Evaluación SEA

Proyecto Inmobiliario Conjunto Toesca - Gay

Rol 2142934673
SEA · DIA · Aprobado · 2019-04-10 · Región Metropolitana de Santiago · Inmobiliaria Toesca SPA

REPÚBLICA DE CHILE. COMISIÓN DE EVALUACIÓN Región Metropolitana de Santiago

Califica Ambientalmente el “Proyecto Inmobiliario Conjunto Toesca-Gay” Resolución Exenta N* 665/2019 Santiago, 19 de noviembre de 2019

VISTOS:

1?. La Declaración de Impacto Ambiental (DIA) del “Proyecto Inmobiliario Conjunto Toesca-Gay”, admitida a trámite con fecha 10 de abril de 2019 mediante Resolución Exenta N? 179/2019 de la Comisión de Evaluación de la Región Metropolitana de Santiago, su Adenda del 25 de julio de 2019 y su Adenda complementaria del 11 de septiembre de 2019, presentada por Inmobiliaria Toesca SpA.

2”. Los pronunciamientos y observaciones de los órganos de la administración del Estado que, sobre la base de sus facultades legales y atribuciones, participaron en la evaluación de la DIA, y que se detallan en el Capítulo III del Informe Consolidado de Evaluación (ICE) de la DIA del “Proyecto Inmobiliario Conjunto Toesca-Gay”.

3”. El Acta de Evaluación N* 11/2019 de fecha 30 de abril de 2019 del Comité Técnico de la Región Metropolitana.

4”. El ICE de la DIA del “Proyecto Inmobiliario Conjunto Toesca-Gay” de 11 de octubre de 2019. 5*. El acuerdo de la Comisión de Evaluación de la Región Metropolitana de fecha 6 de noviembre de 2019.

6”. Los demás antecedentes que constan en el expediente de evaluación de impacto ambiental de la DIA del “Proyecto Inmobiliario Conjunto Toesca-Gay”.

7". Lo dispuesto en la Ley N 19.300, Sobre Bases Generales del Medio Ambiente; el D.S. N 40, de 2012, del Ministerio del Medio Ambiente, Reglamento del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental (Reglamento del SETA); la Ley N 19.880, que Establece Bases de los Procedimientos Administrativos que Rigen los Actos de los Organos de la Administración del Estado; la Ley N 18.575, Ley Orgánica Constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado; en el Decreto N 558 de fecha 29 de octubre de 2019 del Ministerio del Interior y Seguridad Pública; en la Res. N” TRA 119046/163/2018 de fecha 25 de octubre de 2018, de la Dirección Ejecutiva del Servicio de Evaluación Ambiental; y en la Resolución N 7 de 26 de marzo 2019, de la Contraloría General de la República, que Fija Normas sobre Exención del Trámite de Toma de Razón.

CONSIDERANDO:

1?. Que Inmobiliaria Toesca SpA. (en adelante, el Titular) ha sometido al Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental (SEIA) la DIA del “Proyecto Inmobiliario Conjunto Toesca-Gay” (en adelante, el Proyecto). Los antecedentes del Titular son los siguientes:

Nombre o razón social Inmobiliaria Toesca SpA.

Rut 76.945.118-8

Domicilio San Patricio N* 4099, Of. 303, Vitacura. Teléfono (S56-2) 2953 6489

Nombre representante legal Rut representante legal Domicilio representante legal

José Miguel Irarrázaval De La Carrera. 76.865.710-6 San Patricio N* 4099, Of. 303, Vitacura.

Teléfono representante legal (56-2) 2953 6489

2%. Que, conforme se indica en el ICE de fecha 11 de octubre de 2019, la Directora del Servicio de Evaluación Ambiental Región Metropolitana de Santiago ha recomendado aprobar el Proyecto, por cuanto cumple con la normativa de carácter ambiental aplicable; cumple con los requisitos de otorgamiento de carácter ambiental contenidos en los permisos ambientales sectoriales aplicables; no genera ni presenta los efectos, características o circunstancias del artículo 11 de la Ley N* 19.300 que dan origen a la necesidad de evaluar un Estudio de Impacto Ambiental; y el titular ha subsanado los errores, omisiones e inexactitudes planteados en el o los Informes Consolidados de Aclaraciones, Rectificaciones y Ampliaciones.

3”. Que, en sesión de fecha 6 de noviembre de 2019, la Comisión de Evaluación de la Región Metropolitana de Santiago acordó calificar favorablemente el “Proyecto Inmobiliario Conjunto Toesca-Gay”, aprobando íntegramente el contenido del ICE de 11 de octubre de 2019, el que forma parte integrante de la presente Resolución. Por lo tanto, conforme a lo indicado en el artículo 60 inciso segundo del Reglamento del SEIA, se excluyen de la presente Resolución las consideraciones técnicas en que se fundamenta.

4, Que, según lo señalado en la DIA y sus anexos, en su Adenda y Adenda complementaria, los cuales forman

parte integrante de la presente Resolución, la descripción del Proyecto es la que a continuación se indica:

4.1. ANTECEDENTES GENERALES

Objetivo general

Construcción total de 2 edificios de 9 pisos y 2 subterráneos. El uso será habitacional y comercial. Se considera la habilitación de un total de 416 departamentos, 227 estacionamientos vehiculares distribuidos en dos subterráneos y 5 locales comerciales, localizados en la planta del primer piso. Cuenta además con bodegas, estacionamientos de bicicletas con una capacidad para 114 unidades, salas multiuso, piscina, quinchos y lavandería.

Tipología principal, así como las aplicables a sus partes, obras o acciones

Tipología principal: De acuerdo al artículo 10 de la Ley 19.300 y al artículo 3 del Reglamento del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental, el Proyecto ingresa al SEIA según lo señalado en la letra:

“h) Proyectos industriales o inmobiliarios que se ejecuten en zonas declaradas latentes o saturadas.

h.1. Se entenderá por Proyectos inmobiliarios aquellos loteos o conjuntos de viviendas que contemplen obras de edificación y/o urbanización, así como los Proyectos destinados a equipamiento, y que presenten alguna de las siguientes características”.

“h.1.3. Que se emplacen en una superficie igual o superior a 7 hectáreas o consulten la construcción de 300 o más viviendas”.

El Proyecto contempla la construcción de 416 viviendas, por lo que cumple con el literal h.1.3 de dicho reglamento.

Tipología Secundaria: No tiene.

Vida útil

Indefinida.

Monto de inversión

USD $ 15.000.000

Gestión, acto o faena mínima que da cuenta del inicio de la ejecución

Excavación masiva.

Proyecto se desarrolla por Si No

etapas 3]

Proyecto modifica un Si No En relación con lo dispuesto en el Artículo 12 del

Proyecto o actividad Reglamento del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental, D.S. N” 40/2012 MMA, el Proyecto no es una

Y modificación de algún Proyecto o actividad. Proyecto modifica otra(s) Si No RCA 59)

4.2. UBICACIÓN DEL PROYECTO

División político-administrativa | El Proyecto se localiza en la Región Metropolitana, provincia de

Santiago, en la comuna de Santiago, específicamente en calle Toesca N 2.570 y calle Gay N 2.539.

Descripción de la localizaci.

ón De acuerdo a los Certificados de Informaciones Previas N* 162238, 162097 y 163639 de fechas 20/07/2018, 17/07/2018 y 03/10/2018 respectivamente, otorgados por la Dirección de Obras de la Ilustre Municipalidad de Santiago, adjunto en el Anexo N? 2 de la DIA, el proyecto se emplaza en zona Z-B, zona prevista de uso residencial, vivienda, hospedaje; equipamiento; actividades productivas; infraestructura de transporte y sanitaria; espacio público; áreas verdes.

Superficie Superficie Unidad Predial: 4.195,16 m? Superficie Construida: 29.109,97 m? Coordenadas UTM en Datum Tabla N* 1, Coordenadas del Proyecto. WGS84 Vértice Coordenadas Este (m) Norte (m) A 349.465 6.293.280 B 349.646 6.293.319 € 349.653 6.293.281 D 349.472 6.293.243 E 344.676 6.296.913 F 344.697 6.296.918 G 344.711 6.296.867 H 344.681 6.296.859 1 344.665 6.296.855 J 344.650 6.296.908 K 344.642 6.296.906 E 344.642 6.296.908 M 344.629 6.296.905 N 344.629 6.296.918 0) 344.628 6.296.931 P 344.622 6.296.957 Centroide 344.665 6.296.906

Fuente: Tabla 1 de la DIA

Caminos de acceso

Las vías de acceso al predio del Proyecto se encuentran consolidadas, por lo tanto, no es necesario realizar obras de vialidad al respecto. Los accesos, para la fase de construcción será por calle Toesca, y para la fase de operación serán por calle Toesca para la Torre A y calle Claudio Gay para la Torre B.

Para mayor detalle revisar acápite A.3.2.1.2 de la DIA y Estudio de Medio Humano del Anexo N? 5 de la DIA.

Referencia al expediente de evaluación de los mapas, georreferenciación e información complementar: sobre la localización de sus partes, obras y acciones

e Localización y georreferenciación del Proyecto, acápite A.3.2 de la DIA.

e Planos en Anexo N” 1 de la Adenda complementaria. a

4.3. FASE DE CONSTRUCCIÓN

4.3.1. PARTES, OBRAS Y ACCIONES QUE COMPONEN EL PROYECTO

4.3.1.1 PARTES Y OBRAS

Nombre

Descripción

Instalación de faenas.

El Proyecto incorpora el establecimiento de cierres y elementos temporales, tales como servicios sanitarios (baños químicos, duchas y lavamanos) que serán implementados de acuerdo al D.S. 594/99 de MINSAL, caseta de seguridad, estacionamientos de vehículos livianos, zona de carga y descarga, bodega, oficinas, casino, estacionamiento camiones, zona de residuos sólidos domiciliarios, zona de residuos peligrosos, zona de sustancias peligrosas, zona de lavado de neumáticos y canoa de camión mixer, zona acopio de residuos inertes e industriales no peligrosos. Para mayor detalle ver el plano de instalación de faenas, adjunto en Anexo N? 1. Planos de la Adenda complementaria.

Acopio temporal de residuos no peligrosos

Los residuos domésticos e industriales no peligrosos que se generen serán acumulados en una zona especialmente habilitada para este propósito. Éstos serán

llevados a lugares de disposición final debidamente autorizados por la Autoridad Sanitaria.

Para mayor detalle revisar acápites C.4.1 de la DIA, y respuestas 3.2 de la Adenda y 2.1 de Adenda complementaria.

Bodega de acopio temporal de residuos peligrosos

Se utilizarán contenedores diferenciados para este tipo de residuos, los cuales estarán debidamente rotulados dentro de la bodega de acopio temporal de residuos, la que cumplirá con el D.S. N” 148/2003 del MINSAL y el D.S. N* 594/99 del MINSAL. Serán retirados por empresa autorizada en el manejo y disposición final de ellos. Para mayor detalle revisar acápite C.4.2 de la DIA, y respuesta 3.3 de la Adenda.

Almacenamiento de sustancias peligrosas

Las condiciones de almacenamiento de las sustancias peligrosas serán las correspondientes al tipo, cantidad y tiempo de almacenamiento de éstas, en cumplimiento con el D.S. N” 43/2015 del MINSAL. Las hojas de seguridad de estas sustancias se mantendrán visibles en el lugar de almacenamiento.

Para mayor detalle revisar respuesta 1.4 de la Adenda y Anexo N? 2 de la Adenda. Fichas de Seguridad.

4.3.1.2 ACCIONES

Nombre

Descripción

Cierre perimetral

Se realizará el cierre perimetral del terreno, el que considerará la instalación una barrera perimetral de 4,88 metros de altura, cuya densidad superficial de masa de sea de 660 kg/m? (como paneles de OSB de 15 mm de espesor o material equivalente). Las junturas de los paneles que conformen la barrera serán herméticas, tanto entre ellas como en los puntos de la unión con el suelo, de modo que no se generen fugas que disminuyan su efectividad. Las especificaciones de dicha barrera son presentadas en detalle en el Estudio de Ruido y Vibraciones del Anexo N* 4. Estudios de Especialidad de la DIA.

Demolición

La actividad considera la demolición de inmuebles, dependencias que se encuentran deshabitadas Se estima que el período para efectuar esta actividad será de 1 mes. El volumen de escombros de demolición corresponde a 593 mí. A este volumen se le aplica un esponjamiento de un 40%, según la Tabla 2 — Esponjamiento de la Norma Chilena Oficial 353. Of. 2000 “Construcción — Cubicación de obras de edificación — Requisitos”, quedando un volumen total de 830,20 mi.

Escarpe

El escarpe deberá ser tal que elimine todo material superficial suelto y/o contaminado producto de la demolición y la capa vegetal y elementos orgánicos que podrían encontrarse. También se considera en este ítem la limpieza, retiro de basura y de residuos de materiales. El volumen de tierra proveniente del escarpe se estima en 1.006,8 m? (se considera un esponjamiento de 20%).

Socalzado

Se realizará la actividad de socalzados de manera de generar un refuerzo estructural de las fundaciones que considerará el Proyecto con el objetivo de mejorar o mantener su estabilidad y/o traspasar las cargas a una cota más profunda. Se considera 1 mes para la realización de esta actividad.

Excavaciones y Obra gruesa

La edificación comenzará con las excavaciones, para continuar con las respectivas fundaciones. De manera posterior, se iniciará el levantamiento de los elementos estructurales de hormigón armado, tales como pilares, vigas y losas, muros y cubiertas. Avanzada la obra gruesa, se continuará con la instalación de tabiquerías, ductos e impermeabilización. El volumen de tierra proveniente de las excavaciones se estima en 21.844,04 m? con un esponjamiento del 20%.

Instalaciones y Terminaciones

Las principales instalaciones consideradas corresponden a: alcantarillado de aguas servidas, agua fría y caliente, artefactos sanitarios, evacuación de aguas lluvias, instalaciones eléctricas, elementos de intercomunicación, cierres exteriores de las viviendas, pavimentos exteriores, entre otros. Por otro lado, las terminaciones son realizadas en los diferentes niveles tendientes a habilitar los recintos para su uso, destacando actividades de pavimentación de interiores comunes y departamentos, revestimiento de muros, artefactos, pintura, etc.

Flujo de vehículos

A continuación, se detallan las principales rutas a utilizar durante la fase de construcción según los materiales a transportar: Tabla N* 3: Rutas principales del Proyecto en Fase de Construcción Actividad Rutas principales

Demolición Material escombros demolición: Toesca — España — Blanco Encalada — Exposición — Melipilla — Pedro Aguirre Cerda — Camino a Melipilla — Santa Marta — Las Industrias Obra gruesa Material hormigón: Av. Quilín — Isabel Riquelme — Carlos Silva Vildosola — Isabel Riquelme — Club Hípico — El Mirador — Abate Molina — Toesca. Material botadero: Toesca — España — Blanco Encalada — Exposición — Melipilla — Pedro Aguirre Cerda — Camino a Melipilla — Marta — Las Industrias. Material acero: Carlos Valdovinos — Santa Rosa — Av. Matta — El Parque — Tupper — Plaza Ercilla — Blanco Encalada — Abate Molina — Toesca.

Otros Materiales: San Borja — Iquique — Exposición — Almirante Churruca — Puerta de Vera — Guacolda — Bascuñán Guerrero.

RESPEL: Toesca — Av. Vespucio — Blanco Encalada — Exposición — Melipilla — Pedro Aguirre Cerda — Camino a Melipilla — Santa Marta — Las Industrias.

Instalaciones Otros Materiales: San Borja — Iquique — Exposición — Almirante Churruca — Puerta de Vera — Guacolda — Bascuñán Guerrero.

RESPEL: Toesca — Av. Vespucio — Blanco Encalada — Exposición — Melipilla — Pedro Aguirre Cerda — Camino a Melipilla — Santa Marta — Las Industrias

Terminaciones | Otros Materiales: San Borja — Iquique — Exposición — Almirante Churruca — Puerta de Vera — Guacolda — Bascuñán Guerrero.

RESPEL: Toesca — Av. Vespucio — Blanco Encalada — Exposición — Melipilla — Pedro Aguirre Cerda — Camino a Melipilla — Santa Marta — Las Industrias. Material botadero: Toesca — España — Blanco Encalada — Exposición — Melipilla — Pedro Aguirre Cerda — Camino a Melipilla — Marta — Las Industrias.

Fuente: Elaboración propia en base a Tabla 8 de la Adenda

4.3.2 RECURSOS NATURALES RENOVABLES

No se contempla extraer, explotar o utilizar recursos naturales (Mayor detalle en acápite B.8.2 de la DIA).

4.3.3 SUMINISTROS BÁ:

SICOS Y MAQUINARIA

Nombre

Descripción

Abastecimiento de agua

Agua potable y alcantarillado: En cuanto al suministro de agua potable, se solicitará conexión provisoria a la red de abastecimiento del sector. Cabe precisar que la dotación de agua potable y alcantarillado de aguas servidas lo realizará la Empresa

Aguas Andinas. En el Anexo N* 2 de la DIA, se adjunta el Certificado de

Factibilidad de Agua Potable y Alcantarillado vigente.

Servicios higiénicos: Respecto a los servicios higiénicos, se incorporarán

instalaciones sanitarias que serán conectadas a la red de alcantarillado existente,

cumpliendo en todo momento con los requisitos estipulados en el D.S. 594/99 del Ministerio de Salud (en adelante “MINSAL”). Para mayor detalle revisar los Planos de Instalación de Faenas del Anexo N1 de la Adenda complementaria. Adicionalmente, se instalarán baños químicos en la cantidad necesaria, según lo establecido por la normativa vigente (D.S. N 594/99 del MINSAL), hasta la materialización de las conexiones a los empalmes temporales. Durante este período, la instalación, mantención de los baños, así como también el retiro de los residuos estará a cargo de una empresa autorizada, considerando además que:

e El número mínimo de artefactos se debe calcular en base a la tabla del artículo 23 del D.S. N* 594/99 del MINSAL sobre las “Condiciones Sanitarias y Ambientales Básicas en los lugares de trabajo”.

o Las duchas portátiles deberán contar con un sistema de conducción y recolección, que evite el escurrimiento por el terreno de las aguas generadas, evitando apozamientos y focos de insalubridad.

e Los baños químicos no podrán estar instalados a más de 75 m del área de trabajo.

o El punto de la descarga de las aguas servidas debe ser acreditado, manteniendo en las obras copia de la factura u otro documento que respalde la disposición adecuada de los mismos o copia del Convenio del Uso de Colectores suscrito con la respectiva empresa sanitaria, que autoriza dicha descarga.

potable y servicios higiénicos Sistema de

abastecimiento eléctrico

Se solicitará empalme eléctrico provisorio (o “de faena”) a la Empresa ENEL SpA. Cabe mencionar que las instalaciones de electricidad que se proyecten, provisorias o permanentes, previo a su puesta en servicio, serán declaradas ante la Superintendencia de Electricidad y Combustibles, mediante instaladores eléctricos de la clase correspondiente, autorizados por esta, según lo establecido en el D.S. 92/83 del Ministerio de Economía, referido al Reglamento de Instaladores Eléctricos y Electricistas de Recintos de Espectáculos Públicos.

Abastecimiento combustible

de

La recarga de combustible para las maquinarías se realizará en la estación de servicios más cercana, o aquella con la cual se realice un convenio de suministro. No existirá recarga de combustible al interior de la obra.

Maquinaria

La siguiente tabla presenta los vehículos y maquinarias a utilizar en la fase de construcción del Proyecto en los diferentes lotes: Tabla N? 4: Maquinaria durante la fase de construcción Maquinaria y vehículos Potencia Actividad Excavadora T1kW Demolición y Excavación

Camión tolva 300 hp Excavación

Camión basculante - Obra gruesa y terminaciones Placa compactadora 9 hp Excavación

Camión mixer 279 hp Obra gruesa

Grúa torre 45 kVa Obra gruesa

Bomba hormigonera 64 kW Obra gruesa

Rodillo compactador 96,5KkW | Obra Gruesa Motoniveladora 128 kW Obra gruesa

Martillo neumático 1100 W Obra gruesa y terminaciones Vibrador de inmersión 5,5 hp Obra gruesa y terminaciones Sierra circular 2100 W Obra gruesa y terminaciones Mini cargador 44,7kW__ | Obra Gruesa

Fuente: Elaboración propia en base al acápite A.5.1.7 de la DIA y Estudio de Emisiones Atmosféricas del Anexo N* 2 de la Adenda complementaria.

4.3.4 EMISIONES A LA ATMÓSFERA

Nombre

Descripción

Emisiones atmosféricas

En el Anexo N* 2 de la Adenda complementaria, se adjunta el informe de Estimación de Emisiones Atmosféricas corregido del Proyecto. Durante esta fase, las principales fuentes de emisión son las siguientes: Nivelación Compactación Demolición Perforación Escarpe Excavaciones Acopio de material Carga y descarga de material. Circulación de camiones por caminos pavimentados y no pavimentados.

  • Combustión de maquinaria y vehículos A continuación, se presenta un cuadro resumen con las principales emisiones de la fase de construcción:

Tabla N? 5: Emisiones atmosféricas, fase de construcción

Año MP2,5 eq MP10eg | NOx | SOz | NH | CO | HC 1 1,433 2,585 4,595 | 0,616 | 0,00 | 1,163 | 0,510 2 0,453 0,501 1,896 | 0,209 | 0,00 | 0,519 | 0,233 Limite 2 2,50 8 10 - - - PPDA

Fuente: Elaboración propia en base a Tabla 40 del Estudio de Emisiones Atmosféricas del Anexo N* 2 de la Adenda complementaria.

De acuerdo a los cálculos realizados, el Proyecto supera los parámetros de emisiones señalados en el D.S. N 31/2016 del MMA (PPDA), por lo que deberá compensar emisiones. Para más detalle, ver acápite 6 del Estudio de Emisiones Atmosféricas (Anexo N 2 de la Adenda complementaria).

4.3.5 EMISIONES DE RUIDO Y VIBRACIONES

Ruido

En el Anexo N? 4 de la DIA se presenta el Estudio de Ruido y Vibraciones del Proyecto, documento en el que se identifican los receptores sensibles que pudiesen verse afectados por la ejecución del proyecto y se estiman los niveles de ruido y vibración generados en las distintas actividades de la fase de construcción. De acuerdo a los resultados presentados en el documento mencionado precedentemente, los niveles de ruido cumplen con lo exigido por el D.S. N* 38/11 del MMA, implementando las medidas de control propuestas en dicho anexo. Cabe señalar que las situaciones evaluadas corresponden a los escenarios de modelación más desfavorables.

Para mayor detalle revisar el Estudio de Ruido y Vibraciones, adjunto en Anexo N* 4 de la DIA.

Vibraciones

Para vibraciones se utiliza el criterio establecido en la guía “Transit Noise and Vibration Impact Assesment” de la Federal Transit Administration — USA - May 2006, que establece un criterio de aceptabilidad para zonas residenciales y un límite de riesgo de daño estructural. Al respecto, el proyecto cumple con los límites establecidos bajo el peor escenario de evaluación.

Para mayor detalle revisar el Estudio de Ruido y Vibraciones, adjunto en Anexo N* 4 de la DIA.

4.3.6 RESIDUOS, PRODUCTOS QUIMICOS Y OTRAS SUSTENACIAS QUE PUEDAN AFECTAR EL

MEDIO AMBIENTE

Se contempla la generación de residuos líquidos industriales proveniente del sistema de lavado de ruedas de camiones y lavado de canoas de camiones mixer. Consistirá en un radier impermeable de hormigón de 39,6 m?, una piscina decantadora de sólidos y fosa de acumulación de agua residual de lavado, cada uno de estos últimos de 5,65 m'. El retiro de sólidos y aguas residuales se hará de manera mensual con camiones tolva cubiertos y limpia fosas respectivamente y cada vez que el nivel lo amerite. Se mantendrá un registro en obra (boleta, factura u otro documento) a través del cual se acredite la disposición final de los residuos en botadero autorizado.

Para mayor detalle ver respuesta 1.1 de la Adenda y Plano CT-G_L06 PISO CUBIERTAS, adjunto en Anexo N* 1 de Adenda complementaria.

Residuos líquidos industriales Residuos líquidos domésticos

El caudal de aguas servidas se estima en 15 m'/día, proveniente principalmente de duchas, W.C., lavamanos, los que serán incorporados en las instalaciones de faenas, cumpliendo con lo señalado por la normativa vigente (D.S. N 594/99 del MINSAL referido a las Condiciones Sanitarias y Ambientales Básicas de Lugares de Trabajo). En cuanto a su disposición, estos serán descargados a la red de alcantarillado existente y los que no sean dispuestos de esta manera serán almacenados en baños químicos. Cabe mencionar que aquellos residuos que no sean dispuestos en la red pública serán almacenados en baños químicos y retirados posteriormente, todo lo anterior realizado por empresas autorizadas por la autoridad sanitaria competente. En el Anexo N 2 de la DIA, se adjunta el Certificado de Factibilidad de Agua Potable y Alcantarillado vigente.

Residuos sólidos domiciliarios

Para el almacenamiento temporal de residuos se dispondrán 6 contenedores con ruedas, de tapa hermética, reforzados en su interior por una bolsa de plástico resistente, siendo distribuidos de manera uniforme al interior del terreno. Los residuos serán almacenados por un período máximo de tres días, siendo retirados según la frecuencia de recolección de basuras del camión municipal para su disposición final en un lugar autorizado. Se estima un volumen de 2,9 m*/día.

Residuos de demolición, excedentes de tierra y escombros.

Residuos de demolición: Se prevé que el volumen de escombros de demolición sea de 600 m'. El lugar de disposición final para este tipo de residuos será un botadero autorizado por la autoridad sanitaria.

Excedentes de tierra: Serán retirados a un sitio autorizado por la SEREMI de Salud de la Región Metropolitana, manteniendo un registro (boleta, factura u otro documento) en obra de dicho procedimiento. Si se requiere el acopio de material por más de un día, se humectará en caso de ser necesario. El transporte se llevará a cabo en camiones que contarán con lonas u otro sistema que impida la dispersión de material al aire. Se estima un volumen de 21.844,04 m* con un esponjamiento del 20%.

Escombros obra gruesa y terminaciones: Corresponden a los residuos tales como resto de hormigón, despunte de madera, restos cerámica y PVC, entre otros. En cuanto a su manejo, serán almacenados temporalmente en contendedores debidamente identificados. El retiro se efectuará por empresas autorizadas por las entidades competentes para ser trasladados a un sitio autorizado por la SEREMI de Salud de la Región Metropolitana para la disposición de residuos de la construcción y escombros, manteniendo un registro (boleta, factura u otro documento) en obra de dicho procedimiento. Se estima un total de 1.202,47 m? de escombros.

Residuos peligrosos

En la siguiente tabla se presentan las cantidades estimadas de residuos peligrosos generados durante esta fase: Tabla N* 6: Residuos peligrosos fase de construcción

Nombre Cantidad | Unidad Peligrosidad

Envases de pintura 0,5 m%/mes Tóxico crónico, inflamables

Envases de solventes 0,2 m*/mes Tóxico crónico, (contaminados con polietileno) inflamables

Envases de pegamentos, aceites y 0,4 m*/mes Tóxico crónico, barnices inflamables

Fuente: Elaboración propia en base a Tabla 20 de la DIA. Deberán ser almacenados en contenedores metálicos con tapa u otro material compatible químicamente con la cantidad de residuo a almacenar, impidiendo el derrame o fuga de material durante el almacenamiento transitorio o transporte, no deberán ser almacenados por un periodo mayor a 6 meses y se mantendrá en obra los correspondientes registros de los sitios de disposición final autorizados. Se deberá contar con una bodega para el almacenamiento temporal de los residuos peligrosos, la que se ubicará dentro del sitio destinado de acopio de residuos y que considerará los aspectos especificados en el D.S. N* 148/03 MINSAL.

Referencia al ICE para mayores detalles sobre esta fase.

Para más detalle, ver acápite 4.6 del ICE.

4.4 FASE DE OPERACIÓN

4.4.1 PARTES, OBRAS Y ACCIONES QUE COMPONEN EL PROYECTO

4.4.1.1 PARTES Y OBRAS

Nombre

Descripción

Edificios

El Proyecto corresponde a la construcción de 2 edificios de 9 pisos y 2 subterráneos, sumando un total de 416 departamentos, 227 estacionamientos vehiculares, 114 estacionamientos para bicicletas. Además, el proyecto considera 5 locales comerciales en la primera plana. Cuenta además con bodegas, salas multiuso, piscina, quinchos, lavandería y grupos electrógenos.

Para más detalle ver Figura 2 y Anexo N* 1, Planos, ambos de la Adenda complementaria.

Proyecto paisajismo

El Conjunto Toesca - Gay contará con un proyecto de paisajismo que consta de obras civiles y vegetación, de una superficie de 738,5 m?. Mayor información en informe paisajismo Toesca Gay, adjunto en Anexo N* 2 de la Adenda.

Salas de basura

El proyecto contará con 6 salas de basura ubicadas en el 1% subterráneo de cada torre, las que serán manejadas por personal de aseo. En relación al procedimiento de recolección, los habitantes del edificio contarán con una tolva (puerta de evacuación) de volcar o abatir en cada piso en la zona denominada Shaft de basuras. Este Shafi estará en el sector del núcleo de cada torre y a no más de 15 metros de la puerta del último departamento. Por estas tolvas los habitantes botarán sus residuos domiciliarios en bolsas cerradas, de tamaños pequeños y que no contengan en ningún caso elementos contundentes en su interior como botellas de vidrio o escombros. Mayores detalles, en acápite C.4.1.2 de la DIA y en Plano CT-G_L02 SUBT -1, adjunto en el Anexo N* 1 de la Adenda complementaria.

Obras de saneamiento

drenaje y

Todas las aguas lluvias provenientes del edificio y terreno serán conducidas mediante canaletas hacia zanjas de drenaje, calculadas a través de datos hidrológicos en base a la superficie del terreno. De acuerdo a esto, se obtendrá el índice de aguas lluvias del área, el coeficiente de ponderación de la zona y el índice de infiltración de aguas lluvias que se obtiene del terreno.

La solución a la evacuación y drenaje de las aguas lluvias considerará las características del sitio de emplazamiento y cumplirá con los parámetros y la tormenta de diseño establecida en el Plan Maestro de Evacuación y Drenaje de Aguas Lluvias del Gran Santiago, todo de acuerdo a las indicaciones técnicas del SERVIU Metropolitano, teniendo presente la OGUC y el PRMS.

Para más detalles ver acápite 6.6.3 de la DIA.

4.4.1.2 ACCIONES

Nombre Descripción Actividades de | Las actividades de mantención estarán asociadas al cumplimiento normativo del mantención y | correcto funcionamiento de los equipos instalados en el edificio, considerando: conservación ascensores, calderas, grupos electrógenos, sistema eléctrico, entre otros. La

mantención deberá ser desarrollada por personal o empresas competentes y autorizadas (Ver acápite A.6.5). Las actividades desarrolladas durante la fase de operación serán de exclusiva responsabilidad del titular, independiente de que éstas sean implementadas directamente por él o a través de un tercero.

Flujo de vehículos

El flujo vehicular está asociado al ingreso y egreso de los vehículos a las zonas de estacionamientos de los edificios. El Proyecto considera dos accesos, uno por calle Toesca para la torre A y otro por calle Claudio Gay para la torre B.

4.4.2 PRODUCTOS GENERADOS

El Proyecto no contempla la generación de productos.

4.4.3 RECURSOS NATURALES RENOVABLES

El Proyecto no considera la extracción o explotación de recursos naturales renovables.

4.4.4 EMISIONES A LA ATMÓSFERA

Nombre

Descripción

Emisiones

En el Anexo N* 2 de la Adenda complementaria, se adjunta el informe de Estimación de Emisiones Atmosféricas corregido del Proyecto. Durante esta fase, las principales fuentes de emisión son las siguientes:

  • Combustión de calderas.

e Circulación y combustión de vehículos. A continuación, se presenta un cuadro resumen con las principales emisiones de la fase de operación:

Tabla N* 7: Emisiones atmosféricas, fase de operación

Año MP2,5 eq MP10 eg NOx SO» 3 0,002 0,007 0,032 0,002 Limite PPDA 2 2,5 3 10

Fuente: Elaboración propia en base a Tabla 48 y 49 del Estudio de Emisiones Atmosféricas. Anexo N* 2 de la Adenda complementaria.

De acuerdo con los cálculos realizados por el titular, el Proyecto no supera los parámetros de emisiones en la fase de operación, según lo establecido en el artículo 64 del D.S. 31/2016 MMA, PPDA, por lo que no deberá compensar emisiones en esta fase.

4.4.5 EMSIONES DE RUIDO

Ruido

En virtud de las características que presenta el Proyecto se consideran emisiones de ruido para la fase de operación provenientes del grupo electrógeno. Al respecto, se contará con un silenciador descrito en acápite 7.1.2 del Estudio de Ruido y Vibraciones (Anexo N? 4 de la DIA), lo que permite garantizar que los niveles de ruido se mantendrán bajo los correspondientes límites máximos permitidos. Por otro lado, no se identificaron fuentes de vibración asociada a la operación de los edificios.

4.4.6 RESIDUOS, PRODUCTOS QUIMICOS Y OTRAS SUSTENACIAS QUE PUEDAN AFECTAR EL

MEDIO AMBIENTE

Nombre Descripción rESIdnOs líquidos El certificado de factibilidad de agua potable y alcantarillado otorgado por Aguas domesticos (Aguas Andinas considera capacidad para entregar el caudal por edificio. Para mayor servidas) detalle ver Certificado Factibilidad de Agua Potable y Alcantarillado del Anexo N?

2 de la DIA.

Residuos domiciliarios

Se estima un volumen 20,04 m*/día de residuos domiciliarios. Los residuos serán retirados mediante el servicio de recolección de basura municipal.

Mayores detalles en acápite C.4.1.2 de la DIA y en Plano CT-G_L02 SUBT -1, adjunto en el Anexo N? 1 de la Adenda complementaria.

Referencia al ICE para mayores detalles sobre esta fase.

Para más detalle, ver acápite 4.7 del ICE.

4.5 FASE DE CIERRE

El Proyecto no considera fase de cierre ya que su vida útil es indefinida.

4.6 Cronología de las fases del proyecto

Fase Construcción

Fecha estimada de inicio

Noviembre 2019.

Parte, obra o acción que establece el inicio

Excavación masiva.

Fecha estimada de

término

Noviembre 2021.

Parte, obra o acción que establece el término

Recepción final por parte de la DOM municipal.

Fase de Operación

Fecha estimada de inicio

Noviembre 2021.

Parte, obra o acción que establece el inicio

Recepción final por parte de la DOM municipal.

establece el término

Fecha estimada de | No aplica. término Parte, obra o acción que | No aplica.

5?. Que, durante el proceso de evaluación, se han presentado antecedentes que justifican la inexistencia de los siguientes efectos, características y circunstancias del artículo 11 de la Ley N* 19.300:

5.1. RIESGO PARA LA SALUD DE LA POBLACIÓN, DEBIDO A LA CANTIDAD Y CALIDAD DE EFLUENTES, EMISIONES Y RESIDUOS

Impacto ambiental

Aumento de las emisiones atmosféricas.

Parte, obra o acción que lo genera

Demolición, perforación, escarpe, excavaciones, carga y descarga de camiones, circulación de vehículos pesados y livianos por caminos pavimentados y no pavimentados, combustión de maquinaria, combustión de camiones y combustión de vehículos livianos.

Fase en que se presenta

Construcción.

Referencia al ICE para mayores detalles sobre este impacto específico

Para mayor información, ver acápite 5.1 y 6.1 de ICE.

MMA (PPDA).

Aire: De acuerdo a los cálculos de emisiones atmosféricas adjuntos en el Anexo N 2 de la Adenda complementaria, el proyecto supera los parámetros establecidos en el artículo 64 del D.S. N 31/2016 del

Ruido: En el Anexo N? 4 de la DIA se presenta el Estudio Ruido y Vibraciones del proyecto, donde se identifican los sectores sensibles que pudiesen verse afectados por la ejecución de este. Los resultados

indican que no se exceden los niveles máximos establecidos en el D.S. N* 38/11 del MMA aplicando medidas de control, tanto para la fase de construcción, como de operación.

Agua: Durante la construcción se generarán residuos líquidos provenientes del lavado de ruedas de camiones y del lavado de canoa de camión mixer, los que serán encauzados a una cámara desgrasadora y retirados por contratistas autorizados por la SEREMI de Salud, para ser dispuestos en lugares aptos para este tipo de residuos.

Las aguas servidas serán descargadas a la red de alcantarillado existente. Cabe mencionar que aquellos residuos que no sean dispuestos en la red pública serán almacenados en baños químicos y retirados posteriormente, todo lo anterior realizado por empresas autorizadas por la autoridad sanitaria.

Para la fase de operación se cuenta con el Certificado de factibilidad de agua potable y alcantarillado N* 726 de fecha 21/01/2019, emitido por la empresa Aguas Andinas (Anexo N? 2 de la DIA).

5.2. EFECTOS ADVERSOS SIGNIFICATIVOS SOBRE LA CANTIDAD Y CALIDAD DE LOS RECURSOS NATURALES RENOVABLES, INCLUIDOS EL SUELO, AGUA Y AIRE

Dadas las características del Proyecto y las factibilidades de agua potable y aguas servidas, no se espera un detrimento del recurso hídrico a consecuencia de éste. Ver el Certificado de factibilidad de agua potable y alcantarillado N 726 de fecha 21/01/2019, emitido por la empresa Aguas Andinas (Anexo N' 2 de la DIA). El manejo de residuos para ambas fases del proyecto se realiza conforme lo establece la legislación vigente. Los residuos generados tanto en la fase de construcción como de operación serán manejados y dispuestos en sitios autorizados según se detalla en el acápite A.5.8 de la DIA y en respuestas 1.1 a 1.4 de la Adenda. En relación a las emisiones atmosféricas, de acuerdo a la información del Estudio de Emisiones Atmosféricas, adjunto en el Anexo N 2 de la Adenda complementaria, el Proyecto supera los parámetros establecidos en el artículo 64 del D.S. N*31/2016 del MMA (PPDA), por lo que debe compensar emisiones. Sin perjuicio de ello, el titular considera implementar acciones preventivas descritas en el acápite 9 del estudio antes mencionado.

Referencia al ICE para mayores detalles sobre este | Punto 6.2 del ICE. impacto específico.

El Proyecto no genera o presenta efectos adversos significativos sobre la cantidad y calidad de los recursos naturales renovables, incluidos el suelo, agua y aire, en consideración a lo dispuesto en el artículo 6 del Reglamento del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental.

5.3. REASENTAMIENTO DE COMUNIDADES HUMANAS O ALTERACIÓN SIGNIFICATIVA DE LOS SISTEMAS DE VIDA Y COSTUMBRES DE GRUPOS HUMANOS

Impacto ambiental Aumentos en los tiempos de desplazamiento y obstrucción del libre tránsito de peatones e incremento en la demanda de bienes, equipamientos, servicios o infraestructura básica.

Parte, obra o acción que lo genera Vialidad, nuevos habitantes.

Fase en que se presenta Construcción y Operación.

Referencia al ICE para mayores detalles | Para mayor información, ver acápites 5.2 y 6.3 de ICE. sobre este impacto específico

Letra a) del artículo 7 del RSEIA: El Proyecto no interviene, usa ni restringe el acceso de los recursos naturales utilizados como sustento económico del grupo o para cualquier otro uso tradicional, tales como uso medicinal, espiritual o cultural. Lo anterior se justifica debido a que no se identificaron (durante los terrenos efectuados por el Titular) recursos naturales que fuesen empleados por la población perteneciente al Área de Influencia del Proyecto.

Dado el carácter urbanizado de gran parte del sector y según lo indicado por los entrevistados no se genera la utilización de algún recurso natural ya que no está presente como tal, o no son parte del sustento de los actores locales.

Finalmente, de acuerdo a la caracterización del tipo de actividad económica desarrollada en el área de estudio del Proyecto (ver acápite 5.4 de Estudio Medio Humano, adjunto en Anexo N* 4 de la DIA) las actividades económicas desarrolladas en el sector son, por ejemplo, almacenes y taller mecánico, las que no se relacionan directamente con la utilización de recursos naturales de la manera en que el Art. 7 del RSEIA se refiere, entendiendo que dicho alcance se asocia con comunidades o localidades que dependen exclusivamente de la explotación de los recursos que se encuentran en su territorio, no siendo el caso del Proyecto.

Letra b) del artículo 7 del RSEIA: A partir de los resultados presentados en Estudio de Emisiones Atmosféricas adjunto en Anexo N* 2 de la Adenda complementaria, entre los que se destacan las rutas definidas y los espacios destinados para estacionamientos y zonas de carga y descarga, se concluye que el Proyecto en su fase de construcción no generará una obstrucción o restricción a la libre circulación, conectividad o el aumento significativo de los tiempos de desplazamiento de los grupos humanos del Área de Influencia.

Por otro lado, para la fase de operación el Titular detalla en el informe de Estudio de Medio Humano adjunto en Anexo N? 4 de la DIA, lo que es complementado en respuesta 4.8 de la Adenda, análisis de peatones, flujo vehicular y transporte público. Con la información aportada por el Titular es posible observar que el flujo de movilización y transporte que existirá con el aporte del Proyecto no superará sus respectivas capacidades, por lo que no generará una obstrucción o restricción a la libre circulación, conectividad o el aumento significativo de los tiempos de desplazamiento de los grupos humanos del Área de Influencia durante esta fase.

Letra c) del artículo 7 del RSEIA: Para la fase de construcción del Proyecto, se prevé que no existirá población permanente en el sector, sino sólo la mano de obra considerada como población flotante, la que no hará uso de servicios tales como salud o educación cercanos. Respecto a posibles accidentes, los trabajadores serán trasladados a los servicios en convenio tales como Mutual de Seguridad u Hospital del Trabajador.

Para la fase de operación, el Titular señala en el Estudio de Caracterización de Medio Humano, Anexo N* 4 de la DIA que, “el sector cuenta con variados servicios y una gran ubicación para el acceso a estos”. De forma complementaria, el Titular presenta dos análisis que se detallan en respuestas 4.3 y 4.5 de la Adenda, más respuesta 3.3 de Adenda complementaria, cuyo objetivo es descartar el literal c). El primero corresponde a un análisis de acceso a la salud pública, a partir del número de consultas proyectadas. Y el segundo, corresponde a un análisis de acceso a establecimientos educacionales.

Respecto al acceso a la salud, los resultados entregados por el Titular arrojan que las consultas estimadas (2.789) para el Área de Influencia son mayores a la población total estimada de los nuevos residentes proyectados para el área de influencia, que usarían estos servicios (1.532 habitantes), se entiende que la oferta (centros de salud públicos) podría cubrir la demanda proyectada. Por lo anterior, el Titular concluye que el Proyecto no generará una alteración al acceso a los centros de salud presentes en el sector.

En relación a accesos a establecimientos educacionales, los resultados que señala el Titular indican que, existe un total de 1.075 matrículas que proporcionan los establecimientos educacionales ubicados en el Area de Influencia del proyecto. Por lo que, considerando la población en edad escolar que aportaría el Proyecto más los edificios no operativos del Área de Influencia, es de 872 estudiantes, el Titular señala que existirá una adecuada cantidad de vacantes para absorber la futura demanda.

Mayores antecedentes en el Estudio de Medio Humano, Anexo N? 4 de la DIA

Letra d) del artículo 7 del RSEIA: El Titular se refiere al Parque O”Higgins, Barrio República y Barrio Meiggs como los principales lugares de desarrollo de actividades tradicionales. Al respecto, para la fase de construcción, el titular define rutas de camiones que evitarán transitar por dichas zonas y en horarios en los cueles se pueda disminuir el impacto que pudieran producir en los sectores en los que las personas se concentran. Y para la fase de operación, el Titular considera que los nuevos habitantes del proyecto puedan participar y disfrutar de lo que el sector ofrece.

Por lo tanto, el Proyecto no generará dificultad o impedimento para la realización de las actividades desarrolladas en los sectores analizados por el Titular

5.4. LOCALIZACIÓN EN O PRÓXIMA A POBLACIONES, RECURSOS Y ÁREAS PROTEGIDAS, SITIOS PRIORITARIOS PARA LA CONSERVACIÓN, HUMEDALES PROTEGIDOS Y GLACIARES, SUSCEPTIBLES DE SER AFECTADOS, ASÍ COMO EL VALOR AMBIENTAL DEL TERRITORIO EN QUE SE PRETENDE EMPLAZAR

El Proyecto no se localiza en ni próximo a poblaciones indígenas (como se justifica en acápite B.6 de la DIA, “Cercanía de tierras indígenas, áreas de desarrollo indígena o pueblos indígenas”). Por lo tanto, no afectará a dichas poblaciones. Mayor información en Anexo N*7 de la DIA.

Referencia al ICE para mayores detalles sobre este | Para mayor información, ver acápite 6.4 de ICE. impacto específico

Proyecto no se localiza en o próximo a poblaciones, recursos, ni áreas protegidas, sitios prioritarios para la conservación, humedales protegidos y glaciares, susceptibles de ser afectados, así como el valor ambiental del territorio en que se pretende emplazar, en consideración a lo dispuesto en el artículo 8 del Reglamento del SEIA. Lo anterior, considerando que el Proyecto se emplaza en una zona mixta para uso residencial, equipamiento, actividades productivas, espacio público, infraestructura y áreas verdes (según PRC de Santiago).

5.5. ALTERACIÓN SIGNIFICATIVA, EN TÉRMINOS DE MAGNITUD O DURACIÓN, DEL VALOR PAISAJÍSTICO O TURÍSTICO DE UNA ZONA

Según la “Guía de Evaluación de impacto Ambiental sobre valor paisajístico en el SELA” (Servicio de Evaluación Ambiental, 2019), el Proyecto se emplazará dentro de la Macrozona Centro, Subzona Cuencas y Valles. Al analizar los componentes biofísicos del paisaje, es decir, la expresión visual de componentes bióticos y físicos, a través de fotografías e inspección visual, se puede determinar que el Proyecto está inmerso en un entorno urbano consolidado. Para mayor detalle revisar Anexo N* 7 de la DIA, Fotografías Actuales del Sector. En virtud de lo anterior, el Proyecto no obstruirá la visibilidad de zonas con valor paisajístico ni turístico, ni alterará atributos de zonas con valor paisajístico o turístico.

Referencia al ICE para mayores detalles sobre este | Para mayor información, ver acápite 6.5 de ICE. impacto específico

El Proyecto no generará alteración significativa en términos de magnitud o duración, del valor paisajístico o turístico de la zona.

5.6. ALTERACIÓN DE MONUMENTOS, SITIOS CON VALOR ANTROPOLÓGICO,

ARQUEOLÓGICO, HISTÓRICO Y, EN GENERAL, LOS PERTENECIENTES AL PATRIMONIO CULTURAL

El Proyecto no remueve, destruye, deteriora, interviene ni modifica en forma permanente algún Monumento Nacional de aquellos definidos por la Ley N* 17.288, ya que el área de emplazamiento del Proyecto no presenta Monumentos Nacionales.

De acuerdo a los antecedentes presentados en el Informe Arqueológico adjunto en Anexo N' 4 de la DIA y en respuesta 4.12, 4.13 y 4.14 de la Adenda, el proyecto no modificará o deteriorará en forma permanente construcciones, lugares o sitios que, por sus características constructivas, por su antigiiedad, por su valor científico, por su contexto histórico o por su singularidad pertenecen al patrimonio cultural, incluido el patrimonio cultural indígena.

Además, el proyecto no afectará lugares o sitios en que se lleven a cabo manifestaciones habituales propias de la cultura o folclor de alguna comunidad o grupo humano derivada de la proximidad y naturaleza de las partes, obras y/o acciones del proyecto o actividad, considerando especialmente las referidas a los pueblos indígenas.

Por otra parte, el Titular se compromete a que, en caso de efectuarse un hallazgo arqueológico o paleontológico durante las excavaciones del proyecto, y a fin de evitar incurrir en el delito de daño a Monumento Nacional establecido en el artículo N 38 de la Ley N 17.288, se deberá proceder según lo establecido en los artículos N 26 y 27 de la Ley N” 17.288 de Monumentos Nacionales y el artículo N 23 del D.S N” 484 Reglamento sobre excavaciones y/o prospecciones arqueológicas, antropológicas y paleontológicas, paralizando toda obra en el sector del hallazgo e informando de inmediato y por escrito al Consejo de Monumentos Nacionales, para que este organismo determine los procedimientos a seguir, cuya

implementación deberá ser efectuada por el titular del proyecto.

Referencia al ICE para mayores detalles sobre este impacto específico

Para más información, ver acápite 6.6 de ICE.

artículo 10 del Reglamento

El Proyecto no genera o presenta alteración de monumentos, sitios con valor antropológico, arqueológico, histórico, y en general, los pertenecientes al patrimonio cultural, en consideración a lo dispuesto en el

del SETA.

6%. Que resultan aplicables

al Proyecto los siguientes permisos ambientales sectoriales, asociados a las

correspondientes partes, obras o acciones que se señalan a continuación:

6.1. PERMISOS AMBIENTALES SECTORIALES MIXTOS

6.1.1. Permiso Ambiental

Sectorial, del artículo 140 del Reglamento del SEIA:

Fase del Proyecto a la cual corresponde

Construcción y Operación.

Parte, obra o acción a la que aplica

Sector de acopio de residuos no peligrosos localizado en área de instalación de faenas (Fase de Construcción) y sala de basuras (Fase de Operación).

Condiciones o exigencias específicas para su otorgamiento

Fase de construcción: Respecto a los excedentes de tierra, el sector contemplado estará compactado y libre de vegetación. No se considera impermeabilización debido a las características del tipo de residuo a acopiar. En relación a los escombros a generarse, estos serán acopiados de forma temporal en contenedores al interior del sector de instalación de faenas. La característica constructiva del área de almacenamiento de residuos domiciliarios se detalla en acápite C.4.1.1 de la DIA. La estimación de los residuos que se generarán en esta zona se indica en la tabla 4.6.5.1 del ICE.

Para mayor detalle revisar acápite C.2.1 de la DIA y Plano de Instalación de Faena en Anexo N? 3 de la DIA.

Fase de operación: En relación al procedimiento de recolección, el proyecto constará con 6 salas de basura ubicadas en el 1? subterráneo de cada edificio. Los residentes botarán los residuos domiciliarios a través de los shafis ubicados en cada piso de cada edificio, en bolsas cerradas de tamaño pequeño y que no contengan en ningún caso elementos contundentes en su interior tales como botellas de vidrio o escombros. Mayores detalles en acápite C.4.1.2 de la DIA y en Plano CTG_L02 SUBT -1, adjunto en el Anexo N? 1 de la Adenda complementaria.

Pronunciamiento del órgano competente

La SEREMI de Salud RM, mediante Oficio Ord N* 4787 de fecha 8 de agosto de 2019, señala que el titular del proyecto ha entregado la documentación necesaria y se pronuncia conforme respecto de los antecedentes técnicos y formales contenidos en dicho PAS.

Referencia al ICE para mayores detalles

Para más información, ver acápite 9.1.1 del ICE.

6.1.2. Permiso Ambiental

Sectorial, del artículo 142 del Reglamento del SEIA

Fase del Proyecto a la cual corresponde

Construcción.

Parte, obra o acción a la que aplica

Sitio destinado para la acumulación de residuos peligrosos.

Condiciones o exigencias específicas para su otorgamiento

Se habilitará una bodega que será construida dando cumplimiento al D.S. N 148/2003, al D.S. N 594/99, ambos del MINSAL y a la OGUC.

La estimación de los RESPEL generados se detalla en el acápite 4.6.5.2 del ICE. Mayores antecedentes se adjuntan en el acápite C.4.2 de la DIA y respuestas 3.3 de la Adenda.

Pronunciamiento del La SEREMI de Salud RM, mediante Oficio Ord N* 4787 de fecha 8 de agosto de órgano competente 2019, señala que el titular del proyecto ha entregado la documentación necesaria, por lo anterior se pronuncia conforme respecto de los antecedentes técnicos y formales contenidos en dicho PAS.

mayores detalles

Referencia al ICE para | Para más información, ver acápite 9.1.2 del ICE.

  1. Que, de acuerdo a los antecedentes que constan en el expediente de evaluación, la forma de cumplimiento de la normativa de carácter ambiental aplicable al Proyecto es la siguiente:

7.1. COMPONENTE/MATERIA: Emisiones atmosféricas

Norma

D.S. N? 31/2016 del Ministerio del Medio Ambiente que “Establece Plan de Prevención y Descontaminación Atmosférica para la Región Metropolitana de Santiago” (PPDA).

Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento

Construcción y Operación.

Parte, obra o acción a la que aplica

Construcción: Demolición, Perforación, Escarpe, Excavaciones, Carga y descarga de camiones, Circulación de camiones por caminos pavimentados y no pavimentados, y Combustión de maquinaria y vehículos.

Operación: Combustión de calderas, circulación y combustión de vehículos.

Forma de cumplimiento

De acuerdo a las estimaciones realizadas y presentadas en el Anexo N* 2 de

la Adenda, Estudio de Emisiones Atmosféricas, es posible señalar que

durante la fase de construcción, durante el año 1, se sobrepasan los parámetros expresados en el artículo 64 del D.S. N* 31/2016 del MMA

(PPDA) vigente, considerando la suma de emisiones equivalente de acuerdo

a los escenarios considerados en el mismo artículo y las tasas de conversión

de emisiones equivalentes del artículo 61, del mismo Decreto. Sin perjuicio

de lo anterior, el titular implementará las siguientes medidas de abatimiento

y control indicadas en el acápite 9 del Estudio de Emisiones Atmosféricas, en

Anexo N* 2 de la Adenda complementaria:

e Se realizarán capacitaciones a los trabajadores sobre temas de carácter ambiental relacionados con prevención de contaminación en las faenas.

e Se instalarán señales de reducción de velocidad y velocidad máxima permitida dentro de la zona donde se emplaza el proyecto.

e Realizar el transporte de materiales en camiones encarpados mediante lona hermética, impermeable y sujeta a la carrocería, antes de salir del sitio del proyecto, de modo tal de evitar la caída de materiales y el desprendimiento de polvo en el trayecto del vehículo.

e Se controlará los límites máximos de carga; es decir, mantener un nivel por debajo del máximo de la tolva, además de implementar un plan de seguimiento para esta medida con prohibición del uso de carpas que no cumplan con las características mencionadas; por ejemplo, el uso de malla tipo 'raschel', pues este tipo de malla no cumple con las características señaladas.

o Se realizará diariamente la limpieza de las calles pavimentadas (en frente del proyecto, incluyendo veredas y calzadas).

e Se humectará los caminos no pavimentados por donde exista circulación vehicular de tal manera que se disminuya el levantamiento de material particulado, lo que se realizará a través de una hidrolavadora o vehículo similar que permita el riego de los caminos, en el frente del proyecto.

e El recinto del proyecto debe contar con una barrera perimetral del tipo malla "Rachel" u otra que impida la dispersión de polvo fugitivo, ésta se instalará alrededor de todo el perímetro del recinto,

e Se prohibirá la quema de materiales o desechos para calentar alimentos o calefacción, entre otros

e Se reforzarán las medidas de mitigación y evitar la realización de actividades que generen emisiones de material particulado y gases durante los períodos en que se decrete Alerta, Pre-Emergencia y Emergencia Ambiental.

e Se aplicará supresor de polvo durante el tránsito de camiones por caminos no pavimentados, en particular durante los 6 meses que dura la actividad de excavación.

Al respecto, la SEREMI de Medio Ambiente, mediante Ord. N* 874 de fecha

27 de septiembre de 2019, se pronuncia conforme y lo condiciona a la

presentación del Plan de compensación de Emisiones.

Indicador que acredita su cumplimiento

Implementar las medidas de contro] señaladas en el acápite 9 del Estudio de Emisiones Atmosféricas adjunto en Anexo N% 2 de la Adenda complementaria.

e Presentar a la Superintendencia de Medio Ambiente (SMA) los medios de

verificación de las cantidades de materiales a utilizar en el proyecto.

  • Acreditar el uso exclusivo y permanente del combustible gas natural, mediante la presentación ante la SMA, de una declaración con el número de registro otorgado por la Seremi de Salud RM, donde se identifique la fuente y el tipo de combustible utilizado.

Forma de control y seguimiento

Informes de seguimiento de la ejecución del Plan de Compensación de Emisiones (PCE).

Medios de verificación de las cantidades de los materiales transportados durante la fase de construcción, por ejemplo, contratos, boletas o facturas de compra de material.

Registro del ingreso a la SMA de la declaración que indique la fuente y tipo de combustible utilizado (gas natural).

Referencia al ICE para mayores detalles

Para más información, ver acápite 8.1.2 del ICE.

7.2. COMPONENTE/MATERIA: Emisiones atmosféricas — Vialidad y transporte

Norma

D.S. N” 75/1987 del Ministerio de Transporte y Telecomunicaciones que “Establece Condiciones para el Transporte de Cargas que Indica”

Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento

Construcción.

Parte, obra o acción a la que aplica

Nivelación de terrenos, escarpe y obra gruesa.

Forma de cumplimiento

Los camiones serán cubiertos mediante lona hermética, impermeable y sujeta a la carrocería, con el objetivo de evitar derrame, caída o dispersión de los materiales en el aire.

Indicador que acredita su

Registro en obra de documentación que acredite la exigencia por parte del

cumplimiento titular a empresa contratista de circular con la carga cubierta y/o inspección visual de los camiones que ingresan y/o se retiran de la planta con la carga cubierta.

Referencia al ICE para Para más información, ver acápite 8.1.3 del ICE.

mayores detalles

7.3. COMPONENTE/MATERIA: Ruido

Norma

D.S. N* 38/2011 del Ministerio de Medio Ambiente que “Establece Norma de Emisión de Ruidos Generados por Fuentes que Indica”

Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento

Construcción y Operación.

Parte, obra o acción a la que aplica

Construcción: Demolición, excavaciones, obra gruesa, terminaciones. Operación: Grupo electrógeno y flujo vehicular.

Forma de cumplimiento

Construcción: Se implementarán medidas de control a fin de cumplir con la normativa y minimizar las molestias sobre los receptores sensibles (acápite 7 del Estudio de Ruido y Vibraciones en Anexo N? 4 de la DIA):

Barrera perimetral: Durante toda la fase de construcción, se implementará una barrera perimetral de 4,88 m de altura, cuya densidad superficial de masa será 660 kg/m! (ejemplo: paneles de madera OSB de 15 mm de espesor o material equivalente). Las junturas de los paneles que conformen la barrera deberán ser herméticas tanto entre ellas como la unión con el piso, de modo que no se generen fugas y se pierda efectividad (ver detalles en Estudio de Ruido y Vibraciones del Anexo N? 4 de la DIA).

Paneles o Barreras móviles: Durante el desarrollo de trabajos en altura, se propone la instalación de cierres de vanos y ventanas, con la finalidad de reducir los niveles de ruido hacia el exterior de la obra gruesa de los edificios en construcción. Por otra parte, se propone el uso de cierros acústicos puntuales para los trabajos y herramientas que se desarrollen en altura. Estos paneles o barreras deberán ser de material que cumpla con condiciones de densidad superficial igual o superior a 10 kg/m? (ejemplo: paneles de madera OSB de 15 mm de espesor o material equivalente), con el objeto de mitigar los niveles de ruido generados al interior de la estructura que se propagan al exterior. Complementariamente, para los momentos en que se ejecuten obras sobre la loza de avance (última loza construida antes que se habilite la siguiente loza), se implementará una “barrera modular de madera OSB de 15

mm de espesor o similar, que presente las mismas características señaladas para las otras barreras del punto anterior, de al menos 3,2 [m] de altura, en el perímetro de la señalada loza.

Operación:

Silenciador en Grupo Electrógeno: La descarga del grupo electrógeno contará con un silenciador tipo crítico que proveerá al menos 35 dB de pérdida por inserción.

Al respecto, la SEREMI de Salud se pronuncia conforme mediante Oficio Ord. N* 4787 de fecha 8 de agosto de 2019.

Indicador que acredita su cumplimiento

e Chequeo de mantención de maquinaria. e Registro fotográfico que acredite la existencia de las medidas propuestas. e Registro de capacitaciones a los trabajadores.

Referencia al ICE para mayores detalles

Para más información, ver acápite 8.1.4 del ICE.

7.4. COMPONENTE/MATERÍA:

Ruido

Norma

D.S. N* 47/1992, Ministerio de Vivienda y Urbanismo, “Ordenanza General de Urbanismo y Construcciones” (OGUC).

Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento

Construcción.

Parte, obra o acción a la que aplica

Demolición, excavaciones, obra gruesa, terminaciones.

Forma de cumplimiento

En cumplimiento de la norma, el titular presentará a la Dirección de Obras Municipales:

+» Horario de funcionamiento de la obra.

» El listado de herramientas y equipos generadores de ruidos molestos, con indicación de su horario de uso y las medidas consideradas.

Indicador que acredita su cumplimiento

Registro en obra de copia timbrada de la carta conductora dirigida a la DOM dando cuenta de los horarios, lista de herramientas y equipos a utilizar durante la construcción de la obra.

Referencia al ICE para mayores detalles

Para más información, ver acápite 8.1.5 del ICE.

7.5. COMPONENTE/MATERIA:

Residuos sólidos

Norma

D.S. N” 594/1999 MINSAL. Reglamento sobre Condiciones Sanitarias y Ambientales Básicas en los Lugares de Trabajo.

Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento

Construcción.

Parte, obra o acción a la que aplica

Excavaciones, escarpe y obra gruesa.

Forma de cumplimiento

El titular del Proyecto tramitará la respectiva autorización sanitaria para la disposición de los residuos fuera del predio.

Indicador que acredita su cumplimiento

Registro en obra de autorización sanitaria respectiva.

Referencia al ICE para mayores detalles

Para más información, ver acápite 8.1.6 del ICE.

7.6. COMPONENTE/MATERIA:

Residuos sólidos

Norma

DFL N? 725/1967 del MINSAL. Código Sanitario.

Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento

Construcción y Operación.

Parte, obra o acción a la que aplica

Generación de residuos.

Forma de cumplimiento

Construcción: Los residuos que se generen serán acumulados en una zona especialmente habilitada para este propósito. Los residuos serán llevados a lugares de disposición final debidamente autorizados por la Autoridad Sanitaria.

Operación: Las salas de basura se encontrarán debidamente autorizadas por la autoridad sanitaria. Los residuos serán retirados por el servicio municipal de recolección de basura.

Indicador que acredita su cumplimiento

Construcción: Registro en obra de autorización emitida por la autoridad sanitaria.

Operación: Registro en administración de autorización emitida por la autoridad sanitaria, respecto a las salas de basura que incorpora el Proyecto.

Referencia al ICE para mayores detalles

Para más información, ver acápite 8.1.7 del ICE.

7.7. COMPONENTE/MATERIA: Residuos

Norma

D.S. N” 1/2013, Ministerio del Medio Ambiente que “Aprueba Reglamento del Registro de Emisiones y Transferencias de Contaminantes, RETC”

Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento

Construcción y Operación.

Parte, obra o acción a la que aplica

Demolición, excavaciones, obra gruesa, terminaciones y grupos electrógenos.

Forma de cumplimiento

El titular, según corresponda, declarará las emisiones, residuos y transferencias de contaminantes generados por el Proyecto, en el sistema de Ventanilla Unica del RETC (www.retc.cl).

Indicador que acredita su cumplimiento

Registro de despacho de todos los residuos generados durante la construcción del Proyecto y su posterior declaración en el sitio web del RETC. Dicha información deberá permanecer en obra para consulta de los organismos del Estado con competencias en fiscalización.

Referencia al ICE para mayores detalles

Para más información, ver acápite 8.1.8 del ICE.

7.8. COMPONENTE/MATERIA: Residuos peligrosos

Norma

D.S. N” 148/2003 del MINSAL. Reglamento Sanitario sobre Manejo de Residuos Peligrosos.

Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento

Construcción.

Parte, obra o acción a la que aplica

Generación de residuos peligrosos.

Forma de cumplimiento

Se utilizarán contenedores diferenciados para este tipo de residuos, los cuales estarán debidamente rotulados dentro de la bodega de acopio temporal de residuos peligrosos. Serán retirados por empresa autorizada en el manejo y disposición final de ellos.

Indicador que acredita su cumplimiento

Registros que acrediten el retiro y disposición final de residuos peligrosos, mediante empresa autorizada.

Referencia al ICE para mayores detalles

Para más información, ver acápite 8.1.9 del ICE.

7.9. COMPONENTE/MATERIA: Sustancias peligrosas

Norma

D.S. N* 43/2015 del MINSAL. Reglamento de Almacenamiento de Sustancias Peligrosas.

Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento

Construcción.

Parte, obra o acción a la que aplica

Manejo de sustancias peligrosas.

Forma de cumplimiento

Las condiciones de almacenamiento de las sustancias peligrosas serán las correspondientes al tipo, cantidad y tiempo de almacenamiento de éstas, en cumplimiento con el D.S. N” 43/2015 del MINSAL.

Las hojas de seguridad de estas sustancias se mantendrán visibles en el lugar de almacenamiento.

Indicador que acredita su cumplimiento

Registro de almacenamiento de sustancias peligrosas.

Referencia al ICE para mayores detalles

Para más información, ver acápite 8.1.10 del ICE.

7.10. COMPONENTE/MATERIA: Suministros básicos

Norma

D.S. N* 50/2002 del MOP. Reglamento de instalaciones domiciliarias de agua potable y de alcantarillado

Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento

Construcción y Operación.

Parte, obra o acción a la que aplica

Agua potable y alcantarillado.

Forma de cumplimiento

Construcción: Durante esta fase, la instalación, mantención y retiro de los residuos líquidos estará a cargo de una empresa autorizada, hasta la materialización de las conexiones a los empalmes temporales a la red de alcantarillado público.

Operación: El Proyecto cuenta con factibilidad de agua potable y alcantarillado otorgado por Aguas Andinas. Para mayor detalle revisar Factibilidad de Agua Potable y Alcantarillado del Anexo N* 2 de la DIA.

Indicador que acredita su cumplimiento

Construcción: Copia de factura u otro documento que acredite el retiro de los residuos de baños químicos por una empresa autorizada. Operación: Recepción municipal otorgada por la DOM de la municipalidad.

Referencia al ICE para mayores detalles

Para más información, ver acápite 8.1.11 del ICE.

7.11. COMPONENTE/MATERIA: Patrimonio cultural

Norma

Ley N* 17.288/1970 MINEDUC. Sobre Monumentos Nacionales.

Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento

Construcción.

Parte, obra o acción a la que aplica

Excavaciones.

Forma de cumplimiento

En caso de efectuarse un hallazgo de materiales arqueológicos, antropológicos o paleontológicos, con ocasión de cualquier movimiento de tierra del Proyecto deberá procederse según lo establecido en los artículos N? 26 y 27 de la Ley N 17.288 de Monumentos Nacionales y el artículo N 23 del Reglamento Sobre Excavaciones y/o Prospecciones Arqueológicas, Antropológicas y Paleontológicas (D.S. N* 484 de 1990 del Ministerio de Educación). Esto es paralizar las obras en el sector afectado e informar de inmediato y por escrito al Consejo de Monumentos Nacionales para que este organismo determine el procedimiento a seguir, cuya implementación deberá ser efectuada por el titular del Proyecto.

Indicador que acredita su cumplimiento

Registro de paralización de obras en caso de hallazgo arqueológico y/o paleontológico.

Referencia al ICE para mayores detalles

Para más información, ver acápite 8.2.1 del ICE.

7.12. COMPONENTE/MATERIA: Vialidad

Norma

D.S. N” 298/94 del Ministerio de Transporte y Telecomunicaciones, Reglamenta Transporte de Cargas Peligrosas por Calles y Caminos.

Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento

Construcción.

Parte, obra o acción a la que aplica

Traslado de sustancias peligrosas.

Forma de cumplimiento

El Titular velará porque en todo momento que se realice transporte de cargas peligrosas asociada al Proyecto, este se ajuste a lo indicado en este decreto.

Indicador que acredita su cumplimiento

Registros tales como: órdenes de compra o contratos de prestación de servicios, que permitan evidenciar que el titular del Proyecto ha exigido a las empresas transportistas que los camiones cumplan con el equipamiento indicado en este decreto.

Registro en obra del transportista y de las características de los camiones que efectúan el transporte de sustancias peligrosas. Dicha información deberá permanecer en obra para consulta de los organismos del Estado con competencias en fiscalización.

Referencia al ICE para mayores detalles

Para más información, ver acápite 8.3.1 del ICE.

7.13, COMPONENTE/MATERIA: Vialidad

Norma

D.S. N” 158/1980 del MOP. Fija el peso máximo de los vehículos que pueden circular por caminos públicos.

Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento

Construcción.

Parte, obra o acción a la que aplica

Actividades de transporte de camiones.

Forma de cumplimiento

Los camiones involucrados en las actividades de transporte para la fase de construcción del Proyecto cumplirán con los pesos máximos por eje, lo que se exigirá en los contratos con los transportistas.

Indicador que acredita su

Registros tales como: órdenes de compra o contratos de prestación de

mayores detalles

cumplimiento servicios, que permitan evidenciar que el titular del Proyecto ha exigido a las empresas transportistas el límite de peso por eje de sus vehículos. Registros en obra que evidencien el cumplimiento del límite de peso por eje de sus vehículos.

Referencia al ICE para Para más información, ver acápite 8.3.2 del ICE.

7.14, COMPONENTE/MATERIA: Vialidad

Norma

D.S. N” 18/2001 MINTRATEL. Prohíbe la circulación de vehículos de carga en vías que indica.

Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento

Construcción.

Parte, obra o acción a la que aplica

Actividades de transporte.

Forma de cumplimiento

El titular hará exigible en todos los contratos y subcontratos de transporte de materiales, que suscriba durante el desarrollo de la obra, lo establecido en la presente normativa.

Indicador que acredita su

Registro que evidencien que el titular ha exigido al transportista contratado

mayores detalles

cumplimiento la obligatoriedad de cumplir este decreto, por ejemplo, mediante contrato de prestación de servicios. Referencia al ICE para Para más información, ver acápite 8.3.3 del ICE.

7.15. COMPONENTE/MATERIA: Vialidad

Norma

D.F.L. N* 850/1997, Ministerio de Obras Públicas.

Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento

Construcción.

Parte, obra o acción a la que aplica

Actividades de transporte.

Forma de cumplimiento

El Titular velará porque los caminos de acceso a las obras sean conservados, y reparados cuando por efecto de las obras del Proyecto sean dañados.

Indicador que acredita su cumplimiento

Registro fotográfico del estado actual de los caminos de acceso y de su reparación cuando corresponda. Dicha información deberá permanecer en obra para consulta de los organismos del Estado con competencias en fiscalización.

Referencia al ICE para mayores detalles

Para más información, ver acápite 8.3.4 del ICE.

7.16. COMPONENTE/MATERIA: Vialidad

Norma

D.S. N* 200/1993 del MOP. Establece pesos máximos a los vehículos para circular en las vías urbanas del país.

Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento

Construcción.

Parte, obra o acción a la que aplica

Transporte de carga durante la construcción del Proyecto.

Forma de cumplimiento

El titular hará exigible en todos los contratos y subcontratos de transporte de materiales que suscriba durante el desarrollo de la obra, lo establecido en la presente normativa respecto al peso máximo establecido para circular por las vías urbanas del país.

Indicador que acredita su cumplimiento

Registros tales como: órdenes de compra o contratos de prestación de servicios, que permitan evidenciar que el titular del Proyecto ha exigido a las empresas transportistas el límite de peso por eje de sus vehículos.

Referencia al ICE para mayores detalles

Para más información, ver acápite 8.3.5 del ICE.

8”. Que, para ejecutar el Proyecto deben cumplirse las siguientes condiciones o exigencias, en concordancia con el artículo 25 de la Ley N* 19.300:

[L3.1. Emisiones atmosféricas

Impacto no significativo asociado

Aumento en las emisiones.

Fase del Proyecto a la que aplica

Construcción.

Objetivo, descripción y justificación

Cumplimiento al D.S. N” 31/2016 del Ministerio del Medio Ambiente.

Condición

La SEREMI de Medio Ambiente RM en el Oficio Ord. N 874 de fecha 27 de septiembre de 2019, se pronuncia conforme condicionado a lo siguiente: “]- Presentar ante la SEREMI del Medio Ambiente RM un Programa de Compensación de Emisiones (PCE), en formato digital, considerando un aumento del 120% en las emisiones según lo establecido en el artículo 64 del D.S. N931/2016 (MMA). Las cantidades a compensar por año cronológico se presentan en la siguiente tabla: Tabla N1: Emisiones de MP10 equivalente a compensar proyecto “Conjunto Toesca — Gay” Año a compensar de la fase de construcción 1 2,585 Fuente: Tabla 47 del Anexo N“2 de Atmosférico Final. Además, según se indica en el Artículo 63 del DS N 31/2016, las medidas de compensación deberán cumplir los siguientes criterios: a. Medibles, esto es, que permitan cuantificar la reducción de las emisiones que se produzca a consecuencia de ellas. b. Verificables, esto es, que generen una reducción de emisiones que se pueda cuantificar con posterioridad de la implementación. c. Adicionales, entendiendo por tal que las medidas propuestas no respondan a otras obligaciones a que esté sujeto el titular, o bien, que no correspondan a una acción que conocidamente será llevada a efecto por la autoridad pública o particulares. d. Permanentes, entendiendo por tal que la rebaja permanezca por el período en que el proyecto está obligado a reducir emisiones. Finalmente, cabe señalar que el Art. 64 del D.S. 31/2016 exige que los proyectos evaluados que sean aprobados con exigencias de compensación de emisiones, sólo podrán dar inicio a la ejecución del proyecto o actividad al contar con la aprobación del respectivo Programa de Compensación de Emisiones. 2- Cumplir las acciones preventivas declaradas por el proponente en el Apartado N? 9 del Anexo N2 de la Adenda Complementaria. Al respecto, el Titular deberá reportar su implementación ante la Superintendencia del Medio Ambiente a través del Sistema de Seguimiento Ambiental, al cual se accede a través de la página web http://www.sma.gob.cl según lo establecido en la Resolución Exenta N223/2015 de la SMA. 3- Presentar medios de verificación que permitan acreditar los volúmenes de los materiales Tierra y Escombro declarados por el proponente en la Tabla N93 del Ánexo N2 de la Adenda Complementaria, como contratos, boletas o facturas, entre otros, los que deberán ser reportados ante la Superintendencia del Medio Ambiente a través del Sistema de Seguimiento Ambiental, al cual se accede a través de la página web http://www.sma.gob.cl según lo establecido en la Resolución Exenta N*223/2015 de la SMA”.

MPI0 al 120% [ton/año]

MP10 [ton/año] Fracción por

Combustión [%]

3,102 43% la Adenda Complementaria, Estudio

8.2 Vialidad

Impacto no significativo asociado

Uso de la vialidad adyacente.

Fase del Proyecto a la que aplica

Construcción.

Objetivo, descripción y justificación

Manejo de las vías aledañas al Proyecto durante los trabajos de construcción.

Condición

De acuerdo a lo señalado por la SEREMI de Transportes y Telecomunicaciones en el Ord. N* 7973 de fecha de 14 de agosto de 2019:

“(...) este órgano de administración del Estado se pronuncia conforme siempre y cuando se cumplan las siguientes condiciones:

  1. El Titular deberá materializar todas las medidas de mitigación del AVB antes de le recepción final de las obras.

  2. Los datos entre el AVB y la DIA deben ser concordantes y corresponder al mismo proyecto.

  3. Se debe considerar el ingreso y permanencia de vehículos al interior del proyecto, tanto para vehículos mayores como para menores. No se considera utilizar el Bien Nacional de Uso Público para efectuar esta labor.

  4. No se debe realizar acopio de materiales en la vía pública, durante los trabajos realizados en la fase de construcción del proyecto.

  5. Se deben habilitar zonas de estacionamientos y áreas de carga y descarga, al interior del terreno del proyecto, de manera tal que no afecte la vialidad pública.

  6. Para la fase de construcción se realizará una planificación de la carga y descarga de los camiones, evitando congestión o filas de vehículos en la calzada.
  7. Los camiones de transporte utilizados, contarán con revisión técnica y de gases al día.

  8. Se privilegiará el terreno del proyecto para faenas de carga y descarga de camiones, siempre que el avance de la obra lo permita.

  9. El acceso estará en buenas condiciones para el tránsito adecuado de vehículos y peatones.

  10. Todo el transporte de maquinaria pesada hacia la obra, tales como rodillos y retroexcavadoras, será realizada en carros de arrastre, impidiendo su transporte por tracción propia.

  11. Se privilegiará el horario fuera de horas punta para faenas de carga y descarga de camiones.

  12. Se capacitará a los trabajadores involucrados en materias de señalización de tránsito de obras provisorias.

  13. No se realizará acopio de materiales en la vía pública.

  14. Cumplir el Decreto Supremo N” 75 de 1987 Ministerio de Transportes que establece que los vehículos que transporten desperdicios, arena, tierra, ripio u otros materiales, ya sean sólidos o líquidos, que puedan escurrirse o caer al suelo, estarán construidos de forma que ello no ocurra por causa alguna. En zonas urbanas, el transporte de material que produzca polvo, tales como escombros, cemento, yeso, etc. deberá efectuarse siempre cubriendo total y eficazmente los materiales con lonas de plásticos de dimensiones adecuadas, u otro sistema que impida su dispersión al aire.

  15. Se deberá dar cumplimiento al Decreto N* 18 de 2001 y sus modificaciones del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones, el cual prohíbe la circulación de vehículos de carga por las vías al interior del Anillo Américo Vespucio.

  16. En relación a las obras que se realicen en la vía pública, se solicita considerar lo dispuesto en Capítulo N* 5 “Señalización Transitoria y Medidas de Seguridad para Trabajos en la Vía” del Manual de Señalización de Tránsito y sus Anexos”.

  17. Que, durante el procedimiento de evaluación de la DIA el Titular del Proyecto propuso los siguientes compromisos ambientales voluntarios:

9.1. Plan de Comunicación e información a los vecinos

Objetivo del compromiso Comunicar e informar a los vecinos del sector sobre las actividades a desarrollar durante la fase de construcción del proyecto, además de canalizar las consultas o reclamos.

Alcance del compromiso

Población del Área de Influencia.

Descripción detallada del

Compromiso voluntario

El titular se compromete a establecer un plan de comunicación con las comunidades aledañas al lugar de emplazamiento del Proyecto. Para ello, se instalará un cartel informativo al ingreso de la obra durante toda la fase de construcción del Proyecto con el nombre del Proyecto, el nombre del encargado de la obra, los días de la semana y horarios en los cuales se trabajará, y email de contacto para recoger reclamos o sugerencias de los vecinos. Además, se hará entrega de cartillas o folletos, con información relevante del Proyecto.

Fase en que aplica el Compromiso

Fase de Construcción.

Fecha o Hito de inicio de la implementación del compromiso.

Instalación de Faenas.

Duración del compromiso

Durante toda la fase construcción.

Lugar de implementación.

Accesos a la obra del Proyecto.

Programa de acción implementación

y/o

Por medio de letrero informativo al ingreso de la obra durante toda la fase de construcción del Proyecto, con información semanal de las actividades.

Indicador de cumplimiento.

Registro en obra de fotografías de cartel informativo.

Registro en obra de las cartillas informativas efectivamente recibidas por los vecinos.

Registro en obra de fotografías o en papel de inquietudes y/o reclamos de las comunidades aledañas.

Registro en obra de fotografías o en papel de respuestas a consultas emitidas.

Descripción de acción de difusión | No Aplica. Frecuencia de aplicación del | Mensual. compromiso.

Parámetros descriptivos del | No Aplica. compromiso.

Medición del compromiso.

Registro fotográfico mensual en obra de pizarra informativa. Registro en obra de quejas de las comunidades aledañas. Registro mensual en obra de respuestas emitidas a consultas.

Resultados esperados.

Formar un canal de comunicación fluido con la comunidad aledaña a las obras del Proyecto.

Período en que se informará el

estado del cumplimiento. Organismo al que se reportará (además de SMA).

Periodo de Construcción del Proyecto.

9.2. Implementación de bandejas ecológicas

Objetivo del compromiso

Aumentar los índices de valorización del Edificio y comuna de Santiago, ayudando a disminuir la contaminación ambiental.

Alcance del compromiso

Residentes del proyecto.

Descripción detallada del

Compromiso voluntario

Se implementarán 2 bandejas ecológicas en cada piso de ambos edificios, para separación en origen de los residuos valorizables generados por los residentes.

Fase en que aplica el Compromiso

Operación.

Fecha o Hito de inicio de la implementación del compromiso.

Recepción final del edificio por parte de la municipalidad.

Duración del compromiso Indefinido.

Lugar de implementación. Cada piso de cada edificio. Programa de acción y/o | Noaplica. implementación

Indicador de cumplimiento.

Instalación de bandejas ecológicas.

Descripción de acción de difusión | No Aplica. Frecuencia de aplicación del | Indefinido. compromiso. Parámetros descriptivos del | No aplica. compromiso.

Medición del compromiso.

En una oportunidad, durante la operación del proyecto, previo a la fase de habitabilidad del mismo.

Resultados esperados.

Aportar a la cultura del Reciclaje.

Período en que se informará el

Previo a solicitud de recepción final municipal. DOM de la 1. M. de

estado del cumplimiento. | Santiago. Organismo al que se reportará (además de SMA).

9.3. Implementación de puntos de carga eléctrica en estacionamientos

Objetivo del compromiso

Sumarse a la Estrategia de promoción de la electromovilidad en la Región Metropolitana.

Alcance del compromiso

Residentes y/o visitantes del proyecto (edificios).

Descripción detallada Compromiso voluntario

del

Se implementarán puntos de carga eléctrica en los estacionamientos del Edificio, los cuales serán exclusivos para uso de los propietarios.

Fase en que aplica el Compromiso

Operación.

Fecha o Hito de inicio de la implementación del compromiso.

Recepción final del edificio por parte de la municipalidad.

Duración del compromiso Indefinida.

Lugar de implementación. En los estacionamientos del Edificio. Programa de acción y/o | No aplica.

implementación

Indicador de cumplimiento. Implementación de los puntos de carga. Descripción de acción de difusión | No Aplica.

Frecuencia de aplicación del | Indefinida.

compromiso.

Parámetros descriptivos del | No aplica.

compromiso.

Medición del compromiso.

La implementación de los puntos de carga se realizará sólo una vez durante la fase de construcción del Proyecto, después de la aprobación de la DOM y previo a la recepción final del proyecto.

Resultados esperados.

Promocionar la electromovilidad.

Período en que se informará el estado del cumplimiento. Organismo al que se reportará (además de SMA).

Previo a solicitud de recepción final municipal. DOM de la 1. M. de Santiago.

9.4. Recomendar a la administración Santiago

del edificio sumarse al Programa de Reciclaje de la Municipalidad de

Objetivo del compromiso

Sumarse al Programa de Reciclaje de la Municipalidad de Santiago, ayudando de esta forma a aumentar los índices de valorización de la comuna y disminuir la contaminación ambiental global.

Alcance del compromiso

Residentes del proyecto.

Descripción detallada del

Compromiso voluntario

Se implementarán bandejas ecológicas, dos por piso para separación en origen de los residuos valorizables generados por los residentes y se recomendará a la administración del Edificio sumarse al Programa de Reciclaje de la Municipalidad de Santiago, ayudando a disminuir de esta forma la contaminación ambiental de la comuna y país.

Fase en que aplica el Compromiso

Operación.

Fecha o Hito de inicio de la implementación del compromiso.

Recepción final del edificio por parte de la municipalidad.

Duración del compromiso Una vez.

Lugar de implementación. Ambos edificios del proyecto. Programa de acción y/o | Noaplica.

implementación

Indicador de cumplimiento.

Registro del acuerdo entre la administración de los edificios y la Municipalidad de Santiago.

Descripción de acción de difusión | No Aplica. Frecuencia de aplicación del | Una vez. compromiso.

Parámetros descriptivos del | No aplica. compromiso.

Medición del compromiso.

Registro en cada edificio del acuerdo entre la administración de los edificios y la Municipalidad de Santiago.

Resultados esperados.

Aportar a aumentar los índices de valorización de la comuna y disminuir la contaminación ambiental global.

Período en que se informará el estado del cumplimiento. Organismo al que se reportará (además de SMA).

Previo a solicitud de recepción final municipal. DOM de la I.M. de Santiago.

9.5. Instalación de especies arbóreas

Objetivo del compromiso

Mejorar el entorno inmediato del proyecto a través del establecimiento de árboles, ayudando de esta forma a embellecer la comuna de Santiago y ayudar a disminuir la contaminación atmosférica

Alcance del compromiso

Personas que circulan en el entorno inmediato del proyecto.

Descripción detallada del

Compromiso voluntario

Instalación y/o reposición de especies arbóreas (cantidad y tipo por definir en conjunto con la Municipalidad de Santiago) que pueda faltar en el perímetro inmediato del Proyecto.

Fase en que aplica el Compromiso

Operación.

Fecha o Hito de inicio de la implementación del compromiso.

Recepción final de edificio por parte de la municipalidad.

Duración del compromiso Indefinido.

Lugar de implementación. Entorno inmediato del proyecto. Programa de acción y/o | No aplica.

implementación

Indicador de cumplimiento.

Aprobación del Proyecto de Tratamiento de Espacios Públicos. Instalación de especies arbóreas y registro fotográfico del cumplimiento de este compromiso.

Descripción de acción de difusión

No Aplica.

Frecuencia de aplicación del compromiso.

Una vez.

Parámetros descriptivos del | No aplica. compromiso. Medición del compromiso. No aplica.

Resultados esperados.

Aportar a embellecer la comuna de Santiago y ayudar a disminuir la contaminación atmosférica

Período en que se informará el estado del cumplimiento. Organismo al que se reportará (además de SMA).

Previo a solicitud de recepción final municipal. DOM de la 1.M. de Santiago.

9.6. Implementar sistemas de ahorro energético e hídrico

Objetivo del compromiso

Disminuir el consumo hídrico y energético del Edificio, aumentando de esta la forma la vida útil del sistema eléctrico y reducir las mantenciones.

Alcance del compromiso

Residentes del Proyecto.

Descripción detallada del

Compromiso voluntario

Se instalará luminaria LED y sensores de movimiento en áreas comunes al interior de las Torres. Además, de la instalación de artefactos que permitan reducir el consumo hídrico por departamento y en espacios comunes, como WC ecológicos y grifería con aireadores de agua.

Fase en que aplica el Compromiso

Operación.

Fecha o Hito de inicio de la implementación del compromiso.

Recepción final de edificio por parte de la municipalidad.

Duración del compromiso

Indefinido.

Lugar de implementación.

En áreas comunes al interior de las Torres y en cada uno de los departamentos.

Programa de acción

implementación

y/o

No aplica.

Indicador de cumplimiento.

Aprobación por parte de la DOM, del Proyecto eléctrico.

Descripción de acción de difusión No Aplica. Frecuencia de aplicación del | Una vez. compromiso.

Parámetros descriptivos del | No aplica. compromiso.

Medición del compromiso. No aplica.

Resultados esperados.

Aportar a reducir el consumo hídrico y energético del Edificio.

Período en que se informará el estado del cumplimiento. Organismo al que se reportará (además de SMA).

Previo a solicitud de recepción final municipal. DOM de la 1.M. de Santiago.

9.7. Mejoras del pavimento del entorno inmediato del Proyecto

Objetivo del compromiso

Mejorar los pavimentos del entorno inmediato del Proyecto, evitando de esta forma la generación de atochamiento vehicular y accidentes de tránsito y/o peatonales.

Alcance del compromiso

Personas que circulan en el entorno inmediato del proyecto.

Descripción detallada del

Compromiso voluntario

Realizar mejoras en los pavimentos del entorno inmediato del Proyecto durante la fase de construcción de este. Estas mejoras estarán relacionadas al TEP, el cual se encuentra en ejecución para su posterior aprobación por la DOM, y a las medidas de mitigación del Análisis Vial Básico, el cual se encuentra en ejecución para su posterior ingreso y aprobación por la Secretaría Regional Ministerial de Transporte y Telecomunicaciones de la Región Metropolitana

Fase en que aplica el Compromiso

Operación.

Fecha o Hito de inicio de la implementación del compromiso.

Recepción final de edificio por parte de la municipalidad.

Duración del compromiso

Indefinido.

Lugar de implementación.

Entorno inmediato a la zona de emplazamiento del Proyecto.

Programa de acción implementación

y/o

No aplica.

Indicador de cumplimiento.

Aprobación, por parte de la DOM, del Proyecto de Tratamiento de Espacios Públicos. Registro fotográfico de las mejoras implementadas.

Descripción de acción de difusión

No Aplica.

Frecuencia de aplicación del compromiso.

Una vez.

Parámetros descriptivos del | No aplica. compromiso. Medición del compromiso. No aplica.

Resultados esperados.

Evitar la generación de atochamiento vehicular y accidentes de tránsito y/o peatonales, causados por un mal estado de los pavimentos.

Período en que se informará el estado del cumplimiento. Organismo al que se reportará (además de SMA).

Previo a solicitud de recepción final municipal. DOM de la 1.M. de Santiago.

  1. Que, las medidas relevantes del Plan de Prevención de Contingencias y del Plan de Emergencias, son las

siguientes:

10.1. PLAN DE PREVENCIÓN DE CONTINGENCIAS

10.1.1. Derrame de sustancias o residuos peligrosos

Fase del Proyecto a la que aplica

Construcción.

Parte, obra o acción asociada

Dentro del predio del Proyecto. Corresponde a las actividades a desarrollar durante la construcción del Proyecto (tabla 4.3 de RCA).

Acciones o medidas a implementar

o Se capacitará al personal que manipule y almacene este tipo de sustancias, en las instalaciones de faenas.

o Se dispondrá de un área especial de almacenamiento para estos materiales al interior de la instalación de faenas, la cual estará debidamente señalizada y acondicionada según lo dispuesto por las autoridades competentes.

e Los tambores de aceite se dispondrán sobre pallets de madera u otros dispositivos con el objeto de facilitar su transporte y evitar la humedad y corrosión de los mismos, por efecto del contacto directo entre los tambores y el suelo.

e Se dispondrá en esta área de elementos que permitan la contención de derrames de mediana magnitud.

e Losrecintos de acopio de estas sustancias contarán con las Hojas de Seguridad respectivas, que contendrán entre otros datos, las características de las sustancias, sus riesgos y los procedimientos de emergencia que deberán activarse en caso de declaración del riesgo.

e Los aceites de cambio y otros desechos aceitosos se almacenarán en lugares adecuados y en tambores vacíos y cerrados, para su posterior disposición en lugares autorizados o devolución a los proveedores

Forma de control y seguimiento

e Registro de capacitaciones y charlas informativas. o Registro en faena del correcto almacenamiento de sustancias o

residuos peligrosos.

e Registro de eventos de derrame residuos peligrosos al interior de la obra.

o Registro de “Informes Preliminares de Emergencia y/o

Contingencias” presentados a la Superintendencia de Medio Ambiente y SEREMI del Medio Ambiente.

Referencia al ICE o documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada

Acápite 7.1.1 del ICE.

10.1.2. Incendio

Fase del Proyecto a la que aplica

Construcción y Operación.

Parte, obra o acción asociada

Dentro del predio del Proyecto, y corresponde a las actividades a desarrollar durante la construcción y operación del Proyecto (tabla 4.3 y 4.4 de RCA).

Acciones o medidas a implementar

Fase de Construcción: Los contratistas dispondrán en las áreas de trabajo e instalaciones de faenas los elementos básicos requeridos para combatir cualquier amago de fuego o incendio, según lo establecido por la normativa vigente en esta materia (extintores, mangueras, tambores con arena, entre otros).

Se debe tener libre acceso a la calle y a las tomas para incendio durante todo el tiempo que dure la construcción.

Se deben colocar carteles claramente visibles con la ubicación del extintor de incendios más cercana. Además, se debe colocar el número de Teléfono de los Bomberos cerca de todos los aparatos de teléfono (132).

Se deben tomar en cuenta y proteger adecuadamente la madera, los combustibles, la ropa, etc. que no se necesita tener en el lugar de trabajo. En las instalaciones de faenas se construirán recintos especialmente habilitados para el almacenamiento de sustancias o residuos inflamables. Los materiales inflamables se mantendrán en forma ordenada y clasificada al interior del recinto. En todos estos sitios se deben colocar carteles con la “prohibición de fumar” claramente visibles y se debe cuidar que se obedezcan siempre.

El contratista constituirá una brigada adiestrada, la que mantendrá

operativa durante toda la construcción.

Realizar una adecuada inspección por parte del ITO, poniendo énfasis en:

e El equipo y la instalación eléctrica.

e La provisión de líquidos y materiales inflamables.

e Las zonas cercanas a donde se realizan las labores de soldaduras, especialmente si ésta se realiza en lo alto.

e Debajo y cerca de techos calientes.

e Todos los lugares expuestos a las chispas o al calor.

e Los compresores, los generadores de motor y otros equipos de combustión interno.

e Realizar capacitaciones a trabajadores en el uso de extintores.

Fase de Operación:

e Los extintores de incendios deben estar claramente visibles. Además, se debe colocar el número de Teléfono de los Bomberos cerca de todos los aparatos de teléfono (132).

e Se debe tener libre acceso a la calle y a las tomas para incendio durante todo el tiempo.

e Dirigirse a zonas seguras.

Forma de control y seguimiento

o Registro de maquinarias y equipos de trabajo.

e Registro y revisión periódica de los equipos de extinción portátil operativos.

e Registro de capacitaciones respecto al correcto uso y empleo de equipos de extinción portátil.

e Todos los registros deben estar en la Instalación de Faena.

Referencia al ICE o documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada

Acápite 7.1.2 del ICE.

10.1.3. Sismos

Fase del Proyecto a la que aplica

Construcción y Operación.

Parte, obra o acción asociada

Dentro del predio del Proyecto, y corresponde a las actividades a desarrollar durante la construcción del Proyecto (tabla 4.3 y 4.4 de RCA).

Acciones o medidas a implementar

Este tipo de situaciones no se pueden prevenir, sin embargo, considerando

que Chile es un país sísmico, es importante considerar lo siguiente:

Fase de Construcción:

  • Mantener limpias y ordenadas las áreas de trabajo.

o Mantener limpias y ordenadas las vías de circulación.

o Mantener despejadas las salidas de emergencia para facilitar posibles evacuaciones.

e Habilitar zonas seguras.

Fase de Operación:

  • Mantener limpias y ordenadas las vías de circulación.

  • Mantener despejadas las salidas de emergencia para facilitar posibles evacuaciones.

e Habilitar zonas seguras.

Forma de control y seguimiento

Registro en Instalación de Faenas e inspección visual.

Referencia al ICE o documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada

Acápite 7.1.3 del ICE.

10.1.4. Accidentes que afecten recurso hídrico

Fase del Proyecto a la que aplica

Construcción.

Parte, obra o acción asociada

Dentro del predio del Proyecto. Corresponde a las actividades a desarrollar durante la construcción del Proyecto (tabla 4.3 de RCA).

Acciones o medidas a implementar

Capacitación a trabajadores y contratistas dando a conocer los procedimientos a seguir en caso de afloramiento de napa.

Forma de control y seguimiento

Registro de aviso a la Superintendencia del Medio Ambiente.

expediente de evaluación que

Referencia al ICE o documentos del

contenga la descripción detallada

Plan de Contingencias y Emergencias, en Anexo N* 6 de la Adenda.

0.2. PLAN DE EMERGENCIAS

10.2.1. Derrame de residuos peligrosos

Fase del Proyecto a la que aplica

Construcción.

Parte, obra o acción asociada

Dentro del predio del Proyecto. Corresponde a las actividades a desarrollar durante la construcción del Proyecto (tabla 4.3 de RCA).

Acciones a implementar

Cualquier persona ubicada en la obra podrá identificar la ocurrencia de un

derrame, por lo que, en el minuto de detectar el evento, dará aviso

inmediatamente al encargado para que este se equipe con los Elementos de Protección Personal (EPP) y herramientas necesarias para la contingencia inmediata.

Las acciones de control a realizar serán las siguientes:

e Se procederá a llamar al número de emergencia consignado en el vehículo de transporte, llamar a Bomberos y Carabineros más cercanos al lugar del accidente.

e Como acción inmediata de precaución, aislé el área del derrame o escape como mínimo cincuenta metros en todas las direcciones.

e En caso de derrames de líquidos, trate de contener el avance de este mediante la confección de diques de tierra en círculos concéntricos, evite la utilización de maquinarias que puedan provocar chispas hasta definir la naturaleza de la sustancia derramada.

e Mediante la Brigada de Emergencia trate de taponear o sellar los puntos de fuga de sustancias a través del uso de piezas de madera.

e Mantener alejado al personal no autorizado.

Si se trata de un evento que por su envergadura puede afectar a terceros

producto de la emergencia, se dará aviso inmediato a la Autoridad

Sanitaria y a las municipalidades involucradas, sobre la localización y

magnitud del evento, para dar cumplimiento a esto, la Brigada de

Emergencias, el ITO y el Titular contarán con un listado de teléfonos con

todos los servicios, municipalidades, bomberos y carabineros de cada

localidad involucrada en el Proyecto. Para realizar este procedimiento, el personal a cargo contará la capacitación adecuada en relación a los productos almacenados en la obra.

En caso de que el derrame u otro accidente afecte recursos hídricos

superficiales y/o subterráneos, se informará antes de 24 horas, a la SMA,

indicando lo siguiente:

a) Descripción del accidente, indicando lugar, identificación de la

sustancia, área de influencia, duración y magnitud del evento y principales

impactos ambientales.

b) Detalles de cada acción y medida de mitigación utilizadas durante el

evento de contaminación.

c) Evaluación de los efectos sobre los recursos hídricos superficiales y/o

subterráneos afectados y su medio ambiente asociado y resultados de los

monitoreos inmediatos en el área de influencia.

d) En caso de ser necesario, un Programa de Medidas de

Descontaminación de la zona, metodología, y evaluación de la efectividad

de las medidas, para ser aprobado por la Autoridad (sólo en caso de

accidentes).

Una vez finalizado el evento, en un plazo no superior a 48 horas, se

procederá a elaborar un “Informe Preliminar de Emergencia y/o

Contingencias”, que será presentado a la Superintendencia de Medio

Ambiente y SEREMI del Medio Ambiente. El informe deberá incluir los

siguientes puntos:

e Antecedentes relativos al evento o accidente (tipo y causa, fecha, hora, sustancia, residuo, emisiones al aire, duración del evento, acciones de control ejecutadas, personas afectadas, etc.).

e Laidentificación del área afectada y su extensión (ya sea en el suelo, subsuelo, curso de agua, o en el aire).

e La identificación y explicación de la(s) posible(s) técnica(s) y/o acción(es) que se implementaron para limpiar el o los recursos naturales que hayan sido afectados (suelo, agua, ecosistemas y especies).

e Unprotocolo aplicable al manejo proyectado de los residuos sólidos (peligrosos y no peligrosos) generados en el marco de una contingencia como posibles derrames de sustancias peligrosas u otra, el cual deberá considerar las directrices normativas aplicables a esta materia.

Oportunidad y vías de comunicación a la SMA de la activación del Plan

Ante una eventual emergencia producto de derrame de sustancias o residuos peligrosos, en un plazo no superior a 48 horas de ocurrido el evento, el encargado de obra del proyecto presentará a la Autoridad Ambiental (Superintendencia del Medio Ambiente, SEREMI del Medio Ambiente, Dirección de Emergencias y Dirección de Protección Ciudadana de la I. Municipalidad de Santiago) y a los organismos con competencia en la materia, una ficha que informe de la emergencia ocurrida, la cual tiene el formato del capítulo 10 del Plan de Prevención de Contingencias y Emergencias de la Adenda

Referencia al ICE o documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada

Acápite 7.1.1 del ICE.

10.2.2. Incendio

Fase del Proyecto a la que aplica

Construcción y Operación.

Parte, obra o acción asociada

Dentro del predio del Proyecto, y corresponde a las actividades a desarrollar durante la construcción del Proyecto (tabla 4.3 y 4.4 de RCA).

Acciones a implementar

Fase de Construcción:

o Seactivará la alarma de incendio.

o Se dará aviso de inmediato al jefe de terreno quien informará a los encargados de prevención de riesgos y a la brigada de emergencia.

e Se activará el procedimiento contra incendios, que incluye la presencia de la Brigada de Emergencia, quienes estarán capacitados en el uso de extintores y tratarán de extinguir el fuego, sólo si el siniestro es controlable.

e Si no es posible controlar la situación se dará aviso inmediato a Bomberos (131) y se evacuará a los trabajadores hacia las zonas de seguridad.

e Se inspeccionará el área verificando la presencia de heridos. Si este fuera el caso se trasladará de inmediato hasta un centro asistencial. Se deberá investigar las causas del siniestro.

Sólo podrán reactivarse las actividades una vez que el siniestro este controlado.

Fase de Operación:

e Seactivará la alarma de incendio.

e Sino es posible controlar la situación se dará aviso inmediato a Bomberos (131).

e Se inspeccionará el área verificando la presencia de heridos. Si este fuera el caso se trasladará de inmediato hasta un centro asistencial.

e Se deberá investigar las causas del siniestro.

e Sólo podrán reactivarse la habitabilidad una vez que el siniestro este controlado.

Oportunidad y vías de comunicación a la SMA de la activación del Plan

Se notificará en un plazo no superior a 48 horas de ocurrido el evento, a la autoridad ambiental (Superintendencia de Medio Ambiente y SEREMI del Medio Ambiente) y a los organismos con competencia en la materia, en caso de que ocurra una Emergencia y/o Contingencia que afecte algún componente ambiental. Se remitirá un “Informe Preliminar de Emergencia y/o contingencias” en un plazo no superior a 48 horas de ocurrido el evento

Referencia al ICE o documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada

Acápite 7.1.2 del ICE.

10.2.3. Sismos

Fase del Proyecto a la que aplica

Construcción y Operación.

Parte, obra o acción asociada

Dentro del predio del Proyecto, y corresponde a las actividades a desarrollar durante la construcción del Proyecto (tabla 4.3 y 4.4 de RCA).

Acciones a implementar

Fase de Construcción

Responsabilidad del Jefe de Emergencia:

  • Debe coordinar la ejecución de los procedimientos establecidos, mantener la calma y transmitirla para no generar histeria colectiva.

  • Coordinar, en conjunto con la Brigada de Control de Incendio el corte del suministro eléctrico, agua y gas. Y verificar que en la obra a producto del sismo no se produjera indicio de fuego.

  • Coordinar, en conjunto con la brigada correspondiente, la evacuación en forma segura de los trabajadores a las zonas de seguridad identificadas o sectores donde se encuentren libres de objetos que puedan caer desde altura.

e Verificar, en conjunto con la Brigada de Primeros Auxilios, que no existan lesionados por la emergencia ocurrida, si hay personas lesionadas brindarle las atenciones de primeros auxilio, evaluar su estado de salud y derivar a servicio de urgencia si fuese necesario.

Responsabilidad de los trabajadores:

e Abandonar inmediatamente lo que se esté haciendo.

e Retirarse de las zonas que involucren riesgos.

e Dirigirse a la zona de seguridad.

Fase de Operación

e Abandonar inmediatamente lo que se esté haciendo.

e Retirarse de las zonas que involucren riesgos.

e Dirigirse a la zona de seguridad.

Oportunidad y vías de comunicación a la SMA de la activación del Plan

En el caso de que se active este plan de emergencia, se procederá a comunicar a la SMA por medio de su página web en el apartado de Seguimiento Ambiental RCA.

Referencia al ICE o documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada

Acápite 7.1.3 del ICE.

10.2.4. Accidentes que afecten recursos hídricos

Fase del Proyecto a la que aplica

Construcción.

Parte, obra o acción asociada

Dentro del predio del Proyecto. Corresponde a las actividades a desarrollar durante la construcción del Proyecto (tabla 4.3 de RCA).

Acciones a implementar

En caso de afloramiento de aguas, se deberá dar aviso inmediato a la

Superintendencia del Medio Ambiente, en un plazo menor a 24 h, acerca

de la ocurrencia de afloramiento de agua, señalando las medidas que ha

aplicado hasta ese momento. A continuación, y de manera preliminar, se deberá proceder considerando las siguientes actividades:

i Verificar la calidad del agua mediante toma de muestras a través de laboratorio acreditado, que asegure que la calidad de las aguas a ser gestionadas (dispuestas) es de similar calidad natural a la de las aguas de la fuente donde corresponda su disposición final.

ii. Efectuar pruebas hidráulicas para determinar los volúmenes y caudales de agua comprometidos, a fin de que esto además le permita al Titular diseñar las medidas para el control de la estabilidad de los taludes en el sector del afloramiento.

iii. Enviar de inmediato los resultados de los análisis químicos y pruebas hidráulicas a la SMA, en un Informe que detalle los hechos. A su vez se solicita al Titular que acompañe imágenes fotográficas (con fecha) describa los procedimientos seguidos y el análisis y discusión de los resultados respecto de la calidad (parámetros de la NCh 409), volúmenes y caudales, así como las respectivas conclusiones y recomendaciones para la gestión de dichas aguas (disposición final).

iv. Una vez comprobada la naturaleza de la situación acaecida, mediante los ensayos y mediciones solicitados, se analizará la medida de gestión definitiva en conjunto con la Autoridad.

v. El Titular deberá informar el resultado de las acciones implementadas, comunicando la fecha cierta en que se pudo controlar el afloramiento, en un plazo menor a 24 h.

vi. Si el afloramiento de aguas responde a un escenario permanente, el Titular deberá incurrir en los estudios suficientes y necesarios que permitan determinar la posibilidad de alcanzar una solución definitiva, o bien determinar si responde a un cambio sustantivo de las variables evaluadas, sobre las cuales fueron establecidas las condiciones o medidas ambientales.

En caso de que el derrame u otro accidente afecte recursos hídricos, el

Titular debe informar inmediatamente a la Superintendencia del Medio

Ambiente, antes de 24 h, señalando lo siguiente:

e Descripción del accidente, indicando lugar, identificación de la sustancia, área de influencia, duración y magnitud del evento y principales impactos ambientales.

e Detalles de cada acción y medida de mitigación utilizadas durante el evento de contaminación.

e Evaluación de los efectos sobre los recursos hídricos superficiales y/o subterráneos afectados y su medio ambiente asociado y resultados de los monitoreos inmediatos en el área de influencia.

e En caso de ser necesario, un Programa de Medidas de Descontaminación de la zona, metodología, y evaluación de la efectividad de las medidas, para ser aprobado por la Autoridad. (solo en caso de accidentes).

Oportunidad y vías de comunicación a la SMA de la activación del Plan

Se informará de lo ocurrido a la Superintendencia del Medio Ambiente (SMA) una vez controlada la emergencia dentro de 24 horas incluyendo el Control implementado para disminuir el afloramiento y se remitirá el informe preliminar dentro de 48 horas ocurrido el evento, la cual tiene el formato del capítulo 10 del Plan de Prevención de Contingencias y

Emergencias de la Adenda

Referencia al ICE o documentos Acápite 7.1.4 del ICE. del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada

  1. Que, durante el proceso de evaluación, no hubo solicitud de participación ciudadana, conforme a lo dispuesto en el artículo 30 bis de la Ley N? 19.300, por lo que no se realizaron observaciones por parte de la comunidad respecto del Proyecto.

  2. Que el Titular deberá remitir a la Superintendencia del Medio Ambiente la información respecto de las condiciones, compromisos o medidas, ya sea por medio de monitoreos, mediciones, reportes, análisis, informes de emisiones, estudios, auditorías, cumplimiento de metas o plazos, y en general cualquier otra información destinada al seguimiento ambiental del Proyecto, según las obligaciones establecidas en la presente Resolución de Calificación Ambiental y las Resoluciones Exentas que al respecto dicte la Superintendencia del Medio Ambiente. De igual forma, y a objeto de conformar el Sistema Nacional de Información de Fiscalización Ambiental (SNIFA), el Registro Público de Resoluciones de Calificación Ambiental y registrar los domicilios de los sujetos sometidos a su fiscalización en conformidad con la ley, el Titular deberá remitir en tiempo y forma toda aquella información que sea requerida por la Superintendencia del Medio Ambiente a través de las Resoluciones Exentas que al respecto ésta dicte.

  3. Que el Titular deberá informar a la Superintendencia del Medio Ambiente la realización de la gestión, acto o faena mínima que da cuenta del inicio de la ejecución de obras, a que se refiere el Considerando 4.1 de la presente Resolución.

  4. Que, con el objeto de dar adecuado seguimiento a la ejecución del Proyecto, el Titular deberá informar a la Superintendencia del Medio Ambiente, al menos con una semana de anticipación, el inicio de cada una de las fases del Proyecto, de acuerdo a lo indicado en la descripción de este.

  5. Que, para que el “Proyecto Inmobiliario Conjunto Toesca-Gay” pueda ejecutarse, deberá cumplir con todas las normas vigentes que le sean aplicables.

  6. Que el Titular deberá informar inmediatamente a la Secretaría de la Comisión de Evaluación de la Región Metropolitana de Santiago y a la Superintendencia del Medio Ambiente, la ocurrencia de impactos ambientales no previstos en la DIA, asumiendo inmediatamente las acciones necesarias para abordarlos.

  7. Que el Titular del Proyecto deberá comunicar inmediatamente y por escrito a la Dirección Regional del SEA Servicio de Evaluación Ambiental Región Metropolitana de Santiago la ocurrencia de cambios de titularidad, representante legal, domicilio y correo electrónico, de acuerdo a lo establecido en el inciso tercero del artículo 162 y artículo 163, ambos del Reglamento del SEIA.

  8. Que se hace presente al Titular que cualquier modificación al Proyecto que constituya un cambio de

consideración, en los términos definidos en el artículo 2* letra g) del Reglamento del SELA, deberá someterse al SEIA.

  1. Que todas las medidas, condiciones, exigencias y disposiciones establecidas en la presente Resolución son de responsabilidad del Titular, sean implementadas por éste directamente o a través de un tercero.

RESUELVO:

  1. Calificar favorablemente la Declaración de Impacto Ambiental del “Proyecto Inmobiliario Conjunto Toesca-Gay” de Inmobiliaria Toesca SpA.

2*. Certificar que el “Proyecto Inmobiliario Conjunto Toesca-Gay” cumple con la normativa de carácter ambiental aplicable.

3". Certificar que el “Proyecto Inmobiliario Conjunto Toesca-Gay” cumple con los requisitos de carácter ambiental contenidos en los permisos ambientales sectoriales que se señalan en los artículos 140 y 142 del D.S. N* 40/2012 del Ministerio del Medio Ambiente, Reglamento del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental.

4?, Certificar que el “Proyecto Inmobiliario Conjunto Toesca-Gay” no genera los efectos, características o circunstancias del artículo 11 de la Ley N* 19.300, que dan origen a la necesidad de elaborar un Estudio de Impacto Ambiental.

5”. Definir como gestión, acto o faena mínima del Proyecto, para dar cuenta del inicio de su ejecución de modo sistemático y permanente, a los mencionados en el considerando 4.1 del presente acto.

6”. Hacer presente que contra esta cedente el recurso de reclamación de acuerdo a lo dispuesto en el artículo 20 de la Ley N* 19.300, ante el Director Ejecutivo del Servicio de Evaluación Ambiental. El plazo para interponer este recurso es de treinta días contados desde la notificación del presente acto.

Notifíquese yArchívese

Felipe Guevara Stephens Intendente Presidente isión de cams

Región Metropolitana de Santiago