Evaluación SEA

Parque Fotovoltaico Maquehue

Rol 2144021408
SEA · DIA · Aprobado · 2019-08-23 · Región del Biobío · LUZ DE SOL 1 SPA

Servicio REPÚBLICA DE CHILE

de Evaluación

Ambiental COMISIÓN DE EVALUACIÓN Región del Biobío

Califica Ambientalmente el proyecto “Parque Fotovoltaico Maquekue” Resolución Exenta N?237 Concepción, 07 de octubre de 2020

VISTOS:

  1. La Declaración de Impacto Ambiental (en adelante, DIA), su Adenda de 09 de abril de 2020 y su Adenda Complementaria de 4 de septiembre de 2020, del proyecto “Parque Fotovoltaico Maquehue”, presentado por LUZ DE SOL 1 SPA con fecha 16 de agosto de 2019.

  2. Los pronunciamientos y observaciones de los órganos de la administración del Estado que, sobre la base de sus facultades legales y atribuciones, participaron en la evaluación de la DIA, y que se detallan en el Capítulo 3 del Informe Consolidado de Evaluación (en adelante, ICE) de la DIA del proyecto “Parque Fotovoltaico Maquehue”.

3”. El Acta de Evaluación N* 23 de 22 de abril de 2020, del Comité Técnico de la Región del Biobío.

  1. El ICE de la DIA del proyecto “Parque Fotovoltaico Maquehue” de 25 de septiembre de 2020.

5”. El acuerdo de la Sesión de la Comisión de Evaluación de la Región del Biobío, de fecha 05 de octubre de 2020,

6”. Los demás antecedentes que constan en el expediente de evaluación de impacto ambiental de la DIA del proyecto “Parque Fotovoltaico Maquehue”.,

7”. Lo dispuesto en la Ley N 19.300, Sobre Bases Generales del Medio Ambiente; el D.S. N? 40, de 2012, del Ministerio del Medio Ambiente, Reglamento del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental (en delante, Reglamento del SEIA); la Ley N 19.880, que Establece Bases de los Procedimientos Administrativos que Rigen los Actos de los Órganos de la Administración del Estado; la Ley N 18.575, Ley Orgánica Constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado; la Resolución N? 7, de 2019, de la Contraloría General de la República, que fija normas sobre exención del trámite de toma de razón; el Reglamento de Sala de la Comisión de Evaluación de la Región del Biobío, aprobado mediante Resolución Exenta N 267 de fecha 21 de julio de 2014; la Resolución TRA 119046/47/2019 de fecha 25 de abril de 2019, del Servicio de Evaluación Ambiental, que nombra a la Directora Regional del Servicio de Evaluación Ambiental de la Región del Biobío.

CONSIDERANDO:

1%. Que, LUZ DE SOL 1 SPA (en adelante, el Titular), ha sometido al Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental (SEIA) la DIA del proyecto “Parque Fotovoltaico Maquehue” (en adelante, el Proyecto). Los antecedentes del Titular son los siguientes:

Nombre o razón social LUZ DE SOL 1 SPA

Rut 77.041.735-k

Domicilio Vitacura 2771 Of. 405 B Las Condes, Santiago. Teléfono +56 32 26832222

Nombre representante legal Pedro Eduardo Lagos Charme

Rut representante legal 10.571,493-9

Domicilio representante legal | Vitacura 2771 OF 405 B, Las Condes. Santiago Teléfono representante legal +56 32 26832222

Correo electrónico Titular o | pelagos(duc.cl representante legal

2”. Que, conforme se indica en el ICE de fecha 25 de septiembre de 2020, la Directora del Servicio de Evaluación Ambiental Región del Biobío ha recomendado aprobar el Proyecto, por cuanto cumple con la normativa de carácter ambiental aplicable identificada en la sección 9 del ICE; cumple con los requisitos de otorgamiento de carácter ambiental contenidos en los permisos ambientales sectoriales aplicables identificados en la sección 10 del ICE; no genera ni presenta los efectos, características o cireunstancias del artículo 11 de la Ley N* 19,300, que dan origen a la necesidad de evaluar un Estudio de Impacto Ambiental; y el Titular ha subsanado los errores, omisiones e inexactitudes planteados en los Informes Consolidados de Aclaraciones, Rectificaciones y Ampliaciones.

3”. Que, en sesión de 05 de octubre de 2020, la Comisión de Evaluación de la Región del Biobío acordó calificar favorablemente el proyecto “Parque Fotovoltaico Maquehue”, aprobando íntegramente el contenido del ICE de 25 de septiembre de 2020, el que forma parte integrante de la presente Resolución. Por lo tanto, conforme a lo indicado en el artículo 60 inciso segundo del Reglamento del SETA, se excluyen de la presente Resolución las consideraciones técnicas en que se fundamenta.

4%. Que, según lo señalado en la DIA y sus anexos, en su Adenda, y en su Adenda Complementaria, los cuales forman parte integrante de la presente Resolución, la descripción del Proyecto es la que a continuación se indica:

4.1. ANTECEDENTES GENERALES

Objetivo general El proyecto, tiene por objetivo captar y transformar la energía solar en energía eléctrica para inyectar 9 MW a la red de distribución de la empresa distribuidora local CGE.

Tipología principal, asi | “.) Centrales generadoras de energía mayores a 3 MW como las aplicables a sus partes, obras o acciones

Vida útil 30 años. Sin embargo, el titular contempla que dicho plazo puede aumentar considerando la potencial renovación y permanente mantenimiento de los equipos, de tal forma de asegurar indefinidamente el perfecto funcionamiento de la planta.

Monto de inversión El proyecto considera inversiones de aproximadamente USD 10.000.000.

Gestión, acto o faena | Inicio del escarpe del terreno para la instalación de faenas y habilitación mínima que da cuenta del | de caminos internos de la planta. inicio de la ejecución

Proyecto se desarrolla por Si No etapas XxX Proyecto modifica un Si No El proyecto corresponde a un proyecto nuevo, no

proyecto o actividad

Xx existiendo actividades ni proyectos presentados al SEIA asociados a éste.

Proyecto modifica otra(s)

RCA

Si No

4.2. UBICACIÓN DEL PROYECTO

División político- administrativa

El proyecto se ubica en la Región de Biobío, Provincia del Biobío, comuna de Los Angeles.

Descripción de la localización

El proyecto se ubica en zona rural de la comuna de Los Ángeles, al costado de la Ruta Q-115, Camino a Luanco, Fundo Caliboro LT 2, a aproximadamente 23 km de la ciudad de Los Ángeles y a 33 km de la ciudad de Laja.

Por su parte, es posible mencionar que el área de emplazamiento del proyecto posee las siguientes características:

e Su ubicación permite la conexión a una línea de distribución existente, por lo que se evita la construcción de una nueva línea.

e Su ubicación es óptima considerando los altos índices de radiación solar existentes en el área de emplazamiento y las excelentes condiciones climáticas que permiten obtener la energía directa del sol en casi todas las épocas del año.

e El terreno se encuentra altamente intervenido, en el cual no se identificó flora o vegetación en categoría de conservación

Superficie

El proyecto utilizará una superficie de 22,92 ha. En el Anexo VI de la Adenda Complementaria se adjuntó la planimetría y KMZ del proyecto actualizada.

Coordenadas UTM en Datum WGS84

En la Tabla 1.4. y en la Figura 1.3 de la DIA se muestra la ubicación del proyecto en sistema de coordenadas UTM, Datum WGS 84, huso 19 Sur, para la superficie que contemplaba inicialmente el proyecto.

Posteriormente, en la Adenda se actualizó la información referida las coordenadas de vértices del proyecto:

Vértices Coordenadas UTM Datum WGS 84

Huso 188

Este Norte A 737587.92 5874875.37 B 737304.99 5874974.82 Cc 737145.19 5875185.52 D 737093.05 5875209.54 E 737157.07 5875479.84 F 737749.66 5875274.14 G 737710.08 5875133.97 H 737676.39 5875099.98 T 737653.33 5875072.57 J 737632.93 5875040.25

K 737614.90 5875002.64 L 737600.20 5874961.11 M 737591.19 5874919.36

Punto Conexión a Red Existente:

Vértice P.C 733046.00 5877093.00

(Fuente: Tabla 1. De la Adenda: Coordenadas de vértices del proyecto y Ficha Resumen Adenda Complementaria)

Caminos de acceso

El camino de acceso al predio del Parque Fotovoltaico Maquehue, se ubica al sector norte del terreno, al cual se accede desde la Ruta Q-115 (Figura 1.6. de la DIA: Camino existente de acceso).

Referencia al expediente de evaluación de los mapas, georreferenciación e información complementaria sobre la localización de sus partes, obras y acciones

  • Sección 1.3.1. de la DIA: División político-Administrativa e Sección 1.3.7. de la DIA: Justificación de la localización e Sección 1.3.5. de la DIA Superficie del proyecto

e Sección 1.3.3. de la DIA Coordenadas de instalaciones del proyecto

  • Sección 1.3.6. de la DIA Caminos de acceso e Figura l Adenda

e Anexo VI de la Adenda Complementaria se adjunta la planimetría correspondiente a la distribución partes y obras, y el archivo kmz con cada instalación del proyecto.

e Ficha Resumen Adenda Complementaria

4.3. PARTES, OBRAS Y ACCIONES QUE COMPONEN EL PROYECTO

4.3.1. FASE DE CONSTRUCCIÓN

Instalación de faenas

Instalaciones que permiten “ejecutar los trabajos constructivos. Se contempla una instalación de faenas de superficie aproximada de 4.000 m?. Se utilizará esta superficie para instalar oficinas, bodegas, estacionamientos, patio de acopio de materiales, baños, vestuarios, etc. En esta área se habilitarán además, zonas cercadas destinadas al almacenamiento de residuos sólidos no peligrosos, bodega modular de residuos peligrosos y contenedores de residuos domiciliarios o asimilables a domiciliarios. Mayores detalles se presentan en la sección 4.2. del ICE.

Zanjas

Las zanjas para el cableado se ejecutarán, de acuerdo a la NCH 4/2003 8.2.16.1, con una profundidad mínima de 0,6 m y máxima de 0,8 m. Las zanjas serán rellenadas con parte del material excavado dejando encima el primer perfil de material removido (suelo fértil). Una vez preparado el terreno se instalará en las zanjas el cableado para conexión eléctrica.

Caminos Internos

La habilitación de caminos considera en primer lugar la realización de un escarpe de unos 10 cm o menos debido a que la mayor parte del terreno es plano.

En total se habilitarán aproximadamente 0,61 ha de caminos internos permanentes, considerando un ancho aproximado de 4 metros. A todos los caminos internos y al trazo de Ruta Q-115 no pavimentado hasta el acceso del proyecto (aproximadamente $ km).

Cierre Perimetral

El parque será cerrado con un cercado eslabonado de 2 m de alto en todo su perímetro. Se realizará en dos fases que corresponden a la ejecución de cimentaciones y montaje de la valla. Estas actividades se pueden solapar después del primer día de fraguado del hormigón. El cierre perimetral no contará con elementos tales como puntas o

4

alambres de púas.

Obra de modificación de trazado de red de drenaje

Se realizará la modificación del Estero Sin Nombre, teniendo en cuenta lo siguiente:

1) Todas las obras se realizarán en un periodo seco (sin lluvias) para evitar el arrastre de material particulado que se genere por el movimiento de material terrígeno.

2) Mediante el uso de ataguías, se desviará momentáneamente el flujo de las aguas hacia la ribera contraria a fin de generar una zona de aislamiento y trabajar en lecho sin escurrimiento y evitar el arrastre de sedimentos. Lo anterior se realizará mediante la instalación de sacos llenos con arena y/o la implementación de pantallas de materiales geotextiles para evitar la dispersión de sedimentos.

Se hace presente que no se considera la instalación de faenas o de bodegas de almacenamiento de ningún tipo de materiales en área de influencia del cauce.

Movimientos de Tierra

Debido a que la topografía del terreno, la distribución de los paneles se adaptará a las condiciones generales del terreno, lo que no implica la nivelación de éste. Es por ello que se consideran mínimos movimientos de tierra, estimado en 500 m?. El material de escarpe que se obtenga de las zanjas para cableado se distribuirá en el terreno. Para las excavaciones y posterior relleno de tierra, se utilizarán excavadoras, retroexcavadoras, cargadores y moto niveladoras. Las excavaciones de zanjas y su posterior reutilización consideran colocar la primera capa de suelo removida en igual orden a momento de rellenar las zanjas para para asegurar la conservación del suelo.

Traslado de trabajadores y material

El flujo de camiones y vehículos menores y frecuencia desde origen a destino se presenta en la tabla 4.2. del ICE y en la Tabla: 1.9. de la DIA: “Flujo y frecuencia de transporte”.

Aplicación de supresor de polvo

Se presentó un programa de aplicación de supresor de polvo (Anexo I de la Adenda Complementaria), además, el KMZ con trazado de caminos no pavimentados público y privado para su aplicación. Cabe destacar que previo a la aplicación de supresor de polvo en camino público, se realizarán las gestiones pertinentes con la Dirección de Vialidad Regional para su autorización. Adicionalmente, se reportará ante la Superintendencia del Medio Ambiente a través del Sistema de Seguimiento Ambiental.

Para este programa se utilizará un supresor de polvo tipo Bischofita o similar, en el cual se justificará el abatimiento de las emisiones en un 90% (Ficha técnica en Apéndice A del Anexo I de la Adenda Complementaria). La obra tendrá un encargado responsable de la aplicación del programa, el cual deberá ser individualizado en caso de requerirse los registros de la aplicación (libro de anotaciones, planos de las zonas de aplicación del programa, registros fotográficos, etc.).

Se mantendrá en obra una copia del programa de aplicación de supresor de polvo en caminos no pavimentados, junto a los registros de aplicación, caminos interiores en los que se aplicará, frecuencia y horarios.

Tabla: Aplicación de supresor de polvo en caminos no avimentados

Fase del Proyecto | Construcción y Cierre a la que aplica

Objetivo Establecer la aplicación de supresor de polvo tipo Bischofita o similar en los caminos no pavimentados, utilizados para el tránsito vehicular durante las fases de construcción y cierre del proyecto, debido a la generación de material particulado en suspensión, con el propósito de disminuir las emisiones generadas por el proyecto.

Descripción Como parte del proyecto, se aplicará un

supresor de polvo tipo Bischofita o

similar en los caminos no pavimentados

interiores y acceso del proyecto, de

acuerdo a las recomendaciones del

proveedor y las condiciones

meteorológicas que justifiquen dicha

medida.

La preparación de los caminos y el

método de aplicación de la bischofita (o

similar), consiste en:

Ensayo de laboratorio del terreno y

diseño estructural.

  • Escarpe superficial de caminos.

e Preparación de subrasante.

e Preparación y aplicación de supresor.

  • Mezcla y homogeneización del material aplicado.

  • Riego superficial de la bischofita o

similar Oportunidad de | El producto de supresor de polvo (tipo implementación Bischofita o similar) será aplicado

uniformemente sobre todo el ancho de la superficie del camino interno y camino de acceso utilizando un camión aljibe equipado con una barra de riego calibrada. La aplicación se realizará en 2 o más franjas dependiendo del tamaño de la barra de riego calibrada equipada en el camión, considerando un traslape entre 10 a 20 cm entre cada línea de riego. Para evitar que el suelo se sature prematuramente o que la solución escurra latamente, la aplicación se realizará entre 3 a 6 pasadas por el mismo punto dependiendo de la capacidad de absorción. Los riegos sucesivos no se realizarán hasta que el riego previo haya penetrado adecuadamente el material de la carpeta

de rodado Indicador que | Se mantendrá registro fotográfico, acredite su | facturas de compra del agua industrial y cumplimiento ficha de registro del día de aplicación del supresor de polvo y humectación de caminos.

(Fuente: Tabla 1] Adenda Complementaria “Aplicación supresor de polvo en caminos no pavimentados)

Recursos

naturales

Suelo: Durante la fase de construcción del proyecto se contempla el

6

renovables movimiento de tierras producto de excavación de zanjas, estarpe para habilitación de caminos, nivelaciones menores y producto de la modificación de cauce de Estero Sin Nombre.

Emisiones y efluentes Emisiones de CO, NOx, HC, MP, MP10, MP2.5, SO» y NH5:

Las acciones identificadas que generarán emisiones atmosféricas durante la fase de construcción son: Movimiento de tierra (excavación) por modificación trazado de cauce; por excavación de zanjas y otras áreas. (Mayores detalles en sección 2.4.1. del Anexo V de la Adenda Complementaria: Niveles de actividad fase de construcción).

Para el control de emisiones de material particulado, el proyecto contempla dentro de su diseño la aplicación bischofita o similar en camino de acceso que tiene un tramo de aproximadamente $ km y caminos internos del proyecto en las fases construcción y cierre,

En la siguiente tabla se presenta el resumen de la estimación de emisiones para la fase de construcción:

Tipo Emisión (Ton/año) Emisión Co NOx | HC MP MP1 | MP2. ¡$802 | NH3 0 5 Total 0,777 | 0,837 | 0,107 | 1,867 | 0,554 | 0,162 | 0,003 | 0,004 Fase 0 construc ción

(Fuente: Tabla 4-2 del Anexo V Adenda Complementaria: Resumen de Estimación de Emisiones Fase de Construcción- Con aplicación de control de polvo).

Residuos líquidos domésticos: Los residuos provenientes de los baños químicos serán retirados y manejados por una empresa autorizada. Se estima una generación de 100 m*/mes.

Ruido:

Las fuentes de ruido durante la fase de construcción corresponden al uso maquinaria fija y móvil, específicamente zanjadoras, maquinaria de hincado, cargador frontal $5 Kw, grúas horquillas, camión grúa, motoniveladoras y compactadora. Los resultados se presentan a través de un mapa de ruido (Iustración 11 Anexo VI DIA: Mapa de propagación sonora proyectada etapa de construcción, diurho) y valores tabulados en la tabla siguiente.

Los resultados obtenidos se presentan en la siguiente tabla resumen:

Recept | Horario | NPC Máx. Evaluación or Proyectado, permitido de db(A) en db(A) cumplimien

to

Ri Diurno 11 64 Cumple

R2 Diumo 22 56 Cumple

R3 Diurno 5 54 Cumple

R4 Diurno El 55 Cumple

(Fuente: Tabla 15 Anexo VI de la DIA: Evaluación Riesgo para la Salud de la población, según D.S. N” 38 Etapa de construcción.)

Por su parte, para la proyección acústica del proyecto sobre la fauna del lugar, se utilizó como referencia Effects of Noise on Wildlife and Other Animals, 1971, United States Environmental Protection Agency (EPA) y Determinación área influencia del menor ruido basal medido y el proyectado en forma lineal y por bandas de

7

octava. Se obtuvieron los siguientes resultados:

Punto NPS Niveles Cumplimiento (Receptor) Proyectado Máximos etapa de | Permisibles Construcción | Según EPA db (A) 1 11 85 db (A) Cumple 2 22 85 db (A) Cumple 3 5 85 db (A) Cumple 4 5 85 db (A) Cumple

(Fuente: Tabla 25 Anexo VI de la DIA: Evaluación acústica del proyecto sobre la fauna del lugar, Effects of Noise on Wildlife and Other Animals, 1971, United States Environmental Protection Agency (EPA))

Mayores antecedentes en el Anexo V de la DIA “Estudio acústico”.

Residuos, productos químicos y otras sustancias que puedan afectar el medio ambiente.

Residuos no peligrosos:

Se generarán residuos asociados a los materiales e insumos utilizados que consisten en elementos de embalaje tales como plásticos, maderas, cartones y similares. La cantidad estimada de residuos es de 1000 kg/mes que serán llevados semanalmente a los sitios de disposición autorizados sanitaria y ambientalmente. Tendrán un almacenamiento temporal en el “área de almacenamiento temporal residuos no peligrosos”, con un periodo máximo de almacenamiento de 30 días, para su disposición final en relleno autorizado sanitaria y ambientalmente.

Residuos domiciliarios y asimilables:

Se estima la generación de 1 kg/dia/persona, por lo que la generación diaria se estima en aproximadamente 60 kg/día que corresponden principalmente a envases y restos de alimentos, entre otros.

Tendrán un almacenamiento temporal en el área de almacenamiento de residuos domiciliarios, con un periodo máximo de almacenamiento de 3 días, para su disposición final en Relleno sanitario autorizado sanitaria y ambientalmente.

Residuos Peligrosos:

Los residuos generados durante la fase de construcción corresponden a aceites y grasas, y lubricantes utilizados durante la mantención de la maquinaria utilizada.

Se contempla una generación mensual de 90 kg/mes, se almacenarán en la “Bodega de acopio temporal de residuos peligrosos”, por un periodo máximo de 6 meses, para finalmente ser dispuestos en un relleno autorizado sanitaria y ambientalmente.

Referencia al ICE para mayores detalles sobre esta fase.

  • Sección 4.6. del ICE Fase de construcción

4.6.1. Partes, obras y acciones

4.6.2. Suministros básicos

4.6.3. Recursos naturales a extraer, explotar o utilizar 4.6.4, Emisiones y efluentes

4.3.2. FASE DE OPERACIÓN

4.6.5. Residuos

Paneles Fotovoltaicos

Los paneles solares se instalarán sobre estructuras de soporte metálico, los cuales estarán fijados al terreno, El soporte de las estructuras se realiza mediante hincado directo de las estacas de soporte. Sólo será necesaria la cimentación en casos de que el hincado no sea posible.

e Los tipos de cimentación son: e Cimentación superficial. e Hincado directo.

e Perforado, relleno con detritus procedente de la perforación e hincado del perfil. e Cimentación mediante pilote in situ.

Centros de Transformación

Dentro del área de paneles se construirá la base de hormigón para el montaje de cada uno de los 3 centros de transformación. En total, las bases para la cimentación de los 3 centros de transformación utilizarán una superficie de 225 m?. Mayores antecedentes en la Tabla 4.2. del ICE.

Centro de Seccionamiento

Se instalará un centro de seccionamiento, que utilizará una superficie aproximada de 113 m?. Mayores antecedentes en la Tabla 4.2. del ICE.

Línea Eléctrica de Conexión (al interior del predio)

Se instalará la conexión entre los módulos fotovoltaicos y transformadores (sistema de baja tensión), además de la conexión entre los centros de transformación y el centro de seccionamiento donde se une todo el sistema para su posterior evacuación a la red de distribución.

Línea de Evacuación de Media Tensión

Parte desde el centro de seccionamiento al interior del terreno hasta el punto de conexión fuera del límite del terreno. La línea de evacuación eléctrica de media tensión a emplazar, considera 5 km aprox., la que bordeará el camino existente, Ruta Q-115, por la cual se puede acceder al predio, y contempla la instalación de 74 postes (para lo cual se contará con la solicitud de factibilidad y posterior proyecto de ingeniería a fin de obtener permiso de la Dirección Regional de Vialidad). Mayores antecedentes en la Tabla 4.2. del ICE, Planimetría y KMZ en el Anexo VI de la Adenda Complementaria).

Caminos Internos

La habilitación de caminos considera en primer lugar la realización de un escarpe de unos 10 cm o menos debido a que la mayor parte del terreno es plano.

En total se habilitarán aproximadamente 0,61 ha de caminos internos permanentes, considerando un ancho aproximado de 4 metros. A todos los caminos internos y al trazo de Ruta Q-115 no pavimentado hasta el acceso del proyecto (aproximadamente 5 km).

Cierre Perimetral

El parque será cerrado con un cercado eslabonado de 2 m de alto en todo su perímetro. Se realizará en dos fases que corresponden a la ejecución de cimentaciones y montaje de la valla. Estas actividades se pueden solapar después del primer día de fraguado del hormigón. El cierre perimetral no contará con elementos tales como puntas o alambres de púas.

Obra de modificación de trazado red de drenaje

Se realizará la modificación del Estero Sin Nombre, teniendo en cuenta lo siguiente:

1) Todas las obras se realizarán en un periodo seco (sin lluvias) para evitar el arrastre de material particulado que se genere por el movimiento de material terrígeno.

2) Mediante el uso de ataguías, se desviará momentáneamente el flujo de las aguas hacia la ribera contraria a fin de generar una zona de aislamiento y trabajar en lecho sin escurrimiento y evitar el arrastre de sedimentos. Lo anterior se realizará mediante la instalación de sacos llenos con arena y/o la implementación de pantallas de materiales geotextiles para evitar la dispersión de sedimentos.

Se hace presente que no se considera la instalación de faenas o de bodegas de almacenamiento de ningún tipo de materiales en área de influencia del cauce.

Operación remota del parque

La operación del parque solar se realizará de manera remota, no se requiere de personal permanente en las instalaciones.

Actividades de Mantenimiento

Durante la fase de operación, se consideran las siguientes actividades de mantenimiento:

  • Mantención preventiva: Se realizarán aproximadamente 4 chequeos por año al sistema Fotovoltaico con el fin de detectar y corregir problemas.

e Verificación de suciedad: La superficie de los paneles debe estar libre de cualquier sustancia que impida la transmisión de la radiación hacia las celdas. En caso de necesidad los paneles serán limpiados con agua desmineralizada.

  • Limpieza de paneles:

Ítem Unidad Cantidad Frecuencia de | Veces al año 3

limpieza

Agua [mé por lavado] 7,047 - 17,618 Desmineralizada

Nota: El cálculo de agua se realiza considerando entre 0,2 a 0,5 litros por panel.

Además, se utilizarán artículos de limpieza, tales como gomas con alargador telescópico o pértiga, manguera adaptable con aspersor a presión. Se hace presente que no se utilizará ningún producto químico ni ningún tipo de detergente para la limpieza de los paneles.

  • Inspecciones rutinarias:

Y” Se revisarán todas las conexiones incluyendo el cableado y los conectores.

Y Se revisarán los sellos en las cajas de conexión como también

las del panel, controladores, puntos de interconexión, etc.

Se limpiarán las conexiones sulfatadas, en caso de corrosión.

Se revisará el sistema de ventilación de los gabinetes que

contienen elementos electrónicos.

Se chequearán las estructuras soportantes de los módulos.

Se verificará la correcta operación de los interruptores y

fusibles.

Y Se revisarán todas las conexiones incluyendo el cableado y los conectores.

SS

SS

  • Mantenimiento correctivo: En caso de falla de uno o más paneles, por daño mecánico, mal funcionamiento eléctrico u otra causa debida a las fuerzas de la naturaleza, se procederá al retiro y disposición final del mismo, pues el panel es un componente libre de mantenimiento que no puede ser reparado en el terreno.

En la tabla 1.13 de la DIA se presenta un resumen de

mantenimientos y frecuencia,

Mayores detalles en el Plan de mantención y limpieza (Anexo XII

de la DIA y en el Anexo IX de la Adenda).

Manejo de vegetación en el área de emplazamiento del proyecto

El control de la vegetación que crecerá debajo de los paneles

fotovoltaicos durante la fase operación del proyecto será realizado

de manera física, sin la aplicación de herbicidas químicos.

El procedimiento de poda de vegetación constará de las siguientes

actividades:

e Se verificará que la vegetación tiene suficiente altura para ser podada.

  • El personal autorizado para la realización de corta de vegetación hará uso de herramientas y/o maquinaria manual que debe estar en buenas condiciones. Se podrá hacer uso de orilladoras y/o cortadoras de césped,

Se considerará la técnica de poda para no extraer de raíz las especies

10

que estén presentes, fomentando su crecimiento. Mayores detalles respecto a esta acción durante la fase de operación, en el Plén de Mantención y Limpieza (Anexo IX de la Adenda).

Productos generados

Producción de Electricidad: El producto a generar durante la fase de operación del proyecto corresponde a energía eléctrica, especificamente 9 MW de potencia nominal, que se conectará a la red existente en el punto de conexión mencionado en la Figura 1.14 de la DIA croquis de ubicación del punto de conexión con línea de distribución existente.

Recursos naturales renovables

Radiación solar: Durante la fase de operación el recurso natural renovable que se utilizará es la radiación solar, mediante el uso de paneles fotovoltaicos. Vegetación:

La vegetación que crece bajo los paneles solares es mayormente del tipo herbáceas pioneras con ciclo de vida anual, es decir que crecen, florecen y mueren en el mismo año, por lo que difícilmente crecerán lo suficiente para generar sombra a los módulos fotovoltaicas, sin embargo, deberá ser controlada mediante poda, como se indicé en la Tabla 4.7.1.2 “Acciones” del ICE.

Emisiones y efluentes

Emisiones atmosféricas:

La única fuente de emisiones atmosféricas durante la fase de operación, se producirá por el movimiento de vehículos menores durante las mantenciones del parque solar. Ver Anexo XI de lá DIA sobre Emisiones Atmosféricas.

Tabla:

Emisiones atmosféricas fase de operación (ton/año)

co NOx HC MP MP10 MP2,5 So2 NA3

0.00086 | 0,00215 | 0,00016 | 0.35881 | 0,0231 | 001045 | 0,00002 | 0.00000

(Fuente: Tabla 4-3. Anexo V Adenda Complementaria: Resumen de Estimación de Emisiones Fase de Operación).

Residuos líquidos domésticos:

Se contempla la instalación de baños químicos cuya mantención será contratada a empresas autorizadas para tal efecto.

Residuos fíquidos industriales:

En la fase de operación no se generarán residuos líquidos industriales, ya que el lavado de paneles para eliminar el polvo se realiza sin detergentes ni aditivos. Solo con agua desmineralizada, como se indica en Tabla 4.7.5.2. del ICE.

Emisiones de Ruido:

El proyecto no generará emisiones sonoras relevantes durante la operación. La única fuente de emisión es el movimiento de vehículos menores durante las mantenciones del parque solar, Mayores antecedentes en la Tabla 4.7.5.3. del ICE y en el Anexo VI de la DIA.

Emisiones electromagnéticas:

En proyecto durante la fase de operación generará emisiones electromagnéticas.

Los límites de exposición utilizados fueron aquellos descritos por la Comisión Internacional de Protección de Radiación No lonizante (ICNIRP) que se encuentra reconocida formalmente por la Organización Mundial de la Salud (OMS), la Organización Internacional del Trabajo y la Unión Europea (UE), como mnstjución competente en la materia,

Los resultados obtenidos son los siguientes:

Componente Componente Campo magnético eléctrico magnético

Centro de | 8,29 uT 2 kV/m Transformación

(CT)

Centro de | 23,84 uT 2 kV/m seccionamiento

ETE (23kvV) 18,65 uT 2,840 kV/m Límite 200 yT 5 kV/m Cumplimiento SI SÍ

(Fuente: Tabla sección 5. Anexo II Estudio de Emisiones electromagnéticas, Adenda Complementaria)

De acuerdo con estos valores obtenidos y con la información bibliográfica recopilada se puede concluir que, incluso en el peor de los casos evaluados, con respecto a la distancia de las fuentes, se obtienen emisiones muy por debajo de lo sugerido en la normativa internacional

Mayores antecedentes la Tabla 4.7.5,4, del ICE y en la Estimación de emisiones electromagnéticas (Anexo Il de la Adenda Complementaria).

Residuos, productos químicos y otras sustancias que puedan afectar el medio ambiente.

Residuos domiciliarios y asimilables a domiciliarios:

No habrá personal que permanezca permanentemente en la Planta. La generación esporádica de residuos domiciliarios o asimilables se dará durante las mantenciones. Se estima durante los días de mantención una generación de 3 kg al día para un máximo de 3 personas. El manejo y disposición final estará a cargo de una empresa autorizada sanitaria y ambientalmente para tales efectos.

Residuos industriales no peligrosos: Se generarán esporádicamente residuos de embalajes y restos de

piezas metálicas producto de recambios de partes de estructuras u otros equipos. Se estima la generación aproximada de 100 kg/mes, los cuales serán retirados de inmediato por empresa externa autorizada.

Referencia al ICE para mayores detalles sobre esta fase.

e Sección 4.7. del ICE Fase de Construcción

e 4.7.1. Partes, obras y acciones

« 4.7.2, Suministros básicos

«e 4,7,3, Productos generados

4.7.4, Recursos naturales a extraer, explotar o utilizar 4.7.5. Emisiones y efluentes

NI

e 476, Residuos

Instalación de caminos internos

faenas y

Se llevará a cabo de forma similar a lo presentado en la fase de construcción. El área de emplazamiento de la instalación de faena será la misma considerada para la fase de construcción.

Desmantelamiento o aseguramiento de infraestructura

Para proceder a la nivelación del suelo, se realizarán las siguientes actividades a fin de cumplir con el total desmantelamiento de los elementos que componen de la planta solar:

Desmontaje y retirada de los paneles: Se realizará la desconexión de los paneles. Se procederá al desmontaje de los paneles fotovoltaicos de forma manual, y se cargarán a un camión para su transporte y entrega para nuevo proyecto.

del

Desmontaj

: Desensamblaje de la

12

estructura que une los paneles con las estructuras de los seguidores. Se retirarán las estructuras y se apilarán en un lugar destinado para ello desde el cual serán cargadas a un camión para la correcta gestión de entrega al titular. A su vez se extraerá el cableado, cuadros de protección y demás equipos incluidos en la instalación y de manera análoga se procederá a la correcta gestión de entrega al titular.

Desmontaje y retirada de los Centros de Transformación y Centros_de Seccionamiento o de Entrega: Se procederá a la desconexión, desmontaje y retirada del conjunto del prefabricado de forma similar a como se instaló, con equipos de gran tonelaje y extrayéndolos en su conjunto para su transporte y entrega al titular o nuevo proyecto.

Desmontaje y retirada de la sala de control: Demolición del edificio y posterior transporte y entrega de los diferentes materiales a una empresa de gestión de residuos.

Desmontaje y retirada de la Subestación Elevadora: Se procederá a la desconexión de todo el equipamiento eléctrico, para posteriormente retirar las estructuras. Todo el material se desmontará y apilará en diferentes áreas predeterminadas para ello desde los cuales serán cargadas a un camión para su transporte definitivo a diferentes empresas autorizadas y proceder a definir los materiales se conservarán por el titular para nuevo proyecto y aquellos que se dispondrán como residuo en empresa autorizada.

Desmontaje y retirada de la línea de transmisión eléctrica: Se procederá a la desconexión y desmontaje de la línea de transmisión eléctrica.

Retiro de hormigón: Se realizará el retiro del hormigón utilizado para el apoyo de las estructuras y el hormigón (mortero) coloreado utilizado para la protección de cableado en las zanjas de media y baja tensión, dejando el suelo en las condiciones actuales del Proyecto.

El desmontaje de todos los equipos eléctricos se hará de forma manual con la ayuda de herramienta de mano, medios de elevación y medios de descarga en caso de ser necesaria. Cabe destacar que el método o planificación de trabajo consiste en términos generales en reutilizar todo material reciclable que se encuentre en la Planta Fotovoltaica, es decir: reutilización de paneles solares que aún estén en condiciones de operar y generar energía; reciclaje total de los componentes de los paneles que ya no estén en condiciones de generar energía; reciclaje y reutilización de todo el equipamiento eléctrico que esté en condiciones de seguir operando, y reciclaje de este mismo tipo de material que ya no esté apto según su vida útil.

Mayores antecedentes en el Plan de cierre (Anexo XI de la Adenda).

Restauración

Las afectaciones sobre el terreno serán relacionados sólo con las excavaciones de zanjas y fundaciones, y por tanto que la afección sobre el suelo y la geoforma es mínima, el lugar quedará como en su estado anterior al desmantelar las obras y finalizar la operación. Se restaurará la geoforma a objeto de dejar el sitio similar a las condiciones basales de suelo y geomorfológicas presentadas en el Anexo XV de la DIA. Por otro lado, no se contempla restauración de

vegetación debido a que la vegetación a remover sol consiste en poda.

Prevención emisiones

de

futuras

Aplicación de supresor de polvo:

Se llevará a cabo de forma similar a lo presentado en la fase de construcción. Mayores antecedentes en Tabla 1 Adenda Complementaria “Aplicación supresor de polvo en caminos no pavimentados”.

13

Mantención, conservación y supervisión

No aplica

Recursos naturales

renovables

No aplica. La fase de cierre del proyecto no contempla recursos naturales a extraer, explotar o utilizar.

Emisiones y efluentes

Emisiones atmosféricas: Se estimó la generación de emisiones atmosféricas para la fase de cierre:

Tabla: Total Emisión (towaño)

co NOx__| HC MP MPI10_| MP25 | 802 | NB3 Total 10,387 | 0,490 | 0,053 | 1310 0,385 | 0,078 0,002 | 0,002 fase cierre (Fuente: Tabla 4-5 Inventario de Emisiones Adenda

Complementaria: Resumen de Estimación de Emisiones Fase de Cierre-Con aplicación de control de polvo).

Emisiones acústicas:

Durante la fase de cierre los principales aportes de presión sonora serán el uso de maquinaria durante el desmantelamiento y el movimiento de tierras y el paso de camiones por caminos de acceso. Dada la similitud de las operaciones con la etapa de construcción, se considera que en la etapa de cierre se dará cumplimiento a la normativa aplicable.

Punto NPC Niveles Máximos Evaluación

(receptor) dB(A) Permisibles según D.S 38 Proyectado (7 221 horas) db(A) Diurno

1 14 64 Cumple

2 25 56 Cumple

3 8 54 Cumple

4 7 55 Cumple

(Fuente: Tabla 14 Estudio acústico, Anexo VI de la DÍA: Nivel de presión sonora corregido proyectado, etapa Cierre Horario diurno).

Residuos líquidos domésticos: Al igual que en la fase de construcción, se generarán residuos líquidos domésticos producidos por el uso de aguas sanitarias por parte del personal contratado para las operaciones de abandono. Para este efecto, se considerará la utilización de baños químicos, los que serán instalados y mantenidos por una empresa autorizada por la SEREMI de Salud de acuerdo a las normativas vigentes.

Residuos, productos químicos y otras sustancias que puedan afectar el medio ambiente.

Residuos sólidos domiciliarios y asimilables: En la fase de cierre, se generarán residuos sólidos domésticos que serán almacenados temporalmente en bolsas plásticas en contenedores cerrados. Se estima una producción de residuos domésticos de 15 kg/día.

Residuos sólidos industriales no peligrosos: En la fase de cierre, se generarán residuos sólidos provenientes del desmantelamiento de los

equipos y de las estructuras. Dependiendo de las condiciones en que se encuentren estos serán reutilizados por el titular, vendidos para ser reutilizados o reciclados. Los paneles solares que correspondan a residuos serán enviados a su reciclaje o disposición final. Todo el material de desecho será debidamente almacenado y dispuesto en un sitio de disposición final autorizado sanitaria y ambientalmente. Se estima una generación de 100 m? /fase.

14

Residuos Peligrosos: Ciertos equipos, herramientas y super que hayan estado en contacto con lubricantes y combustibles manejados como residuos peligrosos. Se estima una generación t/fase.

ficies

serán de 2

Referencia al

fase.

iCE para |” mayores detalles sobre esta | *

Sección 4.8.del ICE Fase de cierre 4.8.1. Partes, obras y acciones

4.4. CRONOLOGÍA DE LAS FASES DEL PROYECTO

4.4.1 FASE DE CONSTRUCCIÓN OL

Fecha estimada de inicio

Noviembre de 2020, Sujeto a obtención de RCA.

Parte, obra o acción que establece el inicio

Inicio del escarpe del terreno para la instalación de faenas y habilita de caminos internos del parque.

ción

Fecha estimada de término

Marzo de 2021.

Parte, obra o acción que establece el término

Retiro de las obras modulares (contenedores) de la instalación de

faenas.

4.4.2. FASE DE OPERACIÓN

Fecha estimada de inicio

Abril de 2021.

Parte, obra o acción que establece el inicio

Correcta puesta en marcha de la central.

Fecha estimada de término

Abril de 2051,

Parte, obra o acción que establece el término

Desconexión de la línea de distribución

4.4.3. FASE DE CIERRE

Fecha estimada de inicio

Mayo de 2051.

Parte, obra o acción que establece el inicio

Emisión del Formulario 11 a la SEC que formalizará la desconexión del

proyecto al sistema de distribución.

Fecha término

estimada de

Octubre de 2051.

Parte, obra o acción que establece el término

Informe a la Superintendencia del Medio Ambiente (SMA) con registros fotográficos que acrediten que los recursos naturales renovables se

mantienen en su condición inicial.

5%. Que, durante el proceso de evaluación se han presentado antecedentes que justifican la

inexistencia de los siguientes efectos, características y circunstancias del artículo 11 de la Les

19.300:

Ne

5.1. RIESGO PARA LA SALUD DE LA POBLACIÓN, DEBIDO A LA CANTIDAD Y CALIDAD DE EFLUENTES, EMISIONES Y RESIDUOS

4

Impacto ambiental

Durante las fases de construcción, operación y cierre

se realizó una identificación tanto de las fuente

donde posteriormente se desarrolló una estimación d

Riesgo a la salud de la población por aumento de la

concentración _de Material Particulado y gases combustión

proyecto, se generarán emisiones de material particulado y gases de combustión de motores. Para esta determinación

emisión como de la presencia de los receptores cercanos, e las

del

15

emisiones atmosféricas. (Anexo V de la Adenda).

Parte, obra o acción que lo genera + Despeje y preparación de la superficie del área del proyecto

  • Excavación de zanjas e Transporte de personal e Mejoras al camino de acceso

Fase en que se presenta Construcción, operación y cierre

Impacto ambiental Riesgo a la salud de la población por aumento de los niveles de ruido en los receptores más cercanos.

Durante la fase de construcción se generarán emisiones de ruido en mayor magnitud respecto a las otras fases que contempla el proyecto (operación y cierre). Para caracterizar y estimar dichas emisiones se presentó un estudio acústico (Anexo VI de la DIA).

Parte, obra o acción que lo genera + Funcionamiento maquinaria: Zanjadoras, maquinaria de hincado, cargador frontal, grúas horquillas, camión grúa, motoniveladora, compactadora,

Fase en que se presenta Construcción y cierre

Impacto ambiental Riesgo a la salud de la población por generación de emisiones electromagnéticas,

Durante la fase de operación del proyecto se generarán emisiones de campos eléctricos y magnéticos, las cuales fueron caracterizadas y evaluado su impacto en la salud comparando las magnitudes de emisiones electromagnéticas generadas y los niveles aceptados por la normativa internacional de referencia (Anexo II de la Adenda)

Parte, obra o acción que lo genera + Centros de transformación. e Centro de seccionamiento

  • Línea de media tensión.

Fase en que se presenta Operación

Referencia al ICE para mayores Sección 5.1. del ICE Salud de población detalles sobre este impacto específico

Los principales aspectos ambientales que permitieron acreditar que el proyecto no genera o presenta riesgo a la salud de la población, en los términos establecidos en el art. 5 del RSEÍA son:

Emisiones atmosféricas: Se identificó que durante las distintas fases se generarán emisiones de MP, incluyendo MP10, MP2.5, CO, NOx, HC, SO2 y NH3, principalmente en la fase de construcción y cierre, y en menor medida en la fase de operación, de acuerdo a lo indicado en la sección 4.6.4.1.,4.7.5.1. y 4.8.1.2. del ICE. (Mayores detalles respecto a la estimación de emisiones en Anexo XI de la DIA, Anexo V Adenda y Anexo V de la Adenda Complementaria).

En atención a lo anterior y a la modelación de Calidad de aire presentada, es posible indicar que el área de influencia de las emisiones atmosféricas será acotada sus emisiones no significativa, considerando como parte del diseño del proyecto la aplicación de supresor de polvo para las fases de construcción y operación principalmente, además que en el entorno inmediato del área de influencia se identificaron receptores aislados, correspondientes a dueños de predios aledaños al área del proyecto, de acuerdo a los antecedentes evaluados, se observa que en ninguna de las distancias consideradas se produce una superación de las normas.

En cuanto a la fase de operación, las emisiones atmosféricas serán principalmente generadas por el tránsito vehicular en aquellas situaciones en que corresponda realizar actividades de mantención y limpieza del parque fotovoltaico, no siendo significativas en magnitud y duración.

Emisiones electromagnéticas:

Se generarán durante la fase de operación (Tabla 4.7.5.4. del ICE), sin embargo, no superan el limite normativo establecido en la norma de referencia, descritos por la Comisión Internacional de

16

Protección de Radiación No lonizante (ICNIRP) que se encuentra reconocida formalmente par la Organización Mundial de la Salud (OMS), la Organización Internacional del Trabajo y la Uhión Europea (UE), como institución competente en la materia, en atención a lo establecido en el art, 11 del RSEIA.

Ruido: De acuerdo a la evaluación de los antecedentes presentados en el estudio de ruido (Anexo VI de la DIA), es posible concluir que el proyecto da cumplimiento normativo en todas sus fases. A mayor abundamiento, cabe indicar que la SEREMI de Salud indicó en su pronunciamiento Ord. N2559 de fecha 13 de septiembre de 2020 que: “El proyecto cumple con lo establecido en D.S N38/11 MMA Norma de emisión de ruidos generados por fuente que indica, para los cuatro puntos evaluados como receptores”.

Efluentes: Para la fase de construcción y cierre, las aguas residuales domésticas serán dispuestas en baños químicos y mantenidas por una empresa autorizada. La misma modalidad se utilizará durante la fase de operación mientras se realicen actividades de mantención del proyecto. La generación de efluentes se indica en las secciones 4.6.4., 4.7.5. y 4.8.1. del ICE, para las fases de construcción, operación y cierre respectivamente.

Residuos: La generación y manejo de residuos se detalla en la sección 4.6.5., 4.7.6. y 4.8.1. del ICE para las fases de construcción, operación y cierre, respectivamente, complementado con la normativa de carácter ambiental aplicable (capítulo 8 del ICE) y los permisos ambientales asociados (capítulo 9 del ICE). Al respecto, es posible indicar que el manejo y disposición de residuos no se realizará sobre recursos naturales renovables, incluidos el suelo, agua y aire.

En atención a lo anterior, y de acuerdo a lo establecido en la GUIA del SEA sobre “Riesgo para la salud de la población”, para que un proyecto genere riesgo a la salud de la población, existen dos escenarios posibles: En el que existe una situación que generaba riesgo previo a la ejecución del proyecto y cuando la ejecución del proyecto genera un riesgo que no existía previo a su ejecución,

es decir, no existía alguno de los 3 componentes del riesgo: Contaminante, ruta de exposición y receptor,

En el caso del proyecto corresponde al escenario 1, debido a que el proyecto se emplazará en la comuna de Los Ángeles, declarada Zona Saturada por MP10 y MP2.5 como concentración diaria, por medio del DS N 11/2015 del MMA. Sin embargo, actualmente se encuentra vigente el Plan de Descontaminación atmosférica para la comuna de Los Ángeles, D.S. N4/2017 del MMA, el cual tiene por finalidad recuperar los niveles señalados en las normas primarias y/o secundarias de calidad ambiental de una zona saturada por uno o más contaminantes, al cual se dará cumplimiénto, de acuerdo a lo observado en la normativa aplicable al proyecto. Además, en este sentido, cabe

indicar que las emisiones atmosféricas generadas no serán significativas en términos de magnitud y duración.

En atención a lo anterior, y a los antecedentes disponibles en el expediente del proyecto, es posible concluir que el proyecto no generará riesgo a la salud de la población, en los términos establecidos en el art. 5 del D.S, N40/2012. En este sentido, cabe indicar que, la Seremi de Salud indicó en su pronunciamiento Ord. N780 de fecha 23 de abril de 2020 que: “El proyecto o actividad no genera o presenta alguno de los efectos, características o circunstancias indicados en el art.11 de la Ley de bases generales del medio ambiente”.

5.2. EFECTOS ADVERSOS SIGNIFICATIVOS SOBRE LA CANTIDAD Y CALIDAD DE LOS RECURSOS NATURALES RENOVABLES, INCLUIDOS EL SUELO, AGUA Y AIRE

Impacto ambiental Pérdida de suelo por generación de procesos erosivos: El proyecto generará pérdida de suelo en magnitudes no significativas, debido a la generación de procesos erosivos por despeje de vegetación y movimientos de tierra en la ejecución de las obras permanentes y temporales asociadas al proyecto.

Componente(s) ambiental(es) Suelo afectado(s) Parte, obra o acción que lo genera e Movimiento de tierra

  • Faenas de construcción
  • Montaje de paneles

e Habilitación de caminos internos

17

Fase en que se presenta

Construcción, operación y cierre,

Impacto ambiental

Alteración a cuerpos de agua superficial en el área de influencia del proyecto

Al interior del predio existe un “canal sin nombre”, cabe indicar que se mantendrá el trazado actual del estero y no se proyectan obras de regularización o defensa de cauces. Sin embargo, se consideran obras de atravieso, por lo que se presentaron los antecedentes del PAS 156,

Componente(s) ambiental(es) afectado(s)

Agua

Parte, obra o acción que lo genera

Obras de atravieso

Fase en que se presenta

Construcción

Impacto ambiental

Aumento de las concentraciones de MP10, MP 2.5 y gases de combustión: El proyecto aporta estos contaminantes principalmente durante la fase de construcción. Al respecto, el titular presentó un estudio de estimación de emisiones atmosféricas en el Anexo XI de la DIA, actualizado en el Anexo V de la Adenda y finalmente actualizado en el Anexo V de la Adenda Complementaria.

Componente(s) ambiental(es) afectado(s)

Aire

Parte, obra o acción que lo genera

  • Despeje y preparación de la superficie del área del proyecto

e Excavación de zanjas e Transporte de personal

  • Mejoras al camino de acceso

Fase en que se presenta

  • Construcción
  • Operación e Cierre

Impacto ambiental

Alteración sobre flora y vegetación

El proyecto contempla la remoción de la capa vegetal del área de paneles, caminos y el área de instalación de faena. De acuerdo a los antecedentes presentados en el Estudio de Flora y vegetación, el área de influencia está compuesta de manera predominante por pradera y plantación. Respecto a la pradera corresponde a una asociación de especies herbáceas en su mayoría exóticas, que derivan de la perturbación antrópica a la que han sido sometidos estos terrenos. Las especies con mayor abundancia observadas son Triticum sp., Daucus carota y Rubus ulmifolius. Cabe indicar que no se identificaron especies en categoría de conservación, dentro del área de influencia.

Durante la fase de operación, se realizará control de la vegetación que crecerá debajo de los paneles fotovoltaicos, sólo se podarán si su altura genera sombra al panel solar. Como se indicó anteriormente, la vegetación que crece bajo los paneles solares es mayormente del tipo herbáceas pioneras con ciclo de vida anual, es decir que crecen, florecen y mueren en el mismo año, por lo que difícilmente crecerán lo suficiente para generar sombra a los módulos fotovoltaicos. Además, cabe indicar que, no se utilizarán herbicidas químicos.

Componente(s) ambiental(es) afectado(s)

Flora

18

Parte, obra o acción que lo genera e Escarpe

e Mantención y limpieza del terreno.

Fase en que se presenta e Construcción

e Operación

Impacto ambiental Perturbación de fauna en categoría de conservación:

En el área de influencia del proyecto, sólo se registró la presencia de la especie Pleurodema thaul (sapito de cuatro ojos) correspondiente al grupo de los anfibios, que presenta estado de conservación “Casi amenazada” (NT) de acuerdo al RCE.

Se realizó un Estudio de Fauna donde se considera que el grupo que presentó la mayor abundancia y riqueza de especies fue el de las aves, lo que se explica principalmente por la alta capacidad de movilidad. De todas las especies que fueron registradas, ninguna posee categoría de conservación.

Con respecto al grupo de los mamíferos, sólo se registró la presencia de la especie introducida Oryctolagus cuniculus (conejo común), considerada como invasora y dañina frecuente en todos los ambientes, en especial en zonas urbanas, debido a su adaptación a coexistir con el hombre, lo que las vuelve especialmente resistentes a los efectos antrópicos. En cuanto a la herpetofauna (anfibios y reptiles), se registró la presencia de la especie Batrachyla taeniata (sapito de antifaz) correspondiente al grupo de los anfibios, registrada de forma indirecta (auditiva, detección de su canto) (Anexo VIII de la DIA), la cual presenta categoría de conservación “Casi amenazada” (NT) de acuerdo al RCE; y en complemento, a través de la caracterización de reptiles (Anexo X de la Adenda) se registró la presencia de 8 individuos de las especies Liolaemus tenuis, Liolaemus fuscus y Liolaemus pictus. Estas últimas en categoría de conservación LC, preocupación menor, de acuerdo al RCE,

Componente(s) ambiental(es) Fauna afectado(s) Parte, obra o acción que lo genera e Despeje y preparación de terreno

e Instalación de obras temporales y permanente

Fase en que se presenta e Construcción

Referencia al ICE para mayores | Sección 5.2. del ICE Recursos naturales renovables detalles sobre este impacto específico

Los principales aspectos evaluados que permitieron acreditar que el proyecto no genera o presenta efecto adverso significativo sobre los recursos naturales renovables, en los términos establecidos en el art. 6 del RSEIA son:

Existencia de Recursos naturales renovables escasos, únicos o representativos en el área de influencia:

Flora y vegetación: De acuerdo a los antecedentes presentados por el titular (Anexo VII de la DIA), en el área de influencia de este componente, no se identificaron recursos naturales renovables escasos, únicos o representativos. Lo que se explica por el alto grado de intervención antrópica que posee gran parte de la superficie, debido al uso agrícola que sufrió con anterioridad, donde la mayor parte de la flora es de origen introducido. A mayor abundamiento, La pradera abarca 4,3 ha y corresponde a una asociación de especies herbáceas casi en su mayoría exóticas. Las especies con mayor abundancia observadas son Triticum sp., Daucus carota y Rubus ulmifolius. Con respecto al cultivo agrícola, este abarca un 80% de la superficie total del Al, la cual está casi en su totalidad ocupada por la especie sembrada Zea mays.

En este contexto, se hace presente que CONAF, mediante Ord. N* 74-EA/2019, quien se excluyó de

19

participar de la evaluación ambiental del proyecto, indicó en su pronunciamiento: “En el área de influencia del proyecto, no existen formaciones boscosas exóticas, nativas y/o especies arbóreas o arbustivas en categorías de conservación, que puedan ser afectadas en forma directa o indirecta por la ejecución de obras o la implementación de actividades asociadas”.

Fauna: De acuerdo a los antecedentes evaluados (Anexo VII de la DIA), se registró la presencia de la especie Pleurodema thaul (sapito de cuatro ojos) y registró la presencia de la especie Batrachyla taeniata (sapito de antifaz), ambos correspondiente al grupo de los anfibios, (Anexo VIII de la DIA), los cuales presentan categoría de conservación “Casi amenazada” (NT) de acuerdo al RCE. De manera complementaria a través de la caracterización de reptiles (Anexo X de la Adenda) se registró la presencia de 8 individuos de las especies Liolaemus tenuis, Liolaemus fuscus y Liolaemus pictus. Estas últimas en categoría de conservación LC, preocupación menor, de acuerdo al RCE.

En este contexto, cabe indicar que aquellas categorías de conservación identificadas como recurso escaso, corresponden a: en peligro, en peligro crítico y vulnerables, de acuerdo a lo indicado en la guía del SELA “Efectos adversos sobre recursos naturales renovables”.

El área de influencia del proyecto no sustenta biodiversidad relevante desde el punto de vista ambiental, en atención a que esta área no presenta recursos considerados escasos, únicos y/o representativos. En el mismo sentido, en atención a la flora y fauna presente en el área de influencia, es posible indicar que esta no presenta relevancia ambiental en cuando a diversidad biológica, por cuando no generará un impacto significativo respecto a la superficie intervenida.

Suelo: De acuerdo con los antecedentes actualizados, presentados en el estudio agrológico (Anexo TV de la Adenda, actualizado en el Anexo IX de la Adenda Complementaria), el terreno del área de influencia posee capacidad de uso de suelo clase IV, la cual no presenta riesgo de erosión con un manejo adecuado. los paneles fotovoltaicos serán soportados sobre seguidores, que corresponden a postes anclados al suelo,

Los paneles son instalados manteniendo corredores de hasta 8 metros entre ellos, lo que permite la entrada de luz y lluvia. Respecto al cableado en zanjas, serán removidos del suelo, posterior a lo cual el sustrato removido será reincorporado considerando colocar la primera capa de suelo removida en igual orden al momento de rellenar las zanjas, para asegurar la conservación del suelo, por cuanto, no se verán afectadas sus capacidades físico-químicas y mantiene su capacidad de sustentar biodiversidad actual. Lo anterior, se reflejará en el crecimiento normal de la estrata herbácea, aunque su altura de crecimiento será controlada de acuerdo a lo indicado en el Plan de Mantención y limpieza (Anexo X de la Adenda), es decir, de manera fisica, sin la aplicación de herbicidas químicos y sólo se podarán si su altura genera sombra al panel solar. Cabe mencionar que la vegetación que crece bajo los paneles solares es mayormente del tipo herbáceas pioneras con ciclo de vida anual, es decir que crecen, florecen y mueren en el mismo año, por lo que difícilmente crecerán lo suficiente para generar sombra a los módulos fotovoltaicos.

Aire: De acuerdo a lo indicado en la tabla 6.1. del ICE y en la tabla 5.1. de la presente Resolución, el proyecto genera la máxima cantidad de emisiones atmosféricas durante la fase de construcción, las que no son significativas y de carácter temporal.

Agua: En atención a la caracterización hidrológica del área de influencia del proyecto, el área de emplazamiento del parque fotovoltaico lo cruza un cauce “Estero sin nombre”, que, de acuerdo a lo indicado en el Estudio hidrológico y modelación hidráulica (Anexo VII de la Adenda Complementaria), es posible indicar que, la caja de río tiene capacidad suficiente para portear una crecida asociada a un periodo de retorno de 100 años, es decir, el cauce no presenta desbordes hacia la zona del proyecto. En este contexto, cabe indicar que el proyecto ha sido diseñado manteniendo una franja de aproximadamente 20 metros en la zona del cauce, a fin de garantizar que ninguna de las partes y obras del proyecto tome contacto con este cauce natural, incluyendo la crecida centenaria, En este contexto, la DGA indicó en su pronunciamiento mediante Ord. N*1262 de fecha 21 de septiembre de 2020 que: “...conforme a su estudio hidrológico e hidráulico demuestra que para un periodo de retorno de 100 año las aguas que conduce el estero Sin Nombre que atraviesa parte del área de influencia comprendida en el proyecto no inundan el área en donde se emplazan las obras... Conforme a revisión de los antecedentes contenidos en la DIA, Adenda y Adenda Complementaria es posible establecer que se presentan los antecedentes necesarios que permiten concluir que el proyecto no requiere presentar un ElA, ya que no genera o presenta los efectos, caracteristicas o circunstancias previstos en el artículo 11 de la Ley 19.300 sobre bases Generales del Medio Ambiente”.

20

En atención a lo anteriormente expuesto, así como los antecedentes expuestos en la tabla 6.2. del ICE, es posible concluir que el proyecto no generará efectos adversos significativos sobre la cantidad y calidad de los recursos naturales renovables, incluidos el suelo agua y aire, en los términos establecido en el art. 6 del D.S. N*40/2012.

5.3. REASENTAMIENTO DE COMUNIDADES HUMANAS O ALTERACIÓN SIGNIFICATIVA DE LOS SISTEMAS DE VIDA Y COSTUMBRES DE GRUPOS HUMANOS

Impacto ambiental Susceptibilidad de afectación a la calidad de vida de los grupos humanos

El proyecto se encuentra ubicado en la comuna de Los Ángeles, zona rural, cuya propiedad se ubica al costado de la Ruta Q-115, Camino a Luanco, Fundo Caliboro, a aproximadamente 23 km de la ciudad de Los Ángeles y a 33 km de la ciudad de Laja. Las construcciones relevantes de equipamiento identificadas en el área de influencia corresponden a viviendas aisladas. (Figura N“2 Vecinos colindantes al proyecto y Figura N” 3 Área de influencia del proyecto, Estudio de Medio Humano, Anexo XIII de la DIA; Ilustración 2: Ubicación específica del proyecto y receptores Estudio acústico, Anexo VI de la DIA).

Respecto a los grupos humanos pertenecientes a pueblos indígenas, de acuerdo a lo indicado por el titular y su posterior evaluación, el proyecto no se emplaza en las cercanías de tierras indígenas, áreas de desarrollo indígena o pueblos indígenas, por lo que no serán afectados por las obras y actividades de construcción de las instalaciones.

Parte, obra o acción que lo genera Obras permanentes y temporales

Fase en que se presenta e Construcción e Operación e Cierre

Referencia al ICE para mayores | Sección 5.3. Grupos humanos, incluyendo grupos humanos detalles sobre este impacto específico | pertenecientes a pueblos indígenas

Los principales aspectos evaluados que permitieron acreditar que el proyecto no genera ni presenta reasentamiento de comunidades humanas, o alteración significativa de los sistemas de vida y costumbre de grupos humanos son:

Respecto a la identificación grupos humanos en el área de influencia, de acuerdo a lo indicado en la guía “Reasentamiento de Comunidades Humanas”, del SEA, uno de los criterios que se desprenden del concepto de comunidades o grupos humanos del Reglamento del SEIA es: “Corresponden a un conjunto de individuos/personas que comparte un territorio (emplazado en el área de influencia del proyecto o actividad)”.

En este contexto, el proyecto se encuentra emplazado en la zona rural cuya propiedad se emplaza al costado de la Ruta Q-115, Camino a Luanco, Fundo Caliboro LT 2, ROL 1510 — 65, Comuna de Los Angeles, Región del Biobío. El área de ejecución del proyecto no presenta construcciones, ni viviendas, las construcciones relevantes de equipamiento identificadas en el área de influencia corresponden a viviendas aisladas pertenecientes a dueños de los predios existentes y/o cuidadores de estos (industria agrícola Mollendo) correspondientes a los grupos humanos del área de influencia del medio humano. (Figura N*22. Identificación de viviendas cercanas, Anexo XII de la DIA).

Respecto a los grupos humanos pertenecientes a pueblos indígenas, de acuerdo a lo indicado por el titular, su evaluación y posterior pronunciamiento por parte de CONADI, quien mediante Ord. N? 365 de fecha 04 de septiembre de 2019, se pronunció conforme respecto a la DIA, indicó en su pronunciamiento: “se verifica que en el área donde se emplazará el proyecto antes referido, no existirían grupos humanos, tierras, ni patrimonio cultural indígena que deba ser evaluado. En efecto, revisado el Sistema de Registro Nacional de Comunidades y Asociaciones indígenas de esta Corporación, en el área de influencia del proyecto no existen comunidades Indígenas ni

21

asociaciones indígenas que pudiesen verse afectados por las actividades propias del proyecto”.

Las actividades desarrolladas por los habitantes del área de influencia corresponden principalmente a actividades de tipo agrícola, además de diversas actividades desarrolladas en la ciudad de Los Ángeles.

En particular, el área de emplazamiento del proyecto corresponde a un predio privado, el cual fue utilizado con anterioridad para actividades agrícolas, sin embargo, actualmente no se identifican actividades económicas asociadas al uso de recursos naturales, ni actividades de tipo tradicional, considerando aquellas de uso medicinal, espiritual o cultural.

En cuanto a la circulación, el camino de acceso al predio del proyecto se ubica al sector Norte del terreno, al cual se accede desde la Ruta Q-115 (Caranadu — Luanco). La Ruta Q-115 se conecta hacia el Oeste con la Ruta Q-119, la que conecta al proyecto con la Ruta 5 (Figura 17 Anexo XIII de la DIA).

De acuerdo a los antecedentes obtenidos del levantamiento de información, aquellos habitantes presentes en el área de influencia del componente medio humano, no se verían afectados en términos de restricción a la libre circulación, conectividad o aumento significativo de los tiempos de desplazamiento, en atención a que el proyecto en su etapa de construcción, la cual durará 6 meses, estima un aporte al flujo vehicular del sector de 5 camiones diarios como máximo y otros vehículos menores, lo que no incidiría en los tiempos de desplazamiento o saturación de la ruta. Por su parte, durante la fase de operación se considera un flujo vehicular mínimo, supeditado a visitas de mantenimiento e inspección, días en los cuales se estima un aporte de dos vehículos livianos.

De acuerdo al levantamiento de información primaria de los habitantes presentes en el sector, indicaron que en su mayoría utilizan transporte público (2 veces al día) o vehículos propios para desplazarse hacia sus lugares de trabajo en el centro de Los Ángeles, los cual, de acuerdo a lo indicado anteriormente, no se verá afectado de manera significativa por la ejecución del proyecto.

Cabe hacer presente que en el área de influencia no hay presencia de equipamientos, servicios o infraestructura básica, por lo que los habitantes del área de influencia del proyecto acuden principalmente al Centro de Los Ángeles (a 20 km de distancia) para realizar sus diligencias. Por otra parte, el proyecto se encuentra dentro de un fundo privado y no posee ningún recurso que la comunidad haga uso como bienes, equipamiento, servicios o infraestructura básica lo que permite descartar su afectación en términos de acceso a ellos para los habitantes del lugar. Además, se hace presente que los habitantes del sector, indicaron que no realizan actividades culturales o religiosas dentro del área de influencia, por ende, es posible concluir que el proyecto no dificulta ni impide el ejercicio de manifestaciones tradicionales, culturales o de intereses comunitarios que pueda afectar los sentimientos de arraigo o la cohesión social de los habitantes del sector.

En atención a lo anteriormente expuesto, así como los antecedentes expuestos en la tabla 6.3. del ICE, es posible concluir que el proyecto no generará reasentamiento de comunidades humanas o alteración significativa de los sistemas de vida y costumbres humanas.

5.4. LOCALIZACIÓN EN O PRÓXIMA A POBLACIONES, RECURSOS Y ÁREAS PROTEGIDAS, SITIOS PRIORITARIOS PARA LA CONSERVACIÓN, HUMEDALES PROTEGIDOS Y GLACIARES, SUSCEPTIBLES DE SER AFECTADOS, ASÍ COMO EL VALOR AMBIENTAL DEL TERRITORIO EN QUE SE PRETENDE EMPLAZAR

Impacto ambiental Susceptibilidad de afectación por localización del proyecto en o próximo a poblaciones protegidas, recursos protegidos, humedales protegidos, sitios prioritarios para la

En el área de influencia no existen recursos, humedales, ni áreas protegidas, tampoco glaciares o sitios prioritarios para la conservación, susceptibles de ser afectados por partes, obras y/o acciones del proyecto. Además, cabe indicar que el proyecto no se localiza en o cercano a tierras indígenas, áreas de desarrollo indígena (ADD) o pueblos

todigenas. Componente(s) ambiental(es) No aplica afectado(s) Parte, obra o acción que lo genera No aplica

22

Fase en que se presenta No aplica

Impacto ambiental Susceptibilidad de afectación debido a la localización del proyecto en o próximo a áreas con valor ambiental

El área de influencia del proyecto no posee valor ambiental en los términos del SEIA, toda vez que presenta un alto grado de antropización, no provee de servicios ecosistémicos locales relevantes para la población, ni poses ecosistemas o formaciones naturales con características de unicidad, escasez o representatividad.

Componente(s) ambiental(es) No aplica afectado(s)

Parte, obra o acción que lo genera No aplica Fase en que se presenta No aplica

Referencia al ICE para mayores | Sección 5.4. del ICE Áreas protegidas, poblaciones detalles sobre este impacto específico | protegidas recursos protegidos, glaciares, humedales protegidos, sitios prioritarios para la conservación.

Sección 5.5. del ICE Valor ambiental

De acuerdo con la información presentada por el titular y posterior pronunciamiento de CONADI, quien se pronunció conforme respecto a la DIA, es posible indicar que, en el área de influencia del proyecto no hay comunidades, terrenos destinados a manifestación ni actividades étnicas. Además, en el área de influencia del proyecto no existen recursos, humedales ni áreas protegidas, glaciares ni sitios prioritarios para la conservación susceptibles de ser afectados por las partes, obras y/o acciones del proyecto.

El área de emplazamiento del proyecto no presenta valor ambiental en los términos del SEIA, dado que no presenta baja o nula intervención antrópica, ni provee de servicios ecosistémicos locales relevantes para la población, o cuyos ecosistemas o formaciones naturales que presenten características de unicidad, escasez o representatividad. En este sentido, el área de influencia del proyecto presenta un alto grado de intervención antrópica. En cuanto a flora y vegetación, predominan las especies herbáceas y no se registraron especies en categoría de conservación.

5.5. ALTERACIÓN SIGNIFICATIVA, EN TÉRMINOS DE MAGNITUD O DURACIÓN, DEL VALOR PAISAJÍSTICO O TURÍSTICO DE UNA ZONA

Impacto ambiental Obstrucción de la visibilidad a una zona con valor paisajístico y/o turístico El área de emplazamiento del proyecto no presenta valor paisajístico en los términos del SEIA, es decir, no posee atributos naturales que le otorguen una calidad que la identifique como única y representativa. Así mismo, no presenta valor cultural y/o patrimonial, ni atrae flujos de visitantes o turistas hacia ella, por cuanto no posee valor turístico de acuerdo a lo establecido en el art. 8 del RSEIA.

A mayor abundamiento, el área de influencia del proyecto corresponde a un sector rural intervenido que presenta vestigios de actividad agrícola, incluyendo los terrenos colindantes al predio del proyecto.

Componente(s) ambiental(es) No aplica afectado(s)

Parte, obra o acción que lo genera No aplica Fase en que se presenta No aplica

Referencia al ICE para mayores | Sección 5.6. del ICE Valor paisajístico y turístico detalles sobre este impacto específico

23

En área de influencia del proyecto no presenta valor turístico en los términos del SEÍA, toda vez que no cuenta con valor paisajístico, cultural y/o patrimonial, ni atrae flujos de visitantes o turistas. Al respecto, la autoridad competente, SERNATUR, mediante Ord. N*424 de fecha 12 de septiembre de 2019, se pronunció conforme respecto a la DIA.

5.6. ALTERACIÓN DE MONUMENTOS, SITIOS CON VALOR ANTROPOLÓGICO, ARQUEOLÓGICO, HISTÓRICO Y, EN GENERAL, LOS PERTENECIENTES AL PATRIMONIO CULTURAL

Impacto ambiental Alteración al Patrimonio Cultural

En el área de influencia del proyecto no se encuentran sitios arqueológicos, construcciones, lugares o sitios que pertenezcan al patrimonio cultural, incluyendo al patrimonio cultural indígena (Anexo XIV de la DIA).

Parte, obra o acción que lo genera No aplica

Fase en que se presenta No aplica

Referencia al ICE para mayores | Sección 5.7. del ICE Patrimonio Cultural detalles sobre este impacto especifico

En el área de influencia del proyecto no se registró ningún Monumento Nacional, correspondiente a aquellos definidos por la Ley N*17.288, incluyendo al Patrimonio Cultural Indígena (Anexo XIV de la DIA: Arqueología).

A mayor abundamiento, en el área de influencia del proyecto no existen construcciones, lugares o sitios que pertenezcan al patrimonio cultural, considerando al Patrimonio Cultural Indígena, en atención a los antecedentes presentados por el titular y posteriormente evaluados. Tampoco se identifican lugares o sitios en los cuales se realicen manifestaciones propias de cultura o folclore de alguna comunidad o grupo humano, considerando a los grupos humanos pertenecientes a pueblos indígenas (GHPPD.

Cabe indicar que CONADI, se pronunció conforme respecto a la DIA, indicando en su pronunciamiento Ord. N* 365 de fecha 04 de septiembre de 2019: “...contrastada la información entregada, con aquella a disposición de esta Corporación, se verifica que en el área donde se emplazará el proyecto antes referido, no existirían grupos humanos, tierras, ni patrimonio cultural indigena que deba ser evaluado. En efecto, revisado el Sistema de Registro Nacional de Comunidades y Asociaciones indígenas de esta Corporación, en el área de influencia del proyecto no existen comunidades indígenas, ni asociaciones indígenas que pudiesen verse afectados por las actividades propias del proyecto”,

6”. Que resultan aplicables al Proyecto los siguientes permisos ambientales sectoriales, asociados a las correspondientes partes, obras o acciones que se señalan a continuación:

6.1. PERMISOS AMBIENTALES SECTORIALES MIXTOS

6.2.1. Permiso para la construcción, reparación, modificación y ampliación de cualquier planta de tratamiento de basuras y desperdicios de cualquier clase o para la instalación, según se establece en el artículo 140 del Reglamento del SEIA

Fase del Proyecto a la | Construcción y Cierre cual corresponde

Parte, obra o acción a | Bodega de residuos no peligrosos. la que aplica

Condiciones o Los antecedentes se encuentran en Anexo VIII de la Adenda, PAS 140. exigencias específicas para su otorgamiento

Pronunciamiento del | Mediante Ord. N*780 de fecha 23 de abril de 2020, la Seremi de Salud se órgano competente pronunció conforme respecto a la Adenda, indicando respecto al PAS 140: “El titular presenta los antecedentes técnicos para la autorización de los

24

Permisos ambientales sectoriales PAS 140, para el sitio destinado de

almacenamiento de residuos no peligrosos en la etapa de construc cierre del proyecto”.

ión y

Referencia al ICE para mayores detalles

Tabla 9.2.1. del ICE

6.2.2. Permiso para todo sitio destinado al almacenamiento de residuos sólidos peligrosos, cuyo requisito consiste en que el almacenamiento de residuos en un sitio no afecte la calidad de las suelo y aire que pueda poner en riesgo la salud de la población según se establece en el artícu del Reglamento del SEIA

guas, o 142

Fase del Proyecto a la cual corresponde

Construcción y Cierre

Parte, obra o acción a la que aplica

Bodega de residuos peligrosos.

Condiciones o exigencias específicas para su otorgamiento

Los antecedentes se encuentran en Anexo V de la DIA, PAS 142.

Pronunciamiento del órgano competente

Mediante Ord. N*780 de fecha 23 de abril de 2020, la Seremi de Salud se

pronunció conforme respecto a la Adenda, indicando respecto al PA: “El titular presenta los antecedentes técnicos para la autorización Permisos ambientales sectoriales PAS 142,

142: le los

para la bodega de

almacenamiento de residuos peligrosos en la etapa de construcción y

cierre del proyecto”.

Referencia al ICE para mayores detalles

Tabla 9.2.2. del ICE

6.2.3. Permiso para la caza o captura de ejemplares de animales de especies protegidas para fines de investigación, para el establecimiento de centros de reproducción o criaderos y para la utili sustentable del recurso según se establece en el artículo 146 del Reglamento del SELA

tación

Fase del Proyecto a la cual corresponde

Construcción

Parte, obra o acción a la que aplica

Rescate y relocalización de especies de fauna protegidas

Condiciones o exigencias específicas para su otorgamiento

Los antecedentes se encuentran en Anexo V de la DIA, PAS 146 y en el

capítulo 111 de la Adenda Complementaria.

Pronunciamiento del órgano competente

Mediante Ord. N*1008/2020 de fecha 24 de septiembre de 2020, el S:

AG se

pronunció conforme respecto al PAS 146, indicando: “El proyecto cumple con los contenidos técnicos para el otorgamiento del PAS 146 para anfibios

(Pleuroderma thaul), que corresponden a los señalados en la letra a (;

l, a2,

a3, a4, a5, a6 y a7) del Artículo 146 del D.S.40 de 2012, de competencia de

este Servicio”.

Referencia al ICE para mayores detalles

Tabla 9.2.3. del ICE

6.2.4. Permiso para efectuar modificaciones de cauce según se establece en el artículo 1

Reglamento del SEIA

6 del

Fase del Proyecto a la cual corresponde

Construcción

Parte, obra o acción a la que aplica

Modificación de cauce “Estero sin nombre”.

25

7.14. COMPONENTE/MATERIA: Fauna

Norma

Ley N 19.473, de 1996, sustituye texto de la Ley N? 4.601, sobre caza, y su Reglamento, contenido en el Decreto Supremo N 5, de 1998, modificado por el Decreto Supremo N* 53, de 2003, ambos del Ministerio de Agricultura

Otros cuerpos legales

No aplica

Fase del proyecto a la que aplica o en la que se dará

Construcción

cumplimiento Parte, obra, acción, | En el área de influencia del proyecto, se registró la presencia de la emisión, residuo o | especie Pleurodema thaul (sapito de cuatro ojos) correspondiente al

sustancias a la que aplica

grupo de los anfibios, que presenta estado de conservación “Casi amenazada” (NT) de acuerdo al RCE, además se registró la presencia de la especie Batrachyla taeniata (sapito de antifaz) correspondiente al grupo de los anfibios, la cual fue registrada de forma indirecta (auditiva, detección de su canto) (Anexo VIII de la DIA); y en complemento, a través de la caracterización de reptiles (Anexo X de la Adenda) se registró la presencia de 8 individuos de las especies Liolaemus tenuis, Liolaemus fuscus y Liolaemus pictus.

Forma de cumplimiento

Se realizará un plan de perturbación controlado, considerando el rescate y relocalización de los ejemplares que sean detectados para la ejecución del proyecto

Indicador que acredita su

e Permiso de SAG para captura y relocalización.

cumplimiento + Registro de realización del plan de perturbación controlada. Forma de control y | Registro fotográfico y Caracterizaciones a Fauna seguimiento

Referencia al ICE para mayores detalles

Tabla 8.3.1 Norma Ley N* 19.473, de 1996

7.15. COMPONENTE/MATERIA: Patrimonio Cultural

Norma

Ley N” 17.288, de 1970, del Ministerio de Educación, Legisla sobre Monumentos Nacionales; Modifica las Leyes 16.617 y 16.719; Deroga el Decreto Ley 651, de 17 de octubre de 1925; y D.S, N* 484/1990 del Ministerio de Educación, que Aprueba el Reglamento de la Ley N” 17.288, sobre Monumentos Nacionales Sobre Excavaciones y/o Prospecciones Arqueológicas, Antropológicas y Paleontológicas.

Otros cuerpos legales asociados

Decreto Supremo N484/1990, del Ministerio de Educación. Reglamento de la Ley N17.288 sobre Excavaciones y/o Prospecciones Arqueológicas, Antropológicas y Paleontológicas

Fase del proyecto a la que aplica o en la que se dará

Construcción.

cumplimiento Parte, obra, acción, | Movimiento de tierra (escarpe y/o excavación) emisión, residuo o

sustancias a la que aplica

Forma de cumplimiento

Se realizó Estudio de Arqueología (Anexo XIV de la DIA), donde se acredita que no se encontraron ni identificaron hallazgos ni sitios arqueológicos en el área de emplazamiento del proyecto. Durante la fase de construcción:

Se realizará charla de inducción patrimonial dirigidas a todo el personal de trabajo que ingrese al área donde se ejecuta el Proyecto, con el propósito de resguardar la protección de los componentes patrimoniales no previstos en la superficie.

Se realizará monitoreo arqueológico permanente durante las acciones que impliquen movimiento de tierra, el cual será realizado por profesional arqueólogo/a(s) y/o licenciado/a(s) en arqueología, por cada frente de trabajo, durante las obras de escarpe del terreno y en

34

todas las actividades que consideren cualquier tipo de remoción de la superficie y/o excavación sub-superficial.

Se remitirá a la Superintendencia del Medio Ambiente un informe mensual de monitoreo elaborado por profesional a cargo de charlas y monitoreo en un plazo máximo de 15 días hábiles luego de terminado el mes, el que incluirá los siguientes antecedentes:

a) Descripción de las actividades en todos los frentes de excavación del mes, con fecha.

b) Descripción de matriz y materialidad encontrada (con profundidad) en cada obra de excavación.

c) Plan mensual de trabajo de la constructora donde se especifique en libro de obras los días monitoreados por el/la arqueólogo/a.

d) Planos y fotos (de alta resolución) de los distintos frentes de excavación y sus diferentes etapas de avances.

e) Contenidos de las charlas de inducción efectuadas y la constancia de asistentes con la firma de cada trabajador/a.

f) De evidenciarse restos arqueológicos, incorporar: - Ficha de registro arqueológico con fotografías panorámicas y específicas de los hallazgos (en alta resolución).

  • Descripción detallada del estado de conservación y si hubiera afectación por las obras del proyecto.

  • Medidas de protección y/o conservación implementadas.

  • Constancia de aviso del hallazgo al CMN, de acuerdo a lo establecido en el art. 26% de la Ley 17.288 de Monumentos Nacionales.

g) Efectuar el seguimiento del estado de conservación de las medidas de prevención a implementar si corresponden (cercado, señaléticas, etc.).

h) El informe final de monitoreo debe dar cuenta de las actividades realizadas, y de haberse detectado sitios arqueológicos, incluir la información de rescate correspondiente. En estos casos se incluirá una revisión bibliográfica de la zona, el análisis (por tipo de materialidad) y la conservación de todos los materiales arqueológicos que se encuentren motivo de esta actividad. Se recuerda que para los rescates de hallazgos no previstos que aparezcan durante el monitoreo o en otra instancia, se deberá solicitar el permiso de intervención arqueológica, según el Artículo 7% del Reglamento de Excavación, establecida en la Ley 17.288 de Monumentos Nacionales.

i) De recuperarse materiales arqueológicos, la propuesta de destinación definitiva de dichos bienes deberá ser indicada al momento de entregar el informe final del monitoreo e incluir un documento oficial de la institución museográfica aceptando la eventual destinación. Asimismo, se deben solventar los gastos de análisis, conservación y embalaje de las piezas, así como su traslado a la entidad receptora.

De acuerdo a lo indicado por el CMN en el Oficio Ord. N*3388 de fecha 22 de septiembre de 2020, la inspección arqueológica que también se compromete a realizar es una actividad distinta a la del monitoreo arqueológico permanente, la que deberá ser realizada cuando se efectúen los despejes de la plantación existente, abarcando todas las áreas del proyecto, una vez obtenida la RCA y previo al inicio de la fase de construcción.

Indicador que acredita su cumplimiento

e Estudio arqueológico.

e Registro de charla de inducción.

e Informe remitido a la SMA realizado por profesional encargado de monitoreo arqueológico permanente

e El informe de la nueva inspección visual deberá ser remitido a la SMA, y al CMN en caso de hallazgo arqueológico, al menos 1 mes antes del inicio de las obras del proyecto.

Forma de control y seguimiento

En caso de hallazgo se comunicará Consejo de Monumentos Nacionales.

35

Referencia al ICE para mayores detalles

Tabla 8.3.2. Norma Ley N 17,288, de 1970, del Ministerio de Educación, Legisla sobre Monumentos Nacionales; Modifica las Leyes 16.617 y 16.719; Deroga el Decreto Ley 651, de 17 de octubre de 1925; y D.S. N 484/1990 del Ministerio de Educación, que Aprueba el Reglamento de la Ley N* 17.288, sobre Monumentos Nacionales Sobre Excavaciones y/o Prospecciones Arqueológicas, Antropológicas y Paleontológicas.

7.16. COMPONENTE/MATERIA: Fauna

Decreto N*5/1998. Ministerio De Agricultura. Aprueba Reglamento

aplica o en la que se dará

Norma de la Ley De Caza No aplica

Otros cuerpos legales

asociados

Fase del proyecto a la que | Construcción

sustancias a la que aplica

cumplimiento Parte, obra, acción, | Acciones de relocalización, rescate de especies emisión, residuo o

Forma de cumplimiento

Previo a la construcción del proyecto:

+» Se realizará un plan de perturbación controlado, considerando el rescate y relocalización de los ejemplares que sean detectados para la ejecución del Proyecto, el cual será comunicado en forma previa al SAG y SMA. Durante la fase de construcción:

» Se evitará la ocupación innecesaria de suelos que no serán utilizados directamente por las obras del Proyecto. Durante todas las fases del proyecto:

  • Se realizarán capacitaciones a los trabajadores, en donde se especificará, la prohibición de cazar o capturar ejemplares de fauna silvestre, destruir madrigueras, nidos, recolectar huevos o crías, de igual forma se prohibirá la alimentación de animales ya sean domésticos o silvestres. Se prohibirá la circulación de vehículos y trabajadores fuera de los caminos habilitados y establecidos

Indicador que acredita su

Previo a la construcción y durante todas las fases del proyecto:

mayores detalles

cumplimiento + Permiso de SAG para captura y relocalización. + Registro de realización del plan de perturbación controlada. + Registros fotográficos. * Registro de capacitaciones a trabajadores. Forma de control y | Revisión de los registros de capacitaciones y del plan. seguimiento Referencia al ICE para Tabla 8.3.3. Decreto N*5/1998, Ministerio De Agricultura. Aprueba

Reglamento De La Ley de Caza

8”. Que, para ejecutar el Proyecto no se presentaron condiciones o exigencias, en concordancia con el artículo 25 de la Ley N* 19.300:

9”. Que, durante el procedimiento de evaluación de la DIA el Titular del Proyecto propuso los siguientes compromisos ambientales voluntarios:

9.1. Compromiso ambiental voluntario: Monitoreo arqueológico previo a la fase de construcción del proyecto

Impacto asociado

No aplica

Fase del Proyecto a la que aplica

Construcción

Objetivo, descripción y justificación

Objetivo: Determinar la existencia de algún hallazgo mediante una prospección arqueológica en el área del terreno.

Descripción: Se realizará un monitoreo arqueológico por un profesional

36

arqueólogo/a y/o licenciado/a en arqueología, previo al inicio de la fase de

construcción del proyecto, en el área del predio, siguiendo transectas una distancia no mayor a 25 metros.

Justificación: Se realizará una prospección arqueológica en el área complemento de la prospección arqueológica presentada durante evaluación de la DIA.

separadas por

del terreno en el proceso de

Lugar, forma y oportunidad de implementación

Lugar: Área completa del terreno.

Forma: El monitoreo lo realizará un arqueólogo/a y/o licenciado/a eh arqueología, el que remitirá a la Superintendencia del Medio Ambiente (SMA) un informe del

monitoreo en un plazo máximo de 15 días hábiles luego de term Oportunidad de Implementación: Previo al inicio de la fase de co proyecto

nado el mes. astrucción del

Indicador que acredite su cumplimiento

Se remitirá a la Superintendencia del Medio Ambiente (SMA) e monitoreo elaborado por el/la arqueólogo/a en un plazo máximo de 1

luego de terminado el mes

informe del 5 días hábiles

Forma de control y seguimiento

Se remitirá a la Superintendencia del Medio Ambiente (SMA) e monitoreo elaborado por el/la arqueólogo/a en un plazo máximo de 1

luego de terminado el mes. En caso de que se encuentren elementos

al patrimonio cultural, el Titular procederá a dar aviso inmediato 4

Provincial, a Carabineros y al Consejo de Monumentos Nacionales

informe del 5 días hábiles pertenecientes 1 Gobernador

Referencia al ICE para mayores detalles

Tabla 10.1,1. Compromiso ambiental voluntario: Monitoreo arqueol la fase de construcción del proyecto

ógico previo a

9.2. Compromiso ambiental voluntario: Capacitaciones a los trabajadores sobre uso de material

Es y residuos

Impacto asociado

No aplica

Fase del Proyecto a la que aplica

Construcción

Objetivo, descripción y

Asegurar el correcto uso de materiales y disposición de residuos,

con el fin de

justificación evitar afectación de recursos naturales por mal manejo de estos. Lugar, forma y | Lugar: Sector de Faena de las instalaciones.

oportunidad | de | Forma: Mediante capacitaciones presenciales.

implementación

Oportunidad: Al inicio de la etapa de construcción.

Indicador que acredite su cumplimiento

Registro de asistencia de personal capacitado

Forma de control y seguimiento

Lista de asistentes, con registro de entrega y recibo conforme de la información

entregada. Registro de contenidos de la capacitación y su metodología.

Referencia al ICE para mayores detalles

Tabla 10,1.2. Compromiso ambiental voluntario: Capacitaciones a los trabajadores

sobre uso de materiales y residuos

9.3. Compromiso ambiental voluntario: Contratación Personal de Trabajo del Sector.

Impacto asociado

No aplica

Fase del Proyecto a la que aplica

Construcción y Cierre

Objetivo, descripción y

Asegurar contratación de personal del sector de emplazamiento de

proyecto, en

justificación caso de existir disponibilidad para el cargo. Lugar, forma y | Lugar: Instalaciones del proyecto oportunidad de | Forma: Mediante comunicación con OMIL

implementación

Oportunidad: Previo a iniciar la etapa de construcción y cierre.

Indicador que acredite su cumplimiento

Comunicación por escrito con encargado de OMIL

37

Forma de control y seguimiento

Lista de contratados.

Referencia al ICE para mayores detalles

Tabla 10.1.3. Compromiso ambiental voluntario: Contratación Personal de Trabajo | del Sector i

10, Que, las medidas relevantes del Plan de Prevención de Contingencias y del Plan de

Emergencias, son las siguientes

10.1. PLAN DE PREVENCIÓN DE CONTINGENCIAS

10.1.1. Riesgo o contingencia: Siniestro Naturales

Fase del proyecto a la que aplica

Construcción, operación y cierre

Emplazamiento, parte, obra o acción asociada

Riesgos de tipo natural originados por fenómenos ajenos a las actividades del proyecto, tales como, eventos climáticos, meteorológicos y sísmicos.

Acciones 0 medidas a implementar para prevenir la contingencia

Se realizarán capacitaciones a los trabajadores acerca del Plan de Emergencia y evacuación hacia zonas seguras.

El encargado correspondiente deberá visualizar el área antes de comenzar a trabajar.

Los trabajadores deberán utilizar EPP en todo momento. - Se implementarán medios de evacuación y puntos de encuentro.

Se mantendrán las áreas de trabajo en para una eventual rápida evacuación.

Se mantendrán teléfonos de emergencia en una zona visible,

Forma de control ye Registro de capacitaciones. seguimiento + Revisión de condiciones de cada zona. Referencia al ICE 0 e. Anexo! de la Adenda

documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada

Anexo 1 de la Adenda Complementaria Tabla 7.1.1. del ICE Riesgo o contingencia: Siniestro Naturales

10,1.2, Situación de riesgo o contingencia: Mal manejo de residuos

Riesgo o contingencia

Mal manejo de residuos

Fase del proyecto a la que aplica

Construcción y cierre

Emplazamiento, parte, obra o acción asociada

El manejo de residuos ya sea peligrosos o no peligrosos, implica un riesgo de formación de focos de insalubridad que afecten a su entorno, daños a la vegetación y fauna del lugar o provocar la contaminación del suelo.

Acciones 0 medidas a implementar para prevenir la contingencia

Los conductores de los vehículos de transporte deberán contar con capacitación correspondiente.

El transporte de residuos se regirá por las disposiciones de la legislación vigente,

El personal que manipule los residuos deberá estar capacitado.

La carga de residuos se realizará en un área segura previamente definida y claramente demarcada,

Se establecerán velocidades máximas para vehículos al interior del predio.

Los residuos (RESPEL y RESNOPEL) se manejarán en contenedores especificos dependiendo de su naturaleza.

Forma , de control y|e Registro de capacitaciones seguimiento + Registros fotográficos Referencia al ICE o¡e Anexolll dela Adenda

38

documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada

e Anexo III de la Adenda Complementaria

e Tabla 7.1.2. del ICESituación de riesgo o contingencia: Mal manejo de

residuos

10.1.3. Situación de

riesgo o contingencia: Intervención de Hallazgos Arqueológicos

Riesgo o contingencia

Intervención de Hallazgos Arqueológicos

Fase del proyecto a la que aplica

Construcción

Emplazamiento, parte, obra o acción asociada

Movimiento de tierra y escarpe de material.

Acciones 0 medidas a implementar para prevenir la contingencia

Se realizarán charlas al personal involucrado en el movimiento de material, supervisores y otros.

Se realizará monitoreo arqueológico permanente durante las acciones que impliquen movimiento de tierra, el cual será realizado por profesional arqueólogo/a(s) y/o licenciado/a(s) en arqueología, por cada frente de trabajo, durante las obras de escarpe del terreno y en todas las actividades que consideren cualquier tipo de remoción de la superficie y/o excavación subsuperficial.

Se remitirá a la Superintendencia del Medio Ambiente un informe mensual de monitoreo elaborado por profesional a cargo de charlas y monitoreo en un plazo máximo de 15 días hábiles luego de terminado el mes, el que incluirá los siguientes antecedentes:

a) Descripción de las actividades en todos los frentes de excavación del mes, con fecha.

b) Descripción de matriz y materialidad encontrada (con profundidad) en cada obra de excavación.

c) Plan mensual de trabajo de la constructora donde se especifique en libro de obras los días monitoreados por el/la arqueólogo/a.

d) Planos y fotos (de alta resolución) de los distintos frentes de excavación y sus diferentes etapas de avances. e) Contenidos de las charlas de inducción efectuadas y la constancia de asistentes con la firma de cada trabajador/a. f) De evidenciarse restos arqueológicos, incorporar:

  • Ficha de registro arqueológico con fotografías panorámicas y específicas de los hallazgos (en alta resolución).

  • Descripción detallada del estado de conservación y si hubiera afectación por las obras del proyecto. - Medidas de protección y/o conservación implementadas. - Constancia de aviso del hallazgo al CMN, de acuerdo a lo establecido en el art. 26? de la Ley 17.288 de Monumentos Nacionales.

g) Efectuar el seguimiento del estado de conservación de las medidas de prevención a implementar si corresponden (cercado, señalética, etc.).

h) El informe final de monitoreo debe dar cuenta de las actividades realizadas, y de haberse detectado sitios arqueológicos, incluir la información de rescate correspondiente. En estos casos se incluirá una revisión bibliográfica de la zona, el análisis (por tipo de materialidad) y la conservación de todos los materiales arqueológicos que se encuentren motivo de esta actividad. Se recuerda que para los rescates de hallazgos no previstos que aparezcan durante el monitoreo o en otra instancia, se deberá solicitar el permiso de intervención arqueológica, según el Artículo 7* del Reglamento de Excavación, establecida en la Ley 17.288 de Monumentos Nacionales. i) De recuperarse materiales arqueológicos, la propuesta de destinación definitiva de dichos bienes deberá ser indicada al momento de entregar el informe final del monitoreo e incluir un documento oficial de la institución museográfica aceptando la eventual destinación. Asimismo, se deben solventar los gastos de análisis, conservación y embalaje de las piezas, así como su traslado a la entidad receptora

Forma de control

y

e Registro Fotográficos

seguimiento

e Registro de charlas y capacitaciones

Referencia al ICE oO documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada

  • AnexollI de la Adenda e AnexolIlI de la Adenda Complementaria

e Tabla 7.1.3. del ICE Situación de riesgo o contingencia: Intervención de Hallazgos Arqueológicos

10.1.4. Situación de riesgo o contingencia: Accidente sobre fauna

Riesgo o contingencia

Accidente sobre fauna

Fase del proyecto a la que aplica

Construcción, operación y cierre,

Emplazamiento, parte, obra o acción asociada

Cualquier tipo de accidente y/o emergencia de afectación del componente ambiental fauna silvestre que se produzca dentro del área de empleo y rutas de acceso del proyecto durante cualquier fase, incluyendo la observación de un ejemplar de alguna especie de fauna silvestre dentro del área del Proyecto bajo una circunstancia potencial de riesgo.

Acciones O medidas a implementar para prevenir la contingencia

e Prohibición de tener o mantener animales al interior del proyecto.

e La circulación de vehículos se realizará por caminos habilitados y establecidos.

e Cualquier trabajador que observe un ejemplar de alguna especie de

fauna deberá indicar al supervisor en qué circunstancias se encuentra el animal.

  • Cualquier trabajador que observe un ejemplar de alguna especie de fauna en el camino desde un vehículo, deberá disminuir la velocidad, encender las luces intermitentes y dar aviso por radio a los conductores que pudieran transitar por dicha área.

Forma de control y [e Registros fotográficos. seguimiento e Registro de charlas y capacitaciones. Referencia al ICE oe Anexolll de la Adenda

documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada

  • Anexo! de la Adenda Complementaria

  • Tabla 7.1.4. Situación de riesgo o contingencia: Accidente sobre fauna

10.1

-5. Situación de riesgo o contingencia: Incendios.

Riesgo o contingencia

Incendios

Fase del proyecto a la que aplica

Construcción, operación y cierre

Emplazamiento, parte, obra o acción asociada

Todas las instalaciones del proyecto que, debido a riesgos internos o externos, puedan dar origen a un incendio

Acciones 0 medidas a implementar para prevenir la contingencia

Todo personal se encontrará capacitado en el uso y manejo de extintores, tal como lo señala en el D.S. 594/99 del Ministerio de Salud.

Se conformarán brigadas de emergencia que estarán capacitadas para actuar en caso de amago de incendio

Se efectuarán visitas de inspección periódicas para identificar la existencia de situaciones que deban ser modificadas para evitar potenciales incendios. Se dispondrá en las instalaciones de faenas, planos con la ubicación de los extintores (sólo en etapa de construcción y cierre).

En las zonas donde existe riesgo de incendios se implementará herramientas básicas para el combate del fuego.

Tener especial preocupación por mantener el orden y aseo. Inspeccionar y verificar que las vías de evacuación como los sistemas que combate los incendios se mantengan libres de obstáculos y bien señalizados.

Si detecta instalaciones eléctricas en mal estado, comunicarlo a la jefatura.

40

Antes de abandonar los lugares de trabajo desconectar aparato que necesiten suministro eléctrico y de combustible.

Desechos vegetales retirados y dispuestos en lugares autorizados.

Forma de control y |* Registro de capacitaciones de los trabajadores seguimiento + Boleta o factura de compra de extintores e Documento, boleta o factura que acredite la disposición final autorizada de los desechos vegetales Referencia al ICE O|e Anexolll de la Adenda

documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada

Anexo Ill de la Adenda Complementaria Tabla 7.1.5. Situación de riesgo o contingencia: Incendios.

10.1.6. Situación de riesgo o contingencia: Derrame de Residuos, Combustibles y Aceites

Riesgo o contingencia

Derrame de Residuos, Combustibles y Aceites

Fase del proyecto a la que aplica

Construcción, operación y cierre

Emplazamiento, parte, obra o acción asociada

El funcionamiento y la mantención de vehículos, equipos y maquinaria motorizada durante la fase de construcción, implica inevitablemente la existencia de riesgos de derrames de residuos, combustibles y aceites en terreno naturales, los que pueden provocar contaminación del suelo y cauces, dañando a la vegetación y fauna del lugar.

Acciones 0 medidas a implementar para prevenir la contingencia

Los conductores de los vehículos de transporte de combustible deberán contar con capacitación en el manejo y manipulación de las sustancias que transportan, así como los procedimientos de primeros auxilios y las acciones o medidas ante una eventual fuga y dispersión de residuos en vías de tránsito público. Se exigirá lo señalado a la empresa externa.

El personal que manipule este tipo de sustancias deberá estar capacitado para dicha actividad.

La velocidad de circulación dentro de las faenas y en los caminos internos no deben exceder los 30 km/h.

Se prohibirá la circulación de camiones en la zona de obras cuando las condiciones de iluminación no sean óptimas.

La mantención y carga de combustible a vehículos, maquinarias y/o equipos se realizará en un área segura previamente definida y claramente demarcada.

Se mantendrán elementos que permitan la contención de derrames pequeños y medianos.

Los transformadores se ubicarán sobre un bastidor con cubeta de contención de aceite, ya sea de obra o de acero galvanizado, de capacidad de 110 % del volumen de aceite del transformador.

Forma _ de control y|e Registro de capacitaciones. seguimiento e Registros fotográficos Referencia al ICE Oo|e Anexolll dela Adenda

documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada

Anexo III de la Adenda Complementaria

Tabla 7.1.6. Situación de riesgo o contingencia: Derrame de Residuos, Combustibles y Aceites

10.2. PLAN DE EMERGENCIAS

10.2.1. Situación de emergencia: Siniestro Naturales

Fase del Proyecto a la que aplica

Construcción, operación y cierre

Parte, obra o acción

Riesgos de tipo natural originados por fenómenos ajenos a las

41

asociada

actividades del proyecto, tales

meteorológicos y sísmicos.

como, eventos climáticos,

Acciones a implementar

  • En caso de vientos fuertes, los trabajadores deberán dejar de realizar cualquier actividad.

e Utilizarán el respectivo barbiquejo para tener sujeción del casco.

e Si los vientos son persistentes el encargado deberá detener las labores y desalojar a los trabajadores.

e En caso de sismos, se deberá mantener la calma, controlando posibles casos de pánico.

  • Desalojar al personal del lugar de trabajo para dirigirse a las zonas de seguridad establecidas.

e No tratar de salvar objetos arriesgando la vida.

  • Permanecer en alerta, se debe recordar que después de un sismo existirán replicas.

e Verificar que el personal se encuentra en su totalidad y en buen estado, ayudando a aquellos que lo necesitan.

e Prestar atención de primeros auxilios a personal que resulte accidentado.

Oportunidad y vías de comunicación a la SMA de la activación del Plan

e Se procederá en base a lo establecido en la R.E. N” 885/2016 de la SMA Normas de Carácter General sobre Deberes de Reporte de Avisos, Contingencias e Incidentes a través del Sistema de Seguimiento Ambiental.

e En caso de que ocurra afectación a algún trabajador, se comunicará al Seremi de salud.

Referencia al ICE o documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada

  • AnexolTI de la Adenda
  • AnexollI de la Adenda Complementaria
  • Tabla 7.1.1. del ICE Riesgo o contingencia: Siniestro Naturales

10.22. Situación de emergencia: Mal manejo de residuos

Fase del Proyecto a la que aplica

Construcción y cierre

Parte, obra o acción asociada

El manejo de residuos ya sea peligrosos o no peligrosos, implica un riesgo de formación de focos de insalubridad que afecten a su entorno, daños a la vegetación y fauna del lugar o provocar la contaminación del suelo.

Acciones a implementar

Residuos no peligrosos: + Dar aviso de inmediato del al supervisor directo.

  • Analizar el incidente y tomar acciones para impedir el esparcimiento del residuo.

  • Trabajadores capacitados utilizarán el Kit de Derrame para detener el derrame de residuos

e Se procederá a recoger la mayor cantidad de residuos derramados o tierra contaminada.

  • Una vez acabado el procedimiento, se analizará el estado del sector donde ocurrió el derrame para la reposición de actividades. Residuos peligrosos:

  • Se comunicará al encargado para que recomendaciones técnicas de control de derrame.

entregue las

  • Se prohibirá el acceso a personas ajenas a la zona afectada.
  • Se aplicarán las acciones para descontaminar suelos.

  • Almacenamiento del residuo peligroso en el sector destinado para este fin y posteriormente se dispondrá de éste en lugares

42

autorizados.

Lavado de los elementos de protección personal utilizados, en forma separada y en el lugar dispuesto especialmente para ello al finalizar la operación.

Oportunidad y vías de comunicación a la SMA de la activación del Plan

Dar aviso telefónico a la SMA, Oficina Regional del Biobío. Posteriormente, y en un máximo de 48 horas se enviará un informe de los ocurrido a la oficina de la SMA. Sin perjuicio de lo anterior se procederá en base a lo establecido en la R.E. N? 885/2016 de la SMA Normas de Carácter General sobre Deberes de Reporte de Avisos, Contingencias e Incidentes a través del Sistema de Seguimiento Ambiental.

Referencia al ICE o documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada

e Anexo lll de la Adenda e AnexolIlI de la Adenda Complementaria

e Tabla 7.1.2. del ICE Situación de riesgo o contingencia: Mal manejo de residuos

10.2.3. Situación de emergencia: Intervención de Hallazgos Arqueológicos

Fase del Proyecto a la que aplica

Construcción

Parte, obra o acción asociada

Movimiento de tierra y escarpe de material.

Acciones a implementar

e En caso de que se registre un hallazgo se deberá dar cumplimiento a la Ley 17.288, por lo que se debe dar aviso inmediatamente el descubrimiento al Consejo de Monumentos Nacionales, que ordenará a Carabineros que se haga responsable de su vigilancia hasta que el Consejo determine el procedimiento a seguir.

o Se habilitarán cercos de protección para impedir el acceso.

e Uso de señalética.

Oportunidad y vías de comunicación a la SMA de la activación del Plan

Se procederá en base a lo establecido en la R.E. N* 885/2016 de la SMA Normas de Carácter General sobre Deberes de Reporte de Avisos, Contingencias e Incidentes a través del Sistema de Seguimiento Ambiental.

Referencia al ICE o documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada

e Anexo lll de la Adenda e Anexo lIlI de la Adenda Complementaria

e Tabla 7.1.3. Situación de riesgo o contingencia: Intervención de Hallazgos Arqueológicos

10.2.4. Situación de emergencia: Accidente sobre fauna

Fase del Proyecto a la que aplica

Construcción, operación y cierre.

Parte, obra o acción asociada

Cualquier tipo de accidente y/o emergencia de afectación del componente ambiental fauna silvestre que se produzca dentro del área de empleo y rutas de acceso del proyecto durante cualquier fase, incluyendo la observación de un ejemplar de alguna especie de fauna silvestre dentro del área del Proyecto bajo una circunstancia potencial de riesgo.

Acciones a implementar

e En caso de constatar fauna endémica en estado de conservación que no haya sido identificada en el proceso de evaluación se realizarán las medidas correspondientes al rescate y relocalización con el motivo de evitar cualquier efecto adverso significativo. Dicha información será informada a la SMA en conjunto con las acciones a realizar. Con respecto a los reptiles, cabe señalar que, debido a la alta actividad agrícola del sector, es

43

improbable la presencia de estas especies, siendo un sector debidamente acotado donde se constató la presencia de los individuos identificados.

  • Siempre que un trabajador detecte un animal que pudiera estar accidentado en dependencias del Proyecto deberá suspender las actividades en el perímetro y dar aviso inmediato al encargado ambiental.

e Se deberá evitar cualquier movimiento o manejo del animal accidentado.

e El encargado deberá realizar una búsqueda y análisis rápido de las causas y evitar el aumento del número de ejemplares accidentados.

e El encargado deberá dar aviso al Servicio Agrícola Ganadero Regional (SAG) y al Centro de Rescate de Fauna Silvestre correspondiente a la región.

  • El encargado deberá permanecer en el área del accidente hasta que el personal especializado se presente en el lugar Una vez que el animal accidentado haya sido trasladado, el encargado determinará si las actividades pueden reanudarse de manera normal o si es requerido mantenerlas detenidas.

e Se iniciará una investigación orientada a determinar las causas del accidente.

e Enun plazo no mayor a 48 horas de ocurrido el accidente, se emitirá un informe para ser considerado en los procedimientos de la empresa y remitidos a la División de Recursos Naturales Renovables del Servicio Agrícola Ganadero Regional (SAG).

  • Elencargado deberá dar seguimiento continuo en la recuperación del animal.

  • Una vez que el animal se encuentre recuperado, el encargado deberá coordinarse con el servicio a cargo para realizar el traslado y reinserción de individuo.

De no estar el encargado presente para participar en cualquiera de las etapas del procedimiento, deberá siempre dejar delegada su función a un tercero capacitado para ejecutarlo.

Oportunidad y vías de comunicación a la SMA de la activación del Plan

Dar aviso telefónico a la SMA y Servicio Agrícola y Ganadero Oficina Regional del Biobío. Sin perjuicio de lo anterior se procederá en base a lo establecido en la R.E. N” 885/2016 de la SMA Normas de Carácter General sobre Deberes de Reporte de Avisos, Contingencias e Incidentes a través del Sistema de Seguimiento Ambiental.

Referencia al ICE o documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada

  • Anexo lITI de la Adenda
  • Anexo!lI de la Adenda Complementaria

. Tabla 7.14. del ICE Situación de riesgo o contingencia: Accidente sobre fauna

10.2.5. Situación de emergencia: Incendios.

Fase del Proyecto a la que aplica

Construcción, operación y cierre

Parte, obra o acción asociada

Todas las instalaciones del proyecto que, debido a riesgos internos o externos, puedan dar origen a un incendio.

Acciones a implementar

e En caso de detectar humo o llama, se dará aviso de alerta de emergencia a viva voz y/o por medio de comunicación más cercano (teléfono, radio, etc).

e En.caso de escuchar la alerta de incendio, dirigirse con extintores rápido al sitio de amago, solo si está capacitado para usarlo, de lo

44

contrario evacue a las zonas de seguridad. (Sólo se usarán extintores en etapa de construcción y cierre).

e Dirigirse a las zonas de seguridad, por medio de las vías de evacuación demarcadas.

e Evacuar ordenadamente, evitar el pánico, camine a la velocidad normal, sin correr.

e No tenga actitudes temerarias, que puedan poner en riesgo la integridad física de otras personas.

e Ayude aevacuar a personas que presenten problemas.

e Si su ropa prendiera con fuego, no corre, déjese caer al piso y comience a rodar una y otra vez, hasta lograr sofocar las llamas, cúbrase el rostro con las manos.

e Nunca se devuelva, si ha logrado salir.

e Evacuar ordenadamente, evitar el pánico, camine a la velocidad normal, sin correr.

e Se mantendrán extintores en lugares accesibles, libre de todas clases de obstáculos.

  • Entrenamiento de trabajadores en el manejo de equipos extintores
  • Llamar a bomberos y equipos especializados.

e En caso de que la emergencia se descontrole los trabajadores deberán evacuar la zona.

e Se realizará mantenimiento preventivo de las conexiones eléctricas coordinado entre el control de producción del proyecto y los operarios especialista en electricidad.

Realización de la mantención, tanto preventiva como correctiva, de los paneles e inversores en corriente continua por personal calificado para evitar corto circuitos.

Oportunidad y vías de comunicación a la SMA de la activación del Plan

Dar aviso telefónico a la SMA, Oficina Regional del Biobío. Posteriormente, y en un máximo de 48 horas se enviará un informe de los ocurrido a la oficina de la SMA. Sin perjuicio de lo anterior se procederá en base a lo establecido en la R.E. N* 885/2016 de la SMA Normas de Carácter General sobre Deberes de Reporte de Avisos, Contingencias e Incidentes a través del Sistema de Seguimiento Ambiental.

Referencia al ICE o documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada

e Anexo!llI de la Adenda e AnexolIlI de la Adenda Complementaria

e Tabla 7.1.5. del ICE Situación de riesgo o contingencia: Incendios.

10.2.6. Situación de emergencia: Derrame de Residuos, Combustibles y Aceites

Fase del Proyecto a la que aplica

Construcción, operación y cierre

Parte, obra o acción asociada

El funcionamiento y la mantención de vehículos, equipos y maquinaria motorizada durante la fase de construcción, implica inevitablemente la existencia de riesgos de derrames de residuos, combustibles y aceites en terreno naturales, los que pueden provocar contaminación del suelo y cauces, dañando a la vegetación y fauna del lugar.

Acciones a implementar

e Aviso inmediato al encargado, quien adoptará la medida a emplear.

e Los derrames de líquidos en tierra se deben contener mediante el pretil de contención.

e Disponer del equipo adecuado y disponibilidad inmediata para el manejo del derrame.

45

  • Se deberá impedir que el líquido alcance curso de agua, quebradas y otros lugares que pueda dañar el ecosistema

En caso de derrame por combustibles, se debe eliminar de inmediato todas las posibles fuentes de ignición, en un radio no menor de 50 metros, considere cigarrillos, interruptores no protegidos, motores en funcionamiento, etc.).

Oportunidad y vías de El titular informará a la SEREMI de Salud de eventuales comunicación a la SMA de | contingencias de derrame de residuos peligrosos (RESPEL), dentro la activación del Plan de las 24 horas posteriores de ocurrido el evento.

Dar aviso telefónico a la SMA, Oficina Regional del Biobío. Posteriormente, y en un máximo de 48 horas se enviará un informe de los ocurrido a la oficina.

Sin perjuicio de lo anterior se procederá en base a lo establecido en la R.E. N* 885/2016 de la SMA Normas de Carácter General sobre Deberes de Reporte de Avisos, Contingencias e Incidentes a través del Sistema de Seguimiento Ambiental.

Referencia al ICE o + AnexolII de la Adenda documentos del expediente |, Anexo 1! de la Adenda Complementaria de evaluación que contenga

la descripción detallada + Tabla 7.1.6. del ICE Situación de riesgo o contingencia: Derrame

de Residuos, Combustibles y Aceites

li. Que, el Titular deberá remitir a la Superintendencia del Medio Ambiente la información respecto de las condiciones, compromisos o medidas, ya sea por medio de monitoreos, mediciones, reportes, análisis, informes de emisiones, estudios, auditorías, cumplimiento de metas o plazos, y en general cualquier otra información destinada al seguimiento ambiental del Proyecto, según las obligaciones establecidas en la presente Resolución de Calificación Ambiental y las Resoluciones Exentas que al respecto dicte la Superintendencia del Medio Ambiente. De igual forma, y a objeto de conformar el Sistema Nacional de Información de Fiscalización Ambiental (SNIFA), el Registro Público de Resoluciones de Calificación Ambiental y registrar los domicilios de los sujetos sometidos a su fiscalización en conformidad con la ley, el Titular deberá remitir en tiempo y forma toda aquella información que sea requerida por la Superintendencia del Medio Ambiente a través de las Resoluciones Exentas que al respecto ésta dicte.

  1. Que, el Titular deberá informar a la Superintendencia del Medio Ambiente la realización de la gestión, acto o faena mínima que da cuenta del inicio de la ejecución de obras, a que se refiere el Considerando 4.1. de la presente Resolución.

  2. Que, con el objeto de dar adecuado seguimiento a la ejecución del Proyecto, el Titular deberá informar a la Superintendencia del Medio Ambiente, al menos con una semana de anticipación, el inicio de cada una de las fases del Proyecto, de acuerdo a lo indicado en la descripción del mismo.

14, Que, para que el proyecto “Parque Fotovoltaico Maquehue” pueda ejecutarse, deberá cumplir con todas las normas vigentes que le sean aplicables.

15, Que, el Titular deberá informar inmediatamente a la Secretaría de la Comisión de Evaluación de la Región del Biobío y a la Superintendencia del Medio Ambiente, la ocurrencia de impactos ambientales no previstos en la DÍA, asumiendo inmediatamente las acciones necesarias para abordarlos.

  1. Que, el Titular del Proyecto deberá comunicar inmediatamente y por escrito a la Dirección Regional del SEA Servicio de Evaluación Ambiental VHI Región del Biobío la ocurrencia de cambios de titularidad, representante legal, domicilio y correo electrónico, de acuerdo a lo establecido en el inciso tercero del artículo 162 y artículo 163, ambos del Reglamento del SETA.

  2. Que, se hace presente al Titular que cualquier modificación al Proyecto que constituya un cambio de consideración, en los términos definidos en el artículo 2? letra g) del Reglamento del SEIA, deberá someterse al SEIA.

46

  1. Que, todas las medidas, condiciones, exigencias y disposiciones establecidas en la presente Resolución, son de responsabilidad del Titular, sean implementadas por éste directamente o a través de un tercero.

RESUELVO:

1%. Calificar favorablemente la Declaración de Impacto Ambiental del proyecto “Parque Fotovoltaico Maquehue”, de LUZ DE SOL 1 SPA.

2*. Certificar que el proyecto “Parque Fotovoltaico Maquehue” cumple con la normativa de carácter ambiental aplicable.

3”. Certificar que el proyecto “Parque Fotovoltaico Maquehue” cumple con los requisitos de carácter ambiental contenidos en los permisos ambientales sectoriales que se señalan en los artículos 140, 142, 146, 156 y 160 del D.S. N* 40/2012 del Ministerio del Medio Ambiente, Reglamento del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental.

4?. Certificar que el proyecto “Parque Fotovoltaico Maquehue” no genera los efectos, características o circunstancias del artículo 11 de la Ley N? 19.300, que dan origen a la necesidad de elaborar un Estudio de Impacto Ambiental.

5”. Definir como gestión, acto o faena mínima del Proyecto, para dar cuenta del inicio de su

ejecución de modo sistemático y permanente, a los mencionados en el considerando 4.1. del presente acto.

6”. Hacer presente que contra esta Resolución es procedente el recurso de reclamación de acuerdo a lo dispuesto en el artículo 20 de la Ley N* 19.300, ante el Director Ejecutivo del Servicio de Evaluación Ambiental. El plazo para interponer este recurso es de treinta días contados desde la notificación del presente acto.

Notifíquese y Archívese

el E Sl o

Silvana Suanes Araneda ora Regional Servicio de Evaluación Ambiental — Secretaria Comisión de Evaluación

j Región del Biobío

e)

/ / ARS/PJD

Distribución:

e Pedro Lagos Charme

e CONADI, Región del Biobío e CONAF, Región del Biobío

47

C/C

Consejo de Monumentos Nacionales

DGA, Región del Biobío

Dirección de Vialidad, Región del Biobío

Dirección Regional de Aeropuertos, Región Biobío DOH, Región del Biobío

SAG, Región del Biobío

SEC, Región del Biobío

SEREMI de Agricultura, Región del Biobío

SEREMI de Bienes Nacionales, Región del Bio bío SEREMI de Desarrollo Social y Familia, Región del Biobío SEREMI de Energía, Región del Biobío

SEREMI de Minería, Región del Biobío

SEREMI de Salud, Región del Biobío

SEREMI de Transportes y Telecomunicaciones, Región del Biobío SEREMI de Vivienda y Urbanismo, Región del Biobío SEREMI del Medio Ambiente, Región del Biobío SEREMI MOP, Región del Biobío

SERNAGEOMIN, Zona Sur

Servicio Nacional de Pesca, Región del Biobío Servicio Nacional Turismo, Región del Biobío Subsecretaría de Pesca y Acuicultura

Superintendencia de Servicios Sanitarios

Encargada de Participación Ciudadana

Superintendencia del Medio Ambiente contactorca(dsma.gob.cl Oficial de Partes de la Región del Biobío

Expediente del Proyecto “Parque Fotovoltaico Maquehue” Archivo Servicio de Evaluación Ambiental, Región del Biobío

48

[OCR parcial: primeras 25 y últimas 15 páginas de 48]