Evaluación SEA

Ampliación en S/E Cerro Navia

Rol 2142102581
SEA · DIA · Aprobado · 2018-12-20 · Región Metropolitana de Santiago · Sociedad Transmisora Metropolitana II S.A.

REPÚBLICA DE CHILE COMISIÓN DE EVALUACIÓN Región Metropolitana de Santiago

Califica Ambientalmente el Proyecto “Ampliación en S/E Cerro Navia” Resolución Exenta N* 581/2019 Santiago, 14 de octubre de 2019

VISTOS:

1”. La Declaración de Impacto Ambiental (DIA) admitida a trámite con fecha 20 de diciembre de 2018 mediante Resolución Exenta N* 475/2018 de la Comisión de Evaluación de la Región Metropolitana de Santiago, su Adenda de fecha 28 de mayo de 2019 y su Adenda Complementaria de fecha 23 de agosto de 2019 del Proyecto “Ampliación en S/E Cerro Navia” presentado por ENEL Distribución Chile S.A.

2”. Los pronunciamientos y observaciones de los órganos de la administración del Estado que, sobre la base de sus facultades legales y atribuciones, participaron en la evaluación de la DIA, que se detallan en el Capítulo 3 del Informe Consolidado de Evaluación (ICE) de la DIA del Proyecto “Ampliación en S/E Cerro Navia”.

3” El Acta de Evaluación N 10/2018 de fecha 8 de enero de 2019 y el Acta de Evaluación N 11/2019 de fecha 3 de septiembre de 2019, ambas del Comité Técnico de la Región Metropolitana.

4*. El ICE de la DIA del Proyecto “Ampliación en S/E Cerro Navia” de fecha 27 de septiembre de 2019. 5”. El acuerdo de la Comisión de Evaluación de la Región Metropolitana de fecha 7 de octubre de 2019.

6”. Los demás antecedentes que constan en el expediente de evaluación de impacto ambiental de la DIA del Proyecto “Ampliación en S/E Cerro Navia”.

7". Lo dispuesto en la Ley N 19.300, Sobre Bases Generales del Medio Ambiente; el D.S. N 40, de 2012, del Ministerio del Medio Ambiente, Reglamento del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental (Reglamento del SEIA); la Ley N 19.880, que Establece Bases de los Procedimientos Administrativos que Rigen los Actos de los Órganos de la Administración del Estado; la Ley N 18.575, Ley Orgánica Constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado; en el Decreto Supremo N 428 de fecha 11 de marzo de 2018 del Ministerio del Interior y Seguridad Pública; en la Res. TRA N? 119046/163/2018 de fecha 25 de octubre de 2018, de la Dirección Ejecutiva del Servicio de Evaluación Ambiental; y en la Resolución N 7/2019 de fecha 26 de marzo de 2019, de la Contraloría General de la República, que Fija Normas sobre Exención del Trámite de Toma de Razón.

CONSIDERANDO:

19, Que Enel Distribución Chile S.A. (en adelante, el Titular) ha sometido al Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental (SEIA) la DIA del Proyecto “Ampliación en S/E Cerro Navia” (en adelante, el Proyecto). Los antecedentes del Titular son los siguientes:

Nombre o razón social ENEL Distribución Chile S.A.

Rut 96.800.570-7

Domicilio Santa Rosa 76, piso 8, Santiago. Teléfono +56 2 26752548

Nombre representante legal Ramón Francisco Castañeda Ponce Rut representante legal 10.485.198-3

Domicilio representante legal Santa Rosa 76, piso 8, Santiago. Teléfono representante legal +56 2 26752548

Correo electrónico Titular o | nelson.oliva(Wenel.com representante legal

  1. Que, conforme se indica en el ICE de fecha 27 de septiembre de 2019, el Servicio de Evaluación Ambiental de la Región de Metropolitana ha recomendado aprobar el Proyecto, considerando que:
  2. Cumple con la normativa de carácter ambiental aplicable;
  3. Cumple con los requisitos contenidos en los Permisos Ambientales Sectoriales Mixtos señalados en los artículos 140 y 142 del D.S. N” 40/2012 MMA;
  4. No genera los efectos características o circunstancias del artículo 11 de la Ley 19.300, que dan origen a la necesidad de elaborar un Estudio de Impacto Ambiental.

3". Que, en sesión de fecha 7 de octubre de 2019, la Comisión de Evaluación de la Región Metropolitana acordó calificar favorablemente el Proyecto “Ampliación en S/E Cerro Navia”, aprobando íntegramente el contenido del ICE de fecha 27 de septiembre de 2019, el cual forma parte integrante de la presente Resolución. Por lo tanto, conforme a lo indicado en el artículo 60 inciso segundo del Reglamento del SEIA, se excluyen de la presente resolución las consideraciones técnicas en que se fundamenta.

49, Que, según lo señalado en la DIA y sus anexos, en su Adenda y Adenda Complementaria, los cuales forman parte integrante de la presente Resolución, la descripción del Proyecto es la que a continuación se indica:

4.1. ANTECEDENTES GENERALES

Objetivo general El objetivo general del Proyecto es la ampliación de la S/E Cerro Navia, adaptándola a los nuevos requerimientos de transmisión y abastecimiento de la demanda en la Región Metropolitana. El proyecto forma parte de las obras de ejecución definidas en el Decreto Exento N” 418/2017 del Ministerio de Energía, publicado en el Diario Oficial del 19 de agosto de 2017, que “Fija Listado de Instalaciones de Transmisión Zonal de Ejecución Obligatoria, Necesarias para el Abastecimiento de la Demanda”.

Tipología principal, así | Tipología principal: De acuerdo al artículo 10 de la Ley 19.300 y al artículo 3 como las aplicables a sus | del Reglamento del SEIA, el Proyecto ingresa al SEIA según lo señalado en la partes, obras o acciones letra b.2) Subestaciones:

“b.2. Se entenderá por subestaciones de líneas de transmisión eléctrica de alto voltaje aquellas que se relacionan a una o más líneas de transporte de energía eléctrica y que tienen por objeto mantener el voltaje a nivel de transporte”.

Por su parte, el proyecto tiene como tipología secundaria la indicada en el artículo 3 del Reglamento del SEIA, según lo señalado en la letra b.1) Líneas de transmisión eléctrica de alto voltaje:

“b.1. Se entenderá por líneas de transmisión eléctrica de alto voltaje aquellas líneas que conducen energía eléctrica con una tensión mayor a veintitrés kilovoltios (23 kV)”.

Vida útil S0 años

Monto de inversión USD $ 20.000.000 (veinte millones de dólares).

Gestión, acto o faena | Habilitación de la Instalación de Faena. mínima que da cuenta del inicio de la ejecución

Proyecto se desarrolla por Si No | El Proyecto no se desarrollará por etapas. etapas [X]

Proyecto modifica un El Proyecto actual consiste en la construcción de un nuevo

Si No

Proyecto o actividad patio de 110 kV, en tecnología GIS, en el emplazamiento A] del actual patio de 110 kV de la S/E Cerro Navia

Proyecto modifica otra(s) Si No | No aplica.

RCA Xx]

4.2. UBICACIÓN DEL PROYECTO

División político-administrativa

El proyecto Ampliación en S/E Cerro Navia se desarrolla íntegramente en el predio donde se encuentran las instalaciones de la S/E Cerro Navia, la cual se encuentra ubicada en calle Tres de Julio N? 1601, comuna de Cerro Navia, provincia de Santiago, Región Metropolitana de Santiago.

Descripción de la localización

El Proyecto se emplaza en la zona AR-2 del Plan Regulador Comunal (PRC) de Cerro Navia, cuyo uso de suelo permitido corresponde a las áreas de servidumbre asociadas a líneas de alta tensión.

Superficie

= Superficie de terreno: 1,2 hectáreas = Superficie obras permanentes: 745 m? = Superficie obras temporales: 559 m?

Coordenadas UTM en Datum

WGS84

Tabla N*1: Coordenadas UTM (Datum WGS84-Huso 19)

Vértice Este (m) Norte (m) v1 338.979 6.300.737 vV2 339.129 6.300.733 vV3 339.129 6.300.650 V4 338.985 6.300.652

Fuente: Tabla 1-2 de la DIA.

Caminos de acceso

Durante las fases de construcción y operación, el ingreso al proyecto vehicular y peatonal será por calle Tres de Julio N2 1601, comuna de Cerro Navia.

Referencia al expediente de o evaluación de los mapas, .

georreferenciación e

información complementaria sobre la localización de sus

Cap. 1 de la DIA, Descripción del proyecto

Anexo 1-2 de la DIA, Layout Planta Proyectada GIS 110 kV.

  • Anexo 1-3 de la DIA, Emplazamiento del proyecto (incluye archivos KmZ)

artes, obras y acciones

4.3. PARTES, OBRAS Y ACCIONES QUE COMPONEN EL PROYECTO

4.3.1. FASE DE CONSTRUCCIÓN

4.3.1. PARTES, OBRAS Y ACCIONES QUE COMPONEN EL PROYECTO.

4.3.1.1 PARTES Y OBRAS

Nombre

Descripción

Instalación de

faenas

Para la fase de construcción, las obras temporales, incluyendo sus caminos de acceso peatonal y vehicular, corresponden a la instalación de faenas, que se encontrará instalada al norponiente del predio cubriendo un área total aproximada de 1.317 m?, durante el período de construcción del proyecto. Las áreas efectivas de ocupación abarcarán una superficie aproximada de 570,2 m, correspondientes a: oficinas, bodegas de almacenamiento de herramientas, residuos e insumos, disposición de equipos y maquinarias, estacionamientos, más un área de 6 m? que será destinada a una piscina de decantación de lechada de hormigón, y en general lo necesario durante la fase de construcción. La instalación de faenas consta de las partes y obras que se indican a continuación (fase de construcción, carácter temporal).

Sitio almacenamiento temporal de residuos no peligrosos

El patio de almacenamiento temporal de residuos industriales no peligrosos contará con un área de 80 m?. Estos residuos se manejarán en conformidad a lo establecido por el Artículo 18 del D.S. N* 594/99 del Ministerio de Salud. Los materiales y residuos se ordenarán y segregarán según su tipología para su posterior reutilización, reciclaje y/o disposición final en sitios autorizados.

Bodega de

materiales

Se habilitará una bodega de materiales para la construcción, que se emplazará en una superficie aproximada de 30 m?.

Sala de reuniones

Se contará con una sala de reuniones, la cual se emplazará en una superficie aproximada de 15 m?.

Oficinas

El área destinada a oficinas contará con una superficie de 75 m?, Estará constituida por 5 containers tipo estándar que contemplan oficinas administrativas y técnicas.

Baños

Se dispondrá de baños conectados a la red de agua potable y alcantarillado que ocuparán una superficie de 15 m?. j

Grupo electrógeno

Se considera la instalación de 1 generador eléctrico de 8 KVA para los requerimientos de la fase de construcción del Proyecto. Este generador ocupará un área de 1,5 m?,

Baños químicos

Se dispondrá de baños químicos en los frentes de trabajo, los módulos de baños químicos serán 4 unidades y se considera aledaño a su ubicación dispensadores de agua potable, la superficie que ocuparán los baños químicos y dispensadores de agua

3

potable será de 8,2 m?. El servicio de limpieza y mantención de los sanitarios químicos será contratado a una empresa autorizada por la SEREMI de Salud RM.

Área de acopio de

Se contará con un área destinada al almacenamiento de equipos, que contará con una

equipos superficie de 50 m?.

Talleres misceláneos | Área delimitada para la confección de piezas de maderas y metálicas necesarias para preparar los suministros que sean requeridos de obra; moldajes, estacas, enfierraduras, etc. Esta zona tendrá una superficie de 50 m?.

Sitio Se contará con un sitio de acopio temporal de aproximadamente 12,5 m? para el

almacenamiento almacenamiento temporal de residuos peligrosos, con una BAT (Bodega de

temporal de residuos peligrosos

Almacenamiento Temporal) de 5,12 m?. El Permiso Ambiental Sectorial descrito en el Artículo 142 del Reglamento del SEIA, para la habilitación y funcionamiento de la BAT, se presenta en el Anexo 14 de la Adenda.

Sitio Se habilitará un sitio de 12,5 m? para almacenar las sustancias peligrosas con BAT almacenamiento similar a la de residuos peligrosos. Para el almacenamiento de combustible, se temporal de | dispondrá de un sector dentro del área de sustancias peligrosas. sustancias peligrosos Área de | Se habilitará una superficie 94,5 m?. estacionamientos camionetas Área Se habilitará una superficie de 81 m?. estacionamiento maquinaria Duchas y vestidores_| Se dispondrá de 10 duchas en una superficie de 30 m? y vestidores será de 15 m?. Piscina de | Se dispondrá de una piscina de decantación de lechada de hormigón que ocupará una decantación lecha de | superficie de 6 m?. hormigón 4.3.1.2 ACCIONES Nombre Descripción

Despeje Línea de Transmisión Las Vegas

Considera la remoción de la estructura de remate de la LT Las Vegas a partir de la cual se conecta con el patio de 110 kV, con el propósito de generar el espacio físico en el cual se instalará físicamente la GIS y las estructuras accesorias. Para ello se deberá construir una nueva estructura de remate al interior de la S/E que mantendrá la continuidad del suministro durante el período en el cual se construye la nueva GIS. Una vez construida esta nueva estructura, se conectará la LT Las Vegas provisoriamente al actual patio de 110 kV (AIS). Las principales actividades constructivas son:

» Instalación nueva estructura de remate

  • Fundación y montaje de estructura de remate definitiva

  • Construcción de canalizaciones de conexión al actual patio de 110 kV

  • Conexión de LT Las Vegas a actual patio de 110 kV a través de nuevas canalizaciones

  • Desmontaje de estructura de remate y conductores actuales de la LT Las Vegas.

Construcción de infraestructura permanente de nueva GIS

Construcción de la GIS, sala de control. Ductos GIS para posiciones de LT Las Vegas, LT El Salto, LT Renca, LT Chena, LT Lo Aguirre y ATR2, ATR5 y ATR3. Finalizada esta etapa constructiva, la nueva sala GIS se encontrará operativa, y permitirá ir recibiendo secuencialmente la conexión de las LT que actualmente se encuentran conectadas al patio de 110 kV (AIS) de la S/E Cerro Navia.

Conexión Línea de Transmisión Las Vegas a Sala GIS

Se desconectará la LT Las Vegas del actual patio 110 KV para realizar su conexión desde la estructura de remate definitiva a la GIS.

Despeje Línea de Transmisión El Salto

Se desarrollan todas las actividades constructivas destinadas a conectar la LT El Salto con la sala GIS, manteniendo la continuidad de servicio y reduciendo los tiempos de desconexión. Desde un punto de vista constructivo se desarrollarán las siguientes actividades.

  • Preparación de canalizaciones ocupadas por la LT Las Vegas para ser ocupadas provisoriamente por la LT El Salto.

  • Conexión de LT El Salto al actual patio 110 KV utilizando las canalizaciones previamente usadas por la LT Las Vegas;

  • Desmontaje de conductores y estructura de remate de la LT El Salto existente;

+» Conexión de la LT El Salto a la sala GIS.

Despeje Línea de Transmisión Lo Aguirre

Se desarrollan todas las actividades constructivas destinadas a conectar la LT Lo Aguirre con la sala GIS, manteniendo la continuidad de servicio y reduciendo los tiempos de desconexión. Desde un punto de vista constructivo se desarrollarán las siguientes actividades.

  • Montaje parcial de pórtico (1 circuito a la vez)

» Tendido parcial de circuitos (1 circuito a la vez)

  • Energización de línea 110 kV Lo Aguirre.

Construcción de estructuras de remate de Líneas de Transmisión Chena

En esta etapa, se construirán las dos estructuras de remate a las cuales se conectarán las LT Chena y LT Renca para su posterior acometida a la sala GIS.

y Línea de

Transmisión Renca

Despeje Línea de | Se despejan los paños antiguos de la LT Lo Aguirre y se procede a la conexión de la Transmisión Renca | LT Renca a la sala GIS.

Despeje Línea de Transmisión Chena

  • Conexión de Estructura Remate a GIS (Acometida).

  • Se despejan los paños antiguos de la LT Chena.

  • Desmontar marco actual de línea de S/E Cerro Navia.

  • Conexión de LT Chena a Estructura de Remate.

Retiro de Instalación de Faenas

Una vez finalizada la construcción, todas aquellas instalaciones de carácter temporal de la Instalación de Faena, tales como bodegas, oficinas, contenedores, estacionamiento, serán desarmadas y retiradas de la zona de las obras. Una vez retirada toda la instalación de carácter temporal se procederá a dejar limpio dicho terreno.

Pruebas de puesta en servicio de las instalaciones

» Pruebas de control de puesta en servicio de los equipos primarios. » Protocolos de pruebas de puesta en servicio; * Energización.

Flujos vehiculares

Para el transporte de equipos, materiales y personal, se usará la red vial pública existente, utilizándose principalmente camiones y camionetas.

4.3.2 SUMINISTROS

BÁSICOS

Suministro eléctrico

El suministro de energía eléctrica para la instalación de faena y los equipos asociados a ella será abastecido por los servicios auxiliares existentes de la Subestación. La energía eléctrica requerida en casos de emergencia será proporcionada por un grupo electrógeno de 8 kVA. Dicho equipo contará con estructura insonorizada y se habilitarán sobre una base o bandeja, para la contención de eventuales goteos y/o derrames de aceite o combustibles desde los equipos y así evitar el contacto con el suelo.

Agua Potable

Se dispondrá de servicios higiénicos conectados a la red de agua potable y de alcantarillado proveído por Aguas Andinas. Para la provisión de agua potable en los puntos en los que se ubicarán los baños químicos se considera una dotación mínima de 30 L/persona/día, en suplemento al agua potable disponible en la Instalación de Faena, por lo que el suministro para la dotación promedio no superará los 1,83 m'/día, considerando que no todos los trabajadores harán uso de esos servicios.

Agua Industrial

El agua industrial será adquirida a empresa externa que cuente con los permisos respectivos para la explotación de este recurso. Su transporte será mediante camiones aljibes que puedan acceder a los puntos de humectación o acumulación. El uso de ésta será principalmente para la humectación del terreno en excavaciones y limpieza de canoas.

Servicios Higiénicos

Se dispondrá de servicios higiénicos conectados a la red de agua potable y de alcantarillado proveído por Aguas Andinas, lo que se realizará dentro del plazo máximo de 6 meses de iniciada la construcción del proyecto.

Alimentación La alimentación se realizará en la comuna de Cerro Navia, en lugares que cuenten con las autorizaciones respectivas; no se consumirá ni manipulará alimentos dentro de la instalación de faena, ni al interior del predio de la S/E Cerro Navia.

Materiales e | * Hormigón: 2.338 m*

Insumos + Relleno: 3.000 m*

  • Fierro: 267 ton

  • Moldaje: 19.507 m*

» Estructura Metálica: 25 ton » Gas: 200 L

Maquinaria, equipos y vehículos

Para el transporte de equipos, materiales y personal, se usará la red vial pública existente, utilizándose principalmente camiones y camionetas. En general, el tipo de maquinaria, equipos y vehículos que operarán durante la construcción del Proyecto y su requerimiento en obra, será la que se presenta en la tabla a continuación:

Tabla N*2: Maquinaria, Equipos y Vehículos estimados durante la fase de construcción

Tipo Cantidad Estimada Tiempo de Operación Meses

Camionetas 10 18

Excavadoras 9)

Rodillos 1 E)

Compactadores

Retroexcavadoras 2 5

Camiones Tolva Camiones Grúa Cargador Frontal Bulldozer Motoniveladora Camiones 3/4 Camiones Fuente: Tabla 1-9 Anexo 5, Adenda Complementaria

nilo pa papa Ja | u

Transporte de suministros, equipos y personal

El transporte de suministros e insumos hacia la instalación de faena respectiva y los frentes de trabajo se hará principalmente a través de caminos públicos existentes, usándose para estos efectos mayoritariamente camionetas y camiones 3/4, los cuales contarán con todos los elementos de seguridad y cumplirán con las disposiciones sobre transporte de suministros señaladas por la legislación vigente. El transporte del personal durante el desarrollo del Proyecto se realizará en forma diaria, utilizando el sistema de transporte público de la Región Metropolitana.

4.3.3 RECURSOS NATURALES RENOVABLES

El Proyecto no contempla extraer o explotar recursos naturales renovables.

4.3.4.1 EMISIONES ALA ATMÓSFERA

Nombre

Descripción

Emisiones

El proyecto no sobrepasa los límites para MP10, MP2,5, NOx o SOx establecidos en el D.S. N%31/2016 MMA. En base a lo anterior, el Proyecto no debe compensar dichas emisiones. Tabla N? 3: Emisiones fase de construcción

Descripción Tasa de emisión máxima: 1,44 t/año para el año 1. Periodo de tiempo que se genera: base anual Sistema de abatimiento: No considera Tasa de emisión máxima:0,64 t/año para el año 1. Periodo de tiempo que se genera: base anual Sistema de abatimiento: No considera Tasa de emisión máxima: 2,2 t/año en el año 1. Periodo de tiempo que se genera: base anual Sistema de abatimiento: No considera Tasa de emisión máxima: 0,03 t/año para el año 1. Periodo de tiempo que se genera: base anual Sistema de abatimiento: No considera

Fuente: Tabla 4.6.4.1 del ICE

Nombre

MP10

MP2,5

NOx

SOx

La SEREMI de Medio Ambiente mediante Ord. N* 814 de fecha 09 de septiembre de 2019, se pronuncia

conforme.

4.3.4.2 EMISIONES LÍQUIDAS O EFLUENTES

Nombre

Descripción

Efluentes baños

químicos

Se dispondrá de servicios higiénicos conectados a la red de alcantarillado proveído por Aguas Andinas, lo que se realizará dentro del plazo máximo de 6 meses de iniciada la construcción del proyecto.

El uso de baños químicos será como máximo durante los primeros 6 meses de la fase, salvo en aquellos lugares que se deba cumplir con la distancia máxima de 75 metros, en los frentes de trabajo. Considerando una dotación promedio de 61 trabajadores, se estima que la generación de efluentes de baños químicos sería de 0,28 m*/día, por lo que la generación de efluentes debiera ser inferior a la cifra indicada, considerando que habrá baños conectados a la red de alcantarillado.

4.3.4.3 EMISIONES DE RUIDO

Nombre

Descripción

Ruido

Se efectuaron modelaciones de ruido y estimación de vibraciones para la fase de construcción de la ampliación, considerando en funcionamiento los equipos actualmente existentes. En la etapa de construcción de la ampliación se consideraron diversos frentes de trabajo con la totalidad de las maquinarias y equipos operando simultáneamente.

Los niveles de ruido obtenidos de las modelaciones, considerando solamente los muros perimetrales existentes, permiten garantizar el cumplimiento normativo en todos los receptores salvo el punto R3, para el cual el proyecto implementará como parte de su diseño una barrera acústica temporal durante la fase de construcción de 4 m de altura en el deslinde poniente del área de faenas, tal como se describe en el apartado 7.1 del Anexo 1 de la Adenda Complementaria, “Actualización estudio de evaluación componentes ruido y vibración”.

4.3.4.4 OTRAS EMISIONES

Nombre

Descripción

Vibraciones

Se estimó la velocidad de vibración Peak (PPV) y el nivel de Vibración (Lv) asociados al Proyecto en receptores, bajo el escenario más desfavorable, concluyendo que éstos no superan los correspondientes criterios de evaluación adoptados como referencia, de la Federal Transit Administration (FTA) tanto para daño estructural como para molestia de la comunidad. Para mayores antecedentes, ver apartado 8.2 del Anexo 1 de la Adenda Complementaria, “Actualización estudio de evaluación componentes ruido y vibración”.

4.3.5 RESIDUOS Y S

'USTANCIAS PELIGROSAS

4.3.5.1 RESIDUOS N

O PELIGROSOS

Residuos domésticos (residuos orgánicos)

  • Forma de manejo: Estos residuos serán recogidos en bolsas de basura desde terreno y colocados en recipientes cerrados y rotulados ubicados en la Instalación de Faena, para luego ser retirados semanalmente (1 vez a la semana) desde las instalaciones de faena por una empresa contratista autorizada en la región, o en su defecto por el servicio de recolección municipal.

  • Lugar de disposición temporal: Área de acopio temporal en la Instalación de Faena, para ser retirados por empresa autorizada por la SEREMI de Salud.

  • Lugar de disposición final: Disposición final en lugar autorizado.

  • Cantidad: 1,0 ton/mes.

  • Forma de manejo: Serán retirados desde los frentes de trabajo y depositados dentro

Residuos del área de acopio de residuos no peligrosos de la Instalación de Faena, de acuerdo Industriales no | con su correspondiente clasificación. Su retiro se realizará mensualmente o cada vez peligrosos que sea necesario. asimilables a | - Lugar de disposición temporal: Serán dispuestos al interior de un área de acopio de domésticos — (papel, | residuos no peligrosos, habilitada en la Instalación de Faena. cartón). - Lugar de disposición final: Disposición final en lugar autorizado.

  • Cantidad: 200 kg/mes.

  • Forma de manejo: Serán retirados desde los frentes de trabajo y depositados dentro Residuos sólidos | del área de acopio de residuos no peligrosos de la Instalación de Faena, de acuerdo industriales no | con su correspondiente clasificación. Su retiro se realizará mensualmente o cada vez

peligrosos (maderas de embalaje, restos

que sea necesario - Lugar de disposición temporal: Serán dispuestos al interior de un área de acopio de

de tuberías, | residuos no peligrosos, habilitada en la Instalación de Faena. plásticos). - Lugar de disposición final: Disposición final en lugar autorizado. - Cantidad: 336 m”/anual. - Forma de manejo: Retirados a medida que sea necesario, por una empresa y destino autorizado. EScómbros - Lugar de disposición temporal: Estos residuos serán almacenados temporalmente en los frentes móviles de trabajo desde donde serán retirados. - Lugar de disposición final: Disposición final en lugar autorizado. - Cantidad: 800 m? Material inerte eros La - Forma de manejo: Retirado a medida que sea necesario. S - Lugar de disposición temporal: Estos residuos serán almacenados temporalmente en excavación de todas a a 8 los frentes móviles de trabajo desde donde serán retirados. las obras del B Sa A > a - Lugar de disposición final: Disposición final en lugar autorizado. proyecto que no es | Cantidad: 3.000 m' reutilizable como id Ñ relleno)

4.3.5.2 RESIDUOS PELIGROSOS Y SUSTANCIAS PELIGROSAS

Los residuos que se ini

dican a continuación serán dispuestos en receptáculos cerrados en una bodega de acopio

temporal por un periodo máximo de 6 meses, debidamente identificados y clasificados, en conformidad con el D.S. 148/03 del MINSAL. El transporte y la disposición final de estos residuos, se realizará a través de una empresa autorizada por la autoridad sanitaria, cumpliendo con lo señalado en el mencionado decreto.

Tabla N? 4: Residuos peligrosos y sustancias peligrosas

Nombre Lista L, IL II | Lista A | Cantidad Elementos y envases contaminados con pinturas 112 A4070 | 10kg. Elementos y envases contaminados con hidrocarburos | 1.8 A4140 | 10kg. Tierra, arena y/o ripio contaminado en caso de | 18 A4140 | 400 kg. incidente ambiental

Plástico contaminado con hidrocarburos L8 A3020 | 8kg. Restos de grasa y sus envases E7 A4140 |12kg Envases Aerosoles de pinturas 112 A4070 |3kg. Rodillos y Brochas con pintura 112 A4O70 | 15kg. EPP contaminados con pinturas 112 A4070 | 15Skg. EPP contaminados con hidrocarburos 13 A4140 | l6kg. Guaipes contaminados con hidrocarburos 138 A4140 | 15kg.

Envases vacíos de pintura 112 A4070 | 20kg. Envases vacíos y elementos contaminados con | 1.13 A3050 | 20 kg. sellantes y adhesivos

Pilas IL8 A1020 | 0,5 kg. Envases de gas butano 115 A4080 | 0,3 kg. Termofusiones = = ] kg. Restos y envases vacíos de adherentes 13 A3050 |20kg. Restos y envases vacíos de antiadherentes 113 A3050 | 1 kg.

4.3.5.3 PRODUCTOS QUÍMICOS Y OTRAS SUSTANCIAS QUE PUEDAN AFECTAR EL MEDIO AMBIENTE Tabla N? 5: Productos químicos y otras sustancias que puedan afectar el medio ambiente Nombre Cantidad total Pinturas (señalética, carteles, delimitaciones de excavaciones, etc.) S0L Pinturas en aerosol 25 unidades Pinturas 45L Adherente 200L Antiadherente 10L Diluyente de pinturas SL Combustible 200 L Cargas cadwell 10 kg. SF6 30 bombonas Grasas 10 kg. Gas butano 3 kg.

Cada uno de los elementos indicados será provisto por terceros autorizados, en tanto que su transporte se

efectuará por medios p:

ropios, de acuerdo a las condiciones de seguridad indicadas por el fabricante.

Referencia al ICE para mayores detalles sobre esta fase.

Capítulo IV del ICE.

4.4. FASE DE OPERACIÓN

4.4.1 PARTES, OBRAS Y ACCIONES QUE COMPONEN EL PROYECTO.

4.4.1.1 PARTES Y OBRAS.

Nombre Descripción Sala GIS El proyecto contempla la construcción de un nuevo patio de 110 kV, en tecnología GIS, en el emplazamiento del actual de la S/E Cerro Navia. El nuevo patio considerará la construcción de tres barras principales más barra de transferencia, tres paños seccionadores de barra, tres paños acopladores a la barra de transferencia, diez posiciones para cada uno de los circuitos existentes y la conexión de estos a cada una de las tres barras principales a través de equipos de maniobra. Sala de servicios | Sala que aloja todos los equipos de control, protección y comunicaciones de la generales subestación. Pórticos Estructuras reticuladas cuya finalidad es la entrada o salida de los circuitos de alta tensión Estructuras de | Torres de estructura reticulada cuya finalidad es la llegada final de los circuitos de alta remate definitivas | tensión para el ingreso o salida de energía a la subestación. de la Líneas de Transmisión 4.4.1.2 ACCIONES. Nombre Descripción

Puesta en servicio de la Subestación

Consistirá en pruebas de control de puesta en servicio de los equipos primarios. Además de protocolos de pruebas de puesta en servicio.

Mantenimiento preventivo

La mantención preventiva comprenderá limpieza e inspección de los equipos e instalaciones, ejecución de reaprietes en equipos y componentes de estructuras, mediciones de verificación y chequeo, según lo establecido en catálogos de los equipos.

Mantenimiento correctivo no programado o de emergencia

Corresponden a las reparaciones no programadas, producto de daños cometidos por personas, o a consecuencia de accidentes o provocados por fenómenos naturales. Estas actividades no son predecibles, por lo que se realizarán de acuerdo, a la ocurrencia de los eventos antes señalados. Para todas las labores de mantenimiento, el titular exigirá a sus contratistas los elementos de seguridad y la planificación de las operaciones de acuerdo a lo dispuesto por D.S. N* 594/99 “Reglamento Sanitario sobre Condiciones Sanitarias y Ambientales Básicas en los Lugares de Trabajo” y el D.S. N” 18/82 “Certificación de calidad de elementos de protección personal contra riesgos ocupacionales”, ambos del Ministerio de Salud.

Reparaciones

Corresponden a las reparaciones programadas, de acuerdo a los planes de cada uno de

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programadas [ los equipos de alta tensión o de control.

4.42 SUMINISTROS BÁSICOS Nombre Descripción Agua Potable La S/E Cerro Navia cuenta con servicio de agua potable suministrado por Aguas

Andinas. Se adjunta factura en el Anexo 1-6 de la DIA.

La S/E Cerro Navia cuenta con servicios higiénicos conectados al sistema de Servicios Higiénicos | alcantarillado existente en el predio, el cual es suministrado por Aguas Andina. Se adjunta factura en el Anexo 1-6 de la DIA.

La mano de obra contemplada en la fase de operación se alimentará en recintos

«Alimentación autorizados fuera de las instalaciones de la S/E Cerro Navia.

Los flujos de transporte de la fase de operación del Proyecto lo conforman las mantenciones que se realizarán y que consisten en la revisión de la subestación. En todo caso, el Titular dará cumplimiento a las exigencias contenidas en la normativa referente a la protección y regulación de los caminos públicos, que establecen el peso y dimensiones máximas de los vehículos que pueden circular por ellos, así como también, la necesidad de solicitar autorización a la Dirección de Vialidad para exceder dichos límites, entre otras regulaciones: Decreto con Fuerza de Ley N 850/1997 del Ministerio de Obras Públicas, Decreto Supremo N 158/1980, del Ministerio de Obras Públicas y Decreto Supremo N* 200/1993, del Ministerio de Obras Públicas y Resolución N? 1/1995, del Ministerio de Transporte y Telecomunicaciones

Transporte

4.4.3 PRODUCTOS GENERADOS

El Proyecto no contempla la generación de productos.

4.4.4 RECURSOS NATURALES RENOVABLES

Este Proyecto no tiene previsto extraer o explotar recursos naturales renovables para satisfacer sus necesidades, en su fase de operación.

4.4.5 EMISIONES Y EFLUENTES

4.4.5.1 EMISIONES ATMOSFÉRICAS

El proyecto no sobrepasa los límites para MP10, MP2,5, NOx o SOx establecidos en

el D.S. N” 31/2016 MMA. En base a lo anterior, el Proyecto no debe compensar dichas emisiones.

Tabla N? 6: Emisiones fase de operación Nombre Descripción Tasa de emisión máxima: 0,0081 t/año. MP10 Periodo de tiempo que se genera: base anual Sistema de abatimiento: No considera Tasa de emisión máxima:0,0022 t/año. MP2,5 Periodo de tiempo que se genera: base anual Sistema de abatimiento: No considera Tasa de emisión máxima: 0.0118 t/año. NOx Periodo de tiempo que se genera: base anual Sistema de abatimiento: No considera Tasa de emisión máxima: 0,00005 t/año SOX Periodo de tiempo que se genera: base anual Sistema de abatimiento: No considera

Fuente: Tabla 42 Anexo 2 Adenda Complementaria.

De acuerdo a lo anterior, el Proyecto no supera los parámetros establecidos en el D.S. N? 31/2016 MMA en esta fase. La SEREMI de Medio Ambiente mediante Ord. N? 814 de fecha 9 de septiembre de 2019, se pronuncia conforme.

4.4.5.2 EMISIONES LÍQUIDAS O EFLUENTES

Emisiones

Nombre Descripción Efluentes Los servicios higiénicos estarán conectados a la red de alcantarillado de Aguas Andinas. 4.4.5.3 EMISIONES DE RUIDO Nombre Descripción

Para esta fase no se consideran nuevos transformadores ni equipos asociados a emisión significativa de ruido, por lo que se considera que la afectación en receptores se mantendrá en los niveles actuales. Al respecto, cabe señalar que las barras Ruido principales, barra de transferencia, paños seccionadores de barra, paños acopladores a la barra de transferencia y posiciones en la GIS se encuentran confinadas en una estructura de ductos aislada en gas, la cual a su vez se encuentra inmersa en un galpón, por lo que los ruidos, vibraciones y campos electromagnéticos no serán perceptibles a corta distancia de la Sala GIS, a diferencia de una subestación en aire (AIS). 4.4.5.4 OTRAS EMISIONES

Nombre

Descripción Vibraciones Considerando las características del Proyecto, las actividades durante la fase de

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operación serán las propias de una subestación, donde no se contemplan fuentes de importancia que pudieran generar vibración.

  • Campo eléctrico: Por tratarse de una subestación encapsulada, el campo eléctrico en el exterior del encapsulado es nulo. Adicionalmente, al tratarse de una instalación interior, las estructuras, al comportarse como medio conductor en baja frecuencia, contribuyen a hacer pantalla al campo eléctrico.

  • Campo magnético: el campo magnético se reduce en el borde de la subestación a magnitudes no superiores a 20 micro Tesla, inferior al límite de 200 micro Tesla

rn éticos establecido internacionalmente por la ICNIRP como máximo tolerable para público en general, en forma permanente. - Radio Interferencia: Los valores medidos en la vecindad de una subestación encapsulada de 230 kV obtenidos de referencia bibliográfica van entre 44 y 50 (dB/uV/m) medidos a 0,5 MHz; inferiores al límite de 53 (dB/uV/m) para instalaciones menores o iguales a 220 kV y por lo tanto, la S/E Cerro Navia cumple con un nivel de radio interferencia inferior al límite.

4.4.6 RESIDUOS

4.4.6.1 RESIDUOS NO PELIGROSOS

Nombre Descripción

Producto de la operación del proyecto, se estima que se generarán como máximo 1,5 kg/cada 6 meses, producto de las labores de inspección y mantenimiento (considerando una producción promedio de 0,5 kg/persona/día). Estos residuos serán retirados inmediatamente de las instalaciones del proyecto por el propio personal.

Residuos sólidos Durante la fase de operación la mantención en la S/E Cerro Navia corresponde por

domiciliario y una parte a la limpieza de los aisladores con agua desmineralizada, con el objeto de

asimilables eliminar tierra y polvo, la que se realiza en pocas horas, por otra parte, se generan

residuos orgánicos producto de la mantención que se realiza en el área verde al interior del recinto, por tanto, solo se generan residuos orgánicos (pasto y maleza). Estos residuos se dejan en bolsas plásticas de basura para ser retirados por el servicio de recolección municipal local.

4.4.6.2 RESIDUOS PELIGROSOS

Residuos peligrosos | Durante la fase de operación no se generarán residuos peligrosos.

4.4.6.3 PRODUCTOS QUÍMICOS Y OTRAS SUSTANCIAS QUE PUEDAN AFECTAR EL MEDIO AMBIENTE

El Proyecto no utilizará o empleará en esta fase productos químicos o sustancias peligrosas.

Referencia al ICE | Capítulo IV del ICE. para mayores detalles sobre esta fase.

4.5. FASE DE CIERRE

El proyecto contempla una vida útil que no será menor a 50 años, pudiendo extenderse, teniendo así el proyecto una duración de carácter indefinido. No obstante, y ante una eventual fase de cierre del proyecto, las actividades a realizar corresponden a:

  • Desenergización de las instalaciones

  • Desmantelar o asegurar la estabilidad de la infraestructura utilizada por el proyecto

  • Cierre de terrenos y señalizaciones

  • Se restablecerán las condiciones iniciales del lugar.

4.6. CRONOLOGÍA DELAS FASES DEL PROYECTO

4.4.1. FASE DE CONSTRUCCIÓN

Fecha estimada de inicio Octubre de 2019

Parte, obra o acción que Habilitación de la Instalación de Faena. establece el inicio

Fecha estimada de término | Julio de 2021

Parte, obra o acción que Retiro de la Instalación de Faena y Pruebas Finales establece el término

4.4.2. FASE DE OPERACIÓN

Fecha estimada de inicio Agosto de 2021

Parte, obra o acción que Puesta en servicio de la Subestación establece el inicio

Fecha estimada de término | Julio de 2071

Parte, obra o acción que Desconexión de líneas de alta tensión establece el inicio

4.4.3. FASE DE CIERRE

El proyecto contempla una vida útil que no será menor a 50 años, pudiendo extenderse, teniendo así el proyecto una duración de carácter indefinido. No obstante, y ante una eventual fase de cierre del proyecto, las actividades a realizar corresponden a:

  • Desenergización de las instalaciones

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  • Desmantelar o asegurar la estabilidad de la infraestructura utilizada por el proyecto
  • Cierre de terrenos y señalizaciones
  • Se restablecerán las condiciones iniciales del lugar

5”. Que, durante el proceso de evaluación, se han presentado antecedentes que justifican la inexistencia de los siguientes efectos, características y circunstancias del artículo 11 de la Ley N* 19.300:

5.1. RIESGO PARA LA SALUD DE LA POBLACIÓN, DEBIDO A LA CANTIDAD Y CALIDAD DE EFLUENTES, EMISIONES Y RESIDUOS

Impacto ambiental no significativo

Ruido: Aumento de los niveles de ruido.

Parte, obra o acción que lo genera

Generación de emisiones de ruido por faenas de la construcción, y circulaciones internas, hacia receptores que pudieren recibir las emisiones.

Fase en que se presenta

Construcción.

Existencia de población cuya salud pudiera verse afectada

El área del proyecto esta inserta en una zona urbana de la comuna de Cerro Navia. En el área de influencia existe población que habita las zonas residenciales, establecimientos educacionales y comerciales próximas al lugar de emplazamiento del proyecto.

En anexo 2-8 de la DIA se adjunta el estudio de “Caracterización del medio humano”, el que da cuenta de la población que habita el área de influencia del proyecto, información que es complementada con la identificación y caracterización de receptores contenidas en anexo 2-2 de la DIA, “Estudio de evaluación de componentes ruido y vibración”.

Los siguientes antecedentes justifican que el proyecto o actividad no genera o presenta riesgo para la salud de la población debido a la cantidad y calidad de los efluentes, emisiones o residuos, en consideración a lo

dispuesto en el artículo 5 del Reglam:

ento del SEIA:

a) La superación de los valores de las concentraciones y períodos establecidos en las normas primarias de calidad ambiental vigentes o el aumento o disminución significativos, según corresponda, de la concentración por sobre los límites establecidos en éstas. A falta de tales normas, se utilizarán como referencia las vigentes en los Estados que se señalan en el artículo 11 del Reglamento.

Las actividades que generan emisiones de MP10, MP2.5 y gases de combustión a la atmósfera se presentan principalmente en la fase de construcción, siendo marginales en la operación. Las emisiones atmosféricas del Proyecto son puntuales y acotadas en el tiempo, restringiéndose principalmente a movimiento de tierra y transporte de insumos en la fase de construcción. En Anexo 2 de la Adenda Complementaria se adjunta la “Actualización Estimación de Emisiones Atmosféricas”, en donde se acredita el cumplimiento de la normativa ambiental aplicable en la materia.

b) La superación de los valores de ruido establecidos en la normativa ambiental vigente. A falta de tales normas, se utilizarán como referencia las vigentes en los Estados que se señalan en el artículo 11 del Reglamento.

El proyecto en su fase de construcción y operación genera niveles de presión sonora, no obstante, se concluye que los niveles de ruido generados por la ejecución del Proyecto cumplen con el límite máximo de ruido establecido por el D.S. N* 38/11 del MMA en período diurno y nocturno para todas las fases del Proyecto. En el Anexo 1 “Actualización Estudio de Evaluación Componentes Ruido y Vibración” de la Adenda Complementaria, se acredita que los niveles de emisiones generados se encuentran dentro de norma.

Cc) La exposición a contaminantes debido al impacto de las emisiones y efluentes sobre los recursos naturales renovables, incluidos el suelo, agua y aire, en caso que no sea posible evaluar el riesgo para la salud de la población de acuerdo a las letras anteriores.

El proyecto genera emisiones atmosféricas y de ruido que se encuentran reguladas por la normativa vigente, por lo que es posible evaluar el riesgo sobre la base de los criterios indicados en los literales anteriores. Por ello, tal como se indicó en las letras a) y b) precedentes, no se generará efectos significativos sobre la salud de la población a causa de las emisiones o ruido del Proyecto.

d) La exposición a contaminantes debido al impacto generado por el manejo de residuos sobre los recursos naturales renovables, incluidos el suelo, agua y aire.

Todos los residuos generados en el proyecto serán almacenados transitoriamente de acuerdo a lo establecido en la normativa ambiental vigente. Serán retirados por una empresa autorizada y dispuestos en un lugar debidamente autorizado para dichos fines. En consecuencia, no habrá exposición a contaminantes debido al impacto generado por el manejo de residuos sobre los recursos naturales renovables, incluidos el suelo, agua y aire. Se adjunta en el Capítulo 3 de la DIA Anexo 3.1, los antecedentes del Permiso Ambiental Sectorial (PAS) N 140 y en Anexo 14 de la Adenda los antecedentes del Permiso Ambiental Sectorial (PAS) N 142, considerando además las respuestas a la observación 3.2; letras a, b, c y d, de la Adenda.

Referencia al ICE para mayores detalles sobre este impacto

Puntos 5.1 y 6.1 del ICE.

11

específico

El Proyecto no genera ni presenta riesgo para la salud de la población, debido a la cantidad y calidad de los efluentes, emisiones o residuos que este genera o produce.

5.2. EFECTOS ADVERSOS SIGNIFICATIVOS SOBRE LA CANTIDAD Y CALIDAD DE LOS RECURSOS NATURALES RENOVABLES, INCLUIDOS EL SUELO, AGUA Y AIRE

Los siguientes antecedentes justifican que el proyecto o actividad no genera o presenta efectos adversos significativos sobre la cantidad y calidad de los recursos naturales renovables, incluidos el suelo, agua y aire, en consideración a lo dispuesto en el artículo 6 del Reglamento del Reglamento del SEIA:

Recursos naturales renovables escasos, únicos o representativos.

En el lugar de emplazamiento del Proyecto corresponde a un terreno urbano y sin presencia de recursos naturales renovables escasos, únicos O representativos.

a) La pérdida de suelo o de su capacidad para sustentar biodiversidad por degradación, erosión, impermeabilización, compactación O presencia de contaminantes.

El proyecto no provocará la perdida de suelo ni de su capacidad para sustentar biodiversidad debido a que todas las obras se encuentran en un área intervenida de la subestación existente. En el Anexo 2-6 “Línea Base de Suelos - Estudio Agrológico” de la DIA, se acredita lo indicado.

b) La superficie con plantas, algas, hongos, animales silvestres y biota intervenida, explotada, alterada o manejada y el impacto generado en dicha superficie. Para la evaluación del impacto se deberá considerar la diversidad biológica, así como la presencia y abundancia de especies silvestres en estado de conservación o la existencia de un plan de recuperación, conservación y gestión de dichas especies, de conformidad a lo señalado en el artículo 37 de la Ley 19.300.

De acuerdo con los estudios realizados que se acompañan en el Anexo 2-3 “Caracterización de Flora y Vegetación” y Anexo 2-4, “Estudio de Vertebrados Terrestres” de la DIA, se determina lo siguiente:

  • Flora: No existen formaciones vegetacionales o especies de flora sensibles. La mayor parte de la vegetación la constituyen especies alóctonas de carácter ornamental y frutales.

  • Fauna: el ambiente urbano no permite la presencia de especies de fauna sensibles.

c) La magnitud y duración del impacto del proyecto o actividad sobre el suelo, agua o aire en relación con la condición de línea de base.

No se generarán efectos significativos sobre el suelo, agua o aire que modifiquen la actual condición de la línea base. En el Anexo 2-6 “Línea Base de Suelos - Estudio Agrológico” de la DIA, se acredita lo indicado para suelo, por otra parte no se requiere realizar explotación del recurso agua, y según se acredita en Anexo 2 “Actualización Estimación de Emisiones Atmosféricas” de la Adenda Complementaria, no se sobrepasa ningún límite de emisión de polvo o gases establecido por la norma.

d) La superación de los valores de las concentraciones establecidos en las normas secundarias de calidad ambiental vigentes o el aumento o disminución significativos, según corresponda, de la concentración por sobre los límites establecidos en éstas. A falta de tales normas, se utilizarán como referencia las normas vigentes en los Estados que se señalan en el artículo 11 del Reglamento. En caso de que no sea posible evaluar el efecto adverso de acuerdo a lo anterior, se considerará la magnitud y duración del efecto generado sobre la biota por el proyecto o actividad y su relación con la condición de línea de base.

El proyecto generará cantidades no significativas de material particulado, así como se señala en el Anexo 2 “Actualización Estimación de Emisiones Atmosféricas” de la Adenda Complementaria, no generando efectos adversos sobre la biota.

e) La diferencia entre los niveles estimados de ruido con proyecto o actividad y el nivel de ruido de fondo representativo y característico del entorno donde se concentre fauna nativa asociada a hábitats de relevancia para su nidificación, reproducción O alimentación.

Los niveles de ruido generados por la ejecución del Proyecto cumplen con el límite máximo de ruido establecido por el D.S. N* 38/11 del MMA para todas las fases del Proyecto. En el Anexo 1 “Estudio de Evaluación Componentes Ruido y Vibración” de la Adenda Complementaria, se acredita que los niveles de emisiones generados se encuentran dentro de norma. En el Anexo 2-4 “Estudio de Vertebrados Terrestres” de la DIA, se ratifica que no existe efectos adversos significativos sobre a fauna nativa.

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f) El impacto generado por la utilización y/o manejo de productos

químicos, residuos, así como cualesquiera otras sustancias que puedan afectar los recursos

naturales renovables.

El área de estudio se inserta en zona urbana que presenta mayormente ambientes intervenidos y modificados. En el Anexo 2-6 “Línea Base de Suelos - Estudio Agrológico” de la DIA se acredita lo indicado.

g) El impacto generado por el volumen oO caudal de recursos hídricos a intervenir o explotar, así como el generado por el transvase de una cuenca o subcuenca hidrográfica a otra, incluyendo el generado por ascenso o descenso de los niveles de aguas subterráneas y superficiales. La evaluación de dicho impacto deberá considerar siempre la magnitud de la alteración en: g.l. Cuerpos de aguas subterráneas que contienen aguas fósiles. 2.2. Cuerpos o cursos de aguas en que se generen fluctuaciones de niveles. 8.3. Vegas y/o bofedales que pudieren ser afectadas por el ascenso o descenso de los niveles de aguas. 2.4. Áreas o zonas de humedales, estuarios y turberas que pudieren ser afectadas por el ascenso o descenso de los niveles de aguas subterráneas o superficiales. g.5. La superficie o volumen de un glaciar susceptible de modificarse.

Debido a la tipología del Proyecto y su ubicación, no existirá intervención o explotación de recursos hídricos en cuerpos de aguas subterráneas que contengan aguas fósiles, cuerpos o cursos de aguas en que se generen fluctuaciones de niveles, vegas y/o bofedales, áreas o zonas de humedales, estuarios, turberas y glaciares.

Por consiguiente, es posible señalar que:

g.1. El Proyecto no contempla la intervención/explotación de cuerpos de aguas subterráneas que contienen aguas fósiles.

g.2. El Proyecto no contempla la intervención/explotación de cuerpos o cursos de aguas en que se generen fluctuaciones de nivel.

g-3. El Proyecto no contempla la intervención/explotación de vegas y/o bofedales que pudieren ser afectadas por el ascenso o descenso de los niveles de aguas.

g.4. El Proyecto no contempla la intervención/explotación de áreas o zonas de humedales, estuarios y turberas que pudieren ser afectados por el ascenso o descenso de los niveles de aguas subterráneas o superficiales.

g.5. El Proyecto no contempla la intervención/explotación de la superficie o volumen de un glaciar susceptible a modificarse.

h) Los impactos que pueda generar la introducción de especies exóticas al territorio nacional o en áreas, zonas o ecosistemas determinados.

Debido a la tipología del Proyecto y a su ubicación, no se considera la introducción de especies exóticas al territorio nacional o en áreas, zonas o ecosistemas determinados.

Referencia al ICE para mayores | Punto 6.2 del ICE. detalles sobre este impacto específico

El Proyecto no genera o presenta efectos adversos significativos sobre la cantidad y calidad de los recursos naturales renovables, incluidos el suelo, agua y aire.

5.3. REASENTAMIENTO DE COMUNIDADES HUMANAS O ALTERACIÓN SIGNIFICATIVA DE LOS SISTEMAS DE VIDA Y COSTUMBRES DE GRUPOS HUMANOS

Existencia de grupos humanos en el área de influencia

El área del proyecto está inserta en una zona urbana de la comuna de Cerro Navia. En el área de influencia existe población que habita las zonas residenciales, establecimientos educacionales y comerciales próximas al lugar de emplazamiento del proyecto.

En anexo 2-8 de la DIA se adjunta el estudio de “Caracterización del medio humano”, el que da cuenta de la población que habita el área de influencia del proyecto.

Reasentamiento de comunidades humanas

El Proyecto no generará el desplazamiento o reasentamiento de grupos humanos. El Proyecto se desarrolla en todas sus fases al interior de la S/E Cerro Navia, la que actualmente se encuentra en operación.

Los siguientes antecedentes justifican que el proyecto o actividad no genera o presenta alteración significativa de los sistemas de vida y costumbres de grupos humanos, en consideración a lo dispuesto en el artículo 7 del

Reglamento del SEIA:

a) La intervención, uso O restricción al acceso de los recursos naturales utilizados como sustento económico del grupo o para cualquier otro uso tradicional, tales

El Proyecto, dadas sus características descritas en sus partes obras y acciones, no contempla el uso o restricción de acceso a recursos naturales por parte de la población.

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como uso medicinal, espiritual o cultural,

b) La obstrucción o restricción a la libre circulación, conectividad o el aumento significativo de los tiempos de desplazamiento.

El Proyecto no contempla modificaciones en las vías por las cuales se desarrollará, no obstruyendo o restringiendo la libre circulación, conectividad o el aumento significativo de los tiempos de desplazamientos, lo cual está ratificado en el Anexo 2-12 “Estudio de Impacto Sobre Componente Vial” de la DIA.

c) La alteración al acceso o a la calidad de bienes, equipamientos, servicios o infraestructura básica.

El Proyecto, dadas sus características, no alterará el acceso a la calidad de bienes, equipamientos, servicios o infraestructura básica. Anexo 2- 12 “Estudio de Impacto Sobre Componente Vial” de la DIA, y respuesta a observación 3.1 de la Adenda Complementaria. Anexo 2-8 “Caracterización Medio Humano”, de la DIA y Anexo 8 “Información Complementaria Medio Humano” de la Adenda.

d) La dificultad o impedimento para el ejercicio o la manifestación de tradiciones, cultura o intereses comunitarios, que puedan afectar los sentimientos de arraigo o la

El Proyecto no dificulta ni impide el ejercicio o la manifestación de tradiciones, cultura o intereses comunitarios, que puedan afectar los sentimientos de arraigo o la cohesión social del grupo. Anexo 2-8 “Caracterización Medio Humano”, de la DIA y Anexo 8 “Información Complementaria Medio Humano” de la Adenda.

cohesión social del grupo.

Para los grupos humanos | El Proyecto no dificultará ni impedirá el ejercicio o la manifestación de pertenecientes a pueblos indígenas, | tradiciones, cultura o intereses comunitarios, que puedan afectar los además de las circunstancias | sentimientos de arraigo o la cohesión social del grupo, por lo que no señaladas precedentemente, se | altera ni afecta las formas de organización social particular. Anexo 2-8 considerará la duración y/o | “Caracterización Medio Humano”, de la DIA y Anexo 8 “Información magnitud de la alteración en sus | Complementaria Medio Humano” de la Adenda.

formas de organización social

particular.

Referencia al ICE para mayores | Punto 6.3 del ICE.

detalles sobre este impacto

específico

El Proyecto no genera reasentamiento de comunidades humanas o alteración significativa de los sistemas de vida y costumbres de grupos humanos.

5.4. LOCALIZACIÓN EN O PRÓXIMA A POBLACIONES, RECURSOS Y ÁREAS PROTEGIDAS, SITIOS PRIORITARIOS PARA LA CONSERVACIÓN, HUMEDALES PROTEGIDOS Y GLACIARES, SUSCEPTIBLES DE SER AFECTADOS, ASÍ COMO EL VALOR AMBIENTAL DEL TERRITORIO EN

QUE SE PRETENDE EMPLAZAR Existencia de poblaciones | El Proyecto se desarrolla en todas sus fases al interior de la S/E Cerro protegidas Navia, la que actualmente se encuentra en operación, durante todas sus

fases se hará uso de rutas públicas por las cuales esté autorizado el tránsito, por lo cual no afecta a poblaciones protegidas.

Existencia de recursos y áreas protegidas, sitios prioritarios para la conservación, humedales protegidos, glaciares y zona con valor ambiental

El Proyecto se desarrolla en todas sus fases al interior de la S/E Cerro Navia, la que actualmente se encuentra en operación, dadas sus características (partes, obras y acciones) y emplazamiento en zona urbana, en su área de influencia no existen recursos y áreas protegidas, sitios prioritarios para la conservación, humedales protegidos, glaciares ni zona con valor ambiental.

Los siguientes antecedentes justifican

recursos y áreas protegidas, sitios

que el proyecto o actividad no se localiza en o próxima a poblaciones, prioritarios para la conservación, humedales protegidos y glaciares,

susceptibles de ser afectados, así como el valor ambiental del territorio en que se pretende emplazar, en consideración a lo dispuesto en el artículo 8 del Reglamento del SEIA.

Susceptibilidad de afectar poblaciones protegidas, considerando la extensión, magnitud O duración de la

intervención en áreas donde ellas habitan.

El Proyecto no se localiza en o próximo a poblaciones protegidas, sitios prioritarios para la conservación, humedales protegidos y glaciares, susceptibles de ser afectados, así como el valor ambiental del territorio en que se pretende emplazar, dado que su emplazamiento y desarrollo de actividades se ubica en zona urbana, y cuya ampliación se desarrollará al interior de la S/E Cerro Navia, la que actualmente se encuentra en operación.

Susceptibilidad de afectar recursos y áreas protegidas, sitios prioritarios para la conservación, humedales protegidos, glaciares o territorios con valor ambiental, se considerará la extensión, magnitud o duración de la intervención de sus partes, obras o acciones, así como de los impactos generados por el

El Proyecto no afecta recursos y áreas protegidas, sitios prioritarios para la conservación, humedales protegidos y glaciares o territorios con valor ambiental, dado que su emplazamiento y desarrollo de actividades se ubica en zona urbana, y cuya ampliación se desarrollará al interior de las S/E Cerro Navia, la que actualmente se encuentra en operación.

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proyecto o actividad, teniendo en especial consideración los objetos de protección que se pretenden

resguardar.

Referencia al ICE para mayores | Punto 6.4 del ICE. detalles sobre este impacto

específico

El Proyecto no se localiza en o próximo recursos y áreas protegidas, sitios prioritarios para la conservación, humedales protegidos ni glaciares susceptibles de ser afectados, tampoco afectará el valor ambiental del territorio.

5.5. ALTERACIÓN SIGNIFICATIVA, EN TÉRMINOS DE MAGNITUD O DURACIÓN, DEL VALOR PAISAJÍSTICO O TURÍSTICO DE UNA ZONA

Los siguientes antecedentes justifican que el proyecto o actividad no genera o presenta alteración significativa del valor paisajístico o turístico de una zona, en consideración a lo dispuesto en el artículo 9 del Reglamento

del SETA:

a) La duración o la magnitud en que se obstruye la visibilidad a una zona con valor paisajístico.

Debido a la tipología y emplazamiento del Proyecto, éste no obstruirá la visibilidad a zonas con valor paisajístico, en Anexo 2-7 “Caracterización Paisaje”, de la DIA, se acredita que el proyecto no afecta el valor paisajístico.

b) La duración o la magnitud en que se alteren atributos de una zona con valor paisajístico.

Debido a la tipología y emplazamiento del Proyecto, éste no alterará atributos de zonas con valor paisajístico, en Anexo 2-7 “Caracterización Paisaje”, de la DIA, se acredita que el proyecto no altera el valor paisajístico dado que se emplazará en un área intervenida que no presenta estas características

La duración o magnitud en que se obstruya el acceso o se alteren zonas con valor turístico.

Debido a la tipología y emplazamiento del Proyecto, éste no obstruirá el acceso ni alterará zonas con valor turístico, en Anexo 2-9 “Caracterización de Componente Turismo”, de la DIA, se acredita que el proyecto no afecta áreas de interés turístico.

Referencia al ICE para mayores detalles sobre este impacto específico

Punto 6.5 del ICE.

El Proyecto no generará alteración significativa, en términos de magnitud o duración, del valor paisajístico o

turístico de la zona.

5.6.

CULTURAL

ALTERACIÓN DE MONUMENTOS, ARQUEOLÓGICO, HISTÓRICO Y, EN GENERAL, LOS

SITIOS CON VALOR ANTROPOLÓGICO,

PERTENECIENTES AL PATRIMONIO

Los siguientes antecedentes justifican que el proyecto o actividad no genera o presenta alteración de monumentos, sitios con valor antropológico, arqueológico, histórico, y en general, los pertenecientes al patrimonio cultural, en consideración a lo dispuesto en el artículo 10 del Reglamento del SEIA:

a) La magnitud en que se remueva, destruya, excave, traslade, deteriore, intervenga o se modifique en forma permanente algún Monumento Nacional de aquellos definidos por la Ley N*17.288.

El proyecto no contempla la remoción, destrucción, traslado, deterioro o modificación de monumentos nacionales de aquellos definidos por la Ley N” 17.288. De acuerdo con los resultados obtenidos en la prospección de terreno, realizada en el área de influencia definida para el proyecto, no hay evidencia superficial de la existencia de elementos asociados al patrimonio nacional. Según el análisis efectuado el área requerida para las obras del proyecto se encuentra actualmente intervenido por numerosas fundaciones y antiguas obras que han significado una remoción de la estructura superficial del suelo, no siendo posible visualizar durante la prospección la presencia de sitios con valor antropológico, arqueológico, histórico y, en general, los pertenecientes al patrimonio cultural, lo anterior puede ser corroborado con los resultados incluidos en el informe arqueológico que se adjunta en el Anexo 2-5 “Informe de Patrimonio Cultural y Arqueología” de la DIA.

b) La magnitud en que se modifique o deteriore en forma permanente construcciones, lugares o sitios que por sus características constructivas, por su antigiedad, por su valor científico, por su contexto histórico o por su singularidad, pertenecen al patrimonio cultural, incluido el patrimonio cultural indígena.

El proyecto no modificará ni deteriorará en ninguna forma construcciones, lugares O sitios que, por sus características constructivas, por su antigiledad, por su valor científico, por su contexto histórico o por su singularidad, pertenecen al patrimonio cultural, incluido el patrimonio cultural indígena. Se realizó una prospección pedestre sobre toda el área de influencia del proyecto, donde se pudo constatar que no hay evidencia de la presencia de construcciones, lugares o sitios alusivos a lo indicado en la presente letra. El proyecto está inserto en un área intervenida con características industriales sin presencia de elementos de valor patrimonial,

Cc) La afectación a lugares o sitios

El proyecto no contempla la afectación a lugares o sitios en que se

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en que se lleven a cabo manifestaciones propias de la cultura o folclore de algún pueblo, comunidad oO grupo humano, derivada de la proximidad y naturaleza de las partes, obras y/o acciones del proyecto o actividad, considerando especialmente a los grupos humanos indígenas.

lleven a cabo manifestaciones habituales propias de la cultura o folclore de alguna comunidad o grupo humano, incluidos los grupos humanos indígenas. El proyecto se emplaza en un área intervenida con características industriales. Específicamente, el sitio donde se emplaza el proyecto está inserto al interior de un área privada, donde se ha desarrollado por años actividades de índole eléctrica con infraestructura energética. Lo anterior, no permite el desarrollo de ninguna manifestación o actividad de las indicadas en la presente letra. Los sectores poblados ubicados al exterior no tienen vinculación o conexión de ningún tipo, con las instalaciones y áreas que contempla el presente proyecto.

Referencia al ICE para mayores detalles sobre este impacto específico

Punto 6.6 del ICE.

El Proyecto no generará alteración de monumentos, sitios con valor antropológico, arqueológico, histórico y, en general, los pertenecientes al patrimonio cultural.

  1. Que resultan aplicables al Proyecto los siguientes permisos ambientales sectoriales, asociados a las correspondientes partes, obras o acciones que se señalan a continuación:

6.1. PERMISOS AMBIENTALES SECTORIALES MIXTOS

6.1.1. Permiso para la construcción, reparación, modificación y ampliación de cualquier planta de tratamiento de basuras y desperdicios de cualquier clase o para la instalación de todo lugar destinado a la acumulación, selección, industrialización, comercio o disposición final de basuras y desperdicios de cualquier clase, según se establece en el artículo 140 del Reglamento del SEIA.

Fase del Proyecto a la cual | Construcción

corresponde

Parte, obra o acción a la Instalación de faena, sitio almacenamiento temporal de residuos no peligrosos,

que aplica sala de reuniones oficinas.

Condiciones o exigencias Los contenidos técnicos y formales para el otorgamiento del presente PAS se

específicas para su presentan en el Anexo 3.1 de la DIA,

otorgamiento

Pronunciamiento del La SEREMI de Salud de la RM, en su oficio ORD. N? 5491 de fecha 9 de

órgano competente septiembre de 2019, señala que el titular del proyecto ha entregado la documentación necesaria, por lo anterior se pronuncia conforme respecto de los antecedentes técnicos y formales contenidos en dicho PAS.

Referencia al ICE para Capítulo IV, puntos 4.6.5.1, 4.7.6.1 y Capítulo IX, punto 9.1.1.

mayores detalles

6.1.2. Permiso para todo sitio destinado al almacenamiento de residuos peligrosos, según se establece en el artículo 142 del Reglamento del SETA

Fase del Proyecto a la Construcción.

cual corresponde

Parte, obra o acción a la | Bodega de almacenamiento temporal de residuos industriales sólidos peligrosos. que aplica

Condiciones o Los contenidos técnicos y formales para el otorgamiento del presente PAS se

exigencias específicas presentan en el Anexo 14 de la Adenda.

para su otorgamiento

Pronunciamiento del La SEREMI de Salud de la RM, en su oficio ORD. N? 5491 de fecha 9 de órgano competente septiembre de 2019, señala que el titular del proyecto ha entregado la

documentación necesaria, por lo anterior se pronuncia conforme respecto de los antecedentes técnicos y formales contenidos en dicho PAS.

Referencia al ICE para | Capítulo IV, punto 4.6.5.2 y Capítulo IX, punto 9.1.2.

mayores detalles

7*. Que, de acuerdo a los antecedentes que constan en el expediente de evaluación, la forma de cumplimiento de la normativa de carácter ambiental aplicable al Proyecto es la siguiente:

7.1. COMPONENTE/MATERIA: Emisiones atmosféricas

Norma D.S. N” 144/1961 del Ministerio de Salud que “Establece Normas para Evitar Emanaciones o Contaminantes Atmosféricos de Cualquier Naturaleza”. Otros cuerpos legales Decreto con Fuerza de Ley N* 725, promulgado el 11 de diciembre de 1967,

Ministerio de Salud, Código Sanitario.

Fase del proyecto a la que | Fases de construcción, operación y cierre

aplica o en la que se dará cumplimiento

16

Parte, obra, acción, emisión, residuo o sustancias a la que aplica

El Proyecto generará emisiones de material particulado y gases de combustión debido a las actividades de excavación, tránsito de vehículos pesados, movimientos de tierra, entre otras, también existirán emisiones de material particulado producto de la combustión interna de maquinarias, vehículos y equipo electrógeno en la fase de construcción. Para la fase de operación las emisiones son mínimas y se espera que en caso de ejecutar la fase de cierre estas emisiones sean menores a las de la fase de construcción.

Forma de cumplimiento

Las medidas de control de emisiones consideran la utilización de maquinaria en buen estado, control de polvo mediante aplicación de niebla seca en la excavación y relleno. En el caso de las fuentes móviles, tales como gases procedentes de la combustión interna en los motores de los camiones y de vehículos menores, en general, se trata de emisiones no significativas en condiciones óptimas de operación de los motores.

Indicador que acredita su

cumplimiento

100% de los certificados de revisión técnica al día. Registro de la aplicación de niebla seca en el 100% de las actividades de movimientos de tierra. Aplicación de supresor de polvo en el 100% de los caminos internos del Proyecto.

Forma de seguimiento

control y

Verificación de certificados de revisión técnica al día. Verificación de los registros de aplicación de niebla seca y supresor de polvo.

7.2. COMPONENTE/MATERIA: Emisiones atmosféricas

Norma

D.S. N* 279/1983 del Ministerio de Salud que “Aprueba Reglamento para el Control de la Emisión de Contaminantes de Vehículos Motorizados de Combustión Interna”

Fase del proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento

Fases de construcción, operación y cierre.

Parte, obra, acción, emisión, residuo o sustancias a la que aplica

Se emplearán vehículos motorizados para diferentes funciones tales como el transporte de insumos, equipos y transporte de personal.

Forma de cumplimiento

Todos los vehículos que participen en el Proyecto contarán con las revisiones técnicas al día, así como las mantenciones preventivas correspondientes.

Indicador que acredita su | 100% de los certificados de revisión técnica al día. cumplimiento

Forma de control y | Verificación de certificados de revisión técnica al día. seguimiento

7.3. COMPONENTE/MATERIA: Emisiones atmosféricas

Norma

D.S. N* 75/1987 del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones que “Establece condiciones para el Transporte de Cargas que Indica”

Fase del proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento

Fases de construcción y cierre.

Parte, obra, acción, emisión, residuo o sustancias a la que aplica

El proyecto en su fase de construcción contempla movimiento de tierra, rellenos y compactaciones. Para el caso de la Fase de Cierre no se contempla actividades de movimiento de tierra.

Forma de cumplimiento

Se les exigirá contractualmente a las empresas contratistas que el transporte de materiales y/o escombros se realizará en camiones con la carga cubierta por lonas o similares.

Indicador que acredita su | 100% de los vehículos que trasporten carga, que se indica, llevará una lona o similar cumplimiento para cubrir la carga.

Forma de control y | Verificación de lona o similar en los vehículos de carga.

seguimiento

7.4. COMPONENTE/MATERIA: Emisiones atmosféricas

Norma

D.S. N” 211/1991 del Ministerio de Transporte y Telecomunicaciones que establece “Norma Sobre Emisiones de Vehículos Motorizados Livianos”.

Fase del proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento

Fases de construcción, operación y cierre

Parte, obra, acción, emisión, residuo o sustancias a la que aplica

Se emplearán vehículos motorizados livianos para diferentes funciones como traslado de insumos, equipos y transporte de personas en las distintas fases del Proyecto

Forma de cumplimiento

El Titular exigirá que todos los vehículos livianos que participen en el desarrollo del Proyecto cumplan con las disposiciones de este Decreto, exigiendo a cada uno de los contratistas que los vehículos que se utilicen en cada una de sus fases cuenten con revisión técnica y de gases al día.

Indicador que cumplimiento

acredita su

100% de los certificados de revisión técnica al día.

17

Forma de seguimiento

control y

Verificación de certificados de revisión técnica al día.

7.5. COMPONENTE/MATERIA: Emisiones atmosféricas

Norma

D.S. N? 47/1992 del Ministerio de Vivienda y Urbanismo que establece “Ordenanza General de la Ley de General de Urbanismo y Construcciones”.

Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento

Fases de construcción y cierre

Parte, obra, acción, emisión, residuo o sustancias a la que aplica

El Proyecto comprende actividades (escarpe, excavaciones, relleno) que generarán emisiones de polvo.

Forma de cumplimiento

Con el fin de evitar las emanaciones de material particulado, producto del desarrollo de las actividades se implementarán las siguientes medidas de control: Aplicación de niebla seca al terreno en forma oportuna y suficiente durante el período en que se realizará la faena de movimiento de tierras. Transporte de materiales de la construcción en camiones con carga tapada. Mantención de obra aseada y sin desperdicios mediante la colocación de recipientes recolectores, convenientemente identificados y ubicados.

100% de los certificados de revisión técnica al día. Registro de la aplicación de niebla seca en el 100% de las actividades de movimientos de tierra, y aplicación de supresor de polvo en el 100% de los caminos internos del Proyecto. Registro al término de la jornada del aseo que sea pertinente en la faena.

Indicador que acredita su cumplimiento Forma de control y seguimiento

Verificación de certificados de revisión técnica al día. Verificación de los registros de aplicación de niebla seca y supresor de polvo. Verificación en terreno del estado de la faena.

7.6. COMPONENTE/MATERIA: Emisiones atmosféricas.

Norma

D.S. N* 4/1994 del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones que “Establece Normas de Emisión de Contaminantes Aplicables a los Vehículos Motorizados y Fija los Procedimientos para su Control”

Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento

Fases de construcción, operación y cierre

Parte, obra, acción, emisión, residuo o sustancias a la que aplica

Se contempla la utilización de camiones los cuales realizarán actividades como el transporte de materiales, equipos y transporte de personas en las distintas fases del Proyecto. Los camiones corresponderán a empresas contratistas.

Forma de cumplimiento

Todos los vehículos utilizados en el proyecto tendrán su revisión técnica y emisiones de gases vigente, de manera de asegurar que las emisiones de gases se encuentran dentro de la norma.

Indicador que acredita su | 100% de los certificados de revisión técnica al día. cumplimiento

Forma de control y | Verificación de certificados de revisión técnica al día. seguimiento

7.7. COMPONENTE/MATERIA: Emisiones atmosféricas.

Norma

D.S. N 54/1994 del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones, “Establece Normas de Emisión Aplicables a Vehículos Motorizados Medianos Que Indica”. Incorporada su modificación por el D.S. N 28/2012.

Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento

Fases de construcción, operación y cierre

Parte, obra, acción, emisión, residuo o sustancias a la que aplica

Se contempla la utilización de camiones y vehículos medianos los cuales realizarán actividades como el transporte de materiales, equipos y personas. Los camiones corresponderán a empresas contratistas.

Forma de cumplimiento

Todos los vehículos participantes en el proyecto tendrán su revisión técnica y emisiones de gases vigente, de manera de asegurar que las emisiones se encuentran dentro de la norma

Indicador que acredita su | 100% de los certificados de revisión técnica al día. cumplimiento

Forma de control y | Verificación de certificados de revisión técnica al día seguimiento

7.8. COMPONENTE/MATERIA: Emisiones atmosféricas.

Norma

D.S. N” 18/2001, Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones que “Prohíbe Circulación de Vehículos de Carga en Vías Que Indica”.

Fase del Proyecto a la que

Fases de construcción y cierre

18

aplica o en la que se dará cumplimiento

Parte, obra, acción, emisión, residuo o sustancias a la que aplica

El proyecto considera el transporte de equipos y materiales.

Forma de cumplimiento

Los camiones de carga solo circularan en las vías permitidas, por lo que se considerará camiones pequeños para distribuir a las instalaciones de faena al interior del Anillo Américo Vespucio.

Indicador que acredita su | 100% del tránsito de los vehículos de carga indicados en la norma será por rutas que cumplimiento no se encuentren al interior del anillo Américo Vespucio, en los horarios que señala. Forma de control y | Registro de ruta de despacho.

seguimiento

7.9. COMPONENTE/MATERIA: Emisiones atmosféricas.

Norma

D.S. N” 148/2003 del Ministerio de Salud, “Reglamento Sanitario sobre Manejo de Residuos Peligrosos”

Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento

Fases de construcción, operación y cierre

Parte, obra, acción, emisión, residuo o sustancias a la que aplica

El Proyecto generará emisiones fugitivas de material particulado y gases de combustión debido a las actividades de excavación, tránsito de vehículos pesados, movimientos de tierra. También existirán emisiones de material particulado producto de la combustión interna de maquinarias, vehículos y equipo electrógeno. En el caso de las fuentes móviles, tales como gases procedentes de la combustión interna en los motores de los camiones y de vehículos menores, en general, se trata de emisiones no significativas en condiciones óptimas de operación de los motores.

Forma de cumplimiento

Las medidas de control de emisiones consideran la utilización de maquinaria en buen estado, control de polvo mediante aplicación de niebla seca en la excavación y relleno. En las ocasiones que se declare preemergencia y/o emergencia ambiental se suspendan los trabajos de excavación y carga o descarga de tierra u otro material susceptible de generar material particulado.

Indicador que acredita su | Registro de Obra, en la que conste la paralización del 100% de las actividades de

cumplimiento excavación y carga o descarga de tierra u otro material susceptible de generar material particulado.

Forma de control y | Verificación del Registro de Obra y en terreno, en las ocasiones que se declare

seguimiento preemergencia o emergencia ambiental.

7.10. COMPONENTE/MATERIA: Emisiones atmosféricas.

Norma

D.S. N” 31/2016 del Ministerio del Medio Ambiente, "Establece Plan de Prevención y Descontaminación Atmosférica para la Región Metropolitana de Santiago".

Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento

Fases de construcción, operación y cierre

Parte, obra, acción, emisión, residuo o sustancias a la que aplica

El Proyecto generará en las fases de construcción, operación y cierre emisiones de material particulado y gases de combustión debido a las actividades de excavación, tránsito de vehículos pesados, movimientos de tierra, entre otras. También existirán emisiones de material particulado producto de la combustión interna de maquinarias, vehículos y equipos electrógenos. Durante la fase de operación se considera el tránsito de vehículos menores, en forma ocasional podría requerirse maquinaria para las mantenciones.

Forma de cumplimiento

En el Anexo 2 “Actualización Estimación de Emisiones Atmosféricas”, se presentan los resultados que muestran que no se sobrepasan los valores establecidos en el D.S. 31/2016. Las medidas de control de emisiones consideran la utilización de maquinaria en buen estado con sus revisiones técnicas al día y mantención adecuada para operar en óptimas condiciones., para el control de polvo mediante aplicación de niebla seca en la excavación y relleno.

Indicador que acredita su | 100% de los certificados de revisión técnica al día. Registro de la aplicación de niebla cumplimiento seca en el 100% de las actividades de movimientos de tierra.

Forma de control y | Verificación de certificados de revisión técnica al día. Verificación de los registros de seguimiento aplicación de niebla seca.

7.11. COMPONENTE/MATERIA: Ruido

Norma

D.S. N? 594/1999, Ministerio de Salud que “Aprueba Reglamento Sobre Condiciones Sanitarias y Ambientales Básicas en los Lugares de Trabajo”.

Fase del proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento

Fases de construcción, operación y cierre

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Parte, obra, acción, emisión, residuo o sustancias a la que aplica

El Proyecto generará emisiones sonoras producto de sus actividades y/o acciones durante las fases de construcción y cierre del Proyecto. Durante la fase de operación los niveles de ruido serán inferiores a los niveles de las fases de construcción y cierre.

Forma de cumplimiento

El Titular hará entrega de los elementos de protección personal auditiva requeridos para la faena, cumpliendo con la normativa vigente en esta materia.

Indicador que acredita su |El 100% de los trabajadores contará con elementos de protección personal (EPP) cumplimiento auditivos.

Forma de control y | Registros de entrega de EPP a los trabajadores. Verificación en terreno del uso de seguimiento EPP.

7.12. COMPONENTE/MATERIA: Ruido

Norma

D.S. N 38/2011, Ministerio del Medio Ambiente que “Establece Norma de Emisión de Ruidos Generados por Fuentes que Indica, Elaborada a Partir de la Revisión del Decreto N 146, de 1997, del Ministerio Secretaría General de la Presidencia”.

Fase del proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento

Fases de construcción, operación y cierre

Parte, obra, acción, emisión, residuo o sustancias a la que aplica

El Proyecto generará emisiones sonoras producto de sus actividades y/o acciones durante las fases del Proyecto.

Forma de cumplimiento

Durante las fases de construcción y cierre del Proyecto no existe riesgo de superación de niveles en los receptores más cercanos, según se establece en el Anexo 1 “Actualización Estudio de Evaluación Componentes Ruido y Vibración” de la Adenda Complementaria.

Indicador que acredita su | El 100% de las emisiones de ruido estará en los niveles permitidos.

cumplimiento

Forma de control y | Registros de jornada laboral de los trabajadores. Verificación en terreno del seguimiento cumplimiento de los niveles de ruido.

7.13. COMPONENTE/MATERIA: Ruido

Norma

Ordenanza N* 27/2018 de la Ilustre Municipalidad de Cerro Navia, “Ordenanza Contaminación Acústica de Comuna de Cerro Navia”

Fase del proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento

Fases de construcción, operación y cierre

Parte, obra, acción, emisión, residuo o sustancias a la que aplica

El Proyecto generará emisiones sonoras producto de sus actividades y/o acciones durante todas las fases del Proyecto.

Forma de cumplimiento

El Proyecto dará cumplimiento a los horarios, prohibiciones y límites establecidos en la Ordenanza. Durante la fase de construcción del Proyecto no existe riesgo de superación de niveles en los receptores más cercanos, según se establece en el Anexo 1 “Actualización Estudio de Evaluación Componentes Ruido y Vibración” de la Adenda Complementaria

Indicador que acredita su | Toda actividad que se realice en las fases de construcción y cierre se realizará 100%

cumplimiento en los días y horarios permitidos. El 100% de las emisiones de ruido estará en los niveles permitidos.

Forma de control y | Registros de jornada laboral de los trabajadores. Verificación en terreno del

seguimiento cumplimiento de los niveles de ruido.

7.14. COMPONENTE/MATERI

A: Patrimonio cultural.

Norma

Ley N* 17.288/1970 del Ministerio de Educación sobre Monumentos Nacionales.

Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento

Fase de construcción.

Parte, obra, acción, emisión, residuo o sustancias a la que aplica

Excavación.

Forma de cumplimiento

En caso de que durante la ejecución de las obras que impliquen excavación y/o remoción de suelo se produjera algún hallazgo arqueológico o paleontológico no previsto, se procederá según lo establecido en los artículos 26” y 27” de la Ley N 17.288 sobre Monumentos Nacionales. De producirse la anterior situación, el Titular paralizará las obras en el frente de trabajo del o de los hallazgos y notificará de inmediato a la Gobernación Provincial y al Consejo de Monumentos Nacionales para que este último organismo disponga los pasos a seguir, cuya implementación será financiada por el Titular. El destino de los objetos o especies encontradas se regirá por las normas contenidas en la Ley N 17.288 y Reglamento 484/1990.

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Indicador que acredita su | Registro de aviso al Consejo de Monumentos Nacionales.

cumplimiento

Registro de paralización de obra, en el caso de hallazgo arqueológico y/o paleontológico

Forma de control

seguimiento

y | Registro en obra del aviso al Consejo de Monumentos Nacionales.

8”. Que, para ejecutar el Proyecto deben cumplirse las siguientes condiciones o exigencias, en concordancia con el artículo 25 de la Ley N* 19.300:

8.1. Condición o exigencia 1: Recurso hídrico.

Fase del Proyecto ala | Construcción. que aplica Condición La Dirección General de Aguas RM, mediante Of. Ord. N* 27 de fecha 10 de enero de 2019,

establece las siguientes condiciones o exigencias al proyecto:

2: Que, debido a que el área de proyecto se encuentra en el Sector Santiago Central (Acuifero Maipo), el cual se encuentra declarado como Area de Restricción para nuevas extracciones de aguas subterráneas, de acuerdo a Resolución DGA N 286, del 01 de Septiembre de 2005 modificada por Resolución DGA N 231, del 11 de Octubre de 2011, el Titular debe tener presente que debe evitar alumbramiento de aguas subterráneas en toda las fases de proyecto para evitar impactos en la calidad y niveles del recurso hídrico.

  1. Que, en atención a que existirán excavaciones y el acuífero Maipo Sector Santiago Central, posee una Vulnerabilidad Moderada a la Contaminación, el Titular debe incorporar la siguiente medida en el Plan de Prevención de Contingencias y Emergencias, pues esta se encuentra asociada a las eventuales situaciones de riesgo o contingencia que pueden generar los efectos, características o circunstancias establecidos en el Art. 11 del RSEIA:

“Ante un potencial afloramiento de aguas durante la Fase de Construcción del proyecto, tanto el Titular y/o sus Contratistas deben tener presente dar aviso inmediato a la Superintendencia del Medio Ambiente, en un plazo menor a 24 h, acerca de la ocurrencia de afloramiento de agua, señalando las medidas que ha aplicado hasta ese momento. A continuación, y de manera preliminar, se deberá proceder considerando las siguientes actividades:

l Verificar la calidad del agua mediante toma de muestras a través de laboratorio acreditado, que asegure que la calidad de las aguas a ser gestionadas (dispuestas), es de similar calidad natural a la de las aguas de la fuente donde corresponda su disposición final.

di Efectuar pruebas hidráulicas para determinar los volúmenes y caudales de agua comprometidos, a fin de que esto además le permita al Titular diseñar las medidas para el control de la estabilidad de los taludes en el sector del afloramiento.

ñil. Enviar de inmediato los resultados de los análisis químicos y pruebas hidráulicas a la SMA, en un Informe que detalle los hechos. A su vez se solicita al Titular que acompañe imágenes fotográficas (con fecha) describa los procedimientos seguidos y el análisis y discusión de los resultados respecto de la calidad (parámetros de la NCh 409), volúmenes y caudales, así como las respectivas conclusiones y recomendaciones para la gestión de dichas aguas (disposición final).

dv. Una vez comprobada la naturaleza de la situación acaecida, mediante los ensayos y mediciones solicitados, se analizará la medida de gestión definitiva en conjunto con la Autoridad.

v. El Titular deberá informar el resultado de las acciones implementadas, comunicando la fecha cierta en que se pudo controlar el afloramiento, en un plazo menor a 24 h.

vi, Si el afloramiento de aguas responde a un escenario permanente, el Titular deberá incurrir en los estudios suficientes y necesarios que permitan determinar la posibilidad de alcanzar una solución definitiva, o bien determinar si responde a un cambio sustantivo de las variables evaluadas, sobre las cuales fueron establecidas las condiciones o medidas ambientales. *

  1. Que, en caso de accidente que afecte los recursos hídricos subterráneos, el Titular debe incorporar la siguiente medida en el Plan de Prevención de Contingencias y Emergencias: “En caso de ocurrencia de accidente que comprometa recursos hídricos subterráneos, el Plan de Contingencia y Emergencia debe establecer que “en caso de ocurrencia de accidente que comprometa los recursos hídricos subterráneos, se informará antes de 24 horas, a la Superintendencia del Medio Ambiente, señalando lo siguiente:

E Descripción del accidente, indicando lugar, identificación de la sustancia, área de influencia, duración y magnitud del evento y principales impactos ambientales.

A Detalles de cada acción y medida de mitigación utilizadas durante el evento de contaminación. ñil, Evaluación de los efectos sobre los recursos hídricos superficiales

y/o subterráneos afectados y su medio ambiente asociado y resultados de los monitoreos inmediatos en el área de influencia.

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iv. En caso de ser necesario, un Programa de Medidas de Descontaminación de la zona, metodología, y evaluación de la efectividad de las medidas, para ser aprobado por la Autoridad. (sólo en caso de accidentes). *

(2) 10. Otras Consideraciones relacionadas con el proceso de Evaluación de Impacto Ambiental a) Que, el Titular debe tener presente que los residuos sólidos de la construcción

provenientes de excavaciones y los catalogados como escombros, generados en la Fase de Construcción y Cierre del proyecto que sean enviados a un sitio autorizado para su disposición final, no podrán contener sustancias o residuos peligrosos que puedan causar un detrimento en la calidad de la napa por la lixiviación o lavado de suelo en el sitio de disposición final, siendo necesario mantener un registro, a fin de comprobar que los materiales y sus lixiviados no causen un detrimento del recurso hídrico.

8.2. Condición o exigencia 2: Vialidad y transporte

Fase del Proyecto a la que aplica

Construcción y operación

Condición

La SEREMI MOP, mediante Of. Ord. N? 148 de fecha 10 de junio de 2019, establece las siguientes condiciones o exigencias al proyecto:

-Restaurar a su estado original cualquier vía, espacio, u otra infraestructura pública que pudiere resultar afectada en las etapas de construcción y operación del proyecto.

-Tener presente que cualquier iniciativa o acción que producto del presente proyecto pudiere eventualmente implicar algún tipo de intervención en vialidad de tuición del MOP, debe ser previamente presentada por el Titular, y aprobada por los Servicios competentes de este organismo.

8.3. Condición o exi

encia 3: Electricidad y combustibles

Fase del Proyecto a la que aplica

Construcción y operación

Condición

La Superintendencia de Electricidad y combustibles, mediante Of. Ord. N* 30851 de fecha 26 de diciembre de 2018, establece las siguientes condiciones o exigencias al proyecto:

“No obstante, lo anterior, en materias de seguridad de electricidad y combustibles de competencia de esta Superintendencia y cuyo cumplimiento le corresponde fiscalizar, el titular del proyecto en comento deberá tener presente en su materialización, además de las disposiciones mencionadas en la DIA, aquellas contenidas en al menos, los siguientes cuerpos normativos y reglamentarios:

D.F.L. 4/20.018 del 2006, del Ministerio de Economía, Fomento y Reconstrucción, “Fija texto refundido, coordinado y sistematizado del Decreto de Fuerza de Ley N” 1, de Minería, de 1982, Ley General de Servicios Eléctricos, en materia de energía eléctrica” (LGSE) y sus modificaciones posteriores.

D.S. N* 327 de 1997, del Ministerio de Minería, “Fija Reglamento de la Ley General de Servicios Eléctricos”.

D.S. N* 291 de 2007, del Ministerio de Economía, Fomento y Reconstrucción, “Aprueba Reglamento que establece la Estructura, Funcionamiento y Financiamiento de los Centros de Despacho Económico de Carga” y sus modificaciones posteriores.

Resolución Exenta N? 321, del 21 de julio de 2014, del Ministerio de Energía, que dictó la “Norma Técnica con exigencias de Seguridad y Calidad de Servicio para el Sistema Interconectado del Norte Grande y Sistema Interconectado Central”, y sus modificaciones posteriores.

Resolución Exenta N* 329 de 2013, de la Comisión Nacional de Energía que modifica y aprueba texto refundido de la “Norma Técnica sobre Conexión y Operación de Pequeños Medios de Generación Distribuidos en Instalaciones de Media Tensión” y sus modificaciones posteriores.

D.S. N* 115 de 2004, del Ministerio de Economía, Fomento y Reconstrucción, aprobatorio de la Norma Técnica NCH Elec. 4/2003, Instalaciones de Consumo en Baja Tensión y deroga en lo pertinente, el decreto número 91, de 1984”.

D.S. N* 4188 de 1955, del Ministerio del Interior, aprobatorio del “Reglamento de Instalaciones Eléctricas de Corrientes Fuertes”, NSEG 5. E.n. 71, Electricidad. “Instalaciones Eléctricas de Corrientes Fuertes”.

D.S. N* 1261 del957, del Ministerio del Interior, aprobatorio de la Norma NSEG 6 E.n. 71. Electricidad. “Cruces y Paralelismos de Líneas Eléctricas”.

Norma NCh Elec 10/1984. Electricidad. “Trámite para la puesta en servicio de una instalación interior”.

Resolución Exenta N* 610, de 1982, de SEC "Prohíbe el uso de PCB en equipos eléctricos".

El generador eléctrico de 8 KVA de potencia, para los requerimientos de la fase de construcción del Proyecto, deberá contar con su correspondiente Certificación de Aprobación emitida por un Organismo de Certificación autorizado por esta Superintendencia, para tal efecto, de acuerdo a lo establecido en el Decreto Supremo N* 298, de 2005, del Ministerio de Economía, Fomento y Reconstrucción, que aprueba el “Reglamento para la Certificación de Productos Eléctricos y de Combustibles”.

Las instalaciones interiores de electricidad que se proyecten, provisorias o permanentes, previo a su puesta en servicio, deberán ser declaradas ante esta Superintendencia, mediante

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instaladores eléctricos de la Clase correspondiente, autorizados por ésta, según lo establecido en el D.S. 92, de 1983, “Reglamento de Instaladores Eléctricos y de Electricistas de recintos de espectáculos públicos” de acuerdo al procedimiento establecido en la Resolución Exenta SEC N 1128, de 2006, “Establece Procedimientos y Plazos de Tramitación para la presentación de las Declaraciones que indica, deja sin efecto Resolución Exenta N 2082, del 15 de Diciembre de 2005, y Modifica Resolución Exenta N” 796 del 02 de Junio de 2006, ambas de esta Superintendencia” y el Trámite Eléctrico TE1 “Declaración de Instalación Eléctrica Interior”.

Toda la reglamentación citada precedentemente se encuentra disponible en el sitio WEB

institucional de SEC (www.sec. cl)”.

  1. Que, durante el procedimiento de evaluación de la DIA el Titular del Proyecto propuso los siguientes compromisos ambientales voluntarios:

9.1.1 Compromiso am

biental voluntario 1: Plan de comunicación a la comunidad.

Fase del Proyecto a la que aplica

Construcción.

Objetivo, descripción y justificación

Objetivo: Es comunicar e informar a los vecinos del sector sobre las actividades a desarrollar durante la fase de construcción del proyecto, además de canalizar consultas o reclamos.

Descripción: Para no sorprender a la comunidad aledaña con los trabajos que se estén desarrollando en donde se emplazará el proyecto.

Justificación: Este Plan de Comunicación incluye la entrega, a quien lo solicite, de cartillas o folletos, con información relevante del Proyecto, así como también la instalación de un aviso dirigido a los vecinos, el que estará ubicado en el acceso a la obra. En él se indicará la vía donde se podrá canalizar las consultas.

Lugar, forma y

Lugar: Cartel informativo al ingreso del sector de obras.

oportunidad de Forma: El letrero contendrá la siguiente información: implementación . Duración de las obras. - Horario de las obras. . Días de la semana en los cuales se trabajará. . E-mail de contacto para recoger reclamos o sugerencias de la comunidad de modo de tomar las acciones correctivas en el momento en que se produzcan las molestias. Oportunidad: Previo al inicio de la fase de construcción, y en los casos que sea requerido por los vecinos cercanos. Indicador de | Registro fotográfico del cartel informativo. cumplimiento. Registro fotográfico de entrega de cartillas y folletos informativos. Forma de control y | Se contará con registro fotográfico en cartel informativo al ingreso del sector de seguimiento obras, el que será de libre acceso a la comunidad.

9.1.2 Compromiso am

biental voluntario 2: Mantención de vereda y frontis de S/E Cerro Navia.

Fase del Proyecto a la que aplica

Construcción y operación

Objetivo, descripción y justificación

Objetivo: Mejorar la mantención de vereda en el frontis de la S/E.

Descripción: Se mantendrá en óptimas condiciones la vereda en el entorno de la S/E Cerro Navia y su frontis en calle Tres de Julio N* 1601.

Justificación: Responder a las necesidades de mejoramiento de espacios recreativos y potenciar la práctica deportiva de en la comuna.

Lugar, forma y

Lugar: Entorno S/E Cerro Navia y su frontis en calle Tres de julio N*1601.

oportunidad de Forma: Enel Distribución Chile S.A. ejecutará las obras para el mejoramiento del implementación entorno de la S/E Cerro Navia. Oportunidad: Junto con el inicio de la fase de construcción se dará inicio a la ejecución de las mejoras. Indicador de | Registro fotográfico del estado de la vereda y frontis de la S/E Cerro Navia en Tres cumplimiento. de julio N* 1601. Forma de control y | Coordinación y comunicación con la Municipalidad para el seguimiento de las seguimiento acciones implementadas.

9.1.3 Compromiso am

biental voluntario 3: Mejoramiento de luminaria en Av. Las Torres

Fase del Proyecto a la ue aplica

Construcción.

Objetivo, descripción y justificación

Objetivo: Mejorar la luminaria en Av. Las Torres.

Descripción: Se mejorará la luminaria en Av. Las Torres, específicamente en el sector de ingreso de línea AT a S/E Cerro Navia

Justificación: Responder a las necesidades de mejoramiento de espacios recreativos y potenciar la práctica deportiva en la comuna.

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Lugar, forma y

Lugar: Sector de ingreso de línea AT a S/E Cerro Navia.

oportunidad de Forma: Enel Distribución Chile S.A. ejecutará las obras para el mejoramiento del implementación entorno de la S/E Cerro Navia. Oportunidad: Junto con el inicio de la fase de construcción se dará inicio a la ejecución de las mejoras. Indicador de | Registro fotográfico del mejoramiento de luminaria en Av. Las Torres, en sector de cumplimiento. ingreso de las Líneas AT a S/E Cerro Navia Forma de control y | Coordinación y comunicación con la Municipalidad para el seguimiento de las seguimiento acciones implementadas.

9.1.4 Compromiso ambiental voluntario 4: Entrega de residuos de cartón a Cooperativa de

Recicladores Base

Fase del Proyecto a la que aplica

Construcción y operación

Objetivo, descripción y justificación

Objetivo: Aportar al reciclaje de residuos en coordinación con la Dirección de Medio Ambiente, Aseo y Ornato de la 1.M. de Cerro Navia.

Descripción: Se entregarán residuos de cartón a Cooperativa de Recicladores Base, en coordinación con la Dirección de Medio Ambiente, Aseo y Ornato de la 1.M. de Cerro Navia.

Justificación: Responder a las necesidades de mejoramiento de espacios recreativos y potenciar la práctica deportiva de en la comuna.

Lugar, forma y

Lugar: S/E Cerro Navia.

oportunidad de Forma: El contratista a cargo de la obra se coordinará con la Cooperativa, por implementación medio de la Dirección de Medio Ambiente, Aseo y Ornato de la I.M. de Cerro Navia. Oportunidad: En cada ocasión que sea necesario retirar cartón Indicador de | Registro en el Proyecto, de la Cooperativa que acredite la recepción del cartón cumplimiento. Forma de control y | Registro de entrega de residuos de cartón a la Cooperativa seguimiento

  1. Que, las medidas relevantes del Plan de Prevención de Contingencias y del Plan de Emergencias, son las

siguientes:

10.1. PLAN DE PREVENCIÓN DE CONTINGENCIAS Y EMERGENCIAS

10.1.1. Riesgo 1: Accidentes vehiculares en caminos

Fase del Proyecto a la que

aplica

Construcción, operación y cierre

Parte, obra o acción asociada

Tránsito de vehículos

Acciones 0

medidas implementar para prevenir la

a | Para evitar accidentes vehiculares, se deben establecer algunas medidas de

seguridad con el fin de minimizar el riesgo. A continuación, se detallan

contingencia algunas de estas medidas a tomar: — El personal encargado de conducir los vehículos deberá contar con la licencia adecuada, al día y cumplir lo establecido en la Ley de Tránsito N* 18.290/1984. = Los vehículos de transporte del personal deberán cumplir con la legislación de tránsito. = Los vehículos que transporten maquinaria deberán contar con las señalizaciones requeridas por la legislación actual. — El peso de los camiones que transportan maquinaria e insumos, no excederán el peso permitido en las vías por las cuales circulen. Para el transporte de equipos con sobredimensión o sobrepeso, se pedirán autorizaciones necesarias y se contará con las medidas de seguridad correspondientes. — Los vehículos serán inspeccionados y saldrán de circulación en caso de que filtren aceite o petróleo. — El personal deberá estar preparado y capacitado para enfrentar un eventual accidente, y ejecutar el procedimiento de emergencia. — Capacitar al personal para enfrentar un eventual accidente, dando a conocer el procedimiento de emergencia.

Forma de control y |-— Registro de permisos y de aviso a las autoridades.

seguimiento — Registro de las licencias de conducir de conductores.

— Se realizarán inducciones en seguridad al personal de la empresa y se mantendrá un registro de las Inducción en seguridad y copias de instructivos de seguridad.

— Se mantendrán copias del registro de las revisiones y mantenciones de

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maquinarias y equipos.

Acciones 0 medida a implementar para controlar la emergencia

El procedimiento ante una emergencia considera dar oportuno aviso a las autoridades correspondientes:

  • SAMU.

— Carabineros.

— Equipo de rescate de bomberos si fuera necesario.

No se permitirá la intervención de personal que no cuente con conocimientos básicos para asistir a afectados en caso de emergencias, e informar las condiciones del accidente e involucrados a las autoridades competentes.

Oportunidad y vías de comunicación a la SMA de la activación del Plan de Emergencia

Entregar informe a la autoridad cuando la emergencia lo amerite, una vez investigada y controlada la emergencia

Referencia al ICE o documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada

Anexo 3 Plan de Prevención de Contingencias y Emergencias, Adenda.

10.1.2. Riesgo 2: Movimientos sísmicos

Fase del Proyecto a la que aplica

Construcción y operación

Parte, obra o acción asociada

Todas las obras o actividades de la fase de construcción. Líneas eléctricas. Las acciones a ejecutar en la fase de operación serán solo aplicables en caso que el personal de mantenimiento se encuentre en terreno.

Acciones O medidas a implementar para prevenir la contingencia

Las obras y equipos del proyecto responden a normas de diseño y calidades, tanto chilenas como internacionales, en las cuales se aplican diversos factores de seguridad, indispensables para el funcionamiento eficiente de las líneas.

— Se dispondrá de planes de evacuación del personal ante este tipo de eventos. Si bien este riesgo no se puede prevenir, si se pueden mitigar sus consecuencias sobre el personal.

— En caso de estar presente en el sector el Prevencionista de Riesgo, liderará las acciones de evacuación y resguardo del personal, de lo contrario el manejo del personal estará a cargo del ITO de la Obra en la fase de construcción.

— Previa a las actividades de mantención, los trabajadores deberán ser Informados sobre el Protocolo de Respuesta a Emergencias, inducción que deberá indicar las zonas de seguridad, vías de evacuación, entre otros contenidos.

Forma de control y | - Charlas Obligación de Informar (ODI) seguimiento — Capacitación de los Planes de Emergencias. — Registro de los planes de evacuación si es que se desarrollan. Acciones 0 medida a|- Al momento de ocurrir un sismo, el personal que se encuentre en las

implementar para controlar la emergencia

instalaciones deberá dirigirse a los lugares indicados como zona de seguridad. HF El personal que no pueda trasladarse a las zonas de seguridad deberá jubicarse en lugares aislados, lo más lejano posible de estructuras.

Oportunidad y vías de comunicación a la SMA de la activación del Plan de Emergencia

Entregar informe a la autoridad cuando la emergencia lo amerite, una vez superada la emergencia.

Referencia al ICE o documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada

Anexo 3 Plan de Prevención de Contingencias y Emergencias, Adenda.

10.1.3. Riesgo 3: Incendios en

las instalaciones

Fase del Proyecto a la que aplica

Construcción, operación y cierre

Parte, obra o acción asociada

Acopio temporal de residuos peligrosos.

Acciones 0 medidas a implementar para prevenir la emergencia

— Se informará e instruirá a los trabajadores y personal técnico que participa en los trabajos respecto de las normas de prevención, detección y supresión de incendios durante los trabajos. En este sentido dicha información estará referida a los siguientes tópicos:

— Advertencia sobre el uso de agentes iniciadores de incendios. — Instrucciones precisas sobre las acciones inmediatas a tomar en caso de originarse un incendio, tales como: forma de dar aviso, detallar ubicación del siniestro y el tipo de material que es afectada por el fuego.

— En el área donde se almacene material o sustancias de carácter combustible,

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se tendrán extintores del tipo ABC, para un rápido control de un amago de incendio. = Todos los vehículos contarán con sus extintores según reglamentación.

Forma de control y |-— Se inducirá al personal sobre las medidas a tomar para prevenir incendios seguimiento y/o explosiones. — Se mantendrá un registro de las inducciones al personal. — Supervisión periódica de las actividades con potencial de generar incendios y/o explosiones. — El encargado de prevención de riesgos verificará que los dispositivos de seguridad se encuentren en un rango óptimo de funcionamiento, y que los extintores portátiles estén siempre al alcance frente a maniobras de emergencias. — Registro de las Inducciones sobre procedimiento frente a incendios o explosiones. Acciones O medida a | Daraviso inmediato a:

implementar para controlar la emergencia

— Bomberos 132

=- DGAC 56 2 22436 3545 / 56 2 2436 3540

— Asesoría seguridad Enel Distribución 56 2 2675 5001

— Especialista ambiental en turno 56 9 5372 11 32

Luego de apagado el incendio, se debe realizar la disposición de los residuos, se debe realizar según lo indicado en el procedimiento “Gestión de Residuos” GA-PO-DSM.08

Oportunidad y vías de comunicación a la SMA de la activación del Plan de Emergencia

Entregar informe a la autoridad una vez que se investigue las causas del incidente y la emergencia haya sido controlada.

Referencia a documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada

Anexo 3 Plan de Prevención de Contingencias y Emergencias, Adenda.

10,1.4. Riesgo 4: Derrame de

combustible, sustancias y residuos peligrosos

Fase del Proyecto a la que aplica

Construcción.

Parte, obra o acción asociada

Sitios de almacenamiento de combustible, sustancias y residuos peligrosos.

Acciones o medidas a implementar para prevenir la contingencia

El derrame de combustible, sustancia o residuo peligroso en las faenas se puede evitar implementando las medidas que se indican a continuación:

— El transporte de combustible se realizará de acuerdo a la legislación nacional vigente.

— La carga y descarga de combustibles se realizará en áreas previamente definidas y demarcadas, con material impermeable en el piso y sistema de contención de derrames.

— Se inspeccionará periódicamente el almacenamiento de combustible, la cual consistirá en identificar cualquier indicio de deterioro que podría causar un derrame y señales de pérdida. Cualquier pérdida será debidamente corregida y/o reparada.

— Se preparará una lista incluyendo el tipo, cantidad y ubicación del almacenaje del equipo apropiado para labores de limpieza en caso de derrames de combustible. La lista incluirá los procedimientos y medidas de mitigación a ser utilizados en el caso de un derrame. Un inventario escrito también será preparado antes de iniciar los trabajos.

— La disposición final de los elementos absorbentes, ropa contaminada o cualquier elemento, así como aquellas tierras contaminadas deben ser colocadas en una bolsa de residuos resistente y luego dentro de contenedor adecuado para su disposición final como residuo peligroso.

Forma de control

seguimiento

y

— Registro de las inducciones sobre procedimiento en derrame de combustible y/o copias de folletos informativos, planillas de investigación de incidentes (derrames) con acciones de mejoras. — Revisión periódica y registro de las buenas condiciones de los elementos de protección personal.

— Personal se encargará de corroborar que los equipos y maquinarias se encuentren con sus revisiones técnicas al día.

Acciones O medida a implementar para controlar la emergencia

— Informar al Supervisor y al Especialista Ambiental en turno. — Identificar la causa del derrame y proceder a contenerlo, según lo indicado en la sección “Medidas para controlar derrames o fugas” de la Hoja de Seguridad de la sustancia derramada.

— Se activará una cuadrilla para actuar en la emergencia, con conocimiento del tipo, cantidad y ubicación del equipo apropiado para acudir a las labores

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de contención y limpieza en caso de derrames.

— Aislar zona de derrame y contener el derrame, de manera de evitar que este alcance cursos de agua, alcantarillado o terrenos aledaños.

— Eliminar toda fuente de ignición

— Utilizar elementos de absorción de materiales inertes, como tierra o arena. Nunca aserrín u otros materiales que puedan entrar en combustión.

— Disponer los residuos en bolsas de 80 micras de espesor, dentro de contenedores metálicos cerrados. La disposición de los residuos se debe realizar según lo indicado en el procedimiento “Gestión de Residuos GAPO- DSM.08”.

Oportunidad y vías de comunicación a la SMA de la activación del Plan de Emergencia

Entregar informe a la autoridad una vez investigado el incidente y controlada la emergencia.

Referencia a documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada

Anexo 3 Plan de Prevención de Contingencias y Emergencias, Adenda.

10.1.5. Riesgo 5: Derrame o v.

ertimientos de sustancias y residuos peligrosos en caminos

Fase del Proyecto a la que aplica

Construcción.

Parte, obra o acción asociada

Transporte de residuos o sustancias peligrosas.

Acciones O medidas a implementar para prevenir la emergencia

Las medidas para prevenir el derrame o vertimiento de sustancias o residuos peligrosos en caminos son:

— El transporte de sustancias y residuos peligrosos se realizará de acuerdo a la legislación nacional vigente.

— Se inspeccionará previo al inicio de cada viaje las condiciones de la carga, la cual consistirá en identificar cualquier indicio de deterioro de contenedores que podría causar un derrame o señales de pérdida. Cualquier pérdida será debidamente corregida y/o reparada, en forma previa a su transporte.

— Previo al inicio de cada viaje se dispondrá del registro del despacho de sustancias peligrosas, o registro de retiro de residuos peligrosos, según sea el caso.

— Se preparará una lista incluyendo el tipo, cantidad y ubicación del equipo apropiado para labores de contención y limpieza en caso de derrames o vertimientos. La lista incluirá los procedimientos y medidas de mitigación a ser utilizados en el caso de un derrame.

— Registro de las inducciones sobre procedimiento en derrame de combustible y/o copias de folletos informativos, planillas de investigación de incidentes (derrames) con acciones de mejoras. — Revisión periódica y registro de las buenas condiciones de los elementos de protección personal.

— Personal se encargará de corroborar que los equipos y maquinarias se encuentren con sus revisiones técnicas al día.

Forma de control y seguimiento Acciones 0 medida a

implementar para controlar la emergencia

— El personal a cargo del transporte de sustancias o residuos peligrosos dará aviso de inmediato al Supervisor y al Especialista Ambiental en turno.

— El Especialista Ambiental en turno dará aviso de inmediato al Equipo Medio Ambiente Para Respuesta A Emergencias Ambientales (ver punto 3 de este documento), para su apoyo en las comunicaciones y coordinación para controlar la emergencia.

— En función de los registros de despacho o retiro, se activará una cuadrilla para actuar en la emergencia, con conocimiento del tipo, cantidad y ubicación del equipo apropiado para acudir a las labores de contención y limpieza en caso de derrames o vertimientos, según lista emitida previo al inicio de cada viaje.

— Se Identificará la causa del derrame para proceder a contenerlo, según lo indicado en la sección “Medidas para controlar derrames o fugas” de la Hoja de Seguridad de la sustancia derramada.

— Se aislará y contendrá el derrame, de manera de evitar que este se extienda en la vía, alcance cursos de agua, alcantarillado o terrenos aledaños:

— Se utilizarán elementos de absorción de materiales inertes, como tierra o arena. Nunca aserrín u otros materiales que puedan entrar en combustión.

— Se dispondrá los residuos en bolsas de 80 micras de espesor, dentro de contenedores metálicos cerrados.

La disposición final de los elementos absorbentes, ropa contaminada o cualquier elemento, así como aquellas tierras contaminadas deben ser

colocadas en una bolsa de residuos resistente y luego dentro de contenedor

2%

adecuado para su disposición final como residuo peligroso. La disposición de los residuos se debe realizar según lo indicado en el procedimiento “Gestión de Residuos GAPO-DSM.08”.

Oportunidad y vías de | Entregar informe a la autoridad una vez investigado el incidente y controlada comunicación a la SMA de | la emergencia.

la activación del Plan de Emergencia

Referencia a documentos del | Anexo 3 Plan de Prevención de Contingencias y Emergencias, Adenda. expediente de evaluación que contenga la descripción detallada

10.1.6. Riesgo 6: Electrocución

Fase del Proyecto a la que Construcción, operación y cierre aplica

Parte, obra o acción asociada | Labores de desconexión en las fases de construcción y cierre. Mantención e inspección en la Fase de operación

Acciones 0 medidas a | Las acciones o medidas son:

implementar para prevenir | — Todo trabajador tendrá charlas sobre medidas de seguridad para un trabajo la emergencia seguro y sobre los correctos procedimientos de trabajo.

— Se deberá contar con la señalética adecuada.

— Se deberá contar con los EPP.

— El procedimiento de desconexión debe estar autorizado por el CDEC. Durante la fase de operación de las líneas eléctricas existe el riesgo de electrocución. Entre las causalidades de accidentes por electrocución se encuentran las siguientes: palos, alambres y tubos cerca de la línea, construcciones de edificaciones, robo de conductores o tendido eléctrico, instalación de letreros y avisos publicitarios, maniobras con maquinarias pesada debajo de líneas eléctricas.

— Como medidas de prevención, de ser necesario, se repondrán las placas indicadoras de peligro inexistentes o deterioradas.

Forma de control y |-— Charlas Obligación de Informar (ODI)

seguimiento — Registro de capacitación

Acciones O medida a |-— Activación de los sistemas de seguridad, aislamiento del área del incidente.

implementar para controlar | — No se permitirá la intervención de personal que no cuente con

la emergencia conocimientos de primeros auxilios para asistir a afectados en caso de emergencias.

= El procedimiento ante una emergencia que requiera asistencia médica de urgencia considera dar oportuno aviso a los servicios médicos para que concurran en auxilio del afectado (SAMU).

Oportunidad y vías de | Entregar informe a la autoridad una vez investigado el incidente y controlada comunicación a la SMA de | la emergencia.

la activación del Plan de Emergencia

Referencia a documentos del | Anexo 3 Plan de Prevención de Contingencias y Emergencias, Adenda. expediente de evaluación que contenga la descripción detallada

  1. Que, durante el proceso de evaluación, no hubo solicitud de participación ciudadana, desarrollado conforme a lo dispuesto en el artículo 30 bis de la Ley N* 19.300, por lo que no se realizaron observaciones por parte de la comunidad respecto del Proyecto.

12, Que el Titular deberá remitir a la Superintendencia del Medio Ambiente la información respecto de las condiciones, compromisos o medidas, ya sea por medio de monitoreos, mediciones, reportes, análisis, informes de emisiones, estudios, auditorías, cumplimiento de metas o plazos, y en general cualquier otra información destinada al seguimiento ambiental del Proyecto, según las obligaciones establecidas en la presente Resolución de Calificación Ambiental y las Resoluciones Exentas que al respecto dicte la Superintendencia del Medio Ambiente. De igual forma, y a objeto de conformar el Sistema Nacional de Información de Fiscalización Ambiental (SNIFA), el Registro Público de Resoluciones de Calificación Ambiental y registrar los domicilios de los sujetos sometidos a su fiscalización en conformidad con la ley, el Titular deberá remitir en tiempo y forma toda aquella información que sea requerida por la Superintendencia del Medio Ambiente a través de las Resoluciones Exentas que al respecto ésta dicte.

  1. Que el Titular deberá informar a la Superintendencia del Medio Ambiente la realización de la gestión,

acto o faena mínima que da cuenta del inicio de la ejecución de obras, a que se refiere el Considerando 4.1 de la presente Resolución.

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  1. Que, con el objeto de dar adecuado seguimiento a la ejecución del Proyecto, el Titular deberá informar a la Superintendencia del Medio Ambiente, al menos con una semana de anticipación, el inicio de cada una de las fases del Proyecto, de acuerdo a lo indicado en la descripción de este.

  2. Que para que el Proyecto “Ampliación en S/E Cerro Navia” pueda ejecutarse, deberá cumplir con todas las normas vigentes que le sean aplicables.

  3. Que el Titular deberá informar inmediatamente a la Secretaria de la Comisión de Evaluación de la Región Metropolitana de Santiago y a la Superintendencia del Medio Ambiente, la ocurrencia de impactos ambientales no previstos en la DIA, asumiendo inmediatamente las acciones necesarias para abordarlos.

  4. Que el Titular del Proyecto deberá comunicar inmediatamente y por escrito a la Dirección Regional del SEA Servicio de Evaluación Ambiental Región Metropolitana de Santiago la ocurrencia de cambios de titularidad, representante legal, domicilio y correo electrónico, de acuerdo a lo establecido en el inciso tercero del artículo 162 y artículo 163, ambos del Reglamento del SEIA.

  5. Que se hace presente al Titular que cualquier modificación al Proyecto que constituya un cambio de consideración, en los términos definidos en el artículo 2? letra g) del Reglamento del SEIA, deberá someterse al SEIA.

19, Que todas las medidas, condiciones, exigencias y disposiciones establecidas en la presente Resolución son de responsabilidad del Titular, sean implementadas por éste directamente o a través de un tercero.

RESUELVO:

  1. Calificar favorablemente la Declaración de Impacto Ambiental del Proyecto “Ampliación en S/E Cerro Navia”, de ENEL Distribución Chile S.A.

2*. Certificar que el Proyecto “Ampliación en S/E Cerro Navia” cumple con la normativa de carácter ambiental aplicable.

3". Certificar que el Proyecto “Ampliación en S/E Cerro Navia” cumple con los requisitos de carácter ambiental contenidos en los permisos ambientales sectoriales que se señalan en los artículos 140 y 142 del D.S. N* 40/2012 del Ministerio del Medio Ambiente, Reglamento del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental.

4?. Certificar que el Proyecto “Ampliación en S/E Cerro Navia” no genera los efectos, características o circunstancias del artículo 11 de la Ley N* 19.300, que dan origen a la necesidad de elaborar un Estudio de Impacto Ambiental.

5”. Definir como gestión, acto o faena mínima del Proyecto, para dar cuenta del inicio de su ejecución de modo sistemático y permanente, a los mencionados en el considerando 4.1 del presente acto.

6”. Hacer presente que contra esta Resolución es procedente el recurso de reclamación de acuerdo a lo dispuesto en el artículo 20 de la Ley N* 19.300, ante el Director Ejecutivo del Servicio de Evaluación

Ambiental. El plazo para interponer este recurso es de treinta días contados desde la notificación del presente acto.

Andelka Vrsalóvic Directora Regional Servicio de Evaluación Ambiental

Secretaria Comisión de E jaluación 4 5 —Región Metropolitana de Santiago

ano Varas

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DISTRIBUCIÓN:

Gobierno Regional

I. Municipalidad de Cerro Navia

Interregional) Consejo de Monumentos Nacionales

(Interregional) Corporación Nacional de Desarrollo Indígena

(Interregional) Superintendencia de Servicios Sanitarios

(RM) CONAF, Región Metropolitana de Santiago

(RM) DGA, Región Metropolitana de Santiago

(RM) DOH, Región Metropolitana de Santiago

(RM) Ilustre Municipalidad de Cerro Navia

(RM) SAG, Región Metropolitana de Santiago

(RM) SEC, Región Metropolitana de Santiago

(RM) SEREMI MOP Región Metropolitana de Santiago

(RM) SEREMI Medio Ambiente, Región Metropolitana de Santiago

(RM) SEREMI de Agricultura, Región Metropolitana de Santiago

(RM) SEREMI de Bienes Nacionales, Región Metropolitana de Santiago (RM) SEREMI de Desarrollo Social, Región Metropolitana de Santiago (RM) SEREMI de Energía, Región Metropolitana de Santiago

(RM) SEREMI de Salud, Región Metropolitana de Santiago

(RM) SEREMI de Transportes y Telecomunicaciones, Región Metropolitana de Santiago (RM) SEREMI de Vivienda y Urbanismo, Región Metropolitana de Santiago

Oficina de Partes

Expediente del Proyecto "Ampliación en S/E Cerro Navia" Archivo Servicio Evaluación Ambiental Región Metropolitana. Superintendencia del Medio Ambiente

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