Evaluación SEA

Estimulación hidráulica en pozos Jauke

Rol 2142551940
SEA · DIA · Aprobado · 2019-02-19 · Región de Magallanes y de la Antártica Chilena · Gregorio Energy Fell SpA.

REPÚBLICA DE CHILE COMISIÓN DE EVALUACIÓN REGIÓN DE MAGALLANES Y ANTÁRTICA CHILENA

Califica Ambientalmente el proyecto “Estimulación Hidráulica en Pozos Jauke” Resolución Exenta N” 068/2019

Punta Arenas, 04 de junio de 2019

VISTOS:

  1. La Declaración de Impacto Ambiental (DIA) y su Adenda de fecha 16/04/2019, del proyecto “Estimulación Hidráulica en Pozos Jauke”, presentado por GeoPark Fell SpA con fecha 18/02/2019.

2%. Los pronunciamientos y observaciones de los órganos de la administración del Estado que, sobre la base de sus facultades legales y atribuciones, participaron en la evaluación de la DIA, y que se detallan en el Capítulo II del Informe Consolidado de Evaluación (ICE) de la DIA del proyecto “Estimulación Hidráulica en Pozos Jauke”.

3%. El Acta de Evaluación N*013/2019 de fecha 14/03/2019, del Comité Técnico de la Región de Magallanes y de la Antártica Chilena.

4%. ELICE de la DIA del proyecto “Estimulación Hidráulica en Pozos Jauke” de fecha 27/05/2019.

5%. El acuerdo adoptado en la sesión N*09 de fecha 04/06/2019, de la Comisión de Evaluación de la Región de Magallanes y de la Antártica Chilena.

6%. La Resolución de Calificación Ambiental N*138 del año 2012, de la Comisión de Evaluación del proyecto “Perforación de pozos hidrocarburíferos en Área Escorial Norte” que se modifica a través de la presente Resolución.

7%. Los demás antecedentes que constan en el expediente de evaluación de impacto ambiental de la DIA del proyecto “Estimulación Hidráulica en Pozos Jauke”.

  1. Lo dispuesto en la Ley N19.300, Sobre Bases Generales del Medio Ambiente; el D.S. N0, de 2012, del Ministerio del Medio Ambiente, Reglamento del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental (Reglamento del SEIA); la Ley N19.880, que Establece Bases de los Procedimientos Administrativos que Rigen los Actos de los Órganos de la Administración del Estado; la Ley N18.575, Ley Orgánica Constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado; la Resolución N*1.600, de 2008, de la Contraloría General de la República.

CONSIDERANDO:

  1. Que, GeoPark Fell SpA (en adelante, el Titular), ha sometido al Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental (SEIA) la DIA del proyecto “Estimulación Hidráulica en Pozos Jauke” (en adelante, el Proyecto). Los antecedentes del Titular son los siguientes:

Nombre o razón social Geopark Fell SpA

Rut 76,129.094-0

Domicilio Lautaro Navarro 1021, Punta Arenas

Teléfono 61-2745100

Nombre representante legal Francisco Gallardo Guerrero

Rut representante legal 8.484.823-9

Domicilio representante legal | Lautaro Navarro 1021, Punta Arenas

Teléfono representante legal | 61-2745100

Correo Electrónico mavendano(Dgeo-park.com; cescobar(Ugeo-park.com

2 “Que, conforme se indica en el ICE de fecha 27/05/2019, el Director Regional de la Región de Magallanes y de la Antártica Chilena, ha recomendado aprobar el Proyecto, por cuanto cumple con ae normativa de carácter ambiental aplicable al proyecto; cumple con los requisitos de carácter ¿biental contenidos en el Permiso Ambiental Sectorial Mixto señalados en el artículo N*137 del

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)

D.S. N*40/2012; y no genera los efectos características o circunstancias del artículo 11 de la Ley 19.300, que dan origen a la necesidad de elaborar un Estudio de Impacto Ambiental.

3”. Que, en sesión de fecha 04/06/2019, la Comisión de Evaluación de la Región de Magallanes y de la Antártica Chilena acordó calificar favorablemente el proyecto “Estimulación Hidráulica en Pozos Jauke”, aprobando integramente el contenido del ICE de 27/05/2019, el que forma parte integrante de la presente Resolución. Por lo tanto, conforme a lo indicado en el artículo 60 inciso segundo del Reglamento del SEIA, se excluyen de la presente resolución las consideraciones técnicas en que se fundamenta.

4*. Que, según lo señalado en la DIA y sus anexos, y en su Adenda, los cuales forman parte integrante de la presente Resolución, la descripción del proyecto es la que a continuación se indica:

4.1, ANTECEDENTES GENERALES El presente proyecto tiene como objetivo realizar la estimulación Obieti hidráulica de los pozos Jauke 2 y Jauke Sur x-1, en las formaciones El jetivo general Sal ' y S > alto y Serie Tobífera, en caso de ser necesario, para lograr incrementar la producción de hidrocarburos en el Bloque Fell. El proyecto consiste en realizar la fractura hidráulica de los pozos Jauke 2 y Jauke Sur x-1, ambas localizadas en la misma plataforma. Para el caso del pozo Jauke 2, se considera la fractura hidráulica solo en la formación Serie Tobífera, a pozo entubado, y el pozo Jauke Sur x-1 considera la posibilidad de fracturar las formaciones El Salto y Serie Tobífera, esta última a pozo abierto o entubado, a una profundidad de aproximadamente 900 metros y 2.900 metros respectivamente, para Descripción general del | lograr incrementar la conductividad en la zona de interés mediante un proyecto aumento en la permeabilidad de la roca y, en consecuencia, extraer los hidrocarburos presentes en el. E Los pozos fueron evaluados ambientalmente mediante la RCA N138/2012 “Perforación de pozos hidrocarburíferos en Área Escorial Norte”, y que mediante RCA N031/2019, se aprobó la Fractura Hidráulica de ambos pozos en la formación Springhill, a través de la DIA “Fractura Hidráulica y producción de pozos Jauke 2 y Jauke Sur x-1”, Tipología principal, así como las aplicables a sus partes, obras o | 1.4) Proyectos de desarrollo minero de petróleo y gas acciones aer Se considera una vida útil de 33 días por cada una de las fracturas Vida útil NS hidráulicas. Montro de Inversión US$2.000.000.- Gestión, acto o faena mínima | La gestión que da inicio al proyecto de modo sistemático, que da cuenta del inicio de la | ininterrumpido y permanente, corresponde al montaje de los equipos ejecución necesarios para realizar las fracturas hidráulicas. SI | NO Proyecto se desarrolla por etapas X El proyecto modifica la RCA 138/2012 “Perforación de pozos hidrocarburíferos en Área Escorial Norte” Proyecto modifica un proyecto o Xx permitiendo la posibilidad de dejar el pozo abierto en la actividad formación Serie Tobífera. Para mayores antecedentes, remitirse a la DIA, Capítulo I, punto 1.3.8. El proyecto modifica la RCA 138/2012 “Perforación de pozos hidrocarburíferos en Área Escorial Norte” Proyecta Modifica pres (5) REA | -X e la posibilidad de dejar el pozo abierto en la ormación Serie Tobífera. Para mayores antecedentes, remitirse a la DIA, Capítulo Í, punto 1.3.8. 4.2. UBICACIÓN DEL PROYECTO -Región Región de Magallanes y Antártica Chilena ASE Prómincia Provincia de Magallanes ES [| Comiñar, Comuna de San Gregorio S NN d 1 El Bloque Fell, es un Bloque que GeoPark opera bajo el contrato que posee o SECRETA UA IRGIón € A | con el Estado de Chile mediante un CEOP (Contrato Especial de Operación 22 JcIóN Petrolera), y para el presente proyecto estima que mediante la estimulación 2 E IN ; 2/27

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SALLANES

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de los pozos Jauke 2 y Jauke Sur x-1, en las formaciones El Salto y Serie Tobífera para el pozo Jauke Sur x-1, y solo en la formación Serie Tobífera para el caso del pozo Jauke 2, en caso de ser necesario, aumentará la producción de hidrocarburos.

Superficie

La superficie a utilizar para la estimulación hidráulica está acotada a la plataforma del pozo Jauke 2, dentro de la cual se encontrará el pozo Jauke Sur x-1, la cual ocupará una superficie total de 1,7 há.

Coordenadas UTM en Datum WGS84 - HUSO 19

Punto Este Norte Pozo Jauke 2 446.693 4.220.906 Pozo Jauke Sur x-1 (coordenada de 447.174 4.220.844 fondo)

Caminos de acceso

El acceso a este sector se realiza a través de un camino interior que conecta los pozos del yacimiento Dicky, al cual se ingresa por el costado oeste del Km. 2 del camino que va hacia el parque Nacional Pali Aike, desde el cruce de este con la ruta Y-405, es posible aproximarse al área de desarrollo del proyecto.

Referencia al expediente de evaluación de los mapas, georreferenciación 6 información complementaria sobre la localización de sus partes, obras y acciones

Capítulo I de la DIA y Sección 4 del ICE

4.3, PARTES Y OBRAS DEL PROYECTO

Nombre

Descripción Fase

Pozos

Los pozos a fracturar, están asociados a la RCA N* 138/2012 “Perforación de pozos hidrocarburíferos en Área Escorial Norte”, el cual considera a su vez, la planchada y camino de acceso, obras que serán utilizadas para este

proyecto.

Construcción, operación y cierre

Los equipos o unidades, necesarias para realizar una estimulación hidráulica se agrupan en el término “Set de Fractura”, y se instarán en la plataforma evaluada ambientalmente, mediante la RCA N*138/2012, y los integran los siguiente:

a) Mezclador (blender): Unidad diseñada para dosificar y preparar la mezcla de agente de sostén, aditivos líquidos y sólidos con el fluido de fractura.

Equipos de Fractura

b) Unidad de hidratación: Equipo donde se prepara el fluido de fractura, de forma continua y homogénea, con la hidratación exacta que requiere esta mezcla.

Construcción, operación y cierre

c) Fracturador o bombeador: Unidad compuesta por un motor de 700 a 2000 HP, una caja de transmisión y una bomba de alta presión triplex o quintuplex. Su función es bombear a alto caudal y presión el fluido de fractura proveniente del blender, con o sin agente de sostén. Se controla de forma remota desde la central de monitoreo y comando denominada Frac Van.

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d) Areneros o Sand King: Camión que posee compartimentos de almacenamiento de agente sostén, desde los cuales éste es transportado mediante una cinta sin fin a altos caudales hasta el blender.

El agente (o arena) sostén, tiene la función de mantener abierta la fractura creada y proveer un adecuado sistema de flujo para los fluidos que se producen.

e) Estanques o piletas metálicas de almacenamiento: Son unidades transportables con capacidad útil de 70 m? de almacenamiento. La cantidad a utilizar por pozo dependerá de su diseño de estimulación del reservorio.

f) Unidad de registración (Frac Van): Central de monitoreo y comando desde donde se dirige la operación, que cuenta con un sistema de hardware y software apropiado para esta actividad.

En la Frac Van se centralizan todos los sensores, que irán registrando todos los parámetros que se necesitan medir durante la operación como la presión de superficie, el caudal de bombeo, el volumen de fluido, concentración de agente de sostén, la presión en anular y el consumo de los aditivos químicos. Adicionalmente, se manejan remotamente los motores de los facturadores pudiendo variar el régimen de bombeo o la potencia suministrada.

g) Camión grúa o transporte de componentes (Iron Truck): Tiene la función de transportar los componentes que integran las líneas de flujo que comunican los equipos con el árbol de pascua del pozo (árbol de surgencia o boca de pozo).

h) Laboratorio (Lab Van): Unidad optativa que permite controlar la calidad del fluido de fractura durante la operación. Esto se obtiene a través de la medición de parámetros como la densidad y la reología del fluido. Cuando no se dispone de un Lab Van, se monta un laboratorio portátil en la Frac Van.

i) Tree Saver: Herramienta para realizar operaciones de estimulación con presión a través del árbol de pascua (árbol o armadura de producción o armadura de boca de pozo o surgencia) en superficie.

j) Unidad de flow back: Equipo que consta de una línea de flujo de alta presión que sale de la válvula lateral del árbol de surgencia llegando al

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choke manifold de control del cual salen dos líneas, una de descarga (seguridad) que termina en la fosa de quema de la locación y la principal que llega a un separador de gas y al tanque de medición, donde confluyen todas las líneas.

Se utilizarán 3 piletas metálicas o estanques de 70 m? para la acumulación de agua, las cuales posteriormente serán ocupadas para el acopio del flow back,

k) Unidad de filtrado: Se utiliza para filtrar las sustancias inertes y sólidos indeseables del agua dulce que se utilizará en la preparación del fluido de fractura. Generalmente el filtrado se hace por etapas: inicialmente a 25 o 10 micrones para finalmente terminar en 5 o 3 micrones. Con ello, se evita transportar sólidos indeseables en el fluido de fractura que pudieran obstruir las gargantas porales de la formación permeable,

I) Unidad de caldera (Hot Oil): Calienta el agua que se utilizará para preparar el fluido de fractura. Puede calentar el agua acumulada en los estanques desde menos de 0*C hasta 25%C o más.

Punto de Monitoreo de aguas

Con el objetivo de demostrar que la calidad del agua superficial del área cercana a los pozos no se verá afectadas por la realización de la fracturación, se realizarán monitoreos de agua en una laguna, en las siguientes coordenadas:

Coordenadas Datum WGS 84

N E 4.221.290 446.979

Construcción y cierre

4.4, ACCIONES DEL PROYECTO

4.4.1. FASE DE CONSTRUCCIÓN

Diseño de Estimulación

RETARI ARI

La estimulación hidráulica de estos reservorios debe priorizar la integridad de los pozos, tomando todos los cuidados necesarios durante el diseño del proyecto y su ejecución para garantizar dicha integridad. Para este fin, se deberá disponer de información precisa respecto a las condiciones finales, tales como:

  • Tuberías del pozo: Diámetros y profundidad del zapato, tipo, grado y peso del acero.

  • La columna de producción (tubing): Diámetros del tubing, grado, tipo y peso del acero, además de las especificaciones técnicas de las herramientas incluidas en la columna de producción como el packer, niples y accesorios.

  • Los cabezales del pozo y la armadura de surgencia: Verificar su estado, configuración, especificaciones y rango de presiones de trabajo.

  • Las cementaciones de tuberías: Verificar las alturas de los anillos de cemento y la calidad del cemento.

Una vez analizada y evaluada la información geológica de los reservorios y en conjunto con la condición mecánica del pozo, se realizan las simulaciones necesarias hasta obtener un diseño preliminar de estimulación hidráulica que satisfaga todos los requerimientos. La simulación entrega como resultado una propuesta de estimulación hidráulica que respeta los límites mecánicos de la instalación y determina el tamaño de la fractura y del tratamiento, que a su vez define los servicios, equipos y materiales a utilizar.

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Análisis de cementación y entubación

Los antecedentes que se requieren para tomar la decisión de entubar o dejar el reservorio a pozo abierto surgen de la información obtenida durante la perforación del pozo, y una vez finalizada la misma con la ejecución e interpretación de los registros eléctricos.

En función de dicha evaluación y una vez determinado el potencial productor del reservorio más profundo, en este caso Serie Tobífera, se toma la decisión de entubar la cañería de producción (casing de 7” o 5 4”) en el fondo del pozo o colocar la misma en los primeros metros de la Serie Tobífera, dejando de esta manera el reservorio de dicha formación sin entubar (pozo abierto). e

El pozo Jauke 2 fue perforado en 2019, y fue entubado en su totalidad hasta la superficie, ya que la evaluación del reservorio en Serie Tobífera por medio del control geológico y el perfilaje eléctrico, determinó que existen varios niveles para punzar y ensayar con el fin de evaluar su potencialidad productivo.

Para realizar la estimulación hidráulica en la formación El Salto, es importante señalar que presentará una doble barrera de protección. Por un lado, la cañería guía de 9 5/8” cementada hasta superficie, la cual llegará a una profundidad mayor a la que se encuentran los acuíferos, y, por otro lado, la cañería de 7 o 5 Y” con su correspondiente cemento realizado a través de la herramienta complementaria llamada DV Tool, que permite realizar una cementación auxiliar para poder punzar, ensayar y estimular, si es necesario, los niveles arenosos de esta formación. Esta cementación hará que se traslape la primera cementación con ésta, teniendo una protección o barrera de seguridad aún mayor desde la superficie.

Luego de perforar el pozo Jauke 2, se descartó realizar una futura intervención en la formación El Salto, dado el escaso valor asignado al reservorio durante la evaluación del mismo, por lo que sólo podría ejecutarse la estimulación en el pozo Jauke Sur x-1.

En el análisis de la cementación, tanto arriba como debajo de la zona a fracturar, deben existir zonas con un buen sello (valores de CBL bajo los 20 mV), por lo que no se procederá a fracturar en caso de contar con valores superiores a los 20 mV, salvo la Formación Tobífera, si es que se decide realizarlo a pozo abierto para el caso del pozo Jauke Sur x-1.

La calidad de cemento y el sello que este provee es esencial para asegurar un éxito operativo. Sin un buen registro de calidad de cemento del pozo no se realizará la estimulación hidráulica.

Independiente de si el pozo está entubado o abierto (en formación Serie Tobífera), es decir, el casing y la cementación no llegan hasta el fondo del pozo, el registro de la calidad del cemento es clave a la hora de realizar una fractura hidráulica, que para el caso de pozo abierto, la cementación está por sobre la formación.

Respecto a la información específica a entregar, con relación a la cementación e integridad de los pozos, deberá remitir a SERNAGEOMIN y SMA, previo a la actividad de fractura de cada pozo, la siguiente información:

a) Las pruebas de presión (LOT) o prueba de integridad de la formación una vez finalizada la perforación de los pozos, con el objetivo de poder establecer el correcto aislamiento de los posibles acuíferos a nivel freático, asegurando así la estabilidad química y física de los acuíferos.

b) Los perfiles de cementación (CBL y VDL), con un informe técnico en donde se interpreten estos resultados y se entregue una conclusión respecto de la impermeabilidad de la tubería y el sello de cemento.

c) Diseño de la mezcla de cemento utilizada en la cementación (lechada) d) Tiempo de fraguado de la cementación, para luego dar inicio a los perfiles de cementación.

e) Deberá indicar la respuesta del cemento en condiciones de compresión, tracción, o en ambas condiciones a la vez, lo cual permitirá identificar la presencia de microespacios anulares internos y externos que se pueda ver afectada la cementación en el tiempo, en relación a la estabilidad química y física del pozo.

f) Que no existan fugas significativas en el entubamiento, casing o packer, £) Que no existe movimiento significativo de los fluidos hacia fuente(s) de agua dulce a través de canales verticales adyacente.

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Monitoreo de Agua

Dado que el titular posee análisis de este lugar por otras actividades realizadas en el área, no se realizará un monitoreo previo a la fractura del primer pozo, siempre y cuando este no se haya realizado más allá de un año antes de la ejecución de la primera fractura hidráulica. En caso contrario, se realizará un monitoreo de agua en el punto de monitoreo de aguas (laguna) para Hidrocarburos Totales, Fijos y Volátiles según lo establecido la NCH 2313/7 y para el Benceno de acuerdo a la NCh 2313/31, un mes previo a la fractura del primer pozo.

Los monitoreos se deberán remitir a la Superintendencia del Medio Ambiente, con un informe de los resultados y análisis de los mismos. Los informes serán remitidos conforme sean recepcionados por parte del laboratorio.

Montaje de Equipos de Fractura

Las acciones descritas anteriormente, corresponden a acciones a realizar previo a la etapa de construcción, siendo la primera etapa el montaje de los equipos de fractura o “set de fractura” en la locación o plataforma.

El montaje del set de fractura lo realizan y controlan los especialistas de la compañía de servicio de estimulación. Cabe destacar, que todas las actividades están a bajo supervisión del titular, tanto el montaje como sus interconexiones.

Recursos naturales

renovables

El agua necesaria para la operación de fractura, se almacenará en los estanques o piletas metálicas dispuestos para ello y la obtención de este recurso provendrá del Chorrillo Kimiri Aike, del cual el titular posee los derechos de aprovechamiento de agua.

El derecho de agua del titular permite la extracción de 9,5 l/seg, es decir, 820 m'/d.

La extracción de agua no se realizará diariamente, sino en la medida que esta se requiera y al régimen permitido, siendo 150 m? el volumen máximo para la fractura en la formación El Salto, y 250 m* por fractura en formación Serie Tobífera.

Emisiones y efluentes

En la fase de construcción se considera una generación mínima de emisiones a la atmósfera dado que lo único que se prevé es la combustión de vehículos y maquinarias que se utilizarán, y tránsito vehicular por caminos no pavimentados, los cuales serán acotados en el tiempo.

Con respecto a los efluentes sólo se estima la generación de aguas servidas las cuales se originarán de los baños químicos que se utilizarán. Estos baños se instalarán en la faena en un número y distancia suficiente de acuerdo a lo establecido en el D.S. N* 594 del MINSAL. Éstos serán contratados a una empresa regional especializada, la cual se encargará además de disponer el residuo en el lugar donde le esté permitido por la Autoridad Sanitaria.

Residuos, productos químicos y otras sustancias que puedan afectar el medio ambiente.

No se considera la generación de Residuos sólidos domiciliarios e industriales menores en esta etapa, sin embargo, en caso de generarse, serán dispuestos en lugar autorizado.

Referencia al ICE para mayores detalles sobre esta fase.

Sección IV

4.4.2, FASE DE OPERACIÓN

Preparación del fluido de fractura

Una vez instaladas las piletas metálicas o estanques de almacenamiento (70 m*), se procede con la acumulación de agua para preparar el fluido de fractura.

El agua es filtrada entre 3 a 5 micrones y se suele calentar entre 10 a 25 *C, Desde las piletas metálicas o estanques de almacenamiento, el agua es succionada por la unidad de hidratación, donde se prepara un concentrado de gel que será enviado a la unidad mezcladora.

Mientras se prepara el gel, en los camiones areneros o sand king se almacenan las arenas de diferentes granulometrías que posteriormente serán utilizadas como agente sostén. »

Finalmente, en el mezclador, se le adicionan de forma automática al gel los aditivos químicos y el agente sostén, para obtener el fluido de fractura, el cual por acción de la Fran Van, será bombeado por los motores del fracturador hasta el sitio de interés para estimular.

ls de Calibración

Las siguientes pruebas, permiten ajustar el diseño de la fractura. a) Pruebas de inyectividad o admisión: Generalmente, se hace con un pequeño volumen de agua (entre 1,5 m? a 3 m3) con aditivos, con el objetivo

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de verificar la admisión del pozo, que los punzados o perforaciones estén abiertos, determinar el gradiente dinámico y en algunos casos el gradiente de fractura de la formación.

b) DFIT (Diagnostic Fracture Inyection Test) o Mini Fall-off (Mini Declinación): Este método consiste en un bombeo de agua a un régimen constante de 2 bpm (barriles por minuto). Se detiene el bombeo y se registra la presión de declinación hasta alcanzar un flujo pseudo radial, con la finalidad de definir la presión de reservorio y la transmisibilidad de la formación.

c) DataFRAC o Mini Frac: Consiste en bombear el mismo fluido que se usará en la estimulación al caudal de diseño. El volumen de fluido a bombear dependerá de los datos que se quieran obtener, y puede variar entre 1/3 0 2/3 del PAD o colchón. Se registra la declinación de la presión por al menos 2 horas, con esto se determinan los parámetros de la fractura, con la finalidad de medir la eficiencia del fluido de fractura para ajustar el volumen de agente sostén, determinar el coeficiente total de perdida por filtrado (leak off), la permeabilidad, estimar la geometría de la fractura, la tortuosidad y ajustar las propiedades mecánicas de la roca obtenidas con los perfiles eléctricos.

La ejecución de la denominada fractura hidráulica, consiste en bombear un fluido a través del pozo, desde superficie hasta penetrar en la zona de interés (formaciones El Salto y Serie Tobífera), con un caudal y presión suficiente para fracturar la formación, generando de esta manera un espacio artificial, rellenado con arena que mantendrá dicho espacio abierto. Esta metodología permite incrementar la conductividad en la zona de interés mediante un aumento en la permeabilidad de la roca, mejorando las condiciones de flujo de los fluidos contenidos en la roca reservorio hacia el pozo.

Desde el punto de vista operativo y de seguridad, no existen diferencias en el mecanismo de la fractura de un pozo abierto o entubado en la Serie Tobifera, ya que la fractura va a iniciarse en el mismo intervalo del reservorio.

En ambas configuraciones (pozo abierto o entubado), para iniciar la fractura se baja por dentro del casing la instalación de producción (tubing). A través de esta tubería se inyectan los fluidos que permitirán llevar a cabo la estimulación hidráulica.

Al realizar la estimulación hidráulica, el fluido de fractura junto al agente sostén se propagarán dentro de la zona de reservorio con mejores características petrofísicas, ya que es el que posee las mejores condiciones de porosidad y permeabilidad, siendo el resto de la roca adyacente de menor calidad petrofísica, lo que se traduce en una mayor resistencia a ser fracturada.

El desarrollo de esta operación, se realiza de forma secuencial, el bombeo de colchones (PAD), tratamiento principal, desplazamiento, cierre de la fractura, y finalmente la evaluación post fractura (ensayo de pozo). A continuación, se describen cada una de estas actividades.

a) Bombeo de Colchones: El colchón o PAD, es la fracción de fluido de fractura sin agente de sostén que se bombea inicialmente para crear una fractura lo suficientemente ancha para permitir el ingreso del agente de sostén. Además, debe absorber las mayores pérdidas por filtrado del fluido a la formación, reducir la perdida de filtrado del fluido de fractura con agente de sostén y mantener los granos de agente de sostén alejados de las zonas de rápido estrechamiento de la fractura creada.

Su volumen debe crear un ancho de fractura dos a tres veces mayor que el máximo diámetro de agente de sostén y debe suplir holgadamente las pérdidas de fluido de fractura por filtrado. En la practica el volumen del colchón es una fracción del volumen total de la fractura que varía entre el 20% al 60%. El porcentaje dependerá directamente del tipo de reservorio, la viscosidad del fluido de fractura, la eficiencia del fluido (a menor eficiencia mayor volumen de colchón).

A Si el Mini Frac detecto alta tortuosidad (fricción provocada por la formación al paso del fluido de fractura, que se traduce en pérdidas de carga o ls] incremento de la presión de superficie), se utilizan colchones de arena fina J (slugs) para minimizar este efecto y así bajar la pérdida de carga.

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Fractura Hidráulica

El titular define que, si el valor de la tortuosidad es bajo a medio, los slugs se bombean en forma conjunta del PAD; si el valor es alto, se bombean previos al PAD y se observa el comportamiento antes de continuar.

b) Tratamiento Principal: Una vez finalizadas las pruebas de calibración, se ajusta en campo la fracción del fluido de fractura a la cual se le incorporará el agente sostén en distintas concentraciones hasta obtener un fluido uniforme dentro de la fractura, a este nuevo diseño se le denomina tratamiento.

La estimulación hidráulica que propone el titular, utiliza un volumen máximo de fluidos de fractura de 250 m3 para la formación Serie Tobífera. El agente sostén podrá tener una concentración que va desde 1 a 7 libras por galón.

c) Desplazamiento: Finalmente el fluido de tratamiento con agente sostén, es desplazado hasta la profundidad de las perforaciones (pared de la formación) con gel lineal, con el objeto de limpiar el interior de la columna de producción para no dejar agente de sostén al interior de la instalación. Todo el agente sostén queda en la formación, en el interior de la fractura creada.

d) Cierre de la Fractura: Una vez terminado el desplazamiento del fluido de tratamiento dentro de la columna, se detiene el bombeo instantáneamente (se paran las bombas). El pozo quedará con presión entrampada y se monitorea, registrando la disipación o declinación de la presión en superficie hasta que se observe que la fractura cerró sobre el agente sostén. El tiempo de declinación para que cierre la fractura dependerá de la permeabilidad de la formación.

Una vez alcanzada la presión de cierre, se cierra la válvula de cabeza de fractura y se inicia el desarme de las líneas de flujo y se desmonta el tree saver.

Paralelamente, desde el momento que se cerró la fractura se contabiliza el tiempo que demora el gel activado o crosslinkeado en bajar su viscosidad aparente. Este tiempo es muy importante porque no se debe abrir el pozo hasta que el gel no esté totalmente disuelto, para evitar que retorne agente de sostén al pozo y se pierda la conectividad pozo — reservorio. Generalmente este tiempo es de 4 a 8 horas.

Durante el tiempo de espera, se controla la presión en superficie: por directa (interior del tubing) y anular o entre columnas de producción (casing y tubing).

A partir de este momento se inicia el desmontaje del set de fractura.

e) Evaluación Post Fractura Hidráulica: La mayoría de las compañías operadoras dan por terminada la operación de estimulación cuando empieza a retornar hidrocarburo y en adelante el titular es el encargado del ensayo o evaluación post fractura hidráulica.

Para esto, el flujo se conduce desde la salida del choke manifold a la unidad de prueba, donde se separa el gas del líquido y se miden los caudales producidos de gas, hidrocarburo y agua.

El ensayo durará el tiempo suficiente para estabilizar la producción, que generalmente es de 24 a 48 horas como mínimo. Por seguridad y continuidad de la operación el ensayo utiliza la instalación y equipos del flow back, siendo esta la última unidad del set de fractura que se retira de la locación.

En caso de fracturar en más de una formación, y aclarando que se fractura desde la formación más profunda a la más somera, se procederá a aislar mecánicamente con un tapón permanente (bridge plug) la formación Springhill (subyacente). Una vez aislada esta zona, se procederá a punzar y ensayar los intervalos de la formación El Salto. En función del resultado se decidirá si se procede o no a una fractura hidráulica,

El Ala de Fractura correspondería a la formación El Salto de 75 metros de longitud y 40 metros de altura, y para el caso de la formación Serie Tobífera, de 83 metros de longitud y 58 metros de altura.

" Recuperación, Manejo, | a) FlowBack y Fin de la Estimulación de Pozo: Una vez verificado el cierre Acumulación y Disposición | de la fractura, se planifica la apertura del pozo. Lo cual tiene un tiempo finabKlowback estimado de 2 a 4 horas.

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El flow back emana de una línea de salida de 4” de alta presión sin codos ni restricciones, que sale directamente de la válvula de ala del árbol de surgencia al choke manifold.

El choke manifold regula y controla por medio de chokes (válvula aguja), la descarga del pozo, mediante uno fijo y otro regulable. Dependiendo de la presión acumulada, se abre el pozo con el choke adecuado. Generalmente se parte con un choke pequeño de 4 o 6 milímetros y se va incrementando en función del comportamiento del pozo.

Desde el choke manifold el fluido de retorno es dirigido al estanque del flow back. Al comienzo retorna solo fluido de fractura, y si retorna con gas, se pasa por el separador de gas y se envía el líquido al estanque, mientras que el gas se deriva a la fosa de quema. Desde el momento en que retorna hidrocarburo líquido, el fluido (mezcla de crudo y fluido de fractura) se envía a un estanque de almacenamiento,

Este procedimiento controlado para recuperar el fluido de retorno, permiten garantizar que el fluido no recuperado migre hacia la superficie, acuíferos subterráneos y suelo,

b) Reinyección del FlowBack:

El titular ha realizado dos fracturas hidráulicas, a los pozos Ache 3 y Uaken x-1, en las cuales cuyos resultados del análisis del flow back bajo el D.S N?*148, arrojaron como resultado que este fluido no califica como residuo peligroso.

Sin embargo, en el caso de utilizar un producto distinto a los mencionados en la Tabla 2.10 de la DIA, se realizará un análisis de laboratorio, al fluido de retorno, según el D.S. N*148, para confirmar que este no es residuo peligroso y así proceder a su inyección en los pozos sumideros.

En atención a lo dicho anteriormente, el agua del flow back se transportará vía camiones para su inyección, en los pozos sumidero con los que cuente el titular, y se encuentre evaluados ambientalmente.

En caso de resultar ser un residuo peligroso, el titular deberá disponer el flowback en lugar autorizado, de acuerdo a la normativa vigente.

Recursos naturales

renovables

En esta etapa, se podría continuar con la obtención de este recurso el que provendrá del Chorrillo Kimiri Aike, del cual el titular posee los derechos de aprovechamiento de agua.

El derecho de agua del titular permite la extracción de 9,5 l/seg, es decir, 820 m'/d.

La extracción de agua no se realizará diariamente, sino en la medida que esta se requiera y al régimen permitido, siendo 150 m? el volumen máximo para la fractura en la formación El Salto, y 250 m* por fractura en formación Serie Tobífera.

Emisiones y efluentes

Durante la fase de operación se prevé la generación de emisiones a la atmósfera a causa del funcionamiento de los equipos instalados en superficie, los cuales cumplen con las normas de emisión permitidas por la legislación chilena.

Se estima la generación de aguas servidas las cuales se originarán de los baños químicos que se utilizarán. Estos baños se instalarán en la faena en un número y distancia suficiente de acuerdo a lo establecido en el D.S. N* 594 del MINSAL y serán contratados a una empresa especializada, la cual se encargará además de disponer el residuo en el lugar donde le esté permitido por la Autoridad Sanitaria.

Residuos, productos químicos y otras sustancias que puedan afectar el medio ambiente.

Se considera la generación de residuos sólidos domiciliarios e industriales menores, los cuales corresponden a un volumen no superior a 1 m3 por pozo y serán dispuestos en lugar autorizado.

Se considera la generación de una mínima cantidad de residuos peligrosos, tales como huaipes y guantes utilizados por el personal que interviene en la operación y en caso de que se generen sustratos contaminados (árido con componentes de la fractura) y líquidos peligrosos, éstos serán retirados y posteriormente dispuestos por empresas autorizadas que cuentan con los permisos otorgados por la Autoridad Sanitaria.

Los insumos químicos usualmente utilizados en el proceso de fractura hidráulica son:

| Producto Función Concentración WPA-556 L E 0al gpt* WPA-584 L pu 022 gpt

10/27

$

WNE-352 LN b ; 0 22.5 gpt WN353 LN Antiemulsionante Da Sent WBK-133 0 a 10 ppt ** WBK-134 0a15 ppt WBK-139 Rupia Da 15 ppt WBK-132 L 022 gpt WER-55 L Reductor de Fricción 0al gpt WCS-631 LC Inhibidor de Arcillas 022.5 gpt WXL-100 L : 0al gpt WXL-101 LM Crosslinker 022 gpt WGS-160 L Estabilizador de Temperatura 0a10 gpt WGA-15L Polímero 0a15 gpt Misa Bactericida (Sólido) 0.12 ppt o Bactericida (Líquido) 0.05 gpt

gpt: Galones por cada mil galones / *ppt: libras por cada mil galones

Una vez finalizada la estimulación del pozo, si se han utilizado sustancias químicas diferentes a las señalas en la evaluación del proyecto, se informará de sus características y se adjuntará su ficha de seguridad o MSDS, y presentarán a la SMA.

En la locación se contará con los elementos de emergencia necesarios como duchas de emergencia y el lavado de ojos, las que se ubicarán cerca del lugar donde se manipulan y almacenan las sustancias químicas, y los accesos a estas duchas, estarán libres de obstáculos y debidamente señalados.

Referencia al ICE para mayores detalles sobre esta fase.

Sección IV

4.4.3. FASE DE CIERRE

Desmantelamiento o aseguramiento de infraestructura

Corresponde a la desconexión de toda línea y desmontaje de las unidades y equipos requeridos para la ejecución de la fractura.

Una vez finalizado el retiro de las instalaciones, se procederá a normalizar el área utilizada, y se deja operativa para que los pozos, en caso favorable, comiencen o continúen su producción. O en caso desfavorable, que el área técnica del titular decida proceder a su abandono, éste se realizará de acuerdo a lo señalado en la RCA N*138/2012, bajo la cual haya sido perforado o estado en producción.

Monitoreo de Agua

Se realizará un monitoreo de aguas en el punto de monitoreo de aguas para Hidrocarburos Totales, Fijos y Volátiles según lo establecido la NCH 2313/7 y para el Benceno de acuerdo a la NCh 2313/31, al mes, a los 6 meses y a los 2 años posteriores a la ejecución de las fracturas.

Atendiendo a que estos pozos consideran hasta 3 fracturas para el pozo Jauke Sur x-1 y 2 fracturas para el pozo Jauke 2, en formaciones distintas, el titular deberá considerar un monitoreo adicional al año de haber ejecutado todas las fracturas contempladas finalmente para estos pozos, independiente si son 3 las formaciones o dos. En el caso de considerar solo una fractura por pozo, aplican solo los 3 monitoreos descritos anteriormente.

Los monitoreos se deberán remitir, a no más de un mes después de realizados, a la Superintendencia del Medio Ambiente, con un informe de los resultados y análisis de estos, y el indicador de cumplimiento es el registro de entrega de los monitoreos a la SMA.

Residuos, productos químicos y otras sustancias que puedan afectar el medio ambiente.

No se considera la generación de Residuos sólidos domiciliarios e industriales menores en esta etapa, sin embargo, en caso de generarse, serán dispuestos en lugar autorizado.

4.5. CRONOLOGÍA DE LAS FASES DEL PROYECTO

1 4.5.1. Fase de Construcción

Fecha estimada de inicio

Mayo 2019

Parte obra o acción que establece el inicio

Diseño de estimulación de los pozos.

"Fecha estimada de término

Junio 2019

Parte, Pbra o acción que establece el término

Finalización del montaje de equipos de fractura.

A.5.2/ Fase de Operación 12

11/27

7,

Fecha estimada de inicio

Junio 2019

Parte, obra o acción que establece el inicio

Preparación del fluido de fractura

Fecha estimada de término

Junio — Agosto 2019

Parte, obra o acción que establece el término

Evaluación de la producción de hidrocarburos en los pozos

4.5.3. Fase de Cierre

Fecha estimada de inicio

Junio — Agosto 2019

Parte, obra o acción que establece el inicio

Desmontaje de equipos del set de fractura

Fecha estimada de término

Junio — Agosto 2019

Parte, obra o acción que establece el término

Pozos operativos para continuar con su producción

Referencia al ICE para mayores detalles sobre esta fase.

Sección IV

Que, durante el proceso de evaluación se han presentado antecedentes que justifican la inexistencia e los siguientes efectos, características y circunstancias del artículo 11 de la Ley N* 19.300:

5.1, RIESGO PARA LA SALUD DE LA POBLACIÓN, DEBIDO A LA CANTIDAD Y CALIDAD DE EFLUENTES, EMISIONES Y RESIDUOS

a) La superación de los valores de las concentraciones y períodos establecidos en las normas primarias de calidad ambiental vigentes o el aumento o disminución significativos, según corresponda, de la concentración por sobre los límites establecidos en éstas. A falta de tales normas, se utilizarán como referencia las vigentes en los Estados que se señalan en el artículo 11 del Reglamento.

El proyecto no superará los valores de las concentraciones y periodos establecidos en las normas primarias de calidad ambiental, ya que éstas son mínimas y de baja concentración. Además, la población más cercana al área de influencia del proyecto corresponde a la Villa Punta Delgada (receptor), la cual se encuentra a una distancia de 18,3 km de los pozos Jauke 2 y Jauke Sur x-1.

Respecto a lo anterior, el área de influencia considera las fuentes emisoras (vehículos y maquinarias) como el área comprendida por la dispersión de los contaminantes emitidos. Las emisiones a la atmósfera corresponden a las emisiones generadas debido al polvo en suspensión debido al tránsito vehicular y de la maquinaria utilizada. En este sentido, el área de influencia para este componente ambiental queda determinada de acuerdo al alcance de los contaminantes debido a dichas emisiones que pudieran deteriorar la calidad del aire y/o depositarse en el suelo y vegetación del área.

En síntesis, el área de influencia se limita a la locación de los pozos Jauke 2 y Jauke Sur x-1, donde se realizará la fractura hidráulica, con un buffer de 300 metros, además de 100 metros a cada eje central del camino de Acceso.

b) La superación de los

valores de ruido establecidos en la normativa ambiental

vigente. A falta de tales normas, se utilizarán como referencia las vigentes en los Estados que se señalan en el artículo 11 del Reglamento.

El proyecto no superará los valores de ruido establecidos en la normativa ambiental vigente, ya que estas emisiones serán reducidas y disipadas debido al viento existente en la zona. Además, se debe considerar que, en toda el área del proyecto y su área de influencia, no existe población humana, no existiendo por ende, receptores cercanos en los términos de la normativa ambiental chilena. En efecto, la Villa Punta Delgada corresponde al poblado más cercano, ubicado a 18,3 km de los pozos Jauke 2 y Jauke Sur x-1, de modo que no se genera un riesgo a la salud de la población por esta hipótesis.

Las emisiones del proyecto corresponden a la maquinaria y vehículos que se utilizarán durante las fases del proyecto.

Es importante mencionar que las fracturas no se realizarán en forma simultánea, ya que lo que se busca es evaluar los reservorios en forma independiente.

El área de influencia para este componente ambiental corresponde al área que contiene todas las partes, obras y acciones del proyecto, y que en sus distintas fases pudieran aumentar y alterar significativamente el nivel de presión sonora sobre los receptores cercanos. ]

Para determinar el área de influencia de las emisiones acústicas se consideraron todas las zonas que podrían resultar afectadas por el aumento del nivel de presión sonora, debido a los motores de la maquinaria a utilizar y el transporte de esta misma hacia el lugar donde se desarrollarán las fracturas hidráulicas.

12/27 A

Para lo anterior, el área de influencia se limita a la locación de los pozos Jauke 2 y Jauke Sur x-1, donde se realizará la fractura hidráulica de estos y su producción, con un buffer de un radio de 300 metros, además de 100 metros a cada eje central del camino de acceso.

El proyecto se encuentra ubicado en un área geográfica con condiciones ventosas, lo cual facilita que las emisiones acústicas se disipen.

c) La exposición a contaminantes debido al impacto de las emisiones y efluentes sobre los recursos naturales renovables, incluidos el suelo, agua y aire, en caso que no sea posible evaluar el riesgo para la salud de la población de acuerdo a las letras anteriores.

El proyecto no generará exposición a contaminantes debido al impacto de las emisiones y efluentes,

En la etapa de construcción y operación, se generarán aguas servidas provenientes de los baños químicos, las cuales serán dispuestas según lo que establece la Autoridad Sanitaria, por lo que no presentan ningún riesgo para la salud de las personas.

El proyecto prevé la generación mínima de emisiones a la atmósfera (por partículas y gases como CO2, PTS y NOX) generados por el tráfico vehicular, por la combustión de vehículos y maquinarias que se utilizarán durante las fases de construcción y la de cierre (montaje y desmontaje de equipos), como también, en la fase de operación, los cuales cumplen con las normas de emisión permitidas por la legislación chilena. Por lo tanto, las emisiones generadas en los frentes de trabajo no afectarán viviendas o lugares habitados, dada la lejanía de los mismos y lo poco relevante de las emisiones.

d) La exposición a contaminantes debido al impacto generado por el manejo de residuos sobre los recursos naturales renovables, incluidos el suelo, agua y aire.

Respecto a los residuos no peligrosos, se estima que se generarán en un volumen no superior a 1 m3, los cuales serán dispuestos en lugar autorizado para este fin. Y los residuos peligrosos, se generarán en un volumen máximo de 1 m3 por pozo, los cuales serán manejados de acuerdo a lo que se establece en el D.S 148 del Minsal.

Con respecto a la mezcla de agua, gas y productos químicos resultantes en el flow back, para que el proyecto se desarrolle sin inconvenientes es importante tener por un lado un diseño mecánico de pozo adecuado en el cual los materiales utilizados tales como casing, tubing y cabeza de pozo son seleccionados en función de los esfuerzos a los cuales será sometido el pozo durante la fractura y posterior producción. Sumado a esto se tiene considerada la cementación tanto del casing guía como el casing de producción, con estas medidas, se evitará afectar a las aguas subterráneas que eventualmente existan en el sector.

En el caso de que la fractura hidráulica se realice a pozo abierto en la formación Serie Tobífera, igualmente los acuíferos y aguas superficiales se encontrarán protegidos. La fractura hidráulica se realizará a través del tubing, en donde el fluido de fractura ingresa al reservorio en la zona que presenta mejor calidad petrofísica, que representa por sus propiedades mecánicas las zonas con mayor tendencia a ser fracturadas, principalmente porque al tener porosidad ejercen menor resistencia al paso de los fluidos en ambos sentidos, hacia el reservorio o desde el reservorio.

Por lo tanto, el fluido de fractura sólo tendrá la opción de propagarse en esta zona, siendo el resto de la roca completamente impermeable, por lo tanto, no existe la posibilidad de que este fluido migre a otro lugar que no sea el ya mencionado.

Por otro lado, se considera tener un control estricto en superficie, que considera un manejo del fluido de retorno y de los productos que provengan del pozo estimulado. De esta manera se cuenta con líneas de alta presión, un manifold, placa porta orificio, separador y calentador, la que permite derivar el fluido de retorno hacia la pileta metálicas o estanques y posteriormente cuando comience a fluir hidrocarburo derivarlo a la unidad de prueba. Con estas medidas se evitará afectar a las aguas superficiales, acuíferos subterráneos y suelo.

El flow back se transportará vía camiones para su inyección, en pozos sumideros habilitados para este fin. En la actualidad corresponden a los pozos Tiuque x-1 y Kimiri Aike Norte 3, ambos aprobados por la RCA 60/2016.

Referencia al ICE para , mayores detalles sobre este

Sección VI

impacto específico js)

13/27 A

5.2, EFECTOS ADVERSOS SIGNIFICATIVOS SOBRE LA CANTIDAD Y CALIDAD DE LOS RECURSOS NATURALES RENOVABLES, INCLUIDOS EL SUELO, AGUA Y AIRE

Impacto ambiental

Agua Superficial

El agua necesaria para la operación de fractura, se almacenará en los estanques o piletas metálicas dispuestos para ello y la obtención de este recurso provendrá del Chorrillo Kimiri Aike, del cual el titular posee los derechos de aprovechamiento de agua.

El derecho de agua del titular permite la extracción de 9,5 l/seg, es decir, 820 m'/d. ]

La extracción de agua no se realizará diariamente, sino en la medida que esta se requiera y al régimen permitido, siendo 150 m el volumen máximo para la fractura en la formación El Salto, y 250 m por fractura en formación Serie Tobífera.

Parte, obra o acción que lo genera

Preparación del fluido de fractura

Fase en que se presenta

Construcción y Operación

Impacto ambiental

Acuíferos

Los acuíferos someros se pueden encontrar hasta la profundidad de 400 metros aproximadamente y se aíslan cementando todo el espacio anular entre la cañería y los terrenos atravesados, desde el zapato de la cañería guía hasta la superficie.

De esta manera, se consiguen dos propósitos: aislar los acuíferos entre sí y aislarlos en conjunto de las capas inferiores que pudieran contener hidrocarburos.

El componente hidrológico está protegido durante toda la etapa de perforación, en un inicio por el “revoque” que forma el lodo de perforación sobre las paredes del pozo, y posteriormente por la instalación de las tuberías de revestimiento y la cementación de las mismas.

En el caso de realizar la terminación en la formación El Salto, se planificó utilizar una herramienta complementaria (DV Tool) que permite realizar una cementación auxiliar para poder punzar, ensayar y estimular, si es necesario, los niveles arenosos de esta formación. Esta cementación hará que se traslape la primera cementación con ésta, teniendo una protección o barrera de seguridad aún mayor desde la superficie,

El área a fracturar en la formación El Salto se encuentra en un reservorio ubicado a una profundidad de 900 metros y el área a fracturar en la formación Serie Tobífera se encuentra a una profundidad de 2.800, distante a más de 500 y 2.400 metros de los posibles acuíferos del sector, respectivamente, sin ningún tipo de conexión hidráulica entre ellos, dado principalmente por la presencia de capas de litologías arcillosas con carácter impermeable

Parte, obra o acción que lo genera

Estimulación Hidráulica

Fase en que se presenta

Operación

Los siguientes antecedentes justifican que el proyecto o actividad no genera o presenta efectos adversos significativos sobre la cantidad y calidad de los recursos naturales renovables, incluidos el suelo, agua y aire, en consideración a lo dispuesto en el artículo 6 del Reglamento

del Reglamento del SETA:

a) La pérdida de suelo o de su capacidad para sustentar biodiversidad por degradación, erosión, impermeabilización, compactación o presencia de contaminantes.

Durante las fracturas hidráulicas, no se generará la pérdida de suelo o de su capacidad para sustentar biodiversidad, ya que el desarrollo de este se llevará a cabo sobre terraplén de material árido pre-existente.

La superficie con plantas,

algas, hongos, animales silvestres y biota intervenida, explotada,

alterada o manejada y el impacto generado en dicha superficie. Para la evaluación del impacto se

La fractura hidráulica de ambos pozos, en ambas formaciones se llevará a cabo sobre un terraplén de material árido pre-existente, por lo que no existirá superficie con plantas, algas, hongos, animales silvestres o biota intervenida.

14/27 A

deberá considerar la diversidad biológica, así

como la presencia y abundancia de especies silvestres en estado de conservación o la

existencia de un plan de recuperación, conservación y gestión de dichas especies, de conformidad a lo señalado en el artículo 37 de la Ley 19.300.

b) La magnitud y duración del impacto del proyecto o actividad sobre el suelo, agua o aire en relación con la condición de línea de base.

Esta área posee un alto nivel de intervención antrópica producto de la actividad ganadera y petrolera-gasífera desarrollada históricamente, por lo cual se estima que las obras de este proyecto, no producirán impactos significativos o irreversibles al medio natural.

Respecto al suelo, tal como se indicó anteriormente el desarrollo del proyecto se realizará sobre un terraplén de material árido pre-existente. Respecto al agua, la principal protección del recurso hídrico, se instala en la etapa de perforación de cada pozo. En ésta es necesario, para llegar al sitio de interés productivo, entubar las sucesivas cañerías que van aislando cada etapa de la siguiente.

En el caso de que la fractura hidráulica se realice a pozo abierto en la formación Serie Tobífera, es decir que el casing no llega hasta la profundidad final del pozo, igualmente los acuíferos y aguas superficiales se encontrarán protegidos, ya que la fractura hidráulica se realizará a través del tubing, en donde el fluido de fractura ingresa al reservorio en la zona que presenta mejor calidad petrofísica, que representa por sus propiedades mecánicas las zonas con mayor tendencia a ser fracturadas, principalmente porque al tener porosidad ejercen menor resistencia al paso de los fluidos en ambos sentidos, hacia el reservorio o desde el reservorio.

Por lo tanto, el fluido de fractura sólo tendrá la opción de propagarse en esta zona, siendo el resto de la roca completamente impermeable, por lo tanto, no existe la posibilidad de que este fluido migre a otro lugar que no sea el ya mencionado.

Otra barrera que permite aislar los acuíferos de las actividades desarrollada por la industria de los hidrocarburos, es el anillo de cemento que se realiza luego de entubar, independientemente de la profundidad donde se coloque el zapato y tiene en promedio una altura de 400 metros desde el último caño.

Tanto arriba como debajo de la zona a fracturar, deben existir zonas con un buen sello (valores de CBL bajo los 20 mV), por lo que no se procederá a fracturar en caso de contar con dicha calidad de cementación, salvo la Formación Tobífera, si es que se decide realizarlo a pozo abierto para el caso del pozo Jauke Sur x-1.

La calidad de cemento y el sello que este provee es esencial para asegurar un éxito operativo. Sin un buen registro de calidad de cemento del pozo no se realizará la estimulación hidráulica.

Cabe mencionar que independiente de si el pozo está entubado o abierto (en formación Serie Tobífera), es decir, el casing y la cementación no llegan hasta el fondo del pozo, el registro de la calidad del cemento es clave a la hora de realizar una fractura hidráulica.

c) La superación de los valores de las concentraciones

establecidos en las normas secundarias de calidad ambiental vigentes o el

aumento o disminución significativos, según corresponda, de la

concentración por sobre los límites establecidos en

El proyecto, no implicará la superación de valores en las concentraciones establecidas en normas secundarias de calidad ambiental vigentes, ya que tal como se mencionó en el punto anterior, la generación de emisiones a la atmósfera producidas durante las etapas del proyecto, cumplen con las regulaciones ambientales de emisiones vigentes.

En la etapa de construcción y operación, se generarán aguas servidas provenientes de los baños químicos que se instalarán, las cuales serán dispuestas según lo que establece la Autoridad Sanitaria.

Y de ser necesario, en la fase de operación de la estimulación de los reservorios, se podría habilitar un pequeño campamento sobre la

plataforma de los pozos Jauke 2 y Jauke Sur x-1, los cuales tendrán una

15/27

éstas. A falta de tales normas, se utilizarán como referencia las normas vigentes en los Estados que se señalan en el artículo 11 del Reglamento. En caso que no sea posible evaluar el efecto adverso de acuerdo a lo anterior, se considerará la magnitud y duración del efecto generado sobre la biota por el proyecto o actividad y su relación con la condición de línea de base.

concurrencia máxima de 25 personas por turno durante aproximadamente 6 días. Para lo cual, se habilitarán trailers equipados, con baños con inodoro, lavamanos y ducha, y en todo momento se dará cumplimiento al D.S. 594 del MINSAL.

d) La diferencia entre los niveles estimados de ruido con proyecto o actividad y el nivel de ruido de fondo representativo y característico del entorno donde se concentre fauna nativa asociada a hábitats de relevancia para su nidificación, reproducción o alimentación.

Los niveles de ruido no se verán superados, ya que estas emisiones son poco relevantes y corresponden a la maquinaria y vehículos a utilizar en las etapas del proyecto, las cuales serán disipadas debido al viento existente en la zona.

Adicionalmente, se hace presente que las actividades de fractura se llevarán a cabo dentro de la plataforma de los pozos Jauke 2 y Jauke Sur x-1, dentro de la cual, la fauna silvestre no tiene acceso.

Por otro lado, se debe tener presente que los vientos predominantes existentes en la Región de Magallanes y Antártica Chilena, conforme a lo señalado por Santana et al, 2010 (Anales Instituto de la Patagonia, 2010 38(1): 5-34), tienen una velocidad media anual que bordearía los 21 km/h en el área de Posesión. Situación similar a la que existiría en el área donde se desarrollará este proyecto.

Estas condiciones ventosas ayudarían a disipar los niveles de ruido existentes producto de esta actividad.

Durante la estimulación hidráulica, se utilizarán aproximadamente 7 camiones que permitirán transportar los equipos que permitan a llevar a cabo esta actividad, Estos camiones permanecerán dentro de la locación hasta que finalice la fractura (aproximadamente 10 días), luego de esto se retirarán.

Los camiones que transportarán el agua para preparar el fluido de fractura y los que serán utilizados para llevar el flow back hasta los puntos de reinyección, serán los mismos que ya existen en la operación del Bloque Fell, y, que en el momento que se inicie el proyecto, serán destinados a esta actividad.

Se realizaron mediciones de ruido en zonas operativas que se encontraban realizando actividades cuyas emisiones se asemejan a las que tendrá este proyecto, y se determinó que el desarrollo del proyecto no producirá efectos adversos significativos sobre la fauna existente en el lugar.

e) El impacto generado por la utilización y/o manejo de productos químicos, residuos, así como cualesquiera otras sustancias que puedan afectar los recursos naturales renovables.

Respecto a productos químicos, éstos son almacenados acorde a las exigencias estipuladas en la normativa chilena vigente, por lo que no se presentan efectos adversos significativos sobre la cantidad y calidad de los recursos naturales renovables.

Además, GeoPark cuenta para todos sus proyectos con un Plan de Emergencias.

Con respecto a la mezcla de agua, gas y productos químicos resultantes en el flow back, se considera tener un control estricto en superficie, para lo cual se cuenta con líneas de alta presión, un manifold, placa porta orificio, separador y calentador, la que permite derivar el fluido de retorno hacia la pileta metálicas y posteriormente cuando comience a fluir hidrocarburo derivarlo a la unidad de prueba. Con estas medidas se evitará afectar a las aguas superficiales que pudieran encontrarse en el sector. Respecto a los residuos no peligrosos, se estima que se generarán en un volumen no superior a 1 m3, los cuales serán dispuestos en lugar autorizado para este fin. Y los residuos peligrosos, se generarán en un volumen máximo de 1 m3 por pozo, los cuales serán manejados de acuerdo a lo que se establece en el D.S 148 del Minsal.

16/27 k

f) El impacto generado por el volumen o caudal de recursos hídricos a intervenir o explotar, así como el generado por el transvase de una cuenca o subcuenca hidrográfica a otra, incluyendo el generado por ascenso O descenso de los niveles de

aguas subterráneas y superficiales. La evaluación de dicho

impacto deberá considerar siempre la magnitud de la alteración en:

g.1. Cuerpos de aguas subterráneas que contienen aguas fósiles. Cuerpos o cursos de aguas en que se generen fluctuaciones de niveles.

Vegas y/o bofedales que pudieren ser afectadas por el ascenso

g.2.

g.3.

o descenso de los niveles de aguas. g.4. Áreas o zonas de

humedales, estuarios y turberas que pudieren ser afectadas por el ascenso o descenso de los niveles de aguas subterráneas lo) superficiales.

La superficie o volumen de

un glaciar susceptible de

modificarse.

El agua necesaria para la operación de fractura, provendrá del Chorrillo Kimiri Aike, del cual el titular posee los derechos de aprovechamiento de agua.

El derecho de agua del titular permite la extracción de 9,5 l/seg, es decir, 820 m3/d.

La extracción de agua no se realizará diariamente, sino en la medida que esta se requiera y al régimen permitido, siendo 150 mi el volumen máximo para estimular cada pozo, Jauke 2 y Jauke Sur x-1 en la formación El Salto, y 250 m* por cada pozo para estimular la formación Serie Tobífera.

g) Los impactos que pueda generar la introducción de especies exóticas al territorio nacional o en áreas, zonas O ecosistemas determinados.

El proyecto no contempla la introducción de especies exóticas al territorio nacional o en áreas, zonas o ecosistemas determinados.

Referencia al ICE para mayores detalles sobre este impacto específico

Sección VI

5.3. REASENTAMIENTO DE COMUNIDADES HUMANAS O ALTERACIÓN SIGNIFICATIVA DE LOS SISTEMAS DE VIDA Y COSTUMBRES DE GRUPOS HUMANOS

a) La intervención, uso o restricción al acceso de los recursos naturales utilizados como sustento económico del grupo o para cualquier otro uso tradicional, tales como uso

El área donde se desarrollará el proyecto, corresponde a un área con un alto nivel de intervención antrópica producto de la actividad ganadera y petrolera-gasífera desarrollada históricamente, por lo cual se estima que no se producirán impactos significativos o irreversibles al medio natural, productivo ganadero o cualquier otro uso tradicional.

medicinal, espiritual o cultural.

E La población más cercana al área de influencia del proyecto corresponde b)a La obstrucción o a la Villa Punta Delgada, la cual se encuentra a una distancia de 18,3 km

restricción a la libre circulación, conectividad o el aumento significativo de

del área del emplazamiento del proyecto, por lo cual se estima que no habrá obstrucción o restricción a la libre circulación, conectividad o el aumento significativo de los tiempos de desplazamiento.

17/27

los tiempos de desplazamiento.

Además, el sector del proyecto se encuentra dentro de un predio privado, en la cual no se encuentran casas o instalaciones pertenecientes al ganadero.

La maquinaria y/o vehículos a utilizar llegarán a la locación los pozos Jauke 2 y Jauke Sur x-1, y permanecerán en estos lugares hasta que finalice el proyecto, no existiendo tránsito dentro de las rutas y/o caminos, más que su llegada y posterior retiro.

Para el llenado de las piletas metálicas de almacenamiento con agua se tiene contemplado utilizar 2 camiones de 30 m?,

Para realizar la fractura hidráulica en la formación El Salto en un pozo, se requiere máximo 150 m* de agua, lo que implica 5 viajes de 30 mi, que podrían concretarse en no más de dos días (3 viajes un día y 2 viajes el siguiente). Lo mismo ocurre para la fractura hidráulica en la formación Serie Tobífera en un pozo, en donde se requiere un máximo de 250 m3 de agua, lo que implica 8 a 9 viajes de 30 mi, que podrían concretarse en no más de cuatro días (3 viajes el día 1 y dos viajes el día 2, 3 y 4).

Para el retiro del fluido post fractura se utilizarán camiones de 18 mi o de 30 m? según disponibilidad, pero la cantidad de viajes será en función del volumen de fluido recuperado y capacidad de transporte del camión.

c) La alteración al acceso o a la calidad de bienes, equipamientos, servicios o infraestructura básica.

El proyecto se desarrollará dentro de un predio privado, distante a 18,3 km del centro poblado más cercano, correspondiente a la Villa Punta Delgada, por lo que se estima que no habrá alteración al acceso o a la calidad de bienes, equipamientos, servicios o infraestructura básica.

d) La dificultad o impedimento para el ejercicio o la manifestación de tradiciones, cultura o intereses comunitarios, que puedan afectar los sentimientos de arraigo o la cohesión social del grupo.

Dentro del área de influencia del proyecto, no se desarrollan manifestaciones de tradiciones, cultura o interés comunitario, que puedan afectar los sentimientos de arraigo o la cohesión social del grupo. Sólo se realizan manifestaciones propias de las actividades orientadas exclusivamente hacia fines productivos.

Para los grupos humanos pertenecientes a pueblos indígenas, además de las circunstancias señaladas precedentemente, se considerará la duración y/o magnitud de la alteración en sus formas de organización social particular.

Respecto a los grupos humanos pertenecientes a pueblos indígenas, no se identifican éstos en el sector, por lo que no se alterará alguna forma de organización social particular.

Referencia al ICE para mayores detalles sobre este impacto específico

Sección VI

5.4, LOCALIZACIÓN EN O PRÓXIMA A POBLACIONES, RECURSOS Y ÁREAS PROTEGIDAS, SITIOS PRIORITARIOS PARA LA CONSERVACIÓN, HUMEDALES PROTEGIDOS Y GLACIARES, SUSCEPTIBLES DE SER AFECTADOS, ASÍ COMO EL VALOR AMBIENTAL DEL TERRITORIO EN QUE SE PRETENDE EMPLAZAR

Susceptibilidad de afectar poblaciones protegidas, considerando la extensión, magnitud o duración de la intervención en áreas donde ellas habitan.

En el área de desarrollo del Proyecto no existen poblaciones susceptibles de ser afectadas, debido a que dicha área se encuentra distante a 18,3 Km de la localidad Villa Punta Delgada, el cual corresponde al centro poblado más cercano.

Susceptibilidad de afectar recursos y áreas protegidas, sitios prioritarios para la conservación, humedales protegidos, glaciares O territorios con valor ambiental, se considerará la extensión, magnitud O duración de la intervención de sus partes, obras O

La realización del proyecto no impactará a recursos, áreas protegidas, sitios prioritarios para la conservación, humedales protegidos y glaciares susceptibles de ser afectados, debido a la ausencia de estos en un radio mayor a 3 kilómetros a la redonda del presente proyecto.

En las proximidades del emplazamiento del proyecto, se pueden distinguir las siguientes áreas:

  • Área protegida Parque Nacional Pali Aike, a 3,3 km.

  • Sitio prioritario para la conservación Buque Quemado, a 27,8 km.

  • Monumento Nacional Estancia San Gregorio, a 49,5 km.

  • Humedal con categoría Ramsar Bahía Lomas, a 41,3 km. 18/27 Y

acciones, así como de los impactos generados por el

proyecto o actividad, teniendo en especial consideración los objetos de protección que se

pretenden resguardar.

Referencia al ICE para mayores detalles sobre este impacto específico

Sección VI

5.5. ALTERACIÓN SIGNIFICATIVA, EN TÉRMINOS DE MAGNITUD O DURACIÓN, DEL

CO O TURÍSTICO DE UNA ZONA

VALOR PAISAJÍSTI La duración o la magnitud en que se obstruye la

visibilidad a una zona con valor paisajístico.

El área donde se desarrollará el proyecto no es una zona que posea valor paisajístico, ya que no posee atributos naturales que le otorgan una calidad que la hace única y representativa.

La duración o la magnitud en que se alteren atributos de una zona con valor paisajístico.

El área donde se desarrollará el proyecto no es una zona que posea valor paisajístico, ya que no posee atributos naturales que le otorgan una calidad que la hace única y representativa.

La duración o magnitud en que se obstruya el acceso o se alteren zonas con valor turístico.

Dentro del área de Bloque Fell, se reconoce el núcleo turístico de Pali Aike (N41), localizado dentro del parque del mismo nombre y cuyos atractivos turísticos corresponden principalmente a sitios de gran interés arqueológico como las cuevas de Pali Aike, los corrales de piedra y la cueva Fell, el cual tal como se indica no tendrá ninguna interacción con el desarrollo del proyecto en ninguna de sus fases.

De acuerdo a lo indicado en el Cuadro N* 1.1.1: Identificación de Zonas de Interés para el Desarrollo Turístico, del Plan Regional de Desarrollo Urbano, la zona Z-S dentro de la cual está inserta el área de emplazamiento del proyecto posee un valor bajo en lo referente del recurso.

Referencia al ICE para mayores detalles sobre este impacto específico

Sección VI

5.6. ALTERACIÓN DE ARQUEOLÓGICO,

PATRIMONIO CULTURAL

MONUMENTOS, SITIOS CON VALOR ANTROPOLÓGICO, HISTÓRICO Y, EN GENERAL, LOS PERTENECIENTES AL

a) La magnitud en que se remueva, destruya, excave, traslade, deteriore, intervenga o se modifique en forma permanente algún Monumento Nacional de aquellos definidos por la Ley N*17,288,

La fractura hidráulica de los pozos Jauke 2 y Jauke Sur x-1, se realizará sobre un terraplén de material árido pre-existente.

Por lo tanto, el proyecto no alterará monumentos, sitios con valor arqueológico o antropológico e histórico, que pertenecen al patrimonio cultural.

b) La magnitud en que se modifique o deteriore en

forma permanente construcciones, lugares o sitios que, por sus características

constructivas, por su

antigiiedad, por su valor científico, por su contexto

histórico o por su singularidad, pertenecen al patrimonio cultural, incluido el patrimonio

cultural indígena.

El desarrollo del proyecto será en un área que no posee las características indicadas.

c) La afectación a lugares o sitios en que se lleven a cabo manifestaciones propias de la cultura o

El desarrollo del proyecto será en un área en donde no se desarrollan actividades como las mencionadas.

19/27 A

folclore de algún pueblo, comunidad o grupo humano, derivada de la proximidad y naturaleza de las — partes, obras y/o acciones del proyecto o actividad, considerando especialmente a los grupos humanos indígenas.

Referencia al ICE para mayores detalles sobre este | Sección VI impacto específico 6”. Que, las medidas relevantes del Plan de Prevención de Contingencias y del Plan de Emergencias, son las siguientes:

6.1. PLAN DE PREVENCIÓN DE CONTINGENCIAS 6.1.1. Riesgo o Contingencia de Derrame y/o Pulverizado Fase del Proyecto a la que | Construcción, Operación y Abandono

aplica

Parte, obra o acción | Instalación y Operación de Equipos de Fractura, y Pozos asociada

Acciones o medidas a | El plan de acción, posee procedimientos específicos para: implementar para prevenir | - Antes que ocurra un derrame y/o pulverizado

la contingencia - Detección

  • Comunicaciones
  • Acciones inmediatas a) Control del incidente b) Recolección del incidente en tierra
  • Evaluación del incidente c) Magnitud del incidente
  • Restauración ambiental d) Limpieza e) Disposición final de residuos peligrosos En caso de tener un incidente ambiental, se informará a la Superintendencia del Medio Ambiente de la activación del Plan de

Emergencias. Referencia al ICE para Sección VII mayores detalles 6.2. PLAN DE EMERGENCIAS 6.2.1. Plan de Emergencia General Fase del Proyecto a la que | Construcción y Operación aplica Parte, obra o acción | Equipos en superficie y Fractura Hidráulica de los pozos asociada

Forma de control y seguimiento

Las contingencias cubiertas por el Plan son: - Incendio o explosión en instalaciones de producción - Incendio forestal - Incidente con lesión a las personas - Incendio estructural - Emanación de ácido sulfhídrico - Aislamiento El Plan de Acción considera: - Emergencia de Incendio Acciones a implementar - Essen el ol = Las DEISEDaS

  • Emanación de ácido sulfhídrico Las emergencias se clasifican en: e a) Emergencia Grado 1: Puede ser controlada mediante la utilización de recursos internos disponibles en la faena sin necesidad de contar con apoyo externo tanto de GeoPark como de instituciones externas. (Ejemplo: Lesiones leves, principios de incendio, etc.) b) Emergencia Grado 2: Escapa al control inicial y se requiere el apoyo j de mayor cantidad de personal, tanto de GeoPark como de empresas / contratistas que se encuentren en el Bloque.

20/27 A

1%,

c) Emergencia Grado 3: Supera las capacidades de respuesta establecidas en el Bloque y requiere la movilización de recursos de apoyo externos (Bomberos, Carabineros, SAMU, CONAF, etc.). k

Cuando se produce una situación de emergencia, es obligación del personal que la identifica informar de manera inmediata al personal del Departamento HSE de GeoPark, debiendo señalar el grado de la emergencia y los recursos adicionales que requiera para su control en caso de ser necesario.

Oportunidad y vías de comunicación a la SMA de la activación del Plan

Ante la ocurrencia de impactos ambientales previstos o no en la evaluación ambiental del proyecto, se informará dentro del plazo de 24 horas de ocurrido el evento, a la Superintendencia del Medio Ambiente la activación del Plan de Prevención de Contingencias y Planes de Emergencias a través del Sistema de Seguimiento Ambiental, Reporte Incidente Ambiental,

Referencia al mayores detalles

ICE para

Sección VII

Que, de acuerdo a los ante

el

umplimiento de la normativa de carácter ambiental aplicable al Proyecto es la siguiente:

cedentes que constan en el expediente de evaluación, la forma de

Componente / materia:

Partes, obras, actividades y acciones

Norma

D.S. N*132 de 2002. Reglamento de Seguridad Minera *

Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento

Construcción, Operación y Abandono

Parte, Obra o Acción a la ue Aplica

Todas

Forma de cumplimiento

Art.68: Para la ejecución del proyecto, el titular tendrá bajo control permanente las emisiones que se generen a causa de las actividades desarrolladas. Por otra parte, cuenta con un sistema de segregación de residuos, y contrata el servicio especializado de terceros para su retiro y disposición donde corresponda según la legislación vigente.

Art.69: Periódicamente se imparten inducciones al personal que ingresa a laborar en GeoPark o como parte de sus empresas contratistas, en dichas inducciones se les dará a conocer a las personas participantes de los compromisos asumidos en el proyecto en evaluación, para que de esta manera estén en conocimiento de éstos y de su forma de cumplimiento.

Art. 70: GeoPark cuenta con empresas especializadas, que se encargan de los desechos generados, y verifica que estas cumplan con la legislación vigente.

Indicador que acredita su cumplimiento

La documentación de la empresa que acredite que se cumple con la normativa, se mantendrá archivada en las oficinas del departamento de HSE de la compañía.

Los registros de asistencia a las inducciones básicas de seguridad y medio ambiente, se mantendrán archivados en las oficinas del departamento de HSE de la compañía.

Forma de seguimiento

control y

Se mantendrá en faena los comprobantes de ingreso de residuos a los respectivos sitios autorizados.

Componente / materia:

Cierre faenas mineras

Norma

Ley 20.551, Regula el Cierre de Faenas e Instalaciones Mineras

Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento

Cierre

Parte, Obra o Acción a la ue Aplica

Cierre y abandono de cada una de las partes y obras del proyecto

Forma de cumplimiento

Una vez finalizada la vida útil del proyecto, GeoPark, procederá a la etapa de cierre del mismo, para lo cual, tramitará el respectivo plan de cierre de faenas mineras.

Indicador que acredita su cumplimiento

Ingreso a tramitación del Plan de Cierre a Sernageomin.

Forma. de control y

seguimiento

Se mantendrá archivado el documento de aprobación del plan de cierre de faena minera en las oficinas del departamento de HSE de la compañía.

21/27

Componente / materia:

Ruido

Norma

D.S. N*38/11. Norma de emisión de ruidos generados por fuentes que indica

Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento

Construcción, Operación y Abandono

Parte, Obra o Acción a la que Aplica

Todas

Forma de cumplimiento

Las emisiones de ruido de la fase de construcción y operación se generarán principalmente por las actividades requeridas para el montaje de equipos en la plataforma de los pozos a estimular. Y en la fase de operación, es dado el funcionamiento de esos equipos y los necesarios para la producción de los pozos.

Adicionalmente a lo señalado, es característica del área de emplazamiento del Bloque Fell, la acción del viento reinante que facilita la dispersión de las emisiones acústicas rápidamente. Finalmente, cabe consignar que las emisiones de ruido generadas por los vehículos que realizarán el transporte estarán acordes con los estándares establecidos por el fabricante de éstos, lo cual se logrará a partir de las revisiones técnicas respectivas y por el adecuado mantenimiento que se hará a los vehículos.

Indicador que acredita su cumplimiento

El proyecto no generará ruidos molestos por fuentes fijas.

Forma de control y | El Titular dispondrá de los registros de mantenimiento de la maquinaria y seguimiento equipos. Componente / materia: Residuos

Norma

Ley 20.920, Establece el marco de gestión de residuos

Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento

Construcción, Operación y Abandono

Parte, Obra o Acción a la que Aplica

Todas

Forma de cumplimiento

GeoPark cuenta con una empresa especializada, encargada del almacenamiento, transporte y disposición final de los residuos industriales (peligrosos y no peligrosos) que se pudiesen generar durante el desarrollo del proyecto, fuera del predio. Por ende, exige a su empresa contratista las autorizaciones sanitarias correspondientes para realizar este tipo de faenas. Los residuos industriales (domiciliarios y asimilables) son dispuestos en el lugar autorizado.

Indicador que acredita su cumplimiento

Disposición final de los residuos en lugares autorizados

Forma de control y

seguimiento

La documentación de la empresa que acredite que se cumple con la normativa y los registros de disposición final de los residuos industriales se mantendrá archivada en las oficinas del departamento de HSE de la compañía.

Componente / materia:

Partes, obras, actividades, emisiones y residuos

Norma

D.S. N*594/99. Reglamento sobre Condiciones Sanitarias y Ambientales Básicas en los lugares de trabajo

Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento

Construcción, Operación y Abandono

Parte, Obra o Acción a la que Aplica

Todas

“Forma de cumplimiento

Artículo 15: El proyecto requerirá abastecer de agua potable a los trabajadores, tanto en la fase de diseño y montaje, como de operación del proyecto, estimándose que la demanda de consumo por trabajador será inferior o igual a 0,1 m'/día.

Por lo tanto, se considera el uso de agua potabilizada en botellas y en el caso de existir trailers, se instalarán dispensadores de agua en bidón. Artículo 16: Este proyecto en ningún caso considera la descarga de sustancias radioactivas, corrosivas, venenosas, infecciosas, explosivas o inflamables a una red pública de desagije de aguas servidas, ya que se

considera el uso controlado de productos químicos, los cuales se

22/27

encuentran protegidos por cubiertas plásticas y contenidos sobre pallets, de manera de facilitar la manipulación y el contacto con la plataforma. Artículo 18: El proyecto no contempla la acumulación, tratamiento y disposición final de residuos industriales líquidos dentro de las plataformas de cada pozo a utilizar.

GeoPark cuenta con una empresa especializada, encargada del almacenamiento, transporte y disposición final de los residuos industriales que se pudiesen generar durante el desarrollo del proyecto, fuera del predio. Por ende, exige a su empresa contratista las autorizaciones sanitarias correspondientes para realizar este tipo de faenas.

Los residuos industriales no peligrosos son dispuestos por una empresa especializada, y se mantiene documentación de los registros de ingreso a lugar autorizado.

GeoPark en cada oportunidad que requiere la disposición final o tratamiento de sus residuos industriales peligrosos, presenta a la Autoridad Sanitaria una declaración que establece la cantidad y tipo de los residuos generados.

Artículo 19: GeoPark cuenta con empresas contratistas, encargadas de disponer los residuos industriales que se pudiesen generar durante el desarrollo del proyecto, fuera del predio. Por ende, exige a su empresa contratista las autorizaciones sanitarias correspondientes para realizar este tipo de faenas.

Artículo 20: Actualmente, GeoPark en cada oportunidad que requiere la disposición final o tratamiento de sus residuos peligrosos, presenta a la Autoridad Sanitaria una declaración que establece la cantidad y tipo de los residuos generados.

Artículo 23: Los baños químicos se instalarán en los frentes de trabajo que lo requieran y en las cantidades indicadas en el presente decreto. La instalación, operación y limpieza de estos baños será contratada a una empresa especializada que cuente con las autorizaciones correspondientes.

Artículo 24: Para el presente proyecto GeoPark contrata a terceros y ellos disponen los correspondientes baños químicos para el personal a cargo de la faena. GeoPark exige el cumplimiento de esta exigencia sanitaria a la empresa contratista y se asegura de la adecuada disposición final de los residuos, reacondicionamiento sanitario y limpieza con el objetivo de evitar la proliferación de vectores, malos olores y contaminación ambiental.

Artículo 26: Las aguas servidas de los químicos producidas por el proyecto, serán retiradas por una empresa contratista especializada en la materia y dispuestas adecuadamente en lugares autorizados por la Autoridad Sanitaria. GeoPark exige el cumplimiento de esta exigencia sanitaria a la empresa contratista.

Artículo 42: Las sustancias peligrosas son almacenadas acorde a las exigencias estipuladas en la normativa chilena vigente..Además GeoPark cuenta para todos sus proyectos con un Plan de Emergencias correspondiente.

Indicador que acredita su cumplimiento

Se proporcionará agua potable a los trabajadores del proyecto según la legislación vigente.

No se descarga a la red pública de desagúes de aguas servidas sustancias radioactivas, corrosivas, venenosas, infecciosas, explosivas o inflamables o que tengan carácter peligroso en conformidad a la legislación y reglamentación vigente.

La documentación de la empresa que acredite que se cumple con la normativa, se mantendrá archivada en las oficinas del departamento de HSE de la compañía. Ñ

Se proveen baños químicos según lo establecido por la normativa vigente y se mantendrán archivados los registros asociados éstos en las oficinas del departamento de HSE de la compañía.

Se mantendrán archivados los registros asociados a los baños químicos en las oficinas del departamento de HSE de la compañía.

Se mantendrán archivados los registros de almacenamiento de dichas sustancias en las oficinas del departamento de HSE de la compañía.

23/27

82.

8.1.

Forma de seguimiento

control y

Corresponderá a la Superintendencia del Medio Ambiente y a la Autoridad Sanitaria, en uso de sus facultades legales, fiscalizar el permanente cumplimiento de las normas.

Se contará con registro de la disposición delos distintos residuos en lugares autorizados, en caso de ser requeridos para su fiscalización.

Componente / materia:

Residuos Peligrosos

Norma

D.S. N*148, Reglamento Sanitario sobre Manejo de Residuos Peligrosos

Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento

Construcción, Operación y Abandono

Parte, Obra o Acción a la que Aplica

Todas

Forma de cumplimiento

Los residuos peligrosos que se pudiesen generar en este proyecto, al igual que todos los residuos sólidos y líquidos que genera GeoPark, están siendo actualmente retirados y posteriormente dispuestos por empresas autorizadas que cuentan con los permisos otorgados por la Autoridad Sanitaria. Por lo tanto, el manejo de los residuos peligrosos que se pudiesen generar durante el presente Proyecto será el mismo.

Indicador que acredita su cumplimiento

Se mantendrán archivados los registros de disposición final de los residuos peligrosos en las oficinas del departamento de HSE de la compañía.

Forma de seguimiento

control y

Corresponderá a la Superintendencia del Medio Ambiente y a la Autoridad Sanitaria, en uso de sus facultades legales, fiscalizar el permanente cumplimiento de las normas.

Componente / materia:

Fauna

Norma

Ley N* 4.601 (texto sustituido por ley n” 19.473/96), publicada el 15 de septiembre de 1996. ley de caza

Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento

Construcción, Operación y Abandono

Parte, Obra o Acción a la que Aplica

Todas

Forma de cumplimiento

El proyecto estará emplazado dentro del Bloque Fell, en el cual se registran a lo menos tres especies en categoría de conservación que corresponden al guanaco (Lama guanicoe), el ñandú (Ptereocnemia pennata) y zorro gris (Pseudalopex griseus), estas especies faunísticas presentan una gran movilidad, y se encuentran en una amplia distribución y mayor abundancia relativa. Por lo anteriormente expuesto, estas especies no se verán afectadas por el desarrollo del presente proyecto.

Indicador que acredita su cumplimiento

GeoPark dará cumplimiento a las prohibiciones establecidas en la norma, las que se harán extensivas, mediante una inducción básica, a sus trabajadores y contratistas, la cual incluye:

  • La prohibición de efectuar caza y/o pesca mientras estén en instalaciones de GeoPark, realizando trabajos o faenas, ya que esta actividad sólo podrá practicarse con previa autorización del Servicio Agrícola y Ganadero, y por un periodo determinado.

  • La prohibición de ejercer la caza a especies faunísticas catalogadas como especies en peligro de extinción, vulnerables, raras, y escasamente conocidas. Para este proyecto en particular, se indican las especies que existen en el área y su estado de conservación.

  • La prohibición de intervenir los nidos, destruir madrigueras y recolectar huevos o crías.

  • La existencia de sanciones en caso de caza sin previa autorización.

  • La prohibición de interactuar con la fauna silvestre y/o doméstica.

Forma de control y

seguimiento

En caso de ser requerido, se contará con las inducciones efectuadas a los trabajadores y contratistas.

Referencia al ICE para

mayores detalles

Sección VIM

Que resultan aplicables al Proyecto los siguientes permisos ambientales sectoriales, asociados a las correspondientes partes, obras o acciones que se señalan a continuación:

Permisos Ambientales Sectoriales Mixtos

8.1.1. Permiso para la Aprobación del Plan de Cierre de una Faena Minera, del artículo N*137 del Reglamento del SEIA

24/27 0

ge.

10s.

1119,

Fase del Proyecto a la cual corresponde

Parte, obra o acción a que aplica Fractura Hidráulica de los pozos Jauke Sur x-1 y Jauke 2 ORD N*166 DR/MAG/2019 de fecha 03/05/2019, del Servicio Nacional de Geología y Minería, Región de Magallanes y Antártica Chilena

Abandono o Cierre

Pronunciamiento del órgano competente

Referencia al ICE para mayores

detalles Sección IX

Que, durante el procedimiento de evaluación de la DIA el Titular del Proyecto propuso los siguientes compromisos ambientales voluntarios:

9.1, Sustancias Químicas Fase del Proyecto a la que aplica

Construcción y Operación

Existe la posibilidad que las compañías de servicios especializadas en estimulación de pozos utilicen algún producto diferente a los señalados en la tabla 2.6 de la DIA. Por lo tanto, en caso de utilizar un producto diferente, una vez finalizada la estimulación de los pozos, se informará de Objetivo, descripción y | sus características y se adjuntará su ficha de seguridad o MSDS.

justificación Sin embargo, en el caso de utilizar un producto distinto a los mencionados en la Tabla 2.6 de la DIA, se realizará un análisis de laboratorio, al fluido de retorno, según el decreto supremo N* 148, para confirmar que este no es una sustancia peligrosa y así proceder a su inyección en los pozos sumideros aprobados ambientalmente para tales efectos.

En la fase operación que contempla la estimulación de las formaciones El Lugar, forma y oportunidad | Salto y Serie Tobífera, pozos Jauke 2 y Jauke Sur x-1.

de implementación Durante la estimulación de los pozos se tendrá estricto control sobre los aditivos químicos a utilizar.

La confirmación del ingreso del informe, al Sistema de Seguimiento Ambiental de la Superintendencia de Medio Ambiente, estará en las oficinas del departamento de HSE.

Forma de control y | Se informará a la SMA, en el caso de utilizar un producto distinto, sus seguimiento características y se adjuntará su ficha de seguridad o MSDS.

Referencia al ICE para mayores detalles

Indicador que acredite su cumplimiento

Sección X

Que, el Titular deberá remitir a la Superintendencia del Medio Ambiente la información respecto de las condiciones, compromisos o medidas, ya sea por medio de monitoreos, mediciones, reportes, análisis, informes de emisiones, estudios, auditorías, cumplimiento de metas o plazos, y en general cualquier otra información destinada al seguimiento ambiental del Proyecto, según las obligaciones establecidas en la presente Resolución de Calificación Ambiental y las Resoluciones Exentas que al respecto dicte la Superintendencia del Medio Ambiente. De igual forma, y a objeto de conformar el Sistema Nacional de Información de Fiscalización Ambiental (SNIFA), el Registro Público de Resoluciones de Calificación Ambiental y registrar los domicilios de los sujetos sometidos a su fiscalización en conformidad con la ley, el Titular deberá remitir en tiempo y forma toda aquella información que sea requerida por la Superintendencia del Medio Ambiente a través de las Resoluciones Exentas que al respecto ésta dicte.

Que, el Titular deberá informar a la Superintendencia del Medio Ambiente la realización de la gestión, acto o faena mínima que da cuenta del inicio de la ejecución de obras, a que se refiere el Considerando 4.1 de la presente Resolución.

Que, con el objeto de dar adecuado seguimiento a la ejecución del Proyecto, el Titular deberá informar a la Superintendencia del Medio Ambiente, al menos con una semana de anticipación, el inicio de cada una de las fases del Proyecto, de acuerdo a lo indicado en la descripción del mismo.

25/27

13*,

142,

15*,

162.

17*.

Que, para que el proyecto “Estimulación Hidráulica en Pozos Jauke” pueda ejecutarse, deberá cumplir con todas las normas vigentes que le sean aplicables.

Que, el Titular deberá informar inmediatamente a la Secretaría de la Comisión de Evaluación de la Región de Magallanes y de la Antártica Chilena y a la Superintendencia del Medio Ambiente, la ocurrencia de impactos ambientales no previstos en la DIA, asumiendo inmediatamente las acciones necesarias para abordarlos.

Que, el Titular del Proyecto deberá comunicar inmediatamente y por escrito a la Secretaría de la Comisión de Evaluación de la Región de Magallanes y de la Antártica Chilena la ocurrencia de cambios de titularidad, representante legal, domicilio y correo electrónico, de acuerdo a lo establecido en el inciso tercero del artículo 162 y artículo 163, ambos del Reglamento del SELA.

Que, se hace presente al Titular que cualquier modificación al Proyecto que constituya un cambio de consideración, en los términos definidos en el artículo 2? letra g) del Reglamento del SEIA, deberá someterse al SEIA.

Que, todas las medidas, condiciones, exigencias y disposiciones establecidas en la presente resolución, son de responsabilidad del Titular, sean implementadas por éste directamente o a través de un tercero.

RESUELVO:

19,

2".

3%

4.

Se

6*.

Calificar favorablemente la Declaración de Impacto Ambiental del proyecto “Estimulación Hidráulica en Pozos Jauke” de GeoPark Fell SpA.

Certificar que el proyecto “Estimulación Hidráulica en Pozos Jauke” cumple con la normativa de carácter ambiental aplicable. .

Certificar que el proyecto “Estimulación Hidráulica en Pozos Jauke” cumple con los requisitos de carácter ambiental contenidos en el permiso ambiental sectorial que se señalan en el artículo N137 del D.S. N 40/2012 del Ministerio del Medio Ambiente, Reglamento del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental.

Certificar que el proyecto “Estimulación Hidráulica en Pozos Jauke” no genera los efectos, características o circunstancias del artículo 11 de la Ley N* 19.300, que dan origen a la necesidad de elaborar un Estudio de Impacto Ambiental.

Definir como gestión, acto o faena mínima del proyecto para dar cuenta del inicio de su ejecución de modo sistemático y permanente los mencionados en el considerando N%4 del presente acto. Hacer presente que contra esta resolución es procedente el recurso de reclamación del artículo 20 de la Ley N* 19.300, ante el Director Ejecutivo del Servicio de Evaluación Ambiental.

Notifíquese y Archívese

Se “Director Regional Servicio de Evaluación Ambiental

ES Secretario Comisión de Evaluación Ue - 7 Región de Magallanes y Antártica Chilena SC/COB/C

26/27

Distribución:

Francisco Bernardo Gallardo Guerrero

Dirección de Obras Hidráulicas, Región de Magallanes y Antártica Chilena

Dirección de Vialidad, Región de Magallanes y Antártica Chilena

Dirección General de Aguas, Región de Magallanes y Antártica Chilena

Gobierno Regional, Región de Magallanes y Antártica Chilena

Ilustre Municipalidad de San Gregorio

Secretaría Regional Ministerial de Desarrollo Social y Familia, Región de Magallanes y Antártica Chilena

Secretaría Regional Ministerial de Energía, Región de Magallanes y Antártica Chilena

Secretaría Regional Ministerial del Medio Ambiente, Región de Magallanes y Antártica Chilena Secretaría Regional Ministerial de Minería, Región de Magallanes y Antártica Chilena

Secretaría Regional Ministerial de Salud, Región de Magallanes y Antártica Chilena

Secretaría Regional Ministerial de Transportes y Telecomunicaciones, Región de Magallanes y Antártica Chilena

Secretaría Regional Ministerial de Obras Públicas, Región de Magallanes y Antártica Chilena

Servicio Agrícola y Ganadero, Región de Magallanes y Antártica Chilena

Servicio Nacional de Geología y Minería, Región de Magallanes y Antártica Chilena

Superintendencia de Electricidad y Combustibles, Región de Magallanes y Antártica Chilena

Comisión Chilena de Energía Nuclear

EC:

Encargada Participación Ciudadana Oficina de Partes

21/27 Y y