Edificio Quillayes La Florida
REPÚBLICA DE CHILE COMISIÓN DE EVALUACIÓN Región Metropolitana de Santiago
Califica Ambientalmente el Proyecto “Edificio Quillayes La Florida” Resolución Exenta N* 563/2019 Santiago
VISTOS:
1”. La Declaración de Impacto Ambiental (DIA), admitida a trámite con fecha 22 de marzo de 2019, su Adenda de 18 de junio de 2019 y su Adenda Complementaria de 14 de agosto de 2019, del Proyecto “Edificio Quillayes La Florida”, presentada por Inmobiliaria Los Morros S.A.
2*. Los pronunciamientos y observaciones de los órganos de la administración del Estado que, sobre la base de sus facultades legales y atribuciones, participaron en la evaluación de la DIA, y que se detallan en el Capítulo TI del Informe Consolidado de Evaluación (ICE) de la DIA del Proyecto “Edificio Quillayes La Florida”.
3”. El Acta de Evaluación N? 7/2019 de fecha 2 de abril de 2019 y el Acta de Evaluación N? 5/2019 de fecha 3 de septiembre de 2019, ambas del Comité Técnico de la Región Metropolitana.
4”. EL ICE de la DIA del Proyecto “Edificio Quillayes La Florida” de 10 de septiembre de 2019. 5?. El acuerdo de la Comisión de Evaluación de la Región Metropolitana de fecha 23 de septiembre de 2019.
6”. Los demás antecedentes que constan en el expediente de evaluación de impacto ambiental de la DIA del Proyecto “Edificio Quillayes La Florida”.
7”. Lo dispuesto en la Ley N 19.300, Sobre Bases Generales del Medio Ambiente; el D.S. N 40, de 2012, del Ministerio del Medio Ambiente, Reglamento del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental (Reglamento del SEIA); la Ley N? 19.880, que Establece Bases de los Procedimientos Administrativos que Rigen los Actos de los Órganos de la Administración del Estado; la Ley N” 18.575, Ley Orgánica Constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado; en el Decreto N 2.008 de fecal 02 de octubre de 2019 del Ministerio del Interior y Seguridad Pública; en la Res. N? TRA 119046/163/2018 de fecha 25 de octubre de 2018, de la Dirección Ejecutiva del Servicio de Evaluación Ambiental; y en la Resolución N*7 de 26 de marzo 2019, de la Contraloría General de la República, que Fija Normas sobre Exención del Trámite de Toma de Razón.
CONSIDERANDO:
- Que, Inmobiliaria Los Morros S.A. (en adelante, el Titular), ha sometido al Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental (SEIA) la DIA del Proyecto “Edificio Quillayes La Florida” (en adelante, el Proyecto). Los antecedentes del Titular son los siguientes:
Nombre o razón social Inmobiliaria Los Morros S.A.
Rut 76.160.461-9
Domicilio Los Militares N* 6191, Piso 11, Las Condes. Teléfono +56 22 571 75 00
Nombre representante legal 1 Juan Andrés Lavoz Medina
Rut representante legal 1 13.465.871-1
Nombre representante legal 2 Matías Alberto Obrecht Gómez
Rut representante legal 2 10.204.202-6
Domicilio representantes legales Teléfono representantes legales Correo electrónico Titular o representante legal
Los Militares N* 6191, Piso 11, Las Condes. +56 22 571 75 00 jlavozmQ gmail.com
2*. Que, conforme se indica en el ICE de fecha 10 de septiembre de 2019, la Directora del Servicio de Evaluación Ambiental Región Metropolitana de Santiago ha recomendado aprobar el Proyecto, por cuanto cumple con la normativa de carácter ambiental aplicable; cumple con los requisitos de otorgamiento de carácter ambiental contenidos en los permisos ambientales sectoriales aplicables; no genera ni presenta los efectos, características o circunstancias del artículo 11 de la Ley N” 19.300 que dan origen a la necesidad de evaluar un Estudio de Impacto Ambiental; y el titular ha subsanado los errores, omisiones e inexactitudes planteados en el o los Informes Consolidados de Aclaraciones, Rectificaciones y Ampliaciones.
3”. Que, en sesión de fecha 24 de septiembre de 2019, la Comisión de Evaluación de la Región Metropolitana de Santiago acordó calificar favorablemente el Proyecto “Edificio San Diego”, aprobando íntegramente el contenido del ICE de 10 de septiembre de 2019, el que forma parte integrante de la presente Resolución. Por lo tanto, conforme a lo indicado en el artículo 60 inciso segundo del Reglamento del SEIA, se excluyen de la presente Resolución las consideraciones técnicas en que se fundamenta.
47, Que, según lo señalado en la DIA y sus anexos, en su Adenda y en su Adenda Complementaria, los cuales forman parte integrante de la presente Resolución, la descripción del Proyecto es la que a continuación se indica:
4.1. ANTECEDENTES GENERALES
Objetivo general El objetivo del presente Proyecto consiste en la construcción de 6 edificios con destino habitacional, 26 locales comerciales y 1 supermercado a emplazar en la comuna de La Florida.
Tipología principal, así como las aplicables a sus partes, obras o acciones
Tipología principal: De acuerdo al artículo 10 de la Ley 19.300 y al artículo 3 del Reglamento del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental, el Proyecto ingresa al SEIA según lo señalado en la letra:
“h) Proyectos industriales o inmobiliarios que se ejecuten en zonas declaradas latentes o saturadas.
h.1. Se entenderá por Proyectos inmobiliarios aquellos loteos o conjuntos de viviendas que contemplen obras de edificación y/o urbanización, así como los Proyectos destinados a equipamiento, y que presenten alguna de las siguientes características”.
“h.1.3. Que se emplacen en una superficie igual o superior a 7 hectáreas o consulten la construcción de 300 o más viviendas”.
El Proyecto contempla la construcción de 975 viviendas, por lo que cumple con el literal h.1.3 de dicho reglamento.
Tipología Secundaria: No tiene.
Vida útil
Indefinida.
Monto de inversión
USD $ 48.320.000,000
Gestión, acto o faena mínima que da cuenta del inicio de la ejecución
El hito que dará inicio a la ejecución del Proyecto corresponde a la Demolición.
Proyecto se desarrolla por Si No etapas 73 Proyecto modifica un Si No En relación con lo dispuesto en el Artículo 12 del Proyecto o actividad Reglamento del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental, D.S. N” 40/2012 MMA, el Proyecto no es una 4] modificación de algún Proyecto o actividad. Si No
Proyecto modifica otra(s) RCA
4]
4.2. UBICACIÓN DEL PROYECTO.
División político-administrativa
El Proyecto se localiza en la Región Metropolitana, provincia de Santiago, en la comuna de La Florida, específicamente en Av. Vicuña Mackenna N* 10.811.
Descripción de la localización
De acuerdo al Certificado de Informaciones Previas N 2019 de fecha 27 de agosto de 2017, otorgado por la Dirección de Obras de la Ilustre Municipalidad de La Florida, adjunto en el Anexo N 2 de la DIA, el Proyecto se emplaza en zona U-EC1, cuyos usos de suelo permitidos corresponden a residencial, equipamiento, actividades productivas, espacio público, infraestructura y áreas verdes que corresponden a todos los señalados en la Ordenanza Local del Plan Regulador Comunal La Florida, 2015.
Superficie Superficie Unidad Predial: 31.058,39 m? Superficie Construida: 98.354 m? Coordenadas UTM en Datum Tabla 1, Coordenadas del Proyecto. WGS84 Vértice Coordenadas Este (m) Norte (m)
A 352.436 6.285.624 B ESPE 6.285.642 € 352.581 6.285.585 D SD TT. 6.285.617 E 352.789 6.285.546 F 352.455 6.285.501
Fuente: Tabla 2 de la DIA
Caminos de acceso
Las vías de acceso al predio del Proyecto se encuentran consolidadas, por lo tanto, no es necesario realizar obras de vialidad al respecto. Los accesos, tanto para la fase de construcción como de operación, se realizarán por Avenida Vicuña Mackenna, calle Las Violetas y Calles Los Castaños. El diseño geométrico de los accesos considerará las exigencias establecidas en el Manual de Diseño de Vialidad Urbana en cuanto a ancho, radios de giro y distancias mínimas a la intersección más próxima, de manera que permita el acceso y la salida expedita de los vehículos al recinto Por otro lado, a continuación, se presentan las principales rutas de acceso vehicular para la fase de operación:
Tabla 2, Rutas principales del Proyecto en Fase de Operación
Origen/Destino Rutas de entrada Rutas de salida Norte Proyecto-Vic. Mackenna Vic. Mackenna-Proyecto Norte Proyecto — Los Castaños | Manutara — Gral. Arriagada
— Los Clarines — Gral. — Los Clarines — Los
Arriagada — Manutara Castaños — Proyecto Norte Proyecto — Las Violetas | Manutara — Gral. Arriagada
— Gral. Arriagada — — Las Violetas — Proyecto Manutara Oriente Proyecto — Av. Vicuña | Av. San José de la Estrella Mackenna — Av. San — Av. Vicuña Mackenna — José de la Estrella Proyecto
Oriente - Av. San José de la Estrella
— Bacteriológico — San Pedro — Av. Vicuña Mackenna — Proyecto
Poniente Proyecto — Los Castaños | Av. San José de la Estrella — Los Clarines — Gral — Manutara — Gral Arriagada — Manutara— | Arriagada — Los Clarines — Av. San José de la Los Castaños - Proyecto Estrella Poniente Proyecto — Av. Vicuña Av. San José de la Estrella Mackenna — María — Manutara — Gral Elena Arriagada— Las Violetas — Proyecto Poniente - Av. San José de la Estrella — Av. Vicuña Mackenna — Proyecto Sur Proyecto — Av. Vicuña Av. Vicuña Mackenna —
Mackenna Proyecto
Fuente: Elaboración propia en base a Anexo N? 5 de la Adenda. Para mayor detalle revisar Estudio de Medio Humano del Anexo N* 4 de la DIA.
Referencia al expediente de . evaluación de los mapas,
georreferenciación e
información complementaria sobre la localización de sus . partes, obras y acciones
Localización y georreferenciación del Proyecto, Acápite A.3 de la DIA y Tabla 2 de la DIA.
e Planos de Arquitectura y Superficies Anexo N* 1, apartado 1.2 Planos de Arquitectura, de la Adenda.
Layout de instalación de faenas y vías de acceso en formato KMZ, Plano 1.1 en Anexo N? 1. Planos de la Adenda.
e Respuesta a observación 1.1 de Adenda.
4.3. FASE DE CONSTRUCCIÓN
4.3.1. PARTES, OBRAS Y ACCIONES QUE COMPONEN EL PROYECTO
4.3.1.1 PARTES Y OBRAS
Nombre
Descripción
Instalación de faenas.
Incorpora el establecimiento de cierres y elementos temporales, tales como bodegas, oficinas, servicios higiénicos, recinto para obreros, letreros de obras, además de instalaciones provisorias de electricidad, alcantarillado y agua potable. Los servicios sanitarios (baños químicos, duchas, lavatorios) serán implementados a partir del D.S. N? 594/99 MINSAL. Para mayor detalle ver Plano 1.1 en Anexo N? 1. Planos de la Adenda.
Acopio temporal de residuos
Los residuos domésticos e industriales no peligrosos que se generen serán acumulados en una zona especialmente habilitada para este propósito. Éstos serán llevados a lugares de disposición final debidamente autorizados por la Autoridad Sanitaria. Dicho sector contará con un lugar para el almacenamiento temporal de residuos industriales no peligrosos y otro para residuos sólidos domésticos, estando estos debidamente separados por sectores dentro del mismo patio de acopio. Para mayor detalle revisar acápite C.2.1 de la DIA, Plano 1.1 en Anexo N* 1. Planos de la Adenda y respuestas 3.1 y 3.2 de la Adenda.
Bodega de acopio temporal de residuos peligrosos
Se utilizarán contenedores diferenciados para este tipo de residuos, los que estarán debidamente rotulados dentro de la bodega de acopio temporal de residuos, que cumplirá con el D.S. N 148/2003 y D.S. N” 594/99, ambos del MINSAL. Serán retirados por empresa autorizada en el manejo y disposición final de ellos. Para mayor detalle revisar acápite C.2.2 de la DIA, Plano 1.1 en Anexo N 1. Planos de la Adenda y respuestas 3.4 y 3.5 de la Adenda.
Almacenamiento de sustancias peligrosas
Las condiciones de almacenamiento de las sustancias peligrosas serán las correspondientes al tipo, cantidad y tiempo de almacenamiento de éstas, en cumplimiento con el D.S. N 43/2015 del MINSAL. Las hojas de seguridad de estas sustancias se mantendrán visibles en el lugar de almacenamiento. Para mayor detalle, ver respuesta 1.11 de Adenda y hojas de seguridad en Anexo N2 de la Adenda.
4.3.1.2 ACCIONES
Nombre
Descripción
Cierre perimetral
Se realizará el cierre perimetral del terreno, que considerará la instalación de barreras acústicas para cada uno de los frentes de trabajo, su altura, materialidad y longitud fueron propuestas en función de cada una de las actividades a desarrollar durante la construcción del Proyecto. Las especificaciones de dichas barreras son presentadas en detalle en el Estudio de Ruido y Vibraciones del Anexo N? 3. Estudios de Especialidad de la Adenda.
Demolición Considera la demolición de inmuebles, dependencias que se encuentran deshabitadas. Se estima que el período para efectuar esta actividad será de un mes. El volumen de escombros de demolición corresponde a 520 m!.
Escarpe y limpieza | El escarpe deberá ser tal que elimine todo material superficial suelto y/o contaminado,
del terreno producto de la demolición y la capa vegetal y elementos orgánicos que podrían encontrarse. También se considera en este ítem la limpieza, retiro de basura y de residuos de materiales.
Socalzado Se realizará esta actividad de manera de generar un refuerzo estructural de las
fundaciones que considerará el Proyecto, con el objetivo de mejorar o mantener su estabilidad y/o traspasar las cargas a una cota más profunda.
Excavaciones y Obra gruesa
La edificación comenzará con las excavaciones, para continuar con las respectivas fundaciones. De manera posterior, se iniciará el levantamiento de los elementos estructurales de hormigón armado, tales como pilares, vigas y losas, muros y cubiertas. Avanzada la obra gruesa, se continuará con la instalación de tabiquerías, ductos e impermeabilización.
Instalaciones y Terminaciones
Las principales instalaciones consideradas corresponden a: alcantarillado de aguas servidas, agua fría y caliente, artefactos sanitarios, evacuación de aguas lluvias, instalaciones eléctricas, elementos de intercomunicación, cierres exteriores de las viviendas, pavimentos exteriores, entre otros. Por otro lado, las terminaciones son
realizadas en los diferentes niveles tendientes a habilitar los recintos para su uso, destacando actividades de pavimentación de interiores comunes y departamentos, revestimiento de muros, artefactos, pintura, etc.
Flujo de vehículos
A continuación, se detallan las principales rutas a utilizar durante la fase de construcción según los materiales a transportar:
Tabla 3, Rutas principales del Proyecto en Fase de Construcción Actividad Rutas principales Demolición | Material escombros demolición: Av. Vicuña Mackenna/ Av. Vicuña Mackenna Poniente-María Elena-Sta. Raquel-Dr. Sotero del Río-San Gregorio-Av. Américo Vespucio-Vespucio Sur Express/Ruta 70-Salida 28Circunvalación-Los Tilos- Divino Maestro-Av. Salvador Allende-Lo Errazuriz-Cost, Nte. del Ferrocarril. Obra Material hormigón (Acceso por Vicuña Mackenna): Av. Américo Vespucio-Isla gruesa Adelaida-Dr. Sotero del Río-Los Cedros-Av. Vicuña Mackenna/Av. Vicuña Mackenna Poniente. Materia hormigón (Acceso Por Los Castaños): Av. Américo-Av. Cardenal Raúl Silva Henríquez-La Serena-María Elena-Julio Cesar-María Elena-Libertad- Capricornio-Los Castaños. Material escombros obra y tierra (Acceso por Vic. Mackenna): Av. Vicuña Mackenna/ Av. Vicuña Mackenna Poniente-María Elena-Sta. Raquel-Dr. Sotero del Río-San Gregorio-Av. Américo Vespucio-Vespucio Sur Express/Ruta 70Salida 28- Circunvalación-Los Tilos-Divino Maestro-Av. Salvador Allende-Lo Errazuriz-Cost Nte del Ferrocarril. Material escombros obra y tierra (Acceso por Los Castaños): Los Castaños-Los Clarines-Gral Arriagada-Vicuña Mackenna-San José de la Estrella-Sta Raquel-Dr. Sotero del Río-Av. Américo Vespucio-Vespucio Sur Express/Ruta 70Salida 28-Av. Américo Vespucio/Circunvalación-Los Tilos-Divino Maestro-Av. Salvador Allende-Lo Errazuriz-Cost Nte del Ferrocarril. Material Acero (Acceso por Vic. Mackenna): Av. Portales-Gral. Urrutia-Al Norte- Autopista Central/Ruta 5-A Vespucio/Lo Espejo-José Joaquín Prieto Vial-Vespucio Oriente-Av. Américo Vespucio-Vespucio Sur Express/Ruta 70-Gerónimo de Alderete-Sta Raquel-Sta. Julia-Av. Vicuña Mackenna/Av. Vicuña Mackenna Poniente. Material Acero (Acceso por Los Castaños): Av. Portales Ote-Almirante Riveros- Los Suspiros-Baquedano-Camino Padre Hurtado-Camino Mariscal-Av. Sta Rosa- Gabriela-Caletera Acceso Sur-María Elena-Julio CesarLibertad-Capricomio-Los Castaños. Otros materiales (Acceso por Vic. Mackenna): Av. Sta Rosa-Av. El Observatorio- Av. Sta Rosa-Sto Tomás-Av. Cardenal Raúl Silva Henríquez- San José de la Estrella-Av. Uno-Calle Uno-Sta Raquel-San José de la Estrella- Av. Vicuña Mackenna/Av. Vicuña Mackenna Poniente. Otros Materiales (Acceso Por los Castaños): Av. Sta Rosa-Av. El Observatorio- Joaquín Edward Bello-Gral Arriagada-La Serena-María Elena-Julio Cesar-Libertad- Capricornio-Los Castaños. RESPEL (Acceso por Vic. Mackenna): Av. Vicuña Mackenna/Av. Vicuña Mackenna Poniente-María Elena-Sta. Raquel-Dr. Sotero del Río-San Gregorio-Av. Américo Vespucio-Vespucio Sur Express/Ruta 70Salida29-Av. Américo Vespucio- Camino A Lonquen-Sta Marta-Las Industrias. RESPEL (Acceso Por los Castaños): Los Castaños-Los Clarines-Gral Arriagada- Vicuña Mackenna-San José de la Estrella-Sta Raquel-Dr. Sotero del Río-Av. Américo Vespucio-Vespucio Sur Express/Ruta 70Salida 28-Av. Américo Vespucio/Circunvalación-Laguna del Sol-Caletera Camino Melipilla-Leopoldo Infante-Santa Marta-Las Industrias.
Fuente: Elaboración propia en base rutas de Estudio Emisiones Atmosféricas del Anexo N? 3, Estudios de Especialidades de la Adenda.
4.3.2 RECURSOS NATURALES RENOVABLES
No se contempla extraer, explotar o utilizar recursos naturales (Capitulo A, punto A.5.7 de la DIA).
4.3.3 SUMINISTROS
BÁSICOS Y MAQUINARIA
Nombre
Descripción
Abastecimiento de agua potable y servicios higiénicos
Agua potable y alcantarillado: En cuanto al suministro de agua potable, se solicitará conexión provisoria a la red de abastecimiento del sector. La dotación de agua potable y alcantarillado de aguas servidas lo realizará la Empresa Aguas Andinas.
Servicios higiénicos: Se incorporarán instalaciones sanitarias que serán conectadas a la red de alcantarillado existente, cumpliendo en todo momento con los requisitos estipulados en el D.S. N* 594/99 del MINSAL. Para mayor detalle revisar los Planos de Instalación de Faenas del Anexo N? 3 de la DIA.
Adicionalmente, se instalarán baños químicos en la cantidad necesaria, según lo establecido por la normativa vigente (D.S. N? 594/99 del MINSAL), hasta la materialización de las conexiones a los empalmes temporales. Durante este período, la instalación, mantención de los baños, así como también el retiro de los residuos estará a cargo de una empresa autorizada, considerando además que:
El número mínimo de artefactos se debe calcular en base a la tabla del artículo 23 del D.S. 594/99 del MINSAL sobre las “Condiciones Sanitarias y Ambientales Básicas en os lugares de trabajo”.
pLos baños químicos no podrán estar instalados a más de 75 m del área de trabajo.
pPEl punto de la descarga de las aguas servidas debe ser acreditado, manteniendo en las obras copia de la factura u otro documento que respalde la disposición adecuada de los
mismos o copia del Convenio del Uso de Colectores suscrito con la respectiva empresa sanitaria, que autoriza dicha descarga.
En el Anexo N*1 de la Adenda Complementaria, se adjunta el Certificado de Factibilidad de Agua Potable y Alcantarillado vigente.
Se solicitará empalme eléctrico provisorio (o “de faena”) a la Empresa ENEL SpA. Cabe mencionar que las instalaciones de electricidad que se proyecten, provisorias o
Sistema de | permanentes, previo a su puesta en servicio, serán declaradas ante la Superintendencia abastecimiento de Electricidad y Combustibles, mediante instaladores eléctricos de la clase eléctrico correspondiente, autorizados por esta, según lo establecido en el D.S. 92/83 del Ministerio de Economía, referido al Reglamento de Instaladores Eléctricos y Electricistas de Recintos de Espectáculos Públicos. La siguiente tabla presenta los vehículos y maquinarias a utilizar en la fase de construcción del Proyecto en los diferentes lotes: Tabla 4, Maquinaria durante la fase de construcción Maquinaria y vehículos Potencia Actividad Excavadora 70 kW Demolición Retroexcavadora 55 kW Excavación Camión tolva 300 hp Excavación Camión basculante - Obra gruesa y terminaciones Placa compactadora 9 hp Excavación Camión mixer 350 hp Obra gruesa Grúa torre x 2 45 kVa Obra gruesa Bomba de hormigonado torre 15 kw Obra gruesa Maquinaria Martillo hidráulico (Cango) S hp Obra Gruesa y Demolición Vibrador de inmersión x 4 5,5 hp Obra gruesa Soldadora x 2 180 A Obra gruesa Esmeril angular 9” x 2 1100 W Obra gruesa Roto martillo SDS x 2 900 W Obra gruesa Montacargas 65 kW Obra Gruesa y terminaciones Camión rampa 400 hp Obra gruesa y terminaciones Esmeril angular 4 Y” x 2 720 W Terminaciones Sierra circular x 2 2100 W Obra gruesa y terminaciones Mini Cargador 55 kW Obra gruesa Taladro x 2 700 W Terminaciones Martillo eléctrico 1200 W Terminaciones Taquímetro - Obra gruesa y terminaciones
Fuente: Elaboración propia en base a Tabla 18 de la DIA
4.3.4 EMISIONES A LA ATMÓSFERA
Nombre Descripción Emisiones En el Anexo N* 2 de la Adenda complementaria, se adjunta el informe de Estimación atmosféricas de Emisiones Atmosféricas corregido del Proyecto. Durante esta fase, las principales
fuentes de emisión son las siguientes: e Demolición e Perforación
e Escarpe
e Excavaciones
e Carga y descarga de camiones.
e Circulación de camiones por caminos pavimentados y no pavimentados
- Combustión de maquinaria y vehículos A continuación, se presenta un cuadro resumen con las principales emisiones de la fase de construcción: Tabla 5, Emisiones atmosféricas, fase de construcción
Año MP2,5 eq MP10 eq NOx SOz | NHs [elo] HC 1 1,16 3,08 3.58 | 0,08 | 0,01 1,01 | 0,41 2 0,30 0,46 112 | 0,11 | 0,01 | 0,334 | 0,16 3 0,87 1,76 2,17 | 0,06 | 0,01 | 0,61 | 0,27 4 0,54 0,81 1,10 | 0,09 | 0,01 | 0,334 | 0,17 5 1,12 2,20 2,46 | 0,15 | 0,001 | 0,69 | 0,30 6 1,00 1,99 1,85 | 0,08 | 0,01 | 0,55 | 0,24 7 0,95 1,44 1,70 | 0,12 | 0,01 | 0,49 | 0,23 8 1,22 2,27 2,09 | 0.08 | 0,01 | 0,59 | 0,26 9 1,05 1,62 1,552 | 0,08 | 0,01 | 0,44 | 0,20 10 0,84 1,36 0,09 | 0,01 | 0,00 | 0,03 | 0,03 Limite 2 2,50 8 10 - - - PPDA
Fuente: Elaboración propia en base a Tabla 105 del Anexo N*
2 de la Adenda complementaria
De acuerdo a los cálculos realizados, el Proyecto supera los parámetros de emisiones para MP10 eq (1? año), en relación al D.S. N* 31/2016 MMA, por lo que deberá compensar emisiones.
Para más detalle, ver acápite 8 del Estudio de Emisiones Atmosféricas (Anexo N* 2 de la Adenda complementaria).
4.3.5 EMISIONES DE
RUIDO Y VIBRACIONES
Ruido
En el Anexo N 3 de la Adenda se presenta el Estudio de Ruido y Vibraciones actualizado, en el que se identifican los receptores sensibles que pudiesen verse afectados por la ejecución del Proyecto y se estiman los niveles de ruido y vibración generados en las distintas actividades de la fase de construcción. De acuerdo a los resultados presentados en el documento mencionado precedentemente, los niveles de ruido cumplen con lo exigido por el D.S. N 38/11 del MMA, al estar regulados con las medidas de control propuestas. Las situaciones evaluadas corresponden a los escenarios de modelación más desfavorables.
Para mayor detalle, revisar el Estudio de Ruido y Vibraciones, adjunto en Anexo N* 3 de la Adenda.
Al respecto la Seremi de Salud, mediante Oficio ORD. N* 5072 de fecha 22 de agosto de 2019, se pronuncia conforme.
Vibraciones
Para vibraciones se utiliza el criterio establecido en la guía “Transit Noise and Vibration Impact Assesment” de la Federal Transit Administration — USA - May 2006, que establece un criterio de aceptabilidad para zonas residenciales y un límite de riesgo de daño estructural. Al respecto, el Proyecto cumple con los límites establecidos bajo el peor escenario de evaluación.
Para mayor detalle revisar el Estudio de Ruido y Vibraciones, adjunto en Anexo N* 3 de la Adenda y respuesta 2.4 de la Adenda complementaria.
La Seremi de Salud, mediante Oficio ORD. N* 5072 de fecha 22 de agosto de 2019 se pronuncia conforme.
4.3.6 RESIDUOS, PRODUCTOS QUIMICOS Y OTRAS SUSTENACIAS QUE PUEDAN AFECTAR EL
MEDIO AMBIENTE
Residuos industriales
líquidos
No se contempla la generación de residuos líquidos industriales provenientes del lavado de canoas mixer. El sistema que se implementará para el lavado de canoas es de arrastre del hormigón sin utilizar agua, por lo que los residuos que pudiese generar serán tratados como sólidos, y posteriormente se realizara el lavado de este en las inmediaciones del proveedor. En cuanto al sistema que se implementará para el lavado de neumáticos consistirá en un pavimento impermeabilizado con pendientes, que encauce de manera gravitacional los efluentes a una cámara degrasadora. Dicha cámara contará con capacidad suficiente para evitar derrames, cuyos residuos mediante evaporación serán retirados como residuos sólidos y dispuestos en lugares aptos para este tipo de residuos. Se mantendrá un registro en obra a través del cual se acredite su disposición final. Para mayor detalle ver respuesta 1.7 de la Adenda.
Residuos domésticos
líquidos
El consumo promedio de agua de un trabajador es aproximadamente de 100 lts/día, lo que implica que se obtendrá un caudal máximo de aguas servidas de 30 m*/día (300 trabajadores), proveniente, principalmente, de duchas, W.C., lavamanos, los que serán incorporados en las instalaciones de faenas, cumpliendo con lo señalado por la normativa vigente (D.S. 594/99 del MINSAL referido a las Condiciones Sanitarias y Ambientales Básicas de Lugares de Trabajo). En cuanto a su disposición, estos serán descargados a la red de alcantarillado existente. Aquellos residuos que no sean dispuestos en la red pública serán almacenados en baños químicos y retirados posteriormente, todo lo anterior realizado por empresas autorizadas por la autoridad sanitaria competente.
En el Anexo N” 1 de la Adenda complementaria se adjunta el Certificado de factibilidad de agua potable y alcantarillado N? 5904 de fecha 18 de junio de 2019, emitido por la empresa Aguas Andinas.
Residuos sólidos domiciliarios
Para el almacenamiento temporal de este tipo de residuos se dispondrán contenedores con ruedas de tapa hermética, reforzados en su interior por una bolsa de plástico resistente, siendo distribuidos de manera uniforme al interior del terreno. Los residuos serán almacenados por un período máximo de tres días, siendo retirados según la frecuencia de recolección de basuras del camión municipal. En cuanto a su disposición final, serán derivados a un lugar autorizado. Se estima un volumen máximo diario de 1 m' de residuos sólidos bajo el supuesto de 300 personas trabajando en obra como máximo.
Residuos demolición, excedentes de tierra y escombros.
de
Residuos de demolición: Se prevé que el volumen de escombros de demolición sea de 520 m'. El lugar de disposición final para este tipo de residuos será un botadero autorizado por la autoridad sanitaria.
Excedentes de tierra: Serán retirados a un sitio autorizado por la SEREMI de Salud de la Región Metropolitana, manteniendo un registro (boleta, factura u otro documento) en obra de dicho procedimiento. Si se requiere el acopio de material por más de un día, se humectará en caso de ser necesario. El transporte se llevará a cabo en camiones que
contarán con lonas, u otro sistema que impida la dispersión de material al aire. Se estima un volumen de 87.236,4 m3 de excedentes de tierra.
Escombros de obra gruesa y terminaciones: Corresponden a los residuos tales como restos de hormigón, despunte de madera, restos cerámica y PVC, entre otros. En cuanto a su manejo, serán almacenados temporalmente en contendedores debidamente identificados. El retiro se efectuará por empresas autorizadas por las entidades competentes, para ser trasladados a un sitio autorizado por la SEREMI de Salud de la Región Metropolitana para la disposición de residuos de la construcción y escombros, manteniendo un registro (boleta, factura u otro documento) en obra de dicho procedimiento. Se estima un total de 20.809 m* de escombros.
Residuos peligrosos
En la siguiente tabla se presentan las cantidades estimadas de residuos peligrosos generados durante esta fase: Tabla 6, Residuos peligrosos fase de construcción
Envases [Cantidad | Unidad | Peligrosidad Obra Gruesa Ácido muriático 57 E Corrosivo Tubos fluorescentes 24 Tubos Tóxico agudo Desmoldante 469 L Inflamable Puente adherente estuco 12 L Inflamable, corrosivo Igol primer 12 E Inflamable, Tóxico crónico Igol denso 12 E Inflamable, Tóxico crónico Terminaciones
Puente adherente yeso 235 8 Inflamable, corrosivo Pintura óleo 12 L Inflamable, Tóxico crónico Diluyente 12 L Inflamable Adhesivo de contacto 24 L,, Inflamable, Tóxico crónico Adhesivo molduras 47 L Inflamable Adhesivo cerámico 12 L Inflamable
Fuente: Tabla 55 de la DIA.
Deberán ser almacenados en contenedores metálicos con tapa u otro material compatible químicamente con la cantidad de residuos a almacenar, impidiendo el derrame o fuga de material durante el almacenamiento transitorio o transporte. No deberán ser almacenados por un periodo mayor a 6 meses y se mantendrán en obra los correspondientes registros de los sitios de disposición final autorizados. Se contará con una bodega para el almacenamiento temporal de los residuos peligrosos, que se ubicará dentro del sitio destinado de acopio de residuos y que considerará los aspectos especificados en el D.S. N* 148/03 MINSAL.
Referencia al ICE para mayores detalles sobre esta fase.
Para más detalle, ver acápite 4.6 de ICE.
4.4 FASE DE OPERACIÓN
4.4.1 PARTES, OBRAS Y ACCIONES QUE COMPONEN EL PROYECTO
4.4.1.1 PARTES Y OBRAS
Nombre Descripción
Edificio El Proyecto corresponde a la construcción de 6 edificios sumando un total de 975 departamentos, 1 supermercado y 26 locales comerciales. Adicionalmente, cuenta con 1.125 estacionamientos, y áreas recreacionales interiores.
Arborización El Proyecto plantará 595 árboles al interior del Proyecto. Para mayor detalle ver en
Anexo 1.2. Planos de Arquitectura, Esquema de Arborización, de la Adenda y respuesta 9.3 de la Adenda.
Salas de basura
El Proyecto contará con 7 salas de basura ubicadas en el ler subterráneo de cada edificio. Cabe destacar que uno de los 6 edificios (el que abarca locales comerciales) considera una sala de basura extra, por lo que aquel edificio contará con 2 salas de basura. Las salas de basura serán manejadas por personal de aseo, estando prohibido el acceso para personas ajenas. En relación al procedimiento de recolección, los habitantes de las torres contarán con un Shafí de basuras, los cuales estarán en el sector núcleo de las torres.
Mayores detalles en Proyecto de Basuras en el Anexo N? 3. Proyecto de Basuras, de la DIA y respuesta 3.3 de la Adenda.
4.4.1.2 ACCIONES
Nombre Descripción Actividades de | Las actividades de mantención estarán asociadas al correcto funcionamiento de los mantención y | equipos instalados en el edificio, considerando: ascensores, calderas, grupos conservación electrógenos, sistema eléctrico, entre otros. La mantención deberá ser desarrollada por
personal o empresas competentes y autorizada (Ver acápite A.6.3 de la DIA). Cabe señalar que las actividades de la fase de operación serán de exclusiva responsabilidad del titular, independiente de que éstas sean implementadas directamente por él o a través de un tercero.
Vialidad
A continuación, se presentan las principales rutas de acceso vehicular para la fase de operación: Tabla 7, Rutas principales del Proyecto en Fase de Operación
Origen/Destino Rutas de entrada Rutas de salida Norte Arturo Prat — Franklin - San Proyecto — Arauco - Arturo Prat Diego — Arauco - Proyecto Oriente Franklin - San Diego — Arauco - Proyecto - Arauco Proyecto Poniente S Proyecto — Arauco - Arturo Prat - Franklin
Sur San Diego — Arauco - Proyecto Proyecto — Arauco - Arturo Prat
Fuente: Elaboración propia en base a punto 2.2 del Análisis de Movilidad (Anexo N* 2, sub Anexo B, de la Adenda)
Para mayor detalle revisar informe Análisis de Movilidad actualizado, en Anexo N? 2,
sub Anexo B, de Adenda.
4.4.2 PRODUCTOS GENERADOS
El Proyecto no contempla la generación de productos.
4.4.3 RECURSOS NATURALES RENOVABLES
El Proyecto no considera la extracción o explotación de recursos naturales renovables.
4.4.4 EMISIONES A LA ATMÓSFERA
Nombre
Descripción
Emisiones
En Anexo N” 2 de la Adenda complementaria, se adjunta el informe de Estimación de Emisiones Atmosféricas corregido del Proyecto. Durante esta fase, las principales fuentes de emisión son las siguientes:
e Combustión de calderas.
e Circulación y combustión de vehículos. A continuación, se presenta un cuadro resumen con las principales emisiones de la fase de operación:
Tabla 8, Emisiones atmosféricas, fase de operación
Año MP2,5 eq MP10 eq NOx SO,
2 0,01 0,03 0,08 0,001
3 0,26 0,42 1,66 0,014
4 0,27 0,44 1,74 0,015
S 0,41 0,67 2,62 0,021
6 0,46 0,74 2,91 0,023
Eb 0,55 0,89 3,48 0,028
8 0,64 1,03 4,05 0,032
9 0,70 1,14 4,46 0,035
10 0,82 1,33 E) 0,041
11 (operación 0,84 1.37 3,39 0,041
completa)
Limite PPDA 2 25) 8 10
Fuente: Elaboración propia en base a Tabla 106 del Anexo N* 2 de la Adenda complementaria. De acuerdo a los cálculos realizados por el titular, el Proyecto no supera los parámetros de emisiones para la fase de operación, según lo establecido en el artículo 64 del D.S. 31/2016 MMA, PPDA, por lo cual no deberá compensar emisiones en esta fase.
4.4.5 EMSIONES DE RUIDO Y VIBRACIONES
Ruido y vibraciones
En virtud de las características que presenta el Proyecto se consideran emisiones de ruido para la fase de operación provenientes del grupo electrógeno. Al respecto, se contará con un silenciador descrito en acápite 5.7.4 del Estudio de Ruido y Vibraciones (Anexo N? 3 de la Adenda complementaria), lo que permite garantizar que los niveles de ruido se mantendrán bajo los correspondientes límites máximos permitidos. Por otro lado, no se identificaron fuentes de vibración asociadas a la operación de los edificios.
4.4.6 RESIDUOS, PRODUCTOS QUIMICOS Y OTRAS SUSTENACIAS QUE PUEDAN AFECTAR EL
MEDIO AMBIENTE Nombre Descripción
El certificado de factibilidad de agua potable y alcantarillado otorgado por Aguas Andinas (adjunto en Anexo N? 1 de la Adenda complementaria), considera un caudal
Residios líquidos de aguas servidas de 700 m'/día. a - J
domésticos — (Aguas En relación con el Supermercado, se considera la generación de 5,6 m' de lodos grasos
servidas) y materia orgánica, en un periodo de 10 días. En este mismo periodo, se realizará una limpieza parcial, retirando la grasa de la superficie por una empresa externa y trasladada a una planta de tratamiento de residuos orgánicos no peligrosos, ambas autorizadas por la Autoridad competente. Se estima un volumen total cada 3 días de 47.718 litros de residuos domiciliarios que
Residuos serán retirados mediante el servicio de recolección de basura municipal.
domiciliarios Mayores detalles en Proyecto de Basuras en el Anexo N? 3. Proyecto de Basuras, de la
DIA y respuesta 3.3 de la Adenda.
Referencia al ICE para mayores detalles sobre esta fase.
Para más detalle, ver acápite 4.7 de ICE.
4.5 FASE DE CIERRE
El Proyecto no considera fase de cierre ya que su vida útil es indefinida.
4.6. CRONOLOGÍA DE LAS FASES DEL PROYECTO
Etapa 1
Fase Construcción
Fecha estimada de inicio | Octubre 2019. Parte, obra o acción que | Demolición. establece el inicio
Fecha estimada de | Agosto 2021. término
Parte, obra o acción que establece el término
Recepción final otorgada por la Municipalidad de La Florida.
Fase de Operación
Fecha estimada de inicio
Septiembre 2021.
Parte, obra o acción que establece el inicio
Recepción final otorgada por la Municipalidad de La Florida.
Fecha estimada de término
No aplica.
Parte, obra o acción que establece el término
No aplica.
Etapa 2
Fase de Construcción
Fecha estimada de inicio
Diciembre 2021.
Parte, obra o acción que establece el inicio
Instalación de faenas.
Fecha estimada de término
Agosto 2023.
Parte, obra o acción que establece el término
Recepción final otorgada por la Municipalidad de La Florida.
Fase de Operación
Fecha estimada de inicio
Septiembre 2023.
Parte, obra o acción que establece el inicio
Recepción final otorgada por la Municipalidad de La Florida.
Fecha estimada de término
No aplica.
Parte, obra o acción que establece el término
No aplica.
Etapa 3
Fase de Construcción
Fecha estimada de inicio
Septiembre 2023.
Parte, obra o acción que establece el inicio
Instalación de faenas.
Fecha estimada de término
Mayo 2025.
Parte, obra o acción que establece el término
Recepción final otorgada por la Municipalidad de La Florida.
Fase de Operación
Fecha estimada de inicio
Junio 2025.
Parte, obra o acción que establece el inicio
Recepción final otorgada por la Municipalidad de La Florida.
Fecha estimada de término
No aplica.
Parte, obra o acción que establece el término
No aplica.
Etapa 4
Fase de Construcción
Fecha estimada de inicio
Junio 2025.
Parte, obra o acción que establece el inicio
Recepción final otorgada por la Municipalidad de La Florida.
Fecha estimada de término
Febrero 2027.
Parte, obra o acción que | Recepción final otorgada por la Municipalidad de La Florida. establece el término Fase de Operación Fecha estimada de inicio_ | Marzo 2027,
Parte, obra o acción que | Recepción final otorgada por la Municipalidad de La Florida. establece el inicio Fecha estimada de | No aplica. término Parte, obra o acción que | No aplica. establece el término Etapa 5
Fase de Construcción Fecha estimada de inicio| Marzo 2027.
Parte, obra o acción que | Instalación de faenas. establece el inicio Fecha estimada de | Noviembre 2028. término Parte, obra o acción que | Recepción final otorgada por la Municipalidad de La Florida. establece el término Fase de Operación Fecha estimada de inicio_ | Diciembre 2028.
Parte, obra o acción que | Recepción final otorgada por la Municipalidad de La Florida. establece el inicio Fecha estimada de | Noaplica. término Parte, obra o acción que | No aplica, establece el término
5”. Que, durante el proceso de evaluación se han presentado antecedentes que justifican la inexistencia de los siguientes efectos, características y circunstancias del artículo 11 de la Ley N* 19.300:
5.1. RIESGO PARA LA SALUD DE LA POBLACIÓN, DEBIDO A LA CANTIDAD Y CALIDAD DE EFLUENTES, EMISIONES Y RESIDUOS
Impacto ambiental Aumento de las emisiones atmosféricas.
Parte, obra o acción que lo genera Demolición, perforación, escarpe, excavaciones, carga y descarga de camiones, circulación de vehículos pesados y livianos por caminos pavimentados y no pavimentados, combustión de maquinaria, combustión de camiones y combustión de vehículos livianos.
Fase en que se presenta Construcción y Operación
Referencia al ICE para mayores detalles Para mayor información, ver acápite 5.1 y 6.1 de ICE. sobre este impacto específico
Aire: De acuerdo a los cálculos de emisiones atmosféricas, adjuntos en el Anexo N* 2 de la Adenda complementaria, el Proyecto supera los parámetros establecidos en el artículo 64 del PPDA para el 1? año de la fase de construcción, por lo que deberá presentar un Plan de Compensación de Emisiones. Durante la fase de Operación, no se superan los límites de emisiones atmosféricas según lo declarado por el titular en el mencionado anexo.
Ruido: En el Anexo N? 3 de la Adenda se presenta el Estudio Ruido y Vibraciones actualizado del Proyecto, donde se identifican los sectores sensibles que pudiesen verse afectados por la ejecución del Proyecto. Los resultados indican que no se exceden los niveles máximos establecidos en el D.S. N* 38/11 del MMA, aplicando medidas de control tanto para la fase de construcción como de operación.
Residuos: No se generarán residuos a partir de la mantención de equipos, herramientas y vehículos, ya que esta actividad se llevará a cabo fuera del área del Proyecto por una empresa autorizada para dichos fines. Los residuos sólidos de la construcción provenientes de excavaciones y los catalogados como escombros generados en la fase de construcción que sean enviados a un sitio autorizado para su disposición final no contendrán sustancias o residuos peligrosos tales como: pinturas, solventes, hidrocarburos, etc. Además, se mantendrá un registro en faena de la disposición final de estos materiales. Durante la fase de construcción y operación el Titular mantendrá el registro de envío de residuos a sitios de disposición final por medio de comprobantes tales como: boletas, facturas, orden de compra, guías de despacho o contratos con empresas contratistas, de forma ordenada y actualizada. El Proyecto considera un manejo de todos los tipos de residuos que serán manejados para ser llevados a un sitio de disposición final autorizado por la Autoridad Sanitaria.
De acuerdo a lo anterior, no se evidencia que el Proyecto genere efectos, características o circunstancias del
artículo 11 de la Ley, de acuerdo al artículo 5 del Decreto Supremo N* 40/2012 del Ministerio del Medio Ambiente.
5.2. EFECTOS ADVERSOS SIGNIFICATIVOS SOBRE LA CANTIDAD Y CALIDAD DE LOS RECURSOS NATURALES RENOVABLES, INCLUIDOS EL SUELO, AGUA Y AIRE
Suelo: El área del Proyecto corresponde a un sector intervenido y con edificaciones en el lugar, que se encuentran sin actividad. Para mayor detalle ver acápite B.1.2 y Anexo N* 6, Fotografías Actuales del Sector, ambos de la DIA. El suelo en su actual estado no tiene la capacidad natural para sustentar biodiversidad, por lo que la construcción del Proyecto no determina una pérdida de esta componente.
Aire: De acuerdo a la información del Anexo N” 2 de la Adenda complementaria, el Proyecto supera los parámetros establecidos en el artículo 64 del PPDA para el primer año de la fase de construcción, por lo que deberá presentar un Plan de Compensación de Emisiones. Sin perjuicio de ello, el titular considera implementar las medidas de control descritas en el acápite 9 del Anexo N*2 de la Adenda complementaria.
Aguas superficiales: El Proyecto no contempla la extracción y/o utilización de este recurso para su materialización ni operación. Todo el requerimiento de agua ya sea para uso industrial o doméstico será adquirido a empresas que cuenten con las debidas autorizaciones o la conexión a la red pública. Al respecto, el Titular presenta el Certificado de factibilidad de agua potable y alcantarillado N 5904 de fecha 18 de junio de 2019, emitido por la empresa Aguas Andinas (Anexo N 1 de la Adenda complementaria).
Aguas subterráneas: En el área de influencia del Proyecto no se describen cuerpos de agua que puedan ser intervenidos o explotados.
Respecto de la relación entre la profundidad de la napa freática y la profundidad de las excavaciones, se indica en el Estudio Mecánica de Suelos que no se detectó la presencia de nivel freático a la profundidad de exploración de 6 metros, la cual se encontraría aproximadamente a 75 metros de profundidad. Para mayor detalle ver Estudio de Mecánica de Suelos adjunto en Anexo N? 3 de la Adenda.
Especies en estado de conservación: Este terreno se encuentra intervenido y con edificaciones en el lugar, que se encuentran sin actividad (mayor detalle ver Anexo N? 6 de la DIA. Fotografías Actuales del Sector).
De acuerdo al Informe Flora y Fauna adjunto a Anexo N? 4 de la DIA, se identificó un individuo de la especie Liolaemus lemniscatus (lagartija lemniscata), que se encuentra bajo la categoría de conservación Preocupación menor (LC) para la zona central de Chile (D.S. N* 19/2012 del Ministerio Medio Ambiente). Sin embargo, dado al bajo registro no se recomienda tomar medidas como perturbación controlada o casa y captura de esta especie, lo que si se propone es hacer retiro de forma manual de pilas, escombros y residuos que se encuentran en el lugar donde fue identificado el ejemplar de lagartija.
Referencia al ICE para mayores detalles sobre este
: E Punto 6.2 del ICE. impacto específico.
El Proyecto no genera o presenta efectos adversos significativos sobre la cantidad y calidad de los recursos naturales renovables, incluidos el suelo, agua y aire, en consideración a lo dispuesto en el artículo 6” del Reglamento del Reglamento del SEIA.
5.3. REASENTAMIENTO DE COMUNIDADES HUMANAS O ALTERACIÓN SIGNIFICATIVA DE LOS SISTEMAS DE VIDA Y COSTUMBRES DE GRUPOS HUMANOS
Impacto ambiental Aumentos en los tiempos de desplazamiento y obstrucción del libre tránsito de peatones e incremento en la demanda de bienes, equipamientos, servicios o infraestructura básica.
Parte, obra o acción que lo genera Vialidad, nuevos habitantes.
Fase en que se presenta Construcción y Operación.
Referencia al ICE para mayores detalles | Para mayor información, ver acápite 6.3 de ICE. sobre este impacto específico
Letra a) del artículo 7 del RSETA: El Proyecto no interviene, usa ni restringe el acceso de los recursos naturales utilizados como sustento económico del grupo o para cualquier otro uso tradicional, tales como uso medicinal, espiritual o cultural. Lo anterior se justifica debido a que no se identificaron (durante los terrenos efectuados por el Titular) recursos naturales que fuesen empleados por la población perteneciente al Área de Influencia del Proyecto.
El sector posee un carácter de barrio residencial, con casas de 1 o 2 pisos de altura y algunos condominios de 4 y 5 pisos de altura, acompañado de comercios, pequeños almacenes, supermercados y restaurantes. El sector comercial, anteriormente señalado, se ubica preferentemente en las principales avenidas del Área de Influencia. Mayores antecedentes en Estudio de Medio Humano adjunto en Anexo N* 4 de la DIA.
Letra b) del artículo 7 del RSEIA: El Titular detalla en el informe de Análisis de Movilidad Actualizado adjunto en Anexo N? 3 de la Adenda, el análisis de peatones, flujo vehicular y transporte publico los que muestran que existe una frecuencia constante de servicios de transporte que no llegan a ocupar el 100% de su capacidad, por lo que presentan la capacidad para absorber la demanda de los futuros habitantes que tendrá el Proyecto.
Letra c) del artículo 7 del RSEIA: Para la fase de construcción del Proyecto, se prevé que no existirá población permanente en el sector, sino más bien sólo la mano de obra considerada como población flotante, la cual no hará uso de servicios tales como salud o educación cercanos. Respecto a posibles accidentes, los trabajadores serán trasladados a los servicios en convenio tales como La Mutual de Seguridad u Hospital del Trabajador. Para la fase de operación, se han realizado tres análisis que se presentan en el Estudio de Medio Humano, Anexo N 4 de la DIA, cuyo objetivo es descartar el literal c).
Respecto al acceso a la salud, el Titular indica que los resultados arrojan que las consultas estimadas (36.026) para el Área de Influencia son mayores a la población total estimada del Área de Influencia proyectada para el 2028 (15.503 habitantes). Se entiende que la oferta (centros de salud públicos) puede cubrir la demanda proyectada. Por lo anterior, el Titular concluye que el Proyecto no generará una alteración al acceso a los centros de salud presentes en el sector.
Respecto a accesos a establecimientos educacionales, los resultados que señala el Titular indican que existe un total de 9.716 matrículas que proporcionan los establecimientos educacionales ubicados en el Área de Influencia
del Proyecto. Por lo anterior, considerando que la población en edad escolar que aportaría el Proyecto es de 596 estudiantes, el Titular señala que existirá una adecuada cantidad de vacantes para absorber la futura demanda. Respecto al comercio, las campañas en terreno realizadas por el Titular muestran una gran cantidad y variedad de locales comerciales, los que se concentran en calles principales, como Av. Vicuña Mackenna, General Arriagada y Av. San José de la Estrella. En este sentido se identificó en el área un elevado número de Almacenes y Locales de comida. Además, existen locales comerciales, supermercados, botillerías, salones de belleza, farmacias, panaderías, entre otros. Los locales más pequeños, como almacenes, se suelen distribuir al interior del área residencial, mientras que aquellos de mayor envergadura como los asociados a supermercados se establecen en las avenidas principales. Los residentes del Proyecto podrán acceder a los comercios mencionados y podrán comprar los productos y servicios que ofertan. Mayores antecedentes en el Estudio de Medio Humano, Anexo N? 4 de la DIA.
Letra d) del artículo 7 del RSEIA: El Proyecto no dificulta ni impide el ejercicio o la manifestación de tradiciones, cultura o intereses comunitarios que puedan afectar los sentimientos de arraigo o la cohesión social del grupo, ya que no se identificó en el grupo humano del área de influencia actividades o prácticas culturales vinculadas a mantener o fortalecer sentimiento de arraigo o pertenencia a una identidad local determinada. Además, el Titular señala que a pesar de que gran parte de los entrevistados no reconoce actividades en el espacio público del Área de Influencia. De igual forma destacan actividades comunitarias impulsadas por la Junta de Vecinos, la Municipalidad de La Florida y los vecinos de condominios o villas. Para estas se cierra parte de las calles General Arriagada, Av. San José de la Estrella y Av. Vicuña Mackenna.
Por otra parte, es posible indicar que las relaciones primarias directas entre vecinos constituyen parte de su identidad y arraigo al lugar. Dichas relaciones no serán alteradas por la construcción y funcionamiento de un nuevo Proyecto habitacional, debido a que las actividades realizadas por las Juntas de La Unión se realizan al interior de la sede vecinal, mientras que la Junta de Vecinos Paseo La Florida lo hace al interior de la plaza de su villa. Por tanto, no son afectadas por las partes y obras del Proyecto, no afectando las relaciones entre vecinos, y por ende el arraigo e identidad local.
5.4. LOCALIZACIÓN EN O PRÓXIMA A POBLACIONES, RECURSOS Y ÁREAS PROTEGIDAS, SITIOS PRIORITARIOS PARA LA CONSERVACIÓN, HUMEDALES PROTEGIDOS Y GLACIARES, SUSCEPTIBLES DE SER AFECTADOS, ASÍ COMO EL VALOR AMBIENTAL DEL TERRITORIO EN QUE SE PRETENDE EMPLAZAR
El Proyecto no se localiza en o próximo a poblaciones indígenas (como se justifica en acápite B.6 de la DIA, “Cercanía de tierras indígenas, áreas de desarrollo indígena o pueblos indígenas”). Por lo tanto, no afectará a dichas poblaciones.
Mayores antecedentes en el Capítulo B, acápite B.8.4. de la DIA.
Referencia al ICE para mayores detalles sobre este | Para mayor información, ver acápite 6.4 de ICE. impacto específico
Proyecto no se localiza en o próximo a poblaciones, recursos ni áreas protegidas, sitios prioritarios para la conservación, humedales protegidos y glaciares, susceptibles de ser afectados, así como el valor ambiental del territorio en que se pretende emplazar, en consideración a lo dispuesto en el artículo 8 del Reglamento del SEIA.
ula ALTERACIÓN SIGNIFICATIVA, EN TÉRMINOS DE MAGNITUD O DURACIÓN, DEL VALOR PAISAJÍSTICO O TURÍSTICO DE UNA ZONA
Según la “Guía de Evaluación de impacto Ambiental sobre valor paisajístico en el SEIA” (Servicio de Evaluación Ambiental, 2019), el Proyecto se emplazará dentro de la Macrozona Centro, Subzona Cuencas y Valles. Al analizar los componentes biofísicos del paisaje, es decir, la expresión visual de componentes bióticos y físicos, a través de fotografías e inspección visual, se puede determinar que el Proyecto está inmerso en un entorno urbano consolidado. Para mayor detalle revisar Anexo N? 6 de la DIA, Fotografías Actuales del Sector. En virtud de lo anterior, el Proyecto no obstruirá la visibilidad de zonas con valor paisajístico ni turístico, ni alterará atributos de zonas con valor paisajístico o turístico.
Referencia al ICE para mayores detalles sobre este | Para mayor información, ver acápite 6.5 de ICE. impacto específico
El Proyecto no generará alteración significativa en términos de magnitud o duración, del valor paisajístico o turístico de la zona.
S.6. ALTERACIÓN DE MONUMENTOS, SITIOS CON VALOR ANTROPOLÓGICO, ARQUEOLÓGICO, HISTÓRICO Y, EN GENERAL, LOS PERTENECIENTES AL PATRIMONIO CULTURAL
El Proyecto no remueve, destruye, deteriora, interviene ni modifica en forma permanente ningún Monumento Nacional de aquellos definidos por la Ley N” 17.288 ya que el área de emplazamiento del Proyecto no presenta Monumentos Nacionales. (Ver Informe de Inspección Arqueológica del Anexo N93. de la Adenda).
De acuerdo a los antecedentes presentados en el Informe de Inspección Arqueológica del Anexo N* 3 de la Adenda, el Proyecto no modificará o deteriorará en forma permanente construcciones, lugares o sitios que, por sus características constructivas, por su antigiledad, por su valor científico, por su contexto histórico o por su singularidad, pertenecen al patrimonio cultural, incluido el patrimonio cultural indígena.
Además, el Proyecto no afectará lugares o sitios en que se lleven a cabo manifestaciones habituales propias de la cultura o folclore de alguna comunidad o grupo humano, derivada de la proximidad y naturaleza de las partes, obras y/o acciones del Proyecto o actividad, considerando especialmente las referidas a los pueblos indígenas.
Por otra parte, el Titular se compromete a que, en caso de efectuarse un hallazgo arqueológico o paleontológico durante las excavaciones del Proyecto, y a fin de evitar incurrir en el delito de daño a Monumento Nacional establecido en el artículo N 38 de la Ley N 17.288, se deberá proceder según lo establecido en los artículos N? 26 y 27 de la Ley N 17.288 de Monumentos Nacionales y el artículo N 23 del D.S N* 434 Reglamento sobre excavaciones y/o prospecciones arqueológicas, antropológicas y paleontológicas, paralizando toda obra en el sector del hallazgo e informando de inmediato y por escrito al Consejo de Monumentos Nacionales, para que este organismo determine los procedimientos a seguir, cuya implementación deberá ser efectuada por el titular del Proyecto.
Finalmente, el Titular adquiere como Compromiso Ambiental Voluntario, realizar Charla de componente
arqueología.
Referencia al ICE para mayores detalles sobre este impacto específico
Para más información, ver acápite 6.6 de ICE.
El Proyecto o actividad no genera ni presenta alteración de monumentos, sitios con valor antropológico, arqueológico, histórico ni, en general, los pertenecientes al patrimonio cultural, en consideración a lo dispuesto en el artículo 10 del Reglamento del SEIA.
6”. Que resultan aplicables al Proyecto los siguientes permisos ambientales sectoriales, asociados a las correspondientes partes, obras o acciones que se señalan a continuación:
6.1. PERMISOS AMBIENTALES SECTORIALES MIXTOS
6.1.1. Permiso Ambiental
Sectorial, del artículo 140 del Reglamento del SELA
Fase del Proyecto a la cual corresponde
Construcción y Operación.
Parte, obra o acción a la que aplica
Sector de acopio de residuos no peligrosos localizado en área de instalación de faenas (Fase de Construcción) y sala de basuras (Fase de Operación).
Condiciones o exigencias específicas para su otorgamiento
Fase de construcción: Respecto a los excedentes de tierra, el sector contemplado estará compactado y libre de vegetación. No se considera impermeabilización debido a las características del tipo de residuo a acopiar. En relación a los escombros a generarse, estos serán acopiados de forma temporal en contenedores al interior del sector de instalación de faenas. La característica constructiva del área de almacenamiento de residuos domiciliarios se detalla en la tabla 45 de la DIA.
La estimación de los residuos que se generarán en esta zona se indica en la tabla 4.6.5.1 del presente ICE.
Para mayor detalle revisar acápite C.2.1 de la DIA y Plano de Instalación de Faena en Anexo N* 1.4 de la Adenda.
Fase de operación: En relación al procedimiento de recolección, el Proyecto constará con 7 salas de basura ubicadas en el 1? subterráneo. Los residentes botarán los residuos domiciliarios a través de los shafts ubicados en cada piso de cada torre, en bolsas cerradas de tamaño pequeño y que no contengan en ningún caso elementos contundentes en su interior tales como botellas de vidrio o escombros. Para mayor detalle revisar Proyecto de Basuras en el Anexo N” 3. Proyecto de Basuras, de la DIA y respuesta 3.3 de la Adenda.
Pronunciamiento del órgano competente
La SEREMI de Salud RM, mediante Oficio Ord N* 5072 de fecha 22 de agosto de 2019, señala que el titular del Proyecto ha entregado la documentación necesaria, por lo anterior se pronuncia conforme respecto de los antecedentes técnicos y formales contenidos en dicho PAS.
Referencia al ICE para mayores detalles
Para más información, ver acápite 9.1.1 de ICE.
6.1.2. Permiso Ambiental
Sectorial, del artículo 142 del Reglamento del SEIA
Fase del Proyecto a la cual corresponde
Construcción.
Parte, obra o acción a la que aplica
Sitio destinado para la acumulación de residuos peligrosos.
Condiciones o exigencias específicas para su otorgamiento
Se habilitará una bodega que será construida dando cumplimiento al D.S. N? 148/2003 y al D.S. N*594/99, ambos del MINSAL y a la OGUC.
La estimación de los RESPEL generados se detalla en el acápite 4.6.5.2 del presente ICE.
Mayores antecedentes se adjuntan en el acápite C.2.2 de la DIA y respuestas 3.4 y 3.5 de la Adenda.
Pronunciamiento del órgano competente
La SEREMI de Salud RM, mediante Oficio Ord N* 5072 de fecha 22 de agosto de 2019, señala que el titular del Proyecto ha entregado la documentación necesaria, por lo anterior se pronuncia conforme respecto de los antecedentes técnicos y formales contenidos en dicho PAS.
Referencia al ICE para mayores detalles
Para más información, ver acápite 9.1.2 de ICE.
- Que, de acuerdo a los antecedentes que constan en el expediente de evaluación, la forma de cumplimiento de la normativa de carácter ambiental aplicable al Proyecto es la siguiente:
7.1. COMPONENTE/MATERIA: Emisiones atmosféricas
Norma
D.S. N? 31/2016 del Ministerio del Medio Ambiente que “Establece Plan de Prevención y Descontaminación Atmosférica para la Región Metropolitana de Santiago” (PPDA).
Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento
Construcción y Operación.
Parte, obra o acción a la que aplica
Construcción: Demolición, Perforación, Escarpe, Excavaciones, Carga y descarga de camiones, Circulación de camiones por caminos pavimentados y no pavimentados, y Combustión de maquinaria y vehículos.
Operación: Combustión de calderas, circulación y combustión de vehículos.
Forma de cumplimiento
El Proyecto deberá compensar emisiones para la fase de construcción. Sin
perjuicio de lo anterior, el titular implementará las siguientes medidas de
abatimiento y control indicadas en el acápite 9 del Estudio de Emisiones
Atmosféricas, en Anexo 5.3 de la Adenda:
o Se humectarán como mínimo dos veces al día las áreas de movimientos de tierra y circulación interna.
e Se cubrirán las pilas de tierra, con lona o malla raschel.
- Recomendación de circulación de los vehículos a una velocidad máxima de 20 km/h.
e Instalación de barreras perimetrales con doble capa, con malla raschel de altura suficiente para contener las emisiones.
e Transporte de materiales en camiones con la tolva cubierta mediante lona.
e Se exigirá que todos los vehículos utilizados en faena se encuentren con sus mantenciones y revisión técnica al día.
e Se prohibirá la quema de maderas, basura u otros materiales combustibles.
o El interior de la obra se mantendrá aseada y sin desperdicios mediante la colocación de recipientes recolectores.
e Se llevará a cabo la estabilización y compactación de la zona de tránsito de maquinaria y vehículos.
e Los escombros se retirarán con frecuencia semanal, a sitios autorizados por la SEREMI de Salud. Estos se cubrirán con malla raschel para evitar polvo en suspensión.
o Se tomarán las acciones que eviten el escurrimiento o dispersión de los contaminantes de los vehículos de carga, tales como cubrimiento con lonas de los materiales transportados, humidificación de los mismos, carga y descarga adecuada, etc.
En el acápite 8 del Estudio de Emisiones Atmosféricas, en Anexo N* 2 de la
Adenda complementaria, el titular presenta los lineamientos preliminares del
Plan de Compensación de Emisiones.
Al respecto, la SEREMI de Medio Ambiente señala en su Oficio Ord. N* 735
de fecha 29 de agosto de 2019 lo siguiente:
“Respecto del cumplimiento del D.S. N? 31/2016 del Ministerio del Medio
Ambiente, que "Establece Plan de Prevención y Descontaminación
Atmosférica para la Región Metropolitana de Santiago”.
—- Presentar ante la SEREMI del Medio Ambiente RM, un Programa de
Compensación de Emisiones (PCE), para MP10, en formato digital,
considerando un aumento del 120% en las emisiones según lo establecido en
el artículo 64 del DS 31/2016 (MMA). Las cantidades a compensar por año cronológico se presentan a continuación en la Tabla: Tabla 1: Emisiones de MP10eg a compensar del Proyecto Edificio
Quillayes La Florida” E MP10eq MP10eg al 120% Porcentaje de MP10e Año q [ton/año] [ton/año] por combustión 1 3,08 3.69 22.48%
Fuente: Tabla 107 del Anexo de Emisiones de la Adenda Complementaria. Además, indica: "Finalmente señalar que el Art. 64 del D.S. 31/2016 exige que los Proyectos evaluados que sean aprobados con exigencias de compensación de emisiones sólo podrán dar inicio a la ejecución del Proyecto o actividad al contar con la aprobación del respectivo Programa de Compensación de Emisiones'.”
Indicador que acredita su cumplimiento
Comprobante de aprobación del Plan de Compensación de Emisiones (PCE). Registro de implementación de las medidas de abatimiento y control de emisiones.
Forma de control y seguimiento
Informes de seguimiento de la ejecución del Plan de Compensación de Emisiones (PCE).
Referencia al ICE para mayores detalles
Para más información, ver acápite 8.1.2 de ICE.
7.2. COMPONENTE/MATERIA: Emisiones atmosféricas — Vialidad y transporte
Norma
D.S. N* 75/1987 del Ministerio de Transporte y Telecomunicaciones que “Establece Condiciones para el Transporte de Cargas que Indica”
Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento
Construcción.
Parte, obra o acción a la que aplica
Nivelación de terrenos, escarpe y obra gruesa.
Forma de cumplimiento
Los camiones serán cubiertos mediante lona hermética, impermeable y sujeta a la carrocería, con el objetivo de evitar derrame, caída o dispersión de los materiales en el aire.
Indicador que acredita su
Registro en obra de documentación que acredite la exigencia por parte del
cumplimiento titular a empresa contratista de circular con la carga cubierta y/o inspección visual de los camiones que ingresan y/o se retiran de la planta con la carga cubierta.
Referencia al ICE para Para más información, ver acápite 8.1.3 de ICE.
mayores detalles
7.3. COMPONENTE/MATERIA: Ruido
Norma
D.S. N* 38/2011 del Ministerio de Medio Ambiente que “Establece Norma de Emisión de Ruidos Generados por Fuentes que Indica”
Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento
Construcción y Operación.
Parte, obra o acción a la que aplica
Construcción: Demolición, excavaciones, obra gruesa, terminaciones. Operación: Grupo electrógeno, generador eléctrico del Supermercado y equipos de clima de locales comerciales.
Forma de cumplimiento
Construcción:
Se implementarán medidas de control a fin de cumplir con la normativa y minimizar las molestias sobre los receptores sensibles (acápite 5.6 del Anexo N? 3 de la Adenda):
Cierres perimetrales con barreras acústicas: Durante toda la fase de construcción, se implementarán barreras acústicas cuyo material cumplirá con condiciones de densidad superficial igual o superior a 10 kg/m? (ejemplo: paneles de madera OSB de 15 mm de espesor o material equivalente). Las junturas de los paneles que conformen la barrera deberán ser herméticas tanto entre ellas como la unión con el piso, de modo que no se generen fugas y se pierda efectividad. Las barreras se ubicarán en el perímetro del área del Proyecto, y tendrán una altura de 4,8 y 6 m (ver detalle de la ubicación y alturas en Estudio de Ruido y Vibraciones del Anexo N*3. Estudios de Especialidad de la Adenda).
Cierre de vanos: Para el caso de faenas de construcción en altura, en sectores específicos del edificio, se cubrirán los vanos con planchas cuyo material deberá cumplir con condiciones de densidad superficial igual o superior a 10 kg/m? (ejemplo: paneles de madera OSB de 15 mm de espesor o material equivalente), con el objeto de mitigar los niveles de ruido generados al interior de la estructura que se propagan al exterior. Complementariamente, para los momentos en que se ejecuten obras sobre la loza de avance (última loza construida antes que se habilite la siguiente loza), se implementará una “barrera modular de madera OSB de 15 mm de espesor o similar, que presente las mismas características señaladas para las otras barreras del punto anterior, de al menos 3,2 [m] de altura, en el perímetro de la señalada loza. Silenciador en Grupo Electrógeno: La descarga del grupo electrógeno contará con un silenciador tipo crítico que proveerá al menos 25 dB de pérdida por inserción.
Además, se instalarán barreras acústicas como las descritas anteriormente, tanto en la loza superior del Supermercado como en los locales comerciales, para controlar el ruido y las vibraciones del generador eléctrico del Supermercado y los equipos de clima de los locales comerciales.
Medidas de gestión: Adicionalmente, se implementarán algunas medidas de gestión durante la ejecución del Proyecto, a cargo de personal capacitado para supervisar el cumplimiento de ellas, las cuales no son evaluables cuantitativamente y no determinan el cumplimiento normativo, por lo que son medidas voluntarias con el objeto de disminuir las actividades sonoras que se pueden evitar. Éstas se indican a continuación:
e Evitar el paso innecesario de maquinaria pesada y en general la instalación de cualquier fuente ruidosa próxima a inmuebles aledaños.
e Correcta utilización de los equipos que tengan por defecto sistemas de control de ruido, como por ejemplo no abrir compuertas de maquinaria que tenga cabina de insonorización.
e Limitar el número y duración del equipo que está ocioso en el sitio; especialmente el generado por el motor de los camiones tolva y máquinas de hormigonado durante el período de espera; y el uso de herramientas manuales movidas por aire comprimido.
e Todos los equipos utilizados en el sitio de la construcción tendrán los sistemas de escape y silenciadores que hayan sido recomendados por el fabricante para mantener el ruido asociado más bajo y tendrán sus mantenciones al día.
e Configurar la faena de construcción de una manera que mantenga el equipamiento y las actividades ruidosas tan lejos como sea posible de los receptores ubicados en el entorno del predio. Para mayor detalle revisar Estudio de Ruido y Vibraciones del Anexo N93. Estudios de Especialidad de la Adenda.
Al respecto, la SEREMI de Salud se pronuncia conforme mediante Oficio Ord. N* 5072 de fecha 22 de agosto de 2019.
Indicador que acredita su cumplimiento
e Chequeo de mantención de maquinaria. e Registro fotográfico que acredite la existencia de las medidas propuestas. e Registro de capacitaciones a los trabajadores.
Referencia al ICE para mayores detalles
Para más información, ver acápite 8.1.4 de ICE.
7.4. COMPONENTE/MATERIA: Ruido
Norma
D.S. N* 47/1992, Ministerio de Vivienda y Urbanismo, “Ordenanza General de Urbanismo y Construcciones” (OGUC).
Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento
Construcción.
Parte, obra o acción a la que aplica
Demolición, excavaciones, obra gruesa, terminaciones.
Forma de cumplimiento
En cumplimiento de la norma, el titular presentará a la Dirección de Obras Municipales:
-
Horario de funcionamiento de la obra.
-
El listado de herramientas y equipos generadores de ruidos molestos, con indicación de su horario de uso y las medidas consideradas.
Indicador que acredita su cumplimiento
Registro en obra de copia timbrada de la carta conductora dirigida a la DOM dando cuenta de los horarios, lista de herramientas y equipos a utilizar durante la construcción de la obra.
Referencia al ICE para mayores detalles
Para más información, ver acápite 8.1.5 de ICE.
7.5. COMPONENTE/MATERIA: Residuos sólidos
Norma
D.S. N” 594/1999 MINSAL. Reglamento sobre Condiciones Sanitarias y Ambientales Básicas en los Lugares de Trabajo.
Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento
Construcción.
Parte, obra o acción a la que aplica
Excavaciones, escarpe y obra gruesa.
Forma de cumplimiento
El titular del Proyecto tramitará la respectiva autorización sanitaria para la disposición de los residuos fuera del predio.
Indicador que acredita su cumplimiento
Registro en obra de autorización sanitaria respectiva.
Referencia al ICE para mayores detalles
Para más información, ver acápite 8.1.6 de ICE.
7.6. COMPONENTE/MATERIA:
: Residuos sólidos
Norma
DFL N* 725/1967 del MINSAL. Código Sanitario.
Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento
Construcción y Operación.
Parte, obra o acción a la que aplica
Generación de residuos.
Forma de cumplimiento
Construcción: Los residuos que se generen serán acumulados en una zona especialmente habilitada para este propósito. Los residuos serán llevados a lugares de disposición final debidamente autorizados por la Autoridad Sanitaria.
Operación: Las salas de basura se encontrarán debidamente autorizadas por la autoridad sanitaria. Los residuos serán retirados por el servicio municipal de recolección de basura.
Indicador que acredita su cumplimiento
Construcción: Registro en obra de autorización emitida por la autoridad sanitaria.
Operación: Registro en administración de autorización emitida por la autoridad sanitaria, respecto a las salas de basura que incorpora el Proyecto.
Referencia al ICE para mayores detalles
Para más información, ver acápite 8.1.7 de ICE.
7.7. COMPONENTE/MATERIA:
Residuos
Norma
D.S. N” 1/2013, Ministerio del Medio Ambiente que “Aprueba Reglamento del Registro de Emisiones y Transferencias de Contaminantes, RETC”
Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento
Construcción y Operación.
Parte, obra o acción a la que aplica
Demolición, excavaciones, obra gruesa, terminaciones y grupos electrógenos.
Forma de cumplimiento
El titular, según corresponda, declarará las emisiones, residuos y transferencias de contaminantes generados por el Proyecto, en el sistema de Ventanilla Unica del RETC (www.retc.cl).
Indicador que acredita su cumplimiento
Registro de despacho de todos los residuos generados durante la construcción del Proyecto y su posterior declaración en el sitio web del RETC. Dicha información deberá permanecer en obra para consulta de los organismos del Estado con competencias en fiscalización.
Referencia al ICE para mayores detalles
Para más información, ver acápite 8.1.8 de ICE.
7:8. COMPONENTE/MATERIA:
Residuos peligrosos
Norma
D.S. N* 148/2003 del MINSAL. Reglamento Sanitario sobre Manejo de Residuos Peligrosos.
Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento
Construcción.
Parte, obra o acción a la que aplica
Generación de residuos peligrosos.
Forma de cumplimiento
Se utilizarán contenedores diferenciados para este tipo de residuos, los cuales estarán debidamente rotulados dentro de la bodega de acopio temporal de residuos peligrosos. Serán retirados por empresa autorizada en el manejo y disposición final de ellos.
Indicador que acredita su cumplimiento
Registros que acrediten el retiro y disposición final de residuos peligrosos, mediante empresa autorizada.
Referencia al ICE para mayores detalles
Para más información, ver acápite 8.1.9 de ICE.
7.9. COMPONENTE/MATERIA:
Sustancias peligrosas
Norma
D.S. N* 43/2015 del MINSAL. Reglamento de Almacenamiento de Sustancias Peligrosas.
Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento
Construcción.
Parte, obra o acción a la que aplica
Manejo de sustancias peligrosas.
Forma de cumplimiento
Las condiciones de almacenamiento de las sustancias peligrosas serán las correspondientes al tipo, cantidad y tiempo de almacenamiento de éstas, en cumplimiento con el D.S. N* 43/2015 del MINSAL.
Las hojas de seguridad de estas sustancias se mantendrán visibles en el lugar de almacenamiento.
Indicador que acredita su cumplimiento
Registro de almacenamiento de sustancias peligrosas.
Referencia al ICE para mayores detalles
Para más información, ver acápite 8.1.10 de ICE.
7.10. COMPONENTE/MATERIA: Suministros básicos
Norma
D.S. N” 50/2002 del MOP. Reglamento de instalaciones domiciliarias de agua potable y de alcantarillado
Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento
Construcción y Operación.
Parte, obra o acción a la que aplica
Agua potable y alcantarillado
Forma de cumplimiento
Construcción: Durante esta fase, la instalación, mantención y retiro de los residuos líquidos estará a cargo de una empresa autorizada, hasta la materialización de las conexiones a los empalmes temporales a la red de alcantarillado público.
Operación: El Proyecto cuenta con factibilidad de agua potable y alcantarillado otorgado por Aguas Andinas. Para mayor detalle revisar Factibilidad de Agua Potable y Alcantarillado del Anexo N* 1 de la Adenda complementaria.
Indicador que acredita su cumplimiento
Construcción: Copia de factura u otro documento que acredite el retiro de los residuos de baños químicos por una empresa autorizada. Operación: Recepción municipal otorgada por la DOM de la municipalidad.
Referencia al ICE para mayores detalles
Para más información, ver acápite 8.1.11 de ICE.
7.11. COMPONENTE/MATERÍA: Patrimonio cultural
Norma
Ley N* 17.288/1970 MINEDUC. Sobre Monumentos Nacionales.
Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento
Construcción.
Parte, obra o acción a la que aplica
Excavaciones.
Forma de cumplimiento
En caso de efectuarse un hallazgo de materiales arqueológicos, antropológicos o paleontológicos, con ocasión de cualquier movimiento de tierra del Proyecto deberá procederse según lo establecido en los artículos N? 26 y 27 de la Ley N 17.288 de Monumentos Nacionales y el artículo N 23 del Reglamento Sobre Excavaciones y/o Prospecciones Arqueológicas, Antropológicas y Paleontológicas (D.S. N*484 de 1990 del Ministerio de Educación). Esto es paralizar las obras en el sector afectado e informar de inmediato y por escrito al Consejo de Monumentos Nacionales para que este organismo determine el procedimiento a seguir, cuya implementación deberá ser efectuada por el titular del Proyecto.
Indicador que acredita su cumplimiento
Registro de paralización de obras en caso de hallazgo arqueológico y/o paleontológico.
Referencia al ICE para mayores detalles
Para más información, ver acápite 8.2.1 de ICE.
7.12. COMPONENTE/MATERIA: Vialidad
Norma
D.S. N” 298/94 del Ministerio de Transporte y Telecomunicaciones, Reglamenta Transporte de Cargas Peligrosas por Calles y Caminos.
Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento
Construcción.
Parte, obra o acción a la que aplica
Traslado de sustancias peligrosas.
Forma de cumplimiento
El Titular velará porque en todo momento que se realice transporte de cargas peligrosas asociada al Proyecto, este se ajuste a lo indicado en este decreto.
Indicador que acredita su cumplimiento
Registros tales como: órdenes de compra o contratos de prestación de servicios, que permitan evidenciar que el titular del Proyecto ha exigido a las
empresas transportistas que los camiones cumplan con el equipamiento indicado en este decreto.
Registro en obra del transportista y de las características de los camiones que efectúan el transporte de sustancias peligrosas. Dicha información deberá permanecer en obra para consulta de los organismos del Estado con competencias en fiscalización.
Referencia al ICE para mayores detalles
Para más información, ver acápite 8.3.1 de ICE.
7.13. COMPONENTE/MATERIA: Vialidad
Norma
D.S. N* 158/1980 del MOP. Fija el peso máximo de los vehículos que pueden circular por caminos públicos.
Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento
Construcción.
Parte, obra o acción a la que aplica
Actividades de transporte de camiones.
Forma de cumplimiento
Los camiones involucrados en las actividades de transporte para la fase de construcción del Proyecto cumplirán con los pesos máximos por eje, lo que se exigirá en los contratos con los transportistas.
Indicador que acredita su cumplimiento
Registros tales como: órdenes de compra o contratos de prestación de servicios, que permitan evidenciar que el titular del Proyecto ha exigido a las empresas transportistas el límite de peso por eje de sus vehículos.
Registros en obra que evidencien el cumplimiento del límite de peso por eje de sus vehículos.
Referencia al ICE para mayores detalles
Para más información, ver acápite 8.3.2 de ICE.
7.14. COMPONENTE/MATERIA: Vialidad
Norma D.S. N* 18/2001 MINTRATEL. Prohíbe la circulación de vehículos de carga en vías que indica.
Fase del Proyecto a la que Construcción.
aplica o en la que se dará
cumplimiento
Parte, obra o acción a la que Actividades de transporte.
aplica
Forma de cumplimiento
El titular hará exigible en todos los contratos y subcontratos de transporte de materiales, que suscriba durante el desarrollo de la obra, lo establecido en la presente normativa.
Indicador que acredita su cumplimiento
Registro que evidencien que el titular ha exigido al transportista contratado la obligatoriedad de cumplir este decreto, por ejemplo, mediante contrato de prestación de servicios.
Referencia al ICE para mayores detalles
Para más información, ver acápite 8.3.3 de ICE.
7.15. COMPONENTE/MATERIA: Vialidad
Norma
D.F.L. N* 850/1997, Ministerio de Obras Públicas.
Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento
Construcción.
Parte, obra o acción a la que aplica
Actividades de transporte.
Forma de cumplimiento
El Titular velará porque los caminos de acceso a las obras sean conservados, y reparados cuando por efecto de las obras del Proyecto sean dañados.
Indicador que acredita su
Registro fotográfico del estado actual de los caminos de acceso y de su
cumplimiento reparación cuando corresponda. Dicha información deberá permanecer en obra para consulta de los organismos del Estado con competencias en fiscalización.
Referencia al ICE para Para más información, ver acápite 8.3.4 de ICE.
mayores detalles
7.16. COMPONENTE/MATERIA: Vialidad
Norma
D.S. N* 200/1993 del MOP. Establece pesos máximos a los vehículos para circular en las vías urbanas del país.
Fase del Proyecto a la que Construcción.
aplica o en la que se dará
cumplimiento
Parte, obra o acción a la que Transporte de carga durante la construcción del Proyecto.
aplica
Forma de cumplimiento El titular hará exigible en todos los contratos y subcontratos de transporte de materiales que suscriba durante el desarrollo de la obra, lo establecido en la presente normativa respecto al peso máximo establecido para circular por las vías urbanas del país.
Indicador que acredita su Registros tales como: órdenes de compra o contratos de prestación de
cumplimiento servicios, que permitan evidenciar que el titular del Proyecto ha exigido a las empresas transportistas el límite de peso por eje de sus vehículos.
Referencia al ICE para Para más información, ver acápite 8.3.5 de ICE.
mayores detalles
8”. Que, para ejecutar el Proyecto deben cumplirse las siguientes condiciones o exigencias, en concordancia con el artículo 25 de la Ley N* 19.300:
8.1. Emisiones atmosféricas Impacto no | Aumento en las emisiones. significativo asociado Fase del Proyecto a la | Construcción. que aplica Objetivo, descripción | Cumplimiento al D.S. N” 31/2016 del Ministerio del Medio Ambiente. y justificación Condición La SEREMI de Medio Ambiente RM, en el Oficio Ord. N 735 de fecha 29 de agosto de 2019, se pronuncia conforme condicionado a lo siguiente: “Respecto del cumplimiento del D.S. N 31/2016 del Ministerio del Medio Ambiente, que “Establece Plan de Prevención y Descontaminación Atmosférica para la Región Metropolitana de Santiago”. -—- Presentar ante la SEREMI del Medio Ambiente RM, un Programa de Compensación de Emisiones (PCE), para MP10, en formato digital, considerando un aumento del 120% en las emisiones según lo establecido en el artículo 64 del DS 31/2016 (MMA). Las cantidades a compensar por año cronológico se presentan a continuación en las Tablas 1:
Tabla 1: Emisiones de MP10 a compensar del Proyecto “Edificio San Diego” año |MP1O (ton/año) |MPIO al 120% (ton/año) (+. Y MPIO po
combustión
7 [3,08 13,69 122,48
Fuente: Tabla 107 del Anexo de Emisiones de la Adenda Complementaria. Además, según se indica en el Artículo 63 del DS N* 31/2016, las medidas de compensación deberán cumplir los siguientes criterios:
Medibles, esto es, que permitan cuantificar la reducción de las emisiones que se produzca a consecuencia de ellas.
Verificables, esto es, que generen una reducción de emisiones que se pueda cuantificar con posterioridad de la implementación.
Adicionales, entendiendo por tal que las medidas propuestas no respondan a otras obligaciones a que esté sujeto el titular, o bien, que no correspondan a una acción que conocidamente será llevada a efecto por la autoridad pública o particulares.
Permanentes, entendiendo por tal que la rebaja permanezca por el período en
que el Proyecto está obligado a reducir emisiones. Finalmente señalar que el Art. 64 del D.S. 31/2016 exige que los Proyectos evaluados que sean aprobados con exigencias de compensación de emisiones, sólo podrán dar inicio a la ejecución del Proyecto o actividad al contar con la aprobación del respectivo Programa de Compensación de Emisiones”.
8.2. Ruido y Vibraciones
Impacto no | Aumento en los niveles de ruido y vibraciones respecto al límite normativo. significativo asociado
Fase del Proyecto a la | Construcción y Operación.
ue aplica Objetivo, descripción | Cumplimiento al D.S. N 38/2011 del Ministerio del Medio Ambiente. y justificación Condición La SEREMI de Salud RM, en el Oficio Ord. N 5072 de fecha 22 de agosto de 2019, se pronuncia conforme señalando a lo siguiente:
“No se tienen observaciones en materia de acústica ambiental. Sin perjuicio de lo anterior, en caso que el Proyecto sea calificado ambientalmente favorable, en la respectiva resolución deberán quedar establecidas las exigencias basadas en las medidas y compromisos señalados por el propio titular en todos los documentos de la DIA y sus adendas, cumpliendo en todo momento los límites máximos permitidos de la norma de ruido ambiental vigente D.S. N*38/11 del MMA "Norma de emisión de ruidos generados por fuentes que indica” o la que la reemplace y de la norma de referencia utilizada en la evaluación de las vibraciones “Transit Noise and Vibration Impact Assessment” de la Federal Transport Administration de Estados Unidos”.
8.3. Residuos
Impacto no significativo asociado
Deterioro propiedades del suelo o recurso hídrico.
Fase del Proyecto a la que aplica
Construcción.
Objetivo, descripción y justificación
Cumplimiento al D.S. N 594/1999, D.S. N 148/2003, DFL N* 725/1967, todos del Ministerio de Salud.
Condición
La SEREMI de Salud RM mediante Oficio Ord. N* 5072 de fecha 22 de agosto de
2019, se pronuncia conforme al Proyecto, señalando lo siguiente:
“En relación a los residuos generados durante la etapa de construcción, se hace presente al titular que:
e Los residuos sólidos asimilables a domiciliarios, deberán ser dispuestos en rellenos sanitarios autorizados por esta Secretaría Ministerial de Salud.
e Los residuos sólidos inertes generados, deberán ser eliminados en actividades autorizadas para la disposición de residuos de la construcción y escombros.
o Los listados de destinatarios y transportistas de residuos peligrosos, no peligrosos y de las actividades autorizadas para la disposición de residuos de la construcción y escombros, están disponibles en la página web www. asrm.cl.
Del sistema de limpieza de las ruedas de los vehículos y del lavado de canoas
respecto de los residuos (lodos y riles), si estos contienen trazas de grasas u otro
contaminante, deberán ser manejados, transportados y dispuestos en lugar
Autorizados según lo normado en el D.S. 148/2003 MINSAL”.
8.4. Recurso hídrico
Impacto no significativo asociado
Afectación en la calidad y cantidad del recurso hídrico.
Fase del Proyecto a la que aplica
Construcción u Operación según corresponda.
Condición
La Dirección Regional de Aguas de la Región Metropolitana de Santiago se pronuncia de la siguiente forma, mediante el oficio Ord. N* 885 de fecha 05 de julio de 2019:
“(...) Conforme Condicionado, según se detalla más adelante y en virtud de los antecedentes presentados por el Titular del Proyecto, considerando cumplimiento normativo durante el proceso de evaluación de impacto ambiental:
-
Que, en relación con los Antecedentes Técnicos y Formales presentados por el Titular para la Obra "Edificio Quillayes La Florida”, al Proyecto no le es aplicable el PAS del artículo 155% del RSETA, de competencia de la DGA.
-
Que, en relación con los Antecedentes Técnicos y Formales presentados por el Titular para la Obra "Edificio Quillayes La Florida” al Proyecto no le es aplicable el PAS del artículo 156" del RSETA, de competencia de la DGA
-
Que, en relación con los Antecedentes Técnicos y Formales presentados por el Titular para la Obra "Edificio Quillayes La Florida” al Proyecto no le es aplicable el PAS del artículo 157" del RSEIA, de competencia de la DGA.
-
Que, en relación con los Antecedentes Técnicos y Formales presentados por el Titular para la Obra Edificio Quillayes La Florida”, al Proyecto no le es aplicable el PAS del artículo 158? del RSEIA, de competencia de la DGA.
-
La Declaración de Impacto Ambiental entrega los antecedentes necesarios para evaluar que el Proyecto no requiere presentar un Estudio de Impacto Ambiental, dado que no genera o presenta los efectos adversos, características o circunstancias sobre el recurso hídrico, señalados en el artículo 11% de la LBGMA.
- Que, en Adenda 1, el Titular declara: "Cabe precisar que el Titular se encuentra tramitando la Factibilidad de Agua Potable y Alcantarillado actualizada a la arquitectura antes detallada. ”, al respecto, se precisa que el Titular deberá contar con la factibilidad previo al inicio de la Fase de Construcción, teniendo en consideración que el área de Proyecto corresponde a un Área de Restricción para
nuevas extracciones de aguas subterráneas, Sector Pirque (Acuífero Maipo), de
acuerdo a Resolución DGA N* 252, del 15 de noviembre de 2011.
- Que, debido a que el área de Proyecto corresponde a un Area de Restricción
para nuevas extracciones de aguas subterráneas, Sector Pirque (Acuífero Maipo),
de acuerdo con Resolución DGA N* 252, del 15 de noviembre de 2011, por tanto, el Titular debe tener presente que debe evitar alumbramiento de aguas
subterráneas en todas las Fases del Proyecto para evitar impactos en la calidad y
niveles del recurso hídrico.
- Que, el Plan de Contingencias Emergencias del Anexo 4 del Adenda 1 establece
la siguiente medida en caso de afloramiento de aguas en Fase de Construcción.
Dicha medida resulta relevante para la evaluación ambiental del Proyecto, pues
se encuentra asociada a las eventuales situaciones de riesgo o contingencia que
pueden generar los efectos, características o circunstancias establecidos en el artículo 11 del RSEIA. Por tanto, la medida a ser aplicada en el evento es la siguiente:
“Ante un potencial afloramiento de aguas durante la Fase de Construcción del
Proyecto, tanto el Titular y/o sus Contratistas deben tener presente dar aviso
inmediato a la Superintendencia del Medio Ambiente, en un plazo menor a 24 h,
acerca de la ocurrencia de afloramiento de agua, señalando las medidas que ha
aplicado hasta ese momento. A continuación, y de manera preliminar, se deberá proceder considerando las siguientes actividades:
i) Verificar la calidad del agua mediante toma de muestras a través de laboratorio acreditado, que asegure que la calidad de las aguas a ser gestionadas (dispuestas), es de similar calidad natural a la de las aguas de la fuente donde corresponda su disposición final.
ii) Efectuar pruebas hidráulicas para determinar los volúmenes y caudales de agua comprometidos, a fin de que esto además le permita al Titular diseñar las medidas para el control de la estabilidad de los taludes en el sector del afloramiento.
iii) Enviar de inmediato los resultados de los análisis químicos y pruebas hidráulicas a la SMA, en un Informe que detalle los hechos. A su vez se solicita al Titular que acompañe imágenes fotográficas (con fecha) describa los procedimientos seguidos y el análisis y discusión de los resultados respecto de la calidad (parámetros de la NCh 409), volúmenes y caudales, así como las respectivas conclusiones y recomendaciones para la gestión de dichas aguas (disposición final).
iv) Una vez comprobada la naturaleza de la situación acaecida, mediante los ensayos y mediciones solicitados, se analizará la medida de gestión definitiva en conjunto con la Autoridad.
v) El Titular deberá informar el resultado de las acciones implementadas, comunicando la fecha cierta en que se pudo controlar el afloramiento, en un plazo menor a 24 h.
vi) Si el afloramiento de aguas responde a un escenario permanente, el Titular deberá incurrir en los estudios suficientes y necesarios que permitan determinar la posibilidad de alcanzar una solución definitiva, o bien determinar si responde a un cambio sustantivo de las variables evaluadas, sobre las cuales fueron establecidas las condiciones o medidas ambientales. *
- Que, el Plan de Contingencias Emergencias del Anexo 4 del Adenda 1 establece la siguiente medida en caso de accidente/derrame que afecte los recursos hídricos subterráneos en Fase de Construcción. Dicha medida resulta relevante para la evaluación ambiental del Proyecto, pues se encuentra asociada a las eventuales situaciones de riesgo o contingencia que pueden generar los efectos, características o circunstancias establecidos en el artículo 11 del RSEIA:
“En caso de ocurrencia de accidente que comprometa recursos hídricos
subterráneos, el Plan de Contingencia y Emergencia debe establecer que “en caso
de ocurrencia de accidente que comprometa los recursos hídricos subterráneos, se informará antes de 24 horas, a la Superintendencia del Medio Ambiente, señalando lo siguiente:
1) Descripción del accidente, indicando lugar, identificación de la sustancia, área de influencia, duración y magnitud del evento y principales impactos ambientales.
li) Detalles de cada acción y medida de mitigación utilizadas durante el evento de contaminación.
iii) Evaluación de los efectos sobre los recursos hídricos superficiales y/o subterráneos afectados y su medio ambiente asociado y resultados de los monitoreos inmediatos en el área de influencia.
iv) En caso de ser necesario, un Programa de Medidas de Descontaminación de la zona, metodología, y evaluación de la efectividad de las medidas, para ser aprobado por la Autoridad. (sólo en caso de accidentes). *
- Otras Consideraciones relacionadas con el proceso de Evaluación de Impacto
Ambiental
Que, el Titular debe tener presente que los residuos sólidos de la construcción
provenientes de excavaciones y los catalogados como escombros, generados en la
Fase de Construcción del Proyecto que sean enviados a un sitio autorizado para
su disposición final, no podrán contener sustancias o residuos peligrosos que
puedan causar un detrimento en la calidad de la napa por la lixiviación o lavado
de suelo en el sitio de disposición final siendo necesario mantener un registro, a
fin de comprobar que los materiales y sus lixiviados no causen un detrimento del
recurso hídrico”.
8.5 Vialidad
Impacto no significativo asociado
Uso de la vialidad adyacente.
Fase del Proyecto a la que aplica
Construcción.
Objetivo, descripción y justificación
Manejo de las vías aledañas al Proyecto durante los trabajos de construcción.
Condición
De acuerdo a lo señalado por la SEREMI de Transportes y Telecomunicaciones en
el Ord. N* 6865 de fecha de 11 de julio de 2019:
“(...), este órgano de administración del Estado se pronuncia conforme sobre la
Adenda antes mencionada.
-
El Titular deberá materializar todas las medidas de mitigación del EISTU antes de le recepción final de las obras.
-
Los datos entre el EISTU y la DIA deben ser concordantes y corresponder al mismo Proyecto.
-
Se debe considerar el ingreso y permanencia de vehículos al interior del Proyecto, tanto para vehículos mayores como para menores. No se considera utilizar el Bien Nacional de Uso Público para efectuar esta labor.
-
Nose deberealizar acopio de materiales en la vía pública, durante los trabajos realizados en la fase de construcción del Proyecto.
-
Se deben habilitar zonas de estacionamientos y áreas de carga y descarga, al interior del terreno del Proyecto, de manera tal que no afecte la vialidad pública.
-
Para la fase de construcción se realizará una planificación de la carga y descarga de los camiones, evitando congestión o filas de vehículos en la calzada.
-
Los camiones de transporte utilizados, contarán con revisión técnica y de gases al día.
-
Se privilegiará el terreno del Proyecto para faenas de carga y descarga de camiones, siempre que el avance de la obra lo permita.
-
El acceso estará en buenas condiciones para el tránsito adecuado de vehículos y peatones.
-
Todo el transporte de maquinaria pesada hacia la obra, tales como rodillos y retroexcavadoras, será realizada en carros de arrastre, impidiendo su transporte por tracción propia.
-
Se privilegiará el horario fuera de horas punta para faenas de carga y descarga de camiones.
12, Se capacitará a los trabajadores involucrados en materias de señalización de tránsito de obras provisorias.
-
No se realizará acopio de materiales en la vía pública.
-
Cumplir el Decreto Supremo N” 75 de 1987 Ministerio de Transportes que establece que los vehículos que transporten desperdicios, arena, tierra, ripio u otros materiales, ya sean sólidos o líquidos, que puedan escurrirse o caer al suelo, estarán construidos de forma que ello no ocurra por causa alguna. En zonas urbanas, el transporte de material que produzca polvo, tales como escombros, cemento, yeso, etc. deberá efectuarse siempre cubriendo total y eficazmente los materiales con lonas de plásticos de dimensiones adecuadas, u otro sistema que impida su dispersión al aire.
-
Se deberá dar cumplimiento al Decreto N* 18 de 2001 y sus modificaciones del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones, el cual prohíbe la circulación de vehículos de carga por las vías al interior del Anillo Américo Vespucio.
-
En relación a las obras que se realicen en la vía pública, se solicita considerar lo dispuesto en Capítulo N* 5 "Señalización Transitoria y Medidas de
Seguridad para Trabajos en la Vía" del Manual de Señalización de Tránsito y sus Anexos”.
- Que, durante el procedimiento de evaluación de la DIA el Titular del Proyecto propuso los siguientes compromisos ambientales voluntarios:
9.1. Plan de Comunicación
Objetivo del compromiso
Informar a los residentes del área de influencia del Proyecto respecto a las medidas de control que este incorpora, además de recepcionar registros de denuncias, respuestas y acciones implementadas. Se establecerá también un encargado de recibir y buscar solución a posibles quejas de la comunidad disponiendo los medios de comunicación pertinentes para estos temas en un plazo máximo de 7 días hábiles.
Alcance del compromiso
Población del Área de Influencia.
Descripción detallada del Compromiso voluntario
El titular se compromete a establecer un plan de comunicación y manejo con las comunidades aledañas al lugar de emplazamiento del Proyecto (organizaciones sociales con personalidad jurídica). Para ello, se instalará un cartel informativo al ingreso de la obra durante toda la fase de construcción del Proyecto con los plazos de las obras y horarios de faenas ruidosas. Se dispondrá de un encargado de recibir y buscar solución a posibles quejas de la comunidad disponiendo los medios de comunicación pertinentes para estos temas (correo electrónico), dando respuesta en un plazo máximo de 3 días hábiles para reclamos catalogados como urgentes (que generen afectación grave al involucrado), y de 7 días hábiles para reclamos menores o consultas. La solución a cada reclamo se comunicará vía correo electrónico a cada afectado informando de las medidas a seguir y el tiempo en que se resolverá.
Fase en que aplica el Compromiso
Fase de Construcción.
Fecha o Hito de inicio de la implementación del compromiso.
Instalación de Faenas.
Duración del compromiso
Durante toda la fase construcción.
Lugar de implementación.
Accesos a la obra del Proyecto.
Programa de acción y/o implementación
Por medio de cartel informativo al ingreso de la obra durante toda la fase de construcción del Proyecto, con información semanal de las actividades.
Indicador de cumplimiento.
Registro fotográfico de cartel informativo. Registro fotográfico o papel de quejas de las comunidades aledañas. Registro fotográfico o papel de respuestas a consultas emitidas.
Descripción de acción de difusión | No Aplica. Frecuencia de aplicación del | Mensual. compromiso.
Parámetros descriptivos del | No Aplica. compromiso.
Medición del compromiso.
Registro fotográfico mensual en obra de pizarra informativa. Registro en obra de quejas de las comunidades aledañas. Registro mensual en obra de respuestas emitidas a consultas.
Resultados esperados.
Formar un canal de comunicación fluido con la comunidad aledaña a las obras del Proyecto.
Período en que se informará el estado del cumplimiento. Organismo al que se reportará (además de SMA).
Periodo de Construcción del Proyecto, cada cambio de fase constructiva.
9.2. Identificación de Especies Nativas
Objetivo del compromiso
Reducir la contaminación atmosférica, disminuir el consumo de agua y aumentar la biodiversidad
Alcance del compromiso
Paisajismo interior del Proyecto.
Descripción detallada del Compromiso voluntario
Con motivo de aportar con lo establecido en los Lineamientos Estratégicos del PLADECO de La Florida, particularmente en relación al eje de Fortalecimiento del desarrollo del medio físico, medio ambiente e infraestructura, el Titular se compromete a identificar las especies nativas que incorpore el Proyecto de Paisajismo, mediante letreros informativos.
Dichos letreros serán de madera, e incluirán el nombre científico de la especie, nombre común de la especie, y se mencionará que corresponden a especies nativas.
Fase en que aplica el Compromiso
Operación.
Fecha o Hito de inicio de la implementación del compromiso.
Recepción final del edificio.
Duración del compromiso Indefinido.
Lugar de implementación. Paisajismo interior del Proyecto.
Programa de acción y/o | 'Noaplica.
implementación
Indicador de cumplimiento. Registro fotográfico de letreros informativos.
Descripción de acción de difusión | No Aplica.
Frecuencia de aplicación del | No aplica.
compromiso.
Parámetros descriptivos del | Proyecto de paisajismo con requerimientos para cada especie. compromiso.
Medición del compromiso.
Densidad de especies nativas definidas en el Proyecto de paisajismo.
Resultados esperados.
Mejorar espacios comunes y aumento de biomasa.
Período en que se informará el
Previo a solicitud de recepción final municipal. DOM de la LM. de La
estado del cumplimiento. | Florida. Organismo al que se reportará (además de SMA).
9.3. Sistema de riego automático
Objetivo del compromiso
Implementar un Sistema de Riego Automático que sea eficiente y de bajo consumo, de manera de resguardar y fomentar el uso sustentable del recurso hídrico de la comuna.
Alcance del compromiso
Vecinos de la comuna de La Florida
Descripción detallada del
Compromiso voluntario
Con motivo de aportar con lo establecido en los Lineamientos Estratégicos del PLADECO de La Florida, particularmente en relación al eje de Fortalecimiento del desarrollo del medio físico, medio ambiente e infraestructura, el Titular se compromete a implementar un Sistema de Riego Automático que sea eficiente y de bajo consumo, de manera de resguardar y fomentar el uso sustentable del recurso hídrico de la comuna.
Por su parte, el Titular se compromete a privilegiar las especies de bajo consumo en su Proyecto de Paisajismo, el cual se presentará de manera sectorial, una vez obtenida la RCA favorable del Proyecto.
Fase en que aplica el Compromiso
Operación.
Fecha o Hito de inicio de la implementación del compromiso.
Recepción final del edificio.
Duración del compromiso Indefinido.
Lugar de implementación. Interior del Proyecto. Programa de acción y/o | Noaplica. implementación
Indicador de cumplimiento.
Registro fotográfico del sistema de riego automático instalado. Comprobante de la empresa ejecutora del sistema de riego automático.
Descripción de acción de difusión
No Aplica.
Frecuencia de aplicación del | No aplica. compromiso. Parámetros descriptivos del | No aplica. compromiso. Medición del compromiso. No aplica.
Resultados esperados.
Resguardar y fomentar el uso sustentable del recurso hídrico del Proyecto.
Período en que se informará el estado del cumplimiento. Organismo al que se reportará (además de SMA).
Previo a solicitud de recepción final municipal. DOM de la I.M. de La Florida.
9.4. Estacionamientos con carga eléctrica vehicular
Objetivo del compromiso
Fomentar la electromobilidad.
Alcance del compromiso
Usuarios de estacionamientos de la zona comercial del Proyecto.
Descripción detallada del
Compromiso voluntario
Con motivo de aportar con el Lineamiento Regional de Incentivo al Uso de Energías Limpias, el Titular se compromete a adaptar 2
estacionamientos en la zona comercial del Proyecto para carga vehicular eléctrica, con lo cual se fomentará la electromobilidad.
Fase en que aplica el Compromiso
Fase de Operación.
Fecha o Hito de inicio de la implementación del compromiso.
Recepción final del edificio.
Duración del compromiso Indefinido.
Lugar de implementación. Estacionamientos de la zona comercial del Proyecto. Programa de acción y/o | No aplica.
implementación
Indicador de cumplimiento.
Registro fotográfico de los estacionamientos acondicionados para carga eléctrica de vehículos. Comprobantes de la empresa ejecutora del compromiso.
Descripción de acción de difusión | No Aplica. Frecuencia de aplicación del | Diaria. compromiso.
Parámetros descriptivos del | No aplica. compromiso.
Medición del compromiso. No aplica.
Resultados esperados.
Fomentar la electromobilidad en la comuna.
Período en que se informará el
Previo a solicitud de recepción final municipal. DOM de la 1.M. de La
estado del cumplimiento. | Florida. Organismo al que se reportará (además de SMA).
9.5. Techo verde en supermercado
Objetivo del compromiso
Aportar un beneficio ambiental a la comuna.
Alcance del compromiso
Vecinos de la comuna de La Florida.
Descripción detallada del
Compromiso voluntario
Atendiendo a la modificación de la Ordenanza General de Urbanismo y Construcciones que fomenta la construcción de techos verdes, el Titular se compromete a incorporar en el Techo del Supermercado una superficie aproximada de 560 m? de área verde o jardín, con motivo de que este tipo de tratamiento aporte como un beneficio ambiental.
Fase en que aplica el Compromiso
Operación.
Fecha o Hito de inicio de la | Recepción final de edificio. implementación del compromiso.
Duración del compromiso Indefinido.
Lugar de implementación. Techo del Supermercado Programa de acción y/o | No aplica.
implementación
Indicador de cumplimiento.
Registro fotográfico del techo del supermercado.
Descripción de acción de difusión No Aplica.
Frecuencia de aplicación del | No aplica.
compromiso.
Parámetros descriptivos del | Suscripción a programa de reciclaje comunal. compromiso.
Medición del compromiso.
No aplica.
Resultados esperados.
Fomentar este tipo de iniciativas ambientales beneficiosas.
Período en que se informará el estado del cumplimiento. Organismo al que se reportará (además de SMA).
No aplica.
9.6. Iluminación de bajo consumo de áreas y espacios comunes del Proyecto
Objetivo del compromiso
Mejorar la eficiencia de consumo eléctrico.
Alcance del compromiso
Residentes del Proyecto.
Descripción detallada del
Compromiso voluntario
El Titular se compromete a implementar iluminación de bajo consumo energético para todos los espacios del Proyecto compuestos por áreas verdes y/o espacios comunes.
Fase en que aplica el Compromiso
Operación.
Fecha o Hito de inicio de la implementación del compromiso.
Recepción final de edificio.
Duración del compromiso
Indefinido.
Lugar de implementación.
Áreas verdes y espacios comunes al interior del Proyecto.
Programa de acción
implementación
y/o
No aplica.
Indicador de cumplimiento.
Registro fotográfico de la iluminación instalada en las zonas de áreas verdes y espacios comunes. Registro de comprobantes de compra de las iluminaciones.
Descripción de acción de difusión
No Aplica.
estado del cumplimiento. Organismo al que se reportará (además de SMA).
Frecuencia de aplicación del | No aplica.
compromiso.
Parámetros descriptivos del | No aplica
compromiso.
Medición del compromiso. No aplica
Resultados esperados. Fomentar el uso de iluminación de bajo consumo. Período en que se informará el | No aplica.
9.7. Charla a trabajadores sobre componente Arqueológico
Objetivo del compromiso
Evitar incurrir en el delito de daño a Monumento Nacional establecido en el artículo N 38 de la Ley N 17.288.
Alcance del compromiso
Todos los trabajadores asociados a la obra
Descripción detallada del
Compromiso voluntario
El arqueólogo o licenciado en arqueología- realizará una charla a los trabajadores del Proyecto sobre el componente arqueológico que se podría encontrar en el área y los procedimientos a seguir en caso de hallazgo, antes del inicio de excavación para cada una de las etapas del Proyecto.
Fase en que aplica el Compromiso
Construcción
Fecha o Hito de inicio de la implementación del compromiso.
Instalación de Faenas.
Duración del compromiso
Toda la Fase de Construcción.
Lugar de implementación.
Predio del Proyecto.
Programa de acción implementación
y/o
1 charla al inicio de excavación para cada una de las etapas del Proyectos.
Indicador de cumplimiento.
Informe a la SMA y al Consejo de Monumentos Nacionales con los contenidos de la inducción realizada y la constancia de asistentes a la misma junto a sus firmas.
Descripción de acción de difusión
No Aplica.
Frecuencia de aplicación del | Cada vez que se realicen excavaciones.
compromiso.
Parámetros descriptivos del | Lista de asistencia a la charla con el nombre y RUT de cada asistente, compromiso. más los temas tratados y el nombre y firma del relator.
Medición del compromiso.
Remitir un informe a la SMA y al Consejo de Monumentos Nacionales con los contenidos de la inducción realizada y la constancia de asistentes a la misma a través de una lista de asistencia firmada por el relator y los participantes, así como una síntesis de sus comentarios, observaciones y preguntas.
Resultados esperados.
Fomentar el uso de iluminación de bajo consumo.
Período en que se informará el estado del cumplimiento. Organismo al que se reportará (además de SMA).
Remitir un informe a la SMA y al Consejo de Monumentos Nacionales con los contenidos de cada vez que se realice la charla y la constancia de asistentes a la misma a través de una lista de asistencia firmada por el relator y los participantes, así como una síntesis de sus comentarios, observaciones y preguntas.
- Que, las medidas relevantes del Plan de Prevención de Contingencias y del Plan de Emergencias, son las
siguientes:
10.1. PLAN DE PREVENCIÓN DE CONTINGENCIAS
10.1.1. Derrame de sustancias o residuos peligrosos
Fase del Proyecto a la que aplica
Construcción.
Parte, obra o acción asociada
Dentro del predio del Proyecto. Corresponde a las actividades a desarrollar
durante la construcción del Proyecto (tabla 4.3 de RCA).
Acciones o medidas a implementar
»Capacitar a los trabajadores sobre la prevención de derrames y las formas
de acción en caso de que estos ocurran.
«Mantener todo residuo debidamente almacenado en el sitio de
almacenamiento temporal asignado.
«Todo residuo (con potencial de derrame) que se esté utilizando, se deberá mantener con su tapa puesta.
»Todo recipiente que almacene residuos peligrosos se debe encontrar rotulado de acuerdo al material que contiene.
»Mantener a la vista y disposición de todos los trabajadores, las Hojas de Datos de Seguridad de cada uno de los productos que se manejan en obra. »Realizar la manipulación de productos con potencial de derrame en sectores que cuenten con la debida protección en el suelo.
Forma de control y seguimiento
«Registro de capacitaciones y charlas informativas.
«Registro de residuos peligrosos al interior de la obra.
»Registro de eventos de derrame residuos peligrosos al interior de la obra. Registro de “Informes Preliminares de Emergencia y/o Contingencias” presentados a la Superintendencia de Medio Ambiente y SEREMI del Medio Ambiente.
Revisión periódica de los protocolos de seguridad por parte del experto de Prevención de Riesgos de la obra.
Referencia al ICE o documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada
Acápite 7.1 del Anexo N* 4 de la Adenda.
10.1.2. Incendio
Fase del Proyecto a la que aplica
Construcción.
Parte, obra o acción asociada
Dentro del predio del Proyecto, y corresponde a las actividades a desarrollar durante la construcción del Proyecto (tabla 4.3 de RCA).
Acciones o medidas a implementar
e El perímetro de toda la obra se mantendrá limpio, libre de maleza y de cualquier obstáculo.
e No estará permitido fumar en toda la obra, esto será informado mediante letreros instalados en diferentes puntos de la Instalación de Faenas.
e Mantener los extintores permanentemente en buen estado de operación:
y Los extintores deberán ser sometidos a revisión y mantención a lo menos una vez al año y serán certificados por un laboratorio acreditado.
y Los extintores estarán ubicados en lugares de fácil acceso y claramente identificados, libres de todo obstáculo.
e Todos los trabajadores deben estar instruidos en el empleo y uso de extintores y su respectiva ubicación.
e Mantener claramente señalizados los equipos contra incendios, con sus accesos despejados libres de obstáculos.
e Capacitar a los trabajadores sobre las medidas de prevención y control de incendios.
Forma de control y seguimiento
e Registro de maquinarias y equipos de trabajo.
e Registro y revisión periódica de los equipos de extinción portátil Operativos.
e Registro de capacitaciones respecto al correcto uso y empleo de equipos de extinción portátil.
Referencia al ICE o documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada
Acápite 7.2, Anexo N? 4 de la Adenda.
10.1.3. Derrumbes
Fase del Proyecto a la que aplica
Construcción.
Parte, obra o acción asociada
Dentro del predio del Proyecto, y corresponde a las actividades a desarrollar durante la construcción del Proyecto (tabla 4.3 de RCA).
Acciones o medidas a implementar
o Efectuar un retiro permanente de los escombros, con objeto de mantener el área despejada.
o Apuntalar la estructura de apoyo cuando se trabaje con carga.
e Delimitar el área de trabajo.
e Emplear elementos de protección personal.
Forma de control y seguimiento
e Registro de retiro de escombros. e Registro de capacitaciones respecto al trabajo con carga.
Referencia al ICE o documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada
Acápite 7.3, Anexo N* 4 de la Adenda.
10.1.4. Accidentes que afecten recurso hídrico
Fase del Proyecto a la que aplica
Construcción.
Parte, obra o acción asociada
Dentro del predio del Proyecto. Corresponde a las actividades a desarrollar durante la construcción del Proyecto (tabla 4.3 de RCA).
Acciones o medidas a implementar
Capacitación a trabajadores y contratistas dando a conocer los procedimientos a seguir en caso de afloramiento de napa.
Forma de control y seguimiento
Registro de aviso a la Superintendencia del Medio Ambiente.
Referencia al ICE o documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada
Acápite 8.4 del Plan de Contingencias y Emergencias, en Anexo N* 4 de la Adenda.
10.2. PLAN DE EMERGENCIAS
10.2.1. Derrame de residuos peligrosos
Fase del Proyecto a la que aplica
Construcción.
Parte, obra o acción asociada
Dentro del predio del Proyecto. Corresponde a las actividades a desarrollar durante la construcción del Proyecto (tabla 4.3 de RCA).
Acciones a implementar
e Se debe ubicar la fuente de origen del derrame y detenerlo, siempre y cuando dicha labor no presente riesgos para la salud de las personas.
e Se deberá mantener al alcance los equipos de control de incendios, con objeto de actuar de manera inmediata en caso de que se requiera.
e Para el control del derrame se deberá efectuar un pretil con arena o tierra con la finalidad de controlar la expansión del material.
e Una vez controlado el derrame se deberá disponer los residuos en un contenedor al interior de la bodega de RESPEL.
e En caso de que el derrame se haya producido sobre terreno natural, se deberá retirar la capa de suelo contaminada y trasladarla a un contenedor al interior de la bodega de RESPEL.
e En caso de ocurrencia de accidente que comprometa los recursos hídricos superficiales y/o subterráneos, se informará antes de 24 horas a la SMA, indicando lo siguiente:
a) Descripción del accidente, indicando lugar, identificación de la
sustancia, área de influencia, duración y magnitud del evento y principales
impactos ambientales.
b) Detalles de cada acción y medida de mitigación utilizadas durante el
evento de contaminación.
c) Evaluación de los efectos sobre los recursos hídricos superficiales y/o
subterráneos afectados y su medio ambiente asociado y resultados de los
monitoreos inmediatos en el área de influencia.
d) En caso de ser necesario, un Programa de Medidas de
Descontaminación de la zona, metodología, y evaluación de la efectividad
de las medidas, para ser aprobado por la Autoridad. (sólo en caso de
accidentes).
Una vez finalizado el evento, en un plazo no superior a 48 horas, se
procederá a elaborar un “Informe Preliminar de Emergencia y/o
Contingencias”, que será presentado a la Superintendencia de Medio
Ambiente y SEREMI del Medio Ambiente. El informe deberá incluir los
siguientes puntos.
+Antecedentes relativos al evento o accidente (tipo y causa, fecha, hora,
sustancia, residuo, emisiones al aire, duración del evento, acciones de
control ejecutadas, personas afectadas, etc.)
*La identificación del área afectada y su extensión (ya sea en el suelo,
subsuelo, curso de agua, o en el aire).
«La identificación y explicación de la(s) posible(s) técnica(s) y/o
acción(es) que se implementaron para limpiar el o los recursos naturales
que hayan sido afectados (suelo, agua, ecosistemas y especies).
»Un protocolo aplicable al manejo proyectado de los residuos sólidos
(peligrosos y no peligrosos) generados en el marco de una contingencia
como posibles derrames de sustancias peligrosas u otra, el cual deberá
considerar las directrices normativas aplicables a esta materia.
Oportunidad y vías de comunicación a la SMA de la activación del Plan
En el caso de que se active este plan de emergencia, se procederá a comunicar a la SMA por medio de su página web en el apartado de Seguimiento Ambiental RCA.
Referencia al ICE o documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada
Acápite 8.1 del Anexo N* 4 de la Adenda.
10.2.2. Incendio
Fase del Proyecto a la que aplica |
Construcción.
Parte, obra o acción asociada
Dentro del predio del Proyecto, y corresponde a las actividades a desarrollar durante la construcción del Proyecto (tabla 4.3 de RCA).
Acciones a implementar
«Dar aviso de forma inmediata, accionar la alarma e informar al encargado
directo o supervisor obra.
»Para el control de un eventual incendio, se contará con extintores para su
control y en el caso de un incendio mayor se procederá a evacuar la obra.
En caso existir heridos, se deberá atender a las personas otorgándoles los
primeros auxilios pertinentes en relación al nivel de gravedad. Para lo
anterior, el extintor deberá considerar los siguientes requerimientos:
Y Para accionar el extintor se debe retirar el seguro con una mano, mientras que con la otra debe dirigir el chorro en forma de abanico a la basa del fuego.
Y Al acercarse al fuego para combatirlo con un extintor, se debe tener el viento a la espalda para poder aproximarse más y estar resguardado de las llamas.
Y” Nunca se debe emplear un extintor a base de agua o espuma para apagar fuegos en equipos eléctricos energizados.
Oportunidad y vías de comunicación a la SMA de la activación del Plan
En el caso de que se active este plan de emergencia, se procederá a comunicar a la SMA por medio de su página web en el apartado de Seguimiento Ambiental RCA.
Referencia al ICE o documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada
Acápite 8.2, Anexo N* 4 de la Adenda.
10.2.3. Derrumbes
Fase del Proyecto a la que aplica
Construcción.
Parte, obra o acción asociada
Dentro del predio del Proyecto, y corresponde a las actividades a desarrollar durante la construcción del Proyecto (tabla 4.3 de RCA).
Acciones a implementar
Ayisar al supervisor directo o solicitar ayuda al personal cercano.
Oportunidad y vías de comunicación a la SMA de la activación del Plan
En el caso de que se active este plan de emergencia, se procederá a comunicar a la SMA por medio de su página web en el apartado de Seguimiento Ambiental RCA.
Referencia al ICE o documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada
Acápite 8.3, Anexo N? 4 de la Adenda.
10.2.4. Accidentes que afecten recursos hídricos
Fase del Proyecto a la que aplica
Construcción.
Parte, obra o acción asociada
Dentro del predio del Proyecto. Corresponde a las actividades a desarrollar durante la construcción del Proyecto (tabla 4.3 de RCA).
Acciones a implementar
En caso de afloramiento de aguas se deberá dar aviso inmediato a la Superintendencia del Medio Ambiente, en un plazo menor a 24 h, acerca de la ocurrencia de afloramiento de agua, señalando las medidas que ha aplicado hasta ese momento. A continuación, y de manera preliminar, se deberá proceder considerando las siguientes actividades:
i. Verificar la calidad del agua mediante toma de muestras a través de laboratorio acreditado, que asegure que la calidad de las aguas a ser gestionadas (dispuestas) es de similar calidad natural a la de las aguas de la fuente donde corresponda su disposición final.
ii. Efectuar pruebas hidráulicas para determinar los volúmenes y caudales de agua comprometidos, a fin de que esto además le permita al Titular diseñar las medidas para el control de la estabilidad de los taludes en el sector del afloramiento.
iii. Enviar de inmediato los resultados de los análisis químicos y pruebas hidráulicas a la SMA, en un Informe que detalle los hechos. A su vez se solicita al Titular que acompañe imágenes fotográficas (con fecha) describa los procedimientos seguidos y el análisis y discusión de los resultados respecto de la calidad (parámetros de la NCh 409), volúmenes y caudales, así como las respectivas conclusiones y recomendaciones para la gestión de dichas aguas (disposición final).
iv. Una vez comprobada la naturaleza de la situación acaecida, mediante los ensayos y mediciones solicitados, se analizará la medida de gestión definitiva en conjunto con la Autoridad.
v. El Titular deberá informar el resultado de las acciones implementadas, comunicando la fecha cierta en que se pudo controlar el afloramiento, en un plazo menor a 24 h.
vi. Si el afloramiento de aguas responde a un escenario permanente, el Titular deberá incurrir en los estudios suficientes y necesarios que permitan determinar la posibilidad de alcanzar una solución definitiva, o bien determinar si responde a un cambio sustantivo de las variables evaluadas, sobre las cuales fueron establecidas las condiciones o medidas ambientales.
En caso de que el derrame u otro accidente afecte recursos hídricos el
Titular debe informar inmediatamente a la Superintendencia del Medio
Ambiente, antes de 24 h, señalando lo siguiente:
e Descripción del accidente, indicando lugar, identificación de la sustancia, área de influencia, duración y magnitud del evento y principales impactos ambientales.
e Detalles de cada acción y medida de mitigación utilizadas durante el evento de contaminación.
e Evaluación de los efectos sobre los recursos hídricos superficiales y/o subterráneos afectados y su medio ambiente asociado y resultados de los monitoreos inmediatos en el área de influencia.
e En caso de ser necesario, un Programa de Medidas de Descontaminación de la zona, metodología, y evaluación de la efectividad de las medidas, para ser aprobado por la Autoridad. (solo en caso de accidentes).
Oportunidad y vías de comunicación a la SMA de la activación del Plan
En el caso de que se active este plan de emergencia, se procederá a comunicar a la SMA por medio de su página web en el apartado de Seguimiento Ambiental RCA.
Referencia al ICE o documentos
Acápite 8.4 del Plan de Contingencias y Emergencias, en Anexo N* 4 de
del expediente de evaluación que | la Adenda. contenga la descripción detallada
-
Que, durante el proceso de evaluación, no hubo solicitud de participación ciudadana, desarrollado conforme a lo dispuesto en el artículo 30 bis de la Ley N” 19.300, por lo que no se realizaron observaciones por parte de la comunidad respecto del Proyecto.
-
Que el Titular deberá remitir a la Superintendencia del Medio Ambiente la información respecto de las condiciones, compromisos o medidas, ya sea por medio de monitoreos, mediciones, reportes, análisis, informes de emisiones, estudios, auditorías, cumplimiento de metas o plazos, y en general cualquier otra información destinada al seguimiento ambiental del Proyecto, según las obligaciones establecidas en la presente Resolución de Calificación Ambiental y las Resoluciones Exentas que al respecto dicte la Superintendencia del Medio Ambiente. De igual forma, y a objeto de conformar el Sistema Nacional de Información de Fiscalización Ambiental (SNIFA), el Registro Público de Resoluciones de Calificación Ambiental y registrar los domicilios de los sujetos sometidos a su fiscalización en conformidad con la ley, el Titular deberá remitir en tiempo y forma toda aquella información que sea requerida por la Superintendencia del Medio Ambiente a través de las Resoluciones Exentas que al respecto ésta dicte.
-
Que el Titular deberá informar a la Superintendencia del Medio Ambiente la realización de la gestión, acto o faena mínima que da cuenta del inicio de la ejecución de obras, a que se refiere el Considerando 4.1 de la presente Resolución.
-
Que, con el objeto de dar adecuado seguimiento a la ejecución del Proyecto, el Titular deberá informar a la Superintendencia del Medio Ambiente, al menos con una semana de anticipación, el inicio de cada una de las fases del Proyecto, de acuerdo a lo indicado en la descripción de este.
-
Que, para que el Proyecto “Edificio Quillayes La Florida” pueda ejecutarse, deberá cumplir con todas las normas vigentes que le sean aplicables.
-
Que el Titular deberá informar inmediatamente a la Secretaría de la Comisión de Evaluación de la Región Metropolitana de Santiago y a la Superintendencia del Medio Ambiente, la ocurrencia de impactos ambientales no previstos en la DIA, asumiendo inmediatamente las acciones necesarias para abordarlos.
-
Que el Titular del Proyecto deberá comunicar inmediatamente y por escrito a la Dirección Regional del SEA Servicio de Evaluación Ambiental Región Metropolitana de Santiago la ocurrencia de cambios de titularidad, representante legal, domicilio y correo electrónico, de acuerdo a lo establecido en el inciso tercero del artículo 162 y artículo 163, ambos del Reglamento del SEIA.
-
Que se hace presente al Titular que cualquier modificación al Proyecto que constituya un cambio de consideración, en los términos definidos en el artículo 2” letra g) del Reglamento del SEIA, deberá someterse al SEIA.
-
Que todas las medidas, condiciones, exigencias y disposiciones establecidas en la presente Resolución son de responsabilidad del Titular, sean implementadas por éste directamente o a través de un tercero.
RESUELVO:
- Calificar favorablemente la Declaración de Impacto Ambiental del Proyecto “Edificio Quillayes La Florida” de Inmobiliaria Los Morros S.A.
2*. Certificar que el Proyecto “Edificio Quillayes La Florida” cumple con la normativa de carácter ambiental aplicable.
3”. Certificar que el Proyecto “Edificio Quillayes La Florida” cumple con los requisitos de carácter ambiental contenidos en los permisos ambientales sectoriales que se señalan en los artículos 140 y 142 del D.S. N* 40/2012 del Ministerio del Medio Ambiente, Reglamento del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental.
4%. Certificar que el Proyecto “Edificio Quillayes La Florida” no genera los efectos, características O circunstancias del artículo 11 de la Ley N* 19.300, que dan origen a la necesidad de elaborar un Estudio de Impacto Ambiental.
5”. Definir como gestión, acto o faena mínima del Proyecto, para dar cuenta del inicio de su ejecución de modo sistemático y permanente, a los mencionados en el considerando 4.1 del presente acto.
6”. Hacer presente que contra esta Resolución es procedente el recurso de reclamación de acuerdo a lo dispuesto en el artículo 20 de la Ley N* 19.300, ante el Director Ejecutivo del Servicio de Evaluación Ambiental. El plazo para interponer este recurso es de treinta días contados desde la notificación del presente acto.
- Notifíquese y Archívese
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_ Intendenta e
Presidenta Comisión de Evaluación Región Metropolitana de Santiago
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