Evaluación SEA

Plaza Parque

Rol 2141654684
SEA · DIA · Aprobado · 2018-10-29 · Región de La Araucanía · Inmobiliaria Los Poetas Ltda.

Resolución de Calificación Ambiental N°18/2019 DIA “Plaza Parque” 1 REPÚBLICA DE CHILE COMISIÓN DE EVALUACIÓN REGIÓN DE LA ARAUCANÍA

Califica Ambientalmente el proyecto “Plaza Parque”

Resolución Exenta Nº 18

Temuco, 03 JUN 2019

VISTOS:

1°. La Declaración de Impacto Ambiental (DIA), su Adenda de 21 de febrero de 2019 y su Adenda Complementaria de 16 de abril de 2019, del proyecto “Plaza Parque”, presentado por Inmobiliaria Los Poetas Ltda. con fecha 22 de octubre de 2018.

2°. Los pronunciamientos y observaciones de los órganos de la administración del Estado que, sobre la base de sus facultades legales y atribuciones, participaron en la evaluación de la DIA, y que se detallan en el Capítulo 3. del Informe Consolidado de Evaluación (ICE) de la DIA del proyecto “Plaza Parque”.

3°. El Acta N° 19/2018 de Sesión Nº 9/2018 de 08 de diciembre de 2018, del Comité Técnico de la Región de La Araucanía.

4°. El ICE de la DIA del proyecto “Plaza Parque” de 14 de mayo de 2019.

5°. El Acta de la Comisión Evaluadora de Proyectos de la Región de La Araucanía en su Sesión N° 06 de fecha 28 de mayo de 2019.

6°. Los demás antecedentes que constan en el expediente de evaluación de impacto ambiental de la DIA del proyecto “Plaza Parque”.

7°. Lo dispuesto en la Ley Nº 19.300, Sobre Bases Generales del Medio Ambiente; el D.S. Nº 40, de 2012, del Ministerio del Medio Ambiente, Reglamento del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental (Reglamento del SEIA); la Ley N° 19.880, que Establece Bases de los Procedimientos Administrativos que Rigen los Actos de los Órganos de la Administración del Estado; la Ley N° 18.575, Ley Orgánica Constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado; la Resolución Nº 1.600, de 2008, de la Contraloría General de la República.

CONSIDERANDO:

1°. Que, Inmobiliaria Los Poetas Ltda. (en adelante, el Titular), ha sometido al Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental (SEIA) la DIA del proyecto “Plaza Parque” (en adelante, el Proyecto). Los antecedentes del Titular son los siguientes:

Nombre o razón social Inmobiliaria Los Poetas Ltda. Rut 76.792.382-1 Domicilio Antonio Varas 687 Teléfono 045-2236947 Nombre representante legal Lorraine Dubois Herrera Rut representante legal 16156192-4 Domicilio representante legal Antonio Varas 687 Teléfono representante legal 045-2236947 Correo electrónico representante legal lorraine@dubois.cl

2°. Que, conforme se indica en el ICE de fecha 14 de mayo de 2019, la Directora del Servicio de Evaluación Ambiental Región de La Araucanía ha recomendado Aprobar el Proyecto, por cuanto:

  • El proyecto cumple con la normativa de carácter ambiental aplicable al proyecto.

  • Cumple con los requisitos de carácter ambiental contenidos en los Permisos Ambientales Sectoriales señalados en los artículos 140 y 142del D.S. N° 40/2012, Reglamento del SEIA, los que han sido informados favorable por los organismos competentes.

Resolución de Calificación Ambiental N°18/2019 DIA “Plaza Parque” 2 - No genera los efectos características o circunstancias del artículo 11 de la Ley 19.300, que dan origen a la necesidad de elaborar un Estudio de Impacto Ambiental.

3°. Que, en Sesión Ordinaria de 28 de mayo de 2019, la Comisión de Evaluación de la Región de La Araucanía acordó calificar favorablemente el proyecto “Plaza Parque”, aprobando íntegramente el contenido del ICE de 14 de mayo de 2019, el que forma parte integrante de la presente Resolución. Por lo tanto, conforme a lo indicado en el artículo 60 inciso segundo del Reglamento del SEIA, se excluyen de la presente Resolución las consideraciones técnicas en que se fundamenta.

4°. Que, según lo señalado en la DIA y sus anexos, en su Adenda, y en su Adenda Complementaria, los cuales forman parte integrante de la presente Resolución, la descripción del Proyecto es la que a continuación se indica:

4.1. ANTECEDENTES GENERALES Objetivo general El objetivo del proyecto es atender la demanda habitacional de la comuna de Temuco mediante la construcción de 245 departamentos en su Etapa 2 y de un máximo de 378 departamentos en la Etapa 3 (sujeta al desarrollo del mercado inmobiliario), emplazados en el área urbana de dicha comuna, según da cuenta el Certificado de Informaciones Previas N°2934/2016 adjunto en Anexo 4 de la DIA. Descripción general del Proyecto Corresponde a la modificación de un proyecto inmobiliario, que contempla la construcción de Etapa 2 y 3 de un conjunto habitacional que, sumando a la Etapa 1 ya existente y en operación, presenta las siguientes características:

Información Etapa 1 (construida) Etapa 2 Etapa 3 Numero de edificios 4 2 3 Cantidad de pisos por edificio 5 14 14 Cantidad de deptos. por cada edificio 40 122 edificio 1 123 edificio 2 126 Altura total de cada uno de los edificios 13,22 m 35,98 m 35,98 m Modelos de deptos. y superficie 2A= 2D+1B = 44.77m2 2B= 2D+1B = 49.12m2 3B= 3D+1B = 52.95m2 3C= 3D+1B = 56.98m2 2A= 2D+1B = 44.17m2 2B= 2D+1B = 49.92m2 3A= 3D+1B = 56.98m2 2A= 2D+1B = 44.17m2 2B= 2D+1B = 49.92m2 3A= 3D+1B = 56,98m2

El Plano Master del proyecto inmobiliario completo, abarcando cada una de sus etapas, así como los Roles involucrados y su ubicación se presenta en la siguiente imagen:

Ver plano en detalle en Anexo 01 de Adenda 1.

Resolución de Calificación Ambiental N°18/2019 DIA “Plaza Parque” 3 Tipología principal h) Proyectos industriales o inmobiliarios que se ejecuten en zonas declaradas latentes o saturadas.

h.1. Se entenderá por proyectos inmobiliarios aquellos loteos o conjuntos de viviendas que contemplen obras de edificación y/o urbanización, así como los proyectos destinados a equipamiento, y que presenten alguna de las siguientes características:

h.1.3. Que se emplacen en una superficie igual o superior a siete hectáreas (7 ha) o consulten la construcción de trescientas (300) o más viviendas. Vida útil Indefinida Monto de inversión USD $ 16.000.000,000 Gestión, acto o faena mínima que da cuenta del inicio de la ejecución del proyecto de modo sistemático y permanente para efectos de caducidad de la RCA Delimitación del área de emplazamiento del proyecto a través de la instalación de un cerco perimetral. Proyecto o actividad se desarrolla por etapas Si No El proyecto inmobiliario en evaluación ambiental contempla su ejecución en dos etapas constructivas. X

Proyecto o actividad modifica un proyecto o actividad existente Si No Corresponde a la modificación de un proyecto inmobiliario existente que comprende tres etapas que abarcan una superficie total de 24.069,98 m2. El proyecto inmobiliario existente y ejecutado corresponde a la Etapa 1 que cuenta con acceso por calle Las Quilas N°1839, ciudad de Temuco, y comprende una superficie de 6.855,63 m2 en la cual se construyeron 160 departamentos distribuidos en 4 torres de 5 pisos cada una, 124 estacionamientos, áreas verdes, salón de eventos y portería; dada sus características no se sometió al SEIA por cuanto consideró la construcción de menos de 300 viviendas en un predio cuya superficie total es menor a 7 hectáreas. El proyecto “Plaza Parque” que se somete a evaluación ambiental constituye una modificación del proyecto indicado, ejecutándose en Etapas 2 y 3. La Etapa 2 abarca una superficie de 7.073,35 m2 y contempla la construcción de un conjunto mixto compuesto por 2 edificios habitacionales y una placa comercial, donde la componente habitacional está compuesta por 2 edificios de 14 pisos con 245 departamentos en total, y su componente comercial consta de una placa comercial que alberga 2 locales comerciales grandes y una galería frontal abierta ubicados en el Nivel 1°. Esta Etapa considera 121 estacionamientos en el Nivel 1° y 111 estacionamientos en el Nivel -1 (subterráneo), además de la habilitación de áreas verdes, quincho y piscina. Por último, la Etapa 3 del proyecto “Plaza Parque” contempla la construcción de un máximo de 378 departamentos distribuidos en 3 edificios de 14 pisos cada uno y un total de 322 estacionamientos distribuidos en el nivel de superficie y un nivel subterráneo; esta etapa se emplazaría en una superficie de 10.141 m2 y su ejecución está condicionada al desarrollo del mercado inmobiliario.

La ubicación de la Etapa 1 (proyecto construido), así como las que se someten a evaluación ambiental se presentan en la siguiente imagen:

X

Resolución de Calificación Ambiental N°18/2019 DIA “Plaza Parque” 4 Proyecto modifica otra(s) RCA Si No El proyecto no es la modificación de una actividad que posea Resolución de Calificación Ambiental previa.

X

4.2. UBICACIÓN DEL PROYECTO División político- administrativa Región de La Araucanía, Provincia de Cautín, Comuna de Temuco. Localización El proyecto, en sus 3 Etapas, se emplaza en un predio particular ubicado dentro del límite urbano de la comuna de Temuco. Cada una de las etapas cuenta con una dirección específica según se señala a continuación.

  • Etapa 1: calle Las Quilas N°1839;
  • Etapa 2: Avda. Los Poetas N°233; y
  • Etapa 3: calle Las Quilas N°1929.

Conforme al Plan Regulador Comunal de Temuco y Labranza, el terreno donde se ubica el proyecto se emplaza en zona urbana ZHR4 donde el uso residencial está permitido según Certificado de Informaciones Previas N° 2934/2016 otorgado por la Dirección de Obras Municipales de la I. Municipalidad de Temuco adjunto en Anexo 2 de la DIA. Además, el proyecto se ubica en zona de restricción por cercanía al Aeropuerto Maquehue denominada RAM-2 toda vez que se emplaza al interior del cono de aproximación menor a 3 km.

La siguiente imagen presenta la localización del proyecto de acuerdo al Plan Regulador Comunal Temuco Labranza:

Superficie El terreno de emplazamiento del proyecto, considerando sus 3 etapas, posee una superficie total de 24.069,98 m2 cuyo detalle, por cada una de ellas, se muestra en la siguiente tabla:

A su vez, la siguiente tabla presenta la distribución, por etapas, de las superficies utilizadas para sectores comunes:

Coordenadas UTM en Datum WGS84 Las coordenadas de los vértices del terreno de emplazamiento del proyecto construido y en evaluación corresponden a las siguientes:

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Caminos o vías de acceso Los caminos de acceso de cada una de las etapas que conforman el proyecto global se describen a continuación:

Etapa 1: El proyecto existente cuenta con acceso en calle Las Quilas N°1839, y los caminos de acceso dependerán del origen de procedencia hacia el área de emplazamiento: Ingreso: - Desde el Sur: Avenida Los Poetas – Las Quilas - Acceso Proyecto. - Desde el Norte: Las Quilas - Acceso Proyecto. Egreso: - Hacia el Sur: Egreso Proyecto – Las Quilas – Avda. Los Poetas. - Hacia el Norte: Egreso Proyecto – Las Quilas – Armando Jobet - Caupolicán.

Etapa 2: El proyecto Plaza Parque cuenta con acceso en Av. Los Poetas N°233, y los caminos de acceso dependerán del origen de procedencia hacia el área de emplazamiento: Ingreso: - Desde el Sur: Avenida Caupolicán - Avenida Los Poetas – Acceso Proyecto. - Desde el Norte: Avenida Los Poetas – Acceso Proyecto. Egreso: - Hacia el Sur: Acceso Proyecto – Avenida Los Poetas. - Hacia el Norte: Acceso Proyecto – Avenida Los Poetas.

Etapa 3: Esta etapa contaría con acceso en calle Las Quilas N°1929, y los caminos de acceso dependerán del origen de procedencia hacia el área de emplazamiento: Ingreso: - Desde el Sur: Avenida Los Poetas – Las Quilas - Acceso Proyecto. - Desde el Norte: Las Quilas - Acceso Proyecto. Egreso - Hacia el Sur: Acceso Proyecto – Avenida Los Poetas. - Hacia el Norte: Acceso Proyecto – Las Quilas. Referencia al expediente de evaluación sobre la localización de las partes, obras acciones Capítulo 1 de la DIA, Descripción del Proyecto.

4.3. PARTES, OBRAS Y ACCIONES QUE COMPONEN EL PROYECTO 4.3.1. FASE DE CONSTRUCCIÓN Instalación de faenas La instalación de faenas consiste en la habilitación de recintos y espacios definidos para acopio de materiales, excedentes y estacionamientos de vehículos y maquinarias, los que son dispuestos de forma tal que permite realizar las actividades de construcción de forma expedita. Esta área cuenta con las siguientes partes y obras:

i) Cierre perimetral y control de acceso: este cierre abarcará toda el área intervenida por el proyecto. Para el control se utilizará una garita que operará las 24 horas del día por un cuidador que tiene la labor de restringir y controlar el acceso a la obra y apoyar la entrada y salida de los vehículos. En este sector se controla la entrada y salida de camiones, vehículos de carga, personal, etc., así como el cumplimiento de las medidas de seguridad. Se instalan señaléticas normadas tendientes a minimizar y prevenir riegos, tanto para la salida como la entrada de vehículos.

ii) Oficinas administrativas: se utilizan módulos habilitados para oficinas con mobiliario necesario para el desarrollo de las labores de administración.

iii) Comedor: se habilitó un comedor que cuenta con mobiliario para atender a los trabajadores tales como mesas con cubierta lavable, sillas, refrigerador, lavaplatos, microondas; colación y almuerzo de todo el personal de faenas en horarios establecidos dentro del recinto.

Resolución de Calificación Ambiental N°18/2019 DIA “Plaza Parque” 6 iv) Bodegas y talleres: se habilitarán bodegas para el almacenamiento de insumos y materiales de construcción y para realizar reparaciones de herramientas, así como talleres para la ejecución de acciones de cortes de materiales, reparación de taladros, esmeril angular y otras herramientas que puedan ser utilizadas durante las obras que consiste principalmente en soldadura menor de circuitos internos de las herramientas

v) Vestidores, duchas y baños: se habilitarán baños y camarines, conforme a las exigencias previstas en el D.S. N° 594/1999 “Reglamento sobre condiciones sanitarias y ambientales básicas en los lugares de trabajo”, del MINSAL. En el caso de los baños, se conectarán al sistema público dado que el área de emplazamiento del Proyecto cuenta con factibilidad de agua potable y alcantarillado a través de Certificado F-2017-2397 de Aguas Araucanía.

vi) Baños químicos: aunque el proyecto cuenta con conexión al servicio de alcantarillado, se habilitan baños en los frentes de trabajo. El servicio será contratado a una empresa que cuenta con autorización sanitaria vigente y se mantendrá la documentación que acredite que el vertido de las aguas servidas se efectuará en un lugar autorizado. El número de baños será de acuerdo al número de trabajadores por fase constructiva, dando cumplimiento a los Artículos 23 y 24 del D.S. N° 594/99 “Reglamento sobre condiciones sanitarias y ambientales básicas en los lugares de trabajo” del MINSAL, además de lo indicado en el artículo 25 de acuerdo a la distancia mínima del área de trabajo. Se mantendrán en obras los documentos (boletas, facturas y/o certificados) que acrediten la trazabilidad de los residuos líquidos generados por la utilización de baños químicos.

vii) Estacionamientos: se dispondrá de estacionamientos de vehículos y de maquinaria necesaria para la construcción del proyecto.

La instalación de faenas en etapa 2 se ubicará al interior del sitio de emplazamiento del proyecto, de acuerdo a la siguiente imagen:

Por su parte, la ubicación de la instalación de faenas en etapa 3 se presenta a continuación:

Preparación del terreno Etapa 2 y 3 La preparación del terreno se inicia con el cierre y limpieza del predio, labor que implica el retiro de la cobertura vegetal, que es apartada y utilizada como relleno para áreas verdes dentro del proyecto y los excedentes de excavaciones para rellenar los desniveles existentes, emparejar sitios, rellenar áreas verdes y veredones. Posteriormente, se realiza la

Resolución de Calificación Ambiental N°18/2019 DIA “Plaza Parque” 7 nivelación de la superficie a través de excavaciones y movimientos de tierra, con el objetivo de alcanzar el nivel para la adecuación y mejoramiento de la calidad del terreno previo a la construcción de las viviendas y obras complementarias. Estos trabajos son realizados mediante retroexcavadora y el transporte mediante camiones tolva de 20 toneladas de capacidad.

Para el conjunto de las etapas 2 y 3 se estima generar 3.000 m3 de material de escarpe y 10.000 m3 de material por cortes y excavaciones, cuyo desglose es el siguiente:

Escarpe Etapa 2: 2.000 m3 Escarpe Etapa 3: 1.000 m3 Material de corte y excavación etapa 2: 6.000 m3 Material de corte y excavación etapa 3: 4.000 m3 Construcción estacionamiento subterráneos La etapa 2 contempló movimientos de tierra subterráneos cuya profundidad de excavación fue de aproximadamente de 4,5 m y donde el nivel de piso terminado en ambas etapas es de -3,57 m. En Anexo 2 de la Adenda 1 se adjuntan los correspondientes planos de corte. Construcción de viviendas La construcción de las viviendas contempla básicamente construcción de muros de contención, fundaciones, obra gruesa, terminaciones, urbanización, pavimentación, obras exteriores y recepción de obra. Transporte de insumos y residuos sólidos La estimación de frecuencia de vehículos asociados a la fase de construcción se resume en las siguientes tablas:

Vehículos pesados:

Vehículos livianos:

El proyecto no proveerá transporte para el personal dado la existencia de trasporte público en el sector y que conecta con el centro urbano de Temuco. Horarios El horario de la jornada laboral será diurno, de lunes a viernes de 8:00 a 19:00 horas y los sábados de 8:00 a 14:00 horas. Sólo el sistema de guardia tendrá horario continuado las 24 horas.

Los camiones de carga y/o descarga de materiales, hormigón u otros en el interior del predio es planificado fuera de horarios punta, así como también su permanencia en la obra. Para este fin, se habilita un sector en el área de construcción, facilitando de esta manera el ingreso y permanencia de los vehículos mayores al interior del emplazamiento del proyecto, evitando de esta manera aglomeraciones excesivas de vehículos en la calzada e irrupciones del tránsito normal. Vehículos y maquinarias Los vehículos y maquinarias a utilizar en fase de construcción del proyecto corresponden a los indicados en la siguiente tabla:

Todo vehículo y maquinaria opera con revisión técnica al día, dando cumplimiento a la “Norma de Emisión Aplicables a Vehículos Motorizados Pesados” del MINTRATEL.

Las mantenciones de camiones y maquinarias de la construcción se realizarán en talleres establecidos fuera del área de emplazamiento del proyecto.

Resolución de Calificación Ambiental N°18/2019 DIA “Plaza Parque” 8 Suministro de áridos Se estima utilizar una cantidad de 4.000 m3 de áridos para las etapas 2 y 3, el que será adquirido a terceros autorizados. Se mantendrá en la oficina de instalación de faenas, copia de los permisos de extracción del material del proveedor. En el caso en que el material árido sea extraído desde cauce natural, el Titular exigirá a la empresa proveedora presentar, además de los permisos ya señalados, el informe favorable de la Dirección de Obras Hidráulicas del Ministerio de Obras Públicas. Si la empresa proveedora del material árido ingresó su proyecto a evaluación ambiental, el Titular exigirá copia de la RCA favorable obtenida.

El volumen por etapa se estimó en: Volumen de áridos etapa 2: 2.500m3 Volumen de áridos etapa 3: 1.500 m3

El Titular llevará un control interno durante la construcción de las obras del proyecto, registrando semanalmente los volúmenes de áridos utilizados. Suministro de combustibles Se almacenará combustible dentro de la instalación de faenas para surtir a maquinarias y equipos en un volumen que no supera los 200 litros. El almacenamiento se realizará en una bodega delimitada con malla acma, piso impermeable de hormigón, pretil de contención, techada, extintor y con identificación. Este combustible se utilizará para herramientas menores que requieren combustible, por ejemplo, unidades motrices de hormigón. La inyección de combustibles a estas herramientas menores se realizará dentro de la bodega de almacenamiento.

La alimentación de combustible de la maquinaría será realizada fuera de las instalaciones de la obra del proyecto, por consiguiente, no existe punto de inyección dentro de las obras. Bodega almacenamiento transitorio de residuos domésticos y asimilables Los residuos sólidos domésticos y asimilables se dispondrán en contenedores de 125 litros con bolsas nylon en su interior, tapa y claramente rotulados e identificados. Se almacenarán internamente en una bodega acondicionada para ello y serán transportados y dispuestos en un relleno sanitario autorizado. Cabe señalar que el volumen almacenado de residuos sólidos que se dispongan en contenedores no superará el 90% de la capacidad de este. Patio de acopio transitorio de materiales, escombros y excedentes de la construcción Corresponde a un espacio destinado al acopio de materiales de construcción, escombros y excedentes, los cuales se encontrarán delimitados y debidamente señalizados con un cierre perimetral no menor a 2 metros de altura. Se ubicará fuera del área de inundación de cursos de agua superficiales.

Los materiales reutilizables serán utilizados dentro de la obra o enviados a empresas recolectoras correspondientes. Bodega de almacenamiento temporal de residuos peligrosos Se habilita una bodega para almacenar residuos peligrosos (respel) al interior de la instalación de faenas del tipo envases y restos de lubricantes; tambores metálicos y plásticos contaminados; envases de aerosoles y pinturas; tinetas; baterías usadas; tubos fluorescentes; cartuchos de tintas, entre otros. En su interior, los residuos se dispondrán en contenedores cerrados y rotulados de acuerdo a su característica de peligrosidad para posteriormente trasladarlos a un sitio de disposición final autorizado. El volumen almacenado de los residuos sólidos peligrosos que se dispongan en contenedores no superará el 90% de capacidad del mismo.

La bodega de respel no se ubicará en subterráneo y tampoco tendrá más de un piso; contará con las siguientes características:

  • Base continua, impermeable y resistente estructural y químicamente a los residuos, por lo que su materialidad corresponde a hormigón.
  • Cierre perimetral de al menos 1,80 m, que impide al acceso de personas y animales.
  • Techumbre de zinc acanalado, de manera que los residuos estarán protegidos de condiciones ambientales tales como humedad temperatura y radiación solar.
  • Capacidad de retención de escurrimientos o derrames no inferior al volumen del contenedor capacidad ni al 20% del volumen total de los contenedores almacenados.
  • Señalización de acuerdo a la NCh 2190Of.93.
  • Acceso restringido, solo podrá ingresar el personal autorizado.
  • Ubicación es más de 15 metros de los deslindes de la propiedad.
  • Contará con al menos un extintor de polvo químico ABC – BC de 10 kilos en el exterior del local, ubicado en un lugar de fácil acceso y clara identificación, libre de cualquier obstáculo, y en condiciones de funcionamiento máximo. Se colocará a una altura máxima de 1,30 metros, medidos desde el suelo hasta la base del extintor y estarán debidamente señalizados.
  • Se contará con agentes de absorción y/o neutralización.
  • Se contará con las hojas de datos de seguridad de cada uno de los respel a disposición de quienes las manejan.

Resolución de Calificación Ambiental N°18/2019 DIA “Plaza Parque” 9 - Se mantendrá una persona encargada del almacenamiento y manejo de esta, dejando los registros correspondientes de su uso.

Esta bodega contará con las autorizaciones sanitarias correspondientes previo a su instalación y será ejecutada conforme las exigencias del D.S. N°148/2003 “Reglamento Sanitario sobre Manejo de Residuos Peligrosos”.

Recursos naturales renovables En esta etapa no se contempla extraer, explotar o utilizar recursos naturales renovables. Se hace presente que, durante el desarrollo de la fase de construcción, las actividades de humectación se realizarán utilizando agua proveniente de la conexión al servicio de agua potable, que cuenta con Certificado de Factibilidad N° F-2017-2397. Emisiones y efluentes i) Emisiones atmosféricas:

Corresponderán al material particulado y gases de combustión, relacionados principalmente con el transporte de maquinarias y/o vehículos, actividades de excavación y movimientos de tierra. Para el caso de las emisiones atmosféricas se consideraron las etapas 2 y 3 del proyecto, ya que la etapa 1 se encuentra en fase de operación. La metodología utilizada para la estimación de emisiones se establece en Anexo 13 de la DIA, Estudio de Emisiones Atmosféricas, cuyos resultados se resumen en la siguiente tabla:

Para prevenir y/o minimizar las emisiones atmosféricas, se realizarán las siguientes medidas:

  • Revisión técnica al día de todos los equipos, vehículos y maquinarias que se utilizan en esta fase, con la finalidad de reducir gases de combustión incompleta.
  • Realizar mantenciones preventivas a vehículos y maquinarias para evitar una emisión excesiva de gases.
  • Estabilización de caminos no pavimentados mediante método de compactación del suelo.
  • Humectación del material de excavación, así como acopios de áridos para evitar la resuspensión del material particulado.
  • Humectación de caminos no pavimentados en el área de emplazamiento del proyecto y los caminos de acceso con una frecuencia estimada de 3 veces al día o las veces que se estime conveniente para minimizar la emisión de material particulado.
  • Los camiones circularán con su carga totalmente cubierta con lonas o plásticos resistentes impidiendo la dispersión de polvo y material particulado a la atmósfera.
  • El límite de velocidad máxima para los camiones, maquinaria y vehículos livianos será de 30 km/h en la obra.

ii) Aguas servidas:

Corresponden a las aguas servidas resultantes del funcionamiento de los baños de instalación de faenas y los baños químicos por parte de los trabajadores, estimando una cantidad máxima de 400 l/día; esta acción se realiza hasta que exista la conexión al sistema de alcantarillado. Los baños químicos serán manejados por una empresa autorizada, manteniendo en obra los documentos (boletas, facturas y/o certificados) que acrediten la trazabilidad de los residuos líquidos generados por el uso de estos artefactos.

El proyecto no generará residuos líquidos producto del lavado de ruedas de maquinaria o vehículos, y tampoco por lavado de camiones mixer, canoas y/o betoneras en el área de emplazamiento del proyecto.

iii) Ruido:

Durante la fase de construcción, las emisiones acústicas están relacionadas principalmente con las actividades de movimiento de tierra, obra gruesa y terminaciones, por lo que se modeló las emisiones de ruido relacionadas a estas actividades. Para la elaboración del estudio fueron seleccionados sectores de evaluación correspondientes a zonas habitadas próximas a los trabajos a desarrollar, según el criterio de la menor distancia entre fuente y receptor, además de puntos referenciales al interior de las etapas entregadas a fin de

Resolución de Calificación Ambiental N°18/2019 DIA “Plaza Parque” 10 evaluar el efecto que generará la construcción del proyecto sobre viviendas entregadas en la etapa inicial. El detalle la ubicación de los receptores se muestra a continuación:

La siguiente tabla muestra la distancia de los receptores y ubicación del proyecto:

La siguiente tabla muestra el uso realizado en cada uno de los receptores:

A partir de lo anterior, se realizó la medición del ruido de fondo, que describe el ambiente acústico que está presente en un lugar en ausencia de la fuente fija a evaluar. A continuación, se presentan los resultados de las mediciones realizadas:

Resolución de Calificación Ambiental N°18/2019 DIA “Plaza Parque” 11 Residuos, productos químicos y otras sustancias que puedan afectar el medio ambiente. i) Residuos sólidos domiciliarios y asimilables:

Serán generados por el personal estimándose una cantidad promedio de 0,34 m3/día, en consideración a un máximo de 170 trabajadores por fase constructiva y una generación promedio de 2 litros/trabajador/día de residuos.

Estos residuos son almacenados internamente en contenedores resistentes de 125 litros con tapa para evitar malos olores y la proliferación de vectores, rotulados e identificados. El volumen almacenado de los residuos sólidos que se dispongan en contenedores no superará el 90% de capacidad del mismo. Los residuos serán retirados de acuerdo a frecuencia establecida por la Municipalidad de Temuco y serán trasportados por el servicio municipal de Temuco a un relleno sanitario autorizado.

Los contenedores se ubicarán en una bodega con piso impermeable y lavable, cierre perimetral, techado y con las respectivas señalizaciones, y los contendedores se ubicarán al acceso del proyecto sólo al momento de que éstos sean retirados por la recolección Municipal.

ii) Residuos sólidos no peligrosos:

Corresponden principalmente al material excedente producto de la preparación del terreno, así como de restos de metales, madera, papel y cartón, plásticos y escombros. El material de escarpe será utilizado como relleno en áreas verdes, y el resto de los materiales, como excedentes de la construcción y escombros, son retirados y trasladados por una empresa autorizada a un sitio de disposición de residuos que cuente con su respectiva autorización sanitaria. Asimismo, se mantendrá en obra los certificados de declaración de retiro, transporte y disposición final de residuos no peligrosos de la construcción (escombros) del proyecto en evaluación en específico de las etapas 2 y 3 (proyecto futuro condicionado al desarrollo inmobiliario).

La siguiente tabla resume los residuos generados y una estimación la cantidad generada:

Restos de metales (armaduras de acero, estructuras metálicas, perfiles para montar yeso cartón, paneles de encofrado en mal estado) 0,6 m3/año Madera (restos de cortes o dimensionado, de encofrados y pallets de madera) 0,3 m3/año Papel y cartón (sacos de cemento, de yeso y de arena; y cal, y cajas de cartón) 1,8 m3/año Plásticos (restos de lonas y cintas de protección, conductos y canalización, marcos de ventana) 1,2 m3/año Escombros (ladrillos, cerámicas, azulejos, hormigón y mortero endurecido) 250 m3/año

Se hace presente que previo a la disposición final de los residuos, se realizará una segregación y selección para privilegiar su reutilización, reciclaje o reuso, aquellos que resulten inutilizables serán enviados a un sitio de disposición final autorizado.

iii) Residuos peligrosos:

Consistirán principalmente en envases y restos de aceites, lubricantes y adhesivos; tambores metálicos y plásticos contaminados; envases de aerosoles; restos de pinturas y barnices y tinetas; siliconas y otros productos de sellado; tubos fluorescentes; pilas y baterías en desuso; trapos, brochas y otros útiles de obra contaminados; toners y catridges, según da cuenta la siguiente tabla que señala las cantidades estimadas generadas:

Resolución de Calificación Ambiental N°18/2019 DIA “Plaza Parque” 12 Los residuos peligrosos serán almacenados internamente en contenedores con tapa hermética, debidamente rotulados al interior de una bodega habilitada para almacenar este tipo de residuos. Los contenedores serán retirados no superando el 90% de capacidad de almacenamiento y su disposición transitoria y final se realizará dando cumplimiento al D.S. N° 148/2003 del Ministerio de Salud. El período de almacenamiento no excederá los 6 meses, y su retiro será realizado por empresas externas que cuenten con autorización tanto para el transporte como para la eliminación.

Se llevará un registro detallado de los residuos que ingresen y egresen de la bodega, el cual se mantendrá actualizado diariamente y estará disponible para efectos de fiscalización; su manejo será declarado ante la SEREMI de Salud, manteniendo una copia de los certificados de retiro, trasporte y eliminación de los residuos en la instalación de faenas Referencia al ICE para mayores detalles sobre esta fase. Capítulo IV. Descripción del Proyecto. 4.3.2. FASE DE OPERACIÓN Viviendas El proyecto existente y en evaluación considera un total de 783 viviendas en departamentos de las cuales 160 se encuentran construidas y recepcionadas (Etapa 1). De las viviendas restantes, 245 se encuentran en fase de construcción (Etapa 2) y 378 están condicionadas al desarrollo del mercado inmobiliario (Etapa 3).

La siguiente tabla presenta los modelos de las viviendas a implementar en cada una de las etapas del proyecto, así como su cantidad y numero de edificios:

Información Etapa 1 Etapa 2 Etapa 3 Numero de edificios 4 2 3 Cantidad de deptos. por cada edificio 40 122 edificio 1 123 edificio 2 126 Modelos de deptos. y superficie 2A= 2D+1B = 44.77m2 2B= 2D+1B = 49.12m2 3B= 3D+1B = 52.95m2 3C= 3D+1B = 56.98m2 2A= 2D+1B = 44.17m2 2B= 2D+1B = 49.92m2 3A= 3D+1B = 56.98m2 2A= 2D+1B = 44.17m2 2B= 2D+1B = 49.92m2 3A= 3D+1B = 56.98m2

Equipos de calefacción Las viviendas (departamentos) del proyecto contemplan sistemas de calefacción eléctrica para todas sus etapas mediante la instalación de calefactores de convección eléctrica marca Ancora, modelo Ranco con ionizador incorporado, con una potencia de 1000 kW, cuya ficha técnica se adjunta en el Anexo 5 de la Adenda 1.

En el proyecto existente la cantidad de calefactores instalados depende de la cantidad de dormitorios que posee el departamento, por lo que, los departamentos de 3 dormitorios poseen 4 calefactores, 1 para cada dormitorio más 1 destinado al living. Para el proyecto Plaza Parque en su etapa 2 se plantea la incorporación de 1 calefactor instalado en el living, pero con la conexión disponible de un calefactor en cada dormitorio. En cambio, para la etapa 3 no se ha determinado el modelo a utilizar y tampoco la cantidad de calefactores debido a que esta etapa está condicionada al desarrollo inmobiliario futuro. Demanda energética de las viviendas Con el objetivo de justificar la vialidad de la propuesta de incorporación de calefactores eléctricos, se estima la demanda energética de las viviendas y se compara con la capacidad energética del calefactor, donde la superficie que cubre un calefactor es un estimativo en base a sus características técnicas.

Para la estimación de la demanda energética de las viviendas, se utilizó la metodología propuesta en la “Guía de Cálculo de Emisiones Asociadas a la Fase de Operación de Proyectos Inmobiliarios” (en adelante “Guía”), cuyo cálculo se presenta en detalle en el Informe de Eficiencia Energética elaborado para el proyecto existente y en Estudio de Demanda Energética realizado para la etapa 2 del proyecto Plaza Parque, ambos adjuntos en el Anexo 5 de la Adenda 1.

Los resultados del estudio señalan que, al comparar la energía útil entregada por los calefactores con la demanda energética de la vivienda, se obtiene que los calefactores propuestos tanto para el proyecto existente como para la etapa 2 del proyecto Plaza Parque entregan una energía anual superior a lo que la vivienda necesita, por lo que se concluye que los calefactores son una alternativa efectiva. Así lo demuestra la tabla siguiente donde se compara la energía requerida por la vivienda vs. energía entregada por los calefactores en el proyecto existente:

Resolución de Calificación Ambiental N°18/2019 DIA “Plaza Parque” 13

A su vez, para la etapa 2 los valores son:

Aislación de viviendas La etapa 1 cumplirá con la OGUC, presentándose las características térmicas de los departamentos considerando que el proyecto se emplaza en la zona térmica N°5 de la OGUC, tal como lo demuestra la siguiente tabla:

En el caso de la etapa 2, se debe cumplir con las exigencias térmicas establecidas en el artículo 32 del D.S. N°8/2015 PDA de Temuco y Padre Las Casas, lo que se presenta a continuación:

La etapa 3 del proyecto Plaza Parque, corresponde a un proyecto que depende del desarrollo del mercado inmobiliario, razón por la cual no se ha tramitado el correspondiente permiso de edificación y, por lo tanto, no se han realizado los estudios para determinar las características de materialidad térmica de los departamentos. Sin embargo, en caso de ejecutarse esta etapa las características térmicas de los edificios cumplirán con las exigencias térmicas establecidas en el artículo 33 del PDA de Temuco y Padre Las Casas, lo que se podrá verificar con el correspondiente informe de eficiencia energética que se mantendrá en obra en caso de que la autoridad lo requiera.

Es del caso señalar que, el diseño de todos los edificios del proyecto Plaza Parque no considera la incorporación de calderas en base a leña, por lo que se descarta su utilización. Por otra parte, al tratarse de condominios, se plantea que, por medio de la correspondiente administración, se prohíba la instalación de todo tipo de calefactores basados a leña o pellet, mientras que para calefactores de gas o parafina (kerosene) se entregará un informativo recomendando el uso del calefactor incorporado por sobre otros calefactores. Estacionamientos El proyecto construido y el que se presenta a evaluación ambiental contempla la implementación de estacionamientos distribuidos de la siguiente forma:

La etapa 2 y 3 contemplan estacionamientos subterráneos. Así, el número de estacionamientos indicando primer nivel y subterráneo, se desglosa de la siguiente forma:

Etapa 2: -1°PISO= 111 unidades; y 1°PISO= 122 unidades.

Etapa 3: -1°PISO= 164 unidades; y 1°PISO= 158 unidades. Urbanización Los elementos de diseño urbano del proyecto inmobiliario en evaluación ambiental son los siguientes:

Resolución de Calificación Ambiental N°18/2019 DIA “Plaza Parque” 14 i) Agua potable y alcantarillado: se realizará conexión a la red pública de agua potable y aguas servidas de la empresa sanitaria Aguas Araucanía S.A., factibilidad otorgada a través del Certificado F-2017-2397, adjunto en Anexo 4 de la DIA. Para la conexión de la etapa 2 se realizarán trabajos de extensión de redes de acuerdo a las condiciones que establece la empresa sanitaria indicada. Las instalaciones domiciliarias de agua potable y descarga de aguas servidas se ajustarán a las disposiciones del Reglamento de Instalaciones Domiciliarias de Agua Potable y Alcantarillado, D.S. Nº 50/02 MOP; D.S. 236/26 y D.S. Nº 833/92 MINSAL, que tienen por objeto entregar las normas e instrucciones básicas para la ejecución de proyectos y construcciones de instalaciones domiciliarias de agua potable y de alcantarillado. La memoria, especificaciones técnicas y planos se encuentran adjunto en el Anexo 3 de la DIA.

ii) Suministro eléctrico: La propiedad cuenta con factibilidad de suministro de energía eléctrica por parte de la Empresa CGE, de acuerdo a Certificado de Factibilidad de suministro eléctrico N° 2333/2017 de la empresa indicada. Las instalaciones eléctricas interiores y exteriores del proyecto cumplirán con la normativa técnica vigente y la ejecución de dichas instalaciones se acreditará ante la Dirección de Obras Municipales acompañando, a la solicitud de recepción de la obra, copia de la declaración de instalación con la constancia de acuso de recibo en la Superintendencia de Electricidad y Combustible.

iii) Proyecto de pavimentación: como parte de la urbanización del loteo, se contempla el proyecto de pavimentación de las vías internas que serán utilizadas por los futuros propietarios de las viviendas, el cual incluye calles, aceras y soleras. Se adjunta en Anexo 3 de la DIA, el proyecto en detalle.

iv) Áreas verdes: en el Plano general del proyecto (Anexo Etapa 2 de la DIA) se presentan planos por cada una de las 3 etapas del proyecto. Estas áreas serán diseñadas bajo las especificaciones del diseño de arquitectura, y de acuerdo a lo señalado en la Ordenanza General de Urbanismo y Construcción. La siguiente tabla señala la superficie de áreas verdes por cada etapa del proyecto:

Conexión red pública de aguas servidas La conexión a la red pública de agua potable y aguas servidas se realizará de acuerdo a las condiciones que establece la empresa sanitaria Aguas Araucanía S.A, según el Certificado de Factibilidad N°F-2017-2397, el cual establece un punto de conexión al agua potable por calle Las Quilas, en tanto la conexión al sistema de recolección de aguas servidas se realiza por la Avenida Los Poetas, ambos puntos de conexión son colindantes a la futura etapa 3 del proyecto, y no se ubica al interior del área de emplazamiento del proyecto.

Las obras a implementar, una vez aprobado los proyectos por parte de la empresa sanitaria, serán:

  • Trazado para tuberías y cámaras
  • Excavación y preparación para instalación de tuberías
  • Relleno y compactación sobre tuberías
  • Autorización de Aguas Araucanía para realizar los trabajos de conexión y empalme
  • Excavación y preparación en puntos de conexión y empalme.

El cronograma estimado para el desarrollo de las obras se presenta a continuación:

Resolución de Calificación Ambiental N°18/2019 DIA “Plaza Parque” 15 Las instalaciones domiciliarias de agua potable y aguas servidas se ajustarán a las disposiciones del Reglamento de Instalaciones Domiciliarias de Agua Potable y Alcantarillado, D.S. Nº 50/02 MOP; D.S. 236/26 y D.S. Nº 833/92 MINSAL, que tienen por objeto entregar las normas e instrucciones básicas para la ejecución de Proyectos y construcciones de instalaciones domiciliarias de agua potable y de alcantarillado. Planta elevadora de aguas servidas (PEAS) Se implementará en la etapa 2 del proyecto, una planta elevadora de aguas ubicada en el piso -1, según da cuenta la siguiente imagen:

La siguiente imagen presente un corte lateral de la PEAS proyectada:

La planimetría completa de la planta elevadora se adjunta en Anexo 6 de la Adenda 1.

Con respecto al ruido, las bombas del sistema de recirculación del edificio se ubican bajo tierra en el nivel -1 del edificio, al interior de un recinto de hormigón armado H-25 con mínimo de 540 hg cem/m3, quedando completamente cerrado tanto por muros del recinto como techo, correspondiente a la losa del primer nivel; además los equipos utilizados son de baja emisión, que al estar en la ubicación antes indicada, son imperceptibles a nivel de superficie, por lo cual no afectará a los receptores indicados en el estudio acústico. Además, el diseño de la PEAS está realizado para que no exista emanación de olores molestos y cuenta con ventilaciones correspondientes. En caso de corte de energía, la PEAS se mantendrá operativa a través de la operación de equipos de respaldo.

El proyecto de instalaciones domiciliarias de alcantarillado y agua potable se encuentra en Anexo 8 de la Adenda 1. Sistema de manejo de aguas lluvias El proyecto de aguas lluvias de la etapa 2 del proyecto Plaza Parque considera un sistema de áreas aportantes en las cuales se instalarán cámaras que las conducirán a través de tuberías hacía una zanja de infiltración modular, sin considerar ningún tipo de descarga a cauce artificial o natural. El diseño de las zanjas de infiltración para lluvia de diseño de Tr=10 años se presenta en la siguiente tabla:

Resolución de Calificación Ambiental N°18/2019 DIA “Plaza Parque” 16

El detalle de las tuberías se presenta en la siguiente imagen:

A su vez, el diseño de la zanja de infiltración se presenta a continuación:

La planimetría completa del proyecto de aguas lluvias se encuentra adjunta en el Anexo 7 de la Adenda 1, complementada en Anexo 01 de Adenda Complementaria.

Dado que el sistema de aguas lluvias del proyecto está dimensionado para una lluvia de Tr=10 años (lluvia máxima probable en un periodo de retorno de 10 años), se podrían generar caudales de rebalse cuando se supere esta lluvia de diseño; dicho caudal está previsto que escurra gravitacionalmente hacia el Colector Las Quilas a través del rebalse de un sumidero proyectado en Av Los Poetas (CI ALL N° 16 del proyecto de aguas lluvias respectivo).

En virtud de lo anterior, la Comisión de Evaluación, en su Sesión N° 6 de fecha 28 de mayo de 2019, estableció como condición, que, en consideración a que el proyecto interviene la red primaria de aguas lluvias de la ciudad de Temuco, y previo a la recepción municipal de las obras, se deberá obtener la aprobación de la DOH del proyecto técnico de aguas lluvias y la factibilidad de descarga a la red primaria, de manera de no afectar a terceros y/o futuros propietarios por la generación de zonas de anegamientos o inundaciones no controladas. Bodega almacenamiento transitorio de residuos domésticos y asimilables Los residuos sólidos en la fase de operación se dispondrán en la correspondiente sala de basura dispuesta para cada edificio. Las salas de basuras contarán con contenedores de plástico resistente, ruedas y tapa; el trabajador a cargo de la mantención de las salas retirará los contenedores y los llevará a un punto desde el cual se realizará el retiro por parte de la recolección municipal. Lo anterior, se realizará con conocimiento del horario de la recolección que se realiza por parte de la Municipalidad, por lo que, los contenedores estarán en ese punto por un tiempo acotado; al contar con tapa se evitará la emanación de malos olores y proliferación de vectores.

Para el proyecto existente, el punto se denomina zona de carguío y se identifica en la siguiente figura:

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En el caso de la etapa 2 del proyecto Plaza Parque, el sector de espera previo al retiro municipal se muestra en la siguiente imagen:

En el caso de la etapa 3 del proyecto Plaza Parque, y al ser un proyecto condicionado al mercado inmobiliario, no se ha determinado el sector para el retiro de los contenedores por la recolección Municipal.

Los ductos de basuras corresponden a ductos de acero de 2 mm de espesor y 40 cm de diámetro, que cuentan con rejilla de ventilación y duchas tipo plato de 4”. Las imágenes a continuación presentan esquemas con el detalle de los ductos por piso:

Resolución de Calificación Ambiental N°18/2019 DIA “Plaza Parque” 18

Entrega de viviendas Contempla la entrega de las viviendas a sus propietarios. Mantención de áreas verdes, sectores de equipamiento y limpieza de calles La mantención de áreas verdes, sectores de equipamiento y limpieza de calles estarán bajo la responsabilidad del Titular del proyecto sólo hasta la entrega de las viviendas. Posteriormente, la Ilustre Municipalidad de Temuco se encargará de la mantención de las áreas verdes y de habilitar las zonas destinadas a equipamiento municipal. Recursos naturales renovables En esta etapa no se contempla extraer, explotar o utilizar recursos naturales renovables. Emisiones y efluentes i) Emisiones atmosféricas:

En la fase de operación para la totalidad del proyecto Plaza Parque, se consideran “nulas”, ya que las tres etapas contarán con calefactores eléctricos empotrados a los departamentos.

ii) Aguas servidas:

Las emisiones líquidas corresponderán a las aguas servidas producto de las actividades diarias de los habitantes de las viviendas. Éstas evacuarán al sistema de alcantarillado público de la Empresa de Servicios Sanitarios Aguas Araucanía S.A, a través de la extensión de redes de aguas servidas, según da cuenta Certificado de Factibilidad sanitaria N° F-2017- 2397 adjunto en Anexo 3 de la DIA.

iii) Ruido:

Las emisiones acústicas en fase de operación corresponden a aquellas que caracterizan a un sector residencial, por lo tanto, el cumplimiento de las normas de emisión máxima de ruido será responsabilidad exclusiva de los respectivos propietarios de las viviendas. Residuos, productos químicos y otras sustancias que puedan afectar el medio ambiente. Durante el desarrollo de la fase de operación del proyecto habrá generación de residuos sólidos domiciliarios producto de las actividades diarias de los habitantes de las viviendas. El cálculo de generación de residuos se realizó por cada etapa como se indica a continuación:

Etapa 1 Se estima una tasa de generación de 0,004 m3/hab/día de residuos, y un promedio de 4 habitantes por vivienda, totalizando 640 habitantes generando un equivalente a 2,56 m3/día para esta etapa.

Etapa 2 Se estima una tasa de generación de 0,004 m3/hab/día de residuos, y un promedio de 4 habitantes por vivienda, totalizando 980 habitantes generando un equivalente a 3,92 m3/día para esta etapa.

Etapa 2 Se estima una tasa de generación de 0,004 m3/hab/día de residuos, y un promedio de 4 habitantes por vivienda, totalizando 1.512 habitantes generando un equivalente a 6,05 m3/día para esta etapa.

Respecto al manejo de los residuos generados, es preciso señalar que todas las etapas cuentan con su respectiva sala de basura, y son retirados por el sistema de recolección municipal el cual se encarga de su traslado y disposición final en relleno sanitario autorizado. Referencia al ICE para mayores detalles Capítulo IV. Descripción del Proyecto.

Resolución de Calificación Ambiental N°18/2019 DIA “Plaza Parque” 19 4.3.3. FASE DE CIERRE

Considerando la tipología de proyecto, la vida útil es indefinida por lo que no contempla fase de cierre o abandono.

4.4. CRONOLOGÍA DE LAS FASES DEL PROYECTO 4.4.1. FASE DE CONSTRUCCIÓN Fecha estimada de inicio La etapa 2 del proyecto se desarrollará en 2 fases constructivas. La primera fase se realizó en el mes de agosto de 2018 través de la instalación de un cerco perimetral en el contorno del área de emplazamiento del proyecto para enseguida materializar la instalación de las faenas. El término de la primera fase de construcción se proyecta al mes de marzo de 2019 y la acción que establece el término es la recepción total de las viviendas, acción que no se ha llevado a cabo, debido a que se encuentra supeditado a la obtención de la RCA del presente proyecto en evaluación. Para la etapa 3 no se ha elaborado un cronograma de inicio y termino de construcción ya que está supeditada al desarrollo del mercado inmobiliario. Sin embargo, se podría estimar en un plazo 10 años. Parte, obra o acción que establece el inicio Delimitación del área de emplazamiento del proyecto a través de la instalación de un cerco perimetral. Fecha estimada de término La etapa 2 del proyecto inmobiliario se desarrollará en un período de 27 meses. La siguiente tabla presenta los períodos estimados de tiempo de construcción en cada fase constructiva:

A su vez, el cronograma de actividades se presenta en la siguiente carta Gantt:

Parte, obra o acción que establece el término La actividad que dará término a la fase de construcción en cada fase constructiva corresponderá a la obtención de la recepción definitiva de las viviendas por parte de la Ilustre Municipalidad de Temuco. 4.4.2. FASE DE OPERACIÓN Fecha estimada de inicio Cada fase de operación contará con diferentes fechas de inicio, las que se muestran en la siguiente tabla:

Parte, obra o acción que establece el inicio Entrega de viviendas a los propietarios de etapa 2.

Fecha estimada de término Considerando que la tipología corresponde a un proyecto inmobiliario no se prevé el término del proyecto “Plaza Parque”. 4.4.3. FASE DE CIERRE No se considera fase de cierre por ser un proyecto inmobiliario.

Resolución de Calificación Ambiental N°18/2019 DIA “Plaza Parque” 20 5°. Que, durante el proceso de evaluación se han presentado los antecedentes que justifican la inexistencia de los siguientes efectos, características y circunstancias del artículo 11 de la Ley N° 19.300:

5.1. ANALISIS DEL RIESGO PARA LA SALUD DE LA POBLACIÓN, DEBIDO A LA CANTIDAD Y CALIDAD DE EFLUENTES, EMISIONES Y RESIDUOS Los siguientes antecedentes justifican que el proyecto o actividad no genera o presenta riesgo para la salud de la población debido a la cantidad y calidad de los efluentes, emisiones o residuos, en consideración a lo dispuesto en el artículo 5 del Reglamento del SEIA: a) La superación de los valores de las concentraciones y períodos establecidos en las normas primarias de calidad ambiental vigentes o el aumento o disminución significativos, según corresponda, de la concentración por sobre los límites establecidos en éstas. A falta de tales normas, se utilizarán como referencia las vigentes en los Estados que se señalan en el artículo 11 del Reglamento. El proyecto generará emisiones de material particulado y gases de combustión en fase de construcción, las que serán de carácter temporal, acotadas, y provendrán principalmente por el tránsito de vehículos y maquinarias y acciones asociadas a la preparación del terreno para la construcción, tales como: escarpe, excavaciones y carguío de camiones. La metodología utilizada para la estimación de emisiones se establece en Anexo 13 de la DIA, Estudio de Emisiones Atmosféricas, cuyos resultados se resumen en la siguiente tabla:

Para prevenir y/o minimizar las emisiones atmosféricas, se aplicarán las siguientes medidas de control:

  • Revisión técnica al día de los equipos, vehículos y maquinarias que se utilizan en esta fase, con la finalidad de reducir gases de combustión incompleta.
  • Realizar mantenciones preventivas a vehículos y maquinarias para evitar una emisión excesiva de gases.
  • Estabilización de caminos no pavimentados mediante método de compactación del suelo.
  • Humectación del material de excavación así de como acopios de áridos para evitar la resuspensión del material particulado.
  • Humectación de caminos no pavimentados en el área de emplazamiento del proyecto y de los caminos de acceso con una frecuencia estimada de 3 veces al día o las veces que se estime conveniente para minimizar la emisión de material particulado.
  • Los camiones circularán con su carga totalmente cubierta con lonas o plásticos resistentes impidiendo la dispersión de polvo y material particulado a la atmósfera.
  • El límite de velocidad máxima para los camiones, maquinaria y vehículos livianos será de 30 km/h en la obra.

En la fase de operación no se generarán emisiones atmosféricas debido a que el proyecto Plaza Parque en sus tres etapas contempla el uso de calefactores eléctricos empotrados los cuales tienen emisión “nula” a la atmósfera. Es del caso señalar que, el diseño de los edificios (tanto para el proyecto existente como Plaza Parque) no considera la incorporación de calderas en base a leña, por lo que se descarta su utilización. Por otra parte, al tratarse de condominios, se plantea que, por medio de la correspondiente administración, se prohíba la instalación de todo tipo de calefactores basados a leña o pellet, mientras que para calefactores de gas o parafina (kerosene) se entregará un informativo recomendando el uso del calefactor incorporado por sobre otro tipo de equipo. b) La superación de los valores de ruido establecidos en la normativa ambiental vigente. A falta de tales normas, se utilizarán como referencia las vigentes en los Estados que se señalan en el artículo 11 del Reglamento. El estudio de ruido en etapa de construcción se realizó en zonas habitadas próximas a los trabajos a desarrollar según el criterio de la menor distancia entre fuente y receptor; además fueron seleccionados puntos referenciales al interior de las etapas entregadas a fin de evaluar el efecto que generará la construcción del proyecto sobre viviendas entregadas en etapas iniciales, producto de la nueva etapa en desarrollo. El detalle la ubicación de los receptores se muestra a continuación:

Resolución de Calificación Ambiental N°18/2019 DIA “Plaza Parque” 21

Los puntos evaluados junto con la descripción de los usos permitidos según la zona del PRC de Temuco en la cual se ubican y el D.S. N°38/11 del MMA, se presentan en la siguiente tabla:

En consideración al cronograma de trabajo presentado en la tabla 9 de la DIA, en el que se indica que la fase constructiva 2 (FC 2) de la etapa 2 del proyecto comenzará su ejecución mientras aún se ejecuta la fase constructiva 1 de la misma, la modelación se desarrolló durante el tiempo en que las ambas fases constructivas se ejecutan de manera simultánea. Se incluye la evaluación para la futura etapa 3, cuya construcción depende del desarrollo del mercado inmobiliario.

Las faenas consideran excavaciones, preparación del terreno, movimiento de material y construcción de viviendas, entre otras; en base a estas actividades y la maquinaria descrita para el desarrollo de la etapa, se estimó escenarios compuestos de la siguiente forma:

Los frentes de trabajo para el escenario de movimiento de tierra consideran la maquinaria de mayor emisión a nivel de suelo ubicada como un único frente de acción sobre cada receptor evaluado. Por su parte, los frentes de trabajo para el escenario obra gruesa y terminaciones consideran maquinaria utilizada sobre nivel de suelo, asociado principalmente a equipos manuales en altura, a fin de simular la situación habitual en este tipo de escenario constructivo.

Así, con estas consideraciones, la evaluación de los niveles de ruido proyectados durante la etapa de construcción, según la normativa aplicable para jornada diurna, se detallan en la siguiente tabla:

Resolución de Calificación Ambiental N°18/2019 DIA “Plaza Parque” 22 De acuerdo a las proyecciones realizadas, se prevé superación de la norma para receptores existentes y receptores referenciales asociados a etapas entregadas. Debido a esta condición se implementarán medidas de control de ruido a las faenas:

i) Barreras acústicas: Se instalarán barreras acústicas perimetralmente utilizando tableros de OSB de 15 mm (densidad superficial promedio 11 kg/m2), lana mineral con espesor de 50 mm como material absorbente y una malla (o material de mayor densidad) para el recubrimiento de esta, como muestra la figura.

A continuación, se muestra en detalle la posición de la barrera en el plano para Etapa 2, Fase 1+Fase 2:

A su vez, la posición de la barrera en el plano para Etapa 3:

La medida de control se implementará considerando las siguientes características y consideraciones respecto a su construcción:

La barrera a implementar cumplirá su funcionalidad acorde a la cobertura de la altura estimada según los frentes de trabajo, sin embargo, a fin de asegurar el cumplimiento

Resolución de Calificación Ambiental N°18/2019 DIA “Plaza Parque” 23 normativo se complementará la medida de control mediante la cobertura de frentes de trabajo puntuales en altura, para faenas de obra gruesa y terminaciones, mediante la incorporación de barreras acústicas flotantes (o cierres puntuales) para faenas sobre los 4,8 metros de altura, considerando la composición de barrera indicada anteriormente, respecto a su materialidad. Para evitar una propagación mayor de las ondas sonoras hacia el entorno relacionado con la construcción, se complementa la solución descrita con una barrera acústica del tipo barrera flotante o en su defecto el cierre de vanos mediante el uso de paneles OSB bajo las características descritas, dispuesta en los lugares donde se desarrollaran faenas ruidosas en altura superior a la barrera acústica estimada por etapa en la ubicación que se desarrolle la actividad y de frente hacia los receptores cercanos a las faenas de construcción.

Considerando las medidas de control acústicas especificadas precedentemente, detalladas en Adenda 1 y Adenda Complementaria, y proyectada la emisión de ruido en los receptores de interés con su implementación, se da cuenta del cumplimiento de los niveles de ruido para la etapa de construcción y en horario diurno establecidos en el D.S. N° 38/2011 del MMA, según se presenta en la siguiente tabla resumen:

Se descarta la posibilidad de que la construcción de la fase constructiva 2 de la etapa 2, se ejecute de forma simultánea con la construcción de la etapa 3. c) La exposición a contaminantes debido al impacto de las emisiones y efluentes sobre los recursos naturales renovables, incluidos el suelo, agua y aire, en caso que no sea posible evaluar el riesgo para la salud de la población de acuerdo a las letras anteriores. Las emisiones de material particulado que se generen en la fase de construcción serán controladas con la humectación de caminos, encarpado de camiones, mantención de maquinaria al día y restricción de velocidad.

El artículo 58 del D.S. N° 8/2015 del MMA (PDA Temuco – Padre Las Casas) indica que las emisiones atmosféricas en la fase de operación corresponden a las generadas por el sistema de calefacción de las viviendas, por lo que, en este sentido, las emisiones atmosféricas que se generarán en fase de operación del Proyecto son “nulas” ya que se instalarán sistemas de calefacción eléctricos en los departamentos, lo que aplica para las tres etapas del proyecto.

No existirá exposición a efluentes líquidos generados por el Proyecto toda vez que las aguas servidas, tanto en la etapa de construcción como de operación, no serán descargadas a ningún curso de agua superficial o subterránea, siendo estos manejados a través de baños químicos o dispuestos en el sistema de alcantarillado público. d) La exposición a contaminantes debido al impacto generado por el manejo de residuos sobre los recursos naturales renovables, incluidos el suelo, agua y aire. No aplica toda vez que no existen recursos naturales renovables que sean afectados y utilizados por habitantes cercanos a las instalaciones del proyecto y que pueda generar riesgo a la salud de la población. Todos los residuos generados o sustancias utilizadas por el proyecto serán manejados de acuerdo a la normativa ambiental vigente, por lo que no se prevé la generación de impactos producto de su manipulación. Así, los residuos sólidos serán debidamente acopiados, transportados y eliminados de acuerdo a las normativas vigentes y mediante empresas autorizadas.

5.2. EFECTOS ADVERSOS SIGNIFICATIVOS SOBRE LA CANTIDAD Y CALIDAD DE LOS RECURSOS NATURALES RENOVABLES, INCLUIDOS EL SUELO, AGUA Y AIRE Los siguientes antecedentes justifican que el proyecto o actividad no genera o presenta efectos adversos significativos sobre la cantidad y calidad de los recursos naturales renovables, incluidos el suelo, agua y aire, en consideración a lo dispuesto en el artículo 6 del Reglamento del Reglamento del SEIA: Recursos naturales renovables escasos, únicos o representativos. En el área de influencia del proyecto, no existen recursos naturales renovables escasos, únicos o representativos que sean afectados por el proyecto. a) La pérdida de suelo o de su capacidad para sustentar biodiversidad por degradación, erosión, impermeabilización, compactación o presencia de contaminantes. El presente proyecto se emplaza en una zona urbana de la comuna de Temuco, en una zona denominada por el Plan Regulador Vigente como ZHR4 en la cual se permite el uso del suelo residencial y en concordancia con lo indicado en el CIP N° 2934/2016, adjunto en Anexo 4 de la DIA; de acuerdo a lo anterior, posee autorización de uso de suelo para fines no agrícolas y cumple con las condiciones de uso de suelo permitido.

Resolución de Calificación Ambiental N°18/2019 DIA “Plaza Parque” 24 b) La superficie con plantas, algas, hongos, animales silvestres y biota intervenida, explotada, alterada o manejada y el impacto generado en dicha superficie. Para la evaluación del impacto se deberá considerar la diversidad biológica, así como la presencia y abundancia de especies silvestres en estado de conservación o la existencia de un plan de recuperación, conservación y gestión de dichas especies, de conformidad a lo señalado en el artículo 37 de la Ley 19.300. El terreno de emplazamiento del Proyecto presenta alto grado de intervención antrópica y posee principalmente especies herbáceas y arbustivas que tienen una amplia distribución en Chile no registrándose especies que se encuentren en alguna categoría de conservación. Mayores antecedentes se presentan en Anexo 7 de la DIA, Estudio de Base de Flora y Vegetación del proyecto.

En cuanto a la fauna presente en el lugar, y según el estudio de Fauna Terrestre (Anexo 8 de la DIA), se identificó un total de 4 especies, 1 corresponde al grupo de los reptiles y 3 al grupo de las aves, siendo especies principalmente nativas, y una dañina, como es el caso de Passer domesticus, todas con amplia distribución en el territorio nacional. Cabe señalar que ninguna de las especies avistadas se encuentra dentro en alguna categoría de conservación, sin embargo 2 aves registradas son catalogadas como beneficiosas para la actividad silvoagropecuaria y/o benéficas para la mantención del equilibrio de los ecosistemas, según artículo Nº3, Ley de Caza. Para el caso de la especie del grupo de los reptiles la especie Liolaemus tenuis, se encuentra catalogada como Preocupación Menor por el Reglamento de Clasificación de Especies Silvestres, por ello previo al inicio de las actividades, se realizará perturbación controlada para provocar el abandono o inducir el desplazamiento gradual de los individuos, y se informará e instruirá a los trabajadores la existencia y características de estas especies, la que será realizada por un biólogo o profesional a fin y se entregará información relacionada a conceptos medioambientales como:

  • Flora y Fauna nativa de Chile principalmente la descrita para la zona.
  • Estados de conservación y legislación relativa
  • Plan de contingencia y emergencia frente al hallazgo de fauna
  • Entregar un manual de prácticas medioambientales, el cual incluya: ahorro y eficiencia energética, uso eficiente del agua, gestión de residuos, etc.

Como medio que acredite su cumplimento, el área de Medio Ambiente de la empresa tendrá un registro del personal, asistencia y registro fotográfico de la charla, que será remitido a la Superintendencia de Medio Ambiente como medio de verificación. c) La magnitud y duración del impacto del proyecto o actividad sobre el suelo, agua o aire en relación con la condición de línea de base. El área de emplazamiento del proyecto se ubica en zona urbana donde se permite el uso residencial de acuerdo al PRC de Temuco y Labranza, presentando un alto grado de intervención antrópica, por lo que la construcción y operación del proyecto no generará impacto sobre el suelo en relación a su condición basal. En relación a los residuos sólidos generados, éstos serán almacenados de tal forma que no signifique contaminación al recurso suelo y serán dispuestos en lugares autorizados, actuando según establece la normativa vigente aplicable.

El proyecto no generará residuos líquidos que signifiquen un impacto sobre el agua toda vez que no existirán efluentes que descarguen a cursos de agua superficial o subterránea; los únicos residuos generados corresponden a aguas servidas, tanto en la etapa de construcción como de operación, los que serán manejados a través de baños químicos o dispuestos en el sistema de alcantarillado público de la empresa Aguas Araucanía S.A.

En relación a las emisiones atmosféricas, éstas serán acotadas espacial y temporalmente durante la fase de construcción y se implementarán las medidas de control que permitirán minimizar las emisiones de polvo y gases. d) La superación de los valores de las concentraciones establecidos en las normas secundarias de calidad ambiental vigentes o el aumento o disminución significativos, según corresponda, de la concentración por sobre los límites establecidos en éstas. A falta de tales normas, se utilizarán como referencia las normas vigentes en los Estados que se señalan en el artículo 11 del Reglamento. En caso que La norma de calidad secundaria vigente corresponde a D.S. N° 22/2009 que Establece norma de calidad secundaria de aire para anhídrido sulfuroso (SO2). Al respecto, el proyecto no contempla la emisión de este contaminante en ninguna de sus fases, sólo se emitirá a partir de la combustión de motores diésel en la etapa de construcción, los cuales contarán con mantenciones periódicas para el óptimo funcionamiento de éstos.

Resolución de Calificación Ambiental N°18/2019 DIA “Plaza Parque” 25 no sea posible evaluar el efecto adverso de acuerdo a lo anterior, se considerará la magnitud y duración del efecto generado sobre la biota por el proyecto o actividad y su relación con la condición de línea de base. e) La diferencia entre los niveles estimados de ruido con proyecto o actividad y el nivel de ruido de fondo representativo y característico del entorno donde se concentre fauna nativa asociada a hábitats de relevancia para su nidificación, reproducción o alimentación. Considerando que a nivel nacional no se cuenta con normativa relacionada con el impacto sobre la fauna silvestre por emisión de ruido, se utilizó la normativa de referencia “Effects of Noise on Wildlife and Other Animals”, 1971, United States Environmental Protection Agency (EPA), norma que establece un máximo de 85 dB para no generar efectos sobre fauna silvestre. De esta manera la modelación estableció que no se proyectan niveles sobre los 85 dB(A) para el frente de trabajo activo, alcanzando un máximo en 85 dB(A) en un radio no mayor a los 5 metros, por lo cual no se provocará alteración significativa a la fauna existente.

A fin de establecer gráficamente la influencia del proyecto sobre el entorno habitado por fauna, se elaboró un mapa de ruido estableciendo un radio de influencia fijado en 85 dB(A), el cual se presenta en las siguientes imágenes:

Mapa de ruido para evaluación de influencia sobre fauna, Etapa 2 Fase constructiva I:

Mapa de ruido para evaluación de influencia sobre fauna, Etapa 2 fase constructiva II:

Mapa de ruido para evaluación de influencia sobre fauna, Etapa 3:

f) El impacto generado por la utilización y/o manejo de productos químicos, residuos, así Los residuos sólidos generados serán almacenados de tal forma que no signifique afectación a recursos naturales renovables; además serán retirados, trasportados y dispuestos en lugares autorizados, actuando según establece la normativa vigente aplicable. Para mantener la trazabilidad de los residuos se declarará, ante la SEREMI

Resolución de Calificación Ambiental N°18/2019 DIA “Plaza Parque” 26 como cualesquiera otras sustancias que puedan afectar los recursos naturales renovables. de Salud, los residuos que se generen y retiren durante la construcción del proyecto, manteniendo una copia de los certificados de retiro, trasporte y disposición final de los residuos en la instalación de faenas. Respecto a los residuos domiciliarios en fase de operación, estos corresponderán a las actividades diarias de los habitantes, por lo que se manejarán a través del uso de bolsas plásticas para basuras y en contenedores con tapa que se almacenarán en la sala de basura de cada edificio, para posteriormente ser retirados y trasladados a relleno sanitario autorizado a través de la recolección municipal que se realizará con una frecuencia estimada de tres veces por semana.

Sobre los productos químicos a utilizar en la etapa de construcción, éstos serán almacenados en una bodega acondicionada para evitar su dispersión y su uso será realizado sin afectar los recursos naturales renovables. g) El impacto generado por el volumen o caudal de recursos hídricos a intervenir o explotar, así como el generado por el transvase de una cuenca o subcuenca hidrográfica a otra, incluyendo el generado por ascenso o descenso de los niveles de aguas subterráneas y superficiales. La evaluación de dicho impacto deberá considerar siempre la magnitud de la alteración en: g.1. Cuerpos de aguas subterráneas que contienen aguas fósiles. g.2. Cuerpos o cursos de aguas en que se generen fluctuaciones de niveles. g.3. Vegas y/o bofedales que pudieren ser afectadas por el ascenso o descenso de los niveles de aguas. g.4. Áreas o zonas de humedales, estuarios y turberas que pudieren ser afectadas por el ascenso o descenso de los niveles de aguas subterráneas o superficiales. g.5. La superficie o volumen de un glaciar susceptible de modificarse. El proyecto no contempla intervención ni explotación de recursos hídricos, así como tampoco realiza el transvase de una cuenca o subcuenca hidrográfica a otra. h) Los impactos que pueda generar la introducción de especies exóticas al territorio nacional o en áreas, zonas o ecosistemas determinados. No aplica toda vez que el proyecto no contempla la introducción de especies exóticas al territorio nacional o en áreas, zonas o ecosistemas determinados.

5.3. REASENTAMIENTO DE COMUNIDADES HUMANAS O ALTERACIÓN SIGNIFICATIVA DE LOS SISTEMAS DE VIDA Y COSTUMBRES DE GRUPOS HUMANOS Reasentamiento de comunidades humanas Los antecedentes presentados durante el proceso de evaluación ambiental dan cuenta que el Proyecto no genera reasentamiento de comunidades humanas, ya que el área donde se desarrolla el proyecto inmobiliario corresponde a un terreno de propiedad del Titular, que previo a la construcción se encontraba deshabitado.

Resolución de Calificación Ambiental N°18/2019 DIA “Plaza Parque” 27 Los siguientes antecedentes justifican que el proyecto o actividad no genera o presenta alteración significativa de los sistemas de vida y costumbres de grupos humanos, en consideración a lo dispuesto en el artículo 7 del Reglamento del SEIA: a) La intervención, uso o restricción al acceso de los recursos naturales utilizados como sustento económico del grupo o para cualquier otro uso tradicional, tales como uso medicinal, espiritual o cultural. El Proyecto no interviene, usa o restringe el acceso de los recursos naturales utilizados como sustento económico del grupo o para cualquier otro uso tradicional, tales como uso medicinal, espiritual o cultural. Lo anterior se justifica debido a que no se identificaron recursos naturales que fuesen empleados por la población ubicada en el área de influencia del Proyecto en actividades formales e informales de subsistencia de recursos naturales. Del mismo modo, no se percibieron prácticas culturales o económicas desarrolladas por la población y que utilicen recursos naturales, no se identificaron áreas verdes con fines recreacionales y/o turísticos. Adicionalmente no se restringe el acceso a cursos de agua utilizados con fines recreacionales. b) La obstrucción o restricción a la libre circulación, conectividad o el aumento significativo de los tiempos de desplazamiento. Para la fase de construcción, el proyecto implementará medidas de control con la finalidad de no afectar la libre circulación, conectividad o un aumento significativo en los tiempos de desplazamiento, las cuales son detalladas en la DIA. Así, se controlará periódicamente el cumplimiento de las medidas de seguridad y se instalarán señaléticas necesarias y normadas tendientes a minimizar y prevenir riegos, tanto para la salida como la entrada de vehículos. El arribo de camiones será planificado, así como también su permanencia en la obra, evitando aglomeraciones excesivas de vehículos en la calzada.

En la etapa de operación existirá un aumento en 555 veq/hora. Para el análisis se considera que en el peor escenario el flujo proyectado corresponde 555 veq/hr circulando en la misma dirección por Av. Los Poetas más el flujo del escenario base en horario peak, que corresponde al escenario más desfavorable de 637 veq/hr, con un flujo total proyectado de 1.192 veq/hr (escenario base más vehículos del proyecto). Por otra parte, la capacidad vial de Av. Los Poetas corresponde al valor referencial de 1.600 veq/h, indicado en el Manual de Vialidad Urbana (REDEVU) Tabla 2-02.502. Por lo tanto, el aporte vial del proyecto más los flujos del escenario base en su peor condición equivalen al 74,5 % de la capacidad de las vías analizadas, por lo que se considera que no hay afectación significativa a los tiempos de desplazamiento y en consecuencia los grados de saturación de las vías se mantienen en niveles operativos. Sin perjuicio de ello, se consideran las siguientes medidas de manejo vial para reducir al máximo los niveles de congestión en la vialidad:

Las medidas del proyecto existente (Etapa 1) corresponden a: - Ejecución de vereda nueva de 1,2 m de ancho y 194 m de largo en todo el frente del proyecto por Calle Las Quilas, hasta Av. Los Poetas. - Se incorporan 200 m de demarcación, línea central segmentada en calle Las Quilas. - Se incorpora 1 espejo convexo en salida del proyecto. - Se instala 1 baliza sonora en salidas del proyecto. - Se incorporan 2 señales reglamentarias PRI-2 disco Pare. - Se incorpora demarcación Flecha Recta en entrada y salida de proyecto. - Se incorporan 124 estacionamientos, 108 para residentes, 4 para discapacitados y 12 para visitantes. - Se incorporan 62 bicicleteros de 1,5x0,5 m. - Se incorporan 4 señales RPO-14 de prohibido estacionar Excepto Discapacitados.

Las medidas viales de la etapa 2, corresponden a las siguientes: - Incorporación de 4 señales de NO ESTACIONAR (RPO - 14) - Se incorporan 2 balizas sonoras en el acceso. - Ejecución de veredas nuevas de 2 metros de ancho, en todo el frente del proyecto hasta la intersección de calle Las Quilas. - Se demuelen 40 m2 de vereda al lado oriente del proyecto. - Se traslada señal informativa a ubicación propuesta. - Se incorporan bolardos en estacionamiento de acceso comercial. - Se incorporan demarcación en el área del proyecto y estacionamientos.

Resolución de Calificación Ambiental N°18/2019 DIA “Plaza Parque” 28 En Anexo 6 de la Adenda Complementaria se adjuntan los planos con las medidas, los que se presentan a continuación:

Etapa 1:

Etapa 2:

Es del caso señalar, que en caso de ejecutarse la etapa 3 del proyecto Plaza Parque, realizará y presentará el Estudio de Impacto sobre el Sistema de Transporte Urbano (EISTU) correspondiente. Los antecedentes de la presentación y el documento como tal, se mantendrá en obras en caso de que la autoridad lo requiera. c) La alteración al acceso o a la calidad de bienes, equipamientos, servicios o infraestructura básica. Según los antecedentes establecidos durante el proceso de evaluación ambiental, el proyecto tiene por objetivo atender la demanda habitacional de la comuna de Temuco, cuyo diseño se contemplan áreas verdes y áreas para equipamiento dando cumplimiento a la Ordenanza General de Urbanismo y Construcción; y que, de acuerdo al Plan Regulador Comunal de Temuco, se emplaza en zona urbana, donde la

Resolución de Calificación Ambiental N°18/2019 DIA “Plaza Parque” 29 regulación territorial ha incorporado el uso habitacional y los requerimientos necesarios para absorber la demanda proyectada de equipamiento, servicios e infraestructura, por lo que el proyecto no conlleva alteración al acceso o a la calidad de bienes, equipamientos, servicios o infraestructura básica. d) La dificultad o impedimento para el ejercicio o la manifestación de tradiciones, cultura o intereses comunitarios, que puedan afectar los sentimientos de arraigo o la cohesión social del grupo. Dentro del área del proyecto no se identificaron actividades socioculturales. Las actividades correspondientes a fiestas, costumbres y manifestaciones se realizan principalmente en el centro de la comuna, eje principal o localización espacial del desarrollo de festividades y/o hitos culturales de la comuna. Adicionalmente, se descartó la existencia de sitios con significación cultural, por lo cual el proyecto no dificulta o impide el ejercicio o la manifestación de tradiciones, cultura o intereses comunitarios, que puedan afectar los sentimientos de arraigo o la cohesión social del grupo, ya que no se identificó en el grupo humano del área de influencia actividades o prácticas culturales vinculadas a mantener o fortalecer sentimiento de arraigo o pertenencia a una identidad local determinada. Para los grupos humanos pertenecientes a pueblos indígenas, además de las circunstancias señaladas precedentemente, se considerará la duración y/o magnitud de la alteración en sus formas de organización social particular. Según lo establecido en los antecedentes de la evaluación ambiental, no se generará afectación sobre las formas de organización social particular de las familias pertenecientes a grupos humanos indígenas toda vez que el proyecto no se vincula de alguna forma con ellas.

5.4. LOCALIZACIÓN EN O PRÓXIMA A POBLACIONES, RECURSOS Y ÁREAS PROTEGIDAS, SITIOS PRIORITARIOS PARA LA CONSERVACIÓN, HUMEDALES PROTEGIDOS Y GLACIARES, SUSCEPTIBLES DE SER AFECTADOS, ASÍ COMO EL VALOR AMBIENTAL DEL TERRITORIO EN QUE SE PRETENDE EMPLAZAR Existencia de poblaciones protegidas No existe población protegida que pueda ser afectada por la ejecución del proyecto, por ende, no existe susceptibilidad de afectación. Existencia de recursos y áreas protegidas, sitios prioritarios para la conservación, humedales protegidos, glaciares y zona con valor ambiental No se registra en los alrededores la existencia de recursos y áreas protegidas, sitios prioritarios para la conservación, humedales protegidos, glaciares y zona con valor ambiental susceptibles de ser afectados por el proyecto. Los siguientes antecedentes justifican que el proyecto o actividad no se localización en o próxima a poblaciones, recursos y áreas protegidas, sitios prioritarios para la conservación, humedales protegidos y glaciares, susceptibles de ser afectados, así como el valor ambiental del territorio en que se pretende emplazar, en consideración a lo dispuesto en el artículo 8 del Reglamento del SEIA. Susceptibilidad de afectar poblaciones protegidas, considerando la extensión, magnitud o duración de la intervención en áreas donde ellas habitan. La zona de emplazamiento del proyecto corresponde a un área que presenta intervención antrópica y en un predio particular ubicado dentro del límite urbano de la comuna de Temuco de acuerdo al Plan Regulador Comunal de Temuco Labranza y según Certificado de Informaciones Previas N° 2934/2016 otorgado por la Dirección de Obras Municipales adjunto en el Anexo 4 de la DIA. Por otra parte, al realizar un catastro dentro de las cercanías del proyecto, mediante el catastro oficial realizado por la CONADI, no se ubican grupos humanos protegidos por leyes especiales en el área de influencia del proyecto. Susceptibilidad de afectar recursos y áreas protegidas, sitios prioritarios para la conservación, humedales protegidos, glaciares o territorios con valor ambiental, se considerará la extensión, magnitud o duración de la intervención de sus partes, obras o acciones, así como de los impactos generados por el proyecto o actividad, teniendo en especial consideración los objetos de protección que se pretenden resguardar. De acuerdo a la ubicación geográfica del área de emplazamiento del proyecto, éste se encuentra distante de recursos y áreas protegidas, sitios prioritarios para la conservación, humedales protegidos y glaciares, susceptibles de ser afectados por el proyecto. Sobre el valor ambiental del territorio en que se pretende emplazar el proyecto, se da cuenta que en el área de influencia no se identificaron áreas o territorios con valor ambiental que se deba resguardar.

Resolución de Calificación Ambiental N°18/2019 DIA “Plaza Parque” 30 5.5. ALTERACIÓN SIGNIFICATIVA, EN TÉRMINOS DE MAGNITUD O DURACIÓN, DEL VALOR PAISAJÍSTICO O TURÍSTICO DE UNA ZONA Existencia de valor turístico No aplica, el área de influencia del proyecto no presenta valor paisajístico Existencia de valor paisajístico No aplica, el área de influencia del proyecto no presenta valor turístico. Los siguientes antecedentes justifican que el proyecto o actividad no genera o presenta alteración significativa del valor paisajístico o turístico de una zona, en consideración a lo dispuesto en el artículo 9 del Reglamento del SEIA: a) La duración o la magnitud en que se obstruye la visibilidad a una zona con valor paisajístico. No aplica toda vez que el área de influencia del proyecto no presenta valor paisajístico. b) La duración o la magnitud en que se alteren atributos de una zona con valor paisajístico. No aplica toda vez que el área de influencia del proyecto no presenta atributos en zona con valor paisajístico. La duración o magnitud en que se obstruya el acceso o se alteren zonas con valor turístico. No aplica toda vez que el área de influencia del proyecto no presenta valor turístico.

5.6. ALTERACIÓN DE MONUMENTOS, SITIOS CON VALOR ANTROPOLÓGICO, ARQUEOLÓGICO, HISTÓRICO Y, EN GENERAL, LOS PERTENECIENTES AL PATRIMONIO CULTURAL Existencia de monumentos sitios con valor antropológico, arqueológico, histórico y, en general, los pertenecientes al patrimonio cultural. En el área de influencia del proyecto no existen monumentos, sitios con valor antropológico, arqueológico, histórico y, en general, los pertenecientes al patrimonio cultural. Los siguientes antecedentes justifican que el proyecto o actividad no genera o presenta alteración de monumentos, sitios con valor antropológico, arqueológico, histórico, y en general, los pertenecientes al patrimonio cultural, en consideración a lo dispuesto en el artículo 10 del Reglamento del SEIA: a) La magnitud en que se remueva, destruya, excave, traslade, deteriore, intervenga o se modifique en forma permanente algún Monumento Nacional de aquellos definidos por la Ley N°17.288. En el área de influencia del proyecto no existen monumentos nacionales definidos por la Ley N°17.288, por lo que se descarta la generación o presencia de una alteración de dicho patrimonio.

b) La magnitud en que se modifique o deteriore en forma permanente construcciones, lugares o sitios que por sus características constructivas, por su antigüedad, por su valor científico, por su contexto histórico o por su singularidad, pertenecen al patrimonio cultural, incluido el patrimonio cultural indígena. La prospección realizada en terreno (adjunto en Anexo 10 de la DIA) fue de carácter intensivo, con menos de 10 m entre un transecto y otro, cuya síntesis del recorrido se presenta en la siguiente imagen:

Resolución de Calificación Ambiental N°18/2019 DIA “Plaza Parque” 31 Los resultados dieron cuenta de la inexistencia de sitios arqueológicos u otros vestigios de índole patrimonial. No obstante, lo anterior, en caso de efectuarse hallazgos de valor patrimonial (restos óseos, culturales o eco-factuales) durante las faenas que impliquen remoción del subsuelo, deberá procederse según lo establecido en los artículos Nº26 y 27 de la Ley de Monumentos Nacionales y los artículos N° 20 y 23 del Reglamento de la Ley Nº 17.288, sobre excavaciones y/o prospecciones arqueológicas, antropológicas y paleontológicas. Ante esta situación, se deberá paralizar la obra en el sector afectado e informar a la brevedad al Consejo de Monumentos Nacionales, entidad encargada de dictaminar los diferentes procedimientos afines a la legislación vigente.

Además, se realizará monitoreo arqueológico permanente durante las etapas de escarpe y cualquier tipo de excavación superficial y sub-superficial. De esta manera, se enviarán informes mensuales a la Superintendencia del Medio Ambiente y al Consejo de Monumentos Nacionales dentro de los 15 primeros días hábiles del mes y contemplarán la descripción en detalle de los frentes de excavación, con fecha y cantidad de suelos excavados. Asimismo, se incluirán detalles de matriz de suelos, estratigrafía y composición de los suelos excavados. También se detallará la ubicación en estratigrafía de los vestigios materiales que constituyan patrimonio (en caso de encontrarse). En el informe también se incluirá copias del libro de obra, fotos, y cualquier otro medio que respalde el trabajo realizado.

Por otra parte, se realizarán charlas de inducción arqueológica (identificación, legislación y conservación del patrimonio cultural tangible protegido por ley 17.288) a los trabajadores del proyecto. Estas charlas no sólo se realizarán antes del comienzo de las obras, sino también, durante la obra. El contenido de las charlas y la asistencia de los trabajadores también se adjuntarán en el informe.

En caso de encontrarse evidencias de materiales que constituyan restos arqueológicos, se incluirá:

  • Constancia de aviso del hallazgo al Consejo de Monumentos Nacionales según lo establecido en el artículo 26 de la Ley 17.288 de Monumentos Nacionales.
  • Fecha de registro arqueológico con fotografías panorámicas y específicas de los hallazgos.
  • Descripción detallada del estado de conservación de los vestigios arqueológicos y las medidas de protección y/o conservación implementadas.
  • Detalle del seguimiento del estado de conservación de las medidas preventivas.

Además, en el caso de encontrarse evidencias materiales que constituyan restos arqueológicos u otros hallazgos no previstos, se procederá según lo estipulado en el Artículo 7° del Reglamento de Excavación, establecido en la Ley 17.288 de Monumentos Nacionales, por lo tanto, se solicitará el permiso de intervención arqueológica correspondiente.

Finalmente, el Informe Final de monitoreo arqueológico dará cuenta de todas las actividades realizadas, sitios arqueológicos de haberse detectado y su respectiva información de rescate. También se incluirán los análisis de los materiales encontrados y la conservación de estos, la revisión bibliográfica de la zona y una carta de aceptación de alguna institución museográfica para el depósito eventual de los materiales. c) La afectación a lugares o sitios en que se lleven a cabo manifestaciones propias de la cultura o folclore de algún pueblo, comunidad o grupo humano, derivada de la proximidad y naturaleza de las partes, obras y/o acciones del proyecto o actividad, considerando especialmente a los grupos humanos indígenas. No aplica toda vez que en el sitio de emplazamiento y área de influencia del proyecto no se desarrollan manifestaciones propias de la cultura o folclore como ceremonias religiosas, peregrinaciones, procesiones, celebraciones, festivales, torneos, ferias o mercados ya que no se evidencian elementos indicadores de la realización de dichas actividades ni existen antecedentes de estas.

Resolución de Calificación Ambiental N°18/2019 DIA “Plaza Parque” 32 6°. Que resultan aplicables al Proyecto los siguientes permisos ambientales sectoriales, asociados a las correspondientes partes, obras o acciones que se señalan a continuación:

6.1. PERMISOS AMBIENTALES SECTORIALES MIXTOS

6.1.1. Permiso para la construcción, reparación, modificación y ampliación de cualquier planta de tratamiento de basuras y desperdicios de cualquier clase o para la instalación de todo lugar destinado a la acumulación, selección, industrialización, comercio o disposición final de basuras y desperdicios de cualquier clase, según se establece en el artículo 140 del Reglamento del SEIA Fase del proyecto a la cual corresponde Construcción y operación Parte, obra o acción a la que aplica Bodegas de almacenamiento de residuos no peligrosos. Condiciones o exigencias específicas para su otorgamiento Una vez obtenida la RCA favorable el Titular deberá obtener las autorizaciones sanitarias de todas las bodegas de residuos sólidos domiciliarios y asimilables, tanto para la etapa de construcción como de operación (sala de basuras de cada edificio), condición especificada por la SEREMI de Salud en Sesión de la COEVA N° 6/2019. Pronunciamiento del órgano competente ORD. Nº A20-1128 de fecha 07 de mayo de 2019, SEREMI de Salud Región de La Araucanía

6.1.2. Permiso para sitio destinado al almacenamiento de residuos peligrosos, según se establece en el artículo 142 del Reglamento del SEIA Fase del proyecto a la cual corresponde Construcción Parte, obra o acción a la que aplica Bodega de almacenamiento temporal de residuos peligrosos Condiciones o exigencias específicas para su otorgamiento Previo a su construcción y operación, se contará con las autorizaciones respectivas de aprobación y autorización de la bodega. Pronunciamiento del órgano competente ORD. Nº A20-1128 de fecha 07 de mayo de 2019, SEREMI de Salud Región de La Araucanía

7°. Que, de acuerdo a los antecedentes que constan en el expediente de evaluación, la forma de cumplimiento de la normativa de carácter ambiental aplicable al Proyecto es la siguiente:

Norma D.S. N°100/05 Fija el Texto Refundido, Coordinado y Sistematizado de la Constitución Política de la República de Chile. Forma de cumplimiento fase de construcción y operación Se respeta la garantía constitucional mediante el cumplimiento de la legislación ambiental vigente que exige el ingreso del Proyecto al SEIA, y el reconocimiento de la institucionalidad creada para el efecto. En este sentido, el Proyecto se ajustará a todas las disposiciones constitucionales, sometiéndose al SEIA de acuerdo con la Ley N° 19.300. Indicadores de cumplimiento fase de construcción y operación Obtención de RCA favorable Forma de cumplimiento fase de cierre No aplica Norma Ley 19.300. Ley de Bases Generales del Medio Ambiente. Forma de cumplimiento fase de construcción y operación El Titular del Proyecto se somete al SEIA en forma previa a su ejecución para que éste sea calificado ambientalmente por la autoridad ambiental, ya que consiste en una actividad de aquellas tipificadas en el artículo 10 de la Ley N° 19.300. Además, da cumplimiento a las obligaciones establecidas en la Ley N° 19.300, mediante el ingreso del presente Proyecto al SEIA a través de un DIA, dado que éste no presenta ninguno de los efectos, características o circunstancias a que se refiere el artículo 11 de la Ley N° 19.300. Indicadores de cumplimiento fase de construcción y operación Obtención de RCA favorable Forma de cumplimiento fase de cierre No aplica Norma D. S. N°40/2012. Reglamento del Sistema de Evaluación Ambiental. Forma de cumplimiento fase de construcción y operación El Titular dará cumplimiento a todas las normas aplicables del RSEIA, especialmente a lo dispuesto en el artículo 3°, mediante la presentación del Proyecto para su evaluación por la Autoridad en el marco del SEIA cumpliendo con todos los requisitos y antecedentes establecidos en el artículo 19 del RSEIA. Además, la forma de ingreso del Proyecto es mediante una DIA, dado que no concurren ninguno de los efectos características o circunstancias indicadas en el artículo 11 de la Ley N° 19.300, que son descritas en detalle en los artículos 5, 6, 7, 8, 9 y 10 RSEIA.

Resolución de Calificación Ambiental N°18/2019 DIA “Plaza Parque” 33 Finalmente, se dará cumplimiento, según corresponda, a los artículos 111 a 160, tal como se puede apreciar en el Considerando 6. del presente acto, donde se identifican los Permisos Ambientales Sectoriales aplicables al Proyecto. Indicadores de cumplimiento fase de construcción y operación Obtención de Resolución de Calificación Ambiental favorable. Forma de cumplimiento fase de cierre No aplica Norma Resolución Exenta N°223/2015 Dicta instrucciones generales sobre la elaboración del plan de seguimiento de variables ambientales, los informes de seguimiento ambiental y la remisión de información al sistema electrónico de seguimiento ambiental Forma de cumplimiento fase de construcción y operación Se elaborará un plan de seguimiento de variable ambiental para el componente arqueológico según lo dispuesto en el párrafo 2° de la presente normativa. Así como también, el respectivo informe de seguimiento ambiental contemplará los requerimientos estipulados en el párrafo 3° de la misma. Por último, se ingresará el informe de seguimiento ambiental al Sistema Electrónico de Seguimiento Ambiental. Indicadores de cumplimiento fase de construcción y operación Revisión de Informes de seguimiento ambiental y cualquier otra información destinada al seguimiento del Proyecto, según obligaciones establecidas en la Resolución de Calificación Ambiental. La información será ingresada al Sistema Electrónico de Seguimiento Ambiental, al cual se accede a través del sitio web http://www.sma.gob.cl. Forma de cumplimiento fase de cierre No aplica Norma Resolución N°1518, Fija texto refundido, coordinado y sistematizado de Resolución Nº 574 de 2012. Forma de cumplimiento fase de construcción y operación Se proporcionará la información requerida en su totalidad con la periodicidad y en la forma establecida y modo establecido. Indicadores de cumplimiento fase de construcción y operación Envío de la información a la SMA Forma de cumplimiento fase de cierre No aplica COMPONENTE/MATERIA: Aire/Emisiones atmosféricas y calidad del aire Norma D.S N°144/1961 del Ministerio de Salud. Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Construcción y operación Parte, obra o acción a la que aplica Las emisiones atmosféricas que se generarán en la fase de construcción serán: material particulado y gases de combustión. Éstas se producen por las actividades de excavación, movimiento de tierra, tránsito de camiones y maquinaria. Las emisiones atmosféricas que se generarán en la fase de operación del Proyecto corresponderán principalmente a las que se producen debido al tránsito de vehículos, asociados a la construcción y operación actividad diaria de los futuros habitantes del conjunto habitacional, la cual se irá manifestando paulatinamente de acuerdo al proceso de ocupación de las viviendas. Forma de cumplimiento Las medidas de abatimiento y control de emisiones atmosféricas que se implementarán son las siguientes:

  • Revisión técnica al día de los equipos, vehículos y maquinarias que se utilizan en esta fase, con la finalidad de reducir gases de combustión incompleta.
  • Realizar mantenciones preventivas a vehículos y maquinarias para evitar una emisión excesiva de gases.
  • Estabilización de caminos no pavimentados mediante método de compactación del suelo.
  • Humectación del material de excavación así de como acopios de áridos para evitar la resuspensión del material particulado.
  • Humectación de caminos no pavimentados en el área de emplazamiento del proyecto y de los caminos de acceso con una frecuencia estimada de 3 veces al día o las veces que se estime conveniente para minimizar la emisión de material particulado.
  • Los camiones circularán con su carga totalmente cubierta con lonas o plásticos resistentes impidiendo la dispersión de polvo y material particulado a la atmósfera.
  • El límite de velocidad máxima para los camiones, maquinaria y vehículos livianos será de 30 km/h en la obra. Indicador que acredita su cumplimiento El indicador de cumplimiento en la consistirá en la ejecución de las medidas indicadas, lo que se acreditará mediante un registro interno que dé cuenta de estas. Forma de control y seguimiento Verificación en terreno, mantención y revisión de los registros internos

Resolución de Calificación Ambiental N°18/2019 DIA “Plaza Parque” 34 Norma D.S N°75/1987 del Ministerio de Transporte y Telecomunicaciones Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Construcción Parte, obra o acción a la que aplica El proyecto en su fase de construcción contempla el transporte de material producto de la instalación de faenas, excavaciones, construcciones de Obra Gruesa e instalaciones, actividades todas, propias de esta Fase. Este transporte se efectuará mediante vehículos motorizados pesados y medianos, los cuales circularan por la red vial existente en el área de emplazamiento de la actividad, y por distintas vías, caminos y rutas de la región. Forma de cumplimiento El titular del Proyecto cumplirá las exigencias establecidas en la presente norma mediante la utilización de vehículos idóneos para el transporte de los materiales. Además, estarán equipados de modo que aseguren que éstos no se dispersen, escurran o caigan al suelo. El transporte de materiales que emitan polvo será cubierto de manera eficaz, con el objeto de evitar dichas emisiones al aire, tales como cubrimiento con lonas de los materiales transportados, humidificación de los mismos, carga y descarga adecuada, mantenimiento periódico de los camiones. Indicador que acredita su cumplimiento Verificación en terreno de la exigencia descrita, especialmente del sellado de camiones al entrar y salir de la faena. Se contará con un registro interno que dará cuenta del cumplimiento de la medida. Forma de control y seguimiento Verificación en terreno y registro de las exigencias realizadas. Norma D.S. N°54/1994 del Ministerio de Transporte y Telecomunicaciones. Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Construcción Parte, obra o acción a la que aplica Contempla el transporte de material producto de la instalación de faenas, excavaciones, construcciones de obra gruesa e instalaciones, actividades propias de esta fase. El transporte se efectuará mediante vehículos motorizados pesados y medianos. Forma de cumplimiento Las condiciones técnicas y las emisiones de gases de los vehículos motorizados pesados ya sean propios, de los contratistas, subcontratistas o de los proveedores que participen en la fase de construcción, serán las establecidas en esta normativa. Indicador que acredita su cumplimiento Vehículos pesados de con sus revisiones técnicas al día. Forma de control y seguimiento Revisión de la certificación técnica de los vehículos pesados utilizados disponibles para su control y verificación. Norma D.S. N°55 del Ministerio de Transporte y Telecomunicaciones Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Construcción Parte, obra o acción a la que aplica El proyecto contempla el transporte de material generado en excavaciones, construcciones de obra gruesa e instalaciones, actividades propias de esta fase. El transporte se efectuará mediante vehículos motorizados pesados y medianos. Forma de cumplimiento Las condiciones técnicas y las emisiones de gases de los vehículos motorizados pesados ya sean propios, de contratistas, subcontratistas o de los proveedores que participen en la fase de construcción, darán cumplimiento a esta normativa. Indicador que acredita su cumplimiento Vehículos pesados y medianos con sus revisiones técnicas al día. Forma de control y seguimiento Revisión técnica de los vehículos disponibles para su control y verificación Norma D.S N°211/1991, Ministerio de Transporte y Telecomunicaciones Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Construcción Parte, obra o acción a la que aplica El proyecto considera el transporte mediante vehículos motorizados livianos durante la fase de construcción. Forma de cumplimiento Las condiciones técnicas y las emisiones de gases de los vehículos motorizados livianos ya sean propios, de contratistas, subcontratistas o de los proveedores que participen en la fase de construcción, darán cumplimiento a esta normativa. Indicador que acredita su cumplimiento Vehículos livianos con sus revisiones técnicas al día. Forma de control y seguimiento Revisión técnica de los vehículos livianos disponibles para su control y verificación. Norma D.S N°47 del Ministerio de Vivienda y Urbanismo Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Construcción

Resolución de Calificación Ambiental N°18/2019 DIA “Plaza Parque” 35 Parte, obra o acción a la que aplica Las emisiones atmosféricas que se generarán en la fase de construcción será el material particulado y gases de combustión, que se producen por las actividades de excavación, movimiento de tierra, tránsito de camiones y maquinaria. Forma de cumplimiento Durante la fase de construcción del proyecto, el titular implementará las siguientes medidas:

  • Revisión técnica al día de los equipos, vehículos y maquinarias que se utilizan en esta fase, con la finalidad de reducir gases de combustión incompleta.
  • Realizar mantenciones preventivas a vehículos y maquinarias para evitar una emisión excesiva de gases.
  • Estabilización de caminos no pavimentados mediante método de compactación del suelo.
  • Humectación del material de excavación así de como acopios de áridos para evitar la resuspensión del material particulado.
  • Humectación de caminos no pavimentados en el área de emplazamiento del proyecto y de los caminos de acceso con una frecuencia estimada de 3 veces al día o las veces que se estime conveniente para minimizar la emisión de material particulado.
  • Los camiones circularán con su carga totalmente cubierta con lonas o plásticos resistentes impidiendo la dispersión de polvo y material particulado a la atmósfera.
  • El límite de velocidad máxima para los camiones, maquinaria y vehículos livianos será de 30 km/h en la obra. Indicador que acredita su cumplimiento El indicador de cumplimiento en la consistirá en la ejecución de las medidas indicadas, lo que se acreditará mediante un registro interno que dé cuenta de las mismas. Forma de control y seguimiento Verificación en terreno, mantención y revisión de los registros internos. Norma D.S N°4/1994 del Ministerio de Transporte y Telecomunicaciones. Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Construcción Parte, obra o acción a la que aplica La norma se relaciona con el proyecto ya que éste considera la utilización de vehículos motorizados durante la fase de construcción. Forma de cumplimiento Se cumplirá con las normas de emisión y se exigirá que todos los vehículos motorizados su cumplimiento, lo que se verificará con el certificado de revisión técnica y de gases. Indicador que acredita su cumplimiento Certificación técnica de los vehículos utilizados disponibles para su control y verificación. Forma de control y seguimiento Revisión de la certificación técnica de los vehículos utilizados disponibles para su control y verificación. Norma D.S. N ° 594/1999 del Ministerio de Salud Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Fase construcción Parte, obra o acción a la que aplica Todas las partes obras y acciones en fase de construcción Forma de cumplimiento Los movimientos de tierra, las actividades de carga y descarga y el movimiento de camiones se realizarán tomando las medidas necesarias para minimizar el material resuspendido que tales actividades pueden generar. Además, durante la fase de construcción, se tomarán las siguientes medidas tendientes a minimizar las emisiones atmosféricas:

  • Revisión técnica al día de los equipos, vehículos y maquinarias que se utilizan en esta fase, con la finalidad de reducir gases de combustión incompleta.

  • Realizar mantenciones preventivas a vehículos y maquinarias para evitar una emisión excesiva de gases.
  • Estabilización de caminos no pavimentados mediante método de compactación del suelo.
  • Humectación del material de excavación así de como acopios de áridos para evitar la resuspensión del material particulado.
  • Humectación de caminos no pavimentados en el área de emplazamiento del proyecto y de los caminos de acceso con una frecuencia estimada de 3 veces al día o las veces que se estime conveniente para minimizar la emisión de material particulado.
  • Los camiones circularán con su carga totalmente cubierta con lonas o plásticos resistentes impidiendo la dispersión de polvo y material particulado a la atmósfera.
  • El límite de velocidad máxima para los camiones, maquinaria y vehículos livianos será de 30 km/h en la obra. Indicador que acredita su cumplimiento Registro de las mantenciones de vehículos y maquinaria; certificados de revisión técnica a maquinarias y vehículos por parte de la empresa contratista y mantenciones según horas trabajadas para maquinaria; planificación de las humectaciones;

Resolución de Calificación Ambiental N°18/2019 DIA “Plaza Parque” 36 contratación de camión aljibe para riego de superficies cuando sea necesario; verificación en terreno de estabilización de caminos; instalación de señaléticas de tránsito; Las actividades y acciones indicadas anteriormente estarán supervisada por el jefe de obras y cuyos registros se encontrará disponible en oficina de control. Forma de control y seguimiento Dado el tiempo acotado de la fase de construcción y los indicadores de cumplimiento; no se contempla formas de control y seguimiento. Norma D.F.L. N°725/1968, art 67 del Ministerio de Salud Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Fase construcción Parte, obra o acción a la que aplica Todas las partes obras y acciones en fase de construcción Forma de cumplimiento Los movimientos de tierra, las actividades de carga y descarga y el movimiento de camiones se realizarán tomando las medidas necesarias para minimizar el material resuspendido que tales actividades pueden generar. Además, durante la fase de construcción, se tomarán las siguientes medidas tendientes a minimizar las emisiones atmosféricas: Toda maquinaria y vehículos tendrán mantenciones preventivas y contarán con sus revisiones técnicas al día; Humectación del material de excavación y caminos no pavimentados; Estabilización de las zonas de tránsito (caminos no pavimentados) y acopio de material; Restricción de velocidad máxima de tránsito al interior del Proyecto en 30 km/h. Indicador que acredita su cumplimiento Registro de las mantenciones de vehículos y maquinaria; control de certificados de revisión técnica a maquinarias y vehículos por parte de la empresa contratista y mantenciones según horas trabajadas para maquinaria; planificación de las humectaciones; contratación de camión aljibe para riego de superficies cuando sea necesario; verificación en terreno de estabilización de caminos; instalación de señaléticas de tránsito; las actividades y acciones indicadas anteriormente estarán supervisada por el jefe de obras y cuyos registros se encontrará disponible en oficina de control. Forma de control y seguimiento Dado el tiempo acotado de la fase de construcción y los indicadores de cumplimiento; no se contempla formas de control y seguimiento. Norma D.S. N° 8/2015 del Ministerio del Medio Ambiente Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Fase de operación Parte, obra o acción a la que aplica Operación Forma de cumplimiento El proyecto Plaza Parque no considera emisiones a la atmósfera en su fase de operación, ya que considera sistema de calefacción eléctrico en cada uno de los departamentos de cada una de las tres etapas. Al tratarse de condominios por medio de la administración se prohibirá el uso de calefactores a leña, además se ha calculado que los calefactores instalados satisfacen la demanda energética anual, por lo que se cumple con las exigencias establecidas en el PDA de Temuco y Padre Las Casas. Indicador que acredita su cumplimiento Verificación de instalación de las estufas en base a pellet y estufas a parafina de tiro forzado en las viviendas. Forma de control y seguimiento Dado el tiempo acotado de la fase de construcción y los indicadores de cumplimiento; no se contempla formas de control y seguimiento. COMPONENTE/MATERIA: Ruido Norma D.F.L. 725/1968 del Ministerio de Salud. Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Construcción Parte, obra o acción a la que aplica Todas las partes obras y acciones en fase de construcción Forma de cumplimiento La empresa entregará a los trabajadores los elementos de protección personal y equipamientos de seguridad, necesarios para ejecutar las actividades de construcción del Proyecto. Indicador que acredita su cumplimiento Registro de entrega y recepción de elementos de protección personal, disponible en la oficina de control del jefe de obras. Forma de control y seguimiento Dado el tiempo acotado de la fase de construcción y los indicadores de cumplimiento; no se contempla formas de control y seguimiento. Norma D.S N° 594/1999 del Ministerio de Salud Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Construcción Parte, obra o acción a la que aplica Todas las partes obras y acciones en fase de construcción

Resolución de Calificación Ambiental N°18/2019 DIA “Plaza Parque” 37 Forma de cumplimiento Se atenuarán las condiciones de exposición a ruidos continuos, disponiendo la entrega del equipo de seguridad y de protección personal apropiado a cada trabajador y de toda persona que visite las obras de construcción del Proyecto. Indicador que acredita su cumplimiento Registro de entrega y recepción de elementos de protección personal. Disponible en la oficina de control del jefe de obras. Forma de control y seguimiento Dado el tiempo acotado de la fase de construcción y los indicadores de cumplimiento; no se contempla formas de control y seguimiento. Norma D.S N° 38/2011 del Ministerio de Medio Ambiente Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Construcción y operación Parte, obra o acción a la que aplica Todas las partes obras y acciones en fase de construcción Forma de cumplimiento La generación de ruido del proyecto cumple la normativa aplicable, con la implementación de barreras acústicas perimetral y en altura como medida de control en fase de construcción. Indicador que acredita su cumplimiento Implementación de barreras acústicas perimetral y en altura. Además, de la inexistencia de denuncias ante los organismos fiscalizadores. Forma de control y seguimiento Dado el tiempo acotado de la fase de construcción y los indicadores de cumplimiento; no se contempla formas de control y seguimiento. COMPONENTE/MATERIA: Aguas servidas y potable Norma D.S. N°50/2003 del MOP Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Fase de construcción y operación Parte, obra o acción a la que aplica Todas las actividades relacionadas en fase de construcción y operación Forma de cumplimiento El proyecto requiere instalaciones de agua potable y aguas servidas que serán otorgadas por la empresa sanitaria Aguas Araucanía S.A. Indicador que acredita su cumplimiento En fase de construcción: resolución de aprobación y funcionamiento de las instalaciones sanitarias. Además de factibilidad de agua potable y alcantarillado, ambas emitida por la empresa Aguas Araucanía S.A. En fase de operación se obtendrán las facturas o boletas de agua potable y alcantarillado emitida por Aguas Araucanía S.A. Forma de control y seguimiento Dado el tiempo acotado de la fase de construcción y los indicadores de cumplimiento; no se contempla formas de control y seguimiento. Norma D.S. N°594/1999 del Ministerio de Salud Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Construcción y operación Parte, obra o acción a la que aplica Todas las partes obras y acciones en fase de construcción Forma de cumplimiento El Proyecto utilizará baños químicos para la evacuación de aguas servidas, hasta la conexión al sistema de alcantarillado, los cuales serán manejados por empresas autorizadas para tales efectos. En fase de operación se realizará la descarga a través del sistema de alcantarillado, una vez que se efectúe la conexión al sistema indicado. Indicador que acredita su cumplimiento En fase de construcción Registro de limpieza y retiro de residuos respecto al uso de baños químicos por empresa acreditada. Posteriormente, se mantendrá el registro del pago del sistema de alcantarillado. En fase de operación Facturas o boletas de agua potable y alcantarillado emitida por Aguas Araucanía. Forma de control y seguimiento Dado el tiempo acotado de la fase de construcción y los indicadores de cumplimiento; no se contempla formas de control y seguimiento. Norma D.F.L. 725/1968 del Ministerio de Salud Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Construcción y operación. Parte, obra o acción a la que aplica Todas las partes obras y acciones en fase de construcción Forma de cumplimiento La ejecución del proyecto no descargará residuos líquidos o aguas servidas a ninguna fuente de agua superficial o subterránea. Durante la fase de operación las aguas residuales serán conducidas al sistema de alcantarillado existente. Indicador que acredita su cumplimiento Registro de limpieza y retiro de residuos respecto al uso de baños químicos por empresa acreditada, hasta que se realice conexión al sistema de alcantarillado. Factura de agua potable y alcantarillado emitido por la empresa sanitaria Aguas Araucanía S.A. Durante fase de operación, facturas o boletas de agua potable y alcantarillado emitida por Aguas Araucanía S.A.

Resolución de Calificación Ambiental N°18/2019 DIA “Plaza Parque” 38 Forma de control y seguimiento Dado el tiempo acotado de la fase de construcción y los indicadores de cumplimiento, no se contempla formas de control y seguimiento. Norma D.S N°446/2006 del Instituto de Normalización INN-Chile Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Construcción y operación Parte, obra o acción a la que aplica Todas las partes obras y acciones en fase de construcción Forma de cumplimiento El suministro de agua potable para los trabajadores será provisto mediante agua envasada, utilizando sistema de dispensadores, hasta que se realice la conexión respectiva a la red de agua potable. En fase de operación, se obtendrá de las instalaciones a la red de agua potable de Aguas Araucanía S.A. Indicador que acredita su cumplimiento Facturas o boletas de la empresa abastecedora de agua potable envasada durante primera instancia en fase de construcción. Posteriormente, la factura de agua potable y alcantarillado emitido por la empresa Aguas Araucanía S.A. En fase de operación las facturas o boletas de agua potable y alcantarillado emitida por Aguas Araucanía S.A. Forma de control y seguimiento Dado el tiempo acotado de la fase de construcción y los indicadores de cumplimiento, no se contempla formas de control y seguimiento. Norma D.S N°735/1969 del Ministerio de Salud Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Construcción y operación Parte, obra o acción a la que aplica Todas las partes obras y acciones en fase de construcción Forma de cumplimiento El Proyecto requerirá para la fase de construcción agua potable, la cual será suministrada en primera instancia por una empresa autorizada mediante agua potable envasada utilizando sistemas de dispensadores. Por lo que en todo momento se dará cumplimiento a la normativa vigente aplicable. Para su fase de operación, las instalaciones de agua potable y aguas servidas serán respaldadas por la empresa sanitaria Aguas Araucanía S.A.. Indicador que acredita su cumplimiento En fase de construcción Facturas o certificado de la empresa abastecedora de agua potable envasada. Factura de agua potable y alcantarillado emitido por la empresa Aguas Araucanía S.A. En fase de operación Facturas o boletas de agua potable y alcantarillado emitida por Aguas Araucanía S.A. Forma de control y seguimiento Dado el tiempo acotado de la fase de construcción y los indicadores de cumplimiento, no se contempla formas de control y seguimiento. COMPONENTE/MATERIA: Residuos líquidos Norma D.F.L N°725/1968 del Ministerio de Salud Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Construcción y operación Parte, obra o acción a la que aplica Todas las partes obras y acciones en fase de construcción Forma de cumplimiento Los residuos líquidos que se generen en fase de construcción serán evacuados mediante el uso de baños químicos los que serán mantenidos por empresas autorizadas para tales efectos, hasta que se realice la conexión respectiva al sistema de alcantarillado. Durante la fase de operación, el proyecto contará con la conexión al sistema de alcantarillad de Aguas Araucanía Indicador que acredita su cumplimiento Factura y/o certificado de retiro de aguas servidas y limpieza de los baños químicos. Resolución de aprobación y funcionamiento de las instalaciones sanitarias (Proyecto de Alcantarillado), así como, factura de agua potable y alcantarillado de Aguas Araucanía. En fase de operación, facturas o boletas de agua potable y alcantarillado emitida dicha entidad. Forma de control y seguimiento Dado el tiempo acotado de la fase de construcción y los indicadores de cumplimiento; no se contempla formas de control y seguimiento. Norma D.S N°594/1999 del Ministerio de Salud Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Construcción Parte, obra o acción a la que aplica Todas las partes obras y acciones en fase de construcción Forma de cumplimiento Los residuos líquidos que se generen durante la construcción corresponderán a aguas servidas que serán manejadas mediante el uso de baños químicos los cuales serán mantenidos por empresas autorizadas para tales efectos, hasta que se realice la conexión respectiva al sistema de alcantarillado. Durante la fase de operación, el proyecto contará con la conexión al sistema de alcantarillado de la empresa Aguas Araucanía S.A.

Resolución de Calificación Ambiental N°18/2019 DIA “Plaza Parque” 39 Indicador que acredita su cumplimiento Factura y/o certificado de retiro de aguas servidas y limpieza de los baños químicos en fase de construcción. Resolución de aprobación y funcionamiento de las instalaciones sanitarias (Proyecto de Alcantarillado), así como, factura de agua potable y alcantarillado de Aguas Araucanía. Facturas o boletas de agua potable y alcantarillado emitida por Aguas Araucanía. Forma de control y seguimiento Dado el tiempo acotado de la fase de construcción y los indicadores de cumplimiento, no se contempla formas de control y seguimiento. COMPONENTE/MATERIA: Residuos sólidos Norma D.S. N°594/1999 del Ministerio de Salud Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Construcción Parte, obra o acción a la que aplica Todas las partes obras y acciones en fase de construcción Forma de cumplimiento Los residuos sólidos generados en construcción serán almacenados temporalmente en el área de instalación de faenas, con una superficie delimitada para mantener los residuos de la construcción (residuos no peligrosos) y los residuos asimilables a domiciliarios en contenedores con tapa y en bolsas de basura debidamente identificados. Estos residuos serán retirados (unas 3 veces por semana) y trasladados por una empresa autorizada y enviados a disposición final en un relleno sanitario también autorizado. En fase de operación la Municipalidad de Temuco será responsable del retiro (estimándose en 3 veces por semana), traslado y disposición final. Indicador que acredita su cumplimiento Registro y/o certificado del retiro de residuos generados durante la fase de construcción del Proyecto. Documento disponible en la oficina de control del jefe de obras. En fase de operación, Ausencia de basura en las calles y pasajes de las viviendas; y verificación del retiro por parte de la Municipalidad. Forma de control y seguimiento Dado el tiempo acotado de la fase de construcción y los indicadores de cumplimiento; no se contempla formas de control y seguimiento. COMPONENTE/MATERIA: Residuos peligrosos Norma D.S N°148/2003 del Ministerio de Salud Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Construcción Parte, obra o acción a la que aplica Todas las partes obras y acciones en fase de construcción Forma de cumplimiento Para la mantención temporal de residuos peligrosos en la construcción del Proyecto se utilizan contenedores rotulados, los cuales serán manejados en una bodega exclusiva para este tipo de residuos en el área de instalación de faenas (respel). Posteriormente, serán retirados y trasladados a sitio de eliminación autorizados. Indicador que acredita su cumplimiento Registro detallado de los residuos que ingresen y egresen de la bodega, el cual se mantendrá actualizado diariamente para revisión por la autoridad fiscalizadora; además su manejo será declarado ante la SEREMI de Salud, manteniendo una copia de los certificados de retiro, trasporte y disposición final de los residuos en la instalación de faenas. Forma de control y seguimiento Copia de los certificados de retiro, trasporte y disposición final de los residuos en la instalación de faenas. COMPONENTE/MATERIA: Almacenamiento de sustancias peligrosas Norma NCh. 382/2013 Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Construcción Parte, obra o acción a la que aplica Todas las partes obras y acciones en fase de construcción Forma de cumplimiento Las sustancias serán clasificadas de acuerdo a esta normativa. Su clasificación y rotulado será visible desde su bodega de almacenamiento. Indicador que acredita su cumplimiento Registro de las sustancias peligrosas almacenadas en el interior de las obras. Forma de control y seguimiento Dado el tiempo acotado de la fase de construcción y los indicadores de cumplimiento, no se contempla formas de control y seguimiento. Norma D.S. N°43/2015 del Ministerio de Salud Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Construcción Parte, obra o acción a la que aplica Todas las partes obras y acciones en fase de construcción

Resolución de Calificación Ambiental N°18/2019 DIA “Plaza Parque” 40 Forma de cumplimiento Las sustancias serán almacenadas en una bodega destinada para este fin, clasificadas según peligrosidad y compatibilidad. Indicador que acredita su cumplimiento Obtención de autorización de la autoridad sanitaria para el funcionamiento de la bodega de sustancias peligrosas. Forma de control y seguimiento Resolución de autorización de bodega. Fiscalización Secretaría Regional Ministerial de Salud de la Región Metropolitana y Superintendencia del Medio Ambiente de acuerdo a la letra a) del artículo 3 de la su Ley Orgánica. COMPONENTE/MATERIA: Vialidad y Transporte Norma D.S N°158/1987 del Ministerio de Obras Públicas Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Construcción Parte, obra o acción a la que aplica Todas las partes obras y acciones en fase de construcción Forma de cumplimiento El proyecto en su construcción requiere del transporte de materiales en camiones, cuyo tonelaje promedio corresponde a 27 toneladas. Indicador que acredita su cumplimiento Registro y control de camiones. Documento disponible en oficina de control del jefe de obras. Forma de control y seguimiento Dado el tiempo acotado de la fase de construcción y los indicadores de cumplimiento; no se contempla formas de control y seguimiento. Norma D.S N°75/1987 del Ministerio de Transporte y Telecomunicaciones Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Construcción Parte, obra o acción a la que aplica Todas las partes obras y acciones en fase de construcción Forma de cumplimiento Se dará pleno cumplimiento a la norma, asegurando en todo momento que el transporte de materiales hacia y desde el proyecto se realice con camiones encarpados con lonas sujetas a la carrocería del camión, impidiendo de esta forma la caída de materiales a los caminos, exigencia que quedará formalizada en los contratos respectivos. Indicador que acredita su cumplimiento Registro de control de camiones, e inspección visual de los camiones que contengan la cubierta señalada. Forma de control y seguimiento Dado el tiempo acotado de la fase de construcción y los indicadores de cumplimiento; no se contempla formas de control y seguimiento. Norma D.S. Nº 200/93 del Ministerio de Obras Públicas Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Construcción Parte, obra o acción a la que aplica Todas las partes obras y acciones en fase de construcción Forma de cumplimiento Se dará cumplimiento al no exceder el peso máximo permitido. Indicador que acredita su cumplimiento Registro y control de camiones. Documento disponible en oficina de control del jefe de obras. Además, se poseerá la ficha técnica de los camiones indicando el peso máximo permitido. Forma de control y seguimiento Dado el tiempo acotado de la fase de construcción y los indicadores de cumplimiento; no se contempla formas de control y seguimiento. Norma Ley 16.752 Fija organización y funciones y establece disposiciones generales a la Dirección de Aeronáutica Civil, artículo 5° Fase del proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Fase de construcción Parte, obra o acción a la que aplica Construcción del proyecto en la zona de aproximación y en los terrenos circundantes a las instalaciones de ayuda y protección de la navegación aérea del aeródromo Maquehue Forma de cumplimiento Se solicitará la correspondiente autorización a la Dirección General de Aeronáutica Civil. Indicador que acredita su cumplimiento Otorgamiento de la correspondiente autorización. Forma de control y seguimiento El documento de autorización se encontrará en oficinas en caso de que la autoridad lo requiera COMPONENTE/MATERIA: Aguas lluvias Norma D.S. N°158/1987 del Ministerio de Obras Públicas. Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Construcción

Resolución de Calificación Ambiental N°18/2019 DIA “Plaza Parque” 41 Parte, obra o acción a la que aplica Todas las partes obras y acciones en fase de construcción Forma de cumplimiento Respecto a la evacuación de las aguas lluvias, se realizó por diseño de cuencas aportantes en las que las aguas escurrirán por ductos hasta una zanja de infiltración modular, los ductos contaran con cámaras de inspección, y no se realizará descarga a ningún tipo de cauce. Indicador que acredita su cumplimiento Obtención de Oficio de aprobación por la entidad correspondiente. Forma de control y seguimiento Dado el tiempo acotado de la fase de construcción y los indicadores de cumplimiento; no se contempla formas de control y seguimiento. COMPONENTE/MATERIA: Patrimonio cultural Norma D.S. N°17.288/1970 del Ministerio de Educación y Monumentos Nacionales Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Construcción Parte, obra o acción a la que aplica La inspección patrimonial realizada superficialmente en el área del proyecto no evidenció la presencia de restos arqueológicos de tipo patrimonial protegidos por la Ley N° 17.288 de Monumentos Nacionales que pudieran ser impactados directamente por las partes, obras o acciones del proyecto. Forma de cumplimiento Si durante la ejecución de las obras que impliquen excavación y/o remoción de suelo se produjera algún hallazgo arqueológico o paleontológico no previsto se procederá según lo establecido en los artículos 26 y 27 de la Ley 17.288 sobre Monumentos Nacionales y los artículos 20 y 23 del Reglamento. Indicador que acredita su cumplimiento De encontrarse hallazgos arqueológicos durante las fases de construcción del Proyecto, se procederá según lo establecido en los artículos 26 y 27 de la Ley 17.288 sobre Monumentos Nacionales y los artículos 20 y 23 del Reglamento. Forma de control y seguimiento De encontrarse hallazgos arqueológicos durante las fases de construcción del Proyecto, se procederá según lo establecido en los artículos 26 y 27 de la Ley 17.288 sobre Monumentos Nacionales y los artículos 20 y 23 del Reglamento. Norma D.S. N°484/1990 del Ministerio de Educación y Monumentos Nacionales. Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Construcción Parte, obra o acción a la que aplica La inspección patrimonial realizada superficialmente en el área del Proyecto no evidenció la presencia de restos arqueológicos de tipo patrimonial protegidos por la Ley N° 17.288 de Monumentos Nacionales que pudieran ser impactados directamente por estas obras. Forma de cumplimiento Ante la posibilidad de hallar algún elemento de valor arqueológico al realizar excavaciones, se realizará monitoreo arqueológico permanente durante las etapas de escarpe y cualquier tipo de excavación superficial y subsuperficial (en caso de ejecutarse la etapa 3). De esta manera, se enviarán de informes a la superintendencia del Medio Ambiente y al Consejo de Monumentos Nacionales y contemplarán la descripción en detalle de los frentes de excavación, con fecha y cantidad de suelos excavados. Asimismo, se incluirán detalles de matriz de suelos, estratigrafía y composición de los suelos excavados. También se detallará la ubicación en estratigrafía de los vestigios materiales que constituyan patrimonio (en caso de encontrarse). En el informe mensual también se incluirá copias del libro de obra, fotos, y cualquier otro medio que respalde el trabajo realizado.

Por otra parte, se realizarán charlas de inducción arqueológica (identificación, legislación y conservación del patrimonio cultural tangible protegido por ley 17.288) a los trabajadores del proyecto. Estas charlas no sólo se realizarán antes del comienzo de las obras, sino también, durante la obra. El contenido de las charlas y la asistencia de los trabajadores también se adjuntarán en el informe. Indicador que acredita su cumplimiento Informes arqueológicos enviados a la SMA. Disponible en la oficina de control del jefe de obras. Forma de control y seguimiento Presentación del reporte mensual ante la SMA. COMPONENTE/MATERIA: Flora y fauna Norma Ley N°19.473/1996 del Ministerio de Agricultura Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Construcción Parte, obra o acción a la que aplica Todas las partes obras y acciones en fase de construcción Forma de cumplimiento Se informará e instruirá a los trabajadores la existencia y características de las especies presentes y de las normas para la protección de la flora y fauna en toda el área que involucra el proyecto.

Resolución de Calificación Ambiental N°18/2019 DIA “Plaza Parque” 42 Indicador que acredita su cumplimiento Registro de capacitación a los trabajadores. Disponible en la oficina de control del jefe de obras. Forma de control y seguimiento Dado el tiempo acotado de la fase de construcción y los indicadores de cumplimiento; no se contempla formas de control y seguimiento. Norma D.S. N°5/1998 del Ministerio de Agricultura Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Construcción Parte, obra o acción a la que aplica Se informará e instruirá a los trabajadores la existencia y características de las especies presentes y de las normas adecuadas para la protección de la flora y fauna en toda el área que involucra el Proyecto. Forma de cumplimiento Registro de capacitación a los trabajadores disponibles en la oficina de control del jefe de obras. Indicador que acredita su cumplimiento Registro en terreno de capacitación a los trabajadores con su firma y fecha correspondiente. Forma de control y seguimiento Dado el tiempo acotado de la fase de construcción y los indicadores de cumplimiento; no se contempla formas de control y seguimiento.

8°. Que, para ejecutar el Proyecto deben cumplirse las siguientes condiciones o exigencias, en concordancia con el artículo 25 de la Ley N° 19.300:

La Comisión de Evaluación de la Región de La Araucanía, en su Sesión N° 6/2019 de fecha 28 de mayo de 2019, estableció la siguiente condición para la aprobación del proyecto:

8.1. En consideración a que el proyecto interviene la red primaria de aguas lluvias de la ciudad de Temuco, se deberá contar, previo a la recepción municipal de las obras, con la aprobación de la DOH del proyecto técnico de aguas lluvias y la factibilidad de descarga a la red primaria, de manera de no afectar a terceros y/o futuros propietarios por la generación de zonas de anegamientos o inundaciones no controladas.

  1. Que, durante el procedimiento de evaluación de la DIA el Titular del Proyecto propuso los siguientes compromisos ambientales voluntarios:

Monitoreo de ruido Impacto asociado Emisión de ruido Fase del proyecto a la que aplica Construcción Objetivo, descripción y justificación Objetivo: Verificar que las emisiones de ruido no superen los límites establecidos en el D.S. N° 38/2011 del MMA en los receptores de interés.

Descripción: Se realizarán mediciones mensuales en los puntos evaluados del estudio de ruido en los que se prevé superación de la normativa.

Justificación: La medición mensual indicará los niveles de ruido generados por las obras, permitiendo controlar las actividades generadoras de éste. Lugar, forma y oportunidad de implementación Lugar: Durante la fase de construcción, mientras duren las actividades generadoras de ruido, se realizará una medición mensual en los puntos evaluados del estudio de ruido en los que se prevé superación de la normativa, para el caso de la etapa 2 los puntos considerados P3, P4 y P5, mientras que en caso de ejecutarse la etapa 3 del proyecto los puntos considerados para el monitoreo corresponden a P2, P5, PE2A y PE2B.

Forma: El monitoreo se realizará con un instrumento que permita captar el nivel de ruido en el punto a evaluar y calibrado. Los resultados se comprarán con la normativa a cumplir. Los informes sobre ello se mantendrán en oficinas de instalación de faenas, en caso de que la autoridad lo requiera.

Oportunidad. Durante la fase de construcción del proyecto, hasta que finalicen las actividades generadoras de ruido. Indicador que acredite su cumplimiento Resultados del monitoreo Forma de control y seguimiento Informe de monitoreo de ruido

Implementación de perturbación controlada para el desplazamiento de la especie Liolaemus tenius Impacto asociado Reducción de especímenes de la especie catalogada como LC preocupación menor. Fase del Proyecto a la que aplica Construcción

Objetivo, descripción y Objetivo: Proteger a la especie de lagartija catalogada como LC, preocupación

Resolución de Calificación Ambiental N°18/2019 DIA “Plaza Parque” 43 justificación menor.

Descripción: Implementación de una perturbación controlada para que especie cambie de su hábitat original hacia zonas inmediatamente adyacentes (hábitat receptor), en forma previa a su intervención por parte del proyecto o actividad con un periodo de anticipación que asegure el no retorno de individuos desplazados (1 – 5 días máximo). Esta implementación incluye capacitaciones a los trabajadores.

Justificación: Registro de capacitaciones. Lugar, forma y oportunidad de implementación Lugar: Superficie total del proyecto de la etapa 3.

Forma: Realizar campañas de 1 a 5 días antes a las actividades de intervención de suelo, para provocar el desplazamiento de los individuos de su hábitat hacia un hábitat receptor adyacente.

Oportunidad: Debido a que la etapa 1 del proyecto se encuentra construida y habitada, y la etapa 2 del proyecto ya comenzó su construcción, este compromiso se realizará en caso de ejecutarse la etapa 3, que corresponde a un proyecto condicionado por el desarrollo del mercado inmobiliario. Indicador que acredite su cumplimiento Registro de las capacitaciones realizadas a los trabajadores. Forma de control y seguimiento Se realizará un Informe al finalizar cada capacitación Los informes estarán disponibles en obras.

  1. Que, las medidas relevantes del Plan de Prevención de Contingencias y del Plan de Emergencias, son las siguientes:

10.1. Plan de Prevención de Contingencias y del Plan de Emergencias

Golpes eléctricos Riesgo o contingencia Golpes eléctricos. Las actividades constructivas implican el uso de herramientas eléctricas, así como la instalación de redes eléctricas. Fase del proyecto a la que aplica Construcción Emplazamiento, parte, obra o acción asociada Durante todas las actividades, principalmente en las instalaciones de faenas e instalaciones eléctricas de las viviendas. Acciones o medidas a implementar para prevenir la contingencia - Utilizar ropa aislante (zapatos de seguridad, guantes) al momento de operar algún equipo o herramienta eléctrica. - Mantener aisladas y en buen estado todas las conexiones eléctricas. Forma de control y seguimiento de la acción o medida de prevención de contingencia - Registro con nombre y fecha de entrega de ropa adecuada y/o aislante al personal. - Verificación de las instalaciones eléctricas. Acciones o medida a implementar para controlar la emergencia - Prestación de primeros auxilios al momento de ser rescatado el accidentado. - Comunicación inmediata con el 131 Oportunidad y vías de comunicación a la SMA de la activación del Plan de Emergencia No aplica Volcamientos Riesgo o contingencia La causal básica de los volcamientos obedece principalmente a las características topográficas del terreno, a fallas de operación en las que se incluyen aspectos de sobrepeso y las condiciones mecánicas de la maquinaria y camiones a utilizar. Fase del proyecto a la que aplica Construcción Emplazamiento, parte, obra o acción asociada Acceso y flujo vehicular, preparación del terreno, tránsito de vehículos y maquinaria. Acciones o medidas a implementar para prevenir la contingencia - Evitar circular por pendientes pronunciadas o a exceso de velocidad. - Evitar la sobrecarga de la maquinaria y camiones. - Circular a una distancia prudente dentro del área del proyecto. - Mantener la revisión técnica de la maquinaria al día. - El conductor de la maquinaria debe poseer licencia de conducir acorde a la actividad. Forma de control y seguimiento de la acción o medida de prevención de contingencia Verificación en terreno de las medidas anteriormente descritas. La revisión técnica y licencia de conducir se deberán poseer en terreno como registro de verificación y control.

Resolución de Calificación Ambiental N°18/2019 DIA “Plaza Parque” 44 Acciones o medida a implementar para controlar la emergencia - Prestar primeros auxilios al operador o conductor. - Comunicación inmediata al 131. Oportunidad y vías de comunicación a la SMA de la activación del Plan de Emergencia No aplica Derrame de hidrocarburos Riesgo o contingencia Se considera derrame o fuga de hidrocarburos a todo vertimiento o descarga de éstos en el ambiente, lo que origina que los hidrocarburos mencionados escapen del control de quienes los manipulan. Después que ocurre un derrame o fuga de hidrocarburos su comportamiento físico es un factor transcendental a considerar para evaluar los peligros sobre el ambiente. Fase del proyecto a la que aplica Construcción Emplazamiento, parte, obra o acción asociada Instalación de faenas, acceso y flujo vehicular, preparación del terreno, tránsito de vehículos y maquinaria, construcción de viviendas y de urbanización. Acciones o medidas a implementar para prevenir la contingencia El registro de la maquinaria utilizada, se mantendrán archivadas en la oficina de administración. Además, para evitar los derrames se considera lo siguiente: - No se dispondrán estanques o tambores de almacenamiento de aceites, lubricantes o combustibles en sitios no autorizados. - Los camiones de carga deberán circular a velocidad controlada dentro y fuera del predio y con sus mantenciones al día. - No se realizará mantención a los equipos en zonas no autorizadas. Forma de control y seguimiento de la acción o medida de prevención de contingencia Verificación en terreno de las medidas anteriormente descritas. Acciones o medida a implementar para controlar la emergencia - Detener a la brevedad posible el derrame. - Aplicar material absorbente para detener la dispersión del derrame. - Mantener temporalmente los contenedores cerrados con los residuos de hidrocarburos productos del derrame en la bodega para residuos peligrosos, hasta su retiro y transporte a disposición final. - Recoger el material impregnado en envases adecuados y limpiar la zona de derrame. - Transportar aquellos envases de manera segura hasta el sitio de disposición final. - Usar ropa de seguridad en la operación de manejo y limpieza del derrame. - Se efectúa reemplazo de la maquinaria defectuosa. Oportunidad y vías de comunicación a la SMA de la activación del Plan de Emergencia Se dará aviso mediante vía telefónica y correo electrónico ante cualquier emergencia a la SMA. Sismos Riesgo o contingencia Debido a la alta incidencia de movimientos telúricos en la zona, y en el país, considerado como una emergencia natural, el supervisor de obras organizará y preparará al personal para enfrentar estos eventos. Fase del proyecto a la que aplica Construcción Emplazamiento, parte, obra o acción asociada Instalación de faenas, acceso y flujo vehicular, preparación del terreno, tránsito de vehículos y maquinaria, construcción de las viviendas y urbanización. Acciones o medidas a implementar para prevenir la contingencia - Capacitar al personal en relación con los pasos a seguir ante una emergencia. - Mantener las vías de evacuación libre y señalizada. - Asignar personas que estén a cargo de despejar las vías de evacuación. - Asignar personas a cargo del corte del suministro eléctrico, agua y gas Forma de control y seguimiento de la acción o medida de prevención de contingencia Registro de capacitaciones, verificación de señaléticas de evacuación y verificación en terreno de las medidas anteriormente descritas. Acciones o medida a implementar para controlar la emergencia Desenergizar todas las máquinas o equipos eléctricos. Cortar suministros de gas, electricidad y otras fuentes alimentadoras de materiales, combustibles o cualquier otro tipo de energía. - Buscar protección inmediata. Mantenerse alejado de las ventanas. Si se encuentra en una zona de riesgo, utilizar las vías de evacuación hacia las zonas de seguridad establecidas. - Si va conduciendo, detenerse a un costado de la pista, encender las luces de emergencia y esperar el término del movimiento telúrico. - Si va caminando, no corra. Evitar utilizar las escaleras de los edificios, se forman aglomeraciones y caídas. - Evitar permanecer cerca de armarios altos, lámparas, cuadros y cielos débiles.

Resolución de Calificación Ambiental N°18/2019 DIA “Plaza Parque” 45 - Si se encuentra dentro de una excavación, trate de salir lo antes posible a la superficie. - Permanecer alejado de las subestaciones transformadoras de energía eléctrica y de líneas de alto voltaje. - Alejarse de áreas donde existan estanques, cañerías y redes de abastecimiento líquido, sobre todo si estos son corrosivos o inflamables. - No utilizar el teléfono de forma innecesaria, sólo para atender la emergencia. - Una vez concluido el movimiento telúrico, el encargado de emergencia deberá realizar una inspección del área y verificar si existen derrames o personal accidentado. Oportunidad y vías de comunicación a la SMA de la activación del Plan de Emergencia Se dará aviso mediante vía telefónica y correo electrónico ante cualquier emergencia a la SMA. Incendio Riesgo o contingencia Incendio producido por ejecución del proyecto o terceros en las zonas de trabajo. Fase del proyecto a la que aplica Construcción y operación Emplazamiento, parte, obra o acción asociada Construcción o montaje de las edificaciones, derrame accidental de material inflamable, actividades asociadas a la utilización de las viviendas (quemas, utilización de calefactores y fallas eléctricas). Acciones o medidas a implementar para prevenir la contingencia Para la prevención de contingencias relacionados con incendios, se toman las siguientes medidas: - Se prohíbe fumar y hacer fogatas dentro del lugar donde se ejecutan las obras. - Se mantendrán extintores en diferentes lugares de las obras del proyecto. Forma de control y seguimiento de la acción o medida de prevención de contingencia Verificación en terreno de los implementos y/ accesorios necesarios tal como los extintores, señaléticas, etc., además del registro de las capacitaciones a los trabajadores con fecha y nombre. Acciones o medida a implementar para controlar la emergencia En fase de construcción: Se instalarán extintores en lugares accesibles y bien señalados. Contarán con un sistema de mantención preventiva y se capacitará a todo el personal para su correcto uso. Si se llega a generar un amago de incendio por cualquier causa, se combatirá el fuego con los extintores existentes. Si no se puede controlar, se comunicará inmediatamente a bomberos, seguidamente se comunicará al jefe directo o gerencia. Oportunidad y vías de comunicación a la SMA de la activación del Plan de Emergencia Se dará aviso mediante vía telefónica y correo electrónico ante cualquier emergencia a la SMA. Vertimiento accidental de residuos peligrosos Riesgo o contingencia Posible accidente, volcamiento o maniobra durante el traslado de los residuos peligrosos Fase del proyecto a la que aplica Construcción Emplazamiento, parte, obra o acción asociada Retiro de los residuos peligrosos desde las instalaciones hacia un relleno autorizado para este tipo de residuo. Mantenciones menores de la maquinaria durante la construcción, operación o abandono. Acciones o medidas a implementar para prevenir la contingencia Se prohíbe la manipulación de residuos peligrosos en zonas ubicadas fuera de la instalación destinada para ese fin. Los residuos peligrosos (baterías, aceite usado, etc.) se almacenarán en el sector destinado para este fin y posteriormente se dispondrán de ellos en lugares autorizados. El traslado se realizará por vehículos autorizados para el transporte de este tipo de residuos. Forma de control y seguimiento de la acción o medida de prevención de contingencia Verificar que no exista ningún residuo asociado a la operación del proyecto fuera de los lugares previamente establecidos (bodega de residuos peligrosos). Acciones o medida a implementar para controlar la emergencia El procedimiento a seguir para derrames en el camino y/o zonas de las instalaciones de faenas siguiente: - De forma inmediata se deberá detener el derrame de hidrocarburos, tomando las acciones necesarias según se identifique la fuente de fuga. - Se debe aplicar materiales absorbentes con el fin de evitar la dispersión del derrame. - Se debe retirar el material impregnado con ropa de seguridad, utensilios y envases adecuados. - Se debe limpiar la zona del derrame, retirando la totalidad del derrame. - Eliminar los envases con residuos en un sitio seguro de disposición final.

Resolución de Calificación Ambiental N°18/2019 DIA “Plaza Parque” 46 - Dejar registro en un archivo del volumen derramado, y los métodos utilizados para su limpieza. - Dar aviso a las autoridades competentes sobre el tema, de ser necesario. Es este caso, se incluye dar aviso a la Oficina Provincial de Vialidad. - Dar aviso al SEA ya las demás autoridades competentes sobre el tema. - Se deberá realizar un análisis del accidente, determinando las acciones correctivas a seguir para evitar un futuro derrame Oportunidad y vías de comunicación a la SMA de la activación del Plan de Emergencia Se dará aviso mediante vía telefónica y correo electrónico ante cualquier emergencia a la SMA.

10.2. Formas de comunicación en caso de emergencia

Se mantendrá comunicación permanente por teléfono celular, teléfono y/o cualquier dispositivo que permita la comunicación al interior de las faenas, manteniendo en todo lugar de trabajo un listado con teléfonos externos de emergencia.

El encargado de supervisar las obras será el responsable de comunicar a las autoridades pertinentes de cualquier situación de emergencia que ocurra, así como también de llevar un registro de todos aquellos eventos para información de la autoridad.

En caso que se materialice una situación de riesgo, se hará entrega a la autoridad ambiental un “Informe de Emergencias”, en un plazo no superior a 48 horas de ocurrido el evento. El contenido del informe será el siguiente:

  • Antecedentes del accidente (tipo y causa; fecha; hora; sustancia, residuo, emisiones al aire u otra relacionada con la contingencia; duración del evento, acciones de control ejecutadas; personas afectadas, etc.);
  • Identificación y explicación de la(s) posible(s) técnicas(s) y/o acción(es) que se implementaron para recuperar el o los recursos naturales que hayan sido afectados (suelo, agua, ecosistemas y especies);
  • La identificación de los parámetros representativos y las normativas (nacionales e internacionales de referencia) que utilizará para monitorear los componentes ambientales (aire, agua y suelo) afectados por una emergencia; y
  • Un protocolo aplicable al manejo proyectado de los residuos (peligrosos y no peligrosos) generados como posibles derrames de sustancias peligrosas u otra, el cual considerará las directrices normativas aplicables a esta materia.

En caso de emergencia se notificará por escrito a la administración u organización de las viviendas existentes en las cercanías de la ejecución del proyecto, para lo cual se contempla una reunión previa en la que se exponga el Plan de actuación frente a emergencias y se definan las personas de contacto para notificación y el orden de prioridad, con el fin de comunicar oportunamente en caso que una situación de emergencia que los pueda afectar directamente se presente.

  1. Que, el Titular deberá remitir a la Superintendencia del Medio Ambiente la información respecto de las condiciones, compromisos o medidas, ya sea por medio de monitoreos, mediciones, reportes, análisis, informes de emisiones, estudios, auditorías, cumplimiento de metas o plazos, y en general cualquier otra información destinada al seguimiento ambiental del Proyecto, según las obligaciones establecidas en la presente Resolución de Calificación Ambiental y las Resoluciones Exentas que al respecto dicte la Superintendencia del Medio Ambiente. De igual forma, y a objeto de conformar el Sistema Nacional de Información de Fiscalización Ambiental (SNIFA), el Registro Público de Resoluciones de Calificación Ambiental y registrar los domicilios de los sujetos sometidos a su fiscalización en conformidad con la ley, el Titular deberá remitir en tiempo y forma toda aquella información que sea requerida por la Superintendencia del Medio Ambiente a través de las Resoluciones Exentas que al respecto ésta dicte.

  2. Que, el Titular deberá informar a la Superintendencia del Medio Ambiente la realización de la gestión, acto o faena mínima que da cuenta del inicio de la ejecución de obras, a que se refiere el Considerando 4. de la presente Resolución.

  3. Que, con el objeto de dar adecuado seguimiento a la ejecución del Proyecto, el Titular deberá informar a la Superintendencia del Medio Ambiente, al menos con una semana de anticipación, el inicio de cada una de las fases del Proyecto, de acuerdo a lo indicado en la descripción del mismo.

  4. Que, para que el proyecto “Plaza Parque” pueda ejecutarse, deberá cumplir con todas las normas vigentes que le sean aplicables.

  5. Que, el Titular deberá informar inmediatamente a la Secretaría de la Comisión de Evaluación de la Región de La Araucanía y a la Superintendencia del Medio Ambiente, la ocurrencia de impactos ambientales no previstos en la DIA, asumiendo inmediatamente las acciones necesarias para abordarlos.

  6. Que, el Titular del Proyecto deberá comunicar inmediatamente y por escrito a la Dirección Regional del SEA Servicio de Evaluación Ambiental Región de La Araucanía la ocurrencia de cambios de titularidad, representante

Resolución de Calificación Ambiental N°18/2019 DIA “Plaza Parque” 48 - SEREMI MOP, Región de La Araucanía - SEREMI de Salud, Región de La Araucanía - SEREMI Medio Ambiente, Región de La Araucanía - Superintendencia de Servicios Sanitarios - Consejo de Monumentos Nacionales - CONAF, Región de La Araucanía - Servicio Nacional de Pesca y Acuicultura, Región de La Araucanía - SAG, Región de La Araucanía - SEREMI de Energía, Región de La Araucanía - SEREMI de Agricultura, Región de La Araucanía - Subsecretaría de Pesca y Acuicultura - Servicio Nacional Turismo, Región de La Araucanía - SEREMI de Bienes Nacionales, Región de La Araucanía - SEREMI de Transportes y Telecomunicaciones, Región de La Araucanía - Gobierno Regional - Superintendencia de Medio Ambiente - contactorca@sma.gob.cl

C/c: Expediente del Proyecto Inmobiliario “Plaza Parque” Archivo Servicio Evaluación Ambiental, Región de La Araucanía