Evaluación SEA

Planta Fotovoltaica Arica 9 MW

Rol 2145240578
SEA · DIA · Aprobado · 2019-12-20 · Región de Arica y Parinacota · Chapiquina Solar SpA

REPÚBLICA DE CHILE COMISIÓN DE EVALUACIÓN REGIÓN DE ARICA Y PARINACOTA CALIFICA AMBIENTALMENTE EL PROYECTO "PLANTA FOTOVOLTAICA ARICA 9 MW" RESOLUCIÓN EXENTA N°0024/2020 Mica, 23 de octubre de 2020 VISTOS: 1°. La Declaración de Impacto Ambiental (DIA) ingresada con fecha 20/12/2019, la Adenda ingresada con fecha 04/03/2020 y su Adenda Complementaria de fecha 26/08/2020, sobre el proyecto "Planta Fotovoltaica Anca 9 MW", presentado por Grenergy Renovables Pacific Limitada. 2°. Los pronunciamientos y observaciones de los órganos de la administración del Estado que, sobre la base de sus facultades legales y atribuciones, participaron en la evaluación de la DIA, y que se detallan en el Capítulo N°3 del Informe Consolidado de Evaluación (ICE) de la DIA del proyecto "Planta Fotovoltaica Anca 9 MW". 3°. El Acta de la reunión de fecha 17/01/2020, realizada con grupos humanos pertenecientes a pueblos indígenas localizados en el área en que se desarrollará el proyecto "Planta Fotovoltaica Anca 9 MW", conforme a lo previsto en el artículo 86 del D.S. N° 40, de 2012, del Ministerio del Medio Ambiente, Reglamento del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental. 4°. El Acta de Evaluación N°01/2020 de 15/09/2020, del Comité Técnico de la Región de Anca y Parinacota. 5°. El ICE de la DIA del proyecto "Planta Fotovoltaica Anca 9 MW" de 6 de octubre de 2020. 6°. El Acta N°02/2020 de 15/10/2020, de la sesión de la Comisión de Evaluación de la Región de Anca y Parinacota. 7°. Los demás antecedentes que constan en el expediente de evaluación de impacto ambiental de la DIA del proyecto "Planta Fotovoltaica Anca 9 MW". 8. Lo dispuesto en la Ley N° 19.300, Sobre Bases Generales del Medio Ambiente; el D.S. N° 40, de 2012, del Ministerio del Medio Ambiente, Reglamento del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental (Reglamento del SEIA); la Ley N° 19.880, que Establece Bases de los Procedimientos Administrativos que Rigen los Actos de los Órganos de la Administración del Estado; la Ley N° 18.575, Ley Orgánica Constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado; la Resolución N°1.600, de 2008, de la Contraloría General de la República; La Resolución Exenta N°071 de fecha 02 de Marzo de 2015, del Director Ejecutivo del Servicio de Evaluación Ambiental, mediante la cual se nombra al Director Regional del Servicio de Evaluación Ambiental Región de Anca y Parinacota; CONSIDERANDO: 1°. Que, Grenergy Renovables Pacific Limitada (en adelante, el Titular), ha sometido al Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental (SEIA) la DIA del proyecto "Planta Fotovoltaica Arica 9 MW" (en adelante, el Proyecto). Los antecedentes del Titular son los siguientes: Nombre o razón social Grenergy Renovables Pacific Limitada Rut 76.257.813-1 Domicilio Av. Isidora Goyenechea 2800, Of 3702 Teléfono 56 (2) 232519400 Antonio Francisco Ros Mesa Nombre representante legal Rut representante legal 13831549-5 Domicilio representante legal Avda. Isidora Goyenechea N°2800, oficina 3702, piso 37, Edificio Torre Titanium, Las Condes - Santiago Teléfono representante legal 56 (2) 232519400 Correo electrónico Titular o representante legal crojas@grenergy.eu 2°. Que, conforme se indica en el ICE de fecha 6 de octubre de 2020, el Director del Servicio de Evaluación Ambiental XV Región de Arica y Parinacota ha recomendado aprobar el Proyecto, por cuanto, el proyecto cumple con la normativa de carácter ambiental aplicable; cumple con los requisitos de otorgamiento de carácter ambiental contenidos en los permisos ambientales sectoriales aplicables; no genera ni presenta los efectos, características o circunstancias del artículo 11 de la Ley N° 19.300, que dan origen a la necesidad de evaluar un Estudio de Impacto Ambiental; y el titular ha subsanado los errores, omisiones e inexactitudes planteados en el o los Informes Consolidados de Aclaraciones, Rectificaciones y Ampliaciones. 3°. Que, en sesión de 15/10/2020, la Comisión de Evaluación de la Región de Arica y Parinacota acordó calificar favorablemente el proyecto "Planta Fotovoltaica Arica 9 MW", aprobando íntegramente el contenido del ICE de 6 de octubre de 2020, el que forma parte integrante de la presente Resolución. Por lo tanto, conforme a lo indicado en el artículo 60 inciso segundo del Reglamento del SEIA, se excluyen de la presente Resolución las consideraciones técnicas en que se fundamenta. 4°. Que, según lo señalado en la DIA y sus anexos, en su Adenda, y en su Adenda Complementaria, los cuales forman parte integrante de la presente Resolución, la descripción del Proyecto es la que a continuación se indica: 4.1.- Antecedentes generales del proyecto o actividad La "Planta Fotovoltaica Arica 9 MW" tiene por objetivo generar energía eléctrica a partir Objetivo general del aprovechamiento de la energía solar, mediante la implementación de 26.880 paneles solares de 4008 Wp c/u, que en conjunto tendrán un potencial de generación de 9 MWn de potencia nominal, que será inyectada al Sistema Eléctrico Nacional (SEN). Descripción general proyecto del El Proyecto que se presenta a evaluación se emplazará en la Región de Arica y Parinacota, específicamente al costado este de la Ruta 5 Norte, aproximadamente a 2,9 km al sureste de la ciudad de Arica. Contempla la construcción y operación de una Planta Fotovoltaica, constituida por 26.880 paneles fotovoltaicos de 400 Wp cada uno; que en conjunto tendrán una potencia nominal de generación de 9 MW que serán inyectados al Sistema Eléctrico Nacional (SEN). Los paneles fotovoltaicos estarán dispuestos sobre estructuras seguidor monofila a un eje E-0 (móviles) y contarán con motores autoalimentados, permitiendo el aprovechamiento eficiente de la energía solar. La superficie de Planta equivale a 25,00 hectáreas, a lo cual se adiciona la implementación de una Línea de Evacuación de Media Tensión de 13,8kV, que contará con una longitud aproximada de 6,12 kilómetros y una superficie aproximada de 0,61 hectáreas, además del mejoramiento de un camino de acceso existente que cuenta con una longitud de 5,56 kilómetros y una superficie de 2,22 hectáreas, de lo que se desprende una superficie total de ocupación del Proyecto equivalente a 27,83 hectáreas. La conversión de corriente continua a corriente alterna será realizada mediante inversores, mientras que el aumento de baja tensión a media tensión se hará a través de la utilización de equipos transformadores. La energía producida, convertida y transformada, será conducida e inyectada al SEN 4.1.- Antecedentes generales del proyecto o actividad mediante una Línea de Evacuación de Media Tensión (13,8kV) con una longitud aproximada de 6,12 kilómetros, la cual se conectará a la barra correspondiente de la "Subestación Quiani" de 15 kV de acuerdo a lo establecido en la Norma Técnica de Conexión y Operación de Pequeños Medios de Generación Distribuidos (PMGD) en instalaciones de Media Tensión. Tipología principal, así como las aplicables a sus partes, obras o acciones c.) Centrales generadoras de energía mayores a 3 MW Vida útil 30 años Monto de inversión US$11,5 millones de dólares. Gestión, acto o faena mínima, que da cuenta del inicio de la ejecución del proyecto de modo sistemático y permanente, para efectos de la caducidad de la RCA En relación a lo anterior, se hace presente que la actividad que da inicio a la materialización del Proyecto corresponde a la "Habilitación de Instalación de Faena" necesaria para la construcción de las obras, cuyo inicio se prevé para el mes de agosto del año 2020. Proyecto o actividad se desarrolla por etapas Si No El Titular confirma que el presente Proyecto, no será desarrollado por etapas. [X] Proyecto o actividad modifica un proyecto o actividad existente Si No El Titular confirma que el presente Proyecto, no corresponde a modificación de proyecto alguno. [X] Proyecto modifica otra (s) RCA Si No El proyecto no modifica ni cuenta con otra RCA [X] 4.2.- Ubicación del proyecto o actividad División político-administrativa Región de Arica y Parinacota, en la Provincia de Arica, especificamente en la comuna de Arica, sector Chacalluta. Justificación de la localización La localización del Proyecto obedece a la existencia de factores que definen este sector como "técnicamente adecuado" para la implementación de energías renovables del tipo fotovoltaico, debido a las razones expuestas a continuación: - El potencial de generación de energía, ya que corresponde a una zona con un alto índice de radiación solar y condiciones climáticas que permiten obtener la energía directa del sol en todas las épocas del año. - El área de emplazamiento cuenta con conectividad eléctrica de fácil acceso, debido a las líneas de transmisión y distribución existentes en el sector, además de la cercanía de subestaciones existentes, como es el caso de la "Subestación Quiani de 15 kV" donde se conectará el Proyecto, favorece la implementación de la tecnología proyectada sin la necesidad de construir subestaciones y/o otras instalaciones necesarias para inyectar la energía al Sistema Eléctrico Nacional. - Terrenos con nula productividad agrícola, que presentan Capacidad de Uso de Suelo Clase VI, equivalente al 100% del área intervenir. Para mayores antecedentes respecto al tipo de suelo presente en el Área de Influencia del Proyecto ver Caracterización Edafológica incorporada en el Anexo 2.3 del Capítulo 2 de la DIA. - Área con caminos de fácil acceso, donde la ruta enrolada más cercana (Ruta 5 Norte) se encuentra a menos de seis (6) kilómetros del Proyecto. A partir de dicha ruta se mejorará un camino de acceso existente que permitirá acceder directamente al área del Proyecto. El camino en comento cuenta con una longitud de 5,9 kilómetros y un ancho promedio de 5,0 metros. - El Proyecto no presenta incompatibilidad territorial, debido a que se emplaza fuera del Límite Urbano establecido para la comuna de Arica. Para mayores antecedentes respecto de la relación del Proyecto con los Instrumentos de Planificación Territorial (IPT) aplicables, ver Capítulo 4 sobre Relación del Proyecto con Políticas, Planes y Programas de Desarrollo Comunal y Regional y complementariamente Capítulo 5 sobre relación del Proyecto con Políticas y Planes Evaluados Estratégicamente. En virtud de lo anterior, para la construcción del Proyecto se presenta el "Permiso para subdividir y urbanizar terrenos rurales o para construcciones fuera de los límites urbanos", según lo establecido en el literal b) del Artículo 160, del D.S. N° 40/2012 del MMA. Conforme a los antecedentes recién expuestos, la ubicación del Proyecto se justifica técnica y ambientalmente debido a que el área de emplazamiento resulta favorable para la implementación de este tipo de tecnología. Superficies Superficie de ocupación del Proyecto Superficies Obras Permanentes Metros Hectáreas Planta 250.000 25 Línea de Evacuación Eléctrica 6.115,87 0,61 Camino de Acceso existente (acondicionamiento) 22.236,71 2,22 Total 278.345 27,83 Coordenadas Geográficas de Proyecto Planta Fotovoltaica Arica 9 MW (Área de Planta) DATUM WGS84 Proyección UTM 19S Coordenadas DATUM WGS 84 Proyección UTM 19S Vértice Coordenada Este (m) Coordenada

Norte (m) A 367.305 7.970.870 B 367.798 7.970.745 C 367.798 7.970.300 D 367.305 7.970.300 E 367.311 7.970.862 F 367.210 7.970.902 G 366.646 7.970.523 H 365.360 7.970.337 I 364.262 7.970.284 J 362.205 7.969.666 K 362.428 7.968.951 L 362.398 7.968.941 Coordenadas Geográficas de Postaciones Línea de Evacuación Eléctrica DATUM WGS84 Proyección UTM 19S Coordenadas DATUM WGS84 Proyección UTM 19S N° Postación Este (m) Norte (m) 1 367.210 7.970.902 2 367.258 7.970.883 3 367.305 7.970.864 4 366.646 7.970.523 5 367.166 7.970.872 6 367.122 7.970.843 7 367.078 7.970.813 8 367.034 7.970.784 9 366.990 7.970.754 10 366.946 7.970.724 11 366.902 7.970.695 12 366.858 7.970.665 13 366.814 7.970.636 14 366.770 7.970.606 15 366.726 7.970.577 16 366.682 7.970.547 17 365.360 7.970.337 18 366.596 7.970.516 19 366.547 7.970.509 20 366.497 7.970.501 21 366.447 7.970.494 22 366.398 7.970.487 23 366.348 7.970.480 24 366.299 7.970.473 25 366.249 7.970.466 26 366.199 7.970.459 27 366.150 7.970.451 28 366.101 7.970.444 29 366.051 7.970.437 30 366.001 7.970.430 31 365.952 7.970.423 32 365.902 7.970.416 33 365.853 7.970.408 34 365.803 7.970.401 35 365.753 7.970.394 36 365.704 7.970.387 37 365.654 7.970.380 38 365.605 7.970.373 39 365.555 7.970.365 40 365.506 7.970.358 41 365.456 7.970.351 42 365.406 7.970.344 43 365.310 7.970.335 44 365.260 7.970.332 45 365.210 7.970.330 46 365.160 7.970.328 47 365.110 7.970.325 48 365.060 7.970.323 49 365.010 7.970.320 50 364.960 7.970.318 51 364.910 7.970.315 52 364.860 7.970.313 53 364.810 7.970.311 54 364.761 7.970.308 55 364.711 7.970.306 56 364.661 7.970.303 57 364.611 7.970.301 58 364.561 7.970.299 59 364.511 7.970.296 60 364.461 7.970.294 61 364.411 7.970.291 62 364.361 7.970.289 63 364.311 7.970.287 64 364.262 7.970.284 65 364.209 7.970.268 66 364.156 7.970.252 67 364.104 7.970.237 68 364.051 7.970.221 69 363.998 7.970.205 70 363.945 7.970.189 71 363.892 7.970.173 72 363.839 7.970.157 73 363.786 7.970.141 74 363.733 7.970.125 75 363.681 7.970.109 76 363.628 7.970.094 77 363.575 7.970.078 78 363.522 7.970.062 79 363.469 7.970.046 80 363.416 7.970.030 81 363.363 7.970.014 82 363.311 7.969.998 83 363.258 7.969.982 84 363.205 7.969.966 85 363.152 7.969.950 86 363.099 7.969.935 87 363.046 7.969.919 88 362.993 7.969.903 89 362.940 7.969.887 90 362.887 7.969.871 91 362.835 7.969.855 92 362.782 7.969.839 93 362.729 7.969.823 94 362.676 7.969.808 95 362.623 7.969.792 96 362.571 7.969.776 97 362.518 7.969.760 98 362.465 7.969.744 99 362.412 7.969.728 100 362.359 7.969.712 101 362.306 7.969.696 102 362.253 7.969.681 103 362.205 7.969.666 104 362.218 7.969.624 105 362.231 7.969.582 106 362.244 7.969.540 107 362.257 7.969.498 108 362.270 7.969.456 109 362.283 7.969.414 110 362.296 7.969.372 111 362.310 7.969.330 112 362.323 7.969.288 113 362.336 7.969.246 114 362.349 7.969.204 115 362.362 7.969.162 116 362.375 7.969.120 117 362.388 7.969.078 118 362.401 7.969.036 119 362.415 7.968.994 120 362.428 7.968.952 121 362.398 7.968.941 Cabe mencionar que el camino de acceso corresponde a una obra existente, no Caminos o vías de acceso obstante, la ejecución del Proyecto contempla su mejoramiento mediante la compactación del mismo y la posterior aplicación de supresor de polvo. Referencia al expediente de evaluación de los mapas, georreferenciación e información complementaria sobre la Adenda Complementaria, Anexos

localización de sus partes, obras y • GRP3970 Anexo 1 Layout de Proyecto (PDF) acciones • GRP3970 Anexo 2.1 Layout de Proyecto (KMZ) • GRP3970 Anexo 2.2 Coordenadas y Superficies (.XLSX) 4.3.- Cronología de las fases del proyecto Fase de Construcción Fecha estimada de inicio Agosto de 2020. Parte, obra o acción que establece el inicio Habilitación de Instalación de Faena. Fecha estimada de término Enero de 2021. Parte, obra o acción que establece el término Conexión al Sistema Eléctrico Nacional. Fase de Operación Fecha estimada de inicio Febrero de 2021. Parte, obra o acción que establece el inicio Aviso al Sistema Eléctrico Nacional (SEN) de la inyección de energía. Fecha estimada de término Febrero de 2051. Parte, obra o acción que establece el término , Aviso al Sistema Eléctrico Nacional de la desconexión de la Planta. Fase de Cierre Fecha estimada de inicio Marzo de 2051. Parte, obra o acción que establece el inicio Habilitación de Instalación de Faena para el desmantelamiento de la Planta. Fecha estimada de término Junio de 2051. Parte, obra o acción que establece el término Limpieza y cierre del sector. FASE DE CONSTRUCCIÓN 4.4.- Descripción Partes y Obras - Fase de Construcción Nombre Descripción Instalación de Faenas Obra temporal, para el desarrollo de la Fase de Construcción, destinado al almacenamiento de insumos, materiales, herramientas, baños, comedor, oficinas, estacionamiento de equipos y maquinarias. La energía será provista por la empresa distribuidora local, además, como medida de respaldo ante un eventual corte del suministro eléctrico, entiéndase por este (1) grupo electrógeno a Diésel de 5 kVA. Bodega de Residuos Peligrosos Abarcará una superficie de 6,96 m2, donde se almacenarán los residuos peligrosos generados por las diversas actividades del Proyecto (aceites residuales, trapos y materiales menores contaminados con grasa/aceite, etc.). Referencia al ICE 4.6.1.1. Partes y obras 4.5.- Descripción Acciones Fase de Construcción Nombre Descripción Acciones Fase de Construcción Instalación de Malla Raschel Previo al inicio de la Fase de Construcción se implementará malla raschel desde el punto de inicio del camino de acceso por la Ruta 5 Norte hasta el área donde terminan los cultivos, alcanzando una longitud de 2,2 kilómetros aproximadamente. Mejoramiento de Camino Existente El Proyecto contempla la compactación del camino existente, asimismo considera la aplicación de Supresor de Polvo Biodegradable en camino de acceso y caminos internos del Proyecto (Fase de Construcción y Cierre). Aplicación de Supresor de Polvo Biodegradable El Proyecto contempla la aplicación de Supresor de Polvo del tipo Biodegradable (ver ficha referencial en Anexo 6 de la Adenda Complementaria) en el camino de acceso e interno con el fin de minimizar las emisiones de material particulado respirable con el fin de evitar eventuales molestias a los habitantes del sector ni a los cultivos existentes en las cercanías del Proyecto. Despeje de Terreno Se procederá a la limpieza del terreno, actividad que consiste en un despeje superficial. La eliminación de la pedregosidad superficial será realizada mediante métodos mecánicos y manuales, las piedras recogidas serán acopiadas y cargadas a un camión mediante retroexcavadora. Habilitación de la Instalación de Faena Previo a la habilitación de cada uno de los componentes de la Instalación de Faenas, se prevén trabajos de limpieza, despeje y nivelación de la superficie, mediante el uso de maquinaria estándar de construcción. Posterior al acondicionamiento del terreno, se procederá al montaje de las estructuras modulares tipo contenedor que conformarán la Instalación de Faenas. Movimientos de tierra Previo a los movimientos instalarán los módulos, utilizado como vía de durante la Fase de Construcción de tierras, se realizará una demarcación de la dejando un corredor o pasillo entre cada línea de acceso para instalación y montaje. El volumen total en escarpe y excavaciones se muestra en la tabla superficie donde se módulos, el que será a cargar y descargar continuación: Tipo de Material Volumen (m3) Escarpe del terreno 3.200 Excavaciones 20.000 Total 23.200 Habilitación de camino interno El Proyecto contempla la habilitación de un (1) camino interno emplazado al interior del polígono del Proyecto, el cual será habilitado durante las faenas constructivas y se mantendrá durante toda la Fase de Operación del Proyecto. Instalación de Cerco Perimetral Se implementará un cerco perimetral en el área de planta que corresponderá a una malla de acero hexagonal con postes de acero galvanizado de 2,5 metros de altura. Montaje de estructuras • Montaje Mecánico El montaje de las estructuras de los paneles solares se llevará a cabo mediante el uso de las máquinas hincadoras que se usarán para clavar los pilares (hincado de estructuras) donde van montadas las estructuras soportantes de los paneles solares. • Montaje Eléctrico Concierne a las actividades que le dan conexión defmitiva a la Planta para la generación de energía y transmisión al Sistema Eléctrico Nacional. Pruebas de energización y puesta en marcha Para probar su funcionamiento y lograr una conexión exitosa de los equipos, se consideran tres niveles de pruebas: 1) Pruebas de equipos. 2) Pruebas de sistemas. 3) Pruebas conjuntas. Desmantelamiento de Obras Temporales Terminadas las faenas constructivas se retirará la Instalación de Faenas y todos los elementos ajenos a la operación de la Planta Fotovoltaica, tomando las acciones necesarias para readecuar las áreas intervenidas. Referencia al ICE Tabla 4.6.1.2 Acciones 4.6.- Suministros básicos Nombre Descripción Agua potable El abastecimiento principal de agua potable será provisto mediante un "Sistema Particular de Aprovisionamiento de Agua Potable" a través de la implementación de cuatro (4) Estanques de Almacenamiento de Agua (EAA) con capacidad de 5,0 m3 cada uno, utilizados para el almacenamiento y posterior distribución de agua potable para consumo humano y uso en servicios higiénicos (baños, duchas y lavamanos conectados a Fosa Séptica). Agua industrial. El Proyecto contempla la utilización de agua industrial para las siguientes actividades: - Mantención de un Supresor de Polvo en el camino de acceso e interno. El Supresor de Polvo será adquirido listo para su aplicación mediante empresas especializadas, razón por la cual no se contempla preparación en faena. - Lavado de Canoas de Camiones Mixer. Servicios higiénicos En atención al mínimo de artefactos, establecidos en el Artículo 23 del D.S. N° 594/1999 del MINSAL y considerando una dotación máxima de 68 trabajadores/mes, se estiman cuatro (4) excusados (baños químicos) con sus respectivos lavatorios y siete (7) duchas para el uso de los trabajadores en obras. En caso que el Proyecto contemple mano de obra femenina, se contará con un baño adicional sólo para mujeres. Los baños químicos serán manipulados por una empresa autorizada que cuente con las autorizaciones sanitarias para realizar manejo, transporte y disposición final de aguas residuales. Suministro eléctrico La energía será provista por la empresa distribuidora local y, además, como medida de respaldo ante un eventual corte del suministro eléctrico, se contará con (1) generador de 5 kVA, el cual se ubicará sobre una base continua, impermeable y con sistema de contención de derrames. Alimentación. Para la alimentación de los trabajadores se considera un servicio de catering local. Maquinarias, equipos y vehículos. Para la descripción de maquinarias, equipos y vehículos, se consideró el requerimiento de la "Guía para la Descripción de la Acción del Transporte Terrestre en el SETA", 2017; Respecto de los medios de transporte a utilizar, durante la Fase de Construcción estos serán vehículos livianos, buses y camiones de proveedores privados para el transporte de personal contratado, materiales de construcción, estructuras, equipos, insumos y residuos de distinto tipo. Alojamiento. No se considera la habilitación de campamentos ni alojamiento en faena. Combustible No se contempla la implementación de lugares de abastecimiento en faena. Sustancias Peligrosas No se requerirán Sustancias Peligrosas. Hormigón. El hormigón será provisto por camiones mixer desde una empresa proveedora que cuente con las autorizaciones vigentes para tal fin. Referencia al ICE Tabla 4.6.2 Suministros básicos 4.7.- Recursos naturales a extraer, explotar o utilizar Nombre Descripción Recursos naturales a extraer, explotar o utilizar Fase de Construcción: Durante la Fase de Construcción no se contempla la extracción o explotación de recursos naturales renovables para satisfacer necesidades el Proyecto. Referencia al ICE Tabla 4.6.3 Recursos naturales a extraer, explotar o utilizar 4.8.- Emisiones a la atmósfera — Fase de Construcción Nombre Descripción Emisiones Atmosféricas El Titular llevará a cabo medidas de abatimiento de emisiones mediante la implementación de una Malla Raschel, la aplicación de Supresor de Polvo Biodegradable, Programa de monitoreo de material particulado y mejoramiento de camino de acceso existente. Referencia al ICE Tabla 4.6.4.1 Emisiones a la atmósfera 4.9.- Emisiones líquidas — Fase de Construcción Nombre Descripción Residuos Líquidos Domésticos Los residuos líquidos provenientes de los baños químicos serán manejados acorde lo establecido en el D.S. N° 594/1999 del MINSAL y se subcontratará a una empresa de servicios sanitarios autorizada ambiental y sanitariamente para la prestación de este servicio. Residuos Líquidos Industriales No se contempla la generación de residuos industriales líquidos. Referencia al ICE Tabla 4 6 4 2 Emisiones líquidas 4.10.- Ruido — Fase de Construcción Nombre Descripción Emisiones Acústicas Se contempla la implementación de "Barreras Acústicas". La barrera acústica se ubicará de manera tal que bloquee la radiación directa desde la fuente de ruido hacia los receptores identificados (4 y 5), lo más cerca posible de las fuentes de ruido sin entorpecer el funcionamiento de las mismas o perjudicar la seguridad de sus operarios. Referencia al ICE Tabla 4.6.4.3 Ruido 4.11.- Otras emisiones — Fase de Construcción Nombre Descripción Vibraciones En todos los receptores los valores obtenidos no superan la normativa de referencia FTA, para el criterio de molestia. Referencia al ICE Tabla 4.6.4.4 Otras emisiones 4.12.- Residuos no peligrosos — Fase de Construcción Nombre Descripción Residuos Sólidos Domiciliarios Se estima que se generará un máximo de 1,36 t/mes de residuos sólidos domiciliarios en la Fase de Construcción. Estos residuos serán retirados periódicamente, tres (3) veces por semana, por empresas autorizadas, para su disposición final en rellenos sanitarios y/o lugares que cuenten con las resoluciones sanitarias para estos efectos. Residuos Industriales No Peligrosos Estos residuos serán retirados periódicamente por empresas especializadas, para su disposición final en sitios autorizados, los cuales al momento retirar y llevar a disposición final, extenderán un certificado para ello. Referencia al ICE Tabla 4.6.5.1 Residuos no peligrosos 4.13.- Residuos peligrosos — Fase de Construcción Nombre Descripción Residuos Peligrosos Los residuos peligrosos generados por las actividades constructivas del Proyecto corresponden a paños contaminados, EPP en desuso, paneles en desuso, entre otros. Los residuos peligrosos generados serán almacenados temporalmente en la Bodega RESPEL emplazada al interior de la Instalación de Faenas. Referencia al ICE Tabla 4.6.5.2 Residuos peligrosos 4.14.- Productos químicos y otras sustancias que puedan afectar el medio ambiente Nombre Descripción Productos químicos y otras No se considera el almacenamiento de sustancias peligrosas de ningún tipo. sustancias Referencia al ICE Tabla 4.6.5.3 Productos químicos y otras sustancias que puedan afectar el medio ambiente FASE DE OPERACIÓN 4.15.- Descripción Partes y Obras - Fase de Operación Paneles Fotovoltaicos El Proyecto c/u, que tendrán eléctrica. Características estará conformado por 26.880 paneles o módulos fotovoltaicos de en conjunto una potencia de generación máxima de 9 MW de Generales de Paneles Solares. 400 Wp energía N° paneles 26.880 paneles Potencia unitaria panel 400 Wp c/u Material Silicio policristalino Dimensiones panel 2108 x 1048 x 40 mm c/u Rendimiento STC Superior a 15% Numero de módulos por serie 28 paneles/string Número de series 990 990 Estructuras de Soporte Con objeto de optimizar el rendimiento energético de las instalaciones fotovoltaicas, los módulos fotovoltaicos irán montados sobre una estructura con seguidor (estructura de soporte) a un eje Este-Oeste (E-0). Salas Eléctricas Para el funcionamiento de la Planta, se considera la implementación de dos (2) salas eléctricas que corresponden a instalaciones prefabricadas, que abarcarán una superficie aproximada de 26,93 m2 c/u de las salas. Cableado Cableado Corriente Continua string se llevará a cabo mediante eje de la propia estructura metálica de los también se plantean dos (2) escenarios: servicios auxiliares hasta los de transformación. de BT ubicados en los CT hasta el resto y otros). El cableado desde los módulos hasta los inversores un tramo superficial colocado a lo largo del módulos y será de tipo cobre estañado. Cableado Corriente Alterna El tramo de cables de corriente alterna de BT Escenario 1: Interconexión desde el transformador cuadros de BT ubicado en cada uno de los centros Escenario 2: Interconexión desde los cuadros de servicios auxiliares (comunicaciones, seguridad Línea de Evacuación Eléctrica La energía producida, convertida y transformada, será conducida e inyectada al SEN mediante una Línea de Evacuación de Media Tensión (13,8kV) con una longitud aproximada de 5,9 kilómetros (121 postes) la cual se conectará a la barra correspondiente a la "Subestación Quiani" de 15 kV. Bodega de Materiales Se proyecta la implementación de dos (2) bodegas para el almacenamiento de los materiales necesarios para el funcionamiento de la Planta. Dichas bodegas contarán con una superficie de 26,94 m2 c/u aprox. y serán del tipo modular. Bodega de Residuos Peligrosos Se contempla la implementación de una Bodega de almacenamiento de Residuos Peligrosos (RESPEL) que abarcará una superficie de 6,96 m2, donde se almacenarán los residuos peligrosos generados por las diversas actividades del Proyecto (aceites residuales, trapos y materiales menores contaminados con grasa/aceite, etc.). Estanques de Almacenamiento de Agua Potable El abastecimiento principal de agua potable durante las distintas fases del Proyecto será realizado mediante un "Sistema Particular de Aprovisionamiento de Agua Potable a través de la implementación de cuatro (4) Estanques de Almacenamiento de Agua (EAA) con capacidad de 5 m cada uno, utilizados para el almacenamiento y posterior distribución de agua potable para consumo humano y uso en servicios higiénicos (baños, duchas y lavamanos conectados a fosa séptica). Fosa Séptica Se considera la implementación de un sistema de tratamiento de aguas servidas del tipo "Fosa Séptica con Sistema de Infiltración" cuya capacidad máxima será de 23 personas (14 m3), el cual será implementado durante la Fase de Construcción, quedando operativo durante la Fase Operación, manteniéndose como una obra permanente durante toda la vida útil del Proyecto, para ser retirado una vez fmalizada la Fase de Cierre. Cerco Perimetral El vallado o cerco perimetral estará compuesto de malla de acero hexagonal con postes de acero galvanizado de 2,5 metros de altura, abarcando la totalidad del polígono de Planta. Camino de Acceso existente Se contempla el mejoramiento de un camino de acceso existente con longitud aproximada de 5,56 kilómetros y un ancho promedio de 5,0 kilómetros, el cual permitirá acceder directamente con el área el Proyecto. Camino Interno Se contempla la habilitación de un (1) camino interno, emplazado al interior del área de planta, el cual será utilizado para el desplazamiento de los trabajadores y maquinarias durante las faenas constructivas (Fase de Construcción), actividades de mantención (Fase de Operación) y desmantelamiento (Fase de Cierre), entre otras actividades proyectadas durante la vida útil Proyecto. Referencia al ICE Tabla 4.7.1.1 Partes y obras 4.16.- Acciones - Fase de operación Nombre Descripción Operación Remota Posterior a las Pruebas de energización y puesta en marcha se comenzará con la operación de la Planta, la cual será realizada en forma remota y en tiempo real, razón por la cual no requerirá de personal obra. Generación de Electricidad La Planta tendrá una potencia nominal de 9 MW que serán inyectados al Sistema Eléctrico Nacional (SEN). Actividades de Mantención y Conservación Para el correcto funcionamiento de todos los componentes de la Planta Fotovoltaica se consideran las mantenciones preventivas y mantenciones correctivas. Referencia al ICE Tabla 4.7.1.2 Acciones 4.17.- Suministros básicos - Fase de operación Nombre Descripción Agua Potable El abastecimiento principal de agua potable durante la Fase de Operación del Proyecto será provisto mediante un "Sistema Particular de Aprovisionamiento de Agua Potable" a través de la implementación de cuatro (4) Estanques de Almacenamiento de Agua (EAA) con capacidad de 5 m3 cada uno, utilizados para el almacenamiento y posterior distribución de agua potable para consumo humano y uso en servicios higiénicos (baños, duchas y lavamanos conectados a Fosa Séptica). Agua Industrial Se contempla la limpieza de los paneles solares con frecuencia estimada semestral (cuatro (4) ciclos de lavados, siendo uno al inicio del verano y otro al término del mismo), mediante el uso de un sistema de hidrolavado de alta presión utilizando agua sin aditivos (desionizada). Servicios Higiénicos Durante la Fase de Operación del Proyecto se generarán residuos líquidos domésticos correspondientes a las aguas servidas provenientes de los baños, las que serán conducidas desde los servicios higiénicos hacia un sistema consistente en una Fosa Séptica, cámara de inspección y dren de infiltración. Suministro Eléctrico No se contempla el requerimiento de energía eléctrica externa para la operación del Proyecto, debido a que considera el autoabastecimiento a partir de la energía eléctrica generada. Alimentación La alimentación de los trabajadores será realizada en instalaciones externas, autorizadas para estos efectos. Maquinarias Equipos y Vehículos Para la descripción de maquinarias, equipos y vehículos, se consideró el requerimiento de la "Guía para la Descripción de la Acción del Transporte Terrestre en el SEIA", 2017; entregando la información según se indica en la guía en comento. Respecto de los medios de transporte a utilizar, durante la Fase de Operación estos serán vehículos livianos, buses y camiones de proveedores privados para el transporte de personal contratado, materiales de construcción, estructuras, equipos, insumos y residuos de distinto tipo. Alojamiento No se contempla el requerimiento de campamentos ni alojamiento en faena durante la Fase de Operación. Combustible No contempla la implementación de lugares de abastecimiento en faena. Sustancias Peligrosas Debido a las características propias del Proyecto, no se requerirán Sustancias Peligrosas para la Fase de Operación. Referencia al ICE Tabla 4.7.2 Suministros básicos 4.18.- Productos generados - Fase de operación Nombre iliGeneración de energía eléctrica. El Proyecto contempla la generación de 9 MW de energía eléctrica que será conectada al Sistema Eléctrico Nacional. Referencia al ICE Tabla 4.7.3 Productos generados 4.19.- Recursos naturales a extraer, explotar o utilizar - Fase de operación Nombre Descripción No se contempla la extracción o explotación de recursos naturales renovables durante esta Fase. Referencia al ICE Tabla 4.7.4 Recursos naturales a extraer, explotar o utilizar 4.20.- Emisiones y efluentes - Fase de operación Emisiones a la atmósfera Nombre Descripción Emisiones atmosféricas Debido a las características propias del Proyecto, no se estiman emisiones atmosféricas relevantes durante la Fase de Operación de la Planta Fotovoltaica, toda vez que su operación será realizada en forma remota, donde además el flujo de vehículos para desarrollar las tareas de inspección y mantenimiento será realizado según requerimiento. Referencia al ICE Tabla 4.7.5.1 Emisiones a la atmósfera 4.21.- Emisiones líquidas o efluentes - Fase de operación Nombre Descripción Residuos Líquidos Domésticos Se generarán residuos líquidos correspondientes a las aguas servidas provenientes de los baños utilizados durante las labores de mantención y conservación de la Planta. Se estima que el volumen promedio de las aguas servidas generadas durante la Fase de Operación (mantenciones de planta) será de aproximadamente 0,75 m3/día, considerando un máximo de 5 trabajadores consumiendo 150 L/trabajador/día (toda vez que se realicen mantenciones de la planta). Residuos Líquidos Industriales No se contempla la generación de Residuos Industriales Líquidos. Referencia al ICE Tabla 4.7.5.2 Emisiones líquidas 4.22.- Emisiones de Ruido - Fase de operación Nombre Descripción Emisiones Acústicas No se estiman emisiones de ruido relevantes durante la Fase Operación de la Planta Fotovoltaica, toda vez que su operación será realizada en forma remota, donde además el flujo de vehículos para desarrollar las tareas de inspección y mantenimiento será realizado según requerimiento. Referencia al ICE Tabla 4.7.5.3 Ruido 4.23.- Residuos no peligrosos - Fase de operación Nombre Descripción Residuos Sólidos Domiciliarios El Proyecto no contará con mano de obra permanente debido a que su operación será realizada en forma remota, requiriendo mano de obra solo para efectos de mantenciones. Dado lo anterior, durante la Fase de Operación se estima una generación máxima de 0,1 t/mes de residuos sólidos domiciliarios en la Fase de Operación. Residuos Industriales No Peligrosos La Fase de Operación del Proyecto no contempla la generación de este tipo de residuos. Referencia al ICE Tabla 4.7.6.1 Residuos no peligrosos 4.24.- Residuos peligrosos - Fase de operación Nombre Descripción Residuos Peligrosos Durante la Fase de Operación se generarán residuos sólidos peligrosos producto de los paneles en desuso, y residuos provenientes de las actividades de mantención, tales como: aceites, lubricantes, huaipes, latas de lubricante (WD-40, tubos de espuma de poliuretano aislante), paños y EPP contaminados; los cuales serán almacenados temporalmente en la Bodega RESPEL, en espera a su disposición final en un lugar autorizado por la SEREMI de Salud de la Región de Arica y Parinacota. Referencia al ICE Tabla 4.7.6.2 Residuos peligrosos 4.25.- Productos químicos y otras sustancias que puedan afectar el medio ambiente - Fase de operación Nombre Descripción Productos químicos y otras sustancias El Proyecto en evaluación no considera el almacenamiento de sustancias peligrosas de ningún tipo. Referencia al ICE Tabla 4.7.6.3 Productos químicos y otras sustancias FASE DE CIERRE 4.26.- Partesy Obras — Fase de Cierre Descripción Nombre Instalación de Faenas La Instalación de Faenas, corresponde a una obra temporal necesaria para el desarrollo de la Fase de Cierre. Este lugar estará destinado al almacenamiento de insumos, materiales, herramientas, baños, comedor, oficinas, estacionamiento de equipos y maquinarias. En términos generales, estas instalaciones constituirán el centro de operaciones desde donde se coordinarán los trabajos en los distintos frentes y los servicios de apoyo. Bodega de Residuos Peligrosos Se contempla la implementación de una Bodega de almacenamiento de Residuos Peligrosos (RESPEL) que abarcará una superficie de 6,96 m2, donde se almacenarán los residuos peligrosos generados por las diversas actividades del Proyecto (aceites residuales, trapos y materiales menores contaminados con grasa/aceite, etc.). Referencia al ICE Tabla 4.8.1.1 Partes y obras 4.27.- Acciones — Fase de Cierre Nombre Descripción Desmantelamiento o aseguramiento de infraestructura Una vez concluida la vida útil del Proyecto se realizará el retiro de las obras permanentes, entiéndase por estas: paneles, estructuras de soporte, salas eléctricas, bodega RESPEL, bodegas de materiales y Fosa Séptica. El retiro y disposición de paneles fotovoltaicos será realizado priorizando en todo momento el reciclaje de los mismos a través de una empresa autorizada para estos efectos. Restauración En los sectores intervenidos se realizará nivelación a condiciones similares a las encontradas antes de la intervención. Prevención de futuras emisiones Debido a las características propias del Proyecto, no contempla realizar ningún tipo de medición y/o seguimiento a variables ambientales como emisiones o residuos. Mantención, conservación y supervisión Debido a las características propias del Proyecto, no contempla realizar ningún tipo de mantención, conservación y supervisión. Referencia al ICE Tabla 4.8.1.2 Acciones 4.28.- Suministros Básicos — Fase de Cierre Nombre Descripción Agua potable El agua para el consumo de los trabajadores durante la Fase de Cierre seguirá siendo provista mediante el "Sistema Particular de Aprovisionamiento de Agua Potable" existente en planta, el cual considera cuatro (4) Estanques de Almacenamiento de Agua (EAA) con capacidad de 5 m3 cada uno, utilizados para el almacenamiento y posterior distribución de agua potable para consumo humano y uso en servicios higiénicos (baños, duchas y lavamanos conectados a Fosa Séptica). Agua industrial Durante la Fase de Cierre no se contempla el uso de agua industrial. Servicios higiénicos El sistema de recolección corresponderá a la Fosa Séptica implementada en Fase de Operación, la cual estará conformada por una red de tuberías de PVC sanitario, que conducirán las aguas residuales desde los servicios higiénicos hacia la Fosa Séptica. Suministro eléctrico Se prevé la utilización de un (1) generador de 5 kVA, este se ubica sobre una base continua, impermeable y con sistema de contención de derrames. Alimentación. No se contempla la preparación de alimentos dentro de las instalaciones, proyectando solo la implementación de un comedor. Maquinarias, equipos y vehículos. Para la descripción de maquinarias, equipos y vehículos, se consideró el requerimiento de la "Guía para la Descripción de la Acción del Transporte Terrestre en el SEIA", 2017. Combustible No contempla la implementación de lugares de abastecimiento en faena. Sustancias Peligrosas No se requerirá de sustancias peligrosas para las faenas de cierre. Referencia al ICE Tabla Suministros Básicos — Fase de Cierre 5°. Que, durante el proceso de evaluación se han presentado antecedentes que justifican la inexistencia de los siguientes efectos, características y circunstancias del artículo 11 de la Ley N° 19.300: 5.1.- Sobre la inexistencia de riesgo para la salud de la población, debido a la cantidad y calidad de efluentes, emisiones y residuos Impacto ambiental No existen impacto ambientales que puedan causar riesgo a la salud de la población. Existencia de población cuya salud pudiera verse afectada No existe población cercana cuya salud pudiera verse afectada. Los siguientes antecedentes justifican que el proyecto o actividad no genera o presenta riesgo para la salud de la población debido a la cantidad y calidad de los efluentes, emisiones o residuos, en consideración a lo dispuesto en el artículo 5 del Reglamento del SEIA: a) La superación de los valores de las concentraciones y períodos establecidos en las normas primarias de calidad ambiental vigentes o el aumento o disminución significativos, según corresponda, de la concentración por sobre los límites establecidos en éstas. A falta de tales normas, se utilizarán como referencia las vigentes en los Estados que se señalan en el artículo 11 del Reglamento. Sobre las Emisiones Atmosféricas, se aplicarán las siguientes Medidas de Control: - Aplicación de supresor de polvo; - Implementación y mejoramiento de malla raschel; - Programa de Monitoreo de Material Particulado; y - Mejoramiento de camino de acceso (no pavimentado). b) La superación de los valores de ruido establecidos en la normativa ambiental vigente. A falta de tales normas, se utilizarán como referencia las vigentes en los Estados que se señalan en el artículo 11 del Reglamento. Sobre las Emisiones de Ruido, se aplicará la Medidas de Control "Barreras Acústicas". Esta solución consiste en la implementación de un panel en los puntos 4 y 5 con altura de 3,6 metros. Dicho panel contará con una densidad superficial igual o superior a 10 (kg/m2), lo cual es posible conseguir mediante madera tipo OSB, de un espesor mínimo de 18 mm. Sobre Vibraciones, en receptores y edificaciones respectivas no se superarán los máximos de referencia que indica el estándar de la FTA: "Transit Noise and Vibration Impact Assessment". c) La exposición a contaminantes debido al impacto de las emisiones y efluentes sobre los recursos naturales renovables, incluidos el suelo, agua y aire, en caso que no sea El Proyecto no considera emisiones a la atmósfera, ni efluentes líquidos, ni residuos sólidos o líquidos que combinados o interactuando entre ellos, puedan generar riesgos para la salud de la población. posible evaluar el riesgo para la salud de la población de acuerdo a las letras anteriores. d) La exposición a contaminantes debido al impacto generado por el manejo de residuos sobre los recursos naturales renovables, incluidos el suelo, agua y aire. Todos residuos generados por el Proyecto, entiéndase por estos: Aguas Servidas, Residuos sólidos Domésticos, Residuos sólidos Peligrosos y Residuos sólidos Industriales No Peligrosos serán manejados conforme a la normativa aplicable, Referencia al ICE Tabla 6.1 Sobre la inexistencia de riesgo para la salud de la población, debido a la cantidad y calidad de efluentes, emisiones y residuos. 5.2.- Sobre la inexistencia de efectos adversos significativos sobre la cantidad y calidad de los recursos naturales renovables, incluidos el suelo, agua y aire Impacto ambiental No existe impacto ambiental que pueda provocar efectos adversos significativos sobre la cantidad y calidad de los recursos naturales renovables. Los siguientes antecedentes justifican que el proyecto o actividad no genera o presenta efectos adversos significativos sobre la cantidad y calidad de los recursos naturales renovables, incluidos el suelo, agua y aire, en consideración a lo dispuesto en el artículo 6 del Reglamento del Reglamento del SEIA: Recursos naturales renovables escasos, únicos o representativos. No se contempla la extracción o explotación de recursos naturales renovables. a) La pérdida de suelo o de su capacidad para sustentar biodiversidad por degradación, erosión, impermeabilización, compactación o presencia de contaminantes. El Proyecto no generará erosión, pérdidas y/o cambios en las propiedades físicas, químicas y biológicas del suelo donde será emplazada la Planta Fotovoltaica. Con manejos apropiados de conservación de los suelos a utilizar, el Proyecto no generará cambios adversos importantes y sustanciales sobre el recurso suelo, por lo que, una vez finalizado el Proyecto, el suelo podrá seguir siendo utilizado para labores agrícolas acordes a la capacidad de suelo mencionadas con anterioridad. b) La superficie con plantas, algas, hongos, animales silvestres y biota intervenida, explotada, alterada o manejada y el impacto generado en dicha superficie. Para la evaluación del impacto se deberá considerar la diversidad biológica, así como la presencia y abundancia de especies silvestres en estado de conservación o la existencia de un plan de recuperación, conservación y gestión de dichas especies, de conformidad a lo señalado en el artículo 37 de la Ley 19.300. El Área de Influencia del Proyecto carece de vegetación, siendo casi nula, donde además no existe presencia de ninguna formación vegetacional con características particulares o que amerite su protección y, del mismo modo, tampoco se encuentran especies de Flora Vascular clasificadas en alguna categoría de conservación, ni protegidas por regulaciones especiales. Es decir, desde el punto de vista de la Flora y Vegetación, el AI no posee características singulares a las que haya que poner especial cuidado. En el Anexo 7 de la ADENDA Complementaria se adjunta la Actualización del Plan de Perturbación Controlado incorporado las medidas de enriquecimiento de hábitat comprometidas. c) La magnitud y duración del impacto del proyecto o actividad sobre el suelo, agua o aire en relación con la condición de línea de base. Aire: Las principales emisiones se presentarán en la Fase de Construcción del Proyecto por material particulado que se emitirán directamente en el sitio de emplazamiento del Proyecto, Zona Rural según Límite Urbano de la comuna de Arica. Dichas emisiones no superaran los seis (6) meses, dado que ese periodo es el estimado para la construcción de las obras. Asimismo, se confirma que sus efectos se acotarán solo en el AI defmida para la ejecución del Proyecto. Por su parte, en la Fase de Operación no se estiman emisiones atmosféricas relevantes, toda vez que su operación será realizada en forma remota, donde las únicas actividades proyectadas corresponden a las tareas de inspección y mantenimiento que serán realizadas según requerimiento. Finalmente, las emisiones atmosféricas generadas en la Fase de Cierre tendrán como principal fuente de emisión el tránsito vehicular y la combustión interna de vehículos, equipos y maquinarias, y sus efectos serán menos significativos que los generados durante la construcción del Proyecto. Suelo: Los suelos del Área de Influencia corresponden a clase VI, características que los hacen inadecuados para los cultivos agrícolas. Además de lo anterior, según la Caracterización de Edafología (Anexo 2.3 de la DIA), la Planta a emplazar en el Área de Estudio no generará erosión, pérdidas y/o cambios en las propiedades físicas, químicas y biológicas del suelo en cuestión por la ejecución del Proyecto, además debido a lo acotado de las obras y a las características propias del recurso, no se estima perdida relevante del recurso. Agua: En ningún caso el Proyecto extraerá agua directamente desde cuerpos de agua superficiales, ni de caudales de aguas subterráneas no autorizados. d) La superación de los valores de las concentraciones establecidos en las normas secundarias de calidad ambiental vigentes o el aumento o disminución significativos, según corresponda, de la concentración por sobre los límites establecidos en éstas. A falta de tales normas, se utilizarán como referencia las normas vigentes en los Estados que se señalan en el artículo 11 del Reglamento. En caso que no sea posible evaluar el efecto adverso de acuerdo a lo anterior, se considerará la magnitud y duración del efecto generado sobre la biota por el proyecto o actividad y su relación con la condición de línea de base. El Titular dará estricto cumplimiento a las normas de emisión y a la normativa ambiental y sectorial aplicable al Proyecto, que tenga por objeto tutelar el bien jurídico tanto del aire, como manejo de residuos, efluentes y sustancias de todo tipo y de esta forma cumplir con los estándares establecidos por el Estado. e) La diferencia entre los niveles estimados de ruido con proyecto o actividad y el nivel de ruido de fondo representativo y característico del entorno donde se concentre fauna nativa asociada a hábitats de relevancia para su nidificación, reproducción o alimentación. El Proyecto no generará niveles de ruido relevantes en ninguna de sus fases que puedan afectar a los recursos naturales del entorno. En este sentido, dada la baja riqueza de especies en el Área del Proyecto, se puede estimar que la generación de ruido no afectará el entorno donde se concentre fauna nativa asociada a hábitats de relevancia para su nidificación, reproducción o alimentación. f) El impacto generado por la utilización y/o manejo de productos químicos, residuos, así como cualesquiera otras sustancias que puedan afectar los recursos naturales renovables. Manejo de Residuos El Proyecto dará un manejo adecuado a cada uno de los residuos generados por el Proyecto, dando cumplimiento en todo momento a la normativa sanitaria aplicable, donde se obtendrán las autorizaciones que la Autoridad Sectorial (asociadas al PAS 140 y PAS 142) y ambiental requiere. Combustibles No se considera la existencia de estanques de combustible en obra. g) El impacto generado por el volumen o caudal de recursos hídricos a intervenir o explotar, así como el generado por el transvase de una cuenca o subcuenca hidrográfica a otra, incluyendo el generado por ascenso o descenso de los niveles de aguas subterráneas y superficiales. La evaluación de dicho impacto deberá considerar siempre la magnitud de la alteración en: g.1. Cuerpos de aguas subterráneas que contienen aguas fósiles. g.2. Cuerpos o cursos de aguas en que se generen fluctuaciones de niveles. g.3. Vegas y/o bofedales que pudieren ser afectadas por el ascenso o descenso de los niveles de aguas. g.4. Áreas o zonas de humedales, estuarios y turberas que pudieren ser afectadas por el ascenso o descenso de los niveles de aguas subterráneas o superficiales. g.5. La superficie o volumen de un glaciar susceptible de modificarse. En primer lugar, se debe indicar que, para la materialización de este Proyecto, no se requiere de la explotación de algún recurso hídrico señalado en el Artículo 6 letra g) del Reglamento de Evaluación de Impacto Ambiental, Decreto Supremo N°40/2012 MMA. El Proyecto no contempla alteración de lagos o lagunas que pudieren ser afectadas por el ascenso o descenso de los niveles de agua, debido a su ubicación y el emplazamiento de sus partes. El tramo analizado no registra la existencia de esta clase de unidades lacustres. El Proyecto no contempla la intervención de vegas ni bofedales que pudiesen afectar el ascenso o descenso de los niveles de aguas subterráneas y su biodiversidad, debido a su ubicación y emplazamiento de sus partes y obras. El Proyecto no se localiza en zonas o áreas de humedales, estuarios o turberas que pudieren ser afectadas por el ascenso o descenso de los niveles de agua. El Proyecto no considera la intervención de un glaciar en ninguna de sus fases, pues no se identifican este tipo de unidades en los estudios de las componentes ambientales. h) Los impactos que pueda generar la introducción de especies exóticas al territorio nacional o en áreas, zonas o ecosistemas determinados. No se contempla la introducción de especies exóticas al territorio nacional o en áreas, zonas o ecosistemas determinados, en ninguna de las fases de desarrollo del Proyecto. Referencia al ICE Tabla 6.2 Sobre la inexistencia de efectos adversos significativos sobre la cantidad y calidad de los recursos naturales renovables, incluidos el suelo, agua y aire 5.3.- Sobre la inexistencia de reasentamiento de comunidades humanas o alteración significativa de los sistemas de vida y costumbres de grupos humanos Impacto ambiental No existe impacto ambiental en el reasentamiento de comunidades humanas. Existencia de grupos humanos en el área de influencia No existe grupos humanos en el Al del Proyecto. Reasentamiento de comunidades humanas No existe reasentamiento de comunidades humanas. Los siguientes antecedentes justifican que el proyecto o actividad no genera o presenta alteración significativa de los sistemas de vida y costumbres de grupos humanos, en consideración a lo dispuesto en el artículo 7 del Reglamento del SEIA: a) La intervención, uso o restricción al acceso de los recursos naturales utilizados como sustento económico del grupo o para cualquier otro uso tradicional, tales como uso medicinal, espiritual o cultural. Dentro del Área de Influencia del Proyecto no existen recursos naturales que sean utilizados como sustento económico o para cualquier otro uso tradicional, tales como uso medicinal, espiritual o cultural. b) La obstrucción o restricción a la libre circulación, conectividad o el aumento significativo de los tiempos de desplazamiento. El Proyecto se emplazará en un sitio eriazo sin uso habitacional ni productivo por lo que se descarta la obstrucción o restricción a la libre circulación, conectividad o el aumento significativo de los tiempos de desplazamiento.

En relación a lo anterior, se aclara que los flujos viales considerado por el Proyecto serán realizado por un periodo máximo de seis meses, donde posteriormente la planta funcionará forma remota, razón por la cual no se contempla mano de obra permanente en planta ni flujos vehiculares relevantes. c) La alteración al acceso o a la calidad de bienes; equipamientos, servicios o infraestructura básica. En relación a la Dimensión Bienestar Social Básico, el AI de Medio Humano posee una única infraestructura comunitaria que existe en el AI del Medio Humano, la cual corresponde a la sede comunitaria de la Cooperativa Pampa Concordia, lugar donde realizan sus reuniones, celebraciones de Navidad, festividades religiosas y talleres de capacitación dirigidos a los socios de la organización. Respecto a infraestructura que provea servicios de seguridad, en el Al del Medio Humano del Proyecto se encuentra la Cuarta Comisaria de Carabineros de Arica, junto a la Ruta 5 Norte. De acuerdo a lo presentado por la Caracterización de Medio Humano (Anexo 4.2 de la Adenda Complementaria), en relación al acceso a servicios de alimentación y acceso a servicios de alojamiento, se indica que no se identifican servicios de este tipo en el AI. Finalmente, en el Al del Medio Humano no se identifican espacios recreacionales y/o deportivos, más allá del circuito de Karting de la Granja Ecológica Tierra Sin Frontera que se encuentra actualmente en fase de construcción. Ante la consulta sobre el uso de otros espacios no habilitados con fines recreacionales (por ejemplo, senderos para caminatas o ciclismo), mencionó que era dificil realizar ese tipo de actividades ya que en muchos de los predios cercanos aún se hallaban minas antipersonales. d) La dificultad o impedimento para el ejercicio o la manifestación de tradiciones, cultura o intereses comunitarios, que puedan afectar los sentimientos de arraigo o la cohesión social del grupo. El Proyecto se localiza en un sector no habitado donde no se realiza ningún tipo de manifestación de tradiciones, cultura o intereses comunitarios, que puedan afectar los sentimientos de arraigo o la cohesión social de un grupo. No existen manifestaciones religiosas dentro del Área de Influencia de Medio Humano. Sin perjuicio de lo anterior, y con el fin de asegurar la correcta realización de la festividad cruz de mayo, el Titular contempla la ejecución de un Compromiso Ambiental Voluntario denominado CAV-01 "Coordinación de Flujos de Transporte durante festividad de la Cruz de Mayo", el cual será ejecutado únicamente en el caso que la construcción del Proyecto se traslape con las fechas de las peregrinaciones relacionadas con la celebración religiosa cruz de mayo. Para los grupos humanos pertenecientes a pueblos indígenas, además de las circunstancias señaladas precedentemente, se considerará la duración y/o magnitud de la alteración en sus formas de organización social particular. Según lo indicado en los registros de Corporación Nacional de Desarrollo Indígena (CONADI), el Área de Influencia del Proyecto no existen asociaciones ni comunidades de desarrollo indígena, según lo establecido en la Ley N° 19.253. Por otro lado, no existen comunidades indígenas legalmente constituidas que puedan verse afectadas con la eiecución del Proyecto, y tampoco se realizan manifestaciones de algún ' . grupo humano protegido que puedan verse afectados por su ejecución. Para mayores antecedentes ver Caracterización de Medio Humano incorporada en el Anexo 4.2 de la Adenda Complementaria. Referencia al ICE Tabla 6.3 Sobre la inexistencia de reasentamiento de comunidades humanas o alteración significativa de los sistemas de vida y costumbres de grupos humanos. 5.4.- Sobre la inexistencia de localización en o próxima a poblaciones, recursos y áreas protegidas, sitios prioritarios para la conservación, humedales protegidos y glaciares, susceptibles de ser afectados, así como el valor ambiental del territorio en que se pretende emplazar Impacto ambiental No existe impacto ambiental en la localización y valor ambiental del territorio. Existencia de poblaciones protegidas El AI de Medio Humano se inserta en una parte de la entidad rural denominada Pampa Concordia, la cual abarca una superficie aproximada de 7.835,57 hectáreas, dentro de las cuales se emplazará el proyecto, el cual utilizará únicamente 27,86 ha de dicha entidad. Respecto a los asentamientos que conforman el AI del Medio Humano, se ha considerado principalmente a la comunidad presente en los loteos de la Asociación de Pequeños Agricultores Pampa Concordia, emplazada en la entidad rural Pampa Concordia, específicamente en el sector noroeste del camino de acceso no enrolado, el cual será utilizado como vía de acceso del Proyecto. Existencia de recursos y áreas protegidas, sitios prioritarios para la conservación, humedales protegidos, glaciares y zona con valor ambiental Proyecto no generará efectos significativos adversos debido a que no se emplaza en o próxima a población protegida, recursos y áreas protegidas humedales o glaciares. Los siguientes antecedentes justifican que el proyecto o actividad no se localización en o próxima a poblaciones, recursos y áreas protegidas, sitios prioritarios para la conservación, humedales protegidos y glaciares, susceptibles de ser afectados, así como el valor ambiental del territorio en que se pretende emplazar, en consideración a lo dispuesto en el artículo 8 del Reglamento del SEIA. Susceptibilidad de afectar poblaciones protegidas, considerando la extensión, magnitud o duración de la intervención en áreas donde ellas habitan. No existen comunidades indígenas legalmente constituidas que puedan verse afectadas con la ejecución del Proyecto, y tampoco se realizan manifestaciones de algún grupo humano protegido que puedan verse afectados por su ejecución. Para mayores antecedentes ver Actualización de Caracterización de Medio Humano incorporada en el Anexo 4.2 de la Adenda Complementaria. El área del Proyecto posee un valor ambiental bajo. Susceptibilidad de afectar recursos y áreas protegidas, sitios prioritarios para la conservación, humedales protegidos, glaciares o territorios con valor ambiental, se considerará la extensión, magnitud o duración de la intervención de sus partes, obras o acciones, así como de los impactos generados por el proyecto o actividad, teniendo en especial consideración los objetos de protección que se pretenden resguardar. El Proyecto no se encuentra próximo a humedales protegidos o a ecosistemas acuáticos incluidos en la lista a la que se refiere la Convención relativa a las Zonas Húmedas de Importancia Internacional, especialmente como Hábitat de las Aves Acuáticas, y que fueron promulgadas mediante Decreto Supremo N° 771/1981 del Ministerio de Relaciones Exteriores. De acuerdo a la Caracterización de Fauna Terrestre (Anexo 2.1 de la DIA), el área de influencia del Proyecto corresponde a una zona de la Sub-región del desierto absoluto, dónde las precipitaciones son insignificantes, lo que propiciaría un sector con un sustrato principalmente arenoso y sin vegetación. De acuerdo a la Caracterización de Flora y Vegetación (Anexo 2.2 de la DIA), el área de influencia del Proyecto se encuentra, desde el punto de vista vegetacional, con escasa vegetación asociada a sectores muy intervenidos (como el último tramo de la Línea de Transmisión Eléctrica), dónde existe humedad de manera artificial. Para el resto del Al no se encontró rastro de vegetación. A partir de lo establecido anteriormente, el área de Proyecto posee un bajo valor ambiental. Referencia al ICE Tabla 6.4.- Sobre la inexistencia de localización en o próxima a poblaciones, recursos y áreas protegidas, sitios prioritarios para la conservación, humedales protegidos y glaciares, susceptibles de ser afectados, así como el valor ambiental del territorio en que se pretende emplazar. 5.5.- Sobre la inexistencia de alteración significativa, en términos de magnitud o duración, del valor paisajístico o turístico de una zona Impacto ambiental No existe impacto ambiental en el valor paisajistico o turistico. Existencia de valor turístico No existe valor turístico. Existencia de valor paisajístico No existe valor paisajístico. Los siguientes antecedentes justifican que el proyecto o actividad no genera o presenta alteración significativa del valor paisajístico o turístico de una zona, en consideración a lo dispuesto en el artículo 9 del Reglamento del SEIA: a) La duración o la magnitud en que se obstruye la visibilidad a una zona con valor paisajístico. De acuerdo a lo observado en terreno y al resultado de las modelaciones realizadas se puede señalar que desde la Ruta 5 Norte se tendría visibilidad parcial hacia las partes y obras del Proyecto, específicamente a su Línea de Evacuación Eléctrica. La alta intervención que presenta el área, la valoración de sus atributos biofísicos, sumado a las condiciones de emplazamiento (más de 5 km. hacia el interior) y de diseño propias del Proyecto (altura máxima de sus elementos no superan los 3 metros de altura, a excepción de los postes de la línea eléctrica proyectada, son argumentos que permiten concluir que las obras del Proyecto no generarán alteraciones significativas al componente paisaje ni tampoco afectarán la condición base de este. b) La duración o la magnitud en que se alteren atributos de una zona con valor paisajístico. Se entenderá que una zona tiene valor turístico cuando, teniendo valor paisajístico, cultural y/o patrimonial, atraiga flujos de visitantes o turistas hacia ella. No se observó en terreno ni se determinó en la valorización posteriormente realizada, elementos o atributos cuyos valores fueran sobresalientes o altos y que destacaran por sobre los supuestos del paisaje descritos. De acuerdo a lo anterior y a la valorización del conjunto de atributos biofísicos se concluye que la zona no presenta valor paisajístico de acuerdo a la metodología expuesta en la "Guía para la Evaluación de Impacto Ambiental del Valor Paisajístico en el SEIA", (SEA, 2019). La duración o magnitud en que se obstruya el acceso o se alteren zonas con valor turístico. El Proyecto no alterará la duración o magnitud en que se obstruya el acceso o se alteren zonas de valor turístico. Referencia al ICE Tabla 6.5 Sobre la inexistencia de alteración significativa, en términos de magnitud o duración, del valor paisajístico o turístico de una zona 5.6.- Sobre la inexistencia de alteración de monumentos, sitios con valor antropológico, arqueológico, histórico y, en general, los pertenecientes al patrimonio cultural Impacto ambiental No existe impacto ambiental en sitios con valor antroplógicos, arqueológico y/o histórico. Existencia de monumentos sitios con valor antropológico, arqueológico, histórico y, en general, los pertenecientes al patrimonio cultural. No existe monumentos sitios con valor antropológico, arqueológico, histórico y, en general, los pertenecientes al patrimonio cultural en el área del Proyecto. Los siguientes antecedentes justifican que el proyecto o actividad no genera o presenta alteración de monumentos, sitios con valor antropológico, arqueológico, histórico, y en general, los pertenecientes al patrimonio cultural, en consideración a lo dispuesto en el artículo 10 del Reglamento del SEIA: a) La magnitud en que se remueva, destruya, excave, traslade, deteriore, intervenga o se modifique en forma permanente algún Monumento Nacional de aquellos defmidos por la Ley N°17.288. Los resultados entregados por la revisión bibliográfica de antecedentes incorporada en la Caracterización de Arqueología y Patrimonio Cultural (Anexo 4.3 de la ADENDA) indica que, de acuerdo a la revisión del Sistema de Información Geográfica del CMN, se puede sostener que el Proyecto se encuentra a más de 12 km de distancia de aquellos Monumentos Nacionales con declaratoria, los que se localizan principalmente en la ciudad de Arica. Es por lo anterior, que no se considera la intervención de Monumentos Nacionales de aquellos defmidos por la Ley N°17.888 cercanos al Proyecto. b) La magnitud en que se modifique o deteriore en forma permanente construcciones, lugares o sitios que por sus características constructivas, por su antigüedad, por su valor científico, por su contexto histórico o por su singularidad, pertenecen al patrimonio cultural, incluido el patrimonio cultural indígena. La Actualización de Caracterización de Patrimonio Cultural y Arqueológico (ver Anexo 4.3 de la Adenda) que permitió complementar la información respecto a los hallazgos de valor patrimonial detectados inicialmente en la Caracterización de Patrimonio Cultural y Arqueológico presentada inicialmente en la DIA del Proyecto (ver Anexo 4.3 de la ADENDA). Sin embargo, tras la segunda campaña realizada en el marco de la ADENDA, se pudo observar que los cuatro (4) conjuntos de huellas troperas descritas, corresponderían únicamente a tres (3) conjunto de huellas, entiéndase por estas: AR-01; AR-02 y AR-03, esto debido a que dos (2) de ellas (AR-01 y AR-04) se unen en un único rasgo lineal redenominado como "AR-01". Después de la segunda prospección realizada, se confirma que ninguna de las huellas troperas identificadas en el área de influencia del proyecto (AR- 01; AR-02; AR-03) presentó materiales muebles o inmuebles asociados. Conforme a lo expuesto, se confirma que la inspección visual arqueológica (ver Anexo 4.3 de la Adenda), fue efectuada sobre el 100% del área de influencia del Proyecto, con un manejo adecuado de los factores de visibilidad, accesibilidad y obstrusividad, da cuenta de la presencia de tres (3) recursos de valor patrimonial, todos correspondiente a huellas troperas, donde solo dos (2) de ellos serán intervenidos por las obras del Proyecto, encontrándose dentro del área de proyecto, entiéndase por estos; AR-01 y AR-03, mientras que AR-02 se encuentra fuera del área de proyecto, conforme a lo indicado en la tabla e imagen a continuación. En virtud lo anterior y con el fin de no generar una afectación sobre los recursos patrimoniales descritos, el Titular incorpora un Plan de Manejo de Recursos de Valor Patrimonial incorporado en el Anexo 4.3 de la Adenda, en el cual se incluyen las siguientes medidas: I. Seguimiento de rasgos lineales — previo al inicio de fase de construcción II. Exclusión y cercado perimetral — fase de construcción III. Monitoreo arqueológico — fase de construcción IV. Charlas de Inducción — fase de construcción Finalmente, en Anexo 5.1 se incorpora PAS 132 sobre "Permiso para hacer excavaciones de tipo arqueológico, antropológico y paleontológico". c) La afectación a lugares o sitios en que se lleven a cabo manifestaciones propias de la cultura o folclore de algún pueblo, comunidad o grupo humano, derivada de la proximidad y naturaleza de las partes, obras y/o acciones del proyecto o actividad, considerando especialmente a los grupos humanos indígenas. De acuerdo a lo indicado en los registros de Corporación Nacional de Desarrollo Indígena, se confirma que en el AI del Proyecto no existen asociaciones ni comunidades indígenas. Asimismo, se verificó la inexistencia de tierras indígenas en las proximidades del Proyecto, llegando a la conclusión que el Proyecto no es susceptible de causar afectación sobre población indígena. Las únicas actividades que se identifican en el territorio son las que realiza APAAP y las empresas Corteva Agriscience y Granja Ecológica Tierra Sin Fronteras SpA, descritas en la Actualización de la Caracterización del Medio Humano (ver Anexo 4.2 de la ADENDA Complementaria) y vinculadas a la agricultura productiva y turismo ecológico. Referencia al ICE Tabla 6.6 Sobre la inexistencia de alteración de monumentos, sitios con valor antropológico, arqueológico, histórico y, en general, los pertenecientes al patrimonio cultural. 6°. Que resultan aplicables al Proyecto los siguientes permisos ambientales sectoriales, asociados a las correspondientes partes, obras o acciones que se señalan a continuación: 6.1.- PAS 132. Permiso para hacer excavaciones de tipo arqueológico, antropológico y paleontológico. Fase del proyecto a la cual corresponde Construcción Parte, obra o acción a la que aplica Todas las partes y obras del Proyecto. Condiciones o exigencias específicas para su otorgamiento Las condiciones o exigencias específicas para su otorgamiento, conforme a lo señalado en el RSEIA, se adjuntan en el Anexo 5.1 de la ADENDA. Pronunciamiento del órgano competente - CMN, mediante su Oficio Ordinario N°3149, de fecha 11/09/2020, entrega su conformidad. Referencia al ICE Capítulo 10.1.- 6.2.- PAS 138. Permiso para la construcción, reparación, modificación y ampliación de cualquier obra pública o particular destinada a la evacuación, tratamiento o disposición fmal de desagües, aguas servidas de cualquier naturaleza. Fase del proyecto a la cual corresponde Operación y Cierre Parte, obra o acción a la que aplica Fosas sépticas. Condiciones o exigencias específicas para su otorgamiento Las condiciones o exigencias específicas para su otorgamiento, conforme a lo señalado en el RSEIA, se adjuntan en el Anexo 5.2 de la ADENDA. Pronunciamiento del órgano competente - La SEREMI de Salud, mediante su Oficio Ordinario N°07-2020, de fecha 17/03/2020, entrega su conformidad. Referencia al ICE Capítulo 10.1.- 6.3.- PAS 140. Permiso para la construcción, reparación, modificación y ampliación de cualquier planta de tratamiento de basuras y desperdicios de cualquier clase o para la instalación de todo lugar destinado a la acumulación, selección, industrialización, comercio o disposición final de basuras y desperdicios de cualquier clase. Fase del proyecto a la cual corresponde Construcción y Cierre Parte, obra o acción a la que aplica Área de almacenamiento temporal de Residuos Sólidos Domiciliarios y Asimilables a Domiciliarios, y Área de almacenamiento temporal de Residuos Industriales No Peligrosos. Condiciones o exigencias específicas para su otorgamiento Las condiciones o exigencias específicas para su otorgamiento, conforme a lo señalado en el RSEIA, se adjuntan en el Capítulo 3 DIA Anexo 3.3 DIA. Pronunciamiento del órgano competente - La SEREMI de Salud, mediante su Oficio Ordinario N°02-2020, de fecha 14/01/2020, entrega su conformidad. Referencia al ICE Capítulo 10.1.- 6.4.- PAS 142. Permiso para todo sitio destinado al almacenamiento de residuos peligrosos. Fase del proyecto a la cual corresponde Construcción, Operación y Cierre Parte, obra o acción a la que aplica Bodega de almacenamiento temporal (BAT) de residuos peligrosos. Condiciones o exigencias específicas para su otorgamiento Las condiciones o exigencias específicas para su otorgamiento, conforme a lo señalado en el RSEIA, se adjuntan en el Capítulo 3 DIA Anexo 3.4 DIA. Pronunciamiento del órgano competente - La SEREMI de Salud, mediante su Oficio Ordinario N°02-2020, de fecha 14/01/2020, entrega su conformidad. Referencia al ICE Capítulo 10.1.- 6.5.- PAS 160. Permiso para subdividir y urbanizar terrenos rurales o para construcciones fuera de los límites urbanos, del Reglamento del SEIA. Fase del proyecto a la cual corresponde Construcción, Operación y Cierre Parte, obra o acción a la que aplica Baños químicos, comedores, oficinas, bodega de materiales, bodega de almacenamiento temporal de RESPEL. Condiciones o exigencias específicas para su otorgamiento Las condiciones o exigencias específicas para su otorgamiento, conforme a lo señalado en el RSEIA, se adjuntan en el Capítulo 3 DIA, Anexo 3.4 y Anexo 3.5. Pronunciamiento del órgano competente - A través del Oficio Ordinario N°721/2020, de fecha 07/09/2020, del SAG, entrega su conformidad. Referencia al ICE Capítulo 10.1.- 7°. Que, de acuerdo a los antecedentes que constan en el expediente de evaluación, la forma de cumplimiento de la normativa de carácter ambiental aplicable al Proyecto es la siguiente: NORMATIVA DE CARÁCTER AMBIENTAL APLICABLE La normativa de carácter ambiental aplicable al proyecto y su forma de cumplimiento es la siguiente: 7.1.- Constitución Política de la República D.S. N° 100/2005, MINSEGPRES Componente/Materia Normativa de carácter general. Otros cuerpos legales No Aplica. Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Todas las Fases del Proyecto. Parte, obra o acción, emisión, residuos o sustancias a la que aplica Todas las obras del Proyecto, entiéndase por estas: Obras permanentes: Paneles fotovoltaicos. Estructuras de soporte. Salas eléctricas, conformadas por: Inversores. Transformadores. Celdas (celdas de línea, celda de protección y de medida). Cableado: Cableado corriente continua. Cableado corriente alterna. Línea de Evacuación Eléctrica. Bodegas de materiales. Bodega de residuos sólidos peligrosos (RESPEL). Estanques de almacenamiento de agua potable. Fosa Séptica. Cerco perimetral. Mejoramiento de camino de acceso existente; y Habilitación de camino interno. Obras y/o acciones temporales: Instalación de Faenas, conformada por: Caseta de control. Oficinas. Comedores. Baños portátiles. Estacionamiento de vehículos livianos. Estacionamiento de maquinaria. Zona de descarga de materiales. Zona de almacenamiento temporal de materiales. Área de almacenamiento temporal de residuos domiciliarios. Área de almacenamiento temporal de residuos industriales no peligrosos. Área de Lavado de Canoas de Camiones Mixer. Forma de cumplimiento Esta garantía constitucional se realiza precisamente con el cumplimiento de la normativa vigente y el reconocimiento de la institucionalidad creada al efecto. Al someter este Proyecto al Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental (SEIA) se consigue lo anterior, ya que el Estado, en uso de sus atribuciones y mediante los organismos creados para ello, evaluará ambientalmente el presente Proyecto, velando por el derecho a vivir en un medio ambiente libre de contaminación. Indicador que acredita su cumplimiento Elaboración de la Declaración de Impacto Ambiental y sometimiento de la misma al Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental. Obtención de la Resolución de Calificación Ambiental (RCA) favorable. Forma de control y seguimiento Todos los antecedentes de la evaluación ambiental del Proyecto y su respectiva RCA se mantendrán disponibles en Planta (copia impresa) y en la plataforma del e-SEIA, los que podrán ser consultados por la Autoridad para fiscalizar la correcta ejecución del Proyecto. 7.2.- Código Penal 1874 Ministerio de Justicia Componente/Materia Normativa de carácter general. Otros cuerpos legales No Aplica. Fase del proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Todas las Fases del Proyecto. Parte, obras o acciones a la que aplica Todas las obras del Proyecto, entiéndase por estas: Obras permanentes Paneles fotovoltaicos. Estructuras de soporte. Salas eléctricas, conformadas por: Inversores. Transformadores. Celdas (celdas de línea, celda de protección y de medida). Cableado: Cableado corriente continua. Cableado corriente alterna. Línea de Evacuación Eléctrica. Bodegas de materiales. Bodega de residuos sólidos peligrosos (RESPEL). Estanques de almacenamiento de agua potable. Fosa Séptica. Cerco perimetral. Mejoramiento de camino de acceso existente; y Habilitación de camino interno. Obras y/o acciones temporales Instalación de Faenas, conformada por: Caseta de control. Oficinas. Comedores. Baños portátiles. Estacionamiento de vehículos livianos. Estacionamiento de maquinaria. Zona de descarga de materiales. Zona de almacenamiento temporal de materiales. Área de almacenamiento temporal de residuos domiciliarios. Área de almacenamiento temporal de residuos industriales no peligrosos. Área de Lavado de Canoas de Camiones Mixer. Forma de cumplimiento El Titular aclara que el Proyecto no se emplaza en las cercanías de riberas de ríos o de lagos, parques nacionales, reservas nacionales, monumentos naturales o en otras áreas de conservación de la biodiversidad declaradas bajo protección oficial. En este sentido, el área protegida y sitio prioritario para la conservación más cercana al Proyecto corresponde a: Zona de Interés Turístico (ZOIT) "Ciudad de Arica", ubicada a aproximadamente 1,14 km del área de emplazamiento del Proyecto. Santuario de la Naturaleza Humedad "Desembocadura del Río Lluta", ubicado a aproximadamente 5,94 km del área de emplazamiento del Proyecto. Desembocadura del "Rio Lluta", ubicado a 5,23 km del área del Proyecto. Sin perjuicio de lo anterior, se indica que el Proyecto cumplirá en todo momento con la Constitución Política acogiéndose al SEIA conforme la Ley N°19.300 de Bases Generales del Medio Ambiente. 7.2.- Código Penal 1874 Ministerio de Justicia Elaboración de la Declaración de Impacto Ambiental y sometimiento de la misma al Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental, situación que garantiza el adecuado manejo y disposición de residuos conforme a presentación de los permisos ambientales sectoriales establecidos en los Artículos 138, 140 y 142 del RSEIA (ver Anexo 5.2 de la Indicador que acredita su Adenda, Anexo 3.3 y Anexo 3.4 de la DIA). cumplimiento Obtención de la RCA favorable y aprobación ambiental de los permisos ambientales sectoriales establecidos en los Artículos 138, 140 y 142 del RSEIA (ver Anexo 5.2 de la Adenda, Anexo 3.3 y Anexo 3.4 de la DIA). Aprobación sectorial de Permisos Ambientales Sectoriales establecidos en los Artículos 138, 140 y 142 del RSEIA. (ver Anexo 5.2 de la Adenda, Anexo 3.3 y Anexo 3.4 de la DIA). Todos los antecedentes de la evaluación ambiental del Proyecto, su respectiva RCA y Forma de control y seguimiento Aprobación Sectorial de los PAS respectivos, se mantendrán disponibles en Planta (copia impresa) y en la plataforma del e-SEIA, los que podrán ser consultados por la Autoridad para fiscalizar la correcta ejecución del Proyecto. 7.3.- Ley de Bases Generales del Medio Ambiente Ley N° 19.300/1994, modificada por la Ley N° 20.417 MMA Componente/Materia Normativa de carácter general. Otros cuerpos legales Reglamento del SEIA D.S. N° 40/2012, MMA. Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Todas las Fases del Proyecto. Parte, obra o acción, emisión, residuos o sustancias a la que aplica Todas las obras del Proyecto, entiéndase por estas: Obras permanentes: Paneles fotovoltaicos. Estructuras de soporte. Salas eléctricas, conformadas por: Inversores. Transformadores. Celdas (celdas de línea, celda de protección y de medida). Cableado: Cableado corriente continua. Cableado corriente alterna. Línea de Evacuación Eléctrica. Bodegas de materiales. Bodega de residuos sólidos peligrosos (RESPEL). Estanques de almacenamiento de agua potable. Fosa Séptica. Cerco perimetral. Mejoramiento de camino de acceso existente; Habilitación de camino interno. Obras y/o acciones temporales: Instalación de Faenas, conformada por: Caseta de control. Oficinas. Comedores. Baños portátiles. Estacionamiento de vehículos livianos. Estacionamiento de maquinaria. Zona de descarga de materiales. Zona de almacenamiento temporal de materiales. Área de almacenamiento temporal de residuos domiciliarios. Área de almacenamiento temporal de residuos industriales no peligrosos. Área de Lavado de Canoas de Camiones Mixer. Forma de cumplimiento El Proyecto da cumplimiento a estas disposiciones precisamente a través de su ingreso al Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental, por tratarse de una actividad indicada en el Artículo 10, letra c) conforme a lo siguiente: Letra c) Centrales generadoras de energía de más de 3 MW. El Proyecto responde a la tipología recién mencionada, dado que Proyecto "Planta Fotovoltaica Arica 9 MW' tiene por objeto inyectar una potencia nominal equivalente a 9 MW al Sistema Eléctrico Nacional (SEN). Además, su ingreso al SEIA es realizado bajo la forma de una DIA, ya que éste Proyecto no genera ni presenta ninguno de los efectos, características o circunstancias a que se refiere el Artículo 11 de la Ley N° 19.300 sobre Bases Generales del Medio Ambiente. En el Capítulo 2 de esta DIA, se justifica el ingreso de este Proyecto al SEIA a través de una DIA. Indicador que acredita su cumplimiento Subida del documento DIA a la plataforma electrónica del e-SEIA y posterior formalización del mismo mediante ingreso del documento fisico al SEA de la Región respectiva. Obtención de la RCA favorable. Forma de control y seguimiento Todos los antecedentes de la evaluación ambiental del Proyecto y su respectiva RCA se mantendrán disponibles en Planta (copia impresa) y en la plataforma del e-SEIA, los que podrán ser consultados por la Autoridad para fiscalizar la correcta ejecución del Proyecto. 7.4.- Reglamento del SEIA D.S. N° 40/2012 MMA Componente/Materia Normativa de carácter general. Otros cuerpos legales No Aplica. Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento. Todas las Fases del Proyecto. Parte, obra o acción, emisión, residuos o sustancias a la que aplica Todas las obras del Proyecto, entiéndase por estas: Obras permanentes Paneles fotovoltaicos. Estructuras de soporte. Salas eléctricas, conformadas por: Inversores. Transformadores. Celdas (celdas de línea, celda de protección y de medida). Cableado: Cableado corriente continua. Cableado corriente altema. Línea de Evacuación Eléctrica. Bodegas de materiales. Bodega de residuos sólidos peligrosos (RESPEL). Estanques de almacenamiento de agua potable. Fosa Séptica. Cerco perimetral. Mejoramiento de acceso existente; y Habilitación de camino interno. Obras y/o acciones temporales Instalación de Faenas, conformada por: Caseta de control. Oficinas. Comedores. Baños portátiles. Estacionamiento de vehículos livianos. Estacionamiento de maquinaria. Zona de descarga de materiales. Zona de almacenamiento temporal de materiales. Área de almacenamiento temporal de residuos domiciliarios. Área de almacenamiento temporal de residuos industriales no peligrosos. Área de Lavado de Canoas de Camiones Mixer. Forma de cumplimiento El Proyecto da cumplimiento a estas disposiciones precisamente a través de su ingreso al Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental, bajo la forma de una Declaración de Impacto Ambiental, ya que éste no produce ninguno de los efectos, características o circunstancias a que se refieren los Artículos 5°, 6°, 7°, 8°, 9° y 10 del presente Reglamento. En el Capítulo 2 de la DIA, se justifica la pertinencia de ingreso al SETA de este Proyecto a través de una DIA. Este Proyecto en particular, ingresa al SEIA según lo indicado en la letra c) del Artículo 3 de este Reglamento, a saber: Letra c) Centrales generadoras de energía de más de 3 MW. Respecto a la Participación Ciudadana, el Proyecto conforme a lo establecido en el Artículo 88 del presente Reglamento, y de acuerdo a su herramienta de ingreso al SEIA (mediante el instrumento DIA), será publicado por la autoridad en el Diario Oficial y en un periódico de circulación regional o nacional, el primer día hábil del mes respectivo. Dicha publicación indicará que, a partir de la fecha de publicación, las organizaciones ciudadanas con personalidad jurídica, a través de sus representantes, y/o las personas naturales directamente afectadas podrán solicitar al Director Regional o al Director Ejecutivo del Servicio, según corresponda, que se Decrete la realización de un proceso de Participación Ciudadana, en conformidad al Artículo siguiente. Asimismo, y conforme a lo establecido en el Artículo 87 del presente Reglamento, el Titular, transmitirá al menos, cinco avisos radiales, en medios de radiodifusión de alcance local de la comuna o comunas del Área de Influencia del proyecto o actividad, y si no existieren, de la provincia respectiva, conforme a lo establecido en el presente Reglamento. Dicha publicación indicará, al igual que el extracto, que, a partir de la fecha de publicación, las organizaciones ciudadanas con personalidad jurídica, a través de sus representantes, y/o las personas naturales directamente afectadas podrán solicitar al Director Regional o al Director Ejecutivo del Servicio, según corresponda, que se Decrete la realización de un proceso de Participación Ciudadana, en conformidad al Artículo siguiente. Indicador que acredita su cumplimiento Subida del documento DIA a la plataforma electrónica del e-SEIA y posterior formalización del mismo mediante ingreso del documento físico al SEA de la Región del respectiva. Transmisión de aviso radial y posterior acreditación mediando certificado de difusión y grabación del aviso. Obtención de la RCA favorable. Ejecución del Proyecto de acuerdo a lo establecido en la RCA. Forma de control y seguimiento Todos los antecedentes de la evaluación ambiental del Proyecto y respectiva RCA se mantendrán disponibles en Planta (copia impresa) y en la plataforma del e-SEIA, los que podrán ser consultados por la Autoridad para fiscalizar la correcta ejecución del Proyecto. 7.5.- Decreto Supremo N° 30/2013 MMA Componente/Materia Normativa de carácter general. Otros cuerpos legales No Aplica. Fase del Proyecto a la que Todas las fases del Proyecto. aplica o en la que se dará cumplimiento Parte, obra o acción, emisión, residuos o sustancias a la que aplica Todas las obras del Proyecto, entiéndase por estas: Obras permanentes Paneles fotovoltaicos. Estructuras de soporte. Salas eléctricas, conformadas por: Inversores. Transformadores. Celdas (celdas de línea, celda de protección y de medida). Cableado: Cableado corriente continua. Cableado corriente alterna. Línea de Evacuación Eléctrica. Bodegas de materiales. Bodega de residuos sólidos peligrosos (RESPEL). Estanques de almacenamiento de agua potable. Fosa Séptica. Cerco perimetral. Mejoramiento de camino de acceso existente; y Habilitación de camino interno. Obras y/o acciones temporales Instalación de Faenas, conformada por: Caseta de control. Oficinas Comedores. Baños portátiles. Estacionamiento de vehículos livianos. Estacionamiento de maquinaria. Zona de descarga de materiales. Zona de almacenamiento temporal de materiales. Área de almacenamiento temporal de residuos domiciliarios. Área de almacenamiento temporal de residuos industriales no peligrosos. Área de Lavado de Canoas de Camiones Mixer. Forma de cumplimiento El Proyecto dará cumplimiento a las disposiciones referentes a la Autodenuncia, en el caso improbable de incurrir en alguna infracción de aquellas de la competencia de la Superintendencia del Medio Ambiente, y de optar por esta vía. Asimismo, se dará cumplimiento a las disposiciones referidas a los Programas de Cumplimiento y Planes de Reparación en el evento improbable de haberse iniciado un procedimiento sancionatorio, y en caso de optar por una de estas vías de solución. Indicador que acredita su cumplimiento Presentación de una Autodenuncia, Programa de Cumplimiento, y/o Plan de Reparación, en caso improbable de proceder. Forma de control y seguimiento Disponibilidad de la documentación impresa en Planta para su fiscalización (Autodenuncia, Programa de Cumplimiento, y/o Plan de Reparación, según corresponda). 7.6.- Resolución Exenta N° 1.518/2013 SMA Componente/Materia Normativa de carácter general. Otros cuerpos legales No Aplica. Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Todas las Fases del Proyecto. Parte, obra o acción, emisión, residuos o sustancias a la que aplica Todas las obras del Proyecto, entiéndase por estas: Obras permanentes Paneles fotovoltaicos. Estructuras de soporte. Salas eléctricas, conformadas por: Inversores. Transformadores. Celdas (celdas de línea, celda de protección y de medida). Cableado: Cableado corriente continua. Cableado corriente alterna. Línea de Evacuación Eléctrica. Bodegas de materiales. Bodega de residuos sólidos peligrosos (RESPEL). Estanques de almacenamiento de agua potable. Fosa Séptica. Cerco perimetral. Mejoramiento de camino de acceso existente; y Habilitación de camino interno. Obras y/o acciones temporales Instalación de Faenas, conformada por: Caseta de control. Oficinas Comedores. Baños portátiles. Estacionamiento de vehículos livianos. Estacionamiento de maquinaria. Zona de descarga de materiales. Zona de almacenamiento temporal de materiales. Área de almacenamiento temporal de residuos domiciliarios. Área de almacenamiento temporal de residuos industriales no peligrosos. Área de Lavado de Canoas de Camiones Mixer. Forma de cumplimiento Una vez que se obtenga una RCA favorable, el Titular dentro del plazo de 15 días de que se le notifique la Resolución ingresará a http://sma.gob.c1/ y realizará las gestiones para obtener el usuario y contraseña, completando el formulario presente en la plataforma web, del modo exigido por la Resolución. Dicho formulario será actualizado, cada vez que el Proyecto experimente algún cambio de titularidad y cada vez que se obtenga una respuesta a alguna consulta de pertinencia de ingreso asociada al Proyecto. Indicador que acredita su cumplimiento Obtención de usuario y contraseña en el sistema web de la SMA y carga de la información requerida en la forma y plazos establecidos por la SMA. Forma de control y seguimiento Se mantendrá la plataforma de seguimiento ambiental SMA actualizada, para fiscalización de la SMA. 7.7.- Decreto Supremo N°31/2012 MMA Componente/Materia Normativa de carácter general. Otros cuerpos legales No Aplica Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Todas las Fases del Proyecto. Parte, obra, acción, emisión, residuo o sustancias a la que aplica Todas las obras del Proyecto, entiéndase por estas: Obras permanentes Paneles fotovoltaicos. Estructuras de soporte. Salas eléctricas, conformadas por: Inversores. Transformadores. Celdas (celdas de línea, celda de protección y de medida). Cableado: Cableado corriente continua. Cableado corriente altema. Línea de Evacuación Eléctrica. Bodegas de materiales. Bodega de residuos sólidos peligrosos (RESPEL). Estanques de almacenamiento de agua potable. Fosa Séptica. Cerco perimetral. Mejoramiento de camino de acceso existente; y Habilitación de camino interno. Obras y/o acciones temporales Instalación de Faenas, conformada por: Caseta de control. Oficinas. Comedores. Baños portátiles. Estacionamiento de vehículos livianos. Estacionamiento de maquinaria. Zona de descarga de materiales. Zona de almacenamiento temporal de materiales. Área de almacenamiento temporal de residuos domiciliarios. Área de almacenamiento temporal de residuos industriales no peligrosos. Área de Lavado de Canoas de Camiones Mixer. Forma de cumplimiento El Proyecto dará cumplimiento a esta norma, proporcionando oportunamente los antecedentes, informaciones y datos requeridos, al ser un Titular de una Resolución de Calificación Ambiental. Indicador que acredita su Carga de la información requerida en la forma y plazos establecidos por la SMA. cumplimiento Forma de control y seguimiento Se mantendrá la plataforma de seguimiento ambiental SMA actualizada, para fiscalización de la SMA. 7.8.- Resolución Exenta N° 223/2015 MMA Componente/Materia Normativa de carácter general Otros cuerpos legales No Aplica. Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Todas las Fases del Proyecto. Parte, obra, acción, emisión, residuo o sustancia a la que aplica Todas las obras del Proyecto, entiéndase por estas: Obras permanentes Paneles fotovoltaicos. Estructuras de soporte. Salas eléctricas, conformadas por: Inversores. Transformadores. Celdas (celdas de línea, celda de protección y de medida). Cableado: Cableado corriente continua. Cableado corriente alterna. Línea de Evacuación Eléctrica. Bodegas de materiales. Bodega de residuos sólidos peligrosos (RESPEL). Estanques de almacenamiento de agua potable. Fosa Séptica. Cerco perimetral. Mejoramiento de camino de acceso existente; y Habilitación de camino interno. Obras y/o acciones temporales Instalación de Faenas, conformada por: Caseta de control. Oficinas. Comedores. Baños portátiles. Estacionamiento de vehículos livianos. Estacionamiento de maquinaria. Zona de descarga de materiales. Zona de almacenamiento temporal de materiales. Área de almacenamiento temporal de residuos domiciliarios. Área de almacenamiento temporal de residuos industriales no peligrosos. Área de Lavado de Canoas de Camiones Mixer. Forma de cumplimiento El Proyecto dará cumplimiento a esta norma, proporcionando la información requerida con la periodicidad y en la forma establecida en la RCA, ingresándola en el Sistema de Seguimiento Ambiental, luego de haber cumplido con las disposiciones de la Resolución Exenta N° 1.518/2013 MMA. Indicador que acredita su cumplimiento Entrega de información a la Superintendencia del Medio Ambiente cuando sea necesario. Forma de control y seguimiento Comprobante de ingreso de la información en http://www.sma.gob.cl 7.9.- Decreto Supremo N° 1/2013 MMA Componente/Materia Normativa de carácter general. Otros cuerpos legales No Aplica. Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Todas las Fases del Proyecto. Parte, obra, acción, emisión, residuos o sustancias a la que aplica Todas las obras del Proyecto, entiéndase por estas: Obras permanentes Paneles fotovoltaicos. Estructuras de soporte. Salas eléctricas, conformadas por: Inversores. Transformadores. Celdas (celdas de línea, celda de protección y de medida). Cableado: Cableado corriente continua. Cableado corriente alterna. Línea de Evacuación Eléctrica. Bodegas de materiales. Bodega de residuos sólidos peligrosos (RESPEL). Estanques de almacenamiento de agua potable. Fosa Séptica. Cerco perimetral. Mejoramiento de camino de acceso; y Habilitación de camino interno. Obras y/o acciones temporales Instalación de Faenas, conformada por: Caseta de control. Oficinas. Comedores. Baños portátiles. Estacionamiento de vehículos livianos. Estacionamiento de maquinaria. Zona de descarga de materiales. Zona de almacenamiento temporal de materiales. Área de almacenamiento temporal de residuos domiciliarios. Área de almacenamiento temporal de residuos industriales no peligrosos. Área de Lavado de Canoas de Camiones Mixer. Forma de cumplimiento El Titular se compromete a cumplir la obligación de informar a la Autoridad, derivadas de los D.S. N° 138/2005 MINSAL y 148/2003 MINSAL, mediante la ventanilla única del RETC. Indicador que acredita su cumplimiento Se ingresará al Sistema de Ventanilla única, según las disposiciones de la Resolución Exenta N° 1.139/2013 MMA que establece Normas Básicas para Aplicación RETC. Se obtendrá el identificador y contraseña requeridos. Se realizará la declaración de emisiones pertinentes. Se mantendrá un registro en que conste la realización de la DIA. Forma de control y seguimiento Se mantendrá la plataforma del RETC actualizada, según las prescripciones de este Decreto. 7.10.- Resolución Exenta N° 1.139/2013 MMA Componente/Materia Normativa de carácter general Otros cuerpos legales No Aplica. Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Todas las Fases del Proyecto. Parte, obra, acción, emisión, residuos o sustancias a la que aplica Todas las obras del Proyecto, entiéndase por estas: Obras permanentes Paneles fotovoltaicos. Estructuras de soporte. Salas eléctricas, conformadas por: Inversores. Transformadores. Celdas (celdas de línea, celda de protección y de medida). Cableado: Cableado corriente continua. Cableado corriente alterna. Línea de Evacuación Eléctrica. Bodegas de materiales. Bodega de residuos sólidos peligrosos (RESPEL). Estanques de almacenamiento de agua potable. Fosa Séptica. Cerco perimetral. Mejoramiento de camino de acceso existente; y Habilitación de camino interno. Obras y/o acciones temporales Instalación de Faenas, conformada por: Caseta de control. Oficinas. Comedores. Baños portátiles. Estacionamiento de vehículos livianos. Estacionamiento de maquinaria. Zona de descarga de materiales. Zona de almacenamiento temporal de materiales. Área de almacenamiento temporal de residuos domiciliarios. Área de almacenamiento temporal de residuos industriales no peligrosos. Área de Lavado de Canoas de Camiones Mixer. Forma de cumplimiento El Titular se compromete a cumplir la obligación de informar a la Autoridad, derivadas de los D.S. N° 138/2005 MINSAL y 148/2003 MINSAL, mediante la ventanilla única del RETC. Para efectos de cumplir con dicha obligación, se seguirá lo dispuesto por esta Resolución. Indicador que acredita su cumplimiento Se ingresará al Sistema de Ventanilla única, según las disposiciones de la presente Resolución. Se obtendrá el identificador y contraseña requeridos. Se realizará la declaración de emisiones pertinentes. Se mantendrá un registro en que conste la realización de la declaración. Forma de control y seguimiento Se mantendrá la plataforma del RETC actualizada, según las prescripciones de este Decreto. 7.11.- Decreto Supremo N° 12/2011 MMA Componente/Materia Calidad del Aire y Emisiones Atmosféricas. Otros cuerpos legales No Aplica. Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Todas las fases Parte, obra, acción, emisión, Fase de Construcción: residuo o sustancias a la que Con el objetivo de estimar el aporte de las emisiones atmosféricas generadas por el aplica Proyecto se desarrolló un Estudio de Estimación de Emisiones Atmosféricas (ver Anexo 4.1 de la Adenda Complementaria) en función de lo estipulado en la "Guía para la Estimación de Emisiones Atmosféricas de proyectos Inmobiliarios, Enero 2012", de la SEREMI del Medio Ambiente y en el "Informe Final Servicio de recopilación y sistematización de factores de emisión al aire para el Servicio de Evaluación Ambiental, Mayo 2015". La estimación de emisiones atmosféricas clasificó las fuentes generadoras de efectos en dos grupos, entiéndase por estos; emisiones directas (al interior del Proyecto) y emisiones indirectas (al exterior del Proyecto) para cada una de las fases del Proyecto conforme a lo siguiente: Fase de Construcción Emisiones Atmosféricas - Fase de Construcción. Emisiones SO2 NOX CO MP2.5 MP10 MPS Directas 0,0103 2,9510 0,7905 0,6077 0,8834 2,6083 Indirectas 0,0010 0,2695 0,0669 0,0691 0,5818 2,0862 Total 0,0113 3,2206 0,8574 0,6767 1,4652 4,6945 Fuente: Anexo 4.1 de la Adenda Complementaria sobre Estudio de Estimación de Emisiones. Fase de Operación Emisiones Atmosféricas - Fase de Operación. Emisiones SO2 NOX CO MP2.5 MP10 MPS Directas 0,0000 0,0002 0,0001 0,0059 0,0592 0,2071 Indirectas 0,0001 0,0093 0,0030 0,0578 0,5728 2,0054 Total 0,0001 0,0095 0,0031 0,0637 0,6320 2,2125 Fuente: Anexo 4.1 de la Adenda Complementaria sobre Estudio de Estimación de Emisiones. Fase de Cierre Emisiones Atmosféricas - Fase de Cierre. Emisiones SO2 NOX CO MP2.5 MP10 MPS Directas 0,0041 0,5764 0,1352 0,0540 0,1167 0,2118 Indirectas 0,0007 0,2005 0,0491 0,0429 0,3415 1,2419 Total 0,0049 0,7769 0, I 843 0,0969 0,4582 1,4537 Fuente: Anexo 4.1 de la Adenda complementaria sobre Estudio de Estimación de Emisiones. Posteriormente, para determinar el aporte en términos de concentración de los contaminantes indicados anteriormente, se determinaron los aportes del Proyecto durante la fase de construcción, operación y cierre, en 13 puntos receptores de interés situados en el modelo WRF-CALPUFF, para posteriormente contrastar los resultados obtenidos con los límites normativos indicados en la norma. De los resultados obtenidos y detallados en Anexo 4.1 de la Adenda Complementaria, se observa que, los aportes del Proyecto durante la fase de construcción, operación y cierre cumplen con todos los límites normativos expuestos. Forma de cumplimiento Sin perjuicio del cumplimiento señalado, el Titular se comporte a ejecutar las siguientes medidas de abatimiento de emisiones: Fase de Construcción y Cierre: Mejoramiento y estabilización del camino de acceso existente mediante la compactación del mismo y la aplicación de supresor de polvo del tipo biodegradable (ver Anexo 6 de la Adenda Complementaria). Se implementará malla Rachel desde el punto de inicio del camino de acceso por la Ruta 5 Norte hasta el área donde terminan los cultivos, alcanzando una longitud aproximada de 2,2 kilómetros. Cabe mencionar que la malla será implementada de forma discontinua con el fin de no causar molestias a los pobladores en relación al acceso a los pasajes y caminos internos. Aplicación de supresor de polvo en el camino interno (área de planta) Se instruirá a los trabajadores que los vehículos y maquinarias que no estén siendo utilizados detengan sus motores. Todos los vehículos motorizados deberán contar con el certificado de revisión técnica y de gases al día, además de mantenciones periódicas, según aplique. El transporte de materiales será realizado con la carga cubierta. La mantención de la maquinaria será realizará de acuerdo a las especificaciones del fabricante, en talleres mecánicos autorizados. Indicador que acredita su Fase de Construcción y Cierre: cumplimiento Registro implementación de Malla Rachel discontinua. Registro de aplicación de Supresor de Polvo Biodegradable. Registro de instrucción a los operadores de las maquinarias sobre la detención de motores cuando no estén siendo utilizadas Registro de revisiones técnicas al día. Registro de mantención de maquinaria, en el que conste: Fecha, hora y empresa contratista encargada. Registro de entrada y salida de camiones con carga cubierta, en el que conste: Fecha, hora y empresa contratista. Forma de control y Fase de Construcción y Cierre: seguimiento Se asignará un encargado quien verificará: registros de capacitación, control de las revisiones técnicas, registros de mantenciones de maquinarias, registros de entrada y salida de camiones con carga cubierta, registros de Supresor de Polvo en camino de acceso y camino interno y registro de Malla Rachel Se mantendrán los registros disponibles en las dependencias del Proyecto para fiscalización de la Autoridad. 7.12.- Decreto Supremo N° 144/1961 MINSAL Componente/Materia Calidad del Aire y Emisiones Atmosféricas. Otros cuerpos legales No Aplica. Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Fases de Construcción y Cierre. Parte, obra, acción, emisión, Fase de Construcción: residuo o sustancias a la que Con el objetivo de estimar el aporte de las emisiones atmosféricas generadas por el aplica Proyecto se desarrolló un Estudio de Estimación de Emisiones Atmosféricas y Modelación (ver Anexo 4.1 de la Adenda Complementaria) en función de lo estipulado en la "Guía para la Estimación de Emisiones Atmosféricas de proyectos Inmobiliarios, Enero 2012", de la SEREMI del Medio Ambiente y en el "Informe Final Servicio de recopilación y sistematización de factores de emisión al aire para el Servicio de Evaluación Ambiental, Mayo 2015". La estimación de emisiones atmosféricas clasificó las fuentes generadoras de efectos en dos grupos, entiéndase por estos; emisiones directas (al interior del Proyecto) y emisiones indirectas (al exterior del Proyecto) para cada una de las fases del Proyecto conforme a lo siguiente: Fase de Construcción Emisiones Atmosféricas - Fase de Construcción. Emisiones SO2 NOX CO MP2.5 MP10 MPS Directas 0,0103 2,9510 0,7905 0,6077 0,8834 2,6083 Indirectas 0,0010 0,2695 0,0669 0,0691 0,5818 2,0862 Total 0,0113 3,2206 0,8574 0,6767 1,4652 4,6945 Fuente: Anexo 4.1 de la Adenda complementaria sobre Estudio de Estimación de Emisiones y Mode ación. De los resultados obtenidos para Fase de Construcción, se concluye los principales aportes de respirable (MP10, MP2,5), provienen del desplazamiento de vehículos por la ruta de acceso al Proyecto. Respecto a los gases de combustión (Dióxido de Azufre (S02), Óxidos de Nitrógeno (NOX) y Monóxido de Carbono (CO), los principales aportes provienen de la combustión de motores de maquinaria con un 41%, 76% y 80% del total de las Para Fase Emisiones construcción considerados de Estimación emisiones de gases de combustión. Se destaca que la duración de la fase se encuentra acotada a seis (6) meses y que los niveles de actividad para combustión de motores son vistos desde el escenario más desfavorable. mayores antecedentes, ver Anexo 4.1 de la Adenda Complementaria sobre Estudio de Emisiones Atmosféricas y Modelación. de Operación Atmosféricas - Fase de Operación. de Emisiones SO2 NOX CO MP2.5 MPIO MPS Directas 0,0000 0,0002 0,0001 0,0059 0,0592 0,2071 Indirectas 0,0001 0,0093 0,0030 0,0578 0,5728 2,0054 Total 0,0001 0,0095 0,0031 0,0637 0,6320 2,2125 Fuente: Anexo 4.1 de la Adenda complementaria sobre Estudio de Estimación de Emisiones Atmosféricas y Modelación. De los resultados obtenidos para Fase de Operación, la única fuente de emisión de material particulado y gases de combustión se produce por el polvo resuspendido por el tránsito vehicular en rutas no pavimentadas de acceso al Proyecto, destacando que durante esta todas las tasas de emisiones se encuentran por debajo de las 0,1 toneladas anuales. Fase de Cierre Emisiones Atmosfericas - Fase de Cierre. Emisiones SO2 NOX CO MP2.5 MPIO MPS Directas 0,0041 0,5764 0,1352 0,0540 0,1167 0,2118 Indirectas 0,0007 0,2005 0,0491 0,0429 0,3415 1,2419 Total 0,0049 0,7769 0,1843 0,0969 0,4582 1,4537 Fuente: Anexo 4.1 de la Adenda Complementaria sobre Estudio de Estimación de Emisiones Atmosféricas y Modelación. De los resultados obtenidos para Fase de Cierre, se concluye las emisiones por el tránsito vehicular por rutas no pavimentadas en el acceso al Proyecto y la combustión de motores de maquinaria, representan el principal aporte del Proyecto a las tasas de emisión general, contribuyendo con más del 30% del total de emisiones de MP2,5, MP 10 y MPS. Asimismo, respecto a los gases de combustión, se indica que el principal aporte proviene de la combustión de motores de maquinarias con más del 40% del total de emisiones por contaminante respectivamente señalado. Para mayores antecedentes, ver Anexo 4.1 de la Adenda Complementaria sobre Estudio de Estimación de Emisiones Atmosféricas y Modelación. Forma de cumplimiento Fase de Construcción y Cierre: Mejoramiento y estabilización del camino de acceso existente mediante la compactación del mismo y la aplicación de supresor de polvo del tipo biodegradable (ver Anexo 6 de la Adenda Complementaria). Se implementará malla Rachel desde el punto de inicio del camino de acceso por la Ruta 5 Norte hasta el área donde terminan los cultivos, alcanzando una longitud aproximada de 2,2 kilómetros. Cabe mencionar que la malla será implementada de forma discontinua con el fin de no causar molestias a los pobladores en relación al acceso a los pasajes y caminos internos. Aplicación de supresor de polvo en el camino interno (área de planta) Se instruirá a los trabajadores que los vehículos y maquinarias que no estén siendo utilizados detengan sus motores. Todos los vehículos motorizados deberán contar con el certificado de revisión técnica y de gases al día, además de mantenciones periódicas, según aplique. El trasporte de materiales será realizado con la carga cubierta. La mantención de la maquinaria será realizará de acuerdo a las especificaciones del fabricante, en talleres mecánicos autorizados. Indicador que acredita su Fase de Construcción y Cierre: cumplimiento Registro implementación de Malla Rachel discontinua. Registro de aplicación de Supresor de Polvo Biodegradable. Registro de instrucción a los operadores de las maquinarias sobre la detención de motores cuando no estén siendo utilizadas. Registro de revisiones técnicas al día. Registro de mantención de maquinaria, en el que conste: Fecha, hora y empresa contratista encargada. Registro de entrada y salida de camiones con carga cubierta, en el que conste: Fecha, hora y empresa contratista. Forma de control y Fase de Construcción y Cierre: seguimiento Se asignará un encargado quien verificará: registros de capacitación, control de las revisiones técnicas, registros de mantenciones de maquinarias, registros de entrada y salida de camiones con carga cubierta, registros de Supresor de Polvo en camino de acceso y camino interno y registro de Malla Rachel Se mantendrán los registros disponibles en las dependencias del Proyecto para fiscalización de la Autoridad. 7.13.- Decreto Supremo N° 138/2005 MINSAL Componente/Materia Calidad del Aire y Emisiones Atmosféricas. Otros cuerpos legales No Aplica. Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Fases de Construcción y Cierre. Parte, obra, acción, emisión, residuo o sustancias a la que aplica Fase de Construcción: Durante la Fase de Construcción, el Proyecto se conectará a la red existente para obtener el suministro de energía eléctrica, sin embargo, se utilizará un (1) grupo electrógeno de 5 KVA necesario para el funcionamiento de la Instalación de Faenas. Cabe hacer presente que dicho grupo se ubicará sobre una base continua, impermeable y con sistema de contención de derrames. Operación: La operación de la Planta no requerirá de grupos electrógenos de ningún tipo, ya que el suministro eléctrico será autoabastecido por el Proyecto "Planta Fotovoltaica Arica 9 MW". Cierre: Durante la Fase de Cierre, el Proyecto se conectará a la red existente para obtener el suministro de energía eléctrica, sin embargo, se utilizará un (1) grupo electrógeno de 5 KVA necesario para el funcionamiento de la Instalación de Faenas. Cabe hacer presente que dicho grupo se ubicará sobre una base continua, impermeable y con sistema de contención de derrames. Para mayores antecedentes respecto a las actividades generadoras de emisiones ver Anexo 4.1 de la Adenda Complementaria, sobre Estudio de Estimación de Emisiones Atmosféricas y Modelación. Forma de cumplimiento Fase de Construcción y Cierre: Las emisiones producidas por el funcionamiento del generador serán debidamente declaradas de acuerdo a lo estipulado en el presente Decreto, en los plazos correspondientes. El Titular entregará la información relativa a las emisiones de motores a través del Sistema de Ventanilla Única y Registro de Emisiones de Contaminantes. Indicador que acredita su cumplimiento Fase de Construcción y Cierre: Se ingresará al Sistema de Ventanilla única, según las disposiciones de la Resolución Exenta N° 1.139/2013 MMA que establece Normas Básicas para Aplicación RETC. Se mantendrá un registro de los certificados de declaración enviada al RETC. Forma de control y seguimiento Fase de Construcción y Cierre: Se mantendrá ventanilla única del RETC actualizada. Disposición de la información requerida para las declaraciones de emisiones en el RETC, conservando una copia de las declaraciones disponible en las Instalaciones del Proyecto. 7.14.- Decreto Supremo N° 279/1983 MINSAL. Componente/Materia Calidad del Aire y Emisiones Atmosféricas Otros cuerpos legales No Aplica. Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Fases de Construcción y Cierre. Parte, obra, acción, emisión, residuo o sustancias a la que aplica Fase de Construcción: Durante la Fase de Construcción se generarán gases de combustión de motores debido al tránsito de vehículos medianos utilizados para el trasporte de los insumos y traslado de materiales. Además, en esta Fase se contempla la generación de gases de combustión debido al tránsito de vehículos medianos necesarios para el transporte de personal (buses). En virtud de esto: Se indica que el principal aporte proviene de la combustión de motores de maquinarias destinadas a la construcción con un 41%, 76% y 80% del total de las emisiones de gases de combustión. No obstante, se enfatiza que las de emisiones proyectadas durante esta fase, son de carácter temporal y su duración se extenderá durante un período máximo de 6 meses. Cabe destacar fmalmente que las tasas de emisiones proyectadas para esta fase son temporales, y se emitirán durante un período máximo de seis (6) meses. Fase de Operación: No se estiman emisiones atmosféricas relevantes durante la Fase de Operación de la Planta Fotovoltaica, toda vez que su operación será realizada en forma remota, donde las únicas actividades proyectadas corresponden a las tareas de inspección y mantenimiento que serán realizadas según requerimiento. La única fuente de emisión de material particulado y gases de combustión se produce por el polvo resuspendido por el tránsito vehicular en rutas no pavimentadas de acceso al Proyecto, destacando que durante esta todas las tasas de emisiones se encuentran por debajo de las 0,1 toneladas anuales. Fase de Cierre: Durante la fase de cierre se contempla únicamente el desmantelamiento de las obras, en virtud de esto las emisiones por el tránsito vehicular por rutas no pavimentadas en el acceso al Proyecto y la combustión de motores de maquinaria, representan el principal aporte del Proyecto a las tasas de emisión general, contribuyendo con más del 30% del total de emisiones de MP2,5, MP10 y MPS. Asimismo, respecto a los gases de combustión, se indica que el principal aporte proviene de la combustión de motores de maquinarias con más del 40% del total de emisiones por contaminante respectivamente señalado. Para mayores antecedentes respecto a las actividades generadoras de emisiones ver Anexo 4.1 de la Adenda Complementaria, sobre Estudio de Estimación de Emisiones Atmosféricas y Modelación. Forma de cumplimiento Fase de Construcción y Cierre: Los vehículos que se utilizarán contarán con el Permiso de Circulación y la Revisión Técnica al día y serán mantenidos periódicamente. Indicador que acredita su cumplimiento Fase de Construcción y Cierre: Registro y copia de contrato con empresas contratistas, donde se indique que todo vehículo motorizado y maquinaria a utilizar en el Proyecto debe contar con su revisión técnica y permiso de circulación al día. Forma de control y seguimiento Fase de Construcción y Cierre: Se verificará el registro de las revisiones técnicas de los vehículos al día y el registro de mantenciones. 7.15.- Decreto Supremo N° 4/1994 MTT Componente/Materia Calidad del Aire y Emisiones Atmosféricas Otros cuerpos legales No Aplica Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Fase de Construcción y Cierre. Parte, obra, acción, emisión, residuo o sustancias a la que aplica Fase de Construcción: Durante la Fase de Construcción se generarán gases de combustión de motores debido al tránsito de vehículos medianos utilizados para el trasporte de los insumos y traslado de materiales. Además, en esta Fase se contempla la generación de gases de combustión debido al tránsito de vehículos medianos necesarios para el transporte de personal (buses). En virtud de esto: Se indica que el principal aporte proviene de la combustión de motores de maquinarias destinadas a la construcción con un 41%, 76% y 80% del total de las emisiones de gases de combustión. No obstante, se enfatiza que las de emisiones proyectadas durante esta fase, son de carácter temporal y su duración se extenderá durante un período máximo de 6 meses. Cabe destacar finalmente que las tasas de emisiones proyectadas para esta fase son temporales, y se emitirán durante un período máximo de seis (6) meses. Fase de Operación: No se estiman emisiones atmosféricas relevantes durante la Fase de Operación de la Planta Fotovoltaica, toda vez que su operación será realizada en forma remota, donde las únicas actividades proyectadas corresponden a las tareas de inspección y mantenimiento que serán realizadas según requerimiento. La única fuente de emisión de material particulado y gases de combustión se produce por el polvo resuspendido por el tránsito vehicular en rutas no pavimentadas de acceso al Proyecto, destacando que durante esta todas las tasas de emisiones se encuentran por debajo de las 0,1 toneladas anuales. Fase de Cierre: Durante la fase de cierre se contempla únicamente el desmantelamiento de las obras, en virtud de esto las emisiones por el tránsito vehicular por rutas no pavimentadas en el acceso al Proyecto y la combustión de motores de maquinaria, representan el principal aporte del Proyecto a las tasas de emisión general, contribuyendo con más del 30% del total de emisiones de MP2,5, MP10 y MPS. Asimismo, respecto a los gases de combustión, se indica que el principal aporte proviene de la combustión de motores de maquinarias con más del 40% del total de emisiones por contaminante respectivamente señalado. Para mayores antecedentes respecto a las actividades generadoras de emisiones ver Anexo 4.1 de la Adenda Complementaria, sobre Estudio de Estimación de Emisiones Atmosféricas y Modelación. Forma de cumplimiento Fase de Construcción y Cierre: Los vehículos motorizados que serán utilizados durante la ejecución del Proyecto cumplirán con la norma de emisión vigente, tendrán su revisión técnica al día y se les realizarán sus respectivas mantenciones periódicas, lo cual será exigido en los contratos de prestación de servicios correspondientes. Respecto a la maquinaria que no requiera el certificado antes indicado, se exigirá la realización de mantenciones permanentes. Indicador que acredita su Fase de Construcción y Cierre: cumplimiento Registro y copia de contrato con empresas contratistas, donde se indique que todo vehículo y maquinaria a utilizar en el Proyecto debe contar con su revisión técnica y permiso de circulación al día. Certificado de mantenciones, para la maquinaria que no requiera de revisión técnica. Forma de control y Fase de Construcción y Cierre: seguimiento Periódicamente se revisarán los certificados, se asignará un encargado quien verificará los registros y llevará un control de las revisiones técnicas y certificados de mantenciones. Se mantendrán los registros disponibles en las dependencias del Proyecto para fiscalización de la Autoridad. 7.16.- Decreto Supremo N° 54/94 MTT Componente/Materia Calidad del Aire y Emisiones Atmosféricas Otros cuerpos legales No Aplica Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Fases de Construcción y Cierre. Parte, obra, acción, emisión, residuos o sustancias a la que aplica Fase de Construcción: Durante la Fase de Construcción se generarán gases de combustión de motores debido al tránsito de vehículos medianos utilizados para el trasporte de los insumos y traslado de materiales. Además, en esta Fase se contempla la generación de gases de combustión debido al tránsito de vehículos medianos necesarios para el transporte de personal (buses). En virtud de esto: Se indica que el principal aporte proviene de la combustión de motores de maquinarias destinadas a la construcción con un 41%, 76% y 80% del total de las emisiones de gases de combustión. No obstante, se enfatiza que las de emisiones proyectadas durante esta fase, son de carácter temporal y su duración se extenderá durante un período máximo de 6 meses. Cabe destacar finalmente que las tasas de emisiones proyectadas para esta fase son temporales, y se emitirán durante un período máximo de seis (6) meses. Fase de Operación: No se estiman emisiones atmosféricas relevantes durante la Fase de Operación de la Planta Fotovoltaica, toda vez que su operación será realizada en forma remota, donde las únicas actividades proyectadas corresponden a las tareas de inspección y mantenimiento que serán realizadas según requerimiento. La única fuente de emisión de material particulado y gases de combustión se produce por el polvo resuspendido por el tránsito vehicular en rutas no pavimentadas de acceso al Proyecto, destacando que durante esta todas las tasas de emisiones se encuentran por debajo de las 0,1 toneladas anuales. Fase de Cierre: Durante la fase de cierre se contempla únicamente el desmantelamiento de las obras, en virtud de esto las emisiones por el tránsito vehicular por rutas no pavimentadas en el acceso al Proyecto y la combustión de motores de maquinaria, representan el principal aporte del Proyecto a las tasas de emisión general, contribuyendo con más del 30% del total de emisiones de MP2,5, MPIO y MPS. Asimismo, respecto a los gases de combustión, se indica que el principal aporte proviene de la combustión de motores de maquinarias con más del 40% del total de emisiones por contaminante respectivamente señalado. Para mayores antecedentes respecto a las actividades generadoras de emisiones ver Anexo 4.1 de la Adenda Complementaria sobre Estudio de Estimación de Emisiones Atmosféricas y Modelación. Forma de cumplimiento Fases de Construcción y Cierre: Se exigirá para todos los vehículos motorizados medianos utilizados en la ejecución del Proyecto cuenten con el Permiso de Circulación y la Revisión Técnica al día, además de ser mantenidos periódicamente. Lo anterior será exigido en los contratos de prestación de servicios correspondientes. Indicador que acredita su cumplimiento Fases de Construcción y Cierre: Registro y copia de contrato con empresas contratistas, donde se indique que todo vehículo motorizado mediano y maquinaria a utilizar en el Proyecto debe contar con su revisión técnica y permiso de circulación al día. Registro de mantención de maquinaria, en el que conste: Fecha, hora y empresa contratista encargada. Forma de control y seguimiento Fases de Construcción y Cierre: Se asignará un encargado quien verificará los registros y llevará un control de las revisiones técnicas de éstos. Se mantendrán los registros disponibles en las dependencias del Proyecto para fiscalización de la Autoridad. 7.17.- Decreto Supremo N° 211/1991 MTT Componente/Materia Calidad del Aire y Emisiones Atmosféricas Otros cuerpos legales No Aplica Fase del Proyecto a la que aplica o en la que dará cumplimiento Fases de Construcción y Cierre Parte, obra, acción, emisión, residuo o sustancias a la que aplica Fase de Construcción: Durante la Fase de Construcción se generarán gases de combustión de motores debido al tránsito de vehículos medianos utilizados para el trasporte de los insumos y traslado de materiales. Además, en esta Fase se contempla la generación de gases de combustión debido al tránsito de vehículos medianos necesarios para el transporte de personal (buses). En virtud de esto: Se indica que el principal aporte proviene de la combustión de motores de maquinarias destinadas a la construcción con un 41%, 76% y 80% del total de las emisiones de gases de combustión. No obstante, se enfatiza que las de emisiones proyectadas durante esta fase, son de carácter temporal y su duración se extenderá durante un período máximo de 6 meses. Cabe destacar finalmente que las tasas de emisiones proyectadas para esta fase son temporales, y se emitirán durante un período máximo de seis (6) meses. Fase de Operación: No se estiman emisiones atmosféricas relevantes durante la Fase de Operación de la Planta Fotovoltaica, toda vez que su operación será realizada en forma remota, donde las únicas actividades proyectadas corresponden a las tareas de inspección y mantenimiento que serán realizadas según requerimiento. La única fuente de emisión de material particulado y gases de combustión se produce por el polvo resuspendido por el tránsito vehicular en rutas no pavimentadas de acceso al Proyecto, destacando que durante esta todas las tasas de emisiones se encuentran por debajo de las 0,1 toneladas anuales. Fase de Cierre: Durante la fase de cierre se contempla únicamente el desmantelamiento de las obras, en virtud de esto las emisiones por el tránsito vehicular por rutas no pavimentadas en el acceso al Proyecto y la combustión de motores de maquinaria, representan el principal aporte del Proyecto a las tasas de emisión general, contribuyendo con más del 30% del total de emisiones de MP2,5, MP10 y MPS. Asimismo, respecto a los gases de combustión, se indica que el principal aporte proviene de la combustión de motores de maquinarias con más del 40% del total de emisiones por contaminante respectivamente señalado. Para mayores antecedentes respecto a las actividades generadoras de emisiones ver Anexo 4.1 de la Adenda Complementaria sobre Estudio de Estimación de Emisiones Atmosféricas y Modelación. Forma de cumplimiento Fases de Construcción y Cierre: Se exigirá para todos los vehículos motorizados medianos utilizados en la ejecución del Proyecto cuenten con el permiso de circulación y la revisión técnica al día además de ser mantenidos periódicamente. Lo anterior será exigido en los contratos de prestación de servicios correspondientes. Indicador que acredita su cumplimiento Fases de Construcción y Cierre: Registro y copia de contrato con empresas contratistas, donde se indique que todo vehículo motorizado mediano y maquinaria a utilizar en el Proyecto debe contar con su revisión técnica y permiso de circulación al día. Registro de mantención de maquinaria, en el que conste: Fecha, hora y empresa contratista encargada. Forma de control y seguimiento Fases de Construcción y Cierre: Se asignará un encargado quien verificará: registros y llevará un control de las revisiones técnicas de éstos. Se mantendrán los registros disponibles en las dependencias del Proyecto para fiscalización de la Autoridad. 7.18.- Decreto Supremo N° 75/1987 MIT Componente/Materia Calidad del Aire y Emisiones Atmosféricas Otros cuerpos legales No Aplica Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Fases de Construcción y Cierre. Parte, obra, acción, emisión, residuos o sustancias a la que aplica Fase de Construcción: Durante la Fase de Construcción, y ante la eventualidad que las actividades el Proyecto requieran de materiales e insumos enumerados en el Artículo 2 del presente cuerpo legal. Fase de Operación: La Fase de Operación de la Planta será realizada en forma remota, y no requerirá de insumos u otro material que deba ser transportado de forma permanente. No obstante, se realizarán mantenciones, las que podrían requerir del trasporte de algún tipo de material o insumo. Fase de Cierre: Durante la Fase de Cierre, las actividades el Proyecto requerirán de materiales e insumos enumerados en el Artículo 2 del presente cuerpo legal. Forma de cumplimiento Fase de Construcción y Cierre El Titular exigirá que los camiones o vehículos propios, del contratista y de sus proveedores, que transporten los materiales señalados precedentemente, deberán circular cubriendo total y eficazmente los materiales con lonas o plásticos o con cualquier otro sistema que impida la dispersión de polvo a la atmósfera (no se utilizará malla Rachel), lo cual será revisado periódicamente. Del mismo modo se exigirá que los vehículos que transporten líquidos o sólidos con porcentaje de humedad lo realicen en camiones 100% estancos que impidan el escurrimiento y posterior caída de éstos al suelo. Esto se hará exigible por el Titular a las empresas contratistas a través de cláusulas contractuales. Se establecerá en los contratos que los camiones que transporten por vías urbanas material que produzcan polvo, lo realicen con la carga cubierta total y eficazmente con lonas o plásticos o con cualquier otro sistema que impida la dispersión de polvo a la atmósfera. Indicador que acredita su cumplimiento Fase de Construcción y Cierre Registro de entrada y salida de camiones con carga. Contrato con empresas contratistas que indique el cumplimiento de esta normativa. Forma de control y seguimiento Fase de Construcción y Cierre Se verificarán periódicamente los registros y contratos con empresas. Se mantendrá registro disponible en las dependencias del Proyecto para ser fiscalizado por la Autoridad. 7.19.- Decreto con Fuerza de Ley N° 1/2007 MTT Componente/Materia Calidad del Aire y Emisiones Atmosféricas Otros cuerpos legales No Aplica Fase del Proyecto a la que aplica o en la que dará cumplimiento Fases de Construcción y Cierre Parte, obra, acción, emisión, residuo o sustancias a la que aplica Fase de Construcción: Durante la Fase de Construcción se generarán gases de combustión de motores debido al tránsito de vehículos medianos utilizados para el trasporte de los insumos y traslado de materiales. Además, en esta Fase se contempla la generación de gases de combustión debido al tránsito de vehículos medianos necesarios para el transporte de personal (buses). En virtud de esto: Se indica que el principal aporte proviene de la combustión de motores de maquinarias destinadas a la construcción con un 41%, 76% y 80% del total de las emisiones de gases de combustión. No obstante, se enfatiza que las de emisiones proyectadas durante esta fase, son de carácter temporal y su duración se extenderá durante un período máximo de 6 meses. Cabe destacar finalmente que las tasas de emisiones proyectadas para esta fase son temporales, y se emitirán durante un período máximo de seis (6) meses. Fase de Operación: No se estiman emisiones atmosféricas relevantes durante la Fase de Operación de la Planta Fotovoltaica, toda vez que su operación será realizada en forma remota, donde las únicas actividades proyectadas corresponden a las tareas de inspección y mantenimiento que serán realizadas según requerimiento. La única fuente de emisión de material particulado y gases de combustión se produce por el polvo resuspendido por el tránsito vehicular en rutas no pavimentadas de acceso al Proyecto, destacando que durante esta todas las tasas de emisiones se encuentran por debajo de las 0,1 toneladas anuales. Fase de Cierre: Durante la fase de cierre se contempla únicamente el desmantelamiento de las obras, en virtud de esto las emisiones por el tránsito vehicular por rutas no pavimentadas en el acceso al Proyecto y la combustión de motores de maquinaria, representan el principal aporte del Proyecto a las tasas de emisión general, contribuyendo con más del 30% del total de emisiones de MP2,5, MP10 y MPS. Asimismo, respecto a los gases de combustión, se indica que el principal aporte proviene de la combustión de motores de maquinarias con más del 40% del total de emisiones por contaminante respectivamente señalado. Para mayores antecedentes respecto a las actividades generadoras de emisiones ver Anexo 4.1 de la Adenda Complementaria sobre Estudio de Estimación de Emisiones Atmosféricas y Modelación. Forma de cumplimiento Fases de Construcción y Cierre: Se exigirá para todos los vehículos motorizados utilizados en la ejecución del Proyecto cuenten con el permiso de circulación y la revisión técnica al día además de ser mantenidos periódicamente. Indicador que acredita su cumplimiento Fases de Construcción y Cierre: Registro y copia de contrato con empresas contratistas, donde se indique que todo vehículo motorizado mediano y maquinaria a utilizar en el Proyecto debe contar con su revisión técnica y permiso de circulación al día. Registro de mantención de maquinaria, en el que conste: Fecha, hora y empresa contratista encargada. Forma de control y seguimiento Fases de construcción y cierre: Se asignará un encargado quien verificará: registros y llevará un control de las revisiones técnicas de éstos. Se mantendrán los registros disponibles en las dependencias del Proyecto para fiscalización de la Autoridad. 7.20.- Ley N° 18.290/2009 MTT Componente/Materia Calidad del Aire y Emisiones Atmosféricas. Otros cuerpos legales No aplica. Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Todas las fases del Proyecto. Parte, obra, acción, emisión, residuo o sustancias a la que aplica El Proyecto considera el transporte en la ejecución de las fases de Construcción, Operación y Cierre. Forma de cumplimiento Se cumplirá con las normas de emisión para todos los vehículos motorizados asociados a las actividades del Proyecto, mediante el certificado de revisión técnica al día. Indicador que acredita su cumplimiento Registro y copia de contrato con empresas contratistas, donde se indique que todo vehículo motorizado y maquinaria a utilizar en el Proyecto debe contar con su revisión técnica y permiso de circulación al día. Forma de control y seguimiento Se verificará mensualmente que los registros generados por el cumplimiento de la normativa en cuestión se mantengan en las instalaciones disponibles para eventuales fiscalizaciones. 7.21.- Decreto Supremo N° 112/2013 MINSEGPRES Componente/Materia Calidad del Aire y Emisiones Atmosféricas. Otros cuerpos legales No aplica. Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Fase de Construcción y Cierre. Parte, obra, acción, emisión, residuo o sustancias a la que aplica Fase de Construcción: Durante la Fase de Construcción se generará material particulado y gases de combustión de motores debido a las actividades propias de la construcción de la Planta Fotovoltaica, entiéndase por estas; implementación de Instalación de Faena (escarpe), uso de 1 grupo electrógeno 5 KVA), movimientos de tierra (excavaciones) para implementación de paneles y cableado, transferencia de material (carga y descarga) y tránsito de vehículos en caminos pavimentados y no pavimentados. Además, en esta fase se contempla la generación de material particulado y gases de combustión debido al tránsito vehicular (camiones, buses y camionetas) necesarios para el mantenimiento de los baños químicos, retiro de residuos y transporte de personal. En virtud de esto Los principales aportes los principales aportes de respirable (MP I O, MP2,5), material particulado sedimentable (MPS) provienen del desplazamiento de vehículos por la ruta de acceso al Proyecto. Respecto a los gases de combustión (Dióxido de Azufre (S02), Óxidos de Nitrógeno (NOX) y Monóxido de Carbono (CO), los principales aportes provienen de la combustión de motores de maquinaria con un 41%, 76% y 80% del total de las emisiones de gases de combustión. Se destaca que la duración de la fase de construcción se encuentra acotada a seis (6) meses y que los niveles de actividad considerados para combustión de motores son vistos desde el escenario más desfavorable. Fase de Operación: No se estiman emisiones atmosféricas relevantes durante la operación de la Planta Fotovoltaica, toda vez que su operación será realizada en forma remota, donde las únicas actividades proyectadas corresponden a las tareas de inspección y mantenimiento que serán realizadas según requerimiento. Cabe hacer presente que el suministro eléctrico necesario para la operación de la Planta será autoabastecido por la misma, razón por la cual no requiere ningún tipo de generador adicional. En virtud de esto: La única fuente de emisión de material particulado y gases de combustión se produce por el polvo resuspendido por el tránsito vehicular en rutas no pavimentadas de acceso al Proyecto, destacando que durante esta todas las tasas de emisiones se encuentran por debajo de las 0,1 toneladas anuales. Fase de Cierre: La Fase de Cierre considera únicamente el desmantelamiento de las obras, nivelación del terreno y cierre de las instalaciones. En virtud de esto: Las emisiones por el tránsito vehicular por rutas no pavimentadas en el acceso al Proyecto y la combustión de motores de maquinaria, representan el principal aporte del Proyecto a las tasas de emisión general, contribuyendo con más del 30% del total de emisiones de MP2,5, MP 10 y MPS. Asimismo, respecto a los gases de combustión, se indica que el principal aporte proviene de la combustión de motores de maquinarias con más del 40% del total de emisiones por contaminante respectivamente señalado. Para mayores antecedentes respecto a las actividades generadoras de emisiones ver Anexo 4.1 de la Adenda Complementaria , sobre Estudio de Estimación de Emisiones Atmosféricas y Modelación. Forma de cumplimiento Los vehículos que se utilizarán contarán con el Permiso de Circulación y la Revisión Técnica al día y serán mantenidos periódicamente. Indicador que acredita su cumplimiento Se contará con la certificación técnica de los vehículos utilizados disponibles para su control y verificación. Copias de la documentación se encontrarán disponibles para su inspección al interior de los vehículos. Forma de control y seguimiento El Titular mantendrá un registro con la documentación de los vehículos y estará disponible para su fiscalización. 7.22.- Decreto Supremo N° 47/1992 MINVU Componente/Materia Calidad del Aire y Emisiones Atmosféricas Otros cuerpos legales No Aplica Fase del proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Fase de Construcción y Cierre. Parte, obra o acción a la que aplica Todas las obras del Proyecto, entiéndase por estas: Obras permanentes: Paneles fotovoltaicos; Estructuras de soporte; Salas eléctricas conformadas por: Inversores, Transformadores, Celdas (celdas de línea, celda de protección y de medida); Cableado: Cableado corriente continua, Cableado corriente alterna; Línea de Evacuación Eléctrica; Bodegas de materiales; Bodega de residuos sólidos peligrosos (RESPEL); Estanques de almacenamiento de agua potable; Fosa Séptica; Cerco perimetral; Mejoramiento de camino de acceso existente; Habilitación de camino interno. Obras y/o acciones temporales: Instalación de Faenas, conformada por: Caseta de control, Oficinas, Comedores; Baños portátiles; Estacionamiento de vehículos livianos; Estacionamiento de maquinaria; Zona de descarga de materiales; Zona de almacenamiento temporal de materiales; Área de almacenamiento temporal de residuos domiciliarios; Área de almacenamiento temporal de residuos industriales no peligrosos; Área de Lavado de Canoas de Camiones Mixer. Forma de cumplimiento Fase de Construcción y Cierre: Se instruirá a los trabajadores que los vehículos y maquinarias que no estén siendo utilizados detengan sus motores. Todos los vehículos motorizados deberán contar con el certificado de revisión técnica y de gases al día, además de mantenciones periódicas, según aplique. El trasporte de materiales será realizado con la carga cubierta. La mantención de la maquinaria será realizará de acuerdo a las especificaciones del fabricante, en talleres mecánicos autorizados. Se realizará aplicación de Supresor de Polvo Biodegradable (ver Anexo de la Adenda) en camino de acceso y camino interno. Los vehículos circularán a velocidad moderada (máximo 40 km/h para vehículos con carga y 50 km/h para vehículos sin carga, en caminos no pavimentados, lo cual quedará estipulado en el contrato de prestación de servicios. Se implementará Malla Rachel en camino de acceso, con el fin de captar Material Particulado Sedimentario (MPS), para evitar que este MPS no traspase específicamente a la vegetación. Cabe mencionar que la malla Rachel será implementada desde el punto de inicio del camino de acceso por la Ruta 5 Norte hasta el área donde terminan los cultivos, alcanzando una longitud aproximada de 2,2 kilómetros. Indicador que acredite su cumplimiento Fase de Construcción y Cierre: Registro de instrucción a los operadores de las maquinarias sobre la detención de motores cuando no estén siendo utilizadas. Registro de revisiones técnicas al día. Registro de mantención de maquinaria, en el que conste: Fecha, hora y empresa contratista encargada.

Registro de entrada y salida de camiones con carga cubierta, en el que conste: Fecha, hora y empresa contratista. Registro de aplicación de Supresor de Polvo Biodegradable (ver Anexo 6 de la Adenda Complementaria) en camino de acceso y camino interno. Registro implementación Malla Rachel discontinua en camino de acceso por la Ruta 5 Norte hasta el área donde terminan los cultivos, alcanzando una longitud aproximada de 2,2 kilómetros. Forma de control y seguimiento Fase de Construcción y Cierre Se asignará un encargado quien verificará: registros de capacitación, control de las revisiones técnicas, registros de mantenciones de maquinarias, registros de entrada y salida de camiones con carga cubierta, registros de Supresor de Polvo en camino de acceso y camino interno y registro de malla Rachel. 7.22.- Decreto Supremo N° 47/1992 MINVU Se mantendrán los registros disponibles en las dependencias del Proyecto para fiscalización de la Autoridad. 7.23.- Decreto Supremo N° 38/2012 MMA Componente/Materia Emisiones Acústicas Otros cuerpos legales No Aplica Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Todas las Fases del Proyecto Parte, obra, acción, emisión, residuo o sustancias a la que aplica Fase de Construcción: Durante la Fase de Construcción, las principales fuentes de ruido estarán asociadas a la habilitación de obras temporales y a la construcción de las obras permanentes, entiéndase por estas; utilización de maquinarias para las actividades de movimientos de tierra, trasporte de materiales, excavaciones, perforaciones para implementar las estructuras de soporte de los paneles, entre otra. Dichas actividades contemplan la utilización de retroexcavadoras, perforadoras, cargador frontal, camión grúa, generador eléctrico, camión mixer, camión pesado, camión aljibe entre otras. Fase de Operación: Debido a las características propias del Proyecto, no se estiman emisiones de ruido relevantes durante la operación de la Planta Fotovoltaica, toda vez que su operación será realizada en forma remota, donde además el flujo de vehículos para desarrollar las tareas de inspección y mantenimiento será realizado según requerimiento. Fase de Cierre: El cálculo de emisiones de ruido no consideró la Fase de Cierre, debido a que se estima que en esta Fase las emisiones serán, en el peor de los escenarios, de igual o menor magnitud que las estimadas para la Fase de Construcción. Forma de cumplimiento Para ruido Estudio conjunta distancia de fondo Generados 146/97 emisiones seis (6) Zona Conforme límites proyecto, tipo conforme Medida en los superficial tipo dirección de 50 conforma receptor Ruido En base Vibraciones Las mediciones modelaciones La evaluación lo indicado fonoabsorbentes establecido Las características se concluye establecidos Cumplimiento evaluar los efectos en esta componente, se realizó un Estudio de Ruido incorporado en el Anexo 4.2 de la Adenda, con el fin de estimar los niveles y de vibración generados por el Proyecto en todas sus fases. Cabe mencionar de Ruido consideró el escenario más desfavorable, el cual supone la operación de todas las fuentes de ruido, distribuidas en el área del Proyecto a la de receptores en evaluación. de ruido fueron realizadas utilizando la metodología de medición de estipulada en el D.S. N° 38/11 del MMA "Norma de Emisión de Ruidos por Fuentes que Indica, Elaborada a Partir de La Revisión del Decreto del MINSEGPRES". Posteriormente, considerando los procesos con las mayores de ruido y simulando además los escenarios más desfavorables, se efectuaron mediante software y cálculos teóricos para la ejecución del Proyecto. de los niveles de ruido y vibraciones fue realizada considerando un total receptores y que el área del Proyecto se encuentra fuera del Límite Urbano, en el PRC vigente de Arica, por lo cual todos los receptores se homologan Rural conforme a D.S. 38/11 del MMA. a lo expuesto, se concluye que la totalidad de los receptores cumplen con permisibles establecidos en el D.S. N° 38/11 del MMA, en todas las fases mediante la implementación de las siguientes medidas de control de ruido barreras acústicas en los puntos 4 y 5 (en las fases de construcción y cierre); al detalle indicado a continuación: 1 "Barreras Acústicas": Esta solución consiste en la implementación de un puntos 4 y 5 con altura de 3,6 metros. Dicho panel contará con una densidad igual o superior a 10 (kg/m2), lo cual es posible conseguir mediante madera OSB, de un espesor mínimo de 18 mm. Además, la cara interior del panel a las fuentes de ruido) deberá incorporar lana de fibra de vidrio (o lana mineral) mm de espesor y un NRC de 0,7 o mayor o bien algún material con propiedades de equivalencia técnica. La implementación de esta materialidad una estructura apta para comportarse como barrera acústica, de acuerdo en la Norma ISO 9613-2. específicas de las medidas de control de ruido propuestas, respecto a proteger, se describen en detalle en el Anexo 4.2 de la Adenda, sobre Estudio y Vibraciones, específicamente en el Acápite 9 sobre Medidas de Control de Ruido. a los antecedentes recién expuestos, y a las mediciones y modelaciones realizadas, que la totalidad de los receptores cumplen con los límites permisibles en el D.S. N° 38/2011 del MMA. normativo Fase de Construcción y de de que el menor ruido N° de según a los del del y panel (en a lo del de Punto de Medición Resultados Modelación Fase de Construcción (24 horas) [dB(A)] Límites Normativos D.S. N° 38/2011 del MMA Diurno Cumplimiento Normativo Diurno 1 51 55 Si Cumple 2 62 64 Si Cumple 3 53 57 Si Cumple 4 45 45 Si Cumple 5 47 48 Si Cumple 6 40 51 Si Cumple Cumplimiento normativo Fase de Operación Punto de Medición NPSeq modelado [dB(A)] Máximo permitido Periodo diurno Cumplimiento Normativo Diurno Máximo permitido Periodo nocturno Cumplimiento Normativo Nocturno [dB(A)] [dB(A)] 1 O 55 No Supera 50 Si Cumple 2 0 64 No Supera 50 Si Cumple 3 O 57 No Supera 44 Si Cumple 4 0 45 No Supera 45 Si Cumple 5 8 48 No Supera 34 Si Cumple 6 16 51 No Supera 41 Si Cumple Cumplimiento normativo Fase de Cierre Punto de Medición Resultados Modelación Fase de Construcción Límites Normativos D.S. N° 38/2011 Cumplimiento Normativo Diurno

(24 horas) [dB(A)1 del MMA Diurno 1 8 55 Si Cumple 2 9 64 Si Cumple 3 I O 57 Si Cumple 4 13 45 Si Cumple 5 29 48 Si Cumple 6 39 51 Si Cumple Para mayores antecedentes ver Estudio de Ruido y de Vibraciones incorporado en el Anexo 4.2 de la Adenda. Indicador que acredita su cumplimiento Estudio de Ruido y de Vibraciones incorporado en el Anexo 4.2 de la Adenda. Forma de control y seguimiento Fase de Construcción, Operación y Cierre: Se mantendrá una copia del Estudio de Ruido y de Vibraciones (ver Anexo 4.2 de la Adenda) disponible en las dependencias del Proyecto para fiscalización de la Autoridad. 7.24.- Decreto con Fuerza de Ley N° 725/67 MINSAL Componente/Materia Residuos Sólidos Otros cuerpos legales D.S N° 594/99 MINSAL que Aprueba Reglamento sobre condiciones sanitarias y ambientales básicas en los lugares de trabajo. Fase a la que aplica Todas las Fases del Proyecto Parte, obra, acción, emisión, residuo o sustancias a la que aplica Fase de Construcción: Durante las faenas constructivas, los trabajadores en obra (Instalación de Faenas) generarán residuos sólidos del tipo domiciliario y asimilable a domiciliarios, compuestos principalmente restos de alimentos, papel, plástico y cartón. Asimismo, durante esta Fase se contempla la generación de residuos industriales no peligrosos compuestos principalmente por material de escarpe y excavaciones provenientes del despeje del terreno y los movimientos de tierra necesarios para la implementación de las estructuras de soporte de los paneles. Fase de Operación: Durante la Fase de Operación el Proyecto no contará con mano de obra permanente, debido a que su operación será realizada en forma remota y en tiempo real, requiriendo mano de obra solo para efectos de mantenciones. Fase de Cierre: Durante la Fase de Cierre, los trabajadores en obra (Instalación de Faena) generarán residuos sólidos del tipo domiciliario asimilable a domiciliarios compuestos principalmente restos de alimentos, papel, plástico y cartón. Asimismo, durante esta Fase se contempla la generación de residuos industriales no peligrosos del tipo estructuras, enfierraduras, cableado, entre otras. Forma de cumplimiento Fase de Construcción: Los residuos domiciliarios serán almacenados en contenedores señalizados y herméticos en áreas de almacenamiento temporal al interior de la Instalación de Faenas y considerando las especificaciones establecidas en el Artículo 18 del D.S. N° 594/1999 del MINSAL (y sus modificaciones). Estos residuos serán retirados periódicamente por empresas especializadas, para su disposición fmal en rellenos sanitarios y/o lugares autorizados para estos efectos. En cuanto a los residuos industriales no peligrosos del tipo material de escarpe y excavaciones, se aclara que estos serán redistribuidos en el terreno, en la medida de lo posible, de lo contrario serán retirados conforme a su generación y enviados a sitios autorizados por la SEREMI de Salud de la Región respectiva. El cumplimiento normativo del presente cuerpo legal se demuestra en la solicitud del PAS 140 que se entrega en el marco de la presente evaluación. Para mayores antecedentes ver PAS 140 incorporado en Anexo 3.3 del presente Capítulo. Fase de Operación: Los residuos generados producto de esta actividad, serán retirados por los mismos trabajadores, en la medida que se generen, para su disposición en lugares autorizados. La Fase de Operación del Proyecto no contempla la generación de residuos industriales no peligrosos. Ante la eventualidad de generarlos, serán retirados por el equipo a cargo de las mantenciones. Fase de Cierre: Los residuos domiciliarios serán almacenados en contenedores herméticos debidamente señalizados en la Instalación de Faena y considerando las especificaciones establecidas en el Artículo 18 del D.S. N° 594/1999 del MINSAL (y sus modificaciones). Estos residuos serán retirados periódicamente por empresas especializadas, para su disposición final en rellenos sanitarios y/o lugares autorizados para estos efectos. Por su parte, los residuos industriales no peligrosos (material de escarpe y excavaciones) serán retirados en la medida que se generen y enviados a sitios autorizados por la SEREMI de Salud de la Región respectiva. El cumplimiento normativo del presente cuerpo legal se demuestra en la solicitud del PAS 140 que se entrega en el marco de la presente evaluación. Para mayores antecedentes ver PAS 140 incorporado en Anexo 3.3 del presente Capítulo. Indicador que acredita su cumplimiento Fase de Construcción y Cierre: Autorización Ambiental del PAS 140, otorgada en el marco de la RCA respectiva. Autorización sanitaria del PAS 140, otorgada de forma sectorial por la SEREMI de Salud. Autorización sanitaria de empresa transportista. Autorización sanitaria de lugar de disposición fmal. Registro de retiro de residuos. Registro de la declaración de Residuos Industriales No Peligrosos en SINADER del Sistema Ventanilla Única del RETC. Fase de Operación: Establecimiento de cláusulas, en los contratos con las empresas a cargo del servicio de mantención. En ellas se exigirá expresamente el retiro de todos los residuos generados y su disposición final en lugares autorizados por la SEREMI respectiva. Forma de control y seguimiento Fase de Construcción y Cierre: Se mantendrán las autorizaciones y los registros disponibles en faena para ser fiscalizados por la autoridad. Fase de Operación: Se mantendrán copias de los contratos. 7.25.- Decreto Supremo N° 594/1999 MINSAL Componente/Materia Residuos Sólidos Otros cuerpos legales Decreto con Fuerza de Ley N° 725/1967 del Ministerio de Salud, "Código Sanitario". Fase a la que aplica Todas las Fases del Proyecto Parte, obra, acción, emisión, residuo o sustancias a la que aplica Fase de Construcción: Durante las faenas constructivas, los trabajadores en obra (Instalación de Faenas) generarán residuos sólidos del tipo domiciliario y asimilable a domiciliarios, compuestos principalmente restos de alimentos, papel, plástico y cartón. Además, durante esta Fase se contempla la generación de residuos industriales no peligrosos compuestos principalmente por hormigón sobrante, sobrantes de cables, tornillos alambres y restos de embalaje. Asimismo, contempla la generación de material de escarpe proveniente del despeje del terreno necesario para la implementación de las estructuras de soporte de los paneles. Fase de Operación: Durante la Fase de Operación el Proyecto no contará con mano de obra permanente, debido a que su operación será realizada en forma remota y en tiempo real, requiriendo mano de obra solo para efectos de mantenciones. Al respecto la Fase de Operación del Proyecto no contempla la generación de residuos. No obstante, ante la eventualidad de generarlos, serán retirados por el equipo a cargo de las mantenciones, en la medida que se generen. Para asegurar lo anterior, el Titular establecerá clausulas en el contrato con las empresas encargados de las mantenciones. Fase de Cierre: Durante la Fase de Cierre, los trabajadores en obra (Instalación de Faena) generarán residuos sólidos del tipo domiciliario y asimilable a domiciliarios compuestos principalmente de restos de alimentos, papel, plástico y cartón. Asimismo, durante esta Fase se contempla la generación de residuos industriales no peligrosos por efecto del desmantelamiento de las instalaciones, del tipo estructuras de soporte, enfierraduras, cableado, entre otras. Forma de cumplimiento Fase de Construcción y Cierre: Los residuos domiciliarios serán almacenados en contenedores señalizados y herméticos en áreas de almacenamiento temporal emplazado al interior de la Instalación de Faenas, dando cumplimiento a las especificaciones establecidas en el Artículo 18° del D.S. N° 594/1999 del MINSAL (y sus modificaciones). Estos residuos serán retirados periódicamente por empresas especializadas, para su disposición fmal en lugares autorizados por la SEREMI de Salud respectiva. Además, el Proyecto contempla la generación de hormigón sobrante, sobrantes de cables, tomillos alambres, elementos de protección personal EPP desechados y restos de embalaje. Este tipo de residuo será almacenado en un área habilitada al interior de la instalación de faena, para posterior retiro (3 veces por semana) y envió a sitios autorizados por la SEREMI de Salud respectiva. En cuanto a los residuos industriales no peligrosos del tipo material de escarpe y excavaciones, se aclara que estos serán redistribuidos en el terreno, en la medida de lo posible, de lo contrario serán retirados conforme a su generación y enviados a sitios autorizados por la SEREMI de Salud respectiva. Fase de Operación: Los residuos generados producto de esta actividad, serán retirados por los mismos trabajadores, en la medida que se generen, para su disposición en lugares autorizados. La Fase de Operación del Proyecto no contempla la generación de residuos industriales no peligrosos. Ante la eventualidad de generarlos, serán retirados por el equipo a cargo de las mantenciones. Para asegurar lo anterior, el Titular establecerá clausulas en el contrato con las empresas encargados de las mantenciones. El cumplimiento normativo del presente cuerpo legal se demuestra en la solicitud del PAS 140 que se entrega en el marco de la presente evaluación. Para mayores antecedentes ver PAS 140 incorporado en Anexo 3.3 del presente Capítulo. Indicador que acredita su cumplimiento Fase de Construcción y Cierre: Autorización Ambiental del PAS 140, otorgada en el marco de la RCA respectiva. Autorización Sanitaria del PAS 140, otorgada de forma sectorial por la SEREMI de Salud respectiva. Autorización Sanitaria de empresa transportista. Autorización Sanitaria de lugar de disposición final. Registro de retiro de residuos. Registro de la declaración de Residuos Industriales No Peligrosos en SINADER del Sistema Ventanilla Única del RETC. Fase de Operación: Establecimiento de cláusulas, en los contratos con las empresas a cargo del servicio de mantención. En ellas se exigirá expresamente el retiro de todos los residuos generados y su disposición fmal en lugares autorizados por la SEREMI respectiva. Forma de control y seguimiento Fase de Construcción y Cierre: Se mantendrán las autorizaciones y los registros disponibles en faena para ser fiscalizados por la autoridad. Fase de Operación: Se mantendrán copias de los contratos. 7.26 .- Decreto Supremo N° 655/1940 Ministerio del Trabajo Componente/Materia Residuos Sólidos Otros cuerpos legales No Aplica Fase del Proyecto a la que aplica o en la que dará cumplimiento Todas las Fases del Proyecto Parte, obra, acción, emisión, residuo o sustancias a la que aplica Fase de Construcción: Durante las faenas constructivas, los trabajadores en obra (Instalación de Faenas) generarán residuos sólidos del tipo domiciliario y asimilable a domiciliarios, compuestos 7.26 .- Decreto Supremo N° 655/1940 Ministerio del Trabajo principalmente restos de alimentos, papel, plástico y cartón. Además, durante esta Fase se contempla la generación de residuos industriales no peligrosos compuestos principalmente por hormigón sobrante, sobrantes de cables, tornillos alambres y restos de embalaje. Asimismo, contempla la generación de material de escarpe proveniente del despeje del terreno necesario para la implementación de las estructuras de soporte de los paneles. Fase de Operación: Durante la Fase de Operación el Proyecto no contará con mano de obra permanente, debido a que su operación será realizada en forma remota y en tiempo real, requiriendo mano de obra solo para efectos de mantenciones. Al respecto la Fase de Operación del Proyecto no contempla la generación de residuos. No obstante, ante la eventualidad de generarlos, serán retirados por el equipo a cargo de las mantenciones, en la medida que se generen. Para asegurar lo anterior, el Titular establecerá clausulas en el contrato con las empresas encargados de las mantenciones. Fase de Cierre: Durante la Fase de Cierre, los trabajadores en obra (Instalación de Faena) generarán residuos sólidos del tipo domiciliario y asimilable a domiciliarios compuestos principalmente restos de alimentos, papel, plástico y cartón. Asimismo, durante esta Fase se contempla la generación de residuos industriales no peligrosos por efecto del desmantelamiento de las instalaciones, del tipo estructuras de soporte, enfierraduras, cableado, entre otras. Forma de cumplimiento Fase de Construcción y Cierre: Los residuos domiciliarios serán almacenados en contenedores señalizados y herméticos en áreas de almacenamiento temporal emplazado al interior de la Instalación de Faenas, dando cumplimiento a las especificaciones establecidas en el Artículo 18° del D.S. N° 594/1999 del MINSAL (y sus modificaciones). Estos residuos serán retirados periódicamente por empresas especializadas, para su disposición final en lugares autorizados por la SEREMI de Salud respectiva. Además, el Proyecto contempla la generación de hormigón sobrante, sobrantes de cables, tornillos alambres, elementos de protección personal EPP desechados y restos de embalaje. Este tipo de residuo será almacenado en un área habilitada al interior de la instalación de faena, para posterior retiro (3 veces por semana) y envió a sitios autorizados por la SEREMI de Salud respectiva. En cuanto a los residuos industriales no peligrosos del tipo material de escarpe y excavaciones, se aclara que estos serán redistribuidos en el terreno, en la medida de lo posible, de lo contrario serán retirados conforme a su generación y enviados a sitios autorizados por la SEREMI de Salud respectiva. Fase de Operación: Los residuos generados producto de esta actividad, serán retirados por los mismos trabajadores, en la medida que se generen, para su disposición en lugares autorizados. La Fase de Operación del Proyecto no contempla la generación de residuos industriales no peligrosos. Ante la eventualidad de generados, serán retirados por el equipo a cargo de las mantenciones. Para asegurar lo anterior, el Titular establecerá clausulas en el contrato con las empresas encargados de las mantenciones. El cumplimiento normativo del presente cuerpo legal se demuestra en la solicitud del PAS 140 que se entrega en el marco de la presente evaluación. Para mayores antecedentes ver PAS 140 incorporado en Anexo 3.3 del presente Capítulo. Indicador que acredita su cumplimiento Fase de Construcción y Cierre: Autorización Ambiental del PAS 140, otorgada en el marco de la RCA respectiva. Autorización Sanitaria del PAS 140, otorgada de forma sectorial por la SEREMI de Salud respectiva. Autorización Sanitaria de empresa transportista. Autorización Sanitaria de lugar de disposición final. Registro de retiro de residuos. Registro de la declaración de Residuos Industriales No Peligrosos en SINADER del Sistema Ventanilla Única del RETC. Fase de Operación: Establecimiento de cláusulas, en los contratos con las empresas a cargo del servicio de mantención. En ellas se exigirá expresamente el retiro de todos los residuos generados y su disposición final en lugares autorizados por la SEREMI respectiva. Forma de control y seguimiento Fase de Construcción y Cierre: Se mantendrán las autorizaciones y los registros disponibles en faena para ser fiscalizados por la autoridad. Fase de Operación: Se mantendrán copias de los contratos. 7.27.- Ley N° 20.920/2016 del Ministerio del Medio Ambiente, "Establece Marco para la Gestión de Residuos, la Responsabilidad Extendida del Productor y Fomento al Reciclaje". Componente/Materia Residuos Sólidos Otros cuerpos legales No Aplica Fase del proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Operación y cierre Parte, obra o acción a la que aplica Manejo de residuos, áreas de acopio temporal. Forma de cumplimiento Una vez aprobado el Proyecto y emitida su Resolución de Calificación Ambiental favorable se acogerá a las indicaciones de esta Ley y en los casos que sea aplicable. Indicador que acredite su cumplimiento El Titular exigirá que el retiro de los residuos a reciclar se realice por una empresa que se encargue de dicho reciclaje, exigiéndose las autorizaciones correspondientes y el certificado que acredite dicha acción. Formas de control y seguimiento Se mantendrá el registro y seguimiento de los residuos entregados a gestores autorizados para su reciclaje. 7.28.- Decreto con Fuerza de Ley N° 725/1967 MINSAL Componente/Materia Residuos Líquidos Otros cuerpos legales D.S N° 594/99 MINSAL que Aprueba Reglamento sobre condiciones sanitarias y ambientales básicas en los lugares de trabajo. Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Fase de Construcción y Cierre Parte, obra, acción, emisión, residuo o sustancias a la que aplica Fase de Construcción: Durante las faenas constructivas, los trabajadores generarán aguas servidas producto de la utilización de los baños portátiles con lavamanos y duchas en Instalación de Faenas. Fase de Operación: Durante la fase de Operación se generarán residuos líquidos correspondientes a las aguas servidas provenientes de los baños utilizados durante las labores de mantención y conservación de la Planta, las que provendrán de la fosa séptica proyectada. Adicionalmente, se requerirá de agua es la limpieza de paneles, la cual será realizada 4 veces por año. Sin embargo, se aclara que esta actividad no generará efluentes, ya que el agua utilizada se evaporará desde la superficie de cada estructura o en su defecto, ésta caerá a la superficie del terreno y será absorbida. Dicha agua (que se absorberá) presenta características similares a las de agua lluvia, puesto que sólo contiene restos de polvo, y bajo ninguna circunstancia presentará contaminantes que puedan afectar la calidad del suelo y/o cursos superficiales o subterráneos. Fase de Cierre: Durante las faenas de desmantelamiento de las instalaciones, los trabajadores generarán aguas servidas producto de la utilización de los barios presentes en la instalación de faenas. Forma de cumplimiento Fase de Construcción: Durante la Fase de Construcción se contempla la generación de residuos líquidos domésticos debido al uso de los servicios higiénicos presentes en la instalación de faena (baños, lavamanos, y duchas portátiles). Dichos residuos serán retirados periódicamente por empresas autorizadas por la SEREMI de Salud de la Región respectiva. Dicha empresa será la encargada de la mantención, retiro y disposición final de las aguas servidas en un lugar autorizado. Fase de Operación: Durante la Fase de Operación del Proyecto se generarán residuos líquidos correspondientes a las aguas servidas provenientes de los baños utilizados durante las labores de mantención y conservación de la Planta. Las aguas servidas generadas en los servicios higiénicos serán conducidas hasta una fosa séptica de 14,00 m3 de capacidad correspondiente a un sistema de tratamiento primario. Posteriormente, el efluente tratado será conducido y dispuesto en el subsuelo mediante drenes de infiltración. Para mayores antecedentes ver PAS 138 incorporado en Anexo 5.2 de la Adenda. Es importante señalar que no se generarán efluentes producto de la limpieza de los paneles, el agua utilizada se evaporará desde la superficie de cada estructura o en su defecto, ésta caerá a la superficie del terreno y será absorbida. Dicha agua (que se absorberá) presenta características similares a las de agua lluvia, puesto que sólo contiene restos de polvo, no presenta contaminantes que puedan afectar la calidad del suelo y/o cursos superficiales o subterráneos. Fase de Cierre: Durante la Fase de Cierre del Proyecto se generarán residuos líquidos correspondientes a las aguas servidas provenientes de los baños utilizados durante las labores de desmantelamiento de las instalaciones. Las aguas servidas generadas en los servicios higiénicos serán conducidas hasta una fosa séptica de 14,00 m3 de capacidad correspondiente a un sistema de tratamiento primario. Posteriormente, el efluente tratado será conducido y dispuesto en el subsuelo mediante drenes de infiltración. Para mayores antecedentes ver PAS 138 incorporado en Anexo 5.2 de la Adenda. Indicador que acredita su Copia del contrato con el proveedor autorizado para el servicio de mantención de los cumplimiento servicios higiénicos y disposición final de las aguas servidas. Copia de la Autorización Sanitaria de la empresa encargada del servicio de mantención de baños químicos y disposición final de las aguas servidas. Registro de mantención de los baños químicos realizada por empresas autorizadas para estos efectos. Aprobación Ambiental del PAS 138 para el funcionamiento de la Fosa Séptica. Aprobación Sectorial del PAS 138 para el funcionamiento de la Fosa Séptica. Forma de control y Fase de Construcción y Cierre: seguimiento Se mantendrán los registros de las mantenciones de los servicios higiénicos disponibles en las dependencias del Proyecto, para ser fiscalizado por la Autoridad. Se mantendrán copias de las Autorizaciones Sanitarias de la empresa encargada de los servicios higiénicos otorgados por la SEREMI de Salud de la Región respectiva. 7.29.- Decreto Supremo N° 594/1999 MINSAL Componente/Materia Residuos Líquidos Otros cuerpos legales No Aplica Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Fase de Construcción y Cierre Parte, obra, acción, emisión, residuo o sustancias a la que aplica Fase de Construcción: Durante las faenas constructivas, los trabajadores generarán aguas servidas producto de la utilización de los baños portátiles con lavamanos y duchas en Instalación de Faenas. Fase de Operación: Durante la fase de Operación se generarán residuos líquidos correspondientes a las aguas servidas provenientes de los baños utilizados durante las labores de mantención y conservación de la Planta, las que provendrán de la fosa séptica proyectada. Adicionalmente, se requerirá de agua es la limpieza de paneles, la cual será realizada 4 veces por año. Sin embargo, se aclara que esta actividad no generará efluentes, ya que el agua utilizada se evaporará desde la superficie de cada estructura o en su defecto, ésta caerá a la superficie del terreno y será absorbida. Dicha agua (que se absorberá) presenta características similares a las de agua lluvia, puesto que sólo contiene restos de polvo, y bajo ninguna circunstancia presentará contaminantes que puedan afectar la calidad del suelo y/o cursos superficiales o subterráneos. Fase de Cierre: Durante las faenas de desmantelamiento de las instalaciones, los trabajadores generarán aguas servidas producto de la utilización de los baños presentes en la instalación de faenas. Forma de cumplimiento Fase de Construcción: Durante la Fase de Construcción se contempla la generación de residuos líquidos domésticos debido al uso de los servicios higiénicos presentes en la instalación de faena (baños, lavamanos, y duchas portátiles). Dichos residuos serán retirados periódicamente por empresas autorizadas por la SEREMI de Salud de la Región respectiva. Dicha empresa será la encargada de la mantención, retiro y disposición final de las aguas servidas en un lugar autorizado. Fase de Operación: Durante la Fase de Operación del Proyecto se generarán residuos líquidos correspondientes a las aguas servidas provenientes de los baños utilizados durante las labores de mantención y conservación de la Planta. Las aguas servidas generadas en los servicios higiénicos serán conducidas hasta una fosa séptica de 14,00 m3 de capacidad correspondiente a un sistema de tratamiento primario. Posteriormente, el efluente tratado será conducido y dispuesto en el subsuelo mediante drenes de infiltración. Para mayores antecedentes ver PAS 138 incorporado en Anexo 5.2 de la Adenda. Es importante señalar que no se generarán efluentes producto de la limpieza de los paneles, el agua utilizada se evaporará desde la superficie de cada estructura o en su defecto, ésta caerá a la superficie del terreno y será absorbida. Dicha agua (que se absorberá) presenta características similares a las de agua lluvia, puesto que sólo contiene restos de polvo, no presenta contaminantes que puedan afectar la calidad del suelo y/o cursos superficiales o subterráneos. Fase de Cierre: Durante la Fase de Cierre del Proyecto se generarán residuos líquidos correspondientes a las aguas servidas provenientes de los baños utilizados durante las labores de desmantelamiento de las instalaciones. Las aguas servidas generadas en los servicios higiénicos serán conducidas hasta una fosa séptica de 14,00 m3 de capacidad correspondiente a un sistema de tratamiento primario. Posteriormente, el efluente tratado será conducido y dispuesto en el subsuelo mediante drenes de infiltración. Para mayores antecedentes ver PAS 138 incorporado en Anexo 5.2 de la Adenda. Indicador que acredita su Copia del contrato con el proveedor autorizado para el servicio de mantención de los cumplimiento servicios higiénicos y disposición final de las aguas servidas. Copia de la Autorización Sanitaria de la empresa encargada del servicio de mantención de baños químicos y disposición final de las aguas servidas. Registro de mantención de los baños químicos realizada por empresas autorizadas para estos efectos. Aprobación Ambiental del PAS 138 para el funcionamiento de la Fosa Séptica. Aprobación Sectorial del PAS 138 para el funcionamiento de la Fosa Séptica. Forma de control y Fase de Construcción y Cierre: seguimiento Se mantendrán los registros de las mantenciones de los servicios higiénicos disponibles en las dependencias del Proyecto, para ser fiscalizado por la Autoridad. Se mantendrán copias de las Autorizaciones Sanitarias de la empresa encargada de los servicios higiénicos otorgados por la SEREMI de Salud de la Región respectiva. 7.30.- Decreto Supremo N° 655/1940 Ministerio del Trabajo Componente/Materia Residuos Líquidos Otros cuerpos legales No Aplica Fase del Proyecto a la que aplica o en la que dará cumplimiento Todas las Fases del Proyecto Parte, obra, acción, emisión, residuo o sustancias a la que aplica Fase de Construcción: Durante las faenas constructivas, los trabajadores generarán aguas servidas producto de la utilización de los baños portátiles con lavamanos y duchas en Instalación de Faenas. Fase de Operación: Durante la fase de Operación se generarán residuos líquidos correspondientes a las aguas servidas provenientes de los baños utilizados durante las labores de mantención y conservación de la Planta, las que provendrán de la fosa séptica proyectada. Adicionalmente, se requerirá de agua es la limpieza de paneles, la cual será realizada 4 veces por año. Sin embargo, se aclara que esta actividad no generará efluentes, ya que el agua utilizada se evaporará desde la superficie de cada estructura o en su defecto, ésta caerá a la superficie del terreno y será absorbida. Dicha agua (que se absorberá) presenta características similares a las de agua lluvia, puesto que sólo contiene restos de polvo, y bajo ninguna circunstancia presentará contaminantes que puedan afectar la calidad del suelo y/o cursos superficiales o subterráneos. Fase de Cierre: Durante las faenas de desmantelamiento de las instalaciones, los trabajadores generarán aguas servidas producto de la utilización de los baños presentes en la instalación de faenas. Forma de cumplimiento Fase de Construcción: Durante la Fase de Construcción se contempla la generación de residuos líquidos domésticos debido al uso de los servicios higiénicos presentes en la instalación de faena (baños, lavamanos, y duchas portátiles). Dichos residuos serán retirados periódicamente por empresas autorizadas por la SEREMI de Salud de la Región respectiva. Dicha empresa será la encargada de la mantención, retiro y disposición final de las aguas servidas en un lugar autorizado. Fase de Operación: Durante la Fase de Operación del Proyecto se generarán residuos líquidos correspondientes a las aguas servidas provenientes de los baños utilizados durante las labores de mantención y conservación de la Planta. Las aguas servidas generadas en los servicios higiénicos serán conducidas hasta una fosa séptica de 14,00 m3 de capacidad correspondiente a un sistema de tratamiento primario. Posteriormente, el efluente tratado será conducido y dispuesto en el subsuelo mediante drenes de infiltración. Para mayores antecedentes ver PAS 138 incorporado en Anexo 5.2 de la Adenda. Es importante señalar que no se generarán efluentes producto de la limpieza de los paneles, el agua utilizada se evaporará desde la superficie de cada estructura o en su defecto, ésta caerá a la superficie del terreno y será absorbida. Dicha agua (que se absorberá) presenta características similares a las de agua lluvia, puesto que sólo contiene restos de polvo, no presenta contaminantes que puedan afectar la calidad del suelo y/o cursos superficiales o subterráneos. Fase de Cierre: Durante la Fase de Cierre del Proyecto se generarán residuos líquidos correspondientes a las aguas servidas provenientes de los baños utilizados durante las labores de desmantelamiento de las instalaciones. 7.30.- Decreto Supremo N° 655/1940 Ministerio del Trabajo Las aguas servidas generadas en los servicios higiénicos serán conducidas hasta una fosa séptica de 14,00 m3 de capacidad correspondiente a un sistema de tratamiento primario. Posteriormente, el efluente tratado será conducido y dispuesto en el subsuelo mediante drenes de infiltración. Para mayores antecedentes ver PAS 138 incorporado en Anexo 5.2 de la Adenda. Indicador que acredita su cumplimiento Copia del contrato con el proveedor autorizado para el servicio de mantención de los servicios higiénicos y disposición final de las aguas servidas. Copia de la Autorización Sanitaria de la empresa encargada del servicio de mantención de baños químicos y disposición final de las aguas servidas. Registro de mantención de los baños químicos realizada por empresas autorizadas para estos efectos. Aprobación Ambiental del PAS 138 para el funcionamiento de la Fosa Séptica. Aprobación Sectorial del PAS 138 para el funcionamiento de la Fosa Séptica. Forma de control y seguimiento Fase de Construcción y Cierre: Se mantendrán los registros de las mantenciones de los servicios higiénicos disponibles en las dependencias del Proyecto, para ser fiscalizado por la Autoridad. Se mantendrán copias de las Autorizaciones Sanitarias de la empresa encargada de los servicios higiénicos otorgados por la SEREMI de Salud de la Región respectiva. 7.31.- Decreto Supremo N° 236/1926 Componente/Materia Residuos Líquidos Otros cuerpos legales No Aplica Fase del Proyecto a la que aplica o en la que dará cumplimiento Fase de Operación Parte, obra, acción, emisión, residuo o sustancias a la que aplica Fase de Construcción: Durante las faenas constructivas, los trabajadores generarán aguas servidas producto de la utilización de los baños portátiles con lavamanos y duchas en Instalación de Faenas. Fase de Operación: Durante la Fase de Operación se generarán residuos líquidos correspondientes a las aguas servidas provenientes de los baños utilizados durante las labores de mantención y conservación de la Planta, las que provendrán de la fosa séptica proyectada. Fase de Cierre: Durante las faenas de desmantelamiento de las instalaciones, los trabajadores generarán aguas servidas producto de la utilización de los baños presentes en la instalación de faenas. Forma de cumplimiento Fase de Construcción: Durante la Fase de Construcción se contempla la generación de residuos líquidos domésticos debido al uso de los servicios higiénicos presentes en la instalación de faena (baños, lavamanos, y duchas portátiles). Dichos residuos serán retirados periódicamente por empresas autorizadas por la SEREMI de Salud de la Región respectiva. Dicha empresa será la encargada de la mantención, retiro y disposición final de las aguas servidas en un lugar autorizado. Fase de Operación: Durante la Fase de Operación del Proyecto se generarán residuos líquidos correspondientes a las aguas servidas provenientes de los baños utilizados durante las labores de mantención y conservación de la Planta. Las aguas servidas generadas en los servicios higiénicos serán conducidas hasta una fosa séptica de 14,00 m3 de capacidad correspondiente a un sistema de tratamiento primario. Posteriormente, el efluente tratado será conducido y dispuesto en el subsuelo mediante drenes de infiltración. Para mayores antecedentes ver PAS 138 incorporado en Anexo 5.2 de la Adenda. Fase de Cierre: Durante la Fase de Cierre del Proyecto se generarán residuos líquidos correspondientes a las aguas servidas provenientes de los baños utilizados durante las labores de desmantelamiento de las instalaciones. Las aguas servidas generadas en los servicios higiénicos serán conducidas hasta una fosa séptica de 14,00 m3 de capacidad correspondiente a un sistema de tratamiento primario. Posteriormente, el efluente tratado será conducido y dispuesto en el subsuelo mediante drenes de infiltración. Para mayores antecedentes ver PAS 138 incorporado en Anexo 5.2 de la Adenda Indicador que acredita su cumplimiento Aprobación Ambiental del PAS 138 para el funcionamiento de la Fosa Séptica. Aprobación Sectorial del PAS 138 para el funcionamiento de la Fosa Séptica. Forma de control y seguimiento Fase de Construcción y Cierre: Se mantendrán copias de las autorizaciones de asociadas al funcionamiento de la fosa séptica en operación. Asimismo, se mantendrán los registros de mantenciones asociadas. 7.32.- Decreto Supremo N°148/2003 MINSAL Componente/Materia Residuos Peligrosos Otros cuerpos legales No Aplica Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Todas las Fases del Proyecto Parte, obra, acción, emisión, residuo o sustancias a la que aplica Fase de Construcción y cierre En esta Fase se considera la generación de 3 kg/mes de residuos peligrosos, conformados principalmente por paños contaminados, EPP en desuso y aceites usados. Cabe destacar que las mantenciones y/o reparaciones de maquinarias y vehículos utilizados durante las faenas de explotación serán realizadas en instalaciones externas, por lo cual no se contempla la generación de este tipo de residuos. Fase de Operación Durante la Fase de Operación se generarán residuos sólidos peligrosos producto de los paneles en desuso, aceites, lubricantes, huaipes y otros aparatos contaminados con este tipo Latas de lubricante (WD-40, tubos de espuma de poliuretano aislante), paños y EPP contaminados, los cuales serán almacenados temporalmente en la Bodega RESPEL. Cabe destacar que las mantenciones y/o reparaciones de maquinarias y vehículos utilizados durante las faenas de explotación serán realizadas en instalaciones externas, por lo cual no se contempla la generación de este tipo de residuos. Fase de Cierre En esta Fase se considera la generación de 3 kg/mes de residuos peligrosos, conformados principalmente por envases de pintura, envases spray de zinc, envases de grasa, lubricante y aceites. Cabe destacar que las mantenciones y/o reparaciones de maquinarias y vehículos utilizados durante las faenas de explotación serán realizadas en instalaciones externas, por lo cual no se contempla la generación de este tipo de residuos. Adicional a lo anterior, se contempla la generación de residuos peligrosos del tipo paneles fotovoltaicos, debido al desmantelamiento y retiro de las instalaciones. Dichos paneles serán reciclados, por una empresa autorizada para estos efectos. Forma de cumplimiento Fase de Construcción: Los residuos serán almacenados en una BAT para los Residuos Peligrosos generados en faena y retirados cada 6 meses, de acuerdo a las disposiciones en el D.S. N°148/2003 MINSAL. Fase de Operación: Los residuos serán almacenados en la Bodega RESPEL a la espera de retiro por parte de la empresa Autorizada por la SEREMI de Salud respectiva para el trasporte y disposición de este tipo de residuos. Fase de Cierre: Los paneles fotovoltaicos en desuso serán reciclados, en la medida de lo posible, de lo contrario serán retirados y dispuestos a lugares autorizados por la SEREMI de Salud respectiva. El cumplimiento normativo del presente cuerpo legal se demuestra en la solicitud del PAS 142. Indicador que acredita su cumplimiento Todas las fases del Proyecto: Autorización Ambiental del PAS 142, otorgada en el marco de la RCA respectiva. Autorización Sanitaria del PAS 142, otorgada de forma sectorial por la SEREMI de Salud. Autorización Sanitaria de empresa transportista. Autorización Sanitaria de lugar de disposición final. Registro de retiro de residuos. Registro de la declaración de Residuos Industriales Peligrosos en Sistema Ventanilla Única del RETC. Forma de control y seguimiento Fase de construcción y cierre: Se mantendrán las autorizaciones y los registros disponibles en faena para ser fiscalizados por la autoridad. 7.33.- Resolución. Exenta. N°359/2005 MINSAL Componente/Materia Residuos Peligrosos Otros cuerpos legales No Aplica Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Todas las Fases del Proyecto Parte, obra, acción, emisión, residuo o sustancias a la que aplica Fase de Construcción: En esta Fase se considera la generación de 3 kg/mes de residuos peligrosos, conformados principalmente por paños contaminados, EPP en desuso y aceites usados. Cabe destacar que las mantenciones y/o reparaciones de maquinarias y vehículos utilizados durante las faenas de explotación serán realizadas en instalaciones externas, por lo cual no se contempla la generación de este tipo de residuos. Fase de Operación: Durante la Fase de Operación se generarán residuos sólidos peligrosos producto de los paneles en desuso, aceites, lubricantes, huaipes y otros aparatos contaminados con este tipo Latas de lubricante (WD-40, tubos de espuma de poliuretano aislante), paños y EPP contaminados, los cuales serán almacenados temporalmente en la Bodega RESPEL. Fase de Cierre: En esta Fase se contempla la generación de residuos peligrosos del tipo paneles fotovoltaicos, debido al desmantelamiento y retiro de las instalaciones. Dichos paneles serán reciclados, por una empresa autorizada para estos efectos. Forma de cumplimiento Fase de Construcción: Los residuos serán almacenados en una BAT para los Residuos Peligrosos generados en faena y retirados cada 6 meses, de acuerdo a las disposiciones en el D.S. N°148/2003 MINSAL. Fase de Operación: Los residuos serán almacenados en la Bodega RESPEL a la espera de retiro por parte de la empresa Autorizada por la SEREMI de Salud respectiva para el trasporte y disposición de este tipo de residuos. Fase de Cierre: Los paneles fotovoltaicos en desuso serán reciclados, en la medida de lo posible, de lo contrario serán retirados y dispuestos a lugares autorizados por la SEREMI de Salud respectiva. En ambas fases del Proyecto se procederá a realizar las correspondientes Declaraciones. Indicador que acredita su cumplimiento Todas las Fases del Proyecto: -Comprobantes de las Declaraciones realizadas. Forma de control y seguimiento Todas las Fases del Proyecto: -Registros de los comprobantes de las Declaraciones. 7.34.- Resolución Exenta N°499/2006 MINSAL Componente/Materia Residuos Peligrosos Otros cuerpos legales No Aplica Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Todas las Fases del Proyecto Parte, obra, acción, emisión, residuo o sustancias a la que aplica Fase de Construcción: En esta Fase se considera la generación de 3 kg/mes de residuos peligrosos, conformados principalmente por paños contaminados, EPP en desuso y aceites usados. Cabe destacar que las mantenciones y/o reparaciones de maquinarias y vehículos utilizados durante las faenas de explotación serán realizadas en instalaciones externas, por lo cual no se contempla la generación de este tipo de residuos. Fase de Operación: Durante la Fase de Operación se generarán residuos sólidos peligrosos producto de los paneles en desuso, aceites, lubricantes, huaipes y otros aparatos contaminados con este tipo Latas de lubricante (WD-40, tubos de espuma de poliuretano aislante), paños y EPP contaminados, los cuales serán almacenados temporalmente en la Bodega RESPEL. Fase de Cierre: En esta fase se contempla la generación de residuos peligrosos del tipo paneles fotovoltaicos, debido al desmantelamiento y retiro de las instalaciones. Dichos paneles serán reciclados, por una empresa autorizada para estos efectos. Forma de cumplimiento Fase de Construcción: Los residuos serán almacenados en una BAT para los Residuos Peligrosos generados en faena y retirados cada 6 meses, de acuerdo a las disposiciones en el D.S. N°148 MINSAL. Fase de Operación: Los residuos serán almacenados en la Bodega RESPEL a la espera de retiro por parte de la empresa Autorizada por la SEREMI de Salud respectiva para el trasporte y disposición de este tipo de residuos. Fase de Cierre: Los paneles fotovoltaicos en desuso serán reciclados, en la medida de lo posible, de lo contrario serán retirados y dispuestos a lugares autorizados por la SEREMI de Salud respectiva. En ambas fases del Proyecto se procederá a realizar las correspondientes Declaraciones. Indicador que acredita su cumplimiento Todas las Fases del Proyecto: Comprobantes de las Declaraciones realizadas. Forma de control y seguimiento Todas las Fases del Proyecto: Registros de los comprobantes de las Declaraciones. 7.35.- Ley N° 20.920/2016 del Ministerio del Medio Ambiente, "Establece Marco para la Gestión de Residuos, la Responsabilidad Extendida del Productor y Fomento al Reciclaje". Componente/Materia Residuos Peligrosos 7.35.- Ley N° 20.920/2016 del Ministerio del Medio Ambiente, "Establece Marco para la Gestión de Residuos, la Responsabilidad Extendida del Productor y Fomento al Reciclaje". Otros cuerpos legales No Aplica Fase del proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Todas las Fases del Proyecto. Parte, obra o acción a la que aplica Manejo de residuos, áreas de acopio temporal. Forma de cumplimiento Una vez aprobado el Proyecto y emitida su Resolución de Calificación Ambiental favorable se acogerá a las indicaciones de esta Ley y en los casos que sea aplicable. Al respecto, todo residuo peligroso generado durante la ejecución del Proyecto será segregado según su tipo, respetando las compatibilidades de estos. Se priorizará el reciclaje de aquellos residuos que puedan ser revalorizados, de manera que serán entregados a un gestor autorizado, de acuerdo a la normativa vigente. Indicador que acredite su cumplimiento El Titular exigirá que el retiro de los residuos peligrosos a reciclar se realice por una empresa que se encargue de dicho reciclaje, exigiéndose las autorizaciones correspondientes. Formas de control y seguimiento Se mantendrá el registro y seguimiento de los residuos peligrosos entregados a gestores autorizados para su reciclaje. 7.36.- Decreto Supremo N°75/1987 Componente/Materia Vialidad y Transporte Otros cuerpos legales No Aplica Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Fase de Construcción y Cierre Parte, obra, acción, emisión, residuo o sustancias a la que aplica Fase de Construcción y Cierre: Trasporte de materiales, insumos, y residuos Forma de cumplimiento Fase de Construcción y Cierre: El Titular cumplirá, a través de sus contratistas (en caso de aplicar), con la forma de transportar la carga por calles y caminos, de acuerdo a los contenidos del presente cuerpo legal, donde se señala entre otros, dimensiones de la carga de acuerdo al vehículo que la transporta, carga cubierta, forma de transporte de materiales, insumo o residuos que puedan escurrir, entre otras. Indicador que acredita su cumplimiento Fase de Construcción y Cierre: Registro en la entrada de la planta, a través de una lista de chequeo que permita verificar el estado de los materiales o insumos que se reciban. Asimismo, se elaborar a una lista de chequeo que permita corroborar el estado de los materiales o residuos que sea necesario retirar desde la Planta. Forma de control y seguimiento Fase de Construcción y Cierre: Mantención permanente de registros en planta disponibles para eventuales fiscalizaciones por parte de la autoridad. 7.37.- Decreto Supremo N°158/1980 MOP Componente/Materia Vialidad y Transporte Otros cuerpos legales No Aplica Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Fase de Construcción y Cierre Parte, obra, acción, emisión, residuo o sustancias a la que aplica Fase de Construcción y Cierre: Transporte de materiales, piezas o residuos por caminos públicos. Forma de cumplimiento Fase de Construcción y Cierre: El Titular cumplirá, a través de sus contratistas (en caso de aplicar), con el peso máximo de los vehículos que pueden circular por caminos públicos; y en caso que sea necesario transportar materiales o piezas que sobrepasen los límites exigidos, el titular solicitará los permisos correspondientes a la Dirección de Vialidad. Indicador que acredita su cumplimiento Fase de Construcción y Cierre: Guías de despacho de la carga que será transportada, asociada al viaje en camión realizado. Obtención del permiso por parte de la Dirección de Vialidad, en caso de ser necesario. Forma de control y seguimiento Fase de Construcción y Cierre: Mantención de un registro en obra con las guías de despacho de la carga transportada. Copia del permiso por parte de la Dirección de Vialidad, en caso de ser necesario. 7.38.- Decreto Fuerza Ley N° 1/2009 MTT Componente/Materia Vialidad y Transporte Otros cuerpos legales No Aplica Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Fase de Construcción y Cierre Parte, obra, acción, emisión, residuo o sustancias a la que aplica Fase de Construcción y Cierre: Trasporte de materiales, insumos, y residuos Forma de cumplimiento Fase de Construcción y Cierre: Los camiones a utilizar se ajustarán a las dimensiones establecidas en este Decreto. En el eventual caso de transporte de materiales, que por su tamaño y/o peso, impliquen el exceso de las medidas señaladas, se solicitará la autorización correspondiente a la Dirección de Vialidad y se acordarán las medidas de seguridad a adoptar en cada caso Indicador que acredita su cumplimiento Fase de Construcción y Cierre: En caso de ser necesario, se tendrá el permiso especial en la Dirección de Vialidad Forma de control y seguimiento Fase de Construcción y Cierre: Se contará con una copia en obra, de las características de la maquinaria utilizada. De esta manera se podrá tener un control de las dimensiones de la maquinaria, peso, tamaño, entre otras. 7.39.- Decreto de Fuerza Ley N°850/1998 MOP Componente/Materia Vialidad y Transporte Otros cuerpos legales No Aplica Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Fase de Construcción y Cierre Parte, obra, acción, emisión, residuo o sustancias a la que aplica Fase de Construcción y Cierre. Trasporte de materiales, insumos, y residuos Forma de cumplimiento Fase de Construcción y Cierre: El Titular cumplirá, a través de sus contratistas (en caso de aplicar), con la forma de transportar la carga por calles y caminos, de acuerdo a los contenidos del presente cuerpo legal, donde se señala entre otros, dimensiones de la carga de acuerdo al vehículo que la transporta, carga cubierta, forma de transporte de materiales, insumo o residuos que puedan escurrir, entre otras. Indicador que acredita su cumplimiento Fase de Construcción y Cierre: Registros de entrada y salida de camiones a las Instalaciones de Faenas. Forma de control y seguimiento Fase de Construcción y Cierre: -Vigilancia permanente del estado de los caminos transitados. -Mantener registro de entrada y salida de camiones a las instalaciones de faenas 7.40.- Decreto N° 19/1984 MOP Componente/Materia Vialidad y Transporte Otros cuerpos legales No aplica Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Fase de Construcción y Cierre Parte, obra, acción, emisión, residuo o sustancias a la que aplica Fase de Construcción y Cierre: Trasporte de materiales, insumos, y residuos Forma de cumplimiento Fase de Construcción y Cierre: El Titular cumplirá, a través de sus contratistas (en caso de aplicar), con la forma de transportar la carga por calles y caminos, de acuerdo a los contenidos del presente cuerpo legal, donde se señala entre otros, dimensiones de la carga de acuerdo al vehículo que la transporta, carga cubierta, forma de transporte de materiales, insumo o residuos que puedan escurrir, entre otras. Indicador que acredita su cumplimiento Fase de Construcción y Cierre: Se verificará mediante una lista de chequeo que en los vehículos utilizados se reparta la carga adecuadamente, utilizando camiones multi-ejes y provistos de señalización especial de seguridad (balizas, letreros, banderas, etc.) en caso necesario Forma de control y seguimiento Fase de Construcción y Cierre: Se mantendrá un registro de la lista de chequeo, en caso de aplicar. 7.41.- Decreto N° 200/1993 MOP Componente/Materia Vialidad y Transporte Otros cuerpos legales No Aplica Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará Fase de Construcción y Cierre cumplimiento Parte, obra, acción, emisión, residuo o sustancias a la que aplica Fase de Construcción y Cierre: Trasporte de materiales, insumos, y residuos Forma de cumplimiento Fase de Construcción y Cierre: El Titular cumplirá, a través de sus contratistas (en caso de aplicar), con la forma de transportar la carga por calles y caminos, de acuerdo a los contenidos del presente cuerpo legal, donde se señala entre otros, dimensiones de la carga de acuerdo al vehículo que la transporta, carga cubierta, forma de transporte de materiales, insumo o residuos que puedan escurrir, entre otras. Indicador que acredita su cumplimiento Fase de Construcción y Cierre: Autorización de la Dirección de Vialidad en caso de ser necesario. Forma de control y seguimiento Fase de Construcción y Cierre: Se mantendrá un registro de la autorización de la Dirección de Vialidad en caso de ser necesario. 7.42.- Decreto N°300/1995 MOP. Componente/Materia Vialidad y Transporte Otros cuerpos legales No Aplica Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Fase de Construcción y Cierre Parte, obra, acción, emisión, residuo o sustancias a la que aplica Fase de Construcción y Cierre: Trasporte de materiales, insumos, y residuos Forma de cumplimiento Fase de Construcción y Cierre: El Titular cumplirá, a través de sus contratistas (en caso de aplicar), con la forma de transportar la carga por calles y caminos, de acuerdo a los contenidos del presente cuerpo legal, donde se señala entre otros, dimensiones de la carga de acuerdo al vehículo que la transporta, carga cubierta, forma de transporte de materiales, insumo o residuos que puedan escurrir, entre otras. Indicador que acredita su cumplimiento Registros de entrada y salida de camiones a las instalaciones de faenas. Forma de control y seguimiento - Vigilancia permanente del estado de los caminos transitados. -Mantener registro de entrada y salida de camiones a las instalaciones de faenas 7.43.- Decreto N° 1665/2003 MOP. Componente/Materia Vialidad y Transporte Otros cuerpos legales No Aplica Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Fase de Construcción y Cierre Parte, obra, acción, emisión, residuo o sustancias a la que aplica Fase de Construcción y Cierre: Trasporte de materiales, insumos, y residuos Forma de cumplimiento Fase de Construcción y Cierre: El Titular cumplirá, a través de sus contratistas (en caso de aplicar), con la forma de transportar la carga por calles y caminos, de acuerdo a los contenidos del presente cuerpo legal, donde se señala entre otros, dimensiones de la carga de acuerdo al vehículo que la transporta, carga cubierta, forma de transporte de materiales, insumo o residuos que puedan escurrir, entre otras. Indicador que acredita su cumplimiento Fase de Construcción y Cierre: Registros de entrada y salida de camiones a las Instalaciones de Faenas. Forma de control y seguimiento Fase de Construcción y Cierre: Vigilancia permanente del estado de los caminos transitados. Mantener registro de entrada y salida de camiones a las Instalaciones de Faenas 7.44 .- Resolución Exenta N° 1/1995 MOP Componente/Materia Vialidad y Transporte Otros cuerpos legales No Aplica Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Fase de Construcción y Cierre Parte, obra, acción, emisión, residuo o sustancias a la que aplica Trasporte de materiales, insumos, y residuos Forma de cumplimiento Fase de Construcción y Cierre. El Titular cumplirá, a través de sus contratistas (en caso de aplicar), con la forma de transportar la carga por calles y caminos, de acuerdo a los contenidos del presente cuerpo legal, donde se señala entre otros, dimensiones de la carga de acuerdo al vehículo que la transporta, carga cubierta, forma de transporte de materiales, insumo o residuos que puedan escurrir, entre otras. Indicador que acredita su Fase de Construcción y Cierre: cumplimiento En el caso de transporte de equipos de proceso, que por su tamaño y/o peso, impliquen el exceso de las medidas señaladas, se solicitará la autorización correspondiente a la Dirección de Vialidad y se acordarán las medidas de seguridad a adoptar en cada caso Forma de control y Fase de Construcción y Cierre: seguimiento Vigilancia permanente del estado de los caminos transitados. Mantener registro de entrada y salida de camiones a las instalaciones de faenas 7.45.- Decreto Supremo N° 160/2009 MINECON Componente/Materia Combustible y Energía Otros cuerpos legales No Aplica Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Todas las Fases del Proyecto. Parte, obra, acción, emisión, residuo o sustancias a la que aplica No Aplica. El Proyecto no contempla realizar abastecimiento de combustible en obra, asimismo no contempla la implementación de estanques de combustibles de ningún tipo, siendo el combustible suministrado por instalaciones autorizadas para estos efectos. Forma de cumplimiento No Aplica. El Proyecto no contempla realizar abastecimiento de combustible en obra, asimismo no contempla la implementación de estanques de combustibles de ningún tipo, siendo el combustible suministrado por instalaciones autorizadas para estos efectos. Indicador que acredita su cumplimiento No Aplica. El Proyecto no contempla realizar abastecimiento de combustible en obra, asimismo no contempla la implementación de estanques de combustibles de ningún tipo, siendo el combustible suministrado por instalaciones autorizadas para estos efectos. Forma de control y seguimiento No Aplica. El Proyecto no contempla realizar abastecimiento de combustible en obra, asimismo no contempla la implementación de estanques de combustibles de ningún tipo, siendo el combustible suministrado por instalaciones autorizadas para estos efectos. 7.46.- NSEG 5 E.n.71. Componente/Materia Energía Otros cuerpos legales No Aplica Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Todas las Fases del Proyecto Parte, obra, acción, emisión, residuo o sustancias a la que aplica Línea de transmisión (poste de conexión), casetas y lugares que alberguen equipos eléctricos Forma de cumplimiento El diseño y construcción de la red de conexión cumplirá con las indicaciones que estipula la citada norma. Las instalaciones que así lo requieran serán declaradas ante la SEC y los comprobantes de cada declaración mantenidos en faena Indicador que acredita su cumplimiento Obtención de los respectivos permisos y/o concesiones para la construcción de Proyecto. Envío de información a la Superintendencia de Electricidad y Combustible, previo a la puesta en servicio Forma de control y seguimiento Registro de los respectivos permisos y/o concesiones para la construcción de Proyecto. Comprobante de remisión de información a la Superintendencia de Electricidad y Combustible 7.47.- Decreto de Fuerza Ley N°4/2006. MINECON Componente/Materia Energía Otros cuerpos legales No Aplica Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Fase de Operación Parte, obra, acción, emisión, residuo o sustancias a la que aplica Construcción, mantenimiento y desmantelamiento de la PFV Forma de cumplimiento Se comunicará a la SEC en forma oportuna mediante profesional certificado, la puesta en marcha de las instalaciones eléctricas, las cuales se diseñarán y construirán de acuerdo a lo establecido en la normativa vigente. Se capacitará a los trabajadores sobre lo establecido en la normativa vigente de manera de garantizar su seguridad. Indicador que acredita su cumplimiento Certificado de declaración ante la SEC. Registros de capacitaciones de seguridad a los trabajadores. Forma de control y seguimiento El Titular se encargará de dar revisión al certificado de Declaración ante la SEC. Se llevará un registro en planta de las capacitaciones realizadas a los trabajadores. 7.48.- Decreto N°291/2007 MINECON Componente/Materia Energía Otros cuerpos legales No Aplica Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Fase de Operación Parte, obra, acción, emisión, residuo o sustancias a la que aplica Generación de energía eléctrica Forma de cumplimiento El Proyecto consiste en la Construcción y Operación de una Planta Fotovoltaica (PFV) productora de energía eléctrica, a través de la transformación de la energía solar en energía eléctrica por medio de paneles fotovoltaicos, y su posterior conducción a través de cableado, para finalmente inyectar la energía generada al SIC. En razón de lo anterior, la empresa propietaria podrá ser miembro del CDEC. Indicador que acredita su cumplimiento Ingreso de la empresa propietaria al CDEC. Forma de control y seguimiento Registro de la Vigencia como miembro del CDEC por parte del propietario. 7.49.- Decreto 115/2004 MINECON Componente/Materia Energía Otros cuerpos legales No Aplica Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Todas las fases del Proyecto. Parte, obra, acción, emisión, residuo o sustancias a la que aplica Todas las obras del Proyecto. Forma de cumplimiento El proyecto respetará en cada una de las condiciones que establecen las normas de seguridad para las instalaciones del Proyecto. En el Capítulo de Descripción del Proyecto, se detallan las características que tendrán las diferentes instalaciones. Indicador que acredita su cumplimiento El Proyecto respetará las condiciones que establecen las normas de seguridad para las instalaciones del Proyecto utilizando materiales e instaladores certificados. Forma de control y seguimiento Certificado de los trabajadores, instalaciones y materiales a utilizar en el Proyecto. 7.50.- D.S. N° 4.188/1955, del Ministerio del Interior Componente/Materia Energía Otros cuerpos legales No Aplica Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Todas las fases del Proyecto Parte, obra, acción, emisión, residuo o sustancias a la que aplica Instalaciones eléctricas Forma de cumplimiento El diseño y construcción de la red de conexión cumplirá con las indicaciones que estipula la citada norma. Las instalaciones que así lo requieran serán declaradas ante la SEC y los comprobantes de cada Declaración mantenidos en faena Indicador que acredita su cumplimiento Como indicador se considera la obtención de los respectivos permisos y/o concesiones para la construcción de Proyecto y el comprobante de remisión de información a la Superintendencia de Electricidad y Combustible, previo a la puesta en servicio Forma de control y seguimiento Registro de los respectivos permisos y/o concesiones para la construcción de Proyecto y el comprobante de remisión de información a la Superintendencia de Electricidad y Combustible 7.51.- Decreto Supremo N° 327/1997 MINMINERIA Componente/Materia Energía Otros cuerpos legales No Aplica Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Fase de Operación Parte, obra, acción, emisión, residuo o sustancias a la que aplica Instalaciones Eléctricas Forma de cumplimiento En relación con el Reglamento, las especificaciones técnicas de los paneles y las actividades durante todas sus fases se regirán por las normas técnicas y reglamentos aplicables. El Titular preservará el normal funcionamiento de las instalaciones propias y de terceros y velará por la seguridad de las personas y el medio ambiente. Se comunicará a la SEC 15 días antes de la puesta en servicio de Proyecto Indicador que acredita su cumplimiento Declaración de las instalaciones que lo requieran ante Superintendencia de Electricidad y Combustibles (SEC). Forma de control y seguimiento Registro de las declaraciones de las instalaciones que lo requieran ante Superintendencia de Electricidad y Combustibles (SEC). 7.52.- Resolución Exenta N°321/2014 Ministerio de Energía Componente/Materia Energía Otros cuerpos legales No Aplica Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Fases de Construcción y Operación Parte, obra, acción, emisión, residuo o sustancias a la que aplica Instalación de Sistema Eléctrico y posterior mantención. Forma de cumplimiento El Titular se sujetará a las instrucciones, procedimientos y mecanismos de coordinación del sistema que emanen la norma técnica mencionada. Indicador que acredita su cumplimiento Informe que compruebe el cumplimiento de las normas exigidas. Forma de control y seguimiento Copia del informe que compruebe el cumplimiento de las normas exigidas. 7.53.- Decreto Supremo N°1.261/1957 Ministerio del Interior Componente/Materia Energía Otros cuerpos legales No Aplica Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Fase de Construcción Parte, obra, acción, emisión, residuo o sustancias a la que aplica Construcción y mantención de la Planta Fotovoltaica. Forma de cumplimiento El Titular se sujetará a las instrucciones, procedimientos y mecanismos de coordinación del sistema que emane esta norma. Indicador que acredita su cumplimiento Documentos que certifiquen el cumplimiento de la norma. Forma de control y seguimiento Copia de los documentos que certifiquen el cumplimiento de la norma. 7.54.- Resolución Exenta N°610/1982 Componente/Materia Energía Otros cuerpos legales No Aplica Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Fases de Construcción y Operación Parte, obra, acción, emisión, residuo o sustancias a la que aplica Instalación de sistema eléctrico de la Planta y posterior mantención. Forma de cumplimiento Esta norma prohíbe uso de PCBs en nuestro país, estableciendo que se "prohibe en todo el territorio nacional el uso de bifenilos policlorados, comercialmente conocidos como ascarele, como fluido dieléctrico en transformadores, condensadores y cualquier otro equipo eléctrico", además señala que "Los equipos eléctricos en operación, que usan bifenilos policlorados como fluido dieléctrico, podrán continuar con este elemento hasta que sea necesario su drenaje, después de lo cual solamente podrán ser rellenados con otros elementos que no contengan bifenilos policlorados". Con respecto al proyecto, el titular se compromete a cumplir en forma íntegra lo estipulado en esta resolución. Indicador que acredita su cumplimiento No Aplica Forma de control y seguimiento No Aplica 7.55.- NCh Elec 10/1984 SEC Componente/Materia Energía Otros cuerpos legales No Aplica Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Todas las Fases del Proyecto Parte, obra, acción, emisión, residuo o sustancias a la que aplica Operación de la PFV Forma de cumplimiento Se tramitaran los permisos correspondientes a la puesta en marcha del Proyecto ante la SEC y los comprobantes de que la Planta puede entrar a operar. Indicador que acredita su cumplimiento Obtención de los respectivos permisos y/o concesiones para la puesta en marcha del Proyecto. Envío de información a la Superintendencia de Electricidad y Combustible, previo a la puesta en servicio Forma de control y seguimiento Registro de los respectivos permisos y/o concesiones para la puesta en marcha del Proyecto. Comprobante de remisión de información a la Superintendencia de Electricidad y Combustible 7.56.- Ley N°20.096/2006 MINSEGPRES Componente/Materia Condiciones Sanitarias y Ambientales de los Trabajadores Otros cuerpos legales No Aplica. Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Todas las Fases del Proyecto Parte, obra, acción, emisión, residuo o sustancias a la que aplica Trabajadores en obra en Fase de Construcción, Fase de Operación (mantenciones) y Fase de Cierre (desmantelamiento y retiro de las instalaciones) Forma de cumplimiento Todas las Fases del Proyecto: Se exigirá que los contratistas entreguen a sus trabajadores protección para los rayos ultravioleta, a fin de que éstos estén protegidos, en todo momento que desarrollen tareas en el exterior. Indicador que acredita su cumplimiento Todas las Fases del Proyecto: Se mantendrá un registro e identificación de riesgos profesionales, el cual debe ser informado a los trabajadores. Registro de Inducciones a personal en materia de seguridad, entre las que destacan; uso de EPP y exposición solar para faenas realizadas al aire libre. Registro de entrega de EPP a los trabajadores. Forma de control y seguimiento Todas las Fases del Proyecto: Se mantendrán disponibles copias de los registros de entrega de EPP, de inducciones y finalmente registro de identificación de riesgos profesionales en las dependencias del Proyecto para su fiscalización. 7.57.- Decreto Supremo N° 594/1999 MINSAL Componente/Materia Agua Otros cuerpos legales No Aplica Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Todas las Fases del Proyecto Parte, obra, acción, emisión, residuo o sustancias a la que aplica Consumo de agua potable por parte de los trabajadores en las faenas constructivas. Esta agua tiene por objeto satisfacer la demanda asociada a consumo, higiene y aseo personal en todas las Fases del Proyecto. Forma de cumplimiento Todas las fases del Proyecto: El abastecimiento principal de agua potable será provisto mediante un "Sistema Particular de Aprovisionamiento de Agua Potable" a través de la implementación de cuatro (4) Estanques de Almacenamiento de Agua (EAA) con capacidad de 5 m3 cada uno, utilizados para el almacenamiento y posterior distribución de agua potable para consumo humano y uso en servicios higiénicos (baños, duchas y lavamanos conectados a fosa séptica). El agua será almacenada en EAA, cuya cantidad y características corresponderá a lo establecido en el D.S. N° 594/1999 MINSAL. El suministro de agua potable, necesario para el llenado de los EAA, será contratado a una empresa debidamente autorizada por la Autoridad Sanitaria respectiva, exigiendo los documentos que permitan acreditan el cumplimiento de la calidad de agua y de las fuentes de extracción, siendo exigencias establecidas en las cláusulas de contrato. De forma complementaria, durante la Fase de Construcción y Cierre del Proyecto, el Titular mantendrá el abastecimiento de agua potable mediante bidones sellados de agua purificada adquiridos a terceros autorizados por la SEREMI de Salud respectiva. Esto último considerando una dotación de 2 litros por persona/día, trasladados de forma semanal. Lo anterior, será establecido en las cláusulas de contrato con dichas empresas. Indicador que acredita su Todas las fases del Proyecto: cumplimiento Registro de la compra de agua potable a proveedores autorizados. Copia de la Autorización Sanitaria de la empresa encargada del suministro de agua potable. Registro de mantención de los servicios higiénicos realizada por empresas autorizadas para estos efectos (Fase de Construcción y Cierre). Copia de la Autorización Sanitaria de la empresa encargada de la mantención de los baños portátiles (Fase de Construcción y Cierre). Forma de control y Todas las fases del Proyecto: seguimiento Se mantendrán los registros de compra de agua potable disponibles en las dependencias del Proyecto, para ser fiscalizado por la Autoridad. Se mantendrán copias de las Autorizaciones Sanitarias de las empresas encargadas del abastecimiento de agua potable. Se mantendrán copias de las Autorizaciones de las empresas encargadas de la mantención de los servicios higiénicos otorgados por la SEREMI respectiva (Fase de Construcción y Cierre). 7.58.- Decreto con Fuerza de Ley N°725/67 MINSAL Componente/Materia Agua Otros cuerpos legales No Aplica Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Todas las fases del Proyecto. Parte, obra, acción, emisión, residuo o sustancias a la que aplica Consumo de agua potable por parte de los trabajadores en las faenas constructivas. Esta agua tiene por objeto satisfacer la demanda asociada a consumo, higiene y aseo personal en todas las Fases del Proyecto. Forma de cumplimiento Todas las fases del Proyecto: El abastecimiento principal de agua potable será provisto mediante un "Sistema Particular de Aprovisionamiento de Agua Potable" a través de la implementación de cuatro (4) Estanques de Almacenamiento de Agua (EAA) con capacidad de 5 m3 cada uno, utilizados para el almacenamiento y posterior distribución de agua potable para consumo humano y uso en servicios higiénicos (baños, duchas y lavamanos conectados a fosa séptica). El agua será almacenada en EAA, cuya cantidad y características corresponderá a lo establecido en el D.S. N° 594/1999 MINSAL. El suministro de agua potable, necesario para el llenado de los EAA, será contratado a una empresa debidamente autorizada por la Autoridad Sanitaria respectiva, exigiendo los documentos que permitan acreditan el cumplimiento de la calidad de agua y de las fuentes de extracción, siendo exigencias establecidas en las cláusulas de contrato. De forma complementaria, durante la Fase de Construcción y Cierre del Proyecto, el Titular mantendrá el abastecimiento de agua potable mediante bidones sellados de agua purificada adquiridos a terceros autorizados por la SEREMI de Salud respectiva. Esto último considerando una dotación de 2 litros por persona/día, trasladados de forma semanal. Lo anterior, será establecido en las cláusulas de contrato con dichas empresas. Indicador que acredita su cumplimiento Todas las fases del Proyecto: Registro de la compra de agua potable a proveedores autorizados. Copia de la Autorización Sanitaria de la empresa encargada del suministro de agua potable. Registro de mantención de los servicios higiénicos realizada por empresas autorizadas para estos efectos (Fase de Construcción y Cierre). Copia de la Autorización Sanitaria de la empresa encargada de la mantención de los baños portátiles (Fase de Construcción y Cierre). Forma de control y seguimiento Todas las fases del Proyecto: - Se mantendrán los registros de compra de agua potable disponibles en las dependencias del Proyecto, para ser fiscalizado por la Autoridad. - Se mantendrán copias de las Autorizaciones Sanitarias de las empresas encargadas del abastecimiento de agua potable. - Se mantendrán copias de las Autorizaciones de las empresas encargadas de la mantención de los servicios higiénicos otorgados por la SEREMI respectiva (Fase de Construcción y Cierre). 7.59.- Decreto N°47/92 MINVU Componente/Materia Suelo Otros cuerpos legales Aprueba Nueva Ley General de Urbanismo y Construcciones Decreto con Fuerza de Ley N°458/1975 Ministerio de Vivienda y Urbanismo. Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Fase de Construcción Parte, obra, acción, emisión, residuo o sustancias a la que aplica Estructuras de soporte. Salas eléctricas, conformadas por: Inversores. Transformadores. Celdas (celdas de línea, celda de protección y de medida). Cableado: Cableado corriente continua. Cableado corriente alterna. Línea de Evacuación Eléctrica. Bodegas de materiales. Bodega de residuos sólidos peligrosos (RESPEL). Estanques de almacenamiento de agua potable. Fosa Séptica. Cerco perimetral. Mejoramiento de camino de acceso; Habilitación de camino interno. Obras y/o acciones temporales Instalación de Faenas, conformada por: Caseta de control. Oficinas. Comedores. Batíos portátiles. Estacionamiento de vehículos livianos. Estacionamiento de maquinaria. Zona de descarga de materiales. Zona de almacenamiento temporal de materiales. Área de almacenamiento temporal de residuos domiciliarios. Área de almacenamiento temporal de residuos industriales no peligrosos. Área de Lavado de Canoas de Camiones Mixer. Forma de cumplimiento Fase de Construcción: En relación al presente cuerpo legal (Art 55) y para efectos de ejecutar este Proyecto, se requiere la obtención del Permiso Ambiental Sectorial 160 del D.S. N° 40/2012 MMA sobre "Permiso para subdividir y urbanizar terrenos rurales o para construcciones fuera de los límites urbanos", ya que se requiere de Instalaciones de Faena y bodegas en suelo de uso agrícola. Para mayores antecedentes ver PAS 160 incorporado en Anexo 3.5 de la DIA Indicador que acredita su cumplimiento Fase de Construcción: Obtención de la aprobación ambiental del PAS 160 del D.S. N° 40/2012 MMA, mediante RCA. Obtención de Informe Favorable para la Construcción (IFC) de la SEREMI de Agricultura. Permiso de obras previas. Permiso de edificación. Recepción definitiva de obras. Forma de control y seguimiento Fase de Construcción Los antecedentes del PAS160, se encontrarán disponibles en la página del e-SEIA para revisión de la Autoridad. Los antecedentes del IFC se encontrarán disponibles en Planta ante eventuales fiscalizaciones por parte de la autoridad. Los antecedentes que evidencien la solicitud permiso de obras previas, permiso de edificación y recepción definitiva de obras. 7.60.- Decreto Ley N°3.557/1981 MINAGRI Componente/Materia Flora y Vegetación Otros cuerpos legales No Aplica Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Todas las Fases del Proyecto. Parte, obra, acción, emisión, residuo o sustancias a la que aplica Generación de residuos. Forma de cumplimiento Durante todas las fases se realizará un manejo adecuado de los residuos generados por el Proyecto, utilizadas como insumo para su ejecución, de modo de evitar cualquier riesgo de contaminar el componente suelo. Para lo anterior se dará estricto cumplimiento de la normativa de manejo de residuos. Indicador que acredita su cumplimiento Se contará con todas las autorizaciones asociadas al almacenamiento, retiro y disposición final de residuos. Forma de control y seguimiento El Titular revisará en forma periódica que los indicadores de cumplimiento, así como el cumplimiento normativo se realicen en la forma indicada. 7.61.- Ley N°19.473/1996 MINAGRI Componente/Materia Fauna Terrestre Otros cuerpos legales No Aplica Fase a la que aplica Todas las Fases del Proyecto Parte, obra o acción a la que aplica Construcción obras permanentes y obras temporales; operación del Proyecto (mantenciones) y cierre y desmantelamiento de las instalaciones. Forma de cumplimiento Previo a la información de cumplimiento normativo asociado, se aclara que el Titular desarrolló una Caracterización de la Fauna presente en el Área de Influencia definida (ver Capítulo 2; Anexo 2.3). A partir de dicha caracterización se concluye que el Área de Influencia del Proyecto: No se registraron sitios singulares para la fauna en general. Se registraron nueve (9) especies, correspondientes en un 77,8 % (7 especies) al grupo de las aves y un 11,1% (1 especie) a mamíferos y reptiles (1 especie) este último con estado de conservación Preocupación menor. No se registró la presencia de anfibios durante la campaña. En conclusión, el Área de Influencia del Proyecto posee una escaza presencia de vegetación, exceptuando las zonas agrícolas vecinas, situadas en el área de la LMT, lo que influye en la baja diversidad y riqueza de especies identificadas en el AI del Proyecto. Cabe mencionar, que, durante la prospección realizada en esta caracterización, no se registraron sitios de nidificación o reproducción para la fauna. Del mismo modo, se indica que no se registraron sitios singulares para la fauna en general. Sin perjuicio de lo anterior, y para evitar eventuales afectaciones, el Proyecto contempla: Realizar movimientos de tierra únicamente al interior del área de emplazamiento del Proyecto, a través del uso de los caminos o huellas existentes. Durante la Construcción se evitará la ocupación innecesaria de suelos que no serán utilizados directamente por las obras del Proyecto. Se prohibirá la sustracción, caza o alteración de cualquier eventual especie de fauna que pudiese ubicarse en el área del Proyecto. Se implementará señalética que den a conocer a los trabajadores sobre dichas prohibiciones. Habrá prohibición de arrojar basuras domésticas o industriales fuera de los lugares específicamente habilitados para tal efecto. Se realizarán charlas de inducción a los trabajadores relativos a la fauna silvestre y la prohibición de sustraer, cazar o alterar de alguna forma las especies silvestres en el sector. Indicador que acredita su cumplimiento Señalética que señale la prohibición de cazar. Registro de las capacitaciones que contendrá a lo menos, nombre, firma, fecha y tiempo que duro la inducción. Forma de control y seguimiento Estado de señalética. Se realizarán registros de las capacitaciones. 7.62.- Decreto Supremo N°5/2015 MINAGRI Componente/Materia Fauna Terrestre Fase a la que aplica Todas las Fases del Proyecto Parte, obra o acción a la que aplica Construcción obras permanentes y obras temporales; operación del Proyecto (mantenciones) y Cierre y desmantelamiento de las instalaciones. Forma de cumplimiento Previo a la información de cumplimiento normativo asociado, se aclara que el Titular desarrolló una Caracterización de la Fauna presente en el Área de Influencia definida (ver Capítulo 2; Anexo 2.1). A partir de dicha caracterización se concluye que el Área de Influencia del Proyecto: No se registraron sitios singulares para la fauna en general. Se registraron nueve (9) especies, correspondientes en un 77,8 % (7 especies) al grupo de las aves y un 11,1% (1 especie) a mamíferos y reptiles (1 especie) este último con estado de conservación Preocupación menor. No se registró la presencia de anfibios durante la campaña. En conclusión, el Área de Influencia del Proyecto posee una escaza presencia de vegetación, exceptuando las zonas agrícolas vecinas, situadas en el área de la LMT, lo que influye en la baja diversidad y riqueza de especies identificadas en el AI del Proyecto. Cabe mencionar, que, durante la prospección realizada en esta caracterización, no se registraron sitios de nidificación o reproducción para la fauna. Del mismo modo, se indica que no se registraron sitios singulares para la fauna en general. Sin perjuicio de lo anterior, y para evitar eventuales afectaciones, el Proyecto contempla: Realizar movimientos de tierra únicamente al interior del área de emplazamiento del Proyecto, a través del uso de los caminos o huellas existentes. Durante la Construcción se evitará la ocupación innecesaria de suelos que no serán utilizados directamente por las obras del Proyecto. Se prohibirá la sustracción, caza o alteración de cualquier eventual especie de fauna que pudiese ubicarse en el área del Proyecto. Se implementará señalética que den a conocer a los trabajadores sobre dichas prohibiciones. Habrá prohibición de arrojar basuras domésticas o industriales fuera de los lugares específicamente habilitados para tal efecto. Se realizarán charlas de inducción a los trabajadores relativos a la fauna silvestre y la prohibición de sustraer, cazar o alterar de alguna forma las especies silvestres en el sector. Indicador que acredita su Señalética que señalen la prohibición de cazar. cumplimiento Registro de las capacitaciones que contendrá a lo menos, nombre, firma, fecha y tiempo que duro la inducción. Forma de control y Estado de señalética. seguimiento Se realizarán registros de las capacitaciones. 7.63.- Ley N° 17.288/1970 Ministerio de Educación Pública Componente/Materia Patrimonio Cultural y Arqueológico Otros cuerpos legales No Aplica Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Fase de Construcción Parte, obra, acción, emisión, residuo o sustancias a la que aplica Todas las obras del Proyecto, entiéndase por estas: Obras permanentes: Paneles fotovoltaicos; Estructuras de soporte; Salas eléctricas, conformadas por: Inversores, Transformadores, Celdas (celdas de línea, celda de protección y de medida); Cableado: Cableado corriente continua; Cableado corriente alterna; Línea de Evacuación Eléctrica; Bodegas de materiales; Bodega de residuos sólidos peligrosos (RESPEL); Estanques de almacenamiento de agua potable; Fosa Séptica; Cerco perimetral; Mejoramiento de camino de acceso existente; Habilitación de camino interno. Obras y/o acciones temporales: Instalación de Faenas, conformada por: Caseta de control; Oficinas; Comedores; Baños portátiles; Estacionamiento de vehículos livianos; Estacionamiento de maquinaria; Zona de descarga de materiales; Zona de almacenamiento temporal de materiales; Área de almacenamiento temporal de residuos domiciliarios; Área de almacenamiento temporal de residuos industriales no peligrosos; Área de Lavado de Canoas de Camiones Mixer. Forma de cumplimiento Arqueología y Patrimonio Cultural La inspección visual arqueológica (ver Anexo 4.3 de la Adenda), efectuada sobre el 100% del área de influencia del Proyecto, da cuenta de la presencia de tres (3) recursos de valor patrimonial, todos correspondiente a huellas troperas denominadas AR-01; AR-02 y AR- 03. Cabe mencionar que AR-01 y AR-03 se encuentran al interior del polígono de intervención, mientras que AR-02 se encuentra del margen del área de intervención del Proyecto. Es por lo anterior, que en el Apéndice E del Anexo 4.3 de la Adenda, se presenta la Actualización del Plan de Manejo de Recursos de Valor Patrimonial para este Proyecto, mientras que en el Anexo 5.1 de la Adenda (Permiso Ambiental Sectorial 132) se incorporan las acciones de dicho Plan, las cuales serán ejecutadas y gestionadas a través de la tramitación del Permiso Sectorial correspondiente (Post RCA). Plan de Manejo Propuesto Cercado Perimetral — Fase de construcción Para los recursos de valor patrimonial ubicados en el margen o a las afueras del Proyecto, particularmente, AR-02, se sugiere implementar un área de exclusión, con el fin de evitar el acceso tanto de los trabajadores, como de maquinarias y vehículos. Para tal efecto, se debe considerar la construcción de un cerco discontinuo o en corchete con un búfer de al menos 10,0 metros por cada lado del último surco correspondiente. El cerco perimetral deberá ser de malla galvanizada y postes de 1,20 m de altura. Además, se debe contemplar la instalación de una señalética que indique el carácter protegido del material histórico y la prohibición de acceso. Ambas actividades deberán ser dirigidas y monitoreadas por un arqueólogo o licenciado en arqueología. Tanto el cerco como la señalización deberán ser instalados previo al inicio de las actividades de construcción, y su duración será hasta el final de éstas, de tal manera de proteger el sitio arqueológico durante la fase de ejecución de las obras del Proyecto. Por tal razón, ambos ítems deberán ser constantemente mantenidos, para asegurar el cumplimiento de su función. Conforme a lo expuesto, se confirma que los cierres provisorios deberán ser aplicados a todos los hallazgos arqueológicos, los cuales deberán serán implementados antes del inicio de la etapa de construcción y hasta la autorización del CMN para iniciar obras en el lugar. Seguimiento de rasgos lineales — Previo al inicio de la fase de construcción Los rasgos lineales ubicados al interior del proyecto (AR-01 y AR-03) deberán ser seguidos en toda su extensión del área de influencia, así como 1 km por cada lado fuera del área. Esto ha de realizarse según Castro et al. 2004, señalando características principales como orientación, extensión, descripción de elementos asociados, cronología tentativa, registro fotográfico, entre otros. El registro debe ser topográfico completo, sumado al levantamiento aerofotogramétrico detallado incluyendo imagen ortofoto en formato geotiff, sistema de coordenadas UTM en Datum WGS84, curvas de nivel en formato .shp en escala idónea con tabla de atributos y plano con viñetas con grilla de coordenadas, escala, simbología y norte, más el archivo KMZ del levantamiento realizado. Monitoreo Arqueológico Permanente - movimientos de tierras en faenas constructivas Junto con lo anterior, como medida de conservación de los sitios, se mantendrá un Monitoreo Arqueológico Permanente durante las obras que requieran de movimientos de tierra relacionadas con la fase de construcción del Proyecto, a modo de implementar de manera adecuada medidas de preservación del patrimonio cultural, en relación con eventualidades inherentes a las obras de excavación. Por otra parte, el monitoreo permitirá asegurar el buen estado de conservación de los cercos protectores de los sitios arqueológicos que se instalarán previo al inicio de la construcción de las obras en el sector correspondiente. Respecto al monitoreo, el Titular se compromete a: El monitoreo arqueológico permanente estará a cargo de arqueólogo(a) y/o licenciado(a) en arqueología y se efectuará en cada frente de trabajo relativo a las intervenciones de superficie y subsuelo del Proyecto. Se remitirá a la Superintendencia del Medio Ambiente informes mensuales de seguimiento del monitoreo arqueológico, incluyendo los siguientes antecedentes: Descripción de la matriz de sedimentos registrados en cada actividad y eventuales materiales arqueológicos (indicando su profundidad) que pudieran registrarse. Plan Mensual de trabajo de la constructora donde se especifique en libro de obras los días monitoreados por arqueólogo(a) y/o licenciado(a) en arqueología. Planos y fotos (de alta resolución) de los distintos frentes de excavación y sus diferentes etapas de avances. Al fmalizar las obras de excavación y remoción de superficie, se deberá remitir un Informe Final de Monitoreo Arqueológico a la Superintendencia del Medio Ambiente con un resumen ejecutivo de las actividades realizadas, detallando el eventual registro de monumentos arqueológicos. En caso de efectuar rescates arqueológicos, se deberá incluir la información correspondiente, revisión bibliográfica de la zona geográfica, el análisis arqueológico de cada uno de los tipos de materiales recuperados y el tratamiento de conservación de los mismos. Asimismo, el Informe Final deberá indicar la propuesta de destinación de los materiales que eventualmente se recuperen, para lo cual, se remitirá un documento oficial de la institución museográfica aceptando la eventual destinación. Charlas de inducción- Fase de Construcción Además, se realizarán charlas de inducción periódicas a la totalidad del personal interviniente en las obras, respecto de la ubicación y características de los recursos de valor patrimonial registrados, y de su carácter de bien protegido. En estas charlas además se presentarán los procedimientos que deben seguir los trabajadores en caso de encontrar algún nuevo hallazgo. Las charlas serán realizadas con una periodicidad mensual a los trabajadores de la obra sobre el componente arqueológico, a cargo del (la) profesional a cargo del monitoreo arqueológico. Se remitirán los contenidos de la inducción realizada y la constancia de asistencia a la misma con firma de cada trabajador Sin perjuicio de lo anterior, ante el posible hallazgo de restos artefactuales, ecofactuales y/o paleontológicos durante las obras que involucren movimientos de tierra, se debe dar aviso al Consejo de Monumentos Nacionales, con el fm de proteger el Patrimonio Cultural y cumplir con la normativa vigente (Ley de Monumentos Nacionales N° 17.288). Paleontología De la Caracterización de Paleontología (ver Anexo 2.11 de la DIA) la información recabada durante la investigación indica que el proyecto se emplazará sobre depósitos fluviales antiguos. Estos depósitos corresponden a sedimentos no consolidados Cuaternarios. Se trata de unidades formadas mayoritariamente por ripios y gravas con intercalaciones de arenas, limos y ocasionalmente diatomitas. Con base en la información recabada, y teniendo en cuenta la estratigrafía local, el potencial paleontológico de los depósitos fluviales presentes en la zona es considerado moderado y dado que no existen antecedentes bibliográficos que sustenten la existencia de fósiles en este tipo de depósitos sedimentarios dentro de la comuna de Arica, esta unidad debe ser considerada como Susceptible. En virtud de esto, el Proyecto contempla la Implementación de un protocolo a seguir en caso de hallazgos imprevistos. El protocolo detalla las acciones a seguir en caso de hallar especímenes en concordancia con la Ley 17.288 de Monumentos Nacionales y la Guía de Informes Paleontológicos (CMN, 2016). En ausencia del profesional paleontólogo en las obras, vigilar el cumplimiento de dicho protocolo quedará a cargo del encargado de obras y su personal quienes deberán adscribirse al mismo. Protocolo de Hallazgos Imprevistos Detención localizada de obras En caso de hallar posibles fósiles durante la ejecución de cualquiera de las etapas del proyecto, deberán detenerse las obras en el lugar del hallazgo en forma inmediata. Las obras podrán continuar en otros puntos por fuera del perímetro de protección y en caso de hallarse nuevos puntos con restos fósiles, deberá procederse de acuerdo al presente protocolo en cada caso. Definición del perímetro de protección Se establecerá un perímetro de seguridad que abarque un radio de 2 metros alrededor del punto donde se produjo el hallazgo, dentro del cual no podrán realizarse obras y solo tendrán acceso los profesionales responsables. Este perímetro debe ser correctamente delimitado y señalizado. Se deberá disponer para ello de la señalética adecuada que indique la restricción de ingreso al área y un cerco perimetral que limite y asegure el resguardo del hallazgo. En el caso de hallazgos múltiples se considerarán un perímetro a 2 m desde los especímenes más alejados del centro del lugar del hallazgo. Si el hallazgo parece formar una capa continua del subsuelo, es decir, si se encuentran fósiles en múltiples puntos distantes a una profundidad similar, deberá ordenarse la detención total de las obras que involucren remoción de tierras hasta que el CMN evalúe la situación. Informar a los profesionales responsables Dar aviso inmediato al jefe de obra o superior a cargo de los trabajos en la zona del hallazgo, informando de su localización exacta al departamento de Medio Ambiente, o similar, que represente al titular del proyecto. Estos deberán dar aviso del hallazgo al CMN. Notificación y evaluación del CMN Se deberá notificar al CMN acerca del hallazgo, para lo cual deberá emitirse un breve reporte en el cual se indique la naturaleza del hallazgo, las medidas de protección tomadas en el punto de hallazgo, su ubicación usando coordenadas UTM (Datum WGS 84) y un registro fotográfico de el o los especímenes y donde se hallaron. La notificación deberá ser informada al CMN por el encargado de Medio Ambiente, u otro representante del titular, en un plazo máximo de cinco días hábiles desde la fecha de descubrimiento del hallazgo. Posteriormente el CMN determinará las medidas a implementar por parte del titular, considerando la Ley N°17.288 y Reglamento DS N°484. Estas pueden incluir el inicio de monitoreo paleontológicos periódicos o permanentes, la realización de calicatas exploratorias y/o la creación de colecciones de referencia, entre otros; para lo cual deberá solicitarse un permiso de excavaciones. Las obras suspendidas solo podrán retomarse una vez se cuente con la autorización del CMN. Para mayores antecedentes ver Apéndice A del Anexo 2.10 de la DIA, sobre Caracterización de Paleontología. Adicional a lo anterior, el Titular se compromete a la implementación de charlas de inducción en paleontología, las cuales podrán ser supervisadas por un paleontólogo que cumpla con el perfil profesional aprobado por el CMN para estos fines (disponible en www.monumentos.cl), previo al inicio de las obras, y cada vez que se incorpore personal. Los informes de esta actividad serán suscritos por el paleontólogo a cargo de las charlas con periodicidad semestral, e incluirán un registro fotográfico de las actividades, además de las listas de asistencia firmadas por los trabajadores para cada charla. Indicador que acredita su Fase de Construcción: cumplimiento Seguimiento de rasgos lineales (huellas); (AR1 y AR3) Cercado perimetral de los recursos de valor patrimonial ubicados en el margen o a las afueras del Proyecto (AR-2) Monitoreo arqueológico. Inducción en temas relacionados con los recursos de valor patrimonial en el área de proyecto. Protocolo de hallazgos imprevistos. Forma de control y Fase de Construcción: seguimiento Se mantendrá los registros disponibles en las dependencias del Proyecto para fiscalización de la Autoridad. En caso que aplique: En el caso de algún eventual hallazgo, se cumplirá cada una de las medidas de protección, control y seguimiento establecidas por el CMN. Posterior a esto debiese solicitarse el Permiso Sectorial respectivo, lo cual también estará sujeto a un control y seguimiento. En forma periódica y cada vez que exista un nuevo ingreso, el Titular se asegurará que el personal cuente con sus inducciones respectivas 7.64.- Reglamento N°484/1990 Ministerio de Educación Pública Componente/Materia Patrimonio Cultural y Arqueológico Otros cuerpos legales No Aplica Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Fase de Construcción Parte, obra, acción, emisión, residuo o sustancias a la que aplica Todas las obras del Proyecto, entiéndase por estas: Obras permanentes Paneles fotovoltaicos; Estructuras de soporte; Salas eléctricas, conformadas por: Inversores, Transformadores, Celdas (celdas de línea, celda de protección y de medida); Cableado: Cableado corriente continua, Cableado corriente alterna, Línea de Evacuación Eléctrica; Bodegas de materiales; Bodega de residuos sólidos peligrosos (RESPEL); Estanques de almacenamiento de agua potable; Fosa Séptica; Cerco perimetral; Mejoramiento de Camino de acceso; y Habilitación de camino interno. Obras y/o acciones temporales Instalación de Faenas, conformada por: Caseta de control; Oficinas; Comedores; Baños portátiles; Estacionamiento de vehículos livianos; Estacionamiento de maquinaria; Zona de descarga de materiales; Zona de almacenamiento temporal de materiales; Área de almacenamiento temporal de residuos domiciliarios; Área de almacenamiento temporal de residuos industriales no peligrosos; Área de Lavado de Canoas de Camiones Mixer. Forma de cumplimiento Arqueología y Patrimonio Cultural La inspección visual arqueológica (ver Anexo 4.3 de la Adenda), efectuada sobre el 100% del área de influencia del Proyecto, da cuenta de la presencia de tres (3) recursos de valor patrimonial, todos correspondiente a huellas troperas denominadas AR-01; AR-02 y AR- 03. Cabe mencionar que AR-01 y AR-03 se encuentra al interior del polígono de intervención, mientras que AR-02 se encuentra del margen del área de intervención del Proyecto. Es por lo anterior, que en el Apéndice E del Anexo 4.3 de la Adenda, se presenta la Actualización del Plan de Manejo de Recursos de Valor Patrimonial para este Proyecto, mientras que en el Anexo 5.1 de la Adenda (Permiso Ambiental Sectorial 132) se incorporan las acciones de dicho Plan, las cuales serán ejecutadas y gestionadas a través de la tramitación del Permiso Sectorial correspondiente (Post RCA). Plan de Manejo Propuesto Cercado Perimetral — Fase de construcción Para los recursos de valor patrimonial ubicados en el margen o a las afueras del Proyecto, particularmente, AR-02, se sugiere implementar un área de exclusión, con el fin de evitar el acceso tanto de los trabajadores, como de maquinarias y vehículos. Para tal efecto, se debe considerar la construcción de un cerco discontinuo o en corchete con un búfer de al menos 10,0 metros por cada lado del último surco correspondiente. El cerco perimetral deberá ser de malla galvanizada y postes de 1,20 m de altura. Además, se debe contemplar la instalación de una señalética que indique el carácter protegido del material histórico y la prohibición de acceso. Ambas actividades deberán ser dirigidas y monitoreadas por un arqueólogo o licenciado en arqueología. Tanto el cerco como la señalización deberán ser instalados previo al inicio de las actividades de construcción, y su duración será hasta el final de éstas, de tal manera de proteger el sitio arqueológico durante la fase de ejecución de las obras del Proyecto. Por tal razón, ambos ítems deberán ser constantemente mantenidos, para asegurar el cumplimiento de su función. Conforme a lo expuesto, se confirma que los cierres provisorios deberán ser aplicados a todos los hallazgos arqueológicos, los cuales deberán serán implementados antes del inicio de la etapa de construcción y hasta la autorización del CMN para iniciar obras en el lugar. Seguimiento de rasgos lineales — Previo al inicio de la fase de construcción Los rasgos lineales ubicados al interior del proyecto (AR-01 y AR-03) deberán ser seguidos en toda su extensión del área de influencia, así como 1 km por cada lado fuera del área. Esto ha de realizarse según Castro et al. 2004, señalando características principales como orientación, extensión, descripción de elementos asociados, cronología tentativa, registro fotográfico, entre otros. El registro debe ser topográfico completo, sumado al levantamiento aerofotogramétrico detallado incluyendo imagen ortofoto en formato geotiff, sistema de coordenadas UTM en Datum WGS84, curvas de nivel en formato .shp en escala idónea con tabla de atributos y plano con viñetas con grilla de coordenadas, escala, simbología y norte, más el archivo KMZ del levantamiento realizado. Monitoreo Arqueológico Permanente - movimientos de tierras en faenas constructivas Junto con lo anterior, como medida de conservación de los sitios, se mantendrá un Monitoreo Arqueológico Permanente durante las obras que requieran de movimientos de tierra relacionadas con la fase de construcción del Proyecto, a modo de implementar de manera adecuada medidas de preservación del patrimonio cultural, en relación con eventualidades inherentes a las obras de excavación. Por otra parte, el monitoreo permitirá asegurar el buen estado de conservación de los cercos protectores de los sitios arqueológicos que se instalarán previo al inicio de la construcción de las obras en el sector correspondiente. Respecto al monitoreo, el Titular se compromete a: El monitoreo arqueológico permanente estará a cargo de arqueólogo(a) y/o licenciado(a) en arqueología y se efectuará en cada frente de trabajo relativo a las intervenciones de superficie y subsuelo del Proyecto. Se remitirá a la Superintendencia del Medio Ambiente informes mensuales de seguimiento del monitoreo arqueológico, incluyendo los siguientes antecedentes: Descripción de la matriz de sedimentos registrados en cada actividad y eventuales materiales arqueológicos (indicando su profundidad) que pudieran registrarse. Plan Mensual de trabajo de la constructora donde se especifique en libro de obras los días monitoreados por arqueólogo(a) y/o licenciado(a) en arqueología. Planos y fotos (de alta resolución) de los distintos frentes de excavación y sus diferentes etapas de avances. Al finalizar las obras de excavación y remoción de superficie, se deberá remitir un Informe Final de Monitoreo Arqueológico a la Superintendencia del Medio Ambiente con un resumen ejecutivo de las actividades realizadas, detallando el eventual registro de monumentos arqueológicos. En caso de efectuar rescates arqueológicos, se deberá incluir la información correspondiente, revisión bibliográfica de la zona geográfica, el análisis arqueológico de cada uno de los tipos de materiales recuperados y el tratamiento de conservación de los mismos. Asimismo, el Informe Final deberá indicar la propuesta de destinación de los materiales que eventualmente se recuperen, para lo cual, se remitirá un documento oficial de la institución museográfica aceptando la eventual destinación. Charlas de inducción- Fase de Construcción Además, se realizarán charlas de inducción periódicas a la totalidad del personal interviniente en las obras, respecto de la ubicación y características de los recursos de valor patrimonial registrados, y de su carácter de bien protegido. En estas charlas además se presentarán los procedimientos que deben seguir los trabajadores en caso de encontrar algún nuevo hallazgo. Las charlas serán realizadas con una periodicidad mensual a los trabajadores de la obra sobre el componente arqueológico, a cargo del (la) profesional a cargo del monitoreo arqueológico. Se remitirán los contenidos de la inducción realizada y la constancia de asistencia a la misma con firma de cada trabajador Sin perjuicio de lo anterior, ante el posible hallazgo de restos artefactuales, ecofactuales y/o paleontológicos durante las obras que involucren movimientos de tierra, se debe dar aviso al Consejo de Monumentos Nacionales, con el fm de proteger el Patrimonio Cultural y cumplir con la normativa vigente (Ley de Monumentos Nacionales N° 17.288). Paleontología De la Caracterización de Paleontología (ver Anexo 2.11 de la DIA) la información recabada durante la investigación indica que el proyecto se emplazará sobre depósitos fluviales antiguos. Estos depósitos corresponden a sedimentos no consolidados Cuaternarios. Se trata de unidades formadas mayoritariamente por ripios y gravas con intercalaciones de arenas, limos y ocasionalmente diatomitas. Con base en la información recabada, y teniendo en cuenta la estratigrafía local, el potencial paleontológico de los depósitos fluviales presentes en la zona es considerado moderado y dado que no existen antecedentes bibliográficos que sustenten la existencia de fósiles en este tipo de depósitos sedimentarios dentro de la comuna de Arica, esta unidad debe ser considerada como Susceptible. En virtud de esto, el Proyecto contempla la Implementación de un protocolo a seguir en caso de hallazgos imprevistos. El protocolo detalla las acciones a seguir en caso de hallar especímenes en concordancia con la Ley 17.288 de Monumentos Nacionales y la Guía de Informes Paleontológicos (CMN, 2016). En ausencia del profesional paleontólogo en las obras, vigilar el cumplimiento de dicho protocolo quedará a cargo del encargado de obras y su personal quienes deberán adscribirse al mismo. Protocolo de Hallazgos Imprevistos Detención localizada de obras En caso de hallar posibles fósiles durante la ejecución de cualquiera de las etapas del proyecto, deberán detenerse las obras en el lugar del hallazgo en forma inmediata. Las obras podrán continuar en otros puntos por fuera del perímetro de protección y en caso de hallarse nuevos puntos con restos fósiles, deberá procederse de acuerdo al presente protocolo en cada caso. Definición del perímetro de protección

Se establecerá un perímetro de seguridad que abarque un radio de 2 metros alrededor del punto donde se produjo el hallazgo, dentro del cual no podrán realizarse obras y solo tendrán acceso los profesionales responsables. Este perímetro debe ser correctamente delimitado y señalizado. Se deberá disponer para ello de la señalética adecuada que indique la restricción de ingreso al área y un cerco perimetral que limite y asegure el resguardo del hallazgo. En el caso de hallazgos múltiples se considerarán un perímetro a 2 m desde los especímenes más alejados del centro del lugar del hallazgo. Si el hallazgo parece formar una capa continua del subsuelo, es decir, si se encuentran fósiles en múltiples puntos distantes a una profundidad similar, deberá ordenarse la detención total de las obras que involucren remoción de tierras hasta que el CMN evalúe la situación. Informar a los profesionales responsables Dar aviso inmediato al jefe de obra o superior a cargo de los trabajos en la zona del hallazgo, informando de su localización exacta al departamento de Medio Ambiente, o similar, que represente al titular del proyecto. Estos deberán dar aviso del hallazgo al CMN. Notificación y evaluación del CMN Se deberá notificar al CMN acerca del hallazgo, para lo cual deberá emitirse un breve reporte en el cual se indique la naturaleza del hallazgo, las medidas de protección tomadas en el punto de hallazgo, su ubicación usando coordenadas UTM (Datum WGS 84) y un registro fotográfico de el o los especímenes y donde se hallaron. La notificación deberá ser informada al CMN por el encargado de Medio Ambiente, u otro representante del titular, en un plazo máximo de cinco días hábiles desde la fecha de descubrimiento del hallazgo. Posteriormente el CMN determinará las medidas a implementar por parte del titular, considerando la Ley N°17.288 y Reglamento DS N°484. Estas pueden incluir el inicio de monitoreo paleontológicos periódicos o permanentes, la realización de calicatas exploratorias y/o la creación de colecciones de referencia, entre otros; para lo cual deberá solicitarse un permiso de excavaciones. Las obras suspendidas solo podrán retomarse una vez se cuente con la autorización del CMN. Para mayores antecedentes ver Apéndice A del Anexo 2.10 de la DIA, sobre Caracterización de Paleontología. Adicional a lo anterior, el Titular se compromete a la implementación de charlas de inducción en paleontología, las cuales podrán ser supervisadas por un paleontólogo que cumpla con el perfil profesional aprobado por el CMN para estos fines (disponible en www.monumentos.cl), previo al inicio de las obras, y cada vez que se incorpore personal. Los informes de esta actividad serán suscritos por el paleontólogo a cargo de las charlas con periodicidad semestral, e incluirán un registro fotográfico de las actividades, además de las listas de asistencia firmadas por los trabajadores para cada charla. Indicador que acredita su Fase de Construcción: cumplimiento Seguimiento de rasgos lineales (huellas); (AR1 y AR3) Cercado perimetral de los recursos de valor patrimonial ubicados en el margen o a las afueras del Proyecto (AR-2) Monitoreo arqueológico. Inducción en temas relacionados con los recursos de valor patrimonial en el área de proyecto. Protocolo de hallazgos imprevistos. Forma de control y Fase de Construcción: seguimiento Se mantendrá los registros disponibles en las dependencias del Proyecto para fiscalización de la Autoridad. En caso que aplique: En el caso de algún eventual hallazgo, se cumplirá cada una de las medidas de protección, control y seguimiento establecidas por el CMN. Posterior a esto debiese solicitarse el Permiso Sectorial respectivo, lo cual también estará sujeto a un control y seguimiento. En forma periódica y cada vez que exista un nuevo ingreso, el Titular se asegurará que el personal cuente con sus inducciones respectivas 8. Que, durante el procedimiento de evaluación de la DIA el Titular del Proyecto propuso los siguientes compromisos ambientales voluntarios: 8.1.- Compromiso ambiental voluntario Coordinación de Flujos de Transporte durante festividad de la Cruz de Mayo — Fase de Construcción Impacto asociado Eventual dificultad en el desarrollo de las peregrinaciones desarrolladas en el área de influencia del Proyecto. Entiéndase por esta "festividad de la Cruz de Mayo" Fase del Proyecto a la que aplica Fase de Construcción. Objetivo, Objetivo: Permitir el libre desarrollo de manifestaciones religiosas desarrolladas por la Asociación de descripción y justificación Pequeños Agricultores de Arica y Parinacota (APAAP). Descripción: Se coordinará el flujo vehicular requerido por el Proyecto en el camino utilizado durante el desarrollo de las peregrinaciones, minimizando los flujos del Proyecto durante el desarrollo de las peregrinaciones. Para lo anterior se realizará reunión previa a festividad con la comunidad en la que se establezca Protocolo. Ver Protocolo de Coordinación de Flujos de Transporte incorporado en el Apéndice A del Anexo 3.3 de la Adenda complementaria, correspondiente al Capítulo 6 CAV. Justificación: Debido al uso de la ruta durante las faenas constructivas, el Proyecto requerirá coordinar el flujo vehicular asociado. Lugar, forma y oportunidad de implementación Lugar: En el camino utilizado para la peregrinación. Forma: Se realizará un ordenamiento a nivel interno, estableciendo la obligación de coordinar los flujos vehiculares tanto internos como los generados por cualquier subcontrato asociado al Proyecto. Por parte de los representantes del Proyecto se generará la disminución del flujo vehicular asociado al Proyecto en los días y horarios informados por la APAAP. Oportunidad de implementación: Durante las faenas constructivas, específicamente durante el mes de abril: Es importante señalar que el presente CAV será ejecutado únicamente en el caso que la construcción se traslape con las fechas de las peregrinaciones señaladas. Indicador que acredite su cumplimiento Para acreditar el cumplimiento se dejará registro de la coordinación interna. Además, se incorporarán como medios de verificación: • Registro de coordinación de reunión informativa y entrega de folletos. • Acta de reunión firmada por participantes de reunión, la que funcionará como mecanismo de verificación del protocolo. La comunidad APAAP, informará los días y horarios en los que se realizarán las 3 actividades de la Celebración de la "Cruz de Mayo" relacionadas con el uso de los caminos, entiéndase por estas; la procesión a principios de mes, las instancias de decoración del camino y la procesión cercana al 21 de mayo. En el caso de que surgiera otra actividad asociada a la celebración que involucre el uso de los caminos, esta deberá ser informada en la reunión de coordinación. Se registrará un canal de comunicación con el Titular (ya sea teléfono, correo electrónico y otro) a través del cual se informará cualquier modificación en las fechas y/o horarios en que se realizarán las actividades). También se generará registro de asistencia de participantes. Para mayores antecedentes ver Apéndice A sobre Protocolo de Coordinación de Flujos de Transporte. Forma de control y seguimiento El Titular, previo a la realización de las procesiones, se encargará de la coordinación de los flujos de transporte para adecuarse al compromiso propuesto conforme a lo indicado en el Protocolo incorporado. 9. Que, las medidas relevantes del Plan de Prevención de Contingencias y del Plan de Emergencias, son las siguientes: 9.1.- Riesgo de Sismos Riesgo o Contingencia Los sismos son riesgos naturales no controlables en términos de magnitud y frecuencia de ocurrencia, solo se puede prevenir eventos de accidentes asociados a ellos, con la entrega de instrucciones detalladas en el Plan de Emergencias. Fase del Proyecto a la que aplica Fase de Construcción, Operación y Cierre. Emplazamiento, parte, obra o acción asociada Toda el área del Proyecto. Acciones o medidas a implementar para prevenir la contingencia Fase de Construcción y Cierre: - Previo al inicio de cada fase del Proyecto, se dispondrá de planes de evacuación para estos eventos, indicando cuales son los sectores más susceptibles de ser afectados, lo que será difundido al personal. - Se definirán zonas de seguridad y se elaborará un Plan de Evacuación de Emergencia para cada subcontrato de construcción, el que incluirá un programa de comunicaciones, cuyo cumplimiento será verificado y controlado por el asesor en prevención de riesgos del Titular. - En cada una de las fases del Proyecto, se capacitará al personal, adoptando acciones físicas, emocionales y técnicas que permitan proteger la integridad de todas las personas expuestas a los eventos, con objeto que puedan desarrollar sus respectivos trabajos con total normalidad. - El diseño de ingeniería y la construcción de las Instalaciones del Proyecto, obedecerán a normas o estándares nacionales e internacionales de resistencia sísmica. - En el caso de ocurrir un sismo, en cualquiera de las Fases del Proyecto, se activará el Plan de Emergencias. Asimismo, se realizará un monitoreo del área afectada para evaluar y se informará de los daños a la Autoridad Pertinente. - Se realizarán simulacros en los cuales deberán participar todos los trabajadores de forma obligatoria con una frecuencia de al menos una vez al año. Forma de control y seguimiento Existirá registro de todos los procedimientos de simulacros y de capacitaciones realizadas. Este registro se encontrará presente en Planta y/o en zona de Instalación de Faenas según la fase que se esté ejecutando. Acciones o medidas a implementar para controlar la emergencia Ante un eventual riesgo sísmico, el personal deberá proceder de la siguiente manera. - No abandonar las instalaciones durante el sismo, ya que esto constituye un riesgo. - Alejarse de cables eléctricos, postes, edificio o cualquier lugar desde donde podrían caer objetos. - Buscar refugio al interior del edificio bajo vigas, umbrales de puertas, escritorios, etc.; pero siempre alejándose de ventanas y ventanales. - No encender fósforos, velas u objetos inflamables en el interior del edificio durante o después del sismo. Deben apagarse todos los fuegos y llamas abiertas que existan, además de cortar el suministro de gas que pudiese estar habilitado. - Si es necesario evacuar oficinas, se debe hacer en forma ordenada y con calma, dirigiéndose a la zona de seguridad más cercana. - Una vez iniciada la evacuación, por ningún motivo se podrá volver a las instalaciones. - El coordinador de la emergencia autorizará el reintegro a las funciones normales. - Finalmente, el reintegro de los trabajadores será autorizado sólo después que se haya inspeccionado personalmente todas las dependencias de la Planta, y cuando estas ofrezcan las condiciones de seguridad necesarias. Oportunidad y vía de comunicación a la SMA de la activación del plan Carta Informativa a SMA posterior a la ocurrencia del evento. Referencia a documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada Anexo 1.6: Plan de Prevención de Contingencias y Emergencias de la DIA. 9.2.- Riesgo de Falla en sistema de almacenamiento de residuos asimilables a domiciliarios, industriales no peligrosos y peligrosos Riesgo o Contingencia Durante el almacenamiento temporal de residuos asimilables a domiciliarios, industriales no peligrosos y residuos peligrosos es posible la ocurrencia de accidentes relacionados con el manejo de residuos. Fase del Proyecto a la que aplica Fase de Construcción, Operación y Cierre. Emplazamiento, parte, obra o acción asociada Instalación de Faenas. Acciones o medidas a implementar para prevenir la contingencia Para minimizar eventuales efectos ambientales derivados de fuga o derrame de residuos, se proveerá al personal a cargo de las herramientas y elementos de contención de derrames, tales como: - Palas - Escobillones - Arena o producto similar para la absorción de producto - Recipientes - Guantes - Tambores vacíos - Ante la detección de una eventual rotura de los contenedores, el Jefe de Operación y Mantenimiento del Proyecto se contactará con la empresa distribuidora de contenedores para su reposición. Residuos asimilables a domiciliarios e industriales no peligrosos: - Los sitios de almacenamiento de residuos estarán debidamente señalizados y delimitados. - Se contará con señalización de seguridad y el personal a cargo del manejo y manipulación de los residuos contará con el uso de Elementos de Protección Personal adecuados, como por ejemplo guantes resistentes, pechera o delantal impermeable y botas de goma. - Los residuos domésticos se dispondrán dentro de contenedores de basura fabricados de HDPE o similar, con tapa y sistema de ruedas con freno. - El almacenamiento será ordenado y no se obstruirán vías de ingreso. Deberá ser retirado en los tiempos comprometidos (3 veces por semana) evitando así la generación de vectores. Residuos peligrosos: - Ante riesgo o situación de posible derrame de residuos peligrosos dentro del área del Proyecto se dará aviso inmediato al jefe de oficina del Titular en terreno quien comandará las acciones durante la contingencia. - Se movilizará maquinaria para realizar pretiles para contener derrame. - Se colectarán los residuos peligrosos y suelos que hayan sido contaminados. - Si la contingencia ocurre en el trayecto hacia el sitio de disposición final, la empresa contratista se comunicará con Jefe de oficina del Titular quien en conjunto con encargado ambiental de empresa de transportes coordinará el retiro de material contaminado y la evaluación de los sitios donde se haya producido la contingencia. - Una vez terminada la contingencia, el jefe de oficina del Titular elaborará un informe de la contingencia y dará aviso correspondiente a SEREMI de Salud, SEA y SMA. Forma de control y seguimiento Se elaborarán registros de capacitación al personal específico sobre la manipulación de residuos. Estos registros se mantendrán actualizados y disponibles en el área de ejecución del Proyecto. Acciones o medidas a implementar para controlar la emergencia Residuos asimilares a domiciliarios e industriales no peligrosos: Ante situaciones no comprendidas en el manejo normal de residuos se dará aviso inmediato al encargado correspondiente, quien será el encargado de monitorear la contingencia; Si la emergencia corresponde a rotura de contenedores de residuos, se procederá a la limpieza y retiro de residuos los que serán enviados al área de acopio; Se movilizará la maquinaria para retiro de residuos y preparación de pretiles si la situación lo amerita; Una vez contenida la emergencia se procederá a la cuantificación y retiro del material que posiblemente sea contaminado con residuos. Este material será enviado a sitio de disposición final autorizado; El Jefe de oficina se contactará con la empresa distribuidora de contenedores para su reposición. Residuos Peligrosos: Definir el contenedor apropiado para recuperar el material derramado; Definir el equipo necesario y el plan de acción; Barrer y recoger con pala el material derramado para almacenarlo; Colectar y envasar el material contaminado; Muestrear el suelo durante y posterior al evento y los alrededores del suelo contaminado para comparar los daños generados; Las muestras serán enviadas a un laboratorio acreditado por el Instituto Nacional de Normalización (INN); Acciones para la descontaminación (se aplicarán según corresponda): Remover el suelo contaminado y escombros si requiere, Descontaminar todos los equipos, Envasar todo el material contaminado para descarte, Colectar muestras para certificación, Acciones Finales: Documentación (Reporte Final), Descripción del incidente en cuestión, incluyendo la cronología de los eventos, Mapa o dibujo del lugar, Listado de personal, agencias y organizaciones que asistieron al lugar, Fotografías, Información de la propiedad dañada y/o perjudicada. Oportunidad y vía de comunicación a la SMA de la activación del plan - Se notificará de forma inmediata (menos de 24 horas), luego de ocurrida y declara la emergencia mediante vía telefónica a los organismos competentes. -Una vez controlada la emergencia, en un plazo no mayor de 48 horas se emitirá por escrito un "Informe Preliminar" de la emergencia ocurrida y declara a los organismos competentes. Referencia a documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada Anexo 1.6: Plan de Prevención de Contingencias y Emergencias de la DIA. Anexo 3.3 "PAS 140" de la DIA. Anexo 3.4 "PAS 142" de la DIA. 9.3.- Riesgo de Derrame de aguas residuales de Lavado de Canoas de Camiones Mixer Riesgo o Contingencia Derrame de las aguas residuales de lavado de canoas Fase del Proyecto a la que aplica Fase de Construcción Emplazamiento, parte, obra o acción asociada Área de Lavado de Canoas de Camiones Mixer (Instalación de faenas) Acciones o medidas a implementar para prevenir la contingencia - Se realizarán capacitaciones a los trabajadores en relación al procedimiento de contingencia asociado. - El procedimiento considera instalar un polietileno grueso impermeable, como medida de protección para evitar la contaminación del suelo, el cual será revisado periódicamente con el fin de detectar cualquier imperfección o desgaste de material. - Se dispondrá de sistemas preventivos con el objeto de evitar derrames 9.3.- Riesgo de Derrame de aguas residuales de Lavado de Canoas de Camiones Mixer accidentales por fugas o roturas de las canaletas de los camiones hormigoneros considerando: - Se privilegiará el uso de camiones que dispongan sus propios sistemas de retención de derrames o vertidos accidentales. - Se dispondrá de sistemas de seguridad en las instalaciones de área de lavado de camiones mixer (antirrebase, anti goteo) u otro sistema de contención. - Para evitar algún tipo de goteo o filtración, se comprobará que las canaletas se encuentren en buen estado, además de encontrarse vacías antes del siguiente proceso de hormigonado y su posterior lavado. Forma de control y seguimiento - Registro de capacitaciones a los trabajadores respecto del procedimiento de contingencia aquí descrito. - Registro de inspecciones de polietileno en área de lavado de canoas. - Registro de inspecciones de estado de canaletas de camiones hormigoneros. - Registro de inspecciones de estado de sistemas preventivos con el objeto de evitar derrames accidentales por fugas o roturas de las canaletas de los camiones hormigonero. Acciones o medidas a implementar para controlar la emergencia Ante un eventual derrame, el personal en obra deberá: - Cortar inmediatamente la generación del agua residual generada (detener el lavado de canoas). - Contener el agua residual en algún tipo de estanque, bandejas de recogida de derrames o disponer de material impermeable para ello (polietileno). - Cuantificar el efecto generado mediante un registro. - Succión y traslado de las aguas residuales a fosa séptica en obra o en su defecto a sitios de tratamiento autorizados (evaluando caso a caso su factibilidad). Oportunidad y vía de comunicación a la SMA de la activación del plan - Se notificará de forma inmediata (menos de 24 horas), luego de ocurrida y declara la emergencia mediante vía telefónica a los organismos competentes. - Una vez controlada la emergencia, en un plazo no mayor de 48 horas se emitirá por escrito un "Informe Preliminar" de la emergencia ocurrida y declara a los organismos competentes. Cualquier incidente de esta naturaleza será informado también al SEA Nivel Central y SEREMI de Salud de la Región respetiva. Referencia a documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada Anexo 1.6: Plan de Prevención de Contingencias y Emergencias de la DIA. 9.4.- Riesgo de incendio Riesgo o Contingencia El riesgo de incendio se refiere a una condición que puede contribuir al inicio o propagación del fuego y que puede representar un peligro a la vida de las personas, animales y/o a la propiedad pública y privada. Fase del Proyecto a la que aplica Fase de Construcción, Operación y Cierre. Emplazamiento, parte, obra o acción asociada Todas las áreas del Proyecto. Acciones o medidas a implementar para prevenir la contingencia Fase de Construcción y Cierre - Se realizará la mantención periódica de las instalaciones eléctricas utilizadas en faenas. - Se realizará una capacitación a los trabajadores en el manejo de residuos peligrosos en el procedimiento de trabajo seguro para las actividades que puedan presentar riesgos de incendio. - Se dispondrá en las bodegas destinadas para almacenamiento de herramientas ubicadas en las instalaciones de faenas, de los elementos básicos requeridos para combatir cualquier amago de fuego o incendio, según lo establecido por la normativa vigente en esta materia (extintores, mangueras, tambores con arena, etc.). - En caso de originarse un incendio que no pueda ser controlado por el personal, se dará aviso por radio a carabineros y bomberos. Cualquier incidente de esta naturaleza será informado al SEA de la Región respectiva. Fase de Operación - Los materiales inflamables utilizados en la Operación (mantenciones) serán trasladados a diario, al momento de utilizarlos y serán retirados una vez terminadas las mantenciones. - Bajo ninguna circunstancia se contempla el almacenamiento de materiales en las instalaciones de EPV. - En caso de originarse un incendio que no pueda ser controlado por el personal, se dará aviso por radio a carabineros y bomberos. Cualquier incidente de esta naturaleza será informado al SEA de la Región de respectiva. - Se contará con un Sistema de Videovigilancia, el cual está compuesto por los siguientes elementos: a) Sistema perimetral térmico, para detectar y reconocer intrusiones con la ayuda de cámaras termias con el objeto de proteger el perímetro de planta y sus accesos. b) Sistema de supervisión de campo, utilizando las cámaras móviles tipo domo como complemento de las cámaras térmicas y como elemento de supervisión técnico de la planta. c) Sistema de transmisión de alarmas, (integrado en central de alarmas) para gestionar y tramitar las incidencias a la Central Receptora de alarmas y, posteriormente previa verificación, comunicas a las fuerzas de seguridad del Estado. d) Sistema disuasorio básico, mediante un Kit de balizamiento acústico/visual ubicado en cada columna del perímetro, así como un puesto central de audio en local y con conexión remota (streaming de audio). e) Sistema de control de accesos, mediante un sistema de activación desactivación del sistema de seguridad. g Sistema de integración, que permita unificar todo el equipamiento en una única interface con el usuario final para simplificar la gestión. Transmisión de la alarma: El Proyecto contará con un Sistema de Videovigilancia que contará con una Central de Alarmas, que recibirá las alarmas del sistema perimetral. Módulo Interface de Intrusión, que integrará el sistema de seguridad perimetral con la Central de Alarmas de la Planta, para poder enviar las incidencias a la Central Receptora de Alarmas. Medidas de prevención Reducción del riesgo de ocurrencia: a) De la vigilancia y el aviso a la autoridad• se mantendrá vigilancia permanente a fm de poder detectar oportunamente cualquier amago de incendio. En caso de ocurrir un evento de incendio, desde teléfonos celulares y de red fija, se dará aviso a los números de emergencias 130 y 132 (Departamento de Manejo del Fuego de CONAF y Bomberos de Chile, respectivamente). b) De la difusión: Se dará aviso a la junta de vecinos del sector acerca de las faenas realizadas en el predio, y en el acceso a este, se colocará un cartel que indique que se están realizando faena de limpieza de predio, donde se contempla la corta y retiro de plantaciones forestales y maleza. c) Del control de riesgo: se tomarán todas las medidas que posibiliten reducir el riesgo de incendios, entre estas; realizar retiro diario de los residuos vegetales en sector, prohibir la acumulación de los mismos, realizar capacitaciones a los trabajadores respecto de la prohibición de hacer fuego al interior de las áreas del Proyecto. Forma de control y seguimiento Se elaborarán registros de capacitación que se realizará a la brigada de emergencias sobre el uso de elementos de protección y el combate contra incendios. Estos registros se mantendrán actualizados y disponibles en el área de ejecución del Proyecto, para su presentación en el caso de ser solicitado por el órgano del estado con competencia de fiscalización. Acciones o medidas a implementar para controlar la emergencia Fase de Construcción, Operación y Cierre - Se activará la alarma de incendio. - Se dará aviso de inmediato al Jefe de Emergencias y al Coordinador de Emergencias. - Se activará el procedimiento contra incendios. Se utilizará extintores para extinguir el fuego, sólo si el siniestro es controlable. - Todo el personal se deberá reunir en una zona de seguridad, se hará recuento y se verificará que nadie permanezca en las dependencias. - Si no es posible controlar la situación se dará aviso inmediato a Bomberos y Carabineros y se evacuará a los trabajadores hacia las zonas de seguridad. - Se inspeccionará el área verificando la presencia de heridos. Si este fuera el caso, se trasladará de inmediato hasta un centro asistencial. - Sólo podrán reactivarse las actividades una vez que el siniestro este controlado. Oportunidad y vía de comunicación a la SMA de la activación del plan - Se notificará de forma inmediata (menos de 24 horas), luego de ocurrida y declara la emergencia mediante vía telefónica a los organismos competentes. -Una vez controlada la emergencia, en un plazo no mayor de 48 horas se emitirá por escrito un "Informe Preliminar" de la emergencia ocurrida y declara a los organismos competentes.- Cualquier incidente de esta naturaleza será informado también al SEA Nivel Central y SEREMI de Salud de la Región respetiva. Referencia a documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada Anexo 1.6: Plan de Prevención de Contingencias y Emergencias de la DIA. 9.5.- Riesgo de accidentes de tránsito Riesgo o Contingencia Implica la ocurrencia de choques contra obstáculos fijos o colisiones entre dos vehículos, atropellos y volcamientos. Al respecto, influyen en él, equivocadas maniobras al conducir, condiciones climáticas desfavorables, y mantención de los vehículos. Fase del Proyecto a la que aplica Fase de Construcción, Operación y Cierre. Emplazamiento, parte, obra o acción asociada Caminos externos e internos a utilizar en las distintas fases del Proyecto. Acciones o medidas a implementar para prevenir la contingencia Fase de Construcción y Cierre - Se dispondrá de señalización clara, visible y adecuada, tanto diurna como nocturna, lo cual será presentado para consideración de la Dirección de Vialidad antes de su instalación. - Se exigirá por contrato, el cumplimiento de toda la legislación aplicable al transporte de pasajeros o carga, materia cuyo cumplimiento se inspeccionará periódicamente. - Todos los vehículos y maquinarias deberán estar en buen estado, contarán con sus revisiones técnicas y gases vigentes, así como sus permisos de circulación al día, tal como lo indica la normativa. - El personal a contratar para manejar los camiones o maquinarias, será personal calificado, con licencia de conducir al día. Se les exigirá licencia según lo señalado en la Ley de Tránsito (N° 18.290). - Los vehículos que transporten maquinaria y materiales contarán con la señalización exigida por la legislación chilena. - El transporte de materiales se realizará de acuerdo con lo establecido en la legislación vigente. - Se capacitará a todo trabajador cuya función sea la operación de vehículos y/o maquinaria sobre el reglamento del tránsito. - El peso de los camiones cargados no deberá exceder los máximos permitidos de acuerdo a las rutas/puentes que se estén utilizando. En caso contrario, se obtendrán los permisos correspondientes de la Dirección de Vialidad. Forma de control y seguimiento Registro de capacitaciones a todos los trabajadores del Proyecto durante la Fase de Construcción del Proyecto. Las capacitaciones se realizarán al momento de ingreso del trabajador y se reforzará en forma permanente a lo largo de la Fase de Construcción. De forma adicional, se mantendrá un registro de las mantenciones de vehículos y maquinaria al día, y un registro fotográfico del buen estado de la señalética presente en los caminos internos del Proyecto. Acciones o medidas a implementar para controlar la emergencia Fase de Construcción y Cierre - Se informará al superior inmediato o Jefe de emergencias del accidente y se dimensionará la emergencia. - Se clasificará el evento accidente de tránsito (leve, serio, grave). - Se activará el Plan de Comunicaciones con Ambulancia, Bomberos y Carabineros, informando acerca de la ocurrencia del accidente, la gravedad de éste y la identificación de las personas y vehículos involucrados. - Se demarcará el área afectada, prohibiendo el ingreso a la zona del accidente. - Se inspeccionará, por parte del personal calificado, el área verificando la presencia de heridos. Si este fuera el caso se trasladará de inmediato hasta un centro asistencial. - Una vez controlada la situación, se procederá a restaurar la vialidad disponiendo equipos y maquinaria para ayudar a despejar la ruta en el más breve plazo (una vez que la autoridad responsable lo autorice). - Se dará aviso oportuno a las compañías de seguros involucradas. - Se entregará información oportuna a los encargados en la empresa. - Se registrará e informará el accidente en un formulario previamente definido. - Se realizará una completa descripción de la respuesta frente a la emergencia, recolectando todas las evidencias posibles, con el fin de hacer las correcciones que el caso amerite y mejorar los procedimientos. Oportunidad y vía de comunicación a la SMA de la activación del plan Carta Informativa a SMA posterior a la ocurrencia del evento. Referencia a documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada Anexo 1.6: Plan de Prevención de Contingencias y Emergencias de la DIA. 9.6.- Riesgo de accidentes de trabajadores Fase del Proyecto a la que aplica Fase de Construcción y Cierre. Emplazamiento, parte, obra o acción asociada Operación de maquinaria, condiciones sanitarias del ambiente laboral, manejo de residuos, trabajos en alturas, entre otros. Acciones o medidas a implementar para prevenir la contingencia Fase de Construcción - Durante esta Fase se contará con un experto en seguridad a tiempo completo que realizará capacitaciones periódicas a los trabajadores acerca de los riesgos de su trabajo y la forma de minimizarlos y evitarlos. - El experto de seguridad tendrá la responsabilidad de supervisar el cumplimiento de normas. También, tendrá la responsabilidad de informar a las autoridades correspondientes. - Será responsabilidad del contratista bajo supervisión del mandante, el proveer al personal de los elementos de seguridad que permitan la protección de la vida y la salud de los trabajadores. Estos elementos corresponden a cascos, lentes de seguridad, guantes, ropa de seguridad, protecciones auditivas (personal que la requiera), zapatos de seguridad u otros que determine el experto en seguridad. - Sin prejuicio de lo anterior, el Titular del Proyecto deberá mantener los equipos y dispositivos técnicamente necesarios para reducir a niveles mínimos los riesgos que puedan presentarse en los sitios de trabajo tales como: a) Riesgo a exposición al ruido en aquellas actividades donde no ha sido posible eliminar o controlar el riesgo, los trabajadores deberán usar protectores auditivos. b) Uso de herramienta de mano: mantención del lugar del trabajo en orden y aseado, check-list diario, guardar herramientas en lugares seguros que no ocasionen peligros para los trabajadores. c) Cortes: manipular con extremo cuidado aquellos materiales y residuos que posean características cortantes, utilizar siempre guantes protectores. d) Contacto con el fuego o superficies calientes: no fumar en áreas donde esté prohibido, verificar estado de conexiones eléctricas, instruir a trabajadores en el uso de los extintores de incendio, los accesos a los extintores deberán permanecer siempre despejados, libres de obstáculos y señalizados. e) Accidentes en operación de herramientas y equipos eléctricos: mantención periódica a las máquinas, herramientas y equipos; utilizar elementos de protección personal que correspondan, solo operarán máquinas y equipos personas con la capacitación correspondiente. O Contacto con líquidos contaminados: se debe utilizar guantes largos de goma o similar al aplicar líquidos de limpieza, mantener en los baños y al alcance de los operarios jabones desinfectantes. g) Manipulación de residuos: para el manejo de vertidos u otros fluidos, utilizar equipo de protección como guantes, ropa y gafas de protección. h) Caídas de un mismo o distinto nivel en superficie de trabajo: utilizar superficies de trabajo construidas de acuerdo a las normas de seguridad vigentes, mantener superficies de trabajo en buenas condiciones y limpias, utilizar superficie adecuada considerando el tipo de trabajo y peso que deberá resistir, señalizar las áreas de tránsito, de trabajo y almacenamiento, no utilizar escalas metálicas en trabajos eléctricos. i) Contacto con la energía eléctrica: no efectuar uniones defectuosas sin aislamiento, no usar enchufes deteriorados, ni sobrecargar circuitos, no usar equipos o maquinarias defectuosas sin conexión a tierra o fuera de norma, no intervenir en trabajos eléctricos sin contar con autorización ni herramientas adecuadas, no reforzar fusibles, utilizar elementos de protección personal que correspondan, supervisar trabajos eléctricos, informar de trabajos y señalizar tarjetas de seguridad, con el fm de evitar la acción de terceros que puedan energizar sectores intervenidos. 9.7.- Riesgo de rotura de paneles fotovoltaicos Fase de Operación El Sistema de Vigilancia remoto, en línea y en tiempo real, permitirá, en el momento identificar un desperfecto en los paneles y su respectiva revisión para posterior recambio. Asimismo, estos desperfectos o roturas, podrán ser identificados mediante inspecciones y/o mantenciones en planta. Se enfatizará en el aviso y cambio inmediato que ante rotura, daño, desperfecto o cualquier perjuicio sobre los paneles que amerite su reemplazo, se procederá su retiro, y éste será tratado como Residuo Peligroso (RESPEL) o pudiendo ser reciclado para ser destinado a un sitio de disposición final autorizado por la SEREMI de Salud respectiva, razón por la cual no se contempla la acumulación y/o almacenamiento de este tipo de residuos en planta, toda vez que serán retirados en la medida que se generen. Lo anterior será establecido mediante cláusulas de contrato con las empresas encargadas de realizar el servicio. Forma de control y seguimiento Fase de Construcción y Cierre - Se elaborarán registros de las capacitaciones realizadas al personal específico sobre la revisión del estado de los paneles fotovoltaicos y aviso de recambio en caso de ser necesario. Estos registros se mantendrán actualizados y disponibles en el área de ejecución del Proyecto, para su presentación en el caso de ser solicitado por el órgano del estado con competencia de fiscalización. - Se elaborarán registros de las inspecciones periódicas de los paneles fotovoltaicos para llevar un seguimiento de su estado con tal de detectar de forma temprana posibles desperfectos. Fase de Operación - Se elaborarán registros de las inspecciones periódicas de los paneles fotovoltaicos para llevar un seguimiento de su estado con tal de detectar de forma temprana posibles desperfectos. Cabe hacer presente que la revisión de roturas de paneles, durante la fase de operación, será realizada por personal especializado y capacitado para estas labores mediante mantenciones programadas, esto último considerando que no existirá mano de obra en Planta (permanentes) por tanto no se requerirá de capacitaciones durante fase de operación. Acciones o medidas a implementar para controlar la emergencia Fase de Construcción, Operación y Cierre. - Tras haber detectado en el Área del Proyecto uno o más paneles fotovoltaicos con desperfectos, roturas, daños o cualquier otro perjuicio, se informará al Jefe de Operación y Mantenimiento y se dará inicio al procedimiento de reemplazo de éste, por uno en adecuadas condiciones. - Los paneles fotovoltaicos catalogados como residuo peligroso serán almacenados retirados por la misma empresa proveedora del servicio o por una empresa recicladora. Oportunidad y vía de comunicación a la SMA de la activación del Plan - Se notificará de forma inmediata (menos de 24 horas), luego de ocurrida y declara la emergencia mediante vía telefónica a los organismos competentes. - Una vez controlada la emergencia, en un plazo no mayor de 48 horas se emitirá por escrito un "Informe Preliminar" de la emergencia ocurrida y declara a los organismos competentes. Referencia a documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada Anexo 1.6: Plan de Prevención de Contingencias y Emergencias de la DIA. 9.8.- Emisión de olores Riesgo o contingencia Emisión de olores en sector de fosa séptica Fase del Proyecto a la que aplica Fase de Operación y Cierre Emplazamiento, parte, obra o acción asociada • Area de generación de aguas servidas Acciones o medidas a implementar para prevenir la contingencia -Las acciones o medidas a implementar están enfocadas a la generación de aguas servidas, ya que tienen probabilidad de generar olores molestos, para evitar este riesgo los servicios higiénicos se conectarán a una fosa séptica para el tratamiento primario de las aguas servidas. Forma de control y seguimiento -Se llevará un registro de las empresas que provean el transporte de residuos y se mantendrá copia de la resolución sanitaria que permita su funcionamiento. -Se mantendrá un calendario mensual, en el cual se indiquen los días de retiro, el cual deberá ser enviado a la empresa que provea el servicio de forma tal de coordinar con anticipación el retiro de los residuos. Acciones o medidas a implementar para controlar la emergencia -En caso de detectar falla en el sistema que derive malos olores persistentes, se procederá a la clausura de los servicios higiénicos y todas las actividades que descargan en ella. - Se habilitaran baños químicos mientras dure la emergencia. Oportunidad y vía de comunicación a la SMA de la activación del Plan - Se notificará de forma inmediata (menos de 24 horas), luego de ocurrida y declara la emergencia mediante vía telefónica a los organismos competentes. -Una vez controlada la emergencia, en un plazo no mayor de 48 horas se emitirá por escrito un "Informe Preliminar" de la emergencia ocurrida y declara a los organismos competentes. Referencia a documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada Anexo 1.6: Plan de Prevención de Contingencias y Emergencias de la DIA. Anexo 3.2 "PAS 138" de la DIA. Anexo 5.2 "PAS 138" de la Adenda. 9.9.- Derrame de aguas servidas Riesgo o contingencia Derrame de aguas servidas Fase del Proyecto a la que aplica Fase de Operación y Cierre Emplazamiento, parte, obra o acción asociada Todas las actividades Acciones o medidas a implementar para prevenir la contingencia - Se detendrán el flujo de aguas servidas hacia el sistema y se dará aviso al jefe de obra o al jefe de planta, según corresponda a la fase en la que ocurre el imprevisto. - Se procederá a contener el derrame inmediatamente con un kit de control, que estará habilitado en las instalaciones. - Los trabajadores encargados del control de derrame deberán operar con todos los elementos de protección personal dispuestos. - Los residuos generados serán dispuestos en sitios autorizados. - Una vez solucionado el problema se reanudarán las labores - Se evaluará si corresponde realizar alguna modificación para evitar un nuevo evento de este tipo. Forma de control y seguimiento - Charlas Obligación de Informar (ODI). - Capacitación de los Planes de Emergencias. Acciones o medidas a implementar para controlar la emergencia Ante un eventual derrame, el personal en obra deberá: - Cortar inmediatamente la generación del derrame de aguas servidas - Contener el agua servida en algún tipo de estanque, bandejas de recogida de derrames o disponer de material impermeable para ello (polietileno). - Cuantificar el efecto generado mediante un registro. Oportunidad y vía de comunicación a la SMA de la activación del Plan Se notificará de forma inmediata (menos de 24 horas), luego de ocurrida y declara la emergencia mediante vía telefónica a los organismos competentes. Una vez controlada la emergencia, en un plazo no mayor de 48 horas se emitirá por escrito un "Informe Preliminar" de la emergencia ocurrida y declarada a los organismos competentes. Referencia a documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada Anexo 1.6: Plan de Prevención de Contingencias y Emergencias de la DIA. Anexo 3.2 "PAS 138" de la DIA. Anexo 5.2 "PAS 138" de la Adenda. 9.10.- Abatimiento de Material Particulado menor al 90% Riesgo o contingencia Eficiencia del abatimiento de emisiones menor a lo esperado (90%) Fase del Proyecto a la que aplica Fase de Construcción y Cierre Emplazamiento, parte, obra o acción asociada Camino de Acceso y Caminos internos del Proyecto, entiéndase por estos últimos los emplazados al interior del área del Proyecto. Acciones o medidas a implementar para prevenir la contingencia Eventualmente, y solo ante el no cumplimiento de la eficiencia comprometida (90%) el Titular incrementará la frecuencia de mantención del supresor desde una (1) vez por mes a dos (2) veces por mes mientras duren las faenas constructivas y de cierre, es decir seis (6) y cuatro (4) meses respectivamente. Forma de control y seguimiento Monitoreos una vez iniciadas las faenas constructivas y de cierre. Dicho monitoreo será realizado una (1) única vez durante la ejecución de las fases de construcción y cierre. Cabe mencionar que los promedios obtenidos en el periodo de evaluación se contrastarán con el resultado obtenido del estado basal de los caminos. De obtener una eficiencia de abatimiento igual o superior al 90% no se tomarán medidas adicionales, entiéndase por este aumento en la aplicación del supresor de polvo. No obstante, si eventualmente se obtiene un porcentaje menor al 90% se aumentará la frecuencia de aplicación desde una (1) vez por mes a dos (2) veces por mes desde el momento en que se detecte este no cumplimiento. Ante eventuales fiscalizaciones, se mantendrán copias de los registros de aplicación y monitoreos realizados en las oficinas de la instalación de faena respectiva. Referencia a documentos del expediente de evaluación contenga la descripción detallada que Respuesta a Observación 1.3 y 1.4 de la Adenda. 9.11.- Atropello de fauna terrestre Riesgo o contingencia Implica la ocurrencia de atropellos contra fauna terrestre presente en las áreas cercanas al Proyecto. Al respecto, influyen en él, equivocadas maniobras al conducir y condiciones climáticas desfavorables. Fase del Proyecto a la que aplica Fase de Construcción, Operación y Cierre. Emplazamiento, parte, obra o acción asociada Toda el área del Proyecto. Acciones o medidas a implementar para prevenir la contingencia Fase de Construcción Operación y Cierre - Se implementará un estricto control de velocidad en general para todos los vehículos del Proyecto, informando al personal y empresas contratistas respecto de los límites de velocidad de conducción permisibles en todos los caminos al interior del área del Proyecto. - Se instalarán señales verticales de tipo caminera, visibles, legibles, fáciles de entender, que permitan dar tiempo suficiente al usuario para responder adecuadamente. - Capacitación al personal respecto de las medidas de gestión del Proyecto y la fauna silvestre. En caso de avistamiento de animales en las vías o cercanos a ella, el conductor empleará el aviso sonoro (bocina) para ahuyentamiento. Forma de control y seguimiento Fase de Construcción, Operación y Cierre • Registro de las actividades de capacitación del personal. • Mantención de señalética con límites de velocidad de circulación. Acciones o medidas a implementar para controlar la emergencia Fase de Construcción, Operación y Cierre - Registro de las actividades de capacitación del personal. - Mantención de señalética con límites de velocidad de circulación Construcción, Operación y Cierre - El causante de la contingencia o quien encuentre un animal herido deberá informar inmediatamente al coordinador de emergencia. Si el animal puede moverse sin problemas, se dará por superado el incidente y se deberán reportar de forma interna (registro) las circunstancias del mismo (lugar, hora, responsables, medidas existentes en la zona) a objeto de prevenir la ocurrencia de nuevos atropellos. - En el caso de requerir rescate del animal, este debe ser inmediatamente llevado a un centro de rescate para ser atendido, contemplando acciones de captura según su especie y tamaño, evitando perturbar al animal y utilizando elementos de protección personal. El lugar exacto al que será trasladado el animal deberá ser coordinado por el encargado de medioambiente o de emergencias, según la disponibilidad inmediata de los centros de rescate más próximos al trazado o en coordinación con el SAG si fuera necesario. - Una vez capturado el animal, este será mantenido en su jaula a la espera de ser trasladado. Se velará para que se mantengan protegidos del sol, temperaturas extremas, lluvias, ruidos fuertes y alejados del personal no autorizado, evitando la generación de stress. - En el caso que el personal no pueda realizar la captura del animal con seguridad, se dará aviso al Centro del Rescate y al SAG para que se hagan cargo de su retiro. - Una vez atendida la emergencia, se deberá generar un reporte de lo sucedido. - Si a criterio de los especialistas del centro de rescate y rehabilitación, el animal no pudiera ser devuelto al medio natural a raíz de su condición, el individuo en cuestión se derivará a algún centro zoológico o de educación ambiental a objeto de recibir los cuidados adecuados y poder ser utilizado en el contexto del desarrollo y difusión de planes y/o programas protección de fauna silvestre. - El titular gestionará y costeará los gastos derivados del proceso de atención, rehabilitación y disposición final de los animales afectados. - Respecto a la avifauna (sólo fase de operación del Proyecto) en caso de registrarse colisiones donde aves resulten heridas, se deberá tomar contacto con el encargado regional del Servicio Agrícola y Ganadero (SAG) para definir en conjunto los pasos a seguir, dependiendo de la especie afectada y condición. Oportunidad y vía de comunicación a Fase de Construcción y Cierre la SMA de la activación del Plan • Según corresponda se tomará contacto telefónico inmediatamente con el SAG y en un plazo no mayor a 10 días hábiles se les enviará un reporte de lo acontecido. Referencia a documentos del expediente de evaluación contenga la descripción detallada que Anexo 1.6: Plan de Prevención de Contingencias y Emergencias de la DIA. 9.12.- Colisión de aves Riesgo o contingencia Implica la ocurrencia de colisiones de aves con las obras del Proyecto (Línea de Evacuación Eléctrica. Fase del Proyecto a la que aplica Fase de Operación. Emplazamiento, parte, obra o acción asociada Toda el área del Proyecto. Acciones o medidas a implementar para prevenir la contingencia Fase de Operación - Capacitación al personal respecto de las medidas de gestión del Proyecto para las aves heridas. Forma de control y seguimiento Fase de Operación • Registro de las actividades de capacitación del personal. Acciones o medidas a implementar Fase de Operación para controlar la emergencia • El causante de la contingencia o quien encuentre aves herido deberá informar inmediatamente al encargado o al coordinador de emergencia. • Si el animal puede moverse sin problemas, se dará por superado el incidente y se deberán reportar de forma interna (mediante registro) las circunstancias del mismo (lugar, hora, responsables, medidas existentes en la zona) a objeto de prevenir la ocurrencia de nuevos atropellos. • En el caso de requerir rescate del animal, este debe ser inmediatamente llevado a un centro de rescate para ser atendido, contemplando acciones de captura según su especie y tamaño, evitando perturbar al animal y utilizando elementos de protección personal. El lugar exacto al que será trasladado el animal deberá ser coordinado por el encargado de medioambiente o de emergencias, según la disponibilidad inmediata de los centros de rescate más próximos al trazado o en coordinación con el SAG si fuera necesario. • Una vez capturado el animal, este será mantenido en su jaula a la espera de ser trasladado. Se velará para que se mantengan protegidos del sol, temperaturas extremas, lluvias, ruidos fuertes y alejados del personal no autorizado, evitando la generación de stress. • En el caso que el personal no pueda realizar la captura del animal con seguridad, se dará aviso al Centro del Rescate y al SAG para que se hagan cargo de su retiro. • Una vez atendida la emergencia, se deberá generar un reporte de lo sucedido. • Si a criterio de los especialistas del centro de rescate y rehabilitación, el animal no pudiera ser devuelto al medio natural a raíz de su condición, el individuo en cuestión se derivará a algún centro zoológico o de educación ambiental a objeto de recibir los cuidados adecuados y poder ser utilizado en el contexto del desarrollo y difusión de planes y/o programas protección de fauna silvestre. • El Titular gestionará y costeará los gastos derivados del proceso de atención, rehabilitación y disposición final de los animales afectados. • Respecto a la avifauna (sólo fase de operación del Proyecto) en caso de registrarse colisiones donde aves resulten heridas, se deberá tomar contacto con el encargado regional del Servicio Agrícola y Ganadero (SAG) para definir en conjunto los pasos a seguir, dependiendo de la especie afectada y condición. Oportunidad y vía de comunicación a Fase de Operación la SMA de la activación del Plan • Según corresponda se tomará contacto telefónico inmediatamente con el SAG y en un plazo no mayor a 10 días hábiles se les enviará un reporte de lo acontecido. Referencia a documentos del expediente de evaluación que Anexo 1.6: Plan de Prevención de Contingencias y Emergencias de la DIA. contenga la descripción detallada 9.13.- Hallazgos arqueológicos Riesgo o contingencia Implica hallazgos arqueológicos. Fase del Proyecto a la que aplica Fase de Construcción. Emplazamiento, parte, obra o acción asociada En las actividades de habilitación de terreno, movimientos de tierras en faenas constructivas. Acciones o medidas a implementar para prevenir la contingencia La inspección visual arqueológica (ver Anexo 4.3 de la Adenda) considerando los resultados de la revisión tanto bibliográfica como la inspección visual arqueológica, es posible establecer lo siguiente: - La inspección visual arqueológica, efectuada sobre el 100% del área de influencia del Proyecto, con un manejo adecuado de los factores de visibilidad, accesibilidad y obstrusividad, da cuenta de la presencia de cuatro (4) recursos de valor patrimonial, correspondiente a huellas troperas. - De esta forma, se percibe el uso del paisaje relacionado con antiguas vías de tránsito que permitió unir la costa y los valles precordilleranos de Arica, siendo parte de una antigua red vial prehispánica que actualmente es usada e intervenida por el paso vehicular. Código Tipología Descripción Dimensión Cronología AR-Ol Huella tropera múltiple Conjunto de 26 surcos, cada uno mide 40 cm Dirección W-E. 12 m de ancho Prehispanica/Hi storica AR-02 Huella tropera múltiple Conjunto de 30 surcos, cada surco mide 40 17 m de ancho Prehispanica/Hi storica 9.13.- Hallazgos arqueológicos cm aprox. Dirección W-E. AR-03 Huella tropera múltiple Conjunto de 30 surcos. Dirección SW- NE. 30 m de ancho Prehispanica/Hi storica AR-04 Huella tropera múltiple Conjunto de 22 surcos. Dirección SE- NW. 20 m de ancho Prehispanica/Hi storica Regular ama Regular a ma Cabe destacar que la totalidad de estos hallazgos se ubican a nivel superficial, no observándose durante el registro evidencias de potencial estratigráfico en alguno de estos recursos. Para mayor detalle ver Caracterización de Patrimonio Cultural y Arqueológico incorporada en Anexo 4.3 de la Adenda. Conforme a lo expuesto, en Anexo 5.1 de la Adenda se incorpora el Permiso Ambiental Sectorial N° 132 sobre "Permiso para hacer excavaciones de tipo arqueológico, antropológico y paleontológico", donde se proponen medidas de conservación de los sitios: 1. Seguimiento de rasgos lineales ubicados al interior del Proyecto. Esta medida debería ser ejecutada para los hallazgos AR-01 y AR-04. Esta actividad incluye una contextualización histórica en base a revisión de antecedentes bibliográficos, así como el uso adaptado de la ficha estandarizada de Castro et al. 2004, señalando características principales como orientación, extensión, descripción de elementos asociados, cronología tentativa, registro fotográfico, entre otros. Igualmente, por cada rasgo lineal dentro del área de influencia, se realizará un levantamiento aerofotogramétrico detallado de toda su extensión incluyendo este seguimiento 1 km hacia cada lado del rasgo lineal por fuera del área referida. Este levantamiento debe incluir imagen ortofoto en formato geotiff, sistema de coordenadas UTM en Datum WGS84, curvas de nivel en formato *.shp en escala idónea con tabla de atributos y plano con viñetas con grilla de coordenadas, escala, simbología y norte, más el archivo KMZ del levantamiento realizado. Esta actividad debe ser supervisada e informada por un arqueólogo(a) o licenciado(a) en Arqueología. Por último, en caso de registrarse materiales culturales (muebles y/o inmuebles) asociado a los rasgos lineales. Se deberá realizar un levantamiento topográfico y fotográfico de todos estos hallazgos, utilizando fichas de registro específicas para cada materialidad. En el caso de los materiales muebles, se procederá a la recolección selectiva de aquellos que permitan diagnosticar categorías morfofuncionales, procedencia y/o cronología. Esta actividad deberá ser ejecutada por un Arqueólogo (a) titulado (a), quien deberá remitir un "Formulario Solicitud Arqueológica", siguiendo con lo estipulado por el artículo 7° del Reglamento sobre excavaciones y/o prospecciones arqueológicas, antropológicas y paleontológicas de la Ley N° 17.288. 2. Exclusión y cercado de los recursos ubicados en el margen del Proyecto. Esta medida debería ser ejecutada para el hallazgo AR-02, mediante la instalación de un cerco perimetral de malla galvanizada y postes de 1,20 m de altura, el que debe ser mantenido durante la vida útil del proyecto, manteniendo un búfer mínimo de 10,0 m desde el límite de la dispersión de material. Debe contemplar la instalación de una señalética que indique el carácter protegido del material arqueológico y la prohibición de acceso. En la Anexo 4.3 de la DIA se presenta el Plan de Manejo propuesto para cada recurso. Sin perjuicio de lo anterior, el Titular se compromete a ejecutar un Monitoreo Arqueológico Permanente mientras duren las faenas de movimientos de tierra (fase de construcción). Además, el Titular se compromete a realizar charlas de inducción a sus trabajadores con el fm de difundir la importancia asociada a este componente. Asimismo, el Titular indica que, ante el posible hallazgo de restos artefactuales, ecofactuales y/o paleontológicos durante las obras que involucren movimientos de tierra, se debe dar aviso al Consejo de Monumentos Nacionales, con el fm de proteger el Patrimonio Cultural y cumplir con la normativa vigente (Ley de Monumentos Nacionales N° 9.13.- Hallazgos arqueológicos 17.288). Conforme a lo expuesto, el Titular contempla: Ejecución de medidas de conservación PAS 132 con su respectivo Plan de Manejo. - Desarrollo de Charlas de inducción respecto a la importancia de los recursos de valor patrimonial en el área de proyecto. - Ejecución de Monitoreo Arqueológico Permanente durante las faenas constructivas. Forma de control y seguimiento - Registro de Monitoreo Arqueológico Permanente (MAP) en la ejecución de la obra. - Registro de inducciones al personal en relación a la componente Arqueología y Patrimonio Cultural. - Aprobación Ambiental y Sectorial del PAS 132 otorgada por Consejo de Monumentos Nacionales. Acciones o medidas a implementar para controlar la emergencia - Detención de los trabajos asociados al lugar del hallazgo y el arqueólogo, sin perjuicio de lo establecido en la Ley de Monumentos Nacionales, se dará aviso de manera inmediata al jefe de obra o superior a cargo de los trabajos y al Consejo de Monumentos Nacionales para que se proceda a la evaluación del hallazgo y su protección, levantamiento y/o rescate, si correspondiese, por parte de personal especializado (arqueólogo o paleontólogo) previa visación del Consejo. Oportunidad y vía de comunicación a la SMA de la activación del Plan - En el eventual suceso de una emergencia se comunicará con la SMA. - Asimismo, se entregará un informe dentro de las 48 horas posteriores a la emergencia generada. Cualquier incidente de esta naturaleza será informado también al SEA Nivel Central y SEREMI de Salud de la Región respectiva. - En caso que aplique (derive de MAP) Informe Arqueológico. - Registro de aviso al Consejo de Monumentos Nacionales (CMN) en caso de ocurrir un hallazgo arqueológico. Referencia a documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada Anexo 1.6: Plan de Prevención de Contingencias y Emergencias. Anexo 3.1 "PAS 132" de la DIA. Anexo 5.1 "PAS 132" de la Adenda. 9.14.- Hallazgos Paleontológico Riesgo o contingencia Implica hallazgos Paleontológicos Fase del Proyecto a la que aplica Fase de construcción. Emplazamiento, parte, obra o acción asociada En las actividades de habilitación de terreno, movimientos de tierras en faenas constructivas. Acciones o medidas a implementar para prevenir la contingencia Ejecución de un Programa de capacitación que incluirá un módulo dedicado a nociones de paleontología, impartidos por especialistas en la materia, es decir, que permita capacitar a los trabajadores respecto al tipo de hallazgos que pueden enfrentar y los procedimientos a seguir. La inducción se impartirá a todo el personal, tanto propio como externo, que trabaje durante la construcción del proyecto. El módulo será diseñado por el arqueólogo monitor y se deberá enfatizar en la protección legal de estas Forma de control y seguimiento • Registro de las actividades de capacitación del personal. Acciones o medidas a implementar para controlar la emergencia De la Caracterización de Paleontología (ver Anexo 2.11 de la DIA) la información recabada durante la investigación indica que el proyecto se emplazará sobre depósitos fluviales antiguos. Estos depósitos corresponden a sedimentos no consolidados Cuaternarios. Se trata de unidades formadas mayoritariamente por ripios y gravas con intercalaciones de arenas, limos y ocasionalmente diatomitas. Con base en la información recabada, y teniendo en cuenta la estratigrafía local, el potencial paleontológico de los depósitos fluviales presentes en la zona es considerado moderado y dado que no existen antecedentes bibliográficos que sustenten la existencia de fósiles en este tipo de depósitos sedimentarios dentro de la comuna de Arica, esta unidad debe ser considerada como Susceptible. En virtud de esto, el Proyecto contempla la Implementación de un protocolo a seguir en caso de hallazgos imprevistos. El protocolo detalla las acciones a seguir en caso de hallar especímenes en concordancia con la Ley 17.288 de Monumentos Nacionales y la Guía de Informes Paleontológicos (CMN, 2016). En ausencia del profesional paleontólogo en las obras, vigilar el cumplimiento de dicho protocolo quedará a cargo del encargado de obras y su personal quienes deberán adscribirse al mismo. 9.14.- Hallazgos Paleontológico Oportunidad y vía de comunicación a la SMA de la activación del Plan Referencia a documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada - Detención localizada de obras: En caso de hallar posibles fósiles durante la ejecución de cualquiera de las etapas del proyecto, deberán detenerse las obras en el lugar del hallazgo en forma inmediata. Las obras podrán continuar en otros puntos por fuera del perímetro de protección y en caso de hallarse nuevos puntos con restos fósiles, deberá procederse de acuerdo al protocolo en cada caso (ver Anexo 2.11 de la DIA). - Definición del perímetro de protección: Se establecerá un perímetro de seguridad que abarque un radio de 2 metros alrededor del punto donde se produjo el hallazgo, dentro del cual no podrán realizarse obras y solo tendrán acceso los profesionales responsables. Este perímetro debe ser correctamente delimitado y señalizado. Se deberá disponer para ello de la señalética adecuada que indique la restricción de ingreso al área y un cerco perimetral que limite y asegure el resguardo del hallazgo. En el caso de hallazgos múltiples se considerarán un perímetro a 2 m desde los especímenes más alejados del centro del lugar del hallazgo. Si el hallazgo parece formar una capa continua del subsuelo, es decir, si se encuentran fósiles en múltiples puntos distantes a una profundidad similar, deberá ordenarse la detención total de las obras que involucren remoción de tierras hasta que el CMN evalúe la situación. - Informar a los profesionales responsables: Dar aviso inmediato al jefe de obra o superior a cargo de los trabajos en la zona del hallazgo, informando de su localización exacta al departamento de Medio Ambiente, o similar, que represente al titular del proyecto. Estos deberán dar aviso del hallazgo al CMN. Notificación y evaluación del CMN: Se deberá notificar al CMN acerca del hallazgo, para lo cual deberá emitirse un breve reporte en el cual se indique la naturaleza del hallazgo, las medidas de protección tomadas en el punto de hallazgo, su ubicación usando coordenadas UTM (Datum WGS 84) y un registro fotográfico de el o los especímenes y donde se hallaron. La notificación deberá ser informada al CMN por el encargado de Medio Ambiente, u otro representante del titular, en un plazo máximo de cinco días hábiles desde la fecha de descubrimiento del hallazgo. Posteriormente el CMN determinará las medidas a implementar por parte del titular, considerando la Ley N°17.288 y Reglamento DS N°484. Estas pueden incluir el inicio de monitoreos paleontológicos periódicos o permanentes, la realización de calicatas exploratorias y/o la creación de colecciones de referencia, entre otros; para lo cual deberá solicitarse un permiso de excavaciones. Las obras suspendidas solo podrán retomarse una vez se manifestaciones y la existencia de sanciones ante su destrucción o saqueo premeditado cuente con la autorización del CMN. Para mayores antecedentes respecto de Protocolo para Hallazgos paleontológicos ver Apéndice A del Anexo 2.11 de la DIA - En el eventual suceso de una emergencia se comunicará con la SMA. - Asimismo, se entregará un informe dentro de las 48 horas posteriores a la emergencia generada. Cualquier incidente de esta naturaleza será informado también al SEA Nivel Central. Anexo 1.6: Plan de Prevención de Contingencias y Emergencias de la DIA. Protocolo para Hallazgos paleontológicos ver Apéndice A del Anexo 2.11 de la DIA 10. Que, se ha podido establecer que el Proyecto no genera o presenta los efectos, características o circunstancias a que se refiere el artículo 85 del Reglamento del SEIA, en base al contenido del acta de la reunión realizada con fecha 17/01/2020, con grupos humanos pertenecientes a pueblos indígenas localizados en el área en que se desarrollará el Proyecto. 11. Que, el Titular deberá remitir a la Superintendencia del Medio Ambiente la información respecto de las condiciones, compromisos o medidas, ya sea por medio de monitoreos, mediciones, reportes, análisis, informes de emisiones, estudios, auditorías, cumplimiento de metas o plazos, y en general cualquier otra información destinada al seguimiento ambiental del Proyecto, según las obligaciones establecidas en la presente Resolución de Calificación Ambiental y las Resoluciones Exentas que al respecto dicte la Superintendencia del Medio Ambiente. De igual forma, y a objeto de conformar el Sistema Nacional de Información de Fiscalización Ambiental (SNIFA), el Registro Público de Resoluciones de Calificación Ambiental y registrar los domicilios de los sujetos sometidos a su fiscalización en conformidad con la ley, el Titular deberá remitir en tiempo y forma toda aquella información que sea requerida por la Superintendencia del Medio Ambiente a través de las Resoluciones Exentas que al respecto ésta dicte. 12. Que, el Titular deberá informar a la Superintendencia del Medio Ambiente la realización de la gestión, acto o faena mínima que da cuenta del inicio de la ejecución de obras, a que se refiere el Considerando N°4 de la presente Resolución. 13. Que, con el objeto de dar adecuado seguimiento a la ejecución del Proyecto, el Titular deberá informar a la Superintendencia del Medio Ambiente, al menos con una semana de anticipación, el inicio de cada una de las fases del Proyecto, de acuerdo a lo indicado en la descripción del mismo. 14. Que, para que el proyecto "Planta Fotovoltaica Arica 9 MW" pueda ejecutarse, deberá cumplir con todas las normas vigentes que le sean aplicables. 15. Que, el Titular deberá informar inmediatamente a la Secretaría de la Comisión de Evaluación de la Región de Arica y Parinacota y a la Superintendencia del Medio Ambiente, la ocurrencia de impactos ambientales no previstos en la DIA, asumiendo inmediatamente las acciones necesarias para abordarlos. 16. Que, el Titular del Proyecto deberá comunicar inmediatamente y por escrito a la Dirección Regional del SEA Servicio de Evaluación Ambiental XV Región de Arica y Parinacota la ocurrencia de cambios de titularidad, representante legal, domicilio y correo electrónico, de acuerdo a lo establecido en el inciso tercero del artículo 162 y artículo 163, ambos del Reglamento del SEIA. 17. Que, se hace presente al Titular que cualquier modificación al Proyecto que constituya un cambio de consideración, en los términos definidos en el artículo 2° letra g) del Reglamento del SEIA, deberá someterse al SEIA. 18. Que, todas las medidas, condiciones, exigencias y disposiciones establecidas en la presente Resolución, son de responsabilidad del Titular, sean implementadas por éste directamente o a través de un tercero. RESUELVO: 1°. Calificar favorablemente la Declaración de Impacto Ambiental del proyecto "Planta Fotovoltaica Arica 9 MW", de Grenergy Renovables Pacific Limitada. 2°. Certificar que el proyecto "Planta Fotovoltaica Arica 9 MW" cumple con la normativa de carácter ambiental aplicable. 3°. Certificar que el proyecto "Planta Fotovoltaica Arica 9 MW" cumple con los requisitos de carácter ambiental contenidos en los permisos ambientales sectoriales que se señalan en los artículos N°132, N°138, N°140, N°142 y N°160 del D.S. N°40/2012 del Ministerio del Medio Ambiente, Reglamento del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental. pel Seguel ente Sión de Evaluación Región de Anca y Parinacota utiérrez López io de Evaluación Ambiental no isión de Evaluación Regió Anca y Parinacota 4°. Certificar que el proyecto "Planta Fotovoltaica Anca 9 MW" no genera los efectos, características o circunstancias del artículo 11 de la Ley N° 19.300, que dan origen a la necesidad de elaborar un Estudio de Impacto Ambiental. 5°. Definir como gestión, acto o faena mínima del Proyecto, para dar cuenta del inicio de su ejecución de modo sistemático y permanente, a los mencionados en el Considerando N°4 del presente acto. 6°. Hacer presente que contra esta Resolución es procedente el recurso de reclamación de acuerdo a lo dispuesto en el artículo 20 de la Ley N° 19.300, ante el Director Ejecutivo del Servicio de Evaluación Ambiental. El plazo para interponer este recurso es de treinta días contados desde la notificación del presente acto. Notifíquese y Archívese Distribución: - Titular del proyecto Grenergy Renovables Pacific Limitada - Gobierno Regional de Arica y Parinacota Ilustre Municipalidad de Anca - Superintendencia de Medio Ambiente - SEREMI de Bienes Nacionales, Región de Anca y Parinacota - SEREMI de Energía, Región de Anca y Parinacota - SEREMI de Salud, Región de Arica y Parinacota - SEREMI de Vivienda y Urbanismo, Región de Arica y Parinacota SEREMI Medio Ambiente, Región de Anca y Parinacota SERNAGEOMIN, Región de Anca y Parinacota - CONADI, Región de Arica y Parinacota - Consejo de Monumentos Nacionales - DGA, Región de Anca y Parinacota - Dirección de Vialidad, Región de Arica y Parinacota SAG, Región de Arica y Parinacota C.c.: - Expediente del proyecto "Planta Fotovoltaica Anca 9 MW" - SEIA - Oficina de Partes del SEA Región de Anca y Parinacota