Evaluación SEA

Modificación de la LAT del proyecto Central Desierto de Atacama

Rol 2145240380
SEA · DIA · Aprobado · 2019-12-20 · Región de Atacama · COPIAPO SOLAR SpA

REPÚBLICA DE CHILE COMISIÓN DE EVALUACIÓN Región de Atacama

Califica Ambientalmente el proyecto “Modificación de la LAT del proyecto Central Desierto de Atacama”

Resolución Exenta N° 138

Copiapó, 10 de diciembre de 2020.

VISTOS:

1°. La Declaración de Impacto Ambiental (DIA), su Adenda de 13 de mayo de 2020 y su Adenda Complementaria de 29 de octubre de 2020, del proyecto “Modificación de la LAT del proyecto Central Desierto de Atacama”, presentado por Copiapó Solar SpA con fecha 20 de diciembre de 2019.

2°. Los pronunciamientos y observaciones de los órganos de la administración del Estado que, sobre la base de sus facultades legales y atribuciones, participaron en la evaluación de la DIA, y que se detallan en el Capítulo 3 del Informe Consolidado de Evaluación (ICE) de la DIA del proyecto “Modificación de la LAT del proyecto Central Desierto de Atacama”.

3°. Las Actas de las reuniones realizadas con grupos humanos pertenecientes a pueblos indígenas localizados en el área en que se desarrollará el proyecto “Modificación de la LAT del proyecto Central Desierto de Atacama”, conforme a lo previsto en el artículo 86 del D.S. Nº 40, de 2012, del Ministerio del Medio Ambiente, Reglamento del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental.

4°. El Acta de Evaluación N° 16 de 23 de noviembre de 2020, del Comité Técnico de la Región de la Región de Atacama.

5°. El ICE de la DIA del proyecto “Modificación de la LAT del proyecto Central Desierto de Atacama” de 23 de noviembre de 2020.

6°. La sesión de la Comisión de Evaluación de la Región de Atacama, de fecha 1 de diciembre de 2020.

7°. La Resolución de Calificación Ambiental N° 97, de 2014, de la Comisión de Evaluación Ambiental de la Región de Atacama, del proyecto “Central Desierto de Atacama” que se modifica a través de la presente Resolución.

8°. Los demás antecedentes que constan en el expediente de evaluación de impacto ambiental de la DIA del proyecto “Modificación de la LAT del proyecto Central Desierto de Atacama”.

9°. Lo dispuesto en la Ley Nº 19.300 sobre Bases Generales del Medio Ambiente; el D.S. Nº 40, de 2012, del Ministerio del Medio Ambiente, Reglamento del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental (Reglamento del SEIA); la Ley N° 19.880, que Establece Bases de los Procedimientos Administrativos que Rigen los Actos de los Órganos de la Administración del Estado, la Resolución Exenta RA 119046/376/2019 del 17 de diciembre de 2019, de la Dirección Ejecutiva del Servicio de Evaluación Ambiental, que nombra a doña Verónica Ossandón Pizarro como Directora Regional y la Resolución Exenta Nº 7 de 2019, de la Contraloría General de la República, que fija Normas sobre Exención del Trámite de Toma de Razón.

CONSIDERANDO:

1°. Que, Copiapó Solar SpA (en adelante, el Titular), ha sometido al Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental (SEIA) la DIA del proyecto “Modificación de la LAT del proyecto Central Desierto de Atacama” (en adelante, el Proyecto). Los antecedentes del Titular son los siguientes:

Nombre o razón social Copiapó Solar SpA Rut 76.278.665-6 Domicilio Cerro el Plomo 5420 oficina 903, Las Condes, Santiago Teléfono 56 9 99912606 Nombre representante legal Carlos Lagos Jofré Rut representante legal 12.180.355-0 Domicilio representante legal Rosario Norte 555, oficina 1601, Las Condes, Santiago Teléfono representante legal 56 9 99912606 Correo electrónico Titular o representante legal clagosj@gmail.com

2°. Que, conforme se indica en el ICE de fecha 23 de noviembre de 2020, la Directora del Servicio de Evaluación Ambiental Región de Atacama ha recomendado aprobar el Proyecto, por cuanto: - El Proyecto cumple con la normativa ambiental vigente, incluyendo los Permisos Ambientales Sectoriales 151, 156, 157. - El proyecto no genera los efectos, características y circunstancias del Art. 11 de la Ley de Bases del Medio Ambiente, motivo por el cual no requiere de la presentación de un EIA.

3°. Que, en sesión de 1 de diciembre de 2020, la Comisión de Evaluación de la Región de Atacama acordó calificar favorablemente el proyecto “Modificación de la LAT del proyecto Central Desierto de Atacama”, aprobando íntegramente el contenido del ICE de 23 de noviembre de 2020, el que forma parte integrante de la presente Resolución. Por lo tanto, conforme a lo indicado en el artículo 60 inciso segundo del Reglamento del SEIA, se excluyen de la presente Resolución las consideraciones técnicas en que se fundamenta.

4°. Que, según lo señalado en la DIA y sus anexos, en su Adenda, y en su Adenda Complementaria, los cuales forman parte integrante de la presente Resolución, la descripción del Proyecto es la que a continuación se indica:

4.1. ANTECEDENTES GENERALES Objetivo general El objetivo del Proyecto es modificar la RCA N°097/14 de la Comisión de Evaluación de la región de Atacama de forma de permitir la construcción y operación de la infraestructura necesaria para transmitir e inyectar la energía que generará la Central Desierto de Atacama al SEN, dado el cambio de marco normativo (ley 20.938) y la servidumbre eléctrica otorgada por Bienes Nacionales en diciembre de 2014. Tipología principal, así como las aplicables a sus partes, obras o acciones b) Líneas de transmisión eléctrica de alto voltaje y sus subestaciones b.1. Se entenderá por líneas de transmisión eléctrica de alto voltaje aquellas líneas que conducen energía con una tensión mayor a veintitrés kilovoltios (23 kV). Vida útil Fase de construcción: 12 meses Fase de operación: 50 años Fase de cierre: 6 meses Monto de inversión USD $ 6.250.000,000 Gestión, acto o faena mínima que da cuenta del inicio de la ejecución Gestión, acto o faena mínima que da cuenta del inicio de la ejecución corresponde a la ingeniería de detalles. Proyecto se desarrolla por etapas Si No

X Proyecto modifica un Si No

proyecto o actividad X

Proyecto modifica otra(s) RCA Si No El Proyecto corresponde a una modificación del proyecto Central Desierto de Atacama aprobado por la Comisión de Evaluación de Atacama con RCA 097/14. Los Considerando de dicha RCA que se ven modificados por el presente proyecto se muestran en la Tabla 8 de la DIA. X

4.2. UBICACIÓN DEL PROYECTO División político- administrativa El Proyecto se localiza en la Región de Atacama, Provincia de Copiapó y Huasco, comunas de Tierra Amarilla, Copiapó y Vallenar, aproximadamente a unos 45 km al sureste de Tierra Amarilla, 55 km al sureste de Copiapó y 50 km al noreste desde el centro urbano de Vallenar.

Descripción de la localización La localización del proyecto se justifica ya que permitirá transmitir e inyectar energía de la Central Desierto de Atacama al SEN, permitiendo satisfacer la demanda de energía, mejorando la seguridad y continuidad del suministro eléctrico y aportando al cumplimiento de la política energética 2050 de Chile. En este sentido, el Estado ha propuesto una meta para el 2035, donde al menos el 60% de la generación eléctrica debiese provenir de energías renovables, mientras que para el 2050, al menos el 70% debiese provenir de energías renovables. Superficie Unidad Superficie [ha] Franja de servidumbre predial (Franja servidumbre total de la LAT) 252,8 Franja de servidumbre de la modificación de la LAT 100,0 Área de intervención del camino de servicio 18,96 Área intervención de las fundaciones de las torres LAT 13,26 Total intervención proyecto 32,22 Coordenadas UTM en Datum WGS84 Coordenadas de los vértices de ala LAT: ID WGS84 Huso 19S Este [m] Norte [m] VS 382440,29 6917651,76 V1 381432,27 6917651,80 V2 379958,41 6915743,61 V3 379308,16 6914898,63 V4 378380,66 6912542,36 V5 377736,84 6911822,17 V6 377296,60 6911490,27 V7 376414,24 6910387,74 V8 375782,57 6909925,13 V9 373002,98 6908740,42 V10 369075,79 6908194,16 V11 360436,70 6903743,83 V12 360398,83 6903736,29 V13 348538,87 6899058,66 V14 348277,80 6899004,63 V15 348126,91 6898818,10 V16 346650,00 6897580,00 V17 343940,00 6888110,00 V18 340925,02 6886960,17 V19 339479,01 6883941,56 V20 338273,41 6884322,15 V21 337230,88 6882182,92 VR 338273,41 6884322,15 Caminos de acceso Se podrá acceder al Proyecto a través de los distintos caminos existentes en el área. En la Tabla 7 de la DIA, se presentan los caminos de acceso al Proyecto y la Ruta de conexión. Adicionalmente, en la Figura 3 de la Adenda, se muestran las rutas enroladas a utilizar por el proyecto. Referencia al expediente de evaluación de los mapas, georreferenciación e información complementaria sobre la localización de sus partes, obras y acciones Los archivos digitales en formato .kmz se encuentran en el Anexo A de la DIA, mientras que los planos se presentan en el Anexo 12B del mismo documento.

4.3. PARTES, OBRAS Y ACCIONES QUE COMPONEN EL PROYECTO 4.3.1. FASE DE CONSTRUCCIÓN Partes y obras Instalación de faenas El Proyecto utilizará la instalación de faena y sus componentes descritas en la Declaración de Impacto Ambiental de la Central Desierto de Atacama, que fue aprobada mediante RCA N°097/2014. Esta instalación temporal se emplazará en una superficie cercana a las 5,0 ha dentro del área que comprende a la Central. Zonas de Acopio de residuos Todos los residuos domiciliarios, asimilables a domiciliarios, industriales no peligrosos, e industriales peligrosos serán manejados de acuerdo a lo declarado y aprobado en la DIA Central Desierto de Atacama. Frentes de trabajo móviles Los frentes de trabajo constituyen sitios aledaños a la construcción de cada poste, donde se disponen insumos básicos como extintor, botiquín, baño químico, elementos de protección personal, equipos y herramientas de uso diario. Por lo anterior, se pueden considerar puntos de apoyo para la construcción. En ningún caso constituyen centros de acopio o instalaciones de faena. Trazado de la línea El trazado comienza en las coordenadas WGS84 HUSO 19S E: 382.440 y N: 6.917.652, correspondiente a la estructura de remate de llegada desde la S/E Central Desierto de Atacama. Al salir de la subestación la línea recorre aproximadamente 63,2 km en dirección suroeste hasta el final del trazado. El vértice final de la línea queda ubicado en las coordenadas WGS84 HUSO 19S E: 337.192 y N: 6.881.963, correspondiente la estructura de remate de llegada a la S/E Algarrobal. Postes Las estructuras serán del tipo monopostes y portales, ambas utilizando postes de hormigón y de simple circuito. Las características de cada una de las estructuras y su planimetría se indican en el punto 2.1.1.7 Estructuras y postes, de la DIA. Estructuras reticuladas Las estructuras serán de acero galvanizado, reticulado, del tipo auto-soportadas y de simple circuito. Las características y el plano de cada una de las estructuras se indican en el punto 2.1.1.7 Estructuras y postes, de la DIA. Cable guardia Las características principales del cable de guardia a utilizar en la línea eléctrica se muestran en la Tabla 11 de la DIA. Conjunto de aislación Para la selección de los aisladores se ha considerado un nivel de contaminación fuerte o “d” de acuerdo a la Norma IEC 60815-1. Esta norma define para la distancia de fuga unitaria un valor de 25 mm/kV de la tensión nominal entre fases. Las características principales del aislador a utilizar en la línea eléctrica se muestran en la tabla 12 de la DIA. Puesta a tierra Todas las estructuras y postaciones tendrán al menos una conexión a tierra permanente y el valor máximo de esta deberá ser tal que posibilite la operación normal de las protecciones. La puesta a tierra de cada una de las estructuras será elaborada con una pletina de acero galvanizado mientras que los chicotes de conexión entre la puesta a tierra y la estructura, serán a través de soldadura eléctrica directa al stub de cada pata. La puesta a tierra se ubicará como mínimo a 600 mm ± 50 mm bajo el nivel del terreno excepto cuando la excavación deba hacerse en roca, donde la profundidad de la zanja será de 200 mm ± 5 mm en dicha roca. Fundaciones La estabilización de las estructuras se realizará a través de fundaciones de hormigón armado. En general, estas fundaciones serán contra terreno y de ser necesario se emplearán rellenos apropiados. En aquellos casos que no sea posible emplear fundaciones de hormigón (por ejemplo, en roca firme), se emplearán anclajes enterrados en el terreno. Franja de servidumbre Es una franja que se mantiene permanentemente despejada de todo tipo de construcciones y de aquella vegetación que sobrepase los límites normados de seguridad. Para el caso de la vegetación bajo la franja de seguridad se deberá dar cumplimiento al Artículo 111 de la NSEG 5 E.n. 71, que indica que los árboles que están en la proximidad de líneas aéreas en conductor desnudo, deben ser o bien derribados o bien podados suficientemente para no exponer esas líneas a un peligro. La franja de servidumbre definida para la línea de transmisión considerada para el proyecto tendrá un ancho de 40m (20m a cada lado del eje de la LAT). Camino de servicio Los caminos de servicio tendrán un ancho de 3m y se extenderán principalmente paralelos a la LAT y dentro de la franja de servidumbre. Durante la construcción estos caminos permitirán el acceso, desde los puntos de accesos mencionados en el numeral 1.4.4 de la DIA, a los materiales y equipos que serán utilizados para instalar las estructuras, postes y cables, y luego durante la operación, permitirá el acceso para inspecciones y mantenimiento programado de la LAT. Acciones Instalación base temporal en la Instalación de Faenas La instalación de la base temporal corresponde a la habilitación de las oficinas administrativas del jefe de obra y de los profesionales, los estacionamientos de vehículos livianos y pesados, el patio de materiales para las estructuras y equipos, el pañol de herramientas, la bodega para elementos de ferretería que serán destinados al contratista constructor de la LAT. Vale mencionar que las obras ya fueron consideradas en la DIA original, tal como se expresa en el literal a. del numeral 3.2.3 de la RCA 97/14. Habilitación y mejoramiento de caminos de acceso a la línea Los accesos a los caminos de servicio de la línea son los descritos en la Tabla 7 de la DIA. Se utilizarán de preferencia los caminos existentes y eventualmente se habilitarán caminos de servicio que irán paralelos a la LAT dentro de la franja de servidumbre. Para todos los análisis ambientales se presentará el peor caso, es decir, que existirá un camino paralelo de 63, 2km es decir a lo largo de toda la línea. Tal como se señaló los caminos por habilitar tendrán un ancho promedio de 3 m y serán nivelados y compactados. Construcción de fundaciones para las estructuras En primer lugar, se adecuará el terreno donde se emplazarán las estructuras, mediante un despeje superficial del terreno, es decir, el retiro de los tocones de los arbustos que pudieren existir, de las piedras de grandes dimensiones y de los promontorios de tierra, cuando corresponda. Para la zona alta cada estructura de anclaje ocupará una superficie de 28,09 m2 (5,3 x 5,3 m), cada estructura de remate ocupará una superficie de 28,09 m2 (5,3 x 5,3 m) y cada estructura de suspensión utilizará un área de 1,21 m2 (1,1 x 1,1 m). Para la zona baja cada poste de anclaje y remate ocupará una superficie de 0,60 m2 (2 postes x 0,55 x 0,55 m) y cada poste de suspensión utilizará un área de 0,30 m2 (0,55 x 0,55 m). En ambos casos, la superficie total necesaria para manejar los materiales y la maquinaria será de aproximadamente 625 y 225 m2, respectivamente. En total, el proyecto contempla 25 estructuras de anclaje, 2 estructuras de remate, 17 estructuras de suspensión, 30 postes de anclaje, 11 postes de remate y 320 postes de suspensión, con lo cual, la superficie total que se debe limpiar y preparar por este concepto es de 13,26 ha. Una vez despejada la superficie para una estructura, se procederá a efectuar las excavaciones necesarias para su instalación. Montaje de las estructuras, mallas puesta a tierra y herrajes Todas las piezas que conformarán las estructuras de anclaje y de suspensión se trasladarán en camiones desde las instalaciones del contratista hasta cada frente de trabajo. Esta actividad se realiza tejiendo y empernando todas las piezas entre sí como un mecano. Una vez armada la sección inferior de la estructura se continúa con una pluma con tecle o huinche manual, levantando las piezas superiores. Mediante sucesivos cambios de posición de la pluma se termina el armado completo de la estructura. Para montar una torre se necesitarán tres a cuatro días. Tendido y tensado de conductores y cable guardia en las estructuras Una vez terminado el montaje de las estructuras, se iniciará la instalación del cable conductor y del cable de guardia. Previamente, se solicitará permiso a la Dirección de Vialidad del Ministerio de Obras Públicas para el atravieso aéreo de los caminos públicos de tuición de este organismo. A continuación, se elegirán puntos dentro de la franja de seguridad, vecinos a las estructuras de anclaje, que permitirán el tendido de los cables. En estos puntos se instalarán los equipos que se requieren para el tendido: portacarrete y carretes de cable de guardia y conductor, huinches y frenos. Conexión y pruebas de energización Durante las pruebas de energización se verificará la continuidad de cada fase y se medirá la secuencia y la puesta a tierra. La puesta en servicio de las obras será comunicada en forma previa a la Superintendencia de Electricidad y Combustibles, de acuerdo al D.F.L. Nº1 de 1982, Ley General de Servicios Eléctricos y al D.S. N°327 de 1998 Reglamento de la Ley General de Servicios Eléctricos por los profesionales correspondientes. Limpieza y restauración Una vez concluido el montaje de cada estructura se realizará el retiro de los materiales sobrantes y desperdicios no orgánicos de las áreas que hayan sido intervenidas por las faenas y se procederá de acuerdo al protocolo de manejo de residuos mencionado en la DIA Original. En términos generales, los residuos domiciliarios e industriales no peligrosos serán dispuestos por el contratista, en un lugar que cuente con la autorización de la Autoridad Sanitaria o, si representan un volumen superior a 0,5 m3, en las zonas de acopio dispuestas en la Instalación de faenas de la Central Desierto de Atacama. Para la instalación de la LAT no se espera generación de residuos industriales peligrosos. Recursos naturales renovables Los recursos renovables a explotar durante la fase de construcción del Proyecto corresponden a agua potable e industrial para satisfacer las distintas necesidades de esta fase. Las estimaciones son las presentadas en numeral 3.2.4.6 de la RCA 097/14 y que son detallados en numeral 2.2.13.12 y 2.2.13.13 de la DIA. Emisiones y efluentes EMISIONES ATMOSFÉRICAS: Durante la fase de construcción, el proyecto generará emisiones de MP2.5, MP10 y MPS producidas principalmente por actividades de movimiento de tierra, excavaciones y tránsito por caminos no pavimentados. Las tasas de emisión para el material particulado son las que se muestran en el siguiente cuadro: Tipo Tasa de emisión [ton/fase] MP2.5 0,93 MP10 9,08 MPS 30,27 El Titular ha considerado la humectación de caminos de acceso como acción de control para estas emisiones. En relación con los gases generados en esta fase, estos se originan principalmente por el funcionamiento de motores de maquinarias. A continuación, se presentan los resultados de las tasas de emisión proyectadas para esta fase: Tipo Tasa de emisión [ton/fase] CO 2,05 SOx 0,003 NOx 8,69

AGUAS SERVIDAS: Estas corresponden a residuos provenientes de los baños químicos en los frentes de faena de izado de las postaciones. Se estima una generación de 9,5m3/día, considerando una mano de obra promedio durante la construcción de 95 trabajadores. El manejo, disposición temporal y final será realizado por una empresa que cuente con autorización sanitaria. Cabe señalar que las soluciones sanitarias son las mismas del proyecto original, aprobadas mediante RCA 97/14. Mayores antecedentes en el punto 2.2.13.4 Servicios Higiénicos, de la DIA y la respuesta a la observación N°11, de la Adenda.

RUIDO: Durante la fase de construcción, el Proyecto generará emisiones de ruido, principalmente por actividades de hormigonado de camión mixer más bomba de hormigón funcionando de forma simultánea en el frente de faena más el camión pluma para el izaje del poste. A continuación se muestran los resultados de las emisiones de ruidos sobre los 2 receptores identificados: Receptor NPS proyectad o dB(A) Límite máximo dB(A) Diurno Nocturno R1 10 57 50 R2 19 45 41 Residuos, productos químicos y otras sustancias que puedan afectar el medio ambiente. RESIDUOS SÓLIDOS INDUSTRIALES NO PELIGROSOS: Los residuos sólidos industriales no peligrosos corresponden a material de excavaciones de las fundaciones. Se estima una generación de 1 ton/mes y 14 ton totales. Los residuos serán seleccionados y acopiados durante la jornada de trabajo. Los residuos serán enviados a un área de almacenamiento temporal ubicada en la Instalación de faenas, descrito en el numeral 2.2.2.7 de la DIA, Anexo 26 de la Adenda N°2 y en literal a. del numeral 3.2.3 de la RCA 97/14, el que representa el segundo componente del sistema. En este patio los residuos serán segregados por tipo y se evaluará nuevamente su potencialidad para ser reciclados. El material remanente, será llevado al sitio de disposición final autorizado más cercano. RESIDUOS DOMICILIARIOS Y ASIMILABLES A DOMICILIARIOS (RSD): Los residuos domiciliarios y asimilables a domiciliarios (RSD) corresponderán a material de limpieza, papeles, plástico etc. El proyecto de modificación generará como máximo 62,5 kg diarios, con un promedio de 47,5 kg. Las medidas de gestión y autorizaciones serán las mismas presentadas y aprobadas en RCA 097/14. Los residuos serán enviados a un área de almacenamiento temporal, descrito en el numeral 3.3.3.1 de la RCA 97/14. Referencia al ICE para mayores detalles sobre esta fase. Punto 4.6 del ICE. 4.3.2. FASE DE OPERACIÓN Partes y obras La única parte de la fase de construcción que no se mantiene durante la fase de operación corresponde a la instalación de faenas. Acciones Transmisión de energía eléctrica La transmisión de energía eléctrica, que será energizada en 220 kV, desde la Central Desierto de Atacama a la S/E Algarrobal, constituirá la principal actividad de la fase de operación. Visitas de inspección Considerará recorridos terrestres para la inspección visual de los conductores, de las estructuras y de los conjuntos de suspensión y de anclaje de las torres. Estas inspecciones tienen por objetivo detectar posibles fallas en los materiales, así como problemas de erosión de suelo en las bases de las torres y huellas de acceso a las estructuras, que pudiesen afectar la estabilidad de las estructuras y la continuidad del servicio de la obra. En estas inspecciones no se utilizará equipo mayor. Eventualmente, se emplearán herramientas de mano y equipos de medición a distancia, como el termovisor. Las inspecciones se realizarán en promedio cada 12 meses o ante cualquier aviso de terceros. Mantenimiento de la franja de seguridad Esta actividad garantiza mantener la distancia mínima de los conductores al suelo, de modo que no afecte la seguridad de la línea y la continuidad del servicio de transmisión. Considerando las características de las formaciones xerofíticas presentes en la franja de servidumbre y seguridad, se contempla eventualmente algún tipo de poda de vegetación y nula corta o descepado de vegetación Mantenimiento preventivo de la línea El mantenimiento preventivo será de menor envergadura y se basará en anomalías que se detecten durante las visitas de inspección. La inspección a lo largo de toda la Línea se realizará en forma pedestre y vehicular. La medición de termografía se realiza al menos tres veces al año. No se utilizará ningún equipo mayor, sólo se utilizarán herramientas de mano y equipos de medición a distancia como el termovisor. Mantenimiento correctivo de la línea El mantenimiento correctivo se refiere a las reparaciones que se ejecutarán a las instalaciones por fallas detectadas en el sistema. Su envergadura dependerá de la magnitud de la falla o de la anomalía que exista. En algunos casos es posible que se requiera emplear una mayor cantidad de personal y de maquinaria pesada, como grúas y camiones dependiendo de la naturaleza de la falla. Reparaciones de emergencia Se refiere a las reparaciones no programadas, producto de daños producidos por atentados cometidos por personas o por daños provocados por la naturaleza. No son predecibles y por lo general se localizan en una estructura determinada. Las actividades de reparación pueden requerir el uso de equipo mayor y de personal adecuado, lo cual afectará temporalmente el terreno en una zona limitada alrededor de una estructura. Vale mencionar que la ocurrencia de una emergencia como la descrita o de un mantenimiento mayor es de muy baja probabilidad. Una vez terminadas estas reparaciones, se recolectarán los desechos de las reparaciones y los residuos domésticos, para ser depositadas en sitios autorizados para este efecto Productos generados El proyecto no contempla la generación de productos, corresponde a la trasmisión de la electricidad generada por el proyecto Central Desierto de Atacama. Recursos naturales renovables Durante esta fase no se extraerán, explotarán o utilizarán recursos naturales renovables. Emisiones y efluentes EMISIONES ATMOSFÉRICAS: Durante la fase de operación, el proyecto generará emisiones de MP2.5, MP10 y MPS producidas principalmente por actividades tránsito por caminos no pavimentados. Las tasas de emisión para el material particulado son las que se muestran en el siguiente cuadro: Tipo Tasa de emisión [ton/año] MP2.5 0,002 MP10 0,02 MPS 0,007 En relación con los gases generados en esta fase, estos se originan principalmente por el funcionamiento de motores de combustión interna. A continuación, se presentan los resultados de la estimación para esta fase: Tipo Tasa de emisión [ton/año] CO 0,00094 Sox - NOx 0,00066

AGUAS SERVIDAS: No se generarán aguas servidas adicionales a las aprobadas en el proyecto Central Desierto de Atacama. Cabe señalar que las soluciones sanitarias son las mismas del proyecto original, aprobadas mediante RCA 97/14. Mayores antecedentes en el punto 2.2.13.4 Servicios Higiénicos, de la DIA y la respuesta a la observación N°11, de la Adenda.

RUIDO: Durante la fase de operación se espera que se generen ruidos exclusivamente por las actividades de mantención, las cuales son esporádicas y de bajas emisiones, en ningún caso se superaran las emisiones proyectadas para la fase de construcción.

EMISIONES ELECTROMAGNÉTICAS: Se realizó una evaluación de afectación por campos electromagnéticos, concluyendo que la LAT se instala en un sitio inhabitado, los valores de emisión (2,6 uT) son menores a los de la norma europea de referencia y considerando el tipo de LAT no existen antecedentes bibliográficos para prever afectación a la salud de las personas o la biota. Residuos, productos químicos y otras sustancias que puedan afectar el medio ambiente. RESIDUOS SÓLIDOS INDUSTRIALES NO PELIGROSOS: El presente proyecto de modificación no genera residuos industriales no peligrosos.

RESIDUOS DOMICILIARIOS Y ASIMILABLES A DOMICILIARIOS (RSD): Los residuos domiciliarios y asimilables a domiciliarios (RSD) corresponderán a material de limpieza, papeles, plástico etc. Se estima una generación de 2.5 kg/día durante labores de mantención. Los residuos serán enviados a un área de almacenamiento temporal, descrito en el numeral 3.3.3.1 de la RCA 97/14.

RESIDUOS INDUSTRIALES PELIGROSOS: El presente proyecto de modificación no genera residuos industriales peligrosos. Referencia al ICE para mayores detalles sobre esta fase. Punto 4.7 del ICE. 4.3.3. FASE DE CIERRE Parte y obras Instalación de faenas El Proyecto utilizará la instalación de faena y sus componentes descritas en la Declaración de Impacto Ambiental de la Central Desierto de Atacama, que fue aprobada mediante RCA N°097/2014. Esta instalación temporal se emplazará en una superficie cercana a las 5,0 ha dentro del área que comprende a la Central. Acciones Retiro de conductores y cable guardia Una vez concluida la vida útil del proyecto se realizará el desarme de las estructuras desmontando los conductores, cuyo procedimiento es el siguiente: - Se retirarán los amortiguadores de los conductores y del cable de guardia - Se liberarán los conductores de las grampas de suspensión y anclaje que los unen a las cadenas de suspensión y anclaje, montándolos sobre poleas - Se retirará el conductor y el cable de guardia, enrollándose separadamente en carretes de madera. Desarme de estructuras y traslado de materiales El procedimiento para el desarme y traslado de las estructuras consistirá en retirar las partes que componen cada estructura, con la ayuda de una pluma y una grúa cuando sea posible, para luego trasladar dichas partes a la base del contratista y posteriormente disponerla ambientalmente. Los componentes de las torres y cables, luego de ser desmantelados, serán reciclados o reutilizados, según sea su estado de conservación. Restaurar la geoforma o morfología, vegetación y cualquier otro componente ambiental que haya sido afectado durante la ejecución del proyecto Para restituir las geoformas, las fundaciones de las estructuras serán removidas hasta una profundidad no inferior de 20 cm, para posteriormente rehabilitar la superficie con la adición de suelo natural, que permita mantener le geomorfología del lugar. El área donde estuvo la estructura será cubierta con una capa de suelo proveniente de suelos cercanos donde existan relieves sobresalientes, a fin de restituir las geoformas lo más parecido posible a lo que originalmente hubo. En la eventualidad de no existir terrenos sobresalientes en las cercanías, el material de relleno será transportado desde un terreno que sí presente esta característica hasta el sector que se va a restituir. No existe otro componente ambiental que sea afectado durante la ejecución del proyecto que deba ser restaurado. Prevenir futuras emisiones desde la ubicación del Proyecto, para evitar la afectación del ecosistema incluido el aire, suelo y agua El Proyecto no considera futuras emisiones posterior al desmantelamiento. Mantención, conservación y supervisión que sean necesarias Dada la baja intervención de las obras del proyecto, sumado al carácter modular de sus componentes, no será necesario establecer actividades de mantención, conservación y supervisión en el área ocupada por las obras del proyecto durante la fase de cierre Referencia al ICE para mayores detalles sobre esta fase. Punto 4.8 del ICE.

4.4. CRONOLOGÍA DE LAS FASES DEL PROYECTO 4.4.1. FASE DE CONSTRUCCIÓN Fecha estimada de inicio Marzo 2021 Parte, obra o acción que establece el inicio Ingeniería de detalles Fecha estimada de término Mayo 2022 Parte, obra o acción que establece el término Puesta en marcha del proyecto 4.4.2. FASE DE OPERACIÓN Fecha estimada de inicio Mayo 2022 Parte, obra o acción que Funcionamiento de todos los componentes del proyecto establece el inicio Fecha estimada de término Mayo 2072 (fecha mínima de vida útil del proyecto) Parte, obra o acción que establece el término Desmantelar las obras físicas 4.4.3. FASE DE CIERRE Fecha estimada de inicio Mayo 2072 (solo será llevada a cabo si el proyecto carece de justificación técnica, estratégica y económica para la renovación de equipos) Parte, obra o acción que establece el inicio Desmantelar las obras físicas Fecha estimada de término 2072 Parte, obra o acción que establece el término Limpieza y restauración del terreno

5°. Que, durante el proceso de evaluación se han presentado antecedentes que justifican la inexistencia de los siguientes efectos, características y circunstancias del artículo 11 de la Ley N° 19.300:

5.1. RIESGO PARA LA SALUD DE LA POBLACIÓN, DEBIDO A LA CANTIDAD Y CALIDAD DE EFLUENTES, EMISIONES Y RESIDUOS Impacto ambiental Alteración de la calidad del aire debido al aporte de material particulado y gases. Parte, obra o acción que lo genera Excavaciones Movimientos de tierra Tránsito de vehículos Combustión interna de motores Fase en que se presenta Construcción, operación y cierre Impacto ambiental Alteración de los niveles de ruido generados por las actividades del Proyecto. Parte, obra o acción que lo genera Excavaciones Montaje de estructuras Funcionamiento de maquinaria Tránsito de vehículos Fase en que se presenta Construcción, operación y cierre Referencia al ICE para mayores detalles sobre este impacto específico Capítulo 5 del ICE. Durante las fases de construcción, operación y cierre el Proyecto generará emisiones de material particulado (MP2.5, MP10 y MPS), principalmente por actividades de excavación, movimiento de tierra y tránsito de vehículos por caminos no pavimentados. Las tasas de emisión para el material particulado para las fases de construcción y operación se detallan en los puntos 4.6.4.1 y 4.7.5.1 de este documento. Para la fase de cierre se espera que estas sean iguales o inferiores a las de la fase de operación. El resultado de la estimación de emisiones, presentado en el Anexo 4 de la DIA, sugiere que estas emisiones son de baja magnitud y acotadas a un área geográficamente, y no representan un incremento en la condición base de la calidad del aire. De todas maneras el Titular ha considerado como acción de control para el material particulado la humectación de caminos de acceso.

Respecto al ruido, partir de las modelaciones realizadas para la evaluación de la afectación del ruido, del Anexo 5 de la DIA, sobre receptores cercanos producto de la construcción y operación, se concluye que el Proyecto cumple con los niveles máximos permitidos por la normativa acústica vigente, el D.S. N° 38/11 del MMA, no produciendo impacto acústico significativo sobre los receptores durante la construcción y operación. Para la fase de cierre se espera que estas emisiones sean iguales o inferiores a la fase de construcción.

Con relación a los efectos sobre la salud de la población producto de los efluentes de origen sanitario, el Proyecto contempla, para las fases de construcción, operación y cierre el uso de baños químicos en los frentes de trabajo, los cuales serán manejados por empresa autorizada para estos fines. De todas maneras, cabe señalar que las soluciones sanitarias son las mismas del proyecto original, aprobadas mediante RCA 97/14.

Para la presente modificación no se espera que se generen residuos adicionales a los contemplados en el proyecto original, los cuales serán manejados de acuerdo a lo aprobado mediante RCA 97/14.

5.2. EFECTOS ADVERSOS SIGNIFICATIVOS SOBRE LA CANTIDAD Y CALIDAD DE LOS RECURSOS NATURALES RENOVABLES, INCLUIDOS EL SUELO, AGUA Y AIRE Impacto ambiental Pérdida de suelo y su capacidad de uso. Componente(s) ambiental(es) afectado(s) Suelo Parte, obra o acción que lo genera Habilitación de caminos Fundaciones de estructuras Fase en que se presenta Construcción Impacto ambiental Alteración de cauces intermitentes Componente(s) ambiental(es) afectado(s) Hidrología Parte, obra o acción que lo genera Instalación de estructuras Fase en que se presenta Construcción Impacto ambiental Alteración de la calidad del aire debido al aporte de material particulado y gases. Componente(s) ambiental(es) afectado(s) Aire Parte, obra o acción que lo genera Excavación. Relleno de la cantera. Acopio de áridos. Flujo vehicular. Fase en que se presenta Construcción, operación y cierre Referencia al ICE para mayores detalles sobre este impacto específico Capítulo 5 del ICE. De acuerdo con la caracterización ambiental del componente suelo, presentada en el Anexo 9 de la DIA, los suelos no presentan valor agrícola al ser clasificados como clases “VI” y “VII” y que su capacidad de sustentar biodiversidad es limitada, principalmente por sus características geográficas y propiedades estructurales, lo cual limita también capacidad para el uso forestal. Debido a lo anterior, no se prevé una afectación significativa a este componente ambiental.

En cuanto a la flora, se identificaron 41 especies de flora vascular, de las cuales 6 se encuentran en categoría de conservación “Preocupación Menor” (LC), estas son: Cumulopuntia sphaerica, Echinopsis desertícola, Ephedra americana, Eulychnia acida, Eulychnia brevifolia, Spinoliva ilicifolia. Dado que se determinó la presencia de formaciones xerofíticas, el Titular ha presentado, los antecedentes para el otorgamiento del PAS 151 para la corta, destrucción o descepado de formaciones xerofíticas.

Respecto a la fauna presente en el área de estudio, la caracterización realizada registró un total de 16 especies (12 aves, 3 reptiles y 1 mamífero), de las cuales 4 se encuentran en alguna categoría de conservación: Lama guanicoe (Guanaco), Callopistes maculatus (Iguana chilena), Liolaemus atacamensis (Lagartija de Atacama), Liolaemus nigromaculatus (Lagartija de mancha negra).

Frente a estos resultados, el Titular se ha comprometido a mantener, y hacer extensivas, las medidas precautorias del proyecto original: - Plan de ahuyentamiento de Lama guanicoe y Lycalopex culpaeus. - Rescate y relocalización de fauna de baja movilidad.

Con lo anterior, es posible determinar que no se prevén efectos adversos significativos para estas componentes.

Con relación al agua, el proyecto no contempla la utilización de volúmenes de agua adicionales a los autorizados en el proyecto original aprobado mediante RCA 97/14.

Durante la fase de construcción del Proyecto, se generarán emisiones atmosféricas de material particulado MPS. Sin embargo, en el área de emplazamiento del Proyecto no hay normas secundarias de calidad ambiental vigentes, y respecto a vegetación que pudiera verse afectada, cabe consignar que esta fase, sigue siendo la más representativa, genera emisiones poco considerables, sumado a que su duración es acotada, por lo que no se prevé afectación significativa sobre esta componente.

5.3. REASENTAMIENTO DE COMUNIDADES HUMANAS O ALTERACIÓN SIGNIFICATIVA DE LOS SISTEMAS DE VIDA Y COSTUMBRES DE GRUPOS HUMANOS Impacto ambiental N/A Referencia al ICE para mayores detalles sobre este impacto específico Capítulo 5 del ICE. El proyecto no genera reasentamiento de grupos humanos, debido a los argumentos que se señalan a continuación.

Durante el proceso de evaluación ambiental, se solicitó al Titular levantar información primaria del grupo humano del Asentamiento 1 (vivienda de don Arnoldo Contreras), con objeto de descartar posibles efectos del artículo 7 del RSEIA. Sin embargo, luego de múltiples intentos efectuados por el Titular (cuyo registro se puede encontrar en el punto 3 del Adenda Complementaria), este no logró conseguir un acercamiento con dicho receptor, por lo que recopiló información a través de observaciones en terreno y entrevistas con don Edgardo Espinosa, quien ha trabajado en el Asentamiento 2 y quien relata conocer a don Arnoldo Contreras. De esta forma, y como resultado de las visitas realizadas por el Titular, en el Asentamiento 1 se pudieron observar algunas gallinas, pero no se observaron instalaciones u obras que permitan el desarrollo de actividades ganaderas, ni tampoco la utilización o extracción de recursos naturales del sector. Así, don Arnoldo Contreras y su familia se dedicarían a labores en Tierra Amarilla y Los Loros, tales como la venta de dulces y empanadas, reventa ocasional de productos de campo, etc.

Por lo anterior, y dado que la postación más cercana de la línea de transmisión se localiza a más de 300 metros del Asentamiento 1 y al otro lado de la ruta C-451, y considerando que allí no se efectuaría una utilización o extracción de recursos naturales del sector, se concluye que el proyecto no genera intervención, uso o restricción al acceso de los recursos naturales utilizados como sustento económico del grupo o para cualquier otro uso tradicional. Para más información se puede remitir al punto 3 del Adenda Complementaria.

En relación con la Comunidad Indígena Diaguita Llanos del Lagarto, durante el proceso de evaluación se advirtió que crianceros de dicha Comunidad tendrían una ruta de trashumancia que podría intersectar el proyecto. Esta ruta partiría en la localidad Llanos del Lagarto, llegaría a la Ruta 5, seguiría hacia el norte hasta el cruce con la Quebrada Algarrobal (Ruta C-455), continuando hacia el oriente al sector de precordillera y cordillera. Al respecto, los antecedentes presentados señalan que alrededor de 10 familias de la localidad Llanos del Lagarto realizan trabajo criancero (entre 100 y 500 cabezas de ganado cada una). Esta actividad se realiza principalmente en el sector denominado Algarrobal, ubicado al oriente del cruce de la ruta C-455 y la Ruta 5. En los últimos años, y en especial desde el año 2007 en que se construyó la doble calzada de la Ruta 5, los crianceros trasladan a los animales en camiones en los lugares más transitados, para luego continuar a pie sólo en los sectores cordilleranos más deshabitados. En este sentido, el trazado del Proyecto que se encuentra dentro de la zona Algarrobal comprende desde el poste 348 al 396 y representa menos del 10% de la línea total. Por otro lado, también se debe considerar que el vano entre poste y poste del proyecto es de 300 metros, lo que se considera una distancia suficiente para el libre desplazamiento del ganado. Finalmente, durante la construcción del Proyecto, la principal ruta a utilizar será la ruta C-451, que se encuentra a más de 15 km al norte de la ruta C-455, por lo que de ningún modo se impedirá el paso de cabezas de ganado en la zona de Algarrobal, según se señala en el punto 27 del Adenda. Considerando que los antecedentes presentados por el Titular coinciden con la información que maneja la autoridad ambiental (a lo que se suma el pronunciamiento conforme del servicio competente), se concluye que el proyecto no generaría intervención, uso o restricción al acceso de los recursos naturales utilizados como sustento económico del grupo o para cualquier otro uso tradicional, como es el caso de las actividades de trashumancia realizadas por la Comunidad Indígena Diaguita Llanos del Lagarto.

5.4. LOCALIZACIÓN EN O PRÓXIMA A POBLACIONES, RECURSOS Y ÁREAS PROTEGIDAS, SITIOS PRIORITARIOS PARA LA CONSERVACIÓN, HUMEDALES PROTEGIDOS Y GLACIARES, SUSCEPTIBLES DE SER AFECTADOS, ASÍ COMO EL VALOR AMBIENTAL DEL TERRITORIO EN QUE SE PRETENDE EMPLAZAR Impacto ambiental N/A Referencia al ICE para mayores detalles sobre este impacto específico Capítulo 5 del ICE. Los grupos humanos pertenecientes a pueblos indígenas (GHPPI) más cercanos al Proyecto son: i) Comunidad Indígena Colla Tata Inti del Pueblo Los Loros, ubicada a 9,3 km del proyecto; ii) Comunidad Indígena Diaguita Llanos del Lagarto, ubicada a 13,5 km del proyecto; y iii) Comunidad Indígena Diaguita Chipasse Ta Caluba, ubicada a 20,2 km del proyecto. Para ver la ubicación de las tres comunidades indígenas mencionadas respecto del proyecto, se puede remitir a la Figura 11 del Anexo 10 de la DIA.

De acuerdo con el análisis detallado en la tabla 6.3 del ICE, y considerando la magnitud y duración del proyecto, se concluye que este no genera susceptibilidad de afectación a GHPPI.

De acuerdo con la ubicación geográfica del área del proyecto, declarada en la DIA, el proyecto se encuentra localizado fuera de unidades del SNASPE, sin embargo, se encuentra inserto dentro de los sitios prioritarios definidos en la estrategia regional para la biodiversidad de Atacama 2010 –2017 como “Desierto Florido”. Sin embargo, importante es mencionar que el sector ya ha sido utilizado para la implementación de infraestructura eléctrica.

De acuerdo al proceso de evaluación del Proyecto, y dada su extensión, magnitud o duración de las intervenciones de sus partes, obras y acciones, así como los impactos generados, este no es susceptible de afectar sitios prioritarios para la conservación, en especial consideración a los objetos de protección que se pretenden resguardar. Tales como sitio prioritario Zona Desierto Florido.

5.5. ALTERACIÓN SIGNIFICATIVA, EN TÉRMINOS DE MAGNITUD O DURACIÓN, DEL VALOR PAISAJÍSTICO O TURÍSTICO DE UNA ZONA Impacto ambiental Alteración del valor paisajístico del área de influencia del proyecto Componente(s) ambiental(es) afectado(s) Paisaje Parte, obra o acción que lo genera Línea de transmisión Fase en que se presenta Construcción y operación Referencia al ICE para mayores detalles sobre este impacto específico Capítulo 5 del ICE. De acuerdo al estudio de paisaje presentado en el Anexo 13 de la DIA, se ha determinado una calidad media baja para el AI del proyecto. Adicionalmente y dada las características del proyecto y su área de emplazamiento, no se prevé la obstrucción de zonas con valor paisajístico.

Dada las características del proyecto y su área de emplazamiento, no se prevé la alteración de atributos de una zona con valor paisajístico, puesto que, por un lado, se ha determinado una calidad media baja de los atributos visuales; y por otro, el proyecto se emplazará en un área que ya cuenta con este tipo de infraestructura eléctrica.

5.6. ALTERACIÓN DE MONUMENTOS, SITIOS CON VALOR ANTROPOLÓGICO, ARQUEOLÓGICO, HISTÓRICO Y, EN GENERAL, LOS PERTENECIENTES AL PATRIMONIO CULTURAL Impacto ambiental N/A Referencia al ICE para mayores detalles sobre este impacto específico Capítulo 5 del ICE. El proyecto no contempla partes, obras o acciones que alteren el patrimonio cultural, y para descartar posibles impactos, se realizó una prospección arqueológica (Anexo 14 de la DIA), en la que no se encontraron restos materiales de índole prehispánica y/o histórica.

6°. Que resultan aplicables al Proyecto los siguientes permisos ambientales sectoriales, asociados a las correspondientes partes, obras o acciones que se señalan a continuación:

6.1. PERMISOS AMBIENTALES SECTORIALES MIXTOS

6.1.1. Permiso para la corta, destrucción o descepado de formaciones xerofíticas según se establece en el artículo 151 del Reglamento del SEIA Fase del Proyecto a la cual corresponde Construcción Parte, obra o acción a la que aplica Habilitación de caminos y fundaciones para las estructuras. Condiciones o exigencias específicas para su otorgamiento No se establecieron Pronunciamiento del órgano competente A través de Of. Ord. N° 80-EA/2020, de fecha 09 de noviembre de 2020 la CONAF de la Región de Atacama se pronunció conforme respecto a los antecedentes presentados por el Titular para el otorgamiento de este Permiso. Referencia al ICE para mayores detalles Capítulo 9 del ICE.

6.1.2. Permiso para efectuar modificaciones de cauce según se establece en el artículo 156 del Reglamento del SEIA Fase del Proyecto a la Construcción cual corresponde

Parte, obra o acción a la que aplica Estructuras que se encuentran en cauces intermitentes Condiciones o exigencias específicas para su otorgamiento No se establecieron Pronunciamiento del órgano competente A través de Of. Ord. N° 586, de fecha 12 de noviembre de 2020 la DGA de la Región de Atacama se pronunció conforme respecto a los antecedentes presentados por el Titular para el otorgamiento de este Permiso. Referencia al ICE para mayores detalles Capítulo 9 del ICE.

6.1.3. Permiso para efectuar obras de regularización o defensa de cauces naturales 157 del Reglamento del SEIA Fase del Proyecto a la cual corresponde Construcción Parte, obra o acción a la que aplica Estructuras que se encuentran en cauces intermitentes Condiciones o exigencias específicas para su otorgamiento No se establecieron Pronunciamiento del órgano competente A través de Of. Ord. N° 586, de fecha 12 de noviembre de 2020 la DGA de la Región de Atacama se pronunció conforme respecto a los antecedentes presentados por el Titular para el otorgamiento de este Permiso. Referencia al ICE para mayores detalles Capítulo 9 del ICE.

7°. Que, de acuerdo a los antecedentes que constan en el expediente de evaluación, la forma de cumplimiento de la normativa de carácter ambiental aplicable al Proyecto es la siguiente:

7.1. COMPONENTE/MATERIA: Aire Norma D.S. N°1, Aprueba Reglamento del Registro de Emisiones y Transferencias de Contaminantes, RETC. Fecha de Publicación: 02 de mayo de 2013. Ministerio del Medio Ambiente. Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Aplicable a la fase de construcción, operación y cierre. Parte, obra o acción a la que aplica Durante la fase de construcción, operación y cierre se generarán residuos domiciliarios e industriales no peligrosos. Forma de cumplimiento El Titular del proyecto realizará la declaración de sus residuos a través de la plataforma del RETC https://vu.mma.gob.cl/index.php?c=home Indicador que acredita su cumplimiento Declaraciones anuales en RETC. Forma de control y seguimiento Los encargados de la fiscalización son la Superintendencia del Medio Ambiente (SMA) y Secretaría Regional Ministerial de Salud. Referencia al ICE para mayores detalles Capítulo 8 del ICE.

7.2. COMPONENTE/MATERIA: Aire Norma Res. Ext. N° 1.139 de 2014. Aprueba Norma Básica para Aplicación del Reglamento del Registro de Emisiones y Transferencias de Contaminantes, RETC Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Aplicable a la fase de construcción, operación y cierre Parte, obra o acción a la que aplica Durante la fase de construcción, operación y cierre se generarán residuos domiciliarios e industriales no peligrosos Forma de cumplimiento El Titular del proyecto realizará la declaración de sus residuos a través de la plataforma del RETC https://vu.mma.gob.cl/index.php?c=home Indicador que acredita su cumplimiento Declaraciones anuales en RETC. Forma de control y seguimiento La encargada de la fiscalización es la Superintendencia del Medio Ambiente (SMA) Referencia al ICE para mayores detalles Capítulo 8 del ICE.

7.3. COMPONENTE/MATERIA: Aire Norma D.S. N°144, de 1961 establece Normas para Evitar Emanaciones o Contaminantes de Cualquier Naturaleza. Fecha de Publicación: 18 de mayo de 1961. Ministerio de Salud. Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Aplicable a las fases de construcción, operación y cierre. Parte, obra o acción a la que aplica Artículo 1: Los gases, vapores, humos, polvo, emanaciones o contaminantes de cualquiera naturaleza, producidos en cualquier establecimiento fabril o lugar de trabajo, deberán captarse o eliminarse en forma tal que no causen daños o molestias al vecindario. Forma de cumplimiento Las emisiones de material particulado y gases son menores y distribuidas en una extensión territorial líneas de 63,2 km, tal como se presentan en el Anexo 4. Adicionalmente, con el fin de disminuir las emisiones de material particulado, el Titular considera las siguientes medidas: • Se exigirá una cobertura a los materiales que son transportados en camiones. • Se controlará la velocidad de los vehículos dentro del área de faena. • Prohibición de realizar fogatas en faenas Para el control de emisiones de gases el Proyecto considera las siguientes medidas: • Los grupos electrógenos utilizados en la fase de construcción tendrán sus revisiones técnicas al día, para que se desempeñen de acuerdo con los parámetros del fabricante. • Los vehículos livianos, medianos, pesados y maquinaria de combustión interna contarán con las mantenciones recomendadas por el fabricante y con su revisión técnica al día; lo anterior se exigirá bajo cláusulas contractuales con las empresas a cargo de las faenas de construcción y cierre del Proyecto Indicador que acredita su cumplimiento • Revisión y registro de cumplimiento de las medidas anteriores por parte del Titular. • Catastro de vehículos y fechas de respectivas de revisiones técnicas y/o mantenciones. • Documentos de revisiones técnicas y mantenciones en los vehículos en obra. Forma de control y seguimiento La encargada de la fiscalización es la Superintendencia del Medio Ambiente (SMA) Referencia al ICE para mayores detalles Capítulo 8 del ICE.

7.4. COMPONENTE/MATERIA: Aire Norma D.S. N°138, establece Obligación de Declarar Emisiones que Indica. Fecha de Publicación: 17 de noviembre de 2005. Ministerio de Salud; Subsecretaría de Salud Pública Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Aplicable a la fase de construcción, operación y cierre. Parte, obra o acción a la que aplica Durante la fase de construcción y cierre se utilizarán grupos electrógenos para el suministro eléctrico de los frentes de faena. Forma de cumplimiento Se hará la declaración de fuentes de emisión conforme a los procedimientos establecidos para tal efecto y se informará sobre los procesos, niveles de producción, tecnologías de abatimiento y cantidades y tipo de combustibles, en la forma que esta norma señala, conforme a los artículos 1°, 2° y 3°. Indicador que acredita su cumplimiento Se mantendrá a disposición de la Autoridad: • Formulario ingreso de declaración de emisiones. • Obtención de certificado de declaración de emisiones según lo indica este Decreto Forma de control y seguimiento La encargada de la fiscalización es la Superintendencia del Medio Ambiente (SMA) Referencia al ICE para mayores detalles Capítulo 8 del ICE.

7.5. COMPONENTE/MATERIA: Aire Norma Decreto con Fuerza de Ley Nº1, fija texto refundido, coordinado y sistematizado de la Ley de Tránsito. Fecha de Publicación: 29 de octubre de 2009. Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones; Subsecretaría de Transportes; Ministerio de Justicia; Subsecretaría de Justicia. Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Aplicable a las fases de construcción, operación y cierre Parte, obra o acción a la que aplica El Proyecto para sus distintas fases requerirá de vehículos motorizados. Forma de cumplimiento Todos los vehículos relacionados con el Proyecto tendrán su revisión técnica al día y se les harán mantenimientos regulares según las indicaciones del fabricante. Se impedirá el paso a las instalaciones del Proyecto a todo vehículo que no cuente con su revisión técnica vigente. Lo anterior se exigirá bajo cláusulas contractuales con las empresas contratistas a cargo de las faenas de construcción y abandono del Proyecto. Indicador que acredita su cumplimiento Documentos de revisiones técnicas y mantenciones en los vehículos en obra Forma de control y seguimiento La encargada de la fiscalización es la Superintendencia del Medio Ambiente (SMA) Referencia al ICE para mayores detalles Capítulo 8 del ICE.

7.6. COMPONENTE/MATERIA: Aire Norma D.S. Nº4, establece Norma de Emisión de Contaminantes Aplicables a los Vehículos Motorizados y fija los Procedimientos para su Control. Fecha de Publicación: 29 de enero de 1994. Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones. Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Aplicable a las fases de construcción, operación y cierre. Parte, obra o acción a la que aplica Las fases de construcción, operación y abandono del proyecto consideran la utilización de vehículos y camiones para el transporte de materiales, insumos y maquinarias. Forma de cumplimiento Todos los vehículos relacionados con el Proyecto contarán con su revisión técnica al día y se revisará la vigencia de las mantenciones recomendadas por los fabricantes. Esto se hará exigible por el Titular a las empresas contratistas a través de cláusulas contractuales. Indicador que acredita su cumplimiento Documentos de revisiones técnicas y mantenciones en los vehículos en obra. Forma de control y seguimiento La encargada de la fiscalización es la Superintendencia del Medio Ambiente (SMA) Referencia al ICE para mayores detalles Capítulo 8 del ICE.

7.7. COMPONENTE/MATERIA: Aire Norma D.S. Nº279, aprueba Reglamento para el Control de la Emisión de Contaminantes de Vehículos Motorizados de Combustión Interna. Fecha de Publicación: 17 de diciembre de 1983. Ministerio: Salud. Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Aplicable a las fases de construcción, operación y cierre. Parte, obra o acción a la que aplica Durante todas las fases del Proyecto se utilizarán vehículos y maquinaria motorizada pesada, aplicando a las emisiones atmosféricas generadas. Forma de cumplimiento Todos los vehículos relacionados con el Proyecto contarán con su revisión técnica al día y se revisará la vigencia de las mantenciones recomendadas por los fabricantes. Esto se hará exigible por el Titular a las empresas contratistas a través de cláusulas contractuales. Indicador que acredita su cumplimiento Documentos de revisiones técnicas y mantenciones en los vehículos en obra. Forma de control y seguimiento La encargada de la fiscalización es la Superintendencia del Medio Ambiente (SMA) Referencia al ICE para mayores detalles Capítulo 8 del ICE.

7.8. COMPONENTE/MATERIA: Aire Norma D.S. Nº55/1994, establece Normas de Emisión aplicables a Vehículos Motorizados Pesados. Publicación: 16 de abril de 1994. Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Aplicable a las fases de construcción, operación y cierre. Parte, obra o acción a la que aplica Durante todas las fases del Proyecto se utilizarán vehículos y maquinaria motorizada pesada, aplicando a las emisiones atmosféricas generadas. Forma de cumplimiento El Titular del Proyecto cumple con las disposiciones del presente cuerpo normativo ya que exigirá que los vehículos motorizados pesados cuenten con su revisión técnica al día y mantenciones recomendadas por el fabricante, además del correspondiente certificado de emisión de contaminantes, con el cual se acredita el cumplimiento de la normativa vigente sobre la materia. Esto se hará exigible por el Titular a las empresas contratistas a través de cláusulas contractuales. Indicador que acredita su cumplimiento Documentos de revisiones técnicas y mantenciones en los vehículos en obra. Forma de control y seguimiento La encargada de la fiscalización es la Superintendencia del Medio Ambiente (SMA) Referencia al ICE para mayores detalles Capítulo 8 del ICE.

7.9. COMPONENTE/MATERIA: Aire Norma D.S. Nº54/1994, Establece Normas de Emisión aplicables a Vehículos Motorizados Medianos que Indica. Publicación: 03 de mayo de 1994. Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones. Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Aplicable a las fases de construcción, operación y cierre. Parte, obra o acción a la que aplica Durante todas las fases del Proyecto se utilizarán vehículos medianos. Forma de cumplimiento El Titular del Proyecto cumple con las disposiciones del presente cuerpo normativo ya que exigirá que los vehículos motorizados medianos cuenten con su revisión técnica al día y mantenciones recomendadas por el fabricante, además del correspondiente certificado de emisión de contaminantes, con el cual se acredita el cumplimiento de la normativa vigente sobre la materia. Esto se hará exigible por el Titular a las empresas contratistas a través de cláusulas contractuales. Indicador que acredita su cumplimiento Documentos de revisiones técnicas y mantenciones en los vehículos en obra. Forma de control y seguimiento La encargada de la fiscalización es la Superintendencia del Medio Ambiente (SMA) Referencia al ICE para mayores detalles Capítulo 8 del ICE.

7.10. COMPONENTE/MATERIA: Ruido Norma D.S 38/2011. Establece Norma de Emisión de Ruidos Generados por Fuentes que Indica, Elaborada a Partir de la Revisión del Decreto Nº 146, de 1997, del Ministerio Secretaría General De La Presidencia. Fecha de Publicación: 12 de junio de 2012. Ministerio del Medio Ambiente Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Aplicable a las fases de construcción, operación y cierre. Parte, obra o acción a la que aplica El Proyecto generará emisiones de ruido durante la fase de construcción y cierre, debido al funcionamiento de maquinaria pesada y el tránsito de vehículos. En la Fase de Operación, el ruido provendrá del efecto corona por el tránsito de la electricidad por los conductores. Forma de cumplimiento El Titular ha entregado antecedentes de receptores susceptibles de ser afectados por el proyecto en cualquiera de sus fases y el estricto cumplimiento del DS 38/11 del MMA. Indicador que acredita su cumplimiento Medición in situ, en caso de fiscalización. Forma de control y seguimiento La encargada de la fiscalización es la Superintendencia del Medio Ambiente (SMA) Referencia al ICE para Capítulo 8 del ICE. mayores detalles

7.11. COMPONENTE/MATERIA: Emisiones lumínicas Norma D.S.43/16 Establece norma de emisión para la regulación de la contaminación lumínica, elaborada a partir de la revisión del decreto Nº 686, de 1998, del ministerio de economía, fomento y reconstrucción del MMA del 03 de mayo de 2014. Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Aplicable a las fases de construcción, operación y cierre Parte, obra o acción a la que aplica El proyecto consiste en la instalación de postaciones de transmisión de energía en alta tensión localizadas en la región de Atacama. Forma de cumplimiento El proyecto no requiere del uso de balizas en las postaciones Indicador que acredita su cumplimiento Las postaciones instaladas cumplen con las disposiciones del presente decreto. Forma de control y seguimiento La encargada de la fiscalización es la Superintendencia del Medio Ambiente (SMA) Referencia al ICE para mayores detalles Capítulo 8 del ICE.

7.12. COMPONENTE/MATERIA: Residuos líquidos Norma D.S. Nº594, aprueba Reglamento sobre Condiciones Sanitarias y Ambientales Básicas en los Lugares de Trabajo. Fecha de Publicación: 29 de abril de 2000. Ministerio de Salud. Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Aplicable a las fases de construcción, operación y cierre. Parte, obra o acción a la que aplica Durante la Fase de Construcción y Cierre se considera la generación de aguas servidas, específicamente en los frentes de trabajo por el uso de baños químicos Forma de cumplimiento Se dará cumplimiento a este cuerpo normativo porque el Titular realizará las siguientes acciones: En cuanto a la relación con el artículo 16, cabe indicar que el proyecto no considera la generación de residuos líquidos industriales, por tanto, no se considera su descarga a la red pública de alcantarillado, como tampoco a cuerpos de agua natural (superficial o subterráneo). Tampoco considera la descarga de sustancias peligrosas. Por otra parte, una empresa autorizada se hará cargo de la instalación de los baños químicos, mantención y retiro periódico de las aguas residuales que generará el Proyecto Indicador que acredita su cumplimiento Se mantendrán copias de los contratos relativos a la (s) empresa (s) que proporcionará(n) los baños químicos requeridos durante la fase de construcción y cierre. Se mantendrá copia de las autorizaciones sanitarias de las empresas de retiro y disposición final de las aguas servidas producto del uso de baños químicos en la fase de construcción y cierre y la recepción de la Planta de Tratamiento. Forma de control y seguimiento La encargada de la fiscalización es la Superintendencia del Medio Ambiente (SMA) Referencia al ICE para mayores detalles Capítulo 8 del ICE.

7.13. COMPONENTE/MATERIA: Residuos sólidos Norma D.F.L. Nº725, Código Sanitario Decreto con Fuerza de Ley Nº725. Fecha de Publicación: 31 de enero de 1968. Rectificación: 06 de febrero de 1968. Ministerio de Salud Pública. Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Aplicable a las fases de construcción, operación y cierre. Parte, obra o acción a la que aplica El Proyecto generará residuos sólidos domiciliarios y asimilables (RSD), residuos sólidos industriales no peligrosos (RSINP) y residuos peligrosos (RESPEL) durante las fases de construcción, operación y cierre. Forma de cumplimiento Todos los residuos generados en los frentes de faena del Proyecto no serán almacenados, sino dispuestos para el transporte inmediato a sitios de disposición final autorizados (para el caso de residuos domiciliarios e industriales no peligrosos) o dependiendo el volumen, ser llevados al patio de residuos autorizado por RCA 97/14 del proyecto original Indicador que acredita su cumplimiento Permiso patio de residuos del proyecto Central Desierto de Atacama Copia de las autorizaciones sanitarias de las empresas transportistas de residuos sólidos durante todas las fases (asimilables a domésticos y residuos sólidos peligrosos). Se mantendrá copia de las autorizaciones sanitarias de las empresas de disposición final (asimilables a domésticos y residuos sólidos peligrosos) donde serán enviados dichos residuos sólidos, durante todas las fases del Proyecto. Forma de control y seguimiento La encargada de la fiscalización es la Superintendencia del Medio Ambiente (SMA) Referencia al ICE para mayores detalles Capítulo 8 del ICE.

7.14. COMPONENTE/MATERIA: Residuos líquidos Norma Decreto con Fuerza de Ley N°1.122/81. Código de Aguas del Ministerio de Justicia. Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Aplicable a la fase de construcción. Parte, obra o acción a la que aplica A lo largo de su recorrido el trazado de la Línea de Transmisión Eléctrica se requiere instalar postaciones dentro de quebradas secas. Forma de cumplimiento Previo al inicio de la construcción de las obras que impliquen modificaciones en cauces naturales, que sea necesario realizar por causa de este Proyecto, se solicitarán las autorizaciones respectivas ante la Dirección de Aguas, Región de Atacama. En conformidad a lo anterior, el Proyecto presenta en Anexo 12, los antecedentes de cumplimiento del Permiso Ambiental Sectorial del Artículo 156 del DS N°40/12 del MMA. Indicador que acredita su cumplimiento Obtención del PAS 156 y 157. Resolución sectorial aprobatoria de las modificaciones de cauce. Forma de control y seguimiento La encargada de la fiscalización es la Superintendencia del Medio Ambiente (SMA) Referencia al ICE para mayores detalles Capítulo 8 del ICE.

7.15. COMPONENTE/MATERIA: Fauna Norma Ley Nº19.473, sustituye Texto de la Ley N°4.601, sobre Caza, y Artículo 609 del Código Civil. Fecha de Publicación: 27 de septiembre de 1996. Ministerio de Agricultura. D.S. Nº5, aprueba Reglamento de la Ley De Caza. Fecha de Publicación: 7 de diciembre de 1998. Ministerio de Agricultura. Fase del Proyecto a la que Aplicable a las fases de construcción, operación y cierre. aplica o en la que se dará cumplimiento Parte, obra o acción a la que aplica El proyecto identificó especies de baja movilidad a lo largo de la Línea de Alta Tensión que potencialmente podrían ser afectadas por el Proyecto. Forma de cumplimiento Vale mencionar que en este sentido la DIA original presentó los antecedentes para la captura y relocalización de reptiles en categoría bajo aprobación de RCA 97/14 de la Comisión de Evaluación de Atacama. Adicionalmente, se presentan las siguientes medidas: • El personal de faenas será inducido en temas de resguardo de fauna • Se prohibirá capturar o cazar especies de fauna y avifauna terrestre. • Se evitará la dispersión de basura doméstica que atraiga a animales silvestres, domésticos y vectores al lugar del Proyecto. • Del mismo modo, se instalarán dispositivos en los cables guardia para evitar colisión y aperchamiento de la avifauna en las postaciones (Anexo 28 de la Adenda 2 de la DIA original). Indicador que acredita su cumplimiento • Contratos con cláusulas especiales sobre cuidado de flora y fauna. Registro de las inducciones a los trabajadores (Comprobantes). • Permiso de captura y relocalización del Proyecto Central Desierto de Atacama. • Dispositivos en LAT instalados. Forma de control y seguimiento La encargada de la fiscalización es la Superintendencia del Medio Ambiente (SMA) Referencia al ICE para mayores detalles Capítulo 8 del ICE.

7.16. COMPONENTE/MATERIA: Fauna Norma D.S. Nº5, Aprueba Reglamento de la Ley De Caza. Fecha de Publicación: 7 de diciembre de 1998. Ministerio de Agricultura. Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Aplicable a las fases de construcción, operación y cierre. Parte, obra o acción a la que aplica Durante las campañas de línea base del Proyecto, se identificaron especie de fauna silvestre dentro del área de influencia del Proyecto. Forma de cumplimiento De forma precautoria el Proyecto presenta las siguientes medidas de manejo ambiental: • El personal de faenas será inducido en temas de resguardo de fauna • Se prohibirá capturar o cazar especies de fauna y avifauna terrestre. • Se evitará la dispersión de basura doméstica que atraiga a animales silvestres, domésticos y vectores al lugar del Proyecto. Del mismo modo, se instalarán dispositivos en los cables guardia para evitar colisión y aperchamiento de la avifauna en las postaciones (Anexo 28 de la Adenda 2 de la DIA original). Indicador que acredita su cumplimiento • Contratos con cláusulas especiales sobre cuidado de flora y fauna. • Registro de las inducciones a los trabajadores (Comprobantes). • Permiso de captura y relocalización del Proyecto Central Desierto de Atacama. • Dispositivos en LAT instalados. Forma de control y seguimiento La encargada de la fiscalización es la Superintendencia del Medio Ambiente (SMA) Referencia al ICE para mayores detalles Capítulo 8 del ICE.

7.17. COMPONENTE/MATERIA: Flora y vegetación Norma Ley Nº20.283, Ley sobre Recuperación del bosque Nativo y Fomento Forestal del 30 de julio de 2008 del Ministerio de Agricultura. Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Aplicable a la fase de construcción. Parte, obra o acción a la que aplica Para la materialización del Proyecto es necesario la corta o afectación de formaciones xerofíticas. Forma de cumplimiento Presentación y otorgamiento del PAS 151 Indicador que acredita su cumplimiento Resolución aprobatoria sectorial del PTFX del presente proyecto. Forma de control y seguimiento La encargada de la fiscalización es la Superintendencia del Medio Ambiente (SMA) Referencia al ICE para mayores detalles Capítulo 8 del ICE.

7.19. COMPONENTE/MATERIA: Flora y vegetación Norma Decreto Supremo N°93/09 del Ministerio de Agricultura, del 5 de octubre de 2009. Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Aplicable a la fase de construcción. Parte, obra o acción a la que aplica Para la materialización del Proyecto es necesario la corta o afectación de formaciones xerofíticas. Forma de cumplimiento Presentación y otorgamiento del PAS 151 Indicador que acredita su cumplimiento Resolución aprobatoria sectorial del PTFX del presente proyecto. Forma de control y seguimiento La encargada de la fiscalización es la Superintendencia del Medio Ambiente (SMA) Referencia al ICE para mayores detalles Capítulo 8 del ICE.

7.20. COMPONENTE/MATERIA: Patrimonio cultural Norma Ley N°17.288, legisla sobre Monumentos Nacionales; Fecha de Publicación: 4 de febrero 1970. Ministerio de Educación. Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Aplicable a la fase de construcción. Parte, obra o acción a la que aplica Excavaciones Forma de cumplimiento Las actividades asociadas al Proyecto no generan la pérdida, remoción, destrucción o trasformación de algún elemento o lugar perteneciente al patrimonio cultural de la Nación. Se denunciará de hallazgos según forma y procedimientos establecidos en la normativa. Indicador que acredita su cumplimiento Informe de Paleontólogo. Forma de control y seguimiento La encargada de la fiscalización es la Superintendencia del Medio Ambiente (SMA) Referencia al ICE para mayores detalles Capítulo 8 del ICE.

  1. Que, el Titular del proyecto no ha asumido nuevos compromisos ambientales voluntarios distintos los consignados en la RCA 97/14.

  2. Que, las medidas relevantes del Plan de Prevención de Contingencias y del Plan de Emergencias, son las siguientes:

9.1 Hallazgos Arqueológicos Fase del proyecto a la que aplica Fase de construcción Emplazamiento, parte, obra o acción asociada Susceptible durante todas las excavaciones o movimiento de tierra. Acciones o medidas a implementar para prevenir la contingencia - Capacitar a todo el personal relacionado con la planta acerca del Estudio Arqueológico y medidas de prevención arqueológica del Proyecto. Esta actividad puede estar a cargo del mismo autor del estudio, o por algún otro profesional arqueólogo o licenciado en arqueología que preste servicio al Titular. - Toda actividad de construcción, operación y cierre deberá realizarse dentro de los límites del proyecto. - Cualquier nueva actividad o modificación del Proyecto, contará con el análisis y levantamiento de esta variable ambiental, según la normativa y procedimientos vigentes. - Monitoreo permanente de un arqueólogo o licenciado en arqueología durante las faenas de movimiento de tierras. Forma de control y seguimiento - Informe de registro de hallazgos enviado al CMN, Carabineros y PDI y posterior respuestas emanada del CMN. - Informes mensuales de monitoreo a la SMA y CMN. Acciones o medida a implementar para controlar la emergencia Se procederá de acuerdo según lo establecido en los artículos N° 26 y 27 de la Ley N° 17.288 de Monumentos Nacionales y el artículo N° 23 del D.S. N° 484 de 1990 del Ministerio de Educación, Reglamento sobre excavaciones y/o prospecciones arqueológicas, antropológicas y paleontológicas. Oportunidad y vías de comunicación a la SMA de la activación del Plan Se informará inmediatamente a las autoridades la activación del Plan vía telefónica y email. Referencia al ICE o documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada Capítulo 7 del ICE.

9.2 Incendios Fase del proyecto a la que aplica Fase de construcción, operación y cierre Emplazamiento, parte, obra o acción asociada Susceptible para todas las partes del proyecto a lo largo de la LAT. Acciones o medidas a implementar para prevenir la contingencia Algunas medidas de prevención general son: - Inventario de peligros y estudios de riesgos de incendio. - Plan escrito de prevención de incendios. - Programa de entrenamiento. - Obligaciones y responsabilidades establecidas ante una emergencia por incendio. - Otras medidas de prevención específica para esta contingencia: Se debe suministrar cantidades suficientes del tipo correcto de extintores y equipo auxiliar como mangueras, hidratantes y rociadores, a fin de lidiar con los diversos tipos de riesgos de incendio en la instalación. - El equipo de extinción debe ubicarse cerca de los puntos probables de incendio, pero no tan cerca que se dañen o no se les pueda usar durante un incendio. Los extintores a base de agua no deben ubicarse cerca del equipo eléctrico ni utilizarse en este tipo de equipo. Debe demarcarse el área donde será ubicado de acuerdo a normativa vigente. Además, debe considerarse: - Ubicaciones marcadas de manera clara y uniforme. - Visible sobre posibles obstrucciones. - Acceso al equipo libre de obstrucción. - Cantidad, tipo y números indicados en un plano Forma de control y seguimiento Informe de Inspección de los dispositivos de seguridad, a cargo del Jefe de Prevencionista de Riesgos. Se realizará trimestralmente. Acciones o medida a implementar para controlar la emergencia Utilización de extintores y equipo auxiliar. (Extintores, Gabinetes contra incendios, red húmeda, Detectores de humo, Pulsadores Alarma de Incendio) Oportunidad y vías de comunicación a la SMA de la activación del Plan Se informará inmediatamente a las autoridades la activación del Plan vía telefónica y email. Referencia al ICE o documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada Capítulo 7 del ICE.

9.3 Eventos naturales Fase del proyecto a la que aplica Fase de construcción, operación y cierre Emplazamiento, parte, obra o acción asociada Susceptible para todas las obras del proyecto. Acciones o medidas a implementar para prevenir la contingencia - Realización de una charla de capacitación de inducción al personal asociado al Proyecto, por parte de los responsables de la ejecución del Plan de Prevención de Contingencias, sobre los riesgos naturales del área de influencia y sobre los procedimientos a seguir durante situaciones de emergencia por eventos naturales como, por ejemplo: Entrega de datos de contacto e información ante emergencia por eventos naturales. - Mantener las áreas de trabajo en los frentes de faena en condiciones de orden y limpieza, para una rápida evacuación. - Evitar ubicar materiales en altura sin medios de protección adecuado. - Reconocer áreas de evacuación durante los trabajos de izado de postaciones. - Mantener teléfonos de emergencia en una zona visible. Forma de control y seguimiento Registro de charlas, informe de simulacro, folleto con teléfonos de emergencia en faena Acciones o medida a implementar para controlar la emergencia Protocolo de evacuación a la(s) zona(s) de seguridad del Proyecto. Oportunidad y vías de comunicación a la SMA de la activación del Plan Se informará inmediatamente a las autoridades la activación del Plan vía telefónica y email. Referencia al ICE o documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada Capítulo 7 del ICE.

9.4 Sismos Fase del proyecto a la que aplica Fase de construcción, operación y cierre. Emplazamiento, parte, obra o acción asociada Susceptible para todas las obras y áreas del proyecto Acciones o medidas a implementar para prevenir la contingencia Realización de una charla de capacitación al personal asociado al Proyecto, por parte de los responsables de la ejecución del Plan de Prevención de Contingencias, sobre sismos y sobre los procedimientos a seguir durante situaciones de emergencia como, por ejemplo: Entrega de datos de contacto e información ante emergencia por sismos. Mantener las áreas de trabajo en condiciones de orden y limpieza, para una rápida evacuación. Evitar ubicar materiales en altura sin medios de protección adecuado. Demarcar las áreas de evacuación en los frentes de faena y definición de un área de seguridad para cada frente de faena. Mantener teléfonos de emergencia en una zona visible. Forma de control y seguimiento Registro de charlas, informe de áreas de seguridad, folleto con teléfonos de emergencia en faena. Acciones o medida a implementar para controlar la emergencia Protocolo de evacuación a la(s) zona(s) de seguridad del Proyecto Oportunidad y vías de comunicación a la SMA de la activación del Plan Se informará inmediatamente a las autoridades la activación del Plan vía telefónica y email. Referencia al ICE o documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada Capítulo 7 del ICE.

9.5 Condiciones climáticas adversas Fase del proyecto a la que aplica Fase de construcción, operación y cierre. Emplazamiento, parte, obra o acción asociada Susceptible durante todas las obras del proyecto. Acciones o medidas a implementar para prevenir la contingencia Ubicación de los frentes de faena (acopio, estacionamiento vehículos, baño químico, etc.) alejada de zonas propensas a eventuales deslizamientos de tierra. En caso de inestabilidad climática (lluvia o tormentas eléctricas), todo el personal deberá resguardarse en zonas seguras definidas con anterioridad para cada frente de faena. Forma de control y seguimiento Se mantendrá registro periódico de las actividades predichas. Acciones o medida a implementar para controlar la emergencia Se activará el procedimiento de evacuación hacia las zonas de seguridad definidas en los frentes de faena Se inspeccionará el área verificando la presencia de heridos. Si este fuera el caso se trasladará de inmediato hasta un centro asistencial. Sólo podrán reactivarse las actividades una vez que las condiciones climáticas cambien y no se presenten riesgos. Oportunidad y vías de comunicación a la SMA de la activación del Plan Se informará inmediatamente a las autoridades la activación del Plan vía telefónica y email. Referencia al ICE o documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada Capítulo 7 del ICE.

9.6 Remoción en masa Fase del proyecto a la que aplica Fase de construcción, operación y cierre Emplazamiento, parte, obra o acción asociada Caminos de acceso. Obras temporales y permanentes del proyecto. Acciones o medidas a implementar para prevenir la contingencia Identificar puntos donde pueden ocurrir deslizamientos de tierras. Se utilizarán caminos de preferencia caminos existentes de forma de no provocar erosión. Forma de control y seguimiento Verificaciones visuales ante del comienzo de los trabajos con el propósito de identificar posibles riesgos (grietas, deslizamientos, etc.) Realizar nivelaciones de excavaciones y relleno para la construcción de la línea con el propósito de reducir al mínimo los riesgos con la pendiente para la operación de las máquinas. Con respecto a los eventos de lluvia, en consideración a eventuales flujos temporales menores que puedan alcanzar al Proyecto, se deberán tener como medidas de control y manejo pretiles y/o bermas de derivación (contención) según sea el caso, para conducir esos flujos hacia el sistema interno de manejo de aguas lluvias. Acciones o medida a implementar para controlar la emergencia Se activará el procedimiento de evacuación hacia las zonas de seguridad definidas en las instalaciones del proyecto. Si se está lejos de la Central, se deberá dejar la obra e ir a un lugar fuera del área de inundación de la quebrada (hacia sectores altos) con todos los implementos de seguridad destinados a esta contingencia (teléfono, linterna, y EPP) Se inspeccionará el área verificando la presencia de heridos. Si este fuera el caso se trasladará de inmediato hasta un centro asistencial. Sólo podrán reactivarse las actividades una vez que las condiciones meteorológicas cambien y no se presenten riesgos. Oportunidad y vías de comunicación a la SMA de la activación del Plan Se informará inmediatamente a las autoridades la activación del Plan vía telefónica y email. Referencia al ICE o documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada Capítulo 7 del ICE.

  1. Que, el Titular deberá remitir a la Superintendencia del Medio Ambiente la información respecto de las condiciones, compromisos o medidas, ya sea por medio de monitoreos, mediciones, reportes, análisis, informes de emisiones, estudios, auditorías, cumplimiento de metas o plazos, y en general cualquier otra información destinada al seguimiento ambiental del Proyecto, según las obligaciones establecidas en la presente Resolución de Calificación Ambiental y las Resoluciones Exentas que al respecto dicte la Superintendencia del Medio Ambiente. De igual forma, y a objeto de conformar el Sistema Nacional de Información de Fiscalización Ambiental (SNIFA), el Registro Público de Resoluciones de Calificación Ambiental y registrar los domicilios de los sujetos sometidos a su fiscalización en conformidad con la ley, el Titular deberá remitir en tiempo y forma toda aquella información que sea requerida por la Superintendencia del Medio Ambiente a través de las Resoluciones Exentas que al respecto ésta dicte.

  2. Que, el Titular deberá informar a la Superintendencia del Medio Ambiente la realización de la gestión, acto o faena mínima que da cuenta del inicio de la ejecución de obras, a que se refiere el Considerando 4 de la presente Resolución.

  3. Que, con el objeto de dar adecuado seguimiento a la ejecución del Proyecto, el Titular deberá informar a la Superintendencia del Medio Ambiente, al menos con una semana de anticipación, el inicio de cada una de las fases del Proyecto, de acuerdo a lo indicado en la descripción del mismo.

  4. Que, para que el proyecto “Modificación de la LAT del proyecto Central Desierto de Atacama” pueda ejecutarse, deberá cumplir con todas las normas vigentes que le sean aplicables.

  5. Que, el Titular deberá informar inmediatamente a la Secretaría de la Comisión de Evaluación de la Región de Atacama y a la Superintendencia del Medio Ambiente, la ocurrencia de impactos ambientales no previstos en la DIA, asumiendo inmediatamente las acciones necesarias para abordarlos.

  6. Que, el Titular del Proyecto deberá comunicar inmediatamente y por escrito a la Dirección Regional del SEA Servicio de Evaluación Ambiental Región de Atacama la ocurrencia de cambios de titularidad, representante legal, domicilio y correo electrónico, de acuerdo a lo establecido en el inciso tercero del artículo 162 y artículo 163, ambos del Reglamento del SEIA.

  7. Que, se hace presente al Titular que cualquier modificación al Proyecto que constituya un cambio de consideración, en los términos definidos en el artículo 2° letra g) del Reglamento del SEIA, deberá someterse al SEIA.

  8. Que, todas las medidas, condiciones, exigencias y disposiciones establecidas en la presente Resolución, son de responsabilidad del Titular, sean implementadas por éste directamente o a través de un tercero.

RESUELVO:

1°. Calificar favorablemente la Declaración de Impacto Ambiental del proyecto “Modificación de la LAT del proyecto Central Desierto de Atacama”, de Copiapó Solar SpA.

2°. Certificar que el proyecto “Modificación de la LAT del proyecto Central Desierto de Atacama” cumple con la normativa de carácter ambiental aplicable.

3°. Certificar que el proyecto “Modificación de la LAT del proyecto Central Desierto de Atacama” cumple con los requisitos de carácter ambiental contenidos en los permisos ambientales

Distribución: Sr. Carlos Lagos Jofre Consejo de Monumentos Nacionales. Subsecretaría de Pesca y Acuicultura. Superintendencia de Servicios Sanitarios. CONADI, Región de Atacama. CONAF, Región de Atacama. DGA, Región de Atacama. DOH, Región de Atacama. Gobernación Marítima de Caldera. SAG, Región de Atacama. SEC, Región de Atacama. SEREMI Desarrollo Social y Familia, Región de Atacama. SEREMI MOP, Región de Atacama. SEREMI Medio Ambiente, Región de Atacama. SEREMI de Agricultura, Región de Atacama. SEREMI de Bienes Nacionales, Región de Atacama. SEREMI de Energía, Región de Atacama. SEREMI de Minería, Región de Atacama. SEREMI de Salud, Región de Atacama. SEREMI de Transportes y Telecomunicaciones, Región de Atacama. SEREMI de Vivienda y Urbanismo, Región de Atacama. SERNAGEOMIN, Región de Atacama. Servicio Nacional Turismo, Región de Atacama. Gobierno Regional, Región de Atacama. I. Municipalidad de Copiapó. I. Municipalidad de Tierra Amarilla. I. Municipalidad de Vallenar. Superintendencia de Medio Ambiente.