Evaluación SEA

Planta Desalinizadora Cerro Blanco

Rol 2143239135
SEA · EIA · Rechazado · 2019-05-28 · Región de Atacama · Atacama Sur SpA

REPÚBLICA DE CHILE COMISIÓN DE EVALUACIÓN Región de Atacama

Califica Ambientalmente el proyecto “Planta Desalinizadora Cerro Blanco”

Resolución Exenta Nº139

Copiapó, 10 de diciembre de 2020

VISTOS:

1°. El Estudio de Impacto Ambiental (EIA), del proyecto “Planta Desalinizadora Cerro Blanco”, presentado por Atacama Sur SpA con fecha 28 de mayo de 2019.

2°. Los pronunciamientos y observaciones de los Órganos de la Administración del Estado que, sobre la base de sus facultades legales y atribuciones, participaron en la evaluación del EIA, y que se detallan en el Capítulo III del Informe Consolidado de Evaluación (ICE) del EIA del proyecto “Planta Desalinizadora Cerro Blanco”.

3°. El Acta de Evaluación N°17/2020 de fecha 23 de noviembre de 2020, elaborada por el Comité Técnico.

4°. El ICE del EIA del proyecto “Planta Desalinizadora Cerro Blanco” de fecha 23 de noviembre de 2020.

5°. El acuerdo adoptado en la sesión de la Comisión de Evaluación de la Región de Atacama, de fecha 01 de diciembre de 2020.

6°. Los demás antecedentes que constan en el expediente de evaluación de impacto ambiental del EIA del proyecto “Planta Desalinizadora Cerro Blanco”.

7°. Lo dispuesto en la Ley N° 19.300 sobre Bases Generales del Medio Ambiente; en el D.S. N° 40 de 2012, del Ministerio del Medio Ambiente, que aprueba el Reglamento del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental; (en adelante “RSEIA”); en el D.F.L. Nº 1/19.653, que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado de la Ley Nº 18.575, Orgánica Constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado; en la Ley Nº 19.880, sobre Bases de los Procedimientos Administrativos que rigen los Actos de los Órganos de la Administración del Estado; la Resolución Exenta RA 119046/376/2019 del 17 de diciembre de 2019, de la Dirección Ejecutiva del Servicio de Evaluación Ambiental, que nombra a doña Verónica Ossandón Pizarro como Directora Regional y en la Resolución N° 7, de 2019, de la Contraloría General de la República.

CONSIDERANDO:

1°. Que, Atacama Sur SpA (en adelante, el Titular), ha sometido al Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental (SEIA) el EIA del proyecto “Planta Desalinizadora Cerro Blanco” (en adelante, el Proyecto). Los antecedentes del Titular son los siguientes:

Nombre o razón social Atacama Sur SpA Rut 77.003.410-8 Domicilio Américo Vespucio Sur n°960, Las Condes Teléfono +562 2938 9450 Nombre representante legal Carlos Pérez Salas Rut representante legal 14.208.262-4 Domicilio representante legal Américo Vespucio Sur n°960, Las Condes Teléfono representante legal +562 2938 9450 Correo electrónico Titular o representante legal proy.atacama.sur@gmail.com

2°. Que, conforme se indica en el ICE de fecha 23 de noviembre de 2020, la Directora Regional del Servicio de Evaluación Ambiental Región de Atacama, ha recomendado rechazar el Proyecto, fundado en que: • A la fecha el Titular del proyecto no ha dado respuesta a las aclaraciones, rectificaciones y ampliaciones solicitadas mediante Carta N° 129 del 22 de agosto de 2019 del Servicio de Evaluación Ambiental de la Región de Atacama, y el plazo para presentar la Adenda venció el día 30 de octubre de 2020. • Por lo anterior, en atención que el Titular no subsanó los errores, omisiones e inexactitudes de que adolece el EIA, no es posible acreditar que el Proyecto cumple con la normativa de carácter ambiental vigente, en particular de aquellos casos singularizados en el Capítulo 11 del ICE; no acredita el cumplimiento de los requisitos de otorgamiento de carácter ambiental contenidos en los Permisos Ambientales Sectorial de los artículos 115, 119, 132, 138, 139, 140, 142, 146, 151, 155, 156 y 160 del RSEIA, toda vez que los organismos competentes se pronunciaron con observaciones respecto a los antecedentes presentados en el EIA, las que quedaron plasmadas en el ICSARA; y no se presentaron los antecedentes suficientes para descartar que el Proyecto no genera o presenta los efectos, características o circunstancias del artículo 11 de la Ley N° 19.300, en particular sobre los literales a), b), c) d) y f).

3°. Que, en sesión ordinaria de fecha 01 de diciembre de 2020, la Comisión de Evaluación de la Región de Atacama acordó calificar desfavorablemente el proyecto “Planta Desalinizadora Cerro Blanco”, aprobando íntegramente el contenido del ICE de 23 de noviembre de 2020, que propuso el rechazo del mismo, y que forma parte integrante de la presente Resolución. Por lo tanto, conforme a lo indicado en el artículo 60 inciso segundo del Reglamento del SEIA, se excluyen de la presente Resolución las consideraciones técnicas en que se fundamenta el rechazo.

4°. Que, según lo señalado en el EIA y sus anexos, los cuales forman parte integrante de la presente Resolución, la descripción del Proyecto es la que a continuación se indica:

4.1. ANTECEDENTES GENERALES Objetivo general El objetivo del Proyecto es la venta de agua desalinizada, proveniente del tratamiento de agua de mar a terceros que requieren abastecerse de agua industrial para sus procesos productivos. Tipología principal, así como las aplicables a sus partes, obras o acciones Tipología principal o.6) Emisarios submarinos Tipologías secundarias a) Acueductos, embalses o tranques y sifones que deban someterse a la autorización establecida en el artículo 294 del Código de Aguas. b.1) Se entenderá por líneas de transmisión eléctrica de alto voltaje aquellas líneas que conducen energía eléctrica con una tensión mayor a veintitrés kilovoltios (23 kV). ñ.4.) Producción, disposición o reutilización de sustancias corrosivas o reactivas que se realice durante un semestre o más, y con una periodicidad mensual o mayor, en una cantidad igual o superior a ciento veinte mil kilogramos diarios (120.000 kg/día). Capacidad de almacenamiento de sustancias corrosivas o reactivas en una cantidad igual o superior a ciento veinte mil kilogramos (120.000 kg). Se entenderá por sustancias corrosivas, aquellas señaladas en la Clase 8 de la NCh 382. Of 2004, o aquella que la reemplace. Se entenderá por sustancias reactivas, aquellas señaladas en la Clase 5 de la NCh 382. Of 2004, o aquella que la reemplace. Vida útil Indefinida (Fase de construcción 51 meses) Monto de inversión US$350 millones. Gestión, acto o faena mínima que da cuenta del inicio de la ejecución Habilitación del terreno de la instalación faenas ubicada en el sector OM (obras marítimas) Proyecto se desarrolla por etapas Si No

[X] Proyecto modifica un proyecto o actividad Si No

[X] Proyecto modifica otra(s) RCA Si No

[X]

4.2. UBICACIÓN DEL PROYECTO División político- administrativa Región de Atacama, Provincia del Huasco, Comunas de Huasco y Freirina. Descripción de la localización El Proyecto se emplaza en la zona costera de Huasco debido a la cercanía a la costa para captar el agua de mar necesaria para ser tratada y generar el agua desalinizada que se venderá como agua industrial. La ubicación de las principales obras del Proyecto (obras lineales en su mayoría) fueron definidas en función de la minimización de la intervención sobre el terreno desde el punto de vista técnico y ambiental Superficie La superficie total que ocuparán las instalaciones y actividades operativas del Proyecto corresponde a 82 hectáreas. Coordenadas UTM en Datum WGS84 Desde las Tablas 1-3 a 1-9 del Capítulo 1 del EIA se presentan las coordenadas referenciales de los sectores del Proyecto las que se encuentran referidas al sistema UTM y al Datum WGS-84, Huso 19H. Caminos de acceso El camino de acceso al Proyecto lo constituye la vía C-46 (Vallenar-Huasco), desde el poniente de Freirina hasta el Puerto Las Losas, sector en donde cambia su denominación a ruta C-468 (Huasco-Guacolda). Luego se toma el camino que actualmente va por la costa hacia el Sur para llegar a las obras del Proyecto. Referencia al expediente de evaluación de los mapas, georreferenciación e información complementaria sobre la localización de sus partes, obras y acciones En el Anexo 1-2 del EIA se presentan los archivos KMZ y PDF con la cartografía del Proyecto, así como los planos en planta de cada instalación.

4.3. PARTES, OBRAS Y ACCIONES QUE COMPONEN EL PROYECTO 4.3.1. FASE DE CONSTRUCCIÓN Partes/obras Instalación de faena Para la ejecución de las obras consideradas para el Sector Obras Marítimas, se considera la habilitación de un sector de instalación de faena denominada IF 2, así como en el sector PLT, denominada IF 1, en el sector Planta Desalinizadora denominada IF3y para el acueducto y Estanque de Distribución denominadas IF 4, IF 5 e IF 6. Las instalaciones de faena consistirán en contenedores u otras alternativas, adaptados para funcionar principalmente como bodegas, oficinas provisorias y todo lo requerido para la construcción de este sector.

Más detalles de las instalaciones de faena se presentan en el apartado 1.4. del Capítulo 1 del EIA. Sector Provisorio Lanzamiento Tuberías El sector de emplazamiento definitivo donde se instalarán el Inmisario y Emisario submarino, no cuenta con las dimensiones en área y pendiente adecuadas para realizar el montaje y lanzamiento de las referidas tuberías. Es por ello por lo que se buscó un área cercana al lugar antes mencionado, emplazado aproximadamente a 2 km al norte de la ubicación final de las tuberías. Dicha zona presenta condiciones constructivas óptimas para el montaje y lanzamiento de las tuberías. El sector se compone de un polígono de aproximadamente 600 m de largo por 70 metros de ancho.

Más detalles se presentan en el apartado 1.4.2 del Capítulo 1 del EIA.

En ICSARA se solicitaron antecedentes adicionales respecto a las actividades desarrolladas en dicho sector, así como las labores posteriores al cierre de estas instalaciones provisorias, las cuales no fueron subsanadas dado que no se presentó la Adenda correspondiente. Acciones Acciones constructivas en sector de obras marítimas La construcción del sector OM considera las siguientes actividades principales: Habilitación de instalación de faenas, Construcción instalación de excavación provisoria, Excavación de zanjas, Montaje de las tuberías, Construcción cámara de carga, Relleno de zanjas en zona de rompiente, Retiro y limpieza de las instalaciones temporales, Transporte de Personal, Materiales, Residuos e Insumos, Desmovilización y retiro de la instalación de faenas.

El detalle de estas actividades se presenta en el apartado 1.5.1.1 del Capítulo 1 del EIA. Acciones constructivas Sector La fase de construcción del sector PLT considera las siguientes Provisorio Lanzamiento de Tuberías (PLT) actividades principales: Habilitación de instalación de faenas, Construcción instalación de lanzamiento provisoria de tuberías, Soldadura de tubería de HDPE, Instalación de lastres de hormigón, Lanzamiento de tuberías, Transporte de Personal, Materiales, Residuos e Insumos.

El detalle de estas actividades se presenta en el apartado 1.5.1.2 del Capítulo 1 del EIA. Acciones constructivas sector Sentina, Emisario e Inmisario Terrestre (SEIT) La construcción del sector SEIT considera las siguientes actividades principales: Habilitación de la instalación de faenas, Construcción Sentina, Detección de interferencias, Excavación de zanja, Ensamblado y montaje de emisario e inmisario terrestre, Relleno de zanja, Desmovilización y retiro de la instalación de faenas, Transporte de Personal, Materiales, Residuos e Insumos.

El detalle de estas actividades se presenta en el apartado 1.5.1.3 del Capítulo 1 del EIA. Acciones constructivas sector planta desalinizadora La fase de construcción del sector SP considera las siguientes actividades principales: Habilitación de la instalación de faenas, Replanteo topográfico, preparación del terreno, y movimientos de tierra, Construcción de acceso a la planta, Construcción de obras civiles, hormigonado y montaje de estructuras, Montajes e instalación de equipos mecánicos, eléctricos y edificios de servicios, Instalación de los conductores y de la S/E Planta, Terminaciones menores, Desmovilización y retiro de la instalación de faenas, Transporte de Personal, Materiales, Residuos e Insumos. El detalle de estas actividades se presenta en el apartado 1.5.1.4 del Capítulo 1 del EIA. Acciones constructivas sector Línea Eléctrica La construcción de las obras se realizará por medio de un frente de trabajo móvil, que se irá trasladando a medida que avancen las obras. Esto contempla tanto la línea de 110 kV, como la 23 kV. La fase de construcción del sector LE considera las siguientes actividades principales: Despeje de terreno y movimientos de tierra, Mantención de caminos existentes, Habilitación de nuevos caminos, Replanteo Topográfico, Despeje de la Faja de Servidumbre Construcción de las Fundaciones, Montaje de estructuras, Instalación de los Conductores, Desmovilización y retiro de los frentes de trabajo y Transporte de Personal, Materiales, Residuos e Insumos. El detalle de estas actividades se presenta en el apartado 1.5.1.5 del Capítulo 1 del EIA. Acciones constructivas Sector Acueducto de Impulsión Las Tablas (AILT) La construcción de las obras se realizará por medio de frentes de trabajo móviles. Se consideran seis frentes de avance simultáneos (1 frente de IF3, 2 frentes de IF4, 2 frentes de IF5 y 1 frente de IF 6), los cuales se irán trasladando a medida que avancen las obras. Las actividades a realizar en cada frente de trabajo corresponden a: Replanteo topográfico y trazado, Despeje de la faja, plataforma y escarpe, Construcción de pista en sectores de ladera de cerro, Excavación de zanja y cama de apoyo, Desfile de tubería, Soldadura de uniones, Curvado de tuberías, Limpieza y revestimiento de uniones soldadas, Bajada de tubería a la zanja, Construcción de cámaras, Relleno y recomposición de la faja, Restitución y abandono, Limpieza y prueba de presión de la tubería, Construcción de cruces especiales, Construcción del estanque de distribución, Transporte de Personal, Materiales, Residuos e Insumos. El detalle de estas actividades se presenta en el apartado 1.5.1.6 del Capítulo 1 del EIA. Acciones constructivas sector Sector Acueducto de Impulsión Las Losas (AILL) La construcción de las obras se realizará por medio de un frente de trabajo móvil, que irá ejecutando el trazado del acueducto. No se considera la habilitación de una instalación de faena para la construcción de este sector. Las actividades a realizar en cada frente de trabajo corresponden a: Replanteo topográfico y trazado, Despeje de la faja, plataforma y escarpe, Construcción de pista en sectores de ladera de cerro, Excavación de zanja y cama de apoyo, Desfile de tubería, Soldadura de uniones, Curvado de tuberías, Limpieza y revestimiento de uniones soldadas, Bajada de tubería a la zanja, Construcción de cámaras, Relleno y recomposición de la faja, Restitución y abandono, Limpieza y prueba de presión de la tubería, Construcción de cruces especiales, Construcción de la Estación Disipadora, Transporte de Personal, Materiales, Residuos e Insumos. El detalle de estas actividades se presenta en el apartado 1.5.1.7 del Capítulo 1 del EIA. Movimiento de tierra Se generarán movimientos de tierra por escarpe, excavaciones, relleno y retiro. los excedentes del movimiento de tierra serán dispuestos en el mismo terreno, una vez se concluyan las actividades constructivas en cada sector, generando lomajes suaves que serán naturalmente revegetados. El detalle de esta actividad se presenta en el apartado 1.5.1.8 del Capítulo 1 del EIA. Recursos naturales renovables Conforme indica en el apartado 1.5.6 del Capítulo 1 del EIA, para la ejecución de la Fase de Construcción del Proyecto no se considera la extracción o explotación de recursos naturales renovables para satisfacer sus necesidades. Emisiones y efluentes Emisiones Atmosféricas El Proyecto generará emisiones de material particulado y gases, en las concentraciones (t/año) que a continuación se indican, las que corresponden al año 1, por presentar los mayores aportes:

MP10 MP2,5 MPS CO NOX HC SO2 26,36 6,01 99.87 6,28 39,83 1,51 8,85

Para el abatimiento de emisiones de material particulado se contempló el control de velocidad de desplazamiento vehicular, estabilización de caminos con bischofita, humectación de sitios, acopio de material y frentes de trabajo, restricción vehicular y mantención de caminos de servicio.

Ruido y Vibraciones Durante la fase de construcción se generarán emisiones de ruido producto del funcionamiento de la maquinaria: retroexcavadoras, cargador frontal, camión tolva, rodillo compactador, camión mixer, entre otros.

Los niveles de ruido estimados durante la Fase de Construcción se presentan en el Anexo 4-3 del EIA, “Modelación de Ruido y Vibraciones”.

Se contempló como medidas de control la instalación de barreras acústicas en los bordes de la faja de construcción frente a 5 receptores.

Residuos líquidos industriales. Se menciona la generación de efluentes líquidos producto del lavado de camiones mixer, el que se realizará en un único sitio habilitado para ello en la instalación de faenas del sector PD (IF 3). El efluente generado de este lavado será recuperado en la piscina de decantación (sin adición de químicos), para luego ser evaporado y/o recirculado en el mismo proceso, mientras que el material sólido producto de la decantación, será retirado y trasladado a un lugar autorizado para llevar a cabo su disposición final

Residuos líquidos domésticos Se estima una generación de 159.480 l/día de aguas servidas, considerando un coeficiente de recuperación del 80% del suministro de agua potable.

Las aguas servidas provendrán de los servicios higiénicos e instalaciones que se dispondrán para el personal de construcción del Proyecto en las instalaciones de faenas y de los baños químicos habilitados en los frentes de trabajo.

En el caso de la instalación de faena IF3 el manejo de las aguas servidas será a través PTAS, con capacidad de tratamiento de 105,9 m3 /día; el efluente tratado tendrá como disposición final un sistema de infiltración al terreno, por lo que se adoptó como norma de emisión al D.S. Nº 46/03 del MINSEGPRES. Asimismo, se indica que se cumplirá con los parámetros de calidad establecidos en la NCh 1.333/78.

Para el resto de las instalaciones de faena (IFs 1, 2, 4, 5 y 6), se contempla la instalación de fosas sépticas estancas, cuyas aguas residuales serán retiradas periódicamente por empresas autorizadas. En el caso de los baños químicos, los residuos serán recolectados periódicamente y transportados a disposición final por una empresa debidamente autorizada. Residuos, productos químicos y otras sustancias que puedan afectar el medio ambiente. Residuos domiciliarios El tipo de residuos generados serán principalmente papeles, plásticos, cartones, vidrios y restos metálicos, en una cantidad estimada de 2.648 kg/día. Respecto a su manejo estos serán almacenados temporalmente en contenedores con tapa, debidamente rotulados, los cuales estarán localizados en los acopios temporales de residuos domésticos ubicados en la instalación de faena IF 3, o bien en tambores dispuestos en los frentes de trabajo y en las restantes instalaciones de faena, desde donde se trasladarán diariamente a estos patios. Posteriormente, serán enviados a su disposición final en relleno sanitario autorizado. La frecuencia de retiro de estos residuos será al menos cada 3 días.

Residuos sólidos industriales no peligrosos El tipo de residuos generados será restos de maderas, restos de fierros y de soldadura, cables, plásticos, carretes y restos de embalajes, en una cantidad estimada de 38,9 t/mes. Respecto a su manejo en las instalaciones de faenas se habilitarán bateas para depositar estos residuos, las que serán trasladados diariamente al sector de acopio de residuos industriales no peligrosos de la IF 3. Estos residuos serán retirados desde la IF3 por una empresa autorizada con una frecuencia de dos veces por semana aproximadamente, y llevado a instalaciones autorizadas para su gestión o disposición.

Lodos PTAS. Se estimó una generación 1.144 kg/mes de lodos provenientes de la PTAS proyectada para la IF 3.

El manejo y disposición de los lodos de las PTAS estará a cargo de empresas autorizadas, y su disposición final se realizará en sitios debidamente autorizados.

Residuos Peligrosos El tipo de residuos generados corresponderán principalmente a aceites residuales, grasas usadas, petróleo contaminado, residuos contaminados con hidrocarburos, baterías, tierra contaminada y residuos con restos de pintura, Debido a que la tasa de generación de residuos supera las 12 toneladas anuales, durante la Fase de Construcción se contará con un Plan de Manejo de Residuos Peligrosos. El retiro de los RESPEL será encomendado a una empresa externa. Referencia al ICE para mayores detalles Tabla 4.2 y Tabla 4.6.1.1 Partes y obras. Tabla 4.6.1.2 Acciones Tabla 4.6.2 Suministros básicos Tabla 4.6.3 Recursos Naturales a extraer, explotar o utilizar. Tabla 4.6.4.1 Emisiones a la atmosfera Tabla 4.6.4.2 Emisiones líquidas o efluentes. Tabla 4.6.4.3 Ruido. Tabla 4.6.5.1. Residuos no peligrosos. Tabla 4.6.5.2 Residuos peligrosos. 4.3.2. FASE DE OPERACIÓN Partes/obras Sistema de captación El sistema de captación estará conformado por la torre de captación, sumergida a un veril aproximado de - 25 m respecto al nivel de reducción de sonda (NRS), de hormigón armado o similar apoyada en el fondo marino con base cuadrada de 4,20 x 4,20 m, altura de 7,32 m y espesor de paredes de 0,60 m y con dirección de flujo de entrada tipo horizontal; un inmisario submarino de HDPE con diámetro exterior de 2,0 m y una longitud aproximada de 360 m hasta la sentina (referencia desde centro de Torre de Captación), de los cuales aproximadamente 240 m se encontrarán apoyados directamente sobre el fondo marino, sujetos mediante lastres de hormigón espaciados cada 1,0 m y el resto del trazado, alrededor de 120 m, se dispondrá en una zanja que conectará el ducto con la Sentina. Al respecto, en ICSARA se solicitaron aclaraciones y ampliaciones de la información presentada respecto a labores constructivas de las obras marítimas, así como características de diseño y el sistema de control de velocidades, situación que no fue subsanado dado que no se presentó la Adenda correspondiente. Sistema de Descarga de El sistema de descarga consistirá en una cámara de carga, de hormigón armado o similar de dimensión en planta 12x12m, y Salmuera capacidad nominal de 2,6 m3 /s, un emisario submarino de HDPE de 1,6 m de diámetro exterior y 610 m de longitud aproximada, para el transporte de un flujo de salmuera con un caudal máximo aproximado de 2,6 m3/s, hasta un punto de descarga en el mar fuera de la Zona de Protección Litoral, a través de 35 difusores (portas) de 160 mm de diámetro exterior y 9,6 mm de espesor, en ángulo de 45°, ubicadas en los últimos 105 m del Emisario submarino Sector Sentina, Planta Elevadora, Cámara de Carga, Emisario e Inmisario Terrestre (SEIT) Este sector considera todas las obras que realizan el transporte de agua de mar, desde la Sentina al sector Planta Desalinizadora, así como también el transporte de la salmuera desde el sector SPD hasta la cámara de carga. La sentina corresponde a una obra de hormigón armado enterrada y cerrada, de aproximadamente 1.140 m2 de superficie, cuya función principal es captar el agua de mar, con dos rejas rectas de desbaste, y posteriormente impulsarla a la cota de terreno 80 msnm en el sector de la Planta desalinizadora para su posterior tratamiento. Dado que las Obras Marinas (OM) se encuentran a no más de 500 m del Sector Planta (SP), ambas tuberías (Inmisario y Emisario terrestres) tienen longitudes similares y se proyectan en el mismo sector y completamente enterradas. Además, el sector contempla, cercano a la Sentina, la construcción de una sala eléctrica cuyo objetivo principal será suministrar la energía necesaria para el funcionamiento de la Sentina y planta desalinizadora, como respaldo, cuya ubicación referencial se muestra en la figura 1.28 del EIA. Finalmente, se propuso la habilitación de una Senda Peatonal que tendrá un ancho de 2 m y bordeará las obras del sector SEIT por el lado Este. Al respecto, para efectos de evaluar los efectos de las labores de construcción de las instalaciones del sector, en ICSARA se solicitó al Titular ampliar los antecedentes respecto al movimiento de material y el sistema de fracturamiento de roca que sería empleado, situaciones que no fueron subsanadas ya que no se presentó la Adenda correspondiente. Planta Desalinizadora La Planta Desalinizadora se diseñó con 2 módulos desalinizadores idénticos, con capacidad de desalinización de 1.000 L/s cada uno; cada módulo constará de 4 áreas que agruparán los equipos requeridos para desarrollar las etapas del proceso de desalinización. Las principales instalaciones de la planta son: Edificio de pre- tratamiento, Edificio de osmosis inversa, Edificio de post- tratamiento, Estación de bombeo e Instalaciones Auxiliares. En el Anexo 1-5 del EIA, se presenta el Diagrama de Procesos que muestra de manera esquemática el funcionamiento de cada módulo de la Planta Desalinizadora. En ICSARA se solicitó al Titular ampliar los antecedentes referidos a características de diseño de instalaciones auxiliares a la planta además de procesos de “lavado químico” de las aguas, aspectos que no fueron subsanados dado que no se presentó la Adenda correspondiente. Línea de Transmisión Eléctrica Esta obra corresponde a dos líneas de transmisión de 110 kV y 23 kV; la línea de 110 kV comenzará desde la S/E Huasco hasta la subestación reductora 110/23 kV de la Planta Desalinizadora, mientras la línea de 23 kV saldrá desde la subestación reductora de la Planta Desalinizadora hasta la Sentina. Para la Fase de Construcción, el Sector LE no requiere de instalación de faenas, sólo frentes móviles. Sector Acueducto de Impulsión Las Tablas (AILT) El sector AILT corresponde al sector que conecta la Planta Desalinizadora con el estanque de almacenamiento y distribución de agua producto en el sector de Las Tablas, en la comuna de Freirina. El sistema de impulsión de agua desalinizada estará compuesto por un acueducto o tubería de conducción de agua industrial que contempla una cañería de 48” (1,2 m) de diámetro. El acueducto tendrá su inicio en la estación de bombeo de agua desalinizada dentro de la planta desalinizadora y tendrá una longitud total aproximada de 19 km hasta la descarga al estanque de acumulación de agua desalinizada de 2.000 m3 aproximadamente e irá enterrado a lo largo de todo su trazado. En la Lámina 6 del Anexo 1-2 del EIA se muestran las instalaciones en detalle. Sector Acueducto de Impulsión Las Losas (AILL) El sector AILL corresponde al sistema de impulsión de agua desalinizada, que estará compuesto por un acueducto o tubería de conducción de agua industrial que contempla una cañería de 1,2 m de diámetro. El acueducto tendrá su inicio en la estación de bombeo de agua desalinizada dentro de la Planta Desalinizadora (PD) y tendrá una longitud total aproximada de 6 km hasta su término en un flange, e irá enterrado a lo largo de todo su trazado. Acciones Operación Sector Mina Prueba y puesta en marcha del Proyecto Una vez que todas las actividades de construcción y montaje se encuentren terminadas y se hayan levantado todas las observaciones detectadas en las revisiones e inspecciones previas; es decir, todos los elementos y componentes estén instalados de acuerdo con los planos y especificaciones correspondientes y han sido probados individualmente en vacío, el Titular iniciará la prueba y puesta en marcha del Proyecto. Las pruebas pre-operacionales consistirán en la verificación correcta del funcionamiento de las instalaciones con los equipos y sistemas energizados y en vacío, y una vez finalizadas, se procederá a la realización de las pruebas con agua, de todos los equipos y sistemas. Captación de agua de mar El caudal máximo de captación será de 4,6 m3 /s de agua de mar, con una velocidad máxima de ingreso menor a 0,15 m/s en la rejilla de captación, considerando que dicha velocidad se considera de bajo impacto en la succión de organismos. El Proyecto incorpora una tecnología de vasos comunicantes que consiste en una tubería dispuesta desde la torre de captación hasta la sentina, la cual actúa por colmatación y no por succión.

Para efectos de protección de la torre y la tubería de incrustaciones marinas, se inyectará 10 mg/Lx de hipoclorito sódico, con frecuencia mensual durante 6 horas continuas, como anti- incrustante de vida marina (antifouling) y un sistema de inyección de aire anti-medusas en la base de la grilla con un caudal de 22,4 L/s de aire. Monitoreo en sistema de captación Diariamente se medirá la velocidad de captación de agua en la torre de captación, con el fin de llevar un registro electrónico de dicha actividad.

Por otra parte, en el Sector OM, se contempla la realización de una inspección submarina anual, con el objetivo de verificar la hermeticidad del emisario y el funcionamiento de los difusores, cuyo informe técnico será mantenido en las instalaciones del Proyecto para consulta de la autoridad. Descarga de salmuera El efluente proveniente de la Planta Desalinizadora tendrá una descarga continua a través de la tubería y el emisario submarino. El caudal de descarga estará sujeto a la operatividad de la Planta y tendrá una capacidad nominal de 2,6 m3/s, con una concentración salina de 72,3 psu. La descarga será liberada al mar a través de difusores dispuestos para ello de forma que la pluma salina sea distribuida en un área mayor. Monitoreo del sistema de descarga Previo a la descarga de la corriente de salmuera al mar, ésta será monitoreada en la cámara de carga, para asegurar que mantenga las condiciones requeridas para su descarga de acuerdo a los requisitos indicados en la NCh N° 411 y en cumplimiento de los parámetros indicados en la Tabla 5 del D.S. N° 90/00 del MINSEGPRES. Impulsión de agua de mar desde Sentina El agua de mar conducida por el inmisario es depositada en la Sentina, en la cual habrá bastidores de filtración mayor, para luego ser impulsada hasta la planta desalinizadora por medio del inmisario terrestre con un caudal nominal de 4,6 m3 /s. Para efectos de protección de la Sentina de las incrustaciones marinas, se inyectará 10 mg/L de hipoclorito sódico, con frecuencia mensual durante 6 horas continuas, como anti-incrustante de vida marina (antifouling). Desalinización de agua de mar Una vez que el agua de mar proveniente del inmisario submarino es ingresada al Sector Planta Desalinizadora, ésta es sometida a procesos que buscan la generación de agua para uso industrial y/o potabilizable. En términos generales, la operación de la Planta consiste en una serie de tratamientos que se aplican al agua de mar para retirar las sales y dejarla en condiciones para ser utilizada como agua industrial y/o potabilizable. Las principales acciones llevadas a cabo son: Pre-tratamiento, Osmosis Inversa, Post- tratamiento, Neutralización e Impulsión del agua producto. Transporte de agua La principal acción llevada a cabo en los acueductos del Proyecto corresponde al transporte del agua producto industrial y/o potabilizable por medios de impulsión desde la estación de bombeo desde la PD con un caudal máximo de 2.000 L/s hasta un estanque de distribución ubicado en la comuna de Freirina, para el caso del AILT, y hasta una estación disipadora de energía que termina en un flange de conexión para terceros, para el caso de AILL. Desde ambas instalaciones se realizará la venta a terceros. Montaje de equipos Durante los primeros 22 meses de la Fase de Operación, junto con el funcionamiento del primer módulo desalinizador y el Sector AILL, se ejecutará el montaje de equipos para el funcionamiento del segundo módulo y la construcción del Sector AI, plazo luego del cual, se llegará a la capacidad máxima de desalinización de 2.000 L/s. Mantenciones Las actividades de mantención se dividirán en inspecciones y mantenimientos permanentes y mantenimientos anuales e interanuales para el Proyecto. Las actividades serán de dos tipos, las de mantenimiento propiamente, y las de conservación, cuyo objetivo básico es lograr el funcionamiento continúo de la instalación durante el período de vida útil de ésta y colaborar a la consecución del fin principal para el cual las instalaciones han sido diseñadas y construidas. Productos generados El agua desalinizada producida para uso como agua industrial y/o potabilizable será conducida con un caudal máximo de 2.000 L/s, ya sea a través del acueducto AILT hasta su estanque de distribución de 2.000 m3, como también a través del acueducto AILL hasta la estación disipadora y un flange final, puntos desde los cuales se realizará su venta a terceros. Recursos naturales renovables El Proyecto contempla extraer 4,6 m3 /s de agua de mar como recurso natural renovable durante la fase de operación para la producción de 2.000 L/s de agua desalinizada para uso como agua industrial y/o potable. Emisiones y efluentes Emisiones Atmosféricas El Proyecto generará emisiones de material particulado y gases, en las concentraciones (t/año) que a continuación se indican (año 3 que corresponde año mayor emisión):

MP10 MP2,5 MPS CO NOX HC SO2 5,27 0,68 19,36 1,23 4,84 0,27 0,01

Como sistema de abatimiento o control para emisiones de material particulado se realizará, durante esta fase se mantendrá la medida del bischofitado de todos los caminos del Proyecto para reducir las emisiones atmosféricas.

Ruido y Vibraciones Durante la fase de operación se generarán emisiones de ruido debido al funcionamiento de las unidades de la Sentina, planta desalinizadora: pre‐tratamiento, osmosis inversa, post-tratamiento y estación de bombeo. Asimismo, se considera el efecto corona de la LAT de 110 kV. Los niveles de emisión asociados a cada una de las fuentes del Proyecto se indican en la Tabla 1-57 del Capítulo 1 del EIA.

Residuos líquidos industriales. El efluente que resulta de la operación de la planta desalinizadora tiene el carácter de residuo industrial líquido y se descarga al mar a un caudal nominal de 2,6 m3 /s mediante emisario submarino cumpliendo con los límites máximos establecidos en la Tabla N° 5 del D.S. N° 90/00 de MINSEGPRES, para descarga de residuos líquidos a cuerpos de agua marinos fuera de la Zona de Protección Litoral

Residuos líquidos domésticos. Se estima una generación de 9,6 m3/día de aguas servidas. Estas serían tratadas en una PTAS, ubicada en el Sector Planta Desalinizadora. Esta será del tipo lodos activados y constará de un sistema de desbaste de gruesos y finos, un sistema de separación de aceites y grasas, un sistema biológico con oxidación total y recirculación de lodos, y un sistema de cloración. El efluente tratado será utilizado infiltrado al terreno cumplimiento de los parámetros de calidad establecido por la NCh 1.333/78 y la normativa aplicable D.S. Nº 46/03 del MINSEGPRES. Residuos, productos químicos y otras sustancias que puedan afectar el medio ambiente. Residuos domiciliarios El tipo de residuos será papeles, restos de alimentos, envases de plástico, cartón, vidrio, aluminio, entre otros, generando una cantidad estimada de 1,2 ton/mes. Respecto a su forma de manejo y disposición final, estos serán dispuestos en contenedores herméticos, con tapa y debidamente rotulados, los cuales se instalarán en un área destinada especialmente para ello, cercano al edificio de oficinas. Posteriormente, su disposición final será en relleno sanitario autorizado de la Región de Atacama. La frecuencia de retiro de estos residuos será al menos cada 3 días.

Residuos sólidos industriales no peligrosos El tipo de residuos serán principalmente, papeles, cartones, maderas, plásticos, recortes de cables, carretes, pallets, envases, entre otros, generando una cantidad estimada de 6 ton/mes. Respecto a la forma de manejo y disposición final, los RSINP generados en la planta desalinizadora serán dispuestos en una bodega tipo conteiner, al interior de la planta. En dicho lugar, serán clasificados por tipo y calidad, para posteriormente ser vendidos a empresas autorizadas para reciclar y/o recuperar los distintos tipos de residuos. Lo restante será retirado con una frecuencia de dos veces al mes, y dispuesto en sitio autorizado para estos fines. Respecto a los RSINP originados durante la operación en la Sentina, correspondientes a residuos orgánicos generados en las rejas de desbaste, serán dispuestos en un contenedor tapado con una lona. Una vez lleno, se prevé su retiro por una empresa autorizada con frecuencia de dos veces al mes.

Lodos. Se estima una generación de 84,4 kg/mes de lodos proveniente de la PTAS. El manejo y disposición de los lodos de las PTAS estará a cargo de empresas autorizadas, y su disposición final se realizará en sitios debidamente autorizados.

Residuos Peligrosos Se estima una generación de 0,4 t/mes de RESPEL, correspondiente a residuos propios de los mantenimientos de los equipos, tales como aceites, grasas lubricantes, elementos contaminados con grasas y solventes, entre otros. Los RESPEL serán retirados por una empresa con autorización sanitaria con frecuencia máxima de seis meses y dispuestos en lugares autorizados.

Productos químicos y otras sustancias que puedan afectar el medio ambiente Durante la fase de operación, en el Sector Planta Desalinizadora, se requerirán productos químicos que se utilizan para el proceso de desalinización de agua de mar en cada módulo desalinizador. Estos reactivos corresponden a Hipoclorito de Sodio, ácido sulfúrico, cloruro férrico, bisulfito sódico, Dispersante, Anhídrido carbónico, Hidróxido cálcico, Hidróxido sódico, Fluorosilicato sódico, detergentes y reactivos químicos. En la Tabla 1.52 del Capítulo 1 del EIA se presenta el consumo anual para cada una de estas sustancias, y en el Anexo 1-4 se adjuntan las Hojas de Datos de Seguridad (HDS). Referencia al ICE para mayores detalles Tabla 4.2 y Tabla 4.7.1.1 Partes y obras. Tabla 4.7.1.2. Acciones. Tabla 4.7.2 Suministros básicos. Tabla 4.7.3 Productos generados. Tabla 4.7.4 Actividades de mantención. Tabla 4.7.5 Recursos Naturales a extraer, explotar o utilizar. Tabla 4.7.6.1 Emisiones a la atmósfera. Tabla 4.7.6.2 Emisiones líquidas o efluentes. Tabla 4.7.6.3 Ruido. Tabla 4.7.7.1. Residuos no peligrosos. Tabla 4.7.7.2 Residuos peligrosos. Tabla 4.7.7.3 Productos químicos y otras sustancias que puedan afectar el medio ambiente. 4.3.3. FASE DE CIERRE Desmantelamiento o aseguramiento de infraestructura Se considera la desenergización de instalaciones, el desmantelamiento de instalaciones, el retiro de materiales, el sellado, de sentina y cámara de carga. Más detalles se presentan en el apartado 1.7.1.2 del Capítulo 1 del EIA. Restauración Luego del desmantelamiento, se procederá a realizar una nivelación de toda superficie intervenida de tal manera de restituir el estado de la zona a condiciones similares a lo encontrado previo a la construcción. Las fundaciones de las instalaciones que se encuentren bajo la cota de la línea de los 80 metros, medidos desde la línea de más alta marea, y que no se remuevan, serán cubiertas con una capa de 0,5 m de material granular grueso, de manera de que no se remueva por potenciales subidas de marea. Mantención, conservación y supervisión Durante la ejecución del cierre se realizarán visitas trimestrales para constatar el estado de las instalaciones remanentes, es decir, aquellas que hayan quedado enterradas o cubiertas luego del cierre, de manera de constatar que éstas se mantengan en dicha condición. Este monitoreo se mantendrá por un período de 1 año. Referencia al ICE para mayores detalles Apartado 4.8 Fase de Cierre Tabla 4.8.1 Partes, obras y acciones. Tabla 4.8.1.2 Acciones

4.4. CRONOLOGÍA DE LAS FASES DEL PROYECTO 4.4.1. FASE DE CONSTRUCCIÓN Fecha estimada de inicio Abril del 2021 Parte, obra o acción que establece el inicio Habilitación del terreno de la instalación de faena ubicada en el Obras Marinas (OM). Fecha estimada de término Agosto de 2025 Parte, obra o acción que establece el término Finalización del montaje del segundo módulo de 1000 l/s. 4.4.2. FASE DE OPERACIÓN Fecha estimada de inicio Mayo de 2023 Parte, obra o acción que establece el inicio Ejecución de pruebas pre-operacionales (Prueba y puesta en marcha) Fecha estimada de término Indefinida {Parte, obra o acción que establece el término No se indica 4.4.3. FASE DE CIERRE Fecha estimada de inicio El Titular afirma que el Proyecto poseerá una vida útil de carácter indefinida, considerando el mantenimiento de las instalaciones y equipos, junto con posibles actualizaciones de las maquinarias y Parte, obra o acción que establece el inicio Fecha estimada de término mejoras en los procesos. Sin embargo, en el apartado 1.7 del Capítulo 1 del EIA, se describen las eventuales partes, obras y acciones de un eventual cierre del Proyecto, razón por la cual en ICSARA se solicitó la información referida al cronograma de esta fase, situación que no fue subsanada por el Titular ya que no se presentó la Adenda correspondiente. Parte, obra o acción que establece el término

5°. Que, los efectos, características o circunstancias del artículo 11 de la Ley N° 19.300 que el Proyecto genera o presenta son los que a continuación se describen:

5.1. EFECTOS ADVERSOS SIGNIFICATIVOS SOBRE LA CANTIDAD Y CALIDAD DE LOS RECURSOS NATURALES RENOVABLES, INCLUIDOS EL SUELO, AGUA Y AIRE Impacto ambiental Pérdida de ejemplares de flora en categoría de conservación “Vulnerable” y “Casi Amenazada”. El impacto se manifiesta principalmente en el Sector Acueducto de Impulsión Las Tablas (AILT) y Acueducto de Impulsión Las Losas (AILL), específicamente por las actividades de despeje y excavación que se requieren para la instalación de las tuberías y otras obras, lo cual afectará las siguientes especies en categorías de conservación: “Vulnerables”: Alstroemeria werdermannii, Eryngium macracanthum, Neoporteria villosa. Chorizanthe mieresii. “Casi Amenazada”: Copiapoa coquimbana, Pyrrhocactus eriosyzoides ssp. Atroviridis, Telocephala napina (Napina). Componente ambiental afectado Flora Parte, obra o acción que lo genera Acciones constructivas Sector Acueducto de Impulsión Las Tablas (AILT). Acciones constructivas Sector Acueducto de Impulsión Las Losas (AILL). Fase en que se presenta Construcción Referencia al ICE para mayores detalles sobre este impacto específico Tabla 5.2.4.1 Flora Tabla 6.2 Efectos adversos significativos sobre la cantidad y calidad de los recursos naturales renovables, incluidos el suelo, agua y aire El Proyecto generaría un impacto adverso significativo por la pérdida de ejemplares de flora en categoría de conservación “Vulnerable” y “Casi Amenazada”, ocasionado principalmente en el Sector Acueducto de Impulsión Las Tablas(AILT) y Acueducto de Impulsión Las Losas (AILL), específicamente por las actividades de despeje y excavación que se requieren para la instalación de las tuberías y otras obras, lo cual afectará ejemplares de las especies Alstroemeria werdermannii, Eryngium macracanthum, Neoporteria villosa. Chorizanthe mieresii, todas en categoría “Vulnerables”, además de ejemplares de las especies Copiapoa coquimbana, Pyrrhocactus eriosyzoides ssp. Atroviridis, Telocephala napina (Napina), en categoría “Casi Amenazada”.

5.2 REASENTAMIENTO DE COMUNIDADES HUMANAS O ALTERACIÓN SIGNIFICATIVA DE LOS SISTEMAS DE VIDA Y COSTUMBRES DE GRUPOS HUMANOS Impacto ambiental Afectación de Actividad de extracción de algas. Se generará una restricción de acceso a las áreas de extracción y acopio de los algueros que poseen rucos en áreas cercanas al Proyecto (Instalación de Faenas, construcción de plataformas, instalación de tuberías, entre otras obras), y como consecuencia, generará la afectación de la actividad de recolección de algas lo que incide en el sistema de vida de la población que realiza la recolección de dichos recursos. Además, el desplazamiento de esta población por el sector deberá realizarse, rodeando las instalaciones por un tramo más largo de lo habitual que involucra un mayor tiempo que no es aprovechado para la recolección de algas y no pudiendo circular por el sector costero adyacente a estas. Parte, obra o acción que lo genera Sistema de captación. Sistema de descarga de salmuera. Sector Provisorio Lanzamiento Tuberías. Sector Sentina, Planta Elevadora, Cámara de Carga, Emisario e Inmisario Terrestre (SEIT). Planta desalinizadora. Fase en que se presenta Construcción y operación Referencia al ICE para mayores detalles sobre este impacto específico Tabla 5.1.1 Medio Humano. Tabla 6.3 Reasentamiento de comunidades humanas o alteración significativa de los sistemas de vida y costumbres de grupos humanos. En Proyecto generaría un impacto significativo sobre el medio humano por la afectación de la actividad de extracción de algas debido a la intervención de ciertas áreas generando restricción al acceso de los recursos naturales utilizados como sustento económico de grupos humanos.

6°. Que, durante el proceso de evaluación no se han presentado todos los antecedentes que justifican la inexistencia de los demás efectos, características y circunstancias del artículo 11 de la Ley N° 19.300, en lo que respecta a los siguientes literales:

6.1. RIESGO PARA LA SALUD DE LA POBLACIÓN, DEBIDO A LA CANTIDAD Y CALIDAD DE EFLUENTES, EMISIONES Y RESIDUOS Para garantizar la no afectación por este literal, al Titular se le solicitó en ICSARA ampliar, aclarar y rectificar antecedentes referidos a las emisiones del Proyecto, como la inclusión de las emisiones por erosión eólica del acopio de material en la fase de construcción, la justificación de los valores de % de finos y % de humedad considerados, ya que no se logra aclarar que los datos empleados sean representativos de la zona de emplazamiento del Proyecto, además de una estimación y modelación de emisiones en la fase de cierre del proyecto. Adicionalmente, respecto a las emisiones de ruido, en ICSARA se solicitaron al Titular aclaraciones respecto al sistema de barreras a fin de acreditar el cumplimiento normativo durante la fase de construcción del Proyecto, así como ampliar el análisis de receptores que no fueron identificados en el estudio de ruido y que requerirían de pantallas acústicas, como receptores aledaños al punto 12. Por otro lado, también se incluyeron solicitudes referidas al manejo de residuos líquidos afectos al PAS 138, y al manejo de residuos no domiciliario e industriales no peligrosos y peligrosos afectos a los PAS 140 y 142. Debido a que el Titular no presentó la Adenda correspondiente en los plazos establecidos para aquello, no fue posible concluir que no se generarán este tipo de efectos. Referencia al ICE para mayores detalles sobre este impacto específico Tabla 6.1 Riesgo para la salud de la población debido a la cantidad y calidad de los efluentes, emisiones o residuos.

6.2. EFECTOS ADVERSOS SIGNIFICATIVOS SOBRE LA CANTIDAD Y CALIDAD DE LOS RECURSOS NATURALES RENOVABLES, INCLUIDOS EL SUELO, AGUA Y AIRE Para garantizar la no afectación por este literal, y en particular para asegurar el objetivo medida “Rescate y relocalización de especies en las categorías indicadas”, asociada con el impacto significativo por la pérdida de ejemplares en estado de conservación, se solicitó al Titular en ICSARA aclarar aspectos referidos a las especies objeto de la medida, ya que no se estarían considerando la totalidad de especies en estado de conservación afectadas, además de contemplar un plan alternativo para el rescate 1 de las especies, recolección de semillas o partes vegetativas para alcanzar el cumplimiento a la medida, entre otros aspectos. Se solicitó, además, ampliar los antecedentes que permitan justificar la aseveración ““que las formaciones de vegetación serán parcialmente afectadas y que en buena parte del proyecto se producirá una recolonización con especies nativas luego del fin de la construcción”, además, de establecer los factores y condiciones que asegurarían el éxito de la recolonización de las especies presenten en el área de intervención. Sobre la componente Fauna, se solicitó en ICSARA, especificar sí se proyectan instalaciones a menos de 2 kilómetros de áreas consideradas como guanera o de aposentamiento de aves guaníferas, a la luz de los antecedentes aportados en la Línea de Base de Medio Marino, y que se analice el impacto sobre dichas aves, así como el impacto por colisión y electrocución de especies migratorias con las líneas de transmisión eléctricas (LTE) proyectadas. Además, en atención a las labores constructivas de las obras marítimas, se solicitó aclarar si se considera la realización de tronaduras submarinas u obras en la zona submareal, a fin de evaluar la generación de impactos acústicos en especies hidrobiológica como mamíferos marinos. Sobre componentes del medio marino, y considerando el funcionamiento de la torre de captación, en ICSARA se solicitó al Titular presentar los fundamentos técnicos sobre los efectos del funcionamiento de dicha instalación en la mortalidad de especies hidrobiológicas, en sus distintos rangos etarios, por captación de agua de mar, además de analizar la pérdida proyectada de ejemplares adultos equivalentes, considerando número de ejemplares y biomasa de especies representativas de la zona. En relación con lo anterior, y a fin de validar la calificación otorgada al impacto por la resuspensión de sedimentos, en ICSARA se solicitó al Titular ampliar el análisis, en términos de magnitud, de los efectos de las concentraciones máximas proyectadas, ya que el límite referencial de los 400 mg/L corresponden a aguas regulares conforme a los antecedentes técnicos adoptados por el Titular, en circunstancias que la información basal de la calidad química de la columna de agua, presentada en la sección 3.4.2 del EIA, da cuenta que los sólidos suspendidos totales se encontraron bajo el límite de detección o con valores de concentración entre 7 y 14 mg/L, con coeficientes de variación de 22,4 y 17,5% en superficie y fondo. Por otra parte, debido al impacto del vertido de la salmuera en la fase de operación, se solicitaron una serie de antecedentes referidos a condiciones basales de oceanografía física, así como de antecedentes metodológicos del modelo de dispersión, a fin de justificar la calificación otorgada al impacto por la alteración de la calidad físico-química del agua por incremento de la salinidad, o en su defecto, establecer las medidas correspondientes. Por último, debido al aumento de las concentraciones de sedimentación de material particulado (MPS), en ICSARA se solicitó aclarar la calificación otorgada sobre dicho efecto, ya que, tal como se indicó, existen estaciones de monitoreo, según la línea de base actual, que ya muestran una condición de superación de la normativa D.S N° 4/1992 del Ministerio de Agricultura, y, por tanto, los aportes del proyecto en todas sus fases (construcción, operación y cierre), en los estadísticos anual como mensual, podrían ser calificadas como significativa. Asimismo, se solicitó establecer los puntos de máxima concentración y máximo impacto frente al área declarada como zona de latencia por MPS. Debido a que el Titular no presentó la Adenda correspondiente en los plazos establecidos para aquello, no fue posible concluir que no se generarán este tipo de efectos. Referencia al ICE para mayores detalles sobre este impacto específico Tabla 5.2.1 Suelo Tabla 5.2.2 Agua Tabla 5.2.3 Aire Tabla 5.2.4.1 Flora y Vegetación. Tabla 5.2.4.2 Fauna Terrestre. Tabla 5.2.4.3 Otros elementos bióticos. Tabla 6.2 Efectos adversos significativos sobre la cantidad y calidad de los recursos naturales renovables, incluidos el suelo, agua y aire.

6.3. REASENTAMIENTO DE COMUNIDADES HUMANAS O ALTERACIÓN SIGNIFICATIVA DE LOS SISTEMAS DE VIDA Y COSTUMBRES DE GRUPOS HUMANOS Respecto al impacto significativo “Afectación de la actividad de extracción de algas”, y a fin de acreditar su magnitud, en ICSARA se solicitó al Titular ampliar los antecedentes respecto a recolectores de algas, pescadores y buzos mariscadores, con el objeto de determinar si los grupos humanos que residen permanente y/o temporalmente, y/o utilizan en la Unidad Socio-Espacial Costa 3, corresponden o no a grupos humanos pertenecientes a pueblos indígenas (GHPPI), además de evaluar el impacto sobre las actividades socioeconómicas de algueros, mariscadores y pescadores que utilicen el sector, y no solo para los 4 rucos cercanos, y el impacto por la afectación a recursos pesqueros o áreas de manejo y explotación de recursos bentónicos cercanos a las obras marítimas del Proyecto. Sobre esto último, se solicitó al Titular evaluar el impacto sobre la población flotante que utiliza la unidad socio espacial 3, asociada al sector costero, dado que es reconocido como un espacio público, recreativo, de relevancia para el turismo y en ese sentido parte de la expresión de manifestaciones culturales de los grupos humanos que lo utilizan. Debido a que el Titular no presentó la Adenda correspondiente en los plazos establecidos para aquello, no fue posible concluir que no se generarán este tipo de efectos. Referencia al ICE para mayores detalles sobre este impacto específico Tabla 5.3. Medio Humano. Tabla 6.3 Reasentamiento de comunidades humanas o alteración significativa de los sistemas de vida y costumbres de grupos humanos.

6.4. LOCALIZACIÓN EN O PRÓXIMA A POBLACIONES, RECURSOS Y ÁREAS PROTEGIDAS, SITIOS PRIORITARIOS PARA LA CONSERVACIÓN, HUMEDALES PROTEGIDOS Y GLACIARES, SUSCEPTIBLES DE SER AFECTADOS, ASÍ COMO EL VALOR AMBIENTAL DEL TERRITORIO EN QUE SE PRETENDE EMPLAZAR Para garantizar la no afectación por este literal, en ICSARA se solicitó al Titular identificar y presentar un listado de todos los recolectores de algas, pescadores y buzos mariscadores que hacen uso permanente e intermitente, incluyendo las rutas del transporte (desde sus lugares hacia los distintos destinos finales) y complementar los antecedentes presentados en la línea de base de medio humano del EIA, con el objeto de determinar si los grupos humanos que residen permanente y/o temporalmente, y/o utilizan en la Unidad Socio-Espacial Costa 3, corresponden o no a grupos humanos pertenecientes a pueblos indígenas (GHPPI), debido a que según antecedentes de la Autoridad, a nueve (9) kilómetros al suroeste del área de emplazamiento del Proyecto, hay un sector en el que miembros de la Comunidad Indígena Diaguita Chipasse Ta Tatara realizan actividades de recolección de algas. Debido a que el Titular no presentó la Adenda correspondiente en los plazos establecidos para aquello, no fue posible concluir que no se generarán este tipo de efectos. Referencia al ICE para mayores detalles sobre este impacto específico Tabla 5.3. Medio Humano. Tabla 6.4 Localización en o próxima a poblaciones, recursos y áreas protegidas, sitios prioritarios para la conservación, humedales protegidos y glaciares, susceptibles de ser afectados, así como el valor ambiental del territorio en que se pretende emplazar.

6.5. ALTERACIÓN DE MONUMENTOS, SITIOS CON VALOR ANTROPOLÓGICO, ARQUEOLÓGICO, HISTÓRICO Y, EN GENERAL, LOS PERTENECIENTES AL PATRIMONIO CULTURAL Para efectos de descartar o acreditar efectos sobre esta materia, en el ICSARA se solicitó al Titular ampliar los antecedentes del EIA referidas a medio humano, a partir de metodologías participativas de levantamiento de información, con el objeto de determinar si los grupos humanos que residen permanente y/o temporalmente en el sector costero, y/o utilizan dichas zonas, corresponderían o no a grupos humanos pertenecientes a pueblos indígenas (GHPPI), toda vez que a nueve (9) kilómetros al suroeste del área de emplazamiento del Proyecto, habría un sector en el que miembros de la Comunidad Indígena Diaguita Chipasse Ta Tatara realizan actividades de recolección de algas. Debido a que el Titular no presentó la Adenda correspondiente en los plazos establecidos para aquello, no fue posible concluir que no se generarán este tipo de efectos. Referencia al ICE para mayores detalles sobre este impacto específico Tabla 5.5 Patrimonio Cultural. Tabla 6.6. Alteración significativa, en términos de magnitud o duración, de monumentos, sitios con valor antropológico, arqueológico, histórico y, en general, los pertenecientes al patrimonio cultural

7°. Que, en el EIA el Titular presentó las siguientes medidas de mitigación y compensación para hacerse cargo de los efectos, características y circunstancias del artículo 11 de la Ley N° 19.300:

Tabla 7.1 Medida de mitigación ante la Pérdida de ejemplares de flora en categoría de conservación “Casi Amenazada” o “Vulnerable”. Componente Flora y vegetación Impacto asociado Pérdida de ejemplares de flora en categoría de conservación “Casi Amenazada” o “Vulnerable Nombre de la medida Rescate y relocalización de especies en las categorías indicadas (Plan de Manejo Biológico). Tipo de Medida Mitigación Objetivo de la medida Minimizar la pérdida de ejemplares de especies en categorías de conservación “Casi Amenazada”, o “Vulnerable” en los sectores que serán intervenidos por el Proyecto Descripción de la medida El Plan de Manejo Biológico de flora fue elaborado en función de las formas de vida de las cinco especies de plantas implicadas en el Proyecto, a partir de la cuales, se establecieron tres categorías:

Hierba perenne: Se aplicará un protocolo de rescate, relocalización de Alstroemeria werdermannii.

Hierba anual: Para Eryngium macracanthum, se aplicará un protocolo de recolección de semillas durante la fase de construcción, y de siembra una vez verificadas condiciones climáticas favorables para ello.

Cactus: Para esta forma de vida el plan contempla un protocolo de rescate, relocalización y monitoreo.

El Plan de Manejo Biológico de Flora se encuentra en el Anexo 7-1 del EIA. Justificación de la medida Las actividades del Proyecto causarán pérdida de individuos de las especies de plantas en categoría de “vulnerable”: Alstroemeria werdermannii, Eryngium macracanthum, Neoporteria villosa y “casi amenazadas” Thelocephala napina, Copiapoa coquimbana y Pyrrhocactus eriozyzoides. Lugar de la medida En los sectores de obras lineales: Los ejemplares de cactus que sean rescatados serán relocalizados. Alternativamente, de no ser posible lo anterior, se relocalizarán en áreas próximas al sitio intervenido dentro de un buffer de máximo 50 m. En caso de encontrar ejemplares de Eryngium macracanthum: en la fase de liberación de áreas para construcción, se registrará el individuo y de ser posible se colectarán semillas para producir plantas en vivero. Alternativamente se recolectará semillas de plantas existentes en el entorno del proyecto En los sectores de obras areales del Proyecto, se emplearán sitios aledaños, no intervenidos para la relocalización. En el caso de la hierba perenne Alstroemeria werdermannii se propone relocalizarlas en el entorno de la planta desalinizadora. Forma y oportunidad de la implementación La medida se ejecutará conforme a protocolos específicos para cada especie involucrada cuyo detalle se incluye en Anexo 7-1 del EIA. Indicador de cumplimiento Como indicadores de cumplimiento se propusieron, para Alstroemeria werdermannii: 70% de sobrevivencia de los ejemplares relocalizados. Eryngium macracanthum: Se rescatarán semillas, las que servirán para producir ejemplares en vivero. Copiapoa coquimbana: Se rescatará y replantará un 25% de los ejemplares afectados en el área del trazado de los ductos. Se asegurará al menos 70% de efectividad de reubicación. Phyrrocactus eriozyzoides: Se rescatará y replantará un 100 % de los ejemplares que crezcan en el área del trazado de los ductos. En términos de asegurar al menos 70 % de efectividad de reubicación. Thelocephala napina: Se propone trasplantar un 100 % y asegurar una eficiencia de 70% efectividad de reubicación. Neoporteria villosa: Se rescatará y replantará un 100 % de los ejemplares que crezcan en el área del trazado de los ductos. En términos de asegurar un 70% de efectividad de reubicación.

Tabla 7.2 Medida de Compensación ante Alteración de actividad de recolección de algas Componente Medio Humano Impacto asociado Alteración de actividad de recolección de algas Nombre de la medida Plan de Apoyo a la actividad de recolección de algas Tipo de Medida Compensación Objetivo de la medida Mantener el ingreso económico que perciben habitualmente los recolectores durante las temporadas de cosecha de algas en el borde costero, esto, mientras dure la Fase de Construcción. Descripción de la medida Para la Fase de Construcción: Se implementará un Plan de Apoyo a la recolección de algas, focalizado a los algueros identificados en la Línea de Base de Medio Humano y que tienen rucos en el borde costero donde se ejecutará el Proyecto; el Plan contempla las siguientes líneas de gestión: • Apoyo para el acopio de cosecha. • Apoyo para el transporte de las algas. • Mejoramiento y reubicación de los rucos. • Compensación por diminución de la cosecha. • Capacitaciones. Justificación de la medida En el borde costero del sector Ensenada Los Lachos, en la comuna de Huasco se encuentra Playa Brava, lugar donde habitan algueros y mariscadores; en el sector costero donde se emplazarán las obras del Proyecto se encuentran 3 de rucos que sirven como infraestructura de apoyo a la actividad económica de los algueros. Durante la ejecución de aquellas actividades de la Fase de Construcción que serán desarrolladas en el borde costero, durarán aproximadamente 12 meses, periodo en el cual, la actividad de este grupo de algueros será afectada parcialmente, ya que verán restringido el acceso al área donde normalmente desarrollan su actividad. Lugar de la medida Las medidas del Plan propuesto serán aplicadas para los 4 algueros identificados en la Línea de Base de Medio Humano. Forma y oportunidad de la implementación Se establecerá una instancia de trabajo conjunta con los algueros, previo al inicio de las obras del sector OM y SEIT. Indicador de cumplimiento Se enviará reporte anual a la SMA, el cual será entregado dentro de los noventa días del año calendario siguiente al año que se reporta.

8°. Que, sobre las medidas de mitigación y compensación planteadas por el Titular en el EIA y para analizar que éstas se hacen cargo de los efectos adversos significativos que producirá el Proyecto, en el ICSARA remitido al Titular mediante carta N° 129 con fecha 22 agosto de 2019 del Servicio de Evaluación de la Región de Atacama, se le solicitó informar y/o aclarar, entre otros aspectos, lo siguiente:

8.1 Respecto a la medida de mitigación “Rescate y relocalización de especies en las categorías indicadas (Plan de Manejo Biológico)”, se solicitó aclarar aspectos referidos a las especies objeto de la medida, ya que no se estarían considerando la totalidad de especies en estado de conservación afectadas, además de contemplar un plan alternativo para el rescate de 1 de las especies, recolección de semillas o partes vegetativas para alcanzar el cumplimiento a la medida, entre otros aspectos. Asimismo, se solicitó aclarar el medio de verificación y supuesto de situaciones anormales que puedan afectar a las medidas.

8.2 Respecto a la medida de compensación “Plan de Apoyo a la actividad de recolección de algas”, se solicitó definir las nuevas ubicaciones y mejoramientos que se le realizarán a los 4 rucos señalados en el EIA, así como actualizar la medida a partir de los antecedentes adicionales solicitados para la componente Medio Humano, de modo de las diferentes líneas de gestión de la medida abarquen, tanto en la fase de construcción como de operación, a otros algueros o recolectores que fueron registrados en el lugar, adicionales a aquellos que hacen uso de los rucos identificados.

Dado que la Adenda no fue presentada por el Titular en los plazos establecidos para aquello, no es posible concluir que las medidas de mitigación y compensación indicadas en el EIA se harán cargo de los efectos, características o circunstancias establecidas en el artículo 11 de la ley 19.300.

9°. Que, el plan de seguimiento de las variables ambientales relevantes que dieron origen al EIA son:

9.1 Seguimiento Medida 1 Vegetación Impacto asociado Pérdida de ejemplares de flora en categoría de conservación “Casi Amenazada” o “Vulnerable”. Medida asociada Rescate y relocalización de especies en categoría de conservación (Plan de Manejo Biológico). Componente ambiental objeto de seguimiento Flora y vegetación Ubicación de los puntos/zonas de medición y control En los sectores de obras lineales, los ejemplares serán relocalizados en áreas próximas dentro de un buffer de máximo 50 m. con características similares a los sitios desde donde serán rescatadas. En las partes areales del Proyecto, se buscarán sitios aledaños, no intervenidos para la relocalización. En el caso de las hierbas Alstroemeria werdermannii y Eryngium macracanthum Parámetros a monitorear Los parámetros para analizar son los siguientes: • Número de ejemplares rescatados y posteriormente trasplantados. • Porcentaje de sobrevivencia de los ejemplares trasplantados, medido como porcentaje de individuos vivos sobre el total de ejemplares rescatados Límites permitidos o comprometidos Alstroemeria werdermannii: 70% de sobrevivencia de los ejemplares relocalizados. Eryngium macracanthum: Se rescatarán semillas, las que servirán para producir ejemplares en vivero. Copiapoa coquimbana: Se rescatará y replantará un 25% de los ejemplares afectados en el área del trazado de los ductos. Se asegurará al menos 70% de efectividad de reubicación. Phyrrocactus eriozyzoides: Se rescatará y replantará un 100 % de los ejemplares que crezcan en el área del trazado de los ductos. En términos de asegurar al menos 70 % de efectividad de reubicación. Thelocephala napina: Se propone trasplantar un 100 % y asegurar una eficiencia de 70% efectividad de reubicación. Neoporteria villosa: Se rescatará y replantará un 100 % de los ejemplares que crezcan en el área del trazado de los ductos. En términos de asegurar un 70% de efectividad de reubicación. Duración y frecuencia de la medición El Titular realizaría esta actividad regularmente con el fin de evaluar el éxito, disponer las medidas de mantenimiento, cuantificar el número de plantas que tuvo buena respuesta al rescate, reponer los ejemplares muertos e informar a las autoridades respecto de los resultados del rescate y relocalización de las especies. La zona de relocalización tendría una visita bimensual los primeros seis meses contando desde la fecha de finalización de la plantación, con el objetivo de detectar posibles fallas en el establecimiento, los cierres y protecciones u otros factores que puedan influir tempranamente en el desarrollo de la plantación. A partir del fin de la primera temporada de primavera (octubre-noviembre) post-trasplante se llevará a cabo un seguimiento a fines del mes de octubre o los primeros días de noviembre, durante cuatro años a partir de la fecha de la relocalización. Para Alstroemeria werdermannii y Eryngium macracanthum, el monitoreo se realizaría una vez al año durante la época de floración (octubre). Para los cactus, este monitoreo se hará dos veces al año, donde se medirán las variables de crecimiento y fenología (flor y fruto). Método o procedimiento de medición de cada parámetro Se contarán los ejemplares rescatados y se georreferenciará el lugar de rescate, así como también, la ubicación donde serán trasplantados. Posteriormente se revisará la sobrevivencia de cada individuo. En el caso que el porcentaje de sobrevivencia sea menor al establecido, se realizarán replantes para asegurar que el número de ejemplares relocalizados no disminuya respecto del éxito de la medida establecida. Plazo y frecuencia de entrega de informes Se elaborarán informes trimestrales durante el primer año y semestrales durante el segundo, tercer y cuarto año, con el resultado de las campañas. Los informes serán entregados a la autoridad, dentro del segundo mes siguiente al término de cada campaña. Además, se elaborará un informe consolidado al finalizar el período de seguimiento de cuatro años. Organismo destinatario (s) de informes Sólo se indicó que los informes serán entregados a la autoridad

9.2 Seguimiento Medida 2 Medio Humano. Impacto asociado Alteración de actividad de recolección de algas. Medida asociada Plan de Apoyo a la actividad de recolección de algas Componente ambiental objeto de seguimiento Medio Humano Ubicación de los puntos/zonas de medición y control Grupo de cuatro algueros identificados en la Línea de Base de Medio Humano, Anexo 3.10 del EIA Parámetros a monitorear De acuerdo con lo señalado en el Capítulo 7 del EIA, el Plan contempla 5 líneas de gestión, cuya evolución de cumplimiento será evaluada de acuerdo con los siguientes parámetros: (1) Apoyo para el acopio de las cosechas de alga. (2) Apoyo para el transporte de las algas cosechadas hacia sector de acopio mediante la entrega de bonos de combustible. (3) Mejoramiento y reubicación de los “rucos” costeros de los cuatro algueros reconocidos e identificados en la Línea de Base de Medio Humano, Anexo 3.10 del EIA. (4) Compensación por disminución de la cosecha de algas, para los cuatro algueros reconocidos e identificados en la Línea de Base de Medio Humano, Anexo 3.10 del EIA. (5) Capacitaciones a los algueros en temáticas asociadas a su actividad. Límites permitidos o comprometidos Dado que las líneas de gestión propuestas en el Plan de Apoyo a la actividad de recolección de algas, descritas en el Capítulo 7 del EIA, son ejecutables en un 100% una vez que sean consensuados todos los aspectos en conjunto con los algueros beneficiados por el Plan, se dará pleno cumplimiento a la medida una vez sea ejecutada. Duración y frecuencia de la medición La medida descrita en ítem (1), se implementará una vez iniciada la Fase de Construcción del sector OM y SEIT y será debidamente informada a la SMA una vez sea ejecutada. La medida descrita en ítem (2), se implementará sólo durante la Fase de Construcción del sector OM y SEIT, y el seguimiento de la entrega de bonos por combustible será informado mensualmente a la SMA. La medida descrita en ítem (3), se implementará durante la Fase de Construcción, y será debidamente informada a la SMA una vez sea ejecutada. La medida descrita en ítem (4), se implementará sólo durante la Fase de Construcción, entendiendo que el impacto significativo dejará de existir una vez concluida esta fase, y el seguimiento del pago del lucro cesante será informado mensualmente a la SMA. La medida descrita en ítem (5), se implementará durante la Fase de Construcción y se mantendrá de manera anual durante la vida útil del Proyecto; la ejecución de esta línea de gestión será informada anualmente a la SMA. Método o procedimiento de medición de cada parámetro Informes de cumplimiento de la ejecución de cada línea de gestión desarrollada en el Plan de Apoyo a la actividad de recolección de algas, descritas en el Capítulo 7 del EIA Plazo y frecuencia de entrega de informes Los informes de cumplimiento serán remitidos a la SMA un mes después de haber ejecutado cada línea de gestión del Plan. Organismo destinatario Superintendencia de Medio Ambiente (s) de informes

10°. Que, sobre el plan de seguimiento planteado por el Titular en el EIA y para determinar que las medidas se desarrollan conforme a los objetivos propuestos, en el ICSARA remitido al Titular mediante carta N° 129 con fecha 22 agosto de 2019 del Servicio de Evaluación de la Región de Atacama, se le solicitó informar y/o aclarar, entre otros aspectos, lo siguiente:

Con relación a las formas de seguimiento de la medida “Rescate y relocalización de especies en categoría de conservación (Plan de Manejo Biológico)”, se solicitó ampliar los antecedentes que aseguren los límites comprometidos, como indicación de las características técnicas y la temporalidad de ejecución de cada actividad referente al riego, deshierbe, fertilización, mantención de señalética en el tiempo, como también su visibilidad. Asimismo, se solicitó remitir a la Superintendencia del Medio Ambiente y CONAF Región de Atacama, los listados de asistencia a las capacitaciones propuestas, junto con el Programa de los temas tratados en cada capacitación.

Al respecto, dado que la Adenda correspondiente no fue presentada en los plazos establecidos para aquello, no es posible concluir que el Plan de Seguimiento presentada por el Titular en el EIA sea el adecuado para el seguimiento de las variables ambientales relevantes que fueron objeto de las medidas de mitigación y compensación, y que evolucionarán según lo proyectado.

11°. Que resultan aplicables al Proyecto los siguientes permisos ambientales sectoriales, asociados a las correspondientes partes, obras o acciones que se señalan a continuación:

11.1. PERMISOS AMBIENTALES SECTORIALES UNICAMENTE AMBIENTAL

11.1.2 Permiso para realizar pesca de investigación, del artículo 119 del Reglamento del SEIA Fase del proyecto a la cual corresponde Operación Parte, obra o acción a la que aplica Plan de Seguimiento Ambiental del Medio Marino (Por descarga de salmuera) Condiciones o exigencias No se establecieron. 11.1.1 Permiso para introducir o descargar materias, energía o sustancias nocivas o peligrosas de cualquier especie a las aguas sometidas a la jurisdicción nacional, del artículo 115 del Reglamento del SEIA Fase del proyecto a la cual corresponde Operación Parte, obra o acción a la que aplica Planta Desalinizadora (efluente) Condiciones o exigencias específicas para su otorgamiento No se establecieron. Pronunciamiento del órgano competente Al respecto, dado que el Titular no presentó la Adenda respectiva, no se presentaron los antecedentes solicitados por la Gobernación Marítima de Caldera mediante Oficio ORD. N° 12.600/344, de fecha 30 de julio de 2019, lo cual quedó plasmado en el apartado 6.2 del ICSARA. Referencia al ICE para mayores detalles Tabla 12.1.1 específicas para su otorgamiento Pronunciamiento del órgano competente Al respecto, dado que el Titular no presentó la Adenda respectiva, no se presentaron los antecedentes solicitados por la Subsecretaría de Pesca y Acuicultura mediante Oficio ORD. Nº (D.AC.) ORD. SEIA. Nº 301, de fecha 24 de julio de 2019, lo cual quedó plasmado en el apartado 6.3 del ICSARA. Referencias al ICE para mayores detalles Tabla 12.1.2

11.2. PERMISOS AMBIENTALES SECTORIALES MIXTOS

11.2.2 Permiso para la construcción, reparación, modificación y ampliación de cualquier obra pública o particular destinada a la evacuación, tratamiento o disposición final de desagües, aguas servidas de cualquier naturaleza, del artículo 138 del Reglamento del SEIA. Fase del proyecto a la cual corresponde Construcción y operación Parte, obra o acción a la que aplica Instalaciones de faena y Planta Desalinizadora (PTAS) Condiciones o exigencias específicas para su otorgamiento No se establecieron. Pronunciamiento del órgano competente Al respecto, dado que el Titular no presentó la Adenda respectiva, no se presentaron los antecedentes solicitados por la SEREMI de Salud de la Región de Atacama mediante Oficio ORD. Nº 1844, de fecha 22 de julio de 2019, lo cual quedó plasmado en el apartado 6.4 del ICSARA. Referencia al ICE para mayores detalles Tabla 12.2.2

11.2.3 Permiso para la construcción, reparación, modificación y ampliación de cualquier obra pública o particular destinada a la evacuación, tratamiento o disposición final de residuos industriales o mineros, del artículo 139 del Reglamento del SEIA. Fase del proyecto a la cual corresponde Operación Parte, obra o acción a la que aplica El proyecto generará un residuo industrial líquido proveniente del agua de descarte del proceso de desalinización de agua (salmuera) 11.2.1 Permiso para hacer excavaciones de tipo arqueológico, antropológico y paleontológico, del artículo 132 del Reglamento del SEIA Fase del proyecto a la cual corresponde Construcción. Parte, obra o acción a la que aplica El proyecto contempla la intervención de sitios con registros paleontológicos. Condiciones o exigencias específicas para su otorgamiento No se establecieron. Pronunciamiento del órgano competente Al respecto, en ICSARA se solicitó al Titular aclarar antecedentes respecto a la componente arqueológica y paleontológica, las cuales no fueron subsanadas ya que no se presentó la Adenda respectiva. Referencia al ICE para mayores detalles Tabla 12.2.1 Condiciones o exigencias específicas para su otorgamiento No se establecieron. Pronunciamiento del órgano competente Al respecto, dado que el Titular no presentó la Adenda respectiva, no se presentaron los antecedentes solicitados por la SEREMI de Salud de la Región de Atacama mediante Oficio ORD. Nº 1844, de fecha 22 de julio de 2019, lo cual quedó plasmado en el apartado 6.5 del ICSARA. Referencia al ICE para mayores detalles Tabla 12.2.3

11.2.4. Permiso para la construcción, reparación, modificación y ampliación de cualquier planta de tratamiento de basuras y desperdicios de cualquier clase o para la instalación de todo lugar destinado a la acumulación, selección, industrialización, comercio o disposición final de basuras y desperdicios de cualquier clase, del artículo 140 del Reglamento del SEIA. Fase del proyecto a la cual corresponde Construcción. Parte, obra o acción a la que aplica El Proyecto considera la instalación de áreas de almacenamiento temporal de residuos sólidos domésticos e industriales no peligrosos durante la fase de construcción y operación. Condiciones o exigencias específicas para su otorgamiento No se establecieron. Pronunciamiento del órgano competente Al respecto, dado que el Titular no presentó la Adenda respectiva, no se presentaron los antecedentes solicitados por la SEREMI de Salud de la Región de Atacama mediante Oficio ORD. Nº 1844, de fecha 22 de julio de 2019, lo cual quedó plasmado en el apartado 6.6 del ICSARA. Referencia al ICE para mayores detalles Tabla 12.2.4

11.2.5 Permiso para todo sitio destinado al almacenamiento de residuos peligrosos, del artículo 142 del Reglamento del SEIA. Fase del proyecto a la cual corresponde Construcción, operación y cierre. Parte, obra o acción a la que aplica El Proyecto considera la instalación de bodegas de almacenamiento temporal de residuos sólidos industriales peligrosos. Condiciones o exigencias específicas para su otorgamiento No se establecieron. Pronunciamiento del órgano competente Al respecto, dado que el Titular no presentó la Adenda respectiva, no se presentaron los antecedentes solicitados por la SEREMI de Salud de la Región de Atacama mediante Oficio ORD. Nº 1844, de fecha 22 de julio de 2019, lo cual quedó plasmado en el apartado 6.7 del ICSARA. Referencia al ICE para mayores detalles Tabla 12.2.5

11.2.6 Permiso para la caza o captura de ejemplares de animales de especies protegidas para fines de investigación, para el establecimiento de centros de reproducción o criaderos y para la utilización sustentable del recurso, del artículo 146 del Reglamento del SEIA. Fase del proyecto a la cual corresponde Construcción. Parte, obra o acción a la que aplica El Proyecto contempla un plan de rescate y relocalización de ejemplares de fauna de baja movilidad en estado de conservación. Condiciones o exigencias específicas para su otorgamiento No se establecieron. Pronunciamiento del órgano competente Al respecto, dado que el Titular no presentó la Adenda respectiva, no se presentaron los antecedentes solicitados por el SAG de la Región de Atacama mediante Oficio ORD. Nº 473/2019, de fecha 09 de julio de 2020, lo cual quedó plasmado en el apartado 6.8 del ICSARA. Referencia al ICE para mayores detalles Tabla 12.2.6

11.2.7 Permiso para la corta, destrucción o descepado de formaciones xerofíticas, del artículo 151 del Reglamento del SEIA. Fase del proyecto a la cual corresponde Construcción. Parte, obra o acción a la que aplica El Proyecto contempla la corta de formaciones xerofíticas Condiciones o exigencias específicas para su otorgamiento No se establecieron. Pronunciamiento del órgano competente Al respecto, dado que el Titular no presentó la Adenda respectiva, no se presentaron los antecedentes solicitados por la CONAF de la Región de Atacama mediante Oficio ORD. Nº 55-EA/2019, de fecha 09 de julio de 2019, lo cual quedó plasmado en el apartado 6.9 del ICSARA. Referencia al ICE para mayores detalles Tabla 12.2.7

11.2.8 Permiso para la construcción de ciertas obras hidráulicas, del artículo 155 del Reglamento del SEIA. Fase del proyecto a la cual corresponde Construcción. Parte, obra o acción a la que aplica Acueductos Condiciones o exigencias específicas para su otorgamiento No se establecieron. Pronunciamiento del órgano competente Al respecto, dado que el Titular no presentó la Adenda respectiva, no se presentaron los antecedentes solicitados por la DGA de la Región de Atacama mediante Oficio ORD. Nº 354, de fecha 09 de julio de 2019, lo cual quedó plasmado en el apartado 6.10 del ICSARA. Referencia al ICE para mayores detalles Tabla 12.2.8

11.2.9 Permiso para efectuar modificaciones de cauce, del artículo 156 del Reglamento del SEIA. Fase del proyecto a la cual corresponde Construcción. Parte, obra o acción a la que aplica Acueductos Condiciones o exigencias específicas para su otorgamiento No se establecieron. Pronunciamiento del órgano competente Al respecto, dado que el Titular no presentó la Adenda respectiva, no se presentaron los antecedentes solicitados por la DGA de la Región de Atacama mediante Oficio ORD. Nº 354, de fecha 09 de julio de 2019, lo cual quedó plasmado en el apartado 6.11 del ICSARA. Referencia al ICE para mayores detalles Tabla 12.2.9

11.2.10 Permiso para Subdividir y Urbanizar Terrenos Rurales o para Construcciones Fuera de los Límites Urbanos, del artículo 160 del Reglamento del SEIA. Fase del proyecto a la cual corresponde Construcción. Parte, obra o acción a la que aplica Instalaciones temporales Condiciones o exigencias específicas para su otorgamiento No se establecieron. Pronunciamiento del órgano competente Al respecto, dado que el Titular no presentó la Adenda respectiva, no se presentaron los antecedentes solicitados por el MINVU de la Región de Atacama mediante Oficio ORD. Nº 796, de fecha 18 de julio de 2019, lo cual quedó plasmado en el apartado 6.12 del ICSARA. Referencia al ICE para mayores detalles Tabla 12.2.10

12°. Que, de acuerdo con los antecedentes que constan en el Estudio de Impacto Ambiental, en el Capítulo 11 del ICE se detalla la forma de cumplimiento de la normativa de carácter ambiental que el Titular indicó les es aplicable al Proyecto.

12.1°. Que, sobre la forma de cumplimiento de la normativa de carácter ambiental aplicable al Proyecto presentado en el EIA, en el ICSARA remitido al Titular mediante carta N° 129 con fecha 22 agosto de 2019 del Servicio de Evaluación de la Región de Atacama, se realizaron observaciones a las siguientes normas ambientales:

• D.S. N° 38 de 2017, del Ministerio del Medio Ambiente, Establece Plan de Prevención de Contaminación Atmosférica para la Localidad de Huasco y su Zona Circundante. • D.F.L. N° 1122 de 1981, del Ministerio de Justicia, Fija Texto del Código de Aguas. • D.F.L N° 725 de 1968, del Ministerio de Salud, modificado por la Ley N° 20.380, de 2009, Código Sanitario.

• D.S. N° 594 de 1999, del Ministerio de Salud, Aprueba Reglamento sobre Condiciones Sanitarias y Ambientales Básicas en los Lugares de Trabajo. • D.S. Nº 1 de 1992, del Ministerio de Defensa Nacional, Reglamento para el Control de la Contaminación Acuática. • D.S. N° 148 de 2003, del Ministerio de Salud, Aprueba Reglamento Sanitarios sobre Manejo de Residuos Peligrosos. • D.S. N° 43 de 2015, del Ministerio de Salud, Aprueba Reglamento de Almacenamiento de Sustancias Peligrosas. • Ley 19.473 de 1996, del Ministerio de Agricultura, sobre Caza. • D.S. N° 430 de 1992, del Ministerio de Economía, Fomento y Reconstrucción. Fija el texto refundido, coordinado y sistematizado de la Ley General de Pesca y Acuicultura (Ley N°18.892) y sus modificaciones. • Ley N° 20.283 de 2008, del Ministerio de Agricultura, sobre Recuperación del Bosque Nativo y Fomento Forestal.

12.2°. Que, dado que la Adenda correspondiente no fue presentada por el Titular en el plazo establecido para aquello, no es posible acreditar el cumplimento de la totalidad de la normativa ambiental vigente que le resulta aplicable al Proyecto.

13°. Que, en el EIA el Titular del Proyecto propuso los siguientes compromisos ambientales voluntarios:

13.1 Instalación de dos estaciones de monitoreo de calidad del aire, las cuales medirán MP10, MP2,5 y MPS Impacto asociado Aumento de la concentración ambiental de gases de combustión (NOX, SO2, y CO) y material particulado Aumento de las concentraciones de sedimentación de material particulado (MPS). Fase del Proyecto a la que aplica Construcción Objetivo, descripción y justificación Objetivo: Monitoreo de MP10, MP2,5 y MPS. Descripción y justificación: Las actividades a desarrollar por el Proyecto durante la Fase de Construcción, producirán emisiones de material particulado. Se instalarán dos estaciones de monitoreo de calidad del aire, las cuales medirán MP10, MP2,5 y MPS. Lugar, forma y oportunidad de implementación Lugar: Se instalará una estación de monitoreo en Huasco (lugar a definir) y una estación de monitoreo en Freirina (sector Las Tablas).

Forma y Oportunidad: Para MP2,5 y MP10 se medirá 24 horas cada 3 días, durante toda la Fase de Construcción, mientras que, para MPS, se medirá de forma mensual y anual, durante toda esta fase. Indicador que acredite su cumplimiento Registro fotográfico de la instalación de cada estación monitora y entrega de informe de respaldo a la SMA. Forma de control y seguimiento Informe trimestral a la SMA durante la Fase de Construcción. Referencia al ICE para mayores detalles Tabla 13.1.1

13.2 Pavimentación de calles Impacto asociado Aumento de la concentración ambiental de gases de combustión (NOX, SO2, y CO) y material particulado Impacto C-CA-4: Aumento de las concentraciones de sedimentación de material particulado (MPS). Fase del Proyecto a la que aplica Construcción Objetivo, Objetivo: Reducción de emisiones de material particulado en Huasco, zona descripción y justificación latente por MP10.

Descripción y justificación: Se pavimentarán 107 m de calles que no cuenten con carpeta de asfalto, en un lugar a definir en conjunto con la autoridad, dentro de la localidad de Huasco. Lugar, forma y oportunidad de implementación Lugar: Para determinar el lugar de pavimentación, se proponen como alternativas las calles Las Heras, Francisco Pizarro Poniente, Francisco Pizarro Oriente, El Mirador y el Quisco de la Villa San Pedro (no pavimentadas), ubicadas al sureste de la localidad de Huasco.

Forma y oportunidad: Se realizará la pavimentación iniciada la Fase de Construcción, con pavimento rígido (no bischofita). Una vez concluida la obra, se hará entrega de esta a la I. Municipalidad de Huasco. Indicador que acredite su cumplimiento Acta de entrega de obra terminada a la I. Municipalidad de Huasco Forma de control y seguimiento Informe de pavimentación de calles entregado a la SMA. Referencia al ICE para mayores detalles Tabla 13.1.2

13.3 Monitoreo Bischofitado Impacto asociado Aumento de la concentración ambiental de gases de combustión (NOX, SO2, y CO) y material particulado Aumento de las concentraciones de sedimentación de material particulado (MPS). Fase del Proyecto a la que aplica Construcción Objetivo, descripción y justificación Objetivo: Control de emisiones de material particulado.

Descripción y Justificación: El Titular aplicará bischofita como medida de control en todos los caminos no pavimentados del Proyecto. Lugar, forma y oportunidad de implementación Lugar: Caminos no pavimentados del Proyecto. Forma y Oportunidad: Se realizarán monitoreos semestrales a la eficiencia de la bischofita durante la Fase de Construcción. Indicador que acredite su cumplimiento Informe de aplicación del supresor y los posteriores informes que den cuenta de la mantención de este y de su capacidad de abatimiento. Forma de control y seguimiento Informe de monitoreo semestral eficiencia bischofita, entregado a la SMA un mes después de realizado el monitoreo. Referencia al ICE para mayores detalles Tabla 13.1.3

13.4 Monitoreo Ruido Impacto asociado Aumento del nivel de presión sonora. Fase del Proyecto a la que aplica Construcción Objetivo, descripción y justificación Objetivo: Monitoreo de ruido durante la Fase de Construcción en los receptores R9, R11, R12, R13 y Ruco 2.

Descripción y justificación: Se monitoreará los niveles de ruido cuando se realicen trabajos en aquellos sectores donde se identificaron a los receptores sensibles, de modo de verificar que estos receptores evaluados se mantienen bajo los límites de nivel de presión sonora diurnos definidos para dichos receptores, cumpliendo con la norma. Lugar, forma y oportunidad de implementación Lugar: receptores R9, R11, R12, R13 y Ruco 2.

Forma y oportunidad: Se realizarán mediciones mensuales de ruido para el monitoreo del Nivel de Presión Sonora Corregido (NPC) sobre los receptores antes indicados, según procedimiento establecido en D.S. N° 38/11 del MMA.

Indicador que acredite su cumplimiento No superación de los límites establecidos en el D.S. N° 38/11 del MMA. Forma de control y seguimiento Informes mensuales a la SMA durante la Fase de Construcción. Referencia al ICE para mayores detalles Tabla 13.1.4

13.5 Liberación de áreas mediante Perturbación Controlada de especies de baja movilidad Impacto asociado Pérdida de individuos de especies de baja movilidad listadas en categoría de conservación “Casi amenazada”. Fase del Proyecto a la que aplica Construcción Objetivo, descripción y justificación Objetivo: El objetivo de las acciones comprometidas es minimizar afectación de individuos de las especies de baja movilidad (reptiles), que se encuentran en estado de conservación Casi Amenazada.

Descripción y justificación: Debido a que los registros de línea de base evidenciaron la presencia de reptiles listados en categoría de conservación. Lugar, forma y oportunidad de implementación Lugar: En todas las obras lineales del Proyecto (acueducto y trazado eléctrico, inclusive).

Forma y oportunidad: El momento de aplicación de esta medida se coordinará con el cronograma de la Fase de Construcción y, para asegurar la efectividad de la medida, esta será ejecutada dentro de los 5 días previos al inicio de las intervenciones del terreno. Indicador que acredite su cumplimiento Se generará un reporte y registro fotográfico con las actividades de perturbación por el especialista a cargo de esta función. Forma de control y seguimiento Informes semestrales a la SMA durante la Fase de Construcción Referencia al ICE para mayores detalles Tabla 13.1.5

13.6 Delimitación de áreas de intervención Impacto asociado No aplica, Fase del Proyecto a la que aplica Construcción Objetivo, descripción y justificación Objetivo: Incentivar la mantención y protección de la flora y la vegetación aledaña a los sectores que serán intervenidos por las obras del Proyecto (buffer de al menos 10 m).

Descripción y justificación: La delimitación, cumplirá la función de asegurar que en ningún caso se afecte la vegetación que se encuentra fuera del área de intervención. Lugar, forma y oportunidad de implementación Lugar: Áreas aledañas a las obras del Proyecto que contengan formaciones vegetacionales.

Forma y oportunidad: la medida se ejecutará previo al inicio de la Fase de Construcción

Indicador que acredite su cumplimiento Se generará un informe y registro fotográfico con las actividades propuestas Forma de control y seguimiento Informe a la SMA una vez concluida la Fase de Construcción. Referencia al ICE para mayores detalles Tabla 13.1.6

13.7 Capacitación ambiental Impacto asociado No aplica. Fase del Proyecto a la que aplica Construcción Objetivo, descripción y justificación Objetivo: El objetivo es poner al tanto a los trabajadores respecto de las especies de flora y vegetación en categorías de conservación que se presentan en el área del Proyecto

Descripción y justificación: Durante la Fase de Construcción, se realizan charlas de “hombre nuevo” a todos los trabajadores que se incorporen al Proyecto. Lugar, forma y oportunidad de implementación Lugar: Estas capacitaciones estarán dirigidas a todos los trabajadores de todas las obras asociadas al Proyecto y se realizarán al iniciar sus labores en terreno.

Forma y oportunidad: Las capacitaciones serán a través charlas expositivas, utilizando recursos audiovisuales. Indicador que acredite su cumplimiento Se generará un informe con las presentaciones de las charlas y el registro de asistencia. Estas charlas serán ejecutadas por un profesional idóneo en temas ambientales. Forma de control y seguimiento Informe semestral a la SMA con las actividades realizadas, durante toda la Fase de Construcción. Referencia al ICE Tabla 13.1.7 para mayores detalles

13.8. Señalética informativa sobre flora y vegetación Impacto asociado No Aplica. Fase del Proyecto a la que aplica Construcción Objetivo, descripción y justificación Objetivo: Se incentivará, a través de la señalética, la mantención y protección de la flora y vegetación del área de influencia del Proyecto. Descripción y justificación: En las señaléticas se indicarán todas las especies que se encuentran en alguna categoría de conservación y aquellas que presenten características singulares. Lugar, forma y oportunidad de implementación Lugar: Se marcarán mediante señalética los sectores con mayor importancia a nivel florístico y vegetacional en el área del Proyecto.

Forma y oportunidad: La instalación de la señalética se realizará al inicio de la Fase de Construcción. Indicador que acredite su cumplimiento Se realizará la revisión semestral del estado de la señalética y se realizará un informe semestral con registros fotográficos con el estado físico de las señaléticas, el cual será enviado a la Superintendencia del Medio Ambiente. Forma de control y seguimiento Informe semestral a la SMA, que muestre un registro fotográfico con el estado de las señaléticas. Referencia al ICE para mayores detalles Tabla 13.1.8

13.9 Prohibición de corta y quema de flora y vegetación Impacto asociado No Aplica. Fase del Proyecto a la que aplica Construcción Objetivo, descripción y justificación Objetivo: Se prohibirá la corta y quema de individuos de especies vegetales que no corresponda a lo estrictamente requerido por las necesidades del Proyecto. Descripción y justificación: La prohibición de corta y quema, y la disposición de señalética son consideradas para todas las áreas que intervendrá el Proyecto. Lugar, forma y oportunidad de implementación Lugar: Se establecerán letreros alusivos a la prohibición de corta y quema de vegetación nativa en cada instalación de faena y frente de trabajo Forma y oportunidad: La instalación de la señalética se realizará al inicio de la Fase de Construcción y en la medida que se vayan constituyendo las instalaciones de faena y frentes de trabajo. Indicador que acredite su cumplimiento Se realizará la revisión semestral del estado de la señalética y se realizará un informe semestral con registros fotográficos con el estado físico de las señaléticas, el cual será enviado a la Superintendencia del Medio Ambiente. Forma de control y seguimiento Informe semestral a la SMA, que muestre un registro fotográfico con el estado de las señaléticas. Referencia al ICE para mayores detalles Tabla 13.1.10

13.10 Plan de Vigilancia Ambiental (PVA) Medio Marino Impacto asociado Alteración de la calidad físico-química del agua por resuspensión de sedimentos. Alteración del hábitat de comunidades bentónicas intermareales y submareales. Fase del Proyecto a la que aplica Construcción y operación Objetivo, descripción y justificación Objetivo: El objetivo de las acciones propuestas en el PVA es el seguimiento de las variables ambientales durante la Fase de Construcción y operación del Proyecto, con la finalidad de corroborar la no afectación del sector. Descripción y justificación: Se contempla el seguimiento de las variables y matrices seleccionadas, con el fin de corroborar la ausencia de efectos ambientales significativos adversos, durante las labores de instalación de las tuberías submarinas y sistema de captación de agua de mar y descarga de salmuera. El PVA se encuentra en el Anexo 13-1 del EIA. Lugar, forma y oportunidad de implementación Lugar: El monitoreo se realizará en el Sector OM.

Forma y oportunidad: la medida se ejecutará de forma semestral durante toda la Fase de Construcción.

Se efectuará el seguimiento de las variables y matrices seleccionadas durante un periodo de 2 años desde el inicio de la Fase de Operación. Indicador que acredite su cumplimiento Entrega de Informes Técnicos a la Superintendencia del Medio Ambiente a través del sistema de seguimiento ambiental para la Fase de Construcción (Fase 1 del PVA). Forma de control y seguimiento Los Informe Técnicos serán entregados a la Superintendencia del Medio Ambiente a través del sistema de seguimiento ambiental para la Fase de Construcción (Fase 1 del PVA), 35 días hábiles de finalizada las campañas de muestreo. Referencia al ICE para mayores detalles Tabla 13.1.11

13.11 Monitoreo periódico de arqueólogo en excavación Impacto asociado No aplica Fase del Proyecto a la que aplica Construcción Objetivo, descripción y justificación Objetivo: Inspección en frentes de trabajo con el fin de verificar que no existan hallazgos no previstos.

Descripción y justificación: Se considera la visita de un arqueólogo o licenciado en arqueología a los frentes de trabajo durante el período de tiempo que duren las excavaciones de terreno.

Esta medida se justifica ya que, si bien a nivel superficial se realizaron hallazgos en el sector del trazado eléctrico de 110 kV, es posible evitarlos por tratarse de una línea eléctrica.

Lugar, forma y oportunidad de implementación Lugar: La inspección se realizará en los frentes de trabajo en los que se estén realizando labores de excavación.

Forma y oportunidad: En cada una de las visitas del arqueólogo, se realizará una prospección arqueológica en los frentes de trabajo, y en los diversos sectores donde se estén realizando excavaciones en el terreno. Se considera realizar una visita mensual, durante el periodo que duren las excavaciones. Posterior a ese período no se continuará con las visitas del profesional.

En el caso eventual de algún hallazgo, será el arqueólogo el encargado de seguir los procedimientos de información y eventual rescate conforme a la normativa vigente

Indicador que acredite su cumplimiento E Informe con resultados de inspección mensual. Forma de control y seguimiento Informe a la Superintendencia de Medio Ambiente una vez realizada cada visita. En el caso de realizar un eventual hallazgo arqueológico, se procederá de acuerdo con lo señalado en el Artículo 26 de la Ley N°17.288 de Monumentos Nacionales. Referencia al ICE para mayores detalles Tabla 13.1.12

13.12 Inducción al personal sobre temas arqueológicos Impacto asociado No aplica Fase del Proyecto a la que aplica Construcción Objetivo, descripción y justificación Objetivo: Se realizarán charlas de inducción a todo el personal en obra; se abordarán temas sobre la legislación patrimonial y sobre cómo proceder ante hallazgos no previstos.

Descripción y justificación: La medida consiste en realizar charlas de inducción a todo el personal en obra, sobre temáticas relativas al patrimonio cultural y sus fundamentos legales. Lugar, forma y oportunidad de implementación Lugar: las charlas serán realizadas como parte de la inducción de “hombre nuevo” en cada en las Instalaciones de Faena que considera el Proyecto u otro lugar habilitado en las cercanías del Proyecto.

Forma y oportunidad: Todos los trabajadores que participen de la Fase de Construcción recibirán esta capacitación. Indicador que acredite su cumplimiento Informe con resultados de inspección mensual. Forma de control y seguimiento Informe a la Superintendencia de Medio Ambiente una vez realizada cada visita. En el caso de realizar un eventual hallazgo arqueológico, se procederá de acuerdo con lo señalado en el Artículo 26 de la Ley N°17.288 de Monumentos Nacionales. Referencia al ICE para mayores detalles Tabla 13.1.13

13.13 Cierre perimetral de los sitios arqueológicos encontrados en el área de estudio Impacto asociado No Aplica Fase del Proyecto a la que aplica Construcción Objetivo, descripción y Objetivo: El objetivo corresponde a la protección de los sitios arqueológicos cercanos al área del Proyecto con el fin de resguardar la información que contiene. justificación

Descripción y justificación: Se ha diseñado la ingeniería del proyecto de manera tal que no se alteren los sitios arqueológicos. Adicionalmente, se instalará cierre perimetral rígido que impida el paso al interior del sitio, con señalización.

Estos sitios corresponden a PDH-04, PDH-05, PDH-06, HU-04 (ubicados en las áreas del trazado del acueducto), los sitios PDH-07 y PDH-08 (ubicados en las áreas del trazado de la Línea 110 kV) y el sitio PDH-10 (ubicado cercano al trazado de uno de los caminos del Proyecto). Lugar, forma y oportunidad de implementación Lugar: La medida se implementará en la superficie ocupada por cada uno de los sitios arqueológicos del área de influencia del Proyecto, de acuerdo con los estándares técnicos señalados por el CMN. Indicador que acredite su cumplimiento Informe con resultados de inspección mensual. Forma de control y seguimiento Informe a la Superintendencia de Medio Ambiente una vez realizada cada visita. En el caso de realizar un eventual hallazgo arqueológico, se procederá de acuerdo con lo señalado en el Artículo 26 de la Ley N°17.288 de Monumentos Nacionales. Referencia al ICE para mayores detalles Tabla 13.1.14

13.14 Charlas de inducción para la detección oportuna de restos y sitios paleontológicos Impacto asociado Alteración de restos y sitios paleontológicos Fase del Proyecto a la que aplica Construcción Objetivo, descripción y justificación Objetivo: Se efectuarán charlas de inducción a todos los trabajadores involucrados en la construcción del Proyecto. Descripción y justificación: El compromiso genera responsabilidad de los trabajadores respecto al cuidado del patrimonio cultural y la obligatoriedad legal respecto de su cuidado. Esta medida se justifica por la presencia a nivel superficial de restos paleontológicos y porque los sustratos subsuperficiales de algunos sectores presentan un potencial medio alto de contener restos fósiles. Lugar, forma y oportunidad de implementación Lugar: Las charlas de inducción se llevarán a cabo en las instalaciones de faena del Proyecto Forma y Oportunidad: Las charlas se implementarán previo a la realización de faenas. Indicador que acredite su cumplimiento Listado de asistencia de charlas de inducción. Respaldo digital y en papel de los temas y actividades efectuadas en las inducciones. Forma de control y seguimiento Informe Anual la Superintendencia de Medio Ambiente en forma trimestral de los asistentes a charlas durante el período. Este informe incluirá los registros de asistencia a la inducción y detalle de los contenidos impartidos. Referencia al ICE para mayores detalles Tabla 13.1.15

13.15 Inspección de paleontólogo en excavación Impacto asociado Alteración de restos y sitios paleontológicos Fase del Proyecto a la que aplica Construcción Objetivo, descripción y justificación Objetivo: Inspección en frentes de trabajo con el fin de evidenciar la presencia de restos paleontológicos. Descripción y Justificación: Se considera la visita de un paleontólogo a los frentes de trabajo durante el período de tiempo que duren las excavaciones de terreno. Esta medida se justifica por la presencia a nivel superficial de restos paleontológicos y porque los sustratos subsuperficiales de algunos sectores presentan un potencial medio alto de contener restos fósiles. Lugar, forma y oportunidad de implementación Lugar: La inspección se realizará en los frentes de trabajo en los que se estén realizando labores de excavación.

Forma y Oportunidad: En cada una de las visitas del paleontólogo, se realizará una prospección paleontológica en los frentes de trabajo y en los diversos sectores donde se estén realizando excavaciones en el terreno, durante los meses que durarán las excavaciones. Posterior a ese período no se continuará con las visitas del paleontólogo. En el caso eventual de algún hallazgo, será el paleontólogo el encargado de seguir los procedimientos de información y eventual rescate conforme a la normativa vigente. Indicador que acredite su cumplimiento Informe con resultados de inspección mensual. Forma de control y seguimiento Informe a la SMA y CMN una vez realizada cada visita, firmado por el paleontólogo responsable. En el caso de realizar un eventual hallazgo paleontológico, se procederá de acuerdo con lo señalado en el Artículo 26 de la Ley N°17.288 de Monumentos Nacionales Referencia al ICE para mayores detalles Tabla 13.1.16

13.16 Mejoras en seguridad vial. Impacto asociado Alteración del flujo vial. Fase del Proyecto a la que aplica Construcción Objetivo, descripción y justificación Objetivo: Mejorar las condiciones de seguridad de las vías utilizadas por el Proyecto.

Descripción y justificación: Mejoramiento y/o incorporación de Demarcaciones, además, mejoramiento y/o incorporación de Señaléticas Verticales.

Lugar, forma y oportunidad de implementación Lugar: La ubicación de las medidas descritas se presenta en el Apéndice 1 del Anexo 4-7, Plano Situación con Proyecto.

Forma y oportunidad: Implementación de las medidas, las cuales se ejecutarán coordinadamente con la Dirección de Vialidad, antes de iniciar la fase de construcción de del Proyecto. Indicador que Registro y reporte fotográfico que dé cuenta de las mejoras en señaléticas y acredite su cumplimiento demarcaciones. Forma de control y seguimiento Informe a la Superintendencia del Medio Ambiente una vez ejecutada la medida. Forma de control y seguimiento Informes trimestrales, entregados a la SMA con toda la data de los monitoreos ejecutados en el periodo que se informe. Referencia al ICE para mayores detalles Tabla 13.1.17

13.17 Mantención de las dos estaciones de monitoreo de calidad del aire instaladas en Fase de Construcción Impacto asociado Aumento de la concentración ambiental de gases de combustión (NOX, SO2, y CO) y material particulado Aumento de las concentraciones de sedimentación de material particulado (MPS). Fase del Proyecto a la que aplica Operación Objetivo, descripción y justificación Objetivo: Monitoreo de MP10, MP2,5 y MPS. Descripción y Justificación: debido al tránsito de vehículos asociados al Proyecto durante la Fase de Operación, se producirán emisiones de material particulado. Se mantendrán las dos estaciones de monitoreo de calidad del aire propuestas para la Fase de Construcción durante toda la vida útil del Proyecto, las cuales medirán MP10, MP2,5 y MPS. Lugar, forma y oportunidad de implementación Lugar: Se instalará una estación de monitoreo en Huasco (lugar a definir) y una estación de monitoreo en Freirina (sector Las Tablas). Se definirá junto a la Autoridad la localización exacta de cada estación. Forma y Oportunidad: Para MP2,5 y MP10 se medirá 24 horas cada 3 días, durante toda la Fase de Operación. Para MPS se medirá de forma mensual y anual, durante toda la Fase de Operación. Indicador que acredite su cumplimiento Registro de los monitoreos realizados, los que se mantendrán en cada estación monitora para consulta de la autoridad competente. Forma de control y seguimiento Informes trimestrales, entregados a la SMA con toda la data de los monitoreos ejecutados en el periodo que se informe. Referencia al ICE para mayores detalles Tabla 13.1.18

13.18 Disuasores de vuelo y aislación de conductores en LMT y LAT Impacto asociado No aplica Fase del Proyecto a la que aplica Operación Objetivo, descripción y justificación Objetivo: Disminuir colisiones y electrocución de aves con la línea de transmisión. Descripción y justificación: El Proyecto contempla la instalación y operación de una línea de alta tensión de 110 kV y una línea de media tensión de 23 kV. Lugar, forma y oportunidad de Lugar: Sector LE. Forma y oportunidad: Se instalarán disuasores de vuelo y aisladores en los implementación conductores. El montaje de los disuasores de vuelo se realizará junto con el tendido del cable de guarda.

Indicador que acredite su cumplimiento Informe y registro fotográfico de la instalación de los disuasores y aisladores. Forma de control y seguimiento Informe a la SMA una vez ejecutada la medida. Durante las mantenciones de las líneas, se revisará el estado de los disuasores y aisladores y se tomarán medidas de reposición en caso de deterioro de estos. Referencia al ICE para mayores detalles Tabla 13.1.19

13.19 Pintura de edificios de sectores SEIT y PD en tonos acordes al paisaje Impacto asociado Alteración de la calidad visual del paisaje Fase del Proyecto a la que aplica Operación Objetivo, descripción y justificación Objetivo: disminuir la apreciación de las nuevas obras de los sectores SEIT y PD, desde PO9 desarrolla vistas hacia la UP Borde costero.

Descripción y justificación: para amortiguar la presencia de las obras del Proyecto en el sector SEIT y PD, los edificios que se proyectan serán pintados en tonalidades ocres, con la finalidad de mimetizarlos con el paisaje circundante.

Lugar, forma y oportunidad de implementación Lugar: pintura en edificios de los sectores SEIT y PD.

Para mayores detalles, ver Sección 3.5, Línea de Base de Paisaje, y sus fotomontajes asociados, adjuntos en el Anexo 4-6 del EIA.

Indicador que acredite su cumplimiento Pintado de edificaciones en tonalidades similares al paisaje de fondo. Forma de control y seguimiento Informe con registro fotográfico a la Superintendencia de Medio Ambiente una vez ejecutada la medida. Referencia al ICE para mayores detalles Tabla 13.1.20

13.20 Plan de apoyo a la actividad de recolección de algas Impacto asociado Alteración de actividad de recolección de algas Fase del Proyecto a la que aplica Operación Objetivo, descripción y justificación Objetivo: El objetivo de esta medida es mantener algunos aspectos de la medida compensatoria M-C-MH-1 “Plan de Apoyo a la actividad de recolección de algas”.

Descripción y justificación: En el borde costero del sector Ensenada Los Lachos, en la comuna de Huasco se encuentra Playa Brava, lugar donde habitan algueros y mariscadores junto a sus familias.

Lugar, forma y oportunidad de implementación • Lugar: Ensenada Los Lachos

• Forma y Oportunidad: Se aplicarán estas acciones durante toda la vida útil del Proyecto, en tanto se mantengan las actividades de recolección de los algueros identificados en la Línea de Base de Medio Humano (Subcapítulo 3.10 del EIA).

Indicador que acredite su cumplimiento Firma de acuerdos, comprobantes de asignación de recursos y registros de capacitaciones de algueros. Forma de control y seguimiento Informe Anual de ejecución del Plan de Apoyo. Referencia al ICE para mayores detalles Tabla 13.1.21

13.1° Que, sobre los Compromisos presentado en el EIA, en el ICSARA remitido al Titular mediante carta N° 129 con fecha 22 agosto de 2019 del Servicio de Evaluación de la Región de Atacama, se realizaron observaciones conforme se plantea en el apartado 13 del ICE, las cuales no fueron subsanadas en consideración a que no se presentó la Adenda correspondiente.

14°. Que, el Titular presentó el Plan de Prevención de Contingencias y del Plan de Emergencias en el EIA, el cual se resumen en el Capítulo 9 del ICE.

15°. Que, durante el proceso de participación ciudadana, desarrollado conforme a lo dispuesto en el artículo 29 de la Ley N° 19.300, se formularon observaciones por parte de la comunidad respecto del Proyecto, las que han sido consideradas en el proceso de evaluación de la forma que a continuación se señala.

15.1 Admisibilidad de las observaciones ciudadanas

Las observaciones que no cumplen con los requisitos establecidos en el artículo 29 de la Ley Nº 19.300 y en los artículos 83 y 95 del RSEIA son las siguientes:

Observante Persona Razón no admisibilidad Comunidad Indígena Chipassse Ta Tatara Jurídica No presenta certificado de personalidad jurídica vigente

15.2 Evaluación técnica de las observaciones ciudadanas

Las observaciones formuladas por la ciudadanía que cumplen con los requisitos establecidos en el artículo 29 de la Ley Nº 19.300 y en el artículo 90 del Reglamento del SEIA son las siguientes:

1. Observante: Herman Von Mayenberger, Doris Zamorano Ledezma, Daniel Diaz Tirado, María Pizarro González, Luisa Figueroa Gómez (6 personas naturales)

Observación:

Respecto a Calidad del aire: Por emplazarse el Proyecto en una Zona Declarada Latente, “Plan de Prevención de la Contaminación Atmosférica para la localidad de Huasco y su zona circundante (D.S 38/2017 del MMA)”: Solicitamos al Titular, como lo estipula la ley 19.300, presentar durante proceso de evaluación ambiental y no en forma posterior, el Plan de Compensación de Emisiones, que debe contener todas las medidas que implementara para compensar el 100% de las emisiones de MP10, MP2.5, MPS en todas las etapas del proceso. En relación con el Material Particulado Sedimentable, por ser esta una zona agrícola, que se rige por el DS.04/1992 del Ministerio de Agricultura, que ha sido declarada como zona de latencia por MPS: ¿Se han comparado dichas emisiones con los parámetros establecidos en el DS 04/1992? Y ¿Qué medidas de mitigación y de compensación se proponen, ya que se deduce por el estudio, que los porcentajes se MPS que se emitirán serán compatible con una zona saturada?

Evaluación técnica de la observación: Se considera pertinente la observación por cuanto hace referencia a los contenidos del Estudio de Impacto Ambiental (EIA) y al proceso reglado del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental. La observación ciudadana fue incorporada en el informe consolidado de solicitud de aclaraciones, rectificaciones o ampliaciones a través del Anexo Complementario de Participación Ciudadana emitido con fecha 27 de septiembre 2019. Sobre el asunto se informa que el Titular no dio respuesta al documento señalado, debido a que no presentó la Adenda correspondiente, por tanto se procede con lo establecido en el artículo 38 del D.S. N°40/2012 del Ministerio del Medio Ambiente donde se indica que “si no se hubieren presentado las aclaraciones, rectificaciones o ampliaciones solicitadas, una vez transcurrido el plazo otorgado, se elaborará el Informe Consolidado de Evaluación a que se refiere el artículo 44 de este Reglamento y se procederá a calificar el Estudio de Impacto Ambiental…”, y, considerando que no es posible concluir que el proyecto no generaría efectos características y circunstancias contemplados en el artículo 11 de la Ley 19.300, se recomienda rechazar el EIA. 2. Observante: Herman Von Mayenberger, Doris Zamorano Ledezma, Daniel Diaz Tirado, María Pizarro González, Luisa Figueroa Gómez

Observación:

En la utilización y manejo de sustancias peligrosas y corrosivas en las diferentes etapas del proceso de desalinización: Pretratamiento, Osmosis Inversa, Pos tratamiento. La Comunidad necesita conocer en detalle: • Tipo de substancias • Cantidades de reactivos a utilizar • Características de peligrosidad • Formas de almacenamiento • Lugar de almacenamiento • Efectos de los riesgos naturales (sismo, marejadas, aluviones, tsunami, entre otros) en el almacenamiento de los productos químicos y otras sustancias peligrosas debido a que el estudio de impacto ambiental no presenta estudios de este tipo. • En relación al transporte de sustancias peligrosas: Considerar estudios de riesgos y acciones preventivas en caso de tránsito por los sitios poblados, enfatizando zonas de alta vulnerabilidad como lo son las escuelas, consultorios. Se solicita al Titular que los horarios de transito de sustancias peligrosas se establezca fuera del horario de entrada y salida de las escuelas y consultorios. • En relación al transporte de sustancias peligrosas, y no peligrosas, residuos domiciliarios generados ¿Cuáles serán los caminos a utilizar? en caso de ser la ruta C-46. Se solicita en el ámbito vial cumpla con la Resolución N°680/2006 de la Secretaria Regional de transporte y telecomunicaciones de atacama que prohíbe tránsito de camiones en horario que indica en la Ruta C-46 Vallenar — Huasco. Considerando el listado de químicos que declara el EIA, que se utilizaran en las etapas de Pre- tratamiento, Osmosis Inversa, Post-tratamiento, tales como: Anti-incrustantes, Coagulantes, Floculantes. La empresa declara que el agua desalinizada pude usarse tanto para usos industriales como para venta a las empresas sanitarias. Al respecto, en el caso de que esa agua sea usada para consumo humano: • ¿Cómo se garantiza que no causara daños a la población? De parte del Ministerio de Salud ¿cuál es la normativa sanitaria aplicable a las substancias químicas usadas en el tratamiento de aguas desalinizadas destinadas al consumo humano? Dado que el agua posee un gran poder de disolución de substancias, ¿cómo se cautela que no exista migración potencial de los materiales, ya sean metálicos, polímeros (plásticos resinas) al agua producto? ¿Existe algún protocolo de parte del Ministerio de salud que norme o guie, respecto a las aguas desalinizadas para consumo humano que las empresas deban cumplir? Control sanitario de esta agua. Practica segura para proteger la salud de los consumidores. • ¿Dónde la comunidad podría informarse al respecto? • ¿Cuál es la composición química del agua a desalinizar, riqueza biológica, contenidos de fierro y otros metales pesados, manganeso, arsénico, compuestos orgánicos volátiles, hidrocarburos, aluminio, entre otros, considerando la cercanías con una planta pelletizadora de fierro, cinco Termoeléctricas a carbón con 11 desaladoras en ejecución y otra aprobada por 1600 I/s. Se solicita, evaluar el impacto de las sustancias químicas en la cadena trófica debido a su alta toxicidad o nocividad, por lo cual deberá presentar un Plan de Mitigación de impactos, con análisis de acciones posibles para impactos no deseados, para los efectos que esta sustancia pudiera producir en los organismos y su cadena trófica normal.

Evaluación técnica de la observación:

Se considera pertinente la presente observación por cuanto hace referencia a los contenidos del Estudio de Impacto Ambiental (EIA) y al proceso reglado del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental. La observación ciudadana fue incorporada en el informe consolidado de solicitud de aclaraciones, rectificaciones o ampliaciones a través del Anexo Complementario de Participación Ciudadana emitido con fecha 27 de septiembre 2019. Sobre el asunto se informa que el Titular no dio respuesta al documento señalado, debido a que no presentó la Adenda correspondiente, por tanto se procede con lo establecido en el artículo 38 del D.S. N°40/2012 del Ministerio del Medio Ambiente donde se indica que “si no se hubieren presentado las aclaraciones, rectificaciones o ampliaciones solicitadas, una vez transcurrido el plazo otorgado, se elaborará el Informe Consolidado de Evaluación a que se refiere el artículo 44 de este Reglamento y se procederá a calificar el Estudio de Impacto Ambiental…”, y, considerando que no es posible concluir que el proyecto no generaría efectos características y circunstancias contemplados en el artículo 11 de la Ley 19.300, se recomienda rechazar el EIA. 3. Observante: Herman Von Mayenberger, Doris Zamorano Ledezma, Daniel Diaz Tirado, María Pizarro González, Luisa Figueroa Gómez

Observación

Respecto al medio marino • ¿Cuáles son los parámetros de Calidad de Agua de Línea Base, que serán utilizados para evidenciar las consecuencias ambientales del proyecto durante su vida útil? Debido a los volúmenes de agua de mar a extraer producto del funcionamiento de la planta desaladora proyectada, el Titular deberá proporcionar un plan de mitigación y compensación del medio marino debido a la mortalidad de especies hidrobiológicas en sus distintos rangos etarios. Evaluar el impacto por la afectación a recursos pesqueros o áreas de manejo y explotación de recursos bentónicos por la descarga de salmuera en el Sector de las Obras Marítimas. Evaluar el impacto por la afectación a recursos pesqueros o áreas de manejo y explotación de recursos bentónicos, originado por las actividades en el Sector Obras Marítimas y en el Sector Provisorio Lanzamiento Tuberías. Se solicita al Titular señalar las medidas de mitigación relacionadas al ruido que generaran en sus distintas etapas (Sector Obras Marítimas, Sector Provisorio Lanzamiento de Tuberías y Sector Sentina, Emisario e Inmisario Terrestre) debido a los efectos que genera el ruido en las especies marinas presentes en la cercanías del Proyecto por propagación y niveles de ruido subacuático. • ¿cuáles son los riesgos ambientales a corto, mediano y largo plazo de la descarga de salmuera al medio marino? Evaluarlos en concordancia con las disposiciones legales requeridas en el Anexo Ill del Protocolo para la Protección del Pacifico Sudeste contra la Contaminación proveniente de Fuentes Terrestres, Decreto (MINREL) N2 295 de fecha 19 de junio de 1986 y lo indicado en el literal d) del Art. 115 del D.S N° 40/2012. En relación con el Plan de Vigilancia Ambiental Marino, se solicita al Titular que el seguimiento se extienda por toda la vida útil del proyecto, debido que la afectación al medio marino será constante durante la operación y no tan solo durante los 2 primeros años. Respecto de los antecedentes presentados en Anexo 10-5 del EIA, se solicita al Titular: En literal a), informar flujos de RILES que se producirán (caudales máximos diarios, máximos horarios y caudales promedio).

Evaluación técnica de la observación:

Se considera pertinente la presente observación por cuanto hace referencia a los contenidos del Estudio de Impacto Ambiental (EIA) y al proceso reglado del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental. La observación ciudadana fue incorporada en el informe consolidado de solicitud de aclaraciones, rectificaciones o ampliaciones a través del Anexo Complementario de Participación Ciudadana emitido con fecha 27 de septiembre 2019. Sobre el asunto se informa que el Titular no dio respuesta al documento señalado, debido a que no presentó la Adenda correspondiente, por tanto se procede con lo establecido en el artículo 38 del D.S. N°40/2012 del Ministerio del Medio Ambiente donde se indica que “si no se hubieren presentado las aclaraciones, rectificaciones o ampliaciones solicitadas, una vez transcurrido el plazo otorgado, se elaborará el Informe Consolidado de Evaluación a que se refiere el artículo 44 de este Reglamento y se procederá a calificar el Estudio de Impacto Ambiental…”, y, considerando que no es posible concluir que el proyecto no generaría efectos características y circunstancias contemplados en el artículo 11 de la Ley 19.300, se recomienda rechazar el EIA. 4. Observante: Herman Von Mayenberger, Doris Zamorano Ledezma, Daniel Diaz Tirado, María Pizarro González, Luisa Figueroa Gómez

Observación

Respecto al acueducto Dado que el acueducto tendrá un caudal 2000 L/s. Explicitar cual es la velocidad de transporte del acueducto, (m/s) ya que su trazado requiere implementar atraviesos de caminos, cruces de quebradas y correntias y a qué presión de trabajo (psi) se operarán las tuberías. Dada la topografía del sector a intervenir, y la necesidad de impulsar el agua, la presión de trabajo constituye una condición de alto riesgo para el transporte del producto y condicionaría la necesidad de un acueducto de máxima seguridad, sin poder descartar el riesgo (de rotura) lo cual podría ocasionar graves daños en la zona. Recientes accidentes en las compañías mineras Codelco - Andina y Anglo American (año 2016), son reflejo de los riesgos y daño ambiental provocados por operaciones en tuberías con altos niveles de presión (psi). Lo que justifica presentar Plan de mitigaci6n de impactos, Plan de Prevención de riesgos y Plan de contingencias. Definir los programas de seguimiento, vigilancia y control ambiental, durante toda la vida útil del proyecto.

Evaluación técnica de la observación:

Se considera pertinente la presente observación por cuanto hace referencia a los contenidos del Estudio de Impacto Ambiental (EIA) y al proceso reglado del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental. La observación ciudadana fue incorporada en el informe consolidado de solicitud de aclaraciones, rectificaciones o ampliaciones a través del Anexo Complementario de Participación Ciudadana emitido con fecha 27 de septiembre 2019. Sobre el asunto se informa que el Titular no dio respuesta al documento señalado, debido a que no presentó la Adenda correspondiente, por tanto se procede con lo establecido en el artículo 38 del D.S. N°40/2012 del Ministerio del Medio Ambiente donde se indica que “si no se hubieren presentado las aclaraciones, rectificaciones o ampliaciones solicitadas, una vez transcurrido el plazo otorgado, se elaborará el Informe Consolidado de Evaluación a que se refiere el artículo 44 de este Reglamento y se procederá a calificar el Estudio de Impacto Ambiental…”, y, considerando que no es posible concluir que el proyecto no generaría efectos características y circunstancias contemplados en el artículo 11 de la Ley 19.300, se recomienda rechazar el EIA. 5. Observante: Herman Von Mayenberger, Doris Zamorano Ledezma, Daniel Diaz Tirado, María Pizarro González, Luisa Figueroa Gómez

Observación

Respecto al medio humano. Ampliar y evaluar el impacto sobre las actividades socioeconómicas de algueros, mariscadores y pescadores que utilicen el sector, por lo cual se solicita al Titular presentar un Plan de Mitigación y Compensación no solo para los 4 rucos cercanos, sino que para todo el medio humano afectado, tanto por la actividad de recolección de dichos recursos y por el espacio que quedara excluida de recolección durante toda la vida útil del proyecto (indefinida), originado por las obras y /u actividades del Sector Obras Marítimas y Sector Sentina, Emisario e Inmisario Terrestre. Evaluar el impacto sobre la población flotante que utiliza la unidad socio espacial 3 costas como espacio público, recreativo, de relevancia para el turismo y en ese sentido parte de la expresión de manifestaciones culturales de los grupos humanos que lo utilizan. Presentar Plan de mitigación relacionado al impacto al medio humano debido a la restricción al acceso de los recursos naturales utilizados como sustento económico del grupo o para cualquier otro uso tradicional, tales como uso medicinal, espiritual o cultural; Obstrucción o restricción a la libre circulación; y dificultad o impedimento para el ejercicio o la manifestación de tradiciones, cultura o intereses comunitarios que pueden afectar los sentimientos de arraigo o cohesión social del grupo.

Evaluación técnica de la observación:

Se considera pertinente la presente observación por cuanto hace referencia a los contenidos del Estudio de Impacto Ambiental (EIA) y al proceso reglado del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental. La observación ciudadana fue incorporada en el informe consolidado de solicitud de aclaraciones, rectificaciones o ampliaciones a través del Anexo Complementario de Participación Ciudadano emitido con fecha 27 de septiembre 2019. Sobre el asunto se informa que el Titular no dio respuesta al documento señalado, debido a que no presentó la Adenda correspondiente, por tanto se procede con lo establecido en el artículo 38 del D.S. N°40/2012 del Ministerio del Medio Ambiente donde se indica que “si no se hubieren presentado las aclaraciones, rectificaciones o ampliaciones solicitadas, una vez transcurrido el plazo otorgado, se elaborará el Informe Consolidado de Evaluación a que se refiere el artículo 44 de este Reglamento y se procederá a calificar el Estudio de Impacto Ambiental…”, y, considerando que no es posible concluir que el proyecto no generaría efectos características y circunstancias contemplados en el artículo 11 de la Ley 19.300, se recomienda rechazar el EIA. 6. Observante: Herman Von Mayenberger, Doris Zamorano Ledezma, Daniel Diaz Tirado, María Pizarro González, Luisa Figueroa Gómez

Observación

Respecto a prevención de riesgos Se solicita al Titular proponer acciones que prevengan y/o eviten el riesgo para la salud y bienes de las personas que habitan a Jo largo del trazado del acueducto y que pudiesen verse afectadas por la construcción y eventualmente una rotura del acueducto principalmente en la población Los Olivos de Huasco Bajo y población cercana a la instalación del estanque de distribución en las tablas. El Titular deberá incluir el riesgo natural del tipo "eventos hidrológicos extremos" e incorporar la emergencia producto de eventos de lluvia de media alta intensidad en la zona, considerando la activación de alguno de los cauces de flujo intermitente que serán modificados, y presentar su plan de acción ante eventuales daños a las instalaciones de la planta y/o a tercero, teniendo en cuenta que el Proyecto contempla 17 modificaciones de cauce natural por soluciones de atravieso y cuya activación pudieran generar daños al acueducto. Dado, que 9 de los cauces intervenidos superan los 700 I/s. Se solicita al Titular Plan de Prevención de riesgos, Mitigación y medidas compensación, con la finalidad de ampliar las acciones de resguardo de las viviendas que se encuentra en la población Los Olivos de la localidad de Huasco bajo, no de Freirina como se señala en el documento, y que según la proximidad del proyecto estas serán afectadas por el movimiento de tierra y de la maquinaria que realizaran diferentes obras por el Acueducto y población cercana a la instalación de acueducto y estanque de distribución en las tablas.

Evaluación técnica de la observación:

Se considera pertinente la presente observación por cuanto hace referencia a los contenidos del Estudio de Impacto Ambiental (EIA) y al proceso reglado del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental. La observación ciudadana fue incorporada en el informe consolidado de solicitud de aclaraciones, rectificaciones o ampliaciones a través del Anexo Complementario de Participación Ciudadano emitido con fecha 27 de septiembre 2019. Sobre el asunto se informa que el Titular no dio respuesta al documento señalado, debido a que no presentó la Adenda correspondiente, por tanto se procede con lo establecido en el artículo 38 del D.S. N°40/2012 del Ministerio del Medio Ambiente donde se indica que “si no se hubieren presentado las aclaraciones, rectificaciones o ampliaciones solicitadas, una vez transcurrido el plazo otorgado, se elaborará el Informe Consolidado de Evaluación a que se refiere el artículo 44 de este Reglamento y se procederá a calificar el Estudio de Impacto Ambiental…”, y, considerando que no es posible concluir que el proyecto no generaría efectos características y circunstancias contemplados en el artículo 11 de la Ley 19.300, se recomienda rechazar el EIA.

7. Observante: Herman Von Mayenberger, Doris Zamorano Ledezma, Daniel Diaz Tirado, María Pizarro González, Luisa Figueroa Gómez

Observación

Respecto a Conservación de fauna, flora y valor paisajístico/turismo Se solicita al Titular no disponer la Salmuera en Playa Brava debido a que ésta es la única playa limpia que queda en la comuna de Huasco, la cual tiene un alto valor patrimonial y turístico, por ser un sector donde se manifiesta el Desierto Florido. Según las directrices de Desarrollo Sustentable Regional, Provincial y Comunal se ha definido el sector de Playa Brava como un alto valor turístico y de patrimonio natural, a su vez, señalar que la cuarta etapa de la Ruta Costera de Atacama, proyecto de relevancia nacional, significa conectividad y accesibilidad al borde costero de carácter turístico. “Playa Brava de aguas verdes y transparentes protegidas del viento, se encuentra en catastro turístico de Sernatur como un atractivo de relevancia regional”, tanto la ruta costera en su diseño como playa brava, se encuentra en el área que será intervenida por el proyecto Desalinizadora Cerro Blanco. Junto con la Reserva Pingüino de Humboldt que se encuentra en línea recta al sur a una distancia de 58 kilómetros y Parque Nacional Llanos de Challe a 35 Kilometro en línea recta al norte, son partes de un corredor turístico que potenciara el Desarrollo Sustentable de Atacama. Por lo cual, el emplazamiento del Proyecto Desalinizadora Cerro Blanco daña la proyección de desarrollo sustentable regional, provincial y comunal por emplazarse en una zona de alto valor ecológico, cultural, patrimonial y turístico, además por la natural protección al borde costero.

Evaluación técnica de la observación:

Se considera pertinente la presente observación por cuanto hace referencia a los contenidos del Estudio de Impacto Ambiental (EIA) y al proceso reglado del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental. La observación ciudadana fue incorporada en el informe consolidado de solicitud de aclaraciones, rectificaciones o ampliaciones a través del Anexo Complementario de Participación Ciudadano emitido con fecha 27 de septiembre 2019. Sobre el asunto se informa que el Titular no dio respuesta al documento señalado, debido a que no presentó la Adenda correspondiente, por tanto se procede con lo establecido en el artículo 38 del D.S. N°40/2012 del Ministerio del Medio Ambiente donde se indica que “si no se hubieren presentado las aclaraciones, rectificaciones o ampliaciones solicitadas, una vez transcurrido el plazo otorgado, se elaborará el Informe Consolidado de Evaluación a que se refiere el artículo 44 de este Reglamento y se procederá a calificar el Estudio de Impacto Ambiental…”, y, considerando que no es posible concluir que el proyecto no generaría efectos características y circunstancias contemplados en el artículo 11 de la Ley 19.300, se recomienda rechazar el EIA. 8. Observante: Herman Von Mayenberger, Doris Zamorano Ledezma, Daniel Diaz Tirado, María Pizarro González, Luisa Figueroa Gómez

Observación:

Respecto al patrimonio paleontológico ¿Por qué existiendo legislación en resguardo del Patrimonio Cultural; Ley N° 17.288 de Monumentos Nacionales y en el Reglamento sobre Prospecciones o Excavaciones Arqueológicas, Antropológicas o Paleontológicas, D.S. N°484/1990. Asimismo, se considera lo estipulado en la Guía de Evaluación de Impacto Ambiental, art. 12 de la Ley N°19.300 letra f) del Consejo de Monumentos Nacionales (SEIA, 2012), CMN en adelante, y en la Guía de Informes Paleontológicos (CMN, ¿2016) no se protegen realmente los numerosos patrimonios históricos culturales de Huasco-Freirina? Si el Titular reconoce que de los 41 puntos de control paleontológicos realizado por el proyecto, poseen un potencial fosilífero Medio a Alto y de Medio a bajo. Pregunta: ¿Por qué no se protegen realmente éstos patrimonios históricos culturales?

Si el Titular reconoce 19 km. Desde Huasco hasta el sector Las Tablas de Freirina cuenta con una alta densidad y amplia distribución geográfica del material paleontológico.

Pregunta: ¿Por qué no se protegen realmente estos patrimonios históricos culturales?

Si en el sector de la planta desalinizadora del proyecto Cerro Blanco existen 2 sitios paleontológicos (alteración de monumentos nacionales).

Se han identificado 2 áreas con alto potencial fosilífero afectadas por el desarrollo de las obras. Ambas se localizan en el sector Planta desalinizadora y corresponden a áreas de afloramientos de los depósitos litorales del Pleistoceno – Holoceno, unidad en la que se han reportado invertebrados fósiles y restos de algún vertebrado indeterminado. La primera de dichas áreas (A1) sería afectado por el tendido eléctrico de 13,8 kV, mientras que la segunda (A2) lo sería por el sistema de impulsión de agua de mar y agua salada.

Los hallazgos de fósiles realizados en la prospección, cuya localización geográfica y estratigráfica es relativamente precisa, tienen importancia principalmente en dos ámbitos de la Paleontología. 1) Bioestratigráfico, ya que están presentes dos especies de bivalvos (R. rufa y R. lenticularis) y una de gastrópodo (A. fontanei), cuya edad más probable es el Pleistoceno, así como la de los depósitos de la terraza correspondiente. 2) Paleobiogeográfico, ya que hay registro de un recambio faunístico de especies (gastrópodos y bivalvos) de aguas cálidas a otras de aguas frías, en la sucesión sedimentaria marina. Los cuerpos sedimentarios identificados como fosilíferos (“Coquina conglomerádica” y, “Arenas muy finas”) serán afectados por las obras del proyecto en el extremo norte del Área 2.

Por lo tanto, la alteración de Monumentos Nacionales se califica como Cierto o Seguro, de una extensión parcial e inmediata. Los componentes patrimoniales en su conjunto presentan muy alta criticidad y sufrirán un impacto simple y perjudicial como consecuencia directa de la construcción del proyecto, abarcando la alteración o destrucción de parte de los sitios paleontológicos identificados, es decir de intensidad parcial. Dada la particular naturaleza de los sitios paleontológicos, cualquier alteración producida es permanente, irrecuperable y sucede de manera inmediata.

Por tanto, la evaluación de los impactos para las áreas identificadas dentro del sector SPD se ha calificado como impacto “Negativo Significativo”.

¿Por qué no se aplica la legislación para proteger estos 2 sitios paleontológicos si el Titular reconoce que la alteración producida es permanente, irrecuperable y sucede de manera inmediata, y este Patrimonio Cultural representa un enorme potencial histórico y turístico para la zona sur de Huasco aprovechando la carretera costera que está proyectada justo por el sector de Playa Brava, Sector Los Lachos, Punta Alcalde y Aguada de Tongoy?

¿Tiene alguna importancia y cumplimiento la legislación de la Macrozonificación de los Usos del Borde Costero de la Región de Atacama, ya que desde el sector de Playa Brava hasta el sector de Punta Alcalde está reconocida como Zona Turística?

¿Tiene alguna importancia y cumplimiento la legislación de la Macrozonificación de los Usos del Borde Costero de la Región de Atacama, el sector de Aguada Tongoy que se ubica en territorios de Huasco y Freirina, está reconocida como Zona de Interés Medio Ambiental Terrestre

Evaluación técnica de la observación:

Se considera pertinente la presente observación por cuanto hace referencia a los contenidos del Estudio de Impacto Ambiental (EIA) y al proceso reglado del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental. La observación ciudadana fue incorporada en el informe consolidado de solicitud de aclaraciones, rectificaciones o ampliaciones a través del Anexo Complementario de Participación Ciudadano emitido con fecha 27 de septiembre 2019. Sobre el asunto se informa que el Titular no dio respuesta al documento señalado, debido a que no presentó la Adenda correspondiente, por tanto se procede con lo establecido en el artículo 38 del D.S. N°40/2012 del Ministerio del Medio Ambiente donde se indica que “si no se hubieren presentado las aclaraciones, rectificaciones o ampliaciones solicitadas, una vez transcurrido el plazo otorgado, se elaborará el Informe Consolidado de Evaluación a que se refiere el artículo 44 de este Reglamento y se procederá a calificar el Estudio de Impacto Ambiental…”, y, considerando que no es posible concluir que el proyecto no generaría efectos características y circunstancias contemplados en el artículo 11 de la Ley 19.300, se recomienda rechazar el EIA.

9. Observante: Herman Von Mayenberger, Doris Zamorano Ledezma, Daniel Diaz Tirado, María Pizarro González, Luisa Figueroa Gómez

Observación:

Respecto al patrimonio arqueológico ¿Por qué no se consideró la importancia del Hallazgo en Isla Guacolda: Tesoro Arqueológico perdido para la cultura? Parte del relato de Don Jorge Zambra Contreras, Fuente: Boletín del Museo del Huasco 1994, “Isla Guacolda, importante centro productivo, pero también enclave de valiosa área arqueológica. “En 1994 un obrero de Freirina del contingente laboral de Isla Guacolda y Radio “Estrella del Norte” de Vallenar nos avisaron del hallazgo. En tanto el trabajador vino al Museo indignado por el despojo de los objetos hallados, el aviso de la emisora hacía alusión a la cuantía del descubrimiento.

Entre informar a nuestro tutor técnico, el Museo Regional de Atacama, recibir de él una acreditación para ir al lugar, acudir a carabineros para requerirle su apoyo y luego viajar a la isla para solicitar a la empresa contratista Harten su autorización para entrar y esperar un día o más para lo mismo con quienes correspondía, los directivos de la Empresa Eléctrica “Guacolda”, transcurrieron horas valiosas.

Guacolda se ubica a 4 Kms al sur del puerto de Huasco y es parte del patrimonio territorial de la Compañía Minera del Pacífico. Fue una isla, como aún sigue llamándosela, pero a comienzos de los 60 la CAP, la unió al continente para construir un puerto, el Guacolda I, y canchas de acopio de minerales de hierro exportable. Ahora ahí está muy avanzada la construcción de una planta termoeléctrica de la compañía “Guacolda”, con el empleo de varios de centenares de operarios de diversos puntos del país.

El 4 de agosto de 1994, con la esperada autorización, nos constituimos en el sitio, aproximadamente en el centro poniente de la que es hoy una península. Allí nos impusimos que faenas de acondicionamiento del piso rocoso, habían dejado al descubierto, días antes, al menos tres sepulturas indígenas. Para los efectos del interés arqueológico, el suelo, en constante transformación, acusaba una alteración irreversible. Nadie pudo informarnos qué aspecto exterior presentaban las tumbas, ni de la disposición de los esqueletos y mucho menos de los componentes de la ofrenda funeraria de cada uno. Se había dado aviso a carabineros de la aparición de cadáveres, pero los testimonios culturales, sobre todo los por ellos llamados “monos”, desaparecieron rápidamente en manos de operarios de los trabajos y los ceramios que vimos (café rojizos, decorados, muy duros, excelente factura), sólo asociable a la alfarería incaica, fueron destruidos por el uso de las máquinas.

Por lo que nos informaron, sabemos que salieron a luz figuras de hombres y llamas, hechos en cobre, en concha y en oro laminado, en este último caso, las humanas con los lóbulos de las orejas deformados y un sombrerito en forma de un cono truncado anillado. Unas y otras con el sexo erecto.

Incluso hasta se dice que habrían tirado al mar las momias con el fin de no parar las faenas y evitar pérdidas económicas.

Dos días rastreamos el área donde estuvieron las sepulturas, buscando algún vestigio restante. Nos vimos rodeados todo el tiempo por operarios afanados en hallar más “monos”. En el absurdo de esa competencia nos robaron una bolsita con fragmentos cerámicos mayores que un jefe de seguridad de Harten gentilmente nos obsequiara.

La paciente búsqueda nos permitió encontrar: una laminita de oro de extremos rectos, flancos cóncavos y un orificio en el tercio superior; 5 semillas semejantes a las de chirimoya; 15 cuentas de malaquita y 10 de turquesa; una figurilla humana en spondylus y múltiples fragmentos cerámicos finos y óseos, prácticamente molidos. Evidencias incaicas indiscutibles.

Un obrero que declinó identificarse nos dio lo que resultó ser un tupu de plata y cobre, un tanto dañado. Luego, en las inmediaciones, guiados por el mismo obrero, hallamos retorcida por los materiales entre los que fue removida, una pieza laminar de oro combinado con cobre, en la forma de un ramita de dos varas (verla en la foto)

Posteriormente, la subcomisaria de carabineros de Huasco cumplió con remitirnos 183 fragmentos óseos humanos, 11 piezas dentales y 44 trozos de cerámicos finos, todos de isla Guacolda.

En suma un desastre. Una pérdida más que deplorable para la arqueología chilena y modo específico para la del Huasco, particularmente grave por afectar al capítulo de los incas en tierra huasquina, donde por años buscamos testimonios de su presencia, menos comprobada que en otras partes del país.

De acuerdo con el EIA Desaladora Cerro Blanco: a) En el valle del Huasco, la Cultura Huentelauquén se encuentra representada por dos sitios, ubicados cerca de la desembocadura del río Huasco: Quebrada Taisani 1 y Puerto Guacolda (Cervellino 1995, 1998). b) Por su parte, en el valle de Huasco se han hecho algunos hallazgos de elementos vinculados a la “Cultura del Anzuelo de Concha”, c) Por su parte, el valle del Huasco contrasta con Copiapó en cuanto no se observa la misma cantidad de herramientas agrícolas como hojas líticas y morteros. Sin embargo, destacan en este lugar evidencias de tipo funeraria bastante poco estudiada y artefactualmente aquí es más abundante la pipa en forma de “T”. A su vez, entre otros elementos se encuentran cuatro tipos de tembetá (botón con alas, cilíndrico recto con alas, de botella recto y de botella curvo), puntas de proyectil pedunculadas y objetos de cobre nativo martillado entre los que figuran placas pectorales, brazaletes, agujas y pinzas depilatorias (Rivas 2008 a). d) Por último, de acuerdo a Cervellino (1995), existen referencias en el sector de Peñas Blancas, unos 25 km al sur de la desembocadura del río Huasco, de un cementerio Ánimas con tumbas señaladas con círculos de piedra que contienen gran cantidad de huesos de ballenas y camélidos y cerámica monocroma y polícroma típicamente ánimas. e) En el sector de Los Infieles, 4 km al norte del puerto de Huasco, han sido documentadas tumbas en cistas cercanas a túmulos, una espátula y tres punzones de hueso, además, de un ceramio Diaguita con rostro de felino (Rivas 2008a). f) En Huasco Bajo se menciona un cementerio de la Cultura Copiapó en donde, además, de su típica cerámica negro sobre rojo con llamitas estilizadas, se encuentran restos de metal y algunos utensilios del complejo alucinógeno. g) Un poco más al interior, en la localidad de Freirina, Medina (1882), da cuenta de sepulturas Diaguita Inca entre cuyos objetos extraídos figuran diversos cerámicos decorados, vasijas de pedestal incaicas y artefactos metálicos como tupus, estatuillas de camélidos y placas decoradas (Rivas 2008a). h) En el marco del Proyecto minero “Cerro Blanco”, también perteneciente al Titular de este Proyecto, se presentó un estudio arqueológico el cual fue realizado en agosto, noviembre y diciembre del año 2012. A partir de las campañas de prospección terrestres, se identificaron 36 hallazgos arqueológicos, los que corresponden a hallazgos aislados, eventos de talla, sitios habitacionales, avistaderos, campamentos, petroglifos, estructuras de refugio, animitas y un conchal; los que, en su mayoría, se concentran en el área denominada “mina/planta” (Vera 2012) i) En el año 2007, se levantó la Línea de Base de Arqueología del proyecto “Puerto Punta Alcalde” en la Comuna de Huasco. Como resultado del estudio arqueológico, se identificaron 7 sitios arqueológicos (Tabla 7), los cuales corresponden a sitios habitacionales que presentan fragmentos cerámicos y desechos líticos (Rodríguez 2007). j) En el año 2008, se levantó la Línea de Base de Arqueología del “Proyecto Central Termoeléctrica Punta Alcalde”, en la comuna de Huasco. A partir de las prospecciones arqueológicas, se identificaron 14 sitios arqueológicos que corresponden a conchales (Tabla 8). Funcionalmente, se trataría de campamentos ocasionales y recurrentes, con presencia de cerámica decorada de la cultura Molle y de la cultura Ánimas, correspondientes a los periodos Alfarero Temprano y Medio de la zona. Otros materiales arqueológicos identificados son artefactos líticos, como desconchadores, percutores, manos, núcleos de basalto, lascas de basalto, andesita y cuarcita, raspadores, cuchillos, entre otros (Punta Alcalde, CMP) (Rivas 2008b) k) En el año 2008, se levantó la Línea de Base de Arqueología del proyecto “Línea de transmisión 2x220 KV Guacolda-Maitencillo”. Como resultado del estudio arqueológico se identificaron 6 hallazgos arqueológicos, los que corresponden a sitios prehispánicos como conchales y sitios de cronología histórica como estructuras habitacionales (Tabla 9) (Jaime Illanes y asociados 2008). l) En el año 2008, se levantó la Línea de Base de Arqueología del proyecto “Ampliación y mejoras operacionales de planta de pellets” de la Compañía Minera del Pacífico. Como resultado del estudio arqueológico se identificaron 4 sitios arqueológicos (Tabla 10), los que corresponden a sitios prehispánicos que presentan desechos líticos y fragmentos cerámicos (Rivas 2008b). m) En el año 2012, se presentó la Línea de base de arqueología del proyecto “Actualización del Sistema de Depositación de Relaves de Planta de Pellets”. Como resultado del estudio arqueológico se identificaron 3 sitios (MAA Consultores 2012). n) El sitio HU04 (Histórico Estructura habitacional coordenadas (E) 291.056 (N) 6.845.539), identificado en las prospecciones del proyecto “Línea de transmisión 2x220 KV Guacolda Maitencillo”, se ubica dentro del área de influencia del proyecto Planta Desalinizadora Cerro Blanco. o) 11 corresponden a sitios arqueológicos (4 sitios prehispánicos, 7 sitios históricos). p) Este Patrimonio Arqueológico representa un enorme potencial turístico para la zona sur de Huasco aprovechando la carretera costera que está proyectada justo por el sector de Playa Brava, Sector Los Lachos, Punta Alcalde y Aguada Tongoy. q) Según la Macrozonificación de los Usos del Borde Costero de la Región de Atacama, desde el sector de Playa Brava hasta el sector de Punta Alcalde está reconocida como Zona Turística. r) Según la Macrozonificación de los Usos del Borde Costero de la Región de Atacama, el sector de Aguada Tongoy que se ubica en territorios de Huasco y Freirina, está reconocida como Zona de Interés Medio Ambiental Terrestre.

Por toda la fundamentación antes señalada y la regulación jurídica de los monumentos nacionales no establece diferencias entre la complejidad, extensión o temporalidad de los registros arqueológicos, quedando todos amparados por la Ley N° 17.288, ¿Por qué no se protege realmente estos Patrimonios Arqueológicos históricos Culturales? ¿Por qué no se consideró en forma detallada el EIA "Actualización del Sistema de Depositación de Relaves de Planta de Pellets"/2009 de la empresa CAP, que denota la existencia de sitios arqueológicos en el sector de Ensenada Chapaco, Ensenada Los Lachos, Puerto Las Losas, Quebrada El Pino, lugares donde se emplazará el proyecto? Estos son:

Las fuentes provenientes de investigaciones científicas específicamente para el área de estudio denotan la existencia de una serie de sitios arqueológicos relevantes para la reconstrucción de la prehistoria regional. Es así como Iribarren (1960, Rivas 2007) describe el sitio “Puerto Guacolda” ubicado a 1,3 km de Ensenada Chapaco sobre una formación dunaria, abarcando una superficie de aproximadamente 2.500 m2. Este corresponde a un conchal de densidad variable formado por restos de especies como Concholepas concholepas, Fissurella sp. y Poliplacophora y en menor cantidad Choromytilus chorus, Thais chocolate, Loxechinus albus y Argopecten purpuratus. Del mismo modo también se encuentran en superficie diversos desechos líticos y litos geométricos, así como anzuelos de concha y pesas de red, lo que lleva a adscribir cronológicamente el sitio al periodo Arcaico Medio (circa 6.000 A.P) y asociar su filiación cultural al denominado Complejo Anzuelo de Concha, presentando además un componente Temprano asociable al Complejo cultura Huentelauquén (Iribarren 1060 y 1964; Cervellino 1995).

Un segundo sitio mencionado por Iribarren, es el denominado “Los Infieles” ubicado en la quebrada El Pino en Huasco Bajo. El sitio corresponde a un cementerio asociado a la cultura Molle que presenta más de 11 montículos dispuestos en faja (Iribarren 1955-1956). Asimismo, también destaca el sitio Túmulos de Tatara, el de mayores dimensiones detectado a la fecha en el curso inferior del río Huasco (Rivas 2007). Otro sitio relevante en este sentido, es el llamado Cementerio Puerto Huasco ubicado a 1,6 km al Norte de Ensenada Chapaco, y que según los especialistas correspondería a un enclave costero de la cultura Copiapó dada la presencia de cerámica Copiapó negro sobre rojo y Diaguita-Inca en su contexto material, de modo que el sitio podría definir el límite Sur del área de ocupación de dicha cultura (Rivas 2007). Al mismo tiempo, se registraron sendos contextos Diaguita-Inca, destacando los hallazgos de estatuillas antropomorfas y de camélidos elaborados en plata y oro; vestigios que evidenciarían la existencia de un importante enclave incaico en esta zona, lo cual se ve reforzado por los hallazgos en Freirina, a menos de 20 km de la Isla Guacolda, lugar donde llamas de cobre y oro, alfileres, placas laminares, aros y figuras antropomorfas (sensu Rivas 2007, citando a Medina 1882).

Por otra parte, estudios realizados en el marco del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental (SEIA) han arrojado el registro de nuevos hallazgos de carácter arqueológico en la zona. Así los sitios Punta Loros 1 y 223 registrados por Becker (1998 y 2006) en virtud del proyecto Puerto Las Losas de CMP, corresponden a un conchal estratificado depositado en una pequeña cueva y dos aleros menores, a una distancia aproximada de 20 m al Sur de la línea de alta marea, respectivamente. Y cuya ergología se compone por escaso material cerámico, lascas en materia prima local, arenisca gris y gris verdosa oscura (Becker 2006).

Miguel Cervellino en el año 2007 (Cervellino 2007) en virtud del Proyecto Puerto Punta Alcalde, de Minera Santa Bárbara logró el registro de 2 conchales prehispánicos en el sector de Punta Alcalde y Ensenada Los Lachos, denominados respectivamente “Punta Alcalde 1” y “Punta Alcalde 2”. Cabe mencionar que el especialista además detectó “un sitio histórico subactual, utilizado por los pescadores, con técnicas constructivas en pirca seca, correspondiente a cuatro estructuras semi rectangulares y semi circulares; ubicadas frente a una pequeña playa de unos 10 metros de largo, en el sector entre los conchales antes mencionados” (Cervellino 2007).

Para el proyecto “Ampliación y Mejoras Operacionales de Planta de Pellets” de CMP, se registró la presencia de 4 conchales prehispánicos, Planta Pellets Huasco 1, 2, 3 y 424; uno de los cuales presentó además de desechos malacológicos y líticos, material cerámico en superficie (PPH-4) (Rivas 2008). Los cuatro conchales se localizan a aproximadamente 1,2 km al Suroeste del área definida para la evaluación del Proyecto y a unos 400 m del borde costero del curso medio de Ensenada Chapaco.

¿Por qué no se realizó un estudio/o investigación acabado sobre la cultura incaica que tuvo mucha importancia en el valle, y principalmente en el sector sur de Huasco, existiendo evidencias?. Al respecto Castillo (com. pers. 2006), haciendo alusión también a los hallazgos de otra huaca incaica en la isla Guacolda en la desembocadura del río Huasco

Evaluación técnica de la observación: Se considera pertinente la presente observación por cuanto hace referencia a los contenidos del Estudio de Impacto Ambiental (EIA) y al proceso reglado del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental. La observación ciudadana fue incorporada en el informe consolidado de solicitud de aclaraciones, rectificaciones o ampliaciones a través del Anexo Complementario de Participación Ciudadano emitido con fecha 27 de septiembre 2019. Sobre el asunto se informa que el Titular no dio respuesta al documento señalado, debido a que no presentó la Adenda correspondiente, por tanto se procede con lo establecido en el artículo 38 del D.S. N°40/2012 del Ministerio del Medio Ambiente donde se indica que “si no se hubieren presentado las aclaraciones, rectificaciones o ampliaciones solicitadas, una vez transcurrido el plazo otorgado, se elaborará el Informe Consolidado de Evaluación a que se refiere el artículo 44 de este Reglamento y se procederá a calificar el Estudio de Impacto Ambiental…”, y, considerando que no es posible concluir que el proyecto no generaría efectos características y circunstancias contemplados en el artículo 11 de la Ley 19.300, se recomienda rechazar el EIA. 10. Observante: Herman Von Mayenberger, Doris Zamorano Ledezma, Daniel Diaz Tirado, María Pizarro González, Luisa Figueroa Gómez

Observación: Respecto al patrimonio arqueológico subacuático. ¿Por qué no se realizó un estudio y/o investigación acabado sobre el uso de las balsas de lobos en Huasco, evidencia patrimonial importantísima sobre la historia Changa de Huasco, que aunque no está reconocida como etnia, sigue viva entre la comunidad? Sería un gran potencial cultural histórico para conocimiento de las raíces indígenas, y de gran potencial turístico para el valle del Huasco, principalmente porque en el sector sur donde se emplaza el proyecto se ubican las bahías y puertos. Por lo contrario, la línea de base presentada por el Titular no muestra evidencias de este patrimonio histórico.

Evidencias bibliográficas de los Changos en el Valle del Huasco:

a) Los primeros habitantes de la comuna fueron “los Changos”, aborígenes cuya historia es casi desconocida hasta 1450, cuando los incas iniciaron sus expediciones para conquistar los pueblos del sur. Los changos eran casi nómades, y pasaban trasladándose de un lugar a otro en el litoral norte. Surcaban las aguas en originales embarcaciones hechas con cuero de lobo marinos. b) Los resultados del cuadro Nº 1 demuestra la existencia de balsas en 10 puertos del país durante la segunda mitad del siglo XIX: Taltal, Caldera, Huasco, Pan de Azúcar, Totoralillo, Coquimbo, Guayacán, Tongoy y San Antonio.

En Memorias de Marina de 1864, para Huasco en 1863 se agrega: Hai a más dos botes i dos balzas que sirven a los pescadores, para la pesca que estos hacen en este puerto i caletas dependientes. (M.deM.: 1864: 105)

La función principal de las balsas estuvo relacionada con las actividades pesqueras, el transporte de mercaderías y pasajeros, además de la utilización en la carga del salitre.

¿Por qué no se consideró esta evidencia bibliográfica? Puerto de Huasco, del libro Atlas de la historia física y política de Chile por Claudio Gay, impreso en el año 1854. En la imagen se aprecian aldeanos empleando balsas de cuero de lobo.

¿Por qué el Titular asegura que no existen naufragios históricos en el área de influencia del proyecto; si no hay referencias geográficas precisas; si las inspecciones de buceo realizadas por el Titular alcanzaron un promedio de 5 – 7 m; si las inspecciones con condiciones de visibilidad fueron medianas; si de los 6 casos, 2 corresponden a naufragios en el sector de Punta Alcalde? Además, considerando que las bahías y puertos se encuentran en el sector sur de Huasco, lo que cabe la posibilidad de existencia de naufragios en el sector donde se pretende instalar la mega desaladora.

Evaluación técnica de la observación: Se considera pertinente la presente observación por cuanto hace referencia a los contenidos del Estudio de Impacto Ambiental (EIA) y al proceso reglado del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental. La observación ciudadana fue incorporada en el informe consolidado de solicitud de aclaraciones, rectificaciones o ampliaciones a través del Anexo Complementario de Participación Ciudadano emitido con fecha 27 de septiembre 2019. Sobre el asunto se informa que el Titular no dio respuesta al documento señalado, debido a que no presentó la Adenda correspondiente, por tanto se procede con lo establecido en el artículo 38 del D.S. N°40/2012 del Ministerio del Medio Ambiente donde se indica que “si no se hubieren presentado las aclaraciones, rectificaciones o ampliaciones solicitadas, una vez transcurrido el plazo otorgado, se elaborará el Informe Consolidado de Evaluación a que se refiere el artículo 44 de este Reglamento y se procederá a calificar el Estudio de Impacto Ambiental…”, y, considerando que no es posible concluir que el proyecto no generaría efectos características y circunstancias contemplados en el artículo 11 de la Ley 19.300, se recomienda rechazar el EIA. 11. Observante: Herman Von Mayenberger, Doris Zamorano Ledezma, Daniel Diaz Tirado, María Pizarro González, Luisa Figueroa Gómez

Observación:

Respecto a flora y vegetación ¿Qué medidas se realizarán para cuantificar y proteger las especies que no han sido catastradas, debido a que las campañas en terreno se hicieron en verano, otoño y primavera 2018 y verano 2019, dando como resultado sólo 96 especies encontradas, menor que la presentada en la línea de base, 160 (Cerro Blanco de 2013 (ATM-SGA)?. Independiente que se haya cubierto un área menor, éstas se hicieron en años donde no ha habido lluvias, por lo tanto el resultado de 96 especies no es lo real. Al respecto precisó el Dr. Roberto Chávez “El desierto florido no ocurre en todos lados. Hay partes de Atacama que nunca florecen. Se ha estudiado que hay un banco de semillas que duerme y que tienen la capacidad de estar en latencia por muchos años esperando a que aparezca el agua para florecer. Lo interesante es que a diferencia de la maleza, si se riegan las semillas no brotan de inmediato las flores. Si es poca el agua se evapora rápidamente. Las semillas del desierto florido tienen memoria y requieren que haya agua durante varios días para mantenerse y reproducirse durante un año. Una lluvia no activa un desierto florido, deben ser varias durante un periodo más largo”. Considerando que la riqueza de flora vascular en la región alcanzaría a unas 1099 especies, de las que 980 son nativas; con 532, endémicas de Chile y 77, endémicas de la Región de Atacama. Pregunta: ¿Si el Titular reconoce que en la etapa de construcción habrá un impacto “Significativo”, entonces por qué a pesar de la legislación vigente se pueden destruir 96 especies de flora (catastradas) más las no catastradas por no ser época de lluvias?.

A nivel local, existen datos que indican que en los 1.600 km2 en los que se extiende la comuna de Huasco, se encuentra una riqueza de especies nativas de plantas vasculares que alcanza a unas 344 especies. Pregunta: ¿Por qué a pesar de la legislación vigente se destruirán 96 especies de flora (catastradas) que representa el 28% a nivel comunal, más las no catastradas por no ser época de lluvias?

Si la clasificación “Extinta” es cuando muere el último individuo/ejemplar de la especie. Pregunta: En las campañas en terrenos ¿Cómo se catastra la diferencia de especies entre “extintas” o “inexistentes”? ¿Si hubiesen especies extintas, se investiga la causa de dicha extinción?.

¿El Titular realizó Línea de base de especies declaradas existentes de otros proyectos y que ahora no se encuentran?, ¿Por qué motivo ya no se encuentran?

¿Con cuáles otros proyectos se realizaron Línea de base?

¿Existen estudios que demuestren que se puede trasplantar flora endémica, especialmente en épocas sin lluvias?

¿Cómo garantizan que el material de flora que se rescate en la espera de un buen año mantenido en vivero, se podrán cosechar semillas para producir plantas que se utilicen como respaldo de la reintroducción?, ¿Dio resultado con los demás proyectos ubicados en este sector? En el caso de los cactus, una amenaza particular a considerar es el robo de los ejemplares por lo que las marcas y los cierres deben ser poco visibles. Facilitará el proceso la georreferenciación del sitio en el que se establezcan los ejemplares. La materialidad del cierre se puede definir en terreno y debe constituir un elemento de mínimo impacto visual el que será levantado una vez terminado el periodo de establecimiento. Pregunta: ¿Qué tipo de cierre se utilizará para que no produzca daño a los animales o transeúntes?

¿Por qué no se aplica la legislación para proteger las 96 especies catastradas, más las no catastradas, ya que este Patrimonio Natural único en el mundo, representa un enorme potencial turístico para la zona sur de Huasco aprovechando la carretera costera que está proyectada justo por el sector de Playa Brava, Sector Los Lachos, Punta Alcalde y Aguada de Tongoy?

¿Tiene alguna importancia y cumplimiento la legislación de la Macrozonificación de los Usos del Borde Costero de la Región de Atacama, ya que desde el sector de Playa Brava hasta el sector de Punta Alcalde está reconocida como Zona Turística?

¿Tiene alguna importancia y cumplimiento la legislación de la Macrozonificación de los Usos del Borde Costero de la Región de Atacama, el sector de Aguada Tongoy que se ubica en territorios de Huasco y Freirina, está reconocida como Zona de Interés Medio Ambiental Terrestre?

Evaluación técnica de la observación: Se considera pertinente la presente observación por cuanto hace referencia a los contenidos del Estudio de Impacto Ambiental (EIA) y al proceso reglado del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental. La observación ciudadana fue incorporada en el informe consolidado de solicitud de aclaraciones, rectificaciones o ampliaciones a través del Anexo Complementario de Participación Ciudadano emitido con fecha 27 de septiembre 2019. Sobre el asunto se informa que el Titular no dio respuesta al documento señalado, debido a que no presentó la Adenda correspondiente, por tanto se procede con lo establecido en el artículo 38 del D.S. N°40/2012 del Ministerio del Medio Ambiente donde se indica que “si no se hubieren presentado las aclaraciones, rectificaciones o ampliaciones solicitadas, una vez transcurrido el plazo otorgado, se elaborará el Informe Consolidado de Evaluación a que se refiere el artículo 44 de este Reglamento y se procederá a calificar el Estudio de Impacto Ambiental…”, y, considerando que no es posible concluir que el proyecto no generaría efectos características y circunstancias contemplados en el artículo 11 de la Ley 19.300, se recomienda rechazar el EIA. 12. Observante: Herman Von Mayenberger, Doris Zamorano Ledezma, Daniel Diaz Tirado, María Pizarro González, Luisa Figueroa Gómez

Observación

Respecto a fauna ¿Se realizó Línea de base de fauna terrestre, aves y marítima con otros proyectos aprobados? ¿Qué medidas se realizarán para cuantificar y proteger las especies que no han sido catastradas, debido a que las campañas en terreno se hicieron los años 2018 y 2019? Al igual que el Desierto Florido, mucha vida animal está ausente en grandes extensiones y sólo aparece donde hay vegetación, la que está asociada a la disponibilidad de agua por lluvias.

¿Por qué el impacto a la fauna se cataloga como “No Significativo”, si producirá mucho daño a este ecosistema? Impactos declarados por el mismo Titular: La Probabilidad de ocurrencia del impacto es “Cierta” dado que la construcción de las obras e instalaciones del Proyecto generará incrementos en los niveles de presión sonora, lo que provocará la pérdida y alteración de los hábitats presentes en el área a ocupar por las especies antes mencionadas.

La criticidad del componente ambiental receptor de este impacto es “Alta”

La perturbación de hábitat constituye un impacto “Perjudicial”.

La intensidad se considera “Alta”, dado que, si bien no se afectarán la totalidad de hábitat presentes en las zonas, aquellas áreas que sí serán intervenidas directamente, presentarán una afectación completa, aunque se debe hacer mención que muchos de los sectores ya se encuentran intervenidos.

Si bien la superficie afectada por las obras del Proyecto es de 82 ha, el área de influencia para ruido es extiende por una superficie mayor a 1.000 ha, en consecuencia, el impacto se presenta en forma “Total”.

El plazo de manifestación del impacto es “Inmediato” (inferior a un año), dado se hará afectivo al momento que se realice la intervención de cada sector que presente condiciones de hábitat para fauna.

La pérdida de hábitat para fauna se considera en forma conservadora como “Permanente”, debido que la pérdida de dichos hábitats en algunos sectores, por la intervención directa del Proyecto (como el sector PD) se realizará efectivamente en forma permanente.

La pérdida de hábitat para fauna se considera en forma conservadora como “Irreversible”, debido que la pérdida de dichos hábitats en algunos sectores, por la intervención directa del Proyecto (como el Sector PD) se realizará efectivamente en forma permanente, aunque en otros sectores (Sectores AI y AILL) se recuperará la vegetación después de la construcción del Proyecto, y con ellos se recuperan hábitats para la fauna.

Evaluación técnica de la observación: Se considera pertinente la presente observación por cuanto hace referencia a los contenidos del Estudio de Impacto Ambiental (EIA) y al proceso reglado del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental. La observación ciudadana fue incorporada en el informe consolidado de solicitud de aclaraciones, rectificaciones o ampliaciones a través del Anexo Complementario de Participación Ciudadano emitido con fecha 27 de septiembre 2019. Sobre el asunto se informa que el Titular no dio respuesta al documento señalado, debido a que no presentó la Adenda correspondiente, por tanto se procede con lo establecido en el artículo 38 del D.S. N°40/2012 del Ministerio del Medio Ambiente donde se indica que “si no se hubieren presentado las aclaraciones, rectificaciones o ampliaciones solicitadas, una vez transcurrido el plazo otorgado, se elaborará el Informe Consolidado de Evaluación a que se refiere el artículo 44 de este Reglamento y se procederá a calificar el Estudio de Impacto Ambiental…”, y, considerando que no es posible concluir que el proyecto no generaría efectos características y circunstancias contemplados en el artículo 11 de la Ley 19.300, se recomienda rechazar el EIA. 13. Observante: Herman Von Mayenberger, Doris Zamorano Ledezma, Daniel Diaz Tirado, María Pizarro González, Luisa Figueroa Gómez

Observación:

Respecto a Relación con las políticas, planes, programas, estrategias, informes, agendas, catastros, estudios, declaraciones, pactos, constitución.

Plan de recuperación ambiental y social de Huasco – PRAS

¿Por qué no se consideró el Acuerdo del Cras de no construir más desaladoras en la comuna, lineamientos y objetivos estratégicos comunales, las cuales no establecen la extensión industrial? El Programa para la Recuperación Ambiental y Social de Huasco 2014-2018 (PRAS), es una mesa tripartita integrada por, Organizaciones civiles, Gobierno y Empresas privadas, cuyo objetivo principal es recuperar ambientalmente el territorio y mejorar la calidad de vida de los habitantes de la comuna.

En el diagnóstico inicial surgieron 16 objetivos territoriales de las principales aspiraciones de la gente, que son:

Contar con una buena calidad del aire y un sistema de monitoreo y control que cumpla estándares internacionales Contribuir a asegurar las condiciones para el desarrollo de la actividad agrícola de forma limpia. Asegurar la disponibilidad de agua dulce para consumo humano y mejorar la disponibilidad para ecosistemas y agricultura. Asegurar la calidad de los cuerpos de agua superficiales y subterráneos. Contar con una adecuada compatibilización de usos y calidad ambiental del borde costero. Contar con un diagnóstico comunal de suelos con potencial presencia de contaminantes. Conservar adecuadamente el patrimonio natural de Huasco. Mejorar el entorno, paisaje y contar con suficientes espacios verdes y recreativos. Fortalecer la identidad y recuperación de la infraestructura y expresiones culturales con valor patrimonial. Mejorar la calidad de las fuentes de trabajo. Contar con viviendas sociales de calidad para las personas que lo requieran. Facilitar el ingreso de los estudiantes en la educación superior. Prevenir y controlar la población de perros vagos. Contar con un adecuado manejo de residuos domiciliarios e industriales. Mejorar la atención de los servicios de salud. Contar con infraestructura adecuada (vial, alcantarillado y de seguridad).

De acuerdo a los resultados, los 4 desafíos más relevantes del Programa PRAS Huasco son:

Desafío de mejorar la calidad del aire: Es necesario tomar medidas para reducir las emisiones provenientes principalmente de 2 fuentes industriales, las termoeléctricas de Guacolda y la planta de pellets de CAP.

Desafío de asegurar disponibilidad de agua para objetivos sociales y mejorar abastecimiento para usos económicos: Existe gran preocupación en la comunidad por el aseguramiento de disponibilidad de agua para consumo humano, así como también disponer de caudal ecológico para proteger el humedal de Huasco.

Desafíos de repensar las actividades económicas tradicionales: El tema laboral genera gran preocupación en la comunidad, ya que contar con una buena fuente de trabajo es fundamental para tener una buena calidad de vida. Así, los asistentes a los diferentes talleres plantearon la necesidad de potenciar otras actividades económicas, en particular la pesca, dado la disminución que ésta ha tenido los últimos años. Por ello, resulta desafiante repensar la manera en que se desarrollan actividades tradicionales como agricultura y pesca, así como también explorar nuevas alternativas, como, por ejemplo, la acuicultura o el turismo. Es un desafío a nivel mundial lograr un uso sustentable del mar, el decaimiento de las poblaciones de peces y recursos hidrobiológicos es un fenómeno global del que Huasco es parte de la solución. Los cultivos de nuevas especies de peces, pensar en cultivos de moluscos o algas, mirar y potenciar con creatividad las bellezas escénicas y particularidades del territorio para sumarse al boom mundial del turismo, pueden ser oportunidades para Huasco.

Desafío de mejorar la gestión de la información: Contar con información oportuna y fidedigna es fundamental para el ejercicio integral de la democracia y como factor determinante en crear mejores relaciones y confianza.

Posteriormente respecto al uso de desaladoras se acuerda lo siguiente:

ACTA SESIÓN ORDINARIA N°1 – COMISION DE COMPONENTE AGUA CONSEJO PARA LA RECUPERACIÓN AMBIENTAL Y SOCIAL DE LA COMUNA DE HUASCO Miércoles 7 de septiembre 2016. “Ficha B.1.1 Evaluar la factibilidad de utilizar desalinización de agua para diferentes usos” Se acuerda eliminar ficha ya que se entiende que esto da el paso para utilizar plantas desaladoras.

PLADECO HUASCO 2019-2022 ¿Por qué no se consideró el Pladeco 2019-2022, cuyos lineamientos y objetivos estratégicos comunales no establece construcción de desaladoras ni extensión de zonas industriales?

Dentro de los lineamientos y objetivos se encuentran:

Fortalecimiento de las actividades económicas. ✓ Potenciar el turismo en la comuna. ✓ Fortalecer la actividad agropecuaria. ✓ Profesionalizar la actividad agroindustrial. ✓ Empoderar la actividad artesanal. ✓ Apoyar la actividad pesquera. ✓ Capacitar a empresarios / emprendedores / trabajadores de la comuna. ✓ Promover la incorporación de la mujer al mercado laboral. ✓ Fomentar la incorporación de jóvenes al mercado laboral. ✓ Impulsar la asociatividad y redes de apoyo de productores y artesanos de la comuna. ✓ Articular redes de apoyo para el empleo. • Protección y recuperación del Medio Ambiente. ✓ Proteger la biodiversidad de la comuna. ✓ Fortalecer la protección del Medio Ambiente. ✓ Fiscalizar cumplimiento de medidas medioambientales. ✓ Fomentar la educación medioambiental y el reciclaje. • Recuperación del patrimonio material e inmaterial. ✓ Impulsar la preservación y la puesta en valor del patrimonio material e inmaterial, cultural y natural de la comuna. ✓ Fomentar la cultura y tradiciones locales. ✓ Poner en valor la preservación y el entorno del Parque Nacional Llanos de Challe. ✓ Priorizar el rescate y conservación de los humedales de Huasco y Carrizal Bajo; y el territorio que cubre el fenómeno del desierto florido. PLADECO 2011-2015 ¿Por qué no consideró el Pladeco Huasco 2011-2015, cuyos lineamientos y objetivos estratégicos comunales no establece construcción de desaladoras ni extensión de zonas industriales? Dentro de los lineamientos y objetivos se encuentran:

• Fortalecimiento del turismo comunal. • “ de la actividad agropecuaria. • “ de la actividad agroindustria comunal. • “ de la actividad artesanal • “ de la actividad pesquera artesanal. • Protección y recuperación al medio ambiente y fortalecimiento de la comunidad ecológica. • Fortalecimiento de la protección del medio ambiente. • Recuperación, preservación y puesta en valor del patrimonio tangible e intangible de la comuna. PLAN DE PREVENCIÓN (LATENCIA) • ¿Por qué no se consideró el Plan de Prevención D.S Nº 38/2016 que declara a Huasco Zona Latente por MP10 como concentración anual, puesto que el polígono propuesto abarca una superficie de aproximadamente de 3.497 Ha, (35 Km2), incluyendo en su totalidad la localidad de Huasco, Huasco Bajo, Zona Industrial y lugares aledaños a la comuna?

ACTUALIZACIÓN PLAN REGULADOR DE HUASCO

¿Por qué no se consideró la actualización del Plan Regulador de Huasco, donde se tiene proyectado a petición de la comunidad dejar este sector sur con uso sueldo como Área verde de Resguardo para el desarrollo turístico, recreativo y productivo en esta zona? Ya que el futuro emplazamiento de la ruta costera conectará a la ciudad con otros centros poblados, por lo tanto el turismo puede ser la base potencial de un nuevo desarrollo económico en el sector de Playa Brava, sector Los Lachos, Punta Alcalde, Aguada Tongoy, etc. Y a su vez permitiría eliminar las emisiones contaminantes en Huasco, especialmente en poblaciones urbanas cercanas y recuperar la bahía para uso pesquero.

INFORME AMBIENTAL COMPLEMENTARIO ACTUALIZACIÓN PLAN REGULADOR COMUNAL HUASCO

¿Por qué no considero el Informe Ambiental Complementario Actualización Plan Regulador Comunal Huasco, cuyos lineamientos y objetivos estratégicos comunales no establece construcción de desaladoras ni extensión de zonas industriales?

Los Objetivos Ambientales de la comuna son: Resguardar la salud de la población de Huasco. Propiciar una mejor calidad ambiental de la ciudad de Huasco, definiendo un sistema de áreas verdes funcional, que permita generar distanciamientos y/o zonas de amortiguación, respecto de los usos industriales contaminantes y áreas de riesgo de origen natural, relevando los servicios ecosistémicos que éstas brindan. Incentivar el desarrollo económico no contaminante, como el turismo disponiendo de oferta de suelo urbano para su desarrollo. Resguardar el valor ambiental y productivo que representa el río Huasco, definiendo en torno a éste, usos compatibles con dicho valor y que tiendan a su protección.

Los criterios de Desarrollo Sustentable son: Resguarda a la población de Huasco de los efectos negativos de la actividad productiva. Define y ordena los usos de suelo en torno a los recursos de valor natural. Promueve el desarrollo de nuevas actividades. Análisis Participativo Ciudadano, algunos de estos son: Conservar el sector sur del área industrial (poniente de Huasco), como un área natural con uso recreativo y turístico protegido. No se quiere expansión productiva como sugiere la Alternativa 2 Se valoran las áreas verdes que actúan como buffer entre zona industrial y el área urbana de Huasco. Proteger Playa Brava. Se manifiestan de acuerdo con el borde turístico continuo en todo el borde costero de Huasco. Conservar como zonas protegidas naturales y arqueológicas las áreas al sur de la actual zona industrial (poniente de Huasco). Los usos propuestos son pesca artesanal y museos de sitios. Existe amplia preocupación y malestar en la comunidad respecto de las condiciones de salud precarias de muchos habitantes producto de las enfermedades respiratorias o de otra índole, asociados a la contaminación provocada por las industrias existentes en Huasco. Existe percepción de que no se ha avanzado mucho en solucionar este tema, en particular con la reducción o eliminación de las emanaciones atmosféricas tóxicas. No se visualiza en los participantes la vinculación que existirá entre la Actualización del PRC y los Anteproyectos del Plan de Prevención de Contaminación Atmosférica de Huasco y el Programa Cras, ambos del Ministerio del Medio Ambiente. De qué manera se relacionan el relevamiento y protección ambiental con los proyectos industriales actuales y la eventual ampliación de los usos productivos.

Aspectos de las Alternativas de estructuración Territorial del Concejo Municipal: Se considera adecuado que el área industrial no se extienda, manteniendo su área actual. Se señala la importancia de poner énfasis en lo turístico.

Recomendaciones para la Confección del Anteproyecto: Mantener un buffer o distanciamiento entre la zona portuaria industrial y el desarrollo urbano planteado para Huasco. Mantener el sistema de áreas verdes definido de “Cerros y Quebradas” ya que permite estabilizar las laderas y recuperar parte de la función ecológica del área. Identificar usos de borde costero que sean compatibles con la actividad de recolección que se da en torno a la recolección de Huiro.

ESTUDIO DE EVALUACIÓN DE ALTERNATIVAS DEPÓSITO DE RELAVES EN TIERRA PLANTA DE PELLETS CAP HUASCO.

¿Por qué no se consideró el Estudio de Evaluación Depósito de Relaves en tierra de Planta de pellets CAP, que evaluó su instalación en un radio de 50 km desde Huasco, llegando a la conclusión que todas las alternativas presentadas (9 sitios) no son viables, ni técnica ni socialmente por cuanto el transporte y disposición de relaves en altura en la cuenca del Valle del Huasco reviste riesgos por la cercanía de las poblaciones, no se cumple con la distancia de seguridad o por el tamaño de las cuencas aportantes a los eventuales sitios de disposición o, finalmente, por el imperativo de instalar obras aledañas al río, para alojar sistemas de bombeo, piscinas de emergencia y dos ductos (relave y agua), donde el primero alcanzaría presiones de trabajo por sobre las 4.000 libras por pulgada cuadrada (psi por sus siglas en inglés)?

INFORME INSTITUTO NACIONAL DE DERECHOS HUMANOS (INDH) 2014

¿Por qué no se consideró el Informe de DDHH 2014 como línea de base de vulneración de diversos Derechos Fundamentales, al constatar una contaminación sistemática en el Valle del Huasco?

AGENDA 2030 “DE LA SUSTENTABILIDAD Y CAMBIO CLIMÁTICO”. ¿Por qué no se consideró la agenda 2030 de la Sustentabilidad y Cambio Climático, respecto a ODS 14. Vida Submarina, cuyos parámetros nacionales van enfocados a la protección del sistema marino y no a la construcción de desaladoras que provocan graves daños al sistema marino y terrestre?

ODS 14 Vida Submarina: Conservar y utilizar en forma sostenible los océanos, los mares y los recursos marinos para el desarrollo sostenible y poner fin a la pobreza en todas sus formas en todo el mundo ACCIONES PÚBLICAS, febrero 2018.

Ley N° 20.657, General de Pesca y Acuicultura, Modifica en el Ámbito de la Sustentabilidad de Recursos Hidrobiológicos, Acceso a la Actividad Pesquera Industrial y Artesanal y Regulaciones Para La Investigación Y Fiscalización, La Ley General De Pesca Y Acuicultura Contenida En La Ley N°18.892 Y Sus Modificaciones.

Convención para la Conservación y Manejo de los Recursos Pesqueros de la Alta Mar del Pacífico Sur, cuyo objetivo es asegurar, a través de la implementación del enfoque ecosistémico y precautorio, la conservación y manejo sustentable de los recursos pesqueros y la salvaguarda de sus ecosistemas en el largo plazo, para lo cual su principal función es el establecimiento, adopción e implementación por parte de sus Miembros, de medidas de conservación y manejo para los recursos pesqueros del área, como también el monitoreo, cumplimento y vigilancia de la implementación de las normas de conservación y manejo.

Promulgación del Acuerdo de París sobre Cambio Climático, adoptado en la XXI Reunión de la Conferencia de las Partes de la Convención Marco de las Naciones Unidas sobre el Cambio Climático, Decreto N° 30 del Ministerio de Relaciones Exteriores (2017).

Ley N° 20.925 de Bonificación para el Repoblamiento y Cultivo de Algas, podrá beneficiar a Titulares de 784 AMERB y 538 concesiones de acuicultura entre 2017 y 2027.

La Ley N° 21069 (2018) crea el Instituto Nacional de Desarrollo Sustentable de la Pesca Artesanal y de la Acuicultura de Pequeña Escala, Indespa, como servicio público descentralizado, que contará con personalidad jurídica y patrimonio propio, sometido a la supervigilancia del Presidente de la República a través del Ministerio de Economía, Fomento y Turismo, cuyo objetivo será fomentar y promover el desarrollo de la pesca artesanal, de la acuicultura de pequeña escala y sus beneficiarios. El servicio estará afecto al Sistema de Alta Dirección Pública establecido en el Título VI de la ley N° 19.882.

Plan de Adaptación al Cambio Climático para Pesca y Acuicultura y Plan de Adaptación al Cambio Climático en Biodiversidad: El primer Plan apunta a fortalecer la capacidad de adaptación del sector Pesca y Acuicultura a los desafíos y oportunidades del cambio climático, considerando un enfoque precautorio y ecosistémico. Por su parte, el Plan de Adaptación al Cambio Climático en Biodiversidad tiene como objetivo fortalecer la capacidad del país para responder a los desafíos climáticos y a la creciente presión humana sobre los bienes y servicios de los ecosistemas chilenos, implementando medidas para aminorar las consecuencias negativas del cambio climático sobre los ecosistemas y la población, y asegurar la provisión de bienes y servicios ecosistémicos

Clasificación de ecosistemas marinos chilenos. Realizada durante 2015 y 2016, con el fin de contar con un inventario de ecosistemas marinos para la planificación de conservación y protección. Esta clasificación arrojo un total de 96 ecosistemas marinos que van desde Arica, por el norte del país, hasta Cabo de Hornos, por el sur, incluyendo las islas oceánicas. Conto con distintas instancias de participación del mundo técnico y académico de todo el país.

Plan de Acción Nacional para prevenir, desalentar y eliminar la Pesca Ilegal, No Declarada y No Reglamentada (INDNR), del año 2004, dictado al alero del Plan de Acción Internacional de la FAO: Elaborado para la prevención y eliminación de la pesca ilegal No Declarada y No Regulada, dada las responsabilidades que posee Chile en su triple condición de Estado Ribereño, Estado del Pabellón y Estado Rector del Puerto.

Control de la Contaminación marina: Por medio de la Dirección General del Territorio Marítimo y de Marina Mercante (DTM), el Ministerio de Defensa Nacional monitorea la calidad del agua y sedimentos marinos, fiscaliza vertimientos y combate los derrames de hidrocarburos.

Concesiones marítimas y uso de borde costero: El Ministerio de Defensa, por medio de la Subsecretaria para las Fuerzas Armadas, ha establecido el Departamento de Asuntos Marítimos con el fin de implementar y materializar la Política Nacional del Uso del Borde Costero, con la cual se permite el desarrollo de actividades concesionadas establecidas con la autoridad y, por lo mismo, el control, el uso y el acceso a un bien público, así como su sustentabilidad. Esta Subsecretaria apoya el Programa de Regularización de Caletas Pesqueras para agilizar la entrega de concesiones marítimas a las organizaciones de pescadores artesanales, manteniendo su participación en la Mesa Intersectorial para la puesta en marcha de la Ley N° 20.249, que crea Espacios Costeros Marinos para Pueblos Originarios. Se ha avanzado en la revisión del nuevo Reglamento de Concesiones Marítimas, regulación que busca actualizar, complementar y mejorar la normativa vigente, además de ponerlo a disposición de la ciudadanía para recopilar comentarios y sugerencias. Actualmente se trabaja con los diversos organismos públicos que integran la Comisión Nacional de Uso del Borde Costero.

El Programa “Te Quiero Caleta”, que busca afianzar el trabajo y la identidad de las 467 caletas existentes en Chile, a través de iniciativas de emprendimiento local y regional que apunten al desarrollo sustentable.

Se destaca además el Apoyo a Mujeres Pescadoras, concurso de diversificación productiva orientado a pescadoras de la Región de Los Lagos. Se seleccionaron 31 proyectos, beneficiando a 979 personas. Junto a Banco Estado se realizó la primera versión Concurso “Mujer Pescadora Emprende”, que convoco a pescadoras de todo Chile a contar su historia. DIAGNOSTICO PARA DESARROLLAR PLAN DE RIEGO EN LA CUENCA DE HUASCO, Facultad de Ciencias Agronómicas de la Universidad de Chile, 2016.

¿Por qué no se consideró El Plan de Riego en la cuenca del Huasco, cuyos lineamientos son mejoramientos de canales y cuidado del agua dulce del río, en ningún caso hay lineamientos de uso de agua desalada en el sector agrícola y olivícola?

POLÍTICA AMBIENTAL REGIÓN DE ATACAMA

¿Por qué no considero la Política Ambiental Región de Atacama, cuyo contexto radica en la equidad social y económica sin comprometer las expectativas de las generaciones futuras, compatibilizando economía, medio ambiente y recursos naturales? Situación vulnerada en la comuna, puesto que Huasco por años se ha encontrado en estado de saturación, actualmente se encuentra declarado Zona Latente y es inhumano incorporar nuevos proyectos contaminantes a una localidad impactada por contaminación ambiental.

Extracto política Regional: “La política regional “expresa el compromiso ambiental de los servicios públicos nacionales que operan en el territorio, de los gobiernos regionales, de los municipios, del sector privado, de las universidades, de las ONG, de los gremios, de las organizaciones sociales, entre otras formas de expresiones de la comunidad”. El desafío fundamental de esta política corresponde a “avanzar hacia un desarrollo regional con sustentabilidad, tratando fundamentalmente que se puedan generar las condiciones básicas que permitan compatibilizar el proceso de crecimiento económico regional con la protección del medio ambiente y el uso sustentable de los recursos naturales. En este contexto la equidad social y económica sin comprometer las expectativas de las generaciones futuras”

ESTRATEGIA REGIONAL Y PLAN DE ACCIÓN PARA LA CONSERVACIÓN Y USO SUSTENTABLE DE LA BIODIVERSIDAD DE ATACAMA 2010-2017

¿Por qué no considero la Estrategia Regional y Plan de Acción para la Conservación y Uso Sustentable de la Biodiversidad de Atacama, cuyo contexto radica en conservar los procesos ecológicos esenciales de la biósfera y promover el mejoramiento de la calidad de vida de las generaciones actuales y futuras? El sector sur donde pretende instalarse este proyecto se encuentra gran parte de flora, fauna y patrimonios culturales del valle del Huasco. El Titular reconoce el impacto significativo de estos patrimonios, por lo tanto el daño sería irreparable al patrimonio natural, cultural y al potencial turístico.

MUNICIPALIDAD DE HUASCO, DEPARTAMENTO DE TURISMO

¿Por qué no se consideró el Programa Turístico de la Municipalidad de Huasco, que considera también la zona sur como atractivo turístico? “Las playas son excelentes y aptas para la práctica de natación, deportes náuticos como velerismo, surf, buceo y pesca deportiva. Entre ellas destacan la Playa Grande, Playa Chica y Playa Brava, ubicadas en la ciudad; y también Tres Playitas, Los Toyos y Baratillo, hacia el norte de Huasco siguiendo la carretera de la costa”.

POLITICA REGIONAL DE TURISMO DE ATACAMA.

¿Por qué no se consideró la política de turismo Regional?, que tiene un horizonte de tiempo desde el 2016 al 2025 y su objetico general es: “Desarrollar el turismo sustentable de la región de Atacama, sobre la base de una gestión que articule, fortalezca, diversifique y posicione la oferta turística como una actividad económica relevante”. En cuanto a la oferta y la demanda se priorizan 4 destinos que serán el foco para la implementación de iniciativas de desarrollo: • Caldera – Parque Nacional Pan de Azúcar. • Valle de Copiapó • Valle del Huasco (turismo rural de ricos sabores del valle más verde del desierto). • Pingüino de Humboldt Así mismo, la política definió que los tipos de turismo a desarrollar en la región son: 1. Turismo rural. 2. El turismo de naturaleza. 3. El turismo de sol y playa. 4. El turismo patrimonial.

CATASTRO DE ATRACTIVOS TURÍSTICOS 2018 SERNATUR.

¿Por qué la línea base del proyecto dice que no existen sitios de interés turísticos registrados, si de acuerdo al registro oficial de atractivos turísticos de SERNATUR y a la información levantada en terreno, Huasco y Freirina cuentan con un total de 27 atractivos turísticos, y entre ellos se encuentra Playa Brava, catalogada como Sitio Natural?

INFORME DE DESTINOS TURÍSTICOS 2018 SERNATUR.

¿Por qué no se consideró el Informe de Destinos Turísticos (2018) de Sernatur, que dentro de los 89 destinos turísticos se encuentra el Valle del Huasco y zona costera con un nivel de desarrollo turístico Emergente Litoral, y con una tipología de destino turístico rural y de naturaleza?

ESTUDIO OPORTUNIDADES DE DESARROLLO REGIONAL CCIRA 2015

¿Por qué no se consideró el Estudio de Oportunidades Turísticas de las provincias de la Región de Atacama, realizado por la Corporación para la Competitividad e Innovación de la Región de Atacama CCIRA 2015, Intendencia de Atacama, ya que dentro de las actividades turísticas de la provincial del Huasco, se encuentra el surf en Ruta Costera Huasco, Punta Blanca y Playa Brava? Por lo tanto a futuro se puede incorporar a las Rutas Los Olivo, Los Humedales, Las cactáceas, la Ruta del Patrimonio y la Ruta del Desierto Florido al paso de la carretera costera por este sector.

ZONIFICACIÓN Y USO DEL BORDE COSTERO DE LA REGIÓN DE ATACAMA

¿Por qué no se consideró la Zonificación del Borde Costero de Atacama, porque en el sector de Playa Brava, sector Los Lachos, Huasco Bajo, donde pretende instalarse el proyecto es Zona turística (ZT) y por el sector de Aguada Tongoy donde pasará el acueducto es Zona de Interés Medio Ambiental Terrestre (ZMAT)?

ZONIFICACIÓN PRICOST

¿Por qué intervenir industrialmente este sector, si el emplazamiento del proyecto no se encuentra en Zona industrial, todo lo contrario va afectar zonas vírgenes. De acuerdo a lineamientos comunales de la Actualización del Plan Regulador Comunal radica en zonificarlo como Área Verde de Resguardo, para proteger este sector por el alto valor patrimonial natural (flora, fauna, desierto florido) y valor cultural (sitios arqueológicos, paleontológicos, sitios subacuáticos históricos), teniendo un gran potencial histórico turístico, pesquero y extracción de algas, además de protección a las poblaciones que se encuentran cercanas al sitio industrial. Según La zonificación del Borde Costero de Atacama corresponde a Zona Turística (ZT) y Zona de Interés Medio Ambiental Terrestre (ZMA-T) (Aguada de Tongoy), El Pladeco no contempla como lineamiento la extensión industrial. El Cras acordó no construir más desaladoras, Huasco ya cuenta con 12 desaladoras. Este sector se encuentra dentro del polígono del Plan de Latencia?

CONSTITUCIÓN POLÍTICA DE CHILE

¿Por qué no se consideró la Constitución Política de Chile, en sus Derechos Fundamentales como Vivir en un Ambiente Libre de Contaminación, Derecho a la Salud, Derecho a la Igualdad, etc. Considerando que este proyecto vendrá a impactar aun más esta zona catalogada como Zona de Sacrificio?

DECLARACIÓN UNIVERSAL DE DERECHOS HUMANOS

¿Por qué no se consideró la Declaración Universal de DDHH, en sus Derechos Universales como: Todos los seres humanos nacen libres e iguales en dignidad y derechos, y Todo individuo tiene derechos a la Vida, a la libertad y a la seguridad de su persona, Considerando que este proyecto vendrá a impactar aun más esta zona catalogada como Zona de Sacrificio?

PACTO INTERNACIONAL DE DERECHOS ECONÓMICOS, SOCIALES Y CULTURALES

¿Por qué no se consideró EL Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales, entre algunos de los pactos cuentan; Para el logro de sus fines, todos los pueblos pueden disponer libremente de sus riquezas y recursos naturales…En ningún caso podrá privarse a un pueblo de sus propios medios de subsistencia”, La comunidad no quiere más extensión industrial ni seguir perdiendo la poca fuente laboral de la pesca y salir definitivamente de ser Zona de Sacrificio?

PROGRAMA DE GOBIERNO 2018-2022 MEDIO AMBIENTE, CAMBIO CLIMÁTICO Y CALENTAMIENTO GLOBAL

¿Por qué no considero el Programa de Gobierno 2018-2022, cuyos lineamientos y objetivos estratégicos nacionales es solucionar los problemas de salud y calidad de vida de los chilenos afectados por la contaminación, especialmente que Huasco se encuentra declarado Zona Latente y es inhumano incorporar nuevos proyectos contaminantes a una localidad impactada por contaminación ambiental? Extracto programa presidente Piñera:

“Más allá del cuidado de la naturaleza, es indispensable hacerse cargo de los problemas actuales de contaminación que degradan directamente la salud y la calidad de vida de una gran parte de los chilenos. Más de 10 millones de compatriotas están expuestos a contaminación de material particulado fino, especialmente en la zona centro-sur del país, lo que contribuye a la muerte prematura de al menos cuatro mil chilenos al año. Muchas localidades sufren graves problemas de contaminación del aire, agua y suelo, y soportan pasivos ambientales que requieren urgente solución. A lo anterior se suma el que quizás es el mayor desafío en materia ambiental que enfrenta la humanidad, que es la lucha contra el cambio climático y el calentamiento global. Chile puede y debe asumir un rol, preparándose sobre todo para mitigar los efectos y adaptarnos a los cambios del calentamiento global.”

ESTUDIO SOBRE DESALADORAS, INSTITUTO PARA EL AGUA, MEDIO AMBIENTE Y SALUD DE LA UNIVERSIDAD DE LA ONU (UNU-INWEH)

¿Por qué no se consideró este Estudio entregado a la ONU?, que dice: La salmuera, agua compuesta por cerca de un 5% de sal, a menudo incluye toxinas como el cloro y el cobre que se usa en la desalinización, indicó el estudio. El agua de mar global contiene aproximadamente un 3,5%

Los productos químicos de desecho “se acumulan en el ambiente y pueden tener efectos tóxicos en los peces”, afirmó Edward Jones, autor principal del estudio.

La salmuera puede reducir los niveles de oxígeno en el agua de mar cerca de las plantas de desalinización con “impactos profundos” en los mariscos, cangrejos y otras criaturas en el fondo marino, lo que lleva a “efectos ecológicos observables en toda la cadena alimentaria”, señaló el documento.

Vladimir Smakhtin, director de UNU-INWEH, dijo que el estudio era parte de una investigación sobre la mejor manera de asegurar el agua dulce para una población en aumento sin dañar el medio ambiente.

CONVENCIÓN DEL MAR ¿Por qué no se consideró la Convención del Mar, sobre descargas contaminantes al mar?

CONVENCIÓN DEL CAMBIO CLIMÁTICO (CMNUCC)

¿Por qué no se consideró la Convención del cambio Climático donde Chile se encuentra tipificado País vulnerable, por cumplir 7 de los 9 criterios, que son; zonas costeras bajas, zonas áridas y semiáridas, Áreas susceptibles a la deforestación o erosión, Desastres naturales, Sequías, desertificación, Áreas urbanas altamente contaminadas, y Ecosistemas Frágiles?. Además Chile se encuentra entre los 16 países más vulnerables ambientalmente.

¿Por qué no se consideró la Convención de 1971 Relativa a los Humedales de Importancia internacional especialmente como Hábitat de Aves Acuáticas? ¿Por qué no se consideró la Declaración de Estocolmo de 1972 sobre el Medio Ambiente Humano? ¿Por qué no se consideró la Carta Mundial de la Naturaleza de 1982? Asamblea ONU. ¿Por qué no se consideró la Resolución Nº 45/94 sobre la necesidad de asegurar un medio ambiente sano para el bienestar de las Personas?

Evaluación técnica de la observación: Se considera pertinente la presente observación por cuanto hace referencia a los contenidos del Estudio de Impacto Ambiental (EIA) y al proceso reglado del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental. La observación ciudadana fue incorporada en el informe consolidado de solicitud de aclaraciones, rectificaciones o ampliaciones a través del Anexo Complementario de Participación Ciudadano emitido con fecha 27 de septiembre 2019. Sobre el asunto se informa que el Titular no dio respuesta al documento señalado, debido a que no presentó la Adenda correspondiente, por tanto se procede con lo establecido en el artículo 38 del D.S. N°40/2012 del Ministerio del Medio Ambiente donde se indica que “si no se hubieren presentado las aclaraciones, rectificaciones o ampliaciones solicitadas, una vez transcurrido el plazo otorgado, se elaborará el Informe Consolidado de Evaluación a que se refiere el artículo 44 de este Reglamento y se procederá a calificar el Estudio de Impacto Ambiental…”, y, considerando que no es posible concluir que el proyecto no generaría efectos características y circunstancias contemplados en el artículo 11 de la Ley 19.300, se recomienda rechazar el EIA. 14. Observante: Herman Von Mayenberger, Doris Zamorano Ledezma, Daniel Diaz Tirado, María Pizarro González, Luisa Figueroa Gómez

Observación:

Respecto a varias observaciones ¿Por qué sólo se consideró un buffer de 2 kms. de radio del área de influencia del proyecto, siendo que en este sector existen lugares de alto valor natural como el Desierto Florido, sitios arqueológicos, sitios paleontológicos, patrimonios históricos subacuáticos como naufragios en el sector de Punta Alcalde?

¿Por qué sólo se realizaron 2 días de visitas a terreno al sector, en el año 2018 no hubo desierto florido, por lo tanto no pudieron visualizar la magnitud de este fenómeno único en el mundo que representa un gran atractivo turístico en el sector donde se pretende instalar el proyecto?

¿Por qué no se evaluó el efecto invernadero en la comuna, ya que la comuna tiene una línea de base de más de 50 años con la planta de fierro de la empresa CAP y las 5 termoeléctricas de la Empresa Guacolda, haciendo a esta zona vulnerable al cambio climático?.

¿Si el estanque de distribución tiene sólo capacidad de 2.000 m3, entonces como se entregará el agua a los demás proyectos que se abastecerán de agua?

¿El estanque de distribución instalado en el sector de Las Tablas será enterrado, qué pasará cuando se produzcan aluviones, caídas de masas, sismos o terremoto, quién responderá por los daños ocasionados?

Existirá un trazado de 2 acueductos de 19 kms. Desde Huasco hasta Las Tablas, ¿Qué pasará cuando se produzcan aluviones, caídas de masas, sismos o terremoto, ¿quién responderá por los daños ocasionados?

¿Cuáles son los nombres y ubicaciones (no coordenadas) exactas de las quebradas Q1C, Q2C, Q3C, Q4C, Q5C y Q6C (cruces Nº1,2,3,4,5,6), por donde atravesarán los acueductos?

¿Cuál es específicamente el sector y ubicación (no coordenadas) exactas del cruce con tuberías de Guacolda (cruce Nº 7), por donde atravesarán los acueductos?

¿Cuál es específicamente el sector y ubicación (no coordenadas) exactas del cruce con Línea ferrocarriles (cruce Nº 8), por donde atravesarán los acueductos?

¿Cuál es específicamente el sector y ubicación (no coordenadas) exactas del cruce con Línea ferrocarriles, antigua (cruce Nº 9), por donde atravesarán los acueductos?

¿Cuál es específicamente el sector y ubicación (no coordenadas) exactas del Cruce con camino de tierra (cruce Nº 10), por donde atravesarán los acueductos?

¿Cuál es específicamente el sector y ubicación (no coordenadas) exactas del Cruce con Ruta C-468 (cruce Nº 11), por donde atravesarán los acueductos?

¿Cuáles son los nombres y distancias (no coordenadas) de los caminos con infraestructuras y acueductos del proyecto?

¿Cuáles son los nombres y distancias (no coordenadas) de los centros poblados con infraestructuras y acueductos del proyecto?

¿Cuál es específicamente la función que cumple la subestación Huasco?

La línea de 110 kV comenzará de la subestación Huasco hasta la planta desalinizadora. ¿Quién o de dónde se abastece de energía esta subestación?

¿Cuántas torres de alta tensión instalará el proyecto desde Huasco a Freirina?

¿Es legal qué el Titular condicione en el evento que el proyecto que se someta a evaluación sea calificado favorablemente por la Comisión de Evaluación Regional, el Titular renunciará a la ejecución del proyecto Cerro Blanco aprobado por RCA Nº 90/2015?

¿A qué modificaciones se refiere “El Proyecto reemplazará al Proyecto Cerro Blanco que fuera aprobado por RCA N° 90/2015 y al cual se introdujeron algunas modificaciones que no requieren ingresar al SEIA conforme a lo establecido en la Res. Ex. N° 170/2018 de la Dirección Ejecutiva del SEA?

¿Cuántas torres de alta tensión se instalarán en el sector de Maitencillo, e indicar lugares y distancias con la población, puesto que esta zona se encuentra impactada enormemente por estas torres? ¿Cuál es el estudio de Línea de base de la contaminación electromagnética ocasionada por torres de alta tensión en los sectores de Huasco, Huasco Bajo, Las Tablas, Freirina y Maitencillo? ¿Cuál es la Línea de base de otras Subestaciones Eléctricas (MW) con RCA aprobadas en la provincia?

¿Cuáles son los nombres y sectores de los 5 cruces de caminos por los acueductos?

¿Cuáles son los nombres y sectores de los 13 cruces de cauces-quebradas por los acueductos?

¿Cuál es la Línea de base de carga, descarga, salmuera, Tº, caudales, sólidos, aceites, hidrocarburos, metales pesados, químicos, pH, etc. De las 11 desaladoras que utiliza la empresa Guacolda para el proceso de sus termoeléctricas y la mega desaladora de 1.400 l/s aprobada el año 2018, también de la empresa Guacolda?

¿Cuál es la velocidad de transporte del agua desalada desde Huasco hasta el sector del estanque a Las Tablas-Freirina?

¿A qué altura (msnm) se encuentra el estanque ubicado en el sector de Las Tablas-Freirina?

¿El sitio de ubicación del estanque del sector Las Tablas-Freirina, qué área de cuenca aportante tiene y cuál es su volumen de acumulación?.

¿El estanque de acumulación del sector Las Tablas-Freirina a qué distancia está del centro poblado más cercano?

¿Cuál es la presión de trabajo (psi) que producirán los acueductos desde Huasco hasta el sector Las Tablas-Freirina?

¿Se realizó algún estudio acabado para evaluar el nivel de riesgo de la presión (psi) que producirán los acueductos desde Huasco hasta el sector Las Tablas-Freirina, considerando que las tuberías pasarán cerca de centros poblados?

¿Existe legislación respecto a cumplir distancias de seguridad de acueductos que pasan por cuencas aportantes y centro poblados?

¿A quiénes comprarán, arrendarán y/o concesionarán los derechos de pasos de servidumbre?

¿Los operarios tomarán agua desalinizada y potabilizada, considerando que la bahía se encuentra contaminada con relaves de hierro, termoeléctricas y emisarios submarinos sanitarios?

¿A quienes venderán el agua desalinizada?

¿El agua desalinizada será sólo para uso industrial, asegurando que las sanitarias no la venderán para uso humano o agrícola, considerando que la bahía e encuentra contaminada con relaves de hierro, termoeléctricas y emisarios submarinos sanitarios?

¿Dónde estarán ubicados (no coordenadas) los químicos, corrosivos y sustancias peligrosas utilizados en el proceso de desalinización?

¿El Titular realizó algún estudio a peces, moluscos, etc., como línea de base considerando que la bahía se encuentra contaminada con relaves de hierro, termoeléctricas y emisarios submarinos sanitarios y este proyecto representa la desaladora más grande, uniéndose a las 11 del proceso de termoeléctricas y otra desaladora de Guacolda de 1.400 l/s aprobada el año 2018, por lo tanto es muy importante tener esta línea de base puesto que este sector es uno de los pocos que está quedando para la pesca artesanal?

¿Por qué no se consideró una línea de base de contaminación electromagnética, considerando la existencia de proyectos de líneas de transmisión eléctrica, gran cantidad de torres de alta tensión y la generación de 5 termoeléctricas en Huasco, Plantas solares y eólicas en Freirina y las subestaciones de Huasco y Maitencillo-Freirina?

¿Se realizó algún estudio del peligro a la salud humana y la relación por contaminación electromagnética, debido a que esta zona está impactada enormemente por infraestructuras eléctricas?

¿Por qué el Titular dice “Cantidad y manejo de residuos, productos químicos y otros sustancias “que puedan afectar el medio ambiente”, por lo tanto el Titular no está garantizando que no habrá daño, trasgrediendo el principio preventivo y precautorio?

¿En caso de riesgo por Remoción en masa, el Titular se hará responsable del daño que se produzca por rotura de acueductos, estanque de agua desalada, almacenamiento de sustancias peligrosas, etc?

¿Quiénes son los dueños de las 82 ha donde se emplaza el proyecto?

¿En caso de lluvias y aluviones, puesto que en el sector donde se emplaza el proyecto se encuentran grandes quebradas y cauces, el Titular se hará responsable del daño que se produzca por rotura de acueductos, estanques de agua desalada, almacenamientos de sustancias peligrosas, etc.?

Como reconoce el Titular, la Actividad sísmica tiene magnitud alta en este sector, por las placas de Nazca y Continental ¿Se hará cargo el Titular de los daños que se produzcan por rotura de acueductos, estanques de agua desalada, almacenamiento de sustancias peligrosas, etc.?

En caso de riesgo de Tsunami las instalaciones localizadas dentro de esta zona de riesgo potencial corresponden al sector de las Obras Marítimas asociadas a la captación y descarga de agua de la Planta Desalinizadora ¿Se hará cargo el Titular de los daños que se produzcan por rotura de acueductos, infraestructuras, almacenamiento de sustancias peligrosas, etc.?

Si existen 16 proyectos aprobados en un radio de 20 km. ¿Para qué seguir condenando a esta Zona de Sacrificio, que se encuentra en vías de Recuperación Ambiental y Social?

¿Los acueductos a cuántos metros de la población se encontrarán de la población Los Olivos de Huasco Bajo, qué pasará en caso de aluviones, remociones de masas de tierra, sismos, terremotos?

¿Cuántas norias de agua subterránea hay en el sector, especialmente en el sector de Aguada Tongoy, lugar que abastece de agua a la fauna, flora, algueros, pescadores, majadas, etc. Y declarada como Zona de Interés Medio Ambiental Terrestre?

¿Cuántas torres de alta tensión (línea de base) existen entre Huasco y Freirina-Maitencillo?

¿Cuántos proyectos y MW (línea de base) entrega la subestación Huasco?

¿Cuántos proyectos y MW (línea de base) entrega la subestación Maitencillo-Freirina?

¿Cuál es el Plan de medidas de mitigación, reparación y compensación para; Superación de emisiones al aire, fauna, flora, patrimonios arqueológicos/paleontológicos/subacuáticos, rotura de ductos, transporte de sustancia peligrosas, etc.?

¿Por qué no se realizó Estudio del potencial Turismo, considerando que Playa Brava se encuentra en catastros Turísticos de Sernatur como un atractivo con un uso Actual con restricciones, y que por la Ruta Costera antes Mencionada tomara mayor relevancia y potencial?

¿Cuál es el Programa de Vigilancia Ambiental en las 3 etapas del proyecto?

¿Cuál es el Estudio de bancos naturales para el Programa de Vigilancia Ambiental?

¿Se realizó Estudio de pérdida de mano obra del sector productivo pesquero se verá afectado por el daño de este proyecto al mar?

¿Se realizó Estudio sobre las corrientes marinas y la pluma salina de este proyecto más las 12 desaladoras de Guacolda?

¿A qué distancia se encuentra el acueducto de la población Miramar, 21 de Mayo, Los Olivos, etc.?

Evaluación técnica de la observación:

Se considera pertinente la presente observación por cuanto hace referencia a los contenidos del Estudio de Impacto Ambiental (EIA) y al proceso reglado del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental. La observación ciudadana fue incorporada en el informe consolidado de solicitud de aclaraciones, rectificaciones o ampliaciones a través del Anexo Complementario de Participación Ciudadano emitido con fecha 27 de septiembre 2019. Sobre el asunto se informa que el Titular no dio respuesta al documento señalado, debido a que no presentó la Adenda correspondiente, por tanto se procede con lo establecido en el artículo 38 del D.S. N°40/2012 del Ministerio del Medio Ambiente donde se indica que “si no se hubieren presentado las aclaraciones, rectificaciones o ampliaciones solicitadas, una vez transcurrido el plazo otorgado, se elaborará el Informe Consolidado de Evaluación a que se refiere el artículo 44 de este Reglamento y se procederá a calificar el Estudio de Impacto Ambiental…”, y, considerando que no es posible concluir que el proyecto no generaría efectos características y circunstancias contemplados en el artículo 11 de la Ley 19.300, se recomienda rechazar el EIA. 15. Observante: Herman Von Mayenberger, Doris Zamorano Ledezma, Daniel Diaz Tirado, María Pizarro González, Luisa Figueroa Gómez

Observación:

Respecto a emisiones al aire Por qué el Titular dice que compensará el 100% de las emisiones en etapa de construcción/operación, si generará igual emisiones; Año 1: 0,44-Año 2: 0,15-Año 3: 0,13-Año 4: 2,88-Año 5: 0.74-Año 6: 0,02 y así sucesivamente, como se demuestra en las siguientes tablas?

¿Por qué se presentará un Plan de Compensación de emisiones ante la SEREMI del Medio Ambiente después de obtenida la RCA favorable, si los proyectos no pueden ser fragmentados? Existen malas experiencias con proyectos anteriores, como el caso del depósito de relaves de la empresa CAP, que siendo aprobada su RCA el año 2010, aun no se ha cumplido, y la 5ta. Termoeléctrica de Guacolda (2010) se aprobó sin el botadero de cenizas, éste fue aprobado posteriormente el año 2014.

¿Por qué al momento de presentar el plan, se evaluará la pavimentación de calles en la Villa San Pedro de Huasco u otra alternativa disponible que sea aceptada por el SEREMI de Medio Ambiente y que genere una reducción de emisiones equivalente al 100% de las emisiones del proyecto, o sea no hay nada claro con respecto a garantizar la compensación de emisiones? Los valores de la Tabla 2. Marco regulatorio – sección 3.2.2 Línea de base calidad del aire no corresponde a los valores de MP2,5. De acuerdo al D.S Nº 12/2010, es de promedio Anual 20 ug/m3N y Percentil 98, 24 hrs. es de 50 ug/m3N y no de 50 ug/m3N y 150 ug/m3N, respectivamente.

¿Si el Titular reconoce que la Estación EME.F se encuentra en Estado de Latencia como promedio anual MP10 (2014-2016), por lo tanto el Plan de Compensación de pavimentar una calle de 643 m en la Villa San Pedro de Huasco, no vendrá a solucionar el problema de la contaminación, ni reducir las emisiones, todo lo contrario se incrementarán éstas, afectando aún más el problema grave a la salud de la población? ¿Por qué no se hizo la evaluación de calidad del aire norma Anual con el monitoreo de MP10 de los años 2017 y 2018? ¿Si el Titular reconoce que la Estación EME.F se encuentra en Estado de Latencia como promedio Percentil 98 Concentración 24 hrs. MP10 año 2016, por lo tanto el Plan de Compensación de pavimentar una calle de 643 m en la Villa San Pedro de Huasco, no vendrá a solucionar el problema de la contaminación, ni reducir las emisiones, todo lo se incrementarán éstas, afectando aún más el problema grave a la salud de la población? El Ministerio del Medio Ambiente debería declarar a Huasco Estado de Latencia Norma Diaria de MP10. ¿Por qué no se hizo la evaluación de calidad del aire norma Diaria con el monitoreo de MP10 de los años 2017 y 2018? ¿Si el Titular reconoce que la Estación EME-M se encuentra en Estado de Latencia como promedio Anual MP2,5 (2014-2016), por lo tanto el Plan de Compensación de pavimentar una calle de 643 m en la Villa San Pedro de Huasco, no vendrá a solucionar el problema de la contaminación, ni reducir las emisiones, todo lo se incrementarán éstas, afectando aún más el problema grave a la salud de la población? El Ministerio del Medio Ambiente debería declarar a Huasco Estado de Latencia Norma Anual de MP2,5. ¿Por qué no se hizo la evaluación de calidad del aire norma Anual con el monitoreo de MP2,5 de la Estación Huasco SÍVICA con el año 2018? ¿Por qué no se hizo la evaluación de calidad del aire norma Anual con el monitoreo de MP2,5 de las Estaciones Guacolda , con los años 2017 y 2018? Si el Titular no reconoce la latencia, la Estación EME-M se encontraba en Estado de Latencia Percentil 98 Concentración 24 hrs. MP2,5 el año 2015, por lo tanto el Plan de Compensación de pavimentar una calle de 643 m en la Villa San Pedro de Huasco, no vendrá a solucionar el problema de la contaminación, ni reducir las emisiones, todo lo se incrementarán éstas, afectando aún más el problema grave a la salud de la población? ¿Por qué no se hizo la evaluación de calidad del aire norma Diaria con el monitoreo de MP2,5 de las Estaciones Guacolda , con los años 2017 y 2018? ¿Por qué no se hizo la evaluación de calidad del aire norma Diaria con el monitoreo de MP2,5 de las Estación Huasco SÍVICA del año 2018? Respecto al registro MPS, ¿Por qué el Titular no informa sobre superaciones de valores máximos establecidos concentración media aritmética mensual (150 mg/m2-dia)?

Estación 4: marzo, noviembre 2017 (Saturación).

¿Por qué el Titular no informa sobre superaciones de valores máximos establecidos concentración media aritmética anual (100 mg/m2-dia)?

Estación 4: sobrepasa el promedio anual año 2017 (Saturación).

¿Por qué el Titular no informa sobre 80% (latencia) de valores máximos establecidos concentración media aritmética mensual (150 mg/m2-dia)?

Estación 2: febrero 2017 Estación 3: noviembre 2017 Estación 5: octubre 2017 Estación 6: febrero 2017

¿Por qué el Titular no informa sobre 80% (latencia) de valores máximos establecidos concentración media aritmética anual (100 mg/m2-dia)? Por lo tanto, el año 2017 el MPS en Estación 4 registra Saturación norma mensual y anual y las Estaciones 2,3,4,5,6 presentan Latencia por norma mensual y anual.

Estación 2: Promedio anual año 2017 Estación 3: Promedio anual año 2017 Estación 5: Promedio anual año 2017 Estación 6: Promedio anual año 2017

Por lo tanto, el año 2017 el MPS en Estación 4 registra Saturación norma mensual y anual y las Estaciones 2,3,4,5,6 presentan Latencia por norma mensual y anual.

¿Por qué no se hizo evaluación del MPS los años anteriores al 2017 y el año 2018?. Por lo tanto no se puede asegurar que el Plan de Compensación de pavimentar una calle de 643 m en la Villa San Pedro de Huasco, vendrá a solucionar el problema de la contaminación, ni reducir las emisiones, todo lo se incrementarán éstas, afectando aún más el problema grave a la salud de la población

¿Por qué la Norma primaria Anual y Diaria del Dióxido de Azufre (SO2) se evaluó basado en información del documento Anexo 1.C Estimación de Emisiones y Calidad del Aire del Proyecto Planta Desalinizadora Guacolda con RCA Nº84/2018 y no del Informe Técnico Cumplimiento de Normas de Calidad del Aire por MP10, Plomo, NO2 y SO2 Redes de Calidad del Aire de Huasco, 2017 de la SMA?

¿Por qué no se evaluaron las emisiones de la norma 1 hora del SO2 correspondiente al 2018 y 2019? Aunque la norma es nueva la información nos permitiría tener como referencia la real información del contaminante SO2

¿Por qué la empresa no ha evaluado el impacto de las emisiones atmosféricas de níquel, vanadio, arsénico, plomo, mercurio, como elemento cancerígeno, el que estaría produciendo un impacto no previsto sobre la salud de la población?

¿Por qué el Titular minimiza la real calidad del aire, de acuerdo al Informe de la SMA Huasco se encuentra en Latencia en MP10 Anual y Diario, en Latencia en MP2,5 Anual, en Saturación en MPS, lo que vendrá a incrementar más emisiones y perjudicar aún más la grave situación de salud de la población, especialmente con un Plan Latencia mal elaborado, el cual se encuentra denunciado a Contraloría, Comisión de la Cámara de Diputados, Ministerio del Medio Ambiente, Cras, INDH, etc.?, como se demuestra a continuación:

El Dictuc S.A fue el encargado de realizar el Diagnóstico para la elaboración del Plan de Prevención de esta comuna, tomando como referencia el año 2013, cuyo Inventario de Emisiones corresponde:

Las emisiones de Fuentes Fijas de combustión

En septiembre del año 2015 el Ministerio del Medio Ambiente realiza el Borrador del Anteproyecto del Plan de Latencia, cuyas emisiones de MP10 de actividades con combustión, se establecen:

Según Resolución Exenta Nº 1295 DEL 03/12/2015. Se aprueba Anteproyecto Plan de Prevención, quedando como sigue:

En el mes de agosto 2017, según D.S Nº 38/2017 se aprueba Plan de Prevención de Huasco

Por lo tanto las denuncias radican en lo siguiente:

✓ Se aumentó el plazo de implementación del Plan de 6 años a 10 años. ✓ Se incrementan toneladas por muy sobre las emisiones reales del 2013.  Para la empresa CAP se le autoriza el incremento de 628 ton/año los 2 primeros años y de 202 ton/año desde el 3er año en adelante.  A la empresa Guacolda se le autoriza aumentar sus emisiones en 444 ton/año desde el 1er. Año en adelante. ✓ Se incrementa el factor tiempo, de “Año calendario” a “Año calendario siguiente a la entrada en vigencia del Plan”. ✓ Para establecer los límites máximos de emisión de MP para fuentes con combustión posterior al Borrador del Plan se utilizaron las emisiones aprobadas en Resoluciones de Calificación Ambiental (RCA) y no emisiones reales del año 2013. ✓ No se conformó el Comité Ampliado. ✓ Entre otras modificaciones en medidas de actividades sin combustión. Las emisiones con combustión y sin combustión del Inventario (reales) Dictuc año 2013 corresponden a 1.210 ton/año y no a 3.009 ton/año como informa el proyecto, éstas corresponden a emisiones aprobadas por RCA por lo tanto no son las responsables de la latencia.

Las emisiones en etapa de construcción con un máximo de 26,36 ton/año y un promedio de 14 ton/año durante los 5 primeros años vendrán a sumarse a las emisiones base de latencia, por lo que el Plan de Compensación no es la solución para bajar las emisiones, todo lo contrario nos llevará a Estado de Saturación, porque en la realidad el Plan de Latencia esté sobre incrementada en sus emisiones; a la empresa CAP se le autoriza el incremento de 628 ton/año los 2 primeros años y de 202 ton/año desde el 3 año en adelante y a la empresa Guacolda se le autoriza aumentar sus emisiones en 444 ton/año desde el 1er año en adelante.

¿Por qué sólo se considera medidas de mitigación en etapa de construcción si durante la etapa de operación si se seguirán usando maquinaria pesada, vehículos, generadores, etc.?

¿Se consideró ésta observación del Proyecto Desalinizadora de Guacolda, aprobada RCA Nº 84/2018, realizada por el Seremi MMA?

Evaluación Técnica de la Observación

Se considera pertinente la presente observación por cuanto hace referencia a los contenidos del Estudio de Impacto Ambiental (EIA) y al proceso reglado del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental. La observación ciudadana fue incorporada en el informe consolidado de solicitud de aclaraciones, rectificaciones o ampliaciones a través del Anexo Complementario de Participación Ciudadano emitido con fecha 27 de septiembre 2019. Sobre el asunto se informa que el Titular no dio respuesta al documento señalado, debido a que no presentó la Adenda correspondiente, por tanto se procede con lo establecido en el artículo 38 del D.S. N°40/2012 del Ministerio del Medio Ambiente donde se indica que “si no se hubieren presentado las aclaraciones, rectificaciones o ampliaciones solicitadas, una vez transcurrido el plazo otorgado, se elaborará el Informe Consolidado de Evaluación a que se refiere el artículo 44 de este Reglamento y se procederá a calificar el Estudio de Impacto Ambiental…”, y, considerando que no es posible concluir que el proyecto no generaría efectos características y circunstancias contemplados en el artículo 11 de la Ley 19.300, se recomienda rechazar el EIA. 16. Observante: Herman Von Mayenberger, Doris Zamorano Ledezma, Daniel Diaz Tirado, María Pizarro González, Luisa Figueroa Gómez

Observación:

Respecto a Salud ¿El Titular realizó una línea de base respecto a estadísticas, estudios e investigaciones de salud (enfermedades, cáncer y mortalidad), considerando que existen graves daños a la salud de la población, impactada por industrias en operación de más de 50 años? Entre algunos se encuentran: a) Estadísticas de salud de la comuna de Huasco, 2002 al 2013, Minsal – “Salud de los habitantes de la comuna de Huasco”

Mayor mortalidad de enfermedades cardiovasculares y cáncer en vías respiratorias y urinarias en comparación a la región.

b) Estudio realizado por el Departamento de Salud Pública de la Facultad de Medicina de la Universidad Católica, a solicitud de la organización Chile Sustentable, con el objetivo de medir los daños en la salud de sus habitantes asociados a la presencia de termoeléctricas.

El riesgo de morir por una enfermedad cerebrovascular en Huasco es 281% mayor que el promedio nacional; las probabilidades de desarrollar enfermedades crónicas de las vías respiratorias es un 139% más alta y que la presencia de pacientes con asma es casi cuatro veces mayor que en el resto del país.

c) Estudio contenido de mercurio en mujeres en edad reproductiva de 25 países”

Huasco presentó el sgte. Resultado: 18% Presentaron niveles de mercurio superiores a 1 53% Presentaron niveles de mercurio superiores a 0.58%

d) “Estudio de Evaluación de Exposición a Metales en población infantil, 15 a 14 años Región de Atacama”, Minsal 2015.

Evidencia preliminar de niños con elevados niveles de arsénico y níquel.

e) “Níquel (Ni) en la orina de los niños residentes en ciudades con y sin utilización de petcoke en plantas de energía”

Se mostró un patrón consistente con niveles más altos de exposición a níquel (NI) en niños de la escuela para las ciudades que tienen una planta de energía alimentada por petcoke. Con la excepción de Caldera todas las ciudades estudiadas, mostraron niveles mayores que otros estudios informados en niños en edad escolar1 e incluso en adultos

Contrariamente a un informe anterior2, el tráfico de vehículos no parece ser una fuente relevante de exposición.

Dado el desarrollo acelerado, es obligatorio mejorar las capacidades analíticas en el país

f) “Evaluación y Caracterización del Polvo Negro en la Comuna de Huasco e Implementación de Medidas de Mitigación”

Los metales Cd, Cr, Cu, Mn y V en polvo depositado superaron los Valores Guía para evaluación de medios ambientales (EMEG) para infantes y niños, lo que los individualiza como contaminantes de interés potencial, en los siguientes sectores; ciudad de Huasco, zona industrial de Huasco, Valle del Huasco, Vallenar:

En la Tabla Nº 38: ciudad de Huasco; Cd – Cr – V.

En la Tabla Nº 39: Zona Industrial de Huasco; Cd – Cr – V.

En la Tabla Nº 40: Sector Valle del Huasco; Cd – Cr – Cu – Mn.

En la Tabla Nº 41: Sector Vallenar; Cd – Cr – Cu.

Medidas de mitigación propuestas por el Estudio: Implementar ordenanza municipal que considere el lavado de calles, con frecuencia mínima de 1 vez por semana. Implementar ordenanza municipal que considere la limpieza diaria de los equipos de juego en áreas de recreación infantil. Implementar ordenanza municipal para la limpieza profunda de techos y exteriores en colegios, jardines infantiles y recintos escolares, usando máquinas hidrolavadoras. Realizar evaluación de riesgo a la salud en los receptores potencialmente afectados en el sector del muestreador MPS-1.(Sector Miramar) De acuerdo a los resultados de este estudio, este es el sector que presentó las mayores concentraciones de MPS y de metales en MPS. Por lo tanto, si los metales contenidos en el mismo pudiesen significar algún riesgo para la salud de las personas, los habitantes de las 25 casas del sector, son los receptores más expuestos. Se requiere de este modo, establecer la exposición real en forma de dosis interna y también sus eventuales efectos. Para ello se requiere una evaluación de riesgo a la salud de todas las personas que viven en ese sector de la zona urbana de la ciudad de Huasco.

Según la Guía Metodológica para la Gestión de Suelos con potencial presencia de contaminantes aprobada por la Resolución No 406/2013 del MMA, una vez que se comprueba que el sitio en estudio puede representar un riesgo para la salud de las personas, se hace necesaria la implementación de un Plan de Acción, que contempla actividades y medidas de control a corto, mediano y largo plazo. En virtud de los resultados obtenidos, se requieren al menos dos medidas INMEDIATAS para este sector en particular de toda la zona de estudio:

  1. Implementar una estrategia de comunicación del riesgo a las autoridades y receptores potencialmente afectados para establecer los efectos de dichos contaminantes en la salud de las personas del sector.

  2. Implementar un estudio de las condiciones de salud de la población que vive en el sector del muestreador MPS-1 (Sector Miramar) en la ciudad de Huasco, pesquisando inicialmente las siguientes afectaciones en salud: problemas hematológicos (vinculados a superar la dosis de referencia para vanadio), problemas gastrointestinales (vinculados a superar la dosis de referencia para hierro) y atrofia testicular (vinculado a superar la dosis de referencia para cobalto) en receptores niños, adolescentes y adultos.

La medida propuesta de una evaluación de la salud, pretende conocer el detalle de las afectaciones que se hayan manifestado o se estén manifestando en los receptores inmediatos de esta zona que presentó las mayores concentraciones de MPS. g) “Impact of large industrial emission sources on mortality and morbidity in Chile: A small – areas study”

Mortalidad general más elevada y específicamente en; mortalidad por enfermedades cardiovasculares y por cáncer, tanto en hombres como mujeres

Mayor hospitalización por enfermedades cardiovasculares, cáncer y enfermedades respiratorias. a. Estadísticas de niños con Necesidades Educativas Especiales (NEE) con diagnósticos como; Discapacidad Intelectual, Discapacidad Motora, Trastornos del lenguajes, Trastornos del aprendizaje, Trastornos déficit atencional, entre otras.

Como referencia en el año 2017 en los colegios municipalizados de Huasco se atendían 395 alumnos Integrados con diferentes diagnósticos.

Además, existen 3 Escuelas que atienden 146 niños con trastornos del lenguaje.

Concluyendo, del total de la matrícula de los colegios municipalizados, más los alumnos de las 3 escuelas de lenguaje correspondería el 31% de alumnos con algún tipo de Necesidad Educativa Especial (NEE).

¿Quién se hará cargo de los daños a la salud y al ecosistema marino y terrestre que se ocasionarán ante un Plan de Latencia que permite aumentar más emisiones contaminantes sin tomar medidas reales?

Evaluación técnica de la observación:

Se considera pertinente la presente observación por cuanto hace referencia a los contenidos del Estudio de Impacto Ambiental (EIA) y al proceso reglado del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental. La observación ciudadana fue incorporada en el informe consolidado de solicitud de aclaraciones, rectificaciones o ampliaciones a través del Anexo Complementario de Participación Ciudadano emitido con fecha 27 de septiembre 2019. Sobre el asunto se informa que el Titular no dio respuesta al documento señalado, debido a que no presentó la Adenda correspondiente, por tanto se procede con lo establecido en el artículo 38 del D.S. N°40/2012 del Ministerio del Medio Ambiente donde se indica que “si no se hubieren presentado las aclaraciones, rectificaciones o ampliaciones solicitadas, una vez transcurrido el plazo otorgado, se elaborará el Informe Consolidado de Evaluación a que se refiere el artículo 44 de este Reglamento y se procederá a calificar el Estudio de Impacto Ambiental…”, y, considerando que no es posible concluir que el proyecto no generaría efectos características y circunstancias contemplados en el artículo 11 de la Ley 19.300, se recomienda rechazar el EIA. 17. Observante: Marcela Araya Sepúlveda, Alejandra González Portilla, Yasmín Alfaro Muñoz, Viviana Cisternas Rojas, Sandra Ramírez, Luis Fuentealba Triviño, Nolvia Zamora Ossandón, Inés Zamora Ossandón, Patricia Quinzacara Troncoso, Karla Fuentealba Castillo, Alicia Tapia Pizarro, Juan Guillermo Peñaloza Sierra, Anixa Olivares Gallardo, Joan Valenzuela Vega, Constanza San Juan Stander, Cecilia Ramírez Ibarbe, Camila Núñez Zuleta, Ximena Fuentealba Triviño, Oscar López Gallardo, Elsa Castillo Diaz, María Pilar Triviño González, Juan Carlos Labrin Cortés, Alexia Eva Troncoso Pacheco, Marta Tirado Alvarez, Valentina Avalos Fuentealba, Julio Avalos Villaseca, Soledad Fuentealba Triviño. (27 personas naturales) Observación:

Respecto al patrimonio paleontológico ¿Por qué existiendo legislación en resguardo del Patrimonio Cultural; Ley N° 17.288 de Monumentos Nacionales y en el Reglamento sobre Prospecciones o Excavaciones Arqueológicas, Antropológicas o Paleontológicas, D.S. N°484/1990. Asimismo, se considera lo estipulado en la Guía de Evaluación de Impacto Ambiental, art. 12 de la Ley N°19.300 letra f) del Consejo de Monumentos Nacionales (SEIA, 2012), CMN en adelante, y en la Guía de Informes Paleontológicos (CMN, 2016) no se protegen realmente los numerosos patrimonios históricos culturales de Huasco-Freirina? Si el Titular reconoce que de los 41 puntos de control paleontológicos realizado por el proyecto, poseen un potencial fosilífero Medio a Alto y de Medio a bajo.

Pregunta: ¿Por qué no se protegen realmente éstos patrimonios históricos culturales? Si el Titular reconoce 19 km. Desde Huasco hasta el sector Las Tablas de Freirina cuenta con una alta densidad y amplia distribución geográfica del material paleontológico.

¿Por qué no se protegen realmente estos patrimonios históricos culturales?

Si en el sector de la planta desalinizadora del proyecto Cerro Blanco existen 2 sitios paleontológicos (alteración de monumentos nacionales).

Se han identificado 2 áreas con alto potencial fosilífero afectadas por el desarrollo de las obras. Ambas se localizan en el sector Planta desalinizadora y corresponden a áreas de afloramientos de los depósitos litorales del Pleistoceno – Holoceno, unidad en la que se han reportado invertebrados fósiles y restos de algún vertebrado indeterminado. La primera de dichas áreas (A1) sería afectado por el tendido eléctrico de 13,8 kV, mientras que la segunda (A 2) lo sería por el sistema de impulsión de agua de mar y agua salada.

Los hallazgos de fósiles realizados en la prospección, cuya localización geográfica y estratigráfica es relativamente precisa, tienen importancia principalmente en dos ámbitos de la Paleontología.

Bioestratigráfico, ya que están presentes dos especies de bivalvos (R. rufa y R. lenticularis) y una de gastrópodo (A. fontanei), cuya edad más probable es el Pleistoceno, así como la de los depósitos de la terraza correspondiente.

Paleobiogeográfico, ya que hay registro de un recambio faunístico de especies (gastrópodos y bivalvos) de aguas cálidas a otras de aguas frías, en la sucesión sedimentaria marina. Los cuerpos sedimentarios identificados como fosilíferos (“Coquina conglomerádica” y, “Arenas muy finas”) serán afectados por las obras del proyecto en el extremo norte del Área 2.

Por lo tanto, la alteración de Monumentos Nacionales se califica como Cierto o Seguro, de una extensión parcial e inmediata. Los componentes patrimoniales en su conjunto presentan muy alta criticidad y sufrirán un impacto simple y perjudicial como consecuencia directa de la construcción del proyecto, abarcando la alteración o destrucción de parte de los sitios paleontológicos identificados, es decir de intensidad parcial. Dada la particular naturaleza de los sitios paleontológicos, cualquier alteración producida es permanente, irrecuperable y sucede de manera inmediata.

Por tanto, la evaluación de los impactos para las áreas identificadas dentro del sector SPD se ha calificado como impacto “Negativo Significativo”.

¿Por qué no se aplica la legislación para proteger estos 2 sitios paleontológicos si el Titular reconoce que la alteración producida es permanente, irrecuperable y sucede de manera inmediata, y este Patrimonio Cultural representa un enorme potencial histórico y turístico para la zona sur de Huasco aprovechando la carretera costera que está proyectada justo por el sector de Playa Brava, Sector Los Lachos, Punta Alcalde y Aguada de Tongoy?

¿Tiene alguna importancia y cumplimiento la legislación de la Macrozonificación de los Usos del Borde Costero de la Región de Atacama, ya que desde el sector de Playa Brava hasta el sector de Punta Alcalde está reconocida como Zona Turística?

¿Tiene alguna importancia y cumplimiento la legislación de la Macrozonificación de los Usos del Borde Costero de la Región de Atacama, el sector de Aguada Tongoy que se ubica en territorios de Huasco y Freirina, está reconocida como Zona de Interés Medio Ambiental Terrestre?

Evaluación técnica de la observación: Se considera pertinente la presente observación por cuanto hace referencia a los contenidos del Estudio de Impacto Ambiental (EIA) y al proceso reglado del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental. La observación ciudadana fue incorporada en el informe consolidado de solicitud de aclaraciones, rectificaciones o ampliaciones a través del Anexo Complementario de Participación Ciudadano emitido con fecha 27 de septiembre 2019. Sobre el asunto se informa que el Titular no dio respuesta al documento señalado, debido a que no presentó la Adenda correspondiente, por tanto se procede con lo establecido en el artículo 38 del D.S. N°40/2012 del Ministerio del Medio Ambiente donde se indica que “si no se hubieren presentado las aclaraciones, rectificaciones o ampliaciones solicitadas, una vez transcurrido el plazo otorgado, se elaborará el Informe Consolidado de Evaluación a que se refiere el artículo 44 de este Reglamento y se procederá a calificar el Estudio de Impacto Ambiental…”, y, considerando que no es posible concluir que el proyecto no generaría efectos características y circunstancias contemplados en el artículo 11 de la Ley 19.300, se recomienda rechazar el EIA. 18. Observante: Marcela Araya Sepúlveda, Alejandra González Portilla, Yasmín Alfaro Muñoz, Viviana Cisternas Rojas, Sandra Ramírez, Luis Fuentealba Triviño, Nolvia Zamora Ossandón, Inés Zamora Ossandón, Patricia Quinzacara Troncoso, Karla Fuentealba Castillo, Alicia Tapia Pizarro, Juan Guillermo Peñaloza Sierra, Anixa Olivares Gallardo, Joan Valenzuela Vega, Constanza San Juan Stander, Cecilia Ramírez Ibarbe, Camila Núñez Zuleta, Ximena Fuentealba Triviño, Oscar López Gallardo, Elsa Castillo Diaz, María Pilar Triviño González, Juan Carlos Labrin Cortés, Alexia Eva Troncoso Pacheco, Marta Tirado Alvarez, Valentina Avalos Fuentealba, Julio Avalos Villaseca, Soledad Fuentealba Triviño. (27 personas naturales)

Observación:

Respecto a patrimonio arqueológico ¿Por qué no se consideró la importancia del Hallazgo en Isla Guacolda: Tesoro Arqueológico perdido para la cultura? Parte del relato de Don Jorge Zambra Contreras, Fuente: Boletín del Museo del Huasco 1994, “Isla Guacolda, importante centro productivo, pero también enclave de valiosa área arqueológica. En 1994 un obrero de Freirina del contingente laboral de Isla Guacolda y Radio “Estrella del Norte” de Vallenar nos avisaron del hallazgo. En tanto el trabajador vino al Museo indignado por el despojo de los objetos hallados, el aviso de la emisora hacía alusión a la cuantía del descubrimiento.

Entre informar a nuestro tutor técnico, el Museo Regional de Atacama, recibir de él una acreditación para ir al lugar, acudir a carabineros para requerirle su apoyo y luego viajar a la isla para solicitar a la empresa contratista Harten su autorización para entrar y esperar un día o más para lo mismo con quienes correspondía, los directivos de la Empresa Eléctrica “Guacolda”, transcurrieron horas valiosas.

Guacolda se ubica a 4 Kms al sur del puerto de Huasco y es parte del patrimonio territorial de la Compañía Minera del Pacífico. Fue una isla, como aún sigue llamándosela, pero a comienzos de los 60 la CAP, la unió al continente para construir un puerto, el Guacolda I, y canchas de acopio de minerales de hierro exportable. Ahora ahí está muy avanzada la construcción de una planta termoeléctrica de la compañía “Guacolda”, con el empleo de varios de centenares de operarios de diversos puntos del país.

El 4 de agosto de 1994, con la esperada autorización, nos constituimos en el sitio, aproximadamente en el centro poniente de la que es hoy una península. Allí nos impusimos que faenas de acondicionamiento del piso rocoso, habían dejado al descubierto, días antes, al menos tres sepulturas indígenas. Para los efectos del interés arqueológico, el suelo, en constante transformación, acusaba una alteración irreversible. Nadie pudo informarnos qué aspecto exterior presentaban las tumbas, ni de la disposición de los esqueletos y mucho menos de los componentes de la ofrenda funeraria de cada uno. Se ha había dado aviso a carabineros de la aparición de cadáveres, pero los testimonios culturales, sobre todo los por ellos llamados “monos”, desaparecieron rápidamente en manos de operarios de los trabajos y los ceramios que vimos (café rojizos, decorados, muy duros, excelente factura), sólo asociable a la alfarería incaica, fueron destruidos por el uso de las máquinas.

Por lo que nos informaron, sabemos que salieron a luz figuras de hombres y llamas, hechos en cobre, en concha y en oro laminado, en este último caso, las humanas con los lóbulos de las orejas deformados y un sombrerito en forma de un cono truncado anillado. Unas y otras con el sexo erecto.

Incluso hasta se dice que habrían tirado al mar las momias con el fin de no parar las faenas y evitar pérdidas económicas.

Dos días rastreamos el área donde estuvieron las sepulturas, buscando algún vestigio restante. Nos vimos rodeados toso el tiempo por operarios afanados en hallar más “monos”. En el absurdo de esa competencia nos robaron una bolsita con fragmentos cerámicos mayores que un jefe de seguridad de Harten gentilmente nos obsequiara.

La paciente búsqueda nos permitió encontrar: una laminita de oro de extremos rectos, flancos cóncavos y un orificio en el tercio superior; 5 semillas semejantes a las de chirimoya; 15 cuentas de malaquita y 10 de turquesa; una figurilla humana en spondylus y múltiples fragmentos cerámicos finos y óseos, prácticamente molidos. Evidencias incaicas indiscutibles.

Un obrero que declinó identificarse nos dio lo que resultó ser un tupu de plata y cobre, un tanto dañado. Luego, en las inmediaciones, guiados por el mismo obrero, hallamos retorcida por los materiales entre los que fue removida, una pieza laminar de oro combinado con cobre, en la forma de un ramita de dos varas (verla en la foto)

Posteriormente, la subcomisaria de carabineros de Huasco cumplió con remitirnos 183 fragmentos óseos humanos, 11 piezas dentales y 44 trozos de cerámicos finos, todos de isla Guacolda.

En suma un desastre. Una pérdida más que deplorable para la arqueología chilena y modo específico para la del Huasco, particularmente grave por afectar al capítulo de los incas en tierra huasquina, donde por años buscamos testimonios de su presencia, menos comprobada que en otras partes del país.

De acuerdo al EIA Desaladora Cerro Blanco:

En el valle del Huasco, la Cultura Huentelauquén se encuentra representada por dos sitios, ubicados cerca de la desembocadura del río Huasco: Quebrada Taisani 1 y Puerto Guacolda (Cervellino 1995, 1998).

Por su parte, en el valle de Huasco se han hecho algunos hallazgos de elementos vinculados a la “Cultura del Anzuelo de Concha”,

Por su parte, el valle del Huasco contrasta con Copiapó en cuanto no se observa la misma cantidad de herramientas agrícolas como hojas líticas y morteros. Sin embargo, destacan en este lugar evidencias de tipo funeraria bastante poco estudiada y artefactualmente aquí es más abundante la pipa en forma de “T”. A su vez, entre otros elementos se encuentran cuatro tipos de tembetá (botón con alas, cilíndrico recto con alas, de botella recto y de botella curvo), puntas de proyectil pedunculadas y objetos de cobre nativo martillado entre los que figuran placas pectorales, brazaletes, agujas y pinzas depilatorias (Rivas 2008 a).

Por último, de acuerdo a Cervellino (1995), existen referencias en el sector de Peñas Blancas, unos 25 km al sur de la desembocadura del río Huasco, de un cementerio Ánimas con tumbas señaladas con círculos de piedra que contienen gran cantidad de huesos de ballenas y camélidos y cerámica monocroma y polícroma típicamente ánimas.

En el sector de Los Infieles, 4 km al norte del puerto de Huasco, han sido documentadas tumbas en cistas cercanas a túmulos, una espátula y tres punzones de hueso, además, de un ceramio Diaguita con rostro de felino (Rivas 2008a).

En Huasco Bajo se menciona un cementerio de la Cultura Copiapó en donde, además, de su típica cerámica negro sobre rojo con llamitas estilizadas, se encuentran restos de metal y algunos utensilios del complejo alucinógeno.

Un poco más al interior, en la localidad de Freirina, Medina (1882), da cuenta de sepulturas Diaguita Inca entre cuyos objetos extraídos figuran diversos cerámicos decorados, vasijas de pedestal incaicas y artefactos metálicos como tupus, estatuillas de camélidos y placas decoradas (Rivas 2008a).

En el marco del Proyecto minero “Cerro Blanco”, también perteneciente al Titular de este Proyecto, se presentó un estudio arqueológico el cual fue realizado en agosto, noviembre y diciembre del año 2012. A partir de las campañas de prospección terrestres, se identificaron 36 hallazgos arqueológicos, los que corresponden a hallazgos aislados, eventos de talla, sitios habitacionales, avistaderos, campamentos, petroglifos, estructuras de refugio, animitas y un conchal; los que, en su mayoría, se concentran en el área denominada “mina/planta” (Vera 2012)

En el año 2007, se levantó la Línea de Base de Arqueología del proyecto “Puerto Punta Alcalde” en la Comuna de Huasco. Como resultado del estudio arqueológico, se identificaron 7 sitios arqueológicos (Tabla 7), los cuales corresponden a sitios habitacionales que presentan fragmentos cerámicos y desechos líticos (Rodríguez 2007).

En el año 2008, se levantó la Línea de Base de Arqueología del “Proyecto Central Termoeléctrica Punta Alcalde”, en la comuna de Huasco. A partir de las prospecciones arqueológicas, se identificaron 14 sitios arqueológicos que corresponden a conchales (Tabla 8). Funcionalmente, se trataría de campamentos ocasionales y recurrentes, con presencia de cerámica decorada de la cultura Molle y de la cultura Ánimas, correspondientes a los periodos Alfarero Temprano y Medio de la zona. Otros materiales arqueológicos identificados son artefactos líticos, como desconchadores, percutores, manos, núcleos de basalto, lascas de basalto, andesita y cuarcita, raspadores, cuchillos, entre otros (Punta Alcalde, CMP) (Rivas 2008b)

En el año 2008, se levantó la Línea de Base de Arqueología del proyecto “Línea de transmisión 2x220 KV Guacolda-Maitencillo”. Como resultado del estudio arqueológico se identificaron 6 hallazgos arqueológicos, los que corresponden a sitios prehispánicos como conchales y sitios de cronología histórica como estructuras habitacionales (Tabla 9) (Jaime Illanes y asociados 2008).

En el año 2008, se levantó la Línea de Base de Arqueología del proyecto “Ampliación y mejoras operacionales de planta de pellets” de la Compañía Minera del Pacífico. Como resultado del estudio arqueológico se identificaron 4 sitios arqueológicos (Tabla 10), los que corresponden a sitios prehispánicos que presentan desechos líticos y fragmentos cerámicos (Rivas 2008b).

En el año 2012, se presentó la Línea de base de arqueología del proyecto “Actualización del Sistema de Depositación de Relaves de Planta de Pellets”. Como resultado del estudio arqueológico se identificaron 3 sitios (MAA Consultores 2012).

El sitio HU04 (Histórico Estructura habitacional coordenadas (E) 291.056 (N) 6.845.539), identificado en las prospecciones del proyecto “Línea de transmisión 2x220 KV Guacolda Maitencillo”, se ubica dentro del área de influencia del proyecto Planta Desalinizadora Cerro Blanco. 11 corresponden a sitios arqueológicos (4 sitios prehispánicos, 7 sitios históricos).

Este Patrimonio Arqueológico representa un enorme potencial turístico para la zona sur de Huasco aprovechando la carretera costera que está proyectada justo por el sector de Playa Brava, Sector Los Lachos, Punta Alcalde y Aguada Tongoy.

Según la Macrozonificación de los Usos del Borde Costero de la Región de Atacama, desde el sector de Playa Brava hasta el sector de Punta Alcalde está reconocida como Zona Turística. Según la Macrozonificación de los Usos del Borde Costero de la Región de Atacama, el sector de Aguada Tongoy que se ubica en territorios de Huasco y Freirina, está reconocida como Zona de Interés Medio Ambiental Terrestre.

Por toda la fundamentación antes señalada y la regulación jurídica de los monumentos nacionales no establece diferencias entre la complejidad, extensión o temporalidad de los registros arqueológicos, quedando todos amparados por la Ley N° 17.288, ¿Por qué no se protege realmente estos Patrimonios Arqueológicos históricos Culturales?

¿Por qué no se consideró en forma detallada el EIA "Actualización del Sistema de Depositación de Relaves de Planta de Pellets"/2009 de la empresa CAP, que denota la existencia de sitios arqueológicos en el sector de Ensenada Chapaco, Ensenada Los Lachos, Puerto Las Losas, Quebrada El Pino, lugares donde se emplazará el proyecto? Estos son:

Las fuentes provenientes de investigaciones científicas específicamente para el área de estudio, denotan la existencia de una serie de sitios arqueológicos relevantes para la reconstrucción de la prehistoria regional. Es así como Iribarren (1960, Rivas 2007) describe el sitio “Puerto Guacolda” ubicado a 1,3 km de Ensenada Chapaco sobre una formación dunaria, abarcando una superficie de aproximadamente 2.500 m2 . Este corresponde a un conchal de densidad variable formado por restos de especies como Concholepas concholepas, Fissurella sp. y Poliplacophora y en menor cantidad Choromytilus chorus, Thais chocolate, Loxechinus albus y Argopecten purpuratus. Del mismo modo también se encuentran en superficie diversos desechos líticos y litos geométricos, así como anzuelos de concha y pesas de red, lo que lleva a adscribir cronológicamente el sitio al periodo Arcaico Medio (circa 6.000 A.P) y asociar su filiación cultural al denominado Complejo Anzuelo de Concha, presentando además un componente Temprano asociable al Complejo cultura Huentelauquén (Iribarren 1060 y 1964; Cervellino 1995).

Un segundo sitio mencionado por Iribarren, es el denominado “Los Infieles” ubicado en la quebrada El Pino en Huasco Bajo. El sitio corresponde a un cementerio asociado a la cultura Molle que presenta más de 11 montículos dispuestos en faja (Iribarren 1955-1956). Asimismo, también destaca el sitio Túmulos de Tatara, el de mayores dimensiones detectado a la fecha en el curso inferior del río Huasco (Rivas 2007). Otro sitio relevante en este sentido, es el llamado Cementerio Puerto Huasco ubicado a 1,6 km al Norte de Ensenada Chapaco, y que según los especialistas correspondería a un enclave costero de la cultura Copiapó dada la presencia de cerámica Copiapó negro sobre rojo y Diaguita-Inca en su contexto material, de modo que el sitio podría definir el límite Sur del área de ocupación de dicha cultura (Rivas 2007). Al mismo tiempo, se registraron sendos contextos Diaguita-Inca, destacando los hallazgos de estatuillas antropomorfas y de camélidos elaborados en plata y oro; vestigios que evidenciarían la existencia de un importante enclave incaico en esta zona, lo cual se ve reforzado por los hallazgos en Freirina, a menos de 20 km de la Isla Guacolda, lugar donde llamas de cobre y oro, alfileres, placas laminares, aros y figuras antropomorfas (sensu Rivas 2007, citando a Medina 1882).

Por otra parte, estudios realizados en el marco del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental (SEIA) han arrojado el registro de nuevos hallazgos de carácter arqueológico en la zona. Así los sitios Punta Loros 1 y 223 registrados por Becker (1998 y 2006) en virtud del proyecto Puerto Las Losas de CMP, corresponden a un conchal estratificado depositado en una pequeña cueva y dos aleros menores, a una distancia aproximada de 20 m al Sur de la línea de alta marea, respectivamente. Y cuya ergología se compone por escaso material cerámico, lascas en materia prima local, arenisca gris y gris verdosa oscura (Becker 2006).

Miguel Cervellino en el año 2007 (Cervellino 2007) en virtud del Proyecto Puerto Punta Alcalde, de Minera Santa Bárbara logró el registro de 2 conchales prehispánicos en el sector de Punta Alcalde y Ensenada Los Lauchos, denominados respectivamente “Punta Alcalde 1” y “Punta Alcalde 2”. Cabe mencionar que el especialista además detectó “un sitio histórico subactual, utilizado por los pescadores, con técnicas constructivas en pirca seca, correspondiente a cuatro estructuras semi rectangulares y semi circulares; ubicadas frente a una pequeña playa de unos 10 metros de largo, en el sector entre los conchales antes mencionados” (Cervellino 2007).

Para el proyecto “Ampliación y Mejoras Operacionales de Planta de Pellets” de CMP, se registró la presencia de 4 conchales prehispánicos, Planta Pellets Huasco 1, 2, 3 y 424; uno de los cuales presentó además de desechos malacológicos y líticos, material cerámico en superficie (PPH-4) (Rivas 2008). Los cuatro conchales se localizan a aproximadamente 1,2 km al Suroeste del área definida para la evaluación del Proyecto y a unos 400 m del borde costero del curso medio de Ensenada Chapaco.

¿Por qué no se realizó un estudio/o investigación acabado sobre la cultura incaica que tuvo mucha importancia en el valle, y principalmente en el sector sur de Huasco, existiendo evidencias?. Al respecto Castillo (com. pers. 2006), haciendo alusión también a los hallazgos de otra huaca incaica en la isla Guacolda en la desembocadura del río Huasco

Evaluación técnica de la observación:

Se considera pertinente la presente observación por cuanto hace referencia a los contenidos del Estudio de Impacto Ambiental (EIA) y al proceso reglado del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental. La observación ciudadana fue incorporada en el informe consolidado de solicitud de aclaraciones, rectificaciones o ampliaciones a través del Anexo Complementario de Participación Ciudadano emitido con fecha 27 de septiembre 2019. Sobre el asunto se informa que el Titular no dio respuesta al documento señalado, debido a que no presentó la Adenda correspondiente, por tanto se procede con lo establecido en el artículo 38 del D.S. N°40/2012 del Ministerio del Medio Ambiente donde se indica que “si no se hubieren presentado las aclaraciones, rectificaciones o ampliaciones solicitadas, una vez transcurrido el plazo otorgado, se elaborará el Informe Consolidado de Evaluación a que se refiere el artículo 44 de este Reglamento y se procederá a calificar el Estudio de Impacto Ambiental…”, y, considerando que no es posible concluir que el proyecto no generaría efectos características y circunstancias contemplados en el artículo 11 de la Ley 19.300, se recomienda rechazar el EIA. 19. Observante: Marcela Araya Sepúlveda, Alejandra González Portilla, Yasmín Alfaro Muñoz, Viviana Cisternas Rojas, Sandra Ramírez, Luis Fuentealba Triviño, Nolvia Zamora Ossandón, Inés Zamora Ossandón, Patricia Quinzacara Troncoso, Karla Fuentealba Castillo, Alicia Tapia Pizarro, Juan Guillermo Peñaloza Sierra, Anixa Olivares Gallardo, Joan Valenzuela Vega, Constanza San Juan Stander, Cecilia Ramírez Ibarbe, Camila Núñez Zuleta, Ximena Fuentealba Triviño, Oscar López Gallardo, Elsa Castillo Diaz, María Pilar Triviño González, Juan Carlos Labrin Cortés, Alexia Eva Troncoso Pacheco, Marta Tirado Alvarez, Valentina Avalos Fuentealba, Julio Avalos Villaseca, Soledad Fuentealba Triviño. (27 personas naturales)

Observación:

Respecto a Patrimonio arqueológico subacuático • ¿Por qué no se realizó un estudio y/o investigación acabado sobre el uso de las balsas de lobos en Huasco, evidencia patrimonial importantísima sobre la historia Changa de Huasco, que aunque no está reconocida como etnia, sigue viva entre la comunidad? Sería un gran potencial cultural histórico para conocimiento de las raíces indígenas, y de gran potencial turístico para el valle del Huasco, principalmente porque en el sector sur donde se emplaza el proyecto se ubican las bahías y puertos. Por lo contrario, la línea de base presentada por el Titular no muestra evidencias de este patrimonio histórico.

Evidencias bibliográficas de los Changos en el Valle del Huasco:

c) Los primeros habitantes de la comuna fueron “los Changos”, aborígenes cuya historia es casi desconocida hasta 1450, cuando los incas iniciaron sus expediciones para conquistar los pueblos del sur. Los changos eran casi nómades, y pasaban trasladándose de un lugar a otro en el litoral norte. Surcaban las aguas en originales embarcaciones hechas con cuero de lobo marinos. d) Los resultados del cuadro Nº 1 demuestra la existencia de balsas en 10 puertos del país durante la segunda mitad del siglo XIX: Taltal, Caldera, Huasco, Pan de Azúcar, Totoralillo, Coquimbo, Guayacán, Tongoy y San Antonio.

En Memorias de Marina de 1864, para Huasco en 1863 se agrega: Hai a más dos botes i dos balzas que sirven a los pescadores, para la pesca que estos hacen en este puerto i caletas dependientes. (M.deM.: 1864: 105)

La función principal de las balsas estuvo relacionada con las actividades pesqueras, el transporte de mercaderías y pasajeros, además de la utilización en la carga del salitre. • ¿Por qué no se consideró esta evidencia bibliográfica? Puerto de Huasco, del libro Atlas de la historia física y política de Chile por Claudio Gay, impreso en el año 1854. En la imagen se aprecian aldeanos empleando balsas de cuero de lobo.

• ¿Por qué el Titular asegura que no existen naufragios históricos en el área de influencia del proyecto; si no hay referencias geográficas precisas; si las inspecciones de buceo realizadas por el Titular alcanzaron un promedio de 5 – 7 m; si las inspecciones con condiciones de visibilidad fueron medianas; si de los 6 casos, 2 corresponden a naufragios en el sector de Punta Alcalde? Además considerando que las bahías y puertos se encuentran en el sector sur de Huasco, lo que cabe la posibilidad de existencia de naufragios en el sector donde se pretende instalar la mega desaladora. Evaluación técnica de la observación: Se considera pertinente la presente observación por cuanto hace referencia a los contenidos del Estudio de Impacto Ambiental (EIA) y al proceso reglado del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental. La observación ciudadana fue incorporada en el informe consolidado de solicitud de aclaraciones, rectificaciones o ampliaciones a través del Anexo Complementario de Participación Ciudadano emitido con fecha 27 de septiembre 2019. Sobre el asunto se informa que el Titular no dio respuesta al documento señalado, debido a que no presentó la Adenda correspondiente, por tanto se procede con lo establecido en el artículo 38 del D.S. N°40/2012 del Ministerio del Medio Ambiente donde se indica que “si no se hubieren presentado las aclaraciones, rectificaciones o ampliaciones solicitadas, una vez transcurrido el plazo otorgado, se elaborará el Informe Consolidado de Evaluación a que se refiere el artículo 44 de este Reglamento y se procederá a calificar el Estudio de Impacto Ambiental…”, y, considerando que no es posible concluir que el proyecto no generaría efectos características y circunstancias contemplados en el artículo 11 de la Ley 19.300, se recomienda rechazar el EIA. 20. Observante: Marcela Araya Sepúlveda, Alejandra González Portilla, Yasmín Alfaro Muñoz, Viviana Cisternas Rojas, Sandra Ramírez, Luis Fuentealba Triviño, Nolvia Zamora Ossandón, Inés Zamora Ossandón, Patricia Quinzacara Troncoso, Karla Fuentealba Castillo, Alicia Tapia Pizarro, Juan Guillermo Peñaloza Sierra, Anixa Olivares Gallardo, Joan Valenzuela Vega, Constanza San Juan Stander, Cecilia Ramírez Ibarbe, Camila Núñez Zuleta, Ximena Fuentealba Triviño, Oscar López Gallardo, Elsa Castillo Diaz, María Pilar Triviño González, Juan Carlos Labrin Cortés, Alexia Eva Troncoso Pacheco, Marta Tirado Alvarez, Valentina Avalos Fuentealba, Julio Avalos Villaseca, Soledad Fuentealba Triviño. (27 personas naturales)

Observación:

Respecto a flora y vegetación • ¿Qué medidas se realizarán para cuantificar y proteger las especies que no han sido catastradas, debido a que las campañas en terreno se hicieron en verano, otoño y primavera 2018 y verano 2019, dando como resultado sólo 96 especies encontradas, menor que la presentada en la línea de base, 160 (Cerro Blanco de 2013 (ATM-SGA)?. Independiente que se haya cubierto un área menor, éstas se hicieron en años donde no ha habido lluvias, por lo tanto el resultado de 96 especies no es lo real. Al respecto precisó el Dr. Roberto Chávez “El desierto florido no ocurre en todos lados. Hay partes de Atacama que nunca florecen. Se ha estudiado que hay un banco de semillas que duerme y que tienen la capacidad de estar en latencia por muchos años esperando a que aparezca el agua para florecer. Lo interesante es que a diferencia de la maleza, si se riegan las semillas no brotan de inmediato las flores. Si es poca el agua se evapora rápidamente. Las semillas del desierto florido tienen memoria y requieren que haya agua durante varios días para mantenerse y reproducirse durante un año. Una lluvia no activa un desierto florido, deben ser varias durante un periodo más largo”. Considerando que la riqueza de flora vascular en la región alcanzaría a unas 1099 especies, de las que 980 son nativas; con 532, endémicas de Chile y 77, endémicas de la Región de Atacama. Pregunta: ¿Si el Titular reconoce que en la etapa de construcción habrá un impacto “Significativo”, entonces por qué a pesar de la legislación vigente se pueden destruir 96 especies de flora (catastradas) más las no catastradas por no ser época de lluvias?

A nivel local, existen datos que indican que en los 1.600 km2 en los que se extiende la comuna de Huasco, se encuentra una riqueza de especies nativas de plantas vasculares que alcanza a unas 344 especies.

• ¿Por qué a pesar de la legislación vigente se destruirán 96 especies de flora (catastradas) que representa el 28% a nivel comunal, más las no catastradas por no ser época de lluvias?

Si la clasificación “Extinta” es cuando muere el último individuo/ejemplar de la especie. • Pregunta: En las campañas en terrenos ¿Cómo se catastra la diferencia de especies entre “extintas” o “inexistentes”? ¿Si hubiesen especies extintas, se investiga la causa de dicha extinción?.

• ¿El Titular realizó Línea de base de especies declaradas existentes de otros proyectos y que ahora no se encuentran?, ¿Por qué motivo ya no se encuentran? • ¿Con cuáles otros proyectos se realizaron Línea de base? • ¿Existen estudios que demuestren que se puede trasplantar flora endémica, especialmente en épocas sin lluvias? • ¿Cómo garantizan que el material de flora que se rescate en la espera de un buen año mantenido en vivero, se podrán cosechar semillas para producir plantas que se utilicen como respaldo de la reintroducción?, ¿Dio resultado con los demás proyectos ubicados en este sector? En el caso de los cactus, una amenaza particular a considerar es el robo de los ejemplares por lo que las marcas y los cierres deben ser poco visibles. Facilitará el proceso la georreferenciación del sitio en el que se establezcan los ejemplares. La materialidad del cierre se puede definir en terreno y debe constituir un elemento de mínimo impacto visual el que será levantado una vez terminado el periodo de establecimiento.

• ¿Qué tipo de cierre se utilizará para que no produzca daño a los animales o transeúntes? • ¿Por qué no se aplica la legislación para proteger las 96 especies catastradas, más las no catastradas, ya que este Patrimonio Natural único en el mundo, representa un enorme potencial turístico para la zona sur de Huasco aprovechando la carretera costera que está proyectada justo por el sector de Playa Brava, Sector Los Lachos, Punta Alcalde y Aguada de Tongoy?

• ¿Tiene alguna importancia y cumplimiento la legislación de la Macrozonificación de los Usos del Borde Costero de la Región de Atacama, ya que desde el sector de Playa Brava hasta el sector de Punta Alcalde está reconocida como Zona Turística?

• ¿Tiene alguna importancia y cumplimiento la legislación de la Macrozonificación de los Usos del Borde Costero de la Región de Atacama, el sector de Aguada Tongoy que se ubica en territorios de Huasco y Freirina, está reconocida como Zona de Interés Medio Ambiental Terrestre?

Evaluación técnica de la observación: Se considera pertinente la presente observación por cuanto hace referencia a los contenidos del Estudio de Impacto Ambiental (EIA) y al proceso reglado del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental. La observación ciudadana fue incorporada en el informe consolidado de solicitud de aclaraciones, rectificaciones o ampliaciones a través del Anexo Complementario de Participación Ciudadano emitido con fecha 27 de septiembre 2019. Sobre el asunto se informa que el Titular no dio respuesta al documento señalado, debido a que no presentó la Adenda correspondiente, por tanto se procede con lo establecido en el artículo 38 del D.S. N°40/2012 del Ministerio del Medio Ambiente donde se indica que “si no se hubieren presentado las aclaraciones, rectificaciones o ampliaciones solicitadas, una vez transcurrido el plazo otorgado, se elaborará el Informe Consolidado de Evaluación a que se refiere el artículo 44 de este Reglamento y se procederá a calificar el Estudio de Impacto Ambiental…”, y, considerando que no es posible concluir que el proyecto no generaría efectos características y circunstancias contemplados en el artículo 11 de la Ley 19.300, se recomienda rechazar el EIA. 21. Observante: Marcela Araya Sepúlveda, Alejandra González Portilla, Yasmín Alfaro Muñoz, Viviana Cisternas Rojas, Sandra Ramírez, Luis Fuentealba Triviño, Nolvia Zamora Ossandón, Inés Zamora Ossandón, Patricia Quinzacara Troncoso, Karla Fuentealba Castillo, Alicia Tapia Pizarro, Juan Guillermo Peñaloza Sierra, Anixa Olivares Gallardo, Joan Valenzuela Vega, Constanza San Juan Stander, Cecilia Ramírez Ibarbe, Camila Núñez Zuleta, Ximena Fuentealba Triviño, Oscar López Gallardo, Elsa Castillo Diaz, María Pilar Triviño González, Juan Carlos Labrin Cortés, Alexia Eva Troncoso Pacheco, Marta Tirado Alvarez, Valentina Avalos Fuentealba, Julio Avalos Villaseca, Soledad Fuentealba Triviño. (27 personas naturales) Observación:

Respecto a fauna • ¿Se realizó Línea de base de fauna terrestre, aves y marítima con otros proyectos aprobados? • ¿Qué medidas se realizarán para cuantificar y proteger las especies que no han sido catastradas, debido a que las campañas en terreno se hicieron los años 2018 y 2019? Al igual que el Desierto Florido, mucha vida animal está ausente en grandes extensiones y sólo aparece donde hay vegetación, la que está asociada a la disponibilidad de agua por lluvias. • ¿Por qué el impacto a la fauna se cataloga como “No Significativo”, si producirá mucho daño a este ecosistema? Impactos declarados por el mismo Titular: La Probabilidad de ocurrencia del impacto es “Cierta” dado que la construcción de las obras e instalaciones del Proyecto generará incrementos en los niveles de presión sonora, lo que provocará la pérdida y alteración de los hábitats presentes en el área a ocupar por las especies antes mencionadas. La criticidad del componente ambiental receptor de este impacto es “Alta” La perturbación de hábitat constituye un impacto “Perjudicial”. La intensidad se considera “Alta”, dado que, si bien no se afectarán la totalidad de hábitat presentes en las zonas, aquellas áreas que sí serán intervenidas directamente, presentarán una afectación completa, aunque se debe hacer mención que muchos de los sectores ya se encuentran intervenidos. Si bien la superficie afectada por las obras del Proyecto es de 82 ha, el área de influencia para ruido es extiende por una superficie mayor a 1.000 ha, en consecuencia, el impacto se presenta en forma “Total”. El plazo de manifestación del impacto es “Inmediato” (inferior a un año), dado se hará afectivo al momento que se realice la intervención de cada sector que presente condiciones de hábitat para fauna. La pérdida de hábitat para fauna se considera en forma conservadora como “Permanente”, debido que la pérdida de dichos hábitats en algunos sectores, por la intervención directa del Proyecto (como el sector PD) se realizará efectivamente en forma permanente. La pérdida de hábitat para fauna se considera en forma conservadora como “Irreversible”, debido que la pérdida de dichos hábitats en algunos sectores, por la intervención directa del Proyecto (como el Sector PD) se realizará efectivamente en forma permanente, aunque en otros sectores (Sectores AI y AILL) se recuperará la vegetación después de la construcción del Proyecto, y con ellos se recuperan hábitats para la fauna.

Evaluación técnica de la Observación Se considera pertinente la presente observación por cuanto hace referencia a los contenidos del Estudio de Impacto Ambiental (EIA) y al proceso reglado del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental. La observación ciudadana fue incorporada en el informe consolidado de solicitud de aclaraciones, rectificaciones o ampliaciones a través del Anexo Complementario de Participación Ciudadano emitido con fecha 27 de septiembre 2019. Sobre el asunto se informa que el Titular no dio respuesta al documento señalado, debido a que no presentó la Adenda correspondiente, por tanto se procede con lo establecido en el artículo 38 del D.S. N°40/2012 del Ministerio del Medio Ambiente donde se indica que “si no se hubieren presentado las aclaraciones, rectificaciones o ampliaciones solicitadas, una vez transcurrido el plazo otorgado, se elaborará el Informe Consolidado de Evaluación a que se refiere el artículo 44 de este Reglamento y se procederá a calificar el Estudio de Impacto Ambiental…”, y, considerando que no es posible concluir que el proyecto no generaría efectos características y circunstancias contemplados en el artículo 11 de la Ley 19.300, se recomienda rechazar el EIA. 22. Observante: Marcela Araya Sepúlveda, Alejandra González Portilla, Yasmín Alfaro Muñoz, Viviana Cisternas Rojas, Sandra Ramírez, Luis Fuentealba Triviño, Nolvia Zamora Ossandón, Inés Zamora Ossandón, Patricia Quinzacara Troncoso, Karla Fuentealba Castillo, Alicia Tapia Pizarro, Juan Guillermo Peñaloza Sierra, Anixa Olivares Gallardo, Joan Valenzuela Vega, Constanza San Juan Stander, Cecilia Ramírez Ibarbe, Camila Núñez Zuleta, Ximena Fuentealba Triviño, Oscar López Gallardo, Elsa Castillo Diaz, María Pilar Triviño González, Juan Carlos Labrin Cortés, Alexia Eva Troncoso Pacheco, Marta Tirado Alvarez, Valentina Avalos Fuentealba, Julio Avalos Villaseca, Soledad Fuentealba Triviño. (27 personas naturales)

Observación:

Respecto a relación con las políticas, planes, programas, estrategias, informes, agendas, catastros, estudios, declaraciones, pactos, constitución, Plan de recuperación ambiental y social de Huasco – PRAS

• ¿Por qué no se consideró el Acuerdo del CRAS de no construir más desaladoras en la comuna, lineamientos y objetivos estratégicos comunales, las cuales no establecen la extensión industrial?

El Programa para la Recuperación Ambiental y Social de Huasco 2014-2018 (PRAS), es una mesa tripartita integrada por, Organizaciones civiles, Gobierno y Empresas privadas, cuyo objetivo principal es recuperar ambientalmente el territorio y mejorar la calidad de vida de los habitantes de la comuna.

En el diagnóstico inicial surgieron 16 objetivos territoriales de las principales aspiraciones de la gente, que son:

• Contar con una buena calidad del aire y un sistema de monitoreo y control que cumpla estándares internacionales • Contribuir a asegurar las condiciones para el desarrollo de la actividad agrícola de forma limpia. • Asegurar la disponibilidad de agua dulce para consumo humano y mejorar la disponibilidad para ecosistemas y agricultura. • Asegurar la calidad de los cuerpos de agua superficiales y subterráneos. • Contar con una adecuada compatibilización de usos y calidad ambiental del borde costero. • Contar con un diagnóstico comunal de suelos con potencial presencia de contaminantes. • Conservar adecuadamente el patrimonio natural de Huasco. • Mejorar el entorno, paisaje y contar con suficientes espacios verdes y recreativos. • Fortalecer la identidad y recuperación de la infraestructura y expresiones culturales con valor patrimonial. • Mejorar la calidad de las fuentes de trabajo. • Contar con viviendas sociales de calidad para las personas que lo requieran. • Facilitar el ingreso de los estudiantes en la educación superior. • Prevenir y controlar la población de perros vagos. • Contar con un adecuado manejo de residuos domiciliarios e industriales. • Mejorar la atención de los servicios de salud. • Contar con infraestructura adecuada (vial, alcantarillado y de seguridad).

De acuerdo a los resultados, los 4 desafíos más relevantes del Programa PRAS Huasco son:

• Desafío de mejorar la calidad del aire: Es necesario tomar medidas para reducir las emisiones provenientes principalmente de 2 fuentes industriales, las termoeléctricas de Guacolda y la planta de pellets de CAP. • Desafío de asegurar disponibilidad de agua para objetivos sociales y mejorar abastecimiento para usos económicos: Existe gran preocupación en la comunidad por el aseguramiento de disponibilidad de agua para consumo humano, así como también disponer de caudal ecológico para proteger el humedal de Huasco. • Desafíos de repensar las actividades económicas tradicionales: El tema laboral genera gran preocupación en la comunidad, ya que contar con una buena fuente de trabajo es fundamental para tener una buena calidad de vida. Así, los asistentes a los diferentes talleres plantearon la necesidad de potenciar otras actividades económicas, en particular la pesca, dado la disminución que ésta ha tenido los últimos años. Por ello, resulta desafiante repensar la manera en que se desarrollan actividades tradicionales como agricultura y pesca, así como también explorar nuevas alternativas, como por ejemplo, la acuicultura o el turismo. Es un desafío a nivel mundial lograr un uso sustentable del mar, el decaimiento de las poblaciones de peces y recursos hidrobiológicos es un fenómeno global del que Huasco es parte de la solución. Los cultivos de nuevas especies de peces, pensar en cultivos de moluscos o algas, mirar y potenciar con creatividad las bellezas escénicas y particularidades del territorio para sumarse al boom mundial del turismo, pueden ser oportunidades para Huasco.

• Desafío de mejorar la gestión de la información: Contar con información oportuna y fidedigna es fundamental para el ejercicio integral de la democracia y como factor determinante en crear mejores relaciones y confianza.

Posteriormente respecto al uso de desaladoras se acuerda lo siguiente: ACTA SESIÓN ORDINARIA N°1 – COMISION DE COMPONENTE AGUA CONSEJO PARA LA RECUPERACIÓN AMBIENTAL Y SOCIAL DE LA COMUNA DE HUASCO Miércoles 7 de septiembre 2016. • “Ficha B.1.1 Evaluar la factibilidad de utilizar desalinización de agua para diferentes usos” • Se acuerda eliminar ficha ya que se entiende que esto da el paso para utilizar plantas desaladoras.

PLADECO HUASCO 2019-2022 • ¿Por qué no se consideró el Pladeco 2019-2022, cuyos lineamientos y objetivos estratégicos comunales no establece construcción de desaladoras ni extensión de zonas industriales

Dentro de los lineamientos y objetivos se encuentran: • Fortalecimiento de las actividades económicas. ✓ Potenciar el turismo en la comuna. ✓ Fortalecer la actividad agropecuaria. ✓ Profesionalizar la actividad agroindustrial. ✓ Empoderar la actividad artesanal. ✓ Apoyar la actividad pesquera. ✓ Capacitar a empresarios / emprendedores / trabajadores de la comuna. ✓ Promover la incorporación de la mujer al mercado laboral. ✓ Fomentar la incorporación de jóvenes al mercado laboral. ✓ Impulsar la asociatividad y redes de apoyo de productores y artesanos de la comuna. ✓ Articular redes de apoyo para el empleo. • Protección y recuperación del Medio Ambiente. ✓ Proteger la biodiversidad de la comuna. ✓ Fortalecer la protección del Medio Ambiente. ✓ Fiscalizar cumplimiento de medidas medioambientales. ✓ Fomentar la educación medioambiental y el reciclaje. • Recuperación del patrimonio material e inmaterial. ✓ Impulsar la preservación y la puesta en valor del patrimonio material e inmaterial, cultural y natural de la comuna. ✓ Fomentar la cultura y tradiciones locales. ✓ Poner en valor la preservación y el entorno del Parque Nacional Llanos de Challe. ✓ Priorizar el rescate y conservación de los humedales de Huasco y Carrizal Bajo; y el territorio que cubre el fenómeno del desierto florido. PLADECO 2011-2015 • ¿Por qué no consideró el Pladeco Huasco 2011-2015, cuyos lineamientos y objetivos estratégicos comunales no establece construcción de desaladoras ni extensión de zonas industriales? Dentro de los lineamientos y objetivos se encuentran:

a. Fortalecimiento del turismo comunal. b. “ de la actividad agropecuaria. c. “ de la actividad agroindustria comunal. d. “ de la actividad artesanal e. “ de la actividad pesquera artesanal. f. Protección y recuperación al medio ambiente y fortalecimiento de la comunidad ecológica. g. Fortalecimiento de la protección del medio ambiente. h. Recuperación, preservación y puesta en valor del patrimonio tangible e intangible de la comuna. PLAN DE PREVENCIÓN (LATENCIA) • ¿Por qué no se consideró el Plan de Prevención D.S Nº 38/2016 que declara a Huasco Zona Latente por MP10 como concentración anual, puesto que el polígono propuesto abarca una superficie de aproximadamente de 3.497 Ha, (35 Km2), incluyendo en su totalidad la localidad de Huasco, Huasco Bajo, Zona Industrial y lugares aledaños a la comuna?

ACTUALIZACIÓN PLAN REGULADOR DE HUASCO

• ¿Por qué no se consideró la actualización del Plan Regulador de Huasco, donde se tiene proyectado a petición de la comunidad dejar este sector sur con uso sueldo como Área verde de Resguardo para el desarrollo turístico, recreativo y productivo en esta zona? Ya que a futuro emplazamiento de la ruta costera conectará a la ciudad con otros centros poblados, por lo tanto el turismo puede ser la base potencial de un nuevo desarrollo económico en el sector de Playa Brava, sector Los Lachos, Punta Alcalde, Aguada Tongoy, etc. Y a su vez permitiría eliminar las emisiones contaminantes en Huasco, especialmente en poblaciones urbanas cercanas y recuperar la bahía para uso pesquero.

INFORME AMBIENTAL COMPLEMENTARIO ACTUALIZACIÓN PLAN REGULADOR COMUNAL HUASCO

• ¿Por qué no considero el Informe Ambiental Complementario Actualización Plan Regulador Comunal Huasco, cuyos lineamientos y objetivos estratégicos comunales no establece construcción de desaladoras ni extensión de zonas industriales? Los Objetivos Ambientales de la comuna son: ➢ Resguardar la salud de la población de Huasco. ➢ Propiciar una mejor calidad ambiental de la ciudad de Huasco, definiendo un sistema de áreas verdes funcional, que permita generar distanciamientos y/o zonas de amortiguación, respecto de los usos industriales contaminantes y áreas de riesgo de origen natural, relevando los servicios ecosistémicos que éstas brindan. ➢ Incentivar el desarrollo económico no contaminante, como el turismo disponiendo de oferta de suelo urbano para su desarrollo. ➢ Resguardar el valor ambiental y productivo que representa el río Huasco, definiendo en torno a éste, usos compatibles con dicho valor y que tiendan a su protección.

Los criterios de Desarrollo Sustentable son: ➢ Resguarda a la población de Huasco de los efectos negativos de la actividad productiva. ➢ Define y ordena los usos de suelo en torno a los recursos de valor natural. ➢ Promueve el desarrollo de nuevas actividades.

Análisis Participativo Ciudadano, algunos de estos son: ➢ Conservar el sector sur del área industrial (poniente de Huasco), como un área natural con uso recreativo y turístico protegido. ➢ No se quiere expansión productiva como sugiere la Alternativa 2 ➢ Se valoran las áreas verdes que actúan como buffer entre zona industrial y el área urbana de Huasco. ➢ Proteger Playa Brava. ➢ Se manifiestan de acuerdo con el borde turístico contínuo en todo el borde costero de Huasco. ➢ Conservar como zonas protegidas naturales y arqueológicas las áreas al sur de la actual zona industrial (poniente de Huasco). Los usos propuestos son pesca artesanal y museos de sitios. ➢ Existe amplia preocupación y malestar en la comunidad respecto de las condiciones de salud precarias de muchos habitantes producto de las enfermedades respiratorias o de otra índole, asociados a la contaminación provocada por las industrias existentes en Huasco. Existe percepción de que no se ha avanzado mucho en solucionar este tema, en particular con la reducción o eliminación de las emanaciones atmosféricas tóxicas. ➢ No se visualiza en los participantes la vinculación que existirá entre la Actualizacion del PRC y los Anteproyectos del Plan de Prevención de Contaminación Atmosférica de Huasco y el Programa Cras, ambos del Ministerio del Medio Ambiente. De qué manera se relacionan el relevamiento y protección ambiental con los proyectos industriales actuales y la eventual ampliación de los usos productivos.

Aspectos de las Alternativas de estructuración Territorial del Concejo Municipal: ➢ Se considera adecuado que el área industrial no se extienda, manteniendo su área actual. ➢ Se señala la importancia de poner énfasis en lo turístico.

Recomendaciones para la Confección del Anteproyecto: ➢ Mantener un buffer o distanciamiento entre la zona portuaria industrial y el desarrollo urbano planteado para Huasco. ➢ Mantener el sistema de áreas verdes definido de “Cerros y Quebradas” ya que permite estabilizar las laderas y recuperar parte de la función ecológica del área. ➢ Identificar usos de borde costero que sean compatibles con la actividad de recolección que se da en torno a la recolección de Huiro.

ESTUDIO DE EVALUACIÓN DE ALTERNATIVAS DEPÓSITO DE RELAVES EN TIERRA PLANTA DE PELLETS CAP HUASCO

• ¿Por qué no se consideró el Estudio de Evaluación Depósito de Relaves en tierra de Planta de pellets CAP, que evaluó su instalación en un radio de 50 km desde Huasco, llegando a la conclusión que todas las alternativas presentadas (9 sitios) no son viables, ni técnica ni socialmente por cuanto el transporte y disposición de relaves en altura en la cuenca del Valle del Huasco reviste riesgos por la cercanía de las poblaciones, no se cumple con la distancia de seguridad o por el tamaño de las cuencas aportantes a los eventuales sitios de disposición o, finalmente, por el imperativo de instalar obras aledañas al río, para alojar sistemas de bombeo, piesconas de emergencia y dos ductos (relave y agua), donde el primero alcanzaría presiones de trabajo por sobre las 4.000 libras por pulgada cuadrada (psi por sus siglas en inglés)?

INFORME INSTITUTO NACIONAL DE DERECHOS HUMANOS (NDH) 2014

• ¿Por qué no se consideró el Informe de DDHH 2014 como línea de base de vulneración de diversos Derechos Fundamentales, al constatar una contaminación sistemática en el Valle del Huasco?

AGENDA 2030 “DE LA SUSTENTABILIDAD Y CAMBIO CLIMÁTICO”. • ¿Por qué no se consideró la agenda 2030 de la Sustentabilidad y Cambio Climático, respecto a ODS 14. Vida Submarina, cuyos parámetros nacionales van enfocados a la protección del sistema marino y no a la construcción de desaladoras que provocan graves daños al sistema marino y terrestre?

ODS 14 Vida Submarina: Conservar y utilizar en forma sostenible los océanos, los mares y los recursos marinos para el desarrollo sostenible y poner fin a la pobreza en todas sus formas en todo el mundo ACCIONES PÚBLICAS, Febrero 2018. • Ley N° 20.657, General de Pesca y Acuicultura, Modifica en el Ámbito de la Sustentabilidad de Recursos Hidrobiológicos, Acceso a la Actividad Pesquera Industrial y Artesanal y Regulaciones Para La Investigación Y Fiscalización, La Ley General De Pesca Y Acuicultura Contenida En La Ley N°18.892 Y Sus Modificaciones. • Convención para la Conservación y Manejo de los Recursos Pesqueros de la Alta Mar del Pacífico Sur, cuyo objetivo es asegurar, a través de la implementación del enfoque ecosistémico y precautorio, la conservación y manejo sustentable de los recursos pesqueros y la salvaguarda de sus ecosistemas en el largo plazo, para lo cual su principal función es el establecimiento, adopción e implementación por parte de sus Miembros, de medidas de conservación y manejo para los recursos pesqueros del área, como también el monitoreo, cumplimento y vigilancia de la implementación de las normas de conservación y manejo. • Promulgación del Acuerdo de París sobre Cambio Climático, adoptado en la XXI Reunión de la Conferencia de las Partes de la Convención Marco de las Naciones Unidas sobre el Cambio Climático, Decreto N° 30 del Ministerio de Relaciones Exteriores (2017). • Ley N° 20.925 de Bonificación para el Repoblamiento y Cultivo de Algas, podrá beneficiar a Titulares de 784 AMERB y 538 concesiones de acuicultura entre 2017 y 2027. • La Ley N° 21069 (2018) crea el Instituto Nacional de Desarrollo Sustentable de la Pesca Artesanal y de la Acuicultura de Pequeña Escala, Indespa, como servicio público descentralizado, que contará con personalidad jurídica y patrimonio propio, sometido a la supervigilancia del Presidente de la República a través del Ministerio de Economía, Fomento y Turismo, cuyo objetivo será fomentar y promover el desarrollo de la pesca artesanal, de la acuicultura de pequeña escala y sus beneficiarios. El servicio estará afecto al Sistema de Alta Dirección Pública establecido en el Título VI de la ley N° 19.882. • Plan de Adaptación al Cambio Climático para Pesca y Acuicultura y Plan de Adaptación al Cambio Climático en Biodiversidad: El primer Plan apunta a fortalecer la capacidad de adaptación del sector Pesca y Acuicultura a los desafíos y oportunidades del cambio climático, considerando un enfoque precautorio y ecosistémico. Por su parte, el Plan de Adaptación al Cambio Climático en Biodiversidad tiene como objetivo fortalecer la capacidad del país para responder a los desafíos climáticos y a la creciente presión humana sobre los bienes y servicios de los ecosistemas chilenos, implementando medidas para aminorar las consecuencias negativas del cambio climático sobre los ecosistemas y la población, y asegurar la provisión de bienes y servicios ecosistémicos • Clasificación de ecosistemas marinos chilenos. Realizada durante 2015 y 2016, con el fin de contar con un inventario de ecosistemas marinos para la planificación de conservación y protección. Esta clasificación arrojo un total de 96 ecosistemas marinos que van desde Arica, por el norte del país, hasta Cabo de Hornos, por el sur, incluyendo las islas oceánicas. Conto con distintas instancias de participación del mundo técnico y académico de todo el país. • Plan de Acción Nacional para prevenir, desalentar y eliminar la Pesca Ilegal, No Declarada y No Reglamentada (INDNR), del año 2004, dictado al alero del Plan de Acción Internacional de la FAO: Elaborado para la prevención y eliminación de la pesca ilegal No Declarada y No Regulada, dada las responsabilidades que posee Chile en su triple condición de Estado Ribereño, Estado del Pabellón y Estado Rector del Puerto. • Control de la Contaminación marina: Por medio de la Dirección General del Territorio Marítimo y de Marina Mercante (DTM), el Ministerio de Defensa Nacional monitorea la calidad del agua y sedimentos marinos, fiscaliza vertimientos y combate los derrames de hidrocarburos. • Concesiones marítimas y uso de borde costero: El Ministerio de Defensa, por medio de la Subsecretaria para las Fuerzas Armadas, ha establecido el Departamento de Asuntos Marítimos con el fin de implementar y materializar la Política Nacional del Uso del Borde Costero, con la cual se permite el desarrollo de actividades concesionadas establecidas con la autoridad y, por lo mismo, el control, el uso y el acceso a un bien público, así como su sustentabilidad. Esta Subsecretaria apoya el Programa de Regularización de Caletas Pesqueras para agilizar la entrega de concesiones marítimas a las organizaciones de pescadores artesanales, manteniendo su participación en la Mesa Intersectorial para la puesta en marcha de la Ley N° 20.249, que crea Espacios Costeros Marinos para Pueblos Originarios. Se ha avanzado en la revisión del nuevo Reglamento de Concesiones Marítimas, regulación que busca actualizar, complementar y mejorar la normativa vigente, además de ponerlo a disposición de la ciudadanía para recopilar comentarios y sugerencias. Actualmente se trabaja con los diversos organismos públicos que integran la Comisión Nacional de Uso del Borde Costero. • El Programa “Te Quiero Caleta”, que busca afianzar el trabajo y la identidad de las 467 caletas existentes en Chile, a través de iniciativas de emprendimiento local y regional que apunten al desarrollo sustentable. • Se destaca además el Apoyo a Mujeres Pescadoras, concurso de diversificación productiva orientado a pescadoras de la Región de Los Lagos. Se seleccionaron 31 proyectos, beneficiando a 979 personas. Junto a Banco Estado se realizo la primera versión Concurso “Mujer Pescadora Emprende”, que convoco a pescadoras de todo Chile a contar su historia. DIAGNOSTICO PARA DESARROLLAR PLAN DE RIEGO EN LA CUENCA DE HUASCO, Facultad de Ciencias Agronómicas de la Universidad de Chile, 2016. • ¿Por qué no se consideró El Plan de Riego en la cuenca del Huasco, cuyos lineamientos son mejoramientos de canales y cuidado del agua dulce del río, en ningún caso hay lineamientos de uso de agua desalada en el sector agrícola y olivícola?

POLÍTICA AMBIENTAL REGIÓN DE ATACAMA • ¿Por qué no considero la Política Ambiental Región de Atacama, cuyo contexto radica en la equidad social y económica sin comprometer las expectativas de las generaciones futuras, compatibilizando economía, medio ambiente y recursos naturales? Situación vulnerada en la comuna, puesto que Huasco por años se ha encontrado en estado de saturación, actualmente se encuentra declarado Zona Latente y es inhumano incorporar nuevos proyectos contaminantes a una localidad impactada por contaminación ambiental.

Extracto política Regional: “La política regional “expresa el compromiso ambiental de los servicios públicos nacionales que operan en el territorio, de los gobiernos regionales, de los municipios, del sector privado, de las universidades, de las ONG, de los gremios, de las organizaciones sociales, entre otras formas de expresiones de la comunidad”. El desafío fundamental de esta política corresponde a “avanzar hacia un desarrollo regional con sustentabilidad, tratando fundamentalmente que se puedan generar las condiciones básicas que permitan compatibilizar el proceso de crecimiento económico regional con la protección del medio ambiente y el uso sustentable de los recursos naturales. En este contexto la equidad social y económica sin comprometer las expectativas de las generaciones futuras”

ESTRATEGIA REGIONAL Y PLAN DE ACCIÓN PARA LA CONSERVACIÓN Y USO SUSTENTABLE DE LA BIODIVERSIDAD DE ATACAMA 2010-2017.

• ¿Por qué no considero la Estrategia Regional y Plan de Acción para la Conservación y Uso Sustentable de la Biodiversidad de Atacama, cuyo contexto radica en conservar los procesos ecológicos esenciales de la biósfera y promover el mejoramiento de la calidad de vida de las generaciones actuales y futuras? El sector sur donde pretende instalarse este proyecto se encuentra gran parte de flora, fauna y patrimonios culturales del valle del Huasco. El Titular reconoce el impacto significativo de estos patrimonios, por lo tanto el daño sería irreparable al patrimonio natural, cultural y al potencial turístico.

MUNICIPALIDAD DE HUASCO, DEPARTAMENTO DE TURISMO

• ¿Por qué no se consideró el Programa Turístico de la Municipalidad de Huasco, que considera también la zona sur como atractivo turístico? “Las playas son excelentes y aptas para la práctica de natación, deportes náuticos como velerismo, surf, buceo y pesca deportiva. Entre ellas destacan la Playa Grande, Playa Chica y Playa Brava, ubicadas en la ciudad; y también Tres Playitas, Los Toyos y Baratillo, hacia el norte de Huasco siguiendo la carretera de la costa”.

POLITICA REGIONAL DE TURISMO DE ATACAMA

• ¿Por qué no se consideró la política de turismo Regional?, que tiene un horizonte de tiempo desde el 2016 al 2025 y su objetico general es: “Desarrollar el turismo sustentable de la región de Atacama, sobre la base de una gestión que articule, fortalezca, diversifique y posicione la oferta turística como una actividad económica relevante”. En cuanto a la oferta y la demanda se priorizan 4 destinos que serán el foco para la implementación de iniciativas de desarrollo: • Caldera – Parque Nacional Pan de Azúcar. • Valle de Copiapó • Valle del Huasco (turismo rural de ricos sabores del valle más verde del desierto). • Pingüino de Humboldt Así mismo, la política definió que los tipos de turismo a desarrollar en la región son: 5. Turismo rural. 6. El turismo de naturaleza. 7. El turismo de sol y playa. 8. El turismo patrimonial.

CATASTRO DE ATRACTIVOS TURÍSTICOS 2018 SERNATUR

• ¿Por qué la línea base del proyecto dice que no existen sitios de interés turísticos registrados, si de acuerdo al registro oficial de atractivos turísticos de SERNATUR y a la información levantada en terreno, Huasco y Freirina cuentan con un total de 27 atractivos turísticos, y entre ellos se encuentra Playa Brava, catalogada como Sitio Natural? INFORME DE DESTINOS TURÍSTICOS 2018 SERNATUR • ¿Por qué no se consideró el Informe de Destinos Turísticos (2018) de Sernatur, que dentro de los 89 destinos turísticos se encuentra el Valle del Huasco y zona costera con un nivel de desarrollo turístico Emergente Litoral, y con una tipología de destino turístico rural y de naturaleza? ESTUDIO OPORTUNIDADES DE DESARROLLO REGIONAL CCIRA 2015 • ¿Por qué no se consideró el Estudio de Oportunidades Turísticas de las provincias de la Región de Atacama, realizado por la Corporación para la Competitividad e Innovación de la Región de Atacama CCIRA 2015, Intendencia de Atacama, ya que dentro de las actividades turísticas de la provincial del Huasco, se encuentra el surf en Ruta Costera Huasco, Punta Blanca y Playa Brava? Por lo tanto a futuro se puede incorporar a las Rutas Los Olivo, Los Humedales, Las cactáceas, la Ruta del Patrimonio y la Ruta del Desierto Florido al paso de la carretera costera por este sector. ZONIFICACIÓN Y USO DEL BORDE COSTERO DE LA REGIÓN DE ATACAMA • ¿Por qué no se consideró la Zonificación del Borde Costero de Atacama, porque en el sector de Playa Brava, sector Los Lachos, Huasco Bajo, donde pretende instalarse el proyecto es Zona turística (ZT) y por el sector de Aguada Tongoy donde pasará el acueducto es Zona de Interés Medio Ambiental Terrestre (ZMAT)?.

ZONIFICACIÓN PRICOST

• ¿Por qué intervenir industrialmente este sector, si el emplazamiento del proyecto no se encuentra en Zona industrial, todo lo contrario va afectar zonas vírgenes. De acuerdo a lineamientos comunales de la Actualización del Plan Regulador Comunal radica en zonificarlo como Área Verde de Resguardo, para proteger este sector por el alto valor patrimonial natural (flora, fauna, desierto florido) y valor cultural (sitios arqueológicos, paleontológicos, sitios subacuáticos históricos), teniendo un gran potencial histórico turístico, pesquero y extracción de algas, además de protección a las poblaciones que se encuentran cercanas al sitio industrial. Según La zonificación del Borde Costero de Atacama corresponde a Zona Turística (ZT) y Zona de Interés Medio Ambiental Terrestre (ZMA-T)(Aguada de Tongoy), El Pladeco no contempla como lineamiento la extensión industrial. El Cras acordó no construir más desaladoras, Huasco ya cuenta con 12 desaladoras. Este sector se encuentra dentro del polígono del Plan de Latencia?

CONSTITUCIÓN POLÍTICA DE CHILE

• ¿Por qué no se consideró la Constitución Política de Chile, en sus Derechos Fundamentales como Vivir en un Ambiente Libre de Contaminación, Derecho a la Salud, Derecho a la Igualdad, etc. Considerando que este proyecto vendrá a impactar aun más esta zona catalogada como Zona de Sacrificio?

DECLARACIÓN UNIVERSAL DE DERECHOS HUMANOS

• ¿Por qué no se consideró la Declaración Universal de DDHH, en sus Derechos Universales como: Todos los seres humanos nacen libres e iguales en dignidad y derechos, y Todo individuo tiene derechos a la Vida, a la libertad y a la seguridad de su persona, Considerando que este proyecto vendrá a impactar aun más esta zona catalogada como Zona de Sacrificio?

PACTO INTERNACIONAL DE DERECHOS ECONÓMICOS, SOCIALES Y CULTURALES

• ¿Por qué no se consideró EL Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales, entre algunos de los pactos cuentan; Para el logro de sus fines, todos los pueblos pueden disponer libremente de sus riquezas y recursos naturales…En ningún caso podrá privarse a un pueblo de sus propios medios de subsistencia”, La comunidad no quiere más extensión industrial ni seguir perdiendo la poca fuente laboral de la pesca y salir definitivamente de ser Zona de Sacrificio?

PROGRAMA DE GOBIERNO 2018-2022 MEDIO AMBIENTE, CAMBIO CLIMÁTICO Y CALENTAMIENTO GLOBAL

• ¿Por qué no considero el Programa de Gobierno 2018-2022, cuyos lineamientos y objetivos estratégicos nacionales es solucionar los problemas de salud y calidad de vida de los chilenos afectados por la contaminación, especialmente que Huasco se encuentra declarado Zona Latente y es inhumano incorporar nuevos proyectos contaminantes a una localidad impactada por contaminación ambiental?. Extracto programa presidente Piñera:

“Más allá del cuidado de la naturaleza, es indispensable hacerse cargo de los problemas actuales de contaminación que degradan directamente la salud y la calidad de vida de una gran parte de los chilenos. Más de 10 millones de compatriotas están expuestos a contaminación de material particulado fino, especialmente en la zona centro-sur del país, lo que contribuye a la muerte prematura de al menos cuatro mil chilenos al año. Muchas localidades sufren graves problemas de contaminación del aire, agua y suelo, y soportan pasivos ambientales que requieren urgente solución. A lo anterior se suma el que quizás es el mayor desafío en materia ambiental que enfrenta la humanidad, que es la lucha contra el cambio climático y el calentamiento global. Chile puede y debe asumir un rol, preparándose sobre todo para mitigar los efectos y adaptarnos a los cambios del calentamiento global.” ESTUDIO SOBRE DESALADORAS, INSTITUTO PARA EL AGUA, MEDIO AMBIENTE Y SALUD DE LA UNIVERSIDAD DE LA ONU (UNU-INWEH)

• ¿Por qué no se considero este Estudio entregado a la ONU?, que dice: La salmuera, agua compuesta por cerca de un 5% de sal, a menudo incluye toxinas como el cloro y el cobre que se usa en la desalinización, indicó el estudio. El agua de mar global contiene aproximadamente un 3,5% Los productos químicos de desecho “se acumulan en el ambiente y pueden tener efectos tóxicos en los peces”, afirmó Edward Jones, autor principal del estudio. La salmuera puede reducir los niveles de oxígeno en el agua de mar cerca de las plantas de desalinización con “impactos profundos” en los mariscos, cangrejos y otras criaturas en el fondo marino, lo que lleva a “efectos ecológicos observables en toda la cadena alimentaria”, señaló el documento. Vladimir Smakhtin, director de UNU-INWEH, dijo que el estudio era parte de una investigación sobre la mejor manera de asegurar el agua dulce para una población en aumento sin dañar el medio ambiente. CONVENCIÓN DEL MAR • ¿Por qué no se consideró la Convención del Mar, sobre descargas contaminantes al mar?

CONVENCIÓN DEL CAMBIO CLIMÁTICO (CMNUCC) • ¿Por qué no se consideró la Convención del cambio Climático donde Chile se encuentra tipificado País vulnerable, por cumplir 7 de los 9 criterios, que son; zonas costeras bajas, zonas áridas y semiáridas, Áreas susceptibles a la deforestación o erosión, Desastres naturales, Sequías, desertificación, Áreas urbanas altamente contaminadas, y Ecosistemas Frágiles?. Además Chile se encuentra entre los 16 países más vulnerables ambientalmente.

• ¿Por qué no se consideró la Convención de 1971 Relativa a los Humedales de Importancia internacional especialmente como Hábitat de Aves Acuáticas?

• ¿Por qué no se consideró la Declaración de Estocolmo de 1972 sobre el Medio Ambiente Humano?

• ¿Por qué no se consideró la Carta Mundial de la Naturaleza de 1982? Asamblea ONU.

• ¿Por qué no se consideró la Resolución Nº 45/94 sobre la necesidad de asegurar un medio ambiente sano para el bienestar de las Personas?

Evaluación técnica de la observación: Se considera pertinente la presente observación por cuanto hace referencia a los contenidos del Estudio de Impacto Ambiental (EIA) y al proceso reglado del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental. La observación ciudadana fue incorporada en el informe consolidado de solicitud de aclaraciones, rectificaciones o ampliaciones a través del Anexo Complementario de Participación Ciudadano emitido con fecha 27 de septiembre 2019. Sobre el asunto se informa que el Titular no dio respuesta al documento señalado, debido a que no presentó la Adenda correspondiente, por tanto se procede con lo establecido en el artículo 38 del D.S. N°40/2012 del Ministerio del Medio Ambiente donde se indica que “si no se hubieren presentado las aclaraciones, rectificaciones o ampliaciones solicitadas, una vez transcurrido el plazo otorgado, se elaborará el Informe Consolidado de Evaluación a que se refiere el artículo 44 de este Reglamento y se procederá a calificar el Estudio de Impacto Ambiental…”, y, considerando que no es posible concluir que el proyecto no generaría efectos características y circunstancias contemplados en el artículo 11 de la Ley 19.300, se recomienda rechazar el EIA. . 23. Observante: Marcela Araya Sepúlveda, Alejandra González Portilla, Yasmín Alfaro Muñoz, Viviana Cisternas Rojas, Sandra Ramírez, Luis Fuentealba Triviño, Nolvia Zamora Ossandón, Inés Zamora Ossandón, Patricia Quinzacara Troncoso, Karla Fuentealba Castillo, Alicia Tapia Pizarro, Juan Guillermo Peñaloza Sierra, Anixa Olivares Gallardo, Joan Valenzuela Vega, Constanza San Juan Stander, Cecilia Ramírez Ibarbe, Camila Núñez Zuleta, Ximena Fuentealba Triviño, Oscar López Gallardo, Elsa Castillo Diaz, María Pilar Triviño González, Juan Carlos Labrin Cortés, Alexia Eva Troncoso Pacheco, Marta Tirado Alvarez, Valentina Avalos Fuentealba, Julio Avalos Villaseca, Soledad Fuentealba Triviño. (27 personas naturales)

Observación

Respecto a observaciones varias • ¿Por qué sólo se consideró un buffer de 2 kms. De radio del área de influencia del proyecto, siendo que en este sector existen lugares de alto valor natural como el Desierto Florido, sitios arqueológicos, sitios paleontológicos, patrimonios históricos subacuáticos como naufragios en el sector de Punta Alcalde?

• ¿Por qué sólo se realizaron 2 días de visitas a terreno al sector, en el año 2018 no hubo desierto florido, por lo tanto no pudieron visualizar la magnitud de este fenómeno único en el mundo que representa un gran atractivo turístico en el sector donde se pretende instalar el proyecto?

• ¿Por qué no se evaluó el efecto invernadero en la comuna, ya que la comuna tiene una línea de base de más de 50 años con la planta de fierro de la empresa CAP y las 5 termoeléctricas de la Empresa Guacolda, haciendo a esta zona vulnerable al cambio climático?. • ¿Si el estanque de distribución tiene sólo capacidad de 2.000 m3, entonces como se entregará el agua a los demás proyectos que se abastecerán de agua?

• ¿El estanque de distribución instalado en el sector de Las Tablas será enterrado, qué pasará cuando se produzcan aluviones, caídas de masas, sismos o terremoto, quién responderá por los daños ocasionados?

• Existirá un trazado de 2 acueductos de 19 kms. Desde Huasco hasta Las Tablas, ¿Qué pasará cuando se produzcan aluviones, caídas de masas, sismos o terremoto, quién responderá por los daños ocasionados?

• ¿Cuáles son los nombres y ubicaciones (no coordenadas) exactas de las quebradas Q1C, Q2C, Q3C, Q4C, Q5C y Q6C (cruces Nº1,2,3,4,5,6), por donde atravesarán los acueductos?

• ¿Cuál es específicamente el sector y ubicación (no coordenadas) exactas del cruce con tuberías de Guacolda (cruce Nº 7), por donde atravesarán los acueductos?

• ¿Cuál es específicamente el sector y ubicación (no coordenadas) exactas del cruce con Línea ferrocarriles (cruce Nº 8), por donde atravesarán los acueductos?

• ¿Cuál es específicamente el sector y ubicación (no coordenadas) exactas del cruce con Línea ferrocarriles, antigua (cruce Nº 9), por donde atravesarán los acueductos?

• ¿Cuál es específicamente el sector y ubicación (no coordenadas) exactas del Cruce con camino de tierra (cruce Nº 10), por donde atravesarán los acueductos?

• ¿Cuál es específicamente el sector y ubicación (no coordenadas) exactas del Cruce con Ruta C-468 (cruce Nº 11), por donde atravesarán los acueductos? • VII.13 ¿Cuáles son los nombres y distancias (no coordenadas) de los caminos con infraestructuras y acueductos del proyecto?

• ¿Cuáles son los nombres y distancias (no coordenadas) de los centros poblados con infraestructuras y acueductos del proyecto?

• ¿Cuál es específicamente la función que cumple la subestación Huasco? • La línea de 110 kV comenzará de la subestación Huasco hasta la planta desalinizadora. ¿Quién o de dónde se abastece de energía esta subestación?

• ¿Cuántas torres de alta tensión instalará el proyecto desde Huasco a Freirina?

• ¿Es legal qué el Titular condicione en el evento que el proyecto que se someta a evaluación sea calificado favorablemente por la Comisión de Evaluación Regional, el Titular renunciará a la ejecución del proyecto Cerro Blanco aprobado por RCA Nº 90/2015?

• ¿A qué modificaciones se refiere “El Proyecto reemplazará al Proyecto Cerro Blanco que fuera aprobado por RCA N° 90/2015 y al cual se introdujeron algunas modificaciones que no requieren ingresar al SEIA conforme a lo establecido en la Res. Ex. N° 170/2018 de la Dirección Ejecutiva del SEA?

• ¿Cuántas torres de alta tensión se instalarán en el sector de Maitencillo, e indicar lugares y distancias con la población, puesto que esta zona se encuentra impactada enormemente por estas torres?

• ¿Cuál es el estudio de Línea de base de la contaminación electromagnética ocasionada por torres de alta tensión en los sectores de Huasco, Huasco Bajo, Las Tablas, Freirina y Maitencillo?

• ¿Cuál es la Línea de base de otras Subestaciones Eléctricas (MW) con RCA aprobadas en la provincia?

• ¿Cuáles son los nombres y sectores de los 5 cruces de caminos por los acueductos?

• ¿Cuáles son los nombres y sectores de los 13 cruces de cauces-quebradas por los acueductos?

• ¿Cuál es la Línea de base de carga, descarga, salmuera, Tº, caudales, sólidos, aceites, hidrocarburos, metales pesados, químicos, pH, etc. De las 11 desaladoras que utiliza la empresa Guacolda para el proceso de sus termoeléctricas y la mega desaladora de 1.400 l/s aprobada el año 2018, también de la empresa Guacolda?

• ¿Cuál es la velocidad de transporte del agua desalada desde Huasco hasta el sector del estanque a Las Tablas-Freirina?

• ¿A qué altura (msnm) se encuentra el estanque ubicado en el sector de Las Tablas-Freirina? • ¿El sitio de ubicación del estanque del sector Las Tablas-Freirina, qué área de cuenca aportante tiene y cuál es su volumen de acumulación?.

• ¿El estanque de acumulación del sector Las Tablas-Freirina a qué distancia está del centro poblado más cercano?

• ¿Cuál es la presión de trabajo (psi) que producirán los acueductos desde Huasco hasta el sector Las Tablas-Freirina?

• ¿Se realizó algún estudio acabado para evaluar el nivel de riesgo de la presión (psi) que producirán los acueductos desde Huasco hasta el sector r Las Tablas-Freirina, considerando que las tuberías pasarán cerca de centros poblados?

• ¿Existe legislación respecto a cumplir distancias de seguridad de acueductos que pasan por cuencas aportantes y centro poblados?

• ¿A quiénes comprarán, arrendarán y/o concesionarán los derechos de pasos de servidumbre?

• ¿Los operarios tomarán agua desalinizada y potabilizada, considerando que la bahía se encuentra contaminada con relaves de hierro, termoeléctricas y emisarios submarinos sanitarios?

• ¿A quienes venderán el agua desalinizada?

• ¿El agua desalinizada será sólo para uso industrial, asegurando que las sanitarias no la venderán para uso humano o agrícola, considerando que la bahía e encuentra contaminada con relaves de hierro, termoeléctricas y emisarios submarinos sanitarios?

• ¿Dónde estarán ubicados (no coordenadas) los químicos, corrosivos y sustancias peligrosas utilizados en el proceso de desalinización?

• ¿El Titular realizó algún estudio a peces, moluscos, etc., como línea de base considerando que la bahía se encuentra contaminada con relaves de hierro, termoeléctricas y emisarios submarinos sanitarios y este proyecto representa la desaladora más grande, uniéndose a las 11 del proceso de termoeléctricas y otra desaladora de Guacolda de 1.400 l/s aprobada el año 2018, por lo tanto es muy importante tener esta línea de base puesto que este sector es uno de los pocos que está quedando para la pesca artesanal?

• ¿Por qué no se consideró una línea de base de contaminación electromagnética, considerando la existencia de proyectos de líneas de transmisión eléctrica, gran cantidad de torres de alta tensión y la generación de 5 termoeléctricas en Huasco, Plantas solares y eólicas en Freirina y las subestaciones de Huasco y Maitencillo-Freirina?

• ¿Se realizó algún estudio del peligro a la salud humana y la relación por contaminación electromagnética, debido a que esta zona está impactada enormemente por infraestructuras eléctricas?

• ¿Por qué el Titular dice “Cantidad y manejo de residuos, productos químicos y otros sustancias “que puedan afectar el medio ambiente”, por lo tanto el Titular no está garantizando que no habrá daño, trasgrediendo el principio preventivo y precautorio?

• ¿En caso de riesgo por Remoción en masa, el Titular se hará responsable del daño que se produzca por rotura de acueductos, estanque de agua desalada, almacenamiento de sustancias peligrosas, etc?

• ¿Quiénes son los dueños de las 82 ha donde se emplaza el proyecto?

• ¿En caso de lluvias y aluviones, puesto que en el sector donde se emplaza el proyecto se encuentran grandes quebradas y cauces, el Titular se hará responsable del daño que se produzca por rotura de acueductos, estanques de agua desalada, almacenamientos de sustancias peligrosas, etc.?

• ¿Como reconoce el Titular, la Actividad sísmica tiene magnitud alta en este sector, por las placas de Nazca y Continental ¿Se hará cargo el Titular de los daños que se produzcan por rotura de acueductos, estanques de agua desalada, almacenamiento de sustancias peligrosas, etc.?

• En caso de riesgo de Tsunami las instalaciones localizadas dentro de esta zona de riesgo potencial corresponden al sector de las Obras Marítimas asociadas a la captación y descarga de agua de la Planta Desalinizadora ¿Se hará cargo el Titular de los daños que se produzcan por rotura de acueductos, infraestructuras, almacenamiento de sustancias peligrosas, etc.?

• Si existen 16 proyectos aprobados en un radio de 20 km. ¿Para qué seguir condenando a esta Zona de Sacrificio, que se encuentra en vías de Recuperación Ambiental y Social?

• ¿Los acueductos a cuántos metros de la población se encontrarán de la población Los Olivos de Huasco Bajo, qué pasará en caso de aluviones, remociones de masas de tierra, sismos, terremotos?

• ¿Cuántas norias de agua subterránea hay en el sector, especialmente en el sector de Aguada Tongoy, lugar que abastece de agua a la fauna, flora, algueros, pescadores, majadas, etc. Y declarada como Zona de Interés Medio Ambiental Terrestre?

• ¿Cuántas torres de alta tensión (línea de base) existen entre Huasco y Freirina-Maitencillo?

• ¿Cuántos proyectos y MW (línea de base) entrega la subestación Huasco?

• ¿Cuántos proyectos y MW (línea de base) entrega la subestación Maitencillo-Freirina?

• ¿Cuál es el Plan de medidas de mitigación, reparación y compensación para; Superación de emisiones al aire, fauna, flora, patrimonios arqueológicos/paleontológicos/subacuáticos, rotura de ductos, transporte de sustancia peligrosas, etc.?

• ¿Por qué no se realizó Estudio del potencial Turismo, considerando que Playa Brava se encuentra en catastros Turísticos de Sernatur como un atractivo con un uso Actual con restricciones, y que por la Ruta Costera antes Mencionada tomara mayor relevancia y potencial?

• ¿Cuál es el Programa de Vigilancia Ambiental en las 3 etapas del proyecto?

• ¿Cuás es el Estudio de bancos naturales para el Programa de Vigilancia Ambiental?

• ¿Se realizó Estudio de pérdida de mano obra del sector productivo pesquero se verá afectado por el daño de este proyecto al mar?

• ¿Se realizó Estudio sobre las corrientes marinas y la pluma salina de este proyecto más las 12 desaladoras de Guacolda?

• ¿A qué distancia se encuentra el acueducto de la población Miramar, 21 de Mayo, Los Olivos, etc.?

Evaluación técnica de la observación: Se considera pertinente la presente observación por cuanto hace referencia a los contenidos del Estudio de Impacto Ambiental (EIA) y al proceso reglado del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental. La observación ciudadana fue incorporada en el informe consolidado de solicitud de aclaraciones, rectificaciones o ampliaciones a través del Anexo Complementario de Participación Ciudadano emitido con fecha 27 de septiembre 2019. Sobre el asunto se informa que el Titular no dio respuesta al documento señalado, debido a que no presentó la Adenda correspondiente, por tanto se procede con lo establecido en el artículo 38 del D.S. N°40/2012 del Ministerio del Medio Ambiente donde se indica que “si no se hubieren presentado las aclaraciones, rectificaciones o ampliaciones solicitadas, una vez transcurrido el plazo otorgado, se elaborará el Informe Consolidado de Evaluación a que se refiere el artículo 44 de este Reglamento y se procederá a calificar el Estudio de Impacto Ambiental…”, y, considerando que no es posible concluir que el proyecto no generaría efectos características y circunstancias contemplados en el artículo 11 de la Ley 19.300, se recomienda rechazar el EIA. 24. Observante: Marcela Araya Sepúlveda, Alejandra González Portilla, Yasmín Alfaro Muñoz, Viviana Cisternas Rojas, Sandra Ramírez, Luis Fuentealba Triviño, Nolvia Zamora Ossandón, Inés Zamora Ossandón, Patricia Quinzacara Troncoso, Karla Fuentealba Castillo, Alicia Tapia Pizarro, Juan Guillermo Peñaloza Sierra, Anixa Olivares Gallardo, Joan Valenzuela Vega, Constanza San Juan Stander, Cecilia Ramírez Ibarbe, Camila Núñez Zuleta, Ximena Fuentealba Triviño, Oscar López Gallardo, Elsa Castillo Diaz, María Pilar Triviño González, Juan Carlos Labrin Cortés, Alexia Eva Troncoso Pacheco, Marta Tirado Alvarez, Valentina Avalos Fuentealba, Julio Avalos Villaseca, Soledad Fuentealba Triviño. (27 personas naturales)

Observación

Respecto a emisiones al aire • ¿Por qué el Titular dice que compensará el 100% de las emisiones en etapa de construcción/operación, si generará igual emisiones; Año 1: 0,44-Año 2: 0,15-Año 3: 0,13-Año 4: 2,88-Año 5: 0.74-Año 6: 0,02 y así sucesivamente, como se demuestra en las siguientes tablas?

• ¿Por qué se presentará un Plan de Compensación de emisiones ante la SEREMI del Medio Ambiente después de obtenida la RCA favorable, si los proyectos no pueden ser fragmentados? Existen malas experiencias con proyectos anteriores, como el caso del depósito de relaves de la empresa CAP, que siendo aprobada su RCA el año 2010, aun no se ha cumplido, y la 5ta. Termoeléctrica de Guacolda (2010) se aprobó sin el botadero de cenizas, éste fue aprobado posteriormente el año 2014. • ¿Por qué al momento de presentar el plan, se evaluará la pavimentación de calles en la Villa San Pedro de Huasco u otra alternativa disponible que sea aceptada por el SEREMI de Medio Ambiente y que genere una reducción de emisiones equivalente al 100% de las emisiones del proyecto, o sea no hay nada claro con respecto a garantizar la compensación de emisiones? Los valores de la Tabla 2. Marco regulatorio –sección 3.2.2 Línea de base calidad del aire no corresponde a los valores de MP2,5. De acuerdo al D.S Nº 12/2010, es de promedio Anual 20 ug/m3N y Percentil 98, 24 hrs. es de 50 ug/m3N y no de 50 ug/m3N y 150 ug/m3N, respectivamente. • ¿Si el Titular reconoce que la Estación EME.F se encuentra en Estado de Latencia como promedio anual MP10 (2014-2016), por lo tanto el Plan de Compensación de pavimentar una calle de 643 m en la Villa San Pedro de Huasco, no vendrá a solucionar el problema de la contaminación, ni reducir las emisiones, todo lo contrario se incrementarán éstas, afectando aún más el problema grave a la salud de la población? • ¿Por qué no se hizo la evaluación de calidad del aire norma Anual con el monitoreo de MP10 de los años 2017 y 2018? • ¿Si el Titular reconoce que la Estación EME.F se encuentra en Estado de Latencia como promedio Percentil 98 Concentración 24 hrs. MP10 año 2016, por lo tanto el Plan de Compensación de pavimentar una calle de 643 m en la Villa San Pedro de Huasco, no vendrá a solucionar el problema de la contaminación, ni reducir las emisiones, todo lo se incrementarán éstas, afectando aún más el problema grave a la salud de la población? El Ministerio del Medio Ambiente debería declarar a Huasco Estado de Latencia Norma Diaria de MP10. • ¿Por qué no se hizo la evaluación de calidad del aire norma Diaria con el monitoreo de MP10 de los años 2017 y 2018? • ¿Si el Titular reconoce que la Estación EME-M se encuentra en Estado de Latencia como promedio Anual MP2,5 (2014-2016), por lo tanto el Plan de Compensación de pavimentar una calle de 643 m en la Villa San Pedro de Huasco, no vendrá a solucionar el problema de la contaminación, ni reducir las emisiones, todo lo se incrementarán éstas, afectando aún más el problema grave a la salud de la población? El Ministerio del Medio Ambiente debería declarar a Huasco Estado de Latencia Norma Anual de MP2,5. • ¿Por qué no se hizo la evaluación de calidad del aire norma Anual con el monitoreo de MP2,5 de la Estación Huasco SÍVICA con el año 2018? • ¿Por qué no se hizo la evaluación de calidad del aire norma Anual con el monitoreo de MP2,5 de las Estaciones Guacolda , con los años 2017 y 2018? Si el Titular no reconoce la latencia, la Estación EME-M se encontraba en Estado de Latencia Percentil 98 Concentración 24 hrs. MP2,5 el año 2015, por lo tanto el Plan de Compensación de pavimentar una calle de 643 m en la Villa San Pedro de Huasco, no vendrá a solucionar el problema de la contaminación, ni reducir las emisiones, todo lo se incrementarán éstas, afectando aún más el problema grave a la salud de la población? • ¿Por qué no se hizo la evaluación de calidad del aire norma Diaria con el monitoreo de MP2,5 de las Estaciones Guacolda , con los años 2017 y 2018? • ¿Por qué no se hizo la evaluación de calidad del aire norma Diaria con el monitoreo de MP2,5 de las Estación Huasco SÍVICA del año 2018? Respecto al registro MPS, ¿Por qué el Titular no informa sobre superaciones de valores máximos establecidos concentración media aritmética mensual (150 mg/m2-dia)?

Estación 4: marzo, noviembre 2017 (Saturación).

• ¿Por qué el Titular no informa sobre superaciones de valores máximos establecidos concentración media aritmética anual (100 mg/m2-dia)? • Estación 4: sobrepasa el promedio anual año 2017 (Saturación).

• ¿Por qué el Titular no informa sobre 80% (latencia) de valores máximos establecidos concentración media aritmética mensual (150 mg/m2-dia)?

Estación 2: febrero 2017 Estación 3: noviembre 2017 Estación 5: octubre 2017 Estación 6: febrero 2017

• ¿Por qué el Titular no informa sobre 80% (latencia) de valores máximos establecidos concentración media aritmética anual (100 mg/m2-dia)? Por lo tanto, el año 2017 el MPS en Estación 4 registra Saturación norma mensual y anual y las Estaciones 2,3,4,5,6 presentan Latencia por norma mensual y anual.

Estación 2: Promedio anual año 2017 Estación 3: Promedio anual año 2017 Estación 5: Promedio anual año 2017 Estación 6: Promedio anual año 2017

Por lo tanto, el año 2017 el MPS en Estación 4 registra Saturación norma mensual y anual y las Estaciones 2,3,4,5,6 presentan Latencia por norma mensual y anual. • ¿Por qué no se hizo evaluación del MPS los años anteriores al 2017 y el año 2018?. Por lo tanto no se puede asegurar que el Plan de Compensación de pavimentar una calle de 643 m en la Villa San Pedro de Huasco, vendrá a solucionar el problema de la contaminación, ni reducir las emisiones, todo lo se incrementarán éstas, afectando aún más el problema grave a la salud de la población • ¿Por qué la Norma primaria Anual y Diaria del Dióxido de Azufre (SO2) se evaluó basado en información del documento Anexo 1.C Estimación de Emisiones y Calidad del Aire del Proyecto Planta Desalinizadora Guacolda con RCA Nº84/2018 y no del Informe Técnico Cumplimiento de Normas de Calidad del Aire por MP10, Plomo, NO2 y SO2 Redes de Calidad del Aire de Huasco, 2017 de la SMA? • ¿Por qué no se evaluaron las emisiones de la norma 1 hora del SO2 correspondiente al 2018 y 2019? Aunque la norma es nueva la información nos permitiría tener como referencia la real información del contaminante SO2 • ¿Por qué la empresa no ha evaluado el impacto de las emisiones atmosféricas de níquel, vanadio, arsénico, plomo, mercurio, como elemento cancerígeno, el que estaría produciendo un impacto no previsto sobre la salud de la población? • ¿Por qué el Titular minimiza la real calidad del aire, de acuerdo al Informe de la SMA Huasco se encuentra en Latencia en MP10 Anual y Diario, en Latencia en MP2,5 Anual, en Saturación en MPS, lo que vendrá a incrementar más emisiones y perjudicar aun más la grave situación de salud de la población, especialmente con un Plan Latencia mal elaborado, el cual se encuentra denunciado a Contraloría, Comisión de la Cámara de Diputados, Ministerio del Medio Ambiente, Cras, INDH, etc.?, como se demuestra a continuación:

El Dictuc S.A fue el encargado de realizar el Diagnóstico para la elaboración del Plan de Prevención de esta comuna, tomando como referencia el año 2013, cuyo Inventario de Emisiones corresponde:

Las emisiones de Fuentes Fijas de combustión

En septiembre del año 2015 el Ministerio del Medio Ambiente realiza el Borrador del Anteproyecto del Plan de Latencia, cuyas emisiones de MP10 de actividades con combustión, se establecen:

Según Resolución Exenta Nº 1295 DEL 03/12/2015. Se aprueba Anteproyecto Plan de Prevención, quedando como sigue:

En el mes de agosto 2017, según D.S Nº 38/2017 se aprueba Plan de Prevención de Huasco

Por lo tanto las denuncias radican en lo siguiente:

✓ Se aumentó el plazo de implementación del Plan de 6 años a 10 años. ✓ Se incrementan toneladas por muy sobre las emisiones reales del 2013.  Para la empresa CAP se le autoriza el incremento de 628 ton/año los 2 primeros años y de 202 ton/año desde el 3 año en adelante.  A la empresa Guacolda se le autoriza aumentar sus emisiones en 444 ton/año desde el 1er. Año en adelante. ✓ Se incrementa el factor tiempo, de “Año calendario” a “Año calendario siguiente a la entrada en vigencia del Plan”. ✓ Para establecer los límites máximos de emisión de MP para fuentes con combustión posterior al Borrador del Plan se utilizaron las emisiones aprobadas en Resoluciones de Calificación Ambiental (RCA) y no emisiones reales del año 2013. ✓ No se conformó el Comité Ampliado. ✓ Entre otras modificaciones en medidas de actividades sin combustión. Las emisiones con combustión y sin combustión del Inventario (reales) Dictuc año 2013 corresponden a 1.210 ton/año y no a 3.009 ton/año como informa el proyecto, éstas corresponden a emisiones aprobadas por RCA por lo tanto no son las responsables de la latencia. Las emisiones en etapa de construcción con un máximo de 26,36 ton/año y un promedio de 14 ton/año durante los 5 primeros años vendrán a sumarse a las emisiones base de latencia, por lo que el Plan de Compensación no es la solución para bajar las emisiones, todo lo contrario nos llevará a Estado de Saturación, porque en la realidad el Plan de Latencia esté sobre incrementada en sus emisiones; a la empresa CAP se le autoriza el incremento de 628 ton/año los 2 primeros años y de 202 ton/año desde el 3 año en adelante y a la empresa Guacolda se le autoriza aumentar sus emisiones en 444 ton/año desde el 1er. Año en adelante. • ¿Por qué sólo se considera medidas de mitigación en etapa de construcción si durante la etapa de operación si se seguirán usando maquinaria pesada, vehículos, generadores, etc.? • ¿Se consideró ésta observación del Proyecto Desalinizadora de Guacolda, aprobada RCA Nº 84/2018, realizada por el Seremi MMA?

Evaluación técnica de la observación:

Se considera pertinente la presente observación por cuanto hace referencia a los contenidos del Estudio de Impacto Ambiental (EIA) y al proceso reglado del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental. La observación ciudadana fue incorporada en el informe consolidado de solicitud de aclaraciones, rectificaciones o ampliaciones a través del Anexo Complementario de Participación Ciudadano emitido con fecha 27 de septiembre 2019. Sobre el asunto se informa que el Titular no dio respuesta al documento señalado, debido a que no presentó la Adenda correspondiente, por tanto se procede con lo establecido en el artículo 38 del D.S. N°40/2012 del Ministerio del Medio Ambiente donde se indica que “si no se hubieren presentado las aclaraciones, rectificaciones o ampliaciones solicitadas, una vez transcurrido el plazo otorgado, se elaborará el Informe Consolidado de Evaluación a que se refiere el artículo 44 de este Reglamento y se procederá a calificar el Estudio de Impacto Ambiental…”, y, considerando que no es posible concluir que el proyecto no generaría efectos características y circunstancias contemplados en el artículo 11 de la Ley 19.300, se recomienda rechazar el EIA. 25. Observante: Marcela Araya Sepúlveda, Alejandra González Portilla, Yasmín Alfaro Muñoz, Viviana Cisternas Rojas, Sandra Ramírez, Luis Fuentealba Triviño, Nolvia Zamora Ossandón, Inés Zamora Ossandón, Patricia Quinzacara Troncoso, Karla Fuentealba Castillo, Alicia Tapia Pizarro, Juan Guillermo Peñaloza Sierra, Anixa Olivares Gallardo, Joan Valenzuela Vega, Constanza San Juan Stander, Cecilia Ramírez Ibarbe, Camila Núñez Zuleta, Ximena Fuentealba Triviño, Oscar López Gallardo, Elsa Castillo Diaz, María Pilar Triviño González, Juan Carlos Labrin Cortés, Alexia Eva Troncoso Pacheco, Marta Tirado Alvarez, Valentina Avalos Fuentealba, Julio Avalos Villaseca, Soledad Fuentealba Triviño. (27 personas naturales)

Observación:

Respecto a salud • ¿El Titular realizó una línea de base respecto a estadísticas, estudios e investigaciones de salud (enfermedades, cáncer y mortalidad), considerando que existen graves daños a la salud de la población, impactada por industrias en operación de más de 50 años? Entre algunos se encuentran: h) Estadísticas de salud de la comuna de Huasco, 2002 al 2013, Minsal – “Salud de los habitantes de la comuna de Huasco” • Mayor mortalidad de enfermedades cardiovasculares y cáncer en vías respiratorias y urinarias en comparación a la región.

i) Estudio realizado por el Departamento de Salud Pública de la Facultad de Medicina de la Universidad Católica, a solicitud de la organización Chile Sustentable, con el objetivo de medir los daños en la salud de sus habitantes asociados a la presencia de termoeléctricas.

• El riesgo de morir por una enfermedad cerebrovascular en Huasco es 281% mayor que el promedio nacional; las probabilidades de desarrollar enfermedades crónicas de las vías respiratorias es un 139% más alta y que la presencia de pacientes con asma es casi cuatro veces mayor que en el resto del país.

j) Estudio contenido de mercurio en mujeres en edad reproductiva de 25 países” • Huasco presentó el sgte. Resultado: 18% Presentaron niveles de mercurio superiores a 1 ppm 53% Presentaron niveles de mercurio superiores a 0.58% k) “Estudio de Evaluación de Exposición a Metales en población infantil, 15 a 14 años Región de Atacama”, Minsal 2015. • Evidencia preliminar de niños con elevados niveles de arsénico y níquel.

l) “Níquel (Ni) en la orina de los niños residentes en ciudades con y sin utilización de petcoke en plantas de energía”

• Se mostró un patrón consistente con niveles más altos de exposición a níquel (NI) en niños de la escuela para las ciudades que tienen una planta de energía alimentada por petcoke. • Con la excepción de Caldera todas las ciudades estudiadas, mostraron niveles mayores que otros estudios informados en niños en edad escolar1 e incluso en adultos2. • Contrariamente a un informe anterior2, el tráfico de vehículos no parece ser una fuente relevante de exposición. • Dado el desarrollo acelerado, es obligatorio mejorar las capacidades analíticas en el país

m) “Evaluación y Caracterización del Polvo Negro en la Comuna de Huasco e Implementación de Medidas de Mitigación”.

Los metales Cd, Cr, Cu, Mn y V en polvo depositado superaron los Valores Guía para evaluación de medios ambientales (EMEG) para infantes y niños, lo que los individualiza como contaminantes de interés potencial, en los siguientes sectores; ciudad de Huasco, zona industrial de Huasco, Valle del Huasco, Vallenar:

En la Tabla Nº 38: ciudad de Huasco; Cd – Cr – V.

En la Tabla Nº 39: Zona Industrial de Huasco; Cd – Cr – V.

En la TablaNº 40: Sector Valle del Huasco; Cd – Cr – Cu – Mn.

En la Tabla nº 41: Sector Vallenar; Cd – Cr – Cu.

Medidas de mitigación propuestas por el Estudio: • Implementar ordenanza municipal que considere el lavado de calles, con frecuencia mínima de 1 vez por semana. • Implementar ordenanza municipal que considere la limpieza diaria de los equipos de juego en áreas de recreación infantil. • Implementar ordenanza municipal para la limpieza profunda de techos y exteriores en colegios, jardines infantiles y recintos escolares, usando máquinas hidrolavadoras. • Realizar evaluación de riesgo a la salud en los receptores potencialmente afectados en el sector del muestreador MPS-1.(Sector Miramar) De acuerdo a los resultados de este estudio, este es el sector que presentó las mayores concentraciones de MPS y de metales en MPS. Por lo tanto, si los metales contenidos en el mismo pudiesen significar algún riesgo para la salud de las personas, los habitantes de las 25 casas del sector, son los receptores más expuestos. Se requiere de este modo, establecer la exposición real en forma de dosis interna y también sus eventuales efectos. Para ello se requiere una evaluación de riesgo a la salud de todas las personas que viven en ese sector de la zona urbana de la ciudad de Huasco. Según la Guía Metodológica para la Gestión de Suelos con potencial presencia de contaminantes aprobada por la Resolución No 406/2013 del MMA, una vez que se comprueba que el sitio en estudio puede representar un riesgo para la salud de las personas, se hace necesaria la implementación de un Plan de Acción, que contempla actividades y medidas de control a corto, mediano y largo plazo. En virtud de los resultados obtenidos, se requieren al menos dos medidas INMEDIATAS para este sector en particular de toda la zona de estudio:

  1. Implementar una estrategia de comunicación del riesgo a las autoridades y receptores potencialmente afectados para establecer los efectos de dichos contaminantes en la salud de las personas del sector.

  2. Implementar un estudio de las condiciones de salud de la población que vive en el sector del muestreador MPS-1 (Sector Miramar) en la ciudad de Huasco, pesquisando inicialmente las siguientes afectaciones en salud: problemas hematológicos (vinculados a superar la dosis de referencia para vanadio), problemas gastrointestinales (vinculados a superar la dosis de referencia para hierro) y atrofia testicular (vinculado a superar la dosis de referencia para cobalto) en receptores niños, adolescentes y adultos.

La medida propuesta de una evaluación de la salud, pretende conocer el detalle de las afectaciones que se hayan manifestado o se estén manifestando en los receptores inmediatos de esta zona que presentó las mayores concentraciones de MPS. n) “Impact of large industrial emission sources on mortality and morbidity in Chile: A small – areas study” • Mortalidad general más elevada y específicamente en; mortalidad por enfermedades cardiovasculares y por cáncer, tanto en hombres como mujeres • Mayor hospitalización por enfermedades cardiovasculares, cáncer y enfermedades respiratorias. o) Estadísticas de niños con Necesidades Educativas Especiales (NEE) con diagnósticos como; Discapacidad Intelectual, Discapacidad Motora, Trastornos del lenguaje, Trastornos del aprendizaje, Trastornos déficit atencional, entre otras.

Como referencia en el año 2017 en los colegios municipalizados de Huasco se atendían 395 alumnos Integrados con diferentes diagnósticos.

Además existen 3 Escuelas que atienden 146 niños con trastornos del lenguaje. Concluyendo, del total de la matrícula de los colegios municipalizados, más los alumnos de las 3 escuelas de lenguaje correspondería el 31% de alumnos con algún tipo de Necesidad Educativa Especial (NEE).

• ¿Quién se hará cargo de los daños a la salud y al ecosistema marino y terrestre que se ocasionarán ante un Plan de Latencia que permite aumentar más emisiones contaminantes sin tomar medidas reales?

Evaluación técnica de la observación:

Se considera pertinente la presente observación por cuanto hace referencia a los contenidos del Estudio de Impacto Ambiental (EIA) y al proceso reglado del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental. La observación ciudadana fue incorporada en el informe consolidado de solicitud de aclaraciones, rectificaciones o ampliaciones a través del Anexo Complementario de Participación Ciudadano emitido con fecha 27 de septiembre 2019. Sobre el asunto se informa que el Titular no dio respuesta al documento señalado, debido a que no presentó la Adenda correspondiente, por tanto se procede con lo establecido en el artículo 38 del D.S. N°40/2012 del Ministerio del Medio Ambiente donde se indica que “si no se hubieren presentado las aclaraciones, rectificaciones o ampliaciones solicitadas, una vez transcurrido el plazo otorgado, se elaborará el Informe Consolidado de Evaluación a que se refiere el artículo 44 de este Reglamento y se procederá a calificar el Estudio de Impacto Ambiental…”, y, considerando que no es posible concluir que el proyecto no generaría efectos características y circunstancias contemplados en el artículo 11 de la Ley 19.300, se recomienda rechazar el EIA. 26. Observante: Comunidad Indígena Diaguita Huasco Bajo Observación: La Comunidad Diaguita de Huasco bajo no ha sido consultada ni ha tenido participación ciudadana de este proyecto desalinizadora siendo afectada en lo siguiente: • Información • Estos terrenos son nuestros con título de propiedad y no nos han preguntado nada • El medio ambiente marino • La cosmovisión que tenemos del mar es distinta a la “chilena” criolla. • Valor paisajístico-turístico del lugar como recreativo y de pesca • Valor arqueológico, tenemos sitios en esta zona y cementerios • Otras aprehensiones • Por lo anterior solicitamos de buena fe una participación indígena

Evaluación técnica de la observación:

Respecto a que la Comunidad Indígena Diaguita de Huasco Bajo no ha sido considerada en la Participación Ciudadana del Proyecto, podemos comentar que con fecha 12 de agosto 2019 se efectuó una reunión de Participación Ciudadana exclusiva con la Comunidad Indígena Diaguita Huasco Bajo mediante la cual se presentaron los antecedentes ambientales del Proyecto y se resuelven las inquietudes sobre el proceso de participación ciudadana planteadas por la Comunidad Indígena. Registro de lo informado quedo publicado en el siguiente enlace https://seia.sea.gob.cl/documentos/documento.php?idDocumento=2144383939 No obstante lo anterior, debemos informar que con fecha 27 de septiembre 2019 se emitió el Anexo Complementario de Participación Ciudadana al Informe Consolidado de Solicitud de Aclaraciones, Rectificaciones y /o Ampliaciones del l Estudio de Impacto Ambiental “Planta Desalinizadora Cerro Blanco” emitido con fecha 22 de agosto 2019 en el cual se incorporan las observaciones emitidas y admitidas al proceso de Participación Ciudadana del Proyecto, efectuado entre el 07 de junio 2019 y el 03 de septiembre 2019 Se considera pertinente la presente observación por cuanto hace referencia a los contenidos del Estudio de Impacto Ambiental (EIA) y al proceso reglado del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental. La observación ciudadana fue incorporada en el informe consolidado de solicitud de aclaraciones, rectificaciones o ampliaciones a través del Anexo Complementario de Participación Ciudadano emitido con fecha 27 de septiembre 2019. Sobre el asunto se informa que el Titular no dio respuesta al documento señalado, debido a que no presentó la Adenda correspondiente, por tanto se procede con lo establecido en el artículo 38 del D.S. N°40/2012 del Ministerio del Medio Ambiente donde se indica que “si no se hubieren presentado las aclaraciones, rectificaciones o ampliaciones solicitadas, una vez transcurrido el plazo otorgado, se elaborará el Informe Consolidado de Evaluación a que se refiere el artículo 44 de este Reglamento y se procederá a calificar el Estudio de Impacto Ambiental…”, y, considerando que no es posible concluir que el proyecto no generaría efectos características y circunstancias contemplados en el artículo 11 de la Ley 19.300, se recomienda rechazar el EIA. 27. Observante: Norberto Morales Campillay Observación: Se deben considerar los recursos del mar, no se demuestra lo que existe en el sector, además que no existe más allá de 15 metros, no se considera la flora y vegetación, lo que existe, la contaminación del desagüe será dentro de las 5 millas exclusivas de pescadores.

Evaluación técnica de la observación:

Se considera pertinente la presente observación por cuanto hace referencia a los contenidos del Estudio de Impacto Ambiental (EIA) y al proceso reglado del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental. La observación ciudadana fue incorporada en el informe consolidado de solicitud de aclaraciones, rectificaciones o ampliaciones a través del Anexo Complementario de Participación Ciudadano emitido con fecha 27 de septiembre 2019. Sobre el asunto se informa que el Titular no dio respuesta al documento señalado, debido a que no presentó la Adenda correspondiente, por tanto se procede con lo establecido en el artículo 38 del D.S. N°40/2012 del Ministerio del Medio Ambiente donde se indica que “si no se hubieren presentado las aclaraciones, rectificaciones o ampliaciones solicitadas, una vez transcurrido el plazo otorgado, se elaborará el Informe Consolidado de Evaluación a que se refiere el artículo 44 de este Reglamento y se procederá a calificar el Estudio de Impacto Ambiental…”, y, considerando que no es posible concluir que el proyecto no generaría efectos características y circunstancias contemplados en el artículo 11 de la Ley 19.300, se recomienda rechazar el EIA. 16°. Que, en razón de los antecedentes expuestos, el Titular no dio respuesta en los plazos establecidos al Informe Consolidado de Aclaraciones, Rectificaciones y/o Ampliaciones (ICSARA) dictado con fecha 22 agosto de 2019 del Servicio de Evaluación de la Región de Atacama, configurándose la hipótesis prevista en el artículo 38 del D.S N° 40/2012, RSEIA, “Si no se hubieran presentado las aclaraciones, rectificaciones o ampliaciones solicitadas en los plazos dado para ello, se elaborará el Informe Consolidado de Evaluación a que se refiere el artículo 44 de este Reglamento y se procederá a calificar el Estudio de Impacto Ambiental dentro del término que restare para complementar el plazo a que se refiere el inciso primero del artículo 15 o inciso segundo del artículo 16 de la Ley, según sea el caso”.

17°. Que, en efecto, de acuerdo con el mérito del proceso de evaluación, el Titular no subsanó los errores, omisiones e inexactitudes que adolecía el EIA, específicamente, en lo atingente a los Permisos Ambientales Sectoriales (PAS), contemplados en los artículos N° 115, 119, 138, 139, 140, 142, 146, 151, 155, 156 y 160 del Reglamento del SEIA, por cuanto, no da cumplimiento a los requisitos técnicos para obtener su otorgamiento.

18°. Que, en consecuencia, de lo expuesto, la Comisión de Evaluación de la Región de Atacama, se ve imposibilitada a certificar que el proyecto cumple con la normativa ambiental aplicable; que el Titular se hace cargo de los efectos, características o circunstancias establecidas de los literales a), b), c), d) y f) del artículo 11 de la Ley 19.300 y, que las medidas de mitigación, compensación o reparación presentadas para el impacto del literal b) y c) del artículo 11 de la Ley 19.300, son las apropiadas.

19°. Que, por las consideraciones recientemente expuestas, la Comisión de Evaluación de la Región de Atacama, en Sesión Ordinaria de fecha 01 de diciembre de 2020, de acuerdo a las facultades conferidas en los artículos 9 bis y 86 de la ley 19.300 y, el artículo 59 del reglamento del SEIA, en virtud exclusivo del contenido del Informe Consolidado de Evaluación, se pronunció respecto de la calificación del Proyecto, de manera desfavorable.

20°. Que, conforme a lo dispuesto en el inciso final de los artículos 16 de la Ley 19.300 y 38 del Reglamento del SEIA, se calificará desfavorablemente el Estudio de Impacto Ambiental del proyecto “Planta Desalinizadora Cerro Blanco”, por cuanto no subsanó los errores, omisiones o inexactitudes de que adolece.

RESUELVE:

1°. Calificar desfavorablemente el Estudio de Impacto Ambiental del Proyecto “Planta Desalinizadora Cerro Blanco”, presentado por Atacama Sur SpA.

SEREMI de Agricultura, Región de Atacama. SEREMI de Bienes Nacionales, Región de Atacama. SEREMI de Energía, Región de Atacama. SEREMI de Minería, Región de Atacama. SEREMI de Salud, Región de Atacama. SEREMI de Transportes y Telecomunicaciones, Región de Atacama. SEREMI de Vivienda y Urbanismo, Región de Atacama. SERNAGEOMIN, Región de Atacama. Servicio Nacional Turismo, Región de Atacama. Gobierno Regional, Región de Atacama. I. Municipalidad de Huasco. I. Municipalidad de Freirina. Superintendencia de Medio Ambiente.