Nuevo Depósito de Residuos Industriales Sólidos no Peligrosos Planta Constitución-Viñales
Rol 2144509657
SEA · DIA · Aprobado · 2019-11-04 · Región del Maule · Celulosa Arauco y Constitución S.A.
REPÚBLICA DE CHILE
COMISIÓN DE EVALUACIÓN
REGIÓN DEL MAULE
CALIFICA AMBIENTALMENTE EL PROYECTO "NUEVO DEPÓSITO DE RESIDUOS
INDUSTRIALES SÓLIDOS NO PELIGROSOS PLANTA CONSTITUCIÓN-VIÑALES"
Resolución Exenta N° 247
Talca
02 de octubre de 2020
VISTOS:
1°. La Declaración de Impacto Ambiental (DIA), su Adenda de fecha 26 de marzo y su Adenda
Complementaria de 12 de agosto de 2020, del proyecto "Nuevo Depósito de Residuos Industriales Sólidos no
Peligrosos Planta Constitución-Viñales", presentado por Celulosa Arauco y Constitución S.A. con fecha 04
de noviembre de 2019.
2°. Los pronunciamientos y observaciones de los órganos de la administración del Estado que, sobre la base
de sus facultades legales y atribuciones, participaron en la evaluación de la DIA, y que se detallan en el
Capítulo 3 del Informe Consolidado de Evaluación (ICE) de la DIA del proyecto "Nuevo Depósito de
Residuos Industriales Sólidos no Peligrosos Planta Constitución-Viñales".
3°. El Acta de Evaluación N° 18 de fecha 09 de marzo de 2020, del Comité Técnico de la Región del Maule.
4°. El ICE de la DIA del proyecto "Nuevo Depósito de Residuos Industriales Sólidos no Peligrosos Planta
Constitución-Viñales" de 2 de septiembre de 2020.
5°. El acuerdo alcanzado en la sesión de la Comisión de Evaluación de la Región del Maule, de fecha 14 de
septiembre del 2020.
6°. La Resolución Exenta N° 178, de fecha 30 de diciembre de 2014, de la Comisión de Evaluación de la
Región del Maule, que aprueba el Reglamento de organización y funcionamiento de la mencionada Comisión.
7°. La Resolución Exenta N° 66, de fecha 31 de mayo de 2016, de la Comisión de Evaluación de la Región
del Maule, que autoriza al Secretario de dicha Comisión para proceder de acuerdo a lo dispuesto en el artículo
N° 17 inciso 2° del Reglamento de Organización y Funcionamiento de la Comisión de Evaluación de la
Región del Maule.
8°. La Resolución Exenta N° 202099101160, de fecha 03 de abril de 2020, de la Dirección Ejecutiva del
Servicio de Evaluación Ambiental, que dispone prórroga del plazo de presentación de la Adenda, Adenda
Complementaria y excepcional, según corresponda, respecto de los procesos de evaluación de impacto
ambiental tramitados ante la Dirección Ejecutiva y Direcciones Regionales del Servicio de Evaluación
Ambiental.
9°. La Resolución Exenta N° 202099101326, de fecha 30 de abril de 2020, de la Dirección Ejecutiva del
Servicio de Evaluación Ambiental, que dispone prórroga del plazo de presentación de la Adenda, Adenda
Complementaria y excepcional, según corresponda, respecto de los procesos de evaluación de impacto
ambiental tramitados ante la Dirección Ejecutiva y Direcciones Regionales del Servicio de Evaluación
Ambiental.
10°. La Resolución Exenta N° 202099101455, de fecha 26 de jimio de 2020, de la Dirección Ejecutiva del
Servicio de Evaluación Ambiental, que dispone prórroga del plazo de presentación de la Adenda, Adenda
Complementaria y excepcional, según corresponda, respecto de los procesos de evaluación de impacto
ambiental tramitados ante la Dirección Ejecutiva y Direcciones Regionales del Servicio de Evaluación
Ambiental.
11°.La Resolución Exenta N° 202099101491, de fecha 28 de julio de 2020, de la Dirección Ejecutiva del Servicio
de Evaluación Ambiental, que dispone prórroga del plazo de presentación de la Adenda, Adenda Complementaria
y excepcional, según corresponda, respecto de los procesos de evaluación de impacto ambiental tramitados ante la
Dirección Ejecutiva y Direcciones Regionales del Servicio de Evaluación Ambiental.
12° Los demás antecedentes que constan en el expediente de evaluación de impacto ambiental de la DIA del
proyecto "Nuevo Depósito de Residuos Industriales Sólidos no Peligrosos Planta Constitución-Viñales".
13°. Lo dispuesto en la Ley N° 19.300, Sobre Bases Generales del Medio Ambiente; el D.S. N° 40, de 2012,
del Ministerio del Medio Ambiente, Reglamento del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental
(Reglamento del SEIA); la Ley N° 19.880, que Establece Bases de los Procedimientos Administrativos que
Rigen los Actos de los Órganos de la Administración del Estado; la Ley N° 18.575, Ley Orgánica
Constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado; en el Decreto Número 286 de fecha 27 de
junio de 2020, del Ministerio del Interior y Seguridad Pública, que nombra al señor Juan Eduardo Prieto
Correa, como Intendente Regional del Maule; en la Resolución Afecta N° 62 de la Dirección Ejecutiva del
Servicio de Evaluación Ambiental, de fecha 02 de febrero de 2015, que nombra a don René Alejandro
Christen Fernández como Director Regional del Servicio de Evaluación Ambiental de la Región del Maule; y
en la Resolución N° 07, de 2019, de la Contraloría General de la República, que Fija Normas sobre Exención
del Trámite de Toma de Razón.
CONSIDERANDO:
1°. Que, Celulosa Arauco y Constitución S.A. (en adelante, el Titular), ha sometido al Sistema de Evaluación
de Impacto Ambiental (SEIA) la DIA del proyecto "Nuevo Depósito de Residuos Industriales Sólidos no
Peligrosos Planta Constitución-Viñales" (en adelante, el Proyecto). Los antecedentes del Titular son los
siguientes:
Tabla 1. Antecedentes del titular
Nombre o razón social
Celulosa Arauco y Constitución S.A.
R.U.T.
93.458.000-1
Domicilio
El Golf 150, Piso 14, Las Condes, Santiago.
Teléfono
+56 2 24623700
Nombre del representante legal
Juan Humberto Muñoz Gutiérrez
R.U.T.
7.764.106-2
Domicilio del representante legal
El Golf 150, Piso 14, Las Condes, Santiago.
Dirección Planta Constitución
Avenida Enrique Mac Iver 505, Constitución, Región del Maule
Teléfono
+56 71 2 200 500
Correo Electrónico
juan.munoz.gutierrez@arauco.com
2°. Que, conforme se indica en el ICE de fecha 2 de septiembre de 2020, el Director Servicio de Evaluación
Ambiental VII Región del Maule ha recomendado aprobar el Proyecto, por cuanto cumple con la normativa
de carácter ambiental aplicable; cumple con los requisitos de otorgamiento de carácter ambiental contenidos
en los permisos ambientales sectoriales aplicables; no genera ni presenta los efectos, características o
circunstancias del artículo 11 de la Ley N° 19.300, que dan origen a la necesidad de evaluar a través de un
Estudio de Impacto Ambiental; y el Titular ha subsanado los errores, omisiones e inexactitudes planteados en
los respectivos Informes Consolidados de Solicitud de Aclaraciones, Rectificaciones y Ampliaciones.
3°. Que, en sesión de 14 de septiembre la Comisión de Evaluación de la Región del Maule acordó calificar
favorablemente el proyecto "Nuevo Depósito de Residuos Industriales Sólidos no Peligrosos Planta
Constitución-Viñales", aprobando íntegramente el contenido del ICE de 2 de septiembre de 2020, el que
forma parte integrante de la presente Resolución. Por lo tanto, conforme a lo indicado en el artículo 60 inciso
segundo del Reglamento del SEIA, se excluyen de la presente Resolución las consideraciones técnicas en que
se fundamenta.
4°. Que, según lo señalado en la DIA y sus anexos, en su Adenda, y en su Adenda Complementaria, los cuales
forman parte integrante de la presente Resolución, la descripción del Proyecto es la que a continuación se
indica:
4.1. ANTECEDENTES GENERALES
Objetivo general
El
objetivo
del
Proyecto
es
la
habilitación
de
un
depósito
para
el
almacenamiento de los residuos industriales sólidos no peligrosos generados
por Planta Constitución y Planta Viñales, a emplazarse en el predio Guanaco 2,
distante 20 km desde la ciudad de Constitución, en conformidad con la
normativa ambiental y sectorial aplicable.
Descripción
proyecto
general
del
El Proyecto consiste en la habilitación de un depósito para almacenar los
residuos sólidos industriales no peligrosos que resultan de la operación de la
Planta de Celulosa Constitución y de la Planta Viñales, los que consisten
básicamente en:
•
Pulpa No Clasificada
•
Rechazos del Apagador de Cal (Grits)
•
Lodos Verdes (Dregs)
•
Cal Apagada
•
Material Forestal con impurezas
•
Arena
•
Ceniza
•
Carbonato de Calcio con impurezas
•
Sulfato de Sodio con impurezas
Estos residuos han sido clasificados como no peligrosos, según el D.S.148/04
del Minsal, tal como se desprende de los análisis realizados a los residuos
señalados y cuyos resultados se muestran en el Anexo 13 de la DIA.
El Proyecto, será emplazado en el predio Guanaco 2, el cual se ubica a una
distancia aproximada de 20 km desde la ciudad de Constitución, contempla la
habilitación de 9 canchas o celdas para la disposición de los residuos sólidos
no peligrosos generados en el proceso Productivo de la Planta de Celulosa
Constitución (en adelante, la Planta o Planta Constitución) y de Planta Viñales
(en adelante, Viñales), las que serán habilitadas a través de 4 etapas sucesivas.
Las celdas N°1, N°2 y N°3 se habilitarán en conjunto, durante la etapa de
construcción del Proyecto. Por su parte, las celdas N°4 y N°5 se habilitarán
también en conjunto en una segunda etapa, previo al término de la capacidad
de disposición de las primeras tres celdas habilitadas. De la misma forma,
serán habilitados los siguientes pares de celdas 6 y 7, 8 y 9, en una tercera y
cuarta etapa de operación sucesiva. Asimismo, contempla la operación de un
sistema de tratamiento para aquellos efluentes que se generen producto del
almacenamiento
de
residuos,
así
como
instalaciones
de
apoyo,
todo
circunscrito al interior de las 28 ha que comprende el Proyecto en el predio
Guanaco 2, de las cuales 8,4 ha corresponden a la implementación de las
celdas.
Tipología
principal,
así
La pertinencia de ingreso del Proyecto al SEIA se ha determinado a la luz de lo
como las aplicables a sus establecido en los artículos 8 y 10 de la Ley N° 19.300 sobre Bases Generales
partes, obras o acciones
del Medio Ambiente, y en el artículo 3 del Decreto Supremo N°40, de 2012,
del Ministerio del Medio Ambiente, que establece el Reglamento del Sistema
de Evaluación de Impacto Ambiental (RSEIA).
Específicamente, el presente Proyecto, como tipología principal, corresponde a
un proyecto de los listados en el artículo 3° del RSEIA, el que dispone, en su
literal 0.8), que se deberán someter al SEIA los proyectos de:
o.8
"Sistemas de tratamiento,
disposición y/o
eliminación de residuos
industriales sólidos con una capacidad igual o mayor a treinta toneladas día
(30 t/día) de tratamiento o igual o superior a cincuenta toneladas (50 t) de
disposición".
El
Proyecto
considera
la habilitación
de
un
nuevo
depósito
para
el
almacenamiento de aproximadamente 60.000 m3/año de residuos industriales
sólidos no peligrosos, lo que hace aplicable el literal o.8. del artículo 3° del
RSEIA. A su vez, y tal como se detallará más adelante, se contempla la
operación de una planta o sistema para el tratamiento de los residuos líquidos
que generará el depósito, cuyo efluente resultante podrá ser utilizado para
riego. De acuerdo con lo anterior, se contempla como tipología secundaria el
literal o.7) del artículo 3 del Reglamento del SEIA; a saber:
o.7.2) Que sus efluentes se usen para el riego, infiltración, aspersión y
humectación de terrenos o caminos;
En
consecuencia,
el
Proyecto
ingresa
al
SEIA
a
objeto
de
evaluar
ambientalmente los eventuales efectos que éste pudiere generar, ya que se ha
verificado la aplicación del artículo 10, letra o), de la Ley N°19.300 sobre
Bases Generales del Medio Ambiente, y del artículo 3, literales o.8) y o.7), del
Decreto Supremo N° 40, de 2012, del Ministerio del Medio Ambiente.
Vida útil
Se estima que el nuevo DRIS-NP tendrá una vida útil de aproximadamente 20
años, la cual podrá variar en función de los niveles de generación y
compactación de residuos en el DRIS-NP.
Cabe indicar que la vida útil del DRIS-NP ha sido estimada en función de la
capacidad máxima geométrica de almacenamiento del DRIS-NP (que se estima
del orden de 1.350.000 m3). En tal sentido, la vida útil del Proyecto podrá
variar en virtud de la tasa de generación de residuos y de su nivel de
compactación y, en consecuencia, la vida útil podrá prolongarse en la medida
que se disminuyan las tasas de generación y/o disposición y/o se aumenten los
niveles de compactación.
Monto de inversión
USD $ 15.000.000
Gestión,
acto
o
faena
mínima que da cuenta del
inicio de la ejecución
La gestión, acto o faena mínima que da cuenta del inicio de la ejecución del
presente Proyecto, de modo sistemático y permanente, corresponde a la
instalación de faenas.
Proyecto se desarrolla por
etapas
Si
No
El proyecto "Nuevo Depósito de Residuos Industriales
Sólidos no Peligrosos Planta Constitución-Viñales" no se
desarrollará por etapas.
X
Proyecto
modifica
un
proyecto o actividad
Si
No
El proyecto "Nuevo Depósito de Residuos Industriales
Sólidos no Peligrosos Planta Constitución-Viñales", no
modifica proyecto.
x
Proyecto
modifica
otra(s)
RCA
Si
No
No modifica RCA.
X
4.2. UBICACIÓN DEL PROYECTO
División político-administrativa
Comuna de Constitución, Provincia de Talca, Región del Maule
Justificación de la localización
El presente Proyecto contempla la habilitación de un depósito ubicado en
el predio Guanaco 2, distante aproximadamente 20 km desde la ciudad de
Constitución,
para
el
almacenamiento
de
residuos
industriales
no
peligrosos generados en Planta Constitución y Planta Viñales.
De esta
forma, su localización se justifica en virtud de los siguientes elementos
principales: que el predio es propiedad de la empresa titular (no afectando
así
terrenos
de terceros);
que
se
utilizarán
los
caminos
forestales
existentes.
Asimismo, su localización se justifica además sobre la base de sus
características de emplazamiento:
•
Los predios colindantes corresponden a empresas forestales, y se
observa ausencia de viviendas dentro de un radio mayor a 1 km.
•
Presenta una topografía con pendientes menores a un 8% y una
extensión aproximada de 28 hectáreas.
•
En cuanto a la red de drenaje existente en el sector, el Proyecto
no interviene ningún curso o cuerpo de agua. Si bien se identifican en la
zona quebradas que descargan a un cauce principal denominado Estero
Los Coigües, el cual a su vez desemboca en el mar a una distancia
aproximada de 14 km (cercano a la localidad de "Las Cañas"), en ningún
caso se intervienen ni se alteran estos cursos de aguas.
•
Se descarta la presencia de una napa subterránea en el sector de
emplazamiento.
•
El tipo de suelo presenta características arcillosas.
Superficie
La superficie total del predio donde será implementado el Proyecto
corresponde al orden de 28 has., de las cuales, 8,4 ha corresponden al área
del
depósito propiamente tal.
En
dicha superficie se considera la
habilitación de las 9 canchas o celdas para la disposición de residuos.
Coordenadas UTM en Datum
WGS84
Sus coordenadas de ubicación, según el Sistema UTM 19 WGS84, son:
6.072.078 Norte y 738.202 Este.
Caminos de acceso
El punto de acceso al área del depósito de residuos será por la Ruta M-
320, el cual corresponde a un camino sin pavimentar destinado a labores
forestales. Específicamente, el acceso al futuro DRIS se realizará a través
del camino enrolado M-320 (por aproximadamente 11 km) utilizado
principalmente para faenas forestales, que se inicia en el sector de
Viñales, y posteriormente a través de un tramo de camino forestal
(aproximadamente
1.170 m) hasta alcanzar el cerco perimetral del
Proyecto.
Referencia al expediente de
Con respecto a la DIA
evaluación de los mapas,
georreferenciación e
información complementaria
sobre la localización de sus
partes, obras y acciones
•
Anexo 8 Layout instalaciones de faenas
•
Anexo 10 Planos PASM 160
•
Anexo 15, Planos
Con respecto al Adenda
•
Anexo 1, Planos
•
Anexo 11 Plano articulo 55 L.G.U.0
Con respecto al Adenda Complementario
Anexo 6 actualización PASM 149
4.3. PARTES, OBRAS Y ACCIONES QUE COMPONEN EL PROYECTO
4.3.1. FASE DE CONSTRUCCIÓN
Servicios
básicos
equipamiento
de
La fase de construcción del Proyecto no considera la instalación de
campamentos debido al número relativamente menor de trabajadores, los
que se trasladarán diariamente a las instalaciones de faenas o áreas de
trabajo respectivos.
La alimentación del personal se realizará en las mismas dependencias de
la instalación de faenas, a través de comedores habilitados o bien en un
recinto
que
cumplirá
con
todas
las
disposiciones
sanitarias
correspondientes,
o bien
se
contempla que su alimentación podrá
realizarse en recintos externos previamente establecidos. No se considera
la elaboración de alimentos en el lugar.
Instalación de faenas
Se proyecta la habilitación de una instalación de faenas, para lo cual se
contemplan un sector ubicado al interior.
En el Anexo 8 de la DIA, se
presenta una configuración tipo para la instalación de faenas.
Esta instalación considera el siguiente equipamiento.
-
Oficinas administrativas
-
Bodegas y camarines
-
Baños químicos
Sitio de acopio temporal de residuos domiciliarios y asimilables a
domiciliarios
-
Bodega de herramientas y repuestos
-
Instalaciones sanitarias
Para efectos de provisionar a los trabajadores de servicios sanitarios en
esta fase, se contará con baños químicos en el sector de instalación de
faenas. Además también suministro de agua potable para los trabajadores.
En cuanto a las aguas servidas que se generarán producto del uso de los
baños
químicos,
estas serán retiradas por la misma empresa que
provisionará los baños químicos , la que se encontrará debidamente
autorizada para tales efectos por la Autoridad Sanitaria.
Instalación eléctrica.
Se considera el suministro de energía a través de un generador de 60
KVA, el que operará durante la fase de construcción del Proyecto en los
frentes de trabajo.
•
Camino de acceso
Durante esta fase del Proyecto se accederá al área del DRIS a través del
camino enrolado M-320, el que se inicia en el sector de Viñales y,
posteriormente, a través de un tramo de camino forestal privado.
Movimiento
de
tierra
preparación del terreno
y Durante la fase de construcción se consideran actividades de movimiento
de tierra para la preparación del terreno y la habilitación del camino
perimetral del DRIS-NP.
Como parte de estas actividades se contempla el escarpe del terreno para
la remoción de la capa superficial del área donde se proyectan las obras.
El material resultante de esta actividad será acopiado a un costado del
DRIS-NP, en una superficie de aproximadamente 2 ha. Este material de
escarpe, en caso que reúna las características adecuadas, podrá ser
posteriormente utilizado progresivamente como cobertura vegetal del
DRIS-NP al término de la capacidad útil de cada celda o bien como
cobertura parcial.
Respecto del material removido
(salvo el material de escarpe),
se
considera su acopio en pilas, por cuanto será utilizado en el mismo DRIS-
NP.
En el sector donde será emplazado el DRIS-NP, según los antecedentes
disponibles, existen distintos estratos de suelo en la zona del proyecto, por
lo que se espera que durante la construcción del DRIS-NP se obtengan
materiales
de
distinta
naturaleza,
factibles
de
ser
utilizados
en
la
construcción y/o durante la operación del proyecto. Dependiendo de su
naturaleza, la mayoría de los suelos finos se podrán utilizar como material
de relleno o de cobertura, mientras que la capa de suelo vegetal podrá
utilizarse en el cierre final del depósito como sustento de la cobertura
vegetal; para tal efecto se podrán realizar acopios diferenciados para
ambos materiales.
Por su parte,
en términos generales,
las
características
del terreno
corresponden a un suelo areno arcilloso de consistencia dura y de baja
permeabilidad, las que son importantes para el correcto diseño del
depósito de residuos, la determinación del volumen del DRIS y del
material de cobertura requerido para cubrir los residuos.
Ver detalles en numeral 1.4.1.2 de la DIA.
Preparación del sello basal
La preparación del sello basal de cada una de las celdas del DRIS
involucra las siguientes actividades:
Escarpe del suelo vegetal y su acopio en el terreno para su posterior uso
como cobertura del DRIS;
Excavación del subsuelo de acuerdo con las dimensiones del DRIS;
Nivelación y preparación de las pendientes longitudinales y transversales
de la base del depósito;
Compactación
del
subsuelo
natural,
de
manera
de
lograr
una
permeabilidad uniforme en toda la superficie.
El excedente de las excavaciones podrá ser utilizado además en la
construcción del dique (si es que el material cumple con las exigencias) y
en la nivelación del camino perimetral.
Ver detalles en numeral 1.4.1.3 de la DIA.
Sistema de Impermeabilización
B as al
Se contempla una impermeabilización basal que consiste en la instalación
de un GCL (Geosysthetic Clay Liner) y una geomembrana de alta
densidad (PEAD o HDPE en su sigla inglesa) doble texturada, con un
espesor del orden de 1,5 mm. Sobre la geomembana, se instalará un
geotextil de aproximadamente 600 g/m2 como protección.
De esta forma, y dadas las características favorables del subsuelo en
cuanto a su impermeabilidad (limos, arcillas), el proyecto contempla el
siguiente sistema de impermeabilización basal, el que se presenta en orden
ascendente desde el nivel del suelo:
Subsuelo natural, compactado libre de piedras y elementos punzantes;
GCL Reforzado (encapsulado en 2 geotextiles);
Geomembrana de PEAD, doble texturada
Geotextil de polipropileno de aproximadamente 600 g/m2
Piscinas de Acumulación
En el diseño del sistema de drenaje, captación y conducción de los
lixiviados del depósito se considera la separación de aguas de contacto de
alta y baja carga contaminante, los que serán conducidos a las piscinas de
acumulación.
A continuación, se señalan las características de cada piscina de
acumulación que contempla el Proyecto:
Piscina de Acumulación N°1: Recibe hasta 7.000 m3 de lixiviados
concentrados, provenientes del sistema de drenaje en el fondo del
depósito.
—
Piscina de Acumulación N°2 (solo en invierno): Recibe igual
volumen de aguas de contacto de alta carga contaminante y los eventuales
rebalses de la Piscina N°1 (en total hasta 7.000 m3).
—
Piscina de Acumulación N°3 (solo en años lluviosos de baja
probabilidad, con T>20 años): Recibe hasta 7.000 m3 de aguas de
contacto de baja carga contaminante y rebalses de la Piscina N°2.
De acuerdo con las características de estas piscinas, el Proyecto considera
una capacidad de acumulación de los caudales generados de manera que,
en su conjunto, permita un año de operación en condiciones extremas de
precipitación.
•
Impermeabilización basal
Las tres piscinas de acumulación contemplan una impermeabilización
basal con las siguientes características:
Nivelación y compactación del terreno natural;
—
Una capa de geotextil de un gramaje aproximado de 600 g/m2; y
—
Geomembrana de PEAD de un espesor de e=1,5 mm.
En el caso de los lixiviados y aguas de rechazo, se considera una
impermeabilización combinada; es decir, PEAD (e=1,5 mm), más una
lámina de GCL.
•
Rebases de Emergencia
Las tres piscinas de acumulación estarán conectadas a través de rebases de
emergencia entre las Piscinas N°1 y N°2 y las Piscinas N°2 y N°3,
consistente en una tubería de 300 mm. Estas tuberías se encuentran
emplazadas a 50 cm de la cota de terreno (cota de plataforma).
Para tiempos de retorno de T>100 años se estima que las aguas de
contacto de baja carga tengan calidad de agua para riego sin ningún
tratamiento y puedan ser usadas directamente para riego (hasta
CE<=1.500 µS/cm).
Por su parte, de acuerdo con las alternativas de uso de los lixiviados y
aguas de contacto tratados, según lo indicado en el punto 1.3.2.3, anterior,
el efluente resultante cumplirá con los parámetros establecidos en la NCh
1.333 de Calidad de Agua para Riego.
Ver detalles en punto 1.3.1.3 de la DIA.
Tratamiento biológico (Lodos
Activados)
Las piscinas de acumulación cumplirán la función de sedimentación y
ecualización del caudal afluente al sistema de tratamiento. En caso de
disponer material orgánico, tales como cortezas o restos vegetales, se
requiere una etapa de tratamiento biológico para la eliminación de la
DBO5IDQO, con las siguientes características:
Caudal de Diseño: 70 m3/día
•
Sistema compacto de Lodos activados con aireación extendida
(edad de lodos sobre 25 días), con un estanque de aprox. 225 m3 de
capacidad (volumen útil)
• Aireación sumergida
•
Clarificador secundario aprox. 53 m3
El tratamiento aeróbico se realiza en un estanque aireado. Posteriormente
la mezcla de agua y lodos activados pasa a un estanque de clarificación
secundaria, donde se separan las aguas claras (para su descarga) de la
biomasa, parte de la cual se recircula al estanque de aireación. Respecto
de la purga de lodos, ésta se reincorporará al depósito para humectación
de superficies.
El clarificador secundario será del tipo rectangular de flujo vertical. Este
clarificador corresponde a un sedimentador estático de sección cuadrada
con fondo cónico. El área superficial del sedimentador será de aprox. 25
m2, mientras que su volumen útil será de aprox. 53 m3.
La captación de lixiviados al interior del DRIS-NP se proyecta a través de
la instalación de un filtro granular de 30 cm y un estrato drenante. Por su
parte,
la conducción de
los
lixiviados se realizará a través
de
la
implementación
de pendientes
en
la superficie basal
del
depósito,
contando además con tuberías de PEAD perforadas para la captación de
los líquidos dentro del DRIS-NP.
Captación
y
conducción
de
lixiviados
En
cuanto
a
las
líneas
de
impulsión,
se
implementarán
bombas
sumergibles
que
cuenten
con
la capacidad mínima de
impulsión
equivalente al caudal máximo de lixiviados de la línea de conducción.
Ver detalles en numeral 1.4.1.4 de la DIA.
Camino de acceso e El acceso al futuro DRIS se realizará a través del camino enrolado M-320
internos del DRIS-NP
(aprox. 11.000 m), que se inicia en el sector de Viriales, y posteriormente
a través de un tramo de camino forestal (aprox. 1.170 m) hasta alcanzar el
cerco perimetral del Proyecto.
Por su parte, los caminos de servicio corresponden a los caminos que
permiten la operación al interior del DRIS-NP. La longitud total de los
caminos
de
servicio
alcanza
aprox.
2.355
m.,
los
cuales
estarán
construidos con un paquete estructural, con una base granular y una capa
de rodado, debidamente compactado.
Ver detalles en numeral 1.3.1.12 de la DIA.
Como una etapa común para las componentes del Proyecto, se contempla
una subetapa de comisionamiento y puesta en marcha, en la que se
realizarán actividades para probar el funcionamiento de los equipos y
Comisionamiento y puesta en
marcha
ajustar
las
operaciones
hasta
alcanzar
el
régimen
estacionario
de
operación.
Ver detalles en numeral 1.4.1.5 de la DIA.
Recursos naturales renovables
Suelo
La etapa de construcción del Proyecto no contempla la extracción de
recursos naturales renovables, salvo la remoción de la capa superficial de
suelo (escarpe) que será reutilizada en el mismo Proyecto, no generando
afectación al recurso suelo.
Emisiones y efluentes
• Emisiones atmosféricas
Durante la fase de construcción las fuentes de generación de emisiones
corresponderán
al
movimiento
de
tierra,
tránsito
de
camiones
y
maquinarias en el área del Proyecto, además del uso de un generador
eléctrico.
La siguiente tabla muestra los resultados de la estimación de emisiones
que se consideran para la fase de construcción del Proyecto, expresada en
toneladas anuales.
Actividad
MP10
MP2,5
CO
NOx
SOx
Escarpe y excavación
2,44
1,46
2,34
11,22
-
Transferencia de material:
carguío y volteo de camiones
0,17
0,03
-
-
-
Erosión en pila de acopio
0,01
0,01
-
-
-
Tránsito de vehículos por
vías no pavimentadas
41,69
4,38
0,27
1,02
-
Tránsito de vehículos por
vías pavimentadas
2,17
0,52
0,15
0,58
-
Equipo electrógeno
0,18
0,04
1,09
5,05
0,27
Ver detalles en anexo 2 de la DIA y anexo 8 del Adenda.
• Emisiones liquidas
La
generación
de
residuos
líquidos,
en
esta
etapa,
corresponde
exclusivamente a aguas servidas, generadas producto de la utilización de
los servicios higiénicos dispuestos en el sector de faenas. Para estas
emisiones líquidas se utilizarán baños químicos y cumplirá la normativa
vigente.
La siguiente tabla muestra el volumen de aguas servidas
que se
contemplan serán generadas durante esta fase del Proyecto.
Etapa
Cantidad de
Personas
Volumen de generación
m3/día
Construcción
20
1,6
• Emisiones de ruido
El impacto acústico producido no superará los máximos niveles de ruido
permisibles durante la etapa de construcción, dándose cumplimiento al
D.S.N°38/11 MMA .
Las emisiones serán las siguientes:
Punto
NPSeq modelado
Fase de construcción
Máximo permitido
Evaluación
[dB(A)]
[dB(A)]
1
0
60
Cumple
2
0
65
Cumple
3
0
65
Cumple
4
0
65
Cumple
5
10
45
Cumple
6
26
41
Cumple
Por su parte, para la modelación del flujo vehicular (fuentes móviles), el
cálculo se efectúa de acuerdo a la normativa alemana RLS-90, que se
divide en dos partes. La primera de ellas se refiere al descriptor principal
de la línea de emisión de una carretera, llamado LME25, y que
corresponde al nivel de inmisión producido por una carretera en un punto
situado a 25 [m] del eje central y a 4 [m] sobre el nivel del suelo.
La predicción de este descriptor (LME25) utiliza las siguientes variables:
.7
Flujo vehículos livianos.
.7
Flujo vehículos pesados.
.7
Velocidad media vehículos livianos.
.7
Velocidad media vehículos pesados.
.7
Tipo de superficie (asfalto o ripio)
Reflexión múltiple (causada por eventuales edificios altos en ambos lados
de la carretera).
La segunda parte de la norma se refiere al cálculo de propagación sonora
desde la línea de emisión, utilizando el LME25 como dato de entrada.
La tabla siguiente muestra los límites máximos de inmisión de ruido para
la etapa de construcción:
Increme
Nivel de ruido
Nivel de
Nivel
Increme
nto
Pun
de exposición
ruido del
de ruido
nto
permiti
to
existente
Proyecto
Total
Proyect
do
Evaluación
LDN
LDN
ado
(con
LDN [dB(A)]
[dB(A)]
[dB(A)]
[dB]
Proyect
o) [dB]
1
71
45
71
0
1
Cumple
2
57
44
57
0
3
Cum t le
3
72
47
72
0
1
Cumple
4
72
49
72
0
1
Cumple
5
46
31
46
0
7
Cumple
6
37
14
37
0
10
Cumple
Existirá cumplimiento normativo en todos los puntos receptores según los
límites establecidos por la norma considerada para fuentes móviles.
En cuanto a los niveles de vibraciones considerados para la maquinaria
que será utilizada en esta fase del Proyecto, la siguiente tabla muestra su
estimación y evaluación de cumplimiento normativo.
Punto
Lv proyectado
[VdB1
Lv Máximo permitido
[VdBI
Evaluación criterio de
molestia
1
61
72
Cumple
2
58
72
Cumple
3
63
72
Cumple
4
65
72
Cumple
5
<50
72
Cumple
Los niveles de vibración se encuentran por muy debajo de los límites
establecidos en la normativa de referencia utilizada.
Ver detalles en Anexo 9 de la DIA, respuesta 2.2 y Anexo 9 del Adenda y
Anexo 10 del Adenda Complementario.
• Emisiones de olores
El proyecto no generará malos olores, de acuerdo a lo siguiente:
1. De acuerdo con la "Guía para la predicción y evaluación de impacto por
olor en el SEIA", el área de influencia en materia de olores está definida
por la curva isodora de 1 OUE/m3 , la cual, para el presente Proyecto, se
circunscribe a un área acotada del orden de 1,44 km2 , considerando una
distancia de aproximadamente 1,1 kilómetros respecto al receptor más
cercano (R1).
2. En los receptores identificados no se presenta superación de los valores
de referencia de 1,5 OUE/m3 y 3 OUE/m3 , de acuerdo con lo establecido
en el Guía UK y en la Norma holandesa respectivamente, en ninguno de
los receptores. En el receptor N°1, correspondiente a una vivienda, se
espera una concentración del orden de 0,07 OUE/m3 . En dicho receptor
no se supera el valor de referencia de 1 OUE/m3 , el cual indica el valor
aceptado para que el 50% de la población detecte la presencia de un Olor.
3. En tal sentido, es posible concluir, sobre la base de la dispersión de
emisiones de olor del DRIS, que la operación del Proyecto no es
susceptible de afectar alguna a poblaciones cercanas, sistemas de vida y
costumbres, población protegida y turismo, según el artículo 11 de la Ley
N°19.300.
Ver detalles de estudio de olor en los anexos N° 6 de la DIA, N° 10 del
Adenda y Anexo N°4 del Adenda Complementario.
Residuos, productos químicos y
otras
sustancias
que
puedan
afectar el medio ambiente.
• Residuos Asimilables- domiciliario
Los residuos asimilables y domiciliarios serán los siguientes:
Tipo de
1
Detalles.
1
Cantidad
1 Frecuencia
manejo del
1
Destino
residuos
máxima
/kg
de retiro
estimada
residuo
final-
Responsable
Asimilable
s-
domiciliari
o
Correspond
e a aquellos
residuos
generados
por la
alimentació
n de los
trabajadores
u otros
residuos de
similares
característic
as.
15 kg/día
Tres veces
por
semana
Estos
residuos
serán
almacenados
temporalment
e en tambores
herméticos al
interior de la
instalación de
faenas
Estos
residuos
serán
enviados a
un relleno
sanitario que
cuente con
las
autorizacione
s de
funcionamie
nto.
Ver detalles en respuesta 1.3 del Adenda.
• Residuos sólidos no peligrosos
Los residuos sólidos no peligrosos serán los siguientes:
de residuos
sectores,
o
el sector
Ver detalles en respuesta 1.3 del Adenda.
• Residuos Peligrosos
Durante la fase de construcción se considera la generación
peligrosos debido a las actividades de pintado y/o demarcación
para lo cual se contempla el uso de pinturas y solventes. Adicionalmente,
ante la eventualidad que se produzca algún derrame de combustible
aceite producto del funcionamiento de la maquinaria, se aislará
afectado.
Tipo de
residuos
Detalles.
Cantidad
máxima
/kg
Frecuencia
de retiro
estimada
manejo del
residuo
Destino
final-
Responsable
solidos no
peligrosos
Correspond
en a
aquellos
residuos
propios de
la
mantención
del predio y
que no
presenten
característic
as de
peligrosidad
2.000 kg
en toda
la fase
Cada dos
meses
Estos
residuos
serán
almacenados
temporalment
e en el sector
de instalación
de faenas
Estos
residuos
serán
enviados a
un lugar de
disposición
que cuente
con las
autorizacione
s para tales
efectos.
Los residuos peligrosos serán los siguientes:
Tipo de
residuos
Detalles.
Cantidad
máxima /kg
Frecuencia
de retiro
estimada
manejo del
residuo
Destino
final-
Responsabl
e
Peligrosos
Correspond
en a
aquellos
residuos
que hayan
tenido
contacto
con
hidrocarbur
os o que
presente
algunas de
las
característic
as
establecidas
en el
artículo 11
del
D.S.148//03
, del
MINSAL.
200 kg en
toda la fase
Cada seis
meses
Estos
residuos
serán
almacenado
s
temporalme
nte en
tambores
herméticos
al interior
de la
bodega de
almacenami
ento de
residuos, en
el sector de
instalación
de faenas
Estos
residuos
serán
enviados a
un lugar de
disposición
que cuente
con las
autorizacio
nes para
tales
efectos.
Ver detalles en respuesta 1.3 del Adenda.
• Productos químicos y otras sustancias que puedan afectar el
medio ambiente
El Proyecto no contempla la utilización de productos químicos
o
sustancias en su etapa de construcción.
Referencia al ICE para mayores
detalles sobre esta fase.
Ver antecedentes en numeral 4.6 del ICE.
4.3.2. FASE DE OPERACIÓN
El proyecto consiste en la habilitación de un depósito para disponer los residuos sólidos no peligrosos que
resultan de la operación de la Planta Constitución y Planta Viñales, los que consisten básicamente en:
•
Pulpa No Clasificada
•
Rechazos del Apagador de Cal (Grits)
•
Lodos Verdes (Dregs)
•
Cal Apagada
•
Material Forestal con impurezas
•
Arena
•
Ceniza
•
Carbonato de Calcio con impurezas
•
Sulfato de Sodio con impurezas
Estos residuos han sido clasificados como no peligrosos, según el D.S.148/04 del Minsal, tal como se
desprende de los análisis realizados a los residuos señalados y cuyos resultados se muestran en el Anexo 13
de la DIA.
Por su parte, los residuos serán trasladados desde ambas Plantas hasta el DRIS-NP proyectado por medio de
camiones, los que serán descargados formando fajas de residuos, las que a su vez serán esparcidas y
compactadas en el sitio mediante maquinaria.
Las celdas N°1, N°2 y N°3 se habilitarán en conjunto, durante la etapa de construcción del Proyecto. Por su
parte, las celdas N°4 y N°5 se habilitarán también en conjunto en una segunda etapa, previo al término de la
capacidad de disposición de las primeras tres celdas habilitadas.
El proyecto en esta etapa no contempla nuevas partes y obras.
Sistema
de
manejo
de
lixiviados
•
Estrato de drenaje de lixiviados
Sobre la impermeabilización basal, se contará con un estrato de drenaje de
lixiviados
compuesto
por
material
pétreo,
con
un
grosor
de
aproximadamente 0,30 m.
Sistema de captación y recolección de lixiviados
La
generación
de
líquidos
lixiviados
en
el
DRIS-NP
está
dado
principalmente por las precipitaciones que infiltran hacia el depósito y, en
menor medida, por la descomposición de los residuos contenidos. Por esta
razón, el tipo y cantidad de lixiviados generados dependerá del tipo de
residuo depositado, del diseño y construcción de obras de manejo de
aguas externas.
Por ello, el diseño y la operación del DRIS-NP contempla obras de
manejo de aguas externas con el fin de reducir los aportes de aguas
contactadas con los residuos, de manera de reducir la carga hidráulica
sobre los sistemas de captación y conducción de lixiviados.
En tal sentido, el diseño del sistema de captación de lixiviados ha
considerado el escenario más conservador desde el punto de vista de la
operación del DRIS-NP; esto es, que la operación de las celdas no
realizarán cierres parciales y que las aguas lluvias que precipiten sobre las
celdas se convertirán en lixiviado o aguas de contacto según corresponda
a la etapa de operación en que se encuentre la celda.
Teniendo en cuenta lo anterior, cada celda que conformará el DRIS-NP
contará con un sistema de drenaje independiente, compuesto por tuberías
de captación de lixiviados.
Para captar los lixiviados que se acumulen en el DRIS NP se contempla lo
siguiente:
• Pendiente longitudinal y transversal mínima de 2 y 3%, con la fmalidad
que los lixiviados se dirijan hacia un punto determinado en cada cancha;
• Colocación de tubos de PEAD perforados con un diámetro mínimo de
300 mm en la base de cada cancha;
• Colocación de tubos de PEAD desde el interior del dique perimetral
hacia las cámaras de captación, hacia las cámaras intermedias y hasta la
piscina de acumulación de lixiviados.
Los lixiviados serán captados a través del tubo PEAD perforado, el que
estará dispuesto de forma horizontal en los puntos más bajos de cada
celda. Desde ahí, los lixiviados se evacuarán de forma gravitacional a las
cámaras de lixiviados. En tal sentido, se considera un mínimo de 9
cámaras de captación e inspección de PEAD; de las cuales, dos (2) serán
de mayor tamaño y actuarán como cámaras sentinas. Desde las cámaras
sentinas C.S-1 y C.S-2 se bombeará el lixiviado hacia la Piscina N°1 de
acumulación de lixiviados, tal como se detalla en los apartados siguientes.
Aguas de contacto
Las aguas de contacto son aquellas provenientes del interior del DRIS-NP,
particularmente del estrato superior del depósito. Estas aguas tendrán un
sistema de evacuación independiente del sistema de captación de
lixiviados y será instalado a lo menos 1,5 m bajo la cota del coronamiento
del dique perimetral del depósito. De esta manera, se separarán los
lixiviados más concentrados (debido a la infiltración y percolación por la
masa de residuos) y aquellas aguas que hayan tenido un contacto menor
con los residuos, debido al arrastre superficial de las aguas lluvia sobre la
superficie de residuos.
Estas aguas, de manera previa a su ingreso a las piscinas de acumulación
de aguas de contacto (Piscinas N°2 y 3), se contempla su conducción a un
sedimentador de capacidad aproximada de 12 m3, el cual tendrá la
finalidad de disminuir la carga de sedimentos de estas aguas antes de su
ingreso a las piscinas de acumulación.
Tal como se detallará en los siguientes apartados, se considera una
medición continua de la conductividad eléctrica, permitiendo desviar las
aguas de contacto de baja carga (por ejemplo, después de una lluvia
prolongada) hacia la Piscina diseñada para estos efectos (piscina N°3).
Manejo de lixiviados tratados
El diseño del Proyecto no contempla descargas de efluentes a cursos o
cuerpos de aguas superficiales o subterráneas. Para aquellos efluentes
generados en el depósito y tratados en el sistema de tratamiento de
efluentes, el Proyecto contempla la reutilización de dichas aguas
debidamente tratadas, estableciéndose las siguientes alternativas para su
uso:
•
Humectación de los residuos del depósito y caminos internos,
cuando las condiciones climáticas lo ameriten;
•
Uso como agua de riego;
•
Otros usos, tales como el lavado de ruedas de camiones
utilizados para el transporte de los residuos, u otros que puedan surgir y
que sean compatibles con la calidad de las aguas.
El sistema de tratamiento de los lixiviados, y aguas de contacto de alta
carga, generados de la operación del depósito considera el tratamiento de
un caudal máximo, equivalente al tiempo de retorno de 100 años en el
caso de las piscinas de acumulación y 20 años, en el caso de las unidades
de tratamiento (mayor a la vida útil del proyecto).
En cuanto al tratamiento propiamente tal de los lixiviados y aguas de
contacto de alta carga, se contemplan las siguientes etapas de tratamiento:
•
Tratamiento primario de las aguas de contacto (sedimentador);
•
Piscinas de Acumulación de lixiviados (Piscina N°1) y aguas de
contacto (Piscina N°2 y N°3 a que se refiere el punto 1.3.2.2.), para la
homogenización de caudales y composición de lixiviados; estas piscinas
fueron dimensionadas para retener el caudal máximo de un año de
extrema pluviosidad (T= 100 año);
•
Planta de Tratamiento Mecánico-biológico de efluentes pre-
tratados ("lodos activados"): si bien los niveles de sólidos, DBO5 y
nutrientes no impiden el uso del agua para riego, afectan el proceso de
osmosis inversa ("fouling" de las membranas) y suelen provocar
problemas de obstrucción de los sistemas de regadío por el crecimiento
bacteriano; se espera una reducción de la carga orgánica en la etapa de
tratamiento secundaria;
•
Planta de Tratamiento Físico-Químico (DAF, Ultra-filtración y
Osmosis Inversa), para un flujo parcial de hasta 70 m3/día de efluentes, de
las cuales aproximadamente un 50% serán utilizadas para el riego; en esta
etapa de tratamiento se espera el abatimiento de las sales;
•
Los caudales de rechazo de la planta de osmosis inversa y
lixiviados pre-tratados serán almacenados temporalmente en la Piscina de
Rechazos proyectada, la que contará con una capacidad aproximada de
5.000 m3. Los caudales de rechazos acumulados en esta piscina podrán ser
utilizados en la humectación del relleno (control de polvo).
En cuanto a la operación del sistema y separación de las aguas de contacto
de alta carga (Piscina N°2) y baja carga (Piscina N°3), se contempla la
instalación de sensores de conductividad, los cuales medirán
conductividad eléctrica (CE) en tiempo real y, con ayuda de un PLC,
además de un conjunto de válvulas eléctricas, se desvía el flujo hacia la
Piscina de Acumulación N°2 o 3.
Tratamiento Físico-químico
(DAF, Ultra-filtración y
Osmosis Inversa)
En la salida de la planta de osmosis inversa se considera un tercer sensor
de CE (punto C), que permite mantener una conductividad máxima de
1.500 µS/cm, a través de la mezcla de aguas de contacto de baja carga
(Piscina N°3) y el efluente tratado.
El diseño del sistema de tratamiento físico-químico considera un caudal
máximo de 70 m3/día.
El funcionamiento de cada unidad de tratamiento será:
•
Flotación por Aire Disuelto (DAF)
Para la remoción de sólidos suspendidos y niveles restantes de materia
orgánica (principalmente DBO5), se considera un tratamiento de flotación
por aire disuelto (DAF en su sigla inglesa), de acuerdo con lo siguiente:
Contempla la adición de coagulantes y floculantes para facilitar la
remoción de sólidos suspendidos y partículas coloidales;
Se agrega aire a presión, de manera de formar microburbujas que
se introducen dentro de los flóculos, o se nuclean en los sólidos
suspendidos;
A raíz de las micro-burbujas, la densidad aparente del
conglomerado disminuye y flota en la superficie, donde el lodo sobre-
nadante será removido constantemente.
•
Ultra-filtración (UF)
Contempla una pre-filtración para la remoción de partículas mayores (a
través de filtros de discos auto-limpiantes). Posteriormente, una etapa de
filtración avanzada ("ultra-filtración") para la remoción de sólidos
suspendidos más finos, bacterias y virus.
•
Desinfección UV
Para controlar el potencial de "biofouling" sobre las membranas de
osmosis inversa, se considera un sistema de desinfección por luz ultra-
violeta (UV).
•
Osmosis Inversa (01)
El sistema de tratamiento de osmosis inversa considera un caudal de
diseño de 70 m3/día (3 m3/hora). El volumen anual tratado puede alcanzar
hasta aprox. un 60% del volumen máximo anual acumulado para un
periodo de retorno de T=100 años.
•
Piscina de Acumulación de Rechazo
El sistema de tratamiento aplicado produce dos tipos de rechazo, uno de la
etapa de DAF-UF del orden de un 10% (2.300 m3/año), el cual se enviará
a
la
Piscina
de
acumulación
de
rechazo
(ver
plano
P_7830_INF_N°3_DRIS_CONST_PL_3 .4).
El segundo caudal de rechazo proviene del sistema de osmosis inversa
propiamente tal, que se estima en torno a aprox. 50% del volumen tratado
(aprox. 11.000 m3 por año). Este caudal de rechazo será acumulado en una
piscina de acumulación de aprox. 5.000 m3, de forma de asegurar un
funcionamiento continuo de la Planta de Osmosis Inversa de a lo menos 6
meses.
El agua contenida en la piscina de acumulación de rechazo será utilizada
para el control de polvo en la superficie abierta del Depósito.
Sistema de evacuación de gases
Para la evacuación de los gases del DRIS se instalarán chimeneas de
sección mínima de 1 m2. Cada sección será construida básicamente de
malla acma o similar, rellena con bolones de piedra para permitir una
adecuada conducción de los gases generados hacia la superficie. La altura
final de las chimeneas de evacuación de gases será a lo menos de 1 metro
sobre la cota final del DRIS.
Monitoreo de Aguas
De acuerdo con las características del sistema de impermeabilización
basal del DRIS y el sistema de conducción de aguas lluvia del Proyecto,
conformado por canales interiores y exteriores, sumado a que en el área
del Proyecto no existen cuerpos o cursos de aguas superficiales, no se
esperan eventos en que se pudiera generar algún eventual contacto de los
líquidos percolados del DRIS con eventuales aguas subterráneas.
No obstante, lo anterior, el Proyecto considera pozos de control y
monitoreo de aguas subterráneas en tres puntos cercanos al DRIS, los
cuales se muestran en el siguiente cuadro:
Obra
Coordenada WGS84 H18S
Norte
Este
Pozo de Monitoreo 1
6.071.818
738.357
Pozo de Monitoreo 2
6.072.123
738.011
Pozo de Monitoreo 3
6.071.877
737.925
Fuente: Tabla 15 del Adenda Complementario.
La distribución de estos pozos de monitoreo se basa en la diferencia de
cotas que presentan ambos sectores.
La frecuencia de monitoreo, será en la medida que el efluente tratado esté
disponible para riego, se contempla de manera mensual durante el primer
año de operación del Proyecto y, luego, de manera trimestral, por el resto
de la vida útil del Proyecto respecto de su operación. Este monitoreo se
realizará antes que el efluente tratado ingrese al sistema de riego.
En caso de detectarse presencia de agua, los parámetros que se medirán
con frecuencia anual corresponden a los siguientes:
•
pH
•
conductividad
•
Temperatura
•
Cloruro
•
sulfato
•
fósforo
•
hierro
•
aluminio
•
magnesio
•
sodio
El monitoreo de aguas subterráneas antes indicado se iniciará previo al
inicio de la etapa de operación del nuevo DRIS-NP y durante la fase de
operación para contar con información pre-operacional del Proyecto.
Dique perimetral
Con el material proveniente de la excavación se construirá un dique
perimetral en el DRIS-NP. Los taludes de los diques poseerán una
pendiente interna de 1:2,5 (V:H) y pendientes externas de 1:1,5 (V:H),
con un ancho de corona de entre 7 y 10 metros, suficiente para el tránsito
de los camiones en la etapa de operación del Proyecto. Su altura es
variable, ya que dependerán de la topografía del terreno.
El dique perimetral considera un largo de aprox. 1.200 m. El volumen del
material utilizado para la construcción de los diques provendrá de la
misma excavación. Su material, tanto en la base como en los taludes de
las celdas, cumplirá a lo menos con los siguientes requerimientos: libre de
suelo vegetal o materia orgánica, homogéneo en toda su extensión, es
decir, sin grietas y libre de piedras o gravilla, compactación en toda la
extensión.
Manejo de Aguas lluvia
Las obras de manejo de aguas lluvia y escorrentías subsuperficiales
permiten asegurar la integridad de las obras e instalaciones del proyecto,
evitando el ingreso de aguas lluvia al sector de disposición.
De esta forma, el proyecto contempla la construcción de canales
perimetrales en el exterior del predio y 3 canales interiores de recolección
de aguas lluvias. El canal exterior se construirá bordeando el cerco
perimetral, mientras que los canales interiores se construirán en el lado
norte del DRIS-NP y en el perímetro interior del predio.
Los canales exteriores captarán los flujos superficiales que se generen en
las cuencas ubicadas fuera del predio, de manera de evitar su ingreso al
área del DRIS-NP.
Por su parte, los canales interiores captarán todos los flujos de aguas
superficiales dentro del predio, las que serán enviadas al sistema de
tratamiento de efluente (menos las aguas precipitadas sobre el DRIS-NP,
las que ingresarán al depósito).
A.
Canal exterior
Para el dimensionamiento del canal exterior de aguas lluvia es necesario
determinar los afluentes generados por las cuencas fuera del predio, para
lo cual se aplicó el Método Racional, que corresponde a uno de los
métodos recomendados por el Manual de Carreteras, además corresponde
a uno de los métodos más utilizados a nivel mundial para la determinación
de caudales en cuencas pequeñas.
El canal exterior tendrá un largo total de 590 m aproximadamente, será
excavado en tierra y luego revestido en losetas de hormigón.
B.
Canales interiores
•
Canal interior 1
El Canal Interior 1 corresponde al canal perimetral ubicado al borde de la
franja cortafuegos interior, en el sector sur, este y noreste del predio. Este
canal se divide en 2 tramos; el primero, capta las aguas lluvia del sector
noreste del predio y las descarga al canal interior 2; el segundo tramo
capta las aguas lluvia del sector sur y este del predio. Posteriormente estas
aguas lluvias son enviadas al sistema de tratamiento de efluentes.
•
Canal Interior 2
Este canal interior estará ubicado en el lado norte del DRIS-NP, en el
borde del dique perimetral. Este canal estará encargado de captar las aguas
lluvia que fluyen por el talud del dique, evitando posibles socavaciones de
éste, descargándolas en el Canal Interior 3.
•
Canal interior 3
El Canal Interior 3 corresponde al canal perimetral ubicado en el costado
noroeste y oeste del predio, junto al cerco perimetral. Captará las aguas
lluvia de su área aportante además de las aguas lluvia transportadas por el
canal interior 2. Posteriormente, estas aguas lluvia serán enviadas al
sistema de tratamiento de efluentes, previo paso por la piscina de
acumulación de aguas de contacto de baja carga.
•
Canal interior 3 temporal
Se contempla la habilitación de un canal interior temporal para efectos de
impedir que las aguas lluvia de los sectores donde no se encuentren
habilitadas
las canchas
de acopio
ingresen al área de
canchas
en
operación.
El dique interior impedirá que las aguas lluvia que precipitan sobre el
sector no habilitado para la disposición de residuos ingresen al sector de
las canchas en operación, las que serán recolectadas por el canal interior
temporal. En la medida que se habiliten nuevas canchas de acopio de
residuos el dique perimetral se movilizará para efectos de cumplir la
función recién señalada.
Ver detalles en numeral 1.3.1.8 de la DIA
Cerco
perimetral
y
franja
cortafuego
El área del proyecto contará en su perímetro con un cerco de una altura
mínima de 1.8 m. Se contempla, además, la construcción de un portón a la
entrada del predio del depósito.
Por su parte, circunscrito al predio se implementarán una faja de
protección de 40 m de ancho, compuesta de dos franjas cortafuego (10 m
c/u) y un área arborizada de un ancho de hasta 20 m que separa ambas
franjas
cortafuego.
Dicha franja cortafuego
se
encontrará libre
de
vegetación de cualquier tipo.
Paisajismo
El proyecto contemplara la incorporación de especies vegetales en dos
grandes áreas:
•
El área arborizada de ancho hasta 20 m que separa ambas franjas
cortafuego, la que tendrá una superficie aproximada de 38.500 m2; y
•
La capa vegetal de la cobertura fmal del depósito, la que
comprenderá una superficie aproximada de 86.000 m2.
Manejo
y
clasificación
de
residuos
Los residuos sólidos generados por el proceso industrial de la Planta
Constitución y Planta Viriales corresponden principalmente a residuos
inorgánicos, estimándose una generación del orden de 60.000 m3/año;
esto, de acuerdo a las estadísticas de producción de residuos de ambas
Plantas y a la proyección de la operación de éstas.
Traslado de Residuos y flujo
vehicular interno
nuevo DRIS.
Los residuos serán trasladados desde ambas plantas industriales hasta el
Para este traslado de residuos se utilizarán camiones.
Durante la operación del DRIS se consideran los siguientes flujos
internos:
Tabla 1. Flujo de viajes en fase de operación
Tipo de viaje
Flujo (viajes/día)
Traslado de residuos desde Planta Constitución
al DRIS
18
Traslado de residuos desde Planta Viñales al
DRIS
6
Interno para el traslado de personal
4
•
Control y Registro de Ingreso de Residuos
El ingreso al DRIS-NP estará limitado por un portón ubicado en su
camino de acceso, el que se mantendrá cerrado, permitiendo el ingreso
solo a aquellos vehículos que trasladarán los residuos desde ambas Plantas
hasta el DRIS-NP, así como para inspecciones de rutina u otras
necesidades o requerimientos de operación.
Disposición de Residuos
La preparación de los sectores de operación se realizará delimitando las
zonas previstas para la disposición de residuos. Al respecto, las celdas
N°1, N°2 y N°3, se habilitarán en conjunto, durante la etapa de
construcción del Proyecto. Por su parte, las celdas N°4 y N°5 se
habilitarán también en conjunto en una segunda etapa, previo al término
de la capacidad de disposición de las primeras tres celdas habilitadas. De
la misma forma, serán habilitados los siguientes pares de celdas 6 y 7, 8 y
9, en una tercera y cuarta etapa de operación sucesiva.
Los residuos trasladados
al DRIS
serán volteados para luego
ser
esparcidos y compactados en el sitio del depósito, generando plataformas
horizontales dentro de cada celda. Estas plataformas serán conformadas
con una pendiente con sentido de escurrimiento norte-sur, lo que permitirá
el escurrimiento de las aguas lluvias en la superficie de la plataforma, y de
esta manera, reducir la generación de lixiviados.
Coberturas del DRIS
• •
Cobertura Parcial
Actividades de mantención y
conservación del Proyecto
En caso de ser necesario, la operación del depósito considerará una
cobertura parcial compuesta de suelo proveniente de la misma excavación.
•
Cobertura Final
Tal como ha sido mencionado, la impermeabilización basal y habilitación
de las celdas se desarrollará en etapas sucesivas; por lo mismo, el cierre de
cada celda se realizará también en etapas y en paralelo con la operación de
las siguientes celdas habilitadas.
Por su parte, el cierre fmal del depósito contempla la colocación de una
capa de aproximadamente 60 cm de material de baja permeabilidad, sobre
la cual se dispondrá una segunda capa del orden de 30 cm de suelo
vegetal, permitiendo la revegetación natural posterior del sector.
La operación del DRIS considera actividades de mantención y/o
conservación de los equipos e instalaciones que serán utilizados en la
operación habitual del depósito. Los equipos corresponden principalmente
a las bombas de impulsión del depósito y a aquellos que serán utilizados
en el sistema de tratamiento de efluentes. Por su parte, las instalaciones se
refieren principalmente a las edificaciones, instalaciones auxiliares, cerco
perimetral y caminos internos, entre otros.
En tal sentido, la operación del Proyecto contempla dos tipos de
mantenciones y/o de conservación, los que se describen a continuación:
Mantención programada: esta actividad de mantención se
realizará en aquellos equipos cuyos proveedores o fabricantes
recomiendan realizar mantenciones rutinarias. Estas mantenciones tienen
por objeto sustituir o reparar los elementos sometidos a desgaste u
obsolescencia.
Mantención no programada: esta actividad se realizará cuando un
equipo presente fallas en su operación o funcionamiento. En esta
oportunidad los equipos serán revisados por el personal del DRIS o
personal externo con el objeto de identificar el problema y, en caso de ser
necesario, realizar un recambio de piezas o del equipo completo.
Adicionalmente, y como parte de las mantenciones programadas, se
consideran, entre otras, las siguientes actividades:
•
Inspecciones preventivas del sistema eléctrico de los equipos que
operarán en el DRIS.
•
Mantenciones de los caminos internos del Proyecto con el objeto
de asegurar el tránsito expedito y seguro por parte de los vehículos que
ingresarán y operarán en el DRIS.
Mantención del cerco perimetral del depósito cuando se requiera.
Revisión o inspección del estado de, entre otras, las siguientes
edificaciones e instalaciones auxiliares, con el fin de detectar necesidades
de limpieza, pintura, recambio de piezas, reparaciones, etc.:
o
Oficina de administración
o
Servicios sanitarios y camarines
o
Salas de bomba y bodega
o
Sala de generadores
o
Galpón
o
Caseta de Control
o
Sala de Generador (área bomba de impulsión)
o
Sala de Generador (área planta de tratamiento)
o
Planta de Tratamiento Físico-químico (DAF, Ultrafiltración Y
Osmosis Inversa)
Por su parte, de acuerdo con las actividades de mantención señaladas, la
duración y frecuencia de éstas dependerá de una serie de variables, entre
las que se puede indicar: recomendaciones del fabricante, obsolescencia
y/o desgaste de equipos, la disponibilidad de recursos materiales y
humanos para abordarlas, entre otras.
Por otra parte, producto de estas actividades, se prevé la generación de
piezas de recambio, las que, en algunas ocasiones, pudieran contener
restos de sustancias, aceites o hidrocarburos. Estos elementos serán
manejados de la misma forma que aquellos residuos que se contempla
serán generados producto de la operación del Proyecto.
En cuanto a las maquinarias y vehículos utilizados en el Proyecto, no se
contempla realizar sus mantenciones al interior del recinto, la cual se
realizará en lugares autorizados para dichos fines fuera del área del
Proyecto, salvo reparaciones menores.
Productos generados
El Proyecto no considera la generación de productos.
Recursos naturales renovables
El Proyecto no considera la extracción de recursos naturales
Emisiones y efluentes
•
Emisiones atmosféricas
La siguiente tabla muestra los resultados de la estimación de emisiones
del Proyecto, expresada en toneladas anuales.
Actividad
MP 1 O
MP2,5
CO
NOx
SOx
Maquinaria en operación
0,43
1,95
9,35
-
Transferencia de material:
carguío y volteo de
camiones
0,04
0,02
-
-
-
Erosión en pila de acopio
0,01
0,01
-
-
-
Tránsito de vehículos por
vías no pavimentadas
84,82
9,28
0,27
1,02
-
Tránsito de vehículos por
vías pavimentadas
1,91
0,57
0,16
0,62
-
Equipo electrógeno
0,18
0,04
1,09
5,05
0,27
•
Emisiones liquidas
La generación de residuos líquidos durante esta fase corresponde a aguas
servidas generadas producto de la utilización de los servicios higiénicos.
La siguiente tabla muestra el volumen estimado de aguas servidas y de
lixiviados generados durante la operación del Proyecto.
Etapa
Cantidad de
Personas
Volumen de generación
m3/día
Operación
10
0.8
Se estima un consumo medio de agua de 100 1/día por persona, que se
obtiene al aplicar un factor de aguas servidas de 0,8 al consumo de agua
potable .
Por su parte, de acuerdo con las estimaciones obtenidas en la etapa de
ingeniería y diseño del Proyecto, la generación de lixiviados y aguas de
contacto por año se presentan en la siguiente tabla.
Ti=2
TE=S
Tr=10
Ti=20
Tr=25
Tr=50
Tr=100
Ti=200
10.227
13.113
15.024
16.856
17.438
19.228
21.006
22.777
m3/año
m3/año
m3/año
m3/año
m3/año
m3/año
m3/año
m'/año
•
Emisiones de Ruido
El impacto acústico producido no superará los máximos niveles de ruido
permisibles durante la etapa de operación, dándose cumplimiento al
D.S.N°38/11 MMA .
Durante la operación del Proyecto las principales fuentes de emisión de
mido corresponden al uso de maquinarias y al tránsito de vehículos por
los caminos internos del DRIS-NP.
Para efectos de evaluación de esta fase, se consideraron los niveles
obtenidos en la proyección sonora hacia los receptores que se identifican
en los mapas de ruido que se presentan en el Anexo 3 de la DIA .
A modo de síntesis, la siguiente tabla muestra los resultados de la
evaluación del ruido generado durante la fase de operación del Proyecto
producto de la actividad de las maquinarias e instalaciones, el cual es
proyectado hacia todos los puntos de evaluación.
Los niveles de ruido generado por el tránsito vehicular durante la fase de
operación, se presentan en la siguiente, donde muestra
estimación y
evaluación .
Punt
o
Nivel de
ruido de
exposición
existente
LDN
[dB(A)]
Nivel de
ruido
del
Proyect
o LDN
[dB(A)]
Nivel
de
mido
Total
LDN
[dB(A)
Incremento
Proyectado
[dB]
Incremento
permitido
(con
Proyecto)
[dB]
Evaluación
1
71
47
71
0
1
Cumple
2
57
46
57
0
3
Cumple
3
72
48
72
0
1
Cumple
4
72
50
72
0
1
Cumple
5
46
33
46
0
7
Cumple
6
37
15
37
0
10
Cumple
MC-
3
44
41
46
2
8
Cumple
Por su parte, respecto de las vibraciones consideradas para la maquinaria
que será utilizada en esta fase del Proyecto, las siguientes tablas muestran
su estimación y evaluación de cumplimiento normativo.
Tabla 2. Proyección de LV en cada receptor. Vibración generada por
maquinaria pesada. Criterio de molestia.
Punto
Lv Proyectado
[VdB]
Lv Máximo permitido
[Vda]
Evaluación
5
26
72
Cumple
Fl
29
72
Cumple
Valores aproximados al entero más cercano
Punto
PPV proyectado
[inis]
PPV Máximo permitido
[inis]
Evaluación
5
8.43E-05
0.12
Cumple
FI
1.21E-04
0.12
Cumple
En la siguiente tabla se puede apreciar la evaluación de la vibración
generada por tránsito vehicular asociado al Proyecto.
Punto
Lv proyectado
[VdB1
Lv Máximo permitido
[Vda]
Evaluación criterio de
molestia
1
61
72
Cumple
2
58
72
Cumple
3
63
72
Cumple
4
65
72
Cumple
5
<50
72
Cumple
Como
se puede observar en
las tablas de evaluación,
los niveles
proyectados cumplen con los estándares establecidos por la norma.
Ver detalles en Anexo 3 de la DIA, respuesta 2.2 y Anexo 9 del Adenda y
Anexo 10 del Adenda Complementario.
•
Emisiones de Olores
El proyecto no generará malos olores, de acuerdo a lo siguiente:
1. De acuerdo con la "Guía para la predicción y evaluación de impacto por
olor en el SEIA", el área de influencia en materia de olores está definida
por la curva isodora de 1 OUE/m3 , la cual, para el presente Proyecto, se
circunscribe a un área acotada del orden de 1,44 km2 , considerando una
distancia de aproximadamente 1,1 kilómetros respecto al receptor más
cercano (R1).
2. En los receptores identificados no se presenta superación de los valores
de referencia de 1,5 OUE/m3 y 3 OUE/m3 , de acuerdo con lo establecido
en el Guía UK y en la Norma holandesa respectivamente, en ninguno de
los receptores. En el receptor N°1, correspondiente a una vivienda, se
espera una concentración del orden de 0,07 OUE/m3 . En dicho receptor
no se supera el valor de referencia de 1 OUE/m3 , el cual indica el valor
aceptado para que el 50% de la población detecte la presencia de un Olor.
3. En tal sentido, es posible concluir, sobre la base de la dispersión de
emisiones de olor del DRIS, que la operación del Proyecto no es
susceptible de afectar alguna a poblaciones cercanas, sistemas de vida y
costumbres, población protegida y turismo, según el artículo 11 de la Ley
N°19.300.
4. Además también
se puede concluir a partir del análisis cualitativo y
cuantitativo, que el modelo de pronóstico WRF presenta valores de
dirección y velocidad de viento similares a los datos observados. Al
analizar las velocidades promedio y direcciones frecuentes del viento, los
valores modelados concuerdan con las observaciones. Por lo tanto, de
acuerdo a lo mostrado en el análisis cuantitativo y cualitativo de la
estación meteorológica del Colegio Constitución y Chanco, el modelo
WRF utilizado para el análisis de dispersión atmosférica es adecuado y
concuerda con las condiciones de la realidad.
Ver detalles de estudio de olor en los anexos N° 6 de la DIA, N°10 del
Adenda y Anexo N°4 del Adenda Complementario.
Residuos, productos químicos y
otras
sustancias
que
puedan
afectar el medio ambiente.
•
Residuos Asimilables- domiciliario
Tipo de
residuos
Detalles.
Cantidad
máxima
/kg
Frecuencia
de retiro
estimada
manejo del
residuo
Destino
final-
Responsable
Asimilable
s-
domiciliad
o
Correspond
e a aquellos
residuos
generados
por la
al imentació
n de los
trabajadores
u otros
residuos de
similares
característic
as.
7,5
kg/día
Tres veces
por
semana
Estos
residuos
serán
almacenados
temporalment
e en tambores
herméticos al
interior del
área de
servicios.
Estos
residuos
serán
enviados a un
relleno
sanitario que
cuente con
las
autorizacione
s vigentes de
funcionamien
to u otro
destino que
cuente con
las
autorizacione
s para tales
efectos.
Ver detalles
Durante la
madera,
alambres,
principalmente
considerando
kg/mes.
Estos residuos
en respuesta 1.3 del Adenda.
•
Residuos Industriales no Peligrosos
despuntes de
proveniente
perimetrales;
de 150
debidamente
etapa de operación se estima la generación de
trozos
metálicos,
entre
otros,
del
mantenimiento
de
los
cierros
lo anterior, se estima una generación aproximada.
serán dispuestos en tambores o contenedores
rotulados, para su posterior retiro y disposición fmal por parte de una
empresa autorizada conforme a la legislación vigente.
Tipo de
residuos
Detalles.
Cantidad
máxima
/kg
Frecuencia
de retiro
estimada
manejo del
residuo
Destino
final-
Responsable
solidos no
peligrosos
Correspond
en a
aquellos
residuos
propios de
la
mantención
del predio y
que no
presenten
característic
as de
peligrosidad
150
kg/mes
Cada dos
meses
Estos
residuos
serán
almacenados
temporalment
e al interior
del área de
servicios.
Estos
residuos
serán
enviados a un
lugar de
disposición
que cuente
con las
autorizacione
s para tales
efectos u otro
destino que
cuente con
las
autorizacione
s para tales
efectos.
Ver detalles en respuesta 1.3 del Adenda.
•
Residuos Peligrosos
Durante la fase de operación se considera
peligrosos producto del recambio de piezas de
en el DRIS-NP, estimándose una generación del
su parte, ante la eventualidad que se produzca
combustible o aceite producto del funcionamiento
aislará el sector afectado, para luego extraer el
tratado como residuo peligroso. Éste será depositado
(tambor u otro similar) y enviado a la bodega
residuos peligrosos que será implementada
DRIS-NP.
Los residuos peligrosos serán los siguientes:
la generación de residuos
los equipos que operarán
orden de 50 kg/mes. Por
algún derrame de
de la maquinaria, se
suelo alterado, el cual será
en un contenedor
de almacenamiento de
en el área de servicio del
Tipo de
residuos
Detalles.
Cantidad
máxima
/kg
Frecuencia
de retiro
estimada
manejo del
residuo
Destino
final-
Responsable
Estos
residuos
serán
enviados aun
lugar de
disposición
que cuente
con las
autorizacione
s para tales
efectos.
Peligrosos
Correspond
en a
aquellos
residuos que
hayan
tenido
contacto
con
hidrocarbur
oso que
presenten
algunas de
las
característic
as
establecidas
en el
artículo 11
del
D.S.148//03
, del
MINSAL.
50
kg/mes
Cada seis
meses
Estos
residuos
serán
almacenados
temporalment
e en tambores
herméticos al
interior de la
bodega de
al macenamie
nto de
residuos
peligrosos,
dispuesta en
el área de
servicios.
Ver detalles en respuesta 1.3 del Adenda.
•
Productos químicos y otras sustancias que puedan afectar el
medio ambiente
-
Insumos Planta de tratamiento de efluentes
La
operación
del
Proyecto
considera
como
insumo
principal
el
combustible para el abastecimiento de maquinaria y equipos, el cual será
suministrado a través de vehículos especialmente acondicionados para tal
actividad. Asimismo, se prevé el consumo de insumos para la operación
del sistema de tratamiento de efluentes.
Referencia al ICE para mayores
detalles sobre esta fase.
Ver detalles en punto 4.7 del ICE.
4.3.3. FASE DE CIERRE
El proyecto en esta fase no contempla partes y obras.
Retiro
del
equipamiento
y
cierre de instalaciones
Esta actividad consiste en el retiro del equipamiento y maquinaria que se
utilizó para el desarrollo del Proyecto al fmal del cierre de la última celda.
Las instalaciones fijas se limpiarán, desenergizarán y se impedirá su
acceso a través del cierre de sus accesos, acompañada de señalización
adecuada que advierta sobre la prohibición de ingreso a personas ajenas al
Proyecto.
Reacondicionamiento
del
terreno
Una vez terminada la operación de cada celda y del depósito en general,
se procederá con la cobertura final de las plataformas. Esta cobertura
estará constituida por una capa de aproximadamente 60 cm de suelo
natural de baja permeabilidad, sobre la cual se dispondrá una segunda
capa de 30 cm de suelo vegetal que permitirá la revegetación natural
posterior del sector.
Restaurar
la
geoform a
o
morfología
,
vegetación
y
cualquier
otro
componente
ambiental
que
haya
sido
afectado durante la ejecución
del proyecto o actividad.
Una vez terminada la operación del proyecto, se restaurará la vegetación
y/o cualquier otro elemento que pudiese haber sido afectado durante la
vida útil del proyecto.
Manejo de lixiviados y gases
Una vez que cese la operación de cada celda y del DRIS en general, el
sistema de recolección y derivación de lixiviados al sistema de tratamiento
de efluentes continuará funcionando en forma permanente e indefmida,
hasta que se constate que, naturalmente, el flujo correspondiente a
lixiviados haya decaído completamente. Por su parte, el sistema de
evacuación de gases continuará presentado servicio en forma permanente
e indefinida.
Medidas
adicionales
para
la
etapa de cierre
Adicionalmente, para la etapa de cierre, el Proyecto contempla las
siguientes medidas:
-
mantención del cierre perimetral que se instalará al inicio de la
etapa de construcción del Proyecto.
-
instalación de señalización para evitar el acceso de personas
ajenas el Proyecto.
Referencia al ICE para mayores
detalles sobre esta fase.
Ver detalles en Numeral 4.8 del ICE.
4.4. CRONOLOGÍA DE LAS FASES DEL PROYECTO
.
-
1. IíSEDE CONSTROCCIO
Fecha estimada de inicio
La fecha de inicio y término de esta fase del Proyecto se ajustará a la obtención
de una RCA favorable y de las autorizaciones y permisos que se requieran de
otras autoridades y de terceros. A modo de estimación preliminar, se espera que
el inicio de la etapa de construcción ocurra durante el segundo semestre de
2020, a partir del 1 de octubre, en la medida que se obtengan oportunamente los
permisos aplicables.
Parte, obra o acción que
establece el inicio
La gestión, acto o faena mínima que da cuenta del inicio de la ejecución del
presente Proyecto, de modo sistemático y permanente, corresponde a la
instalación de faenas.
Fecha estimada de término
Por su parte, se dará término de esta fase transcurridos 12 meses desde su
inicio, a través de la limpieza del área y retiro de instalaciones y equipos
utilizados en la construcción.
Parte, obra o acción que
establece el término
limpieza del
área y retiro
de
instalaciones y
equipos
utilizados
en
la
construcción.
4.4:2: FASE
OPERACION
.
,.
Fecha estimada de inicio
Se contempla como fecha de inicio de la etapa de operación el día 1 de
noviembre de 2021.
Parte, obra o acción que
establece el inicio
La actividad o hito que establece el inicio de esta fase corresponde a la
disposición de residuos en la primera celda de acopio.
Fecha estimada de término
20 años desde el inicio
Parte, obra o acción que
establece el término
Cierre de la última celda
4.4..3. FASY\DE CIERRE
-
Fecha estimada de inicio
20 años después del inicio
Parte, obra o acción que
establece el inicio
La actividad o hito que establece el inicio de esta fase corresponde al
recubrimiento de la plataforma de disposición de residuos, lo que se espera
ocurra aproximadamente 20 años de iniciada la disposición o cuando se
complete el máximo volumen de almacenamiento que se proyecta para el
DRIS-NP.
Fecha estimada de término
Diciembre de 2040
Parte, obra o acción que
establece el término
No aplica
5°. Que, durante el proceso de evaluación se han presentado antecedentes que justifican la inexistencia de los
siguientes efectos, características y circunstancias del artículo 11 de la Ley N° 19.300:
5.1 Sobre la inexistencia de riesgo para la salud de la población, debido a la cantidad y calidad de efluentes,
emisiones y residuos
Tabla 5.1 Sobre la inexistencia de riesgo para la salud dela población, debido a la cantidad y calidad de
efluentes, endsiones y residuos
Impacto ambiental
El Proyecto no genera impactos sobre este componente
Según lo dispuesto en el artículo 5 del Reglamento del SETA, se consideran los siguientes antecedentes que
justifican que el proyecto o actividad no genera o presenta riesgo para la salud de la población debido a la
cantidad y calidad de los efluentes, emisiones o residuos que genera:
a) La superación de los valores de
las
concentraciones
y
períodos
establecidos
en
las
normas
primarias
de
calidad
ambiental
vigentes
o
el
aumento
o
disminución significativos, según
corresponda, de la concentración
por sobre los límites establecidos
en éstas. A falta de tales normas,
se utilizarán como referencia las
vigentes en los Estados que se
El Proyecto, en su fase de construcción, operación y cierre, no generará
emisiones significativas que estén por sobre los estándares señalados en
las normas de emisión aplicables y vigentes. Por otra parte, por la
magnitud y tiempo acotado de las emisiones, no se espera que se
produzcan situaciones en que se afecte en forma significativa la calidad
del agua, aire o suelo en el sentido que puedan dar origen al
incumplimiento de las normas de calidad y, eventualmente, generar
riesgo sobre la salud de las personas.
Por lo demás, el Proyecto se localiza en un sector alejado de centros
poblados; de hecho, el área del Proyecto se encuentra aproximadamente
señalan
en
el
artículo
11
del
Reglamento.
a 20 km de la ciudad de Constitución. Ahora bien, fuera del área de
emplazamiento
del
Proyecto
se
identifican
viviendas
aisladas
principalmente en las rutas que serán utilizada durante la operación del
Proyecto para el traslado de residuos desde ambas Plantas hasta el
DRIS-NP proyectado. No obstante ello, la edificación más cercana se
encuentra aproximadamente a 1.500 metros del área del Proyecto.
b) La superación de los valores de
ruido establecidos en la normativa
ambiental vigente. A falta de tales
normas,
se
utilizarán
como
referencia
las
vigentes
en
los
Estados
que
se
señalan
en
el
artículo 11 del Reglamento.
Durante las fases del Proyecto, las principales fuentes de emisión de
ruido corresponderán al uso de maquinarias y al tránsito de vehículos
por vías públicas y privadas.
Durante la etapa de construcción se estima que se generará la condición
más desfavorable en cuanto a la emisión de ruido, cuyas principales
fuentes de generación serán las excavadoras, el funcionamiento del
grupo electrógeno y el tránsito de camiones.
Cabe señalar que estas actividades se desarrollarán íntegramente al
interior del predio Guanaco 2, el que además se encuentra alejado de
viviendas y de receptores.
De acuerdo a los resultados del estudio de ruido, desarrollados en
Anexo 3 de la DIA, respuesta 2.2 y Anexo 9 del Adenda y Anexo 10 del
Adenda Complementario.
El impacto acústico producido no superará los máximos niveles de
ruido permisibles durante la etapa de construcción y operación, dándose
cumplimiento al D.S.N°38/11 MMA .
•
En la etapa de construcción las emisiones de ruido serán las
siguientes:
Punto
NPS,q modelado*
Fase de construcción
[dB(A)]
Máximo permitido
[dB(A)]
Evaluación
1
0
60
Cumple
2
0
65
Cumple
3
0
65
Cumple
4
0
65
Cumple
5
10
45
Cumple
6
26
41
Cumple
La segunda parte de la norma se refiere al cálculo de propagación
sonora desde la línea de emisión, utilizando el LME25 como dato de
entrada.
La tabla siguiente muestra los límites máximos de inmisión de ruido
para la etapa de construcción:
Pun
to
Nivel de
mido de
exposición
existente
LDN [dB(A)]
Nivel de
ruido del
Proyecto
LDN
[dB(A)]
Nivel
de
ruido
Total
LDN
[dB(A)
1
Increm
ento
Proyect
ado
[dB]
Increm
ento
permiti
do
(con
Proyect
o) [dB]
Evaluación
I
71
45
71
0
1
Cumple
2
57
44
57
0
3
Cumple
3
72
47
72
0
1
Cumple
4
72
49
72
0
1
Cumple
5
46
31
46
0
7
Cumple
6
37
14
37
0
10
Cumple
Como se puede observar, existe cumplimiento normativo en todos los
puntos
receptores
según
los
límites
establecidos
por
la
norma
considerada para fuentes móviles.
En cuanto a los niveles de vibraciones considerados para la maquinaria
que será utilizada en esta fase del Proyecto, la siguiente tabla muestra su
estimación y evaluación de cumplimiento normativo.
Punto
Lv proyectado
{vd13]
Lv Máximo
permitido
[VdB]
Evaluación criterio de
molestia
1
61
72
Cumple
2
58
72
Cumple
3
63
72
Cumple
4
65
72
Cumple
5
<50
72
Cumple
Como se puede observar, los niveles de vibración se encuentran por
muy debajo de los límites establecidos en la normativa de referencia
utilizada.
En la etapa de operación :
La siguiente tabla muestra los resultados de la evaluación del ruido
generado durante la fase de operación del Proyecto producto de la
actividad de las maquinarias e instalaciones, el cual es proyectado hacia
todos los puntos de evaluación.
Punto
NPScri modelado
Fase de construcción
[dB(A)]
Máximo permitido
[dB(A)]
Evaluación
1
0
60
Cumple
2
0
65
Cumple
3
0
65
Cumple
4
0
65
Cumple
5
8
45
Cumple
6
24
41
Cumple
Como se puede observar, existe cumplimiento normativo en todos los
puntos receptores según los límites establecidos por el D.S. N°38/11 del
MMA para la fase de operación del Proyecto.
En cuanto a los niveles de ruido generado por el tránsito vehicular
durante la fase de operación, la siguiente tabla muestra su estimación y
evaluación
Pun
to
Nivel de
ruido de
exposición
existente
LDN [dB(A)]
Nivel de
ruido del
Proyecto
LDN
[dB(A)J
Nivel
de
ruido
Total
LDN*
[dB(A)
]
Increm
ento
Proyect
ado
[dB]
ento
Increm
permiti
do
(con
Proyect
o) [dB]
Evaluación
I
71
47
71
0
1
Cumple
2
57
46
57
0
3
Cumple
3
72
48
72
0
1
Cumple
4
72
50
72
0
1
Cumple
5
46
33
46
0
7
Cumple
6
37
15
37
0
10
Cumple
-3
44
41
MC
Cumple
46
2
8
Por
su
parte,
respecto
de
las
vibraciones
consideradas
para
la
maquinaria que será utilizada en esta fase del Proyecto, las siguientes
tablas muestran su estimación y evaluación de cumplimiento normativo.
Tabla 3. Proyección de LV en cada receptor. Vibración generada por
maquinaria pesada. Criterio de molestia.
Punto
Lv Proyectado
[VdB]
Lv Máximo permitido
[VdB]
Evaluación
5
26
72
Cumple
Fl
29
72
Cumple
Valores aproximados al entero más cercano
Punto
PPV proyectado
[inis]
PPV Máximo permitido
[in/s]
Evaluación
5
8.43E-05
0.12
Cumple
Fl
1.21E-04
0.12
Cumple
En la siguiente tabla se puede apreciar la evaluación de la vibración
generada por tránsito vehicular asociado al Proyecto.
Punto
Lv proyectado
[VdB]
Lv Máximo
permitido
[Val}
Evaluación criterio de
molestia
1
61
72
Cumple
2
58
72
Cumple
3
63
72
Cumple
4
65
72
Cumple
5
<50
72
Cumple
Como se puede observar en las tablas de evaluación, los niveles
proyectados cumplen con los estándares establecidos por la norma.
Ver detalles en Anexo 3 de la DIA, respuesta 2.2 y Anexo 9 del Adenda
y Anexo 10 del Adenda Complementario.
c) La exposición a contaminantes
debido al impacto de las emisiones
y
efluentes
sobre
los
recursos
naturales renovables, incluidos el
suelo, agua y aire, en caso que no
sea posible evaluar el riesgo para
la salud de la población de acuerdo
a las letras anteriores.
Efluentes líquidos
En las siguientes tablas, se detallan los antecedentes relacionados con la
generación de efluentes líquidos durante la fase de construcción,
operación y cierre del Proyecto.
Tabla 4: Análisis Artículo 5, Efluentes Líquidos
Efluente
s
Líquidos
ases del Proyecto
Compos
ición
Aguas servidas: todas las fases del Proyecto.
Los efluentes líquidos que se generarán en cada fase del
Proyecto corresponderán a aguas servidas generadas por
los
trabajadores
en
las
instalaciones
sanitarias.
La
caracterización típica de estos residuos sin tratamiento es
el siguiente:
Caracterización de las aguas servidas sin tratar
Parámetros
Valor
Unidad
DBO5
mg/1
200
Suspendidos
Sólidos
220
Totales
mg/1
Nitrógeno Total
mg/1
40
Fósforo Total
8
mg/1
Coliformes Totales
107-
108
NMP
Fuente:
Metcalf & Eddy,
inc.
Ingeniería de aguas
residuales. McGraw Hill. 3a Edición (1995)
Líquidos percolados: fase de operación
Respecto de la fase de operación, se contempla la
generación de líquidos percolados como consecuencia del
contacto de las aguas lluvia con los residuos, los cuales
percolarán hacia el fondo del DRIS, desde donde serán
recolectados y conducidos al sistema de tratamiento de
efluentes que será implementado con motivo del presente
Proyecto.
Peligrosi
dad
Aguas servidas: considerando la forma de manejo de las
aguas servidas,
estas no presentan características
de
peligrosidad.
Líquidos percolados: los residuos que serán depositados
en el DRIS, y por ende los líquidos percolados que se
contempla generará el depósito producto del contacto de
las
aguas
lluvia
con
dichos
residuos,
no
revisten
características de peligrosidad.
Cantida
d
Aguas servidas:
La generación de este tipo de residuos líquidos durante
todas las fases del Proyecto, corresponden a la utilización
de los servicios higiénicos, además de baños químicos
que serán implementados durante la fase de construcción
en el área de emplazamiento del DRIS. Durante la
operación del Proyecto se considera habilitar un sistema
particular de alcantarillado.
La siguiente tabla muestra el volumen de aguas servidas
generadas en las distintas fases del Proyecto.
Generación de Residuos Líquidos
Etapa
Cantidad de
Personas
Volumen de generación*
m3/día
Construcción
20
1,6
Operación
10
0,8
Cierre
5
0,4
Se estima un consumo medio de 100 1/hab-día y un
coeficiente de recuperación de un 80%.
Líquidos percolados:
De acuerdo con las estimaciones obtenidas en la etapa de
ingeniería y diseño, y para efectos del dimensionamiento
de las piscinas de acumulación de lixiviados y aguas de
contacto, se consideró la precipitación anual esperada
(mm) sobre un área de 1.5 ha. para diferentes periodos de
retorno. Según el diseño del depósito que se dividió en
nueve canchas de aprox. 0,7 hectáreas cada una, se
supone una superficie máxima de 1,5 hectáreas abierta,
equivalente a dos celdas.
En la siguiente tabla se pueden observar los caudales
estimados de lixiviados y aguas de contacto por año.
Tr-2
Ti=5
Tr=10
Tr=20
Tr=25
Tr=50
Tr=100
Tr=200
10.227
13.113
15.024
16.856
17.438
19.228
21.006
22.777
m'/año
m'/año
m'/año
m'/año
m'/año
m3/ano
m3/año
m3/año
Frecuen
cia,
Aguas servidas: Las aguas servidas provenientes de los
duración
baños químicos, durante la fase de construcción, serán
y
lugar manejadas por una empresa debidamente autorizada por
de
la Autoridad Sanitaria de la Región del Maule, la cual
descarga
efectuará la limpieza de los baños químicos con una
frecuencia semanal, disponiéndose los residuos de estas
unidades de acuerdo a la normativa vigente en un lugar
debidamente autorizado. Por su parte, durante la fase de
operación,
se
considera
implementar
un
sistema
particular de alcantarillado, cuyo detalle se presenta en el
Capítulo 4 sobre Permisos Ambientales Sectoriales (PAS
138) y que se actualiza en anexo 4 de la Adenda 1.
Líquidos
percolados:
estos
serán
recolectados
y
conducidos a las piscinas de acumulación de lixiviados
proyectadas para su posterior conducción al sistema de
Tratamiento de Efluentes (ver PAS 139 del capítulo 4 de
la DIA).
Emisiones atmosféricas
En relación con las emisiones a la atmósfera, la siguiente tabla detalla
los
antecedentes
de
emisiones
generadas
durante
las
etapas
de
construcción, operación y cierre del Proyecto:
Tabla 5: Análisis Artículo 5 Emisiones a la Atmósfera
Emisione
sala
Atmósfer
Construcción
Operación
Cierre
a
Composi
ción
En la etapa de
construcción las
emisiones son
provocadas por la
maquinaria utilizada
para el despeje y
limpieza del terreno.
Asimismo, estas
faenas producirán
emisiones de material
particulado por el
Durante la fase de
operación las
emisiones
atmosféricas
corresponden a
material particulado
producto del tránsito
de vehículos, además
de la emisión de gases
de combustión interna
de motores por el uso
Durante la fase de
cierre las emisiones
atmosféricas
corresponden
principalmente a
material particulado
producto del tránsito
de vehículos para el
traslado de las
unidades
desmanteladas que
flujo de camiones
de maquinaria y
formaron parte de la
utilizados en el
camiones.
operación del
transporte de
Asimismo, se
Proyecto.
materiales, además de
considera la emisión
gases típicos de la
de olor producto de la
combustión generada
disposición de
por la combustión
residuos en el DRIS-
interna de sus
motores.
NP
Peligrosi
Las emisiones atmosféricas difusas generadas no revisten características
dad
de peligrosidad.
Cantidad
Las emisiones
La ejecución del
Las emisiones
atmosféricas
Proyecto contempla la
atmosféricas
generadas durante la
emisión de material
generadas durante la
fase de construcción
particulado,
fase de cierre se
se estiman de carácter
principalmente por el
estiman de carácter
puntual, debido a que
traslado y volteo de los
puntual y esporádico
las actividades del
residuos en el área del
principalmente por la
Proyecto se realizarán
DRIS. Asimismo, se
corta duración de
íntegramente al
considera en menor
esta fase, del orden
interior del predio
escala, emisiones de
de dos meses.
Guanaco 2.
gases tales como CO y
NOx como
consecuencia del
movimiento de
camiones y maquinaria
pesada (Ver Anexo 2).
Por su parte, se
contempla la emisión
de olor producto del
almacenamiento de
residuos, cuyo detalle
presenta en el Anexo 6
de la presente DIA.
Frecuenci
Las emisiones
Se estima que las
Las emisiones
a,
correspondientes a
emisiones
correspondientes a
duración
esta etapa se
correspondientes a esta
esta etapa se
y lugar
generarán por
etapa se generen por
generarán una vez se
de
aproximadamente 12
aproximadamente 20
haya completado y
descarga
mes
años o lo que dura la
cubierto la última
etapa de operación del
celda del depósito,
Proyecto.
cuya duración se
estima del orden de 4
meses
Tabla 6. Resumen de Estimación de Emisiones Atmosféricas fase de
Construcción (ton/año)
Actividad
MPIO
MP2,5
CO
NOx
SOx
Escarpe y excavación
2,44
1,46
2,34
11,22
-
Transferencia de material:
carguío y volteo de
0,17
0,03
-
-
-
camiones
Erosión en pila de acopio
0,01
0,01
-
-
-
Tránsito de vehículos por
vías no pavimentadas
41,69
4,38
0,27
1,02
-
Tránsito de vehículos por
vías pavimentadas
2,17
0,52
0,15
0,58
-
Equipo electrógeno
0,18
0,04
1,09
5,05
0,27
Tabla 7. Resumen de Estimación de Emisiones Atmosféricas fase de
Operación (ton/Año)
Actividad
MPIO
MP2,5
CO
NOx
SOx
Maquinaria en operación
0,43
1,95
9,35
-
Transferencia de material:
carguío y volteo de
0,04
0,02
-
-
-
camiones
Erosión en pila de acopio
0,01
0,01
-
-
-
Tránsito de vehículos por
84,82
9,28
0,27
1,02
-
vías no pavimentadas
Tránsito de vehículos por
vías pavimentadas
1,91
0,57
0,16
0,62
-
Equipo electrógeno
0,18
0,04
1,09
5,05
0,27
Por su parte, respecto del componente olores, es importante indicar que
el valor de 1 OUF/m3, definido como el límite del área de influencia por
la Guía para la Predicción y Evaluación de Impactos por Olor en el
SEIA, indica que el 50% de la población puede comenzar a percibir un
olor, aunque sin distinguir su naturaleza. En tal sentido, teniendo en
cuenta que la mayor inmisión de olor se produce en el receptor N°1, con
0,07 OUE/m3, no se espera que las emisiones de olor del Proyecto sean
percibidas en los puntos receptores identificados. Dicha área contempla
una superficie de 1,44 km2, con una distancia de 1,1 kilómetro con
respecto al receptor más cercano (R1).
En la siguiente tabla se presenta el resultado del Percentil 98 de las
concentraciones horarias para cada receptor identificado.
Tabla 8: Concentración percentiles 98 en receptores discretos.
Receptor
inmisión
(P98 OUE/m3)
Concentración de
Límites
Límites de inmisión
Guía UK (OUE/m)
de inmisión
Norma Holandesa
(P98 OUE/m3)
R1
0,07
R2
0,03
3
1,5
R3
0,05
Tal como se puede apreciar en la Tabla anterior, ninguno de los
receptores considerados supera el límite de referencia propuesto por la
Norma Holandesa y la Guía UK. El detalle de la cuantificación y
modelo de dispersión de olores se presenta en el Anexo 6 de la DIA.
Dada la magnitud y acotado en el tiempo de las emisiones, no se espera
que ellas representen un aporte relevante en las concentraciones de
calidad del aire, como aportes del Proyecto, por cuanto las actividades
del Proyecto corresponden a una fuente de emisiones difusas que tienen
un efecto local, debido al lugar en donde se desarrollarán.
Considerando las características del Proyecto y las medidas antes
indicadas, se estima que las emisiones del Proyecto se encontrarán
acotadas al sector de las obras, cumplirán con la normativa vigente o de
referencia y, en consecuencia, no generarán riesgo para la salud de la
población.
d) La exposición a contaminantes
debido al impacto generado por el
manejo
de
residuos
sobre
los
recursos
naturales
renovables,
incluidos el suelo, agua y aire.
Se prevé que el Proyecto generará residuos sólidos domiciliarios y
asimilables, industriales no peligrosos y peligrosos en sus diferentes
etapas. Las siguientes tablas detallan los parámetros solicitados por el
artículo 5 del Reglamento, para la fase de construcción, operación y
cierre:
Tabla 9: Análisis Artículo 5 Residuos Sólidos
Residuos
Sólidos
Fase de construcción
Fase de operación
Fase de cierre
Composic
Residuos
domésticos:
Residuos
domésticos:
Residuos
ión
restos
de
comida,
restos
de
comida,
domésticos:
restos
envases,
papeles
y
cartones, entre otros.
Residuos
Industriales
envases,
papeles
y
cartones, entre otros.
Residuos
industriales
de comida, envases,
papeles y cartones,
entre otros.
No Peligrosos:
Estos
no peligrosos: Durante
Residuos
corresponden
la
operación
la
Industriales
No
principalmente
a
generación de residuos
Peligrosos:
Estos
despuntes de madera,
alambres,
trozos
de
fierro, vidrio, gomas y
plásticos provenientes
de
envoltorios
de
suministros.
Residuos
peligrosos:
se
debe
a obras de
mantención
menores,
tales como recambio
de
los
cierros
perimetrales,
demarcación de zonas
al interior del DRIS, o
corresponden
a
residuos del proceso
de
desmantelamiento
de las instalaciones
y
consisten
principalmente
en
Durante
la
fase
de
construcción
se
actividades similares.
Residuos
peligrosos:
despuntes
de
madera,
alambres,
considera la
generación de residuos
peligrosos debido a las
actividades de pintado
y/o
demarcación
sectores, para lo cual
se contempla el uso de
Durante esta fase no se
considera la
generación de residuos
peligrosos,
salvo
aquellos
considerados
en la mantención del
sistema de tratamiento
trozos
de
fierro,
vidrio,
gomas
y
plásticos
provenientes
del
desmantelamiento
de las instalaciones.
Residuos peligrosos:
pinturas y solventes.
de
efluentes.
Sin
embargo,
éstos
se
pudieran generar en la
durante esta fase no
se
considera
la
generación
de
Los residuos
domésticos e
industriales
no
peligrosos
no
presentan
características
de
peligrosidad.
Por su parte, los
residuos
peligrosos
que corresponderán a
envases de pintura
vacíos serán
manejados en la
bodega de
almacenamiento de
residuos
peligrosos
ubicada
en
la
instalación de faenas,
cuyo manejo y
disposición final será
de acuerdo con lo
especificado en la
normativa vigente,
cuyo
detalle
se
presenta en el capítulo
4 de la DIA.
Residuos domésticos:
La
fase
de
construcción implicará
la generación de
alrededor de 15 kg/día
de residuos
domésticos,
considerando una tasa
de generación de 0,75
kg/persona-día,
considerando
un
promedio de 20
trabajadores.
Residuos Industriales
No Peligrosos:
En cuanto a su
volumen, se estima
una baja tasa de
generación,
de
aproximadamente
2.000 kg en toda la
fase, debido al uso en
faenas de
componentes
pre-
armados.
Residuos industriales
peligrosos:
se
contempla la
generación
de
aproximadamente 200
kg de estos residuos
durante toda la fase de
construcción.
La generación de
residuos durante la
etapa de construcción
corresponde a 12
meses.
Residuos domésticos:
Se habilitará un sitio
de acopio temporal,
desde donde serán
retirados y enviados a
un
lugar
de
disposición
autorizado.
Residuos Industriales
No Peligrosos:
Estos residuos serán
dispuestos
en
eventualidad que se
produzca
algún
derrame de
combustible o aceite
producto del
funcionamiento de la
maquinaria.
El manejo que
considerarán
estos
residuos implicará que
estos no generen algún
tipo de efecto sobre
los componentes del
medio ambiente.
Los residuos que se
generen
serán
enviados a la bodega
de almacenamiento de
residuos
peligrosos
proyectada,
cuyo
manejo y disposición
final será de acuerdo a
lo especificado en la
normativa vigente.
Residuos domésticos:
La fase de operación
implicará la
generación
de
alrededor de 7,5 kg/día
de residuos
domésticos,
considerando la mano
de obra de 10 personas
y una tasa de
generación de 0,75
kg/persona-día.
Residuos industriales
no peligrosos:
Durante la operación
no se realizarán
construcciones
ni
modificaciones
estructural es
a las
instalaciones, por lo
que la generación de
residuos se estima en
aproximadamente 150
kg/mes debido al
recambio de los
cierros perimetrales,
demarcación
de
celdas, etc.
Residuos industriales
peligrosos:
se
contempla la
generación
de
aproximadamente 50
kg/mes de estos
residuos.
La generación de
residuos durante la
etapa de operación
tiene una duración
aproximada de 20
años.
Residuos domésticos:
El sitio de acopio
temporal de residuos
domésticos
estará
dispuesto en el área de
servicios del DRIS-
NP, desde donde serán
retirados y enviados a
un
lugar
de
disposición autorizado
conforme a la
Peligrosid
ad
Cantidad
Frecuenci
a,
duración
y lugar de
descarga
residuos peligrosos.
Los
residuos
domésticos
e
industriales
no
peligrosos
no
presentan
características
de
peligrosidad.
Residuos
domésticos:
La fase de cierre
implicará
la
generación
de
alrededor de 3,7
kg/día de residuos
domésticos,
considerando una
tasa de generación
de 0,75 kg/ persona-
día, considerando 5
trabajadores.
Residuos
Industriales
No
Peligrosos:
En cuanto a su
volumen, se estima
una baja tasa de
generación,
de
aproximadamente 5
m3, debido a la
reutilización o venta
de materiales que
cuentan con valor
comercial y al uso
en faenas de
componentes pre-
armado.
La generación de
residuos durante la
etapa de cierre tiene
una
duración
aproximada de 4
meses.
Residuos
domésticos:
Se utilizará el sitio
de acopio temporal
de la fase de
construcción, desde
donde
serán
retirados y enviados
a un lugar de
disposición
autorizados
contenedores cerrados,
debidamente rotulados
y separados, para su
posterior
retiro
y
disposición
final
por
parte de una empresa
autorizada conforme a
la legislación vigente.
Residuos peligrosos:
legislación vigente.
Residuos
Industriales
conforme
a
la
legislación vigente.
Residuos
No Peligrosos:
Estos
residuos
serán
dispuestos
en
tambores,
debidamente rotulados
y separados, para su
posterior
retiro
y
disposición
final
por
parte de una empresa
autorizada conforme a
la legislación vigente.
Residuos peligrosos:
Industriales
No
Peligrosos:
Estos residuos serán
dispuestos
en
tambores,
debidamente
rotulados
y
separados,
para
su
posterior
retiro
y
disposición final por
parte
de
una
empresa
autorizada
conforme
a
la
legislación vigente.
Estos
residuos
serán
depositados
en
un
contenedor (tambor u
otro
similar)
en
la
instalación de faenas y
enviados a la bodega
de residuos peligrosos
que será habilitada en
dicha instalación.
Éste
será
depositado
en
un
contenedor
(tambor u otro similar)
y enviado a la bodega
(tipo
jaula)
de
almacenamiento
transitorio de residuos
peligrosos
que
estará
dispuesta en el área de
servicios
del
DRIS-
NP.
Posteriormente,
serán enviados a un
lugar
de
disposición
autorizado
para tales
efectos.
Cabe señalar que el Proyecto no generará formas de energía, radiación o
vibraciones adicionales que pudiesen afectar la salud de la población.
Asimismo, en atención a lo expuesto en el Capítulo 1 de la DIA, el
Proyecto no emitirá ni generará, en cualesquiera de sus fases, efluentes,
emisiones ni residuos que presenten características de peligrosos, cuya
combinación y/o interacción puedan afectar la salud de la población
más cercana o de los trabajadores. Del mismo modo, no se esperan
efectos sinérgicos, entendidos éstos como aquellos que se producen
cuando el efecto conjunto de la presencia simultánea de varios agentes
supone una incidencia ambiental mayor que el efecto suma de las
incidencias individuales contempladas aisladamente.
5.2 Sobre la inexistencia de efectos adversos significativos sobre la cantidad y calidad de los recursos
naturales renovables, incluidos el suelo, agua y aire
Tabla 5.25.2 Sobre la inexistencia de efectos adversos significativos sobre la cantidad y calidad de los
recursos naturales renovables, incluidos el suelo, agua y aire
Impacto ambiental
No hay
Los siguientes antecedentes justifican que el proyecto o actividad no genera o presenta efectos adversos
significativos sobre la cantidad y calidad de los recursos naturales renovables, incluidos el suelo, agua y aire,
en consideración a lo dispuesto en el artículo 6 del Reglamento del Reglamento del SEIA:
Recursos
naturales
renovables
escasos,
únicos o representativos.
No hay
a) La pérdida de suelo o de su capacidad
para
sustentar
biodiversidad
por
degradación, erosión, impermeabilización,
compactación
o
presencia
de
contaminantes.
Para la habilitación del área donde será emplazado el DRIS-NP
se considera el escarpe del terreno, con la finalidad de retirar la
capa de suelo superficial existente, hasta una profundidad
aproximada de 30 centímetros. Este material de escarpe será
acopiado
y
podría
ser
utilizado
posteriormente
para
el
recubrimiento de las celdas. Se estima que el volumen total de
escarpe será del orden de los 84.000 m3. Cabe mencionar que
solo será escarpada la superficie del área considerada para el
desarrollo del Proyecto.
Atendiendo los antecedentes antes señalados, y teniendo en
cuenta que el área de emplazamiento del Proyecto se caracteriza
por corresponder a terreno de plantaciones forestales altamente
intervenido, se concluye que el Proyecto no genera ni presenta
efectos adversos significativos sobre la cantidad y calidad de los
recursos naturales, en tanto las actividades y obras derProyecto
no generarán pérdida o degradación significativa de superficies
de suelo por erosión, compactación o contaminación ni tampoco
b) La superficie con plantas, algas, hongos,
animales silvestres y biota intervenida,
explotada, alterada o manejada y el
impacto generado en dicha superficie. Para
la evaluación del impacto se deberá
considerar la diversidad biológica, así
como la presencia y abundancia de
especies silvestres en estado de
conservación o la existencia de un plan de
recuperación, conservación y gestión de
dichas especies, de conformidad a lo
señalado en el artículo 37 de la Ley
19.300.
se trata de una superficie relevante para efectos de sustentar
biodiversidad, tal como se explicará en el siguiente literal.
El Proyecto requerirá realizar una limpieza y despeje de
vegetación, así como remoción de tierra para la habilitación y
operación de las celdas que componen el DRIS-NP. Para ello,
se realizará el escarpe de una capa de aproximadamente 30
centímetros. Este material de escarpe será utilizado
posteriormente en la etapa de cierre del Proyecto para el
recubrimiento de las celdas. Se estima un volumen total de
escarpe que no superará los 84.000 m3.
Por su parte, de acuerdo al estudio de caracterización de biota
realizado en el área del Proyecto (Anexo 5 de la DIA), y si bien
el área de las obras del Proyecto abarca una superficie de 28 ha.,
para efectos de estudiar y analizar la expresión de este
componente en una superficie más amplia, se consideró una
superficie o área envolvente del orden de 40 ha.
En relación con la flora, se detectó un total de 67 especies de
plantas vasculares, distribuidas en 38 familias y 62 géneros. Las
formas de crecimiento más frecuentes fueron las herbáceas con
(63%), las especies arbustivas (19%) y especies arbóreas (18%).
Respecto del estado de conservación de la flora, se registraron
las especies Blechnum chilense (D.S. 19/2012 MMA),
Blechnum hastatum (D.S. 19/2012 MMA) y Hypolepis
poeppigii (D.S. 52/2014 MMA), bajo alguna de las categorías
de conservación, de acuerdo a la legislación vigente. Estas
especies se consideran en categoría de Preocupación Menor, de
acuerdo a los decretos señalados. Sin embargo, estas especies se
encontrarían sin amenaza, acorde a lo indicado en SEA 2015.
Estas especies fueron observadas en la formación azonal,
correspondiente a la unidad cartográfica 6, y fuera del área de
intervención de las obras del Proyecto.
Por su parte, respecto del componente fauna, la riqueza está
compuesta por un total de 26 especies de animales, las que
corresponden a anfibios (87,7%), reptiles (3,8%), aves (77%), y
mamíferos (11,5%). En virtud del D.S. 05/98, 19 especies
(73%) se encuentran en condición de densidades poblacionales
reducidas, beneficiosa para la actividad silvoagropecuaria y/o
beneficiosa para la mantención del equilibrio de los
ecosistemas.
Del total de especies identificadas en terreno, 4 presentan
alguna categoría de conservación de acuerdo al Reglamento de
Clasificación de Especies y sus decretos asociados. Las especies
corresponden a: Batrachyla taeniata, Pleurodema thaul,
Liolaemus lemniscatus y Lycalopex culpaeus.
Las especies Batrachyla taeniata y Pleurodema thaul, fueron
registradas de manera directa, y a través del registro auditivo
durante la realización del muestreo nocturno. Se registraron en
la formación azonal, y al interior del ambiente de plantación
cosechada.
Sobre Liolaemus lemniscatus, los registros están asociados a
plantaciones cosechadas de pinos y plantación juvenil de pinos,
distribuyéndose por toda el área.
Finalmente, los registros de la especie Lycalopex culpaeus
fueron observados en ambiente de plantación juvenil de pinos.
Por su parte, se estima que las actividades de construcción y
operación del Proyecto podrían generar movimiento o
alejamiento de ejemplares de fauna. No obstante, se relocalizará
aquellas
especies
que
presenten
alguna
categoría
de
conservación, de acuerdo a lo especificado en el Permiso
Ambiental Sectorial N°146 contenido en el anexo 4 del Adenda.
Al respecto, es importante señalar que normalmente cuando se
inician
actividades
de
construcción,
las
especies
de
alta
movilidad tienden a desplazarse hacia zonas cercanas que no
estén siendo intervenidas.
Durante la fase de cierre no se generarán efectos sobre la fauna
silvestre identificada en el área del Proyecto.
Ver detalles en CAPITULO 4 de la DIA, Anexo 4 del Adenda y
Anexo 7 del Adenda Complementarios
c) La magnitud y duración del impacto del
proyecto o actividad sobre el suelo, agua o
aire en relación con la condición de línea
de base.
Tal como ha sido señalado, el Proyecto se emplaza en un área
que ha sido intervenida por actividades correspondientes a
plantaciones forestales y posterior cosecha. No obstante, el
Proyecto contempla medidas para evitar o minimizar los
eventuales efectos sobre el suelo, agua o aire, producto de sus
emisiones y residuos, las que se detallan en el Capítulo 1 de la
presente DIA. Por lo cual, es dable señalar que el Proyecto no
generará impactos cuya magnitud y duración pueda afectar el
suelo, agua o aire en relación con la condición de base, que
pudieren derivar en efectos adversos significativos.
d) La superación de los valores de las
concentraciones establecidos en las normas
secundarias de calidad ambiental vigentes
o el aumento o disminución significativos,
según corresponda, de la concentración por
sobre los límites establecidos en éstas. A
falta de tales normas, se utilizarán como
referencia
las
normas
vigentes
en
los
Estados que se señalan en el artículo 11 del
Reglamento. En caso que no sea posible
evaluar el efecto adverso de acuerdo a lo
anterior,
se considerará la magnitud y
duración del efecto generado sobre la biota
por el proyecto o actividad y su relación
con la condición de línea de base.
El Proyecto, en la fase de construcción, operación y cierre, no
generará emisiones que estén por sobre los estándares señalados
en las normas de emisión aplicables y vigentes. Por otra parte,
no se espera que las emisiones ocasionen situaciones en que se
afecte en forma significativa la calidad del agua, aire o suelo en
el sentido que puedan dar origen al incumplimiento de normas
de calidad secundarias.
e) La diferencia entre los niveles estimados
de ruido con proyecto o actividad y el
nivel de ruido de fondo representativo y
característico
del
entorno
donde
se
concentre fauna nativa asociada a hábitats
de
relevancia
para
su
nidificación,
reproducción o alimentación.
De acuerdo con la caracterización realizada de la fauna presente
en el área de inserción del Proyecto, no fueron identificadas
especies correspondientes a fauna nativa asociada a hábitats de
relevancia que puedan ser afectados por los niveles de ruido.
Sin perjuicio de lo anterior, y de manera de evaluar todos los
posibles impactos, se realizó una evaluación de la proyección de
los niveles de ruido de acuerdo con las actividades que serán
desarrolladas durante las fases de construcción y operación del
Proyecto. En tal sentido, a continuación se presentan los
resultados estimados para las fases del Proyecto en los sectores
de fauna identificados.
Tabla 10: Evaluación según la Guía de evaluación ambiental
SAG. Sectores de fauna. Fase de construcción.
Punto
Nivel proyectado
Aporte exclusivo
Nivel máximo
permitido
[dB]
Evaluación según
Guía de
valuación
evaluación
ambiental
ambiental SAG.
F1
54
85
Cumple
*Valor aproximado al entero más cercano.
Tabla 11: Evaluación según la Guía de evaluación ambiental
SAG. Sectores de fauna. Fase de operación.
Punto
Nivel proyectado
Aporte exclusivo
Nivel máximo
permitido
[dB]
Evaluación según
Guía de
evaluación
ambiental
ambiental SAG.
FI
53
85
Cumple
*Valor aproximado al entero más cercano.
Como se observa en las tablas anteriores, las actividades
asociadas a las fases del Proyecto no tendrán la capacidad de
generar un impacto negativo sobre los sectores de fauna, no
superando los 85 [dB] estimados como nivel máximo a que se
refiere la Guía de Evaluación Ambiental: Componente Fauna
Silvestre emitida por el Servicio Agrícola y Ganadero.
Ver detalles en Anexo 3 de la DIA, respuesta 2.2 y Anexo 9 del
Adenda y Anexo 10 del Adenda Complementario.
f) El impacto generado por la utilización
y/omanejo
de
productos
químicos,
residuos,
así
como
cualesquiera
otras
sustancias que puedan afectar los recursos
naturales renovables.
que:
Los residuos y demás sustancias y materiales contemplados en
la ejecución del Proyecto no afectarán la calidad ambiental de
los recursos naturales renovables. Lo anterior, considerando
Todos los residuos sólidos, del tipo doméstico, asimilable a
domésticos, así como los residuos industriales serán manejados
adecuadamente, conforme a la normativa ambiental vigente, tal
como se describe en los Capítulos 1 y 3 de la DIA y en el
análisis
de
los
literales
c y
d del
Artículo
5
presentado
anteriormente.
Los efluentes líquidos generados por el Proyecto durante la fase
de construcción, operación y cierre, y que corresponden a aguas
servidas, serán manejadas en baños químicos y en la solución
particular de alcantarillado detallada en el capítulo 4 de la DIA.
En cuanto a los líquidos percolados que se contempla generará
el DRIS-NP producto del contacto de las aguas lluvia con los
residuos dispuestos, serán recolectados y enviados al sistema de
tratamiento de efluentes que se proyecta. Posteriormente, el
efluente resultante de dicho tratamiento podría ser destinado
para la humectación de los caminos internos del predio,
humectación de las canchas o celdas del DRIS-NP y/o para el
riego de la franja perimetral arborizada del Proyecto. Al
respecto, cabe recordar que los residuos que serán dispuestos en
el DRIS-NP no revisten características de peligrosidad de
acuerdo a los resultados del análisis que se muestra en el Anexo
13 de la DIA.
Por su parte, el Proyecto contempla la utilización de productos
químicos para la operación normal del sistema de tratamiento
de osmosis inversa; sin embargo, estos productos considerarán
un manejo y almacenamiento adecuado en cumplimiento con la
normativa sectorial aplicable al tipo de producto, por lo cual no
se esperan efectos al medioambiente como consecuencia del uso
y manejo de estos productos.
g) El impacto generado por el volumen o
caudal de recursos hídricos a intervenir o
explotar,
así como el generado por el
transvase de una cuenca o subcuenca
hidrográfica a otra, incluyendo el generado
por ascenso o descenso de los niveles de
aguas
subterráneas
y
superficiales.
La
evaluación
de
dicho
impacto
deberá
considerar
siempre
la magnitud
de
la
alteración en:
g.l. Cuerpos de aguas subterráneas que
contienen aguas fósiles.
g.2. Cuerpos o cursos de aguas en que se
generen fluctuaciones de niveles.
g.3. Vegas y/o bofedales que pudieren ser
afectadas por el ascenso o descenso de los
Cabe indicar que el Proyecto no intervendrá recursos hídricos, a
excepción de las obras destinadas a interceptar y conducir las
aguas lluvia
cuya fmalidad es precisamente minimizar el
ingreso de éstas al DRIS-NP.
En el área donde serán desarrolladas las obras del Proyecto no
existen cuerpos o cursos de aguas superficiales, por cuanto
dicha superficie ha sido utilizada únicamente para labores de
plantaciones forestales.
Asimismo,
no
se presentan
aguas
subterráneas que contengan aguas fósiles; cuerpos o cursos de
aguas en que se generen fluctuaciones de niveles; vegas y/o
bofedales que pudieren ser afectadas por el ascenso o descenso
de los niveles de aguas; áreas o zonas de humedales, estuarios y
turberas que pudieren ser afectadas por el ascenso o descenso de
los niveles de aguas subterráneas o superficiales o algún glaciar
susceptible de modificarse.
Respecto de los efectos en aguas subterránea producto de un
niveles de aguas.
g.4. Áreas o zonas de humedales, estuarios
y turberas que pudieren ser afectadas por
el ascenso o descenso de los niveles de
aguas subterráneas o superficiales.
g.5. La superficie o volumen de un glaciar
susceptible de modificarse.
eventual contacto de los líquidos percolados, éstos se descartan
en
función
de
los
siguientes
atributos
del
área
de
emplazamiento y características del Proyecto:
El DRIS-NP considera un sistema de recolección y conducción
de los líquidos percolados que se contempla serán generados
por el contacto de las aguas lluvia con los residuos depositados
en el DRIS-NP, por lo que los líquidos percolados que generará
el Proyecto, se encontrarán manejados y controlados.
Los tipos de materiales del suelo del área de emplazamiento del
Proyecto corresponden a arcillas y limos, los que limitan en
forma
importante
el
movimiento
del
agua
del
sector,
especialmente, la infiltración de aguas lluvia. Dado lo anterior;
esto es, su baja permeabilidad, se generan en este sector
escurrimientos de aguas sub-superficiales en los horizontes
superiores de suelo.
h) Los impactos que pueda generar la
introducción
de
especies
exóticas
al
territorio nacional
o en
áreas,
zonas
o
ecosistemas determinados.
El
Proyecto,
en
sus
diferentes
fases,
no
contempla
la
introducción de especies exóticas al territorio nacional de
ninguna especie exótica.
5.3 Sobre la inexistencia de reasentamiento de comunidades humanas o alteración significativa de los
sistemas de vida y costumbres de grupos humanos
Tabla 5.3 Sobre la inexistencia de reasentamiento de comunidades humanas o alteración significativa de los sistemas de
vida y costumbres de grupos humanos
Impacto ambiental
No hay
Existencia de grupos humanos en el área de
influencia
No hay
Reasentamiento de comunidades humanas
No hay
Los siguientes antecedentes justifican que el proyecto o actividad no genera o presenta alteración significativa de los
sistemas de vida y costumbres de grupos humanos, en consideración a lo dispuesto en el artículo 7 del Reglamento del
SEIA:
a) La intervención, uso o restricción al acceso
de
los recursos naturales utilizados
como
sustento
económico
del
grupo
o
para
cualquier otro uso tradicional, tales como uso
medicinal, espiritual o cultural.
Se debe indicar que el Proyecto no interviene, usa o restringe el acceso
de los recursos naturales utilizados como sustento económico o para
cualquier otro uso tradicional, tales como el uso medicinal, espiritual o
cultural. Esto se encuentra justificado a partir de la información
levantada en el trabajo en terreno, en el cual no se registró ningún tipo
de recurso natural asociado al área del Proyecto y que pudiere ser
utilizado por la población identificada en el área de influencia.
Si bien, en general, en la zona se registran actividades que hacen uso de
recursos
naturales,
como
la
recolección
de
frutos
silvestres
y
callampas, dicho uso no será afectado por el Proyecto, ya que esas
actividades tradicionales se dan en espacios que no se relacionan al
sitio del Proyecto, ni a sus rutas de acceso. Por una parte, el Proyecto
consiste en un nuevo lugar de acopio de residuos industriales no
peligrosos en un predio utilizado en el pasado para fines forestales
(actualmente desprovisto de vegetación), mientras que por otra parte,
las rutas de acceso a los sitios de recolección son existentes y de acceso
público; por su parte, las actividades de recolección son cambiantes en
el tiempo, ya que dependen de la aparición de estos frutos y callampas,
para lo cual se utilizan huellas o senderos de uso informal, muchos de
ellos en terrenos privados, pero que cuentan con la autorización para su
uso de parte de sus dueños o administradores (de modo informal). En
ningún caso, las obras y acciones del Proyecto intervendrán dichas
huellas o senderos de acceso.
Respecto a las otras acciones del Proyecto, especialmente del uso de las
rutas L-30-M y M-50, se puede señalar que no significará alteraciones
en los tiempos de desplazamiento de la población.
b) La obstrucción o restricción a la libre
circulación,
conectividad
o
el
aumento
El estudio de efectos sobre la vialidad asociado al Proyecto ha
determinado que las rutas a utilizar (L-30-M, M-50 y K-710 -
significativo
de
los
tiempos
de
desplazamiento.
anteriormente M-320) poseen una capacidad suficiente para absorber
los nuevos flujos asociados al Proyecto, los cuales consideran para la
etapa de construcción un promedio 15 viajes por día de camión para el
transporte de materiales; 4 para camión aljibe y 8 viajes de vehículos
menores (camioneta, bus o furgón) para el transporte de suministros
menores y personas; mientras que para la etapa de operación se ha
considerado un flujo de camiones de 17 y 20 viajes diarios.
El aumento del flujo vehicular, tanto en etapa de construcción, como de
operación, no alterará los flujos de desplazamiento de la población, ya
que las rutas utilizadas por el Proyecto (especialmente la L-30-M, que
es la más utilizada), se encuentran estructuralmente habilitadas para
soportar el aumento vehicular antes señalado, que será marginal
respecto al uso cotidiano que se les da por parte de la población
residente.
Por tanto, según lo expuesto, es posible indicar que el Proyecto no
generará obstrucción o restricción a la libre circulación, conectividad o
el aumento significativo de los tiempos de desplazamiento.
c) La alteración al acceso o a la calidad de
bienes,
equipamientos,
servicios
o
infraestructura básica.
Respecto a la alteración al acceso a bienes de uso público de libre
disposición para la comunidad, se puede indicar que en el área de
influencia existen estos bienes de uso comunitario, especialmente en el
sector urbano. No obstante, por la naturaleza del Proyecto (cuyas obras
se emplazan en un sector alejado de población), no existirá afectación
respecto del acceso o calidad de los bienes, equipamientos, servicios o
infraestructura básica. Ello, por cuanto la mayoría de dichos elementos
y sus respectivos accesos se encuentran lejanos a las obras y rutas de
acceso utilizadas por el Proyecto. Respecto del sector en que se
emplazará el depósito, se trata de un predio privado, en donde no se
identificó este tipo de infraestructura, o bienes o servicios.
Por su parte, como se dijo, el flujo vehicular considerado en la fase de
construcción y operación no alterará de manera significativa la oferta
vial en la zona, no generando de esta forma ningún tipo de efecto sobre
este componente, tal como se muestra en el Estudio Vial presentado en
el Anexo 7 de la DIA.
En función de aquello, y de la lejanía con los bienes e infraestructura
básica de la comuna de Constitución respecto de la localización de las
obras del Proyecto, es posible señalar que no se prevé ningún tipo de
alteración al acceso o a la calidad de bienes, equipamientos, servicios o
infraestructura básica del área de influencia del Proyecto.
d) La
dificultad
o
impedimento para el
ejercicio o la manifestación de tradiciones,
cultura o intereses comunitarios, que puedan
afectar
los
sentimientos
de
arraigo
o
la
cohesión social del grupo.
A partir de la información levantada en terreno, se puede señalar que
en el entorno asociado al depósito, no se identificaron ceremonias, ni
celebraciones
de
carácter
tradicional.
Se
pudo
reconocer
que
actividades tradicionales de carácter comunal se realizan en la zona
urbana, pero que no estarían bajo ningún tipo de afectación, ya que las
acciones asociadas al Proyecto en este sector (uso de caminos) no
tendrían relación alguna con estas manifestaciones.
Respecto a las manifestaciones culturales tradicionales o intereses
comunitarios, que puedan afectar los sentimientos de arraigo o la
cohesión social del grupo descritos en el Anexo 9 de la DIA, se señala
que estos no tienen relación con el Proyecto, tanto en su etapa de
construcción, como operación y cierre. Lo anterior se sustenta, por una
parte, en que el área del Proyecto asociado al depósito se encuentra en
un entorno de uso productivo de tipo forestal, y que, por otra parte, no
tiene efectos en las rutas de acceso a estos espacios.
En consecuencia, no se contempla que el Proyecto, en ninguna de sus
fases,
genere
dificultad
o
impedimento
para
el
ejercicio
o
la
manifestación de tradiciones, cultura o intereses comunitarios, que
puedan afectar los sentimientos de arraigo o la cohesión social del
grupo.
Para los grupos humanos pertenecientes a
pueblos
indígenas,
además
de
las
circunstancias señaladas precedentemente, se
considerará la duración y/o magnitud de la
alteración en sus formas de organización
social particular.
5.4 Sobre la inexistencia de localización en o próxima a poblaciones, recursos y áreas protegidas, sitios
prioritarios para la conservación, humedales protegidos y glaciares, susceptibles de ser afectados, así
como el valor ambiental del territorio en que se pretende emplazar
Tabla 5.4 Sobre la inexistencia de localización en o próxima a poblaciones, recursos y :áreas. protegidas,: sitios
prioritarios para la conservación, humedales protegidos y glaciares, susceptibles de ser afectados, así corito el.: valor .
ambiental daterritorio en que se pretende emplazar
Impacto ambiental
No hay
Existencia de poblaciones protegidas
No hay
Existencia de recursos y áreas protegidas,
sitios
prioritarios
para
la
conservación,
humedales protegidos, glaciares y zona con
valor ambiental
No hay
Los siguientes antecedentes
justifican que el proyecto o actividad no se localización en o próxima a poblaciones,
recursos y áreas protegidas, sitios prioritarios para la conservación, humedales protegidos y glaciares, susceptibles de
ser afectados, así como el valor ambiental del territorio en que se pretende emplazar, en consideración a lo dispuesto en
el artículo 8 del Reglamento del SEIA.
Susceptibilidad
de
afectar
poblaciones
protegidas,
considerando
la
extensión,
magnitud o duración de la intervención en
áreas donde ellas habitan.
En el área de las obras del Proyecto no existe población protegida por
leyes especiales; asimismo, el Proyecto no se emplaza en áreas
protegidas,
sitios
prioritarios
para
la
conservación,
humedales
protegidos, glaciares o en territorios con valor ambiental. Por su parte,
y en consideración a lo indicado en los puntos anteriores en cuanto a la
acotada extensión y magnitud de la intervención del Proyecto, no se
espera que recursos protegidos en forma oficial sean susceptibles de ser
afectados.
En efecto, el área bajo protección oficial más cercano corresponde al
Santuario de la Naturaleza Rocas de Constitución, el que se encuentra
aproximadamente a 29 km del área del Proyecto, el cual, además, no es
susceptible de ser afectado.
Susceptibilidad de afectar recursos y áreas
protegidas,
sitios
prioritarios
para
la
conservación,
humedales
protegidos,
glaciares o territorios con valor ambiental, se
considerará la extensión, magnitud o duración
de la intervención de sus partes, obras o
acciones, así como de los impactos generados
por el
proyecto
o actividad, teniendo
en
especial
consideración
los
objetos
de
protección que se pretenden resguardar.
5.5 Sobre la inexistencia de alteración significativa, en términos de magnitud o duración, del valor
paisajístico o turístico de una zona
Tabla 5.5 Sobre la inexistencia de alteración significativa, en térrninos de magnitud o duracio'n, del valor paisajístico o
turístico de una zona
Impacto ambiental
No hay
Existencia de valor turístico
No hay
Existencia de valor paisajístico
No hay
De justificar que en el área o espacio geográfico no existe valor paisajístico ni turístico, se descarta de plano la
generación de una alteración significativa de dichos valores.
Los siguientes antecedentes justifican que el proyecto o actividad no genera o presenta alteración significativa del valor
paisajístico o turístico de una zona, en consideración a lo dispuesto en el artículo 9 del Reglamento del SEIA:
a) La duración o la magnitud en que se
obstruye la visibilidad a una zona con valor
paisajístico.
En el lugar de emplazamiento del Proyecto no existen áreas que hayan
sido declaradas como Zonas y Centros de Interés Turístico según lo
dispuesto en el Decreto Ley N°1.224 de 1975 del Ministerio de
Hacienda y en su Reglamento fijado por el Decreto Supremo N°515 de
1977, del Ministerio de Economía, Fomento y Reconstrucción, o se
encuentren en proceso de declaración de Zonas y Centros de Interés
Turístico de acuerdo a la Ley 20.423.
El área del Proyecto se emplaza en un paisaje del tipo forestal, de
características bastante comunes a nivel local y con ausencia de
elementos paisajísticos notables. Así, de acuerdo con los resultados
obtenidos
del
estudio
de
paisaje
que
permitieron
identificar,
caracterizar y evaluar el paisaje y los recursos escénicos presentes en el
área del Proyecto (ver Anexo
11 de la DIA, Caracterización de
Paisaje), se pudo determinar que el sector donde se emplazará el
Proyecto no posee valor paisajístico, debido básicamente al nivel de
intervención
como
consecuencia
de
las
plantaciones
y
labores
forestales que se realizan en el sector.
Por tanto, en función a lo expuesto, es dable concluir que el Proyecto
no obstruirá la visibilidad ni alterará una zona con valor paisajístico.
b) La duración o la magnitud en que se
alteren
atributos
de
una zona
con
valor
paisajístico.
En general, el Proyecto se emplaza en un área correspondiente a
terrenos alejados de actividades turísticas, los que se han utilizado
históricamente en plantaciones forestales. Al respecto, las obras y
acciones, en ninguna de las etapas del Proyecto, adicionarán efectos o
impactos paisajísticos relevantes en el entorno ni tampoco alterará el
valor turístico de una zona, por cuanto, como se ha dicho, el Proyecto
será
desarrollado
al
interior
del
predio
Guanaco
2,
distante
aproximadamente 22 km de la ciudad de Constitución.
La duración o magnitud en que se obstruya el
acceso o se alteren zonas con valor turístico.
5.6 Sobre la inexistencia de alteración de monumentos, sitios con valor antropológico, arqueológico,
histórico y, en general, los pertenecientes al patrimonio cultural
Tabla 5.65.6 Sobre la inexistencia de, alteración de monumentos, sitios con valor antropológico, arqueológico, histórico
y, en general, los pertenecientes al patrimonio cultural
Impacto ambiental
No hay
Existencia de monumentos sitios con valor
antropológico, arqueológico, histórico y, en
general,
los
pertenecientes
al
patrimonio
cultural.
No hay
De justificarse que en el área o espacio geografico no existe patrimonio cultural, se descarta de plano la generación o
presencia de una alteración de dicho patrimonio.
Los siguientes antecedentes justifican que el proyecto o actividad no genera o presenta alteración de monumentos, sitios
con valor antropológico,
arqueológico,
histórico, y
en general,
los pertenecientes
al patrimonio
cultural,
en
consideración a lo dispuesto en el artículo 10 del Reglamento del SETA:
a) La magnitud en que se remueva, destruya,
excave, traslade, deteriore, intervenga o se
modifique
en
forma
permanente
algún
Monumento Nacional de aquellos definidos
por la Ley N°17.288.
De acuerdo a los resultados de la prospección arqueológica realizada en
el área de estudio del Proyecto, la que es presentada en el Anexo 4 de
la DIA, no se registraron hallazgos o sitios arqueológicos en superficie;
asimismo, los antecedentes bibliográficos revisados tampoco aportan
indicios arqueológicos en las cercanías al área del Proyecto, como
tampoco Monumentos Nacionales de aquellos definidos por la Ley
N°17.288.
Por lo tanto, el Proyecto no removerá, destruirá o alterará en forma
permanente algún Monumento Nacional de aquellos defmidos por la
Ley N°17.288.
b) La magnitud en que se modifique o
deteriore
en
forma
permanente
construcciones, lugares o sitios que por sus
características
constructivas,
por
su
antigüedad, por su valor científico, por su
contexto histórico
o por su
singularidad,
pertenecen al patrimonio cultural, incluido el
patrimonio cultural indígena.
En el área de inserción del Proyecto no existen construcciones, lugares
o sitios que, por sus características, pertenezcan al patrimonio cultural
ni al patrimonio cultural indígena, tal como es detallado en el Anexo 4
de la DIA.
c) La afectación a lugares o sitios en que se
lleven a cabo manifestaciones propias de la
cultura o folclore de algún pueblo, comunidad
o grupo humano, derivada de la proximidad y
naturaleza de las partes, obras y/o acciones
del
proyecto
o
actividad,
considerando
especialmente
a
los
grupos
humanos
indígenas.
El Proyecto no se localiza en lugares o sitios donde se lleven a cabo
manifestaciones propias culturales o folclóricas de algún pueblo,
comunidad o grupo humano, que puedan ser afectados por éste.
Asimismo,
el
Proyecto
no
se
localiza
cercano
a
comunidades
indígenas. Al respecto, es importante mencionar que en la comuna de
Constitución se registran 3 organizaciones indígenas, inscritas como
asociaciones, cuyo detalle se presenta en la siguiente tabla:
Tabla 12: Organizaciones indígenas comuna de Constitución
Nombre Organización
Tipo
Nahuen Laficen
Asociación
Huechelu Suyai
Asociación
Ñuke Mapu
Asociación
Según lo indicado por la información de CONADI, estas asociaciones
no se vinculan a un sector específico de la comuna, ya que tienen un
carácter de nivel funcional, integrando a socios que se reconocen como
indígenas o que tiene algún tipo de afinidad con esta cultura y que
habitan en distintos sectores de Constitución.
En consecuencia, las obras y actividades del Proyecto no afectarán
lugares o sitios donde se lleven a cabo manifestaciones propias de
alguna cultura o folclore.
6°. Que resultan aplicables al Proyecto los siguientes permisos ambientales sectoriales, asociados a las
correspondientes partes, obras o acciones que se señalan a continuación:
Los permisos ambientales sectoriales mixtos aplicables al proyecto son los siguientes:
6.1
PASM 138
Permiso para la construcción, reparación, modificación y ampliación de cualquier obra pública o particular destinada a
la evacuación, tratamiento o disposición final de desagües, aguas servidas de cualquier naturaleza. según se establece en
el artículo 138 del Reglamento del SEIA.
Fase
del
proyecto
a
la
cual
corresponde
Operación
Parte, obra o acción a la que aplica
Este permiso es aplicable al Proyecto por cuanto éste comprende, entre sus
acciones, la habilitación de un sistema particular de tratamiento de aguas
servidas que será implementado para la fase de operación del Proyecto.
Condiciones o exigencias específicas
para su otorgamiento
El requisito para su otorgamiento consiste en que la disposición de aguas
servidas no amenace la salud de la población.
Los contenidos técnicos y formales para acreditar su cumplimiento se
encuentran en el Anexo 4 del Adenda.
Pronunciamiento
del
órgano
competente
En el Ord. 413 de fecha 16 de abril de 2020, La SEREMI de Salud, se
pronuncia conforme.
6.2 PASM 139
Permiso para la construcción,. reparación, modificación y ampliacion de cual uiér obra pública p :particular déstinadá a.
.
la evacuación tratamiento o disposición final de residuos induáriáles o mineros según.se establecetn el artíCiilca39del
Réérlamento del gEIA
Fase
del
proyecto
a
la
cual
corresponde
Operación
Parte, obra o acción a la que aplica
Este permiso es aplicable al Proyecto por cuanto éste comprende, entre sus
acciones, la implementación de un sistema de tratamiento de lixiviados
provenientes del depósito de residuos.
Condiciones o exigencias específicas
para su otorgamiento
El requisito para su otorgamiento consiste en que la calidad del agua del cuerpo
receptor no ponga en riesgo la salud de la población.
Los
contenidos técnicos y formales para acreditar su
cumplimiento se
encuentran en el Anexo 4 del Adenda.
Pronunciamiento
del
órgano
competente
En el Ord. 413 de fecha 16 de abril de 2020, La SEREMI de Salud, se
pronuncia conforme .
6.3
PASM 140
Permiso para la construcción, reparación, modificación y ampliación, clé cualquier planta de. tratamiento de basuras y
desperdicios de cualquier clase o 'para la. instalaCión de todo lugar destinado a la acumulación, selección;
industrialización, comercio o disposición final de basuras y desperdicios de cualquier clase, s'egün se establece en él
artículo 140 del Reglamento del SEIA
Fase del proyecto a la cual
corresponde
Todas las fases
Parte, obra o acción a la que aplica
Antecedentes del PAS 140 referidos al manejo de residuos domiciliarios e
industriales generados en las distintas fases del Proyecto.
Condiciones o exigencias específicas
para su otorgamiento
El requisito para su
otorgamiento
consiste en
que
las
condiciones
de
saneamiento y seguridad eviten un riesgo a la salud de la población.
Los contenidos técnicos y formales para acreditar su cumplimiento se
encuentran en el Capítulo 4 de la DIA.
Pronunciamiento
del
órgano
competente
En el Ord. 413 de fecha 16 de abril de 2020, La SEREMI de Salud, se
pronuncia conforme.
6.4
PASM 142
Permiso para todo sitio destinado al almacenamiento de residuos 'Peligrosos según: se establece en el artículo 142 del
Reglamento del SETA
Fase
del
proyecto
a
la
cual
corresponde
Todas las fases
Parte, obra o acción a la que aplica
Antecedentes del PAS 142 referidos al lugar de disposición temporal de
residuos peligrosos de las distintas fases del Proyecto.
Condiciones o exigencias específicas
para su otorgamiento
El requisito para su otorgamiento consiste en que el almacenamiento de
residuos en un sitio no afecte la calidad de las aguas, suelo y aire que pueda
poner en riesgo la salud de la población.
Los
contenidos técnicos y formales para acreditar su cumplimiento
se
encuentran en el Capítulo 4 de la DIA.
Pronunciamiento
del
órgano
competente
En el Ord. 413 de fecha 16 de abril de 2020, La SEREMI de Salud, se
pronuncia conforme.
6.5
PASM 146
Permiso para la caza o captura de ejemplares de animales de especies protegidas para fines de investigación, para el
establecimiento de centros de reproducción o criaderos y para la utilización sustentable del recurso., según.se estableCe
en el artículo 146 del Reglamento del SÉIA
Fase
del
proyecto
a
la
cual
corresponde
Construcción
Parte, obra o acción a la que aplica
Este permiso es aplicable al Proyecto debido a que, previo al inicio de la etapa
de
construcción,
se
contempla
implementar
un
Plan
de
Rescate
y
Relocalización de especies identificadas en el área de emplazamiento del
Proyecto que se encuentran clasificadas en alguna categoría de conservación
nacional.
Condiciones o exigencias específicas
para su otorgamiento
El requisito para su otorgamiento consiste en que el proyecto de caza o captura
sea adecuado para la especie y necesario para los fines indicados.
Los contenidos técnicos y formales para acreditar su cumplimiento se
encuentran en el anexo 8 del Adenda Complementario.
Pronunciamiento
competente
del
órgano
En el Ord. 976 de fecha 26 de agosto de 2020, SAG, Región del Maule, entrega
su conformidad.
6.6
PASM 149
Permiso.parala corta de plantaciones en terrenos de aptitud preferentemente forestal, según se establece en el, artículo
149 del Reglamentó del SETA.
Fase
del
proyecto
a
la
cual
corresponde
Construcción
Parte, obra o acción a la que aplica
El
objetivo
del
Proyecto es
la
habilitación
de
un
depósito
para
el
almacenamiento de los residuos industriales sólidos no peligrosos generados
por Planta Constitución y Planta Viñales, a emplazarse en el predio Guanaco 2,
distante 20 km desde la ciudad de Constitución, en conformidad con la
normativa ambiental y sectorial aplicable.
Condiciones o exigencias específicas
para su otorgamiento
El requisito para su otorgamiento consiste en reforestar una superficie de
terreno igual, a lo menos, a la cortada o explotada.
Los contenidos técnicos y formales para acreditar su cumplimiento se
encuentran en el anexo 6 del Adenda Complementario.
Pronunciamiento
del
órgano
competente
En el Ord. 131-EAJ2020 de fecha 26 de agosto de 2020, CONAF Región del
Maule, se pronuncia con observaciones, sin embargo, ellas son de carácter