Evaluación SEA

PARQUE FOTOVOLTAICO CORCOLENES

Rol 2143532112
SEA · DIA · Aprobado · 2019-06-20 · Región del Biobío · MVC Solar 27 SpA

SEO REPÚBLICA DE CHILE | de Evaluación COMISIÓN DE EVALUACIÓN Ambiental REGIÓN DEL BIOBIO

Califica Ambientalmente el proyecto “PARQUE FOTOVOLTAICO CORCOLENES”

Resolución Exenta N? 0 7 Y

Concepción, — 23 MAR 2020

VISTOS:

  1. La Declaración de Impacto Ambiental (en adelante, DIA), su Adenda de fecha 12 de septiembre de 2019 y su Adenda Complementaria de 28 de enero de 2020, del proyecto “PARQUE FOTOVOLTAICO CORCOLENES”, presentado por MVC Solar 27 SpA con fecha 17 de junio de 2019.

2”. Los pronunciamientos y observaciones de los órganos de la administración del Estado que, sobre la base de sus facultades legales y atribuciones, participaron en la evaluación de la DIA, y que se detallan en el Capítulo 3 del Informe Consolidado de Evaluación (en adelante, ICE) de la DIA del proyecto “PARQUE FOTOVOLTAICO CORCOLENES”.

3”, El Acta N01 de la reunión realizada con grupos humanos pertenecientes a pueblos indígenas localizados en el área en que se desarrollará el proyecto “PARQUE FOTOVOLTAICO CORCOLENES”, conforme a lo previsto en el artículo 86 del D.S. N 40, de 2012, del Ministerio del Medio Ambiente, Reglamento del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental.

4. El Acta de Evaluación N 40 de fecha 04 de diciembre de 2019, del Comité Técnico de la Región del Biobío.

5”. El ICE de la DIA del proyecto “PARQUE FOTOVOLTAICO CORCOLENES” de 6 de marzo de 2020.

6?. El acuerdo de la sesión de fecha 16 de marzo de 2020, de la Comisión de Evaluación de la Región del Biobío.

7%. Los demás antecedentes que constan en el expediente de evaluación de impacto ambiental de la DIA del proyecto “PARQUE FOTOVOLTAICO CORCOLENES>”.

  1. Lo dispuesto en la Ley N 19.300, Sobre Bases Generales del Medio Ambiente; en el D.S. N 40, de 2012, del Ministerio del Medio Ambiente, que aprueba el Reglamento del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental (en adelante, “RSEIA”); en la Ley N 19,880, que Establece Bases de los Procedimientos Administrativos que Rigen los Actos de los Órganos de la Administración del Estado; en la Ley N? 18.575, Ley Orgánica Constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado; en la Resolución N 07 de 2019, de la Contraloría General de la República, que fija normas sobre exención del trámite de toma de razón y en la Resolución N 10, de 2017 que la modifica; en el Reglamento de Sala de la Comisión de Evaluación de la Región del Biobío, aprobado mediante Resolución Exenta N 267 de fecha 21 de julio de 2014; la Resolución TRA 119046/47/2019 de fecha 25 de abril de 2019, del Servicio de Evaluación Ambiental, que nombra a la Directora Regional del Servicio de Evaluación Ambiental de la región del Biobío.

CONSIDERANDO:

1%, Que, MVC Solar 27 SpA (en adelante, el Titular), ha sometido al Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental (en adelante, SEIA) la DIA del proyecto “PARQUE FOTOVOLTAICO CORCOLENES” (en adelante, el Proyecto). Los antecedentes del Titular son los siguientes:

Nombre o razón social MVC Solar 27 SpA

Rut 76.869.881-3

Domicilio Alfredo Barros Errazuriz 1954 Dep.1801 Providencia Teléfono 56 2 2947 6800

Nombre representante legal José Luciano Cruz Morandé

Rut representante legal 13257186-4

Domicilio representante legal| El Golf 40, piso 5 Las Condes Teléfono representante legal 56 2 2947 6800 Correo electrónico Titular o | lcruzíMagycia.cl representante legal

2?, Que, conforme se indica en el ICE de fecha 6 de marzo de 2020, la Directora del Servicio de Evaluación Ambiental, Región del Biobío ha recomendado aprobar el Proyecto, por cuanto, el proyecto cumple con la normativa de carácter ambiental aplicable identificada en la sección 8 del ICE; cumple con los requisitos de otorgamiento de carácter ambiental contenidos en los permisos ambientales sectoriales aplicables establecidos en los artículos 138, 140, 142, 146, 148, 156 y 160 del D.S. N40/2012 Reglamento del Sistema de evaluación Ambiental; no genera ni presenta los efectos, características o circunstancias del artículo 11 de la Ley N 19.300, que dan origen a la necesidad de evaluar un Estudio de Impacto Ambiental; y el titular ha subsanado los errores, omisiones e inexactitudes planteados en el o los Informes Consolidados de Aclaraciones, Rectificaciones y Ampliaciones.

3”. Que, en sesión de 16 de marzo de 2020, la Comisión de Evaluación de la Región del Biobío acordó calificar favorablemente el proyecto “PARQUE FOTOVOLTAICO CORCOLENES”, aprobando íntegramente el contenido del ICE de 6 de marzo de 2020, a excepción del Compromiso Ambiental Voluntario señalado en el Capítulo 10.1, Tabla 10.1.1 del citado informe consolidado, siendo lo restante parte integrante de la presente Resolución. Por lo tanto, conforme a lo indicado en el artículo 60 inciso segundo del Reglamento del SEIA, se excluyen de la presente Resolución las consideraciones técnicas en que se fundamenta.

4%. Que, según lo señalado en la DIA y sus anexos, en su Adenda, y en su Adenda Complementaria, los cuales forman parte integrante de la presente Resolución, la descripción del Proyecto es la que a continuación se indica:

4.1. ANTECEDENTES GENERALES

Objetivo general Proporcionar energía eléctrica a través de energías renovables no convencionales (ERNC), por medio de central fotovoltaica de 9 MW AC. La energía será inyectada al Sistema Eléctrico Nacional (SEN).

Tipología principal, así | c.) Centrales generadoras de energía mayores a 3 MW como las aplicables a sus partes, obras o acciones

Vida útil 30 años

Monto de inversión USD $ 9.000.000,000

Gestión, acto oO faena | 30 años mínima que da cuenta del | USD $ 9.000.000,000 inicio de la ejecución

Proyecto se desarrolla por Si No etapas 57 Proyecto modifica un Si No proyecto o actividad

BS] Proyecto modifica otra(s) Si No RCA Y]

4.2. UBICACIÓN DEL PROYECTO

División político- administrativa

Región: Biobío Provincia: de Biobío Comuna: de Los Angeles

Descripción de la

La justificación de la localización del Proyecto se basa en la

localización posibilidad de aprovechar el potencial solar de la zona, la que presenta un buen índice de radiación solar. También existe adyacente al proyecto un punto de conexión lo que hace muy ventajosa su conectividad. Superficie La superficie asociada al Proyecto es de aproximadamente 25 ha. Coordenadas UTM en Coordenadas de referencia del Proyecto OOO Obras Superficie | Este Norte Coordenadas de 1 735.105,09 | 5.867.379,69 referencia del proyecto 2 735.360,08 | 5.867.332,84 3 735.437,79 | 5.867.268,38 4 735.437,79 | 5.867.129,16 5 735.151,64 | 5.866.586,10 6 734.999,06 | 5.866.562,79 vá 734.921,09 | 5.866.637,18 Punto de inicio de línea 8 735.018,58 | 5.866.937,79 de conexión Acceso al predio 9 735.011,33 | 5.866.989,97

Caminos de acceso

Al Proyecto se accede desde la Ruta 5, avanzando unos 17 kilómetros aproximadamente desde la ciudad de los Ángeles hacia el norte hasta llegar a un camino no pavimentado recorriendo una distancia de 1,12 kilómetros hacia el este hasta el acceso al parque.

Referencia al expediente de | Capítulo 1 de la DIA

evaluación de los mapas,

georreferenciación e información complementaria sobre la

localización de sus partes,

obras y acciones

4.3. PARTES, OBRAS Y ACCIONES QUE COMPONEN EL PROYECTO

4.3.1. FASE DE CONSTRUCCIÓN

Habilitación del terreno y caminos de acceso e internos

Antes de empezar con la instalación de la Planta, es necesaria la preparación del terreno. Se requiere un nivelado para la instalación de las estructuras, y la excavación de zanjas, tanto para el paso de cableado como para los desagiles. Debido a las características del terreno, sin grandes pendientes, la preparación del terreno será relativamente sencilla. Se realizarán sólo movimientos de tierras en zonas con irregularidades que no permitan la correcta instalación de las estructuras. La delimitación del alcance de estos trabajos se realizará por parte de topografía y supervisión de obra, En esta etapa también será necesaria la ejecución de un camino de acceso al predio desde el camino interno que conecta a la ruta 5 hasta la instalación de Faenas.

Instalación de Faenas

Consiste en casetas prefabricadas que servirán de instalación de las faenas, como apoyo a las tareas de construcción. Las casetas albergarán instalaciones de personal, tales como; comedores, vestuarios y oficinas, un sitio de almacenamiento temporal de residuos industriales no peligrosos, un sitio de almacenamiento temporal de residuos asimilables a domésticos y una bodega de almacenamiento temporal de residuos peligrosos.

Habilitación de faenas para obras temporales y ermanentes

Para la instalación de faenas, es necesaria la preparación del terreno. Se requiere un nivelado para la instalación de las edificaciones o contenedores, y la excavación de zanjas.

las los

Montaje de estructuras y módulos

Una vez preparado el terreno, se procederá al anclaje de los soportes de los módulos fotovoltaicos a tierra. Estos soportes van anclados en micropilotes cilíndricos de hormigón, los agujeros en el suelo se realizarán mediante una máquina perforadora, con diámetro y profundidad marcados, según requisitos del proyecto. La instalación de las estructuras sobre los soportes es sencilla, debido a la compatibilidad de los productos. Las estructuras se adaptan al tamaño estándar de los marcos de los módulos fotovoltaicos y sus anclajes, facilitando también su instalación.

Conexión elementos de Baja y Media Tensión

La conexión de los strings se realizará mediante stringboxes, elementos estandarizados para tal fin que cuentan con todos los elementos de protección necesarios. El cableado será colocado en las zanjas y tapado antes de colocar los módulos solares, dejando el terreno plano y en condiciones similares a las iniciales.

Construcción línea de evacuación de energía de Media Tensión

En el interior de la Planta, el cableado transcurre por zanjas subterráneas del mismo modo que para la conexión de los string y hasta la ubicación del Centro de Seccionamiento y Maniobra. Desde ese punto se instala cableado enterrado de aluminio de 112 metros, después una transición enterrada-aérea y conexión en el poste donde se inicia la línea de conexión a la red de distribución, con cable aéreo de aluminio desnudo de 120 mm2 de sección.

Puesta en marcha

Una vez finalizado el emplazamiento de las instalaciones y sus conexiones eléctricas se procederá a la Puesta en Marcha, cuyo número de pruebas dependerá de los resultados que se vayan obteniendo. La Puesta en Marcha consistirá básicamente en la generación y entrega de energía eléctrica en condiciones normales con el fin de garantizar la normalidad de funcionamiento de los equipos.

Desmantelamiento de

Una vez retiradas las instalaciones temporales, se procederá a la limpieza de las áreas en las cuales se desarrollaron actividades y/o fueron acopiados materiales, acopiando los residuos conforme a su tipo en los lugares de disposición temporal para su posterior retiro por empresas autorizadas para ser dispuestos en sitios de disposición final autorizados.

obras temporales Recursos naturales renovables

Suelo: Durante la fase de construcción se contempla la realización de actividades como movimiento de tierra, que incluye la habilitación de caminosinternos, estas obras y acciones contemplan una superficie de 12,6 ha sobre terrenos arables. La única instalación de carácter permanente que generará impermeabilización del suelo corresponde al Centro de seccionamiento que tiene una superficie de tan solo 0,007 ha y los pilotes con una superficie de 25,44 m? (0,002 ha).

Vegetación: Para las actividades de despeje y preparación del terreno será necesario remover una capa vegetal existente (principalmente suelo agrícola).

De acuerdo a lo descrito en la caracterización ambiental (Anexo 14 de la DIA), la vegetación representativa en el área de influencia corresponde mayoritariamente a suelo agrícola (98,9%)

Emisiones y efluentes

Material particulado y gases: Las principales emisiones a la atmósfera durante la fase de construcción corresponderán a material particulado y gases provenientes de actividades asociadas al movimiento de tierra y al tránsito de vehículos. El Anexo 4 Estimación de emisiones incluye una estimación de las emisiones para la fase de construcción. En la Tabla siguiente se entrega un resumen de las emisiones estimadas para el total de esta fase (6 meses). Como medida de control durante la fase de construcción se considera la aplicación de solución de bischofita (o un supresor de polvo de similar eficiencia) en el camino de acceso al predio y la humectación de los caminos internos. El detalle de las emisiones en la fase de construcción se presenta en la presente tabla:

dE Emisión (ton/año) Artieitind MPS | MPio | MPas [ NO, | CO Nivelación 0,10 | 0,03 0,00 - - Excavaciones y | 0,25 | 0,05 0,03 - - relleno

Carga y descarga de | 0,00 |0,00 | 0,00 - - - - material

Tránsito de vehículos | 2,04 | 0,58 0,06 - - - - pesados por caminos

no pavimentados

Tránsito de vehículos | 0,12 | 0,02 0,01 - - - - por caminos

pavimentados

Combustión de [0,01 [0,01 [0,01 [0,46 [0,12 | 0,03 | 0,00 motores de vehículos

Maquinaria 0,14 [0,14 |0,14 1,2 | 0,76 | 0,10 | 0,01 Generadores 0,02 | 0,02 0,02 0,41 0,21 [ 0,03 | 0,00 Total 2,69 |0,86_|0,26 |2,09 | 1,09 | 0,16 | 0,01

Ruido: Las principales emisiones de ruido durante la fase de construcción tendrán su origen en la operación de maquinarias y tránsito de vehículos. La evaluación de cumplimiento se presenta únicamente para el periodo diurno, puesto que no se proyectan faenas durante horario nocturno. El resumen de las emisiones acústicas respecto de los receptores identificados, se presentan en la siguiente tabla:

Receptor | Nivel proyectado (dB[A]) | NPC Máximo permitido (AB[A]) 1 47 54 2 58 $9 3 50 53 4 42 S6 5 44 48

El detalle de la ubicación de los receptores se presenta en el Anexo 5 de la DIA, Estudio de ruido y vibraciones. Vibraciones: Las principales emisiones de vibraciones durante la fase de construcción tendrán su origen en la operación de maquinarias y tránsito de vehículos. A continuación, se presentan los niveles de vibración proyectados en los receptores sensibles.

Punto PPV proyectado (in/s) Umbral de daño (in/s) 1 0,00095 0,2 2 0,00442 0,2 3 0,00119 0,2 4 0,00056 0,2 $ 0,00058 0,2

El Anexo 5 de la DIA. Estudio de ruido y vibraciones, presenta el detalle de la estimación de la modelación de vibraciones para la fase de construcción.

Aguas servidas: Para la gestión de las aguas servidas durante la fase de construcción se contratará la instalación de baños químicos para el personal durante el periodo de construcción siguiendo el reglamento establecido en el D.S. N* 594 sobre “condiciones sanitarias y ambientales básicas en los lugares de trabajo”. Se estima una generación máxima de 4 m'/mes.

Residuos, productos químicos y otras sustancias que puedan afectar el medio ambiente.

Residuos sólidos domiciliarios: El Proyecto generará residuos sólidos domésticos y asimilables a domésticos, los cuales consistirán básicamente en papeles, envases y elementos similares. Se estima una generación de 1 kg/día por persona; por lo tanto, se estima una generación máxima de 5 t/mes aprox., de residuos sólidos domiciliarios. Para el acopio temporal de los residuos asimilables a domésticos, se utilizarán contenedores de basura fabricados en HDPE o similar, con capacidad aproximada desde 120 a 600 litros, impermeables, provistos de tapa y sistema de ruedas con mecanismo de freno. Los residuos serán retirados dos veces al mes por una empresa autorizada y transportados hacia un relleno autorizado para su disposición final.

Residuos industriales sólidos no peligrosos: El mayor volumen de residuos durante la fase de construcción estará constituido por los materiales de embalaje y transporte de todos los elementos a ser instalados. Se estima una generación de 10 m3/mes. Debido a que son residuos limpios y en su mayor parte reciclables, se realizará el acopio temporal en contenedores especialmente instalados para ese fin, cuya gestión se llevará a cabo por empresas especializadas. Según el tipo de material, se contempla clasificación entre: Plásticos (de los embalajes de protección de los elementos a ser instalados); Cartones (cajas de embalaje); Maderas (pallets donde se transportan los componentes). Residuos peligrosos: Se generarán residuos asociados a actividades de pintura, así como el uso de combustible en maquinarias y generador eléctrico. La cantidad de estos residuos será mínima, estimándose una cantidad de 0,24 t/mes.

Referencia al ICE para mayores detalles sobre esta fase.

Capítulo 4.6

4.3.2. FASE DE OPERACIÓN

Módulos fotovoltaicos

El módulo fotovoltaico lo componen varias células dispuestas regularmente, conectadas en serie/paralelo unas con otras, a través de circuitos eléctricos, conectados a los polos positivos y negativos de las células.

El Parque Fotovoltaico Corcolenes contará con un máximo de 32400 módulos fotovoltaicos de 340 Wp cada uno. Estos se instalarán en seguidores horizontales monofila de un eje con configuración de 3 filas de 20 módulos cada una y 2 strings (series) de 30 módulos por seguidor.

Estructuras de soporte de módulos

Los módulos fotovoltaicos serán ubicados sobre estructuras de soporte. Cada estructura de soporte consistirá en un seguidor horizontal con seguimiento a un eje que rota alrededor de un eje horizontal dispuesto en dirección norte-sur.

Estación Inversora Transformadora

Inversor: Permiten convertir la corriente continua generada en las cadenas de paneles en corriente alterna, forma en la que puede ser inyectada a las redes de media tensión. Cada inversor se conectará con la parte de Baja Tensión del transformador y aceptará una potencia CC variable para obtener la potencia máxima de los módulos fotovoltaicos. El Proyecto considera emplear 1 inversores centralizados Power Electronics de 3000 kWca o similar, uno por cada bloque en que se divide la planta.

Transformador: El transformador eleva la tensión de salida del inversor hasta la tensión a la que se encuentran las líneas de distribución de media tensión en el punto de conexión.

Centro de Seccionamiento

En el Centro de Seccionamiento, se ubicarán los interruptores, el equipo de medida y un transformador de 50 kVA. Su misión principal es la protección de la instalación y permitir el corte para la mejora de la maniobrabilidad de la misma.

El equipo de seccionamiento se ubica en un edificio prefabricado de hormigón de 69.3 m? de superficie. El Centro de Seccionamiento se coloca elevado sobre el suelo unos 400 mm soportados por cuatro zapatas aisladas calculadas sísmicamente.

Línea de evacuación de Media Tensión

Es necesaria la construcción de un (1) tramo de 112 metros de Línea de Media Tensión de 23 kV, que se encargará de evacuar la energía producida en la Planta Fotovoltaica y concentrada en el Centro de Seccionamiento hacia a la red de evacuación existente (SIC), por donde será distribuida a los consumidores.

Las estructuras de soporte corresponderán a 2 postes simples de hormigón armado o postes metálicos ensamblados en el caso que corresponda.

Conexión al Sistema Interconectado

El Proyecto no contará con una subestación eléctrica, sino que se

conectará directamente a la red de distribución perteneciente al Sistema

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Interconectado.

Cerco perimetral y Sistema de Seguridad

El Proyecto y las instalaciones perimetrales de apoyo se asegurarán mediante un cerco de seguridad. En la entrada del sitio habrá un portón y una garita para el controlar el acceso, también habrá otros puntos de entrada al terreno en ciertas ubicaciones a lo largo del camino perimetral, a fin de permitir el acceso del personal de mantenimiento a todas las áreas del sitio del Proyecto. Adicionalmente la instalación de seguridad se complementa con la instalación de cámaras de video vigilancia, que registrarán todo el perímetro las 24 horas.

Caminos de acceso y servicio

Existe un camino de acceso desde la Ruta 5 hasta el ingreso de la Planta (Garita de control). Adicionalmente, existe un camino perimetral que se ubicará por dentro del cerco perimetral que envuelve al Proyecto y alrededor de ciertos bloques de equipos. Dentro del Proyecto se construirán vías para proporcionar acceso vehicular a los equipos solares, con fines de inspección y mantenimiento.

Estación meteorológica

Se instalará una estación meteorológica en la planta fotovoltaica para monitorizar y registrar las condiciones meteorológicas (Radiación, pluviometría, Temperatura, Humedad Relativa y Velocidad y Dirección del Viento).

Actividades de mantención y conservación

Los módulos fotovoltaicos requieren una limpieza periódica con tal de que el polvo acumulado no reduzca su rendimiento. Esta limpieza se puede llevar a cabo usando agua y paños de microfibra que eviten el rallado de los cristales, o máquinas de aire comprimido. Se estima que la limpieza será necesaria entre una y dos veces al mes.

Productos generados

El proyecto generará durante la fase de operación energía eléctrica, específicamente 9 MW de potencia, que serán inyectado a la red de distribución existente a través de la línea de evacuación aérea de 23 KV proyectada.

Recursos naturales

renovables

Durante la fase de operación del proyecto, no se explotarán ni extraerán recursos naturales renovables, incluidos el suelo y aire,

Emisiones y efluentes

Material particulado y gases: En la fase de operación, las emisiones de material particulado o gases serán considerablemente menore, ya que estarán asociadas al tránsito del vehículo que transportará al personal de mantenimiento hasta el lugar de labores de mantenimiento (ver Tabla siguiente). De acuerdo con lo anterior, no se contempla medida de abatimiento. En el Anexo 4 de ka DIA. Estimación de emisiones, se presenta el detalle de las emisiones del Proyecto.

ra Emisión (ton/año)

Actvidas MPs | MPw | MP»s | NO; | CO [HC [SOz Tránsito de vehículos | 0,75 0,21 0,02 - - - - pesados por caminos no pavimentados Tránsito de vehículos 0,01 0,00 0.00 - - - - por caminos javimentados Combustión de motores | 0,00 0,00 0,00 0,02 | 0,01 | 0,00 0,00 de vehículos Maquinaria 0,01 0,01 0,01 0,08 | 0,04 | 0,01 0,00 Total 0,76 0,22 0,03 0,10 | 0,05 | 0,01 0,00

Aguas servidas: La generación de residuos líquidos durante esta fase está directamente asociada al personal de la planta (2 a 5 personas), ya que corresponderá a aguas servidas, generadas en los baños. Se estima una generación máxima de 4,8 m3/mes de aguas servidas domésticas. Durante la etapa de operación la gestión de aguas servidas domésticas se realizará a través de una solución sanitaria consistente en una fosa séptica.

Ruido: Durante la fase de operación no existirán actividades que generen emisiones de ruido desde fuentes fijas (ver Tabla SIGUIENTE). Dado lo anterior, no se justifica aplicar medidas de abatimiento y control. El

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resumen de las emisiones acústicas respecto de los receptores identificados, se presentan en la siguiente tabla: Receptor Nivel Período Límite proyectado normativo según (AB[A]) periodo (AB|A]) 1 17 Diurno 54 Nocturno 45 2 31 Diurno 59 Nocturno 49 3 25 Diurno 53 Nocturno 48 4 18 Diurno 56 Nocturno 46 5 15 Diurno 48 Nocturno 47

Residuos, productos químicos y otras sustancias que puedan afectar el medio ambiente.

Residuos sólidos domiciliarios: El Proyecto generará residuos sólidos domésticos y asimilables a domésticos, los cuales consistirán básicamente en papeles, restos de comidas, etc. Se estima una generación de 1 kg/día por persona, por lo tanto, se estima una generación de 0,25 tmes. Estos residuos serán retirados de forma inmediata por empresa autorizada tras tareas de mantenimiento y llevadas a un sitio de disposición final autorizado.

Residuos industriales sólidos no peligrosos: Los residuos sólidos industriales no peligrosos durante la fase de operación provendrán de actividades como recambio de paneles o reparaciones varias, por lo que serán de muy baja magnitud y consistirán principalmente en embalajes, restos materiales mantención, etc. Se estima una generación de 0,2 m*/mes. Estos residuos serán retirados de forma inmediata por empresa autorizada tras tareas de mantenimiento y llevadas a un sitio de disposición final autorizado.

Residuos peligrosos: La generación de residuos peligrosos durante la fase de operación del Proyecto consistirá básicamente en residuos producto de actividades de mantención, tales como: envases de pintura, solventes, paños contaminados. La cantidad de estos residuos será mínima, estimándose una cantidad de 0,05 t/mes. El retiro será de forma inmediata por empresa autorizada tras tareas de mantenimiento y llevadas a un sitio de disposición final autorizado.

Paneles fotovoltaicos dañados: Los módulos fotovoltaicos que sufran daños serán reemplazados. Por esta razón, se considera que existirá una cantidad de módulos dañados que pueden catalogarse como residuos industriales no peligrosos generados durante la fase de operación. Se estima una generación máxima de 0,5 t/mes, de este tipo de residuo. Estos residuos serán retirados de forma inmediata por empresa autorizada tras tareas de mantenimiento y llevadas a un sitio de disposición final autorizado.

Referencia al ICE para mayores detalles sobre esta fase.

Capítulo 4.7

4.3.3. FASE DE CIERRE

Desmantelamiento o aseguramiento de infraestructura

Tras haber concluido el periodo de actividad de la Plata fotovoltaica, se procede a la retirada de los elementos que la componen para dejar el terreno tal y como estaba antes de llevar a cabo el proyecto. El procedimiento es el siguiente:

  • Módulos fotovoltaicos, Estructura soporte, cableado, Inversor y Centro de Transformación: de acuerdo con las características de cada infraestructura, estas, pueden ser reutilizadas, aunque bajo un rendimiento sensiblemente inferior. Sin embargo, cabe

destacar que el rendimiento de estos componentes se ve reducido

en un 20% durante los primeros 30 años de operación, y a partir de este momento la eficiencia no se encuentra garantizada por el fabricante. Sin embargo, se considera que muchos todavía podrían ser útiles, al menos sus componentes, por lo que serán reaprovechados y desarmados y reciclados en los casos que se encuentren más dañados. El retiro lo realiza una empresa autorizada para trasporte y disposición final de residuos, de acuerdo con la característica de cada uno de ellos, ya sea no peligroso o peligroso.

  • Pilotes de hormigón: estos restos deberán ser tratados conforme a lo que establece la legislación vigente, siendo eliminados como material de la construcción bajo el manejo de gestión de residuos establecido.

En definitiva, las actividades de desmantelamiento de la planta en su mayoría pueden ser reutilizados, Reciclados o simplemente ser un residuo dirigido hacia disposición final. Ahora bien, una vez culminada esta actividad se procede a la limpieza del área realizando descompactación del suelo.

Restauración

Las actividades de restauración del terreno consistirán en un proceso de descompactación de las áreas donde se hayan emplazado estructuras de peso y caminos, permitiendo devolver la estructura y aumentar la aireación del suelo. En virtud de que el suelo cumple funciones a nivel ambiental, mediante la sustentación de vegetación permanente y efímera, las acciones de descompactación permitirán un repoblamiento natural del área recuperada, sin necesidad de intervención humana. De esta manera, se facilitará además el repoblamiento por parte de la fauna nativa.

Prevención de futuras emisiones

Una vez terminada la fase de cierre no existirán instalaciones generadoras de emisiones de ningún tipo.

Mantención, El Proyecto no contempla actividades de mantención, conservación y/o conservación y | supervisión durante la fase de cierre ni posterior a ella. Cabe señalar que supervisión en el área no quedarán instalaciones remanentes.

Recursos naturales | En la Fase de cierre no se contempla la extracción o explotación de renovables recursos naturales

Emisiones y efluentes No aplica

Residuos, productos ¡ No aplica

químicos y otras

sustancias que puedan

afectar el medio

ambiente.

Referencia al ICE para | Capítulo 4.8

mayores detalles sobre esta fase.

4.4. CRONOLOGÍA DE LAS FASES DEL PROYECTO

4.4.1. FASE DE CONSTRUCCIÓN

Fecha estimada de inicio

01/04/2020, sujeto a obtención de RCA favorable

Parte, obra o acción que establece el inicio

El hito de inicio de la fase de construcción será la habilitación de la instalación de faenas

Fecha estimada de término

31/09/2020

Parte, obra o acción que establece el término

El hito que dará por finalizada esta fase serán las pruebas de puesta en marcha de las obras optimizadas

4.4.2. FASE DE OPERACIÓN

Fecha estimada de inicio

01/10/2020

Parte, obra o acción que establece el inicio

El hito de inicio de esta fase se define como el momento en que se entrega energía eléctrica a la red, lo cual podrá verificarse en la sala de control.

Fecha estimada de término

01/10/2050

Parte, obra o acción que

La acción que dará término a la fase de operación consistirá en el corte

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establece el término de la entrega de energía (desenergización), lo cual podrá verificarse en el Centro de Seccionamiento.

4.4.3. FASE DE CIERRE

Fecha estimada de inicio | 31/10/2050

Parte, obra o acción que | El hito de inicio de esta fase se define como el momento en que se

establece el inicio desconecte la línea de conexión a la red

Fecha estimada de 28/06/2051

término

Parte, obra o acción que | La acción que dará término a la fase de cierre y al Proyecto consistirá en establece el término la limpieza final del contenedor de residuos.

5”. Que, durante el proceso de evaluación se han presentado antecedentes que justifican la inexistencia de los siguientes efectos, características y circunstancias del artículo 11 de la Ley N* 19.300:

5.1. RIESGO PARA LA SALUD DE LA POBLACIÓN, DEBIDO A LA CANTIDAD Y CALIDAD DE EFLUENTES, EMISIONES Y RESIDUOS

Impacto ambiental Alteración de la calidad del aire por aumento de emisiones de material particulado combustión

Durante la fase de construcción, operación y cierre del proyecto se generarán emisiones de material particulado y gases de combustión de vehículos. Se presentó una estimación de emisiones atmosféricas para las distintas fases que contempla el proyecto

Parte, obra o acción que lo genera » Movimiento de tierra » Transito vehicular por caminos pavimentados y no pavimentados

» Combustión interna de vehículos y maquinaria pesada + Operación de equipos electrógenos

Fase en que se presenta Construcción, operación y cierre. Impacto ambiental Aumento de los niveles de presión sonora en los receptores más cercanos

Durante la fase de construcción, operación y cierre del proyecto, se generarán emisiones de ruido, las cuales fueron caracterizadas y modeladas, dando cumplimiento a los límites establecidos por la normativa de ruido vigente

Parte, obra o acción que lo genera » — Habilitación e instalación de faenas » Movimiento de tierra » Construcción de canalizaciones para e cableado

soterrado. Fase en que se presenta Construcción, operación y cierre Referencia al ICE para mayores Sección 5.1. del ICE

detalles sobre este impacto específico Sección 6.1. del ICE

El siguiente análisis justifican que el proyecto o actividad no genera o presenta riesgo para la salud de la población debido a la cantidad y calidad de los efluentes, emisiones o residuos, en consideración a lo dispuesto en el artículo 5 del Reglamento del SEIA:

De acuerdo a los antecedentes presentados por el titular del proyecto en el marco de la presente evaluación, respecto a la generación de emisiones atmosféricas (Anexo 4 de la DIA) se identificó que durante las distintas fases se generarán emisiones de MP0, MP5 y gases (NOx, CO, Sox y COV/HC), principalmente en la fase de construcción y cierre, provenientes de actividades asociadas al movimiento de tierra y al tránsito de vehículos; y en menor medida durante la fase de operación, de acuerdo a lo indicado en la sección 4.6.4.1. y 4.7.5.1. del ICE, respectivamente.

Al respecto, de acuerdo a lo establecido en la Guía del SEIA sobre “Riesgo para la salud de la población” para que un proyecto genere riesgo a la salud de la población existen dos escenarios posibles:

  • Enel que existe una situación que generaba riesgo previo a la ejecución del proyecto; y

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  • Cuando la ejecución del proyecto genera un riesgo que no existía previo a su ejecución, es decir, no existía alguno de los 3 componentes del riesgo: contaminante, ruta de exposición y receptor.

Respecto al primer escenario, se hace presente que la comuna de los Ángeles corresponde a una zona con restricciones ambientales desde el punto de vista de calidad de aire, como una Zona Latente o Saturada o que se encuentre sujeta a un Plan de prevención y/o descontaminación atmosférica, decretada por el D.S. N4/2019, por lo cual, en el marco de la evaluación del proyecto sobre dicho componente, se estimó que las emisiones atmosféricas de MP10 y MP2.5 son inferiores a la tasa de emisión de 1 ton/año establecida como límite de emisión, razón por la cual se dará cumplimiento al Artículo N48 de este Decreto.

En cuanto al segundo escenario, es posible indicar que durante la fase de construcción (peor escenario), el proyecto no expone a la población a emisiones, efluentes o residuos que no hayan existido previo a la ejecución del proyecto, dado que las emisiones que se generarán serán acotadas generándose por un máximo de 6 meses, no obstante, durante dicho periodo se implementarán medidas de control indicadas en la sección 4.6.4. complementadas al cumplimiento normativo, detallado en el capítulo 8 del ICE.

A mayor abundamiento, de acuerdo a los antecedentes presentados por el titular, específicamente en el Estudio de ruido (Anexo 5 de la DIA) y su posterior evaluación por la Autoridad Sanitaria, se concluye que el proyecto no superará los valores de ruido establecidos en el D.S. N38/1 l, cumpliendo con los valores recomendados en todos sus receptores. Al respecto, la Autoridad Sanitaria mediante Ord. N1962 de fecha 12 de julio de 2019, se pronunció conforme respecto a la DIA. Por lo anterior, el proyecto no genera un riesgo a la salud por este aspecto toda vez que no supera los valores de ruido establecidos en la normativa vigente.

En cuanto a la exposición a contaminantes, la generación y manejo de emisiones y efluentes, así como la generación y manejo de residuos, se indica en las secciones 4.6.4., 4.6.5., 4.7.5. y 4.7.6. del ICE, para las fases de construcción y operación respectivamente. Además, se presentan los permisos ambientales asociados y complementados con la normativa ambiental aplicable, identificada en el capítulo 9 del presente ICE.

Por lo tanto, de acuerdo a lo indicado en la Guía “Riesgo para la salud de la población”, es posible indicar que “dado que no hay posibilidad de contacto entre personas y contaminantes, no hay posibilidad de exposición y no hay riesgo a la salud de las personas”.

5.2. EFECTOS ADVERSOS SIGNIFICATIVOS SOBRE LA CANTIDAD Y CALIDAD DE LOS RECURSOS NATURALES RENOVABLES, INCLUIDOS EL SUELO, AGUA Y AIRE

Impacto ambiental Pérdida de suelo por generación de procesos erosivos El proyecto generará pérdida de suelo en bajas magnitudes, debido a la generación de procesos erosivos por despeje de vegetación y movimientos de tierra en la ejecución de las obras permanentes y temporales asociadas al proyecto.

Componente(s) ambiental(es) Suelo afectado(s) Parte, obra o acción que lo genera + Preparación del terreno

  • Construcción de caminos y excavación de zanjas
  • Faena de construcción de fijaciones » Montaje de paneles y transformadores

Fase en que se presenta Construcción, operación y cierre Impacto ambiental Alteración a cuerpos de agua superficial presente en el área

de influencia del proyecto.

El Proyecto contempla la modificación de un canal artificial (canal 1) en el área del proyecto, para la habilitación de un camino de acceso

Componente(s) ambiental(es) Agua

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afectado(s)

Parte, obra o acción que lo genera

Construcción de atraviesos para los caminos internos

Fase en que se presenta

Construcción

Impacto ambiental

Aumento de las concentraciones de MP0, MP s y gases de combustión.

El proyecto aporta estos contaminantes principalmente durante la fase de construcción. Al respecto, el titular presentó un estudio de estimación de emisiones atmosféricas en el Anexo 4 de la DIA. Dichas emisiones tendrán un carácter temporal y local.

Componente(s) ambiental(es) Aire afectado(s) Parte, obra o acción que lo genera + Escarpe

  • Excavación » Transferencia de material » Tránsito de vehículos por caminos no pavimentados y

Fase en que se presenta

pavimentados + Combustión de maquinaria Construcción

Impacto ambiental

Alteración sobre flora y vegetación presente en el área de

influencia.

Componente(s) ambiental(es) afectado(s)

Flora y vegetación

Parte, obra o acción que lo genera

Despeje y preparación de terreno

Fase en que se presenta

Construcción

Impacto ambiental

Perturbación de fauna terrestre en categoría de conservación.

Componente(s) ambiental(es) afectado(s)

Fauna

Parte, obra o acción que lo genera

  • Movimiento de tierra » Remoción de escarpe o extracción de la capa vegetal

Fase en que se presenta

Construcción

Impacto ambiental

Susceptibilidad de afectación a fauna íctica

Componente(s) ambiental(es) afectado(s)

Fauna íctica

Parte, obra o acción que lo genera

Construcción de atraviesos de caminos internos

Se considera la habilitación del camino interior, se realizará en época en que el canal conlleva el menor caudal de escurrimiento (entre marzo-abril), además cabe señalar que la duración de estas obras es puntual y solo tendrá una duración de 2 días. Por otra parte, durante la fase de operación y dada la naturaleza de las actividades de Proyecto, el canal no tendrá ningún tipo de intervención ni afectación que pudiese causar algún tipo de impacto

Fase en que se presenta

Construcción

Referencia al ICE para mayores detalles sobre este impacto específico

Sección 5.2. del ICE Sección 6.2. del ICE

El siguiente análisis justifica que el proyecto o actividad no genera o presenta efectos adversos significativos sobre la cantidad y calidad de los recursos naturales renovables, incluidos el suelo, agua y aire, en consideración a lo dispuesto en el artículo 6 del Reglamento del Reglamento del

SEIA:

Dentro del área de influencia del proyecto, destacan 2 zonas con presencia de bosque nativo que en total suman 0,42 hectáreas. Destaca un sector cubierto por bosque nativo dominado por Quillaja

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saponaria (0,26 ha) situado al norte del área de influencia y, otro rodal que se desarrolla al sur del área, dominado por la asociación vegetal Ouillaja saponaria-Aristotelia chilensis (0,16 ha).

Para la fase de construcción se afectará la primera capa del recurso natural suelo sólo en aquellas zonas donde se realizará la habilitación de caminos internos y la excavación para las zanjas.

Durante la fase de operación del proyecto se realizará un manejo de la vegetación bajo los módulos fotovoltaicos, según se detalla en la respuesta a la observación 46) de la Adenda.

En cuanto al estado de conservación de la flora, y tras la revisión de la normativa vigente, se consigna que no existen especies listadas bajo alguna categoría de conservación a nivel Nacional.

A partir del levantamiento de información en terreno, se identificaron 42 especies de fauna terrestre nativas en el área de influencia: un anfibio, 35 aves y seis mamíferos. De las especies registradas, siete se encuentran en categoría de conservación según la legislación nacional vigente: el anfibio Pleurodema thaul (sapito de cuatro ojos); las aves Gallinago paraguaiae (becacina común) y Theristicus melanopis (bandurria); y los mamíferos Lasiurus cinereus (murciélago ceniciento), Lasiurus varius (murciélago colorado), Tadarida brasiliensis (murciélago común) y Lycalopex culpaeus (zorro culpeo). En relación al endemismo, se identificó a Nothoprocta perdicaria (perdiz chilena) con distribución exclusiva en nuestro país. Por otra parte, en cuanto a la movilidad, se registraron tres especies de movilidad baja correspondientes a un anfibio y dos micromamíferos; el resto de las especies presentan una alta movilidad (35 aves y cuatro mamíferos).

De las especies registradas, dos se encuentran en alguna categoría de conservación diferente a “Preocupación menor” y “Fuera de peligro”; por lo tanto, se han considerado como especies de interés a Pleurodema thaul (sapito de cuatro ojos) el cual se encuentra clasificada como “Casi amenazada” (NT) según el D,S. N*41/2011 y Lasiurus cinereus (murciélago ceniciento) clasificado como “Datos deficientes” según el D.S. N? 16/2016 (MMA).

5.3. REASENTAMIENTO DE COMUNIDADES HUMANAS O ALTERACIÓN SIGNIFICATIVA DE LOS SISTEMAS DE VIDA Y COSTUMBRES DE GRUPOS HUMANOS

Impacto ambiental Susceptibilidad de afectación a la calidad de vida de los

grupos humanos. Parte, obra o acción que lo genera No aplica Fase en que se presenta No aplica

Referencia al ICE para mayores | Sección 5.3. del ICE detalles sobre este impacto específico | Sección 6.3. del ICE

El siguiente análisis justifica que el proyecto o actividad no genera o presenta alteración significativa de los sistemas de vida y costumbres de grupos humanos, en consideración a lo dispuesto en el artículo 7 del Reglamento del SEIA:

El área de influencia para el componente medio humano se encuentra definida por las localidades censales que interactúan directamente con las obras, partes o acciones del proyecto, así como los vecinos más cercanos, los que se ubican en el sector Los Crisoles. Es decir, se considera como Área de Influencia el territorio que corresponde al sector poblado aledaño a las obras del Proyecto.

Respecto a los grupos humanos pertenecientes a pueblos indígenas, en el área de influencia no se evidencia de la presencia de pueblos indígenas en el área de influencia del proyecto, según se señala en la caracterización de Medio Humano, presentada en el Anexo 14 de la DIA, la cual consideró la revisión de datos de la CONADI, contenidos en el Registro de Nacional de Comunidades y Asociaciones Indígenas. Así como la revisión de fuentes primarias en terreno.

5.4, LOCALIZACIÓN EN O PRÓXIMA A POBLACIONES, RECURSOS Y ÁREAS PROTEGIDAS, SITIOS PRIORITARIOS PARA LA CONSERVACIÓN, HUMEDALES PROTEGIDOS Y GLACIARES, SUSCEPTIBLES DE SER AFECTADOS, ASÍ COMO EL VALOR AMBIENTAL DEL TERRITORIO EN QUE SE PRETENDE EMPLAZAR

Impacto ambiental Susceptibilidad de afectación por localización del proyecto eno próximo a poblaciones protegidas, recursos protegidos, humedales protegidos, sitios prioritarios para la conservación.

En el área de influencia no existen recursos, humedales, ni

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-

áreas protegidas, tampoco glaciares o sitios prioritarios para la conservación, susceptibles de ser afectados por partes, obras y/o acciones del proyecto.

Además, cabe indicar que el proyecto no se localiza en o cercano a tierras indígenas, áreas de desarrollo indígena

(ADD o pueblos indígenas.

Componente(s) ambiental(es) No aplica

afectado(s)

Parte, obra o acción que lo genera No aplica

Fase en que se presenta No aplica

Impacto ambiental Susceptibilidad de afectación debido a la localización del proyecto en o próximo a áreas con valor ambiental.

Componente(s) ambiental(es) No aplica

afectado(s)

Parte, obra o acción que lo genera No aplica

Fase en que se presenta No aplica

Referencia al ICE para mayores | Sección 5.4 del ICE detalles sobre este impacto específico | Sección 5.5. del ICE

Sección 6.4. del ICE

El siguiente análisis justifica que el proyecto o actividad no se localiza en o próxima a poblaciones, recursos y áreas protegidas, sitios prioritarios para la conservación, humedales protegidos y glaciares, susceptibles de ser afectados, así como el valor ambiental del territorio en que se pretende emplazar, en consideración a lo dispuesto en el artículo 8 del Reglamento del SEIA:

El proyecto no se ubicará próximo a poblaciones, recursos y áreas protegidas, sitios prioritarios para la conservación, humedales protegidos y glaciares, susceptibles de ser afectados.

En este contexto, cabe indicar que el área de emplazamiento del proyecto no corresponde a un territorio con baja o nula intervención antrópica, ni provee de servicios ecosistémicos locales relevantes para la población, ni sus ecosistemas o formaciones naturales presentan características de unicidad, escasez o representatividad. Asimismo, señalar que, a 75 km de distancia se encuentra El sitio prioritario Quebrada de Caramávida y el Parque Nacional Nahuelbuta, sin embargo, las áreas que conforman el sitio, no se verán afectadas, como tampoco serán intervenidas por las obras del proyecto, permitiendo la conservación u otros territorios con valor ambiental

LON ALTERACIÓN SIGNIFICATIVA, EN TÉRMINOS DE MAGNITUD O DURACIÓN, DEL VALOR PAISAJÍSTICO O TURÍSTICO DE UNA ZONA

Impacto ambiental sceptibilidad_ de afectación obstrucción de la visibilidad a una zona con valor paisajístico y/o turístico. De acuerdo a los antecedentes presentados en el marco de la evaluación ambiental, en particular la información reportada en los Anexos 6 y 9 de la Adenda, referidos a la caracterización ambiental de Turismo y Paisaje respectivamente, el área de influencia del componente abarca en primera instancia la zona de influencia visual de paisaje, las vías de acceso, los atractivos turísticos del sector que en su mayoría se concentran en el área urbana Los Ángeles, y la superficie definida para la Zona de Interés Turístico Saltos del Laja. Relativo a la delimitación anterior, el Valor Turístico se entiende con valor Medio, ya que la mayor parte de las variables que conjugan el resultado corresponden también a valores medios

Componente(s) ambiental(es) No aplica afectado(s)

14

Parte, obra o acción que lo genera No aplica

Fase en que se presenta No aplica

Referencia al ICE para mayores | Sección 5.6. del ICE detalles sobre este impacto específico | Sección 6.5. del ICE

El siguiente análisis justifica que el proyecto o actividad no genera O presenta alteración significativa del valor paisajístico o turístico de una zona, en consideración a lo dispuesto en el artículo 9 del Reglamento del SEIA:

El área de influencia no posee valor turístico, dado que no presenta valor cultural y/o patrimonial, que atraiga flujos de visitantes o turistas hacia ella., tampoco posee valor paisajístico, dado que no presenta atributos naturales que le otorguen una calidad de única y representativa.

Finalmente, cabe indicar que no se identificaron elementos de especial valor paisajístico o turístico que sean alterados por el Proyecto, dado que se emplaza en un área destinada a uso agrícola y con el antecedente que el sector de emplazamiento del proyecto está definido como zona rural.

Respecto de la información sometida a evaluación por parte el titular, la Dirección Regional de Turismo, a través de su oficio Ord. N*71 de fecha 17 de febrero de 2020 manifiesta su conformidad con los antecedentes presentados en la DIA y en las Adenda y Adenda complementaria.

5.6. ALTERACIÓN DE MONUMENTOS, SITIOS CON VALOR ANTROPOLÓGICO, ARQUEOLÓGICO, HISTÓRICO Y, EN GENERAL, LOS PERTENECIENTES AL PATRIMONIO CULTURAL

Impacto ambiental Susceptibilidad de Alteración al Patrimonio Cultural

Parte, obra o acción que lo genera . Movimiento de tierra » Tránsito de camiones

  • Excavaciones y escarpe del terreno

Fase en que se presenta Construcción

Referencia al ICE para mayores | Sección 5.7. del ICE detalles sobre este impacto específico | Sección 6.6. del ICE

El siguiente análisis justifica que el proyecto o actividad no genera o presenta alteración de monumentos, sitios con valor antropológico, arqueológico, histórico, y en general, los pertenecientes al patrimonio cultural, en consideración a lo dispuesto en el artículo 10 del Reglamento del SEIA:

En el área del Proyecto no se identifican elementos pertenecientes al patrimonio cultural, ni manifestaciones culturales en el sector. Sin embargo, como se detalla en el capítulo 9 del presente ICE en caso de efectuarse algún hallazgo arqueológico durante alguna de las actividades de excavación se procederá, según lo establecido en la Ley N%17.288 de Monumentos Nacionales y su reglamento.

Respecto de la información sometida a evaluación por parte el titular, Consejo de Monumentos Nacionales, a través de su oficio Ord. N*4349 de fecha 04 de octubre de 2019 manifiesta su conformidad con los antecedentes presentados en la DIA y en la Adenda.

6”. Que resultan aplicables al Proyecto los siguientes permisos ambientales sectoriales, asociados a las correspondientes partes, obras o acciones que se señalan a continuación:

6.1. PERMISOS AMBIENTALES SECTORIALES DE CONTENIDO ÚNICAMENTE AMBIENTAL Al proyecto no le son aplicables Permisos Ambientales de contenido únicamente ambiental.

6.2. PERMISOS AMBIENTALES SECTORIALES MIXTOS

6.2.1. Permiso para la construcción, reparación, modificación y ampliación de cualquier obra pública o particular destinada a la evacuación, tratamiento o disposición final de desagiies, aguas

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servidas de cualquier naturaleza, según se establece en el artículo 138 del Reglamento del SEIA

Fase del Proyecto a la cual corresponde

Fase de operación

Parte, obra o acción a la que aplica

El Proyecto considera la instalación de un sistema de tratamiento de las aguas servidas generadas durante la fase de operación

Condiciones o exigencias específicas para su otorgamiento

No existen condiciones relacionadas con su requisito de otorgamiento. Los antecedentes asociados a este permiso se presentan en el Anexo 7de la DIA.

Pronunciamiento del Órgano competente

Mediante Ord. N* 1962 de fecha 12 de julio de 2019, la SEREMI de Salud indicó en su pronunciamiento: “El titular da cumplimiento a los Permisos ambientales sectoriales PAS 138, PAS 140 y PAS 142, entregando los antecedentes técnicos para su autorización sectorial.”.

6.2.2. Permiso para la

construcción, reparación, modificación y ampliación de cualquier planta de

tratamiento de basuras y desperdicios de cualquier clase o para la instalación de todo lugar destinado a la acumulación, selección, industrialización, comercio o disposición final de basuras y desperdicios de cualquier clase. según se establece en el artículo 140 del Reglamento del SELA

Fase del Proyecto a la cual corresponde

Fase de construcción

Parte, obra o acción a la que aplica

El Proyecto contempla una bodega de almacenamiento temporal de residuos no peligrosos.

Condiciones o exigencias específicas para su otorgamiento

No existen condiciones relacionadas con su requisito de otorgamiento. Los antecedentes asociados a este permiso se presentan en el Anexo 8 de la DIA

Pronunciamiento del órgano competente

Mediante Ord. N* 1962 de fecha 12 de julio de 2019, la SEREMI de Salud indicó en su pronunciamiento: “El titular da cumplimiento a los Permisos ambientales sectoriales PAS 138, PAS 140 y PAS 142, entregando los antecedentes técnicos para su autorización sectorial”.

6.2.3. Permiso para todo sitio destinado al almacenamiento de residuos peligrosos. según se

establece en el artículo

142 del Reglamento del SEIA

Fase del Proyecto a la cual corresponde

Fase de construcción

Parte, obra o acción a la que aplica

El Proyecto considera la habilitación de un sitio para el almacenamiento temporal de residuos peligrosos al interior de la instalación de faena

Condiciones o exigencias específicas para su otorgamiento

No existen condiciones relacionadas con su requisito de otorgamiento. Los antecedentes asociados a este permiso se presentan en el Anexo 9 de la DIA

Pronunciamiento del órgano competente

Mediante Ord. N* 1962 de fecha 12 de julio de 2019, la SEREMI de Salud indicó en su pronunciamiento: “El titular da cumplimiento a los Permisos ambientales sectoriales PAS 138, PAS 140 y PAS 142, entregando los

antecedentes técnicos para su autorización sectorial”.

6.2.4. Permiso para la caza o captura de ejemplares de animales de especies protegidas para fines de investigación, para el establecimiento de centros de reproducción o criaderos y para la utilización

sustentable del recurso.

según se establece en el artículo 146 del Reglamento del SEIA

Fase del Proyecto a la cual corresponde

| Fase de construcción

Parte, obra o acción a la que aplica

El Proyecto considera la captura de ejemplares de animales de especies protegidas para liberar el área de intervención, previo a la ejecución de obras de construcción del Proyecto.

Condiciones o exigencias específicas para su

No existen condiciones relacionadas con su requisito de otorgamiento. Los antecedentes asociados a este permiso se presentan en Anexo 10 de la DIA,

correspondiente al “PAS 146”

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otorgamiento

Pronunciamiento del órgano competente

Mediante Ord. N* 337/2020 de fecha 05 de marzo de 2020, el SAG indicó en su pronunciamiento: “El titular cumple con los contenidos técnicos para el otorgamiento del PAS 146, que corresponden a los señalados en el literal a (al, a2, a3, a4, as, a6 y a7) del Artículo 146 del DS 40/2012, de competencia de este Servicio”.

6.2.5. Permiso Para corta de bosque nativo. según se establece en el artículo 148 del Reglamento del

SEIA

Fase del Proyecto a la cual corresponde

Fase de construcción

Parte, obra o acción a la que aplica

El Proyecto considera La Intervención de Bosque nativo para construcción de las obras en la fase de construcción.

Condiciones o exigencias específicas para su otorgamiento

El titular debe considerar para el sitio a reforestar lo indicado en Decreto Supremo N* 193, de 1998, del Ministerio de Agricultura, artículo 33" “Cuando la reforestación se realice en un terreno distinto de aquel en que se efectuó la corta o explotación, ésta deberá efectuarse en terrenos de aptitud preferentemente forestal que carezcan de especies arbóreas o arbustivas o que estando cubiertos de dicha vegetación, ésta no sea susceptible de ser manejada para constituir una masa arbórea o arbustiva con fines de preservación, protección o producción........”, antecedentes que debe ser considerados al momento de la tramitación del PAS 148, en forma sectorial. Los detalles técnicos, se presentan en el Anexo 11 “PASM 148” de la DIA.

Pronunciamiento del órgano competente

Mediante Ord. N* 15-EA/2020 de fecha 04 de febrero de 2020, CONAF manifestó conformidad con los antecedentes presentados en la Adenda respecto de los contenidos de PAS, condicionando el otorgamiento de dicho PAS de acuerdo a lo indicado en las condiciones del párrafo precedente.

6.2.6. Permiso para modificaciones de cauce. según se establece en el artículo 156 del Reglamento

del SELA

Fase del Proyecto a la cual corresponde

Fase de construcción

Parte, obra o acción a la que aplica

El Proyecto considera modificaciones de cauces artificiales para atravieso vial.

Condiciones o exigencias específicas para su otorgamiento

No existen condiciones relacionadas con su requisito de otorgamiento. Los detalles técnicos, se presentan en el Anexo 12 PAS 156 de la DIA.

Pronunciamiento del órgano competente

Mediante Ord. N 1493 de fecha 01 de octubre de 2019, la DGA indicó en su pronunciamiento: “La titular presenta los antecedentes técnicos y formales contenidos en el Permiso Ambiental Sectorial N 156 del Decreto Supremo N* 40 de 2012 del Ministerio de Medio Ambiente para la totalidad de las obras proyectadas que lo requieren”.

6.2.7. Permiso para subdividir y urbanizar terrenos rurales o para construcciones fuera de los límites urbanos. según se establece en el artículo 160 del Reglamento del SEIA

Fase del Proyecto a la cual corresponde

Fases de construcción y operación

Parte, obra o acción a la que aplica

El Proyecto considera obras en área rural, las que requieren la solicitud del permiso contenido en el artículo 55 de la Ley General de Urbanismo y Construcciones. Estas obras se encuentran enumeradas en PAS 160

Condiciones o exigencias específicas para su otorgamiento

No existen condiciones relacionadas con su requisito de otorgamiento. Los detalles técnicos, se presentan en el Anexo 13 PAS 160 de la DIA.

Pronunciamiento del Órgano competente

Mediante Ord. N? 249 de fecha 11 de febrero de 2020, el SAG indicó en su pronunciamiento: “El titular cumple con los contenidos técnicos de la letra b (bl, b2, b3, b5) del artículo 160 del DS 40/2012, sobre una superficie de 18,031 ha (18,017 ha de construcciones permanentes y 0,014 ha de

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construcciones temporales) superficie que incluye el emplazamiento de los paneles fotovoltaicos. Asimismo, señala que entrega los antecedentes técnicos para el otorgamiento del PAS 160 en lo que respecta a requisitos ambientales”.

Referencia al ICE para mayores detalles

Capítulo 9

7*. Que, de acuerdo a los antecedentes que constan en el expediente de evaluación, la forma de cumplimiento de la normativa de carácter ambiental aplicable al Proyecto es la siguiente:

7.1. COMPONENTE/MATERIA: Ordenamiento territorial

Norma

D.F.L. N* 458/1975, del Ministerio de Vivienda y Urbanismo, Ley General de Urbanismo y Construcciones

Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento

Fase de construcción y operación El Proyecto instalará obras permanentes en un sector no urbano.

Parte, obra o acción a la que aplica

El permiso para subdividir y urbanizar terrenos rurales o para construcciones fuera de los límites urbanos descrito en el Artículo 160 del Reglamento del SEIA, relacionado con la autorización e informes favorables que se establecen respectivamente en los incisos 3 y 4” del Artículo 55 de la presente Ley, resulta aplicable al Proyecto que se somete a evaluación.

Luego de la obtención de la RCA el titular solicitará el permiso de construcción a la Autoridad competente

Forma de cumplimiento

Permiso de construcción y PAS 160 en el marco de la RCA favorable

Indicador que acredita su cumplimiento

Permisos otorgados por la autoridad competente

Forma de control y seguimiento

Mantención de las resoluciones a disposición de la SMA

Referencia al ICE para mayores detalles

Capítulo 8, acápite 8.1

7.2. COMPONENTE/MATERIA: Emisiones atmosféricas / Calidad del aire

Norma

D.S. N? 144/1961 el Ministerio de Salud Establece normas para evitar emanaciones o contaminantes atmosféricos de cualquier naturaleza.

Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento

Construcción y cierre

Parte, obra o acción a la que aplica

Construcción, operación, cierre movimiento de tierra, tránsito de vehículos

Fase de construcción: Las principales emisiones corresponderán a material particulado y gases provenientes de actividades asociadas al movimiento de tierra y al tránsito de vehículos.

Fase de operación: Las emisiones de material particulado o gases serán insignificantes, ya que estarán asociadas al tránsito del vehículo que transportará al personal de mantenimiento hasta el lugar de labores de mantenimiento.

Fase de cierre: Las principales emisiones corresponderán a material particulado y gases provenientes de actividades asociadas al movimiento de tierra y al tránsito de vehículos.

Forma de cumplimiento

Como medida de control durante la fase de construcción se considera la aplicación de solución de bischofita (o un supresor de polvo de similar eficiencia) en el camino de acceso al predio y en los caminos internos, en tanto que en la fase de cierre se aplicará humectación en el camino externo de acceso al predio y en los caminos internos.

Indicador que acredita su cumplimiento

Registros de humectación por el encargado de la obra. Registros de aplicación de solución de bischofita (o supresor similar)

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por el encargado de la obra,

Forma de control y

Registros a disposición de la autoridad fiscalizadora. Durante la fase

seguimiento de construcción y cierre, dichos registros estarán disponible en la instalación de faenas. En la etapa de operación en las oficinas centrales del titular

Norma D.S. N? 4/2019. Plan de Descontaminación Atmosférica para la

Comuna de Los Ángeles.

Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento

Construcción, operación y cierre

Parte, obra o acción a la que aplica

Fase de construcción: Las principales emisiones corresponderán a material particulado y gases provenientes de actividades asociadas al movimiento de tierra y al tránsito de vehículos.

Fase de operación: Las emisiones de material particulado o gases serán bajas, ya que estarán asociadas al tránsito de vehículos menores que transportarán al personal de mantenimiento.

Fase de cierre: Las principales emisiones corresponderán a material particulado y gases provenientes de actividades asociadas al tránsito de vehículos y actividades de desmantelamiento.

Forma de cumplimiento

Las emisiones atmosféricas de MP1o y MP» son inferiores a la tasa de emisión de 1 ton/año establecida como límite de emisión, razón por la cual se dará cumplimiento al Artículo N*48 de este Decreto. durante la fase de construcción se considera la aplicación de solución de bischofita (o un supresor de polvo de similar eficiencia) en el camino de acceso al predio y en los caminos internos, en tanto que en la fase de cierre se aplicará humectación en el camino externo de acceso al predio y en los caminos internos.

Indicador que acredita su cumplimiento

» Registros de humectación por el encargado de la obra. » Registros de aplicación de solución de bischofita (o supresor similar) por el encargado de la obra.

Forma de control y seguimiento

» Verificación del registro de humectación

  • Verificación del registro de aplicación de bischofita (o supresor similar)

» Libro de reclamos abierto, disponible tanto para revisión de la autoridad como la comunidad

Norma

D.S. N” 138/2005 del Ministerio de Salud, Establece obligación de declarar emisiones que indica.

El Artículo 1? establece que los titulares de fuentes fijas de emisión de contaminantes que se establecen en el presente Decreto deberán entregar a la SEREMI de Salud competente del lugar en que se encuentran ubicadas, los antecedentes necesarios para estimar las emisiones provenientes de cada una de sus fuentes, de acuerdo con las normas que se señalan.

El Artículo 2* incorpora dentro de los rubros, actividades o tipo de fuente que están afectadas a la obligación de proporcionar dichos antecedentes a los equipos electrógenos.

Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento

Construcción

Parte, obra o acción a la que aplica

Para abastecer de energía eléctrica al Proyecto durante la fase de construcción se contará con dos generadores eléctricos de 30 kVA.

Forma de cumplimiento

  • Se ingresará al Sistema de Ventanilla única, según las disposiciones de la Resolución Exenta N* 1.139/2013 MMA que establece Normas Básicas para Aplicación RETC.

  • Se obtendrá el identificador y contraseña requeridos.

  • Serealizará la declaración de emisiones pertinentes.

  • Se mantendrá un registro en que conste la realización de la declaración.

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Indicador que acredita su cumplimiento

Reporte físico o digital entregado por la plataforma RETC

Forma de control y seguimiento

Revisión anual de cada declaración de emisiones realizada

Referencia al ICE para mayores detalles

Capítulo 8, acápite 8.2

7.3. COMPONENTE/MATERIA: Vialidad y Transporte

Norma D.S. N298/1994, del Ministerio de Transporte y Telecomunicaciones, Reglamenta transporte de cargas peligrosas por calles y caminos

Fase del Proyecto a la que Construcción

aplica o en la que se dará cumplimiento

Parte, obra o acción a la que aplica

En construcción se requerirá transporte de residuos y sustancias peligrosas.

Forma de cumplimiento

Se cumplirá con disposiciones de transporte de cargas peligrosas; choferes tendrán las cualificaciones y condiciones reglamentarias exigidas para realizar sus labores; autorización sanitaria de la empresa que realice el transporte de combustibles y sustancias peligrosas.

El transporte de combustibles se realizará en camión repartidor con autorizaciones correspondientes y cumplirá la ordenanza vigente y estarán inscritos en la SEC.

Indicador que acredita su

Cláusulas contractuales que exijan cumplir las medidas de seguridad

cumplimiento dispuestas en este reglamento a los contratistas.

Forma de control y Registro, en obra, de transportes realizados, señalando cumplimiento seguimiento normativo.

Norma D.S. N* 4/1994, del Ministerio de Transportes y

Telecomunicaciones, Establece norma de emisión de contaminantes aplicables a los vehículos motorizados y fija los procedimientos para su control.

Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento

Construcción, operación y cierre

Parte, obra o acción a la que aplica

transporte de materiales y personal. Durante la fase de operación los viajes serán menores y sólo asociados al mantenimiento del Parque.

Forma de cumplimiento

Los vehículos que se utilizarán contarán con el Permiso de Circulación y la Revisión Técnica al día y serán mantenidos periódicamente.

Indicador que acredita su cumplimiento

El indicador de cumplimiento de la norma consiste en el Registro anual de las patentes de los vehículos y sus revisiones técnicas al día.

Forma de control y seguimiento

Verificación de la revisión técnica.

Norma

D.S. N* 75/1987, del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones, Establece condiciones para el transporte de cargas que indica

Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento

Construcción y cierre

Parte, obra o acción a la que aplica

Tanto en la fase de construcción como en la fase de cierre del Proyecto, se requerirán del transporte de insumos y materiales, susceptibles de emisión de material particulado.

Forma de cumplimiento

Se exigirá que el transporte de dichos materiales por zonas urbanas, tanto en la fase de construcción como de cierre, se efectúe con la sección de carga de los camiones cubierta de lonas, con el fin de impedir la dispersión de polvo y el escurrimiento de materiales. Se realizarán inspecciones visuales para corroborar las condiciones del transporte de materiales.

Indicador que acredita su

Contratos con empresas subcontratistas en el que se exigirá dicha

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cumplimiento

obligación. Se mantendrá un registro o lista de chequeo de la inspección visual de la condición de transporte de materiales.

Forma de control y seguimiento

Registro indicado disponible en faena para su control y verificación.

Referencia al ICE para mayores detalles

Capítulo 8, acápite 8.2

7.4. COMPONENTE/MATERIA: Ruido

Norma

D.S. N 38/2011 del Ministerio del Medio Ambiente, Establece norma de emisión de Ruidos generados por fuentes que indica, elaborada a partir de la revisión del Decreto N 146, de 1997, del Ministerio Secretaría General de la Presidencia

Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento

Construcción, operación y cierre

Parte, obra o acción a la que aplica

El ruido generado durante las etapas del Proyecto son los propios de una faena en construcción (movimientos de tierra, tránsito de camiones utilizados para el transporte y montaje de los módulos fotovoltaicos y circulación de vehículos), operación (funcionamiento de inversores y transformadores) y cierre (tránsito de camiones, desmantelamiento).

Forma de cumplimiento

Conforme a los resultados obtenidos del estudio de ruido disponible en el Anexo 5 “Estudio de ruido y vibraciones” de la Declaración, se establece que el proyecto cumple con la normativa vigente en esta materia, no sobrepasando lo niveles de presión sonora establecidos para la zona y no existirá afectación a receptores sensibles cercanos al Proyecto

Indicador que acredita su cumplimiento

Se verificará el correcto estado de los equipos a utilizar durante las etapas, se mantendrán registros.

Forma de control y seguimiento

Libro de reclamos abierto, disponible tanto para revisión de la autoridad como la comunidad.

Referencia al ICE para mayores detalles

Capítulo 8, acápite 8.2

7.5. COMPONENTE/MATERIA: Residuos líquidos

Norma

D.S. N* 594/1999, del Ministerio de Salud, Reglamento sobre condiciones sanitarias y ambientales básicas en los lugares de trabajo

Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento

Construcción, operación y cierre

Parte, obra o acción a la que aplica

El Proyecto generará aguas servidas

Forma de cumplimiento

Fase de construcción y cierre: se instalarán baños químicos en la instalación de faena por empresas especializadas que cuenten con la certificación adecuada. Su sustitución periódica e higienización la llevará a cargo la empresa, así como la posterior gestión de los residuos que generen.

Fase de operación: durante esta fase se realizarán actividades de mantención programada, requiriendo para ello una mano de obra de 2 a 5 personas. Las aguas servidas domésticas serán tratadas mediante una fosa séptica particular, los lodos serán retirados por empresa autorizada y el agua tratada resultante será infiltrada en el terreno mediante zanjas de infiltración.

Indicador que acredita su cumplimiento

  • Autorización de la empresa que realice el retiro y manejo de los residuos provenientes de los baños químicos.

  • Registro de retiro de aguas servidas de los baños químicos a disposición final, los cuales serán remitidos a la Superintendencia del Medio Ambiente.

» Autorización sanitaria para el funcionamiento de la fosa

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séptica.

Forma de control y seguimiento

» Registro y orden de boletas de empresa autorizada.

  • Registro de reportes cargados disponibles para su control y verificación.

  • Revisión de la autorización sanitaria de la fosa séptica.

Referencia al ICE para mayores detalles

Capítulo 8, acápite 8.2

7.6. COMPONENTE/MATERIA: Residuos sólidos / Residuos peligrosos

Norma

Ley N*20.920/2016 del Ministerio del Medio Ambiente, Establece Marco para la Gestión de Residuos, la Responsabilidad Compartida del Productor y Fomento al Reciclaje

Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento

Construcción, operación y cierre

Parte, obra o acción a la que aplica

El proyecto generará residuos sólidos durante todas sus fases.

Forma de cumplimiento

En la Instalación de Faenas se dispondrá de un área de Almacenamiento Temporal de Residuos Sólidos, donde se almacenarán por tipo, separando los residuos sólidos que tengan potencial de ser reciclados. Los residuos serán retirados por empresas autorizadas.

Por otro lado. se señala que los paneles fotovoltaicos en desuso serán comercializados para el reciclaje de sus partes con empresas autorizadas.

Indicador que acredita su cumplimiento

El indicador de cumplimiento será el registro del retiro de los residuos por un gestor autorizado para el tratamiento de residuos.

Forma de control y seguimiento

Verificación del registro del retiro de residuos.

Norma

D.S. N? 594/1999, del Ministerio de Salud, Reglamento sobre condiciones sanitarias y ambientales básicas en los lugares de trabajo

Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento

Construcción, operación y cierre

Parte, obra o acción a la que aplica

El Proyecto generará residuos asimilables a domésticos, residuos no peligrosos y residuos peligrosos, para lo cual considera la construcción de un sitio de almacenamiento temporal de residuos. Estos residuos sean retirados por una empresa autorizada para ser llevados a su disposición final autorizado por la autoridad sanitaria. Los residuos peligrosos serán gestionados de acuerdo a lo establecido en el D.S. N” 148/04, Durante la presente tramitación, se ha presentado la solicitud de almacenamiento temporal mediante el PASM 142. Finalmente se dispondrán los residuos en sitios de disposición final autorizados por el Seremi de Salud de la región de Biobío. Toda la gestión de la disposición de los residuos peligrosos se podrá corroborar mediante los certificados SIDREP.

Forma de cumplimiento

Fase de construcción y cierre:

En la Instalación de Faenas se dispondrá de un área de Almacenamiento Temporal de Residuos Sólidos, donde se almacenarán residuos sólidos domiciliarios, residuos sólidos no peligrosos y residuos peligrosos. Los residuos sólidos domésticos serán almacenados en contenedores de basura fabricados en HDPE o similar, con capacidad aproximada desde 120 a 600 litros, impermeables, provistos de tapa y sistema de ruedas con mecanismo de freno. Los residuos industriales no peligrosos serán dispuestos temporalmente en contenedores rotulados con tapa; los residuos peligrosos serán dispuestos temporalmente en contenedores rotulados con tapa. Estos residuos serán retirados periódicamente desde el área de Almacenamiento Temporal de Residuos Sólidos. Fase de Operación:

Los residuos sólidos serán retirados de forma inmediata por

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empresas autorizadas tras realizar las tareas de mantenimiento y llevadas a un sitio de disposición final autorizado.

Indicador que acredita su cumplimiento

» Obtención del Permiso Ambiental Sectorial Mixto N*140 para la construcción y funcionamiento de los sitios destinados al almacenamiento transitorio de residuos sólidos, durante la fase de Construcción, otorgados por la SEREMI de Salud respectiva

  • Obtención del Permiso Ambiental Sectorial Mixto N*142 para sitio destinado al almacenamiento de residuos peligrosos, otorgado por la SEREMI de Salud respectiva.

  • Declaración de Residuos (RETC).

  • Se mantendrán copias de las Autorizaciones Sanitarias de las empresas transportistas de residuos peligrosos.

  • Se mantendrá un registro de las facturas y/o guías de despacho de los residuos sólidos expedidos del Proyecto. Copias de SIDREP en caso de que aplique.

  • Se mantendrá copia de las autorizaciones sanitarias de las empresas de disposición final donde serán enviados los residuos sólidos peligrosos.

Forma de control y

  • Registro de reportes cargados en el RETC disponibles para su

seguimiento control y verificación. »__ Verificación de las Resoluciones Sanitarias Norma D.S. N* 148/2003, del Ministerio de Salud, Reglamento Sanitario

sobre Manejo de Residuos Peligrosos

Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento

Construcción

Parte, obra o acción a la que aplica

El Proyecto generará residuos peligrosos por lo que se establecerá un sitio específico para el almacenamiento temporal

Forma de cumplimiento

La bodega de residuos peligrosos contará con todas las condiciones sanitarias y de seguridad; tendrá con una base continua, impermeable y resistente, tanto estructural como químicamente a los residuos. El titular presentará todos los antecedentes necesarios a la autoridad sanitaria para el funcionamiento del sitio de almacenamiento temporal de residuos peligrosos.

El transporte y disposición final de los residuos generados por el Proyecto se realizará a través de empresas que cuenten con Autorización Sanitaria vigente.

Se cumplirá con el “Sistema de Declaración y Seguimiento de Residuos Peligrosos” y con poner a disposición del transportista las respectivas hojas de seguridad para el transporte de residuos peligrosos,

Posterior a la obtención de la RCA, se tramitará sectorialmente el PASM 142. Para estos efectos, en la presente DIA se entregan los antecedentes formales y requisitos técnicos establecidos para la aprobación ambiental del PASM 142 del Reglamento del SELA.

Indicador que acredita su cumplimiento

  • Obtención del Permiso Ambiental Sectorial Mixto N*142 para sitio destinado al almacenamiento de residuos peligrosos, otorgado por la SEREMI de Salud respectiva.

» Declaración de Residuos (RETC).

*» Copia de contrato celebrado con empresa autorizada de realizar el retiro de los residuos en etapa de construcción, operación y cierre.

» Declaración de Residuos Peligrosos (RETC).

  • Se mantendrán registros de la salida a disposición final.

  • Se mantendrán copias de las Autorizaciones Sanitarias de las empresas transportistas de residuos peligrosos.

  • Se mantendrá un registro de las facturas y/o guías de despacho de los residuos sólidos expedidos del Proyecto. Copias de SIDREP en caso de que aplique,

  • "Se mantendrá copia de las autorizaciones sanitarias de las empresas de disposición final donde serán enviados los

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residuos sólidos peligrosos.

Forma de control y seguimiento

  • Registro de reportes cargados en el RETC disponibles para su control y verificación. » Verificación de las Resoluciones Sanitarias

Referencia al ICE para mayores detalles

Capítulo 8, acápite 8.2

7.7. COMPONENTE/MATERIA: Sustancias peligrosas

Norma D.S. N* 43/2016, del Ministerio de Salud, Reglamento de Almacenamiento de Sustancias Peligrosas Fase del Proyecto a la que Construcción y cierre

aplica o en la que se dará cumplimiento

Parte, obra o acción a la que aplica

fases de construcción y cierre.

Forma de cumplimiento

El almacenamiento de los productos químicos, serán manejadas de acuerdo al Párrafo al “Del Almacenamiento de Pequeñas cantidades” y del artículo 19 del D.S. N? 43/2015, del Ministerio de Salud, es decir que no se requerirá de la instalación de una bodega de sustancias peligrosas. Estas condiciones cumplirán con lo siguiente:

  • Las sustancias peligrosas podrán almacenarse sobre el piso o en estanterías de material liso no absorbente, en instalaciones que no estén destinadas al almacenamiento o que no constituyan una bodega, cuando su cantidad total no sea superior a 600 kg o L.

» — * El lugar donde estén almacenadas las sustancias peligrosas deberá contar con un sistema de control de derrames, que puede consistir en materiales absorbentes o bandejas de

contención. + Contar con un sistema manual de extinción de incendios, a base de extintores, compatibles con los productos

almacenados, en que las cantidades, distribución, potencial de extinción y mantenimiento, entre otros aspectos, deberán estar de acuerdo con lo establecido en el decreto N* 594 de 1999, del Ministerio de Salud, Reglamento sobre Condiciones Sanitarias y Ambientales Básicas en los Lugares de Trabajo.

  • Se deberá contar con las hojas de datos de seguridad de cada una de las sustancias almacenadas a disposición de quienes las

manejan. Indicador que acredita su Los indicadores de cumplimiento serán los siguiente: cumplimiento . Presencia de un sistema de control de derrames . Presencia de extintores en buen estado . Presencia de hojas de seguridad Forma de control y . Registro mantenciones de extintores seguimiento » Registro visual de sistema de control de derrames y hojas de seguridad Norma Resolución N* 610, de la Superintendencia de Electricidad y

Combustibles, Prohíbe el uso de bifenilos policlorados (PCB) en equipos eléctricos

Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento

Construcción

Parte, obra o acción a la que aplica

El proyecto considera el empleo de grupos (generadores eléctricos) en su fase de construcción.

electrógenos

Forma de cumplimiento

El proyecto no utilizará de manera alguna, bifenilos policlorados, cualquiera sea el equipo o la instalación eléctrica que se emplee.

Indicador que acredita su cumplimiento

Documentos que certifiquen que el aceite está libre de PCB.

Forma de control y seguimiento

Revisión de los documentos que certifiquen que el aceite está libre de PCB.

Referencia al ICE para

Capítulo 8, acápite 8.2

24

mayores detalles

7.8. COMPONENTE/MATERÍIA: Flora y vegetación

Norma

D.S. N*4363 de 1931, Aprueba texto definitivo de la Ley de Bosques

Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento

Fase de construcción

Parte, obra o acción a la que aplica

Las actividades del Proyecto contemplan la corta de formaciones de bosque en terrenos de aptitud preferentemente forestal

Forma de cumplimiento

Para las actividades de corta o intervención de bosques nativos y plantaciones forestales se presentará Plan de Manejo a CONAF. Al respecto en el Anexo 02 de la Adenda complementaria, se presentan los antecedentes técnicos y requisitos formales que acreditan el cumplimiento del PAS 148

Indicador que acredita su cumplimiento

Aprobación ambiental y sectorial del PAS 148. A nivel sectorial, este permiso se tramitará oportunamente, antes de las obras de ejecución del proyecto, y una copia de este se tendrá en las oficinas del proyecto a disposición de las autoridades en caso de requerirla.

Forma de control y

Comunicaciones, notificaciones e informes de monitoreo enviados a

seguimiento CONAF sobre las actividades relacionadas con el PAS 148, cuyos contenidos se incluyen en el Anexo 11 de la DIA. Registros propios de CONAF

Norma Ley N* 20.283, Ley sobre Recuperación del Bosque Nativo y

Fomento Forestal

Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento

Fase de construcción

Parte, obra o acción a la que aplica

Del total de las obras descritas como parte del Proyecto, 10.81 hectáreas de bosque nativo serán taladas durante la etapa de construcción del proyecto, Se presentan asociaciones entre especies nativas e introducidas que se desarrollan sobre sectores planos y cuyas coberturas son semidensas (50%-75% de recubrimiento). Entre las especies nativas dominantes del estrato superior destacan Quillaja saponaria, Lithraea caustica, Schinus polygamaus, Maytenus boaria, Luma apiculata y las exótica Pinus radiata y Acacia melanoxylon. La altura de este estrato varía entre los 4 y6 metros. Algunos ejemplares arbustivos presentes son Baccharis linearis, Rosa rubiginosa y Rubus ulmifolius, mientras que el estrato bajo está cubierto principalmente por las herbáceas Briza máxima, Oenothera stricta, Echium vulgare, Eryngium rostratum y Herbetia lahue, entre otras.

Forma de cumplimiento

Implementación de Plan de manejo corta y reforestación de bosques nativos para ejecutar obras civiles

Indicador que acredita su

Obtención de Resolución de CONAF

cumplimiento Forma de control y Comunicaciones, notificaciones e informes enviados a CONAF y la seguimiento Superintendencia de Medio Ambiente

Referencia al ICE para mayores detalles

Capítulo 8, acápite 8.3

7.8. COMPONENTE/MATERIA: Fauna

Norma

Ley N? 4.601/1996, Ministerio de Agricultura. Ley de Caza

Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento

Fase de construcción

Parte, obra o acción a la que aplica

Dentro del área de influencia del Proyecto se identificaron 6 especies que se encuentran en categoría de conservación según la legislación nacional vigente, correspondiente al anfibio Pleuwrodema thaul (sapito de cuatro ojos); al ave Gallinago paraguaiae (becacina común); y a los mamíferos Lasiurus cinereus (murciélago

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implementar para controlar la emergencia

alarma y si es pertinente la evacuación hacia las zonas de seguridad.

Los trabajadores deberán quedarse en la zona de seguridad y esperar instrucciones por la supervisión.

Producido un temporal, el titular procederá a evaluar los daños en la estructura física. . En caso de que existen daños que impidan el normal funcionamiento, se informará

Oportunidad y vías de comunicación a la SMA de la activación del Plan de Emergencia

Se informará a la SMA a través del Módulo de avisos de contingencias e incidentes dentro de las 24 horas de ocurrido el evento que se informa

Referencia al ICE o documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada

Capítulo 7 Sección 7.1.2

11.5. Riesgo o contingencia: Derrame de sustancias peligrosas en áreas de trabajo,

durante su transporte

cursos de agua y

Fase del Proyecto a la que aplica

Fase de construcción y cierre

Parte, obra o acción asociada

Almacenamiento y manejo de sustancias peligrosas

Acciones o medidas a implementar

Medidas de seguridad asociadas al transporte:

. El transporte de combustible será realizado por empresas autorizadas.

. El transporte de líquidos, tales como combustible y otros que se puedan requerir en la faena, se regirán por las disposiciones de la legislación vigente.

El transportista o conductor poseerá la licencia adecuada, en conjunto a la capacitación necesaria para responder en caso de accidentes, con derrame de las sustancias transportadas.

. Los conductores de los vehículos de transporte contarán con capacitación en el manejo y manipulación de las sustancias que transportan, así como en procedimientos de primeros auxilios y control de eventuales derrames (incluye la instrucción de los procedimientos asociados al manejo de sustancias peligrosas).

. El transporte de sustancias peligrosas contará con las Hojas de Seguridad respectivas, que contendrán entre otros datos, las características de las sustancias, sus riesgos y los procedimientos de emergencia que deberán activarse en caso de declaración del riesgo.

Medidas de seguridad asociadas

manipulación:

. Se capacitará al personal que manipule y almacene este tipo de sustancias, en las instalaciones de faenas.

. Se dispondrá de un área especial de almacenamiento para estos materiales al interior de la instalación de faenas, la cual estará debidamente señalizada y acondicionada según lo dispuesto por las autoridades competentes.

. Los tambores de combustibles y aceite se dispondrán sobre pallets de madera u otros dispositivos con el objeto de facilitar su transporte y evitar la humedad y corrosión de estos, por efecto del contacto directo entre los tambores y el suelo.

. Se dispondrá en esta área de elementos que permitan la contención de derrames de mediana magnitud.

. Los recintos de acopio de estas sustancias contarán con las Hojas de Seguridad respectivas, que contendrán entre otros datos, las características de las sustancias, sus riesgos y los procedimientos de emergencia que deberán activarse en caso

al almacenamiento y

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de declaración del riesgo.

. La carga de combustible a maquinarias y equipos utilizados durante la construcción se hará en un área previamente definida y claramente demarcada

. Los aceites de cambio y otros desechos aceitosos se almacenarán en lugares adecuados y en tambores vacios y cerrados, para su posterior disposición en lugares autorizados o devolución a los proveedores.

. Cabe indicar que, para el funcionamiento de la maquinaria y vehículos motorizados a utilizar en la construcción de obras, se requerirá de petróleo diésel y gasolina, los que serán abastecidos por empresas distribuidoras locales.

. Conforme al DS N? 379/86 del Ministerio de Economía, que regula el almacenamiento de combustibles líquidos derivados del petróleo destinado a consumo propio, se exigirá a los contratistas la inscripción de estanques de combustibles en los registros de la Superintendencia de Electricidad y Combustibles (SEC), siempre que éstos tengan una capacidad superior a 1,1 mi, en caso contrario, no será necesario su inscripción en dicho registro.

Forma de control y seguimiento

. Copia de contrato celebrado con empresa autorizada de realizar el retiro de los residuos en etapa de construcción, operación y cierre.

. Se mantendrán registros de entrada/salida de sustancias y residuos peligrosos.

. Se mantendrán copias de las Autorizaciones Sanitarias de las empresas transportistas de residuos peligrosos.

. Se mantendrán copias de las Autorizaciones Sanitarias de la Bodega de Repuestos y Bodega de RESPEL.

. Se mantendrá copia de las autorizaciones sanitarias de

las empresas de disposición final donde serán enviados los residuos sólidos peligrosos.

Acciones o medida a implementar para controlar la emergencia

Fases de construcción y cierre: Se deberá dar cumplimiento a todo lo indicado en el punto

anterior respecto de accidentes de tránsito y/o en el interior de recintos o frentes de trabajo, en adición a esto se deberá cumplir con al menos uno de los siguientes puntos según corresponda a la envergadura o complicación de atención de la emergencia.

a) En caso de derrame debido a accidente de tránsito se deberá cumplir, al menos, con lo siguiente:

a.1) Acciones Iniciales:

  • El chofer, operador u otro dará aviso Inmediato al Supervisor Directo y tratará de contener el derrame mediante la generación de diques de tierra u otro elemento del que disponga.

  • Se verificará si hay personas que se hayan visto afectadas por el derrame. En caso de que se requiera, se procederá a utilizar los elementos apropiados para resguardar primero la vida y salud de dichas personas.

  • Se determinará la naturaleza del derrame respecto de si esta es producto de sustancias transportadas o procedentes del vehículo siniestrado.

  • Si corresponde a transporte de sustancias se identificará el tipo de productos transportados y que sean causantes del derrame a través de la individualización de los productos contenidos en el vehículo y sus registros, además se solicitará la copia de las hojas de seguridad de los productos transportados y el procedimiento en caso de emergencia establecido en la Guía GRE, de no encontrarse, se procederá a buscar por parte del Comité de Emergencias

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del registro en su copia de la Guía GRE.

a.2) Acciones de Control:

Se procederá a llamar al número de emergencia consignado en el vehículo de transporte, llamar a Bomberos y Carabineros más cercanos al lugar del accidente.

Como acción inmediata de precaución, aislé el área del derrame o escape como mínimo cincuenta metros en todas las direcciones.

En caso de derrames de líquidos, trate de contener el avance de este mediante la confección de diques de tierra en círculos concéntricos, evite la utilización de maquinarias que puedan provocar chispas hasta definir la naturaleza de la sustancia derramada.

Verifique las condiciones y presencia de cuerpos de agua superficial (ríos, lagos u otros) que se puedan ver afectados, de ser necesario cave zanjas para desviar los flujos. Mediante el Comité de Emergencia trate de taponear o sellar los puntos de fuga de sustancias a través del uso de piezas de madera.

Mantener alejado al personal no autorizado.

Si se trata de un evento que por su envergadura puede afectar a terceros producto de la emergencia, se dará aviso inmediato a la Autoridad Sanitaria y a las municipalidades involucradas, sobre la localización y magnitud del evento, para dar cumplimiento a esto el comité de emergencias, la ITO y el Titular contarán con un listado de teléfonos con todos los servicios, municipalidades, bomberos y carabineros de cada localidad involucrada en el proyecto,

a.3) Acciones Posteriores:

Una vez controlada la fuente del derrame se procederá a retirar todo el material contaminado y dando especial cuidado a dar cumplimiento a lo indicado en el DS 148, la cual deberá, al menos, dar cumplimiento a los siguientes puntos:

Si el derrame es de combustibles y/o aceites derivados de hidrocarburos, se procederá a retirar todo el material contaminado, colocando este en bolsas plásticas las cuales serán selladas y transportadas a botaderos que cuenten con resolución sanitaria adecuada.

Si eventualmente hubiese producto derramado, éste será recogido con pala para vaciarlo a un envase que se pueda cerrar herméticamente y colocarlo también dentro de una bolsa plástica gruesa que, a su vez, debe cerrarse. Se utilizarán envases de polietileno.

Tanto la disposición final de la sustancia como la correspondiente limpieza del vehículo de transporte (restos contaminados producto del accidente), serán realizadas por una empresa especializada en el tratamiento de residuos peligrosos y con su aprobación sanitaria y con su respectiva Resolución de Calificación Ambiental.

El prestador de servicios (EPS) deberá mantener copias de la documentación respectiva, tanto del transporte como de la disposición final de los residuos generados acorde a lo especificado en el DS 148.

Si el accidente ocurriese en una vía de transito pública se incorporarán las acciones necesarias que permitan un despeje oportuno y rápido de la vía afectada en coordinación con Carabineros de Chile y la Dirección de Vialidad, para esto tanto la EPS como el Titular pondrán a disposición los medios necesarios para dar soporte a estas instituciones.

En caso de no haber derrame de sustancias peligrosas y tras

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la obtención por parte de Carabineros de Chile, se procederá a recuperar los contenedores o embalajes de producto desplazándolos fuera de la zona de circulación y luego de esto realizar las acciones tendientes a que el vehículo siniestrado sea retirado para permitir la libre circulación de los vehículos.

La persona a cargo del control de la emergencia mantendrá permanente contacto con el Titular para informarle de avances, modificaciones y/o recibir instrucciones o acotaciones.

Luego de controlada la emergencia, es Supervisor Directo y el Jefe de Terreno deberán emitir un informe donde se consigne la naturaleza de los aspectos ambientales involucrados en la emergencia, los impactos generados, las medidas de mitigación y de control efectuadas, de ser necesario establecerá las medidas de seguimiento adecuadas; no será inimputable ante la emergencia por parte de subcontratistas, por lo que la EPS y/o el Titular deberán velar por el cumplimiento de este punto.

La evaluación de un accidente con derrame considerará el estado de los recursos hídricos superficiales y subterráneos que pudieran verse afectados y será consignado en el Informe.

El Informe Técnico realizado será revisado por el Titular, el cuál remitirá una copia a la Autoridad Ambiental, la Autoridad Sanitaria, así como a las reparticiones involucradas (Vialidad, DGA, Ministerio de Agricultura, etc.).

Se realizará una investigación interna sobre las causas que originaron el evento y la eficiencia o suficiencia de las acciones preventivas o correctivas adoptadas con el fin de corregir los procedimientos que eviten que la aparición de dicha situación en el futuro.

b) Para el caso de derrames de sustancias peligrosas (productos químicos o contaminantes, aceites, lubricantes, pinturas, etc.) al suelo Dadas las características de productos utilizados para las distintas Fases del proceso, en general se trabajará con sustancias derivadas de los hidrocarburos, por lo que en general será aplicable lo estipulado en la Guía GRE. No obstante, se aplicará como mínimo:

Identificar y localizar el foco que provoca contaminación, sea esta causado por un derrame accidental de una sustancia almacenada temporalmente o a causa de fugas en alguna maquinaria o dispositivo, para proceder inmediatamente a su control y neutralización.

Detectado el punto de fuga este será controlado mediante la contención del derrame procediendo a embolsar el recipiente afectado y sellándolo.

Como acción inmediata de precaución se aislará el área del derrame o escape como mínimo cincuenta metros en todas las direcciones.

Si la contaminación es provocada por una fuga en maquinaria o equipo, se procederá a tratar de sellar esta fuga mediante la aplicación de una cinta de goma o similar, si esta no es capaz de controlar la fuga se detendrá el uso del equipo o maquinaria o se enviará a taller autorizado para su revisión y control.

Una vez controlada la fuente del derrame se procederá a retirar todo el material contaminado y dando especial cuidado a dar cumplimiento a lo indicado en el DS 148, la cual deberá, al menos, dar cumplimiento a los siguientes

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puntos:

  • Si el derrame es de combustibles y/o aceites derivados de hidrocarburos, se procederá a retirar todo el material contaminado, colocando este en bolsas plásticas las cuales serán selladas y transportadas a botaderos que cuenten con resolución sanitaria adecuada.

  • Si eventualmente hubiese producto derramado, éste será recogido con pala para vaciarlo a un envase que se pueda cerrar herméticamente y colocarlo también dentro de una bolsa plástica gruesa que, a su vez, debe cerrarse. Se utilizarán envases de polietileno,

  • Tanto la disposición final de la sustancia como la correspondiente limpieza del vehículo de transporte (restos contaminados producto del accidente), serán realizadas por una empresa especializada en el tratamiento de residuos peligrosos y con su aprobación sanitaria y con su respectiva Resolución de Calificación Ambiental.

  • El prestador de servicios (EPS) deberá mantener copias de la documentación respectiva, tanto del transporte como de la disposición final de los residuos generados acorde a lo especificado en el DS 148.

  • En caso de no haber derrame de sustancias peligrosas y tras la obtención por parte del Jefe de Terreno o el Representante por parte del Titular, se procederá a recuperar los contenedores o embalajes de producto desplazándolos fuera de la zona de circulación y luego de esto realizar las acciones tendientes a restaurar las condiciones anteriores a la ocurrencia del accidente.

  • La persona a cargo del control de la emergencia mantendrá permanente

contacto con el Titular para informarle de avances, modificaciones y/o recibir instrucciones o acotaciones.

  • Luego de controlada la emergencia, es Supervisor Directo y el Jefe de Terreno deberán emitir un informe donde se consigne la naturaleza de los aspectos ambientales involucrados en la emergencia, los impactos generados, las medidas de mitigación y de control efectuadas, de ser necesario establecerá las medidas de seguimiento adecuadas; no será inimputable ante la emergencia por parte de subcontratistas, por lo que la EPS y/o el Titular deberán velar por el cumplimiento de este punto.

  • La evaluación de un accidente con derrame considerará el estado de los recursos hídricos superficiales y subterráneos que pudieran verse afectados y será consignado en el Informe.

  • El Informe Técnico realizado será revisado por el Titular, el cuál remitirá una copia a la Autoridad Ambiental, la Autoridad Sanitaria, así como a las reparticiones involucradas (Vialidad, DGA, Ministerio de Agricultura, etc.).

  • Se realizará una investigación interna sobre las causas que originaron el evento y la eficiencia o suficiencia de las acciones preventivas o correctivas adoptadas con el fin de corregir los procedimientos que eviten que la aparición de dicha situación en el futuro,

  • Cada Instalación de Faenas contará con los elementos necesarios para la implementación de este procedimiento, para el retiro de la sustancia peligrosas derramadas, sean éstos palas, maquinaria, envases de almacenamiento provisorios, bolsas plásticas, etc. según se requiera. Asimismo, se deberán establecer y seguir los procedimientos confeccionados para cada caso, así como

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las recomendaciones establecidas en las Hojas de Seguridad de cada producto utilizado.

c) En caso de derrames de sustancias peligrosas a cursos de agua.

Para la aplicación de derrames será aplicable los puntos expresados anteriormente, teniendo cuidado de aplicar las herramientas necesarias de apoyo para el control de la emergencia.

El Titular aplicará el Plan de Contingencia: Control de contaminación accidental de cursos de agua, informando a la Dirección General de Aguas y organizaciones de canalistas involucradas y pertinentes para realizar el corte de aguas arriba y aguas debajo de cauce.

Una vez presente las unidades de emergencia en el lugar del derrame, cuya labor es concurrir oportunamente al lugar del accidente con personal y equipos apropiados para atender la emergencia, deberán realizar una evaluación inicial para establecer las acciones a seguir.

Se deberá determinar la extensión del derrame, especialmente si es costero o fluvial y su trayectoria. Igualmente se deberá identificar posibles recursos naturales y bienes muebles e inmuebles posiblemente afectados.

La empresa deberá identificar y detallar las medidas que se aplicarán para minimizar el impacto Ambiental y la restauración del medio. Esto deberá considerar duración, equipos a emplear, personal requerido, métodos y el área que se restaurará. Adicionalmente la empresa contratará los servicios profesionales de una empresa especialista en este tipo de derrames, para asegurar el restablecimiento del área afectada, esto se realizará en forma inmediata al término de la emergencia, de forma de establecer un cronograma de restauración.

Se elaborará, un programa de seguimiento o monitoreo post derrame. Se deberá llevar un registro mediante fotografías el área afectada posterior al derrame, identificando las áreas contaminadas y áreas limpias.

Deberá realizarse un muestreo del sedimento del fondo del curso afectado a fin de certificar que se ha extraído toda la contaminación del lugar. El monitoreo y sus parámetros deberán tener relación con elementos relacionados o indicadores de la sustancia derramada, pH, Sólidos Totales Disueltos, Hidrocarburos, Plomo, Arsénico, Fierro, etc. Se deberá muestrear como referencia los parámetros estipulados en el Decreto Supremo Número 90/2000 del MINSEGPRES, sobre norma de emisión a cursos de agua y/o Norma Chilena 1333 para Diferentes Usos del agua: Uso Riego - Recreacional - Bebida de Animales. Adicionalmente se contratarán los servicios especializados de una auditoría externa para la verificación del cumplimiento del programa de seguimiento y monitoreo hasta la verificación de la descontaminación del medio afectado.

Finalmente y una vez remediada el área afectada, se deberán enviar copias de los resultados y de los informes de las auditorías externas realizadas en el lugar a los organismos fiscalizadores gubernamentales para garantizar la limpieza del curso de agua.

Oportunidad. y vías de comunicación a la SMA de la activación del Plan de Emergencia

Se informará a la SMA a través del Módulo de avisos de contingencias e incidentes dentro de las 24 horas de ocurrido el evento que se informa.

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Referencia al ICE o documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada

Capítulo 7 Sección 7.1.3

11.4. Riesgo o contingencia: Incendio en el Área de faenas

Fase del Proyecto a la que aplica

Fase de construcción, operación y cierre.

Parte, obra o acción asociada

Area de faenas del Proyecto

Acciones o medidas a implementar

Fase de construcción y cierre: + El contratista se regirá por las medidas y obligaciones

establecidas por el titular para minimizar el riesgo de incendio.

  • En la instalación de faenas se construirán recintos especialmente habilitados para el almacenamiento de combustible y otras sustancias inflamables. Los materiales inflamables se mantendrán en forma ordenada y clasificada al interior del recinto. El prevencionista de riesgos realizará una inspección permanente, detectando posibles fallas en los procedimientos de manejo de estas sustancias.

» Los contratistas dispondrán en las áreas de trabajos e instalación de faenas, de los elementos básicos requeridos para combatir cualquier amago de fuego o incendio, según lo establecido por la normativa vigente en esta materia (extintores, mangueras, tambores con arena, etc.).

» Serealizará un monitoreo del área afectada para evaluar e informar daños a la Autoridad Pertinente, si existe un daño ambiental o comunitario.

Fase de operación: » Por el tipo de obras, no se contemplan acciones

especiales para eventos de incendio durante esta fase, excepto aquellas que establece la Ley.

Forma de control y seguimiento

  • Se mantendrán copias de las Autorizaciones Sanitarias de la Bodega de Repuestos y Bodega de RESPEL.

  • Se mantendrán copias de las Autorizaciones Sanitarias de la Bodega de Repuestos y Bodega de RESPEL.

» Se mantendrá un registro de inspección de bodegas.

Acciones o medida a implementar para controlar la emergencia

» Se activará la alarma de incendio.

  • Se dará aviso de inmediato al jefe de emergencias y al coordinador de emergencias.

  • Se activará el procedimiento contra incendios, se utilizará extintores para extinguir el fuego, sólo si el siniestro es controlable.

» Si no es posible controlar la situación se dará aviso inmediato a Bomberos y se evacuará a los trabajadores hacia las zonas de seguridad.

  • Se inspeccionará el área verificando la presencia de heridos. Si este fuera el caso se trasladará de inmediato hasta un centro asistencial.

  • Se deberá investigar las causas del siniestro

  • Sólo podrán reactivarse las actividades una vez que el siniestro este controlado.

Oportunidad y vías de

Se informará a la SMA a través del Módulo de avisos de

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comunicación a la SMA de la activación del Plan de Emergencia

contingencias e incidentes dentro de las 24 horas de ocurrido el evento que se informa.

Referencia al ICE o documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada

Capítulo 7 Sección 7.1.4

11.5. Riesgo o contingencia: Uso de equipo y maquinaria pesada

Fase del Proyecto a la que aplica

Fase de construcción, operación y cierre.

Parte, obra o acción asociada

Area de faenas del Proyecto

Acciones o medidas a implementar

Fase de construcción: + El Contratista implementará un procedimiento formal

para la operación que permita atender de forma segura la conducción y Operación de maquinarias, el cual permanecerá al interior de cada equipo.

» Se capacitará a los operadores y conductores respecto de las acciones a seguir ante un siniestro.

» Se implementará la señalización adecuada en el área de construcción La operación de equipos no deberá exceder los máximos permitidos de acuerdo con el manual de operación.

  • Se implementará un plan de mantención de equipos y maquinarias.

» En caso de detectarse alguna intervención de un sitio arqueológico, se debe detener la obra en ese sector e informar a las autoridades.

» El supervisor será el responsable de resguardar el sitio arqueológico en las mismas condiciones que se detectó.

Fase de operación y cierre: No se contemplan acciones especiales durante esta fase

excepto aquellas que establece la Ley.

Forma de control y seguimiento

  • Se mantendrá registro de las licencias de conducir de los conductores de maquinaria pesada.

  • Se mantendrá registro de las capacitaciones de seguridad vial.

» Fotografía de señaléticas instaladas por el proyecto.

Acciones o medida a implementar para controlar la emergencia

  • Se informará al jefe de terreno del accidente.

» Se dimensionará la emergencia

» Se clasificará el evento (leve, serio, grave).

» Se activará el Plan de Comunicaciones si la situación lo amerita con Ambulancia (131), Bomberos (132) y Carabineros (133), informando acerca de la ocurrencia del accidente, la gravedad de éste y la identificación de las personas y vehículos involucrados.

  • Se demarcará el área afectada, prohibiendo el ingreso a la zona del accidente.

  • Se inspeccionará, por parte del personal calificado, el área verificando la presencia de heridos. Si este fuera el caso se trasladará de inmediato hasta un centro asistencial.

  • Una vez controlada la situación. se procederá a restaurar la vialidad disponiendo equipos y maquinaria para ayudar a despejar la ruta en el más breve plazo (una vez que la autoridad responsable lo autorice).

  • Se dará aviso oportuno a las compañías de seguros involucradas.

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  • Se entregará información oportuna a los encargados en la empresa.

  • Se registrará e informará el accidente en un formulario previamente definido. Se realizará una completa descripción de la respuesta frente a la emergencia, recolectando todas las evidencias posibles, con el fin de hacer las correcciones que el caso amerite y mejorar los procedimientos.

Oportunidad y vías de comunicación a la SMA de la

Se informará a la SMA a través del Módulo de avisos de contingencias e incidentes dentro de las 24 horas de ocurrido el

activación del Plan de| evento quese informa. Emergencia Referencia al ICE o documentos | Capítulo 7

del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada

Sección 7.1.5

11.6. Riesgo o contingencia: Atropello de fauna silvestre

Fase del Proyecto a la que aplica

Fase de construcción, operación y cierre.

Parte, obra o acción asociada

Transporte de material y personas

Acciones o medidas a implementar

  • Colocación de letreros de aviso de paso de animales,

» Regular la velocidad máxima dentro del área del proyecto de 15 - 20 km/hr,

+» Instalación de letreros, en ciertas áreas específicas de mayor frecuentación de que indiquen a los conductores que reduzcan la velocidad debido a la presencia de animales.

Forma de control y seguimiento

  • Registro de capacitación de prevención de accidentes. » Se mantendrá registro de las licencias de conducir de los conductores.

Acciones 0 «medida a implementar para controlar la emergencia

» Se informará al jefe de terreno del accidente.

» Se dimensionará la emergencia Se clasificará el evento (leve, serio, grave).

  • Una vez controlada la situación, se informará a las autoridades pertinentes, en caso de requerir se trasladará para la revisión de un veterinario.

  • Se entregará información oportuna a los encargados en la empresa.

  • Se registrará e informará el accidente en un formulario previamente definido.

Oportunidad y vías de comunicación a la SMA de la activación del Plan de Emergencia

Se informará a la SMA a través del Módulo de avisos de contingencias e incidentes dentro de las 24 horas de ocurrido el evento que se informa.

Referencia al ICE o documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción

detallada

Capítulo 7 Sección 7.1.6

11.7. Riesgo o contingencia: Condición desfavorable de almacenamiento o error en la clasificación

del residuo peligroso

Fase del Proyecto a la que aplica

Fase de construcción, operación y cierre.

Parte, obra o acción asociada

Manejo de residuos peligrosos

Acciones o medidas a implementar

  • Verificar el tipo de residuo a recolectar siendo revisado por personal idóneo para ser trasladado a los contenedores correspondientes (señalizados).

  • Revisar la rotulación de los contenedores, los cuales deben

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estar en línea con el tipo de residuo almacenado. » Realizar un seguimiento administrativo de los residuos que salen del proyecto a disposición final.

Forma de control y seguimiento

Chequear constantemente la coherencia entre el etiquetado de los contenedores con respecto a la del sitio de almacenamiento de residuos peligrosos.

Acciones o medida a implementar para controlar la emergencia

» Una vez declarada la emergencia, el Coordinador de Emergencias

» gestionará el apoyo logístico necesario solicitado por el Jefe de Emergencia, se comunicará en primer lugar con el centro asistencial más cercano, si debido a la emergencia se producen lesionas o daños a personas, dando aviso, de ser necesario, a los servicios externos de emergencia tales como bomberos, carabineros, etc.,

» Luego, el Coordinador de Emergencias, comunicará al gerente

+» general la situación que se vive en las instalaciones y de las medidas que se han tomado, será responsable de coordinar las acciones, dará la instrucción de terminar con las operaciones normales, debido a la existencia de condiciones peligrosas producto de la emergencia, ordenando detener y des energizar los equipos para proceder a la evacuación.

  • Finalmente, el Coordinador de emergencias será el responsable de informar a la Superintendencia del Medioambiente a través del módulo de aviso de Contingencias e Incidentes dentro del plazo de 24 horas de ocurrido el evento que se informa

Oportunidad y vías de comunicación a la SMA de la activación del Plan de Emergencia

Se informará a la SMA a través del Módulo de avisos de contingencias e incidentes dentro de las 24 horas de ocurrido el evento que se informa.

Referencia al ICE o documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada

Capítulo 7 Sección 7.1.7

11.8. Riesgo o contingencia: Derrame de residuos peligrosos en la faena

Fase del Proyecto a la que aplica

Fase de construcción, operación y cierre

Parte, obra o acción asociada

Manejo, almacenamiento y transporte de residuos peligrosos

Acciones o medidas a implementar

  • Identificar y localizar el foco que provoca contaminación, sea esta causado por un derrame accidental de una sustancia almacenada temporalmente o a causa de fugas en alguna maquinaria o dispositivo, para proceder inmediatamente a su control y neutralización.

  • Detectado el punto de fuga este será controlado mediante la contención del derrame procediendo a embolsar el recipiente afectado y sellándolo.

  • Como acción inmediata de precaución se aislará el área del derrame o escape como mínimo cincuenta metros en todas las direcciones.

  • Evaluar la gravedad de la situación, comprobando existencia del derrame y clasificándolo si se trata de Emergencia Menor o Emergencia Mayor a fin de definir las medidas apropiadas para su actuación.

Si el derrame es clasificado como menor:

  • Si el derrame o infiltración se produce desde tuberías, cortar el flujo en la línea afectada cerrando las válvulas correspondientes aguas arriba de la infiltración/rotura.

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» Si es el caso, detener la infiltración, cerrando envases adecuadamente, cambiando su posición para detener el derrame o colocándolo dentro de otro envase.

» Recuperar la sustancia derramada con los materiales dispuestos en el Kit de Emergencia.

Si el derrame es clasificado como mayor:

» Dar aviso a los servicios de emergencia externos tales como hospitales, bomberos, carabineros.

  • Se deberá socorrer en primer lugar a las personas lesionadas si las hubiere.

  • Los encargados de controlar el derrame, primeramente, deben acondicionarse con los elementos de protección personal.

» Bloquear desagies de alcantarillas, para evitar que el producto ingrese a estas instalaciones, contener el derrame con material disponible en el lugar mediante diques o cordones (zanjas) de arena, sacos de arena, tierra y/o aserrín.

» Marcar la zona de derrame con señales que adviertan de la situación.

  • Mantener al público alejado del área de peligro.

  • Colecte el derrame en recipientes, si esto es posible de hacer sin riesgos. Si se genera agua contaminada, debe ser recuperada en contenedores destinados a este fin.

» Una vez controlada la fuente del derrame se procederá a retirar todo el material contaminado y dando especial cuidado a dar cumplimiento a lo indicado en el DS 148, la cual deberá, al menos, dar cumplimiento a los siguientes puntos:

  • Si el derrame es de combustibles y/o aceites derivados de hidrocarburos, se procederá a retirar todo el material contaminado, colocando este en bolsas plásticas las cuales serán selladas y transportadas a la bodega de residuos peligrosos, para luego ser derivados a botaderos que cuenten con resolución sanitaria adecuada

Forma de control y seguimiento

Revisión periódica del estado de los recipientes donde se almacenan los residuos peligrosos.

Acciones 0 medida a implementar para controlar la emergencia

  • Eliminar todas las fuentes de ignición (no fumar, no usar bengalas, chispas o llamas en el área de peligro)

  • No tocar ni caminar sobre el material derramado

» Detener la fuga en el caso de poder hacerlo sin riesgo

  • Absorber con tierra seca, arena u otro material absorbente no combustible y transferirlo a contenedores

» Usar herramientas limpias a prueba de chispas para recoger el material absorbido

» Luego de efectuado el control, proceder a la recolección, re envasado y rotulado del residuo

» Efectuar monitoreo a componentes ambientales afectadas si procede.

Oportunidad y vías de comunicación a la SMA de la activación del Plan de Emergencia

Se informará a la SMA a través del Módulo de avisos de contingencias e incidentes dentro de las 24 horas de ocurrido el evento que se informa.

Referencia al ICE o documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada

Capítulo 7 Sección 7.1.8

11.9, Riesgo o contingencia: Incendios Forestales

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Fase del Proyecto a la que aplica | Fase de construcción, operación y cierre

Parte, obra o acción asociada El proyecto se emplaza en un área susceptible a incendios forestales debido a la presencia de vegetación y la condición climatológica del sector que presenta altas temperaturas en algunas épocas del año.

Acciones o medidas a + Capacitación en materia de prevención y control de

implementar incendios.

» Identificación de los sitios con riesgo de incendio y definición de zonas de seguridad.

» Instalación de señalética, prohibiendo fogatas, fumar, quema de basura.

  • Generación de lugares seguros para fumar al interior de las instalaciones.

  • Uso de fuego y trabajos en caliente sólo en lugares habilitados para ello

  • Disponer de equipamiento para combatir incendios.

+» Mantener las instalaciones libres de basura.

Forma de control y seguimiento » Registro de capacitaciones en prevención de incendio, » Registro de señalética y documentos que acrediten la adquisición de los equipos para combate de incendios.

Acciones Oo medida a + Se activará la alarma de incendio. implementar para controlar la + Se dará aviso de inmediato al jefe de emergencias y al emergencia

coordinador de emergencias.

  • Se activará el procedimiento contra incendios, se procederá a aislar el foco de incendio o hacer un primer ataque al foco del fuego con los extintores que habrá dispuestos en las instalaciones.

  • Si no es posible controlar la situación se dará aviso inmediato a CONAF (en caso de Incendio Forestal) o Bomberos y se evacuará a los trabajadores hacia las zonas de seguridad.

  • Se inspeccionará el área verificando la presencia de heridos. Si este fuera el caso se trasladará de inmediato hasta un centro asistencial.

» Sólo podrán reactivarse las actividades una vez que el siniestro este controlado.

Oportunidad y vías de| Se informará a la SMA a través del Módulo de avisos de comunicación a la SMA de la | contingencias e incidentes dentro de las 24 horas de ocurrido el activación del Plan de | evento que se informa.

Emergencia

Referencia al ICE o documentos | Capítulo 7 del expediente de evaluación Sección 7.1.9 que contenga la descripción

detallada

  1. Que, se ha podido establecer que el Proyecto no genera o presenta los efectos, características o circunstancias a que se refiere el artículo 85 del Reglamento del SEIA, en base al contenido del acta de la reunión realizada con grupos humanos pertenecientes a pueblos indígenas localizados en el área en que se desarrollará el Proyecto.

  2. Que, la DIA del proyecto PARQUE FOTOVOLTAICO CORCOLENES fue publicada en el Diario Oficial de la República de Chile con fecha 01/07/2019 y en el diario La Tercera con fecha 01/07/2019. La difusión radial se efectuó por medio de la radio RADIO SUR 92.1 FM entre los días 02/07/2019 y 08/07/2019, según consta en el certificado de difusión radial emitido por la misma radio, ingresado con fecha 19/07/2019 al Servicio de Evaluación Ambiental del Biobío.

Con fecha 15 de julio de 2019 se venció el plazo indicado en el artículo 30 bis de la Ley N*19.300, para la solicitud de realización de un proceso de participación ciudadana en declaraciones de

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impacto ambiental que se presenten a evaluación y que generen cargas ambientales para las comunidades próximas.

Vencido el plazo indicado en el artículo 30 bis de la Ley N*19,300, para la solicitud de realización de un proceso de participación ciudadana en declaraciones de impacto ambiental que se presenten a evaluación y que generen cargas ambientales para las comunidades próximas; no se recibieron solicitudes para la realización de un proceso de participación ciudadana.

  1. Que, el Titular deberá remitir a la Superintendencia del Medio Ambiente la información respecto de las condiciones, compromisos o medidas, ya sea por medio de monitoreos, mediciones, reportes, análisis, informes de emisiones, estudios, auditorías, cumplimiento de metas o plazos, y en general cualquier otra información destinada al seguimiento ambiental del Proyecto, según las obligaciones establecidas en la presente Resolución de Calificación Ambiental y las Resoluciones Exentas que al respecto dicte la Superintendencia del Medio Ambiente. De igual forma, y a objeto de conformar el Sistema Nacional de Información de Fiscalización Ambiental (SNIFA), el Registro Público de Resoluciones de Calificación Ambiental y registrar los domicilios de los sujetos sometidos a su fiscalización en conformidad con la ley, el Titular deberá remitir en tiempo y forma toda aquella información que sea requerida por la Superintendencia del Medio Ambiente a través de las Resoluciones Exentas que al respecto ésta dicte.

  2. Que, el Titular deberá informar a la Superintendencia del Medio Ambiente la realización de la gestión, acto o faena minima que da cuenta del inicio de la ejecución de obras, a que se refiere el Considerando 4.1 de la presente Resolución.

  3. Que, con el objeto de dar adecuado seguimiento a la ejecución del Proyecto, el Titular deberá informar a la Superintendencia del Medio Ambiente, al menos con una semana de anticipación, el inicio de cada una de las fases del Proyecto, de acuerdo a lo indicado en la descripción del mismo.

  4. Que, para que el proyecto “PARQUE FOTOVOLTAICO CORCOLENES” pueda ejecutarse, deberá cumplir con todas las normas vigentes que le sean aplicables.

  5. Que, el Titular deberá informar inmediatamente a la Secretaría de la Comisión de Evaluación de la Región del Biobío y a la Superintendencia del Medio Ambiente, la ocurrencia de impactos ambientales no previstos en la DIA, asumiendo inmediatamente las acciones necesarias para abordarlos.

  6. Que, el Titular del Proyecto deberá comunicar inmediatamente y por escrito a la Dirección Regional del SEA Servicio de Evaluación Ambiental, Región del Biobío la ocurrencia de cambios de titularidad, representante legal, domicilio y correo electrónico, de acuerdo a lo establecido en el inciso tercero del artículo 162 y artículo 163, ambos del Reglamento del SEIA.

  7. Que, se hace presente al Titular que cualquier modificación al Proyecto que constituya un cambio de consideración, en los términos definidos en el artículo 2? letra g) del Reglamento del SEIA, deberá someterse al SEIA.

  8. Que, todas las medidas, condiciones, exigencias y disposiciones establecidas en la presente Resolución, son de responsabilidad del Titular, sean implementadas por éste directamente o a través de un tercero.

RESUELVO:

  1. Calificar favorablemente la Declaración de Impacto Ambiental del proyecto “PARQUE FOTOVOLTAICO CORCOLENES”, de MVC Solar 27 SpA.

2*. Certificar que el proyecto “PARQUE FOTOVOLTAICO CORCOLENES” cumple con la normativa de carácter ambiental aplicable.

  1. Certificar que el proyecto “PARQUE FOTOVOLTAICO CORCOLENES” cumple con los requisitos de carácter ambiental contenidos en los permisos ambientales sectoriales que se señalan en los artículos 138, 140, 142, 146, 148, 156 y 160 del D.S. N* 40/2012 del Ministerio del Medio Ambiente, Reglamento del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental.

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49, Certificar que el proyecto “PARQUE FOTOVOLTAICO CORCOLENES” no genera los efectos, características o circunstancias del artículo 11 de la Ley N? 19.300, que dan origen a la necesidad de elaborar un Estudio de Impacto Ambiental.

  1. Definir como gestión, acto o faena mínima del Proyecto, para dar cuenta del inicio de su ejecución de modo sistemático y permanente, a los mencionados en el considerando 4.1 del presente acto.

6?. Hacer presente que contra esta Resolución es procedente el recurso de reclamación de acuerdo a lo dispuesto en el artículo 20 de la Ley N* 19.300, ante el Director Ejecutivo del Servicio de Evaluación Ambiental. El plazo para interponer este recurso es de treinta días contados desde la notificación del presente acto.

Anótese, Comuníquese, Notifíquese, y Archívese

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ES ¿gencia Región def SS a 6

| Suanes Araneda misión de Evaluación gión del Biobío

ARS/NCM/ncm

Distribución: e Sr. José Luciano Cruz Morandé, Representante legal MVC Solar 27 SpA Consejo de Monumentos Nacionales Superintendencia de Servicios Sanitarios Subsecretaría de Pesca y Acuicultura Dirección General de Aeronáutica Civil SEC, Región del Biobío SAG, Región del Biobío Ilustre Municipalidad de Los Ángeles Dirección de Vialidad, Región del Biobío Dirección Regional de Aeropuertos, Región del Biobío Dirección Regional de Obras Portuarias. Región del Biobío DOH, Región del Biobío DGA, Región del Biobío CONAF, Región del Biobío CONADI, Región del Biobío SEREMI MOP, Región del Biobío SEREMI de Agricultura, Región del Biobío SEREMI de Bienes Nacionales, Región del Biobío SEREMI de Energía, Región del Biobío

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SEREMI de Minería, Región del Biobío

SEREMI de Salud, Región del Biobío

SEREMI de Transporte, Región del Biobío

SEREMI de Vivienda y Urbanismo, Región del Biobío SEREMI del Medio Ambiente, Región del Biobío SEREMI de Desarrollo Social, Región del Biobío SERNAGEOMIN, Zona Sur

Servicio Nacional Turismo, Región del Biobío Servicio Nacional de Pesca, Región del Biobío Gobierno Regional del Biobío

Gobernación Marítima de Talcahuano

Miembros de la Comisión de Evaluación de la Región del Biobío Superintendencia de Medio Ambiente

Cc: + Expediente del Proyecto “Parque Fotovoltaico Corcolenes” + Archivo Servicio Evaluación Ambiental, Región del Biobío

[OCR parcial: primeras 25 y últimas 15 páginas de 43]