Modificación Proyecto Delirio
Califica Ambientalmente el proyecto “Modificación Proyecto Delirio”.
Resolución Exenta N° 06.
Copiapó, 08 de enero de 2021.
VISTOS:
1°. La Declaración de Impacto Ambiental (DIA), su Adenda de fecha 30 de junio de 2020 y su Adenda Complementaria de 06 de noviembre de 2020, del proyecto “Modificación Proyecto Delirio”, presentado por Santiago Metals Proyecto Dos Ltda con fecha 14 de enero de 2020.
2°. Los pronunciamientos y observaciones de los órganos de la administración del Estado que, sobre la base de sus facultades legales y atribuciones, participaron en la evaluación de la DIA, y que se detallan en el Capítulo 3 del Informe Consolidado de Evaluación (ICE) de la DIA del proyecto “Modificación Proyecto Delirio”.
3°. Las Actas de las reuniones realizadas con grupos humanos pertenecientes a pueblos indígenas localizados en el área en que se desarrollará el proyecto “Modificación Proyecto Delirio”, conforme a lo previsto en el artículo 86 del D.S. Nº 40, de 2012, del Ministerio del Medio Ambiente, Reglamento del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental.
4°. El Acta de Evaluación N° 18 del 07 de diciembre de 2020, del Comité Técnico de la Región de Atacama.
5°. El ICE de la DIA del proyecto “Modificación Proyecto Delirio” de 07 de diciembre de 2020.
6°. La Resolución de Calificación Ambiental N° 81, del 2017, de la Comisión de Evaluación de la Región de Atacama, del proyecto “Proyecto Delirio” que se modifica a través de la presente Resolución.
7°. La Resolución Exenta N° 202003101154, del 17 de diciembre de 2020, del Servicio de Evaluación Ambiental de la Región de Atacama, que resuelve cambio de representante legal del proyecto.
8°. Los demás antecedentes que constan en el expediente de evaluación de impacto ambiental de la DIA del proyecto “Modificación Proyecto Delirio”.
9°. Lo dispuesto en la Ley Nº 19.300, Sobre Bases Generales del Medio Ambiente; el D.S. Nº 40, de 2012, del Ministerio del Medio Ambiente, Reglamento del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental (Reglamento del SEIA); la Ley N° 19.880, que Establece Bases de los Procedimientos Administrativos que Rigen los Actos de los Órganos de la Administración del Estado; la Ley N° 18.575, Ley Orgánica Constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado; la Resolución Exenta RA 119046/376/2019 del 17 de diciembre de 2019, de la Dirección Ejecutiva del Servicio de Evaluación Ambiental, que nombra a doña Verónica Ossandón Pizarro como Directora Regional y la Resolución Nº 7, de 2019, de la Contraloría General de la República.
1°. Que, Santiago Metals Proyecto Dos Ltda (en adelante, el Titular), ha sometido al Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental (SEIA) la DIA del proyecto “Modificación Proyecto Delirio” (en adelante, el Proyecto). Los antecedentes del Titular son los siguientes:
Nombre o razón social Santiago Metals Proyecto Dos Ltda Rut 76.296.369-8 Domicilio Lo Fontecilla 201 Of. 534, Las Condes, Santiago. Teléfono (+56) 2 2653 7280 Nombre representante legal David Evan Ball Rut representante legal 25.007.559-6 Domicilio representante legal Lo Fontecilla 201, oficina 534, Las Condes, Santiago. Correo electrónico Titular o representante legal dball@santiagometals.cl
2°. Que, conforme se indica en el ICE de fecha 07 de diciembre de 2020, la Directora del Servicio de Evaluación Ambiental Región de Atacama ha recomendado aprobar el Proyecto, por cuanto el proyecto cumple con la normativa de carácter ambiental aplicable identificada en la sección 8 del ICE; cumple con los requisitos de otorgamiento de carácter ambiental contenidos en los permisos ambientales sectoriales aplicables identificados en la sección 9 del mismo documento; no genera ni presenta los efectos, características o circunstancias del artículo 11 de la Ley N° 19.300, que dan origen a la necesidad de evaluar un Estudio de Impacto Ambiental; y el Titular subsanó los errores, omisiones e inexactitudes planteados en los Informes Consolidados de Aclaraciones, Rectificaciones y Ampliaciones.
3°. Que, en sesión de 16 de diciembre de 2020, la Comisión de Evaluación de la Región de Atacama acordó calificar favorablemente el proyecto “Modificación Proyecto Delirio”, aprobando íntegramente el contenido del ICE de 07 de diciembre de 2020, el que forma parte integrante de la presente Resolución. Por lo tanto, conforme a lo indicado en el artículo 60 inciso segundo del Reglamento del SEIA, se excluyen de la presente Resolución las consideraciones técnicas en que se fundamenta.
4°. Que, según lo señalado en la DIA y sus anexos, en su Adenda, y en su Adenda Complementaria, los cuales forman parte integrante de la presente Resolución, la descripción del Proyecto es la que a continuación se indica:
4.1. ANTECEDENTES GENERALES Objetivo general El objetivo es dar continuidad operacional al Proyecto Delirio, extendiendo su vida útil de 5 a 8 años, con la explotación de los nuevos rajos Jardinera, Manto Cuba y Providencia, manteniendo su tasa de extracción. Tipología principal, así como las aplicables a sus partes, obras o acciones i.1) Proyectos de desarrollo minero sobre 5.000 ton/mes. Vida útil La vida útil del proyecto será de 7 años 4 mes. Monto de inversión USD $ 1.500.000,000 Gestión, acto o faena mínima que da cuenta del inicio de la ejecución El inicio de la ejecución del proyecto será la habilitación de caminos, prestripping; transporte de maquinaria y equipos a faenas. Proyecto se desarrolla por etapas Si No
[X]
Proyecto
modifica
un
Si
No
El Proyecto continua con la explotación a rajo abierto
y beneficio de minerales provenientes de los yacimientos de cobre Delirio, Tucumana y Barraza, incorporando la explotación a rajo abierto y beneficio de minerales de los yacimientos denominados Providencia, Manto Cuba y Jardinera, junto con la recuperación de minerales a partir de ripios Sur existentes. Manteniendo el ritmo de explotación y capacidad nominal de la Planta. modificando su vida útil en operación de 5 a ocho 8 años. A su vez, el proyecto considera la apertura de un Poder Comprador (compra de mineral y solución enriquecida de cobre). Proyecto modifica otra RCA Si No La modificación al proyecto RCA N° 81/2017 será la siguiente: Consideran dos RCA N° 81/2017. Descripción Modificación 4.1. Antecedentes generales Vida útil 6 años y 1 mes. · Etapa de operación: 5 años Para mayor detalle ver Tabla N° 2, cronograma para cada etapa, de la Adenda Complementaria. su vida útil en operación de 5 a ocho 8 años. 4.2. Ubicación del Proyecto Superficie: Obras Planta - Silo -Túnel del Silo Se elimina el Silo y Túnel Silo, aprobado en RCA N° 81/2017; [X]
4.2. UBICACIÓN DEL PROYECTO División político- administrativa El proyecto se emplaza en la región de Atacama, provincia de Chañaral, comuna de Diego de Almagro.
Descripción de la localización
La localización del proyecto se justifica a partir de los resultados
obtenidos en la etapa de exploración correspondiente a los
yacimientos mineros denominados Providencia, Manto Cuba y
Jardinera, los cuales han permitido determinar la factibilidad
técnico-económica de los recursos minerales identificados en
dichas áreas, manteniendo el horizonte de explotación de 1,2
millones de toneladas anuales por un periodo de 8 años.
Superficie
La superficie total del total del proyecto es 200,18 hectáreas,
siendo las superficies proyectadas para el Área Planta 1,51
hectáreas y para el área Mina 58,55 hectáreas. Para mayor detalle
véase Tabla I-1 de la Adenda complementaria. El detalle de las
superficies de cada obra/instalación se presentan para el área Mina
en Tabla 1.19 y área Planta en Tabla 1.20 del Capítulo 1 de la DIA.
Coordenadas UTM en Datum
WGS84
Se presentan las coordenadas en las siguientes Tablas:
- Tabla 1.5 Rajo Providencia, del Capítulo 1 de la DIA.
- Tabla 1.6 Rajo Manto Cuba, del Capítulo 1 de la DIA.
- Tabla 1.7 Rajo Jardinera, del Capítulo 1 de la DIA.
- Tabla 1.8 Botadero Providencia, del Capítulo 1 de la DIA.
- Tabla 1.9 Botadero Manto Cuba, del Capítulo 1 de la DIA.
- Tabla 1.10 Botadero Barraza (rediseño), del Capítulo 1 de la
DIA.
- Tabla 1.12 Cachimba, del Capítulo 1 de la DIA.
4.3. PARTES, OBRAS Y ACCIONES QUE COMPONEN EL PROYECTO
4.3.1. FASE DE CONSTRUCCIÓN
Parte/obra
Área Mina
Caminos
Interiores
del
Proyecto
Desde el acceso principal, se enlazarán a caminos secundarios
hacia las distintas obras e instalaciones del Proyecto. Como
consecuencia de los tres nuevos Rajos adicionados al Proyecto, se
incorporarán nuevos caminos, de tal forma que se redefinen las
distancias a recorrer por los camiones para el movimiento de
material desde los Rajos, Desmontes y Ripios, a sus respectivas
zonas de descarga. En la Tabla 1.78 del Capítulo 1 de la DIA, se
presentan las toneladas de material a transportar y los viajes por los
camiones desde cada instalación, que se realizarán diariamente. En
la Tabla 1.79 del Capítulo 1 de la DIA, se presentan las distancias a
recorrer por los camiones para el movimiento de material desde
cada rajo, desmontes y ripios, a sus respectivas zonas de descarga.
Los caminos interiores serán utilizados para el tránsito de camiones
y vehículos livianos. Los caminos tendrán un ancho comprendido
entre 9 y 12 m, dependiendo del vehículo que transite. En el
punto1.2.8.5.2 del Capítulo 1 de la DIA, se indican los caminos
Interiores del Proyecto
Área Planta
Instalaciones
Las instalaciones que forman parte del sector Planta, se mantendrán
como fueron aprobadas en la RCA N° 81/2017. Con la excepción
de las instalaciones denominadas Silo y Túnel Silo, que han sido
eliminadas en vista que se ha considerado el traspaso de mineral
mediante correas transportadoras debidamente encapsuladas,
conforme a las medidas de control de material particulado
aprobadas en la RCA.
Se incorporarán instalaciones como:
- Laboratorio.
- Patio de Salvataje.
- Baños en sector Chancado.
- Estacionamiento frente a Barrio Cívico.
- Acopio de Mineral 1.
- Acopio de Mineral 2.
Acciones
Ruido y vibraciones: Las emisiones de ruido serán acotadas en tiempo y cantidad al estar asociadas solamente a la acción de habilitación de caminos. En fase de construcción no se considera la generación de vibraciones. Efluentes: Durante la fase de construcción, las aguas servidas generadas serán tratadas en el alcantarillado particular del área mina para el sector de Chancado y área planta en el barrio cívico, aprobado por la SEREMI de Salud, Región de Atacama. Residuos, productos químicos y otras sustancias que puedan afectar el medio ambiente. Residuos Domésticos y asimilables a domésticos, en cuanto a la cantidad de residuos generados y su manejo, se mantienen las declaradas y aprobadas en la RCA N° 81/2017. Se generarán 5,6 kg/día de residuos domésticos y asimilables durante la fase de construcción, los cuales serán almacenados en bodegas para luego ser dispuestos finalmente en un relleno sanitario autorizado (Chulo, COSEMAR).
Residuos sólidos industriales no peligrosos, en cuanto a la cantidad de residuos generados y su manejo, se mantienen las declaradas y aprobadas en la RCA N° 81/2017. Se generarán 13 kg/día de residuos industriales no peligrosos, los cuales serán almacenados y llevados finalmente a un punto de reciclaje autorizado (PUNTOECO).
Residuos industriales peligrosos, en cuanto a la cantidad de
residuos generados y su manejo, se mantienen las declaradas y
aprobadas en la RCA N° 81/2017. Se generarán 7,9 kg/día de
residuos peligrosos, que serán almacenados en bodegas para luego
ser llevados a un relleno de seguridad autorizado (CONFINOR).
Referencia
al
ICE
para
mayores detalles sobre esta
fase.
Tabla 4.2 y Tabla 4.6.1.1Partes y obras.
Tabla 4.6.1.2. Acciones.
Tabla 4.6.2 Suministros básicos.
Tabla 4.6.3 Recursos Naturales a extraer, explotar o utilizar.
Tabla 4.6.4.1 Emisiones a la atmósfera.
Tabla 4.6.4.2 Emisiones líquidas.
Tabla 4.6.4.3 Ruido.
En la Tabla I-23 de la Adenda se especifican las acciones de control de emisiones (junto con el lugar de aplicación, el % de eficiencia, frecuencia de aplicación, forma de mantenimiento, medio verificación, etc.) que se implementarán en la fase de operación, y que corresponden a las siguientes: - Humectación (PTS). - Control Factor de carga (MP10-MP2.5) (Perforación). - Control factor de carga (Tronadura). - Pulverizadores y encapsulamiento. - Humectación de superficie por riego. - Bischofita.
Ruido y vibraciones:
Las emisiones de ruido corresponden a la operación de equipos y
maquinarias de los rajos en el área mina y la operación de la plata
(chancado, transporte y acopio, aglomeración entre otras.
La proyección de vibraciones consideró la maquinaria “Excavadora
con Martillor” y “Perforadora Frontal” con emisión de 0.734 PPV
[pulg/seg] a 25 [pies] y una emisión de 0.035 PPV [pulg/seg] a 25
Efluentes: Durante la fase de operación se contempla un sistema que considera la construcción de alcantarillado domiciliario de tipo fosa séptica para el área de planta en el sector de Chancado, la planta tendrá un caudal a tratar de 450 L/día de aguas servidas provenientes de los servicios higiénicos. La frecuencia de limpieza de la fosa séptica es de 1 vez al año, en cuanto a los lodos generados serán retirados por una empresa autorizada y dispuestos en un sitio que cuente con resolución sanitaria. Estos serán retirados con una frecuencia de seis meses. Residuos, productos químicos y otras sustancias que puedan afectar el medio ambiente. Residuos Domésticos y asimilables a domésticos, se generarán 156 Kg/día de residuos asimilables a domiciliarios, los que serán almacenados temporalmente en el llamado “Patio de Salvataje Complementario”, para luego ser dispuestos finalmente en el relleno sanitario autorizado (Relleno Sanitario el Chulo, COSEMAR).
Residuos sólidos industriales no peligrosos, se generarán 15,61 Kg/día de residuos no peligrosos, los que serán almacenados temporalmente en el llamado “Patio de Salvataje Complementario”, para posteriormente ser llevados a disposición final a un punto de reciclaje autorizado (PUNTOECO).
Residuos industriales peligrosos, se generarán 861 Kg/día de
residuos peligrosos, los cuales serán almacenados en la bodega de
residuos peligrosos, para posteriormente ser llevados a disposición
final a un relleno de seguridad (CONFINOR).
Referencia
al
ICE
para
mayores detalles sobre esta
fase.
Tabla 4.2 y Tabla 4.7.1.1 Partes y obras.
Tabla 4.7.1.2. Acciones.
Tabla 4.7.2 Suministros básicos.
Tabla 4.7.3 Productos generados.
Tabla 4.7.4 Recursos Naturales a extraer, explotar o utilizar.
Tabla 4.7.5.1 Emisiones a la atmósfera.
Tabla 4.7.5.2 Emisiones líquidas.
Tabla 4.7.5.3 Ruido.
Tabla 4.7.6.1. Residuos no peligrosos.
Tabla 4.7.6.2 Residuos peligrosos.
Tabla 4.7.6.3 Productos químicos y otras sustancias que puedan
afectar el medio ambiente.
4.3.3. FASE DE CIERRE
Las partes u obras de esta fase serán las mismas describen en la Tabla 4.3.2 del presente documento
para la fase de operación, que corresponden al área mina caminos interiores del proyecto y defensas
fluviales; para área planta a la instalación de faena.
Acciones
Desmantelamiento
o
aseguramiento
de
infraestructura
Medidas y Actividades de Cierre Propuesta se presentan en el
punto 1.7.3.3 del Capítulo 1 de la DIA. Se realizará la
desmantelación (equipos, estructuras, líneas de suministro y
estanques), limpieza y nivelación de terrenos
Prevención
de
futuras
emisiones
emisiones Para evitar la afectación del ecosistema incluido el aire,
suelo y agua, cabe precisar, en primer lugar, que, una vez cesadas
las operaciones, no existirán acciones susceptibles de causar
afectación sobre el ecosistema. En particular, debe considerarse que
en base a los antecedentes presentados en los Anexos XIII
Estabilidad Química y Física de Botaderos, para el diseño de los
botaderos, complementado en el Anexo a Descripción Proyecto 1
de la Adenda, informe minero, resultan estables tanto desde el
En la Tabla I-23 de la Adenda se especifican las acciones de control de emisiones (junto con el lugar de aplicación, el % de eficiencia, frecuencia de aplicación, forma de mantenimiento, medio verificación, etc.) que se implementarán en la fase de cierre, y que corresponden a las siguientes: - Humectación de superficie por riego.
Ruido y vibraciones:
Las emisiones de ruido en esta fase corresponderán principalmente a la operación de equipos y maquinarias para la desmantelación y demolición de obras del proyecto. Asimismo, se generarán emisiones por vibraciones producto del uso de maquinaria “Excavadora con Martillor” y “Perforadora Frontal”.
Efluentes:
Se contempla un sistema que considera la utilización del alcantarillado domiciliario de tipo fosa séptica para el área de planta en el sector de Chancado, la planta tendrá un caudal a tratar de 450 L/día de aguas servidas provenientes de los servicios higiénicos. La frecuencia de limpieza de la fosa séptica es de 1 vez al año, en cuanto a los lodos generados serán retirados por una empresa autorizada y dispuestos en un sitio que cuente con resolución sanitaria. Estos serán retirados con una frecuencia de seis meses. Residuos, productos químicos y otras sustancias que puedan afectar el medio ambiente. Residuos sólidos asimilables a domiciliarios, se generarán 83 Kg/día de residuos asimilables a domiciliarios, los que serán almacenados temporalmente en el llamado “Patio de Salvataje Complementario”, para luego ser dispuestos finalmente en el relleno sanitario autorizado (Relleno Sanitario el Chulo, COSEMAR).
Residuos sólidos industriales no peligrosos, se generarán 67,44 Kg/día de residuos no peligrosos, los que serán almacenados temporalmente en el llamado “Patio de Salvataje Complementario”, para posteriormente ser llevados a disposición final a un punto de reciclaje autorizado (PUNTOECO).
Residuos industriales peligrosos, se generarán 42 Kg/día de
4.4. CRONOLOGÍA DE LAS FASES DEL PROYECTO 4.4.1. FASE DE CONSTRUCCIÓN Fecha estimada de inicio Diciembre de 2020. Parte, obra o acción que establece el inicio Habilitación de caminos, pre-stripping; transporte de maquinaria y equipos a faenas. Fecha estimada de término Marzo de 2021. Parte, obra o acción que establece el término Habilitación de estacionamiento frente a barrio cívico, y acopios de mineral 1 y 2. 4.4.2. FASE DE OPERACIÓN Fecha estimada de inicio Diciembre de 2020. Parte, obra o acción que establece el inicio Movimiento de tierras y primer cátodo Fecha estimada de término Septiembre de 2027. Parte, obra o acción que establece el término Último cátodo. 4.4.3. FASE DE CIERRE Fecha estimada de inicio Diciembre de 2026. Parte, obra o acción que establece el inicio Cierre área extracción mineral. Fecha estimada de término Marzo de 2028. Parte, obra o acción que establece el término Cierre de accesos a caminos área planta.
5°. Que, durante el proceso de evaluación se han presentado antecedentes que justifican la inexistencia de los siguientes efectos, características y circunstancias del artículo 11 de la Ley N° 19.300:
5.1. RIESGO PARA LA SALUD DE LA POBLACIÓN, DEBIDO A LA CANTIDAD Y
CALIDAD DE EFLUENTES, EMISIONES Y RESIDUOS
Impacto ambiental
- Alteración de la calidad del aire por emisiones de
material particulado y gases.
- Aumento niveles de ruido y vibraciones en
Se generarán efluentes líquidos en todas sus fases, provenientes de un sistema de alcantarillado domiciliario de tipo fosa séptica. En relación con el manejo de efluentes, éstos serán operados por empresa autorizada.
Sobre la base de lo analizado en el punto 6.1 del ICE, se concluye que el Proyecto no genera o
presenta riesgos para la salud de la población debido a la cantidad y calidad de efluentes, emisiones
o residuos.
5.2. EFECTOS ADVERSOS SIGNIFICATIVOS SOBRE LA CANTIDAD Y CALIDAD DE LOS
RECURSOS NATURALES RENOVABLES, INCLUIDOS EL SUELO, AGUA Y AIRE
Impacto ambiental
Afectación a especies en categoría de conservación.
Producto de las obras asociadas a la operación del proyecto
(rajos,
botaderos,
nuevos
caminos), se localizaron
ejemplares de Eriosyce aurata (Sandillón), especie
cactácea listada en categoría de conservación vulnerable.
Componente ambiental
Afectado
Flora
Parte, obra o acción que lo genera
- Rajo Providencia.
- Botadero Providencia.
- Botadero manto cuba.
- Rajo manto cuba.
- Rajo Jardinera.
- Botadero Barraza.
Fase en que se presenta
Construcción
Impacto ambiental
Alteración de hábitat de fauna de baja movilidad. Producto
de las obras asociadas a la operación del proyecto
(Providencia; botadero y rajo Manto Cuba, Jardinera) y
habilitación de caminos de acceso, se encontró fauna
terrestre, la que presenta 2 especies de reptil de baja
movilidad Callopistes maculatus (Iguana) y Liolaemus
velosoi (Lagartija de veloso) en estado de conservación.
Componente ambiental afectado
Fauna
Parte, obra o acción que lo genera
- Rajo Providencia.
- Botadero manto cuba.
- Rajo manto cuba.
- Rajo Jardinera o Sector.
Fase en que se presenta
Operación
Referencia al ICE para mayores
detalles sobre este impacto específico
Tabla 5.1.1.1 Flora
Tabla 5.1.1.2 Fauna
Capítulo 6 del ICE, específicamente la Tabla 6.2
El proyecto no genera o presenta efectos adversos significativos sobre la cantidad y calidad de los
recursos naturales renovables, incluidos el suelo, agua y aire, en consideración a lo siguiente:
Respecto a la pérdida de suelo, para el desarrollo del proyecto, si bien la superficie del Proyecto
Delirio aprobado mediante RCA N°81/2017 y las nuevas instalaciones del presente proyecto
utilizarán una superficie proyectada total de 200,18 hectáreas. Las nuevas instalaciones del Área
Mina consideran una superficie de 58,55 hectáreas y el Área Planta considera una superficie de 1,51
hectáreas, donde a pesar de que el uso de suelo es rural, se continúan desarrollando actividades de
pequeña. El suelo está formado por depósitos aluviales y coluviales. Por una parte, existen depósitos
aluviales antiguos, formados de gravas y bloques con intercalaciones de arenas gruesas. En gran
parte del llano de San Pedro existen depósitos aluviales conformado por ripios, gravas y lentes de
arenas gruesas no consolidados. Además, se encuentran depósitos coluviales del cuaternario y
corresponden a bloques mono- composicionales, matriz de arena no consolidados. Los suelos no
presentan valor agrícola al ser clasificados como clases VI y VII, principalmente por sus
características geológicas, geográficas y propiedades estructurales, lo cual limita la capacidad para
el uso forestal. Estos suelos permiten el desarrollo de especies con adaptaciones para condiciones
áridas y de ladera de cerro, como especies herbáceas, arbustivas y/o suculentas.
En el área de influencia del proyecto se identificó que la flora y vegetación que está formada por las
unidades constituidas por la asociación de Helioptropium floridium (Hf)- Nolana leptophylla (Nl) y
Fagonia chilensis (Fg) - Heliotropium floridium (Hf) correspondieron a las unidades de mayor
5.3.
REASENTAMIENTO
DE
COMUNIDADES
HUMANAS
O
ALTERACIÓN
SIGNIFICATIVA DE LOS SISTEMAS DE VIDA Y COSTUMBRES DE GRUPOS HUMANOS
Referencia al ICE para mayores
detalles sobre este impacto específico
Capítulo 6 del ICE, específicamente la Tabla 6.3
El Proyecto, no requiere intervenir ni utilizar en ninguna de sus fases recursos naturales utilizados
5.4. LOCALIZACIÓN EN O PRÓXIMA A POBLACIONES, RECURSOS Y ÁREAS PROTEGIDAS, SITIOS PRIORITARIOS PARA LA CONSERVACIÓN, HUMEDALES PROTEGIDOS Y GLACIARES, SUSCEPTIBLES DE SER AFECTADOS, ASÍ COMO EL VALOR AMBIENTAL DEL TERRITORIO EN QUE SE PRETENDE EMPLAZAR Referencia al ICE para mayores detalles sobre este impacto específico Capítulo 6 del ICE, específicamente la Tabla 6.4 El proyecto no se emplaza en tierras indígenas ni en áreas de desarrollo indígena ni tampoco se encuentra cercano a grupos humanos pertenecientes a pueblos indígenas (GHPPI). El proyecto no intervendrá o afectará a los recursos y áreas protegidas presentes en la región de Atacama (Parques Nacionales, Santuario de la Naturaleza, Reserva Nacional, Monumentos Nacionales, Zonas de Interés Turístico, sitio RAMSAR, Bienes Nacionales Protegidos, Área Marina Costera Protegida y área de Reserva Marina). Por otro lado, el proyecto no se emplazará en humedales protegidos, glaciares, así como tampoco en un territorio con alto valor ambiental, por tanto, no existe susceptibilidad de afectar estos recursos.
5.5. ALTERACIÓN SIGNIFICATIVA, EN TÉRMINOS DE MAGNITUD O DURACIÓN, DEL VALOR PAISAJÍSTICO O TURÍSTICO DE UNA ZONA Referencia al ICE para mayores detalles sobre este impacto específico Capítulo 6 del ICE, específicamente la Tabla 6.5 El Proyecto se emplaza en una unidad de paisaje, que no presenta atributos naturales que la caractericen como una zona con valor turístico. El proyecto ya que se emplaza en un paisaje con influencia del desarrollo de actividad minera, siendo la duración o magnitud despreciable debido a que el área de influencia se encuentra contenido por un fondo de paisaje de montaña, el que hace la realización del proyecto que no se perciba en la visión panorámica del paisaje. Donde se determinó que el área no se prevé cambios de consideración en el paisaje. Por lo anterior, se descarta que el Proyecto genere o presente alteración significativa del valor paisajístico o turístico de una zona.
5.6. ALTERACIÓN DE MONUMENTOS, SITIOS CON VALOR ANTROPOLÓGICO,
ARQUEOLÓGICO,
HISTÓRICO
Y,
EN
GENERAL,
LOS
PERTENECIENTES
AL
PATRIMONIO CULTURAL
Referencia al ICE para mayores
detalles sobre este impacto específico
Capítulo 6 del ICE, específicamente la Tabla 6.6
En el área de intervención del Proyecto se registraron 6 hallazgos (ID0-24; IDO-29; IDO-30; IDO-
32; IDO-33; IDO-86) en las inspecciones arqueológicas efectuadas, corresponden a estructuras
pircadas de carácter minero, y a senderos posiblemente asociados a este tipo de actividades. Todas
las estructuras pircadas son de data histórica/subactual y sus estados de conservación pueden ser
calificados como regular. En el caso de los senderos, estos no presentan material cultural asociado
(por lo menos en los tramos inspeccionados en relación al área del proyecto). Uno es de data
6°. Que resultan aplicables al Proyecto los siguientes permisos ambientales sectoriales, asociados a las correspondientes partes, obras o acciones que se señalan a continuación:
6.1. PERMISOS AMBIENTALES SECTORIALES MIXTOS
6.2.1. Permiso para establecer un Botadero de Estériles o Acumulación de Minerales, según se establece en el artículo 136 del Reglamento del SEIA Fase del Proyecto a la cual corresponde Fase de operación. Parte, obra o acción a la que aplica Rajos Delirio, Tucumana y Barraza, Botaderos de Estériles Delirio Tucumana y Barraza, Depósitos de Ripios y Desmontes. Los antecedentes para su otorgamiento se presentaron en el Anexo XVI -PAS 136 de la DIA. Complementado en Adenda y su Anexo A Descripción del Proyecto - Anexo 1 Informe Minero. Condiciones o exigencias específicas para su otorgamiento No se establecieron. Pronunciamiento del órgano competente Mediante oficio ORD. N° 6466 del 23 de noviembre de 2020, SERNAGEOMIN, Región de Atacama, se pronuncia conforme. Referencia al ICE para mayores detalles Capítulo 9 del ICE, específicamente el punto 9.1.1
6.2.2. Permiso para la ejecución del Plan de Cierre de una faena minera, según se establece en el
artículo 137 del Reglamento del SEIA
Fase del Proyecto a la
Fase de cierre.
6.2.3. Permiso para a la construcción, modificación y ampliación de cualquier planta de tratamiento de residuos y desperdicios de cualquier clase; o para la instalación de todo lugar destinado a la acumulación, selección, industrialización, comercio o disposición final de residuos y desperdicios de cualquier clase, según se establece en el artículo 138 del Reglamento del SEIA Fase del Proyecto a la cual corresponde Fase de operación y cierre. Parte, obra o acción a la que aplica Se generará y realizará tratamiento de aguas servidas, de acuerdo a un Sistema de Alcantarillado Particular para el sector de Chancado adicional al aprobado en RCA Nº81/2017. El sistema considera la construcción de alcantarillado domiciliario para el sector de Chancado la cual operará durante las fases de operación y cierre. Los antecedentes para su otorgamiento se presentaron en el Anexo XVI -PAS 138 de la DIA. Condiciones o exigencias específicas para su otorgamiento No se establecieron. Pronunciamiento del órgano competente Mediante oficio ORD. N° 12301/2020 del 17 de noviembre de 2020, la SEREMI de Salud de la Región de Atacama, se pronuncia conforme. Referencia al ICE para mayores detalles Capítulo 9 del ICE, específicamente el punto 9.1.3
6.2.4. Permiso para la construcción, modificación y ampliación de cualquier planta de tratamiento
de residuos y desperdicios de cualquier clase; o para la instalación de todo lugar destinado a la
acumulación, selección, industrialización, comercio o disposición final de residuos y desperdicios de
6.2.5. Permiso para la caza o captura de ejemplares de animales de especies protegidas para fines de investigación, para el establecimiento de centro de reproducción o criaderos y para la utilización sustentable del recurso, según se establece en el artículo 146 del Reglamento del SEIA Fase del Proyecto a la cual corresponde Fase de operación. Parte, obra o acción a la que aplica Se implementará un Plan de Rescate y Relocalización de fauna terrestre de baja movilidad, para las especies Liolaemus velosoi (Lagartija de Veloso) y Callopistes maculatus (Iguana chilena). Los antecedentes para su otorgamiento se presentaron en el Anexo CPAS 146 de la Adenda. Condiciones o exigencias específicas para su otorgamiento No se establecieron. Pronunciamiento del órgano competente Mediante oficio ORD. N° 479 del 14 de julio de 2020, el SAG de la Región de Atacama, se pronuncia conforme. Referencia al ICE para mayores detalles Capítulo 9 del ICE, específicamente el punto 9.1.5
6.2.6. Permiso para la construcción de ciertas obras hidráulicas, según se establece en el artículo 155 del Reglamento del SEIA. Fase del Proyecto a la cual corresponde Fase de operación y cierre. Parte, obra o acción a la que aplica Obra de Canal de Contorno - Rajo Providencia y Canal de Contorno - Botadero Providencia. Los antecedentes para su otorgamiento se presentaron en el Anexo PAS 155-A y PAS 155 -B de la Adenda Complementaria. Condiciones o exigencias específicas para su otorgamiento No se establecieron. Pronunciamiento del órgano competente Mediante oficio ORD. N° 603 del 19 de noviembre de 2020, la DGA, Región de Atacama, se pronuncia conforme. Referencia al ICE para mayores detalles Capítulo 9 del ICE, específicamente el punto 9.1.6
Pronunciamiento del órgano competente Mediante oficio ORD. N° 603 del 19 de noviembre de 2020, la DGA, Región de Atacama, se pronuncia conforme. Mediante oficio ORD. N° 686 del 20 de noviembre de 2020, la DOH de la Región de Atacama se pronuncia conforme condicionado. Referencia al ICE para mayores detalles Capítulo 9 del ICE, específicamente el punto 9.1.7
6.2.8. Permiso para subdividir y urbanizar terrenos rurales o para construcciones fuera de los límites urbanos, según se establece en el artículo 160 del Reglamento del SEIA Fase del Proyecto a la cual corresponde Fase de Construcción. Parte, obra o acción a la que aplica Para la instalación de nuevas instalaciones (laboratorio, baños). En Tabla 16 de la Adenda se presentan las obras y superficie, siendo la superficie Total de 267,33 m2. Los antecedentes para su otorgamiento se presentaron en el Anexo CPAS160 de la Adenda Condiciones o exigencias específicas para su otorgamiento No se establecieron. Pronunciamiento del órgano competente Mediante oficio ORD. N° 479 del 14 de julio de 2020, el SAG de la Región de Atacama, se pronuncia conforme. Mediante oficio ORD. N° 608 del 29 de julio de 2020, la SEREMI de Vivienda y Urbanismo de la Región de Atacama, se pronuncia conforme. Referencia al ICE para mayores detalles Capítulo 9 del ICE, específicamente el punto 9.1.8
7°. Que, de acuerdo a los antecedentes que constan en el expediente de evaluación, la forma de cumplimiento de la normativa de carácter ambiental aplicable al Proyecto es la siguiente:
7.1. COMPONENTE/MATERIA: Planificación Territorial
Norma
D.F.L N° 458 de 1975, del Ministerio de Vivienda y Urbanismo, Ley
General de Urbanismo y Construcciones
Fase del Proyecto a la que
aplica o en la que se dará
cumplimiento
Fase de operación
Parte, obra o acción a la que
aplica
Las Modificaciones del Proyecto Delirio se emplaza en la misma
zona declarada como Rural en la RCA N°81/2017.
Forma de cumplimiento
El Proyecto se emplazará en una zona que no posee ninguna
restricción de uso de suelo.
Indicador que acredita su
cumplimiento
La normativa no establece obligaciones específicas, de modo que no
se presenta indicador de cumplimiento.
Forma de control y
seguimiento
No se establecen restricciones específicas.
7.2. COMPONENTE/MATERIA: Faenas mineras
Norma
Ley 20.551/2011, modificada por la Ley 20.819/2015, del Ministerio
de Minería. Ley sobre Cierre de faenas e Instalaciones Mineras
Fase del Proyecto a la que
aplica o en la que se dará
cumplimiento
Fase de cierre.
Parte, obra o acción a la que
aplica
Las nuevas obras e instalaciones del proyecto Modificación del
Proyecto Delirio, y posterior a la obtención de la RCA, se actualizará
el Plan de Cierre aprobado.
Forma de cumplimiento
El Plan de Cierre del Proyecto Minero será elaborado en
conformidad a la integración y ejecución de un conjunto de medidas
y acciones destinadas a mitigar los efectos que se deriven del
desarrollo de la industria extractiva minera, en los lugares en que se
realicen las operaciones, de forma de asegurar la estabilidad física y
química de los mismos, en conformidad a la normativa ambiental
aplicable. El plan de cierre considerará la totalidad de las
instalaciones de la faena, según lo establecido en la mencionada Ley
N° 20.551 de Cierre de Faenas e Instalaciones Mineras.
Indicador que acredita su
cumplimiento
En las instalaciones de la faena, se mantendrá copia del Plan de
Cierre y la resolución de esta, otorgada por el SERNAGEOMIN.
Forma de control y
seguimiento
Dicha autorización estará a disposición de la autoridad en caso de
futuras fiscalizaciones.
Referencia al ICE para
mayores detalles
Capítulo 8 del ICE, específicamente en el punto 8.1.2.
7.3. COMPONENTE/MATERIA: Emanaciones o contaminantes atmosféricos de cualquier
naturaleza.
Norma
Decreto Supremo Nº 144 de 1961, Establece normas para evitar
emanaciones o contaminantes atmosféricos de cualquier naturaleza, 2
de mayo de 1961, Ministerio de Salud.
Fase del Proyecto a la que
aplica o en la que se dará
cumplimiento
Fase de Operación y Cierre.
Parte, obra o acción a la que
aplica
Actividades generadoras de emisiones atmosféricas como tránsito de
camiones, maquinaria, etc.
Forma de cumplimiento
• Durante todas las fases del Proyecto, los vehículos, equipos y
maquinarias contarán con sus revisiones técnicas y mantenciones
preventivas adecuadas, para operar en óptimas condiciones.
• Se realizará la humectación periódica de los caminos industriales,
en los cuales transiten camiones con material. Se restringirá la
velocidad de los vehículos en los caminos interiores, indicada a
través de señalética y finalmente se realizará una adecuada
mantención periódica de los caminos interiores.
• Se realizarán mantenciones preventivas a los equipos y maquinarias
pertenecientes al Titular del Proyecto, y cumplirán con la norma de
emisión aplicable a vehículos motorizados; pesado y livianos. Para
mayor detalle revisar el estudio contenido en el Anexo XI
Modelación Dispersión Emisiones Atmosféricas de la presenta DIA
Modificación Proyecto Delirio, y la carpeta 03 Emisiones
Atmosféricas en el Anexo A Descripción del Proyecto de la Adenda.
Indicador que acredita su
cumplimiento
Se llevará un registro de los camiones que se destinen a labores de
humectación; sus vehículos contarán con revisión técnica al día y se
7.4. COMPONENTE/MATERIA: Emisiones de contaminantes emanadas de los vehículos motorizados. Norma Decreto Supremo Nº 4 de 1994, modificado por D.S. N°58/2004 Establece normas de emisión de contaminantes aplicables a los vehículos motorizados y fija los procedimientos para su control, 29 de enero de 1994, Ministerio de Transporte y Telecomunicaciones. Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Fase de Operación y Cierre. Parte, obra o acción a la que aplica Durante la fase de operación y cierre se producirán emanaciones de gases generados por la combustión interna de los motores de los vehículos motorizados pesados utilizados tanto para el transporte del personal como de materiales e insumos. Forma de cumplimiento Los vehículos cumplirán con las concentraciones máximas establecidas en las Normas de Emisión de Contaminantes aplicables a los Vehículos Motorizados. Por lo tanto, según lo establecido en el Artículo 1° letra a), los vehículos motorizados de encendido de chispa de dos o cuatro tiempos que se utilicen no excederán las concentraciones máximas establecidas en la norma de emisión. Los vehículos motorizados contarán a su vez, con sus respectivas revisiones técnicas, y dar así cumplimiento a las concentraciones de emisión establecidas en las normas para vehículos en uso. Indicador que acredita su cumplimiento Los vehículos contarán con su certificado de revisión técnica vigente. Asimismo, los registros de las mantenciones estarán en todo momento disponibles en la faena. Forma de control y seguimiento Se generarán registros de las mantenciones preventivas y las revisiones técnicas de cada vehículo, equipo y maquinaria. Estos registros estarán en todo momento disponibles en la faena. Referencia al ICE para mayores detalles Capítulo 8 del ICE, específicamente en el punto 8.2.2.
7.5. COMPONENTE/MATERIA: Emisiones atmosféricas
Norma
Decreto Supremo Nº 138 de 2005, Establece obligación de declarar
emisiones que indica, 10 de junio de 2005, Ministerio de Salud.
Fase del Proyecto a la que
aplica o en la que se dará
cumplimiento
Fase de construcción
Parte, obra o acción a la que
aplica
Se mantendrá el uso de 2 equipos electrógenos igual o superior a
20KW, destinados a la alimentación eléctrica de oficinas, servicios,
iluminación fija y puntos de trabajo para herramientas
Forma de cumplimiento
El Proponente realizará la declaración de emisiones atmosféricas de
los grupos electrógenos a través del Sistema de Ventanilla única del
RETC en el caso de que sean equipos propios o en su defecto, velará
7.6. COMPONENTE/MATERIA: Establece Norma de Emisión Aplicables a Vehículos Motorizados Medianos. Norma Decreto Supremo Nº 54 de 1994, Establece Norma de Emisión Aplicables a Vehículos Motorizados Medianos, 08 de Marzo de 1994, Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones. Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Fase de operación y cierre. Parte, obra o acción a la que aplica Durante todas las fases del proyecto, se requerirá el uso de vehículos motorizados medianos para el transporte. Forma de cumplimiento Se cumplirá con las normas de emisión para todos los vehículos motorizados asociados a cada fase del Proyecto, lo cual se verificará con el certificado de revisión técnica y de gases al día. Indicador que acredita su cumplimiento - Revisión técnica al día. Forma de control y seguimiento Se generarán registros de las mantenciones preventivas y las revisiones técnicas de cada vehículo, equipo y maquinaria. Estos registros estarán en todo momento disponibles en la faena. Referencia al ICE para mayores detalles Capítulo 8 del ICE, específicamente en el punto 8.2.4.
7.7. COMPONENTE/MATERIA: Establece normas de emisión aplicables a vehículos motorizados
pesados que indica
Norma
Decreto Supremo Nº 55 de 1994, Establece Normas de emisión
aplicables a vehículos motorizados pesados que indica, 08 de Marzo
de 1994, Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones.
Fase del Proyecto a la que
aplica o en la que se dará
cumplimiento
Fase de operación y cierre.
Parte, obra o acción a la que
aplica
En las fases del proyecto, en fase de operación y cierre por la
utilización de vehículos pesados para preparación del terreno,
movimientos
de
tierra,
construcción
de
fundaciones,
desmantelamiento,
entre
otras
actividades;
se
producirán
emanaciones de gases generados por la combustión interna de estos.
Forma de cumplimiento
Se cumplirá con las normas de emisión para todos los vehículos
motorizados asociados a cada fase del Proyecto, lo cual se verificará
con el certificado de revisión técnica y de gases al día.
Indicador que acredita su
cumplimiento
Los vehículos motorizados pesados y utilizados por el Proyecto
tendrán su certificado de revisión técnica vigente, lo cual en sí mismo
constituye el indicador para verificar el cumplimiento de la norma.
7.8. COMPONENTE/MATERIA: Reglamento del registro de emisiones y transferencias de contaminantes, RETC Norma Decreto N° 1/2013, Reglamento del registro de emisiones y transferencias de contaminantes, RETC, 02 de enero de 2013, Ministerio del Medio Ambiente. Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Fase de operación y cierre. Parte, obra o acción a la que aplica El Proyecto generará emisiones atmosféricas por sus distintas actividades y contempla la generación de residuos, los cuales serán almacenados temporalmente en una bodega de almacenamiento de residuos, hasta su retiro por empresas autorizadas hacia sitios de disposición final autorizados, además se generarán emisiones por las diferentes actividades que se realizarán en el proyecto. Forma de cumplimiento Se realizarán los reportes de emisiones y residuos a través de la ventanilla única que se encuentra en el portal electrónico del RETC ante la SEREMI de Salud de la Región de Atacama, del reporte de los establecimientos emisores o generadores. Se mantendrá registro de la cantidad y tipo de residuos industriales peligrosos generados y retirados del Proyecto, mediante facturación a terceros (Boleta, Factura u otro). Indicador que acredita su cumplimiento Copia de los registros de reportes de emisiones y residuos, a través de la ventanilla única del RETC. Forma de control y seguimiento Comprobantes de las declaraciones de emisiones, residuos y/o trasferencia de contaminantes realizadas. Se mantendrá disponible en faena. Referencia al ICE para mayores detalles Capítulo 8 del ICE, específicamente en el punto 8.2.6.
7.9. COMPONENTE/MATERIA: Residuos domésticos, industriales sólidos no peligrosos y
Efluentes líquidos
Norma
Decreto con Fuerza de Ley N° 725 de 1967, Código Sanitario, 31 de
enero de 1968, Ministerio de Salud.
Fase del Proyecto a la que
aplica o en la que se dará
cumplimiento
Fase de operación y cierre.
Parte, obra o acción a la que
aplica
El proyecto contará con bodegas de almacenamiento para los
residuos domésticos, sólidos no peligrosos y peligrosos. Respecto a
los efluentes líquidos en fase de operación y cierre.
Forma de cumplimiento
Fase de Construcción: Los Residuos de tipo domésticos a generar
por el proyecto, serán 5,6 kg/día, los que serán almacenados en
bodegas para luego ser dispuestos finalmente en un relleno sanitario
autorizado (Chulo, COSEMAR). Se mantienen las declaradas y
aprobadas en la RCA N° 81/2017. En cuanto a su almacenamiento
transitorio para en área mina, los residuos domésticos, aprobado
mediante la Resolución N° 2898, de fecha 16 de octubre de 2018,
Proyecto de Almacenamiento Temporal de Residuos Domésticos y
Asimilables a Domésticos, de la SEREMI de Salud, Región de
Fase de Operación:
Los Residuos Domésticos a generar por el proyecto serán 156
Kg/día, los que serán almacenados temporalmente en el llamado
“Patio de Salvataje Complementario”, para luego ser dispuestos
finalmente en el relleno sanitario autorizado (Relleno Sanitario el
Chulo, COSEMAR).
Respecto a los Residuos Sólidos Industriales No Peligrosos a generar
por el proyecto será 15,61 Kg/día. almacenados temporalmente en el
llamado “Patio de Salvataje Complementario”, para posteriormente
ser llevados a disposición final a un punto de reciclaje autorizado
(PUNTOECO).
Los Residuos Peligrosos a generar serán de 861 Kg/día, los cuales
serán almacenados en la bodega de residuos peligrosos, para
posteriormente ser llevados a disposición final a un relleno de
seguridad (CONFINOR).
Para el Barrio Cívico Mina, se encuentra en tramitación para Barrio
Fase de Cierre:
Los Residuos de tipo domésticos a generar por el proyecto serán 83
Kg/día, el cual será almacenado temporalmente en el llamado “Patio
de Salvataje Complementario”, para luego ser dispuestos finalmente
en el relleno sanitario autorizado (Relleno Sanitario el Chulo,
COSEMAR).
En cuanto a los Residuos Sólidos Industriales No Peligrosos a
generar por el proyecto serán 67,44 Kg/día. Estos serán almacenados
temporalmente en el llamado “Patio de Salvataje Complementario”,
para posteriormente ser llevados a disposición final a un punto de
reciclaje autorizado (PUNTOECO).
Los Residuos Peligrosos a generar por el proyecto serán 42 Kg/día,
los cuales, almacenados en la bodega de residuos peligrosos, para
posteriormente ser llevados a disposición final a un relleno de
seguridad (CONFINOR). Para el Barrio Cívico Mina, se encuentra
en tramitación para Barrio Cívico Mina mediante folio N°
116829/2018 y para Barrio Cívico Planta, Resolución Exenta
N°6468/2019 aprueba el Proyecto Almacenamiento Transitorio de
Residuos Industriales Peligrosos.
Efluentes líquidos: Se contempla un sistema que considera la
construcción de alcantarillado domiciliario de tipo fosa séptica para
el área de planta en el sector de Chancado, la planta tendrá un caudal
a tratar de 450 L/día de aguas servidas provenientes de los servicios
higiénicos. La frecuencia de limpieza de la fosa séptica es de 1 vez al
año, en cuanto a los lodos generados serán retirados por una empresa
autorizada y dispuestos en un sitio que cuente con resolución
sanitaria. Estos serán retirados con una frecuencia de seis meses.
Por lo anterior, durante el proceso de evaluación se presentaron para
la fase de operación y cierre los requisitos técnicos y formales para la
obtención de del permiso ambiental sectorial del Artículo 138 del
RSEIA. Para la fase de construcción, operación y cierre se
presentaron los requisitos técnicos y formales para la obtención de
los permisos ambientales sectoriales de los Artículos 140 del RSEIA.
Indicador que acredita su
cumplimiento
• Boletas, certificados y/o comprobantes que permitan acreditar que
los sitios de disposición final de los residuos se encuentran
autorizados.
• Inspección visual y/o registro fotográfico de las condiciones de
almacenaje de los residuos no peligrosos de la obra.
• Autorización para almacenar temporalmente los residuos no
peligrosos dentro del predio.
• Obtención de los permisos ambientales sectoriales de los Artículos
138 y 140 del RSEIA.
• Aprobaciones de proyecto y autorizaciones sanitarias a que se
refieren los Artículos 79 y 80 del D.F.L. Nº 725/67 Código Sanitario.
Forma de control y
seguimiento
• Registro de retiro de los residuos por parte del transportista
autorizado y dispuestos en sitios de disposición final autorizados.
• Autorización sanitaria del transportista autorizado, y lo indicado
anteriormente todos disponibles en faena.
7.10. COMPONENTE/MATERIA: Residuos Sólidos.
Norma
Decreto Supremo Nº 594 de 1999, Aprueba Reglamento sobre
condiciones sanitarias y ambientales básicas en los lugares de
trabajo, 15 de septiembre de 1999, Ministerio de Salud.
Fase del Proyecto a la que
aplica o en la que se dará
cumplimiento
Fase de operación y cierre.
Parte, obra o acción a la que
aplica
El proyecto contará con bodegas de almacenamiento para los
residuos domésticos, sólidos no peligrosos y peligrosos. Respecto a
los efluentes líquidos en fase de operación y cierre.
Forma de cumplimiento
Fase de Construcción: Los Residuos de tipo domésticos a generar
por el proyecto, serán 5,6 kg/día, los que serán almacenados en
bodegas para luego ser dispuestos finalmente en un relleno sanitario
autorizado (Chulo, COSEMAR). Se mantienen las declaradas y
aprobadas en la RCA N° 81/2017. En cuanto a su almacenamiento
transitorio para en área mina, los residuos domésticos, aprobado
mediante la Resolución N° 2898, de fecha 16 de octubre de 2018,
Proyecto de Almacenamiento Temporal de Residuos Domésticos y
Asimilables a Domésticos, de la SEREMI de Salud, Región de
Atacama.
Para el área planta los residuos domésticos, aprobado mediante la
Resolución N° 2899, de fecha 16 de octubre de 2018, Proyecto de
Almacenamiento Temporal de Residuos domésticos y asimilables, de
la SEREMI de Salud, Región de Atacama.
En cuanto a los Residuos Sólidos Industriales No Peligrosos, el
proyecto generará 13 kg/día, los cuales, serán almacenados y
llevados
finalmente
a
un
punto
de
reciclaje
autorizado
(PUNTOECO). Se mantienen las declaradas y aprobadas en la RCA
N° 81/2017.
En cuanto a su almacenamiento transitorio para el área mina, los
residuos Industriales No Peligrosos, aprobado mediante la
Resolución N° 2251, de fecha 2 de agosto de 2018, Proyecto de
Almacenamiento Transitorio de Residuos Industriales No Peligrosos,
de la SEREMI de Salud Región de Atacama.
Para el área planta los residuos Industriales No Peligrosos, aprobado
mediante la Resolución N° 2250, de fecha 2 de agosto de 2018,
Proyecto de Almacenamiento Transitorio de Residuos Industriales
No Peligrosos, de la SEREMI de Salud de Atacama.
Respecto de los Residuos Industriales Peligrosos: el proyecto
generará 7,9 kg/día, los serán almacenados en bodegas para luego ser
llevados a un relleno de seguridad autorizado (CONFINOR). Se
mantienen las declaradas y aprobadas en la RCA N° 81/2017.
En cuanto a su almacenamiento transitorio para el área mina, los
residuos Industriales Peligrosos, se encuentra en tramitación en
SEREMI de Salud, Región de Atacama, mediante Folio N°
116829/2018.
Para el área planta los residuos Industriales Peligrosos, aprobado
mediante la Resolución N° 6468, de fecha 4 de diciembre de 2019,
Proyecto de Almacenamiento Transitorio de Residuos Industriales
Peligrosos, de la SEREMI de Salud, Región de Atacama.
Efluentes líquidos: La construcción en el área mina para el sector de
Chancado, las aguas servidas generadas serán tratadas en
alcantarillado particular, aprobado mediante la Resolución N° 2875,
de fecha 9 de octubre de 2018, que aprueba proyecto Sistema
Fase de Operación: Los Residuos Domésticos a generar por el proyecto serán 156 Kg/día, los que serán almacenados temporalmente en el llamado “Patio de Salvataje Complementario”, para luego ser dispuestos finalmente en el relleno sanitario autorizado (Relleno Sanitario el Chulo, COSEMAR). Respecto a los Residuos Sólidos Industriales No Peligrosos a generar por el proyecto será 15,61 Kg/día. almacenados temporalmente en el llamado “Patio de Salvataje Complementario”, para posteriormente ser llevados a disposición final a un punto de reciclaje autorizado (PUNTOECO). Los Residuos Peligrosos a generar serán de 861 Kg/día, los cuales serán almacenados en la bodega de residuos peligrosos, para posteriormente ser llevados a disposición final a un relleno de seguridad (CONFINOR). Para el Barrio Cívico Mina, se encuentra en tramitación para Barrio Cívico Mina mediante folio N° 116829/2018 y para Barrio Cívico Planta, Resolución Exenta N°6468/2019 aprueba el Proyecto Almacenamiento Transitorio de Residuos Industriales Peligrosos. Efluentes líquidos: se contempla un sistema que considera la construcción de alcantarillado domiciliario de tipo fosa séptica para el área de planta en el sector de Chancado, la planta tendrá un caudal a tratar de 450 L/día. La limpieza se realizará por una empresa autorizada que cuente con los permisos vigentes y llevados a disposición final por una empresa sanitaria autorizada.
Fase de Cierre:
Los Residuos de tipo domésticos a generar por el proyecto serán 83
Kg/día, el cual será almacenado temporalmente en el llamado “Patio
de Salvataje Complementario”, para luego ser dispuestos finalmente
en el relleno sanitario autorizado (Relleno Sanitario el Chulo,
COSEMAR).
En cuanto a los Residuos Sólidos Industriales No Peligrosos a
generar por el proyecto serán 67,44 Kg/día. Estos serán almacenados
temporalmente en el llamado “Patio de Salvataje Complementario”,
para posteriormente ser llevados a disposición final a un punto de
reciclaje autorizado (PUNTOECO).
Los Residuos Peligrosos a generar por el proyecto serán 42 Kg/día,
los cuales, almacenados en la bodega de residuos peligrosos, para
posteriormente ser llevados a disposición final a un relleno de
seguridad (CONFINOR). Para el Barrio Cívico Mina, se encuentra
en tramitación para Barrio Cívico Mina mediante folio N°
116829/2018 y para Barrio Cívico Planta, Resolución Exenta
N°6468/2019 aprueba el Proyecto Almacenamiento Transitorio de
Residuos Industriales Peligrosos.
Efluentes líquidos: Se contempla un sistema que considera la
construcción de alcantarillado domiciliario de tipo fosa séptica para
el área de planta en el sector de Chancado, la planta tendrá un caudal
a tratar de 450 L/día de aguas servidas provenientes de los servicios
higiénicos. La frecuencia de limpieza de la fosa séptica es de 1 vez al
año, en cuanto a los lodos generados serán retirados por una empresa
7.11. COMPONENTE/MATERIA: Residuos Sólidos Peligrosos. Norma Decreto Supremo Nº 148 de 2003, Aprueba Reglamento Sanitario sobre Manejo de Residuos Peligrosos, 12 de junio de 2003, Ministerio de Salud. Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Fase de operación y cierre. Parte, obra o acción a la que aplica Durante todas las fases del proyecto se generan residuos peligrosos los que serán manejados y llevados a una bodega de almacenamiento temporal. Forma de cumplimiento Fase de Construcción: Respecto de los Residuos Industriales Peligrosos: el proyecto generará 7,9 kg/día, los serán almacenados en bodegas para luego ser llevados a un relleno de seguridad autorizado (CONFINOR). Se mantienen las declaradas y aprobadas en la RCA N° 81/2017. En cuanto a su almacenamiento transitorio para el área mina, los residuos Industriales Peligrosos, se encuentra en tramitación en SEREMI de Salud, Región de Atacama, mediante Folio N° 116829/2018. Para el área planta los residuos Industriales Peligrosos, aprobado mediante la Resolución N° 6468, de fecha 4 de diciembre de 2019, Proyecto de Almacenamiento Transitorio de Residuos Industriales Peligrosos, de la SEREMI de Salud, Región de Atacama.
Fase de Operación:
Los Residuos Peligrosos a generar serán de 861 Kg/día, los cuales
serán almacenados en la bodega de residuos peligrosos, para
posteriormente ser llevados a disposición final a un relleno de
seguridad (CONFINOR).
Fase de Cierre: Los Residuos Peligrosos a generar por el proyecto serán 42 Kg/día, los cuales, almacenados en la bodega de residuos peligrosos, para posteriormente ser llevados a disposición final a un relleno de seguridad (CONFINOR). Para el Barrio Cívico Mina, se encuentra en tramitación para Barrio Cívico Mina mediante folio N° 116829/2018 y para Barrio Cívico Planta, Resolución Exenta N°6468/2019 aprueba el Proyecto Almacenamiento Transitorio de Residuos Industriales Peligrosos. Indicador que acredita su cumplimiento Se mantendrá registro de la cantidad y tipo de residuos industriales peligrosos generados y sacados del Proyecto, mediante facturación a terceros (Boleta, Factura u otro). La declaración de los residuos industriales peligrosos se realizará mediante sistema sectorial SIDREP-VU. Forma de control y seguimiento Revisión de registro y fiscalización in situ por parte de la autoridad. Registro y verificación periódica de las condiciones de la bodega de residuos peligrosos de acuerdo a la autorización sanitaria. Verificación de que se cuente con Registro de declaración y retiro de residuos en SIDREP. Referencia al ICE para mayores detalles Capítulo 8 del ICE, específicamente en el punto 8.2.9.
7.12. COMPONENTE/MATERIA: Insumos con características de peligrosidad Norma Decreto Supremo Nº 594 de 1999, Aprueba Reglamento sobre condiciones sanitarias y ambientales básicas en los lugares de trabajo, 15 de septiembre de 1999, Ministerio de Salud. Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Fase de operación y cierre. Parte, obra o acción a la que aplica Almacenaje de insumos con características de peligrosidad. Forma de cumplimiento Se cumplirá con los aspectos de almacenaje y manipulación de insumos peligrosos, establecidos en el presente Reglamento, a saber: Los pisos de los sectores de almacenaje serán de material resistente, impermeable y no poroso, de tal manera que facilitan una limpieza oportuna y completa. Los sectores de almacenaje estarán provistos con extintores compatibles con los productos almacenados, en cantidad y distribución acorde a lo establecido en este Decreto. Indicador que acredita su cumplimiento Se mantendrá disponible en el recinto de trabajo, un plan detallado de acción para enfrentar emergencias, y una hoja de seguridad para cada sustancia. Inspección visual y/o registro fotográfico de las medidas antes indicadas. Forma de control y seguimiento Se tendrá un plan de acción en el lugar de trabajo y una hoja de seguridad por sustancia. Además, se realizarán consolidados mensuales para el registro de estos residuos generados, además de una copia del RETC en faena. Verificación de que se cuente con los registros antes señalados e inspección visual, cuando corresponda. Referencia al ICE para mayores detalles Capítulo 8 del ICE, específicamente en el punto 8.2.10.
7.14. COMPONENTE/MATERIA: Ruidos Molestos generados por Fuentes Fijas. Norma Decreto Supremo Nº 38 de 2011, Establece Norma de Emisión de Ruidos Generados por Fuentes que Indica, Elaborada a partir de la revisión del Decreto N° 146, de 1997, del Ministerio Secretaría General de la Presidencia, 11 de noviembre de 2011, Ministerio del Medio Ambiente. Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Fase de operación y cierre Parte, obra o acción a la que aplica Utilización de equipos, vehículos y maquinarias con emisión de ruidos en todas las Fases del Proyecto. Forma de cumplimiento Para todas las fases, el Proyecto dará cumplimiento a los límites de emisión de ruido establecidos en el presente Decreto, tal como se acredita en el Anexo Nº VIII Estudio Acústico y Vibraciones de la DIA. Indicador que acredita su cumplimiento El indicador de cumplimiento corresponde a los resultados de la modelación del nivel de presión sonora asociado a la fase de operación y cierre, donde se verifica el cumplimiento de la normativa. Forma de control y seguimiento Se utilizarán equipos con niveles sonoros que fluctúan dentro de los rangos permisibles. Para mayor detalle se mantendrán las fichas técnicas que demuestran los niveles sonoros promedio. Referencia al ICE para mayores detalles Capítulo 8 del ICE, específicamente en el punto 8.2.12.
7.15. COMPONENTE/MATERIA: Seguridad Minera.
Norma
Decreto Supremo Nº 72/1985, Reglamento de Seguridad Minera,
cuyo texto refundido, coordinado y sistematizado fue fijado mediante
el D.S. N° 132/2002, del Ministerio de Minería.
Fase del Proyecto a la que
Fase de operación y cierre
7.16. COMPONENTE/MATERIA: Ley sobre Control de Armas. Norma Ley N° 17.798/1972 Ley sobre Control de Armas establece que el Ministerio de Defensa Nacional a través de la Dirección General de Movilización Nacional estará a cargo de la supervigilancia y control de las armas, explosivos, fuegos artificiales y artículos pirotécnicos y otros elementos similares de que trata esta ley. Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Fase de operación Parte, obra o acción a la que aplica Utilización de explosivos para tronaduras. Forma de cumplimiento Los explosivos serán adquiridos, transportados, almacenados y manipulados por empresas contratistas, las cuales deberán cumplir con las disposiciones requeridas por la Ley y sus reglamentos. Indicador que acredita su cumplimiento Se mantendrá registro de las empresas abastecedoras de explosivos, la cual deberá acreditar su autorización por parte del organismo competente. Dicho documento formará parte del contrato de servicio, el cual estará a disposición de la autoridad en caso de futuras fiscalizaciones. Forma de control y seguimiento Se mantendrán los registros de utilización, traslado y fichas técnicas de estos explosivos en faena. Referencia al ICE para mayores detalles Capítulo 8 del ICE, específicamente en el punto 8.2.14.
7.17. COMPONENTE/MATERIA: Combustible.
Norma
Decreto Supremo N° 160/2008, Reglamento de Seguridad para las
instalaciones y operaciones de producción y refinación, transporte,
almacenamiento, distribución y abastecimiento de combustibles
líquidos. Ministerio de Economía, Fomento y Reconstrucción.
7.18. COMPONENTE/MATERIA: Vialidad y Transporte Norma Decreto Fuerza de Ley N° 75/1987, Establece la prohibición de circular por caminos públicos a vehículos que sobrepasen los límites de peso máximo establecidos. Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones. Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Fase de operación y cierre. Parte, obra o acción a la que aplica El trasporte de material particulado cargado en camiones cumpla con la carga "cubierta total y eficazmente con lonas o plásticos de dimensiones adecuadas”. Forma de cumplimiento Durante todas las fases del Proyecto, el flujo de vehículos aumentará, produciendo un Impacto Vial Leve, concluido en el Estudio Vial, adjunto en la carpeta 08 Transporte en el Anexo A Descripción del Proyecto de la Adenda. Estos vehículos transitarán por caminos ya establecidos; Ruta C-17 y C-253, construidos con los estándares aceptados por el Ministerio de Obras Públicas. Dichos caminos cuentan con todas las propiedades para que no se produzca caída o escurrimientos involuntarios de los materiales transportados. Indicador que acredita su cumplimiento Se realizará un chequeo visual y de pesaje en donde se especifica que los vehículos cuentan con un nivel y forma de carga adecuada, el cual quedará en registro de control de ingreso de la Faena. Además, se deberá verificar si la carga se encuentra totalmente cargada para evitar la emisión de material particulado al medio. Forma de control y seguimiento Se generarán registros del pesaje de cada vehículo y estarán disponibles en todo momento en faena. Referencia al ICE para mayores detalles Capítulo 8 del ICE, específicamente en el punto 8.2.16.
7.19. COMPONENTE/MATERIA: Contaminación Lumínica.
Norma
Decreto Supremo N° 43 de 2012, Establece Norma de Emisión para
la Regulación de la Contaminación Lumínica, elaborada a partir de la
revisión del Decreto Nº 686, de 1998, del Ministerio de Economía,
7.20. COMPONENTE/MATERIA: Flora y Vegetación Norma Ley N°20.283/2008 del Ministerio de Agricultura. Ley Sobre Recuperación del Bosque Nativo y Fomento Forestal Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Fase de operación y cierre. Parte, obra o acción a la que aplica El Proyecto se encuentra sobre una zona que presenta un 3,9% definida para la conservación de Flora Nativa de la Región de Atacama, mayor detalle se encuentra el estudio en la carpeta 04 Flora del Anexo A Descripción del Proyecto de la Adenda. Forma de cumplimiento El Proyecto no intervendrá bosque nativo. La flora categorizada en estado de conservación ubicada en el área de emplazamiento del Proyecto presenta valores porcentuales bajos respecto del total de flora en estado de conservación de la Región de Atacama. Para mayor detalle visualizar el estudio contenido en la carpeta 04 Flora del Anexo A Descripción del Proyecto de la Adenda. Indicador que acredita su cumplimiento Durante la fase de Operación se realizará riego de los caminos del Proyecto con el propósito de evitar la presencia en la atmósfera de partículas en suspensión. Tal medida es necesaria, para evitar el descenso de la tasa de fotosíntesis producida por las partículas en suspensión que se depositan sobre las especies. Forma de control y seguimiento Toda medida tomada por la empresa y acordada con el servicio público pertinente serán registradas y dispuestas en faena en caso de requerir la información de alguna medida considerada en esta DIA. Referencia al ICE para mayores detalles Capítulo 8 del ICE, específicamente en el punto 8.3.1.
7.21. COMPONENTE/MATERIA: Patrimonio cultural.
Norma
Ley Nº 17.288 de 1970, Legisla Sobre Monumentos Nacionales;
Modifica Las Leyes 16.617 y 16.719; Deroga Decreto Ley 651, de 17
de octubre de 1925, 27 de enero de 1970, Ministerio de Educación.
Fase del Proyecto a la que
Fase de operación y cierre.
8°. Que, para ejecutar el Proyecto deben cumplirse las siguientes condiciones o exigencias, en concordancia con el artículo 25 de la Ley N° 19.300:
a) Rectificar el número Eriosyce aurata (sandillón) de 83 a 109 individuos. Según lo informado por el Proponente en: • “Para mayor detalle de la ubicación georreferenciada de los 83 ejemplares registrados, revisar el Anexo 8.3 Plan de Manejo Biológico de Flora Nativa Vulnerable asociado a la Modificación Proyecto Delirio en el documento Línea de Base de Recursos Bióticos Florísticos, adjunto en la Adenda 1, carpeta 04 Flora del Anexo A Descripción Proyecto 2.” (Pregunta 22 y 23 de la Adenda Complementaria). • “Sin desmedro de lo anterior, se ejecutó una nueva campaña de micro ruteo los días 20 y 21 de marzo de 2020. En esta nueva campaña fueron registrados un total de 109 ejemplares de la especie en estado de conservación. Se adjunta en la carpeta Flora, de Anexo A Descripción del Proyecto, la “Línea de Base de Recursos Florísticos de la Modificación del Proyecto Delirio” actualizada, donde se corrige la Tablas 6.” (Pregunta 30 de la Adenda 1).
b) Respecto al consumo hídrico, el Proponente deberá informarlo trimestralmente a la Autoridad Ambiental, información que además deberá estar disponible en oficinas de administración de faena del Proyecto y del proveedor, así como en los medios en que será transportado el recurso según sea el caso, dando aviso oportuno sobre cualquier modificación de cambio de fuente, proveedor u otro.
c) En relación al Plan de Seguimiento y Monitoreo de la Calidad de las Aguas, el cual considera cuatro nuevos puntos de monitoreo denominados PZ-MA-01, PZ-MA-02, PZ-MA-03 y PZ-MA-04, y que tienen por finalidad “monitorear aguas arriba y aguas debajo de posibles fuentes de perturbación de la calidad de las aguas”, se considera que la ubicación de los pozos PZ-MA-01, PZ- MA-02, PZ-MA03 y PZ-MA-04 propuesta, no incluye un punto aguas arriba de todas las obras contempladas en el proyecto, que permita monitorear el estado natural de las aguas subterráneas y verificar que las obras motivo del presente proceso de evaluación no producen una alteración significativa a la calidad del agua subterránea. Por lo tanto, el Proponente deberá definir junto con la DGA, Región de Atacama la ubicación de un pozo de monitoreo agua arribas de las obras para monitorear el estado natural de las aguas.
d) Respecto al Compromiso Ambiental Voluntario Control de Emisiones, en específico, la Forma de control y seguimiento: El Proponente informa que presentará registros y memorias de cálculo según tramos, sin embargo, el Proponente debe complementar de que los registros y resultados serán remitidos a la Superintendencia del Medio Ambiente (SMA) en informes anuales.
- Que, durante el procedimiento de evaluación de la DIA el Titular del Proyecto propuso los
siguientes compromisos ambientales voluntarios:
Tabla 9.1. Compromiso ambiental voluntario Control de Emisiones Impacto asociado No aplica. Fase del Proyecto a la que aplica Fase de construcción, operación y cierre Objetivo, descripción y justificación Objetivo: implementar medidas eficientes para el control de emisiones atmosféricas (material particulado). Descripción: se implementarán medidas eficientes para el control y abatimiento de emisiones de material particulado en tramos del proyecto, actividades de perforación, tronadura y chancado. Justificación: garantizar la implementación de medidas de control y abatimiento de emisiones atmosféricas de material particulado, considerando porcentajes (%) de eficiencia en su aplicación en tramos, actividades de perforación, tronadura y chancado, durante las fases de construcción, operación y cierre del proyecto. Lugar, forma y oportunidad de implementación Lugar: Listado tramos y medidas indicadas en Anexo XI Modelación Dispersión Emisiones Atmosféricas DIA: a. Tramos 1, 2, 4, 12 al 15, 18 al 35 b. Perforación c. Tronadura d. Chancado e. Tramos f. Tramos 1, 2, 4, 12 al 15, 18 al 35 g. Tramos 3, 5 al 11, 16 y 17 h. Tramos 1, 2, 4, 12 al 15, 18 al 35 Forma: Lugar Medida de control Especificaciones técnicas de la medida a Humectación
de superficie por riego
Listado tramos y medidas indicadas en
Anexo XI Modelación Dispersión
Emisiones Atmosféricas DIA.
b
Humectación (PTS)
Memoria cálculo tronadura
c
Control Factor de
carga (MP10-MP2.5)
Memoria cálculo tronadura
d
Control factor de carga
Memoria cálculo tronadura
e
Pulverizadores
y Sistema supresor de polvo Planta
Delirio; “Emission Estimation Techique
Manual for Mining” del Departamento
de Medio Ambiente del Gobierno
Australiano.
f
Humectación
de superficie
por
riego
Listado tramos y medidas indicadas en
Anexo XI Modelación Dispersión
Emisiones Atmosféricas DIA.
g
Bischofita
Listado tramos y medidas indicadas en
Anexo XI Modelación Dispersión
Emisiones Atmosféricas DIA; Anexo
C.2 ET Tramos con Carpeta de
Bischofita (Anexo XI Modelación
Dispersión
Emisiones
Atmosféricas
DIA).
de l proyecto Forma de mantención en el tiempo a Tres veces al día Construcción Flota de camiones aljibes b Cada vez Operación - c Cada vez Operación - d Cada vez Operación - e Cada vez Operación Mantenciones periódicas de sistema supresor f Tres veces al día Operación Flota de camiones aljibes g Evaluació n semestral Operación Riego y evaluación de carpeta h Tres veces al día Cierre Flota de camiones aljibes Indicador que acredite su cumplimiento Lugar % eficiencia comprometida Respaldo técnico de eficiencia a 82% Registro de aplicaciones y evaluación de medición con equipos nefelométricos. b 0% - c 0% - d 0% - e 90% Registro funcionamiento Pesómetro y sistema supresor. f 82% Registro de aplicaciones y evaluación de medición con equipos nefelométricos. g 98% Resultados prueba de estabilización. h 82% Registro de aplicaciones.
Lugar
Medio de verificación del cumplimiento de la medida y
mantenimiento de la eficiencia
a
Registro de aplicaciones
b
Memoria de cálculo y registro
c
Memoria de cálculo y registro
d
Memoria de cálculo y registro
e
Registro
f
Registro de aplicaciones
g
Registro
h
Registro de aplicaciones
Forma de control y
seguimiento
Los registros y resultados serán remitidos a la Superintendencia del Medio
Ambiente (SMA) en informes anuales.
Capítulo 10 del ICE, específicamente la Tabla 10.1.1.
Referencia al ICE para mayores detalles
Tabla ¡Error! No se encuentra el origen de la referencia. Compromiso ambiental voluntario Plan de Manejo Biológico Impacto asociado No aplica. Fase del Proyecto a la que aplica Fase de construcción Objetivo, descripción y justificación Objetivo: diseñar y ejecutar un Plan de Manejo Biológico complementario con el Plan aprobado en la RCA N°81/2017 para las especies categorizadas en estado de conservación.
Descripción: se diseñará y ejecutará un Plan de Manejo Biológico para ejemplares de la especie suculenta endémica Eriosyce aurata (sandillón) categorizada oficialmente en estado de conservación VULNERABLE.
Justificación: el Plan ha sido confeccionado bajo el criterio de los estados de conservación oficialmente definidos por el Reglamento de Clasificación de Especies (RCE) y el Boletín N°47 del MNHN. Además, se ha considerado el criterio de singularidad ambiental de presencia de especies endémicas, definido en la Guía de Evaluación Ambiental de la Corporación Nacional Forestal y el lineamiento estratégico N°2 de la Estrategia y Plan de Acción de para la Conservación y Uso Sustentable de la Región de Atacama. 2010- 2017; Asegurar la preservación de especies y del patrimonio Genético. Lugar, forma y oportunidad de implementación Lugar: La aplicación de este Plan será realizada en el área de emplazamiento de las obras de la Modificación del Proyecto Delirio. La ubicación georreferenciada, así como la superficie de ambas áreas, se indica en el siguiente cuadro:
Área de extracción de ejemplares Área de relocalización flora y fauna Sitio coordenadas Superfi cie (ha) Sector Coordenadas Superfi cie (ha) Este Norte Este Norte 1 418035 7041601 11,87 Sector 1 415589 7041162 23,7 2 416470 7041848 31,69 Sector 2 415619 7040869 16,5 3 417304 7041293 22,12
40,2 4 414980 7041666 6,62
Total
72,3
Total
40,2
Para mayor detalle de la ubicación georreferenciada de los 109 ejemplares
registrados, revisar el Anexo 8.3 Plan de Manejo Biológico de Flora Nativa
Vulnerable en el Anexo Línea de Base de Recursos Bióticos Florísticos, adjunto en
la Adenda 1, carpeta 04 Flora del Anexo A Descripción Proyecto 2.
Forma: el procedimiento será realizado en las mismas condiciones que tenían los
individuos originalmente, considerando sus diferentes variables medioambientales
que hacen propicio su desarrollo, tales como: Altitud, exposición, posición
topográfica, temperatura, humedad, suelo, especies acompañantes, etc.
El procedimiento se desarrollará previo al inicio de la construcción e incluirá la
siguiente metodología:
• Ubicación de ejemplares. El rescate de las cactáceas empieza con la ubicación de
los ejemplares que estarán afectos por las obras del Proyecto. Para estos fines, se
Actividad
Indicador
1.1 cactáceas globosas (Eriodyce aurata)
1.1.1 Extracción de ejemplares
100% de ejemplares de las especies
extraídas.
1.1.2 Recuperación de ejemplares
100%
de
ejemplares
con
raíces
cicatrizadas.
1.1.3 Relocalización en terreno
100% de ejemplares relocalizados en
terreno.
1.1.4 Sobrevivencia
100% de ejemplares con prendimiento
en terreno luego de la estación estival
posterior a la plantación.
Forma de control y
seguimiento
Los informes de las campañas de monitoreo serán entregados a la autoridad
competente dentro de un mes después del término. Los indicadores de éxito de la
operación se muestran en el cuadro anterior.
Por último, con el objetivo de asegurar el 100% de éxito en la relocalización de
ejemplares debido a la eventualidad de pérdida o muerte de ejemplares
relocalizados, se procederá a realizar una propagación complementaria, mediante
semillas. Esta estrategia considera actividades como colecta de frutos durante
período primaveral- estival (octubre- marzo), secado de frutos, extracción de
Tabla ¡Error! No se encuentra el origen de la referencia. Compromiso ambiental voluntario Rescate y relocalización de Eriosyce aurata (sandillón) Impacto asociado No aplica Fase del Proyecto a la que aplica Fase de construcción Objetivo, descripción y justificación Objetivo: preservar ejemplares de la especie Eriosyce aurata en estado de conservación vulnerable mediante un procedimiento de relocalización. Descripción: realizar el rescate y relocalización de ejemplares de la especie Eriosyce aurata hacia el Área de Protección y Relocalización de Flora y Fauna del Proyecto Delirio. Justificación: el levantamiento de información del recurso biótico florístico realizado en terreno durante la campaña invernal del año 2019 concluye la presencia de ejemplares de la especie suculenta endémica Eriosyce aurata (sandillón) categorizada oficialmente en estado de conservación VULNERABLE. Lugar, forma y oportunidad de implementación Lugar: Las labores de rescate serán realizadas en el área de emplazamiento de las obras del proyecto. En tanto que las actividades de relocalización serán ejecutadas en el Área de Protección y Relocalización de Flora y Fauna del Proyecto Delirio. La ubicación georreferenciada, así como la superficie de ambas áreas, se indica en el siguiente cuadro. Área de extracción de ejemplares Área de relocalización flora y fauna Sitio Coordenadas Superfi cie (ha) Sector Coordenadas Superfi cie (ha) Este Norte Este Norte 1 418035 7041601 11,87 Sector 1 415589 7041162 23,7 2 416470 7041848 31,69 Sector 2 415619 7040869 16,5 3 417304 7041293 22,12
40,2 4 414980 7041666 6,62
Total
72,3
Total
40,2
Para mayor detalle de la ubicación georreferenciada de los 109 ejemplares
registrados, revisar la Tabla 6 de Línea de Base de Recursos Bióticos Florísticos,
adjunto en la Adenda 1, carpeta 04 Flora del Anexo A Descripción Proyecto 2.
Forma: el procedimiento será realizado en las mismas condiciones que tenían los
individuos originalmente, considerando sus diferentes variables medioambientales
que hacen propicio su desarrollo, tales como: Altitud, exposición, posición
topográfica, temperatura, humedad, suelo, especies acompañantes, etc. De igual
manera, es importante destacar que se consideró como referencia la ficha
desarrollada por el Ministerio de Medio Ambiente para la elaboración de este
procedimiento.
El procedimiento se desarrollará previo al inicio de la construcción e incluirá la
siguiente metodología:
1. Ubicación de ejemplares. El rescate de las cactáceas comenzará con la
geolocalización de los ejemplares que estarán afectos por las obras del Proyecto.
Para estos fines, se revisará toda el área y se marcará con estacas y banderines de
color llamativo todos los sitios donde se encuentran ejemplares de cactáceas.
2. Ubicación de sitios para replantar. La segunda acción, será la ubicación de sitios
para replantar. Para ello será utilizada el Área de Protección y Relocalización de
Flora y Fauna definida para el proyecto.
3. Rescate. Corresponde a la extracción de las cactáceas. Antes de iniciar la
extracción, en cada ejemplar, procederá el marcaje de la zona del cuerpo cuya
orientación es al Norte, ello con la finalidad de mantener en los individuos dicha
orientación cardinal al momento del replante. El rescate considera la extracción del
ejemplar mediante excavación cuidadosa del suelo con pala y chuzo a distancia
Indicador que acredite
su cumplimiento
Los indicadores del cumplimiento del compromiso voluntario se muestran en el
cuadro adjunto. Estos indicadores serán reportados y registrados en los informes de
extracción, relocalización y monitoreo ambiental. Los porcentajes de indicadores
de éxito del programa de relocalización de cactáceas se establecerán de acuerdo
con los grados de amenaza y singularidades que presenten las especies, de acuerdo
con los siguientes criterios: Especies En Peligro Crítico, En Peligro, Rara,
Vulnerables (100%): se establece el valor más alto por cuanto es obvio que la
eliminación de individuos de especies amenazadas reduce en definitiva el capital
natural preexistente.
Actividad
Indicador
1.1 cactáceas globosas (Eriodyce aurata)
1.1.1 Extracción de ejemplares
100% de ejemplares de las especies
extraídas.
1.1.2 Recuperación de ejemplares
100%
de
ejemplares
con
raíces
cicatrizadas.
1.1.3 Relocalización en terreno
100% de ejemplares relocalizados en
terreno.
1.1.4 Sobrevivencia
100% de ejemplares con prendimiento
en terreno luego de la estación estival
posterior a la plantación.
Forma de control y
seguimiento
Será realizado mediante monitoreo ambiental. Relocalizados los ejemplares se
ejecutarán monitoreos durante cinco años.
• Para el primer año, luego de relocalizados los ejemplares, la frecuencia de
monitoreo será mensual.
• Para el segundo año, se realizarán monitoreos trimestrales.
• Por último, para el período comprendido entre el tercer y quinto año se propone
un monitoreo anual.
Durante el monitoreo se llevará registro sobre tamaño, estado sanitario, floración y
fructificación de los replantes.
Los informes de las campañas de monitoreo serán entregados a la autoridad
competente dentro de un mes después del término. Los indicadores de éxito de la
Tabla 9.4 Compromiso ambiental voluntario Señalética de peligro ante caída de rocas Impacto asociado No aplica. Fase del Proyecto a la que aplica Fase de construcción. Objetivo, descripción y justificación Objetivo: instalar señalética para advertir a los usuarios la existencia de riesgos y/o situaciones imprevistas de flujos y caídas de rocas, que se pueden presentar en la vía.
Descripción: se instalará señalética preventiva aledaña al Rajo y Botadero Providencia para advertir situaciones imprevistas de flujos y caídas de rocas a conductores.
Justificación: se instalará en el camino de acceso al Rajo y Botadero Providencia debido a que los principales riesgos identificados como son los flujos y caída de rocas, según lo indicado en el Estudio de Remoción en Masa presentado en la DIA Modificación Proyecto Delirio. Lugar, forma y oportunidad de implementación Lugar: Se instalará una señal de peligro de caída de rocas en el camino de ingreso al Sector Providencia en el punto E:418.065 N:7.041.794 Datum WGS 84.
Forma: las características de la señalética tipo de peligro ante caída de rocas se representan en la siguiente figura:
Oportunidad: la instalación de la señalética se desarrollará al inicio de la construcción de las instalaciones en el Rajo y Botadero Providencia, la cual cumplirá en todo momento con la normativa vigente. Indicador que acredite su cumplimiento Inspección visual en la zona indicada en el punto E:418.065 N:7.041.794 Datum WGS 84. Forma de control y seguimiento Previo al inicio de las actividades en el sector de Providencia, se deberá contar con la instalación de la señalética en terreno. La mantención de esta señalética se realizará según la vida útil indicada por el proveedor, y lo indicado por la normativa vigente.
Tabla ¡Error! No se encuentra el origen de la referencia. Compromiso ambiental voluntario Mantención y
conservación tramo ruta C 253
Impacto asociado
No aplica.
Fase del Proyecto a la
que aplica
Fase de operación y cierre.
Objetivo, descripción y Objetivo: comprometer instancia para establecer un convenio con medidas que
Justificación: potencial deterioro en 1,2 Km de la ruta C-253 por flujo vehicular asociado a fase de operación del proyecto. Lugar, forma y oportunidad de implementación Lugar: Tramo de 1,2 Km de la ruta C-253, considerando los siguientes puntos (coordenadas UTM WGS84) como Km 0 y Km 1,2: - Km 0: N 7.041.120 / E 409.893 - Km 1,2: N 7.041.940 / E 410.664
Forma: se sostendrán reuniones técnicas de audiencia de lobby con funcionarios de la Dirección de Vialidad, para proponer medidas de mantención y/o conservación del tramo de la ruta C-253 orientadas en el establecimiento de medidas que alivien el deterioro de la carpeta vial; acordadas las medidas propuestas se realizará la tramitación del convenio.
Oportunidad: acordadas las medidas en las reuniones técnicas de lobby, se ejecutará el convenio en las fases de operación y cierre del proyecto; la aplicación de las medidas se realizará durante los 12 primeros meses posterior al hito de la fase de operación; la periodicidad en la mantención de las medidas se evaluará conforme a medición técnica de deterioro de la carpeta vial. Indicador que acredite su cumplimiento Convenio entre la Dirección de Vialidad y el Titular. Forma de control y seguimiento Remitir Convenio a la Superintendencia del Medio Ambiente (SMA).
Tabla ¡Error! No se encuentra el origen de la referencia. Compromiso ambiental voluntario Arqueología Impacto asociado No aplica. Fase del Proyecto a la que aplica Fase de construcción, operación y cierre. Objetivo, descripción y justificación Objetivo: delimitar el sitio arqueológico denominado IDO-86.
Descripción: se delimitará mediante un cercado perimetral simple de carácter permanente (mallas y postes) el sitio arqueológico denominado IDO-86, considerando un área buffer de 20 m.
Justificación: delimitar el sitio arqueológico IDO-86 considerando los criterios del Consejo de Monumentos Nacionales (CMN), a fines de dar cumplimiento a la normativa. Lugar, forma y oportunidad de implementación Lugar: IDO-86 (coordenadas UTM, WGS84: N 7.041.569 E 418.183).
Forma: el cerco perimetral será de simple de carácter permanente (mallas y poster de 1, 20 m de altura); considerará un área buffer de 20 m; la actividad será supervisada por arqueólogo y comunicada al CMN.
Oportunidad: el cerco deberá ser instalado previo al inicio de las obras
(considerando la habilitación de caminos) debiendo permanecer hasta el final de las
mismas, de tal manera de proteger el sitio arqueológico durante la fase de ejecución
de las obras del proyecto.
Indicador que acredite
su cumplimiento
Informe técnico del especialista (arqueólogo) que dé cumplimiento a la legislación
vigente y la implementación de la medida. El reporte será remitido a la
Tabla ¡Error! No se encuentra el origen de la referencia. Compromiso ambiental voluntario Charla Arqueología Impacto asociado No aplica. Fase del Proyecto a la que aplica Fase de construcción. Objetivo, descripción y justificación Objetivo: realizar charlas de inducción arqueológica antes del inicio de cada obra.
Descripción: se realizarán charlas de inducción arqueológica a cargo de un/a arqueólogo/a o licenciado/a en arqueología- a los/as trabajadores/as del proyecto.
Justificación: las charlas se realizarán sobre el componente arqueológico que se podría encontrar en el área y los procedimientos a seguir en caso de hallazgo, antes del inicio de cada obra. Lugar, forma y oportunidad de implementación Lugar: Instalaciones de faena del Proyecto.
Forma: se incluirá en las charlas de inducción de hombre nuevo el componente arqueológico del proyecto, y los procedimientos a seguir en caso de hallazgo.
Oportunidad: Las charlas se realizarán durante la fase de construcción a cada trabajador nuevo que se incorpore al proyecto durante la fase de construcción. Las charlas se realizarán antes del inicio de cada obra. Indicador que acredite su cumplimiento Constancia de asistentes a charla arqueológica junto a las firmas de cada trabajador. Forma de control y seguimiento Informe mensual (que indique los contenidos de la inducción realizada, la constancia a asistentes y sus firmas, así como una síntesis de sus comentarios, observaciones y preguntas) de la actividad remitido a la Superintendencia de Medio Ambiente y al Consejo de Monumentos Nacionales.
Tabla ¡Error! No se encuentra el origen de la referencia. Compromiso ambiental voluntario Paleontología Impacto asociado No aplica. Fase del Proyecto a la que aplica Fase de construcción, operación y cierre. Objetivo, descripción y justificación Objetivo: remitir una copia de los informes de hallazgos paleontológicos imprevistos al Dpto. de Cultura y Turismo de la Municipalidad de Diego de Almagro.
Descripción: en el caso de un hallazgo paleontológico imprevisto se remitirá al Dpto. de Cultura y Turismo de la Municipalidad de Diego de Almagro, una copia del reporte enviado al CMN.
Justificación: proceder según lo establecido en la normativa legal vigente, Ley 17.288 de Monumentos Nacionales y su reglamento. Lugar, forma y oportunidad de implementación Lugar: Obras e instalaciones del proyecto.
Forma: Mediante correo electrónico y documento físico al Dpto. de Cultura y Turismo de la Municipalidad de Diego de Almagro.
Oportunidad: Cada vez que se identifiquen hallazgos imprevistos y se elabore el
Tabla ¡Error! No se encuentra el origen de la referencia. Compromiso ambiental voluntario Charla Paleontología Impacto asociado No aplica. Fase del Proyecto a la que aplica Fase de construcción. Objetivo, descripción y justificación Objetivo: realizar charlas de inducción paleontológica antes del inicio de cada obra.
Descripción: se realizarán charlas de inducción paleontológica a cargo de un especialista en la materia a los/as trabajadores/as del proyecto. Justificación: las charlas se realizarán sobre el componente paleontológico que se podría encontrar en el área y los procedimientos a seguir en caso de hallazgo, antes del inicio de cada obra. Lugar, forma y oportunidad de implementación Lugar: Instalaciones de faena del Proyecto.
Forma: se incluirá en las charlas de inducción de hombre nuevo el componente paleontológico del proyecto, y los procedimientos a seguir en caso de hallazgo.
Oportunidad: Las charlas se realizarán por una única vez a todos los trabajadores que realicen actividades durante la fase de construcción. Indicador que acredite su cumplimiento Constancia de asistentes a charla paleontológica junto a las firmas de cada trabajador Forma de control y seguimiento Informe mensual (que indique los contenidos de la inducción realizada, la constancia a asistentes y sus firmas, así como una síntesis de sus comentarios, observaciones y preguntas) de la actividad remitido a la Superintendencia de Medio Ambiente y al Consejo de Monumentos Nacionales.
Tabla ¡Error! No se encuentra el origen de la referencia. Compromiso ambiental voluntario Finca Chañaral Impacto asociado No aplica. Fase del Proyecto a la que aplica Fase de operación. Objetivo, descripción y justificación Objetivo: proponer acciones para potenciar la actividad turística desde Inca de Oro hacia la Finca Chañaral.
Descripción: se desarrollará un programa de difusión con la localidad de Inca de Oro, a través de la Municipalidad de Diego de Almagro, para potenciar la actividad turística de la Finca Chañaral.
Justificación: debido a la importancia que tiene la Finca Chañaral para la comunidad local, el titular desarrollará actividades para fomentar el conocimiento científico frente al desarrollo de actividades turísticas en la zona. Lugar, forma y oportunidad de implementación Lugar: para arribar a la Finca Chañaral, hay que dirigirse hacia al Este por la ruta C-253, desde el empalme con la ruta C-17 por aproximadamente 15 km de la localidad de Inca de Oro, y a 13 Km desde el acceso al Proyecto Delirio, hasta los paneles informativos ubicados previo ingreso al sitio.
Forma: previo acuerdo con la Municipalidad de Diego de Almagro, se propondrán
Oportunidad: las actividades de socialización hacia la comunidad serán desarrolladas previo acuerdo con la Municipalidad de Diego de Almagro durante la fase de operación del presente Proyecto. Indicador que acredite su cumplimiento Se mantendrán en faena los registros de las comunicaciones y acuerdos realizados con la Municipalidad de Diego de Almagro, y los registros de las charlas desarrolladas con la comunidad local. Forma de control y seguimiento Durante la fase de operación se entregará un reporte semestral a la Municipalidad de Diego de Almagro, con las actividades desarrolladas con la comunidad y los folletos desarrollados con la comunidad local.
Tabla ¡Error! No se encuentra el origen de la referencia. Compromiso ambiental voluntario Contratación de mano de obra local Impacto asociado No aplica. Fase del Proyecto a la que aplica Fase de construcción, operación y cierre. Objetivo, descripción y justificación Objetivo: priorizar la contratación de mano de obra local.
Descripción: se tomará contacto con la OMIL de la Ilustre Municipalidad de Diego de Almagro, para la posible contratación de mano de obra local para las fases de construcción, operación y cierre del proyecto. Justificación: la vinculación del Proyecto con el lineamiento de Base Productiva del PLADECO Diego de Almagro. Lugar, forma y oportunidad de implementación Lugar: Antes de cada fase del proyecto.
Forma: el Titular tomará contacto con la OMIL de la Ilustre Municipalidad de Diego de Almagro.
Oportunidad: antes de cada fase del proyecto, se tomará contacto con la OMIL de la Ilustre Municipalidad de Diego de Almagro, para posible contratación de mano de obra local, considerando un porcentaje mínimo de personal propio a contratar de un 30% y un máximo del 50%, tanto para las fases de construcción, operación y cierre del proyecto. Indicador que acredite su cumplimiento Planilla del personal contratado que acredite el porcentaje de contratación. Forma de control y seguimiento Entrega de planilla con el personal contratado, al inicio de cada fase, al SEREMI de Desarrollo Social de la Región de Atacama, Superintendencia del Medio Ambiente y a la Municipalidad de Diego de Almagro.
Tabla ¡Error! No se encuentra el origen de la referencia. Compromiso ambiental voluntario Mesas de trabajo CIC Runa Urka Impacto asociado No aplica. Fase del Proyecto a la que aplica Fase de operación y cierre. Objetivo, descripción y justificación Objetivo: establecimiento y formalización de una mesa de trabajo con la CIC Runa Urka, en donde se abordarán temas relacionados con oportunidades laborales, emprendimiento, desarrollo comunitario y comunicaciones del Proyecto.
Descripción: la mesa de trabajo será un espacio de encuentro y diálogos
Forma: para convocar y/o confirmar las reuniones de la mesa de trabajo se utilizará teléfonos y correos electrónicos. Las sesiones de la mesa de trabajo serán registradas en un acta en la que se dejará constancia de los asistentes, los temas discutidos y los acuerdos alcanzados. Oportunidad: la mesa de trabajo permanecerá en funcionamiento durante todo el desarrollo del proyecto (operación y cierre). La mesa de trabajo podrá realizar diversas actividades en cumplimiento de su misión, como visitas a terreno, revisión de informes de monitoreo y formulación de comentarios y sugerencias. Indicador que acredite su cumplimiento Actas de reuniones de la mesa de trabajo con la CIC Runa Urka, las cuáles a su vez, estarán disponibles en el área del proyecto; Porcentaje de reuniones anuales trimestrales y extraordinarias. Forma de control y seguimiento Copia del acta de constitución de la mesa de trabajo, copia de las actas de reuniones, de visitas a terreno y de cualquier actividad que defina realizar esta mesa.
Tabla ¡Error! No se encuentra el origen de la referencia. Compromiso ambiental voluntario Mesas de trabajo - CIC Chiyagua Quebrada del Jardín Impacto asociado No aplica. Fase del Proyecto a la que aplica Fase de operación y cierre. Objetivo, descripción y justificación Objetivo: establecimiento y formalización de una mesa de trabajo con la CIC Chiyagua, en donde se abordarán temas relacionados con oportunidades laborales, emprendimiento, desarrollo comunitario y comunicaciones del Proyecto.
Descripción: la mesa de trabajo será un espacio de encuentro y diálogos permanente que busca el entendimiento entre el titular y la CIC Chiyagua.
Justificación: mantener un diálogo periódico entre el titular y la CIC Chiyagua, en relación con temas del proyecto que puedan generar preocupación en este grupo humano indígena y abordar en conjunto medidas para abordarlos, en caso de ser ello pertinente. Lugar, forma y oportunidad de implementación Lugar: De común acuerdo con la CIC Chiyagua, la mesa de trabajo tendría reuniones ordinarias trimestrales y extraordinarias, en caso de que se requiera realizar encuentro de manera adicional, cuando las miembros de la mesa lo estimen conveniente.
Forma: para convocar y/o confirmar las reuniones de la mesa de trabajo se utilizará
teléfonos y correos electrónicos.
Las sesiones de la mesa de trabajo serán registradas en un acta en la que se dejará
constancia de los asistentes, los temas discutidos y los acuerdos alcanzados.
Oportunidad: la mesa de trabajo permanecerá en funcionamiento durante todo el
desarrollo del proyecto (operación y cierre).
La mesa de trabajo podrá realizar diversas actividades en cumplimiento de su
Tabla ¡Error! No se encuentra el origen de la referencia. Compromiso ambiental voluntario Mesas de trabajo CIC Geoxcultuxial Impacto asociado No aplica. Fase del Proyecto a la que aplica Fase de operación y cierre. Objetivo, descripción y justificación Objetivo: establecimiento y formalización de una mesa de trabajo con la CIC Geoxcultuxial, en donde se abordarán temas relacionados con oportunidades laborales, emprendimiento, desarrollo comunitario y comunicaciones del Proyecto.
Descripción: la mesa de trabajo será un espacio de encuentro y diálogos permanente que busca el entendimiento entre el titular y la CIC Geoxcultuxial.
Justificación: mantener un diálogo periódico entre el titular y la CIC Geoxcultuxial, en relación con temas del proyecto que puedan generar preocupación en este grupo humano indígena y abordar en conjunto medidas para abordarlos, en caso de ser ello pertinente. Lugar, forma y oportunidad de implementación Lugar: De común acuerdo con la CIC Geoxcultuxial, la mesa de trabajo tendría reuniones ordinarias trimestrales y extraordinarias, en caso de que se requiera realizar encuentro de manera adicional, cuando las miembros de la mesa lo estimen conveniente.
Forma: para convocar y/o confirmar las reuniones de la mesa de trabajo se utilizará teléfonos y correos electrónicos. Las sesiones de la mesa de trabajo serán registradas en un acta en la que se dejará constancia de los asistentes, los temas discutidos y los acuerdos alcanzados.
Oportunidad: la mesa de trabajo permanecerá en funcionamiento durante todo el desarrollo del proyecto (operación y cierre). La mesa de trabajo podrá realizar diversas actividades en cumplimiento de su misión, como visitas a terreno, revisión de informes de monitoreo y formulación de comentarios y sugerencias. Indicador que acredite su cumplimiento Actas de reuniones de la mesa de trabajo con la CIC Geoxcultuxial, las cuáles a su vez, estarán disponibles en el área del proyecto; Porcentaje de reuniones anuales trimestrales y extraordinarias. Forma de control y seguimiento Copia del acta de constitución de la mesa de trabajo, copia de las actas de reuniones, de visitas a terreno y de cualquier actividad que defina realizar esta mesa.
Tabla ¡Error! No se encuentra el origen de la referencia. Compromiso ambiental voluntario Pozos de
monitoreo Rajo Manto Cuba
Impacto asociado
No aplica.
Fase del Proyecto a la
que aplica
Fase de construcción y operación.
Objetivo, descripción y
justificación
Objetivo: habilitar dos (2) pozos de monitoreo de calidad de aguas en sector Rajo
Manto Cuba.
Descripción: se habilitarán dos (2) pozos de monitoreo (piezómetros) que permitan monitorear y verificar la presencia o ausencia de agua subterránea.
Justificación: monitorear y verificar la presencia o ausencia de agua subterránea, así como la evaluación de la calidad química del agua. Lugar, forma y oportunidad de implementación Lugar: La localización de los piezómetros recomendados se presenta en la siguiente tabla: ID pozo Coordenadas UTM (Datum WGS84) Altura (msnm) Este Norte P1 416.956 7.041.690 1.884 P2 417.449 7.041.103 2.030
Forma: Los pozos se habilitarán mediante perforación vertical en aire reverso (RC) en 5 1/2 pulgadas como piezómetro tipo Casagrande en tubería PVC ciega ranurada de 2 pulgadas.
Oportunidad: Los pozos se habilitarán previo al inicio de la construcción del Rajo Manto Cuba, conforme a lo siguiente: • Construcción: el titular realizará dos monitoreos, el primero previo a la fase de construcción; el segundo al finalizar la fase de construcción. • Operación: el titular realizará un monitoreo anual durante toda la fase de operación. El primer monitoreo deberá realizarse a los 12 meses de cumplido el hito de la fase de operación. Indicador que acredite su cumplimiento Informe de monitoreo emitido 30 días después de tomada la medición. Forma de control y seguimiento Los reportes serán remitidos a la Superintendencia del Medio Ambiente (SMA).
Tabla ¡Error! No se encuentra el origen de la referencia. Compromiso ambiental voluntario Programa de estabilidad química Impacto asociado No aplica. Fase del Proyecto a la que aplica Fase de operación. Objetivo, descripción y justificación Objetivo: monitorear la calidad geoquímica de los materiales que se depositen o expongan en los residuos mineros masivos (RMM).
Descripción: ejecutar muestreos anuales en botaderos, RoM y Rajos proyectados en
DIA Modificación Proyecto Delirio.
Justificación: asegurar la estabilidad química de los RMM que se generen en el
proyecto.
Lugar,
forma
y
oportunidad
de
implementación
Lugar: Muestreo de tramos de sondajes o muestreo aleatorio In Situ, representativo
de las zonas que serán expuestas en rajos, o depositadas en RoM y Botaderos:
• Muestreo de Rajos: Delirio, Providencia, Tucumana, Manto Cuba, Barraza y
Jardinera
• Muestreo de RoM: Delirio-Tucumana, Jardinera
• Muestreo de Botaderos: Delirio-Tucumana, Providencia, Manto Cuba y Barraza
Forma: Programa de Estabilidad Química, que indica:
• Números de muestras: 20 muestras en total al año, entre todos los residuos.
• Periodos de muestreo: anual
• Forma de muestreo: revisar que unidades serán expuestas en los rajos,
Oportunidad: El PEQ se ejecutará durante la Vida Útil del Proyecto; el muestreo será de carácter anual y estará enfocado a los residuos mineros masivos que se generen a partir del proyecto. El PEQ finalizará una vez concluida la generación de los residuos indicados. Indicador que acredite su cumplimiento Base de datos geoquímica del Proyecto con registro de muestreo y análisis; certificados de laboratorio; e interpretación de datos. Forma de control y seguimiento Informe anual a la SMA a través de su página web.
- Que, las medidas relevantes del Plan de Prevención de Contingencias y del Plan de Emergencias, son las siguientes:
10.1. PLAN DE PREVENCIÓN DE CONTINGENCIAS
10.1.1. Riesgo en accidentes en caminos internos del Proyecto y Rutas C-253, C-17 y C-269.
Fase del Proyecto a la que aplica
Operación y cierre
Parte, obra o acción asociada
• Rajo Providencia
• Botadero Providencia
• Rajo Manto Cuba
• Botadero Manto Cuba
• Rajo Jardinera
• Instalaciones menores Planta
• Obras aprobadas en RCA N°81/2017
Acciones o medidas a implementar
Descripción:
Las
siguientes
medidas
de
prevención se establecerán como mínimo:
• se contará con personal que cuente con las
competencias específicas para la realización de
las funciones.
• Todo el personal que conduzca al interior de la
faena contará con una charla específica de
seguridad acerca de los riesgos asociados a la
conducción en una operación minera.
• Se establecerá un sistema de licencias internas
emitidas por la empresa.
• Los vehículos que transporten maquinaria y
materiales al área de trabajo contarán con las
señalizaciones exigidas por la legislación vigente.
El peso de los camiones cargados con equipos o
materiales no deberá exceder los máximos
permitidos de acuerdo a las rutas/puentes que se
estén utilizando. En caso contrario, se obtendrán
los permisos correspondientes de la Dirección de
Vialidad en cada caso.
10.1.2. Riesgos por Derrame de Materiales Peligrosos.
Fase del Proyecto a la que aplica
Operación y cierre
Parte, obra o acción asociada
• Laboratorio
• Obras aprobadas en RCA N°81/2017.
Acciones o medidas a implementar
Descripción:
Las
siguientes
medidas
de
prevención se establecerán como mínimo:
• Se realizarán inducciones obligatorias sobre
prevención de riesgos, seguridad y medio
ambiente a todos los trabajadores.
• Se realizarán inspecciones diarias de las líneas
de piping por parte del personal de la faena, para
verificar su estado y posibles incipientes fugas.
• Se llevará un plan de mantenciones de
dispositivos y equipos de control a fin de
asegurar su óptimo funcionamiento.
• El transporte de sustancias peligrosas, tales
como combustible y otros que se puedan requerir
en la faena, se regirán por las disposiciones de la
legislación vigente en Chile, específicamente el
D.S. N°298/94 del Ministerio de Transporte y
Telecomunicaciones que reglamenta transporte
de cargas peligrosas por calles y caminos. La
empresa velará que todo vehículo destinado a
estas funciones cumpla los procedimientos y
cuente con los elementos de seguridad exigidos
por dicha normativa.
• Todo vehículo de transporte de sustancias
peligrosas contará con elementos para control de
derrames que permitan una respuesta rápida ante
la ocurrencia de un evento de este tipo.
• Todo conductor de vehículos que trasporten
sustancias peligrosas deberá conocer los riesgos
asociados a la sustancia que transporta y deberá
estar capacitado en los procedimientos básicos
de respuesta ante eventos y emergencias
potenciales. Esto se exigirá por contrato a las
empresas que presten el servicio de transporte.
• Se llevará un registro en la obra, que permita
cuantificar las cantidades recibidas, utilizadas y
en stock. Asimismo, el transportista llevará un
registro de las cantidades que transporta.
• El Proyecto proveerá todos los recursos que
garanticen un transporte seguro para este tipo de
elementos.
• Se dispondrá de un área especial de
almacenamiento para estos materiales, la cual
estará señalizada de acuerdo con lo establecido
en NCh 2190.Of 2003;
• Los tambores de combustibles y aceite se
dispondrán sobre pallets de madera u otros
dispositivos con el objeto de facilitar su
transporte y evitar la humedad y corrosión de los
mismos por efecto del contacto directo entre los
tambores y el suelo;
10.1.3. Riesgo por Incendio en el Área de Faenas.
Fase del Proyecto a la que aplica
Operación y cierre
Parte, obra o acción asociada
Área mina y área planta
Obras aprobadas en RCA N°81/2017
Acciones o medidas a implementar
Descripción:
Las
siguientes
medidas
de
prevención se establecerán como mínimo:
• El manejo de combustible y materiales
inflamables
se
realizará
de
acuerdo
a
procedimientos específicos tal como se menciona
en el punto precedente.
• El Departamento de Prevención de Riesgos
definirá áreas de restricción alrededor de las
áreas de almacenamiento de combustibles, donde
esté expresamente prohibido encender fogatas,
fumar, portar fósforos u otros elementos que
produzcan chispas.
• Las instalaciones y edificios permanentes
contarán con sistemas de detección y control de
incendios (alarmas, extintores, mangueras, etc.).
Toda instalación constará de vías de escape
claramente señalizadas y se identificará “puntos
seguros” de reunión, para que el personal
evacuado
se
resguarde
mientras
espera
instrucciones.
• El Departamento de Prevención de Riesgos
preparará planes de escape y evacuación para
cada instalación y tanto el personal propio como
contratista, será capacitado en ellos.
• En las instalaciones temporales (construcción)
y en los frentes de trabajo, se dispondrá de los
elementos adecuados y suficientes para el
combate de incendios (extintores, mangueras,
etc.).
• Se constituirá una brigada adiestrada, la que se
mantendrá operativa durante la vida del
Proyecto.
• Se capacitará tanto al personal propio como
contratistas en la prevención de incendios y en el
uso de extintores.
Objetivo: Prevenir incendios y/o explosiones,
proteger la vida humana, minimizar el impacto
sobre el medio ambiente y restablecer las labores
en el mejor tiempo posible.
10.1.4. Riesgo por Desastres Naturales.
Fase del Proyecto a la que aplica
Operación y cierre.
Parte, obra o acción asociada
• Botadero Providencia
• Rajo Manto Cuba
• Botadero Manto Cuba
• Rajo Jardinera
• Instalaciones menores Planta
• Obras aprobadas en RCA N°81/2017
Acciones o medidas a implementar
Descripción:
Las
siguientes
medidas
de
10.1.5. Contaminación de aguas subterráneas producto de infiltraciones de las obras.
Fase del Proyecto a la que aplica
Operación y Cierre
Parte, obra o acción asociada
• Botadero Delirio – Tucumana
• RoM Delirio - Tucumana
• Rajo Manto Cuba
• Botadero Barraza
Acciones o medidas a implementar
Descripción:
Las
siguientes
medidas
de
prevención se establecerán como mínimo:
• Proceso de instalación:
En el sector de la Planta, conforme a lo aprobado
en la RCA N°81/2017, se considera la aplicación
de pruebas de no destructivas y destructivas
durante el proceso de instalación del cover de las
pilas según sea el esquema requerido por el
proceso, sin embargo las pruebas mínimas
incluirán: pruebas de tensión para calibración de
máquinas, prueba de presión en soldaduras de
doble costuras, pruebas de vacío (Vacum) para
uniones realizadas con soldadura de aporte de
HDPE, pruebas de desgarre, pruebas de spark
tester (chispa). En caso de falla de algunas de las
pruebas se procederá según la metodología de
reparación indicada para el procedimiento
realizado. Independiente de las pruebas se deberá
llevar un registro de la instalación indicando
metros desplegados, posiciones del paño y
croquis de parches y costuras de manera de
poseer un mapa en caso de roturas posteriores.
En cuanto al manejo de los ripios extraídos del
sector “Ripios Sur”, y considerando que la planta
de lixiviación no es parte del presente proyecto
en evaluación, se mantienen las medidas
aprobadas en la RCA N° 81/2017 para cubrir el
caso en comento, las cuales son de carácter
operacional (respuesta a pregunta N° 23 primera
10.1.6. Afectación de Fauna y/o Flora.
Fase del Proyecto a la que aplica
Operación y cierre
Parte, obra o acción asociada
• Rajo Providencia
• Botadero Providencia
• Rajo Manto Cuba
• Botadero Manto Cuba
• Rajo Jardinera
• Instalaciones menores Planta
• Obras aprobadas en RCA N°81/2017
Acciones o medidas a implementar
Descripción:
Las
siguientes
medidas
de
prevención se establecerán como mínimo:
• Mantener el control de las velocidades en los
caminos de circulación de vehículos livianos y
pesados.
• Mantener informados a los trabajadores de la
presencia de especies identificadas en los
estudios de los componentes flora y fauna.
• Informar a todos los trabajadores de la posible
existencia de fauna nativa en la zona.
• Implementación de métodos disuasivos parta
evitar
afectación
de
aves,
según
RCA
N°81/2017.
Objetivo: Prevenir afectación de fauna y flora, y
minimizar el impacto sobre la fauna silvestre.
Plazo: Se mantendrán las medidas aprobadas en
la RCA N°81/2017 para las componentes de
Fauna y Flora, además de lo indicado en las
carpetas 04 Flora y 05 Fauna del Anexo A
Descripción de Proyecto.
Oportunidad: Las medidas se implementarán y se
mantendrán durante toda la fase de construcción
del proyecto.
Indicador de cumplimiento: Para asegurar el
cumplimiento de todas las medidas durante
operación y cierre del Proyecto, se llevarán
registros de todas las actividades, y se realizarán
auditorías
internas
de
verificación
de
cumplimiento.
Forma de control y seguimiento
• Instalación de señalética de regulación de
velocidad.
• Instalación de señalética en el Área de
Relocalización
aprobada
mediante
RCA
N°81/2017.
• Instalación de señalética que advierta la
10.1.7. Potencial alteración de sitios arqueológicos o paleontológicos.
Fase del Proyecto a la que aplica
Operación y cierre.
Parte, obra o acción asociada
• Rajo Providencia
• Botadero Providencia
• Rajo Manto Cuba
• Botadero Manto Cuba
• Rajo Jardinera
• Instalaciones menores Planta
• Obras aprobadas en RCA N°81/2017
Acciones o medidas a implementar
Se realizarán charlas de capacitación/inducción
sobre temáticas arqueológicas y paleontológicas
y la forma de actuar en caso de hallazgos.
• En caso de identificar un hallazgo arqueológico
o paleontológico, se procederá a comunicar
internamente y se dará aviso formal al Consejo
de Monumentos Nacionales (CMN).
• Para evitar dañar el material que constituye el
hallazgo, se informará al personal para que
conozca las medidas a implementar y los
resguardos que se deben tomar.
• Se aislará el hallazgo de manera visible con una
cinta (tipo peligro) o con una barrera blanda.
• La barrera al hallazgo tendrá una zona de
seguridad (buffer) de 5 a 10 m para cautelar que,
en caso de una intromisión a los límites del
cerco, no se altere el material que constituye el
hallazgo.
• Se coordinará con un profesional Arqueólogo,
el diseño de un plan de acción respecto del
hallazgo,
para
establecer
las
medidas
o
actividades a realizar, según la normativa o las
indicaciones
del
Consejo
de
Monumentos
Nacionales.
Forma de control y seguimiento
• Registro firmado de asistencia a capacitación
sobre arqueología y paleontología.
Referencia al ICE o documentos del expediente
de evaluación que contenga la descripción
detallada
Tabla 7.1.7 del ICE y DIA Modificación
Proyecto Delirio, Anexo V Arqueología.
• Adenda DIA Modificación Proyecto Delirio,
Anexo 1 Protocolo Hallazgos Imprevistos del
10.2. PLAN DE EMERGENCIAS
10.2.1. Riesgo en accidentes en caminos internos del Proyecto y Rutas C-253, C-17 y C-269.
Fase del Proyecto a la que aplica
Operación y cierre
Parte, obra o acción asociada
• Rajo Providencia
• Botadero Providencia
• Rajo Manto Cuba
• Botadero Manto Cuba
• Rajo Jardinera
• Instalaciones menores Planta
• Obras aprobadas en RCA N°81/2017
Acciones a implementar
Descripción: Las siguientes medidas de control
se establecerán como mínimo:
• El trabajador deberá informar al supervisor
directo del incidente.
• El supervisor directo comunicará de la situación
del accidente al Jefe de Brigada de Emergencia y
Rescate, o al Depto. de Prevención de Riesgos.
• El Jefe de Brigada convocará a los brigadistas
para responder a la situación y dirigirse al lugar
del accidente para evaluar lo sucedido y ejecutar
el procedimiento de rescate a aplicar, en caso de
ser necesario.
• Se deberá evacuar trabajadores del sitio del
evento al mando del Jefe de Brigada, solo
actuarán los brigadistas.
• Si las características del accidente son graves y
no pueden responder a la situación, se solicitará
la presencia de bomberos al lugar, para rescatar a
las personas que estén atrapados en los vehículos,
ya sean pesados como livianos involucrados en el
incidente.
• Si existe derrame de aceites o combustibles que
puedan contaminar suelos, la brigada deberá
actuar con los recursos apropiados (maquinaria
pesada y elementos de trasvasije) para contener y
detener el escurrimiento, confeccionado pretiles y
aplicando material que pueda absorber estos
combustibles.
• La generación de residuos del accidente se
manejará
de
acuerdo
al
Procedimiento
correspondiente.
• El personal contará con capacitación básica
sobre primeros auxilios. Esto se exigirá por
contrato para los conductores y auxiliares de las
empresas que brinden el servicio de transporte de
personal. Los vehículos deberán contar con los
elementos básicos de primeros auxilios en
cantidad y calidad suficiente.
• Los vehículos deberán contar con un sistema de
comunicación que permita dar aviso oportuno en
10.2.2. Riesgos por Derrame de Materiales Peligrosos.
Fase del Proyecto a la que aplica
Operación y cierre.
Parte, obra o acción asociada
• Laboratorio
• Obras aprobadas en RCA N°81/2017.
Acciones a implementar
Descripción: Las siguientes medidas de control
se establecerán como mínimo:
• En caso de derrames menores, se llevarán a
cabo las siguientes medidas:
- Se realizará un dique de tierra para evitar la
propagación según la pendiente del sector
afectado.
- Se extraerá la capa de suelo contaminado con
una pala.
- El suelo extraído será dispuesto en bolsas
plásticas resistentes al interior de un recipiente
con tapa.
- Se realizarán análisis de peligrosidad al
material dispuesto en el recipiente, conforme a lo
establecido en los artículos 12 al 17 del D.S. N°
148/03 del MINSAL.
- Conforme al resultado de dicho análisis, si éste
no presenta características de peligrosidad, se
manejará y dispondrá de acuerdo a normativa
legal vigente. En caso de que presente
características de peligrosidad, se solicitará a
empresa autorizada el retiro y disposición final
en lugar autorizado por la autoridad sanitaria.
• En caso de derrames mayores, se llevarán a
cabo las siguientes medidas:
- Se excavará una depresión poco profunda o un
pretil de tierra en el sendero del derrame, a modo
de detener y contener el flujo para minimizar el
área afectada. En caso de que el derrame
alcanzara un curso de agua, se construirá un
pretil aguas abajo, para impedir que la
continuidad
del
flujo
de
sustancias
contaminantes, lo que permitirá la instalación de
barreras absorbentes.
- Posterior de la contención del derrame, los
fluidos serán retirados mediante bombeo hacia
un estanque de retención, el cual será enviado
por camión a un lugar de disposición final
10.2.3. Riesgo por Incendio en el Área de Faenas.
Fase del Proyecto a la que aplica
Operación y cierre
Parte, obra o acción asociada
Área mina y área planta
Obras aprobadas en RCA N°81/2017
Acciones a implementar
Descripción: Las siguientes medidas de control
se establecerán como mínimo:
• Declarado el incendio, se activa la alarma
sonora de incendio. • Guardias de seguridad de
portería llaman a bomberos.
• Los brigadistas que se encuentren en turno
acuden a zona de brigada y rescate.
• Paralelamente los trabajadores se resguardan en
las zonas de seguridad.
• Se da aviso a camiones aljibes para quedar en
status de emergencia de incendio.
• Jefe de brigada o líder de equipo lidera las
primeras maniobras junto a los brigadistas para
activación de red húmeda.
10.2.4. Riesgo por Desastres Naturales.
10.2.5. Contaminación de aguas subterráneas producto de infiltraciones de las obras.
Fase del Proyecto a la que aplica
Operación y Cierre
Parte, obra o acción asociada
• Botadero Delirio – Tucumana
• RoM Delirio - Tucumana
• Rajo Manto Cuba
• Botadero Barraza
Acciones a implementar
Descripción: Las siguientes medidas de control
se establecerán como mínimo en caso de ocurrir
un evento hallazgo de filtración:
• Se implementará un Plan de Alerta Temprana
de Calidad de Aguas Subterráneas, el cual se
encuentra adjunto en la carpeta 04 Hidrología del
Anexo A Descripción del Proyecto, para la
detección de la filtración.
• Si esta es una filtración en un área superficial e
identificada, se aplicarán las medidas indicadas
en el punto 11.3 del presente documento.
• En caso de que la filtración sea hallada en un
pozo de monitoreo, se procederá a determinar el
área de influencia de ese pozo y ser realizar un
inspección por el área superficial para detectar la
falla; en caso de que la rotura no sea encontrada
en superficie se procederá a realizar un
inspección en pila por medio de un sistema de
detección electrónica que permite realizar un
mapeo de la pila en operación detectando un área
de influencia, un vez acotada la área se procede a
determinar la mejora manera de excavar a el
material necesario para asegurar la correcta y
segura operación del personal que realice la
reparación. Según la condición se determinar la
aplicación de un parche realizado con aporte o la
instalación de un CAP (membrana de refuerzo
soldada o termo-fusionada con doble costura).
• En caso de que se detecten infiltraciones, se
evaluará la implementación de un Plan de
Remediación de la Calidad e Aguas, el cual se
encuentra adjunto en la carpeta 04 Hidrología del
Anexo A Descripción del Proyecto, para la
detección de la filtración.
• Una vez realizada la reparación se hará un
seguimiento al punto donde se detectó la
10.2.6. Afectación de Fauna y/o Flora.
Fase del Proyecto a la que aplica
Operación y cierre
Parte, obra o acción asociada
• Rajo Providencia
• Botadero Providencia
• Rajo Manto Cuba
• Botadero Manto Cuba
• Rajo Jardinera
• Instalaciones menores Planta
• Obras aprobadas en RCA N°81/2017
Acciones a implementar
Ante la ocurrencia de una afectación de fauna se
realizará lo siguiente:
• Las posibles situaciones de afectación podrían
ser: atropello, incendio, caída de animales por
desnivel,
se
avisará
a
los
organismos
involucrados (SMA-SAG-CONAF).
• Se realizará atención inmediata por médico
veterinario y traslado a Centro de rescate y
rehabilitación autorizado por SAG, cuando
proceda. En caso de las especies florísticas se
seguirán los procedimientos establecidos por la
autoridad competente.
Oportunidad y vías de comunicación a la SMA
de la activación del Plan
Ante la ocurrencia de un derrame de materiales
peligrosos se considera el aviso inmediato a
entidades externas al proyecto, los cuales son las
siguientes:
• SMA 52- 2350802
• SEA Atacama 52-2214511
10.2.7. Potencial alteración de sitios arqueológicos o paleontológicos.
Fase del Proyecto a la que aplica
Operación y cierre.
Parte, obra o acción asociada
• Rajo Providencia
• Botadero Providencia
• Rajo Manto Cuba
• Botadero Manto Cuba
• Rajo Jardinera
• Instalaciones menores Planta
• Obras aprobadas en RCA N°81/2017
Acciones a implementar
En caso de que se produzca una alteración del
material o sitio que constituye el hallazgo, se
procederá a informar al Consejo de Monumentos
Nacionales.
• Se coordinará con un profesional Arqueólogo,
el diseño de un plan de acción respecto
emergencia, para establecer las medidas o
actividades a realizar, según la normativa o las
indicaciones del Consejo de Monumentos
Nacionales.
• Se procederá con una investigación interna,
para establecer las causar de la contingencia,
implementar las acciones correctivas pertinentes,
de reinducción o de mejora continua a los
procedimientos para evitar la ocurrencia de la
contingencia y difundir las lecciones aprendidas.
Oportunidad y vías de comunicación a la SMA
de la activación del Plan
Se emitirá un reporte escrito que indicará lo
sucedido, indicando el lugar y momento de su
ocurrencia, y el tipo de alteración al medio
ambiente (si corresponde). Este reporte se emitirá
dentro de las primeras 24 horas de ocurrido el
incidente. Lo anterior, se reportará a través del
Sistema de Carga de Reportes de Avisos,
Contingencias e Incidentes del Sistema Nacional
de Información de Fiscalización Ambiental
(SNIFA) en: http://snifa.sma.gob.cl/v2
Referencia al ICE o documentos del expediente
de evaluación que contenga la descripción
detallada
Tabla 7.1.7 del ICE y DIA Modificación
Proyecto Delirio, Anexo V Arqueología.
• Adenda DIA Modificación Proyecto Delirio,
Anexo 1 Protocolo Hallazgos Imprevistos del
Anexo B Normativa Ambiental Vigente.
• Adenda DIA Modificación Proyecto Delirio,
Anexo 2 Arqueología del Anexo D Justificación
-
Que, el Titular deberá remitir a la Superintendencia del Medio Ambiente la información respecto de las condiciones, compromisos o medidas, ya sea por medio de monitoreos, mediciones, reportes, análisis, informes de emisiones, estudios, auditorías, cumplimiento de metas o plazos, y en general cualquier otra información destinada al seguimiento ambiental del Proyecto, según las obligaciones establecidas en la presente Resolución de Calificación Ambiental y las Resoluciones Exentas que al respecto dicte la Superintendencia del Medio Ambiente. De igual forma, y a objeto de conformar el Sistema Nacional de Información de Fiscalización Ambiental (SNIFA), el Registro Público de Resoluciones de Calificación Ambiental y registrar los domicilios de los sujetos sometidos a su fiscalización en conformidad con la ley, el Titular deberá remitir en tiempo y forma toda aquella información que sea requerida por la Superintendencia del Medio Ambiente a través de las Resoluciones Exentas que al respecto ésta dicte.
-
Que, el Titular deberá informar a la Superintendencia del Medio Ambiente la realización de la gestión, acto o faena mínima que da cuenta del inicio de la ejecución de obras, a que se refiere el Considerando 4.1 de la presente Resolución.
-
Que, con el objeto de dar adecuado seguimiento a la ejecución del Proyecto, el Titular deberá informar a la Superintendencia del Medio Ambiente, al menos con una semana de anticipación, el inicio de cada una de las fases del Proyecto, de acuerdo a lo indicado en la descripción del mismo.
-
Que, para que el proyecto “Modificación Proyecto Delirio” pueda ejecutarse, deberá cumplir con todas las normas vigentes que le sean aplicables.
-
Que, el Titular deberá informar inmediatamente a la Secretaría de la Comisión de Evaluación de la Región de Atacama y a la Superintendencia del Medio Ambiente, la ocurrencia de impactos ambientales no previstos en la DIA, asumiendo inmediatamente las acciones necesarias para abordarlos.
-
Que, el Titular del Proyecto deberá comunicar inmediatamente y por escrito a la Dirección Regional del SEA Servicio de Evaluación Ambiental Región de Atacama la ocurrencia de cambios de titularidad, representante legal, domicilio y correo electrónico, de acuerdo a lo establecido en el inciso tercero del artículo 162 y artículo 163, ambos del Reglamento del SEIA.
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Que, se hace presente al Titular que cualquier modificación al Proyecto que constituya un cambio de consideración, en los términos definidos en el artículo 2° letra g) del Reglamento del SEIA, deberá someterse al SEIA.
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Que, todas las medidas, condiciones, exigencias y disposiciones establecidas en la presente Resolución, son de responsabilidad del Titular, sean implementadas por éste directamente o a través de un tercero.
RESUELVO:
1°. Calificar favorablemente la Declaración de Impacto Ambiental del proyecto “Modificación Proyecto Delirio”, de Santiago Metals Proyecto Dos Ltda.
2°. Certificar que el proyecto “Modificación Proyecto Delirio” cumple con la normativa de carácter ambiental aplicable.
3°. Certificar que el proyecto “Modificación Proyecto Delirio” cumple con los requisitos de carácter ambiental contenidos en los permisos ambientales sectoriales que se señalan en los artículos 136,137, 138, 140, 146, 155, 157 y 160 del D.S. Nº 40/2012 del Ministerio del Medio Ambiente, Reglamento del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental.
4°. Certificar que el proyecto “Modificación Proyecto Delirio” no genera los efectos, características o circunstancias del artículo 11 de la Ley N° 19.300, que dan origen a la necesidad de elaborar un Estudio de Impacto Ambiental.