Evaluación SEA

Nuevo Emisario Submarino

Rol 2141866390
SEA · DIA · Aprobado · 2018-11-22 · Región del Biobío · EWOS Chile Alimentos Ltda

Servicio REPÚBLICA DE CHILE de Evaluación COMISIÓN DE EVALUACIÓN Ambiental REGIÓN DEL BIOBIO

Califica Ambientalmente el proyecto “Nuevo Emisario Submarino”

Región del Biobío.

Resolución Exenta N* 0 3 9 Concepción, ] 30 ENE 2020 VISTOS: 1”. La Declaración de Impacto Ambiental (DIA), su Adenda de fecha 25 de octubre de 2019 y su

2,

39,

4.

ae,

62.

72.

89.

9%

Adenda Complementaria de fecha 4 de diciembre de 2019, del proyecto “Nuevo Emisario Submarino”, presentado por EWOS Chile Alimentos Ltda con fecha 16 de noviembre de 2018.

Los pronunciamientos y observaciones de los órganos de la administración del Estado que, sobre la base de sus facultades legales y atribuciones, participaron en la evaluación de la DIA, y que se detallan en el Capítulo 3 del Informe Consolidado de Evaluación (ICE) de la DIA del proyecto “Nuevo Emisario Submarino”.

El Acta de Evaluación N? 04 de fecha 27 de marzo de 2019, del Comité Técnico de la Región del Biobío.

El informe consolidado de evaluación (ICE) de la DIA del proyecto “Nuevo Emisario Submarino” de fecha 10 de enero de 2020.

El Acta N* 01 de fecha 20 de enero de 2020, de la sesión de la Comisión de Evaluación de la Región del Biobío.

La Resolución de Calificación Ambiental N* 122, del año 2005, de la Comisión Regional del Medio Ambiente de la región del Biobío, del proyecto “Modificación del proyecto Planta de tratamiento de riles de Ewos Chile S.A” que se modifica a través de la presente Resolución.

La Resolución de Calificación Ambiental N* 325, del año 2007, de la Comisión Regional del Medio Ambiente de la región del Biobío, del proyecto “Instalación y Puesta en Marcha de Nueva Línea de Producción, Línea 7 de Ewos Chile Limitada. EWOS” que se modifica a través de la presente Resolución.

Los demás antecedentes que constan en el expediente de evaluación de impacto ambiental de la DIA del proyecto “Nuevo Emisario Submarino”.

Lo dispuesto en la Ley N 19.300, Sobre Bases Generales del Medio Ambiente; en el D.S. N? 40, de 2012, del Ministerio del Medio Ambiente, que aprueba el Reglamento del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental (en adelante, “RSEIA”); en la Ley N? 19.880, que Establece Bases de los Procedimientos Administrativos que Rigen los Actos de los Órganos de la Administración del Estado; en la Ley N 18.575, Ley Orgánica Constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado; en la Resolución N 1.600, de 2008, de la Contraloría General de la República, que fija normas sobre exención del trámite de toma de razón y en la Resolución N 10, de 2017 que la modifica; en el Reglamento de Sala de la Comisión de Evaluación de la Región del Biobío, aprobado mediante Resolución Exenta N? 267 de fecha 21 de julio de 2014; la Resolución TRA 119046/47/2019 de fecha 25 de abril de 2019, del Servicio de Evaluación Ambiental, que nombra a la Directora Regional del Servicio de Evaluación Ambiental de la región del Biobío.

CONSIDERANDO:

1%, Que, EWOS Chile Alimentos Ltda (en adelante, el Titular), ha sometido al Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental (SETA) la DIA del proyecto “Nuevo Emisario Submarino” (en adelante, el Proyecto). Los antecedentes del Titular son los siguientes:

Nombre o razón social

EWOS Chile Alimentos Ltda

Rut 77.424.780-7

Domicilio Km 20 Camino Concepción - Coronel Teléfono 56 9 4074 4891

Nombre representante legal Jaime Octavio Dulcey Arnoux

Rut representante legal 26801416-0

Domicilio representante legal | Km 20 Camino Concepción - Coronel. Octava Región.

Teléfono representante legal 56 9 4074 4891

representante legal

Correo electrónico Titular o | Patriciaestefania_Oyarzunlazo(Ocargill.com

2”. Que, conforme se indica en el ICE de fecha 10 de enero de 2020, la Directora del Servicio de

Evaluación Ambiental Región del Biobío ha recomendado aprobar el Proyecto, por cuanto éste cumple con la normativa de carácter ambiental aplicable; cumple con los requisitos de otorgamiento de carácter ambiental contenidos en los permisos ambientales sectoriales aplicables; no genera ni presenta los efectos, características o circunstancias del artículo 11 de la Ley N? 19.300, que dan origen a la necesidad de evaluar un Estudio de Impacto Ambiental; y el titular ha subsanado los errores, omisiones e inexactitudes planteados en los Informes Consolidados de Aclaraciones, Rectificaciones y Ampliaciones. .

3”. Que, en sesión de 20 de enero de 2020, la Comisión de Evaluación de la Región del Biobío

acordó calificar favorablemente el proyecto “Nuevo Emisario Submarino”, aprobando íntegramente el contenido del ICE de 10 de enero de 2020, el que forma parte integrante de la presente Resolución. Por lo tanto, conforme a lo indicado en el artículo 60 inciso segundo del Reglamento del SEIA, se excluyen de la presente Resolución las consideraciones técnicas en que se fundamenta.

4%. Que, según lo señalado en la DIA y sus anexos, en su Adenda, y en su Adenda

Complementaria, los cuales forman parte integrante de la presente Resolución, la

descripción del Proyecto es la que a continuación se indica:

4.1. ANTECEDENTES GENERALES

Objetivo general

El reemplazo del sistema de abatimiento de olores existente (lavadores de gases) por scrubbers tiene como objeto mejorar la eficiencia de remoción de olores de la planta. Para la operación de los scrubbers, se requiere implementar un sistema de aducción de agua de mar y la instalación de un nuevo emisario submarino cuyo objeto es descargar al mar fuera de la Zona de Protección Litoral (ZPL) el RIL generado por la utilización de los scrubbers. A través de él, se contempla descargar además las aguas del retrolavado de los filtros de fierro-manganeso y aguas duras de caldera (previamente ingresadas a un estanque de decantación), los RILes de proceso serán tratados en la planta de tratamiento de RILes.

Tipología principal, así como las aplicables a sus partes, obras o acciones

0.6) Emisarios submarinos

Vida útil

30 años

Monto de inversión

USD $ 7.000.000,000 (siete millones de dólares)

Gestión, acto o faena mínima que da cuenta del inicio de la ejecución

La gestión, acto o faena mínima que da cuenta del inicio de la ejecución del proyecto (Art.16 D.S. 40/12), de acuerdo con la naturaleza del proyecto que consiste en la construcción del nuevo emisario submarino, es el movimiento de tierra para la instalación del sistema de aducción de

agua de mar y emisario submarino en el tramo terrestre. Esta acción coincide con el hito de inicio de la fase de construcción.

proyecto o actividad

Proyecto se desarrolla por Si No etapas [X] Proyecto modifica un Si No | El proyecto modifica el proyecto "Modificación del

proyecto Planta de tratamiento de riles de Ewos Chile

S.A. calificado ambientalmente por la resolución de Calificación Ambiental Exenta N* 256/2001". Calificado a través de la R.E. 122/2005 por la Comisión Regional del Medio Ambiente.

YX] En la Tabla 16 de la DIA, Capítulo 4.2. Modificación considerandos de la Resolución de Calificación Ambiental del Proyecto se detallan los Considerando a modificar tanto de la R.E. N* 122/05 como de la R.E. 325/07.

Proyecto modifica otra(s) RCA [sólo en caso de que el proyecto sí modifique un proyecto o actividad]

Si No_| El proyecto modifica el proyecto "Instalación y Puesta

en Marcha de Nueva Línea de Producción, Línea 7 de Ewos Chile Limitada. EWOS". Calificado a través de la R.E. 325/2007 por la Comisión Regional del Medio Ambiente.

X] En la Tabla 16 de la DIA, Capítulo 4.2. Modificación considerandos de la Resolución de Calificación Ambiental del Proyecto se detallan los numerales a modificar tanto de la R.E. N* 122/05 como de la R.E. 325/07.

4.2. UBICACIÓN DEL PROYECTO

División político- Dirección : Parque Industrial Escuadrón Km 20 administrativa Comuna : Coronel

Provincia : Concepción

Región : del Biobío

Descripción de la localización

El reemplazo del sistema de abatimiento de olores actual (lavadores de gases) por los nuevos scrubbers se efectuará al interior de la planta de Ewos existente, la cual, de acuerdo a lo indicado en el certificado de Informaciones Previas emitido por la I. Municipalidad de Coronel, se ubica en un uso de suelo que corresponde a Zona de Actividades Productivas 1 (ZAP-1), la que específicamente contempla Industria inofensiva, molesta y peligrosa. Por otra parte, el sistema de aducción de agua de mar y el nuevo emisario submarino, se localizarán en el tramo terrestre en forma perpendicular a la planta, adentrándose en el mar hasta una distancia de aproximadamente 400 m, en el caso del sistema de aducción y 300 m para el emisario submarino, en un punto en el cual la empresa tiene la respectiva Concesión Marítima.

Superficie

La superficie del proyecto es de 9.072 m?, según se detalla en Tabla siguiente:

Coordenadas UTM en Datum

WGS84

Scrubbers 486 |

Emisario y aducción (tramo terrestre) 6.114

Emisario y aducción (tramo marítimo) 2.472

Total proyecto 9.072 Scrubbers 1 1 663645 m E 5908381 mS Scrubbers 2 1 663655 m E 5908379 m S Scrubbers 3 1 663686 m E 5908404 m S

Serubbers 4

Sistema aducción agua de mar

663694 m E 5908403 m S 663177 m E 5908491 m S 662765 m E 5908575 m S 663175m E 5908485 m S 662882 m E 5908547 m S 663610 m E 5908402 m S

Nuevo emisario submarino

Cámara de muestreo

=|vn|=|n|=|=

Caminos de acceso

El acceso a las instalaciones se realiza por la Ruta 160, ingresando al parque industrial Escuadrón Coronel hacia la calle Central, a través de calle A.

Referencia al expediente evaluación de los mapas, georreferenciación e

información complementaria sobre la localización de sus

partes, obras y acciones

de Capítulo 2 de la DIA

4.3. PARTES, OBRAS Y ACCIONES QUE COMPONEN EL PROYECTO

4.3.1. FASE DE CONSTRUCCIÓN

Instalación de faenas

Corresponde a la instalación y operación transitoria de aquella infraestructura de apoyo necesaria para la construcción, que incluye cierros perimetrales provisorios, oficina técnica, bodega, baños y servicios higiénicos que se utilizarán en la fase de construcción.

Sistema de aducción de agua de mar

El sistema de aducción está compuesto por una estructura de captación de

agua de mar, tubería de aducción y sala de bombas.

e Estructura de captación de agua de mar: La obra de captación de agua de mar consiste en una torre o cajón de toma, construido en hormigón armado y estará ubicado aproximadamente a 24 m bajo el N.R.S. La torre de captación cuenta con ventanas rectangulares para la captación del agua protegidas con rejas de acero revestidas en HDPE, de una brida o elemento de conexión con la tubería de aducción y una compuerta o tapa en su parte superior para las labores de mantenimiento e inspección interior. La estructura llevará un tratamiento con pinturas antifouling (pinturas antiincrustantes) para evitar incrustaciones.

  • Tubería de aducción de agua de mar: Para el abastecimiento de agua de mar se contempla la instalación de una cañería submarina de HDPE, de 710 mm de diámetro y de aproximadamente 400 metros de largo (desde la línea de baja marea), afianzada al fondo marino mediante contrapesos o lastres de hormigón armado. La longitud de la tubería de aducción considera como principal restricción, el captar agua de mar libre de algas, por lo que se localiza aproximadamente 100 metros más al interior con respecto al punto de descarga del emisario y además a una mayor profundidad, 24 metros. La tubería de aducción irá dispuesta sobre el fondo marino y enterrada en el sector de rompiente y en el sector terrestre, con profundidad variable. En el sector de rompiente la cañería tendrá, además, un dado de hormigón y enrocado de protección.

e Sala de bombas: Para la impulsión de agua de mar captada hacia la planta, se implementará una sala de bombas, en cuyo interior se instalarán 5 bombas, que impulsarán el agua desde el mar hacia los scrubbers. Estas bombas operarán en la modalidad 4+1, máximo 4 en operación y 1 de respaldo. La cantidad de bombas en operación y la velocidad de giro dependerán del nivel de operación de la planta.

Scrubbers

Los scrubbers son sistemas de depuración para emisiones atmosféricas que se usan principalmente para eliminar tanto partículas como gases que se generan durante procesos industriales. A través del presente proyecto se contempla reemplazar los 7 lavadores de gases existentes, por un nuevo sistema de abatimiento de olores, de mayor capacidad y eficiencia, al que serán incorporadas todas las corrientes de la planta que generan vahos, considerando además de los extrusores y secadores, la conexión de enfriadores y molinos de todas las líneas de proceso.

El proyecto considera la implementación de 4 scrubbers con inyección de agua de mar previamente ozonificada, a los cuales se conectarán todas las líneas de proceso que generan emisiones odorantes, siendo la eficiencia global de remoción del sistema de abatimiento propuesto entre un 80 - 90%. El detalle de la canalización de las distintas líneas de proceso se detalla en la Tabla 14 de la DIA

Planta de ozono

La planta de ozono a implementar es una planta de tipo modular, con una capacidad de producción de ozono de 900 g O/hora. Dicha planta tendrá una potencia instalada de 21,3 KW, y el ozono producido se inyecta directo a la tubería, no existiendo almacenamiento del producto, ni descarga de ningún residuo y/o efluente líquido ni atmosférico.

Emisario Submarino

El proyecto considera la implementación de un nuevo emisario submarino, el que se instalará al sur del emisario existente y su trazado será paralelo y contiguo a la tubería de aducción de agua de mar.

Este emisario, se utilizará para descargar el agua de mar utilizada en los scrubbers del sistema de tratamiento de olores. Además, por este emisario, se contempla descargar al mar, fuera de la zona de protección litoral, las aguas del retrolavado de los filtros de fierro-manganeso y aguas duras de caldera (previamente ingresadas a un estanque de decantación) y los RILes de lavado de equipos tratados mediante un sistema de tratamiento biológico. Sumado a lo anterior, al emisario se conectarán las aguas lluvias de la planta, previo a la cámara de muestreo de RILes.

El emisario contará con un trazado terrestre (enterrado), una cámara de carga y un trazado submarino.

El trazado submarino del emisario corresponderá a una cañería de HDPE calidad PE- 100 grado PN6, de 800 mm de diámetro externo y de aproximadamente 300 metros de largo (desde la línea de baja marea), que se internará en el mar a partir del nivel 0.00 (NRS), hasta una profundidad de 14 metros aproximadamente. Estará afianzado al fondo marino mediante contrapesos o lastres de hormigón armado los cuales fueron diseñados considerando los esfuerzos directos a los que estará sometido debido a la acción del mar y la rompiente, fenómenos comunes en el sector de instalación del emisario submarino.

Preparación del terreno

Considera la preparación del terreno previo a la realización de las obras, retirando los cercos actuales, preparando los accesos, el lugar de instalación de faenas.

Movimiento de tierras

Es el conjunto de operaciones que se efectúan de forma manual o mecánica sobre el terreno para ejecutar la obra. Para el presente proyecto, consiste en hacer los atraviesos de pavimentos tanto al interior de la planta como de la calle colindante, que permitan el tendido de cañerías. Se considera demolición de actuales pavimentos, realización de excavaciones requeridas por lo atraviesos, excavaciones para instalación de las tuberías, y preparación del suelo.

Construcción y tendido de tubería de aducción y emisario submarino al mar

Para la construcción de la tubería de aducción y emisario submarino, se contempla termofusionar las cañerías de HDPE e instalar los lastres de hormigón, previamente armados y formando un “tren” de tuberías con sus lastres. Paralelamente se instala una línea de lanzamiento, formada con rieles de ferrocarril, sobre el que se instala el tren de tuberías. Los rieles de ferrocarril en su tramo final se conectan al muelle de lanzamiento.

Lanzamiento al mar

Para realizar el lanzamiento al mar del tren de cañerías (tubería de aducción como para el emisario submarino), se requerirá la instalación de una rampa muy elemental de lanzamiento al mar, consistente en un tablero de madera colocado sobre la playa para el deslizamiento de los lastres mientras se tira el extremo de la tubería hacia el mar. Luego de lanzada la tubería se retiran la totalidad de los tablones, sin dejar ningún residuo en la playa. El tren de cañerías es tirado por remolcadores, los cuales mediante GPS, se van adentrando en el mar hasta llegar al punto final del lanzamiento. Una vez ubicada la tubería en la posición previamente determinada, se comienza lentamente a inundar la tubería haciéndola descender hasta su posición final en el fondo del mar.

Instalación Scrubbers

Los scrubbers actualmente ya se encuentran instalados en planta sobre sus fundaciones, por lo que solo queda pendiente su conexión a las distintas corrientes de vahos que van a tratar.

Recursos naturales

renovables

Vegetación: Producto de la instalación de los ductos, la sala de bombas y la cámara de carga, se contempla la corta de una superficie aproximada de 967 m2 de Pino, los cuales se encuentran cercanos a la costa.

Emisiones y efluentes

Gases de combustión y material particulado: Durante la fase de construcción se emitirán gases de combustión producto de la ejecución de obras de excavaciones, escarpe y movimiento de tierras, transporte asociado al traslado de insumos y residuos, esto es, SO2, MP10, MP2,5, NOx y CO. Estas emisiones fueron estimadas por una empresa especialista cuyos resultados se presentan en detalle en el Estudio de Emisiones y Modelación de la Dispersión, adjunto en Anexo 6.1 de la Adenda, y a continuación se detallan los principales resultados:

a Actividad Totales > PM Mm = SO, Total Combustión 0,00206 0,00206 0,0959 0,0548 0,000288 Tránsito de | 10H 0,0831 | 0,0201 : pavimentado vehículos Total ola no 0,428 0,0428 pavimentado Total tránsito 0,513 0,0650 0,0959 0,0548 0,000288 Total Combustión 0,0499 0,0499 2,328 1,330 0,00698 Total movimiento de 0,542 0,0759 Construcción | tierra e Cargulo | 000509 | 0,000771 e tierra La 0,597 0,127 2,328 1,330 | 0,0698 Construcción Conjunto Total Proyecto (Tránsito más | (ton) 1,107 0,191 2,424 1,385 0,00727 Construcción) Límite PPDA (Ton/año) 5 2,5 20 - 10

Aguas servidas: Durante la fase de construcción, se generarán residuos líquidos correspondientes a aguas servidas de los trabajadores debido a la utilización de servicios higiénicos. Considerando la dotación máxima de 50 trabajadores, se estima una generación de 5 m'*/día de aguas servidas como máximo en la fase de construcción.

Ruido: Para la Fase de Construcción se han considerado las emisiones de ruido de 2 actividades principales, Movimiento de tierra y Excavación, e Instalación de Ductos y Sala de Bombas, todas ellas a ejecutarse durante el horario diurno. En la tabla siguiente se presentan los niveles de ruido proyectados para la fase de construcción del proyecto.

| Receptor | Ruido de | Nivel proyectado | Nivel pr psa total Limite | fondo Mov. de | a . A Leg dB(A) | excavación | y bombas RI 53 48 35 R2 54 61 40 R3 55 47 34

Residuos, productos químicos y otras sustancias que puedan afectar el medio ambiente.

Residuos sólidos domiciliarios o asimilables: Los residuos sólidos domiciliarios se generarán en una cantidad variable que dependerá del número de trabajadores presentes. Considerando el máximo de 50 trabajadores, se generarán aproximadamente 50 kg/día de residuos domésticos (1 kg/trabajador/día), los que serán depositados en contenedores para posteriormente ser derivados a disposición final autorizada.

Residuos industriales no peligrosos: Consistirán principalmente en excedentes de tierra, domiciliarios y de construcción. El retiro y disposición se realizará por empresas que cuenten con las resoluciones sanitarias respectivas. La generación de residuos no peligrosos y su manejo se estima

en promedio de acuerdo con el siguiente detalle: Residuos Cantidad | Almacenamiento estimada | temporal

Destino final

Residuos de construcción | 5 kg/dia | Instalación de Lugar autorizado

(excedentes) faenas

Embalajes Skg/día | Instalación de Lugar autorizado faenas

Escarpe (compensado) 100 mé Instalación de Lugar autorizado faenas

Mov. de tierra 800 m' Aledaño a la Lugar autorizado

(excedente) excavación

Residuos peligrosos: Los residuos sólidos peligrosos estimados para la fase de construcción se presentan en la siguiente Tabla.

Residuos Cantidad Almacenamiento Destino final estimada temporal

Paños con | 10 kg/mes Recipiente Lugar

Hidrocarburos RESPEL autorizado

(Aceites/Grasa)

Estos residuos peligrosos serán almacenados en la bodega RESPEL instalada en la planta Ewos por un periodo inferior a seis meses, para luego ser llevados a lugar de disposición final autorizado. En ese sentido, se exigirá a la empresa contratista dar cumplimiento a lo indicado en el D.S. N?148/2003 Reglamento Sanitario Sobre Manejo de Residuos Peligrosos.

Referencia al ICE para mayores detalles sobre esta fase.

Capítulo 4.6.4 del ICE

4.3.2. FASE DE OPERACIÓN

Puesta en marcha

Se realizará paulatinamente la puesta en marcha de los equipos, desconectando las chimeneas actuales (lavadores de gases) y realizando la conexión de las líneas de procesos con los Scrubbers, correspondiendo la conexión con el Scrubber 1 al punto inicial para la operación del emisario submarino. En la tabla siguiente se presenta el detalle de conexiones y

operación del emisario submarino. NS > Actividad E

1 Cierre de Chimeneas actuales en operación (Líneas 5-6) Conexión de chimeneas a

Scrubber 1 (Línea 5-6)

Inicio de aducción de agua de mar

Operación de Scrubber 1

Descarga de RILes de Scrubber por nuevo emisario.

Cierre de Chimeneas actuales en operación (Líneas 7) Conexión de chimeneas a nuevo

sistema (Línea 7)

Operación de Scrubber 2

Cierre de Chimeneas actuales en operación (Líneas 3-4) Conexión de chimeneas a

nuevo sistema Línea (3-4)

8 Operación de Scrubber 3

9 Cierre de Chimeneas actuales en operación (Líneas LM-2) Conexión de chimeneas a

nuevo sistema Línea (LM-2)

10 Operación de Scrubber 4

wea [uo [o

aja

Operación del sistema de control de olores

Una vez finalizada la Puesta en Marcha, se dará inicio a la marcha blanca donde se realizarán pruebas hidráulicas a los equipos sometiéndolos a distintas cargas, hasta lograr el estado estacionario.

El agua captada será previamente ozonificada, para alimentar a los scrubbers en contracorriente con los gases residuales de la planta. Los vahos (gases residuales) serán alimentados por el fondo en un flujo ascendente en tanto que el agua de mar, previamente ozonificada, se alimentará por el tope generando un flujo descendente, en el sentido de la gravedad.

Los scrubbers tienen la posibilidad de variar el caudal de recirculación dependiendo de la cantidad de vahos a tratar. Por otra parte, la cantidad de bombas del sistema de aducción que se requiera se encuentre en funcionamiento, dependerá del nivel de operación de la planta de producción de Ewos.

Actividades de mantención

En la Tabla siguiente se presenta una descripción y periodicidad de

mantención de las unidades del proyecto, Equipos/sistemas | Periodicidad Duración Descripción Actividades Intervención

Medición de Vibraciones

Revisión de puntos

calientes

  • Chequeo de fugas por

Trimestral 2 horas sellos

e Chequeo de ruidos anormales.

  • Chequeo de solturas mecánicas

Bombas de + Medición de Vibraciones

Impulsión + Revisión de puntos

calientes

Trimestral 2 horas + Chequeo de fugas por sellos

  • Chequeo anormales.

e Chequeo mecánicas

Tableros Semestral 2 horas Termografía en borneras y

Eléctricos equipos de maniobras

e Inspección visual

e Inspección de sistemas de refrigeración

Ventiladores Trimestral 4 horas + Medición de Vibraciones (Rotor y motor)

  • Chequeo visual de estado de correas de transmisión

  • Chequeo manual de

puntos calientes

Bombas de Recirculación

Cámara de Anual 6 horas e Limpieza exterior Captación estructura e Limpieza interior de estructura

  • Limpieza de ventanas y rejillas de succión

Difusor de Anual 6 horas + Chequeo funcionamiento

descarga sistema de limpieza

neumático

  • Limpieza exterior al difusor

Motores Eléctricos Mensual 4 horas + Medición de vibraciones

  • Chequeo de solturas mecánicas

  • Chequeo estado bornera

  • Chequeo apriete de bornera

Compresor Mensual 2 horas + Chequeo de posibles fugas de aire.

  • Chequeo de alarmas en panel de control

  • Inspección visual accionamiento

  • Chequeo apriete de bornera motor eléctrico

Planta de Ozono | Mensual 2 horas e Chequeo de posibles fugas de aire.

  • Chequeo de alarmas en panel de control

  • Inspección visual accionamiento

  • Chequeo apriete de bornera motor eléctrico

Todos los equipos | Semestral 8 horas + Lubricación de acuerdo a plan maestro de lubricación.

  • Chequeo de solturas mecánicas

Productos generados

El Proyecto no contempla la generación de productos como consecuencia de su operación.

El proyecto consiste en el reemplazo del sistema de abatimiento de Olores de la planta (lavadores de gases), por un nuevo un sistema de abatimiento de mayor capacidad y eficiencia que consiste en la utilización de 4 serubbers con agua de mar previamente ozonificada y un sistema de aducción de agua de mar, que permitirá mejorar la reducción de olores.

Recursos naturales renovables

Agua: Para el funcionamiento del sistema de control de olores, el proyecto contempla la captación de 2.000 m*/h de agua de mar, cuya captación estará ubicada en las coordenadas 662.765 m E; 5.908.575 m S datum WGS84 —

Huso 18H, a una profundidad estimada de 24 m bajo el nivel de reducción de sonda.

Emisiones y efluentes

Olores: El proyecto corresponde a la implementación de un sistema de abatimiento de olores, a través del cual se tratarán y reducirán las emisiones odoríferas de la planta Ewos en Coronel. Durante la operación, se continuarán generando emisiones odoríficas al ambiente provenientes de algunas etapas del proceso productivo asociadas principalmente a los procesos de molienda, extrusión, secado y enfriamiento. Los vahos generados en estos procesos, serán canalizados en su totalidad al sistema de abatimiento de olores basado en scrubbers con utilización de agua de mar previamente ozonificada

Para la determinación de las emisiones odoriferas, se realizó la toma de muestras en las fuentes de la planta Ewos, por una empresa especializada. Luego, se efectuó el análisis olfatométrico de las muestras y la determinación de las tasas de emisión. El informe de medición de olores se adjunta en el Anexo 14.1 de la DIA.

Con las fuentes y tasas de emisión determinadas para la situación base, previo a la conexión de las líneas a los scrubbers, se realizó la modelación de la dispersión odorante, representando el escenario base y el proyectado, este último considerando la implementación del proyecto. El estudio de Modelación de Dispersión Odorante, ejecutado en base a lo indicado en la Guía para la predicción y evaluación de impactos por olor en el SEIA, adjunta en Anexo 5 de la Adenda.

Una vez que entren en operación los 4 nuevos Scrubber se espera que las emisiones se vean reducidas en función de la eficiencia de cada uno de ellos, la que se encuentra en un rango entre 80% - 90%. A continuación, se indican las Tasas de Emisión de Olor (TEO) para cada fuente emisora, considerando una eficiencia promedio de los scrubbers del 85%.

Condicion Actual Condición futura Fuente DE Fuente sE CH-14 Enfriador L5 7,910 CH-16 Preenfriador L6 6,152 CH-15 Enfriador L6 7,910 Extrusor L5 CH-63 Secador LS (Cuerpo 1) 49,600 Secador LS (Cuerpo 2) Extrusor L6 CH-64 Secador L6 (Cuerpo 1) 49,600 Secador L6 (Cuerpo 2) sn 18,323 Molino (Tag CH6 P12.02.12) 246 Molino (Tag ad P17.02.11) 248 Molino (Ta; id P12.02.1 y 240 Molino (Tag Eee P12.210.005) 245 CH-57 Enfriador L7 4,504 CH-58 Enfriador L7 4,504 el Scrubber CH-20 | Ciclón de alimentación 131,000 2 47,881 secador CH-19 Secador L7 (inf) 56,200 CH-18 Secador L7 (sup) 123,000 Extrusor L3 CH-61 | Secador L3 (Cuerpo 1) 48,097 Secador L3 (Cuerpo 2) CH-30 Enfriador L3 7,910 Extrusor L4 CH-62 Secador L4 (Cuerpo 1) 48,097 Secador L4 (Cuerpo 2) CH-29 Enfriador L4 7,910 Scrubber 25.964 CH-66 Pulverizador Línea 3 25.571 3 ? (Tag P1.02.111) + Pulverizador Línea 4 CH-67 (Tag PI 210.011) 17,900 CH-38 Molino (Tag P1.02,14) 246 CH-39 Molino (Tag P1.02.27) 246 CH-40_ | Molino (Tag P1.02.75) 232 CH-41 Molino (Tag P1.02.76) 232

Pulverizador CH-51 Micropellet (Tag 14,704 PC.01.04) CH-50 Secador Micropellet 1,070 CH-65 Enfriador Micropellet 879 CH-59 Enfriador 2c 7,031 Enfriador 2a (Tag CH-42 24.07.17) 5,933 Enfriador 2b (Tag CH-45 28.12.20) 6,592 S Secador L2 Cuerpo 1 CH-43 (Tag 2.360.001) 102,000 sere 46,963 Extrusor L2 (Tag L2.06.14) CHAS Secador L2 Cuerpo 2 AG4100 (Tag 12.360.001) CH-74 Secador Ll 119,091 CH-75 Extrusor L1 26,343 Planta Planta tratamiento de tratamie Riles 20 nto de 20 Riles + Total Total Actual 782,210 Enturo 139,228

Posteriormente con las tasas de emisión, a través de una empresa especialista se realizó la modelación del impacto odorante (Anexo 5 de la Adenda) para los escenarios base y proyectados.

Residuos, productos químicos y otras sustancias que puedan afectar el medio ambiente.

Residuos líquidos: Durante la fase de operación, los residuos líquidos estarán constituidas por las aguas residuales del lavado de gases en los scrubbers, aguas del lavado de equipo tratadas biológicamente mediante lodos activos, aguas del retrolavado de los filtros de fierro- manganeso y aguas duras de caldera (previamente ingresadas a un estanque de decantación) y la descarga eventual de las aguas lluvias, las que se unirán aguas arriba de la cámara de muestreo de RILes, alcanzando en su conjunto un volumen total aproximado de 2.100 m3/h (condición de máximo caudal), que serán descargadas al mar a través del nuevo emisario submarino.El detalle de los caudales por efluente se entregan en la siguiente tabla:

Origen Caudal (m'/h) Aguas lluvias 84 Agua de mar (Scrubbers) 2.000 Aguas residuales de proceso 8 Aguas del estanque decantación 8

Total 2.100

Ruido: Para efectos de proyección de la Fase de Operación, se considera el funcionamiento de la Sala de Bombas. En tanto, para el Sistema de Control de Olores, se consideran las bombas de recirculación ubicadas bajo los Scrubbers existentes, y los ventiladores del Sistema de Control de Olores de las líneas 5-6 ubicados más cerca del exterior.

En la tabla siguiente se presentan los niveles de ruido proyectados para la fase de operación del proyecto.

Receptor | Ruido de | Nivel Nivel Limite max fondo proyectado | proyectado DS 38/11 Leg dB(A) total

RI 53 24 53 70

R2 55 25 55 70

R3 55 26 55 70

Residuos no peligrosos: En la fase de operación, el proyecto como consecuencia de las mantenciones del sistema generará residuos peligrosos y no peligrosos. Las cantidades generadas, así como el manejo de los residuos se describen en detalle en el capítulo 6.4 de la DIA “residuos sólidos” y cuyo resumen se presenta en la siguiente tabla:

Residuos Cantidad Almacenamiento Destino estimada temporal final

Paños Instalación de faenas Lugar

húmedos 0,5 kg/mes (1 mes) autorizado

10

Instalación de faenas (1 mes)

Embabalajes Lugar

50 kg/mes autorizado

Residuos no peligrosos: Los residuos peligrosos en la etapa de operación corresponden a principalmente a paños lubricantes (0.5 kg/mes) los cuales serán almacenados en la Bodega RESPEL instalada en la planta Ewos por un periodo inferior a seis meses, para luego ser llevados a lugar de disposición final autorizado. En ese sentido, se exigirá a la empresa contratista dar cumplimiento a lo indicado en el D.S. N*148/2003 Reglamento Sanitario Sobre Manejo de Residuos Peligrosos. En el Anexo 13 de la DIA se adjunta la resolución que autoriza el almacenamiento de residuos peligrosos. Lo anterior, sin perjuicio de que la responsabilidad del cumplimiento de los estándares ambientales de la evaluación es del titular del proyecto, aunque las partes, obras y acciones sean ejecutadas por un tercero.

Referencia al ICE para mayores detalles sobre esta fase.

Capítulos 4.7.5 y 4.7.6 del ICE

4.3.3. FASE DE CIERRE

Emisario submarino, cañería de aducción y cámara de succión

Durante la fase de cierre se considera el retiro de las instalaciones marítimas asociadas a 1l circuito de residuos líquidos que descargan a través del emisario submarino, incluyendo este último.

Desmantelamiento o aseguramiento de infraestructura

Se considera el retiro desde el fondo del mar, de las tuberías de Aducción y Emisario, mediante el método de reflotación, para ello se consideran las siguientes etapas:

  • Tapar con flange el extremo de salida de la tubería.

  • Inyectar aire al interior de la tubería por el extremo que se encuentra en superficie.

  • Una vez que la tubería esté llena de aire, reflotar mediante sistema de globos.

  • Tirar hacia la costa con el apoyo de un bulldozer.

  • Mediante el uso de un remolcador, se izará desde el fondo del mar la cámara de captación y el difusor, los que fueron desacoplados de la tubería, para realizar la maniobra de izaje de estas últimas.

En lo concerniente a la infraestructura utilizada para el lanzamiento de la línea de aducción de agua y del emisario submarino, esta será desmantelada inmediatamente de concluido los respectivos lanzamientos, por lo que no se considera ninguna actividad durante la fase de abandono.

Restauración

No se contempla la restauración de las geoformas o vegetación, puesto que no afectará esas componentes ambientales.

Prevención de futuras emisiones

Las medidas de prevención de futuras emisiones serán las mismas medidas adoptadas en la fase de construcción

Mantención, No se consideran actividades de mantención, conservación y supervisión conservación y | para la fase de abandono.

supervisión

Recursos naturales | En la fase de cierre, no se contempla la intervención de recursos naturales renovables renovables

Emisiones y efluentes

Emisiones atmosféricas: Ante la eventualidad de producirse un cierre del Proyecto, se generarían emisiones atmosféricas que corresponderán a material particulado y gases de combustión de motores de camiones y maquinaria, producidos en las actividades de desmantelamiento. Estas fuentes emisoras, serán transitorias y de pequeña escala, por lo que serían poco significativas.

Ruido: Ante un eventual cierre, se generarían ruidos en forma ocasional, debido a la circulación de los vehículos, a la maquinaria utilizada y a las faenas de desmontaje.

Residuos líquidos: En caso de presentarse la necesidad de cerrar el Proyecto, los efluentes domésticos serán semejantes o inferiores a los generados durante la fase de operación, correspondientes principalmente a aguas servidas provenientes de los servicios higiénicos, por lo que se mantendrán las mismas medidas definidas para la fase de operación. El uso de las

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instalaciones sanitarias disponibles será gradualmente reemplazado con la utilización de baños químicos portátiles, servicio otorgado por empresa autorizada sanitariamente.

De presentarse una condición de cierre, no se generarían nuevos residuos

industriales líquidos durante esta fase,

Residuos, productos químicos y otras sustancias que puedan afectar el medio ambiente.

de

Residuos sólidos: Ante un eventual cierre, los residuos a generarse serían similares o inferiores a los generados durante la fase de operación, en términos de características, por lo que se mantendrían las mismas medidas

manejo.

Referencia al ICE para mayores detalles sobre esta fase.

Capítulo 4.8 del ICE

4.4. CRONOLOGÍA DE LAS

FASES DEL PROYECTO

4.4.1. FASE DE CONSTRUCCIÓN

Fecha estimada de inicio

01-03-2020

Parte, obra o acción que establece el inicio

Movimiento de tierra para la construcción del tramo terrestre

Fecha estimada de término

30-04-2021

Parte, obra o acción que establece el término

Inicio del funcionamiento del sistema de abatimiento de Olores

4.4.2. FASE DE OPERACIÓN

Fecha estimada de inicio

01-05-2021

Parte, obra o acción que establece el inicio

Inicio del funcionamiento del sistema de abatimiento de Olores

Fecha estimada de término

30-04-2051

Parte, obra o acción que establece el término

Cese del ingreso de agua al sistema de abatimiento de olores

4.4.3. FASE DE CIERRE

Fecha estimada de inicio

01-05-2051

Parte, obra o acción que establece el inicio

Cese del ingreso de agua al sistema de abatimiento de olores

Fecha estimada de

término

30-04-2052

Parte, obra o acción que establece el término

Retiro de escombros generados en el abandono del proyecto

5%, Que, durante el proceso de evaluación se han presentado antecedentes que justifican la

inexistencia de los s Ley N* 19.300:

iguientes efectos, características y circunstancias del artículo 11 de la

5.1. RIESGO PARA LA SALUD DE LA POBLACIÓN, DEBIDO A LA CANTIDAD Y CALIDAD DE

EFLUENTES, EMISIONES Y

RESIDUOS

Impacto ambiental

Alteración de la calidad del aire por emisiones de material particulado y gases de combustión.

Parte, obra o acción que lo genera

Operación maquinaria y tránsito de vehículos

Fase en que se presenta

Construcción

Impacto ambiental

Alteración de la calidad del aire por emisiones odoríficas

Parte, obra o acción que lo genera

Emisiones de vahos generadas en el proceso que serán tratadas en el sistema de control de olores del presente proyecto consistente en 4 scrubbers con utilización de agua de mar previamente ozonificada.

Fase en que se presenta

Operación

Impacto ambiental

Alteración de la calidad del agua de mar por manejo de residuos líquidos del proceso

Parte, obra o acción que lo genera

Descarga de residuos líquidos a través del nuevo emisario.

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Fase en que se presenta Operación

Impacto ambiental Alteración de la calidad del suelo por generación y manejo de residuos sólidos peligrosos y sólidos no peligrosos

Parte, obra o acción que lo genera Manejo de residuos sólidos no peligrosos y peligrosos

Fase en que se presenta Construcción y operación

Impacto ambiental Alteración de los niveles de ruido

Parte, obra o acción que lo genera Tránsito de maquinaria, vehículos, operación de equipos de apoyo.

Fase en que se presenta Construcción y operación

Referencia al ICE para mayores Capítulo 5.1 del ICE

detalles sobre este impacto específico

Durante la evaluación ambiental del proyecto, se descartó la generación de un riesgo para la salud de la población, en consideración a los siguientes aspectos:

De acuerdo con los resultados presentados por el titular del proyecto durante el proceso de evaluación ambiental, para el proyecto se estimó la generación de emisiones atmosféricas para la fase de construcción y se realizó una modelación de la dispersión de las emisiones, estudio que se adjunta en Anexo 6 de la Adenda. De acuerdo con el Estudio, los máximos aportes modelados sobre los receptores de interés indican que, para el escenario proyectado, el proyecto genera incrementos de tan sólo décimas de punto porcentual para las actuales líneas base en estado de latencia o saturación.

Sin perjuicio de lo anterior, se compararon las emisiones atmosféricas generadas durante la construcción del proyecto, con los límites establecidos en el Anteproyecto de Concepción Metropolitano, las que resultaron no ser significativas, dado que las emisiones totales del proyecto en su fase de construcción corresponden a 1,1 ton/año de MP0, 0,19 ton/año MP» s, 0,0073 ton/año SOx y 2,42 ton/año de NOx, y no superan los límites de 5 ton/año de MP10, 2,5 ton/año MP»;s, 10 ton/año SOx y 20 ton/año de NOx, establecidos en dicho Plan como las emisiones por sobre las cuales un proyecto nuevo debe compensar emisiones.

Respecto de lo anterior, cabe señalar que durante el periodo de evaluación del proyecto, con fecha 17 de diciembre de 2019 entró en vigencia el Plan de Prevención y Descontaminación Atmosférica para las Comunas de Concepción Metropolitano, sin perjuicio de lo cual las emisiones se evaluaron considerando los niveles y procedimientos establecidos en el anteproyecto, por lo que se verifica que las emisiones atmosféricas del proyecto no superan los límites establecidos en dicho plan, y por lo tanto el proyecto no debe compensar emisiones. Con lo anterior, es posible concluir que el proyecto no aumenta el riesgo preexistente dada la condicion de latencia y saturación.

De acuerdo a la Modelación de la Dispersión Odorante, adjunta en Anexo 2 de la Adenda Complementaria no existirían efectos significativos sobre los receptores sensibles. A partir de la modelación de dispersión odorante, la cuantificación y evaluación de impacto en los puntos receptores en el área de influencia, el modelo indica que no existiría percepción de olores sobre el nivel permisible de 5 u.o./m3 para ninguno de los puntos receptores sensibles asociados a zonas con uso de suelo residencial. Cabe destacar que el objetivo del presente proyecto es mejorar la eficiencia de remociones de olores de la planta, mediante la implementación de 4 scrubbers con inyección de agua de mar previamente ozonificada, a los cuales se conectarán todas las líneas de proceso que generan emisiones odorantes, siendo la eficiencia global de remoción del sistema de abatimiento propuesto entre un 80 - 90%.

Por su parte, tras la evaluación de los antecedentes y modelaciones presentadas por el titular en la Adenda y Adenda Complementaria, mediante su Oficio Ord. N*3295 del 19 de diciembre de 2019, la SEREMI de Salud de la Región del Biobío señaló su conformidad respecto de dichos antecedentes, Por lo anterior, es posible señalar que con la implementación del proyecto se verá mejorada la calidad del aire asociada al olor generado por la planta.

Respecto de las emisiones acústicas del proyecto en todas sus fases,

en el Anexo 6 de la DIA se preseta el estudio de impacto acústico cuyos resultados permiten señalar, que durante la fase de construcción se producirá la mayor emisión de ruido del proyecto, ya que involucra actividades de movimiento de tierra y excavaciones, y la instalación de ductos y sala de bombas. Por su parte, durante la fase de operación del proyecto, se consideró el funcionamiento de la Sala de Bombas, las bombas de recirculación ubicadas bajo los Scrubbers existentes, y los ventiladores del Sistema de Control de Olores de las líneas 5-6 ubicados más cerca del exterior.

Las mediciones para la obtención de los niveles basales de ruido en los puntos identificados como receptores, se realizó de acuerdo a las directrices del D.S. N* 38/11 del MMA, obteniendo los resultados señalados en el Anexo 8 de la Adenda que se adjunta el Estudio de Impacto Acústico, el cual concluye que el proyecto cumplirá con la normativa vigente para los receptores identificados en el área de influencia del proyecto. De este modo, las emisiones máximas de ruido del proyecto en la

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fase de construcción corresponden a 62 dB(A) y en la fase de operación a 55 dB(A), siendo los límites máximos permitidos de 70 dB(A) para horario diurno y nocturno de acuerdo al DS 38/2011.

Por su parte, tras la evaluación de los antecedentes y modelaciones presentadas por el titular en la Adenda y Adenda Complementaria, mediante su Oficio Ord. N3009 del 13 de noviembre de 2019, la SEREMI de Salud de la Región del Biobío señaló su conformidad respecto de dichos antecedentes. Por lo anterior, se concluye que la construcción, operación y cierre del proyecto, no supera los niveles máximos permitidos por la normativa acústica vigente, el D.S. N%38/11 MMA, no produciendo impacto acústico significativo en la comunidad receptora del lugar, asimismo, cumpliéndose la normativa en los receptores sensibles más cercanos.

Respecto de la exposición a contaminantes productos de las emisiones o descargas de efluentes, el Proyecto considera la descarga de RILes tratados, aguas lluvias, aguas provenientes de los Scrubbers, aguas del estanque de decantación y a través de una descarga común a realizar mediante un emisario submarino, fuera de la ZPL definida para el sector, por lo que los residuos líquidos generados por el proyecto tampoco presentan un riesgo para la salud de la población, debido a que los efluentes descargados en el mar continuarán cumpliendo los límites de emisión definidos en la Tabla N? 5 del D.S. N 90/00. Durante su dispersión hacia la ZPL, se asegurará que la concentración del RIL se encontrará bajo los límites definidos para la Tabla 4 del D.S. N 90/00.

Los residuos sólidos generados por la operación de la planta y mantenciones serán dispuestos en lugares autorizados, dando cumplimiento a las exigencias establecidas en el D.S. N*148/2006. Reglamento para el Manejo de Residuos Peligrosos, por lo que se descartó afectación a la salud de la población por la generación y/o manejo de residuos durante la construcción y operación del proyecto. Finalmente, sobre la base de los antecedentes señalados en los párrafos precedentes que constan en el expediente del proyecto, durante la evaluación ambiental del mismo, se pudo constatar y concluir que durante todas las fases evaluadas se descarta la generación de efectos que produzcan afectación a la salud de la población en base a los distintos componentes ambientales evaluados.

5.2. EFECTOS ADVERSOS SIGNIFICATIVOS SOBRE LA CANTIDAD Y CALIDAD DE LOS RECURSOS NATURALES RENOVABLES, INCLUIDOS EL SUELO, AGUA Y AIRE

Impacto ambiental Alteración de la calidad del suelo por generación y manejo

de residuos sólidos peligrosos y sólidos no peligrosos

Componente(s) ambiental(es) Suelo afectado(s)

Parte, obra o acción que lo genera

Manejo de residuos sólidos no peligrosos y peligrosos

Fase en que se presenta

Construcción, operación y abandono

Impacto ambiental

Alteración de la calidad del agua de mar por descarga de residuos líquidos del proceso

Componente(s) ambiental(es) afectado(s)

Columna de agua del medio marino

Parte, obra o acción que lo genera

Plantas de proceso y scrubbers

Fase en que se presenta

Operación

Impacto ambiental

Alteración de la calidad del aire por emisiones atmosféricas de material particulado y gases de combustión.

Componente(s) ambiental(es) afectado(s)

Calidad del aire

Parte, obra o acción que lo genera

Operación maquinaria y tránsito de vehículos

Fase en que se presenta

Construcción

Impacto ambiental

Pérdida y/o degradación de vegetación.

El proyecto se emplaza en una Zona de actividades productivas (ZAP-1) de acuerdo con el Plan Regulador Comunal de Coronel, área en la cual existe un alto grado de intervención antrópica donde existe una importante cantidad de industrias.

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Componente(s) ambiental(es) afectado(s)

Flora y vegetación del área de intervención por la porción terrestre del trazado del emisario

Parte, obra o acción que lo genera

» Preparación del terreno » Instalación de faenas + Movimiento de tierras

Fase en que se presenta

Construcción

Impacto ambiental

Afectación de fauna terrestre. Durante la campaña de verano

del estudio de línea de base de fauna terrestre se detectó en el área asociada a la instalación del proyecto la presencia de la especie reptil Liolaemus leminscatus, la cual se encuentra con categoría “Preocupación Menor (LC)”.

Componente(s) ambiental(es) Fauna terrestre

afectado(s)

  • Preparación del terreno » Instalación de faenas » Movimiento de tierras

Parte, obra o acción que lo genera

Fase en que se presenta Construcción

Afectación de fauna marina. En el área de influencia del medio marino no existen recursos naturales renovables escasos, únicos o representativos. Se realizó un estudio de determinación de bancos naturales (Anexo 17 de la DIA) ejecutándose 9 transectos dispuestos en el área de influencia, se detectó un total de 5 taxas, correspondientes a 4 especies jaibas y actinias no clasificadas. Ninguna de las especies registradas durante la inspección realizada corresponde a recursos considerados en la Res. Ex 2353/2010 y sus modificaciones (Res. Ex 387/2014), concluyéndose la inexistencia de bancos naturales en la zona de estudio.

Impacto ambiental

Componente(s) ambiental(es) Fauna marina

afectado(s)

+» Construcción y tendido de tubería de aducción y emisario submarino al mar * Lanzamiento al mar

Parte, obra o acción que lo genera

Fase en que se presenta Construcción

Referencia al ICE para mayores | Capítulo 5.2 del ICE detalles sobre este impacto específico

Durante la evaluación ambiental del proyecto, se descartó la afectación sobre los recursos naturales, en consideración a los siguientes aspectos:

El proyecto se emplaza en una Zona de actividades productivas (ZAP-1) de acuerdo con el Plan Regulador Comunal de Coronel, área en la cual existe un alto grado de intervención antrópica donde existe una importante cantidad de industrias. Sumado a lo anterior, dadas las características del proyecto, éste no conlleva una pérdida de suelo significativa o de su capacidad para sustentar biodiversidad, toda vez que estas condiciones no se generan en el área de emplazamiento del proyecto por ser un sector urbano con destino industrial consolidado.

En Anexo 18 de la DIA se presentó Estudio de Flora y en Anexo 19 Estudio de Fauna, cuyos resultados indicaron la presencia de flora y fauna en el área a intervenir, por lo que se considera que el proyecto es susceptible de afectar este componente. Respecto de la especie de reptil Liolaemus lemniscatus con categoría “Preocupación Menor (LC)” identificada en el área asociada a la construcción del proyecto, las obras en general se ejecutarán sobre el emplazamiento de sectores ya intervenidos previamente, el impacto debiera ser poco significativo sobre las especies identificadas, por otra parte estas especies son muy comunes de esta zona centro sur y mantienen un amplio rango de distribución en la Región. Sin perjuicio de lo anterior, si con ocasión de la inspección del especialista previo a la construcción de las obras (temporales y permanentes), se detectase la presencia de fauna terrestre de baja movilidad (particularmente reptiles), se adoptará la medida de manejo ambiental de perturbación controlada, la cual se encuentra descrita en Guía de Evaluación Ambiental Componente Fauna Silvestre D-Pr-Ga- 01” (SAG, 2016) y “Guía técnica para implementar medidas de rescate/relocalización y perturbación controlada” (Torres- Mura, 2014).

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Respecto a la flora del sector, del total de especies nativas, se registró la presencia de la especie Alstroemeria hookeri en una cobertura menor al 1% del área de influencia del proyecto (Anexo 4 de la Adenda, Estudio de Flora). Frente a lo cual el titular se comprometió de replantar individuos de la especie, previo a la realización de un censo de la especie a la hora de iniciar la fase de construcción. En el sector de emplazamiento del emisario submarino, a partir del estudio de determinación de presencia de bancos naturales se identificó un total de 5 taxa, correspondientes a 4 especies jaibas y actinias no clasificadas (Anexo 17 de la DIA). No obstante, ninguna de las especies registradas durante la inspección realizada corresponde a recursos considerados en la Res. Ex 2353/2010 y sus modificaciones (Res. Ex 387/2014), concluyéndose la inexistencia de bancos naturales en la zona de estudio,

Asimismo, el proyecto contempla la captación de agua de mar, ante lo cual, de acuerdo al Estudio de modelación del área de influencia aducción (Anexo 9 de la Adenda), el cual indica que el radio máximo de influencia física del inmisario (succión) alcanza a 10 metros en torno al sistema de captación. Lo anterior, sumado a la escasa presencia de recursos hidrobiologicos en el área de influencia del inmisario, permite concluir que no existirán impactos significativos sobre los recursos hidrobiológicos, presente en dicha área

Respecto de la emisión de residuos líquidos al medio marino, mediante un emisario submarino, cabe señalar que los residuos líquidos industriales serán tratados tratados y descargados en el cumpliendo los límites establecidos en Tabla 5 del D.S. N” 90/00. En Anexo 10 de la Adenda se adjunta el informe de modelación de pluma de descarga del RIL, el cual señala que a 35 m del punto de descarga se logra una dilución completa del RIL ingresando el mismo hacia la ZPL con los límites indicados en la Tabla 4 del D.S. N* 90/00, con lo cual, sumado a los resultados arrojados por los estudios de comportamiento de la pluma en la columna de agua, se pudo concluir que las emisiones del proyecto sobre este componente, no se contempla el impacto significativo de la concentración de contaminantes en el agua.

Finalmente señalar que, sobre la base de todos los antecedentes presentados durante el proceso de evaluación ambiental del proyecto, cuyo resumen de impactos sobre recursos naturales se destacan en los párrafos precedentes, es posible concluir que el proyecto, en ninguna de sus fases generará afectación significativa sobre recursos naturales presentes en el área de influencia del proyecto

5.3. REASENTAMIENTO DE COMUNIDADES HUMANAS O ALTERACIÓN SIGNIFICATIVA DE LOS SISTEMAS DE VIDA Y COSTUMBRES DE GRUPOS HUMANOS

Impacto ambiental

Aumento de flujo vehicular

Parte, obra o acción que lo genera

Transporte de materiales, insumos, productos y residuos

Fase en que se presenta

Construcción y cierre

Impacto ambiental

Alteración de la calidad de vida por emisión de olores molestos

Parte, obra o acción que lo genera

Emisiones de vahos generadas en el proceso que serán tratadas en el sistema de control de olores del presente proyecto consistente en 4 scrubbers con utilización de agua de mar previamente ozonificada.

Fase en que se presenta

Operación

Impacto ambiental

Alteración de la calidad de vida por emisión de ruidos molestos

Parte, obra o acción que lo genera

Maquinaria asociada a faenas de construcción y abandono de la planta. Equipos asociados a la operación del proyecto

Fase en que se presenta

Construcción, operación y abandono

Impacto ambiental

Alteración de la calidad de vida por descarga de residuos líquidos al mar

Parte, obra o acción que lo genera

Descargas de Riles a través del nuevo emisario submarino.

Fase en que se presenta

Operación

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Referencia al ICE para mayores | Capítulo 5.3 del ICE detalles sobre este impacto específico

Durante la evaluación ambiental del proyecto, se descartó la generación de un riesgo para la salud de la población, en consideración a los siguientes aspectos:

La población identificada en el área de influencia no usa recursos naturales que se asocien con actividades económicas. El proyecto en evaluación se emplazará en un sector de actividad industrial consolidado de la comuna de Coronel (Zona Actividad Productiva; ZAP-1), en la cual se permite la ejecución de proyectos industriales.

Respecto a los usos del cuerpo receptor, el estudio de Medio Humano adjunto en Anexo 20 de la DIA, se identifica que se realizan actividades de pesca recreativa en forma esporádica. Asimismo, identifica que el sector de playa y fondo de mar solicitado por Ewos en concesión marítima, ubicado en el sector de playa Escuadrón, se encuentra dentro de las áreas declaradas aptas para la acuicultura, aunque no hay concesiones de acuicultura otorgadas o en trámite con anterioridad al DS N? 537/93, ni presenta sobreposición alguna con Áreas de Manejo y Explotación de Recursos Bentónicos. Del mismo modo, se constató que en el área próxima al sitio de emplazamiento del proyecto no se localizan caletas pesqueras artesanales, acuicultura en AMERB, Espacios Costeros Marinos de Pueblos Originarios, así como tampoco Áreas Marinas Protegidas.

Respecto a la posible afectación debido a la obstrucción o restricción a la libre circulación, conectividad o el aumento significativo de los tiempos de desplazamiento, señalar que el se desarrollará al interior del Parque Empresarial Escuadrón, donde se encuentran otras industrias, existiendo vías (calles) claramente definidas para acceder a las otras plantas existentes en el área. No se intervendrán las aceras del área de influencia ni se afectará de manera alguna su estado de conservación.

Si bien el proyecto definió una ruta de acceso que en algunos tramos puede coincidir con aquellas vías utilizadas por la población local, su emplazamiento en un sector de actividad industrial consolidada y su materialización no afectan la libre circulación ni conectividad. Cabe recordar que el proyecto solo empleará camiones en la fase de construcción generando un aumento temporal del flujo de vehículos de carga, los cuales circularán 60 días en total, distribuidos en 14 meses, periodo estimado para la construcción del proyecto. En función de estos aspectos ambientales del proyecto, se descartaron posibles afectaciones sobre el medio humano en relación con los tiempos de desplazamiento (Anexo 20 de la DIA), dado que las vías incluidas en el área de influencia presentan un buen estado de conservación, con un tránsito vehicular medio a bajo, y un tránsito vehicular alto para el caso de la Ruta 160. Por ende, el flujo vehicular contemplado para las distintas fases del proyecto no provocará congestión vehicular o un aumento en el tiempo de desplazamiento habitual de habitantes, transeúntes y conductores en el área de influencia, dado que se ejecutará al interior del Parque Industrial Escuadrón, donde se encuentran vías (calles) claramente definidas para acceder a las otras plantas industriales existentes en el área.

En relación a la alteración al acceso o a la calidad de bienes, equipamiento, servicios o infraestructura básica, indicar que en el área de influencia no existen centros recreacionales cuyo acceso pueda resultar alterado por el proyecto. La ejecución del proyecto está considerada en un área urbana industrial, por lo que no se altera el acceso a establecimientos educacionales, centros de salud. En términos generales el proyecto no altera el acceso o la calidad de bienes, equipamientos, servicios o infraestructura básica disponible.

Por el contrario, la materialización del proyecto significará una disminución de los episodios de malos olores respecto de la condición actual, dado que la instalación de los scrubbers en reemplazo de los lavadores de gases existentes, mejorará la eficiencia de reducción de olores generados por la planta, lo que conlleva en una reducción de las emisiones odoriferas, y con ello de las posibles molestias causadas al vecindario respecto de la condición actual.

Asimismo, las actividades asociadas a las distintas fases del proyecto se encuentran acotadas a los límites del predio, y durante la construcción, a los sectores de playa, mar y fondo de mar establecidos en la concesión maritima, por lo que no existirán impactos significativos asociados al impedimento o dificultad para el ejercicio de tradiciones culturales o de interés comunitarios, por cuanto, en el área de influencia del proyecto, fuera del Parque Industrial Escuadrón, se identificaron algunas actividades o ceremonias propias de la cultura o folclore de Coronel, cuyo ejercicio o manifestación en ningún caso resultará dificultado o impedido por el proyecto. Si bien en el área de influencia del proyecto (fuera del Parque Industrial Escuadrón) se identificaron sitios de significancia cultural, su acceso en ningún caso resultará dificultado o impedido por el proyecto. El proyecto no produce una pérdida de espacios de uso público urbano utilizados por la comunidad, por lo cual no se modifican aspectos de la calidad de vida como el uso del tiempo libre, prácticas comunicativas, recreativas o de organización de los grupos humanos en el área de influencia. En este contexto, las relaciones de los grupos o comunidades humanas no se verán alteradas, ni se modificarán los patrones de conductas y con ello las prácticas habituales tradicionales del sector.

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Respecto de las actividades culturales, costumbristas y recreativas de carácter masivo, en el Anexo 20 de la DIA se indica que la totalidad de ellas se realiza fuera del área de influencia determinada para el Medio Humano. Finalmente, no se identificó en el área de influencia del proyecto la práctica de expresiones culturales propias de los pueblos indígenas reconocidos en la Ley 19.253,

La materialización del proyecto no significará una dificultad o impedimento para el ejercicio o la manifestación de tradiciones, cultura o intereses comunitarios de los habitantes del área de influencia o de la ciudad de Coronel. Por el contrario, dado que el objetivo principal del proyecto consiste en el reemplazo del sistema de abatimiento de olores existente (lavadores de gases) por scrubbers tiene como objeto mejorar la remoción de olores de la planta, logrando con ello una eficiencia entre 80%- 90% de abatimiento. Al mismo tiempo, el proyecto no afectará los sentimientos de arraigo o la cohesión social de los grupos humanos analizados en este estudio.

5.4. LOCALIZACIÓN EN O PRÓXIMA A POBLACIONES, RECURSOS Y ÁREAS PROTEGIDAS, SITIOS PRIORITARIOS PARA LA CONSERVACIÓN, HUMEDALES PROTEGIDOS Y GLACIARES, SUSCEPTIBLES DE SER AFECTADOS, ASÍ COMO EL VALOR AMBIENTAL DEL TERRITORIO EN QUE SE PRETENDE EMPLAZAR

Impacto ambiental No aplica Componente(s) ambiental(es) El proyecto no se localiza próximo a población y áreas afectado(s) protegidas susceptibles de ser afectados. Tal como define el

Estudio de Medio Humano, adjunto en Anexo 20 de la DIA, no existe población protegida en el área de influencia del

proyecto. Parte, obra o acción que lo genera No aplica Fase en que se presenta No aplica

Referencia al ICE para mayores | Capítulo 5.4 del ICE detalles sobre este impacto específico

De acuerdo con los antecedentes analizados, en el sitio de emplazamiento del proyecto como en la zona aledaña, no se identificaron áreas protegidas, sitios prioritarios, humedales o recursos protegidos susceptibles de ser afectados. Asimismo, tal como se indica en el Anexo 20 de la DIA “Estudio de Medio Humano”, en el área de influencia del proyecto no habita población protegida por leyes especiales, tales como Grupos Humanos Pertenecientes a Pueblos Indígenas.

5.5. ALTERACIÓN SIGNIFICATIVA, EN TÉRMINOS DE MAGNITUD O DURACIÓN, DEL VALOR PAISAJÍSTICO O TURÍSTICO DE UNA ZONA

Impacto ambiental No aplica Componente(s) ambiental(es) Tal como define el Estudio de Medio Humano, adjunto en afectado(s) Anexo 20 de la DIA, no existe población protegida en el área

de influencia del proyecto

El proyecto se emplaza en zona de uso de suelo industrial clasificada como AP-1, definida por el Plan Regulador Comunal de Coronel. El sector de emplazamiento no presenta valor ambiental

Parte, obra o acción que lo genera No aplica

Fase en que se presenta No aplica

Referencia al ICE para mayores | Capítulo 5.5 y 5.6 del ICE detalles sobre este impacto específico

De acuerdo a los antecedentes presentados por el titular del proyecto dentro del proceso de evaluación ambiental, señalar que se descartó que el área de emplazamiento del proyecto presenta valor turístico, dado que no cuenta con elementos paisajísticos, culturales y/o patrimoniales que atraigan flujos de visitantes o turistas hacia ella.

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S.6. ALTERACIÓN DE MONUMENTOS, SITIOS CON VALOR ANTROPOLÓGICO, ARQUEOLÓGICO, HISTÓRICO Y, EN GENERAL, LOS PERTENECIENTES AL PATRIMONIO CULTURAL

Impacto ambiental No aplica Parte, obra o acción que lo genera No aplica Fase en que se presenta No aplica

Referencia al ICE para mayores detalles sobre este impacto específico

Capítulo 5.7 del ICE

Durante la evaluación ambiental del proyecto, se descartó la alteración de monumentos, sitios con valor antropológico, arqueológico, histórico y, en general, los pertenecientes al patrimonio cultural, en consideración a los siguientes aspectos:

Los resultados obtenidos de los estudios de caracterización de área de influencia arqueológica presentados en Anexos 15 de la DIA, del cual se concluye que el área de emplazamiento del proyecto no forma parte de un monumento nacional, como tampoco sitios que pertenezcan al patrimonio

cultural.

6”. Que resultan aplicables al Proyecto los siguientes permisos ambientales sectoriales, asociados a las correspondientes partes, obras o acciones que se señalan a continuación:

6.1. PERMISOS AMBIENTALES SECTORIALES DE CONTENIDO ÚNICAMENTE AMBIENTAL

6.1.1. Permiso para introducir o descargar materias, energía o sustancias según se establece en el artículo 115 del Reglamento del SELA

Fase del Proyecto a la cual corresponde

Operación

Parte, obra o acción a la que aplica

El presente permiso se solicita para los RILes a descargar a través del nuevo emisario submarino a construir en la planta Ewos Chile Alimentos Ltda. en Coronel.

Condiciones o exigencias específicas para su otorgamiento

No hay

Pronunciamiento del órgano competente

A través del oficio Ord. N12.600/442 de fecha 13 de noviembre de 2019, complementado por el Ord. N12.600/454 de fecha 25 de noviembre de 2019, la Gobernación Marítima de Talcahuano señala que el titular identifica el PAS N*115 y presenta los contenidos técnicos formales para su otorgamiento.

Referencia al ICE para mayores detalles

Capítulo 9.1.1 del ICE

de especies hidrobioló;

6.1.2. Permiso para realizar pesca de investigación necesaria para el seguimiento de las poblaciones

¡cas según se establece en el artículo 119 del Reglamento del SEIA

Fase del Proyecto a la cual corresponde

Operación

Parte, obra o acción a

El presente permiso se solicita para la ejecución del Programa de Vigilancia

la que aplica Ambiental para Ewos Chile Alimentos Ltda., en Coronel, Provincia de Concepción, Región del Biobío.

Condiciones o No hay

exigencias

específicas para su

otorgamiento

Pronunciamiento del órgano competente

A través del oficio Ord. SEIA N543 de fecha 18 de diciembre de 2019, la Subsecretaría de Pesca identifica correctamente el Permiso Ambiental Sectorial N 119 del cual esa Subsecretaría se manifiesta conforme respecto de su otorgamiento.

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Referencia al ICE para mayores detalles

Capítulo 9.1.2 del ICE

6.2. PERMISOS AMBIENTALES SECTORIALES MIXTOS

6.2.1. Permiso para la construcción, reparación, modificación y ampliación de cualquier obra pública o particular destinada a la evacuación, tratamiento o disposición final de residuos industriales o mineros según se establece en el artículo 139 del Reglamento del SEIA

Fase del Proyecto a la cual corresponde

Operación

Parte, obra o acción a la que aplica

El presente pronunciamiento se solicita para el sistema de tratamiento de RILes existente, dado que se modifica el punto de descarga como consecuencia de la instalación del nuevo emisario submarino.

Condiciones o exigencias específicas para su otorgamiento

No hay

Pronunciamiento del órgano competente

A través del oficio Ord. SEIA N*3332 de fecha 26 de diciembre de 20109, la SEREMI de Salud señala que el titular presenta los contenidos técnicos y formales, acreditando su cumplimiento. Por lo anterior esta Autoridad Sanitaria se pronuncia conforme y se otorga el permiso ambiental para la etapa de construcción.

Referencia al ICE para mayores detalles

Capítulo 9.2.1 del ICE

tratamiento de basuras Reglamento del SEIA

6.2.2, Permiso para la construcción, reparación, modificación y ampliación de cualquier planta de

y desperdicios de cualquier clase según se establece en el artículo 140 del

Fase del Proyecto a la cual corresponde

Construcción

Parte, obra o acción a la que aplica

Almacenamiento de residuos domiciliarios e industriales en la fase de construcción del Proyecto.

Cabe destacar que los residuos no peligrosos generados en la fase de operación del proyecto, serán almacenados en área existente en planta, la cual cuenta con Resolución Sanitaria adjunta en Anexo 12. Por lo anterior, no se solicita el PAS 140 para este almacenamiento.

Condiciones o exigencias específicas para su otorgamiento

No hay

Pronunciamiento del órgano competente

A través del oficio Ord. SEIA N*3295 de fecha 19 de diciembre de 2019, la SEREMI de Salud señala que el titular presenta los contenidos técnicos y formales, acreditando su cumplimiento. Por lo anterior esta Autoridad Sanitaria se pronuncia conforme y se otorga el permiso ambiental para la etapa de construcción.

Referencia al ICE para mayores detalles

Capítulo 9.2.2 del ICE

establece en el artículo

6.2.3. Permiso para la corta de plantaciones en terrenos de aptitud preferentemente forestal, según se

149 del Reglamento del SEIA

Fase del Proyecto a la cual corresponde

Construcción

Parte, obra o acción a la que aplica

El presente Permiso se solicita para la corta de pinos asociadas a la implementación de las obras terrestres del proyecto, que contemplan el tendido del sistema de aducción de agua de mar (tubería de aducción y sala de bombas) y el sistema de descarga (tramo terrestre del emisario submarino y cámara de carga).

Condiciones o exigencias

El Titular al momento de tramitar el PAS 149, debe incluir en plan de manejo de plantaciones forestales, el plano de corta con localización de ducto.

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específicas para su otorgamiento

Pronunciamiento del órgano competente

A través del oficio Ord. N*“94-EA/2019 de fecha 05 de noviembre de 2019, la CONAF se manifiesta conforme con los antecedentes presentados por el titular respecto del PAS, estableciendo la exigencia señalada en el acápite precedente

Referencia al ICE para mayores detalles

Capítulo 9.2.3 del ICE

7”. Que, de acuerdo a los antecedentes que constan en el expediente de evaluación, la forma de cumplimiento de la normativa de carácter ambiental aplicable al Proyecto es la siguiente:

7.1. COMPONENTE/MATERIA: Emisiones atmosféricas / acústicas

Norma

D .S. N” 144/61 MINSAL Establece la obligación de captar o eliminar los gases, polvo o contaminantes de cualquier naturaleza, de modo tal de no causar molestias al vecindario

Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento

Construcción/operación/cierre

Parte, obra o acción a la que aplica

  • — Instalación de faena

  • — Movimientos de tierra

  • Construcción y tendido de tubería de aducción y emisario submarino al mar.

  • Abandono de faenas

  • Emisiones de vahos generadas en el proceso que serán tratadas en el sistema de control de olores del presente proyecto consistente en 4 scrubbers con utilización de agua de mar

_ previamente ozonificada.

Forma de cumplimiento

Durante la fase de construcción el proyecto generará emisiones de material particulado (PM) y gases de combustión de motores durante las faenas propias de la construcción. Para cumplir con la presente norma el titular señaló en la Adenda que se ejecutarán las siguientes acciones de control de dichas emisiones, entre ellas: Humectación de frentes de trabajo, camino de acceso y al interior de la obra, cobertura de la carga transportada en camiones, control de velocidad, uso de vehículos y maquinaria en buen estado.

Para la fase de operación se contempla la instalación de los scrubbers en reemplazo de los lavadores de gases existentes, lo cual mejorará la eficiencia de reducción de olores generados por la planta, lo que conlleva en una reducción de las posibles molestias causadas al vecindario.

Una vez puesto en marcha el proyecto se realizará un monitoreo de olor una vez puesto en funcionamiento el proyecto, considerando las mismas condiciones bajo las cuales se realizó la medición de olor presentada en el Anexo 14.1 de la DIA del proyecto. En caso de que la tasa de emisión de olor medida sea superior a la proyectada, se modelará el alcance de las emisiones de olor.

Indicador que acredita su cumplimiento

  • — Registro interno de mantención y limpieza de scrubbers
  • — Monitoreo de olor una vez puesto en funcionamiento el proyecto

Forma de control y seguimiento

Programa de mantención preventivo y limpieza de scrubbers para asegurar su correcta operación. Esta ejecución se registrará y mantendrá en planta para su verificación.

Copia de registros e informes según corresponda a la Superintendencia de Medio Ambiente con copia a la Seremi de Salud Región del Biobío.

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Norma

Decreto N* 15/15 MMA, Declara Zona Saturada por material particulado fino respirable MP5 como concentración diaria a las comunas de Lota, Coronel, San Pedro de la Paz, Hualqui, Chiguayante, Concepción, Penco, Tomé, Hualpén y Talcahuano

Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento

Construcción/cierre

Parte, obra o acción a la que aplica

Actividades de la construcción y abandono

Forma de cumplimiento

Durante la fase de construcción, que se ejecutará en aproximadamente 14 meses, se emitirá material particulado y gases de combustión, producto del movimiento de tierras, resuspensión de partículas por tránsito de camiones por caminos pavimentados y no pavimentados, y por el proceso de combustión interna en los motores de camiones y maquinaria. Se estima que durante esta fase se emitan 1,1 ton de MP10/año; 0,19 ton/año de MP5; 2,42 ton de NOv/año y 0,0073 ton/año de SO». Para el control de las emisiones atmosféricas se tomarán las siguientes acciones: Humectación de frentes de trabajo, camino de acceso y al interior de la obra, cobertura de la carga transportada en camiones, control de velocidad, uso de vehículos y maquinaria en buen estado. La humectación se realizará cuando sea necesario, al menos 1 vez al día.

Indicador que acredita su cumplimiento

  • — Verificación en terreno de las medidas de control.

  • Registros de humectación y control de cobertura de camiones a la salida de la obra.

  • Facturas de compra empresa proveedora de agua

Forma de control y

Durante la ejecución de las actividades de construcción y abandono,

seguimiento se verificará el cumplimiento de estas medidas. Copia de registros e informes según corresponda a la Superintendencia de Medio Ambiente con copia a la Seremi de Salud Región del Biobío.

Norma D.S. N? 55/94 MINTRATEL. Norma de emisión aplicable a vehículos

motorizados.

Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento

Construcción/Operación/cierre

Parte, obra o acción a la que aplica

Transporte de materiales, insumos y residuos

Forma de cumplimiento

Para el transporte de materiales, insumos y residuos, se utilizarán camiones que cuenten con la revisión técnica al día. El cumplimiento de esta normativa será exigido en los contratos de prestación del servicio de transporte, que exija contar con revisión Técnica al día.

Indicador que acredita su cumplimiento

Copia del contrato de prestación de servicio del transporte con cláusula de exigencia de revisión técnica al día.

Forma de control y seguimiento

Copia de registros e informes según corresponda a la Superintendencia de Medio Ambiente con copia a la Seremi de Transporte y Telecomunicaciones.

Norma

D.S. N* 75/87 MINTRATEL. Establece condiciones para el transporte de carga

Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento

Construcción/cierre

Parte, obra o acción a la que aplica

Transporte de materiales, insumos y residuos

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Forma de cumplimiento

El transporte que pueda producir polvo o el escurrimiento de materiales en el suelo será cubierto con lona plástica.

Los residuos e insumos en general serán transportados en camiones adecuados para evitar su escurrimiento.

Para el caso del transporte de residuos, se utilizarán vehículos que cuenten con resolución sanitaria para el transporte de residuos peligrosos y no peligrosos.

Se exigirá a las empresas de transporte la adecuada cobertura y hermeticidad de los vehículos que se usen para el transporte de materiales, residuos e insumos en caso de que exista riesgo de su escurrimiento durante el transporte. Esta exigencia de cumplimiento normativo está contenida en los contratos de prestación del servicio de transporte. Además, a la salida de planta, personal interno de Ewos Chile Alimentos Ltda. supervisará el cumplimiento de estos aspectos.

Indicador que acredita su cumplimiento

Contrato u orden de compra de prestación de servicio del transporte con cláusula de cumplimiento normativo.

Forma de control y

Copia de registros e informes según corresponda a la Superintendencia

seguimiento de Medio Ambiente con copia a la Seremi de Transporte y Telecomunicaciones. Norma D.S. N* 38/11 MMA. Norma de Emisión de ruidos molestos

generados por Fuentes Fijas, elaborada a partir de la revisión del D.S. 146/97 MINSEGPRES

Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento

Construcción/Operación/cierre

Parte, obra o acción a la que aplica

Maquinaria asociada a faenas de construcción y abandono de la planta. Equipos asociados a la operación del proyecto.

Forma de cumplimiento

Durante la Fase de Construcción se generará ruido, principalmente por actividades de movimientos de tierra, excavaciones, instalación de Ductos, y construcción de Sala de Bomba. Esta fase se ejecutará sólo en periodo diurno. Durante la operación las fuentes de ruido se asocian principalmente con bombas de captación y descarga de Emisario Submarino, al interior de una sala, y al Sistema de Tratamiento de olores, consistente en un conjunto de ventiladores al interior de la planta, y Bombas de recirculación ubicadas bajo Scrubbers existentes. De acuerdo a los resultados expuestos en el anexo 8 de la Adenda del proyecto “estudio de Impacto acústico”, se concluye que el proyecto cumplirá con los niveles de ruido definidos en el D.S. N* 38/2011 del MMA.

Asimismo, el titular propuso la realización de mediciones de ruido con el objeto de verificar el cumplimiento de los límites de emisión establecidos en el D.S. 38/11, para lo cual se efectuaran mediciones diurnas y nocturnas en los receptores identificados, considerando una medición en la fase de construcción y otra medición en la fase de operación.

Indicador que acredita su cumplimiento

Informe de monitoreo de ruido en plataforma web de Seguimiento de RCAs de la SMA.

Forma de control y seguimiento

Copia de registros e informes según corresponda a la Superintendencia de Medio Ambiente con copia a la Seremi de Salud Región del Biobío.

Referencia al ICE para mayores detalles

Capítulo 8.2 del ICE

7.2. COMPONENTE/MATERIA: Residuos sólidos

Norma

D.S. N* 725/67, MINSAL. Código Sanitario. Art. 79 y 81

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Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento

Construcción, operación y abandono.

Parte, obra o acción a la que aplica

Planta de Tratamiento de RILes existente, cuya única modificación serán las coordenadas de descarga ya que los RILes tratados serán descargados a través del nuevo emisario.

Forma de cumplimiento

Durante la fase de construcción y abandono del proyecto, se generarán residuos domiciliarios correspondientes a los residuos de los trabajadores que serán almacenados en contenedores con tapa al interior de la obra, residuos industriales no peligrosos, correspondientes a excedentes de la construcción como embalajes, escarpe, etc. que serán almacenados en un sector de la instalación de faenas y residuos peligrosos, como paños contaminados con hidrocarburos, etc. que serán

almacenados en la bodega de Residuos Peligrosos autorizada de la planta.

Durante la fase de operación se continuarán generando residuos industriales no peligrosos los que continuarán siendo almacenados en un área autorizada, y residuos peligrosos que continuarán siendo almacenados en la bodega de residuos peligrosos autorizada de la planta. En Anexos 12 y 13 de la DIA el titular adjuntó una copia de la Resolución Sanitaria que autoriza los almacenamientos indicados. Para el almacenamiento de los residuos domiciliarios e industriales no peligrosos generados en la fase de construcción, se obtendrá el permiso para las instalaciones de almacenamiento de residuos a través de la solicitud del PAS 140, presentada en el capítulo 9.2.4 de la DIA del proyecto. Al respecto, mediante Of. 3295 la SEREMI de Salud, Región del Biobío, informó que el titular presentó los contenidos técnicos y formales que le permitieron acreditar el cumplimiento de este PAS.

Una vez obtenida las Resolución Exenta que Califica Ambientalmente Favorable el proyecto, se solicitarán las autorizaciones sectoriales a la autoridad sanitaria.

Todos los Residuos generados serán enviados a sitios de disposición final autorizados ambiental y sanitariamente, utilizando transportes que cuenten con resolución sanitaria para ello.

Los residuos generados por Ewos continuarán siendo declarados a través de los subsistemas SIDREP y SINADER, del RETC en la Ventanilla única del Ministerio de Medio Ambiente, en los plazos definidos para ello en el sistema de ventanilla única.

Indicador que acredita su cumplimiento

  • Autorización sanitaria de bodega, contenedores y sitios de almacenamiento.

  • Declaración de residuos generados a través de los subsistemas SIDREP y SINADER, del RETC.

Forma de control y seguimiento

Copia de registros e informes según corresponda a la Superintendencia de Medio Ambiente con copia a la Seremi de Salud Región del Biobío.

Norma

D.S. N* 594/00 MINSAL. Reglamento sobre condiciones sanitarias y ambientales básicas en los lugares de trabajo. Art. 18, 19 y 20

Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento

Construcción, operación y Abandono.

Parte, obra o acción a la que aplica

Manejo residuos industriales no peligrosos y peligrosos.

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Forma de cumplimiento

Durante la fase de construcción y abandono del proyecto, se generarán residuos domiciliarios correspondientes a los residuos de los trabajadores que serán almacenados en contenedores con tapa al interior de la obra, residuos industriales no peligrosos, correspondientes a excedentes de la construcción como embalajes, escarpe, etc. que serán almacenados en un sector de la instalación de faenas y residuos peligrosos, como tubos fluorescentes, paños contaminados con hidrocarburos, etc. que serán almacenados en la bodega de Residuos Peligrosos autorizada de la planta.

Durante la fase de operación se continuarán generando residuos industriales no peligrosos los que continuarán siendo almacenados en un área autorizada, y residuos peligrosos que continuarán siendo almacenados en la bodega de residuos peligrosos autorizada de la planta. En Anexos 12 y 13 de la DIA del proyecto se adjunto una copia de la Resolución Sanitaria que autoriza los almacenamientos indicados.

Para el almacenamiento de los residuos domiciliarios e industriales no peligrosos generados en la fase de construcción, se obtendrá el permiso para las instalaciones de almacenamiento de residuos a través de la solicitud del PAS140, presentada en el capítulo 9.2.4 de la DIA del proyecto, cuyos contenidos técnicos y formales fueron informados favorablemente por la Autoridad Sanitaria, según consta en el Of. N? 3295 publicado en el expediente electrónico del proyecto.

El traslado de los residuos hacia los sitios de disposición se hará mediante la utilización de transportes que cuenten con autorización sanitaria para ello. Los residuos serán dispuestos en lugares ambiental y sanitariamente autorizados para ello.

Indicador que acredita su cumplimiento

  • Autorización sanitaria de bodega, contenedores y sitios de almacenamiento.

  • Resolución Sanitaria del transporte de Residuos, Resolución Sanitaria de sitios de disposición final.

  • Declaración de residuos generados a través de los subsistemas SIDREP y SINADER, del RETC.

Forma de control y seguimiento

Ewos Chile Alimentos Ltda. cuenta con usuario en el sistema de ventanilla única RETC para el establecimiento donde se emplaza el proyecto. Este establecimiento cuenta con los subsistemas sectoriales SINADER y SIDREP para la declaración de la disposición final de los residuos no peligrosos y peligrosos generados en sus instalaciones. A través de estos subsistemas, se declarará la cantidad y calidad de los residuos industriales que genere, diferenciando claramente los residuos industriales peligrosos.

Copia de registros e informes según corresponda a la Superintendencia de Medio Ambiente con copia a la Seremi de Salud Región del Biobío.

Norma

D.S. 148/03 MINSAL. Reglamento Sanitario sobre manejo de Residuos Peligrosos

Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento

Fase de construcción, operación y/o cierre.

Parte, obra o acción a la que aplica

Bodega de residuos peligrosos y Manejo de residuos industriales peligrosos

Forma de cumplimiento

Durante la construcción se generarán 10 kg/mes de Residuos Peligrosos correspondientes a paños con hidrocarburos, y durante la operación se generarán 0,5kg/mes, correspondientes a paños con lubricantes. El almacenamiento de residuos peligrosos para la fase de operación se continuará efectuando en la bodega de residuos

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Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento

Operación

Parte, obra o acción a la que aplica

Descarga de RILes a través de emisario submarino

Forma de cumplimiento

A través del nuevo emisario se descargarán las aguas utilizadas por los Scrubbers las que se unificarán con las aguas del lavado de equipos tratadas en la planta de tratamiento de RlLes, con las aguas del retrolavado de los filtros de fierro-manganeso y aguas duras de caldera (previamente ingresadas a un estanque de decantación). Esta descarga continuará dando cumplimiento al D.S. 90/00 Tabla 5 Límites máximos permitidos para descargas fuera de la Zona de Protección Litoral. A través del nuevo emisario, se descargarán además las aguas lluvias de la planta, aguas arriba de la cámara de muestreo.

Por lo anterior, con el presente proyecto no se arrojarán lastre, escombros o basuras ni derramará petróleo o sus derivados o residuos, aguas de relaves de minerales u otras materias nocivas o peligrosas, de cualquier especie, que ocasionen daños o perjuicios en las aguas sometidas a la jurisdicción nacional.

Asimismo, se contempla continuar ejecutando el Programa de vigilancia ambiental en el cuerpo receptor, semestral, a realizar en el sector aledaño al emplazamiento del nuevo emisario, para lo cual se reubicarán las estaciones de monitoreo considerando la ubicación de la nueva descarga. Este Programa de Vigilancia Ambiental contempla, entre otros aspectos, análisis de toxicidad en la columna de agua y sedimentos mediante el cual puede analizar la posible afectación sobre los recursos hidrobiológicos. Para la ejecución de estos monitoreos, se solicitó el Permiso Ambiental Sectorial del Artículo 119 del D.S. 40/12, Permiso para realizar pesca de Investigación, el cual, según consta en el Of. N? 543 de fecha 18 de diciembre de 2019 publicado en el expediente electrónico del proyecto, fue informado favorablemente por la Subsecretaría de Pesca y Acuicultura.

Indicador que acredita su cumplimiento

  • — Informes del monitoreo de RILes comparados con los límites de emisión del D.S. 90/00 MINSEGPRES.

  • — Informes de Programas de Vigilancia Ambiental cargados a la plataforma web de la Superintendencia de Medio Ambiente.

  • Permiso para pesca de investigación

Forma de control y

Reporte mensual de los resultados obtenidos del monitoreo de RILes a través del RETC.

seguimiento Carga semestral los informes del Programa de Vigilancia Ambiental a la plataforma web de la Superintendencia de Medio Ambiente. Referencia al ICE para Capítulo 8.3 del ICE

mayores detalles

7.5. COMPONENTE/MATERIA: Transporte sustancias peligrosas / Control de plagas

Norma

D.S. 298/94 MTT. Regula transportes de sustancias peligrosas por calles y caminos.

Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento

Operación

Parte, obra o acción a la que aplica

Transporte de sustancias químicas

Forma de cumplimiento

Ewos Chile Alimentos Ltda. exige y continuará exigiendo a las empresas que utilice para el transporte de sustancias peligrosas que, durante la operación de carga, transporte, descarga y limpieza se porten rótulos visibles de acuerdo a lo indicado en la NCh 2190/03.

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Asimismo, exigirá a las empresas que utilice para el transporte de sustancias peligrosas que el personal utilice los elementos de protección indicados y que porten la hoja de emergencia para transporte diseñada de acuerdo a lo establecido en la NCh 2245/15 y en caso de accidente procedan según lo indicado en ellas.

Indicador que acredita su cumplimiento

Registro en terreno

Forma de control y

Se verifica el cumplimiento de estas exigencias durante la prestación

seguimiento de servicios. Los organismos fiscalizadores son la Superintendencia de Medio Ambiente, Seremi de transporte y Seremi de Salud. Norma D.L. 3.557/81, Ministerio de Agricultura, Establece Disposiciones

sobre Protección Agrícola

Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento

Construcción

Parte, obra o acción a la que aplica

Recepción de equipos provenientes del extranjero embalados en madera.

Forma de cumplimiento

El titular exigirá al proveedor de los equipos a instalar, el cumplimiento de la normativa en el caso que se use madera como elemento de embalaje, dicha madera deberá haber sido autorizada por SAG antes de su ingreso al país.

Indicador que acredita su cumplimiento

  • Autorización del SAG de ingreso al país de los equipos en caso de que contenga madera su embalaje.

Forma de control y seguimiento

Al momento de la recepción de los equipos se verificará que se hayan cumplido los requisitos de esta norma y el SAG haya otorgado la autorización de ingreso al país de las maderas del embalaje de equipos.

Reportes e informes según corresponda a la Superintendencia de Medio Ambiente Servicio Agrícola y Ganadero.

Referencia al ICE para mayores detalles

Capítulo 8.3 del ICE

7.6. COMPONENTE/MATERIA: Patrimonio cultural

Norma

D.S. 17.288/70 MINEDUC. Ley de Monumentos Nacionales; Modifica las Leyes 16.617 y 16.719; Deroga el Decreto Ley 651, de 17 de octubre de 1925.

Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento

Construcción

Parte, obra o acción a la que aplica

Movimiento de tierras y excavaciones

Forma de cumplimiento

De acuerdo a los resultados de la Inspección visual Arqueológica, que consideraron la superficie terrestre a intervenir por el proyecto, adjunto en Anexo 15 de la DIA del proyecto, no se verificó hallazgos de carácter arqueológico o paleontológico. No obstante, de efectuarse un hallazgo arqueológico o paleontológico durante el movimiento de tierras, se procederá según lo indicado en los artículos 26 y 27 de la Ley 17.288/70 y en los artículos 20 y 23 del reglamento de la Ley sobre prospecciones arqueológicas, antropológicas o paleontológicas, paralizando las obras en el frente de trabajo del o de los hallazgos e informará de inmediato y por escrito al Consejo de Monumentos Nacionales, para que disponga de los pasos a seguir.

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Indicador que acredita su cumplimiento

De generarse un hallazgo, se dará aviso por escrito al Consejo de Monumentos Nacionales y al Gobernador Provincial, dejando un registro del aviso,

Forma de control y

Durante las excavaciones se controlará la existencia de restos

seguimiento arqueológicos para detener las obras e informar al Consejo de Monumentos Nacionales si fuera necesario. Referencia al ICE para Capítulo 8.3 del ICE

mayores detalles

8”. Que, durante el procedimiento de evaluación de la DIA el Titular del Proyecto propuso los siguientes compromisos ambientales voluntarios:

8.1. Compromiso ambiental voluntario Liberación ambiental de áreas de trabajo

Impacto asociado [si aplica]

Pérdida o alteración de ejemplares de Liolaemus leminscatus.

Fase del Proyecto a la que aplica

Construcción

Objetivo, descripción y justificación

Objetivo: Entregar sectores libres de presencia de fauna terrestre, en particular de la especies Liolaemus leminscatus, previo su intervención.

Descripción: Un especialista del área biológica, inspeccionará la presencia o ausencia de la especie Liolaemus leminscatus en los sitios de intervención del proyecto, previo al inicio de la fase de construcción. Una vez liberada esta área, a través de un formulario que acredite la ausencia de fauna terrestre objetivo, se podrá ejecutar la construcción de la obra (temporal o permanente) ahí contemplada.

Por otro lado, si con ocasión de la inspección de especialista previo a la construcción de las obras (temporales y permanentes), se detectase la presencia de fauna terrestre de baja movilidad (particularmente reptiles), se adoptará la medida de manejo ambiental de perturbación controlada, la cual se encuentra descrita en Guía de Evaluación Ambiental Componente Fauna Silvestre D-Pr- Ga-01” (SAG, 2016) y “Guía técnica para implementar medidas de rescate/relocalización y perturbación controlada” (Torres- Mura, 2014).

Justificación: Los reptiles, por su tamaño pequeño y su condición ectoterma, son un grupo con ámbitos de hogar reducidos y menor capacidad para desplazarse. Sin embargo, los reptiles tienen una amplia capacidad ecológica que les ha permitido ocupar diversos ambientes a lo largo de todo el país. En los reptiles, la perturbación controlada es aplicable para proyectos de extensión lineal y para proyectos areales pequeños (Guía Técnica para Implementar Medidas de Rescate/ Relocalización y Perturbación Controlada, Torres-Mura et al, 2014).

Lugar, forma y oportunidad de implementación

Lugar: Sitios a intervenir por el Proyecto dentro del perímetro del predio en las siguientes coordenadas.

Vértice Coordenadas UTM Datum WGS84, Huso 18H 1 663264 5908482 2 663251 5908464 3 663577 5908401 4 663576 5908387

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Forma: La determinación de fauna terrestre se realizará por un especialista del área biológica mediante la inspección visual del terreno de las zonas a intervenir por el proyecto identificadas en la tabla anterior. Se realizará registro fotográfico de las zonas inspeccionadas que incluya fecha y hora. Una vez inspeccionada el área y verificada la ausencia de individuos de las especies Liolaemus leminscatus y Liolaemus tenuis, el profesional certificará su ausencia mediante un formulario el que contendrá, la identificación del área, fecha y hora de la inspección además de las condiciones climáticas.

Oportunidad La liberación ambiental de áreas de trabajo se realizará una única vez, previo a la intervención de las áreas inspeccionadas.

Indicador que acredite su cumplimiento

Formulario que acredite la ausencia de fauna terrestre y registro fotográfico

Forma de control y seguimiento

Reporte de los registros, bitácoras y/o formularios del trabajo realizado en terreno, a la Supertintendencia de Medio Ambiente con copia al SAG

Referencia al ICE para mayores detalles

Capítulo 10.1 del ICE

8.2. Compromiso ambiental voluntario Replantar individuos de Alstroemeria hookeri

Impacto asociado

Corta de ejemplares de Alstroemeria hookeri

Fase del Proyecto a la que aplica

Construcción

Objetivo, descripción y justificación

Objetivo: Resguardar la conservación de las especies de Alstroemeria hookeri.

Descripción: Se efectuará una plantación de Alstroemeria hookeri en la misma proporción de los extraídos previo al inicio de la fase de construcción del proyecto, por lo cual se contempla la realización de un censo de la especie.

Justificación: Fortalecer la población de A/stroemeria hookeri en el sector en que se emplazaría el Proyecto.

Lugar, forma y oportunidad de implementación

Lugar: En un sector aledaño al proyecto al interior del predio.

Forma: Se realizará la plantación de Alstroemeria hookeri, cuyas plántulas provendrán de lugares autorizados por el SAG.

Oportunidad: Previo al inicio del proyecto se procederá a la corta de la especie Alstroemeria hookeri, la plantación se realizará una vez finalizada la fase de construcción.

Indicador que acredite su cumplimiento

Se mantendrá un registro interno de la actividad, el cual incluirá registro fotográfico.

Forma de control y seguimiento

Reporte de los informes de ejecución de la actividad a la Supertintendencia que incluya los registros fotográficos

Referencia al ICE para mayores detalles

Capítulo 10.2 del ICE

8.3. Compromiso ambiental voluntario Evaluación emisiones odorantes proyectadas

Impacto asociado

Alteración de la calidad de aire por emisiones odorantes.

Fase del Proyecto a la que aplica

Operación

Objetivo, descripción y justificación

Objetivo: Corroborar proyección de emisiones odorantes desde Ewos Chile Alimentos Ltda.

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Descripción: Ejecución de mediciones de emisiones odorantes desde Ewos Chile Alimentos Ltda para determinar tasas de emisión. Si éstas son mayores, se realizará una nueva modelación de la dispersión odorante.

Justificación: Comparación de tasas de emisión proyectadas y durante la operación del proyecto.

Lugar, forma y oportunidad de implementación

Lugar: Mediciones al interior de la Planta

Forma: Se realizará un monitoreo de olor una vez puesto en funcionamiento el proyecto.

Oportunidad: Se realizará un monitoreo de olor una vez puesto en funcionamiento el proyecto, evaluándose su extensión en caso de que existan variaciones respecto a las emisiones proyectadas.

Indicador que acredite su cumplimiento

Reporte de muestreo de emisiones odorantes y Modelación de la dispersión odorante, si se requiriera.

Forma de control y seguimiento

Carga de informe en plataforma web de seguimiento ambiental de RCA de la SMA.

Referencia al ICE para mayores detalles

Capítulo 10.3 del ICE

9”. Que, las medidas relevantes del Plan de Prevención de Contingencias y del Plan de Emergencias, son las siguientes :

Tabla 9.1. Riesgo o contingencia: Terremoto

Riesgo o contingencia

Terremoto

Fase del proyecto a la que aplica

Operación

Emplazamiento, parte, obra o acción | Emisario, Scrubbers, Sistema de aducción y unidades de asociada apoyo. Acciones o medidas a implementar para | * Diseño antisísmico de scrubbers, cámara de carga, sala prevenir la contingencia de bombas. eDiseño antisísmico de plataformas de montaje ventiladores.

e Plan de Mantención infraestructura e instalaciones.

e Convenio con empresas contratistas que proveen servicios de reparación y limpieza (maestranzas, mantención, limpieza y en general personal de apoyo para prestar asistencia cuando se requiera)

e Delimitación de zonas transitorias de acumulación temporal de escombros o desechos, hasta que se regularice el tránsito para llevarlos a un lugar de disposición final autorizado.

Forma de control y seguimiento

e Se cuenta con todas las memorias de cálculo del proyecto, especificaciones técnicas.

e Empresas ingresadas al registro de contratistas,

e Revisión permanente del estado general de la infraestructura e instalaciones.

Referencia a documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada

Anexo 1 de la Adenda complementaria

Acciones o medida a implementar para controlar la emergencia

e Evaluación posibles focos de incendio, derrames, fallas eléctricas.

e -Evaluación de los daños a equipos, infraestructura.

e -Revisión de condiciones de los equipos.

e-Reparación o reposición de líneas dañadas, para reiniciar operación a la brevedad posible.

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e -Revisión submarina de las posibles consecuencias en el emisario

e -Retiro de Escombros desde las instalaciones.

e-Habilitación Grupo Electrógeno para suministro energía eléctrica en caso de ser necesario.

Oportunidad y vías de comunicación a la SMA de la activación del Plan de Emergencia

La activación de las acciones de emergencia será comunicada a la Superintendencia de Medio Ambiente, dependiendo de los efectos ambientales ocurridos durante el terremoto que haya afectado emisarios submarinos o el sistema de abatimiento de olores; el reporte contendrá: Fecha, lugar, descripción, medidas tomadas, y registros, a través del Sistema de Seguimiento de Resoluciones de Calificación Ambiental, disponible en la página web de la SMA.

Referencia a documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada

Anexo 1 de la Adenda complementaria

Tabla 9.2 Riesgo o contingencia: Tsunami

Riesgo o contingencia

Tsunami

Fase del proyecto a la que aplica

Operación

Emplazamiento, parte, obra o acción asociada

Emisario, Scrubbers, Sistema de aducción y unidades de apoyo.

Acciones o medidas a implementar para prevenir la contingencia

e Se cuenta con todas las memorias de cálculo del proyecto, especificaciones técnicas.

e-Revisión permanente del estado general de infraestructura e instalaciones.

la

Forma de control y seguimiento

eSe cuenta con todas las memorias de cálculo del proyecto, especificaciones técnicas.

e-Revisión permanente del estado general infraestructura e instalaciones.

de la

Referencia a documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada

Anexo 1 de la Adenda complementaria

Acciones o medida a implementar para controlar la emergencia

e Evaluación de los daños a equipos, infraestructura.

e -Revisión de condiciones de los equipos.

e-Reparación o reposición de líneas dañadas, para reiniciar operación a la brevedad posible.

e -Revisión submarina de las posibles consecuencias en el emisario

e -Retiro de Escombros desde las instalaciones.

e-Habilitación Grupo Electrógeno para suministro energía eléctrica en caso de ser necesario.

Oportunidad y vías de comunicación a la SMA de la activación del Plan

La activación de las acciones de emergencia será comunicada a la Superintendencia de Medio Ambiente, dependiendo de los efectos ambientales ocurridos durante el tsunami que haya afectado emisarios submarinos y sistema de abatimiento de olores; el reporte contendrá: Fecha, lugar, descripción, medidas tomadas, y registros, a través del Sistema de Seguimiento de Resoluciones de Calificación Ambiental, disponible en la página web de la SMA.

Referencia a documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada

Anexo 1 de la Adenda complementaria

Tabla 9.3 Riesgo o contingencia: Marejadas/Inundaciones

Riesgo o contingencia

| Marejadas/Inundaciones

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Fase del proyecto a la que aplica

Operación

Emplazamiento, parte, obra o acción asociada

Emisario, Scrubbers, Sistema de aducción y unidades de apoyo.

Acciones o medidas a implementar para prevenir la contingencia

e Diseño de construcciones resistentes.

e -Diseño de cañerías submarina y sus anclajes diseñados para resistir fuerza de olas, corriente, sísmicas, entre otras.

e -Plan de Mantención infraestructura e instalaciones.

Forma de control y seguimiento

eSe cuenta con todas las memorias de cálculo del proyecto, especificaciones técnicas.

e-Revisión permanente del estado general de la infraestructura e instalaciones.

Referencia a documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada

Anexo 1 de la Adenda complementaria

Acciones o medida a implementar para controlar la emergencia

e Evaluación de los daños a equipos, infraestructura.

e -Revisión de condiciones de los equipos.

e-Reparación o reposición de líneas dañadas, para reiniciar operación a la brevedad posible.

e -Revisión submarina de las posibles consecuencias en el emisario

e -Retiro de Escombros desde las instalaciones.

Oportunidad y vías de comunicación a la SMA de la activación del Plan

La activación de las acciones de emergencia será comunicada a la Superintendencia de Medio Ambiente, dependiendo de los efectos ambientales ocurridos durante las marejadas o inundaciones que haya afectado emisarios submarinos y sistema abatimiento olores; el reporte contendrá: Fecha, lugar, descripción, medidas tomadas, y registros, a través del Sistema de Seguimiento de Resoluciones de Calificación Ambiental, disponible en la página web de la SMA.

Referencia a documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada

Anexo 1 de la Adenda complementaria

Tabla 9.4 Riesgo o contingencia: Trombas marinas

Riesgo o contingencia

Trombas marinas

Fase del proyecto a la que aplica

Operación

Emplazamiento, parte, obra o acción asociada

Scrubbers y unidades de apoyo.

Acciones o medidas a implementar para prevenir la contingencia

e Diseño de construcciones resistentes. e Plan de Mantención infraestructura e instalaciones.

Forma de control y seguimiento

e Se cuenta con todas las memorias de cálculo del proyecto, especificaciones técnicas.

e-Revisión permanente del estado general de la infraestructura e instalaciones.

Referencia a documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada

Anexo 1 de la Adenda complementaria

Acciones o medida a implementar para controlar la emergencia

e Evaluación de los daños a equipos, infraestructura.

e -Revisión de condiciones de los equipos.

e-Reparación o reposición de líneas dañadas, para reiniciar operación a la brevedad posible.

e -Revisión submarina de las posibles consecuencias en el emisario

e -Retiro de Escombros desde las instalaciones.

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Oportunidad y vías de comunicación a la SMA de la activación del Plan

La activación de las acciones de emergencia será comunicada a la Superintendencia de Medio Ambiente, dependiendo de los efectos ambientales ocurridos durante las marejadas o inundaciones que haya afectado emisarios submarinos y sistema abatimiento olores; el reporte contendrá: Fecha, lugar, descripción, medidas tomadas, y registros, a través del Sistema de Seguimiento de Resoluciones de Calificación Ambiental, disponible en la página web de la SMA.

Referencia a documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada

Anexo 1 de la Adenda complementaria

Tabla 9.5 Riesgo o contingencia: Incendio Riesgo o contingencia Incendio Fase del proyecto a la que aplica Operación

Emplazamiento, parte, obra o acción asociada

Emisario, Scrubbers, Sistema de aducción y unidades de apoyo.

Acciones o medidas a implementar para prevenir la contingencia

e -Plan de emergencias, que contempla las medidas de prevención para evitar la ocurrencia de siniestros en sus instalaciones.

e -Estructura organizacional para enfrentar emergencias, con asignación clara de responsabilidades.

e -Brigada de combate de incendios altamente entrenada y calificada.

e -Extintores instalados de acuerdo a lo indicado por el D.S. N*594/2000 Reglamento sobre Condiciones Sanitarias y Ambientales Básicas en los lugares de trabajo.

e -Instalación de conexiones eléctricas de acuerdo con lo indicado por SEC.

e -Capacitación a trabajadores en uso de extintores.

e -Prohibición de fumar en las instalaciones.

e -Procedimiento Trabajo en Caliente.

Forma de control y seguimiento

e Inspección del sistema de conexión eléctrico.

e -Inscripción SEC instalaciones eléctricas.

e -Simulacros de Emergencia.

e -Capacitación a trabajadores en uso de extintores.

e -Registro de certificación de extintores actualizado.

Referencia a documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada

Anexo 1 de la Adenda complementaria

Acciones o medida a implementar para controlar la emergencia

e Activación del plan General de emergencia en cuanto se detecta la condición de peligro.

e-Si la respuesta primaria no controla el amago y el incendion se descontrola, se solicita el apoyo a bomberos externos.

e-Reparación o reposición de instalaciones y equipos auxiliares dañados.

e-Los residuos generados se disponen según el plan de manejo de residuos peligrosos.

Oportunidad y vías de comunicación a la SMA de la activación del Plan

La activación de las acciones de emergencia será comunicada a la Superintendencia de Medio Ambiente, dependiendo de los efectos ambientales ocurridos durante el incendio; el reporte contendrá: Fecha, lugar, descripción, medidas tomadas, y registros, a través del Sistema de Seguimiento de Resoluciones de Calificación

Ambiental, disponible en la página web de la SMA.

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Referencia a documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada

Anexo 1 de la Adenda complementaria

Tabla 9.6 Riesgo o contingencia : Falla en el sistema de tratamiento de RILes

Riesgo o contingencia

Falla en el sistema de tratamiento de RILes

Fase del proyecto a la que aplica

Operación

Emplazamiento, parte, obra o acción asociada

Sistema de Tratamiento de RILes.

Acciones o medidas a implementar para prevenir la contingencia

e Existe Plan de Contingencias Planta Tratamiento Riles (Anexo 8.2 de la DIA).

e-Sistema de mantención preventivo y programado del sistema de tratamiento de Riles, de tal forma de asegurar su adecuado funcionamiento en forma continua.

e -La planta cuenta con un grupo electrógeno de respaldo para el suministro de energía eléctrica en caso de emergencia, el que permite continuar con la operación de la Planta en caso de falla en el suministro eléctrico.

e -Capacitación a trabajadores.

Forma de control y seguimiento

e-Verificación y registro de mantenciones. e -Registro asistencia a capacitaciones.

Referencia a documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada

Anexo 1 de la Adenda complementaria

Acciones o medida a implementar para controlar la emergencia

e Problemas de rotura de estanque:

Una vez detectado el problema, el operador debe dar aviso del problema generado a personal de mantención, y en caso de rotura en estanque se debe proceder a operar solo con sedimentador, modificando las condiciones operacionales que permitan que el ril cumpla con los parámetros de acuerdo a norma y así enviarlos al emisario. Durante el periodo que se encuentre operando en estas condiciones se aumentara el monitoreo que asegure el cumplimiento del ril dentro de sus parámetros.

e -Fallas equipos: Existen rutinas de mantención que permiten mantener

en condiciones los equipos y líneas en el proceso, en caso que existiera la necesidad de realizar un cambio o reemplazo de bombas u otro equipo o reparación se solicita al área de mantención su cambio, para ellos existen stock de repuestos para estos equipos críticos. Será responsabilidad del operador llamar a personal de mantención e identificar el problema del equipo e implementar las mejoras en el menor tiempo.

e -Problemas en las líneas de impulsión:

Existen rutinas de operación que resuelve en forma inmediata un evento de esta naturaleza, ya que se cuenta con equipos de bombeo alternativos, para aquellos flujos que son impulsados de esta manera.

Al presentarse un evento de estas características por obstrucción en alguna línea se debe proceder a bombear el ril hacia el sedimentador mientras se realiza la limpieza o reparación.

e -Problemas de suministro eléctrico: Se cuenta con alimentación alternativa (generadores) para todos los equipos críticos y además es válido para

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esta situación lo descrito para el caso del problema de aireación, en la que la planta actuará como un gran sedimentador.

e-Efectos sobre la línea de Evacuación de aguas residuales tratadas por problemas en el emisario: En caso de problemas con el nuevo emisario submarino, se utilizará el actual emisario, con el fin de descargar los RILes tratados. El personal involucrado deberá identificar el punto de fuga y/o vertimiento de aguas residuales en ducto y el lugar afectado. Deberán definir exactamente la ubicación de la fuga, con descripción en distancia y dirección a un punto de referencia conocido.

e -Eventos de olor:

Durante la operación normal de Planta de Tratamiento no existe mal olor en las instalaciones, en caso de producirse algún evento se debe verificar donde se está generando el olor, el operador procederá a realizar los ajustes operacionales que pudieran estar generando el olor y realizar la limpieza en el área correspondiente.

e -Parámetro fuera de la norma:

Durante la operación normal de Planta de Tratamiento se realiza monitoreo diario y semanales a los parámetros Sólidos Suspendidos Totales, Sólidos Suspendidos pH, Temperatura, DQO, etc, que asegure el cumplimiento en la descarga. En caso de producirse una desviación de alguno de los parámetros, el operador debe proceder a dar aviso a Jefe Servicios Auxiliares y ajustar los controles hasta que vuelva a operación normal. En caso de no lograr volver a operación normal se debe desviar el ril a los pozos de acumulación y si es necesario detener planta.

Oportunidad y vías de comunicación a la SMA de la activación del Plan

La activación de las acciones de emergencia será comunicada a la Superintendencia de Medio Ambiente, dependiendo de los efectos ambientales ocurridos durante la falla de la emergencia, enviando un reporte que contenga: Fecha, lugar, descripción, medidas tomadas, y registros, a través del Sistema de Seguimiento de Resoluciones de Calificación Ambiental, disponible en la página web de la SMA.

Referencia a documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada

Anexo 1 de la Adenda complementaria

Tabla 9.7 Riesgo o contingencia: Falla en el emisario submarino

Riesgo o contingencia

Falla en el emisario submarino

Fase del proyecto a la que aplica

Operación

Emplazamiento, parte, obra o acción asociada

Conducción de RlLes a través del emisario submarino

Acciones o medidas a implementar para prevenir la contingencia

e Diseño de construcciones resistentes.

e -Diseño de cañerías submarina y sus anclajes diseñados para resistir fuerza de olas, corriente, sísmicas, entre otras.

e-Inspección y mantención periódica del sistema de emisario submarino.

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e-Inspección annual con Empresa especialista (buzo comercial) para la realización de tareas de inspección, limpieza y mantención del emisario.

e -Plan de mantención preventiva.

e -Programa de vigilancia ambiental (PVA) semestral para seguimiento y control de la descarga y el cuerpo receptor.

Forma de control y seguimiento

e -Verificación de realización del Plan de Inspección y Mantención según programa.

e -Registro interno de la ejecución de las inspecciones y mantenciones, incluyendo del detalle de las acciones correctivas.

e -Registros de inspecciones y mantención del sistema de emisario submarino.

e -Contrato u orden de compra de empresa especialista en mantención emisario.

e -Informe anual sobre estado del emisario

e-Informe semestral del Programa de Vigilancia ambiental sobre condiciones del cuerpo receptor, columna de agua y sedimentos marinos.

e -Memorias de cálculo estructural de cañería y anclaje.

Referencia a documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada

Anexo 1 de la Adenda complementaria

Acciones o medida a implementar para controlar la emergencia

e Dependiendo de la condición de operación, se deberá aumentar la recirculación de agua en los scrubber y así bajar el flujo de agua desde los scrubber hacia el emisario.

e-Se procede a redireccionar la descarga de efluentes hacia el emisario emergencia de respaldo (existente), mientras se soluciona la situación de emergencia.

e Se informará de la situación vía escrita al Servicio Nacional de Pesca.

Oportunidad y vías de comunicación a la SMA de la activación del Plan

La activación de las acciones de emergencia será comunicada a la Superintendencia de Medio Ambiente, dependiendo de los efectos ambientales ocurridos en unidades de apoyo, principalmente emisarios submarinos, enviando un reporte que contenga: Fecha, lugar, descripción, medidas tomadas, y registros, a través del Sistema de Seguimiento de Resoluciones de Calificación Ambiental, disponible en la página web de la SMA

Referencia a documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada

Anexo 1 de la Adenda complementaria

Tabla 9.8 Riesgo o contingencia Falla en Sistema Aducción

Riesgo o contingencia

Falla en Sistema Aducción

Fase del proyecto a la que aplica

Operación

Emplazamiento, parte, obra o acción asociada

Funcionamiento Sistema Abatimiento olores.

Acciones o medidas a implementar para prevenir la contingencia

e Diseño de construcciones resistentes.

e Diseño de cañerías submarina y sus anclajes diseñados para resistir fuerza de olas, corriente, sísmicas, entre otras.

e Inspección y mantención periódica del sistema de emisario submarino.

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e Inspección anual con Empresa especialista (buzo comercial) para la realización de tareas de inspección, limpieza y mantención del emisario.

e Plan de mantención preventiva.

Forma de control y seguimiento

e Verificación de realización del Plan de Inspección y Mantención según programa.

e Registro interno de la ejecución de las inspecciones y mantenciones, incluyendo del detalle de las acciones correctivas.

e Registros de inspecciones y mantención del sistema de emisario submarino.

e Contrato u orden de compra de empresa especialista en mantención emisario.

  • Informe anual sobre estado del emisario

  • Memorias de cálculo estructural de cañería y anclaje.

Referencia a documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada

Anexo 1 de la Adenda complementaria

Acciones o medida a implementar para controlar la emergencia

  • Mediante el sistema de control, se procede a aumentar el tiempo de residencia de agua de mar al interior de los scrubbers.

e -Detener la o las líneas de producción en caso de fallas sobre 48 horas.

e -Reparación de la falla

e-Se informará de la situación vía escrita al Servicio Nacional de Pesca.

Oportunidad y vías de comunicación a la SMA de la activación del Plan

La activación de las acciones de emergencia será comunicada a la Superintendencia de Medio Ambiente, enviando un reporte que contenga: Fecha, lugar, descripción, medidas tomadas, y registros, a través del Sistema de Seguimiento de Resoluciones de Calificación Ambiental, disponible en la página web de la SMA.

Referencia a documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada

Anexo 1 de la Adenda complementaria

Tabla 9.9 Riesgo o contingencia: Falla Sistema abatimiento olores (scrubber)

Riesgo o contingencia

Falla Sistema abatimiento olores (scrubber)

Fase del proyecto a la que aplica

Operación

Emplazamiento, parte, obra o acción asociada

Sistema de abatimiento de olores en planta (Scrubber, ductos neumáticos, ventiladores, bombas de recirculación)

Acciones o medidas a implementar para prevenir la contingencia

e Inspección y mantención periódica del sistema. e Rutinas de Mantención Preventiva.

e Rutinas de Mantención Sintomática.

e Capacitación a trabajadores.

Forma de control y seguimiento

e Registros de inspecciones y mantenciones realizadas. e Registro Capacitaciones.

Referencia a documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada

Anexo 1 de la Adenda complementaria

Acciones o medida a implementar para controlar la emergencia

e El sistema de transporte de gases cuenta con un sistema alternativo, que permite enviar gases a la atmosfera sin lavar. Si la falla se prolonga más allá de 48 horas, se procederá a detener la línea de producción.

e Detener la o las líneas de producción asociada al sistema en falla cuando el tiempo supere las 48 horas.

e Reparación de la falla.

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Oportunidad y vías de comunicación a la SMA de la activación del Plan

La activación de las acciones de emergencia será comunicada a la Superintendencia de Medio Ambiente, enviando un reporte que contenga: Fecha, lugar, descripción, medidas tomadas, y registros, a través del Sistema de Seguimiento de Resoluciones de Calificación Ambiental, disponible en la página web de la SMA.

Referencia a documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada

Anexo 1 de la Adenda complementaria

10%. Que, el Titular deberá remitir a la Superintendencia del Medio Ambiente la información respecto de las condiciones, compromisos o medidas, ya sea por medio de monitoreos, mediciones, reportes, análisis, informes de emisiones, estudios, auditorías, cumplimiento de metas o plazos, y en general cualquier otra información destinada al seguimiento ambiental del Proyecto, según las obligaciones establecidas en la presente Resolución de Calificación Ambiental y las Resoluciones Exentas que al respecto dicte la Superintendencia del Medio Ambiente. De igual forma, y a objeto de conformar el Sistema Nacional de Información de Fiscalización Ambiental (SNIFA), el Registro Público de Resoluciones de Calificación Ambiental y registrar los domicilios de los sujetos sometidos a su fiscalización en conformidad con la ley, el Titular deberá remitir en tiempo y forma toda aquella información que sea requerida por la Superintendencia del Medio Ambiente a través de las Resoluciones Exentas que al respecto ésta dicte.

  1. Que, el Titular deberá informar a la Superintendencia del Medio Ambiente la realización de la gestión, acto o faena mínima que da cuenta del inicio de la ejecución de obras, a que se refiere el Considerando 4.1 de la presente Resolución.

129, Que, con el objeto de dar adecuado seguimiento a la ejecución del Proyecto, el Titular deberá informar a la Superintendencia del Medio Ambiente, al menos con una semana de anticipación, el inicio de cada una de las fases del Proyecto, de acuerdo a lo indicado en la descripción del mismo.

13", Que, para que el proyecto “Nuevo Emisario Submarino” pueda ejecutarse, deberá cumplir con todas las normas vigentes que le sean aplicables.

147, Que, el Titular deberá informar inmediatamente a la Secretaría de la Comisión de Evaluación de la Región del Biobío y a la Superintendencia del Medio Ambiente, la ocurrencia de impactos ambientales no previstos en la DIA, asumiendo inmediatamente las acciones necesarias para abordarlos.

15%, Que, el Titular del Proyecto deberá comunicar inmediatamente y por escrito a la Dirección Regional del SEA Servicio de Evaluación Ambiental VIII Región del Biobío la ocurrencia de cambios de titularidad, representante legal, domicilio y correo electrónico, de acuerdo a lo establecido en el inciso tercero del artículo 162 y artículo 163, ambos del Reglamento del SEIA.

16". Que, se hace presente al Titular que cualquier modificación al Proyecto que constituya un cambio de consideración, en los términos definidos en el artículo 2* letra g) del Reglamento del SEIA, deberá someterse al SETA.

17%, Que, todas las medidas, condiciones, exigencias y disposiciones establecidas en la presente Resolución, son de responsabilidad del Titular, sean implementadas por éste directamente o a través de un tercero.

RESUELVO:

  1. Calificar favorablemente la Declaración de Impacto Ambiental del proyecto “Nuevo Emisario Submarino”, de EWOS Chile Alimentos Ltda.

41

22,

4% se, 62,

89.

ES

Certificar que el proyecto “Nuevo Emisario Submarino” cumple con la normativa de carácter ambiental aplicable.

. Certificar que el proyecto “Nuevo Emisario Submarino” cumple con los requisitos de carácter

ambiental contenidos en los permisos ambientales sectoriales que se señalan en los artículos 115, 119,139, 140 y 149 del D.S. N* 40/2012 del Ministerio del Medio Ambiente, Reglamento del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental.

Disponer el otorgamiento de los permisos ambientales sectoriales que se señalan en los artículos 115, 119,139, 140 y 149 del D.S. N* 40/2012 del Ministerio del Medio Ambiente, Reglamento del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental.

Certificar que el proyecto “Nuevo Emisario Submarino” no genera los efectos, características o circunstancias del artículo 11 de la Ley N* 19.300, que dan origen a la necesidad de elaborar un Estudio de Impacto Ambiental.

Definir como gestión, acto o faena mínima del Proyecto, para dar cuenta del inicio de su ejecución de modo sistemático y permanente, a los mencionados en el considerando 4.1 del presente acto.

Te, Hacer presente que contra esta Resolución es procedente el recurso de reclamación de acuerdo a lo dispuesto en el artículo 20 de la Ley N? 19.300 ante el Director Ejecutivo del Servicio de Evaluación Ambiental. El plazo para interponer este recurso es de treinta días contados desde la notificación del presente acto.

pa Región sl 2 SA

tianes Araneda dal Servicio de Evaluación Ambiental le io Comisión de Evaluación

Región del Biobío

DIREC REGIONALS, di

9 UTE

SSA/NCM

Sr Jaime Octavio Dulcey Arnoux, Representante legal Inmobiliaria EWOS Chile Alimentos Ltda

Consejo de Monumentos Nacionales

Superintendencia de Servicios Sanitarios Subsecretaría de Pesca y Acuicultura

SEC, Región del Biobío

SAG, Región del Biobío

Tlustre Municipalidad de Coronel

Dirección de Vialidad, Región del Biobío

Dirección Regional de Aeropuertos, Región del Biobío Dirección Regional de Obras Portuarias, Región del Biobío DOH, Región del Biobío

DGA, Región del Biobío

CONAF, Región del Biobío

CONADI, Región del Biobío

SEREMI MOP, Región del Biobío

SEREMI de Agricultura, Región del Biobío

SEREMI de Bienes Nacionales, Región del Biobío

42

C/e:

SEREMI de Energía, Región del Biobío

SEREMI de Minería, Región del Biobío

SEREMI de Salud, Región del Biobío

SEREMI de Transporte, Región del Biobío

SEREMI de Vivienda y Urbanismo, Región del Biobío SEREMI del Medio Ambiente, Región del Biobío SEREMI de Desarrollo Social, Región del Biobío SERNAGEOMIN, Zona Sur

Servicio Nacional Turismo, Región del Biobío Servicio Nacional de Pesca, Región del Biobío Gobierno Regional del Biobío

Gobernación Marítima de Talcahuano

Miembros de la Comisión de Evaluación de la Región del Biobío Superintendencia de Medio Ambiente

Expediente del Proyecto “Nuevo Emisario Submarino” Archivo Servicio Evaluación Ambiental, Región del Biobío

43

—_—T

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