Evaluación SEA

Estación de Transferencia de Flujo Cisne Sur

Rol 2144004376
SEA · DIA · Aprobado · 2019-08-16 · Región de Magallanes y de la Antártica Chilena · FIELD DEVELOPMENT CONSULTANTS DE CHILE LIMITADA

REPÚBLICA DE CHILE COMISIÓN DE EVALUACIÓN REGIÓN DE MAGALLANES Y ANTÁRTICA CHILENA

CALIFICA AMBIENTALMENTE EL PROYECTO “LÍNEA DE FLUJO TRES LAGOS 110»

RESOLUCIÓN EXENTA N*150/2019

PUNTA ARENAS, 27 DE DICIEMBRE DE 2019

VISTOS:

12

Ze.

3:

42, Se,

6”.

Te

La Declaración de Impacto Ambiental (DIA), su Adenda de 15 de noviembre de 2019, del proyecto “Línea de Flujo Tres Lagos 110”, presentado por la Empresa Nacional del Petróleo - Magallanes con fecha 20 de agosto d 2019.

Los pronunciamientos y observaciones de los órganos de la administración del Estado que, sobre la base de sus facultades legales y atribuciones, participaron en la evaluación de la DIA, y que se detallan en el Capítulo 3 del Informe Consolidado de Evaluación (ICE) de la DIA del proyecto “Línea de Flujo Tres Lagos 110”.

El Acta de Evaluación N*%032/2019 de 27 de noviembre de 2019 del Comité Técnico de la Región de Magallanes y de la Antártica Chilena.

El ICE de la DIA del proyecto “Línea de Flujo Tres Lagos 110” de 05 de diciembre de 2019.

El acuerdo adoptado en la sesión N*%17 de 19 de diciembre de 2019, de la Comisión de Evaluación de la Región de Magallanes y de la Antártica Chilena.

Los demás antecedentes que constan en el expediente de evaluación de impacto ambiental de la DIA del proyecto “Línea de Flujo Tres Lagos 110”.

Lo dispuesto en la Ley 19.300, Sobre Bases Generales del Medio Ambiente; en el D.S. N40/2012, del Ministerio del Medio Ambiente, que aprueba el nuevo Reglamento del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental; en la Ley N19.880, publicada en el D.O. el 29 de Mayo de 2003, del Ministerio Secretaría General de la Presidencia de 2002, que establece las bases de los procedimientos administrativos que rigen los actos de los Órganos de la Administración del Estado; en el D.F.L. N1/19.653, de 2000, del MINSEGPRES, que fija texto refundido, coordinado y sistematizado de la Ley N18.575, Orgánica Constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado en la Resolución Toma de Razón N119046/19/2018, del Servicio de Evaluación Ambiental, de fecha 05 de marzo de 2018, que nombra al Director Regional en el Servicio de Evaluación Ambiental Región de Magallanes y de la Antártica Chilena y en la Resolución N7 de 2019 de la Contraloría General de la República, que fija Normas sobre Exención del Trámite de Toma de Razón.

CONSIDERANDO:

12

EE

, Región de Magallanes y de la Antártica Chilena, ha recomendado aprobar el Proyecto, por

Que, la Empresa Nacional del Petróleo - Magallanes (en adelante, el Titular), ha sometido al Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental (SEIA) la DIA del proyecto “Línea de Flujo Tres Lagos 110” (en adelante, el Proyecto). Los antecedentes del Titular son los siguientes:

Nombre o razón social Empresa Nacional del Petróleo - Magallanes

RUT 92.604.000-6

Domicilio José Nogueira 1101, Casilla 247, Punta Arenas

Teléfono S6-61-2224347

Representante Legal Rodrigo Bustamante Villegas

RUT 12.219.794-8

Domicilio José Nogueira 1101, Casilla 247, Punta Arenas

Teléfono 56-61-2221150

Correo Electrónico bustamantevAmag.enap.cl; cgonzalezc(Amag.enap.cl

Que, conforme se indica en el ICE de fecha 05 de diciembre 2019, el Director Regional de la

Cuanto cumple con la normativa de carácter ambiental aplicable al proyecto, cumple con los .requisitos de carácter ambiental contenidos en el Permiso Ambiental Sectorial Mixto señalado en €l artículo 137 del D.S. N*40/2012 y no genera los efectos características o circunstancias del artículo 11 de la Ley 19.300, que dan origen a la necesidad de elaborar un Estudio de

Impacto Ambiental.

1/23

32,

4”.

Que, en sesión de 19|de diciembre de 2019, la Comisión de Evaluación de la Región de Magallanes y de la Ahtártica Chilena acordó calificar favorablemente el proyecto “Línea de Flujo Tres Lagos 110, aprobando integramente el contenido del ICE de 05 de diciembre de

2019, el que forma p

e integrante de la presente Resolución. Por lo tanto, conforme a lo

indicado en el artículo [60 inciso segundo del Reglamento del SEIA, se excluyen de la presente resolución las considerfciones técnicas en que se fundamenta.

Que, según lo señalado en la DIA y sus anexos, en su Adenda, los cuales forman parte integrante de la preserite Resolución, la descripción del proyecto es la que a continuación se

indica:

4.1.

ANTECEDENTES GENERALES

Objetivo general

El objetivo del Proyecto es la construcción de una línea de flujo para transportar hidrocarburos, el cual forma parte de las actividades de exploración, producción, refinamiento y transporte de hidrocarburos (petróleo y gas) que desarrolla la empresa en la Región de Magallanes y de la Antártica Chilena.

Descripción general Hel

proyecto

El proyecto consiste en la construcción de una línea de flujo para el transporte de hidrocarburos desde el pozo Tres Lagos 110 hasta la central 5 Tres Lagos, con una longitud de 2.000 metros.

Tipología principal, [así como las aplicables a Bus

partes, obras o acciones

j) Oleoductos, gasoductos, ductos mineros u otros análogos.

Vida útil

20 años

Montro de Inversión

USD$400.000.-

Gestión,

inicio de la ejecución

acto o fafna mínima que da cuenta[del

La gestión, acto o faena mínima del Proyecto que dará cuenta del inicio de su ejecución de modo sistemático y permanente, será la apertura de zanja para el retiro de la antigua línea y posterior tendido de la nueva línea de flujo.

SI NO Proyecto se desarrplla Xx por etapas Proyecto modifica [un Xx proyecto o actividad Proyecto Modifica Ptra Xx (s) RCA 4.2. UBICACIÓN MEL PROYECTO Región Región de Magallanes y de la Antártica Chilena Provincia Provincia de Tierra del Fuego Comuna Comuna de Primavera

Descripción de localización

Específicamente en el Bloque Intracampos, al interior de la estancia Los Yaganes y Lote 73.

La superficie máxima que utilizará el Proyecto será de 2,4 há

Superficie durante la fase de construcción, la cual disminuirá durante la fase de operación a 1,2 há.

Coordenadas UTM

WGS84/19 VIS sal

TAN a ad 525.982 4.131.330

Término (Central 5 Pres 524.079 4.131.561

Lagos)

Caminos de acceso

Para acceder al Proyecto desde la ciudad de Punta Arenas, es posible realizarlo a través de la siguiente ruta:

Tomando la Ruta 9 Norte durante 50 km hasta llegar a la ruta CH- 255, por la que se deben recorrer 100 km aproximadamente hasta llegar al inicio de la ruta que conduce hasta el cruce marítimo Bahía Azul donde, mediante barcaza, se atraviesa el estrecho de Magallanes en el sector denominado Primera Angostura para acceder a la isla de Tierra del Fuego. Una vez ahí, se continua por la ruta CH-257 durante 37 km hasta el inicio de la ruta CH-259 por la cual se deben avanzar 47 km hasta llegar la entrada del yacimiento tres lagos para continuar por ruta interior hasta llegar al Proyecto.

2/23

Referencia al expediente

de evaluación de los mapas, georreferenciación 6 información

complementaria sobre la localización de sus partes, obras y acciones

Capítulo I de la DIA

4,3,

PARTES Y OBRAS

DEL PROYECTO

Nombre

Descripción Fase

Zanja

Es una excavación que se realiza para albergar la línea de flujo, tendrá un ancho de 1,2 m (ancho máximo de la pala excavadora), una profundidad entre 0,8 y 1 metro y un largo de 2.000 metros.

Construcción

Línea de Flujo

La línea de flujo se construirá utilizando cañerías de acero con revestimiento tricapa, que asegurará una protección externa contra la corrosión o flexipipe, que es una cañería de polietileno de alta densidad reforzada con fibra de vidrio, y se encuentra probada y calificada de acuerdo con las Normas de Seguridad API RP 158.

Construcción, operación y cierre

4.4, ACCIONES DEL PROYECTO

4.4.1.

FASE DE CONS

TRUCCIÓN

Tendido de la Línea

Distribución lineal del tramo de cañería a lo largo del trazado. Para la tubería de acero, esta puede ser soldada antes o posterior a la apertura de zanja, dejándola junto a la zanja, para realizar la prueba de uniones soldadas.

En el caso de utilizar el ducto flexible (Flexpipe), esta se instala directamente dentro de la zanja, por lo que solo el ducto de acero se podría colocar antes de la apertura de la zanja.

Apertura de Zanja

Preparación de la pista y excavación de la zanja que contendrá el ducto, El presente proyecto se ejecutará en el mismo trazado de una línea antigua, construida a finales de los años 70” actualmente existente, la cual será retirada y dispuesta finalmente como residuo conforme a la normativa vigente en estas materias. A continuación, se describe las actividades a realizar:

1.- Se comenzará con efectuar la excavación para descubrir la línea antigua de acero que se encuentra actualmente enterrada. Para ello la excavación se realizará de la siguiente manera:

a) Se retira el horizonte orgánico (Horizonte A) y se dispone lateralmente a sotavento.

Se tendrá cuidado en retirar sólo esta primera capa de

tierra.

Se retira el horizonte mineral (Horizonte B) el cual será de

mayor volumen y dispuesto a barlovento creando una

cortina natural del material orgánico.

Posteriormente se procederá a retirar el tramo antiguo y

trozarlo a una longitud que permita su fácil manejo y transporte

para disposición final.

3.- Luego, se instalará la nueva línea en la misma zanja realizada.

b)

c)

Procedimiento General Instalación Flexpipe

La instalación del ducto flexible de polietileno de alta densidad reforzado con fibra de vidrio se efectuará a través de un vehículo que va situando el ducto al interior de la zanja, y aproximadamente cada 600 metros se efectuará las uniones de línea, para finalizar con

la conexión a la Central 5 Tres Lagos.

3/23

Pruebas

Las pruebas a la tubería serán las siguientes y se desarrollarán consecutivamente:

Prueba de Uniones Soldadas: Para ducto de acero, a efectuar en un porcentaje de uniones soldadas de acuerdo con norma ASME (American Society of Mechanical Engineers), mediante técnicas de radiografía, las cuales permitirán obtener una interpretación mediante una imagen fotográfica producida al incidir rayos X sobre una placa sensible, después de haber atravesado una unión soldada. Esto permitirá obtener información de las discontinuidades superficiales o internas presentes en las uniones. Las uniones defectuosas, se repararán de acuerdo a norma ASME.

Las pruebas, utilizando radiografía industrial, se realizarán con un equipo de radiación gamma, este equipo posee la Autorización de Operación entregada por la Comisión Chilena de Energía Nuclear (CCHEN) N GI-003-128-2019 y es de propiedad de ENAP. Los operadores tienen sus autorizaciones de operación al día y este equipo es almacenado en la bóveda de isótopos radiactivos, autorizada por la CCHEN N DI-027-118-210, que la Empresa tiene en Cerro Sombrero.

Prueba de Porosidad: Se realizan antes de efectuar la protección anticorrosiva en las soldaduras circunferenciales y consiste en la aplicación de presión en la tubería de 100 psi con aire, esto según las normas ASME, para verificar que no haya fugas. Posteriormente, se procederá a inspeccionar cada soldadura realizada con una solución de agua jabonosa, y las soldaduras defectuosas se marcarán en el momento de ser detectadas, con pintura indeleble, para ser reparadas. Si el número de éstas fuese mayor a tres (3), el tramo deberá ser probado nuevamente, una vez efectuadas las reparaciones.

Finalizada la prueba, los extremos de la tubería deberán quedar cerrados con tapas herméticas (hasta el empalme con el resto de la obra).

Prueba de Revestimiento: Para ductos de acero, la tubería será recubierta con un revestimiento que aislará su superficie externa del entorno, para evitar la corrosión una vez enterrada. Para ver y comprobar que el revestimiento presente una continuidad en todo el trazado de la tubería, se utilizará un detector Holiday, que permite verificar el estado del revestimiento de polietileno extruido de la cañería y de las mantas termorretráctiles de polietileno en las uniones soldadas.

Prueba de Resistencia: Consiste en aplicar presión según lo indique cada proyecto. Específicamente, se realizará de acuerdo distintas presiones de acuerdo a porosidad y resistencia, de esta manera los gasoductos estarán en condiciones de operar a una presión de 1.480 psig, correspondiente a la máxima presión de operación para flanges y válvulas que son los empleados en estos gasoductos. Estas pruebas se realizarán con gas a una presión 10% mayor a la máxima presión de operación, equivalente a 1.628 psig. Cabe señalar que para el caso de flexpipe se trabaja con un escalamiento similar tomando como máximo 711 psig.

Tapado y Cierre de Zanja

Una vez terminada la etapa de pruebas a la tubería, se procede a

tapar la zanja, disponiendo los horizontes en el mismo orden en que

fue hecha la excavación, realizando las siguientes actividades:

  • — Restitución de la tierra más profunda (horizonte mineral).

  • Instalación de la cinta de advertencia.

  • Relleno y Tapado de zanja que contendrá la tubería.

  • Restitución de la capa vegetal en los lugares que fue retirada.

  • Retiro de los elementos y materiales sobrantes de la construcción.

4/23

Instalación de Letreros Informativos

Una vez concluidas las acciones de construcción del ducto, se instalarán letreros que indicarán el diámetro de éste, la presión, la empresa a la cual pertenece y el número de contacto para llamados en caso de emergencia. Dichos letreros se localizarán a distancias prudentes, considerando, como en todos los proyectos, su instalación en los sectores de pozos y límites prediales, entre otros.

Implementación del Plan de Intervención de Cubierta Vegetal

El Plan Agronómico se encuentra en el anexo III de la DIA, y será aplicado en el periodo óptimo de siembra más cercano una vez finalizadas las obras de cierre del trabajo (Obras civiles). Dicho Plan considera la determinación de las dosis de fertilización y siembra. Para las labores agronómicas se utilizará una máquina sembradora en hilera con cajonera. Este equipo permite la

localización de las semillas y los fertilizantes en forma conjunta y

su incorporación al suelo. Para las labores de siembra, se

considerará una mezcla con semillas comerciales de Fertuca

Trifolium y Holcus. Estas especies serán las primeras en

establecerse y ayudarán al inicio del poblamiento de semillas

nativas latentes en el suelo favoreciendo la dinámica de

repoblamiento natural. Se realizará un plan de monitoreo o

seguimiento debe generarse en forma temprana y tiene como

objetivo, velar por el cumplimiento y obtención de un 60% de cobertura vegetal descartando un efecto significativo sobre el área intervenida al cabo de 2 años de iniciadas las labores agronómicas

o de intervención. La implementación y ejecución de este plan de

monitoreo considera:

  • Monitoreos de carácter mensual durante los primeros 6 meses de efectuada las labores agronómicas (mes 1 al 6).

  • Monitoreo al mes 9 y 12 (cada 3 meses). Al año de ejecutadas las labores agronómicas (mes 12), se considerará un porcentaje de cobertura de un 40% para determinar el requerimiento o no, de un plan de reintervención o contingencia.

  • — Para aquellas zonas en donde la cobertura vegetal no supere el rango establecido, se deberá implementar un plan de intervención con miras a incrementar el porcentaje de cobertura. El plan de monitoreo para estos casos se realizará en forma mensual los 6 primeros meses (mes 13 al 18) para posteriormente complementar con monitoreos al mes 21 y 24 respectivamente.

  • Para aquellas zonas en donde la cobertura vegetal logre el rango establecido, no se considerará un plan de intervención y el plan de monitoreo para estos casos se realizará cada 3 meses.

Recursos naturales

renovables

Suelo: Para la instalación del ducto, se retirará la cubierta vegetal para realizar la zanja removiendo una superficie aproximada de 0,24 ha, la cual será restablecida de acuerdo al Plan de Intervención de la Cubierta Vegetal

Emisiones y efluentes

Material Particulado y gases de combustión

El Proyecto generará emisiones atmosféricas asociadas a la actividad de instalación del ducto Tres Lagos 110, debido al traslado de insumos, residuos y del personal. Las emisiones serán intermitentes durante la jornada laboral y estarán acotadas a la fase de construcción, cuya duración se estima en aproximadamente 39 días. Las emisiones totales estimadas de MPjo asociadas a la actividad de instalación del ducto y transporte para la fase de construcción, son de baja magnitud correspondiente a 0,2 ton/día. Estas emisiones son mínimas y de corta duración, no superiores a 39 días, equivalentes a la fase de construcción, considerando además las condiciones ambientales del sector (viento, humedad, entre otros) y la ausencia de receptores. El proyecto no considera medidas de abatimiento.

5/23

Residuos Líquiflos

Domésticos

La construcción del ducto generará residuos líquidos domésticos, provenientes de los baños químicos a utilizar, las cuales serán almacenadas temporalmente en estanques de acumulación con una capacidad que variará entre 12 y 15m.

El manejo y retiro de los residuos líquidos domésticos (aguas servidas) se realizará con una periodicidad que variará entre 3 y 5 días. En cuanto a la mantención de los baños químicos será realizado por una empresa especializada en la materia y contratada especialmente para dicho propósito a la cual se le exigirá realizar la disposición final en un sitio autorizado por la Autoridad Sanitaria. Junto a lo anterior, es importante señalar que la empresa prestadora del servicio contará con los respectivos permisos emitidos por la Autoridad Sanitaria.

Ruido

El Proyecto generará emisiones de ruido provenientes de motores de los vehículos y de la maquinaria a utilizar, y al funcionamiento de los grupos electrógenos, sin embargo, éstas serán puntuales, transitorias y de baja magnitud debido a las dimensiones del Proyecto y al tipo de máquinas a utilizar y a la duración del mismo, además, no se presentan receptores susceptibles de ser afectados, el predio o estancia más cercano se ubica a 8,5 km del Proyecto.

Residuos, productos qhímicos y otras sustancias que puedan afectar el medio ambiente.

La construcción del ducto generará residuos sólidos de tipo doméstico, los cuales se almacenarán momentáneamente en tambores o capachos correctamente rotulados e identificados de acuerdo con su clasificación y/o composición. Posteriormente, serán conducidos a un lugar debidamente autorizado.

Considerando una generación de 0,7 kilógramos de residuos por día por cada trabajador.

La construcción del ducto generará residuos sólidos industriales no peligrosos, correspondientes a restos de soldadura y despuntes metálicos, estimándose una generación de 2 toneladas para esta fase. Estos se acopiarán momentáneamente en tambores o capachos correctamente rotulados e identificados de acuerdo a su clasificación y/o composición. Posteriormente, serán transportados y dispuestos finalmente en empresa destinataria debidamente autorizada.

Adicionalmente, como se describió, el proyecto se ejecutará en el mismo trazado de una línea antigua, actualmente existente, la cual será retirada y dispuesta finalmente como residuo conforme a la normativa vigente en estas materias. Para ello se trasportará la línea antigua (trozos) a los patios de acopio de chatarra autorizados en Isla Tierra del Fuego para su posterior disposición final en destinatarios debidamente autorizados.

La construcción del ducto generará residuos peligrosos, correspondientes a guaipes, paños contaminados con aceites y grasa, estimándose una generación de 0,2 toneladas para esta fase. Estos residuos serán identificados, rotulados y almacenados de forma temporal en la bodega de almacenamiento con que cuenta ENAP — Magallanes en Cerro Sombrero destinada para dicho efecto, la cual se encuentra autorizada por la Resolución Exenta N*027/2009, para posteriormente ser retirados por una empresa autorizada para su disposición final.

Residuos Sólidos Asimilables a Domésticos

Residuos Sólidos Industriales No Peligrosos

RESPEL

Referencia al ICE para mayores detalles spbre

esta fase.

Capítulo 4

6/23

4.42. FASE DE OPERACIÓN

Como principio físico básico, los fluidos se mueven desde los lugares de mayor presión hacia los de menor presión, aprovechando su condición natural de energía interna, por lo que no se requiere de Transporte de Fluidos actividades anexas para el transporte del fluido.

Este Proyecto requerirá de operación continua, es decir, 365 días del año durante las 24 horas del día.

El transporte ocurrirá hasta el cese de producción del pozo.

Se realizarán inspecciones del estado estructural del ducto (como por ejemplo inspecciones instrumentadas o inspecciones del estado de recubrimiento) que permitirán conocer el estado general del ducto, cuyos resultados de estas inspecciones permitirán establecer las acciones de mantenimiento (como por ejemplo reparaciones, cambios de tramo) del ducto durante su operación. En el caso de ser necesario un cambio de tramo se aplicará el mismo procedimiento constructivo, donde se incluye además lo estipulado en el PICV. Para la mantención se utilizará la misma infraestructura y personal especializado existente en Cerro Sombrero destinados al mismo propósito, para efectuar los mantenimientos programados y preventivos del sistema de ductos e instalaciones de ENAP en Magallanes y que se encuentran actualmente en operación.

Mantenciones Programadas

El plan de seguimiento ambiental se realizará con la ejecución de dos muestreos, la fecha del primer monitoreo se definirá una vez terminada la construcción de la Línea, realizándose durante la primera temporada de crecimiento. El segundo monitoreo será realizado durante la segunda temporada de crecimiento y en el mismo mes en que se realizó el primer monitoreo, utilizando como referencias parcelas, con el fin de verificar, a la segunda temporada Monitoreos de crecimiento, si se alcanzó la cobertura esperada del 60% sobre el área intervenida, respecto de la parcela testigo georreferenciada. Las parcelas de referencia son:

Unidad Presencia Po Datum WGS 84 Vegetacional (%) Este Norte Parcela 1 525.779 4.131.371 Brezal 96 Parcela 2 525.140 4.131.508 Parcela 3 524.276 4.131.673

Gas: El ducto permitirá conducir el producto proveniente del pozo Productos Generados hacia infraestructuras existente. La cantidad de producto a ser transportada dependerá de la productividad del pozo.

Recursos naturales

No se considera extraer o explotar recursos naturales renovables. renovables

Referencia al ICE para mayores detalles sobre | Capítulo 4 esta fase.

4.4.3. FASE DE CIERRE

Para el cierre del ducto en el subsuelo, previamente serán limpiados internamente, y se descontarán a las unidades que los mantenían Limpieza interna del | con protección para la corrosión. ducto Debido a que la longitud de la línea de flujo es menor a 3.000 metros, no requerirán de trampas de lanzamiento y de recepción o de instalaciones para estos fines.

Una vez realizada la limpieza de los ductos, se realizará el cierre de las válvulas y desconexión de tuberías. Toda vez que, independiente del ducto a utilizar, estos no se recuperan, quedando enterradas en las mismas zanjas.

Cierre de válvulas y | En cuanto al ducto de flexpipe de polietileno de alta densidad desconexión de tuberías | reforzado con fibra de vidrio, con protección de cubierta interior y camisa exterior de HDPE, así como el ducto metálico protegido externamente con polietileno tricapa (HDPE) y resguardado catódicamente mediante la instalación de ánodos de sacrificio, permiten un comportamiento inerte de estas alternativas frente a la

3%

agresividad del subsuelo.

De esta forma, el conjunto “cañería — revestimiento plástico exterior - protección catódica”, se realizará el abandono de las tuberías como conjunto inerte al interior del subsuelo. Para efectuar el cierre del ducto en el subsuelo, previamente serán limpiados internamente y se descontarán a las unidades que los mantenían con protección para la corrosión.

Referencia al ICE ppra mayores detalles sobre

esta fase.

Capítulo 4

4.5.

CRONOLOGÍA

DE LAS FASES DEL PROYECTO

4.5.1.

Fase de Con:

trucción

Fecha estimada de inidio

Marzo 2020

Parte, obra o acción establece el inicio

hue [rendido de la línea

EE Pen A ei Primer semestre 2020

término

O SEU LES Implementación Plan de Intervención de la Cubierta Vegetal establece el término

4.5.2. Fase de Opefación

Fecha estimada de inidi

Transporte de Fluidos

Pacto, Obra o acción Hue | primer semestre 2020 establece el inicio

F echa estimada | de Año 2040

término

Parte, obra o acción establece el término

nue | Cese de producción del pozo/Termino Transporte de fluidos

4.5.3.

Fase de Cierfe

Fecha estimada de inigio | Año 2040

Parte, obra 9 SSpIÓn pue Limpieza interna del ducto establece el inicio

Fecha estimada | de Año 2040

término

Parte, obra o acción fue

establece el término

Cierre de válvulas y desconexión de tuberías

Referencia al ICE para

mayores detalles s esta fase.

bre | Capítulo 4

Que, durante el proi

inexistencia de los sig

N*19.300:

eso de evaluación se han presentado antecedentes que justifican la uientes efectos, características y circunstancias del artículo 11 de la Ley

3.L. CALIDAD DE

RIESGO PARÁ LA SALUD DE LA POBLACIÓN, DEBIDO A LA CANTIDAD Y

I¡EFLUENTES, EMISIONES Y RESIDUOS

Referencia al ICE park mayores detalles sobre este impacto específico

| Capítulo 6.1

En el área de Proyedto y sus alrededores no existe presencia de población que pueda verse afectada por emisionds que se generen durante el desarrollo del proyecto, las cuales se acotan únicamente a la fasg constructiva del mismo, considerando que la población más cercana

correspondiente a Ci cercana se ubica a 8, salud de la población) Estas emisiones serán estimada en 39 días.

o Sombrero se ubica a 48 km aproximadamente, y la estancia más km del Proyecto, en línea recta. En tal sentido no existe riesgo para la debido a efluentes, emisiones o residuos que pueda generar el Proyecto. generadas temporalmente durante la fase de construcción del Proyecto,

El Proyecto en ninguna de sus fases generará emisiones significativas que puedan afectar la

salud de la población]

ya que las emisiones atmosféricas que se generarán serán mínimas y de

corta duración, estimádas en 0,2 ton/día durante 39 días, atribuibles al polvo en suspensión y

material particulado

proveniente del tránsito vehicular del personal y de la maquinaria

utilizada, a los que suman los provenientes del uso de los grupos electrógenos. Estas emisiones

serán generadas prin

ipalmente por las actividades de la instalación del ducto, las cuales se

limitan a la fase constructiva del mismo.

Se considera que cada objetivo de que la em)

vehículo a utilizar cuente con su respectiva revisión técnica al día, con el sión de gases se encuentre controlada.

8/23

Las emisiones de ruido se generarán principalmente en la fase de construcción, cuyas fuentes emisoras de ruido provendrán de los motores de los vehículos y de la maquinaria a utilizar, y al funcionamiento de los grupos electrógenos. Mientras que en las fases de operación y cierre no se realizarán actividades que generen emisiones de ruido.

Respecto a la estimación de los Niveles de Presión Sonora (NPS), el Titular tiene como antecedente el Informe de Ruido realizado para la DIA “Líneas de Flujo Pozo Cahuil B, D, E y F”, el cual se puede utilizar como referencia para el presente proyecto debido a que el sector de los pozos Cahuil corresponde al ambiente de Estepa Patagónica de la región de Magallanes, al igual que el área del presente Proyecto.

El funcionamiento de las maquinarias requeridas para la construcción del ducto genera un nivel de potencia sonora de 113 dBA, mientras que su nivel de presión sonora continuo equivalente a una distancia de 10 metros es de 85 dBA. Por otro lado, en el mismo proyecto de referencia, el nivel máximo permisible para zonas rurales fue estimado en 41 dBA, mientras que el receptor humano más cercano se localizaba a 1,5 km, estimándose un nivel de presión sonora corregido proyectado a esa distancia de 28 dBA, por lo tanto, no se superó el nivel permisible.

Los receptores humanos más cercanos estarán en una estancia ubicada a 8,5 km del proyecto. Si bien se desconoce el nivel de presión sonora en los receptores más cercanos, se estima que, al igual que en el proyecto de referencia, no se superarían los niveles máximos permisibles debido a que la distancia entre la emisión y los receptores es de considerable magnitud, en conjunto con las condiciones climáticas del sector que contribuyen a la disipación del ruido. Las emisiones y efluentes del Proyecto no provocarán impactos significativos sobre los recursos naturales renovables, incluidos el suelo, agua y aire, esto, dado que las obras y acciones del mismo serán puntuales y de baja magnitud, además del tipo de máquinas a utilizar y a la duración del Proyecto en sí.

Emisiones Atmosféricas: El Proyecto en ninguna de sus fases generará emisiones significativas que puedan afectar la salud de la población ya que las emisiones atmosféricas que se generarán serán mínimas y de corta duración, estimadas en 0,2 ton/día durante 39 días (fase de construcción), atribuibles al polvo en suspensión principalmente generado por el tránsito vehicular del personal y de la maquinaria a utilizar para las actividades propias del Proyecto. Emisiones Sonoras: No se estima alteración sobre receptores sensibles producto del ruido generado por el Proyecto, ya que las emisiones de ruido provendrán de la maquinaria a utilizar, sin embargo, estas serán puntuales y no superará el nivel de ruido establecido en el D.S. N938/2011.

Efluentes: En Proyecto en ninguna de sus Fases considera la generación de efluentes que pudieran generar la exposición de contaminantes debido al impacto de las emisiones y efluentes sobre los recursos naturales que se encuentran en el área del Proyecto.

Residuos líquidos domiciliarios (RDL): Para la fase de construcción del proyecto, se estima la generación de 7,8 m', considerando una dotación de 24 trabajadores. Los residuos líquidos domésticos serán producto de los baños químicos utilizados en faena, cuyos desechos serán retirados cada 2 a 3 veces por semana por una empresa especializada en la materia y contratada especialmente para dicho propósito a la cual se le exigirá realizar la disposición final en un sitio autorizado por la Autoridad Sanitaria.

La cantidad de residuos generados por el Proyecto no provocarán impactos significativos sobre los recursos naturales renovables, incluidos el suelo, agua y aire. El Proyecto durante su fase de construcción considera la emisión de residuos sólidos y líquidos, mientras que en la fase de operación no se generarán residuos.

El manejo de todos los residuos considerará su adecuada segregación, apropiado almacenamiento, transporte y disposición final en lugar autorizado, por lo tanto, su afectación sobre los recursos naturales renovables será nula.

5.2. EFECTOS ADVERSOS SIGNIFICATIVOS SOBRE LA CANTIDAD Y CALIDAD DE LOS RECURSOS NATURALES RENOVABLES, INCLUIDOS EL SUELO,

AGUA Y AIRE

Remoción de Suelo y Cubierta Vegetal Para la instalación del ducto, se retirará la cubierta vegetal para

Impacto ambiental realizar la zanja removiendo una superficie aproximada de 0,24 ha, la cual será restablecida de acuerdo al Plan de Intervención de la Cubierta Vegetal

Componente Suelo

Ambiental afectado

Parte, «bra 6 ágción Apertura de la Zanja

que lo genera

Fase en que se| Construcción

9/23

presenta

Referencia al ICE pard

mayores detalles sobre este impacto específico | Capítulo 6.2

En el área de influenc y/o representativos. El Proyecto contempl| contemplando 12 met] específica de interven] utilizado para remove: En el Anexo III de la cual señala las accio efectos sobre el suelo

a no se presentan recursos naturales renovables que sean escasos, únicos

a la utilización máxima de 2,4 ha de Estepa en la fase de construcción, os de faja para movilización de vehículos y la retroexcavadora. El área ción del suelo es de 0,2 ha, correspondiente al ancho de pala (1,2 m) la cubierta vegetal y suelo para enterrar el ducto.

DIA se presenta el Plan de Intervención de la Cubierta Vegetal (PICV), el es de apertura y cierre de zanja, teniendo como objetivo disminuir los y la vegetación presentes en las áreas consideradas para la construcción

del ducto. Posterior alla restitución de los horizontes de suelo se aplicará el Plan Agronómico,

el cual, mediante la eficiente la cobertura]

aplicación de semillas y fertilizantes, permitirá recuperar de manera vegetal del área intervenida. Además, el PICV contempla un Plan de

seguimiento ambiental que consiste en evaluar y verificar in situ los primeros estadios del nivel

de recuperación de la información cualitativ erosión.

cubierta vegetal en las áreas intervenidas, proporcionando a la vez la a y cuantitativa necesaria para prevenir la iniciación de posibles focos de

La remoción de sueld será de carácter temporal, ya que se considera restituir tanto el suelo

como la cubierta v| impermeabilización y] afecta en el tiempo impermeabilización O| La superficie de suel corresponde a una fraj 2.000 metros, en el cuanto a la diversidad metros a cada lado dej sobre las comunidade Respecto a la flora, $ con parches de mator] de este matorral y al registradas, correspon Magallanes. En estas

Egetal mediante la aplicación del PICV, neutralizando la erosión, compactación del suelo, además de su degradación. En tal sentido, no se la capacidad para sustentar biodiversidad por degradación, erosión, compactación producto de la construcción del ducto.

a intervenir directamente por las obras del proyecto será de 0,2 ha lo que ¡ja de 1,2 metros de ancho a lo largo de la longitud del ducto, es decir, de evantamiento de información para la presente DIA, los resultados en biológica presente en el área de estudio (levantamiento ambiental de 15 de el eje central del ducto) ha descartado un efecto adverso significativo, de flora y fauna presentes en el área evaluada.

e registró una comunidad vegetacional, el Brezal de Empetrum rubrum ales de Chiliotrichum diffusum y también aislados de este misma especie bunas matas de Berberis microphylla, principalmente. Las comunidades de a las asociaciones del ambiente de Estepa Patagónica de la región de comunidades no se encontraron especies de flora en alguna categoría de

conservación, de acugrdo al “Libro Rojo de la Flora Terrestre de Chile” (CONAF, 1989), como

a su vez, tampoco se

Encontraron especies de flora incluidas en el listado unificado de especies

con alguna categoría de conservación, clasificadas por MMA (2018).

Respecto a la Fauna, mamíferos. de las c| guanaco Lama guan preocupación menor

en el área prospectada, se registró la presencia de 7 especies: 5 aves y 2 lales 2 especies corresponden a fauna en categoría de conservación: oe y zorro gris Lycalopex griseus, ambas especies categorizadas como (LC) de acuerdo al Listado Unificado de Especies en Categoría de

Conservación del Mipisterio del Medio Ambiente (2018). Estas especies corresponden a parte

de las descritas para literatura referida.

Respecto a las espec: que las especies se obras de construcció: operación en las cer reproducción de las el

|

el ambiente de Estepa Patagónica de la región de Magallanes, según la

les identificadas, éstas presentan bastante movilidad, por lo que se prevé esplazarán temporalmente a sectores aledaños mientras se ejecutan las . Además, es importante mencionar que, existen áreas intervenidas y en anías del Proyecto, sin identificar ningún sitio de importancia para la pecies ni en específico para individuos con madrigueras o nidos.

El Titular se comprfmete a realizar una charla de inducción al personal encargado de la

construcción de las o' de las especies prote avistamiento.

Los ductos se conf

bras del Proyecto, con la finalidad de transmitir el estado de conservación vidas, los resguardos a su ambiente natural y consideraciones en caso de

truirán, en terrenos privados, no obstante, la zona está dedicada

históricamente al desgrrollo de proyectos de hidrocarburos y ganadería.

Respecto al compong máxima de 0,2 ha y removida.

En cuanto al agua, la] en el área de emplaz; plan de abandono, si condición original, di

hte suelo, para la construcción de los ductos se intervendrá una superficie se ejecutará el PICV para restablecer la condición de la cubierta vegetal

prospección permitió descartar la presencia de cauce y/o cuerpos de agua miento del Proyecto. Como parte del Proyecto y, consecuentemente, del considerará el pleno restablecimiento del escurrimiento natural, en su

e aguas lluvias y deshielos. Asimismo, se abordará la obligatoriedad de

10/23

que no se formen cuerpos de aguas artificiales en los terrenos abandonados.

El Proyecto no generará efectos adversos significativos o permanentes sobre recursos hídricos, por lo que no se evidencian impactos asociados a su desarrollo, por lo que se puede establecer que la obra no generará una alteración sobre la calidad y cantidad del recurso agua en el desarrollo del Proyecto.

Para el componente aire, las emisiones corresponderán a las generadas por los vehículos en circulación para el proyecto y los motores estacionarios (grupo electrógeno) para soldar los tramos del ducto, las cuales serán de baja magnitud y se generarán principalmente durante la Fase de construcción.

El Proyecto en evaluación, no implicará la superación de valores en las concentraciones establecidas en normas secundarias de calidad ambiental vigentes, ya que no hay emisiones o descargas producto de la ejecución de la construcción u operación del ducto.

En relación al efecto generado sobre la biota y su condición de línea base; se prevé que no se generará un impacto significativo sobre esta, debido a que la intervención de la cubierta vegetal será durante un breve periodo de tiempo acotado a la construcción del proyecto y una vez instalado el ducto se procederá a la restitución de los horizontes de suelo en el mismo orden en que fueron extraídos, y además se realizarán monitoreos del restablecimiento natural de la cubierta vegetal.

En el área de intervención no se registró la concentración de fauna nativa asociada a hábitats de relevancia para su nidificación, reproducción o alimentación.

Las emisiones de ruido del presente Proyecto se ocasionarán sólo durante la fase de construcción, cuyas principales fuentes emisoras de ruido provendrán de la maquinaria a utilizar. En las fases de operación y abandono no hay actividades que generen emisiones de ruido.

A nivel nacional no se cuenta con normativa relacionada con el impacto del ruido sobre la fauna silvestre, no obstante, la “Guía de Evaluación Ambiental: Componente Fauna Silvestre” (SAG, 2016), señala como norma de referencia la establecida por la EPA (United States Environmental Protection Agency), la cual entrega como parámetro un máximo de 85 dB, para no generar efectos en la fauna, esta será considerada como referencia para el presente Proyecto. Respecto a los Niveles de Presión Sonora (NPS), el titular tiene como antecedente el Informe de Ruido realizado para la DIA “Líneas de Flujo Pozo Cahuil B, D, E y F”, por lo que las siguientes predicciones han sido fundadas en tales antecedentes, ya que el sector de los pozos Cahuil, así como el área del presente Proyecto corresponden al ambiente de Estepa Patagónica de la región Magallanes, así como, la fauna presente en ambos sectores es similar y correspondiente a parte de la población de fauna que se encuentra en ese tipo de hábitat.

Se puede concluir que, tal como ocurrió en la faena de referencia, a 30 metros de distancia, el nivel de presión sonora sería de 78 dB aproximadamente, cifra inferior al nivel máximo establecida en la Guía de Evaluación Ambiental. Además, específicamente, en el área del presente Proyecto, durante la prospección en terreno se descartó la presencia de sitios de nidificación, reproducción o alimentación, por otro lado, las aves y mamíferos registrados tienen bastante movilidad, por lo que durante los trabajos para este Proyecto se alejarían del área, y en consecuencia, el Proyecto no presentará efectos adversos significativos sobre la componente fauna, debido a que la diferencia entre los niveles de ruido con Proyecto y el nivel de ruido de fondo representativo, no supera el nivel máximo indicado en la normativa de referencia.

El Proyecto no contempla el uso de productos químicos en ninguna de sus Fases, por lo tanto, no habrá impacto debido a la utilización y/o manejo de dichas sustancias. En cuanto a residuos en general, estos serán trasladados y dispuestos en destinatarios debidamente autorizados, cumpliendo en todo momento con la normativa aplicable es estas materias.

El Proyecto no involucra la explotación o utilización de caudales de recursos hídricos en ninguna de sus Fases, además no se producirá ascenso o descenso de niveles de aguas subterráneas. El ducto irá enterrado entre 0,8 y 1 metro bajo tierra. El Proyecto no considera la introducción de especies exóticas al territorio nacional o en áreas, zonas o ecosistemas determinados.

5.3. REASENTAMIENTO DE COMUNIDADES HUMANAS O ALTERACIÓN SIGNIFICATIVA DE LOS SISTEMAS DE VIDA Y COSTUMBRES DE GRUPOS HUMANOS

Referencia al ICE para mayores detalles sobre este impacto específico | Capítulo 6.3

El Proyecto no contempla la intervención, uso o restricción al acceso de recursos naturales a grupos o comunidades para el sustento económico, uso tradicional, medicina, espiritual o

cultural. El Proyecto en ninguna de sus fases producirá una alteración significativa a los sistemas de

11/23

vida y costumbres delos grupos humanos a nivel local o comunal, que se encuentran en el área de influencia del qua e que sea causal de alguna intervención, uso o restricción del acceso a algún recurso natural que sea sustento económico para grupos del lugar.

Las actividades de tfansporte de equipos, maquinarias y personal al área del Proyecto, se realizará a través de baminos existentes, y la frecuencia de estos de acuerdo a cada Fase del Proyecto, se prevé qué no se producirá afectación al acceso de los recursos naturales utilizados como sustento comópico por los grupos humanos identificados.

El Proyecto no involucra la obstrucción, restricción a la libre circulación, conectividad o aumento significativoen el tiempo de desplazamiento a grupos humanos o comunidades. Por el contrario, la actividad petrolera ha implicado la ampliación de la red caminera al interior de los predios, los cuales soh utilizados por los propietarios para acceder a sus puestos o en el arreo de animales.

Para el transporte dg

principalmente las ru provendrá principal Durante la Fase de e transporte del materi

de supervisión y/o má

Dado que el mayor transporte del Proye

diarios, considerandd

realicen de forma si; mermas significativa: La ejecución y oper: bienes, equipamiento) servicios sanitarios

materiales e insumos para la construcción del Proyecto, se utilizarán las: 9, CH-255, CH-257 y CH-259, y caminos de acceso interiores, el cual

nstrucción implicará un flujo vehicular bajo y acotado a la duración del , mientras que durante la Fase de operación se realizarán viajes puntuales intención.

lujo vial estimado a nivel diario para la condición más desfavorable de to se generará durante la Fase de Construcción, estimada en 12 viajes el escenario en el cual todos los viajes considerados para esta fase se ultánea, se considera que debido a la baja magnitud éstos no producirían respecto al nivel de servicios de dichas rutas.

ión del Proyecto no afectará de manera directa y/o indirecta el acceso a o servicios, tales como vivienda, transporte, energía, salud, educación y ociados al bienestar básico en ninguna de sus fases, tanto para grupos

es desde Cerro Sombrero y/o Cabo Negro hasta la locación.

humanos como comuhidades indígenas u otro tipo de población protegido por leyes especiales.

El Proyecto no genbrará alteración al acceso o a la calidad de bienes, equipamientos y servicios, ya que se utilizarán las instalaciones existentes en el campamento de Cerro Sombrero localizado a 48 km de distancia en línea recta y los trabajos específicos considerados en el Proyecto se desarroll4rán alejados de centros poblados.

El aumento en el flujo vehicular producto de las actividades del Proyecto corresponde a una pequeña fracción dell total de vehículos que circulan por las rutas señaladas, por lo tanto, el Proyecto no producifá impacto en la vialidad ni alterará la seguridad vial de los caminos utilizados, debido qué éstos ya son ampliamente utilizados para el tránsito de vehículos de todo tipo y para el flujo vehicular de las faenas mineras existentes.

El Proyecto no gengra la dificultad o impedimento para el ejercicio o la manifestación de tradiciones, cultura o] intereses comunitarios, que puedan afectar los sentimientos de arraigo o la cohesión social del grupo. Esto debido principalmente a que el Proyecto se emplaza en un área deshabitada. El Proyecto no confempla la alteración de los sistemas de vida y costumbres de grupos humanos, debido a qhe el Proyecto se encuentra aproximadamente a 48 km de Cerro Sombrero (en línea recta), localidad que conforma el centro poblado más cercano al Proyecto, sin existir una reubicación de pbblación humana o alteración de los sistemas de vida, así como tampoco afectación de costumbres de grupos humanos. En este sentido, el Proyecto no generará

impedimento para comunitarios.

En términos de la negativamente valor relaciones con el ent comunidades vecina manifestaciones maté importancia arqueold lugares sacros. El Proyecto no gene

El ejercicio o la manifestación de tradiciones, cultura o intereses

Evaluación del impacto cultural, el Proyecto no alterará ni impactará Es, creencias, leyes consuetudinarias, idiomas, costumbres, economía, rno local y especies particulares, organización social y tradiciones de las s. Tampoco impacta el patrimonio cultural, relacionados con las riales de la comunidad, incluidos los lugares, edificios, y restos de valor o sica, arquitectónica, histórica, religiosa, espiritual, culturales, ecológica y

ra alteración de las formas de organización social de grupos humanos

pertenecientes a pueblos indígenas.

5.4. PROTEGIDA; HUMEDALES AFECTADOS

LOCALIZACIÓN EN O PRÓXIMA A POBLACIONES, RECURSOS Y ÁREAS

SITIOS PRIORITARIOS PARA LA CONSERVACIÓN, PROTEGIDOS Y GLACIARES, SUSCEPTIBLES DE SER ASI COMO EL VALOR AMBIENTAL DEL TERRITORIO EN QUE

SE PRETENDE EMPLAZAR

Referencia al ICE pa:

a mayores detalles sobre este impacto específico ] Capítulo 6.4

12/23

El área de influencia del presente Proyecto no se encuentra inserta en áreas de protección oficial.

Los trabajos específicos considerados en el Proyecto se desarrollarán alejados de centros poblados, y en el área no se identifican poblaciones protegidas o comunidades indígenas susceptibles de ser afectadas. El centro urbano más próximo es Cerro Sombrero, el cual se ubica a 48 km en línea recta.

Respecto a Cullen, que opera como campamento y centro de operaciones para la industria del hidrocarburo, se localiza a más de 17 km en línea recta.

De acuerdo con los antecedentes recopilados a partir del Servicio Nacional de Turismo, el área de influencia del Proyecto no se encuentra dentro de los núcleos o polos de desarrollo definidos por dicha institución. Además, el área de emplazamiento del Proyecto no presenta zonas que estén en o próximas a glaciares y humedales protegidos, ni sectores considerados dentro de las categorías del Sistema Nacional de Áreas Protegidas del Estado, en especial aquellos que puedan ser clasificados como Áreas Protegidas, Parques Nacionales y/o Monumentos Nacionales o que por sus características puedan ser catalogados como Patrimonio Nacional. Respecto a recursos y áreas protegidas, sitios prioritarios para la conservación, humedales protegidos, glaciares o territorios con valor ambiental, el punto de relevancia más cercano Bahía Lomas, a 44 km del proyecto.

Respecto al valor ambiental del territorio, se puede indicar que su uso principal es la ganadería extensiva lanar, seguido de la industria petrolera. El área no ofrece alternativas productivas relacionadas con el turismo o ecoturismo, siendo la propiedad de carácter privado sin acceso a pasajeros o visitantes.

5.5. ALTERACIÓN SIGNIFICATIVA, EN TÉRMINOS DE MAGNITUD O DURACIÓN, DEL VALOR PAISAJÍSTICO O TURÍSTICO DE UNA ZONA

Referencia al ICE para mayores detalles sobre este impacto específico | Capítulo 6.5

En relación al valor turístico del área del Proyecto e inmediaciones, éste no se emplazará en áreas declaradas como Zona o Centro de Interés Turístico Nacional (ZOIT y CEIT respectivamente). El área en donde se emplazará el Proyecto en evaluación, no posee valor en los términos expresados en este artículo, ya que esta área no tiene valor paisajístico, cultural y/o patrimonial, que atraiga flujos de visitantes o turistas hacia ella.

Producto de la fase de construcción del Proyecto existirá tránsito de vehículos menores y camiones, no obstante, no se identifica alguna obstrucción visual significativa al paisaje, ya que el proyecto se ubica al interior de predios privados con acceso restringido y no se localiza cercano a caminos o carreteras principales desde donde podría ser observado por transeúntes. Además, durante la vida útil del Proyecto, el ducto ira soterrado entre 0,8 y 1 metro de profundidad. En tal sentido, no habrá obstrusividad significativa a la visibilidad, considerando además que los sitios más cercanos se ubican a más de 100 y 58 km del área de Proyecto, correspondiente a la Estancia San Gregorio y Pozo de Petróleo N*1. Conforme a lo anterior, se concluye que el Proyecto en su duración y magnitud de intervención no obstruye la visibilidad de una zona con valor paisajístico y/o turístico.

Se entenderá que una zona tiene valor turístico cuando, teniendo valor paisajístico, cultural y/o patrimonial, atraiga flujos de visitantes o turistas hacia ella; en tal sentido el ducto en evaluación no se localiza próximo a zonas de valor paisajístico.

El Proyecto en evaluación no se localiza próximo a zonas de valor paisajístico, por lo tanto, no se genera la obstrucción de accesos.

5,6, ALTERACIÓN DE MONUMENTOS, SITIOS CON VALOR ANTROPOLÓGICO, ARQUEOLÓGICO, HISTORICO Y, EN GENERAL, LOS PERTENECIENTES AL PATRIMONIO CULTURAL

Referencia al ICE para mayores detalles sobre este impacto específico | Capítulo 6.6

En la inspección arqueología a lo largo del trazado del ducto, no se registró material arqueológico, paleontológico o histórico en superficie. De acuerdo a los antecedentes bibliográficos para el Bloque Intracampos, está registrada la presencia de hallazgos superficiales, principalmente hallazgos aislados y concentraciones de material lítico (ENAP 2008, Tureuna y Vilicic 2015, García 2010b).

Durante las actividades de escarpe de suelo se realizará un monitoreo permanente por un arqueólogo o licenciado en arqueología, y en el caso de realizar algún tipo de descubrimiento patrimonial, se cumplirá con lo establecido en los Artículos 26 y 27? de la Ley N17.288 de Monumentos Nacionales y los Artículos 20 y 23% del Reglamento de la Ley N*17.288, sobre excavaciones y/o prospecciones arqueológicas, antropológicas y paleontológicas. Por lo tanto, ante algún hallazgo durante las actividades de construcción, se paralizarán en forma inmediata las faenas que puedan afectarlos y se procederá a informar al Consejo de Monumentos Nacionales para que este organismo determine los procedimientos a seguir.

13/23

6?.

El área de desarrollo patrimonio cultural. El área de desarroll

del Proyecto no se ejecutará en zonas que cumplan con lo indicado al

del Proyecto no se ejecutará en zonas en que se lleven a cabo

manifestaciones propips de la cultura o folclore de algún pueblo, comunidad o grupo humano, derivada de la proxifiidad y naturaleza de las partes, obras y/o acciones del proyecto O

actividad, consideran:

especialmente a los grupos humanos indígenas.

Que, las medidas rdlevantes del Plan de Prevención de Contingencias y del Plan de Emergencias, son las Siguientes

6.1. PLAN DE EMH

RGENCIAS

6.1.1. El plan desc;

ibe las acciones para tres niveles de emergencia

Fase del Proyecto a la que aplica

Construcción y operación

l=)

Parte, obra o acció asociada

Tendido de la línea y transporte de fluidos

Acciones a implementar

Respuesta a la Emergencia (acciones a seguir). Cada una de las acciones señaladas cuentan con cada una de sus actividades y responsabilidades a ejecutar, que en detalle se observan en el anexo 1 de la Adenda:

  • Operador teléfono de emergencia (sala de control planta Cullen).
  • Jefe de Emergencia

  • Director de la Emergencia

  • Comité de Crisis Secundario

  • Personal de Prevención de Riesgos

  • Brigada de Emergencia

  • Coordinadores de Evacuación

  • Personal Médico y/o Paramédico

  • Confiabilidad

  • Trabajadores de ENAP, contratistas y estudiantes en práctica

Oportunidad y vías de comunicación a la SMA de la activación del Plan

Dentro de las primeras 24 horas de ocurrido la emergencia se informará telefónicamente a la Superintendencia del Medio Ambiente (SMA).

6.1.2. Incendios Fgrerstales

Fase del Proyecto a fa a : Construcción

que aplica

Parte, obra o accidn asociada

Tendido de línea

Acciones a implementar

ENAP Magallanes tiene disponible camiones aljibes, para el apoyo en el combate de incendios forestales en todas las instalaciones, producto del traslado permanente en el suministro de agua a las distintas áreas

Una vez declarado el evento se deberá proceder de acuerdo al Plan de Emergencia Isla o Continente, según corresponda.

El Jefe de Área, mediante vía telefónica, dará aviso a personal de la Dirección Medio Ambiente del área, inmediatamente detectada la contingencia a fin de coordinar inspección técnica en el área.

Luego de controlado el incendio, personal de la Dirección de Medio Ambiente de área revisará el sector para evaluar los eventuales efectos en el medio ambiente con la información indicada en el punto 7 del presente instructivo.

Personal de la Dirección de Medio Ambiente procederá a medir el área afectada mediante el uso de GPS, a través del registro del track correspondiente.

Personal de la Dirección de Medio Ambiente evalúa en conjunto con personal de Asuntos Ganaderos si es necesario implementar escarpe, cercar el área afectada o mantener el área en la forma en que se encuentra.

En caso de escarpe, se procede con el retiro de la primera capa vegetal, el material retirado (cobertura vegetal) será dispuesto en las áreas indicadas por dueño del predio afectado.

En caso de decidir no realizar escarpe, personal de la Dirección de

14/23

Medio Ambiente realizará monitoreo visual del estado de cobertura vegetal cada 6 meses por parte de Enap, hasta determinar que el crecimiento vegetacional se encuentra estable.

Oportunidad y vías de comunicación a la SMA de la activación del Plan

Con los antecedentes preliminares de las causas que generaron la contingencia aportados por el Jefe del Área y los potenciales efectos de la contingencia en el medio ambiente evaluado por el personal de la Dirección de Medio Ambiente, el Coordinador Ambiental procederá a la elaboración del "Informe de Incidente Operacional con Consecuencia Ambiental"; y se dará aviso a la Superintendencia de Medio Ambiente (SMA) vía telefónica en un plazo máximo de 24 horas.

6.1.3.

Derrame de Hidrocarburos en Medio Terrestre y Acuático

Fase del Proyecto a la que aplica

Operación

Parte, obra o acción asociada

Transporte de Fluidos

Acciones implementar

El Jefe de Área coordinará y solicitará al operador del área la

implementación de las primeras medidas de contención

(cortar/detener la fuente que genera derrames, en caso de ser

necesario se realizan zanjas de contención, pretil de tierra, solicitar

camión tipo vacuum para la absorción del producto) con el fin de evitar que el derrame se expanda a una mayor área, de acuerdo a los planes de emergencia vigentes.

  • El Jefe de Área, mediante vía telefónica, dará aviso a personal de la Dirección Medio Ambiente del área, inmediatamente detectada la contingencia a fin de coordinar inspección técnica en el área.

  • Personal de Medio Ambiente del área, llevará material absorbente disponible (mantas, mangas, sacos de absorbente, según necesidad), para ser usado en caso de ser necesario. Personal de la Dirección de Medio Ambiente evaluará el evento según el área geográfica, las condiciones climáticas, cercanía con cursos de agua, presencia de fauna, tipo de suelo (estabilizado, vega, vegetación, etc.), además se mide el área mediante el uso de GPS y se obtiene el track.

  • Una vez evaluado el incidente, personal de la Dirección de Medio Ambiente procederá a entregar los lineamientos de limpieza a quien corresponda, el cual consiste en el retiro de material contactado mediante uso de herramientas manuales o mecanizadas (dependiendo de la magnitud del evento). El material contactado deberá ser dispuesto según lo indicado en el Plan de Manejo de Residuos Peligrosos de Enap Magallanes. En caso de aspersión personal de la Dirección de Medio Ambiente y de Asuntos Ganaderos deben evaluar en conjunto, si se debe realizar escarpe y/o el cercado del área. » Con los antecedentes preliminares de las causas que generaron la contingencia aportados por el Jefe del Área y los efectos y/o potenciales efectos de la contingencia o incidente en el medio ambiente, evaluado por el personal de la Dirección de Medio Ambiente, el coordinador ambiental procederá a la elaboración del "Informe de Incidente Operacional con Consecuencia Ambiental"; informe con la información requerida para reportar a la autoridad en los casos que aplique, el cual estará disponible durante las primeras 24 hrs. contabilizadas a partir de la generación o detección de la contingencia; posteriormente se procederá de acuerdo a Instructivo I-MA-C-01 y en caso de ser pertinente se dará aviso.

--—| Oportunidad y vías de “comunicación a la SMA de la activación def'Plan

Dentro de las primeras 24 horas de ocurrido un incidente, se dará aviso telefónico a la Superintendencia del Medio Ambiente.

¡Referencia al ICE para

máyores detalles

Capítulo 7

15/23

qe

Que, de acuerdo a los antecedentes que constan en el expediente de evaluación, la forma de cumplimiento de la normativa de carácter ambiental aplicable al Proyecto es la siguiente:

Componente / materid:

Uso de Caminos

Norma

Resolución N* 1/1995 del Ministerio de Transportes, Establece Dimensiones Máximas a Vehículos que indica

Fase del Proyecto afla

que aplica o en la que se dará avelrind

Construcción

Parte, Obra o Acción a la que Aplica

Tendido de la línea, apertura de zanja, pruebas y tapado y cierre de zanja

Forma de cumplimiexto

El Titular exigirá que todos los vehículos motorizados que participen en el desarrollo del Proyecto cumplan con este cuerpo normativo, lo que se verificará con el certificado de revisión técnica y de gases.

Indicador que acredita su cumplimiento

Todos los vehículos y maquinarias que formen parte del Proyecto portarán el documento de la revisión técnica vigente que acredite su mantención.

Componente / materif:

Lugar de Emplazamiento

Norma

Ley N* 20.551 del Ministerio de Minería, Regula el Cierre de Faenas e Instalaciones Mineras

Fase del Proyecto aj la que aplica o en la que se dará cumplimienta

Construcción

Parte, Obra o Acción a la que Aplica

Limpieza interna del ducto y Cierre de válvulas y desconexión de tuberías

Forma de cumplimiehto

El Titular cumplirá con lo señalado en la Ley N* 20.551 y presentará el respectivo plan de cierre de forma sectorial al Servicio para su aprobación de acuerdo a lo señalado en el Artículo 4%.

Indicador que acredita su cumplimiento

Ejecución del Plan de cierre aprobado y la estabilidad física y química del lugar donde se ejecutó el Proyecto.

Componente / materif:

Emisiones a la atmósfera

Norma

D.S N* 144/1961, del Ministerio de Salud, Establece normas para evitar emanaciones o contaminantes atmosféricos de cualquier naturaleza

Fase del Proyecto al la que aplica o en la que se dará cumplimientd

Construcción

Parte, Obra o Accióh a la que Aplica

Tendido de la línea, apertura de zanja, pruebas y tapado y cierre de zanja

Forma de cumplimiephto

El Titular cumplirá con todas las condiciones y requisitos establecidos en este decreto, evitando el escurrimiento de materiales y la dispersión de polvo.

Se dará cumplimiento a esta norma para todos los vehículos y maquinarias utilizados en el Proyecto, teniendo sus respectivas mantenciones y revisiones técnicas al día, con el objetivo que la emisión de gases se encuentre controlada y de acuerdo a lo previsto.

Indicador que acredita su cumplimiento

Todos los vehículos y maquinarias que formen parte del Proyecto portarán el documento de la revisión técnica vigente que acredite su mantención.

Componente / materfa:

Ruido

Norma

Decreto Supremo N38/2011, del Ministerio del Medio Ambiente, Establece Norma de Emisión de Ruidos Generados por Fuentes que Indica, Elaborada a Partir de la Revisión de la Norma de Emisión, Contenida en el Decreto Supremo N146 de 1997, MINSEGPRES

Fase del Proyecto q la que aplica o en la pue se dará cumplimient:

Construcción

Parte, Obra o Accióh a la que Aplica

Tendido de la línea, apertura de zanja, pruebas y tapado y cierre de zanja

Forma de cumplimiehto

El Proyecto no afectará ningún sitio poblado residencial o industrial, debido a la lejanía de éstos, a los factores climáticos y a la corta duración de la faena, donde sus emisiones tendrán un efecto puntual,

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transitorio y de baja magnitud debido a las dimensiones del Proyecto y al tipo de máquinas a utilizar, para ello se realizarán las mantenciones correspondientes a las maquinarias y equipos del Proyecto, y se realizarán inducciones al personal que trabaje en faena con la finalidad de establecer medidas preventivas para atenuar las emisiones sonoras. Sin perjuicio de lo anterior, se indica que se cumplirá en todo momento con los límites máximos permitidos por el D.S. N*8/2011.

Indicador que acredita su cumplimiento

Todos los vehículos y maquinarias utilizados en el Proyecto portarán el documento de la revisión técnica vigente que acredita la mantención de los vehículos y maquinarias que formen parte del. Registro de charlas e inducciones relativas a las actividades inherentes al proyecto en ejecución.

Componente / materia:

Residuos líquidos

Norma

Decreto Supremo N*594/1999, del Ministerio de Salud, Reglamento Sobre las Condiciones Sanitarias y Ambientales Básicas en los Lugares de Trabajo

Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento

Construcción

Parte, Obra o Acción a la que Aplica

Tendido de la línea, apertura de zanja, pruebas y tapado y cierre de zanja

Forma de cumplimiento

El proyecto cumplirá con las disposiciones que se establecen en el decreto, solicitando las autorizaciones respectivas para la disposición de residuos sólidos fuera del predio, disponiéndose y gestionándose en todo caso en lugar autorizado.

Artículo 16%, 17%, 21%, 24%, 26%: El Proyecto generará aguas servidas provenientes de baños químicos, las que serán retiradas por una empresa especializada en la materia, autorizada por la Autoridad Sanitaria y contratada especialmente para dicho propósito, la cual se encargará además realizar la disposición final en un lugar donde le esté habilitado con autorización.

Artículo 18” y 42% ENAP en Magallanes posee un contrato para la eliminación de todos sus residuos, así como también una autorización municipal que le permite depositar en sus vertederos residuos industriales no peligrosos y asimilables a domiciliarios (RSD).

Artículo 19. ENAP cumplirá y solicitará a las empresas que realicen el tratamiento o disposición final de sus residuos industriales fuera del predio, cuenten con autorización sanitaria, previo al inicio de tales actividades.

Artículo 20. ENAP en Magallanes cuenta con un Plan de Manejo de Residuos Peligrosos autorizado por la autoridad sanitaria que está vigente y a la vez con contratos que garantiza su disposición final. Los residuos industriales no peligrosos serán retirados y transportados a lugar autorizado por una empresa autorizada.

La disposición y tratamiento de los residuos industriales sólidos se efectuará por una empresa debidamente autorizada por la SEREMI de Salud competente, lo que se acreditará mediante la presentación de los antecedentes pertinentes a la autoridad sanitaria.

Indicador que acredita su cumplimiento

Y

Documento de acreditación de transporte, habilitación, retiro de baños químicos y saneamiento del sector.

Documentos de despacho y recepción de aguas servidas.

Documentos de despacho y recepción de suministro de agua.

Registro de transporte y disposición de residuos peligrosos y no peligrosos mediante empresas debidamente autorizadas.

Se mantendrá copia de la autorización sanitaria de la empresa transportista para el tratamiento o disposición final de sus residuos industriales fuera del predio.

Componente / materia:

Gestión de Residuos

Norma

Ley N* 20.920, Ministerio del Medio Ambiente, Establece Marco

/

17/23

para la Gestión de Residuos, la Responsabilidad Extendida del Productor y Fomento al Reciclaje

Fase del Proyecto afla que aplica o en la que se dará cumplimiento

Construcción

Parte, Obra o Acción a la que Aplica

Tendido de la línea, apertura de zanja, pruebas y tapado y cierre de zanja

Forma de cumplimiexto

Tanto, el almacenamiento temporal, el tratamiento y/o disposición de los residuos será debidamente autorizada y conforme a la normativa. Para este efecto se contempla la acumulación segregada de residuos en contenedores rotulados e identificados de acuerdo a su tipología, peligrosidad y/o composición. Posteriormente, serán conducidos a un relleno autorizado, previo registro del Titular.

Indicador que acredita su cumplimiento

Registro de la correcta rotulación e identificación de acuerdo a la clasificación y/o composición de los distintos residuos del Proyecto.

Copia de la aprobación del Plan de Manejo de Residuos Peligrosos de ENAP.

Registro del retiro de los residuos, indicando cantidades y empresa la cual corresponderá a un gestor autorizado para su manejo. Se mantendrá una copia de las autorizaciones pertinentes, de los distintos contratistas, emanadas de la Autoridad para ejecutar las labores señalada

Se mantendrán los comprobantes de ingreso al relleno sanitario, bodega de almacenamiento temporal o centro de disposición final autorizado.

Componente / materi4:

Seguridad e higiene del ambiente y lugar de trabajo

Norma

Decreto con Fuerza de Ley N* 725 del Ministerio de Salud, Código Sanitario

Fase del Proyecto af la que aplica o en la que se dará cumplimienta

Construcción

Parte, Obra o Acción a la que Aplica

Tendido de la línea, apertura de zanja, pruebas y tapado y cierre de zanja

Forma de cumplimiegto

Los residuos sólidos generados, se almacenarán momentáneamente en tambores o contenedores correctamente rotulados e identificados de acuerdo a su clasificación, tipología y/o composición. Posteriormente, serán conducidos a un lugar autorizado para su disposición final.

Los residuos líquidos domésticos (aguas servidas) producto de los baños químicos utilizados en faena, serán retirados por una empresa especializada en la materia y contratada especialmente para dicho propósito a la cual se le exigirá realizar la disposición final en un sitio autorizado por la Autoridad Sanitaria.

Indicador que acredita su cumplimiento

Registro de almacenamiento de los residuos cumpliendo con la normativa vigente en cuanto a su correcta rotulación e identificación de acuerdo a su clasificación y/o composición.

El Titular asegurará que el retiro de los residuos corresponderá a un gestor autorizado para su manejo, el cual contará con las autorizaciones pertinentes emanadas de la Autoridad para ejecutar las labores. Se mantendrá una copia de las autorizaciones pertinentes de los distintos contratistas, emanadas de la Autoridad para ejecutar las labores señaladas.

Se mantendrá en faena, comprobante de ingreso al relleno sanitario, bodega de almacenamiento temporal o centro de disposición final autorizado.

Componente / materih:

Residuos

Norma

Decreto Supremo N*132/2002 del Reglamento de Seguridad Minera

Ministerio de Minería,

Fase del Proyecto aj la que aplica o en la que se dará cumplimiento

Construcción

18/23

Parte, Obra o Acción a la que Aplica

Tendido de la línea, apertura de zanja, pruebas y tapado y cierre de zanja

Indicador que acredita su cumplimiento

Los Residuos Sólidos Domésticos y Sólidos Industriales no peligrosos serán dispuestos temporalmente en tambores rotulados y clasificados según composición y finalmente entregados a disposición final autorizada.

Los Residuos Sólidos Industriales Peligrosos serán dispuestos temporalmente en la Bodega de Almacenamiento de RESPEL ENAP — Magallanes en Cerro Sombrero, cuya Resolución Exenta es la N*027 del año 2009, y finalmente entregados a una Empresa Autorizada.

Las aguas servidas de los baños químicos serán retiradas por un contratista autorizado especializado en la materia, cuya disposición final será en un sitio autorizado por la Autoridad Sanitaria.

Componente / materia:

Residuos Peligrosos

Norma

Decreto Supremo N*148/2003 del Ministerio de Salud, Reglamento Sanitario sobre Manejo de Residuos Peligrosos

Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento

Construcción

Parte, Obra o Acción a la que Aplica

Tendido de la línea, apertura de zanja, pruebas y tapado y cierre de zanja

Forma de cumplimiento

El Proyecto contempla la generación de residuos peligrosos, éstos serán almacenados en el lugar de origen, para posteriormente ser trasladados para su acopio temporal a la bodega de almacenamiento temporal de residuos peligrosos en Cerro Sombrero destinada para dicho efecto, la cual se encuentra autorizada por la Resolución Exenta N*027 del año 2009 de la SEREMI de Salud, para luego ser trasladados y dispuestos finalmente mediante empresas debidamente autorizadas.

Se tomarán todas las precauciones para evitar accidentes o acciones inapropiadas producto del mal manejo de residuos peligrosos. Así como también se tomarán las precauciones y medidas necesarias para prevenir su inflamación o reacción, y para evitar derrames, descargas o emanaciones de sustancias peligrosas al medio ambiente.

Los residuos peligrosos generados serán manejados de acuerdo con la normativa vigente y en coherencia a lo indicado en el Plan de Manejo de RESPEL de ENAP, asimismo estos residuos serán declarados en el reporte anual de residuos.

Indicador que acredita su cumplimiento

Se mantendrán los registros asociados al cumplimiento de la declaración y seguimiento de los residuos peligrosos, que según el D.S. N*1/2013, debe efectuarse en la plataforma del RETC, además de la Copia de aprobación del Plan de manejo de RESPEL.

Componente / materia:

Residuos

Norma

Decreto Supremo N* 1/2013 del Ministerio del Medio Ambiente, Reglamento del Registro de Emisiones y Transferencias de Contaminantes (RETC)

Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento

Construcción

Parte, Obra o Acción a la que Aplica

Tendido de la línea, apertura de zanja, pruebas y tapado y cierre de zanja

Forma de cumplimiento

El Titular dará cumplimiento a la presente normativa incorporando la información de los residuos que generará como consecuencia del Proyecto en los registros anuales de residuos por ENAP. Asimismo, realizará la declaración de sus residuos la que registrará la naturaleza, volumen y destino de los residuos sólidos generados.

indicador que acredita su cumplimiento

Comprobante de reporte anual de residuos (incluidas la Ventanilla Unica — VU).

Componente / materia:

Residuos

Decreto con Fuerza de Ley N? 3.557 del Ministerio de Agricultura,

Norma

19/23

Establece Disposiciones sobre Protección Agrícola

Fase del Proyecto que aplica o en la

la e se dará cumplimient:

Todas

Parte, Obra o Acción la que Aplica

a

Tendido de la línea, apertura de zanja, pruebas y tapado de zanja

Forma de cumplimiehto

Los residuos no tendrán contacto con el suelo, ya que dependiendo del tipo que sean, serán almacenados en tambores o contenedores correctamente rotulados e identificados de acuerdo a su clasificación y/o composición. Posteriormente, serán conducidos y gestionados a un lugar autorizado. El retiro de los residuos corresponde a un contratista, el cual contará con las autorizaciones pertinentes emanadas por la autoridad competente para ejecutar las labores.

Indicador que acredita

su cumplimiento

Registro en libro de obras o verificación in situ de la disposición de residuos.

Se mantendrán copia de la autorización sanitaria de la empresa transportista de los residuos

Se mantendrá copia de la autorización sanitaria de la bodega de almacenamiento temporal de residuos.

Componente / materih:

Arqueología

Norma

Ley N* 17.288 del Ministerio de Educación Pública, Ley Sobre Monumentos Nacionales

Otros cuerpos legale

Decreto Supremo N 484/1991 del Ministerio de Educación Pública, Reglamento de la Ley N 17.288, Sobre Excavaciones y/o Prospecciones Arqueológicas, Antropológicas y Paleontológicas

Fase del Proyecto al que aplica o en la

ue se dará iia

la

Construcción

Parte, Obra o Accióh la que Aplica

a

Apertura de zanja

Forma de cumplimiej

hto

En el caso de realizar algún tipo de descubrimiento patrimonial, se cumplirá con lo establecido en los Artículos N 26 y 27 de la Ley N 17.288 de Monumentos Nacionales y los Artículos N* 20 y 23 del Reglamento de la Ley N” 17.288, sobre excavaciones y/o prospecciones arqueológicas, antropológicas y paleontológicas. Por lo tanto, ante algún hallazgo durante las actividades de construcción, se paralizarán en forma inmediata las faenas que puedan afectarlos y se procederá a informar al Consejo de Monumentos Nacionales para que este organismo determine los procedimientos a seguir.

Indicador que acredita

su cumplimiento

Registros de avisos a la Autoridad en caso de hallazgos

Componente / materia:

Flora y Vegetación

Norma

Decreto Supremo N* 29/2012 del Ministerio del Medio Ambiente, Reglamento de Suelos, Agua y Humedales

Fase del Proyecto a que aplica o en la se dará cumplimient

la

pue

Construcción

Parte, Obra o Accióh la que Aplica

a

Tendido de la línea, apertura de zanja, pruebas y tapado y cierre de zanja

Forma de cumplimie]

nto

Delimitación del área exclusiva del área de trabajo

Capacitación de todos los trabajadores asociados al proyecto sobre la importancia de minimizar las alteraciones sobre la vegetación cercana a los cursos de agua

Prohibición de cortar árboles y arbustos nati

Indicador que acredita

su cumplimiento

Registro en libro de obras de la inspección visual de la delimitación del área del Proyecto

Registro de capacitación de los trabajadores sobre la importancia de minimizar las alteraciones sobre la vegetación cercana a los cursos de agua, prohibición de cortar árboles y de hacer fuego.

Componente / materih:

Fauna

Norma

Ley N? 4.601 del Ministerio de Fomento, Ley de Caza (Texto de la

20/23

8”.

$T

Ley N4.601 fue sustituido por Ley N19.473)

Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento

Construcción

Parte, Obra o Acción a la que Aplica

Tendido de la línea, apertura de zanja, pruebas y tapado y cierre de zanja

Forma de cumplimiento

Se realizarán capacitaciones al personal contratista y trabajadores. Se especificará contractualmente a los contratistas, la prohibición de cazar o capturar ejemplares de fauna silvestre, destruir madrigueras o nidos o recolectar huevos o crías en los terrenos donde se realicen las faenas.

Indicador que acredita su cumplimiento

Se mantendrá disponible el Registro de las charlas de inducción a trabajadores y contratistas.

Componente / materia:

Fauna

Norma

Decreto Supremo N* 5/1998 del Ministerio de Agricultura, Reglamento de la Ley de Caza

Otros cuerpos legales

Ley de Caza. (El Texto de la Ley N%4.601 fue sustituido por Ley N19.473)

Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento

Construcción

Parte, Obra o Acción a la que Aplica

Tendido de la línea, apertura de zanja, pruebas y tapado y cierre de zanja

Forma de cumplimiento

Se realizarán capacitaciones al personal contratista y trabajadores.

Se implementarán medidas de protección que contemplen la prohibición de caza por parte de trabajadores y contratistas, prohibición de ingreso de animales domésticos a las zonas de obras, prohibición de alimentar a la fauna silvestre del sector, adecuado manejo de los residuos domésticos y la implementación de señalética adecuada al respecto.

Además, se respetará una velocidad máxima de 30 km/h para evitar atropellos a cualquier especie de fauna. Lo anterior será reforzado mediante charlas de capacitación que aborden tal temática.

Indicador que acredita su cumplimiento

Registro de las charlas de inducción a trabajadores

Componente / materia:

Embalajes

Norma

Resolución Exenta N* 133/2005 del Ministerio de Agricultura, Establece Regulaciones Cuarentenarias para el Ingreso de Embalajes de Madera

Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento

Construcción

Parte, Obra o Acción a la que Aplica

Tendido de la línea, apertura de zanja, pruebas y tapado de zanja

Forma de cumplimiento

El Titular dará cumplimiento a este cuerpo normativo, esto es, que los embalajes de madera provenientes del extranjero, según corresponda, presenten la certificación que avale que fueron sometidos a alguno de los tratamientos dispuestos en el Punto 1 de la Resolución N*133 Exenta.

Indicador que acredita su cumplimiento

Los embalajes de maderas deben presentar la respectiva visación del SAG (timbre de certificación SAG en embalajes de madera) en caso de ser necesaria.

Referencia al ICE para mayores detalles

Capítulo 8

Que resultan aplicables al Proyecto los siguientes permisos ambientales sectoriales, asociados a las correspondientes partes, obras o acciones que se señalan a continuación:

, Permisos Ambientales Sectoriales Mixtos

8.1.1.

Permiso para la aprobación del plan de cierre de una faena minera, del artículo 137 del Reglamento del SEIA

cual corresponde

Fase del Proyecto a la

Cierre

21/23

9,

10%,

11,

12.

188.

149.

15.

162.

RESUELVO:

19,

2,

e

4”,

Ae

Eset, 2 o ación 2 | cierre de válvulas y desconexión de tuberías

que aplica

Pronunciamiento del | ORD N*277 de fecha 11/09/2019 del Servicio Nacional de órgano competente] Geología y Minería

Referencia al ICH para Capítulo 9

mayores detalles

Que, el Titular deb respecto de las con mediciones, reportes metas o plazos, y en Proyecto, según las Ambiental y las Re Ambiente. De igual Fiscalización Ambi Ambiental y registra con la ley, el Titul requerida por la Sup que al respecto ésta d

Erá remitir a la Superintendencia del Medio Ambiente la información diciones, compromisos o medidas, ya sea por medio de monitoreos, análisis, informes de emisiones, estudios, auditorías, cumplimiento de seneral cualquier otra información destinada al seguimiento ambiental del obligaciones establecidas en la presente Resolución de Calificación oluciones Exentas que al respecto dicte la Superintendencia del Medio forma, y a objeto de conformar el Sistema Nacional de Información de ntal (SNIFA), el Registro Público de Resoluciones de Calificación los domicilios de los sujetos sometidos a su fiscalización en conformidad r deberá remitir en tiempo y forma toda aquella información que sea erintendencia del Medio Ambiente a través de las Resoluciones Exentas 1cte.

Que, el Titular debe gestión, acto o faen el Considerando 4.1 Que, con el objeto

informar a la Superix el inicio de cada una mismo. Que, para que el prd con todas las normas Que, el Titular debe de la Región de M Ambiente, la ocur

á informar a la Superintendencia del Medio Ambiente la realización de la mínima que da cuenta del inicio de la ejecución de obras, a que se refiere e la presente Resolución.

dar adecuado seguimiento a la ejecución del Proyecto, el Titular deberá tendencia del Medio Ambiente, al menos con una semana de anticipación, de las fases del Proyecto, de acuerdo a lo indicado en la descripción del

yecto “Línea de Flujo Tres Lagos 110” pueda ejecutarse, deberá cumplir vigentes que le sean aplicables.

á informar inmediatamente a la Secretaría de la Comisión de Evaluación hgallanes y de la Antártica Chilena y a la Superintendencia del Medio encia de impactos ambientales no previstos en la DIA, asumiendo

inmediatamente las qcciones necesarias para abordarlos.

Que, el Titular del Pi la Comisión de Eval; de cambios de titula] establecido en el in SEIA.

Que, se hace preser cambio de consideral SEIA, deberá sometq Que, todas las med resolución, son de r través de un tercero.

Calificar favorablen] Tres Lagos 110”, de

Certificar que el pr

oyecto deberá comunicar inmediatamente y por escrito a la Secretaría de lación de la Región de Magallanes y de la Antártica Chilena la ocurrencia idad, representante legal, domicilio y correo electrónico, de acuerdo a lo iso tercero del artículo 162 y artículo 163, ambos del Reglamento del

te al Titular que cualquier modificación al Proyecto que constituya un ión, en los términos definidos en el artículo 2? letra g) del Reglamento del irse al SEIA.

das, condiciones, exigencias y disposiciones establecidas en la presente sponsabilidad del Titular, sean implementadas por éste directamente o a

ente la Declaración de Impacto Ambiental del proyecto “Línea de Flujo a Empresa Nacional del Petróleo - Magallanes

Dyecto “Linea de Flujo Tres Lagos 110” cumple con la normativa de

carácter ambiental aplicable.

Certificar que el pr carácter ambiental c| 137 del D.S. N*%40,

yecto “Línea de Flujo Tres Lagos 110” cumple con los requisitos de bntenidos en el permiso ambiental sectorial que se señalan en el artículo 2012 del Ministerio del Medio Ambiente, Reglamento del Sistema de

Evaluación de eE” Ambiental.

Certificar que el características o cir

royecto “Línea de Flujo Tres Lagos 110” no genera los efectos, bunstancias del artículo 11 de la Ley N*19.300, que dan origen a la

necesidad de elaborar un Estudio de Impacto Ambiental.

Definir como gestid ejecución de modo presente acto.

in, acto o faena mínima del Proyecto, para dar cuenta del inicio de su istemático y permanente, a los mencionados en el considerando N*4 del

22/23

6”. Hacer presente que contra esta Resolución es procedente el recurso de reclamación de acuerdo a lo dispuesto en el artículo 20 de la Ley N* 19.300, ante el Director Ejecutivo del Servicio de Evaluación Ambiental. El plazo para interponer este recurso es de treinta días contados desde la notificación del presente acto.

NOTIFÍQUESE Y ARCHÍVESE ¿GBERNO SS

DIRECTORA REGIONAL (S) SERVICIO DE EVALUACIÓN AMBIENTAL SECRETARIA COMISIÓN DE EVALUACIÓN REGIÓN DE MAGALLANES Y ANTÁRTICA CHILENA C

Rodrigo José Bustamante Villegas

Corporación Nacional de Desarrollo Indígena Corporación Nacional Forestal

Dirección de Obras Hidráulicas

Dirección de Vialidad

Dirección General de Aguas

Gobierno Regional

Ilustre Municipalidad de Porvenir

Ilustre Municipalidad de Primavera

Secretaría Regional Ministerial de Agricultura Secretaría Regional Ministerial de Bienes Nacionales Secretaría Regional Ministerial de Desarrollo Social y Familia Secretaría Regional Ministerial de Energía

Secretaría Regional Ministerial del Medio Ambiente Secretaría Regional Ministerial de Minería Secretaría Regional Ministerial de Obras Públicas Secretaría Regional Ministerial de Salud

Secretaría Regional Ministerial Transportes y Telecomunicaciones Servicio Agrícola y Ganadero

Servicio Nacional de Geología y Minería

Servicio Nacional de Turismo

Superintendencia de Electricidad y Combustibles Comisión Chilena de Energía Nuclear

Consejo de Monumentos Nacionales

CC: Oficina de Partes SEA PAC MH PCPI

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