Evaluación SEA

Subestación Nueva Metrenco 220/66 kV

Rol 2143940011
SEA · DIA · Aprobado · 2019-08-21 · Región de La Araucanía · Besalco Energía Renovable S.A.

REPÚBLICA DE CHILE COMISIÓN DE EVALUACIÓN Región de La Araucanía

RCA N° 15/2020 – DIA del proyecto “Subestación Nueva Metrenco 220/66 kV”

Califica Ambientalmente el proyecto “Subestación Nueva Metrenco 220/66 kV” Resolución Exenta Nº15/2020 Temuco, 30 de marzo de 2020

VISTOS:

1°. La Declaración de Impacto Ambiental (“DIA”), de fecha 7 de agosto de 2019; su Adenda de 16 de diciembre de 2019 y su Adenda Complementaria de 12 de febrero de 2020, del proyecto “Subestación Nueva Metrenco 220/66 kV”, presentadas por Besalco Energía Renovable S.A..

2°. Los pronunciamientos y observaciones de los órganos de la administración del Estado que, sobre la base de sus facultades legales y atribuciones, participaron en la evaluación de la DIA, y que se detallan en el Capítulo 3.3 del Informe Consolidado de Evaluación (“ICE”) de la DIA del proyecto “Subestación Nueva Metrenco 220/66 kV”.

3°. Las Actas N°1281/2019, N°1282/2019 del 9 de septiembre de 2019 y el Acta N°1283/2019 del 10 de septiembre de 2019, de las reuniones realizadas con grupos humanos pertenecientes a pueblos indígenas localizados en el área en que se desarrollará el proyecto “Subestación Nueva Metrenco 220/66 kV”, conforme a lo previsto en el artículo 86 del D.S. Nº40, de 2012, del Ministerio del Medio Ambiente, Reglamento del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental.

4°. El Acta N°17/2019, de 17 de septiembre de 2019, de la sesión Ordinaria N°12/2019, del Comité Técnico de la Región de La Araucanía.

5°. El ICE de la DIA del proyecto “Subestación Nueva Metrenco 220/66 kV” de 6 de marzo de 2020.

6°. La Sesión Ordinaria N°4 /2020 de 18 de marzo de 2020, de la sesión de la Comisión de Evaluación de la Región de La Araucanía.

7°. Los demás antecedentes que constan en el expediente de evaluación de impacto ambiental de la DIA del proyecto “Subestación Nueva Metrenco 220/66 kV”.

8°. Lo dispuesto en la Ley Nº 19.300, Sobre Bases Generales del Medio Ambiente; el D.S. Nº 40, de 2012, del Ministerio del Medio Ambiente, Reglamento del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental (“Reglamento del SEIA”); la Ley N° 19.880, que Establece Bases de los Procedimientos Administrativos que Rigen los Actos de los Órganos de la Administración del Estado; la Ley N° 18.575, Ley Orgánica Constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado; la Resolución Nº7, de 2019, de la Contraloría General de la República.

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RCA N° 15/2020 – DIA del proyecto “Subestación Nueva Metrenco 220/66 kV” CONSIDERANDO:

1°. Que, Besalco Energía Renovable S.A. (“Titular”), ha sometido al Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental (“SEIA”) la DIA del proyecto “Subestación Nueva Metrenco 220/66 kV” (“Proyecto”). Los antecedentes del Titular son los siguientes:

Nombre o razón social Besalco Energía Renovable S.A. Rut 76.249.099-4 Domicilio Avda. Tajamar 183 of 301 Las Condes Teléfono 23312200 Nombre representante legal Jose Ignacio Lois Rut representante legal 14.118.719-8 Domicilio representante legal Av. Nueva Tajamar 183 Piso 3, Las Condes Teléfono representante legal 23312200 Correo electrónico Titular o representante legal energia@besalco.cl

2°. Que, conforme se indica en el ICE de fecha 6 de marzo de 2020, la Directora del Servicio de Evaluación Ambiental de la Región de La Araucanía ha recomendado aprobar el Proyecto, por cuanto:

- El proyecto cumple con la normativa de carácter ambiental aplicable al proyecto.

- Cumple con los requisitos de carácter ambiental contenidos en los Permisos Ambientales Sectoriales señalados en los artículos 138, 140, 142 y 160 del D.S. N° 40/2012, los que han sido informados favorable por los Servicios competentes.

- No genera los efectos características o circunstancias del artículo 11 de la Ley 19.300, que dan origen a la necesidad de elaborar un Estudio de Impacto Ambiental.

3°. Que, en Sesión Ordinaria N°4/2020 de 18 de marzo de 2020, la Comisión de Evaluación de la Región de La Araucanía acordó calificar favorablemente el proyecto “Subestación Nueva Metrenco 220/66 kV”, aprobando íntegramente el contenido del ICE de 6 de marzo de 2020, el que forma parte integrante de la presente Resolución. Por lo tanto, conforme a lo indicado en el artículo 60 inciso segundo del Reglamento del SEIA, se excluyen de la presente Resolución las consideraciones técnicas en que se fundamenta.

4°. Que, según lo señalado en la DIA y sus anexos, en su Adenda, y en su Adenda Complementaria, los cuales forman parte integrante de la presente Resolución, la descripción del Proyecto es la que a continuación se indica:

4.1. ANTECEDENTES GENERALES Objetivo general El objetivo del Proyecto corresponde a la concreción del plan de expansión del sistema de transmisión Zonal de energía eléctrica impulsado por el Ministerio de Energía, para este caso, mediante la construcción y operación de la subestación seccionadora Nueva Metrenco 220/66 kV seccionando las líneas existentes de 2x220 kV Cautín-Ciruelos y 2x66 kV Temuco-Loncoche. Lo que permitirá la mejora en la seguridad, continuidad y flexibilidad del sistema eléctrico de la Zona. Tipología principal, así como las aplicables a sus partes, obras o acciones b.2) Subestaciones Vida útil Indefinido Monto de inversión USD $ 13.200.000,000 REPÚBLICA DE CHILE COMISIÓN DE EVALUACIÓN Región de La Araucanía

RCA N° 15/2020 – DIA del proyecto “Subestación Nueva Metrenco 220/66 kV” Gestión, acto o faena mínima que da cuenta del inicio de la ejecución El hito de inicio de la ejecución del Proyecto, de modo sistemático y permanente, corresponde a estudios de mecánica de suelos realizados por el titular y la posterior preparación de los suelos para la instalación de faenas en la fecha de inicio de construcción. Proyecto se desarrolla por etapas Si No El proyecto no se desarrolla por etapas.

X Proyecto modifica un proyecto o actividad Si No El proyecto no modifica ningún proyecto o actividad existente.

X Proyecto modifica otra(s) RCA [sólo en caso de que el proyecto sí modifique un proyecto o actividad] Si No El proyecto no modifica ninguna RCA.

X

4.2. UBICACIÓN DEL PROYECTO División político- administrativa

Región de La Araucanía, Provincia de Cautín, Comuna de Padre Las Casas.

Descripción de la localización El proyecto que se somete a evaluación forma parte del listado de instalaciones de transmisión zonal de ejecución obligatoria, necesarias para el abastecimiento de la demanda, publicado en el Decreto Exento 418 del 19 de agosto de 2017, el cual fue modificado por el Decreto Exento 111 del 12 de abril de 2018, del Ministerio de Energía. Dado lo anterior, y según las bases de licitación del Coordinador Eléctrico Nacional, el proyecto debe estar ubicado en un radio de 1,5 km desde el actual Tap Metrenco, lo que se justifica por la necesidad de realizar el seccionamiento de la línea 2x220 kV Cautín; Ciruelos y de la línea 2x66 kV Temuco; Loncoche. Superficie Tipo de superficie Unidad Obras Permanentes 8,64 has Obras Temporales 3,36 has Tipo Superficie (Ha) Subestación 3,3 Seccionamientos 5,16 Camino de Acceso 0,18 Obras Permanentes 8,64 REPÚBLICA DE CHILE COMISIÓN DE EVALUACIÓN Región de La Araucanía

RCA N° 15/2020 – DIA del proyecto “Subestación Nueva Metrenco 220/66 kV” Coordenadas UTM en Datum WGS84 Coordenadas de ubicación de la Subestación (WGS84, huso 18 S) VÉRTICE Norte Este 1 5.698.693 706.261 2 5.698.663 706.393 3 5.698.517 706.359 4 5.698.528 706.313 5 5.698.489 706.304 6 5.698.524 706.155 7 5.698.665 706.187 8 5.698.650 706.251

Caminos de acceso Se podrá acceder a las instalaciones de las obras directamente desde la caletera oeste de la ruta 5 sur.

El acceso es desde la ruta 5 sur desde la salida del bypass Temuco a 6,2 km desde el este. La distancia desde el borde de la carretera 5 sur es de 200 m.

Referencia al expediente de evaluación de los mapas, georreferenciación e información complementaria sobre la localización de sus partes, obras y acciones DIA. Subestación Metrenco 220/66 Kv. Capítulo 1.4.3.3 de la DIA Mapa, anexo 1.2 Láminas de la DIA.

4.3. PARTES, OBRAS Y ACCIONES QUE COMPONEN EL PROYECTO 4.3.1. FASE DE CONSTRUCCIÓN Configuración de Barras La Subestación Nueva Metrenco tendrá una configuración de doble barra más transferencia. Ambos patios serán conectados a través de la instalación de dos nuevos transformadores de 220/66 kV de capacidad de 60 MVA, los que no podrán compartir la misma diagonal. Cantidad de Patios de 220 kV u otros Se proyecta un patio de 220 kV y otro patio de 66 kV para el seccionamiento de las líneas existentes. La subestación Nueva Metrenco 220/66 kV tiene una configuración en interruptor y medio en el sector de 220 kV y en configuración doble barra más transferencia en el sector de 66 kV. Ambos sectores con tecnología AIS. REPÚBLICA DE CHILE COMISIÓN DE EVALUACIÓN Región de La Araucanía

RCA N° 15/2020 – DIA del proyecto “Subestación Nueva Metrenco 220/66 kV” Las características de la subestación Nueva Metrenco se muestran a continuación: CARACTERÍSTICA DESCRIPCIÓN Configuración Interruptor y medio en 220 kV y Doble barra más transferencia en 66 kV Tipo AIS Capacidad de Barras 1381,22 A (500 MVA) en 220 kV y 1381,22 (150 MVA) en 66 kV Voltajes 220 y 66 kV Número de Diagonales /Paños - Dos (2) Diagonales en interruptor y medio para el seccionamiento de la línea 2x220 kV Cautín – Ciruelos; - Dos (2) Medias Diagonales en interruptor y medio para equipos de transformación 220/66 kV, 60 MVA; - Espacio para dos (2) diagonales completas para proyectos futuros, - Barras principales en 220 kV; - Doble barra principal en 66 kV; - Barra de transferencia en 66 kV; - Dos (2) Paños con doble barra más transferencia para equipos de transformación 220/66 kV, 60 MVA; - Cuatro (4) Paños con doble barra más transferencia para el seccionamiento de línea 2x66 kV Temuco - Loncoche; - Espacio para dos (2) Paños con doble barra más transferencia para el enlace con la S/E Enlace Imperial; - Espacio disponible para tres paños futuros en 66kV - Paño acoplador en 66 Kv - Paño seccionador en 66 kV Equipos Primarios de la Subestación Nueva Metrenco

LISTADO DE EQUIPOS PATIO 220 kV ÍTEM CANTIDAD UNIDAD DESCRIPCIÓN 11 6 c/u Trans. de Potencial de Barra 230/0.115/0.115kV 12 6 c/u Trans. de Potencial de SSAA 230/0.4kV 13 14 c/u Secc. Tripolar Hor. S.P.T 2000A-40kA- 245kV 14 18 c/u Secc. Pantógrafo Monop. 2000A-40kA- 245kV 15 60 c/u Trans. de Corriente 5N 2000-1000/1-1- 1-1A 16 10 c/u Interr. de Poder Tripolar 2000A-40kA- 245 kV 17 18 c/u Aislador de Pedestal Station Post 18 6 c/u Secc. Tripolar Hor. C.P.T 2000A- 40kA-245kV 19 18 c/u Trans. de Potencial para Diagonal 245 kV 20 12 c/u Pararrayos 245kV Listado Patio Transformadores. LISTADO PATIO TRANSFORMADORES ÍTEM CANTIDAD UNIDAD DESCRIPCIÓN 21 2 c/u Transformador Trifásico 220/66 kV 60 MVA 22 6 c/u Pararrayos 245kV 23 6 c/u Pararrayos 66kV REPÚBLICA DE CHILE COMISIÓN DE EVALUACIÓN Región de La Araucanía

RCA N° 15/2020 – DIA del proyecto “Subestación Nueva Metrenco 220/66 kV” Listado de Equipos Patio 66 kV. LISTADO DE EQUIPOS PATIO 266 kV ÍTEM CANTIDAD UNIDAD DESCRIPCIÓN 1 18 c/u Pararrayos 54kV 2 18 c/u Trans. de Potencial 230/0.115/0.115kV 3 18 c/u Trans. de Corriente 5N 2000-1000/1-1- 1-1ª 4 6 c/u Trans. de Corriente 3N 2000-1000/1-1ª 5 6 c/u Trans. de Corriente 2N 2000-1000/1-1ª 6 31 c/u Secc. Tripolar Hor. S.P.T 3150A- 31.5kA-72.5kV 7 10 c/u Interr. de Poder Tripolar 3150A- 31.5kA-72.5kV 8 60 c/u Aislador de Pedestal Station Post 9 6 c/u Trans. de Potencial de Barra 266/0.115/0.115kV 10 6 c/u Secc. Tripolar Hor. C.P.T 3150A- 31.5kA-72.5kV Sala de Servicios Generales Esta instalación albergará los servicios comunes de la subestación, los que corresponden a los sistemas de telecomunicaciones y control de todo el patio de 220 kV y del patio de 66 kV, los servicios auxiliares de energía alterna y continua, los bancos de baterías y los grupos electrógenos de emergencia cuya capacidad nominal será de 150 kVA aproximadamente. La superficie aproximada de la sala de servicios generales es de 193 m2. Sistema de Climatización El sistema estará compuesto por equipos de climatización tipo Split, para los cuales se determinará la capacidad y características necesarias para mantener las salas y casetas a temperaturas adecuadas para el correcto funcionamiento de equipos eléctricos al interior de éstas. Otro tipo de obras Camino interior, Sistemas de seguridad, Detección Perimetral de Intrusos, Circuito Cerrado de Televisión, Integración de Servicios de Detección y CCTV. Sistema Malla de Puesta a Tierra La subestación contará con un sistema de puesta a tierra que suministrará la adecuada protección, a personas y equipos, contra sobretensiones que puedan presentarse debido a fallas a tierra en la subestación. Corresponderá a un conjunto de conductores conectados entre sí formando una grilla, enterrados. Esta malla estará conectada a todos los equipos y estructuras de la subestación, facilitando la evacuación de las corrientes de falla a tierra. Obras de Acceso Nuevas Para acceder al Proyecto se considera la utilización de caminos existentes y caminos que se habilitarán bajo la faja de servidumbre. Adicionalmente para el acceso desde la caletera a la Subestación se utilizará un nuevo camino de 100 m de longitud y 6 m de ancho aproximadamente, de acuerdo a manual de carreteras del MOP. Oficinas Administración Corresponden a los contenedores que funcionan como dependencias u oficinas administrativas para el personal de la faena, incluyendo oficina técnica, oficina para el administrador de obra, oficina de calidad, seguridad, medio ambiente, topografía, de la Inspección Técnica, contenedores bodega, oficinas para la Inspección Técnica, baños y Comedor. Lo anterior, bajo los estándares necesarios de luminosidad, pintura e higiene que se requieren. Contará con una superficie aproximada de 165 m². Comedor Se dispondrá de contenedores habilitados para el área de comedor el que tendrá un área total de 60 m². Se contratarán los servicios de alimentación con una empresa establecida en el sector, la que deberá cumplir con las condiciones sanitarias y ambientales establecidas en el D.S. N° 977/96 “Reglamento Sanitario de los Alimentos” y contará con autorización sanitaria para su funcionamiento. Dentro del comedor dispondrá de elementos que permitan calentar la comida, en caso de ser necesario. Estacionamientos La instalación de faenas contará con una zona de estacionamiento principalmente para vehículos livianos y camionetas además de algunos REPÚBLICA DE CHILE COMISIÓN DE EVALUACIÓN Región de La Araucanía

RCA N° 15/2020 – DIA del proyecto “Subestación Nueva Metrenco 220/66 kV” vehículos pesados y maquinarias que lo utilizarán de manera esporádica. Se considera una superficie de 587,8 m2 Caseta de control de acceso (Caseta guardia) La instalación de faenas contará con caseta de guardias o garita de control de acceso para supervisar el ingreso de cualquier persona interna o externa al proyecto que se dirija al área de trabajo. La caseta tendrá capacidad para 2 personas simultáneamente y contará con un baño químico, iluminación permanente, agua purificada en bidones, además de todos los EPP requeridos por el proyecto. Piscina de decantación (Lavado de camiones mixer) La piscina de decantación tendrá una superficie de 3m x 3 m aproximadamente, y estará cubierta por una geomembrana impermeabilizadora de HDPE de 5 mm de espesor con el fin de evitar infiltraciones. Será utilizada para acumular el agua proveniente del lavado de los camiones mixer, una vez estos hayan hormigonado las estructuras del Seccionamiento y la Subestación. Servicios Higiénicos y duchas La instalación de faena contará con 2 contenedores de baños, los cuales estarán conectados a un sistema de tratamiento PTAS. cada módulo contará con 5 WC y 5 Lavamanos. Para los frentes de trabajo móviles para el seccionamiento, se contará con baños químicos móviles. Para las duchas, se habilitarán 2 Contenedores, tiene como finalidad proporcionar un sector para duchas y camarín de los trabajadores. La superficie de servicios higiénicos y duchas es de aproximadamente 60 m². Bodega de materiales Se habilitarán contenedores para materiales específicos y herramientas, para almacenar algunos insumos y equipos pequeños a utilizar durante la construcción. La superficie aproximada es de 100 m2. Bodega de Sustancias Peligrosas (SUSPEL) En la instalación de faena se considera la construcción de una bodega de almacenamiento de sustancias peligrosas, la que se construirá en conformidad a lo establecido en el D.S. N°78/2010 del Ministerio de Salud y tendrán las siguientes características: Se construirá sobre un radier de hormigón con un pretil de contención y será cerrada en su perímetro con rejas, que permitirán una ventilación apropiada, resistente a la acción del agua, incombustible, lo cual impedirá el libre acceso de personas y animales. Tendrá un piso sólido resistente estructural y químicamente, liso, lavable e impermeable y no poroso. Estará techada y protegida de condiciones ambientales tales como humedad, temperatura y radiación solar; Contará con sistema manual de extinción de incendios a base de extintores. Tendrá un sistema colector de eventuales derrames, con una capacidad de retención no inferior a un volumen equivalente al 110% del envase de mayor capacidad. Contará con agentes de absorción y/o neutralización. Contará con señalización de acuerdo a la Norma Chilena NCh 2.190. La bodega tendrá una superficie aproximada de 15 m². Sector de Almacenamiento Temporal de Residuos Domésticos y No Peligrosos (Patio de Salvataje) Para el almacenamiento de los residuos sólidos domésticos y no peligrosos generados, se habilitará un sector de acopio temporal (patio de salvataje), que contará con autorización sanitaria, en el cual se instalarán contenedores con tapa a modo de facilitar el aseo del lugar y evitar la proliferación de vectores. La instalación de faena tendrá un patio de salvataje para los residuos industriales No peligrosos, originados durante la fase de construcción (madera, despuntes de metales, escombros, papeles y cartones, plásticos, material reutilizable, etc.), los que serán almacenados temporalmente (Art. 18 D.S. N° 594/1999, del MINSAL). Estos residuos se ordenarán y clasificarán para su posterior reutilización, reciclaje o disposición final en sitios autorizados por la autoridad sanitaria. Los residuos sólidos asimilables a domésticos (RSD) originados, se almacenarán en contenedores de basura herméticos, y serán retirados por una REPÚBLICA DE CHILE COMISIÓN DE EVALUACIÓN Región de La Araucanía

RCA N° 15/2020 – DIA del proyecto “Subestación Nueva Metrenco 220/66 kV” empresa autorizada por la Autoridad Sanitaria con una frecuencia de retiro de dos (2) veces a la semana. La superficie aproximada del sector de Almacenamiento Temporal de Residuos Domésticos y no Peligrosos será de aproximadamente 700 m². Los residuos serán retirados periódicamente por una empresa autorizada por la SEREMI de Salud, Región de la Araucanía, y conducidos al vertedero autorizado para su disposición final. Bodega de Residuos peligrosos (RESPEL) En la instalación de faenas se habilitará una bodega para almacenar temporalmente los residuos peligrosos generados durante la fase de construcción del Proyecto. Ésta se construirá en conformidad a lo establecido por el artículo 33 del D.S. N° 148/04 del Ministerio de Salud, y previo a su funcionamiento se solicitará la autorización de la Secretaría Regional Ministerial (SEREMI) de Salud, de la Región de la Araucanía. La Bodega de residuos peligrosos tendrá las siguientes características: Tendrá una base continua, impermeable y resistente estructural y químicamente a los residuos almacenados; construida sobre un radier de hormigón y con un pretil de contención. Contarán con un cierre perimetral de, a lo menos, 1,80 m de altura, el cual impedirá el libre acceso de personas y animales. Estará techada y protegida de condiciones ambientales tales como humedad, temperatura y radiación solar. Tendrán un sistema colector de eventuales derrames, con una capacidad de retención no inferior al volumen del contenedor de mayor capacidad ni al 20% del volumen total de los contenedores almacenados. Contarán con señalización de acuerdo a la Norma Chilena NCh 2.190 Of. 93 (versión actual Of.2003). El almacenamiento de los residuos peligrosos no superará los 6 meses. La superficie aproximada del sector de almacenamiento será de 15 m2. Sistema de Agua Potable

El agua potable requerida será adquirida a empresas proveedoras que cuenten con autorización sanitaria y que cumplan con los requisitos de calidad definidos por la NCh 409/2, Of.2005. Para el almacenamiento de dicha agua, la instalación de faenas contará con un sistema que incluirá un estanque de almacenamiento, cloración, y sistema de impulsión a la red de distribución hacia los artefactos sanitarios. En forma previa a la operación del sistema, se realizarán los análisis fisicoquímicos del agua potabilizada, de acuerdo a los parámetros, establecidos en la NCh 409/1 Of 05 “Agua Potable – Requisitos Parte 1”. El diseño de dicho sistema será presentado para la aprobación del Seremi de Salud de la Araucanía, previo a su construcción. Sistema de Tratamiento de Aguas Servidas (STAS) El tratamiento de las aguas servidas que se generen en la etapa de construcción del Proyecto se realizará a través de una fosa séptica con capacidad suficiente de acuerdo con la cantidad de mano de obra que se contratará, la cual será dispuesta en la instalación de faenas, y dará cumplimiento a lo establecido en el D.S N°236/1926, “Reglamento General de Alcantarillados Particulares Fosas Sépticas, Cámaras Filtrantes, Cámaras de Contacto, Cámaras Absorbentes y Letrinas Domiciliarias”. Previo a su construcción, el diseño será presentado para la aprobación del Seremi de Salud de la Araucanía; de igual manera, previo a su funcionamiento se obtendrá autorización de dicha autoridad. Patios de Acopio Se contempla la implementación de zonas de acopio para materiales o insumos que serán utilizados durante la construcción del Proyecto, tales como enfierraduras, tuberías, cemento, maderas, postes, cables conductores, estructuras metálicas, etc. La superficie aproximada es de 1000 m2. Pañol de herramientas (Taller) El Pañol estará conformado por un contenedor habilitado para dicha función, el cual considera una superficie de 100 m2, destinada a preparar suministros tales como moldajes, estacas y enfierraduras, además de almacenar herramientas y equipos menores utilizados en la obra. Frente de Trabajo móvil para el seccionamiento La habilitación de los Frentes de Trabajo Móviles (FTM) para el seccionamiento, se realizará en las inmediaciones de las principales obras del Proyecto, con la finalidad de disponer de una superficie necesaria para la REPÚBLICA DE CHILE COMISIÓN DE EVALUACIÓN Región de La Araucanía

RCA N° 15/2020 – DIA del proyecto “Subestación Nueva Metrenco 220/66 kV” maniobra de equipos y maquinaria, acopio provisorio de material, u otros que resulten necesarios, según lo requiera la obra para el avance del Proyecto. Los frentes de trabajo móviles consideran la instalación y operación transitoria de infraestructura de apoyo a la labor constructiva. En cada uno de estos frentes de trabajo móviles, se dispondrá de baños químicos y bidones de agua con dispensador para consumo, de acuerdo a la cantidad, calidad y condiciones sanitarias establecidas por el D.S. N° 594/99. Los residuos de los baños químicos serán retirados por una empresa autorizada por Seremi de Salud Región de la Araucanía. En los frentes de trabajo móviles se habilitará un sector para el almacenamiento temporal de residuos sólidos no peligrosos, estos residuos se ordenarán y segregarán según sus características para su posterior reciclaje o disposición final en sitios autorizados. Movimiento de Tierra y Excavaciones Las actividades de movimiento de tierra asociadas a excavaciones y perforaciones se ejecutarán con maquinaria convencional de excavación y perforación (Perforadoras mecánicas y manuales, Retroexcavadoras, Camiones tolvas, camiones grúa, etc.). En la zona de emplazamiento de la Subestación y estructuras del seccionamiento, se realizará un despeje superficial del terreno, lo que implica la eliminación de los primeros 60 cm de tierra vegetal. Luego se eliminan los tocones, rocas y cualquier elemento existente en el área, para finalmente realizar la nivelación del terreno dejar el terreno en condiciones de construir la plataforma correspondiente para la subestación. Las faenas de excavación se realizarán con los siguientes equipos: • Camión Tolva 14 m³ • Bulldozer • Motoniveladora • Rodillo Compactado • Cargador Frontal • Camión Aljibe El material removido por la excavación será clasificado entre suelo vegetal y excavación material común. Las excavaciones se realizarán removiendo una altura de suelo de 1,20 m. El material de excavación será utilizado como relleno para las fundaciones de las mismas obras, considerando la topografía del sector; en caso de que no pueda ser utilizado como relleno para las obras del Proyecto, se situarán en sectores que sean aptos para su disposición, lo que será acordado previamente con el propietario. El volumen estimado de excavación corresponde a 29.098 m3. Habilitación de accesos Para acceder al Proyecto se considera la utilización de caminos existentes y caminos que se habilitarán bajo la faja de servidumbre. Construcción de las Fundaciones Una vez realizada la excavación, se procederá a la construcción de las fundaciones de equipos y estructuras metálicas del seccionamiento y subestación. La construcción de las fundaciones se iniciará con la instalación de los moldajes y las armaduras de la fundación para su rellenado con hormigón. Este será provisto por camiones mixer o preparado en terreno en betoneras o mezcladores manuales, según sea necesario. El volumen estimado de hormigón para las fundaciones es de 2.453 m³. Obtención y transporte de material de relleno En la medida de lo posible, se utilizará el propio material resultante de la excavación para relleno, en caso de no ser posible, el material de relleno será adquirido a empresas autorizadas. El volumen de material de relleno estimado que será requerido es de 20.056 m3. Construcción de Plataformas Los patios se construirán sobre una plataforma, la cual se rellenará con áridos adquiridos a proveedores de la zona autorizados, los que serán distribuidos con motoniveladora en la superficie de la plataforma, en dos capas de 20 cm (total 40 cm). El material se compactará con un rodillo de 12 ton de peso hasta completar la altura de la plataforma. REPÚBLICA DE CHILE COMISIÓN DE EVALUACIÓN Región de La Araucanía

RCA N° 15/2020 – DIA del proyecto “Subestación Nueva Metrenco 220/66 kV” Instalación y Montaje de Estructuras Todas las piezas que conformarán las estructuras de anclaje y suspensión para los patios de alta y seccionamiento se trasladarán en camiones hasta los patios y bodegas dispuestos en las bases de operación del Contratista y desde allí hasta los frentes de trabajo. Esta actividad se realizará empernando todas las piezas entre sí como un mecano. En los sectores donde sea posible el acceso de la maquinaria pesada, las diferentes partes de cada estructura serán trasladadas e instaladas con ayuda de un camión pluma, mientras que en los sectores donde no se pueda acceder con un camión pluma, las estructuras serán montadas manualmente, con ayuda de equipo menor. Una vez armada la sección inferior de las estructuras se le asegurará una pluma con tecle o huinche manual, levantando las piezas superiores. Mediante sucesivos cambios de posición de la pluma se terminará el armado completo de la estructura. En relación al seccionamiento de 66 kV, se adoptarán las medidas necesarias para la mantención del estándar actual de la línea existente que será seccionada. En cuanto a la construcción de la subestación eléctrica propiamente tal, se procederá al montaje electromecánico de las estructuras y equipos y a la ejecución de otras obras civiles menores, tales como, canaletas, canalizaciones y casa de servicios generales. Además, se procederá al alambrado, conexionado y pruebas de los equipos eléctricos, incluyendo tanto equipos eléctricos, como los equipos de control, protección, supervisión, medida y telecomunicaciones y servicios auxiliares dispuestos en el patio. Tendido de Conductores

Para el tendido de conductores entre las estructuras, se elegirán puntos cercanos a las estructuras de anclaje, dentro de la faja de servidumbre, que permitan el tendido de los cables. En estos puntos se instalarán los equipos que se requieren para el tendido, como son el portacarrete y los carretes para el cable de guardia y el conductor, los huinches y los frenos. Prueba de equipos y puesta en servicio

Verificaciones Previas a la Energización. ÍTEM DESCRIPCIÓN 1 Inspección visual a través de un recorrido a la obra. 2 Verificación del retiro de todas las puestas a tierra provisionales. 3 Verificación de la resistencia de aislamiento entre cada polo y tierra, así también entre polos considerando cualquiera de sus combinaciones. 4 Verificación de la medida de resistencia y continuidad del sistema. 5 Verificación de la adecuada aislación de los cables de interconexión entre equipos y de los circuitos primarios de la fuente de alimentación de los equipos. 6 Verificación de la polaridad en equipos. 7 Verificación que las fuentes de alimentación de los equipos tengan los puentes adecuados para la tensión con la cual trabajarán. 8 Verificación de la sección adecuada de los cables 9 Verificación de la conexión a tierra de los blindajes de los cables apantallados 10 Verificación de la conexión a tierra de los equipos. 11 Verificación que la malla de puesta a tierra de las salas de comando y en las casetas de REPÚBLICA DE CHILE COMISIÓN DE EVALUACIÓN Región de La Araucanía

RCA N° 15/2020 – DIA del proyecto “Subestación Nueva Metrenco 220/66 kV” control y malla general de la S/E estén debidamente interconectadas. Contratación de personal El personal requerido corresponderá a profesionales, técnicos, administrativos y personal de terreno. Se privilegiará la contratación de mano de obra local proveniente de comunas aledañas. El proceso de contratación se realizará en forma previa a la ejecución de las actividades del Proyecto. El Proyecto no considera la instalación de campamentos ni otro tipo de instalaciones para alojamiento y vivienda del personal, debido a su cercanía con centros poblados. Para ello, los Contratistas dispondrán de movilización diaria para los trabajadores desde los lugares de alojamiento y/o desde la instalación de faenas a los frentes de trabajo. Compra de bienes y contratación de servicios La compra de bienes y la contratación de los servicios serán realizadas directamente por la empresa que esté a cargo de la construcción de las obras. No obstante, el Titular exigirá a la empresa Contratista que tanto los insumos como los servicios que sean adquiridos cumplan con la legislación y normativa aplicable, así como con los eventuales permisos asociados a ellos. Habilitación de la instalación de faenas Será implementada y operada de acuerdo al cronograma del Proyecto Se realizará el trazado del área perimetral para la instalación de los cercos perimetrales, para posteriormente instalar los módulos de oficinas y bodegas, bases de madera, techumbres, y finalmente el piso de las oficinas y terminaciones. Dicha instalación cumplirá con lo establecido en el D.S. Nº 594/99. Corta de vegetación El proyecto requerirá de corta y despeje de vegetación menor para la habilitación y construcción de las obras del Proyecto. En dichos sectores se realizará despeje de individuos aislados para permitir la ejecución de las actividades constructivas, tales como tendido de conductores, actividades de topografía, entre otras, y para permitir las condiciones de seguridad de un proyecto de estas características. Previo a la corta de vegetación se realizará la delimitación de la superficie que será intervenida, con la finalidad de que ésta se acote sólo a los sectores de intervención directa del Proyecto. Es importante mencionar que las áreas de corta de vegetación del Proyecto no se desarrollan en lugares que reúnan la condición de bosque, por lo que no aplica la presentación de los PAS 148 y PAS 149. Movimiento de tierra y excavaciones Se ejecutarán con maquinaria convencional de excavación y perforación (Perforadoras mecánicas y manuales, Retroexcavadoras, Camiones tolvas, camiones grúa, etc.). En la zona de emplazamiento de la Subestación y estructuras del seccionamiento, se realizará un despeje superficial del terreno, lo que implica la eliminación de los primeros 60 cm de tierra vegetal. Luego se eliminan los tocones, rocas y cualquier elemento existente en el área, para finalmente realizar la nivelación del terreno dejar el terreno en condiciones de construir la plataforma correspondiente para la subestación. Las faenas de excavación se realizarán con los siguientes equipos: • Camión Tolva 14 m3 • Bulldozer • Motoniveladora • Rodillo Compactado • Cargador Frontal • Camión Aljibe El material removido por la excavación será clasificado entre suelo vegetal y excavación material común. Las excavaciones se realizarán removiendo una altura de suelo de 1,20 m. El material de excavación será utilizado como relleno para las fundaciones de las mismas obras, considerando la topografía del sector; en caso de que no pueda ser utilizado como relleno para las obras del Proyecto, se situarán en sectores que sean aptos para su disposición, lo que será acordado previamente con el propietario. El volumen estimado de excavación corresponde a 29.098 m3. Habilitación de accesos Para acceder al Proyecto se considera la utilización de caminos existentes y caminos que se habilitarán bajo la faja de servidumbre. REPÚBLICA DE CHILE COMISIÓN DE EVALUACIÓN Región de La Araucanía

RCA N° 15/2020 – DIA del proyecto “Subestación Nueva Metrenco 220/66 kV” Construcción de las fundaciones Una vez realizada la excavación, se procederá a la construcción de las fundaciones de equipos y estructuras metálicas del seccionamiento y subestación. La construcción de las fundaciones se iniciará con la instalación de los moldajes y las armaduras de la fundación para su rellenado con hormigón. Este será provisto por camiones mixer o preparado en terreno en betoneras o mezcladores manuales, según sea necesario. El volumen estimado de hormigón para las fundaciones es de 2.453 m3. Obtención y transporte de material de relleno En la medida de lo posible, se utilizará el propio material resultante de la excavación para relleno, en caso de no ser posible, el material de relleno será adquirido a empresas autorizadas. El volumen de material de relleno estimado que será requerido es de 20.056 m3. Construcción de plataformas Los patios se construirán sobre una plataforma, la cual se rellenará con áridos adquiridos a proveedores de la zona autorizados, los que serán distribuidos con motoniveladora en la superficie de la plataforma, en dos capas de 20 cm (total 40 cm). El material se compactará con un rodillo de 12 ton de peso hasta completar la altura de la plataforma. Instalación y montaje de estructuras Todas las piezas que conformarán las estructuras de anclaje y suspensión para los patios de alta y seccionamiento se trasladarán en camiones hasta los patios y bodegas dispuestos en las bases de operación del Contratista y desde allí hasta los frentes de trabajo. Esta actividad se realizará empernando todas las piezas entre sí como un mecano. En los sectores donde sea posible el acceso de la maquinaria pesada, las diferentes partes de cada estructura serán trasladadas e instaladas con ayuda de un camión pluma, mientras que en los sectores donde no se pueda acceder con un camión pluma, las estructuras serán montadas manualmente, con ayuda de equipo menor. Una vez armada la sección inferior de las estructuras se le asegurará una pluma con tecle o huinche manual, levantando las piezas superiores. Mediante sucesivos cambios de posición de la pluma se terminará el armado completo de la estructura. En relación al seccionamiento de 66 kV, se adoptarán las medidas necesarias para la mantención del estándar actual de la línea existente que será seccionada. En cuanto a la construcción de la subestación eléctrica propiamente tal, se procederá al montaje electromecánico de las estructuras y equipos y a la ejecución de otras obras civiles menores, tales como, canaletas, canalizaciones y casa de servicios generales. Además, se procederá al alambrado, conexionado y pruebas de los equipos eléctricos, incluyendo tanto equipos eléctricos, como los equipos de control, protección, supervisión, medida y telecomunicaciones y servicios auxiliares dispuestos en el patio. Tendido de conductores Para el tendido de conductores entre las estructuras, se elegirán puntos cercanos a las estructuras de anclaje, dentro de la faja de servidumbre, que permitan el tendido de los cables. En estos puntos se instalarán los equipos que se requieren para el tendido, como son el portacarrete y los carretes para el cable de guardia y el conductor, los huinches y los frenos. Prueba de equipos y puesta en servicio Antes de la puesta en marcha o de servicio, es decir previo a energizar cualquier equipo, se realizarán las siguientes verificaciones: Verificación de la adecuada aislación de los alambres de interconexión entre equipos y de, a lo menos, los circuitos primarios de la fuente de alimentación de los equipos; Verificación de la polaridad en equipos alimentados con corriente continua; Verificación que las fuentes de alimentación de los equipos tengan los puentes adecuados para la tensión a la cual trabajaran; Verificación de la sección adecuada de los cables Verificación de la conexión a tierra de los blindajes de los cables apantallados. Verificación de la conexión a tierra de los equipos Flujo Vehicular Se refiere al flujo proveniente desde lugares de abastecimiento de materiales específicos. REPÚBLICA DE CHILE COMISIÓN DE EVALUACIÓN Región de La Araucanía

RCA N° 15/2020 – DIA del proyecto “Subestación Nueva Metrenco 220/66 kV” A continuación, en la siguiente Tabla se presenta el flujo vehicular estimado durante la construcción. Insumo Vehículo Número De Vehículos Días /Mes Meses N°/Viajes Día N°/ Viajes Total Km /Día /Vehículo Km / Mes Ruta Personal Camionet as

22 14 2 616 11 145 2 Viaje desde Temuco a faenas Furgones 4 22 14 2 616 11 193 6 Viaje desde Temuco a faenas Bus transporte personal 1 22 14 2 616 8 352 Viaje a lugares de alojamiento personal Transport e Material Excavado Camión tolva de 14 m³ 3 22 8 7 2077 4.4 182 8 Viaje ida y vuelta a acopio/disposic ión Material de relleno compacta do Camión tolva de 14 m³ 3 22 2 7 1073 15 623 2 Viaje a acopio ida y vuelta Material de relleno gravilla Camión tolva de 15 m³ 1 22 1 7 135 15 403 5 Viaje a empréstito ida y vuelta Hormigón Camión mixer 8 m³ 3 22 2 3 307 15 279 0 Viaje a planta ida y vuelta Asfalto Camión tolva de 8 m³ 3 2 0,07 5 48 27 259 0 Viaje a planta ida y vuelta Acero hormigón camión 20 t 1 2 1 1 2 15 30 Viaje a lugar de compra Temuco Estructura s metálicas camión 20 t 1 22 3 5 330 15 165 0 Viaje a lugar de compra Temuco Agua Camión Aljibe 10 m³ 1 22 14 2 616 10 440 viaje a fuente agua para potable Madera y otros insumos Camión 20 t 1 5 1 1 5 18 90 Viaje a lugar de compra Temuco Residuos Industrial es camión 20 t 1 2 8 1 16 12 24 Viaje a botaderos autorizados ida y vuelta Residuos domiciliar ios camión 20 t 1 4 8 1 32 14 56 Viaje a botaderos autorizados ida y vuelta Residuos Peligrosos camión 20 t 1 1 3 1 3 14 14 Viaje a botaderos autorizados ida y vuelta Cierre de obras temporales Finalizada la fase de construcción se realizará el cierre de las obras temporales, para lo cual se considerará al menos lo siguiente: Retiro de equipos y desmovilización de estructuras instaladas. Limpieza de las áreas utilizadas, retirando todos los residuos y elementos que pudieran generar contaminación del agua o suelo, para su posterior disposición en lugar autorizado y de acuerdo a la normativa vigente. Se retirará todo vestigio de ocupación del lugar, tales como: chatarra, escombros y aquellas instalaciones de carácter transitorio. Se privilegiará la reutilización o reciclaje de aquellos materiales que tengan valor comercial; los residuos que no puedan ser reciclados o reutilizados serán transportados a sitios de disposición final autorizados. Podrán permanecer dentro de las zonas intervenidas sólo aquellos elementos o estructuras que presten utilidad práctica evidente, que constituyan una mejora REPÚBLICA DE CHILE COMISIÓN DE EVALUACIÓN Región de La Araucanía

RCA N° 15/2020 – DIA del proyecto “Subestación Nueva Metrenco 220/66 kV” para el ambiente y/o que sean autorizados por los propietarios de los terrenos involucrados. Respecto de los caminos de acceso nuevos, estos serán restaurados a su condición original, salvo que el proyecto y/o el propietario requiera que sean conservados. Una vez realizadas las actividades anteriores, se solicitará a los propietarios que serán afectados por las obras del Proyecto, un certificado de recepción de terreno, donde se señale que no hay aspectos pendientes. Recursos naturales renovables

Los recursos naturales renovables requeridos para la fase de construcción corresponden al agua potable e industrial. Las cantidades requeridas de cada una de ellas en promedio son 11,7 m3/día para agua potable y 80 m3/mes para agua industrial. Los áridos requeridos para la fabricación de hormigones y para los rellenos estructurales serán suministrados por empresas del rubro que cuenten con la autorización correspondiente. Para la fase de construcción se estima un requerimiento total de 1.883 m3 de áridos.

Emisiones y efluentes Emisiones a la atmósfera Los resultados fueron obtenidos considerando el escenario más desfavorable, es decir, sin considerar eficiencias de abatimiento en los cálculos, lo cual determina que, en la práctica, las precipitaciones del sector otorguen un factor que disminuya las emisiones atmosféricas, principalmente aquellas que se generan debido al tránsito interno hacia la instalación de faenas del proyecto

Total, Estimación Emisiones Fase de Construcción CONTAMINANTE EMISIÓN (t/año) MP10 5,307 MP2,5 3,881 CO 9,692 COV/ HC 3,603 NOX 43,782 SOX 0,518 El titular considera las siguientes medidas de manejo ambiental: - Se realizará humectación de caminos no pavimentados internos del Proyecto, con frecuencia diaria en época estival y en ausencia de precipitaciones. - Se exigirá una velocidad máxima de 30 km/h para los vehículos pesados y livianos al interior del predio y zona de obras. - Los materiales transportados se cubrirán con una malla con la finalidad de evitar la emisión de polvo y caída del material. Durante todas las fases del proyecto, los vehículos que circulen lo harán con su revisión técnica al día. - Para el control de emisiones de gases, el proyecto considera las siguientes medidas: - Los grupos electrógenos utilizados en la etapa de construcción tendrán sus mantenciones al día, para que se desempeñen de acuerdo con los parámetros del fabricante.

Aguas servidas y lodos El Proyecto considera un peak de 144 trabajadores, tomando en cuenta una dotación de agua potable promedio de 100 l/persona/día, y un factor de recuperación de 0,8, se obtiene la generación de un caudal máximo de 11.520 l/día de aguas servidas (11,5 m3/d).

Residuos industriales líquidos REPÚBLICA DE CHILE COMISIÓN DE EVALUACIÓN Región de La Araucanía

RCA N° 15/2020 – DIA del proyecto “Subestación Nueva Metrenco 220/66 kV” Corresponden a las aguas provenientes del lavado de la canoa de los camiones mixer, cuyo principal contenido son sólidos sedimentables. El caudal generado por dicho lavado es de 0,5 m3/día.

Emisiones de Ruido Evaluación de niveles proyectados según D.S. Nº 38/11 del MMA. Etapa de construcción, frente construcción. Con medidas de control (barreras acústicas):

Punto De Evaluac ión

Npsproyectado (Db(A))

D.S. N° 38/11 del MMA Zonificaci ón Límite Máximo Permisible (Db(A)) Cumplim iento R1 54 Zona Rural 55 Cumple R2 45 Zona Rural 49 Cumple R3 47 Zona Rural 50 Cumple R4 41 Zona Rural 49 Cumple R5 61 Zona Rural 65 Cumple R6 51 Zona Rural 65 Cumple R7 52 Zona Rural 53 Cumple

Evaluación de niveles proyectados según D.S. Nº 38/11 del MMA. Etapa de construcción, tránsito vehicular.

Punto de Evaluac ión

Npsproyectado db(A) Norma Suiza OPB 814.41sobre la protección contra el ruido. Grado De Sensibilidad Límite Máximo Permisible Db(A) Evaluación R1 36 II 60 Bajo norma R2 16 II Bajo norma R3 15 II Bajo norma R4 19 II Bajo norma R5 50 II Bajo norma R6 26 II Bajo norma R7 27 II Bajo norma

Mediante el análisis de los antecedentes y las mediciones realizadas en terreno, se concluye que el Proyecto cumple con los límites máximos permisibles de acuerdo al Decreto Supremo Nº 38/11 del MMA para la etapa de construcción, no causando impacto acústico en la comunidad receptora cercana. Información actualizada en adenda, anexo 9. Residuos, productos químicos y otras sustancias que puedan afectar el medio ambiente. Residuos domiciliarios

Corresponderán a restos de comida, cáscaras de frutas y verduras provenientes de los casinos, envases de alimentos, papeles, cartones, plásticos, envases de vidrio, botellas de bebida, entre otros. Teniendo en cuenta un peak de 144 personas se generarían 4.320 kg mensuales (30 días al mes) de este tipo de residuos. En cada lugar de generación de residuos domésticos se dispondrá de tambores o contenedores con tapa, para la acumulación de los residuos y su posterior traslado a la zona de almacenamiento temporal (Sitio de Almacenamiento de Residuos Domiciliarios), ubicada en la instalación de faenas. Desde dicho lugar los residuos domésticos serán retirados por una empresa externa con autorización sanitaria para esta actividad, para su traslado a un sitio de disposición autorizado.

Residuos industriales no peligrosos En esta categoría están considerados restos de embalaje (bolsas, envases plásticos, cajas de cartón, cajas de madera), restos de componentes eléctricos (restos de cables conductores, alambres, cables de cobre o conductores de REPÚBLICA DE CHILE COMISIÓN DE EVALUACIÓN Región de La Araucanía

RCA N° 15/2020 – DIA del proyecto “Subestación Nueva Metrenco 220/66 kV” aluminio, entre otros.), despuntes metálicos y de fierro, escombros de hormigón, restos textiles y todo residuo industrial inerte no contaminado con residuos peligrosos.

La generación estimada de residuos industriales no peligrosos es: RESIDUO DESCRIPCIÓN CANTIDAD (m3/mes) Madera Restos y Despuntes de Madera. 0,6 Metal Despuntes de fierro y chatarra de construcción, alambre. 0,3 Plásticos Polietileno negro, bolsas de embalaje, EPP (cascos, guantes, botas), cuerdas, sacos plásticos, envases de sustancias no peligrosas. 0,3 Papeles y cartones Envases, sacos de cemento, papel de oficina 1 Textiles Overoles, guantes, ropa de trabajo, cuerdas de vida 0,2 Otros Guantes de cuero, calzado de seguridad, zunchos, filtros de aire, discos de corte, herramientas dadas de baja. 0,2 Los residuos industriales no peligrosos, serán almacenados temporalmente en el patio de salvataje y serán clasificados de modo de facilitar la reutilización o reciclaje de aquellos que tengan valor comercial. Los residuos serán retirados periódicamente, y tanto el transporte como la disposición final serán realizados por una empresa debidamente autorizada.

Residuos industriales peligrosos Los RESPEL que se produzcan en las faenas serán manejados en conformidad al D.S. Nº148/04, y su almacenamiento temporal en la fase de construcción será en la bodega RESPEL considerada. En el Anexo 1.7 de la DIA, actualizado por el Anexo 6 de la Adenda, se presentan los antecedentes requeridos para solicitar este permiso. Los residuos peligrosos que se generen durante la construcción del Proyecto corresponden principalmente a aceites y lubricantes usados; mezclas residuales de aceite o hidrocarburos con agua; filtros de aceite; envases de aceite o lubricantes; aserrín y tierra contaminada con hidrocarburos; materiales tales como EPP, guaipes y baldes contaminados con hidrocarburos; envases de pintura, lacas y barnices; baterías, tubos fluorescentes; tóner y cartuchos de tinta. Además, se considerará cualquier material que presente contaminación con algún residuo o sustancia peligrosa. Dichos residuos serán acopiados en el Patio de Salvataje perteneciente a la Instalación de Faenas, para luego ser reciclados o reutilizados en las mismas obras del proyecto, en caso de ser factible, o retirados por una empresa autorizada, para su disposición final en un sector autorizado.

Se estima se generará: DESCRIPCIÓN DEL RESIDUO CANTIDAD (kg/año) Aceites y lubricantes usados 100 Soluciones ácidas 40 Mezclas residuales de aceite y agua o hidrocarburos y agua 20 Filtros contaminados con hidrocarburos 40 Envases de aceites/lubricantes 100 Tierra contaminada con hidrocarburo 150 Materiales contaminados con hidrocarburos 200 REPÚBLICA DE CHILE COMISIÓN DE EVALUACIÓN Región de La Araucanía

RCA N° 15/2020 – DIA del proyecto “Subestación Nueva Metrenco 220/66 kV” (EPP, huaipes, baldes) Envases de pinturas, lacas, barnices 100 Baterías 30 Tubos fluorescentes 10 Tóner y cartuchos de tinta 40 Total 830

Sustancias Peligrosas (SUSPEL) Las sustancias peligrosas requeridas serán adquiridas directamente a empresas proveedoras de la zona. Para su almacenamiento se contará con bodegas de sustancias peligrosas. Las cantidades estimadas son las indicadas a continuación: TIPO DE SUSTANCIA NOMBRE CANT IDAD UNIDAD Gases Gas licuado 225 Kg/mes Acetileno Comprimido 90 Kg/mes Oxígeno Comprimido 1 Cilindro/mes Aerosoles 150 Latas/mes Líquidos Inflamables Diésel 600 lts/mes Sika Antisol 30 Tinetas 20 lts (global) Diluyentes 20 Gal (global) Pinturas 100 Gal (global) Sólidos combustibles Baterías 2 Unidades/mes

Referencia al ICE para mayores detalles sobre esta fase. Capítulo 4 del ICE. 4.3.2. FASE DE OPERACIÓN Puesta en marcha Finalizado el proceso constructivo, existirá un periodo de puesta en marcha del Proyecto de 3 meses aproximadamente, que considera pruebas de funcionamiento, para posteriormente entrar en operación. Las pruebas de funcionamiento persiguen básicamente dos objetivos: Calibrar y verificar el funcionamiento de las instalaciones y equipos según sus condiciones de Proyecto, construcción y fabricación. Probar las instalaciones y equipos en operación normal y en condiciones extremas de funcionamiento (operaciones de emergencia). Se realizará inspección visual de la totalidad del seccionamiento por parte de personal especializado, verificando que no existan puestas a tierra provisorias y que ningún elemento extraño pueda haber quedado durante las fases de montaje de estructuras y tendido de cables. Las pruebas que se ejecutarán corresponden a medición de resistencia de aislación, medición de resistencia óhmica del conductor, continuidad del conductor y secuencia de fases.

Operación de la Subestación Nueva Metrenco La subestación Nueva Metrenco permitirá realizar el seccionamiento de la línea existente 2x220 kV Cautín-Ciruelos en un patio de 220 KV y de la línea 2x66 kV Temuco- Loncoche, en un patio de 66 kV. La subestación Metrenco operará de forma telecomandada, por lo que no es necesario mantener personal de forma permanente en el Proyecto. Las actividades relacionadas con la mantención de la subestación serán realizadas de forma esporádica. Mano de obra requerida La operación será de forma telecomandada, es decir, sin presencia de personal permanente. En efecto, las instalaciones serán monitoreadas y comandadas en forma remota. REPÚBLICA DE CHILE COMISIÓN DE EVALUACIÓN Región de La Araucanía

RCA N° 15/2020 – DIA del proyecto “Subestación Nueva Metrenco 220/66 kV” Flujo vehicular El flujo vehicular durante la fase de operación del proyecto estará supeditado a la frecuencia de mantención de la subestación, por lo que se estima que éste no será significativo para la fase de operación, ya que sólo corresponderá al flujo de vehículos menores para el traslado del personal encargado del mantenimiento. Este último se estima que se realizará como mínimo cada 6 meses. Seccionamiento 66kV Corresponde a una línea de transmisión de aproximadamente 1.000 m, montada sobre estructuras metálicas. La línea de transmisión operará con un nivel de tensión nominal de 66 kV, se iniciará en la Subestación Nueva Metrenco, concluyendo en el punto de intersección al SIC, correspondiente a la línea existente 2x66 kV Temuco-Loncoche. Para el seccionamiento se instalarán 9 estructuras, con una faja de seguridad variable entre 35 m y 16m.

Características Generales Seccionamiento 66kV. PARÁMETRO VALOR Tensión nominal 66kV Longitud 1.000 m Frecuencia Nominal 50 Hz Número de Circuitos 4 Número de conductores por fase 1 Tipo de Estructuras Metálicas reticuladas auto soportantes Ancho Faja (o Franja) de Seguridad Ancho Variable entre 35 y 16 m Seccionamiento 220kV Corresponde a una línea de transmisión de aproximadamente 300 m, montada sobre estructuras metálicas. La línea de transmisión operará con un nivel de tensión nominal de 220 kV, se iniciará en la Subestación Nueva Metrenco, concluyendo en el punto de intersección al SIC, correspondiente a la línea existente 2x220 kV Cautín-Ciruelos. Se compone de 2 tramos (norte y sur) con una longitud aproximada de 130 m y 160 m respectivamente. Para el seccionamiento se instalarán 4 estructuras, con una faja de seguridad variable entre 35 m y 24 m. Las Líneas de Transmisión correspondientes a los seccionamientos, han sido diseñadas para dar cumplimiento a lo establecido en el Capítulo V y VI de la Normativa eléctrica NSEG 5 E.n.71 “Instalaciones eléctricas de Corrientes Fuertes”. La disposición y ubicación de las estructuras se presentan en la Lámina 1.2.2 del Anexo 1.2 de la DIA.

Características Generales Seccionamiento 220V. PARÁMETRO VALOR Tensión nominal 220kV Longitud 550 m Frecuencia Nominal 50 Hz Número de Circuitos 2 Número de conductores por fase 1 Tipo de Estructuras Metálicas reticuladas auto soportantes Ancho Faja (o Franja) de Seguridad Ancho Variable entre 35 y 24 m Productos generados El Proyecto no corresponde a una actividad productiva, sino a un servicio, como es el seccionamiento de líneas existentes y modificación en el nivel de tensión. En consecuencia, no hay generación de productos materiales. Sistema de Detección y Extinción de Incendios Para todas las áreas que requieran la protección contra incendios, se considerará el suministro e instalación de un sistema de detección, control y extinción de incendios automático compuesto por: Paneles de Control y Supervisión, Detectores de Humo, Dispositivos de Alarmas, y Módulos de Control y Monitoreo. REPÚBLICA DE CHILE COMISIÓN DE EVALUACIÓN Región de La Araucanía

RCA N° 15/2020 – DIA del proyecto “Subestación Nueva Metrenco 220/66 kV” Sector para Desarrollos futuros Según lo indicado en las bases de licitación del Coordinador Eléctrico Nacional para los proyectos indicados en el Decreto Exento 418 del 19 de agosto de 2017 del Ministerio de Energía, para este proyecto en particular, se indica que en el patio de 220 kV se deberá dejar espacio para al menos dos diagonales completas, y en el patio de 66 kV se deberá dejar espacio para al menos cinco paños. Recursos naturales renovables Dada las características del proyecto, no se prevé la utilización de recursos naturales renovables durante la fase de operación del Proyecto. Emisiones y efluentes Emisiones a la atmósfera

Las emisiones atmosféricas de la fase de operación del proyecto corresponderán básicamente a aquellas generadas por los vehículos (livianos) que utilizará el personal encargado de la operación, mantención e inspección de la línea. Por esta razón, y considerando que tales emisiones no son relevantes desde el punto de vista ambiental, no se consideró necesario estimar tales emisiones. Debido a las características de operación del Proyecto, dado que este tipo de energía, no genera gases de efecto invernadero, se estima que las emisiones a la atmósfera de material particulado en la fase de operación del Proyecto serán mínimas y despreciables, producto de labores de mantenimiento.

Residuos líquidos domiciliarios Para la fase de operación, no se generarán efluentes líquidos, dado que la subestación será telecomandada.

Residuos líquidos industriales Para la fase de operación, no se generarán efluentes líquidos, dado que la subestación será telecomandada.

Emisiones de Ruido Durante la fase de operación la mayor emisión de ruido estará dada por la operación de dos transformadores 220/66kV de 60MVA. Según la información entregada por el fabricante de estos equipos tienen una emisión de 70 dB(A) a 1 metros. Para el caso de las líneas de 66kV, no es necesario considerar el efecto corona, dado que este es audible para conductores que superan los 80 kV según lo descrito por el método FGH de Alemania. En el Anexo 9 de la Adenda, se presenta la actualización del Estudio de Impacto Acústico y Vibraciones, en el cual se modelan los niveles de ruido en los distintos receptores identificados para el Proyecto, considerando la topografía, obstáculos existentes y condiciones climáticas. Los resultados de dicho estudio muestran que los niveles de ruido en los receptores más cercanos identificados varían entre 13 y 32 dB(A). De acuerdo a la modelación de ruido para la fase de operación se puede concluir que el proyecto cumplirá con los niveles máximos permitidos. Se presenta la evaluación de los niveles proyectados según el D.S. 38/11 del MMA.

Punto/Ev aluación Npsproy ectado (Db(A) ) Zonificación Límite Máximo Permisible D.S. N° 38/11 del MMA (Db(A)) Cumplimiento Diurno Nocturno Diurno Nocturno R1 32 Zona Rural 55 39 Cumple Cumple R2 18 Zona Rural 49 37 Cumple Cumple R3 16 Zona Rural 50 38 Cumple Cumple R4 13 Zona Rural 49 40 Cumple Cumple R5 31 Zona Rural 66 38 Cumple Cumple R6 23 Zona Rural 65 39 Cumple Cumple R7 24 Zona Rural 53 40 Cumple Cumple

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RCA N° 15/2020 – DIA del proyecto “Subestación Nueva Metrenco 220/66 kV” Mediante el análisis de los antecedentes y las mediciones realizadas en terreno, se concluye que el Proyecto, cumple con los límites máximos permisibles de acuerdo al Decreto Supremo Nº 38/11 del MMA para la etapa de operación, no causando impacto acústico en la comunidad receptora cercana.

Campos Electromagnéticos Según se establece en la sección Campos Electromagnéticos estimados en la DIA (Anexo 1.6) durante la operación se concluye que: De los modelos de los cálculos electromagnéticos realizados puede inferirse que este es absolutamente inferior a los valores normados por ICNIRP “International Commission on Non-Ionizing Radiation Protection” que fija el límite de tolerancia en 5.000 V/m para intensidad de campo eléctrico y 100 μT para intensidad de campo magnético.

Residuos, productos químicos y otras sustancias que puedan afectar el medio ambiente.

Residuos Sólidos Domiciliarios: No se estima la generación de residuos sólidos domésticos ni asimilables, dado que la subestación será telecomandada. Los residuos provenientes de las mantenciones, serán dispuestos por el contratista en sectores autorizados.

Residuos Sólidos Industriales no Peligrosos (RSINP): No se estima la generación de residuos industriales no peligrosos, dado que la subestación será telecomandada. Los residuos provenientes de las mantenciones, serán dispuestos en sectores autorizados por el contratista.

Residuos Industriales Peligrosos Durante las actividades de mantención del Proyecto, en caso de que las actividades programadas implicarán la generación de algún tipo de residuo peligroso, la empresa encargada de las mantenciones contratará previamente los servicios de una empresa especializada y autorizada para que éstos sean transportados y dispuestos en sectores autorizados.

Productos Químicos No se estima el requerimiento de sustancias peligrosas, dado que la subestación será telecomandada. Referencia al ICE para mayores detalles sobre esta fase. Capítulo 4 del ICE. 4.3.3. FASE DE CIERRE Teniendo en cuenta que la vida útil del Proyecto se estima en un plazo superior a 30 años, y que ésta puede extenderse indefinidamente mediante la conservación o renovación de estructuras, materiales y/o equipos, o realizando una reingeniería al proyecto de acuerdo a los nuevos avances tecnológicos para la época, no se considera necesario implementar una fase de cierre. No obstante, lo anterior, en la eventualidad de requerirse el retiro total del Proyecto, se definirá un Plan de Cierre de acuerdo a la normativa vigente que tenga aplicación y será presentado a la autoridad ambiental con el objeto de dar cumplimiento a los requerimientos técnicos y legales vigentes y conforme a los avances tecnológicos disponibles a esa fecha.

Ante una eventual fase de cierre del Proyecto, a continuación, se indican las actividades que se realizarían: - Contratación de personal temporal. - Instalación de faena: Se instalarán oficinas y bodegas necesarias para el desarrollo de la obra de desmantelamiento. - Desconexión de la subestación. - Retiro de los equipos de la subestación y del cableado y estructuras del seccionamiento: se desmontarán equipos y estructuras, y aquellos equipos que puedan ser reutilizados serán REPÚBLICA DE CHILE COMISIÓN DE EVALUACIÓN Región de La Araucanía

RCA N° 15/2020 – DIA del proyecto “Subestación Nueva Metrenco 220/66 kV” embalados y guardados en bodegas que disponga el titular del Proyecto, en caso contrario, se dispondrán en un sitio autorizado para ello. - Restauración del área del proyecto: Las obras civiles serán demolidas en su totalidad, se retirará todo el hormigón del terreno, se restablecerán las condiciones iniciales del lugar y se reciclará la mayor cantidad de componentes provenientes de la subestación. Referencia al ICE para mayores detalles sobre esta fase. Capítulo 4 del ICE.

4.4. CRONOLOGÍA DE LAS FASES DEL PROYECTO 4.4.1. FASE DE CONSTRUCCIÓN Fecha estimada de inicio Fecha de Inicio segundo semestre del 2020

Parte, obra o acción que establece el inicio Inicio montaje de la instalación de faenas Fecha estimada de término Primer trimestre de 2021 Parte, obra o acción que establece el término Declaración de entrada en operación del proyecto por parte del coordinador eléctrico nacional 4.4.2. FASE DE OPERACIÓN Fecha estimada de inicio Primer semestre de 2021 Parte, obra o acción que establece el inicio Entrada en operación de la Subestación Fecha estimada de término No se contempla término de la fase de operación del Proyecto Parte, obra o acción que establece el término Puede ser prolongada indefinidamente ya que a lo largo de la operación del Proyecto se realizarán las mantenciones y cambios de equipos requeridos para mantener la operación de la central en el tiempo. 4.4.3. FASE DE CIERRE Fecha estimada de inicio No se contempla término de la fase de Cierre del Proyecto, ya que, si bien se ha considerado una vida útil referencial de 30 años, a lo largo de la operación del Proyecto se realizarán las mantenciones y cambios de equipos requeridos para mantener la operación de la subestación en el tiempo. No obstante, lo anterior, en la eventualidad de requerirse el retiro total del proyecto, se definirá un plan de cierre de acuerdo a la normativa vigente que tenga aplicación y será presentado a la autoridad ambiental con el objeto de dar cumplimiento a los requerimientos técnicos y legales vigentes y conforme a los avances tecnológicos disponibles a esa fecha. Parte, obra o acción que establece el inicio Fecha estimada de término Parte, obra o acción que establece el término

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RCA N° 15/2020 – DIA del proyecto “Subestación Nueva Metrenco 220/66 kV” 5°. Que, durante el proceso de evaluación se han presentado antecedentes que justifican la inexistencia de los siguientes efectos, características y circunstancias del artículo 11 de la Ley N° 19.300:

5.1 RIESGO PARA LA SALUD DE LA POBLACIÓN, DEBIDO A LA CANTIDAD Y CALIDAD DE EFLUENTES, EMISIONES Y RESIDUOS Impacto ambiental Aumento de material particulado y gases de combustión. Aumento de los niveles de ruido Aumento en los campos electromagnéticos y radio interferencia. Existencia de población cuya salud pudiera verse afectada Para la evaluación sobre efectos sobre la salud de la población, se consideraron los receptores indicados en la siguiente imagen. Para mayores detalles se puede revisar el Anexo 9 de la Adenda. Los siguientes antecedentes justifican que el proyecto o actividad no genera o presenta riesgo para la salud de la población debido a la cantidad y calidad de los efluentes, emisiones o residuos, en consideración a lo dispuesto en el artículo 5 del Reglamento del SEIA: a) La superación de los valores de las concentracione s y períodos establecidos en las normas primarias de calidad ambiental vigentes o el aumento o disminución significativos, según corresponda, de la concentración por sobre los límites establecidos en éstas. A falta Generación de material particulado y gases de efecto invernadero. Estos antecedentes son incorporados en el Estudio de Estimación de Emisiones Atmosféricas del proyecto presentado en el Anexo 1.3 de DIA, desarrollando el escenario más desfavorable para la fase de construcción, es decir, sin eficiencias de abatimiento de emisiones. Aun así, los resultados obtenidos para esta fase son inferiores a los valores límites indicados en las Normas Primarias de Calidad de Aire para material particulado MP10 y MP2,5, dando cumplimiento al Art. 1 del D.S. Nº 8/2015 “Plan de Descontaminación Atmosférica por MP2,5 para las comunas de Temuco y Padre Las Casas Actualización del Plan de Descontaminación por MP10, para las mismas comunas”, lo que significa además, que el proyecto no debe presentar Plan de Compensación de emisiones según lo dispone el art. 59 del mismo Decreto. En forma complementaria, también se aclara que el proyecto no generará más de 0,5 ton/año de material particulado durante su fase de operación, por lo que también se cumple con el D.S. Nº8/15.

Para MP10: Evaluación del cumplimiento para MP10 Fase de Construcción Decreto 59/98 REPÚBLICA DE CHILE COMISIÓN DE EVALUACIÓN Región de La Araucanía

RCA N° 15/2020 – DIA del proyecto “Subestación Nueva Metrenco 220/66 kV” de tales normas, se utilizarán como referencia las vigentes en los Estados que se señalan en el artículo 11 del Reglamento. Emis ión Mayor tasa de emisión ug/m3N Distanci a (m) Correcci ón anual ug/m3N Correcci ón 24 h ug/m3N Norma MP10 50 µg/m3N (anual) 150 µg/m3N (máx. 24 h) MP10 16,99 100 1,36 6,79 Cumple Cumple

Dispersión de MP10 Fase de Construcción

Los resultados indican que a los 100 m no se sobrepasan los límites de MP10 impuestos por el Decreto 59/98, tanto en su concentración anual, como de 24 h. También se observa que a partir de esta distancia, las emisiones de MP10 empiezan a disminuir notoriamente. Esto indica que se descarta la generación de riesgo a la salud de la población cercana al proyecto debido a las emisiones de material particulado grueso generado durante esta fase.

Para MP2,5:

Evaluación del cumplimiento para MP2,5 Fase de Construcción Emisi ón Mayor tasa de emisión ug/m3N Distancia (m) Correcció n anual ug/m3N Correcció n 24 h ug/m3N Decreto 12/11 Norma MP2,5 20 µg/m3 (anual) 50 µg/m3(24 h) MP2,5 12,45 100 0,996 4,98 Cumple Cumple

Dispersión de MP2,5 Fase de Construcción

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RCA N° 15/2020 – DIA del proyecto “Subestación Nueva Metrenco 220/66 kV” Los resultados indican que a los 100 m no se sobrepasan los límites de MP2,5 impuestos por el Decreto 12/11, tanto en su concentración anual, como de 24 h. También se observa que a partir de esta distancia, las emisiones de MP2,5 empiezan a disminuir notoriamente. Esto indica que se descarta la generación de riesgo a la salud de la población cercana al proyecto debido a las emisiones de material particulado fino generado durante esta fase.

Las actividades relacionadas con emisiones atmosféricas corresponden fundamentalmente a acciones que forman parte de la fase de construcción producto del tránsito de vehículos por caminos pavimentados y no pavimentados; operaciones de carga y descarga de materiales, nivelación, compactación, escarpe, excavaciones, movimientos de tierra, y operación del grupo electrógeno, además del funcionamiento de la maquinaria que realizará estas labores. Para la etapa de operación, las emisiones serán mínimas y se circunscriben al tránsito de vehículos pequeños encargados de mantenciones puntuales y esporádicas, por lo que las emisiones asociadas a esta fase son despreciables. Por último, dada la función objetiva del proyecto, no se considera fase de cierre o abandono, por lo que se desestiman las emisiones asociadas a esta fase. Dado lo anterior, no se generan impactos significativos por emisiones atmosféricas.

Cabe mencionar que el organismo con competencia ambiental se ha manifestado conforme durante el proceso de evaluación ambiental: - SEREMI de Salud mediante el ORD. Nº A20-95 de fecha 19 de febrero de 2020. b) La superación de los valores de ruido establecidos en la normativa ambiental vigente. A falta de tales normas, se utilizarán como referencia las vigentes en los Estados que se señalan en el artículo 11 del Reglamento. Generación de ruido. Los resultados indicados en el Estudio de Impacto Acústico (Anexo 9, de la Adenda), demuestran que, para las fases de construcción y operación, se cumple con los niveles máximos permitidos por la normativa acústica vigente, el D.S. N° 38/11 del MMA, no produciéndose impacto acústico significativo en la comunidad aledaña a la ejecución del proyecto, cumpliéndose la normativa en los 7 receptores identificados. Las emisiones más significativas se presentarán durante la fase de construcción del proyecto, situación que se debe a las labores de movimiento de tierras (nivelación y compactación) y montaje de estructuras. Dado lo anterior, no se generan impactos significativos por ruido. Máximos permitidos para los periodos diurno y nocturno. Receptor RUIDO DE FONDO (dB(A)) NIVEL MÁXIMO PERMITIDO (dB(A)) MINIMO DIURNO MINIMO NOCTURNO DIURNO NOCTURNO R1 45 29 55 39 R2 39 27 49 37 R3 40 28 50 38 R4 39 30 49 40 R5 56 28 65 38 R6 55 29 65 39 R7 43 30 53 40 *Valor aproximado al entero más cercano. Fuente: Elaboración propia.

Verificación Cumplimiento D.S. Nº 38/11 del MMA – Fase de construcción, fuentes puntuales sin medidas de control. Periodo diurno Punto de Evaluaci ón Npsproyectado (Db(A)) D.S. N° 38/11 del MMA Zonificació n Límite Máximo Permisible (Db(A)) Cumplimiento REPÚBLICA DE CHILE COMISIÓN DE EVALUACIÓN Región de La Araucanía

RCA N° 15/2020 – DIA del proyecto “Subestación Nueva Metrenco 220/66 kV” R1 65 Zona Rural 55 No cumple R2 48 Zona Rural 49 Cumple R3 60 Zona Rural 50 No cumple R4 46 Zona Rural 49 Cumple R5 60 Zona Rural 65 Cumple R6 51 Zona Rural 65 Cumple R7 52 Zona Rural 53 Cumple

Como se aprecia en la tabla anterior, las obras y actividades planificadas para la fase de construcción del proyecto podrían sobrepasar la norma en 10 dB en los receptores R1 y R3, según el D.S. N°38/2011 del MMA, durante el periodo diurno. Dado lo anterior, a continuación, se presentan medidas de control de ruido y gestión, que ayudarán a disminuir el nivel de ruido. Utilización de pantallas acústicas Dada la cercanía que existe entre los límites del proyecto y el receptor R1, (que se encuentra a 40 metros del camino de acceso), la norma se superaría en 10 dB. Por otro lado, la maquinaria pesada utilizada como la motoniveladora, rodillo compactador, camión tolva tienen una potencia acústica sobre los 105 dB(A), situación que lleva a que cualquiera de estos equipos que opere en las cercanías del receptor R1 supere los máximos permitidos. Para el caso de R3, se encuentra a 40 metros aproximadamente de las faenas de Montaje. La implementación de la barrera móvil se deberá realizar de la misma forma que para R1, es decir, utilizando una barrera móvil de 10 metros de largo y 2.4 m de altura que debe ser instalada entre la faena y el receptor. La fase de operación considera el funcionamiento continuo (diurno y nocturno) de los transformadores y seccionamiento. Verificación Cumplimiento D.S. Nº 38/11 del MMA – Fase de construcción, fuentes puntuales con medidas de control. Periodo diurno Punto de Evaluació n Nps proyectado (Db(A)) D.S. N° 38/11 Del MMA

Zonificación Límite Máximo Permisible (Db(A)) Cumplimiento R1 54 Zona Rural 55 Cumple R2 45 Zona Rural 49 Cumple R3 47 Zona Rural 50 Cumple R4 41 Zona Rural 49 Cumple R5 61 Zona Rural 65 Cumple R6 51 Zona Rural 65 Cumple R7 52 Zona Rural 53 Cumple En la etapa de construcción no se considera labores constructivas en periodo nocturno. En la etapa de operación, la predicción de los niveles de ruido se hace en base a la operación de 2 transformadores operando simultáneamente, como escenario más desfavorable. Los resultados de la evaluación se presentan en la siguiente tabla, para el periodo diurno y nocturno. Para el caso de las líneas de 66kV, no es necesario considerar el efecto corona, dado que este es audible para conductores que superan los 80 kV según lo descrito por el método FGH de Alemania. Punto de Evaluación Npsproyect ado (Db(A)) Zonificación Límite Máximo Permisible D.S. N° 38/11 Del Mma (Db(A)) Cumplimiento

Diurno

Noctu rno

Diurno

Nocturno R1 32 Zona Rural 55 39 Cumple Cumple R2 18 Zona Rural 49 37 Cumple Cumple R3 16 Zona Rural 50 38 Cumple Cumple R4 13 Zona Rural 49 40 Cumple Cumple REPÚBLICA DE CHILE COMISIÓN DE EVALUACIÓN Región de La Araucanía

RCA N° 15/2020 – DIA del proyecto “Subestación Nueva Metrenco 220/66 kV” R5 31 Zona Rural 65 38 Cumple Cumple R6 23 Zona Rural 65 39 Cumple Cumple R7 24 Zona Rural 53 40 Cumple Cumple

Cabe mencionar que el organismo con competencia ambiental se ha manifestado conforme durante el proceso de evaluación ambiental: - SEREMI de Salud mediante el ORD. Nº A20-95 de fecha 19 de febrero de 2020. c) La exposición a contaminantes debido al impacto de las emisiones y efluentes sobre los recursos naturales renovables, incluidos el suelo, agua y aire, en caso que no sea posible evaluar el riesgo para la salud de la población de acuerdo a las letras anteriores. Efluentes líquidos a) Fase de construcción: Aguas servidas y lodos: las aguas servidas serán generadas en las instalaciones sanitarias y comedores que se ubicarán en la instalación de faenas. El Proyecto considera la generación de un caudal máximo de 11.520 L/día de aguas servidas (11,5 m³/d). Para el manejo de dichas aguas, en la instalación de faenas se dispondrá de un sistema de tratamiento PTAS. El retiro y disposición de los lodos generados durante la operación de cada sistema de tratamiento será realizado por una empresa externa que cuente con las autorizaciones correspondientes. En el Anexo PAS de la DIA (Actualizado en el Anexo 2 de la Adenda complementaria), se presentan los antecedentes para la solicitud del Permiso Ambiental Sectorial establecido en el artículo138 del reglamento del SEIA.

Además, en los distintos frentes de trabajo del seccionamiento se dispondrá de baños químicos. Para la mantención y retiro de aguas servidas correspondientes, se contratarán los servicios de una empresa externa que cuente con autorización sanitaria para dichos efectos. El servicio de limpieza se realizará al menos de 2 a 3 veces por semana, y comprenderá actividades de extracción de residuos, limpieza interior y exterior y la recarga de solución líquida de los sanitarios.

Aguas industriales: corresponden a las aguas provenientes del lavado de la canoa de los camiones mixer, cuyo principal contenido son sólidos sedimentables. El caudal generado por dicho lavado es de 0,5 m³/día. Por su parte, el residuo acopiado en estas piscinas corresponde principalmente a una serie de elementos de descarte (arenas, gravas, bloques, etc.) provenientes de los productos de cemento y hormigón que, al ser de características inertes, será retirado periódicamente y dispuesto en un sector autorizado.

b) Fase de Operación Efluentes líquidos Para la fase de operación, no se generarán efluentes líquidos, dado que la subestación será telecomandada.

b) Fase de Operación En la etapa de operación, las emisiones atmosféricas serán despreciables.

Cabe mencionar que el organismo con competencia ambiental se ha manifestado conforme durante el proceso de evaluación ambiental: - SEREMI de Salud mediante el ORD. Nº A20-95 de fecha 19 de febrero de 2020. d) La exposición a contaminantes debido al impacto generado por el manejo de Residuos a) Fase de construcción Residuos Domésticos: se estima una generación de 4.320 kg mensuales (30 días al mes) de este tipo de residuos. En cada lugar de generación de residuos domésticos se dispondrá de tambores o contenedores con tapa, para la acumulación de los residuos y su posterior traslado a la zona de almacenamiento temporal ubicada en la instalación de faenas (sitio de almacenamiento de residuos domésticos). Desde REPÚBLICA DE CHILE COMISIÓN DE EVALUACIÓN Región de La Araucanía

RCA N° 15/2020 – DIA del proyecto “Subestación Nueva Metrenco 220/66 kV” residuos sobre los recursos naturales renovables, incluidos el suelo, agua y aire. dicho lugar los residuos domésticos serán retirados por una empresa externa con autorización sanitaria para esta actividad, para su traslado a un sitio de disposición autorizado.

Residuos Industriales No Peligrosos: en esta categoría están considerados restos de embalaje (bolsas, envases plásticos, cajas de cartón, cajas de madera), restos de componentes eléctricos (restos de cables conductores, alambres, cables de cobre o conductores de aluminio, entre otros.), despuntes metálicos y de fierro, escombros de hormigón, restos textiles y todo residuo industrial inerte no contaminado con residuos peligrosos. Se estima una producción mensual de 2,6 m3/mes. Los residuos industriales no peligrosos serán almacenados temporalmente en el patio de salvataje y serán clasificados de modo de facilitar la reutilización o reciclaje de aquellos que tengan valor comercial. Los residuos serán retirados periódicamente, y tanto el transporte como la disposición final serán realizados por una empresa debidamente autorizada.

Residuos Industriales Peligrosos: la totalidad de los residuos industriales peligrosos que se produzcan en las faenas serán manejados en conformidad al D.S. Nº148/04 del Ministerio de Salud, y su almacenamiento temporal en la fase de construcción será en la bodega mencionada en la sección 1.8.1.7.f), para la cual, en el Anexo PAS de la DIA, se presentó los antecedentes requeridos para solicitar el PAS 142 de reglamento del SEIA, actualizado en el Anexo 6 de la Adenda. Cabe mencionar que el organismo con competencia ambiental se ha manifestado conforme durante el proceso de evaluación ambiental, lo anterior consta en: - El ORD. Nº A20-95 de fecha 18 de febrero de 2020. SEREMI de Salud

Los residuos peligrosos que, en consideración a los antecedentes presentados por el Titular, se generen durante la construcción del Proyecto corresponden principalmente a aceites y lubricantes usados; mezclas residuales de aceite o hidrocarburos con agua; filtros de aceite; envases de aceite o lubricantes; aserrín y tierra contaminada con hidrocarburos; materiales tales como EPP, guaipes y baldes contaminados con hidrocarburos; envases de pintura, lacas y barnices; baterías, tubos fluorescentes; tóner y cartuchos de tinta. Además, se considerará cualquier material que presente contaminación con algún residuo o sustancia peligrosa. Se estima una producción anual de 830 kg/año de RESPEL.

Sustancias Peligrosas: Para su almacenamiento se contará con bodegas de sustancias peligrosas según las características mencionadas en numeral 1.8.1.7.f). del anexo PAS, de la DIA. Las sustancias peligrosas se utilizarán en los diferentes procesos constructivos del proyecto, siendo los principales la utilización de gas licuado, diesel y pinturas.

b) Fase de Operación: Residuos Sólidos Domésticos: no se estima la generación de residuos sólidos domésticos, dado que la subestación será telecomandada.

Residuos Industriales No Peligrosos: no se estima la generación de residuos industriales no peligrosos, dado que la subestación será telecomandada. Los residuos provenientes de las mantenciones, serán dispuestos en sectores autorizados por el contratista.

Residuos Industriales Peligrosos: durante la fase de operación, se generarán residuos peligrosos provenientes de actividades de mantención de equipos electromecánicos de la central y de las estructuras de la línea de transmisión, los que serán retirados y dispuestos por la empresa contratista.

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RCA N° 15/2020 – DIA del proyecto “Subestación Nueva Metrenco 220/66 kV” Residuos Peligrosos: no se estima el requerimiento de residuos peligrosos, dado que la subestación será telecomandada.

Dados estos antecedentes y la presentación de los Permisos Ambientales Sectoriales 140 y 142, actualizados en el Anexo 6 de la Adenda, para una gestión adecuada de los Residuos Domésticos e industriales y, peligrosos respectivamente, se aclara que ningún residuo entrará en contacto con recursos naturales renovables como el suelo, agua y aire. En cuanto a esta última componente, se indica que no habrá quema de residuos de ningún tipo. Cabe mencionar que el organismo con competencia ambiental se ha manifestado conforme durante el proceso de evaluación ambiental: - SEREMI de Salud mediante el ORD. Nº A-20-95 de fecha 19 de febrero de 2020. Conclusión: Conforme a los antecedentes expuestos, es posible concluir que el proyecto no generará ni presentará riesgo para la salud de la población, debido de la cantidad y calidad de los efluentes, emisiones y/o residuos, ya que se realizará un manejo adecuado de éstos, conforme a lo establecido por la normativa ambiental vigente y en las medidas propuestas durante la evaluación ambiental del proyecto.

5.2 EFECTOS ADVERSOS SIGNIFICATIVOS SOBRE LA CANTIDAD Y CALIDAD DE LOS RECURSOS NATURALES RENOVABLES, INCLUIDOS EL SUELO, AGUA Y AIRE Impacto ambiental Pérdida de suelo clase III y IV Aumento de material particulado y gases de combustión Los siguientes antecedentes justifican que el proyecto o actividad no genera o presenta efectos adversos significativos sobre la cantidad y calidad de los recursos naturales renovables, incluidos el suelo, agua y aire, en consideración a lo dispuesto en el artículo 6 del Reglamento del Reglamento del SEIA: Recursos naturales renovables escasos, únicos o representativos. En el área del Proyecto no existen recursos naturales renovables escasos, únicos o representativos. a) La pérdida de suelo o de su capacidad para sustentar biodiversidad por degradación, erosión, impermeabilización, compactación o presencia de contaminantes. De acuerdo a los antecedentes presentados en el Anexo Caracterización ambiental del Medio Físico del proyecto (Anexo 1.11, de la DIA), el área de estudio tiene una superficie aproximada de 8,78 hectáreas, con una superficie de 3,3 ha destinadas a la subestación y 5,16 ha destinadas a obras de seccionamiento. Las 0,32 ha restantes corresponden a camino y obras temporales. El sector donde se emplaza la subestación se cataloga como un suelo clase III, comprobado a través del perfil de suelo realizado junto con los datos obtenidos de CIREN. Por otra parte, el sector de seccionamiento se cataloga como suelo clase IV. En cuanto al suelo a ser ocupado por las obras permanentes del proyecto, se aclara que a la actualidad, estas superficies no presentan usos con fines agrícolas que presenten un sustento económico para el propietario ni para las personas que integran el área de influencia del proyecto, ya que la subestación se encuentra emplazada en un área altamente perturbada por la presencia de una pista de carrera de automóviles, por ende el suelo no es utilizado para cultivos ni labores agrícolas; adicionalmente y producto del uso actual, las condiciones propias de un suelo Clase de Uso III se han visto disminuidas, ya que la pista de carreras incide en su compactación e impermeabilización. Además, el suelo bajo la línea de transmisión no sufrirá modificaciones más allá de las obras necesarias para realizar la instalación de las estructuras, ni REPÚBLICA DE CHILE COMISIÓN DE EVALUACIÓN Región de La Araucanía

RCA N° 15/2020 – DIA del proyecto “Subestación Nueva Metrenco 220/66 kV” tampoco entrará en contacto con ningún tipo de residuo a ser generado por el proyecto, ya que estos serán dispuestos en bodegas autorizadas. Por lo que, si bien se contempla una ocupación de 8,3 ha en forma permanente, la materialización del proyecto no implicará pérdida de suelo, ni de su capacidad para sustentar ambientes de flora y fauna de interés por su biodiversidad. b) La superficie con plantas, algas, hongos, animales silvestres y biota intervenida, explotada, alterada o manejada y el impacto generado en dicha superficie. Para la evaluación del impacto se deberá considerar la diversidad biológica, así como la presencia y abundancia de especies silvestres en estado de conservación o la existencia de un plan de recuperación, conservación y gestión de dichas especies, de conformidad a lo señalado en el artículo 37 de la Ley 19.300. Flora y Vegetación: El área de Influencia del proyecto corresponde a una superficie de 10,91 ha. En ella se presentan las unidades vegetacionales de Pradera, Pradera Agrícola, Matorral, Plantación Mixta y Cerco Verde. Adicionalmente se identificaron sectores en el área de influencia con otros usos de suelo, como Infraestructura Habitacional, caminos de servicio y curso de agua. Con relación a la composición florística observada en el área de influencia: se identificaron 26 especies de flora vascular que comprenden dos (2) divisiones: Magnoliophyta y Pinophyta. El 88,5 % del total de especies registradas, es de origen Alóctona, seguida de un 11,5% de origen Nativo. Con respecto a los Tipos Biológicos identificados, se destaca que la composición florística y estructura vegetacional presente en el área de estudio, está definida principalmente por especies del Tipo Herbáceo con el 61,5%, seguido por el Tipo Biológico Arbóreo con 30,8% y 7,7% del Tipo Arbustivo. Se identificaron sólo dos (2) taxones en la nómina de especies arbóreas o arbustivas originarias del país (D.S. 68/2009 del Ministerio de Agricultura) correspondiente a Aristotelia chilensis (Molina) Stuntz y Nothofagusobliqua. En cuanto a los decretos supremos y listados nacionales de Clasificación de Especies, no se registró en el área de estudio ninguna especie bajo Categoría de Conservación y tampoco especies que conformarán una formación de carácter xerofítico o formación boscosa de acuerdo a las disposiciones del Artículo 2° de la Ley 20.283, por lo que no implica la solicitud de permiso de corta. En consecuencia, sobre la base de los antecedentes expuestos, es posible señalar que la materialización del proyecto no generará efectos adversos significativos sobre el componente flora y vegetación terrestre. Fauna: El área de Influencia del proyecto para fauna corresponde a aquella superficie de emplazamiento de las obras permanentes y temporales del proyecto, cuyo tamaño es de 8,79 ha aproximadamente, más una zona buffer de 20 m alrededor del polígono de la subestación, totalizando una superficie de 10,09 ha. En el Área de influencia del Proyecto fue posible identificar 6 tipos de ambientes disponibles para fauna terrestre, los que correspondieron al ambiente Pradera, Plantación mixta, Matorral, Cerco verde, Pradera agrícola y Río. Mediante las metodologías aplicadas fue posible registrar una riqueza total de 27 especies de fauna silvestre (20 aves y 7 mamíferos), las cuales se componen de especies generalistas de amplia distribución geográfica. De este total de especies, 21 corresponden a especies nativas del territorio nacional y 6 a especies introducidas. No se registraron anfibios dentro del área ni tampoco reptiles. Por otro parte, dadas las características del proyecto durante la fase de operación, y la escasa presencia humana, no se intervendrá la componente biótica durante el tiempo que dure esta fase, circunscribiendo la intervención sólo a los meses correspondientes a la fase de construcción. REPÚBLICA DE CHILE COMISIÓN DE EVALUACIÓN Región de La Araucanía

RCA N° 15/2020 – DIA del proyecto “Subestación Nueva Metrenco 220/66 kV” Por los antecedentes expuestos y los estudios de fauna, flora y vegetación que se presentan en esta DIA, se concluye que no existirán efectos adversos sobre la diversidad biológica ni sobre especies silvestres en estado de conservación. En consecuencia, la evaluación de los antecedentes presentados anteriormente, considerando que el área del proyecto se encuentra intervenida por actividades agrícolas, se concluye que no existe impacto significativo sobre esta componente producto de la ejecución del proyecto y por lo tanto no es aplicable la causal de ingreso como EIA según la letra b) del art, 6 del D.S N°40/2012. c) La magnitud y duración del impacto del proyecto o actividad sobre el suelo, agua o aire en relación con la condición de línea de base. Si bien el proyecto tendrá una vida útil mínima de 30 años, la cual puede ser extendida en el tiempo, no se visualizan impactos sobre el suelo, agua o aire que alteren significativamente y de manera permanente la condición ambiental del sector. En este sentido, el proyecto en ninguna de sus fases dispondrá residuos o efluentes sobre el suelo ni sobre cauces superficiales ni subterráneos, ni tampoco considera la quema de residuos que puedan afectar la calidad del aire de la comuna. Las aguas residuales en todas las fases contarán con un tratamiento adecuado para luego ser dispuesta en sitios con autorización sanitaria. En cuanto a emisiones atmosféricas, el proyecto demuestra que la etapa de mayor generación de emisiones corresponde a la fase de construcción, donde se requiere efectuar principalmente movimiento de tierras y operación de maquinarias. No obstante, no se superan los límites establecidos en las normas primarias de calidad ambiental para material particulado (MP10 y MP2,5) en ninguna fase del proyecto. Respecto al Ruido, las emisiones más significativas se presentarán durante la fase de construcción del proyecto, situación que se debe a las labores de movimiento de tierras (nivelación y compactación) y montaje de estructuras. Sin embargo, los resultados indicados en el Estudio de Impacto Acústico, demuestran que, para las fases de construcción y operación, se cumple con los niveles máximos permitidos por la normativa acústica vigente, el D.S. N° 38/11 del MMA, no produciéndose impacto acústico significativo en la comunidad aledaña a la ejecución del proyecto, cumpliéndose la normativa en los 7 receptores identificados.

Bajo este contexto, no se espera una alteración significativa sobre los componentes ambientales suelo, agua o aire del sector. d) La superación de los valores de las concentraciones establecidos en las normas secundarias de calidad ambiental vigentes o el aumento o disminución significativos, según corresponda, de la concentración por sobre los límites establecidos en éstas. A falta de tales normas, se utilizarán como referencia las Como se ha señalado, el proyecto no descargará ningún efluente sobre cauces superficiales o subterráneos, razón por la que no se afectará de ningún modo este recurso. En cuanto a emisiones atmosféricas, el proyecto demuestra que la etapa de mayor generación de emisiones corresponde a la fase de construcción, donde se requiere efectuar principalmente movimiento de tierras y operación de maquinarias. No obstante, no se superan los límites establecidos en las normas primarias de calidad ambiental para material particulado (MP10 y MP2,5) en ninguna fase del proyecto. Dados estos antecedentes, el aporte del proyecto no es significativo y no implica sobrepasar las normas secundarias aplicables. REPÚBLICA DE CHILE COMISIÓN DE EVALUACIÓN Región de La Araucanía

RCA N° 15/2020 – DIA del proyecto “Subestación Nueva Metrenco 220/66 kV” normas vigentes en los Estados que se señalan en el artículo 11 del Reglamento. En caso que no sea posible evaluar el efecto adverso de acuerdo a lo anterior, se considerará la magnitud y duración del efecto generado sobre la biota por el proyecto o actividad y su relación con la condición de línea de base. e) La diferencia entre los niveles estimados de ruido con proyecto o actividad y el nivel de ruido de fondo representativo y característico del entorno donde se concentre fauna nativa asociada a hábitats de relevancia para su nidificación, reproducción o alimentación. Al respecto, se señala que la mayor generación acústica se realizará durante la fase de construcción y sólo durante un periodo estimado de 6 meses. Durante la fase de operación la generación de ruido es despreciable. Del mismo modo y ante la ausencia de normas secundarias, para evaluar el impacto del ruido sobre la fauna del área de influencia directa del proyecto, se consideró la sugerencia de la Environmental Protection Agency de USA (USEPA). Esta norma establece como referencia un máximo de 85 dBA para no generar efectos sobre la fauna silvestre. Del estudio de ruido, se extrae que el ruido máximo provocado por el proyecto no tiene la potencialidad de afectar a la fauna. De este modo, con los valores de emisión de las fuentes de ruido presentados, se concluye que es improbable generar efectos nocivos sobre la fauna silvestre de acuerdo a la norma norteamericana citada. f) El impacto generado por la utilización y/o manejo de productos químicos, residuos, así como cualesquiera otras sustancias que puedan afectar los recursos naturales renovables. En cuanto al manejo de residuos durante las fases de construcción y operación, este se realizará mediante la implementación de bodegas de residuos. Todas las bodegas de residuos tramitarán su funcionamiento ante la SEREMI de Salud y en el caso de la bodega de residuos peligrosos, se cumplirá con las disposiciones del D.S. 148/2003. Durante la fase de operación, se le exigirá al personal contratista encargado de las mantenciones, que cumpla con la reglamentación vigente y que destine los residuos generados en sitios de disposición final autorizados. Por lo anterior y considerando que los residuos se manejarán conforme a la reglamentación vigente en instalaciones autorizadas para tales fines, la posibilidad de generar impactos sobre los recursos naturales renovables es nula. g) El impacto generado por el volumen o caudal de recursos hídricos a intervenir o explotar, así como el generado por el transvase de una cuenca o subcuenca hidrográfica a otra, incluyendo el generado por El proyecto no intervendrá recursos hídricos. El agua necesaria para la construcción será adquirida a una empresa que cuente con las respectivas autorizaciones de extracción de aguas por parte de la autoridad competente. REPÚBLICA DE CHILE COMISIÓN DE EVALUACIÓN Región de La Araucanía

RCA N° 15/2020 – DIA del proyecto “Subestación Nueva Metrenco 220/66 kV” ascenso o descenso de los niveles de aguas subterráneas y superficiales. La evaluación de dicho impacto deberá considerar siempre la magnitud de la alteración en: g.1. Cuerpos de aguas subterráneas que contienen aguas fósiles. g.2. Cuerpos o cursos de aguas en que se generen fluctuaciones de niveles. g.3. Vegas y/o bofedales que pudieren ser afectadas por el ascenso o descenso de los niveles de aguas. g.4. Áreas o zonas de humedales, estuarios y turberas que pudieren ser afectadas por el ascenso o descenso de los niveles de aguas subterráneas o superficiales. g.5. La superficie o volumen de un glaciar susceptible de modificarse. h) Los impactos que pueda generar la introducción de especies exóticas al territorio nacional o en áreas, zonas o ecosistemas determinados. El proyecto no introducirá especies exóticas al territorio nacional. Respecto a los embalajes provenientes del extranjero, el Titular exigirá que presenten la certificación que avale que fueron sometidos a alguno de los tratamientos dispuestos en el punto 1 de la Res. N°133 Exta. del Servicio Agrícola y Ganadero SAG y sus modificaciones (Res. N° 2859/2007 Exta). Conclusión: El proyecto no generará un efecto adverso significativo sobre la calidad y cantidad de los recursos naturales renovables, incluido el suelo, agua y aire. Las partes, obras y acciones del proyecto se emplazan en un área actualmente intervenida.

5.3 REASENTAMIENTO DE COMUNIDADES HUMANAS O ALTERACIÓN SIGNIFICATIVA DE LOS SISTEMAS DE VIDA Y COSTUMBRES DE GRUPOS HUMANOS. Impacto ambiental Afectación a tiempos de desplazamiento

Existencia de grupos Existen grupos humanos en el área de influencia REPÚBLICA DE CHILE COMISIÓN DE EVALUACIÓN Región de La Araucanía

RCA N° 15/2020 – DIA del proyecto “Subestación Nueva Metrenco 220/66 kV” humanos en el área de influencia Reasentamient o de comunidades humanas No aplica, el proyecto no implica, desplazamiento ni reubicación de grupos humanos. Los siguientes antecedentes justifican que el proyecto o actividad no genera o presenta alteración significativa de los sistemas de vida y costumbres de grupos humanos, en consideración a lo dispuesto en el artículo 7 del Reglamento del SEIA: a) La intervención, uso o restricción al acceso de los recursos naturales utilizados como sustento económico del grupo o para cualquier otro uso tradicional, tales como uso medicinal, espiritual o cultural. Durante, el proceso de evaluación ambiental se estableció que el trazado del Proyecto, en el punto más cercano a la casa habitación se emplazaría a aproximadamente 40 metros de distancia del Proyecto, vivienda que no es habitada de forma permanente, situación que fue considerada en la etapa de diseño del proyecto.

Por su parte, el trazado del Proyecto se emplazaría sobre el inmueble de la Sucesión Antivil, “Hijuela número 27 del plano de hijuelación”, de 12 ha de superficie, Rol de Avalúo Fiscal N° 3354-23, debido a que el proyecto considera parte del cruce aéreo de los conductores en una altura superior a los 6,5 metros aproximadamente, y en menor parte a la instalación de 2 estructuras. En definitiva, la superficie total del predio que se vería involucrada de alguna forma en el Proyecto asciende a 1,25 há, del total de 12 há que componen el Predio, es decir, un 11,3% de su superficie, Predio que es utilizado en su mayoría para la actividad ganadera de subsistencia (crianza de ovinos y bovinos), la que se realiza con apoyo del Programa de Desarrollo Territorial Indígena (“PDTI”). Dicha actividad no se verá afectada por el Proyecto, ya que el desarrollo de las actividades propias de la ganadería realizada en el sector es absolutamente compatible con la infraestructura que se emplazaría en el Predio con ocasión del mismo. Lo anterior, debido a que el porcentaje antes mencionado de ocupación del predio (11,3%), consiste mayoritariamente (98%) en la faja de seguridad para una línea que va de forma aérea, y solo un 2% de superficie destinada a las fundaciones de las estructuras 6 y 17, con intervención de suelo. Dado lo anterior, el proyecto no se emplaza sobre viviendas, toda vez que la casa más cercana se ubica a 40 m de la franja de seguridad del trazado de la línea de alta tensión y, que el actual uso ganadero, y el uso menor para la pequeña agricultura de autoconsumo, de la Hijuela número 27 del plano de hijuelación, pueden seguir desarrollándose bajo la franja de seguridad del trazado de la línea de alta tensión, siendo alterado por el equivalente al 2% de la superficie total de la hijuela debido a la intervención por 2 fundaciones, las estructuras 6 y 17, razón por la cual el proyecto no genera una alteración significativa a los sistemas de vida y costumbres de grupos humanos según lo establecido en el artículo 7 del D.S. 40/12. Para mayores antecedentes puede se puede revisar el Anexo 4, sobre Caracterización Antropológica, del Adenda complementaria, disponible a través del siguiente vínculo del expediente electrónico.

https://seia.sea.gob.cl/archivos/2020/02/12/238_Anexo_4._Caracterizacion_Antr opologica.pdf

El organismo con competencias CONADI en su oficio N°147 de fecha 02 de marzo de 2020, presenta su conformidad con respecto a adenda completaría. b) La obstrucción o restricción a la libre circulación, conectividad o el aumento significativo de los tiempos Durante el proceso de evaluación de impacto ambiental se ha establecido que la principal ruta de transporte que se utilizará para el desarrollo del Proyecto es la Ruta 5 (Panamericana 5 Sur), accediendo vía caletera al camino de acceso privado del Proyecto. En el caso del predio de la Sucesión Antivil, los propietarios acceden a dicha caletera por un camino lateral que empalma hacia el norte con el referido acceso al Proyecto. REPÚBLICA DE CHILE COMISIÓN DE EVALUACIÓN Región de La Araucanía

RCA N° 15/2020 – DIA del proyecto “Subestación Nueva Metrenco 220/66 kV” de desplazamient o. Con respecto a los accesos de la comuna, desde la ruta 5 Sur se configura el trazado de las diferentes rutas que conectan las principales localidades de la comuna. De esta manera, la ruta S-269 conecta hacia el este con los sectores de Truf Truf y Millahueco, la ruta S-51 conecta hacia el sur este con Collahue, Roble Huacho y San Ramón. De esta última surge la ruta S-373, la cual conecta hacia el sur con Collahue y con Metrenco. Luego, hacia el oeste de la zona urbana de la comuna surgen las rutas S-194, S-500, S-578 y S-494, las cuales conectan el centro con las localidades de Maquehue, Ñirrimapu y Molco. Ninguna de estas rutas, se ve afectada en su conectividad y circulación.

c) La alteración al acceso o a la calidad de bienes, equipamientos , servicios o infraestructura básica. Durante el proceso de evaluación de impacto ambiental se ha establecido que el equipamiento, los servicios y la infraestructura básica se ubican fuera del Área de Influencia (AI) del Proyecto, específicamente, en la zona urbana del sector Metrenco, hacia el este de la Ruta 5, de forma opuesta al Proyecto. Adicionalmente, el Proyecto no utilizará las vías de acceso de mayor uso de la población del AI, ya que el acceso al Proyecto se realiza es por la Ruta 5. d) La dificultad o impedimento para el ejercicio o la manifestación de tradiciones, cultura o intereses comunitarios, que puedan afectar los sentimientos de arraigo o la cohesión social del grupo. Durante el proceso de evaluación de impacto ambiental se ha establecido que en el Predio de la Sucesión Antivil, que es parte del área de influencia del proyecto, no se realiza actividades, por parte de quienes lo habitan, tales como uso medicinal, cultural, espiritual, comunitaria, recolección de hierbas o leña, que pudiera verse afectada por la construcción u operación del Proyecto, así como tampoco existen actividades turísticas, recreativas, extractivas o de pesca que pudieren alterarse con ocasión del Proyecto, actividades que se realizan en el sector de Cudico ubicado a aproximadamente 1,5 km del Proyecto, es decir, fuera de los límites del Predio parte del área de influencias del proyecto. Para mayores antecedentes puede se puede revisar el Anexo 4, sobre Caracterización Antropológica, del Adenda complementaria, disponible a través del siguiente vínculo del expediente electrónico. https://seia.sea.gob.cl/archivos/2020/02/12/238_Anexo_4._Caracterizacion_Antr opologica.pdf

El organismo con competencias CONADI en su oficio N°147 de fecha 02 de marzo de 2020, presenta su conformidad con respecto a adenda completaría.

Para los grupos humanos pertenecientes a pueblos indígenas, además de las circunstancias señaladas precedenteme nte, se considerará la duración y/o magnitud de la alteración en sus formas de organización Dadas las características del proyecto y de los grupos humanos dentro del área de influencia no serán alteraciones en las formas de organización social particular. REPÚBLICA DE CHILE COMISIÓN DE EVALUACIÓN Región de La Araucanía

RCA N° 15/2020 – DIA del proyecto “Subestación Nueva Metrenco 220/66 kV” social particular. Conclusión: No se prevén alteraciones o impactos significativos en los grupos humanos o comunidades como consecuencia de la construcción y operación del proyecto. El proyecto no genera reasentamiento de comunidades humanas o alteración significativa de los sistemas de vida y costumbres de grupos humanos.

5.4 LOCALIZACIÓN EN O PRÓXIMA A POBLACIONES, RECURSOS Y ÁREAS PROTEGIDAS, SITIOS PRIORITARIOS PARA LA CONSERVACIÓN, HUMEDALES PROTEGIDOS Y GLACIARES, SUSCEPTIBLES DE SER AFECTADOS, ASÍ COMO EL VALOR AMBIENTAL DEL TERRITORIO EN QUE SE PRETENDE EMPLAZAR. Impacto ambiental Proximidad de población mapuche Existencia de poblaciones protegidas Según los antecedentes presentados en el informe Caracterización antropológico (Anexo 4 de la Adenda complementaria), en el área de influencia del Proyecto existen grupos humanos pertenecientes a pueblos indígenas. Cabe mencionar que, el organismo con competencia, en este caso CONADI se manifestó conforme mediante el Ord. N°147 de fecha 2 de marzo de 2020. Los siguientes antecedentes justifican la susceptibilidad de afectar población protegida del proyecto, producto no se localización en o próxima a poblaciones, recursos y áreas protegidas, sitios prioritarios para la conservación, humedales protegidos y glaciares, susceptibles de ser afectados, así como el valor ambiental del territorio en que se pretende emplazar, en consideración a lo dispuesto en el artículo 8 del Reglamento del SEIA. Existencia de recursos y áreas protegidas, sitios prioritarios para la conservació n, humedales protegidos, glaciares y zona con valor ambiental No aplica, Durante el proceso de evaluación de impacto ambiental se estableció que no existen recursos y áreas protegidas en el área de influencia del proyecto. Del mismo modo, las obras de la subestación se emplazan en un terreno utilizado como cancha de carreras de autos y las líneas del seccionamiento se emplazan sobre terrenos dedicados al uso ganadero de subsistencia, descartándose la presencia de una zona con valor ambiental según lo establecido en el artículo 8 del D.S. 40/12. Susceptibili dad de afectar poblaciones protegidas, considerand o la extensión, magnitud o duración de la intervención en áreas donde ellas habitan. En relación a los antecedentes de la sucesión Antivil, se proyecta el paso del seccionamiento del Proyecto de forma aérea y la instalación de dos estructuras reticuladas (6 y 17), estas últimas con intervención del suelo. El total de intervención de la superficie del Predio corresponde a 1,25 há, es decir, a un 11,3% de la superficie total del Predio. Luego, de dicho 11,3% de superficie un 98% será intervenido de forma aérea y sólo el 2% corresponde a intervención directa del suelo. Individualización de los Residentes: En relación a los residentes en el Predio, es importante mencionar que según lo indicado en el Anexo 1.13 de la DIA, en las viviendas ubicadas en el Área de Influencia se identifica únicamente a la familia Antivil, compuesta por dos hermanos adultos mayores (Manuela Rosa Antivil Quintrevil y Alberto Antivil Quintrevil), El resto de los herederos no habita y tampoco desarrollan actividades de tipo socioeconómicas o recreacionales, salvo el caso reciente, quien en la actualidad ha construido una edificación sobre un área del inmueble, la cual no es habitada de manera permanente, y no resulta interferida o afectada con ocasión del desarrollo del Proyecto. Lo anterior, por cuanto dicha edificación fue considerada en la etapa de diseño del Proyecto, por lo que se encuentra a aproximadamente 40 metros de distancia del Proyecto, según lo indicado en la respuesta a la pregunta 4.1.4.2 de la Adenda. Compatibilidad de Usos y Costumbres con el Proyecto: En relación con el inmueble de propiedad de los miembros de la sucesión Antivil que habitan la propiedad, cabe REPÚBLICA DE CHILE COMISIÓN DE EVALUACIÓN Región de La Araucanía

RCA N° 15/2020 – DIA del proyecto “Subestación Nueva Metrenco 220/66 kV” indicar que el Proyecto no afectará la casa habitación, así como tampoco el terreno necesario para su subsistencia, por las siguientes razones: a) En primer lugar, el trazado del Proyecto, en el punto más cercano a la casa habitación se emplazaría a aproximadamente 40 metros de distancia del Proyecto, y fuera del inmueble, es decir, no se afecta la casa habitación de los residentes. Por otra parte, y en relación a la edificación que no es habitada de forma permanente, ésta fue considerada en la etapa de diseño del proyecto, por lo que se encuentra a aproximadamente 40 metros de distancia del Proyecto, según lo indicado en la respuesta a la pregunta 4.1.4.2 de la Adenda. b) En segundo lugar, el trazado del Proyecto que efectivamente se emplazaría sobre el inmueble de la Sucesión Antivil corresponde en su mayor parte al cruce aéreo de los conductores en una altura superior a los 6,5 metros aproximadamente, y en menor parte a la instalación de 2 estructuras. En definitiva, la superficie total del predio que se vería involucrada de alguna forma en el Proyecto asciende a 1,25 há, del total de 12 há que componen el Predio, es decir, un 11,3% de su superficie. Para mayores antecedentes el titular adjunta el anexo 5 en la Adenda Complementaria, Informe de Titulo y sus antecedentes, respecto de la hijuela número 27. https://seia.sea.gob.cl/archivos/2020/02/12/Anexo_5.Informe_de_Titulo_y_sus Antecedentes.pdf El organismo con competencias CONADI en su oficio N°147 de fecha 02 de marzo de 2020, presenta su conformidad con respecto a adenda completaría. Dado lo anterior, el Proyecto no se localiza en o próxima a poblaciones, recursos y áreas protegidas, sitios prioritarios para la conservación, humedales protegidos y glaciares, susceptibles de ser afectados, así como el valor ambiental del territorio en que se pretende emplazar. REPÚBLICA DE CHILE COMISIÓN DE EVALUACIÓN Región de La Araucanía

RCA N° 15/2020 – DIA del proyecto “Subestación Nueva Metrenco 220/66 kV” Susceptibili dad de afectar recursos y áreas protegidas, sitios prioritarios para la conservació n, humedales protegidos, glaciares o territorios con valor ambiental, se considerará la extensión, magnitud o duración de la intervención de sus partes, obras o acciones, así como de los impactos generados por el proyecto o actividad, teniendo en especial consideració n los objetos de protección que se pretenden resguardar. No aplica. Durante, el proceso de evaluación ambiental se estableció que el trazado del Proyecto, en el punto más cercano a la casa habitación se emplazaría a aproximadamente 40 metros de distancia del Proyecto, vivienda que no es habitada de forma permanente, situación que fue considerada en la etapa de diseño del proyecto.

Por su parte, el trazado del Proyecto se emplazaría sobre el inmueble de la Sucesión Antivil, “Hijuela número 27 del plano de hijuelación”, de 12 ha de superficie, Rol de Avalúo Fiscal N° 3354-23, debido a que el proyecto considera parte del cruce aéreo de los conductores en una altura superior a los 6,5 metros aproximadamente, y en menor parte a la instalación de 2 estructuras. En definitiva, la superficie total del predio que se vería involucrada de alguna forma en el Proyecto asciende a 1,25 há, del total de 12 há que componen el Predio, es decir, un 11,3% de su superficie, Predio que es utilizado en su mayoría para la actividad ganadera de subsistencia (crianza de ovinos y bovinos), la que se realiza con apoyo del Programa de Desarrollo Territorial Indígena (“PDTI”). Dicha actividad no se verá afectada por el Proyecto, ya que el desarrollo de las actividades propias de la ganadería realizada en el sector es absolutamente compatible con la infraestructura que se emplazaría en el Predio con ocasión del mismo. Lo anterior, debido a que el porcentaje antes mencionado de ocupación del predio (11,3%), consiste mayoritariamente (98%) en la faja de seguridad para una línea que va de forma aérea, y solo un 2% de superficie destinada a las fundaciones de las estructuras 6 y 17, con intervención de suelo. Dado lo anterior, el proyecto no se emplaza sobre viviendas, toda vez que la casa más cercana se ubica a 40 m de la franja de seguridad del trazado de la línea de alta tensión y, que el actual uso ganadero, y el uso menor para la pequeña agricultura de autoconsumo, de la Hijuela número 27 del plano de hijuelación, pueden seguir desarrollándose bajo la franja de seguridad del trazado de la línea de alta tensión, siendo alterado por el equivalente al 2% de la superficie total de la hijuela debido a la intervención por 2 fundaciones, las estructuras 6 y 17, razón por la cual el proyecto no genera una alteración significativa a los sistemas de vida y costumbres de grupos humanos según lo establecido en el artículo 7 del D.S. 40/12.

Para mayores antecedentes puede se puede revisar el Anexo 4, sobre Caracterización Antropológica, del Adenda complementaria, disponible a través del siguiente vínculo del expediente electrónico.

https://seia.sea.gob.cl/archivos/2020/02/12/238_Anexo_4._Caracterizacion_Antro pologica.pdf Conclusión: El proyecto no localiza en o próximos a recursos en áreas protegidas para la conservación de humedales protegidos y glaciares o territorios con valor ambiental, en función del área donde se pretende instalar o de su área influencia. Respecto de población protegida, durante el proceso de evaluación ambiental, se ha descartado la generación de impactos significativos.

5.5 ALTERACIÓN SIGNIFICATIVA, EN TÉRMINOS DE MAGNITUD O DURACIÓN, DEL VALOR PAISAJÍSTICO O TURÍSTICO DE UNA ZONA. Impacto ambiental No aplica Existencia de valor turístico No aplica Existencia de valor paisajístico No aplica Los siguientes antecedentes justifican que el proyecto o actividad no genera o presenta alteración significativa del valor paisajístico o turístico de una zona, en consideración a lo dispuesto en el artículo 9 del Reglamento del SEIA: REPÚBLICA DE CHILE COMISIÓN DE EVALUACIÓN Región de La Araucanía

RCA N° 15/2020 – DIA del proyecto “Subestación Nueva Metrenco 220/66 kV” a) La duración o la magnitud en que se obstruye la visibilidad a una zona con valor paisajístico. De acuerdo a los antecedentes presentados en el Anexo 1.12 Caracterización de Paisaje del proyecto, el área de influencia del proyecto para la componente paisaje se enmarca en la Macrozona Sur, subzona Llano ondulado, a partir de las características evidenciadas en terreno, se puede mencionar que el área en análisis presenta algunos atributos biofísicos que otorgan valor paisajístico al área, vinculados principalmente a la presencia de un cuerpo de agua, un río aledaño al Proyecto. Sin embargo, dicho cuerpo de agua no es visible desde los puntos de observación. A pesar de esto, se concluyó que el sector no posee un valor paisajístico debido a que el paisaje no es único y representativo, repitiéndose en gran parte del valle del sur de Chile En el análisis, se identificó una unidad de paisaje: Asentamiento Rural (UP1), donde esta acoge en su totalidad las obras del Proyecto. Dicha unidad se caracteriza por ser plana, con pendientes que no superan el 9%, producto de la erosión y depósito de sedimentos debido a la acción fluvial. La UP1 representa el área típica del valle (depresión intermedia) de la zona centro y sur del país, con gran intervención antrópica a lo largo de dicha unidad geomorfológica donde se insertan asentamientos rurales en conjunto con suelos de barbechos y agrícolas. Ahora bien, en cuanto a la valoración de la calidad visual del paisaje, se concluye que el área de influencia posee un valor Bajo, donde el paisaje según sus atributos visuales (biofísicos, estéticos y estructurales) no tiene una calidad que haga a la zona única ni representativa. Por otra parte, al momento de analizar el área de influencia respecto a la situación sin Proyecto y la situación con Proyecto, mediante la creación de 1 fotomontaje, se deduce que las alteraciones en el paisaje debido a la instalación de las obras, son de menor magnitud, no generando obstrucción visual ni alteración de los atributos visuales. Tampoco existe una modificación a los atributos estéticos del sector ni pérdida de atributos biofísicos. En consecuencia, el Proyecto no generará alteración del valor paisajístico del área de emplazamiento de acuerdo a las disposiciones del Artículo 9 del DS N°40/12 del MMA. b) La duración o la magnitud en que se alteren atributos de una zona con valor paisajístico. Como se indica en el enunciado anterior, al momento de analizar el área de influencia respecto a la situación sin Proyecto y la situación con Proyecto, mediante la creación de 1 fotomontaje, se deduce que las alteraciones en el paisaje debido a la instalación de las obras, son de menor magnitud, no generando obstrucción visual ni alteración de los atributos visuales. Tampoco existe una modificación a los atributos estéticos del sector ni pérdida de atributos biofísicos.

En consecuencia, el Proyecto no generará alteración del valor paisajístico del área de emplazamiento de acuerdo a las disposiciones del Artículo 9 del DS N°40/12 del MMA. REPÚBLICA DE CHILE COMISIÓN DE EVALUACIÓN Región de La Araucanía

RCA N° 15/2020 – DIA del proyecto “Subestación Nueva Metrenco 220/66 kV” La duración o magnitud en que se obstruya el acceso o se alteren zonas con valor turístico. No aplica Conclusión: en el área de influencia del proyecto no se presentan zonas con valor paisajístico y turístico, por lo que se descarta la generación de alteraciones significativas sobre el valor turístico y paisajístico.

5.6 ALTERACIÓN DE MONUMENTOS, SITIOS CON VALOR ANTROPOLÓGICO, ARQUEOLÓGICO, HISTÓRICO Y, EN GENERAL, LOS PERTENECIENTES AL PATRIMONIO CULTURAL. Impacto ambiental No aplica, no existen monumentos sitios con valor antropológico, arqueológico, histórico y en general, pertenecientes al patrimonio cultural. Existencia de monumentos sitios con valor antropológico, arqueológico, histórico y, en general, los pertenecientes al patrimonio cultural. La prospección arqueológica realizada abarcó la totalidad del área del proyecto registrando la presencia de hallazgos aislados en el área de seccionamiento. Los hallazgos están ubicados fuera del área de intervención directa del proyecto, no hay estructuras sobre ellos salvo el tendido de los conductores, que es aéreo, y por lo tanto no intervendrán de ningún modo los hallazgos.

De justificarse que en el área o espacio geográfico no existe patrimonio cultural, se descarta de plano la generación o presencia de una alteración de dicho patrimonio. Los siguientes antecedentes justifican que el proyecto o actividad no genera o presenta alteración de monumentos, sitios con valor antropológico, arqueológico, histórico, y en general, los pertenecientes al patrimonio cultural, en consideración a lo dispuesto en el artículo 10 del Reglamento del SEIA: a) La magnitud en que se remueva, destruya, excave, traslade, deteriore, intervenga o se modifique en forma permanente algún Monumento Nacional de aquellos definidos por la Ley N°17.288. La Subestación nueva Metrenco no considera en la construcción ni en la operación del proyecto remover, destruir, excavar, trasladar, deteriorar, intervenir o modificar en forma permanente algún Monumento Nacional de aquellos definidos por la Ley N° 17.288. En el Informe de arqueología- se da registro de hallazgos aislados en el área del seccionamiento del proyecto; área en la que se realizan labores agrícolas, tanto en el pasado como en la actualidad, siendo estas actividades agrícolas no afectadas por la instalación de las torres del seccionamiento de la LAT. Es sumamente importante indicar que los hallazgos están ubicados fuera del área de intervención directa del proyecto, no hay estructuras sobre ellos salvo el tendido de los conductores, que es aéreo, y por lo tanto no intervendrán de ningún modo los hallazgos. Dado lo anterior, los hallazgos aislados serán protegidos durante la construcción mediante cercos que consideran 20 m de buffer. De esta manera el proyecto promoverá la protección de los hallazgos arqueológicos con valor patrimonial, sin realizar algunas de las acciones que promuevan alteración de algún Monumento Nacional definido por la Ley 17.288. b) La magnitud en que se modifique o deteriore en forma permanente construcciones, lugares o sitios que por sus características constructivas, por su antigüedad, por su valor científico, por La subestación Nueva Metrenco no considera modificar o deteriorar en forma permanente construcciones, lugares o sitios que, por sus características constructivas, por su antigüedad, por su valor científico, por su contexto histórico o por su singularidad, pertenecen al patrimonio cultural, incluido el patrimonio cultural indígena. Lo anterior dado a que no se evidencia la presencia de construcciones o sitios con estas características, tal como puede observarse en el Anexo del medio antropizado de la presente DIA REPÚBLICA DE CHILE COMISIÓN DE EVALUACIÓN Región de La Araucanía

RCA N° 15/2020 – DIA del proyecto “Subestación Nueva Metrenco 220/66 kV” su contexto histórico o por su singularidad, pertenecen al patrimonio cultural, incluido el patrimonio cultural indígena. c) La afectación a lugares o sitios en que se lleven a cabo manifestaciones propias de la cultura o folclore de algún pueblo, comunidad o grupo humano, derivada de la proximidad y naturaleza de las partes, obras y/o acciones del proyecto o actividad, considerando especialmente a los grupos humanos indígenas. El proyecto no afectará lugares o sitios en que se lleven a cabo manifestaciones habituales propias de la cultura o folclore de alguna comunidad o grupo humano.

Las obras de la subestación se emplazan en un terreno utilizado como cancha de carreras de autos y las líneas del seccionamiento se emplazan sobre terrenos dedicados al uso ganadero de subsistencia.

El trazado del Proyecto considera su emplazamiento sobre el inmueble de la Sucesión Antivil, “Hijuela número 27 del plano de hijuelación”, de 12 ha de superficie, Rol de Avalúo Fiscal N° 3354-23, predio que es utilizado en su mayoría para la actividad ganadera de subsistencia (crianza de ovinos y bovinos), la que se realiza con apoyo del Programa de Desarrollo Territorial Indígena (“PDTI”) y para uso habitacional, sin que se registren lugares o sitios en que se lleven a cabo manifestaciones según lo establecido en el literal c) del artículo 10 del D.S. 40/12.

Durante el proceso de evaluación de impacto ambiental se ha establecido que en el Predio de la Sucesión Antivil, que es parte del área de influencia del proyecto, no se realizan actividades, por parte de quienes lo habitan, tales como uso medicinal, cultural, espiritual, comunitaria, recolección de hierbas o leña, que pudiera verse afectada por la construcción u operación del Proyecto, así como tampoco existen actividades turísticas, recreativas, extractivas o de pesca que pudieren alterarse con ocasión del Proyecto, actividades que se realizan en el sector de Cudico ubicado a aproximadamente 1,5 km del Proyecto, es decir, fuera de los límites del Predio parte del área de influencias del proyecto.

Para mayores antecedentes puede se puede revisar el Anexo 4, sobre Caracterización Antropológica, del Adenda complementaria, disponible a través del siguiente vínculo del expediente electrónico.

https://seia.sea.gob.cl/archivos/2020/02/12/238_Anexo_4._Caracterizacio n_Antropologica.pdf Conclusión: El proyecto no considera la alteración de monumentos, sitios con valor antropológico, arqueológico, histórico y, en general, los pertenecientes al patrimonio cultural.

6°. Que resultan aplicables al Proyecto los siguientes permisos ambientales sectoriales, asociados a las correspondientes partes, obras o acciones que se señalan a continuación:

6.1. PERMISOS AMBIENTALES SECTORIALES MIXTOS

6.1.1. Permiso para la construcción, reparación, modificación y ampliación de cualquier obra pública o particular destinada a la evacuación, tratamiento o disposición final de desagües, aguas servidas de cualquier naturaleza según se establece en el artículo 138 del Reglamento del SEIA. Fase del Proyecto a la cual corresponde Construcción REPÚBLICA DE CHILE COMISIÓN DE EVALUACIÓN Región de La Araucanía

RCA N° 15/2020 – DIA del proyecto “Subestación Nueva Metrenco 220/66 kV” Parte, obra o acción a la que aplica Instalación de Faenas/Habilitación de las instalaciones de apoyo (fosa séptica) Condiciones o exigencias específicas para su otorgamiento No hay Pronunciamiento del órgano competente Mediante el oficio N° A20-95 con fecha 19 de febrero de 2020, la SEREMI de Salud, se pronuncia conforme Referencia al ICE para mayores detalles Capítulo 9 del ICE.

6.1.2.Permiso para la construcción, reparación, modificación y ampliación de cualquier planta de tratamiento de basuras y desperdicios de cualquier clase o para la instalación de todo lugar destinado a la acumulación, selección, industrialización, comercio o disposición final de basuras y desperdicios de cualquier clase según se establece en el artículo 140 del Reglamento del SEIA Fase del Proyecto a la cual corresponde Construcción/Operación

Parte, obra o acción a la que aplica Instalación de faenas, sitio de almacenamiento de residuos domiciliarios/Patio de Salvataje.

Condiciones o exigencias específicas para su otorgamiento No hay Pronunciamiento del órgano competente Mediante el oficio N° A20-95 con fecha 19 de febrero de 2020, la SEREMI de Salud, se pronuncia conforme Referencia al ICE para mayores detalles Capítulo 9 del ICE.

6.1.3. Permiso para todo sitio destinado al almacenamiento de residuos peligrosos según se establece en el artículo 142 del Reglamento del SEIA Fase del Proyecto a la cual corresponde Construcción/Operación

Parte, obra o acción a la que aplica Instalación de faenas, bodega de Respel

Condiciones o exigencias específicas para su otorgamiento No hay

Pronunciamiento del órgano competente Mediante el oficio N° A20-95 con fecha 19 de febrero de 2020, la SEREMI de Salud, se pronuncia conforme Referencia al ICE para mayores detalles Capítulo 9 del ICE.

6.1.4. Permiso para subdividir y urbanizar terrenos rurales o para construcciones fuera de los límites urbanos según se establece en el artículo 160 del Reglamento del SEIA Fase del Proyecto a la cual corresponde Construcción/Operación

Parte, obra o acción a la que aplica Casa de Servicios Generales / Instalación de Faenas

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RCA N° 15/2020 – DIA del proyecto “Subestación Nueva Metrenco 220/66 kV” Condiciones o exigencias específicas para su otorgamiento No hay

Pronunciamiento del órgano competente Mediante el oficio N° 1138 con fecha 19 de diciembre, el Servicio Agrícola Ganadero se pronuncia conforme Mediante el oficio N° 9052 con fecha 8 de enero de 2020, La SEREMI de Agricultura se pronuncia conforme. Mediante el oficio N° 43 con fecha 10 de enero de 2020, la SEREMI de Vivienda y Urbanismo se pronuncia conforme. Referencia al ICE para mayores detalles Capítulo 9 del ICE.

7°. Que, de acuerdo a los antecedentes que constan en el expediente de evaluación, la forma de cumplimiento de la normativa de carácter ambiental aplicable al Proyecto es la siguiente:

Tabla 7.1.1 Constitución Política de la República de Chile N°100/2005 Componente/materia: Carácter General Norma Constitución Política de la República de Chile. Decreto N.º 100 de 2005, fija el Texto refundido, coordinado y sistematizado de la Constitución Política de la República de Chile. Fecha de publicación 22 de septiembre de 2005. Otros cuerpos legales N/A Fase del proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Todas las partes Parte, obra, acción, emisión, residuo o sustancias a la que aplica Todas las partes Forma de cumplimiento El Proyecto ingresa al Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental (SEIA) para su evaluación ambiental mediante una Declaración de Impacto Ambiental, velando porque el derecho a vivir en un medio ambiente libre de contaminación no se vea afectado por las distintas actividades del proyecto. Indicador que acredita su cumplimiento Obtención de la Resolución de Calificación Ambiental (RCA). Forma de control y seguimiento Se realizará la identificación y cumplimiento de los compromisos, obligaciones, exigencias, condiciones y medidas establecidas en la RCA. Referencia al ICE para mayores detalles Capítulo 8 del ICE.

Tabla 7.1.2 Ley N°19.300, aprueba Ley sobre Bases Generales del Medio Ambiente y Modificación Ley N°20.417 Componente/materia: Carácter General Norma Ley Nº19.300, aprueba Ley sobre Bases Generales del Medio Ambiente. Fecha de Publicación: 9 de marzo de 1994. Ministerio Secretaría General de la Presidencia. Otros cuerpos legales DS N° 40 Reglamento del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental. Fase del proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Todas las partes Parte, obra, acción, emisión, residuo o sustancias a la que aplica Todas las partes Forma de cumplimiento El proyecto da cumplimiento a estas disposiciones precisamente a través de su ingreso al Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental (SEIA), bajo la forma de Declaración de Impacto Ambiental, ya que éste no produce los REPÚBLICA DE CHILE COMISIÓN DE EVALUACIÓN Región de La Araucanía

RCA N° 15/2020 – DIA del proyecto “Subestación Nueva Metrenco 220/66 kV” efectos, características o circunstancias a que se refiere el artículo 11 de la Ley N.º 19.300 sobre Bases Generales del Medio Ambiente. Indicador que acredita su cumplimiento Obtención de la Resolución de Calificación Ambiental (RCA). Forma de control y seguimiento Se realizará la identificación y cumplimiento de los compromisos, obligaciones, exigencias, condiciones y medidas establecida en la RCA. Referencia al ICE para mayores detalles Capítulo 8 del ICE.

Tabla 7.1.3 D.S. N°40/2012, Aprueba Reglamento del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental. Componente/materia: Carácter General Norma D.S. N°40/2012, Aprueba Reglamento del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental. Publicado el 12 de agosto de 2013. Otros cuerpos legales N/A Fase del proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Todas las partes Parte, obra, acción, emisión, residuo o sustancias a la que aplica Todas las partes Forma de cumplimiento El proyecto da cumplimiento a estas disposiciones a través de su ingreso al Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental (SEIA), dado que se enmarca dentro del literal b) del artículo 3 del RSEIA: Líneas de transmisión eléctrica y sus subestaciones). Adicionalmente, se presenta bajo la forma de una Declaración de Impacto Ambiental, ya que éste no produce alguno de los efectos, características o circunstancias a que se refieren los artículos 5°, al 10° del Decreto en análisis.

Indicador que acredita su cumplimiento Obtención de la Resolución de Calificación Ambiental (RCA). Forma de control y seguimiento Se realizará la identificación y cumplimiento de los compromisos, obligaciones, exigencias, condiciones y medidas establecida en la RCA. Referencia al ICE para mayores detalles Capítulo 8 del ICE.

Tabla 7.1.4 DS Nº 30/2013, Aprueba Reglamento sobre Programas de Cumplimiento, Autodenuncia y Planes de Reparación Componente/materia: Carácter General Norma D.S. Nº 30, Aprueba Reglamento sobre Programas de Cumplimiento, Autodenuncia y Planes de Reparación. Fecha de Publicación: 11 de febrero de 2013. Ministerio de Medio Ambiente. Otros cuerpos legales N/A Fase del proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Todas las partes Parte, obra, acción, emisión, residuo o sustancias a la que aplica Todas las partes Forma de cumplimiento El Proyecto dará cumplimiento a las disposiciones referentes a la Autodenuncia, en el caso improbable de incurrir en alguna infracción de REPÚBLICA DE CHILE COMISIÓN DE EVALUACIÓN Región de La Araucanía

RCA N° 15/2020 – DIA del proyecto “Subestación Nueva Metrenco 220/66 kV” aquellas de la competencia de la Superintendencia del Medio Ambiente, y de optar por esta vía. Así mismo, se dará cumplimiento a las disposiciones referidas a los Programas de Cumplimiento y Planes de Reparación en el evento improbable de haberse iniciado un procedimiento sancionatorio, y en caso de optar por una de estas vías de solución. Indicador que acredita su cumplimiento Obtención de la Resolución de Calificación Ambiental (RCA). Forma de control y seguimiento Se realizará la identificación y cumplimiento de los compromisos, obligaciones, exigencias, condiciones y medidas establecida en la RCA. Referencia al ICE para mayores detalles Capítulo 8 del ICE.

Tabla 7.1.5 DS Nº 31/2013, Aprueba Reglamento del Sistema Nacional de Información de fiscalización ambiental y de los registros públicos de Resoluciones de Calificación ambiental y de Sanciones Componente/materia: Carácter General Norma D.S. Nº 31, Aprueba Reglamento del Sistema Nacional de Información de fiscalización ambiental y de los registros públicos de Resoluciones de Calificación ambiental y de Sanciones. Fecha de Publicación: 11 de febrero de 2013. Ministerio de Medio Ambiente. Otros cuerpos legales N/A Fase del proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Todas las partes Parte, obra, acción, emisión, residuo o sustancias a la que aplica Todas las partes Forma de cumplimiento El proyecto dará cumplimiento a esta norma, proporcionando oportunamente los antecedentes, informaciones y datos requeridos, al ser un titular de una Resolución de Calificación Ambiental. Indicador que acredita su cumplimiento Obtención de la Resolución de Calificación Ambiental (RCA). Forma de control y seguimiento Se realizará la identificación y cumplimiento de los compromisos, obligaciones, exigencias, condiciones y medidas establecida en la RCA. Referencia al ICE para mayores detalles Capítulo 8 del ICE.

Tabla 7.1.6 DS Nº 31/2013, Aprueba Reglamento del Sistema Nacional de Información de fiscalización ambiental y de los registros públicos de Resoluciones de Calificación ambiental y de Sanciones Componente/materia: Carácter General Norma D.S. Nº 31, Aprueba Reglamento del Sistema Nacional de Información de fiscalización ambiental y de los registros públicos de Resoluciones de Calificación ambiental y de Sanciones. Fecha de Publicación: 11 de febrero de 2013. Ministerio de Medio Ambiente. Otros cuerpos legales N/A Fase del proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Todas las partes REPÚBLICA DE CHILE COMISIÓN DE EVALUACIÓN Región de La Araucanía

RCA N° 15/2020 – DIA del proyecto “Subestación Nueva Metrenco 220/66 kV” Parte, obra, acción, emisión, residuo o sustancias a la que aplica Todas las partes Forma de cumplimiento El proyecto dará cumplimiento a esta norma, proporcionando oportunamente los antecedentes, informaciones y datos requeridos, al ser un titular de una Resolución de Calificación Ambiental. Indicador que acredita su cumplimiento Obtención de la Resolución de Calificación Ambiental (RCA). Forma de control y seguimiento Se realizará la identificación y cumplimiento de los compromisos, obligaciones, exigencias, condiciones y medidas establecida en la RCA. Referencia al ICE para mayores detalles Capítulo 8 del ICE.

Tabla 7.1.7 Resolución 223 EXENTA/2015, Dicta e Instruye Normas de Carácter General Sobre la Remisión de los Antecedentes Respecto de las Condiciones, Compromisos y Medidas Establecidas en las Resoluciones de Calificación Ambiental. Componente/materia: Carácter General Norma Resolución 223 EXENTA/2015 Dicta e Instruye Normas de Carácter General Sobre la Remisión de los Antecedentes Respecto de las Condiciones, Compromisos y Medidas Establecidas en las Resoluciones de Calificación Ambiental. Fecha de Publicación: 15 de abril de 2015. Ministerio de Medio Ambiente. Otros cuerpos legales N/A Fase del proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Todas las partes Parte, obra, acción, emisión, residuo o sustancias a la que aplica Todas las partes Forma de cumplimiento El proyecto dará cumplimiento a esta norma, proporcionando la información requerida con la periodicidad y en la forma establecida en la RCA, ingresándola en el Sistema de Seguimiento Ambiental, luego de haber cumplido con las disposiciones de la Resolución Exenta N.º 1.518/2013. Indicador que acredita su cumplimiento Obtención de la Resolución de Calificación Ambiental (RCA). Forma de control y seguimiento Se realizará la identificación y cumplimiento de los compromisos, obligaciones, exigencias, condiciones y medidas establecida en la RCA. Referencia al ICE para mayores detalles Capítulo 8 del ICE.

Tabla 7.1.8 Resolución N. ª 1518/2013, Fija Texto Refundido, Coordinado y Sistematizado de la Resolución N.º 574 Exenta, de 2012 Componente/materia: Carácter General Norma Resolución N°276/2013, Dicta e Instruye Normas de Carácter General Sobre el Procedimiento de Fiscalización Ambiental de Normas de Calidad, Normas de Emisión y Planes de Prevención y/o Descontaminación. Fecha de Publicación: 4 de abril de 2013. Ministerio de Medio Ambiente. Otros cuerpos legales N/A REPÚBLICA DE CHILE COMISIÓN DE EVALUACIÓN Región de La Araucanía

RCA N° 15/2020 – DIA del proyecto “Subestación Nueva Metrenco 220/66 kV” Fase del proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Todas las partes Parte, obra, acción, emisión, residuo o sustancias a la que aplica Todas las partes Forma de cumplimiento

Indicador que acredita su cumplimiento Obtención de la Resolución de Calificación Ambiental (RCA). Forma de control y seguimiento Se realizará la identificación y cumplimiento de los compromisos, obligaciones, exigencias, condiciones y medidas establecida en la RCA. Referencia al ICE para mayores detalles Capítulo 8 del ICE.

Tabla 7.1.9 Resolución 1184 EXENTA/2015, Dicta en Instruye Normas de Carácter General sobre Fiscalización Ambiental y deja sin efecto las Resoluciones que indica Componente/materia: Carácter General Norma Resolución Exenta N° 1518, Fija Texto Refundido, Coordinado y Sistematizado de la Resolución N.º 574 Exenta, de 2012. Fecha de Publicación: 6 de enero de 2014. Ministerio de Medio Ambiente. Otros cuerpos legales N/A Fase del proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Todas las partes Parte, obra, acción, emisión, residuo o sustancias a la que aplica Todas las partes Forma de cumplimiento Se dará cumplimiento a esta norma dando facilidades para las actividades de fiscalización ambiental, en caso de producirse y proporcionando la información requerida. Indicador que acredita su cumplimiento Obtención de la Resolución de Calificación Ambiental (RCA). Forma de control y seguimiento Se realizará la identificación y cumplimiento de los compromisos, obligaciones, exigencias, condiciones y medidas establecida en la RCA. Referencia al ICE para mayores detalles Capítulo 8 del ICE.

Tabla 7.1.10 Decreto con Fuerza de Ley N°458 del Ministerio de Vivienda y Urbanismo. Ley General de Urbanismo y Construcción. Última modificación Ley N°29.443 de noviembre de 2010 Componente/materia: Carácter General Norma Ley General de Urbanismo y Construcción. Última modificación Ley N.º 29.443 de noviembre de 2010, publicada en Diario Oficial el 03 de abril de 1976 Otros cuerpos legales N/A Fase del proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Todas las partes Parte, obra, acción, emisión, residuo o sustancias a la que aplica Todas las partes REPÚBLICA DE CHILE COMISIÓN DE EVALUACIÓN Región de La Araucanía

RCA N° 15/2020 – DIA del proyecto “Subestación Nueva Metrenco 220/66 kV” Forma de cumplimiento Se presentarán los antecedentes para la obtención del Permiso Ambiental Sectorial 160 del D.S N°40/2012. Indicador que acredita su cumplimiento Obtención de la Resolución de Calificación Ambiental (RCA). Forma de control y seguimiento Se realizará la identificación y cumplimiento de los compromisos, obligaciones, exigencias, condiciones y medidas establecida en la RCA. Referencia al ICE para mayores detalles Capítulo 8 del ICE.

Tabla 7.1.11 D.S. N°1 de 2013, Aprueba Reglamento del Registro de Emisiones y Transferencias de Contaminantes, RETC. Componente/materia: Aire Norma D.S. N°1, Aprueba Reglamento del Registro de Emisiones y Transferencias de Contaminantes, RETC. Fecha de Publicación: 02 de mayo de 2013. Ministerio del Medio Ambiente Otros cuerpos legales N/A Fase del proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Todas las partes Parte, obra, acción, emisión, residuo o sustancias a la que aplica Todas las partes Forma de cumplimiento EL Titular del proyecto realizará la declaración de sus residuos a través de la plataforma del RETC http://vu.mma.gob.cl/index.php?c=home Indicador que acredita su cumplimiento Obtención de la Resolución de Calificación Ambiental (RCA). Forma de control y seguimiento Se realizará la identificación y cumplimiento de los compromisos, obligaciones, exigencias, condiciones y medidas establecida en la RCA. Referencia al ICE para mayores detalles Capítulo 8 del ICE.

Tabla 7.1.12¡Error! No se encuentra el origen de la referencia. Res. Ext. N°1.139 de 2014. Aprueba Norma Básica para Aplicación del Reglamento del Registro de Emisiones y Transferencias de Contaminantes RETC Componente/materia: Aire Norma Resolución Exenta. N°1.139, Aprueba Norma Básica para Aplicación del Reglamento del Registro de Emisiones y Transferencias de Contaminantes, RETC. Fecha de Publicación: 20 de enero de 2014. Ministerio del Medio Ambiente Otros cuerpos legales N/A Fase del proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Todas las partes Parte, obra, acción, emisión, residuo o sustancias a la que aplica Todas las partes Forma de cumplimiento EL Titular del proyecto realizará la declaración de sus residuos a través de la plataforma del RETC http://vu.mma.gob.cl/index.php?c=home Indicador que acredita su cumplimiento Obtención de la Resolución de Calificación Ambiental (RCA). REPÚBLICA DE CHILE COMISIÓN DE EVALUACIÓN Región de La Araucanía

RCA N° 15/2020 – DIA del proyecto “Subestación Nueva Metrenco 220/66 kV” Forma de control y seguimiento Se realizará la identificación y cumplimiento de los compromisos, obligaciones, exigencias, condiciones y medidas establecida en la RCA. Referencia al ICE para mayores detalles Capítulo 8 del ICE.

Tabla 7.1.13 D.S. N°144, de 1961 establece Normas para Evitar Emanaciones o Contaminantes de Cualquier Naturaleza. Componente/materia: Aire Norma D.S. N°144, de 1961 establece Normas para Evitar Emanaciones o Contaminantes de Cualquier Naturaleza. Fecha de Publicación: 18 de mayo de 1961. Ministerio de Salud Otros cuerpos legales N/A Fase del proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Todas las partes Parte, obra, acción, emisión, residuo o sustancias a la que aplica Todas las partes Forma de cumplimiento Todos los vehículos relacionados con el Proyecto contarán con su revisión técnica al día y se revisará la vigencia de las mantenciones recomendadas por los fabricantes. Indicador que acredita su cumplimiento Obtención de la Resolución de Calificación Ambiental (RCA). Forma de control y seguimiento Se realizará la identificación y cumplimiento de los compromisos, obligaciones, exigencias, condiciones y medidas establecida en la RCA. Referencia al ICE para mayores detalles Capítulo 8 del ICE.

Tabla 7.1.14¡Error! No se encuentra el origen de la referencia. D.S. N°138 de 2004 del Ministerio de Salud, Establece Obligación de Declarar Emisiones que Indica. Componente/materia: Aire Norma D.S. N°138, establece Obligación de Declarar Emisiones que Indica. Fecha de Publicación: 17 de noviembre de 2005. Ministerio de Salud; Subsecretaría de Salud Pública. Otros cuerpos legales N/A Fase del proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Todas las partes Parte, obra, acción, emisión, residuo o sustancias a la que aplica Todas las partes Forma de cumplimiento EL Titular del proyecto realizará la declaración de sus residuos a través de la plataforma del RETC http://vu.mma.gob.cl/index.php?c=home Indicador que acredita su cumplimiento Obtención de la Resolución de Calificación Ambiental (RCA). Forma de control y seguimiento Se realizará la identificación y cumplimiento de los compromisos, obligaciones, exigencias, condiciones y medidas establecida en la RCA. Referencia al ICE para mayores detalles Capítulo 8 del ICE.

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RCA N° 15/2020 – DIA del proyecto “Subestación Nueva Metrenco 220/66 kV” Tabla 7.1.15 Decreto con Fuerza de Ley Nº1, fija texto refundido, coordinado y sistematizado de la Ley de Tránsito. Componente/materia: Aire Norma Decreto con Fuerza de Ley Nº1, fija texto refundido, coordinado y sistematizado de la Ley de Tránsito. Fecha de Publicación: 29 de octubre de 2009. Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones; Subsecretaría de Transportes; Ministerio de Justicia; Subsecretaría de Justicia. Otros cuerpos legales N/A Fase del proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Todas las partes Parte, obra, acción, emisión, residuo o sustancias a la que aplica Todas las partes Forma de cumplimiento Todos los vehículos relacionados con el Proyecto tendrán su revisión técnica al día y se les harán mantenimientos regulares según las indicaciones del fabricante. Se impedirá el paso a las instalaciones del Proyecto a todo vehículo que no cuente con su revisión técnica vigente. Lo anterior se exigirá bajo cláusulas contractuales con las empresas contratistas a cargo de las faenas de construcción y abandono del Proyecto. Indicador que acredita su cumplimiento Obtención de la Resolución de Calificación Ambiental (RCA). Forma de control y seguimiento Se realizará la identificación y cumplimiento de los compromisos, obligaciones, exigencias, condiciones y medidas establecida en la RCA. Referencia al ICE para mayores detalles Capítulo 8 del ICE.

Tabla 7.1.16 D.S. Nº4, establece Norma de Emisión de Contaminantes Aplicables a los Vehículos Motorizados y fija los Procedimientos para su Control. Componente/materia: Aire Norma D.S. Nº4, establece Norma de Emisión de Contaminantes Aplicables a los Vehículos Motorizados y fija los Procedimientos para su Control. Fecha de Publicación: 29 de enero de 1994. Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones. Otros cuerpos legales N/A Fase del proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Todas las partes Parte, obra, acción, emisión, residuo o sustancias a la que aplica Todas las partes Forma de cumplimiento Todos los vehículos relacionados con el Proyecto contarán con su revisión técnica al día, análisis de gases y mantenciones recomendadas por los fabricantes. Asimismo, que cuente con el adhesivo -sello verde adherido al parabrisas o bien, disponible en el vehículo. Esto se hará exigible por el Titular a las empresas contratistas a través de cláusulas contractuales. Indicador que acredita su cumplimiento Obtención de la Resolución de Calificación Ambiental (RCA). REPÚBLICA DE CHILE COMISIÓN DE EVALUACIÓN Región de La Araucanía

RCA N° 15/2020 – DIA del proyecto “Subestación Nueva Metrenco 220/66 kV” Forma de control y seguimiento Se realizará la identificación y cumplimiento de los compromisos, obligaciones, exigencias, condiciones y medidas establecida en la RCA. Referencia al ICE para mayores detalles Capítulo 8 del ICE.

Tabla 7.1.17¡Error! No se encuentra el origen de la referencia. D.S. Nº279, aprueba Reglamento para el Control de la Emisión de Contaminantes de Vehículos Motorizados de Combustión Interna Componente/materia: Aire Norma D.S. Nº279, aprueba Reglamento para el Control de la Emisión de Contaminantes de Vehículos Motorizados de Combustión Interna. Fecha de Publicación: 17 de diciembre de 1983. Ministerio: Salud. Otros cuerpos legales N/A Fase del proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Todas las partes Parte, obra, acción, emisión, residuo o sustancias a la que aplica Todas las partes Forma de cumplimiento Todos los vehículos relacionados con el Proyecto contarán con su revisión técnica al día y se revisará la vigencia de las mantenciones recomendadas por los fabricantes. Esto se hará exigible por el Titular a las empresas contratistas a través de cláusulas contractuales. Indicador que acredita su cumplimiento Obtención de la Resolución de Calificación Ambiental (RCA). Forma de control y seguimiento Se realizará la identificación y cumplimiento de los compromisos, obligaciones, exigencias, condiciones y medidas establecida en la RCA. Referencia al ICE para mayores detalles Capítulo 8 del ICE.

Tabla 7.1.18 D.S. N°55/1994, establece Normas de Emisión aplicables a Vehículos Motorizados Pesados. Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones. Componente/materia: Aire Norma D.S. N° 55/1994, establece Normas de Emisión aplicables a Vehículos Motorizados Pesados. Publicación: 16 de abril de 1994. Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones. Otros cuerpos legales N/A Fase del proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Todas las partes Parte, obra, acción, emisión, residuo o sustancias a la que aplica Todas las partes Forma de cumplimiento El Titular del Proyecto cumplirá con las disposiciones del presente cuerpo normativo ya que exigirá que los vehículos motorizados pesados cuenten con su revisión técnica al día y mantenciones recomendadas por el fabricante, además del correspondiente certificado de emisión de contaminantes, con el cual se acredita el cumplimiento de la normativa vigente sobre la materia, y el sello verde adherido al parabrisas. Esto se hará exigible por el Titular a las empresas contratistas a través de cláusulas contractuales. Indicador que acredita su cumplimiento Obtención de la Resolución de Calificación Ambiental (RCA). REPÚBLICA DE CHILE COMISIÓN DE EVALUACIÓN Región de La Araucanía

RCA N° 15/2020 – DIA del proyecto “Subestación Nueva Metrenco 220/66 kV” Forma de control y seguimiento Se realizará la identificación y cumplimiento de los compromisos, obligaciones, exigencias, condiciones y medidas establecida en la RCA. Referencia al ICE para mayores detalles Capítulo 8 del ICE.

Tabla 7.1.19 D.S. N°54/1994, establece Normas de Emisión aplicables a Vehículos Motorizados Medianos que Indica Componente/materia: Aire Norma D.S. N°54/1994, Establece Normas de Emisión aplicables a Vehículos Motorizados Medianos que Indica. Publicación: 03 de mayo de 1994. Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones. Otros cuerpos legales N/A Fase del proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Todas las partes Parte, obra, acción, emisión, residuo o sustancias a la que aplica Todas las partes Forma de cumplimiento El Titular del Proyecto cumplirá con las disposiciones del presente cuerpo normativo ya que exigirá que los vehículos motorizados medianos cuenten con su revisión técnica al día y mantenciones recomendadas por el fabricante, además del correspondiente certificado de emisión de contaminantes, con el cual se acredita el cumplimiento de la normativa vigente sobre la materia. Esto se hará exigible por el Titular a las empresas contratistas a través de cláusulas contractuales. Indicador que acredita su cumplimiento Obtención de la Resolución de Calificación Ambiental (RCA). Forma de control y seguimiento Se realizará la identificación y cumplimiento de los compromisos, obligaciones, exigencias, condiciones y medidas establecida en la RCA. Referencia al ICE para mayores detalles Capítulo 8 del ICE.

Tabla 7.1.20 D.S. N°47 del Ministerio de Vivienda y Urbanismo, Ordenanza General de la Ley de Urbanismo y Construcciones. Establece Condiciones para el Transporte de Cargas que Indica. Componente/materia: Aire Norma D.S. N°47 Fija nuevo texto de la Ordenanza General de la Ley de Urbanismo y Construcciones. Fecha de Publicación: 5 de junio de 1992. Otros cuerpos legales N/A Fase del proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Todas las partes Parte, obra, acción, emisión, residuo o sustancias a la que aplica Todas las partes Forma de cumplimiento Las emisiones de material particulado y gases son menores y distribuidas en una extensión territorial acotada solamente al polígono del Proyecto y al camino de acceso, tal como se presentan en el Anexo 1.3. de la DIA. Adicionalmente, con el fin de disminuir las emisiones de material particulado, el Titular considera las siguientes medidas: REPÚBLICA DE CHILE COMISIÓN DE EVALUACIÓN Región de La Araucanía

RCA N° 15/2020 – DIA del proyecto “Subestación Nueva Metrenco 220/66 kV” •Se exigirá una cobertura a los materiales que son transportados en camiones. •Se controlará la velocidad de los vehículos dentro del área de faena. Prohibición de realizar fogatas en faenas Indicador que acredita su cumplimiento Obtención de la Resolución de Calificación Ambiental (RCA). Forma de control y seguimiento Se realizará la identificación y cumplimiento de los compromisos, obligaciones, exigencias, condiciones y medidas establecida en la RCA. Referencia al ICE para mayores detalles Capítulo 8 del ICE.

Tabla 7.1.21 D.S. N. º211/91, Establece Normas sobre Emisiones de Vehículos Motorizados Livianos. Componente/materia: Aire Norma D.S. N°211, establece Normas sobre Emisiones de Vehículos Motorizados Livianos. Fecha de Publicación: 11 de diciembre de 1991. Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones. Otros cuerpos legales N/A Fase del proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Todas las partes Parte, obra, acción, emisión, residuo o sustancias a la que aplica Todas las partes Forma de cumplimiento El Titular del Proyecto cumple con las disposiciones del presente cuerpo normativo ya que exigirá que los vehículos motorizados livianos cuenten con su revisión técnica al día y mantenciones recomendadas por el fabricante, además del correspondiente certificado de emisión de contaminantes, con el cual se acredita el cumplimiento de la normativa vigente sobre la materia. Esto se hará exigible por el Titular a las empresas contratistas a través de cláusulas contractuales. Indicador que acredita su cumplimiento Obtención de la Resolución de Calificación Ambiental (RCA). Forma de control y seguimiento Se realizará la identificación y cumplimiento de los compromisos, obligaciones, exigencias, condiciones y medidas establecida en la RCA. Referencia al ICE para mayores detalles Capítulo 8 del ICE.

Tabla 7.1.22 D.S. N°75, Establece Condiciones para el Transporte de Cargas que Indica. Componente/materia: Aire Norma D.S. N°75, establece Condiciones para el Transporte de Cargas que Indica. Fecha de Publicación: 7 de julio de 1987. Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones. Otros cuerpos legales N/A Fase del proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Todas las partes Parte, obra, acción, emisión, residuo o sustancias a la que aplica Todas las partes REPÚBLICA DE CHILE COMISIÓN DE EVALUACIÓN Región de La Araucanía

RCA N° 15/2020 – DIA del proyecto “Subestación Nueva Metrenco 220/66 kV” Forma de cumplimiento El Titular exigirá que los vehículos del contratista y de sus proveedores, que transporten los materiales señalados precedentemente, circulen cubriendo total y eficazmente los materiales con lonas o plásticos o con cualquier otro sistema que impida la dispersión de polvo a la atmósfera (no se utilizará malla Rachel), lo cual será revisado periódicamente. Del mismo modo se exigirá que los vehículos que transporten líquidos o sólidos con porcentaje de humedad lo realicen en camiones 100% estancos que impidan el escurrimiento y posterior caída de éstos al suelo. Esto se hará exigible por el Titular a las empresas contratistas a través de cláusulas contractuales. Indicador que acredita su cumplimiento Obtención de la Resolución de Calificación Ambiental (RCA). Forma de control y seguimiento Se realizará la identificación y cumplimiento de los compromisos, obligaciones, exigencias, condiciones y medidas establecida en la RCA. Referencia al ICE para mayores detalles Capítulo 8 del ICE.

Tabla 7.1.23 D.S 38/2011. Establece Norma de emisión de ruidos generados por fuentes que indica Componente/materia: Ruido Norma D.S 38/2011. Establece Norma de Emisión de Ruidos Generados por Fuentes que Indica, Elaborada a Partir de la Revisión del Decreto Nº 146, de 1997, del Ministerio Secretaría General De La Presidencia. Fecha de Publicación: 12 de junio de 2012. Ministerio del Medio Ambiente. Otros cuerpos legales N/A Fase del proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Todas las partes Parte, obra, acción, emisión, residuo o sustancias a la que aplica Todas las partes Forma de cumplimiento El titular, con la finalidad de cumplir con el límite máximo permisible, implementará barreras acústicas en los receptores identificados como sensibles (R1 y R3), en la fase de construcción del Proyecto. En la fase de operación no se identifican receptores sensibles. Indicador que acredita su cumplimiento Obtención de la Resolución de Calificación Ambiental (RCA). Forma de control y seguimiento Se realizará la identificación y cumplimiento de los compromisos, obligaciones, exigencias, condiciones y medidas establecida en la RCA. Referencia al ICE para mayores detalles Capítulo 8 del ICE.

Tabla 7.1.24 D.S. N°594, aprueba Reglamento sobre Condiciones Sanitarias y Ambientales Básicas en los Lugares de Trabajo. Fecha de Publicación: 29 de abril de 2000. Ministerio de Salud. Componente/materia: Ruido Norma D.S. N°594, aprueba Reglamento sobre Condiciones Sanitarias y Ambientales Básicas en los Lugares de Trabajo. Fecha de Publicación: 29 de abril de 2000. Ministerio de Salud. Otros cuerpos legales N/A REPÚBLICA DE CHILE COMISIÓN DE EVALUACIÓN Región de La Araucanía

RCA N° 15/2020 – DIA del proyecto “Subestación Nueva Metrenco 220/66 kV” Fase del proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Todas las partes Parte, obra, acción, emisión, residuo o sustancias a la que aplica Todas las partes Forma de cumplimiento Tanto el Titular como sus contratistas entregarán a su personal las protecciones auditivas adecuadas para realizar los trabajos que generen ruidos molestos según corresponda, o permanecer en dichas zonas, es decir, ruidos estables o fluctuantes superiores a un nivel de presión sonora continuo equivalente de 85 dB(A). Indicador que acredita su cumplimiento Obtención de la Resolución de Calificación Ambiental (RCA). Forma de control y seguimiento Se realizará la identificación y cumplimiento de los compromisos, obligaciones, exigencias, condiciones y medidas establecida en la RCA. Referencia al ICE para mayores detalles Capítulo 8 del ICE.

Tabla 7.1.25 D.S. N° 594, Aprueba Reglamento sobre Condiciones Sanitarias y Ambientales Básicas en los Lugares de Trabajo Componente/materia: Residuos Líquidos Norma D.S. N°594, aprueba Reglamento sobre Condiciones Sanitarias y Ambientales Básicas en los Lugares de Trabajo. Fecha de Publicación: 29 de abril de 2000. Ministerio de Salud. Otros cuerpos legales N/A Fase del proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Todas las partes Parte, obra, acción, emisión, residuo o sustancias a la que aplica Todas las partes Forma de cumplimiento Se dará cumplimiento a este cuerpo normativo porque el Titular realizará las siguientes acciones: •Una empresa autorizada se hará cargo de la instalación de los baños químicos, su mantención y del retiro periódico de las aguas residuales que generará el proyecto. •Con respecto a las aguas servidas generadas en la instalación para el personal de construcción y operación del proyecto, éstas serán sometidas a un tratamiento primario (separación física, fermentación anaerobia) dentro de fosas sépticas enterradas, cuyo tratamiento posterior (secundario) en este caso corresponderá a la incorporación de estas aguas al suelo mediante drenes de infiltración. •El sistema de piscinas de decantación de aguas de lavado de canoas de camiones mixer no considera descarga, ya que las aguas se recircularán en el mismo proceso de lavado y para la humectación de caminos, procediendo a la evaporación de cualquier eventual excedente, y por lo tanto no se vaciarán fuera de las instalaciones del proyecto. Indicador que acredita su cumplimiento Obtención de la Resolución de Calificación Ambiental (RCA). Forma de control y seguimiento Se realizará la identificación y cumplimiento de los compromisos, obligaciones, exigencias, condiciones y medidas establecida en la RCA. REPÚBLICA DE CHILE COMISIÓN DE EVALUACIÓN Región de La Araucanía

RCA N° 15/2020 – DIA del proyecto “Subestación Nueva Metrenco 220/66 kV” Referencia al ICE para mayores detalles Capítulo 8 del ICE.

Tabla 7.1.26 D.S. N. º236/26 del Ministerio de Salud Componente/materia: Residuos Líquidos Norma D.S. N°236 del Ministerio de Salud. Reglamento general de alcantarillados particulares de fosas sépticas, cámaras filtrantes, cámaras de contacto, cámaras absorbentes y letrinas domiciliarias. Publicado en 23 de mayo de 1926 Otros cuerpos legales N/A Fase del proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Todas las partes Parte, obra, acción, emisión, residuo o sustancias a la que aplica Todas las partes Forma de cumplimiento Se presentan en Anexo 1.5 de la presente DIA antecedentes técnicos para la autorización de una fosa séptica, actualizado en el Anexo 6 de la Adenda. Indicador que acredita su cumplimiento Obtención de la Resolución de Calificación Ambiental (RCA). Forma de control y seguimiento Se realizará la identificación y cumplimiento de los compromisos, obligaciones, exigencias, condiciones y medidas establecida en la RCA. Referencia al ICE para mayores detalles Capítulo 8 del ICE.

Tabla 7.1.27 Decreto con Fuerza de Ley N.º 725 del Ministerio de Salud Componente/materia: Residuos Líquidos Norma D.F.L. N°725/68 Código Sanitario del Ministerio de Salud. Publicado en 31 de enero de 1968 Otros cuerpos legales N/A Fase del proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Todas las partes Parte, obra, acción, emisión, residuo o sustancias a la que aplica Todas las partes Forma de cumplimiento Se presentan en Anexo 1.5 de la presente DIA antecedentes técnicos para la autorización de una fosa séptica, actualizado en el Anexo 6 de la Adenda N°1. Adicionalmente, y en ningún caso se descargarán residuos líquidos en cursos de aguas cercanos al área del Proyecto o dentro de él. El retiro y disposición de los lodos generados en las etapas de construcción y operación será realizado por una empresa externa que cuente con autorización sanitaria para dichos efectos. Indicador que acredita su cumplimiento Obtención de la Resolución de Calificación Ambiental (RCA). Forma de control y seguimiento Se realizará la identificación y cumplimiento de los compromisos, obligaciones, exigencias, condiciones y medidas establecida en la RCA. REPÚBLICA DE CHILE COMISIÓN DE EVALUACIÓN Región de La Araucanía

RCA N° 15/2020 – DIA del proyecto “Subestación Nueva Metrenco 220/66 kV” Referencia al ICE para mayores detalles Capítulo 8 del ICE.

Tabla 7.1.28 D.F.L. N.º 725, Código Sanitario Decreto con Fuerza de Ley N.º 725 Componente/materia: Residuos Solidos Norma D.F.L. N° 725, Código Sanitario Decreto con Fuerza de Ley N.º 725. Fecha de Publicación: 31 de enero de 1968. Rectificación: 06 de febrero de 1968. Ministerio de Salud Pública. Otros cuerpos legales N/A Fase del proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Todas las partes Parte, obra, acción, emisión, residuo o sustancias a la que aplica Todas las partes Forma de cumplimiento Todos los residuos generados en las obras del Proyecto serán acopiados convenientemente (clasificados según tipo) dentro de las bodegas de residuos de la instalación de faenas, según corresponda, para posteriormente ser transportados y dispuestos por una empresa autorizada en un sitio de disposición final autorizado por la Autoridad Sanitaria. Cabe destacar que, si bien el transporte de residuos sólidos será encargado a un tercero, se exigirá a éste que tenga autorización sanitaria para funcionar, y que reúna los requisitos para ésta, conforme al artículo 81 de la presente norma. Una vez obtenida la RCA Favorable del Proyecto, el Titular solicitará ante la SEREMI de Salud de la Región de la Araucanía, la autorización de las siguientes instalaciones destinadas al manejo de residuos: •Bodega de acopio residuos domiciliarios y asimilables; y residuos industriales no peligrosos (patio de salvataje); •Bodega de almacenamiento temporal RESPEL. Los antecedentes ambientales del permiso de las obras de acopio temporal de residuos se entregan en los acápites correspondientes a los PAS N°140 y 142 del Anexo 1.5 de la presente DIA actualizado en el Anexo 6 de la Adenda. Indicador que acredita su cumplimiento Obtención de la Resolución de Calificación Ambiental (RCA). Forma de control y seguimiento Se realizará la identificación y cumplimiento de los compromisos, obligaciones, exigencias, condiciones y medidas establecida en la RCA. Referencia al ICE para mayores detalles

Capítulo 8 del ICE.

Tabla 7.1.29 D.F.L. N.º 725, Código Sanitario Decreto con Fuerza de Ley N.º 725 Componente/materia: Residuos Solidos Norma D.S. N°41. Reglamento sobre condiciones sanitarias para la provisión de agua potable mediante el uso de camiones aljibe. Publicado el 08 de febrero de 2018 REPÚBLICA DE CHILE COMISIÓN DE EVALUACIÓN Región de La Araucanía

RCA N° 15/2020 – DIA del proyecto “Subestación Nueva Metrenco 220/66 kV” Otros cuerpos legales N/A Fase del proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Todas las partes Parte, obra, acción, emisión, residuo o sustancias a la que aplica Todas las partes Forma de cumplimiento El Proyecto necesitará del abastecimiento de agua potable para sus trabajadores. Indicador que acredita su cumplimiento Obtención de la Resolución de Calificación Ambiental (RCA). Forma de control y seguimiento Se realizará la identificación y cumplimiento de los compromisos, obligaciones, exigencias, condiciones y medidas establecida en la RCA. Referencia al ICE para mayores detalles Capítulo 8 del ICE.

Tabla 7.1.30 D.S. N°594, aprueba Reglamento sobre Condiciones Sanitarias y Ambientales Básicas en los Lugares de Trabajo Componente/materia: Residuos Solidos Norma D.S. N°594, aprueba Reglamento sobre Condiciones Sanitarias y Ambientales Básicas en los Lugares de Trabajo. Fecha de Publicación: 29 de abril de 2000. Ministerio de Salud. Otros cuerpos legales N/A Fase del proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Todas las partes Parte, obra, acción, emisión, residuo o sustancias a la que aplica Todas las partes Forma de cumplimiento Los residuos industriales no peligrosos serán segregados y acopiados ordenadamente sobre el suelo y/o en contenedores, dentro del patio de salvataje. Estos residuos se almacenarán transitoriamente a la espera de su transporte y disposición final, para lo cual se contratarán los servicios de una empresa especializada y autorizada para este tipo de actividades. Durante la fase de construcción, los residuos sólidos industriales peligrosos, que correspondan a aceites, serán almacenados en tambores de 200 litros de capacidad, los que se ubicarán al interior de la bodega de acopio temporal. Estos residuos serán trasladados a un sitio de disposición final conforme a la legislación sanitaria vigente D.S. 148/03 “Reglamento Sanitario Sobre Manejo de Residuos Peligrosos”. El transporte y disposición final será llevado a cabo por una empresa especializada que cuente con las autorizaciones respectivas. Los residuos peligrosos menores, huaipes, restos de pintura, diluyentes, brochas, etc., serán depositados en contenedores estancos y herméticos y serán llevados a la Bodega de RESPEL (bodega de almacenamiento temporal), en espera de su transporte y disposición final. Durante la fase de operación, se generarán residuos tipo RESPEL preferentemente producto del recambio de aceites mecánicos, cuya gestión y manejo estará a cargo de la empresa responsable de las mantenciones, la cual deberá estar debidamente autorizada para estos REPÚBLICA DE CHILE COMISIÓN DE EVALUACIÓN Región de La Araucanía

RCA N° 15/2020 – DIA del proyecto “Subestación Nueva Metrenco 220/66 kV” efectos, realizando su disposición final adecuada fuera de las instalaciones del Proyecto. Indicador que acredita su cumplimiento Obtención de la Resolución de Calificación Ambiental (RCA). Forma de control y seguimiento Se realizará la identificación y cumplimiento de los compromisos, obligaciones, exigencias, condiciones y medidas establecida en la RCA. Referencia al ICE para mayores detalles Capítulo 8 del ICE.

Tabla 7.1.31 D. S. N°148 Reglamento Sanitario sobre Manejo de Residuos Peligrosos Componente/materia: Residuos Solidos Norma D. S. N° 148 Reglamento Sanitario sobre Manejo de Residuos Peligrosos. Fecha de Publicación: 16 de junio de 2004. Ministerio de Salud. Otros cuerpos legales N/A Fase del proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Todas las partes Parte, obra, acción, emisión, residuo o sustancias a la que aplica Todas las partes Forma de cumplimiento Los Residuos Peligrosos serán almacenados en contenedores de 200 L de capacidad, herméticos y debidamente rotulados de acuerdo a lo establecido en la NCh 2190 of. 93 “Sustancias Peligrosas-Marcas para Información de Riesgos”; los residuos peligrosos serán enviados y almacenados en la bodega de almacenamiento temporal de residuos peligrosos cuyas características se presentan en mayor detalle en los acápites correspondientes al Anexo 1.5 PAS N° 142, actualizado en el Anexo 6 de la Adenda N°1. Los residuos peligrosos serán ubicados en la bodega considerando la incompatibilidad de éstos. Además, la bodega estará emplazada en una zona alejada de fuentes de calor y lejos de cursos de agua, y cumplirá con las características indicadas en el Reglamento. La mayoría de los RESPEL generados por el Proyecto corresponden a residuos que se encuentran en la lista I y II del artículo 18 del D.S. N°148/03, por lo tanto, su manejo cumplirá con las disposiciones del presente decreto. Durante la fase de operación, la gestión y manejo de los RESPEL estará a cargo de la empresa responsable de las mantenciones, la cual deberá estar debidamente autorizada para estos efectos, realizando su disposición final adecuada fuera de las instalaciones del Proyecto. Indicador que acredita su cumplimiento Obtención de la Resolución de Calificación Ambiental (RCA). Forma de control y seguimiento Se realizará la identificación y cumplimiento de los compromisos, obligaciones, exigencias, condiciones y medidas establecida en la RCA. Referencia al ICE para mayores detalles Capítulo 8 del ICE.

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RCA N° 15/2020 – DIA del proyecto “Subestación Nueva Metrenco 220/66 kV” Tabla 7.1.32 Resoluciones Exentas N.º 359/05 y N.º 499/05, aprueba Documento de Declaración de Residuos Peligrosos y Documento Electrónicos de Declaración de Residuos Peligrosos, respectivamente. Componente/materia: Residuos Solidos Norma Resolución Exenta N.º 359/05, aprueba Documento de Declaración de Residuos Peligrosos. Fecha de Publicación: 05 de julio de 2005. Ministerio de Salud. Resolución Exenta N.º 499/06, Aprueba Documento Electrónicos de Declaración de Residuos Peligrosos. Fecha de Publicación: 17 de agosto de 2006 Otros cuerpos legales N/A Fase del proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Todas las partes Parte, obra, acción, emisión, residuo o sustancias a la que aplica Todas las partes Forma de cumplimiento Los residuos peligrosos generados serán declarados bajo el formato de alguna de las resoluciones indicadas, ya sea por el titular, durante la fase de construcción, o de parte de las empresas contratistas durante la fase de operación. Indicador que acredita su cumplimiento Obtención de la Resolución de Calificación Ambiental (RCA). Forma de control y seguimiento Se realizará la identificación y cumplimiento de los compromisos, obligaciones, exigencias, condiciones y medidas establecida en la RCA. Referencia al ICE para mayores detalles Capítulo 8 del ICE.

Tabla 7.1.33 Resolución N° 19/1984, modificado por Decreto Nº 1.665/2002 del Ministerio de Obras Públicas Componente/materia: Trasporte Norma Resolución N° 19/1984, modificado por Decreto Nº 1.665/2002 del Ministerio de Obras Públicas Otros cuerpos legales N/A Fase del proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Todas las partes Parte, obra, acción, emisión, residuo o sustancias a la que aplica Todas las partes Forma de cumplimiento En caso de requerirse el transporte de maquinarias excediendo los pesos permitidos, se solicitará la autorización correspondiente a la Dirección de Vialidad. Indicador que acredita su cumplimiento Obtención de la Resolución de Calificación Ambiental (RCA). Forma de control y seguimiento Se realizará la identificación y cumplimiento de los compromisos, obligaciones, exigencias, condiciones y medidas establecida en la RCA. Referencia al ICE para mayores detalles Capítulo 8 del ICE.

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RCA N° 15/2020 – DIA del proyecto “Subestación Nueva Metrenco 220/66 kV” Tabla 7.1.34 D.F.L. Nº 850, de 1997, del Ministerio de Obras Públicas, Fija el Texto Refundido, Coordinado y Sistematizado de la Ley 15.840/64 y del D.F.L. Nº 206/60, sobre Construcción y Conservación de Caminos. Componente/materia: Trasporte Norma D.F.L. Nº 850, de 1997, del Ministerio de Obras Públicas, Fija el Texto Refundido, Coordinado y Sistematizado de la Ley 15.840/64 y del D.F.L. Nº 206/60, sobre Construcción y Conservación de Caminos. Otros cuerpos legales N/A Fase del proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Todas las partes Parte, obra, acción, emisión, residuo o sustancias a la que aplica Todas las partes Forma de cumplimiento En caso de requerirse el transporte de maquinarias que excedan los pesos permitidos, se solicitará la autorización correspondiente a la Dirección de Vialidad. Indicador que acredita su cumplimiento Obtención de la Resolución de Calificación Ambiental (RCA). Forma de control y seguimiento Se realizará la identificación y cumplimiento de los compromisos, obligaciones, exigencias, condiciones y medidas establecida en la RCA. Referencia al ICE para mayores detalles Capítulo 8 del ICE.

Tabla 7.1.35 R.E. N° 1 de 1995, del Ministerio de Obras Públicas, Establece Dimensiones Máximas a Vehículos que Indica. Componente/materia: Trasporte Norma R.E. N° 1 de 1995, del Ministerio de Obras Públicas, Establece Dimensiones Máximas a Vehículos que Indica. Otros cuerpos legales N/A Fase del proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Todas las partes Parte, obra, acción, emisión, residuo o sustancias a la que aplica Todas las partes Forma de cumplimiento En caso de requerirse el transporte de maquinarias que excedan las dimensiones permitidas, se solicitará la autorización correspondiente a la Dirección de Vialidad. Indicador que acredita su cumplimiento Obtención de la Resolución de Calificación Ambiental (RCA). Forma de control y seguimiento Se realizará la identificación y cumplimiento de los compromisos, obligaciones, exigencias, condiciones y medidas establecida en la RCA. Referencia al ICE para mayores detalles Capítulo 8 del ICE.

Tabla 7.1.36 D.F.L. N° 1/2007, que fija el texto Refundido, Coordinado y Sistematizado de la Ley de Tránsito, del Ministerio de Transporte. Componente/materia: Trasporte Norma D.F.L. N° 1/2007, que fija el texto Refundido, Coordinado y Sistematizado de la Ley de Tránsito, del Ministerio de Transporte. REPÚBLICA DE CHILE COMISIÓN DE EVALUACIÓN Región de La Araucanía

RCA N° 15/2020 – DIA del proyecto “Subestación Nueva Metrenco 220/66 kV” Otros cuerpos legales N/A Fase del proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Todas las partes Parte, obra, acción, emisión, residuo o sustancias a la que aplica Todas las partes Forma de cumplimiento En caso de requerirse el transporte de maquinarias excediendo los pesos o dimensiones permitidas, se solicitará la autorización correspondiente a la Dirección de Vialidad. Indicador que acredita su cumplimiento Obtención de la Resolución de Calificación Ambiental (RCA). Forma de control y seguimiento Se realizará la identificación y cumplimiento de los compromisos, obligaciones, exigencias, condiciones y medidas establecida en la RCA. Referencia al ICE para mayores detalles Capítulo 8 del ICE.

Tabla 7.1.37¡Error! No se encuentra el origen de la referencia. D.S. Nº 158/03 del Ministerio de Transporte y Telecomunicaciones. Componente/materia: Trasporte Norma Fija el Peso Máximo de los vehículos que pueden circular por los Caminos Público, modificado por el Decreto N.º 1.910, del Ministerio de Obras Públicas, publicado en el Diario Oficial el 04 de febrero de 2003. Otros cuerpos legales N/A Fase del proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Todas las partes Parte, obra, acción, emisión, residuo o sustancias a la que aplica Todas las partes Forma de cumplimiento Durante la construcción y cierre del Proyecto se cumplirán los parámetros y límites máximos de peso para los vehículos que operen en el marco del mismo, regularizando el tránsito de éstos ante los organismos que corresponda. En caso de ser requerido, se solicitará permiso para tránsito con sobre peso a la Dirección de Vialidad y Carabineros de Chile. Indicador que acredita su cumplimiento Obtención de la Resolución de Calificación Ambiental (RCA). Forma de control y seguimiento Se realizará la identificación y cumplimiento de los compromisos, obligaciones, exigencias, condiciones y medidas establecida en la RCA. Referencia al ICE para mayores detalles Capítulo 8 del ICE.

Tabla 7.1.38 D.S. N° 43 del 29-03-2016. Ministerio de Salud. Aprueba el Reglamento de Almacenamiento de Sustancias Peligrosas. Componente/materia: sustancias peligrosas Norma D.S. N° 43 del 29-03-2016. Ministerio de Salud. Aprueba el Reglamento de Almacenamiento de Sustancias Peligrosas. Otros cuerpos legales N/A REPÚBLICA DE CHILE COMISIÓN DE EVALUACIÓN Región de La Araucanía

RCA N° 15/2020 – DIA del proyecto “Subestación Nueva Metrenco 220/66 kV” Fase del proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Todas las partes Parte, obra, acción, emisión, residuo o sustancias a la que aplica Todas las partes Forma de cumplimiento El área de almacenamiento contará con piso impermeable y pretil, con el fin de evitar la contaminación del suelo por posibles derrames. Indicador que acredita su cumplimiento Obtención de la Resolución de Calificación Ambiental (RCA). Forma de control y seguimiento Se realizará la identificación y cumplimiento de los compromisos, obligaciones, exigencias, condiciones y medidas establecida en la RCA. Referencia al ICE para mayores detalles Capítulo 8 del ICE.

Tabla 7.1.39 D.S. N.º 160, aprueba Reglamento de Seguridad para las Instalaciones y Operaciones de Producción y Refinación, Transporte, Almacenamiento, Distribución y Abastecimiento de Combustibles Líquidos. Componente/materia: sustancias peligrosas Norma D.S. N.º 160, aprueba Reglamento de Seguridad para las Instalaciones y Operaciones de Producción y Refinación, Transporte, Almacenamiento, Distribución y Abastecimiento de Combustibles Líquidos. Fecha de Publicación: 7 de Julio de 2009. Ministerio de Economía Fomento y Reconstrucción Otros cuerpos legales N/A Fase del proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Todas las partes Parte, obra, acción, emisión, residuo o sustancias a la que aplica Todas las partes Forma de cumplimiento Se exigirá que los contratistas que proporcionen este insumo cumplan con las disposiciones del DS 160/2009 del Ministerio de Economía el cual estipula requisitos para seguridad y manipulación de combustibles. Indicador que acredita su cumplimiento Obtención de la Resolución de Calificación Ambiental (RCA). Forma de control y seguimiento Se realizará la identificación y cumplimiento de los compromisos, obligaciones, exigencias, condiciones y medidas establecida en la RCA. Referencia al ICE para mayores detalles Capítulo 8 del ICE.

Tabla 7.1.40 D.S. N.º 594, Aprueba Reglamento Sobre Condiciones Sanitarias y Ambientales Básicas en los Lugares de Trabajo Componente/materia: sustancias peligrosas Norma D.S. N.º 594/00, Aprueba Reglamento Sobre Condiciones Sanitarias y Ambientales Básicas en los Lugares de Trabajo. Fecha de Publicación: 29 de Abril de 2000. Ministerio de Salud. Otros cuerpos legales N/A REPÚBLICA DE CHILE COMISIÓN DE EVALUACIÓN Región de La Araucanía

RCA N° 15/2020 – DIA del proyecto “Subestación Nueva Metrenco 220/66 kV” Fase del proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Todas las partes Parte, obra, acción, emisión, residuo o sustancias a la que aplica Todas las partes Forma de cumplimiento El almacenamiento de sustancias peligrosas se realizará en una bodega que cumplirá con lo establecido en el D.S N°78/2010 del Ministerio de Salud. Los grupos electrógenos se emplazarán sobre un piso impermeable y no poroso con un borde para evitar fugas en caso de derrames (de preferencia lámina de HDPE). Se instalarán extintores de polvo químico seco para combatir oportunamente un siniestro. Habrá una carpeta con un listado y con las Hojas de Datos de Seguridad del petróleo diésel. A partir de estas Hojas de Datos de Seguridad se entregará la información de los aspectos asociados a riesgos inherentes a esta sustancia, indicando los elementos de seguridad y los cuidados que se deben mantener para resguardar la salud de las personas y la protección del medio ambiente. Indicador que acredita su cumplimiento Obtención de la Resolución de Calificación Ambiental (RCA). Forma de control y seguimiento Se realizará la identificación y cumplimiento de los compromisos, obligaciones, exigencias, condiciones y medidas establecida en la RCA. Referencia al ICE para mayores detalles Capítulo 8 del ICE.

Tabla 7.1.41 D. S. Nº 298, Reglamenta Transporte de Cargas Peligrosas por Calles y Caminos Componente/materia: sustancias peligrosas Norma D.S. N.º 594/00, Aprueba Reglamento Sobre Condiciones Sanitarias y Ambientales Básicas en los Lugares de Trabajo. Fecha de Publicación: 29 de Abril de 2000. Ministerio de Salud. Otros cuerpos legales N/A Fase del proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Todas las partes Parte, obra, acción, emisión, residuo o sustancias a la que aplica Todas las partes Forma de cumplimiento El Titular mediante cláusulas contractuales exigirá a las empresas contratista a cargo del transporte de las distintas sustancias peligrosas, que cumpla con todas las disposiciones del presente decreto entre las que se destacan: •Vehículos que no excedan 15 años de antigüedad. •Utilización de rótulos según NCh 2120 Of 2004. •Utilización de registro de velocidad, tiempo y distancia recorrida. •Sistema de radiocomunicaciones o portar un aparato de telefonía móvil celular de cobertura nacional. Indicador que acredita su cumplimiento Obtención de la Resolución de Calificación Ambiental (RCA). REPÚBLICA DE CHILE COMISIÓN DE EVALUACIÓN Región de La Araucanía

RCA N° 15/2020 – DIA del proyecto “Subestación Nueva Metrenco 220/66 kV” Forma de control y seguimiento Se realizará la identificación y cumplimiento de los compromisos, obligaciones, exigencias, condiciones y medidas establecida en la RCA. Referencia al ICE para mayores detalles Capítulo 8 del ICE.

Tabla 7.1.42 Ley N.º 19.473, Sustituye Texto de la Ley N.º 4.601, sobre Caza, y Artículo 609 del Código Civil y D.S. N.º, aprueba Reglamento de la Ley De Caza Componente/materia: Flora, Vegetación y fauna Norma Ley N.º 19.473, sustituye Texto de la Ley N.º 4.601, sobre Caza, y Artículo 609 del Código Civil. Fecha de Publicación: 27 de septiembre de 1996. Ministerio de Agricultura. D.S. N.º 5, aprueba Reglamento de la Ley De Caza. Fecha de Publicación: 7 de diciembre de 1998. Ministerio de Agricultura. Otros cuerpos legales N/A Fase del proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Todas las partes Parte, obra, acción, emisión, residuo o sustancias a la que aplica Todas las partes Forma de cumplimiento El Proyecto dará cumplimiento a los requerimientos de la normativa, mediante capacitaciones a su personal con respecto a dichos temas, exigiendo el cumplimiento de las prohibiciones señaladas en la normativa. Se especificará contractualmente a los contratistas, la prohibición de cazar o capturar ejemplares de fauna silvestre, destruir madrigueras o nidos o recolectar huevos o crías en los terrenos donde se realicen las faenas. Por su parte, se implementarán señaléticas en caminos y otras medidas asociadas al tránsito de vehículos y maquinarias de construcción y a la capacitación del personal para una prudente conducción y protección de la fauna nativa existente. Se evitará la dispersión de basura doméstica que atraiga a animales silvestres, domésticos y vectores al lugar del Proyecto. Entrega de folletos con información de las especies localizadas e instrucciones para el resguardo de la fauna potencial. Indicador que acredita su cumplimiento Obtención de la Resolución de Calificación Ambiental (RCA). Forma de control y seguimiento Se realizará la identificación y cumplimiento de los compromisos, obligaciones, exigencias, condiciones y medidas establecida en la RCA. Referencia al ICE para mayores detalles Capítulo 8 del ICE.

Tabla 7.1.43 D.S. N° 65, Aprueba Modificación del Reglamento de la Ley De Caza. Aprobada con DS N.º 5/98 Componente/materia: Flora, Vegetación y fauna Norma D.S. N° 65, Aprueba Modificación del Reglamento de la Ley De Caza. Fecha de Publicación: 31 de enero de 2015. Ministerio de Agricultura. Otros cuerpos legales N/A REPÚBLICA DE CHILE COMISIÓN DE EVALUACIÓN Región de La Araucanía

RCA N° 15/2020 – DIA del proyecto “Subestación Nueva Metrenco 220/66 kV” Fase del proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Todas las partes Parte, obra, acción, emisión, residuo o sustancias a la que aplica Todas las partes Forma de cumplimiento El Proyecto dará cumplimiento a los requerimientos de la normativa, mediante capacitaciones a su personal con respecto a dichos temas, exigiendo el cumplimiento de las prohibiciones señaladas en la normativa. Se especificará contractualmente a los contratistas, la prohibición de cazar o capturar ejemplares de fauna silvestre, destruir madrigueras o nidos o recolectar huevos o crías en los terrenos donde se realicen las faenas. Por su parte, se implementarán señaléticas en caminos y otras medidas asociadas al tránsito de vehículos y maquinarias de construcción y a la capacitación del personal para una prudente conducción y protección de la fauna nativa existente. Indicador que acredita su cumplimiento Obtención de la Resolución de Calificación Ambiental (RCA). Forma de control y seguimiento Se realizará la identificación y cumplimiento de los compromisos, obligaciones, exigencias, condiciones y medidas establecida en la RCA. Referencia al ICE para mayores detalles Capítulo 8 del ICE.

Tabla 7.1.44 D.S. N.º 19, Aprueba y oficializa nómina para el octavo proceso de clasificación de especies según su estado de conservación Componente/materia: Flora, Vegetación y fauna Norma D.S. N° 19. Aprueba y oficializa nómina para el octavo proceso de clasificación de especies según su estado de conservación. Fecha de publicación: 11 de febrero de 2013. Ministerio de Medio Ambiente. Otros cuerpos legales N/A Fase del proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Todas las partes Parte, obra, acción, emisión, residuo o sustancias a la que aplica Todas las partes Forma de cumplimiento Se prohibirá a todo el personal y contratistas cazar o capturar cualquier especie de fauna terrestre, evitando además el tránsito de vehículos y maquinaria fuera de las áreas de trabajo o caminos habilitados para tal efecto. Indicador que acredita su cumplimiento Obtención de la Resolución de Calificación Ambiental (RCA). Forma de control y seguimiento Se realizará la identificación y cumplimiento de los compromisos, obligaciones, exigencias, condiciones y medidas establecida en la RCA. Referencia al ICE para mayores detalles Capítulo 8 del ICE.

Tabla 7.1.45 Resolución N. ª 133 Exenta, establece Regulaciones Cuarentenarias para el Ingreso de Embalajes de Madera REPÚBLICA DE CHILE COMISIÓN DE EVALUACIÓN Región de La Araucanía

RCA N° 15/2020 – DIA del proyecto “Subestación Nueva Metrenco 220/66 kV” Componente/materia: Flora, Vegetación y fauna Norma Resolución N° 133 Exenta, establece Regulaciones Cuarentenarias para el Ingreso de Embalajes de Madera. Fecha de Publicación: 26 de enero de 2005. Ministerio de Agricultura; Servicio Agrícola y Ganadero; Dirección Nacional. Otros cuerpos legales N/A Fase del proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Todas las partes Parte, obra, acción, emisión, residuo o sustancias a la que aplica Todas las partes Forma de cumplimiento El Titular exigirá a la o las empresas distribuidoras que cumplan con lo exigido en este cuerpo normativo mediante contrato, esto es, que los embalajes de madera provenientes del extranjero presenten la certificación que avalúe que fueron sometidos a alguno de los tratamientos dispuestos en el punto 1 de la Res. N.º 133 Exenta. Indicador que acredita su cumplimiento Obtención de la Resolución de Calificación Ambiental (RCA). Forma de control y seguimiento Se realizará la identificación y cumplimiento de los compromisos, obligaciones, exigencias, condiciones y medidas establecida en la RCA. Referencia al ICE para mayores detalles Capítulo 8 del ICE.

Tabla 7.1.46¡Error! No se encuentra el origen de la referencia. D.L. N°3557, Establece Disposiciones sobre Protección Agrícola Componente/materia: Recurso suelo Norma D.L. N°3557, establece Disposiciones sobre Protección Agrícola. Fecha de Publicación: 09 de febrero de 1981. Ministerio de Agricultura. Otros cuerpos legales N/A Fase del proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Todas las partes Parte, obra, acción, emisión, residuo o sustancias a la que aplica Todas las partes Forma de cumplimiento El Titular del Proyecto ha adoptado en el diseño de sus instalaciones y actividades, las medidas necesarias para dar cumplimiento a las disposiciones de resguardo de la actividad agrícola circundante, de manera de evitar e impedir la contaminación. Indicador que acredita su cumplimiento Obtención de la Resolución de Calificación Ambiental (RCA). Forma de control y seguimiento Se realizará la identificación y cumplimiento de los compromisos, obligaciones, exigencias, condiciones y medidas establecida en la RCA. Referencia al ICE para mayores detalles Capítulo 8 del ICE.

Tabla 7.1.47 Ley N.º 17.288, legisla sobre Monumentos Nacionales y D.S. N°484, Reglamento de la Ley N.º 17.288, sobre Excavaciones y/o Prospecciones Arqueológicas, Antropológicas y Paleontológicas Componente/materia: Patrimonio Cultural REPÚBLICA DE CHILE COMISIÓN DE EVALUACIÓN Región de La Araucanía

RCA N° 15/2020 – DIA del proyecto “Subestación Nueva Metrenco 220/66 kV” Norma D.L. N°3557, establece Disposiciones sobre Protección Agrícola. Fecha de Publicación: 09 de febrero de 1981. Ministerio de Agricultura. Otros cuerpos legales N/A Fase del proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Todas las partes Parte, obra, acción, emisión, residuo o sustancias a la que aplica Todas las partes Forma de cumplimiento Como complemento a los resultados, se implementarán las siguientes medidas de prevención, protección y conservación del patrimonio cultural arqueológico ante su eventual hallazgo durante la etapa de construcción del proyecto: a) Realización de charla de inducción al personal del proyecto, antes de iniciar las labores de construcción, la que será preparada y realizada por un arqueólogo o licenciado en arqueología, la cual debe estar acompañada de material gráfico, con el objetivo de informar a operadores, supervisores y jefatura del proyecto sobre el cuerpo legal que protege el componente arqueológico, el tipo de hallazgos que se podría encontrar en el área y los procedimientos a seguir en caso de hallazgo. Se remitirá un informe a la Superintendencia de Medio Ambiente y al Consejo de Monumentos Nacionales con los contenidos de la inducción realizada, la constancia de asistentes a la misma junto a su firma, así como una síntesis de sus comentarios, observaciones y preguntas. b) En caso de efectuarse un hallazgo arqueológico o paleontológico durante las excavaciones del proyecto, y a fin de evitar incurrir en el delito de daño a Monumento Nacional establecido en el artículo N° 38 de la Ley N° 17.288, se deberá proceder según lo establecido en los artículos N° 26 y 27 de la Ley N 17.288 de Monumentos Nacionales y el artículo N° 23 del D.S N° 484 Reglamento sobre excavaciones y/o prospecciones arqueológicas, antropológicas y paleontológicas, paralizando toda obra en el sector del hallazgo e informando de inmediato y por escrito al Consejo de Monumentos Nacionales, para que este organismo determine los procedimientos a seguir, cuya implementación deberá ser efectuada por el titular del proyecto. Indicador que acredita su cumplimiento Obtención de la Resolución de Calificación Ambiental (RCA). Forma de control y seguimiento Se realizará la identificación y cumplimiento de los compromisos, obligaciones, exigencias, condiciones y medidas establecida en la RCA. Referencia al ICE para mayores detalles Capítulo 8 del ICE.

Tabla 7.1.48 D.S. 484 Reglamento de la Ley N° 17.288, Sobre Excavaciones y/o Prospecciones Arqueológicas, Antropológicas y Paleontológicas. Componente/materia: Patrimonio Cultural Norma D.S. 484/91 Reglamento de la Ley N° 17.288, Sobre Excavaciones y/o Prospecciones Arqueológicas, Antropológicas y Paleontológicas. Ministerio de Educación. Fecha de Publicación: 02 de Abril de 1991. Otros cuerpos legales N/A REPÚBLICA DE CHILE COMISIÓN DE EVALUACIÓN Región de La Araucanía

RCA N° 15/2020 – DIA del proyecto “Subestación Nueva Metrenco 220/66 kV” Fase del proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Todas las partes Parte, obra, acción, emisión, residuo o sustancias a la que aplica Todas las partes Forma de cumplimiento En caso de efectuarse un hallazgo arqueológico o paleontológico, el Titular. procederá según lo establecido en la Ley N° 17.288 (Art. 26 y 27) y en el D.S. 484/90 (Art. 20 y 23); es decir, se dará aviso al Gobernador Provincial de Petorca quien ordenará a Carabineros que se haga responsable de la vigilancia del hallazgo hasta que el Consejo de Monumentos Nacionales se haga cargo del mismo. Además, el Titular dará aviso inmediato y por escrito al Consejo de Monumentos Nacionales para que este organismo determine los procedimientos a seguir, de cuya implementación será responsable el titular. Indicador que acredita su cumplimiento Obtención de la Resolución de Calificación Ambiental (RCA). Forma de control y seguimiento Se realizará la identificación y cumplimiento de los compromisos, obligaciones, exigencias, condiciones y medidas establecida en la RCA. Referencia al ICE para mayores detalles Capítulo 8 del ICE.

8°. Que, durante el procedimiento de evaluación de la DIA el Titular del Proyecto propuso los siguientes compromisos ambientales voluntarios:

8.1. Privilegiar la contratación de mano de obra local Fase del Proyecto a la que aplica Construcción Objetivo, descripción y justificación Se privilegiará la contratación de mano de obra no calificada, a través de puestos de trabajo en la OMIL de la I. Municipalidad de Padre Las Casas para la etapa de construcción del proyecto. Lugar, forma y oportunidad de implementación Lugar: OMIL de la I. Municipalidad de Padre Las Casas Forma y oportunidad de implementación: Contratación de mano de obra local Indicador que acredite su cumplimiento CV recibidos y ofertas de trabajo realizadas. Adicionalmente se mantendrá en obra un registro(nombre y procedencia) de las personas contratadas para la construcción del proyecto. Forma de control y seguimiento No aplica Referencia al ICE para mayores detalles Capítulo 10 del ICE.

8.2. Plan de comunicación con la comunidad Fase del Proyecto a la que aplica Construcción Objetivo, descripción y justificación Se generará un protocolo de comunicación con las comunidades que se verán afectadas por las actividades de construcción del Proyecto, que dé cuenta de las materias de interés de las personas, tales como humectación de caminos, impactos por ruido, entre otros, estableciendo un sistema estandarizado que facilite la comunicación permanente entre el Titular y la población residente en el área de influencia del proyecto REPÚBLICA DE CHILE COMISIÓN DE EVALUACIÓN Región de La Araucanía

RCA N° 15/2020 – DIA del proyecto “Subestación Nueva Metrenco 220/66 kV” Lugar, forma y oportunidad de implementación Lugar: El protocolo será implementado con los vecinos de la Subestación Nueva Metrenco, ubicados en la localidad de Metrenco. La frecuencia de reuniones será: Previo a la construcción: una reunión. Fase de construcción: Cada 4 meses Término de construcción: 1 reunión Fase de operación: cada 4 meses hasta completar los 2 años desde la primera reunión en la etapa previa a la construcción. Indicador que acredite su cumplimiento En cuanto a las reuniones informativas, se dejará registro de las reuniones, materiales entregado, listado de asistencia y registro fotográfico. En cuanto a las consultas realizadas a través de los formularios y sus respuestas, se mantendrá registros de todas las comunicaciones y respectivas respuestas, así como los plazos de respuesta. Forma de control y seguimiento No aplica Referencia al ICE para mayores detalles Capítulo 10 del ICE.

8.3.Inducción y capacitación a los trabajadores en materias de medio ambiente Fase del Proyecto a la que aplica Previo y durante la fase de construcción Objetivo, descripción y justificación Se realizarán capacitaciones que consisten en lo siguiente: a) Flora y fauna: Se capacitará en relación a las especies en categoría de conservación, nociones básicas de ecología y conservación del medio ambiente, prohibición de uso de fuego y quemas, entre otros, con énfasis en las especies Aristotelia chilensis (Molina) Stuntz y Nothofagus obliqua. En cuanto a fauna, se establecerán las medidas preventivas de afección a la nidificación de las aves, tales como: prohibición de la interacción de trabajadores con las aves, prohibición de ingreso de mascotas y prohibición de la alimentación de la fauna silvestre. Dichas prohibiciones serán dadas a conocer además mediante instalación de señalética. b) Arqueología: Se instruirá sobre la importancia de los sitios arqueológicos y el procedimiento frente al hallazgo de ellos. c) Procedimientos ambientales generales d) Manejo de residuos: Se instruirá respecto de la importancia de realizar la separación de los residuos en el área de construcción. e) Comportamiento con población aledaña: Se orientará a los trabajadores respecto de los lineamientos del proyecto en cuanto al comportamiento esperado en sus horas libre, una vez que se encuentren fuera del área de obras del proyecto y sus turnos de trabajo. f) Capacitaciones sobre prevención de contaminación al medio ambiente: Se enfatizará, en particular, sobre el río Quepe, incluyendo expresamente no botar residuos, escombros de ninguna naturaleza al cauce, y sobre la importancia de no arrojar ningún tipo de residuo ni material a los cursos de agua. Adicionalmente, se prohibirá la descarga de cualquier tipo de contaminante y de realizar lavado de equipos y maquinaria. Lugar, forma y oportunidad de implementación Instalación de Faenas. Previo y durante la construcción Indicador que acredite su cumplimiento Actas de capacitación. Material gráfico de difusión. Material gráfico de difusión. Forma de control y seguimiento No aplica REPÚBLICA DE CHILE COMISIÓN DE EVALUACIÓN Región de La Araucanía

RCA N° 15/2020 – DIA del proyecto “Subestación Nueva Metrenco 220/66 kV” Referencia al ICE para mayores detalles Capítulo 10 del ICE.

8.4.Medidas de control de emisiones atmosféricas Fase del Proyecto a la que aplica Construcción Objetivo, descripción y justificación a) Humectación de caminos: se realizará humectación de caminos no pavimentados internos del Proyecto, con frecuencia diaria en época estival y en ausencia de precipitaciones. b) Reducción de velocidad en obra: se exigirá una velocidad máxima de 30 km/h para los vehículos pesados y 50 km/h para los vehículos livianos. c)Cubrir camiones con malla: los materiales transportados se cubrirán con una Lugar, forma y oportunidad de implementación Humectación de Caminos de acceso internos, Señalética de restricción de velocidad Uso de malla cubre tolva en camiones. Durante la construcción Indicador que acredite su cumplimiento Registro de humectación de caminos. Registro de presencia de señalética de restricción de velocidad en caminos internos. Registro de uso de malla cubre tolva. Forma de control y seguimiento No aplica Referencia al ICE para mayores detalles Capítulo 10 del ICE.

8.5. Cercado de patrimonio arqueológico Fase del Proyecto a la que aplica Construcción Objetivo, descripción y justificación Se realizará el cercado de los hallazgos encontrados en la faja de servidumbre del seccionamiento, que no serán intervenidos directamente por las obras dado que se encuentran fuera de las obras físicas del proyecto. Lugar, forma y oportunidad de implementación Hallazgos aislados bajo la faja de servidumbre que no serán intervenidos por las obras del proyecto. Indicador que acredite su cumplimiento Registro fotográfico de cercado del sitio arqueológico que se encuentra fuera del área de influencia. Reporte enviado al CMN y SMA. Forma de control y seguimiento No aplica Referencia al ICE para mayores detalles Capítulo 10 del ICE.

8.6. Monitoreo de ruido Fase del Proyecto a la que aplica Construcción (mensual) y Operación (semestral durante el primer año) Objetivo, descripción y justificación Se realizará un monitoreo de ruido en la etapa de construcción para los receptores sensibles REPÚBLICA DE CHILE COMISIÓN DE EVALUACIÓN Región de La Araucanía

RCA N° 15/2020 – DIA del proyecto “Subestación Nueva Metrenco 220/66 kV” Lugar, forma y oportunidad de implementación En el área de los receptores sensibles vecinos al proyecto mediante un profesional acústico y equipo pertinente y autorizado. En los 2 receptores sensibles (R1 y R3) identificados en la línea de base. Durante la etapa de construcción se realizará un monitoreo mensual, y durante el primer año de la etapa de operación se realizará un monitoreo semestral. Indicador que acredite su cumplimiento Informe con los resultados de las mediciones de ruido en los receptores sensibles enviado a la SMA. Forma de control y seguimiento No aplica Referencia al ICE para mayores detalles Capítulo 10 del ICE.

8.7. Medidas de control de ruido Fase del Proyecto a la que aplica Construcción Objetivo, descripción y justificación Se realizarán acciones de sensibilización a través de la capacitación a los conductores respecto a: - Prohibición de dar bocinazos y acelerar en vacío innecesariamente. - Prohibición de mantener motores encendidos mientras los vehículos y maquinarias estén detenidos y sin operar. - Verificación de la mantención periódica de la maquinaria rodante y vehículos livianos de la obra. - • Revisiones técnicas y de mantención vigentes exigidas contractualmente. Lugar, forma y oportunidad de implementación Las medidas se realizarán en el área de influencia establecida para el componente ruido, específicamente en el sector destinado a la instalación de faenas Indicador que acredite su cumplimiento Registro de charlas de inducción a choferes. Registro de revisiones técnicas Forma de control y seguimiento No aplica Referencia al ICE para mayores detalles Capítulo 10 del ICE.

8.8. Instalación de dispositivos anticolisión Fase del Proyecto a la que aplica Construcción Objetivo, descripción y justificación Se instalarán dispositivos anticolisión helicoidales a lo largo del seccionamiento con la finalidad de evitar la colisión de aves con los cables del tendido eléctrico. Lugar, forma y oportunidad de implementación Se propone la utilización de disuasores del tipo “balizas espirales de rabo de cerdo” de 30 cm (“cola de chancho”), de color amarillo en Seccionamientos de la línea de 220 kV y 66 kV, separados por una distancia de 10 m. Se implementará al término de la fase de construcción, una vez efectuado el tendido de conductores. Indicador que acredite su cumplimiento Registro gráfico de dispositivos instalados Forma de control y seguimiento No aplica REPÚBLICA DE CHILE COMISIÓN DE EVALUACIÓN Región de La Araucanía

RCA N° 15/2020 – DIA del proyecto “Subestación Nueva Metrenco 220/66 kV” Referencia al ICE para mayores detalles Capítulo 10 del ICE.

8.9. Comunicación permanente con los vecinos directos del proyecto Fase del Proyecto a la que aplica Fase de construcción y operación Objetivo, descripción y justificación Objetivo: Contar con un protocolo para las comunicaciones de forma permanente con la comunidad, tanto para la fase de construcción como de operación del proyecto. Este protocolo facilitará el diálogo con la comunidad y residentes del área de influencia de proyecto, atendiendo de forma oportuna las sugerencias, quejas y reclamos que puedan manifestar los vecinos. Asimismo, servirá para entregar información relevante del proyecto. Justificación: Es necesario mantener un mecanismo de comunicación continuo con la comunidad, residentes y vecinos a las instalaciones de Besalco Energía Renovable. Lugar, forma y oportunidad de implementación Lugar: El protocolo será implementado con los vecinos de la Subestación Nueva Metrenco, ubicados en la localidad de Metrenco.

Forma: Fase de Construcción:

1) Previo al inicio de construcción: Se coordinará y realizará una reunión informativa con los vecinos de la localidad de Metrenco, con el objetivo de entregar información del proyecto, medios de contacto, personas encargadas y actividades futuras relacionadas con los avances del proyecto.

2) Durante la construcción: Se coordinarán con la comunidad reuniones cada 4 meses en la localidad, con la finalidad de informar respecto de los avances del proyecto, así como responder dudas respecto del mismo. Adicionalmente, la comunidad podrá, por escrito, dejar sus consultas con una persona encargada de recibir dichas consultas, las que serán respondidas a la brevedad por escrito.

3) Término de construcción: Se realizará una reunión de cierre donde se responderán todas las dudas respecto del Proyecto.

Operación: 1) Se realizarán reuniones con la comunidad cada 4 meses, hasta completar los 2 años desde la primera reunión en la etapa previa a la construcción. Adicionalmente, por el mismo periodo, al momento de realizar las reuniones, se entregarán formularios a la comunidad para que planteen sus dudas o consultas. Para las fases de construcción y operación los pasos a seguir para la recepción de dudas o consultas son los siguientes: Recepción de consultas: Los formularios serán retirados en cada una de las reuniones realizadas por Besalco, y también la comunidad podrá dejar por escrito sus consultas con una persona encargada que se encontrará en la obra en la fase de construcción. Adicional a lo anterior, se implementará un correo electrónico para consultas. El formulario contendrá información asociada al nombre del solicitante, ubicación, temática consultada, medios de contacto, entre otros. Responsable de la respuesta a la consulta: Dependiendo de la consulta, se asignará el responsable de responder la consulta (para este caso puede ser ITO del proyecto o jefe de proyecto), notificando vía mail a quien deba dar respuesta a la consulta proveniente de la comunidad. REPÚBLICA DE CHILE COMISIÓN DE EVALUACIÓN Región de La Araucanía

RCA N° 15/2020 – DIA del proyecto “Subestación Nueva Metrenco 220/66 kV” Definir acciones: Los encargados de elaborar la respuesta deberán definir si es que se requerirá de una acción por parte de Besalco para solucionar la situación presentada y cuál es el tiempo requerido para ejecutar dicha acción. Respuesta a consulta de la comunidad: Se notificará y enviará la respuesta a la persona que ingresó inicialmente la solicitud de información y la hará llegar al solicitante. En caso de que la respuesta indique una acción a realizar, se pasará a la siguiente etapa: Seguimiento acción: El responsable, deberá hacer seguimiento hasta que se cumpla la acción determinada y dar aviso al solicitante de la concreción de esta.

Se entregarán cartillas informativas al inicio de la construcción del Proyecto, antes de la entrada en operación del Proyecto y a los 6 meses de su operación, según lo indicado en la respuesta a la pregunta 7.1.3 de la presente Adenda N°1.

Oportunidad: Estas actividades serán implementadas de forma previa al inicio de construcción, durante la construcción y operación, durante un periodo de 2 años. Indicador que acredite su cumplimiento En cuanto a las reuniones informativas, se dejará registro de las reuniones, materiales entregado, listado de asistencia y registro fotográfico. En cuanto a las consultas realizadas a través de los formularios y sus respuestas, se mantendrá registros de todas las comunicaciones y respectivas respuestas, así como los plazos de respuesta. Forma de control y seguimiento No aplica Referencia al ICE para mayores detalles Capítulo 10 del ICE.

8.10. Cartilla Informativa Fase del Proyecto a la que aplica Termino fase de construcción y fase de operación Objetivo, descripción y justificación Se diseñará una cartilla informativa que será entregada a las comunidades indicadas por la Autoridad Ambiental Lugar, forma y oportunidad de implementación Al inicio de la construcción del Proyecto, antes de la entrada en operación del Proyecto y a los 6 meses de su operación.

Comunidades Indígenas Juan Caniu PJ N°1487, Juan Canio PJ N°1707, Juan Canio WeMapu PJ N°1974 y Juan Canio PJ N°1902. Indicador que acredite su cumplimiento En cuanto a las reuniones informativas, se dejará registro de las reuniones, materiales entregado, listado de asistencia y registro fotográfico. En cuanto a las consultas realizadas a través de los formularios y sus respuestas, se mantendrá registros de todas las comunicaciones y respectivas respuestas, así como los plazos de respuesta. Forma de control y seguimiento No aplica Referencia al ICE para mayores detalles Capítulo 10 del ICE.

9° Que, las medidas relevantes del Plan de Prevención de Contingencias y del Plan de Emergencias, son las siguientes:

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RCA N° 15/2020 – DIA del proyecto “Subestación Nueva Metrenco 220/66 kV” 9.1. Plan de Prevención de Contingencias y Emergencias

Tabla 9.1.1 almacenamiento Residuos Peligrosos Riesgo o contingencia Riesgo de derrames de sustancias y residuos peligrosos Fase del proyecto a la que aplica Todas las Fases del proyecto. Emplazamiento, parte, obra o acción asociada Bodega de almacenamiento temporal RESPEL fase construcción Acciones o medidas a implementarpara prevenir la contingencia • Se realizarán capacitaciones al personal encargado de la manipulación y almacenamiento de sustancias y residuos peligrosos. • Durante la fase de construcción se realizarán simulacros de derrame de sustancias y residuos peligrosos en forma periódica. En las áreas en las que las actividades requieran el uso permanente de sustancias peligrosas, se contará con Kit de Derrame (bolsas o sacos de polietileno, pala, arena o tierra, tambor, traje de papel, guantes de nitrilo o goma) • El transporte de sustancias y residuos peligrosos se regirá por las disposiciones de la legislación vigente. • El transportista o conductor contará con licencia y capacitación para proceder adecuadamente en caso de accidentes donde se produzca derrame de sustancias peligrosas. • Los conductores contarán con capacitación en el manejo y manipulación de las sustancias que trasportan, así como en procedimientos de primeros auxilios y control de eventuales derrames. Forma de control y seguimiento Control y seguimiento: Localización del sitio contemplando criterios D.S. 148/03 del Minsal. Gestión de los residuos por empresa autorizada para tales fines. Registro de capacitaciones.

Indicador: Autorizaciones sanitarias de la empresa encargada. Registros de disposición de RESPEL en sitio final autorizado. Registro fotográfico localización del sitio junto con coordenadas geográficas, estudio de liberación ambiental del sector y autorización sanitaria de funcionamiento. Referencia a documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada Anexo 1.7 de Plan de Contingencias y Emergencias (DIA), actualizado en el Anexo 4 de la Adenda. Acciones o medida a implementar para controlar la emergencia • Se paralizará inmediatamente cualquier tarea que se esté realizando en el momento del derrame, en el sector afectado por el derrame. • Se evaluará la magnitud del derrame y la factibilidad del control de éste tomando en cuenta los equipos de control disponibles, el grado de avance y los recursos afectados. • En caso de producirse una fuga por orificios en el o los contenedores los brigadistas deberán sellar la fuga con los tapones de madera u otro material que no reaccione con la sustancia o residuo derramado. • Los brigadistas deberán suprimir fuentes de ignición y evitar el contacto con material combustible u orgánico. • Los brigadistas construirán un dique con arena para evitar que el material derramado alcance cursos de agua y/o alcantarillas. REPÚBLICA DE CHILE COMISIÓN DE EVALUACIÓN Región de La Araucanía

RCA N° 15/2020 – DIA del proyecto “Subestación Nueva Metrenco 220/66 kV” • Los brigadistas absorberán con material inerte, toda el área del derrame, trabajando en círculos desde afuera hacia dentro. • Los brigadistas formarán capas con arena hasta que absorba todo el material. • En caso de ser posible, se detendrá el derrame regresando el recipiente a su posición o colocando en el lugar un segundo recipiente para recuperar la solución que se está fugando. • Todo el material absorbente contaminado utilizado para la limpieza del área deberá ser dispuesto en tambores de almacenaje y etiquetados, para su posterior traslado y eliminación en una planta autorizada para ser tratado como residuos peligrosos. • El personal involucrado en la contención del derrame de residuos peligrosos deberá utilizar calzado impermeable, ropa impermeable, guantes PVC, antiparras y mascara medio rostro con filtros. Oportunidad y vías de comunicación a la SMA de la activación del Plan Se dará aviso en un tiempo no superior a 24 horas a la Superintendencia de Medio Ambiente sobre lo ocurrido a través de informe que contendrá: lugar, fecha y hora del evento, descripción de la situación, implicancias y duración del evento, medidas de control asumidas y proyectadas, medidas de rehabilitación, medidas de descontaminación y medidas de seguimiento. Además, dentro de los 15 días de ocurrido el evento, se elaborará un informe final de la emergencia que se enviará a la Superintendencia de Medio Ambiente, este informe final contendrá: identificación del titular, nombre del proyecto calificado en el SEIA, causas de la contingencia, fecha, hora y duración de la contingencia, efectos del evento, localización y superficie afectada, registro fotográfico del lugar afectado, análisis de la efectividad de las medidas propuestas en el informe preliminar, medidas de seguimiento y medidas de mitigación adoptadas y proyectadas. Referencia al ICE o documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada Capítulo 7 del ICE.

Tabla 9.1.2 Derrames de Sustancias Peligrosas Riesgo o contingencia Derrames de Sustancias Peligrosas Fase del proyecto a la que aplica Todas las Fases del proyecto. Emplazamiento, parte, obra o acción asociada Bodega de almacenamiento temporal SUSPEL fase construcción Acciones o medidas a implementarpara prevenir la contingencia • Se realizarán capacitaciones al personal encargado de la manipulación y almacenamiento de sustancias y residuos peligrosos. • Durante la fase de construcción se realizarán simulacros de derrame de sustancias y residuos peligrosos en forma periódica. En las áreas en las que las actividades requieran el uso permanente de sustancias peligrosas, se contará con Kit de Derrame (bolsas o sacos de polietileno, pala, arena o tierra, tambor, traje de papel, guantes de nitrilo o goma) • El transporte de sustancias y residuos peligrosos se regirá por las disposiciones de la legislación vigente. REPÚBLICA DE CHILE COMISIÓN DE EVALUACIÓN Región de La Araucanía

RCA N° 15/2020 – DIA del proyecto “Subestación Nueva Metrenco 220/66 kV” • El transportista o conductor contará con licencia y capacitación para proceder adecuadamente en caso de accidentes donde se produzca derrame de sustancias peligrosas. • Los conductores contarán con capacitación en el manejo y manipulación de las sustancias que trasportan, así como en procedimientos de primeros auxilios y control de eventuales derrames. Forma de control y seguimiento Control y seguimiento: Gestión de los combustibles por una empresa especializada y autorizada. Indicador: Autorizaciones de la empresa encargada. Referencia a documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada Anexo 1.7PlandeContingenciasyEmergencias de la DIA, actualizado por Anexo 4 de la Adenda. Acciones o medida a implementar para controlar la emergencia • Se paralizará inmediatamente cualquier tarea que se esté realizando en el momento del derrame, en el sector afectado por el derrame. • Se evaluará la magnitud del derrame y la factibilidad del control de éste tomando en cuenta los equipos de control disponibles, el grado de avance y los recursos afectados. • En caso de producirse una fuga por orificios en el o los contenedores los brigadistas deberán sellar la fuga con los tapones de madera u otro material que no reaccione con la sustancia o residuo derramado. • Los brigadistas deberán suprimir fuentes de ignición y evitar el contacto con material combustible u orgánico. • Los brigadistas construirán un dique con arena para evitar que el material derramado alcance cursos de agua y/o alcantarillas. • Los brigadistas absorberán con material inerte, toda el área del derrame, trabajando en círculos desde afuera hacia dentro. • Los brigadistas formarán capas con arena hasta que absorba todo el material. • En caso de ser posible, se detendrá el derrame regresando el recipiente a su posición o colocando en el lugar un segundo recipiente para recuperar la solución que se está fugando. • Todo el material absorbente contaminado utilizado para la limpieza del área deberá ser dispuesto en tambores de almacenaje y etiquetados, para su posterior traslado y eliminación en una planta autorizada para ser tratado como residuos peligrosos. • El personal involucrado en la contención del derrame de residuos peligrosos deberá utilizar calzado impermeable, ropa impermeable, guantes PVC, antiparras y máscara medio rostro con filtros. Oportunidad y vías de comunicación a la SMA de la activación del Plan Se dará aviso en un tiempo no superior a 24 horas a la Superintendencia de Medio Ambiente sobre lo ocurrido a través de informe que contendrá: lugar, fecha y hora del evento, descripción de la situación, implicancias y duración del evento, medidas de control asumidas y proyectadas, medidas de rehabilitación, medidas de descontaminación y medidas de seguimiento. Además, dentro de los 15 días de ocurrido el evento, se elaborará un informe final de la emergencia que se enviará a la Superintendencia de Medio Ambiente, este informe final contendrá: identificación del titular, nombre del proyecto REPÚBLICA DE CHILE COMISIÓN DE EVALUACIÓN Región de La Araucanía

RCA N° 15/2020 – DIA del proyecto “Subestación Nueva Metrenco 220/66 kV” calificado en el SEIA, causas de la contingencia, fecha, hora y duración de la contingencia, efectos del evento, localización y superficie afectada, registro fotográfico del lugar afectado, análisis de la efectividad de las medidas propuestas en el informe preliminar, medidas de seguimiento y medidas de mitigación adoptadas y proyectadas. Referencia al ICE o documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada Capítulo 7 del ICE.

Tabla 9.1.3. incendios Riesgo o contingencia Incendios Fase del proyecto a la que aplica Todas las Fases del proyecto. Emplazamiento, parte, obra o acción asociada Todas las áreas del proyecto Acciones o medidas a implementarpara prevenir la contingencia • Se dispondrá en la instalación de faena elementos básicos de amago de fuegos o incendios, como extintores, mangueras, rociadores, etc., los cuales deben estar debidamente señalizados en cuanto a su ubicación. Se dispondrá de extintores en cantidad suficiente de acuerdo con lo establecido en el artículo 46° del D.S. Nº 594/00, los cuales se instalarán en lugares accesibles y bien señalizados, y contarán con mantenciones preventivas • Se realizarán capacitaciones periódicas a los trabajadores para el uso y manejo de extintores y cómo enfrentar amagos de incendio. • Se identificarán las zonas de riesgo de incendio, en las que estará expresamente prohibido encender fuego, portar fósforos u otros elementos que produzcan chispas, todo lo cual estará adecuadamente señalizado. • Se inspeccionarán periódicamente las instalaciones eléctricas y de gas, procurando la reparación inmediata de cualquier situación subestandar. • Se contará con una brigada capacitada contra incendios. • Se contará con un Plan de Emergencias. • Prohibición de encender fogatas, a través de carteles indicativos. • Se dispondrá de fuentes de agua industrial para su utilización, en caso de producirse un incendio en el área. • Para evitar el riesgo de incendio como consecuencia de la caída de árboles sobre las obras del proyecto, se cortarán todos aquellos árboles en el perímetro de la subestación y líneas de transmisión que, dada su altura y distancia, supongan un riesgo de este tipo.

Adicionalmente, y dada la ubicación del proyecto, en el Apéndice1del Anexo1.7 (Actualizado por Anexo 4 de la Adenda), se presenta el plan de prevención y control de incendios forestales, cuyas medidas son: • Prohibición de fumar o encender fuego durante las actividades en zonas con vegetación • Se deberá revisar periódicamente instalaciones y artefactos eléctricos, en caso de detectar falla no se REPÚBLICA DE CHILE COMISIÓN DE EVALUACIÓN Región de La Araucanía

RCA N° 15/2020 – DIA del proyecto “Subestación Nueva Metrenco 220/66 kV” podrá utilizar el equipo y se deberá dar aviso a jefatura inmediata. • Todos los sistemas eléctricos se deberán mantener con sus protecciones de acuerdo a normas SEC. • Al término de la jornada se deberá desconectar los equipos menores de las fuentes de energía • El encargado de área, al término de la jornada, deberá recorrer las dependencias con el fin de visualizar cualquier anormalidad que pudiera haber sido originada durante la jornada laboral. • En las áreas de trabajo se deberá mantener extintores de incendio debidamente señalizados y con acceso expedito, libre de cualquier obstáculo, los que deberán estar siempre cargados y operativos. En caso que así no ocurra, se dará aviso correspondiente a la jefatura inmediata. • Los trabajadores deberán ser instruidos respecto al uso de equipos contra incendio. En las actividades de roce de vegetación se deberá mantener las siguientes condiciones de seguridad: • El transporte de combustible solo podrá realizarse en envases adecuados y debidamente etiquetados, y la carga del estanque de motosierra deberá efectuarse en sectores desprovistos de vegetación. • Para el trasvasije deberá disponerse de un embudo o boquilla e instalarse una carpeta plástica para prevenir potenciales derrames al suelo. • Los envases de combustibles deberán mantenerse sobre carpeta plástica y deberán ser retirados diariamente al final de la jornada hacia la bodega de almacenamiento habilitada en la instalación de faena. • La cuadrilla que efectúe actividades de roce deberá disponer, además de las herramientas e implementos propios de su actividad, de elementos para combate de incendios, tales como palas, rastrillos, rozones. • Se deberá disponer de herramientas de combate para a una cuadrilla de trabajadores. Se Sugiere a lo menos 6 personas, las que serán trasladadas permanentemente en los vehículos de apoyo, de manera tal que puedan ser utilizadas en caso de una emergencia. • Los desechos vegetales serán distribuidos ordenada y homogéneamente en el área aledaña a la intervención, de manera tal de no provocar concentraciones que pudiesen ser eventuales focos de incendio. Este material termina descomponiéndose e incorporándose al suelo.

La capacitación a los trabajadores respecto de los incendios forestales se deberá realizar considerando lo siguiente: • Entregar nociones básicas sobre el comportamiento del fuego y el método de combate de incendios forestales. • Instalar letreros en camino de acceso a las faenas que indiquen medidas de seguridad básica en la prevención de incendios forestales. REPÚBLICA DE CHILE COMISIÓN DE EVALUACIÓN Región de La Araucanía

RCA N° 15/2020 – DIA del proyecto “Subestación Nueva Metrenco 220/66 kV” • divulgativo (cartillas/ panfletos) a persona que transiten por el área.

Para la etapa de operación del proyecto, se proponen las siguientes medidas para prevenir y controlar incendios forestales: • Se implementarán letreros que indiquen cuáles son las medidas preventivas relacionadas con el riesgo de encender fuego en ambientes donde existe vegetación (por ejemplo, prohibición de hacer fogatas, evitar botar basura, no encender fósforos ni cigarrillos, entre otros). Se dispondrá de una bodega de sustancias y residuos peligrosos en el área de operaciones, con la finalidad de evitar mantener líquidos inflamables y explosivos sin protección. • Se realizará la mantención periódica de la faja de la línea de transmisión (interconexión) una vez al año, o cuando la situación lo amerite. • Se mantendrá un set básico de herramientas de combate de incendios • El personal será capacitado respecto del combate de incendios. • Se mantendrá un programa de combate de incendios forestales (Plan de Emergencias). • Se dará aviso a CONAF en caso de incendio • Las áreas donde se encuentren ubicadas las obras permanentes constituirán un cortafuego en sí, ya que se mantendrán despejadas de vegetación. El Titular prohibirá la utilización del fuego como método de eliminación de los residuos provenientes de la corta. Forma de control y seguimiento Control y Seguimiento: Implementación de medidas de prevención contra incendios, Plano de extintores y registro de mantención de extintores. Indicador: 100% de cumplimiento de ejecución de las medidas de contingencia. Referencia a documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada Anexo1.7 de Plan de Contingencias y Emergencias de la DIA Apéndice1Plande prevención y control de incendios forestales, Actualizado por Anexo 4 de la Adenda. Acciones o medida a implementar para controlar la emergencia Si el personal detecta un incendio, deberá dar inmediato aviso a la Jefe de Emergencia, el cual deberá dar inicio al siguiente procedimiento: • Evaluará la magnitud del incendio y la factibilidad del control del incendio tomando en cuenta los equipos de control disponibles, el grado de avance del siniestro y los elementos inflamados. • En caso de requerir la presencia de Bomberos y/o Brigadas de Conaf, el Jefe de Emergencia solicitará su presencia, y deberá dejar expedito el acceso a la empresa. • Los brigadistas deberán cortar suministro eléctrico. • Si no es posible el control del incendio se deberá evacuar el área de todo el personal, esperando el ingreso de bomberos y/o Conaf, a los cuales se les deberá proporcionar toda la información necesaria. REPÚBLICA DE CHILE COMISIÓN DE EVALUACIÓN Región de La Araucanía

RCA N° 15/2020 – DIA del proyecto “Subestación Nueva Metrenco 220/66 kV” • Los residuos generados serán tratados de acuerdo a su naturaleza. • Las actividades podrán reanudarse una vez que el siniestro esté controlado. • El Jefe de Emergencia será el encargado de entregar la información oficial del siniestro a servicios externos como Bomberos, Carabineros, Conaf y Dirección de Seguridad Pública del Municipio de la comuna de Padre Las Casas. Posteriormente se deberá investigar las causas del siniestro.

Dada la ubicación del proyecto, en el Apéndice 1 del Anexo 1.7 se presenta el plan de prevención y control de incendios forestales, cuyas acciones son: • Al detectar un incendio forestal se debe informar inmediatamente al Encargado del Área, quien solicitará silencio radial y dará la Alarma de Emergencia explicando claramente sobre la situación incluyendo la presencia de lesionados. • El Asesor de Prevención de Riesgo comunicará de inmediato a CONAF (oficina provincial de Cautín) y Bomberos, la ocurrencia del incendio y demás antecedentes, cualquiera sea la superficie y magnitud de éste, con el objeto que dicha institución tenga conocimiento del hecho desde el primer momento y realice las evaluaciones necesarias para el despacho de recursos a la zona del incendio. • El personal disponible más cerca del lugar del incendio comenzará a combatirlo de inmediato, siempre y cuando no esté comprometida su seguridad, en caso contrario, el asesor de prevención de riesgos deberá dirigir el proceso de evacuación hacia los puntos de encuentro de emergencia definidos para el proyecto. • El primer ataque de fuego se iniciará hacia la detención del frente principal o foco de fuego utilizando equipos de extinción y construyendo las líneas de control que se requieran. • El Encargado del Área dará primera prioridad a su cuadrilla de controlar incendio con los recursos disponibles en el área, siempre y cuando no esté comprometida su seguridad. • El Encargado del Área solicitará la asistencia de Brigada de emergencia. • Los brigadistas que lleguen al lugar siniestrado, se organizarán para combatir el fuego de acuerdo a su entrenamiento y a las directrices emanadas por el líder de Brigada. • Sólo si las condiciones del incendio lo permiten, se deberá hacer retiro de todos los productos inflamables que se encuentren en el lugar siniestrado y aquellos que puedan producir derrames. • El Líder de la Brigada de Emergencia deberá efectuar recuento de todo el personal presente en la emergencia. • Todas las personas que sufran algún accidente del trabajo producto del incendio o de su combate REPÚBLICA DE CHILE COMISIÓN DE EVALUACIÓN Región de La Araucanía

RCA N° 15/2020 – DIA del proyecto “Subestación Nueva Metrenco 220/66 kV” deberán derivarse a Paramédico del proyecto o mutual de seguridad, según corresponda. Oportunidad y vías de comunicación a la SMA de la activación del Plan Se dará aviso en un tiempo no superior a 24 horas a la Superintendencia de Medio Ambiente sobre lo ocurrido a través de informe que contendrá: lugar, fecha y hora del evento, descripción de la situación, implicancias y duración del evento, medidas de control asumidas y proyectadas, medidas de rehabilitación, medidas de descontaminación y medidas de seguimiento. Además, dentro de los 15 días de ocurrido el evento, se elaborará un informe final de la emergencia que se enviará a la Superintendencia de Medio Ambiente, este informe final contendrá: identificación del titular, nombre del proyecto calificado en el SEIA, causas de la contingencia, fecha, hora y duración de la contingencia, efectos del evento, localización y superficie afectada, registro fotográfico del lugar afectado, análisis de la efectividad de las medidas propuestas en el informe preliminar, medidas de seguimiento y medidas de mitigación adoptadas y proyectadas. Referencia al ICE o documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada Capítulo 7 del ICE.

Tabla 9.1.4. Riesgos naturales Riesgo o contingencia Riesgos Naturales Fase del proyecto a la que aplica Todas las Fases del proyecto. Emplazamiento, parte, obra o acción asociada Todas las áreas del proyecto Acciones o medidas a implementarpara prevenir la contingencia • Se realizará una capacitación a los trabajadores sobre los riesgos naturales existentes en el área de influencia y los procedimientos a seguir. • Se establecerán, demarcarán y señalizarán vías de escape y zonas de seguridad. • Se realizarán simulacros de emergencia periódicos. Forma de control y seguimiento Control y seguimiento: Registro de realización de capacitaciones.

Indicador: 100% de cumplimiento de ejecución de las medidas. Informe con las medidas de contingencia ejecutadas. Referencia a documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada Anexo 1.7PlandeContingenciasyEmergencias de la DIA, actualizado por Anexo 4 de la Adenda. Acciones o medida a implementar para controlar la emergencia • Se dará aviso inmediatamente al Jefe de Emergencias quien informará a los coordinadores de área y encargados de prevención de riesgos. • Se activará el Plan de Comunicaciones establecido en el Plan de Emergencias. • Dependiendo de la magnitud del evento, se paralizarán inmediatamente las obras, y si es necesario se evacuará a todo el personal, hacia las zonas de seguridad. • Se evaluarán daños en la estructura física del proyecto Oportunidad y vías de comunicación a la SMA de la activación del Plan Se dará aviso en un tiempo no superior a 24 horas a la Superintendencia de Medio Ambiente sobre lo ocurrido a través de informe que contendrá: lugar, fecha y hora del REPÚBLICA DE CHILE COMISIÓN DE EVALUACIÓN Región de La Araucanía

RCA N° 15/2020 – DIA del proyecto “Subestación Nueva Metrenco 220/66 kV” evento, descripción de la situación, implicancias y duración del evento, medidas de control asumidas y proyectadas, medidas de rehabilitación, medidas de descontaminación y medidas de seguimiento. Además, dentro de los 15 días de ocurrido el evento, se elaborará un informe final de la emergencia que se enviará a la Superintendencia de Medio Ambiente, este informe final contendrá: identificación del titular, nombre del proyecto calificado en el SEIA, causas de la contingencia, fecha, hora y duración de la contingencia, efectos del evento, localización y superficie afectada, registro fotográfico del lugar afectado, análisis de la efectividad de las medidas propuestas en el informe preliminar, medidas de seguimiento y medidas de mitigación adoptadas y proyectadas. Referencia al ICE o documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada Capítulo 7 del ICE.

Tabla 9.1.5. Riesgos de accidentes de tránsito Riesgo o contingencia Riesgos de accidentes de tránsito Fase del proyecto a la que aplica Todas las Fases del proyecto. Emplazamiento, parte, obra o acción asociada Todas las áreas del proyecto Acciones o medidas a implementarpara prevenir la contingencia • Todos los conductores que participen del proyecto contarán con la licencia de conducción adecuada de acuerdo al tipo de vehículo. • Los vehículos que transporten maquinaria y materiales al área de trabajo contarán con las señalizaciones exigidas por la legislación vigente. • Será obligatorio respetar límites de velocidades dispuestos en la señalización de las vías de circulación. • Los equipos de emergencia del vehículo, tales como extintor, dispositivos reflectantes para emergencia, botiquín de primeros auxilios, equipos de comunicación, se mantendrán en orden y en buen estado. Forma de control y seguimiento Control y seguimiento: Registro de realización de capacitaciones.

Indicador: 100% de cumplimiento de ejecución de las medidas. Informe con las medidas de contingencia ejecutadas. Referencia a documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada Anexo 1.7 Plan de Contingencias y Emergencias de la DIA, actualizado por el Anexo 4 de la Adenda. Acciones o medida a implementar para controlar la emergencia • Se dará aviso de inmediato al Jefe de Emergencias. • Se inspeccionará el área, verificando la presencia de heridos y se evaluará su condición. • Se coordinará el traslado de eventuales heridos hasta un centro asistencial. • Se clasificará el evento accidente de tránsito (leve, serio, grave). • Se demarcará el área afectada, prohibiendo el ingreso a la zona de accidente. REPÚBLICA DE CHILE COMISIÓN DE EVALUACIÓN Región de La Araucanía

RCA N° 15/2020 – DIA del proyecto “Subestación Nueva Metrenco 220/66 kV” • Una vez controlada la situación, se procederá a restaurar la vialidad disponiendo equipos y maquinaria para ayudar a despejar la ruta en el más breve plazo. • Se dará aviso oportuno a las compañías de seguros involucradas. Oportunidad y vías de comunicación a la SMA de la activación del Plan Se dará aviso en un tiempo no superior a 24 horas a la Superintendencia de Medio Ambiente sobre lo ocurrido a través de informe que contendrá: lugar, fecha y hora del evento, descripción de la situación, implicancias y duración del evento, medidas de control asumidas y proyectadas, medidas de rehabilitación, medidas de descontaminación y medidas de seguimiento. Además, dentro de los 15 días de ocurrido el evento, se elaborará un informe final de la emergencia que se enviará a la Superintendencia de Medio Ambiente, este informe final contendrá: identificación del titular, nombre del proyecto calificado en el SEIA, causas de la contingencia, fecha, hora y duración de la contingencia, efectos del evento, localización y superficie afectada, registro fotográfico del lugar afectado, análisis de la efectividad de las medidas propuestas en el informe preliminar, medidas de seguimiento y medidas de mitigación adoptadas y proyectadas. Referencia al ICE o documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada Capítulo 7 del ICE.

  1. Que, se ha podido establecer que el Proyecto no genera o presenta los efectos, características o circunstancias a que se refiere el artículo 85 del Reglamento del SEIA. Dado que no se verán afectados los grupos humanos pertenecientes a pueblos indígenas localizados en el área de influencia del proyecto.

  2. Que, durante el proceso de evaluación, no hubo solicitud de participación ciudadana, conforme a lo dispuesto en el artículo 30 bis de la Ley N° 19.300, por lo que no se realizaron observaciones por parte de la comunidad respecto del Proyecto.

  3. Que, el Titular deberá remitir a la Superintendencia del Medio Ambiente la información respecto de las condiciones, compromisos o medidas, ya sea por medio de monitoreos, mediciones, reportes, análisis, informes de emisiones, estudios, auditorías, cumplimiento de metas o plazos, y en general cualquier otra información destinada al seguimiento ambiental del Proyecto, según las obligaciones establecidas en la presente Resolución de Calificación Ambiental y las Resoluciones Exentas que al respecto dicte la Superintendencia del Medio Ambiente. De igual forma, y a objeto de conformar el Sistema Nacional de Información de Fiscalización Ambiental (SNIFA), el Registro Público de Resoluciones de Calificación Ambiental y registrar los domicilios de los sujetos sometidos a su fiscalización en conformidad con la ley, el Titular deberá remitir en tiempo y forma toda aquella información que sea requerida por la Superintendencia del Medio Ambiente a través de las Resoluciones Exentas que al respecto ésta dicte.

  4. Que, el Titular deberá informar a la Superintendencia del Medio Ambiente la realización de la gestión, acto o faena mínima que da cuenta del inicio de la ejecución de obras, a que se refiere el Considerando N°4.1 de la presente Resolución.

  5. Que, con el objeto de dar adecuado seguimiento a la ejecución del Proyecto, el Titular deberá informar a la Superintendencia del Medio Ambiente, al menos con una semana de anticipación, el inicio de cada una de las fases del Proyecto, de acuerdo a lo indicado en la descripción del mismo.

  6. Que, para que el proyecto “Subestación Nueva Metrenco 220/66 kV” pueda ejecutarse, deberá cumplir con todas las normas vigentes que le sean aplicables.

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AFL/DRL/MSF Distribución - Titular: Sr. José Ignacio Lois - SERNAGEOMIN, Zona Sur - Consejo de Monumentos Nacionales - CONADI, Subdirección Nacional Temuco - CONAF, Región de la Araucanía - DGA, Región de la Araucanía - Dirección de Vialidad, Región de la Araucanía - DOH, Región de la Araucanía - Gobierno Regional, Región de la Araucanía - Ilustre Municipalidad de Padre Las Casas - SAG, Región de la Araucanía - SEC, Región de la Araucanía - SEREMI de Agricultura, Región de la Araucanía - SEREMI de Bienes Nacionales, Región de la Araucanía - SEREMI de Desarrollo Social y Familia, Región de la Araucanía - SEREMI de Energía, Región de la Araucanía - SEREMI de Salud, Región de la Araucanía - SEREMI de Transportes y Telecomunicaciones, Región de la Araucanía - SEREMI de Vivienda y Urbanismo, Región de la Araucanía - SEREMI de Medio Ambiente, Región de la Araucanía - SEREMI MOP, Región de la Araucanía - Servicio Nacional Turismo, Región de la Araucanía - Superintendencia de Medio Ambiente, contactorca@sma.gob.cl - Expediente del Proyecto "Subestación Nueva Metrenco 220/66 kV" - Archivo Servicio Evaluación Ambiental, IX Región de La Araucanía