Jardín Floresta IV y V
RCA N° 34/2020. DIA del Proyecto “Jardín Floresta IV y V”
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REPÚBLICA DE CHILE COMISIÓN DE EVALUACIÓN Región de La Araucanía
Califica Ambientalmente el proyecto “Jardín Floresta IV y V”
Resolución Exenta N° 34
Temuco, (ver fecha junto a firma digital)
VISTOS:
1°. La Declaración de Impacto Ambiental (DIA) del Titular PL Constructora e Inmobiliaria Ltda., admitida a tramitación con fecha 16 de diciembre de 2019, su Adenda de fecha 27 de marzo de 2020, y su Adenda Complementaria de fecha 26 de junio de 2020, del proyecto “Jardín Floresta IV y V”.
2°. Los pronunciamientos y observaciones de los órganos de la administración del Estado que, sobre la base de sus facultades legales y atribuciones, participaron en la evaluación de la DIA, y que se detallan en el Capítulo 3° del Informe Consolidado de Evaluación (ICE) de la DIA del proyecto “Jardín Floresta IV y V”.
3°. El Acta emanada de la Sesión N° 14 del Comité Técnico de la Región de La Araucanía, de fecha 23 de diciembre de 2019.
4°. El Informe Consolidado de la Evaluación de la DIA del proyecto “Jardín Floresta IV y V” de fecha 30 de julio de 2020.
5°. El Acta N° 7 de fecha 07 de agosto de 2020, de la sesión de la Comisión de Evaluación de la Región de La Araucanía.
6°. La Resolución Exenta N° 202099101326, de fecha 30 de abril de 2020, de la Dirección Ejecutiva del Servicio de Evaluación Ambiental, que dispone medidas que indica.
7°. Los demás antecedentes que constan en el expediente de evaluación de impacto ambiental de la DIA del proyecto “Jardín Floresta IV y V”.
8°. Lo dispuesto en la Ley N° 19.300, Sobre Bases Generales del Medio Ambiente; el D.S. N° 40, de 2012, del Ministerio del Medio Ambiente, Reglamento del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental (Reglamento del SEIA); la Ley N° 19.880, que Establece Bases de los Procedimientos Administrativos que Rigen los Actos de los Órganos de la Administración del Estado; la Ley N° 18.575, Ley Orgánica Constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado; la Resolución N° 7, de 2019, de la Contraloría General de la República.
CONSIDERANDO:
1°. Que, PL Constructora e Inmobiliaria Ltda. (en adelante, el Titular), ha sometido al Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental (SEIA) la DIA del proyecto “Jardín Floresta IV y V” (en adelante, el Proyecto). Los antecedentes del Titular son los siguientes:
Nombre o razón social PL Constructora e Inmobiliaria Ltda. Rut 76.863.580-3 Domicilio Reusch N° 366, Temuco, Región de La Araucanía Teléfono 41 3133095 Nombre representante legal Juan Manuel Barra Domke Rut representante legal 13738042-0 Domicilio representante legal Reusch 366, Temuco, Región de La Araucanía Teléfono representante legal 41 3133095 Correo electrónico Titular o representante legal proyectos.20417@gmail.com
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2°. Que, conforme se indica en el ICE de fecha 30 de julio de 2020, la Directora del Servicio de Evaluación Ambiental de la Región de La Araucanía, ha recomendado aprobar el Proyecto, por cuanto:
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Cumple con la normativa de carácter ambiental aplicable.
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Cumple con los requisitos de otorgamiento de carácter ambiental contenidos en los permisos ambientales sectoriales aplicables señalados en los artículos 140, 142 y 160 del D.S. N° 40/2012 – Reglamento SEIA, los que han sido informados favorables por los Órganos de la Administración del Estado competentes.
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No genera ni presenta los efectos, características o circunstancias del artículo 11 de la Ley N° 19.300, que dan origen a la necesidad de evaluar un Estudio de Impacto Ambiental.
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El titular ha subsanado los errores, omisiones e inexactitudes planteados en los Informes Consolidados de Aclaraciones, Rectificaciones y Ampliaciones.
3°. Que, en sesión de fecha 07 de agosto de 2020, la Comisión de Evaluación de la Región de La Araucanía acordó calificar favorablemente el proyecto “Jardín Floresta IV y V”, aprobando íntegramente el contenido del ICE de 30 de julio de 2020, el que forma parte integrante de la presente Resolución. Por lo tanto, conforme a lo indicado en el artículo 60 inciso segundo del Reglamento del SEIA, se excluyen de la presente Resolución las consideraciones técnicas en que se fundamenta, siendo dichas consideraciones técnicas consignadas en el ICE parte integrante de la presente resolución, para todos los efectos legales.
4°. Que, según lo señalado en la DIA y sus anexos, en su Adenda, y en su Adenda Complementaria, los cuales forman parte integrante de la presente Resolución, la descripción del Proyecto es la que a continuación se indica:
4.1. ANTECEDENTES GENERALES Objetivo general El Proyecto tiene por objeto la construcción y habilitación de 271 viviendas en una superficie de 7,35 ha.; que buscan atender la demanda habitacional en la Región de La Araucanía, en especial de la comuna de Villarrica. Tipología principal, así como las aplicables a sus partes, obras o acciones g) Proyectos de desarrollo urbano o turístico, en zonas no comprendidas en alguno de los planes evaluados estratégicamente de conformidad a lo establecido en el párrafo 1° bis del Título II de la Ley. Se entenderá por planes a los instrumentos de planificación territorial. g.1. se entenderá por proyectos de desarrollo urbano aquellos que contemplen obras de edificación y/o urbanización cuyo destino sea habitacional, industrial y/o de equipamiento, de acuerdo a las siguientes especificaciones: g.1.1. Conjuntos habitacionales con una cantidad igual o superior a ochenta (80) viviendas o, tratándose de vivienda social, vivienda progresiva o infraestructura sanitaria, a ciento sesenta (160) viviendas.
p) Ejecución de obras, programas o actividades en parques nacionales, reservas nacionales, monumentos naturales, reservas de zonas vírgenes, santuarios de la naturaleza, parques marinos, reservas marinas o en cualesquiera otras áreas colocadas bajo protección oficial, en los casos en que la legislación respectiva lo permita. Vida útil Este Proyecto considera una vida útil de carácter indefinido por ser un proyecto habitacional. Monto de inversión USD $ 22.700.000,000 Gestión, acto o faena mínima que da cuenta del inicio de la ejecución El acto o faena consiste en la delimitación del área del Proyecto a través de la instalación de un cerco perimetral y la correspondiente instalación de faenas. Proyecto se desarrolla por etapas Si No Respecto de la materialización del proyecto Jardín Floresta IV y V, (objeto de evaluación del presente proceso), existen las Etapas I, II y II. Los Proyectos Jardín Floresta I, II y III, se encuentran dentro del límite urbano de la comuna de Villarrica y fuera de la zona declarada saturada por clorofila “A”, transparencia y fósforo disuelto, de la cuenca del Lago Villarrica, según lo establece el D.S. N°43/2018 del Ministerio de Medio Ambiente, ésta situación se grafica en la siguiente imagen: X
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El Proyecto Jardín Floresta IV y V, será ejecutado en 2 subfases constructivas consecutivas, las que en conjunto abarcará un periodo estimado de 35 meses para el desarrollo total. Proyecto modifica un proyecto o actividad Si No El Proyecto “Jardín Floresta IV y V” corresponde a un proyecto nuevo que se ejecutará en la zona rural de la comuna de Villarrica, por lo tanto, el proyecto no corresponde a alguna modificación de proyecto o actividad.
X Proyecto modifica otra(s) RCA Si No El proyecto no modifica otra RCA existente
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4.2. UBICACIÓN DEL PROYECTO División político-administrativa Región de La Araucanía Provincia de Cautín Comuna de Villarrica Descripción de la localización La ubicación del proyecto se debe a la existencia de terrenos disponibles para su desarrollo, emplazándose en predios particulares, específicamente en Los Lotes B-1 y B-2, resultado de la subdivisión del Lote A-5B, ubicado en el km 0,2 camino Villarrica a Lican-Ray, con la finalidad de contribuir a la solución de la demanda habitacional de la comuna de Villarrica, por medio de la construcción y habilitación de 271 viviendas, donde se contempla que el Proyecto “Jardín Floresta IV y V” se acoja al D.S. N° 19 del Ministerio de Vivienda y Urbanismo, que Reglamenta “Programa de Integración Social y Territorial” y modifica el D.S. N°1/2011, “Reglamento del Sistema Integrado de Subsidio Habitacional”, además de las respectivas áreas verdes, zonas de equipamiento, vialidad y acceso a servicios básicos. Superficie El Proyecto, se emplazará en una superficie de 7,35 ha aproximadamente, siendo la superficie total a intervenir para la conformación de las distintas obras asociadas y donde se construirán y habilitarán las 271 viviendas, distribuidas en las dos fases constructivas contempladas.
Las superficies asociadas al proyecto y correspondientes a las viviendas y urbanización, se detallan a continuación en la siguiente tabla:
Componentes Superficies (m2) Superficie total terreno 73.541,00 Superficie lotes habitacionales (271 lotes) 43.530,93 Superficies áreas verdes 5.586,30 Superficie equipamiento Municipal 1.638,97 Superficie equipamiento comercial 782,76 Superficie vialidad interne lotes (calles y pasajes) 21.170,19 Coordenadas UTM en Datum WGS84 Las coordenadas geográficas del polígono del área de emplazamiento del proyecto y el punto representativo se presentan a continuación:
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Vértice Coordenadas UTM Datum WGS84 18H Norte (m) Este (m) A 5.646.669 737.811 B 5.646.688 737.866 C 5.646.684 737.930 D 5.646.660 738.017 E 5.646.292 738.079 F 5.646.357 737.862 Caminos de acceso Fase de Construcción Durante esta fase el acceso y egreso de maquinarias, camiones y/o vehículos se realizará por: Ruta S-95-T – San Francisco – Jardín de Amapolas – Jardín de Dalias
Fase de operación Las vías de ingreso y egreso del proyecto en la fase de operación utilizarán parte de la ruta consideradas en la fase de construcción, las rutas identificadas son las siguientes:
Ingreso al proyecto: - Ruta 1: Desde el Sur: Colo-Colo/Ruta S-95-T – San Francisco – Jardín de Amapolas – Jardín de Calas, Jardín de Dalias, o Jardín de Jacintos – Proyecto. - Ruta 2: Desde el Norte: Colo-Colo/Ruta S-95-T o Los Acacios o Av. José Miguel Carrera – San Francisco – Jardín de Amapolas – Jardín de Calas, Jardín de Dalias, o Jardín de Jacintos – Proyecto. - Ruta 3: Desde el Oriente: San Francisco – Jardín de Amapolas – Jardín de Calas, Jardín de Dalias, o Jardín de Jacintos – Proyecto. - Ruta 4: Desde el Poniente: San Francisco – Jardín de Amapolas – Jardín de Calas, Jardín de Dalias, o Jardín de Jacintos – Proyecto.
Egreso del proyecto: - Ruta 1: Hacia el Sur: Proyecto – Jardín de Calas, Jardín de Dalias, o Jardín de Jacintos – San Francisco –Colo-Colo/Ruta S-95-T – Destino. - Ruta 2: Hacia el Norte: Proyecto – Jardín de Calas, o Jardín de Dalias, o Jardín de Jacintos – San Francisco –Colo-Colo/Ruta S-95-T, o Los Acacios, o Av. José Miguel Carrera – Destino. - Ruta 3: Hacia el Oriente: Proyecto – Jardín de Calas, Jardín de Dalias, o Jardín de Jacintos – San Francisco – Destino. - Ruta 4: Hacia el Poniente: Proyecto – Jardín de Calas, Jardín de Dalias, o Jardín de Jacintos – San Francisco – Destino. Referencia al expediente de evaluación de los mapas, georreferenciación e información complementaria sobre la localización de sus partes, obras y acciones - Caminos de acceso a los sitios en los que se desarrollará el Proyecto, Descripción del Proyecto, DIA. - Plano de loteo general actualizado, Anexo 4 de la Adenda Complementaria. - Plano de instalación de faenas, Anexo 1 de la Adenda. - Archivo KMZ de las partes y obras del proyecto, Anexo 4 de la Adenda Complementaria.
4.3. PARTES, OBRAS Y ACCIONES QUE COMPONEN EL 4.3.1. FASE DE CONSTRUCCIÓN Construcción e instalación de faenas
Consistirá en habilitar temporalmente recintos de construcción liviana o contenedores reacondicionados, los que se utilizarán para funcionar como control de acceso, oficinas administrativas, bodegas y taller, comedor, baños y duchas, áreas de almacenamiento temporal de residuos industriales no peligrosos, bodega de residuos domiciliarios, bodega de residuos peligrosos, bodega de combustibles. Las oficinas, bodegas, taller y baños corresponderán a contenedores marítimos reacondicionados; mientras que, las bodegas de residuos y combustibles contemplan base impermeable de hormigón, cierre perimetral y techo. También, se considera la habilitación de una caseta de control, cuya materialidad corresponde a tabiquería de madera y cubierta de zincalum. Para la habilitación de faenas se necesitan contenedores marítimos, materiales de construcción como hormigón, maderas, mallas, metales, etc.; en la cantidad necesaria para la construcción de las edificaciones temporales mencionadas anteriormente. Además, se utilizará electricidad y agua, se planea realizar la conexión eléctrica de manera inmediata en los sectores que necesiten electricidad, mientras que se espera que la conexión a la red de agua potable se realice en enero de 2021, por lo que se
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suministrará agua embotellada a los trabajadores (en la cantidad estipulada por normativa por trabajador, D.S Nº594/99 MINSAL, en sus artículos 13, 14 y 15) y se mantendrán baños químicos, hasta que se habilite la conexión al servicio mencionado. Es de importancia señalar que, una vez finalizada la construcción de las viviendas del proyecto y antes de que comience la entrega definitiva a sus futuros propietarios, se retirarán todas las edificaciones que comprenden la instalación de faenas. Instalación de faenas La instalación de faenas se emplazará dentro del predio en el que se ejecutará el proyecto Jardín Floresta IV y V; ésta será efectuada una vez finalizados los trabajos de escarpe y nivelación de terreno, lo que conlleva un emparejamiento de toda la superficie. En la siguiente imagen se muestra su ubicación (polígono celeste) en función del área total que comprende el proyecto.
En la siguiente imagen se presenta la ubicación espacial de las distintas partes que componen la instalación de faenas asociada a la etapa de construcción del proyecto:
Cierre perimetral Cierre que rodeará toda el área que será intervenida por el proyecto considerando las 7,3541 ha; su materialidad corresponderá a mallas y polines. Control de acceso Para el control de acceso se habilitará una caseta de control o portería, la que se construirá en base a tabiquería de madera y cubierta de zincalum; con dimensiones de 1 m x 1 m x 1,80 m aproximadamente. Oficinas administrativas Contenedores para el equipo que trabajará en el Proyecto. La materialidad de las oficinas administrativas corresponderá a contenedores marítimos de 40 pies (12,19 m). Serán dotados de puestos de trabajo, salas de reuniones y baños. Bodegas y taller La bodega de materiales, almacenes, taller y vestidores se construirán en base a tabiquería de madera, cubierta de zincalum, radier de hormigón, revestimientos en madera y zincalum. La superficie aproximada de la bodega, taller y vestidores corresponderá a 424 m2 aproximadamente. Vestidores, baños, duchas y comedores Los baños, vestidores, comedores y duchas de la instalación de faenas se habilitarán en contenedores marítimos de 20 pies (6,1 m).
Almacenamiento temporal de residuos no peligrosos Para el acopio temporal de residuos sólidos no peligrosos, se dispondrá de un área de almacenamiento temporal que contará con cierre perimetral de malla faenera, libre de vegetación y suelo compactado, contemplándose una superficie aproximada de 150 m2. Bodega Residuos domiciliarios Esta bodega poseerá, cierre perimetral de malla acma, base impermeable de hormigón y cubierta de zincalum. Su superficie aproximada corresponde a 10 m2 (5 m x 2 m). Bodega Residuos Peligrosos La bodega para el almacenamiento temporal de residuos peligrosos cumplirá los requerimientos del D.S N° 148/2003 del MINSAL y las características constructivas de la Ordenanza General de Urbanismo y Construcción. Tendrá una superficie aproximada de 9 m2, por lo cual, se estima una capacidad de 18 m3.
La bodega considera: - Cierre perimetral de a lo menos 1,80 metros de altura, que impedirá el libre acceso de personas y animales. La bodega tendrá acceso restringido, sólo para el ingreso del personal debidamente autorizado. - Base continua, impermeable y resistente estructural y químicamente a los residuos, de
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forma de impedir que algún residuo afecte al suelo y posibles aguas subterráneas. - Techada y protegida de condiciones ambientales tales como humedad, temperatura y radiación solar, para minimizar la volatilización, el arrastre o la lixiviación y en general cualquier otro mecanismo de contaminación del medio ambiente que pueda afectar a la población. - La Bodega no se ubicará en subterráneos ni tampoco tendrá más de un piso. - Poseerá una capacidad de retención de escurrimientos o derrames no inferior al volumen del contenedor de mayor capacidad ni al 20% del volumen total de los contenedores almacenados, con el objetivo de impedir que cualquier escurrimiento involuntario pueda salir por alguna zona de la bodega y producir contaminación del medio ambiente. - Su estructura garantizará que se minimizará la volatilización, el arrastre o lixiviación y en general cualquier otro mecanismo de contaminación del medio ambiente que pueda afectar a la población. - La zona destinada para el almacenamiento de las sustancias peligrosas estará claramente señalizada y demarcada y de acuerdo a la Norma Chilena NCh.2.190 Of 2003 Artículo 33°. La bodega de residuos peligrosos, estará a 15, de los deslindes de la propiedad. - Contará con señalización de acuerdo a la Norma Chilena NCh.2.190 Of 93 Artículo 33°. - Se contará con agentes de absorción y/o neutralización. - Tendrá acceso restringido, sólo podrá ingresar personal debidamente autorizado. - Se contará con las hojas de datos de seguridad de cada una de las sustancias almacenadas a disposición de quienes las manejan. - La bodega contará con al menos un extintor de polvo químico ABC – BC de 10 kilos en el exterior del local. Se ubica en sitios de fácil acceso y clara identificación, libres de cualquier obstáculo, y están en condiciones de funcionamiento máximo. Se coloca a una altura máxima de 1,30 metros, medidos desde el suelo hasta la base del extintor y estarán debidamente señalizados. - Los funcionarios responsables del manejo de residuos peligrosos, contarán con elementos de protección personal (mascarillas, guantes de PVC, zapatos de seguridad, antiparras cerradas, overol, entre otros). En las siguientes imágenes se muestra una imagen de referencia que grafica la vista de la puerta de entrada y parte posterior de la bodega de residuos peligrosos:
Vista puerta de entrada
Vista posterior
El diseño de la bodega para el almacenamiento transitorio de residuos peligrosos corresponde a lo siguiente:
Dimensiones de la bodega RESPEL - Largo: 3,10 m. - Ancho: 2,9 m. - Alto: 2 m. de malla acma y 2,70 m. hasta la cubierta. - Superficie: 8.99 m2
Características constructivas: - Piso: Radier de hormigón con rebalse de 20 cm de alto por sobre el radier. - Techumbre: Perfil metálico horizontal de 30x30 mm. - Cubierta: Zinc acanalado 0.05. - Cierre perimetral: Malla acma 50x150 mm. - Tabiques divisorios: Malla acma con perfil metálico 30x30 mm y pilares perfil 80x40 mm. Los tabiques divisorios cuentan con una división adicional con planchas de
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fibrocemento de espesor 6 mm.
Especificaciones técnicas del hormigonado: Bodega de combustibles La bodega de almacenamiento de combustible cumplirá con lo establecido en el D.S. N° 160 del MINECON, Aprueba Reglamento de Seguridad para las Instalaciones y Operaciones de Producción y Refinación, Transporte, Almacenamiento, Distribución y Abastecimiento de Combustibles Líquidos. La Bodega poseerá una base impermeable, cierre perimetral, techo, sistema de protección ante derrame, extintor y señalética en la que se indica el tipo de combustible y es visible. La cantidad de almacenamiento será inferior a 1,1 m3, por lo que no es necesaria la tramitación de autorización para su puesta en servicio. En las siguientes imágenes se muestra una imagen de referencia que grafica la vista de la puerta de entrada y parte posterior de la bodega de combustibles: Vista puerta de entrada Vista posterior
Bodega de almacenamiento de sustancias químicas La bodega para el almacenamiento de sustancias químicas cumplirá los requerimientos del D.S. 43/2015, del MINSAL y las características constructivas de la Ordenanza General de Urbanismo y Construcción, destacando entre otras, las siguientes características: - Cierre perimetral de muros resistentes a la acción del agua. - Base sólida, lisa e impermeable y no porosa, de forma de impedir que alguna sustancia afecte al suelo y posibles aguas subterráneas. - Techada y protegida de condiciones ambientales tales como humedad, temperatura y radiación solar, que minimiza la volatilización, el arrastre o la lixiviación y en general cualquier otro mecanismo de contaminación del medio ambiente que pueda afectar a la población. - La bodega contará con señalización, demarcación y pictograma que indique las clases y divisiones de las sustancias almacenadas, de acuerdo a la NCh. 2190 Of.2003. - Poseerá una capacidad de retención de escurrimientos o derrames no inferior al volumen del contenedor de mayor capacidad ni al 20% del volumen total de los contenedores almacenados, con el objetivo de impedir que cualquier escurrimiento involuntario pueda salir por alguna zona de la bodega y producir contaminación del medio ambiente. - Contará con agentes de absorción y/o neutralización. - La bodega contará con al menos un extintor de polvo químico ABC – BC de 10 kilos en el exterior del local. Se ubica en sitios de fácil acceso y clara identificación, libres de cualquier obstáculo, y están en condiciones de funcionamiento máximo. Se coloca a una altura máxima de 1,30 metros, medidos desde el suelo hasta la base del extintor y estarán debidamente señalizados.
El diseño de la bodega para el almacenamiento transitorio de residuos peligrosos corresponde a lo siguiente: - Largo: 3,10 m - Ancho: 2,9 m - Alto: 2 m - Superficie: 8.99 m2
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Las características constructivas: - Piso: Radier de hormigón con rebalse de 20 cm de alto por sobre el radier. - Techumbre: Perfil metálico horizontal de 30x30 mm. - Cubierta: Zinc acanalado 0.05. - Cierre perimetral: metálico. - Tabiques divisorios: Malla acma con perfil metálico 30x30 mm y pilares perfil 80x40 mm. Los tabiques divisorios cuentan con una división adicional con planchas de fibrocemento de espesor 6 mm. Estacionamientos Será un área no delimitada dentro de la instalación de faenas, diferenciada para vehículos y maquinarias. Sistema de lavado de ruedas de camiones El sistema de lavado consiste en una losa de concreto, con rampas de acceso y salida, en la cual se realizará lavado de las ruedas con hidrolavadoras. Personal de seguridad industrial instalará y mantendrá conos en el camino de salida de la faena, para obligar a los conductores de todos los vehículos a pasar por la losa de lavado de ruedas. Los conductores deberán transitar por la losa a una velocidad máxima de 10 km/hr al ingresar a la losa. A la salida del sistema de lavado los conductores deberán continuar por la ruta de salida. El agua del lavado escurrirá por una superficie cubierta con nylon de alta densidad a un estanque de acumulación, a la espera del retiro por una empresa autorizada. Sólo los días posteriores a cada lluvia, los conductores de todos los vehículos deberán detenerse y entregar al personal de seguridad industrial los datos para el registro. El registro se identifica en la siguiente planilla tipo: Registro de lavado de ruedas Fecha Nombre de quien realiza el registro:
Hora del lavado Tipo de camión (insumos, mixer, otro) Patente
Sistema de lavado de canoas de camión mixer Para manejo de estas aguas, se realizará una excavación de 2 metros de ancho por 1 metro de largo y por 1 metro de profundidad, la cual estará cubierta por una lámina de polietileno doble que sobresaldrá 60 centímetros por su contorno. Los camiones mixer descargarán el agua liberada para el lavado de la canoa dentro de un contenedor que se dispondrá al interior de esta excavación (piscina).
Se espera la evaporación del agua generada en el día, quedando en el fondo el material endurecido que será almacenado temporalmente junto con los escombros en el patio de acopio de residuos sólidos no peligrosos habilitado dentro del área de instalación de faenas. En caso que la evaporación no ocurra y se llegue a la capacidad máxima del contenedor, el agua residual será retirada por una empresa externa autorizada para prestar dicho servicio. El material endurecido será dispuesto finalmente en un sitio autorizado, junto con todos los otros residuos sólidos generados por el proyecto; el retiro de los residuos sólidos no peligrosos resultantes, serán llevado a cabo con empresas transportistas autorizadas y la disposición final se realizará solo en instalaciones autorizadas ambiental y sanitariamente. Para lo cual se mantendrá un registro de los retiros y copia de recepción o documentos equivalentes de los sitios de destino. Para el lavado de la canoa se utilizan entre 30 a 60 litros de agua, por lo que la generación de aguas residuales por el lavado de la canoa será de 60 l/camión; de acuerdo a la cantidad de camiones requeridos por el proyecto (332 camiones), la generación de aguas residuales diaria se estima en 120 l/día. Preparación terreno
Las acciones contempladas corresponden a la limpieza del predio, despeje y retiro de la cobertura vegetal (escarpe), nivelación del suelo y movimientos de tierra, lo que incluye el relleno del predio según el plano de plataformas, adjunto en el Anexo 3 de la Adenda Complementaria. Finalmente, se realizará la definición de trazados y niveles para calles, lotes, zonas de áreas verdes, equipamientos y viviendas. El volumen aproximado de escarpe corresponde a 11.031,15 m3. Para remover el mencionado material se utilizará maquinaria del tipo retroexcavadora. Este material será utilizado en relleno de áreas verdes. En caso de que deba realizarse disposición final de escarpe, se efectuará en un lugar autorizado sanitariamente, manteniendo los documentos de verificación correspondiente (boletas, facturas y/o certificados) en la oficina de obras. Con la finalidad de prevenir la dispersión de material particulado del acopio del material de escarpe y excavaciones, se realizará humectación de estos, en la frecuencia que se estime necesaria y dependiendo de las condiciones climatológicas. El cumplimiento se verificará en el correspondiente libro de control de humectación (para la acción de humectación se utilizará agua de la instalación de faenas), registrando
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fecha, hora y volumen de agua utilizado, en función del siguiente registro: Fecha Hora inicio Hora término Volumen estimado utilizado Zona a humectar
Muros de contención o aterrazamientos El proyecto Jardín Floresta IV y V proyecta muros de contención incluyendo el sector de la Calle 7 del proyecto (calle Jardín de Calas). Los muros de contención del proyecto se emplazan según lo que se especifica en la siguiente imagen:
Los antecedentes generales del proyecto de muros de contención corresponden a (más detalles en Adenda – Descripción de Proyecto):
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Materiales: las estructuras de hormigón a calcular, se diseñarán considerando los siguientes materiales; Hormigón G 25 (f´c=250[kg/cm2]) y acero de refuerzo calidad A630-420H (Fy=4200[kg/cm2]).
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Descripción del suelo de fundación: la fundación corresponderá a limo arcilloso color café. Se deben fundar como mínimo a Df=60cm del nivel del terreno natural, previo tratamiento del sello de excavación mediante capa de arena.
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Descripción del suelo de relleno: el material a utilizar en los rellenos controlados será de naturaleza granular, inerte, con no más de un 12% de material fino bajo el tamiz 200 y acotado a un tamaño máximo de 2”. Se rellenará en capas de espesor suelto de 15 cm., en estado compacto y perfectamente horizontal hasta llegar al nivel de sello de los radieres. Se compactará mecánicamente hasta lograr una densidad relativa igual o superior al 85% o al 95% de la DMCS del Proctor Modificado, según corresponda. En cada capa del relleno se deberán controlar las densidades a razón de 2 por cada capa de relleno bajo cada edificio. Construcción viviendas y urbanización
El proyecto se estima ejecutar en 35 meses, el cual contempla la construcción de las 2 fases constructivas. El avance de la urbanización será acorde a la construcción de las fases constructivas, hasta el desarrollo total del proyecto. Los elementos de diseño urbano corresponden a: agua potable y alcantarillado, suministro eléctrico, proyecto de aguas lluvias, proyecto de pavimentación, local comercial, habilitación de áreas verdes y entrega de zonas destinadas a equipamiento municipal.
Las acciones necesarias para la construcción de viviendas considera:
- Obra Gruesa: limpieza y emparejamiento, de los distintos niveles del terreno; trazado de ejes y niveles; replanteo de las obras, que corresponde a excavaciones y fundaciones; movimientos de tierra; cota de fundación y emplantillado; extracción de escombros y excedentes; excavaciones; rellenos; emplantillado; fundaciones; cimientos; sobrecimientos; radieres; afinado de pisos; aplicación de elementos estructurales industrializados, el cual corresponde a un sistema de pre-ensamble SIP; tabiquerías interiores no estructurales; tabiques interiores estructurales; estructura techumbre,
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frontones y cubierta; cubierta y caballete; accesorios cubierta y sellos hídricos.
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Terminaciones: revestimiento interior de muros; revestimiento de tabiques interiores; revestimiento de tabiques perimetrales; acabado de muros de baños y cocina; revestimiento de exteriores; revestimientos exteriores de frontones; revestimientos exteriores perimetrales; cubierta; terminaciones en Cielos, lo que incluye la terminación y acabado de cielos interiores secos, y terminación y acabado de cielos interiores húmedos; terminaciones en pavimentos de cocina, baños, estar-comedor, pasillos y dormitorios; terminaciones de puertas y ventanas; terminaciones de carpintería, aplicación de guardapolvos para zona de alfombras, guardapolvos para zonas de cerámicas, cornisas, pilastras, carpintería de mueble de cocina y carpintería de closet.
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Impermeabilización: aplicación de sellos de silicona en rasgos de puertas y ventanas; aplicación de barreras de vapor en cubiertas y bajo soleras.
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Cerrajería y quincallería: instalación de bisagras; instalación de cerraduras; instalación de quincallería de puertas interiores; instalación de topes de puertas.
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Pinturas y barnices: aplicación de pintura látex en cielos de recintos secos y zonas de closet; aplicación de esmalte al agua en cielos de baños, cocina y todos los muros.
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Artefactos sanitarios: instalación de lavamanos; instalación de W.C.; instalación de tinas; instalación de griferías; instalación de lavaplatos.
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Elementos exteriores: se considera la instalación de celosías, aleros y tapacanes, canales y bajadas de aguas lluvia.
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Instalaciones: el abastecimiento de agua potable se efectuará desde Matriz existente; las aguas servidas escurrirán por la red de cañerías proyectada al interior del terreno hasta el colector, todo de acuerdo a proyecto respectivo. Las descargas de lavatorios, lavaplatos, etc., deberán ejecutarse en PVC. Las tuberías que sean cortadas en obra deberán recibir un achaflanado de bordes efectuada con lima de grano medio, eliminando cualquier reborde o rebarba. Se tendrá especial cuidado que la tubería de PVC no quede en contacto con material pétreo de aristas vivas. Para ello, previo a la instalación de la tubería se deberá depositar en la zanja una capa de arena de 0,10 m de espesor y una vez verificada su pendiente y alineación se rodeará con una capa de arena sobre la cual se depositará el material de relleno.
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Obras exteriores: rellenos perimetrales necesarios para reconstituir el entorno inmediato de la vivienda; movimientos de tierra, que consisten en la ejecución de excavaciones y rellenos necesarios para el emplazamiento de las viviendas y de la vialidad interior incluyendo los estacionamientos y jardines; ejecución de pavimentos exteriores; ejecución de cierro entre lotes y hacia vecinos del proyecto de loteo; ejecución de cierros entre viviendas; ejecución de cierros de viviendas a áreas verdes; ejecución de cierros hacia otras propiedades; instalación de nichos de medidores; limpieza y entrega. Viviendas Se contempla la construcción de 271 viviendas, distribuidos en los siguientes modelos: “Tipo A” (53,14 m2), “Tipo A Plus” (53,14 m2), “Tipo K” (60,10 m2), “Tipo L” (71,47 m2), “Tipo M.R.” (60,78 m2).
En la siguiente imagen se muestra el master plan del proyecto:
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La superficie de edificación asociada a cada tipo de vivienda se presenta en el siguiente
La distribución espacial por tipo de vivienda se presenta en las siguientes imágenes:
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El número total de viviendas por cada modelo se presenta a continuación: Estacionamientos de viviendas El proyecto considera un total de 271 estacionamientos; uno por cada una de las viviendas contempladas para la materialización del proyecto Local comercial Se contempla la construcción de dos locales comerciales, que totalizan 784,76 m2 de superficie (incluyendo superficie para estacionamiento).
Áreas verdes El Proyecto considera una superficie total de 5.586,30 m2, distribuidos en 8 zonas de áreas verdes.
Área Verde Superficie (m2) 1 1.449,43 2 565,24 3 799,05 4 840,80 5 690,97 6 685,29 7 379,52 8 176,00
Ubicación área verde 1 y 2
Ubicación área verde 3 y 4
Ubicación área verde 5 y 6
Ubicación área Verde 7 y 8 Zonas de equipamiento El Proyecto considera una superficie total de 1.638,97 m2 de equipamiento y se desconoce su uso, debido a que los terrenos destinados a equipamientos, será cedido a la municipalidad.
Equipamiento Municipal Superficie (m2) 1 838,97 2 800,00
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Sistema de evacuación de aguas lluvia La concepción general de solución de aguas lluvias, obedece principalmente al escurrimiento superficial en calles y pasajes interiores del Loteo Jardín Floresta IV y V, manteniendo el sentido de escurrimiento natural del loteo sin urbanizar, ajustándose a las pendientes naturales. La captación de aguas lluvias, se realizará mediante la construcción de sumideros que captarán las aguas superficiales de las calles y pasajes interiores, las cuales son conducidas a través de los colectores proyectados en diámetros de 450mm (H.D.P.E N- 12) a distintas zanjas de infiltración ubicadas en áreas verdes del loteo, por lo tanto no se conecta a un sistema existente, ni se realizará descarga a un curso de agua.
Se considera la habilitación de 4 zanjas, con las siguientes dimensiones:
- Zanja N° 1: El área tributaria corresponde a 31.300 m2 Parámetro Valor Unidad Largo (L) 37,5 m Ancho estimado (b) 21,5 m Profundidad (h) 3,30 m Volumen zanja 2.660,6 m3 Ancho necesario (b1) 21,50 m Porosidad 0,30
Volumen Almacenamiento Útil (Vu) 798,19 m3 Volumen Almacenamiento Requerido (Vr) 787,36 m3 Relación de volúmenes (Vu/Vr) 1,01 m3
- Zanja N° 2 El área tributaria corresponde a 15.800 m2 Parámetro Valor Unidad Largo (L) 24,0 m Ancho estimado (b) 21,0 m Profundidad (h) 2,50 m Volumen zanja 1.260,0 m3 Ancho necesario (b1) 21,0 m Porosidad 0,30
Volumen Almacenamiento Útil (Vu) 378,00 m3 Volumen Almacenamiento Requerido (Vr) 361,38 m3 Relación de volúmenes (Vu/Vr) 1,05 m3
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- Zanja N° 3 El área tributaria corresponde a 11.000 m2 Parámetro Valor Unidad Largo (L) 21,0 m Ancho estimado (b) 12,0 m Profundidad (h) 3,30 m Volumen zanja 831,6 m3 Ancho necesario (b1) 12,00 m Porosidad 0,30
Volumen Almacenamiento Útil (Vu) 249,48 m3 Volumen Almacenamiento Requerido (Vr) 246,10 m3 Relación de volúmenes (Vu/Vr) 1,01 m3
- Zanja N° 4 El área tributaria corresponde a 15.500 m2 Parámetro Valor Unidad Largo (L) 200,0 m Ancho estimado (b) 4,5 m Profundidad (h) 1,00 m Volumen zanja 900,0 m3 Ancho necesario (b1) 4,50 m Porosidad 0,30
Volumen Almacenamiento Útil (Vu) 270,00 m3 Volumen Almacenamiento Requerido (Vr) 171,15 m3 Relación de volúmenes (Vu/Vr) 1,58 m3
Las áreas tributarias asociadas a cada zanja de infiltración, corresponde a:
La solución de aguas lluvia del proyecto Jardín Floresta IV y V, se realizó en base a datos de estaciones de monitoreo y el Plan Maestro de Villarrica, cumpliendo con el diseño necesario para las zanjas de infiltración que corresponde a 312,6 mm/h (Velocidad de infiltración para el diseño de las zanjas). En la siguiente imagen se grafica la distribución de las 4 zanjas de infiltración asociadas al proyecto de aguas lluvia
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Según el informe agrológico asociado al área de emplazamiento del proyecto los suelos corresponden a:
- Lote B-1
Clase : IV w Limitante: Drenaje imperfecto a partir de los 90 a 100cm de Profundidad y clima (sector sin presencia de período libre de heladas). Estos suelos presentan buen drenaje en superficie a imperfecto en profundidad, con una alta capacidad de retención de agua, a partir de los 1,0 a 1,3 m de profundidad.
- Lote B-2 Clase : IV w Limitante: Drenaje imperfecto a partir de los 90 a 120cm de profundidad y clima (sector sin presencia de período libre de heladas). Estos suelos presentan buen drenaje en superficie a imperfecto en profundidad, con una alta capacidad de retención de agua, a partir de los 90 a 100 cm de profundidad.
Para acreditar que es factible la infiltración en el área de emplazamiento del proyecto, se llevó a cabo un ensayo de permeabilidad - Porchet, el cual consiste en analizar la permeabilidad en 3 sectores, en el emplazamiento del proyecto Jardín Floresta IV y V, mediante pozos realizados en los sellos de los sistemas de infiltración, cercanos a los 4
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metros de profundidad. Los resultados, asociados a la velocidad de infiltración, de los ensayos se presentan a continuación: - Porchet promedio Pozo N°1: 307,6 mm/h - Porchet promedio Pozo N°2: 1.799, 7 mm/h - Porchet promedio Pozo N°3: 355,0 mm/h
Más antecedentes en Anexo N° 4 de Adenda y Anexo N° 1 de Adenda Complementaria. Recursos naturales renovables No se contemplan recursos naturales a extraer, explotar o utilizar. Emisiones y efluentes Emisiones atmosféricas
- MP10: Las actividades que producen emisiones corresponden a: escarpe superficial, excavaciones, operaciones de carga y descarga de material, erosión eólica sobre el suelo intervenido, tránsito por caminos no pavimentados, combustión de maquinarias y vehículos. Se estima una emisión de 0,053 t/año y 0,048 t/año, respectivamente para cada fase constructiva.
- MP2,5: Las actividades que producen emisiones corresponden a: escarpe superficial, excavaciones, operaciones de carga y descarga de material, erosión eólica sobre el suelo intervenido, tránsito por caminos no pavimentados, combustión de maquinarias y vehículos. Se estima una emisión de 0,043 t/año, 0,039 t/año respectivamente, para cada fase constructiva.
-
CO: Provenientes de la combustión de maquinarias y vehículos. Se estima una emisión de 0,002 t/año y 0,002 t/año respectivamente, para cada fase constructiva. Las medidas de abatimiento o control corresponden a: revisión técnica al día de los equipos y maquinarias y realizar mantenciones de estos en caso de ser requeridos.
-
HC: Provenientes de la combustión de maquinarias y vehículos. Se estima una emisión de 0,001 t/año y 0,001 t/año respectivamente, para cada fase constructiva. Las medidas de abatimiento o control corresponden a: revisión técnica al día de los equipos maquinarias y realizar mantenciones de estos en caso de ser requeridos.
-
NOx: Provenientes de la combustión de maquinarias y vehículos. Se estima una emisión de 0,007 t/año y 0,006 t/año respectivamente, para cada fase constructiva. Las medidas de abatimiento o control corresponden a: revisión técnica al día de los equipos maquinarias y realizar mantenciones de estos en caso de ser requeridos.
Emisiones atmosféricas estimadas para Jardín Floresta IV Actividad MP10 (t/año) MP2,5 (t/año) CO (t/año) HC (t/año) NOx (t/año) Transferencia de material 0,0007 0,0001 - - - Preparación del terreno (escarpe) 0,0085 0,0040 - - - Movimiento de tierra (excavaciones) 0,0421 0,0392 - - - Erosión eólica 1,1484E-10 1,0681E-10 - - - Tránsito de maquinaría 1,3089E-04 1,3086E-05 - - - Tránsito de camiones 0,00062 0,00006 - - - Combustión de motor de maquinaria 0,0007 0 0,002 0,001 0,007 Combustión de motor de camiones 6,17E-06 0 3,93E-05 2,27E-05 9,34E-05 Total 0,053 0,043 0,002 0,001 0,007
Emisiones atmosféricas estimadas para Jardín Floresta V Actividad MP10 (t/año) MP2,5 (t/año) CO (t/año) HC (t/año) NOx (t/año) Transferencia de material 0,0007 0,0001 - - - Preparación del terreno (escarpe) 0,0076 0,0036 - - -
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Movimiento de tierra (excavaciones) 0,0379 0,0353 - - - Erosión eólica 1,00E-10 9,35E-11 - - - Tránsito de maquinaría 1,18E-04 1,18E-05 - - - Tránsito de camiones 5,57E-04 5,55E-05 - - - Combustión de motor de maquinaria 0,0006 0 0,0021 0,0010 0,0063 Combustión de motor de camiones 5,55E-06 0 3,54E-05 2,04E-05 8,41E-05 Total 0,048 0,039 0,002 0,001 0,006
Las medidas de control y abatimiento de las emisiones atmosféricas corresponden a las siguientes: - Los vehículos y maquinarias que se utilizarán en esta fase contarán con su revisión técnica al día. - Se realizarán mantenciones periódicas a los vehículos y maquinarias para prevenir un posible mal funcionamiento que pueda generar una emisión excesiva de gases. Esta mantención se realizará en lugares externos autorizados para prestar dicho servicio. - Se humectarán las superficies de suelo donde se realizarán movimientos de tierra y excavaciones. - Se humectarán los caminos no pavimentados, en el acceso e interiores de la zona de emplazamiento del proyecto, en la medida en que sea necesario y se observe levantamiento de material particulado por parte de la maquinaria y vehículos. Se mantendrá un registro de la hora y día en que se realizó la humectación, con la respectiva firma e identificación del personal encargado de dicha acción. Este registro podrá ser consultado en las oficinas de la faena. - Se estabilizarán las zonas de tránsito (caminos no pavimentados) y acopio de material. - Los camiones circularán cubriendo total y eficazmente los materiales que transportan con lonas o plásticos, impidiendo la dispersión de polvo a la atmósfera. - El límite de velocidad máxima para los camiones, maquinaria y vehículos livianos dentro de la obra será de 30 km/h.
Aguas Servidas Corresponderán a aguas servidas producidas por el personal. Se estima la generación de 0,045 m3/día. Las aguas servidas durante la construcción, corresponden a los baños químicos para los trabajadores, estos serán utilizados hasta la conexión al sistema de alcantarillado. Los baños químicos serán retirados y/o aseados por una empresa autorizada. Se planea la utilización de baños químicos, en la obra del proyecto hasta que se complete la habilitación de la instalación de faenas, lo cual se espera realizar en enero de 2021, según lo establecido en el cronograma de las actividades para la fase constructiva 1 del proyecto, el cual será válido para la fase constructiva 2. Respecto de la provisión de servicios higiénicos mediante la utilización de baños químicos, se mantendrán en oficina de obras todos los documentos (boletas, facturas y/o certificados) que acrediten el correcto manejo y disposición final de los residuos líquidos generados por la utilización de baños químicos. Se estima una frecuencia de dos veces a la semana.
Ruido: Se consideran los siguientes receptores Punto Coordenadas UTM DATUM WGS84 (HUSO H 18) Ubicación de la medición Ubicación Respecto al Proyecto Este Norte P1 737904 5646827 Exterior Externo P2 738026 5646732 Exterior Externo P3 738173 5646615 Exterior Externo P4 738125 5646503 Exterior Externo P5 738099 5646393 Exterior Externo PA 738055 5646624 Referencial Referencial Jardín Floresta III
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Las faenas consideran excavaciones, preparación del terreno, movimiento de material y construcción de viviendas, entre otras, acorde a una situación habitual constructiva para el tipo de proyecto. La peor condición, que corresponde a la ejecución de ambas fases constructivas de forma simultánea, según se muestra a continuación:
Total de frentes de trabajo simultáneos por fase FC N° de Frentes Cantidad de Fuentes por frente Total de Fuentes en terreno Referencia IV y V 5 4 20 Tabla 7
La modelación de emisiones de ruido para la fase de construcción, se presenta a continuación:
La evaluación de los niveles de ruido proyectados durante la fase de construcción, según la normativa aplicable para jornada diurna, se detallan en la siguiente tabla: Punto Fase de construcción dB(A) Máximo D.S. N° 38/11, del MMA diurno dB(A) Supera Si / No P1 45 55 No P2 50 59 No P3 46 58 No P4 51 62 No P5 58 55 Si PA 56 55 Si
De acuerdo a las proyecciones realizadas, se prevé superación de los límites establecidos en la norma, para la línea base evaluada en la fase de construcción del proyecto. Debido a esta condición se hace necesaria la implementación de medidas de control de ruido a las faenas La medida de control corresponde a una barrera acústica perimetral y para el presente caso se recomienda una Barrera Acústica Perimetral construida, utilizando tableros OSB de 15 mm (densidad superficial promedio 11 Kg/m2), lana mineral con espesor de 50 mm como material absorbente y una malla (o material de mayor densidad) para el recubrimiento de esta, en dirección a las faenas con la finalidad de absorber el sonido
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incidente. Esta barrera es esquematizada en la siguiente imagen:
La barrera está orientada a controlar las emisiones acústicas generadas en los frentes de trabajo en la Fase de Construcción, enfocándose en la situación crítica que dirige las faenas a menor distancia de los receptores. Se recomienda que una vez implementada la medida, se mantenga durante el desarrollo completo de la Fase a fin de reducir los niveles de ruido sobre los receptores afectados Las dimensiones de la medida de control y su ubicación se presentan en la siguiente tabla y figura:
Escenario Fase constructiva Barrera Altura [m] Extensión [m] Sector en cobertura Construcci ón FC IV y V B1 4 460 Receptores P4, P5 y Jardín Floresta III
Ubicación de la barrera propuesta
La evaluación de los niveles de ruido proyectados durante la fase de Construcción para los frentes de trabajo, considerando la medida de control propuesta, se detalla en la tabla a continuación.
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Punto Fase de construcción dB(A) Máximo D.S. N° 38/11, del MMA, diurno dB(A) Supera Si / No P1 45 55 No P2 48 59 No P3 44 58 No P4 46 62 No P5 50 55 No PA 51 55 No
La evaluación solo se realizó en horario diurno debido a la naturaleza de las actividades, las cuales serán desarrolladas únicamente en dicho periodo de evaluación. Por otra parte, durante la evaluación ambiental el titular informó que la fase IV y V del proyecto serán entregadas de forma simultánea, razón por la cual se descartó que los compradores o futuros residentes de las viviendas a construir (fase IV y V), calificarán como receptores de ruido de acuerdo a la definición del D.S. 38/2012 del MMA. En base a la proyección realizada, se puede concluir que es posible atenuar el nivel de ruido generado por la Fase de Construcción, mediante la implementación de la medida de control propuesta. Residuos, productos químicos y otras sustancias que puedan afectar el medio ambiente. Residuos sólidos asimilables a domiciliarios - Cantidad: Se estima que los residuos sólidos asimilables a domésticos generados por el personal durante la fase de construcción del proyecto, alcanzará un promedio de 0,165 m3/día, dado que se estima un máximo de 50 trabajadores y una generación de 0,0033 m3/día/trabajador (0,5 kg/día/trabajador). De esta manera, considerando 22 días de trabajo mensual, la estimación anual corresponde a 43,56 m3/año (6,6 t/año). - Manejo: Estos residuos serán dispuestos en contenedores con tapa claramente identificados dispuestos en una bodega con piso impermeable, cierre perimetral y techo en la instalación de faenas. Los residuos serán retirados 3 veces por semana, por el servicio de recolección municipal. - Transporte: Los residuos serán retirados por los camiones de recolección de basura municipal. - Disposición final: Los residuos serán trasladados para su disposición final en un sitio de disposición autorizado, según lo dispuesto por el servicio de recolección municipal.
Residuos no peligrosos - Cantidad: Los residuos sólidos no peligrosos que se generen en la fase de construcción del Proyecto, corresponderán principalmente a restos de metales, madera, papel y cartón, plásticos y escombros. Los escombros corresponderán a; ladrillo, cerámicas, azulejos, hormigón y mortero endurecido, producto de las actividades constructivas de las viviendas. Por otra parte, se contempla como residuo no peligroso el material excedente producto de la preparación del terreno, específicamente escarpe y excavaciones. - Manejo: El material de escarpe será utilizado como relleno para las áreas verdes, desniveles existentes, emparejar sitios y veredones, el resto de los materiales serán depositados en zona de acopio transitorio en la instalación de faenas, la cual cuenta con cierre perimetral con malla faenera, por un periodo máximo de 1 mes, luego como excedentes de la construcción serán enviados a un sitio de disposición autorizado. - Transporte: El transporte se llevará a cabo en camiones que contarán con lonas, u otro sistema que impida la dispersión del material al aire. - Disposición final: Los residuos serán trasladados a un lugar de disposición final autorizado, para lo cual se mantendrá un registro permanente en obra, adjuntando boletas, facturas u otros documentos que acrediten la trazabilidad de éstos.
Tipo de residuo Caracterización Cualitativa Cuantitativa Fuente Volumen (m3/año) Cantidad (t/año) Asimilables a domiciliarios Personales (restos orgánicos, plásticos, papel, etc.) 44,53 6,65 Tipo de residuo Caracterización Cualitativa Cuantitativa Fuente Volumen (m3/año) Cantidad (t/año) No peligrosos Restos de metales (armaduras de acero, Estructuras metálicas, perfiles para montar yeso cartón, paneles de encofrado en mal estado) 0,88 0,14 Madera (restos de cortes o dimensionado, de encofrados y pallets de madera). 0,67 0,27
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Residuos peligrosos - Cantidad: Los residuos peligrosos a generar en fase de construcción consisten principalmente en: envases y restos de aceites, lubricantes y adhesivos; tambores metálicos y plásticos contaminados; envases de aerosoles; restos de pinturas y barnices y tinetas; siliconas y otros productos de sellado; tubos fluorescentes; pilas y baterías en desuso; trapos, brochas y otros útiles de obra contaminados; toners y catridges. - Manejo: Los residuos peligrosos serán almacenados temporalmente en contenedores con tapa hermética, debidamente rotulados al interior de una bodega de almacenamiento temporal de RESPEL. Estos residuos serán manejados según lo establecido en el Reglamento Sanitario sobre Manejo de Residuos Peligrosos D.S N° 148/2003. Estos residuos permanecerán almacenados por un periodo menor a 6 meses. - Transporte: El transporte de RESPEL se llevará a cabo por empresas externas autorizadas para esta actividad, contratadas por el titular. Con el objetivo de acreditar la correcta ejecución de este procedimiento, se mantendrá en obra un registro del retiro y disposición final de los residuos peligrosos, mediante el documento correspondiente (boleta, factura y/o certificado), que acredite su trazabilidad. - Disposición final: Los residuos peligrosos, serán trasladados a un lugar de disposición final autorizado.
Residuos peligrosos Cantidad (kg/año) Clasificación Características de peligrosidad Envases y restos de lubricantes y adhesivos 3,36 A3050 Inflamabilidad Envases de aerosoles 2,94 A4070 Inflamabilidad Envases de pinturas y barnices 13,45 A4070 Inflamabilidad Envases de siliconas y otros productos de sellado 4,20 A3050 Inflamabilidad Trapos, brochas y otros contaminados 4,62 A4070 - Toners y cartridges 0,63 A4070 Inflamabilidad Total 25,21 - - Papel y cartón (sacos de cemento, de yeso y de arena y cal, y cajas de cartón) 1,05 0,08 Plásticos (restos de lonas y cintas de protección, conductos, marcos de ventana) 0,17 0,01 Escombros (ladrillos, cerámicas, azulejos, hormigón y mortero endurecido) 105,05 16,81 Escarpe y excavaciones 14.973 1.497 Referencia al ICE para mayores detalles sobre esta fase. Ítem 4.6 del ICE 4.3.2. FASE DE OPERACIÓN Administración y entrega de viviendas
Entrega de cada vivienda a su propietario una vez obtenida la recepción municipal final. Por lo que se realizarán principalmente acciones administrativas relacionadas con la venta de las viviendas y la documentación correspondiente. El tiempo de duración de dicha actividad estará supeditado a la entrega de la totalidad de las viviendas de cada fase constructiva, una vez obtenida la recepción final. Actividades de mantención de áreas verdes
Será realizado por el titular, mientras se obtenga la recepción municipal del Proyecto, posteriormente la mantención será realizada por el organismo municipal competente. Productos generados De acuerdo a las características del Proyecto, éste no contempla la generación, producción ni manejo de ningún tipo de producto en esta fase. Recursos naturales renovables No se contemplan recursos naturales a extraer, explotar o utilizar. Emisiones y efluentes Emisiones atmosféricas - MP10: Las emisiones atmosféricas que se generarán en la fase de operación del Proyecto, corresponderán principalmente a las que se producen debido a la actividad diaria de los futuros habitantes del conjunto habitacional, la cual se irá manifestando paulatinamente de acuerdo al proceso de ocupación de las viviendas. Es relevante considerar que el Proyecto no posee ningún sistema de calefacción incorporado a las
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viviendas, por lo tanto, el cálculo consideró el peor escenario posible, al considerar el 100% de las viviendas con calefacción a base de leña. La emisión estimada de MP10 del proyecto completo corresponde a 2,24 t/año.
-
MP2,5: Las emisiones atmosféricas que se generarán en la fase de operación del Proyecto, corresponderán principalmente a las que se producen debido a la actividad diaria de los futuros habitantes del conjunto habitacional, la cual se irá manifestando paulatinamente de acuerdo al proceso de ocupación de las viviendas. Es relevante considerar que el Proyecto no posee ningún sistema de calefacción incorporado a las viviendas, por lo tanto, el cálculo consideró el peor escenario posible, al considerar el 100% de las viviendas con calefacción a base de leña. La emisión estimada de MP2,5 del proyecto completo corresponde a 2,06 t/año.
-
CO: Las emisiones atmosféricas que se generarán en la fase de operación del Proyecto, corresponderán principalmente a las que se producen debido a la actividad diaria de los futuros habitantes del conjunto habitacional, la cual se irá manifestando paulatinamente de acuerdo al proceso de ocupación de las viviendas. Es relevante considerar que el Proyecto no posee ningún sistema de calefacción incorporado a las viviendas, por lo tanto, el cálculo consideró el peor escenario posible, al considerar el 100% de las viviendas con calefacción a base de leña. La emisión estimada de CO del proyecto completo corresponde a 0,0642 t/año.
-
HC: Las emisiones atmosféricas que se generarán en la fase de operación del Proyecto, corresponderán principalmente a las que se producen debido a la actividad diaria de los futuros habitantes del conjunto habitacional, la cual se irá manifestando paulatinamente de acuerdo al proceso de ocupación de las viviendas. Es relevante considerar que el Proyecto no posee ningún sistema de calefacción incorporado a las viviendas, por lo tanto, el cálculo consideró el peor escenario posible, al considerar el 100% de las viviendas con calefacción a base de leña. La emisión estimada de HC del proyecto completo corresponde a 0,01227 t/año.
-
NOx: Las emisiones atmosféricas que se generarán en la fase de operación del Proyecto, corresponderán principalmente a las que se producen debido a la actividad diaria de los futuros habitantes del conjunto habitacional, la cual se irá manifestando paulatinamente de acuerdo al proceso de ocupación de las viviendas. Es relevante considerar que el Proyecto no posee ningún sistema de calefacción incorporado a las viviendas, por lo tanto, el cálculo consideró el peor escenario posible, al considerar el 100% de las viviendas con calefacción a base de leña. La emisión estimada de NOx del proyecto completo corresponde a 0,4674 t/año.
-
Emisiones de operación de Jardín Floresta IV Emisión MP 10 (t/año) MP2,5 (t/año) NOx (t/año) HC(t/año) CO (t/año) Vehículos 0,00073297 0,00053207 0,22273999 0,00604177 0,03061164 Calefacción 1,0676424 0,98223101 - - - Total 1,0684 0,9828 0,2227 0,0060 0,0306
-
Emisiones de operación de Jardín Floresta V Emisión MP 10 (t/año) MP2,5 (t/año) NOx (t/año) HC(t/año) CO (t/año) Vehículos 0,00062976 0,00054204 0,24467651 0,0066368 0,03362643 Calefacción 1,172789 1,07896588 - - - Total 1,1734 1,0795 0,2447 0,0066 0,0336
Aguas Servidas Las emisiones líquidas que generará el Proyecto en fase de operación corresponderán a las aguas servidas producto de las actividades diarias de los habitantes de las viviendas. Las cuales, se evacuarán al sistema de alcantarillado público de la Empresa Sanitaria Aguas Araucanía S.A., según las condiciones para prestación de servicios sanitarios N°P- 2019-0023 y N°P-2019-0024, de enero de 2019.
Ruido Las emisiones de ruido en fase de operación y una vez concluida las fases constructivas, corresponderá a aquellas que caracterizan a un sector residencial Residuos, productos Residuos sólidos asimilables a domiciliarios - Cantidad: durante el desarrollo de la fase de operación del proyecto, se generarán
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químicos y otras sustancias que puedan afectar el medio ambiente. residuos sólidos asimilables a domiciliarios, producto de las actividades diarias de los habitantes. De acuerdo a ello, se estima un promedio de 3 habitantes por vivienda. De esta manera, se totalizan 813 habitantes para todo el proyecto y una generación de 0,0067 m3/día por persona de residuos sólidos (1 kg/día por persona), por tanto, se estima generar 5,57 m3/día, de residuos asimilables a domiciliarios para todo el Proyecto. - Manejo: Los residuos sólidos domiciliarios que serán generados por los habitantes de las viviendas. Estos residuos serán retirados 3 veces por semana, según el servicio de recolección municipal. - Transporte: los residuos generados serán retirados por camiones de recolección de basura municipal. - Disposición final: los residuos serán trasladados para su disposición final en un relleno sanitario autorizado, según lo contemplado por el servicio de recolección municipal.
Residuos peligrosos No se contempla la generación de residuos peligrosos. Referencia al ICE para mayores detalles sobre esta fase. Ítem 4.7 del ICE 4.3.3. FASE DE CIERRE El Proyecto “Jardín Floresta IV y V”, por ser un proyecto habitacional contempla una vida útil indefinida, y por lo tanto no presenta fase de cierre o abandono. Referencia al ICE para mayores detalles sobre esta fase. Ítem 4.8 del ICE
4.4. CRONOLOGÍA DE LAS FASES DEL PROYECTO 4.4.1. FASE DE CONSTRUCCIÓN Fecha estimada de inicio Diciembre de 2020 Parte, obra o acción que establece el inicio Delimitación del área del Proyecto a través de la instalación de un cerco perimetral y la correspondiente instalación de faenas. Fecha estimada de término Octubre de 2023 Parte, obra o acción que establece el término Recepción final de las viviendas. Cronograma de actividades en Jardín Floresta IV (Fase Constructiva N°1) Actividad 1 2 3 4 5 6 7 8 9 10 11 12 13 14 15 16 17 18 19 20 21 Instalación de faenas
Escarpe
Movimiento de tierras
Obras de urbanización
Obra gruesa
Instalaciones
Terminaciones
Obra gruesa
Cronograma de actividades en Jardín Floresta V (Fase Constructiva N° 2). Actividad 1 2 3 4 5 6 7 8 9 10 11 12 13 14 15 16 17 18 19 20 21 22 23 24 Instalación de faenas
Escarpe
Movimiento de tierras
Obras de urbanización
Obra gruesa
Instalaciones
Terminacione s
Obra gruesa
4.4.2. FASE DE OPERACIÓN Fecha estimada de inicio Octubre 2023
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Parte, obra o acción que establece el inicio Entrega de viviendas a los propietarios Fecha estimada de término Indefinida Parte, obra o acción que establece el término Obtención de la recepción municipal total de las viviendas (Jardín Floresta IV y V). Sin embargo, la ocupación del proyecto es de carácter indefinido. 4.4.3. FASE DE CIERRE Fecha estimada de inicio No aplica Parte, obra o acción que establece el inicio No aplica Fecha estimada de término No aplica Parte, obra o acción que establece el término No aplica
5°. Que, durante el proceso de evaluación se han presentado antecedentes que justifican la inexistencia de los siguientes efectos, características y circunstancias del artículo 11 de la Ley N° 19.300:
5.1. Sobre la inexistencia de riesgo para la salud de la población, debido a la cantidad y calidad de efluentes, emisiones y residuos Impacto ambiental Aumento de las emisiones de ruido. Aumento de la concentración de material particulado y gases de combustión. Exposición a contaminantes debido al manejo de aguas servidas. Exposición a contaminantes debido al manejo de residuos sobre los recursos naturales renovables, incluidos el suelo, agua y aire. Existencia de población cuya salud pudiera verse afectada El área de emplazamiento del proyecto, corresponde a una zona rural, colindante al área urbana de Villarrica, por lo que el sector posee un carácter de barrio residencial. Los siguientes antecedentes justifican que el proyecto o actividad no genera o presenta riesgo para la salud de la población debido a la cantidad y calidad de los efluentes, emisiones o residuos, en consideración a lo dispuesto en el artículo 5 del Reglamento del SEIA: a) La superación de los valores de las concentraciones y períodos establecidos en las normas primarias de calidad ambiental vigentes o el aumento o disminución significativos, según corresponda, de la concentración por sobre los límites establecidos en éstas. A falta de tales normas, se utilizarán como referencia las vigentes en los Estados que se señalan en el artículo 11 del Reglamento. Aire Tal como se indica en el Estudio de Emisiones Atmosféricas (adjunto en el Anexo 13 de la DIA), el proyecto generará emisiones de material particulado y gases de combustión en fase de construcción y operación. Durante la etapa de construcción, las emisiones serán de carácter temporal, acotadas y de impacto local limitado; las fuentes de emisión serán principalmente fugitivas y las actividades productoras de estas emisiones serán el tránsito de vehículos y maquinarias, y acciones asociadas a la preparación del terreno para la construcción, tales como: escarpe, excavaciones y carguío de camiones. Para evitar y/o minimizar la dispersión de polvo se aplicarán las siguientes medidas de control: - Los vehículos y maquinarias que se utilizarán en esta fase contarán con su revisión técnica al día, además se realizarán mantenciones preventivas, con la finalidad de evitar una emisión excesiva de gases producto de la combustión incompleta. - Se humectará el material de excavación y caminos no pavimentados ubicados en la zona de emplazamiento del proyecto, con una frecuencia mínima de tres veces al día. Respecto a las medidas de humectación se mantendrá en obras un registro de la hora y día en que se realizó la actividad con su respectivo nombre y firma de la persona encargada de dicha acción. - Estabilización de las zonas de tránsito, de la maquinaria pesada y acopio de material. - El límite de velocidad máxima para los camiones, maquinaria y vehículos livianos será de 30 km/h en la obra. - Los camiones deberán circulan cubriendo totalmente los materiales con lonas o plásticos impidiendo la dispersión de polvo a la atmósfera.
Las emisiones atmosféricas en fase de construcción se resumen en la siguiente tabla: ACTIVIDAD MP10 (t/año) MP2,5 (t/año) CO (t/año) HC (t/año) NOx (t/año) Jardín Floresta IV 0,053 0,043 0,002 0,001 0,007 Jardín Floresta V 0,048 0,039 0,002 0,001 0,006 Total 0,101 0,082 0,004 0,002 0,013
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En base a lo expuesto anteriormente, se establece que las emisiones atmosféricas, generadas durante la fase de construcción del proyecto no son significativas.
Por otro lado, las emisiones atmosféricas que se generarán en fase de operación del proyecto corresponderán a las emisiones atmosféricas producto de la calefacción domiciliaria. Considerando que el proyecto no contempla un sistema de calefacción, se considera la peor condición, la que corresponde al 100% de las viviendas con calefacción en base a leña. Los resultados de emisiones atmosféricas en fase de operación, corresponden a los siguientes:
Emisión MP10 (t/año) MP2,5 (t/año) CO (t/año) HC (t/año) NOx (t/año) Jardín Floresta IV 1,0684 0,9828 0,2227 0,0060 0,0306 Jardín Floresta V 1,1734 1,0795 0,2447 0,0066 0,0336 Total 2,2418 2,0623 0,4674 0,0127 0,0642
En relación del Proyecto con las Normas de Calidad Primaria aplicables, se detalla a continuación:
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Decreto Supremo 59/1998, MINSEGPRES: Establece norma de calidad primaria para material particulado respirable MP10, en especial de los valores que definen situaciones de emergencia. Al respecto, el Proyecto en ninguna de sus fases sobrepasará los niveles permitidos para este contaminante, esto fundamentado en el estudio de estimación de emisiones atmosféricas.
-
Decreto Supremo 136/2000, MINSEGPRES: Establece la norma de calidad primaria de plomo. Al respecto el Proyecto en ninguna de sus fases, contempla la utilización de materiales con plomo, que pudiesen causar suspensión de partículas de plomo en el ambiente.
-
Decreto Supremo 112/2000, MINSEGPRES: Establece la norma primaria de calidad del aire para Ozono (O3). Al respecto el proyecto en ninguna de sus fases, contempla la utilización de equipos que pudiesen emitir este contaminante, así como tampoco cantidades importantes de NOx, que permitieran la formación de ozono troposférico, tal como se presenta en el informe de estimaciones atmosféricas.
-
Decreto Supremo 113/2002, MINSEGPRES: Establece la norma primaria de calidad del aire para dióxido de azufre (SO2). Los valores máximos permitidos diarios y anuales son respectivamente de (250 µg/Nm3) y (80 µg/Nm3). Al respecto el Proyecto en ninguna de sus fases contempla la emisión de este contaminante, en concentraciones significativas tales que no superen la norma anual, así como tampoco la norma diaria esto en base a que solo se emitirá a partir de la combustión de motores diésel, los cuales contarán con mantenciones periódicas, tales que permitan el funcionamiento óptimo de éstos.
-
Decreto Supremo 114/2002, MINSEGPRES: Establece la norma primaria de calidad del aire para dióxido de nitrógeno (NO2). Al respecto el Proyecto no contempla la emisión de este contaminante en concentraciones tales que no superen la norma anual (100 µg/Nm3), así como tampoco la norma diaria (40 µg/Nm3), esto en base a que solo se emitirá a partir de la combustión de motores diésel, los cuales contarán con mantenciones periódicas, tal que permitan el óptimo funcionamiento de éstos.
-
Decreto Supremo 115/2002, MINSEGPRES: Establece la norma primaria de calidad de aire para monóxido de carbono (CO). Al respecto el Proyecto en ninguna de sus fases, contempla la emisión de este contaminante en concentraciones tales que no superen la norma como concentración 8 horas (10 mg/Nm3), así como tampoco la norma como concentración diaria (30 µg/Nm3). Esto en base a que la fuente emisora
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principal, es la combustión de motores de vehículos y maquinarias.
- Decreto Supremo 12/2011, MMA: Establece la norma primaria de calidad del aire para material particulado fino respirable MP2,5. Al respecto el Proyecto en ninguna de sus fases, contempla la emisión de este contaminante en concentraciones superiores a las permitidas por la normativa ambiental vigente. Se tomarán todas las medidas ya descritas de abatimiento y control de este contaminante.
Aguas servidas El Proyecto no contempla la emisión de efluentes sobre cuerpos de agua superficiales cercanos al Proyecto, debido a que la generación de aguas residuales corresponderá a aguas servidas que en fase de construcción que serán retiradas mediante baños químicos, por parte de una empresa autorizada y se mantendrá en obras boletas, facturas y/o certificados que acrediten su trazabilidad. En fase de operación, las aguas servidas serán dispuestas al sistema de alcantarillado proporcionado por la empresa de servicios sanitarios Aguas Araucanía S.A. En Anexo 2 de la DIA, se adjuntan las condiciones de operación N°P-2019-0023 y N°P-2019-0024, mientras que, en Anexo 5 de la DIA, se encuentran los proyectos de urbanización de agua potable y aguas servidas.
A continuación, se detallan las Normas de Calidad Primaria asociadas al Proyecto relacionadas con el componente Agua.
-
D.S. 143/2008, MINSEGPRES: Establece normas de calidad primarias para las aguas continentales superficiales aptas para actividades de recreación con contacto directo. Al respecto el Proyecto no contempla la emisión de contaminantes líquidos a cauces de agua superficial aptas para la recreación en ninguna de sus fases.
-
D.S. 144/2008, MINSEGPRES: Establece normas de calidad primarias para la protección de las aguas marinas y estuarinas aptas para actividades de recreación con contacto directo. Al respecto se declara que el Proyecto en ninguna de sus fases contempla la emisión de contaminantes líquidos a aguas marinas y estuarinas.
Finalmente, en base a los antecedentes presentados en los puntos precedentes, no se espera superación de alguna norma de calidad primaria de aire y agua vigentes. b) La superación de los valores de ruido establecidos en la normativa ambiental vigente. A falta de tales normas, se utilizarán como referencia las vigentes en los Estados que se señalan en el artículo 11 del Reglamento. A partir del estudio de ruido efectuado para este Proyecto, se estima que las emisiones acústicas serán mayores en la fase de construcción y estarán asociadas al movimiento de tierra y las obras constructivas. La normativa ambiental vigente corresponde al D.S. N° 38/2011 del Ministerio del Medio Ambiente el cual establece los Niveles Máximos Permisibles de Presión Sonora Corregida (NPC), de acuerdo al tipo de zona establecido por el uso de suelos permitido en los documentos de planificación territorial. Las faenas consideran excavaciones, preparación del terreno, movimiento de material y construcción de viviendas, entre otras, acorde a una situación habitual constructiva para el tipo de proyecto en estudio. En base a las actividades descritas anteriormente, se estimó escenarios compuestos, acorde al desarrollo de las fases del proyecto, según la peor condición, la cual corresponde a la ejecución de ambas fases constructivas de forma simultánea, de la siguiente forma:
Total de frentes de trabajo simultáneos por fase FC N° de Frentes Cantidad de Fuentes por frente Total de Fuentes en terreno Referencia IV y V 5 4 20 Tabla 7
Los frentes de trabajo consideran la maquinaria de mayor emisión a nivel de suelo ubicada como un único frente de acción, sobre cada receptor evaluado. Cada frente de trabajo está compuesto por la maquinaria indicada a continuación, según el escenario descrito. Cada frente de trabajo fue ubicado a la menor distancia posible, acorde a cada receptor identificado.
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Los niveles de potencia acústica (Lw), para fuentes emisoras involucradas en las actividades de construcción, se presentan a continuación:
Escenario Referencia Fuente emisora Altura [m] Cant. Lw dB(A) CT Tabla C.2 / Ref. N°22 Retroexcavadora 1,7 1 98 Tabla D.9 / Ref. N°19 Camión tolva 1 102 Tabla D.6 / Ref. N°33 Camión Mixer 1 96 Tabla C.5 / Ref. N°27 Rodillo Compactador 1 98 Nivel Total por Cada Frente de Trabajo para Fase de Construcción 105
La evaluación de los niveles de ruido proyectados durante la fase de construcción, según la normativa aplicable para jornada diurna, se detallan en la siguiente tabla.
Punto Fase de construcción dB(A) Máximo D.S. N° 38/11 diurno dB(A) Supera Si / No P1 45 55 No P2 50 59 No P3 46 58 No P4 51 62 No P5 58 55 Si PA 56 55 Si De acuerdo a las proyecciones realizadas, se prevé superación de la norma en la situación basal evaluada para la fase de construcción del proyecto, para receptores existentes y receptores referenciales (PA), específicamente para los puntos P5 y PA. Debido a esta condición, se hace necesaria la implementación de medidas de control de ruido a las faenas. Para dar cumplimiento a la normativa, en la Fase de Construcción es necesaria la utilización de barreras acústicas, ante lo cual según definición indicada en la norma ISO 9613, Parte 2, determina que un objeto debe ser considerado como obstáculo (barrera) si cumple con una densidad superficial de al menos 10 Kg/m2 y tiene una superficie cerrada sin grandes grietas o huecos. Las dimensiones de la medida de control y su ubicación se presentan en la siguiente tabla y figura:
Escenario Fase constructiva Barrera Altura [m] Extensión [m] Sector en cobertura Construcción FC IV y V B1 4 460 Receptores P4, P5 y Jardín Floresta III
La evaluación de los niveles de ruido proyectados durante la Fase de Construcción para los frentes de trabajo, considerando la medida de control propuesta, se detalla en la tabla a continuación.
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Punto Fase de construcción dB(A) Máximo D.S. N° 38/11 diurno dB(A) Supera Si / No P1 45 55 No P2 48 59 No P3 44 58 No P4 46 62 No P5 50 55 No PA 51 55 No
La evaluación sólo se realizó en horario diurno debido a la naturaleza de las actividades, las cuales serán desarrolladas únicamente en dicho periodo de evaluación. Por otra parte, durante la evaluación ambiental el titular informó que la fase IV y V del proyecto serán entregadas de forma simultánea, razón por la cual se descartó que los compradores o futuros residentes de las viviendas a construir (fase IV y V), calificarán como receptores de ruido de acuerdo a la definición del D.S. 38/2012 del MMA.
En base a la proyección realizada, se puede concluir que es posible atenuar el nivel de ruido generado por la Fase de Construcción, mediante la implementación de la medida de control propuesta. c) La exposición a contaminantes debido al impacto de las emisiones y efluentes sobre los recursos naturales renovables, incluidos el suelo, agua y aire, en caso que no sea posible evaluar el riesgo para la salud de la población de acuerdo a las letras anteriores. De acuerdo a lo establecido en los literales a y b del artículo 5 del Reglamento del SEIA, no se generarán riesgos a la salud de las personas, por la emisión de contaminantes sobre recursos naturales renovables.
Por otro lado, en cuanto a las emisiones de material particulado que se generen en la fase de construcción del Proyecto no superan la normativa y serán controladas con la humectación de caminos, estabilización de caminos, encarpado de camiones, mantención de maquinaria al día y restricción de velocidad.
En síntesis, para el periodo de construcción del proyecto en cada una de las 2 fases constructivas, las emisiones de material particulado MP10 y MP2,5 son las siguientes:
ACTIVIDAD MP10 (t/año) MP2,5 (t/año) CO (t/año) HC (t/año) NOx (t/año) Jardín Floresta IV 0,053 0,043 0,002 0,001 0,007 Jardín Floresta V 0,048 0,039 0,002 0,001 0,006 Total 0,101 0,082 0,004 0,002 0,013
En base a lo expuesto anteriormente, se establece que las emisiones atmosféricas, generadas durante la fase de construcción del proyecto no son significativas, ya que serán de carácter temporal, acotadas y de impacto local limitado.
Las emisiones atmosféricas que se generarán en fase de operación del Proyecto corresponderán principalmente al sistema de calefacción, el cual no será implementado por el proyecto, por lo que, se considera como peor condición el escenario en los futuros habitantes del proyecto instalarán calefactores a leña en el 100 % de las viviendas. La siguiente Tabla, se indica el resumen las emisiones de material particulado y gases de combustión para el Proyecto en evaluación:
Emisión MP10 (t/año) MP2,5 (t/año) CO (t/año) HC (t/año) NOx (t/año) Jardín Floresta IV 1,0684 0,9828 0,2227 0,0060 0,0306 Jardín Floresta V 1,1734 1,0795 0,2447 0,0066 0,0336 Total 2,2418 2,0623 0,4674 0,0127 0,0642
En base a lo expuesto es posible establecer que las emisiones estimadas no superan las concentraciones establecidas por las normas primarias de calidad ambiental.
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Agua lluvias La captación de aguas lluvias, se realizará mediante la construcción de sumideros que captan aguas superficiales de las calles y pasajes interiores, las cuales son conducidas a través de colectores proyectados en diámetros de 450 mm (HDPE N-12), a cuatro (4) zanjas de infiltración ubicadas en áreas verdes del proyecto. En los sumideros y cámaras de inspección, específicamente en los decantadores, se producirá la retención de sólidos que puedan escurrir por el sistema colector de aguas lluvia. La memoria y planos del diseño se adjuntan en Anexo 1 de la Adenda Complementaria. Para garantizar que la solución de aguas lluvias es posible de ejecutar, se realizaron estudios agronómicos para determinar el tipo de suelo y estudios de capacidad de infiltración del suelo mediante ensayo Porchet, el cual indica que, la velocidad de infiltración utilizada en el diseño de las 4 zanjas corresponde a 312,6 mm/h, lo cual corresponde a una velocidad de infiltración menor a las obtenidas en los ensayos Porchet, tal como se resume en la siguiente tabla:
Pozo de ensayo Porchet Resultado de cada pozo (mm/h) Diseño de infiltración de las zanjas (mm/h) 1 320,8 312,6 2 1.799,7 3 355,0
De acuerdo a lo anterior, la velocidad de infiltración utilizada en el diseño de todas las zanjas de infiltración, es inferior a la velocidad los resultados obtenidos en los ensayos Porchet, por lo tanto, se concluye que las zanjas no producirán anegamientos, debido a que la velocidad de infiltración de agua de las zanjas, corresponde a una velocidad mayor a la diseñada. Por lo tanto, en base a la solución de aguas lluvias mediante zanjas de infiltración, se concluye que no se generarán alteraciones ni riesgos de inundaciones en el área de emplazamiento del proyecto o en predios continuos.
Aguas servidas Respecto de las aguas servidas, el proyecto no descargará en ningún momento efluentes a cuerpos de agua superficial o subterráneos, toda vez que durante la fase de construcción las aguas servidas provenientes de la utilización de baños químicos serán manejadas y dispuestas por una empresa que cuente con sus respectivas autorizaciones sanitarias para el manejo de éstas. Al momento en que se produzca la conexión al sistema de alcantarillado particular de la empresa Sanitaria Aguas Araucanía (parte de la etapa de construcción y durante toda la etapa de operación del proyecto), las aguas servidas serán vertidas al sistema público de alcantarillado, por lo que no existirá exposición a este tipo de contaminantes respecto de los componentes suelo, agua y aire. d) La exposición a contaminantes debido al impacto generado por el manejo de residuos sobre los recursos naturales renovables, incluidos el suelo, agua y aire. En cuanto a los residuos generados en la fase de construcción:
Los residuos asimilables a domésticos generados por los trabajadores serán dispuestos en contenedores con tapa, dentro de la bodega de residuos domiciliarios la que poseerá una base impermeable, cierre perimetral y techo, evitando así el contacto de estos con el suelo y que se emitan malos olores. Además, su permanencia será acotada ya que serán transportados de forma semanal (se estima que se realice 3 veces por semana, según retiro municipal) a un sitio de disposición autorizado.
En cuanto a los residuos no peligrosos relativos a materiales excedentes: restos de hormigón, madera, despuntes metálicos, serán acumulados transitoriamente en un patio de acopio en la instalación de faenas, el que poseerá cierre perimetral de malla faenera y su suelo se encontrará libre de vegetación y compactado, su almacenamiento será por un periodo máximo de 1 mes, y luego serán enviados a un sitio de disposición final que cuente con autorización sanitaria vigente. Debido a la naturaleza de los residuos sólidos, inorgánicos, se aprecia la no generación de contaminantes sobre los recursos naturales renovables.
Los residuos peligrosos serán mantenidos temporalmente en contenedores herméticos con tapa debidamente rotulados según lo indica la NCh 2190/93, ubicados al interior de una bodega para la mantención transitoria de estos
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residuos, los cuales serán manejados según lo establecido en el Reglamento Sanitario sobre Manejo de Residuos Peligrosos D.S N° 148/2003, del MINSAL. Estos residuos permanecerán almacenados por un periodo menor a 6 meses y serán dispuestos en un relleno de seguridad autorizado.
Los residuos líquidos corresponderán a aguas servidas producidas por el personal, las que en un principio corresponderán a las generadas en baños químicos administrados por una empresa sanitaria autorizada., hasta que se realice la conexión al sistema de alcantarillado público de la empresa sanitaria Aguas Araucanía.
De esta manera, no se contempla la exposición a contaminantes por manejo de residuos sobre los recursos naturales, generados durante la fase de construcción, que afecten o pongan en riesgo la salud de la población.
En cuanto a los residuos generados en la fase de operación:
Respecto a los residuos domiciliarios generados en fase de operación, estos corresponderán a las actividades diarias de los habitantes de las viviendas, los cuales serán retirados y trasladados a un sitio de disposición autorizado a través de la recolección municipal que se realizará estimando una frecuencia de 3 veces por semana (dependiendo del retiro municipal).
Los residuos líquidos generados durante la fase de operación del Proyecto corresponderán a aguas servidas, producto de las actividades diarias de los habitantes del conjunto habitacional, las cuales serán descargadas a través del sistema de alcantarillado de la empresa sanitaria Aguas Araucanía S.A. En el Anexo 2 de la DIA se adjuntan las condiciones para la prestación de servicios sanitarios N°P-2019-0023 y N°P-2019-0024 ambas de enero de 2019.
De acuerdo a lo anterior, no se contempla la exposición a contaminantes por manejo de residuos sobre los recursos naturales que puedan ser generados durante las fases de construcción y operaciones, que afecten o pongan en riesgo la salud de la población. Conclusión: Conforme a los antecedentes expuestos, es posible concluir que el Proyecto no generará ni presentará riesgo para la salud de la población, debido a la cantidad y calidad de los efluentes, emisiones y/o residuos, ya que se realizará un manejo adecuado de éstos conforme lo establecido por la normativa ambiental vigente y en las medidas propuestas durante la evaluación ambiental del proyecto.
5.2. Sobre la inexistencia de efectos adversos significativos sobre la cantidad y calidad de los recursos naturales renovables, incluidos el suelo, agua y aire Impacto ambiental Aumento en los niveles de Ruido Perdida y/o degradación del suelo Alteración de la calidad del agua subterránea y/o superficiales por el manejo de aguas servidas Aumento de concentración de contaminantes en el aire (material particulado y gases) Posible Pérdida y/o degradación de vegetación. Posible afectación de fauna existente Los siguientes antecedentes justifican que el proyecto o actividad no genera o presenta efectos adversos significativos sobre la cantidad y calidad de los recursos naturales renovables, incluidos el suelo, agua y aire, en consideración a lo dispuesto en el artículo 6 del Reglamento del Reglamento del SEIA: Recursos naturales renovables escasos, únicos o representativos. En el área de influencia no existen recursos naturales renovables escasos, únicos o representativos. a) La pérdida de suelo o de su capacidad para sustentar biodiversidad por degradación, erosión, impermeabilización, compactación o presencia de contaminantes. El Proyecto se emplaza en una zona rural, fuera de los límites urbanos de la comuna de Villarrica, según Certificado de Ruralidad N° 2555/2018 de la Ilustre Municipalidad de Villarrica, adjunto en Anexo 2 de la DIA. El terreno en donde se desarrollará el Proyecto presenta capacidad de uso de suelo Clase IV, los cuales presentan limitaciones en su uso, la elección de cultivos es restringida y se necesitan practicas especiales para su desarrollo; por otra parte, al corresponder a una matriz de pradera degradada, la flora y vegetación del sector está compuesta principalmente por presencia de especies introducidas, las cuales son consideradas plantas invasoras y/u ornamentales.
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Las características vegetacionales generales del área de estudio están definidas por el alto grado de intervención antrópica, facilitando el establecimiento de especies vegetales invasoras, las cuales limitan el crecimiento de flora nativa. No obstante, lo anterior, fue posible observar la presencia de un remanente compuesto de especies nativas ubicado en el extremo norte del proyecto, aledaño a un camino. Dicho remanente se encuentra compuesto principalmente por especies como Rhaphithamnus spinosus y Berberis darwinii en un estrato medio, mientras que en el estrato superior domina Pinus radiata. En relación a las especies nativas presentes, es posible indicar que existen dos especies en el área del proyecto que se encuentran clasificadas en categoría de conservación, las que corresponden a Blechnum hastatum (D.S. N°19/2012 del MMA) y Drimys winteri (D.S. N°6/2017 del MMA), las cuales se encuentran en categoría de Preocupación Menor (LC). No obstante, dichas especies poseen una amplia distribución, lo cual indica que no están próximas a satisfacer los criterios de peligro. Por otro lado, se registró la presencia de Copihue (Lapageria rosea), la cual se encuentra protegida mediante D.S. N°129/1971 del MINAGRI, modificado por el D.S. N°121/1985 del MINAGRI, el que establece la prohibición en todo el territorio nacional de corta, arranque, transporte, tenencia y comercio de Copihue. Con el fin de contribuir a la protección y conservación de la especie, se recomienda generar un Plan de Relocalización de Flora para la especie Lapageria rosea. El titular relocalizará las especies, cumpliendo con las exigencias necesarias para asegurar el éxito del plan, descartando así impactos sobre la especie. Para esto, se realizará previamente, una evaluación de las condiciones actuales de las plantas, identificando la distribución en el terreno, la cobertura que alcanza dentro de éste y definiendo el terreno para su relocalización, definiendo los plazos que aseguren el éxito de la relocalización, considerando que la época post floración sería adecuada para realizar estas actividades de rescate (meses de mayo- junio).
Los informes agronómicos para los Lotes B-1 y B-2, establecen que ambos predios se encuentra ubicado en los inicios de la pre-cordillera andina de la IX Región, a una altura de 275 m.s.n.m. Los suelos existentes son derivados de cenizas volcánicas, descansando sobre conglomerados volcánicos altamente descompuestos. La topografía de ambos predios presenta una pendiente no erosionable casi plana (1-3%).
Ambos Lotes presentan buen drenaje en superficie a imperfecto en profundidad, con una alta capacidad de retención de agua, para el caso del Lote B-1 a partir de los 1.0 a 1.3 m de profundidad; y para el Lote B-2 a partir de los 90 a 100 cm de profundidad.
Los suelos de ambos lotes son profundos, de color pardo oscuro en superficie y pardo amarillento en profundidad. De textura franco limosa en los primeros centímetros a franco arcillo limosa hasta los 100 cm de profundidad. Son suelos blandos en seco y friables en húmedo hasta los 90 cm para el Lote B-1, y Son suelos blandos en seco y friables en húmedo hasta los 100 cm para el Lote B-2; a mayor profundidad, en ambos, se observa un estrato muy compacto, duro a cementado e impermeable en seco; de color pardo amarillento.
Para el Lote B-1, se observa un drenaje imperfecto en profundidad en todo el retazo a excepción del extremo Norte del predio, lo que se atribuye al desagüe por un canal aledaño, aflorando el agua desde los 100 a 120 cm de profundad. Para el Lote B-2, se observa un drenaje imperfecto en profundidad en todo el predio, aflorando el agua desde los 90 a 120 cm de profundad.
Lote B-1 B-2 Clase IV w IV w Limitante Drenaje imperfecto a partir de los 90 a 100cm de Profundidad y clima (sector sin presencia de período libre de heladas). Drenaje imperfecto a partir de los 90 a 120cm de profundidad y clima (sector sin presencia de período libre de heladas). Uso Actual Pradera natural mejorada, con hilera de pinos en sector Norte. En sector Este del retazo individualizado se observa Pradera natural mejorada
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Material de piedras, ripio, etc. Uso Potencial Cultivos anuales y preferentemente praderas. Cabe señalar que se encuentra aledaño a población, lo que implica un potencial riesgo para el desarrollo de actividades agropecuarias. Además, indicar que el terreno, según el registro del Servicio de Impuestos Internos está categorizado como destino eriazo.
Finalmente, y considerando las condiciones generales del área de emplazamiento del proyecto, se concluye que el proyecto no generará efecto adverso significativo en el recurso suelo, toda vez que el informe agrológico da cuenta de que el proyecto se emplazaría sobre un suelo clase IV con limitantes, es decir su intervención no es susceptible de considerarse como alteración significativa, atendido a que posee una capacidad limitada para sustentar biodiversidad. b) La superficie con plantas, algas, hongos, animales silvestres y biota intervenida, explotada, alterada o manejada y el impacto generado en dicha superficie. Para la evaluación del impacto se deberá considerar la diversidad biológica, así como la presencia y abundancia de especies silvestres en estado de conservación o la existencia de un plan de recuperación, conservación y gestión de dichas especies, de conformidad a lo señalado en el artículo 37 de la Ley 19.300. Dentro del área de emplazamiento del proyecto, el Sistema de Información Territorial (CONAF) registra un uso de suelo correspondiente a Praderas y Matorrales; no obstante, se observa principalmente una pradera en desuso, con presencia de malezas de tipo herbáceas especies exóticas y una zona arbórea que rodea el deslinde norte del predio. Cabe en dicha zona arbórea se observó la presencia de regeneración de especies nativas, la cual se encuentra en los sectores de menor accesibilidad. Mediante la metodología de la Carta de Ocupación de Tierras (COT) se obtuvieron 2 unidades ambientales, la primera unidad identificada corresponde a una Pradera, unidad que domina el área estableciéndose como una matriz donde predominan especies como Cynodon dactylon y Oxalis sp. La segunda unidad ambiental corresponde a Arbóreo, la cual corresponde a un cordón arbóreo compuesto de especies de origen introducido como Pinus radiata, la cual ocupa la mayor cobertura. Destaca además la presencia de especies nativas en regeneración bajo el dosel, como Rhaphithamnus spinosus y Berberis darwinii. La flora vascular que se registró en el área de estudio fue caracterizada en términos de riqueza florística, origen geográfico y grado de conservación. Los resultados arrojan un total de 28 especies de plantas pertenecientes a 19 familias. De las especies registradas 18 corresponden a especies de origen exótico, y 9 especies corresponden a especies nativas. De acuerdo a la revisión de antecedentes y la normativa vigente, existen dos especies en el área del proyecto que se encuentran clasificadas en categoría de conservación, las que corresponden a Blechnum hastatum (D.S. N°19/2012 del MMA) y Drimys winteri (D.S. N°6/2017 del MMA), las cuales se encuentran en categoría de Preocupación Menor (LC). No obstante, dichas especies poseen una amplia distribución, lo cual indica que no están próximas a satisfacer los criterios de peligro. Por otro lado, se registró la presencia de Copihue (Lapageria rosea), la cual se encuentra protegida mediante D.S. N°129/1971 del MINAGRI, modificado por el D.S. N°121/1985 del MINAGRI, el que establece la prohibición en todo el territorio nacional de corta, arranque, transporte, tenencia y comercio de Copihue. Por lo que, con el fin de contribuir a la protección y conservación de la especie, se recomienda generar un Plan de Relocalización de Flora para la especie Lapageria rosea. El titular relocalizará las especies, cumpliendo con las exigencias necesarias para asegurar el éxito del plan, descartando así impactos sobre la especie. Para esto, se realizará previamente, una evaluación de las condiciones actuales de las plantas, identificando la distribución en el terreno, la cobertura que alcanza dentro de éste y definiendo el terreno para su relocalización, definiendo los plazos que aseguren el éxito de la relocalización, considerando que la época post floración sería adecuada para realizar estas actividades de rescate (meses de mayo- junio).
Finalmente, y considerando las condiciones generales del área de emplazamiento del proyecto, se concluye que el proyecto no genera efecto adverso significativo en el recurso estudiado.
En cuanto a la Fauna existente en el lugar, según el estudio correspondiente adjunto en el Anexo 9 de la DIA, fue posible determinar lo siguiente:
- Anfibios De acuerdo a los resultados obtenidos de la campaña de terreno realizada en
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junio de 2019, no se registraron especies pertenecientes a este grupo. Cabe indicar que en el área de emplazamiento solo se registró un área de acumulación de agua debido a la caída de agua lluvia reciente, no obstante, no fue posible el registro de anfibios. Sin embargo, dada la presencia de esta área de acumulación temporal, no es posible descartar su presencia. Adicionalmente, durante la campaña de muestreo que se llevó a cabo en noviembre de 2019 no hubo registros de este grupo de fauna.
-
Reptiles De acuerdo a los resultados obtenidos de la campaña de terreno realizada en junio y posteriormente en noviembre de 2019, no se registraron especies pertenecientes a este grupo. Sin embargo, no es posible descartar su presencia debido a la existencia de hábitats adecuados para su supervivencia en el terreno, correspondiente a la formación arbórea.
-
Mamíferos Durante el periodo de prospección y mediante la metodología de transectas lineales y método directos e indirectos, no se registró la presencia de especies nativas en el área de influencia del proyecto en las campañas de muestreo realizadas en junio y noviembre de 2019. Para este grupo, sólo fue posible el registro de perros domésticos y liebres. No obstante, debido a la cercanía con áreas urbanizadas, no se descarta la presencia de roedores.
-
Aves Durante las campañas de terreno realizadas en junio y noviembre de 2019 se determinó la presencia de aves, a las cuales se midieron los parámetros biológicos: riqueza, densidad y abundancia relativa a nivel de especie. En términos de riqueza (S), se determinó la presencia de 12 especies, de las cuales el 50% corresponde al orden Passeriforme. Cabe mencionar que, de las especies registradas, todas corresponden a especies de origen nativo. De acuerdo con las especies registradas en el área de influencia del proyecto, es posible indicar que dos de ellas se encuentra dentro en alguna categoría de conservación, las cuales son Theristicus melanopis (Bandurria) y Enicognathus leptorhynchus (Choroy). Theriticus leptorhynchus se encuentra en categoría Preocupación Menor (LC) en toda su distribución, de acuerdo al D.S. 6/2017 del MMA; y en estado Vulnerable entre la Región de Coquimbo y de Los Lagos de acuerdo al Reglamento de la Ley de Caza. La especie Enicognathus leptorhynchus se encuentra en la categoría Preocupación Menor (LC) en toda su distribución de acuerdo al D.S. 16/2016 del MMA; y en estado Vulnerable entre la Región del Biobío y la Región de Los Lagos de acuerdo al Reglamento de la Ley de Caza. Cabe indicar que, de acuerdo a la Ley de caza N°19.473, 10 de las especies registradas presentan algún criterio de protección, ya sea como especie beneficiosa para la actividad agropecuaria o como beneficiosas para la mantención del equilibrio de los ecosistemas. Sin perjuicio de lo anterior, es importante indicar que gran parte de las especies mencionadas presentan una amplia movilidad y se encuentran adaptadas a la influencia humana. Dado lo anterior, se informará a los trabajadores la existencia y características de las especies presentes, de manera de asegurar su bienestar y sobrevivencia evitando la destrucción de nidos y huevos u otro tipo de disturbio. Finalmente, y de acuerdo a los antecedentes presentados, a las características del área de emplazamiento y a la fauna presente, se puede establecer que el proyecto no genera efectos adversos significativos sobre el componente Fauna. c) La magnitud y duración del impacto del proyecto o actividad sobre el suelo, agua o aire en relación con la condición de línea de base.
- Suelo La construcción del proyecto inmobiliario intervendrá una superficie aproximada de 7,35 ha, donde se proyecta realizar escarpe de aproximadamente unos 15 cm de profundidad. Es del caso señalar que, el predio será rellenado en relación a su pendiente natural, para la nivelación del terreno y así, alcanzar las cotas de urbanización. De esta manera, la nivelación y relleno del área destinada al proyecto, se realizará según la topografía del terreno y sus respectivas cotas, en base a lo presentado en el plano de plataformas, adjunto en el Anexo 3 de la Adenda Complementaria. El área de emplazamiento del Proyecto se encuentra intervenida, por lo que la construcción y operación del proyecto no generará impacto sobre el suelo en
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relación a su condición basal. El proyecto no generará efecto adverso significativo en el recurso suelo, toda vez que el informe agrológico da cuenta de que el proyecto se emplazaría sobre un suelo clase IV con limitantes, es decir su intervención no es susceptible de considerarse como alteración significativa, atendido a que posee una capacidad limitada para sustentar biodiversidad.
Durante las faenas de construcción se realizará un manejo adecuado de los residuos a fin de proteger el suelo existente. Todos los residuos domiciliarios, no peligrosos y peligrosos serán debidamente almacenados y dispuestos en lugares autorizados, en cumplimiento con lo indicado por la normativa vigente aplicable.
-
Agua Durante la fase de construcción del presente proyecto, los residuos líquidos se descargarán a través del uso de baños químicos proporcionados por una empresa autorizada. Posteriormente, una vez realizada la conexión del sistema de alcantarillado para la instalación de faenas, los residuos líquidos serán descargados a través del sistema de Aguas Araucanía S.A. En el Anexo 2 de la DIA, se adjuntan las condiciones para la prestación de servicios sanitarios N°P- 2019-0023 y N°P-2019-0024 ambas de enero de 2019.
-
Aire En relación a las emisiones atmosféricas estas serán controladas en la fase de construcción con las medidas descritas en el punto 1.5.6 de la descripción del proyecto de la DIA y en el punto 4.6.4.1 del presente Informe. Las emisiones atmosféricas generadas durante la fase de operación corresponderán a las emisiones provenientes del sistema de calefacción a implementar por sus habitantes, el cual se considera en base a leña como la peor condición, el resultado de las emisiones se encuentra en el punto 4.7.5.1 del presente informe. En base a lo expuesto en el Anexo 13 de la DIA (Estudio de Emisiones Atmosféricas), es posible establecer que las emisiones estimadas no superan las concentraciones establecidas por las normas primarias de calidad ambiental. d) La superación de los valores de las concentraciones establecidos en las normas secundarias de calidad ambiental vigentes o el aumento o disminución significativos, según corresponda, de la concentración por sobre los límites establecidos en éstas. A falta de tales normas, se utilizarán como referencia las normas vigentes en los Estados que se señalan en el artículo 11 del Reglamento. En caso que no sea posible evaluar el efecto adverso de acuerdo a lo anterior, se considerará la magnitud y duración del efecto generado sobre la biota por el proyecto o actividad y su relación con la condición de línea de base. El D.S. N° 19 de fecha 27 de mayo de 2013 establece la Norma Secundaria de Calidad Ambiental para la Protección de las Aguas Continentales del Lago Villarrica. Así mismo, mediante D.S. N° 43 de fecha 19 de octubre de 2017 se declara zona saturada por clorofila “a”, transparencia y fósforo disuelto, a la cuenca del Lago Villarrica; sin embargo el área de emplazamiento del proyecto se encuentra fuera del polígono que declara la zona saturada mencionada anteriormente.
Respecto de las aguas servidas, el proyecto no descargará en ningún momento efluentes a cuerpos de agua superficial o subterráneos, toda vez que durante la fase de construcción las aguas servidas provenientes de la utilización de baños químicos serán manejadas y dispuestas por una empresa que cuente con sus respectivas autorizaciones sanitarias para el manejo de éstas. Al momento en que se produzca la conexión al sistema de alcantarillado particular de la Empresa Sanitaria Aguas Araucanía (parte de la etapa de construcción y durante toda la etapa de operación del proyecto), las aguas servidas serán vertidas al sistema público de alcantarillado. e) La diferencia entre los niveles estimados de ruido con proyecto o Debido a la inexistencia de una normativa nacional referida a los efectos del ruido en la fauna, se utiliza como referencia, que se requiere una exposición de al menos 40 días con niveles por sobre los 85 dB medidos en el oído del ave para
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actividad y el nivel de ruido de fondo representativo y característico del entorno donde se concentre fauna nativa asociada a hábitats de relevancia para su nidificación, reproducción o alimentación. producir efectos permanentes en el aparato auditivo de éstas. Por otro lado, niveles sobre 85 dB podrían producir trastornos en el comportamiento de aves silvestres, por ejemplo, migraciones a sectores con menos niveles de ruido. Para la evaluación se consideró el funcionamiento de los frentes de trabajo anteriormente descritos, bajo las mismas condiciones indicadas en la fase de construcción (peor condición), al interior del predio a intervenir. Esto se hizo con el fin de determinar el nivel de impacto sobre el ambiente acústico de la fauna residente en el sector en base al parámetro establecido por la EPA (85dB) (United States Environmental Protection Agency (EPA); “Effects of Noise on Wildlife and Other Animals”, 1971).
Mapa de ruido para evaluación de influencia sobre fauna.
Respecto de las estimaciones, los niveles de ruido estimados a 30 metros de distancia de los frentes de trabajo en las faenas de construcción no superan los 60 dB(A), descartando efectos a distancias mayores. Es importante considerara además que las especies identificadas a través del Estudio de Fauna, presentan una amplia movilidad, por lo que se descarta la generación de impactos significativos. f) El impacto generado por la utilización y/o manejo de productos químicos, residuos, así como cualesquiera otras sustancias que puedan afectar los recursos naturales renovables. Fase de construcción
Los residuos generados en la fase de construcción, serán debidamente almacenados.
Los residuos asimilables a domésticos generados por los trabajadores serán dispuestos en contenedores con tapa en la bodega de residuos domiciliarios, la que poseerá base impermeable, cierre perimetral y techo, evitando así el contacto de estos con el suelo y que se emitan malos olores. Además, su permanencia será acotada, ya que serán transportados de forma semanal a un sitio de disposición final autorizado, según lo dispuesto por el retiro municipal.
En cuanto a los residuos no peligrosos relativos a materiales excedentes como restos de hormigón, madera, despuntes metálicos, estos tendrán una permanencia acotada en patio de acopio, para luego ser dispuestos en sitio de disposición final con autorización sanitaria.
Los residuos peligrosos serán mantenidos temporalmente en contenedores herméticos con tapa, debidamente rotulados. Se ubicarán al interior de una bodega para la mantención transitoria de estos residuos, los cuales serán manejados según lo establecido en el Reglamento Sanitario sobre Manejo de Residuos Peligrosos D.S N° 148/2003, del MINSAL. Dichos residuos no se almacenarán por un periodo superior a 6 meses y serán dispuestos en un relleno de seguridad autorizado.
Los residuos líquidos corresponderán a aguas servidas producidas por el personal, correspondientes en primera instancia al uso de baños químicos, administrados por una empresa sanitaria autorizada; una vez realizada la conexión al sistema de alcantarillado estás aguas serán evacuadas a través del sistema de alcantarillado provisto por la empresa de servicios sanitarios Aguas
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Araucanía S.A., según las condiciones para prestación de servicios sanitarios N°P- 2019-0023 y N°P-2019-0024, adjuntas en el Anexo 2 de la DIA.
Fase de operación
Respecto a los residuos domiciliarios generados en fase de operación, estos corresponderán a las actividades diarias de los habitantes de las viviendas, los cuales serán retirados y trasladados a un sitio de disposición autorizado a través de la recolección municipal que se realizará estimando una frecuencia de 3 veces por semana (dependiendo del retiro municipal).
Los residuos líquidos que se generen durante la fase de operación del proyecto corresponderán a aguas servidas producto de las actividades diarias de los habitantes del conjunto habitacional, las cuales serán descargadas a través del sistema de alcantarillado provisto por la empresa sanitaria Aguas Araucanía S.A., según las condiciones para prestación de servicios sanitarios N°P-2019-0023 y N°P-2019-0024, adjuntas en el Anexo 2 de la DIA. g) El impacto generado por el volumen o caudal de recursos hídricos a intervenir o explotar, así como el generado por el transvase de una cuenca o subcuenca hidrográfica a otra, incluyendo el generado por ascenso o descenso de los niveles de aguas subterráneas y superficiales. La evaluación de dicho impacto deberá considerar siempre la magnitud de la alteración en: g.1. Cuerpos de aguas subterráneas que contienen aguas fósiles. g.2. Cuerpos o cursos de aguas en que se generen fluctuaciones de niveles. g.3. Vegas y/o bofedales que pudieren ser afectadas por el ascenso o descenso de los niveles de aguas. g.4. Áreas o zonas de humedales, estuarios y turberas que pudieren ser afectadas por el ascenso o descenso de los niveles de aguas subterráneas o superficiales. g.5. La superficie o volumen de un glaciar susceptible de modificarse. Dentro del área de influencia del proyecto no se han identificado cursos o cuerpos de aguas subterráneas que contengan aguas fósiles, recursos hídricos de cuerpos o cursos de aguas en que se generen fluctuaciones de niveles, vegas o bofedales, zonas de humedales, estuarios o turberas, o glaciares.
g.1. Cuerpos de aguas subterráneas que contienen aguas fósiles. El presente Proyecto no contempla intervenir o explotar cursos o cuerpos de aguas subterráneas que contengan aguas fósiles.
g.2. Cuerpos o cursos de aguas en que se generen fluctuaciones de niveles. Este Proyecto no contempla intervenir o extraer recursos hídricos de cuerpos o cursos de aguas en que se generen fluctuaciones de niveles.
g.3. Vegas y/o bofedales que pudieren ser afectadas por el ascenso o descenso de los niveles de aguas. No se contempla en este Proyecto intervenir o explotar vegas y/o bofedales.
g.4. Áreas o zonas de humedales, estuarios y turberas que pudieren ser afectadas por el ascenso o descenso de los niveles de aguas subterráneas o superficiales. Este Proyecto no contempla intervenir o explota áreas o zonas de humedales, estuarios o turberas.
g.5. La superficie o volumen de un glaciar susceptible de modificarse. No se contempla intervenir o explotar glaciares en el presente Proyecto. h) Los impactos que pueda generar la introducción de especies exóticas al territorio nacional o en áreas, zonas o ecosistemas determinados. El proyecto Jardín Floresta IV y V no contempla la introducción de especies exóticas de ningún tipo al territorio nacional, o en áreas, zonas o ecosistema alguno. Conclusión: El proyecto no genera un efecto adverso significativo sobre la cantidad y calidad de los recursos
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naturales renovables, incluidos el suelo, agua y aire. El emplazamiento de las partes, obras o acciones del proyecto; o sus emisiones, efluentes o residuos, no afectará la permanencia de los recursos naturales renovables, asociada a su disponibilidad, utilización y aprovechamiento racional futuro. No existen en el área de emplazamiento del proyecto recursos propios del país que sean escasos, únicos o representativos únicamente del sector donde se desarrolla el mismo.
5.3. Sobre la inexistencia de reasentamiento de comunidades humanas o alteración significativa de los sistemas de vida y costumbres de grupos humanos Impacto ambiental Obstrucción o restricción a la libre circulación, conectividad o el aumento significativo de los tiempos de desplazamiento. Existencia de grupos humanos en el área de influencia De acuerdo a catastro actualizado de CONADI y a la prospección realizada en terreno y su área de influencia, no se observa registro de comunidades indígenas, asociaciones indígenas, áreas de desarrollo indígena o títulos de merced. Reasentamiento de comunidades humanas El proyecto no genera reasentamiento de comunidades humanas, ya que el predio es particular, y las comunidades son registradas en los alrededores, además no es identificado en las cercanías, algún grupo perteneciente a alguna etnia o personas que requiera utilizar recursos naturales como sustento, medicinal o de culto, respaldado por catastro actualizado de CONADI. Los siguientes antecedentes justifican que el proyecto o actividad no genera o presenta alteración significativa de los sistemas de vida y costumbres de grupos humanos, en consideración a lo dispuesto en el artículo 7 del Reglamento del SEIA: a) La intervención, uso o restricción al acceso de los recursos naturales utilizados como sustento económico del grupo o para cualquier otro uso tradicional, tales como uso medicinal, espiritual o cultural. El Proyecto no interviene, usa o restringe el acceso de los recursos naturales utilizados como sustento económico del grupo o para cualquier otro uso tradicional, tales como uso medicinal, espiritual o cultural. Lo anterior se justifica debido a que no se identificaron recursos naturales que fuesen empleados por la población perteneciente al área de influencia del proyecto, en actividades formales e informales de subsistencia de recursos naturales. De mismo modo, no se percibieron prácticas culturales o económicas desarrolladas por la población que refirieran a utilización de recursos naturales. Tampoco se identificaron áreas verdes con fines recreacionales y/o turísticos. Adicionalmente no se restringe el acceso a cursos de agua utilizados con fines recreacionales, debido a que éstos no existen en el área de influencia del proyecto. De acuerdo a la caracterización del tipo de actividad económica desarrollada por los habitantes del área de estudio del Proyecto “Jardín Floresta IV y V”, las principales ramas de actividad económica identificadas es el sector comercial, en el cual, existen negocios asociados a comercio al por menor y servicios, entre los que destacan almacenes, ferreterías, servicio automotriz y locales de comida rápida, no siendo actividades que se relacionen directamente con la utilización de recursos naturales de la manera en que el Art. 7 del RSEIA se refiere. Lo anterior se sustenta en que el área de emplazamiento del proyecto se encuentra colindante al área urbana de la ciudad de Villarrica. b) La obstrucción o restricción a la libre circulación, conectividad o el aumento significativo de los tiempos de desplazamiento. Jardín Floresta IV y V se plantea como un proyecto que se acogerá al Subsidio D.S. N°19 “de Integración Social y Territorial” del Ministerio de Vivienda y Urbanismo, cuya postulación se encuentra en curso en el SERVIU de la Región de La Araucanía. De esta manera, el proyecto debe cumplir con las exigencias de este Decreto del MINVU, por ejemplo, el proyecto cumple con ubicarse a una distancia de tránsito peatonal no mayor a 500 m, respecto de la vía más cercana por la cual circula un sistema de transporte público.
Considerando la situación base del proyecto, se destaca la construcción del refugio peatonal, ubicado en la rotonda entre calle San Francisco y Jardín de Amapolas, donde a partir de esta rotonda, se realiza el ingreso hacia el proyecto Jardín Floresta IV y V.
Se debe considerara además que el proyecto aledaño Jardín Floresta III, se encontrará completamente construido y operativo, una vez se dé inicio a la fase de construcción del proyecto en evaluación, asegurando la futura conexión de éste último a la vialidad existente.
Durante la evaluación ambiental, se descartó la apertura de la vía José Miguel Carrera, debido a que no es posible considerarla y ejecutarla como una solución al transporte público, por ser un terreno particular que no pertenece al titular
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del presente proyecto y por presentar un pendiente mayor a la recomendada por Manual de Vialidad Urbana que define Recomendaciones para el Diseño de Elementos de Infraestructura Vial Urbana (REDEVU). La solución vial durante la fase de operación del proyecto utilizarán parte de la ruta utilizada en fase de construcción, las rutas identificadas son las siguientes:
Ingreso al proyecto: - Ruta 1: Desde el Sur: Colo-Colo/Ruta S-95-T – San Francisco – Jardín de Amapolas – Jardín de Calas, Jardín de Dalias, o Jardín de Jacintos – Proyecto. - Ruta 2: Desde el Norte: Colo-Colo/Ruta S-95-T o Los Acacios o Av. José Miguel Carrera – San Francisco – Jardín de Amapolas – Jardín de Calas, Jardín de Dalias, o Jardín de Jacinta – Proyecto. - Ruta 3: Desde el Oriente: San Francisco – Jardín de Amapolas – Jardín de Calas, Jardín de Dalias, o Jardín de Jacintos – Proyecto. - Ruta 4: Desde el Poniente: San Francisco – Jardín de Amapolas – Jardín de Calas, Jardín de Dalias, o Jardín de Jacintos – Proyecto.
Egreso del proyecto: - Ruta 1: Hacia el Sur: Proyecto – Jardín de Calas, Jardín de Dalias, o Jardín de Jacintos – San Francisco –Colo-Colo/Ruta S-95-T – Destino. - Ruta 2: Hacia el Norte: Proyecto – Jardín de Calas, o Jardín de Dalias, o Jardín de Jacintos – San Francisco –Colo-Colo/Ruta S-95-T, o Los Acacios, o Av. José Miguel Carrera – Destino. - Ruta 3: Hacia el Oriente: Proyecto – Jardín de Calas, Jardín de Dalias, o Jardín de Jacintos – San Francisco – Destino. - Ruta 4: Hacia el Poniente: Proyecto – Jardín de Calas, Jardín de Dalias, o Jardín de Jacintos – San Francisco – Destino.
Accesibilidad del transporte público Existen servicios de Transporte Público en el área de influencia los que corresponden a las Línea urbanas: 3A, 3B, 4A y 4B, y la Línea N° 2 de taxis colectivos. A continuación, se describe las principales calles por las que transita cada ruta de transporte público: - Ruta 3A: Ruta S95-T, Juan Antonio Ríos y Aviador Acevedo. - Ruta 4A: Ruta S95-T y Colo Colo. - Ruta 4B: Ruta S95-T, Juan Antonio Ríos y Pedro Montt. - Ruta 3B: Gaspar Marín, Los Notros, Los Olivos, José Miguel Carrera, San Pablo, San José, San Francisco, San Pedro, San Mateo y Ruta S95-T.
El proyecto incorporación de 3 bahías para la detención del transporte público, refugio peatonal, demarcación y señalización de “Parada”, entregando la infraestructura necesaria para que en el futuro las rutas de transporte público se expandan y circulen dentro del proyecto Jardín Floresta IV y V.
En la siguiente tabla se presentan los flujos del escenario base más los flujos del proyecto.
Flujos escenario base para la etapa de operación del proyecto, proyectados y capacidad de las vías.
Ruta / Movimiento Flujo escenario base (Veq/h) Flujo proyecto Jardín Floresta IV- V (Veq/h) Flujo proyecto Jardín Floresta III (Veq/h) Fluyo proyectado total (Veq/h) Capacida d vía (Veq/h) Grados de saturación vial con proyecto Colo- Colo/Ruta S-95-T (Norte a Sur) 687 275 62 1024 1.600 64 % Colo- Colo/Ruta S-95-T (Sur a Norte ) 627 275 62 964 1.600 60,25%
Como es posible observar en la tabla anterior, los flujos proyectados que consideran la situación base (flujos actuales sin proyecto) más el flujo del
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Proyecto, es posible establecer que el flujo proyectado es de 1024 Veq/h y 964 Veq/h (por movimiento) lo que corresponde a 64% y 60,25 % respectivamente de la capacidad de las vías en análisis (1.600 Veq/h), por lo que, se descarta un aumento significativo en los tiempos de desplazamiento y obstrucción o libre circulación de los habitantes del sector, en consideración que según REDEVU cuando un 80% de la capacidad de la vía se encuentra en uso, se considera como saturada. Es necesario señalar, que se ha considerado el peor escenario, es decir, que la totalidad de los vehículos que aporta el proyecto Jardín Floresta IV y V y Jardín Floresta III toman la ruta S-95-T en un sentido (una vía), es decir 337 vehículos.
En base a lo anterior se descarta la alteración significativa de los sistemas de vida de los habitantes del sector, en especial en la obstrucción o restricción a la libre circulación, conectividad o el aumento significativo de los tiempos de desplazamiento, según lo establecido en el literal b del artículo 7, del título II del D.S. N°40/2012 del Ministerio del Medio Ambiente, descartando a su vez que el Proyecto deba Realizar un Estudio de Impacto Ambiental para su ejecución. c) La alteración al acceso o a la calidad de bienes, equipamientos, servicios o infraestructura básica. La comuna de Villarrica cuenta con treinta y dos establecimientos educacionales, catorce de ellos corresponden a Salas Cunas y Jardines Infantiles Vía Transferencia de Fondos, en adelante V.T.F., quince a Educación Básica, un Liceo Científico Humanista y uno Técnico Profesional, uno de Educación de Adultos y una Escuela Especial. En la siguiente imagen se presentan los servicios de infraestructura básica correspondientes a educación. Para el cálculo respecto del acceso a la educación se aclara que, para evaluar este componente, se consideraron los siguientes indicadores en base a los datos aportados por el censo de población y vivienda 2017 (INE, 2017): Indicadores variable hogar Cantidad de hogares 28.635 Viviendas con más de 1 hogar 2% Promedio de personas por hogar 2.9
Dentro de un análisis conservador se considera que un 20,6 % del total de la población comunal se encuentra en edad escolar. Respecto al promedio de personas por hogar, en la comuna de Villarrica, corresponde 2.9 personas. El proyecto contempla la construcción de 271 viviendas, las que aproximadamente albergarán a 813 personas (considerando el promedio comunal de personas por hogar). De acuerdo a esto, la cantidad proyectada de personas en edad escolar equivale a 171 habitantes (considerando el porcentaje de población en edad escolar). La capacidad de matrícula de los establecimientos educacionales cercanos al área del Proyecto corresponde a 640, por lo que estaría garantizado en un 100% el acceso a educación en establecimientos cercanos al área de influencia. A continuación, se presentas los establecimientos educacionales considerados en el análisis, así como el número de matrículas disponibles por nivel educacional.
Establecimiento Alumnos Matriculados (2018) Pre- Kinder Kinder 1° Básico 7° Básico 1° Medio Total Oferta Matrículas Liceo Politécnico Villarrica 606 - - - - - 240 Colegio Juan XXIII 307 - - - - - 30 Colegio Saint Matthew 639 - - - - - 50 Colegio Alberto Hurtado 1281 - - - - - 100 Liceo Alexander Graham Bell 554 - - - - - 30 Colegio Adventista 523 - - - - - 45 Colegio De Humanidades 1045 - - - - - 110
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Colegio Altas Cumbres 105 - - - - - 10 Colegio Santa Cruz Villarrica 807 - - - - - 25 Total oferta de matrículas año 2019 5.867 - - - - 640
Respecto de los establecimientos de salud, el proyecto se conectará a la trama urbana de la ciudad de Villarrica, por lo que utilizará aquellos cercanos al emplazamiento del proyecto. d) La dificultad o impedimento para el ejercicio o la manifestación de tradiciones, cultura o intereses comunitarios, que puedan afectar los sentimientos de arraigo o la cohesión social del grupo. En el caso de organizaciones sociales, no se identificaron actividades ni infraestructura comunitaria que pudiesen verse afectadas por las actividades consideradas por el proyecto. En relación a la posible afectación de comunidades indígenas, según el sistema de información territorial indígena, el cual permite acceder a la ubicación de comunidades indígenas, títulos de merced y áreas de desarrollo indígena, no se visualizan comunidades ni áreas de desarrollo indígena en el área de influencia del medio humano. Para los grupos humanos pertenecientes a pueblos indígenas, además de las circunstancias señaladas precedentemente, se considerará la duración y/o magnitud de la alteración en sus formas de organización social particular. De acuerdo al sistema de información territorial indígena, el cual permite acceder a la ubicación de comunidades indígenas, títulos de merced y áreas de desarrollo indígena, no se visualizan comunidades ni áreas de desarrollo indígena en el área de influencia del medio humano. Conclusión: A partir de la información entregada y el análisis realizado, no se prevén alteraciones o impactos significativos en los grupos humanos o comunidades como consecuencia de la habilitación del Proyecto. El Proyecto no generará reasentamiento de comunidades humanas o la alteración significativa de los sistemas de vida y costumbres de grupos humanos, pues no contempla actividades y obras que interfieran con el desplazamiento. Por otro lado, la materialización del proyecto no generará traslado y/o reubicación de grupos humanos.
5.4. Sobre la inexistencia de localización en o próxima a poblaciones, recursos y áreas protegidas, sitios prioritarios para la conservación, humedales protegidos y glaciares, susceptibles de ser afectados, así como el valor ambiental del territorio en que se pretende emplazar Impacto ambiental Posible afectación sobre áreas protegidas, poblaciones protegidas, glaciares, humedales protegidos, sitios prioritarios para la conservación por emplazamiento del proyecto. Existencia de poblaciones protegidas Según los antecedentes de la DIA no se identificó la presencia de comunidades indígenas o la práctica en el área de influencia del proyecto, de expresiones culturales propias de los pueblos indígenas reconocidos en la Ley Indígena, por lo que en relación al área de influencia del proyecto, no se ubica cercano a poblaciones protegidas. Existencia de recursos y áreas protegidas, sitios prioritarios para la conservación, humedales protegidos, glaciares y zona con valor ambiental El proyecto no provoca afectaciones sobre recursos y áreas protegidas, sitios prioritarios para la conservación, humedales protegidos y glaciares, así como tampoco afecta el valor ambiental del territorio en que se emplazara, debido a que en el área de influencia del proyecto no se encuentran estos componentes ambientales. Los siguientes antecedentes justifican que el proyecto o actividad no se localización en o próxima a poblaciones, recursos y áreas protegidas, sitios prioritarios para la conservación, humedales protegidos y glaciares, susceptibles de ser afectados, así como el valor ambiental del territorio en que se pretende emplazar, en consideración a lo dispuesto en el artículo 8 del Reglamento del SEIA. Susceptibilidad de afectar poblaciones protegidas, considerando la extensión, magnitud o duración de la intervención en áreas donde ellas habitan. En relación a la posible afectación de comunidades indígenas, el sistema de información territorial indígena, el cual permite acceder a la ubicación de comunidades indígenas, títulos de merced y áreas de desarrollo indígena, no indica la presencia de comunidades ni áreas de desarrollo indígena en el área de influencia del medio humano.
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Susceptibilidad de afectar recursos y áreas protegidas, sitios prioritarios para la conservación, humedales protegidos, glaciares o territorios con valor ambiental, se considerará la extensión, magnitud o duración de la intervención de sus partes, obras o acciones, así como de los impactos generados por el proyecto o actividad, teniendo en especial consideración los objetos de protección que se pretenden resguardar. La zona de emplazamiento del Proyecto, corresponde a un área que presenta intervención antrópica y en un predio particular ubicado fuera del límite urbano de la comuna de Villarrica, según el Certificado de Ruralidad N° 2555/2018 otorgado por la Dirección de Obras de la Ilustre Municipalidad de Villarrica, el cual se adjunta en Anexo 2 de la DIA. El proyecto se encuentra en un área declarada como Zona de Interés Turístico (ZOIT) según Decreto 389/2017 del Ministerio de Economía, Fomento y Turismo, este menciona el alto valor turístico que posee la zona buscando potenciarla; identifica las condiciones especiales para el desarrollo de la actividad turística, mencionando las principales actividades que se pueden desarrollar en la zona, destacando los productos asociados a la cultura mapuche, la cual otorga un sello distintivo; se destaca la conectividad estratégica por medio de la Ruta Interlagos y se afirma la entrega de valor a la biodiversidad y la sostenibilidad de los recursos, pero no recalca la necesidad de conservación o preservación de estos componentes ambientales. El Plan de Acción de la ZOIT Araucanía Lacustre identifica como condiciones especiales para la atracción turística, las actividades de trekking, ski y termas asociadas a Volcanes, Turismo de naturaleza en Parques Nacionales, las actividades recreativas y deportivas asociadas a lagos y ríos y productos turísticos asociados a la cultura Mapuche, la cual ha conservado su identidad, costumbres y creencias y otorga a la zona un sello distintivo; objetos de protección que no se identifican en el área de influencia del proyecto.
Se identifican 3 áreas protegidas pertenecientes al SNASPE, las que corresponden a: el Parque Nacional Villarrica, Parque Nacional Huerquehue y Reserva Forestal Villarrica, sin embargo, se encuentran a una distancia aproximada del proyecto de 23,1; 45,7 y 25,9 Km respectivamente.
Consultor: Carta: Escala: Simbología UBICACIÓN DEL PROYECTO EN RELACIÓN A ZONAS PROTEGIDAS 1:100.000
Proyecto Jardín Floresta IV y V PN Villarica RF Villarica PN Huerquehue Proyección: WGS 84 UTM H19S En el área de influencia del proyecto no se identifican elementos que otorguen valor ambiental al territorio, toda vez que corresponde a un área intervenida, colindante al área urbana de la ciudad de Villarrica, ni presta servicios ecosistémicos locales. Por otro lado se debe considerar que al interior de ésta no existen objetos de protección y/o recursos naturales de características de unicidad, escasez o representatividad Conclusión: El Proyecto no se localiza en o próximo a recursos y áreas protegidas para la conservación, humedales protegidos y glaciares, o territorios con valor ambiental, en función del área donde se pretende instalar o de su área de influencia. Por lo tanto, no es susceptible de afectar objetos de protección.
5.5. Sobre la inexistencia de alteración significativa, en términos de magnitud o duración, del valor paisajístico o turístico de una zona Impacto ambiental Posible alteración al valor paisajístico y turístico existente en el área de influencia. Existencia de valor turístico La zona donde se emplazará el proyecto no posee valor turístico.
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Existencia de valor paisajístico La zona donde se emplazará el proyecto no posee valor paisajístico. Los siguientes antecedentes justifican que el proyecto o actividad no genera o presenta alteración significativa del valor paisajístico o turístico de una zona, en consideración a lo dispuesto en el artículo 9 del Reglamento del SEIA: a) La duración o la magnitud en que se obstruye la visibilidad a una zona con valor paisajístico. Se evalúa la fragilidad visual del paisaje en el proyecto, específicamente lo relacionado con la accesibilidad visual que tienen al área los potenciales observadores que transitan por los caminos aledaños al proyecto. Debido a esto, los caminos son considerados como los sectores con mayor concentración de observadores, de este modo, el análisis permite dimensionar la vulnerabilidad visual del sector y del conjunto. Esta vulnerabilidad visual, estará relacionada al acceso visual que puedan tener los observadores a los sectores en donde se implementarán las obras del proyecto. A partir de lo anterior, y considerando que se determinó un punto de observación susceptible a un alto flujo de observadores, es que no existe visibilidad recíproca entre varios puntos de observación expuestos a una alta visibilidad del proyecto, por lo que se ha determinado la intervisibilidad y Área de Influencia del proyecto como la cuenca visual del punto PO1.
La presencia de vegetación y construcciones en diversos sectores puede disminuir las áreas visibles dentro del Área de Influencia del proyecto, lo cual permitiría disminuir un potencial impacto generado por el proyecto. Por lo tanto, es posible indicar que el área de influencia del proyecto se estableció en base al escenario con mayor visibilidad.
La caracterización visual de las unidades de paisaje se realizó mediante la descripción de las características visuales básicas del área de influencia, las cuales corresponden principalmente a líneas, formas, color, etc., de acuerdo a su extensión y aspectos fisonómicos más representativos.
Las unidades de paisaje (UP) corresponden a macrounidades o sectores paisajísticamente homogéneos que presentan similitudes respecto del tipo de respuesta visual ante posibles acciones antrópicas. La definición de las unidades de paisaje se realizó en base a la composición de los diferentes tipos de cobertura vegetal presentes en el área de estudio del proyecto. A partir de lo anterior, se identificó 3 unidades de Paisajes (UP) en el área del proyecto, cuyas características se encuentran determinadas por las características naturales del territorio, del relieve y del uso del suelo.
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Unidades paisajísticas CÓDIGO NOMBRE ESPECIFICACIONES UP-1 Pradera Praderas de uso agrícola y/o ganadero en desuso, típicas del paisaje rural de la zona sur del país. UP-2 Arbóreo Áreas cubiertas de vegetación arbórea de vegetación mixta. UP-3 Urbano Áreas urbanas donde domina el uso habitacional. Corresponde al área de expansión urbana de la ciudad de Villarrica.
Calidad Visual de las Unidades de Paisaje según atributos biofísicos Atributo Biofísico Calidad visual UP-1 UP-2 UP-3 Relieve Baja Media Baja Suelo Media Alta Media Agua - - - Vegetación Baja Media Baja Fauna Media Alta Media Nieve - - -
Calidad Visual de las Unidades de Paisaje según atributos estéticos Atributo Estéticos Calidad visual UP-1 UP-2 UP-3 Forma Baja Media Baja Color Baja Baja Baja Textura Baja Media Baja
Calidad Visual de las Unidades de Paisaje según atributos estructurales Atributo Estructural Calidad visual UP-1 UP-2 UP-3 Forma Baja Media Baja Diversidad Paisajística Baja Baja Baja
Según la valoración respecto de las unidades de paisaje identificadas en el área de influencia, se concluye que el paisaje es de baja a media calidad visual dada su baja naturalidad paisajística, lo cual se debe a que corresponde a un área intervenida, donde se modificó la vegetación natural por áreas extensas de uso agrícola, forestal y uso urbano.
En base a lo anterior es posible establecer que el proyecto no genera una obstrucción a la visibilidad de zonas con valor paisajístico. b) La duración o la magnitud en que se alteren atributos de una zona con valor paisajístico. El área donde se emplazará el proyecto, corresponde a un recinto privado y su entorno se caracteriza con un gran desarrollo inmobiliario dentro de la comuna y corresponde a un área antrópicamente intervenida, aledaña a predios particulares. Además, es posible destacar que no hay presencia de un desarrollo de actividad turística, por lo que su ejecución no altera; de acuerdo a su magnitud y extensión, atributos que favorezcan o mantengan el desarrollo de actividades turísticas. El Proyecto no altera atributos de alguna zona con valor paisajístico o turístico, puesto que en su área de influencia no se localizan zonas con valor paisajístico o turístico existentes en la comuna. El área de emplazamiento del proyecto se encuentra en la Zona de Interés Turístico “Araucanía Lacustre”. Sin embargo, según la valoración respecto de las unidades de paisaje identificadas en el área de influencia, se concluye que el paisaje es de baja a media calidad visual dada su baja naturalidad paisajística, lo cual se debe a que corresponde a un área intervenida, donde se modificó la vegetación natural por áreas extensas de uso agrícola, forestal y uso urbano; mientras que las áreas naturales existentes se encuentran confinadas a lugares específicos. Durante las visitas a terreno en junio y noviembre de 2019 no se registraron cambios en los patrones del paisaje provocados por la estacionalidad climática. El presente proyecto de acuerdo a los antecedentes y artículos anteriormente expuestos, no generará una alteración significativa, en términos de magnitud o
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duración, del valor paisajístico o turístico de una zona. Respecto a la presencia de pueblos indígenas, se aclara, que se ubican dos comunidades inscritas fuera del área de influencia de medio humano para el presente proyecto y no se identificó el desarrollo de actividades de tipo cultural o tradicional. Es necesario aclarar que, tanto en las fases constructivas como operativas que contempla el proyecto, este no afectará ni alterará de forma significativa a este grupo humano, ya que el proyecto no considera tránsito de flujos viales de ningún tipo por el área donde habitan las familias pertenecientes a dichas comunidades; tampoco contempla el uso de recursos naturales o simbólicos, ni espacios de valor cultural, ritual, o tradicional ni intervención alguna en el sector ya mencionado. Además, no existen conexiones viales directas entre el lugar donde se ejecutará el proyecto y las vías de acceso a las comunidades que pudiesen originar conflicto o afectación. La duración o magnitud en que se obstruya el acceso o se alteren zonas con valor turístico. El proyecto no obstruye o altera zonas con valor turístico, ya que en su área de influencia no existen atractivos que pudieran potenciar el desarrollo de actividades turísticas, lo anterior basado en el plan de acción de la ZOIT Araucanía Lacustre. Conclusión: La ejecución del proyecto no implicará una obstrucción de la visibilidad de un área con valor o alteración a algún atributo que otorgue una connotación única o diferenciadora del paisaje; además, no alterará una zona con valor turístico.
5.6. Sobre la inexistencia de alteración de monumentos, sitios con valor antropológico, arqueológico, histórico y, en general, los pertenecientes al patrimonio cultural Impacto ambiental Posible alteración del patrimonio arqueológico. Existencia de monumentos sitios con valor antropológico, arqueológico, histórico y, en general, los pertenecientes al patrimonio cultural. La revisión bibliográfica da cuenta de la existencia de sitios arqueológicos y hallazgos aislados a una distancia aproximada de 2,25 km del área de influencia del proyecto. Los siguientes antecedentes justifican que el proyecto o actividad no genera o presenta alteración de monumentos, sitios con valor antropológico, arqueológico, histórico, y en general, los pertenecientes al patrimonio cultural, en consideración a lo dispuesto en el artículo 10 del Reglamento del SEIA: a) La magnitud en que se remueva, destruya, excave, traslade, deteriore, intervenga o se modifique en forma permanente algún Monumento Nacional de aquellos definidos por la Ley N°17.288. De acuerdo a la prospección realizada en terreno, se determinó que, en términos generales, la visibilidad es baja (<25%) debido a la presencia de vegetación en toda el área de influencia (AI) del proyecto. La accesibilidad es buena. En función a lo anterior, en la prospección arqueológica al AI del proyecto Jardín Floresta IV y V, no se encontraron vestigios materiales de interés que constituyan patrimonio arqueológico (i.e. restos cerámicos, líticos, óseos, etc.). Sin embargo, en general la visibilidad del AI es baja debido a la presencia de vegetación, la baja visibilidad afecta directamente la obstrusividad de los posibles hallazgos y también influye directamente en la localización de vestigios patrimoniales. Respecto a la remoción de tierras, se aclara que solo se realizarán actividades de escarpe superficial del terreno natural, dado que el predio será rellenado en relación a su pendiente natural, para la nivelación del terreno y así, alcanzar las cotas de urbanización. De esta manera, la nivelación y relleno del área destinada al proyecto, se realizará según la topografía del terreno y sus respectivas cotas, en base a lo presentado en el plano de plataformas, adjunto en el Anexo 3 de la Adenda Complementaria. No obstante, lo anterior, en caso de efectuarse hallazgos de valor patrimonial (restos óseos, culturales o eco-factuales) durante las faenas que impliquen remoción del subsuelo, deberá procederse según lo establecido en los artículos N° 26 y 27 de la Ley de Monumentos Nacionales y los artículos N° 20 y 23 del Reglamento de la Ley Nº 17.288, sobre excavaciones y/o prospecciones arqueológicas, antropológicas y paleontológicas. Ante esta situación, se deberá paralizar la obra en el sector afectado e informar a la brevedad al Consejo de Monumentos Nacionales, entidad encargada de dictaminar los diferentes procedimientos afines a la legislación vigente. Adicionalmente, se señala que previo al inicio de las actividades de escarpe, se realizarán charlas arqueológicas a todo el personal, por lo que todo personal contará con los conocimientos básicos para notificar al arqueólogo/a y las autoridades competentes, en caso de que se produzca algún hallazgo.
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Durante la etapa de construcción se realizará monitoreo arqueológico una vez a la semana, es decir, el último día hábil de cada semana, durante las actividades de escarpe y del material de escarpe acumulado durante la semana. Adicionalmente, se realizará una prospección visual previa del terreno, definiendo un área en conjunto con obras, que se escarpará durante la semana próxima. De acuerdo a lo anterior, es preciso indicar que las actividades descritas, serán coordinadas con anticipación y efectuadas en terreno por un arqueólogo/a. Las actividades de escarpe, se estima realizar por un periodo máximo de 4 meses para la fase constructiva 1 (Jardín Floresta IV), mientras que, para la fase constructiva 2 (Jardín Floresta V), se estima un periodo máximo de 3 meses. Además, se hace el alcance que el material de escarpe removido durante las semanas indicadas, se acopiará paulatinamente, para posteriormente transportar a un sitio final autorizado, previo al monitoreo indicado en el párrafo anterior.
De acuerdo a lo señalado, el Proyecto no afectará la magnitud en que se remueva, destruya, excave, traslade, deteriore, intervenga o se modifique en forma permanente algún Monumento Nacional de aquellos definidos por la Ley N° 17.288, dado que en el área de estudio no se identificó la presencia de algún monumento nacional. b) La magnitud en que se modifique o deteriore en forma permanente construcciones, lugares o sitios que por sus características constructivas, por su antigüedad, por su valor científico, por su contexto histórico o por su singularidad, pertenecen al patrimonio cultural, incluido el patrimonio cultural indígena. Respecto a la remoción de tierras, se aclara que solo se realizarán actividades de escarpe superficial del terreno natural, dado que el predio será rellenado en relación a su pendiente natural, para la nivelación del terreno y así, alcanzar las cotas de urbanización. De esta manera, la nivelación y relleno del área destinada al proyecto, se realizará según la topografía del terreno y sus respectivas cotas, en base a lo presentado en el plano de plataformas, adjunto en el Anexo 3 de la Adenda Complementaria. Con la finalidad de establecer una frecuencia y duración de monitoreo arqueológico, se considera la revisión bibliográfica y los Estudios efectuados en el área, que dan cuenta de la existencia de sitios arqueológicos y hallazgos aislados a una distancia aproximada de 2,25 km del Área de Influencia del proyecto, sumado a la constante actividad agrícola a la cual ha sido objeto el predio por los anteriores propietarios, escenario que disminuye la posibilidad de tener hallazgos arqueológicos en el área de emplazamiento del proyecto Jardín Floresta IV y V. Los sitios arqueológicos y hallazgos aislados encontrados en bibliografía, según lo señalado en el estudio de arqueología, adjunto en el Anexo 10 de la DIA. Según lo anteriormente señalado, se propone realizar el monitoreo arqueológico una vez a la semana, es decir, definir el último día hábil de cada semana, durante las actividades de escarpe y del material de escarpe acumulado durante la semana. Adicionalmente, se realizará una prospección visual previa del terreno, definiendo un área en conjunto con obras, que se escarpará durante la semana próxima. De acuerdo a lo anterior, es preciso indicar que las actividades descritas, serán coordinadas con anticipación y efectuadas en terreno por un arqueólogo/a. Las actividades de escarpe, se estima realizar por un periodo máximo de 4 meses para la fase constructiva 1 (Jardín Floresta IV), mientras que, para la fase constructiva 2 (Jardín Floresta V), se estima un periodo máximo de 3 meses. Además, se hace el alcance que el material de escarpe removido durante las semanas indicadas, se acopiará paulatinamente, para posteriormente transportar a un sitio final autorizado, previo al monitoreo indicado en el párrafo anterior. Lo anterior, se detalla en los siguientes cronogramas:
Cronograma de actividades en Jardín Floresta IV (fase 1). Actividad 1 2 3 4 5 6 7 8 9 10 11 12 13 14 15 16 17 18 19 20 21 Instalación de faenas
Escarpe
Movimiento de tierras (rellenos)
Obras de urbanización
Obra gruesa
Instalaciones
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Terminaciones
Obra gruesa
Cronograma de actividades en Jardín Floresta V (fase 2). Actividad 1 2 3 4 5 6 7 8 9 10 11 12 13 14 15 16 17 18 19 20 21 22 23 24 Escarpe
Movimiento de tierras (rellenos)
Obras de urbanización
Obra gruesa
Instalaciones
Terminaciones
Obra gruesa
Es importante señalar que los tiempos de las actividades expuestas en el cronograma anterior, son estimados y pueden sufrir variaciones, por lo tanto, se notificará a la Superintendencia de Medio Ambiente el término de la ejecución de la actividad de escarpe, de ambas fases constructivas, con el envío de un informe de las actividades realizadas (monitoreo e inspección visual) y la correspondiente documentación fotográfica, que se encontrará disponible en la oficina de instalación de faenas cuando la autoridad lo requiera. En síntesis, se propone que el monitoreo arqueológico sea realizado por un arqueólogo/a una vez a la semana, definiendo el último día hábil de cada semana, solo durante las actividades de escarpe propiamente tal, y del material de escarpe acumulado durante la semana, lo que se complementa con la prospección visual previa del área de terreno que se escarpará durante la semana próxima. Lo anterior, en consideración a que posteriormente el terreno será rellenado en relación a su pendiente natural, para la nivelación del terreno y así, alcanzar las cotas de urbanización, por lo que se descarta que existirán movimientos de tierra (excavaciones) en el suelo natural, donde existe la posibilidad de encontrar hallazgos arqueológicos.
Adicionalmente, se señala que previo al inicio de las actividades de escarpe, se realizarán charlas arqueológicas a todo el personal, por lo que todo personal contará con los conocimientos básicos para notificar al arqueólogo/a y las autoridades competentes, en caso de que se produzca algún hallazgo c) La afectación a lugares o sitios en que se lleven a cabo manifestaciones propias de la cultura o folclore de algún pueblo, comunidad o grupo humano, derivada de la proximidad y naturaleza de las partes, obras y/o acciones del proyecto o actividad, considerando especialmente a los grupos humanos indígenas. El Proyecto no interviene, usa o restringe el acceso de los recursos naturales utilizados como sustento económico del grupo o para cualquier otro uso tradicional, tales como uso medicinal, espiritual o cultural. Lo anterior se justifica debido a que no se identificaron recursos naturales que fuesen empleados por la población perteneciente al área de influencia del Proyecto. De mismo modo, no se percibieron prácticas culturales o económicas desarrolladas por la población que refirieran a utilización de recursos naturales. De acuerdo a la caracterización del tipo de actividad económica desarrollada por los habitantes del área de estudio del Proyecto “Jardín Floresta IV y V”, las principales ramas de actividad económica identificadas es el sector comercial, en el cual, existen negocios asociados a comercio al por menor y servicios, entre los que destacan almacenes, y locales de comida rápida, no siendo actividades que se relacionen directamente con la utilización de recursos naturales de la manera en que el Art. 7 del RSEIA se refiere. Conclusión: La ubicación y ejecución de las actividades contempladas por el Proyecto, no implicará una afectación de lugares o sitios con valor patrimonial o cultural, o de zonas utilizadas habitualmente por comunidades o grupos humanos en sus manifestaciones culturales o folclóricas, toda vez que no existen dichos sitios al interior del área de influencia del proyecto. Cabe señalar que, si durante cualquier Fase del Proyecto se detectaran sitios arqueológicos presentes dentro del área de influencia, ya sea a nivel superficial o subsuperficial, se procederá según lo establecido en los artículos 26° y 27° de la Ley 17.288 de Monumentos Nacionales y en los Artículos 20° y 23° de su Reglamento sobre excavaciones y/o prospecciones arqueológicas, antropológicas y paleontológicas.
6°. Que resultan aplicables al Proyecto los siguientes permisos ambientales sectoriales, asociados a las correspondientes partes, obras o acciones que se señalan a continuación:
6.1. PERMISOS AMBIENTALES SECTORIALES DE CONTENIDO ÚNICAMENTE AMBIENTAL
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El presente proyecto no considera la tramitación de Permisos Ambientales Sectoriales de contenido únicamente ambiental.
6.2. PERMISOS AMBIENTALES SECTORIALES MIXTOS
6.2.1. Permiso la construcción, reparación, modificación y ampliación de cualquier planta de tratamiento de basuras y desperdicios de cualquier clase o para la instalación de todo lugar destinado a la acumulación, selección, industrialización, comercio o disposición final de basuras y desperdicios de cualquier clase según se establece en el artículo 140 del Reglamento del SEIA Fase del Proyecto a la cual corresponde Construcción Parte, obra o acción a la que aplica Almacenamiento de residuos no peligrosos y asimilable a domésticos Condiciones o exigencias específicas para su otorgamiento El requisito para su otorgamiento consiste en que las condiciones de saneamiento y de seguridad eviten un riesgo a la salud de la población.
Fase de Construcción - Residuos asimilables a domésticos Se estima que los residuos sólidos asimilables a domésticos generados por el personal durante la fase de construcción del proyecto, alcanzará un promedio de 0,165 m3/día, dado que se estima un máximo de 50 trabajadores y una generación de 0,0033 m3/día/trabajador (0,5 kg/día/trabajador). De esta manera, considerando 22 días de trabajo mensual, la estimación anual corresponde a 43,56 m3/año (6,6 t/año). Estos residuos sólidos, serán almacenados y dispuestos en bolsas de nylon dentro de contenedores con tapas rotulados e identificados, en una bodega con base impermeable, cierre perimetral y techo, donde posteriormente los contenedores serán retirados, transportados y dispuestos finalmente en un relleno sanitario autorizado, con una frecuencia estimada de 3 días a la semana (lo que habitualmente se realiza en diferentes comunas). Se mantendrá en obras los documentos (certificados, facturas y/o boletas) que acrediten la disposición final de éstos residuos.
- Residuos sólidos no peligrosos Los residuos no peligrosos de la construcción, corresponderán a restos de metales, madera, papel y cartón, plásticos y escombros. Los escombros contemplados corresponderán a; ladrillos, cerámicas, azulejos, hormigón y mortero endurecido, producto de las actividades constructivas de las viviendas. Para los escombros se estima generar 105 m3/año, generando 8,75 m3/mes y dado que se contempla el retiro de una vez al mes. Para el caso de residuos no peligrosos de la construcción, se totalizan 2,61 m3/mes. El área de acopio de residuos no peligrosos y escombros tendrá un cierre perimetral en base a malla de faena o raschel, con una altura mínima de 180 cm, sobre un suelo compactado. Por otra parte, los residuos no peligrosos correspondientes al material excedente producto de la preparación del terreno, específicamente escarpe y excavaciones, será utilizado paulatinamente como relleno en áreas verdes y los excedentes de excavaciones para rellenar los desniveles existentes, emparejar sitios y veredones.
Respecto al sitio de almacenamiento de residuos no peligrosos, se contará con una zona de acumulación transitoria de desperdicios tales como, restos de materiales, escombros y excedentes de la construcción, denominado patio de acopio. Esta zona, estará ubicada dentro de las instalaciones de la faena, se encontrará delimitada con malla tipo faenera y con acceso restringido mediante señalización adecuada.
La cantidad de residuos sólidos no peligrosos asociados a la etapa de construcción del proyecto corresponde a:
Tipo de residuo Caracterización Cualitativa Cuantitativa Fuente Volumen (m3/año) Cantidad (t/año) Asimilables a Personales (restos orgánicos, plásticos, 44,53 6,65
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domiciliarios papel, etc.) No peligrosos Restos de metales (armaduras de acero, Estructuras metálicas, perfiles para montar yeso cartón, paneles de encofrado en mal estado) 0,88 0,14 Madera (restos de cortes o dimensionado, de encofrados y pallets de madera). 0,67 0,27 Papel y cartón (sacos de cemento, de yeso y de arena y cal, y cajas de cartón) 1,05 0,08 Plásticos (restos de lonas y cintas de protección, conductos, marcos de ventana) 0,17 0,01 Escombros (ladrillos, cerámicas, azulejos, hormigón y mortero endurecido) 105,05 16,81 Escarpe y excavaciones 14.973 1.497 Pronunciamiento del órgano competente La SEREMI de Salud a través de su Ord. N° A20-387 de fecha 13 de abril de 2020, se pronuncia conforme. Referencia al ICE para mayores detalles Ítem 10.2.1. del ICE (PAS 140, adjunto en el Anexo 6 de la Adenda)
6.2.2. Permiso para los sitios de almacenamiento de residuos peligrosos, será el establecido en el artículo 29 del Decreto N°148, de 2003, del Ministerio de Salud, Reglamento sanitario sobre manejo de residuos peligrosos, según se establece en el artículo 142 del Reglamento del SEIA. Fase del Proyecto a la cual corresponde Construcción Parte, obra o acción a la que aplica Bodega de residuos peligrosos Condiciones o exigencias específicas para su otorgamiento El requisito para su otorgamiento consiste en que el almacenamiento de residuos en un sitio no afecte la calidad de las aguas, suelo y aire que pueda poner en riesgo la salud de la población.
El sitio de almacenamiento temporal consistirá en una bodega de residuos peligrosos, la cual se instalará sobre una base de hormigón, cumpliendo los requerimientos del D.S N°148/2003 MINSAL, localizada en el área de instalación de faenas del Proyecto a no menos de 15 m de los deslindes de la propiedad. Los residuos peligrosos, serán almacenados temporalmente por un máximo 6 meses a la espera de su retiro por una empresa autorizada sanitariamente y dispuestos en un sitio de disposición final autorizado. Para asegurar la trazabilidad de estos residuos, se mantendrá en obras los documentos (boletas, facturas y/o certificados) de las empresas seleccionadas. Los residuos peligrosos permanecerán todo el tiempo en contenedores herméticos evitando emisiones a la atmósfera y debidamente rotulados. Dichos contenedores serán almacenados temporalmente en una bodega de residuos peligrosos (RESPEL), la cual se instalará sobre una base de hormigón, impermeable y resistente estructural y químicamente a los residuos, evitando el contacto con el suelo. Estas medidas impedirán cualquier emisión líquida o gaseosa al ambiente. Debido a las características de la bodega señaladas, se minimizarán la volatilización, el arrastre o la lixiviación y en general cualquier otro mecanismo de contaminación del medio ambiente que pueda afectar a la población. La bodega de almacenamiento tendrá una capacidad de retención de escurrimientos o derrames correspondientes a la máxima capacidad de uno de los contenedores, y aproximadamente diseñada para retener el 20% del volumen total de los contenedores presentes en la bodega, de esta manera, se dará cumplimiento al artículo 33 del D.S 148/2003, Reglamento de Manejo de Residuos Peligrosos. Pronunciamiento del órgano competente La SEREMI de Salud a través de su Ord. N° A20-387 de fecha 13 de abril de 2020, se pronuncia conforme. Referencia al ICE para mayores detalles Ítem 10.2.2. del ICE (PAS 142, adjunto en el Anexo 14.2 de la DIA)
6.2.3. Permiso para subdividir y urbanizar terrenos rurales o para construcciones fuera de los límites urbanos, según se establece en el artículo 160 del Reglamento del SEIA.
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Fase del Proyecto a la cual corresponde Construcción Parte, obra o acción a la que aplica Construcción de 271 viviendas sociales en una zona comprendida fuera de instrumentos de planificación territorial (zona rural). Condiciones o exigencias específicas para su otorgamiento Los requisitos para su otorgamiento consisten en no originar nuevos núcleos urbanos al margen de la planificación urbana y no generar pérdida o degradación del recurso natural suelo.
La urbanización de los predios rurales Lote B-1 y Lote B-2, Roles de avalúo ROL N°315- 568 y ROL N°315-569, los que son resultado de la subdivisión del Lote A-5B ROLN°315-30. Los lotes B-1 y B-2 abarcan en conjunto una superficie de 7,35 ha (área solicitada para el presente PAS), donde se busca desarrollar el Proyecto Jardín Floresta IV y V que consiste en la habilitación y urbanización simultanea de 271 viviendas financiadas mediante D.S.19 (Programa de Integración Social y Territorial). Durante la evaluación ambiental el titular ha informado que ambos lotes B-1 y B-2 se encuentran en tramitación sectorial de Informe Favorable para la Construcción. Pronunciamiento del órgano competente El Servicio Agrícola y Ganadero, a través de su Ord. N° 4 de fecha 06 de enero de 2020, se pronuncia conforme. La SEREMI de Vivienda y Urbanismo, a través de su Ord. N° 473 de fecha 13 de abril de 2020, se pronuncia conforme. La SEREMI de Agricultura, a través de su Ord. N° 9113 de fecha 23 de abril de 2020, se pronuncia conforme. Referencia al ICE para mayores detalles Ítem 10.2.3. del ICE (PAS 160, adjunto en el Anexo 6 de la Adenda)
7°. Que, de acuerdo a los antecedentes que constan en el expediente de evaluación, la forma de cumplimiento de la normativa de carácter ambiental aplicable al Proyecto es la siguiente:
7.1. Normas generales 7.1.1. D.S. N°100/05 Fija el Texto Refundido, Coordinado y Sistematizado de la Constitución Política de la República de Chile. Componente/materia Establece el derecho a vivir en un ambiente libre de contaminación Otros cuerpos legales - Fase del proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Todas las fases del proyecto Parte, obra, acción, emisión, residuo o sustancias a la que aplica En todas las partes, obras y acciones del proyecto Forma de cumplimiento El Proyecto se ajustará a todas las disposiciones constitucionales Indicador que acredita su cumplimiento Obtención de la Resolución de Calificación Ambiental favorable (RCA) Forma de control y seguimiento Seguimiento de la RCA 7.1.2. Ley 19.300. Ley de Bases Generales del Medio Ambiente. Componente/materia Establece las disposiciones que regulan el Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental (SEIA). Otros cuerpos legales D. S. N°40/2012. Reglamento del Sistema de Evaluación Ambiental Fase del proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Todas las fases del proyecto Parte, obra, acción, emisión, residuo o sustancias a la que aplica En todas las partes, obras y acciones del proyecto Forma de cumplimiento Se acredita el cumplimiento mediante la presentación de la Declaración de Impacto Ambiental ante el SEIA. Indicador que acredita su cumplimiento Obtención de la Resolución de Calificación Ambiental favorable (RCA) Forma de control y Seguimiento de la RCA
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seguimiento
7.2. Normas relacionadas con las partes, obras, actividades o acciones, emisiones, residuos y sustancias peligrosas del proyecto 7.2.1. Decreto Supremo N°144/1961 del Ministerio de Salud Componente/materia Emisiones a la atmósfera Otros cuerpos legales D. S. N°47/1976 Ministerio de Vivienda y Urbanismo Y Construcciones D.S. N°594/1999 Ministerio de Salud D.F.L. N°725/1968, art 67 del Ministerio de Salud D.S. N°12/2011 Ministerio de Medio Ambiente D.S. N°59/1998 Ministerio Secretaría General de la Presidencia Fase del proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Fase de Construcción Parte, obra, acción, emisión, residuo o sustancias a la que aplica Escarpe del predio, relleno y excavaciones y utilización de maquinaria para realizar las actividades Forma de cumplimiento Según la estimación de emisiones atmosféricas, las principales actividades generadoras del material particulado y gases de combustión, corresponde a las actividades constructivas del proyecto, asociadas al escarpe movimientos de tierra, excavaciones y relleno. - Supervisar y controlar que la maquinaria y vehículos estén en perfectas condiciones de operación y funcionamiento - Se considera la humectación de caminos no pavimentados, en la frecuencia que se estime necesaria y dependiendo de las condiciones climatológicas. - El límite de velocidad máxima para los camiones y maquinaria será de 30 km/h en las obras. - Los camiones deberán circulan cubriendo totalmente los materiales con lonas o plásticos impidiendo la dispersión de polvo a la atmósfera. Indicador que acredita su cumplimiento Registro de las mantenciones de vehículos y maquinaria, planificación de las humectaciones que se realizarán en los caminos no pavimentados en la eventualidad de ser requeridos, restricción de velocidad y cubierta de lonas o plásticos al tránsito de camiones. Dichas actividades estarán supervisada por el jefe de planta y cuyo registro se encontrará disponible en su oficina de control. Forma de control y seguimiento Se mantendrá copia de los registros y estarán disponibles en las dependencias de las faenas. SEREMI de Transporte y Telecomunicaciones y Superintendencia de Medio Ambiente. 7.2.2. D. S. N 4/1994 del Ministerio de Transporte y Telecomunicaciones Componente/materia Emisiones a la atmósfera Otros cuerpos legales D.S. N°54/1994 Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones D.S. N°55/1994 Ministerio de Transporte y Telecomunicaciones D.S. N°211/1991 Ministerio de Transporte y Telecomunicaciones D.S. N°279/1983 Ministerio de Salud D.S. N°1215/1978 Ministerio de Salud D.S. N°113/2002. Ministerio Secretaría General de la Presidencia D.S. N°114/2003 Ministerio Secretaría General de la Presidencia D.S. N°115/2002 Ministerio Secretaría General de la Presidencia Fase del proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Fase de construcción Parte, obra, acción, emisión, residuo o sustancias a la que aplica Actividades de la fase de construcción, tales como tránsito de maquinarias y camiones. Forma de cumplimiento Para el transporte de materiales, se utilizarán camiones cuya carga promedio será de 27 t. Los vehículos y maquinarias que se utilicen en la fase de construcción del proyecto circularán en óptimas condiciones mecánicas y con su revisión técnica al día. Indicador que acredita su cumplimiento Registro de las mantenciones y revisiones técnicas. Disponible en la oficina de control del jefe de planta. Forma de control y seguimiento Se mantendrá copia de los registros y estarán disponibles en las dependencias de las faenas. SEREMI de Transporte y Telecomunicaciones y Superintendencia de
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Medio Ambiente. 7.2.3. D.S. N°75/1987 del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones Componente/materia Emisiones a la atmósfera Otros cuerpos legales - Fase del proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Fase de construcción Parte, obra, acción, emisión, residuo o sustancias a la que aplica Tránsito de materiales y/o carga de camiones Forma de cumplimiento Los camiones que transporten materiales serán cubiertos correctamente, para evitar que se produzcan escurrimientos o caídas involuntarias. Adicionalmente los camiones al salir serán controlados en cuanto a su nivel de carga. Indicador que acredita su cumplimiento Registro de camiones que ingresan y salen encarpados con material procesado y de aquellos que exceden el nivel de carga. Registro disponible en la oficina de control del jefe de planta. Forma de control y seguimiento Se mantendrá copia de los registros y estarán disponibles en las dependencias de las faenas. SEREMI de Transporte y Telecomunicaciones y Superintendencia de Medio Ambiente. 7.2.4. D.S. N°38/2011 del Ministerio de Medio Ambiente Componente/materia Emisiones a la atmósfera / ruido Otros cuerpos legales - Fase del proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Fase de Construcción Parte, obra, acción, emisión, residuo o sustancias a la que aplica Todas las actividades constructivas del proyecto principalmente relacionadas con las actividades de movimiento de tierra y obra gruesa y terminaciones en el área de emplazamiento del proyecto. Forma de cumplimiento De acuerdo a las proyecciones realizadas, se prevé superación de los límites establecidos en la norma, para la situación basal evaluada en la fase de construcción del proyecto. Debido a esta condición se hace necesaria la implementación de medidas de control de ruido a las faenas. La medida de control corresponde a una barrera acústica perimetral construida, utilizando tableros OSB de 15 mm (densidad superficial promedio 11 Kg/m2), lana mineral con espesor de 50 mm como material absorbente y una malla (o material de mayor densidad) para el recubrimiento de esta, en dirección a las faenas con la finalidad de absorber el sonido incidente.
Ubicación de barrera propuesta.
Indicador que acredita su cumplimiento Implementación de barreras acústicas. Forma de control y seguimiento Superintendencia de Medio Ambiente 7.2.5. D.F.L. 725/1968 del Ministerio de Salud
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Componente/materia Emisiones a la atmósfera / ruido Otros cuerpos legales D. S. N°594/1999 del Ministerio de Salud Fase del proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Fase de construcción. Parte, obra, acción, emisión, residuo o sustancias a la que aplica Todas las actividades del proyecto que involucren utilización de maquinarias, vehículos y equipos en el área de emplazamiento del proyecto. Forma de cumplimiento La empresa entregará a los trabajadores los elementos de protección personal y equipamientos de seguridad, necesarios para ejecutar las actividades de construcción del Proyecto. De esta manera, se atenuarán las condiciones de exposición a ruidos continuos. Indicador que acredita su cumplimiento Registros en instalación de faenas para las entidades fiscalizadoras y verificación visual en terreno respecto a la utilización de los elementos de protección personal y equipamientos de seguridad. Forma de control y seguimiento Registros en instalación de faenas para las entidades fiscalizadoras (SEREMI de Salud, Superintendencia de Medio Ambiente) y verificación visual en terreno respecto a la utilización de los elementos de protección personal y equipamientos de seguridad. 7.2.6. D.F.L. 725/1968 Ministerio de Salud Componente/materia Aguas servidas y agua potable Otros cuerpos legales D.S. N°594/1999 Ministerio de Salud D.S. N°735/1969 Ministerio de Salud Fase del proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Construcción y operación Parte, obra, acción, emisión, residuo o sustancias a la que aplica Agua potable y aguas servidas Forma de cumplimiento El Proyecto requerirá para la fase de construcción agua potable, la cual será suministrada en primera instancia por una empresa autorizada mediante agua potable envasada utilizando sistemas de dispensadores. Por lo que en todo momento se dará cumplimiento a la normativa vigente aplicable. En relación a las aguas servidas, se realizará mediante baños químicos hasta que se realice la conexión al sistema de alcantarillado proporcionado por Aguas Araucanía S.A. El manejo y retiro de las aguas residuales de los baños químicos será realizado por una empresa autorizada El número de baños estará de acuerdo al número de trabajadores por fase, dando cumplimiento a los artículos 23 y 24 del D.S 594/1999, además de lo indicado en el artículo 25 del mismo reglamento que establece la distancia mínima del área de trabajo. Para su fase de operación, las instalaciones de agua potable y aguas servidas serán respaldadas por Aguas Araucanía S.A. En el Anexo 2 de la DIA, se adjuntan las condiciones para la prestación de servicios sanitarios N°P-2019-0023 y N°P-2019- 0024 ambas de enero de 2019. Indicador que acredita su cumplimiento Facturas de la empresa abastecedora de agua potable embotellada. Autorización del sistema particular de agua potable y aguas servidas. Forma de control y seguimiento Todos los documentos, certificados, boletas etc., se deberá mantener en instalación de faenas ante entidades fiscalizadoras (SEREMI de Salud, Superintendencia de Medio Ambiente) 7.2.7. D.F.L. 725/1968 Ministerio de Salud Componente/materia Residuos sólidos no peligrosos Otros cuerpos legales D.S. N°594/1999 Ministerio de Salud Fase del proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Fase se construcción Parte, obra, acción, emisión, residuo o sustancias a la que aplica Área de acopio de residuos no peligrosos y asimilables a domésticos en instalación de faenas
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Forma de cumplimiento Los residuos que se generen durante las actividades constructivas y operativas del proyecto serán manejados a través de áreas específicas para ser mantenidos, es decir en la instalación de faenas se dispondrá de una superficie delimitada para mantener los residuos de la construcción (residuos no peligrosos) y en contenedores con tapa debidamente identificados se mantendrán los residuos asimilables a domiciliarios. Los residuos de la construcción y los asimilables a domiciliarios serán retirados por una empresa autorizada y enviados a disposición final a un relleno sanitario también autorizado. Indicador que acredita su cumplimiento Registro del retiro de residuos generados durante las fases de habilitación y operación del proyecto. Documento disponible en la oficina de instalación de faenas. Forma de control y seguimiento Los documentos y registros se deberán mantener en oficinas de la instalación de faenas ante posibles organismos fiscalizadores. 7.2.8. D.S N°148/2003 del Ministerio de Salud Componente/materia Componente/materia Otros cuerpos legales - Fase del proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Fase de construcción Parte, obra, acción, emisión, residuo o sustancias a la que aplica Bodega de residuos peligrosos (RESPEL) en instalación de faenas Forma de cumplimiento Para la mantención temporal de residuos peligrosos durante la fase de construcción del proyecto se utilizarán contenedores rotulados, los cuales serán manejados en una bodega exclusiva para este tipo de residuos. Posteriormente serán retirados por una empresa de transporte autorizada y dispuestos en un relleno de seguridad también autorizado. Indicador que acredita su cumplimiento Comprobante de retiro de residuos peligrosos por parte de transportistas y destinatarios autorizados. Forma de control y seguimiento Los documentos y registros se deberán mantener en oficinas de la instalación de faenas ante posibles organismos fiscalizadores (SEREMI de Salud, Superintendencia de Medio Ambiente). 7.2.9. D.S N°158/1987 del Ministerio de Obras Públicas. Componente/materia Vialidad y transporte Otros cuerpos legales D.S. Nº 200/93 del Ministerio de Obras Públicas Ley N°18.290/84, Ley de Tránsito. Fase del proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Fase de construcción Parte, obra, acción, emisión, residuo o sustancias a la que aplica Vialidad y transporte Forma de cumplimiento El Proyecto en su construcción requiere del transporte de materiales en camiones, cuyo tonelaje promedio corresponderá a 27 toneladas. De esta forma, se dará cumplimiento al no exceder el peso máximo permitido. Por otra parte, en todo momento el transporte de cargas hacia y desde el Proyecto se realizará con camiones que cumplan las normas establecidas. Indicador que acredita su cumplimiento Registro y control de camiones, se poseerá la ficha técnica de los camiones indicando el peso máximo permitido, control de licencias de operadores de camiones que prestan servicios, control de peso de camiones y carga. Forma de control y seguimiento Los registros se deberán mantener en instalación de obras ante posibles fiscalizaciones, inspección visual en terreno. 7.2.10. Artículo 5.8.3. del D.S.N°47/92 Ordenanza General de Urbanismo y Construcciones. Componente/Materia Ordenamiento territorial Otros Cuerpos legales - Fase del proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Fase de Construcción Pate, obra, acción, Construcción de las viviendas: excavaciones y rellenos. Tránsito de camiones por
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emisión, residuo o sustancias a la que aplica insumos y residuos. Forma de cumplimiento - Se realizará humectación durante las actividades de excavaciones y rellenos. - La faena contará con acceso con pavimento estable, debido a que la entrada se dará por una calle ya ejecutada del proyecto Jardín Floresta III. - El transporte de materiales se realizará con carga cubierta. - La obra contará con sitios de almacenamiento de residuos sólidos domiciliarios, no peligrosos, peligrosos, así como también con sitios de almacenamientos para los insumos que necesitan resguardo especial como el combustible. Indicador que acredite su cumplimiento - Utilización de planilla de humectación - Recepción del proyecto Jardín Floresta III ya ejecutado - Registro de camiones con cubierta de carga, en caso de que la carga lo requiera. - Habilitación de los sitios de almacenamiento. Forma de control y seguimiento - Registros en planilla de humectación - Documento que indique la recepción del proyecto Jardín Floresta III - Registro de planillas de cubierta de camiones con carga, en caso de que la carga lo requiera - Documentos de tramitación de autorización de sitios de almacenamiento en específico: Bodega de residuos domiciliarios, sitio de almacenamiento de residuos no peligrosos y bodega de residuos peligrosos. Las bodegas de sustancias peligrosas y de combustibles dependiendo de sus características no necesitarían autorización de funcionamiento. Superintendencia de Medio Ambiente.
7.3. Normas relacionadas con componentes ambientales (fauna, vegetación y flora, suelo, agua, patrimonio cultural) 7.3.1. Ley 17.288/1970 Sobre Monumentos Nacionales del Ministerio de Educación Pública Componente/materia Patrimonio cultural Otros cuerpos legales D.S. N°484/1990 Ministerio de Educación y Monumentos Nacionales Fase del proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Fase de Construcción Parte, obra, acción, emisión, residuo o sustancias a la que aplica Actividades de movimientos de tierra, escarpe, rellenos y excavaciones. Forma de cumplimiento En la fase de construcción del proyecto Jardín Floresta IV y V, se realizarán actividades de remoción de tierras, las que corresponden a escarpe superficial del terreno natural, dado que el predio será rellenado en relación a su pendiente natural, para la nivelación del terreno y así, alcanzar las cotas de urbanización. De esta manera, la nivelación y relleno del área destinada al proyecto, se realizará según la topografía del terreno y sus respectivas cotas, en base a lo presentado en el plano de plataformas, adjunto en el Anexo 3 de la Adenda Complementaria. Por otra parte, se considera la revisión bibliográfica y los Estudios efectuados en el área, que dan cuenta de la existencia de sitios arqueológicos y hallazgos aislados a una distancia aproximada de 2,25 km del Área de Influencia del proyecto, sumado a la constante actividad agrícola a la cual ha sido objeto el predio por los anteriores propietarios, escenario que disminuye la posibilidad de tener hallazgos arqueológicos en el área de emplazamiento del proyecto Jardín Floresta IV y V. Los sitios arqueológicos y hallazgos aislados encontrados en bibliografía, según lo descrito en el estudio de arqueología, adjunto en el Anexo 10 de la DIA. Según lo anteriormente señalado, se propone realizar monitoreo arqueológico una vez a la semana, es decir, definir el último día hábil de cada semana, durante las actividades de escarpe y del material de escarpe acumulado durante la semana. Adicionalmente, se realizará una prospección visual previa del terreno, definiendo un área en conjunto con obras, que se escarpará durante la semana próxima. De acuerdo a lo anterior, es preciso indicar que las actividades descritas, serán coordinadas con anticipación y efectuadas en terreno por un arqueólogo/a. Adicionalmente, se señala que previo al inicio de las actividades de escarpe, se realizarán charlas arqueológicas a todo el personal, por lo que todo personal contará con los conocimientos básicos para notificar al arqueólogo/a y las autoridades competentes, en caso de que se produzca algún hallazgo
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Indicador que acredita su cumplimiento Informe y registro fotográfico de las actividades de monitoreo y prospección arqueológica, el informe contendrá las actividades realizada y registro fotográfico. Informe de la charla de arqueología realizada a los trabajadores antes del comienzo de la fase de construcción, el informe contendrá los temas tratados en la charla, registro fotográfico y lista de asistencia. Forma de control y seguimiento Los informe se encontrarán en la oficina de la obra, en caso de que la autoridad lo requiera 7.3.2. Ley N°19.473/1996 del Ministerio de Agricultura Componente/materia Flora y fauna Otros cuerpos legales D.S. N° 5/1998 del Ministerio de Agricultura Fase del proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Construcción Parte, obra, acción, emisión, residuo o sustancias a la que aplica En todas las partes y obras de la fase de construcción Forma de cumplimiento De acuerdo al estudio de fauna (Anexo 7 de la DIA), fue posible la identificación de un total de 8 especies de aves donde el Orden con mayor presencia corresponde al grupo Passeriforme, registrando un 50% de las especies identificadas. Destacando la abundancia de Vanellus chilensis y Theristicus melanopis, siendo esta última la única especie que se encuentra dentro de alguna categoría de conservación, correspondiente a Preocupación Menor (LC) en toda su distribución de acuerdo al D.S. Nº6/2017 del MMA; y en estado Vulnerable entre la Región de Coquimbo y de Los Lagos de acuerdo al Reglamento de la Ley de Caza. De acuerdo a la Ley de caza Nº19.473, 6 de las especies registradas presentan algún criterio de protección, ya sea beneficiosa para la actividad agropecuaria o beneficiosas para la mantención del equilibrio de los ecosistemas. Sin perjuicio de lo anterior, es importante indicar que gran parte de estas especies presentan amplia movilidad y se encuentran aptadas a la influencia humana. Por lo que se realizará una charla instructiva a los trabajadores sobre la Ley de caza Nº19.473, la importancia de las especies registradas y prohibición de caza. Indicador que acredita su cumplimiento Registro de la información e instrucción a los trabajadores y prácticas ambientales mediante charla que deberá dictarse previo a al inicio de las obras de construcción. El Informe deberá incluir los contenidos de la inducción realizada y la constancia de asistentes (firmas), así como una síntesis de sus comentarios, observaciones y preguntas Forma de control y seguimiento El Informe permanecer en oficina de instalación de faenas, ante posibles fiscalizaciones del SAG o Superintendencia de Medio Ambiente.
8°. Que, para ejecutar el Proyecto deben cumplirse las siguientes condiciones o exigencias, en concordancia con el artículo 25 de la Ley N° 19.300:
8.1. Entrega simultánea de viviendas asociadas a las subfases Jardín Proyecto IV y V Impacto asociado Aumento de las emisiones de ruido Fase del Proyecto a la que aplica Construcción Subase Constructiva IV y Subfase Constructiva V Objetivo, descripción y justificación Objetivo: Dar cumplimiento de lo establecido por el D.S. N° 38/2012 del MMA, en cuanto a los receptores que fueron objeto de las modelaciones presentadas durante la evaluación ambiental del proyecto “Jardín Floresta IV y V”.
Descripción: la entrega de viviendas será de forma simultánea, esto es al momento de finalizadas ambas subfases constructivas. Lo anterior según lo establecido por el titular del proyecto en Adenda, en la que indica que no existirán receptores asociados a fases entregadas bajo la influencia de la fase en construcción debido a que ambas serán entregadas en conjunto.
Justificación: Durante la evaluación ambiental el titular informó que la fase IV y V del proyecto serán entregadas de forma simultánea, razón por la cual se descartó que los compradores o futuros residentes de las viviendas a construir (fase IV y V), calificarán como receptores de ruido de acuerdo a la definición del D.S. 38/2012 del MMA. Lugar, forma y Lugar: Superficie destinada a la habilitación del proyecto, correspondiente a
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oportunidad de implementación 7,35 ha.
Forma: Una vez finalizada la etapa de construcción de ambas subfases (Jardín Floresta IV y V), se procederá a la entrega de viviendas.
Oportunidad: Durante toda la etapa de construcción del proyecto. Indicador que acredite su cumplimiento Entrega de viviendas una vez obtenida la recepción municipal final de ambas fases constructivas. Forma de control y seguimiento Informe a ser presentado a la Superintendencia de Medio Ambiente
-
Que, durante el procedimiento de evaluación de la DIA, el Titular del Proyecto no propuso compromisos ambientales voluntarios.
-
Que, las medidas relevantes del Plan de Prevención de Contingencias y del Plan de Emergencias, son las siguientes:
10.1. Incendio o amago de incendio Fase del proyecto a la que aplica Fase de construcción Emplazamiento, parte, obra o acción asociada En todas las actividades que se realicen durante la fase de construcción del proyecto, principalmente instalación de faenas. Acciones o medidas a implementar para prevenir la contingencia - Todas las estructuras para el almacenamiento de sustancias o residuos peligrosos contarán con las medidas de prevención de incendios establecidas en la normativa vigente. - Todas las instalaciones eléctricas se diseñarán para la carga máxima a la que será sometida. - Se dispondrá en las áreas de trabajo todos los elementos básicos para combatir cualquier amago de fuego o incendio, según lo establecido por la normativa vigente en esta materia (extintores, mangueras, tambores con arena, etc.). - El protocolo general inicia con la notificación al cuerpo de bomberos y autoridades pertinentes, las cuales en conjunto con los responsables de la empresa coordinarán y llevarán a cabo las labores de evacuación del personal y comunidad aledaña en caso de requerirse y aplicar las medidas para el control del avance del siniestro, sin arriesgar la integridad física de ninguna persona. - Se deberá evaluar la factibilidad del control de incendio tomando en cuenta los equipos de control disponibles, el grado de avance del siniestro y los elementos inflamables. - Si se determina la factibilidad de combatir el siniestro con los medios disponibles, se deberá considerar el uso del equipo de seguridad adecuado por parte del personal, para el control de incendios procurando: trabajar siempre a favor del viento, es decir, el viento deberá dar en la espalda del personal que combate el incendio; trabajar lo más alejado posible de donde se originó el fuego; evitar que el fuego se propague mojando los recintos adyacentes con agua. - Si no es posible controlar el incendio se deberá evacuar el área de todo el personal, esperando el ingreso de bomberos, a los cuales se les deberá proporcionar toda la información que soliciten y la ayuda que requieran. Forma de control y seguimiento El jefe directo verificará durante la fase de construcción que las acciones se realicen libres de materiales inflamables o combustibles, así como también, se prohibirá el uso de fuego para todas las fases. Del mismo modo, se prohibirá fumar en las instalaciones del proyecto. Acciones o medida a implementar para controlar la emergencia - La persona que detecte el siniestro deberá inmediatamente, por cualquier medio, dar aviso al inspector de la obra o personal supervisor - Si se llega a generar un amago de incendio por cualquier causa, se debe proceder a combatir el fuego con los extintores existentes en el recinto. - Si no se puede controlar se debe comunicar inmediatamente a bomberos 132. Seguidamente se debe comunicar al jefe directo o gerencia. Oportunidad y vías de comunicación a la SMA de la activación del Plan de Emergencia Ante la eventualidad de una emergencia, en fase de construcción el titular, se compromete a elaborar un informe de incidente, el cual será remitido a la Superintendencia de Medio Ambiente y SEREMI de Medio Ambiente, indicando:
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- Datos del accidente
- Caracterización de área afectada y su extensión.
- Técnicas o trabajos de limpieza o restitución de él o los recursos naturales afectados.
- Establecimiento de los parámetros de monitoreo del componente ambiental afectado.
- Protocolo de manejo de residuos generados. Referencia al ICE o documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada Ítem 8 del ICE Plan de prevención de emergencias y contingencias, adjunto en el Anexo 7 de la Adenda.
10.2. Incendio Vegetacional Fase del proyecto a la que aplica Fase de construcción Emplazamiento, parte, obra o acción asociada Incendio en las áreas de trabajo y zonas aledañas que presenten pastizales, arboles, matorrales entre otros Acciones o medidas a implementar para prevenir la contingencia - Se prohíbe realizar fogatas o quemas en las áreas de trabajo, siendo el jefe directo de cada área de trabajo, el responsable de dar cumplimiento e instrucción de esta disposición a sus trabajadores y subcontratados. - Se prohíbe fumar dentro del área de emplazamiento del proyecto, donde se instalarán señaléticas indicando esta orden, especialmente en las áreas donde predominen las zonas vegetacionales. - Capacitación constante al personal frente a la prevención de incendios de vegetación, programando actividades durante el periodo que dure el proyecto. - Realización de escarpe en toda el área de emplazamiento del proyecto. - Correcto almacenamiento de posibles combustibles sólidos y líquidos en su correspondiente sitio de almacenamiento (bodega de insumos, patio de acopio, bodega de residuos domiciliarios y bodega de combustibles) Forma de control y seguimiento El jefe directo inspeccionará durante la fase de construcción que se cumpla la prohibición del uso de fuego. Del mismo modo, la prohibición de fumar en las instalaciones del proyecto, con mayor énfasis en las cercanas a vegetación. El encargado de las bodegas deberá supervisar que los insumos y los residuos sean correctamente almacenados. La realización se puede verificar en terreno. Acciones o medida a implementar para controlar la emergencia - Dar aviso al jefe directo o encargado de obras - Paralización de todo tipo de obras del proyecto. - Evacuar y aislar el área afectada (la evacuación se debe realizar en la zona de seguridad establecida). - El primer ataque al fuego se realizará con los recursos disponibles en terreno (agua disponible para humectación y extintores de las bodegas) - El personal solo actuará ante un amago de incendio fuego incipiente que se produzca dentro del área de trabajo, delimitada por los cercos y se limitará en dar aviso en caso de divisar algún siniestro del área de trabajo. - En el caso de que un siniestro ajeno al área de trabajo amenace con llegar hasta las instalaciones o faja de trabajo, se procederá a contener el avance del fuego con humectación del área con el agua disponible. Paralelamente, se dará aviso a bomberos (132) y a CONAF (130) para combatir el incendio. Oportunidad y vías de comunicación a la SMA de la activación del Plan Ante la eventualidad de una emergencia, el titular, se compromete a elaborar un informa de incidente, el cual será remitido a la Superintendencia de Medio Ambiente y SEREMI de Medio Ambiente, indicando: - Datos del accidente - Caracterización de área afectada y su extensión. - Técnicas o trabajos de limpieza o restitución de él o los recursos naturales afectados. - Establecimiento de los parámetros de monitoreo del componente ambiental afectado. - Protocolo de manejo de residuos generados Referencia al ICE o documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada Ítem 8 del ICE Plan de prevención de emergencias y contingencias, adjunto en el Anexo 7 de la Adenda.
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10.3. Derrame de Hidrocarburos y/o fluidos Fase del proyecto a la que aplica Construcción Emplazamiento, parte, obra o acción asociada En todas las actividades que se realicen durante la fase de construcción del proyecto (área de emplazamiento del proyecto). Acciones o medidas a implementar para prevenir la contingencia - El jefe directo, se encargará de verificar y actualizar el registro de la maquinaria utilizada, las que se mantendrán archivadas en la oficina de administración. - No se dispondrán estanque o tambores de almacenamiento de aceites, lubricantes o combustibles en el área de construcción. - Los camiones de carga deberán circular a velocidad controlada (30 km/h) dentro y fuera del predio y con sus mantenciones al día. - No se realizará la mantención a los equipos en las zonas de trabajo. - No se permitirá el trasvase o manipulación de aceites o hidrocarburos dentro del área del proyecto. - Se evitarán en lo posible choques o colisiones, manteniéndose una velocidad máxima de tránsito de 30 km/h en el área de construcción. - Las descargas de aguas servidas en fase de construcción, proveniente de las actividades diarias de los trabajadores, serán dispuestas a través de servicios sanitarios los que serán retirados del lugar, por una empresa autorizada sanitariamente. - Respecto a la generación de residuos asimilables a domésticos, no peligrosos y peligrosos, se contará con contenedores, zona de acopio temporal y bodega RESPEL en el área de instalación de faenas, respectivamente, con la finalidad de dar una adecuada disposición final y además evitar la disposición de escombros y basuras en el área de emplazamiento del proyecto. Forma de control y seguimiento Existencia de los registros de la maquinaria utilizada y sus mantenciones en talleres debidamente autorizados. Acciones o medida a implementar para controlar la emergencia - De forma inmediata se deberá detener el derrame de hidrocarburos - Se debe aplicar materiales absorbentes con el fin de evitar la dispersión del derrame. - Se debe retirar el material impregnado con ropa de seguridad, utensilios y envases adecuados. - Se debe limpiar la zona del derrame, retirando la totalidad del derrame. - Eliminar los envases con residuos en un sitio seguro de disposición final. - Dejar registro en un archivo del volumen derramado, y los métodos utilizados para su limpieza. Dar aviso a las autoridades competentes sobre el tema, de ser necesario. Oportunidad y vías de comunicación a la SMA de la activación del Plan Ante la eventualidad de una emergencia, el titular, se compromete a elaborar un informa de incidente, el cual será remitido a la Superintendencia de Medio Ambiente y SEREMI de Medio Ambiente, indicando: - Datos del accidente - Caracterización de área afectada y su extensión. - Técnicas o trabajos de limpieza o restitución de él o los recursos naturales afectados. - Establecimiento de los parámetros de monitoreo del componente ambiental afectado. Protocolo de manejo de residuos generados Referencia al ICE o documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada Ítem 8 del ICE Plan de prevención de emergencias y contingencias, adjunto en el Anexo 7 de la Adenda.
10.4. Vertimiento accidental de Residuos Peligrosos Fase del proyecto a la que aplica Construcción Emplazamiento, parte, obra o acción asociada En todas las actividades que se realicen durante la fase de construcción del proyecto. Acciones o medidas a implementar para prevenir la contingencia - Se prohíbe la manipulación de residuos peligrosos en zonas ubicadas fuera de las instalaciones de faenas, es decir, caminos de circulación o acceso, entre otros. - Los residuos peligrosos se almacenarán en el sector destinado para este fin y cumplirán con los requerimientos dispuestos en el D.S. N° 78/2009 del
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Ministerio de Salud “Aprueba Reglamento de almacenamiento de sustancias peligrosas” y en el D.S. Nº 148/2013 del Ministerio de Salud “Aprueba Reglamento sanitario sobre manejo de residuos peligrosos”. - Posteriormente se dará disposición final en sitios autorizados sanitariamente. - El traslado se deberá realizar por un vehículo destinado al transporte de este tipo de residuos autorizado sanitariamente. Forma de control y seguimiento Verificar que no exista ningún residuo asociado a la operación del proyecto fuera de los lugares previamente establecidos (bodega de residuos peligrosos). Acciones o medida a implementar para controlar la emergencia - Bloqueo del flujo de materiales derramados con bolsas de arena, trapos u otro elemento absorbente. - De ser necesario, uso de barreras absorbentes para cercar y contener derrames. - Cubrimiento y cierre inmediato de todos los sumideros de aguas de lluvia y las alcantarillas sanitarias. - Una vez controlado el derrame, el material absorbente se dispondrá como residuo peligroso. - En todo evento de esta naturaleza se informará al jefe directo - En caso de que un derrame amenace con descargar, o descargue en algún curso de aguas lluvias, alcantarillado o fuente de agua potable, se debe informar inmediatamente a bomberos y carabineros. - La disposición final de los residuos recuperados y almacenados, se realizará en sitios autorizados por la autoridad sanitaria competente. - El jefe directo, será el encargado de dar la señal de alarma y preocuparse de las comunicaciones, coordinar las acciones para el control del fuego e informar a bomberos, en caso que la gravedad lo amerite. - Ante cualquier señal de peligro se deberá proceder a evacuar el lugar de inmediato. Oportunidad y vías de comunicación a la SMA de la activación del Plan Ante la eventualidad de una emergencia, el titular, se compromete a elaborar un informa de incidente, el cual será remitido a la Superintendencia de Medio Ambiente y SEREMI de Medio Ambiente, indicando: - Datos del accidente - Caracterización de área afectada y su extensión. - Técnicas o trabajos de limpieza o restitución de él o los recursos naturales afectados. - Establecimiento de los parámetros de monitoreo del componente ambiental afectado. - Protocolo de manejo de residuos generados Referencia al ICE o documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada Ítem 8 del ICE Plan de prevención de emergencias y contingencias, adjunto en el Anexo 7 de la Adenda.
10.5. Movimientos sísmicos Fase del proyecto a la que aplica Construcción Emplazamiento, parte, obra o acción asociada En todas las actividades que se realicen durante la fase de construcción del proyecto. Acciones o medidas a implementar para prevenir la contingencia - Capacitar al personal con los pasos a seguir ente esta situación de riesgo. - Verificar que los objetos más pesados se encuentren almacenados en las estanterías inferiores para darle estabilidad a los muebles, se debe evitar mantener elementos metálicos sueltos. - Mantener señalizada la zona de seguridad hacia donde puede desplazarse en caso de una emergencia, se debe mantener además despejadas las vías de circulación hacia las zonas de seguridad. - Mantener en buen estado de conservación las instalaciones eléctricas, de cumplimiento al reglamento correspondiente. - Mantener en buen estado de uso una linterna para utilizarla en caso de corte de luz. - Listado actualizado del personal que trabaja durante la ejecución del proyecto en las diferentes áreas y asignar personas que estén a cargo de despejar las vías de evacuación, en caso de quedar obstruidas por el sismo, además de asignar personar de cortar el suministro eléctrico, agua y gas.
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- Plan interno para actuación y comunicación en caso de este tipo de eventos. Forma de control y seguimiento En fase de construcción:
- Existencia de una zona de seguridad señalada, con las vías de circulación despejadas.
- Que no existan líneas eléctricas improvisadas.
- Existencia de un perímetro señalizado en las pilas de acopio.
- Capacitaciones al personal sobre cómo actuar en caso de sismo. Acciones o medida a implementar para controlar la emergencia
- Se deberá mantener la calma, no correr ni desplazarse en forma precipitada.
- Se debe des-energizar todas las máquinas o equipos eléctricos. Cortar suministros de gas, electricidad y otras fuentes alimentadoras de materiales, combustibles o cualquier otro tipo de energía.
- Alejarse de estructuras elevadas a una distancia mínima de 1,5 veces la altura de la estructura.
- No afirmarse de circuitos energizados ya que pueden presentar fallas en la aislación y recibir un golpe eléctrico.
- Alejarse de ventanas y abrir las puertas
- No encender fósforos ni encendedores.
- Si se encuentra cercano a estructuras metálicas y no es posible desplazarse hacia la zona de seguridad, ubicarse de espalda a vidrios, con la cabeza inclinada hacia el pecho y las dos manos sobre la cabeza cubriendo los oídos para evitar una lesión.
- Las personas asignadas deben cerciorarse de que no existan incendios, escapes de gas, agua, inflamables, deterioro de murallas, pisos, cableado eléctrico, etc., para que con esta información los mandos altos puedan determinar si las actividades se suspenden o se reinician parcial o totalmente.
- Si no se observan daños en los servicios de electricidad, agua y gas se debe reponer en forma gradual los servicios para prevenir fugas y/o accidentes.
- Si se encuentra dentro de una excavación, trate de salir lo antes posible a la superficie.
- Si va conduciendo; deténgase a un costado de la pista, encienda las luces de emergencia y espere el término del movimiento telúrico. Procedimientos después del sismo en fase de construcción:
- Una vez finalizado el sismo desplazarse hacia la zona de seguridad, evitar pisar pozas de aguas, ya que si hubiera algún conductor energizado puede estar en contacto con él y generar un problema mayor de electrocución.
- Si se tiene conocimiento de Primeros Auxilios brindar la ayuda al personal lesionado, posteriormente llamar a mutualidad asociada, si se requiere de atención médica.
- Cortar los suministros de los gases, de proceder, presiones que están en uso cerrando las válvulas de los cilindros a presión y posteriormente colocando el gorro para proteger la válvula de algún daño.
- Si algún trabajador se encuentra lesionado seriamente, proceder a brindarle los Primeros Auxilios, solicitar una ambulancia para su traslado a un centro asistencial, mientras llega ambulancia para su traslado a un centro asistencial. Oportunidad y vías de comunicación a la SMA de la activación del Plan Ante la eventualidad de una emergencia, el titular en fase de construcción, se compromete a elaborar un informa de incidente, el cual será remitido a la Superintendencia de Medio Ambiente y SEREMI de Medio Ambiente, indicando:
- Datos del accidente
- Caracterización de área afectada y su extensión.
- Técnicas o trabajos de limpieza o restitución de él o los recursos naturales afectados.
- Establecimiento de los parámetros de monitoreo del componente ambiental afectado.
- Protocolo de manejo de residuos generados Referencia al ICE o documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada Ítem 8 del ICE Plan de prevención de emergencias y contingencias, adjunto en el Anexo 7 de la Adenda.
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10.6. Golpes eléctricos Fase del proyecto a la que aplica Construcción Emplazamiento, parte, obra o acción asociada En todas las actividades que se realicen durante la fase de construcción del proyecto. Acciones o medidas a implementar para prevenir la contingencia - Utilizar ropa aislante (zapatos de seguridad, guantes, etc.) al momento de operar algún equipo o herramienta eléctrica. - Mantener aisladas y en buen estado todas las conexiones eléctricas. - Maniobrar de manera adecuada y siguiendo las rutas establecidas dentro del área del proyecto vehículos pesados, para no pasar a llevar instalaciones eléctricas (postes, cables). Forma de control y seguimiento Las maquinarias se mantendrán alejadas de instalaciones eléctricas, con ruta demarcada al interior del proyecto. Será tarea del jefe directo vigilar que se respeten las rutas trazadas. Durante la habilitación de electricidad en oficinas y otros, los trabajadores deberán utilizar equipo de protección aislante, la supervisión para cumplimiento estará encargada del jefe directo y en caso de contar con uno también al prevencionista de riesgo. Acciones o medida a implementar para controlar la emergencia - Prestación de primeros auxilios al momento de ser rescatado el accidentado. - Comunicación inmediata con el 131. Oportunidad y vías de comunicación a la SMA de la activación del Plan No aplica, ya que corresponde a una situación de emergencia sin relevancia ambiental Referencia al ICE o documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada Ítem 8 del ICE Plan de prevención de emergencias y contingencias, adjunto en el Anexo 7 de la Adenda.
10.7. Volcamientos Fase del proyecto a la que aplica Construcción Emplazamiento, parte, obra o acción asociada En todas las actividades que se realicen durante la fase de construcción del proyecto. Acciones o medidas a implementar para prevenir la contingencia - Se debe evitar circular por pendientes pronunciadas o a exceso de velocidad y sobrecargar la maquinaria y camiones. - La maquinaria y camiones deben circular a una distancia prudente entre sí. - Mantener la revisión técnica de la maquinaria y camiones al día. - Los conductores de las maquinarias deben tener licencia de conducir acorde. Forma de control y seguimiento Delimitación de ruta dentro del área del proyecto de la cual el jefe directo se encargará de supervisar, al igual que el flujo y distancia de la maquinaria. Se mantendrá en oficina los documentos que respalden la revisión técnica de la maquinaria y camiones, al igual que una copia de las licencias de conducir de los operadores conductores. Acciones o medida a implementar para controlar la emergencia - Paralización de todas las obras - Si alguien está aprisionado debajo del vehículo o maquinaria, no debe ser retirado a menos que haya suficientes personas con fuerza para hacerlo. - No debe moverse de la posición original a las víctimas. Si es posible, es conveniente examinarlas tomando el pulso en el cuello o la muñeca, observando su respiración. Debe visualizarse heridas, fracturas o hemorragias atendiéndolas con seguridad. - Prestar primeros auxilios al operador de la maquinaria. - Comunicación inmediata al 131. Oportunidad y vías de comunicación a la SMA de la activación del Plan Ante la eventualidad de una emergencia, el titular, se compromete a elaborar un informe de incidente, el cual será remitido a la Superintendencia de Medio Ambiente y SEREMI de Medio Ambiente, indicando: - Datos del accidente - Caracterización de área afectada y su extensión. - Técnicas o trabajos de limpieza o restitución de él o los recursos naturales afectados. - Establecimiento de los parámetros de monitoreo del componente ambiental afectado. - Protocolo de manejo de residuos generados.
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Referencia al ICE o documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada Ítem 8 del ICE Plan de prevención de emergencias y contingencias, adjunto en el Anexo 7 de la Adenda.
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Que, la Comisión de Evaluación Ambiental en su Sesión N° 7 de fecha 07 de agosto de 2020, aprueba unánimemente, la Declaración de Impacto Ambiental del Proyecto “Jardín Floresta IV y V”; en atención a la propuesta del ICE elaborado por el Servicio de Evaluación Ambiental de la Región de La Araucanía, citado en el Considerando 2° de la presente Resolución.
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Que, el Titular deberá remitir a la Superintendencia del Medio Ambiente la información respecto de las condiciones, compromisos o medidas, ya sea por medio de monitoreos, mediciones, reportes, análisis, informes de emisiones, estudios, auditorías, cumplimiento de metas o plazos, y en general cualquier otra información destinada al seguimiento ambiental del Proyecto, según las obligaciones establecidas en la presente Resolución de Calificación Ambiental y las Resoluciones Exentas que al respecto dicte la Superintendencia del Medio Ambiente. De igual forma, y a objeto de conformar el Sistema Nacional de Información de Fiscalización Ambiental (SNIFA), el Registro Público de Resoluciones de Calificación Ambiental y registrar los domicilios de los sujetos sometidos a su fiscalización en conformidad con la ley, el Titular deberá remitir en tiempo y forma toda aquella información que sea requerida por la Superintendencia del Medio Ambiente a través de las Resoluciones Exentas que al respecto ésta dicte.
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Que, el Titular deberá informar a la Superintendencia del Medio Ambiente la realización de la gestión, acto o faena mínima que da cuenta del inicio de la ejecución de obras, a que se refiere el Considerando 4° de la presente Resolución.
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Que, con el objeto de dar adecuado seguimiento a la ejecución del Proyecto, el Titular deberá informar a la Superintendencia del Medio Ambiente, al menos con una semana de anticipación, el inicio de cada una de las fases del Proyecto, de acuerdo a lo indicado en la descripción del mismo.
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Que, para que el proyecto “Jardín Floresta IV y V” pueda ejecutarse, deberá cumplir con todas las normas vigentes que le sean aplicables.
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Que, el Titular deberá informar inmediatamente a la Secretaría de la Comisión de Evaluación de la Región de La Araucanía y a la Superintendencia del Medio Ambiente, la ocurrencia de impactos ambientales no previstos en la DIA, asumiendo inmediatamente las acciones necesarias para abordarlos.
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Que, el Titular del Proyecto deberá comunicar inmediatamente y por escrito a la Dirección Regional del SEA Servicio de Evaluación Ambiental de la Región de La Araucanía la ocurrencia de cambios de titularidad, representante legal, domicilio y correo electrónico, de acuerdo a lo establecido en el inciso tercero del artículo 162 y artículo 163, ambos del Reglamento del SEIA.
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Que, se hace presente al Titular que cualquier modificación al Proyecto que constituya un cambio de consideración, en los términos definidos en el artículo 2° letra g) del Reglamento del SEIA, deberá someterse al SEIA.
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Que, todas las medidas, condiciones, exigencias y disposiciones establecidas en la presente Resolución, son de responsabilidad del Titular, sean implementadas por éste directamente o a través de un tercero.
RESUELVO:
1°. CALIFICAR FAVORABLEMENTE la Declaración de Impacto Ambiental del proyecto “Jardín Floresta IV y V”, de PL Constructora e Inmobiliaria Ltda.
2°. Certificar que el proyecto “Jardín Floresta IV y V” cumple con la normativa de carácter ambiental aplicable.
3°. Certificar que el proyecto “Jardín Floresta IV y V” cumple con los requisitos de carácter ambiental contenidos en los permisos ambientales sectoriales que se señalan en los artículos 140, 142 y 160 del D.S. Nº 40/2012 del Ministerio del Medio Ambiente, Reglamento del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental.
4°. Certificar que el proyecto “Jardín Floresta IV y V” no genera los efectos, características o circunstancias del artículo 11 de la Ley N° 19.300, que dan origen a la necesidad de elaborar un Estudio de Impacto Ambiental.
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- SEREMI MOP, Región de La Araucanía
- Servicio Nacional Turismo, Región de La Araucanía
- Ilustre Municipalidad de Villarrica
- Gobierno Regional de La Araucanía
- Expediente DIA Proyecto “Jardín Floresta IV y V”
- Archivo SEA Región de La Araucanía