Actualización Proyecto Guanaco Solar
REPÚBLICA DE CHILE COMISIÓN DE EVALUACIÓN Región de Atacama
Califica Ambientalmente el proyecto “Actualización Proyecto Guanaco Solar”
Resolución Exenta N° 78
Copiapó, 12 de agosto de 2020
VISTOS:
1°. La Declaración de Impacto Ambiental (DIA), su Adenda de fecha 16 de agosto de 2019 y su Adenda Complementaria de fecha 26 de junio de 2020, del proyecto “Actualización Proyecto Guanaco Solar”, presentado por Fotovoltaica Norte Grande 4 SpA con fecha 22 de mayo de 2019.
2°. Los pronunciamientos y observaciones de los órganos de la administración del Estado que, sobre la base de sus facultades legales y atribuciones, participaron en la evaluación de la DIA, y que se detallan en el Capítulo III del Informe Consolidado de Evaluación (ICE) de la DIA del proyecto “Actualización Proyecto Guanaco Solar”.
3°. El Acta N° 11 de fecha 14 de junio de 2019 de la reunión realizada con grupos humanos pertenecientes a pueblos indígenas localizados en el área en que se desarrollará el proyecto “Actualización Proyecto Guanaco Solar”, conforme a lo previsto en el artículo 86 del D.S. Nº 40, de 2012, del Ministerio del Medio Ambiente, Reglamento del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental.
4°. El Acta de Evaluación N° 09 de fecha 22 de julio de 2020, del Comité Técnico de la Región de Atacama.
5°. El ICE de la DIA del proyecto “Actualización Proyecto Guanaco Solar” de 22 de julio de 2020.
6°. El acuerdo adoptado en sesión del 30 de julio de 2020 de la Comisión de Evaluación de la Región de Atacama.
7°. La Resolución Exenta Nº 79, de fecha 26 de junio de 2019 de la Dirección Regional del Servicio de Evaluación Ambiental de la Región de Atacama que dispuso la realización de un proceso de participación ciudadana, conforme a lo previsto en el artículo 30 bis de la Ley N° 19.300, sobre Bases Generales del Medio Ambiente.
8°. Los demás antecedentes que constan en el expediente de evaluación de impacto ambiental de la DIA del proyecto “Actualización Proyecto Guanaco Solar”.
9º. Lo dispuesto en la Ley Nº 19.300, Sobre Bases Generales del Medio Ambiente; el D.S. Nº 40, de 2012, del Ministerio del Medio Ambiente, Reglamento del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental (Reglamento del SEIA); la Ley N° 19.880, que Establece Bases de los Procedimientos Administrativos que Rigen los Actos de los Órganos de la Administración del Estado; la Ley N° 18.575, Ley Orgánica Constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado; la Resolución Exenta RA 119046/376/2019 del 17 de diciembre de 2019, de la Dirección Ejecutiva del Servicio de Evaluación Ambiental, que nombra a doña Verónica Ossandón Pizarro como Directora Regional y la Resolución Nº 7, de 2019, de la Contraloría General de la República. CONSIDERANDO:
1°. Que, Fotovoltaica Norte Grande 4 SpA (en adelante, el Titular), ha sometido al Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental (SEIA) la DIA del proyecto “Actualización Proyecto Guanaco Solar” (en adelante, el Proyecto). Los antecedentes del Titular son los siguientes:
Nombre o razón social Fotovoltaica Norte Grande 4 SpA Rut 76.213.021-1 Domicilio Calle Badajoz 130, oficina 1401, Las Condes Teléfono 2 2434 4260 Nombre representante legal Carlos Alberto Salazar Zavala Rut representante legal 10.394.263-2 Domicilio representante legal Badajoz 130, Oficina 1401, Las Condes Teléfono representante legal 2 2434 4260 Correo electrónico Titular o representante legal carlos.salazar@x-elio.com
2°. Que, conforme se indica en el ICE de fecha 22 de julio de 2020, la Directora del Servicio de Evaluación Ambiental de la Región de Atacama ha recomendado aprobar el Proyecto, por cuanto el proyecto cumple con la normativa de carácter ambiental aplicable identificada en la sección 8 del ICE; cumple con los requisitos de otorgamiento de carácter ambiental contenidos en los permisos ambientales sectoriales aplicables identificados en la sección 9 del mismo documento; no genera ni presenta los efectos, características o circunstancias del artículo 11 de la Ley N° 19.300, que dan origen a la necesidad de evaluar un Estudio de Impacto Ambiental; y el Titular subsanó los errores, omisiones e inexactitudes planteados en los Informes Consolidados de Aclaraciones, Rectificaciones y Ampliaciones.
3°. Que, en sesión del 30 de julio de 2020, la Comisión de Evaluación de la Región de Atacama acordó calificar favorablemente el proyecto “Actualización Proyecto Guanaco Solar”, aprobando íntegramente el contenido del ICE de fecha 22 de julio de 2020, el que forma parte integrante de la presente Resolución. Por lo tanto, conforme a lo indicado en el artículo 60 inciso segundo del Reglamento del SEIA, se excluyen de la presente Resolución las consideraciones técnicas en que se fundamenta.
4°. Que, según lo señalado en la DIA y sus anexos, en su Adenda, y en su Adenda Complementaria, los cuales forman parte integrante de la presente Resolución, la descripción del Proyecto es la que a continuación se indica:
4.1. ANTECEDENTES GENERALES Objetivo general El objetivo del Proyecto corresponde a la construcción de un parque fotovoltaico de 77 MWn con su respectiva línea de transmisión, para lo cual se cuenta con 3 alternativas de conexión. Tipología principal, así como las aplicables a sus partes, obras o acciones c.) Centrales generadoras de energía mayores a 3 MW. b) Líneas de transmisión eléctrica de alto voltaje y sus subestaciones b.1. Se entenderá por líneas de transmisión eléctrica de alto voltaje aquellas líneas que conducen energía eléctrica con una tensión mayor a veintitrés kilovoltios (23 kV). b.2. Se entenderá por subestaciones de líneas de transmisión eléctrica de alto voltaje aquellas que se relacionan a una o más líneas de transporte de energía eléctrica y que tienen por objeto mantener el voltaje a nivel de transporte. Vida útil 43 años Monto de inversión USD $ 57 MM Gestión, acto o faena mínima que da cuenta del inicio de la ejecución Habilitación de la instalación de faenas. Proyecto se desarrolla por etapas Si No
X Proyecto modifica un proyecto o actividad Si No
X Proyecto modifica otra(s) RCA Si No
X
4.2. UBICACIÓN DEL PROYECTO División político- administrativa Región de Atacama, Provincia de Chañaral, Comuna de Diego de Almagro Descripción de la localización La localización del Proyecto se justifica principalmente por corresponder a una zona óptima para la instalación de paneles fotovoltaicos, debido a sus altos niveles de radiación diaria y anual, lo que la hace asegurar un suministro continuo de energía. Además, el sector de emplazamiento del Proyecto cuenta con la adecuada conectividad vial, lejanía a centros urbanos y cercanía a líneas de transmisión y subestaciones para conectar la energía al Sistema Eléctrico Nacional. Superficie El terreno donde se emplazará la central fotovoltaica posee una superficie neta de 219,04 ha y el camino de acceso considera una superficie de 0,62 ha.
Por otro lado, la superficie para cada alternativa de línea de transmisión son las siguientes: - Alternativa de conexión 1: 0,52 ha - Alternativa de conexión 2: 5,4 ha - Alternativa de conexión 3: 23,4 ha
Superficie total del Proyecto Alternativa de conexión Superficie total Proyecto (ha) 1 220,18 2 225,06 3 243,06 . Coordenadas UTM en Datum WGS84 De acuerdo con lo indicado en la Tabla 1 del Capítulo 1 de la DIA las coordenadas de la Planta Fotovoltaica son las siguientes:
Punto Coordenadas (UTM, Datum WGS84, huso 19s Este Norte 1 406.546,85 7.087.882,79 2 406.561,08 7.086.977,62 3 406.154,44 7.086.565,81 4 404.723,62 7.085.907,77 5 404.557,70 7.086.249,12 6 404.548,53 7.086.755,39 7 406.033,43 7.087.797,69
Respecto de las coordenadas de las alternativas de líneas de transmisión 1, 2 y 3 se presentan en las Tablas Nº5, Nº6 y Nº7 del capítulo 1 de la DIA, respectivamente. Caminos de acceso El acceso se efectuará por la ruta C-13, tomando el desvío de la ruta C-179, hasta el km 7 de esta donde se toma el camino interno de acceso al área del parque fotovoltaico. Referencia al expediente de evaluación de los mapas, georreferenciación e información complementaria sobre la localización de sus partes, obras y acciones En el Anexo 1 de la Adenda se presenta la cartografía digital del Proyecto, información complementada con el Anexo 10 de la Adenda complementaria.
4.3. PARTES, OBRAS Y ACCIONES QUE COMPONEN EL PROYECTO 4.3.1. FASE DE CONSTRUCCIÓN Partes/obras Instalación de faenas Compuesta por oficinas, portería, bodegas, sectores de acopio de residuos, baños, vestidores, duchas y comedor. Cerco perimetral El cerco tendrá una altura de 2 m, estará conformado por alambre de acero galvanizado. Caminos El Proyecto contempla mejorar una huella existente para conectar la ruta C-179 con el área de la central. Además, se habilitarán caminos internos para acceder a los paneles, subestación y otras partes de la central. Los caminos se proyectan en un ancho de 7 metros y serán acondicionados con bischofita. Acciones Habilitación instalación de faenas Durante esta actividad se habilitarán oficinas, portería, bodegas, sectores de acopio de residuos, baños, vestidores, duchas y comedor, necesarios para el adecuado desarrollo de la fase de construcción. Movimiento de tierras Para realizar las actividades de movimientos de tierra se utilizarán bulldozer, motoniveladora y camiones tolva, los camiones serán encarpados antes de salir de la obra. Las excavaciones son requeridas para el cableado subterráneo, el cual será a través de canalizaciones subterráneas de aproximadamente de 1 metro de profundidad mínima y una anchura mínima de 0,6 metros. También se realizarán labores de acondicionamiento del terreno (relleno y terraplenado). El material removido producto de las excavaciones y escarpe será utilizado en el mismo terreno para nivelar. Instalación de vallado perimetral Se instalará un cercado en todo el perímetro del parque fotovoltaico. El cerco tendrá una altura de 2 m, estará conformado por alambre de acero galvanizado. En la parte superior contará con alambre de púas. Los postes metálicos contarán con una cimentación de hormigón. Habilitación de caminos La superficie contemplada para los caminos es de 10,35 ha. Los caminos se proyectan en un ancho de 7 metros y serán acondicionados con bischofita. Montaje de paneles Las estructuras metálicas que soportan los paneles podrán ir hincadas o sobre pilotes de hormigón armado. La técnica preferente será aquella donde los pilotes serán hincados directamente (enterrados) en el suelo mediante una hincadora de pilotes, mientras que cuando el terreno no permita el hincado directo, el soporte de paneles será mediante fundaciones de hormigón de micropilotes. Luego de que sean instaladas las estructuras de soporte, se instalarán los paneles fotovoltaicos sobre estas de manera directa. Montaje de edificios Se considera el montaje de estaciones de media tensión, centros de transformación/conversión AC/DC, bancos de baterías, control de acceso, subestación eléctrica (sala de celdas, y zona de transformador) y los edificios asociados a sala de control, construcción y mantenimiento (baños, bodegas, etc.). Instalación de subestación elevadora Se considera instalar una subestación elevadora de 33 kV a 110 kV, la cual estará formada por un transformador de 85 MVA, 33/110 kV y estará diseñada con un sistema de simple barra, con salida a línea de 110 kV. Para ello, se realizará una excavación de aproximadamente 130 m de largo, 130 m de ancho y 2 m de profundidad para la instalación de la malla de tierra de la subestación. Posterior a ello se ensamblarán las partes metálicas del portal y de todos los equipos considerados en la subestación a través de grúas. Habilitación línea de transmisión Para la instalación de las torres de la línea de transmisión, se procederá con la excavación, la cual es llevada a cabo por una retroexcavadora, la que retirará un aproximado de 27 m³ de material por estructura. También se realiza la excavación manualmente al alcanzar el fondo establecido por diseño y se mejoran las paredes. Se utilizarán fundaciones de relleno compactado o de hormigón. Si se realiza una conexión tipo Tap Off, esta consistirá en una derivación o conexión simple con el primer (alternativa de conexión 1) o segundo circuito (alternativa de conexión 2) de la línea Diego de Almagro - Llanta (110 kV), desde la línea eléctrica del proyecto para el suministro de energía. En el caso de que se utilice una conexión a través del seccionamiento por sobre el Tap Off, se considerará la construcción una subestación seccionadora en el primer (alternativa de conexión 1) o segundo circuito (alternativa de conexión 2) de la línea Diego de Almagro - Llanta (110 kV). Recursos naturales renovables El Proyecto no extraerá ningún recurso natural renovable. El agua será adquirida por proveedores autorizados. Emisiones y efluentes Emisiones atmosféricas
MP10: Durante la fase de construcción se generarán emisiones de material particulado MP10, estimándose en 32,074207 t/año. Estas emisiones serán generadas principalmente por movimiento de tierras, tránsito vehicular, combustión de los motores de maquinarias y camiones y el funcionamiento de un grupo electrógeno. Como forma de abatimiento se contempla la aplicación de bischofita en caminos no pavimentados, con 75% de eficiencia y frecuencia de aplicación 2 veces por semana; y se transportarán los materiales en camiones con la carga cubierta con lona.
MP2,5: Durante la fase de construcción se generarán emisiones de material particulado MP2,5, estimándose en 4,567546 t/año. Estas emisiones serán generadas principalmente por movimiento de tierras, tránsito vehicular, combustión de los motores de maquinarias y camiones y el funcionamiento de un grupo electrógeno. Como forma de abatimiento se contempla la aplicación de bischofita en caminos no pavimentados, con 75% de eficiencia y frecuencia de aplicación 2 veces por semana; y se transportarán los materiales en camiones con la carga cubierta con lona.
MP30: Durante la fase de construcción se generarán emisiones de material particulado MP30, estimándose en 70,815597 t/año. Estas emisiones serán generadas principalmente por movimiento de tierras, tránsito vehicular, combustión de los motores de maquinarias y camiones y el funcionamiento de un grupo electrógeno. Como forma de abatimiento se contempla la aplicación de bischofita en caminos no pavimentados, con 75% de eficiencia y frecuencia de aplicación 2 veces por semana; y se transportarán los materiales en camiones con la carga cubierta con lona.
Gases: Durante la fase de construcción se generarán emisiones gases, estimándose en 7,464790 t/año para CO, 34,687608 t/año para NOx, 0,435535 t/año para SO2, 0,001497 t/año para NH3 y 3,167929 t/año para HC/COVs. Estas emisiones serán generadas principalmente por combustión de los motores de maquinarias y vehículos y el funcionamiento de un grupo electrógeno.
Ruido
Con respecto a las emisiones acústicas de la fase de construcción, la parte u obra del Proyecto más cercana a un receptor corresponde a la construcción de las torres V48, V49, V50, V51 y V52 de la línea de transmisión asociada a la alternativa 3 de conexión, cuya condición más desfavorable corresponde al montaje de las estructuras metálicas y las cuales se emplazan a más de 400 metros del receptor más cercano identificado. Se evaluó el aporte de las emisiones sobre dicho receptor, estimándose un máximo de nivel de presión sonora de 60 dB(A), inferior a los 65 dB(A) del límite máximo establecido en el D.S. N°38/2011 del MMA.
Residuos líquidos domésticos
Durante la fase de construcción se generarán 52,5 m³/día de aguas servidas. 13,5 m³/día serán provenientes de baños en instalación de faena y el resto de los baños químicos en los frentes de trabajo. El sistema planteado para el tratamiento de aguas servidas consta de un distribuidor, cámara desengrasante, cámara de inspección, para finalmente llegar a la fosa séptica. Más detalles del sistema de recolección y tratamiento se presentan actualizados en el Anexo 3 de la Adenda complementaria, correspondiente a los antecedentes para el otorgamiento del PAS 138 del RSEIA. Adicionalmente, durante la fase de construcción se dispondrán baños químicos en los frentes de trabajo, los cuales serán manejados y dispuestos por una empresa que cuente con autorización sanitaria. Residuos, productos químicos y otras sustancias que puedan afectar el medio ambiente. Residuos sólidos domiciliarios y asimilables
Se estima una generación de 350 kg/día. Se almacenarán temporalmente en contenedores con bolsa y tapa en el patio de salvataje de la instalación de faena (3 contenedores de 200 litros). Para posteriormente ser retirados con una frecuencia de 2 a 3 veces por semana y dispuestos en sitio autorizado. Más detalles respecto al manejo se presentan en el Anexo 4 de la Adenda complementaria, donde se encuentran los antecedentes para el otorgamiento del PAS 140 del RSEIA.
Residuos sólidos industriales no peligrosos
Se estima una generación de 3.200 kg/año. Se almacenarán temporalmente en contenedores tipo Roll-Off de 20 m³ en el patio de salvataje de la instalación de faena por un periodo no superior a 6 meses y posteriormente retirados por empresa autorizada y dispuestos en sitio autorizado. Más detalles respecto al manejo se presentan en el Anexo 4 de la Adenda complementaria, donde se encuentran los antecedentes para el otorgamiento del PAS 140 del RSEIA.
Residuos inertes
Se estima una generación de 27.994 t/año. Estos residuos consisten en escombros de construcción (1.380 t/año) y tierra de escarpe y excavación (26.614 t/año). Se almacenarán temporalmente en contenedores tipo Roll-Off, tolvas o directamente sobre el suelo en un sector delimitado en el patio de salvataje. Los escombros serán retirados hasta 1 vez por semana por empresas autorizadas y serán dispuestos en sitios autorizados. Por otro lado, la tierra proveniente de labores de escarpe y excavaciones será utilizada en el mismo terreno para nivelar o enviada a sitio de disposición autorizado.
Residuos sólidos peligrosos
Se estima una generación de 2.430 kg/año, correspondientes principalmente a envases de productos tales como tarros de pinturas, impermeabilizantes, brochas y huaipes usados, adhesivos, entre otros. Se almacenarán temporalmente en una bodega en la instalación de faenas por un periodo no superior a 6 meses, para posteriormente ser retirados por una empresa que cuente con la autorización para ello y dispuestos finalmente en un sitio autorizado. Más detalles respecto al manejo se presentan en el Anexo 5 de la Adenda complementaria, donde se encuentran los antecedentes para el otorgamiento del PAS 142 del RSEIA.
Productos químicos y otras sustancias que puedan afectar el medio ambiente
En la Tabla 4.6.5.3 se entrega el detalle de las sustancias peligrosas utilizadas por el Proyecto en su fase de construcción. Referencia al ICE para mayores detalles sobre esta fase. Tabla 4.2 Partes y obras. Tabla 4.6.1.2. Acciones Tabla 4.6.2 Suministros básicos Tabla 4.6.3 Recursos Naturales a extraer, explotar o utilizar. Tabla 4.6.4.1 Emisiones a la atmósfera. Tabla 4.6.4.2 Emisiones líquidas. Tabla 4.6.4.3 Ruido. Tabla 4.6.5.1. Residuos no peligrosos. Tabla 4.6.5.2 Residuos peligrosos. 4.3.2. FASE DE OPERACIÓN Partes/obras Paneles fotovoltaicos La planta fotovoltaica considera 231.840 paneles fotovoltaicos de 400 Wp cada uno. Estos paneles contemplan células solares de semiconductores de silicio monocristalino y son de 2024 mm x 1004 mm x 6mm y un peso aproximado de 29,2 kg cada uno. Las características de los paneles fotovoltaicos se presentan en la Tabla 4 del Capítulo 1 de la DIA. Seguidores La central contará con un total de 2.760 seguidores de 84 módulos. El seguidor tendrá una configuración monofila y el actuador estará situado en una posición E-O y las filas de módulos en dirección N- S las cuales tendrán un ángulo de giro máximo de 55º. Inversores El Proyecto contempla el uso de inversores trifásicos de 3.630 kVA, del modelo FS3510K de POWER ELECTRONICS u otro similar. Los inversores se ubicarán en los centros de transformación, los que corresponden a construcciones prefabricadas donde se ubican los inversores y transformadores de media tensión o en configuración de conjunto Outdoor. Baterías Se contempla el uso de un sistema de almacenamiento de baterías de energía (BESS), compuesto por 18 contenedores de baterías, a la parte de media tensión de la Subestación Elevadora. Subestación elevadora El Proyecto contará con una Subestación interna que transformará la tensión interna de 33 kV a la tensión de conexión 110 kV. Dicha subestación estará formada por un transformador de 85 MVA, 33/110 kV y estará diseñada con un sistema de simple barra, con salida a línea de 110 kV. Desde esa subestación saldrá una línea aérea hacia una de las tres alternativas de conexión. Sala de control La Subestación será operada de manera centralizada desde un equipo informático, constituido por una estación de trabajo. Línea de transmisión eléctrica El Proyecto contempla el uso de una de las siguientes alternativas de conexión:
Alternativa 1: Seccionamiento o Tap Off Circuito 1 Diego de Almagro - Llanta (110 kV). El trazado de esta alternativa de conexión considera un total de 5 estructuras de circuito simple, enrejadas, autosoportantes, postes y disposición vertical y horizontal de conductores, entre las cuales se contemplan 3 estructuras de anclaje. Alternativa 2: Seccionamiento o Tap Off Circuito 2 Diego de Almagro – Llanta (110 kV). El trazado de esta alternativa de conexión considera un total de 18 estructuras de circuito simple, enrejadas, autosoportantes, postes y disposición vertical y horizontal de conductores. Entre las cuales se contemplan 6 estructuras de anclaje Alternativa 3: Conexión en la Subestación Diego de Almagro (110 kV). El trazado de esta alternativa de conexión considera un total de 54 estructuras de simple circuito, enrejadas, autosoportantes, postes y disposición vertical y horizontal de conductores, la que irá en dirección a la subestación Diego de Almagro en la que se construirá un nuevo paño AIS (subestación con aislamiento de aire convencional), para la que se contemplan 27 estructuras de anclaje. Acciones Ensayos y puesta en marcha Una vez que se haya realizado el tensado de cables y por ende la correspondiente conexión entre el parque y su punto de conexión al SEN, se procederá a realizar las pruebas de puesta en servicio y energización. Cabe destacar que la puesta en marcha de la línea de transmisión se realizará en paralelo con la de la Subestación Eléctrica, ya que tiene como objetivo verificar el buen funcionamiento de las instalaciones. Además, se realizarán pruebas correspondientes a la recepción de equipos, pruebas de operación de protecciones y pruebas del sistema de control. Generación de energía La generación de energía eléctrica será a partir de la transformación de la energía solar por medio de la captación de dicha energía a través de los módulos fotovoltaicos, luego ésta se agrupa pasando por los inversores, para luego ser trasladados a los transformadores. Finalmente, esta energía agrupada será inyectada, mediante alguna de las 3 alternativas de conexión evaluadas, al Sistema Eléctrico Nacional. Mantenciones Para la adecuada operación del Proyecto, las principales operaciones de mantenimiento serán:
- Comprobación de cableado y conexiones del parque fotovoltaico, una vez al año. - Revisión de todos los elementos internos de los centros de transformación, para verificar que estén en buenas condiciones de funcionamiento. Además, revisión del estado de la caseta o edificación de los centros de transformación. - Comprobar el vallado perimetral una vez al año y se arreglarán posibles zonas en mal estado. - Limpieza de paneles. Esta actividad se realizará con una frecuencia mensual y corresponde a una limpieza en seco. Adicionalmente, se considera al menos una limpieza anual con agua, en caso de que no sea suficiente la limpieza en seco. Las operaciones de limpieza de paneles se realizarán con personal de campo y elementos mecánicos auxiliares, con objeto de minimizar el consumo de agua. Estas actividades se realizarán en el mismo lugar donde están situados los módulos fotovoltaicos, sin tener la necesidad de moverlos. Productos generados la energía eléctrica generada será inyectada al Sistema eléctrico nacional a través de 1 de las 3 alternativas de conexión contempladas. Recursos naturales renovables No extraerá ningún recurso natural renovable, el agua será adquirida por proveedores autorizados. Emisiones y efluentes Emisiones atmosféricas
MP10: Durante la fase de operación se generarán emisiones de material particulado MP10, estimándose en 0,409206 t/año. Estas emisiones están asociadas al tránsito de vehículos menores utilizados para mantenciones de la central.
MP2,5: Durante la fase de operación se generarán emisiones de material particulado MP2,5, estimándose en 0,069752 t/año. Estas emisiones están asociadas al tránsito de vehículos menores utilizados para mantenciones de la central.
MP30: Durante la fase de operación se generarán emisiones de material particulado MP30, estimándose en 1,744488 t/año. Estas emisiones están asociadas al tránsito de vehículos menores asociados a mantenciones de la central.
Gases: Durante la fase de operación se generarán emisiones gases, estimándose en 0,003934 t/año para CO, 0,025147 t/año para NOx, 0,000143 t/año para SO2, 0,000030 t/año para NH3 y 0,000796 t/año para HC/COVs. Estas emisiones están asociadas al tránsito de vehículos menores utilizados para mantenciones de la central.
Ruido
Con respecto a las emisiones acústicas de la fase de operación, la parte u obra del Proyecto con mayor impacto acústico estarán asociadas, principalmente, al funcionamiento de las unidades de transformación de la Subestación Eléctrica, equipos que, cada uno de ellos, tienen asociado una emisión sonora igual a 56 dB(A) a 1 m de distancia, bajo condiciones normales de funcionamiento, o 76 dB(A) a 1 m de distancia, bajo condiciones de funcionamiento de sus sistemas de refrigeración. Pese a lo anterior, esas emisiones de ruido se dan en las inmediaciones del parque fotovoltaico, el cual se encuentra a más de 9 km del centro urbano de Diego de Almagro, lugar donde estarían los receptores más cercanos al Proyecto.
También constituye un aporte energético del Proyecto el ruido, que, bajo condiciones de alta humedad, pueda generar la Línea de Transmisión por Efecto Corona, el que para este caso tendría asociado una emisión sonora igual a 39 dB(A) a 1 m de ella. Cabe destacar que el receptor más cercano a dicho fenómeno corresponde al que se encuentra al norte de las torres V48, V49, V50, V51 y V52 de la línea de transmisión asociada a la alternativa 3 de conexión, ubicado a más de 400 metros, por lo que el aporte Proyecto dB(A) llega a 0 en dicho receptor.
Residuos líquidos domésticos
Durante la fase de operación se generarán 2,03 m³/día de aguas servidas. El sistema planteado para el tratamiento de aguas servidas consta de un distribuidor, cámara desengrasante, cámara de inspección, para finalmente llegar a la fosa séptica. Más detalles del sistema de recolección y tratamiento se presentan actualizados en el Anexo 3 de la Adenda complementaria, correspondiente a los antecedentes para el otorgamiento del PAS 138 del RSEIA. Residuos, productos químicos y otras sustancias que puedan afectar el medio ambiente. Residuos sólidos domiciliarios y asimilables
Se estima una generación de 15 kg/día. Se almacenarán temporalmente en contenedores con bolsa y tapa de 200 litros de capacidad en el patio de salvataje. Para posteriormente ser retirados con una frecuencia de 1 a 2 veces por semana y dispuestos en sitio autorizado. Más detalles respecto al manejo se presentan en el Anexo 4 de la Adenda complementaria, donde se encuentran los antecedentes para el otorgamiento del PAS 140 del RSEIA.
Residuos sólidos industriales no peligrosos
Se estima una generación de 20 kg/mes, consistentes en restos de cables. Se almacenarán temporalmente en contenedores de 200 litros de capacidad en el patio de salvataje, serán retirados por empresa autorizada y dispuestos en sitio autorizado. Más detalles respecto al manejo se presentan en el Anexo 4 de la Adenda complementaria, donde se encuentran los antecedentes para el otorgamiento del PAS 140 del RSEIA.
Residuos sólidos peligrosos
Se estima una generación de 92 kg/año de materiales contaminados con aceite dieléctrico y paneles fotovoltaicos. Además, se considera la generación 13.000 kg cada 15 años de baterías de ion litio en desuso. Se almacenarán temporalmente en una bodega en la instalación de faenas para posteriormente ser retirados por una empresa autorizada y dispuestos finalmente en un sitio autorizado. Más detalles respecto al manejo se presentan en el Anexo 5 de la Adenda complementaria, donde se encuentran los antecedentes para el otorgamiento del PAS 142 del RSEIA.
Productos químicos y otras sustancias que puedan afectar el medio ambiente
El Proyecto no contempla el uso de productos químicos en la fase de operación. Referencia al ICE para mayores detalles sobre esta fase. Tabla 4.2 Partes y obras. Tabla 4.7.1.2. Acciones Tabla 4.7.2 Suministros básicos Tabla 4.7.3 Productos generados Tabla 4.7.4 Recursos Naturales a extraer, explotar o utilizar. Tabla 4.7.5.1 Emisiones a la atmósfera. Tabla 4.7.5.2 Emisiones líquidas. Tabla 4.7.5.3 Ruido. Tabla 4.7.5.4. Otras emisiones (Campos electromagnéticos). Tabla 4.7.6.1. Residuos no peligrosos. Tabla 4.7.6.2 Residuos peligrosos. Tabla 4.7.6.3 Productos químicos y otras sustancias que puedan afectar el medio ambiente 4.3.3. FASE DE CIERRE Desmantelamiento o aseguramiento de infraestructura Se retirarán y desmantelarán todas las estructuras y equipamiento de la sala de control y cualquier instalación existente. Todas las construcciones que sean factibles de desmontar serán desmanteladas. En el caso de que se use hincado, se retirarán las estructuras de raíz, mientras que, en el caso de usar cimentación a base de pilotes de hormigón armado, estos serán removidos hasta una profundidad no inferior de 50 cm, en ambos casos esa superficie libre posteriormente se cubrirá con material de relleno proveniente de suelos cercanos que no provoquen alteración a la geoforma del lugar. El cableado subterráneo será retirado y las zanjas excavadas serán rellenadas de la misma forma. Restauración Dado que el terreno no tendrá mayor afectación debido a que no se requerirá una nivelación considerable del suelo en la superficie asociada al Proyecto, la afección sobre el suelo y la geoforma será mínima, ello radicará en que el terreno quedará prácticamente como en su estado original luego del desmantelamiento. Aquellas excavaciones que queden se cubrirán con material de relleno proveniente de suelos cercanos que no provoquen alteración a la geoforma del lugar. Por otra parte, para conseguir la restauración de la geoforma, morfología y vegetación del terreno de emplazamiento del Proyecto, se efectuará la limpieza superficial y restauración de las áreas ocupadas descompactando el suelo. De acuerdo a las características propias del terreno, actualmente no existe vegetación que se deba restituir y por lo tanto revegetar. Prevención de futuras emisiones Se realizará una revisión en el terreno para verificar que no queden instalaciones, infraestructuras ni residuos, así como tampoco ningún material u obra restante que pudiese emitir algún tipo de contaminación sobre el aire, suelo y agua. Mantención, conservación y supervisión No se contemplan actividades de mantención, conservación ni supervisión. Recursos naturales renovables El Proyecto que no extraerá ningún recurso natural renovable, el agua será adquirida por proveedores autorizados Emisiones y efluentes Emisiones atmosféricas
MP10: Durante la fase de cierre se generarán emisiones de material particulado MP10, estimándose en 2,077301 t/año. Estas emisiones serán generadas principalmente por demolición de instalaciones, tránsito vehicular, combustión de los motores de maquinarias y camiones. Como forma de abatimiento se contempla el transporte con carga cubierta, límite de velocidad en caminos internos de 20 km/h, mantención y revisión técnica de maquinaria y vehículos y prohibición de quema de residuos.
MP2,5: Durante la fase de cierre se generarán emisiones de material particulado MP2,5, estimándose en 0,496648 t/año. Estas emisiones serán generadas principalmente por demolición de instalaciones, tránsito vehicular, combustión de los motores de maquinarias y camiones. Como forma de abatimiento se contempla el transporte con carga cubierta, límite de velocidad en caminos internos de 20 km/h, mantención y revisión técnica de maquinaria y vehículos y prohibición de quema de residuos.
MP30: Durante la fase de cierre se generarán emisiones de material particulado MP30, estimándose en 6,302514 t/año. Estas emisiones serán generadas principalmente por demolición de instalaciones, tránsito vehicular, combustión de los motores de maquinarias y camiones. Como forma de abatimiento se contempla el transporte con carga cubierta, límite de velocidad en caminos internos de 20 km/h, mantención y revisión técnica de maquinaria y vehículos y prohibición de quema de residuos.
Gases: Durante la fase de cierre se generarán emisiones gases, estimándose en 0,868773 t/año para CO, 4,154318 t/año para NOx, 0,000068 t/año para SO2, 0,000584 t/año para NH3 y 0,389839 t/año para HC/COVs. Estas emisiones serán generadas principalmente por combustión de los motores de maquinarias.
Ruido
Respecto a las emisiones de ruido en la fase de cierre, los niveles de presión sonora serán iguales o menores a los de la fase de construcción. La parte u obra del Proyecto más cercana a un receptor corresponde al desmontaje de las torres V48, V49, V50, V51 y V52 de la línea de transmisión asociada a la alternativa 3 de conexión, las que se emplazan a más de 400 metros de este receptor.
Residuos líquidos domésticos
Durante la fase de cierre se generarán 13,5 m³/día de aguas servidas. El sistema planteado para el tratamiento de aguas servidas consta de un distribuidor, cámara desengrasante, cámara de inspección, para finalmente llegar a la fosa séptica. Más detalles del sistema de recolección y tratamiento se presentan actualizados en el Anexo 3 de la Adenda complementaria, correspondiente a los antecedentes para el otorgamiento del PAS 138 del RSEIA. Adicionalmente, durante la fase de cierre se dispondrán baños químicos en los frentes de trabajo, los cuales serán manejados y dispuestos por una empresa que cuente con autorización sanitaria. Residuos, productos químicos y otras sustancias que puedan afectar el medio ambiente. Residuos sólidos domiciliarios y asimilables
Se estima una generación de 100 kg/día. Se almacenarán temporalmente en contenedores con bolsa y tapa en el patio de salvataje de la instalación de faena. Para posteriormente ser retirados con una frecuencia de 2 a 3 veces por semana y dispuestos en sitio autorizado. Más detalles respecto al manejo se presentan en el Anexo 4 de la Adenda complementaria, donde se encuentran los antecedentes para el otorgamiento del PAS 140 del RSEIA.
Residuos sólidos industriales no peligrosos
Se estima una generación de 100 kg/día de restos de embalaje y vidrios. Además de 500 kg/mes de maderas, despuntes de fierros y clavos. Se almacenarán temporalmente en contenedores tipo Roll- Off de 20 m³ en el patio de salvataje de la instalación de faena por un periodo no superior a 6 meses y posteriormente retirados por empresa autorizada y dispuestos en sitio autorizado. Más detalles respecto al manejo se presentan en el Anexo 4 de la Adenda complementaria, donde se encuentran los antecedentes para el otorgamiento del PAS 140 del RSEIA.
Residuos inertes
Se estima una generación de 1.770 t/año. Estos residuos consisten en escombros de construcción. Se almacenarán temporalmente en tolvas o directamente sobre el suelo en un sector delimitado en el patio de salvataje. Los escombros serán retirados hasta 1 vez por semana por empresas autorizadas y serán dispuestos en sitios autorizados.
Residuos sólidos peligrosos
Se estima una generación de 122 kg/mes, correspondientes principalmente a restos de aceite y material contaminado, baterías en desuso y paneles fotovoltaicos rotos. Se almacenarán temporalmente en una bodega en la instalación de faenas por un periodo no superior a 6 meses, para posteriormente ser retirados por una empresa que cuente con la autorización para ello y dispuestos finalmente en un sitio autorizado. Más detalles respecto al manejo se presentan en el Anexo 5 de la Adenda complementaria, donde se encuentran los antecedentes para el otorgamiento del PAS 142 del RSEIA.
Productos químicos y otras sustancias que puedan afectar el medio ambiente
El Proyecto no contempla el uso de productos químicos en la fase de cierre. Referencia al ICE para mayores detalles sobre esta fase. Tabla 4.8.1.2. Acciones Tabla 4.8.2 Suministros básicos Tabla 4.8.4.1 Emisiones a la atmósfera. Tabla 4.8.4.2 Emisiones líquidas. Tabla 4.8.4.3 Ruido. Tabla 4.8.5.1. Residuos no peligrosos. Tabla 4.8.5.2 Residuos peligrosos
4.4. CRONOLOGÍA DE LAS FASES DEL PROYECTO 4.4.1. FASE DE CONSTRUCCIÓN Fecha estimada de inicio 01 de septiembre de 2020 Parte, obra o acción que establece el inicio Habilitación instalación de faenas Fecha estimada de término 01 de septiembre de 2022 Parte, obra o acción que establece el término Levantamiento de instalación de faenas 4.4.2. FASE DE OPERACIÓN Fecha estimada de inicio 02 de septiembre de 2022 Parte, obra o acción que establece el inicio Generación de energía eléctrica y la inyección de esta al Sistema eléctrico nacional. Fecha estimada de término 02 de septiembre de 2062 Parte, obra o acción que establece el término Desconexión del Sistema eléctrico nacional. 4.4.3. FASE DE CIERRE Fecha estimada de inicio 02 de septiembre de 2062 Parte, obra o acción que establece el inicio Habilitación instalación de faenas Fecha estimada de término 01 de septiembre de 2063 Parte, obra o acción que establece el término Desmantelamiento instalación de faenas
5°. Que, durante el proceso de evaluación se han presentado antecedentes que justifican la inexistencia de los siguientes efectos, características y circunstancias del artículo 11 de la Ley N° 19.300:
5.1. RIESGO PARA LA SALUD DE LA POBLACIÓN, DEBIDO A LA CANTIDAD Y CALIDAD DE EFLUENTES, EMISIONES Y RESIDUOS Impacto ambiental Aumento de concentración de material particulado y gases. En atención a los antecedentes presentados en el Anexo N°3 de la DIA, donde se presenta el detalle del inventario de emisiones, el Proyecto generará emisiones de material particulado y gases durante las fases de Construcción, Operación y Cierre. Parte, obra o acción que lo genera Estas emisiones serán generadas principalmente por movimiento de tierras, tránsito vehicular, combustión de los motores de maquinarias y camiones y el funcionamiento de un grupo electrógeno. Fase en que se presenta Construcción, operación y cierre. Impacto ambiental Aumento de niveles de ruido en receptores cercanos. Parte, obra o acción que lo genera Con respecto a las emisiones acústicas de la fase de construcción, la parte u obra del Proyecto más cercana a un receptor corresponden a la torres V48, V49, V50, V51 y V52 de la línea de transmisión asociada a la alternativa 3 de conexión, las que se emplazan a más de 400 metros de este receptor.
Con respecto a las emisiones acústicas de la fase de operación, la parte u obra del Proyecto con mayor impacto acústico estarán asociadas, principalmente, al funcionamiento de las unidades de transformación de la Subestación Eléctrica. También constituye un aporte energético del Proyecto el ruido, que, bajo condiciones de alta humedad, pueda generar la Línea de Transmisión por Efecto Corona, el que para este caso tendría asociado una emisión sonora igual a 39 dB(A) a 1 m de ella.
Para la fase de cierre, la emisión de ruido más cercana a un receptor corresponde al desmantelamiento de las torres V48, V49, V50, V51 y V52 de la línea de transmisión asociada a la alternativa 3 de conexión. Fase en que se presenta Construcción, operación y cierre. Referencia al ICE para mayores detalles sobre este impacto específico Tabla 5.1. Salud de la Población. Tabla 6.1. Sobre la inexistencia de riesgo para la salud de la población, debido a la cantidad y calidad de efluentes, emisiones y residuos. En atención a los antecedentes presentados en el Anexo N°3 de la DIA, donde se presenta el detalle del inventario de emisiones, el Proyecto generará emisiones de material particulado y gases durante las fases de construcción, operación y cierre, siendo en la fase de construcción donde se presentan los mayores aportes, asociados principalmente al tránsito de vehículos por caminos no pavimentados. Sin embargo, las emisiones de material particulado durante dicha fase serán de baja magnitud, del orden de los 32,074207 t/año de MP10 y 4,567546 t/año de MP2,5, por su parte, las emisiones de gases para la fase de construcción, están asociadas a la combustión de maquinaria y vehículos, siendo de baja magnitud, estimándose en 7,464790 t/año para CO, 34,687608 t/año para NOx, 0,435535 t/año para SO2, 0,001497 t/año para NH3 y 3,167929 t/año para HC/COVs. Respecto del receptor cercano a la alternativa 3 de la línea de transmisión eléctrica, no es significativo el aporte de emisiones, dada la corta duración de las actividades construcción y desmontaje de las torres V48, V49, V50, V51 y V52.
En la fase de operación las emisiones corresponden principalmente al uso de vehículos menores en los procesos de inspección de instalaciones, actividad puntual, por combustión de los motores de maquinarias y camiones y el funcionamiento de un grupo electrógeno en caso de emergencias.
Dado que no existen receptores cercanos a la central fotovoltaica, solo fue requerido en el proceso de evaluación una estimación de emisiones atmosféricas. En consideración a la baja magnitud de las emisiones y la lejanía a centros poblados, se descarta que exista un impacto significativo sobre la calidad del aire que pueda afectar la salud de las personas.
Respecto de las emisiones electromagnéticas, en el Anexo 1 de la DIA se presenta el estudio relativo a las emisiones de campo eléctrico, campo electromagnético y radio interferencia, asociado a la subestación y la línea de transmisión, en dicho análisis se concluye el aumento de las emisiones electromagnéticas no es significativo y se descarta que pueda afectar a la salud de las personas.
Por otro parte, el Proyecto generará emisiones de ruido durante las fases de construcción, operación y cierre, siendo en la fase de construcción donde se presentan los mayores aportes. La parte u obra del Proyecto más cercana a un receptor corresponde a las torres V48, V49, V50, V51 y V52 de la línea de transmisión asociada a la alternativa 3 de conexión, las que se emplazan a más de 400 metros del receptor. Se evaluó el aporte de las emisiones sobre dicho receptor, estimándose un máximo de nivel de presión sonora de 60 dB(A), inferior a los 65 dB(A) del límite máximo establecido en el D.S. N°38/2011 del MMA.
Respecto de la fase de operación, la parte u obra del Proyecto con mayor impacto acústico estarán asociadas, principalmente, al funcionamiento de las unidades de transformación de la Subestación Eléctrica, equipos que, cada uno de ellos, tienen una emisión sonora igual a 56 dB(A) a 1 m de distancia, bajo condiciones normales de funcionamiento, o 76 dB(A) a 1 m de distancia, bajo condiciones de funcionamiento de sus sistemas de refrigeración. Pese a lo anterior, esas emisiones de ruido se dan en las inmediaciones de la central fotovoltaica, el cual se encuentra a más de 9 km del centro urbano de Diego de Almagro, lugar donde estarían los receptores más cercanos al Proyecto.
Respecto de la fase de cierre, las emisiones de ruido serán iguales o menores a las de la fase de construcción.
Por lo anterior, el proyecto da cumplimiento al D.S. N°38/2011 del MMA en el receptor más cercano asociado a la alternativa 3 de la línea de alta tensión.
Con relación a los efectos sobre la salud de la población producto de efluentes de origen sanitario, el Proyecto contempla, para todas sus fases el uso de una Planta de Tratamiento de Aguas Servidas con posterior infiltración de aguas tratadas, que es complementado en las fases de construcción y cierre con el uso de baños químicos. En relación con el manejo de efluentes generados por el uso de baños químicos, estos serán manejados y dispuestos por una empresa que cuente con autorización sanitaria.
El Proyecto generará residuos sólidos domiciliarios, inertes, industriales no peligrosos e industriales peligrosos. Sin embargo, no se prevé efectos adversos a la salud de la población por exposición a contaminantes en relación con su manejo e impactos sobre los recursos naturales renovables, debido a que estos residuos serán manejados y dispuestos en lugares autorizados durante todas las fases del Proyecto.
Con todo lo anterior, se concluye que el Proyecto no genera o presenta riesgo para la salud de la población debido a la cantidad y calidad de los efluentes, emisiones o residuos.
5.2. EFECTOS ADVERSOS SIGNIFICATIVOS SOBRE LA CANTIDAD Y CALIDAD DE LOS RECURSOS NATURALES RENOVABLES, INCLUIDOS EL SUELO, AGUA Y AIRE Impacto ambiental Aumento de concentración de material particulado sedimentable.
Conforme a los antecedes presentados en el Anexo 3 de la DIA, el Proyecto generará emisiones de material particulado sedimentable (MPS). Componente(s) ambiental(es) afectado(s) Aire Parte, obra o acción que lo genera Tránsito de vehículos por caminos no pavimentados. Actividades de excavación y escarpe. Fase en que se presenta Construcción, operación y cierre. Impacto ambiental Pérdida de ejemplares en estado de conservación.
Conforme a los antecedentes presentados en el Anexo 4 de la DIA, se identificó la presencia de 9 especies, de las cuales 3 presentan alguna categoría de conservación: Liolaemus manueli (En peligro), Liolaemus platei (Preocupación menor) y Lycalopex sp. (Preocupación menor). Componente(s) ambiental(es) afectado(s) Fauna Parte, obra o acción que lo genera Actividades de escarpe. Habilitación de instalaciones de faenas. Habilitación de caminos. Instalación de estructuras y módulos fotovoltaicos. Fase en que se presenta Construcción. Referencia al ICE para mayores detalles sobre este impacto específico Tabla 5.2. Recursos naturales renovables. Tabla 6.2. Sobre la inexistencia de efectos adversos significativos sobre la cantidad y calidad de los recursos naturales renovables, incluidos el suelo, agua y aire. El proyecto no genera o presenta efectos adversos significativos sobre la cantidad y calidad de los recursos naturales renovables, incluidos el suelo, agua y aire, en consideración a lo siguiente:
Respecto de la componente suelo, las partes, obras o acciones asociadas a todas las fases del Proyecto no son susceptibles de generar pérdida del suelo del área de influencia o afectar su capacidad para sustentar biodiversidad dado que los suelos del área son principalmente Aridisoles, suelos delgados y de escaso desarrollo producto de la aridez, gran cantidad de sales y alto pH.
Respecto de la componente flora en el área del Proyecto se identificó la presencia de 1 especie en categoría de conservación: Prosopis flexuosa “Vulnerable” (D.S. N° 13/2013 del MMA). Sin embargo, no será intervenida por el proyecto puesto que las torres de la alternativa 3 de conexión, único lugar donde se encontró esta especie, estarán localizadas a modo tal de evitar la superposición con los ejemplares de Prosopis flexuosa.
Respecto de la vegetación en el área del Proyecto, el área se caracteriza por ser un sector con escaza vegetación y conforme a lo señalado en el Anexo 11 de la DIA, se definieron 6 formaciones vegetacionales, siendo las que abarcan mayor superficie del Proyecto las compuestas por Matorral escaso y zonas sin vegetación. Lo que sumado a que solo 139,5 ha de la superficie del Proyecto se verá intervenida por actividades de escarpe, se concluye que no existe un impacto significativo sobre el componente flora y vegetación.
Con relación a la componente fauna, como se mencionó anteriormente, en el área del Proyecto, específicamente en el área de instalación de la central fotovoltaica, se identificó la presencia de la especie Liolaemus manueli, la cual se encuentra en categoría de conservación “En peligro”, para la cual se presenta un Plan de rescate y relocalización, a fin de disminuir los efectos que puedan generarse por ocasión de las obras del Proyecto, el cual se detalla en el Anexo 6 PAS 146 de la Adenda complementaria, lo que se ve complementado con un compromiso ambiental voluntario de mantener un monitoreo durante los 2 primeros años del Proyecto.
Respecto de la especie Liolaemus platei, su presencia se identificó en el trazado de la alternativa 3 de la línea eléctrica, por lo cual, dado lo acotado de la intervención, no se prevé un impacto sobre dicha especie.
Adicionalmente, y si bien no se identificó la presencia de golondrina de mar de collar en el área del Proyecto, el Titular presentó 2 compromisos voluntarios asociados al monitoreo para identificar la presencia de la especie y un protocolo en caso de identificar volantones caídos en el área del Proyecto.
En base a los antecedentes descritos, se concluye que no existe un impacto significativo sobre la componente fauna.
En relación al componente agua, el Titular presentó en el Anexo 5 de la Adenda, un Estudio Hidrológico Actualizado, en el cual se detallan las características de los cauces en donde se emplazarán las obras. Adicionalmente, en el Anexo 7 de la Adenda complementaria presenta los antecedentes actualizados para la obtención del PAS 156, asociado a las obras de vallado perimetral, cableado subterráneo y caminos internos. Esto con el fin de no afectar significativamente el escurrimiento y la calidad de las aguas.
Respecto del agua utilizada por el Proyecto en todas sus fases, se utilizará agua potable, la que será abastecida por proveedores que trabajen con agua envasada. Para el caso del agua industrial, será adquirida a terceros autorizados mediante el uso de camiones aljibe.
En relación al componente aire, durante las fases de construcción, operación y cierre del Proyecto se generarán emisiones de material particulado sedimentable, siendo los principales aportes durante la fase construcción, estimándose en 70,815597 t/año. Al respecto, para todas las fases los aportes serán de baja magnitud. Sin perjuicio de lo anterior, como forma de abatimiento durante la fase de construcción se contempla la aplicación de bischofita en caminos no pavimentados, con 75% de eficiencia y frecuencia de aplicación 2 veces por semana; y se transportarán los materiales en camiones con la carga cubierta con lona. Para la fase de cierre, se considera el transporte con la carga cubierta con lona.
5.3. REASENTAMIENTO DE COMUNIDADES HUMANAS O ALTERACIÓN SIGNIFICATIVA DE LOS SISTEMAS DE VIDA Y COSTUMBRES DE GRUPOS HUMANOS Impacto ambiental No se identifica un impacto significativo a los Grupos Humanos o Alteración significativa de los sistemas de vida y costumbres de grupos humanos. Referencia al ICE para mayores detalles sobre este impacto específico Tabla 6.3. Sobre la inexistencia de reasentamiento de comunidades humanas o alteración significativa de los sistemas de vida y costumbres de grupos humanos. En cuanto al literal a) del Art 7 del RSEIA, y según lo indicado en el proceso de evaluación. El Proyecto no interviene, usa o restringe el acceso de los recursos naturales utilizados como sustento económico del grupo o para cualquier otro uso tradicional, tales como uso medicinal, espiritual o cultural. Los asentamientos más cercanos son la Comuna de Diego de Almagro ubicados a 9 km al poniente del Proyecto y Llanta localizado a 10,5 km al oriente del Proyecto, en esta localidad no se registran Grupos Humanos, según lo descrito en el Anexo 7 Caracterización componente de Medio Humano de la DIA. En este sentido, el proyecto no contempla el uso de recursos naturales utilizados como sustento económico.
En cuanto al literal b) del Art 7 del RSEIA, y según lo indicado en el proceso de evaluación. El Proyecto no generará obstrucción o restricción a la libre circulación o conectividad de los Grupos Humanos y Grupos Humanos Pertenecientes a Pueblos Indignas, dado que las rutas a utilizar en sus distintas fases de ejecución corresponden a caminos públicos enrolados, que son utilizados actualmente por diferentes faenas mineras existentes en el territorio, como también por la actividad de transporte público. La ruta que se utilizará será la C-179. En ninguna de las fases del Proyecto se requiere intervenir las actuales vías de conexión del sector.
En cuanto al literal c) del Art 7 del RSEIA, considerando los antecedentes expuestos en el Anexo 7 Caracterización componente de Medio Humano de la DIA, el Proyecto en ninguna de sus fases genera alteraciones en el acceso, calidad de los bienes, equipamientos, servicios o infraestructura básica, de los grupos humanos pertenecientes al área de influencia. Por tanto, se concluye que la ejecución del proyecto no generará alteraciones al acceso o a la calidad de bienes, equipamientos, servicios o infraestructura básica.
En cuanto al literal d) del Art 7 del RSEIA. El desarrollo del proyecto no dificulta o impide el ejercicio o la manifestación de tradiciones, cultura o intereses comunitarios, que puedan afectar los sentimientos de arraigo o la cohesión social de Grupos Humanos Pertenecientes a Pueblos Indígenas.
Respecto de los grupos humanos pertenecientes a pueblos indígenas, el proyecto no dificulta ni impide el ejercicio o manifestación de dichos grupos. Ya que, no se localizan cercanos a ninguna Comunidad Indígena o Asociación Indígena. Por lo tanto, no altera significativamente los sistemas de vida y costumbre de Grupos Humanos Pertenecientes a Pueblos Indígenas. Mayor detalle se encuentra en el Anexo 7 Caracterización componente de Medio Humano de la DIA.
5.4. LOCALIZACIÓN EN O PRÓXIMA A POBLACIONES, RECURSOS Y ÁREAS PROTEGIDAS, SITIOS PRIORITARIOS PARA LA CONSERVACIÓN, HUMEDALES PROTEGIDOS Y GLACIARES, SUSCEPTIBLES DE SER AFECTADOS, ASÍ COMO EL VALOR AMBIENTAL DEL TERRITORIO EN QUE SE PRETENDE EMPLAZAR Impacto ambiental No se identifican impactos. Referencia al ICE para mayores detalles sobre este impacto específico Tabla 6.4. Sobre la inexistencia de localización en o próxima a poblaciones, recursos y áreas protegidas, sitios prioritarios para la conservación, humedales protegidos y glaciares, susceptibles de ser afectados, así como el valor ambiental del territorio en que se pretende emplazar El Proyecto no se localiza en o próximo a población, recursos y áreas protegidas, sitios prioritarios para la conservación, humedales protegidos, glaciares o a un territorio de valor ambiental. Por lo anterior, el Proyecto no es susceptible de afectar Recursos y Áreas Protegidas, Sitios Prioritarios para la conservación, humedales protegidos, glaciares o territorios con valor ambiental.
Además, en el área de influencia del Proyecto, no se identificaron grupos humanos pertenecientes a pueblos indígenas.
5.5. ALTERACIÓN SIGNIFICATIVA, EN TÉRMINOS DE MAGNITUD O DURACIÓN, DEL VALOR PAISAJÍSTICO O TURÍSTICO DE UNA ZONA Impacto ambiental No se identifican impactos. Referencia al ICE para mayores detalles sobre este impacto específico Tabla 6.5. Sobre la inexistencia de alteración significativa, en términos de magnitud o duración, del valor paisajístico o turístico de una zona. El Proyecto se ubica en la zona de desierto absoluto, donde la vida vegetal es casi nula, con ausencia de singularidades. El área del proyecto cuenta con un paisaje de vistas amplias, dominado por un moderado contraste suelo–cielo (dada la alta luminosidad del sector), donde los elementos dominantes (como cerros) se encuentran lejanos. La visibilidad se presenta amplia, sin escasas barreras visuales, donde el relieve no es un factor predominante, debido a su homogeneidad y pendientes suaves.
A nivel local, el área de influencia presenta múltiples intervenciones antrópicas lineales, constituidas por rutas pavimentadas (y sus elementos asociados) y torres de alta tensión que atraviesan los sectores desérticos llanos y montañosos.
Por lo anterior, el área de emplazamiento del Proyecto no posee atributos naturales que le otorgan una calidad que la haga única y representativa, por lo cual no posee valor paisajístico. Cabe mencionar que el organismo competente en la materia, es decir, el Servicio Nacional de Turismo de la Región de Atacama, mediante oficio ORD. Nº 102 de fecha 4 de junio de 2019, se pronunció conforme respecto de los antecedentes de la DIA.
Adicionalmente, el área de emplazamiento del Proyecto no tiene valor turístico, debido a que no tiene valor paisajístico, ni cultural ni patrimonial y no atrae flujos de visitantes o turistas hacia él.
Por lo anterior, se descarta que el Proyecto genere o presente alteración significativa del valor paisajístico o turístico de una zona.
5.6. ALTERACIÓN DE MONUMENTOS, SITIOS CON VALOR ANTROPOLÓGICO, ARQUEOLÓGICO, HISTÓRICO Y, EN GENERAL, LOS PERTENECIENTES AL PATRIMONIO CULTURAL Impacto ambiental Afectación a hallazgos arqueológicos. Parte, obra o acción que lo genera Construcción de central fotovoltaica y línea de transmisión eléctrica. Fase en que se presenta Construcción. Referencia al ICE para mayores detalles sobre este impacto específico Tabla 6.6. Sobre la inexistencia de alteración de monumentos, sitios con valor antropológico, arqueológico, histórico y, en general, los pertenecientes al patrimonio cultural. El Titular presentó en el Anexo 4 de la Adenda, la prospección arqueológica actualizada, producto de dicha prospección se identificaron 30 elementos patrimoniales. Respecto del sitio arqueológico GS-06, se ejecutó una caracterización subsuperficial. De los 30 elementos patrimoniales, 27 de ellos se verán afectados por obras del Proyecto. Para los cuales, se presentan los antecedentes del PAS 132 en el Anexo 2 de la Adenda complementaria.
25 de los elementos patrimoniales registrados se verán afectados por la obra parque fotovoltaico, los cuales se desglosan de la siguiente manera por tipología: 6 hallazgos aislados, 5 rasgos viales, 13 concentraciones, y 1 rasgo aislado. Los otros 2 hallazgos corresponden a rasgos viales asociados a las alternativas de línea de transmisión. Respecto de los hallazgos aislados y concentraciones, se realizará la recolección superficial del 100% de los materiales. Respecto de los rasgos lineales, se realizará seguimiento y registro sistemático, donde se señalen sus características principales, incluyendo su orientación, coordenadas UTM, extensión, descripción de elementos asociados, cronología tentativa, registro fotográfico, etc. Además, se realizará el levantamiento aerofotogramétrico completo y detallado de toda su extensión dentro del área de influencia del proyecto, incluyendo además el registro de 1 km hacia cada extremo de la línea, fuera del área antes señalada. Respecto del rasgo aislado, se realizará un levantamiento arquitectónico, considerando un registro detallado de sus dimensiones, técnicas constructivas y orientación, además de un registro aerofotogramétrico del mismo.
Por otro lado, el Proyecto no contempla la modificación o deterioro de construcciones, lugares o sitios que, por sus características constructivas, por su antigüedad, por su valor científico, por su contexto histórico o por su singularidad, pertenezcan al patrimonio cultural, incluido el patrimonio cultural indígena, por lo cual no se prevé impactos asociados a este literal.
6°. Que resultan aplicables al Proyecto los siguientes permisos ambientales sectoriales, asociados a las correspondientes partes, obras o acciones que se señalan a continuación:
6.1. PERMISOS AMBIENTALES SECTORIALES MIXTOS
6.1.1. Permiso para hacer excavaciones de tipo arqueológico, antropológico y paleontológico según se establece en el artículo 132 del Reglamento del SEIA Fase del Proyecto a la cual corresponde Construcción Parte, obra o acción a la que aplica Central fotovoltaica y línea de transmisión eléctrica. Condiciones o exigencias específicas para su otorgamiento No se establecieron Pronunciamiento del órgano competente El Consejo de Monumentos Nacionales, mediante el Ord. N° 2480, de fecha 15 de julio de 2020, se pronunció conforme en relación a este PAS, referente a intervenciones en sitios arqueológicos y/o paleontológicos y acepta como institución depositaria de los materiales recuperados al Museo Regional de Atacama, debiendo ser tramitado por un/a arqueólogo/a profesional ante el CMN. Referencia al ICE para mayores detalles Tabla 9.1.1. Permiso para hacer excavaciones de tipo arqueológico, antropológico y paleontológico
6.1.2. Permiso para la construcción, reparación, modificación y ampliación de cualquier obra pública o particular destinada a la evacuación, tratamiento o disposición final de desagües, aguas servidas de cualquier naturaleza según se establece en el artículo 138 del Reglamento del SEIA. Fase del Proyecto a la cual corresponde Construcción, operación y cierre. Parte, obra o acción a la que aplica Planta de tratamiento de aguas servidas. Condiciones o exigencias específicas para su otorgamiento No se establecieron. Pronunciamiento del órgano competente SEREMI de Salud, Región de Atacama, mediante el Ord. N° 7226, de fecha 15 de julio de 2020, se pronunció conforme en relación a este PAS. Referencia al ICE para mayores detalles Tabla 9.1.2. Permiso para la construcción, reparación, modificación y ampliación de cualquier obra pública o particular destinada a la evacuación, tratamiento o disposición final de desagües, aguas servidas de cualquier naturaleza
6.1.3. Permiso para la construcción, reparación, modificación y ampliación de cualquier planta de tratamiento de basuras y desperdicios de cualquier clase o para la instalación de todo lugar destinado a la acumulación, selección, industrialización, comercio o disposición final de basuras y desperdicios de cualquier clase según se establece en el artículo 140 del Reglamento del SEIA Fase del Proyecto a la cual corresponde Construcción, operación y cierre. Parte, obra o acción a la que aplica Sitio de almacenamiento temporal de residuos industriales no peligrosos y domiciliarios en el patio de salvataje. Condiciones o exigencias específicas para su otorgamiento No se establecieron. Pronunciamiento del órgano competente SEREMI de Salud, Región de Atacama, mediante el Ord. N° 7226, de fecha 15 de julio de 2020, se pronunció conforme en relación a este PAS. Referencia al ICE para mayores detalles Tabla 9.1.3. Permiso para la construcción, reparación, modificación y ampliación de cualquier planta de tratamiento de basuras y desperdicios de cualquier clase o para la instalación de todo lugar destinado a la acumulación, selección, industrialización, comercio o disposición final de basuras y desperdicios de cualquier clase
6.1.4. Permiso para todo sitio destinado al almacenamiento de residuos peligrosos según se establece en el artículo 142 del Reglamento del SEIA Fase del Proyecto a la cual corresponde Construcción, operación y cierre. Parte, obra o acción a la que aplica Bodega de almacenamiento temporal de residuos peligrosos. Condiciones o exigencias específicas para su otorgamiento No se establecieron. Pronunciamiento del órgano competente SEREMI de Salud, Región de Atacama, mediante el Ord. N° 7226, de fecha 15 de julio de 2020, se pronunció conforme en relación a este PAS. Referencia al ICE para mayores detalles Tabla 9.1.4. Permiso para todo sitio destinado al almacenamiento de residuos peligrosos
6.1.5. Permiso para la caza o captura de ejemplares de animales de especies protegidas para fines de investigación, para el establecimiento de centros de reproducción o criaderos y para la utilización sustentable del recurso según se establece en el artículo 146 del Reglamento del SEIA Fase del Proyecto a la cual corresponde Construcción. Parte, obra o acción a la que aplica Rescate y relocalización de individuos de la especie Liolaemus manueli del área de la central fotovoltaica. Condiciones o exigencias específicas para su otorgamiento No se establecieron. Pronunciamiento del órgano competente SAG, Región de Atacama, mediante el Ord. N° 473, de fecha 13 de julio de 2020, se pronunció conforme en relación a este PAS. Referencia al ICE para mayores detalles Tabla 9.1.5. Permiso para la caza o captura de ejemplares de animales de especies protegidas para fines de investigación, para el establecimiento de centros de reproducción o criaderos y para la utilización sustentable del recurso
6.1.6. Permiso para efectuar modificaciones de cauce según se establece en el artículo 156 del Reglamento del SEIA Fase del Proyecto a la cual corresponde Construcción Parte, obra o acción a la que aplica La intervención de cauces está asociado a las obras de cableado subterráneo, vallado perimetral y caminos internos. Condiciones o exigencias específicas para su otorgamiento En relación a las denominadas cunetas (drenaje longitudinal) que se contempla construir de forma paralela a los caminos interiores para promover la infiltración de aguas lluvias, no podrán tener dimensiones de diseño tal que impidan el libre escurrimiento de las aguas a través de los cauces naturales que atraviesan el área de emplazamiento del Proyecto y que fueron individualizados en el estudio hidrológico e hidráulico presentado en el Anexo N°5 de la Adenda, asegurando que dichas cunetas no desvíen la escorrentías naturales hacia otras zonas.
En relación a las denominadas zonas de retranqueo, estas no deberán estar asociada a ninguna modificación u obras ubicadas en cauce natural, toda vez que dichas áreas corresponden a zonas bufer o de zonas exclusión en cuya superficie no se ubicaran obras permanentes o temporales asociadas al Proyecto.
En lo referente a las cimentaciones de hormigón asociadas al vallado perimetral, deberán ser habilitadas a una profundidad igual o mayor a 1,5 metros de profundidad en relación al nivel del terreno natural, asegurando el libre escurrimiento de las aguas de los cauces naturales en que se sitúen. Pronunciamiento del órgano competente DGA, Región de Atacama, mediante el Ord. N° 336, de fecha 14 de julio de 2020, se pronunció conforme con condiciones en relación a este PAS. Referencia al ICE para mayores detalles Tabla 9.1.6. Permiso para efectuar modificaciones de cauce
6.1.7. Permiso para subdividir y urbanizar terrenos rurales o para construcciones fuera de los límites urbanos según se establece en el artículo 160 del Reglamento del SEIA Fase del Proyecto a la cual corresponde Construcción, operación y cierre Parte, obra o acción a la que aplica La superficie del proyecto por las cuales se solicita el cambio de uso de suelo es de 4421,24 m² para obras temporales y 519.000,83 m² para obras permanentes. Condiciones o exigencias específicas para su otorgamiento No se establecieron. Pronunciamiento del órgano competente SAG, Región de Atacama, mediante el Ord. N° 473, de fecha 13 de julio de 2020, se pronunció conforme en relación a este PAS.
SEREMI de Vivienda y Urbanismo, Región de Atacama, mediante el Ord. N° 597, de fecha 22 de julio de 2020, se pronunció conforme en relación a este PAS. Referencia al ICE para mayores detalles Tabla 9.1.7. Permiso para subdividir y urbanizar terrenos rurales o para construcciones fuera de los límites urbanos
7°. Que, de acuerdo a los antecedentes que constan en el expediente de evaluación, la forma de cumplimiento de la normativa de carácter ambiental aplicable al Proyecto es la siguiente:
7.1. COMPONENTE/MATERIA: Emisiones atmosféricas Norma Decreto Supremo Nº 144 de 1961, Establece normas para evitar emanaciones o contaminantes atmosféricos de cualquier naturaleza, 2 de mayo de 1961, Ministerio de Salud. Fase del proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Construcción, operación y cierre Parte, obra, acción, emisión, residuo o sustancias a la que aplica El Proyecto generará emisiones de material particulado y gases durante las fases de Construcción, Operación y Cierre, siendo en la fase de construcción donde se presentan los mayores aportes, asociadas principalmente al tránsito de vehículos por caminos no pavimentados. Forma de cumplimiento Con el fin de dar cumplimiento al D.S. N° 144/61 MINSAL, respecto de las emisiones atmosféricas, se considerarán las siguientes medidas:
Fase de construcción: - Transporte con carga cubierta - Riego en movimiento de tierras - Aplicación de supresor de polvo - Límite de velocidad - Mantención y revisión técnica de maquinaria y camiones - Prohibición de quema de residuos o materiales combustibles
Fase de operación: - Prohibición de quema de residuos o materiales combustibles
Fase de cierre: - Transporte con carga cubierta - límite de velocidad - Mantención y revisión técnica de maquinaria y camiones - Prohibición de quema de residuos o materiales combustibles
Indicador que acredita su cumplimiento - Registros fotográficos de señalética y registros de capacitaciones sobre la prohibición de quema de cualquier tipo de residuo o material combustible. - Registros de mantención y revisión técnica de camiones y maquinaria, cuando corresponda. - Registro de aplicación de supresor de polvo. Forma de control y seguimiento Registros de aplicación de supresor de polvo, mantención de vehículos y maquinaria y de capacitaciones sobre prohibición de quema de residuos disponibles en faena para fiscalización. Referencia al ICE para mayores detalles Tabla 8.1.1. Decreto Supremo Nº 144 de 1961
7.2. COMPONENTE/MATERIA: Emisiones atmosféricas Norma Decreto Supremo Nº 75 de 1987, Establece condiciones para el transporte de cargas que indica, 25 de mayo de 1987, Ministerio de Transporte y Telecomunicaciones. Fase del proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Construcción y cierre Parte, obra, acción, emisión, residuo o sustancias a la que aplica Transporte de materiales Forma de cumplimiento El Titular exigirá a las empresas encargadas del transporte, que los camiones circulen con su carga cubierta por lonas o plásticos impermeables. Indicador que acredita su cumplimiento - Documento que acredite que el Titular ha exigido a las empresas de transporte que los camiones circulen con su carga cubierta. - Inspección visual y/o registro fotográfico de los camiones que ingresan y/o se retiran de la obra con la carga cubierta. Forma de control y seguimiento - Registros (correo electrónico, anexos de contrato, etc.) que permitan acreditar las exigencias realizadas por el Titular a la empresa transportista, los cuales estarán disponibles en la instalación de faenas. - Registro fotográfico de los camiones con carga cubierta disponibles en faena para fiscalización. Referencia al ICE para mayores detalles Tabla 8.1.2. Decreto Supremo Nº 75 de 1987
7.3. COMPONENTE/MATERIA: Emisiones atmosféricas Norma Decreto Supremo N° 211 de 1991, Normas Sobre Emisiones de Vehículos Motorizados Livianos, 18 de octubre de 1991, Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones Fase del proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Construcción, operación y cierre Parte, obra, acción, emisión, residuo o sustancias a la que aplica El Proyecto considera utilizar vehículos motorizados livianos durante las fases de construcción, operación y cierre del Proyecto, principalmente para el transporte del personal. Forma de cumplimiento Como medida de control de las emisiones de gases de combustión, se exigirá que todos los vehículos motorizados livianos sean sometidos a mantenciones periódicas y cumplan con las normas de emisión establecidas por el Ministerio de Transporte y Telecomunicaciones, lo que se acreditará a través del Certificado de Revisión Técnica al día. Indicador que acredita su cumplimiento Revisiones técnicas al día de todos los vehículos involucrados en el Proyecto. Forma de control y seguimiento Se mantendrá un registro de las revisiones técnicas al día, el que considerará el listado de todos los vehículos livianos requeridos por el Proyecto y la fecha de la última revisión técnica realizada. Referencia al ICE para mayores detalles Tabla 8.1.3. Decreto Supremo Nº 211 de 1991
7.4. COMPONENTE/MATERIA: Emisiones atmosféricas Norma Decreto Supremo Nº 54 de 1994, Establece Normas de Emisión Aplicables a Vehículos Motorizados Medianos que Indica, 8 de marzo de 1994, Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones. Fase del proyecto a la que Construcción, operación y cierre. aplica o en la que se dará cumplimiento Parte, obra, acción, emisión, residuo o sustancias a la que aplica El Proyecto considera utilizar los vehículos regulados por la presente norma para el transporte de materiales e insumos, realizado en camiones a través de terceros autorizados. Forma de cumplimiento Se cumplirá con la norma de emisión y se exigirá que todos los vehículos motorizados que participen en el desarrollo del Proyecto, durante todas sus fases, cumplan con estas normas, lo que se verificará con el certificado de revisión técnica y de gases. Indicador que acredita su cumplimiento Contar con las revisiones técnicas al día de todos los vehículos involucrados en el Proyecto, tanto propios como de contratistas, durante todas las fases del Proyecto.
Se mantendrá un registro de las revisiones técnicas al día, el que considerará el listado de todos los vehículos medianos requeridos por el Proyecto y la fecha de la última revisión técnica realizada. Forma de control y seguimiento Revisión de copia del registro de revisiones técnicas según necesidad (ej. entrada de vehículos o maquinaria nueva al Proyecto) el que se encontrará actualizado en las instalaciones del proyecto, y disponible para su fiscalización. Referencia al ICE para mayores detalles Tabla 8.1.4. Decreto Supremo Nº 54 de 1994
7.5. COMPONENTE/MATERIA: Emisiones atmosféricas Norma Decreto Supremo Nº 55 de 1994, Establece Norma de Emisión a Vehículos Motorizados Pesados que Indica, 08 de marzo de 1994, Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones. Fase del proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Construcción y cierre Parte, obra, acción, emisión, residuo o sustancias a la que aplica Transporte de materiales Forma de cumplimiento Se cumplirá con la norma de emisión y se exigirá que todos los vehículos motorizados que participen en el desarrollo del Proyecto, durante todas sus fases, cumplan con estas normas, lo que se verificará con el certificado de revisión técnica y de gases. Indicador que acredita su cumplimiento Contar con las revisiones técnicas al día de todos los vehículos involucrados en el Proyecto. Forma de control y seguimiento Registro de revisiones técnicas al día de los vehículos disponible en faena para fiscalización. Referencia al ICE para mayores detalles Tabla 8.1.5. Decreto Supremo Nº 55 de 1994
7.6. COMPONENTE/MATERIA: Emisiones atmosféricas Norma Decreto Supremo Nº 138 de 2005, Establece obligación de declarar emisiones que indica, 10 de junio de 2005, Ministerio de Salud. Fase del proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Construcción y cierre
Parte, obra, acción, emisión, Grupos electrógenos residuo o sustancias a la que aplica Forma de cumplimiento El Titular realizará la declaración de emisiones atmosféricas de los grupos electrógenos, a través del Sistema de Ventanilla única del RETC Indicador que acredita su cumplimiento Registro de declaración de emisiones Forma de control y seguimiento Registros de declaración de emisiones disponibles en faena para fiscalización. Referencia al ICE para mayores detalles Tabla 8.1.6. Decreto Supremo Nº 138 de 2005
7.7. COMPONENTE/MATERIA: Ruidos Molestos generados por Fuentes Fijas. Norma Decreto Supremo Nº 38 de 2011, Establece Norma de Emisión de Ruidos Generados por Fuentes que Indica, Elaborada a partir de la revisión del Decreto N° 146, de 1997, del Ministerio Secretaría General de la Presidencia, 11 de noviembre de 2011, Ministerio del Medio Ambiente. Fase del proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Construcción, operación y cierre Parte, obra, acción, emisión, residuo o sustancias a la que aplica El Proyecto generará emisiones de ruido durante las fases de construcción, operación y cierre, asociado al uso de maquinaria, construcción de central fotovoltaica y línea de transmisión eléctrica. Forma de cumplimiento Se identificó 1 receptor cercano a 400 metros de la alternativa 3 de la línea de transmisión eléctrica, se evaluó el aporte de las emisiones sobre dicho receptor para las fases de construcción y cierre, estimándose un máximo de nivel de presión sonora de 60 dB(A), inferior a los 65 dB(A) del límite máximo establecido en el D.S. N°38/2011 del MMA. Durante la fase de operación, el aporte de ruido del Proyecto sobre dicho receptor se estima en 0 dB(A).
Adicionalmente, se realizarán capacitaciones al personal de la obra en relación a los aspectos fundamentales del D.S. Nº38/11 del MMA y al manejo de las acciones de control de ruido a implementarse en la obra. Indicador que acredita su cumplimiento Registro de capacitación a trabajadores. Forma de control y seguimiento Registros de capacitaciones disponibles en faena para fiscalización. Referencia al ICE para mayores detalles Tabla 8.1.7. Decreto Supremo Nº 38 de 2011
7.8. COMPONENTE/MATERIA: Contaminación Lumínica. Norma Decreto Supremo N° 43 de 2012, Establece Norma de Emisión para la Regulación de la Contaminación Lumínica, elaborada a partir de la revisión del Decreto Nº 686, de 1998, del Ministerio de Economía, Fomento y Reconstrucción, 17 de diciembre de 2012, Ministerio del Medio Ambiente. Fase del proyecto a la que aplica o en la que se dará Operación cumplimiento Parte, obra, acción, emisión, residuo o sustancias a la que aplica Luminaria de seguridad Forma de cumplimiento La iluminaria a instalar está destinada a la seguridad del recinto, dado que el proyecto no considera actividades en horario nocturno. Estas instalaciones de alumbrado se regirán bajo las disposiciones del presente decreto, es decir, no excederán más allá del 20% sobre los valores mínimos establecidos en la norma NSEG 9. n71 - Iluminación: Diseño de Alumbrado Público en Sectores Urbanos, de la Superintendencia de Servicios Eléctricos y de Gas (hoy Superintendencia de Electricidad y Combustibles), o la que la reemplace. Indicador que acredita su cumplimiento Registros de los certificados de luminarias. Forma de control y seguimiento Registros de los certificados de luminarias disponibles en faena para fiscalización. Referencia al ICE para mayores detalles Tabla 8.1.8. Decreto Supremo Nº 43 de 2012
7.9. COMPONENTE/MATERIA: Aguas Servidas Norma Decreto Supremo Nº 594 de 1999, Aprueba Reglamento sobre condiciones sanitarias y ambientales básicas en los lugares de trabajo, 15 de septiembre de 1999, Ministerio de Salud. Fase del proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Construcción, operación y cierre Parte, obra, acción, emisión, residuo o sustancias a la que aplica Para todas las fases del proyecto, se generarán aguas servidas provenientes de los servicios sanitarios del Proyecto, las que serán tratadas a través de una planta de tratamiento de aguas servidas.
Adicionalmente, en la fase de construcción y de cierre del Proyecto se contempla la utilización de baños químicos cuyas aguas servidas serán manejadas por una empresa autorizada, la cual se encargará de su mantenimiento. Forma de cumplimiento Fase de construcción: Durante la fase de construcción se generarán 52,5 m³/día de aguas servidas. 13,5 m³/día serán provenientes de baños en instalación de faena y el resto de los baños químicos en los frentes de trabajo. El sistema planteado para el tratamiento de aguas servidas consta de un distribuidor, cámara desengrasante, cámara de inspección, para finalmente llegar a la fosa séptica. Adicionalmente, durante la fase de construcción se dispondrán baños químicos en los frentes de trabajo, los cuales serán manejados y dispuestos por una empresa que cuente con autorización sanitaria.
Fase de operación: Durante la fase de operación se generarán 2,03 m³/día de aguas servidas. El sistema planteado para el tratamiento de aguas servidas consta de un distribuidor, cámara desengrasante, cámara de inspección, para finalmente llegar a la fosa séptica.
Fase de cierre: Durante la fase de cierre se generarán 13,5 m³/día de aguas servidas. El sistema planteado para el tratamiento de aguas servidas consta de un distribuidor, cámara desengrasante, cámara de inspección, para finalmente llegar a la fosa séptica. Adicionalmente, durante la fase de cierre se dispondrán baños químicos en los frentes de trabajo, los cuales manejados y dispuestos por una empresa que cuente con autorización sanitaria. El Titular presentó los antecedentes técnicos y formales para la obtención del PAS 138 del RSEIA, los cuales se encuentran actualizados en el Anexo 3 de Adenda Complementaria, respecto de estos, la autoridad competente se pronunció conforme, según consta en Oficio ORD. N° 7226/2020, de fecha 15 de julio de 2020. Indicador que acredita su cumplimiento - Se mantendrá un registro de los mantenimientos llevados a cabo en la planta de tratamiento, así como registro de los retiros de lodos por empresa autorizada. - Registros de limpieza de baños químicos. Forma de control y seguimiento Registros de mantenimiento y limpieza disponibles en faena para fiscalización. Referencia al ICE para mayores detalles Tabla 8.1.9. Decreto Supremo Nº 594 de 1999
7.10. COMPONENTE/MATERIA: Aguas Servidas Norma Decreto Supremo N° 236 de 1926, Reglamento General de Alcantarillados Particulares Fosas Sépticas, Cámaras Filtrantes, Cámaras de Contacto, Cámaras Absorbentes y Letrinas Domiciliarias, 30 de abril de 1926, Ministerio de Salud. Fase del proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Construcción, operación y cierre Parte, obra, acción, emisión, residuo o sustancias a la que aplica Para todas las fases del proyecto, se generarán aguas servidas provenientes de los servicios sanitarios del Proyecto, las que serán tratadas a través de una planta de tratamiento de aguas servidas. Forma de cumplimiento Los lodos que se acumulen al interior del decantador de la planta de tratamiento serán retirados por empresa autorizada al menos 1 vez al año, y enviados a sitio de disposición final autorizado. El Titular presentó los antecedentes técnicos y formales para la obtención del PAS 138 del RSEIA, los cuales se encuentran actualizados en el Anexo 3 de Adenda Complementaria, respecto de estos, la autoridad competente se pronunció conforme, según consta en Oficio ORD. N° 7226/2020, de fecha 15 de julio de 2020. Indicador que acredita su cumplimiento Resolución que autoriza el funcionamiento del sistema de tratamiento de aguas servidas. Autorización sanitaria de los camiones que efectúan retiro de lodos generados en la PTAS. Forma de control y seguimiento Se mantendrá copia de la Resolución Sanitaria disponible en las dependencias del Proyecto para fiscalización. Se mantendrá en faena los registros de disposición final de lodos y respaldo físico de los camiones que realizan el transporte con sus respectivas autorizaciones sanitarias. Referencia al ICE para mayores detalles Tabla 8.1.10. Decreto Supremo Nº 236 de 1926
7.11. COMPONENTE/MATERIA: Aguas Servidas Norma Decreto Supremo N° 4 de 2009, Reglamento para el manejo de lodos generados en plantas de tratamiento de aguas servidas, 30 de enero de 2009, Ministerio Secretaría General de la Presidencia. Fase del proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Construcción, operación y cierre Parte, obra, acción, emisión, residuo o sustancias a la que aplica Para todas las fases del proyecto, se generarán aguas servidas provenientes de los servicios sanitarios del Proyecto, las que serán tratadas a través de una planta de tratamiento de aguas servidas. Forma de cumplimiento Los lodos que se acumulen al interior del decantador de la planta de tratamiento serán retirados por empresa autorizada al menos 1 vez al año, y enviados a sitio de disposición final autorizado. El Titular presentó los antecedentes técnicos y formales para la obtención del PAS 138 del RSEIA, los cuales se encuentran actualizados en el Anexo 3 de Adenda Complementaria, respecto de estos, la autoridad competente se pronunció conforme, según consta en Oficio ORD. N° 7226, de fecha 15 de julio de 2020. Indicador que acredita su cumplimiento Resolución que autoriza el funcionamiento del sistema de tratamiento de aguas servidas. Autorización sanitaria de los camiones que efectúan retiro de lodos generados en la PTAS. Forma de control y seguimiento Se mantendrá copia de la Resolución Sanitaria disponible en las dependencias del Proyecto para fiscalización. Se mantendrá en faena los registros de disposición final de lodos y respaldo físico de los camiones que realizan el transporte con sus respectivas autorizaciones sanitarias. Referencia al ICE para mayores detalles Tabla 8.1.11. Decreto Supremo Nº 4 de 2009
7.12. COMPONENTE/MATERIA: Residuos sólidos. Norma Decreto Supremo Nº 594 de 1999, Aprueba Reglamento sobre condiciones sanitarias y ambientales básicas en los lugares de trabajo, 15 de septiembre de 1999, Ministerio de Salud. Fase del proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Construcción, operación y cierre Parte, obra, acción, emisión, residuo o sustancias a la que aplica Durante la fase de construcción, operación y cierre del Proyecto se generarán residuos sólidos asimilables a domiciliarios (RSD), residuos industriales no peligrosos (RSINP), residuos inertes y residuos sólidos peligrosos (RESPEL), producto de las diversas labores y actividades que se llevarán a cabo. Forma de cumplimiento Fase de construcción: - Residuos sólidos domésticos y asimilables: Se estima una generación de 350 kg/día. Se almacenarán temporalmente en contenedores con bolsa y tapa en el patio de salvataje de la instalación de faena (3 contenedores de 200 litros). Para posteriormente ser retirados con una frecuencia de 2 a 3 veces por semana y dispuestos en sitio autorizado. - Residuos sólidos industriales no peligrosos: Se estima una generación de 3.200 kg/año. Se almacenarán temporalmente en contenedores tipo Roll-Off de 20 m³ en el patio de salvataje de la instalación de faena por un periodo no superior a 6 meses y posteriormente retirados por empresa autorizada y dispuestos en sitio autorizado. - Residuos inertes: Se estima una generación de 27.994 t/año. Estos residuos consisten en escombros de construcción (1.380 t/año) y tierra de escarpe y excavación (26.614 t/año). Se almacenarán temporalmente en contenedores tipo Roll-Off, tolvas o directamente sobre el suelo en un sector delimitado en el patio de salvataje. Los escombros serán retirados hasta 1 vez por semana por empresas autorizadas y serán dispuestos en sitios autorizados. Por otro lado, La tierra proveniente de labores de escarpe y excavaciones será utilizada en el mismo terreno para nivelar o enviada a sitio de disposición autorizado. - Residuos peligrosos: Se estima una generación de 2.430 kg/año, correspondientes principalmente a envases de productos tales como tarros de pinturas, impermeabilizantes, brochas y huaipes usados, adhesivos, entre otros. Se almacenarán temporalmente en una bodega en la instalación de faenas por un periodo no superior a 6 meses, para posteriormente ser retirados por una empresa que cuente con la autorización para ello y dispuestos finalmente en un sitio autorizado.
Fase de operación:
Residuos sólidos domiciliarios y asimilables: Se estima una generación de 15 kg/día. Se almacenarán temporalmente en contenedores con bolsa y tapa de 200 litros de capacidad en el patio de salvataje. Para posteriormente ser retirados con una frecuencia de 1 a 2 veces por semana y dispuestos en sitio autorizado. - Residuos sólidos industriales no peligrosos: Se estima una generación de 20 kg/mes, consistentes en restos de cables. Se almacenarán temporalmente en contenedores de 200 litros de capacidad en el patio de salvataje, serán retirados por empresa autorizada y dispuestos en sitio autorizado. - Residuos peligrosos: Se estima una generación de 92 kg/año de materiales contaminados con aceite dieléctrico y paneles fotovoltaicos. Además, se considera la generación 13.000 kg cada 15 años de baterías de ion litio en desuso. Se almacenarán temporalmente en una bodega en la instalación de faenas para posteriormente ser retirados por una empresa autorizada y dispuestos finalmente en un sitio autorizado.
Fase de cierre:
Residuos sólidos domiciliarios y asimilables: Se estima una generación de 100 kg/día. Se almacenarán temporalmente en contenedores con bolsa y tapa en el patio de salvataje de la instalación de faena. Para posteriormente ser retirados con una frecuencia de 2 a 3 veces por semana y dispuestos en sitio autorizado. - Residuos sólidos industriales no peligrosos: Se estima una generación de 100 kg/día de restos de embalaje y vidrios. Además de 500 kg/mes de maderas, despuntes de fierres y clavos. Se almacenarán temporalmente en contenedores tipo Roll-Off de 20 m³ en el patio de salvataje de la instalación de faena por un periodo no superior a 6 meses y posteriormente retirados por empresa autorizada y dispuestos en sitio autorizado. - Residuos inertes: Se estima una generación de 1.770 t/año. Estos residuos consisten en escombros de construcción. Se almacenarán temporalmente en tolvas o directamente sobre el suelo en un sector delimitado en el patio de salvataje. - Residuos peligrosos: Se estima una generación de 122 kg/mes, correspondientes principalmente a restos de aceite y material contaminado, baterías en desuso y paneles fotovoltaicos rotos. Se almacenarán temporalmente en una bodega en la instalación de faenas por un periodo no superior a 6 meses, para posteriormente ser retirados por una empresa que cuente con la autorización para ello y dispuestos finalmente en un sitio autorizado.
El Titular durante el proceso de evaluación presentó los antecedentes técnicos y formales para la obtención de los PAS 140 y 142 del RSEIA, los cuales se encuentran actualizados en el Anexo 4 y 5 de Adenda Complementaria, respecto de estos, la autoridad competente se pronunció conforme, según consta en Oficio ORD. N° 7226, de fecha 15 de julio de 2020. Indicador que acredita su cumplimiento - Boletas, certificados y/o comprobantes que permitan acreditar que los sitios de disposición final de los residuos se encuentran autorizados. - Inspección visual y/o registro fotográfico de las condiciones de almacenaje de los residuos no peligrosos de la obra. - Autorización para almacenar temporalmente los residuos no peligrosos dentro del predio. - Obtención de los PAS 140 y 142. - Autorización para disponer residuos fuera del predio. Forma de control y seguimiento - Registro de boletas, certificados y/o comprobantes de los sitios de disposición final disponibles en faena para fiscalización. - Registro fotográfico de las condiciones de almacenamiento de residuos disponibles en faena para fiscalización. - Registro de autorización para almacenamiento temporal de residuos y disposición final disponibles en faena para fiscalización. Referencia al ICE para mayores detalles Tabla 8.1.12. Decreto Supremo Nº 594 de 1999
7.13. COMPONENTE/MATERIA: Residuos Peligrosos. Norma Decreto Supremo Nº 148 de 2003, Aprueba Reglamento Sanitario sobre Manejo de Residuos Peligrosos, 12 de junio de 2003, Ministerio de Salud. Fase del proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Construcción, operación y cierre Parte, obra, acción, emisión, residuo o sustancias a la que aplica Fase de construcción: - Se estima una generación de 2.430 kg/año, correspondientes principalmente a envases de productos tales como tarros de pinturas, impermeabilizantes, brochas y huaipes usados, adhesivos, entre otros.
Fase de operación:
Se estima una generación de 92 kg/año de materiales contaminados con aceite dieléctrico y paneles fotovoltaicos. Además, se considera la generación 13.000 kg cada 15 años de baterías de ion litio en desuso.
Fase de cierre: Se estima una generación de 122 kg/mes, correspondientes principalmente a restos de aceite y material contaminado, baterías en desuso y paneles fotovoltaicos rotos. Se almacenarán temporalmente en una bodega en la instalación de faenas por un periodo no superior a 6 meses, para posteriormente ser retirados por una empresa que cuente con la autorización para ello y dispuestos finalmente en un sitio autorizado. Forma de cumplimiento Fase de construcción: - Se almacenarán temporalmente en una bodega en la instalación de faenas por un periodo no superior a 6 meses, para posteriormente ser retirados por una empresa que cuente con la autorización para ello y dispuestos finalmente en un sitio autorizado.
Fase de operación:
Se almacenarán temporalmente en una bodega en la instalación de faenas para posteriormente ser retirados por una empresa autorizada y dispuestos finalmente en un sitio autorizado.
Fase de cierre:
Se almacenarán temporalmente en una bodega en la instalación de faenas por un periodo no superior a 6 meses, para posteriormente ser retirados por una empresa que cuente con la autorización para ello y dispuestos finalmente en un sitio autorizado. El Titular durante el proceso de evaluación presentó los antecedentes técnicos y formales para dar cumplimiento a los requisitos exigidos para la obtención del PAS 142 del RSEIA, los cuales se encuentran actualizados en el Anexo 5 de Adenda Complementaria, respecto de estos, la autoridad competente se pronunció conforme, según consta en Oficio ORD. N° 7226, de fecha 15 de julio de 2020. Indicador que acredita su cumplimiento - Inspección visual y/o registro fotográfico del sitio de almacenamiento de residuos peligrosos. - Registros que acrediten el retiro y disposición final de residuos peligrosos, mediante empresa autorizada. - Autorización para almacenar temporalmente residuos peligrosos. - Obtención del PAS 142 Forma de control y seguimiento - Registro fotográfico de las condiciones de almacenamiento de residuos disponibles en faena para fiscalización. - Registro de autorización para almacenamiento temporal de residuos y disposición final disponibles en faena para fiscalización. Referencia al ICE para mayores detalles Tabla 8.1.13. Decreto Supremo Nº 148 de 2003
7.14. COMPONENTE/MATERIA: Sustancias peligrosas Norma Decreto Supremo N° 43, Aprueba Reglamento de Almacenamiento de Sustancias Peligrosas, 27 de julio de 2015, Ministerio de Salud. Fase del proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Construcción Parte, obra, acción, emisión, residuo o sustancias a la que aplica Almacenaje de insumos con características de peligrosidad Forma de cumplimiento El Proyecto contempla 2 sitios para almacenar sustancias peligrosas durante la fase de construcción: - Bodega de materiales: En esta bodega se almacenarán los adhesivos, pinturas, puente adherente y diluyentes, junto a los insumos no peligrosos de la obra (clavos, cemento, etc.). Estos insumos estarán ubicados en una estantería de material liso, no absorbente y lavable, cerradas con barras antivuelco y contará con un sistema de control de derrames. - Patio insumos: En este sector se almacenará los impermeabilizantes, membranas de curado, desmoldante y combustible líquido. Este sitio contará con techo, cierre perimetral, piso sólido, liso e impermeable y con un pretil para la contención de eventuales derrames.
Ambos sitios tendrán acceso controlado y contarán con la señalización que indique el tipo de sustancias peligrosas que se almacena, mantendrán a la vista sus respectivas HDS y estarán provistos con extintores compatibles con los productos almacenados, en cantidad y distribución acorde a lo establecido en el D.S. Nº 594/2000 del MINSAL. Por lo que contarán con las condiciones adecuadas para cada sustancia y cumpliendo con lo establecido en la presente normativa. Indicador que acredita su cumplimiento Inspección visual y registro fotográfico de las condiciones de almacenamiento. Forma de control y seguimiento Registro fotográfico de las condiciones de almacenamiento disponible en faena para fiscalización. Referencia al ICE para mayores detalles Tabla 8.1.14. Decreto Supremo N° 43 de 2015
7.15. COMPONENTE/MATERIA: Patrimonio cultural. Norma Ley Nº 17.288 de 1970, Legisla Sobre Monumentos Nacionales; Modifica Las Leyes 16.617 y 16.719; Deroga Decreto Ley 651, de 17 de octubre de 1925, 27 de enero de 1970, Ministerio de Educación. Fase del proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Construcción, operación y cierre Parte, obra, acción, emisión, residuo o sustancias a la que aplica El Proyecto considera, escarpe, remoción de tierra y rocas durante la fase de construcción. Forma de cumplimiento Ante el hallazgo de materiales arqueológicos, antropológicos o paleontológicos, con ocasión de cualquier movimiento de tierra del Proyecto, se paralizarán completamente las obras asociadas al área del hallazgo y se informará de inmediato y por escrito al Gobernador Provincial y al Consejo de Monumentos Nacionales (CMN), para que dicho organismo determine los procedimientos a seguir. El Proyecto afectará 27 elementos patrimoniales, para lo cual, se presentan los antecedentes actualizados del PAS 132 en el Anexo 2 de la Adenda complementaria, respecto de los cuales el CMN se pronunció conforme, según consta en el Oficio Ord. N° 2480, de fecha 15 de julio de 2020 Indicador que acredita su cumplimiento Registro que evidencie el aviso a la autoridad de hallazgos arqueológicos (en el caso que corresponda). Forma de control y seguimiento Registro de aviso a la autoridad de hallazgos arqueológicos disponibles en faena para fiscalización. Referencia al ICE para mayores detalles Tabla 8.2.1. Ley Nº 17.288 de 1970
7.16. COMPONENTE/MATERIA: Contaminación de Cauces Norma Decreto Supremo N° 430 de 1991, Fija el texto refundido, coordinado y sistematizado de la Ley N° 18.892, de 1989 y sus modificaciones, Ley General de Pesca y Acuicultura, 28 de septiembre de 1991, Ministerio de Economía, Fomento y Reconstrucción. Fase del proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Construcción y cierre Parte, obra, acción, emisión, residuo o sustancias a la que aplica Torres de alternativas de conexión 2 y 3 Forma de cumplimiento Quedará expresamente prohibido el botar los residuos en un lugar que no sean los contenedores habilitados para ello, en especial en los cauces (mediante capacitaciones y/o señalética). Indicador que acredita su cumplimiento Inspección visual y/o registros fotográficos de señalética y/o registros de capacitación. Forma de control y seguimiento Registros visuales y de capacitaciones disponibles en faena para fiscalización. Referencia al ICE para mayores detalles Tabla 8.2.2. Decreto Supremo N° 430 de 1991
- Que, durante el procedimiento de evaluación de la DIA el Titular del Proyecto propuso los siguientes compromisos ambientales voluntarios:
8.1. Contratación de mano de obra local Impacto asociado No aplica. Fase del Proyecto a la que aplica Construcción, operación y cierre. Objetivo, descripción y justificación Objetivo: Alinearse con la “Estrategia Regional de Desarrollo de Región de Atacama”, relacionada con priorizar la contratación de mano de obra local, como de empresas de la zona, para las diferentes obras de las fases de construcción, operación y cierre.
Descripción: Se espera que, tanto para la fase de construcción como de cierre, al menos el 50% de los trabajadores provengan de la comuna de Diego de Almagro según sea la disponibilidad de cargos y la demanda de estos en la comuna. Respecto de la fase de operación, se espera que todos los trabajadores sean de la comuna, puesto que se tratarán de trabajos permanentes en la planta, a excepción de aquellos servicios específicos de mantención que podrían ser provistos de empresas que no necesariamente estén disponibles en la comuna.
Justificación: Aportar con la empleabilidad de la zona. Lugar, forma y oportunidad de implementación Lugar: Comuna de Diego de Almagro.
Forma: Canalizar la contratación de empleados a través de la OMIL de la Comuna de Diego de Almagro.
Oportunidad: Cada vez que se contrate a alguien o exista proceso de selección de personal. Indicador que acredite su cumplimiento Entrega de planilla con el personal contratado al inicio de cada fase tanto a la SEREMI de Desarrollo Social y Familia de la Región de Atacama como también a la I. Municipalidad de Diego de Almagro. Forma de control y seguimiento Planilla con el personal contratado disponible en faenas para fiscalización. Referencia al ICE para mayores detalles Tabla 10.1.1. Contratación de mano de obra local
8.2. Jornadas de educación Impacto asociado No aplica. Fase del Proyecto a la que aplica Operación. Objetivo, descripción y justificación Objetivo: Aportar con la educación ambiental respecto de la importancia de ERNC y a la labor que necesitan cubrir en las operaciones de las Centrales Fotovoltaicas.
Descripción: Con el fin de apoyar la innovación e integración de proyectos de ERNC en la Región de Atacama, el Titular se compromete a realizar jornadas de educación relacionadas a esta temática en los Liceos Diego de Almeida y Manuel Magalhaes Medling, o todo aquel centro educacional que lo desee. Asimismo, se propone realizar visitas guiadas a la Planta para los alumnos y docentes de ambos liceos, orientadas al conocimiento y familiarización de ellos con el Proyecto.
Justificación: Aportar a la comunidad con jornadas de educación y capacitación respecto de las ERNC. Lugar, forma y oportunidad de implementación Lugar: Comuna de Diego de Almagro.
Forma: El Titular, se compromete a desarrollar charlas ambientales en colegios de la Comuna de Diego de Almagro, en donde se dará a conocer a la comunidad estudiantil, los beneficios del uso de las Energías Renovables. Además, se consideran visitas guiadas de estos centros educacionales a las instalaciones del proyecto. Además, se considera un “stand” asociado al funcionamiento de la energía fotovoltaica, el cual contará con un panel fotovoltaico conectado a una hélice, con la correspondiente información del funcionamiento de este en un mural explicativo, el cual servirá como apoyo en la charlas educativas y capacitaciones.
Oportunidad: Cada vez que algún centro educacional así lo requiera. Indicador que acredite su cumplimiento Registros internos (fotográficos, diapositivas, etc.) de la realización de las actividades. Forma de control y seguimiento Registros internos de la realización de las actividades disponibles en faena para fiscalización. Referencia al ICE para mayores detalles Tabla 10.1.2. Jornadas de educación
8.3. Control de emisiones atmosféricas Impacto asociado Afectación a la calidad del aire. Fase del Proyecto a la que aplica Construcción, Operación y Cierre. Objetivo, descripción y Objetivo: No afectar en la calidad del aire del sector. justificación
Descripción: Se implementarán las siguientes acciones de control:
Fase de construcción: - Transporte con carga cubierta - Riego en movimiento de tierras - Aplicación de supresor de polvo - Límite de velocidad - Mantención y revisión técnica de maquinaria y camiones - Prohibición de quema de residuos o materiales combustibles
Fase de operación: - Prohibición de quema de residuos o materiales combustibles
Fase de cierre: - Transporte con carga cubierta - límite de velocidad - Mantención y revisión técnica de maquinaria y camiones - Prohibición de quema de residuos o materiales combustibles
Justificación: Controlando las emisiones atmosféricas del proyecto, se velará por no afectar la calidad del aire del sector. Lugar, forma y oportunidad de implementación Lugar: Comuna de Diego de Almagro.
Forma: el compromiso se desarrollará en cada fase de la siguiente forma:
Fase de construcción: Se transportarán los materiales en camiones con la carga cubierta con lona; Se regará el terreno en forma oportuna y suficiente, durante el período en que se realicen las faenas de movimiento de tierras y escarpe; se aplicará supresor de polvo en las vías internas del Proyecto con una frecuencia máximo de 2 veces por semana; se limitará la velocidad de circulación de los vehículos a 20 km/h en las vías internas del Proyecto; La maquinaria y camiones contarán con sus mantenciones y revisiones técnicas al día; Se prohibirá expresamente la quema de cualquier tipo de residuo o material combustible mediante el uso de señalética y/o charlas.
Fase de operación: Se prohibirá expresamente la quema de cualquier tipo de residuo o material combustible mediante el uso de señalética y/o charlas.
Fase de cierre: Se transportarán los materiales en camiones con la carga cubierta con lona; se limitará la velocidad de circulación de los vehículos a 20 km/h en las vías internas del Proyecto; La maquinaria y camiones contarán con sus mantenciones y revisiones técnicas al día; Se prohibirá expresamente la quema de cualquier tipo de residuo o material combustible mediante el uso de señalética y/o charlas.
Oportunidad: Durante las fases de construcción, operación y cierre. Indicador que acredite su cumplimiento Registro fotográfico o inspección visual y en el caso de la aplicación de supresor de polvo registro de su aplicación en faena. Forma de control y Se mantendrá en faena registro de aplicación del supresor del polvo para seguimiento fiscalización. Referencia al ICE para mayores detalles Tabla 10.1.3. Control de emisiones atmosféricas
8.4. Monitoreo arqueológico y charlas de inducción Impacto asociado Afectación del patrimonio cultural. Fase del Proyecto a la que aplica Construcción. Objetivo, descripción y justificación Objetivo: No afectar los componentes patrimoniales que se pudieran identificar durante la construcción del Proyecto.
Descripción: Se implementará un monitoreo arqueológico, el cual será llevado a cabo por arqueólogo/a(s) y/o licenciado/a(s) en arqueología, durante las obras de escarpe del terreno y en todas las actividades que consideren cualquier tipo de remoción de la superficie y excavación subsuperficial. Además, se realizarán charlas de inducción -por el/la arqueólogo/a o licenciado/a en arqueología a cargo del monitoreo- a las/los trabajadores del Proyecto sobre el componente arqueológico que se podrá encontrar en el área y los procedimientos a seguir en caso de hallazgo, antes del inicio de cada obra.
Justificación: Realizando charlas a los trabajadores y con la presencia de un arqueólogo en la fase de movimiento de tierras se velará por no afectar los componentes patrimoniales que se pudieran identificar durante la construcción del Proyecto. Lugar, forma y oportunidad de implementación Lugar: El monitoreo se realizará frente a las obras de escarpe del terreno y en todas las actividades que consideren cualquier tipo de remoción de la superficie y excavación subsuperficial. La charla se desarrollará al interior de la obra.
Forma: Se remitirá a la SMA un informe 15 días hábiles después de cada mes, durante aplique el compromiso, con los siguientes antecedentes: ▪ Descripción de las actividades en todos los frentes de excavación del mes, con fecha. ▪ Descripción de matriz y materialidad encontrada (con profundidad) en cada obra de excavación. ▪ Plan mensual de trabajo de la constructora donde se especifique en libro de obras los días monitoreados por el/la arqueólogo/a. ▪ Planos y fotos (de alta resolución) de los distintos frentes de excavación y sus diferentes etapas de avances. ▪ Contenidos de las charlas de inducción efectuadas y la constancia de asistentes con la firma de cada trabajador/a. ▪ De evidenciarse restos arqueológicos: - Ficha de registro arqueológico con fotografías panorámicas y específicas de los hallazgos (en alta resolución). - Descripción detallada del estado de conservación y si hubiera afectación por las obras del proyecto. - Medidas de protección y/o conservación implementadas. - Constancia de aviso del hallazgo al CMN, de acuerdo a lo establecido en el art. 26° de la Ley 17.288 de Monumentos Nacionales. ▪ Seguimiento del estado de conservación de las acciones de prevención a implementar si corresponden (cercado, señaléticas, etc.). ▪ El informe final de monitoreo debe dar cuenta de las actividades realizadas, y de haberse detectado sitios arqueológicos, incluir la información de rescate correspondiente. En estos casos se incluirá una revisión bibliográfica de la zona, el análisis (por tipo de materialidad) y la conservación de todos los materiales arqueológicos que se encuentren motivo de esta actividad. Se recuerda que para los rescates de hallazgos no previstos que aparezcan durante el monitoreo o en otra instancia, se deberá solicitar el permiso de intervención arqueológica, según el Artículo 7° del Reglamento de Excavación, establecida en la Ley 17.288 de Monumentos Nacionales. ▪ De recuperarse materiales arqueológicos, la propuesta de destinación definitiva deberá ser indicada al momento de entregar el informe final del monitoreo, para lo cual, se remitirá un documento oficial de la institución museográfica aceptando la eventual destinación. Se deben solventar los gastos de análisis, conservación y embalaje del material arqueológico, así como su traslado a la institución receptora.
Oportunidad: Durante la fase de movimiento de tierra en la fase de construcción. Indicador que acredite su cumplimiento Informe mensual de monitoreo elaborado por el/la arqueólogo/a en un plazo máximo de 15 días hábiles luego de terminado el mes. Registro de asistencia a la charla de inducción. Forma de control y seguimiento Informe mensual de monitoreo arqueológico disponible en faena para fiscalización. Referencia al ICE para mayores detalles Tabla 10.1.4. Monitoreo arqueológico y charlas de inducción
8.5. Monitoreo activo y rescate de fauna Impacto asociado Afectación a la fauna nativa. Fase del Proyecto a la que aplica Construcción y operación. Objetivo, descripción y justificación Objetivo: Recuperar potenciales ejemplares de Golondrina de Mar caídos vivos en las instalaciones del proyecto. Rescatar especies de Liolaemus manueli de manera previa a la construcción.
Descripción: Ante la posibilidad de que volantones de golondrina de mar de collar caigan en las instalaciones del proyecto debido a la iluminación artificial, se realizará un monitoreo activo de este fenómeno entre abril y septiembre de los años en que el proyecto estará en construcción u operación, a fin de mantener un registro certero del número de ejemplares afectados. De igual manera se establecerá un protocolo de acción en caso de hallazgo de ejemplares caídos vivos en las instalaciones del proyecto, el cual considerará la derivación a un centro de rehabilitación idóneo y una liberación que considere la evaluación del éxito de la misma.
Se implementarán monitoreos para la especie Liolaemus manueli y otras especies, con una frecuencia semestral y por un periodo de dos años. Además, se realizará un rescate y relocalización de los individuos de Liolaemus manueli en base a los antecedentes presentados en el Plan de Rescate y Relocalización de Fauna, específicamente en Anexo 6 PAS 146 de la Adenda complementaria.
Justificación: Aplicar un protocolo en caso de hallazgo de ejemplares caídos vivos en las instalaciones del proyecto velará por la recuperación de estos. Adicionalmente, en consideración a la sensibilidad de la especie Liolaemus manueli, dada por sus bajas densidades observadas y la reducida movilidad, y los impactos inherentes a esta condición que podrían originarse debido a las partes y obras del Proyecto, se realizará la acción de captura y relocalización. Lugar, forma y oportunidad de implementación Lugar: Instalaciones del proyecto.
Forma: Se realizará un monitoreo activo de este fenómeno entre abril y septiembre de los primeros dos años. ▪ El monitoreo consistirá en una búsqueda activa de aves en el área del parque y en el trazado de la línea eléctrica. ▪ Los monitoreos se realizarán en horas previas al amanecer. Siguiendo lo que se ha reportado más adecuado para otras especies como las golondrinas de mar negras, en que se ha documentado una remoción importante por parte de jotes de cabeza durante las horas que siguen a la salida del sol. ▪ Durante los monitoreos se recogerá información relevante sobre las aves halladas, como: fecha, especie, lugar del hallazgo, estado general del ejemplar y fotografía ▪ En cada monitoreo, se recogerá información sobre las luminarias, para determinar si existen luces que pudieran ocasionar la caída de ejemplares y determinar qué acciones tomar para evitar esa afectación. ▪ En caso de detectar ejemplares caídos se dará aviso de inmediato al SAG de Atacama, informando fecha y lugar de hallazgo, a quienes se les pedirá apoyo para la liberación de los ejemplares que caigan vivos. ▪ En el caso de que se registren caídas de aves vivas, se realizará un plan de rescate y liberación. ▪ Pasado este período, cada vez que se realicen visitas de mantención al proyecto durante su operación, se revisará el área para registrar la caída de ejemplares de aves.
Por otra parte, la medida rescate y relocalización de reptiles, será ejecutada mediante una campaña de terreno, que se fijará en coordinación con el cronograma de construcción del proyecto, para que de esta manera el inicio de las obras de construcción sea en un lapso no superior a dos semanas posterior al rescate, con el objetivo de evitar y/o reducir la recolonización de fauna o retorno de las especies al área de origen.
El rescate, se realizará en el periodo de mayor actividad de fauna, para contar con un número de individuos suficiente que permita maximizar las posibilidades de supervivencia en el hábitat receptor.
Oportunidad: 2 primeros años de Proyecto. Indicador que acredite su cumplimiento Registro fotográfico y reportes de las actividades realizadas. Forma de control y seguimiento Reporte de las actividades realizadas disponibles en faena para fiscalización. Referencia al ICE para mayores detalles Tabla 10.1.5. Monitoreo activo y rescate de fauna
8.6. Plan de manejo de volantones caídos Impacto asociado Afectación a fauna nativa. Fase del Proyecto a la que aplica Construcción y operación. Objetivo, descripción y justificación Objetivo: Reducir amenazas respecto de las caídas de volantones.
Descripción: Pese a que se ha descartado la afectación de esta especie, en el caso de que existan volantes caídos en el área de influencia del proyecto, se desarrollarán planes de manejo específico en el sitio de nidificación ubicado en pampa del Indio Muerto, dirigidos a la reducción de las amenazas, con el fin de mantener o incrementar las poblaciones nidificantes en ese sector.
Justificación: Reducción de las amenazas, con el fin de mantener o incrementar las poblaciones nidificantes en ese sector. Lugar, forma y oportunidad de implementación Lugar: Instalaciones del proyecto y la comuna de Diego de Almagro.
Forma: Dentro de estos planes de manejo se considerará, en caso de que corresponda de acuerdo a las evaluaciones específicas, medidas de manejo de hábitat con provisión y mejoramiento de calidad de sustratos para la nidificación; eliminación, rechazo o reubicación de depredadores u otros animales que generen disturbios en las colonias y otras medidas que se consideren adecuadas para atraer a estas aves. Se contemplará la delimitación y cercado de los sitios, con el objeto de restringir el paso de personas, vehículos y animales domésticos, instalación de letreros, vigilancia permanente durante el período de reproducción y otras medidas que se estimen necesarias.
Se desarrollará e implementará un programa de difusión a la comunidad en un plazo de 6 meses, para informarles respecto de la presencia de estas aves, los sitios en donde se ha detectado nidificación y que acciones tomar, en caso de detectar aves caídas en las cercanías.
Oportunidad: 2 primeros años del Proyecto. Indicador que acredite su cumplimiento Registro fotográfico y reportes de las actividades realizadas. Forma de control y seguimiento Reportes de las actividades realizadas disponibles en faena para fiscalización. Referencia al ICE para mayores detalles Tabla 10.1.6. Plan de manejo de volantones caídos
8.7. Parque temático Impacto asociado Pérdida de suelo. Fase del Proyecto a la que aplica Operación. Objetivo, descripción y justificación Objetivo: Disminuir la afectación por pérdida temporal de uso agrícola de suelos productivos.
Descripción: consiste en la implementación de un parque temático sobre la energía solar. Será el espacio a utilizar para las visitas guiadas a la Planta para los alumnos y docentes de los liceos de la comuna, orientadas al conocimiento y familiarización de ellos con el Proyecto.
Justificación: Tener un espacio disponible para la realización de jornadas de educación y capacitación respecto de las ERNC. Lugar, forma y oportunidad de implementación Lugar: en el acceso a la Central fotovoltaica.
Forma: considera la implementación de bancas, un mirador en la entrada al proyecto (al interior del predio y un “stand” asociado al funcionamiento de la energía fotovoltaica, el cual contará con un panel fotovoltaico conectado a un hélice, con la correspondiente información del funcionamiento de este en un mural explicativo, el cual servirá como apoyo en la charlas educativas y capacitaciones.
Oportunidad: Una vez que la central fotovoltaica comience a operar. Indicador que acredite su cumplimiento Registros internos (fotográficos, diapositivas, etc.) de la realización de las obras. Forma de control y seguimiento Registros internos de la realización de las obras disponibles en faena para fiscalización. Referencia al ICE para mayores detalles Tabla 10.1.7. Parque temático
- Que, las medidas relevantes del Plan de Prevención de Contingencias y del Plan de Emergencias, son las siguientes:
9.1. PLAN DE PREVENCIÓN DE CONTINGENCIAS
Tabla 9.1.1. Riesgo o contingencia por movimiento sísmico Fase del proyecto a la que aplica Construcción, operación y cierre. Emplazamiento, parte, obra o acción asociada Todas las partes, obras y acciones del Proyecto. Acciones o medidas a implementar - Mantener limpias y ordenadas las áreas de trabajo. - Conservar las vías de circulación siempre despejadas y señalizadas. - Informar la ubicación de las zonas de seguridad y las vías de evacuación mediante letreros Forma de control y seguimiento Controlar periódicamente que se encuentren de forma óptima los espacios disponibles para una contingencia, tales como: - Mantener limpias y ordenadas las áreas de trabajo. - Conservar las vías de circulación siempre despejadas y señalizadas. - Capacitar a los trabajadores sobre el uso de las zonas de seguridad, y de la importancia de mantenerlas disponibles. - Verificar en terreno los letreros que indican las zonas de seguridad y las vías de evacuación disponibles. Referencia al ICE o documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada Tabla 7.1.1 Riesgo o contingencia por movimiento sísmico
Tabla 9.1.2 Riesgo por inundación Fase del proyecto a la que aplica Construcción, operación y cierre. Emplazamiento, parte, obra o acción asociada Todas las partes, obras y acciones del Proyecto. Acciones o medidas a implementar - Si se anuncia que se producirán lluvias intensas, se despejarán y limpiarán las zonas de circulación de aguas lluvias. - Se efectuará una inspección de las áreas de trabajo y sectores adyacentes, para verificar que no se encuentren equipos, herramientas o maquinarias sin proteger; se dispondrá, que se verifique el estado y funcionamiento de tableros y sistemas eléctricos. - Se mantendrá actualizada la información de los reportes meteorológicos. - En días de lluvias torrenciales, se procurará, en caso de que sea necesario, desplazar los contenedores con sustancias peligrosas a zonas seguras. - Se capacitará a los trabajadores de la planta en las medidas o acciones a llevar a cabo en la ocurrencia de estas situaciones. Forma de control y seguimiento - Verificar en terreno, que las vías de evacuación de aguas lluvias estén limpias y libres de obstáculos. - Verificar en terreno, que no se estén realizando trabajos que necesiten energía eléctrica, o que utilicen sustancias peligrosas. - Verificar que se ejecutaron las inspecciones preventivas, respecto de equipos, herramientas o maquinarias que requieran protección, y del funcionamiento de sistemas eléctricos. - Verificar que cuenten con reportes meteorológicos actualizados. - Verificar que se hayan desplazado los contenedores con sustancias peligrosas a zonas seguras, en caso de requerirlo. - Registros de capacitaciones. Referencia al ICE o documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada Tabla 7.1.2. Riesgo por inundación
Tabla 9.1.3 Riesgo por incendios Fase del proyecto a la que aplica Construcción, operación y cierre. Emplazamiento, parte, obra o acción asociada Todas las partes, obras y acciones del Proyecto. Acciones o medidas a implementar - Los materiales combustibles o inflamables deben mantenerse lejos de los procesos con alta temperatura, chispas o presencia de ignición. - Prohibición de encender fuego al interior de las áreas de trabajo. - No estará permitido fumar en el área circundante a la bodega de almacenaje de RESPEL. Esta prohibición se materializará a través de un letrero que se instalará al exterior de dicha bodega. - Mantener orden y aseo en todos los lugares de trabajo. Específicamente se deberá tener especial precaución en que el perímetro de la bodega de RESPEL se mantendrá limpio y libre de cualquier obstáculo. - Mantener señalizadas y despejadas las vías de evacuación y que todos los trabajadores conozcan las zonas de seguridad definidas. - Revisar instalaciones eléctricas existentes y reparar fallas o falencias. - No realizar mezclas de sustancias químicas o similares si no se conoce como reaccionan. - Capacitar a los trabajadores sobre las medidas de prevención y control de incendios. - Instalación de extintores tipo ABC de 10 kg en la planta. -
Forma de control y seguimiento
Los extintores serán sometidos a revisión y mantención a lo menos una vez al año y serán certificados por un laboratorio acreditado. - Los extintores estarán ubicados en lugares de fácil acceso y claramente identificados, libres de todo obstáculo. - En caso de que los extintores se encuentren dispuestos en la intemperie, se ubicarán en un nicho o gabinete que los proteja de cambios ambientales y que permita su retiro expedito. - Mantener debidamente señalizada las zonas de seguridad definidas. - Verificar en terreno el orden y aseo de las instalaciones. - Verificar en terreno el estado de las instalaciones eléctricas. - Realizar capacitaciones a los trabajadores sobre todas las medidas de prevención y control de incendio, etc. Referencia al ICE o documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada Tabla 7.1.3. Riesgo por incendios
Tabla 9.1.4 Riesgo por derrames Fase del proyecto a la que aplica Construcción, operación y cierre. Emplazamiento, parte, obra o acción asociada Manejo y almacenamiento de residuos peligrosos, sustancias peligrosas, combustibles u otras sustancias. Acciones o medidas a implementar - No se realizarán operaciones de mantención de camiones ni maquinaria al interior del predio. Si por causa mayor se debiera efectuar la reparación de alguna maquinaria, camión o equipo dentro del predio, ésta deberá realizarse sobre una lona impermeable que se extenderá en el suelo. - Verificar que las maquinarias cuenten con sus mantenciones al día para evitar derrames de combustible. - Mantener todo residuo peligroso debidamente almacenado en el sitio habilitado. - Toda sustancia o producto (con potencial de derrame) que no se esté utilizando, se deberá mantener cerrado o contenido. - Todo recipiente que almacene residuos peligrosos o sustancias se debe encontrar rotulado de acuerdo al material que contiene. - Realizar la manipulación de productos con potencial de derrame en sectores que cuenten con la debida protección en el suelo. - Mantener a la vista y disposición de todos los trabajadores, las Hojas de Datos de Seguridad de cada uno de los productos que se manejan en la planta. - En situaciones de inundación se procederá a cerrar las zonas afectadas y se prohibirá la circulación de vehículos con carga de sustancias peligrosas en estos sectores. - Capacitar a los trabajadores sobre la prevención de derrames y la forma de actuar para controlarlos en caso de que ocurran sobre suelo o recursos hídricos. - Prohibición de estacionamiento de vehículos y maquinaria cercanos a cuerpos de agua. Forma de control y seguimiento - Registros de capacitaciones impartidas a los trabajadores. - Verificar que se cumplan en totalidad las medidas de prevención. - Exigir que los camiones y equipos de apoyo cuenten con sus mantenciones al día. Referencia al ICE o documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada Tabla 7.1.4. Riesgo por derrames
Tabla 9.1.5 Riesgo por atropello de fauna silvestre Fase del proyecto a la que aplica Construcción, operación y cierre. Emplazamiento, parte, obra o acción asociada Toda actividad de transporte asociado al Proyecto. Acciones o medidas a implementar - Colocación de letreros de aviso de paso de animales. - Regular la velocidad máxima dentro del área del parque fotovoltaico de 15 - 20 km/hr. - Instalación de letreros en áreas de frecuente presencia de animales, donde se indique a los conductores que conserven precaución. - Se realizará capacitación al 100% del personal sobre la fauna presente en el área y medidas de prevención para evitar su afectación. Forma de control y seguimiento - Registro de capacitaciones realizadas al personal acerca de los riesgos y precauciones que deben considerar - Inspección visual de señaléticas en lugares correspondientes. Referencia al ICE o documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada Tabla 7.1.5. Riesgo por atropello de fauna silvestre
Tabla 9.1.6 Riesgo por filtración de aguas servidas y/o generación de malos olores Fase del proyecto a la que aplica Construcción, operación y cierre. Emplazamiento, parte, obra o acción asociada Planta de tratamiento de aguas servidas. Acciones o medidas a implementar Para evitar la ocurrencia de contingencias asociadas al tratamiento de aguas servidas, se tomarán las siguientes medidas preventivas para evitar problemas de colmatación o la generación de malos olores: - Se inspeccionará de manera periódica: Sistema de bombas de impulsión de agua. Funcionamiento general del sistema y verificación de fugas o filtraciones por fatiga de materiales. - Bajo ninguna circunstancia se vaciará y/o lavará la fosa séptica, ya que de esta forma se interrumpe el proceso de degradación de la materia orgánica por falta de bacterias aeróbicas, lo que conlleva a un mal funcionamiento del equipo.
Además, cabe señalar que:
El retiro de lodos será realizado al menos una vez por año, de acuerdo a la recomendación del fabricante, por una empresa que cuente con autorización sanitaria y serán llevados a un sitio de disposición final autorizado. - El sistema de tratamiento de aguas servidas contará con autorización sanitaria de funcionamiento. Forma de control y seguimiento - Verificar los registros de extracción de sedimentos y de disposición final. - Verificar la autorización sanitaria aplicable al momento de realizar el servicio correspondiente. - Verificar el registro de inspección y mantención de la planta de tratamiento y sus partes. - Verificar que los trabajadores que realicen la mantención se encuentren capacitados para realizar las labores de mantenimiento o inspección de plantas de tratamiento de aguas servidas (PTAS). - Verificar la periodicidad del retiro de lodos en los registros de extracción. - Verificar la obtención de la resolución sanitaria que permite la operación de la PTAS. Referencia al ICE o documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada Tabla 7.1.6. Riesgo por filtración de aguas servidas y/o generación de malos olores
9.2. PLAN DE EMERGENCIAS
Tabla 9.2.1. Riesgo o contingencia por movimiento sísmico Fase del proyecto a la que aplica Construcción, operación y cierre. Emplazamiento, parte, obra o acción asociada Todas las partes, obras y acciones del Proyecto. Acciones o medidas a implementar - Accionar la alarma general en caso de riesgo a la salud de las personas. - Se procederá a cerrar la zona inundada y se prohibirá el ingreso o circulación de vehículos y peatones en el lugar afectado. - Verificar superficialmente la existencia de algún derrame de sustancia peligrosa en el área anegada. - El barro o agua que se encuentre contaminado será extraído y se almacenará como residuo peligroso. - Por otra parte, luego de la extracción de agua superficial, verificar que no se hayan generado derrames de sustancias peligrosas a consecuencia de la inundación. De evidenciar suelo inerte contaminado, se procederá a retirar el suelo y se dispondrá en sitio habilitado. - Una vez que se haya contenido la emergencia, la jefatura deberá evaluar si se está en condiciones de operativas similares a las condiciones originales antes de la inundación. Oportunidad y vías de comunicación a la SMA de la activación del Plan En caso de derrames de sustancias o residuos peligrosos o de que se configure algún otro riesgo ambiental, en un plazo no mayor a 24 horas de ocurrido el evento, se dará aviso a la Superintendencia de Medio Ambiente a través del Sistema Electrónico de Seguimiento Ambiental. Referencia al ICE o documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada Tabla 7.1.2 Riesgo o contingencia por movimiento sísmico
Tabla 9.1.2 Riesgo por inundación Fase del proyecto a la que aplica Construcción, operación y cierre. Emplazamiento, parte, obra o acción asociada Todas las partes, obras y acciones del Proyecto. Acciones o medidas a implementar - Accionar la alarma general en caso de riesgo a la salud de las personas. - Se procederá a cerrar la zona inundada y se prohibirá el ingreso o circulación de vehículos y peatones en el lugar afectado. - Verificar superficialmente la existencia de algún derrame de sustancia peligrosa en el área anegada. - El barro o agua que se encuentre contaminado será extraído y se almacenará como residuo peligroso. - Por otra parte, luego de la extracción de agua superficial, verificar que no se hayan generado derrames de sustancias peligrosas a consecuencia de la inundación. De evidenciar suelo inerte contaminado, se procederá a retirar el suelo y se dispondrá en sitio habilitado. - Una vez que se haya contenido la emergencia, la jefatura deberá evaluar si se está en condiciones de operativas similares a las condiciones originales antes de la inundación. Oportunidad y vías de comunicación a la SMA de la activación del Plan - En caso de derrames de sustancias o residuos peligrosos o de que se configure algún otro riesgo ambiental, en un plazo no mayor a 24 horas de ocurrido el evento, se dará aviso a la Superintendencia de Medio Ambiente a través del Sistema Electrónico de Seguimiento Ambiental. Referencia al ICE o documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada Tabla 7.1.2. Riesgo por inundación
Tabla 9.1.3 Riesgo por incendios Fase del proyecto a la que aplica Construcción, operación y cierre. Emplazamiento, parte, obra o acción asociada Todas las partes, obras y acciones del Proyecto. Acciones o medidas a implementar - Comunicar al jefe directo y a la brigada de emergencia. - Usar los extintores solo si es un fuego incipiente y si se sabe operar. - Cortar la energía eléctrica en el sector afectado. - Si se determina como incendio declarado, se hará lo siguiente: Accionar la alarma restringida. Se dará inicio a la extinción del fuego utilizando extintores. Para accionar el extintor se debe retirar el seguro con una mano, mientras que con la otra se debe dirigir el chorro en forma de abanico a la base del fuego. Al acercarse a un fuego para combatirlo con un extintor, se debe tener el viento a la espalda para poder aproximarse más y estar resguardado de las llamas. Nunca debe emplear un extintor a base de agua o espuma para apagar fuegos en equipos eléctricos energizados. El fuego se propaga rápidamente por lo que no hay que arriesgarse innecesariamente. Solo se deben enfrentar fuegos pequeños, por lo tanto, si no se logra controlar en dos minutos, evacuar rápidamente, pero sin correr. Una vez extinguido el fuego, se revisará el lugar, asegurando no dejar focos que pudieran reavivar el fuego. - En caso de que no sea posible combatir el fuego mediante el uso de extintores, contactar inmediatamente a Bomberos, Carabineros y/o Ambulancia. - Procurar mantener alejadas del lugar del siniestro, a personas ajenas a la faena y/o personal que no esté capacitado para enfrentar la contingencia. - De no ser posible el control del fuego sin mayores riesgos, proceder a evacuación del área donde se esté produciendo el incendio. Esperar la llegada de organismos de reacción en zona segura. - De encontrarse personas heridas, se darán los primeros auxilios y a la Ambulancia. - Una vez decretado el fin de la emergencia, la persona con mayor rango o jerarquía o el Encargado de Prevención de Riesgos, deberá determinar si es seguro retornar a las áreas de trabajo (por ejemplo, que no existan materiales que puedan caer sobre un trabajador o la existencia de brasas que puedan reiniciar el incendio, u otros que impidan el normal desarrollo de las actividades). Oportunidad y vías de comunicación a la SMA de la activación del Plan En caso de que se configure algún riesgo ambiental, en un plazo no mayor a 24 horas de ocurrido el evento, a la Superintendencia de Medio Ambiente a través del Sistema Electrónico de Seguimiento Ambiental. Referencia al ICE o documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada Tabla 7.1.3. Riesgo por incendios
Tabla 9.1.4 Riesgo por derrames Fase del proyecto a la que aplica Construcción, operación y cierre. Emplazamiento, parte, obra o acción asociada Manejo y almacenamiento de residuos peligrosos, sustancias peligrosas, combustibles u otras sustancias. Acciones o medidas a implementar - Accionar la alarma general en caso de riesgo a la salud de las personas. - Se debe ubicar la fuente de origen del problema y detener el derrame, si es que esta actividad no presenta riesgos a la salud de las personas. - Se deberá mantener al alcance los equipos de control de incendios, para actuar de manera inmediata en caso de que sea necesario. - Para el control del derrame, construir un pretil con arena o tierra, u otro material, para evitar que se expanda el material. - Una vez controlado el derrame se deberá remover el material contaminado (por ejemplo, la misma arena o tierra utilizada para contener el derrame) y trasladar al sitio de almacenaje de residuos peligrosos de la planta. - En caso de que el derrame se haya producido sobre el terreno natural, proceder al retiro de la capa de suelo afectada y trasladar al sitio de almacenaje de residuos peligrosos de la planta.
En caso de ocurrencia de accidente que haya comprometido los recursos hídricos superficiales y/o subterráneos, además de la información entregada antes de 24 horas a la Superintendencia del Medio Ambiente, en el Informe Final se plasmará lo que sigue: - Descripción del accidente, indicando lugar, identificación de la sustancia, área de influencia, duración y magnitud del evento y principales impactos ambientales. - Detalles de cada acción y medida de mitigación utilizadas durante el evento de contaminación. - Evaluación de los efectos sobre los recursos hídricos superficiales y/o subterráneos afectados y su medio ambiente asociado y resultados de los monitoreos inmediatos en el área de influencia. - En caso de ocurrencia de un accidente, se elaborará un Programa de Medidas de Descontaminación de la zona, metodología, y evaluación de la efectividad de las medidas, para ser aprobado por la Autoridad Oportunidad y vías de comunicación a la SMA de la activación del Plan En plazo no mayor a 24 horas de ocurrido el evento, a la Superintendencia de Medio Ambiente a través del Sistema Electrónico de Seguimiento Ambiental. Referencia al ICE o documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada Tabla 7.1.4. Riesgo por derrames
Tabla 9.1.5 Riesgo por atropello de fauna silvestre Fase del proyecto a la que aplica Construcción, operación y cierre. Emplazamiento, parte, obra o acción asociada Toda actividad de transporte asociado al Proyecto. Acciones o medidas a implementar En primer lugar, se informará al jefe de faena de lo ocurrido y una vez controlada la situación se registra el accidente en un formulario previamente definido.
Si el animal se encuentra herido, pero puede moverse por sí sólo: - Asegurar perturbación mínima, para así evitar que el individuo se estrese, como no gritar, no correr y no realizar movimientos bruscos con el cuerpo ni con elemento alguno. - Si el animal se encuentra en un lugar donde desarrollan - actividades del proyecto, se deberá esperar que el animal haga abandono del área por sus propios medios.
Si el animal se encuentra herido, pero no puede moverse por sí sólo: - Asegurar perturbación mínima, para así evitar que el individuo se estrese, como no gritar, no correr y no realizar movimientos bruscos con el cuerpo ni con elemento alguno. - En paralelo, se deberá contar con un médico veterinario que acuda al lugar y defina las medidas a adoptar y procedimientos necesarios. - No realizar ningún tipo de salvataje salvo que sea estrictamente necesario, debido al riesgo para el trabajador como del animal.
Si el animal se encontrase sin vida:
El animal no deberá ser manipulado salvo si se encuentra en medio de un camino y utilizando los E.P.P. necesarios. Si se trata de un Guanaco u otro animal de mayor tamaño, se deberá contar con la ayuda e implementos necesarios para su manipulación. - Posteriormente, se aislará el área con conos de seguridad vial a la espera de la llegada del SAG. - En paralelo, se deberá contar con un médico veterinario que acuda al lugar y defina las medidas a adoptar y procedimientos necesarios para determinar la causa de muerte del animal. Oportunidad y vías de comunicación a la SMA de la activación del Plan En un plazo no mayor a 24 horas de ocurrido el evento, se dará aviso a la Superintendencia de Medio Ambiente a través del Sistema Electrónico de Seguimiento Ambiental. Referencia al ICE o documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada Tabla 7.1.5. Riesgo por atropello de fauna silvestre
Tabla 9.1.6 Riesgo por filtración de aguas servidas y/o generación de malos olores Fase del proyecto a la que aplica Construcción, operación y cierre. Emplazamiento, parte, obra o acción asociada Planta de tratamiento de aguas servidas. Acciones o medidas a implementar En el caso de que se produzcan emergencias asociadas al tratamiento de las aguas servidas (generación de malos olores, filtración de aguas servidas u otros), se deberá proceder de la siguiente forma:
- Contratar a empresa especializada para revisar y realizar las reparaciones del sistema. - De detectar un problema mayor, que no pueda ser resuelto de forma inmediata y que requiera paralizar el proceso, se detendrá la operación del parque, hasta que se normalice el funcionamiento del sistema. - En el caso de que la contingencia persista por un periodo mayor a un día, y para dar continuidad operacional al centro de distribución, las aguas serán retiradas desde la cámara de inspección (antes de que ingresen a la planta de tratamiento) por una empresa con autorización sanitaria para el manejo de aguas residuales, que las llevará a un sitio de disposición final igualmente autorizado. - Si para efectuar las reparaciones se requiere disminuir el volumen de lodos o de aguas servidas, se coordinará un retiro mediante empresa autorizada, para su transporte hasta un sitio autorizado. - En el caso de desborde de aguas servidas, se realizará limpieza de áreas afectadas, para lo cual se utilizarán elementos de protección personal (guantes, lentes, zapatos cerrados y mascarillas). - Terminados los trabajos de reparación, se limpiarán y se desinfectará todas las áreas o elementos que tuvieron contacto con las aguas servidas. - Se retirarán los materiales contaminados y se dispondrán en sitio autorizado, de acuerdo a la materialidad. Oportunidad y vías de comunicación a la SMA de la activación del Plan En caso de que se configure algún riesgo ambiental, en un plazo no mayor a 24 horas de ocurrido el evento, a la superintendencia de Medio Ambiente a través del Sistema Electrónico de Seguimiento Ambiental. Referencia al ICE o documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada Tabla 7.1.6. Riesgo por filtración de aguas servidas y/o generación de malos olores
10°. Que, se ha podido establecer que el Proyecto no genera o presenta los efectos, características o circunstancias a que se refiere el artículo 85 del Reglamento del SEIA, en base al contenido de la acta de la reunión realizada con grupos humanos pertenecientes a pueblos indígenas localizados en el área en que se desarrollará el Proyecto y los antecedentes recabados durante del proceso de evaluación ambiental.
- Que, durante el proceso de participación ciudadana, desarrollado conforme a lo dispuesto en el artículo 30 bis de la Ley N° 19.300, se formularon observaciones por parte de la comunidad respecto del Proyecto, las que han sido consideradas en el proceso de evaluación de la forma que a continuación se señala.
11.1 Admisibilidad de las observaciones ciudadanas
Todas las observaciones cumplen con los requisitos establecidos en el artículo 30 bis de la Ley Nº19.300 y en el artículo 53 del Reglamento del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental.
11.2 Evaluación técnica de las observaciones ciudadanas
Las observaciones formuladas por la ciudadanía que cumplen con los requisitos establecidos en el artículo 30 bis de la Ley Nº 19.300 y en los artículos 83 y 95 del Reglamento del SEIA son las siguientes:
1-OBSERVANTES: Marcos Parada, Enrique Pizarro, Patricio Paries, Hortensia Rivera, Aldo Mondaca Gomez, Juan Jorquera, Alex Vigueras Cherres, Claudio Carrasco Zamorano, Ruth Albayay Icaza.
OBSERVACIÓN: Sigue siendo motivo de preocupación, la gran cantidad de terrenos que ocupan estas Empresas ... "que en el recinto llevaran cierre perimetral para evitar el ingreso de personas no autorizadas al lugar" Entendiendo la visión de la Empresa en este punto, sin embargo estos emplazamientos, por la amplitud de los terrenos que ocupan ,como estos proyectos y se ubican cercanos a caminos públicos, con ello dejan con poca posibilidad de "entender" al DESIERTO, que es en nuestra Región uno de los principales atractivos turísticos como lo plantea Sernatur, en su Plan Nacional del Territorio 2014 - 2018, que hace de él, primera área prioritaria, entre otras nueve. Con estos proyectos no se cumple con ese objetivo, todo lo contrario, perjudica su observación, conocimiento y disfrutar de una belleza natural única, como es el desierto florido. En la dura realidad medio ambiental global, no resulta factible a nosotros oponernos a las E.R.N.C., sobre todo conociendo los impactos por generación de energía a carbón o combustibles fósiles. Sin embargo, debemos pedir, que exista una ocupación más racional y amigable con el desierto, las comunidades y sus habitantes, especialmente los jóvenes y las generaciones que vienen, nos lo demandaran.
EVALUACIÓN TÉCNICA DE LA OBSERVACIÓN: Se considera la observación pertinente toda vez que hace referencia a la predicción y evaluación de impacto ambiental. Respecto a lo observado, y según el proceso de evaluación, se informa a los observantes, que el proyecto se ubica en la zona de desierto absoluto, donde la vida vegetal es casi nula, con ausencia de singularidades. El área del proyecto cuenta con un paisaje de vistas amplias, dominado por un moderado contraste suelo–cielo (dada la alta luminosidad del sector), donde los elementos dominantes (como cerros) se encuentran lejanos. La visibilidad se presenta amplia, sin escasas barreras visuales, donde el relieve no es un factor predominante, debido a su homogeneidad y pendientes suaves. Por lo anterior, el área de emplazamiento del Proyecto no posee atributos naturales que le otorgan una calidad que la haga única y representativa, por lo cual no posee valor paisajístico. Lo anterior, según lo establecido en el artículo 9 del RSEIA, de tal modo que, para que se configure el valor paisajístico o turístico, se requiere que el lugar detente de un atributo que le otorgue la calidad de único y representativo, no siendo este paisaje, un atributo único del sector donde se emplazará el Proyecto. Además, en el sector no existen áreas con valor paisajístico y/o turístico definidos en la zona cuya visibilidad pueda ser obstruida por el Proyecto. El Proyecto no interviene, ni se emplaza en áreas declaradas Zona o Centro de Interés Turístico nacional (ZOIT o CEIT). Cabe mencionar que el organismo competente en la materia, es decir, el Servicio Nacional de Turismo de la Región de Atacama, mediante oficio ORD. Nº 102 de fecha 4 de junio de 2019, se pronunció conforme respecto de los antecedentes de la DIA
2-OBSERVANTES: Marcos Parada, Enrique Pizarro, Patricio Paries, Hortensia Rivera, Aldo Mondaca Gomez, Juan Jorquera, Alex Vigueras Cherres, Claudio Carrasco Zamorano, Ruth Albayay Icaza.
OBSERVACIÓN: Nos preocupa que no tengan definido la instalación de la Línea de Transmisión para su proyecto, estando en un territorio que les da más de las dos posibilidades que indican, aquí no debiera primar el factor económico, este proyecto ya con su actualización, le permite elevar su producción de 50 M Wn a 77 M Wn, mejorando su plusvalía y pueden hacerlo más amigable con lo ya indicado.
EVALUACIÓN TÉCNICA DE LA OBSERVACIÓN: Se considera la observación pertinente toda vez que hace referencia a descripción del Proyecto. Respecto a la inquietud, y según el proceso de evaluación, se informa a los observantes que el terreno donde se emplazará el parque fotovoltaico posee una superficie neta de 219,04 ha y el camino de acceso considera una superficie de 0,62 ha. Por otro lado, la superficie para cada alternativa de línea de transmisión son las siguientes: Alternativa de conexión 1: 0,52 ha, Alternativa de conexión 2: 5,4 ha y Alternativa de conexión 3: 23,4 ha. Se destaca que la elección de una de las alternativas de conexión no tiene carácter netamente económico, sino que técnico, puesto que las dos alternativas de conexión que conectan a líneas de terceros (de esta manera disminuye el número de torres e intervención), donde ya existen negociaciones para hacer uso de estas, podrían no tener capacidad de transmisión al momento de comenzar con la inyección de energía del proyecto, por lo que también se considera una alternativa de conexión propia que da hacia S/E Diego de Almagro.
3-OBSERVANTES: Marcos Parada, Enrique Pizarro, Patricio Paries, Hortensia Rivera, Aldo Mondaca Gomez, Juan Jorquera, Alex Vigueras Cherres, Claudio Carrasco Zamorano, Ruth Albayay Icaza.
OBSERVACIÓN: Todos los proyectos fotovoltaicos son viables en cualquier lugar de esta Provincia, como lo han hecho saber ellos mismos cuando ponen justificación de su localización, "que el Proyecto se justifica principalmente por corresponder a una zona óptima para la instalación de paneles fotovoltaicos, debido a sus altos niveles de radiación diaria y anual, lo que la hace asegurar un suministro continuo de energía. Se debe destacar que el Desierto de Atacama es considerado como el más árido del mundo, con una nubosidad prácticamente nula que favorece los niveles de radiación solar", más o menos esa es la razón de instalarse en este territorio, Comuna de Diego de Almagro. Los defectos visibles ya descritos, ocupación de grandes espacios de territorio, no respetar la naturaleza alterando la belleza de él, las vías de comunicación y desarrollo de otras actividades económicas (Minería y Turismo) la prácticamente nula ocupación de mano de obra local en su vida útil, como las principales y sabemos por su propia descripción, todas eligen los lugares de la mejor conexión vial y energética, alterando por un simple interés económico, la riqueza natural de que gozamos los que la habitamos, sin tener ningún tipo de compensación o satisfacción, pudiendo haber desarrollado todos estos proyectos en otros lugares, alejado de las vías terrestres principales, con igual disfrute económico, por lo que les exigimos responsabilidad a los Órganos del Estado en el ordenamiento del territorio, todas las actividades pueden desarrollarse finalmente, si respetamos la fuente, nuestro DESIERTO, en su REAL VALIA. Esas son las razones que nos obligan a hacer estas observaciones; porque sabemos seguirán ingresando otros Proyectos de esta misma naturaleza, se debe respetar la riqueza natural que tenemos, todas podemos convivir y no ser nosotros una zona de sacrificio, para el beneficio de las Empresas y el resto del país.
EVALUACIÓN TÉCNICA DE LA OBSERVACIÓN: Se considera la observación pertinente toda vez que hace referencia a la predicción y evaluación de impacto ambiental generados por la naturaleza de las obras y partes del Proyecto. Respecto a lo observado, conviene aclarar que la evaluación de impacto ambiental tiene por objeto determinar si el impacto ambiental del proyecto se ajusta a las normas vigentes, en la presente evaluación se ha descartado la generación de impactos significativos respecto a la letra e) del artículo 11 de la Ley N° 19.300, esto es, la Alteración significativa en términos de magnitud o duración, del valor paisajístico o turístico de una zona.
Lo anterior, se funda en que el proyecto se ubica en la zona de desierto absoluto, donde la vida vegetal es casi nula, con ausencia de singularidades. El área del proyecto cuenta con un paisaje de vistas amplias, dominado por un moderado contraste suelo–cielo (dada la alta luminosidad del sector), donde los elementos dominantes (como cerros) se encuentran lejanos. La visibilidad se presenta amplia, sin escasas barreras visuales, donde el relieve no es un factor predominante, debido a su homogeneidad y pendientes suaves. A nivel local, el área de influencia presenta múltiples intervenciones antrópicas lineales, constituidas por rutas pavimentadas (y sus elementos asociados) y torres de alta tensión que atraviesan los sectores desérticos llanos y montañosos.
Por lo anterior, el área de emplazamiento del Proyecto no posee atributos naturales que le otorgan una calidad que la haga única y representativa, por lo cual no posee valor paisajístico.
Cabe mencionar que el organismo competente en la materia, es decir, el Servicio Nacional de Turismo de la Región de Atacama, mediante oficio ORD. Nº 102 de fecha 4 de junio de 2019, se pronunció conforme respecto de los antecedentes de la DIA.
Respecto de la vegetación en el área del Proyecto, el área se caracteriza por ser un sector con escaza vegetación y conforme a lo señalado por el Titular se definieron 6 formaciones vegetacionales, siendo las que abarcan mayor superficie del Proyecto las compuestas por Matorral escaso y zonas sin vegetación. Lo que sumado a que solo 139,5 ha de la superficie del Proyecto se verá intervenida por actividades de escarpe, por lo que se concluye que no existe un impacto significativo sobre el componente flora y vegetación.
En relación a lo observado sobre el desarrollo de otras actividades en el sector, de acuerdo a los antecedentes presentados en el Anexo Nº 7 Medio Humano de la DIA, el presente Proyecto tiene adecuadamente resuelta la conectividad vial, peatonal y las maniobras de ingreso y egreso hacia y desde el Proyecto, por lo que no se obstruirá ni restringirá la libre circulación, conectividad ni se aumentará significativamente los tiempos de desplazamiento.
Por otro lado, se espera que, tanto para la fase de construcción como de cierre, al menos el 50% de los trabajadores provengan de la comuna de Diego de Almagro según sea la disponibilidad de cargos y la demanda de estos en la comuna. Respecto de la fase de operación, se espera que todos los trabajadores sean de la comuna, puesto que se tratarán de trabajos permanentes en la planta, a excepción de aquellos servicios específicos de mantención que podrían ser provistos de empresas que no necesariamente estén disponibles en la comuna con el objetivo de aportar con la empleabilidad de la zona. Por último, indicar que la evaluación ambiental en cuanto a las características y locación, se realiza respecto de los antecedentes contenidos en la DIA o EIA, en este sentido, no corresponde a la evaluación ambiental modificar la ubicación del mismo, sino, verificar que el proyecto sea compatible territorialmente con los instrumentos de planificación vigente, tal como se observa en el presente proyecto, donde la Ilustre Municipalidad de Diego de Almagro manifestó que el Proyecto se localiza en un sector rural de la Comuna, por lo cual, no le es aplicable el Plan regulador comunal. Asimismo, en lo que refiere a la relación del proyecto con las políticas, planes y programas de desarrollo regional, el Gobierno Regional se pronunció conforme.
4-OBSERVANTES: Corporación Red de Observadores de Aves de Chile.
OBSERVACIÓN: El proyecto se emplaza aproximadamente a 7 km de la única colonia conocida a nivel global para la golondrina de mar de collar (Hydrobates hornbyi) (ver anexo 1. Pueden encontrar más detalles en los artículos científicos “First Breeding Site Record of Hornby's Storm Petrel Oceanodroma hornbyi in the Atacama Desert, Chile” y “Nuevos antecedentes sobre la historia natural y conservación de la Golondrina de mar negra (Oceanodroma markhami) y la Golondrina de mar de collar (Oceanodroma hornbyi) en Chile”). Esta especie se encuentra clasificada para el país como Datos insuficientes (DS 79/2018 del Ministerio de Medio Ambiente); sin embargo, según lo detallado en el “Anexo n° 4 Fauna”, no se reconoce como una especie potencial para el área (Tabla n° 5) y no se implementaron métodos específicos que permitieran evaluar la reproducción de esta especie en el área. De acuerdo a lo anterior, no es posible descartar la existencia de reproducción de esta especie en el área, ni tampoco asumir que no se generarán efectos significativos sobre esta. Se solicita realizar un levantamiento con métodos apropiados y en la época de reproducción de la especie (entre diciembre y abril, aproximadamente), a fin de poner a disposición la información necesaria para una adecuada evaluación.
EVALUACIÓN TÉCNICA DE LA OBSERVACIÓN: Se considera la observación pertinente toda vez que hace referencia a la caracterización ambiental, predicción y evaluación de impacto ambiental, y probables efectos ambientales generados por la naturaleza de las obras y partes del Proyecto. Respecto a lo observado, se informa a la ciudadanía, que el área de influencia del Proyecto no se concentra fauna nativa asociada a hábitat de relevancia para su nidificación, reproducción o alimentación, no existe posibilidad de afectación por el ruido a estas especies. Adicionalmente, y si bien no se identificó la presencia de golondrina de mar de collar en el área del Proyecto, el Titular presentó 2 compromisos voluntarios asociados al monitoreo para identificar la presencia de la especie y protocolo en caso de identificar volantones caídos en el área del Proyecto. En base a los antecedentes anterior, se concluye que no existe un impacto significativo sobre la componente fauna.
5-OBSERVANTES: Corporación Red de Observadores de Aves de Chile.
OBSERVACIÓN: En el “Capítulo III. Plan de cumplimiento de la legislación ambiental aplicable” no se especifica forma de cumplimiento del DS43/2013 del Ministerio del Medio Ambiente, referido a la regulación de la contaminación lumínica, pese a que el proyecto se encuentra dentro del ámbito territorial de la norma. Lo anterior, sumado a la cercanía del proyecto con la colonia de golondrina de mar de collar y que esta especie se ve atraída hacia fuentes de iluminación artificial, configuran una amenaza relevante para la colonia conocida. Se requiere adoptar las especificaciones del DS43/2013, que debieran complementarse con medidas particularmente estrictas para la iluminación durante el período de salida de volantones (abril a septiembre), para las fases de construcción y operación del proyecto. Estas deben considerar iluminación exterior solo cuando sea estrictamente necesario, con luminarias de color ámbar, enfocadas hacia abajo y con protección que evite la dispersión de la luz hacia el hemisferio superior.
EVALUACIÓN TÉCNICA DE LA OBSERVACIÓN: Se considera la observación pertinente toda vez que hace referencia al cumplimiento normativo del Proyecto y a la predicción y evaluación de impacto ambiental. Respecto a lo observado, sobre la no especificación del cumplimiento del DS 43/2012, se aclara que de acuerdo a lo informado por el Titular, las iluminarias a instalar responderán a la seguridad del recinto, dado que el proyecto no considera actividades en horario nocturno. Para la fase de construcción las obras se desarrollarán durante el día, por lo que no será necesaria la iluminación. Mientras que, en la fase de operación, sólo existirá un trabajador por turno, durante las 24 horas del día, para operar la sala de control. Las instalaciones de alumbrado se regirán bajo lo establecido en el D.S. 43/2012 del Ministerio del Medio Ambiente como parte de la normativa ambiental aplicable presentado en la tabla 5 de la Adenda. Respecto de las instalaciones de alumbrado, señalar que, se regirán por las disposiciones del presente decreto, es decir, no excederán más allá del 20% sobre los valores mínimos establecidos en la norma NSEG 9. n71 - Iluminación: Diseño de Alumbrado Público en Sectores Urbanos, de la Superintendencia de Servicios Eléctricos y de Gas (hoy Superintendencia de Electricidad y Combustibles), o la que la reemplace, tal como se ha consignado en el punto 7.8 de este documento.
Respecto a la posibilidad de que volantones de golondrina de mar de collar caigan en las instalaciones del proyecto debido a la iluminación artificial, señalar que el proyecto realizará un monitoreo activo de este fenómeno entre los meses de abril y septiembre de los años en que el proyecto estará en construcción u operación, a fin de mantener un registro certero del número de ejemplares afectados. De igual manera se establecerá un protocolo de acción en caso de hallazgo de ejemplares caídos vivos en las instalaciones del proyecto, el cual considerará la derivación a un centro de rehabilitación idóneo y una liberación que considere la evaluación del éxito de la misma.
6-OBSERVANTES: Corporación Red de Observadores de Aves de Chile.
OBSERVACIÓN: Ante la posibilidad de que volantones de golondrina de mar de collar caigan en las instalaciones del proyecto debido a la iluminación artificial, se solicita que se realice un monitoreo activo de este fenómeno entre abril y septiembre de los años en que el proyecto estará en construcción u operación, a fin de mantener un registro certero del número de ejemplares afectados. De igual manera se solicita que se establezca un protocolo de acción en caso de hallazgo de ejemplares caídos vivos en las instalaciones del proyecto, el cual debería considerar la derivación a un centro de rehabilitación idóneo y una liberación que considere la evaluación del éxito de la misma.
EVALUACIÓN TÉCNICA DE LA OBSERVACIÓN: Se considera la observación pertinente toda vez que hace referencia a la caracterización ambiental, predicción y evaluación de impacto ambiental, y probables efectos ambientales generados por la naturaleza de las obras y partes del Proyecto. Respecto a lo observado, y según el proceso de evaluación, se informa a la ciudadanía que existe un Compromiso ambiental voluntario llamado Monitoreo activo y rescate de fauna, el que tiene por objetivo recuperar potenciales ejemplares de Golondrina de Mar caídos vivos en las instalaciones del proyecto. Ante la posibilidad de que volantones de golondrina de mar de collar caigan en las instalaciones del proyecto debido a la iluminación artificial, se realizará un monitoreo activo de este fenómeno entre abril y septiembre de los años en que el proyecto estará en construcción u operación, a fin de mantener un registro certero del número de ejemplares afectados. De igual manera se establecerá un protocolo de acción en caso de hallazgo de ejemplares caídos vivos en las instalaciones del proyecto, el cual considerará la derivación a un centro de rehabilitación idóneo y una liberación que considere la evaluación del éxito de la misma. Finalmente, en caso de hallazgo de ejemplares caídos vivos en las instalaciones del proyecto velará por la recuperación de estos.
7-OBSERVANTES: Corporación Red de Observadores de Aves de Chile.
OBSERVACIÓN: En caso de que existan volantones caídos, se debiese realizar medidas que compensen el impacto poblacional sobre esta especie.
EVALUACIÓN TÉCNICA DE LA OBSERVACIÓN: Se considera la observación pertinente toda vez que hace referencia a la caracterización ambiental, predicción y evaluación de impacto ambiental, y probables efectos ambientales generados por la naturaleza de las obras y partes del Proyecto. Se informa a los observantes, que se ha descartado la afectación de esta especie. Sin embargo, existe un Compromiso ambiental voluntario llamado plan de manejo de volantones caídos, el objetivo es reducir las amenazas respecto de las caídas de volantones. En el caso de que existan volantes caídos en el área de influencia del proyecto, se desarrollarán planes de manejo específicos en el sitio de nidificación ubicado en pampa del Indio Muerto, a 36,7 km del área del Proyecto, dirigidos a la reducción de las amenazas, con el fin de mantener o incrementar las poblaciones nidificantes en ese sector.
8-OBSERVANTES: Marcos Parada, Enrique Pizarro, Patricio Paries, Hortensia Rivera, Aldo Mondaca Gomez, Juan Jorquera, Alex Vigueras Cherres, Claudio Carrasco Zamorano, Ruth Albayay Icaza.
OBSERVACIÓN: La gran cantidad de torres de alta tensión que estas Empresas y otras instalan en el territorio, son una perdida concreta de valor paisajístico de nuestro DESIERTO ¿cómo racionalizar esto? Cada fotovoltaica que se instala, evacua su energía con su propia red, hasta la Sub-Estación más cercana, no sería posible que, mediante la participación activa de autoridades con competencia en la materia, la buena disposición de los Titulares de estas Empresas, se podría buscar alternativas viables y hagan que estos proyectos tengan una mejor relación con el paisaje, el medio ambiente y las comunidades en donde se instalan.
EVALUACIÓN TÉCNICA DE LA OBSERVACIÓN: Se considera la observación pertinente toda vez que hace referencia a la predicción y evaluación de impacto ambiental generados por la naturaleza de las obras y partes del Proyecto. Según el proceso de evaluación se aclara a la ciudadanía, que en el área de emplazamiento del Proyecto no tiene valor turístico, debido a que no tiene valor paisajístico, ni cultural ni patrimonial y no atrae flujos de visitantes o turistas hacia él. El Proyecto se ubica en la zona de desierto absoluto, donde la vida vegetal es casi nula, con ausencia de singularidades. El área del proyecto cuenta con un paisaje de vistas amplias, dominado por un moderado contraste suelo–cielo (dada la alta luminosidad del sector), donde los elementos dominantes (como cerros) se encuentran lejanos. La visibilidad se presenta amplia, con escasas barreras visuales, donde el relieve no es un factor predominante, debido a su homogeneidad y pendientes suaves. A nivel local, el área de influencia presenta múltiples intervenciones antrópicas lineales, constituidas por rutas pavimentadas (y sus elementos asociados) y torres de alta tensión que atraviesan los sectores desérticos llanos y montañosos. Por lo anterior, el área de emplazamiento del Proyecto no posee atributos naturales que le otorgan una calidad que la haga única y representativa, por lo cual no posee valor paisajístico. En relación al uso de evacuar la energía a través de líneas de transmisión de terceros para compartir infraestructura es algo que el proyecto si incorpora y es en base a ello que se mantienen 3 alternativas de conexión, las que constan de una línea propia y otras dos alternativas que conectan a líneas de terceros, en este caso Codelco.
9-OBSERVANTES: Marcos Parada, Enrique Pizarro, Patricio Paries, Hortensia Rivera, Aldo Mondaca Gomez, Juan Jorquera, Alex Vigueras Cherres, Claudio Carrasco Zamorano, Ruth Albayay Icaza.
OBSERVACIÓN: En esta reunión de Participación Ciudadana, preguntamos al Titular, ¿Existe algún riesgo para la salud humana por las emisiones electromagnéticas que generan las torres de alta tensión? Respuesta que esperaremos con su correspondiente detalle y bibliografía para corroborarla.
EVALUACIÓN TÉCNICA DE LA OBSERVACIÓN: Se considera la observación pertinente toda vez que hace referencia a la predicción y evaluación de impacto ambiental generados por la naturaleza de las obras y partes del Proyecto. Respecto de las emisiones electromagnéticas, en el Anexo 1 de la DIA se presenta el estudio relativo a las emisiones de campo eléctrico, campo electromagnético y radio interferencia, asociado a la subestación y la línea de transmisión, en dicho análisis se concluye el aumento de las emisiones electromagnéticas no es significativo y se descarta que pueda afectar a la salud de las personas.
10-OBSERVANTES: Marcos Parada, Enrique Pizarro, Patricio Paries, Hortensia Rivera, Aldo Mondaca Gomez, Juan Jorquera, Alex Vigueras Cherres, Claudio Carrasco Zamorano, Ruth Albayay Icaza.
OBSERVACIÓN: Llama la atención, que este proyecto no tenga ningún Compromiso Ambiental Obligatorio, dado lo ya expuesto, por lo tanto. Dentro de los Compromisos Voluntarios al Titular solicitamos cumpla los siguientes compromisos: I. En la etapa de construcción, ocupar de mano de obra local en alguna de las etapas, la especializada, en las ya instaladas fue con extranjeros o de otras zonas del país, ahora contamos con gente que tiene esa experiencia. II. Que las Empresas contratistas que participaran en la construcción, sean certificadas por los proveedores de los servicios de Alimentación, Alojamiento y Movilización, de la cancelación de dichos servicios. En Diego de Almagro hay un triste recuerdo del comportamiento de algunos de estos contratistas, por lo que se necesita esa exigencia, por parte del Titular. III. Hacer cursos de Capacitación a jóvenes locales, con estudios en ramos a fines, a la labor que necesitan cubrir en las operaciones de las Plantas Fotovoltaicas, IV. Pagar la Patente Comercial de este Proyecto en la Comuna de Diego de Almagro.
EVALUACIÓN TÉCNICA DE LA OBSERVACIÓN: Se considera la observación pertinente toda vez que hace referencia a los compromisos voluntarios. Al respecto señalar que, durante el proceso de evaluación, se estableció un Compromiso ambiental voluntario asociado a la contratación de mano de obra local, en el cual se espera que, tanto para la fase de construcción como de cierre, al menos el 50% de los trabajadores provengan de la comuna de Diego de Almagro, según sea la disponibilidad de cargos y la demanda de estos en la comuna. Respecto de la fase de operación, se espera que todos los trabajadores sean de la comuna, puesto que se tratarán de trabajos permanentes en la planta, a excepción de aquellos servicios específicos de mantención que podrían ser provistos de empresas que no necesariamente estén disponibles en la comuna. En atención a las capacitaciones a jóvenes, se informa que existe un Compromiso ambiental voluntario denominado Jornadas de educación con el objetivo de aportar respecto de la importancia de ERNC y a la labor que necesitan cubrir en las operaciones de las Centrales Fotovoltaicas. Con el fin de apoyar la innovación e integración de proyectos de ERNC en la Región de Atacama, el Titular se compromete a realizar jornadas de educación relacionadas a esta temática en los Liceos Diego de Almeida y Manuel Magalhaes Medling, o todo aquel centro educacional que lo desee. Asimismo, se propone realizar visitas guiadas a la Planta para los alumnos y docentes de ambos liceos, orientadas al conocimiento y familiarización de ellos con el Proyecto. Mayor detalle, se encuentra en el punto 8.2 de este documento Compromiso Voluntario Jornada de Educación.
Por último, y sin perjuicio de que se trata de temáticas que no son de carácter ambiental, se informa que, de acuerdo a lo indicado por el Titular, efectivamente pagará la patente comercial del proyecto en la comuna de Diego de Almagro y que velará por hacer cumplir los pagos en la relación contractual entre los contratistas y los proveedores de servicios de alimentación, alojamiento y movilización.
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Que, el Titular deberá remitir a la Superintendencia del Medio Ambiente la información respecto de las condiciones, compromisos o medidas, ya sea por medio de monitoreos, mediciones, reportes, análisis, informes de emisiones, estudios, auditorías, cumplimiento de metas o plazos, y en general cualquier otra información destinada al seguimiento ambiental del Proyecto, según las obligaciones establecidas en la presente Resolución de Calificación Ambiental y las Resoluciones Exentas que al respecto dicte la Superintendencia del Medio Ambiente. De igual forma, y a objeto de conformar el Sistema Nacional de Información de Fiscalización Ambiental (SNIFA), el Registro Público de Resoluciones de Calificación Ambiental y registrar los domicilios de los sujetos sometidos a su fiscalización en conformidad con la ley, el Titular deberá remitir en tiempo y forma toda aquella información que sea requerida por la Superintendencia del Medio Ambiente a través de las Resoluciones Exentas que al respecto ésta dicte.
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Que, el Titular deberá informar a la Superintendencia del Medio Ambiente la realización de la gestión, acto o faena mínima que da cuenta del inicio de la ejecución de obras, a que se refiere el Considerando 4 de la presente Resolución.
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Que, con el objeto de dar adecuado seguimiento a la ejecución del Proyecto, el Titular deberá informar a la Superintendencia del Medio Ambiente, al menos con una semana de anticipación, el inicio de cada una de las fases del Proyecto, de acuerdo a lo indicado en la descripción del mismo.
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Que, para que el proyecto “Actualización Proyecto Guanaco Solar” pueda ejecutarse, deberá cumplir con todas las normas vigentes que le sean aplicables.
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Que, el Titular deberá informar inmediatamente a la Secretaría de la Comisión de Evaluación de la Región de Atacama y a la Superintendencia del Medio Ambiente, la ocurrencia de impactos ambientales no previstos en la DIA, asumiendo inmediatamente las acciones necesarias para abordarlos.
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Que, el Titular del Proyecto deberá comunicar inmediatamente y por escrito a la Dirección Regional del SEA Servicio de Evaluación Ambiental Región de Atacama la ocurrencia de cambios de titularidad, representante legal, domicilio y correo electrónico, de acuerdo a lo establecido en el inciso tercero del artículo 162 y artículo 163, ambos del Reglamento del SEIA.
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Que, se hace presente al Titular que cualquier modificación al Proyecto que constituya un cambio de consideración, en los términos definidos en el artículo 2° letra g) del Reglamento del SEIA, deberá someterse al SEIA.
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Que, todas las medidas, condiciones, exigencias y disposiciones establecidas en la presente Resolución son de responsabilidad del Titular, sean implementadas por éste directamente o a través de un tercero.
RESUELVO:
1°. Calificar favorablemente la Declaración de Impacto Ambiental del proyecto “Actualización Proyecto Guanaco Solar”, de Fotovoltaica Norte Grande 4 SpA.
2°. Certificar que el proyecto “Actualización Proyecto Guanaco Solar” cumple con la normativa de carácter ambiental aplicable.
3°. Certificar que el proyecto “Actualización Proyecto Guanaco Solar” cumple con los requisitos de carácter ambiental contenidos en los permisos ambientales sectoriales que se señalan en los artículos 132, 138, 140, 142, 146, 156 y 160 del D.S. Nº 40/2012 del Ministerio del Medio Ambiente, Reglamento del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental.
4°. Certificar que el proyecto “Actualización Proyecto Guanaco Solar” no genera los efectos, características o circunstancias del artículo 11 de la Ley N° 19.300, que dan origen a la necesidad de elaborar un Estudio de Impacto Ambiental.
5°. Definir como gestión, acto o faena mínima del Proyecto, para dar cuenta del inicio de su ejecución de modo sistemático y permanente, a los mencionados en el considerando 4 del presente acto.
6°. Hacer presente que contra esta Resolución es procedente el recurso de reclamación de acuerdo a lo dispuesto en el artículo 20 y 30 bis de la Ley Nº 19.300, ante el Director Ejecutivo del Servicio de Evaluación Ambiental. El plazo para interponer este recurso es de treinta días contados desde la notificación del presente acto.
Notifíquese y Archívese
Patricio Urquieta García Intendente Presidente Comisión de Evaluación Región de Atacama
Verónica Eufemia Ossandón Pizarro Directora Regional Servicio de Evaluación Ambiental Secretaria Comisión de Evaluación Región de Atacama
VOP/YSN/JES/EVS
Distribución: Sr. Carlos Alberto Salazar Zavala Consejo de Monumentos Nacionales Subsecretaría de Pesca y Acuicultura Superintendencia de Servicios Sanitarios CONADI, Región de Atacama CONAF, Región de Atacama DGA, Región de Atacama DOH, Región de Atacama Gobernación Marítima de Caldera SAG, Región de Atacama SEC, Región de Atacama SEREMI Desarrollo Social y Familia, Región de Atacama SEREMI MOP, Región de Atacama SEREMI Medio Ambiente, Región de Atacama SEREMI de Agricultura, Región de Atacama SEREMI de Bienes Nacionales, Región de Atacama SEREMI de Energía, Región de Atacama SEREMI de Minería, Región de Atacama SEREMI de Salud, Región de Atacama SEREMI de Transportes y Telecomunicaciones, Región de Atacama SEREMI de Vivienda y Urbanismo, Región de Atacama SERNAGEOMIN, Región de Atacama Servicio Nacional Turismo, Región de Atacama Servicio Nacional de Pesca, Región de Atacama Gobierno Regional, Región de Atacama I. Municipalidad de Diego de Almagro Superintendencia del Medio Ambiente