Evaluación SEA

PARQUE FOTOVOLTAICO CABRERO SOLAR

Rol 2142499650
SEA · DIA · Aprobado · 2019-02-20 · Región del Biobío · Sociedad Cabrero Solar SpA

E REPÚBLICA DE CHILE

'ervicio A z de pvaliación COMISIÓN DE EVALUACIÓN Ambiental Región del Biobío

Región del Bloblo

Califica Ambientalmente el proyecto

“PARQUE FOTOVOLTAICO CABRERO SOLAR” Resolución Exenta N* 2 0 8

Concepción 15 0CT 2019 VISTOS:

  1. La Declaración de Impacto Ambiental (DIA), su Adenda de fecha 25 de julio de 2019 y su Adenda Complementaria de 5 de septiembre de 2019, del proyecto “PARQUE FOTOVOLTAICO CABRERO SOLAR”, presentado por Eduardo Morice Soffia con fecha 15 de febrero de 2019.

2”. Los pronunciamientos y observaciones de los órganos de la administración del Estado que, sobre la base de sus facultades legales y atribuciones, participaron en la evaluación de la DIA, y que se detallan en el Capítulo 3 del Informe Consolidado de Evaluación (ICE) de la DIA del proyecto “PARQUE FOTOVOLTAICO CABRERO SOLAR”.

3”, El Acta de Evaluación N* 32 de 21 de agosto de 2019 del Comité Técnico de la Región del Biobío.

  1. El ICE de la DIA del proyecto “PARQUE FOTOVOLTAICO CABRERO SOLAR” de 4 de octubre de 2019.

5%, El acuerdo de la sesión de fecha 14 de octubre de 2019 de la Comisión de Evaluación de la Región del Biobío.

6”. La Resolución Exenta N 60, de 17 de abril de 2019 de la Dirección Regional Servicio de Evaluación Ambiental VIII Región del Biobío que dispuso la realización de un proceso de participación ciudadana, conforme a lo previsto en el artículo 30 bis de la Ley N 19.300, sobre Bases Generales del Medio Ambiente.

7%. Los demás antecedentes que constan en el expediente de evaluación de impacto ambiental de la DIA del proyecto “PARQUE FOTOVOLTAICO CABRERO SOLAR”.

8”. Lo dispuesto en la Ley N 19.300, Sobre Bases Generales del Medio Ambiente; el D.S. N 40, de 2012, del Ministerio del Medio Ambiente, Reglamento del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental (Reglamento del SEIA); la Ley N” 19.880, que Establece Bases de los Procedimientos Administrativos que Rigen los Actos de los Órganos de la Administración del Estado; la Ley N 18.575, Ley Orgánica Constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado; la Resolución N 1.600, de 2008, de la Contraloría General de la República, que fija normas sobre exención del trámite de toma de razón y la Resolución N 10 de 2017 que la modifica; el Reglamento de Sala de la Comisión de Evaluación de la Región del Biobío, aprobado mediante Resolución Exenta N 267 de fecha 21 de julio de 2014; la Resolución TRA 119046/47/2019 de fecha 25 de abril de 2019, del Servicio de Evaluación Ambiental, que nombra a la Directora Regional del Servicio de Evaluación Ambiental de la región del Biobío.

CONSIDERANDO:

  1. Que, Cabrero Solar SpA (en adelante, el Titular), ha sometido al Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental (SEIA) la DIA del proyecto “PARQUE FOTOVOLTAICO CABRERO SOLAR” (en adelante, el Proyecto). Los antecedentes del Titular son los siguientes:

Nombre o razón social Cabrero Solar SpA. Rut 76.967.751-8 Domicilio Badajoz 130 Oficina 1501, Las Condes, Santiago Teléfono +56 2 29427552 Nombre representante legal Eduardo Morice Soffia Rut representante legal 10.224,378-1

Domicilio representante legal | Badajoz 130 Oficina 1501, Las Condes, Santiago. Teléfono representante legal +56 2 29427552

Correo electrónico Titular o | emorice(Ospheraenergy.com

representante legal

2, Que, conforme se indica en el ICE de fecha 4 de octubre de 2019, la Directora del Servicio de Evaluación Ambiental VII Región del Biobío ha recomendado aprobar el Proyecto, por cuanto cumple con la normativa de carácter ambiental aplicable identificada en la sección 9 del ICE; cumple con los requisitos de otorgamiento de carácter ambiental contenidos en los permisos ambientales sectoriales aplicables identificados en la sección 10 del ICE; no genera ni presenta los efectos, características o circunstancias del artículo 11 de la Ley N 19.300, que dan origen a la necesidad de evaluar un Estudio de Impacto Ambiental identificados en la sección 6 del ICE ; y el titular ha subsanado los errores, omisiones e inexactitudes planteados en el o los Informes Consolidados de Aclaraciones, Rectificaciones y Ampliaciones.

3”. Que, en sesión de 14 de octubre de 2019, la Comisión de Evaluación de la Región del Biobío acordó calificar favorablemente el proyecto “PARQUE FOTOVOLTAICO CABRERO SOLAR”, aprobando íntegramente el contenido del ICE de 4 de octubre de 2019, el que forma parte integrante de la presente Resolución. Por lo tanto, conforme a lo indicado en el artículo 60 inciso segundo del Reglamento del SETA, se excluyen de la presente Resolución las consideraciones técnicas en que se fundamenta.

47, Que, según lo señalado en la DIA y sus anexos, en su Adenda, y en su Adenda Complementaria, los cuales forman parte integrante de la presente Resolución, la descripción del Proyecto es la que a continuación se indica:

4.1. ANTECEDENTES GENERALES

El objetivo del proyecto es generar energía eléctrica a partir de la energía solar, a través de un parque fotovoltaico cuya potencia máxima a inyectar a la red de distribución es 9 MW AC,

El proyecto se enmarca en el contexto de las Energías Renovables No Convencionales (ERNC).

Objetivo general

Tipología principal, así | C.) Centrales generadoras de energía mayores a 3 MW

como las aplicables a sus partes, obras o acciones

Vida útil El Proyecto considera una vida útil de 25 años.

Monto de inversión USD $ 10.000.000 (10 millones de dólares)

Despeje y preparación de la superficie del área de proyecto, en conjunto

Gestión, acto o faena ' Ja , con la instalación del cerco perimetral.

mínima que da cuenta del inicio de la ejecución

Proyecto se desarrolla por Si No etapas Xx] Proyecto modifica un Si No El proyecto corresponde a un proyecto nuevo, no

existiendo actividades ni proyectos presentados al

proyecto o actividad . Y] SEIA asociados a éste.

Proyecto modifica otra(s)

Si No

RCA

4.2. UBICACIÓN DEL PROYECTO

División político- administrativa

El proyecto se ubica en la Región del Bio Bío, Provincia de Bio Bío, en la comuna de Cabrero, al sur de la ruta 146 “Concepción — Cabrero”.

Descripción de la localización

La justificación de localización del proyecto se basa en: e Se instalará en un solo predio, siendo este de privados, el que cuenta con alta radiación solar aprovechable;

  • Alto número de horas totales de sol adecuadas;

e Seencuentra cercano a líneas de distribución eléctrica existentes.

Se ubica en terrenos que no resultan aptos para la agricultura.

Superficie

El proyecto “Cabrero Solar” contempla la utilización de una superficie aproximada de 25 hectáreas, las que incluyen la construcción del parque fotovoltaico, la línea de transmisión eléctrica y los caminos a utilizar.

Coordenadas UTM en Datum WGS84

Coordenadas área proyecto:

Vértice | Este Norte 1 729.376 5.897.750 2 729.909 5.897.752 3 729.997 5.897.990 4 729.968 5.898.047 3 729.973 5.898.055 6 730.031 5.898.020 1 T2O 0 1S 5.897.346 8 729.752 5.897.331 9 729.681 5.897.140 10 729.561 5.897.140 11 729.561 5.897.195 12 729.521 5.897.194 13 729.520 5.897.422 14 729.360 5.897.422 15 729.250 5.897.433

(Fuente: Tabla 4 DIA “Coordenadas Área de Proyecto) e En la Tabla 5 de la DIA se presentan las coordenadas específicas para área de paneles. e En la Tabla 6 de la DIA se presentan las coordenadas específicas de los postes de línea eléctrica.

e En la Tabla 7 de la DIA se presentan las coordenadas específicas de la instalación de faenas.

e En la Tabla 8 de la DIA se presentan las coordenadas específicas para el estacionamiento de vehículos pesados.

e En la Tabla 9 de la DIA se presentan las coordenadas específicas de los puntos de conexión eléctrica y acceso al proyecto.

Caminos de acceso

El acceso al proyecto será por la Ruta 146 (ex ruta Q-50), y luego a través de un camino privado. En la figura 3 de la DIA se indican las vías de acceso al proyecto,

Referencia al expediente de evaluación de los mapas, georreferenciación e información complementaria sobre la localización de sus partes, obras y acciones

Capitulo 1 DIA

. Sección 1.3.1. de la DIA . Sección 1.3.2. de la DIA . Sección 1.3.3. de la DIA . Sección 1.3.4. de la DIA . En el Anexo 1 de la Adenda se entrega el layout del

proyecto, esto en formato PDF y KMZ de todas las obras e instalaciones que son parte de Cabrero Solar.

4,3, PARTES, OBRAS Y ACCIONES QUE COMPONEN EL PROYECTO

4.3.1. FASE DE CONSTRUCCIÓN

Instalación de faenas

Tendrá una superficie aproximada de 4.430 m? (0,44 ha.) y será el centro de coordinación y servicios básicos mientras se construya el proyecto. Dentro de esta área se encontrarán los servicios higiénicos, oficinas, bodegas, comedor, y todas las instalaciones necesarias para la construcción del proyecto. Mayores detalles se presentan en la sección 4.2. del ICE.

Estacionamiento de vehículos pesados

Esta área corresponde el lugar donde llegarán los camiones, vehículos pesado o con dimensiones que requieren mayor espacio para maniobrar, descargar o cargar diferentes cosas.

Su estabilización será con una carpeta de gravilla y estará debidamente demarcada para evitar el uso de áreas no e ; > A

acondicionadas para este fin. Tendrá una superficie de 158 m'.

Despeje y preparación de la superficie del área del proyecto

Se realizará la remoción de la capa vegetal del área de paneles, caminos y el área de instalación de faena, esto corresponde a una superficie aproximada de 17 ha. Se estima una extracción máxima de 3 m? de restos vegetales como hojas y ramas.

Excavación de zanjas

Para la conexión de los paneles con los centros de transformación, se excavarán zanjas para el cableado de baja y media tensión. Se realizarán las zanjas y posteriormente con la misma tierra extraída se utilizará en su relleno de las zanjas (una vez se haya instalado el cableado en ellas).

Se estima que las zanjas tendrán un ancho máximo de 1 metro y de profundidad de 1 metro y una superficie de 504 m?. ml

Mejoras al camino de acceso

Las mejoras para realizar al camino son en su mayoría el arreglo de grietas y agujeros que tiene actualmente el camino, dejando un camino parejo, sin eventos o baches.

Transporte de personal

Dado que el peak de trabajadores corresponde a 60 personas, se estima un máximo de 2 buses medianos, por lo que el transito es menor, tanto dentro de la ciudad como hasta las instalaciones del proyecto.

Recursos naturales renovables

Vegetación Durante la actividad de “Despeje y preparación del terreno” se

realizará la remoción de la capa vegetal del área de paneles, caminos y el área de instalación de faena, esto corresponde a una superficie aproximada de 17 ha. Se estima una extracción máxima de 3 m? de residuos vegetales como hojas y ramas.

La vegetación presente en el área de proyecto corresponde a formaciones de matorral y pradera, el 73% de las especies encontradas en el área son alóctonas y no hay especies en categoría de conservación.

La vegetación a remover corresponde principalmente a herbáceas, y en el estrato arbustivo la especie dominante es la Zarzamora. En el área de despeje no hay presencia de árboles de gran envergadura,

o formaciones de bosque.

Emisiones y efluentes

Emisiones de MP ¿5 MP0 NOx, CO, Sox, COV/HC

La fase de construcción tendrá una duración de 6 meses, siendo la combustión de maquinarias y el tránsito por vías no pavimentadas, remoción de escarpe, habilitación de caminos, carga y transporte de material las actividades que generan emisiones de material particulado.

En la siguiente tabla se presenta el resumen de la estimación de emisiones para la fase de construcción.

Actividad Emisiones (Ton/fase).

MP |MP |NOx|CO |SOx | COV/ 2.5 10 HC

Total Fase de|0,49 | 1,13 | 6,11 |2,85 | 1,60 | 0,41 Construcción

(Fuente: Cuadro N*87,4,1. “Resumen Emisiones — tres fases del proyecto”), Anexo 6 Adenda).

Emisiones líquidas o efluentes Los residuos líquidos domésticos generados en la fase de construcción serán los provenientes de los lavamanos, duchas y agua de lavado de ruedas.

Residuos Cantidad | Forma de manejo | Lugar de

estimada disposición temporal Residuos 270 Las aguas serán | Estanques líquidos m'/mes almacenadas en el | en interior de | instalación

estanques de los | de faenas baños químicos o bien de otros estanques en caso de las aguas provenientes de duchas.

e Las aguas residuales de los baños químicos serán retiradas periódicamente por empresas que contarán con las respectivas autorizaciones sanitarias. El número de baños químicos será proporcional al número de trabajadores de acuerdo a las exigencias del D.S. N* 594/99 del MINSAL.

  • Las aguas que se recibirán en el “estanque de agua sucia” corresponden a aguas grises y que una vez alcance el 75% de su capacidad será vaciado por una empresa especializada y autorizada para dar el servicio de retiro, traslado y tratamiento de estas aguas.

Respecto a la actividad de lavado de ruedas de los camiones, el retiro y traslado de los líquidos residuales será efectuado cada 2 semanas por un camión limpia fosa de una empresa autorizada para estos fines.

Ruido

Durante la fase de construcción, el ruido se producirá fundamentalmente debido a la maquinaria que se utilizará en la preparación del terreno, y la faena de construcción de fijaciones y montaje de paneles y transformadores, además de la construcción de la línea eléctrica asociada, junto a la habilitación de caminos.

Se identificaron receptores cercanos al entorno proyecto (Figura

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N*] Anexo 4 de la DIA: “Emisiones de ruido”), todos correspondientes a viviendas, se realizaron mediciones basales (previos a la ejecución del Proyecto) de Nivel de Presión Sonora Equivalente (NPSeq (dBA) y (dB) para el caso de fauna), para lo cual se realizó una campaña de medición en horario diurno y nocturno (Tabla 10 y Tabla 11 del Anexo 4 de la DIA). Posteriormente, se estimaron de niveles de ruido sobre los receptores identificados, utilizando el Software de DGMR ¡Noise. A objeto de dar cumplimiento normativo al R07, se implementarán barreras acústicas fijas cuyo material deberá cumplir con condiciones de densidad superficial igual o superior a 10 kg/m? (ejemplo: paneles de madera OSB de 15mm. de espesor o material equivalente). Las junturas de los paneles que conformen la barrera serán herméticas tanto entre ellas como la unión con el piso, de modo que no se generen fugas acústicas y por consiguiente se pierda efectividad.

Las barreras se implementarán únicamente en caso de que se realicen trabajos asociados al camino de acceso y de la línea de transmisión cercanos al receptor R07. Una vez que los trabajos se enfoquen exclusivamente en el Parque, las medidas de control señaladas no serán necesarias.

Con la correcta implementación de la medida de control de ruido, la evaluación normativa queda de la siguiente manera:

Los resultados obtenidos se presentan en a siguiente tabla resumen:

Punto NPS Límite Exceso Cumple Receptor | estimado | Normativo | Nivel Norma [dB(A)] Diurno [dB] [dB(A)]

RO! 65 65 0 SI

R02 51 65 0 SI

RO03 40 50 0 SI

RO04 40 61 0 SI

ROS 46 65 0 SI

RO06 47 65 0 SI

RO07 63 65 0 SI

Mayores detalles se presentan el Estudio Acústico en el Anexo 4 de la Declaración de Impacto Ambiental, donde además se señala la ubicación de las barreras acústicas a implementar (Figura 13: Ubicación y altura Barrera acústica).

Residuos, productos químicos y otras sustancias que puedan afectar el medio ambiente.

Residuos sólidos Asimilables a Domésticos (RSD).

Se estima que cada trabajador generará una cantidad de 1 kg/día, por lo que se estima una generación máxima de 60 kg/día en el periodo del peak de trabajadores, por lo tanto, se estima una generación máxima de 1,8 t/mes, de residuos domésticos.

Estos residuos serán retirados diariamente y llevados al sector de la bodega de residuos domésticos en contenedores cerrados de material HDPE o similar, con capacidad aproximada para 200 litros con bolsa, tapa y sistema de ruedas con freno, debidamente ordenados, clasificados por tipo de residuo y rotulados según corresponda. Estos contenedores estarán ubicados al interior de la instalación de faena, para posteriormente ser enviados a sitios autorizados de la región mediante empresas autorizadas para realizar esta labor.

La frecuencia de retiro desde el sitio de almacenamiento temporal será de dos veces por semana. Para llevar un control del retiro,

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tanto en la garita como en las oficinas de la instalación de faena, tendrán el procedimiento de registro y seguimiento para los residuos domiciliarios generados, se verificará que todos los camiones que se despachen de faena lleguen a destino autorizado.

Residuos Industriales No Peligrosos (RISES)

Este tipo de residuo comprende los desechos provenientes del material de embalaje, madera, restos de materiales de la construcción y elementos de ferretería, bobinas y otros restos de materiales.

Se estima una generación de 1.500 kg/mes de este tipo de residuos. Estos serán almacenados en la bodega de residuos no peligrosos ubicada al interior de la instalación de faena., en donde serán segregados y clasificados de acuerdo a sus características. En garita y en las oficinas se podrá encontrar el procedimiento de registro y seguimiento para los residuos no peligrosos generados.

Se verificará que todos los camiones que se despachen de faena lleguen a destino autorizado. Este plan contempla el registro y la emisión de informes mensuales.

Todos los residuos sólidos generados serán tratados en conformidad a la legislación aplicable. Respecto de las maderas de embalajes de los equipos que provengan del extranjero, deberán contar con la certificación exigida en la Resolución N* 133/05 del SAG destinado a la prevención del ingreso potencial de plagas al país.

Residuos Peligrosos + Este tipo de residuos se generarán en menor cantidad, ya que

son principalmente restos de combustibles, lubricantes, envases contaminados, huaipes o vestimenta impregnada con estos líquidos, entre otros,

  • La cantidad de estos residuos se estima en 0,3 m*/mes.

e Estos serán dispuestos temporalmente en una bodega de residuos peligrosos ubicada al interior de la instalación de faena, la cual estará debidamente identificada y clasificados todos los residuos en conformidad con el D.S. N* 148/03 del MINSAL.

e Los residuos sólidos peligrosos serán dispuestos en receptáculos cerrados y el tiempo máximo de almacenamiento temporal será de 6 meses o cuando la bodega se encuentre al 80% de su capacidad. La disposición final se realizará a través de una empresa autorizada de la zona, declarando oportunamente la cantidad de residuos peligrosos en el SIDREP.

  • Adicionalmente, se indica que los paneles fotovoltaicos dañados serán catalogados como residuos peligrosos y por tanto serán dispuestos al interior de la bodega.

Referencia al ICE para mayores detalles sobre esta fase.

Sección 4.6. del ICE

4.3.2. FASE DE OPERACIÓN

Módulos fotovoltaicos

El proyecto considera la instalación de aproximadamente 40.000 unidades como máximo. Sus medidas aproximadas son de 2 m de altura, 1 m de ancho y 40 mm de profundidad.

Cada panel tiene una estructura de soporte, el que será móvil para aumentar la captación de radiación solar durante el día y así maximizar el rendimiento de cada módulo.

Para la instalación se realizará mediante el hincado de los perfiles de las estructuras de soporte, esto con una profundidad aproximada de2m.

En conjunto, abarcan una superficie de 16,2 ha.

Centros de transformación

El proyecto contempla la instalación de 3 centros de transformación, que estarán compuestos por inversores, que transformarán la energía de continua en alterna. También contendrá un transformador que elevará la tensión de la corriente de “baja” a “media tensión”. La electricidad será conducida desde los paneles fotovoltaicos a los centros de transformación mediante conductores localizados en zanjas. Abarcan una superficie de 111 m?

Oficina

La oficina de control será una estación remota, en donde no habrá personal de manera permanente. Esta se ubicará en el mismo lugar que las oficinas de la instalación de faena, y corresponde a un container promedio (5x3 metros), que tendrá una superficie de 150

n?,

Centro de control

Este será el lugar donde se efectúe el control telecomandado y monitoreo durante la fase de operación. Este será donde se generen las alertas en caso de que exista alguna contingencia durante la fase de operación del proyecto.

Este centro estará ubicado en el área de la instalación de faena, que una vez que la fase de construcción esté finalizada. Tendrá una superficie de 150 m?.

Estacionamiento

Esta área corresponde al lugar donde se estacionarán lo vehículos que sean necesarios para cada uno de los mantenimientos calendarizados o situaciones de emergencia que ocurran durante la operación. Tendrá la misma ubicación que los estacionamientos definidos en la instalación de faena. Tendrá una superficie de 215

m?,

Cerco perimetral

Por todo el contorno de las áreas de paneles y el proyecto en general, se construirá un cierre perimetral de aproximadamente 2 metros de altura y de aproximadamente 2,3 km de longitud.

Línea eléctrica

La evacuación de la energía eléctrica se realizará mediante un tendido eléctrico aéreo de 23 Kv de tensión nominal, tendrá una longitud aproximada de 770 m. Las estructuras serán postes simples de hormigón armado, y su instalación será mediante una excavación de 1x1x3 metros, y relleno de hormigón.

Caminos (acceso e internos).

El proyecto considera dos tipos de caminos:

Los Caminos internos, que unen el área de instalación de faena con los centros de transformación y las diversas áreas de paneles, y tendrán un ancho variable entre 3 y 5 metros, y se les adicionará matapolvo para disminuir las emisiones.

Por otra parte, el Camino de acceso, corresponde a un camino existente, el que está asfaltado y estabilizado. Para su uso durante todas las fases del proyecto, este será mejorado (tapando eventos existentes). Este conectará la caletera de la ruta 146 (ex ruta Q-50) con las diferentes áreas de paneles y la instalación de faena. Tendrá una longitud aproximada de 610 metros y un ancho aproximado de 6 metros.

Puesta en marcha

La puesta en marcha consistirá básicamente en la generación y entrega de energía eléctrica en condiciones normales con el fin de garantizar la normalidad de funcionamiento de los equipos.

Generación de energía

El proceso permite captar la energía solar y producir electricidad de origen renovable mediante una serie de paneles o módulos (compuestos por varias células fotovoltaicas) conectados eléctricamente entre sí, que se encargan de transformar la energía del sol en energía eléctrica, generando una corriente continua proporcional a la irradiación solar que incide sobre ellos para luego ser transmitida por medio de conductores eléctricos. Esta corriente se conduce al inversor, el que utilizando la electrónica de potencia, la convierte en corriente alterna a la misma frecuencia que la red eléctrica. Esta corriente se transforma a media tensión mediante transformador ubicado en el centro de transformación, que en estos casos van acoplados a los mismos inversores, y de este modo queda disponible en media tensión, 23 kV, que será la tensión de salida.

Visitas de control

El proyecto durante su fase de operación contempla, en sus visitas de control, la revisión de la altura de vegetación que hayan crecido durante el periodo entre una y otra visita técnica o de mantención. En caso de que, la altura de los individuos vegetacionales posea una altura mayor a los 20 cm, esta será podada y cortada hasta la altura indicada. En ningún caso habrá retiro de raíz de la vegetación ni tampoco adición de herbicidas u otros productos químicos para la eliminación de la vegetación.

Transporte de personal

| Operación)

Durante la fase de operación se requerirá transportar al personal encargado de las mantenciones y limpieza, y en casos muy puntuales se requerirá el uso de camiones, específicamente para el retiro de residuos o para el ingreso de algún insumo específico.

(mayores detalles en Tabla 17 DIA: Estimación de viajes — Fase de

Recursos naturales renovables

Energía solar: El proyecto sólo realizará la explotación de la energía solar, mediante el uso de paneles fotovoltaicos. Vegetación: — la vegetación que crecerá en el área del proyecto, esta será podada en cada visita de mantención que se realice durante la fase de operación. Esta poda se realizará de forma manual, y se dejará a todos los individuos de las especies vegetales de un alto máximo de 20 cm. El resto de la poda, se mantendrá en el lugar, de esta forma se evita la erosión del suelo, principalmente originada por la lluvia, por lo tanto no se extraerán o explotarán recursos naturales renovables.

Emisiones y efluentes

Emisiones de MP 2.5, MP 10, NOx, CO, Sox, COV/HC

Durante la fase de operación del proyecto, se generarán emisiones acotadas principalmente al tránsito y combustión de vehículos por caminos pavimentados y no pavimentados, los cuales se resumen en la siguiente tabla:

Tabla 1:

Actividad Emisiones (Ton/fase)

MP 2.55 | MP 10 NOx (9/0) SOx COV/HC

TOTAL 0,005 | 0,03 0,01 0,003 pal 0,0006 PRIMER

AÑO

TOTAL 0,12 0,87 0,30 0,07 0,01 0,016 25

AÑOS

(Fuente: Cuadro N* 6.4.1 del Anexo 6 de la Adenda: Resumen emisiones fase de Operación).

Ruido Durante la fase de operación, las fuentes de ruido funcionan únicamente en horario diurno, a excepción del generador de respaldo que podría funcionar tanto en horario diurno como nocturno y de la línea de transmisión (efecto corona).

Debido al punto anterior, se consideran dos condiciones operativas, una en horario diurno con todas las fuentes de ruido y una en horario nocturno que considera únicamente el generador de respaldo y la línea de transmisión.

Con los antecedentes previos, se realizó la comparación respecto a los límites establecidos en el D.S N*38/11del MMA, obteniendo los siguientes resultados:

Receptor | NPS Operación | Exceso Nivel | Cumple Norma Diurno/Noctur | [dB] no [dB(A)]

RO1 54/36 0/0 SI

RO2 45/24 0/0 SI R03 36/16 0/0 SI RO04 40/14 0/0 SI ROS 35/19 0/0 SI R06 41/21 0/0 SI RO07 55/36 0/0 SI

Más detalles en el Anexo 4 de la DIA “EMISIONES DE RUIDO”.

Emisiones electromagnéticas

El proyecto durante su fase de operación generará emisiones eléctricas y magnéticas producto del funcionamiento de la Línea de transmisión eléctrica (LTE) y obras que contempla el proyecto.

Se presentó un Estudio Electromagnético (Anexo 3 Adenda Complementaria), a objeto de analizar las emisiones electromagnéticas que pudieran presentarse en el entorno de las estructuras y equipos eléctricos que componen el proyecto.

Debido a que Chile no posee normativa para emisiones de campos electromagnéticos, se realizó una revisión bibliográfica de normativa internacional, en atención a lo establecido en el art. 11 del D.S. N*40/2012.

De acuerdo a lo anterior, los límites de exposición considerados fueron aquellos descritos por la Comisión Internacional de Protección de Radiación No lonizante (ICNIRP) que se encuentra reconocida formalmente por la Organización Mundial de la Salud (OMS), la Organización Internacional del Trabajo y la Unión Europea (UE), como institución competente en la materia.

De acuerdo a los resultados obtenidos, es posible indicar que en el peor de los casos evaluados, con respecto a la distancia de las fuentes, se obtienen emisiones por debajo de lo sugerido en la normativa internacional, de acuerdo a la siguiente tabla:

Equipo Campo eléctrico | Campo magnético [V/M] [uT]

CTIN (3000KkVA) | 2.000 120

EMT 23) 2.840 18,65

Limites 5.000 200

normativos

Cumplimiento SI SI

Residuos, productos químicos y otras sustancias que puedan afectar el medio ambiente.

Residuos líquidos domésticos

La generación de residuos líquidos durante esta fase está directamente asociada a la mano de obra (máximo 6 personas), ya que corresponderá a aguas servidas. Si bien las actividades de mantención son eventuales, en caso de realizarse, se generarán 0,72 m?/día de aguas servidas domésticas durante dichas mantenciones, tomando como referencia un factor de recuperación de 0,8 del total del consumo de agua potable. Estos efluentes serán manejados al interior de los mismos baños químicos dispuestos para estas actividades.

Residuos líquidos industriales

En la fase de operación no se generarán residuos líquidos industriales, ya que el lavado de paneles para eliminar el polvo se realiza sin detergentes ni aditivos.

Referencia al ICE para mayores detalles sobre esta fase.

Sección 4.7. del ICE

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4.3,3. FASE DE CIERRE

Instalaciones de faena

Estas se llevarán a cabo de forma similar a lo presentado en la fase de construcción. El área de emplazamiento de la instalación de faena será la misma considerada para la fase de construcción.

Se retirarán los elementos mecánicos y otros en desuso, se trasladarán para su reutilización, reciclaje o se dispondrán conforme a la normativa vigente en un lugar autorizado.

Las actividades de restauración del terreno consistirán en un proceso de descompactación de las áreas donde se hayan emplazado estructuras de peso (área de instalaciones) y caminos, permitiendo devolver la estructura y aumentar la aireación del suelo.

Se removerán todo tipo de estructuras y obras que hayan sido construidas y utilizadas por el proyecto. Estas serán retiradas de forma mecánica, retirando todo el material, para luego ser acopiados en forma temporal en la instalación de faena, para su selección, reciclaje o disposición final en un sitio autorizado.

Una vez concluidas las actividades del cierre, correspondiente al desmantelamiento de las estructuras y obras del proyecto, y al retiro de las mismas, en el área intervenida se llevará a cabo la descompactación del suelo mediante subsolado y escardado, luego se procederá a su estabilización. La descompactación se realizará en períodos de baja humedad del suelo, para asegurar la restauración deseada y evitar compactación adicional de la superficie. Esto permitirá que el suelo vuelva a su estructura original y se recupera la geoforma natural de este.

Cabe indicar que no hay modificación en la geoforma o morfología del suelo ya que las obras del proyecto están diseñadas para no invertir los horizontes de suelo durante el proceso de tapado de las zanjas, considerando que durante el proceso de excavación, la sección más superficial del suelo removido (horizonte A y B) será conservada separadamente del resto del material removido desde mayores profundidades (material parental y/o roca en diferentes grados de meteorización). La disposición final del horizonte A y B, se realizará sólo al final del proceso de relleno, con la finalidad de no alterar el orden original de los horizontes removidos.

Desmantelamiento 0 aseguramiento de infraestructura

Restauración

Prevención de futuras emisiones

Una vez terminada la fase de cierre no existirán instalaciones generadoras de emisiones de ningún tipo. Para prevenir futuras emisiones, el titular dará cumplimiento a toda la normativa ambiental aplicable en ese momento.

Las emisiones de la fase de cierre corresponden a las actividades de desmantelamiento que se estima realizar en 6 meses, estas emisiones se desarrollan a nivel superficial y en un tiempo acotado. Como medida de control, se considera la humectación de los frentes de trabajo (áreas de hasta 100 m?, antes de ejecutar obras) y caminos de acceso no pavimentados (en la mañana y en la tarde).

Residuos líquidos domésticos

En caso de cerrar el proyecto, los efluentes domésticos serán semejantes a los generados durante la fase de construcción, correspondientes a aguas servidas provenientes de los servicios higiénicos, por lo que se implementarán las mismas medidas de control que para la fase de construcción.

Residuos sólidos domésticos

Los residuos sólidos domésticos generados serían de naturaleza similar a los indicados para la fase de construcción en términos de

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cantidades y características, por lo que se implementarán las mismas medidas de manejo.

Residuos sólidos industriales peligrosos

Los residuos sólidos industriales peligrosos generados serían de naturaleza similar a los declarados para la fase de construcción, en términos de cantidades y características, por lo que se implementarán las mismas medidas de manejo.

Mantención, conservación y supervisión

No aplica

Recursos naturales renovables

No aplica. El proyecto no contempla la extracción de recursos naturales durante su fase de cierre.

Emisiones y efluentes

Emisiones atmosféricas

Las emisiones de la Fase de Cierre corresponden a las actividades de desmantelamiento que se estima realizar en 6 meses, estas emisiones se desarrollan a nivel superficial y en un tiempo acotado.

Actividad Emisiones (Ton/fase). MP ¡MP [NO [CO |SO |COV 2.5 10 xXx Xx /HC Total Fase de |0,8 1,1 |92 |2,3 |0,02 | 1,0 Cierre

(Fuente: Anexo 3 DIA)

Como medida de control, se considera la humectación de los frentes de trabajo (áreas de hasta 100 m?, antes de ejecutar obras) y caminos de acceso no pavimentados (en la mañana y en la tarde).

Emisiones de ruido

Las emisiones de ruido durante la fase de cierre se generarán principalmente por el funcionamiento de maquinaria y traslado de camiones.

Residuos, productos químicos y otras sustancias que puedan afectar el medio ambiente.

Residuos líquidos domésticos

En caso de cerrar el proyecto, los efluentes domésticos serán semejantes a los generados durante la fase de construcción, correspondientes a aguas servidas provenientes de los servicios higiénicos, por lo que se implementarán las mismas medidas de control que para la fase de construcción.

Residuos sólidos domésticos

Ante un eventual cierre, los residuos sólidos domésticos generados serían de naturaleza similar a los indicados para la fase de construcción en términos de cantidades y características, por lo que se implementarán las mismas medidas de manejo.

Residuos sólidos industriales peligrosos

Ante el cierre del proyecto, los residuos sólidos industriales peligrosos generados serían de naturaleza similar a los declarados para la fase de construcción, en términos de cantidades y características, por lo que se implementarán las mismas medidas de manejo.

Residuos sólidos industriales peligrosos

Ante el cierre del proyecto, los residuos sólidos domésticos generados serían de naturaleza similar a los declarados para la fase de construcción en términos de cantidades y características, por lo que se implementarán las mismas medidas de manejo.

Referencia al ICE para mayores detalles sobre esta fase.

Sección 4.8. del ICE

12

4.4, CRONOLOGÍA DE LAS FASES DEL PROYECTO

4.4,1. FASE DE CONSTRUCCIÓN

Fecha estimada de inicio

Enero año 2020, sujeto a la obtención de la RCA.

Parte, obra o acción que establece el inicio

Despeje y preparación de la superficie del área de proyecto, en conjunto con la instalación del cerco perimetral.

Fecha estimada de término

Junio año 2020

Parte, obra o acción que establece el término

Pruebas eléctricas menores

4.4.2. FASE DE OPERACIÓN

Fecha estimada de inicio

Julio año 2020

Parte, obra o acción que establece el inicio

Puesta en marcha (generación y entrega de energía eléctrica en condiciones normales).

Fecha estimada de término

Julio año 2045

Parte, obra o acción que establece el término

Desconexión del proyecto y el cese de la inyección de energía al SEN.

4,4,3, FASE DE CIERRE

Fecha estimada de inicio

Julio año 2045

Parte, obra o acción que establece el inicio

Desconexión y cese de inyección de energía al SEN

Fecha estimada de

término

Enero año 2046

Parte, obra o acción que establece el término

Desmantelamiento del parque

5”. Que, durante el proceso de evaluación se han presentado antecedentes que justifican la inexistencia de los siguientes efectos, características y cireunstancias del artículo 11 de la Ley N?

19.300:

5.1. RIESGO PARA LA SALUD DE LA POBLACIÓN, DEBIDO A LA CANTIDAD Y CALIDAD DE EFLUENTES, EMISIONES Y RESIDUOS

Impacto ambiental

Afectación a la salud de la población por aumento de la concentración de Material Particulado y gases de combustión

Durante las fases de construcción, operación y cierre del proyecto, se generarán emisiones de material particulado y gases de combustión de motores. Para esta determinación se realizó una identificación tanto de las fuentes de emisión como de la presencia de los receptores cercanos, donde posteriormente se desarrolló una estimación de las emisiones atmosféricas. (Anexo 6 de la Adenda).

Parte, obra o acción que lo genera .

Despeje y preparación de la superficie del área del proyecto

e Excavación de zanjas e Transporte de personal + Mejoras al camino de acceso

Fase en que se presenta

Construcción

13

Afectación a la salud de la población por aumento de los niveles de ruido en los receptores más cercanos.

Impacto ambiental

Durante la fase de construcción se generarán emisiones de ruido en mayor magnitud respecto a las otras fases que contempla el proyecto (operación y cierre). Para caracterizar y estimar dichas emisiones se presentó un estudio de emisiones de ruido (Anexo 4 de la DIA)

Parte, obra o acción que lo genera e Preparación del terreno

e Faena de construcción de fijaciones y montaje de paneles y transformadores

e Construcción de la línea eléctrica asociada

  • Habilitación de caminos

Fase en que se presenta Construcción

Impacto ambiental Aumento de las emisiones electromagnéticas Durante la fase de operación del proyecto se generarán emisiones de campos eléctricos y magnéticos, las cuales fueron caracterizadas en evaluado su impacto en la salud comparando las magnitudes de emisiones electromagnéticas generadas y los niveles aceptados por la normativa internacional de referencia.

Parte, obra o acción que lo genera e Línea de media tensión (23 KV). e Campos para transformadores

Fase en que se presenta Operación Referencia al ICE para mayores Sección 5.1. del ICE detalles sobre este impacto específico | Sección 65.1. del ICE

Los principales aspectos evaluados que permitieron acreditar que el proyecto no genera o presenta riesgo a la salud de la población, en los términos establecidos en el art. 5 del RSEIA son:

Emisiones atmosféricas: Se identificó que durante las distintas fases se generarán emisiones de MP 10, MP 2.5 y gases (NOx, CO, Sox y COV/HC)., principalmente en la fase de construcción y cierre y en menor medida durante la fase de operación, de acuerdo a lo indicado en la sección 4.6.4.1. y 4.7.5.1. del ICE, respectivamente (Mayores detalles respecto a la estimación de emisiones en el Anexo 3 de la DIA, actualizado en el Anexo 6 de la Adenda)

En atención a lo anterior y a la modelación presentada, es posible indicar que el rango de dispersión de MP, es decir, su área de influencia (Figura 1 Anexo 6 Adenda), será acotada y sus emisiones no significativas, considerando además que en el entorno inmediato del área de influencia no existe población que pueda ver afectada su salud por las emisiones de MP.

De igual modo ocurre con los gases estimados, si bien el receptor más cercano se encuentra a 100 metros, del resultado de screening se observa que en ninguna de las distancias consideradas se produce una superación de las normas comparadas (Anexo 6 de la Adenda).

En cuanto a la fase de operación, las emisiones atmosféricas serán generadas por actividades menores de mantención del parque fotovoltaico y seguridad. Están asociados principalmente al tránsito y combustión de vehículos (Anexo 6 Adenda).

Emisiones electromagnéticas: Se generarán durante la fase de operación (detallados en la tabla 5.1. del ICE y en el Anexo 3 de la Adenda Complementaria), sin embargo, no superarán el límite normativo establecido en la norma de referencia, descrito por la Comisión Internacional de Protección de Radiación No lonizante (ICNIRP) que se encuentra reconocida formalmente por la Organización Mundial de la Salud (OMS), la Organización Internacional del Trabajo y la Unión Europea (UE), como institución competente en la materia, en atención a lo establecido en el art. 11 del RSEIA,

Ruido: Se presentó un Estudio de ruido (Anexo 4 de la DIA) el cual, posterior a su evaluación, permite dar cumplimiento normativo. Cabe indicar que para el R07, se implementarán barreras acústicas fijas cuyo material deberá cumplir con condiciones de densidad superficial igual o superior a 10 kg/m? (ejemplo: paneles de madera OSB de 15mm. de espesor o material equivalente). En atención a lo anterior, es posible concluir que el proyecto

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no superará los valores de ruido establecidos en el D.S. N38/11, cumpliendo con los valores recomendados en los siete receptores identificados. Al respecto, la Autoridad Sanitaria indicó en su pronunciamiento Ord. N2243 de fecha 12 de agosto de 2019 que: “El titular da cumplimiento al D.S 38/11 MMA”.

Los detalles de la estimación de emisiones de ruido se presentan en la tabla 4.6.4.3. y 4.7.5.3. del ICE para las fases de construcción y operación respectivamente.

Ffluentes: Para la fase de construcción, las aguas residuales domésticas serán dispuestas en baños químicos y mantenidas por una empresa autorizada. La misma modalidad se utilizará durante la fase de operación mientras se ejecuten las actividades de mantención del proyecto.

El agua generada producto de los lavamanos, duchas y lavado de ruedas serán dispuestas en el estanque de agua sucia de 15 m* que se ubicará en la instalación de faena para ser retirado por empresa autorizada, además, cabe indicar que el lavado de maquinarias y camiones se realizarán fuera del área del proyecto. La generación y manejo de efluentes se indica en las secciones 4.6.4. y 4.7.5. del ICE, para las fases de construcción y operación respectivamente. Además, se presentan los permisos ambientales asociados y complementados con la normativa ambiental aplicable, identificada en el capítulo 9 del ICE

Residuos: La generación y manejo de residuos se detalla en la sección 4.6.5. y 4.7.6. del ICE, para la fase de construcción y operación respectivamente y 4.8.1.2. del ICE para la fase de cierre,

En base a lo anterior, así como a la evaluación de los organismos competentes, es posible indicar que el manejo y disposición de residuos no se realizará sobre recursos naturales renovables incluidos el suelo, agua y aire;

Al respecto, de acuerdo a lo establecido en la Guía del SEIA sobre “Riesgo para la salud de la población” para que un proyecto genere riesgo a la salud de la población existen dos escenarios posibles: 1: En el que existe una situación que generaba riesgo previo a la ejecución del proyecto; y 2: cuando la ejecución del proyecto genera un riesgo que no existía previo a su ejecución, es decir, no existía alguno de los 3 componentes del riesgo: Contaminante, ruta de exposición y receptor. Respecto al primer escenario, se hace presente que la comuna de Cabrero no corresponde a una zona con restricciones ambientales desde el punto de vista de calidad de aire, como una Zona Latente o Saturada o que se encuentre sujeta a un Plan de prevención y/o descontaminación atmosférica. En cuanto al segundo escenario, el proyecto no expone a la población a emisiones, efluentes o residuos que no hayan existido previo a la ejecución del proyecto.

Por cuanto, es posible indicar que el proyecto no genera riesgo a la salud de la población.

5.2. EFECTOS ADVERSOS SIGNIFICATIVOS SOBRE LA CANTIDAD Y CALIDAD DE LOS RECURSOS NATURALES RENOVABLES, INCLUIDOS EL SUELO, AGUA Y AIRE

Impacto ambiental Pérdida de suelo por generación de procesos erosivos

El proyecto generará perdida de suelo en magnitudes no significativas, debido a la generación de procesos erosivos por despeje de vegetación y movimientos de tierra en la ejecución de las obras permanentes y temporales asociadas

al proyecto. Componente(s) ambiental(es) Suelo afectado(s) ' Parte, obra o acción que lo genera e Preparación del terreno + Faena de construcción de fijaciones + Montaje de paneles y transformadores e Habilitación de caminos Fase en que se presenta Construcción, operación y cierre Impacto ambiental Aumento de las concentraciones de MP10, MP 2.5 y gases

de combustión

El proyecto aporta estos contaminantes principalmente durante la fase de construcción. Al respecto, el titular presentó un estudio de estimación de emisiones

15

atmosféricas en la DIA (Anexo 3), que posteriormente fue actualizado en la presentación de la Adenda (Anexo 6).

Componente(s) ambiental(es) afectado(s)

Aire

Parte, obra o acción que lo genera

Escarpe Excavación Transferencia de material

Tránsito de vehículos por caminos no pavimentados y pavimentados

  • Combustión de maquinaria

Construcción

Impacto ambiental

Alteración sobre flora y vegetación

Debido a que el proyecto contempla la remoción de la capa vegetal del área de paneles, caminos y el área de instalación de faena, en una superficie aproximada de 17 ha, se estimó una extracción máxima de 3 mi? de restos vegetales como hojas y ramas.

El despeje de la vegetación se realizará de forma mecánica, mediante la misma maquinaria que irá nivelando el suelo, esta se encargará de ir retirando la vegetación existente, principalmente la de mayor volumen, como lo serán los arbustos de zarzamora y algunas herbáceas de mayor tamaño.

Durante la fase de operación, el proyecto no contempla desmalezado o adición de agentes químicos para evitar el crecimiento de la vegetación. En este contexto, durante su fase de operación contempla, en sus visitas de control, la revisión de la altura de los individuos de flora que hayan crecido durante el periodo entre una y otra visita técnica o de mantención.

En caso de que, la altura de los individuos de flora posea una altura mayor a los 20 cm, esta será podada y cortada hasta la altura indicada. En ningún caso habrá retiro de raíz de la vegetación ni tampoco adición de herbicidas u otros productos químicos para la eliminación de la vegetación. Tampoco se utilizará el fuego como medida. (Anexo 8.2.

de la DIA).

Componente(s) afectado(s)

ambiental(es)

Parte, obra o acción que lo genera

Despeje y preparación de terreno

Fase en que se presenta

Construcción y operación

Impacto ambiental

Perturbación de fauna en categoría de conservación

En el área de influencia del proyecto se registraron 16 especies de vertebrados (10.8% de las especies potenciales), de los cuales tres especies se encuentran en categoría de conservación: Liolaemus tenuis (Lagartija esbelta), la única especie nativa-endémica, Liolaemus chiliensis (lagarto chileno), ambas clasificadas como de preocupación menor en base al D.S. 19/2012 MMA; y Plegadis chihi (cuervo del pantano) clasificada como en Peligro.

Respecto a la fauna, del total de especies identificadas solo una correspondió a una especie exótica, a mayor

16

abundamiento, se registraron 81 individuos, siendo las especies más abundantes las aves, con 32 individuos (Sicalis luteola (chirigue)).

| Componente(s) ambiental(es) | Fauna

| afectado(s) Parte, obra o acción que lo genera +. Despeje y preparación de terreno

e Instalación de obras temporales y permanentes

Fase en que se presenta Construcción

Referencia al ICE para mayores | Sección 5.2. del ICE detalles sobre este impacto específico | Sección 5.2.1. del ICE Sección 5.2.2. del ICE Sección 5.2.3, del ICE Sección 5.2.4. del ICE Sección 6.2. del ICE

Los principales aspectos evaluados que permitieron acreditar que el proyecto no genera o presenta efecto adverso significativo sobre los recursos naturales renovables, en los términos establecidos en el art. 6 del RSEIA son:

Recursos naturales renovables escasos, únicos o representativos: De acuerdo a los antecedentes presentados por el titular (Anexo 8.2, de la DIA), en el área de influencia se identificaron tres especies en categoría de conservación: Liolaemus tenuis (Lagartija esbelta) y Liolaemus chiliensis (lagarto chileno), clasificadas como LC (preocupación menor) y Plegadis chihi (cuervo del pantano) clasificada como EN (en peligro) de acuerdo al RCE, actualizado al 20 de diciembre de 2018. En este contexto, cabe indicar que aquellas categorías de conservación identificadas como recurso escaso, corresponden a: En peligro, en peligro crítico y vulnerables, de acuerdo a lo indicado en la guía del SEIA “Efectos adversos sobre recursos naturales renovables”.

El área de influencia del proyecto no sustenta biodiversidad relevante desde el punto de vista ambiental, en atención a que esta área no presenta recursos considerados escasos, únicos O | representativos. Si bien, se indicó anteriormente que se identificaron especies de fauna en categoría de conservación, estas se encuentran categorizadas como “preocupación menor” a excepción del Plegadis chihi (cuervo del pantano), que se encuentra “el peligro”, sin embargo, corresponde a un ave, que no se vería afectada por la ejecución del proyecto, complementado a lo anterior, no se identificaron hábitat relevantes de alimentación, reproducción y/o nidificación para dicha especie, en el área de influencia del proyecto.

Respecto a fauna y vegetación, en riqueza predominan las especies herbáceas, siendo la colonización natural para suelo con limitantes de algún tipo (agua o nutrientes), en donde los predios ya no son usados con fines agrícolas y las especies comienzan a crecer, sobre todo las alóctonas que | poseen mayores adaptaciones a este tipo de suelo y condición. Cabe indicar que no se encontraron especies en categoría de conservación.

De acuerdo a lo anterior, es posible indicar que el área de influencia del proyecto no presenta relevancia ambiental en cuanto a diversidad biológica, por cuanto, no generará un impacto significativo respecto a la superficie intervenida.

Suelo: Los resultados del informe de topografía (Anexo 1 Adenda), realizada dentro del área de influencia (Al) indican respecto de pendientes al interior del. A.I, que el 100% de la superficie se encuentran en el rango menor a 15%, y dentro de este, el 99,7% se encuentra en el rango menor a 8%. Este rango de pendientes menor a 15%, según Castro (2016), determinan un riesgo “bajo o nulo” de erosión, por lo que el 100% del área de influencia puede clasificarse en esta categoría. (Figura 5 Adenda).

Es importante indicar que, si bien los suelos ubicados bajo los paneles tendrán una cantidad menor de luz solar, esta condición no afectará significativamente sus propiedades fisicoquímicas, por lo que, mantiene su capacidad de sustentar la biodiversidad. Lo que se reflejará en el crecimiento normal de la estrata herbácea, aunque su altura de crecimiento será controlada mediante el corte mecanizado y/o manual, no existiendo suelos desnudos por un periodo prolongado de tiempo afecto a erosión. Adicionalmente, se hace presente que no habrá tratamiento químico para la regulación de la estrata vegetal y por lo tanto se determina un riesgo “bajo o nulo” de erosión, lo que sumado al riesgo “bajo o nulo” por la pendiente menor a 15%, asegura un riesgo “bajo o nulo” de activación de

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procesos erosivos.

Agua: En atención a la caracterización hidrológica del área de influencia del proyecto (Anexo 4 Adenda), es posible indicar que no existen cauces naturales en ella, se aclara que el cauce más cercano corresponde al estero Coihueco, a una distancia de 900 m. fuera del área de influencia. Respecto a los cauces artificiales, existe un canal de evacuación de aguas lluvias construido por el propietario, lo que da cuenta de que ante eventos importantes de precipitación las aguas escurrirían por esta vía, dicha zona no será utilizada ni modificada por las partes, obras o acciones del proyecto. Respecto a la caracterización hidrogeológica (Anexo 5 Adenda), el nivel freático del acuífero en el área del proyecto se encuentra a una profundidad relativamente baja, que de acuerdo a la revisión bibliográfica, el nivel estático se encuentra mayoritariamente dentro de los primeros 5 metros y es de carácter estacional, por cuanto en época invernal la napa es somera.

En atención a lo anterior, el titular realizará las partes y obras asociadas durante la época estival, de manera que no intervenir o alterar la napa o cuerpos de agua superficiales, en este caso, el cauce artificial. Al respecto, cabe mencionar que el proyecto no posee obras que modifique cauces ni cuerpos de aguas existentes en el área de influencia. Además, se hace presente que no habrá descargas, de ningún tipo, a fuentes de recursos naturales.

Aire: Como ya fue identificado en el considerando 4.3. de la presente Resolución, el proyecto genera la máxima cantidad de emisiones atmosféricas durante la fase de construcción y éstas no son significativas, además de su carácter temporal.

5.3. REASENTAMIENTO DE COMUNIDADES HUMANAS O ALTERACIÓN SIGNIFICATIVA DE LOS SISTEMAS DE VIDA Y COSTUMBRES DE GRUPOS HUMANOS

Impacto ambiental Susceptibilidad de afectación a la calidad de vida de los

grupos humanos

El proyecto se encuentra emplazado en la comuna de Cabrero en la Región del Biobío, próximo (500 metros) de la zona urbana consolidada de Cabrero, pero fuera del límite urbano, aproximadamente a unos 400 metros de éste. Las construcciones relevantes de equipamiento identificadas en el área de influencia corresponden a viviendas aisladas pertenecientes a dueños de los predios existentes y/o cuidadores de estos.

Respecto a los grupos humanos pertenecientes a pueblos indígenas, de acuerdo a lo indicado por el titular el proyecto no se emplaza en las cercanías de tierras indígenas, áreas de desarrollo indígena o pueblos indígenas, por lo que no serán afectados por las obras y actividades de construcción de las instalaciones.

Parte, obra o acción que lo genera Obras permanentes y temporales

Fase en que se presenta Construcción, operación y cierre.

Referencia al ICE para mayores Sección 5.3. del ICE detalles sobre este impacto específico | Sección 6.3. de ICE

Los principales aspectos evaluados que permitieron acreditar que el proyecto no genera o presenta reasentamiento de comunidades humanas, o alteración significativa de los sistemas de vida y costumbres de grupos humanos son:

Se realizó un levantamiento del medio humano, de acuerdo a lo establecido en la Guía para la descripción del área de influencia del Servicio de Evaluación Ambiental (Anexo 8.4. de la DIA). Al respecto, es posible indicar que el proyecto se emplazará en un predio privado, el cual antiguamente fue utilizado para cultivo y ganadería, sin embargo, actualmente no se identifican actividades económicas asociadas al uso de recursos naturales, ni actividades de tipo tradicional, considerando aquellas de uso medicinal, espiritual o cultural,

Al respecto, CONADI, mediante Ord. N? 85 de fecha 06 de marzo de 2019 se excluyó de participar

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indicando respecto al predio a intervenir que: “(...) En algún minuto fue utilizado para cultivo y | ganadería, sin embargo, en la actualidad no se utiliza para fines productivos económicos. Adicionalmente, el área no presenta recursos naturales que sean utilizados como sustento por grupos humanos con fines comerciales o económicos ”.

El área de emplazamiento del proyecto conecta directamente, mediante un camino privado, a la | caletera colindante a la ruta 146 (ex ruta Q-50). El camino privado posee una longitud aproximada de 610 metros y un ancho de 6 metros.

Dada las características del camino de conexión como de la ruta 146, es posible indicar que en atención al número de camiones que circularán durante la fase de construcción, así como el número de viajes totales (Tabla 11 de la DIA” Estimación de viajes-Fase de Construcción), el proyecto no generará un impacto significativo en términos de obstrucción o restricción a la libre circulación, conectividad o aumento significativo de los tiempos de desplazamiento.

Por otro lado, la ejecución del proyecto no afectará de manera directa el acceso a bienes, equipamiento o servicios, tales como vivienda, alcantarillado, electricidad, salud, educación, en ninguna de sus fases a los grupos humanos.

A mayor abundamiento, el máximo de trabajadores corresponderá a 60 personas, concentradas durante 1 mes, y durante los 5 meses restantes de la fase de construcción, la mano de obra promedio será de 25 personas. Se hace presente que, de acuerdo a lo indicado por el titular en la Adenda, se | privilegiará la contratación de mano de obra local, y en caso de no completar los cupos de trabajo con gente de la comuna de Cabrero, se seguirá contratando trabajadores de comunas aledañas.

¡| Por lo anteriormente expuesto, y entendiendo que el número de trabajadores es menos del 1% de la población que habita en la comuna de Cabrero, además, muchos de los trabajadores serían habitantes del sector, y han sido considerados en las estimaciones promedios en cuanto a la atención del consultorio, el aumento en número de personas que pudiesen llegar al consultorio es muy pequeño, por lo que no se verá afectada la atención, tanto en tiempo de espera como en calidad, a los habitantes de la Comuna de Cabrero.

Además, se hace presente que en el área de influencia del Medio Humano, no se identificaron sitios donde se lleven a cabo manifestaciones habituales de tradiciones, cultura o interés comunitario de alguna comunidad o grupo humanos que se pueda ver afectada por la ejecución del proyecto. Al respecto, CONADI, mediante Ord. N* 85 de fecha 06 de marzo de 2019 se excluyó de participar indicando: “(...) se confirma que en el área donde se emplazará el proyecto antes referido, no existirían grupos humanos, tierras, ni patrimonio cultural indígena que pueda ser afectado por el | proyecto. Lo anterior, considerando además, de que el área del proyecto es un recinto privado sin | acceso a la comunidad en general, deshabitado, donde no existen lugares o sitios en que se lleven a cabo manifestaciones u otra actividad relevante de grupos humanos protegidos por leyes especiales”.

¡EN LOCALIZACIÓN EN O PRÓXIMA A POBLACIONES, RECURSOS Y ÁREAS | PROTEGIDAS, SITIOS PRIORITARIOS PARA LA CONSERVACIÓN, HUMEDALES PROTEGIDOS Y GLACIARES, SUSCEPTIBLES DE SER AFECTADOS, ASI COMO EL

Impacto ambiental No hay o Componente(s) ambiental(es) o No aplica

afectado(s)

Parte, obra acción quelo genera ] No aplica

Fase en que se presenta No aplica

Referencia al ICE para mayores | Sección 5.4. del ICE detalles sobre este impacto específico | Sección 5.5. del ICE

Sección 6.4. del ICE

De acuerdo a la información presentada por el titular y el posterior pronunciamiento de CONADI, quien se excluyó de participar de la evaluación ambiental del proyecto, es posible indicar que, en el área de influencia del proyecto, no hay comunidades, terrenos destinados a manifestaciones ni actividades étnicas. Además, En el área de influencia del proyecto no existen recursos, humedales ni áreas protegidas, glaciares ni sitios prioritarios para la conservación susceptibles de ser afectados por las partes, obras y/o acciones del proyecto.

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El área de emplazamiento del proyecto no presenta valor ambiental en los términos del SEIA, dado que no presenta baja o nula intervención antrópica, ni provee servicios ecosistémicos locales relevantes para la población, o cuyos ecosistemas o formaciones naturales presenten características de unicidad, escasez o representatividad. En este sentido, el área de influencia del proyecto presenta un alto grado de intervención antrópica. En cuanto a flora y vegetación, predominan especies herbáceas y no se registraron especies en categoría de conservación. Respecto a la fauna, la presencia de un ambiente dominado por praderas agrícolas constituye mayoritariamente el tipo de ambientes donde se registraron las especies identificadas que en su mayoría no presentan categoría de conservación, a excepción de Liolaemus tenuis, Liolaemus chiliensis y Plegadis chihi.

Lo anterior se puede explicar dado que antiguamente en el área de emplazamiento del proyecto se realizaban actividades de cultivo y ganadería.

5.5. ALTERACIÓN SIGNIFICATIVA, EN TÉRMINOS DE MAGNITUD O DURACIÓN, DEL VALOR PAISAJÍSTICO O TURÍSTICO DE UNA ZONA

Impacto ambiental No hay Componente(s) ambiental(es) No aplica afectado(s)

Parte, obra o acción que lo genera No aplica

Fase en que se presenta No aplica Referencia al ICE para mayores Sección 5.6, del ICE detalles sobre este impacto específico | Sección 6.5. del ICE

El área de influencia del proyecto no presenta valor turístico en los términos del SEIA, toda vez que no cuenta con valor paisajístico, cultural y/o patrimonial, ni atrae flujos de visitantes o turistas. Al respecto, la autoridad competente, SERNATUR, mediante Ord. N* 95 de fecha 12 de marzo de 2019, se pronunció conforme respecto a la DIA.

A mayor abundamiento, el área de influencia del proyecto no presenta valor paisajístico en los términos del SEA, toda vez que no posee atributos naturales que le otorguen calidad que la haga única y representativa. Al respecto, la autoridad competente, SERNATUR, mediante Ord. N* 95 de fecha 12 de marzo de 2019, se pronunció conforme respecto a la DIA,

5:6. ALTERACIÓN DE MONUMENTOS, SITIOS CON VALOR ANTROPOLÓGICO, ARQUEOLÓGICO, HISTORICO Y, EN GENERAL, LOS PERTENECIENTES AL PATRIMONIO CULTURAL

Impacto ambiental Alteración al Patrimonio Cultural

En el área de influencia del proyecto no se encuentran sitios arqueológicos, construcciones, lugares o sitios que pertenezcan al patrimonio cultural, incluyendo al patrimonio cultural indígena (Anexo 8.3. de la DIA).

Al respecto cabe indicar que la prospección arqueológica del área de emplazamiento del proyecto no registró sitios arqueológicos ni monumentos nacionales en ninguna

categoría Parte, obra o acción que lo genera No hay Fase en que se presenta No aplica

Referencia al ICE para mayores | Sección 5.7. del ICE detalles sobre este impacto específico | Sección 6.6. del ICE

En el área de influencia del proyecto no se registró ningún Monumento Nacional, correspondiente a

aquellos definidos por la Ley N* 17.288, incluyendo al Patrimonio Cultural Indígena (Anexo 8.3 de la DIA).

La

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En este contexto, en el área de influencia del proyecto no existen construcciones, lugares o sitios que pertenezcan al patrimonio cultural, considerando al Patrimonio Cultural Indígena, en atención a los antecedentes presentados por el titular en la prospección arqueológica (Anexo 8.3. de la DIA), no se identificaron lugares o sitios en los cuales se realicen manifestaciones propias de la cultura o folclore de alguna comunidad o grupo humano, considerando los grupos humanos pertenecientes a pueblos indígenas.

Cabe indicar que CONADI, se excluyó de participar de la evaluación ambiental del proyecto, indicando en su pronunciamiento Ord. N*85 de fecha 06 de marzo de 2019 que: “ (...) se confirma que en el área donde se emplazará el proyecto antes referido, no existirían grupos humanos, tierras, ni patrimonio cultural indígena que pueda ser afectado por el proyecto. Lo anterior, considerando además, de que el área del proyecto es un recinto privado sin acceso a la comunidad en general, deshabitado, donde no existen lugares o sitios en que se lleven a cabo manifestaciones u otra actividad relevante de grupos humanos protegidos por leyes especiales”.

6”. Que resultan aplicables al Proyecto los siguientes permisos ambientales sectoriales, asociados a las correspondientes partes, obras o acciones que se señalan a continuación:

6.2. PERMISOS AMBIENTALES SECTORIALES MIXTOS

6.2.1. Permiso para la construcción, modificación y ampliación de cualquier planta de tratamiento de basuras y desperdicios de cualquier clase; o para la instalación de todo lugar destinado a la acumulación, selección, industrialización, comercio o disposición final de basuras y desperdicios de cualquier clase, del artículo 140 del Reglamento del SEIA

Fase del Proyecto a la cual corresponde

Construcción

Parte, obra o acción a la que aplica

El proyecto contempla la habilitación de áreas para el almacenamiento temporal de residuos durante las fases de construcción, operación y cierre del proyecto.

Condiciones o exigencias específicas para su otorgamiento

No existen condiciones relacionadas con su requisito de otorgamiento. Los antecedentes de este PAS se encuentran en el Anexo 9 de la DIA.

Pronunciamiento del órgano competente

Ord. N*905 de fecha 20 de marzo de 2019 de la SEREMI de Salud: “Referente a los Permisos Ambientales Sectoriales, el titular da cumplimiento a los PAS 140 y PAS 142”.

Referencia al ICE para mayores detalles

Sección 10.2.1. del ICE

6.2.1. Permiso para todo sitio destinado al almacenamiento de residuos peligrosos, del artículo 142 del Reglamento del SEIA

Fase del Proyecto a la cual corresponde

Construcción, operación y cierre.

Parte, obra o acción a la que aplica

El proyecto contempla el almacenamiento temporal de residuos peligrosos

Condiciones o exigencias específicas para su otorgamiento

No existen condiciones relacionadas con su requisito de otorgamiento. Los Antecedentes de este PAS se encuentran en el Anexo 10 de la DIA.

Pronunciamiento del órgano competente

Ord. N*905 de fecha 20 de marzo de 2019 de la SEREMI de Salud: “Referente a los Permisos Ambientales Sectoriales, el titular da cumplimiento a los PAS 140 y PAS 142”.

Referencia al ICE para mayores detalles

Sección 10.2.2. del ICE

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6.2.1. Permiso para subdividir y urbanizar terrenos rurales o para construcciones fuera de los limites urbanos, del artículo 160 del Reglamento del SEIA

Fase del Proyecto a la cual corresponde

Construcción, operación y cierre

Parte, obra o acción a la que aplica

El Proyecto requiere realizar el cambio de Uso de Suelo para aquellas instalaciones que lo requieran, según lo establecido en la Circular N* 218 de la División de Desarrollo Urbano del Ministerio de Vivienda y Urbanismo.

El proyecto requiere presentar el cambio de uso de suelo respecto de las obras que cumplan con los requisitos en el área de la instalación de faena para la fase de construcción y en las instalaciones permanentes de su fase de operación.

Condiciones o exigencias específicas para su otorgamiento

No existen condiciones relacionadas con su requisito de otorgamiento. Los Antecedentes de este PAS se encuentran en el Anexo 11 de la DIA.

Pronunciamiento del órgano competente

e Ord. N? 8 de fecha 21 de febrero de 2019 la SEREMI de Vivienda y Urbanismo: “(...) este órgano de administración del Estado se pronuncia conforme sobre la Declaración de Impacto Ambiental antes mencionada. Lo anterior teniendo presente que el proyecto de infraestructura energética que se plantea, considera un total de 209,31 mis? de edificaciones definitivas y 1368 mts? de edificaciones temporales correspondientes a la instalación de faenas, obras que no constituyen núcleo urbano al margen de la planificación y cumplen con todos los requisitos de los acápites b1 a b4 del PAS 160.”

e Ord. N 293/20198 de fecha 08 de marzo de 2019, del SAG: “El titular cumple con los contenidos técnicos de la letra b (b1, b2, b3, b5) del artículo 160 del DS 40/2012, de competencias de este Servicio, referido a una superficie de 162.787 m (568 m en construcciones temporales y 162.219 m? en construcciones permanentes), superficie que incluye el emplazamiento de los paneles fotovoltaicos”.

Referencia al ICE para mayores detalles

Tabla 10.2.3. del ICE

7%. Que, de acuerdo a los antecedentes que constan en el expediente de evaluación, la forma de cumplimiento de la normativa de carácter ambiental aplicable al Proyecto es la siguiente:

7.1, COMPONENTE/MATERIA: Uso de suelo

Norma

Norma D.F.L. N 458/75 y D.S. N 47/92, ambos del Ministerio de Vivienda y Urbanismo, Ley General de Urbanismo y Construcciones (LGUC) y Ordenanza General de Urbanismo y Construcciones (OGUC).

Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará

cumplimiento

Fase de construcción

Parte, obra o acción a la que

aplica

Partes y obras que contempla el proyecto

Forma de cumplimiento

El proyecto se emplaza fuera de los límites de áreas reguladas por un instrumento de planificación territorial, es decir una zona rural. Según lo anterior, el proyecto requiere del PAS 160 (Anexo 3.3. de la DIA).

Indicador que acredita su

cumplimiento

Presentación del PAS 160 a la autoridad sectorial respectiva, una vez obtenida la RCA favorable.

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Forma de control y seguimiento

Resolución Informe Favorable de Construcción.

Referencia al ICE para mayores detalles

Sección 9.1.1. del ICE

7.2. COMPONENTE/MATERIA: Aire y Emisiones a la Atmósfera

Norma

D.S. N* 144/1961, MINSAL, Establece normas para evitar emanaciones o contaminantes atmosféricos de cualquier naturaleza.

En el artículo 1% indica que los gases, vapores, humos, polvo, emanaciones o contaminantes de cualquier naturaleza, producidos en cualquier establecimiento fabril o lugar de trabajo, deberán captarse o eliminarse en forma tal que no causen peligros, daños o molestias al vecindario.

Sus artículos 6% y 7? prohíben dentro del radio urbano de las ciudades, la incineración libre de hojas secas, basuras u otros desperdicios, sea en la vía pública o en recintos privados, junto con sancionar la circulación de todo vehículo motorizado que despida humo visible por su tubo de escape, respectivamente. Además, determina las diversas atribuciones del Seremi de Salud, para controlar la contaminación atmosférica.

Otros cuerpos legales asociados

D.S. N* 75/87, del Ministerio de Transporte y Telecomunicaciones, que “Establece Condiciones para el Transporte de Cargas”.

Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento

Fase de construcción, operación y cierre

Parte, obra o acción a la que aplica

Durante la fase de construcción del proyecto se producirán emisiones atmosféricas las cuales corresponderán principalmente a material particulado respirable (PM10) generado por movimientos de tierra, excavaciones, carga, descarga y transporte de excedentes. Además, se liberarán gases de combustión (CO, NOx y HC/COV) provenientes del tránsito, propios de la fase de construcción, de camiones, maquinarias y vehículos de transporte. Durante la fase de operación, se estima que la cantidad de emisiones será de baja consideración, dado que las principales actividades que generen emisiones consisten en el uso de camionetas para el traslado del personal que realizará las actividades mantención del parque solar. En caso del cierre del proyecto, se generarían emisiones atmosféricas que corresponderán a material particulado y gases de combustión de motores, producidos principalmente por las actividades de reacondicionamiento del terreno. Estas fuentes emisoras, serán transitorias y de escala aún más pequeña que en la fase de construcción, por lo que serían poco significativas.

Forma de cumplimiento

Fase de construcción

Los camiones que transportarán el material para la construcción cumplirán con las disposiciones correspondientes del DS N* 75/87, del MINTRATEL

Humectación de aquellos materiales que puedan desprender polvo, de los sitios de desplazamiento y vías de circulación de vehículos, máquinas y equipos, sobre todo en los horarios de mayor flujo vehicular, siempre y cuando se trate de vías no estabilizadas.

La ejecución de los movimientos de tierra y excavaciones se realizará humectando previamente la superficie del suelo, en caso de ser necesario.

Los vehículos poseerán las revisiones técnicas al día. La mantención de la maquinaria se realizará de acuerdo a las especificaciones del fabricante, en talleres mecánicos autorizados.

Indicador que acredita su

e N? de camiones encarpados/ N? total de camiones durante la fase de construcción

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cumplimiento

e N? de vehículos con revisión técnica al día/total de vehículo en fase de construcción

Forma de control y seguimiento

  • Revisión de los registros internos.

e El indicador de cumplimiento será mantener disponible un registro interno de:

  • Humectación de caminos en caso de ser necesario.

  • Registro de las medidas de cumplimiento.

e Catastro de vehículos y fechas de respectivas revisiones técnicas y mantenciones

Referencia al ICE para mayores detalles

Sección 9.2.1. del ICE

7.3. COMPONENTE/MATERIA: Emisiones atmosféricas

Norma

Norma D.S. N* 138/ 2005, del Ministerio de Salud, Establece Obligación de Declarar Emisiones que indica

Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento

Fase de construcción, operación y cierre.

Parte, obra o acción a la que aplica

2 grupos electrógenos que se dispondrán durante la fase de construcción del proyecto, uno para la fase de operación y cierre .

Forma de cumplimiento

El titular cumplirá con declarar anualmente sus emisiones, de acuerdo a los formularios que para este efecto ha desarrollado la autoridad sanitaria, a través del sitio web para el registro de emisiones y transferencias de contaminantes (www.retc.cl), dando cumplimiento al D.S. N* 1/2013 Reglamento del RETC.

Indicador que acredita su cumplimiento

Registro del Formulario de Declaración de Emisiones (F-138) de todas aquellas emisiones de fuentes fijas a las que resulte aplicable. Se ingresará a través del Sistema de Ventanilla única, según las disposiciones de la Resolución Exenta N* 1.139/2013 MMA que establece Normas Básicas para Aplicación RETC

Forma de control y seguimiento

Copia de las declaraciones realizadas y revisión de los registros internos.

Referencia al ICE para mayores detalles

Sección 9.2.2, del ICE

7.4. COMPONENTE/MATERIA: Emisiones

Norma

Norma D.S. N* 4/1994 del MINTRATEL establece norma de emisión de contaminantes aplicables a los vehículos motorizados y fija los procedimientos para su control

Otros cuerpos legales

e D.S. N”279, Aprueba reglamento para el control de la emisión de contaminantes de vehículos motorizados de combustión interna.

e D.S. N* 55/1994, MINTRATEL, Establece normas de emisión aplicable a vehículos motorizados pesados, del ministerio de transporte y telecomunicaciones.

e D.S. N” 54/1994, MINTRATEL, que establece normas de emisión aplicable a vehículos motorizados medianos.

e DS. N* 211/1991, del ministerio de transportes y telecomunicaciones, que establece normas sobre emisiones de vehículos motorizados livianos.

Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará

Fase de construcción, operación y cierre

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cumplimiento

Parte, obra o acción a la que aplica

Utilización de vehículos motorizados pesados y livianos, para el transporte de materiales, insumos, residuos, maquinaria y personal.

Forma de cumplimiento

Todos los vehículos motorizados pesados y livianos serán sometidos a mantenciones periódicas, revisión técnica al día y de gases. Respecto al D.S. 211/1991: acreditación ante el MINTRATEL, que el modelo de vehículo o familia de motores cumplen con las normas de emisión del D.S. que le sean aplicables y que cuentan con los equipos o accesorios necesarios para alcanzarlas.

Indicador que acredita su cumplimiento

N? de vehículos con revisión técnica al día/N* totales de vehículos a utilizar durante la fase de construcción.

Todo vehículo llevará rótulo incorporado o adherido en forma permanente y claramente visible en la parte interior del compartimiento del motor, que indicará a lo menos: que el vehículo cumple con las normas nacionales de emisión y el lugar y método en virtud del cual se certificó el nivel de emisiones.

Forma de control y seguimiento

Registro de revisión técnica de los vehículos, maquinarias y camiones, con sus sellos al día.

Revisión visual del rótulo y registro interno de certificados de cumplimiento de normas de emisión.

Referencia al ICE para mayores detalles

Sección 9.2.3. del ICE

7.5. COMPONENTE/MATERIA: Emisiones

Norma

Norma D.S. N%75, MINSTRATEL Establece condiciones para el transporte de cargas que indica

Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento

Fase de construcción y cierre

Parte, obra o acción a la que aplica

Transporte de materiales e insumos, susceptibles de emisión de material particulado.

Forma de cumplimiento

Los camiones circularán cubriendo total y eficazmente los materiales con lonas o plásticos o con cualquier otro sistema que impida la dispersión de polvo a la atmósfera (no se utilizará malla Rachel), lo cual será revisado periódicamente.

Del mismo modo, se exigirá que los vehículos que transporten líquidos o sólidos con porcentaje de humedad lo realicen en camiones 100% estancos que impidan el escurrimiento y posterior caída de éstos al suelo.

Indicador que acredita su cumplimiento

N? de camiones encarpados/ N? total de camiones durante la fase de construcción

Forma de control y seguimiento

. Mantención de los registros en las faenas . Registro fotográfico de camiones.

Referencia al ICE para mayores detalles

Sección 9.2.4. del ICE

7.6. COMPONENTE/MATERIA: Emisiones

Norma

Norma D.S, N* 47/1992, MINVU, Ordenanza General de la Ley de Urbanismo y Construcciones

Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento

Fase de construcción y cierre

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medidas de prevención y control del riesgo:

1.- Cumplimiento de los requerimientos del Decreto 298/94 “Reglamenta transporte de cargas peligrosas por calles y caminos” y de la legislación aplicable al transporte de combustible.

2.- Disposición en el vehículo de las instrucciones a seguir en caso de accidente, teléfonos de emergencia y contacto para avisar al prevencionista de riesgo del proyecto, etc.

3.- Capacitación del conductor para respuesta en caso de accidente con derrame de las sustancias transportadas. Además de tener todos los implementes, de EPP como materiales para contener el derrame.

4.- Uso de distintivos de seguridad, según Nch N* 2190 “Transporte de sustancias peligrosas — Distintivos para identificación de riesgos”.

En cuanto al manejo de sustancias peligrosas (lubricantes, aceites y combustible) y residuos peligrosos (aceites usados, huaipes, paños y EPP contaminados con aceite) y prevención de potenciales derrames, se han de tener en consideración las siguientes medidas preventivas: 1.- Cumplimiento de los requerimientos dispuestos en el D.S. N 43/2016 del Ministerio de Salud, “Aprueba Reglamento de almacenamiento de sustancias peligrosas” y en el D.S. N148/2003 del Ministerio de Salud, “Aprueba Reglamento sanitario sobre manejo de residuos peligrosos”.

2.- Revisión de pretiles de sustancias peligrosas, verificando que sean capaces de contener los volúmenes normados en caso de derrame, mantener pretiles bajo techo evitando que aumenten los volúmenes en caso de lluvias.

3.- Construcción del estanque de combustible sobre un suelo cubierto con una capa impermeable, sobre pretil cumpliendo con lo dispuesto en el D.S. N* 160/2008 del Ministerio de Economía, Fomento y Reconstrucción “Aprueba Reglamento de Seguridad para las instalaciones y operaciones de producción y refinación, transporte, almacenamiento, distribución y abastecimiento de combustibles líquidos”, y estará dotado de todas las medidas de seguridad exigidas por la legislación vigente.

4.- Suministro de combustible a los equipos en un suelo impermeable puesto en el piso durante la transferencia de combustible y una línea puesta a tierra. Adicionalmente, se contará con el procedimiento de carguío de combustible,

5.- Capacitación al personal que manipule y almacene este tipo de sustancias y residuos peligrosos.

6.- Disposición de medios de contención y limpieza de derrames.

Durante la carga de combustibles y otros productos derivados de hidrocarburos, se debe considerar lo siguiente:

1.- Antes de iniciar la carga: se efectuará la conexión a tierra para eliminar la electricidad

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estática; la carga se deberá efectuar bajo la supervisión de una persona y se deberá colocar el extintor en un lugar de fácil acceso.

2.- Durante la descarga: se colocarán triángulos o conos de seguridad para impedir el paso de personal ajeno a la labor. El objetivo de todas estas medidas, es evitar el derrame de sustancias o residuos peligrosos al suelo o cursos de agua, que pudiesen generar contaminación y con ellos efectos nocivos a estos componentes.

La forma de control de estas medidas será:

1.- Dentro de la oficina de la instalación de faena, estarán todas las Hojas de Seguridad de las sustancias peligrosas a utilizar en la construcción y cierre del proyecto, que contendrán entre otros datos, las características de la sustancia, sus riesgos y los procedimientos de emergencia y materiales que se deben utilizar en caso de declaración del riesgo.

2.- Mantención del inventario y control sobre el uso de las sustancias y residuos peligrosos. Las actualizaciones de inventarios se realizarán mensualmente.

3.- Hojas de registro sobre retiro de residuos peligrosos y del ingreso de sustancias peligrosas.

Forma de control y seguimiento

Se mantendrá copia de las hojas de seguridad de todas las sustancias químicas almacenas en faena. Estas se encontrarán en la oficina de la instalación de faena, y una copia en cada una de las bodegas según sea el caso.

Se revisará de forma mensual, el estado de los contenedores de las sustancias químicas, comprobando con una matriz de compatibilidad su orden de almacenamiento.

Se revisará el estado de las bodegas de residuos peligrosos, mensualmente, además de ver la capacidad de almacenamiento. Si las bodegas superen el 75% de su capacidad, se debe solicitar el retiro de los residuos.

Referencia al ICE o documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada

Anexo 2 Adenda Sección 8.1.3. del ICE

10.1.4. Situación de riesgo o contingencia Incendio industrial o forestal

Fase del Proyecto a la que aplica

Construcción, operación y cierre

Parte, obra o acción asociada

Asociado a todas las pertenecientes al proyecto

partes y Obras

Acciones o medidas a implementar

Fase de Construcción y Cierre:

El riesgo de incendio interno en el proyecto está asociado principalmente, a fumar en lugares no permitidos, disposición inadecuada de desechos de aceites, trapos y basuras, un manejo inadecuado de materiales inflamables y combustibles, derrame de líquidos, así como a trabajos con herramientas que pudiesen proyectar partículas incandescentes en el proceso de construcción y cierre.

Fase Operación: Adicionalmente durante la fase de operación los

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riesgos internos de incendio están asociados a efecto hot spot en módulos fotovoltaicos, falla en equipos eléctricos y fumar en sectores no habilitados.

Respecto a los riesgos externos en todas las fases del proyecto, estos corresponden a la realización de fogatas o quemas de basura no autorizadas, fumar en los alrededores del proyecto, olas de calor, tormentas eléctricas y vientos fuertes.

A continuación, se indican las medidas para minimizar dichos riesgos internos y externos:

Identificación de zonas donde esté expresamente prohibido cualquier actividad que pueda generar chispas, tales como encender fuego, fumar, portar o mantener elementos que puedan ocasionar chispas, etc. Se deberá implementar un sistema de permisos de trabajos en caliente, en el que se pueda evaluar las medidas de control caso a caso, cuando se ejecuten actividades con llama abierta o partículas incandescentes.

Los materiales combustibles e inflamables serán almacenados en espacios especialmente habilitados, cumpliendo con lo dispuesto en el D.S. N 160/08 del Ministerio de Economía, Fomento y Reconstrucción “Aprueba Reglamento de Seguridad para las Instalaciones y Operaciones de Producción y Refinación, Transporte, Almacenamiento, Distribución y Abastecimiento de Combustibles Líquidos” y en el D,S. N 78/2009 del Ministerio de Salud “Aprueba Reglamento de Almacenamiento de Sustancias Peligrosas”.

Disposición en las instalaciones de los elementos de extinción de incendios adecuados (extintores, etc.), realizando las mantenciones periódicas (mensuales), según se establece en la normativa vigente.

Ubicación de los equipos de extinción en las proximidades de los puntos probables de incendio, siendo accesibles por parte de los trabajadores y demarcando el área donde están ubicados de acuerdo a la normativa vigente.

Capacitación a trabajadores en el correcto uso de los elementos de protección y combate contra incendios.

Control de los productos combustibles, manteniendo el orden y limpieza en el almacenamiento y disponiendo sólo del stock necesario.

Mantención de comunicación con los propietarios de los predios de emplazamiento del Proyecto con el objeto de detectar posibles conductas de terceros que propicien la generación de un incendio.

Esto se fiscalizará mensualmente, y el encargado de prevención de riesgo realizará informes del estado de cada una de las obras y elementos de prevención.

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Fase de operación:

En cuanto al efecto hot spot (punto caliente) se produce debido al sobrecalentamiento de la celda fotovoltaica producto de un sombreado parcial o completo, por esta razón, el diseño del parque es alejado de las proyecciones de sombras de cualquier tipo y se realizaran las mantenciones adecuadas y limpiezas para no disminuir la eficiencia del panel y prevenir cualquier tipo de efecto hot spot.

Con respecto a la línea eléctrica (media tensión) esta se ajustará a los requisitos que aprueba el Reglamento de Seguridad de las Instalaciones Destinadas a la Producción, Transformación, Transporte y Distribución de Energía Eléctrica en particular lo referido a franjas y distancias de seguridad.

De igual forma, el camino perimetral del área de proyecto servirá como cortafuego, dado que serán áreas con un ancho promedio entre 10 y 6 metros libres de vegetación. Adicionalmente se evaluará la remoción de vegetación en las zonas de buffer con el objeto de mejorar la efectividad de la medida respecto a la cercanía de las plantaciones forestales cercanas al proyecto.

La forma de control se realizará en cada visita de mantención, manteniendo los caminos libres de vegetación.

En relación a los riesgos externos mencionados, las medidas de prevención serán la respectiva denuncia de fogatas y quemas no autorizadas (cuando sean detectadas) y el uso del número de emergencias 130 de CONAF, en caso de que se produzca un incendio forestal o de pastizales dentro del área de proyecto o

fuera de este. Adicionalmente se colocará una señalética adecuada con el número de emergencia señalado, la cual estará ubicada aproximadamente en la coordenada WGS 84 HUSO 188 729720E; 5897251N.

Forma de control y seguimiento

e Se elaborará un registro de la inspección de extintores, la cual dará cuenta del estado y vencimiento de los mismos.

  • Se capacitará al personal referente al uso de extintores, para esto se dejará un registro firmado de los asistentes, junto con la capacitación de los riesgos internos y externos de incendio y cada forma de prevención.

e Registro de la señalética del número de emergencia 130 de CONAF, de las zonas de combustibles y de los sectores para fumar.

  • Registros de las mantenciones y limpiezas de los paneles.

Registros de protocolos de manipulación y

trabajos con sustancias inflamables.

Referencia al ICE o documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada

Anexo 2 Adenda Anexo 1 Adenda Complementaria Sección 8.1.4. del ICE

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10.1.5. Situación de riesgo o contingencia: Atropello y/o electrocución de aves por el funcionamiento del parque fotovoltaico y a LTE, de 770 m de longitud de fauna silvestre

| Fase del Proyecto a la que aplica

Construcción, operación y cierre

Parte, obra o acción asociada

Corresponde a todas las obras al interior del área del proyecto, considerando la instalación de faenas permanente y temporal

Acciones o medidas a implementar

El protocolo establece las siguientes medidas a modo de prevenir la ocurrencia de incidentes como atropello, electrocución, colisión y/o muerte accidental de fauna silvestre, a causa de las actividades y/u obras del proyecto.

Algunas de estas medidas están contenidas en la Guía de Evaluación Ambiental Componente Fauna Silvestre (SAG, 2016), y se incluyen medidas tales como:

  • Capacitar a los trabajadores del proyecto (a través de folletos, carteles y charla) de modo de crear conciencia de la necesidad de conocer, valorar y conservar la fauna. También se impartirán charlas al personal acerca de la potencial fauna presente en el área, del resguardo y cuidado de la misma, así como del procedimiento de actuación en caso de un hallazgo.

Capacitación a personal de Proyecto sobre el eventual cruce de animales, indicando la prohibición de uso de bocinas en el caso de encuentro con fauna en área de tránsito de vehículos.

  • Velocidad de desplazamiento de los vehículos al interior de las obras del proyecto de 30 km/h.

  • Se prohibirá alimentar a animales, para evitar domesticar a estos y atraerlos permanentemente al sector del proyecto.

En particular para evitar la colisión de aves con la línea eléctrica

se tomarán las siguientes medidas:

  • Mantener una distancia entre las estructuras energizadas de al menos 1,5m entre conductores, y 0,6m entre conductor y tierra. De acuerdo a lo propuesto en SAG (2015).

  • Ubicación de los conductores por debajo de la cruceta, suspendidos por medio de aisladores de cadena.

  • Implementación de disuasores de vuelo para aumentar la visibilidad del tendido. Estos dispositivos de marcaje serán instalados especialmente en el cable de guardia y a lo largo de toda su extensión.

el titular indica que, en la fase de operación del proyecto, el cerco perimetral se mantendrá durante toda la fase y se realizarán mantenciones y arreglos en caso de ser requerido. Este cerco impedirá el ingreso de animales mediano y grandes al área de Proyecto, evitando que los animales se dañen y que estos generen algún tipo de problema al funcionamiento del parque. Para el caso de fauna de menor tamaño, como roedores y reptiles, e inclusive para las aves, no

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hay riesgo de que ingresen al área del proyecto, dado que el funcionamiento es remoto y no habrá desplazamiento de vehículos que los pudieran afectar, y los paneles no presentan riesgo para la fauna.

Forma de control y seguimiento

Se capacitará al personal referente a la fauna presente en el área del proyecto, para lo cual se dejará un registro firmado de los asistentes a dicha capacitación y de la entrega de folletos.

Registro de velocidad.

Referencia al ICE o documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada

Anexo 2 Adenda Sección 8.1.5. del ICE

10.2. PLAN DE EMERGENCIAS

10.2.1. Emergencia: Sismo

Fase del Proyecto a la que aplica

Construcción, operación y cierre

Parte, obra o acción asociada

Asociado a todas las pertenecientes al Proyecto

partes y obras

Acciones a implementar

Fase de construcción, operación y cierre:

  • Dependiendo de la magnitud del sismo, se activará la alarma y si es pertinente se ordenará la evacuación hacia las zonas de seguridad.

e Los trabajadores deberán quedarse en la zona de seguridad y esperar instrucciones del personal entrenado.

e Producido un sismo, el titular procederá a evaluar los daños en las estructuras físicas.

En caso que existan daños que impidan el normal

funcionamiento del parque, se informará de esta situación a las autoridades competentes.

Oportunidad y vías de comunicación a la SMA de la activación del Plan

No aplica

Referencia al ICE o documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada

Anexo 3 Adenda Anexo 2 Adenda Complementaria Sección 8.1.1, del ICE

10.2.2. Emergencia: Condiciones Climáticas extremas

Fase del Proyecto a la que aplica

Construcción, operación y cierre

Parte, obra o acción asociada

Todas las partes y obras pertenecientes al proyecto

Acciones a implementar

. Dependiendo de la magnitud del temporal, se activará la alarma y si es pertinente la evacuación hacia las zonas de seguridad.

e Los trabajadores deberán quedarse en la zona de seguridad y esperar instrucciones por la supervisión.

e Producido un temporal, El titular procederá a evaluar los daños en la estructura física.

En caso de que existen daños que impidan el normal funcionamiento, se informará de esta situación a las autoridades competentes.

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Oportunidad y vías de comunicación a la SMA de la activación del Plan

Se informará a la SMA, mediante un informe subida a la plataforma de seguimiento del Proyecto, en caso de que hubiera suspensión de fanas laborales o se genere algún daño debido las condiciones climáticas.

Referencia al ICE o documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada

Anexo 3 Adenda Anexo 2 Adenda Complementaria Sección 8.1.2 del ICE

10.2.3. Emergencia: Derrame de Sustancias y/o Residuos Peligrosos

Fase del Proyecto a la que aplica

Construcción y cierre

Parte, obra o acción asociada

Asociada a las instalaciones de faenas temporales y permanentes.

Acciones a implementar

Se deberá cumplir con al menos uno de los siguientes puntos según corresponda a la envergadura o complicación de atención de la emergencia.

a) En caso de derrame debido a accidente de tránsito se deberá cumplir, al menos, con lo siguiente:

a.1) Acciones Iniciales:

El chofer, operador u otro dará aviso Inmediato al Supervisor Directo y tratará de contener el derrame mediante la generación de diques de tierra u otro elemento del que disponga.

Se verificará si hay personas que se hayan visto afectadas por el derrame. En caso que se requiera, se procederá a utilizar los elementos apropiados para resguardar primero la vida y salud de dichas personas.

Se determinará la naturaleza del derrame respecto de si esta es producto de sustancias transportadas o procedentes del vehículo siniestrado.

Si corresponde a transporte de sustancias se identificará el tipo de productos transportados y que sean causantes del derrame a través de la individualización de los productos contenidos en el vehículo y sus registros, además se solicitará la copia de las hojas de seguridad de los productos transportados y el procedimiento en caso de emergencia establecido en la Guía de respuesta a emergencias (GRE), de no encontrarse, se procederá a buscar por parte de la Brigada de Emergencias del registro en su copia de la Guía GRE.

a.2) Acciones de Control:

Se procederá a llamar al número de emergencia consignado en el vehículo de transporte, llamar a Bomberos y Carabineros más cercanos al lugar del accidente.

Como acción inmediata de precaución, se aislará el área del derrame o escape como mínimo cincuenta metros en todas las direcciones.

En caso de derrames de líquidos, trate de contener el avance de este mediante la confección de diques de tierra en círculos concéntricos, evite la utilización de maquinarias

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a

que puedan provocar chispas hasta definir la naturaleza de la sustancia derramada.

Verifique las condiciones y presencia de cuerpos de agua superficial (ríos, lagos u otros) que se puedan ver afectados, de ser necesario cave zanjas para desviar los flujos.

Mediante la Brigada de Emergencia trate de taponear o sellar los puntos de fuga de sustancias a través del uso de piezas de madera.

Mantener alejado al personal no autorizado.

Si se trata de un evento que por su envergadura puede afectar a terceros producto de la emergencia, se dará aviso inmediato a la Autoridad Sanitaria y a las municipalidades involucradas, sobre la localización y magnitud del evento, para dar cumplimiento a esto la brigada de emergencias, la ITO y el titular contarán con un listado de teléfonos con todos los servicios, municipalidades, bomberos y carabineros de cada localidad involucrada en el proyecto.

a.3) Acciones Posteriores:

Una vez controlada la fuente del derrame se procederá a retirar todo el material contaminado y dando especial cuidado a dar cumplimiento a lo indicado en el DS N* 148, la cual deberá, al menos, dar cumplimiento a los siguientes puntos:

Si el derrame es de combustibles y/o aceites derivados de hidrocarburos, se procederá a retirar todo el material contaminado, colocando este en bolsas plásticas las cuales serán selladas y transportadas a botaderos que cuenten con resolución sanitaria adecuada.

Si eventualmente hubiese producto derramado, éste será recogido con pala para vaciarlo a un envase que se pueda cerrar herméticamente y colocarlo también dentro de una bolsa plástica gruesa que, a su vez, debe cerrarse. Se utilizarán envases de polietileno.

Tanto la disposición final de la sustancia como la correspondiente limpieza del vehículo de transporte (restos contaminados producto del accidente), serán realizadas por una empresa especializada en el tratamiento de residuos peligrosos y con su aprobación sanitaria y con su respectiva Resolución de Calificación Ambiental.

El prestador de servicios (EPS) deberá mantener copias de la documentación respectiva, tanto del transporte como de la disposición final de los residuos generados acorde a lo especificado en el D.S. N* 148.

Si el accidente ocurriese en una vía de transito pública se incorporarán las acciones necesarias que permitan un despeje oportuno y rápido de la vía afectada en coordinación con Carabineros de Chile y la Dirección de Vialidad, para esto tanto la EPS como el titular pondrán a disposición los medios necesarios para dar soporte a estas instituciones.

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En caso de no haber derrame de sustancias peligrosas y tras la obtención por parte de Carabineros de Chile, se procederá a recuperar los contenedores o embalajes de producto desplazándolos fuera de la zona de circulación y luego de esto realizar las acciones tendientes a que el vehículo siniestrado sea retirado para permitir la libre circulación de los vehículos.

La persona a cargo del control de la emergencia mantendrá permanente contacto con el titular para informarle de avances, modificaciones y/o recibir instrucciones o acotaciones.

Luego de controlada la emergencia, es Supervisor Directo y el Jefe de Terreno deberán emitir un informe donde se consigne la naturaleza de los aspectos ambientales involucrados en la emergencia, los impactos generados, las medidas de mitigación y de control efectuadas, de ser necesario establecerá las medidas de seguimiento adecuadas; no será inimputable ante la emergencia por parte de subcontratistas, por lo que la EPS y/o el titular deberán velar por el cumplimiento de este punto.

La evaluación de un accidente con derrame considerará el estado de los recursos hídricos superficiales y subterráneos que pudieran verse afectados y será consignado en el Informe.

El Informe Técnico realizado será revisado por el titular, el cuál remitirá una copia a la SMA, la Autoridad Sanitaria, así como a las reparticiones involucradas (Vialidad, DGA, Ministerio de Agricultura, etc.).

Se realizará una investigación interna sobre las causas que originaron el evento y la eficiencia o suficiencia de las acciones preventivas O correctivas adoptadas con el fin de corregir los procedimientos que eviten que la aparición de dicha situación en el futuro.

Fases de operación:

Ídem a las medidas indicadas para la fase de construcción con referencia al Jefe de Proyecto en vez de jefe de terreno.

Fases de cierre:

Ídem a las medidas indicadas para la fase de operación.

b) Para el caso de derrames de sustancias peligrosas (productos químicos o contaminantes, aceites, lubricantes, pinturas, etc.) al suelo: Dadas las características de productos utilizados para las distintas fases del proceso, en general se trabajará con sustancias derivadas de los hidrocarburos, por lo que en general será aplicable lo estipulado en la Guía GRE.

No obstante, se aplicará como mínimo: Identificar y localizar el foco que provoca contaminación, sea esta causado por un derrame accidental de una sustancia almacenada temporalmente o a causa de fugas en alguna maquinaria__o dispositivo, para proceder

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inmediatamente a su control y neutralización. Detectado el punto de fuga este será controlado mediante la contención del derrame procediendo a embolsar el recipiente afectado y sellándolo. Como acción inmediata de precaución se aislará el área del derrame o escape como mínimo cincuenta metros en todas las direcciones. Si la contaminación es provocada por una fuga en maquinaria o equipo, se procederá a tratar de sellar esta fuga mediante la aplicación de una cinta de goma o similar, si esta no es capaz de controlar la fuga se detendrá el uso del equipo o maquinaria o se enviará a taller autorizado para su revisión y control.

Una vez controlada la fuente del derrame se procederá a retirar todo el material contaminado y dando especial cuidado a dar cumplimiento a lo indicado en el DS 148, la cual deberá, al menos, dar cumplimiento a los siguientes puntos:

Si el derrame es de combustibles y/o aceites derivados de hidrocarburos, se procederá a retirar todo el material contaminado, colocando este en bolsas plásticas las cuales serán selladas y transportadas a botaderos que cuenten con resolución sanitaria adecuada.

Si eventualmente hubiese producto derramado, éste será recogido con pala para vaciarlo a un envase que se pueda cerrar herméticamente y colocarlo también dentro de una bolsa plástica gruesa que, a su vez, debe cerrarse. Se utilizarán envases de polietileno.

Tanto la disposición final de la sustancia como la correspondiente limpieza del vehículo de transporte (restos contaminados producto del accidente), serán realizadas por una empresa especializada en el tratamiento de residuos peligrosos y con su aprobación sanitaria y con su respectiva Resolución de Calificación Ambiental.

El prestador de servicios (EPS) deberá mantener copias de la documentación respectiva, tanto del transporte como de la disposición final de los residuos generados acorde a lo especificado en el D.S. N*148.

En caso de no haber derrame de sustancias peligrosas y tras la obtención por parte del Jefe de Terreno o el Representante por parte del titular, se procederá a recuperar los contenedores o embalajes de producto desplazándolos fuera de la zona de circulación y luego de esto realizar las acciones tendientes a restaurar las condiciones anteriores a la ocurrencia del accidente.

La persona a cargo del control de la emergencia mantendrá permanente contacto con el Titular para informarle de avances, modificaciones y/o recibir instrucciones o acotaciones.

Luego de controlada la emergencia, es Supervisor Directo y el Jefe de Terreno deberán emitir un informe donde se consigne la naturaleza de los aspectos ambientales involucrados en la emergencia, los impactos

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generados, las medidas de control efectuadas, de ser necesario establecerá las medidas de seguimiento adecuadas.

La evaluación de un accidente con derrame considerará el estado de los recursos hídricos superficiales y subterráneos que pudieran verse afectados y será consignado en el Informe.

El Informe Técnico realizado será revisado por el titular, el cuál remitirá una copia a la SMA, la Autoridad Sanitaria, así como a las reparticiones involucradas (Vialidad, DGA, Ministerio de Agricultura, etc.).

Se realizará una investigación interna sobre las causas que originaron el evento y la eficiencia o suficiencia de las acciones preventivas O correctivas adoptadas con el fin de corregir los procedimientos que eviten que la aparición de dicha situación en el futuro.

Cada Instalación de Faenas contará con los elementos necesarios para la implementación de este procedimiento, para el retiro de la sustancia

peligrosas derramadas, sean éstos palas, maquinaria, envases de almacenamiento provisorios, bolsas plásticas, etc. según se requiera.

Asimismo, se deberán establecer y seguir los procedimientos confeccionados para cada caso, así como las recomendaciones establecidas en las Hojas de Seguridad de cada producto utilizado.

Oportunidad y vías de comunicación a la SMA de la activación del Plan

Se informará de lo ocurrido a la Superintendencia del Medio Ambiente (SMA) una vez controlada la emergencia.

En caso que el derrame haya afectado a algún curso de agua, se avisará a las autoridades respectivas, SERNAPESCA, DHA y DOH.

Referencia al ICE o documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada

Anexo 3 Adenda Anexo 2 Adenda Complementaria Sección 8.1.3. del ICE

10.2.4, Situación de emergencia: Incendio industr

ial o forestal

Fase del Proyecto a la que aplica

Construcción, operación y cierre

Parte, obra o acción asociada

Asociado a todas las obras

pertenecientes al proyecto

partes y

Acciones a implementar

En caso de incendio, se actuará de acuerdo a lo descrito a continuación:

Una vez se detecte el incendio, avisar al Director de Emergencia por si ha de procederse a activar el Plan de Emergencia.

Si la situación no es excesivamente peligrosa, es decir, si se trata de un fuego de pequeña magnitud; sin exponerse, intentar apagar el fuego con un extintor, siempre que sea posible con el viento por la espalda y la salida con el viento de cara.

En caso de no poder extinguir el incendio, avisar

para la activación del Plan de Emergencia y

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evacuar la zona. En caso de necesidad, se paralizarán todas las operaciones de la faena o área comprometida y no se permitirá el funcionamiento de:

» Motores u otros equipos eléctricos.

  • Otros equipos o vehículos que pueden provocar un punto de ignición.

  • Se deberá observar la dirección del viento, se delimitará ampliamente la zona de peligro y se deberá impedir el acceso a la misma del personal que no esté adecuadamente equipado, alejando preferentemente en dirección contraria al viento, a toda persona ajena a la emergencia.

  • Se deberá limitar el número de personas en la zona de peligro al mínimo imprescindible, controlándolos constantemente por un responsable que deberá permanecer en el exterior de la zona, el cual deberá disponer de un equipo de socorro listo para intervenir si fuera necesario.

  • Una vez que el Director de Emergencia active el Plan, el Equipo de Intervención se desplegará para controlar el incendio y, si es posible, acordonará la zona afectada.

  • Se debe mantener la seguridad del personal, disponiendo de una vía de retirada en todo momento y utilizando los agentes extintores y Elementos de protección personal (EPP) adecuados contra el incendio. Si la situación reviste de gravedad, se comunicará el hecho de inmediato a la compañía de bomberos y a la Corporación Nacional Forestal a través de su número de emergencia 130.

  • Tras la extinción del fuego, recoger efluentes contaminados por los agentes extintores y gestionarlos adecuadamente.

  • Una vez controlada la situación de emergencia, el Jefe de Emergencia informará del hecho al Director de Emergencia, decretando éste el final de la misma.

Cabe recordar que el desarrollo de los trabajos ha de realizarse siempre en condiciones de seguridad, por lo que se pararán los trabajos si no se cumplen dichas condiciones de seguridad. En caso de producirse fuertes vientos que hagan peligrar la salud de los trabajadores se paralizarán los trabajos, apagando las máquinas que estén utilizando y dirigiéndose a los puntos de concentración o reunión preestablecidos para estos casos.

Oportunidad y vías de comunicación a la SMA de la activación del Plan

. Ante un eventual incendio en faena se dará aviso a la Superintendencia del Medio Ambiente (SMA) y/o a la Corporación Nacional Forestal (CONAF) a través del número de emergencia 130.

Referencia al ICE o documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada

Anexo 3 Adenda Anexo 2 Adenda Complementaria Sección 8.1.4. del ICE

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10.2.5. Situación de Emergencia: Atropello y/o electrocución de aves por el funcionamiento del

parque fotovoltaico y a LTE, de 770 m de longitud de fauna silvestre F - E _

| Fase del Proyecto a la que aplica Construcción, operación y cierre | == —

Parte, obra o acción asociada Corresponde a todas las obras al interior del área del proyecto, considerando la instalación de

faenas permanente y temporal

Acciones a implementar En caso de que se desarrolle una situación de emergencia, es decir, afectación a fauna silvestre (mamíferos, aves, peces, entre otros), se procederá al rescate inmediato de las especies que estuvieran o pudiesen verse afectadas, para ser asentadas momentáneamente en el centro de rehabilitación de fauna silvestre más cercano al área del Proyecto hasta el momento de su recuperación, al punto que sea posible el retorno de las especies a el lugar de origen. En paralelo se dará aviso al Servicio Agrícola Ganadero (SAG) de lo ocurrido. Es importante mencionar que el Titular correrá con todos los gastos económicos asociados a accidentes de fauna silvestre.

El titular formulará un informe con siguientes puntos:

a) Identificación y Aviso

b) Determinación del curso de acción a seguir c) Rescate y Transporte

d) Rehabilitación, Liberación /Relocalización

Oportunidad y vías de comunicación ala SMA Se dará aviso al Servicio Agrícola Ganadero de la activación del Plan (SAG) y a la Superintendencia del Medio Ambiente (SMA) de lo ocurrido.

Referencia al ICE o documentos del expediente | Anexo 3 Adenda de evaluación que contenga la descripción Anexo 2 Adenda Complementaria detllade Sección 8.1.5. del ICE

  1. Que, durante el proceso de participación ciudadana, desarrollado conforme a lo dispuesto en el artículo 30 bis de la Ley N? 19.300, no se formularon observaciones por parte de la comunidad respecto del Proyecto,

  2. Que, el Titular deberá remitir a la Superintendencia del Medio Ambiente la información respecto de las condiciones, compromisos o medidas, ya sea por medio de monitoreos, mediciones, reportes, análisis, informes de emisiones, estudios, auditorías, cumplimiento de metas o plazos, y en general cualquier otra información destinada al seguimiento ambiental del Proyecto, según las obligaciones establecidas en la presente Resolución de Calificación Ambiental y las Resoluciones Exentas que al respecto dicte la Superintendencia del Medio Ambiente. De igual forma, y a objeto de conformar el Sistema Nacional de Información de Fiscalización Ambiental (SNIFA), el Registro Público de Resoluciones de Calificación Ambiental y registrar los domicilios de los sujetos sometidos a su fiscalización en conformidad con la ley, el Titular deberá remitir en tiempo y forma toda aquella información que sea requerida por la Superintendencia del Medio Ambiente a través de las Resoluciones Exentas que al respecto ésta dicte.

  3. Que, el Titular deberá informar a la Superintendencia del Medio Ambiente la realización de la gestión, acto o faena mínima que da cuenta del inicio de la ejecución de obras, a que se refiere el Considerando 4.1 de la presente Resolución.

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14, Que, con el objeto de dar adecuado seguimiento a la ejecución del Proyecto, el Titular deberá informar a la Superintendencia del Medio Ambiente, al menos con una semana de anticipación, el inicio de cada una de las fases del Proyecto, de acuerdo a lo indicado en la descripción del mismo.

  1. Que, para que el proyecto “PARQUE FOTOVOLTAICO CABRERO SOLAR” pueda ejecutarse, deberá cumplir con todas las normas vigentes que le sean aplicables.

  2. Que, el Titular deberá informar inmediatamente a la Secretaría de la Comisión de Evaluación de la Región del Biobío y a la Superintendencia del Medio Ambiente, la ocurrencia de impactos ambientales no previstos en la DIA, asumiendo inmediatamente las acciones necesarias para abordarlos.

  3. Que, el Titular del Proyecto deberá comunicar inmediatamente y por escrito a la Dirección Regional del SEA Servicio de Evaluación Ambiental VIII Región del Biobío la ocurrencia de cambios de titularidad, representante legal, domicilio y correo electrónico, de acuerdo a lo establecido en el inciso tercero del artículo 162 y artículo 163, ambos del Reglamento del SEIA,

  4. Que, se hace presente al Titular que cualquier modificación al Proyecto que constituya un cambio de consideración, en los términos definidos en el artículo 2? letra g) del Reglamento del SEIA, deberá someterse al SEIA,

  5. Que, todas las medidas, condiciones, exigencias y disposiciones establecidas en la presente Resolución son de responsabilidad del Titular, sean implementadas por éste directamente o a través de un tercero.

RESUELVO:

1%, Calificar favorablemente la Declaración de Impacto Ambiental del proyecto “PARQUE FOTOVOLTAICO CABRERO SOLAR”, de Cabrero Solar SpA.

2?. Certificar que el proyecto “PARQUE FOTOVOLTAICO CABRERO SOLAR” cumple con la normativa de carácter ambiental aplicable.

3". Certificar que el proyecto “PARQUE FOTOVOLTAICO CABRERO SOLAR” cumple con los requisitos de carácter ambiental contenidos en los permisos ambientales sectoriales que se señalan en los artículos 140, 142 y 160 del D.S. N* 40/2012 del Ministerio del Medio Ambiente, Reglamento del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental.

4%, Certificar que el proyecto “PARQUE FOTOVOLTAICO CABRERO SOLAR” no genera los efectos, características o circunstancias del artículo 11 de la Ley N? 19.300, que dan origen a la necesidad de elaborar un Estudio de Impacto Ambiental.

5%, Definir como gestión, acto o faena mínima del Proyecto, para dar cuenta del inicio de su ejecución de modo sistemático y permanente, a los mencionados en el considerando 4.1. del presente acto,

6”, Hacer presente que contra esta Resolución es procedente el recurso de reclamación de acuerdo a lo dispuesto en el artículo 20 y 30 bis de la Ley N? 19.300, ante el a Director Ejecutivo del Servicio de Evaluación Ambiental. El plazo para interponer este recurso es de treinta días contados desde la notificación del presente acto.

Notifíquese y Archívese

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Ivana Suanes Araneda

y irectora Regióng Servicio de Evaluación Ambiental Ñ necIOSEeretafio Comisión de Evaluación Región del Biobío SSA/Pjb DISTRIBUCIÓN:

EDUARDO MORICE SOFFIA

(nterregional) Consejo de Monumentos Nacionales (Interregional) Subsecretaría de Pesca y Acuicultura (Interregional) Superintendencia de Servicios Sanitarios (VII) CONADI, Región del Biobío

(VII) CONAF, Región del Biobío

(VII) DGA, Región del Biobío

(VID) DOH, Región del Biobío

(VII) Dirección Regional de Aeropuertos, Región Biobío (VIID Dirección de Vialidad, Región del Biobío

(VII) Gobernación Marítima de Talcahuano

(VII) Dustre Municipalidad de Cabrero

(VII) SAG, Región del Biobío

(VII) SEC, Región del Biobío

(VII) SEREMI MOP, Región del Biobío

(VID) SEREMI de Agricultura, Región del Biobío

(VII) SEREMI de Bienes Nacionales, Región del Bio bío (VIID) SEREMI de Desarrollo Social, Región del Biobío (VII) SEREMI de Energía, Región del Biobío

(VII) SEREMI de Minería, Región del Biobío

(VII) SEREMI de Salud, Región del Biobío

(VIID SEREMI de Transportes y Telecomunicaciones, Región del Biobío (VII) SEREMI de Vivienda y Urbanismo, Región del Biobío (VIID) SEREMI del Medio Ambiente, Región del Biobío (VII) SERNAGEOMIÍN, Zona Sur

(VIID) Servicio Nacional Turismo, Región del Biobío (VIID) Servicio Nacional de Pesca, Región del Biobío

C/C:

e Encargada de Participación Ciudadana

  • Superintendencia del Medio Ambiente (contactorcaíosma.gob.el)
  • Oficial de Partes de la Región (eescalona.8(0sea.gob.cl)

e Expediente del proyecto “Parque Fotovoltaico Cabrero Solar”

e Archivo Servicio de Evaluación Ambiental, Región del Biobío.

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