Evaluación SEA

ASTILLERO LEÑA DURA

Rol 2141596764
SEA · DIA · Aprobado · 2018-10-18 · Región de Magallanes y de la Antártica Chilena · Maestranza Marítima Leñadura Ltda.

€ - EE A MATERIA $ A

REPÚBLICA DE CHILE COMISIÓN DE EVALUACIÓN REGIÓN DE MAGALLANES Y ANTÁRTICA CHILENA

Califica Ambientalmente el proyecto “Astillero Leña Dura” Resolución Exenta N?

087 nas,

VISTOS: 24 de Julio de 2019

1%. La Declaración de Impacto Ambiental (DIA), su Adenda de 26 de marzo de 2019 y su Adenda Complementaria de 11 de junio de 2019, del proyecto “Astillero Leña Dura”, presentado por Maestranza Marítima Leña Dura Ltda. con fecha 12 de octubre de 2019.

2?. Los pronunciamientos y observaciones de los órganos de la administración del Estado que, sobre la base de sus facultades legales y atribuciones, participaron en la evaluación de la DIA, y que se detallan en el Capítulo II del Informe Consolidado de Evaluación (ICE) de la DIA del proyecto “Astillero Leña Dura”.

  1. El Acta de Evaluación N*053/2018 de 07 de noviembre de 2018, del Comité Técnico de la Región de Magallanes y de la Antártica Chilena.

  2. — ELICE de la DIA del proyecto “Astillero Leña Dura” de 11 de julio de 2019.

5%. El acuerdo adoptado en la sesión N*11 de 23 de julio de 2019, de la Comisión de Evaluación de la Región de Magallanes y de la Antártica Chilena.

6%. Los demás antecedentes que constan en el expediente de evaluación de impacto ambiental de la DIA del proyecto “Astillero Leña Dura”,

7%. — Lo dispuesto en la Ley N19,300, Sobre Bases Generales del Medio Ambiente; el D.S. N40, de 2012, del Ministerio del Medio Ambiente, Reglamento del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental (Reglamento del SEIA); la Ley N19,880, que Establece Bases de los Procedimientos Administrativos que Rigen los Actos de los Organos de la Administración del Estado; la Ley N18.575, Ley Orgánica Constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado; la Resolución N*1.600, de 2008, de la Contraloría General de la República,

CONSIDERANDO:

1% Que, Maestranza Marítima Leña Dura Ltda. (en adelante, el Titular), ha sometido al Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental (SEIA) la DIA del proyecto “Astillero Leña Dura” (en adelante, el Proyecto). Los antecedentes del Titular son los siguientes:

Nombre o razón social Maestranza Marítima Leña Dura Ltda. Rut 76.224,313-k Domicilio Kilometro 8 sur, Leña Dura Teléfono +56 61 2265295 Da representante Iván Navarro Gatcamo egal Rut representante legal 8.385,927-k ERA representante Kilometro 8 sur, Leña Dura Teléfono representante +56 61 2265295 legal Correo Electrónico inavarro(0123.cl 2. Que, conforme se indica en el ICE de fecha 11 de julio de 2019, el Director Regional de la Región de

/ CS

Magallanes y de la Antártica Chilena, ha recomendado aprobar el Proyecto, por cuanto cumple con la normativa de carácter ambiental aplicable al proyecto cumple con los requisitos de carácter ambiental idos en los Permisos Ambientales Sectoriales Mixtos señalados en los artículos 140 y 142, del D.S, Za Secretaría Regional Ministerial de Salud de la Región de Magallanes y de la Antártica Eeenformidad con lo dispuesto en el artículo 161 del RSEIA calificó el proyecto como molesta;

le y no gener: efectos características o circunstancias del artículo 11 de la Ley 19.300, que dan origen a bae | SE JECREFARÍ q laborar un Estudio de Impacto Ambiental. ue, en sesión [de 23 de julio de 2019, la Comisión de Evaluación de la Región de Magallanes y de la

ena acordó calificar favorablemente el proyecto “Astillero Leña Dura”, aprobando

Antártica Ch S íntegr énte el contenido del ICE de 11 de julio de 2019, el que forma parte integrante de la presente No LLAn O

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4,

Resolución. Por lo tanto, conforme a lo indicado en el artículo 60 inciso segundo del Reglamento del SEIA, se excluyen de la presente resolución las consideraciones técnicas en que se fundamenta.

Que, según lo señalado en la DIA y sus anexos, en su Adenda y en su Adenda Complementaria, los cuales forman parte integrante de la presente Resolución, la descripción del proyecto es la que a continuación se

indica:

4.1. ANTECEDENTES GENERALES

Objetivo general

El objetivo del proyecto es la regularización de la infraestructura instalada en Astillero Leña Dura y sus procedimientos

Descripción del

proyecto

general

El astillero Leña Dura se dedica a la construcción y reparación de embarcaciones y artefactos navales de hasta 200 TRG (Toneladas de Registro Grueso) y con un calado máximo de 2,6 metros. El Astillero operará de lunes a viernes entre 09:00 a 13:00 hrs en la mañana y de 15:00 a 18:00 hrs por la tarde, los días sábado entre 09:00 y 13 hrs,

Tipología principal, así como las aplicables a sus partes, obras O acciones

f) Puertos, vías de navegación, astilleros y terminales marítimos.

f.3) Se entenderá por astilleros aquellos sitios o lugares con instalaciones apropiadas y características, donde se construyen o reparan naves o embarcaciones, excluyéndose los varaderos, hangares o diques flotantes,

Vida útil

Indefinido

Montro de Inversión

US$ 153.846

Gestión, acto o faena mínima que da cuenta del inicio de la ejecución

Pavimentación galpón de granallado y pintura

Proyecto se desarrolla

etapas

por

SIC] NO: x

Proyecto modifica un proyecto o actividad

Actualmente la empresa se encuentra operando como x maestranza, mediante las habilitaciones y la evaluación ambiental pasará a ser astillero.

Proyecto Modifica otra RCA

Xx

4,2, UBICACIÓN DEL PROYECTO

Región Región de Magallanes y la Antártica Chilena Provincia Provincia de Magallanes Comuna Comuna de Punta Arenas

Descripción de la localización

El proyecto se emplaza en zona urbana, clasificada según el Plan Regulador vigente, como ZAP-S, definida como actividades productivas e infraestructura, sector sur (Leña Dura) y que permite el desarrollo de actividades inofensivas y molestas. Se encuentra además en el borde costero, lo que permitirá la llegada y el despacho de las embarcaciones y/o artefactos navales que soliciten los servicios del Astillero. Por último, en este sector las instalaciones cuentan con servicios de gas, luz y agua potable.

EE,

Superficie 1 ha Vértices UTM E UTM N Coordenadas UTM en Datum E 4100702 370402 wWGS84 — Huso 18/19 2 4100610 370410 3 4100620 370506 4 4100712 370513

Caminos de acceso

El camino de acceso a las instalaciones del Astillero Leña Dura se encuentra a un costado de la Ruta 9 Sur, en el km 8, comuna de Punta Arenas.

Referencia al expediente de

evaluación de los mapas, georreferenciación e información complementaria

sobre la localización de sus partes, obras y acciones

Imagen 4, capítulo 1 de la DIA

4.3. PARTES Y OBRAS DEL PROYECTO

7 Nombre Descripción Fase Portería Caseta de 8m? construidos de Construcción, SO) material ligero, de estructura de Operación y Ñ madera y recubrimiento exterior de Abandono TE | plancha metálica, piso de estructura

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, W %Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url ¿htip://validadot.seagob.cl/validar/2143774382

de madera, se emplaza en el ingreso de las instalaciones.

Edificio de dos pisos en estructura de Madera, cuenta con oficinas

ene administrativas, baños de personal comisión s administrativo y sala de reuniones. Operacióny La superficie total de las oficinas es Abandono de 198,65 m? Cuenta con una superficie de 124 m? (7,75 m x 16 m) de estructura de Construcción, Bodega madera y plancha metálica por el Operación y exterior utilizada para el Abandono almacenamiento de granalla. Edificación destinada a la alimentación del personal, posee una e íó Casino superficie de 64 m?, construida en OS : estructura de madera y superficie p y lavable en el interior. Debidamente ALAndOnO certificada por la Autoridad Sanitaria. Construcción destinada al almacenamiento del winche utilizado Construcción, Caseta Winche para arrastrar las embarcaciones, es Operación y de hormigón armado y posee una Abandono superficie aproximada de 4 m?. Construido en base a estructura metálica de dos aguas, montado sobre 12 conteiner, 6 por cada lateral, con revestimiento exterior de planchas de zinc y cubierta de acero galvanizado ondulado, pavimento de ón Galpón Construcción tadler Posse TUS supe Ico de Operación : P 782,09 m?, en este galpón se q a y encuentra la Oficina de Operaciones, Asencio (tercer piso), el taller eléctrico (primer piso), pañol eléctrico y vestidores. Este galpón está destinado a la construcción de embarcaciones. Construido en base a Estructura metálica a dos aguas, montado sobre vigas de acero, con revestimiento exterior de planchas de zinc y nsmición Galpón Granallado y Pintura cubierta de actos galvanizado Operación > ondulado, piso de gravilla. Posee una Ahand superficie de 383,57 m?. Este galpón Peon está destinado a las actividades de pintura y granallado de las embarcaciones en reparación Construcción aledaña al casino, construida en c E 3 onstrucción, Bodega acopio elementos | base a estructura de madera y muro de O > inofensivos albañilería reforzada. Destinada al acopio de DS , z : Abandono materiales inofensivos. Destinada al almacenamiento de productos Construcción, Bodega Conteiner 1 inofensivos, documentos de oficinas y Operación y materiales de construcción. Abandono Detrás del Galpón de reparaciones, granallado ES y pintura se encuentra dos containeres apilados Constueción - , uno sobre otro con una superficie de 59,48 Operación Ñ BoA Contener2 m2 , en él se almacenan especialmente p y EAN z 2 Abandono materiales de construcción, todos elementos AR inofensivos. Entre los galpones de Construcción y Construcción,

Bodega Equipos

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el galpón de reparaciones, granallado y pintura, y aprovechando las paredes de ambas construcciones se procedió a techar con estructura metálica y plancha de fierro ondulado y la misma solución se

Operación y

implementó para la pared del lado Abandono poniente de la construcción. La superficie de la construcción es de 83,40 m?, En él se almacenan las herramientas mayores y equipos de las instalaciones Detrás de la bodega de equipos y con una superficie de 11,50 m? en estructura metálica cumpliendo con el artículo 33 del D.S. 148/03, Reglamento Sanitario sobre Manejo Construcción, Bodega RESPEL de Residuos Peligrosos 40 cm del Operación y suelo de hormigón, con puertas Abandono correderas de fácil apertura, para el almacenamiento de los productos de aceite, considerando la ventilación necesaria. Construcción hecha en base a ada Bodega de Pinrires perfiles metálicos y forrada con Operación : plancha galvanizada ondulada. Con baña y una superficie de 6m? O Construcción destinada a pasar los barcos E : E Construcción, desde el mar a la tierra, las especificaciones a Carrera de varada y desvarada ACA z SS Operación y técnicas de ésta encuentran en el anexo N*7 de la DIA Ingeniería, mecánica de suelos. ARI Sistema de arrastre para mover Construcción, Winche de maniobras horizontalmente carros, embarcaciones y Operación y artefactos navales. Abandono Grúa motorizada que se utiliza para sacar barcos fuera del agua y llevarlos a su punto de Construcción, Travel lift varada en el dique seco. Dispone de dos Operación y cinchas que se utilizan como puntos de apoyo Abandono para poder izar el barco. Grúa especial para operar en terrenos difíciles, Construcción, Grúa Terex destinada a tareas de elevación. Posee altura Operación y libre sobre el suelo y cuatro tipos de dirección. Abandono E Grúa hidráulica todo terreno, destinada a Comtacion Grúa Grove da Operación y tareas de elevación. Abandono . Zi Maquinaria destinada a levantar material, ya se ESOS: Retroexcavadora Horquilla mediante la pala y/o horquilla Operación y Abandono Para desarrollar las actividades del proyecto se requiere de varias don mamiéentas herramientas entre las que se Operación y pueden mencionar: compresor, ira . andono esmeriles angulares, taladros, entre otras. Camión que lleva incorporado en su chasis una grúa, que se utiliza para cargar y descargar Construcción, Camión Pluma mercancías en el propio camión, o para Operación y - desplazar dichas mercancías dentro del radio Abandono % de acción de la grúa XZON Construcción, Camión Para Carga Camión para llevar carga de cualquier tipo Operación y TARIA Vr | Abandono Eleva personas Maquinaria hidráulica destinada a levantar Construcción,

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personas para realizar trabajos en altura Operación y

Abandono é EA «Construcción, E El Astillero cuenta con un mini bus para el a Bus tras] P ió us traslado de trabajadores traslado de sus trabajadores. Operación y Abandono

Equipo de extracción forzada

Se instalará un equipo de extracción forzada en el galpón de pintura y granallado para disminuir el polvo en suspensión dentro de las instalaciones.

Operación y Abandono

Zona de combustible

trasvasije de

El titular implementará una zona de trasvasije de combustible, para el abastecimiento de la maquinaria utilizada en el proceso. El combustilOble será proporcionado por una empresa externa, no existiendo almacenamiento en el Astillero.

Operación y Abandono

almacenamiento residuos

Caseta de temporal de domiciliarios

El sector de acopio contará con una base estabilizada y hormigonado equivalente a un H-25, con un levantamiento estructural de perfilaría, techo, señalización y cierre perimetral, para evitar el ingreso de personas no autorizadas y evitar el ingreso de animales. Ésta ha sido proyectada en una zona separada de otras construcciones al interior del astillero, de libre acceso para vehículos de retiro y protegido de las condiciones climáticas desfavorables de la zona (viento). Esta habilitación

Construcción, Operación y Abandono

estará destinada para el acopio temporal de residuos en contenedores con tapa y ruedas,

además de una batea de 6 m?,

4.4, ACCIONES DEL PROYECTO

4.4.1. FASE DE CONSTRUCCIÓN

Extracción del escarpe dentro del galpón de granallado y pintura

Para proceder a la pavimentación del Galpón de granallado y pintura se deberá retirar el escarpe (capa superficial del suelo, primeros 20 cm), la extracción será mediante retroexcavadora y se extraerá un total de 20 m3 de material,

Pavimentación galpón de granallado y pintura

Para desarrollar esta acción el titular deberá realizar las siguientes actividades: Limpieza de terreno: Esta actividad consiste en retirar todo elemento que pueda ser un estorbo a la hora de nivelar el terreno y disponer el hormigón, esta actividad se realizar de forma manual. Movimientos de tierra: Esta actividad consiste en la adecuación del terreno previo hormigonado de los sectores a mejorar, se realizará una excavación, se contempla un movimiento de tierra menor, que no superará los 20m3 de material removido (escarpe).

Hormigonado: Esta actividad la realizará una empresa externa. El vertido del hormigón será a través de camiones mixer y se utilizaran 20 m3 aproximadamente.

Construcción caseta de almacenamiento temporal de residuos domiciliarios

Esta actividad consiste en la construcción de una bodega de 20m2 destinada al almacenamiento segregado de residuos domiciliaros, esta será de material incombustible, tendrá ventilación. Contará con una base estabilizada y hormigonado equivalente a un H-25, con un levantamiento estructural de perfilaría, techo, señalización y cierre perimetral, para evitar el ingreso de personas no autorizadas y evitar el ingreso de animales.

Habilitación zona de trasvasije | de combustibles

El titular habilitará una zona exclusiva para el trasvasije de combustible de la maquinaria y equipos. El titular no contempla el almacenamiento de combustible en el Astillero,- por lo que el abastecimiento se realizará a través de un camión surtidor autorizado y con su documentación al día. Dicha zona contará con un sector destinado al camión surtidos y otra a la maquinaria que vaya a recibir

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el combustible, el sector será protegido con una capa de arena de 30 cm de profundidad y un geotextil bajo ésta, a modo de evitar infiltración de combustible en terreno.

Recursos naturales renovables

Para las actividades de pavimentación del galpón de granallado y pintura, se contempla la remoción de la capa superior de suelo, extrayendo un volumen de 20 m3 aproximadamente, los que serán dispuestos en el mismo terreno del titular.

Emisiones y efluentes

alcantarillado particular.

granallado y pintura.

Combustión interna maquinaria: materiales y movimiento de maquinaria en el astillero, se estima la emisión de gases (MP10, NOx, CO y HC) de 0,000025 Ton/año. Aguas servidas: Se utilizarán los servicios higiénicos habilitados en las instalaciones del Astillero, los que cuentan con un sistema de

Emisiones atmosféricas por escarpe de terreno: Se ha calculado para esta actividad una baja emisión anual de 0,00020 Ton/año.

Generada por el traslado de

Ruido: El ruido que se generará durante la fase de construcción del proyecto será mínimo y limitado al tránsito y operación del camión mixer que proveerá del hormigón para la pavimentación del galpón de

frecuencia semanal.

Residuos, productos químicos y otras sustancias que puedan afectar el medio ambiente.

Residuos domiciliarios: En esta fase se generarán domiciliarios derivados de la operación del casino y las oficinas del Astillero, los que serán acopiados temporalmente en un sector habilitado para este propósito y dispuestos en lugar autorizado con

residuos

Restos de materiales y residuos no peligrosos: Derivado de las obras de habilitación y pavimentación se generará un bajo volumen de residuos asimilables a domiciliarios, los que serán acopiados en batea y dispuestos en lugar autorizado,

Paños con aceites y grasas (peligrosos): Derivado de las acciones contempladas en la fase de construcción del proyecto se generará un volumen mínimo de material contaminado con aceites y grasas, los que serán acopiados en la bodega RESPEL del Astillero y dispuestos en lugar autorizado según lo señalado en la normativa correspondiente.

Referencia al ICE para mayores detalles sobre esta | Capítulo IV fase.

4.4.2. FASE DE OPERACIÓN

que

tendrán las siguientes características:

El titular recibirá en sus instalaciones las embarcaciones a reparar, las

Embarcaciones con motor hasta 200 TRG

Eslora (m) Calado (m) Puntal (m) Quilla (m) 22 18 2.8 20 25 2 2.3 23 y E 28 2 2.6 24 Recepción de embarcaciones Pontones 50'Ton (Sin Motor) Eslora (m) Calado (m) Puntal (m) "Quilla (m) 12 0.5 178 No Aplica 20 1 17 No Aplica Pontones Hasta 200 Ton (Sin Motor) Eslora (m) Calado (m) Puntal (m) Quilla (m) 20 1 3 No Aplica 25 1.6 8 No Aplica Construcción de | Esta actividad consiste en la construcción mecánica de embarcaciones, embarcaciones en el galpón destinado para este fin

| Elaboración de planos en línea

Los planos se elaboran según requerimiento del cliente, los realiza un Ingeniero y/o constructor naval, Se presentan en formato Autocad, papel o PDF a la autoridad marítima y esta realiza una aprobación de

consisten principalmente en acero, perfiles, ángulos, planc

ZN estos para poder realizar la construcción “Recepción de materiales según | Se realiza la solicitud de materiales específicos para cada proyecto de _| proyecto acuerdo a la cubicación de éste, estos llegan en un camión rampla, el

cual es descargado en el galpón de construcción, los materiales

has,

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destinados a confeccionar el esqueleto de la embarcación, también se recibe madera para los interiores.

Confección y unión de cuadernas, instalación de planchas

Las cuadernas se construyen en metal y representan las costillas de la embarcación, para su elaboración se corta el metal (oxicorte) de acuerdo a las especificaciones técnicas descritas en los planos aprobados, y se unen para luego ser soldadas por medio de TIG o MIG. Ya obtenido el esqueleto se instalan las planchas de acero y se forra el esqueleto, conformando la embarcación

Instalación de maquinarias o

Se engrasa e instala el motor de la nave y se instalan circuitos de

motores y circuitos navegación y artefactos de navegación. Una vez construida, la embarcación es transportada al galpón de Pintura granallado y pintura, donde se procede a su pintado a través de

diferentes métodos, pistola a presión, brochas y/o rodillos.

Terminaciones interiores

Posteriormente se procede a la terminación de interiores, dormitorios, accesorios, servicios, entre otros.

Pruebas definitiva

finales y entrega

Se realiza la prueba de motores y equipos para poder trasladar el barco a la carrera. Luego de tener todas las autorizaciones navales e inspecciones realizadas, este es entregado a sus dueños.

Reparación de embarcaciones

El astillero realizará también labores de reparación de embarcaciones y/o artefactos navales.

Limpieza de cascos

Corresponde a un pre-tratamiento el cual consiste en la limpieza de la obra viva de la embarcación por medio acción mecánica a través de raspadores.

Traslado de la embarcación al astillero

Este se realiza a través de muertos y winche o bien el travel lift de acuerdo a las características de la embarcación y las capacidades de carga de los elementos.

Granallado

Corresponde a la aplicación de chorro de granalla que pasa a través de una corriente de aire el cual limpia la plancha de estos de pintura, oxido y fouling, esta actividad se realiza al interior del galpón de pintura y granallado. Los residuos de granalla se vuelven a utilizar, y su recolección será manual, para luego, mediante un tamiz, separar la partícula de granalla del fino. El fino se tratará como Residuo Peligroso. Cabe señalar que el trabajo de granallado no es completo, aplicando esta actividad sólo a secciones de la embarcación en reparación.

Pintura reparación

Luego se pinta la embarcación, para esto se utilizarán distintos tipos de pintura (antifouling, epóxicas, alquídicas, entre otras), las que son aplicadas mediante brochas, rodillos o pistolas de aire comprimido, esta labor es efectuada al interior del galpón de pintura y granallado,

Trabajos mecánicos

Estos trabajos son desarrollados al interior de la embarcación y corresponden a la mantención o reparación del motor o los componentes hidráulicos, esta reparación se realiza en el galpón de construcción, El astillero no realizará mantenciones que por sus características tenga que sacar o extraer aguas sentinas.

Mantención de maquinarias

equipos y

El proyecto considera la mantención periódica de los equipos y maquinarias utilizados en el desarrollo de las acciones del proyecto.

Desvarado

Una vez finalizados los trabajos sobre las embarcaciones y/o artefactos navales, se procede a efectuar las maniobras de desvarado, para esto, la nave se dispone en posición adecuada para que flote mediante la variación de marea (pleamar).

Servicio de parqueo

El titular presta servicio de parqueo en sus instalaciones a embarcaciones menores (pesca artesanal). Dichas embarcaciones se varan sin agua de sentina. El tiempo de permanencia dependerá de las temporadas de pesca y de los propietarios de dichas embarcaciones. El astillero no prestará servicios de reparación de dichas embarcaciones. La capacidad máxima de parqueo del varadero es de 40 embarcaciones.

Plan de Vigilancia Ambiental (PVA),

El titular implementará un Plan de Vigilancia Ambiental, enfocado a monitorear las variables físico químicas del sedimento marino submareal en el área de influencia del proyecto, de manera de poder detectar variaciones indicadoras de alteraciones debidas al proyecto en el medio marino. Se considera una campaña anual, en periodo de

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estival (diciembre-enero). Los monitoreos y análisis serán realizados por una empresa certificada y acreditada para realizar este tipo de trabajos. Las estaciones de muestreo para los análisis físico químicos

del sedimento de la zona submareal serán los siguientes:

PUNTO ESTE NORTE EL 370.649 4.100.731 E2 370.652 4.100.683 E3 370.652 4.100.637

Los análisis abordarán las siguientes variables: Hidrocarburos Totales; Hidrocarburos Fijos; Hidrocarburos Volátiles; Hidrocarburos Aromáticos Policíclicos; Cromo; Cobre; Estaño; Zinc; Porcentaje de Humedad; Materia orgánica; Granulometría; Potencial Redox; Temperatura (insitu); PH (insitu); Coliformes totales; Coliformes Fecales.

Productos Generados

Embarcaciones reparadas: Se proyecta reparar 5 embarcaciones y/o artefactos navales al año. Estas llegarán al astillero (sin agua de sentina) y serán entregadas vía marítima, desde el borde costero inmediatamente frente al Astillero

Embarcaciones construidas: Se proyecta construir 3 embarcaciones y/o artefactos navales al año. Estas serán entregadas vía marítima, desde el borde costero inmediatamente frente al Astillero

Recursos naturales renovables

El titular no extraerá, explotará o utilizará recursos naturales para la operación de su proyecto. +

Emisiones y efluentes

MP 10: El punto de máxima concentración (PMC) se produce a 50 metros de la fuente, por lo que para las casa habitación más cercanas se proyectan valores de 7,16 ug/m3N (Concentración de 24 hrs) y 1,43 ug/m3N (Concentración Anual), lo que corresponde al 4,77 % del límite diario de la norma (150 ug/m3N) y 2,86 % del límite anual de la norma (50 ug/m3N) respectivamente, según lo establecido en el D.S. N? 20 / 2013 del Ministerio del Medio Ambiente.

MP 2,5: El punto de máxima concentración (PMC) se produce a los 50 metros desde la fuente, por lo que para las casas habitación más cercanas se proyectan valores de 2,39 ug/m3N (Concentración de 24 hrs) y 0,48 ug/m3N (Concentración Anual), lo que corresponde al 4,78 % del límite diario de la norma (50 ug/m3N) y 2,40 % del límite anual de la norma (20 ug/m3N) respectivamente, según lo establecido en el D.S. N* 12/2010 del Ministerio del Medio Ambiente.

Emisiones granallado: Las actividades de granallado generarán emisiones: 13 kg/1000 kg granalla de MP10 y 1,3 kg/1000 kg granalla de MP2,5, lo que equivale a 0,078 ton/año de MP10 y 0,0078 ton/año de MP2,5

Aguas servidas: Se utilizarán los servicios higiénicos habilitados en las instalaciones del Astillero, los que cuentan con un sistema de alcantarillado particular.

Ruido: El proyecto generará ruido al desarrollar las acciones de Construcción y reparación de embarcaciones y artefactos navales, relacionado principalmente con las acciones de granallado y confección y unión de cuadernas, instalación: de planchas. De la modelación de ruido generada por el titular se desprende que no supera los niveles señalados por la normativa vigente (D.S. 38) para la zona III (65 dBA). Solo el punto 1 supera este límite registrándose una presión sonora de 84 dBA, este sector corresponde al área de operaciones del Astillero, donde implementarán las medidas requeridas por normativa para asegurar la salud de los trabajadores.

Residuos, productos químicos y otras sustancias que puedan

afectar el medio ambiente.

Residuos asimilables a domiciliarios: Durante la operación del proyecto se generarán residuos compuestos por, papel, cartón, plástico, vidrio, restos de metal y madera y materia orgánica, de aproximadamente una tonelada al año. Los que serán acopiados en una batea de 6m3, posteriormente serán retirados por una empresa debidamente autorizada para su disposición final y ser dispuestos en lugar autorizado, con frecuencia semanal.

Restos de fouling: Durante la limpieza de cascos se generarán residuos no peligrosos derivados de la remoción de material orgánico adherido

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a las embarcaciones. Estos residuos serán acopiados temporalmente en el astillero para ser dispuestos en lugar autorizado.

Restos de materiales de construcción: Se generarán residuos provenientes de la construcción y reparación de embarcaciones, consistentes en recortes metálicos y madera principalmente, los que serán acopiados temporalmente en el astillero para ser dispuestos en lugar autorizado.

Residuos peligrosos: Durante la operación del proyecto se generarán residuos peligrosos correspondientes a: envases vacíos de pintura y solventes, paños con grasa y aceite, catridge y pilas. Éstos serán llevados a disposición final, cumpliendo con todas las exigencias establecidas en el D.S N* 148.

Granalla contaminada: El material desechado es recogido y almacenado dentro de la misma bodega de granallado y pintado, en bins. especiales herméticamente cerrados y dispuesto cumpliendo con todas las exigencias establecidas en el D.S N* 148. Este residuo se generará solo cuando se realice la reparación de embarcaciones. Las embarcaciones nuevas no son granalladas

Referencia al ICE para mayores detalles sobre esta | Capítulo IV fase.

4.4.3. FASE DE CIERRE

El proyecto se ha planteado con una vida útil indefinida, sin embargo, Venta de las instalaciones y | si el titular decide proceder con el abandono del proyecto se realizará equipos la venta de todas las instalaciones y equipos considerados para su operación.

4.5. CRONOLOGÍA DE LAS FASES DEL PROYECTO

4.5.1. Fase de Construcción Fecha estimada de inicio Segundo semestre de 2019 Parte, obra o acción que establece el inicio

Pavimentación del galpón de granallado

Fecha estimada de término Segundo semestre de 2019

Parte, obra o acción que | Construcción caseta de almacenamiento temporal de residuos establece el término domésticos

4.5.2. Fase de Operación

Fecha estimada de inicio Segundo semestre de 2019

Parte, obra o acción que establece el inicio Fecha estimada de término Indefinida Parte, obra o acción que establece el término 4.5.3. Fase de Cierre Fecha estimada de inicio “ Parte, obra o acción que establece el inicio Fecha estimada de término - Parte, obra o acción que establece el término Referencia al ICE para mayores detalles sobre esta | Capítulo IV fase. 5%. Que, durante el proceso de evaluación se han presentado antecedentes que justifican la inexistencia de los siguientes efectos, características y circunstancias del artículo 11 de la Ley N* 19.300:

5.1. RIESGO PARA LA SALUD DE LA POBLACIÓN, DEBIDO A LA CANTIDAD Y

CALIDAD DE EFLUENTES, EMISIONES Y RESIDUOS

Impacto ambiental Ruido Las actividades del proyecto generarán ruido, el que no superará los límites señalados por el D.S. 38 para la zona III sobre los receptores identificados en las cercanías del proyecto. Solo un punto, dentro del Astillero, supera el límite indicado en la normativa, por lo que el titular 9/18 1

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Recepción de materiales según proyecto

Venta de las instalaciones y equipos

Venta de las instalaciones y equipos

Venta de las instalaciones y equipos

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implementará las medidas de seguridad necesarias para resguardar la salud de sus trabajadores. Cabe señalar que el proyecto solo realizará actividades en horario diurno, De lunes a viernes de 09:00 a 18:00 y sábados de 09:00 a 13:00. Igualmente se adoptarán una serie de prácticas ambientales como las siguientes: - La capacitación del personal frente a los resultados obtenidos del presente informe y contextualizar sobre la contaminación acústica generada por el funcionamiento continuo y/o transitorio de equipos y vehículos del área de trabajo. - Uso de equipos y maquinarias en buen estado, siendo las mantenciones preventivas la primera barrera de contención por parte de la organización. - Evitar mantener equipos y vehículos estacionados encendidos dentro de la obra, si no es necesario. - Para el caso de la maquinaria inmóvil o estacionaria tales como compresores, se pueden colocar lo más alejado de los límites del terreno colindante. El titular señala que NO se realizarán todas las actividades generadoras de ruido (corte, pulido, soldadura, golpeteo y granallado, maquinaria) de manera simultánea, ya que, los trabajadores realizan doble función, es decir los trabajadores que arman o cortan, también son los que pintan o granallan, solo los soldadores cumplen una función. Por lo que el peor escenario no corresponde a la situación de todas estas actividades de manera

simultánea. e - Confección y unión de cuadernas, instalación de planchas

Parte, obra o acción que lo

  • Granallado genera

  • Compresor Fase en que se presenta Operación Referencia al ICE para mayores detalles sobre este impacto :

EN P y P Capítulo VI

específico

El proyecto generará emisiones de gases y material particulado durante la operación, estos serán temporales y acotados y de impacto local. La máxima concentración de emisiones durante la fase operación del proyecto tendrá un radio de 200m, el receptor más cercano es el terreno de la empresa Copec, aledaño al proyecto, pero actualmente deshabitado. Se debe considerar además la rápida disipación de este tipo de emisiones dadas las características climáticas del emplazamiento del proyecto, caracterizadas por fuertes vientos con dirección este (hacia la costa, alejándose de los receptores cercanos). Las actividades del proyecto generarán ruido, el que no superará los límites señalados por el D.S. 38 para la zona III sobre los receptores identificados en las cercanías del proyecto (5 viviendas). Solo un punto, dentro del Astillero supera el límite indicado en la normativa, por lo que el titular implementará las medidas de seguridad necesarias para resguardar la salud de sus trabajadores. Adicionalmente las labores que mayor ruido generan serán realizadas dentro de galpones atenuando el nivel de ruido emitido hacia la población ; El proyecto no considera descargas de ningún tipo sobre el medio marino. Las aguas servidas generadas por los trabajadores del proyecto serán dispuestas mediante un sistema de alcantarillado particular, con autorización sanitaria. El proyecto no generará contaminación sobre los recursos naturales, todas las actividades serán realizadas en galpones cerrados y de superficie impermeable, evitando así la infiltración de cualquier efluente generado del proceso e impidiendo el arrastre de contaminantes debido a la lluvia o el viento. Todos los residuos generados durante el proyecto serán dispuestos en lugar autorizado y manejados según lo indicado en normativa. El titular ha implementado las instalaciones necesarias para el acopio de residuos no peligrosos, residuos peligrosos según lo señalado en los PAS 140 y 142, cumpliendo con los resguardos necesarios para evitar cualquier tipo de contaminación 5.2. EFECTOS ADVERSOS SIGNIFICATIVOS SOBRE LA CANTIDAD Y CALIDAD DE LOS RECURSOS NATURALES RENOVABLES, INCLUIDOS EL SUELO, AGUA Y AIRE : Referencia al ICE para mayores detalles sobre este impacto Capítulo VI específico Las actividades del proyecto serán realizadas en galpones cerrados y de superficie impermeable, evitando así la propagación y contaminación del suelo. No existirán descargas de ningún tipo en el medio marino, por lo que el sedimento no será afectado de ninguna manera. Para verificar esto el 77 titular ha considerado entre las acciones del proyecto el desarrollo de un Plan de Vigilancia Ambiental, En general el proyecto se encuentra emplazado en un sector fuertemente intervenido del borde costero, el predio se encuentra completamente cercado impidiendo el ingreso de fauna a las instalaciones. Tampoco se presentan especies nativas de flora en dicho lugar. En el área de influencia no se "| encontraron especies en categoría de conservación, El titular presenta las medidas adecuadas para el

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manejo de las emisiones y residuos generados por el proyecto. Las principales emisiones se generan por el proyecto corresponden a ruido, no alcanzando los niveles señalados por la EPA, en cuanto a la generación de efectos adversos significativos sobre fauna (85 dBA). Si bien se observa en las cercanías del proyecto un chorrillo, durante la evaluación del proyecto se concluyó que no existe presencia importante de fauna en ese sector, debido a que este sector fue rellenado tiempo atrás no presentando en la actualidad agua corriente. A 600 m, fuera del área de influencia del proyecto, se encuentra la desembocadura del Rio Leña Dura, sin embargo, dada la distancia de este sector al proyecto y considerando las características del lugar que se encuentra altamente intervenido, es improbable que la actividad de este tenga alguna influencia o interacción negativa con las aves. Aun cuando la condición de línea de base del proyecto no es conocida, dado que éste se encuentra hace años en operación. Los análisis de agua realizados indican la ausencia de coliformes en la columna de agua, los sedimentos marinos presentaron buena calidad y valores de materia orgánica inferiores a 1% en todas las estaciones analizadas (Anexo 3 de la DIA), por lo que se podría inferir que tras años de operación del proyecto el medio marino se encuentra en una calidad buena con una alta abundancia de individuos correspondientes a comunidades de macrofauna bentónica. Igualmente, el proyecto considera un Plan de Vigilancia Ambiental para monitorear la condición futura del medio marino en función de la operación del proyecto. Respecto del suelo, el proyecto se desarrollará en un sector fuertemente intervenido y que presenta una gran cantidad de edificaciones en el predio, restando una pequeña porción de suelo descubierto, el que no será intervenido debido a que las actividades del proyecto se realizarán dentro de los galpones habilitados para estos fines. Las emisiones atmosféricas proyectadas (anexo 5 de la DIA) serán de baja entidad y disipadas por el viento, no afectando otras superficies de suelo y água por efectos de depositación, en el mismo sentido las alteraciones del proyecto sobre el componente aire no serán significativas. En el área de influencia del proyecto no existen normas secundarias de calidad ambiental vigentes, sin embargo, las proyecciones realizadas por el titular (anexo 5 de la DIA) demuestran que las emisiones generadas por el proyecto no serán significativas, estando en su mayoría confinadas dentro de los galpones donde se realizarán las acciones del proyecto y que serán rápidamente disipadas por acción del viento. Adicionalmente se ha señalado que la biota presente el área de influencia es de baja entidad, no encontrándose especies en categoría de conservación. El titular del proyecto realizó un estudio de ruido del sector donde se emplaza el Astillero, según lo señalado en dicho estudio, el ruido de base que se presenta en el área de influencia del proyecto está fuertemente influenciado por la cercanía del proyecto a la Ruta 9 Sur, presentando hasta 64 dBA (horario diurno) en dicho sector (Imagen N*3, informe de ruido anexo 3 de la Adenda). Por lo que el ruido de fondo y representativo del entorno cercano es alto. Por otro lado, no existe concentración de fauna nativa asociada a hábitats de relevancia para su nidificación, reproductión o alimentación. Durante una visita a terreno realizada durante el mes de enero de 2019 fue posible registrar las siguientes especies de aves en el sector: Pato juarjual (Lophonetta specularioides), Playero de Baird (Calidria bairdii), Gaviota dominicana (Larus dominicanus) y Loica común (Leistes loyca) Por las características del lugar y cercanía a la desembocadura del río Leña Dura, la playa y el terreno interior adyacente al astillero podría albergar otras especies de aves, sin embargo, la falta de vegetación como consecuencia de relleno del sustrato original y la ausencia de agua dulce, actualmente no ofrecen las condiciones especiales para otras especies. En función de lo señalado precedentemente, se descarta la presencia en el área de influencia del proyecto, de hábitats de relevancia para la nidificación, reproducción o alimentación de fauna nativa. El proyecto se emplaza en un lugar altamente intervenido, en el cual no se ha detectado la presencia de fauna (salvo aves) ni flora. La operación del proyecto no utilizará productos químicos que puedan ser descargados al medio ambiente, salvo la utilización de pinturas, las que serán aplicadas dentro de un galpón habilitado para este trabajo, evitando así cualquier tipo de disipación o pérdida que pudiera contactar algún recurso natural renovable presente en el sector. Los residuos generados por el proyecto serán acopiados en lugares habilitados para este fin dentro del Astillero y dispuestos en lugar autorizado, cumpliendo con la normativa vigente. El presente proyecto no considera, el uso de recursos hídricos de ningún tipo. los requerimientos de agua industrial del proyecto, así como aquellos requeridos para el personal y la operación del casino, serán provistos por la Sanitaria Aguas Magallanes, no haciendo uso de otras fuentes de agua dulce. El proyecto no considera la introducción de especies exóticas al territorio nacional en ninguna de sus fases. z 5.3. REASENTAMIENTO DE COMUNIDADES HUMANAS O ALTERACIÓN SIGNIFICATIVA DE LOS SISTEMAS DE VIDA Y COSTUMBRES DE GRUPOS Y HUMANOS . Referencia al ICE para mayores detalles sobre este impacto Capítulo VI específico _ | El'predio donde se emplaza el proyecto es de 1 ha de superficie y se encuentra cercado, sin embargo, ¡Ven-ningún caso impide el acceso a recursos naturales que pudieran ser utilizados como sustento

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económico del grupo o para cualquier otro uso tradicional, tales como uso medicinal, espiritual o cultural. Existiendo siempre la posibilidad de acceder al borde costero por los sectores aledaños al emplazamiento del proyecto. Para mayor abundamiento en área de influencia del proyecto no se han detectado recursos naturales, escasos, únicos o representativos que pudieran ver restringido su acceso por las comunidades presentes en el sector.

El proyecto se encuentra emplazado aledaño a la ruta 9 Sur, dentro del área urbana de la comuna de Punta Arenas. Su operación no implica un aumento significativo del tránsito vehicular que presenta esta ruta, estimándose éste en 13 viajes diarios, donde el mayor número es a causa del traslado de trabajadores desde y hacia el Astillero, estimando solo un viaje diario para el abastecimiento de insumos. Por lo que el proyecto no implicará obstrucción o restricción a la libre circulación, conectividad o el aumento significativo de los tiempos de desplazamiento, para la comunidad de utiliza esta ruta.

Dado que el proyecto se encuentra en un área urbana, aledaño a la ruta del acceso sur de la ciudad, en un terreno acotado a 1 ha de superficie y que no interviene ni afecta la circulación de personas y/o vehículos por el sector, se descarta que pudiera generar una alteración al acceso o a la calidad de bienes, equipamientos, servicios o infraestructura básica.

Todas las actividades del proyecto se realizarán dentro del terreno del Astillero, por lo que no presentará en ningún caso dificultad o impedimento para el ejercicio o la manifestación de tradiciones, cultura o intereses comunitarios, que puedan afectar los sentimientos de arraigo o la cohesión social del grupo.

No existe presencia de grupos humanos pertenecientes a pueblos indígenas en el área de influencia del proyecto.

5.4. LOCALIZACIÓN EN O PRÓXIMA A POBLACIONES, RECURSOS Y ÁREAS PROTEGIDAS, SITIOS PRIORITARIOS PARA LA CONSERVACIÓN, HUMEDALES PROTEGIDOS Y GLACIARES, SUSCEPTIBLES DE SER AFECTADOS, ASÍ COMO EL VALOR AMBIENTAL DEL TERRITORIO EN QUE SE PRETENDE EMPLAZAR

Referencia al ICE para mayores detalles sobre este impacto específico

Capítulo VI

Dado que no existen poblaciones protegidas en el área de influencia del proyecto, no hay susceptibilidad de afectación. ,

Dado que no existen recursos y áreas protegidas, sitios prioritarios para la conservación, humedales protegidos, glaciares o territorios con valor ambiental en el área de influencia del proyecto, no hay susceptibilidad de afectación.

5.5. ALTERACIÓN SIGNIFICATIVA, EN TÉRMINOS DE MAGNITUD O DURACIÓN, DEL VALOR PAISAJÍSTICO O TURÍSTICO DE UNA ZONA

Referencia al ICE para mayores detalles sobre este impacto

específico Capítulo VI

El área de influencia no presenta valor turístico, el proyecto se emplaza en una zona urbana, clasificada por el Plan regulador vigente como zona donde se pueden instalar actividades productivas y de infraestructura (ZAP-S) y que permite el desarrollo de actividades inofensivas y molestas, por lo que se deduce que su vocación no es turística si no industrial.

Si bien el lugar de emplazamiento del proyecto se encuentra en una zona que posee atributos naturales que le otorgan una calidad paisajística (borde costero del estrecho de Magallanes) estos atributos no son únicos o representativos, ya que es posible admirar el mismo paisaje desde todo el borde costero aledaño a la Ruta 9 Sur

5.6. ALTERACIÓN DE MONUMENTOS, SITIOS CON VALOR ANTROPOLÓGICO, ARQUEOLÓGICO, HISTÓRICO Y, EN GENERAL, LOS PERTENECIENTES AL PATRIMONIO CULTURAL ;

Referencia al ICE para mayores detalles sobre este impacto

específico Capítulo VI

Dado que el proyecto se encuentra en un sector altamente intervenido y que para su habilitación solo requiere remover 20 m 3 de escarpe para la pavimentación de uno de sus galpones, no se intervendrá de ninguna manera algún Monumento Nacional de aquellos definidos por la Ley N17.288. Sin embargo, en caso de efectuarse un hallazgo arqueológico o paleontológico durante las excavaciones del proyecto, y a fin de evitar incurrir en el delito de daño a Monumento Nacional establecido en el artículo N” 38 de la Ley N 17.288, el titular procederá según lo establecido en los artículos N 26 y 27 de la Ley N 17.288 de Monumentos Nacionales y el artículo N” 23 del D.S N* 484 Reglamento sobre excavaciones y/o prospecciones arqueológicas, antropológicas y paleontológicas, paralizando toda obra en el sector del hallazgo e informando de inmediato y por escrito al Consejo de Monumentos Nacionales, de modo que este organismo determine los procedimientos a seguir, los que serán implementados

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por el titular del proyecto.

No existen en el área de influencia del proyecto lugares o sitios que, por sus características constructivas, por su antigúedad, por su valor científico, por su contexto histórico o por su singularidad, pertenecen al patrimonio cultural, incluido el patrimonio cultural indígena.

No existen en el área de influencia del proyecto lugares o sitios en que se lleven a cabo manifestaciones propias de la cultura o folclore de algún pueblo, comunidad o grupo humano, derivada de la proximidad y naturaleza de las partes, obras y/o acciones del proyecto o actividad, considerando especialmente a los grupos humanos indígenas.

Que, las medidas relevantes del Plan de Prevención de Contingencias y del Plan de Emergencias, son las siguientes: 6.1. PLAN DE PREVENCIÓN DE CONTINGENCIAS 6.1.1. Riesgo o contingencia Plan de Contingencia para el Control de derrames de Hidrocarburos, sus Derivados y otras Sustancias Nocivas Líquidas Fase del Proyecto a la que aplica

Construcción y Operación

  • Maquinaria en general

  • Zona de trasvasije de combustible

  • Bodega RESPEL

Acciones o medidas a | Las medidas preventivas o procedimientos implementados para la implementar prevención de la contaminación que posee Astillero Leña Dura.

  • Durante la realización de acciones en la que se pueda generar derrame, se mantendrás siempre a mano elementos para la contención de derrames.

  • Los trasvasijes serán realizados en áreas destinadas para dicho propósito utilizando bandejas para la contención de los posibles derrames que se puedan generar y siguiendo las indicaciones del punto anterior.

  • El transporte de los residuos sólidos peligrosos se efectuará con el contenedor a un 75% de su carga.

  • Se deben mantener revisiones periódicas de los materiales y equipos a utilizar, sobre todo lo que se relaciona con el manejo y/o Almacenamiento de sustancias peligrosas.

  • Se capacitará a todo el personal nuevo que ingrese trabajar al Astillero Leña Dura y lo menos una vez al año al personal que ya trabaja en él, los temas a tratar corresponden a: técnicas de contención de derrame y de manejo de sustancias que puedan dar origen a un derrame productos utilizados, normas de seguridad, elementos de seguridad, correcta manipulación y manejo de productos, primeros auxilios, entre otros.

  • En las zonas del astillero en las cuales se manipula y existe un manejo de sustancias liquidas contaminantes, se mantendrán los elementos necesarios para dar inmediata respuesta a las contingencias entre los cuales se mencionar; arena; palas con mango antideslizante; baldes; extintor, elementos de protecciones personal; contenedores para los elementos contaminados, los cuales deben estar en buenas condiciones, estos además deberán estar rotulados de acuerdo a la legislación vigente, además de encontrarse protegidos contra las inclemencias del tiempo.

  • En las instalaciones del Astillero se mantendrán bombas manuales o neumáticas para controlar derrames, estas serán utilizadas siempre y cuando no sean fuente de ignición para ciertos compuestos debido a su inflamabilidad.

Quien identifiquen el derrame ya sea trabajador, operario, contratista u otro, informará de inmediato por cualquier medio a trabajadores del Astillero, una vez recibida la información se efectuará lo siguiente:

  • Informar al coordinador de la emergencia, este debe constituirse en el lugar y asumir las funciones y responsabilidades que le han sido asignadas.

  • Quien esté a cargo de las labores en el Astillero, debe dirigirlas Ñ primeras acciones de control con los elementos para la contención de : derrames que se encuentran en lugares estratégicos hasta que se constituya la brigada de emergencia, siguiendo siempre las operaciones

Parte, obra o acción asociada

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ve,

  • El operador telefónico debe encontrarse en su puesto coordinado la emergencia solicitando si así lo amerita el apoyo externo. Las mangas adsorbentes o paños adsorbentes se deben aplicar desde la parte exterior hacia la parte interior de la mancha con el fin de mantener el derrame confinado en un sector relativamente limitado y prevenir su propagación.

  • Cuando los elementos absorbentes se encuentren saturados, se deben retirar y estrujar en recipientes o contenedores destinados a dicho propósito (resistente, sin filtraciones, con tapa y debidamente rotulado).

  • Para los posibles derrames producidos por las operaciones efectuadas en el Astillero se realizarán procedimientos dependiendo específicos dependiendo de la magnitud del derrame y el lugar del derrame, detallados en el punto 5.3.1.1 del plan presentado en el anexo 1 de la Adenda

6.1.2. Situación de ries;

o o contingencia y emergencias

Fase del Proyecto a la que

Construcción y operación

aplica Pata, Bhes a acción Astillero Leña Dura asociada El plan considera medidas para emergencias de origen natural y de origen tecnológico/humano. Entre estos se consideran: sismos; Acciones o medidas a | maremotos, tsunamis y marejadas; corte de luz; inundaciones por lluvia implementar o viento; incendios; derrames; robo por asalto; atentado explosivo

Dependerá de la emergencia a controlar, mayores antecedentes se entregan en el anexo 1 de la Adenda.

Referencia al ICE para mayores | Capítulo VII detalles

Que, de acuerdo a los antecedentes que constan en el expediente de evaluación, la forma de cumplimient de la normativa de carácter ambiental aplicable al Proyecto es la siguiente:

o

Componente / materia:

Ruido

Norma

Norma D.S. 38/11 Establece Norma de Emisión de Ruidos Generados por Fuentes que Indica

Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento

Construcción y operación

Parte, Obra o Acción a la que Aplica

  • Compresor
  • esmeril angular

  • construcción de embarcaciones

  • reparación de embarcaciones

Forma de cumplimiento

  • El titular ha realizado mediciones del ruido generado por el proyecto, las que se presentan en el anexo 3 de la adenda. Mediante las cuales se demuestra que las actividades desarrolladas por el proyecto no superan los límites señalados por normativa para la zona II donde se ubican los receptores más cercanos. - Uso de equipos y maquinarias en buen estado, siendo las mantenciones preventivas la primera barrera de contención por parte de la organización. - Evitar mantener equipos y vehículos estacionados encendidos dentro de la obra si no es necesario.

Indicador que acredita su cumplimiento

Informe de ruido, anexo 3 de la Adenda

Componente / materia:

Salud de la población

Norma

D.E.L 725/67, Código Sanitario

Fase del Proyecto a la que

aplica o en la que se dará | Todas

cumplimiento

Parte, Oltra o Asción a Ta |. mano de obra del proyecto que Aplica

Forma de cumplimiento

  • La empresa entregará a los trabajadores los elementos de protección personal y equipamientos de seguridad, necesarios para ejecutar las actividades encomendadas.

  • los trabajadores contarán con servicios sanitarios conectados a una red de alcantarillado particular con autorización sanitaria.

ST

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  • las instalaciones del proyecto cuentan con agua potable

  • Los residuos sólidos domiciliarios generados por los trabajadores durante la construcción y operación del proyecto serán dispuestos en tambores claramente identificados (basureros), para luego trasladarlos a lugar autorizado

Indicador que acredita su cumplimiento

  • Registro de entrega y recepción de elementos de protección personal
  • Autorización sanitaria del sistema particular de alcantarillado
  • Recibo de pago del agua potable a Aguas Magallanes.

Componente / materia:

Salud de los trabajadores

Norma

D.S. N* 594/99, Reglamento Sobre Condiciones Ambientales Básicas en los Lugares de Trabajo.

Sanitarias y

Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento

Todas

Parte, Obra o Acción a la que Aplica

Mano de obra del proyecto

Forma de cumplimiento

  • Entrega de elementos de protección personal a los trabajadores, para mitigar los efectos del ruido generado en la operación del proyecto sobre los trabajadores.

  • El suministro de agua para los trabajadores durante operación del proyecto, será provisto mediante agua potable.

Indicador que acredita su cumplimiento

  • Registro de entrega y recepción de elementos de protección personal.

Componente / materia:

Residuos peligrosos

Norma

D.S. N* 148/03 Reglamento Sanitario Sobre Manejo de Residuos Peligrosos

Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento

Construcción y Operación

Parte, Obra o Acción a la que Aplica

Residuos peligrosos

Forma de cumplimiento

Para el almacenamiento temporal de los residuos peligrosos, durante la operación del astillero se utilizarán contenedores rotulados, los cuales serán manejados en una bodega exclusiva para este tipo de residuos. Posteriormente serán retirados por una empresa de transporte autorizada y dispuestos en lugar autorizado. :

Indicador que acredita su cumplimiento

Comprobante de retiro de residuos peligrosos y comprobante de disposición final.

Componente / materia:

Monumentos Nacionales, hallazgos arqueológicos

Norma

Ley 17.288 Sobre Monumentos Nacionales

Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento

Construcción

Parte, Obra o Acción a la que Aplica

Extracción del escarpe dentro del galpón de granallado y pintura

Forma de cumplimiento

Monitoreo durante las actividades de extracción del escarpe

Indicador que acredita su cumplimiento

El titular señala que el indicar de cumplimiento será un reporte escrito remitido al Consejo de Monumentos Nacionales, si se encontrara un hallazgo

arqueológico

Componente / materia:

Fomento al reciclaje

Norma

Ley N* 20.920/16 Establece Marco para la Gestión de Residuos, la Responsabilidad Extendida del Productor y Fomento al Reciclaje

Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento

Operación

Parte, Obra o Acción a la que Aplica

Residuos sólidos

Forma de cumplimiento

Los residuos sólidos generados por el proyecto serán segregados y dispuestos en lugar autorizado, de acuerdo con lo establecido en el Plan integral de Manejo de Residuos del Astillero.

rl¡Indicador que acredita su

Registro de salida e ingreso a destino final de los residuos.

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cumplimiento

Componente / materia:

Control de la contaminación acuática

Norma

D.S. N” 1/1992 Ministerio de Defensa Nacional Reglamento para el Control de la Contaminación Acuática

Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento

Operación

Parte, Obra o Acción a la que Aplica

Residuos sólidos y efluentes del proyecto

Forma de cumplimiento

  • Se prohibirá absolutamente arrojar lastre, escombros o basuras y derramar petróleo o sus derivados o residuos, aguas de relaves de minerales u otras materias nocivas o peligrosas, de cualquier especie, que ocasionen o puedan ocasionar daños o perjuicios en las aguas sometidas a la jurisdicción nacional y en puertos, ríos y lagos. - Todos los residuos sólidos generados en las instalaciones serán segregados y almacenados en zonas especialmente acondicionadas de acuerdo con las características del residuo. La disposición final de estos residuos será en lugares autorizados

Indicador que acredita su cumplimiento

Registro de salida e ingreso a destino final de los residuos

Componente / materia:

Establece normas sobre construcción, reparación, carenas, condiciones ambientales, normas de seguridad del trabajo, habilitación y funcionamiento de los astilleros y varaderos.

Norma

Directiva DGTM y MM. ORD. N? 12600/469

Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento

Todas

Parte, Obra o Acción a la que Aplica

  • Galpón de pintura y granallado - Galpón de construcción

Forma de cumplimiento

El astillero cumple con los requisitos establecidos en esta Directiva.

Indicador que acredita su cumplimiento

  • Autorización de la Gobernación Marítima para el funcionamiento del Astillero.
  • Auditoria anual

Componente / materia:

Art 136: El que introdujere o mandare introducir en el mar, ríos, lagos o cualquier otro cuerpo de aguas, agentes contaminantes químicos, biológicos o físicos que causen daño a los recursos hidrobiológicos, sin que previamente hayan sido neutralizados para evitar tales daños, será sancionado con multa de 50 a 3,000 unidades tributarias mensuales, Si procediere con dolo, además de la multa, la pena a aplicar será la de presidio menor en su grado mínimo. Si el responsable ejecuta medidas destinadas a reparar el daño causado y con ello se recupera el medio ambiente, el tribunal rebajara la multa hasta en un cincuenta por ciento, sin perjuicio de las indemnizaciones que corresponda

Norma

Norma Ley N? 18.892 General de Pesca y Acuicultura

Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento

Operación

Parte, Obra o Acción a la que Aplica

Residuos sólidos y efluentes del proyecto

Forma de cumplimiento

La operación del astillero NO considera introducir contaminantes de ningún a los recursos hidrobiológicos

agentes

Indicador que acredita su cumplimiento

Análisis físicos y químicos realizados en el marco del PVA

Referencia al mayores detalles

ICE para

Capítulo VIII

  1. Que resultan aplicables al Proyecto los siguientes permisos ambientales sectoriales, asociados a las correspondientes partes, obras o acciones que se señalan a continuación: Bl Permisos Ambientales Sectoriales Mixtos

8.1.1.

Permiso para la construcción, reparación, modificación y ampliación de cualquier planta de tratamiento de basuras y desperdicios de cualquier clase o para la instalación de todo lugar destinado a la acumulación, selección, industrialización, comercio o disposición final de NTE basuras y desperdicios de cualquier clase, según se establece en el artículo 140 del

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92,

10F,

11.

128,

13,

14,

15";

16,

17*,

18*.

Reglamento del SEIA Fase del Proyecto a la cual corresponde Parte, obra o acción a que aplica Caseta de almacenamiento temporal de residuos domésticos. Ord N315 de fecha 01/07/2019 de la Secretaría Regional Ministerial de Salud, Región de Magallanes y Antártica Chilena 8.1.2. Permiso para todo sitio destinado al almacenamiento de residuos peligrosos según se establece en el artículo 142 del Reglamento del SETA Fase del Proyecto a la cual corresponde Parte, obra o acción a que aplica Bodega RESPEL Ord N315 de fecha 01/07/2019 de la Secretaría Regional Ministerial de Salud, Región de Magallanes y Antártica Chilena

Capítulo IX

Construcción y operación

Pronunciamiento del órgano competente

Construcción y Operación

Pronunciamiento del órgano competente

Referencia al ICE para mayores detalles

Que, la Secretaría Regional Ministerial de Salud de la Región de Magallanes y de la Antártica Chilena, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 161 del RSEIA, emitió el pronunciamiento a que se refiere el artículo 4.14.2 de la Ordenanza General de Urbanismo y Construcciones, calificando calificando el Astillero como molesto.

Que, durante el procedimiento de evaluación de la DIA el Titular del Proyecto no propuso compromisos ambientales voluntarios:

Que, el Titular deberá remitir a la Superintendencia del Medio Ambiente la información respecto de las condiciones, compromisos o medidas, ya sea por medio de monitoreos, mediciones, reportes, análisis, informes de emisiones, estudios, auditorías, cumplimiento de metas o plazos, y en general cualquier otra información destinada al seguimiento ambiental del Proyecto, según las obligaciones establecidas en la presente Resolución de Calificación Ambiental y las Resoluciones Exentas que al respecto dicte la Superintendencia del Medio Ambiente. De igual forma, y a objeto de conformar el Sistema Nacional de Información de Fiscalización Ambiental (SNIFA), el Registro Público de Resoluciones de Calificación Ambiental y registrar los domicilios de los sujetos sometidos a su fiscalización en conformidad con la ley, el Titular deberá remitir en tiempo y forma toda aquella información que sea requerida por la Superintendencia del Medio Ambiente a través de las Resoluciones Exentas que al respecto ésta dicte. Que, el Titular deberá informar a la Superintendencia del Medio Ambiente la realización de la gestión, acto o faena mínima que da cuenta del inicio de la ejecución de obras, a que se refiere el Considerando 4.1 de la presente Resolución.

Que, con el objeto de dar adecuado seguimiento a la ejecución del Proyecto, el Titular deberá informar a la Superintendencia del Medio Ambiente, al menos con una semana de anticipación, el inicio de cada una de las fases del Proyecto, de acuerdo a lo indicado en la descripción del mismo.

Que, para que el proyecto “Astillero Leña Dura” pueda ejecutarse, deberá cumplir con todas las normas vigentes que le sean aplicables.

Que, el Titular deberá informar inmediatamente a la Secretaría de la Comisión de Evaluación de la Región de Magallanes y de la Antártica Chilena y a la Superintendencia del Medio Ambiente, la ocurrencia de impactos ambientales no previstos en la DIA, asumiendo inmediatamente las acciones necesarias para abordarlos. ?

Que, el Titular del Proyecto deberá comunicar inmediatamente y por escrito a la Secretaría de la Comisión de Evaluación de la Región de Magallanes y de la Antártica Chilena la ocurrencia de cambios de titularidad, representante legal, domicilio y correo electrónico, de acuerdo a lo establecido en el inciso tercero del artículo 162 y artículo 163, ambos del Reglamento del SEIA.

Que, se hace presente al Titular que cualquier modificación al Proyecto que constituya un cambio de consideración, en los términos definidos en el artículo 2? letra g) del Reglamento del SEIA, deberá someterse al SEIA.

Que, todas las medidas, condiciones, exigencias y disposiciones establecidas en la presente resolución, son de responsabilidad del Titular, sean implementadas por éste directamente o a través de un tercero.

RESUELVO:

49,

2

Calificar favorablemente la Declaración de Impacto Ambiental del proyecto “Astillero Leña Dura” de Maestranza Marítima Leña Dura Ltda. Certificar que el proyecto “Astillero Leña Dura” cumple con la normativa de carácter ambiental aplicable.

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3%. Certificar que el proyecto “Astillero Leña Dura” cumple con los requisitos de carácter ambiental contenidos en los permisos ambientales sectoriales que se señalan en los artículos 140, y 142 del D.S. N”? 40/2012 del Ministerio del Medio Ambiente, Reglamento del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental.

4%. Certificar que la Secretaría Regional Ministerial de Salud de la Región de Magallanes y de la Antártica Chilena, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 161 del RSEIA calificó el Astillero como molesto.

5%. Certificar que el proyecto “Astillero Leña Dura” no genera los efectos, características o circunstancias del artículo 11 de la Ley N” 19.300, que dan origen a la necesidad de elaborar un Estudio de Impacto Ambiental.

  1. Definir como gestión, acto o faena mínima del proyecto para dar cuenta del inicio de su ejecución de modo sistemático y permanente los mencionados en el considerando N%4 del presente acto.

A ntendente Regional ésidente Coppisión de E: Región de Magallanes,y Antártica 7

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Distribucion: Iván Jaime Navarro Cárcamo Corporación Nacional de Desarrollo Indígena, Región de Magallanes y Antártica Chilena Corporación Nacional Forestal, Región de Magallanes y Antártica Chilena Dirección de Obras Hidráulicas, Región de Magallanes y Antártica Chilena Dirección de Obras Portuarias, Magallanes y Antártica Chilena Dirección de Vialidad, Región de Magallanes y Antártica Chilena Dirección General de Aguas, Región de Magallanes y Antártica Chilena Gobernación Marítima de Punta Arenas Gobierno Regional, Región de Magallanes y Antártica Chilena Nustre Municipalidad de Punta Arenas Secretaría Regional Ministerial de Agricultura, Región de Magallanes y Antártica Chilena Secretaría Regional Ministerial de Bienes Nacionales, Región de Magallanes y Antártica Chilena Secretaría Regional Ministerial de Desarrollo Social y Familia, Región de Magallanes y Antártica Chilena Secretaría Regional Ministerial de Energía, Región de Magallanes y Antártica Chilena Secretaría Regional Ministerial del Medio Ambiente, Región de Magallanes y Antártica Chilena Secretaría Regional Ministerial de Obras Públicas, Región de Magallanes y Antártica Chilena Secretaría Regional Ministerial de Salud, Región de Magallanes y Antártica Chilena Secretaría Regional Ministerial de Vivienda y Urbanismo, Región de Magallanes y Antártica Chilena iqnal Miristadal Dignenanteate Púecomunicaciones, Región de Magallanes y Antártica Chilena Ay GioséelyiB Ego fedétigallanes y Antártica Chilena ede Pesa; R6v0HADA Región de Magallanes y Antártica Chilena

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Encargada Participación Ciudadana Oficina de Partes

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