Condominio Alto Mirador
REPÚBLICA DE CHILE Servicio COMISIÓN DE EVALUACIÓN FRA SSS REGIÓN DEL BIOBÍO
Califica Ambientalmente el proyecto “Condominio Alto Mirador” Resolución Exenta N* 103 Concepción, 05 de mayo de 2020
VISTOS:
1%. La Declaración de Impacto Ambiental (DIA), su Adenda de 27 de enero de 2020 y su Adenda Complementaria de 12 de marzo de 2020, del proyecto “Condominio Alto Mirador”, presentado por Constructora PACAL S.A con fecha 25 de noviembre de 2019.
- Los pronunciamientos y observaciones de los órganos de la administración del Estado que, sobre la base de sus facultades legales y atribuciones, participaron en la evaluación de la DÍA, y que se detallan en el Capítulo 3 del Informe Consolidado de Evaluación (ICE) de la DIA del proyecto “Condominio Alto Mirador”.
3". El Acta de Evaluación N* 11 de 25 de marzo de 2020, del Comité Técnico de la Región del Biobío.
4%. El ICE de la DIA del proyecto “Condominio Alto Mirador” de 23 de abril de 2020.
5%. El acuerdo de la Sesión de la Comisión de Evaluación de la Región del Biobío, de fecha 5 de mayo de 2020.
6”. Los demás antecedentes que constan en el expediente de evaluación de impacto ambiental de la DIA del proyecto “Condominio Alto Mirador”.
7%. Lo dispuesto en la Ley N 19.300, Sobre Bases Generales del Medio Ambiente; el D.S. N 40, de 2012, del Ministerio del Medio Ambiente, Reglamento del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental (Reglamento del SEIA); la Ley N 19.880, que Establece Bases de los Procedimientos Administrativos que Rigen los Actos de los Órganos de la Administración del Estado; la Ley N? 18.575, Ley Orgánica Constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado; la Resolución N 7, de 2019, de la Contraloría General de la República, que fija normas sobre exención del trámite de toma de razón; el Reglamento de Sala de la Comisión de Evaluación de la Región del Biobío, aprobado mediante Resolución Exenta N* 267 de fecha 21 de julio de 2014; la Resolución TRA 119046/47/2019 de fecha 25 de abril de 2019, del Servicio de Evaluación
Ambiental, que nombra a la Directora Regional del Servicio de Evaluación Ambiental de la Región del Biobío.
CONSIDERANDO:
1%, Que, Constructora PACAL S.A (en adelante, el Titular), ha sometido al Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental (SEIA) la DIA del proyecto “Condominio Alto Mirador” (en adelante, el Proyecto). Los antecedentes del Titular son los siguientes:
Nombre o razón social Constructora PACAL S.A.
Rut 84.439.900-6
Domicilio San Pío X N? 2460, oficina 404, Providencia, Santiago. Teléfono (56 2) 24302000
Nombre representante legal Rodrigo Andrés Castro Braham
Rut representante legal 10.257.356-0
Domicilio representante legal San Pío X N? 2460, oficina 404, Providencia, Santiago. Teléfono representante legal (56 2) 24302000
Correo electrónico Titular o | carolina.anicharico(Opacal.cl
representante legal
2%, Que, conforme se indica en el ICE de fecha 23 de abril de 2020, la Directora del Servicio de Evaluación Ambiental Región del Biobío ha recomendado aprobar el proyecto, por cuanto cumple con la normativa de carácter ambiental aplicable identificada en la sección ¡Error! No se encuentra el origen de la referencia. del ICE; cumple con los requisitos de otorgamiento de carácter ambiental contenidos en los permisos ambientales sectoriales aplicables identificados en la sección ¡Error! No se encuentra el origen de la referencia. del ICE; no genera ni presenta los efectos, características o circunstancias del artículo 11 de la Ley N* 19.300, que dan origen a la necesidad de evaluar un Estudio de Impacto Ambiental; y el Titular ha subsanado los errores, omisiones e inexactitudes planteados en los Informes Consolidados de Aclaraciones, Rectificaciones y Ampliaciones.
3”. Que, en sesión de 5 de mayo de 2020, la Comisión de Evaluación de la Región del Biobío acordó calificar favorablemente el proyecto “Condominio Alto Mirador”, aprobando íntegramente el contenido del ICE de 23 de abril de 2020, el que forma parte integrante de la presente Resolución. Por lo tanto, conforme a lo indicado en el artículo 60 inciso segundo del Reglamento del SETA, se excluyen de la presente Resolución las consideraciones técnicas en que se fundamenta,
4”. Que, según lo señíalado en la DIA y sus anexos, en su Adenda, y en su Adenda Complementaria, los cuales forman parte integrante de la presente Resolución, la descripción del Proyecto es la que a continuación se indica:
4.1. ANTECEDENTES GENERALES
Objetivo general Ampliar la oferta habitacional de la comuna de Hualpén, implementando 165 unidades habitacionales en una superficie aproximada de 0,45 ha., junto con su urbanización asociada, acorde a lo estipulado en el CIP otorgado por la Ilustre Municipalidad de Hualpén (Anexo 2.1. de la DIA).
Cabe indicar que el proyecto se encuentra enmarcado en lo que indica el D.S. N*19 del MINVU “Subsidio de Integración Social y Territorial”.
Tipología principal, así | h) Proyectos industriales o inmobiliarios que se ejecuten en zonas como las aplicables a sus | declaradas latentes o saturadas.
partes, obras o acciones h.l. Se entenderá por proyectos inmobiliarios aquellos lotes o
conjuntos de viviendas que contemplen obras de edificación y/o urbanización, así como los proyectos destinados a equipamiento, que presenten alguna de las siguientes características:
h1.3 Que se emplacen en una superficie igual o superior a siete hectáreas o consulten la construcción de trescientas (300) o más
viviendas. Vida útil Indefinida Monto de inversión USD $ 14.000.000,000
Gestión, acto oO faena mínima que da cuenta del inicio de la ejecución
Acondicionamiento del terreno para la construcción de las obras.
proyecto o actividad
Proyecto se desarrolla por Si No etapas 1X Proyecto modifica un Si No | El proyecto “Condominio Alto Mirador”, modifica un
proyecto existente que no cuenta con Resolución de
1] Calificación Ambiental, ya que no presentaba las
Proyecto modifica otra(s) RCA
- características necesarias para hacer ingreso al SEIA. Si No El proyecto de 165 unidades habitacionales se suma a
las unidades que se encuentran en construcción y que XX] corresponden a 278 unidades habitacionales, emplazadas en una superficie de 1 ha aproximadamente.
4.2. UBICACIÓN DEL PROYECTO
División político- administrativa
Región del Biobío, Provincia de Concepción, Comuna de Hualpén.
Específicamente en Avenida Colón 8537, de acuerdo a lo indicado en el Certificado de Informaciones Previas (Anexo 2.1. de la DIA).
Descripción de la localización
De acuerdo a lo indicado por el Titular, la localización del proyecto se justifica por:
El área donde se emplazará el proyecto se encuentra regulada por el Plan Regulador Comunal de Hualpén que, de acuerdo al Certificado de Informaciones Previas (CIP Anexo 2.1), se encuentran inserto dentro de una zona S-2, permitiendo el uso residencial y equipamiento de todo tipo.
Superficie El predio del loteo donde se ubica el proyecto es de 0,45 hectáreas aproximadamente. En la siguiente tabla se presenta el detalle de la superficie del proyecto. Uso Superficie (m?) Superficie terreno 4.517,95 Superficie útil edificada bajo cota 0 | 1.390,50 Superficie común edificada bajo | 1.619,98 cota O Superficie total edificada bajo cota O | 3.010,48 Superficie útil edificada sobre cota O | 9.184,00 Superficie común edificada sobre | 1.826,02 cota 0 Superficie total edificada sobre cota | 11.010,02 0 Superficie total edificada 14.020,50 Superficie sin construir 3.593,39 Areas verdes 1.024,53 (Fuente: Tabla N1.2. de la DIA Superficies del proyecto) Coordenadas UTM en Datum | El área de emplazamiento del proyecto queda definida por las WGS84 coordenadas de los vértices del poligono del predio (Figura N1.4
de la DIA: Polígono del proyecto con sus correspondientes coordenadas)
Punto | Este UTM (m) Norte UTM (m) 1 670717 5926291 2 670717 5926275 3 670732 5926276
4 670732 5926268 5 670837 5926266 6 670837 5926269 7 670842 5926269 8 670844 5926310
(Fuente: Tabla N*1.1. de la DIA: Coordenadas UTM, Datum WGS 1984, Huso 185)
Caminos de acceso
El acceso principal del proyecto se realizará por calle Cristóbal Colón (Figura 1.5. de la DIA).
Referencia al expediente de evaluación de los mapas, georreferenciación e información complementaria sobre la localización de sus partes, obras y acciones
eCapítulo I de la DIA.
-
Sección 1.3.1. División político-administrativa a nivel Regional, Provincial y Comunal.
-
Sección 1.3.5. Justificación del área donde se emplazará el proyecto,
eSección 1.3.3. Superficie total
eSección 1.3.2. Representación cartográfica en Datum WGS84
4.3. PARTES, OBRAS Y ACCIONES QUE COMPONEN EL PROYECTO
4.3.1. FASE DE CONSTRUCCIÓN
Cierre perimetral
Se implementará un cerco perimetral para delimitar y restringir el área del proyecto, mediante malla Raschel.
Además, durante el período de preparación del terreno, se utilizarán tableros de OSB de 15 mm (densidad superficial promedio 11 Kg/m?), lana mineral con espesor de 50 mm como material absorbente y una malla (o material de mayor densidad) para el recubrimiento de esta, en dirección a las faenas y se utilizará placas compactadoras manuales con niveles de vibración no superior a 75 dB a 8 metros.
Instalación de faenas
El área donde se pretende realizar el proyecto inmobiliario, contiene una porción destinada a la instalación de faenas, la cual será utilizada para las obras que se desarrollarán, de acuerdo a lo indicado en la Adenda, la instalación de faenas corresponde a una porción de terreno que se encuentra construida por las obras que se desarrollan actualmente en el predio.
En las Figura N1.10 y Figura N1.11 del Anexo 2 de la Adenda Complementaria, se presenta su ubicación y detalle de la distribución de la infraestructura, respectivamente.
La instalación de faenas contempla una superficie de 680 m? y abarca oficinas, comedor, pañol de herramientas, bodega de insumos, baños, duchas, camarines, bodega RESPEL, garita de guardia y sala de ventas (ver detalle en Tabla N%3 Instalación de faenas y Figura N*5 ambos de la Adenda y Tabla 4.2. del ICE).
Preparación del terreno
Se escarparán un total de 3.493,4 m? (excluye áreas verdes) en un espesor de 0,30 metros que corresponden a un volumen de 1.048 m?. El material excedente que representa la capa vegetal se trasladara a un botadero autorizado en camiones tolva de 12 m3.
Habilitación de caminos y acceso a la obra
Al interior del predio se habilitarán caminos para la circulación de maquinaria y vehículos.
Por su parte, para el acceso a la obra desde calle Cristóbal Colón para el tránsito de los vehículos asociados a la fase de construcción del proyecto, se procederá a un escarpe, nivelación y posteriormente a una base de pavimento con el objeto de disminuir el polvo y barro en invierno (Figura N*1,12. de la DIA Iustración
acceso universal).
Se escarpará el terreno y el material excedente que representa la capa vegetal se trasladará a un lugar autorizado.
El camino a ser utilizado durante la fase de construcción del proyecto tendrá las siguientes características:
«Nombre, origen y destino: Camino interior, desde Av. Cristóbal Colón hasta obras de construcción.
eLongitud (m): 80 «Ancho de la calzada (m): 6,0
eTipo de material de la carpeta de rodado: Base estabilizada Camino nuevo o existente: Existente
Movimiento de tierra
El volumen total a excavar suma 9.480,18 m', de los cuales 2.844,05 m* que representan un 30% de material excavado serán enviados a disposición final en un lugar autorizado. El 70% restante de material equivale a 6.636,13 m' el cual será reutilizado. Como parte de la urbanización del terreno, se considera realizar excavaciones y una parte de relleno compensado, producto de la habilitación de calles, la construcción de los sistemas de alcantarillado, agua potable y aguas lluvia, fundaciones de la torre de departamentos y para alcanzar la cota de terreno deseada.
El método constructivo a utilizar es el de zanja abierta por lo que de detectarse la presencia de napa en la excavación se procederá a ejecutar un drenaje mediante la postura de una malla de punteras que permita el avance general de la excavación, manteniendo un estricto cuidado en la limpieza de las zonas de trabajo para así no generar una contaminación de las aguas subterráneas. Los cortes laterales avanzarán junto con la profundización general lo que permitirá la ejecución de pantallas de protección que estabilicen el contorno de ser necesario, en base a un muro de hormigón o sistemas de hormigón proyectado con malla de refuerzo dependiendo de las condiciones que se observen durante la faena.
Agotamiento de napa freática
En caso de existencia de napa se deberá administrar un plan de agotamiento de napas completo y adecuado para ser aplicado durante la construcción del edificio, lo que se estima realizar en un periodo de 8 meses aproximadamente.
Respecto al agotamiento y evacuación de aguas freáticas, el desarrollo de los trabajos serán ejecutados a través de conjunto de punteras y de bombas de 4” eléctricas 7,5 HP, que canalizan las aguas freáticas por medio de tubos PVC diámetro 110 mm en forma soterrada, que operan de forma continua durante las 24 horas del día con un caudal inicial promedio del orden de los 1.000 ltsímin, fluidos que son dirigidos a canal existente, el cual, desemboca de acuerdo a plan maestro de evacuación y drenaje de aguas lluvias, manteniendo abatida la superficie freática 1 metro bajo el nivel de excavación propuesto.
Al respecto, se aclara que el proyecto no contempla la utilización del agua que aflore a la superficie producto de las faenas constructivas, ni contempla la infiltración de ningún tipo de efluente hacia la napa freática. Sumado a lo anterior, cabe indicar que el proyecto no contempla ejecutar sus faenas en circunstancias que su maquinaria esté en contacto con aguas superficiales o subterráneas.
Figura N*1. De la Adenda: Registros fotográficos situación tipo de extracción de agua.
En relación con las medidas de control de napas, las actividades se mantendrán bajo permanente observación, así como del caudal
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extraido, de modo que la evaluación permanente del sistema indicará si es necesario aumentar la tasa de bombeo para mantener abatidos los niveles dinámicos, con el fin de mantener las condiciones de seguridad de la obra. De lo anterior se llevarán registros de cada inspección. Mayores antecedentes se detallan en la Tabla 4.6.1.2. del ICE.
Recursos naturales renovables
Suelo
Para la actividad de excavación se realizarán movimientos de tierra para el desarrollo de las obras de urbanización y construcción del edificio, los que estarán circunscritos al área de emplazamiento del proyecto. Las cantidades fueron detalladas en las Tablas 4.6.1.2. y 4.6.3 del ICE,
Recurso hídrico subterráneo
Dada las caracteristicas del terreno, las cuales según lo evidenciado en el estudio de mecánica de suelos (Anexo 2.3 de la DIA), en caso de existencia de napa se deberá administrar un plan de agotamiento de napas completo y adecuado para ser aplicado durante la construcción del edificio, lo que se estima realizar en un periodo de 8 meses aproximadamente. Mayores antecedentes en las Tablas 4.6.1.2. y 4.6.3 del ICE.
Emisiones y efluentes
Emisiones de MP 10, MP 2.5, CO, NOx, Sox, HC
Las emisiones durante la fase de construcción se encuentran relacionadas principalmente al movimiento de tierra, tránsito de camiones, excavaciones y escarpe del terreno, así como otras actividades relacionadas con el acondicionamiento del terreno para la construcción.
En la siguiente Tabla se presenta el resumen de las emisiones de material particulado y gases de combustión para la fase de construcción del proyecto. Los detalles de estas emisiones se presentan en el Anexo 3.1. de la DIA.
Contaminante Año 1 (ton/año) Año 2 (ton/año) MP10 0,13 0,05 MP2.5 0,06 0,02 [e0) 0,05 0,06 NOx 0,22 0,20 Sox 0,00 0,00 HC 0,02 0,02
(Fuente: Tabla N”1.12. Resumen de emisiones por contaminante en fase de construcción).
De manera complementaria, las emisiones atmosféricas serán controladas con las acciones descritas a continuación, que forman parte del cumplimiento normativo descrito en el Capítulo 9 del 1CE:
*Contar registro de revisión técnica y certificado de emisiones al día de todos los equipos y maquinarias a utilizar durante la fase de construcción del proyecto.
*Mantener registro de humectación de caminos.
«Registro de mantenciones de equipos y maquinarias en caso de ser requeridos.
sRegistro de ingreso y salida de camiones.
eLos camiones circularán cubriendo total y eficazmente los materiales con lonas o plásticos impidiendo la dispersión de polvo a la atmósfera,
eSe instalará señalética con el límite de velocidad máximo para los camiones o maquinaria pesada será de 30km/h y para vehículos livianos 50 km/h.
Los registros se mantendrán en la obra durante la fase de
construcción.
Emisiones Líquidas
Los residuos líquidos domésticos corresponden a aquellos generados en los servicios higiénicos utilizados por el personal de la obra. Se utilizarán baños químicos en los frentes de trabajos, los residuos líquidos generados serán trasladados y dispuestos de acuerdo con la normativa vigente por una empresa proveedora, la frecuencia de retiro se realizará 3 veces por semana. Sin perjuicio de lo anterior, la instalación de faenas se encontrará construida y operando cuando se inicie la construcción del proyecto, la cual se encontrará conectado al servicio de alcantarillado público de la empresa concesionaria de la comuna de Hualpén.
Se estima una generación de Emisiones líquidas promedio de 9,6 m'/día y un máximo de 12 m'/día.
Respecto a la limpieza de canoas, de acuerdo a lo indicado en la Adenda, esta se realizará en seco, como se describe en la Tabla 4.6.5.1 del ICE, al respecto, es importante aclarar que el proyecto no contempla la generación de residuos líquidos producto del lavado de ruedas de la maquinaria o vehículos, ya que las actividades de limpieza se llevarán a cabo en lugares externos autorizados para prestar dicho servicio. Así, el tratamiento de las aguas residuales será establecido y controlado por la propia empresa, siendo esta responsable de su gestión y disposición final.
Ruido
Las actividades de la fase de construcción provocarán la generación de ruido por el uso de distintas máquinas y equipos que entre las más significativas destacan las faenas de excavaciones, preparación del terreno, movimiento de material y construcción de edificio, entre otras, acorde a una situación habitual constructiva para el tipo de proyecto en estudio.
Según lo indicado en el capítulo “Descripción de proyecto” del ICE, se utilizará una Barrera Acústica Perimetral, utilizando tableros de OSB de 15 mm (densidad superficial promedio 11 Kg/m?), lana mineral con espesor de 50 mm como material absorbente y una malla (o material de mayor densidad) para el recubrimiento de esta, en dirección a las faenas, como se observa en la figura N99 de la Adenda: Esquema de barrera propuesta.
La barrera se deberá implementar considerando las siguientes características:
eBarrera: Bl
»Altura (m): 4.8
*Extensión (m): 318
eSector en cobertura: Receptores perimetrales.
De acuerdo a lo representado en las figuras N11 y N12 de la Adenda, la barrera cumple su funcionalidad acorde a la cobertura de la altura estimada según los frentes de trabajo indicados, sin embargo, se deberá complementar la medida de control, mediante la cobertura de frentes de trabajo puntuales en altura, asociados a los sectores en los que se encuentran los receptores en altura. Esta cobertura se estima mediante la incorporación de barreras acústicas
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flotantes o cierres en altura, para faenas sobre los 4,8 metros de altura (altura de la barrera), considerando la composición de barrera indicada anteriormente (Figura N*13 de la Adenda: Esquema aplicación conjunta de la solución recomendada).
Además, se deberán tener en consideración buenas prácticas frente a las faenas de construcción, las cuales deben ser implementadas tanto al interior de la obra como con los receptores asociados a la comunidad.
Buenas Prácticas en Faenas de Construcción
- Al interior de la obra se deberán evitar faenas ruidosas simultáneas, esta condición genera un alto nivel de ruido y es la que mayor molestia puede ocasionar en los receptores afectados. Prohibir la utilización de bocinas en las proximidades e interior del sector de emplazamiento de la actividad, excepto en caso necesario.
e Establecer velocidades vehiculares bajas al interior del proyecto,
-
Realizar mantención de los caminos interiores y caminos de accesos.
-
Evitar la generación de ruidos de corta duración provocados por la operación de maquinaria o equipos.
-
Evitar ruidos innecesarios, como golpes producto de la mala manipulación de herramientas o materiales, al igual que gritos u otros ruidos provenientes directamente de los trabajadores de la obra.
Buenas Prácticas frente a la Comunidad
e Se debe mantener informada a la comunidad de horarios y faenas a realizar en la obra, esto con el fin de reducir la molestia producto de los ruidos que se generan.
- Se debe informar a la comunidad en cuanto a las faenas ruidosas a desarrollar y los plazos de duración que estos tendrán, procurando mantener el contro! de las emisiones al interior de la faena.
La evaluación de los niveles de ruido proyectados durante la fase de construcción para los frentes de trabajo, considerando la medida de control indicada, permite dar cumplimiento normativo al D.S. N38/11 del MMA durante la fase de construcción (ver Tabla N16 de la Adenda. Evaluación de los niveles proyectados para la fase de construcción, en jornada diurna, con medidas de control).
La evaluación solo se realizó en horario diurno debido a la naturaleza de las actividades, las cuales serán desarrolladas únicamente en dicho periodo.
Cabe indicar que la barrera acústica contará con las condiciones necesarias para su óptimo desempeño, evitando su deterioro, lo cual corresponde al tratamiento del tablero de OSB asegurando su impermeabilización, además de incorporar la estructura necesaria que permita asegurar la estabilidad del panel, tanto en altura como extensión. Una vez implementada, se debe mantener durante el desarrollo completo de la fase de construcción.
Se hace presente, que de acuerdo a los antecedentes presentados por el titular en la Adenda Complementaria, respecto a la estimación de ruido del proyecto en su conjunto, es decir considerando el proyecto existente como el proyecto “Condominio Alto Mirador”, se establece que a objeto de dar cumplimiento normativo, se deberá implementar las pantallas acústicas a las faenas de terminación para el proyecto existente (actualmente en construcción), en dirección al receptor P3 (Figura N?* 1 Adenda Complementaria).
Vibración Se realizó una estimación de emisiones de vibración, para lo cual se utilizó como referencia la normativa de la FTA de los Estados
Unidos, establece en su capítulo 12, el criterio para evaluar los niveles de vibraciones asociados con actividades de construcción.
Así, con los resultados obtenidos (ver Tabla N*7 Adenda: Evaluación de los niveles proyectados para la Fase de Construcción) es posible indicar que los niveles de vibración proyectados hacia las construcciones receptoras se encuentran bajo el nivel límite para criterio Categoría TI, por cuanto se da cumplimiento normativo, en particular al Capítulo 12 de la norma de referencia. Mayores antecedentes en el Estudio de vibraciones (Anexo 2 de la Adenda).
Posteriormente en la Adenda Complementaria, el titular complementó la información presentada, realizando una evaluación de vibración respecto al capítulo 8 de la normativa citada, la cual establece el parámetro de molestia a la población como umbral.
Como se indicó en el capítulo “Descripción de proyecto” del ICE, se utilizará placas compactadoras manuales con niveles de vibración no superior a 75 dB a 8 metros. De acuerdo a los resultados obtenidos (ver Tabla 4.6.4.4. del ICE), la estimación de niveles de vibración para la fase de construcción no supera el valor criterio de categoría 2.
De manera complementaria se implementará: Consideraciones de diseño del proyecto:
eDirigir los camiones y maquinaria pesada lejos de sectores residenciales sensibles. Seleccionar lugares con la menor cantidad de hogares si no hay alternativas disponibles.
eOperar el equipo de movimiento de tierra en el lote de construcción lo más lejos posible de sitios sensibles a la vibración
Secuencia de operaciones:
eEvitar faenas simultáneas de movimiento de tierra e impacto en el suelo, para que no ocurra en el mismo período de tiempo. A diferencia del ruido, el nivel de vibración total producido podría ser significativamente menor cuando cada fuente de vibración funciona por separado.
Métodos alternativos de construcción:
eSeleccionar métodos de construcción que no impliquen impacto, siempre que sea posible. Por ejemplo, retirar paneles de suelo en vez de usar martillos neumáticos para su demolición.
eEvitar rodillos vibratorios cerca de áreas sensibles, priorizando el uso de maquinaria de menor emisión de vibraciones como placas compactadoras, con niveles de vibración no superior a 75 dB a 8 metros.
Control de vibración mediante la incorporación de una zona de circulación:
eImplementar una zona de circulación en relación a la ubicación de los receptores afectados, dicha solución busca generar un área dentro del cual se asegura la circulación de maquinaria pesada al interior del predio, alejando las fuentes de vibración de los receptores afectados.
eLa zona de circulación deberá contar con las medidas de
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seguridad necesarias para asegurar su correcta operación, El
radio de seguridad debe asegurar una distancia mínima de 20
metros a la ubicación del receptor cercano. En atención a lo expuesto anteriormente, es posible indicar que los niveles de vibración proyectados hacia los receptores se encuentran bajo el nivel límite para criterio de molestia en Categoría 2. Además, se mantendrá un canal directo de información con la comunidad para lo cual se implementará en las oficinas de la instalación de faena un libro de reclamo y se informará a los vecinos del área de influencia cuando se empiecen a realizar las obras de construcción, momento en el cual se les entregará además un correo correspondiente al administrador de la obra, con el fin de mantener la buena convivencia.
Residuos, productos químicos y otras sustancias que puedan afectar el medio ambiente.
Residuos domiciliarios
Los residuos domiciliarios serán almacenados temporalmente en contenedores plásticos debidamente rotulados de 120 litros que serán ubicados en lugares accesibles, distribuidos dentro de las obras y áreas de la instalación de faenas, los cuales se vaciarán periódicamente para evitar la generación de malos olores y la atracción y propagación de vectores sanitarios. Los residuos domiciliarios serán retirados con una frecuencia mínima de 3 veces por semana por empresas externas debidamente autorizadas para realizar su traslado a un relleno sanitario autorizado sanitaria y ambientalmente (Figura N*1.14, de la DIA: Tipo de contenedor a disponer). Se estima una cantidad de 14,25 (ton/año) y un máximo de 17,82 (ton/año). Mayores antecedentes en la Tabla 4.6.5.1. del ICE.
Residuos sólidos no peligrosos
Los residuos sólidos no peligrosos generados por la construcción serán almacenados temporalmente en un patio de acopio. Este patio de acopio será transitorio, de modo que los residuos no peligrosos serán finalmente dispuestos en un lugar autorizado para ello, se mantendrá un registro en faena para asegurar su correcta disposición final de materiales. El transporte y disposición final de los residuos sólidos no peligrosos de construcción serán realizados por una empresa autorizada y dispuestos en rellenos sanitarios autorizados sanitaria y ambientalmente.
A continuación, se detalla una estimación de los residuos generados por año de construcción:
Año | Excavaciones | Hormigón | Cerámico Fierros | Otros (m3) (m3) [al (Kg) (Kg) 1 9.480,2 2019,9 0 224.42 | 128 9,1 2 0 1346,6 86,1 149.61 | 85,4 9,4
(Fuente: Tabla N*1,17. de la DIA: Cantidad de residuos no peligrosos a generar por año de construcción)
Residuos peligrosos
Serán almacenados temporalmente (hasta 6 meses) en una bodega de residuos peligrosos, con autorización sanitaria, para su posterior disposición final en un relleno sanitario autorizado cumpliendo con la normativa D.S. N*148/03 del MINSAL. A continuación, se muestra una Tabla con la estimación de generación de residuos peligrosos.
Envases de | Envases de | Envases de Manejo | Disposición Adhesivos, | Pinturas Solventes
Aceites y | (m3) (m?)
Barnices
(m)
10
4,18 1,49 2,09 Bodega de | Sitio Residuos autorizado Peligrosos | para su disposición final
(Fuente: Tabla N*1.18. de la DIA: Residuos Peligrosos a generar en la fase de Construcción).
Sustancias peligrosas
Para la correcta manipulación de estas sustancias, se encontrará
habilitada una bodega con estructura metálica para almacenar este
tipo de sustancias. Cabe mencionar que la bodega de almacenamiento de sustancias peligrosas cumplirá con lo dispuesto
en el D.S. N”43/2016.
Las sustancias peligrosas a almacenar serán principalmente
pinturas y diluyentes. El lugar donde se almacenarán las sustancias
peligrosas contará con un sistema de control de derrames, y con un sistema manual de extinción de incendios. Además, se contará con hojas de datos de seguridad de cada una de las sustancias almacenadas a disposición de quienes las manejan de acuerdo a la
Norma Chilena Oficial N“2245 del 2003. El Plan de acción para
actuar ante una situación de emergencia en caso de derrames de
combustibles, será aplicable en todas las áreas donde se almacenen
o se manipulen productos peligrosos. Una vez ocurrido un derrame,
la persona encargada se equiparará con el equipo de protección
personal necesario para la contingencia inmediata, y realizará las siguientes acciones:
e Delimitar, cercar y señalizar el área afectada.
e Deberá controlar la fuente del derrame (sellar la fuga o taponearla, corte de suministro, etc.).
e Contener el derrame construyendo diques de tierra, arena o zanjas en el área afectada.
e Evitar que el producto alcance alcantarillas o cursos de agua presentes en el área.
e Una vez controlado, se procederá a adicionar un material absorbente al material derramado y zona del derrame.
e Finalmente, el material impregnado (material absorbente) se dispondrá en tambores apropiados de residuos peligrosos para su disposición final en un lugar autorizado para tales fines.
e Se deberá escarpar toda la zona afectada hasta la profundidad necesaria de tal forma que se demuestre que no hay mezcla del sustrato con la sustancia de derrame. El material contaminado extraído se dispondrá en tambores apropiados de residuos peligrosos para su disposición final en un lugar autorizado para tales fines.
Para realizar este procedimiento, el personal a cargo contará con los equipos de protección personal y herramientas necesarias para atender este tipo de contingencia en relación con los productos almacenados en la obra.
Referencia al ICE para mayores detalles sobre esta fase.
Sección 4.6. del ICE “Fase de construcción”
4.3.2. FASE DE OPERACIÓN
Edificio
El proyecto pretende la construcción de un total 165 unidades habitacionales, dispuestas en 1 edificio de 13 pisos habitables. De acuerdo al tipo de proyecto, las edificaciones a construir cumplirán con las exigencias establecidas en la Ordenanza General de Urbanismo y Construcción, en especial en lo referente a la estabilidad, requerimientos de aislación térmica, de aislación acústica y retardo al fuego.
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Nivel subterráneo
El proyecto considera la implementación de un nivel subterráneo, los cuales serán destinados a estacionamientos, bodegas y salas de equipos,
Obras de urbanización
Redes de agua potable y aguas servidas
Respecto al método constructivo:
La alimentación de agua potable para el edificio en todos sus pisos, vendrá del estanque de acumulación de agua potable enterrado, a través de un sistema mecánico de elevación.
La excavación realizada mediante excavadora de la zanja donde va ubicada la tubería de aguas potable donde se instala la tubería y luego se procede al relleno. Nuevamente, el avance es lineal, es decir, se va avanzando por tramo (se excava, se coloca tubería y luego se rellena con el mismo material), no existe acopio ni transporte de material excavado.
Por su parte, la instalación de la red de aguas servidas se ha proyectado de forma tal que el Lote evacúe las aguas servidas al colector público, proyectados en cañería de Policloruro de Vinilo (PVC) Clase L en diámetro 200 mm, los cuales evacuarán hacia el colector público,
Las soluciones adoptadas para el diseño de las redes proyectadas son normales en cuanto a diámetros, sentidos de escurrimientos y pendientes.
Se va avanzando por tramo (se excava, se coloca tubería y luego se rellena con el mismo material), no existe acopio ni transporte de material excavado
Más antecedentes en Anexo 5.1 y 5.2 de la DIA.
Sistema de Aguas lluvias
La evacuación de las aguas lluvia se realizará mediante la construcción de canaletas que captan las aguas superficiales de los pasajes, para luego ser conducidas a través de colectores a estanque de regulación que amortiguan el caudal máximo producido por tormenta, el cual se encontrará en el extremo derecho del predio a un costado de la C.I N*5 donde se conectará con el Condominio Cumbres, para luego evacuar al colector primario existente que pasa dentro del recinto vecino denominado Lote Al con dirección calle Av. Colon 8537 (Ex. 8543).(Figura N"4 de la Adenda: Estanque de regulación y punto de conexión con Condominio Cumbres).
Más antecedentes en Anexo 5.3 de la DIA, complementado con la Figura N*3 de la Adenda “Proyecto de aguas lluvias”, adjunto en el Anexo 1 de la Adenda.
Pavimentación
Para el caso de las obras de pavimentación, éstas se ceñirán de acuerdo a lo establecido en la Ordenanza General de Urbanismo y Construcción (OGUC), sin perjuicio del cumplimiento de las demás exigencias que sobre la misma materia se deriven de la aplicación de las normativas relacionadas. Las especificaciones de los pavimentos de las calzadas y veredas los determinará el Servicio Regional de Vivienda y Urbanismo (SERVIU) o la Municipalidad respectiva.
Además, acorde a las modificaciones en la OGUC realizadas en el año 2016, el titular incorporará junto a las respectivas tramitaciones sectoriales de los permisos de edificación correspondientes, los planos de accesibilidad universal, de esta manera dar cumplimiento a la normativa vigente.
Mayor detalle del proyecto de pavimentación se encuentra en el Anexo 5.4, de la DIA.
Figura N*1.8, de la DIA: Proyecto de pavimentación, Lámina Anexo 5.4
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Sistema de energía eléctrica
El suministro eléctrico para el proyecto será abastecido por empalmes desde la red de la empresa distribuidora CGE DISTRIBUCIÓN S.A.
Estacionamientos
El proyecto considera un total de 168 estacionamientos, con dimensiones de 5,0 m de largo y 2,5 m de ancho, de los cuales 66 estacionamientos estarán a nivel de piso, mientras que 98 estarán en el nivel bajo la cota 0, tal como se mencionó anteriormente. Además, el proyecto considera la implementación de 185 estacionamientos para bicicletas, de los cuales 70 estarán a nivel de piso y el restante estará en el piso subterráneo.
Ver Figura N?1.9. de la DIA: Estacionamientos proyectados.
Señalización
Para la fase de construcción se implementará la señalización adecuada en las zonas de acopio y caminos internos, bodegas, etc., de acuerdo a los estándares que para estos efectos indican los reglamentos de seguridad pertinentes.
Mantención de viviendas por garantía
De acuerdo a Ley N”20.016, existen responsabilidades ante los usuarios por fallas en las viviendas o departamentos, durante estos plazos la inmobiliaria que concrete la venta es responsable de las fallas. Los plazos para hacer efectivas responsabilidades en caso de fallas se presentan a continuación:
Tipo de Falla Plazos de Garantías Falla a la estructura 10 años
Elementos constructivos | 5 años
o de instalaciones Terminaciones o de |3 años acabado (Fuente: Tabla N*1.20. de la DIA: Plazos de mantenciones de viviendas por parte del inmobiliario)
En este periodo las mantenciones se realizarán de acuerdo al tipo de falla y se realizarán mediante equipos menores de técnicos especializados según las características de la falla.
Se hace presente que, de acuerdo a lo indicado por el titular en la Adenda, el proyecto no tiene contemplado la instalación de un sistema de calefacción por departamento. Por su parte, el proyecto en construcción (Condominio Cumbres) tampoco considera la implementación de algún sistema de calefacción.
Productos generados
No aplica. El proyecto no contempla generar productos durante la fase de operación.
Recursos naturales renovables
No aplica. El presente proyecto no contempla extraer, explotar o utilizar recursos naturales durante su fase de operación.
Emisiones y efluentes
MP 10, MP 2.5, CO, NOx, Sox, HC.
Para la estimación de emisiones atmosféricas durante la fase de operación del proyecto, fueron consideradas aquellas emisiones generadas por el proyecto en evaluación (habitabilidad de 165 departamentos), y aquellas que componen la situación basal (habitabilidad de 278 departamentos del proyecto sin RCA). Por lo anterior, para cada año de operación se consideró las actividades de: tránsito de vehículos por caminos pavimentados, combustión interna de los motores de los vehículos que transitan tanto fuera como dentro del área del proyecto, generando distintos contaminantes según la actividad. Mayores detalles se pueden encontrar en el Anexo 3.1. de la DIA.
A continuación, se presentan las emisiones generadas en la operación del proyecto.
Contaminante | Emisiones (ton/año)
Año 1 Año 2 Año 3
13
MP0 0,17 0,17 0,27 MP 2.5 0,04 0,04 0,06 co 2,41 2,41 3,84 NOx 0,13 0,13 0,20 SOx 0,00 0,00 0,00 HC 0,13 0,13 0,21
(Fuente: Tabla N*1.21. de la DIA: Resumen de emisiones por contaminante en fase de operación)
Emisiones líquidas
En esta fase se generarán residuos líquidos provenientes de las aguas servidas. Estos serán descargados a la red de alcantarillado y tratados por una empresa sanitaria.
Ruido
De acuerdo a la naturaleza del proyecto, los niveles de emisión de ruido del proyecto en su etapa de operación se asocian únicamente a ruido comunitario de las viviendas entregadas.
Residuos, productos químicos y Otras sustancias que puedan afectar el medio ambiente.
Residuos sólidos domiciliarios
Como el proyecto contempla la construcción de edificios de 13 pisos, cumplirá íntegramente con la Resolución N* 7.328, que aprueba el Reglamento sobre eliminación de basuras en edificios elevados, en este caso en particular,
En la máxima operación del conjunto habitacional, lo que ocurrirá cuando la totalidad de las 165 unidades habitacionales se encuentren habitadas, la cantidad de residuos domiciliarios será de 726 [kg/día], considerando un promedio de aproximadamente 1,1 [kg de residuos/día/habitantes] y una cantidad total de 660 personas habitando el proyecto inmobiliario (con un promedio de 4 personas por vivienda por un total de 165 unidades habitacionales). Finalmente, se establece que estos serán recolectados por el servicio municipal de retiro de basura de acuerdo a la programación con la que cuente la Ilustre Municipalidad de Hualpén.
Referencia al ICE para mayores detalles sobre esta fase.
Sección 4.7. del ICE “Fase de operación”
4.3.3. FASE DE CIERRE:
No aplica
Dada la naturaleza del proyecto, este no contempla fase de cierre.
Referencia al ICE para mayores detalles sobre esta fase.
Sección 4.8. del ICE “Fase de cierre”
4.4. CRONOLOGÍA DE LAS FASES DEL PROYECTO
4:4.1. FASE DE CONSTRUCCIÓN
Fecha estimada de inicio
Segundo semestre de 2020, sujeto a obtención de RCA.
Parte, obra o acción que establece el inicio
Preparación del terreno
Fecha estimada de término
Año 2022.
Parte, obra o acción que establece el término
Desarme de las instalaciones de apoyo a la fase de construcción.
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4.4.2. FASE DE OPERACIÓN
Fecha estimada de inicio
Primer semestre del año 2022.
Parte, obra o acción que establece el inicio
Entrega de departamentos a los respectivos propietarios.
Fecha estimada de término
Dado que la vida útil del proyecto es indefinida, no contempla término
de fase.
Parte, obra o acción que establece el término
No aplica
4.4.3. FASE DE CIERRE
No aplica. El proyecto no contempla fase de cierre o abandono.
5%. Que, durante el proceso de evaluación se han presentado antecedentes que justifican la inexistencia de los siguientes efectos, características y circunstancias del artículo 11 de la Ley N?
19.300:
5.1. RIESGO PARA LA SALUD DE LA POBLACIÓN, DEBIDO A LA CANTIDAD Y CALIDAD DE
EFLUENTES, EMISIONES Y RESIDUOS
Impacto ambiental
Aumento de la concentración de material particulado PM 2.5 y PM 10:
El proyecto se emplazará en la comuna de Hualpén, Declarada Zona Latente por material particulado respirable MP10 como concentración de 24 horas, mediante D.S. N41/2006 del Ministerio Secretaría General de la Presidencia y Declarada Zona Saturada por material particulado fino respirable MP2.5, como concentración diaria, mediante el D.S. N15/2015 del MMA. Actualmente se encuentra en vigencia el Plan de Prevención y Descontaminación Atmosférica (PPDA) para las comunas de Concepción Metropolitano, entre las cuales se encuentra la comuna de Hualpén.
Al respecto, dicho PPDA indica en su art. 53 “Desde la entrada en vigencia del presente decreto, los proyectos o actividades y sus modificaciones que ingresen al Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental (SETA) que generen un aumento de emisiones directas y/o indirectas respecto de su situación base, en valores iguales o superiores a los que se presentan en la Tabla N*27, deberán compensar sus emisiones en un 120% del monto total anual de las emisiones de la actividad o proyecto.
Tabla N*27: Límite de emisión máxima de proyectos para compensación de emisiones”
Contaminante Emisión máxima (ton/año) MP 25 2,3 MP ¡0 5 SO» 10 NOx 20
Si bien el proyecto generará estos contaminantes durante la fase de construcción y operación, de acuerdo a los antecedentes presentados en la sección 4.6.4. y 4.7.5. del ICE, éstas no superarán las cantidades indicadas en la tabla anterior, por cuanto el proyecto no debe compensar sus emisiones.
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Parte, obra o acción que lo genera . Preparación de terreno
. Habilitación de caminos y acceso a la obra . Movimiento de tierra . Tránsito vehicular Fase en que se presenta Construcción y operación Impacto ambiental Aumento de los niveles de presión sonora en los
receptores más cercanos
El área de influencia del proyecto se estableció estimado el polígono en el cual el nivel proyectado se encuentra sobre el menor nivel de ruido de fondo medido. Este criterio considera el área dentro del cual, el proyecto genera alteración en la situación basal de su entorno.
Se estimó un escenario acorde al desarrollo del proyecto. Los frentes de trabajo consideran la maquinaria de mayor emisión a nivel de suelo y en altura, ubicada como un único frente de acción, sobre cada receptor evaluado. Cada frente de trabajo fue ubicado a la menor distancia posible, acorde a cada receptor identificado. En atención a la estimación realizada, y de acuerdo a lo detallado en la sección 4.6.4 del ICE, es posible indicar que el proyecto da cumplimiento normativo al D.S. N* 38/11 del MMA.
Parte, obra o acción que lo genera Uso de distintas máquinas y equipos que entre las más significativas destacan:
e Faenas de excavaciones e Preparación del terreno + Movimiento de material
e Construcción de edificio
Fase en que se presenta Construcción
Impacto ambiental Molestia por generación de vibración
Según el cronograma de actividades de la fase constructiva se estima la utilización de maquinaria que genera vibraciones por un periodo de 12 meses.
De acuerdo a lo detallado en la sección 4.6.4. del ICE, el proyecto los niveles de vibración proyectados hacia los receptores se encuentran bajo el nivel límite para criterio de molestia hacia receptores (Capítulo 8 de la norma de referencia).
Parte, obra o acción que lo genera | Obra gruesa, uso de maquinaria Rodillo vibrador
Fase en que se presenta Construcción
Referencia al ICE para mayores Sección 5.1. del ICE detalles sobre este impacto específico Sección 6.1. del ICE
El análisis que justifica la no afectación en los términos establecidos en el literal a) del art. 5 del RSEIA, se basa en que el proyecto se emplazará en la comuna de Hualpén, Declarada Zona Latente por Material Particulado respirable MP10 como concentración de 24 horas, mediante D.S. N41/2006 del MINSEGPRES y Declarada Zona Saturada por Material Particulado fino respirable MP2.5, como concentración diaria, mediante el D.S. N15/2015 del MMA. Cabe indicar que actualmente se encuentra en vigencia el Plan de Prevención y Descontaminación Atmosférica para las comunas de Concepción Metropolitano, mediante Decreto N? 6/2018 del MMA, aplicable a la comuna de Hualpén.
Como se detalló en la sección 5.1. del ICE, las actividades que generan emisión de contaminantes son principalmente, preparación de terreno, habilitación de caminos y acceso a la obra, movimiento de tierra y tránsito vehicular.
Dado que la mayor cantidad de emisiones se generará durante la fase de construcción del proyecto,
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se estudió la concentración de las emisiones producto de la construcción del último año y la operación por uso de vehículos en este mismo del proyecto inmobiliario Condominio Alto Mirador. De esta forma, fueron modeladas las emisiones MP 10, MP2,5, a fin de determinar las concentraciones que éstos tendrán en la atmósfera y desde este punto de vista, evaluar el aporte a la línea de base. Respecto a la magnitud de las concentraciones simuladas, se observa que tanto la concentración promedio anual como la concentración promedio 24 horas son bajas, en relación a las normas primarias de calidad ambiental, MP10 y MP 2.5.
Respecto a la dispersión de la concentración promedio anual de MP10, los resultados arrojaron que las concentraciones modeladas van desde los 0,0045 ug/m a los 0,0105 g/m”. En cuanto a la dispersión de la concentración promedio 24 horas de MP10, al igual que la pluma de dispersión simulada para las concentraciones promedio anual, la pluma de dispersión como promedio de 24 horas tendría lugar con leve predominancia del transporte de contaminantes hacia el este, en la pluma de dispersión se observa un área de concentraciones mayores, cuyo rango de concentración varía entre los 0,0672 y 0,0806 .g/m, emplazándose en el proyecto y al este del foco emisor.
En cuanto al análisis de los resultados para el MP2,5 tanto para la concentración promedio anual y 24 horas, es posible indicar que respecto a la dispersión de la concentración promedio anual de MP2,5, la concentración generada en la atmosfera de las emisiones de MP2,5 es de baja magnitud y varía desde los 0,0037 a los 0,0073 1g/m?. Por su parte, en cuanto a la pluma de dispersión para este
contaminante simulada por el modelo en concentración promedio diaria, de donde es importante señalar:
+» Las concentraciones varían en el rango de 0,0255 a 0,0600 ug/m?.
+. Se observó una zona de máxima concentración ubicada en el proyecto y aledaña a él, especificamente en la componente Este.
En la Tabla N*2.16, de la DIA se presentan los resultados de la modelación discreta de cada punto receptor, de la cual se observa que en general las concentraciones modeladas son de baja magnitud.
En la Tabla N“2.17, se observa el aumento de la concentración basal registrada en las EMRP Bocatoma y Kingston College entre enero y diciembre de 2018 (último año analizado) para MP10 y MP2,5.
Los resultados proyectados para la estación Bocatoma, sólo resulta posible caracterizar el incremento de la situación basal para MP10, en el cual se prevé un incremento de la condición basal de 0,0007% para la concentración promedio diario y 0,0002% para la concentración promedio anual de MP10. En relación a la estación Kingston College, las concentraciones modeladas proyectan un aumento de la condición basal de 0,0009% para la concentración promedio diario y 0,0003% para la concentración promedio anual de MP10. Mientras que para MP2,5 se esperan incrementos correspondientes a 0,0003% y 0,0008% como concentración anual y diaria respectivamente.
Por lo cual, teniendo en cuenta que esta estación representa zonas urbanas pobladas de la ciudad resulta importante destacar que se prevé un aumento no significativo, en términos de la magnitud y duración de la generación de emisiones atmosféricas, y en consideración a lo establecido en las normas primarias de calidad ambiental, ya que se estima que la fase de construcción tenga una duración de 20 meses y dada la naturaleza del proyecto, que corresponde a edificios, las emisiones atmosféricas durante la fase de operación, se basa en las emisiones generadas por el tránsito vehicular de los futuros residentes. A su vez, en base a la estimación de emisiones, el proyecto no debe compensarlas, de acuerdo al Plan de Prevención y de Descontaminación Atmosférica para las comunas de Concepción Metropolitano (D.S.N*6/2018, del Ministerio del Medio Ambiente).
Por su parte, el análisis de no afectación en los términos establecidos en el literal b) del art. 5 del RSEIA, se basa en los antecedentes presentados por el titular, específicamente el Anexo 3.5. de la DIA “Estudio acústico”, complementado en la Adenda, y posteriormente en la Adenda Complementaria y su posterior evaluación por la Autoridad Sanitaria, lo cual permite concluir que el proyecto no supera los valores de ruido establecidos en el D.S. N38/11 del MMA. A mayor abundamiento, la autoridad Sanitaria indicó en su pronunciamiento, mediante Ord. N? 208 de fecha 12 de febrero de 2020 que: “D.S. N38/2011 MMA: Los antecedentes presentados permiten acreditar el cumplimiento de esta norma.”
Lo anterior, permite concluir que el proyecto no generará riesgo a la salud de la población por la generación de emisiones de ruido en sus distintas etapas, en particular durante la fase de construcción.
Respecto a los antecedentes que justifican la no afectación en los términos establecidos en el literal c) del art. 5 del RSEIA, es posible indicar que el detalle de la generación y manejo de emisiones y efluentes se presenta en las Tablas 4.6.4.1 y 4.6.4.2 para la fase de construcción, y en
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las Tablas 4.7.51 y 4.7.5.2 para la fase de operación del ICE. Lo anterior, complementado con la normativa ambiental aplicable detallada en el capítulo 8 del ICE.
A mayor abundamiento, la guía de evaluación del “Riesgo para la salud de la población en el SEIA” indica que, la exposición de un contaminante respecto a la población, tiene lugar cuando existe una ruta de exposición completa, la que ocurre cuando, entre otras cosas, existe un medio para que se desplace el contaminante, como por ejemplo las aguas subterráneas. Si bien, durante la fase de construcción del proyecto, se realizará agotamiento de napa subterránea, como se detalla en la sección 4.6.1. del ICE, esto no corresponderá a una ruta de exposición de algún contaminante y que de esta manera pueda constituir un riesgo a la salud de las personas.
En cuanto a los antecedentes que permiten justificar la no afectación en los términos establecidos en el literal d) del art. 5 del RSEIA, es posible indicar que el detalle de la generación y manejo de residuos se presenta en los puntos 4.6.5 y 4.7.6 del ICE para la fase de construcción y operación respetivamente. Lo anterior, complementado con la normativa ambiental aplicable detallada en el capítulo 8, así como los permisos ambientales sectoriales, identificados en el capítulo 9 del ICE.
En base a lo anterior y a la evaluación de los organismos competentes, es posible indicar que el manejo y disposición de residuos no se realizará sobre recursos naturales renovables, incluidos el suelo, agua y aire; y de acuerdo a lo indicado en la Guia “Riesgo para la salud de la población” es posible indicar que “dado que no hay posibilidad de contacto entre personas y contaminantes, no hay posibilidad de exposición y no hay riesgo a la salud de las personas”.
5.2. EFECTOS ADVERSOS SIGNIFICATIVOS SOBRE LA CANTIDAD Y CALIDAD DE LOS RECURSOS NATURALES RENOVABLES, INCLUIDOS EL SUELO, AGUA Y AIRE
Impacto ambiental Pérdida de suelo terrestre
Durante la fase de construcción, se contempla la realización de retiro de escarpe, movimientos de tierra. El escarpe se realizará mediante el uso de maquinaria típica para este tipo de faenas, además, durante la fase de operación, existirán construcciones de carácter permanente (edificios).
El suelo afecto a recibir impacto corresponderá 0,45 ha. correspondiente al proyecto en evaluación y a 1 ha. del proyecto existente, por lo tanto, la superficie total intervenida por el proyecto es de 1145 ha, aproximadamente.
Componente(s) ambientales) Suelo afectado(s)
Parte, obra o acción que lo genera + Faenas de excavaciones + Preparación del terreno
- Movimiento de material
- Construcción de edificio
Fase en que se presenta Construcción y operación
Impacto ambiental Afectación al recurso hídrico subterráneo en términos de cantidad
Para efecto de la ejecución del proyecto, de carácter permanente, el proyecto considera agotamiento de napa, toda vez que el nivel freático en el área proyectada varía entre 1.62 a 1.81 metros.
Se realizará agotamiento en base a una malla de punteras durante aproximadamente 8 meses. El sistema de agotamiento deberá asegurar una depresión ininterrumpida durante todo el tiempo que demanden las faenas de excavación, de compactación del sello de fundación y parte de la construcción del edificio.
Componente(s) ambiental(es) Agua
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afectado(s)
Parte, obra o acción que lo genera
Agotamiento de napa
Fase en que se presenta
Construcción
Impacto ambiental
Alteración de la calidad del aire por aumento de la concentración de material particulado PM 2.5 y PM 10.
El proyecto se emplazará en la comuna de Hualpén, declarado zona latente por material particulado respirable MP10 como concentración de 24 horas, mediante D.S. N41/2006 del Ministerio Secretaría General de la Presidencia y Declarada zona saturada por material particulado fino respirable MP 2.5, como concentración diaria, mediante el D.S. N15/2015 del MMA. Actualmente se encuentra en vigencia el Plan de prevención y descontaminación atmosférica para las comunas de Concepción Metropolitano, entre las cuales se encuentra la comuna de Hualpén. Al respecto, dicho PPDA indica en su art. 53 “Desde la entrada en vigencia del presente decreto, los proyectos o actividades y sus modificaciones que ingresen al Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental (SEIA) que generen un aumento de emisiones directas y/o indirectas respecto de su situación base, en valores iguales o superiores a los que se presentan en la Tabla N“27, deberán compensar sus emisiones en un 120% del monto total anual de las emisiones de la actividad o proyecto.
Tabla N*27: Límite de emisión máxima de proyectos para compensación de emisiones
Contaminante Emisión máxima (ton/año) MP 25 23 MP ¡0 5 SO2 10 NOx 20
Si bien el proyecto generará estos contaminantes durante la fase de construcción y operación, de acuerdo a los antecedentes presentados en la sección 4.6.4. y 4.7.5. del ICE, éstas no superarán las cantidades indicadas en la tabla anterior, por cuanto el proyecto no debe compensar sus emisiones.
Componente(s) ambiental(es)
afectado(s)
Aire
Parte, obra o acción que lo genera
e Movimiento de tierra
e Tránsito de camiones
e Excavaciones y escarpe del terreno e Tránsito de vehículos y maquinarias.
Fase en que se presenta
Construcción y operación
Impacto ambiental
Pérdida de vegetación
Respecto a la flora, el área de influencia del proyecto se clasifica dentro del piso vegetacional “Bosque esclerófilo mediterráneo Costero de Lithrea caustica y Azara integrifolia del cual conserva 2 especies de la flora original: Muehlenbeckia hastulata, nativa y Genista monspessulana, introducida, ambas registrados en la “Zona
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Arbustivo-Arbórea”. Otra especie de importancia registrada en esta zona corresponde a Aristotelia chilensis. En general el área de influencia se enmarca en una zona de alta antropización, dado por la gran cantidad de especies exóticas y además por la gran cantidad de desechos domésticos y de construcción presente. A mayor abundamiento, la mayor superficie del área de influencia total corresponde al área de emplazamiento del proyecto, la cual se encontraba intervenida casi en su totalidad y prácticamente desprovista de vegetación.
Durante la fase de operación, existirán construcciones de carácter permanente,
Componente(s) ambiental(es) Flora afectado(s) Parte, obra o acción que lo genera + Acondicionamiento del Terreno
- Escarpe o Extracción de la capa vegetal
- Movimientos de tierra
Fase en que se presenta Construcción y operación Impacto ambiental Perturbación de fauna
En cuanto a la fauna, destaca el registro de 2 especies de reptiles correspondientes a Liolaemus tenuis (Lagartija esbelta) y Liolaemus lemniscatus (Lagartija lemniscata), ambas en categoría de “preocupación menor” de acuerdo al RCE, las cuales se encuentran distribuidas principalmente en las zonas en las cuales hay presencia de árboles caídos del área de influencia del proyecto. Sin embargo, estos sectores no se verán alterados por las partes, obras y/o acciones que contempla el proyecto, por lo que no se tendrá una afectación a su hábitat. Respecto a las aves, registro total de avifauna correspondiente a 19 especies. En el análisis de este grupo de vertebrados encontramos que la especie con mayor abundancia corresponde a Spinus barbata (Jilguero), Chincol, Zorzal y Chirigúe.
Componente(s) ambiental(es) Fauna afectado(s)
Parte, obra o acción que lo genera No aplica Fase en que se presenta No aplica
Referencia al ICE para mayores | Sección 5.2. del ICE detalles sobre este impacto específico * Sección 5.2.1. Suelo e Sección 5.2.2. Agua e Sección 5.2.3, Aire
e Sección 5.2.4, Biota
Sección 6.2. del ICE
El análisis que permite concluir que el proyecto no genera ni presenta efectos adversos significativos sobre la cantidad y calidad de los recursos naturales renovables, incluido el suelo, agua y aire, se basa en lo siguiente:
En el área de influencia del proyecto, no se registró la presencia de recursos naturales renovables escasos, únicos y/o representativos, de acuerdo a los criterios indicados en la sección 5,2. de la guía de evaluación de impacto ambiental “Efectos adversos sobre recursos naturales renovables” del SEA.
Las partes, obras y acciones que considera la ejecución del proyecto no tendrán efectos significativos sobre superficie de suelo generado por la susceptibilidad de perderse o degradarse por erosión, compactación o contaminación, o de su capacidad para sustentar biodiversidad por degradación, erosión, impermeabilización, compactación o presencia de contaminantes, dado que el
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área de emplazamiento del proyecto presenta un alto grado de antropización y acumulación de desechos domésticos y de construcción. Además, se hace presente que el proyecto se emplazará en zona urbana, específicamente en sector S-2, que permite uso de vivienda y equipamiento de escala regional, comunal y vecinal, por cuanto su uso es compatible con el proyecto.
En cuanto a la biodiversidad presente en el área de influencia, específicamente respecto a la flora, el área de influencia del proyecto se clasifica dentro del piso vegetacional “Bosque esclerófilo mediterráneo Costero de Lithrea caustica y Azara integrifolia” el cual conserva 2 especies de la flora original: Muehlenbeckia hastulata, nativa y Genista monspessulana, introducida, ambas registrados en la “Zona Arbustivo-Arbórea” y Aristotelia chilensis. En general el área de influencia se enmarca en una zona de alta antropización, como se indicó anteriormente.
En terreno se registró un total 39 especies distribuidas 19 familias de flora presentes en el área de influencia, de las cuales sólo 2 tiene origen nativo. Ninguna de las 2 especies nativas se encuentra clasificada en alguna categoría de las definidas por la RCE del MMA o la IUCN. Por cuanto, es posible indicar que la extracción de la escasa vegetación en el área de influencia, la cual no corresponde a un recurso natural escaso, único y/o representativo, no generará un efecto adverso significativo sobre dichos recursos naturales renovables, debido a su alto grado de intervención actual.
Por su parte, respecto a la fauna, se identificaron 21 especies distribuidas entre el grupo de los Reptiles y Aves. La mayor riqueza específica perteneció al grupo de las aves con 19 especies registradas, seguida por el grupo de los reptiles con 2 especies. correspondientes a Livalemus lemniscatus (Lagartija lemniscata) y Liolaemus tenuis (Lagartija tenue) la que se encuentra en categoría de conservación “Preocupación Menor”. Sin embargo, dicha categoría no corresponde a aquella considerada como recurso escaso en términos del SEIA (correspondientes a en peligro, en peligro crítico y vulnerable).
Se hace presente que, en términos generales, la fauna registrada dentro del área de influencia, presenta una alta tolerancia a las modificaciones antrópicas, dado que el lugar se encuentra altamente intervenido debido al despeje de vegetación, movimiento de tierras, circulación de camiones lo cual explica la baja presencia de la misma en la zona de emplazamiento del proyecto. En este contexto, cabe indicar que el Servicio Agrícola Ganadero, SAG, mediante Ord. N* 1384/2019 de fecha 13 de diciembre de 2019, se excluyó de participar de la evaluación ambiental del proyecto.
Por lo anteriormente expuesto, es posible concluir que, debido a las características actuales que presenta el suelo en el área de influencia, el uso permitido de acuerdo al CIP y la escasa biodiversidad que sustenta, la ejecución del proyecto no generará un cambio significativo respecto de su condición actual. Mayores detalles respecto a flora y fauna en los Anexos 3.3. y 3.4. de la DIA, respectivamente.
Por su parte, los impactos sobre el suelo, agua o aire en relación con la línea de base, no poseen una magnitud y duración significativa. Como se ha indicado precedentemente el proyecto no generará un impacto significativo sobre el suelo, considerando tanto los usos a los cuales está destinado respecto de la planificación territorial, así como las condiciones actuales del mismo respecto de su capacidad para sustentar biodiversidad.
En cuanto al agua, el proyecto requiere durante su fase de construcción el agotamiento de napa freática en forma ininterrumpida, por aproximadamente 8 meses (ver detalle de la acción en la Tabla 4.6.1.2. del ICE). Se hace presente que el proyecto no contempla ejecutar sus faenas en circunstancias que su maquinaria esté en contacto con aguas superficiales o subterráneas. E este contexto, cabe hacer presente que la DGA, mediante Ord. N? 219 de fecha 07 de febrero de 2020 indicó: “...Conforme a los antecedentes contenidos, la DIA y Adenda es posible indicar que se aportan los antecedentes necesarios para concluir que el proyecto no requiere presentar un ElA, ya que no genera o presenta los efectos, características o circunstancias previstos en el artículo 11 de la Ley N* 19.300 sobre Bases Generales del Medio Ambiente”.
Respecto del aire, el proyecto genera la máxima cantidad de emisiones durante la etapa de construcción, sin embargo, estas son acotadas en magnitud y duración.
Cabe indicar que no existen normas secundarias de calidad ambiental, para componentes ambientales que pudieran ser afectadas por el proyecto.
En atención a lo anterior, así como al análisis presentado en la sección 6.2. del ICE, es posible concluir que el proyecto no genera ni presenta efectos adversos significativos sobre los recursos naturales renovables.
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5.3. REASENTAMIENTO DE COMUNIDADES HUMANAS O ALTERACIÓN SIGNIFICATIVA DE LOS SISTEMAS DE VIDA Y COSTUMBRES DE GRUPOS HUMANOS
Impacto ambiental
Susceptibilidad de alteración a los sistemas de vida de
grupos humanos
El proyecto se emplaza en la Zona ZM, la cual se refiere a una zona habitacional consolidada en donde predomina el uso residencial con equipamiento complementario, la cual no posee restricciones para este tipo de infraestructuras, permitiendo elementos tales como edificación de vivienda, equipamiento, entre otras. El área de influencia del proyecto se encuentra destinada para uso residencial que coexisten con usos de suelo asociados actividades económicas de indole comercial y de servicios, como supermercados, estaciones de servicio y restoranes.
Además, se hace presente que el área de intervención directa del proyecto corresponde a un terreno del titular que se encuentra altamente intervenido, cerrada perimetralmente y no presenta construcciones de viviendas, por cuanto no hay presencia de habitantes.
En cuanto a la alteración a los sistemas de vida de grupos humanos, especialmente hacia vecinos del proyecto, producido por la generación de vibración durante la fase de construcción, el proyecto no superará los niveles establecidos en el capítulo 8 (referido al criterio de molestia hacia receptores) de la norma de EE.UU., FTA- VA-90-1003-06 “Transit noise and vibration assessment”.
Respecto a los Grupos humanos pertenecientes a Pueblos Indigenas (GHPPD, en atención a la información presentada por el titular, corroborada por CONADI, es posible indicar que en el área de influencia del proyecto no existe presencia de comunidades y/o asociaciones indígenas, Títulos de merced ni Áreas de desarrollo Indígena (ADD, por cuanto, el proyecto no afectará a GHPPL
Parte, obra o acción que lo genera
Acciones que generan Vibración
Fase en que se presenta
Construcción y operación
Impacto ambiental
Susceptibilidad de afectación de los miveles de agua subterránea de pozos de uso humano,
Para efecto de la ejecución del proyecto, de carácter permanente, el proyecto considera agotamiento de napa, toda vez que el nivel freático en el área proyectada varía entre 1.62 a 1.81 metros.
Se realizará agotamiento en base a una malla de punteras durante aproximadamente 8 meses. El sistema de agotamiento asegurará una depresión ininterrumpida durante todo el tiempo que demanden las faenas de excavación, de compactación del sello de fundación y parte de la construcción del edificio.
Parte, obra o acción que lo genera
Agotamiento de napa
Fase en que se presenta
Construcción
Referencia al ICE para mayores detalles sobre este impacto específico
Sección 5.3. del ICE
El análisis que permite descartar la afectación en los términos establecidos en el artículo 7 del
RSEIA, se basa en lo siguiente:
El proyecto se ubica en el sector oriente de la comuna de Hualpén, en un sector residencial, no se identificaron recursos naturales al interior del área de influencia del proyecto que fueran utilizados
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como sustento económico ni tradicional por algún grupo humano. En este contexto, cabe indicar que el área de emplazamiento del proyecto se encuentra altamente intervenida, por cuanto, dado el carácter urbanizado del sector, se hace imposible la utilización de algún recurso natural en el área de emplazamiento del proyecto.
Para estimar si el proyecto genera obstrucción o restricción a la libre circulación, conectividad o aumento significativo en los tiempos de desplazamiento, el titular presentó un Estudio Vial (Anexo 3 de la DIA), en el cual se realiza una estimación del aumento en los tiempos de desplazamiento durante la fase de operación del proyecto, entre la condición actual (año 2019) y la proyección del escenario para el año 2023 (periodo en el cual en proyecto en su totalidad se encontraría en fase de operación), se consideró tomando como referencia la metodología EISTU. Por lo cual, se consideró desde cada ingreso o egreso a la vialidad pública analizada, hasta la(s) intersección(es) semaforizada(s) más próxima(s), que en este caso corresponde a intersecciones de cale Curanilahue/Colón y Cañete/Colón, de norte a sur respectivamente
La modelación mediante TRANSYT arrojó como resultado que, si bien los tiempos de desplazamiento aumentan, estos van en el periodo Punta mañana (7:15 — 8:45), de 54 segundos a 67,5 segundos, es decir un aumento de 13,5 segundos en dicho periodo, al igual que en el caso del periodo Punta tarde (18:15-19:45) el cual pasaría de 67,5 segundos a 90 segundos, aumentando 22,5 segundos. Por cuanto, no constituye un aumento significativo en los tiempos de desplazamiento. (Mayores antecedentes en el Anexo 3 de la DIA “Estudio Vial”).
Respecto a la generación de vibraciones durante la fase de construcción, según la información levantada en terreno, los receptores ubicados a menor distancia se encuentran sobre los 8 metros del límite del proyecto (condominio Los Conquistadores), por lo cual quedarían fuera de la zona de afectación estimada. De acuerdo a lo indicado en la sección 4.6.4. del ICE, el nivel de vibraciones que se generará se encuentra bajo el nivel límite para el criterio categoría II para los receptores más cercanos, el cual establece el parámetro de molestia a la población como umbral.
En cuanto a la demanda sobre servicios o infraestructura básica, se estima que se producirá un aumento durante la fase de operación del proyecto, sin embargo, no se estima significativo, toda vez que:
«No se verá sobrepasada la cobertura del transporte público de buses y líneas de colectivos.
«La demanda energética se encuentra cubierta en un 100% por una empresa de distribución local en el área de influencia.
»En atención al perfil socioeconómico estimado para los futuros residentes, correspondiente a C2 y C3, se estima que parte de los futuros propietarios del proyecto inmobiliario, podría acceder al sector privado y otro porcentaje en el sector público para atención médica.
*Por su parte, se estima que el proyecto aportará 1.772 personas en total, siendo un tercio de ellos niños (tasa de nacimientos en Chile es de 1,8 niños por mujer), por cuanto, la población en edad escolar que aportará el proyecto es de 560 niños en total. Al respecto, en el área de influencia se identifica la existencia de 11 establecimientos educacionales. Estos establecimientos permiten abordar en parte a la población en edad escolar del sector, sin perjuicio que los colegios posean alumnos de otros sectores de la intercomuna.
+En relación a la demanda de servicios sanitarios, del área de influencia se encuentra cubierta en un 100% por la empresa de cobertura local.
- Además, el proyecto cuenta con factibilidad de agua potable y alcantarillado.
»En cuanto a servicios comerciales, en el área de influencia se identifican establecimientos menores como locales de barrio o minimarkets, así como también establecimientos mayores, como supermercados.
«El área de influencia cuenta con total cobertura de servicios de comunicación. El proveedor depende de la elección de cada usuario, situación que se extenderá al proyecto.
+En cuanto a zonas de encuentro y espacios comunes, dentro del área de influencia se identifican pequeñas áreas verdes, como plazas y plazoletas.
Finalmente, a efectos de descartar la generación de inundación hacia los vecinos (aspecto consultado en el ICSARA), respecto a la evaluación de aguas lluvias, se hace presente que se realizará mediante la construcción de canaletas que captan las aguas superficiales de los pasajes, para luego ser conducidas a través de colectores al estanque de regulación que amortiguan el caudal máximo producido por tormenta, el cual se encontrará en el extremo derecho del predio a un costado de la C.I N*5 donde se conectará con el Condominio Cumbres, para luego evacuar a colector primario existente. Por lo anterior, es importante mencionar que la construcción del estanque de regulación justamente se realiza para evitar algún peligro de inundación para las viviendas colindante ya que
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dicha obra tiene como objetivo la regulación de las crecidas lo cual se traduce en una disminución del caudal máximo a la salida del estanque en comparación con el que llega a él debido a que fue diseñado para vaciarse lentamente. Mayores detalles en la observación N* 41 de la Adenda.
Cabe indicar que en el área de influencia del proyecto no se identificaron grupos humanos pertenecientes a pueblos indígenas (GHPPI) lugares o sitios donde se lleven a cabo manifestaciones habituales propias de la cultura o folclore de alguna comunidad o grupo humano, en especial aquellas asociadas a pueblos indígenas. Lo anterior, en base a la información presentada por el titular y al pronunciamiento conforme de CONADI que, mediante Ord. N* 717 de fecha de fecha 24 de diciembre de 2019, indicó: “...Se verifica que en el área donde se emplazará el proyecto antes referido, no existirían grupos humanos, tierras, ni patrimonio cultural indígena que deba ser evaluado”.
5,4, LOCALIZACIÓN EN O PRÓXIMA A POBLACIONES, RECURSOS Y ÁREAS PROTEGIDAS, SITIOS PRIORITARIOS PARA LA CONSERVACIÓN, HUMEDALES PROTEGIDOS Y GLACIARES, SUSCEPTIBLES DE SER AFECTADOS, ASÍ COMO EL VALOR AMBIENTAL DEL TERRITORIO EN QUE SE PRETENDE EMPLAZAR
Impacto ambiental Susceptibilidad de afectación debido a la localización del proyecto en o próxima a poblaciones protegidas, recursos protegidos, glaciares, humedales protegidos, sitios prioritarios para la conservación:
En el área de influencia del proyecto no existen recursos, humedales ni áreas protegidas, tampoco glaciares o sitios prioritarios para la conservación, susceptibles de ser afectados por partes, obras y/o acciones del proyecto.
Respecto de población protegida, en base a la información presentada por el titular y al pronunciamiento de CONADI, es posible indicar que en la comuna de Hualpén sólo existen cuatro asociaciones indígenas, todas ellas de carácter urbano, las que se encuentran fuera del área de influencia del proyecto, por cuanto no son susceptibles de afectación por las partes, obras y/o acciones del proyecto.
Componente(s) ambiental(es) No aplica
afectado(s)
Parte, obra o acción que lo genera No aplica
Fase en que se presenta No aplica
Impacto ambiental Susceptibilidad de afectación debido a la localización del
proyecto en o próxima a áreas con valor ambiental:
El área de influencia del proyecto se encuentra intervenida prácticamente en su totalidad. En cuanto a flora y vegetación, en el área de influencia destaca la alta cantidad de especies exóticas, en particular el área de intervención directa del proyecto se encuentra desprovista de vegetación. En la superficie no intervenida, se diferenciaron 2 zonas según su vegetación: “Zona de Canal” representadas por herbáceas y “Zona Arbustivo- Arbórea”, representada por arbustos y árboles.
Dentro de las hierbas dominante del área de influencia total destacan Conium maculatum, Carduus pycnocephalus, Sisymbrium officinale, Medicago polymorpha y Hordeum murinum, todas introducidas. En tanto entre las especies arbóreas más representativas corresponden a Aristotelia chilensis y Salix sp. Cabe indicar que no se registraron especies en categoría de conservación.
Respecto a la fauna, la mayor riqueza específica perteneció al grupo de las aves, seguida por el grupo de los reptiles con 2 especies, identificadas como Lioalemus lemmiscatus (Lagartija lemniscata) y Liolaemus tenuis (Lagartija tenue)
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la que además se encuentra en categoría de conservación “Preocupación Menor”, de acuerdo al DS 19/2012 MMA.
En cuanto a la presencia de GHPPI, como se indicó anteriormente, en el área de influencia del proyecto no existe presencia de comunidades y/o asociaciones indígenas, Títulos de merced, ni Áreas de desarrollo Indígena (ADD), por cuanto, no hay presencia de población
protegida. Componente(s) ambiental(es) No aplica afectado(s) Parte, obra o acción que lo genera No aplica Fase en que se presenta No aplica
Referencia al ICE para mayores | Sección 5.4. del ICE detalles sobre este impacto específico Sección 5.5. del ICE
Sección 6.4. del ICE
El análisis que permite descartar la afectación en los términos establecidos en el artículo 8 del RSETIA, se basa en lo siguiente: Respecto de población protegida, en base a la información presentada por el titular y al pronunciamiento de CONADI, mediante Ord. N* 717 de fecha 24 de diciembre de 2019, es posible indicar que, en el área de influencia del proyecto no existe presencia de comunidades y/o asociaciones indígenas, Títulos de merced ni Áreas de desarrollo Indígena (ADD, por cuanto, se descarta la susceptibilidad de afectación a GHPPI por partes, obras y/o acciones que contemple el proyecto.
Por su parte, en el área de influencia del proyecto no existen recursos, humedales ni áreas protegidas, tampoco glaciares o sitios prioritarios para la conservación, susceptibles de ser afectados por partes, obras y/o acciones del proyecto.
En atención a lo anterior, y a las características actuales del área de influencia del proyecto, es posible indicar que el territorio no cuenta con valor ambiental en los términos del SELA, toda vez que no corresponde a un territorio con nula o baja intervención antrópica, ni provee de servicios ecosistémicos locales relevantes para la población, ni presenta sistemas o formaciones naturales que presenten características de unicidad, escasez o representatividad.
5.5. ALTERACIÓN SIGNIFICATIVA, EN TÉRMINOS DE MAGNITUD O DURACIÓN, DEL VALOR PAISAJÍSTICO O TURÍSTICO DE UNA ZONA
Impacto ambiental Alteración visual de zona con valor paisajístico y/o turístico:
El área de influencia del proyecto no presenta valor paisajístico en los términos del SEIA, toda vez que no posee atributos naturales que le otorguen calidad de única y representativa. Por su parte, tampoco posee valor turístico, dado que no presenta valor cultural ni patrimonial, ni atrae flujos de visitantes o turistas hacia ella. En este contexto se reitera que el proyecto se emplazará en un predio de propiedad del titular en una zona determinada S-2 de acuerdo al CIP (Anexo 2.1 de la DIA) cuyo uso permitido corresponde a vivienda y equipamiento de escala interurbana, comunal y vecinal de todo tipo.
Componente(s) ambiental(es) No aplica afectado(s)
Parte, obra o acción que lo genera No aplica Fase en que se presenta No aplica
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transitoriamente en un sitio de almacenamiento que cuente con la autorización sanitaria para posteriormente ser retirados y dispuestos en sitios autorizados. Por su parte el material obtenido a partir del escarpe del terreno será reutilizado en la construcción de las áreas verdes del proyecto.
Indicador que acredita su
Implementación y habilitación de un patio de acopio temporal de
cumplimiento residuos no peligrosos.
Forma de control y j Resolución sanitaria patio de acopio temporal de residuos no
seguimiento peligrosos. Autorización sanitaria empresa transportista y sitio de disposición final.
Referencia al ICE para | Tabla 9.1.8. del ICE: Norma: Decreto Supremo N* 594/1999,
mayores detalles
Ministerio de Salud
7.9. Componente/materia:
Residuos Sólidos
Decreto con Fuerza de Ley N*725/1967, del Ministerio de Salud,
Norma Código Sanitario No aplica
Otros cuerpos legales
Fase del proyecto a la que | Construcción
aplica o en la que se dará
cumplimiento Parte, obra, acción, | Durante todas las obras O acciones asociadas a las fases de emisión, residuo o | construcción.
sustancias a la que aplica
Forma de cumplimiento
Durante la fase de construcción los residuos sólidos domiciliarios serán dispuestos en contenedores con tapa y acumulados transitoriamente para después ser trasportados por vehículos que cuenten con autorización sanitaria para tal efecto,
Indicador que acredita su cumplimiento
Copia de resolución sanitaria de las de los vehículos empleados en el transporte de residuos. Bitácora con registro de vehículos utilizados y lugar de disposición
Forma de control y| Registro del retiro de los residuos domiciliarios. seguimiento Referencia al ICE para | Tabla 9.1.9 del ICE Norma: D.F.L. N*725/ 1967, Ministerio de Salud
mayores detalles
7.10. Componente/materia;
Residuos Peligrosos
Norma
Decreto Supremo N*148/2003, del Ministerio de Salud, Aprueba Reglamento Sanitario sobre Manejo de Residuos Peligrosos.
Otros cuerpos legales
No aplica
Fase del proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento
Construcción
Parte, obra, acción, emisión, residuo o sustancias a la que aplica
Durante todas las obras o acciones asociadas a las fases de construcción.
Forma de cumplimiento
Los residuos peligrosos generados durante la fase de construcción serán almacenados de forma transitoria en una bodega RESPEL la cual se presenta en el Permiso Ambiental Sectorial 142 y que cumplirá con las especificaciones técnicas asociadas a la normativa vigente, almacenándolos por un máximo de 3 Meses y posteriormente el manejo de los residuos y su disposición final será efectuado por una empresa autorizada, contratada para estos efectos que cuente con resolución sanitaria.
Indicador que acredita su
Certificado de aprobación de la bodega RESPEL.
cumplimiento Comprobante de declaración en SIDREP. Forma de control y | Resolución Sanitaria de autorización de la bodega de segulmiento almacenamiento de residuos peligrosos para la fase de construcción
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del proyecto. -Registro declaración de retiro y disposición a través del SIDREP.
Referencia al ICE para | Tabla 9.1.10. del ICE Norma: Decreto Supremo N*148/2003, del
mayores detalles Ministerio de Salud, Aprueba Reglamento Sanitario sobre Manejo de Residuos Peligrosos
Componente/materia: Sustancias Peligrosas
Decreto Supremo N*43/2016, Reglamento de Almacenamiento de
Norma Sustancias Peligrosas No aplica
Otros cuerpos legales
Fase del proyecto a la que | Construcción
aplica o en la que se dará
cumplimiento Parte, obra, acción, | Durante todas las obras o acciones asociadas a las fases de emisión, residuo o | construcción.
sustancias a la que aplica
Forma de cumplimiento
Las sustancias peligrosas a almacenar serán principalmente pinturas y diluyentes. El lugar donde se almacenarán las sustancias peligrosas contará con un sistema de control de derrames, y con un sistema manual de extinción de incendios. Además, se contará con hojas de datos de seguridad de cada una de las sustancias almacenadas a disposición de quienes las manejan de acuerdo a Norma Chilena Oficial N*2245 del 2003. El Plan de acción para actuar ante una situación de emergencia en caso de derrames de combustibles, será aplicable en todas las áreas donde se almacenen o se manipulen productos peligrosos. Una vez ocurrido un derrame, la persona encargada se equiparará con el equipo de protección personal necesario para la contingencia inmediata, y realizará las siguientes acciones:
e Delimitar, cercar y señalizar el área afectada.
e Deberá controlar la fuente del derrame (sellar la fuga o taponearla, corte de suministro, etc.).
e Contener el derrame construyendo diques de tierra, arena o zanjas en el área afectada.
o Evitar que el producto alcance alcantarillas o cursos de agua presentes en el área.
e Una vez controlado, se procederá a adicionar un material absorbente al material derramado y zona del derrame.
e Finalmente, el material impregnado (material absorbente) se dispondrá en tambores apropiados de residuos peligrosos para su disposición final en un lugar autorizado para tales fines.
e Se deberá escarpar toda la zona afectada hasta la profundidad necesaria de tal forma que se demuestre que no hay mezcla del sustrato con la sustancia de derrame. El material contaminado extraído se dispondrá en tambores apropiados de residuos peligrosos para su disposición final en un lugar autorizado para tales fines.
Para realizar este procedimiento, el personal a cargo contará con los
equipos de protección personal y herramientas necesarias para atender
este tipo de contingencia en relación con los productos almacenados en la obra.
Indicador que acredita su
Manejo de sustancias peligrosas de acuerdo a lo establecido en el
cumplimiento presente Decreto. Forma de control y| Registro del manejo de sustancias peligrosas. seguimiento Registro de inspecciones a la bodega de almacenamiento.
Referencia al mayores detalles
ICE para
Tabla 9.1.11. del ICE: Norma: Decreto Supremo N*43/2015, Reglamento de Almacenamiento de Sustancias Peligrosas
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7.11. Componente/materia:
Residuos Líquidos
Norma
Decreto Supremo N* 594/1999, Ministerio de Salud. En el artículo 24 se establece que en las faenas temporales que no sea posible instalar servicios higiénicos conectados a una red de alcantarillado, el proveedor deberá proveer como mínimo una letrina sanitaria o baño químico, cuyo número total se calcular según el presente artículo, además establece que una vez finalizada la faena temporal el empleador será responsable de reacondicionar sanitariamente el lugar que ocupaba la letrina o baño químico, evitando la proliferación de vectores, los malos olores, la contaminación ambiental y la ocurrencia de accidentes causados por la instalación. En el artículo 26 se establece que las aguas servidas de carácter domestico deberán ser conducidas al alcantarillado público en su defecto, su disposición final se efectuará por medio de sistemas o plantas particulares en conformidad a los reglamentos específicos vigentes.
Otros cuerpos legales
No aplica.
Fase del proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento
Construcción
Parte, obra, acción, emisión, residuo o sustancias a la que aplica
Durante todas las obras o acciones asociadas a las fases de construcción
Forma de cumplimiento
Durante la fase de construcción del proyecto se habilitarán baños químicos en los lugares de trabajo, según el presente reglamento
Indicador que acredita su
Registro fotográfico de instalación de baños químicos en frentes de
cumplimiento trabajo. Forma de control y| Registro de retiro de residuos de aguas servidas generadas en los seguimiento baños químicos (boletas de retiro).
Registro de recibos (boletas, facturas) de servicio de baños químicos. Referencia al ICE para | Tabla 9.1.12. del ICE Norma: Decreto Supremo N* 594/1999,
mayores detalles
Ministerio de Salud
7.12. Componente/materia:
Residuos Líquidos
Norma
Decreto Supremo 'N'430/1991, Ministerio de Economía, Fomento y Reconstrucción. En el artículo 136 se establece que el que introdujere o mandare introducir en el mar, ríos, lagos o cualquier otro cuerpo de agua, agentes contaminantes químicos, biológicos o físicos que causen dafío a los recursos hidrobiológicos, sin que previamente hayan sido neutralizados para evitar tales daños, será sancionado según el presente decreto.
Otros cuerpos legales
No aplica
Fase del proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento
Construcción
Parte, obra, acción, emisión, residuo o sustancias a la que aplica
Durante todas las obras o acciones asociadas a las fases de construcción
Forma de cumplimiento
Durante la fase de construcción, los residuos líquidos generados corresponderán a aguas servidas de las instalaciones de los servicios higiénicos (baños). Aquellos residuos generados en los baños químicos, instalados en las faenas, serán retiradas por una empresa que cuenta con la respectiva autorización.
Indicador que acredita su
Registro de recibos (boletas, facturas) de servicio de baños químicos
cumplimiento y/o empresa sanitaria concesionada. Forma de control y Registro de retiro de residuos de aguas servidas generadas en los seguimiento baños químicos (boletas de retiro).
Registro de recibos (boletas, facturas) de servicio de baños químicos.
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Referencia al mayores detalles
ICE para
Tabla 9.1.13. del ICE Norma: Decreto Supremo N* 430/1991, Ministerio de Economía, Fomento y Reconstrucción.
7.13. Componente/materia:
Pesos de camiones
Norma
Decreto Supremo N* 158/1980, Ministerio de Obras Públicas
Otros cuerpos legales
Decreto Supremo N* 200/1993, Ministerio de Obras Públicas
Fase del proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento
Construcción
Parte, obra, acción, emisión, residuo o sustancias a la que aplica
Durante todas las obras o acciones asociadas a las fases de construcción.
Forma de cumplimiento
El titular exigirá a las empresas encargadas del transporte que los camiones involucrados, den cumplimiento con los pesos máximos por eje.
Indicador que acredita su cumplimiento
Ordenes de compra o contratos de prestación de servicios que permita evidenciar que el titular del proyecto ha exigido a las empresas involucradas en el transporte, el cumplimiento del límite de peso por eje de sus vehículos.
Forma de control y | Verificación de los documentos antes indicados. seguimiento Referencia al ICE para | Tabla 9.1.14. del ICE Norma: Decreto Supremo N* 158/1980,
mayores detalles
Ministerio de Obras Públicas.
7.14. Componente/materia:
Vialidad y Transporte
Resolución N*1/1995, del Ministerio de Transporte y
Norma Telecomunicaciones. Establece las Dimensiones Máximas de los Vehículos que se Indican No aplica
Otros cuerpos legales
Fase del proyecto a la que | Construcción
aplica o en la que se dará cumplimiento
Parte, obra, acción, emisión, residuo o sustancias a la que aplica
Durante todas las obras o acciones asociadas a las fases de construcción.
Forma de cumplimiento
La flota de transporte considerada por el Proyecto será subcontratada a terceros, a quienes se les exigirá que los camiones cumplan con las dimensiones máximas estipuladas en la presente Resolución (ancho, alto y largo).
Indicador que acredita su cumplimiento
Documento (por ejemplo, órdenes de compra o contratos de prestación de servicios) que permita evidenciar que el titular del Proyecto ha exigido a las empresas involucradas en el transporte, el cumplimiento de las dimensiones de los vehículos, establecidas en la presente Resolución
Forma de control y| Verificación de que se cuente con los registros y documentos antes seguimiento indicados. Referencia al ICE para | Tabla 9.1.15. Norma Resolución N* 1/1995, Ministerio de Transporte
mayores detalles
y Telecomunicaciones.
7.15. Componente/materia:
Vialidad y transporte
Norma
D.F.L. N* 850/97 del MOP
Artículo N 36 del D.F.L. N 850/97 del MOP, que prohíbe el vertido y escurrimientos de materiales, productos o desechos generados o/a causa de actividades del Proyecto, hacia la ruta o camino de tuición de la Dirección de Vialidad. Para lo cual se deberá asegurar que la
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carga de los vehículos no supere el límite superior de la tolva y que estas sean cubiertas con algún elemento que impida el escurrimiento hacia la ruta.
Otros cuerpos legales
No aplica
Fase del proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento
Construcción
Parte, obra, acción, emisión, residuo o sustancias a la que aplica
Circulación de camiones tolva
Forma de cumplimiento
la carga de los vehículos no supere el límite superior de la tolva y que estas sean cubiertas con algún elemento que impida el escurrimiento hacia la ruta. Por su parte, previo de la salida de los camiones desde el área de emplazamiento del proyecto se realizará una inspección visual de la carrocería generando limpieza absoluta de los residuos adosados a estos con el fin de no provocar arrastre de material a la calzada
Indicador que acredita su
Registro de inspección previa a la salida de camiones.
cumplimiento
Forma de control y| supervisión diaria del punto de conexión del camino interior con el
seguimiento camino público verificando que no se encuentre material en la calzada, generando la limpieza inmediata de ser necesario
Referencia al ICE para | Tabla 9.1.16. del ICE: Norma: D.F.L. N* 850/97 del MOP
mayores detalles
7.16. Componente/materia:
Patrimonio cultural
Reglamento de la Ley N17.288, D.S. N484/1991, sobre
Norma excavaciones y/o Prospecciones Arqueológicas, Antropológicas y Paleontológicas No aplica
Otros cuerpos legales
Fase del proyecto a la que | Construcción
aplica o en la que se dará cumplimiento
Parte, obra, acción, emisión, residuo o sustancias a la que aplica
Preparación del Terreno Movimientos de Tierra
Forma de cumplimiento
En caso de efectuarse un hallazgo arqueológico o paleontológico durante las excavaciones del proyecto, y a fin de evitar incurrir en el delito de daño a Monumento Nacional establecido en el artículo N38 de la Ley N17.288, se deberá proceder según lo establecido en los artículos N26 y 27 de la Ley N 17.288 de Monumentos Nacionales y el artículo N"23 del D.S N%484 Reglamento sobre excavaciones y/o prospecciones arqueológicas, antropológicas y paleontológicas. Si durante la ejecución de la fase de construcción del proyecto, se produjera algún hallazgo de restos arqueológicos, se paralizarán inmediatamente las obras y se dará aviso Carabineros, al Consejo de Monumentos Nacionales y a la Superintendencia del Medio Ambiente
Indicador que acredita su
Evidenciar hallazgos arqueológicos.
cumplimiento
Forma de control y| Dar aviso de hallazgos arqueológico.
seguimiento
Referencia al ICE para | Tabla 9.2.1.del ICE: Norma: Ley N*17.288/1970, Ministerio de
mayores detalles
Educación Pública.
8”, Que, para ejecutar el Proyecto deben cumplirse las siguientes condiciones o exigencias, en concordancia con el artículo 25 de la Ley N? 19.300:
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8.1 Condición o exigencia: Monitoreo de vibraciones
Impacto asociado
Generación de molestia a receptores por vibración
Fase del Proyecto a la que aplica
Construcción
Objetivo, descripción y justificación
Objetivo: Verificar el comportamiento de la variable evaluada (vibración), de manera de no superar los umbrales de molestia hacia receptores, establecidos en dicha norma.
Descripción y Justificación:
eRealizar un monitoreo de vibraciones en los receptores ubicados en zonas habitacionales más cercanos al proyecto (P1, P3 y PA) al inicio de obras de compactación en la fase de construcción.
eHabilitar un canal directo de comunicación entre los vecinos y la constructora, distinto al libro de reclamos.
eImplementar medidas de control de las vibraciones en caso de que se superen los niveles máximos permitidos.
Lugar, oportunidad implementación
forma y de
Lugar: Receptores ubicados en las zonas habitacionales más cercanos al proyecto, identificados como P1, P3 y PA
Forma y Oportunidad: Se realizará de manera mensual durante el periodo en que se desarrolle la fase de construcción y se enviará posteriormente un informe a la SMA.
Indicador que acredite su
Elaboración de informes de monitoreo de vibraciones.
cumplimiento Forma de control y | Se enviarán informes cada mensuales a la Superintendencia de Medio seguimiento Ambiente, con copia a la Seremi de Salud.
-
Que, durante el procedimiento de evaluación de la DIA el Titular del Proyecto no propuso compromisos ambientales voluntarios.
-
Que, durante el plazo indicado en el artículo 30 bis de la Ley N*19.300, para la solicitud de realización de un proceso de participación ciudadana en declaraciones de impacto ambiental que se presenten a evaluación y que generen cargas ambientales para las comunidades próximas, no se recibieron solicitudes de inicio de proceso de participación ciudadana según los requisitos previstos
en la Ley N? 19.300.
- Que, las medidas relevantes del Plan de Prevención de Contingencias y del Plan de Emergencias, son las siguientes:
11.1. PLAN DE PREVENCIÓN DE CONTINGENCIAS
11.1.1. Riesgo o contingencia: Proliferación de vectores de interés sanitario
Fase del Proyecto a la que aplica
Fase de Construcción
Parte, obra o acción asociada
Todas las obras del proyecto
Acciones o medidas a implementar
Para prevenir esta situación de riesgo se desarrollarán las siguientes acciones:
eAlmacenamiento en contenedores tapados y a su vez, uso de bolsas plásticas desechables propias para esta actividad.
eNo generar una acumulación por tiempos prolongados, se estima su retiro 3 veces por semana, o de acuerdo a la frecuencia que tenga el servicio municipal.
eInducción al personal y trabajadores de depositar este tipo de residuos en los lugares habilitados y mantener siempre los
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contenedores tapados. Se desarrollará un proceso de desratización en la instalación de faena.
Forma de control y
Se tomarán fotografía de los lugares de almacenamiento. Además, se
seguimiento mantendrán en obra los registros de retiro de los residuos, de las Charlas de inducción realizadas por el prevencionista de riesgo y los certificados de desratización.
Referencia al ICE o Tabla ¡Error! No se encuentra el origen de la referencia. 8.1.1.
documentos del expediente de evaluación que contenga
Riesgo o contingencia: Proliferación de vectores de interés sanitario
la descripción detallada
11.1.2. Riesgo o contingencia: Derrame o percolación por mal almacenamiento de residuos
asimilables.
Fase del Proyecto a la que aplica
Fase de Construcción
Parte, obra o acción asociada
Instalación de faenas
Acciones o medidas a implementar
Para prevenir esta situación de riesgo se desarrollarán las siguientes acciones:
eRevisión periódica de los contenedores.
eEn caso de identificar contenedores dañados, estos deberán ser cambiados,
Forma de control y seguimiento
Una vez ocurrida la emergencia y aplicada las medidas, se realizará el seguimiento por personal asignado generándose un reporte,
Referencia al ICE o documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada
Tabla 8.1.2. Riesgo o contingencia: Derrame o percolación por mal almacenamiento de residuos asimilables.
11.1.3. Riesgo o contingenci
a: Incendio de residuos o materiales
Fase del Proyecto a la que aplica
Fase de Construcción
Parte, obra o acción asociada
Todas las obras del proyecto
Acciones o medidas a implementar
Para prevenir esta situación de riesgo se desarrollarán las siguientes acciones:
*Se diseñará un plan especial para la instalación de faenas de acuerdo a su tamaño y se exigirá los elementos de prevención de incendio adecuado a dicha instalación.
*Capacitaciones al/los encargados de la bodega y trabajadores en general sobre los riesgos, prevención y forma de proceder frente a un incendio.
*Prohibición de fumar en la obra y especialmente en sectores de acopio y/o almacenamiento transitorio de este tipo de residuos.
*Se contará en todo momento con sistema manual de abatimiento de incendios (extintor de polvo seco) dispuesto en toda la obra, Existirá una coordinación e identificación de números de emergencia
para la oportuna comunicación con equipos de emergencia que puedan atender esta situación.
Forma de control y seguimiento
Una vez ocurrida la emergencia y aplicada las medidas, se realizará el seguimiento por personal asignado generándose un reporte sobre el estado de la instalación.
38
Referencia al ICE o documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada
Tabla 8.1.3. del ICE Riesgo o contingencia: Incendio de residuos o materiales
11.1.4. Riesgo o contingenci:
a: Derrame de sustancias peligrosas
Fase del Proyecto a la que aplica
Fase de Construcción
Parte, obra o acción asociada
Instalación de faenas
Acciones o medidas a implementar
Para prevenir esta situación de riesgo se desarrollarán las siguientes acciones:
eEstará prohibido disponer de estanques o tambores para el almacenamiento de aceites lubricantes o combustible cercano a los puntos de trabajo.
eToda reparación o mantención de la maquinaria encargada de las actividades se realizará fuera de las obras, en los lugares destinados para ello, como estaciones de servicios y talleres mecánicos.
eNo se permitirá la carga de combustible de la maquinaria en las áreas de trabajo. Solo se puede hacer en áreas especialmente delimitadas para tal acción
Forma de control y seguimiento
Una vez ocurrida la emergencia y aplicada las medidas, se realizará el seguimiento por personal asignado generándose un reporte.
Referencia al ICE o documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada
Tabla 8.1.4. Situación de riesgo o contingencia: Derrame de sustancias peligrosas
11.1.5. Riesgo o contingenci
a: Contaminación de aguas subterráneas
Fase del Proyecto a la que aplica
Fase de Construcción
Parte, obra o acción asociada
eMovimientos de tierra eNivel subterráneo eConstrucción de edificio
Acciones o medidas a implementar
Para prevenir la situación de riesgo se desarrollarán las siguientes acciones:
eEstará prohibido disponer de estanques, tambores o basureros de almacenamiento de aceites, grasas, combustible, solventes y residuos domiciliarios en zonas no autorizadas.
eSe prohíbe la mantención de equipos o maquinarías dentro de la obra.
eNo se permitirá la carga de combustible de maquinaría, vehículos y equipos en obra. En caso de requerirse, se implementará un sistema de impermeabilización a través de un geotextil u otro de similares características.
eSe mantendrá limpia las zonas de trabajo ante de cualquier residuo/elemento o material peligroso.
eSe contará con un kit ante derrame (bandas absorbentes o arena,
almohadillas, bolsas de polipropileno, polietileno, pala o recogedor, escoba, traje descartable, guante de nitrilo e instructivo).
eSe mantendrá a personal capacitado sobre riesgos, contingencias y
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emergencias ambientales.
Se identificarán e instalarán señaléticas en zonas con riesgos de contaminación de aguas subterráneas.
Forma de control y seguimiento
Revisión mensual de los sitios de almacenamiento de residuos para evitar percolación.
Referencia al ICE o documentos del expediente de evaluación que contenga
la descripción detallada
Tabla 8.1.5. del ICE aguas subterráneas
Riesgo o contingencia: Contaminación de
11.2, PLAN DE EMERGENCIAS
11.2.1. Emergencia: Proliferación de vectores de interés sanitario
Fase del Proyecto a la que aplica
Fase de Construcción
Parte, obra o acción asociada
Todas las obras del proyecto
Acciones a implementar
En caso de una situación de emergencia se desarrollarán las siguientes medidas:
*Se deberá detener las faenas de construcción mientras dura la emergencia.
»Se desarrollará un proceso de desratización en los lugares de instalación de faena.
Oportunidad y vías de comunicación a la SMA de la activación del Plan
Entregar informe a la autoridad cuando la emergencia lo amerite, en base a los tiempos establecidos en la Resolución Exenta N* 885 de fecha 21 de septiembre de 2016 de la SMA.
Referencia al ICE o documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada
Tabla 8.1.1. Riesgo o contingencia: Proliferación de vectores de interés sanitario
11.2.2. Emergencia: Derrame o percolación por mal almacenamiento de residuos asimilable
Fase del Proyecto a la que aplica
Fase de Construcción
Parte, obra o acción asociada
Instalación de faenas
Acciones a implementar
En caso de una situación de emergencia de este tipo se procederá con:
Recambio de contendores dañados
Oportunidad y vías de comunicación a la SMA de la activación del Plan
Se comunicará en un plazo no mayor a 24 horas a la SMA sobre los tipos de contaminación, magnitud y medida de manejo de la emergencia. Posterior al control de la emergencia, se elaborará un informe que indique las causas, medidas de control, magnitud de la emergencia, medidas adoptadas, control y seguimiento, en base a los tiempos establecidos en la Resolución Exenta N* 885 de fecha 21 de septiembre de 2016 de la SMA.
Referencia al ICE o documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada
Tabla 8.1.2. Riesgo o contingencia: Derrame o percolación por mal almacenamiento de residuos asimilable
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11.2.3. Emergencia: Incendio de residuos o materiales
Fase del Proyecto a la que aplica
Fase de Construcción
Parte, obra o acción asociada
Todas las obras del proyecto
Acciones a implementar
En caso de incendio durante la fase de construcción se adoptará el siguiente procedimiento:
eAl detectar el fuego, si no es posible apagarlo con un extintor se deberá comunicar rápidamente a la supervisión, quienes coordinarán con el Prevencionista de Riesgo la llegada de equipos de emergencia, se solicitará la asistencia de Bomberos.
eAl declararse incendio se deberá abandonar los frentes de trabajo que sean afectados y el personal deberá dirigirse al punto de encuentro de emergencia definido en cada faena de trabajo.
eEl Jefe de Terreno y el Prevencionista de riesgo coordinarán y darán aviso de evacuación al personal.
eLlegando el personal a los puntos de emergencia de la instalación de faenas, deberán identificar a su capataz y supervisor.
eEl supervisor y capataz debe verificar que este todo su personal a salvo.
eSólo se regresa al lugar de trabajo cuando se dé la señal de retorno a cargo del Jefe de Terreno.
Al declararse fuego en oficinas, instalaciones o en cualquier lugar cerrado se deberá evacuar el área y no se podrá regresar en busca de objetos ni documentos olvidados hasta que sea autorizado por el Prevencionista de Riesgos.
Oportunidad y vías de comunicación a la SMA de la activación del Plan
Entregar informe a la autoridad cuando la emergencia lo amerite, en base a los tiempos establecidos en la Resolución Exenta N? 885 de fecha 21 de septiembre de 2016 de la SMA.
Referencia al ICE o documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada
Tabla 8.1.3. del ICE: Riesgo o contingencia: Incendio de residuos o materiales
11.2.4. Emergencia: Derrame de sustancias peligrosas
Fase del Proyecto a la que aplica
Fase de Construcción
Parte, obra o acción asociada
Instalación de faenas
Acciones a implementar
En caso de generarse una situación de emergencia por derrame de sustancias peligrosas se deberá realizar lo siguiente:
eSe deberá detener inmediatamente las actividades que se estén realizando y que tengan directa relación con el derrame, y de ser posible, retirar la maquinaria o fuente del derrame a una zona que no pueda seguir afectando la zona.
eRestringir el acceso de personas no autorizadas a las zonas donde se ha producido el derrame.
eProceder a controlar el derrame en la fuente, reparando mangueras o filtros dañados, ajustando piezas sueltas y/o cerrando llaves o válvulas abiertas, según sea el motivo de la contingencia.
eDisponer de material absorbente sobre el derrame (arena, tierra u
otro) con el fin de minimizar lo mayor posible la extensión de éste e infiltración en el suelo desprotegido.
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«Una vez absorbido el hidrocarburo, se deberá retirar el material absorbente contaminado para disponer en recipientes apropiados y herméticos, como tambores, los que serán llevados a un lugar de disposición final autorizado.
«Remover la capa de suelo contaminado y disponerlo de la misma manera que para el material absorbente contaminado.
Recuperar el suelo perdido disponiendo de suelo limpio en el lugar
alterado si fuera necesario
Oportunidad y vías de comunicación a la SMA de la activación del Plan
Se comunicará en un plazo no mayor a 24 horas a la SMA sobre los tipos de contaminación, magnitud y medida de manejo de la emergencia. Posterior al control de la emergencia, se elaborará un informe que indique las causas, medidas de control, magnitud de la emergencia, medidas adoptadas, control y seguimiento, en base a los tiempos establecidos en la Resolución Exenta N* 885 de fecha 21 de septiembre de 2016 de la SMA.
Referencia al ICE o documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada
Tabla 8.1.4. Situación de riesgo o contingencia: Derrame de sustancias peligrosas
11.2.5. Emergencia: Contaminación de aguas subterráneas
Fase del Proyecto a la que aplica
Fase de Construcción
Parte, obra o acción asociada
eMovimientos de tierra eNivel subterráneo eConstrucción de edificio
Acciones a implementar
*Se deberá detener inmediatamente las actividades que se estén realizando y que tengan directa relación con una situación de riesgo asociado a un derrame y seguir las indicaciones del “Plan de contingencia y emergencia ante derrame de sustancias peligrosas”,
*Ante la presencia de residuos, elementos o materiales cercanos a los frentes de trabajo donde se esté realizando agotamiento de la napa, estos deberán ser retirados inmediatamente y ser almacenados según corresponda.
eSe realizará charlas y capacitaciones por el prevencionista de riesgo de forma periódica reforzando las medidas preventivas ante riesgos ambientales.
- Además, en caso de que ocurra un accidente que comprometa aguas subterráneas, se informará antes de 24 horas, a la Superintendencia del Medio Ambiente, indicando lo siguiente:
eDescripción del accidente, indicando lugar, identificación de la sustancia, área de influencia, duración y magnitud del evento y principales impactos ambientales.
*Detalles de cada acción y medida de mitigación utilizadas durante el evento de contaminación.
*Evaluación de los efectos sobre los recursos hídricos subterráneos afectados y su medio ambiente asociado y resultados de los monitoreos inmediatos en el área de influencia.
*En caso de ser necesario, un Programa de Medidas de Descontaminación de la zona, metodología, y evaluación de la efectividad de las medidas, para ser aprobado por la Autoridad. (Sólo en caso de accidentes)”
Oportunidad y vías de comunicación a la SMA de la activación del Plan
Para la activación de dicho plan de emergencias será coordinado a través del Jefe de Obras al Prevencionista de Riesgos a través de un medio escrito, (correo electrónico), en base a los tiempos establecidos
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en la Resolución Exenta N* 885 de fecha 21 de septiembre de 2016 de la SMA.
Referencia al ICE o Tabla 8.1.5. del ICE: Situación de riesgo o contingencia: documentos del expediente | Contaminación de aguas subterráneas
de evaluación que contenga la descripción detallada
-
Que, el Titular deberá remitir a la Superintendencia del Medio Ambiente la información respecto de las condiciones, compromisos o medidas, ya sea por medio de monitoreos, mediciones, reportes, análisis, informes de emisiones, estudios, auditorías, cumplimiento de metas o plazos, y en general cualquier otra información destinada al seguimiento ambiental del Proyecto, según las obligaciones establecidas en la presente Resolución de Calificación Ambiental y las Resoluciones Exentas que al respecto dicte la Superintendencia del Medio Ambiente. De igual forma, y a objeto de conformar el Sistema Nacional de Información de Fiscalización Ambiental (SNIFA), el Registro Público de Resoluciones de Calificación Ambiental y registrar los domicilios de los sujetos sometidos a su fiscalización en conformidad con la ley, el Titular deberá remitir en tiempo y forma toda aquella información que sea requerida por la Superintendencia del Medio Ambiente a través de las Resoluciones Exentas que al respecto ésta dicte.
-
Que, el Titular deberá informar a la Superintendencia del Medio Ambiente la realización de la gestión, acto o faena mínima que da cuenta del inicio de la ejecución de obras, a que se refiere el Considerando 4? de la presente Resolución.
-
Que, con el objeto de dar adecuado seguimiento a la ejecución del Proyecto, el Titular deberá informar a la Superintendencia del Medio Ambiente, al menos con una semana de anticipación, el inicio de cada una de las fases del Proyecto, de acuerdo a lo indicado en la descripción del mismo.
-
Que, para que el proyecto “Condominio Alto Mirador” pueda ejecutarse, deberá cumplir con todas las normas vigentes que le sean aplicables.
-
Que, el Titular deberá informar inmediatamente a la Secretaría de la Comisión de Evaluación de la Región del Biobío y a la Superintendencia del Medio Ambiente, la ocurrencia de impactos ambientales no previstos en la DIA, asumiendo inmediatamente las acciones necesarias para abordarlos.
-
Que, el Titular del Proyecto deberá comunicar inmediatamente y por escrito a la Dirección Regional del SEA Servicio de Evaluación Ambiental Región del Biobío la ocurrencia de cambios de titularidad, representante legal, domicilio y correo electrónico, de acuerdo a lo establecido en el inciso tercero del artículo 162 y artículo 163, ambos del Reglamento del SEIA.
-
Que, se hace presente al Titular que cualquier modificación al Proyecto que constituya un cambio de consideración, en los términos definidos en el artículo 2? letra g) del Reglamento del SEIA, deberá someterse al SEIA.
-
Que, todas las medidas, condiciones, exigencias y disposiciones establecidas en la presente Resolución, son de responsabilidad del Titular, sean implementadas por éste directamente o a través de un tercero.
RESUELVO:
-
Calificar favorablemente la Declaración de Impacto Ambiental del proyecto “Condominio Alto Mirador”, de Constructora PACAL S.A.
-
Certificar que el proyecto “Condominio Alto Mirador” cumple con la normativa de carácter ambiental aplicable.
3”. Certificar que el proyecto “Condominio Alto Mirador” cumple con los requisitos de carácter ambiental contenidos en los permisos ambientales sectoriales que se señalan en los artículos 140 y 142 del D.S. N* 40/2012 del Ministerio del Medio Ambiente, Reglamento del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental.
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4”. Certificar que el proyecto “Condominio Alto Mirador” no genera los efectos, características o circunstancias del artículo 11 de la Ley N? 19.300, que dan origen a la necesidad de elaborar un Estudio de Impacto Ambiental.
5”. Definir como gestión, acto o faena mínima del Proyecto, para dar cuenta del inicio de su ejecución de modo sistemático y permanente, a los mencionados en el considerando 4” del presente acto.
6”. Hacer presente que contra esta Resolución es procedente el recurso de reclamación de acuerdo a lo dispuesto en el artículo 20 de la Ley N* 19.300, ante el Director Ejecutivo del Servicio de Evaluación Ambiental. El plazo para interponer este recurso es de treinta días contados desde la notificación del presente acto.
Anótese, Notifíquese, Comuníquese y Archívese
Ze V Silvana Suanes Araneda Secretaria Comisión de Evaluación Región del Biobío
Ni Y), ARS/Pjb
Es, Distribución:
/
ve
eRodrigo Andrés Castro Braham
*CONADI, Región del Biobío
*+CONAF, Región del Biobío
eConsejo de Monumentos Nacionales
*eDGA, Región del Biobío
eDirección de Vialidad, Región del Biobío
eDOH, Región del Biobío
eSAG, Región del Biobío
eSEC, Región del Biobío
*SEREMI de Agricultura, Región del Biobío
eSEREMI de Bienes Nacionales, Región del Bio bío SEREMI de Desarrollo Social y Familia, Región del Biobío *+SEREMI de Energía, Región del Biobío
*+SEREMI de Minería, Región del Biobío
*eSEREMI de Salud, Región del Biobío
*SEREMI de Transportes y Telecomunicaciones, Región del Biobío
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eSEREMI de Vivienda y Urbanismo, Región del Biobío eSEREMI del Medio Ambiente, Región del Biobío eSEREMI MOP, Región del Biobío *«SERNAGEOMIN, Zona Sur
eServicio Nacional de Pesca, Región del Biobío eServicio Nacional Turismo, Región del Biobío eSubsecretaría de Pesca y Acuicultura eSuperintendencia de Servicios Sanitarios
C/e:
eEncargada de Participación Ciudadana
eSuperintendencia del Medio Ambiente contactorca(dsma.gob.cl eOficial de Partes de la Región del Biobío
eExpediente del Proyecto “Condominio Alto Mirador”
eArchivo Servicio Evaluación Ambiental, Región del Biobío
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[OCR parcial: primeras 25 y últimas 15 páginas de 46]