Evaluación SEA

Optimización Tranque de Relaves N°5, Planta Cerro Blanco

Rol 2142116880
SEA · DIA · Aprobado · 2018-12-20 · Región Metropolitana de Santiago · Cemento Polpaico S.A.

REPÚBLICA DE CHILE COMISIÓN DE EVALUACIÓN REGIÓN DE METROPOLITANA DE SANTIAGO Califica Ambientalmente el proyecto "Optimización Tranque de Relaves N°5, Planta Cerro Blanco" Resolución Exenta N° 702/2019 Santiago, 02 de diciembre de 2019 VISTOS: 1°. La Declaración de Impacto Ambiental (DIA), admitida a trámite con fecha 20/12/2019, su Adenda de fecha 16/05/2019 y su Adenda Complementaria de fecha 30/09/2019, del Proyecto "Optimización Tranque de Relaves N°5, Planta Cerro Blanco", presentado por Cemento Polpaico S.A. 2°. Los pronunciamientos y observaciones de los Órganos de la Administración del Estado que, sobre la base de sus facultades legales y atribuciones, participaron en la evaluación de la DIA, y que se detallan en el Capítulo 2 del Informe Consolidado de Evaluación (ICE) de la DIA del proyecto "Optimización Tranque de Relaves N°5, Planta Cerro Blanco". 3°. Las Actas de Evaluación N° 01/2019 de fecha 10/01/2019 y N° 04/2019 de fecha 29/10/2019, ambas del Comité Técnico de la Región Metropolitana de Santiago. 4°. El ICE de la DIA del proyecto "Optimización Tranque de Relaves N°5, Planta Cerro Blanco" de 08/11/2019. 5°. El acuerdo de la Comisión de Evaluación de la Región Metropolitana de Santiago, de fecha 18/11/2019. 6°. Los demás antecedentes que constan en el expediente de evaluación de impacto ambiental de la DIA del proyecto "Optimización Tranque de Relaves N°5, Planta Cerro Blanco". 70. Lo dispuesto en la Ley N° 19,300, Sobre Bases Generales del Medio Ambiente; el D.S. N° 40, de 2012, del Ministerio del Medio Ambiente (MMA), Reglamento del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental (Reglamento del SEIA); la Ley N° 19.880, que Establece Bases de los Procedimientos Administrativos que Rigen los Actos de los Órganos de la Administración del Estado; la Ley N° 18.575, Ley Orgánica Constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado; el Decreto Supremo N° 558 de fecha 29 de octubre de 2019 del Ministerio del Interior y Seguridad Pública; la Resolución TRA N° 119046/163/2018 de fecha 25 de octubre de 2018 de la Dirección Ejecutiva del Servicio de Evaluación Ambiental; la Resolución N° 7, de 26 de marzo de 2019, de la Contraloría General de la República, que fija normas sobre Exención del Trámite de Toma de Razón. CONSIDERANDO: 1°. Que, Cemento Polpaico S.A. (en adelante, el Titular), ha sometido al Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental (SEIA) la DIA del proyecto Optimización Reservas Pozo San Bernardo y Nuevo Plan de Recuperación de Terreno (en adelante, el Proyecto). Los antecedentes del Titular son los siguientes: Titular Cemento POLPAICO S.A. RUT 91.337.000-7 Nombre del representante legal Oscar Jama / Felipe Orfali R.U.T. 23.926.554-5 / 13.227.141-0 Domicilio del representante legal Avenida El Bosque #0177, Piso 5. 2°. Que, conforme se indica en el ICE de fecha 08/11/2019, el Servicio de Evaluación Ambiental de la Región Metropolitana de Santiago, ha recomendado aprobar el Proyecto, por cuanto cumple con los requisitos de carácter ambiental contenidos en los Permisos Ambientales Sectoriales Mixtos señalados en los artículos 135, 137, 140, 148, 151, 155, 156, 157, del D.S. N°40/2012 del MMA y no genera los efectos características o circunstancias del artículo 11 de la Ley 19.300, que dan origen a la necesidad de elaborar un Estudio de Impacto Ambiental. 3°. Que, en sesión de 18/11/2019, la Comisión de Evaluación de la Región Metropolitana de Santiago acordó calificar favorablemente el proyecto "Optimización Tranque de Relaves N°5, Planta Cerro Blanco", aprobando íntegramente el contenido del ICE de 08/11/2019, el que forma parte integrante de la presente Resolución. Por lo tanto, conforme a lo indicado en el artículo 60 inciso segundo del Reglamento del SETA, se excluyen de la presente Resolución las consideraciones técnicas en que se fundamenta. 4°. Que, según lo señalado en la DIA y sus anexos, en su Adenda, y en su Adenda Complementaria, los cuales forman parte integrante de la presente Resolución, la descripción del Proyecto es la que a continuación se indica: 4.1. ANTECEDENTES GENERALES Objetivo general El objetivo del Proyecto consiste en la optimización operacional del actual Tranque de .Relaves N°5, el cual traerá como consecuencia un aumento de la capacidad de almacenamiento de éste, permitiendo mantener su continuidad operativa y por tanto extendiendo su vida útil. Tipología principal, así como las aplicables a sus partes, obras o acciones "Letra i. Proyectos de desarrollo minero, incluidos los de carbón, petróleo y gas, comprendiendo las prospecciones, explotaciones, planas procesadoras y disposición de residuos y estériles, así como la extracción industrial de áridos, turba o greda." i.3. Se entenderá por proyectos de disposición de residuos y estériles aquellos en que se dispongan residuos masivos mineros resultantes de la extracción o beneficio, tales como estériles, minerales de baja ley, residuos de minerales tratados por lixiviación, relaves, escorias y otros equivalentes, que provengan de uno o más proyectos de desarrollo minero que por sí mismos o en su conjunto tengan una capacidad de extracción considerada en la letra i.1. anterior. "Letra a. Acueductos, embalses o tranques y sifones que deban someterse a la autorización establecida en el artículo 294 del Código de Aguas. a. 1. Presas cuyo muro tenga una altura superior a cinco metros (5 m) medidos desde el coronamiento hasta el nivel del terreno natural, en el plano vertical que pasa por el eje de éste y que soportará el embalse de las aguas, o que generen un embalse con una capacidad superior a cincuenta mil metros cúbicos (50.000 m3). Vida útil Indefinida Monto de inversión U.S. 1.000.000 dólares Gestión, acto o faena mínima que da cuenta del inicio de la La actividad que da inicio a la fase de construcción del Proyecto corresponde al depósito de material de empréstito sobre muro auxiliar 1 y 2 y la construcción del muro auxiliar 2 ejecución 3. Proyecto se desarrolla por etapas Si No Respecto a lo previsto en el [X] Artículo 14° del Reglamento del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental, D.S. N°40/2012 del MMA, el proyecto no se desarrollará por etapas. Proyecto modifica un proyecto o actividad Si No El proyecto presentado si Vi modifica uno existente, ya que se ubica en un Tranque de relave existente. Proyecto modifica otra(s) RCA Si No El proyecto presentado modifica [X] la RCA N° 364 Tabla 4.1.1 Modificación de Proyecto Situación Sin Proyecto Situación con Proyecto RCA N° 364 // 3 "...El Tranque de Relaves N° 5 se ha concebido con un muro resistente principal B-1 y dos muros auxiliares (1 y 2), todos con una cota de coronamiento de 614 m.s.n.m." Descripción: Actualmente el Tranque de Relaves N° 5 cuenta con un muro principal B- 1 y dos muros auxiliares (1 y 2), todos con una cota de coronamiento de 615 m.s.n.m. acorde a lo indicado en la consulta de pertinencia "ajustes al tranque de relaves N° 5 de Cementos Polpaico" presentada en el 2017 y resuelta según Res. Ex. N° 74/2018. El proyecto contempla realizar el peraltamiento del muro principal B-1 y los dos muros auxiliares (1 y 2) hasta una cota de coronamiento de 617 m.s.n.m. Además, se considera la construcción de un tercer muro auxiliar con una cota de coronamiento de 617 m.s.n.m. RCA N° 364 // 3 "La vida útil del proyecto está estimada en siete a ocho anos a plena producción, pudiendo prolongarse en caso de subproducción" Descripción: Actualmente el proyecto se encuentra en operación, acorde a las condiciones operacionales aprobadas. "La vida útil del proyecto está estimada en cuatro (4) a cinco (5) años a plena producción, pudiendo prolongarse en caso de subproducción". RCA N° 364 // 6.4 e) "Forestar un perímetro de al menos diez metros de ancho alrededor del área ocupada por el tranque, incluyendo taludes, con especies arbóreas y arbustivas. La selección de especies, así como otros aspectos técnicos (densidad, método de plantación, etc.) deberá contar, previo a su ejecución, con la aprobación de la Corporación Nacional Forestal RM El cronograma para implementar esta medida se iniciará con la entrada en operación del tranque. Esta zona a plantar no será contabilizada área efectos del cumplimiento del D.L. 701/74" Descripción: Actualmente corresponde a un área de plantación forestal con especies de origen nativo implementada en un muro secundario por el poniente del tranque de relaves que fue reforestado con especies arbóreas. Esta reforestación no corresponde a Se aclara que el Titular no modificará la medida de reforestación para la mitigación del componente aire, es decir, que no se considerará como una medida para el manejo de polvo, entregando como solución para este objetivo, la aplicación de bichufita. Por otra parte, se menciona en cuanto a la forestación de la franja de 10 metros, que el titular mantendrá la medida, pero removerá a los individuos que se encuentren más cercano al tranque, dado que el aumento de éste los cubrirá. Como se indicó anteriormente, el titular contemplará una medida 3 ninguna actividad asociada a medidas de compensación o reforestaciones vía PMF (DL 701/74; Ley 20.283). específica para el control de polvo, sin modificar lo establecido en cuanto a la franja de forestación de 10 metros. RCA N° Para la etapa de cierre y abandono se Tal como se mencionó en la DIA, 364 // 6.6 contempla: para la etapa de cierre, se c) "Implementar la última torre de captación considera la construcción de un como vertedero de emergencia, la que vertedero de abandono, con una permitirá evacuar las aguas lluvias desde la capacidad para evacuar una lluvia cubeta". Descripción: Actualmente no se ha ejecutado con un periodo de mil años, la cual fue aprobada por el EIA, acorde a la Resolución N° 364/98. la fase de cierre Para mayor detalle, en el Anexo 5.3, se presenta la versión actualizada del PAS 156, acorde a lo solicitado por la Autoridad. RCA N° Para la etapa de cierre y abandono se Se propone, como medida 364 // 6.6 contempla: definitiva, la instalación de una e) "Revegetar toda la superficie involucrada en capa de material "vegetal" sobre la disposición de los relaves, incluyendo el total de la superficie del taludes, considerando que: tranque, con una capa de 30 a 40 Las especies a utilizar serán: Acacia caven, Prosopis chilensis, Schinus molle, Flourencia cros. de profundidad, lo que permitiría formar un suelo con thurifera, Haplopappus foliosus, Baccharis estructura, evitando la perdida de linearis y Acacia cianofila. partículas "libres" y livianas del Cronograma de actividades a contar del tranque. término de la vida útil del tranque: Sobre este suelo se formaría una Año 1 Marzo a Mayo cubierta vegetal natural, producto Preparación del sustrato (Subsolado de los de la alta cantidad de semillas sitios de plantación) naturales existente en el material Construcción de cubetas para plantación en de tierra vegetal de reserva, el sector muros cual es producto de los Plantación de plántulas de Acacia cianófila empréstitos, que se realizan en (500 individuos) Polpaico, extrayendo Fertilización especialmente capas superiores Año 2 Enero a Febrero (suelo vegetal). Monitoreo de individuos para detectar el estado de cada uno Plantación para recuperar individuos muertos Marzo a Mayo Plantación de especies nativas experimentadas y probadas en el tranque actual en su fase de abandono, con una densidad a fijar de acuerdo a los resultados de las experiencias en el tranque actual Fertilización Año 3 Enero a Febrero Monitoreo y control de estado de las plantas Año 4 y siguientes Monitoreo y control del estado de los individuos plantados." Descripción: Actualmente no se ha ejecutado la fase de cierre. 4.2. UBICACIÓN DEL PROYECTO 4 División político- administrativa El proyecto se ubica en la Región Metropolitana, Provincia de Chacabuco, en la comuna de Til Til específicamente en Panamericana Norte, Km 38. Justificación de la localización La localización escogida para el Proyecto se justifica en virtud de los objetivos relacionados a este, que contemplan la optimización del actual tranque de relaves N° 5. Dichas optimizaciones se justifican ya que: - Reducen la intervención de nuevas superficies, utilizando la superficie del Tranque de Relaves N°5 en operación. - Utiliza las obras civiles ya existentes para el transporte de relaves, control de acceso, entre otros. - Condiciones ideales del área de emplazamiento del Proyecto, pues posee excelente sistema de suministro de agua, gas y de energía debido a la infraestructura existente. - No guarda relación con la existencia de lugares o sitios donde se lleven a cabo manifestaciones propias de cultura o folclore de algún pueblo, comunidad o grupo humano. - No se encuentra cercano a zonas protegidas del SNASPE o a sitios prioritarios terrestres o marinos como tampoco próximo a monumentos nacionales (Ley N° 17.288 sobre Monumentos Nacionales). - No se ubicará en una zona declarada de interés turístico nacional. Superficie Las optimizaciones planteadas por el Proyecto y el aumento de la capacidad de almacenamiento del Tranque de Relaves N°5, no conllevan un aumento de las superficies totales aprobadas, correspondientes a 42,34 ha aproximadamente, esto debido a que las partes, obras y acciones asociadas al Proyecto en evaluación, se encuentran dentro de las superficies que fueron evaluadas y aprobadas ambientalmente mediante la RCA N°364/98, es decir, no se considera una superficie adicional fuera de esta. Coordenadas UTM en Datum WGS84 A continuación, se presentan las coordenadas del proyecto: Tabla 1. Coordenada (WGS 84) del área del proyecto. Obras Puntos Coordenadas UTM (Datum WGS 84, Huso 19 S) Este Norte 1 329.576 6.328.250 2 329.617 6.328.424 3 329.572 6.328.509 Muro Principal 4 329.707 6.328.616 5 329.763 6.328.554 6 329.918 6.328.520 1 329.499 6.327.908 Muro Auxiliar 1 2 329.445 6.327.978 3 329.508 6.328.062 1 329.512 6.328.051 2 329.509 6.328.065 Muro Auxiliar 2 3 329.530 6.328.105 4 329.576 6.328.079 5 329.581 6.328.057 1 329.607 6.328.164 Muro Auxiliar 3 2 329.603 6.328.164 3 329.579 6.328.224 5 4 329.582 6.328.226 5 329.596 6.328.202 6 329.607 6.328.164 Alcantarillado Canal 1 329.954 6.328.532 de Contorno Norte 2 329.909 6.328.544 Alcantarillado Canal 1 329.505 6.327.838 de Contorno Sur 2 329.487 6.327.907 1 329.684 6.328.273 2 329.702 6.328.248

Camino de Servicio 1 3 329.684 6.328.194 4 329.685 6.328.175 1 330.171 6.328.900 2 330.100 6.328.899

Camino de Servicio 2 3 330.056 6.328.937 4 330.040 6.328.954 Fuente: Tabla N°1 del Anexo 5 de la Adenda Complementaria. Caminos o vías de acceso Con respecto al acceso al Proyecto, es necesario rectificar que el principal acceso a la zona de emplazamiento del proyecto se realiza por la Ruta 5 Norte, vía principal de conexión en el país, con la localidad de Huertos Familiares, realizando el acceso mediante el camino G-136 (no pavimentado) denominado Cerro Blanco, recorriendo aproximadamente 4 km hacia el complejo Cerro Blanco. Adicionalmente, a modo de aclarar los caminos internos, caminos de acceso, caminos externos pavimentados y no pavimentados, a continuación, se muestra la vialidad interna, externa y caminos de accesos al Proyecto (Figura 2 de la Adenda) Referencia al expediente de evaluación de los mapas, georreferenciación e información complementaria sobre la localización de sus partes, obras y acciones Anexo 4.4 - Estudio Ingeniería Básica Peralte Tranque de Relaves N°5 de la DIA. Anexo_lPlanos_y_Archivos_Digitales de la Adenda. 4.3. PARTES, OBRAS Y ACCIONES QUE COMPONEN EL PROYECTO 4.3.1. FASE DE CONSTRUCCIÓN 4.3.1.1 PARTES, OBRAS Y ACCIONES QUE COMPONEN EL PROYECTO. 4.3.1.1.1 PARTES Y OBRAS Nombre Descripción Peraltamient o de los MITOS auxiliares (1 y 2) Se contempla el peraltamiento de los muros auxiliares existente 1 y 2, desde su cota actual de 615 m.s.n.m hasta la cota 617 m.s.n.m. Dicho peraltamiento se construirá íntegramente con materiales de empréstito existentes en las proximidades del tranque, los cuales se levantarán hasta su cota de coronamiento final en una sola etapa de construcción. Construcción muro auxiliar 3 Se contempla la construcción de un tercer muro auxiliar con una cota de coronamiento de 617 m.s.n.m. el que se construirá íntegramente con materiales de empréstito existentes en las proximidades y será levantado en una sola etapa de construcción. Mejoramient o de obras de apoyo existentes. Se consideran dos obras menores correspondiente a: Modificación del eje del camino perimetral. Ajustes en el canal de contorno. 4.3.1.1.2 ACCIONES Habilitación Frente de Para llevar a cabo la fase de construcción del Proyecto, se contempla la instalación de un frente de trabajo, esta actividad tiene como objetivo habilitar e 6 Trabajo implementar una base para generar las condiciones físicas y logísticas que permitan desarrollar la faena constructiva. 4.3.1.2 SUMINISTROS BÁSICOS Nombre Descripción Suministro Eléctrico Para el abastecimiento de energía durante la Fase de Construcción del Proyecto, se utilizará el sistema eléctrico existente. Agua El suministro de agua potable se dispondrá de agua embotellada, los que serán provistos por una empresa local debidamente certificada, manteniendo un registro de la compra del agua. Atendiendo a lo consultado por la Autoridad, a continuación, se desglosa la cantidad y usos que se dará al agua, durante la fase de construcción del Proyecto: Tabla 2 Consumo de agua — Fase de Construcción DESTINO DE USO CONSUMO (L/fase) CONSU MO (L/día) Agua potable para el consumo de trabajadores (agua embotellada) 72.000 900 Humectación para compactación 200.000 1.639 Total 72.000 900 Fuente: Tabla 2 Consumo de agua — Fase de Construcción del Anexo V de la Adenda Complementaria. Servicios Higiénicos Durante la fase de construcción del Proyecto, se considera la instalación de baños químicos móviles en las cercanías del Proyecto, para la ejecución de las obras, con el propósito de asegurar el servicio a los trabajadores (distancia no superior a los 75 m), en todo momento dando cumplimiento al D.S. N°594/1999 del MINSAL. Por otro lado, es necesario mencionar que se cuentan con una casa de cambio, la cual cuenta con su propio sistema de duchas para uso exclusivo de los trabajadores, una vez se inicia su jornada laboral, como cuando esta finalice. El manejo de las aguas servidas durante la fase de construcción y según las actividades que se desarrollan en ésta, estará a cargo de la empresa contratista, la que deberá dar correcto manejo y disposición final en sitio autorizado. Alimentación La alimentación de los trabajadores será realizada en el comedor existente en la Planta Cerro Blanco. En este sentido, se aclara que el Proyecto no contempla la preparación de alimentos en esta instalación, ya que ésta es abastecida mediante empresas externas autorizadas para estos efectos. Alojamiento No se contempla alojamiento de los trabajadores al interior del área del proyecto durante la fase de construcción. Combustible En relación con el abastecimiento de combustible, las maquinarias y vehículos que se utilizarán durante la fase de construcción serán abastecidos por una estación de abastecimiento existente dentro de las instalaciones de la Planta Cerro Blanco. En el Anexo 2.4 de la DIA se incorpora el TC8 de la zona de abastecimiento existente en la Planta Cerro Blanco. Finalmente, para el abastecimiento de combustible a los vehículos y maquinarias en obra, se contará con un Procedimiento que cumplirá todas las disposiciones del D.S. N°160/2008 del Ministerio de Economía, Fomento y Reconstrucción. Requerimient os viales A continuación, se presenta la tabla de requerimientos viales actualizada para la fase de construcción del Tranque de Relaves N°5. Tabla 3. Viajes Fase de Construcción Actividad Tipo de vehículo Viajes/fase Traslado de trabajadores en camioneta Camioneta 90 Ingreso de insumos Camioneta 45 7 Ingreso de materias primas (Traslado de material de empréstito) Camión tolva 45 Ingreso de maquinaria Camión 8 Ingreso de combustible Camión surtidor 10 Salida de residuos y escombros Camión tolva 45 Fuente: Elaboración propia en base a Tabla 12 - Anexo 3.1 de la Adenda Complementaria. Considerando lo anterior, es necesario mencionar que durante la fase de construcción se seguirán efectuando los viajes de la operación actual del Tranque de Relaves N°5, correspondiente a los indicados en el apartado de fase de operación. Sin embargo, de lo anterior, se debe realizar una rectificación con respecto a los viajes por concepto de ingreso de insumos de combustible, ya que el grupo electrógeno que será ocupado para esta fase es solo de emergencia, siendo utilizado de vez en cuando y no diariamente, y por tanto, no se considera un ingreso de insumo diario. Se hace el alcance que el proyecto mantiene su operación actual y por tanto, no estaría sumando nuevas emisiones a lo que ya fue evaluado en el EIA. Maquinaria Para las actividades de construcción de las obras civiles, se utilizará la siguiente maquinaria: Tabla 4 Maquinarias y Vehículos — Fase de Construcción Tipo Cantidad (ud.) Bulldozer 1 Excavadora 1 Cargador frontal 1 Motoniveladora 1 Rodillo 1 Fuente: Tabla 4. Maquinarias y Vehículos — Fase de Construcción del Anexo 5 de la Adenda complementaria 4.3.1.3 RECURSOS NATURALES RENOVABLES Dada la naturaleza de este Proyecto, no se considera explotar o extraer recursos naturales renovables en ninguna de sus fases. Si bien se hará uso del recurso hídrico, el actual complejo Planta Cerro Blanco posee derechos de aprovechamiento de aguas otorgados por parte de la DGA, mediante resolución N°242/84 (Anexo 2.5 de la DIA) por un caudal de 120 1/s, y no se contempla una nueva extracción, y menos aún, aumentar la aprobada. Por tanto, la optimización del actual Tranque de Relaves N°5, no requiere de nuevas extracciones de agua subterráneas, distintas a las existentes. 4.3.1.4 EMISIONES Y EFLUENTES 4.3.1.4.1 EMISIONES ATMOSFÉRICAS Nombre Descripción Olores El proyecto no genera emisiones de olores molestos durante la fase de construcción del Proyecto. En este sentido, la unidad potencial generadora corresponde a las aguas servidas que provienen de los servicios higiénicos utilizados por los trabajadores. Para ello, el Titular se compromete a exigir a los contratistas encargados de prestar este servicio, a cumplir con la adecuada limpieza, retiro y disposición final de este tipo de residuos. Emisiones atmosféricas En el Anexo 3.1 "Estudio Atmosférico" de la Adenda Complementaria, se presenta el informe de Emisiones Atmosféricas actualizado. Durante la fase de construcción se producirán emisiones atmosféricas relacionadas a movimiento de tierra, así como actividades de traslado que consideran la circulación de vehículos por caminos pavimentados y no pavimentados, y el uso de maquinaria. Según el referido Informe de Estimación de Emisiones Actualizado, no se verán sobrepasadas las emisiones de MP10, MP2,5, NOX ni SOx, valores que se 8 mantendrán por debajo de los límites establecidos en el art. 64 del D.S N.° 31/2016 MMA "Establece Plan de Prevención y Descontaminación Atmosférica para la Región Metropolitana de Santiago (PPDA)". Por tanto, no se deberá compensar emisiones. No obstante, el Titular acoge la solicitud de la utilización de supresor, la cual se integra en uno de los tramos de los caminos no pavimentados, tal como se indica en el Anexo 3.1 de la Adenda Complementaria. Sin prejuicio a lo anterior, el Titular se compromete a seguir investigando e invirtiendo en nuevas tecnologías que permitan evaluar e implementar la medida mencionada anteriormente, en la mayoría de los tramos no pavimentados, teniendo en consideración la escasez hídrica de la Región Metropolitana. De esta forma, se deja abierta la posibilidad a incorporar tecnología que permita aumentar la eficiencia productiva y mejorar el manejo del recurso agua de la zona. Adicionalmente a lo ya mencionado, el titular llevará a cabo las siguientes medidas preventivas de abatimiento y control para minimizar las emisiones atmosféricas durante las fases de construcción y operación, entre las que se pueden mencionar: - Exigir a los contratistas, mediante cláusulas incluidas en los contratos, el cumplimiento en la mantención adecuada de la maquinaria de transporte en la fase de construcción. - La maquinaria utilizada para efectos de transporte, en la fase de construcción y operación, contará con revisión técnica al día cumpliendo con la "Norma de Emisión Aplicables a Vehículos Motorizados Pesados", del D.S. N°55 del 8 de marzo de 1994 del MINTRATEL, que establece los valores máximos de gases y partículas que un motor o vehículo puede emitir bajo condiciones normalizadas, a través del tubo de escape o por evaporación. El cumplimiento de este cuerpo normativo será, asimismo, incluido en los contratos con los terceros respectivos. Al respecto, la Secretaria Regional Ministerial de Medio Ambiente, mediante su oficio Ord. N° 916 de fecha 14 de octubre de 2019, se pronuncia conforme a los antecedentes presentados por el titular. 4.3.1.4.2 EMISIONES LÍQUIDAS O EFLUENTES Aguas servidas domésticas La generación de aguas servidas durante la fase de construcción del proyecto se estima en 150 1/per/día, lo que se traduce a una cantidad máxima de 1,3 m3/día para el momento de mayor cantidad de mano de obra presente (9 trabajadores). El manejo de las aguas servidas durante la fase de construcción y según las actividades que se desarrollan en ésta, estará a cargo de la empresa contratista, la que deberá dar correcto manejo y disposición final en sitio autorizado. Por otro lado, es necesario mencionar que se cuentan con una casa de cambio, la cual cuenta con su propio sistema de duchas para uso exclusivo de los trabajadores, una vez se inicia su jornada laboral, como cuando esta finalice, cuyas aguas serán tratadas por medio de la laguna de estabilización de la Planta Cerro Blanco, tal como se indica en el Anexo 2.3 de la DIA — Autorización Obras de Recolección, Tratamiento y Disposición Final de Aguas Servidas Domesticas Particular. 4.3.1.4.3 EMISIONES DE RUIDO Nombre Descripción Ruido Para la fase de construcción del Proyecto se identificaron como fuentes principales de emisión de ruido la circulación de camiones y la operación de maquinaria. En el Anexo 4.2 de la DIA se presenta el estudio de ruido. No se consideran formas de abatimiento y control, dado que los niveles de ruido proyectados se encuentran bajo el NPC máximo permitido, el Proyecto cumple con lo establecido en el D.S. N°38/2011 MMA. La Secretaría Regional Ministerial de Salud, Región Metropolitana de Santiago, mediante Oficio ORD N° 5954 de fecha 0910/2019 se pronuncia conforme. 4.3.1.5 RESIDUOS Y SUSTANCIAS PELIGROSAS 9 4.3.1.5.1 RESIDUOS NO PELIGROSOS Nombre Descripción Residuos sólidos domiciliarios y asimilables Se estima que se generará un máximo de 5 kg/mes de residuos sólidos domiciliarios en la fase de construcción, tales como, restos de envoltorios de papel, plástico y cartón. Esto considerando un máximo de 9 trabajadores durante la fase de construcción. Los residuos domiciliarios serán almacenados en una zona de almacenamiento, que cuenta con dos contenedores metálicos de una capacidad aproximada de 200 litros, debidamente señalizados, y considerando las especificaciones establecidas en el artículo 18 del D.S. N°594/1999 del MINSAL (y sus modificaciones). Los residuos sólidos asimilables a domiciliarios serán dispuestos en rellenos sanitarios autorizados por la Seremi de Salud RM. Residuos Industriales Sólidos No Peligrosos Los residuos sólidos industriales generados durante la fase de construcción correspondientes a restos de materiales y desechos de embalaje (madera, láminas, hormigón, plástico y otros), restos de tubería y geomembrana, estimando una generación de 135 kg/mes aproximadamente, los que serán debidamente clasificados según su naturaleza y almacenados provisoriamente en un zona de almacenamiento con cuatro contenedores metálicos de una capacidad aproximada de 200 litros, debidamente señalizados, para luego ser retirados a un sitio de disposición final autorizado. Es necesario indicar que el Titular del Proyecto privilegiará en todo momento la valorización energética de los residuos sólidos generados durante la fase de construcción, por lo cual, en caso de corresponder, dichos residuos pasaran por un coprocesamiento, para posteriormente ser transportados como destino final hacia la Planta Coactiva propiedad de Cemento Polpaico S.A. Por otro lado, es importante mencionar que el material producto de las excavaciones, será utilizado como material de relleno, por lo que no se prevé su acopio ni disposición final. 4.3.1.5.2 RESIDUOS PELIGROSOS Y SUSTANCIAS PELIGROSAS Nombre Descripción Residuos Peligrosos La construcción del Proyecto no contempla la generación de residuos peligrosos, sin embargo, producto del mantenimiento de vehículos y maquinarias, se generan paños y EPP contaminados con aceites lubricantes y combustibles, estimando una generación aproximada de 1 Kg/mes. Estas mantenciones tienen lugar en el taller ubicado en Planta Cerro Blanco. Sustancias Peligrosas El Proyecto en evaluación no considera el almacenamiento sustancias peligrosas de ningún tipo, durante la fase de construcción. No obstante, y ante eventuales requerimientos, estos serán abastecidos gradualmente conforme a las necesidades del Proyecto. Referencia al ICE para mayores detalles sobre esta fase. Acápite 4.6 del ICE 4.3.2. FASE DE OPERACIÓN 4.3.2.1 PARTES, OBRAS Y ACCIONES QUE COMPONEN EL PROYECTO. 4.3.2.1.1 PARTES Y OBRAS. Nombre Descripción Peraltamient o muro principal Peraltamiento paulatino del muro principal desde la cota actual de 615 m.s.n.m hasta la cota 617 m.s.n.m, el cual se efectuará siguiendo el método de eje central de un proceso de clasificación de hidrociclones. 4.3.2.1.2 ACCIONES. Nombre

Descripción 10 Aumento de la capacidad de recepción

de relaves Con la ejecución de las optimizaciones operacionales del actual Tranque de Relaves N°5, es posible aumentar la actual capacidad de almacenamiento, hasta 7.900.000 m3 para el cuarto año de operación del presente proyecto. La ejecución de las optimizaciones planteadas por el proyecto y el aumento de la capacidad de almacenamiento del tranque de relaves N° 5 no conllevan un aumento de la superficie total aprobada, la que se mantiene en 42,34 ha aproximadamente. Sin perjuicio de lo anterior, se debe aclarar que el proyecto en evaluación contempla mantener los actuales equipos operativos y no considera modificar la operación actual del tranque de relaves. A continuación, se resumen los equipos actuales que serán mantenidos y se esquematiza la operación del tranque de relaves N° 5: - Batería de Hidrociclones (ciclones individuales) - Sistema de Balsa para captación de agua de recirculación y/o torre de captación - Piscina de Sedimentación y Emergencia - Relaveducto existente - Sistema de impulsión 4.3.2.2 SUMINISTROS BÁSICOS Nombre Descripción Energía La iluminación y la energía eléctrica para abastecer los equipos y maquinarias necesarios para la fase de operación del Proyecto serán proporcionadas por las instalaciones existentes del Complejo Cerro Blanco. Agua Durante la fase de operación del Proyecto se seguirá abasteciendo de agua potable para consumo de los trabajadores, a través del sistema de agua potable existente en el Complejo Cerro Blanco. En el Anexo 2.1 de la DIA se incorpora Resoluciones, que aprueba las Redes del Proyecto de Agua Potable Particular para abastecer el Complejo Cerro Blanco. Servicios higiénicos Durante la fase de operación del Proyecto se seguirán utilizando los servicios sanitarios existentes en el Complejo Cerro Blanco, conectados al sistema de alcantarillado particular, adicionalmente, sin perjuicio de lo anterior, se considera la instalación de baños químicos móviles en el sector del Tranque de Relaves N°5, con el propósito de asegurar el servicio a los trabajadores (distancia no superior a los 75 m), en todo momento dando cumplimiento al D.S. N° 594/1999 del MINSAL. Alimentación Se aclara que la alimentación de la mano de obra actual se seguirá realizando en el comedor existente en el Complejo Cerro Blanco. Se reitera que el Proyecto no contempla la preparación de alimentos en esta instalación, ya que este es abastecido mediante empresas externas autorizadas para estos efectos. Alojamiento El proyecto no considera alojamiento del personal, durante la fase de operación. Los trabajadores que participen en la fase de operación serán trasladados a las instalaciones a través de los buses de acercamiento existentes en el Complejo Cerro Blanco. Combustible El abastecimiento de combustible, las maquinarias y vehículos que se utilizarán durante la fase de operación serán abastecidos por una estación de abastecimiento existente dentro de las instalaciones de la Planta Cerro Blanco. En el Anexo 2.4 de la DIA se incorpora el TC8 de la zona de abastecimiento existente en la Planta Cerro Blanco. Finalmente, para el abastecimiento de combustible a los vehículos y maquinarias en obra, se contará con un Procedimiento que cumplirá todas las disposiciones del D.S. N°160/2008 del Ministerio de Economía, Fomento y Reconstrucción. Requerimient os Viales Se hace el alcance que el proyecto mantiene su operación actual y por tanto, no estaría sumando nuevas emisiones a lo que ya fue evaluado en el EIA. A continuación, se presenta el flujo vehicular asociado a la fase de operación del Proyecto, junto con los viajes mensuales solicitados por la Autoridad. Tabla 5. Viajes Fase de Operación 11 Actividad Tipo de vehículo Viajes/fase Traslado de trabajadores en camioneta Camioneta 1.095 Ingreso de insumos- Limpieza de bario Camión 52 Ingreso de insumos Camioneta 12 Ingreso de combustible Camioneta 24 Salida de residuos Camioneta 12 Fuente: Tabla 5. Viajes Fase de Operación del Anexo 5 de la Adenda complementaria Vehículos y Para las actividades de operación, se utilizará los siguientes vehículos: maquinaria Tabla 6. Maquinarias y Vehículos — Fase de Operación Tipo Cantidad (ud.) Camioneta 1 Camión 3/4 1 Camioneta 1 Camioneta 1 Fuente: Tabla 21. Flujo Vehicular - Etapa de Operación del punto 1.75 de la DIA. Sustancias químicas Eventualmente se podría considerar la aplicación de un supresor de polvo. 4.3.2.3 RECURSOS NATURALES RENOVABLES Dada la naturaleza de este Proyecto, no se considera explotar o extraer recursos naturales renovables en ninguna de sus fases. Si bien se hará uso del recurso hídrico, el actual complejo Planta Cerro Blanco posee derechos de aprovechamiento de aguas otorgados por parte de la DGA, mediante resolución N°242/84 (Anexo 2.5 de la DIA) por un caudal de 120 1/s, y no se contempla una nueva extracción, y menos aún, aumentar la aprobada. Por tanto, la optimización del actual Tranque de Relaves N°5, no requiere de nuevas extracciones de agua subterráneas, distintas a las existentes. 4.3.2.4 EMISIONES Y EFLUENTES 4.3.2.4.1EMISIONES ATMOSFÉRICAS Nombre Descripción Olores Debido al giro y actividad del proyecto este no genera emisiones de olores molestos durante la fase de operación del Proyecto. En este sentido, la unidad potencial generadora corresponde a las aguas servidas que provienen de los servicios higiénicos utilizados por los trabajadores. Para ello, el Titular se compromete a exigir a los contratistas encargados de prestar este servicio, a cumplir con la adecuada limpieza, retiro y disposición final de este tipo de residuos. Emisiones Durante la fase de operación se producirán emisiones atmosféricas relacionadas atmosféricas a con las actividades de traslado que consideran la circulación de vehículos por caminos pavimentados y no pavimentados, y el uso de maquinaria. Del informe de estimación de emisiones actualizado presentado en el Anexo 3.1 de la Adenda Complementaria, se concluye que: - El periodo en el cual se generan las mayores emisiones corresponde al año 1, donde se cruza las emisiones de la fase constructiva del proyecto con las emisiones propias de la operación de la planta. - Las mayores emisiones corresponden al MP10, alcanzando 2,038 ton/ario de MP10 en el primer año. Para el año 2, las emisiones de MP10 pasan a 1,946 ton/año y se mantienen a lo largo de la operación. Dichos valores están por debajo de los límites establecidos (2,5 ton/ario MP10) en el art. 64 del D.S N° 31/2016 MMA "Establece Plan de Prevención y Descontaminación Atmosférica para la Región Metropolitana de Santiago (PPDA)". Según el Informe de Estimación de Emisiones Actualizado presentado en el Anexo 3.1 de la presente Adenda Complementaria, no se verán sobrepasadas las emisiones de MP10, MP2,5, NOX ni SOx, por tanto, no debe compensar 12 emisiones. Al respecto, la Secretaria Regional Ministerial de Medio Ambiente, mediante su oficio Ord. N° 916 de fecha 14 de octubre de 2019, se pronuncia conforme a los antecedentes presentados por el titular. 4.3.2.4.2 EMISIONES LÍQUIDAS O EFLUENTES Aguas Servidas La generación de aguas servidas durante la fase de operación del proyecto se estima en 150 1/per/día, lo que se traduce a una cantidad máxima de 1,3 m3/día para el momento de mayor cantidad de mano de obra presente (9 trabajadores). El destino final de las aguas tratadas provenientes de las instalaciones de la Planta Cerro Blanco, serán dispuestas en la laguna de estabilización, tal como se indica en el Anexo 2.3 — Autorización Obras de Recolección, Tratamiento y Disposición Final de Aguas Servidas Domesticas Particular de la DIA, se deja establecido, por medio de la Resolución N° 13549 de 24 de junio 1999, que las aguas del tratamiento a través de Lagunas de Estabilización son destinados finalmente a Riego en caso de estar disponible y de cumplir con los parámetros correspondientes a la NCh 1333. 4.3.2.4.3 EMISIONES DE RUIDO Ruido Para la fase de operación del Proyecto se identificaron como fuentes principales de emisión de ruido la circulación de camiones y la operación de maquinaria. En el Anexo 4.2 de la DIA se presenta el estudio de ruido. Dado que los resultados obtenidos por modelación consideran el aporte de energía acústica exclusivo de la operación del Proyecto, para efectos de evaluación se realizó la suma energética de tales actividades con las emisiones asociadas a la operación actual. De estos resultados, se puede indicar que el Proyecto cumple con el D.S. 38/2011 del MMA La Secretaría Regional Ministerial de Salud mediante Oficio ORD. N° 5954 de fecha 9/10/2019, se pronuncia conforme a los antecedentes presentados por el titular. 4.3.2.5 RESIDUOS 4.3.2.5.1 RESIDUOS NO PELIGROSOS Residuos sólidos asimilables a domésticos Considerando un máximo de 9 trabajadores durante la fase de operación, se estima una generación máxima de 5 kg/mes de residuos sólidos domiciliarios, correspondiente principalmente a restos de envoltorios de papel, plástico y cartón. Los residuos domiciliarios serán almacenados en una zona de almacenamiento, que cuenta con dos contenedores metálicos de una capacidad aproximada de 200 litros, debidamente señalizados, y considerando las especificaciones establecidas en el artículo 18 del D.S. N°594/1999 del MINSAL (y sus modificaciones). Residuos sólidos industriales Por otro lado, los residuos sólidos industriales generados durante la fase de operación correspondientes a restos de materiales y desechos de embalaje (madera, láminas, hormigón, plástico y otros), restos de tubería y geomembrana, estimando una generación de 20 kg/mes aproximadamente, los que serán debidamente clasificados según su naturaleza y almacenados provisoriamente en un zona de almacenamiento con cuatro contenedores metálicos de una capacidad aproximada de 200 litros, debidamente señalizados, para luego ser retirados a un sitio de disposición final autorizado. 4.3.2.5.2 RESIDUOS PELIGROSOS Residuos Peligrosos La operación del Proyecto no contempla la generación de residuos peligrosos, sin embargo, producto del mantenimiento de vehículos y maquinarias, se generan paños y EPP contaminados con aceites lubricantes y combustibles, estimando una generación aproximada de 1 Kg/mes. Estas mantenciones tienen lugar en el taller ubicado en Planta Cerro Blanco, y en ningún caso se almacenarán RESPEL en el sector del Tranque de Relave, que es lo que respecta al presente proyecto en evaluación. (Punto 1.4.1 de la Adenda complementaria). Productos Eventualmente se podría considerar la aplicación de un supresor de polvo. Mayor información en la Tabla 23: Medidas y Acciones - Supresor de Polvo 13 Químicos Bischofita de la Adenda 4.3.2.6 ACTIVIDADES MANTENCIÓN El Proyecto no se relaciona con actividades de mantención. Sin perjuicio a lo anterior, es necesario mencionar que, en caso de realizar mantenciones a vehículos y maquinarias, durante cualquier fase del presente Proyecto, serán realizadas en el taller ubicado en Planta Cerro Blanco. Por otro lado, los residuos generados serán reutilización por Co-procesamiento en Coactiva. 4.3.2.7 PRODUCTOS GENERADOS El Proyecto no aumento de capacidad generación de se relaciona con una actividad productiva, sino a una obra que permitirá el del actual Tranque de Relaves N°5, por tanto, no se contempla la -roductos. Referencia al ICE para mayores detalles sobre esta fase. Acápite 4.7 del ICE 4.3.3. FASE DE' CIERRE 4.3.3.1 PARTES, OBRAS Y ACCIONES QUE COMPONEN EL PROYECTO. 4.3.3.1.1 ACCIONES. Nombre Descripción Actividades, obras y acciones que se mantendrán de la RCA N°364/98. Cesar la disposición de los relaves en el tranque, para lo cual se dejará de operar el relaveducto. Retirar todas las instalaciones, ductos, equipos móviles, tendidos eléctricos, etc. que fueron utilizados durante la fase de operación. Limpiar el canal de cintura con el fin de que éste continúe evacuando las aguas de la hoya que no entran a la cubeta. Monitorear la calidad del agua subterránea con el objetivo de demostrar que el tranque de relaves no ha generado ninguna alteración en la calidad de este componente, por lo que su abandono no reviste riesgo. La frecuencia del monitoreo de la calidad de agua subterránea deberá ser semestral para los primeros cinco años. Actividades, obras y acciones que se modificarán. Se construirá un vertedero de abandono el cual cumplirá el fin de captar y evacuar las aguas desde el interior de la cubeta. Tendrá una capacidad para evacuar una lluvia con periodo de mil años. Para controlar las emisiones de polvo y el arrastre del relave de fracción fina por efecto del viento, se colocará material de empréstito o granular, para reforzar el coronamiento del muro principal y la cubeta (0,1 metros de espesor aprox.). 4.3.3.2 SUMINISTROS BÁSICOS Energía No aplica, pero en caso de ser necesario, el abastecimiento de energía durante la Fase de Cierre del Proyecto, se utilizará el sistema eléctrico existente. Agua En relación con el agua para consumo humano esta será provista en su mayoría mediante los arranques de agua potable y alcantarillado existentes. Adicional a lo anterior, en el frente de trabajo se dispondrá de dispensadores de agua, los que serán provistos por una empresa local debidamente certificada, cumpliendo con todos los requerimientos definidos por la autoridad sobre uso de gua potable. Servicios higiénicos Durante la fase de cierre del Proyecto, se considera la instalación de baños químicos móviles en las cercanías del Proyecto, para la ejecución de las obras, con el propósito de asegurar el servicio a los trabajadores (distancia no superior a los 75 m), en todo momento dando cumplimiento al D.S. N° 594/1999 del MINSAL. Alimentación La alimentación de los trabajadores será realizada en el comedor existente en la Planta Cerro Blanco, la que será proveída por servicios autorizados. Combustibles El combustible para abastecer la maquinaria necesaria para el cierre de las obras será abastecido en surtidor central de Planta Cerro Blanco. Requerimient Los flujos de transporte están asociados al traslado de trabajadores, maquinaria 14 os Viales y residuos similares a los considerados en la fase de construcción. Se exigirá a los contratistas que adopten las medidas adecuadas de seguridad para el transporte y cuenten con revisión técnica al día. Los aspectos ambientales de esta labor serán supervisados por el Contratista y reportados al mandante a través de la Inspección Técnica de Obras (ITO). En el área del Proyecto, todo vehículo transitará a una velocidad máxima de 20 km/h. Como medida de prevención contra choques y atropellos, circularán en todo momento con las luces bajas encendidas. Maquinaria Se estima que la maquinaria a ser utilizada durante esta fase será similar a la utilizada en la fase de construcción. 4.3.3.3 EMISIONES Y EFLUENTES 4.3.3.3.1 EMISIONES ATMOSFÉRICAS Olores En la fase de cierre del proyecto no se consideran emisiones de olores molestos. Emisione s atmosféri cas Para la Fase de Cierre, se considera la ejecución de las actividades indicadas y aprobadas mediante la RCA N°364/98 del proyecto original. En total la fase de cierre considera una duración aproximada de 4 años. Al respecto, la Secretaria Regional Ministerial de Medio Ambiente, mediante su oficio Ord. N° 916 de fecha 14 de octubre de 2019, se pronuncia conforme a los antecedentes presentados por el titular. 4.3.3.3.2 EMISIONES LÍQUIDAS O EFLUENTES Aguas Servidas La generación de aguas servidas durante la fase de cierre del proyecto se estima en 150 1/per/día, lo que se traduce a una cantidad máxima de 1,3 m3/día para el momento de mayor cantidad de mano de obra presente (9 trabajadores). El manejo de las aguas servidas durante la fase de cierre y según las actividades que se desarrollan en ésta, estará a cargo de la empresa contratista, la que deberá dar correcto manejo y disposición final en sitio autorizado. 4.3.3.3.3 EMISIONES DE RUIDO Ruido Según los resultados indicados en el Estudio de Ruido y Vibraciones adjunto en el Anexo 4.2 de la DIA, se concluye que, a partir del análisis del resultado de la modelación, los niveles de emisión cumplen con los máximos establecidos según el D.S. N° 38/2011 del MMA (acápite 3.2.3. de la DIA) Al respecto, la Secretaria Regional Ministerial de Salud RM, mediante su oficio Ord. N° 5954 de fecha 09 de octubre de 2019, se pronuncia conforme a los antecedentes presentados por el titular. 4.3.3,4 RESIDUOS 4.3.3.4.1 RESIDUOS NO PELIGROSOS Residuos sólidos asimilables a domésticos Al igual que en la fase de construcción y operación, se estima la generación de residuos considerando un máximo de 9 trabajadores, lo que traerá como consecuencia una generación máxima de 5 kg/mes de residuos sólidos domiciliarios en la fase de cierra. Estos restos corresponden principalmente a restos de envoltorios de papel, plástico y cartón. Los residuos domiciliarios serán almacenados en una zona de almacenamiento, que cuenta con dos contenedores metálicos de una capacidad aproximada de 200 litros, debidamente señalizados, y considerando las especificaciones establecidas en el artículo 18 del D.S. N° 594/1999 del MINSAL (y sus modificaciones). Residuos sólidos industriales Se estima que los residuos sólidos industriales generados durante la fase de cierre corresponden principalmente a restos de materiales y desechos de embalaje (madera, láminas, hormigón, plástico y otros), restos de tubería y geomembrana, con una tasa estimada de generación de 20 kg/mes aproximadamente. Dichos residuos pasarán por un coprocesamiento, para posteriormente ser transportados como destino final hacia la Planta Coactiva propiedad de Cemento Polpaico S.A. Estos residuos serán debidamente clasificados según su naturaleza y almacenados provisoriamente en una zona de almacenamiento con cuatro 15 contenedores metálicos de una capacidad aproximada de 200 litros, debidamente señalizados, para luego ser retirados a un sitio de disposición final autorizado. 4.3.3.4.2 RESIDUOS PELIGROSOS Residuos Peligrosos El cierre del Proyecto no contempla la generación de residuos peligrosos, sin embargo, producto del mantenimiento de vehículos y maquinarias, se generan paños y EPP contaminados con aceites lubricantes y combustibles, estimando una generación aproximada de 1 Kg/mes. Los residuos son llevados posteriormente a disposición final o a reutilización por Co-procesamiento en Coactiva. Productos Químicos El Proyecto no considera el almacenamiento sustancias peligrosas de ningún tipo, durante la fase de cierre, ante eventuales requerimientos, estos serán abastecidos gradualmente conforme a las necesidades del Proyecto. Referencia al ICE para mayores detalles sobre esta fase. Acápite 4.8 del ICE 4.4. CRONOLOGÍA DE LAS FASES DEL PROYECTO 4.4.1. FASE DE CONSTRUCCIÓN Fecha estimada de Inicio Diciembre 2019 Parte, obra o acción que establece el inicio Depósito de material de empréstito sobre muro auxiliar 1 y 2. Construcción muro auxiliar 3 Fecha estimada de término Abril 2020 Parte, obra o acción que establece el término Fin de proceso de peraltamiento de los Muros Auxiliares 1 y 2. Fin del Proceso de construcción del muro auxiliar 3. 4.4.2. FASE DE OPERACIÓN Fecha estimada de inicio Mayo 2020 Parte, obra o acción que establece el inicio Peraltamiento del Muro Principal, a través del hidrociclón de relaves. Continuidad de la operación actual aprobada por la RCA N°364/1998. Fecha estimada de término Mayo 2024 Parte, obra o acción que establece el término Termino de recepción de relaves 4.4.3. El proyecto no considera fase de cierre. Fecha estimada de inicio Junio 2024 Parte, obra o acción que establece el inicio Aviso a Sernageomin del inicio de ejecución del Plan de Cierre Fecha estimada de término Junio 2028 Parte, obra o acción que establece el término Certificado emitido por Sernageomin que dé cuenta de la ejecución del cierre final. 5°. Que, durante el proceso de evaluación se han presentado antecedentes que justifican la inexistencia de los siguientes efectos, características y circunstancias del artículo 11 de la Ley N° 19.300: 5.1. RIESGO PARA LA SALUD DE LA POBLACIÓN, DEBIDO A LA CANTIDAD Y CALIDAD DE EFLUENTES, EMISIONES Y RESIDUOS Impacto ambiental no significativo Aire: Aumento en las concentraciones de material particulado, gases de combustión, olores y de emisiones de ruido. Emisiones Atmosféricas Durante la fase de construcción se producirán emisiones atmosféricas relacionadas a movimiento de tierra, así como actividades de traslado que consideran la circulación de 16 vehículos por caminos pavimentados y no pavimentados, y el uso de maquinaria. Tal como se aprecia en el Anexo 3.1 de la Adenda Complementaria, en ninguna de las fases se superan los límites establecidos en el D.S. N°31/2016, por lo tanto, no se requiere la presentación de un plan de compensación. Para la fase de operación se producirán emisiones atmosféricas relacionadas a con las actividades de traslado que consideran la circulación de vehículos por caminos pavimentados y no pavimentados, y el uso de maquinaria. Respecto a las emisiones generadas por el Proyecto, presentadas en el Anexo 3.1 de la Adenda Complementaria, se concluye que: — El periodo en el cual se generan las mayores emisiones corresponde al año 1, donde se cruza las emisiones de la fase constructiva del proyecto con las emisiones propias de la operación de la planta. — Las mayores emisiones corresponden al MP lo, alcanzando 2,038 ton/año de MP1 o en el primer año. Para el año 2, las emisiones de MP10 pasan a 1,946 ton/año y se mantienen a lo largo de la operación. Dichos valores están por debajo de los límites establecidos (2,5 ton/año MP10) en el art. 64 del D.S N° 31/2016 MMA "Establece Plan de Prevención y Descontaminación Atmosférica para la Región Metropolitana de Santiago (PPDA)". Para la fase de cierre, se considera la ejecución de las actividades indicadas y aprobadas mediante la RCA N°364/98 del proyecto original. En total la fase de cierre considera una duración aproximada de 4 años. Respecto de las emisiones a la atmosfera del proyecto, la Secretaria Regional Ministerial de Medio Ambiente, mediante su oficio Ord. N° 916 de fecha 14 de octubre de 2019, se pronuncia conforme a los antecedentes presentados por el titular. Ruido Según los resultados indicados en el Estudio de Ruido y Vibraciones adjunto en el Anexo 4.2 de la DIA, se concluye que, a partir del análisis del resultado de la modelación de la fase de construcción y operación, los niveles de emisión cumplen con los máximos establecidos según el D.S. N° 38/2011 del MMA. Por su parte, utilizando la guía estadounidense de la FTA fueron evaluados los niveles de vibración generados por las actividades con maquinaria y flujo vehicular, determinando que los valores cumplen con los máximos de referencia recomendados. Respecto del ruido que genera el proyecto, la Secretaría Regional Ministerial de Salud mediante Oficio ORD. N° 5954 de fecha 9/10/2019, se pronuncia conforme a los antecedentes presentados por el titular. En virtud de todo lo anteriormente señalado, se estima que el proyecto "Optimización Tranque de Relaves N°5, Planta Cerro Blanco", no generará un impacto acústico ni vibratorio de carácter negativo en los receptores cercano al emplazamiento y trazado del proyecto. Parte, obra o acción que lo Aire: genera • Escarpe • Excavación • Nivelación • Compactación • Transferencia de material y carguío • Tránsito por vías pavimentadas y no pavimentadas • Combustión de vehículos • Combustión de maquinaria • Grupos electrógenos Ruido: • Circulación de vehículos pesados y maquinaria. Impacto ambiental no significativo

Exposición a contaminantes sobre el suelo y el agua debido a la disposición de efluentes del proyecto 17 Aguas Servidas Durante la fase de construcción del Proyecto, se considera la instalación de baños químicos móviles en las cercanías del Proyecto, para la ejecución de las obras. El manejo de las aguas servidas durante la fase de construcción y según las actividades que se desarrollan en ésta, estará a cargo de la empresa contratista, la que deberá dar correcto manejo y disposición final en sitio autorizado. Para la fase de operación del Proyecto se seguirán utilizando los servicios sanitarios existentes en el Complejo Cerro Blanco, conectados al sistema de alcantarillado particular. En el Anexo 2 de la DIA, se incorpora resoluciones, que aprueba la Ampliación del Sistema de Aguas Servidas Domésticas Particular del Complejo Cerro Blanco. Sin perjuicio de lo anterior y considerando las condiciones operacionales del proyecto, las cuales consideran frentes de trabajo móviles, se considera la instalación de baños químicos móviles los que serán instalados en cada una de las áreas donde se desarrollen los trabajos, por un periodo no mayor a 6 meses en cada punto, dando estricto cumplimiento de las disposiciones establecidas en el D.S. 594/99 del MINSAL Finalmente, durante la fase de cierre del Proyecto se seguirán utilizando los servicios sanitarios existentes en el Complejo Cerro Blanco, conectados al sistema de alcantarillado particular. Sin perjuicio de lo anterior y considerando las condiciones operacionales del proyecto, las cuales consideran frentes de trabajo móviles, se considera la instalación de baños químicos móviles los que serán instalados en cada una de las áreas donde se desarrollen los trabajos. El manejo de las aguas servidas durante la fase de cierre y según las actividades que se desarrollan en ésta, estará a cargo de la empresa contratista, la que deberá dar correcto manejo y disposición final en sitio autorizado. Tranque de relave En lo especifico, para el componente hidrología, este no alterará el sistema natural de drenaje superficial existente, puesto que las obras contempladas intervendrán sobre el actual Tranque de Relave N°5 mediante su peraltamiento y las obras de canal de contorno que intersecarán y conducirán las aguas lluvias de la cuenta se verán mejoradas para no interferir con su funcionamiento. Por otra parte, la ejecución del muro auxiliar N°3, no considera la ejecución de sus obras sobre ningún cauce superficial, ni la intervención de quebradas que pudieran alterar el sistema de drenaje. Por tanto, no existen impactos ambientales que puedan sumarse a lo ya existente y evaluado, descartando una afectación a este componente por lo mencionado anteriormente. En cuando a la calidad de las aguas, el titular en la presente adenda, a solicitud de la autoridad, ha presentado un Plan de Monitoreo de las aguas para los pozos que han sido comprometidos en el marco de las evaluaciones ambientales anteriores, y adicionalmente, de manera complementaria, ha generado un Plan de Alerta Temprana (Anexo 1.4 de la Adenda Complementaria), el cual define acciones necesarias para minimizar los impactos que se puedan producir en la calidad de las aguas subterráneas asociadas al sector de emplazamiento de la operación del Tranque de Relave N°5, y que por consecuencia, puedan producir danos a las personas, bienes y al medio ambiente, esto cuando se vean superados los umbrales preestablecidos y presentados en el documento a raíz de alguna emergencia. Finalmente, es necesario indicar que en el Anexo 1.2 de la Adenda Complementaria, se presentan los puntos de muestreo existentes (aprobados por RCA N°364/98) y en el Anexo 1.3 de la Adenda Complementaria se indican los propuestos para el Plan de Monitoreo actualizado, en archivo digital _ Aguas Servidas • Instalación de baños químicos Parte, obra o acción que lo genera Tranque de Relave • Piscina de sedimentación y laguna del depósito de relaves del Transue N°5 18 L Referencia al ICE para mayores detalles sobre este impacto específico Acápite 6.1 del ICE El Proyecto no genera ni presenta riesgo para la salud de la población, debido a la cantidad y calidad de los efluentes, emisiones o residuos que este genera o produce. 5.2. EFECTOS ADVERSOS SIGNIFICATIVOS SOBRE LA CANTIDAD Y CALIDAD DE LOS RECURSOS NATURALES RENOVABLES, INCLUIDOS EL SUELO, AGUA Y AIRE Impacto ambiental no Peraltamiento muro principal y auxiliares intervendrá bosque significativo nativo (espinos) y formaciones xerofíticas Suelo En el Anexo 3.9 — Edafología de la DIA, se presenta el análisis sobre la componente edafología, la cual contempló un área de influencia de 9,69 ha. Dentro del área de estudio se definió una unidad homogénea de suelo, denominada Asociación La Parva (PA) con un 52,40% de representatividad (5,08 ha). El resto del área de influencia (47,60%), corresponde a terrenos definidos como No Clasificados (N.C.), correspondientes al actual Tranque de relave y sus obras asociadas. Por otro lado, la clase de capacidad de uso correspondiente al área de influencia es la VII, definiendo los suelos como no arables con limitaciones muy severas, que lo hacen inadecuados para los cultivos. Estas clasificaciones coinciden parcialmente con lo descrito por el CIREN (2015), ya que, según el estudio agrológico de la Región Metropolitana, gran parte del área de influencia corresponde a terrenos No Clasificados. Sin embargo, parte de estos terrenos, aún presentan características de la Asociación La Parva (PA). Acorde a lo visto en terreno, la erosión actual en el área de influencia fue del tipo "Ligera" con un 52,40% (el resto del área de influencia está definido como No Clasificado). Mientras que el riesgo de erosión (o erosión potencial) es mayoritariamente "Moderado" 40,28%, seguido por las categorías "Ligero", con un 12,12%. Por lo que las categorías de riesgo de erosión presentan una variación significativa con respecto a la erosión actual. Conforme los antecedentes expuestos y las características del proyecto, se concluye que el Proyecto no generará efectos adversos significativos sobre la calidad basal del componente Suelo. A objeto de evaluar lo anterior, se tomó en cuenta lo indicado en el Artículo 6 del Título II del Reglamento del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental (D.S. 40/12) del Ministerio de Medio Ambiente. En definitiva, del análisis de las distintas dimensiones, se desprende que las obras del Proyecto no generan una condición de incompatibilidad territorial con su uso real, potencial, planificado, actividades económicas y construcciones relevantes que se desarrollan en el territorio. El Proyecto se encuentra ubicado en una zona intervenida, en el cual se emplaza el actual Tranque de Relaves N°5, por lo que no se prevé una generación de efectos adversos significativos sobre el recurso suelo o de su capacidad para sustentar biodiversidad por degradación, erosión, impermeabilización, compactación o presencia de contaminantes. Flora y fauna Con respecto al componente de Flora y Vegetación Terrestre en el área de estudio se identificaron seis Unidades Homogéneas de Vegetación correspondientes a: Bosque nativo, Matorral, Matorral arborescente, Pradera, Pradera con árboles y Formación de Reforestación, además del uso de suelo Sin vegetación. Dentro de estas unidades, se identificaron un total de 60 especies de flora vascular en el área de estudio, las que se encuentran distribuidas en 27 familias. La familia con mayor representatividad es Asteraceae con 17 especies. Respecto de las formas de crecimiento un total de 37 especies corresponden a herbáceas, 17 corresponden a arbustivas, cinco arbóreas y sólo una suculenta. En cuanto al origen fitogeográfico, de las 60 especies de flora vascular identificadas 35 de ellas son nativas de Chile (autóctonas), representando el 58,33% del total; mientras que 25 especies son introducidas o alóctonas, lo que representa el 41,67% del total. De las 35 especies nativas, 17 de ellas son endémicas de Chile, representando el 28,33% del 19 total. El proyecto optimización tranque de relaves N°5, implica intervenir formaciones de vegetación nativa, equivalente al 1% de la intervención antes indicada. En el actual proyecto, no se contempla la corta de ejemplares de Porlieria chilensis ni de Prosopis chilensis y/o Trichocereus chiloensis. El análisis se centrará en la afectación del hábitat provocado por las obras del Proyecto Optimización del Tranque de Relaves N° 5, en ejemplares vecinos de Porlieria chilensis y Prosopis chilensis, ubicados en el área vecina a los muros (principal y dos secundarios), que serán peraltados y un tercero, por construir, para incrementar la capacidad de almacenamiento de relave. Por otro lado, se registraron ejemplares de guayacán (Porlieria chilensis) se localizan en zonas altas alrededor del tranque, muy por sobre el nivel de los muros. Como el área de almacenamiento no se modificará, estos ejemplares que han permanecido por largo tiempo no estarán sometidos a cambios en su hábitat y menos a alguna afectación directa. La ejecución del proyecto no implicará un aumento de la fragmentación existente en el área del proyecto, debido a que la superficie a intervenir con formaciones vegetales es mínima (0,47 ha), y esta afectación sólo constituye en la práctica, una ampliación de borde, del tranqué existente, sin con esto, interrumpir conexiones o corredores genéticos actualmente presentes en el área. Junto con lo anterior, el sector corresponde a una situación preexistente (un sitio intervenido previamente por el proyecto original), y por lo tanto, no corresponde al hábitat natural de las especies mencionadas, si no a una faja de protección definida como medida preventiva del Tranque N°5, aprobado mediante la RCA 364/1998, en donde no se han presentado efectos adversos significativos en el hábitat de los ejemplares en categoría de conservación presentes ni del bosque nativo circundante en 20 años de operación del proyecto. Por otra parte, en relación con el componente de Fauna de Vertebrados Terrestres, tal como se mencionó anteriormente en el área existen variadas intervenciones antrópicas, por lo que las condiciones originales han sido cambiadas históricamente. Sin perjuicio a lo anterior, se alcanzó un total de 20 especies durante todas las campañas realizadas. De esta forma, durante la campaña de primavera 2017 la riqueza fue de 13 especies, correspondientes a una especie de reptil, ocho aves y cuatro mamíferos; y por otro lado en la campaña de invierno 2018 la riqueza total fue de 15 especies, compuestas por 11 aves y cuatro mamíferos. En relación al origen de los animales silvestres registrados, 16 especies son nativas de Chile (80% del total de registros), dentro de las cuales dos de ellas son especies endémicas correspondiendo a turca y cuatro especies poseen origen exótico del país (20% del total de registros). No obstante lo anterior, a través de datos registrados en terreno en las mismas campañas realizadas, pero fuera del área de influencia (coordenadas 329.917; 6.327.869 UTM WGS 84 Huso 19 Sur) y por consiguiente no incluidos en la línea base, se identificó la presencia de una especie adicional de reptil correspondiente a la Iguana Chilena (Callopistes maculatus), registrada en una ladera sur asociada a la cola del tranque de relaves (zona de menor intervención antrópica que las evaluadas en el presente proyecto). Además, se presentaron ejemplares de Liolaemus lemniscatus al interior del área de influencia, adicionando ejemplares de Callopistes maculatus fuera del área de influencia del proyecto, en estacionalidades contrastadas, las que corresponderían a especies habituales de la zona centro del país. En cuanto al estado de conservación, de las 20 especies registradas, cuatro se encuentran en alguna categoría de conservación de acuerdo a la legislación vigente (20% del total de especies), correspondiendo a un reptil, un ave y dos mamíferos: lagartija lemniscata (Liolaemus lemniscatus, Preocupación menor según D.S. N° 19/2012 MMA), garza cuca (Ardea cocoi, Preocupación menor según D.S. N°16/2016 MMA), ratón chinchilla (Abrocoma bennetti, Preocupación menor según D.S. N°16/2016 MMA), y zorro culpeo (Lycalopex culpaeus, Preocupación menor según D.S. N° 33/2011 MMA). Respecto a las singularidades ambientales se presentaron tres (3) singularidades de acuerdo a lo indicado en la "Guía para la Descripción de los Componentes Suelo, Flora y Fauna de Ecosistemas Terrestres" del SEA (Presencia de especies endémicas, S-11; Presencia de especies de distribución restringida o cuya población es reducida o baja en número, S-12; y Actividad del Proyecto que se localiza en territorio con valor ambiental, S-22), no obstante lo anterior, las tres singularidades son consideradas como bajas, por lo que es posible de concluir que existe una baja singularidad en el área de influencia del proyecto. 20 Si bien el tranque de relaves en sí no es parte del área de influencia a evaluar en el presente proyecto, siendo que los registros obtenidos corresponden a la situación actual del tranque (sin considerar el proyecto actual en evaluación), por consiguiente, el espejo de agua y las especies de aves son parte de una situación preexistente, consecuencia de las obras de un Proyecto que ya fue sometido a un proceso de evaluación ambiental y que cuenta con Resolución de Calificación Ambiental (RCA) aprobada. Se debe considerar la no naturalidad de las especies al lugar de registro y cuya presencia se encuentra vinculada a la generación artificial de un cuerpo de agua que no presenta ninguna condición adecuada para su habitabilidad. Cabe destacar que el Tranque de Relave N°5 corresponde a un depósito de minería no metálica que no genera residuos ácidos, dado que el mineral es caliza, esto en comparación con la minería metálica en la cual si se generan otros residuos que puedan ser más perjudiciales. De acuerdo a estudios realizados en base a monitoreos, que, si bien no permiten descartar un problema de exposición excesiva de las aves a contaminantes, estos no muestran una comunidad de aves con signos evidentes de disfuncionalidad. Dicho esto, y considerando que el uso del espejo por parte de las aves podría resultar dañino para estas, se presenta un compromiso voluntario que se haga cargo del ahuyentamiento de aves que lleguen a ocupar el espejo de agua. Referencia al ICE para mayores detalles sobre este impacto específico Acápite 6.2 del ICE El Proyecto no genera o presenta efectos adversos significativos sobre la cantidad y calidad de los recursos naturales renovables, incluidos el suelo, agua y aire. 5.3. REASENTAMIENTO DE COMUNIDADES HUMANAS O ALTERACIÓN SIGNIFICATIVA DE LOS SISTEMAS DE VIDA Y COSTUMBRES DE GRUPOS HUMANOS Existencia de grupos humanos en el área de influencia Según lo indicado en la línea de bases de Medio Humano, se observa que hay dos Asociaciones Indígenas en el área de influencia. Una de ellas, está registrada en CONADI, mientras la otra se encuentra inscrita en el registro municipal de organizaciones sociales. Reasentamiento de comunidades humanas La ejecución del Proyecto no prevé la alteración o afectación de pueblos indígenas, ya que las obras consideradas se realizarán al interior de terrenos que actualmente son operados por Cementos Polpaico y no tendrán lugar en sectores donde realizan la manifestación de su tradición, por lo que no se presuponen la dificultad o el impedimento para el ejercicio o la manifestación de tradiciones, cultura o intereses comunitarios, que puedan afectar los sentimientos de arraigo o cohesión social del grupo. El Proyecto se encuentra ubicado en una zona altamente intervenida, en el cual se emplaza el actual Tranque de Relaves N°5, por lo que no se prevé una generación de efectos adversos significativos sobre el recurso suelo o de su capacidad para sustentar biodiversidad por degradación, erosión, impermeabilización, compactación o presencia de contaminantes. Según lo indicado en la línea de bases de Medio Humano, se observa que hay dos Asociaciones Indígenas en el área de influencia. Una de ellas, está registrada en CONADI, mientras la otra se encuentra inscrita en el registro municipal de organizaciones sociales. Entre ambas se presentan diferencias en cuanto al desarrollo de manifestaciones de promoción cultural indígena. La asociación Külawinkul de Polpaico realiza sostenidamente celebraciones tales como el We Tripantu, y la participación en distintas instancias comunales para educar y visualizar la cultura mapuche a los miembros de la comunidad, además de realizar recolección de hierbas para uso medicinal. Mientras que la Asociación Wilka Mapu, de Huertos Familiares, está en proceso de reconfiguración, en la cual buscan rescatar la herencia mapuche de sus ancestros. Las celebraciones en ambas localidades remiten a fiestas de navidad, día del niño y fiestas patrias, organizadas por cada una de las juntas de vecinos. Se destaca la participación en celebraciones que son organizadas a nivel comunal. Sin perjuicio de lo anterior, la ejecución del Proyecto no 'revé la alteración o afectación de 21 Adicionalmente, el Titular dará cumplimiento a las exigencias contenidas en la normativa referente a la protección y regulación de los caminos públicos, que establecen el peso y dimensiones máximas de los vehículos que pueden circular por ellos. Del mismo modo, establece la necesidad de solicitar autorización a la Dirección de Vialidad para exceder dichos límites, entre otras regulaciones (D.F.L N° 850/1997 del MOP, D.S. N°158/1980, D.S. N°200/1993, Resolución N°1/1995). Considerando lo anterior, y de acuerdo al estudio de la línea de base de Medio Humano, el Proyecto no prevé una alteración significativa en los tiempos de desplazamiento de los grupos humanos de sectores poblados aledaños, ya que el transporte de materiales y personal en la fase de construcción se realizará por la Ruta 5, hasta el kilómetro 38,5, lugar en donde se tomará camino hacia Cerro Blanco, así como tampoco obstruirá ni generará restricción a la libre circulación, conectividad o aumento significativo de los tiempos de desplazamiento, de las comunidades o grupos humanos cercanos al proyecto. Se hace el alcance que las vías utilizadas por el proyecto, tanto para su Fase de Construcción, como de Operación, serán internas, ya que todos los insumos serán provistos por la Planta Cerro Blanco. El anexo 3.8. Línea de Base de Medio Humano de la DIA, en el punto 5.2.1. Dimensión Geográfica, se indicó que los principales flujos de tránsito en la localidad de Polpaico se producen por medio de la ruta 5 y la ruta G-132, mientras que para acceder a Tiltil se utiliza la ruta G-16. En el caso de Huertos Familiares, el acceso se realiza por la ruta 5, camino a Sor Teresa o ruta 71 y la ruta G-131. La localidad de Camino a Cerro Blanco se accede por la ruta 5 y la ruta G-136. En el caso de Las Calerías, el acceso se produce desde la ruta 5, y la ruta de camino a Batuco, y por caminos interiores. De esta manera, las rutas G-136 y 5 son las únicas de uso compartido por el proyecto y la comunidad local.Sin embargo, el hecho de que existan rutas de uso compartido entre la Planta Cerro Blanco y la comunidad local no significa un interrupción u obstaculización del flujo de comunicación y transporte de las localidades del área de influencia. De esta manera, se descarta cualquier alteración a los sistemas de vida y costumbres según lo indicado en el literal b) del artículo 7 del Reglamento del Sistema de Evaluación Ambiental Vigente (D.S 40/2012). Respecto a una posible afectación en la calidad de aguas, los grupos humanos que podrían estar expuestos a mayores niveles de elementos químicos o minerológicos derivados del proyecto, se encuentran al norte de este, sectores que según lo reportado en el punto 5.2.4. Dimensión Socioeconómica del anexo de medio Humano, se vinculan a zonas principalmente pueblos indígenas, ya que las obras consideradas se realizarán al interior de terrenos que actualmente son operados por Cementos Polpaico y no tendrán lugar en sectores donde realizan la manifestación de su tradición, por lo que no se presuponen la dificultad o el impedimento para el ejercicio o la manifestación de tradiciones, cultura o intereses comunitarios, que puedan afectar los sentimientos de arraigo o cohesión social del grupo. En relación a las rutas utilizadas por los vehículos del proyecto, se aclara que la construcción y operación del tranque como tal, no ocupará vías externas, por lo que se descarta cualquier afectación en los cuatro literales del artículo 7 del D.S. N°40/2012. Esto también descarta cualquier afectación sobre el uso de bienes y servicios que puedan ser afectados por el aumento vehicular. Tal como se indica en el componente de Medio Humano, y en relación a la conectividad vial, para ambas localidades (Polpaico y Huertos Familiares) el acceso principal se realiza por la Ruta 5 norte, en lo específico, se accede a la localidad de Polpaico a través de la conexión con la ruta G-132, mientras que para Huertos Familiares el acceso se realiza a través de las rutas 71 o la ruta G-13. Mientras que el transporte público se establece en torno a dos servicios que conectan ambas localidades con la cabecera comunal, Til-Til y Santiago. Ahora bien, en base a los viajes presupuestados para la fase de construcción, operación y cierre, según los datos del TMDA y de los viajes presupuestados para cada fase del proyecto, es posible señalar que existe un leve aumento en el TMDA. A su vez, si bien es cierto que los flujos de transporte que se generen en la construcción utilizan la vialidad del entorno, la evaluación de su efecto dentro de los flujos del sector pierde importancia debido a que es una situación temporal (4 meses). 22 agrícolas. Al respecto, el estudio presenta mediciones en pozos que abarcan estos sectores, tal como se muestra en la figura 5-7 Ubicación de los puntos de muestreo de aguas, del anexo 4.1. Estudio Componente Hidrológico e Hidrogeológico (A su vez, se presenta en el Anexo 4.4 ubicación de los pozos de monitoreo, en formato digital) de la DIA: De estos puntos, los que muestran los sectores más cercanos que realizan actividad agrícola son los pozos 11, 2 y APR Santa Matilde, según la propia información presentada en el anexo 3.8. Línea de Base Medio Humano, punto 5.2.4. Dimensión Socioeconómica. Según los resultados presentadas en la tabla 5-3 de la DIA. Resumen de los resultados químicos, en referencia al valor referencial NChl 333 utilizada como estándar para riego, ninguno de estos pozos tiene índices que sobrepasen la norma, por lo que se descarta su efecto. En cuanto al consumo humano, lo reportado en la línea de base de medio humano en la sección 5.2.5. Dimensión de Bienestar Social, existen antecedentes de personas que acceden al agua por medio de pozo o noria, en el caso de Polpaico (3,6%), Huertos Familiares (0,2%), Camino a Cerro Blanco (100%), Las Calerías (82,1%) y Mirador del Valle (99,1%). Sin embargo, el análisis del acceso al agua según la norma de consumo humano, según la norma NCh 409 para pH, Hierro, Sulfato y otros parámetros, existían excedencias puntuales en periodos anteriores al proyecto, por lo que una excedencia en la actualidad no podría atribuirse directamente al proyecto, y como se dijo anteriormente, no existen antecedentes de aumento significativo de metales u otros elementos en las localidades ubicadas al sector norte del proyecto, mientras que se descarta cualquier afectación a las localidades ubicadas en el sector sur debido a las direcciones de flujos de agua. En relación con las emisiones atmosféricas, cabe indicar que, según lo indicado en el informe actualizado de emisiones atmosféricas, el tránsito de camiones no generará un aumento significativo de emisiones polvo atmosférico. En cuanto al uso de bienes y servicios, los antecedentes mostrados en la línea de base descartan afectación a grupos humanos del área de influencia. En efecto, los flujos de tránsito hacia las escuelas y servicios de salud presentados en el anexo 3.8 Línea de Base de Medio Humano sección 5.2.5 de la DIA., no se verán alterados por el aumento del tráfico o por otras obras y acciones del proyecto, así como tampoco la disponibilidad de agua, electricidad, sistema de eliminación de excretas, comercio, servicios de recreación, o cualquier otro bien o servicio básico, debido a las obras o acciones del proyecto. De esta manera, se descarta cualquier afectación según el artículo 7 del D.S. N°40/2012 MMA, en cualquiera de sus 4 literales, ya sea debido a rutas de camiones, aumento de tránsito de camiones, calidad de las aguas (subterráneas y superficiales), aumento en las emisiones atmosféricas y el uso de bienes y servicios, o cualquier otra obra o acción del proyecto. Las obras y actividades del proyecto no presuponen la dificultad o el impedimento para el ejercicio o la manifestación de tradiciones, cultura o intereses comunitarios, que puedan afectar los sentimientos de arraigo o cohesión social del grupo. Las actividades comunitarias de las localidades del Área de Influencia se realizarán de manera normal, ya que no se contemplan obras, ni tránsito de camiones por donde actualmente se desarrollan. Además, que las emisiones de ruido y aire que pueda emitir el proyecto se encuentran bajo la norma permitida. En cuanto a grupos humanos indígenas, no se prevé dificultad o impedimento para el ejercicio de manifestaciones culturales propias del grupo, ni de sus formas de organización social, ya que las obras y actividades del proyecto no tendrán lugar en sectores donde realizan la manifestación de su tradición, ya que serán desarrolladas al interior de las actuales instalaciones de Polpaico. Respecto al Sitio Prioritario "El Roble" ubicado aproximadamente a 5,5 km de distancia, el cual se caracteriza por poseer formaciones vegetacionales de Bosque Caducifolio de Santiago (25% de la formación existente en la Región), Bosque Esclerófilo Costero (14%), Matorral Espinoso de la Cordillera de la Costa (17%) y Matorral Espinoso de las Serranías (32%). Y a la zona de Interes Turistico (ZOIT) Batuco, ubicado a 1,2 km del área del proyecto, fue declarada como tal el ario 2009 mediante la Resolución N° 342 del Servicio Nacional de Turismo, el cual es considerado un sitio de conservación con respecto a su flora y vegetación, y a pesar de contar con endemismos locales y regionales y por constituir un paisaje único y característico, no cuenta con una protección especial dentro del SNASPE o del sector privado, como santuario o reserva natural. 23 Considerando lo anterior, es necesario indicar que el estudio presentado en el Anexo 3.1. Informe de Estimación de Emisiones Atmosféricas Actualizado de la Adenda Complementaria, presenta que el valor MP I O y MP 2,5, así como los valores de Óxido de Nitrógeno y Óxido de Azufre, no superan la norma establecida en el artículo 64 del D.S. N°31/ 2016 MMA, "Establece Plan de Prevención y Descontaminación Atmosférica para la Región Metropolitana de Santiago (PPDA)". En cualquier caso, además, se tomarán medidas de control en las fases de construcción y operación, como es la humectación de caminos no pavimentados según condiciones meteorológicas. A su vez, a modo de complemento es necesario indicar que se mantendrá la carga cubierta de los camiones, así como no exceder los 30 km/h con la finalidad de prevenir accidentes de tránsito y mayores emisiones de polvo al medio ambiente. Es necesario indicar que estos camiones se ubican y operan actualmente dentro del complejo Planta Cerro Blanco. Por último. considerando que existe una distancia considerable al el Sitio Prioritario "El Roble", así como las diferentes acciones asociadas al control de las emisiones atmosféricas y residuos generados por el presente Proyecto, no se considera una afectación al sitio El Roble por la ejecución del Proyecto. Y considerando que la ZOIT Batuco se encuentra separados por las cadenas de cerros circundantes que interfieren en una interacción visual y geomorfológica entre ellos, es posible determinar que no se considera una afectación a esta zona producto del presente Proyecto. Finalmente, según los antecedentes observados en la descripción de Línea de Base y considerando que el proyecto contempla mejoras operacionales a ser desarrolladas en el actual Tranque de Relaves N°5, por lo que no se encuentran elementos que puedan significar una alteración significativa de los sistemas de vida y costumbres de grupos humanos. Para los grupos humanos pertenecientes a pueblos indígenas, además de las circunstancias señaladas precedentemente, se considerará la duración y/o magnitud de la alteración en sus formas de organización social particular. En cuanto a grupos humanos indígenas, no se prevé dificultad o impedimento para el ejercicio de manifestaciones culturales propias del grupo, ni de sus formas de organización social, ya que las obras y actividades del proyecto no tendrán lugar en sectores donde realizan la manifestación de su tradición, ya que serán desarrolladas al interior de las actuales instalaciones de Polpaico. Referencia al ICE para mayores detalles sobre este impacto específico Acápite 6.3 del ICE El Proyecto no genera reasentamiento de comunidades humanas o alteración significativa de los sistemas de vida y costumbres de grupos humanos. 5.4. LOCALIZACIÓN EN O PRÓXIMA A POBLACIONES, RECURSOS Y ÁREAS PROTEGIDAS, SITIOS PRIORITARIOS PARA LA CONSERVACIÓN, HUMEDALES PROTEGIDOS Y GLACIARES, SUSCEPTIBLES DE SER AFECTADOS, ASÍ COMO EL VALOR AMBIENTAL DEL TERRITORIO EN QUE SE PRETENDE EMPLAZAR El Proyecto no se localiza cerca a poblaciones protegidas. A su vez, según lo expuesto en la línea de bases de Medio Humano, se observa que hay dos Asociaciones Indígenas en el área de influencia. Una de ellas, está registrada en CONADI, mientras la otra se encuentra inscrita en el registro municipal de organizaciones sociales. Entre ambas se presentan diferencias en cuanto al desarrollo de manifestaciones de promoción cultural indígena. La asociación Külawinkul de Polpaico realiza sostenidamente celebraciones tales como el We Tripantu, y la participación en distintas instancias comunales para educar y visualizar la cultura mapuche a los miembros de la comunidad, además de realizar recolección de hierbas para uso medicinal. Mientras que la Asociación Wilka Mapu, de Huertos Familiares, está en proceso de reconfiguración, en la cual buscan rescatar la herencia mapuche de sus ancestros. Las celebraciones en ambas localidades remiten a fiestas de navidad, día del niño y fiestas patrias, organizadas por cada una de las juntas de vecinos. Se destaca la participación en celebraciones que son organizadas a nivel comunal. Considerando los antecedentes observados en la descripción de Línea de Base y considerando que el proyecto contempla mejoras operacionales a ser desarrolladas en el 24 actual Tranque de Relaves N°5, por lo que no se encuentran elementos que puedan significar una alteración significativa de los sistemas de vida y costumbres de grupos humanos. - Acorde a los recursos protegidos, al interior del área de influencia del Proyecto y en relación al ecosistema terrestre de la zona, tenemos que, con respecto al componente de Flora y Vegetación Terrestre en el área de estudio se identificaron seis Unidades Homogéneas de Vegetación correspondientes a: Bosque nativo, Matorral, Matorral arborescente, Pradera, Pradera con árboles y Formación de Reforestación, además del uso de suelo Sin vegetación. Mientras que en relación a la Fauna Terrestre, esta alcanzó un total de 20 especies durante todas las campañas realizadas. De esta forma, durante la campaña de primavera 2017 la riqueza fue de 13 especies, correspondientes a una especie de reptil, ocho aves y cuatro mamíferos; y por otro lado en la campaña de invierno 2018 la riqueza total fue de 15 especies, compuestas por 11 aves y cuatro mamíferos. En relación al origen de los animales silvestres registrados, 16 especies son nativas de Chile (80% del total de registros), dentro de las cuales dos de ellas son especies endémicas correspondiendo a turca y cuatro especies poseen origen exótico del país (20% del total de registros). Finalmente, en cuanto al estado de conservación, de las 20 especies registradas, cuatro se encuentran en alguna categoría de conservación de acuerdo a la legislación vigente (20% del total de especies), correspondiendo a un reptil, un ave y dos mamíferos: lagartija lemniscata (Liolaemus lemniscatus, Preocupación menor según D.S. N° 19/2012 MMA), garza cuca (Ardea cocoi, Preocupación menor según D.S. N°16/2016 MMA), ratón chinchilla (Abrocoma bennetti, Preocupación menor según D.S. N°16/2016 MMA), y zorro culpeo (Lycalopex culpaeus, Preocupación menor según D.S. N° 33/2011 MMA). Por último, respecto a las singularidades ambientales se presentaron tres (3) singularidades de acuerdo a lo indicado en la "Guía para la Descripción de los Componentes Suelo, Flora y Fauna de Ecosistemas Terrestres" del SEA (Presencia de especies endémicas, S-11; Presencia de especies de distribución restringida o cuya población es reducida o baja en número, S-12; y Actividad del Proyecto que se localiza en territorio con valor ambiental, S-22), no obstante lo anterior, las tres singularidades son consideradas como bajas, por lo que es posible de concluir que existe una baja singularidad en el área de influencia del proyecto. - Considerando lo anterior, área del Proyecto no tiene relación espacial con áreas protegidas y/o sitios prioritarios para la conservación. — No se registran humedales protegidos en las cercanías al área de localización del proyecto. — El proyecto no se localiza en o próximo a un glaciar. El territorio en el que se emplaza el proyecto presenta una alta intervención antrópica, no presenta ecosistemas o formaciones naturales con características de unicidad, escasez o representatividad, de modo que no se constituye como un territorio con valor ambiental. Referencia al ICE para mayores detalles sobre este impacto específico Acápite 6.4 del ICE El Proyecto no se localiza en o próximo recursos y áreas protegidas, sitios prioritarios para la conservación, humedales protegidos y glaciares susceptibles de ser afectados, tampoco afectará el valor ambiental del territorio. 5.5. ALTERACIÓN SIGNIFICATIVA, EN TÉRMINOS DE MAGNITUD O DURACIÓN, DEL VALOR PAISAJÍSTICO O TURÍSTICO DE UNA ZONA Los siguientes antecedentes justifican que el proyecto o actividad no genera o presenta alteración significativa del valor paisajístico o turístico de una zona, en consideración a lo dispuesto en el artículo 9 del Reglamento del SEIA: Es necesario reiterar que el área de influencia se caracteriza por presentar un alto nivel de intervención antrópica, determinada por el reemplazo de los usos agrícolas por usos industriales y el emplazamiento de viviendas. Actualmente el área del Proyecto corresponde a 25 un área de uso exclusivamente industrial. Los resultados del análisis del valor paisajístico indicaron que el área del proyecto no presenta atributos de valor, debido principalmente a la gran intervención existente y a la ausencia de diversidad en atributos biofisicos. Es necesario reiterar que el área de influencia se caracteriza por presentar un alto nivel de intervención antrópica, determinada por el reemplazo de los usos agrícolas por usos industriales y el emplazamiento de viviendas. Actualmente el área del Proyecto corresponde a un área de uso exclusivamente industrial. Los resultados del análisis del valor paisajístico indicaron que el área del proyecto no presenta atributos de valor, debido principalmente a la gran intervención existente y a la ausencia de diversidad en atributos biofísicos. Es necesario reiterar que el área de influencia se caracteriza por presentar un alto nivel de intervención antrópica, determinada por el reemplazo de los usos agrícolas por usos industriales y el emplazamiento de viviendas. Actualmente el área del Proyecto corresponde a un área de uso exclusivamente industrial. Se identificó la Zona Homogénea "Zona agrícola e industrial Santiago norte", la cual corresponde a un área agrícola e industrial delimitada por la serie de cordones de cerros que delimitan por el norte la cuenca de Santiago. En general, en esta zona homogénea, hay ocupación total de la superficie, quedando las áreas menos perturbadas restringidas hacia sectores periféricos y de mayor dificultad de acceso, como los cordones de cerros mencionados anteriormente. Dentro de esta zona, se identificó la UP "Planta Polpaico", la cual corresponde a un área actualmente con uso industrial, por lo tanto, altamente intervenida. La unidad presenta un alto contraste con el paisaje. La visibilidad de la cuenca es acotada por la presencia de obstáculos visuales de las zonas urbanas y la morfología, adquiriendo profundidad de campo limitada. Los resultados del análisis del valor paisajístico indicaron que el área del proyecto no presenta atributos de valor, debido principalmente a la gran intervención existente y a la ausencia de diversidad en atributos biofisicos. Finalmente, se concluye que el Proyecto no generará efectos adversos significativos sobre la calidad basal del componente Paisaje. A objeto de evaluar lo anterior, se tomó en cuenta lo indicado en el Artículo 9 del Título II del Reglamento del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental (D.S. 40/12) del Ministerio de Medio Ambiente. Los resultados del análisis del valor paisajístico, presentados en la línea de bases adjunta, indicaron que el área del proyecto no presenta atributos de valor, debido principalmente a la gran intervención existente y a la ausencia de diversidad en atributos biofisicos. De acuerdo con lo anterior, el Proyecto no alterará los atributos de una zona con valor paisajístico. Es necesario reiterar que el área de influencia se caracteriza por presentar un alto nivel de intervención antrópica, determinada por el reemplazo de los usos agrícolas por usos industriales y el emplazamiento de viviendas. Actualmente el área del Proyecto corresponde a un área de uso exclusivamente industrial. Los resultados del análisis del valor paisajístico indicaron que el área del proyecto no presenta atributos de valor, debido principalmente a la gran intervención existente y a la ausencia de diversidad en atributos biofisicos. Referencia al ICE para mayores detalles sobre este impacto específico Acápite 6.5 del ICE El Proyecto no generará alteración significativa, en términos de magnitud o duración, del valor paisajístico o turístico de la zona. 5.6. ALTERACIÓN DE MONUMENTOS, SITIOS CON VALOR ANTROPOLÓGICO, ARQUEOLÓGICO, HISTÓRICO Y, EN GENERAL, LOS PERTENECIENTES AL PATRIMONIO CULTURAL Se recalca que el proyecto se ejecutará en un área altamente intervenida, al interior de las actuales instalaciones de Polpaico. Según los antecedentes recabados en la línea de bases de patrimonio cultural, la revisión de la 26 base de datos del Consejo de Monumentos Nacionales permitió determinar la presencia de dos monumentos históricos declarados en la Comuna de Til - Til y un Santuario de la Naturaleza Cabe destacar que todos estos Monumentos Nacionales se encuentran alejados del área de emplazamiento del proyecto, por lo que no se prevé una posible afectación por parte del Proyecto. Se recalca que el proyecto se ejecutará en un área altamente intervenida, al interior de las actuales instalaciones de Polpaico. Según los antecedentes recabados en la línea de bases de patrimonio cultural, la revisión de la base de datos del Consejo de Monumentos Nacionales permitió determinar la presencia de dos monumentos históricos declarados en la Comuna de Til - Til y un Santuario de la Naturaleza. Cabe destacar que todos estos Monumentos Nacionales se encuentran alejados del área de emplazamiento del proyecto, por lo que no se prevé una posible afectación por parte del Proyecto. Es necesario reiterar que el área de influencia se caracteriza por presentar un alto nivel de intervención antrópica, debido a la actual operación del Tranque de Relaves N°5. Considerando lo anterior, durante la inspección arqueológica realizada en el área del proyecto durante el día 22 de agosto de 2017, dio cuenta de la ausencia de elementos patrimoniales en el área de estudio. Sin perjuicio a lo anterior, al titular del Proyecto, ante la eventual aparición de otros restos arqueológicos y/o paleontológicos no previstos durante la ejecución de las obras, debe dar aviso a las autoridades competentes, procediendo según lo establecido en los artículos 26° y 27° de la Ley N° 17.288 sobre Monumentos Nacionales y los artículos 20° y 23° del Reglamento sobre Excavaciones y Prospecciones Arqueológicas, Antropológicas y Paleontológicas. En base a los antecedentes expuestos en la línea de bases de patrimonio cultural, se puede indicar que, el área inspeccionada corresponde a un sector intervenido por las instalaciones de la empresa Polpaico-Cerro Blanco, que incluye áreas de extracción minera, oficinas, bodegas, instalaciones de bodega, caminos y el tranque en funcionamiento. A su vez, es necesario reiterar que el área de influencia se caracteriza por presentar un alto nivel de intervención antrópica, debido a la actual operación del Tranque de Relaves N°5. Pese a la ausencia de elementos patrimoniales en el presente estudio, cabe señalar que los antecedentes arqueológicos específicos del sector nos remiten a un área rica en cuanto a material cultural prehispánico. Por lo que agregamos que las probabilidades de descubrir materiales culturales dependen de varios factores, entre los que destaca su presencia superficial, de tal forma que durante las labores de remoción de tierra pueden eventualmente aflorar recursos culturales que se encuentren depositados en el subsuelo, y por tanto sean invisibles a la observación superficial. De esta forma, se precisa que los resultados de la inspección visual sólo dan cuenta de las evidencias detectables en superficie. Finalmente, el titular del Proyecto, ante la eventual aparición de otros restos arqueológicos y/o paleontológicos no previstos durante la ejecución de las obras, debe dar aviso a las autoridades competentes, procediendo según lo establecido en los artículos 26° y 27° de la Ley N° 17.288 sobre Monumentos Nacionales y los artículos 20° y 23° del Reglamento sobre Excavaciones y Prospecciones Arqueológicas, Antropológicas y Paleontológicas. Referencia al ICE para mayores detalles sobre este impacto específico Acápite 6.6 del ICE El Proyecto no generará alteración de monumentos, sitios con valor antropológico, arqueológico, histórico y, en general, los pertenecientes al patrimonio cultural. 6°. Que resultan aplicables al Proyecto los siguientes permisos ambientales sectoriales, asociados a las correspondientes partes, obras o acciones que se señalan a continuación: 6.1. PERMISOS AMBIENTALES SECTORIALES MIXTOS 6.1.1. Permiso para la construcción y operación de depósitos de relaves según se establece en el artículo 135 del Reglamento del SEIA Fase del proyecto Fase de Construcción 27 a la cual corresponde Parte, obra o acción a la que aplica Aumento de la capacidad de almacenamiento de Tranque N°5 Condiciones o exigencias específicas para su otorgamiento En el Anexo 5.1 — Permiso Ambiental Sectorial 135 de la Adenda, se presentan las condiciones o exigencias específicas requeridas por la Autoridad para su otorgamiento. Actualizado en acápite 3.1.1 de la Adenda Complementaria. Pronunciamiento del órgano competente Al respecto, el SERNAGEOMIN, de la Región Metropolitana, mediante Oficio. Ord N° 2118 de fecha 11 de octubre de 2019, se pronuncia conforme y señala lo siguiente: "Finalmente, respecto a la evaluación de peligro sísmico, riesgo geológico y geomorfológico, este Servicio ha dado exhaustiva revisión a los antecedentes declarándose conforme. "Se otorga el PAS 135 condicionado a que el titular deberá, en la tramitación sectorial, presentar la siguiente información: a) Deberá identificar los lugares seguros específicos a los cuales la población será evacuada en caso de falla del depósito de relaves, así como el detalle de los canales de comunicación con autoridades, planes para que la comunidad esté al tanto de los puntos de encuentro de emergencia en caso de colapso, y detallar si se realizarán o no simulacros. Esta información deberá ser incluida en el plan de prevención de contingencias y emergencias. b) En el marco del cálculo de distancia peligrosa, deberá identificar las instalaciones afectadas (tanto mineras como no mineras) y realizar un análisis de riesgo, indicando en detalle las medidas necesarias, en caso de colapso e inundación, para restaurar las condiciones a los niveles previos de normalidad." Referencia al ICE para mayores detalles Acápite 10.1 del ICE 6.1.2. Permiso para aprobación del plan de cierre de una faena minera según se establece en el artículo 137 del Reglamento del SETA Fase del proyecto a la cual corresponde Cierre Parte, obra o acción a la que aplica Obras asociadas al Cierre Condiciones o exigencias específicas para su otorgamiento En el Anexo 5.1 — Permiso Ambiental Sectorial 137 de la DIA, se presentan las condiciones o exigencias específicas requeridas por la Autoridad para su otorgamiento. Pronunciamiento del órgano competente Al respecto, el SERNAGEOMIN, de la Región Metropolitana, mediante Oficio. Ord N° 2118 de fecha 11 de octubre de 2019, se pronuncia conforme. Referencia al ICE para mayores detalles Acápite 10.2 del ICE 6.1.3. Permiso para la construcción, reparación, modificación y ampliación de cualquier 28 planta de tratamiento de basuras y desperdicios de cualquier clase o para la instalación de todo lugar destinado a la acumulación, selección, industrialización, comercio o disposición final de basuras y desperdicios de cualquier clase según se establece en el artículo 140 del Reglamento del SEIA. Fase del proyecto a la cual corresponde Construcción, operación y cierre. Parte, obra o acción a la que aplica Almacenamiento de residuos no peligrosos Condiciones o exigencias específicas para su otorgamiento En el Anexo 5.2 — Permiso Ambiental Sectorial 140 de la DIA, se presentan las condiciones o exigencias específicas requeridas por la Autoridad para su otorgamiento. Pronunciamiento del órgano competente Referencia al ICE para mayores detalles Al respecto, la Secretaría Regional Ministerial de Salud, de la Región Metropolitana, mediante Oficio. Ord N° 5954 de fecha 09 de octubre de 2019, se pronuncia conforme a los antecedentes presentados. Acápite 10.3 del ICE 6.1.4 Permiso para corta de bosque nativo según se establece en el artículo 148 del Reglamento del SEIA. Fase del Proyecto a la cual corresponde Construcción Parte, obra o acción a la que aplica Obras asociadas a la Fase de Construcción. Condiciones o exigencias específicas para su otorgamiento En el Anexo 5.3 — Permiso Ambiental Sectorial 148 de la DIA, se presentan las condiciones o exigencias específicas requeridas por la Autoridad para su otorgamiento. Posteriormente se complementa con el Anexo 5.5 Plano 148 de la Adenda. Pronunciamiento del órgano competente Al respecto, la Corporación Nacional Forestal, de la Región Metropolitana, mediante Oficio. Ord N° 91-EA/2019 de fecha 10 de octubre de 2019, se pronuncia conforme a los antecedentes presentados. Referencia al ICE para mayores detalles Acápite 10.4 del ICE 6.1.5 Permiso para la corta, destrucción o descepado de formaciones xerofíticas según se establece en el artículo 151 del Reglamento del SEIA Fase del Proyecto a la cual corresponde Construcción. Parte, obra o acción a la que aplica Obras asociadas a la Fase de Construcción. Condiciones o exigencias En el Anexo 5.4 — Permiso Ambiental Sectorial 151 de la DIA, se presentan las condiciones o exigencias específicas requeridas por la 29 específicas para su otorgamiento Autoridad para su otorgamiento. Posteriormente se complementa con el Anexo 5.5 Plano 151 de la Adenda. Pronunciamiento del órgano competente Al respecto, la Corporación Nacional Forestal, de la Región Metropolitana, mediante Oficio. Ord N° 91-EA/2019 de fecha 10 de octubre de 2019, se pronuncia conforme a los antecedentes presentados. Referencia al ICE para mayores detalles Acápite 10.5 del ICE 6.1.6 Permiso para la construcción de ciertas obras hidráulicas según se establece en el artículo 155 del Reglamento del SEIA. Fase del Proyecto a la cual corresponde Fase de Construcción Parte, obra o acción a la que aplica Peraltamiento muro principal y muros auxiliares 1 y 2, construcción muro auxiliar 3 Condiciones o exigencias específicas para su otorgamiento En el Anexo 4 — Permiso Ambiental Sectorial 155 de la Adenda Complementaria, se presentan las condiciones o exigencias específicas requeridas por la Autoridad para su otorgamiento. Pronunciamiento del órgano competente Al respecto, la Dirección General de Aguas, de la Región Metropolitana, mediante Oficio. Ord N° 1369 de fecha 10 de octubre de 2019, se pronuncia conforme a los antecedentes presentados. Referencia al ICE para mayores detalles Acápite 10.6 del ICE 6.1.7 Permiso para efectuar modificaciones de cauce según se establece en el artículo 156 del Reglamento del SEIA Fase del Proyecto a la cual corresponde Todas las fases Parte, obra o acción a la que aplica Entubamiento Canal de Contorno y Construcción de Vertedero de Abandono Condiciones o exigencias específicas para su otorgamiento En el Anexo 4.2 — Permiso Ambiental Sectorial 156 de la Adenda Complementaria, se presentan las condiciones o exigencias específicas requeridas por la Autoridad para su otorgamiento. Pronunciamiento del órgano competente Al respecto, la Dirección General de Aguas, de la Región Metropolitana, mediante Oficio. Ord N° 1369 de fecha 10 de octubre de 2019, se pronuncia conforme a los antecedentes presentados. Referencia al ICE para mayores detalles Acápite 10.7 del ICE 6.1.8 Permiso para efectuar obras de regularización o defensa de cauces naturales según se establece en el artículo 157 del Reglamento del SEIA Fase del Proyecto Fase de Cierre 30 a la cual corresponde Parte, obra o acción a la que aplica Vertedero de Abandono Condiciones o exigencias específicas para su otorgamiento En el Anexo 4.3 — Permiso Ambiental Sectorial 157 de la Adenda Complementaria, se presentan las condiciones o exigencias específicas requeridas por la Autoridad para su otorgamiento. Pronunciamiento del órgano competente Al respecto, la Dirección General de Aguas, de la Región Metropolitana, mediante Oficio. Ord N° 1369 de fecha 10 de octubre de 2019, se pronuncia conforme a los antecedentes presentados. Referencia al ICE para mayores detalles Acápite 10.4 del ICE 7°. Que, de acuerdo a los antecedentes que constan en el expediente de evaluación, la forma de cumplimiento de la normativa de carácter ambiental aplicable al Proyecto es la siguiente: 7.1. Componente/materia: Emisiones Norma D.S. N° 1/2013 del Ministerio del Medio Ambiente. Aprueba Reglamento del Registro de Emisiones y Transferencias de Contaminantes, RETC. Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Construcción, operación y cierre. Parte, obra o acción a la que aplica • Escarpe • Excavación • Nivelación Compactación : Transferencia de material y carguío • Tránsito por vías pavimentadas y no pavimentadas • Combustión de vehículos • Combustión de maquinaria • Grupos electrógenos Forma de Cumplimiento Se realizarán los reportes de las emisiones, residuos y/o transferencias de contaminantes, a través de la Ventanilla única (portal electrónico del RETC), para los componentes que corresponda, y a través de la cual se accederá a los sistemas de declaración de los órganos fiscalizadores para dar cumplimiento a la obligación de reporte de los establecimientos emisores o generadores. Indicador que acredita su cumplimiento Se ingresará al Sistema de Ventanilla única, según las disposiciones de la Resolución Exenta N° 1.139/2013 MMA que establece Normas Básicas para Aplicación RETC. Se obtendrá el identificador y contraseña requeridos. Se realizará la declaración de emisiones pertinentes. Se mantendrá un registro en que conste la realización de la declaración. Forma de Control y Seguimiento Se mantendrá la plataforma del RETC actualizada, según las prescripciones de este Decreto. Referencia al ICE para mayores detalles Acápite 9.1.1 del ICE 7.2. Componente/materia: Residuos 31 7.2. Componente/materia: Residuos Norma Decreto Supremo N° 248/2007 del Ministerio de Minería, Aprueba Reglamento para la Aprobación de Proyectos de Diseño, Construcción, Operación y Cierre de los Depósitos de Relaves. Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Construcción. operación y cierre. Parte, obra o acción a la que aplica El Proyecto y todas sus obras asociadas. Forma de Cumplimiento En la Adenda se presenta el PAS 135 en el Anexo 5.1 correspondiente al "Permiso para la construcción y operación de depósitos de relaves". Una vez obtenida la RCA favorable, el Titular realizará la obtención de la resolución de forma sectorial. Actualizado en acápite 3.1.1 de la Adenda complementaria. Indicador que acredita su cumplimiento Obtención de Resolución sectorial favorable, por parte de la Autoridad. Forma de Control y Seguimiento Se mantendrá copia de la RCA favorable del proyecto y resolución sectorial emitida por la Autoridad correspondiente en la obra. Referencia al ICE para mayores detalles Acápite 9.1.3 del ICE 7.3. Componente/materia: Cierre de faena minera Norma: Ley N° 20.551/2011 del Ministerio de Minería que Aprueba la Ley para el cierre de faenas mineras e instalaciones mineras. Norma relacionada Decreto N° 41/2012 del Ministerio de Minería que Aprueba Reglamento de la Ley de Cierre de faenas e instalaciones mineras. Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Cierre Parte, obra o acción a la que aplica Cierre Forma de Cumplimiento En la DIA se presenta el PAS 137 correspondiente al "Permiso para la aprobación del plan de cierre de una faena minera". Una vez obtenida la RCA favorable, el Titular realizará la obtención de la resolución de forma sectorial. Indicador que acredita su cumplimiento Obtención de Resolución sectorial favorable, por parte de la Autoridad. Forma de Control y Seguimiento Se mantendrá copia de la RCA favorable del proyecto y resolución sectorial emitida por la Autoridad correspondiente en la obra. Referencia al ICE para mayores detalles Acápite 9.1.4 del ICE 7.4. Componente/materia: Residuos Norma Decreto N° 72/1986 Ministerio de Minería, Aprueba Reglamento de Se • uridad Minera Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará Construcción, operación y cierre. 32 7.4, Componente/materia: Residuos cumplimiento Parte, obra o acción a la que aplica El Proyecto y todas sus obras asociadas. Forma de Cumplimiento En el Anexo 7 de la Adenda se adjunta Plan de contingencias y Plan de emergencias. Indicador que acredita su cumplimiento Tal como se indica en los respectivos Planes de contingencias y emergencias, una vez ocurrida una emergencia se dará aviso a la autoridad correspondiente. Forma de Control y Seguimiento Se mantendrá copia de la RCA favorable del proyecto y registro de contingencias y emergencias en la obra. Referencia al ICE para mayores detalles Acápite 9.1.6 del ICE 7.5. Componente/materia: Agua Norma DFL N° 1.122/1981 del Ministerio de Justicia, Código de Aguas. Decreto Supremo N° 294/2015 del Ministerio de Obras Públicas, Aprueba Reglamento a que se refiere el artículo 295 inciso 2°, del código de aguas. Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Construcción, Operación y Cierre Parte, obra o acción a la que aplica Provisión de suministros básicos durante las fases del proyecto Forma de Cumplimiento El proyecto cuenta con derechos de aprovechamiento de agua, adjuntos en el Anexo 2,5 de la DIA. El proyecto en evaluación no considera nuevas extracciones de agua, ni un aumento en el consumo de agua actual. Adicionalmente, en el Anexo 4 de la Adenda Complementaria se presenta el PAS 155 correspondiente al "Permiso para la construcción de ciertas obras hidráulicas". Una vez obtenida la RCA favorable, el Titular realizará la obtención de la resolución de forma sectorial. Indicador que acredita su cumplimiento Obtención de Resolución sectorial favorable, por parte de la Autoridad. Forma de Control y Seguimiento Se mantendrá copia de los derechos de aprovechamiento de agua del proyecto disponibles para fiscalización. Se mantendrá copia de la RCA favorable del proyecto y resolución sectorial emitida por la Autoridad correspondiente. Referencia al ICE para mayores detalles Acápite 9.1.7 del ICE 7.6. Componente/materia: Residuos líquidos Norma Decreto con Fuerza de Ley N° 725/1967 del Ministerio de Salud, Código Sanitario. Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Construcción, operación y cierre. Parte, obra o acción a la que aplica Instalaciones y equipamiento relacionado con el consumo de agua potable. Forma de El proyecto considera mantener el suministro de agua potable actual 33 7.6. Componente/materia: Residuos líquidos cumplimiento en el área del Tranque de Relaves, a través de agua embotellada. Adicionalmente, en la casa de cambio, cuenta con un sistema particular de agua potable y alcantarillado existente y aprobado. Indicador que acredita su cumplimiento Autorización sistema particular de agua potable y alcantarillado, mediante la Resolución que Aprueba Proyecto de Agua Potable a P rticular para abastecer el Complejo Cerro Blanco (Ver Anexo 2 de la DIA).

Contrato entre empresa sanitaria y empresa que realizará la limpieza y mantención de baños químicos y duchas portátiles debidamente autorizada. Forma de control y seguimiento Disponibilidad de las autorizaciones para su fiscalización. Referencia al ICE para mayores detalles Acápite 9.1.9 del ICE 7.7. Componente/materia: Residuos líquidos Norma Decreto Supremo N° 594/1999 del Ministerio de Salud. Reglamento sobre Condiciones Sanitarias y Ambientales Básicas en los Lugares de Trabajo. Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Construcción, operación y cierre. Parte, obra o acción a la que aplica Todas las fases: Instalaciones y equipamiento relacionado con el consumo de agua potable y servicios sanitarios. Forma de cumplimiento Todas las Fases El proyecto considera mantener el suministro de agua potable actual en el área del Tranque de Relaves, a través de agua embotellada. Adicionalmente, en la casa de cambio, cuenta con un sistema particular de agua potable y alcantarillado existente y aprobado. Respecto a los servicios higiénicos, el proyecto considera la utilización de baños químicos móviles en los frentes de trabajo, cuyas aguas servidas serán manejadas en los mismos baños químicos para ser dispuestas finalmente en lugares autorizados. Adicionalmente se mantendrá la utilización de los servicios sanitarios existentes cuyo manejo de las aguas servidas se realiza a través del sistema particular de alcantarillado existente y aprobado. Indicador que acredita su cumplimiento Autorización sistema particular de agua potable y alcantarillado Contrato entre empresa sanitaria y empresa que realizará la limpieza y mantención de baños químicos y duchas portátiles debidamente autorizada. Forma de control y seguimiento Construcción, operación y cierre: Se mantendrá autorizaciones disponibles para fiscalización de la Autoridad. Referencia al ICE para mayores detalles Acápite 9.1.10 del ICE 7.8. Componente/materia: Emisiones Norma Decreto Supremo N° 144/1961 del Ministerio de Salud. Establece normas para evitar emanaciones o contaminantes atmosféricos de cualquier naturaleza. Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Construcción, operación y cierre. 34 7.8. Componente/materia: Emisiones Parte, obra o acción a la que aplica Fase Construcción y Cierre Movimiento de tierra, traslado que consideran la circulación de vehículos por caminos pavimentados y no pavimentados, y el uso de maquinaria.

Fase Operación Circulación de vehículos por caminos pavimentados y no pavimentados, y el uso de maquinaria. Forma de cumplimiento El titular incorporará la utilización de supresor, la cual se integra en uno de los tramos de los caminos no pavimentados, tal como se indica en la siguiente figura. Sin prejuicio a lo anterior, el Titular se compromete a seguir investigando e invirtiendo en nuevas tecnologías que permitan evaluar e implementar la medida mencionada anteriormente, en la mayoría de los tramos no pavimentados, teniendo en consideración la escasez hídrica de la Región Metropolitana. De esta forma, se deja abierta la posibilidad a incorporar tecnología que permita aumentar la eficiencia productiva y mejorar el manejo del recurso agua de la zona (acápite 2.1.2.9. de la Adenda complementaria) Indicador que acredita su cumplimiento Revisión técnica al día de vehículos propios. Registro de mantención de maquinaria. Forma de control y seguimiento Mantención de revisiones técnicas en vehículos y certificado de gases disponibles en faenas para su fiscalización. Referencia al ICE para mayores detalles Acápite 9.1.11 del ICE 7.9. Componente/materia: Emisiones Norma Decreto Supremo N° 138/2005 del MINSAL. Establece Obligación de Declarar Emisiones que indica. Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Construcción Parte, obra o acción a la que aplica Grupo electrógeno de emergencia Forma de cumplimiento El titular proporcionará los antecedentes necesarios, para que la autoridad determine la emisión de contaminantes a partir de fuentes fijas. Esta declaración se hará conforme al mecanismo establecido en el DS N°1 del año 2013 del Ministerio de Medio Ambiente. Indicador que acredita su cumplimiento Comprobante de la declaración en el RETC Referencia al ICE para mayores detalles Acápite 9.1.13 del ICE 7.10. Componente/materia: Emisiones Norma Decreto Supremo N° 54/1994 del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones. Establece norma de emisión aplicable a vehículos motorizados medianos que indica. Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Construcción, operación y cierre. Parte, obra o acción a la que aplica Uso de vehículos motorizados. Forma de cumplimiento Esta norma resulta aplicable al Proyecto pues éste considera, durante todas sus fases el uso de vehículos motorizados medianos para su 35 7.10. Componente/materia: Emisiones ejecución, como es el caso del traslado de materiales, insumos, residuos y personal. El Titular procurará que las condiciones técnicas y las emisiones de gases de los vehículos motorizados medianos, ya sean propios, de los contratistas, subcontratistas o de los proveedores, en todas sus fases, sean las establecidas en esta normativa, a través de las revisiones técnicas al día, distintivos, rótulos, entre otras materias, realizándolas con la periodicidad exigida legalmente. Indicador que acredita su cumplimiento Revisión técnica al día de vehículos propios. Certificado de gases vigente para vehículos, cuando corresponda. Forma de control y seguimiento Mantención de revisiones técnicas y certificado de gases en vehículos disponibles en faenas para su fiscalización. Referencia al ICE para mayores detalles Acápite 9.1.15 del ICE 7.11. Componente/materia: Emisiones Norma Decreto Supremo N° 55/1994 del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones. Establece normas de emisión aplicables a vehículos motorizados pesados. Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Construcción, operación y cierre. Parte, obra o acción a la que aplica Todas las fases Vehículos motorizados pesados que participen en el desarrollo del Proyecto. Forma de Cumplimiento El Titular exigirá que todos los vehículos motorizados medianos que participen en el desarrollo del Proyecto, tanto en fase de construcción, operación y cierre, cumplan con el decreto indicado, lo que se verificará con el certificado de revisión técnica y de gases. Indicador que acredita su cumplimiento Los vehículos contarán con revisión técnica al día. Forma de control y seguimiento Se mantendrá control de revisiones técnicas. Referencia al ICE para mayores detalles Acápite 9.1.16 del ICE 7.12. Componente/materia: Emisiones Norma Decreto Supremo N° 4/1994 del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones. Establece normas de emisión de contaminantes aplicables a los vehículos motorizados y fija los procedimientos para su control. Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Construcción, operación y cierre. Parte, obra o acción a la que aplica Circulación de vehículos y/o maquinaria. Forma de cumplimiento Con el fin de dar cumplimiento al Decreto en análisis, el Titular exigirá que los vehículos motorizados utilizados cuenten con la revisión técnica y de gases al día. Respecto a la maquinaria que no requiera el certificado antes indicado, se exigirá la realización de mantenciones permanentes. Indicador que acredita su cumplimiento Revisión técnica al día de vehículos Certificado de emisión de gases vigente para vehículos mayores, cuando corresponda. 36 Forma de control y seguimiento Mantención de revisiones técnicas y certificado de gases en vehículos y registro de mantenciones de maquinaria disponibles en faenas para su fiscalización. Referencia al ICE para mayores detalles Acápite 9.1.17 del ICE 7.13. Componente/materia: Emisiones Norma Decreto Supremo N° 211/1991 del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones. Establece Normas sobre Emisiones de Vehículos Motorizados Livianos. Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Construcción, operación y cierre. Parte, obra o acción a la que aplica Circulación de vehículo y/o maquinaria. Forma de cumplimiento Como medida de control de las emisiones de gases de combustión, se exigirá que todos los vehículos motorizados livianos sean sometidos a mantenciones periódicas y cumplan con las normas de emisión establecidas por el Ministerio de Transporte y Telecomunicaciones, lo que se acreditará a través del Certificado de Revisión Técnica al día. Esta obligación será cumplida por el Titular y sus terceros contratistas. Indicador que acredita su cumplimiento Copia de las revisiones técnicas y certificado de emisión de gases de los vehículos. Forma de control y seguimiento Mantención de revisiones técnicas y certificado de gases disponibles en vehículos para su fiscalización. Referencia al ICE para mayores detalles Acápite 9.1.18 del ICE 7.14. Componente/materia: Emisiones Norma Decreto Supremo N°4/1992 del Ministerio de Salud. Establece Norma de Emisión de Material Particulado a Fuentes Estacionarias Puntuales y Grupales Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Construcción Parte, obra o acción a la que aplica Grupo electrógeno de emergencia Forma cumplimiento de • Declaración de emisiones de Grupo electrógeno de emergencia cuando corresponda. Indicador que acredita su cumplimiento Declaración de emisiones cuando corresponda Forma de control y seguimiento Mantención del certificado de declaración. Referencia al ICE para mayores detalles Acápite 9.1.19 del ICE 7.15. Componente/materia: Aire y emisiones atmosféricas Norma Decreto Supremo N°31/2016 del Ministerio del Medio Ambiente. Establece Plan de Prevención y Descontaminación Atmosférica para la Región Metropolitana de Santiago Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Fase de construcción, operación y cierre 37 Parte, obra o acción a la que aplica Fase Construcción Movimiento de tierra, traslado que consideran la circulación de vehículos por caminos pavimentados y no pavimentados, y el uso de maquinaria.

Fase Operación Circulación de vehículos por caminos pavimentados y no pavimentados, y el uso de maquinaria. Forma de Cumplimiento Respecto a las emisiones generadas por el Proyecto, presentadas en el Anexo 3.1 de la Adenda Complementaria, se concluye que: El periodo en el cual se generan las mayores emisiones corresponde al año 1, donde se cruza las emisiones de la fase constructiva del proyecto con las emisiones propias de la operación de la planta Las mayores emisiones corresponden al MP10, alcanzando 2,038 ton/año de MP10 en el primer año. Para el año 2, las emisiones de MP10 pasan a 1,946 ton/año y se mantienen a lo largo de la operación. Dichos valores están por debajo de los límites establecidos (2,5 ton/año MP10) en el art. 64 del D.S N° 31/2016 MMA "Establece Plan de Prevención y Descontaminación Atmosférica para la Región Metropolitana de Santiago (PPDA)". Por otro lado, el titular acoge la solicitud de la utilización de supresor, la cual se integra en uno de los tramos de los caminos no pavimentados, tal como se indica en la siguiente figura. Sin prejuicio a lo anterior, el Titular se compromete a seguir investigando e invirtiendo en nuevas tecnologías que permitan evaluar e implementar la medida mencionada anteriormente, en la mayoría de los tramos no pavimentados, teniendo en consideración la escasez hídrica de la Región Metropolitana. De esta forma, se deja abierta la posibilidad a incorporar tecnología que permita aumentar la eficiencia productiva y mejorar el manejo del recurso agua de la zona. Al respecto, se acredita cumplimento del D.S. N°31/2016 de MMA. La Secretaria Regional Ministerial de Medio Ambiente, mediante su oficio Ord. N° 916 de fecha 14 de octubre de 2019, se pronuncia conforme a los antecedentes presentados por el titular. Indicador que acredita su cumplimiento Revisión técnica al día de vehículos propios. Registro de mantención de maquinaria. Forma de control y seguimiento Mantención de revisiones técnicas y certificado de gases en vehículos y registro de mantenciones de maquinaria disponibles en faenas para su fiscalización. Referencia al ICE para mayores detalles Acápite 9.1.20 del ICE 7.16. Componente/materia: Ruido Norma Decreto Supremo N° 38/2011 del Ministerio del Medio Ambiente. Establece norma de emisión de ruidos molestos generados por fuentes fijas que indica Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Todas las fases. Parte, obra o acción a la que aplica Fase Construcción, operación y cierre Movimiento de Maquinaria y/o vehículos Forma cumplimiento de El Proyecto no considera la generación de emisiones sonoras significativas en ninguna de sus fases, tal como se indica en el Anexo 4.2 Estudio de ruido y vibraciones de la DIA, en donde se da cuenta que el proyecto cumple con los límites establecidos en el D.S. 38/2011 MMA. 38 7.16. Componente/materia: Ruido Indicador que acredita su cumplimiento Validación, mediante mediciones, de que las emisiones de ruido se cumplen. Tal como se indica en el Anexo 4.2 — Estudio de Ruido y Vibraciones. La Secretaría Regional Ministerial de Salud, Región Metropolitana de Santiago, mediante Oficio ORD N° 5954 de fecha 09/10/2019 se pronuncia conforme. Forma de control y seguimiento Informe con verificación de supuestos Referencia al ICE para mayores detalles Acápite 9.1.21 del ICE 7.17. Componente/materia: Flora y vegetación Norma Decreto Supremo N° 4.363/1931 Ministerio de Tierras y Colonización. Aprueba texto definitivo de la Ley de Bosques. Ley N° 20.283/2008 del Ministerio de Agricultura. Ley sobre recuperación del Bosque Nativo y Fomento Forestal. Aprueba Reglamento General del Decreto Ley N° 701 de 1974, sobre Fomento Forestal Decreto Supremo N° 93/2008 del Ministerio de Agricultura. Reglamento General de la Ley sobre recuperación del bosque nativo y fomento forestal. Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Construcción Parte, obra o acción a la que aplica Peraltamiento Muro de arena y aumento de capacidad del tranque de relaves se intervendrá bosque nativo y especies xerofíticas. Forma de Cumplimiento La formación de Bosque Nativo cumple con la clasificación legal de bosque, por lo que su intervención requerirá de la elaboración, tramitación y aprobación de un Plan de Manejo Forestal de Bosque Nativo (PAS 148, se presenta en el Capítulo 4 de la DIA). Por otra parte, en el marco de la normativa vigente, dentro del área de influencia se determinó la presencia de una formación vegetacional que cumpliría con los requisitos legales para ser clasificada como Formación Xerofítica, (PAS 151, se presenta en el Capítulo 4 de la DIA). Indicador que acredita su cumplimiento Plan de Manejo y Plan de Trabajo Forestal Forma de control y seguimiento Registro de aprobación del respectivo Plan de Manejo y Plan de Trabajo, emitido por CONAF. Referencia al ICE para mayores detalles Acápite 9.1.22 del ICE 7.18. Componente/materia: Fauna Norma Ley N° 4.601/1929 del Ministerio de Agricultura. Ley de Caza. Materia Regulada Prohíbe la caza de ejemplares de la fauna silvestre catalogados como especies en peligro de extinción, vulnerable, raro y escasamente protegido, así como la de las especies catalogadas como beneficiosas para la actividad silvoagropecuaria, para la mantención del equilibrio de los ecosistemas naturales o que presenten densidades poblacionales reducidas. 39 7.18. Componente/materia: Fauna Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Fase de Construcción, operación y cierre. Parte, obra o acción a la que aplica Todas las obras del Proyecto Forma de Cumplimiento Según se indica en el Anexo 3.1 de de la DIA en el área del proyecto se identificaron 29 especies registradas, cuatro de ellas se encuentran protegidas según la legislación vigente, correspondientes al 14% del total de especies, de éstas dos corresponden reptiles y dos mamíferos, por lo que no sería aplicable la ejecución de medidas, como rescate y relocalización, o perturbación controlada, El titular del proyecto se compromete a dar charlas sobre la importancia de la protección de la fauna y a prohibir la realización de actividades de caza al interior de sus instalaciones. Al menos una charla al año a trabajadores del Tranque de Relaves N°5. Indicador que acredita su cumplimiento Se mantendrá en las instalaciones registros de Charla realizada Referencia al ICE para mayores detalles Acápite 9.1.28 del ICE 7.19. Componente/materia: Suelo Norma Decreto de Ley 3557 del Ministerio de Agricultura. Establece disposiciones sobre protección agrícola Materia Regulada Los establecimientos industriales, fabriles, mineros y cualquier otra entidad que manipule productos susceptibles de contaminar la agricultura, deberán adoptar oportunamente las medidas técnicas y prácticas que sean procedentes a fin de evitar o impedir la contaminación Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Operación Parte, obra o acción a la que aplica Operación del tranque de relaves N° 5 Forma de Cumplimiento En caso de ocurrida una contingencia o emergencia asociada a un posible derrame de relaves u otras sustancias, se activaran los protocolos de contingencias y emergencias, tal como se indica en el Anexo 6.1 y 6.2 de la DIA. Indicador que acredita su cumplimiento Reporte de contingencias y emergencias Forma de Control y Seguimiento Mantención de los reportes en las instalaciones, disponibles para fiscalización. Referencia al ICE para mayores detalles Acápite 9.1.30 del ICE 7.20. Componente/materia: Patrimonio cultural Norma Ley N° 17.288/1970 del Ministerio de Educación Pública sobre Monumentos Nacionales; Decreto N° 484/1990 del Ministerio de Educación Materia Regulada Se establece la prohibición de efectuar excavaciones 40 7.20. Componente/materia: Patrimonio cultural científicas de carácter arqueológico, antropológico o paleontológico en el territorio nacional, sin autorización previa del Consejo de Monumentos Nacionales. Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Fase de construcción Parte, obra o acción a la que aplica Durante el inicio de la fase de construcción se realizarán movimientos de tierras. Forma de cumplimiento En el área del Proyecto, se realizó una inspección arqueológica que no da cuenta de la presencia de restos de valor patrimonial arqueológico. De igual forma, la revisión bibliográfica no indica la presencia de sitios arqueológicos u elementos con declaratoria en el área del Proyecto. Sin perjuicio de lo anterior, el titular del Proyecto se compromete que, ante la eventualidad de hallazgos de elementos patrimoniales durante las actividades de construcción, debe informar a las autoridades correspondientes en virtud de la Ley N°17.288. Para mayores antecedentes ver Anexo 3.7 Informe Línea de Base Patrimonio Cultural de la DIA. Indicador que acredita su cumplimiento Reporte de hallazgos de elementos patrimoniales encontrados al CMN, en caso de que aplique. Registro de envío del reporte al CMN, en caso de que aplique. Referencia al ICE para mayores detalles Acápite 9.1.31 del ICE 7.21. Componente/materia Residuos sólidos Norma Decreto con Fuerza de Ley N° 725/1967. Ministerio de Salud. Código Sanitario. Decreto Supremo N° 594/1999 del Ministerio de Salud. Reglamento sobre Condiciones Sanitarias y Ambientales Básicas en los Lugares de Trabajo. Materia Regulada Manejo, disposición final y transporte de residuos. Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Todas las fases. Parte, obra o acción a la que aplica Generación de Residuos sólidos no peligrosos domiciliarios y asimilables a domiciliarios. Forma de cumplimiento Construcción Los residuos domiciliarios serán almacenados en contenedores debidamente señalizados y habilitados en el frente de trabajo, y considerando las especificaciones establecidas en el artículo 18 del D.S. N° 594/1999 del MINSAL (y sus modificaciones). Los residuos sólidos industriales no peligrosos generados durante la fase de construcción correspondientes a restos de geomembrana, tuberías y embalajes serán debidamente clasificados según su naturaleza y almacenados provisoriamente en un área habilitada para ello al interior de la Instalación de Faena, para luego ser retirados a un sitio de disposición final autorizado priorizando su reutilización y reciclaj e. 41 7.21. Componente/materia Residuos sólidos Operación: El proyecto no considera un aumento en la generación de residuos domiciliarios generados actualmente (se mantiene la misma generación durante la fase de operación). Los residuos domiciliarios serán almacenados en el área de almacenamiento temporal del Complejo Cerro Blanco, en contenedores debidamente señalizados, y considerando las especificaciones establecidas en el artículo 18 del D.S. N° 594/1999 del MINSAL (y sus modificaciones). Los residuos sólidos industriales no peligrosos serán destinados a las áreas de almacenamiento temporal existente en el Complejo Cerro Blanco para estos efectos y posteriormente serán trasladados al sitio de disposición final autorizado por la autoridad sanitaria. Cierre: Se estima que los residuos sólidos industriales generados durante la fase de cierre corresponden principalmente a restos de materiales y desechos de embalaje (madera, láminas, hormigón, plástico y otros), restos de tubería y geomembrana, con una tasa estimada de generación de 20 kg/mes aproximadamente. Estos residuos serán debidamente clasificados según su naturaleza y almacenados provisoriamente en una zona de almacenamiento con cuatro contenedores metálicos de una capacidad aproximada de 200 litros, debidamente señalizados, para luego ser retirados a un sitio de disposición final autorizado. Indicador que acredita su cumplimiento Autorización sanitaria de los sitios de almacenamiento temporal de los residuos. Autorización sanitaria de empresas encargadas de transporte y disposición final. Forma de control y seguimiento Se mantendrá disponible el registro de las autorizaciones para su fiscalización Referencia al ICE para mayores detalles Acápite 9.1.33 del ICE 7.22. Componente/materia: Residuos peligrosos Norma Decreto Supremo N° 148/2003 del Ministerio de Salud. Reglamento sanitario sobre manejo de residuos peligrosos. Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Todas las fases Parte, obra o acción a la que aplica Generación de Residuos sólidos peligrosos Forma de cumplimiento Fases de Construcción, Operación y Cierre En cada una de sus fases, el Proyecto no contempla la generación de residuos peligrosos, sin embargo, producto del mantenimiento de vehículos y maquinarias, se generan paños y EPP contaminados con aceites lubricantes y combustibles, estimando una generación aproximada de 1 Kg/mes. los que serán almacenados transitoriamente en las instalaciones actuales de cerro blanco, para posteriormente ser enviados a disposición final en destinatario autorizado. Indicador que acredita su cumplimiento Autorización sanitaria de los sitios de almacenamiento de los residuos peligrosos. 42 7.22. Componente/materia: Residuos peligrosos Autorización sanitaria de empresas encargadas de transporte y disposición final. Forma de control y seguimiento Se mantendrá disponible el registro de las autorizaciones para su fiscalización. Se contará con copia de RETC electrónico de los retiros realizados. Referencia al ICE para mayores detalles Acápite 9.1.35 del ICE 7.23. Componente/materia: Transporte Norma Decreto Supremo N°75/1987 del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones. Establece Condiciones para el Transporte de Cargas que Indica. Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Construcción, Operación y Cierre. Parte, obra o acción a la que aplica Transporte de carga. Forma de Cumplimiento El transporte de materiales se efectuará con la tolva o sección de carga tapada con lonas, de forma tal de impedir la dispersión del polvo en la atmósfera y el escurrimiento de materiales en el sustrato. Indicador que acredita su cumplimiento Registro de entrada y salida de camiones con carga cubierta. Forma de control y seguimiento Se mantendrá registro disponible en las dependencias del proyecto para ser fiscalizado por la Autoridad. Referencia al ICE para mayores detalles Acápite 9.1.39 del ICE 7.24. Componente/materia: Hidrología Norma Ley 18.892/98 del Ministerio de Economía, Fomento y Reconstrucción. Ley General de Pesca y Acuicultura Ley 18.892/98 Artículo N° 136 Ministerio de Economía, Fomento y Reconstrucción 23 de diciembre de 1989 Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Construcción, Operación y Cierre. Parte, obra o acción a la que aplica Todas las partes, obras y acciones del Proyecto Forma de Cumplimiento Se realizarán inspecciones visuales semestrales de las partes, obras y

acciones del Tranque de Relaves N°5, por parte del Jefe de Área, con el objetivo de realizar mantenciones preventivas. Indicador que acredita cumplimiento su Registro de inspección semestral y capacitación del plan de emergencia y contingencia al personal del Tranque de Relaves N°5. Forma de control y seguimiento Se mantendrá registro disponible en las dependencias del proyecto para ser fiscalizado por la Autoridad. Referencia al ICE para mayores detalles Acápite 9.1.40 del ICE 8°. Que, para ejecutar el Proyecto deben cumplirse las siguientes condiciones o exigencias, en concordancia con el artículo 25 de la Ley N° 19.300: 43 8.1. Fase Proyecto que aplica del a la Construcción Condición exigencia o La Secretaria Regional Ministerial de Transportes y Telecomunicaciones, Región Metropolitana de Santiago, en su Oficio Ord N°5541 de fecha 04 de junio de 2019, se pronuncia conforme, señalando lo siguiente: "Se debe considerar el ingreso y permanencia de vehículos al interior del proyecto, tanto para vehículos mayores como para menores. No se considera utilizar el Bien Nacional de Uso Público para efectuar esta labor. No se debe realizar acopio de materiales en la vía pública, durante los trabajos realizados en la fase de construcción del proyecto. Se deben habilitar zonas de estacionamientos y áreas de carga y descarga, al interior del terreno del proyecto, de manera tal que no afecte la vialidad pública. Para la fase de construcción se realizará una planificación de la carga y descarga de los camiones, evitando congestión o filas de vehículos en la calzada. Los camiones de transporte utilizados, contarán con revisión técnica y de gases al día. Se privilegiará el terreno del proyecto para faenas de carga y descarga de camiones, siempre que el avance de la obra lo permita. El acceso estará en buenas condiciones para el tránsito adecuado de vehículos y peatones. Todo el transporte de maquinaria pesada hacia la obra, tales como rodillos y retroexcavadoras, será realizada en carros de arrastre, impidiendo su transporte por tracción propia. Se privilegiará el horario fuera de horas punta para faenas de carga y descarga de camiones. Se capacitará a los trabajadores involucrados en materias de señalización de tránsito de obras provisorias. No se realizará acopio de materiales en la vía pública. Cumplir el Decreto Supremo N° 75 de 1987 Ministerio de Transportes que establece que los vehículos que transporten desperdicios, arena, tierra, ripio u otros materiales, ya sean sólidos o líquidos, que puedan escurrirse o caer al suelo, estarán construidos de forma que ello no ocurra por causa alguna. En zonas urbanas, el transporte de material que produzca polvo, tales como escombros, cemento, yeso, etc. deberá efectuarse siempre cubriendo total y eficazmente los materiales con lonas de plásticos de dimensiones adecuadas, u otro sistema que impida su dispersión al aire. Se deberá dar cumplimiento al Decreto N° 18 de 2001 y sus modificaciones del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones, el cual prohibe la circulación de vehículos de carga por las vías al interior del Anillo Américo Vespucio. En relación a las obras que se realicen en la vía pública, se solicita considerar lo dispuesto en Capítulo N° 5 "Señalización Transitoria y Medidas de Seguridad para Trabajos en la Vía" del Manual de Señalización de Tránsito y sus Anexos." 8.2. Fase Proyecto que aplica del a la Construcción Condición exigencia o La Secretaría Regional Ministerial de Obras Públicas, RM, mediante su Oficio Ord. N° N° 143/2019 (Sea- Seia- Adenda) de fecha 04 de julio de 2019, se pronuncia conforme, indicando lo siguiente: 44 "--En lo concerniente a la Accesibilidad y Conectividad Vial, el Titular deberá dar cabal cumplimiento en lo que corresponda, al DFL MOP 850/97, y a los DS MOP 158/80 y 200/93. -Restaurar a su estado original cualquier vía, espacio, u otra infraestructura pública que resultase afectada por faenas de construcción del proyecto. -Tener presente que cualquier iniciativa o acción que producto del presente proyecto pudiere eventualmente implicar algún tipo de intervención en vialidad de tuición del MOP, debe ser previamente presentada por el Titular, y aprobada por los Servicios competentes de este organismo. " 8.3. Fase del Proyecto a la que aplica Construcción Condició n exigencia o La Dirección 1369 de fecha siguiente: "I. y de el a 3. Permisos caso, proceso muro Construcción existentes; vertedero frontal, descarga, En declara: presenta continuación, En declara: Ord. antecedentes Respuesta cuyo aguas en 1.4 General de Agua, Región 10 de octubre de 2019, Que, se debe tener presente Ambientales Sectoriales de acuerdo a los antecedentes de evaluación de impacto Adenda 1 y Complementaria principal B-1, Peraltamiento de muro auxiliar Obra 1: Canal de Abandono; Vertedero -Canal de aproximación, y - Canal disipador Respuesta 3.1.4 a) "Si bien los canales las obras del Tranque de Ord. N°3140-99, la modificación en el contexto se complementan Respuesta 3.1.5.1 a) "a) Si bien esta N°3140-99, durante actualizados 3.1.5.1 b) declara: una obra que forma parte objetivo es evacuar lluvias para un periodo quebrada natural sin nombre." (..) En relación con los antecedentes por el Titular para la Planta Cerro Blanco", 158° del RSEIA, de competencia Metropolitana, mediante su Oficio Ord. N° se pronuncia conforme condicionando a lo que el análisis de aplicabilidad de los de competencia de la DGA es caso a declarados por el Titular durante el ambiental. De esta manera, en la DIA el Titular declara: el Peraltamiento del de los muros auxiliares (1 y 2), 3, Mejoramiento obras de apoyos de Contorno, Obra 2: Construcción de un de Abandono: - Vertedero del tipo sección trapecial, - Rápido de de energía. del Adenda Complementaria, el Titular de contorno fueron presentados como parte Relave N°5 aprobados por la DGA mediante de estas para el entubamiento se de la presente DIA. Por lo anterior, a los antecedentes del PAS 156:... ". del Adenda Complementaria, el Titular obra fue aprobada por la DGA mediante el la presente evaluación se presentarán los relativos al PAS 157 para la "Obra 2". Y en "b) El vertedero de abandono corresponde del aliviadero y cajón disipador de energía, crecidas con una capacidad para evacuar de retorno de 1000 años, la cual evacua técnicos y formales presentados Obra "Optimización Tranque de Relaves N°5, al proyecto no le es aplicable el PAS del Art. de la DGA.. de aguas, que debe Que, el Titular compromete un monitoreo de calidad ser aplicado en Fase de Operación y Cierre: Puntos Propuestos Parámetro s UTM Este UTM Norte Tipo de Uso muestreo ..... Ubicació n Existente/ Frecuenci a _ 45 Punto de Muestreo propuesto s Huertos Familiares P-4 NCh 409 0105 331.88 6 6.332.94 4 Subterráne a P otable aguas arriba Propuesto Bimensual Cooperativa s Huertos Familiares NCh 409 0105 332.54 8 6.331.64 8 Subterráne a Potable aguas arriba Propuesto Bimensual Tranque N° 5 NCh 1333.0178 y NCh 409 0105 329.55 9 6.328.59 8 Superficial o Broces tranque Existentes Bimensual Pozo N° 10 325.88 0 6.329.50 0 Subterráne a Riego aguas abajo Existentes Bimensual Pozo N° 14 326.50 O 6.330.00 o Subterráne a Riego a

aracjos Existentes Bimensual APR Polpaico NCh 1333.0178 y NCh. 409 01:05 324.09 2 6.328.59 3 Subterráne a Potable aguas abajo Propuesto Bimensual Laguna de Aguas Claras NCh 1333.0178 329.90 1 6.327.91 7 Superficial Proces o tranque Propuesto Bimensual Se precisa que se debe elaborar un informe Bimensual durante la Fase de Operación y Cierre, el cual será remitido a la SMA con una frecuencia Bimensual, y en conformidad a lo establecido Resolución Exenta N°223, de 26 de marzo de 2015, de la Superintendencia del Medio Ambiente, considerando las siguientes secciones: Resumen; Introducción; Objetivos; Materiales y método; Resultados (Incluido catastro visual); Discusiones; Conclusiones; Referencias; Anexos (Informes de laboratorio, fotografías, entre otros). Además, el Informe de Seguimiento considerará un resumen de los resultados obtenidos de los monitoreos, el cual será presentado en formato .xlsx (planillas Excel), con la estructura de datos según se indica a continuación: Nombre del Punto de Muestreo Coordenadas UTM(m) Danan WGS84 Norte Este Parámetros Valor Basal Unidad de Medida Resultado Fechas (día-mes- año) illes-allo) Fechas (día- Fechas (día-mes- año) El reporte además debe dar cumplimiento a lo establecido por la Resolución Exenta N° 894 del 24 de junio de 2019 que dicta instrucciones para la elaboración y remisión de informes de seguimiento ambiental del componente ambiental agua y de forma complementaria a los contenidos mínimos establecidos en la Resolución N° 223, de 26 de marzo de 2015, de la Superintendencia del Medio Ambiente. 4. Que, el Titular compromete el monitoreo de calidad de aguas por cinco años, después del Cierre (en adelante Post Cierre), según lo siguiente: "Tal como se mencionó en el punto 2.4.3 de la DIA, durante la fase de cierre del presente Proyecto en evaluación, y acorde a lo aprobado por la RCA N°364/98, se realizará un monitoreo de la calidad del Agua subterránea con el objetivo de demostrar que el tranque de relaves no ha generado ninguna alteración en la calidad de este componente, por lo que su abandono no reviste riesgo. La frecuencia del monitoreo de la calidad de agua subterránea será semestral para los primeros cinco años, una vez finalizada la fase de cierre." 46 Al respecto, este Servicio entiende que en base a lo presentado por el Titular, durante el proceso de evaluación, los puntos de monitoreo del Post Cierre deben ser los mismos que los establecidos para la Fase de Operación y Cierre, según lo siguiente: Puntos Propuestos Punto de Muestreo Parámetro s UTM Este UTM Norte Tipo de muestreo Uso (lb icació npropuesto Existente/ s Frecuenci a Huertos Familiares P-4 NCh 409 Of05 331.88 6 6.332.94 4 Subterráne a Potable aguas arriba Propuesto Semestral Cooperativa s Huertos Familiares NCh 409 Of0.5 332.54 8 6.331.64 8 Subterráne a Potable aguas arriba Propuesto Semestral Tranque N° 5 329.55 9 6.328.59 8 Superficial Proces o tranque Existentes Semestral Pozo N° 10 NCh I333.0f78 y NCh 409 325.88 0 6.329.50 0 Subterráne a Riego aguas aluno Existentes Semestral Pozo N° 14 OJOS 326.50 O 6.330.00 O Subterráne a Riego aguas abajo Existentes Semestral APR Polpaico NCh 133.3.0f 78 y NCh. 409 Of05 324.09 2 6.328.59 3 Subterráne a Potable abajo aguas Propuesto Semestral Laguna de Aguas Claras NCh 1333.0178 .329.90 I 6.327.91 7 Superficial Proces tranque Propuesto Semestral De igual manera, se entiende que de acuerdo a lo presentado por el Titular en Fase de Operación y Cierre, se debe elaborar un Informe Semestral durante el Pos Cierre (5 años), el cual será remitido a la SMA con una frecuencia Semestral, y en conformidad a lo establecido Resolución Exenta N°223, de 26 de marzo de 2015, de la Superintendencia del Medio Ambiente, considerando las siguientes secciones: Resumen; Introducción; Objetivos; Materiales y método; Resultados (Incluido catastro visual); Discusiones; Conclusiones; Referencias; Anexos (Informes de laboratorio, fotografías, entre otros). Además, el Informe de Seguimiento considerará un resumen de los resultados obtenidos de los monitoreos, el cual será presentado en formato .xlsx (planillas Excel), con la estructura de datos según se indica a continuación: Coordenadas UTM m) Datum WGS84 Nombre del Punto de Muestreo Norte Este Resultado Parámetros Parámetros í'alor Basa! Medida de Fechas (día-mes- ano) Fechas (día-mes- año) Fechas (día-mes- ano) El reporte además debe dar cumplimiento a lo establecido por la Resolución Exenta N° 894, de 24 de junio de 2019, de la Superintendencia del Medio Ambiente, que dicta instrucciones para la elaboración y remisión de informes de seguimiento ambiental del componente ambiental agua, y de forma complementaria a los contenidos mínimos establecidos en la Resolución Exenta N° 223, de 26 de marzo de 2015, de la Superintendencia del Medio Ambiente. 5. Que, el Titular compromete un Plan de Alerta Temprana, que según declara "tiene como objetivo principal definir las acciones necesarias destinadas a reducir o minimizar las eventuales desviaciones que se puedan producir en la calidad de las aguas subterráneas asociadas al sector de emplazamiento de la operación del Tranque de Relaves N° 5, 47 esto, cuando superen los umbrales preestablecidos y presentados en PAT ...". El PAT de adjunta en el Anexo 1.4 de la Adenda Complementaria, considerando los Puntos de Muestreo señalados en Tabla 3.1: Pozo N° 10, Pozo N° 14 y APR Polpaico. El Titular declara: "Se ha revisado la data histórica de la piscina de sedimentación y laguna de aguas claras, todas ellas incluidas en el Anexo 4.2.1 de la Adenda 1. En base a esto, la concentración de boro y molibdeno constituyen un indicador claro y distintivo de la presencia/ausencia de aguas de contacto en el medio receptor." Y además declara: "A partir de la información disponible en cada uno de los puntos de control Tabla 3.2), es posible definir el valor umbral representativo para cada uno de los puntos de control, a excepción del punto APR Polpaico, que por ahora no tiene análisis de calidad de boro ni molibdeno debido a que este punto estaba siendo monitoreado y evaluado según la Norma NCh 409. El valor umbral se determinará una vez que se haya completado un año de medición. ". El Titular declara: "Se han definido dos umbrales para cada uno de los parámetros que definen el PAT (Tabla 3.3: El umbral #1: O para el caso del boro, corresponde a la diferencia entre el valor de la Norma NCh1333 y el valor de la media menos la desviación estándar de la población de datos existente (Tabla 3.2); El en el caso del molibdeno, se establece en 0,005 mg/l, que corresponde a la mitad del valor del Límite de detección actual (0,01 mg/l). En el Plan de monitoreo se ha indicado la necesidad de disminuir el LD para que sea inferior al valor de la Norma de Riego, recomendando un nuevo límite de detección establecido en 0,002 mg/l. El umbral #2: corresponde al valor de la Norma NCh1333 tanto para el boro como para el molibdeno." Los umbrales establecidos en el Anexo 1.4 PAT son los siguientes: Punto de medición Parámetro Indicador Unidades (mg/1) Umbral #1 Umbral #2 Pozo N° 10 Boro mg/1 0,63 0,75 Molibdeno mg/1 0,005 0,01 Pozo N° 14 Boro mg/1 0,63 0,75 Molibdeno mg/1 0,005 0,01 APR Polpaico Boro mg/1 Por definir Por definir Molibdeno mg/1 Por definir Por definir Al respecto, se precisa que una vez finalizado el primer año de monitoreo y si los resultados entregan nuevos parámetros que excedan el umbral, la Autoridad podrá solicitar la incorporación de éstos en el PAT, con su respectivo umbral. Así también, la Autoridad podrá solicitar la modificación/actualización de los umbrales establecidos, en ese primer año como en los siguientes. 6. Que, tal como se establece en la Respuesta 1.5.1 del Adenda Complementaria, en caso de accidente/derrame que afecte los recursos hídricos, dentro de los cuales cabe precisar tanto los superficiales como subterráneos del área de proyecto, se aplicará la siguiente medida, la cual resulta relevante para la evaluación ambiental del proyecto, pues se encuentra asociada a las eventuales situaciones de riesgo o contingencia que pueden generar los efectos, características o circunstancias establecidos en el artículo 11 del RSE1A: "En caso de ocurrencia de un accidente que afecte los recursos hídricos superficiales y/o subterráneos, es necesario informar inmediatamente a la Superintendencia del Medio Ambiente, antes de 24 h, señalando lo indicado a continuación y además dicho Plan debe ser entregado al personal de la empresa y contratistas y a las diferentes autoridades que eventualmente participarían en el manejo en terreno de una emergencia: i. Descri s ción del accidente, indicando lu ar, 48 I identificación de la sustancia, área de influencia, duración y magnitud del evento y principales impactos ambientales. ii. Detalles de cada acción y medida de mitigación utilizadas durante el evento de contaminación. iii. Evaluación de los efectos sobre los recursos hídricos superficiales y/o subterráneos afectados y su medio ambiente asociado y resultados de los monitoreos inmediatos en el área de influencia. iv. En caso de ser necesario, un Programa de Medidas de Descontaminación de la zona, metodología, y evaluación de la efectividad de las medidas, para ser aprobado por la Autoridad. (Sólo en caso de accidentes)." 7. Otras Consideraciones relacionadas con el proceso de Evaluación de Impacto Ambiental a) Que, en Respuesta 28 del Adenda 1, el Titular declaró: "Se aclara que el presente Proyecto producto de sus partes, obras y acciones, no contempla la afectación del recurso hídrico con respecto a su disponibilidad, utilización y aprovechamiento racional futuro, debido a que el predio que ocupa el actual complejo Planta Cerro Blanco posee derechos de aprovechamiento se encuentran otorgados por parte de la DGA, según la resolución N° 242/84 (Anexo 2.5 de la DIA) por un caudal de 120 l/s, y no se contempla una nueva extracción, y menos aún, aumentar la aprobada. Por tanto, la optimización del actual Tranque de Relaves N°5, no requiere de nuevas extracciones de agua subterráneas, distintas a las existentes. ". b) Que, se debe tener presente que en Respuesta 1.1.1 del Adenda Complementaria, el Titular declaró; "De acuerdo a lo solicitado por la Autoridad, es necesario aclarar que en la Adenda N°1, en el aparatado IX Modificación de proyecto, punto 5, se indica que el presente Proyecto en evaluación tendrá una vida útil estimada en cuatro (4) a cinco (5) años a plena producción." c) Que, se debe tener presente que en Respuesta 3.1.5.1 d) del Adenda Complementaria, el Titular declaró: "Se aclara que el camino que será atravesado por la obra en cuestión, quedará inhabilitado o inoperativo, puesto que el proyecto se encontrará en su Fase de Cierre y no intervendrá con el transito del proyecto en tal uturo. ". 8.4. Fase del Construcción Proyecto a la que aplica Condición La Secretaría Regional Ministerial de Medio Ambiente, RM, mediante su Oficio o Ord. N°916 de fecha 14 de octubre de 2019, se pronuncia conforme, indicando lo exigencia siguiente: "Una vez iniciado el proyecto, se deberá resguardar las especies Prosopis chilensis (Algarrobo) y Porlieria chilensis (Guayacán) ambas especies en categoría de conservación Vulnerable, considerando que el titular en su respuesta 5.1.3 descarta efectos adversos sobre la cantidad o calidad del bosque nativo presente y en respuesta 5.1.5 señala evacuar aguas lluvias para un periodo de retorno a una quebrada natural sin nombre apreciándose ejemplares aislados de dichas especies; así mismo, dada la presencia del recurso hídrico podría eventualmente generarse hábitat en el medio natural para otras especies, 49 por ejemplo anfibios, iguana chilena, garza cuca entre otras, el titular deberá identificar las zonas de importancia ambiental por la presencia y abundancia de las especies protegidas con el objetivo de incorporar medidas de conservación o resguardo especies que se encuentre y su ecosistema. Todo lo anterior, con el propósito de mantener medidas preventivas para favorecer la conservación de la biodiversidad y en virtud de las competencias que nos confiere el artículo 70, de la Ley N° 19.300 de Sobre Bases Generales del Medio Ambiente y sus modificaciones introducidas por Ley 20.417" 9°. Que, durante el procedimiento de evaluación de la DIA el Titular del Proyecto propuso los siguientes compromisos ambientales voluntarios: 9.1. Compromiso Voluntario "Alyentamiento de aves en el espejo de agua" Nombre Compromiso Ambiental Voluntario Ahuyentamiento de aves en el espejo de agua Fase en que aplica Todas las fases Objetivo y justificación Disuadir las aves que llegan al espejo de agua artificial, por el hecho, de no ser un lugar natural ni adecuado para su habitabilidad. Lugar, forma y oportunidad implementación de Lugar: Tranque (Espejo de Agua) Forma: Esto se realizará mediante técnicas no letales como uso de armas de aire comprimido, cañones de gas, parlantes con sonidos de predadores, luz láser, etc. de manera de que disuadan a las aves de ocupar el área. Definir una técnica a priori no es recomendable dado que se ha demostrado que la avifauna se acostumbra en un mediano plazo a las técnicas por lo que es necesario el ir variando la técnica empleada para que sea exitosa. Oportunidad: una vez iniciada la fase de construcción, manteniéndose en todas las fases Indicador de cumplimiento Registro fotográfico y monitoreo de aves en el sector. Forma de control y seguimiento Chequeo y monitoreo constante del espejo de agua, que no exista asentamiento de aves. Referencia al ICE para mayores detalles Acápite 11.1.1 del ICE 9.2. Compromiso Voluntario "Adicionar Medición MP 2,5 a Monitoreo Huertos Familiares" Nombre Compromiso Ambiental Voluntario Adicionar Medición MP 2,5 a Monitoreo Huertos Familiares Fase en que aplica Operación Objetivo y justificación Medir la calidad del aire de MP2,5 en la localidad de Huertos Familiares, con el objetivo de hacer seguimiento a la calidad del aire. Lugar, forma y oportunidad implementación de Lugar: Estación Monitoreo - Huertos Familiares Forma: Adicionar un monitoreo de MP2,5, a la actual estación de Huertos Familiares de POLPAICO. Oportunidad: Una vez iniciada la fase de operación, se realizará un monitoreo mensual, con una periodicidad trimestral. _ Indicador de cumplimiento Remisión de informe, a través de portal SNIFA, a la SMA. 50 Referencia al ICE para mayores detalles Acápite 11.1.2 del ICE 10°. Que, las medidas relevantes del Plan de Prevención de Contingencias y del Plan de Emergencias, son las siguientes: 10.1. PLAN DE PREVENCIÓN DE CONTINGENCIAS 10.1.1. Situación de riesgo o contingencia 1 Tabla 8.1. Situación de riesgo o contingencia 1 Riesgo o contingencia Presencia de Fauna ocasional en área de emplazamiento del Proyecto. Fase del proyecto a la que aplica Construcción, operación y Cierre. Emplazamiento, parte, obra o acción asociada Tranque de relaves N°5 Acciones o medidas a implementar para prevenir la contingencia Implementación de ahuyentador para aves acuáticas. Educación ambiental y medidas de buenas prácticas a los trabajadores en relación a presencia de fauna silvestre. Perturbación de áreas a intervenir. Serialética en caminos en sector del tranque Referencia a documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada Línea Base fauna terrestre, Capítulo IV de Adenda Acciones o medida a implementar para controlar la emergencia i) Implementación de ahuyentador para aves acuáticas: Esto se realizará mediante técnicas no letales como uso de armas de aire comprimido, cañones de gas, parlantes con sonidos de predadores, luz láser, etc. de manera de que disuadan a las aves de ocupar el área. Definir una técnica a priori no es recomendable dado que se ha demostrado que la avifauna se acostumbra en un mediano plazo a las técnicas por lo que es necesario el ir variando la técnica empleada para que sea exitosa. Esta actividad se realizará una vez iniciada la fase de construcción y manteniéndose en la fase de operación. Se realizará monitoreo de aves en el sector con un registro fotográfico de las acciones realizadas, ii) Educación ambiental y medidas de buenas prácticas en relación a presencia de fauna silvestre: Durante la construcción y operación de las obras del Proyecto, se realizará inducciones ambientales a los trabajadores que operen y transiten en el camino de contorno del tranque de relaves. Las especies objetivos será aquella fauna potencial en el área de influencia, con especial atención en aquellas clasificadas con categoría de conservación a nivel nacional De manera complementaria, se comunicarán medidas de buenas prácticas ambientales en relación a la presencia de fauna silvestre, tales como: respetar los límites de velocidad, y disminuir en el caso de presencia de fauna; prohibición de cazar o capturar animales silvestres, no intervenir en nidos o madrigueras, tampoco la recolección de huevos y crías; prohibición de introducir especies exóticas o domésticas; no alimentar animales silvestres; respetar área de trabajo. 51 iii) Perturbación de áreas a intervenir: En las zonas de aumento de cota de inundación se implementará una perturbación de la vegetación presente, así como también remoción manual de madrigueras y potenciales refugios. De esta forma, aunque no se puede impedir el uso y establecimiento de animales silvestres en el largo plazo, el objetivo de la presente perturbación busca minimizar la presencia de fauna en zonas con proyección de inundación. iv) Señalética en caminos en sector del tranque: se instalarán letreros en caminos en el área de inundación donde se acote la velocidad de desplazamiento a 30km/hr, velocidad que permitiría frenar con tiempo suficiente de manera de evitar el atropello de fauna. Además de lo anterior se instalará carteles en los puntos de avistamiento de la presencia de Iguana Chilena como sectores sensibles desde el punto de vista de la fauna. Informe previo al inicio de la construcción ("Plan de contingencia de Fauna Terrestre") donde se detalle las técnicas de disuasión de aves a utilizar, los alcances de las inducciones al personal nuevo y la ubicación y tipo de señalética a implementar. Entrega de informe de "Plan de contingencia de Fauna Terrestre" previo al inicio de fase de construcción el que contendrá detalle de las técnicas de disuasión de aves a utilizar, los alcances de las inducciones al personal nuevo y la ubicación y tipo de señalética a implementar. Registro de operación de sistema de ahuyentamiento, e informe anual de monitoreo indicando las acciones realizadas y registro fotográfico Asistencia de charlas educacionales, mediante el comprobante firmado por cada trabajador que haya sido inducido Informe de las actividades de perturbación realizada en el contorno del embalse con registro fotográfico, fechas y actividades realizadas. Informe de instalación de señalética, en el cual se indique mediante un registro fotográfico de la instalación de la señalética comprometida en el "Plan de contingencia de Fauna Terrestre". Oportunidad y vías de comunicación a la SMA de la activación del Plan Informe previo al inicio de la construcción ("Plan de contingencia de Fauna Terrestre") donde se detalle las técnicas de disuasión de aves a utilizar, los alcances de las inducciones al personal nuevo y la ubicación y tipo de señalética a implementar. Referencia a documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada Tabla 4: Respuesta ante Situaciones de Emergencia; Anexo Plan de emergencias depósito de relaves tranque 5 Planta Cerro Blanco. Referencia al ICE o documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada Acápite 8.1 del ICE 10.1.2. Riesgo o contingencia 2 Tabla 8.2Situación de riesgo o contingencia 2 Riesgo o Incendios 52 1 contingencia Fase del proyecto a la que aplica Construcción Operación Cierre Emplazamiento, parte, obra o acción asociada Tranque de relaves N° 5 Acciones o medidas a implementar para prevenir la contingencia Se cuenta con extintores ubicados en las áreas, obedeciendo a las necesidades y disposición de materiales que, eventualmente, pueden ser combustibles. Se realiza una inspección mensual de los extintores ubicados en el área del tranque. Se mantiene el orden y la limpieza en los lugares de trabajo, para verificar que se mantengan libres de obstáculos. Se realizan chequeos de las líneas, sistemas y equipos que utilizan corriente eléctrica. Si los equipos no se están utilizando, se chequea que queden desenergizados. Se capacita a los trabajadores del área sobre los principios de funcionamiento de los sistemas de extinción de incendio. Acciones o medida a implementar para controlar la emergencia Comunica emergencia llamando al anexo 6133, por teléfono celular 02 2637 6133 o por radio al canal 1. Solicita presencia del Líder de Emergencia en el lugar, para evaluar la magnitud de la emergencia Consulta Hoja de Datos de Seguridad de los productos involucrados. Si es un amago de incendio atacar con extintor existente en el lugar. Se solicitará el camión aljibes de la Mina en caso de fuegos en sectores colindantes a la planta. Solicitar la presencia de Bomberos por teléfono. Si es un incendio declarado, aplica el procedimiento de evacuación. Comunicar término de emergencia y regreso a operación normal. Oportunidad y vías de comunicación a la SMA de la activación del Plan La comunicación entre el Titular y la SMA se realizará a través de la Plataforma de SNIFA, Reporte de Aviso/Contingencia/Incidente, proporcionando toda la información necesaria que se solicita. En caso de ocurrir la emergencia se elaborará un informe que da cuenta de las acciones realizadas y será remitida a la SMA en un plazo no mayor a 15 días de ocurrida la emergencia. Referencia a documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada Tabla 4: Respuesta ante Situaciones de Emergencia; Anexo Plan de emergencias depósito de relaves tranque 5 Planta Cerro Blanco de la DIA. Referencia al ICE o documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada Acápite 8.2 del ICE 10.1.3. Riesgo o contingencia 3 Tabla 8.3Situacion de riesgo o contingencia 3 Riesgo contingencia o Sismos/Terremotos 53 Fase del proyecto a la que aplica Todas las fases Emplazamiento, parte, obra o acción asociada Tranque de relaves N° 5 Acciones o medidas a implementar para prevenir la contingencia Se efectúan simulacros según el programa de Prevención de Riesgos, donde participa el personal de operaciones, quienes están al tanto de las acciones a ejecutar en caso de emergencia, siguiendo paso a paso lo establecido en el Plan y siguiendo los canales de aviso/comunicación y responsabilidades allí descritas. Los factores que se evalúan durante la activación de los simulacros son: tiempo de respuesta interna, coordinación para mitigar impactos negativos y controlar la emergencia, flujo de información, desempeño de la Brigada de Emergencia y el personal involucrado, distribución y uso de los recursos de la compañía. Acciones o medida a implementar para controlar la emergencia En lo posible detener todos los equipos, vehículos, etc. que se encuentran funcionando y que tengan relación con la emergencia. Permanezca en lo posible en su lugar de trabajo en lugar seguro. Mantenga la calma. Evite correr y/o gritar. Absténgase de hacer uso del teléfono. Si el sismo es de gran intensidad, ubicarse en zonas de seguridad preestablecidas. Ante la necesidad de abandonar el recinto de trabajo, siga las siguientes instrucciones: Salga con paso rápido del lugar (no correr), siguiendo las instrucciones de evacuación. En caso de ubicarse en el Tranque de relaves, esperar instrucciones de desplaza. No regrese hasta que sea autorizado. Si durante el sismo se encuentra fuera de su lugar de trabajo, no intente ingresar a ella, busque refugio en un lugar seguro. Mantenga siempre despejadas las vías de evacuación. Comunicar término de la emergencia y regreso a operación normal. Oportunidad y vías de comunicación a la SMA de la activación del Plan La comunicación entre el Titular y la SMA se realizará a través de la Plataforma de SNIFA, Reporte de Aviso/Contingencia/Incidente, proporcionando toda la información necesaria que se solicita. En caso de ocurrir la emergencia se elaborará un informe que da cuenta de las acciones realizadas y será remitida a la SMA en un plazo no mayor a 15 días de ocurrida la emergencia. Referencia a documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada Tabla 4: Respuesta ante Situaciones de Emergencia; Anexo Plan de emergencias depósito de relaves tranque 5 Planta Cerro Blanco de la DIA Referencia al ICE o documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada Acápite 8.3 del ICE 54 10.1.4. Riesgo o contineencia 4 Tabla 8.4Situacion de riesgo o contingencia 4 Riesgo o contingencia Lluvias intensas Fase del proyecto a la que aplica Construcción Operación Cierre Emplazamiento, parte, obra o acción asociada Tranque de relaves N°5 Acciones o medidas a implementar para prevenir la contingencia Capacitación al personal sobre las medidas de protección que se deben tomar asociadas a las inclemencias del tiempo. Se monitoreará de forma permanente el pronóstico del tiempo, información que está disponible para cada turno. Durante los meses de mayores precipitaciones, se realizarán visitas inspectivas con mayor frecuencia al área del tranque, para verificar el buen funcionamiento de las maquinarias, equipos y las condiciones estructurales de muros, sistemas de impulsión, etc; lo que permite identificar con antelación aquellos sectores susceptibles de presentar mayores riesgos. Los encargados de la operación del tranque, mantendrán una constante revisión de las piscinas existentes, asegurando que estén en funcionamiento y en óptimas condiciones. Acciones o medida a implementar para controlar la emergencia En lo posible detener todos los equipos, vehículos, etc. que se encuentran funcionando. Ante la necesidad de abandonar el recinto de trabajo debido a episodios de lluvias de gran intensidad, siga las siguientes instrucciones: Salga con paso rápido del lugar (no correr), siguiendo las instrucciones de evacuación. No regrese hasta que sea autorizado. Si durante el episodio de lluvias, no logra hacer uso de los caminos habilitados para llegar a Planta, busque refugio en un lugar seguro ya indicado previamente por el encargado del área. Mantenga y utilice siempre vías despejadas de evacuación Comunicar término de la emergencia y regreso a operación normal. Oportunidad y vías de comunicación a la SMA de la activación del Plan La comunicación entre el Titular y la SMA se realizará a través de la Plataforma de SNIFA, Reporte de Aviso/Contingencia/Incidente, proporcionando toda la información necesaria que se solicita. En caso de ocurrir la emergencia se elaborará un informe que da cuenta de las acciones realizadas y será remitida a la SMA en un plazo no mayor a 15 días de ocurrida la emergencia. Referencia a documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada Tabla 4: Respuesta ante Situaciones de Emergencia; Anexo Plan de emergencias depósito de relaves tranque 5 Planta Cerro Blanco de la DIA Referencia al ICE o documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada Acápite 8.4 del ICE 10.1.5. Riesgo o contingencia 5 55 Tabla 8.5Situación de riesgo o contingencia 5 Riesgo o contingencia Daño a tendido eléctrico (EPF N° 4) Fase proyecto a del la que aplica Construcción Operación

Emplazamiento, parte, obra o acción asociada Tranque de relaves N° 5 Acciones o medidas a implementar para prevenir la contingencia El área debe estar iluminada (de ser posible). Siempre usar los elementos de protección personal. Siempre respetar señaléticas y resguardos implementados en el área de trabajo. Siempre realizar check list operacional (Identificar situaciones peligrosas). Acciones o medida a implementar para controlar la emergencia Comunicar emergencia llamando al anexo 6133, por teléfono celular 02 637 6133 o por radio al canal 1. Solicitar presencia del Líder Brigada de Emergencia en el lugar para evaluar situación. Solicitar presencia del Eléctrico y Mecánico de Turno el lugar para evaluar situación. Suspender el trabajo en esa área. Bloquear acceso al área. Si existen lesionados otorgar los primeros auxilios y solicita la concurrencia de la ambulancia. Solicitar la presencia de la ambulancia por teléfono. Evaluar los daños y repone tendido eléctrico. Comunicar término de emergencia y regreso a operación normal (por parte del COP) Oportunidad y vías de comunicación a la SMA de la activación del Plan La comunicación entre el Titular y la SMA se realizará a través de la Plataforma de SNIFA, Reporte de Aviso/Contingencia/Incidente, proporcionando toda la información necesaria que se solicita. En caso de ocurrir la emergencia se elaborará un informe que da cuenta de las acciones realizadas y será remitida a la SMA en un plazo no mayor a 15 días de ocurrida la emergencia. Referencia a documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada Tabla 4: Respuesta ante Situaciones de Emergencia; Anexo Plan de emergencias depósito de relaves tranque 5 Planta Cerro Blanco de la DIA. Referencia al ICE o documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada Acápite 8.5 del ICE 10.1.6. Situaciones de riesgo o contingencia 6 Tabla 8.6 Situaciones de riesgo o contingencia 6 Ries go contingencia o Fallas de equipos operacionales (estación elevadora 362 e hidrociclones), estructuras (roturas de ductos que conducen relave al tranque, estanques RT1, RT2 y RT3), instalaciones y vehículos Fase del Construcción 56 proyecto a la que aplica Operación Cierre Emplazamiento, parte, obra o acción asociada Tranque de relaves N° 5 Acciones o medidas a implementar para prevenir la contingencia Realizar mantenimientos preventivos a los equipos, estructuras y vehículos, según la planificación que se maneja en planta, respetando la periodicidad indicada en el programa de mantenimiento. Acciones o medida a implementar para controlar la emergencia Comunicar emergencia llamando al anexo 6133, por teléfono celular 02 2637 6133 o por radio al canal 1. Solicitar presencia del Líder Brigada de Emergencia en el lugar para evaluar situación en caso de que la emergencia no puede ser abordada solo desde el aspecto operacional. Solicitar la concurrencia de Eléctrico y Mecánico de Turno Si existen lesionados otorgar los primeros auxilios y solicita la concurrencia de la ambulancia y/o bombero (Adicionalmente, llamar a bomberos y ambulancia en caso de ser necesario) Evacuar el área, delimitar y señalizar el área. Tomar muestra de la piscina de emergencia para realizar análisis bajo la NCh de referencia NCh 1333 Of 78, Requisitos de Calidad del agua para diferentes usos, específicamente lo señalado en el punto 6. Requisitos del agua para riego. Comunicar término de emergencia y regreso a operación normal. Oportunidad y vías de comunicación a la SMA de la activación del Plan La comunicación entre el Titular y la SMA se realizará a través de la Plataforma de SNIFA, Reporte de Aviso/Contingencia/Incidente, proporcionando toda la información necesaria que se solicita. En caso de ocurrir la emergencia se elaborará un informe que da cuenta de las acciones realizadas y será remitida a la SMA en un plazo no mayor a 15 días de ocurrida la emergencia. Referencia a documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada Tabla 4: Respuesta ante Situaciones de Emergencia; Anexo Plan de emergencias depósito de relaves tranque 5 Planta Cerro Blanco de la DIA. Referencia al ICE o documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada Acápite 8.6 del ICE 10.1.7. Situación de riesgo o contingencia 7 Tabla 8.7Situacion de riesgo o contingencia 7 Riesgo o contingencia Transporte de residuos Fase del proyecto a la que aplica Construcción Operación Cierre Emplazamiento, parte, obra o acción asociad Tranque de relaves N° 5 57 Acciones o medidas a implementar para prevenir la contingencia Debe ser realizado al interior de los caminos autorizados en PCB que conducen al sector de almacenamiento temporal de Residuos Sólidos Domésticos (RSD) y Residuos Industriales Sólidos No Peligrosos (RISNP) del Tranque N° 5. El transportista debe estar autorizado, cumpliendo con el estándar de seguridad implementado en PCB, que es evaluado por el área de Prevención de riesgos y Salud Ocupacional (PRSO). Las restricciones en velocidad y las señalizaciones en los caminos deben ser respetadas en todo momento. Los vehículos que transportan residuos deben contar con su autorización sanitaria, mantenimiento y revisión técnica al día. Acciones o medida a implementar para controlar la emergencia Apagar el motor si está funcionando el vehículo o la maquinaria. Notificar al Jefe de Área inmediatamente y comunique emergencia llamando al anexo 6133, por teléfono celular 2 2637 6133 o por radio al canal 1. Solicitar presencia del Líder Brigada de Emergencia en el lugar para evaluar situación. Despejar el área hasta que el vehículo sea estabilizado. Si existen lesionados otorgar los primeros auxilios y solicite la concurrencia de la ambulancia y/o bombero (en caso de ser necesario se debe llamar a ambulancia y/o bomberos). Comunicar término de emergencia y regreso a operación normal. En caso de existir derrame de combustible, ejecutar las acciones necesarias según el procedimiento determinado. Oportunidad y vías de comunicación a la SMA de la activación del Plan La comunicación entre el Titular y la SMA se realizará a través de la Plataforma de SNIFA, Reporte de Aviso/Contingencia/Incidente, proporcionando toda la información necesaria que se solicita. En caso de ocurrir la emergencia se elaborará un informe que da cuenta de las acciones realizadas y será remitida a la SMA en un plazo no mayor a 15 días de ocurrida la emergencia. Referencia a documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada Tabla 4: Respuesta ante Situaciones de Emergencia; Anexo Plan de emergencias depósito de relaves tranque 5 Planta Cerro Blanco de la DIA. Referencia al ICE o documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada Acápite 8.7 del ICE 10.1.8. Situación de riesgo o contingencia 8 Tabla 8.8Situacion de riesgo o contingencia 8 Riesgo o contingencia Rebalse de piscinas y/o sistemas de impulsión de relaves o agua (estación elevadora 362 e hidrociclones), roturas de ductos que conducen relave al tranque, estanques RT1,RT2 y RT3. proyecto a se del la que aplica Construcción Operación

Emplazamiento, parte, obra o acción asociada Tranque de relaves N° 5 Acciones o Se efectúan revisiones periódicas, según programa de mantención, a los 58 medidas a implementar para prevenir la contingencia tramos de las cañerías descubiertas, también se realiza este chequeo a las piscinas, con el fin de evaluar el estado en el que se encuentran. Utilizar material de contención en el caso de que se presenten derrames desde los sistemas de impulsión y piscinas. En el caso de presentarse un derrame en estos sectores, se deben tomar las acciones según lo establecido en el procedimiento de derrames. Acciones o medida a implementar para controlar la emergencia Comunicar emergencia llamando al anexo 6133, por teléfono celular 02 2637 6133 o por radio al canal 1. Solicitar presencia del Líder Brigada de Emergencia en el lugar para evaluar situación. Solicitar la concurrencia de Eléctrico y Mecánico de Turno Evacuar el área, delimitar y señalizar el área. Tomar muestra de la piscina de emergencia para realizar análisis bajo la NCh de referencia NCh 1333 Of 78, Requisitos de Calidad del agua para diferentes usos, específicamente lo señalado en el punto 6. Requisitos del agua para riego. Comunicar término de emergencia y regreso a operación normal. Oportunidad y vías de comunicación a la SMA de la activación del Plan La comunicación entre el Titular y la SMA se realizará a través de la Plataforma de SNIFA, Reporte de Aviso/Contingencia/Incidente, proporcionando toda la información necesaria que se solicita. En caso de ocurrir la emergencia se elaborará un informe que da cuenta de las acciones realizadas y será remitida a la SMA en un plazo no mayor a 15 días de ocurrida la emergencia. Además, se informará por medio de esta plataforma a Sernapesca Referencia a documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada Tabla 4: Respuesta ante Situaciones de Emergencia; Anexo Plan de emergencias depósito de relaves tranque 5 Planta Cerro Blanco de la DIA. Referencia al ICE o documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada Acápite 8.8 del ICE 10.1.9. Riesgo o contingencia 9 Tabla 8.9 Situación de riesgo o contingencia 9 Riesgo o contingencia Afectación aguas superficiales y subterráneas Fase del proyecto a la que aplica Construcción Operación Emplazamiento, parte, obra o acción asociada Tranque de relaves N°5 Acciones o medidas a implementar para prevenir la contingencia Se realizará un análisis interno de los parámetros fisicoquímicos del agua (T°, C°, CE y SDT). Si la afectación compromete un sector significativo, se solicitará un muestreo a través de un laboratorio certificado. Acciones o medida a implementar Notificar al Jefe de Área inmediatamente y comunique emergencia llamando al anexo 6133, por teléfono celular 02 2637 6133 o por radio al canal 1. 59 para controlar la emergencia En caso de existir derrame de combustible, ejecutar las acciones necesarias según el procedimiento determinado Tomar muestra para realizar análisis bajo la NCh de referencia NCh 1333 Of 78, Requisitos de Calidad del agua para diferentes usos, específicamente lo señalado en el punto 6. Requisitos del agua para riego. Oportunidad vías comunicación la SMA de activación Plan y de a la del En caso de ocurrencia de accidente que comprometa los recursos hídricos subterráneos y superficiales, se informará antes de 24 horas, a la Superintendencia del Medio Ambiente, indicando lo siguiente: Descripción del accidente, indicando lugar, identificación de la sustancia, área de influencia, duración y magnitud del evento y principalesimpactos ambientales. Detalles de cada acción y medida de mitigación utilizadas durante el evento de contaminación. Evaluación de los efectos sobre los recursos hídricos superficiales y/o subterráneos afectados y su medio ambiente asociado y resultados de los monitoreos inmediatos en el área de influencia. En caso de ser necesario, un Programa de Medidas de Descontaminación de la zona, metodología, y evaluación de la efectividad de las medidas, para ser aprobado por la Autoridad. (sólo en caso de accidentes)." Referencia documentos expediente evaluación contenga descripción detallada a del de que la La comunicación entre el Titular y la SMA se realizará a través de la Plataforma de SNIFA, Reporte de Aviso/Contingencia/Incidente, proporcionando toda la información necesaria que se solicita. En caso de ocurrir la emergencia se elaborará un informe que da cuenta de las acciones realizadas y será remitida a la SMA en un plazo no mayor a 15 días de ocurrida la emergencia. (Punto 1.5.1 de la Adenda complementaria.) Referencia ICE documentos expediente evaluación contenga descripción detallada al o del de que la Acápite 8.9 del ICE 10.1.10. Riesgo o contingencia 10 Tabla 8.10 Situación de riesgo o contingencia 10 Riesgo o contingencia Aumento de agua en los muros Fase proyecto a del que aplica Construcción Operación

Emplazamiento, parte, obra o acción asociada Muro de coronamiento, manejo del Tranque de relaves Acciones o medidas a implementar para prevenir la contingencia Seguimiento de niveles de aumento de agua en la proximidad de los muros. Inspección visual de la cubeta, respecto de los avances de los niveles de agua durante las lluvias intensas, así como la evolución de estas detectadas en los piezómetros. Inspección visual del sistema de captación de agua. Acciones o medida a implementar para controlar la emergencia Notificar al Jefe de Área inmediatamente y comunique emergencia llamando al anexo 6133, por teléfono celular 2 2637 6133 o por radio al canal 1. Detención total del área de la concentradora hasta volver a la condición normal de manejo de agua en la operación 60 Oportunidad y vías de comunicación a la SMA de la activación del Plan La comunicación entre el Titular y la SMA se realizará a través de la Plataforma de SNIFA, Reporte de Aviso/Contingencia/Incidente, proporcionando toda la información necesaria que se solicita. En caso de ocurrir la emergencia se elaborará un informe que da cuenta de las acciones realizadas y será remitida a la SMA en un plazo no mayor a 15 días de ocurrida la emergencia. Referencia a documentos del expediente de Tabla 4: Respuesta ante Situaciones de Emergencia; Anexo Plan de evaluación que emergencias depósito de relaves tranque 5 Planta Cerro Blanco de la contenga la descripción detallada DIA. Referencia al ICE o documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada Acápite 8.10 del ICE 10.1.11. Riesgo o contin encia 11 Tabla 8.11 Situación de riesgo o contingencia 11 Riesgo o contingencia Derrame de combustible Fase del proyecto a la que aplica Construcción Operación Cierre Emplazamiento, parte, obra o acción asociada Manejo de combustibles en la torreta Acciones o medidas a implementar para prevenir la contingencia En caso de carga de combustibles, contar con una bandeja antiderrame para realizar la carga correspondiente Acciones o medida a implementar para controlar la emergencia Notificar al Jefe de Área inmediatamente y comunique emergencia llamando al anexo 6133, por teléfono celular 02 2637 6133 o por radio al canal 1. Verificar la magnitud del derrame para ver si es necesario activar el Plan de emergencia de Planta Realizar conforme lo evaluado, las acciones determinadas en el Protocolo de derrame. Oportunidad y vías de comunicación a la SMA de la activación del Plan La comunicación entre el Titular y la SMA se realizará a través de la Plataforma de SNIFA, Reporte de Aviso/Contingencia/Incidente, proporcionando toda la información necesaria que se solicita. En caso de ocurrir la emergencia se elaborará un informe que da cuenta de las acciones realizadas y será remitida a la SMA en un plazo no mayor a 15 días de ocurrida la emergencia. Además, se informará por medio de esta plataforma a Sernapesca. Referencia a documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada Tabla 4: Respuesta ante Situaciones de Emergencia; Anexo Plan de emergencias depósito de relaves tranque 5 Planta Cerro Blanco de la DIA. 61 Referencia al ICE o documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada Acápite 8.11 del ICE 11°. Que, durante el proceso de evaluación no hubo solicitud de participación ciudadana, desarrollado conforme a lo dispuesto en el artículo 30 bis de la Ley N° 19.300, por lo que, no se realizaron observaciones por parte de la comunidad respecto del Proyecto. 12°. Que, el Titular deberá remitir a la Superintendencia del Medio Ambiente la información respecto de las condiciones, compromisos o medidas, ya sea por medio de monitoreos, mediciones, reportes, análisis, informes de emisiones, estudios, auditorías, cumplimiento de metas o plazos, y en general cualquier otra información destinada al seguimiento ambiental del Proyecto, según las obligaciones establecidas en la presente Resolución de Calificación Ambiental y las Resoluciones Exentas que al respecto dicte la Superintendencia del Medio Ambiente. De igual forma, y a objeto de conformar el Sistema Nacional de Información de Fiscalización Ambiental (SNIFA), el Registro Público de Resoluciones de Calificación Ambiental y registrar los domicilios de los sujetos sometidos a su fiscalización en conformidad con la ley, el Titular deberá remitir en tiempo y forma toda aquella información que sea requerida por la Superintendencia del Medio Ambiente a través de las Resoluciones Exentas que al respecto ésta dicte. 13°. Que, el Titular deberá informar a la Superintendencia del Medio Ambiente la realización de la gestión, acto o faena mínima que da cuenta del inicio de la ejecución de obras, a que se refiere el Considerando 4.1 de la presente Resolución. 14°. Que, con el objeto de dar adecuado seguimiento a la ejecución del Proyecto, el Titular deberá informar a la Superintendencia del Medio Ambiente, al menos con una semana de anticipación, el inicio de cada una de las fases del Proyecto, de acuerdo a lo indicado en la descripción del mismo. 15°. Que, para que el proyecto Optimización Tranque de Relaves N°5, Planta Cerro Blanco pueda ejecutarse, deberá cumplir con todas las normas vigentes que le sean aplicables. 16°. Que, el Titular deberá informar inmediatamente a la Secretaría de la Comisión de Evaluación de la Región de la Región Metropolitana de Santiago y a la Superintendencia del Medio Ambiente, la ocurrencia de impactos ambientales no previstos en la DIA, asumiendo inmediatamente las acciones necesarias para abordarlos. 17°. Que, el Titular del Proyecto deberá comunicar inmediatamente y por escrito a la Dirección Regional del SEA de la Región Metropolitana de Santiago la ocurrencia de cambios de titularidad, representante legal, domicilio y correo electrónico, de acuerdo a lo establecido en el inciso tercero del artículo 162 y artículo 163, ambos del Reglamento del SEIA. 18°. Que, se hace presente al Titular que cualquier modificación al Proyecto que constituya un cambio de consideración, en los términos definidos en el artículo 2° letra g) del Reglamento del SEIA, deberá someterse al SETA. 19°. Que, todas las medidas, condiciones, exigencias y disposiciones establecidas en la presente Resolución, son de responsabilidad del Titular, sean implementadas por éste directamente o a través de un tercero. RESUELVO: 62 Vrsal rvicio omisiói ropolit 1°. Calificar favorablemente la Declaración de Impacto Ambiental del proyecto Optimización Tranque de Relaves N°5, Planta Cerro Blanco, de Cemento POLPAICO S.A 2°. Certificar que el proyecto Optimización Tranque de Relaves N°5, Planta Cerro Blanco cumple con la normativa de carácter ambiental aplicable. 3°. Certificar que el proyecto Optimización Tranque de Relaves N°5, Planta Cerro Blanco cumple con los requisitos de carácter ambiental contenidos en los permisos ambientales sectoriales que se señalan en los artículos 135, 137, 140, 148, 151, 155, 156 y 157 del D.S. N° 40/2012 del Ministerio del Medio Ambiente, Reglamento del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental. 4°. Certificar que el proyecto Optimización Tranque de Relaves N°5, Planta Cerro Blanco no genera los efectos, características o circunstancias del artículo 11 de la Ley N° 19.300, que dan origen a la necesidad de elaborar un Estudio de Impacto Ambiental. 5°. Definir como gestión, acto o faena mínima del Proyecto, para dar cuenta del inicio de su ejecución de modo sistemático y permanente, a los mencionados en el considerando 4.1 del presente acto. 6°. Hacer presente que contra esta Resolución es procedente el recurso de reclamación de acuerdo a lo dispuesto en el artículo 20 de la Ley N° 19.300, ante el/la Director/a Ejecutivo/a del Servicio de Evaluación Ambiental. El plazo para interponer este recurso es de treinta días contados desde la notificación del presente acto.


• . -(49 Felpe ovara Stephens Presidenta omisió de Evaluación Región opolitaí a de Sa tiago vic Mel Evalu ción Ambiental de Eval ación a de Sa tiago /J4M/ Distribución: • Oscar Alfredo Jarma • Intendente Región Metropolitana Santiago • Ilustre Municipalidad de Lampa • Ilustre Municipalidad de Til-Til • Consejo de Monumentos Nacionales • Corporación Nacional de Desarrollo Indígena • Superintendencia de Servicios Sanitarios 63 • CONAF, Región Metropolitana de Santiago • DGA, Región Metropolitana de Santiago • DOH, Región Metropolitana de Santiago • SAG, Región Metropolitana de Santiago • SEC, Región Metropolitana de Santiago • SEREMI MOP Región Metropolitana de Santiago • SEREMI Medio Ambiente, Región Metropolitana de Santiago • SEREMI de Agricultura, Región Metropolitana de Santiago • SEREMI de Bienes Nacionales, Región Metropolitana de Santiago • SEREMI de Desarrollo Social, Región Metropolitana de Santiago • SEREMI de Minería, Región Metropolitana de Santiago • SEREMI de Salud, Región Metropolitana de Santiago • SEREMI de Transportes y Telecomunicaciones, Región Metropolitana de Santiago • SEREMI de Vivienda y Urbanismo, Región Metropolitana de Santiago • Servicio Nacional Turismo, Región Metropolitana de Santiago • Servicio de Vivienda y Urbanización SERVIU, RM • Servicio Nacional de Pesca, Región Metropolitana de Santiago • SERNAGEOMIN, Zona Central C/c: • Superintendencia del Medio Ambiente contactorca@sma.gob.cl • Oficial de Partes de la Región < eva.astudillo@sea.gob.c1 > • Expediente del Proyecto " Optimización Tranque de Relaves N°5, Planta Cerro Blanco " • Archivo Servicio Evaluación Ambiental Región Metropolitana 64