Evaluación SEA

Modificación Canalización Subterránea Parque Eólico Alena

Rol 2144981629
SEA · DIA · Aprobado · 2019-11-22 · Región del Biobío · AR Alena SpA

REPÚBLICA DE CHILE

COMISIÓN DE EVALUACIÓN Servicio

de Evaluación Región del Biobío Ambiental

Califica Ambientalmente el proyecto “Modificación Canalización Subterránea Parque Eólico Alena”

Región del Bloblo Resolución Exenta N* 186

Concepción, 05 de agosto de 2020

VISTOS:

  1. La Declaración de Impacto Ambiental (DIA), su Adenda de fecha 05 de mayo de 2020 y su Adenda Complementaria de fecha 15 de junio de 2020, del proyecto “Modificación Canalización Subterránea Parque Eólico Alena”, presentado por AR Alena SpA con fecha 18 de noviembre 2019.

2*. Los pronunciamientos y observaciones de los órganos de la administración del Estado que, sobre la base de sus facultades legales y atribuciones, participaron en la evaluación de la DIA, y que se detallan en el Capítulo 3 del Informe Consolidado de Evaluación (ICE) de la DIA del proyecto “Modificación Canalización Subterránea Parque Eólico Alena”.

3*. El Acta de Evaluación N? 028 de fecha 20 de abril de 2020, del Comité Técnico de la Región de Biobío.

4". El ICE de la DIA del proyecto “Modificación Canalización Subterránea Parque Eólico Alena” de 15 de julio de 2020.

5. El Acta N 16 de 27 de julio de 2020, de la sesión de la Comisión de Evaluación de la Región de Biobío.

6”. La Resolución de Calificación Ambiental N* 314, de 2013, de Comisión de Evaluación de la

Región de Biobío, del proyecto “Parque Eólico Alena” que se modifica a través de la presente Resolución.

7%. Los demás antecedentes que constan en el expediente de evaluación de impacto ambiental de la DIA del proyecto “Modificación Canalización Subterránea Parque Eólico Alena”.

  1. Lo dispuesto en la Ley N” 19.300, Sobre Bases Generales del Medio Ambiente; el D.S. N 40, de 2012, del Ministerio del Medio Ambiente, Reglamento del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental (Reglamento del SEIA); la Ley N 19.880, que Establece Bases de los Procedimientos Administrativos que Rigen los Actos de los Órganos de la Administración del Estado; la Ley N 18.575, Ley Orgánica Constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado; la Resolución N 7, de 2019, de la Contraloría General de la República, que fija normas sobre exención del trámite de toma de razón; la Resolución TRA 119046/47/2019 de fecha 25 de abril de 2019, del Servicio de Evaluación Ambiental, que nombra a la Directora Regional del Servicio de Evaluación Ambiental de la Región del Biobío.

CONSIDERANDO:

19, Que, AR Alena SpA (en adelante, el Titular), ha sometido al Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental (SEIA) la DIA del proyecto “Modificación Canalización Subterránea Parque Eólico Alena” (en adelante, el Proyecto). Los antecedentes del Titular son los siguientes:

Nombre o razón social AR Alena SpA

Rut 76.296.428-7

Domicilio Avenida Apoquindo 4800 1501A P.15 Teléfono 225923100

Nombre representante legal Genaro Andrés Curia Miranda

Rut representante legal 10978723-K

Domicilio representante legal | Avenida Apoquindo 4800

Teléfono representante legal 225923100

Correo electrónico Titular o | marcelo.ramos(Qmainstreamrp.com representante legal

2*, Que, conforme se indica en el ICE de fecha 15 de julio de 2020, la Directora Servicio de Evaluación Ambiental VIN Región del Biobío ha recomendado aprobar el Proyecto, por cuanto cumple con la normativa de carácter ambiental aplicable; cumple con los requisitos de otorgamiento de carácter ambiental contenidos en los permisos ambientales sectoriales aplicables; no genera ni presenta los efectos, características o circunstancias del artículo 11 de la Ley N? 19,300, que dan origen a la necesidad de evaluar un Estudio de Impacto Ambiental; y el titular ha subsanado los errores, omisiones e inexactitudes planteados en el o los Informes Consolidados de Aclaraciones, Rectificaciones y Ampliaciones..

37, Que, en sesión de 27 de julio de 2020, la Comisión de Evaluación de la Región del Biobío acordó calificar favorablemente el proyecto “Modificación Canalización Subterránea Parque Eólico Alena”, aprobando íntegramente el contenido del ICE de 15 de julio de 2020, el que forma parte integrante de la presente Resolución. Por lo tanto, conforme a lo indicado en el artículo 60 inciso segundo del Reglamento del SEIA, se excluyen de la presente Resolución las consideraciones técnicas en que se fundamenta.

4”. Que, según lo señalado en la DIA y sus anexos, en su Adenda, y en su Adenda

Complementaria, los cuales forman parte integrante de la presente Resolución, la descripción del Proyecto es la que a continuación se indica:

4.1. ANTECEDENTES GENERALES

El objetivo del Proyecto es el óptimo funcionamiento del Parque Eólico Alena, a través de la extensión de la canalización subterránea Objetivo general que evacúa la energía de los aerogenerador para interconectar los sectores Norte y Sur del parque, y del aumento de la tensión actual de esta canalización a 33 kV.

Descripción general del | Debido a la necesidad de optimizar el funcionamiento del Parque proyecto Eólico Alena, el Titular considera la extensión de la canalización subterránea que evacúa la energía de cada aerogenerador y la habilitación un de camino de servicio paralelo a ésta, para interconectar los sectores Norte y Sur del parque, lo que implica la eliminación de la interconexión aérea del Proyecto original. Adicionalmente, se modificará la tensión actual de la canalización subterránea correspondiente a 23 kV según RCA N* 314/2013, aumentándola a 33 kV. Lo anterior implica un cambio en los transformadores de la subestación elevadora del Proyecto, pues, originalmente se realizaba un cambio de tensión de 23/154 KV y dado el cambio de tensión de la canalización subterránea la subestación transformará de 33/154 kV, siendo este cambio el único en esta subestación.

Tipología principal, así | Artículo 2. Literal g) Modificación de proyecto o actividad: como las aplicables a sus | Realización de obras, acciones o medidas tendientes a intervenir o complementar un proyecto o actividad, de modo tal que éste sufra

2

| partes, obras o acciones | cambios de consideración. | Artículo 3. Literal b.1) Líneas de transmisión eléctrica de alto voltaje | Vida útil 20 años

| Monto de inversión USD $ 10.000.000 |

mínima, que da cuenta | sistemático y permanente del Proyecto corresponde, a la habilitación | del inicio de la ejecución | de los frentes de trabajo. Esta tarea se proyecta para comenzar en junio

del proyecto de modo | de 2020, una vez que se obtenga la RCA favorable.

sistemático y!

permanente, para efectos | de la caducidad de la |

|

1]

l

|

1

r

|

| Sión acto o faena | La actividad que da cuenta del inicio de la ejecución de modo | |

|

|

|

|

|

Proyecto o actividad se | Si | No desarrolla por etapas

Proyecto O actividad Es importante señalar que el proyecto original cuenta con modifica un proyecto o | si | No | una calificación ambiental favorable (Resolución Exenta actividad existente | (RCA) N* 314/2013 Proyecto “Parque Eólico Alena” y

| Resolución Exenta (CP) N* 019/2019 Se pronuncia sobre | naturaleza de las Modificaciones al proyecto “Parque | X | Eólico Alena”), sin embargo, aún no se han iniciado

obras. | Proyecto modifica otra(s) Resolución FExenta (RCA) N 314/2013 Proyecto RCA “Parque Eólico Alena” y Resolución Exenta (CP) N

019/2019 Se pronuncia sobre naturaleza de las Modificaciones al proyecto “Parque Eólico Alena”

Los puntos que se modifican, son los relacionados a: Subestación de transformación eléctrica; Conducción eléctrica subterránea; Atravieso de cursos de agua; Línea de transmisión eléctrica aérea de interconexión; Habilitación de Caminos;

XxX En la Tabla 1-2 de la DIA se presentan en detalle los considerandos de RCA N? 314/2013 y REX N* 019/2019 que se pretenden modificar.

Si | No

| 4.2. UBICACIÓN DEL PROYECTO

Eólico Alena” y por tanto se localiza al interior del área definida | para éste (RCA N? 314/2013). |

| División político- | El Proyecto se localizará en la Región del Biobío, provincia de | administrativa Biobío, comuna de Los Angeles, específicamente a 12 km al oeste | | de la ciudad de Los Ángeles. | | Justificación de la | La localización del Proyecto, se justifica, debido a que corresponde | | localización a una modificación de obras específicas del Proyecto “Parque |

|

1

Superficie El Proyecto comprende una superficie total de 1,44 ha, considerando la superficie de la extensión de la canalización

t | | subterránea (0,29 ha) y la del camino de servicio paralelo a ésta | | (1,15 ha). |

uy

Extensión canalización subterránea Vértice Este Norte

1 715.195 5.842.745

2 715.167 5.842.548

3 715.465 5.842.481 Coordenadas UTM en Datum WOS$4 4 715.403 5.841.741

5 715.055 5.841.735

6 714.790 5.840,864

7 714.820 5.840.855

8 714.629 5.840.588

Para acceder al Proyecto, se ingresa desde la ruta 5 por el poniente Caminos o vías de acceso de Los Angeles hasta llegar a la Ruta 180 que pasa por la sección sur del Parque Eólico.

Referencia al expediente de | Capítulo 1. Descripción de Proyecto, Punto 1.5 de la DIA evaluación de los mapas, georreferenciación e información complementaria sobre la localización de sus partes, obras y acciones

4.3, PARTES, OBRAS Y ACCIONES QUE COMPONEN EL PROYECTO

4.3.1, FASE DE CONSTRUCCIÓN

Frentes de trabajo móvil

Para la construcción del Proyecto se considera la habilitación de dos frentes de trabajo móviles, sectores en los que se desarrollarán las actividades de excavación de zanja, despliegue del cableado, recubrimiento de la zanja, entre otras actividades a desarrollar durante esta fase. Estos frentes de trabajo se desplazarán a lo largo de la extensión de la canalización subterránea según sea el avance de la construcción.

Cada frente de trabajo móvil contará con las siguientes instalaciones:

. Baños químicos . Dispensadores de agua potable . Área de descanso

Habilitación de frentes de trabajo

Se considera la habilitación de dos frentes de trabajo móviles, los cuales se encontrarán equipados con instalaciones básicas para el desarrollo de las actividades Los frentes de trabajo serán móviles y se desplazarán a lo largo de la canalización subterránea según el avance de la construcción del Proyecto.

La habilitación de estos frentes de trabajo se realizará mediante el acondicionamiento de un sector como área de descanso, y la instalación de baños químicos y dispensadores de agua potable.

Cada frente de trabajo móvil se encontrará implementado con las siguientes instalaciones:

. Baños químicos: Dado el carácter temporal de la fase de construcción, para la contención de las aguas servidas se dispondrá una zona implementada con baños químicos conforme lo establecido en el D.S. N” 594/1999 en cuanto a cantidad y distancia hasta los lugares de trabajo. Se hace presente que esta zona se encontrará aislada de las demás instalaciones pertenecientes a los frentes de trabajo.

. Dispensadores de agua potable: Para el suministro de agua potable se

habilitará un sector donde se dispondrán dispensadores de agua potable para el

| suministro del personal. Se ha considerado la dotación de una cantidad de 150

litros por persona al día. | . Area de descanso: Se implementará un área de descanso para los |

las inclemencias climáticas.

l | Movimiento | de tierra

| l | | | trabajadores el cual se encontrará techado a fin de proteger a los trabajadores de | | |

Preparación del terreno: La preparación del terreno consiste en el despeje y limpieza del terreno de arbustos, matorrales y vegetación existente. Cabe señalar que se exigirá contractualmente al contratista el cuidado de las operaciones de preparación del terreno y caminos de acceso, y se hará una inspección del terreno previo a su intervención, a fin de evitar una eliminación innecesaria de la vegetación. |

| Escarpe: Se considera el retiro de la primera capa del terreno mediante el escarpe | de 20 cm de profundidad, por un ancho de 5 metros conformado por 1 m de canalización subterránea más 4 m de camino de servicio, así, el volumen total |

estimado de material escarpado será de 2.890 m?.

| Excavación: Para la realización de la zanja, se considera la excavación mecánica | con excavadora y retroexcavadora de 1 a 1,2 m de profundidad por 1,2 m de ancho, estimándose un volumen de excavación de 3.468 m3.

En el fondo de la zanja se aplicará una capa de arena de 10 cm de espesor sobre la cual se colocarán los cables eléctricos |

Canalización subterránea de línea eléctrica

| La conexión de las secciones Norte y Sur del Proyecto se realizará mediante la extensión de la canalización subterránea del Parque eólico, para ello se realizará la excavación de una zanja de 1 metro de ancho y 1,2 metros de profundidad donde se desplegará el cableado respectivo. La longitud de la extensión de la canalización subterránea será de 2,89 km.

Tendido de cable

La instalación de la red de cables de alta tensión se realizará mediante el tendido manual con equipos porta carretes. Posteriormente, se procederá al relleno y nivelación de la zanja utilizando el mismo material excavado, por lo que no se considera la adquisición de material de relleno.

A fin de preservar y alargar la vida útil de la red de media tensión, además de facilitar futuras labores de mantenimiento, se recomienda no intervenir o utilizar la servidumbre sobre la que ésta está construida, no obstante, quedará permitido el paso y acceso peatonal a dicha área. En caso de que alguno de los propietarios quisiera actuar o intervenir sobre la red, deberá solicitar el respectivo permiso al titular de la servidumbre a fin de evaluar el tipo de actividad, teniendo siempre presente lo establecido en la norma NSEG 5. E.n. 71.

Atraviesos de Ruta 180

| De acuerdo con el emplazamiento de la canalización subterránea, ésta cruzará |

bajo la ruta 180, para lo que se considera un sistema de encamisado de tubo de | hormigón de diámetro 800 mm en el cual se emplazarán los respectivos | conductores. Los conductores estarán protegidos por tres tubos de PVC de alta | densidad, de diámetro 110 mm donde además se contempla un cuarto tubo de PVC propuesto para dar cabida a una situación de emergencia. La profundidad hasta la parte superior del tubo más próximo a la superficie (nivel de terreno natural) será de 1 m, mientras que de la ruta 180 será de 3,17 m. |

| | Ñ

| Atraviesos

| cursos de agua | naturales |

Para el cruce del Estero La Suerte N* 2 se proyectan 2 tuberías de acero | corrugado de diámetro 1,50 m y longitud 10,8 m. Por otra parte, el cruce del Estero sin Nombre contempla 2 tuberías de acero corrugado de diámetro 1,00 m y longitud 8,6 m. Ambos atraviesos se ejecutarán considerando el cruce del camino de servicio y de la canalización subterránea, esta última a una profundidad mínima de 0,60 m la que utilizará banco de ductos de hormigón con el fin de dar una adecuada protección a los ductos de acero de diámetros 6 pulgadas y 4 pulgadas, al interior de los cuales irán los conductores eléctricos.

La construcción de estas obras se proyecta para época estival, con el fin de realizar su ejecución sin caudales de crecidas extraordinarias. Al inicio se contempla el replanteo junto con el roce y despeje de la zona a intervenir.

1) Atraviesos camino de servicio |

Los cruces del camino de servicio con los cauces naturales se realizarán a través de alcantarilla con dos tuberías de acero corrugado y protecciones mediante enrocados. La función de las alcantarillas es permitir el paso de las aguas del cauce bajo el camino. Los ductos de metal corrugado estarán construidos por planchas acanaladas de acero galvanizado y cumplirán lo establecido en norma ASTM A760M y ASTM A 761M, y se respetarán los espesores de recubrimiento de zinc según lo establecido en NCh 570. La Figura 1-6 de la DIA muestra la sección tipo del atravieso de camino de servicio con cursos de aguas naturales.

Al inicio de las obras se contempla el replanteo del trazado, junto con el roce y despeje de la zona a intervenir. Posteriormente se realizará el desvío del cauce junto con la construcción de ataguías (atarriba y atabajo) de suelo compactado, de manera que permita la ejecución de las tuberías metálicas en zona seca y así se evite arrastre de material suspendido. Posterior a su ejecución, se contempla el relleno sobre la clave. Finalmente, se realizará el retiro de las ataguías y reencauzamiento de las aguas.

La construcción de las alcantarillas, materiales y espesores de rellenos compactados se realizarán conforme a las especificaciones técnicas del fabricante y se seguirán todas las recomendaciones dadas por el Manual de Carreteras última versión.

2 Atravieso canalización subterránea

Ambos atraviesos se ejecutarán bajo los cauces, a una profundidad mínima de 0,60 m respecto del fondo del cauce con una cama de arena donde se apoyarán los conductos eléctricos de acero de diámetro 6 pulgadas y 4 pulgadas, dentro de los cuales irán los conductores eléctricos. Sobre éstos se incorporará hormigón calidad H25 hasta 10 cm sobre la clave. Posteriormente se considera el relleno compactado en capas de 15 centímetros con material in situ y se dejará una cinta de señalización dentro del relleno, con el fin de avisar ante posibles intervenciones de terceros (Figura 1-7 y Figura 1-8 de la DIA).

Una vez realizados los trabajos de atraviesos se comenzará la reposición de la sección intervenida. La restitución de la sección se ejecutará mediante la proyección de una sección trapezoidal con rellenos mediante material in situ, con mismas dimensiones de base y talud a la sección existente.

Dada la presencia de fauna íctica nativa en el área de emplazamiento del Proyecto, de acuerdo con resultados presentados en Anexo IV-A de la Adenda, las construcciones de las obras de atravieso consideran las siguientes acciones dirigidas a evitar la alteración del ecosistema acuático:

. La construcción de las obras en cauces naturales no requerirá la interrupción del flujo del cauce ni tampoco lo alterará, ya que considera la utilización de ataguías o la habilitación de un bypass para mantener la continuidad del flujo.

. La ejecución de las obras en cauces artificiales pertenecientes a la asociación de canalistas o privados, se realizarán entre los meses de mayo y agosto que es cuando se interrumpe el paso de agua en estos canales.

Por otra parte, con el fin de prevenir situaciones como la contaminación de cauces, se consideran las siguientes medidas de contingencia, las que también son incluidas en Plan de Contingencia y Emergencia del Proyecto:

. Se aplicarán protocolos de bioseguridad contra el Didymo.

. Las áreas de trabajo, baños químicos, contenedores y cualquier fuente de contaminación serán restringidas a un lugar distante de los canales involucrados, de manera de evitar cualquier efecto en la calidad de las aguas.

Se capacitará a los trabajadores sobre la importancia de no contaminar los cauces que se están interviniendo, prohibiendo la eliminación de desechos y la modificación de la vegetación ribereña, así como los planes de prevención y desinfección que se implementarán.

. Se prohibirá el ingreso al cauce de personas, equipos y/o máquinas

ajenas a las obras mismas de construcción. Para esto, se instalarán barreras que demarcarán la zona de construcción, con un buffer asociado.

caída de material indeseado a los cursos de agua.

| Camino de | servicio

| . Se instalarán barreras laterales en la etapa de construcción para evitar la | |

La construcción de la extensión de la canalización subterránea requiere de la habilitación de un camino paralelo a lo largo de toda su longitud, el cual tiene como finalidad facilitar las obras de construcción y mantenimiento del Parque | | eólico una vez se encuentre en operación. | |

El camino tendrá un ancho de 4 m, extendiéndose por 2,89 km y corresponderá a | un camino de tierra compactada, sometido a bajo tránsito vehicular, dadas las | características del Proyecto.

Modificación de la tensión | de la

| | canalización 1] | |

| | | | | | f | | |

| subterránea

Se modificará la tensión de la canalización subterránea de media tensión que evacúa la energía de cada aerogenerador y de la canalización subterránea de interconexión del parque, las cuales conectan los aerogeneradores con la subestación elevadora del parque, correspondiente a 23 kV según RCA N 314/2013, aumentándola a 33 kV. Lo anterior no implica la construcción de obras adicionales a las ya aprobadas mediante RCA N 314/2013.

[ Modificación de la tensión | de

La modificación de la tensión de la canalización subterránea implica un cambio en los transformadores de la subestación elevadora del Proyecto, pues, originalmente se realizaba un cambio de tensión de 23/154 KV y dado el cambio

1] ., .z : .z z .. A | transformación | de tensión de la canalización subterránea la subestación transformará de 33/154 en la | KV, manteniendo las dimensiones y ubicación aprobadas mediante RCA N* | Subestación 314/2013. | | Elevadora LL | | | Una vez que se hayan desarmado y retirado las obras temporales, la empresa | | $s | restituirá el terreno intervenido a causa de la construcción. Estas actividades | | Restauración a Se . E del temeño implicarán la remoción de material en los sectores de construcciones temporales y la reposición de los suelos, si existieren excedentes de suelo provenientes de | | las excavaciones. — | Recursos naturales | Corta de vegetación: | renovables | | El Proyecto considera el despeje y limpieza del terreno de arbustos, matorrales | y vegetación que se encuentra en las siguientes formaciones vegetacionales. | Uso de Suelo Formación vegetal Superficie | (ha) 1] | Arborescente de Acacia melanoxylon 0,12 | Arborescente | Arborescente de Populus nigra 0,10 | Bosque exótico de Populus nigra y Populus | | alba 0,05 | Bosque Bosque exótico de Quercus robur y Acacia | melanoxylon 0,02 | Bosque mixto de Acacia melanoxylon y Quillaja saponaria 0,07 Cultivo agrícola | Cultivo agrícola de Zea mays 0,05 | Matorral arborescente de Acacia 6.0 | | Matorral melanoxylon y Rubus ulmifolius ve | Matorral de Rubus ulmifolius, Genista | monspessulana y Rosa rubiginosa 0,04 | | Pradera Pradera de Galega officinalis 0,97 | Total 1,44

Emisiones y efluentes

| Emisión a la atmósfera MP, NOx, SO», CO», NH, COV:

| Respecto de las emisiones generadas por el Proyecto, se prevé que éstas | corresponderán a material particulado producto de los movimientos de tierra y

circulación vehicular por caminos no pavimentados, además de emisiones de gases de combustión generadas por la misma operación de maquinaria y vehículos de trabajo.

A continuación, se presenta el resultado de la estimación de emisiones correspondiente a la fase de construcción del Proyecto, cuyo detalle metodológico se presenta en el Anexo D de la DIA.

Actividad Emisiones construcción del Proyecto [ton/año] PTS MP10 MP2,5 NOx SO, NH; co Ccov

Escarpe 0,280 0,029 0,029 Excavación 0,202 0,041 0,021 Carga y 2,3E-04 | 1,18-04 1,7E-05 descarga de material Erosión en 0,097 0,049 0,007 pila de acopio

Nivelación y 2,9E-03 1,3E-03 9,185 compactación Combustión 0,093 0,093 0,093 1,089 0,285 0,130 de maquinaria fuera de ruta Tránsito en 0,217 0,062 0,006 camino no pavimentado Tránsito en 0,048 0,009 0,002 camino pavimentado Combustión 3,2E-04 | 3,2E-04 3,2E-04 0,014 | 0,005 | 6,4E-06 | 0,004 0,001 de motores en ruta

Total 0,941 0,285 0,160 1,103 | 0,005 | 6,4E-06 | 0,289 0,131 [ton/año]

De acuerdo con los resultados presentado en la tabla anterior, la construcción de la extensión de la canalización subterránea generará un total de 0,285 ton/año de MP10 y 0,160 ton/año de MP2,5 en el periodo acotado de 3 meses que durará la obra. En virtud de lo anterior, el Proyecto cumple con lo establecido en el Plan de Descontaminación Atmosférico ya que no supera la emisión de 1 ton de MP por lo que no se hace necesaria la compensación de emisiones atmosféricas.

A partir de los resultados de la estimación atmosférica, se realizó una modelación de calidad de aire utilizando el modelo Calpuff, obteniéndose así, los aportes del Proyecto en los receptores puntuales más cercanos (30 receptores), en las estaciones de monitoreo 21 de Mayo y Los Ángeles Oriente, y en los Puntos de Máximo Aporte (PMA), antecedentes que se presentan en el Anexo M de la DIA.

Cabe destacar qué adicionalmente, se consideran las siguientes medidas, al igual como fue establecido para el proyecto aprobado por RCA N? 314/2013.

. Se aplicará de un supresor de polvo en camino no pavimentado o servidumbre por donde transitará la maquinaria y vehículos relacionado con la ejecución de las obras.

. En zonas sin pavimentar se exigirá una velocidad máxima de 30 km/h para los camiones cargados y para los vacios.

. Los materiales transportados se cubrirán para evitar la emisión de polvo y caída de material.

. Se prohibirá categóricamente la quema de cualquier tipo de residuo,

. El Titular será responsable por el cumplimiento de las condiciones

técnicas de los vehículos motorizados, exigiendo a todos los contratistas que todo vehículo cuente con sus revisiones técnicas al día.

Aguas servidas:

Las aguas servidas generadas en la fase de construcción serán manejadas a través de la implementación de baños químicos en cada frente de trabajo.

El manejo de los baños químicos será realizado por una empresa que cuente con | los permisos de la Autoridad Sanitaria de la región del Biobío. Cabe mencionar | que la generación de aguas servidas se encuentra contenida en lo declarado y | aprobado en el Proyecto original. |

| Residuos industriales líquidos

Durante la fase de construcción del Proyecto, no se contempla la generación de residuos líquidos industriales.

Ruido

Con el fin de determinar si la construcción del Proyecto podría generar un impacto en los receptores cercanos a las actividades de construcción, se modeló el aporte generado por la maquinaria más la que será utilizada en el montaje de

los aerogeneradores cercanos, considerando la ejecución simultánea de ambas actividades.

Para dicha evaluación se identificaron 3 puntos receptores para los cuales se pudo determinar que los niveles de presión obtenidos, cumplen con los máximos permitidos por el D.S. N* 38/11 del MMA, tal como se observa en la siguiente tabla.

Distancia NES 2 Gbras modelado* Máximo Punto Descripción Fase de | permitido | Evaluación del Se | rovecio construcción [dB(A)] En [dB(A)]

| Vivienda ubicada a 700 1 m al norte de la ruta 180 | 31m 58 59 Cumple en sector La Suerte Vivienda ubicada a 1 | km al norte de ruta 180 | 159 m 49 56 Cumple | en sector La Suerte

5)

| Vivienda ubicada a 2,3 | | 3 km de Coihue al costado | 55 m 56 65 Cumple | | |

norte de ruta 180

El detalle metodológico de esta modelación se entrega en el Anexo E de la DÍA.

Vibraciones

El análisis se efectuó mediante la metodología de predicción y evaluación dispuesta en la norma norteamericana “Transit Noise and vibration Impact Assessment”, elaborada por la FTA, la cual establece valores de daño sobre estructuras y criterios de molestia en receptores humanos a partir de los descriptores PPV en [in/s] y Lv en [VdB], respectivamente.

Se utilizó como referencia un “camión pesado”, permitiendo verificar que los valores para cada receptor, tanto para molestia y daño a estructuras, se

encuentran por debajo de lo establecido por la FTA, tal como se indica en la siguiente tabla;

Criterio daño Criterio de molestia | PPV sc LV e | | | Punto | proyectado MO | Evaluación proyectado a Evaluación | (in/s] permitid [VdB]* permitido | o [in/s] [VdB] pL1 0,00926 0,2 Cumple 68 72 Cumple | 2 0,00080 0.2 Cumple 46 72 Cumple | 3 0,00392 0,2 Cumple 60 7 Cumple

El detalle metodológico de la proyección de las vibraciones se entrega en el

9

Anexo E de la presente DIA.

Residuos, productos químicos y otras sustancias que puedan afectar el medio ambiente.

Residuos sólidos domiciliarios (RSD)

No se considera la generación de residuos domiciliarios adicionales en cantidad y tipo a los ya declarados y aprobados en el Proyecto original, al mismo tiempo, la forma de manejo y almacenamiento se mantiene de acuerdo a lo aprobado mediante RCA N* 314/2013,

Es decir, serán almacenados temporalmente en bolsas plásticas en contenedores cerrados (Se estima una producción de residuos domésticos de 0,5 kg/trabajador/día), es decir cerca de 102 kilos diarios en las fases principales de construcción. Se recolectarán estos desechos 3 veces a la semana durante el periodo de mayor producción de residuos en la construcción. La recolección y disposición de éstos estará a cargo de una empresa especializada quienes llevarán los residuos a un sitio de disposición final autorizado.

Residuos industriales no peligrosos (RISES)

No se considera la generación de residuos industriales no peligrosos adicionales en cantidad o tipo a lo aprobado en para el Proyecto original. Los cuáles serán manejados según se aprobó mediante RCA N* 314/2013, es decir, se dispondrán en contenedores cerrados o a granel dependiendo de la naturaleza del mismo. Se recolectarán al menos una vez a la semana durante los meses de construcción y serán llevados a un sitio de disposición final autorizado por una empresa contratista especializada.

Residuos de excavación

En cuanto al material sobrante de la excavación de las zanjas de canalización subterránea, el Proyecto pretende utilizar la totalidad del mismo para el relleno de las mismas zanjas realizadas.

Residuos sólidos peligrosos (RESPEL)

El Proyecto generará residuos sólidos peligrosos consistentes en guaipes o trapos contaminados con combustibles o aceites, los que se encuentran contenidos en los residuos declarados y aprobados para el Proyecto original, siendo manejados de acuerdo con lo estipulado en la RCA N* 314/2013.

Esto es, se almacenarán productos con categoría de peligrosos, tales como lubricantes, diluyentes, pinturas, guaipes, etc. Estos productos serán almacenados para el funcionamiento expedito de la construcción. Los residuos serán manejados con un sistema integrado de dos componentes, En un primer momento se dispondrán en contenedores primarios estancos y sellados en el lugar de generación, para posteriormente ser llevados a un contenedor secundario en la BAT, en espera de su traslado al sitio de disposición final.

Esta bodega contará con una base continua de hormigón armado, además de un pretil de retención de escurrimiento o derrames de 10 cm., el cual permite contener a lo menos el 20% del volumen total de los contenedores que serán almacenados. Sólo se permitirá el acceso al personal debidamente autorizado.

Lubricantes, diluyentes, pinturas, entre otros

El Proyecto requerirá sustancias tales como lubricantes, diluyentes, pinturas, entre otros, las que se encuentran contenidas en las aprobadas para el Proyecto original. El manejo de las sustancias peligrosas se realizará de acuerdo con lo aprobado en el Proyecto original mediante RCA N? 314/2013.

Esto es mediante la implementación de una bodega específica para el manejo de sustancias peligrosas.

Referencia al

Punto 4.6 del ICE

10

| ICE para |

mayores | detalles sobre esta fase.

T

| |

4.3.2. FASE DE OPERACIÓN

| 1] | | T | 1 | Mantenciones 1]

Dada la naturaleza del proyecto, no se contempla la ejecución de otras obras, acciones y partes distintas a las ya descritas en la RCA N? 314/2013, las cuales para la canalización subterránea están dada solamente por mantenciones y/o | reparaciones en caso de ser necesarias, la mantención de caminos y el constante | despeje y demarcación de faja de servidumbre. | Productos Dada la naturaleza del proyecto no existe la generación de ningún producto, solo | | generados el transporte de energía. | Recursos Dada la naturaleza del proyecto y que no se ejecutarán obras o acciones durante | | la etapa de operación, no existirá intervención de recursos naturales de ningún renovables tipo durante la operación del proyecto.

| Emisiones y efluentes

Dada la naturaleza del proyecto y que no se ejecutarán obras o acciones durante
la etapa de operación, no existirá emisiones a la atmósfera durante esta etapa

Residuos,

Í f 1] 1] | | | naturales | r | | | productos

| químicos y | esta etapa. Toda vez que las obras de mantención serán ejecutadas en conjunto

otras sustancias que

| puedan afectar |

Dada la naturaleza del proyecto y que no se ejecutarán obras o acciones durante | la etapa de operación, no existirá generación de residuos de ningún tipo durante

con el proyecto original.

|

|

| el medio | | ambiente,

| Referencia al | Punto 4.7 del ICE | | ICE para | | mayores

| detalles sobre

| esta fase.

|

4.3.3. FASE DE CIERRE |

| Frentes de | trabajo móvil |

Para la construcción del Proyecto se considera la habilitación de dos frentes de trabajo móviles, sectores en los que se desarrollarán las actividades de | excavación de zanja, despliegue del cableado, recubrimiento de la zanja, entre | otras actividades a desarrollar durante esta fase. Estos frentes de trabajo se

| desplazarán a lo largo de la extensión de la canalización subterránea según sea el avance de la construcción.

| Cada frente de trabajo móvil contará con las siguientes instalaciones:

. Baños químicos

. Dispensadores de agua potable |. Área de descanso | Desmantelami Se procederá al retiro mecánico de la canalización subterránea, lo cual requerirá | ento o! de la re-apertura de las zanjas. Una vez retirado el cableado, se rellenarán las | Ei | zanjas con el propio material extraído del lugar. | e estructara | El cableado retirado será acopiado en la instalación de faenas declarada por el | | Titular en la RCA N9314/2013, para su selección, reciclaje o disposición final en | sitio autorizado, según corresponda. | Retiro de En el eventual caso que se decida poner término a la actividad, se realizara el | tuberías y retiro de todas las tuberías y conductores instalados en el subsuelo | conductores | | | | Restauración La restauración del suelo a sus condiciones originales se realizará mediante su descompactación, lo que permitirá mejorar su capacidad de infiltración y facilitar | el restablecimiento de la vegetación. A fin de asegurar la restauración deseada y | evitar la compactación adicional en la superficie, esta actividad se realizará en |

períodos de baja humedad del suelo. |

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Por su parte, no se considera la alteración en la geoforma o morfología del suelo, ya que la profundidad de la zanja será de 1,2 m y el retiro del cableado y la posterior utilización del material extraído como relleno, permitirá conservar los horizontes del suelo.

Prevención de | Una vez finalizado el Proyecto, no se prevén fuentes de emisiones que sean

futuras necesarias prevenir.

emisiones

Mantención, Considerando el tipo de Proyecto y el desmantelamiento total que se realizará conservación y ¡ del mismo, no se contemplan actividades de mantención, conservación y supervisión supervisión.

Referencia al | Punto 4.8 del ICE

ICE para

mayores

detalles sobre

esta fase.

4.4. CRONOLOGÍA DE LAS FASES DEL PROYECTO

4.4.1. FASE DF CONSTRUCCIÓN

Fecha estimada de inicio

Primeros días del mes de junio de 2020, No obstante, la fecha definitiva de inicio está supeditada a la obtención de la Resolución de Calificación Ambiental favorable (RCA) y los permisos sectoriales requeridos

Sin embargo, es importante destacar que para la ejecución de las obras en cauces artificiales pertenecientes a la asociación de canalistas o privados, se realizarán entre los meses de mayo y agosto que es cuando se interrumpe el paso de agua en estos canales.

Parte, obra o acción que establece el inicio

habilitación de los frentes de trabajo

Fecha estimada de término

Últimos días del mes de agosto de 2020

Parte, obra o acción que establece el término

mediante la desmovilización de los frentes de trabajo

4.4.2. FASE DE OPERACIÓN

Fecha estimada de inicio

Mes de diciembre de 2020

Parte, obra o acción que establece el inicio

Se dará inicio con la transmisión de energía,

Fecha estimada de término

Su término para el mes de diciembre del 2040

Parte, obra o acción que establece el término

El término se materializa con su desconexión.

4.4.3. FASE DE CIERRE.

Fecha estimada de inicio

mes de diciembre de 2040

Parte, obra o acción que establece el inicio

Instalación de faenas

Fecha estimada de término

Mes de mayo de 2040

Parte, obra o acción que establece el término

Abandono y clausura de las instalaciones

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5”. Que, durante el proceso de evaluación se han presentado antecedentes que justifican la

inexistencia de los siguientes efectos, características y circunstancias del artículo 11 de la Ley N* 19.300:

5.1. RIESGO PARA LA SALUD DE LA POBLACIÓN, DEBIDO A LA CANTIDAD Y CALIDAD | DE EFLUENTES, EMISIONES Y RESIDUOS

Impacto ambiental Alteración de la calidad del aire por emisión de material particulado Parte, obra o acción que lo genera Habilitación de frentes de trabajo, habilitación de camino

de servicio, movimiento de tierra, desmovilización frente de trabajo, restauración del terreno, tránsito de vehículos por caminos no pavimentados

Fase en que se presenta Construcción

Impacto ambiental Aumento de los niveles de presión sonora por emisión de |

ruidos |

Parte, obra o acción que lo genera Habilitación de frentes de trabajo, habilitación de camino de servicio, movimiento de tierra, tendido de cable, atraviesos cursos de agua naturales, desmovilización frente de trabajo, restauración del terreno, desmantelamiento o aseguramiento de infraestructura, restauración de geoforma

| Fase en que se presenta Construcción y Cierre Impacto ambiental

Alteración por generación de vibraciones |

Parte, obra o acción que lo genera Habilitación de frentes de trabajo, habilitación de camino de servicio, movimiento de tierra, tendido de cable, atraviesos cursos de agua naturales, desmovilización | frente de trabajo, restauración del terreno, desmantelamiento o aseguramiento de infraestructura, restauración de geoforma

Fase en que se presenta Construcción y Cierre

Referencia al ICE para mayores Capítulo 6 del ICE, punto 6.1 detalles sobre este impacto específico

La fase de construcción contempla la generación de material particulado producto de los movimientos de tierra y circulación vehicular por caminos no pavimentados y pavimentados, además de emisiones de gases de combustión generadas por la misma operación de maquinaria y vehículos de trabajo. | Por su parte, durante las fases de operación y cierre no se producirán emisiones de material particulado ni gases de combustión interna proveniente de vehículos y/o maquinaria distintos a los ya declarados en RCA N? 314/2013.

Así, de acuerdo con los resultados de la estimación de emisiones entregados en la Tabla 2-18 del acápite 2.5.1 del capítulo 2 de la DIA, la construcción del Proyecto generará un total de 0,285 ton/año de MP10 y 0,160 ton/año de MP2,5 en el periodo acotado de 3 meses que durará la obra.

En virtud de lo anterior, se puede señalar que los aportes del Proyecto en la fase de construcción, evaluados en los puntos de interés, serán de muy baja magnitud, lo que no producirá un efecto significativo en la calidad del aire, y con ello riesgo a la salud de la población

Respecto de las emisiones de ruido la fase de construcción, estas provendrán principalmente de la maquinaria pesada que será utilizada para las labores de excavación.

Con el fin de determinar si podría generar un impacto en los receptores cercanos, se modeló el aporte generado por esta maquinaria más la que será utilizada en el montaje de los aerogeneradores cercanos, considerando la ejecución simultánea de ambas actividades.

Para dicha evaluación se identificaron 3 puntos receptores (viviendas) para los cuales se pudo determinar que los niveles de presión obtenidos, cumplen con los máximos permitidos por el D.S. N* 38/11 del MMA, tal como se presenta en la Tabla 2-21 del acápite 2.5.2 del capítulo 2 de la | DIA. | Por su parte, se debe tener en cuenta que el proyecto es de tipo lineal, por lo que la fuente de | generación de ruido se desplaza diariamente y que la etapa de construcción tendrá una duración |

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acotada de 3 meses para todo el proyecto.

Respecto a las emisiones de vibración en la fase de construcción, su análisis se efectuó mediante la metodología de predicción y evaluación dispuesta en la norma norteamericana “Transit Noise and vibration Impact Assessment”, elaborada por la FTA, la cual establece valores de daño sobre estructuras y criterios de molestia en receptores humanos a partir de los descriptores PPV en [in/s] y Ev en [vdb], respectivamente.

Se utilizó como referencia un “camión pesado”, permitiendo verificar que los valores para cada receptor, tanto para molestia y daño a estructuras, se encuentran por debajo de lo establecido por la FTA, tal como se presenta en la Tabla 2-23 del acápite 2.5.3 del capítulo 2 de la DIA.

De acuerdo con ésta, el Proyecto no generará emisiones o efluentes que puedan afectar recursos naturales renovables debido a la exposición de contaminantes, que impliquen un riesgo para la salud de la población.

5.2. EFECTOS ADVERSOS SIGNIFICATIVOS SOBRE LA CANTIDAD Y CALIDAD DE LOS RECURSOS NATURALES RENOVABLES, INCLUIDOS EL SUELO, AGUA Y AIRE

Nombre del Impacto Intervención de suelo para el tendido de tuberías y construcción de caminos

Componente(s) ambiental(es) Suelo

afectado(s)

Parte, obra o acción que lo genera | Habilitación de frentes de trabajo, habilitación de camino de servicio, movimiento de tierra, tendido de cable, desmovilización frente de trabajo, restauración del terreno, desmantelamiento o aseguramiento de infraestructura, restauración de geoforma

Fase en que se presenta Construcción y Cierre

Nombre del Impacto Compactación de suelo por la construcción de caminos

Componente(s) ambiental(es) Suelo

afectado(s)

Parte, obra o acción que lo genera Habilitación de frentes de trabajo, habilitación de camino de servicio

Fase en que se presenta Construcción

Impacto ambiental Alteración de calidad de agua por obras de atravieso

Componente(s) ambiental(es) Agua

afectado(s)

Parte, obra o acción que lo genera Atraviesos cursos de agua naturales

Fase en que se presenta Construcción

Impacto ambiental Alteración de calidad del Aire por emisión de material

particulado

Componente(s) ambiental(es) Aire

afectado(s)

Parte, obra o acción que lo genera Habilitación de frentes de trabajo, habilitación de camino de servicio, movimiento de tierra, desmovilización frente de trabajo, restauración del terreno, tránsito de vehículos por caminos no pavimentados

Fase en que se presenta Construcción

Impacto ambiental Corta de vegetación

Componente(s) ambiental(es) Flora afectado(s)

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| Parte, obra o acción que lo genera Movimiento de tierra, despeje de faja de servidumbre

Fase en que se presenta | Construcción Impacto ambiental Alteración de hábitat Componente(s) ambiental(es) Fauna afectado(s) |

| Parte, obra o acción que lo genera Movimiento de tierra Fase en que se presenta | Construcción

Impacto ambiental Alteración Ictiofauna

Componente(s) ambiental(es) Fauna | afectado(s)

Parte, obra o acción que lo genera | Atraviesos cursos de agua naturales ¡ Fase en que se presenta Construcción

Referencia al ICE para mayores | Capítulo 6 del ICE, punto 6.2 detalles sobre este impacto | específico |

El área de influencia del Proyecto y las áreas a intervenir se caracteriza por estar “altamente intervenido”, dado que en su mayoría son predios agrícolas que han sido arados y trabajados lo que se relaciona con la abundancia de especies exóticas. En los estudios y levantamientos realizados para el proyecto, se registraron cincuenta y dos especies de flora vascular, ninguna de ellas listada en categoría de conservación, de acuerdo a la normativa ambiental vigente y los documentos de referencia indicativos.

| El Proyecto considera la intervención de 1,44 ha de suelo, de los cuales, 1,16 ha presentan capacidad de uso III y TV, sin embargo, el ser una intervención acotada, permitirá la continuidad de uso agrícola que presenta el área.

| Del mismo modo, el Proyecto no considera la contaminación del suelo, en virtud del manejo de | residuos que evitará el contacto de dicho componente con estos residuos y/o sustancias.

| Para la realización de la zanja, se considera la excavación mecánica con excavadora y

| retroexcavadora de 1 a 1,2 m de profundidad por 1,2 m de ancho, estimándose un volumen de

| excavación de 3.468 m3. Posteriormente, se colocan las tuberías que albergan los cables y se |

| procederá al relleno y nivelación de la zanja utilizando el mismo material excavado, por lo que no se considera la adquisición de material de relleno.

| En función de lo anterior, se puede señalar que el Proyecto no generará pérdida de suelo | significativa o de su capacidad para sustentar biodiversidad, toda vez que el suelo no perderá sus | propiedades, solo tendrá alguna restricciones de uso por efecto de la infraestructura eléctrica.

|

| Flora y vegetación:

Tomando en consideración los criterios para evaluar sensibilidades ambientales, únicamente se registró la presencia de la especie endémica Ouillaja saponaria (quillay).

La construcción del Proyecto implica la corta (tala rasa) de 0,07 ha de Bosque Mixto de Acacia

melanoxylon - Quillaja saponaria, por lo que para esta última especie se requiere la tramitación del Permiso de Corta ante el SAG.

Fauna terrestre:

En el área de influencia se identificaron siete especies singulares de las cuales, tres corresponden a reptiles (Liolaemus lemniscatus, L. cyanogaster y L. tenuis), dos aves (Mimus thenca y Nothoprocta perdicaria), un anfibio (Batrachyla taeniata) y un micromamífero (Abrothrix olivaceus). Estas son características de la zona centro-sur, específicamente a ecosistemas de Pradera generada por la actividad agrícola, ganadera y forestal.

Ninguna de estas especies se encuentra amenazadas según su categoría de conservación, solo Batrachyla taeniata presenta una categoría Casi amenazada (NT). Sin embargo, dado que se |

registró aproximadamente a 250 metros de distancia del Proyecto, no será afectada por sus actividades ni obras.

De igual forma, con el objetivo de evitar algún tipo de afectación sobre individuos de reptiles y mamíferos que exhiben una capacidad de movilidad reducida, se llevará a cabo un Plan de

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Perturbación Controlada, que tiene como objetivo provocar el abandono o inducir el desplazamiento gradual de los individuos de baja movilidad de lugares donde se realizarán obras que pueden resultar perjudiciales para ellos.

En función de lo anterior, se puede señalar que el Proyecto no generará efectos significativos sobre plantas, algas, hongos, animales silvestres y biota intervenida, explotada, alterada o manejada. Fauna Íctica

En cuatro cursos de aguas se identificaron especies ícticas (cinco nativas y una introducida) detalladas a continuación.

Trichomycterus chiltoni (Bagrecito); Percilia gillissi (Carmelita); Brackhygalaxias bullocki (Puyo); Cheirodon galusdae (Pocha); Basilichthys australis (Pejerrey chileno); Gambusia SP (Gambusia). Para efectos de generar la mínima alteración al hábitat de los individuos de las especies mencionadas, el proyecto en su diseño, considera las siguientes acciones dirigidas a evitar la alteración del ecosistema acuático, para la construcción de las obras de atravieso:

. La construcción de las obras en cauces naturales no requiere la interrupción del flujo del cauce, ya que considera la utilización de ataguías o la habilitación de un bypass para mantener la continuidad del flujo, y con ello la continuidad para efecto de movilidad de los individuos de las especies catastradas.

. La ejecución de las obras en cauces artificiales pertenecientes a la asociación de canalistas o privados, se realizarán entre los meses de mayo y agosto que es cuando se interrumpe el paso de agua en estos canales, por lo cual no existiría en esa época la presencia de las especies identificadas en el área de influencia del proyecto.

Por otra parte, con el fin de prevenir situaciones que pudiesen afectar a la fauna íctica, se consideran las siguientes medidas de contingencia, las que también son incluidas en Plan de Contingencia y Emergencia del Proyecto:

. Se aplicarán protocolos de bioseguridad contra el Didymo.

. Las áreas de trabajo, baños químicos, contenedores y cualquier fuente de contaminación serán restringidas a un lugar distante de los canales involucrados, de manera de evitar cualquier efecto en la calidad de las aguas.

. Se capacitará a los trabajadores sobre la importancia de no contaminar los cauces que se están interviniendo, prohibiendo la eliminación de desechos y la modificación de la vegetación ribereña, así como los planes de prevención y desinfección que se implementarán.

. Se prohibirá el ingreso al cauce de personas, equipos y/o máquinas ajenas a las obras mismas de construcción. Para esto, se instalarán barreras que demarcarán la zona de construcción, con un buffer asociado.

. Se instalarán barreras laterales en la etapa de construcción para evitar la caída de material indeseado a los cursos de agua.

Además, en caso de constatarse la presencia de especies ícticas nativas atrapados en las eventuales pozas que podrían generarse producto de las actividades de desviación de cauce, se realizara la captura y relocalización de dichos ejemplares.

Dado lo anterior, y que la construcción o intervención del proyecto tendrá una duración acotada de 3 meses no se prevé afectación significativa sobre la fauna íctica, por lo que se puede descartar que el Proyecto presente efectos, características o circunstancias que dan origen a la necesidad de presentar un EIA.

Calidad del Agua:

El Proyecto en ninguna de sus fases considera la descarga de aguas servidas a cuerpos o cauces de agua, por tanto, no se afectarán los parámetros físicos, químicos y biológicos de ellos. Adicionalmente, durante esta fase se ejecutarán 2 atraviesos de cauces naturales presentes en el área por donde se extenderá la canalización subterránea, los cruces del camino de servicio y de la canalización subterránea con los cauces naturales se realizarán a través de alcantarilla con tuberías de acero corrugado y tuberías, además de protecciones mediante enrocados. La función de las alcantarillas es permitir el paso de las aguas del cauce bajo el camino y las tuberías es soportar los cables y que estos no tengan contacto con el agua.

Al inicio de las obras se contempla el replanteo del trazado, junto con el roce y despeje de la zona a intervenir, Posteriormente se realizará el desvío del cauce junto con la construcción de ataguías (atarriba y atabajo) de suelo compactado, de manera que permita la ejecución de las obras en zona seca y así se evite arrastre de material suspendido. Posterior a su ejecución, se contempla el relleno sobre la clave. Finalmente, se realizará el retiro de las ataguías y reencauzamiento de las aguas. Con las medidas anteriores se busca garantizar la no afectación del recurso hídrico, lo cual será acreditado mediante un plan de seguimiento de la calidad de las aguas durante el tiempo que tome

su construcción, a fin de verificar que no se afecten las condiciones naturales del cauce producto de las obras en desarrollo.

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|

Cabe destacar que el Proyecto en ninguna de sus fases considera la generación de RILes.

Aire:

La construcción de la extensión de la canalización subterránea generará un total de 0,285 ton/año de MP10 y 0,160 ton/año de MP2,5 en el periodo acotado de 3 meses que durará la obra. En virtud de lo anterior, el Proyecto cumple con lo establecido en el Plan de Descontaminación Atmosférico para Los Ángeles ya que no supera la emisión de 1 ton de MP por lo que no se hace necesaria la compensación de emisiones atmosféricas. Estas emisiones estarán circunscritas al entorno del Proyecto.

Durante la construcción del Proyecto se generarán emisiones de ruido provenientes del funcionamiento de maquinaria pesada que ejecutarán las labores de excavación. En la zona aledañas a éste, si bien se identificaron algunas especies singulares ambientalmente, esta área no representa un ecosistema singular ni exclusivo para el desarrollo de estas especies.

Además, el proyecto propone realizar una perturbación controlada, a pesar de que se descató un impacto significativo sobre esta componente ambiental, a fin de evitar afectación a especies de baja movilidad mientras se desarrollen las obras de construcción.

Residuos:

Los residuos que se generarán en la fase de construcción serán cantidades poco significativas, los que serán dispuestos y manejados según la normativa ambiental vigente y tomando los resguardos necesarios para no afectar el agua, aire o suelo. |

Combustibles: |

Durante la fase de construcción del Proyecto, se requerirá del abastecimiento de combustibles para las maquinarias que realicen las actividades de excavación de la zanja, en promedio se estima 3 | m*/mes de combustible. El abastecimiento se realizará directamente desde camiones surtidores pertenecientes a empresas distribuidoras autorizadas, en zona habilitada de la instalación de faenas

considerada en el Proyecto original. No se contempla el almacenamiento de combustible en los frentes de trabajo.

En función de lo anterior no se prevén impactos por la utilización y/o manejo de productos químicos, residuos u otras sustancias que puedan afectar los recursos naturales renovables

5.3. REASENTAMIENTO DE COMUNIDADES HUMANAS O ALTERACIÓN SIGNIFICATIVA DE LOS SISTEMAS DE VIDA Y COSTUMBRES DE GRUPOS HUMANOS

De acuerdo con la caracterización de Usos del Territorio desarrollada en el capítulo 2, acápite 2.2.8 y Anexo 1 de la DIA, es posible identificar que las viviendas más cercanas al Proyecto se sitúan a 31 y 55 metros de distancia, y no se identificaron viviendas a menos de 20 m del eje del Proyecto. Adicionalmente, en conjunto con el desarrollo de la caracterización de Medio Humano presentada en el capítulo 2, acápite 2.2.9 y Anexo J de la DIA, se obtiene que el sector donde se emplazará el Proyecto cuenta con presencia de fundos y parcelas privadas, donde predominan mayoritariamente los usos productivos del subtipo agricultura.

Considerando lo anterior y en virtud de que las obras de canalización subterránea no implican la necesidad de traslado o reubicación de las viviendas, es posible determinar que el Proyecto no generará reasentamiento de comunidades humanas que habitan dentro de su área de influencia, incluidos grupos humanos pertenecientes a pueblos indígenas.

Referencia al ICE para mayores | Capítulo 6 del ICE, punto 6.3 detalles sobre este impacto específico |

5.4. LOCALIZACIÓN EN O PRÓXIMA A POBLACIONES, RECURSOS Y ÁREAS PROTEGIDAS, | SITIOS PRIORITARIOS PARA LA CONSERVACIÓN, HUMEDALES PROTEGIDOS Y GLACIARES, SUSCEPTIBLES DE SER AFECTADOS, ASÍ COMO EL VALOR AMBIENTAL DEL TERRITORIO EN

QUE SE PRETENDE EMPLAZAR |

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De acuerdo a lo indicado en el Anexo J Caracterización del Medio Humano de la DIA, el Proyecto se ubica un área donde no existe población, comunidades o grupos humanos protegidos por leyes especiales, ni se registra la presencia de Comunidades Indígenas bajo la Ley Indígena (Ley N* 19.253).

Lo cual es ratificado por CONADI Mediante su oficio ORD N? 691 de Fecha 19 de diciembre de 2019 que se pronuncia conforme sobre el proyecto

En el área donde se desarrollarán las obras y actividades del Proyecto no se encuentran en o en las cercanías de recursos protegidos, áreas protegidas, humedales y glaciares protegidos. Por lo anterior, el Proyecto no considera la afectación de territorios con valor ambiental

Referencia al ICE para mayores | Capítulo 6 del ICE, punto 6.4 detalles sobre este impacto específico

5.5, ALTERACIÓN SIGNIFICATIVA, EN TÉRMINOS DE MAGNITUD O DURACIÓN, DEL VALOR PAISAJÍSTICO O TURÍSTICO DE UNA ZONA

El proyecto se emplaza en un sector rural, altamente intervenido, donde se desarrollan actividades de agricultura, ganaderías y forestal de la comuna de Los Ángeles, que no presenta valor turístico, dado que no presenta ningún atractivo que atraiga flujos de visitantes o turistas hacia ella.

La extensión de la canalización subterránea en el sector de la interconexión del Parque, se encuentra en una zona que posee una baja calidad visual del paisaje, debido a las condiciones homogéneas de un ambiente altamente intervenido, monótono, sin elementos biofísicos de valor adicional que no realzan o magnifican condiciones escénicas que pudiesen otorgarle calidad o significancia, y no posee atributos naturales que le otorgan una calidad que la hace única y representativa

Referencia al ICE para mayores | Capítulo 6 del ICE, punto 6.5 detalles sobre este impacto específico

5.6. ALTERACIÓN DE MONUMENTOS, SITIOS CON VALOR ANTROPOLÓGICO,

ARQUEOLÓGICO, HISTÓRICO Y, EN GENERAL, LOS PERTENECIENTES AL PATRIMONIO CULTURAL

De acuerdo con lo presentado en el Acápite 2.2.6 y Anexo H de la DIA, y anexo IV-D de la adenda en el área de influencia del proyecto, no se detectó la de existencia de monumentos sitios

con valor antropológico, arqueológico, histórico y, en general, los pertenecientes al patrimonio cultural

Referencia al ICE para mayores | Capítulo 6 del ICE, punto 6.6 detalles sobre este impacto específico

6”. Quo resultan aplicables al Proyecto los siguientes permisos ambientales sectoriales, asociados a las correspondientes partes, obras o acciones que se señalan a continuación:

6.1. PERMISOS AMBIENTALES SECTORIALES DE CONTENIDO ÚNICAMENTE AMBIENTAL

6.1.1. Permiso para realizar pesca de investigación según se establece en el artículo 119 del Reglamento del SELA

Fase del Proyecto a la | Fase de construcción cual corresponde

Parte, obra o acción a | Atraviesos del Proyecto en El Chequen 1, El Chequen 2, El Chequen 3,

la que aplica Estero la Suerte 2, Estero Sin Nombre, Canal de Regadío 2 y Canal de Regadío 4.

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[ ES | Condiciones o

| exigencias específicas para su | otorgamiento

| Se aclara al titular y se deja de manifiesto en el presente informe, que para efectos de la realización de eventuales actividades de rescate y relocalización de organismos hidrobiologicos, el titular deberá solicitar a | la Subsecretaria de Pesca y Acuicultura un permiso especial para el desarrollo de estas actividades. Lo anterior, una vez obtenida la RCA.

| Pronunciamiento del | órgano competente

I

|

|

j

Of ORD N? 350 de la Subsecretaria de Pesca y Acuicultura, de fecha 30 de junio de 2020, mediante el cual se pronuncia conforme sobre la adenda complementaria y señala “...Identifica correctamente el Permiso Ambiental Sectorial N* 119 del cual esta Subsecretaría se manifiesta conforme respecto de su otorgamiento por cuamto los antecedentes entregados por el titular cumplen con la normativa...”

| Referencia al ICE | para mayores detalles

Capítulo 9 del ICE, punto 9.1

6.2. PERMISOS AMBIENTALES SECTORIALES MIXTOS

Reglamento del SELIA

| 6.2.1. Permiso para efectuar modificaciones de cauce según se establece en el artículo 156 del |

Fase del Proyecto a la cual corresponde

Fase de construcción |

Parte, obra o acción a la que aplica

Atraviesos sobre Estero la Suerte N? 2 y Estero sin Nombre.

Condiciones o exigencias específicas para su otorgamiento

No aplica

Pronunciamiento del órgano competente

Of ORD N? 716 de la DGA, de fecha 20 de mayo de 2020, mediante el cual se pronuncia conforme sobre la adenda y señala “...es posible indicar que en conformidad a los antecedentes contenidos en la presente Adenda, es posible indicar que la titular ha presentado en forma los antecedentes técnicos y legales correspondientes al N 156 del Decreto Supremo N 40 de 2012 del Ministerio del Medio Ambiente para la totalidad de las obras que lo requieren. Además, se advierte que el actual proyecto en evaluación no requiere de presentar los antecedentes

técnicos y formales correspondientes a algún otro PAS de competencia de este Servicio...”

Referencia al ICE | para mayores detalles

Capítulo 9 del ICE, punto 9.2

7*. Que, de acuerdo a los antecedentes que constan en el expediente de evaluación, la forma de cumplimiento de la normativa de carácter ambiental aplicable al Proyecto es la siguiente:

Normas relacionadas al proyecto

Componente/materia:

T

Emisiones Atmosféricas |

Norma

D.S. N” 144/1961, Ministerio de Salud. Establece Normas para Evitar Emanaciones o Contaminantes Atmosféricos de Cualquier | Naturaleza.

| Otros cuerpos legales

No aplica

Materia regulada

Artículo 1% Los gases, vapores, humos, polvo, emanaciones o contaminantes de cualquiera naturaleza, producidos en cualquier establecimiento fabril o lugar de trabajo, deberán captarse o eliminarse en forma tal que no causen peligros, daños o molestias al | vecindario.

Artículo 7% Prohíbase la circulación de todo vehículo motorizado que despida humo visible por su tubo de escape.

19

Fase del proyecto a la que aplica o en la que se dará

Fase de construcción

cumplimiento Parte, obra, acción, | Emisiones de material particulado producto del tránsito vehicular y emisión, residuo O | actividades propias de la fase de construcción y del Proyecto, tales

sustancias a la que aplica

como: preparación del terreno, excavación de zanjas, actividades de nivelación y compactación, carga y descarga de material, acopio en pila, y circulación de vehículos por caminos pavimentados y no pavimentados.

Al mismo tiempo, se considera la emisión de gases de combustión por motores de combustión en ruta y fuera de ruta (maquinaria).

Forma de cumplimiento

La fase de construcción considera las siguientes tasas de emisión de contaminantes:

Emisión de contaminante [ton/año] SO», 0,005

Fase

PTS | MP10 | MP2,5 | NOx

1,103

NH 6,4E-06

co 0,289

cov 0,131

Construcción 0,941 | 0,285 0,160

Se implementarán las siguientes medidas de control de emisión de material particulado:

  • — Aplicación de supresor de polvo del camino no pavimentado o servidumbre por donde transitará la maquinaria y vehículos relacionado con la ejecución de las obras.

  • En zonas sin pavimentar se exigirá una velocidad máxima de 30 km/h para los camiones cargados y para los vacíos.

  • — Los materiales transportados se cubrirán para evitar la emisión de polvo y caida de material.

  • Se prohibirá categóricamente la quema de cualquier tipo de residuo.

  • El Titular será responsable por el cumplimiento de las condiciones técnicas de los vehículos motorizados, exigiendo a todos los contratistas que todo vehículo cuente con sus revisiones técnicas al día.

Indicador que acredita su

: Registro fotográfico que evidencie la implementación de las

cumplimiento medidas listadas.

« — Mantenciones periódicas a los vehículos y maquinaria.

  • — Exigencia de revisiones técnicas al día. Forma . de control y, Inspección visual, registro fotográfico y/o informe que evidencie seguimiento la implementación de las medidas listadas.

  • — Registro en obra de las mantenciones efectuadas a los vehículos

y maquinaria, incluyendo el registro de las revisiones técnicas.

Componente/materia: Emisiones Atmosféricas Norma

D.S. N? 47/1992, Ministerio de vivienda y Urbanismo. Fija nuevo texto de la Ordenanza de la Ley General de Urbanismo y Construcciones.

Otros cuerpos legales

No aplica

Materia regulada

Título $ “De la Construcción”

Capitulo 8 “Faenas Constructivas”

Artículo 5.8.3. En todo proyecto de construcción, reparación, modificación, alteración, reconstrucción O demolición, el responsable de la ejecución de dichas obras deberá implementar las siguientes medidas:

  1. Con el objeto de mitigar el impacto de las emisiones de polvo y material:

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a) Regar el terreno en forma oportuna, y suficiente durante el período en que se realicen las faenas de demolición, relleno y excavaciones.

b) Disponer de accesos a las faenas que cuenten con pavimentos

estables, pudiendo optar por alguna de las alternativas contempladas en el artículo 3.2.6. |

e) Transportar los materiales en camiones con la carga cubierta.

d) Lavado del lodo de las ruedas de los vehículos que abandonen la faena.

e) Mantener la obra aseada y sin desperdicios mediante la colocación de recipientes recolectores, convenientemente identificados y ubicados. l f) Evacuar los escombros desde los pisos altos mediante un sistema

que contemple las precauciones necesarias para evitar las emanaciones de polvo y los ruidos molestos.

g) La instalación de tela en la fachada de la obra, total o parcialmente, u otros revestimientos, para minimizar la dispersión del polvo e impedir la caída de material hacia el exterior.

h) Hacer uso de procesos húmedos en caso de requerir faenas de molienda y mezcla.

Fase del proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento

Fase de construcción.

Parte, obra, acción, emisión, residuo o sustancias a la que aplica

Generación de material particulado producto de la preparación del terreno, excavación de zanjas, actividades de nivelación y compactación, carga y descarga de material, acopio en pila, y circulación de vehículos por caminos pavimentados y no| pavimentados.

Forma de cumplimiento

A fin de disminuir la generación de material particulado, el Titular dispondrá las siguientes medidas de mitigación:

a) Aplicación de supresor de polvo en camino no pavimentado o servidumbre por donde transitará la maquinaria y vehículos relacionado con la ejecución de las obras.

b) Transportar los materiales en camiones con la carga cubierta.

c) Lavado del lodo de las ruedas de los vehículos que abandonen la faena, en caso de corresponder. d) Mantener la obra aseada y sin desperdicios mediante la

colocación de recipientes recolectores, convenientemente identificados y ubicados.

Indicador que acredita su

  • — Planillas que evidencien la implementación de las medidas

cumplimiento listadas, tales como aplicación de supresor de polvo, limpieza, entre otros. F QUA de control y|, Registro de las planillas o informe que evidencie el desarrollo de | seguimiento | las medidas listadas. Componente/materia: | Emisiones Atmosféricas | Norma D.S. N? 4/2019. Ministerio del Medio Ambiente. Establece Plan de

Descontaminación Atmosférica para la comuna de Los Angeles.

Otros cuerpos legales

No aplica

Materia regulada

Artículo 1% El Presente Plan de Descontaminación Atmosférica (PDA) regirá en la comuna de Los Ángeles, y tiene por objeto dar cumplimiento a los niveles de calidad de ambiental establecidos para material particulado en un plazo de 10 años.

Capítulo VI. Compensación de emisiones |

21

: Artículo 48.- Desde la entrada en vigencia del presente decreto,

todos aquellos proyectos o actividades, incluidas sus modificaciones, que se sometan al Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental, que generen directa o indirectamente emisiones respecto de su situación

: base, iguales o superiores a 1 ton/año de MP, deberán compensar sus ' emisiones en un 120% del monto total anual de las emisiones de la

actividad o proyecto. Para estos efectos, deberán presentar en la Declaración o Estudio de Impacto Ambiental, según corresponda, la siguiente información:

a) Estimación anual de emisiones del proyecto, en la fase de construcción, operación y cierre, según corresponda, señalando el año y etapa en la cual se superará el umbral de emisión permitido.

b) Estimación de emisiones a compensar por año y etapa del proyecto o actividad sujeto a compensar,

Deberán calcular e informar las emisiones de los contaminantes MP, MP10, MP2,5, CO, NOx, SO», COV y NH», entregando metodología y memoria de cálculo en sus anexos. Estas emisiones corresponderán a emisiones totales, es decir, directas e indirectas.

Se entenderá por emisiones directas las que se emitirán dentro del predio o terreno donde se desarrolle la actividad, asociadas a la fase de construcción, operación y cierre.

Se entenderá por emisiones indirectas las que se generen de manera anexa a la nueva actividad, como, por ejemplo, las asociadas al aumento del transporte.

En el caso de modificaciones de proyectos o actividades existentes, que deban someterse al Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental se entenderá que constituyen la situación base del proyecto o actividad, aquellas emisiones que se generen de forma previa al ingreso al SETA, y que estén debidamente autorizadas y/o acreditadas, aquellas que se generen con posterioridad, si forman parte de un Programa de Compensación de Emisiones previamente aprobado.

Fase del proyecto a la que aplica o en la que se dará

Fase de construcción.

cumplimiento Parte, — obra, acción, | Generación de material particulado producto de la preparación del emisión, residuo O | terreno, excavación de zanjas, actividades de nivelación y

sustancias a la que aplica

compactación, carga y descarga de material, acopio en pila, y circulación de vehículos por caminos pavimentados y no pavimentados.

Forma de cumplimiento

De acuerdo con los resultados presentado en Anexo D de la DIA, la construcción de la extensión de la canalización subterránea generará un total de 0,285 ton/año de MP y 0,160 ton/año de MP2,5 en el periodo acotado de 3 meses que durará la obra. En virtud de lo anterior, el Proyecto no le corresponde compensar sus emisiones, ya que éstas no son iguales o superiores a 1 ton/año de MP, límite establecido para efectos de compensación por el Plan de Descontaminación Atmosférica para la comuna de Los Ángeles.

Indicador que acredita su

  • Presentación Estimación de Emisiones adjunto en Anexo D de la

cumplimiento DIA.

Forma de control y |, Registro de las planillas o informe que evidencie la

seguimiento implementación de las medidas listadas para el control de material particulado.

Componente/materia: Emisiones Atmosféricas

Norma

D.S. N? 4/1994. Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones. Establece Normas de Emisión de Contaminantes Aplicables a los Vehículos motorizados y fija los procedimientos para su control.

22

Otros cuerpos legales

D.S. N* 279/1983. Ministerio de Salud. Aprueba Reglamento para el Control de la Emisión de Contaminantes de Vehículos motorizados de Combustión Interna.

D.S. N* 55/1994. Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones. Establece Normas de Emisión aplicables a Vehículos Motorizados Pesados que indica.

Materia regulada

Artículo 1%.- La emisión de contaminantes por el tubo de escape de los vehículos motorizados de encendido por chispa (ciclo Otto) de dos y cuatro tiempos, respecto de los cuales no se hayan establecido normas de emisión expresadas en gr/km, gr/HP-h, o gr/kw-h, no | podrá exceder las concentraciones máximas siguientes:

a) Monóxido de carbono (CO) e Hidrocarburos (HC)

Años de uso |% Máximo de CO del vehículo (en volumen)

Contenido máximo de HC en partes por millón (ppm); sólo motores de 4 tiempos

13 y más 4,5 800 12a7 4,0 500 | 6 y menos 4.0 300

Los años de uso del vehículo, se contabilizarán como la diferencia entre el año en que se efectúa el control y el año de fabricación del vehículo más una unidad.

b) Humo visible; sólo motores de 4 tiempos; Se permitirá solamente la emisión de vapor de agua.

La emisión de monóxido de carbono de los vehículos motorizados de dos ruedas de encendido por chispa (ciclo Otto) de dos y cuatro tiempos, no podrá exceder la concentración máxima de 4,5%.

Fase del proyecto a la que aplica o en la que se dará

Fase de construcción.

sustancias a la que aplica

A | cumplimiento | Parte obra, acción, cz 0 a NE Aa > | Emisión por combustión de motores en ruta de los vehículos que emisión, residuo o

transporten insumos a la obra.

Forma de cumplimiento

| revisión técnica al día y se revisará la vigencia de las mantenciones

Todos los vehículos relacionados con el Proyecto contarán con su

recomendadas por los fabricantes. Esto se exigirá por el Titular a las empresas contratistas a través de cláusulas contractuales.

Se impedirá el paso a las instalaciones del Proyecto a todo vehículo que no cuente con su revisión técnica vigente.

¡ Indicador que acredita su

  • Copia de contrato que permita evidenciar la exigencia de

cumplimiento cumplimiento. + — Mantenciones periódicas a los vehículos y revisiones técnicas al día. Forma . de control y|. Planilla de registro de vehículos diferenciados por empresa que seguimiento acredite la exigencia a los contratistas de contar con las | revisiones técnicas de los vehículos al día. l + — Registro de acceso a la obra. Componente/materia: Emisiones Atmosféricas Norma

D.S. N* 75/1987, Ministerio de Transporte y Telecomunicaciones. Establece Condiciones para el Transporte de Cargas que indica.

Otros cuerpos legales

No aplica

Materia regulada

Artículo 2”.- Los vehículos que transporten desperdicios, arena, ripio, tierra u otros materiales, ya sean sólidos, o líquidos, que puedan escurrirse y caer al suelo, estarán construidos de forma que ello no ocurra por causa alguna |

Fase del proyecto a la que aplica o en la que se dará

Fase de construcción. |

cumplimiento

Parte, obra, acción, emisión, residuo o sustancias a la que aplica

Transporte de insumos para la construcción.

Forma de cumplimiento

El Titular exigirá mediante contrato a los camiones que transporten las cargas señaladas, cumplir con las disposiciones de la norma. Los camiones serán cubiertos mediante lona hermética, impermeable y sujeta a la carrocería, con el objetivo de evitar derrame, caída o dispersión de los materiales en el aire.

Indicador que acredita su

Copia del contrato que permita evidenciar las exigencias de

cumplimiento cumplimiento,

Forma de control y Planilla de registro de vehículos que permita acreditar la exigencia a seguimiento los contratistas de circular con carga cubierta.

Componente/materia: Emisión de Ruidos

Norma D.S. N* 38/2011, del Ministerio del Medio Ambiente. Establece

Norma de Emisión de Ruidos Generados por Fuentes que indica.

Otros cuerpos legales

No aplica

Materia regulada

Il “Disposiciones generales”

Artículo 2?. - La presente norma de emisión se aplicará en todo el territorio nacional.

IV “Niveles máximos permisibles de presión sonora corregidos” Artículo 7%.- Los niveles de presión sonora corregidos que se obtengan de la emisión de una fuente emisora de ruido, medidos en

el lugar donde se encuentre el receptor, no podrán exceder los valores de la Tabla N* 1:

de7a21Hrs de21la7 Hrs Zonal 55 45 Zona II 60 45 Zona IM 65 50 Zona IV 70 70

Artículo 10*.- Los niveles generados por fuentes emisoras de ruido deberán cumplir con los niveles máximos permisibles de presión sonora corregidos, correspondientes a la zona en que se encuentra el receptor.

Fase del proyecto a la que aplica o en la que se dará

Fase de construcción.

cumplimiento Parte, Obra, acción, os . . o.

a : Las emisiones de ruido se encuentran asociadas principalmente a la emisión, residuo o

sustancias a la que aplica

utilización de maquinaria pesada para la construcción de las obras.

Forma de cumplimiento

Con el fin de verificar el cumplimiento de límites máximos establecidos por el D.S. 38/11 del MMA, se desarrolló un estudio acústico cuya metodología y resultados se presentan en el Anexo E de la DIA. Para dicha evaluación se identificaron 3 puntos receptores, para los cuales se pudo determinar que la fase de construcción del Proyecto cumple con los máximos permitidos por el D.S. N” 38/11 del MMA en todos éstos,

De todas formas, se mantendrán las mismas medidas precautorias comprometidas en la RCA N* 314/2013:

  • Se privilegiará el uso de maquinaria de baja emisión sonora y con el menor uso posible, Se controlará la emisión de ruidos innecesarios, en especial en las actividades de carga y descarga de materiales.

24

  • Se inducirá al personal de manera de evitar las tareas ruidosas y el mal uso de equipos y herramientas. Se informará a la comunidad de tipo de obra a ejecutar y su | duración. Se mantendrá la oficina CASEM (Calidad, Seguridad y Medio

Ambiente) para articular las sugerencias y quejas de la comunidad.

|

Se monitoreará el sonido durante la fase de mayor emisión para verificar in situ el cumplimiento normativo.

cumplimiento

Indicador que acredita su

  • — Mantención periódica de la maquinaria a utilizar.

  • Habilitación oficina CASEM comprometida en RCA No | 314/2013. |

. no. | + Reuniones y paneles puestos en lugares estratégicos con la información de avances de la construcción.

  • — Informe y resultado de los monitoreos de ruido efectuados en cada etapa del proyecto

| Forma ] de control y|. Inspección visual, registro fotográfico y/o informe que evidencie | seguimiento la implementación de la medida de control propuesta. Registro de inducciones al personal. | | Registros de las comunicaciones con la comunidad. + — Cláusulas contractuales que exijan a los contratistas la entrega de los elementos de protección personal a trabajadores expuestos | al ruido y el control de su uso. | + Informe con los resultados de los monitoreos de ruidos realizados durante la fase de mayor emisión para verificar in situ el cumplimiento normativo r z : pa | Componente/materia: Residuos Líquidos Norma

D.S. N* 594/1999. Ministerio de Salud. Aprueba Reglamento sobre Condiciones Sanitarias y Ambientales Básicas en los Lugares de Trabajo.

Otros cuerpos legales

No aplica

Materia regulada

Artículo 17: En ningún caso podrán incorporarse a las napas de agua subterránea de los subsuelos o arrojarse en los canales de regadío, acueductos, ríos, esteros, quebradas, lagos, lagunas, embalses o en masas o en cursos de agua en general, los relaves industriales o mineros O las aguas contaminadas con productos tóxicos de cualquier naturaleza, sin ser previamente sometidos a los tratamientos de neutralización o depuración que prescriba en cada caso la autoridad sanitaria.

Artículo 24.- En aquellas faenas temporales en que por su naturaleza no sea materialmente posible instalar servicios higiénicos conectados a una red de alcantarillado, el empleador deberá proveer como mínimo una letrina sanitaria o baño químico, cuyo número total se calculará dividiendo por dos la cantidad de excusados indicados en el inciso primero del artículo 23. El transporte, habilitación y limpieza de éstos será responsabilidad del empleador. Una vez finalizada la faena temporal, el empleador será responsable de reacondicionar sanitariamente el lugar que ocupaba la letrina o baño químico, evitando la proliferación de vectores, los malos olores, la contaminación ambiental y la ocurrencia de accidentes causados por la instalación.

Artículo 25.- Los servicios higiénicos y/o las letrinas sanitarias o baños químicos no podrán estar instalados a más de 75 metros de distancia del área de trabajo, salvo casos calificados por la autoridad sanitaria.

25

Medidas de seguridad asociadas al transporte

equipamiento suficiente para el control de la contaminación que necesita implementar, como mínimo se mantendrá: paños absorbentes, almohadas, guantes, cinta de señalización, bolsas desechables con cierre hermético, linterna recargable, gafas y guantes de protección, entre Otros.

Se encontrará disponible en faena la respectiva hoja de seguridad del combustible. Se encuentra prohibido el almacenamiento de combustible,

El transportista llevará un registro de la cantidad de material que transporta

El transporte de combustible será realizado por empresas autorizadas y se regirá por las disposiciones de la legislación vigente.

El transportista o conductor poseerá la licencia de conducir respectiva para el tipo de vehículo a utilizar, en conjunto con la capacitación necesaria para responder en caso de accidentes que involucren el derrame de combustible.

Los conductores de los vehículos de transporte contarán con capacitación en el manejo y manipulación de las sustancias que transportan, así como el procedimiento de primeros auxilios y control de eventuales derrames, incluyendo instrucción de procedimientos asociados al manejo de sustancias peligrosas.

Estará estrictamente prohibido el transporte de estos materiales conjuntamente con animales; alimentos; y cualquier otro tipo de carga, salvo de existir compatibilidad entre los distintos productos transportados, Cuando el cargamento comprenda sustancias peligrosas y no peligrosas compatibles entre sí, éstas deberán estibarse separadamente.

Se prohibirá emplear materiales fácilmente inflamables para estibar los bultos en el interior de los vehículos.

Forma de control y seguimiento

Se generará un informe interno, desarrollado por el departamento de prevención de riesgo del Proyecto.

Referencia a documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada

Capítulo 1 DIA, acápite 1.10, Tabla 1-18.

Acciones o medida a implementar para controlar la emergencia

Tomar contacto inmediato con el departamento de prevención de riesgos del Proyecto. Identificar características de seguridad de la sustancia derramada en la hoja de seguridad: identificación de riesgos asociados a la salud, inflamabilidad, reactividad, elementos de protección personal, formas de extinción, efectos al medio ambiente, entre otros antecedentes pertenecientes a las HDS,

Evaluar gravedad de la situación comprobando la existencia del derrame y proceder a su clasificación según emergencia menor o mayor.

Las personas que manejarán la emergencia deberán proceder al equipamiento con los

46

elementos de protección personal.

Detener la filtración cerrando los envases y contenedores adecuadamente, cambiar su posición o colocarlos dentro de otros envases. Recuperar la sustancia derramada con elementos contenidos en el respectivo kit de derrames.

Todos los productos que se retiren, considerando

el componente suelo en caso de afectación, se tratarán como residuos peligrosos

Oportunidad y vías de comunicación a la SMA de la activación del Plan

Informe preliminar de contingencias y emergencias

En caso de ocurrencia de cualquier tipo de emergencia o contingencia, se elaborará en un período no mayor a 48 horas tras ocurrido el evento un Contingencias, el Superintendencia del Medio Ambiente y a la SEREMI del Medio Ambiente y a los organismos competentes dependiendo del tipo de suceso.

El Informe contendrá lo siguiente:

de será

Preliminar cual

Informe Emergencias y/o

remitido a la

Antecedentes relativos al evento o accidente, tales como: tipo y causa; fecha; hora; sustancia, residuo, emisiones al aire u otra relacionada con la contingencia; duración del evento; acciones de control ejecutadas; personas afectadas, etc.

Identificación del área afectada y su extensión (ya sea en el suelo, subsuelo, curso de agua, o en el aire).

Identificación y explicación de la(s) posible(s) técnicas(s) y/o acción(es) que se implementaron para limpiar el o los recursos naturales que hayan sido afectados (suelo, agua, ecosistemas y especies).

Protocolo aplicable al manejo proyectado de los residuos sólidos (peligrosos y no peligrosos) generados en el marco de una contingencia como posibles derrames de sustancias peligrosas u otra, el cual deberá considerar las directrices normativas aplicables a esta materia.

Identificación de los parámetros representativos y las normativas (nacionales e internacionales de referencia) que utilizará para monitorear los componentes ambientales (aire, agua y suelo) afectados por una emergencia y/o contingencia.

| Referencia a documentos del expediente ¡de evaluación que contenga la descripción detallada

|

Capítulo 1 DIA, acápite 1.10, Tabla 1-18.

9.4 Riesgo o contingencia: Derrame de sustancias peligrosas

Tabla 9.4: Derrame de sustancias peligrosas

Riesgo o contingencia

Derrame de sustancias peligrosas, mal manejo o accidente en el uso de sustancias peligrosas

L

Fase del proyecto a la que aplica Construcción Emplazamiento, parte, obra o acción |. Bodega de sustancias peligrosas Proyecto asociada original.

Trasporte de insumos a la obra, acorde con condiciones establecidas en el Proyecto original

47

Acciones o medidas a implementar para Medidas asociadas al almacenamiento y

prevenir la contingencia manipulación

» El almacenamiento y manipulación de sustancias peligrosas se realizará acorde a la normativa vigente y condiciones establecidas en el Proyecto original.

  • — Registro en obra que permita la cuantificación de cantidades recibidas, utilizadas y en stock, Asimismo, el transportista llevará un registro de las cantidades que transporta.

  • Capacitación al personal encargado del manejo de sustancias peligrosos en los frentes de trabajo.

Forma de control y seguimiento Se generará un informe interno, desarrollado por el departamento de prevención de riesgo del Proyecto,

Referencia a documentos del expediente | Capítulo 1 DIA, acápite 1.10, Tabla 1-19. de evaluación que contenga la descripción detallada

Acciones o medida a implementar para | En caso de derrame por accidente de tránsito

controlar la emergencia - Se verificará si hay personas que se hayan visto afectadas por el derrame. En caso de que se requiera, se procederá a prestar los auxilios de acuerdo con lo indicado en las HDS respectivas a cada sustancia peligrosa.

  • Se retirará todo material contaminado y se procederá a la restauración de las condiciones del sitio, sin poner en riesgo la propia seguridad de los trabajadores.

  • — Se eliminará todo tipo de fuente de ignición.

  • Ante la eventualidad de producto derramado, se recogerá con pala para posteriormente vaciarlo en un envase que se pueda cerrar herméticamente, y colocarlo también dentro de una bolsa plástica gruesa, que, a su vez, deberá cerrarse. Se utilizarán envases de polietileno.

  • Los restos contaminados producto del derrame de sustancias peligrosas, serán manejados como residuos peligrosos.

» — La persona a cargo del control de la emergencia mantendrá permanente contacto con el departamento de prevención de riesgo del Proyecto a fin de informarle y recibir instrucciones,

En caso de derrames en frentes de trabajo

  • Se identificará y localizará el foco de contaminación, para proceder inmediatamente a su neutralización y control.

  • Se retirará todo material contaminado y se procederá a la restauración de las condiciones del sitio, sin poner en riesgo la propia seguridad de los trabajadores.

  • Se eliminará todo tipo de fuente de ignición.

  • — El producto derramado, se recogerá con pala para posteriormente vaciarlo en un envase que se pueda cerrar herméticamente, y colocarlo también dentro de una bolsa plástica gruesa, que, a su vez, deberá cerrarse. Los restos contaminados producto del derrame de sustancias peligrosas, serán manejados como residuos

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En caso de derrames en áreas no impermeables

peligrosos y dispuestos transitoriamente en la bodega de residuos peligrosos del Proyecto original.

Se procederá a evaluar la emergencia.

Se evacuará a toda persona presente en el lugar, excepto el personal capacitado para actuar en caso de emergencias de este tipo.

El personal deberá utilizar en todo momento sus elementos de protección personal.

Se deberá emplear material absorbente y kit de derrames para contener el derrame, este material se deberá disponer en la bodega de residuos peligrosos del Proyecto original.

Oportunidad y vías de comunicación a la SMA de la activación del Plan

Informe preliminar de contingencias y emergencias En caso de ocurrencia de cualquier tipo de emergencia o contingencia, se elaborará en un período no mayor a 48 horas tras ocurrido el evento un Contingencias, el cual será remitido a la Superintendencia del Medio Ambiente y a la SEREMI del Medio Ambiente y a los organismos competentes dependiendo del tipo de suceso.

El Informe contendrá lo siguiente:

Informe Preliminar de Emergencias y/o

Antecedentes relativos al evento o accidente, tales como: tipo y causa; fecha; hora; sustancia, residuo, emisiones al aire u otra relacionada con la contingencia; duración del evento; acciones de control ejecutadas; personas afectadas, etc.

Identificación del área afectada y su extensión (ya sea en el suelo, subsuelo, curso de agua, o en el aire).

Identificación y explicación de la(s) posible(s) técnicas(s) y/o acción(es) que se implementaron para limpiar el o los recursos naturales que hayan sido afectados (suelo, agua, ecosistemas y especies).

Protocolo aplicable al manejo proyectado de los residuos sólidos (peligrosos y no peligrosos) generados en el marco de una contingencia como | posibles derrames de sustancias peligrosas u otra, el cual deberá considerar las directrices normativas aplicables a esta materia.

Identificación de los parámetros representativos y las normativas (nacionales e internacionales de referencia) que utilizará para monitorear los componentes ambientales (aire, agua y suelo) afectados por una emergencia y/o contingencia.

de evaluación que descripción detallada

contenga la

Referencia a documentos del expediente | Capítulo 1 DIA, acápite 1.10, Tabla 1-19.

9.5 Riesgo o contingencia: Incendio en las instalaciones

Tabla 9.5: Incendio en las instalaciones

Riesgo o contingencia

Incendio en las instalaciones, producto de corte eléctrico, chispas de soldadura, o por acción de terceros

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Fase del proyecto a la que aplica

Construcción

Emplazamiento, parte, obra o acción asociada

Todas las partes, obras y acciones de la fase de construcción

Acciones o medidas a implementar para prevenir la contingencia

  • Se realizarán charlas al personal el Proyecto, donde se hará énfasis en el riesgo de ocurrencia de incendios y de las medidas preventivas que se aplicarán. Las charlas serán desarrolladas por el prevencionista de riesgo de la obra e incluirán como mínimo:

  • Introducción a los protocolos y medidas de control y prevención de incendios.

  • Localización de los sistemas extintores.

  • — Control de extintores.

  • Organización para el combate y prevención de incendios.

  • — Comunicaciones de emergencia

  • Todo lugar de trabajo se deberá mantener en condiciones de orden y limpieza.

  • — Se identificarán las zonas donde se desarrollarán las actividades de carga de combustible, las zonas de manipulación o almacenamiento de sustancias inflamable y de residuos peligrosos.

  • Se conformará un equipo de intervención el cual estará encargado de evacuar al personal, dirigiéndolo hasta las zonas de seguridad demarcadas y señalizadas para cada frente de trabajo.

  • — Se prohibirá prender fuego en todo momento.

  • Se prohibirá quemar aceites, grasas, neumáticos, residuos y desechos sólidos en general.

  • — Se habilitarán zonas especiales para fumadores.

  • — En ambos frentes de trabajo se dispondrá de los elementos mínimos para combatir fuegos pequeños, tales como extintores portátiles, mangueras, tambores con arena, herramientas manuales, etc., de acuerdo a las exigencias establecidas por la autoridad competente. Estos elementos estarán ubicados en sitios de fácil acceso y clara identificación, libres de cualquier obstáculo, y estarán en condiciones de funcionamiento máximo, según la normativa vigente.

  • Se verificará que los extintores se encuentren vigentes al momento de su instalación, y que su fecha de vencimiento sea mayor a la fecha de término de la fase de construcción.

Forma de control y seguimiento

Se generará un informe interno, desarrollado por el departamento de prevención de riesgo del Proyecto.

Referencia a documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada

Capítulo 1 DIA, acápite 1.10, Tabla 1-20.

Acciones o medida a implementar para controlar la emergencia

  • Identificar el o los lugares donde se está generando el fuego y evaluar la magnitud del siniestro,

  • Las faenas cercanas al foco de incendio serán suspendidas de inmediato.

:_ El origen de fuego en pequeñas proporciones

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(amagos) se avisará a viva voz y se procederá al sofocamiento con extintores portátiles que se encontrarán al alcance del personal.

  • El equipo de intervención deberá llamar a Bomberos y Carabineros según corresponda.

  • Identificar los tipos de materiales que están combustionando.

  • Proceder con la evacuación del personal que se encuentre en peligro.

Registrar accidente y sus causas en reporte.

Oportunidad y vías de comunicación a la SMA de la activación del Plan

Informe preliminar de contingencias y emergencias En caso de ocurrencia de cualquier tipo de emergencia o contingencia, se elaborará en un período no mayor a 48 horas tras ocurrido el evento un Informe Preliminar de Emergencias y/o Contingencias, el cual será remitido a la Superintendencia del Medio Ambiente y a la SEREMI del Medio Ambiente y a los organismos competentes dependiendo del tipo de suceso.

El Informe contendrá lo siguiente:

Antecedentes relativos al evento o accidente, tales como: tipo y causa; fecha; hora; sustancia, residuo, emisiones al aire u otra relacionada con la contingencia; duración del evento; acciones de control ejecutadas; personas afectadas, etc.

  • Identificación del área afectada y su extensión (ya sea en el suelo, subsuelo, curso de agua, o en el aire).

  • Identificación y explicación de la(s) posible(s) técnicas(s) y/o acción(es) que se implementaron para limpiar el o los recursos naturales que hayan sido afectados (suelo, agua, ecosistemas y especies).

  • — Protocolo aplicable al manejo proyectado de los residuos sólidos (peligrosos y no peligrosos) generados en el marco de una contingencia como posibles derrames de sustancias peligrosas u otra, el cual deberá considerar las directrices normativas aplicables a esta materia.

Identificación de los parámetros representativos y las

normativas (nacionales e internacionales de referencia) que utilizará para monitorear los componentes ambientales (aire, agua y suelo)

afectados por una emergencia y/o contingencia.

Referencia a documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada

Capítulo 1 DIA, acápite 1.10, Tabla 1-20.

9.6 Riesgo o contingencia: Accidentes de

tránsito

Tabla 9.6:

Accidentes de tránsito

Riesgo o contingencia

Accidentes de tránsito por cualquier causal

Fase del proyecto a la que aplica

Fase de construcción

Emplazamiento, parte, obra o acción asociada

Todas las partes, obras y acciones de la fase de construcción que involucren el tránsito vehicular

Acciones o medidas a implementar para | prevenir la contingencia

  • Se contará con un Reglamento Interno de Orden, Higiene y Seguridad que contenga las obligaciones _ y prohibiciones a que deben

51

sujetarse los trabajadores, en relación a sus labores y permanencia en las dependencias del Proyecto, en conformidad a lo establecido en el artículo 153 del Código del Trabajo.

  • — Se dispondrá de comunicación por radio para dar aviso de vehículos transitando al interior del Proyecto en el tramo de las faenas.

  • La velocidad máxima al interior del Proyecto se definirá en 30 km/h

  • El transporte de materiales se realizará en camiones que deberán cumplir con la legislación aplicable al transporte de cargas, lo cual será exigible por el Titular mediante cláusulas contractuales.

« Los camiones y maquinaria utilizadas deberán contar con sus revisiones técnicas y gases vigentes, así como sus permisos de circulación al día, lo cual será exigible por el Titular mediante cláusula contractuales.

  • El personal encargado de manejar los camiones o maquinaria deberá encontrarse calificado para su respectiva labor, por lo que se hará exigible su licencia de conducir según lo señalado en la Ley de Tránsito N? 18.290.

  • En caso de ser necesario el transporte de maquinaria pesada, se deberá contar con autorización de la Dirección de Vialidad

Forma de control y seguimiento

Se generará un informe interno, desarrollado por el departamento de prevención de riesgo del Proyecto.

Referencia a documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada

Capítulo 1 DIA, acápite 1.10, Tabla 1-21.

Acciones o medida a implementar para controlar la emergencia

  • Se informará al departamento de prevención de riesgos y se dimensionará la emergencia.

  • Se clasificará el accidente de tráfico: leve, serio, grave.

  • Se activará el Plan de Comunicaciones con Ambulancia, Bomberos y Carabineros, informando acerca de la ocurrencia del accidente, la gravedad de éste y la identificación de las personas y vehículos involucrados.

  • — En caso de corresponder, se dará aviso inmediato a las empresas contratistas.

  • Se registrará e informará el accidente mediante un formulario previamente definido. Se realizará una completa descripción de la respuesta frente a la emergencia, recolectando la mayor evidencia posible, con el fin de hacer las correcciones que el caso amerite y mejorar procedimientos.

Oportunidad y vías de comunicación a la SMA de la activación del Plan

En caso de que el accidente de tránsito reporte contingencias o emergencias que involucren la calidad de los recursos naturales, se procederá a dar aviso a la autoridad mediante la siguiente vía de comunicación.

Informe preliminar de contingencias y emergencias En caso de ocurrencia de cualquier tipo de emergencia o contingencia, se elaborará en un período no mayor a 48 horas tras ocurrido el evento

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un Informe Preliminar de Emergencias y/o Contingencias, el cual será remitido a la Superintendencia del Medio Ambiente y a la SEREMI del Medio Ambiente y a los organismos competentes dependiendo del tipo de suceso.

El informe contendrá lo siguiente:

Antecedentes relativos al evento o accidente, tales como: tipo y causa; fecha; hora; sustancia, residuo, emisiones al aire u otra relacionada con la contingencia; duración del evento; acciones de control ejecutadas; personas afectadas, etc.

  • Identificación del área afectada y su extensión (ya sea en el suelo, subsuelo, curso de agua, o en el aire).

  • Identificación y explicación de la(s) posible(s)

técnicas(s) y/o acción(es) que se implementaron para limpiar el o los recursos naturales que hayan sido afectados (suelo, agua, ecosistemas y especies). Protocolo aplicable al manejo proyectado de los residuos sólidos (peligrosos y no peligrosos) generados en el marco de una contingencia como posibles derrames de sustancias peligrosas u otra, el cual deberá considerar las directrices normativas aplicables a esta materia.

  • — Identificación de los parámetros representativos y las normativas (nacionales e internacionales de referencia) que utilizará para monitorear los componentes ambientales (aire, agua y suelo) afectados por una emergencia y/o contingencia.

| Referencia a documentos del expediente | de evaluación que contenga la | descripción detallada

Capítulo 1 DIA, acápite 1.10, Tabla 1-21.

9.7 Riesgo o contingencia: Presencia de fauna |

Tabla 9.7: Presencia de fauna

Riesgo o contingencia

Presencia de fauna en el interior o alrededores de las obras o instalación de faena

Fase del proyecto a la que aplica

Fase de construcción

Emplazamiento, parte, obra o acción asociada

Todas las partes, obras y acciones de la fase de construcción.

Acciones o medidas a implementar para prevenir la contingencia

  • Prohibición al personal la caza, recolección de especies animales y el uso de fuego.

  • Realización de charlas que permitan generar conciencia y formalizar un compromiso de prohibir la caza al interior del área de influencia del Proyecto y minimizar la perturbación de especies.

Control de animales domésticos ya que pueden resultar dañados por las actividades propias del Proyecto.

Capacitación al personal de las faenas a fin de evitar la destrucción de hábitats y proteger la fauna presente en el área de influencia.

  • Exigencia de cumplimiento a los vehículos y maquinaria del Proyecto de la normativa ambiental respecto de la emisión de

53

contaminantes y ruido.

« — Limitación de circulación de velocidad al interior de la faena a 30 km/h.

Forma de control y seguimiento

Se generará un informe interno, desarrollado por el departamento de prevención de riesgo del Proyecto.

Referencia a documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada

Capítulo 1 DIA, acápite 1.10, Tabla 1-23.

Acciones o medida a implementar para controlar la emergencia

  • — En caso de atropello o hallazgo de fauna herida el conductor y/o personal, dará aviso de inmediato al Líder de emergencia acerca de la emergencia, quien se contactará con un centro de rescate autorizado por SAG y/o un veterinario en caso de no poder contactar con el centro de rescate.

  • El conductor detendrá el vehículo en un lugar adecuado, con la señalización correcta, con el fin de poder alertar a otros conductores,

  • El conductor y/o personal esperarán en el sitio del suceso la llegada del Líder de Emergencia y del médico veterinario, esto último en caso de ser necesaria su presencia (dificultad para traslado o manipulación peligrosa, ya sea para el personal o animal, determinado por el centro de rescate o en su defecto por el Líder de Emergencia).

A la espera del médico veterinario o traslado, se hará todo lo posible por brindar bienestar y calma al animal, protegiendo de cualquier situación que pudiera complicar aún más su salud como, tráfico vehicular, cercanía a personas, bajas temperaturas, exposición solar, situaciones de estrés, etc.

De ser posible el traslado del individuo herido, este se hará lo antes posible, tomando todas las medidas de resguardo para su seguridad y confort. Se deberá asegurar un correcto traslado donde el animal no se golpee, ni pueda escapar producto del estrés. Para esto, en la medida de lo posible, se recomiendo cubrir la vista del animal con algún paño o venda.

Todos los gastos derivados de la atención médica, transporte, alimentación del animal y cualquier otro gasto relacionado con el cuidado, será solventado por el titular del Proyecto.

  • Se realizará un reporte al SAG con descripción detalla de lo ocurrido y registros fotográficos, en un plazo menor a 15 días ocurrido el hecho.

  • En caso de muerte, se harán registros fotográficos del hecho y se adjuntarán en el reporte al SAG.

  • Centro de Rescate autorizado por SAG:

  • Centro de Rescate Universidad de Concepción; Teléfonos: (42) 220 8790 - 9 909 357 08; Dirección: Avda. Vicente Méndez 595; Horario: lunes a sábado de 9:00 a 13:00 hrs y de 15:00 a 19:00 horas.

  • Centro de Rescate Universidad San Sebastian; Teléfonos: (41) 240; Dirección:

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sin información; Horario: no recibe público. | + En caso de encontrar un espécimen de fauna herido se actuará de la misma manera.

Oportunidad y vías de comunicación a la SMA de la activación del Plan

Informe preliminar de contingencias y emergencias En caso de ocurrencia de cualquier tipo de emergencia o contingencia, se elaborará en un período no mayor a 48 horas tras ocurrido el evento un Informe Preliminar de Emergencias y/o Contingencias, el cual será remitido a la Superintendencia del Medio Ambiente y el SAG.

El Informe contendrá lo siguiente:

  • Antecedentes relativos al evento o accidente, tales como: tipo y causa; fecha; hora; sustancia, residuo, emisiones al aire u otra relacionada con la contingencia; duración del evento; acciones de control ejecutadas; personas afectadas, etc.

  • Identificación del área afectada y su extensión (ya sea en el suelo, subsuelo, curso de agua, o en el aire).

  • Identificación y explicación de la(s) posible(s) técnicas(s) y/o acción(es) que se implementaron para limpiar el o los recursos naturales que hayan sido afectados (suelo, agua, ecosistemas y especies).

  • — Protocolo aplicable al manejo proyectado de los residuos sólidos (peligrosos y no peligrosos) generados en el marco de una contingencia como posibles derrames de sustancias peligrosas u otra, el cual deberá considerar las directrices normativas aplicables a esta materia.

  • — Identificación de los parámetros representativos y las normativas (nacionales e internacionales de referencia) que utilizará para monitorear los componentes ambientales (aire, agua y suelo) afectados por una emergencia y/o contingencia.

Referencia a documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada

Capítulo 1 DIA, acápite 1.10, Tabla 1-23.

9.8 Riesgo o contingencia: Incorporación

accidental de sustancias nocivas a cuerpos de agua

Tabla 9.8: Incorporación accidental de sustancias nocivas a cuerpos de agua

Riesgo o contingencia

Incorporación accidental de sustancias nocivas a | cuerpos de agua

Fase del proyecto a la que aplica

Fase de construcción

Emplazamiento, parte, obra o acción asociada

Construcción de atraviesos de cauces.

Acciones o medidas a implementar para prevenir la contingencia

  • Se aplicarán protocolos de bioseguridad contra el

Didymo. + Las áreas de trabajo, baños químicos, contenedores y cualquier fuente de

contaminación serán restringidas a un lugar distante de las quebradas involucradas, de manera de evitar cualquier efecto en la calidad de las aguas.

  • Se capacitará a los trabajadores en los siguientes tópicos:

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o Importancia de no contaminar los cauces que se están interviniendo, prohibiendo la eliminación de desechos y la modificación de la vegetación ribereña, así como los planes de prevención y desinfección que se implementarán.

o Protección de las especies bajo veda extractiva y su prohibición de pesca.

  • Se prohibirá el ingreso al cauce de personas, equipos y/o máquinas ajenas a las obras mismas de construcción. Para esto, se instalarán barreras que demarcarán la zona de construcción, con un buffer asociado.

  • Se instalarán barreras laterales en la etapa de construcción para evitar la caída de material indeseado a los cursos de agua

Forma de control y seguimiento

Se generará un informe interno, desarrollado por el departamento de prevención de riesgos del Proyecto.

Referencia a documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada

Respuesta 1.6 Adenda.

Acciones o medida a implementar para controlar la emergencia

Medidas para contención

  • Se tomará contacto inmediato con el departamento de prevención de riesgos del Proyecto. |

  • Se evacuará a toda persona presente en el lugar, excepto el personal capacitado para actuar en emergencias de este tipo, quien en todo momento deberá utilizar sus elementos de protección personal.

  • — Se procederá a evaluar la emergencia para lo cual se deberá identificar el tipo de sustancia que entró en contacto con el cuerpo de agua.

  • Una vez identificada la sustancia y los riesgos asociados a su manipulación, se procederá con la construcción de barreras de contención utilizando materiales disponibles en el área tales como tierra, grava, sacos de arena, entre otros.

  • — Una vez contenida la sustancia se procederá con la aplicación de materiales absorbentes a fin de retirar la sustancia del cuerpo de agua.

« Los materiales empleados en la contención del

derrame serán en la bodega de peligrosos del proyecto original.

residuos

  • Se muestreará y analizará el cuerpo de agua afectado tomando como referencia los parámetros de la NCh N*1.333 “Requisito de Calidad del Agua para Riego”, además, se procederá con un análisis in situ del pH, sólidos disueltos, turbiedad y temperatura.

Oportunidad y vías de comunicación a la SMA de la activación del Plan

Informe preliminar de contingencias y emergencias

En caso de ocurrencia de cualquier tipo de emergencia o contingencia, se elaborará en un periodo no mayor a 48 horas tras ocurrido el evento un Informe Preliminar de Emergencias y/o

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| Contingencias, el cual será remitido a la Superintendencia del Medio Ambiente, a la SEREMI del Medio Ambiente y al Servicio Nacional de Pesca | y Acuicultura.

El Informe contendrá lo siguiente:

  • Antecedentes relativos al evento o accidente,

tales como: tipo y causa; fecha; hora; sustancia, | residuo u otra relacionada con la contingencia; | duración del evento; acciones de control ejecutadas; personas afectadas, etc.

  • — Identificación del área afectada y su extensión. | + Identificación y explicación de la(s) posible(s) técnicas(s) y/o acción(es) que se implementaron

para limpiar el o los recursos naturales que hayan sido afectados.

  • Protocolo aplicable al manejo proyectado de los residuos sólidos (peligrosos y no peligrosos) generados en el marco de una contingencia como posibles derrames de sustancias peligrosas u otra, el cual deberá considerar las directrices normativas aplicables a esta materia.

Identificación de los parámetros representativos y las normativas (nacionales e internacionales de | referencia) que utilizará para monitorear los componentes ambientales afectados por una | emergencia y/o contingencia.

Referencia a documentos del expediente | Respuesta 1.6 Adenda de evaluación que contenga la | descripción detallada

  1. Que, la DIA del proyecto Modificación Canalización Subterránea Parque Eólico Alena fue publicada en el Diario Oficial de la República de Chile con fecha 02 de diciembre de 2019 y en el diario La Tercera con fecha 02 de diciembre de 2019. La difusión radial se efectuó por medio de la radio Camila 98.3 FM entre los días 03 de diciembre de 2019 y 10 de diciembre de 2019, según consta en el certificado de fecha 12 de diciembre de 2019 emitido por la misma radio.

Con fecha 17 de diciembre de 2019 se venció el plazo indicado en el artículo 30 bis de la Ley N*19.300, para la solicitud de realización de un proceso de participación ciudadana en declaraciones de impacto ambiental que se presenten a evaluación y que generen cargas ambientales para las comunidades próximas.

No se recibieron solicitudes de inicio de proceso de participación ciudadana según los requisitos previstos en la Ley N* 19.300.

  1. Que, el Titular deberá remitir a la Superintendencia del Medio Ambiente la información respecto de las condiciones, compromisos o medidas, ya sea por medio de monitoreos, mediciones, reportes, análisis, informes de emisiones, estudios, auditorías, cumplimiento de metas o plazos, y en general cualquier otra información destinada al seguimiento ambiental del Proyecto, según las obligaciones establecidas en la presente Resolución de Calificación Ambiental y las Resoluciones Exentas que al respecto dicte la Superintendencia del Medio Ambiente. De igual forma, y a objeto de conformar el Sistema Nacional de Información de Fiscalización Ambiental (SNIFA), el Registro Público de Resoluciones de Calificación Ambiental y registrar los domicilios de los sujetos sometidos a su fiscalización en conformidad con la ley, el Titular deberá remitir en tiempo y forma

toda aquella información que sea requerida por la Superintendencia del Medio Ambiente a través de las Resoluciones Exentas que al respecto ésta dicte.

  1. Que, el Titular deberá informar a la Superintendencia del Medio Ambiente la realización de la

gestión, acto o faena mínima que da cuenta del inicio de la ejecución de obras, a que se refiere el Considerando 4.4 de la presente Resolución.

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13, Que, con el objeto de dar adecuado seguimiento a la ejecución del Proyecto, el Titular deberá informar a la Superintendencia del Medio Ambiente, al menos con una semana de anticipación, el inicio de cada una de las fases del Proyecto, de acuerdo a lo indicado en la descripción del mismo,

14, Que, para que el proyecto “Modificación Canalización Subterránea Parque Eólico Alena” pueda ejecutarse, deberá cumplir con todas las normas vigentes que le sean aplicables.

15, Que, el Titular deberá informar inmediatamente a la Secretaría de la Comisión de Evaluación de la Región del Biobío y a la Superintendencia del Medio Ambiente, la ocurrencia de impactos ambientales no previstos en la DIA, asumiendo inmediatamente las acciones necesarias para abordarlos.

  1. Que, el Titular del Proyecto deberá comunicar inmediatamente y por escrito a la Dirección Regional del SEA Servicio de Evaluación Ambiental VIII Región del Biobío la ocurrencia de cambios de titularidad, representante legal, domicilio y correo electrónico, de acuerdo a lo establecido en el inciso tercero del artículo 162 y artículo 163, ambos del Reglamento del SEIA.

  2. Que, se hace presente al Titular que cualquier modificación al Proyecto que constituya un cambio de consideración, en los términos definidos en el artículo 2* letra g) del Reglamento del SEIA, deberá someterse al SELA.

  3. Que, todas las medidas, condiciones, exigencias y disposiciones establecidas en la presente Resolución, son de responsabilidad del Titular, sean implementadas por éste directamente o a través de un tercero.

RESUELVO:

1%, Calificar favorablemente la Declaración de Impacto Ambiental del proyecto “Modificación Canalización Subterránea Parque Eólico Alena”, de AR Alena SpA.

  1. Certificar que el proyecto “Modificación Canalización Subterránea Parque Eólico Alena” cumple con la normativa de carácter ambiental aplicable.

3%. Certificar que el proyecto “Modificación Canalización Subterránea Parque Eólico Alena” cumple con los requisitos de carácter ambiental contenidos en el permiso ambiental sectorial que se señalan en el artículo 156 del D.S, N* 40/2012 del Ministerio del Medio Ambiente, Reglamento del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental.

4?. Disponer el otorgamiento del permiso ambiental sectorial que se señalan en el artículo 119 del D.S. N* 40/2012 del Ministerio del Medio Ambiente, Reglamento del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental.

  1. Certificar que el proyecto “Modificación Canalización Subterránea Parque Eólico Alena” no genera los efectos, características o circunstancias del artículo 11 de la Ley N” 19.300, que dan origen a la necesidad de elaborar un Estudio de Impacto Ambiental.

6”. Definir como gestión, acto o faena mínima del Proyecto, para dar cuenta del inicio de su ejecución de modo sistemático y permanente, a los mencionados en el considerando 4.4 del presente acto.

7”. Hacer presente que contra esta Resolución es procedente el recurso de reclamación de acuerdo a lo dispuesto en el artículo 20 de la Ley N* 19.300, ante el/la Director/a Ejecutivo/a del Servicio de Evaluación Ambiental. El plazo para interponer este recurso es de treinta días contados desde la notificación del presente acto,

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Notifíquese y Archívese

1 Silvana Suanes Araneda 4 Regional Servicio de Evaluación Ambiental ao Comisión de Evaluación Ñ Región del Biobío

Distribución:

Sr. Genaro Andrés Curia Miranda, representante legal de AR Alena SpA Consejo de Monumentos Nacionales

Subsecretaría de Pesca y Acuicultura

Superintendencia de Servicios Sanitarios

CONADI, Región del Biobío

CONAF, Región del Biobío

DGA, Región del Biobío

Dirección de Vialidad, Región del Biobío

Dirección Regional de Aeropuertos, Region Biobío Dirección Regional de Obras Portuarias, Región del Biobío DOH, Región del Biobío

Gobernación Marítima de Talcahuano

Ilustre Municipalidad de Los Ángeles

SAG, Región del Biobío

SEC, Región del Biobío

SEREMI de Agricultura, Región del Biobío

SEREMI de Bienes Nacionales, Región del Biobío SEREMI de Desarrollo Social y Familia, Región del Biobío SEREMI de Energía, Región del Biobío

SEREMI de Minería, Región del Biobío

SEREMI de Salud, Región del Biobío

SEREMI de Transportes y Telecomunicaciones, Región del Biobío SEREMI de Vivienda y Urbanismo, Región del Biobío SEREMI del Medio Ambiente, Región del Biobío

SEREMI MOP, Región del Biobío

SERNAGEOMIN, Zona Sur

Servicio Nacional de Pesca, Región del Biobío

Servicio Nacional Turismo, Región del Biobío

Gobierno Regional, Región de Biobío

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[OCR parcial: primeras 25 y últimas 15 páginas de 60]