente a 2,16

nudos), evitando realizar cambios repentinos de velocidad, dirección o curso,

Asimismo, en el caso de avistamiento, se debe mantener una distancia mínima

entre la embarcación y los individuos de la especie de 100 metros.

La zona de seguridad tiene una extensión de 1.451 metros para cada lado de la ruta

de tránsito de embarcaciones, acorde a lo indicado en la siguiente figura en

función del área de influencia para la componente ruido submarino, más detalle figura de la respuesta 1.7 de la Adenda, y que es el área donde debe aplicar el protocol.

Cenhto de Cuhivo de SUmónxteos Calguen A? ge Soticitud 2141210108

S AS : e

-Supervisará que las tripulaciones de la embarcactón acaten el protocolo durante la navegación.

-Entregará todos los materiales necesarios y las gestiones respectivas para mantener cel correcto almacenamiento de los residuos generados y la disposición a vertedero o centro de reciclaje correspondiente. :

-Reunirá la información respectiva para generar un informe en caso de colisión accidental con fauna marina y remitirla a la gerencia de producción y al departamento de medio ambiente.

Forma de acercamiento ante presencia de mamiferos marinos:

-En el caso de encontrarse con un grupo o manada de animales, la velocidad de las naves deberá mantenerse de forma moderada, evitando realizar cambios repentinos de velocidad, dirección o curso.

'Al momento de ocurrir un avistamiento las naves deberán mantener una distancia

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mínima entre la embarcación y la especie de 50 m. Asimismo, no se interrumpirá la trayectoria de nado de ninguna especie. No se separarán grupos de especies, tampoco se rodearán, acosarán, perseguirán o intimidarán especies y tampoco se separarán a las madres de sus erías.

Avistamiento De Fauna Marina (D.S 38/2011):

Para dar cumplimiento al D.S. 38/2011, la distancia mínima que deberá mantener una embarcación en caso de avistamiento será de 50 m, considerando para ello el ejemplar más próximo, Deberán evitar perturbaciones en el comportamiento de los animales que se estén alimentando, en reproducción o crianza, en reposo o en tránsito.

  • Inclusión de toberas en todas las embarcaciones menores de uso en el área de influencia: Se considera la inclusión de toberas en las embarcaciones menores de mayor frecuencia y uso en la zona de seguridad y la utilización de gas en las embarcaciones menores.

  • Medio de verificación para las velocidades de navegación a utilizar, en el área de influencia, por ejempla, inclusión de POSAT para embarcaciones mayores: El control satelital permitirá llevar un monitoreo de las naves para verificar las velocidades de navegación de las embarcaciones que circunden en el árca.

Junto a lo anterior, se recomienda la utilización de gas en las embarcaciones menores, con el objeto de reducir la probabilidad de derrames de combustibles líquidos: Al respecto se indica que se utilizará gas en las embarcaciones menores, con el objeto de reducir la probabilidad de derrames de combustibles líquidos.

Productos Gencrados

Cuando los peces alcancen el peso comercial, entrarán en la etapa final de producción, se detendrá la alimentación de los peces y se procederá a la faena de cosecha.

Recursos naturales renovables a extraer, explotar o utilizar

El proyecto utiliza columna de agua para la engorda de peces y bentos para la sedimentación de la materia orgánica (alimento no consumido y fecas de los peces).

Emisiones y efluentes

Gases

Los gases se generarán producto de la combustión, tanto en los generadores, como en los motores fuera de borda. La emisión de motores fuera de borda tendrá una duración de hasta 8 h/dia, pero de forma intermitente, mientras que la de los generadores será una fuente fija, pero de manera eventual y discontinua. Se tendrá especial cuidado en la mantención de estos equipos, para lograr la eficiencia de consumo y así permitir una combustión optima, minimizando la cantidad de gases emitidos.

Aguas servidas

El proyecto generará efluentes líquidos de las aguas servidas domésticas y de las aguas residuales grises (lavamanos, duchas, cocinas y lavadora). Estos efluentes irán a la columna de agua una vez que sean tratados a través de la planta de tratamiento. Por lo tanto, los elementos emitidos no son peligrosos, y las concentraciones y cantidades no son significativas sobre los recursos naturales renovables, además se dará cunplimiento a las especificaciones técnicas exigidas por la autoridad marítima. La unidad de tratamiento a utilizar se encontrará homologada y autorizada por la autoridad marítima,

Desinfectantes y Detergentes

El Titular solo utilizará los detergentes y desinfectantes autorizados por el Servicio Agrícola Ganadero y la Dirección General del Territorio Marítimo y Marina Mercante. En Anexo 6.1 de la DIA se presenta Manual de Higiene y Buenas Prácticas. Las concentraciones serán aquellas que señale el fabricante según el producto clegido. La desinfección será por aspersión. Para las manos se emplea alcohol! gel a través de dispensadores.

Eventualmente si sc generaran residuos líquidos, estos serán dispuestos en una empresa debidamente autorizada.

Salmuera planta desalinizadora

Se utilizaría una planta de osmosis inversa la cual produce agua dulce por desalinización de agua de mar. El proceso de desalación genera dos corrientes: el agua dulce que se utiliza en el pontón y como residuo la salmuera. Esta salmuera, según información proporcionada por el fabricante, ajustada-a los requerimientos de agua del centro y a las condiciones oceanográficas del agua en el sector de emplazamiento se requiere un uso de 3,3 horas/día, donde el fluju de rechazo es de

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11,5 Vmin, dando un total de 2.312 l/día con una salinidad de 34,5 psu.

La planta descargará salmuera al medio acuático mediante un fitting por sobre la línca de flotación del artefacto naval con habitabilidad, cuyas coordenadas de referencia son 52%4934.75”” S; 7392210,43” 026 (DATUM WGS84).

Ruido

Las emisiones de ruido provienen fundamentalmente de los motores fuera de borda, los generadores y el sistema de alimentación de peces. Las emisiones de ruido del sistema de alimentación ocurren durante unas pocas horas, y se debe principalmente al contacto de los pellets con el interior de los tubos de alimentación, siendo un ruido escasamente detectable a unos 50 m. de distancia de la fuente de emisión.

Las embarcaciones por sobre las 50 TRG. son de navegación silenciosa, no gcneran ruido externo excesivo y la presencia de ellas, más que por el ruido que puedan emitir, son identificables por el efecto que producen las prapclas en la navegación, generando una estela en la misma. El transporte e ingreso de personal se realiza mediante embarcaciones menores que utilizan como combustible gas licuado de petróleo, lo que optimiza la generación de ruido en comparación con un motor a gasolina o petróleo diésel. Es asi corno, la mayoría de las embarcaciones a utilizar en el actual proyecto, corresponden a servicios externos, los cuales cumplen con normativa vigente y por ende cada una, posee procedimientos o protocolos de navegación.

Residuo sólido domiciliario

El residuo domiciliario que se produzca será almacenado en bins debidamente rotulado, serán manejados acorde Procedimiento para manejo, transporte y almacenamiento de residuos, adjunto en Anexo 5.3 de la DIA. Se estima un total de 3.105 kg/ciclo aproximadamente, los cuales serán almacenados en tacho hermético, el retiro se efectuará periódicamente y su destino final será un lugar debidamente autorizado.

Mortalidades ensiladas

El centro de cultivo tendrá la capacidad de procesar y almacenar de manera normal la mortalidad generada, garantizando el normal funcionamiento del sistema de ensilaje y de los equipos e insumos que se utilizarán en cl proceso y cuyo destino final empresa reductora autorizada. Se cstima una mortalidad del 10 % de la producción objetivo.

Residuos Peligrosos

Durante la operación se generarán residuos considerados peligrosos, tales como: Filtros de aceite, pilas, baterías de plomo, cartridges, tonners, tubos fluorescentes, articulos de oficina y huaipe. La disposición final de estos elementos se gestionará acorde a Procedimiento para manejo, transporte y almacenamiento de residuos, adjunto en Anexo 5.3 de la DIA, dando cumplimiento al D.S, N*148 en cuanto a su manejo y disposición final en lugares autorizados.

Ácido Fórmico

La mezcla de ácido fórmico utilizada tradicionalmente es de 3 a 3,5% (3 a 3,5lt de ácido por 100 kg de pescado). Sin embargo, puede variar según cl producto comercial utilizado. El cálculo de kilos se obtendrá multiplicando el núnicro de peces muertos con peso promedio del centro. El ácido es vertido mediante una bomba automática. Se adjunta en Anexo 6.2 de la DIA Instructivo de Manipulación de Sustancias Corrosivas y Anexo 6,3 de la DIA Instructivo de manipulación de sustancias tóxicas,

Combustibles, Lubricantes

El Titular señala que el combustible para las embarcaciones destinadas a la logística del centro corresponderá a GLP. Por otra parte, el combustible destinado a los grupos electrógenos del artefacto naval con habitabilidades corresponde a pctróleo y será almacenado en estanques de combustible pertenecientes a esta estructura flotante, El o los estanques contarán con todas las medidas de seguridad establecida cumpliendo con la legislación vigente.

El petróleo será ingresado por el distribuidor de combustible, sin que haya ningún tipo de trasvasije. En caso de utihzar bencina se procederá de la misma forma. El combustible destinado a los grupos electrógenos del pontón habitable y de alimentación, corresponde a petróleo y será almacenado en estanques de combustible pertenecientes al artefacto naval con habitabilidades. El o los estanques contarán con todas las medidas de seguridad establecida cumpliendo

Residuos, productos químicos y otras sustancias que puedan afectar el medio anibiente,

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con la legislación vigente, El petróleo será ingresado por el distribuidor de combustible. La cantidad de combustible acopiada variará entre 10,000 y 20.000 Lt. El rango de requerimiento de combustible del generador varía entre 10.000 y 15.000 L mensuales dependiendo del generador y del uso de este, por lo cual se estima que el combustible acopiado y su frecuencia de abastecimiento son óptimas.

Desinfectantes y detergentes

El Titular solo utilizará Los detergentes y desinfectantes autorizados por el Servicio Agrícola Ganadero y la Dirección General del Territorio Marítimo y Marina Mercante. En Anexo 6.1 de la DIA se presenta Manual de Higiene y Buenas Prácticas.

Referencia al ICE para mayores detalles sobre esta fase.

Capítulo 4

4.4.3.

FASE DE CIERRE

Retiro de todas las estructuras flotantes (Artefacto Naval con habitabilidades; balsas jaulas; Plataforma Tratamiento Mortalidad mediante sistema de ensilaje y Plataforma de almacenamiento)

El proyecto tiene una vida útil de 25 años renovables, se consideran trabajos de mantención de las instalaciones, trabajos asociados a mejoras en la infraestructura y remodelación de instalaciones, con el propósito de incorporar nuevas tecnologías que signifiquen una mejora desde el punto de vista ambiental y de producción. En cl caso de no obtener la renovación y por endc sea necesario el cierre del ecntro se procederá a desarmar las balsas-jaulas, retirar los artefactos navales y trasladarlos al centro más cercano donde puedan ser reutilizadas. Desarmar las balsas jaulas o en su defecto transportarlas a otro centro del titular. Correspunde a todas las estructuras que se encuentre en el área concesionada, entendiéndose por éstas: boyas, módulos de cultivo, pasillos, redes de cuitivo, plataformas de apoyo y todo tipo de soportes no degradables o de degradación lenta que hubieren sido utilizados como sistema de fijación al fondo, con excepción de las estructuras de conereto, pernos y anclas, así como otras estructuras que pudieran haber sido utilizadas para el desarrollo de la actividad. Se dispondrá de los medios de verificación establecidos por la autoridad competente al momento de ejecutar la actividad.

El Titular cumplirá con el artículo 4? letra c) del D.S. N* 320 del año 2001,

“RAMA”, en cuanto a que, si aplica, se retirará al término de su vida útil o a la

cesación de las actividades del centro, todo tipo de soportes no degradables, o de

degradación lenta que hubieren sido utilizados como sistemas de anclaje al fondo, con excepción de las estructuras de concreto utilizadas para el anclaje. El procedimiento de cierre se detalla a continuación:

  • Todos los peces serán retirados de las jaulas de cultivo: Cosecha de toda la biomasa según el procedimiento detallado oportunamente.

  • — Las jaulas y demás estrueturas flotantes serán desarmadas y trasladadas, vía marítima hacia otros centros de cultivo del Titular.

  • Las redes serán retiradas y enviadas a mantención.

  • Se verificará el estado de la linea de costa, ante la eventualidad de existir residuos sólidos, los que se retirarán del lugar y serán depositados en vertederos autorizados. Finalmente, sólo los muertos de anclaje permanecerán en el fondo del mar.

  • Cualquier tipo de traslado de estructura se realizará según el Programa Sanitario general de Procedimiento de Transporte del Servicio Nacional de Pesca.

La ctapa de cierre se estima de una duración máxima de 4 meses, una vez

finalizada la última cosecha.

Limpieza de playa y registro visual

Se realizará limpieza de las playas, terrenos de playa aledaños al centro de cultivo

y fondo del área concesionada de todo residuo sólido generado por el proyecto y

deberá detallar en un informe que contenga al menos lo siguiente: identificación

del área objeto de la limpieza (coordenadas geográficas y UTM), procedimientos

de recolección, destino final de las estructuras y residuos encontrados.

Entrega de información a la SMA, Autoridad Pesquera y Autoridad marítima.

Registro visual

a) Grabación de alta resolución de toda la superficie de la concesión, las cuales demuestren el cumplimiento del literal a). La grabación no deberá ser editada y

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b)

e)

d)

deberá incluir de forma constante en la imagen: fecha, coordenadas geográficas, código de centro, nombre titular. La grabación debcrá ser desarrollada de acuerdo a lo establecido en la resolución (SUBPESCA) N93612 de 2009 y sus modificaciones.

Grabación de alta resolución de la playa, terreno de playa y alrededores del centro de cultivo, la cual demuestre el cumplimiento del literal b). La grabación, no deberá ser editada y deberá incluir de forma constante en la imagen: fecha, coordenadas geográficas, código de centro, nombre titular. La grabación deberá ser desarrollada de acuerdo a lo establecido en la resolución (SUBPESCA) N*%3612 de 2009 y sus modificaciones.

Grabación de alta resolución de todo el fondo marino, la cual demuestre el cumplimiento del literal c). La grabación no deberá ser editada y deberá incluir de forma constante en la imagen: fecha, coordenadas geográficas, código de centro, nombre titular. La grabación deberá ser desarrollada de acuerdo a lo establecido en la resolución (SUBPESCA) N*3612 dc 2009 y sus modificaciones.

Con la finalidad de verificar la condición del fondo marino, y demostrar el cumplimiento del literal d), sc deberá realizar un monitorco ambiental de toda el área concesionada, de conformidad con cl numeral 8 de la resolución (SUBPESCA) N3612 de 2009 y sus modificaciones. El muestreo solicitado, deberá contener sólo las variables consideradas en el numeral 34 de la resolución antes señalada y cumplir con los niveles de accptabilidad indicados en el mismo, de conformidad a la categoría que le aplica al centro de cultivo, según cl numeral 5 de la resolución (SUBPESCA) N3612 de 2009 y sus modificaciones.

Finalmente, el informe del plan de cierre y abandono y sus medios de verificación, deberán ser entregados al Servicio Nacional de Pesca y Acuicultura y Superintendencia del Medio Ambiente (SMA), en el plazo no superior a los 6 meses desde la notificación del inicio de la etapa de abandono a la SMA,

Referencia al ICE para mayores detalles sobre esta fase.

Capítulo 4

4.5. CRONOLOGÍA DE LAS FASES DEL PROYECTO

4.5.1. Fase de Construcción

Fecha estimada de inicio | 2do Semestre 2023

Parte, obra o acción que establece el inicio | Instalación de Fondcos

Fecha estimada de término | 2do Semestre 2023

Parte, obra o acción que establece el término | Instalación de plataforma almacenamiento

4.5.2. — Fase de Operación

Fecha estima da de inicio | 2do Semestre 2023

Parte, obra o acción que establece el inicio | Ingreso smolts

Fecha estimada de término | 2048

Parte, obra v acción que establece el término | Cosecha

4.5.3. — Fasc de Cierre

Fecha estimada de inicio | 2049

Parte, obra o acción que establece el inicio

Retiro de todas las estructuras flotantes (Artefacto Naval con habitabilidades; balsas jaulas; Plataforma Tratamiento Mortalidad mediante sistema de ensilaje y Plataforma de almaccnamiento)

Fecha estimada de términa | 2049

Parte, obra o acción que establece el término | Limpieza de playa y registro visual

Referencia al ICE para mayores detalles sobre

esta fase.

Capitulo 4

5%. Que, durante el proceso de evaluación se han presentado antecedentes que justifican la inexistencia de los siguientes efectos, características y cireunstancias del artículo 11 de la Ley N*19.300:

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5.1. RIESGO PARA LA SALUD DE LA POBLACIÓN, DEBIDO A LA CANTIDAD Y CALIDAD DE EFLUENTES, EMISIONES Y RESIDUOS

Referencia al ICE para mayores detalles sobre este impacto especifico | Capítulo 6.1

a) La superación de los valores de las concentraciones y periodos establecidos en las normas primarias de calidad ambiental vigentes o el aumento o disminución significativos, según corresponda, de la concentración por sobre los límites establecidos en éstas. A falta de tales normas, sc utilizarán como referencia las vigentes en los Estados que se señalan cn el artículo 11 del Reglamento.

No existe población en el área de influencia susceptibles de ser afectada. La población más cercana se encuentra en la comuna de Río Verde, a 140 km.

Las emisiones del proyecto por su tipología quedan circunscritas a la generación de gases producto de la operación de los motores fuera de borda y de los generadores de electricidad, las cuales son actividades de baja magnitud y de una frecuencia intermitente.

b) La superación de los valores de ruido establecidos cn la normativa ambiental vigente. A falta de tales normas, se utilizarán como referencia las vigentes en los Estados que se señalan en el artículo 11 del Reglamento.

Las emisiones de ruido provienen fundamentalmente de los motores fuera de borda, los gencradores y el sistema de alimentación de peces. Las emisiones de ruido del sistema de alimentación ocurren durante unas pocas horas, y se debe principalmente al contacto de los pellets con el interior de los tubos de alimentación, siendo un ruido escasamente detectable a unos 50 m. de distancia de la fuente de emisión.

Independiente de lo anterior, como se ha señalado, no existe población en el área de influencia susceptibles de ser afectada. La población más cercana se encuentra en la comuna de Río Verde, a 140 km.

c) La exposición a contaminantes debido al impacto de las emisiones y efluentes sobre los recursos naturales renovables, incluidos el suelo, agua y aire, en caso de que no sea posible evaluar cl riesgo para la salud de la población de acuerdo a las letras anteriores,

Los gases se generarán producto de la combustión, tanto en los generadores, como en los motores fuera de borda. La emisión de motores fuera de borda tendrá una duración de hasta 8 h'día, pero de forma intermitente, mientras que la de los generadores será una fuente fija, pero de manera eventual y discontinua. Se tendrá especial cuidado en la mantención de estos equipos, para lograr la eficiencia de consumo y así permitir una combustión optima, minimizando la cantidad de gases emitidos.

En cuanto a la generación de aguas servidas, serán tratadas mediante una planta de tratamiento de aguas servidas (PTAS), la cual contará con su respectivo certificado de homologación emitido por la autoridad. Las aguas tratadas serán descargadas a la columna de agua cumpliendo las condiciones establecidas por la Dirección General, de acuerdo con el Art 95” del Reglamento para el control de la contaminación acuática. Además, se acreditará el correcto funcionamiento del sistema con monitoreos semestrales del cfluente generado, según lo indicado en la Directiva DGTM y MM. ORD. N*12.600/931.

Adicionalmente el titular instalará una planta de osmosis inversa (desalinizadora) para obtener agua dulce. La planta descargará salmuera al medio acuático mediante un fitting por sobre la línea de flotación del artefacto naval con habitabilidad.

La pluma del efluente para la salinidad es solidaria y coherente con la corriente existente en el medio para el equipo desalinizador instalado. De esta forma la pluma salina presenta una direccionalidad Suroeste. Se estima que la pluma salina alcanza el +10% de la salinidad del medio a una profundidad de 0,13 m y una distancia de la boca de la tubería de 0,45 m. La distancia máxima, en la que la salinidad de la pluma alcanza su mínimo, (20.814 ppm) es de 4,02 m, siendo la profundidad de la pluma en este punto de 0,24 m,

d

La exposición a contaminantes debido al impacto generado por el manejo de residuos sobre los recursos naturales renovables, incluidos el suelo, agua y aire.

Con respecto al manejo de los residuos domiciliarios, industriales y peligrosos durante las fases de construcción y operación del Proyecto, se hace presente que, los contenedores donde sc almacenen los residuos generados por el Proyecto en ambas etapas serán herméticos, destinados para talcs fines y elaramente identificados. Para el caso de los residuos peligrosos, se considerará como referencia, las exigencias de almacenamiento y manejo establecidas en el D.S. N* 148/2003 del MINSAL.

Otros residuos que genera el proyecto se incluyen las bolsas de alimento y la mortalidad, las primeras son devueltas al proveedor, para su reciclaje y la mortalidad es manejada a través del sistema de ensilaje, producto que es reutilizado.

Todos. estos residuos serán retirados y enviados a sitios de disposición final autorizados para su eliminación y/o valorizados según corresponda, estimando una frecuencia de retiro que impida la excesiva acumulación de residuos.

Con una correcta gestión de-los residuos, se evitará una exposición de estos sobre los recursos

kSs 10] 17/50 Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente un $ htipsIvalidador.sea.gob.cl/validar/2155171132

renovables, incluidos cl sucio, agua y aire, ya que, al mantenerse en contenedores herméticos se evita la dispersión de estos cn la intemperic, evitando derrames sobre el suclo y/o agua. siendo además una forma de controlar olores por descomposición de los residuos, en conjunto Con una frecuencia de retiro adecuada.

5.2. EFECTOS ADVERSOS SIGNIFICATIVOS SOBRE LA CANTIDAD Y CALIDAD DE LOS RECURSOS NATURALES RENOVABLES, INCLUIDOS EL SUELO, AGUA Y AIRE

Suelo Marino

Impacto ambiental Enriquecimiento orgánico susirato O bentos, producto de la incorporación de materia orgánica al medio acuático.

Componente Ambiental afectado | Bentos

Parte, obra o acción que lo genera | Engorda

Fase en que se presenta Operación Columna de Agua Impacto ambiental Cambios en las propicdades químicas de la columna de agua marina,

producto de la incorporación de materia orgánica al medio acuático.

Componente Ambiental afectado | Agua

Parte, obra o acción que lo genera | Engorda

Fase cn que se presenta Operación

Fauna y flora

Enriquecimiento orgánico sustrato o bentos y con ello alteración de la biodiversidad, producto de la incorporación de materia orgánica al medio acuático,

Impacto arnbiental

Componente Ambiental afectado | Flora y Fauna

Parte, obra o acción que lo genera | Engorda

Fase en que se presenta Operación

Referencia al ICE para mayores detalles sobre este impacto específico [ Capítuln 6.2,

a) La pérdida de suelo o de su capacidad para sustentar biodiversidad por degradación, erosión, impermeabilización, compactación o presencia de contaminantes,

El titular presenta una modelación para la dispersión y sedimentación de fecas y alimento no consumido, utilizando el software Depomod, el cual corresponde a un modela de seguimiento de particulas, que estima la tasa de carbono orgánico y que incorpora como sustrato la columna de agua y cl bento, además de variables abióticas y parámetros productivos del centro de cultivo.

En cste contexto el resultado obtenido indica que la tasa máxima de COT obtenida cs de 4,78grC/m2/dia, cumpliendo con el límite de corte establecido de 5grC/m2/día, además en promedio se depositan 1,14 grC/m2/día dentro del árca de influencia.

Asociado a csta simulación, se calcula la disponibilidad de oxigeno disuelto (OD) de 1.237,93 [mmol/02/m2/día], con demanda máxima de OD de 393,62 [mmwo1/02/m2/día]. Las mayores concentraciones de COT (> 2grC/m2/día) se encuentran ubicadas bajo el módulo, con un área aproximada de 26.857 m2, lo que cquivale al 89,5% del área de la concesión. Mientras que las menores concentraciones de COT (<|grC/m2/dia) se ubican fucra del árca de emplazamiento del módulo, abarcando un área aproximada de 81.415m2.

Finalmente, la modelación efectuada (Anexo 6 de la Adenda Complementaria) concluye que:

  • — Utilizando el modelo DEPOMOD para el proyecto centro de cultivo Caiquén con una producción de 2.500 ton/ciclo, se obtiene que las mayores concentraciones de COT se encuentran bajo el módulo de cultivo, con un máximo de 4,73 grC/m2/día.

  • — La concentración de COT [grC/m2/dia] simulada por el modelo dentro del área de influencia, se agrupa mayoritariamente en el rango inferior a 1grC/m2/día, con una frecuencia acumulada de 67,0%.

  • Concentraciones superiores a 4grC/m2/día cquivalen al 8,8% de los datos y no superan los SgrC/m2/día.

  • De acuerdo con la modelación DEPOMOD y depositación máxima obtenida, el sector de emplazamiento de centro Caiquén, posee las condiciones oceanográficas y de fondo marino necesarias para sustentar ambientalmente una producción máxima «de 2.500 ton por ciclo productivo.

Además, en la operación de un centro de cultivo se implementan programas de alimentación inteligente, los cuales cumplen un papel fundamental a la hora de evitar la pérdida de alimento que vayan a llegar al fondo marino. Esta estrategia se logra a través del monitoreo permanente y la evaluación cn tiempo real de cada jaula y de cada pulso de alimento que se envía al módulo de cultivo, generando una alimentación eficiente y direccionada simultáneamente hacia 1 bajo porcentaje de la población de peces, lo que se traduce en un proceso muy controlado y de bajo riesgo.

En cste contexto, es posible afirmar que el sedimento mantendrá su condición acróbica por to cual no se generan pérdida de suelo o de su capacidad de sustentar biodiversidad asociada al bentos; por

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degradación, erosión, impermeabilización, compactación o presencia de contaminantes, es decir no se generan efectos adversos significativos sobre los recursos naturales renovables, especificamente bentos. Es importante destacar que no existe proyección a la línea de costa, es decir, tomando cn cuenta el peor escenario, no se contempla que las emisiones (alimento no consumido y fecas) lleguen a la costa.

El proyecto cuenta con descarga de aguas servidas cn la fase de operación, desde el artefacto naval con habitabilidades. El cual cuenta con una Planta de Tratamiento de Aguas Servidas homologada por la Autoridad Marítima, esto no altera la calidad del agua ni del bentos, considerando la carga y magnitud de dicha descarga (en promedio 9 personas), además, dicha descarga debe cumplir con la Directiva A- 52/004 DGTM y MM. Ordinario N*12600/931 de la Autoridad Marítima y realizar muestreos semestrales del efluente.

b)

La superficie con plantas, algas, hongos, animales silvestres y biota intervenida, explotada, alterada o manejada y el impacto generado en dicha superficie. Para la evaluación del impacto se deberá considerar la diversidad biológica, así como la presencia y abundancia de especies silvestres en estado de conservación o la existencia de un plan de recuperación, conservación y gestión de dichas especies, de conformidad a lo señalado cn el articulo 37 de la Ley 19.300.

Los resultados de la modelación indican que el proyecto generaría tasas de depositación máxima de 4,78 grC/m?/día, cumpliendo con el límite de corto establecido de 5 grC/m2/día, además en promedio se depositan 1,14grC/m2/día dentro del árca de influencia,

Para evaluar el impacto del proyecto sobre el objeto de protección se consideró la detenninación de la biodiversidad del área de influencia, previo a la ejecución del proyecto, la cual debe ser conservada durante la ejecución del proyecto, sin producirse efectos adversos significativos sobre el ecosistema marino e hidrósfera.

La información primaria levantada en el Árca de Influencia, en conjunto con antecedentes bibliográficos, dan un acercamiento a los componentes de la flora y fauna existente en cl área de emplazamiento y los alrededores de la concesión:

Resumen Presencia de Aves: Se reportan 6 especies de aves considerando todos los tramos de abservación cfectuados. A nivel internacional, el 100% de las especics reportadas se encuentra en estado de conservación “preocupación menor”. Bajo el criterio de clasificación nacional, el 83.3% de las especies reportadas no presenta categoría de conservación. El 16,6% que corresponde solo a 1 especie, Tachyeres pteneres, se clasifica como “Casi Amenazada”. Las cspecies reportadas corresponden a Churrete (Cinclodes patagonicus), Cormorán Imperial (Phalacrocorax atriceps), Gaviota dominicana (Larus dominicanus), Picaflor (Sephanoides sephaniodes), Quetru no volador (Tuchyeres pteneres) y Traro (Caracara plancus).

Resumen presencia de Vegetación: Se observaron e identificaron 18 especies vegetales en los tramos de observación del CES Caiquén. Dos especies corresponden a algas marinas, líquenes y musgos no identificados, todas sin categoría de conservación a nivel nacional e internacional, Respceto de la vegetación terrestre observada, se registraron 14 especies en total, de las cuales a nivel internacional el 72,2% no presenta categoría de conservación, el 5,5% correspondiente solo a una especie, Canelillo (Pitavía punctata), se encuentra cn peligro; asimismo el 5,5% correspondiente a la especie Ciprés de las Guaitecas (Pilgerodendron uviferum) se encuentra vulnerable y el 16,6 % restante presenta categoría de conservación preocupación menor.

Bentos: las familias presentes fueron Cirratulidae, Lumbrineridae, Onuphidae, Phoxocephalidae, Ammodiscidae, Tellinidae, Thvasiridae y Veneridae; además del Phvkun Sipunculido (CPS, anexo 2 de la Adenda).

Complementando con información secundaria, aun cuando no se detectó la presencia de mamiferos, existen reportes que indican “la presencia de delfín chileno, delfín austral, lobo marino común, más de 20 especies de aves marinas y de la especie Airownga leonina la que presenta alta movilidad, la que puede alcanzar cientos de kilómetros”, por lo cual se consideran parte de la fauna de la zona de emplazamiento. Aun cuando no se detecta a lo largo del borde costero estudiado la presencia de mamíferos marinos, en especial de Lontra provocax (Huillin), especie En Peligro, Decreto Supremo N * 151/2007, del MMA, se reconoce su potencial presencia en cl área de influencia. Al respecto se amplían los antecedentes indicando que el Huillin es una especie que transita en ambientes terrestres y marinos, su alimentación en los canales australes consiste en 70% de peces y 30% de crustáceos, y la presencia de madrigueras, en la porción terrestre, disminuye en un 60% con presencia humana (Ficha de la especie, Ministerio del Medio Ambiente), al respecto el proyecto posee todas sus partes, obras y acciores en el área de concesión, cuya profundidad varía entre 36 y 73 m, no alcanzando sus emisiones al borde costero. Tampoco se identificó las especies como la Caranca, ave que nidifica en el litoral y se alimenta principalmente de algas, en este contexto cl titular reconoce su presencia, aun cuando no fue visualizada durante el levantamiento primario efectuado. Al respecto el proyecto posec todas sus partes, obras y acciones en el área de concesión, cuya profundidad varía entre 36 y 73 m.

Es importante destacar la presencia de los parches de Huiros M. pyrifera, en el borde costero asociado

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a la concesión. Particularmente cesta especie es una macroalga característica en prácticamente toda la extensión de fiordos y canales tanto fueguinos como patagónicos, especificamente en sectores someros. Los huirales aparecen preferentemente entre 4 -15 m de (Ríos 8 Mutschke, 2009). La distribución de esta especie cstá restringida a ambientes protegidos con presencia de sustrato conformado, ya sea, por roca madre o por los típicos bloques y cantos de origen glaciar (Ojeda $ Santelices, 1984). El área de dispersión de carbono se mantiene en promedio en torno a los 50 metros de profundidad, no alcanzando el borde costero donde hay presencia de la especie clave y estructuradora de hábitat como es Macrocystis pyrifera. Concluyendo del informe de biodiversidad que no existen hábitats cireundantes críticos o que sean de vital importancia para la supervivencia de algún componente de la biodiversidad en el árca de emplazamiento de la concesión solicitada de acuerdo con el texto “Libro Rojo de los Sitios Prioritarios para la Conservación de la Diversidad Biológica en Chile”.

En función de lo anterior y considerando la superficie y caracieristicas del proyecto, se indica que éste no representará un clemento que obstruya el hábitat para las especies identificadas y de otras potencialmente presente como mamíferos marinos, adernás que no se constituye el sector como hábitat relevante para los parámetros poblacionales de dichas especies. No obstante, el proyecto presenta un plan de seguimiento a la biodiversidad, para ponderar que las variables analizadas se comporten como fue evaluado, que se encuentra detallado en el punto 4.7.1.2 del presente informe

El proyecto no considera instalaciones en tierra, por lo cual no se prevé afectación al componente ambiental terrestre.

co)

La magnitud y duración del impacto del proyecto o actividad sobre el suelo, agua o aire en relación con la condición de línea de base,

Los resultados de la modelación indican que el proyecto generaría tasas de depositación máxima de 4,78 grC/m?/día, cumpliendo con el límite de corte establecido de 5 grC/m2/día, y en promedio 1,14 grC/m2/día, en el área de influencia.

Con relación a la salmucra de rechazo producto de la planta desalinizadora, se profundiza el análisis de afectación respecto de la biota potencial presente en la colunma de agua (zooplancton, fitoplancton y larvas de fauna). Para estimar el impacto de la salmucra generada se efectuó un estudio técnico modelación descarga emisario, (adjunto en Anexo 4 de la adenda complementaria), donde por medio de la aplicación de una herramienta numérica, se estima el posible efecto de la descarga de aguas del proceso efectuado por la planta desalinizadora. Los resultados obtenidos indican:

  • La direccionalidad que adquiere la pluma de salinidad es Suroeste.

  • — Pasado este punto (+10%) la evolución de la dilución de la pluma alcanza una salinidad mínima de 20.814 ppm a una distancia desde el punto de salida de 4,02 m y profundidad de 0,24 m.

  • — Se estima que la pluma salina alcanza el +10% de la salinidad del medio a una profundidad de 0,13 m y una distancia de la boca de la tubería de 0,45 m.

  • — La distancia máxima, en la que la salinidad de la pluma alcanza su mínimo, (20.814 ppm) es de 4,02 m, siendo la profundidad de la pluma en este punto de 0,24 m.

  • El fluido se caracicriza por ser suberítico

En este contexto, considerando lo antes expuesto y la magnitud de la descarga dec la planta desalinizadora, salmuera, se puede concluir que no genera efectos adversos significativos sobre la cantidad y calidad de los recursos naturales renovables, incluidos el suclo, agua y aire. Es decir, el impacto generado sobre la biota presente en la columna de agua (zooplancton, fitoplancton y larvas de fauna) no es significativo.

Con relación a los nutrientes aportados y Su potencial afectación a la calidad de las aguas: El titular realizo muestreos en terreno en abril de 2021 mediante la colecta de muestras discretas de agua en superficie y 5 im, mediante el uso de una botella oceanográlica Niskin de capacidad 1,2 L para el análisis de nutrientes (nitrógeno y fósfaro total). Las muestras fueron guardadas en frascos pre- tratados, almacenados en frío y posteriormente enviadas al laboratorio “HIDROLAB”, sede Santiago, donde se realizaron los análisis mediante la metodología indicada en Standard Methods for the Examination of Water and Wastewater, 23th Edition 2017. El nitrógeno de Kjeldahl corresponde al nitrógeno reducido en forma de nitrógeno orgánico y amonio, mientras que el nitrógeno total corresponde al nitrógeno de Kjeldahl más las formas oxidadas de nitrógeno inorgánico (nitrato y nitrito). Respecto a la evidencia de que la alteración en las proporciones de nitrógeno: fóstoro (N:P) puede promover FAN ha sido detectada solo para localidades específicas, pero no se ha demostrado un vínculo inequívoco entre los cambios en los índices de nutrientes y FAN (Davidson et al. 2012). Los efectos del cultivo de salmones sobre la productividad primaria y comunidades fitoplanctónicas, aún son poco conocidos y continúan siendo controversiales. Los mayores efectos que se conocen son los que tienen su causa en la introducción de nutrientes a las capas superficiales del mar por medio del alimento dado a los peces (Buschmann $: Fortt, 2005). En experimentos ex situ se ha visto que los efluentes del salmón pueden causar una reducción significativa en las diatomeas, siendo reemplazadas por dinoflagclados (Buschmann et al., 2005)26. Los resultados del monitorco del fitoplancton en áreas

con cultivos de peces cn el mar de Japón indican que puede producirse cambios en las comunidades

dl lo] 20/50 PAREM Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url

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tendientes a una mayor proporción de pequeños fitoflagelados y diatomeas (Morozova £ Orlova, 2005). Las investigaciones realizadas en el tema del efecto de los nutrientes provenientes de la acuicultura sobre las comunidades fitoplanctónicas indican que existen dos factores determinantes: la concentración inicial de nutrientes presentes en el área, previo al inicio de las actividades acuícolas, y el tipo de circulación que existe en el árca afectada. El reporte de datos de la campaña de terreno se adjuntó en Anexo $ de la Adenda complementaria y más detalle del análisis en el punto 6.4 del presente informe.

Considerando lo antes expuesto, la magnitud de la descarga de la planta desalinizadora, la tasa de depositación de carbono y nutrientes, es posible concluir que no se genera cambios significativos en términos de su condición base,

d)

La superación de los valores de las concentraciones establecidos en las normas secundarias de calidad ambiental vigentes o cl aumento o disminución significativos, según corresponda, de la concentración por sobre los límites establecidos en éstas. Á falta de tales normas, se utilizarán como referencia las normas vigentes en los Estados que se señalan en el artículo 11 del Reglamento. En caso de que no sea posible evaluar el efecto adverso de acuerdo a lo anterior, se considerará la magnitud y duración del efecto generado sobre la biota por el proyeeto o actividad y su relación con la condición de línea de base.

La caracterización preliminar de sitio (CPS) de la concesión, no supera los valores establecidos en la Res N* 3.612/2009 (SUBPESCA,), detallados en la Adenda del proyecto.

El titular presenta una modelación para la dispersión y sedimentación de fecas y alimento no consumido, utilizando el software Depomod, el cual corresponde a un modelo de seguimiento de partículas, que estima la tasa de carbono orgánico y que incorpora como sustrato la columna de agua y el bento, además de variables abióticas y parámetros productivos del centro de cultivo.

En este contexto cl resultado obtenido indica que la tasa máxima de COT obtenida es de 4,78grC/m2/día, cumpliendo con el límite de corte establecido de 5grC/m2/día, además en promedio se depositan 1,14grC/m2'día dentro del árca de influencia.

Asociado 4 esta simulación, se caleula una disponibilidad de oxígeno disuelto (OD) de 1.237,931mmo1/02/m2/día, eon demanda máxima de OD de 393,62mmo!1/02/m2/día. Las mayores caneentraciones de COT (> 2grC/m2/dia) se encuentran ubicadas bajo el módulo, con un área aproximada de 26.857m2, lo que equivale al 89,5% del área de la concesión. Mientras que las menores concentraciones de COT (< ¡grC/m2/dia) se ubican fuera del área de emplazamiento del módulo, abarcando un área aproximada de 81.415m2, obteniendo una depositación máxima de 4,78grC/m2/día. De los resultados entregados por DEPOMOD, se observa que las concentraciones dentro del área de influencia (grC/m2/día > 0,1) que se registran con mayor frecuencia, se encuentran cn el rango de 0,1 a LgrCim2/día, con un porcentaje de frecuencias de 67,0%. Por otra parte, valores superiores a 4grC/m2/día, con frecuencia del 8,8% Finalmente, la modelación presentada se encuentra detallada en Anexo 6 Adenda Complementaria.

e)

La diferencia entre los niveles estimados de ruido con proyecto o actividad y el nivel de ruido de fondo representativo y característico del entorno donde se concentre fauna nativa asociada a hábitats de relevancia para su nidificación, reproducción o alimentación.

Del Informe de Impacto Acústico (adjunto en Anexo 7 de Adenda complementaria), se puede señalar, lo siguiente: - Se realizaron mediciones continuas de la condición basal de ruido del área de ubicación del proyecto durante 24 horas, obteniendo un nivel de presión sonora (NPS) durante 24 horas de 93,8 dB,

  • — Se calcularon potenciales áreas de infhuencia de acuerdo con el elemento del medio ambiente que es objeto de protección para el SEIA (recursos naturales renovables en particular, fauna nativa asociada a los hábitats de relevancia para su nidificación, reproducción o alimentación), anieulo 11 de la Ley 19.300 literal b) para cada fase que considera el Proyecto, estableciendo distancias radiales máximas donde se igualan los niveles proyectados al menor nivel máximo permisible establecido por las recomendaciones y criterios de evaluación. Las distancias obtenidas para la fase de construcción (y eventual cierre y/o abandono), son de 1 metro para los Cetáceos LF, 2 metros para Cetáceos MF y HF y 63 metros para Pinnípedos. De forma similar, para la fase de operación las distancias son de 48 metros para Cetáceos LF, 18 metros para Cetáceos MF, 10 metros para Cetáceos JIF y 1.449 metros para Pinnípedos.

  • Se descartaron posibles efectos fisiológicos en las especies estudiadas, para todas las fases del Proyecto, dado que las distancias radiales para dar cumplimiento a las recomendaciones y criterios de evaluación son de 1 metro.

  • Se recomienda una zona de seguridad para evitar posibles impactos conductuales en Pinnípedos para la fase de operación del Proyecto, dado que se calcularon distancias radiales que interceptan las zonas donde podrían observarse o desplazarse ejemplares de Pinnípedos. En la zona de seguridad, las embarcaciones deben operar a una velocidad a máxima 4 kunvh para reducir el efecto asociado a la eavitación de las hélices en las embarcaciones.

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  • — Las áreas de influencia obtenidas para cumplir con el umbral de afectación cn aves son de 11 metros para la fase de construeción (y eventual cierre) y 54 metros para la fase de operación, se asegura la inexistencia de aquellos efectos, características o cireunstancias del artículo 11 literal b) de la Ley 19.300 para las aves acuáticas

Finalmente, en base a los resultados obtenidos, se concluye que el ruido generado por el Proyecto ascgura la inexistencia de aquellos efectos, características o circunstaneias del artículo 11 literal b) de la Ley 19.300 incorporando la zona de seguridad (disminueión de velocidad de embarcaciones) y protocolo de navegación propuesto,

Adicionalmente, se realizará un plan de monitoreo con mediciones continuas de ruido subacuático durante 24 horas, de forma anual, para la fase de operación del Proyecto. Se deberán presentar los resultados de la evolución temporal de los niveles de ruido, los niveles percentiles (al menos L10, LSO y L90) y análisis de densidad espectral. Se recomienda que cl punto de medición para la fase de operación esté cereano a la zona donde se avistaron Pinnípedos, dado que las distancias radiales ealeuladas para dar cumplimiento a los criterios establecidos para los Pinnípedos intersecan las posibles zonas donde podrían emplazarse. Los puntos de referencia para el monitoreo de ruido se observan en el Informe de Ruido, figura 33 del anexo 7 de la Adenda Complementaria. El informe con resultados se remitirá anualmente a la SMA.

f) El impacto generado por la utilización y/o mancjo de productos químicos, residuos, así como cualesquiera otras sustancias que puedan afectar los recursos naturales renovables.

Los residuos sólidos generados por el Proyecto, tanto peligrosos como no peligrosos, serán almacenados en contenedores herméticos y señalizados para tales efectos. Además, estos serán debidamente transportados y dispuestos en lugares de disposición final autorizados.

No se liberarán productos químicos al agua ni a otro componente ambiental, supeditando los productos químicos a contenedores herméticos para ser trasladados a lugares de acopio transitorio tomo vertedero autorizado, como se indicó oportunamente.

El proyecto generará efluentes liquidos de las aguas servidas domésticas y de las aguas residuales grises (lavamanos, duchas, cocinas y lavadora). Pero estos efluentes irán a la columna de agua una vez que sean tratados a través de la planta de tratamiento. Por lo tanta, los elementos emitidos no son peligrosos, y las concentraciones y cantidades no son significativas sobre los recursos naturales renovables, además se dará cumplimiento a las especificaciones técnicas exigidas por la autoridad maritima.

Las emisiones de gases a la atmósfera serán producidas principalmente por los motores fuera de borda y generadores. Debido al tamaño de estos y a las características climáticas y geográficas de la zona de emplazamiento del eentro que permiten una acelerada dispersión de los eontaminantes, estos no serán significativos en sus impactos.

Con relación a la utilización de una planta de osmosis inversa la cual produce agua dulce por desalinización del agua de mar. Con el fin de establecer el límite aceptable, la Canadian Council of Ministers of the Environment (CCME) señala que, las actividades humanas no deberian provocar que la salinidad de las aguas marina y estuarinas fluetúc en más de un 10% del nivel natural previsto en aquel momento y profundidad. Para efectos del presente proyecto se consideró el valor máximo, eonsiderando el parámetro 10% y para alcanzar la salinidad del medio, que corresponden a 0,24 m de profundidad y 4,02 m de distancia. En este contexto se define un Al para salmuera considerando la distancia máxima medida, es decir 4,02 m, lo que da una superficie de 49,6 m2, lo que equivale a un 0,0014% del Área de Influencia Total del proyeeto. Al respecto se incorpora el área de influencia correspondiente a salmucra, se aclara que no se modifica el área de influencia total del proyecto, solo se incorpora la cmisión eorrespondiente a salinidad. Se adjunta en Anexo 8 actualización de Área de Influencia del proyecto ineorporando el Al generada por la planta desalinizadora. Considerando las dimensiones de la planta en cuestión, los volúmenes de la descarga y la concentración de la salmuera, se concluye que es posible descartar un efecto ambiental significativo en relación con la descarga de sales. Debido a la baja tasa de descarga generada y al efecto de osmosis, el agua de mar tiene la capacidad de diluir la corriente de salmuera a mayor velocidad que otro tipo de efluentes que son vertidos al medio, En este sentido es importante señalar que los valores de salinidad superficiales medidos en el sector de emplazamiento del proyceto fueron del orden de 21 PSU. Un estudio de Panagopoulos et al 201912 señala que la salmuera gencrada producto del proceso de osmosis de una sola planta de desalinización (del orden de 50 V/s) nv afectaría negativamente al medio marino,

e) El impacto generado por el volumen o caudal de recursos hídricos a intervenir o explotar, así como el generado por el transvase de una cuenca o subeuenca hidrográfica a otra, incluyendo el generado por ascenso o descenso de los niveles de aguas subterráneas y superficiales. La evaluación de dicho impacto deberá considerar siempre la magnitud de la alteración en:

g.1. Cuerpos de aguas subterráneas que contienen aguas fósiles. 2.2. Cuerpos o cursos de aguas en que se generen flueiuaciones de niveles, 2.3. Vegas y/o bofedales que pudieren ser afectadas por el ascenso a descenso de los niveles de aguas,

04510] 22/50 ds Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url 2 htips:/fvalidador.sea.gob.elfvalidar/2155171132

g.4. Árcas o zonas de humedales, estuarios y turberas que pudieren ser afectadas por el ascenso O descenso de los niveles de aguas subterráncas o superficiales. 2.5. La superficie o volumen de un glaciar susceptible de modificarse.

Dada la descripción y tipología del proyecto no contempla la gencración de efectos adversos significativos en relación con el impacta generado por el volumen o caudal hídrico a intervenir, debido a que en ninguna de sus etapas contempla la intervención de cuerpos de aguas subterráneas, cursos de aguas donde se generen fluctuaciones de nieve, vegas bofedates, humedales o glaciares.

h)

Los impactos que pueda generar la introducción de especies exóticas al territorio nacional o en áreas, zonas o ecosistemas determinados.

El proyecto no contempla la generación de efectos adversos significativos en retación con la introducción de especies exóticas, por cuánto el recurso a cultivar se encuentra en cautiverio y se establecen las medidas de prevención y contingencia para evitar un cambio en dicha condición.

53.

REASENTAMIENTO DE COMUNIDADES HUMANAS O ALTERACIÓN SIGNIFICATIVA DE LOS SISTEMAS DE VIDA Y COSTUMBRES DE GRUPOS HUMANOS

Referencia al ICE para mayores detalles sobre este impacto específico ] Capítulo 6.3

a)

La intervención, uso o restricción al acceso de los recursos naturales utilizados como sustento económico dei grupo o para cualquier otro uso tradicional, tales como uso medicinal, espiritual o cultural.

Tal como se pudo apreciar en la caracterización de los grupos humanos indígenas y no indígenas, en el área de estudio se realizan actividades principalmente con fines productivos y culturales; sin embargo, como se pudo apreciar también, éstas no se realizan en lo extenso de los canales, sino cn puntos especificos en donde se den las condiciones ambientales, culturales, históricas para hacerlo.

Respecto de los recursos naturales, se debe tener cn cuenta que cl área del proyecto sc superpone a una solicitud ECMPO de la Península Muñoz Gamero, por lo que fue necesario revisar los usos consuetudinarios realizados en cl área, y los recursos asociados a cllos. De acuerdo a esta información se pudo identificar que estos son:

  • Caza, pesca y recolección costera: Los animales cazados por los Kawésqar correspondían al huemut y al ciervo en áreas insulares; a los mamíferos marinos focas, nutrias, coipos y lobos marinos, y a las aves quetro, cormorán, caiquén, cisne, gaviota y martin pescador. De la revisión anterior, se advierte que el róbalo y el pejerrey corresponden a las especies más pescadas. Si bien algunas de ellas se encuentran en el árca del proyccto, este no tiene relación con su desarrollo en la medida que solo ocupará porción de mar, y no de tierra. Además, de acuerdo a los análisis realizados para el objeto de protección de ecosistemas marinos, se han evaluado tos impactos potenciales y se ha concluido que no son significativos; por lo que no se asocia merma de ellos; y por lo tanto no hay restricción de recursos,
  • Manejo de bosque: El manejo sostenible de los recursos vegetacionalcs por parte de las Comunidades remite a la opción de uso tradicional de ciertas especies, como el ciprés y el junquillo. De esta forma, un manejo de bosque debería permitir que las Comunidades puedan ocupar la madera para la construcción de infraestructura y canoas, y las varas de junquillo para uso artesanal. De acuerdo con los documentos revisados, no se identifica la zona de seno Caiquén como un sector cn donde se vayan a buscar estos recursos, además, por ubicarse solo en la porción de agua, el centro no impediría el uso de éstos que están en la porción de tierra.

  • — Jumquillo: El junquillo se ocupa hoy en día, tal como indica la misma Comunidad, para la elaboración de artesanías. Sin embargo, de acuerdo con lo mencionado por otras comunidades indígcnas, lo obtienen desde distintos sectores, de fácil acceso, esto es cn zonas rurales cercanas a sus zonas de residencias. Por ello se desestima que se acceda al sector de seno Caiquén cn búsqueda de este recurso.

  • — Patrimonio cultural: el Proyecto comprende que para las Comunidades el mar y sus recursos son parte de su patrimonio y que requieren protegerlo. En ese sentido, el presente Proyecto busca cumplir con todo lo solicitado por la legislación para no afectar negativamente cl maritorio. Para cllo se ha diseñado un Plan de Conservación y Biodiversidad que permitirá entregar los conceptos básicos y ser un pilar para que las actividades productivas se desarrollen dentro de un marco sustentable, es decir, integrando el desarrollo económico, social y medioambiental, trabajando activamente cn la preservación del medioambiente en conjunto con el Estado.

Este Plan entrega herramientas para que los trabajadores desarrollen sus actividades teniendo siempre en consideración la conservación del medioambiente y su biodiversidad, áreas de alto valor de conservación y preocupación por comunidades indígenas, por lo que se detallan conceptos básicos, la legislación ambiental aplicable y las medidas a tomar.

De acuerdo al análisis realizado, y considerando además medidas voluntarias que apuntan a la conservación del medio ambiente, se han evaluado los impactos potenciales y se ha concluido que no existen impactos significativos en relación a la restricción, uso o intervención de recursos naturales utilizados como sustento económico o cultural.

El

5 e]0] 23/50 2 Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente uri

Dé https://validador.sea.gob.cl/validar/2155171132

b) La obstrucción o restricción a la libre circulación, conectividad o el aumento significativo de los tiempos de desplazamiento.

El área de influencia se encuentra en cl seno Caiquén, cerca del seno ley y seno Glacier, donde no se advierten bancos de especies marinas, según la información aportada por el Gobicrno Regional, ni arrastraderos, según lo que se pudo levantar en las caracterizaciones de comunidades indigenas realizadas.

Esto significa que esta zona no cs un lugar atractivo para la recolección de especies marinas, por lo que las únicas embarcaciones identificadas corresponden a las transportadoras que son funcionales a la actividad acuícola.

Con relación a la ECMPO Peninsula Muñoz Gamero, los documentos revisados dan cuenta del sistema de vida de la Comunidad Indigena Kawésqar As Wal La lep, sin embargo, no entregan datos concretos acerca de ocupación o uso efectivo en esta zona (seno Caiquén).

Si bien el centro se ubica dentro del área de solicitud de la ECMPO, no ha sido posible identificar usos en la zona de Caiquén, ni tampoco sitios de interés que hayan sido declarados en este seetor, por lo tanto, no se advierten interferencias en cuanto al tránsito de naves, desplazamientos, lugares de refugio, o cualquier otro elemento que sirva para la realización de la navegación en esa zona, actividad que ha sido consignada como un uso tradicional.

En función de lo anterior, no se proyectan alteraciones a la libre circulación de las embarcaciones, ni de la práctica Cultural de la navegación de la población kawésqar asociada a esta ECMPO.

e) La alteración al acceso o a la calidad de bienes, equipamientos, servicios o infraestructura básica.

El Proyecto no prevé alteración al acceso o a la calidad de bienes, ya que el pontón contará con habitabilidad y servicios básicos para los trabajadores, los cuales además tienen su residencia habitual fuera del área de influencia del proyecto. Durante la construcción los servicios serán entregados por empresas subcontratistas que se desplazarán desde Punta Arenas.

Desde esta perspectiva, no se consideran afectaciones asociadas a la esta circunstancia en relación con los usos declarados por la Comunidad Indigena en cuanto a caza, recolección, pesca, navegación, talaje de junquillo, entre otros.

d

La dificultad o impedimento para el ejercicio o la manifestación de tradiciones, cultura o intereses comunitarios, que puedan afcetar los sentimientos de arraigo o la cohesión social del grupo.

Respecto a los GHPPI, como se ha indicado el proyecto se emplaza dentro de una solicitud de ECMPO Península Muñoz Gamero, cuya solicitante formal frente al Estado es la Comunidad Indigena indígenas Kawésqar As Wal La lep. Del levantamiento de información desarrollado, a continuación, se analizan cada los usos que han sido identificados por la comunidad y que refiere a un sistema de vida tradicional, los que se relacionan con la solicitud de la ECMPO:

  • Caza, pesca y recolección costera: Los animales cazados por los Kawésqar correspondían al huemul y al ciervo en áreas insulares; a los mamíferos marinos focas, nutrias, coipos y lobos marinos, y a las aves quetro, cormorán, caiquén, cisnc, gaviota y martin pescador. De la revisión anterior, se advierte que el róbalo y el pejerrey corresponden a las especies más pescadas. Si bien algunas de ellas se encuentran en el árca del proyecto, este no tiene relación con su desarrollo en la medida que solo ocupará porción de mar, y no de tierra. Además, de acuerdo con los análisis realizados para el objeto de protección de ecosistemas marinos, se han evaluada los impactos potenciales y se ha concluido que no son significativos; por lo que no se asocia merma de ellos; y por la tanto no hay restricción de recursos.

  • Manejo de bosque: El manejo sostenible de los recursos vegetacionales por parte de las Comunidades remite a la opción de uso tradicional de ciertas especies, como el ciprés y el junquillo. De esta forma, un manejo de bosque debería permitir que las Comunidades puedan ocupar la madera para la construcción de infracstruetura y canoas, y las varas de junquillo para uso artesanal. De acuerdo con los documentos revisados, no se identifica la zona de seno Caiquén como un sector en donde se vayan a buscar estos recursos, además, por ubicarse solo en la porción de agua, el centro no impediría cl uso de éstos que están en la porción de tierra.

  • — Junquillo: El junquillo se acupa hoy en día, tal como indica la misma Comunidad, para la elaboración de artesanías. Sin embargo, de acuerdo con lo mencionado por otras comunidades indígenas, lo obtienen desde distintos sectores, de fácil acceso, esto es en zonas rurales cercanas a sus zonas de residencias. Por ello se desestima que se acceda al sector de seno Caiquén en búsqueda de este recurso.

  • — Patrimonio cultural: el Proyecto comprende que para las Comunidades el mar y sus recursos son parte de su patrimonio y que requieren protegerto. En cse sentido, el presente Proyecto busca cumplir con todo lo solicitado por la legislación para no afectar negativamente el maritorio,

De esta forma, cs posible indicar que no se proyectan efectos significativos sobre el ECMPO, considerando la coexistencia actual del centro con la solicitud de espacio costero, y lo acotado de su árca de influencia.

Para los grupos humanos pertenecientes a pueblos indigenas, además de las cireunstancias señaladas

23m 24/50

24 Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url DiR https: /validador.sea.gob.clivalidar/2155171132

pre

cedentemente, sc considerará la duración y/o magnitud de la alteración en sus formas de organización

social particular.

El Proyecto no afecta la ubicación, descripción, características ni estructura organizacional de los grupos humanos pertenecientes a Pueblos Indígenas que son parte de la identificación de este análisis. Ello debido a que no tiene efectos sobre espacios, sectores o usos que han sido declarados en la solicitud de la ECMPO.

  1. LOCALIZACIÓN EN O PRÓXIMA A POBLACIONES, RECURSOS Y ÁREAS PROTEGIDAS, SITIOS PRIORITARIOS PARA LA CONSERVACIÓN, HUMEDALES PROTEGIDOS Y GLACIARES, SUSCEPTIBLES DE SER AFECTADOS, ASÍ COMO EL VALOR AMBIENTAL DEL TERRITORIO EN QUE SE PRETENDE EMPLAZAR

Impacto ambiental Alteración Reserva

Componente Ambiental afectado_ | Área Protegida

Parte, obra o acción que lo genera | Engorda

Fase en que se presenta Operación

Referencia al ICE para mayores detalles sobre este impacto específico ] Capitulo 6.4

Susceptibilidad de afectar poblaciones protegidas, considerando la extensión, magnitud o duración de la intervención en áreas donde ellas habitan.

En el área de emplazamiento del proyecto, durante la visita a terreno, no se registró actividades referidas a expresiones culturales y costumbristas en las cuales participan los grupos humanos, así como creencias, valores y actitudes predominantes con los que un grupo humano se conecta y promueve, así como tampoco grupos humano que se dediquen al turismo y a la pesca en cl área de influencia. En el área de influencia del proyecto no existe población protegida. Se entenderá por poblaciones protegidas a los pueblos indígenas, independiente de su forma de organización. No se registró presencia de grupos humanos pertenecientes a grupos indígenas en el árca de influencia del proyecto.

Como se indica anteriormente, el proyecto se emplaza dentro de una solicitud de ECMPO Península Muñoz Gamero, cuya solicitante formal frente al Estado es la Comunidad Indígena indigenas Kawésqar As Wal La lep. Del levantamiento de información desarrollado, y analizados cada los usos que han sido identificados por la comunidad y que refiere a un sistema de vida tradicional, los que se relacionan con la solicitud de la ECMPO, el proyecto no es susceptible de afectar.

Susecptibilidad de afectar recursos y áreas protegidas, sitios prioritarios para la conservación, humedales protegidos, glaciares o territorios con valor ambiental, se considerará la extensión, magnitud o duración de la intervención de sus partes, obras o acciones, así como de los impactos generados por el proyecto o

act

ividad, teniendo en especial consideración los objetos de protección que se pretenden resguardar.

El Proyecto se emplaza dentro de la Reserva Nacional Kawésqar, área que actualmente se encuentra bajo protección oficial con el sector terrestre con la categoría de Parque Nacional, mientras que su área marina, aún conserva la categoría de Reversa Nacional.

El Proyecto considera para efectos de la evaluación, y en caso de ratificarse las características del emplazamiento referidas precedentemente, esta área protegida conforme a su estatuto propio de la Convención de Washington (artículo 1, N%2.- “Se entenderá por RESERVAS NACIONALES: Las regiones establecidas para la conservación y utilización, bajo vigilancia oficial, de las riquezas naturales, en las cuales se dará a la flora y la fauna toda protección que sea compatible con los fines para los que son ercadas estas reservas”). Y lo señalado en el Ord. N* 130.844/13, de 22 de mayo de 2013, de la Dirección Ejecutiva del Servicio de Evaluación Ambiental, que “Uniforma eriterios y exigencias técnicas sobre áreas colocadas bajo protección oficial y áreas protegidas para efectos del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental, e instruye sobre la materia”. Al respecto, el Proyecto se desarrollará en una porción de agua y fondo, especialmente estudiada y designada como un Área Apta para la Acuicultura y no tendrá instalaciones en tierra, por lo que na generará impactos en el Parque Nacional Kawésqar.

La superficie del Árca de Influencia del Proyecto corresponde a un 0,014% del Área de la RN Kawésgar y el área de concesión corresponde a un 0,0001% de la superficie de la RN Kawésgar, lo cual representa una superficie muy acotada considerando tanto cl árca de influencia del proyecto, respecto de la superficie de la Reserva Nacional Kawésgar.

Dada la reciente creación del PN Kawésqgar, como de la RN Kawésqgar, dichas áreas protegidas aun no cuentan con Planes de manejo que permitan discriminar entre zonificación, ni objetos de protección, No obstante, lo anterior se realiza el análisis en función de potenciales cambios en la calidad de las aguas, es así como:

Con relación a la salmuera de rechazo producto de la planta desalinizadora, se profundiza el análisis de afectación respecto de la biota potencial presente en la columna de agua (zooplancton, fitoplancton y larvas de fauna). Para estimar el impacto de la salmuera generada se efectuó un estudio técnico de modelación de la descarga, adjunto en Anexo 4 de la adenda complementaria, donde por medio de la

33H 25/50 pa Para validar las firmas de este documento Usted debe ingresar a la siguiente url MESE. https://validador.sea.gob.el/validar/2155171132

Referencia a documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada

Anexo 2 de la Adenda Complementaria

6.1.7. Contingencia Procedimient

o de Contingencia ante Enmalle de Mamíferos o Aves

Fase del Proyecto a la que aplica

Fase de operación

Parte, obra o acción asociada

Redes, cn el sistema de balsas jaulas

Acciones a implementar

Se realizará una mantención y reparación rigurosa de las mallas loberas basada en un programa que dirige el Área de Operaciones, con el objeto de evitar eventuales problemas de rotura por peso de fouling y enmalles accidentales.

Será responsabilidad del jefe de centro: Coordinar las actividades diarias de bucco, tales como revisión de mallas, tensores y extracción de mortalidad.

Con el objeto de asegurar e impedir el enmalle de mamíferos o aves, la empresa ha adoptado el uso de redes loberas de 10 pulgadas de diseño cerrado tanto verticalmente como en el fondo, con tensores que la separen de las jaulas de peces.

Las redes loberas son tensadas con cabo de polipropileno de 14 mm o similar, toda vez que cl personal que administra cl centro de cultivo y/o los buzos que allí presten labores observe algún área floja en estás.

La tensión de las mallas. Con el objeto de asegurar e impedir cl enmalle de mamíferos o aves, la empresa ha adoptado el uso de redes laberas de 10 pulgadas de diseño cerrada tanto verticalmente como en el fondo, con tensores que la separen de las jaulas de peces. Las redes loberas son tensadas con cabo de polipropileno de 14 mm o similar, toda vez que el personal que administra el centro de cultivo y/o los buzos que allí presten labores observe algún área floja cn estás.

La tensión de las mallas contribuye significativamente a disminuir el atrapamiento de los lobos marinos, huillines y otros.

Forma de control y seguimiento

Gerente de producción Recibe el informe del jefe de Árca e instruye al Departamento Medio Ambiente para que éste de aviso a la autoridad.

Acciones o medida a implementar para cantrolar la emergencia

Ante el hallazgo de un mamífero o ave enmallado, el buzo tratará de desenredarlo en la medida que sea posible y siempre que no implique riesgo para su seguridad.

Si es necesario se procederá a cortar la red que contiene al animal para liberarlo, la que luego será reparada.

Notificará al Servicio Nacional de Pesca y Autoridad Marítima antes de 24 horas de ocurrido el evento.

Oportunidad y vías de | Aviso inmediato de Subgerencia Medio Ambiente y Concesiones a

comunicación a la SMA de la | las Autoridades (Servicio Nacional de Pesca, Autoridad Maritima,

activación del Plan Superintendencia de Medio Ambiente a través del Sistema de Seguimiento Ambiental). Teléfono fijo y celular / correo electrónico.

Referencia a documentos del

expediente de evaluación que | Anexo 2 de la Adenda Complementaria

contenga la descripción detallada

Referencia al ICE para mayores detalles

Capítulo 8

. Que, de acuerdo a los antecedentes que constan en el expediente de evaluación, la forma de cumplimiento de la normativa do carácter ambiental aplicable : al Proyceto es la siguiente:

7

' Componente/materia: - Fase del proyccio a la que ' aplica o en la que se dará cumplimiento

Parte, obra, acción, emisión,

ZA https: /fvalidador.sea.gob.ct/v;

ME [Ley € General de Pesca y Acuicultura

Ley N 20.091 que modifica el D.S. N 430/1991 Ley General de Pesca y Acuicultura, Ministerio de Economía, Fomento y Reconstrucción. i

| 0 a | Construcción, operación y cierre i

Balsas jaulas y fondeos, artefacto naval con habitabilidades, engorda y :

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: residuo o Sustancias a la que] | Sistema de Alimentación y cosecha

aplica

Forma de cumplimiento

Indicador que acredita su

cumplimiento

¡Forma de control

. seguimiento

: 72. D.S, N*320/01. Reglamento Ambiental para la Acuicultura

Se dará cumplimiento a la ley, la cual apunta a promover el máximo crecimiento económico de la acuicultura en un marco de sustentabilidad ' ambiental e igualdad en el acceso a la actividad. De acuerdo con lo anterior se señala que: : ¿ « Las estructuras de cultivo e instalaciones de apoyo dentro de la posición

' concesionada.

  • La logística del centro está diseñada considerando no entorpecer el : desarrollo de otras actividades en el sector, i e El titular se compromele a dar inicio de su concesión en los plazos indicados por esta Ley,

  • Se realizará la entrega de estadística a SERNAPESCA Ñ Operación- -Cierre: Para iniciar la actividad se requiere de la entrega Íí física. de la concesión, por lo cual el verificador será el Acta de entrega de Concesión. Se mantendrán copias de la estadística SERNAPESCA en el centro, con ello queda en evidencia de que el centro sólo se explota para aquello que es objeto, pago de la patente. Operación-Construeción- Cierre: Se avisará a todas las entidades pertinentes del inicio del proyecto con la instalación de las estructuras indicadas. Se reportará cl incidente ambiental en el Sistema de Seguimiento Ambiental según Res. 844 (SMA)

'

¡ ¡ b- Í

  • aplica o en la que se dará cumplimiento

emisión, residuo

Componentcmateria:

¡ Fase del proyecto a la que 8

Parte, obra, acción,

sustancias a la que aplica

: Reglamento a ambiental.

o Sistema de Alimentación y cosecha

Construcción, operación y cierre

: Balsas jaulas y fondeas, artefacto naval con habitabilidades, engorda y

  • Mantener la limpieza del área y terrenos aledaños al centro de cultivo de todo residuo generado por éste o cualquier otro residuo proveniente de la

: acuicultura, actividad que se realizara, al menos una vez al mes. Disponer

los desechos sólidos o líquidos en depósitos y condiciones que no resulten ;

' perjudiciales al medio circundante, ' Retirar todo tipo de soporte no degradable o degradable como sistema de * fijación al fondo, al término de la vida útil del centro. Impedir que las redes *

: Forma de cumplimiento

tengan contacto con el fondo. En cada centro deberá cxistir un plan de contingencia, para casos de escapes, mortalidades y pérdidas de alimento. Adoptar medidas para impedir el vertimiento de residuos y desechos :

' sólidos y líquidos, que tengan como causa la actividad, incluidas las ¡ ' mortalidades, compuestos sanguíneos, sustancias químicas, lodos y en:

: Indicador que acredita su;

: Forma de control y ¡ seguimiento

cumplimiento

: artículo 40 de la Ley N* 19.300

general materiales y sustancias de cualquier origen, que puedan afectar el fondo marino, columna de agua, playas, terrenos de playa, sin perjuicio de ; lo dispuesto por las normas de emisión dictadas en conformidad con el : la Le lio Ambiente Operación- -Cierre: Se mantendrá en el centro de cultivo registros y procedirnientos que acrediten el cumplimiento del RAMA. Operación ; Construcción-Cierre: sc mantendrán registros con respaldo de faena de ; limpieza de borde costero con respatdo fotográfico del antes y después;

; registros de verificación del estado de las estructuras, registros de servicios

: para la reparación de estructuras. Registro de Limpieza. Para pérdida o :

[ J

: Al término de una contingencia se er entregará a SERNAPESCA informe que :

escape de peces, se deberá avisar al Sernapesca, Capitanía de Puerto ; correspondiente y a la SMA.

incluirá toda la información requerida de acuerdo con los literales a), b), e) !

| y d) del presente artículo. Ñ _Además de la Fiscalización por parte del Servicio Nacional de Pesca, |

37150

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Ml Armada de | Chile, — o - a a _ 7] 7.3. Res, (SUBPESCA)N N? 3612/2009, y sus modificaciones

Resolución establece los contenidos y metodologías que se deben usar F para. .

Componente/materia: la elaboración de ta Caracterización Preliminar de Sitio (CPS) y obtención ¡ a __.._1 de la información ambiental (INFA). : Fase del proyecto a la que : aplica o en la que se dará Construcción y operación :

cumplimiento en % a a ; Parte, obra, acción, :

emisión, residuo o : Balsas jaulas y fondeos y engorda

  • sustancias a la que aplica__¿

' seguimiento _Subsecretaria de Pesca y Acuicultura

Mediante el desarrollo de la CPS que acompañó la DIA Original y los Forma de cumplimiento futuros monitoreos ambientales, así como también los informativos + ambientales. a :

Indicador que acredita su | Construcción-Cierre: Se obtendrá RCA Favorable para iniciar la opera cumplimiento : Operación: Se mantendrá registro de evaluación de las INFA?s en el centro,

Forma de control y Revisión y análisis de CPS. Servicio Nacional de Pesca y Acuicultura, |

74, D.S, N* 430 / 91, Texto Refundido, Coordinado y Sistematizado de la Ley General de Pesca Y.

Acuicultura

lanes de contingencias, procedimientos

Componente/materia: Fase del proyecto a la que

aplica o en la que se dará Todas las fases

; Cumplimiento. nn a Parte, obra, acción, emisión, residuo o * Ingreso Smolts, engorda y sistema de alimentación y cosecha

sustancias a la que aplica

: Se dará cumplimiento integro al presente Decreto Supremo, Con énfasis en | los Artículos 74, 86, 87, 118 y 158, es decir, se mantendrá la limpicza y cl ' Forma de cumplimiento equilibrio ecológico en la zona concedida. Se implementarán técnicas de ; manejo y tecnologías tendientes a reducir y eliminar efectos negativos * o ; sobre el medio ambiente indicador que acredita su ¡ El Titular cuenta con Planes de Contingencia y Procedimientos con sus cumplimiento _. respectivos registros asociados, los cuales estarán disponibles en cl centro

Forma de ntro! I contro! Y | Servicio Nacional de Pesca 2y A Autoridad Marítima. seguimiento :

7.5. D.S. N290/ 1991, Reglamento de Concesiones y Autorizaciones de Acuicultura

Comp nte/matcri la: . Concestones y Ñ Fase del proyecto a la que aplica o en la que se dará Construcción y operación

¿Cumplimiento a e Parte, obra, acción, | ñ emisión, residuo o Instalación de balsas jaulas, engorda y sistema de alimentación ,

: Forma de cumplimiento

sustancias a la que aplica o o o : Se dará cumplimiento al Artículo 3, referente a que la concesión tienc por . objeto la realización de actividades de cultivo en cl área concedida,

respecto de la especie o grupo de especies hidrobiológicas indicadas en las

resoluciones que las otorgan, y permiten a sus titulares el desarrollo de sus * actividades, sin más limitaciones, que las establecidas en la ley y sus; eglamentos.

  • Jndicador. que acredita su | Envío de las proyecciones. a SERNAPESCA. y “la obtención del. permiso

cumplimiento ____ para siembre posterior a la ejecución de cada INFA.A-—_— Forma de control y seguimiento Revisión y análisis de la INFA y CPS. Y ' Servicio Nacional de Pesca y Acuicultura, Subsecretaría de Pesca y Acuicultura

Forma de control seguimiento

7.6. D.F.L, N 725 de 1967 (MINSAL)

| Código Sanitario

OR Ss[a] Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url https://validador.sea.gob.el/validar/2155171132

. Sustancias a la que aplica |

: Componente/materia:

Fase del proyecto a la que aplica o en la que se dará : Operación cumplimiento A Parte, obra, acción, emisión, residuo o | Ingreso de smolts, engorda y sistema de alimentación H

os residuos sólidos que se gencren y los domésticos asociados, serán |

Forma de cumplimiento P ' depositados en vertederos autorizados.

Indicador qu que acredita su; cumplimiento A A Forma de control y Servicio Nacional de Pesca, Autoridad Marítima y Superintendencia del : seguimiento ; _. Medio Ambiente _

Se mantendrán registros de manejo de Residuos Sólidos en el centro.

¿77 D, 5. Ny 394 de 1999 99 (MINSAL) :

Ñ Reglamento o Sobre Condiciones Sanitarias y "Ambientales Básicas en los i o Ñ - Lugares de Trabajo. Fase del proyecto a la que

aplica o en la que se dará : Todas las fases i cumplimiento - 1% a o _ A o a i Parte, obra, acción,

emisión, residuo o: Todas sustancias a la que aplica

El “proyecto. “contempla dar fiel cumplimiento a lo establecido sobre las condiciones ambientales y sanitarias básicas en los lugares de trabajo y de | salud ocupacional; especialmente en la provisión de agua potable y _servicios higiénicos en el lugar de trabajo.

Forma de cumplimiento

; Indicador que acredita su :

  • Cumplimiento

, seguimiento.

_ Componente/materia: l " Protección M Mamíferos. Marinos.

Obtención e de autorización de la autoridad competente.

Forma de contro! seguimi

y - Autoridad Sanitaria,

  1. D. Ex. (MINECON) N N? 225 de 1995 y sus modificaciones, Establece protección de los ramnóferos, aves y reptiles marinos. :

Fase del proyecto a la que | aplica o en la que se dará | Operación

cumplimiento. a a Parte, obra, acción, ; i emisión, residuo o * Engorda y sistema de alimentación y cosecha :

sustancias a la que aplica.

Se tomarán medidas para prevenir enmalles de mamíferos, aves y reptiles *

marinos. Se capacitará a los trabajadores sobre las medidas de protección

Forma de cumplimiento adoptadas, el titular señala que rcalizará capacitación anual de trabajadores en medidas de protección adoptadas, para prevenir enmalles de especies de |

o mamíferos marinos, biodiversidad y conservación de mamíferos marinos.

Indicador que acredita su, Construcción-Operación-Cierre: Se mantendrán registros de capacitación cumplimiento _de los trabajadores en el centro.

Forma de control

EN Servicio Nacional de Pesca y Acuicultura.

  1. DS NO 175/11 1980 (MINECON), Reglamenta da actividades y y deroga d decretos supremos que indica

Componente/materia: a Aprueba Reglamento y par 4 Realizar - Actividades Pesqueras Fase del proyecto a la que

aplica o en la que se dará ; Todo el Proyecto

cumplimiento

Parte, obra, acción, emisión, residuo o - Instalación fondeos, engorda y sistema de alimentación y cosecha sustancias a la que aplica 1. o Se dará cumplimiento. a lo establecido cn los Artículos 13 y “y 18, es decir, se Forma de cumplimiento — | obtendrán, ovas, alevines provenientes de establecimientos de cultivos A _ | autorizados (Art. 13) y se mantendrá informado a SERNAPESCA sobre la 39/50

Ki Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url za https://validador.sea.gob.cl/validar/2155171132

estadística de. producción. “del centro de cultivo ( (Art 18). “Además, se: : cumplirá con las obligaciones especificadas en las disposiciones generales ; : o ¿Sel mencionado Decreto Supremo, Ñ

] Indicador que acredita su * Se mantendrán en el centro u oficina | central, los registros que den cuenta -

: cumplimiento _, del cumplimiento de lo especificado.

| Forma de control - seguimiento.

y Subsceretaría de Pesca, Servicio Nacional de Pesca y Autoridad Marítima.

7 10. D.S. N* 148/2004, Reglamento sanitario sobre manejo de residuos peligrosos i

¿ Componente/matcria: _ _ - Reglamento

| Fase del proyecto a la que |

"aplica o en la que se dará | Todo el Proyecto UPME o o a

' Parte, obra, acción,

. emisión, residuo o ' Artefacto Naval con habitabilidades

, Sustancias a la que aplica

  • El Titular se compromete a cumplir con lo dispuesto en este decreto, para | ello tomará medidas para el manejo de residuos peligrosos en caso de ; : generarse. : ; Fornia de cumplimiento Se llevará a cabo el análisis de peligrosidad antes del primer retiro de ! ensilaje del centro conforme al D.S N*148 y que, en caso de resultar | i peligroso, será transportado y dispuesto en un lugar autorizado para este | A Hipo de residuos, eumpliondo con la normativa ambiental y sectorial vigente : - Guía de despacho traslado residuos 1os peligr osos hacia empresa autorizada y certificados de la disposición final a planta autorizada.
  • Declaración SIDREP y trazabilidad de los residuos peligrosos.
  • El análisis de peligrosidad del primer retiro de ensilaje, será remitido a la : uN ; SEREMI de Salud previo a su disposición final, ' Forma de control y “Registro de la disposición en lugar autorizado y registro de la entrega de: bn Seguimiento __del análisis de peligrosidad a la Autoridad Sanitari

lo. Ley de Navegación 1 Decreto Ley N* 2.222/1978, Ministerio o de Defensa N Nacional.

| Indicador que aercdita su , cumplimiento

: Componente/materia: _ o 7 Contaminación acuática a A Ñ ] _ : Fase del proyecto a la que * ! aplica | o en la que se dará , Todo el Proyecto i

Parte, obra, acción, ¡ emisión, residuo | sustancias a la que aplica, mn ¡ 7 Instalación y y operación “de estructuras en la concesión. Ingreso so de peces | Forma de cumplimiento ' Operación / Cosecha. Manejo y Transporte de Insumos Manejo y! _ Transporte de Residuos Mantención de Estructuras El Titular señala que np se arrojará lastre, escombros o basuras y no se. : derramará petróleo o sus derivados o residuos, aguas de relave de materiales u otras materias nocivas o peligrosas, de euaiquicr] especie, que ' Indicador que acredita su ocasiones daños o perjuicios en las aguas sometidas a la jurisdicción ' cumplimiento nacional, y en puertos, ríos y lagos. Indicador que acredita su ; cumplimiento. El proyecto no contempla descargar sustancias peligrosas al . medio marino. Los residuos de hidrocarburos serán manejados por _ empresas autorizadas, Como evidencia se mantendrá registro en el centro,

H Servicio Nacional de Pesca, Autoridad Marítima y Superintendencia del * ¡ |

o: Instalaciones de fondeos, artefacto naval con habitabilidades, balsas jaulas, ' engorda y sistema de alimentación y cosecha |

Forma de control y Medio Ambiente. seguimiento ¡El titular mantendrá en el centro cl registro de capacitaciones al personal Y: - registros | en caso de que sc presente una emergencia. _

7.12. DS. Ne1/92 Reglamento para el control de la contaminación acuática, Ministerio de Defensa. |

' Componente/materia | Fasc del proyecto a la que ' aplica o en la que se dará * Todo el Proyecto cumplimiento | Parte, _ obra, acción, ; Ir

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: sustancias a ta que aplica

i Forma de control y : seguimiento

emis

n, residuo o 1 engorda y sistema de alimentación: y cosecha i Dentro del desarrollo del proyecto se prohibirá a arrojar lastre, escombros o * hasuras y derramar petróleo o sus derivados o residuos u otras aguas ; nocivas o peligrosas, de cualquier especie, que puedan ocasionar daños a ¡ ¡las aguas sometidas a la jurisdicción nacional. i : Se realizará la limpieza de playas con una periodicidad mensual, con: registros de la actividad de acuerdo con lo siguiente: : Forma de cumplimiento - Identificación del área de limpieza georreferenciada en Datum WGS- : 84, Huso 18-S i * - Recursos materiales y humanos dispuestos para la limpieza, incluyendo : servicios externos considerados en la limpieza de la costa y/o retiro de desechos si fuese el caso : - — Procedimientos de recolección, acopio temporal y retiro de los residuos | -.. Frecuencia de la limpieza y retiro de los desechos. En caso de efectuar manejo de residuos peligrosos, se mantendrá un | Indicador que acredita su | registro en el centro. Revisión del Plan de Contingencia ante Derrames de cumplimiento : Hidrocarburos, Autoridad Marítima. Registros de la limpieza de playas _ Registros de la limpieza, acopio tempor al, despacho y disposición final de | los residuos, registros disponibles en cl centro y oficinas administrativas ' para su fiscalización.

7.13. D.S. N*%43/2015 Aprueba Reglamento de Almacenamiento de Sustancias Peligrosas.

Componente/materia

Sust s Peligrosas Fase del proyecto a la que :

i aplica o en la que se dará Todo el Proyecto

' cumplimiento

¡ Parte, Obra, acción, i

emisión, residuo o : Artefacto Naval con habitabitidades

: sustancias a la que aplica

. Se dará cumplimiento a lo establecido por la normativa respecto a la Forma de cumplimiento identificación, control y almacenamiento de las sustancias peligrosas 1 almacenadas. a os “Indicador que “acredita su Rotulación, identificación y registro de las sustancias peligrosas cumplimiento _ almacenadas en el centro,

o

i Forma de control y Registros de ingreso y egrosos “de las sustancias cias peligrosas almacenadas en

seguimiento _ elcentro, A

|

7.14. Directiva DGTM y MM A-53/003. ! Componente/materia: . UN o ” Contaminación acuática . : O o - — o o : —

Fase del proyecto a la que aplica o en ta que se dará | | Operación cumplimiento |

Parte, obra, acción,

  • emisión, residuo o Artefacto Naval con habitabilidades

,. Sustancias a la que aplica _

; Forma de cumplimiento

  • cumplimi

“Titular previo a la ejecución del proyec 'o, presentará ante la | : Gobernación Marítima un Plan de Contingencia de respuesta contra la: contaminación de las aguas por hidrocarburos u otras sustancias nocivas ; líquidas contaminantes 0, que sean susceptibles de contaminar. | ' CIRCULAR D.G.T.M. Y M.M. ORD, N* A-53/003 (D.G.T.M. Y M.M. : ¡ ORD, N? 12.600/47 del 27 de enero de 2015).

“Indicador que acredita su * Cumplimiento a la directiva DGTM y A-53/003, en 1 lo referente al plan de siento _ contingencias para derrames de hidrocarburos Operación: Una vez aprobada la presente Declaración de Impacto

¿ Forma de control y Ambiental, se presentará a la autoridad competente, el Plan de;

: seguimiento contingencias para derrames de hidrocarburos conforme tas nuevas ;

_ instrucciones señaladas en la Directiva DGTM y MM A- 53/003.

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monitoreo preventivo “de algunas es especies de microalgas en centros de cultivos.

Componeate/materia: _

Fase del proyecto a la qu que | | aplica o en la que se dará ' : cumplimiento l Parte, obra, acción,

: emisión, residuo

o

sustancias a la que aplica

i Forma de cumplimiento

Indicador que acredita

: cumplimiento

í |

| aplica o en la que se dará :

su

Operación

Engorda y sistema de alimentación

Tiene por objetivo contar con la información oportuna para la toma de ¿ decisiones y la activación de los planes de acción frente a eventos de

mortalidades masivas. Con la finalidad de mejorar la respuesta y acción de : los distintos organismos frente a mortalidades masivas de salmónidos, el Servicio Nacional de Pesca y Acuicultura, Sernapesca, mediante la: Resolución n*2198 el titular entregará la información proveniente de sus. monitoreos permanentes de fitoplancton, cuando éstos detecten microalgas '

_ nocivas en límites que puedan afectar la salud de los peces. i

Respecto del plan de contingencias ante floraciones algales nocivas cl. titular ticne presente y complementará dicho plan respecto de lo indicado | en la Resolución Exenta 2198 de 17 de mayo de 2017 del Servicio Nacional de Pesca y Acuicultura, indicando que una vez que se detecte ¡ alguna de las microalgas nocivas, informará a Serapesca, cuando las abundancias de estas especies alcancen los límites referenciales de nocividad y deberán continuar informando las abundancias, según la; periodicidad normal que realizan el monitoreo, hasta que las microalgas | desciendan por debajo del límite. Lo anterior para las especies y sus límites | de referencia, señalados en dicha resolución,

Forma de control seg guimiento

Y Servicio Nacional de Pesca

7.16. Directiva DGTM Y y MM 12600/931 del 13/12/2007, que apruoba circular A-52/004,

  • Componente/materia: —

: Fase del proyecto a la que

: cumplimiento a Parte, obra, acción, * emisión, residuo

: sustancias a la que aplica

Forma de cumplimiento

o

¡; Indicador que acredita su

| l i

] Componente/mate ria:

cumplimiento a Forma de control

: ocasionará la decoloración de

Muestreos semestrales s ejecutados

Agua a a o A

Operación

Tratamiento de aguas servidas

Monitoreo periódico. del efluente de Planta de Tratamiento + Los efluentes |

a verter sobre la columna de agua no superarán los valores establecidos *

según normativa. La planta de tratamiento será sometida a los análisis

respectivos que aseguren dicho cumplimiento. Las aguas sucias serán vertidas en las aguas sometidas a jurisdicción nacional desde la bodega, previo paso por la planta de tratamiento, cumpliendo la norma y se tendrá | especial cuidado que el efluente no contendrá sólidos flotantes visibles y no * guas cireundante

y! : Entr ega resultados semestrales a Gobernación Marítima de Punta Arenas

i seguimiento

¿

7.17. RE, N%8561/2016. “Establece, ante mortalidades masivas, otros plazos y condiciones para el retiro | y disposición final de emplee conforme autoriza la R.E. Número 1468 de 2012

| Fase del proyecto a la que ;

: aplica. o en la que se dará . Operación

nto

Parte, obra, acción, 7 emisión, residuo

sustancias a la que aplica

Forma de cumplimiento

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o

| Manejo mortalidades. masivas _ a amoo

Tratamiento mortalidades mediante ensilaje

“Se mantendrá 1 un plan de contingencia ante mortalidades masivas acorde a

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Indicador que acredita su _ cumplimiento

Forma de control y. : seguimiento.

¿7.18 D.S. N*64/2021 que

los requisitos normativos, que 1e incluya: notificación a SERNAPESCA en : caso de producirse una mortalidad mayor a 15 toneladas en un periodo de 7 días continuos, reportes diarios de mortalidades y un retiro en el plazo | determinado según corresponda. _ “Plazo: Anual, Frecuencia: Anual Destinatario: Plan de contingencia ante

: mortalidades masivas disponible en el centro. Registro diario de mortalidad _

: Notificación a SERNAPESCA en caso de mortalidad masiva

Aprueba Reglamento que establece condiciones sobre tratamiento y

disposición final de desechos provenientes de actividades di de acuicultura. MINECON

pa omponente/materia: : Fase del proyecto a la que *

aplica o en la que se dará |

. cumplimiento _

¡ Parte, obra, acción,

emisión, residuo o

¡ sustancias a la que aplica

Forma de cumplimiento

4 https://validador.sea.

| Desechos

Todas las fases

Artefacto Naval con habitabilidades

de residuos se realice en un lugar autorizado para ello (Art. 39 D.S.64). El titular dispondrá de espacios debidamente dispuestos y etiquetados que impidan que producto del almacenamiento de residuos peligrosos, de su |] transporte y disposición, ya sea temporal o final, haya escurrimiento de :; material al medio ambiente (Art. 4%).

El titular adoptará todas las medidas para evitar la gencración de olores

especies en cultivo (Art.49).

El titular contará con espacios debidamente habilitados y etiquetados para ¡; el almacenamiento y disposición temporal de los residuos no peligrosos inorgánicos indicados en el Art. 5% del Reglamento. La frecuencia de retiro y el transporte de éstos se realiza en contenedores sellados herméticamente

de almacenamiento de los residuos no peligrosos. El centro de cultivo contará con sistemas de detección de alimento no

jaula que permite identificar cuando lo peces dejen de alimentarse y en ese instante se detiene la alimentación (Art. 7% del Reglamento).

alimentación mediante micro raciones.

El centro podría realizar limpieza de redes sim impregnar con y sin retención de sólidos. En el caso de utilizar sistema con retención de sólidos, éstos serán almacenados en un contenedor dispuesto para estos efectos sobre la embarcación de servicio que apoya la actividad y retirados por vía marítima hasta puerto de destino luego de lo cual serán llevados a lugar i autorizado para su disposición final (Art. 8% del Reglamento).

El centro de cuhivo contará con contenedores para mantener la basura

debidamente etiquetados y serán trastadados regularmente hacia vertederos | autorizados para su disposición final como se indica en el Art. 10% del ¡ reglamento,

El titular realizará el almacenamiento y/o acopio temporal en un Ingar especialmente definido para residuos líquidos no peligrosos. Dicho lugar

para evitar que los residuos caigan al medio ambiente. La frecuencia de retiro garantizará en todo momento que no se sobrepase la capacidad de almacenamiento del sistema destinado a la contención de dichos residuos.

¡ El transporte de estos residuos se realizará en compartimientos estancos, que impidan el escurrimiento o derrame. Se adoptarán todas las medidas ; para evitar la generación de olores molestos y la proliferación de vectores ' con impacto sanitario para las especies en cultivo. Lo anterior en : cumplimiento del Art. 11% respecto del manejo de residuos no peligrosos líquidos.

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El titular cumplirá con la obligación de que la disposición final de todo tipo.

molestos y la proliferación de vectores con impacto sanitario para las :

con una frecuencia que permita que no se sobrepase la capacidad máxima ;

consumido. Este sistema consiste en cámaras submarinas en cada balsa '

Adicionalmente se reitera que el centro de cultivo considera la cstrategia de ;

domiciliaria que genera el centro de cultivo. Estos contenedores estarán *

estará claramente identificado y contará con todas las medidas de seguridad *

| Componente/materia:

El centro de cultivo considera un Plan de Limpieza de playas que tendrá :

: una frecuencia quineenal de acuerdo a procedimiento (Art. 13% del :

: Reglamento). : : El titular declara todas las emisiones de sus centros de cuitivo en el sistema ' de 20 PLANCTON ANDINO | www.plancton.cl ventanilla única

. establecido en el Reglamento del Registro de Emisiones y Transferencias ;

' de Contaminantes y en las demás normas asociadas (Art. 14% del!

' reglamento). j Una vez que el Servicio Nacional de Pesca y Acuicultura defina los ; requisitos mínimos que deba cumplir, cl titular dispondrá de un sistema de |

  • trazabilidad de los principales elementos del proceso productivo que tienen la factibilidad de convertirse en residuos en función del riesgo sanitario y ambiental (Art. 15” del Reglamento).

' El titular cuenta con un procedimicnto para el transporte, manejo, tratamiento y disposición de residuos peligrosos y no peligrosos, el que fue | presentado en anexo N* 6.6 de Adenda 1 y se adjunta nuevamente en ' ¿_Anexo 1.1 de la presente adenda complementaria. _

a) Guías de despacho de traslado de residuos b) Certificado de disposición de residuos cn lugar autorizado Indicador que acredita su c) Certificados de Declaración de Residuos Peligrosos y Declaración de cumplimiento Residuos no Peligrosos del Sistema Nacional de Declaración de Residuos : (SINREP o SINADER respectivamente). h d) Planilla de trazabilidad de residuos que genere el centro de cultivo a : El Departamento de Medio Ambiente mensualmente realizará chequeo para : verificar que el centro de cultivo eumpla con cl tratamiento y manejo de los : residuos que genere el centro de cultivo. El centro deberá enviar copia de : ' sus guías de despacho y registros de manejo de residuos. El centro de cultivo tendrá una copia de los certificados de declaración de residuos del RETC para efectos de fiscalización y seguimiento. Una vez que el sistema , de trazabilidad de residuos se encuentre definido, se pondrá a disposición de la autoridad fiscalizadora cestos documentos para acreditar el _ | Cumplimiento de la norma

Forma de control y seguimiento

7.19. Ley N* 17. 288/1970. Ley sobre Monumentos Nacionales.

dl _Monumentos . e a " o e AA == Fase del proyecto a la que

aplica o en la que se dará . Construcción

cumplimiento no

Parte, obra, acción, r

emisión, residuo o - Instalación de fondeos e instalación de balsas jaulas

sustancias a la que aplica __

El titular reconoce la importancia sobre la protección de monumentos - nacionales y se compromete a dar cumplimiento íntegro a la legislación | vigente, No obstante, lo anterior se indica que el proyecto sólo tendrá ; + infraestructura y desarrollará sus actividades en el medio marino. E : Ante cualquicr hallazgo de carácter histórico, antropológico, “arqueológico | Indicador que acredita su | o paleontológico en el medio marino, el Titular se compromete dar aviso y | cumplimiento seguir. las disposiciones que presenten las autoridades competentes y al

Forma de cumplimiento

: Forma de control yi Rogisro de aviso e informe de hallazgo, se mantendrán disponibles en :

; Seguimiento

fiscalizi

por la Autoridad,

7.20. D. Ex. N31 del 21/01/2016. Proroga la veda extractiva para el recurso lobo marino común en área y período que indica.

Componente/materia: _| Protección mamíferos marinos o A

Fase del prayecto a la que

aplica o en la que se dará — Todas las fases cumplimiento o - AÑ Parte, obra, acción, : H emisión, residuo o ; Instalación de fondeos, balsas jaulas, engorda y sistema de alimentación sustancias a la que aplica *'

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; El titular se preocupará de efectuar al menos una capacitación a los : o trabajadores para evitar que el lobo marino común se vea afectado. ; : Forma de cumplimiento A Ñ - ! Respecto a la ctapa de operación, cl titular se preocupará de al menos hacer ¡

o - Ñ 1 una capacitación anual a sus trabajadores o o] Indicador que acredita su : cumplimiento

Capacitaciones ejecutadas

¡ Informe a a Sernapesca en caso de enmalles y se mantendrán disponibles, . registro de las capacitaciones realizadas, para ser fiscalizadas por la : - autoridad,

1 : Forma de control y: - seguimiento

7.21. Ley N20.293/2008, Modifica Ley 18.892 Protege. a los cetáceos e introduce modificaciones en hi; Ley N 8.892 de LGPA

¿ Componente/materia: _ Protección Mamiferos s Marinos l o a - ; Fase del proyceto a la que ! * aplica o en la que se dará - Todo el Proyecto

cumplimiento | e _ a a o Parte, obra, acción, i

| | emisión, residuo o Instalación de fondeos, balsas jaulas, engorda y sistema de alimentación : sustancias a la que aplica

se prohíbe estrictamente al personal. del centro dar muerte, cazar, capturar, | ¡ acosar, tener, poseer, transportar, desembarcar, elaborar o realizar cualquier

" modificación a las especies de cetáceo que habite o surque los espacios : _Iarítimos de soberanía y jurisdicción nacional.

; Indicador que acredita su | Se mantendrán registros de capacitaciones en temas de biodiversidad y ' cumplimiento | conservación de especies al personal del centro. : Informe a Semapesca en caso de enmalles y se mantendrán disponibles, -

registro de las capacitaciones realizadas, para ser fiscalizadas por la;

| autoridad, ao

j 1

: Forma de cumplimiento

Forma de control y

¡; Seguimiento Referencia al ICE para Capítulo 9 mayores detalles

8”. Que resultan aplicables al Prayecto los siguientes permisos ambientales sectoriales, asociados a las correspondientes partes, obras o acciones que se señalan a continuación:

8.1. Permisos Ambientales Sectoriales de Contenido Únicamente Ambiental

8.1.1. — Permiso para realizar actividad de acuicultura, según se establece en cl artículo 116 del Reglamento del SELA

Fasc del Proyecto a la cual

corresponde

Parte, obra o acción a que aplica Engorda

El proyecto da cumplimiento con los requisitos señalados en el

Artículo 116 del D.S. (MMA) N*%40 de 2012, para una producción

máxima de 2.500 toneladas de salmónidos por ciclo productivo y

condicionado a lo siguiente:

a) El titular deberá dar cumplimiento al Reglamento Ambiental para la Acuicultura, D.S. (MINECON) N*320 de 2001.

b) El titular deberá cumplir con cl cronograma de actividades y programa de producción señalado en el respectivo Proyecto Técnico de la modificación de concesión de acuicultura,

c) En conformidad a lo señalado en el numeral 5 de la Resolución (SUBPESCA) N*%3612 de 2009 y a las características del proyecto, éste se clasifica en Categorías 3 y 5

En caso de que el titular decida modificar su proyecto, deberá

determinarse si dicha modificación gencra cambios de

consideración a objeto de evaluar la pertinencia de que dicha modificación deba someterse nuevamente al Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental.

Pronunciamiento del órgano | Ord. N(D.AC.) ORD. SEJA. N? 53 de la Subsceretaría de Pesca y

Operación

Condiciones o exigencias específicas para su otorgamiento

competente Acuicultura del 26 de enero de 2022 Referencia al ICE para mayores Capítulo 10 detalles

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  1. Que, durante el procedimiento de evaluación de la DIA el Titular del Proyecto propuso los siguientes compromisos ambientales voluntarios:

9.1. Capacitación y Seguimiento Mamiferos marinos y biodiversidad asociada

Fase del Proyecto a la que aplica Operación

Objetivo: Capacitar al personal en relación con el avistamiento de las especies de Mamiferos Marinos presentes en los alrededores del centro, así como también las medidas a implementar para su protección.

Descripción: Se realizará capacitación al personal que llevará a cabo las actividades de operación del Centro de engorda, en relación con el avistamiento de las especies presentes en los alrededores del Centro y las medidas que deben implementarse para su protección.

Objetivo, descripción y justificación

Justificación: La acción propuesta pretende capacitar a los trabajadores, lo que permitirá gencrar y actualizar anualmente un registro de las especies presentes en los alrededores del Centro, para generar, en caso de ser necesario, medidas para su protección a futuro.

Lugar: En la Concesión Acuícola

Forma: El Titular realizará capacitaciones a sus trabajadores y entregará documentación complementaria para su implementación, lo que facilitará la identificación de los ejemplares avistados.

Oportunidad:

  • Se capacitará al personal de las instalaciones respecto a la identificación de las especies de interés.

  • Se dispondrá de un material de reconocimiento para identificación de especies de Mamiferos Marinos en el centro de cultivo, el que será actualizado anualmente con la información primaria relevada.

  • — Se registrará la ocurrencia de las especies de mamíferos marinos

Lugar, forma y oportunidad de observados cn las inmediaciones de las instalaciones

implementación (Formulario adjunto cn Anexo 2,3 de la Adenda).

  • Se seguirán las disposiciones del DS N*1 (06-01-2020) que Aprueba Reglamento Linea de Parámetros las Agrupaciones de Acuicultura.

  • Se dispondrá de cámaras de vigilancia (aéreas y acuáticas) para detectar tempranamente potenciales enmallamientos y/o interacciones de las especies de aves y mamíferos marinos.

  • Se mantendrá un registro de eventos de enmallamientos y/o interacción de las especies de aves y mamíferos marinos con las balsas jaulas.

Para evitar lesiones a mamíferos marinos, Se instalarán toberas en

las hélices de los motores de las embarcaciones que operen

asociadas al desarrollo del proyecto.

Indicador que acredite su

o Registro de capacitaciones realizadas a los trabajadores cumplimiento

El titular mantendrá en el centro de cultivo el registro de

Forma de control y seguimiento a na de e y ses Capacitación al personal.

Referencia al ICE para mayores

detalles Capítulo 11

10%. Que, para ejecutar el Proyecto deben cumplirse las siguientes condiciones o exigencias:

10.1. Minimizar interferencia con mamíferos marinos

Impacto asociado Interferencia con mamiferos marinos Fase del Proyecto a la que AR

  • y a Operación aplica

Objetivo: No interferir con la presencia de mamíferos marinos

Descripción: con el objeto de no interferir con la presencia de Objetivo, descripción mamíferos marinos, se deberá aplicar el protocolo de navegación, al menos en una distancia de 1,451 metros en tono a la concesión y el uso de tobcras en embarcaciones menores

Lugar, forma y oportunidad de ¡ Lugar: en el área de la concesión y en torno a una distancia de 1.451

IGk3e]o) 46/50

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implementación

metros desde el centro de la concesión. De acuerdo con la figura detallada en el punto de Protocolo de Navegación del presente informe.

Forma: aplicar el protocolo de navegación en cuánto a la forma de acercamiento y velocidades de navegación y uso de toberas en las embarcaciones menores.

Oportunidad: se aplicará el protocolo de navegación en torno a una distancia de 1.451 metros de la concesión.

Indicador que acredite

cumplimiento

su

Registros disponibles en el artefacto naval con habitabilidados del posicionamiento satelital (POSAT) de las embarcaciones, con información de velocidades, rumbo, coordenadas geográficas, fecha y nombre de las embarcaciones.

Uso de toberas en las embarcaciones menores,

Forma de control y seguimiento

Uso de toberas en las embarcaciones menores y registros de las velocidades de circulación de las embarcaciones mayores.

10.2. Seguimiento ruido submari

no

Impacto asociado

Interferencia mamiferos marinos

Fase del Proyecto a la que aplica

Operación

Objetivo: Seguimiento a las variables ruido submarino.

Objetivo, Justificación

descripción y

Descripción y justificación: Con el objeto de ponderar que la variable analizada se comporte a como fue evaluada deberá implementar un monitoreo del ruido submarino.

Lugar, forma y oportunidad de

Lugar: La estación de monitoreo de ruido submarino deberán implementarse en límite de la concesión, de acucrdo con la siguiente imagen:

Centro de Cultwo de Salmámidros Curquen Mi! de Satlcilud 2143210104

(Figura 17: Zona de seguridad para fase de operación. Anexo 2.1 de la Adenda)

implementación

Forma: Se deberá implementar un sistema de monitorco de ruido submarino, a fin de caracterizar tos niveles de ruido percibidos por las especies, particularmente pinnipedos, que permitan asegurar el eumplimiento de los umbrales de referencia.

El sistema de monitoreo de ruido submarino deberá contemplar la implementación de un hidrófono que cumpla con las siguientes características:

Rango de frecuencia: 10 Hz — 24 kHz 2 dB

Sensibilidad nominal: -208 dBV

Directividad borizontal: (20 kHz): 0,2 dB

Directividad vertical (20 kHz): | dB

Temperatura de operación: - 10%C a 80 *C

Rango sistema: 90 a 190 dB(Z)

Los sistemas deberán permitir un registro de la variación temporal de los niveles de ruido tanto en el medio marino como aéreo, analizando los percentiles L10, L50, L90, Leq, y otros según corresponda, para diferentes descriptores de ruido que permitan un análisis detallado de los niveles de exposición sobre las especies, contemplando a su vez un

análisis de la densidad espectral de las muestras,

A hitps://validador.sea.gob.

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Oportunidad: Se deberán realizar dos muestreos anuales. El primer muestreo para la etapa de siembra o ingreso de smolt y el segundo muestreo en la etapa de cosecha, caracterizando al menos un ciclo diario completo que permita identificar la variabilidad de las emisiones en la condición más desfavorable para los receptores, logrando representar de manera suficiente las emisiones de ruido generadas por el proyecto a fin de verificar el cumplimiento de los estándares de referencia. Cada muestreo deberá justificarse de acuerdo con las condiciones de operación del proyecto y condiciones meteorológicas que den lugar a un escenario representativo de la condición más desfavorable,

Indicador que acredite su| Campañas de monitoreo de ruido ejecutadas con informe técnico cumplimiento respectivo

Elaboración de informes técnicos y remitir a la SMA y el SEA de la

región, contemplando al menos lo siguiente:

  • — Variación temporal de los niveles de ruido

  • Análisis que permita identificar las fuentes generadoras de ruido del proyecto y aquellas de carácter natural, correspondientes a la

Forma de control y seguimiento condición base de ruido del proyecto.

Correlación de datos acústicos con el avistamiento de especies reportado de acuerdo con el protocolo de navegación, que permita identificar con claridad la correcta implementación del protocolo y cumplimiento de los niveles de ruido asociados a umbrales de referencia, para mamíferos marinos.

Referencia al ICE para mayores detalles

Capítulo 11

de

o o

199

15%.

16%.

179.

1382.

Que, se ha podido establecer que el Proyecto no genera o presenta los efectos, características O circunstancias a que se refiere el artículo 85 del Reglamento del SETA, en base al contenido del acta de la reunión realizada con grupos humanos pertenecientes a pucblos indígenas localizados en el área en que se desarrollará el Proyecto

Que, el Titular deberá remitir a la Superintendencia del Medio Ambiente la información respecto de

las condiciones, compromisos o medidas, ya sea por medio de monitoreos, mediciones, reportes, análisis, informes de emisiones, estudios, auditorías, cumplimiento de metas o plazos, y en general cualquicr otra información destinada al seguimiento ambiental del Proyecto, según las obligaciones establecidas en la presente Resolución de Calificación Ambiental y las Resoluciones Exentas que al respecto dicte la Superintendencia del Medio Ambiente. De igual forma, y a objeto de conformar el Sistema Nacional de Información de Fiscalización Ambiental (SNIFA), el Registro Público de Resoluciones de Calificación Ambiental y registrar los domicilios de los sujetos sometidos a su fiscalización en conformidad con la ley, el Titular deberá remitir en tiempo y forma toda aquella información que sea requerida por la Superintendencia del Medio Ambiente a través de las Resoluciones Exentas que al respecto ésta dicte.

.Que, el Titular deberá informar a la Superintendencia del Medio Ambiente la realización de la

gestión, acto o facna mínima que da cuenta del inicio de la ejecución de obras, a que se refiere el Considerando 4.1 de la presente Resolución.

Que, con el objeto de dar adecuado seguimiento a la ejecución del Proyecto, el Titular deberá informar a la Superintendeneta del Medio Ambiente, al menos con una semana de anticipación, el inicio de cada una de las fases del Proyecio, de acuerdo a lo indicado en la descripción del mismo. Que, la Superintendencia del Medio Ambiente, de oficio o a petición de parte o de algún organismo sectorial, podrá aprobar, modificar o complementar el contenido del plan de seguimiento de las variables ambientales y, en general, cualquier otro mecanismo establecido en la respectiva resolución de calificación ambiental que tenga dicho objeto, con el fin de asegurar, en el transcurso del tiempo, que el seguimiento de las variables ambientales cumpla con su objetivo de forma eficiente y eficaz. Que, para que el proyceto “Centro de Cultivo de Salmónidos Caiquen N? de Solicitud 214121010” pueda ejecutarse, deberá cumplir con todas las normas vigentes que lo sean aplicables.

Que, el Titular deberá informar inmediatamente a la Secretaría de la Comisión de Evaluación de la Región de Magallanes y de la Antártica Chilena y a la Superintendencia del Medio Ambiente, la ocurrencia de impactos ambientales no previstos en la DIA, asumiendo inmediatamente las acciones necesarias para abordarlos.

Que, el Titular del Proyecto deberá comunicar inmediatamente y por escrito a la Secretaría de la Comisión de Evaluación de la Región de Magallanes y de la Antártica Chilena la ocurrencia de

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192.

209.

cambios de titularidad, representante legal, domicilio y correo electrónico, de acuerdo a lo establecido en el inciso tercero del artículo 162 y artículo 163, ambos del Reglamento del SEA.

Que, se hace presente al Titular que cualquier modificación al Proyecto que constituya un cambio de consideración, cn los términos definidos en el artículo 2% letra g) del Reglamentn del SEIA, deberá someterse al SEFA.

Que, todas las medidas, condiciones, exigencias y disposiciones establecidas en la presente resolución, son de responsabilidad del Titular, sean implementadas por éste directamente o a través de un tercero,

RESUELVO:

12

29

39.

4%

se.

6%.

Calificar favorablemente la Declaración de Impacto Ambiental del proyecto “Centro de Cultivo de Salmónidos Caiquen N? de Solicitud 214121010”, de Cultivos Otway S.A.

Certificar que el proyecto “Centro de Cultivo de Salmónidos Caiquen N? de Solicitud 214121010” cumple con la normativa de carácter ambiental aplicable.

Disponer el otorgamiento del Permiso Ambiental Sectorial que se señalan en el artículo 116 del D.S. N*40/2012 del Ministerio del Medio Ambiente, Reglamento del Sistema de Evaluación de impacto Ambiental.

Certificar que cl proyecto “Centro de Cultivo de Salmónidos Caiquen N de Solicitud 214121010” no genera los efectos, características o cireunstancias del artículo 11 de la Ley N19,300, que dan origen a la necesidad de elaborar un Estudio de Impacto Ambiental.

Definir como gestión, acto o faena mínima del Proyecto, para dar cuenta del inicio de su ejecución de modo sistemático y permanente, a los mencionados en el considerando N%4 del presente acto.

Hacer presente que contra esta Resolución es procedente el recurso de reclamación de acuerdo a lo dispuesto en cl artículo 20 de la Ley N* 19.300, ante el Dircctor Ejecutivo del Servicio de Evaluación Ambiental. El plazo para interponer este recurso cs de treinta días contados desde ta notificación del presente acto.

NOTIFÍQUESE Y ARCHÍVESE

| A JENNIFER CAROLINA ROJAS GARCÍA... DELEGADA PRESIDENCIAL REGIONAL - PRESIDENTE COMISIÓN DE EVALUACIÓN REGIÓN DE MAGALLANES Y ANTÁRTICA CHILEN

Firmado por: José Luis

xs Riffo Fideli

Y Fecha: 16/02/2022 17:24:14 CLST

JOSÉ LUIS RIFFO FIDELI DIRECTOR REGIONAL SERVICIO DE EVALUACIÓN AMBIENTAL SECRETARIO COMISIÓN DE EVALUACIÓN REGIÓN DE MAGALLANES Y ANTÁRTICA CHILENA

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CPF/NNM/COV

Daniela Fuentes

Corporación Nacional de Desarrollo Indigena,

Región de Magallanes y Antártica Chilena

Corporación Nacional Forestal, Región de Magallanes y Antártica Chilena Gobernación Marítima de Punta Arenas

Gobierno Regional, Región de Magallanes y Antártica Chilena

llustre Municipalidad de Río Verde

Secretaría Regional Ministerial de Bienes Nacionales,

Región de Magallanes y Antártica Chilena

Secretaría Regional Ministerial de Desarrollo Social y Familia,

Región de Magallanes y Antártica Chilena

Secretaria Regional Ministerial de Energía,

Región de Magallanes y Antártica Chilena

Secretaría Regional Ministerial del Medio Ambiente,

Región de Magallanes y Antártica Chilena

Secretaría Regional Ministerial de Salud,

Región de Magallanes y Antártica Chilena

Servicio Nacional de Turismo, Región de Magallanes y Antártica Chilena Consejo de Monumentos Nacionales

Subsecretaría de Pesca y Acuicultura

cc: Oficina de Partes SEA PAC MH PCPI

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