Evaluación SEA

DIA Plan de Manejo de Sedimentos Central Hidroeléctrica La Higuera

Rol 2141486140
SEA · DIA · Aprobado · 2018-10-03 · Región del Libertador General Bernardo O'Higgins · Hidroeléctrica La Higuera S.A.

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REPÚBLICA DE CHILE COMISIÓN DE EVALUACIÓN Región del Libertador General Bernardo O’Higgins

Califica Ambientalmente el proyecto “DIA Plan de Manejo de Sedimentos Central Hidroeléctrica La Higuera”

Resolución Exenta Nº 21

Rancagua, 09 de septiembre de 2019

VISTOS:

1°. La Declaración de Impacto Ambiental (en adelante, “DIA”) admitida a trámite con fecha 3 de octubre de 2018, su Adenda de fecha 3 de mayo de 2019 y su Adenda Complementaria de fecha 29 de julio de 2019, del proyecto “DIA Plan de Manejo de Sedimentos Central Hidroeléctrica La Higuera”, presentado por Hidroeléctrica La Higuera S.A.

2°. Los pronunciamientos y observaciones de los órganos de la administración del Estado que, sobre la base de sus facultades legales y atribuciones, participaron en la evaluación de la DIA y sus Adendas, y que se detallan en el Capítulo 3, numeral 3.3. del Informe Consolidado de Evaluación (en adelante, “ICE”) de la DIA del proyecto “DIA Plan de Manejo de Sedimentos Central Hidroeléctrica La Higuera”.

3°. El Acta de Evaluación N°24 de fecha 23 de agosto de 2019, del Comité Técnico de la Región del Libertador General Bernardo O’Higgins (en adelante, “Región de O’Higgins”).

4°. El ICE de la DIA del proyecto “DIA Plan de Manejo de Sedimentos Central Hidroeléctrica La Higuera” de fecha 26 de agosto de 2019.

5°. El Acta N°6 de fecha 3 de septiembre de 2019, de la Sesión Extraordinaria N°6 de la Comisión de Evaluación de la Región de O’Higgins.

6°. La Resolución Exenta Nº267, de fecha 17 de diciembre de 2018 de la Dirección Regional del Servicio de Evaluación Ambiental de la Región de O’Higgins que dispuso la realización de un proceso de participación ciudadana, conforme a lo previsto en el artículo 30 bis de la Ley N°19.300, sobre Bases Generales del Medio Ambiente.

7°. La Resolución de Calificación Ambiental N°116 de 2004, de la extinta Comisión Regional del Medio Ambiente (COREMA), de la Región del Libertador General Bernardo O’Higgins, del proyecto “Proyecto Hidroeléctrico La Higuera, Río Tinguiririca” que se modifica a través de la presente Resolución.

8° Los demás antecedentes que constan en el expediente de evaluación de impacto ambiental de la DIA del proyecto “DIA Plan de Manejo de Sedimentos Central Hidroeléctrica La Higuera”.

9°. Lo dispuesto en la Ley N°19.300 sobre Bases Generales del Medio Ambiente; el D.S. N°40 de 2012 del Ministerio de Medio Ambiente, Reglamento del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental (en adelante, “RSEIA”); en la Resolución TRA N°119046/194/2018 del 25 de octubre de 2018 de la Dirección Ejecutiva del SEA, que nombra el cargo de Director Regional del Servicio de Evaluación Ambiental de la Región de O’Higgins (en adelante, “SEA”); en la Resolución Exenta N°156 de 2014 que Aprueba el Reglamento de Organización y Funcionamiento de la Comisión de Evaluación de la Región de O’Higgins; en la Ley N°19.880, que establece Bases de los Procedimientos Administrativos que Rigen los Actos de los Órganos de la Administración del Estado; en la Ley N°18.575, Ley Orgánica Constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado; y en la Resolución N°7 de 2019 de la Contraloría General de la República, que Fija normas sobre exención del trámite de toma de razón.

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CONSIDERANDO:

1°. Que, Hidroeléctrica La Higuera S.A. (en adelante, “Titular”), ha sometido al Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental (en adelante, “SEIA”) la DIA del proyecto “DIA Plan de Manejo de Sedimentos Central Hidroeléctrica La Higuera” (en adelante, “Proyecto”). Los antecedentes del Titular son los siguientes: Nombre o razón social Hidroeléctrica La Higuera S.A. Rut 96.990.050-5 Domicilio Av. Isidora Goyenechea N°3520, piso 10. Comuna de Las Condes, Región Metropolitana de Santiago. Teléfono +56 2 25194300 Nombre representante legal Francisco Javier Martínez Arancibia Rut representante legal 9.327.180-7 Domicilio representante legal Av. Isidora Goyenechea N°3520, piso 10. Comuna de Las Condes, Región Metropolitana de Santiago. Correos electrónicos del Titular o representante legal fmartinez@tenergia.cl

2°. Que, conforme se indica en el ICE de fecha 26 de agosto de 2019, el Director del SEA de la Región de O’Higgins ha recomendado aprobar el Proyecto, por cuanto el Proyecto cumple con la normativa de carácter ambiental aplicable; cumple con los requisitos de otorgamiento de carácter ambiental contenidos en los permisos ambientales sectoriales de los artículos N°119, N°142 y N°160 del RSEIA. Además, a lo largo del proceso de evaluación se entregaron los antecedentes técnicos para fundamentar que no genera ni presenta los efectos, características o circunstancias del artículo 11 de la Ley N°19.300 que dan origen a la necesidad de evaluar un Estudio de Impacto Ambiental; asimismo, se han subsanado los errores, omisiones e inexactitudes planteados en los Informes Consolidados de Aclaraciones, Rectificaciones y Ampliaciones.

3°. Que, en Sesión Extraordinaria N°6 de fecha 3 de septiembre de 2019, la Comisión de Evaluación de la Región de O’Higgins acordó calificar favorablemente el proyecto “DIA Plan de Manejo de Sedimentos Central Hidroeléctrica La Higuera”, aprobando íntegramente el contenido del ICE de fecha 26 de agosto de 2019, el que forma parte integrante de la presente Resolución. Por lo tanto, conforme a lo indicado en el artículo 60 inciso segundo del Reglamento del SEIA, se excluyen de la presente Resolución las consideraciones técnicas en que se fundamenta.

4°. Que, según lo señalado en la DIA y sus anexos, en su Adenda y en su Adenda Complementaria, los cuales forman parte integrante de la presente Resolución, la descripción del Proyecto es la que a continuación se indica:

4.1. ANTECEDENTES GENERALES Objetivo general El objetivo del Proyecto consiste en el manejo adecuado de los sedimentos, reduciendo la acumulación en el reservorio Tricahue, y realizando un proceso de desarenado adecuado, para contribuir a la operación óptima de la Central Hidroeléctrica La Higuera. Tipología principal, así como las aplicables a sus partes, obras o acciones Según se establece en el artículo 10 letra a) de la Ley N°19.300, y en el artículo 3°, literal a.3) del D.S. N°40/2012 del Ministerio del Medio Ambiente, Reglamento del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental (en adelante, “RSEIA”): “Los proyectos o actividades susceptibles de causar impacto ambiental, en cualquiera de sus fases, que deben someterse al Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental, son los siguientes: a) Acueductos, embalses o tranques y sifones que deban someterse a la autorización establecida en el artículo 294 del Código de Aguas. Presas, drenajes, desecación, dragado, defensa o alteración, significativos, de cuerpos o cursos naturales de aguas, incluyendo a los glaciares que se encuentren incorporados como tales en un Inventario Público a cargo de la Dirección General de Aguas. Se entenderá que estos proyectos o actividades son significativos cuando se trate de: a.3. Dragado de fango, grava, arenas u otros materiales de cuerpos de aguas continentales, en una cantidad igual o superior a veinte mil metros cúbicos (20.000 m³) de material total a extraer y/o a remover, tratándose de las Regiones de Arica y Parinacota a la Región de Atacama, o en una cantidad de cincuenta mil metros <footer2

cúbicos (50.000 m³) de material total a extraer y/o a remover, tratándose de las Regiones de Coquimbo a la Región de Magallanes y Antártica Chilena, incluida la Región Metropolitana de Santiago. Dragado de fango, grava, arenas u otros materiales de cursos o cuerpos de aguas marítimas, en una cantidad igual o superior a cincuenta mil metros cúbicos (50.000 m³) de material total a extraer y/o a remover. Se entenderá por dragado la extracción y/o movimiento de material del lecho de cuerpos y cursos de aguas continentales o marítimas, por medio de cualquier tipo de maquinaria con el objeto de ahondar y/o limpiar”. Según lo anterior, el Proyecto considera el dragado del reservorio Tricahue en un volumen superior a 50.000 m3; por lo tanto, se somete al SEIA, de acuerdo a la tipología a.3 del artículo 3° del Reglamento del SEIA. Vida útil Indefinida Monto de inversión USD $ 2.800.000 Gestión, acto o faena mínima que da cuenta del inicio de la ejecución Habilitación de frente de trabajo. Proyecto se desarrolla por etapas Sí No Conforme a la exigencia establecida en el artículo 14 del RSEIA, se aclara que el Proyecto corresponde a un proyecto ejecutado en una sola etapa. Por otra parte, no se considera etapa inicial, intermedia o final de un proyecto de mayor envergadura.

X Proyecto modifica un proyecto o actividad Sí No El Proyecto corresponde a una modificación del “Proyecto Hidroeléctrico La Higuera, Río Tinguiririca”; las modificaciones propuestas son las siguientes: - Para mejorar la operación de la Central Hidroeléctrica La Higuera y restaurar el flujo natural de sedimentos en el río, el Proyecto considera la incorporación de una actividad operacional con intervención humana, la que realiza la remoción de sedimentos desde el pondaje Tricahue, y la desarenación asociada a las bocatomas Tricahue, La Puya y Los Helados. - En la fase de operación, se agregan la generación de emisiones atmosféricas asociadas al uso de maquinaria y generadores, y a la circulación de vehículos para el transporte de personal. Además, de emisiones de ruido asociadas al uso de la draga. - El Proyecto además implementa la limpieza de los desarenadores de las bocatomas; para ello, se modificará la técnica de desarenado, acudiendo a la captación con una periodicidad máxima de dos semanas, verificando el nivel de sedimentos. En este contexto, si el nivel de fango es mayor a 1,5 m para el caso de las bocatomas Tricahue y La Puya, y mayor a 1 m en caso de la bocatoma Los Helados, se ejecutará la limpieza de la batea afectada. Se efectúa la limpieza de una batea a la vez, las maniobras son realizadas en forma local desde la caseta de control de cada unidad hidráulica. X

Proyecto Sí No El Proyecto corresponde a una modificación del “Proyecto Hidroeléctrico <footer2

modifica otra(s) RCA X

La Higuera, Río Tinguiririca”, el cual fue calificado ambientalmente favorable mediante la R.E. N°116/2004 (en adelante, “RCA N°116/2004”) de la extinta Comisión Regional del Medio Ambiente (COREMA), de la Región de O’Higgins. Las modificaciones a dicha RCA se resumen en la siguiente tabla:

Fuente: Tabla 3-1 del Capítulo 3 de la DIA. El Titular del Proyecto, con fecha 31 de marzo de 2010 ingresó al SEA Región de O’Higgins, una Consulta de Pertinencia de Ingreso al SEIA por modificaciones al proyecto “Construcción de bocatoma estero Los Helados, canal Los Helados-El Azufre y camino de acceso, Central Hidroeléctrica La Higuera, bocatoma, canal Los Helados”, calificado favorable mediante la RCA N°82/2008, de la extinta COREMA de la Región de O’Higgins. Al respecto, las modificaciones se relacionaron con el canal de conducción de aguas desde la bocatoma Los Helados hasta la bocatoma Azufre, no correspondiendo a una modificación significativa del proyecto original, dado que no genera nuevos impactos ambientales significativos según lo aprobado, y no tipifica en el artículo 3 del antiguo RSEIA, no requiriendo ingresar al SEIA. El Proyecto no se relaciona, altera o interfiere con las modificaciones ejecutadas para el canal de conducción desde la bocatoma Los Helados hasta la bocatoma Azufre, toda vez que la presente evaluación contempla las actividades de dragado del pondaje Tricahue y limpieza de los desarenadores de las bocatomas Tricahue, La Puya y Los Helados, sin intervenir en su emplazamiento e instalaciones. En el Anexo I-D de la DIA, se adjunta el Ordinario N°34/2010 con la resolución de la Consulta de Pertinencia citada.

4.2. UBICACIÓN DEL PROYECTO División político- administrativa El Proyecto se ubica en la Región del Libertador General Bernardo O’Higgins, provincia de Colchagua, comuna de San Fernando, específicamente, situado geográficamente a 55 km al oriente de la ciudad de San Fernando y 30 km al suroriente de la localidad de Puente Negro, en la subcuenca del río Tinguiririca Alto. Descripción de la localización La localización del Proyecto se justifica en virtud del emplazamiento de las obras de acumulación y desarenación, correspondientes al reservorio Tricahue y desarenador de las bocatomas Tricahue, La Puya y Los Helados, <footer2

pertenecientes a la Central Hidroeléctrica La Higuera. Superficie El Proyecto no considera obras nuevas; sin embargo, las obras existentes ocupan una superficie aproximada de 3,15 hectáreas (Há). El desglose de las superficies es el siguiente:

Actividad Obra Superficie (m2) Dragado de sedimentos Reservorio o pondaje Tricahue 26.193,77 Descarga de sedimentos dragados Vertedero Tricahue 620,54 Desarenado Desarenador bocatoma Tricahue 2.121,62 Desarenado Desarenador bocatoma La Puya 2.547,23 Desarenado Desarenador bocatoma Los Helados 37,22 Total 31.520,38 m2 3,15 Há Fuente: Basado en la Tabla N°1 de la Adenda. Por otra parte, se considera la habilitación de una instalación de faenas en una superficie de 280 m2. Coordenadas UTM en Datum WGS84 Las coordenadas UTM, Datum WGS 84, Huso 19 S de referencia, de cada una de las áreas donde se desarrollan las actividades contempladas por el Proyecto, se presentan a continuación. Actividad Obra Vértice UTM, WGS 84, H 19 Sur Este Norte Dragado de sedimentos Reservorio o pondaje Tricahue 1 357.794 6.144.234 2 357.873 6.144.238 3 357.876 6.144.034 4 357.772 6.144.030 Descarga de sedimentos dragados Vertedero Tricahue 1 357.740 6.144.237 2 357.784 6.144.239 3 357.785 6.144.227 4 357.740 6.144.224 Desarenado Desarenador bocatoma Tricahue 1 358.001 6.143.839 2 358.025 6.143.845 3 358.050 6.143.754 4 358.039 6.143.751 Desarenado Desarenador bocatoma La Puya 1 358.362 6.144.899 2 358.459 6.144.944 3 358.465 6.144.933 4 358.376 6.144.879 Desarenado Desarenador bocatoma Los Helados 1 357.631 6.145.836 2 357.634 6.145.835 3 357.630 6.145.822 4 357.628 6.145.822 Dragado de Instalación de faenas 1 357.806 6.144.001 <footer2

sedimentos 2 357.845 6.143.995 3 357.844 6.143.988 4 357.805 6.143.995 Fuente: Basado en la Tabla N°1 de la Adenda y Tabla N°3 de la Adenda Complementaria. Caminos de acceso Al Proyecto se accede desde el sur por la Ruta I-45, que une San Fernando con las Termas del Flaco, a la cual se accede directamente desde la Ruta 5 Sur. En el sector La Rufina, esta ruta se conecta con el camino privado La Matancilla, para posteriormente empalmar nuevamente, a la altura de la Central Hidroeléctrica La Higuera, con la Ruta I-45 que conecta directamente con las obras. El Proyecto considera sólo el ingreso a través de bocatoma Tricahue, cuya conexión a la Ruta I-45 se encuentra ubicada en el kilómetro 55,6. Los accesos a la bocatoma La Puya, bocatoma Los Helados y reservorio Tricahue se encuentran en caminos privados, a los que se accede por la bocatoma Tricahue en el kilómetro 55,6 de la Ruta I-45. Referencia al expediente de evaluación de los mapas, georreferenciación e información complementaria sobre la localización de sus partes, obras y acciones - División político-administrativa: Acápite 1.2.7 del Capítulo 1 de la DIA. - Descripción de la localización: Acápite 1.2.7 del Capítulo 1 de la DIA. - Superficie: Acápite 1.2.9 del Capítulo 1 de la DIA, respuesta N°3 de la Adenda. - Coordenadas UTM en Datum WGS 84: respuesta N°3 de la Adenda, y respuesta N°3 de la Adenda Complementaria. - Caminos de acceso: Acápite 1.2.10 del Capítulo 1 de la DIA. - Mapas: Anexo I-A y I-B (archivo kmz) de la Adenda y Anexo III-A de la Adenda Complementaria.

4.3. PARTES, OBRAS Y ACCIONES QUE COMPONEN EL PROYECTO 4.3.1. FASE DE CONSTRUCCIÓN Partes, obras y acciones No aplica, el Proyecto no considera fase de construcción debido a que no se habilitan obras nuevas. Suministros básicos Recursos naturales a extraer, explotar o utilizar Emisiones y efluentes Residuos, productos químicos y otras sustancias que puedan afectar el medio ambiente Referencia al ICE para mayores detalles sobre esta fase. Numeral 4.6. del ICE. 4.3.2. FASE DE OPERACIÓN Parte u obra: Instalación de faenas. La instalación de faenas se ubica en una zona debidamente demarcada, que contiene un conteiner habilitado como oficina, además se dispone de baños químicos, un área para el acopio de materiales, una bodega temporal de residuos peligrosos, dispensador de agua y área de descanso para los trabajadores. Tiene una superficie de 280 m2. En la Figura N°1-8 del Capítulo I de la DIA se muestra una instalación de faenas tipo, similar a la que se habilita en el Proyecto. <footer2

Acción: Dragado de sedimentos acumulados en el pondaje Tricahue. Caracterización de sedimentos a dragar Los sedimentos que componen el lecho de los distintos ríos y esteros de la cuenca Tinguiririca presentan granulometrías muy extendidas, que abarcan todo el rango posible de tamaños, desde arcillas hasta rocas con diámetros mayores a 60-100 cm. En base a los antecedentes obtenidos en la Caracterización de Sedimentos Suspendidos y Calidad de Agua en La Cuenca del Río Tinguiririca, Informe Consolidado de Campañas realizado por AquaFlow, en abril de 2015 (Informe para Tinguiririca Energía que contiene resultados consolidados de tres campañas, correspondientes a muestreos continuos de 24 horas para la caracterización de sedimentos, las que se ejecutaron entre noviembre de 2014 y febrero de 2015), indica que la banda granulométrica registrada a la salida de los desarenadores del Proyecto La Higuera es de tipo fina, y está compuesta en su totalidad por limos (0,002 a 0,004 mm < d < 0,06 mm) y arcillas (d <0,002 a 0,004 mm). En este contexto, el análisis hidráulico posteriormente realizado, fue desarrollado considerando toda esta banda granulométrica (material a dragar) en forma conjunta, revelando de que se trata de sedimentos finos de probable comportamiento cohesivo. A mayor profundidad respecto a la sedimentología de la cuenca, en el Anexo I-I de la Adenda se adjunta la Línea de Base Sedimentológica, la cual está enfocada a analizar y caracterizar el transporte de sedimentos en la parte alta del río Tinguiririca (sobre los 1.000 m.s.n.m.), en su cantidad y componente estacional, y bajo condiciones naturales y escenarios futuros. Ejecución del dragado La extracción del sedimento acumulado en el pondaje Tricahue se realiza mediante un sistema de dragado de succión u otra tecnología disponible, que permita extraer el sedimento a través de tuberías flotantes conectadas a una tubería terrestre, que descarga hacia el vertedero del reservorio Tricahue, para posteriormente entregar este caudal en el río Tinguiririca. Para efectuar esta actividad, se dispone de un sistema de dragado móvil para la remoción de material, el cual es realizado mediante un equipo de dragado cuyo sistema de succión funciona en base a una bomba centrífuga. El tubo de succión es de acero y alcanza a succionar material hasta una profundidad de 7 m (extensible hasta 15 m). Es necesario considerar que, dado el avance tecnológico, se evalúa durante la vida útil del Proyecto, la adopción de nuevas alternativas y maquinarias que se ajusten a los parámetros establecidos en la evaluación ambiental. La tecnología actualmente evaluada y de manera referencial, corresponde a una bomba con capacidad de succionar una mezcla entre 750 a 850 m3 de agua y material sólido por hora. El porcentaje de sólidos varía entre el 10% y el 30%, según el tipo de material, esto depende de la profundidad de extracción y la distancia de descarga. La draga de referencia trabaja con dos pilotes en popa y dos huinches en proa, para su anclaje y movimiento. El dragado se ejecuta en forma de abanico y deja el fondo parejo. El equipo de dragado está compuesto principalmente por un pontón, sala de máquinas del bote, draga de succión y línea de descarga de sedimentos, la cual corresponde a una tubería de HDPE unida a flotadores para evitar su inmersión. El pontón principal contiene el sistema de extracción hidráulico, motor principal, puente de mando, un sistema de inyección de agua a alta presión (jet) y un sistema cortador hidráulico y accesorio, así, la extracción de sedimentos se efectúa mediante la bomba hidráulica horizontal de succión, la cual aspira el material del fondo, lo eleva a la superficie y lo transporta a través de la línea de descarga, hasta el punto de disposición en el vertedero del pondaje Tricahue, donde las tuberías <footer2

son ancladas, para posteriormente descargar la mezcla de agua y sedimento dragado al caudal del río Tinguiririca. La tubería de dragado tiene una longitud variable entre 200 m hasta 500 m. Adicionalmente, el sistema jet es el encargado de realizar la disgregación del material en el fondo, en conjunto con el cortador que lo va rompiendo a fin de facilitar su aducción al cabezal de succión. Es importante destacar que de manera previa a cada turno de dragado se debe revisar el estado de la máquina, midiendo los niveles de aceite del motor y sus accesorios, revisando el sistema hidráulico, instalación de la maquinaria y tubería de descarga. Ante cualquier anomalía, se debe dar aviso inmediato al encargado de la faena, quién implementa las medidas adecuadas para asegurar el buen funcionamiento del equipo; además, debiendo ser registrada en la bitácora de la draga, con la finalidad de que el turno siguiente tome conocimiento y evalúe la factibilidad de operación del equipo. El caudal de extracción del sistema de dragado puede ser controlado y regulado según al caudal del río, pudiendo realizar los ajustes al caudal de descarga para disminuir la concentración durante temporadas de bajo caudal del río. La temporada de dragado se efectúa durante 5 meses al año, entre los meses de abril y agosto, en los cuales se devuelve de manera gradual al cauce la tasa estimada de acumulación de sedimentos, de manera de compatibilizar con la actividad de dragado de la Central Hidroeléctrica La Confluencia, que se encuentra aguas arriba; y a la vez, no generar posibles efectos sinérgicos entre ambas centrales, dado que estos dragados se ejecutan en meses distintos en cada año. En la siguiente tabla se entregan los volúmenes estimados de sedimentos a dragar por año. Reservorio Volumen a dragar (m3/año) Año 1 al Año 5 Año 6 en adelante Tricahue 45.000 35.000 Fuente: Tabla 3 de la Adenda. El volumen de acumulación anual depositado en el reservorio, estimado sobre la base de mediciones batimétricas realizadas, corresponde a 35.000 m3, que es el volumen que se extrae regularmente desde el año 6 en adelante. Desde el año 1 al 5, además del volumen de acumulación anual de 35.000 m³, se considera la extracción de un volumen adicional acumulado de 50.000 m³, que se ha proyectado extraer en 5 años (10.000 m3/año); por lo tanto, el volumen a extraer desde el año 1 al 5 corresponde a 45.000 m³. La remoción de sedimentos se ejecuta de forma tal de contar con mediciones periódicas de volumen removido, junto con concentraciones de sedimentos en base a muestras tomadas en la descarga de la tubería del sistema de remoción o a través de batimetrías. El Titular señala que los sedimentos al provenir del fondo del reservorio corresponden al mismo sedimento proveniente del río Tinguiririca; por lo tanto, carecen de características contaminantes o de toxicidad, que puedan afectar sus aguas. De acuerdo con lo señalado por el Titular en la respuesta N°6 de la Adenda, para el registro de los volúmenes de sedimentos extraídos, se realizan preferentemente batimetrías, al menos cada 30 días utilizando como apoyo un bote auxiliar, cuyos resultados son almacenados en el sistema de datos de Hidroeléctrica La Higuera, y están a disposición a requerimiento de la Autoridad Ambiental. En la Figura N°8 de la Adenda, se presenta un diagrama general de operación de dragado. Cabe señalar que de acuerdo a lo indicado por el Titular en la respuesta N°9 de la Adenda, aclara que la acción de dragado y del plan de manejo de sedimentos tienen el objetivo de mantener la seguridad de las obras, <footer2

asegurar la operatividad de la central hidroeléctrica La Higuera y mantener el equilibrio sedimentológico del río aguas abajo de la central; por lo tanto, no se considera establecer barreras para el sedimento, debido a que iría en contraposición a mantener este equilibrio, además una barrera de sedimento (check dam) se podría colmatar con el sedimento de régimen natural, peraltando el eje hidráulico y perdiendo su utilidad en el corto plazo. En este contexto, para efectuar la reincorporación de sedimentos de manera de atenuar la carga, se ejecuta la acción de dragado en un periodo prolongado (5 meses, de abril a agosto), en los cuales se devuelve de manera gradual al cauce. Lo anterior implica que, considerando una operación de la draga durante 20 días al mes y durante 8 horas diarias, se tiene un caudal de descarga de sedimento de 56 m3/h durante los 5 primeros años. En tanto, el caudal de vertimiento total, que incluye agua y caudal de sedimento, corresponde a 850 m³/hora (0,23 m3/s), lo que representa un 3,8% del menor caudal del periodo en el que se ejecuta el dragado (6,2 m3/s correspondiente al mes de abril). La modelación hidráulica bidimensional presentada en el Anexo V-E de la Adenda, permite determinar en diferentes secciones del dominio la concentración de sedimentos en suspensión, de acuerdo al punto de origen de los aportes de sedimentos y las entradas de tributarios que resulten en un efecto de dilución. A modo de ejemplo, se calculó el dragado en el pondaje Tricahue, utilizando un caudal de 4,3 m³/s, correspondiente al caudal con probabilidad de excedencia 50% para el período abril a agosto (periodo de dragado), resultando las variaciones de concentración máxima de sedimentos en suspensión que se indican en la siguiente figura.

Fuente: Figura N°11 de la Adenda. Los principales hitos en estas figuras lo constituyen: - Km. 0: inicio del dominio del modelo. - Km. 16,33: BT Tricahue. - Km. 17,2: aporte efluente Hidroeléctrica La Higuera. - Km. 18,2: confluencia río Azufre. - Km. 38,7: Tinguiririca en La Polcura. - Km. 48,76: fin del dominio del modelo. <footer2

Fuente: Figura N°2.2 del Anexo V-E de la Adenda “Modelación hidráulica bidimensional”. La variabilidad muestreal de las mediciones de turbidez con las que se estimó la tasa de sedimentación, se indican en la Tabla N°4 de la Adenda, en la que se muestra el coeficiente de variación de las medidas de turbidez en los distintos sectores (Figura N°9 de la Adenda). Estación Turbidez Promedio (NTU) Desviación estándar Coeficiente de variación Aguas abajo de la descarga del dragado (TPM). 1.433,2 361,6 25,2 Aguas abajo de la restitución de la Central La Higuera (TBH). 719,8 195,4 27,2 Fuente: Tabla N°4 de la Adenda. Turbidez máxima diaria en la estación TPM (negro) y TBH (rojo)

Fuente: Figura N°9 de la Adenda. Acción: Limpieza de los desarenadores de las bocatomas Tinguiririca o Tricahue, La Puya y Los Helados. El propósito de los desarenadores es eliminar el 90% de partículas mayores de 0,3 mm y 99,9% de las partículas superiores a 0,5 mm, para proteger las instalaciones de la central, sobre todo los componentes mecánicos. Dada las actuales condiciones de arrastre de sedimentos del río, se requiere su uso intensivo con desarenados regulares. Los desarenadores se inspeccionan cada dos semanas y se verifica el nivel de sedimentos retenido, si el nivel de fango es mayor a 1,5 m para <footer2

el caso de las bocatomas Tricahue y La Puya, y mayor a 1,0 m en caso de la bocatoma Los Helados, se procede a efectuar la limpieza. Se ejecuta la limpieza de una batea a la vez, para no colapsar el canal de descarga. Las maniobras se realizan en forma local desde la caseta de control de cada unidad hidráulica, en el caso de los desarenadores Tricahue y la Puya; y de forma manual para el caso de Los Helados. En el anexo I-E de la Adenda se adjuntan los procedimientos para el desarenado de las bocatomas Tricahue y La Puya. En síntesis, para la limpieza se consideran los siguientes pasos: - Se da aviso al Centro de Control Tinguiririca Energía para que proceda el cierre de compuertas de entrada. - Se abre en un 100% la compuerta de purga. Se verifica el caudal de salida en cámara y tubo de descarga, y se verifica el descenso de nivel en la batea. - Se realiza la apertura de 10 cm de la compuerta de entrada para dar golpe de agua al fango, para socavar y desplazarlo por el tubo de descarga. - Una vez despejado el canal de purga se deja pasar agua para limpiar el canal de descarga. Se verifica que la salida del canal se encuentre sin embancamiento. - Se cierra la compuerta de purga. - Se abre inicialmente en un 20% la compuerta de entrada al desarenador, y luego se verifica que se haya formado el colchón de agua a lo largo de la batea, antes de abrir nuevamente la compuerta de entrada. - Finalmente se abre la compuerta de entrada al 100%. A continuación, se entrega el volumen máximo de sedimento a acumular por batea y en total en cada desarenador. Bocatoma Volumen máximo sedimento por batea (m3) N° de bateas Volumen máximo total (m3) Tricahue 90 2 180 La Puya 90 2 180 Los Helados 5,25 1 5,25 Fuente: Tabla N°7 de la Adenda. Además de este volumen de acumulación de sedimentos máximos, es importante considerar que los desarenados se ejecutan secuencialmente en cada batea. En esta misma línea, además del volumen de sedimentos máximos que se indica, el volumen de agua que cada batea acumula es de 6.182 m³, que al momento del desarenado de la batea componen la mezcla a entregar, donde el sedimento corresponde sólo a un 5,8%. La entrega de caudal de cada desarenado es muy variable, y tiene una duración aproximada de 15-20 minutos, y para el caso de Tricahue y La Puya son caudales de desarenado de 5 a 7 m³. Para la bocatoma Los Helados, como su funcionamiento está acotado a sólo 2 meses en el año, y ésta sólo se opera de forma manual, la limpieza de los desarenadores se efectúa de acuerdo con visitas de inspección periódicas que se realizan a esta bocatoma. Es necesario considerar que el sedimento evacuado en las maniobras de desarenado corresponde a partículas sobre 0,3 mm, consideradas arena mediana y arena gruesa, que una vez entregados al río, pasan a formar parte nuevamente de la dinámica de arrastre de fondo natural. Acción: Actividades de mantención y/o conservación En el numeral 1.5.5. del Capítulo I de la DIA y en la respuesta N°13 de la Adenda, se establece que el Proyecto no considera actividades de mantención y conservación distintas a las establecidas en la RCA N°116/2004, esto se refiere a actividades que se realizan en la Central <footer2

Hidroeléctrica La Higuera y que son aplicables al Proyecto, como es la mantención regular de caminos, que se señala en el numeral 3.7.2 y 9.4.2.2 (Plan de Medidas de Reparación y/o Restauración) de la RCA N°116/2004. Suministro: Energía eléctrica La instalación de faenas posee un equipo electrógeno de 25 kVA. Suministro: Agua potable Se abastece de 100 litros de agua al día a cada trabajador, por lo que se estima un requerimiento de 0,7 m3/día, considerando el máximo de 7 trabajadores. El agua para beber se entrega al personal en dispensador de agua envasada ubicado en el frente de trabajo, la que es adquirida a proveedores autorizados; en tanto, el volumen personal considerado para otros usos como aseo y duchas, es provisto en las instalaciones de la Central Hidroeléctrica La Confluencia. Suministro: Agua industrial El Proyecto no requiere el consumo de agua industrial. Suministro: Servicios higiénicos Acorde con la periodicidad de las actividades de dragado, las cuales se desarrollan entre los meses de abril y agosto, considerando un tiempo de operación de 5 meses, la solución que se dispone para el manejo de las aguas servidas del personal corresponde a la instalación de baños químicos, los que se ubican en el frente de trabajo, los cuales tienen la autorización correspondiente y cumplen con la dotación y condiciones establecidas en el D.S. Nº594/2000 del MINSAL. Considerando una dotación de 100 litros/día de agua por trabajador, un máximo de 7 trabajadores y un coeficiente de recuperación de 80%, se estima la generación de 0,56 m3/día aproximadamente de aguas servidas. El manejo de los baños químicos es realizado por una empresa que cuente con los permisos de la Autoridad Sanitaria, de esta manera, el Titular asegura la trazabilidad de los residuos a descargar. En complemento con lo anterior, el Titular exige la documentación que acredite la correcta disposición de las aguas servidas, manteniendo en obra la documentación pertinente. Adicionalmente, se utilizan las duchas y baños existentes de la casa de máquinas de la Central Hidroeléctrica La Confluencia, la cual se encuentra cercana al área del Proyecto. En el Anexo II-A de la Adenda se adjuntan las Resoluciones Sanitarias del sistema de alcantarillado y suministro de agua potable de la Central Hidroeléctrica La Confluencia. Suministro: Combustible Se utiliza un camión surtidor de 5 m3 que cumple con las exigencias y autorizaciones de la Superintendencia de Electricidad y Combustibles (SEC); por lo tanto, no se requiere de almacenamiento de combustible para el Proyecto. Se estima un consumo promedio de combustible de 17 m3/mes durante la fase de operación del Proyecto. Para el abastecimiento de la draga se trasvasija mediante el uso de manguera desde el camión surtidor a una barcaza tanque, cuyo carguío se efectúa fuera del agua y en lugar habilitado. Luego esta barcaza tanque hace llegar el combustible al equipo de dragado. De acuerdo a lo expresado por el Titular en la respuesta N°17 de la Adenda, en caso de derrames de hidrocarburos producto de la operación de la draga que puedan comprometer cuerpos de agua superficiales, se indica que ésta tiene una sentina de acumulación de desechos líquidos que recoge los hidrocarburos, y mediante un sistema de achique conectado a tambores o envases de trasvasije, permiten su recepción y traslado seguro a tierra. Adicionalmente, en caso de que el derrame acceda al pondaje, la draga está equipada con mangas absorbentes para contener y minimizar al máximo el derrame, en caso de que entre en contacto con el agua, limitándolo al pondaje y evitando su propagación hacia las aguas del río Tinguiririca. Además, dispone de líquidos dispersantes que disgregan el <footer2

derrame de hidrocarburo, con el objetivo de facilitar su dilución en el agua, y posteriormente su degradación de forma natural. En virtud de lo anterior, ante derrames de hidrocarburos que entren en contacto con el pondaje o con el cauce del río, se procede de la siguiente manera: - Contención del derrame con mangas absorbentes. - Extracción de agua contaminada con bombas y realizar su depósito en camión autorizado por la SEREMI de Salud. - Despacho de camión con agua contaminada. - Monitoreo inmediato del área de influencia. - Evaluación de posible impacto causado por el derrame. - Aviso a la persona encargada según lo establece el Plan de Emergencia, quién a su vez, debe dar aviso en un plazo no mayor a 24 horas a la DGA, SERNAPESCA y Superintendencia del Medio Ambiente de la Región de O’Higgins, con la finalidad de establecer medidas en conjunto para el desarrollo de las medidas de descontaminación, rehabilitación o restauración, según sea el caso. Asimismo, se indica que con la finalidad de asegurar el correcto funcionamiento de la draga, de manera previa a cada turno de trabajo, se revisa el estado de la maquinaria tomando niveles de aceite del motor y sus accesorios, revisando el sistema hidráulico, la instalación de la maquinaria y la tubería de descarga. En caso de detectarse cualquier anomalía, se informa al encargado de la faena a fin de aplicar las medidas adecuadas para asegurar el buen funcionamiento del equipo. La lista de chequeo a aplicar considera los siguientes aspectos: - Revisión de nivel de aceite en motor. - Revisión de nivel de agua de enfriamiento en motor. - Revisión de nivel de aceite hidráulico. - Revisión de nivel de aceite en la caja de trasmisión. - Revisión de nivel de petróleo. - Revisión de estado de engrase. - Revisión de instrumentos de control. - Actualización de la bitácora. Una vez finalizada la revisión, se pone en marcha el motor y se verifica el funcionamiento del sistema hidráulico. Posteriormente, se sueltan los grilletes que mantienen el cabezal de succión en su posición de descanso, sujeto al arco de la draga (al terminar la faena este debe quedar anclado en su posición original), y luego se conecta la bomba principal. Cuando la bomba esté cebada, se sumerge el tubo hasta llegar al sedimento y se da inicio a la extracción. Es importante destacar que cada turno deja registro escrito del check list realizado en formato propio, registrando en la bitácora de la draga y dando aviso al encargado de la faena, cualquier tipo de anomalía registrada, para que el turno siguiente tome conocimiento y evalúe la factibilidad de operación del equipo. En la Figura N°13 de la Adenda se muestra la zona de mantención y carguío de combustible de la draga. Servicios de alimentación y alojamiento Los servicios de alimentación para el personal que trabaja en las actividades de dragado y limpieza de los desarenadores, lo realizan en el comedor existente ubicado en la casa de máquinas de la Central Hidroeléctrica La Confluencia, el cual está dotado con todo lo necesario para atender al personal. No se requiere de servicios de alojamiento para la fase de operación del Proyecto. En el Anexo II-B de la Adenda se entrega el Permiso de Edificación y Recepción definitiva de la Central Hidroeléctrica La Confluencia. <footer2

Transporte El acceso al Proyecto se realiza mediante la Ruta I-45, a la cual se accede directamente desde la Ruta 5 Sur. En el sector La Rufina, la Ruta I-45 se conecta con el camino privado La Matancilla, para posteriormente empalmar nuevamente, a la altura de la Central Hidroeléctrica La Higuera, con la Ruta I-45 que conecta directamente con las obras. El transporte de personal hacia los frentes de trabajo se efectúa mediante camionetas 4x4, los cuales recogen al personal desde Puente Negro y/o San Fernando hacia el frente de trabajo del Proyecto. En la respuesta N°15 de la Adenda, el Titular presenta la información actualizada de los viajes diarios realizados por cada vehículo, y la duración de su actividad asociada durante la fase de operación, respecto de lo presentado en la tabla 1-6 del capítulo I de la DIA.

Fuente: Tabla N°8 de la Adenda. Insumos Corresponden principalmente a tuberías de HDPE para el recambio de éstas en caso de fallas. Maquinarias y equipos En la siguiente tabla se detallan las maquinarias y equipos considerados para la etapa de operación. Maquinarias/vehículos Cantidad Draga de succión tipo 1 Embarcación menor 1 Grupo electrógeno 25 KVA 1 Fuente: Tabla N°1-7 del Capítulo I de la DIA. El Titular señala en el numeral 1.5.6.9 del Capítulo I de la DIA que es necesario considerar que estos equipos pueden variar con el tiempo, debido a avances tecnológicos en los sistemas de dragado, o disponibles en el mercado. Productos generados Debido al tipo de Proyecto a desarrollar, no se contempla la generación de productos que requieran manejo, transporte o despacho. Recursos naturales renovables El Proyecto no considera la extracción o explotación de recursos naturales renovables para satisfacer sus necesidades, durante la etapa de operación. Emisiones: MP10; MP2,5; CO; HC; NOx y SOx. La estimación de emisiones se realizó a partir de los factores de emisión propuestos por la Agencia de Protección Ambiental de los Estados Unidos (US-EPA), en su documento “Compilation of Air Pollutant Emission Factor, AP 42”, y la Guía para la Estimación de Emisiones Atmosféricas de Proyectos Inmobiliarios en la Región Metropolitana de Santiago, elaborada por la SEREMI del Medio Ambiente de la Región Metropolitana (2012). El detalle de la metodología utilizada se presenta en el anexo I-G de la Adenda. Durante la operación, el Proyecto genera emisiones atmosféricas provenientes principalmente de la combustión interna de motores de la draga (gases), y de la circulación de vehículos por caminos no pavimentados (material particulado). A continuación, se presenta el resumen de las emisiones de material <footer2

particulado [MP10 y MP2.5], monóxido de carbono [CO], hidrocarburos [HC], óxidos de nitrógeno [NOx] y óxidos de azufre [SOx], estimadas para la fase de operación del Proyecto.

Fuente: Tabla 3-21 del Anexo I-G de la Adenda. A partir de la estimación de emisiones presentada en la tabla anterior, se realizó una modelación del Proyecto utilizando el modelo Calpuff, en su etapa de operación, por ser la etapa de mayor emisión (considerando que no hay etapa de construcción), obteniéndose los aportes del Proyecto en la calidad del aire en los receptores puntuales considerados y en el Punto de Máximo Aporte (PMA), lo que se presenta en el Anexo V-C de la Adenda. En la evaluación de las concentraciones aportadas por el Proyecto, se han considerado los receptores puntuales más cercanos: Estación San Fernando, Puente Negro, La Rufina y Termas del Flaco. Conforme a lo establecido en la Guía de Modelación del SEIA, los aportes modelados, han sido multiplicados por el factor de corrección (punto 8.2 del anexo) obteniéndose los aportes corregidos, cuyos resultados se analizan a continuación.

Fuente: Anexo V-A “Fichas resúmenes” de la Adenda Complementaria. Los receptores considerados y los puntos de máximo aporte se presentan en la figura de la respuesta N°42 de la Adenda. Finalmente, se realizó una evaluación de cumplimiento de normativa de calidad del aire, considerando la línea base monitoreada en la estación San Fernando y los aportes modelados corregidos del Proyecto. Dado que la línea base de calidad del aire, confeccionada a partir de los datos del portal SINCA 2016 - 2018, registra niveles por sobre el límite establecido en la norma de calidad del aire de MP2.5 como promedio de 24 horas; sin embargo, la evaluación entrega antecedentes que permiten afirmar que el aporte del Proyecto en los receptores, se puede considerar nulo, dado que corresponden a 0,0 μg/m3 (0% el nivel de la norma); y por lo tanto, no aumentan las concentraciones de la línea base, ni el riesgo pre existente.

Fuente: Anexo V-A “Fichas resúmenes” de la Adenda Complementaria. <footer2

No obstante lo descrito anteriormente, se exige a los vehículos pesados circular a una velocidad no superior a 30 km/hora por las vías no pavimentadas; además, todos los vehículos relacionados con el Proyecto tienen revisión técnica al día. Por último, cabe destacar que el Proyecto se encuentra fuera del límite contemplado por el Plan de Descontaminación Atmosférica por MP10 para el Valle Central de la Región del Libertador General Bernardo O’Higgins. Ruido El Proyecto genera emisiones de ruido durante las actividades de operación, asociadas al funcionamiento de la draga; sin embargo, al no haber población residente cercana que pudiese verse afectada por las emisiones de ruido, no se considera la aplicación del D.S. N°38/2011, que establece Norma de Emisión de Ruidos Generados por Fuentes que Indica. Las emisiones de ruido provienen principalmente del funcionamiento de la draga, las que corresponden a las indicadas en la siguiente tabla.

Fuente: Tabla 5-27 del Capítulo 5 de la DIA. Cabe destacar que no se consideran medidas de abatimiento de ruido, debido a que los receptores más cercanos se ubican a más de 8 km de las obras de dragado; por lo tanto, no son afectados por sus emisiones acústicas. Aguas servidas Los residuos líquidos que se generan durante esta fase, corresponden a aguas servidas provenientes de los baños químicos del frente de trabajo, y de servicios higiénicos y comedor de la Central Hidroeléctrica La Confluencia, que se disponen para el personal que realice las labores de operación del Proyecto. Considerando una dotación de 100 litros/día de agua por trabajador, un máximo de 7 trabajadores y un coeficiente de recuperación de 80%, se estima la generación de 0,56 m3/día aproximadamente de aguas servidas. El manejo de los baños químicos es realizado por una empresa que cuenta con los permisos de la Autoridad Sanitaria. Adicionalmente, se utilizan las duchas y baños existentes de la casa de máquinas de la Central Hidroeléctrica La Confluencia, la cual se encuentra cercana al área del Proyecto. En el Anexo II-A de la Adenda se adjuntan las Resoluciones Sanitarias del sistema de alcantarillado y suministro de agua potable de la Central Hidroeléctrica La Confluencia. Residuos líquidos industriales El Proyecto no considera la generación de residuos líquidos industriales en su fase de operación. Cabe destacar que no está permitido el lavado de equipos y maquinaria en el área del Proyecto, especialmente en cuerpos de agua o en las cercanías de éstos. Residuos, productos químicos y otras sustancias que puedan afectar el medio ambiente. Residuos sólidos domiciliarios (RSD) Los RSD son originados principalmente por el consumo de alimentos de parte del personal, y corresponden a residuos orgánicos, restos de papel, plástico, cartón y otros insumos inertes de oficinas y comedor de la Central Hidroeléctrica La Confluencia. Se estima que en la etapa de operación se genera un peak de 7,7 kg/día, considerando una producción per cápita de 1,1 kg/persona/día y un máximo de 7 trabajadores. Los residuos generados en el frente de trabajo son almacenados temporalmente en contenedores herméticamente cerrados, y son llevados diariamente a la Central Hidroeléctrica La Confluencia, donde son manejados junto con el resto de los residuos de la central, para <footer2

posteriormente ser transportados a sitio de disposición final autorizado. Residuos sólidos industriales no peligrosos (RSINP) Los RSINP que genera el Proyecto corresponden principalmente a plásticos, restos de tuberías, entre otros. Estos residuos son llevados a la Central Hidroeléctrica La Confluencia, donde son manejados junto con el resto de los residuos de la central; y posteriormente, se transportan a sitio de disposición final autorizado. Residuos peligrosos (RESPEL) Los RESPEL que se generan corresponden principalmente a guaipes y paños con residuos de aceites y combustibles, entre otros. Se estima que durante esta fase se generan aproximadamente 0,2 ton/mes de este tipo de residuos. Estos residuos se producen de forma ocasional y son almacenados en una bodega habilitada para estos fines, que cumpla con lo estipulado en el D.S. Nº148/2004 del MINSAL, Reglamento Sanitario sobre Manejo de Residuos Peligrosos. Posteriormente, son transportados a sitio de disposición final autorizado, por una empresa que cuenta con autorización sanitaria correspondiente. El almacenamiento no se extiende más allá de 6 meses, por lo que la cantidad máxima a almacenar no supera las 1,2 toneladas. Debido a que la cantidad es inferior a 12 toneladas anuales, no se requiere tramitar ante la Autoridad Sanitaria un Plan de Manejo de Residuos Peligrosos. Las características de la bodega de RESPEL son las siguientes: - Base continua, impermeable y resistente. - Cierre perimetral de a lo menos 1,80 metros de altura que impida el libre acceso de personas y animales. Este cierre va a una profundidad superior a los 30 cm. - Techada y protegida de condiciones ambientales tales como humedad, temperatura y radiación solar. - Capacidad de retención de escurrimientos o derrames, no inferior al volumen del contenedor de mayor capacidad, ni al 20% del volumen total de los contenedores almacenados. - Señalética de acuerdo con la Norma Chilena NCh 2.190 Of. 93. - Acceso restringido, cuenta con medidas de seguridad y equipamiento contra incendios. La bodega tiene un extintor (para los elementos combustibles clase B se usan los extintores adecuados). Productos químicos y otras sustancias que puedan afectar el medio ambiente: Combustible Se utiliza un camión surtidor de 5 m3 que cumple con las exigencias y autorizaciones de la Superintendencia de Electricidad y Combustibles (SEC); por lo tanto, no se requiere de almacenamiento de combustible para el Proyecto. Se estima un consumo promedio de combustible de 17 m3/mes durante la fase de operación del Proyecto. Para el abastecimiento de la draga se trasvasija mediante el uso de manguera desde el camión surtidor a una barcaza tanque, cuyo carguío se efectúa fuera del agua y en lugar habilitado. Luego esta barcaza tanque hace llegar el combustible al equipo de dragado. De acuerdo con lo expresado por el Titular en la respuesta N°17 de la Adenda, en caso de derrames de hidrocarburos producto de la operación de la draga que puedan comprometer cuerpos de agua superficiales, se indica que ésta tiene una sentina de acumulación de desechos líquidos que recoge los hidrocarburos, y mediante un sistema de achique conectado a tambores o envases de trasvasije, permiten su recepción y traslado seguro a tierra. Adicionalmente, en caso de que el derrame acceda al pondaje, la draga <footer2

está equipada con mangas absorbentes para contener y minimizar al máximo el derrame, en caso de que entre en contacto con el agua, limitándolo al pondaje y evitando su propagación hacia las aguas del río Tinguiririca. Además, dispone de líquidos dispersantes que disgregan el derrame de hidrocarburo, con el objetivo de facilitar su dilución en el agua, y posteriormente su degradación de forma natural. En virtud de lo anterior, ante derrames de hidrocarburos que entren en contacto con el pondaje o con el cauce del río, se procede de la siguiente manera: - Contención del derrame con mangas absorbentes. - Extracción de agua contaminada con bombas y realizar su depósito en camión autorizado por la SEREMI de Salud. - Despacho de camión con agua contaminada. - Monitoreo inmediato del área de influencia. - Evaluación de posible impacto causado por el derrame. - Aviso a la persona encargada según lo establece el Plan de Emergencia, quién a su vez, da aviso en un plazo no mayor a 24 horas a la DGA, SERNAPESCA y Superintendencia del Medio Ambiente de la Región de O’Higgins, con la finalidad de establecer medidas en conjunto para el desarrollo de las medidas de descontaminación, rehabilitación o restauración, según sea el caso. Asimismo, se indica que con la finalidad de asegurar el correcto funcionamiento de la draga, de manera previa a cada turno de trabajo, se revisa el estado de la maquinaria tomando niveles de aceite del motor y sus accesorios, revisando el sistema hidráulico, la instalación de la maquinaria y la tubería de descarga. En caso de detectarse cualquier anomalía, se informa al encargado de la faena a fin de aplicar las medidas adecuadas para asegurar el buen funcionamiento del equipo. La lista de chequeo a aplicar considera los siguientes aspectos: - Revisión de nivel de aceite en motor. - Revisión de nivel de agua de enfriamiento en motor. - Revisión de nivel de aceite hidráulico. - Revisión de nivel de aceite en la caja de trasmisión. - Revisión de nivel de petróleo. - Revisión de estado de engrase. - Revisión de instrumentos de control. - Actualización de la bitácora. Una vez finalizada la revisión, se pone en marcha el motor y se verifica el funcionamiento del sistema hidráulico. Posteriormente, se sueltan los grilletes que mantienen el cabezal de succión en su posición de descanso, sujeto al arco de la draga (al terminar la faena este debe quedar anclado en su posición original), y luego se conecta la bomba principal. Cuando la bomba esté cebada, se sumerge el tubo hasta llegar al sedimento y se da inicio a la extracción. Es importante destacar que cada turno deja registro escrito del check list realizado en formato propio, registrando en la bitácora de la draga y dando aviso al encargado de la faena, cualquier tipo de anomalía registrada, para que el turno siguiente tome conocimiento y evalúe la factibilidad de operación del equipo. En la Figura N°13 de la Adenda se muestra la zona de mantención y carguío de combustible de la draga. Referencia al ICE para mayores detalles sobre Numeral 4.7. del ICE. <footer2

esta fase. 4.3.3. FASE DE CIERRE Tomando en cuenta que la Central Hidroeléctrica La Higuera no considera una fase de cierre o abandono, de acuerdo a lo establecido en la RCA N°116/2004, y el presente plan de manejo de sedimentos está asociado al funcionamiento óptimo de dicha central, éste no contempla una fase de cierre. Referencia al ICE para mayores detalles sobre esta fase. Numeral 4.8. del ICE.

4.4. CRONOLOGÍA DE LAS FASES DEL PROYECTO 4.4.1. FASE DE CONSTRUCCIÓN Fecha estimada de inicio El Proyecto no considera fase de construcción, puesto que no contempla la habilitación de obras nuevas. Parte, obra o acción que establece el inicio Fecha estimada de término Parte, obra o acción que establece el término 4.4.2. FASE DE OPERACIÓN Fecha estimada de inicio Marzo del año 2020. Parte, obra o acción que establece el inicio Habilitación de frente de trabajo. Fecha estimada de término Debido a que el Proyecto contempla una vida útil de carácter indefinida, no se prevé fecha de término para la fase de operación. Parte, obra o acción que establece el término 4.4.3. FASE DE CIERRE Fecha estimada de inicio Debido a que la vida útil del Proyecto es de carácter indefinida, no se contempla una fecha estimada de inicio de la fase de cierre, dado que ésta se ejecuta solo en caso de que la Central Hidroeléctrica La Higuera cese su funcionamiento. Parte, obra o acción que establece el inicio En la eventualidad de que se deba dar inicio a la fase de cierre, la primera actividad corresponde al retiro de la draga desde el área del Proyecto. Fecha estimada de término En la eventualidad de que se desarrolle la fase de cierre, ésta tiene una duración de 10 días. Parte, obra o acción que establece el término En la eventualidad de que se desarrolle la fase de cierre, la actividad que da término a ésta corresponde a la limpieza del área del Proyecto.

5°. Que, durante el proceso de evaluación se han presentado antecedentes que justifican la inexistencia de los siguientes efectos, características y circunstancias del artículo 11 de la Ley N° 19.300:

5.1. RIESGO PARA LA SALUD DE LA POBLACIÓN, DEBIDO A LA CANTIDAD Y CALIDAD DE EFLUENTES, EMISIONES Y RESIDUOS Impacto ambiental El Proyecto no genera impactos sobre la salud de la población, debido a la cantidad y calidad de efluentes, emisiones y residuos. Durante la operación, el Proyecto genera emisiones atmosféricas provenientes principalmente de la combustión interna de motores de la draga (gases), y de la circulación de vehículos por caminos no pavimentados (material particulado). <footer2

La evaluación entrega antecedentes que permiten afirmar que el aporte del Proyecto en los receptores, se puede considerar nulo, dado que corresponden a 0,0 μg/m3 (0% el nivel de la norma); y por lo tanto, no aumentan las concentraciones de la línea base, ni el riesgo pre existente (Anexo V-A “Fichas resúmenes” de la Adenda Complementaria). Los residuos sólidos domiciliarios y asimilables (residuos orgánicos, restos de papel, plástico, cartón y otros insumos inertes de oficinas y comedor), y residuos industriales no peligrosos (plásticos, restos de tuberías, entre otros) se generan en el frente de trabajo. Los residuos generados en el frente de trabajo son almacenados temporalmente en contenedores herméticamente cerrados, y son llevados diariamente a la Central Hidroeléctrica La Confluencia, donde son manejados junto con el resto de los residuos de la central, para posteriormente ser transportados a sitio de disposición final autorizado. Los RESPEL que se generan corresponden principalmente a guaipes y paños con residuos de aceites y combustibles, entre otros, durante la operación del Proyecto. Estos residuos se producen de forma ocasional y son almacenados en una bodega habilitada para estos fines, que cumpla con lo estipulado en el D.S. Nº148/2004 del MINSAL, Reglamento Sanitario sobre Manejo de Residuos Peligrosos. Posteriormente, son transportados a sitio de disposición final autorizado, por una empresa que cuente con autorización sanitaria correspondiente. Existencia de población cuya salud pudiera verse afectada En relación al Medio Humano, en el área de influencia no se registran grupos humanos. El detalle del análisis de esta componente se presenta en el acápite 5.2.1.16, Capítulo 5 “Antecedentes para evaluar que el Proyecto no requiere la presentación de un EIA”, complementado con el Anexo I-G y Anexo II-A de la Adenda. Los siguientes antecedentes justifican que el proyecto o actividad no genera o presenta riesgo para la salud de la población debido a la cantidad y calidad de los efluentes, emisiones o residuos, en consideración a lo dispuesto en el artículo 5 del Reglamento del SEIA: a) La superación de los valores de las concentraciones y períodos establecidos en las normas primarias de calidad ambiental vigentes o el aumento o disminución significativos, según corresponda, de la concentración por sobre los límites establecidos en éstas. A falta de tales normas, se utilizan como referencia las vigentes en los Estados que se señalan en el artículo 11 del Reglamento. La estimación de emisiones se realizó a partir de los factores de emisión propuestos por la Agencia de Protección Ambiental de los Estados Unidos (US-EPA), en su documento “Compilation of Air Pollutant Emission Factor, AP 42”, y la Guía para la Estimación de Emisiones Atmosféricas de Proyectos Inmobiliarios en la Región Metropolitana de Santiago, elaborada por la SEREMI del Medio Ambiente de la Región Metropolitana (2012). El detalle de la metodología utilizada se presenta en el anexo I-G de la Adenda. Durante la operación, el Proyecto genera emisiones atmosféricas provenientes principalmente de la combustión interna de motores de la draga (gases), y de la circulación de vehículos por caminos no pavimentados (material particulado). A continuación, se presenta el resumen de las emisiones de material particulado [MP10 y MP2.5], monóxido de carbono [CO], hidrocarburos [HC], óxidos de nitrógeno [NOx] y óxidos de azufre [SOx], estimadas para la fase de operación del Proyecto.

Fuente: Tabla 3-21 del Anexo I-G de la Adenda. A partir de la estimación de emisiones presentada en la tabla anterior, se realizó una modelación del Proyecto utilizando el modelo Calpuff, en su etapa de operación, por ser la etapa de mayor emisión (considerando que no hay etapa de construcción), obteniéndose los aportes del Proyecto en la calidad del aire en los receptores puntuales considerados y en el Punto de Máximo Aporte (PMA), lo que se presenta en el Anexo V-C de la Adenda. En la evaluación de las concentraciones aportadas por el Proyecto, se han <footer2

considerado los receptores puntuales más cercanos: Estación San Fernando, Puente Negro, La Rufina y Termas del Flaco. Conforme a lo establecido en la Guía de Modelación del SEIA, los aportes modelados, han sido multiplicados por el factor de corrección (punto 8.2 del anexo) obteniéndose los aportes corregidos, cuyos resultados se analizan a continuación.

Fuente: Anexo V-A “Fichas resúmenes” de la Adenda Complementaria. Los receptores considerados y los puntos de máximo aporte se presentan en la figura de la respuesta N°42 de la Adenda. Finalmente, se realizó una evaluación de cumplimiento de normativa de calidad del aire, considerando la línea base monitoreada en la estación San Fernando y los aportes modelados corregidos del Proyecto. Dado que la línea base de calidad del aire, confeccionada a partir de los datos del portal SINCA 2016 - 2018, registra niveles por sobre el límite establecido en la norma de calidad del aire de MP2.5 como promedio de 24 horas; sin embargo, la evaluación entrega antecedentes que permiten afirmar que el aporte del Proyecto en los receptores, se puede considerar nulo, dado que corresponden a 0,0 μg/m3 (0% el nivel de la norma); y por lo tanto, no aumentan las concentraciones de la línea base, ni el riesgo pre existente.

Fuente: Anexo V-A “Fichas resúmenes” de la Adenda Complementaria. Cabe destacar que el Proyecto se encuentra fuera del límite contemplado por el Plan de Descontaminación Atmosférica por MP10 para el Valle Central de la Región del Libertador General Bernardo O’Higgins.

Respecto a las normas de calidad primaria D.S. N°20, Establece norma de calidad primaria para material particulado respirable MP10, en especial de los valores que definen situaciones de emergencia y deroga Decreto Nº59, de 1998, del Ministerio Secretaría General de la Presidencia. Fecha de Publicación: 20 de diciembre de 2013. Ministerio del Medio Ambiente. D.S. N°12, Establece Norma Primaria de Calidad Ambiental para Material Particulado Fino Respirable MP 2,5. Fecha de Publicación: 09 de mayo de 2011. Ministerio del Medio Ambiente. D.S. N°113, Establece Norma Primaria de Calidad de Aire para Dióxido de Azufre (SO2). Fecha de Publicación: 06 de marzo de 2003. Ministerio Secretaría General de la Presidencia. D.S. N°114, Establece Norma Primaria de Calidad de Aire para Dióxido de Nitrógeno (NO2). Fecha de Publicación: 06 de marzo de 2003. Ministerio <footer2

Secretaría General de la Presidencia. D.S. N°115, Establece Norma Primaria de Calidad de Aire para Monóxido de Carbono (CO). Fecha de Publicación: 10 de septiembre de 2002. Ministerio Secretaría General de la Presidencia. Durante la fase de operación del Proyecto se realizan las siguientes actividades generadoras de MP10; MP2,5; CO; NOx y SOx: - Funcionamiento de la draga. - Transporte de personal, materiales y residuos. Todos los vehículos relacionados con el Proyecto cuentan con su revisión técnica al día y se revisa la vigencia de las mantenciones recomendadas por los fabricantes. Esto es exigido por el Titular a las empresas contratistas mediante cláusulas contractuales. Además, los vehículos pesados no circulan a una velocidad superior a 30 km/h por la vía no pavimentadas. Como indicadores para acreditar el cumplimiento se señalan los siguientes: - Revisiones técnicas y mantenciones de los vehículos. - Cumplimiento de la velocidad máxima de circulación. El registro de las revisiones técnicas al día de los vehículos que se utilicen durante la operación del Proyecto, están disponibles en obra. b) La superación de los valores de ruido establecidos en la normativa ambiental vigente. A falta de tales normas, se utilizan como referencia las vigentes en los Estados que se señalan en el artículo 11 del Reglamento. El Proyecto genera emisiones de ruido durante las actividades de operación, asociadas al funcionamiento de la draga; sin embargo, al no haber población residente cercana que pudiese verse afectada por las emisiones de ruido, no se considera la aplicación del D.S. N°38/2011, que establece Norma de Emisión de Ruidos Generados por Fuentes que Indica. Las emisiones de ruido provienen principalmente del funcionamiento de la draga, las que corresponden a las indicadas en la siguiente tabla.

Fuente: Tabla 5-27 del Capítulo 5 de la DIA. Cabe destacar que no se consideran medidas de abatimiento de ruido, debido a que los receptores más cercanos se ubican a más de 8 km de las obras de dragado; por lo tanto, no son afectados por sus emisiones acústicas. c) La exposición a contaminantes debido al impacto de las emisiones y efluentes sobre los recursos naturales renovables, incluidos el suelo, agua y aire, en caso de que no sea posible evaluar el riesgo para la salud de la población de acuerdo a las letras anteriores. Suelo Debido a que las obras y actividades consideradas por el Proyecto se ubican en el cauce del río Tinguiririca y en el Pondaje Tricahue existente, no se considera afectación sobre el recurso suelo. Agua Aguas servidas Los residuos líquidos que se generan durante esta fase corresponden a aguas servidas provenientes de los baños químicos del frente de trabajo, y de servicios higiénicos y comedor de la Central Hidroeléctrica La Confluencia, que se disponen para el personal que realice las labores de operación del Proyecto. Considerando una dotación de 100 litros/día de agua por trabajador, un máximo de 7 trabajadores y un coeficiente de recuperación de 80%, se estima la generación de 0,56 m3/día aproximadamente de aguas servidas. El manejo de los baños químicos es realizado por una empresa que cuente con los permisos de la Autoridad Sanitaria. Adicionalmente, se utilizan las duchas y baños existentes de la casa de máquinas de la Central Hidroeléctrica La Confluencia, la cual se encuentra cercana al área del Proyecto. En el Anexo II- A de la Adenda, se adjuntan las Resoluciones Sanitarias del sistema de alcantarillado y suministro de agua potable de la Central Hidroeléctrica La Confluencia. Residuos líquidos industriales El Proyecto no considera la generación de residuos líquidos industriales en su <footer2

fase de operación. Cabe destacar que no está permitido el lavado de equipos y maquinaria en el área del Proyecto, especialmente en cuerpos de agua o en las cercanías de éstos. Respecto del sedimento proveniente del dragado del pondaje Tricahue, que es descargado al río Tinguiririca, éste corresponde al mismo sedimento proveniente de dicho río; por lo tanto, carecen de características contaminantes o de toxicidad, que puedan afectar sus aguas. Aire El riesgo a la salud de la población debido a emisiones a la atmósfera (material particulado, gases y ruido) está detallado en los literales a) y b) anteriores, no generando riesgos para la salud de la población. d) La exposición a contaminantes debido al impacto generado por el manejo de residuos sobre los recursos naturales renovables, incluidos el suelo, agua y aire. Residuos sólidos domiciliarios (RSD) Los RSD son originados principalmente por el consumo de alimentos de parte del personal, y corresponden a residuos orgánicos, restos de papel, plástico, cartón y otros insumos inertes de oficinas y comedor de la Central Hidroeléctrica La Confluencia. Se estima que en la etapa de operación se genera un peak de 7,7 kg/día, considerando una producción per cápita de 1,1 kg/persona/día y un máximo de 7 trabajadores. Los residuos generados en el frente de trabajo son almacenados temporalmente en contenedores herméticamente cerrados, y son llevados diariamente a la Central Hidroeléctrica La Confluencia, donde son manejados junto con el resto de los residuos de la central, para posteriormente ser transportados a sitio de disposición final autorizado. Residuos sólidos industriales no peligrosos (RSINP) Los RSINP que genera el Proyecto corresponden principalmente a plásticos, restos de tuberías, entre otros. Estos residuos son llevados a la Central Hidroeléctrica La Confluencia, donde son manejados junto con el resto de los residuos de la central; y posteriormente, se transportan a sitio de disposición final autorizado. Residuos peligrosos (RESPEL) Los RESPEL que se generan corresponden principalmente a guaipes y paños con residuos de aceites y combustibles, entre otros. Se estima que durante esta fase se generan aproximadamente 0,2 ton/mes de este tipo de residuos. Estos residuos se producen de forma ocasional y son almacenados en una bodega habilitada para estos fines, que cumpla con lo estipulado en el D.S. Nº148/2004 del MINSAL, Reglamento Sanitario sobre Manejo de Residuos Peligrosos. Posteriormente, son transportados a sitio de disposición final autorizado, por una empresa que cuente con autorización sanitaria correspondiente. El almacenamiento no se extiende más allá de 6 meses, por lo que la cantidad máxima a almacenar no supera las 1,2 toneladas. Debido a que la cantidad es inferior a 12 toneladas anuales, no se requiere tramitar ante la Autoridad Sanitaria un Plan de Manejo de Residuos Peligrosos. Las características de la bodega de RESPEL son las siguientes: - Base continua, impermeable y resistente. - Cierre perimetral de a lo menos 1,80 metros de altura que impida el libre acceso de personas y animales. Este cierre va a una profundidad superior a los 30 cm. - Techada y protegida de condiciones ambientales tales como humedad, temperatura y radiación solar. - Capacidad de retención de escurrimientos o derrames, no inferior al volumen del contenedor de mayor capacidad, ni al 20% del volumen total de los contenedores almacenados. - Señalética de acuerdo con la Norma Chilena NCh 2.190 Of. 93. - Acceso restringido, cuenta con medidas de seguridad y equipamiento contra incendios. La bodega tiene un extintor (para los elementos combustibles clase B se usan los extintores adecuados). <footer2

5.2. EFECTOS ADVERSOS SIGNIFICATIVOS SOBRE LA CANTIDAD Y CALIDAD DE LOS RECURSOS NATURALES RENOVABLES, INCLUIDOS EL SUELO, AGUA Y AIRE Impacto ambiental - Aumento de la turbidez del agua que impide la penetración de la luz y realización de los procesos de fotosíntesis, y cambios en la radiación de calor. - Remoción o cobertura de organismos vivos (ecosistema acuático). - Cambios en el fondo acuático que afecten al ecosistema. Los siguientes antecedentes justifican que el proyecto o actividad no genera o presenta efectos adversos significativos sobre la cantidad y calidad de los recursos naturales renovables, incluidos el suelo, agua y aire, en consideración a lo dispuesto en el artículo 6 del Reglamento del Reglamento del SEIA: Recursos naturales renovables escasos, únicos o representativos. Especies ícticas, en categoría de conservación: Toyo de agua dulce (Diplomystes chilensis) y Bagrecito (Trichomycterus areolatus) catalogadas como En Peligro y Vulnerable, respectivamente. a) La pérdida de suelo o de su capacidad para sustentar biodiversidad por degradación, erosión, impermeabilización, compactación o presencia de contaminantes. Debido a que las obras y actividades consideradas por el Proyecto se ubican en el cauce del río Tinguiririca y en el Pondaje Tricahue existente, no se considera afectación sobre el recurso suelo. Además, cabe destacar que el Proyecto no considera la contaminación del suelo, en virtud que el manejo de residuos, sustancias químicas y combustibles se efectúa acorde con la normativa ambiental vigente, respetando las disposiciones establecidas para ello. En función de lo anterior, se señala que el Proyecto no genera pérdida de suelo o de su capacidad para sustentar biodiversidad. b) La superficie con plantas, algas, hongos, animales silvestres y biota intervenida, explotada, alterada o manejada y el impacto generado en dicha superficie. Para la evaluación del impacto se debe considerar la diversidad biológica, así como la presencia y abundancia de especies silvestres en estado de conservación o la existencia de un plan de recuperación, conservación y gestión de dichas especies, de conformidad a lo señalado en el artículo 37 de la Ley 19.300. Se analizaron los datos de capturas de peces en el sector comprendido entre Isla Briones y Puente Negro, contrastándolos con la turbidez reportada por la Dirección General de Aguas (DGA) en la estación Tinguiririca Bajo Los Briones (de periodicidad diaria y un límite instrumental mayor). En términos generales, en esta última estación, entre los años 2000-2018, se observan altos valores de arrastre de sólidos en suspensión en los periodos de deshielo y estiaje (Tabla 4 y Figura 3 de la Adenda Complementaria), con máximos por sobre los 14.000 NTU. Cabe destacar que este tramo del río Tinguiririca es uno de los de mayor diversidad de fauna íctica, la cual está adaptada a estos periodos de alta concentración de material. De esta forma, como se observa en la Figura 4 de la Adenda Complementaria, las especies nativas de interés, Toyo de agua dulce (Diplomystes chilensis) y Bagrecito (Trichomycterus areolatus), como también la especie introducida Trucha arcoíris (Oncorhyncbus mykiss) presentan abundancias dentro de los rangos normales (al comparar entre los años), incluso en años con alto arrastre de material como 2008, 2009, 2012 o 2016. A modo de ejemplo, y para comprender mejor la variabilidad de la turbidez en este río, la Figura 5 de la Adenda Complementaria, muestra la turbidez medida en Tinguiririca Bajo Los Briones en el mes de noviembre de 2008, donde se alcanzó un promedio de 1.078,9 NTU, con una desviación estándar de 431,5 NTU, variando entre 603,7 y 2.295,8 NTU. Esto implica que las especies acuáticas presentes en el tramo estuvieron en condiciones de turbidez mayores a 1.000 NTU, el 40% del mes, y mayores a 2.000 NTU, el 7% del mes. Teniendo en consideración estos antecedentes, se modeló el transporte de sedimentos evaluando la condición de sólidos suspendidos en los sitios control, modelación presentada en el Anexo V-E de la Adenda. Esta modelación numérica permitió determinar en diferentes secciones del dominio la concentración de sedimentos en suspensión, de acuerdo al punto de origen de los aportes de sedimento y las entradas de tributarios que resulten en un efecto de dilución. El modelo permitió determinar que el área donde se han registrado especies de interés ambiental, los valores de NTU no generan impactos sobre los ejemplares de la fauna íctica presente. <footer2

Asimismo, se calculó el comportamiento del río con un dragado en diferentes escenarios, por ejemplo, en el caso de un caudal referencial al inicio del dominio (aguas arriba de la bocatoma Tricahue) de 8,5 m³/s, que crece hasta alcanzar 40 m³/s en Tinguiririca en La Polcura, como se muestra en la Figura 5 de la Adenda Complementaria. En consecuencia, según la modelación una turbidez de aproximadamente 2000 NTU en la estación control ubicada en el río Tinguiririca antes de la junta con el río Azufre, implicaría que en el tramo control de La Polcura la turbidez no superaría los 1000 NTU, manteniéndose principalmente bajo 500 NTU, por lo que no se esperarían efectos en las especies objetivo en el área de importancia para la biodiversidad o en el tramo intermedio.

Fuente: Figura N°7 de la Adenda Complementaria. La modelación hidráulica bidimensional presentada en el Anexo V-E de la Adenda, permite determinar en diferentes secciones del dominio la concentración de sedimentos en suspensión, de acuerdo al punto de origen de los aportes de sedimentos y las entradas de tributarios que resulten en un efecto de dilución. A modo de ejemplo, se calculó el dragado en el pondaje Tricahue, utilizando un caudal de 4,3 m³/s, correspondiente al caudal con probabilidad de excedencia 50% para el período abril a agosto (periodo de dragado), resultando las variaciones de concentración máxima de sedimentos en suspensión que se indican en la siguiente figura.

Fuente: Figura N°11 de la Adenda. <footer2

Los principales hitos en estas figuras lo constituyen: - Km. 0: inicio del dominio del modelo. - Km. 16,33: BT Tricahue. - Km. 17,2: aporte efluente Hidroeléctrica La Higuera. - Km. 18,2: confluencia río Azufre. - Km. 38,7: Tinguiririca en La Polcura. - Km. 48,76: fin del dominio del modelo.

Fuente: Figura N°2.2 del Anexo V-E de la Adenda “Modelación hidráulica bidimensional”. La variabilidad muestreal de las mediciones de turbidez con las que se estimó la tasa de sedimentación, se indican en la Tabla N°4 de la Adenda, en la que se muestra el coeficiente de variación de las medidas de turbidez en los distintos sectores (Figura N°9 de la Adenda). Estación Turbidez Promedio (NTU) Desviaci ón estándar Coeficiente de variación Aguas abajo de la descarga del dragado (TPM). 1.433,2 361,6 25,2 Aguas abajo de la restitución de la Central La Higuera (TBH). 719,8 195,4 27,2 Fuente: Tabla N°4 de la Adenda. Turbidez máxima diaria en la estación TPM (negro) y TBH (rojo)

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Fuente: Figura N°9 de la Adenda. Además de la modelación teórica, los datos de turbidez medidos entre septiembre de 2012 y noviembre de 2017, muestran que al calcular los peak (máximos históricos) y el promedio en las estaciones ubicadas en el cauce principal del río Tinguiririca y dos de afluentes (Estero La Gloria y río Azufre), uno de los precursores más relevantes de la turbidez sería el estero La Gloria, debido a que en algunos periodos puede alcanzar a 3.683 NTU, aumentando significativamente la turbidez del cauce principal (Tabla 5 de la Adenda Complementaria), el cual presenta aguas arriba de la bocatoma una turbidez relativamente baja. Posteriormente, el río Azufre puede aportar turbidez o disminuirla, según el periodo del año, presentando valores similares a lo registrado en el tramo de restitución de Hidroeléctrica La Higuera. En base a los datos de turbidez obtenidos entre el 15 de junio de 2018 y el 18 de agosto de 2018 (ver Figura 8 de la Adenda Complementaria), se calcularon los peak (máximos diarios) en las estaciones ubicadas aguas abajo de la descarga del dragado (TPM), y aguas abajo de la restitución de la Central Hidroeléctrica La Higuera (TBH). La turbidez en la estación TPM alcanzó un promedio de 1.433,2 NTU y una desviación estándar de 361,6, mientras que en la estación TBH la turbidez fue de 719,8 NTU con una desviación estándar de 195,4. Cabe destacar que, en las dos estaciones la turbidez fue menor al máximo histórico registrado en el estero La Gloria, y solo una vez se superó el máximo histórico observado en la zona de restitución de la Central Hidroeléctrica La Higuera, sector que marca el principio del tramo de presencia de poblaciones estables de fauna íctica nativa. En este sentido, se espera que la fauna íctica nativa e introducida no presente alteraciones en su abundancia, o patrones de distribución debidas al Plan de manejo de sedimentos propuesto, debido a lo siguiente: - Los rangos de turbidez esperados para el proyecto en operación se encontrarían dentro de los registros históricos, constituyendo parte de la variabilidad natural de esta variable. - Los sólidos suspendidos que son reingresados al río son parte del arrastre histórico del río, y no han sido modificados por la operación del proyecto hidroeléctrico. En efecto son una restitución del balance de sedimentos de la cuenca. - Los resultados de la modelación de transporte de sedimentos y los datos empíricos muestran un decaimiento en la concentración de solidos suspendidos en el cauce, debido a la dilución al incorporarse aguas de distintos afluentes. - La concentración de sólidos suspendidos en las áreas de importancia para la biodiversidad (zonas con presencia de especies nativas de interés) sería inferior a 1000 NTU. Considerando que la regla de operación del Proyecto implica la detención de las actividades al alcanzar 2000 NTU en el tramo del río Tinguiririca inmediatamente aguas arriba de la junta con el río Azufre. - El valor operacional establecido como límite del nivel de concentración de 2.000 NTU, es aguas abajo de la faena de dragado del pondaje Tricahue y aguas arriba de la junta con el río Azufre; es decir, unos 20 km aguas arriba del área de importancia para la biodiversidad, correspondiente al tramo del río Tinguiririca entre las junta con el río Clarillo y el río Claro, con presencia de especies ícticas, en categoría de conservación, en especial Diplomystes chilensis que se encuentra en Peligro. - En la determinación del valor límite de 2.000 NTU está el objetivo de no alterar de manera importante esta área de valor ambiental, de tal manera que asegure un valor de NTU en el área de importancia para la biodiversidad que sea común o recurrente de encontrar; y por lo tanto, las especies presentes puedan mantener sus hábitos y comportamientos <footer2

de vida. Este valor, tiene su origen en el dragado de prueba realizado entre el 15 de junio de 2018 y el 18 de agosto de 2018, y cuyos resultados se presentan en la Figura N°9 de la Adenda. En la siguiente figura se muestran los sitios de control modelación de transporte de sedimentos.

Fuente: Figura N°11 de la Adenda Complementaria. A continuación, se muestra la variación de la concentración máxima de sedimentos en suspensión del río, para un caso referencial de 8,5 m³/s de caudal al inicio del dominio. Dragado pondaje Tricahue (período abril a agosto).

Fuente: Figura N°12 de la Adenda Complementaria. En consecuencia, según la modelación y los datos empíricos del dragado de prueba, una turbidez de aproximadamente 2.000 NTU en la estación control ubicada en el río Tinguiririca antes de la junta con el río Azufre, implica que en el tramo control de La Polcura (km 38,7), la turbidez se mantendría, principalmente, bajo los 500 NTU, por lo que no se esperarían efectos en las especies objetivo en el área de importancia para la biodiversidad o en el tramo intermedio. Se dispone de una red de monitoreo en línea de la turbidez, con tres estaciones: una estación instalada antes del reservorio Tricahue, otra agua abajo de éste (cercano a la descarga del vertedero y antes de la confluencia con río Azufre), y una tercera en la casa de máquinas de la Central La Higuera (17 kilómetros aguas abajo), con objeto de <footer2

monitorear la concentración de sedimentos en el río. Así, en base a los resultados en línea de turbidez se determina la continuidad de la actividad de dragado, manteniendo con este control, los niveles de concentración de sedimentos, que permita vigilar que no exista superación de los 2.000 NTU, indicados en el sensor inmediatamente aguas abajo de la faena de dragado en la Central La Higuera (Tinguiririca antes del río Azufre). En la Figura 17 de la Adenda Complementaria se presenta la ubicación propuesta para las estaciones de monitoreo en línea de Turbidez.

Fuente: Figura N°17 de la Adenda Complementaria. Junto con lo anterior, el Titular mantiene los canales de comunicación que existen en la actualidad; es decir, mantiene la comunicación directa (correo electrónico, llamada telefónica u otro similar) con el Gerente de la Junta de Vigilancia de la Primera Sección del río Tinguiririca, además de participar en las reuniones de esta Junta. Para el monitoreo de sedimentos se toma como referencia los límites estipulados en los lineamientos de Calidad de Sedimentos para la Protección de la Vida Acuática canadiense. Cabe destacar que esta norma permite considerar sedimentos no contaminados (Interim Freshwater Sediment Quality Guideline, ISQG), niveles con probables efectos para el medio ambiente (Probable Effect Level, PEL), y la incidencia porcentual para los valores de ISQG y PEL. Sin embargo, se debe tomar en cuenta que los sedimentos vertidos son los propios de la cuenca. Según Méndez (2018), las aguas termales de la parte alta de la cuenca del río Las Damas se caracterizan por ser cloruradas sódicas y poseer altas concentraciones en casi todos los elementos analizados. El resto de las aguas de la cuenca forman una transición desde sulfatadas cálcicas a bicarbonatadas cálcicas, donde las de la parte alta de la cuenca son más sulfatadas y poseen mayores concentraciones y anomalías de Al, Fe, Mn y otros elementos, mientras que las de la parte baja son más bicarbonatadas, con menores concentraciones y solo con un punto con anomalía de Zn; por lo que al comparar las muestras con la normativa chilena para agua potable, varias sobrepasan los valores límite de As, Cl, Fe, Hg y Mn. Para complementar esta información bibliográfica, en la Tabla 7 de la Adenda Complementaria se resumen los valores de los parámetros incluidos en la Norma Chilena NCh 1.333 (Requisitos de calidad del agua para diferentes usos), desde marzo de 2017 a junio de 2018. Como se puede observar las características naturales de las aguas del río Tinguiririca desde su parte alta (aguas arriba de la bocatoma <footer2

Tinguiririca) presentan diversas excedencias respecto a la Norma Chilena NCh 1.333, destacando altas concentraciones de aluminio, arsénico, boro, hierro, molibdeno, manganeso y sulfato, asociados a altos valores de conductividad eléctrica y turbidez. Además, afluentes como el estero La Gloria presentan altas concentraciones de cobre y cobalto, entre otros elementos y valores más elevados de turbidez. Estas características del agua derivan de la conformación geomorfológica de la cuenca, por lo que constituyen la condición natural del sistema y tienen su repercusión en las características generales de los sedimentos. En este sentido, es posible que se verifiquen algunos parámetros de sedimentos que sobrepasen la normativa internacional (en ausencia de normativa nacional), pero que no constituyen una alteración asociada a las acciones del Proyecto; por lo tanto, en el caso de observarse excedencias en términos de la calidad de los sedimentos, éstas son informadas y se buscará un posible efecto en las comunidades biológicas de macroinvertebrados, las que son consideradas a nivel nacional e internacional como buenos indicadores de cambios en las condiciones ambientales, siguiéndose el plan de acciones descrito para el seguimiento de biota acuática, contrastando los resultados obtenidos en cada punto monitoreado con los valores promedio, y la desviación estándar de los parámetros del hábitat evaluados en la caracterización del hábitat, en las campañas del monitoreo de Flora y Fauna Acuática previas a la operación. En función de lo anterior, se definieron las siguientes categorías: - Verde: Los registros observados se encuentran cercanos a la media histórica (dentro del rango de la primera desviación estándar) y muestran una buena condición del río. - Amarilla: Los registros observados se encuentran entre la primera y la segunda desviación estándar, y muestran una condición regular del río o anomalía menor. - Roja: Los registros se encuentran más allá de la segunda desviación estándar, y representa una condición de anomalía mayor del río. En el análisis de riqueza y abundancia de fauna bentónica, se utilizan los promedios y mínimos históricos por estación obtenidos de las campañas de monitoreo de Flora y Fauna Acuática. Con estos valores se definieron las siguientes categorías: - Verde, si la estación presentaba un valor igual o superior al promedio histórico al promedio histórico correspondiente a la estación. - Amarillo, si se encuentra entre el promedio y el mínimo. - Roja si se encuentra bajo el mínimo histórico. En las especies de peces de mayor incidencia (Diplomystes chilensis, Trichomycterus areolatus y Oncorhynchus mykiss), se utilizan los registros de abundancia históricos por estación, obteniéndose la distribución de frecuencia de abundancias de las campañas de monitoreo de Flora y Fauna Acuática. Esto debido a que las abundancias de peces presentan distribuciones discretas y una alta variabilidad; y por lo tanto, los estadísticos utilizados en el análisis de los macroinvertebrados (cuya abundancia presenta una distribución continua) no se pueden aplicar. De acuerdo a lo anterior, se definieron las siguientes categorías: - Verde, si la estación presentaba un percentil superior al percentil 50. - Amarillo, si se encontraba entre el percentil 50 y el 33. - Roja si se encontraba bajo el percentil 33. Las acciones que se siguen en el caso de detectar anomalías mayores por dos periodos consecutivos en la misma estación, es: establecer un plan de seguimiento mensual hasta la siguiente campaña, si la situación no se revierte en dicho período se sigue con el muestreo mensual, y se complementa con análisis de calidad del agua (Norma 1.333 Conservación de la Vida acuática y Riego), indagando en la posible causa de la anomalía. <footer2

A mayor detalle de lo anteriormente descrito, en la Tabla N°9 de la Adenda Complementaria se muestran los promedios y desviaciones estándar de los parámetros del hábitat evaluados en cada estación, en base a los valores obtenidos en las campañas de monitoreo de Flora y Fauna Acuática. En la Tabla N°10 de la Adenda Complementaria se detallan los parámetros de calidad del agua en las estaciones del área de influencia; asimismo, en la Tabla N°11 de la Adenda Complementaria se especifican los mínimos y promedios de riqueza y abundancia en la fauna bentónica en cada una de las estaciones evaluadas, basado en los valores de los monitoreos de Flora y Fauna Acuática. En síntesis, se propone un monitoreo estacional (trimestral), durante los primeros siete años de aplicación del plan; es decir, durante los primeros 5 años en los que se extrae la tasa natural de acumulación anual, más una proporción de lo acumulado a la fecha (45.000 m³ en total); y en los 2 años posteriores, donde la tasa de dragado es la igual a la tasa de retención anual (35.000 m³). En caso de que baje la abundancia y la distribución en un periodo de 2 años a causas atribuibles al Proyecto, se propone aumentar la frecuencia de muestreo; es decir, de muestreo trimestral se pasa a mensual. Las acciones que se siguen en el caso de detectar anomalías mayores por dos periodos consecutivos en una misma estación son: establecer un plan de seguimiento mensual hasta la siguiente campaña, si la situación no se revierte en dicho período se sigue con el muestreo mensual y se complementa con análisis de calidad del agua (Norma 1.333 Conservación de la Vida acuática y Riego), indagando en la posible causa de la anomalía. De esta forma se puede concluir que el aumento de sólidos suspendidos (medidos como turbidez), no tienen efectos adversos en los peces del río Tinguiririca, lo cual puede estar relacionado y sustentado en la adaptación de estas especies a la dinámica natural de arrastre de material que ha presentado históricamente el río. c) La magnitud y duración del impacto del proyecto o actividad sobre el suelo, agua o aire en relación con la condición de línea de base. Suelo: Las actividades consideradas por el Proyecto se realizan en una zona (suelo) ya intervenida como es el pondaje Tricahue; por lo tanto, no se genera un impacto en el componente suelo. Agua: No se considera la descarga de efluentes que puedan afectar cuerpos o cursos de agua. Asimismo, no está permitido el lavado de equipos y maquinaria en el área del Proyecto, especialmente en cuerpos de agua o en las cercanías de éstos. Durante el dragado, los sedimentos que son descargados al río Tinguiririca al provenir del fondo del reservorio corresponden al mismo sedimento proveniente de dicho río; por lo tanto, carecen de características contaminantes o de toxicidad, que puedan afectar sus aguas. Como se demuestra en el Anexo V-E Modelación Hidráulica Bidimensional de la Adenda N°1 y el Anexo C de la DIA, las características de la turbidez en el río es un aspecto que lo caracteriza, por lo que la descarga de un caudal que representa, como máximo el 3,8% del caudal del río en el mes con menos escorrentía, no representa un aporte que cambie de manera significativa las características que el río presenta de manera natural. De acuerdo a lo anterior, no se genera un impacto en el componente agua. Aire: El Proyecto genera emisiones de gases y material particulado provenientes principalmente de la combustión interna del motor de la draga y de la circulación de vehículos por caminos no pavimentados, respectivamente. Estas emisiones son poco significativas, por lo que no se esperan impactos sobre la condición base del componente. No obstante lo descrito anteriormente, se exige a los vehículos pesados circular a una velocidad no superior a 30 km/hora por las vías no pavimentadas; además, todos los vehículos relacionados con el Proyecto <footer2

tienen revisión técnica al día. d) La superación de los valores de las concentraciones establecidos en las normas secundarias de calidad ambiental vigentes o el aumento o disminución significativos, según corresponda, de la concentración por sobre los límites establecidos en éstas. A falta de tales normas, se utilizan como referencia las normas vigentes en los Estados que se señalan en el artículo 11 del Reglamento. En caso de que no sea posible evaluar el efecto adverso de acuerdo a lo anterior, se considera la magnitud y duración del efecto generado sobre la biota por el proyecto o actividad y su relación con la condición de línea de base. Calidad del agua: No se considera la descarga de efluentes que puedan afectar cuerpos o cursos de agua. Tampoco está permitido el lavado de equipos y maquinaria en el área del proyecto, especialmente en cuerpos de agua o en las cercanías de éstos. Durante el dragado, los sedimentos que son descargados al río Tinguiririca son los propios de la cuenca, las que según Méndez (2018, “Determinación de línea de base geoquímica para la Cuenca Alto Tinguiririca. Memoria para optar al título de geólogo. Universidad de Chile, Facultad de Ciencias Físicas y Matemáticas, Departamento de Geología”), al provenir de aguas termales en la parte alta de la cuenca del río Las Damas, presentan características cloruradas sódicas y altas concentraciones en casi todos los elementos. El resto de las aguas de la cuenca forman una transición desde sulfatadas cálcicas a bicarbonatadas cálcicas, donde las de la parte alta de la cuenca son más sulfatadas y poseen mayores concentraciones y anomalías de Al, Fe, Mn y otros elementos, mientras que las de la parte baja son más bicarbonatadas, con menores concentraciones de los distintos elementos. Estas características del agua derivan de la conformación geomorfológica de la cuenca, por lo que constituyen la condición natural del sistema y tienen su repercusión en las características generales de los sedimentos. En este sentido, es posible que se verifiquen algunos parámetros de sedimentos que sobrepasen la normativa internacional (en ausencia de normativa nacional), pero que no constituyen una alteración asociada a las acciones del Proyecto. Calidad de aire: El Proyecto genera emisiones de gases provenientes principalmente de la combustión interna del motor de la draga. Estas emisiones son poco significativas, por lo que no se contempla superación de la norma secundaria de aire para anhídrido sulfuroso (SO2) vigente. e) La diferencia entre los niveles estimados de ruido con proyecto o actividad y el nivel de ruido de fondo representativo y característico del entorno donde se concentre fauna nativa asociada a hábitats de relevancia para su nidificación, reproducción o alimentación. Si bien, durante la fase de operación se generan emisiones de ruido proveniente de la actividad de dragado, en la zona aledañas a ésta no se evidenció fauna nativa asociada a hábitats de relevancia para su nidificación, reproducción o alimentación. Las emisiones de ruido corresponden a las indicadas en la siguiente tabla:

Fuente: Tabla 5-27 del Capítulo 5 de la DIA.

f) El impacto generado por la utilización y/o manejo de productos químicos, residuos, así como cualesquiera otras sustancias que puedan afectar los recursos naturales renovables. Residuos sólidos domiciliarios (RSD) Los RSD son originados principalmente por el consumo de alimentos de parte del personal, y corresponden a residuos orgánicos, restos de papel, plástico, cartón y otros insumos inertes de oficinas y comedor de la Central Hidroeléctrica La Confluencia. Se estima que en la etapa de operación se genera un peak de 7,7 kg/día, considerando una producción per cápita de 1,1 kg/persona/día y un máximo de 7 trabajadores. Los residuos generados en el frente de trabajo son almacenados temporalmente en contenedores herméticamente cerrados, y son llevados diariamente a la Central Hidroeléctrica La Confluencia, donde son manejados junto con el resto de los residuos de la central, para posteriormente ser transportados a sitio de disposición final autorizado. Residuos sólidos industriales no peligrosos (RSINP) Los RSINP que genera el Proyecto corresponden principalmente a plásticos, restos de tuberías, entre otros. Estos residuos son llevados a la <footer2

Central Hidroeléctrica La Confluencia, donde son manejados junto con el resto de los residuos de la central; y posteriormente, se transportan a sitio de disposición final autorizado. Residuos peligrosos (RESPEL) Los RESPEL que se generan corresponden principalmente a guaipes y paños con residuos de aceites y combustibles, entre otros. Se estima que durante esta fase se generan aproximadamente 0,2 ton/mes de este tipo de residuos. Estos residuos se producen de forma ocasional y son almacenados en una bodega habilitada para estos fines, que cumpla con lo estipulado en el D.S. Nº148/2004 del MINSAL, Reglamento Sanitario sobre Manejo de Residuos Peligrosos. Posteriormente, son transportados a sitio de disposición final autorizado, por una empresa que cuente con autorización sanitaria correspondiente. El almacenamiento no se extiende más allá de 6 meses, por lo que la cantidad máxima a almacenar no supera las 1,2 toneladas. Debido a que la cantidad es inferior a 12 toneladas anuales, no se requiere tramitar ante la Autoridad Sanitaria un Plan de Manejo de Residuos Peligrosos. Las características de la bodega de RESPEL son las siguientes: - Base continua, impermeable y resistente. - Cierre perimetral de a lo menos 1,80 metros de altura que impida el libre acceso de personas y animales. Este cierre va a una profundidad superior a los 30 cm. - Techada y protegida de condiciones ambientales tales como humedad, temperatura y radiación solar. - Capacidad de retención de escurrimientos o derrames, no inferior al volumen del contenedor de mayor capacidad, ni al 20% del volumen total de los contenedores almacenados. - Señalética de acuerdo a la Norma Chilena NCh 2.190 Of. 93. - Acceso restringido, cuenta con medidas de seguridad y equipamiento contra incendios. La bodega tiene un extintor (para los elementos combustibles clase B se usan los extintores adecuados). Combustible Se utiliza un camión surtidor de 5 m3 que cumpla con las exigencias y autorizaciones de la Superintendencia de Electricidad y Combustibles (SEC); por lo tanto, no se requiere de almacenamiento de combustible para el Proyecto. Se estima un consumo promedio de combustible de 17 m3/mes durante la fase de operación del Proyecto. Para el abastecimiento de la draga se trasvasija mediante el uso de manguera desde el camión surtidor a una barcaza tanque, cuyo carguío se efectúa fuera del agua y en lugar habilitado. Luego esta barcaza tanque hace llegar el combustible al equipo de dragado. De acuerdo a lo expresado por el Titular en la respuesta N°17 de la Adenda, en caso de derrames de hidrocarburos producto de la operación de la draga que puedan comprometer cuerpos de agua superficiales, se indica que ésta tiene una sentina de acumulación de desechos líquidos que recoge los hidrocarburos, y mediante un sistema de achique conectado a tambores o envases de trasvasije, permitan su recepción y traslado seguro a tierra. Adicionalmente, en caso de que el derrame acceda al pondaje, la draga está equipada con mangas absorbentes para contener y minimizar al máximo el derrame en caso de que entre en contacto con el agua, limitándolo al pondaje y evitando su propagación hacia las aguas del río Tinguiririca. Además, tiene líquidos dispersantes que disgregan el derrame de hidrocarburo, con el objetivo de facilitar su dilución en el agua, y posteriormente su degradación de forma natural. En virtud de lo anterior, ante derrames de hidrocarburos que entren en contacto con el pondaje o con el cauce del río, se procede de la siguiente manera: <footer2

  • Contención del derrame con mangas absorbentes,
  • Extracción de agua contaminada con bombas y realizar su depósito en camión autorizado por la SEREMI de Salud.
  • Despacho de camión con agua contaminada.
  • Monitoreo inmediato del área de influencia.
  • Evaluación de posible impacto causado por el derrame.
  • Aviso a la persona encargada según lo establece el Plan de Emergencia, quién a su vez, da aviso en un plazo no mayor a 24 horas a la DGA, SERNAPESCA y Superintendencia del Medio Ambiente de la Región de O’Higgins, con la finalidad de establecer medidas en conjunto para el desarrollo de las medidas de descontaminación, rehabilitación o restauración, según sea el caso. Asimismo, se indica que con la finalidad de asegurar el correcto funcionamiento de la draga, de manera previa a cada turno de trabajo, se revisa el estado de la maquinaria tomando niveles de aceite del motor y sus accesorios, revisando el sistema hidráulico, la instalación de la maquinaria y la tubería de descarga. En caso de detectarse cualquier anomalía, se informa al encargado de la faena a fin de aplicar las medidas adecuadas para asegurar el buen funcionamiento del equipo. La lista de chequeo a aplicar considera los siguientes aspectos:
  • Revisión de nivel de aceite en motor.
  • Revisión de nivel de agua de enfriamiento en motor.
  • Revisión de nivel de aceite hidráulico.
  • Revisión de nivel de aceite en la caja de trasmisión.
  • Revisión de nivel de petróleo.
  • Revisión de estado de engrase.
  • Revisión de instrumentos de control.
  • Actualización de la bitácora. Una vez finalizada la revisión, se pone en marcha el motor y se verifica el funcionamiento del sistema hidráulico. Posteriormente, se sueltan los grilletes que mantienen el cabezal de succión en su posición de descanso, sujeto al arco de la draga (al terminar la faena este debe quedar anclado en su posición original), y luego se conecta la bomba principal. Cuando la bomba esté cebada, se sumerge el tubo hasta llegar al sedimento y se da inicio a la extracción. Es importante destacar que cada turno deja registro escrito del check list realizado en formato propio, registrando en la bitácora de la draga y dando aviso al encargado de la faena, cualquier tipo de anomalía registrada, para que el turno siguiente tome conocimiento y evalúe la factibilidad de operación del equipo. En la Figura N°13 de la Adenda se muestra la zona de mantención y carguío de combustible de la draga. Emisiones líquidas Aguas servidas Los residuos líquidos que se generan durante esta fase, corresponden a aguas servidas provenientes de los baños químicos del frente de trabajo, y de servicios higiénicos y comedor de la Central Hidroeléctrica La Confluencia, que se disponen para el personal que realice las labores de operación del Proyecto. Considerando una dotación de 100 litros/día de agua por trabajador, un máximo de 7 trabajadores y un coeficiente de recuperación de 80%, se estima la generación de 0,56 m3/día aproximadamente de aguas servidas. El manejo de los baños químicos es realizado por una empresa que cuente con los permisos de la Autoridad Sanitaria. Adicionalmente, se utilizan las duchas y baños existentes de la casa de máquinas de la Central Hidroeléctrica La Confluencia, la cual se encuentra cercana al <footer2

área del Proyecto. En el Anexo II-A de la Adenda se adjuntan las Resoluciones Sanitarias del sistema de alcantarillado y suministro de agua potable de la Central Hidroeléctrica La Confluencia. Residuos líquidos industriales El Proyecto no considera la generación de residuos líquidos industriales en su fase de operación. Cabe destacar que no está permitido el lavado de equipos y maquinaria en el área del Proyecto, especialmente en cuerpos de agua o en las cercanías de éstos. Respecto del sedimento proveniente del dragado del pondaje Tricahue, que es descargado al río Tinguiririca, éste corresponde al mismo sedimento proveniente de dicho río; por lo tanto, carecen de características contaminantes o de toxicidad, que puedan afectar sus aguas. De acuerdo a lo descrito anteriormente, no se genera impacto sobre los recursos naturales renovables por la utilización y/o manejo de productos químicos, residuos u otras sustancias. g) El impacto generado por el volumen o caudal de recursos hídricos a intervenir o explotar, así como el generado por el transvase de una cuenca o subcuenca hidrográfica a otra, incluyendo el generado por ascenso o descenso de los niveles de aguas subterráneas y superficiales. La evaluación de dicho impacto debe considerar siempre la magnitud de la alteración en: g.1. Cuerpos de aguas subterráneas que contienen aguas fósiles. g.2. Cuerpos o cursos de aguas en que se generen fluctuaciones de niveles. g.3. Vegas y/o bofedales que pudieren ser afectadas por el ascenso o descenso de los niveles de aguas. g.4. Áreas o zonas de humedales, estuarios y turberas que pudieren ser afectadas por el ascenso o descenso de los niveles de aguas subterráneas o superficiales. g.5. La superficie o volumen de un glaciar susceptible de modificarse. g.1. El Proyecto no considera la intervención de aguas subterráneas que contienen aguas fósiles. g.2. El Proyecto no considera la alteración en términos de fluctuaciones de niveles del cuerpo de agua. g.3. El Proyecto no considera la intervención de vegas y bofedales, debido a que no se identifica su presencia en el área de influencia del Proyecto. g.4. El Proyecto no considera la intervención de áreas o zonas de humedales, estuarios y turberas, pues no se identifican estas unidades en el área de influencia del Proyecto. g.5. El Proyecto no considera la intervención de la superficie o volumen de un glaciar susceptible de modificarse, dado que no se identifican esta unidad en el área de influencia del Proyecto. h) Los impactos que pueda generar la introducción de especies El Proyecto no considera la introducción de especies exóticas al territorio nacional, como tampoco en áreas, zonas o ecosistemas <footer2

exóticas al territorio nacional o en áreas, zonas o ecosistemas determinados. determinados.

5.3. REASENTAMIENTO DE COMUNIDADES HUMANAS O ALTERACIÓN SIGNIFICATIVA DE LOS SISTEMAS DE VIDA Y COSTUMBRES DE GRUPOS HUMANOS Impacto ambiental - Impacto de los sedimentos en bocatomas de riego y sistemas de regadío. - Impacto de los sedimentos en la calidad del agua en fuentes de abastecimiento para agua potable. Existencia de grupos humanos en el área de influencia No existen grupos humanos en el área de influencia del Proyecto. Reasentamiento de comunidades humanas Dadas las características y ubicación del Proyecto, además de los antecedentes entregados en el Acápite 5.2.1.16 del Capítulo 5 de la DIA, se puede aseverar que el desarrollo de este no genera reasentamientos, desplazamientos, ni reubicación de comunidades humanas, incluidas las pertenecientes a poblaciones indígenas. Los siguientes antecedentes justifican que el proyecto o actividad no genera o presenta alteración significativa de los sistemas de vida y costumbres de grupos humanos, en consideración a lo dispuesto en el artículo 7 del Reglamento del SEIA: a) La intervención, uso o restricción al acceso de los recursos naturales utilizados como sustento económico del grupo o para cualquier otro uso tradicional, tales como uso medicinal, espiritual o cultural. No se prevé la generación de impacto de manera significativa en bocatomas de riego y sistemas de regadío, toda vez que el Titular ha decidido desarrollar la descarga del dragado en época distinta a la que se ocupa para regar, realizándolo en el período comprendido entre los meses de abril y agosto de cada año (5 meses) de manera de no coincidir con las actividades desarrolladas por los regantes. En complemento a lo anterior, en la Adenda se realizó una modelación hidráulica bidimensional del dragado del pondaje Tricahue durante el período abril a agosto (Anexo V-E), la cual permite determinar en diferentes secciones del dominio (área de modelación), la concentración de sedimentos en suspensión, de acuerdo al punto de origen de los aportes de sedimento y las entradas de tributarios que resulten en un efecto de dilución. A modo de ejemplo, en la Figura 30 de la Adenda Complementaria se entregan las variaciones de concentración máxima de sedimentos en suspensión, generados por el dragado del pondaje Tricahue, utilizando un caudal al inicio del dominio de 8,5 m³/s, que crece hasta alcanzar 40 m³/s en Tinguiririca en La Polcura, para el período abril - agosto. De acuerdo a dicha figura, para el escenario que considera la actividad de dragado, la concentración máxima de sedimentos en suspensión disminuye drásticamente entre la descarga (km 17,2) y el km 18, donde tiende a acercarse a los valores naturales del río Tinguiririca. En tanto, las primeras bocatomas de la Junta de Vigilancia del río Tinguiririca se ubican aproximadamente en el km 42,5 respecto del modelo; por lo tanto, la concentración máxima de sedimentos en suspensión sería similar a los valores naturales del río en ese punto, lo que no afectaría los sistemas de riego y las actividades de los regantes. Lo anterior, sumado a que el dragado programado en el pondaje Tinguiririca de la Central La Confluencia, se realiza entre septiembre y marzo, se descarta por parte del Titular posibles efectos acumulativos de ambas centrales. Respecto al impacto de los sedimentos en la calidad del agua en fuentes de abastecimiento para agua potable, en la respuesta N°13 de la Adenda Complementaria el Titular expresa que, el Proyecto no se relaciona con el servicio de Agua Potable de Puente Negro, que cuenta como fuente de abastecimiento una noria proveniente del río Claro, debido a que el río <footer2

Tinguiririca recibe como tributario a este último en el sector de Talcarehue, aguas abajo de Puente Negro. Como se indicó en la respuesta 45 de la Adenda, las otras fuentes o captaciones de agua potable que existen aguas abajo de Puente Negro, están relacionadas a sistemas de Agua Potable Rural (APR), las que se localizan en zonas del río donde no hay un cambio en las características de turbiedad típica del río, y las características de las aguas no se ven modificadas respecto a la actualidad, lo que sumado a su localización aguas abajo de la confluencia con el río Claro, asegura esta condición. b) La obstrucción o restricción a la libre circulación, conectividad o el aumento significativo de los tiempos de desplazamiento. Se considera la utilización de la ruta I-45, desde la localidad de San Fernando y/o Puente Negro hasta el área del Proyecto; no obstante, se contempla un flujo menor de vehículo livianos para transporte de personal, y vehículos pesados para el transporte de una cantidad poco significativa de insumos. En función de lo anterior, no se genera una obstrucción o restricción a la libre circulación de las personas, por lo demás es necesario señalar que parte de la ruta (entre el sector de La Rufina y la Central Hidroeléctrica La Higuera) el tránsito vehicular se realiza por un camino privado e interno. c) La alteración al acceso o a la calidad de bienes, equipamientos, servicios o infraestructura básica. En cuanto a la dimensión socioeconómica, no se generan variaciones relevantes, debido a que el Proyecto no hace ocupación de áreas utilizadas actualmente para actividades económicas. En cuanto a la dimensión de bienestar social básico, la ejecución del Proyecto no afecta el acceso a bienes, equipamientos o servicios asociados al bienestar básico, dado que la población local reside en un área rural y que los habitantes satisfacen sus necesidades de bienes de consumo y servicios básicos en las localidades cercanas, ninguna de las cuales son intervenidas por el Proyecto. d) La dificultad o impedimento para el ejercicio o la manifestación de tradiciones, cultura o intereses comunitarios, que puedan afectar los sentimientos de arraigo o la cohesión social del grupo. De acuerdo a los antecedentes entregados expuestos en la Línea de Base del Medio Humano del proyecto original, aprobado mediante la RCA N°116/2004 y a lo corroborado por la caracterización del componente, en el área de influencia no se identificaron manifestación de tradiciones, cultura o intereses comunitarios, que puedan verse afectados por la ejecución del Proyecto. Para los grupos humanos pertenecientes a pueblos indígenas, además de las circunstancias señaladas precedentemente, se considera la duración y/o magnitud de la alteración en sus formas de organización social particular. De acuerdo con lo indicado en la Línea de Base de Medio Humano del proyecto original, aprobado mediante la RCA N° 116/2004 y a la caracterización del componente, no existe población, comunidades o grupos humanos protegidos por leyes especiales, ni se registra la presencia de Comunidades Indígenas bajo la Ley Indígena (Ley N°19.253), asimismo, no se identifican demandas o pretensiones territoriales sobre terrenos en el área del Proyecto; por lo tanto, no se generan efectos que impidan o dificulten las relaciones sociales, económicas, culturales o la manifestación de tradiciones, intereses comunitarios o sentimientos de arraigo de la población local.

5.4. LOCALIZACIÓN EN O PRÓXIMA A POBLACIONES, RECURSOS Y ÁREAS PROTEGIDAS, SITIOS PRIORITARIOS PARA LA CONSERVACIÓN, HUMEDALES PROTEGIDOS Y GLACIARES, SUSCEPTIBLES DE SER AFECTADOS, ASÍ COMO EL VALOR AMBIENTAL DEL TERRITORIO EN QUE SE PRETENDE EMPLAZAR Impacto ambiental El proyecto no genera impactos sobre poblaciones, recursos y áreas protegidas, sitios prioritarios para la conservación, humedales protegidos y glaciares, susceptibles de ser afectados, así como el valor ambiental del territorio en que se pretende emplazar. <footer2

Existencia de poblaciones protegidas El Proyecto se ubica en la comuna de San Fernando, específicamente en el río Tinguiririca (Tinguiririca Alto), donde de acuerdo a información del censo de 2002, así como la recopilada, se puede concluir que no existe población, comunidades o grupos humanos protegidos por leyes especiales, ni se registra la presencia de Comunidades Indígenas bajo la Ley Indígena (Ley N°19.253), como tampoco se identifican demandas o pretensiones territoriales sobre terrenos en el área del Proyecto. Existencia de recursos y áreas protegidas, sitios prioritarios para la conservación, humedales protegidos, glaciares y zona con valor ambiental De acuerdo a lo señalado en el acápite 5.2.1.15 del Capítulo 5 de la DIA, el área donde se desarrollan las obras y actividades del Proyecto no se encuentran en o en cercanías de recursos protegidos, áreas protegidas, humedales y glaciares protegidos, y territorios con valor ambiental. Los siguientes antecedentes justifican que el proyecto o actividad no se localización en o próxima a poblaciones, recursos y áreas protegidas, sitios prioritarios para la conservación, humedales protegidos y glaciares, susceptibles de ser afectados, así como el valor ambiental del territorio en que se pretende emplazar, en consideración a lo dispuesto en el artículo 8 del Reglamento del SEIA. Susceptibilidad de afectar poblaciones protegidas, considerando la extensión, magnitud o duración de la intervención en áreas donde ellas habitan. El Proyecto se ubica en la comuna de San Fernando, específicamente en el río Tinguiririca (Tinguiririca Alto), donde de acuerdo con información del censo de 2002, así como la recopilada, se puede concluir que no existe población, comunidades o grupos humanos protegidos por leyes especiales, ni se registra la presencia de Comunidades Indígenas bajo la Ley Indígena (Ley N°19.253), como tampoco se identifican demandas o pretensiones territoriales sobre terrenos en el área del Proyecto. Susceptibilidad de afectar recursos y áreas protegidas, sitios prioritarios para la conservación, humedales protegidos, glaciares o territorios con valor ambiental, se considera la extensión, magnitud o duración de la intervención de sus partes, obras o acciones, así como de los impactos generados por el proyecto o actividad, teniendo en especial consideración los objetos de protección que se pretenden resguardar. De acuerdo a lo señalado en el acápite 5.2.1.15 del Capítulo 5 de la DIA, el área donde se desarrollan las obras y actividades del Proyecto no se encuentran en o en cercanías de recursos protegidos, áreas protegidas, humedales y glaciares protegidos, y territorios con valor ambiental.

5.5. ALTERACIÓN SIGNIFICATIVA, EN TÉRMINOS DE MAGNITUD O DURACIÓN, DEL VALOR PAISAJÍSTICO O TURÍSTICO DE UNA ZONA Impacto ambiental El Proyecto no genera alteración significativa, en términos de magnitud o duración, del valor paisajístico o turístico de una zona. Existencia de valor turístico Los sectores de La Rufina y Termas del Flaco poseen condiciones que permiten señalar un valor turístico, los cuales no son afectados por las actividades del Proyecto. Existencia de valor paisajístico Acorde con las condiciones biofísicas del sector de emplazamiento del Proyecto, el área en particular presenta ausencia de valor paisajístico. Los siguientes antecedentes justifican que el proyecto o actividad no genera o presenta alteración significativa del valor paisajístico o turístico de una zona, en consideración a lo dispuesto en el artículo 9 del Reglamento del SEIA: <footer2

a) La duración o la magnitud en que se obstruye la visibilidad a una zona con valor paisajístico. El Proyecto no interfiere, condiciona u obstruye el acceso a los sectores interiores del valle del Tinguiririca Alto, asimismo no altera el valor turístico en sí mismo, debido a que las obras corresponden a un dragado del actual pondaje existente de la Central Hidroeléctrica La Higuera. Cabe señalar que si bien el área del Proyecto se encuentra al interior del cajón del río Tinguiririca, la intervención del mismo dentro de esta zonificación se puede considerar como mínima, tomando en cuenta que la circulación vehicular entre La Rufina y la Central Hidroeléctrica La Higuera, se realiza a través de un camino de propiedad de Hidroeléctrica La Higuera, y que es transitado exclusivamente por personas autorizadas. De acuerdo a los antecedentes entregados en el acápite 5.2.1.12 del Capítulo 5 de la DIA, la existencia de obras establece un paisaje donde los atributos biofísicos son escasos y parciales, siendo solamente significativa la presencia de los contrafuertes cordilleranos de fondo, donde se observa vegetación y la presencia temporal de nieve, lo que no es exclusivo del sitio en sí, sino que forma parte de toda la cuenca en general del valle del río Tinguiririca. Del mismo modo, la presencia del cauce no es efectiva como tal, ya que este fluye a un nivel inferior al camino existente, por lo cual el atributo agua no forma parte de la cuenca visual. Estos antecedentes, sumado a la ausencia de contacto visual entre área de obras y actividades del Proyecto, y las condiciones biofísicas parciales del mismo establecen que el área en particular presenta una ausencia de valor paisajístico. b) La duración o la magnitud en que se alteren atributos de una zona con valor paisajístico. La duración o magnitud en que se obstruya el acceso o se alteren zonas con valor turístico. De acuerdo a lo señalado en el acápite 5.2.1.13 del Capítulo 5 de la DIA, el área asociada a la cuenca alta del río Tinguiririca, específicamente entre los sectores de La Rufina y Termas del Flaco, posee condiciones que permiten señalar un valor turístico debido a la presencia de atractivos turísticos, y la presencia de servicios turísticos particularmente en el sector de Termas del Flaco, y la existencia de actividades turísticas asociadas a elementos naturales de alta montaña. No obstante, se establece que el Proyecto no interfiere o condiciona alguno de los valores antes señalados, debido a que no se obstruye el acceso a los sectores interiores del valle, y el valor turístico en sí mismo, debido a que las obras corresponden a un dragado del actual pondaje existente. Cabe señalar que, si bien el área del Proyecto se encuentra al interior del cajón del río Tinguiririca, la intervención de este dentro de esta zonificación se puede considerar como mínima, tomando en cuenta que la circulación vehicular, entre La Rufina y la Central Hidroeléctrica La Higuera, se realiza a través de un camino de propiedad de Hidroeléctrica La Higuera, y que es transitado exclusivamente por personas autorizadas.

5.6. ALTERACIÓN DE MONUMENTOS, SITIOS CON VALOR ANTROPOLÓGICO, ARQUEOLÓGICO, HISTÓRICO Y, EN GENERAL, LOS PERTENECIENTES AL PATRIMONIO CULTURAL Impacto ambiental El Proyecto no produce la alteración de monumentos, sitios con valor antropológico, arqueológico, histórico y, en general, los pertenecientes al patrimonio cultural. Existencia de monumentos sitios con valor antropológico, arqueológico, histórico y, en general, los pertenecientes al De acuerdo a la caracterización bibliográfica presentada en el a Anexo V-D de la Adenda, los hallazgos más cercanos a las obras de dragado y limpieza de desarenadores corresponde a los sitios históricos Cimientos Azufrera 1890 (CAZ) y Muros Hornos Azufrera 1890 (MAZ), documentadas por Blanca Tagle (2004, <footer2

patrimonio cultural. 2009). Evidencias vinculadas a la minería del Azufre, parte del patrimonio histórico del área del Tinguiririca, las que fueron abordadas en el EIA del Proyecto Hidroeléctrico La Higuera (Tagle, 2004), donde se señala que las azufreras del Tinguiririca fueron explotadas desde la primera mitad del siglo XIX hasta inicios del siglo XX, y configuran la principal explotación de su tipo en Chile Central. Por otra parte, hacia el sur del sector de la confluencia con el río Azufre, existió el yacimiento arqueológico más cercano a la Central Hidroeléctrica, correspondiente a La Sombría (LS), un sitio alfarero temprano que fue descubierto durante las prospecciones realizadas para la optimización de la DIA La Confluencia en el año 2006, y excavado posteriormente el 2007 por la arqueóloga Blanca Tagle, quien ha señalado que este sitio podría evidenciar participación prehispánica en circuitos de movilidad altoandina (Tagle, 2007). Dado que el Proyecto no considera intervención de terrenos (movimientos de tierra), y sus actividades son desarrolladas en áreas evaluadas previamente en el SEIA, donde actualmente los elementos patrimoniales más cercanos (CAZ y MAZ) están situados a más de 0,7 km del Pondaje Tricahue, se descartan impactos significativos sobre el componente sitios arqueológicos. En el Anexo I-A de la Adenda se entrega un plano con la ubicación de los sitios históricos y arqueológicos más cercanos a las obras del Proyecto. Asimismo, no existen Monumentos Históricos, Zonas Típicas o Pintorescas ni Monumentos Arqueológicos en el área del Proyecto; por lo tanto, no se genera ni presenta alteración de Monumentos pertenecientes al patrimonio cultural. Los siguientes antecedentes justifican que el proyecto o actividad no genera o presenta alteración de monumentos, sitios con valor antropológico, arqueológico, histórico, y en general, los pertenecientes al patrimonio cultural, en consideración a lo dispuesto en el artículo 10 del Reglamento del SEIA: a) La magnitud en que se remueva, destruya, excave, traslade, deteriore, intervenga o se modifique en forma permanente algún Monumento Nacional de aquellos definidos por la Ley N°17.288. El Proyecto no implica la habilitación de nuevas obras, sólo considera actividades operacionales en obras existentes en áreas evaluadas ambientalmente durante el proceso de obtención de la RCA N°116/2004. Sin embargo, en caso de efectuarse un hallazgo arqueológico o paleontológico, el Titular procede según lo establecido en la Ley N° 17.288 (Art. 26 y 27) y en el D.S. 484/90 (Art. 20 y 23), es decir, se dará aviso al Gobernador Provincial quien ordenará a Carabineros que se haga responsable de la vigilancia del hallazgo hasta que el Consejo de Monumentos Nacionales se haga cargo del mismo. Además, el Titular dará aviso inmediato y por escrito al Consejo de Monumentos Nacionales para que este organismo determine los procedimientos a seguir, de cuya implementación es responsable el Titular. b) La magnitud en que se modifique o deteriore en forma permanente construcciones, lugares o sitios que por sus características constructivas, por su antigüedad, por su valor científico, por su contexto histórico o por su singularidad, pertenecen al patrimonio cultural, incluido el patrimonio cultural indígena. c) La afectación a lugares o sitios en que se lleven a cabo manifestaciones propias de la cultura o folclore de algún pueblo, comunidad o grupo humano, derivada de la proximidad y naturaleza de las partes, obras y/o acciones del proyecto o actividad, considerando especialmente a De acuerdo con lo indicado en la Línea de Base de Medio Humano del proyecto original, aprobado mediante la RCA N°116/2004 y a lo corroborado posteriormente con otros estudios y la caracterización del componente (Acápite 5.2.1 del Capítulo 5 de la DIA), no existe población, comunidades o grupos humanos protegidos por leyes especiales, ni se registra la presencia de Comunidades Indígenas bajo la Ley Indígena (Ley N°19.253), asimismo no se identifican demandas o pretensiones territoriales sobre terrenos en el área del Proyecto; por lo tanto, no se generan efectos que impidan o dificulten las relaciones <footer2

los grupos humanos indígenas. sociales, económicas, culturales o la manifestación de tradiciones, intereses comunitarios o sentimientos de arraigo de la población local.

6°. Que resultan aplicables al Proyecto los siguientes permisos ambientales sectoriales, asociados a las correspondientes partes, obras o acciones que se señalan a continuación:

6.1. PERMISOS AMBIENTALES SECTORIALES DE CONTENIDO ÚNICAMENTE AMBIENTAL

6.1.1. Permiso para realizar pesca de investigación, según se establece en el artículo 119 del Reglamento del SEIA. Fase del proyecto a la cual corresponde Fase de operación. Parte, obra o acción a la que aplica Plan de monitoreo de los ecosistemas acuáticos continentales. Condiciones o exigencias específicas para su otorgamiento Síntesis de los contenidos técnicos y formales del PAS a) Identificación de las especies hidrobiológicas que se pretende extraer como especies principales y secundarias. Especies hidrobiológicas objetivo y potenciales del monitoreo

Fuente: Tabla 21 de la Adenda. b) Indicación del área en la cual se pretende desarrollar las actividades de investigación. Ubicación de las estaciones de monitoreo y parámetros a caracterizar

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Fuente: Tabla 22 de la Adenda. c) Especificación de los objetivos generales y específicos que el proyecto de pesca de investigación persigue. Objetivo general: Realizar tareas de monitoreo de la flora y fauna acuática que representen de forma adecuada la diversidad presente en diferentes áreas de estudio. Objetivo específico: Conocer la distribución y abundancia relativa de especies de flora y fauna en el área de estudio. d) Identificación y características específicas del arte, aparejo o sistema de pesca a utilizar en la ejecución de la investigación. Identificación y características específicas del arte, equipos o elementos a utilizar

Fuente: Tabla 23 de la Adenda. e) Especificación de la metodología a emplear, indicándose además su correspondiente soporte estadístico debidamente fundamentado. Fitobentos: En cada sitio de estudio se obtiene una muestra de la comunidad vegetal adherida a sustrato, cepillando un área de 25 cm2 (5 x 5 cm) de superficies duras naturales móviles (ej. Rocas, troncos sumergidos, etc.). Las muestras obtenidas son fijadas con una solución de Lugol, para su posterior análisis en laboratorio, mediante recuento en microscopia. Zoobentos: Los organismos asociados al sustrato son colectados con una red Surber de 0,09 m2, con seis replicas por estación de muestreo. Posteriormente, se identificarán de acuerdo con la información sistemática reciente, y se cuantifican bajo una Lupa Wild M3, los que fueron expresados en número de organismos por m2. Peces: El muestreo de fauna íctica se realiza con un sistema de pesca eléctrica, el que ejerce un bajo impacto sobre los ejemplares, permitiendo su rápida recuperación. Una vez inmovilizados con el shock eléctrico, los ejemplares son capturados con una red tipo chinguillo, o una red de arrastre de marco metálico rectangular que es fijada al fondo del cauce. Para el sistema de pesca eléctrica se aplica un esfuerzo de pesca de 30 minutos, barriendo un mínimo de 100 metros de río, lo que cubre usualmente los diversos microambientes como rápidos, remansos y pozones. En los sistemas lénticos se realizan capturas con una red de enmalle tipo cerco. Los ejemplares capturados se determinan a nivel de especie, evaluando la longitud total y peso in vivo. Posteriormente son liberados en el mismo sitio de captura. Macrófitas acuáticas: En cada una de las localidades se recorre un segmento de 100 metros, en búsqueda intensiva de vegetación acuática, sumergida y emergente. La vegetación recolectada es fijada en formalina, para su posterior identificación en laboratorio. <footer2

f) Resultados esperados. Identificación de los patrones de distribución espacial de las especies ícticas y las comunidades de flora y fauna acuática. g) Duración del estudio y cronograma de actividades. Se propone un monitoreo estacional (trimestral), durante los primeros siete años de aplicación del plan; es decir, durante los primeros 5 años en los que se extrae la tasa natural de acumulación anual, más una proporción de lo acumulado a la fecha (45.000 m³ en total); y en los 2 años posteriores, donde la tasa de dragado es la igual a la tasa de retención anual (35.000 m³). En caso de que baje la abundancia y la distribución en un periodo de 2 años a causas atribuibles al Proyecto, se propone aumentar la frecuencia de muestreo; es decir, de muestreo trimestral se pasa a mensual. Las acciones que se siguen en el caso de detectar anomalías mayores por dos periodos consecutivos en una misma estación, son: establecer un plan de seguimiento mensual hasta la siguiente campaña, si la situación no se revierte en dicho período se sigue con el muestreo mensual y se complementa con análisis de calidad del agua (Norma 1.333 Conservación de la Vida acuática y Riego), indagando en la posible causa de la anomalía. A continuación se entrega cronograma anual de las actividades.

Fuente: Figura 16 de la Adenda. Pronunciamiento del órgano competente Oficio Ordinario N°(D.A.C.) ORD. SEIA N°337 de fecha 20 de agosto de 2019, de la Subsecretaría de Pesca y Acuicultura. A través del citado Oficio Ordinario, la Subsecretaría de Pesca y Acuicultura expresa lo siguiente: “Identifica correctamente el Permiso Ambiental Sectorial N°119, del cual esta Subsecretaría se manifiesta conforme respecto de su otorgamiento, por cuanto los antecedentes entregados por el titular cumplen con la normativa, aumentando la duración del Plan de Monitoreo de los Ecosistemas Acuáticos Continentales, de Calidad de Agua y Sedimentos de 3 a 7 años. No obstante lo anterior, se deja de manifiesto en el presente informe que en la eventualidad de que se detecten anomalías en la distribución de la frecuencia de especies ícticas nativas durante la etapa de seguimiento, el titular deberá informar a la Autoridad competente los resultados obtenidos con el propósito de evaluar en conjunto si son necesarias nuevas medidas de manejo”.

6.2. PERMISOS AMBIENTALES SECTORIALES MIXTOS

6.2.1. Permiso para los sitios de almacenamiento de residuos peligrosos, es el establecido en el artículo 29 del Decreto Supremo Nº148 de 2003 del Ministerio de Salud, Reglamento sanitario sobre manejo de residuos peligrosos, según se establece en el artículo 142 del Reglamento del SEIA. Fase del proyecto a la cual corresponde Fase de operación. Parte, obra o acción a la que aplica Bodega temporal de almacenamiento de RESPEL. Condiciones o exigencias específicas para su otorgamiento a) Descripción del sitio de almacenamiento Para el almacenamiento temporal de estos residuos se considera la habilitación de una bodega temporal para almacenar residuos peligrosos, la que está ubicada en el frente de trabajo, y sigue los criterios de diseño y las exigencias contenidas en los artículos correspondientes al título IV “Del Almacenamiento” del D.S. N°148/2004. <footer2

b) Especificaciones técnicas de las características constructivas del sitio de almacenamiento y medidas de protección de condiciones ambientales Algunas de las características constructivas del sitio de almacenamiento y medidas de protección de condiciones ambientales, son las siguientes: - Base continua, impermeable y resistente. - Cierre perimetral de a lo menos 1,80 metros de altura que impida el libre acceso de personas y animales. Este cierre va a una profundidad superior a los 30 cm. - Techada y protegida de condiciones ambientales tales como humedad, temperatura y radiación solar. - Capacidad de retención de escurrimientos o derrames no inferior al volumen del contenedor de mayor capacidad, ni al 20% del volumen total de los contenedores almacenados. - Señalética de acuerdo con la Norma Chilena NCh 2.190 Of. 93. - Acceso restringido, cuenta con medidas de seguridad y equipamiento contra incendios. La bodega tiene un extintor, en tanto para los elementos combustibles clase B se usan los extintores adecuados. c) Clase de residuos, cantidades, capacidad máxima y período de almacenamiento Los RESPEL que se generan corresponden principalmente a guaipes y paños con residuos de aceites y combustibles, entre otros. Se estimará que durante esta fase se generen aproximadamente 0,2 ton/mes de este tipo de residuos. El almacenamiento no se extiende más allá de 6 meses, por lo que la cantidad máxima a almacenar no supera los 1,2 ton. Debido a que la cantidad es inferior a 12 toneladas anuales, no se requiere tramitar ante la autoridad sanitaria un Plan de Manejo de Residuos Peligrosos. El transporte y disposición final de RESPEL es realizado por empresas competentes y autorizadas para estos efectos, cuya disposición final es en sitios autorizados por la Autoridad Sanitaria. d) Medidas para minimizar cualquier mecanismo que pueda afectar la calidad del agua, aire, suelo que ponga en riesgo la salud de la población Para evitar la ocurrencia de accidentes con estos residuos, se toman las siguientes medidas preventivas: - Los residuos peligrosos generados por el Proyecto son dispuestos en bodegas de acopio temporal de RESPEL, donde se cumplan con las características técnicas exigidas en el artículo 33 del D.S. Nº148/2003 del Ministerio de Salud. - Los sitios de almacenamiento temporal de RESPEL tienen una base continua impermeable y resistente estructural y químicamente a los residuos. - Techada y protegida de condiciones ambientales tales como humedad, temperatura y radiación solar. - Cierre perimetral de a lo menos 1,80 metros de altura que impida el libre acceso de personas y animales. Este cierre va a una profundidad superior a los 30 cm. - La bodega cuenta con 1 extintor (para los elementos combustibles clase B se usan los extintores adecuados). - Cuenta con una capacidad de retención de escurrimientos o derrames no inferior al volumen del contenedor de mayor capacidad, ni al 20% del volumen total de los contenedores almacenados. - Los RESPEL se mantienen rotulados de acuerdo con la clasificación y tipo de riesgo que establece la NCh 2190 Of.2003, y las características de peligrosidad indicadas en el artículo 11 del D.S. N°148/2003 del MINSAL. - El transporte y disposición final de RESPEL es realizado por empresas competentes y autorizadas para estos efectos, cuya disposición final es en sitios autorizados por la Autoridad Sanitaria. - El almacenamiento no se extiende más allá de 6 meses y la cantidad es inferior a 12 toneladas anuales, razón por la cual, no se requiere tramitar ante la <footer2

Autoridad Sanitaria un Plan de Manejo de Residuos Peligrosos. - El sitio de almacenamiento tiene acceso restringido, en términos que sólo puede ingresar personal autorizado por el responsable de la instalación. - No se transportan RESPEL sin que el conductor porte la Declaración de estos, y las respectivas Hojas de Seguridad de Transporte de Residuos Peligrosos. - El personal que realice el transporte de RESPEL está capacitado para la operación adecuada del vehículo y de sus equipos, y para enfrentar posibles emergencias. - Los vehículos que se utilizan en el transporte de residuos peligrosos están diseñados, construidos y operados de modo que cumplan su función con plena seguridad, conforme a las normas del D.S. N°148/2003 del MINSAL. - Está estrictamente prohibido el transporte de estos residuos conjuntamente con animales, alimentos y cualquier otro tipo de carga. e) Capacidad de retención de escurrimientos o derrames del sitio de almacenamiento La bodega tiene una capacidad de retención de escurrimientos o derrames no inferior al volumen del contenedor de mayor capacidad, ni al 20% del volumen total de los contenedores almacenados. f) Plan de contingencias Considerando el riesgo asociado al manejo de residuos sólidos peligrosos, tal como derrames de RESPEL o falla de la empresa a cargo del retiro de los residuos, se definieron las siguientes medidas de prevención y de control ante dichas contingencias: - Los residuos peligrosos generados por el Proyecto, son dispuestos en una bodega de forma temporal. - La bodega de RESPEL posee una base continua e impermeable, con estructura resistente, y cuenta con una capacidad de retención de escurrimientos o derrames no inferior al volumen del contenedor de mayor capacidad, ni al 20% del volumen total de los contenedores almacenados. - Estos residuos son almacenados transitoria y exclusivamente en el recinto habilitado para ello, y no en otras dependencias del Proyecto. - El retiro de estos residuos los realiza una empresa con autorización sanitaria, y son dispuestos en instalaciones de empresas autorizadas por la Autoridad Sanitaria. - Los RESPEL son retirados por una empresa con autorización sanitaria cada seis meses como mínimo, y dispuestos en lugares autorizados. Los retiros son informados a través del Sistema Ventanilla Única del Registro de Emisiones y Transferencias de Contaminantes (RETC), en conformidad a lo establecido en el artículo 30 del D.S. N°1/2013 del Ministerio del Medio Ambiente, que aprueba Reglamento del registro de emisiones y transferencias de contaminantes, RETC. - No se transportan RESPEL sin que el conductor porte la Declaración de estos, y las respectivas Hojas de Seguridad de Transporte de Residuos Peligrosos. - El personal que realice el transporte de RESPEL está capacitado para la operación adecuada del vehículo y de sus equipos, y para enfrentar posibles emergencias. - Los vehículos que se utilizan en el transporte de residuos peligrosos están diseñados, construidos y operados, de modo que cumplan su función con plena seguridad, conforme a las normas del D.S. N°148/2003 del MINSAL. - Está estrictamente prohibido el transporte de estos residuos conjuntamente con animales, alimentos y cualquier otro tipo de carga. g) Plan de emergencia Considerando el riesgo asociado al manejo de residuos peligrosos, tal como derrames de RESPEL o falla de la empresa a cargo del retiro de los residuos, se definieron las siguientes medidas de prevención y de control ante dichas contingencias. En caso de derrame de RESPEL (transporte, almacenamiento, manejo de <footer2

residuos peligrosos) - En caso de producirse un evento durante el traslado de RESPEL, el conductor da aviso inmediato a su jefatura directa quien solicita los equipos y entidades de apoyo y respuesta a la emergencia (carabineros, bomberos, ambulancia). Del mismo modo, se da aviso al Titular del Proyecto y a la Autoridad Ambiental, en el más breve plazo posible. - De ser necesario, se cierra temporalmente el camino y se evacúan las personas ajenas a la atención de la emergencia. - En caso de producirse derrame en el recinto de almacenamiento de RESPEL, el personal que lo detecte da aviso a su supervisor directo, quién evalúa, según la magnitud del evento los equipos y el personal requeridos para realizar la limpieza del derrame. De ser necesario, el supervisor da aviso a las autoridades o entidades de apoyo (carabineros, bomberos, ambulancia) requeridas para atender la emergencia. - Se aísla la zona del accidente mediante cintas de peligro y conos de advertencia, a fin de advertir el riesgo y evitar el ingreso de personas ajenas a la emergencia. - Se asegura el área de riesgos físicos y exposición accidental del personal. - Se evita el esparcimiento del material, empleando materiales absorbentes como turba u otro material. - Se evalúa el límite físico del derrame. - Se define el equipo necesario para realizar la limpieza del área afectada. - Se recoge el material derramado de acuerdo con lo especificado en la hoja de seguridad. - El material contaminado se colecta y envasa. - Remover la fuente de contaminación. - Se analiza el suelo y el cuerpo de agua afectado, en caso de haber ocurrido el derrame en ellos. - Se descontaminan todas las áreas afectadas. - El suelo contaminado y los escombros son removidos. - Los equipos y materiales afectados o empleados en la limpieza son descontaminados. - Se dispone el material envasado en lugares autorizados. - Se realiza investigación y registro del incidente. En caso de falla de la empresa a cargo del retiro de los residuos - En la medida que exista capacidad de almacenamiento de residuos en los sitios destinados a ellos y los plazos lo permitan, se contacta la empresa externa a cargo del retiro de estos y se solicita que reanuden el servicio a la brevedad. - En caso de que estén colmatados los sitios de almacenamiento transitorio, el Titular exige a la empresa contratista a cargo del retiro que realicen el servicio de inmediato. - Se realiza investigación y registro del incidente. Pronunciamiento del órgano competente A través del Oficio Ordinario N°1066 de fecha 22 de mayo de 2019, la SEREMI de Salud de la Región de O’Higgins se pronuncia conforme a los contenidos técnicos y formales de permiso ambiental sectorial del artículo 142 del Reglamento del SEIA.

6.2.2. Permiso para subdividir y urbanizar terrenos rurales o para construcciones fuera de los límites urbanos, según se establece en el artículo 160 del Reglamento del SEIA. Fase del proyecto a la cual corresponde Fase de operación. Parte, obra o acción a la que aplica Instalación de faenas (conteiner habilitado como oficina, además se dispone de baños químicos, una bodega temporal de residuos peligrosos, dispensador de agua y área de descanso para los trabajadores). Condiciones o b) De tratarse de construcciones: <footer2

exigencias específicas para su otorgamiento b.1. Destino de la edificación. Las edificaciones son utilizadas como instalación de faenas mientras duren las actividades de dragado (5 meses al año). b.2. Plano de ubicación, que señale la posición relativa del predio respecto de los terrenos colindantes y del espacio público. En el Anexo II-A de la Adenda Complementaria se muestra el plano con la posición de la instalación de faenas. b.3. Plano de emplazamiento de las edificaciones. En el Anexo II-A de la Adenda Complementaria se muestra el plano con el emplazamiento de las edificaciones. b.4. Plantas de arquitectura esquemáticas y siluetas de las elevaciones que ilustren los puntos más salientes, su altura, número de pisos y la línea correspondiente al suelo natural. En el Anexo II-A de la Adenda Complementaria se muestran las plantas esquemáticas y siluetas de las elevaciones de las edificaciones que considera la instalación de faenas. b.5. Caracterización del suelo. Los suelos donde se realizan las instalaciones son sectores que forman parte de la plataforma del pondaje Tricahue, que corresponden a rellenos consolidados. Pronunciamiento del órgano competente Mediante los siguientes oficios ordinarios el SAG y la SEREMI de Vivienda y Urbanismo se pronuncian conforme a los contenidos técnicos y formales del permiso ambiental sectorial del artículo 160 del Reglamento del SEIA. Oficio Ordinario N°1597 de fecha 24 de octubre de 2018, del SAG de la Región de O’Higgins. Oficio Ordinario N°1479 de fecha 22 de agosto de 2019, de la SEREMI de Vivienda y Urbanismo de la Región de O’Higgins.

7°. Que, de acuerdo a los antecedentes que constan en el expediente de evaluación, la forma de cumplimiento de la normativa de carácter ambiental aplicable al Proyecto es la siguiente:

7.1. Normativa de carácter general

7.1.1. Ley N° 19.300/1994, del Ministerio del Medio Ambiente (en adelante, “MMA”) Componente/materia: Normativa de carácter general Norma: Ley de Base Generales del Medio Ambiente Fase del proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Fase de operación y eventual cierre. Parte, obra, acción, emisión, residuo o sustancias a la que aplica Todas las partes, obras o acciones del Proyecto. Forma de cumplimiento El Titular del Proyecto se somete al SEIA en forma previa a su ejecución, para que éste sea calificado ambientalmente por la autoridad ambiental, ya que consiste en una actividad de aquellas tipificadas en el artículo 10 letra a) de la Ley N° 19.300. El Proyecto ingresa al SEIA mediante una Declaración de Impacto Ambiental. La DIA del Proyecto a ejecutar entrega los antecedentes necesarios que sustentan el cumplimiento de la normativa ambiental vigente, y la inexistencia de aquellos efectos, características o circunstancias del artículo 11, que pueden dar origen a la necesidad de efectuar un Estudio de Impacto Ambiental, por lo que se demuestra el cumplimiento de las materias incluidas en la Ley 19.300. Indicador que acredita su cumplimiento Resolución de Calificación Ambiental del Proyecto. Forma de control y - Registro de RCA de carácter favorable. <footer2

seguimiento - Registro de fiscalizaciones efectuadas por la Autoridad.

7.1.2. Decreto Supremo N°40/212, del MMA. Componente/materia: Normativa de carácter general Norma: Reglamento del SEIA. El D.S. N°40/2012 reglamenta el SEIA, de conformidad con lo dispuesto en la Ley N°19.300 sobre Bases Generales del Medio Ambiente. Especifica el listado de proyectos o actividades susceptibles de causar impacto ambiental que deben someterse al SEIA. Define una modificación de proyecto o actividad. Establece los criterios para determinar si los proyectos susceptibles de causar impacto ambiental generan o presentan algunos de los efectos, características o circunstancias mencionadas en el artículo 11 de la Ley. Fija los contenidos mínimos que deben considerarse para la elaboración de un EIA y una DIA. Establece los procedimientos para la evaluación de estos. Señala el régimen de participación de la comunidad en el proceso de evaluación de impacto ambiental. Fija los contenidos del plan de medidas de mitigación, reparación y compensación, del plan de seguimiento ambiental y de la fiscalización. Fase del proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Fase de operación y eventual cierre. Parte, obra, acción, emisión, residuo o sustancias a la que aplica Todas las partes, obras o acciones del Proyecto. Forma de cumplimiento De acuerdo con lo establecido en el artículo 3, letra a.3) del Reglamento, el Proyecto debe someterse al SEIA ya que considera el dragado del reservorio Tricahue, en un volumen superior a 50.000 m3. El Proyecto se somete al SEIA bajo la forma de una Declaración de Impacto Ambiental. El contenido de la DIA se ajusta a lo exigido en el presente decreto, puesto que incorpora todas las materias señaladas en los artículos del 12 al 17 y 19 del mismo. Indicador que acredita su cumplimiento Resolución de Calificación Ambiental del Proyecto. Forma de control y seguimiento Verificación de cumplimiento de la RCA respectiva.

7.1.3. Decreto Supremo Nº 30/2013, del MMA. Componente/materia: Seguimiento y fiscalización. Norma: Aprueba Reglamento sobre Programas de Cumplimiento, Autodenuncia y Planes de Reparación. Este Reglamento establece las disposiciones por las cuales se rige la Autodenuncia establecida en el Art. 41 de la Ley 19.300, y el Programa de Cumplimiento y Plan de Reparación del daño ambiental establecidos en los Artículos 42 y 43 de la Ley. Fase del proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Fase de operación y eventual cierre. Parte, obra, acción, emisión, residuo o sustancias a la que aplica Todas las partes, obras y acciones del Proyecto. Forma de cumplimiento En caso de aplicar, se presentan programas de cumplimiento, conforme al artículo 7° del presente decreto. En caso de llevar a cabo una autodenuncia, se realiza de acuerdo a lo indicado en el artículo 15° del presente decreto. <footer2

De ser necesario, se presenta voluntariamente una propuesta de plan de reparación. Indicador que acredita su cumplimiento Resolución favorable del Programa de cumplimiento, si aplica. Forma de control y seguimiento Informe final de cumplimiento del programa a la SMA.

7.1.4. Decreto Supremo N°31/2012, del MMA. Componente/materia: Seguimiento y fiscalización. Norma: Aprueba Reglamento del Sistema Nacional de Información de fiscalización ambiental y de los registros públicos de Resoluciones de Calificación ambiental y de Sanciones. Este Reglamento establece las disposiciones por las cuales se rige el Sistema Nacional de Fiscalización Ambiental (SNIFA), así como los antecedentes por los cuales se conformará; y los registros públicos de la RCA y sus respectivas sanciones. En ese sentido establece las funciones de la SMA, así como también el derecho de toda persona a acceder a la información que se encuentre en su poder, ya que la información es pública. El Art. 8°, letra a, establece que los sujetos obligados, entre ellos los titulares de RCA, deben proporcionar a la SMA una serie de antecedentes, informaciones y datos, listados en el mismo, según corresponda. Fase del proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Fase de operación y eventual cierre. Parte, obra, acción, emisión, residuo o sustancias a la que aplica Todas las partes, obras y acciones del Proyecto. Forma de cumplimiento Una vez obtenida la RCA, se proporcionará en forma íntegra y oportuna los antecedentes, informaciones y datos mencionados en el artículo 8° que solicite la Superintendencia del Medio Ambiente. Indicador que acredita su cumplimiento Registro de los antecedentes, informaciones y datos. Forma de control y seguimiento Verificación de los registros de los antecedentes, informaciones y datos en el Sistema Nacional de Información de Fiscalización Ambiental (SNIFA).

7.1.5. Resolución Exenta N°670/2016, Ministerio del Medio Ambiente; Superintendencia del Medio Ambiente. Fecha de Publicación: 27 de julio de 2016. Componente/materia: Seguimiento y fiscalización. Norma: Resolución Exenta N°670/2016, Ministerio del Medio Ambiente; Superintendencia del Medio Ambiente. Fecha de Publicación: 27 de julio de 2016. Dicta instrucciones generales sobre la elaboración de los programas de medición y control de la calidad ambiental del agua. Define por una parte el procedimiento para determinar el contenido de los programas de medición y control de la calidad ambiental del agua que administra el Ministerio del Medio Ambiente; y por otra, la generación y revisión de la información ambiental reportada por los organismos responsables de generar información de acuerdo a cada programa. Fase del proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Fase de operación y eventual cierre. Parte, obra, acción, emisión, residuo o sustancias a la que aplica Dragado de sedimentos acumulados en el reservorio Tricahue, los que son vertidos al río Tinguiririca. <footer2

Forma de cumplimiento El Titular llevará a cabo un Plan de Monitoreo de los Ecosistemas Acuáticos continentales y de calidad de agua, con una frecuencia trimestral (estacional) durante los primeros siete años de operación. Indicador que acredita su cumplimiento Informe técnico de cumplimiento. Forma de control y seguimiento Reporte técnico remitido a la SMA con la información indicada en párrafo 3° de la presente Resolución.

7.1.6. Resolución Exenta N°885/2016, del MMA. Componente/materia: Seguimiento y fiscalización. Norma: Normas de carácter general sobre deberes de reporte de avisos, contingencias e incidentes a través del sistema de seguimiento ambiental. Establece los deberes de reporte de avisos, contingencias e incidentes a través del Sistema de Seguimiento Ambiental, esto a través de un módulo especial para los avisos. Fase del proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Fase de operación y eventual cierre. Parte, obra, acción, emisión, residuo o sustancias a la que aplica Todas las partes, obras o acciones del Proyecto. Forma de cumplimiento Todo aviso, contingencia o incidente ocurrido es reportado a la Superintendencia del Medio Ambiente a través del Sistema Electrónico de Seguimiento Ambiental en un plazo de 24 horas. Los cambios de estado o fase de ejecución del Proyecto son informados de acuerdo con la Res. Ex. N°1.518/2013 de la SMA. Indicador que acredita su cumplimiento Comprobante de reportes de avisos, contingencias o incidentes cargado a la plataforma de la SMA. Forma de control y seguimiento Comprobante de los reportes.

7.2. Normas relacionadas con las partes, obras, actividades o acciones, emisiones, residuos y sustancias peligrosas del proyecto

7.2.1. Decreto Supremo Nº 144/61, del MINSAL. Componente/ materia: Emisiones atmosféricas. Norma: Establece normas para evitar emanaciones o contaminantes atmosféricos de cualquier naturaleza. El presente Decreto establece normas para evitar emanaciones o contaminantes atmosféricos de cualquier naturaleza. En su Artículo 1°: que los gases, vapores, humos, polvo, emanaciones o contaminantes de cualquier naturaleza, producidos en cualquier establecimiento fabril o lugar de trabajo, deben captarse o eliminarse en forma tal que no causen peligros, daños o molestias al vecindario. Artículo 7: Prohíbase la circulación de todo vehículo motorizado que despida humo visible por su tubo de escape. Fase del proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Fases de operación y eventual cierre. Parte, obra, acción, emisión, residuo o sustancias a la - Vehículos para el transporte de personal, materiales y residuos. - Funcionamiento de la draga. <footer2

que aplica Forma de cumplimiento La estimación de emisiones se realizó a partir de los factores de emisión propuestos por la Agencia de Protección Ambiental de los Estados Unidos (US- EPA), en su documento “Compilation of Air Pollutant Emission Factor, AP 42”, y la Guía para la Estimación de Emisiones Atmosféricas de Proyectos Inmobiliarios en la Región Metropolitana de Santiago, elaborada por la SEREMI del Medio Ambiente de la Región Metropolitana (2012). El detalle de la metodología utilizada se presenta en el anexo I-G de la Adenda. Durante la operación, el Proyecto genera emisiones atmosféricas provenientes principalmente de la combustión interna de motores de la draga (gases), y de la circulación de vehículos por caminos no pavimentados (material particulado). A continuación, se presenta el resumen de las emisiones de material particulado [MP10 y MP2.5], monóxido de carbono [CO], hidrocarburos [HC], óxidos de nitrógeno [NOx] y óxidos de azufre [SOx], estimadas para la fase de operación del Proyecto.

Fuente: Tabla 3-21 del Anexo I-G de la Adenda. A partir de la estimación de emisiones presentada en la tabla anterior, se realizó una modelación del Proyecto utilizando el modelo Calpuff, en su etapa de operación, por ser la etapa de mayor emisión (considerando que no hay etapa de construcción), obteniéndose los aportes del Proyecto en la calidad del aire en los receptores puntuales considerados y en el Punto de Máximo Aporte (PMA), lo que se presenta en el Anexo V-C de la Adenda. En la evaluación de las concentraciones aportadas por el Proyecto, se han considerado los receptores puntuales más cercanos: Estación San Fernando, Puente Negro, La Rufina y Termas del Flaco. Conforme a lo establecido en la Guía de Modelación del SEIA, los aportes modelados, han sido multiplicados por el factor de corrección (punto 8.2 del anexo) obteniéndose los aportes corregidos, cuyos resultados se analizan a continuación.

Fuente: Anexo V-A “Fichas resúmenes” de la Adenda Complementaria. Los receptores considerados y los puntos de máximo aporte se presentan en la figura de la respuesta N°42 de la Adenda. Finalmente, se realizó una evaluación de cumplimiento de normativa de calidad del aire, considerando la línea base monitoreada en la estación San Fernando y los aportes modelados corregidos del Proyecto. Dado que la línea base de calidad del aire, confeccionada a partir de los datos del portal SINCA 2016 - 2018, registra niveles por sobre el límite establecido en la <footer2

norma de calidad del aire de MP2.5 como promedio de 24 horas; sin embargo, la evaluación entrega antecedentes que permiten afirmar que el aporte del Proyecto en los receptores, se puede considerar nulo, dado que corresponden a 0,0 μg/m3 (0% el nivel de la norma); y por lo tanto, no aumentan las concentraciones de la línea base, ni el riesgo pre existente.

Fuente: Anexo V-A “Fichas resúmenes” de la Adenda Complementaria. Todos los vehículos relacionados con el Proyecto cuentan con su revisión técnica al día y se revisa la vigencia de las mantenciones recomendadas por los fabricantes. Esto es exigido por el Titular a las empresas contratistas mediante cláusulas contractuales. Además, se exige a los vehículos pesados circular a una velocidad no superior a 30 km/h por las vías no pavimentadas. Por último, cabe destacar que el Proyecto se encuentra fuera del límite contemplado por el Plan de Descontaminación Atmosférica por MP10 para el Valle Central de la Región del Libertador General Bernardo O’Higgins. Indicador que acredita su cumplimiento - Revisiones técnicas y mantenciones de los vehículos. - Cumplimiento de la velocidad máxima de circulación. Forma de control y seguimiento Registro en obra de las revisiones técnicas al día de los vehículos que se utilicen durante la operación del Proyecto.

7.2.2. Decreto Supremo Nº 4/94, del Ministerio de Trasportes y Telecomunicaciones (en adelante, MINTRATEL”). Componente/materia: Emisiones atmosféricas Norma: Establece Normas de Emisión de Contaminantes Aplicables a los Vehículos Motorizados y fija los Procedimientos para su Control. Esta norma regula la emisión de contaminantes de vehículos motorizados de encendido por chispa de dos o cuatro tiempos, respecto de los cuales no se hayan establecido normas de emisión expresadas en gr/km, gr/kw. En este sentido, indica en su Artículo 1° cuáles son los niveles máximos de emisión de Monóxido de Carbono e Hidrocarburos para vehículos según los años de uso que tengan y establece las formas de medición de dichos contaminantes. Asimismo, el Artículo 3º letra a) establece el índice de ennegrecimiento según las distintas potencias de motor. El mismo Artículo 3°, letra b), establece la opacidad y las condiciones de ensayo para su medición según el tipo de vehículo, motor del mismo y la región en que se realicen las mediciones. Fase del proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Fase de operación y eventual cierre. Parte, obra, acción, emisión, residuo o sustancias a la que aplica Vehículos para el transporte de personal, materiales y residuos. Forma de cumplimiento Todos los vehículos relacionados con el Proyecto cuentan con su revisión técnica al día y se revisa la vigencia de las mantenciones recomendadas por los fabricantes. Esto se exige por el Titular a las empresas contratistas a través de cláusulas contractuales. Se impide el paso a las instalaciones del Proyecto a todo vehículo <footer2

que no cuente con su revisión técnica vigente. Indicador que acredita su cumplimiento - Revisiones técnicas y mantenciones de los vehículos. - Cláusulas contractuales respecto a las condiciones de los vehículos que emplearán los contratistas. - Restricciones de ingreso al área del Proyecto. Forma de control y seguimiento Registro en obra de las revisiones técnicas al día de los vehículos que se utilicen durante la operación del Proyecto.

7.2.3. Decreto Supremo Nº55/94, del MINTRATEL. Componente/materia: Emisiones atmosféricas Norma: Establece norma de emisión aplicable a vehículos motorizados pesados. La presente norma de emisión establece límites y restricciones para la circulación de vehículos motorizados pesados, que dependerá de las características particulares del vehículo para su circulación en las distintitas regiones y comunas del país. Fase del proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Fase de operación y eventual cierre. Parte, obra, acción, emisión, residuo o sustancias a la que aplica Vehículos para el transporte de insumos y residuos. Forma de cumplimiento Los niveles de emisiones contenidas en la citada normativa son cumplidos fielmente, procurando que los vehículos motorizados pesados –tanto de operaciones como de contratistas- cuenten con su revisión técnica al día debiendo además, contar con el correspondiente certificado de emisión de contaminantes, con el cual se acredita el cumplimiento de la normativa vigente sobre la materia. Indicador que acredita su cumplimiento - Revisiones técnicas al día de todos los vehículos involucrados en el Proyecto, tanto propios como de contratistas, durante todas las fases del Proyecto. - Certificados de emisión de contaminantes de vehículos. Forma de control y seguimiento - Registro de las revisiones técnicas de los vehículos al día. - Verificación de las condiciones de los vehículos. 7.2.4. Decreto Supremo N° 54/94, del MINTRATEL. Componente/materia: Emisiones atmosféricas. Norma: Establece Norma de Emisión Aplicables a Vehículos Motorizados Medianos. Establece normas de emisión de contaminantes, aplicables a los vehículos motorizados medianos, y fija los procedimientos para su control. En este sentido, de acuerdo a lo dispuesto en su Artículo 1º, vehículo motorizado mediano es aquel “destinado al transporte de personas o carga, por calles o caminos, y que tiene un peso bruto vehicular igual o superior a 2.700 e inferior a 3.860 kilogramos (…)”. En el mismo Artículo, se indica que el significado de norma de emisión se refiere a “valores máximos de gases y partículas, que un motor o vehículo puede emitir bajo condiciones normalizadas, a través del tubo de escape o por evaporación.”. El Artículo 3º del Decreto en análisis establece que los vehículos motorizados a los que les corresponde cumplir con la norma de emisión deben llevar un rótulo que así lo certifique. A su vez, el Artículo 4º del Decreto establece los niveles máximos de emisión para los vehículos medianos señalados en la norma. Asimismo, se debe dar cumplimiento a los Artículos 6º, 7º y 8º del Decreto, relativos a la rotulación, revisiones y distintivos que se deben aplicar a los vehículos. <footer2

Fase del proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Fase de operación y eventual cierre. Parte, obra, acción, emisión, residuo o sustancias a la que aplica Vehículos para el transporte de insumos y residuos. Forma de cumplimiento Los niveles de emisiones contenidas en la citada normativa son cumplidos fielmente, procurando que los vehículos –tanto de operaciones como de contratistas- cuenten con su revisión técnica al día debiendo además, contar con el correspondiente certificado de emisión de contaminantes, con el cual se acredita el cumplimiento de la normativa vigente sobre la materia. Indicador que acredita su cumplimiento - Revisiones técnicas al día de todos los vehículos involucrados en el Proyecto, tanto propios como de contratistas. - Certificados de emisión de contaminantes de vehículos. Forma de control y seguimiento - Registro de las revisiones técnicas de los vehículos al día. - Verificación de las condiciones de los vehículos.

7.2.5. D.S. N° 211/1991, del MINTRATEL. Componente/materia: Emisiones atmosféricas Norma: Norma de emisión aplicable a los vehículos motorizados livianos”, Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones. Artículo 3°: Todos los vehículos motorizados livianos cuya primera inscripción se solicite a contar del 1° de septiembre de 1992, deben llevar un rótulo incorporado o adherido en forma permanente y claramente visible en la parte interior del compartimiento del motor, que indicará, a lo menos: que el vehículo cumple con las normas nacionales de emisión y el lugar y método en virtud del cual se certificó el nivel de emisiones. Este rótulo es colocado en los vehículos por su fabricante o armador o su representante legal y deberá reunir las características que señale el Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones. Fase del proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Fase de operación y eventual cierre. Parte, obra, acción, emisión, residuo o sustancias a la que aplica Vehículos para el transporte de personal. Forma de cumplimiento Los niveles de emisiones contenidas en la citada normativa son cumplidos fielmente, procurando que los vehículos livianos cuenten con su revisión técnica al día debiendo, además, contar con el correspondiente certificado de emisión de contaminantes, con el cual se acredita el cumplimiento de la normativa vigente sobre la materia. Indicador que acredita su cumplimiento - Revisiones técnicas al día de todos los vehículos involucrados en el Proyecto, tanto propios como de contratistas, durante todas las fases del Proyecto. - Certificados de emisión de contaminantes de vehículos. - Rótulo que indique que el vehículo cumple con las normas nacionales de emisión, y el lugar y método en virtud del cual se certificó el nivel de emisiones Forma de control y seguimiento Registro en obra de las revisiones técnicas al día de los vehículos que se utilicen durante la operación del Proyecto.

7.2.6. Decreto Supremo N°279/1983, del MINSAL. Componente/materia: Emisiones atmosféricas <footer2

Norma: Reglamento para el control de la emisión de contaminantes de vehículos motorizados de combustión interna. El presente Reglamento establece los aspectos normativos y técnicos para el control de la emisión de contaminantes evacuados por el tubo de escape de vehículos motorizados de combustión interna, que operen según el sistema Diésel (petroleros) o ciclo Otto (bencineros) de dos y cuatro tiempos. Específicamente en el Artículo 3 que prohíbe la emisión de contaminantes, por el tubo de escape de vehículos motorizados de combustión interna, en concentración superior a los máximos que se señalan: a) Monóxido de carbono, solamente en vehículos bencineros. La comprobación se efectúa con el vehículo detenido, motor funcionando a régimen normal de temperatura de trabajo y sin acelerar (en ralentí). Fase del proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Fase de operación y eventual cierre. Parte, obra, acción, emisión, residuo o sustancias a la que aplica Vehículos para el transporte de personal, materiales y residuos. Forma de cumplimiento Todos los vehículos relacionados con el Proyecto tienen su revisión técnica al día y se les hacen mantenimientos regulares. Esto se exige por el Titular a las empresas contratistas a través de cláusulas contractuales. Además, se impide el paso a las instalaciones del Proyecto a todo vehículo que no cuente con su revisión técnica vigente. Indicador que acredita su cumplimiento - Revisiones técnicas al día de todos los vehículos involucrados en el Proyecto, tanto propios como de contratistas. - Cláusulas contractuales respecto a las condiciones de los vehículos que emplearán los contratistas. Forma de control y seguimiento - Registro de las revisiones técnicas de los vehículos al día. - Verificación de las condiciones de los vehículos.

7.2.7. D.S. N°138/2005 MINSAL. Componente/materia: Emisiones atmosféricas Norma: D.S. N° 138, Establece Obligación de Declarar Emisiones que indica. Fecha de Publicación: 17 de noviembre de 2005. Ministerio de Salud; Subsecretaría de Salud Pública. Artículo 1º.- Todos los titulares de fuentes fijas de emisión de contaminantes atmosféricos que se establecen en el presente decreto deben entregar a la Secretaría Regional Ministerial de Salud competente del lugar en que se encuentran ubicadas los antecedentes necesarios para estimar las emisiones provenientes de cada una de sus fuentes, de acuerdo con las normas que se señalan a continuación. Artículo 2º.- Están afectas a la obligación de proporcionar los antecedentes para la determinación de emisión de contaminantes las fuentes fijas que correspondan a los siguientes rubros, actividades o tipo de fuente: - Calderas generadoras de vapor y/o agua caliente - Producción de celulosa - Fundiciones primarias y secundarias - Centrales termoeléctricas - Producción de cemento, cal o yeso - Producción de vidrio - Producción de cerámica <footer2

  • Siderurgia
  • Petroquímica
  • Asfaltos
  • Equipos electrógenos Artículo 3º. - Para la estimación de las emisiones proveniente de los rubros, actividades o tipo de fuentes señalados en el artículo precedente, la autoridad sanitaria utiliza los factores de emisión existentes, ya sea nacionales o internacionales, según corresponda para cada fuente. Para tales efectos, la información sobre los procesos, niveles de producción, tecnologías de abatimiento y cantidades y tipo de combustibles que empleen las fuentes sujetas a declaración, deberá proporcionarse anualmente a la correspondiente Secretaría Regional Ministerial de Salud en los formularios que ésta proveerá para ello. Fase del proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Fase de operación. Parte, obra, acción, emisión, residuo o sustancias a la que aplica El frente de trabajo cuenta con un equipo electrógeno. Forma de cumplimiento El Titular entrega a la SEREMI de Salud los antecedentes necesarios para estimar las emisiones provenientes de los grupos electrógenos, proporcionándose anualmente, antes del 1° de mayo de cada año. Esto lo realiza a través del portal Web dispuesto para ello, http://vu.mma.gob.cl Indicador que acredita su cumplimiento Declaración de emisiones en VU RETC. Forma de control y seguimiento Registro de declaración de emisiones anuales.

7.2.8. D.S. N°1/2009 del MINTRATEL. Componente/materia: Emisiones atmosféricas Norma: Decreto con Fuerza de Ley N° 1, Fija Texto Refundido, Coordinado y Sistematizado de la Ley de Tránsito. Fecha de Publicación: 29 de octubre de 2009. Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones; Subsecretaría de Transportes; Ministerio de Justicia Artículo 78.- Los vehículos motorizados deben estar equipados, ajustados o carburados de modo que el motor no emita materiales o gases contaminantes en un índice superior a los permitidos. Fase del proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Fase de operación y eventual cierre. Parte, obra, acción, emisión, residuo o sustancias a la que aplica Vehículos para el transporte de personal, materiales y residuos. Forma de cumplimiento Todos los vehículos relacionados con el Proyecto tienen su revisión técnica al día y se les harán mantenimientos regulares. Esto es exigido por el Titular a las empresas contratistas mediante cláusulas contractuales, generando un registro en faena para facilitar su fiscalización. Se impide el paso a las instalaciones del Proyecto a todo vehículo que no cuente con su revisión técnica vigente. Indicador que acredita su cumplimiento - Revisiones técnicas para todos los vehículos involucrados en el Proyecto, tanto propios como de contratistas, durante todas las fases del Proyecto. - Cláusulas contractuales respecto a las condiciones de los vehículos que emplearán los contratistas. Forma de control y seguimiento Registro en obra de las revisiones técnicas al día de los vehículos que se utilicen durante la operación del Proyecto. <footer2

7.2.9. D.S. N°47/1992, Ministerio de Vivienda y Urbanismo. Componente/materia: Emisiones atmosféricas Norma: D.S. Nº47, Ordenanza General de la Ley de Urbanismo y Construcciones – Fija Nuevo Texto de la Ordenanza General de la Ley de Urbanismo y Construcciones. Fecha de Publicación: 5 de junio de 1992. Ministerio de Vivienda y Urbanismo. (Modificaciones: D. S. Nº 217, fecha de publicación: 20 de febrero de 2002, Ministerio de Vivienda y Urbanismo. D.S. Nº 75, fecha de publicación: 25 de junio de 2001, Ministerio de Vivienda y Urbanismo. D.S. Nº 112, fecha de publicación: 05 de enero de 1993, Ministerio de Vivienda y Urbanismo.) Artículo 5.8.3. En todo proyecto de construcción, reparación, modificación, alteración, reconstrucción o demolición, el responsable de la ejecución de dichas obras deberá implementar las siguientes medidas: 1. Con el objeto de mitigar el impacto de las emisiones de polvo y material: a) Regar el terreno en forma oportuna, y suficiente durante el período en que se realicen las faenas de demolición, relleno y excavaciones. b) Disponer de accesos a las faenas que cuenten con pavimentos estables, pudiendo optar por alguna de las alternativas contempladas en el artículo 3.2.6. c) Transportar los materiales en camiones con la carga cubierta. d) Lavado del lodo de las ruedas de los vehículos que abandonen la faena. e) Mantener la obra aseada y sin desperdicios mediante la colocación de recipientes recolectores, convenientemente identificados y ubicados. f) Evacuar los escombros desde los pisos altos mediante un sistema que contemple las precauciones necesarias para evitar las emanaciones de polvo y los ruidos molestos. g) La instalación de tela en la fachada de la obra, total o parcialmente, u otros revestimientos, para minimizar la dispersión del polvo e impedir la caída de material hacia el exterior. h) Hacer uso de procesos húmedos en caso de requerir faenas de molienda y mezcla. El Director de Obras Municipales puede excepcionalmente eximir del cumplimiento de las medidas contempladas en las letras a), d) y h), cuando exista déficit en la disponibilidad de agua en la zona en que se emplace la obra. No obstante, estas medidas son siempre obligatorias respecto de las obras ubicadas en zonas declaradas latentes o saturadas por polvo o material particulado, en conformidad a la Ley de Bases Generales del Medio Ambiente. Fase del proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Fase de operación y eventual cierre. Parte, obra, acción, emisión, residuo o sustancias a la que aplica - Vehículos para el transporte de personal, materiales y residuos. - Funcionamiento de la draga. Forma de cumplimiento Todos los vehículos relacionados con el Proyecto cuentan con su revisión técnica al día y se revisa la vigencia de las mantenciones recomendadas por los fabricantes. Esto es exigido por el Titular a las empresas contratistas mediante cláusulas contractuales. Además, se exige a los vehículos pesados circular a una velocidad no superior a 30 km/h por las vías no pavimentadas. Indicador que acredita su - Revisiones técnicas y mantenciones de los vehículos. <footer2

cumplimiento - Cumplimiento de la velocidad máxima de circulación. Forma de control y seguimiento Inspección visual, registro fotográfico, o informe que evidencie la implementación de las medidas listadas.

7.2.10. D.F.L. Nº 725/1968, Código Sanitario. Ministerio de Salud. Componente/materia: Emisiones atmosféricas Norma: D.F.L. Nº 725, Código Sanitario. Fecha de Publicación: 31 de enero de 1968. Rectificación: 06 de febrero de 1968. Ministerio de Salud Pública. (Modificaciones: Leyes Nº18.173, 18.498, 18.796, 19.497 (DO 22.03.1997) y 19.628 (DO 28.08.1999), Ley N°19.806 (DO 31.05.2002)). Artículo 67. Corresponde al Servicio Nacional de Salud velar porque se eliminen o controlen todos los factores, elementos o agentes del medio ambiente que afecten la salud, la seguridad y el bienestar de los habitantes en conformidad a las disposiciones del presente Código y sus reglamentos. Fase del proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Fase de operación y eventual cierre. Parte, obra, acción, emisión, residuo o sustancias a la que aplica Vehículos para el transporte de personal, materiales y residuos. Forma de cumplimiento Todos los vehículos relacionados con el Proyecto cuentan con su revisión técnica al día, y se revisa la vigencia de las mantenciones recomendadas por los fabricantes. Esto es exigido por el Titular a las empresas contratistas mediante cláusulas contractuales. Además, los vehículos pesados no circulan a una velocidad superior a 30 km/h por las vías no pavimentadas. Indicador que acredita su cumplimiento - Revisiones técnicas y mantenciones de los vehículos. - Cláusulas contractuales respecto a las condiciones de los vehículos que emplearán los contratistas. - Restricciones de ingreso al área del Proyecto. Forma de control y seguimiento - Registro en obra de las revisiones técnicas al día de los vehículos que se utilicen durante la operación del Proyecto. - Contratos de trabajo con cláusulas respecto a las condiciones de los vehículos que emplearán los contratistas. - Registro de ingreso al Proyecto.

7.2.11. Decreto Supremo N° 38/2012, del MMA. Componente/materia: Emisiones acústicas Norma: Establece norma de emisión de ruidos generados por fuentes que indica, elaborada a partir de la revisión del decreto Nº 146, de 1997, del Ministerio Secretaría General de la Presidencia. La presente norma establece los niveles máximos permisibles de presión sonora corregida y los criterios técnicos para evaluar y calificar la emisión de ruidos molestos generados por fuentes fijas hacia la comunidad. Artículo 7º.- Los niveles de presión sonora corregidos que se obtengan de la emisión de una fuente emisora de ruido, medidos en el lugar donde se encuentre el receptor, no pueden exceder los valores de la Tabla. Zona De 7 a 21 horas De 21 a 7 horas Zona I 55 45 Zona II 60 45 Zona III 65 50 Zona IV 70 70 <footer2

Artículo 9º.- Para zonas rurales se aplica como nivel máximo permisible de presión sonora corregido (NPC), el menor valor entre: a) Nivel de ruido de fondo + 10 dB(A). b) NPC para Zona III de la Tabla 1. Este criterio se aplica tanto para el período diurno como nocturno, de forma separada. Artículo 10º.- Los niveles generados por fuentes emisoras de ruido deben cumplir con los niveles máximos permisibles de presión sonora corregidos, correspondientes a la zona en que se encuentra el receptor. Fase del proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Fase de operación. Parte, obra, acción, emisión, residuo o sustancias a la que aplica Funcionamiento de la draga. Forma de cumplimiento Se identifican receptores a más de 8 km de las obras de dragado, por lo que estima que no se verán afectados por éstas. Indicador que acredita su cumplimiento No aplica Forma de control y seguimiento No aplica

7.2.12. D.S. N° 47, Ordenanza General de la Ley de Urbanismo y Construcciones – Fija Nuevo Texto de la Ordenanza General de la Ley de Urbanismo y Construcciones, y sus modificaciones. Fecha de Publicación: 5 de junio de 1992. Ministerio de Vivienda y Urbanismo. Componente/materia: Emisiones acústicas Norma: D.S. N° 47, Ordenanza General de la Ley de Urbanismo y Construcciones – Fija Nuevo Texto de la Ordenanza General de la Ley de Urbanismo y Construcciones, y sus modificaciones. Fecha de Publicación: 5 de junio de 1992. Ministerio de Vivienda y Urbanismo. Artículo 5.8.3. En todo proyecto de construcción, reparación, modificación, alteración, reconstrucción o demolición, el responsable de la ejecución de dichas obras deberá implementar las siguientes medidas: 4. Por constituir las faenas de construcción fuentes transitorias de emisión de ruidos y con el objeto de controlar su impacto, el constructor deberá entregar, previo al inicio de la obra, un programa de trabajo de ejecución de las obras que contenga los siguientes antecedentes: a) Horarios de funcionamiento de la obra. b) Lista de herramientas y equipos productores de ruidos molestos, con indicación de su horario de uso y las medidas consideradas. c) Nombre del constructor responsable y número telefónico de la obra, si lo hubiere. Fase del proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Fase de operación. Parte, obra, acción, emisión, residuo o sustancias a la que aplica Funcionamiento de la draga. Forma de cumplimiento Se entrega a la autoridad un programa de trabajo de ejecución de las obras que incluya las medidas establecidas en las letras a), b) y c) del punto 4 del Artículo 5.8.3 del D.S. Nº 47/97 Ordenanza General de la Ley de Urbanismo y Construcciones. Indicador que acredita su cumplimiento Programa de trabajo de ejecución de las obras entregado a la DOM <footer2

de la Municipalidad de San Fernando. Forma de control y seguimiento Entrega y registro del programa de trabajo de ejecución de las obras a la DOM de la Municipalidad de San Fernando.

7.2.13. Decreto Supremo Nº594/2000, del MINSAL. Componente/materia: Emisiones acústicas Norma: D.S. N°594, aprueba Reglamento Sobre Condiciones Sanitarias y Ambientales Básicas en los Lugares de Trabajo. Fecha de Publicación: 29 de abril de 2000. Ministerio de Salud. (Modificaciones: D.S. N°556, fecha de publicación: 28 de julio de 2000. Ministerio de Salud. D.S. N°201, fecha de publicación: 5 de julio de 2001, Ministerio de Salud. D.S. N°57, fecha de publicación: 07 de noviembre de 2003, Ministerio de Salud). Artículo 82 Cuando un trabajador utilice protección auditiva personal, se entenderá que se cumple con lo dispuesto en los artículos 75 y 80 del presente reglamento si el nivel de presión sonora efectivo no sobrepasa los límites máximos permisibles establecidos en las tablas indicadas en tales artículos. Fase del proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Fase de operación. Parte, obra, acción, emisión, residuo o sustancias a la que aplica Funcionamiento de la draga. Forma de cumplimiento Durante el desarrollo de las actividades del Proyecto, los trabajadores expuestos al ruido deben hacer uso de los elementos de protección personal que les son entregados por el contratista para este fin. El Titular exige a sus contratistas, mediante cláusulas contractuales, el cumplimiento de esta disposición. Indicador que acredita su cumplimiento - Entrega de los elementos de protección personal (EPP) a cada trabajador expuesto al ruido, según la actividad que desempeñe durante la fase de operación. - Cláusulas contractuales que exijan a los contratistas la entrega de los elementos de protección personal a trabajadores expuestos al ruido, y el control de su uso. Forma de control y seguimiento - Ficha de entrega firmada de los elementos de protección personal (EPP) a cada trabajador expuesto al ruido, según la actividad que desempeñe durante la fase de operación. - Verificación del uso de los EPP. 7.2.14. Decreto Supremo Nº594/2000, del MINSAL. Componente/materia: Efluentes líquidos Norma: D.S. Nº 594, Aprueba Reglamento Sobre Condiciones Sanitarias y Ambientales Básicas en los Lugares de Trabajo. Fecha de Publicación: 29 de abril de 2000. Ministerio de Salud. (Modificaciones: D.S. Nº 556, fecha de publicación: 28 de Julio de 2000, Ministerio de Salud. D.S. Nº 201, fecha de publicación: 05 de Julio de 2001, Ministerio de Salud. D.S. Nº 57, fecha de publicación: 07 de noviembre de 2003, Ministerio de Salud. D.S. N° 30, fecha de publicación: 14 de febrero de 2018, Ministerio de Salud). Artículo 17: En ningún caso pueden incorporarse a las napas de agua subterránea de los subsuelos o arrojarse en los canales de regadío, acueductos, ríos, esteros, quebradas, lagos, lagunas, embalses o en masas o en cursos de agua en general, los relaves industriales o mineros o las aguas contaminadas con productos tóxicos de cualquier naturaleza, sin ser previamente sometidos a los tratamientos de neutralización o depuración que prescriba en cada <footer2

caso la autoridad sanitaria. Artículo 24.- En aquellas faenas temporales en que por su naturaleza no sea materialmente posible instalar servicios higiénicos conectados a una red de alcantarillado, el empleador deberá proveer como mínimo una letrina sanitaria o baño químico, cuyo número total se calculará dividiendo por dos la cantidad de excusados indicados en el inciso primero del artículo 23. El transporte, habilitación y limpieza de éstos es responsabilidad del empleador. Una vez finalizada la faena temporal, el empleador es responsable de reacondicionar sanitariamente el lugar que ocupaba la letrina o baño químico, evitando la proliferación de vectores, los malos olores, la contaminación ambiental y la ocurrencia de accidentes causados por la instalación. Artículo 25.- Los servicios higiénicos y/o las letrinas sanitarias o baños químicos no pueden estar instalados a más de 75 metros de distancia del área de trabajo, salvo casos calificados por la autoridad sanitaria. Artículo 26: Las aguas servidas de carácter doméstico deben ser conducidas al alcantarillado público, o en su defecto, su disposición final se efectúa por medio de sistemas o plantas particulares en conformidad a los reglamentos específicos vigentes. Fase del proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Fase de operación. Parte, obra, acción, emisión, residuo o sustancias a la que aplica El frente de trabajo cuenta con baños químicos. Adicionalmente, se contempla utilizar las duchas y baños de la Central Hidroeléctrica La Confluencia. Forma de cumplimiento Los residuos líquidos que se generan durante la fase de operación, corresponden a aguas servidas provenientes de los baños químicos del frente de trabajo, y de servicios higiénicos y comedor de la Central Hidroeléctrica La Confluencia, que se disponen para el personal que realice las labores de operación del Proyecto. Considerando una dotación de 100 litros/día de agua por trabajador, un máximo de 7 trabajadores y un coeficiente de recuperación de 80%, se estima la generación de 0,56 m3/día aproximadamente de aguas servidas. El manejo de los baños químicos es realizado por una empresa que cuente con los permisos de la Autoridad Sanitaria. Adicionalmente, se utilizan las duchas y baños existentes de la casa de máquinas de la Central Hidroeléctrica La Confluencia, la cual se encuentra cercana al área del Proyecto. En el Anexo II-A de la Adenda se adjuntan las Resoluciones Sanitarias del sistema de alcantarillado y suministro de agua potable de la Central Hidroeléctrica La Confluencia. El Proyecto no considera la generación de residuos líquidos industriales en su fase de operación. Cabe destacar que no está permitido el lavado de equipos y maquinaria en el área del Proyecto, especialmente en cuerpos de agua o en las cercanías de éstos. Respecto del sedimento proveniente del dragado del pondaje Tricahue, que es descargado al río Tinguiririca, éste corresponde al mismo sedimento proveniente de dicho río; por lo tanto, carecen de características contaminantes o de toxicidad, que puedan afectar sus aguas. Indicador que acredita su cumplimiento Autorización de la empresa que realice el retiro y manejo de los residuos provenientes de los baños químicos. Forma de control y seguimiento Registro de las autorizaciones.

7.2.15. Decreto con Fuerza de Ley 725/67, del MINSAL. <footer2

Componente/materia: Efluentes líquidos Norma: D.F.L. Nº 725, Código Sanitario. Fecha de Publicación: 31 de enero de 1968. Rectificación: 06 de febrero de 1968. Ministerio de Salud. Fase del proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Fase de operación. Parte, obra, acción, emisión, residuo o sustancias a la que aplica El frente de trabajo cuenta con baños químicos. Adicionalmente, se contempla utilizar las duchas y baños de la Central Hidroeléctrica La Confluencia. Forma de cumplimiento Los residuos líquidos que se generan durante la fase de operación, corresponden a aguas servidas provenientes de los baños químicos del frente de trabajo, y de servicios higiénicos y comedor de la Central Hidroeléctrica La Confluencia, que se disponen para el personal que realice las labores de operación del Proyecto. Considerando una dotación de 100 litros/día de agua por trabajador, un máximo de 7 trabajadores y un coeficiente de recuperación de 80%, se estima la generación de 0,56 m3/día aproximadamente de aguas servidas. El manejo de los baños químicos es realizado por una empresa que cuente con los permisos de la Autoridad Sanitaria. Adicionalmente, se utilizan las duchas y baños existentes de la casa de máquinas de la Central Hidroeléctrica La Confluencia, la cual se encuentra cercana al área del Proyecto. En el Anexo II-A de la Adenda se adjuntan las Resoluciones Sanitarias del sistema de alcantarillado y suministro de agua potable de la Central Hidroeléctrica La Confluencia. El Proyecto no considera la generación de residuos líquidos industriales en su fase de operación. Cabe destacar que no está permitido el lavado de equipos y maquinaria en el área del Proyecto, especialmente en cuerpos de agua o en las cercanías de éstos. Respecto del sedimento proveniente del dragado del pondaje Tricahue, que es descargado al río Tinguiririca, éste corresponde al mismo sedimento proveniente de dicho río; por lo tanto, carecen de características contaminantes o de toxicidad, que puedan afectar sus aguas. Indicador que acredita su cumplimiento Autorización de la empresa que realice el retiro y manejo de los residuos provenientes de los baños químicos. Forma de control y seguimiento Registro de las autorizaciones.

7.2.16. Decreto Supremo Nº 594/2000, del MINSAL. Componente/materia: Residuos sólidos Norma: D.S. Nº 594, Aprueba Reglamento Sobre Condiciones Sanitarias y Ambientales Básicas en los Lugares de Trabajo. Fecha de Publicación: 29 de abril de 2000. Ministerio de Salud. (Modificaciones: D.S. Nº 556, fecha de publicación: 28 de Julio de 2000, Ministerio de Salud. D.S. Nº 201, fecha de publicación: 05 de Julio de 2001, Ministerio de Salud. D.S. Nº 57, fecha de publicación: 07 de noviembre de 2003, Ministerio de Salud. D.S. N° 30, fecha de publicación: 14 de febrero de 2018, Ministerio de Salud). Artículo 18: La acumulación, tratamiento y disposición final de residuos industriales dentro del predio industrial, local o lugar de trabajo, deberá contar con la autorización sanitaria. Para los efectos del presente reglamento se entenderá por residuo industrial todo aquel residuo sólido o líquido, o combinaciones de éstos, provenientes de los procesos industriales y que por sus características físicas, químicas o microbiológicas no puedan <footer2

asimilarse a los residuos domésticos. Artículo 19: Las empresas que realicen el tratamiento o disposición final de sus residuos industriales fuera del predio, sea directamente o a través de la contratación de terceros, deben contar con autorización sanitaria, previo al inicio de tales actividades. Para obtener dicha autorización, la empresa que produce los residuos industriales deberá presentar los antecedentes que acrediten que tanto el transporte, el tratamiento, como la disposición final es realizada por personas o empresas debidamente autorizadas por el Servicio de Salud correspondiente. Fase del proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Fase de operación y eventual cierre. Parte, obra, acción, emisión, residuo o sustancias a la que aplica En frente de trabajo donde se generan los siguientes residuos: - Residuos sólidos domiciliarios: Son originados principalmente por el consumo de alimentos de parte del personal y corresponden a residuos orgánicos, restos de papel, plástico, cartón y otros insumos inertes de oficinas y comedor de la Central La Confluencia. Se estima que en la etapa de operación se genera un peak de 7,7 kg/día considerando una producción per cápita de 1,1 kg/per/día y un máximo de 7 trabajadores. - Residuos sólidos industriales no peligrosos: Corresponden principalmente a plásticos, entre otros. - Residuos peligrosos: Se generan en cantidades menores, tales como guaipes o trapos contaminados con combustible o aceite, etc. Forma de cumplimiento Residuos sólidos domiciliarios (RSD) Los RSD son originados principalmente por el consumo de alimentos de parte del personal, y corresponden a residuos orgánicos, restos de papel, plástico, cartón y otros insumos inertes de oficinas y comedor de la Central Hidroeléctrica La Confluencia. Se estima que en la etapa de operación se genera un peak de 7,7 kg/día, considerando una producción per cápita de 1,1 kg/persona/día y un máximo de 7 trabajadores. Los residuos generados en el frente de trabajo son almacenados temporalmente en contenedores herméticamente cerrados, y son llevados diariamente a la Central Hidroeléctrica La Confluencia, donde son manejados junto con el resto de los residuos de la central, para posteriormente ser transportados a sitio de disposición final autorizado. Residuos sólidos industriales no peligrosos (RSINP) Los RSINP que genera el Proyecto corresponden principalmente a plásticos, restos de tuberías, entre otros. Estos residuos son llevados a la Central Hidroeléctrica La Confluencia, donde son manejados junto con el resto de los residuos de la central; y posteriormente, se transportan a sitio de disposición final autorizado. Residuos peligrosos (RESPEL) Los RESPEL que se generan corresponden principalmente a guaipes y paños con residuos de aceites y combustibles, entre otros. Se estima que durante esta fase se generan aproximadamente 0,2 ton/mes de este tipo de residuos. Estos residuos se producen de forma ocasional y son almacenados en una bodega habilitada para estos fines, que cumpla con lo estipulado en el D.S. Nº148/2004 del MINSAL, Reglamento Sanitario sobre Manejo de Residuos Peligrosos. Posteriormente, son transportados a sitio de disposición final autorizado, por una empresa que cuente con autorización sanitaria correspondiente. El almacenamiento no se extiende más allá de 6 meses, por lo que la cantidad máxima a almacenar no supera las 1,2 toneladas. Debido a <footer2

que la cantidad es inferior a 12 toneladas anuales, no se requiere tramitar ante la Autoridad Sanitaria un Plan de Manejo de Residuos Peligrosos. Las características de la bodega de RESPEL son las siguientes: - Base continua, impermeable y resistente. - Cierre perimetral de a lo menos 1,80 metros de altura que impida el libre acceso de personas y animales. Este cierre va a una profundidad superior a los 30 cm. - Techada y protegida de condiciones ambientales tales como humedad, temperatura y radiación solar. - Capacidad de retención de escurrimientos o derrames, no inferior al volumen del contenedor de mayor capacidad, ni al 20% del volumen total de los contenedores almacenados. - Señalética de acuerdo a la Norma Chilena NCh 2.190 Of. 93. - Acceso restringido, cuenta con medidas de seguridad y equipamiento contra incendios. La bodega tiene un extintor (para los elementos combustibles clase B se usan los extintores adecuados). Indicador que acredita su cumplimiento Residuos sólidos domiciliarios (RSD): - Ausencia de acopios de RSD en sitios no autorizados. - Autorización sanitaria de la empresa que realice el retiro y manejo de RSD. Residuos sólidos industriales no peligrosos (RSINP): - Ausencia de acopios de residuos en sitios no autorizados - Autorización sanitaria de la empresa que realice el retiro y manejo de RSINP. Residuos sólidos peligrosos (RESPEL): - Almacenamiento temporal de los residuos peligrosos en bodegas habilitadas para ello. - Ausencia de acopios de residuos en sitios no autorizados - Autorización sanitaria de la empresa que realice el retiro y manejo de RESPEL. - Declaración de Residuos Peligrosos (RETC). Forma de control y seguimiento RSD: - Inspección periódica para verificar la ausencia de acopios de residuos en sitios no autorizados. RSINP: - Inspección periódica para verificar la ausencia de acopios de residuos en sitios no autorizados. RESPEL: - Registro del almacenamiento temporal de los residuos. - Inspección periódica para verificar la ausencia de acopios de residuos en sitios no autorizados. - Registro actualizado de los residuos peligrosos almacenados y de los enviados a disposición final. - Registro de la autorización sanitaria. - Registro de la declaración de residuos peligrosos (RETC).

7.2.17. Decreto con Fuerza de Ley 725/68, del MINSAL. Componente/materia: Residuos Sólidos Norma: Código Sanitario. Este Decreto regula la higiene y la seguridad en los lugares de trabajo. En este sentido, se controlan los factores, elementos o agentes del medio ambiente que afecten la salud, la seguridad y el <footer2

bienestar de las personas. El Artículo 80 señala que corresponde a la autoridad sanitaria autorizar la instalación y vigilar el funcionamiento de todo el lugar destinado a la acumulación, selección, industrialización, comercio o disposición final de basuras y desperdicios de cualquier clase. Fase del proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Fase de operación y eventual cierre. Parte, obra, acción, emisión, residuo o sustancias a la que aplica Frente de trabajo donde se generan los siguientes residuos: - Residuos sólidos domiciliarios: Son originados principalmente por el consumo de alimentos de parte del personal y corresponden a residuos orgánicos, restos de papel, plástico, cartón y otros insumos inertes de oficinas y comedor de la Central La Confluencia. Se estima que en la etapa de operación se genera un peak de 7,7 kg/día considerando una producción per cápita de 1,1 kg/per/día y un máximo de 7 trabajadores. - Residuos sólidos industriales no peligrosos: Corresponden principalmente a plásticos, entre otros. - Residuos peligrosos: Se generan en cantidades menores, tales como guaipes o trapos contaminados con combustible o aceite, etc. Forma de cumplimiento Residuos sólidos domiciliarios (RSD) Los RSD son originados principalmente por el consumo de alimentos de parte del personal, y corresponden a residuos orgánicos, restos de papel, plástico, cartón y otros insumos inertes de oficinas y comedor de la Central Hidroeléctrica La Confluencia. Se estima que en la etapa de operación se genera un peak de 7,7 kg/día, considerando una producción per cápita de 1,1 kg/persona/día y un máximo de 7 trabajadores. Los residuos generados en el frente de trabajo son almacenados temporalmente en contenedores herméticamente cerrados, y son llevados diariamente a la Central Hidroeléctrica La Confluencia, donde son manejados junto con el resto de los residuos de la central, para posteriormente ser transportados a sitio de disposición final autorizado. Residuos sólidos industriales no peligrosos (RSINP) Los RSINP que genera el Proyecto corresponden principalmente a plásticos, restos de tuberías, entre otros. Estos residuos son llevados a la Central Hidroeléctrica La Confluencia, donde son manejados junto con el resto de los residuos de la central; y posteriormente, se transportan a sitio de disposición final autorizado. Residuos peligrosos (RESPEL) Los RESPEL que se generan corresponden principalmente a guaipes y paños con residuos de aceites y combustibles, entre otros. Se estima que durante esta fase se generan aproximadamente 0,2 ton/mes de este tipo de residuos. Estos residuos se producen de forma ocasional y son almacenados en una bodega habilitada para estos fines, que cumpla con lo estipulado en el D.S. Nº148/2004 del MINSAL, Reglamento Sanitario sobre Manejo de Residuos Peligrosos. Posteriormente, son transportados a sitio de disposición final autorizado, por una empresa que cuente con autorización sanitaria correspondiente. El almacenamiento no se extiende más allá de 6 meses, por lo que la cantidad máxima a almacenar no supera las 1,2 toneladas. Debido a que la cantidad es inferior a 12 toneladas anuales, no se requiere tramitar ante la Autoridad Sanitaria un Plan de Manejo de Residuos Peligrosos. Las características de la bodega de RESPEL son las siguientes: <footer2

  • Base continua, impermeable y resistente.
  • Cierre perimetral de a lo menos 1,80 metros de altura que impida el libre acceso de personas y animales. Este cierre va a una profundidad superior a los 30 cm.
  • Techada y protegida de condiciones ambientales tales como humedad, temperatura y radiación solar.
  • Capacidad de retención de escurrimientos o derrames, no inferior al volumen del contenedor de mayor capacidad, ni al 20% del volumen total de los contenedores almacenados.
  • Señalética de acuerdo a la Norma Chilena NCh 2.190 Of. 93.
  • Acceso restringido, cuenta con medidas de seguridad y equipamiento contra incendios. La bodega tiene un extintor (para los elementos combustibles clase B se usan los extintores adecuados). Indicador que acredita su cumplimiento Residuos sólidos domiciliarios (RSD):
  • Ausencia de acopios de RSD en sitios no autorizados.
  • Autorización sanitaria de la empresa que realice el retiro y manejo de RSD. Residuos sólidos industriales no peligrosos (RSINP):
  • Ausencia de acopios de residuos en sitios no autorizados
  • Autorización sanitaria de la empresa que realice el retiro y manejo de RSINP. Residuos sólidos peligrosos (RESPEL):
  • Almacenamiento temporal de los residuos peligrosos en bodegas habilitadas para ello.
  • Ausencia de acopios de residuos en sitios no autorizados
  • Autorización sanitaria de la empresa que realice el retiro y manejo de RESPEL.
  • Declaración de Residuos Peligrosos (RETC). Forma de control y seguimiento RSD:
  • Inspección periódica para verificar la ausencia de acopios de residuos en sitios no autorizados. RSINP:
  • Inspección periódica para verificar la ausencia de acopios de residuos en sitios no autorizados. RESPEL:
  • Registro del almacenamiento temporal de los residuos.
  • Inspección periódica para verificar la ausencia de acopios de residuos en sitios no autorizados.
  • Registro actualizado de los residuos peligrosos almacenados y de los enviados a disposición final.
  • Registro de la autorización sanitaria.
  • Registro de la declaración de residuos peligrosos (RETC).

7.2.18. Decreto Supremo N°148/2003, del MINSAL. Componente/materia: Residuos Peligrosos Norma: Reglamento sanitario sobre manejo de residuos peligrosos. Este Reglamento establece las condiciones sanitarias y de seguridad mínimas a que deberá someterse la generación, tenencia, almacenamiento, transporte, tratamiento, re-uso, reciclaje, disposición final y otras formas de eliminación de los residuos peligrosos. Artículo 4: Los residuos peligrosos deben identificarse y etiquetarse de acuerdo a la clasificación y tipo de riesgo que establece la Norma <footer2

Chilena Oficial NCh 2.190 of.93. Esta obligación es exigible desde que tales residuos se almacenen y hasta su eliminación. Artículo 6: Durante el manejo de los residuos peligrosos se deben tomar todas las precauciones necesarias para prevenir su inflamación o reacción, entre ellas su separación y protección frente a cualquier fuente de riesgo capaz de provocar tales efectos. Además, durante las diferentes etapas del manejo de tales residuos, se deben tomar todas las medidas necesarias para evitar derrames, descargas o emanaciones de sustancias peligrosas al medio ambiente. Artículo 7: En cualquier etapa del manejo de residuos peligrosos, queda expresamente prohibida la mezcla de éstos con residuos que no tengan ese carácter o con otras sustancias o materiales, cuando dicha mezcla tenga como fin diluir o disminuir su concentración. Si por cualquier circunstancia ello llegare a ocurrir, la mezcla completa deberá manejarse como residuo peligroso, de acuerdo a lo que establece el presente reglamento. Artículo 8: Los contenedores de residuos peligrosos deben cumplir con los siguientes requisitos: a) tener un espesor adecuado y estar construidos con materiales que sean resistentes al residuo almacenado y a prueba de filtraciones, b) estar diseñados para ser capaces de resistir los esfuerzos producidos durante su manipulación, así como durante la carga y descarga y el traslado de los residuos, garantizando en todo momento que no son derramados, c) estar en todo momento en buenas condiciones, debiéndose reemplazar todos aquellos contenedores que muestren deterioro de su capacidad de contención, d) estar rotulados indicando, en forma claramente visible, las características de peligrosidad del residuo contenido de acuerdo a la Norma Chilena NCh 2.190 Of 93, el proceso en que se originó el residuo, el código de identificación y la fecha de su ubicación en el sitio de almacenamiento. Los contenedores sólo pueden ser movidos manualmente si su peso total incluido el contenido, no excede de 30 kilogramos. Si dicho peso fuere superior, se deben mover con equipamiento mecánico. Sólo se pueden reutilizar contenedores cuando no se trate de residuos incompatibles, a menos que hayan sido previamente descontaminados. Artículo 18: Los residuos incluidos en los siguientes listados de categorías se consideran peligrosos a menos que su generador pueda demostrar ante la Autoridad Sanitaria que no presentan ninguna característica de peligrosidad. El generador puede proponer a la Autoridad Sanitaria los análisis de caracterización de peligrosidad a realizar sobre la base del conocimiento de sus residuos y de los procesos que los generan, sin perjuicio de lo cual, la Autoridad Sanitaria puede exigir análisis adicionales a los propuestos conforme a lo señalado en los artículos 12 al 17. Artículo 25: Las instalaciones, establecimientos o actividades que anualmente den origen a más de 12 kilogramos de residuos tóxicos agudos o a más de 12 toneladas de residuos peligrosos que presenten cualquier otra característica de peligrosidad deben contar con un Plan de Manejo de Residuos Peligrosos presentado ante la Autoridad Sanitaria. El Generador deberá presentar dicho Plan ante la respectiva Autoridad Sanitaria. Las instalaciones, establecimientos o actividades que se encuentren en esta situación son identificadas por dicha Autoridad mediante un número identificatorio. El Plan deberá ser diseñado por un profesional e incluya todos los procedimientos técnicos y administrativos necesarios para lograr que <footer2

el manejo interno y la eliminación de los residuos se haga con el menor riesgo posible. Toda modificación del Plan deberá ser previamente presentada ante la Autoridad Sanitaria. Fase del proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Fase de operación. Parte, obra, acción, emisión, residuo o sustancias a la que aplica Bodega de residuos peligrosos ubicada en el frente de trabajo. Forma de cumplimiento Los RESPEL que se generan corresponden principalmente a guaipes y paños con residuos de aceites y combustibles, entre otros. Se estima que durante esta fase se generan aproximadamente 0,2 ton/mes de este tipo de residuos. Estos residuos se producen de forma ocasional y son almacenados en una bodega habilitada para estos fines, que cumpla con lo estipulado en el D.S. Nº148/2004 del MINSAL, Reglamento Sanitario sobre Manejo de Residuos Peligrosos. Posteriormente, son transportados a sitio de disposición final autorizado, por una empresa que cuente con autorización sanitaria correspondiente. El almacenamiento no se extiende más allá de 6 meses, por lo que la cantidad máxima a almacenar no supera las 1,2 toneladas. Debido a que la cantidad es inferior a 12 toneladas anuales, no se requiere tramitar ante la Autoridad Sanitaria un Plan de Manejo de Residuos Peligrosos. Las características de la bodega de RESPEL son las siguientes: - Base continua, impermeable y resistente. - Cierre perimetral de a lo menos 1,80 metros de altura que impida el libre acceso de personas y animales. Este cierre va a una profundidad superior a los 30 cm. - Techada y protegida de condiciones ambientales tales como humedad, temperatura y radiación solar. - Capacidad de retención de escurrimientos o derrames, no inferior al volumen del contenedor de mayor capacidad, ni al 20% del volumen total de los contenedores almacenados. - Señalética de acuerdo con la Norma Chilena NCh 2.190 Of. 93. - Acceso restringido, cuenta con medidas de seguridad y equipamiento contra incendios. La bodega tiene un extintor (para los elementos combustibles clase B se usan los extintores adecuados). Indicador que acredita su cumplimiento - Almacenamiento temporal de los residuos peligrosos en bodega habilitadas para ello. - Autorización sanitaria de bodega de RESPEL. - Ausencia de acopios de residuos en sitios no autorizados (verificación mediante inspecciones del personal). - Autorización sanitaria de la empresa que realice el retiro y manejo de RESPEL. - Declaración de Residuos Peligrosos (RETC). Forma de control y seguimiento - Registro del almacenamiento temporal de los residuos peligrosos. - Registro actualizado de los residuos peligrosos almacenados y de los enviados a disposición final. - Inspecciones periódicas para verificar la ausencia de acopios de residuos en sitios no autorizados. - Registro de la autorización sanitaria. - Registro de la declaración de residuos peligrosos (RETC). <footer2

7.2.19. Resolución Exenta N° 1.521/2016, Aprueba el Sistema de Declaración de Instalaciones que Almacenan Sustancias Peligrosas, Establecido en el Decreto Supremo N°43 de 2015 del Ministerio de Salud, Reglamento de Almacenamiento de Sustancias Peligrosas. Ministerio de Salud. Componente/materia: Manejo de sustancias y residuos – residuos sólidos. Norma: Resolución Exenta N°1.521/2016, Aprueba el Sistema de Declaración de Instalaciones que Almacenan Sustancias Peligrosas, Establecido en el Decreto Supremo N°43 de 2015 del Ministerio de Salud, Reglamento de Almacenamiento de Sustancias Peligrosas. Ministerio de Salud. Fecha de Publicación: 26 de diciembre de 2016. Apruébase el Sistema de Declaración de Instalaciones de Almacenamiento de Sustancias Peligrosas - Dasuspel, en cumplimiento con el artículo 5º del decreto supremo Nº 43, de 2015, del Ministerio de Salud, Reglamento de Almacenamiento de Sustancias Peligrosas, cuyo acceso es a través de la página web "dasuspel.minsal.cl" Fase del proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Fase de operación. Parte, obra, acción, emisión, residuo o sustancias a la que aplica Bodegas de residuos peligrosos ubicada en frente de trabajo. Forma de cumplimiento Se realiza la declaración de las instalaciones y sustancias peligrosas almacenadas, dos veces al año, con fechas límites el 20 de junio y 20 de diciembre, a través del Sistema de Declaración de Instalaciones de Almacenamiento de Sustancias Peligrosas – Dasuspel, a través de la página web dasuspel.minsal.cl Indicador que acredita su cumplimiento Registro de las declaraciones realizadas en Dasuspel. Forma de control y seguimiento Verificación de los registros de las declaraciones.

7.2.20. D.S. N°1/2013 del Ministerio del Medio Ambiente. Componente/materia: Manejo de sustancias y residuos – aire. Norma: D.S. N° 1 Aprueba Reglamento del Registro de Emisiones y Transferencia de Contaminantes. Fecha de Publicación: 2 de mayo de 2013. Ministerio del Medio Ambiente. Artículo 30.- La obligación de reportar a la autoridad correspondiente información, antecedentes y datos asociados a emisiones, contenida en el D.S. Nº185/91 del Ministerio de Minería, que reglamenta funcionamiento de establecimientos emisores de anhídrido sulfuroso, material particulado y arsénico en todo el territorio de la república; en el D.S. Nº4/92 del Ministerio de Salud, que establece norma de emisión de material particulado a fuentes estacionarias puntuales y grupales, y en la resolución Nº15.027/94, del Ministerio de Salud, que establece procedimiento de declaración de emisiones para fuentes estacionarias que indica, en el D.S. Nº165/98, del Ministerio Secretaría General de la Presidencia, que establece norma de emisión para la regulación del contaminante arsénico emitido al aire; en el D.S. Nº37/2012, del Ministerio del Medio Ambiente, que establece norma de emisión de compuestos TRS, generadores de olor, asociados a la fabricación de pulpa Kraft o al sulfato, elaborada a partir de la revisión del decreto Nº 167, de 1999, Minsegpres, que establece Norma de emisión para olores molestos (compuestos sulfuro de hidrógeno y mercaptanos: gases TRS) asociados a la fabricación de pulpa sulfatada; en el D.S. Nº609/98 del Ministerio de Obras Públicas, que establece norma de emisión para la regulación de contaminantes asociados a las <footer2

descargas de residuos industriales líquidos a sistemas de alcantarillado; en el D.S. Nº90/2000 del Ministerio Secretaría General de la Presidencia, que establece norma de emisión para la regulación de contaminantes asociados a las descargas de residuos líquidos a aguas marinas y continentales superficiales; en el D.S. Nº46/02 del Ministerio Secretaría General de la Presidencia que establece norma de emisión de residuos líquidos a aguas subterráneas; en el D.S. Nº138/05 del Ministerio de Salud que establece obligación de declarar emisiones que indica; D.S. Nº45/07 del Ministerio Secretaría General de la Presidencia, que establece norma de emisión para incineración y co-incineración y, en el D.S. Nº13/2011 del Ministerio del Medio Ambiente, que establece norma de emisión para centrales termoeléctricas, deberá realizarse a través del Sistema de Ventanilla Única del RETC, regulado por el presente Reglamento. Asimismo, la obligación de reportar a la autoridad correspondiente información, asociados a residuos, contenida en el D.S. Nº148/03 del Ministerio de Salud, que aprueba reglamento sanitario sobre manejo de residuos peligrosos; en el D.S. Nº189/05 del Ministerio de Salud, que aprueba reglamento sobre condiciones sanitarias y de seguridad básicas en los rellenos sanitarios; en el D.S. Nº4/09 del Ministerio Secretaría General de la Presidencia, que establece reglamento para el manejo de lodos generados en las plantas de tratamiento de aguas servidas; en el D.S. Nº6/09 del Ministerio de Salud que aprueba reglamento sobre manejo de residuos de establecimientos de atención de salud (REAS), deberá realizarse a través del referido Sistema de Ventanilla Única del RETC. Fase del proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Fase de operación. Parte, obra, acción, emisión, residuo o sustancias a la que aplica - Grupo electrógeno de frente de trabajo. - Bodega de residuos peligrosos. Forma de cumplimiento El Titular del Proyecto informa los resultados de sus emisiones y residuos a través del Sistema de Ventanilla Única del Registro de Emisiones y Transferencia de Contaminantes (RETC). Indicador que acredita su cumplimiento Declaración de emisiones y residuos (RETC). Forma de control y seguimiento Registro de la declaración realizada a través de RETC.

7.3. Normas relacionadas con componentes ambientales (fauna, vegetación y flora, suelo, agua, patrimonio cultural)

7.3.1. Ley N° 19.473 del Ministerio de Agricultura. Componente/materia: Fauna terrestre Norma: Ley N° 19.473 Sustituye Texto de la Ley N° 4.601, Sobre Caza, y Articulo 609 del Código Civil. Fecha de Publicación: 27 de septiembre de 1996. Ministerio de Agricultura. Artículo 3º, Prohíbese en todo el territorio nacional la caza o captura de ejemplares de la fauna silvestre catalogados como especies en peligro de extinción, vulnerables, raras y escasamente conocidas, así como la de las especies catalogadas como beneficiosas para la actividad silvoagropecuaria, para la mantención del equilibrio de los ecosistemas naturales o que presenten densidades poblacionales reducidas. El reglamento señalará la nómina de las especies a que se refiere el inciso anterior. Asimismo, respecto de las demás especies, puede establecer vedas, temporadas y zonas de caza y captura; número de <footer2

ejemplares que pueden cazarse o capturarse por jornada, temporada o grupo etario y demás condiciones en que tales actividades pueden desarrollarse. Artículo 5, prohíbe en toda época levantar nido, destruir madrigueras o recolectar huevos y crías, con excepción de las especies declaradas dañinas. Artículo 9°, establece que: “La caza o captura de animales de las especies protegidas en el medio silvestre, sólo se puede efectuar en sectores o áreas determinadas y previa autorización del Servicio Agrícola y Ganadero. Estos permisos son otorgados cuando el interesado acredite que la caza o captura de los ejemplares es necesaria para fines de investigación, para el establecimiento de centros de reproducción o criaderos, para la utilización sustentable del recurso o para controlar la acción de animales que causen graves perjuicios al ecosistema”. Fase del proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Fase de operación y eventual cierre. Parte, obra, acción, emisión, residuo o sustancias a la que aplica Todas las partes, obras y acciones del Proyecto. Forma de cumplimiento El Titular aplica las siguientes acciones ambientales: - El personal de faenas es advertido de la prohibición de capturar o cazar especies de fauna y avifauna terrestre. - Se evita la dispersión de basura doméstica que atraiga a aves al lugar del Proyecto. - Se prohíbe la alimentación directa y/o indirecta (arrojar desechos orgánicos al suelo) de la fauna silvestre. Indicador que acredita su cumplimiento - Capacitaciones a los trabajadores. - Contenedores herméticos en las zonas en las que circule el personal. Forma de control y seguimiento - Registro de las capacitaciones a los trabajadores. - Registro de los contenedores herméticos en las zonas en las que circule el personal.

7.3.2. D.S. N°5/2015, del Ministerio de Agricultura. Componente/materia: Fauna terrestre Norma: D.S. Nº 5 Aprueba Modificación al Reglamento de la Ley De Caza. Fecha de Publicación: 7 de diciembre de 1998. Ministerio de Agricultura. (Modificaciones: D.S. Nº 53, fecha de publicación: 27 de enero de 2004, Ministerio de Agricultura. D.S. N° 6 del Ministerio de Agricultura, publicado en el Diario Oficial el 25 de marzo de 2015, y sus respectivas formas de cumplimiento e indicadores. Decreto N° 65 del Ministerio de Agricultura, promulgado el 21 de noviembre de 2011 y publicado en el diario Oficial el 30 de enero de 2015). Artículo 2º.- Las disposiciones del presente reglamento se aplican a la caza, captura, crianza, conservación y utilización sustentable de especímenes de la fauna silvestre, con excepción de las especies y los recursos hidrobiológicos, cuya preservación se rige por la ley Nº 18.892, General de Pesca y Acuicultura, cuyo texto refundido, coordinado y sistematizado fue fijado por decreto supremo Nº 430, de 1991, del Ministerio de Economía, Fomento y Reconstrucción. Artículo 4° Se prohíbe la caza o captura en todo el territorio de las especies de anfibios, reptiles, aves, mamíferos e invertebrados, indicado en el decreto supremo N° 65 del Ministerio de Agricultura. Fase del proyecto a la que aplica o en la que se dará Fase de operación y eventual cierre. <footer2

cumplimiento Parte, obra, acción, emisión, residuo o sustancias a la que aplica Todas las partes, obras y acciones del Proyecto. Forma de cumplimiento El Titular aplica las siguientes acciones ambientales: - El personal de faenas es advertido de la prohibición de capturar o cazar especies de fauna y avifauna terrestre. - Se evita la dispersión de basura doméstica que atraiga a aves al lugar del Proyecto. - Se prohíbe la alimentación directa y/o indirecta (arrojar desechos orgánicos al suelo) de la fauna silvestre. Indicador que acredita su cumplimiento - Capacitaciones a los trabajadores. - Contenedores herméticos en las zonas en las que circule el personal. Forma de control y seguimiento - Registro de las capacitaciones a los trabajadores. - Registro de los contenedores herméticos en las zonas en las que circule el personal.

7.3.3. D.S. Nº430/1992, Fija el Texto Refundido, Coordinado y Sistematizado de la Ley Nº18.892, de 1989 y sus Modificaciones, Ley General de Pesca y Acuicultura.

Componente/materia: Biota acuática Norma: D.S. Nº 430, Fija el Texto Refundido, Coordinado y Sistematizado de la Ley Nº 18.892, de 1989 y sus Modificaciones, Ley General de Pesca y Acuicultura. Fecha de Publicación: 21 de enero de 1992. Ministerio de Economía, Fomento y Reconstrucción. Artículo 136.- El que introdujere o mandare introducir en el mar, ríos, lagos o cualquier otro cuerpo de agua, agentes contaminantes químicos, biológicos o físicos que causen daño a los recursos hidrobiológicos, sin que previamente hayan sido neutralizados para evitar tales daños, es sancionado con multa de 50 a 3.000 unidades tributarias mensuales. Si procediere con dolo, además de la multa, la pena a aplicar es la de presidio menor en su grado mínimo. Fase del proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Fase de operación. Parte, obra, acción, emisión, residuo o sustancias a la que aplica Dragado de sedimentos acumulados en el reservorio Tricahue y desarenados, los que son vertidos al río Tinguiririca. Forma de cumplimiento Se tiene prohibido arrojar contaminantes químicos, biológicos o físicos que causen daño a los recursos hidrobiológicos, tampoco se puede realizar el lavado de maquinarias en causes ni en zonas aledañas a estos. Los sedimentos que son vertidos al río Tinguiririca corresponden al mismo material proveniente de dicho río, los que no son expuestos a actividades antrópicas que los pudiesen haber alterado en su composición química de manera que puedan afectar las aguas del río. En función de la programación de dragado presentada en la Adenda, el Titular ha aumentado de 3 a 7 años la duración del Plan de Monitoreo de los Ecosistemas Acuáticos Continentales y de Calidad de Agua y Sedimentos; es decir, éste se llevará a cabo durante los primeros 5 años en los que se extrae la tasa natural de acumulación anual, más una proporción de lo acumulado a la fecha (45.000 m³ en total); y en los 2 años posteriores, donde la tasa de dragado es la igual a la tasa de retención anual (35.000 m³). Plan de Monitoreo de los Ecosistemas Acuáticos continentales: El Titular llevará a cabo un plan de monitoreo con el propósito de <footer2

evidenciar el comportamiento del ecosistema acuático y su biota durante la de operación del Proyecto. Se contrastarán los resultados obtenidos en cada punto monitoreado con los valores promedio y la desviación estándar de los parámetros del hábitat evaluados en la caracterización del hábitat en las campañas del monitoreo de Flora y Fauna Acuática previas a la operación, y se definieron las siguientes categorías: - Verde: Los registros observados se encuentran cercanos a la media histórica (dentro del rango de la primera desviación estándar) y muestran una buena condición del río. - Amarilla: Los registros observados se encuentran entre la primera y la segunda desviación estándar y muestran una condición regular del río o anomalía menor; - Roja: Los registros se encuentran más allá de la segunda desviación estándar y representa una condición de anomalía mayor del río. En el análisis de riqueza y abundancia de fauna bentónica se utilizan los promedios y mínimos históricos por estación obtenidos de las campañas de monitoreo de Flora y Fauna Acuática. Con estos valores se definieron las siguientes categorías: - Verde, si la estación presentaba un valor igual o superior al promedio histórico al promedio histórico correspondiente a la estación. - Amarillo, si se encuentra entre el promedio y el mínimo. - Roja si se encuentra bajo el mínimo histórico. En las especies de peces de mayor incidencia (Diplomystes chilensis, Trichomycterus areolatus y Oncorhynchus mykiss), se utilizan los registros de abundancia históricos por estación, obteniéndose la distribución de frecuencia de abundancias de las campañas de monitoreo de Flora y Fauna Acuática. Esto debido a que las abundancias de peces presentan distribuciones discretas y una alta variabilidad, y por lo tanto los estadísticos utilizados en el análisis de los macroinvertebrados (cuya abundancia presenta una distribución continua) no se pueden aplicar. De acuerdo con lo anterior, se definieron las siguientes categorías: - Verde, si la estación presentaba un percentil superior al percentil 50. - Amarillo, si se encontraba entre el percentil 50 y el 33. - Roja si se encontraba bajo el percentil 33. En caso que producto de los resultados de dichos monitoreos se detectaran anomalías mayores por dos periodos consecutivos en la misma estación, se toman las siguientes acciones: establecer un plan de seguimiento mensual hasta la siguiente campaña, si la situación no se revierte en dicho período se sigue con el muestreo mensual y se complementa con análisis de calidad del agua (Norma chilena 1.333 sobre requisitos de calidad del agua para diferentes usos), indagando en la posible causa de la anomalía. Indicador que acredita su cumplimiento Cumplimiento de estándares para aguas destinadas a vida acuática (aguas dulces) de la NCh. 1333 Of.78. Registro de todos los monitoreos realizados y de los resultados de estos; por lo tanto, los resultados de dichos monitoreos permitan acreditar que no se afectan los ecosistemas acuáticos continentales ni la calidad de agua ni de sedimentos. Forma de control y seguimiento El monitoreo es estacional (trimestral), durante los primeros siete años de aplicación del Plan (en los 5 años en los que se extrae la tasa natural de acumulación anual, más una proporción de lo acumulado a la fecha (45.000 m³ en total); y en los 2 años posteriores, donde la tasa de dragado es la igual a la tasa de <footer2

retención anual (35.000 m³). Se mantiene el registro de los monitoreos y sus resultados disponibles para posibles fiscalizaciones de la Autoridad.

7.3.4. D.Ex. N°878/2011. Ministerio de Economía, Fomento y Turismo, Subsecretaría de Pesca. Componente/materia: Fauna íctica Norma: D. Ex. N°878, Establece veda extractiva de especies ícticas nativas que indica. Fecha de Publicación: 06 de octubre de 2011. Ministerio de Economía, Fomento y Turismo, Subsecretaría de Pesca. Artículo 1°. Establécese una veda extractiva para las especies que a continuación se indican, en las aguas terrestres de todo el territorio nacional, por el término de 15 años a contar de la fecha de publicación del presente Decreto de conformidad con la Ley general de Pesca y Acuicultura. Trichomycterus areolatus, “Bagrecito”. Diplomystes aff chilensis, “Toyo de agua dulce”. Artículo 2°. Durante la vigencia de la presente veda extractiva se prohíbe, además, la tenencia, posesión, transporte, desembarque, elaboración, o cualquier proceso de transformación, así como la comercialización o almacenamiento, respecto de las especies individualizadas en el artículo anterior, sea de ejemplares enteros o partes de éstos. Artículo 3°. Sin perjuicio de lo señalado en el artículo anterior, para todas las especies indicadas en el artículo 1°, la Subsecretaría de Pesca puede autorizar, mediante resolución, la captura de ejemplares vivos para mantención en laboratorios o centros de investigación, siempre y cuando exista como finalidad la conservación ex - situ de la(s) especie(s), la investigación científica y/o actividades de docencia, así mismo para actividades de Rescate y Relocalización en el marco de cumplimientos ambientales de proyectos que impacten ecosistemas acuáticos o de cualquier otro requerimiento cuando se vea afectada la supervivencia de estas especies protegidas. Fase del proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Fase de operación y eventual cierre. Parte, obra, acción, emisión, residuo o sustancias a la que aplica En el área de influencia para la componente ecosistemas acuáticos continentales - Flora y Fauna acuática, se detectó la presencia de dos taxa, de las cuales una corresponde a la especie nativa Trichomycterus areolatus y Diplomystes aff chilensis categorizadas como vulnerable y en peligro, (D.S. N°51/2008 del MINSEGPRES), según el Reglamento de Clasificación de Especies (RCE) del Ministerio del Medio Ambiente. Forma de cumplimiento El Proyecto en ninguna de sus fases considera la tenencia, posesión, transporte, desembarque, elaboración o cualquier proceso de transformación, así como la comercialización o almacenamiento de las especies Trichomycterus areolatus o Diplomystes aff chilensis, como tampoco su afectación producto de las actividades de desarenado y dragado. El Titular cumpla lo establecido en el presente Decreto realizando inducciones al personal del Proyecto, señalando la prohibición de capturar o cazar la especie ya individualizada. En función de la programación de dragado presentada en la Adenda, el Titular ha aumentado de 3 a 7 años la duración del Plan de Monitoreo de los Ecosistemas Acuáticos Continentales y de Calidad de Agua y Sedimentos; es decir, éste se llevará a cabo durante los primeros 5 años en los que se extrae la tasa natural de acumulación anual, más una proporción de lo acumulado a la fecha (45.000 m³ en <footer2

total); y en los 2 años posteriores, donde la tasa de dragado es la igual a la tasa de retención anual (35.000 m³). Plan de Monitoreo de los Ecosistemas Acuáticos continentales: El Titular llevará a cabo un plan de monitoreo con el propósito de evidenciar el comportamiento del ecosistema acuático y su biota durante la de operación del Proyecto. Se contrastarán los resultados obtenidos en cada punto monitoreado con los valores promedio y la desviación estándar de los parámetros del hábitat evaluados en la caracterización del hábitat en las campañas del monitoreo de Flora y Fauna Acuática previas a la operación, y se definieron las siguientes categorías: - Verde: Los registros observados se encuentran cercanos a la media histórica (dentro del rango de la primera desviación estándar) y muestran una buena condición del río. - Amarilla: Los registros observados se encuentran entre la primera y la segunda desviación estándar y muestran una condición regular del río o anomalía menor; - Roja: Los registros se encuentran más allá de la segunda desviación estándar y representa una condición de anomalía mayor del río. En el análisis de riqueza y abundancia de fauna bentónica se utilizan los promedios y mínimos históricos por estación obtenidos de las campañas de monitoreo de Flora y Fauna Acuática. Con estos valores se definieron las siguientes categorías: - Verde, si la estación presentaba un valor igual o superior al promedio histórico al promedio histórico correspondiente a la estación. - Amarillo, si se encuentra entre el promedio y el mínimo. - Roja si se encuentra bajo el mínimo histórico. En las especies de peces de mayor incidencia (Diplomystes chilensis, Trichomycterus areolatus y Oncorhynchus mykiss), se utilizan los registros de abundancia históricos por estación, obteniéndose la distribución de frecuencia de abundancias de las campañas de monitoreo de Flora y Fauna Acuática. Esto debido a que las abundancias de peces presentan distribuciones discretas y una alta variabilidad, y por lo tanto los estadísticos utilizados en el análisis de los macroinvertebrados (cuya abundancia presenta una distribución continua) no se pueden aplicar. De acuerdo con lo anterior, se definieron las siguientes categorías: - Verde, si la estación presentaba un percentil superior al percentil 50. - Amarillo, si se encontraba entre el percentil 50 y el 33. - Roja si se encontraba bajo el percentil 33. En caso que producto de los resultados de dichos monitoreos se detectaran anomalías mayores por dos periodos consecutivos en la misma estación, se toman las siguientes acciones: establecer un plan de seguimiento mensual hasta la siguiente campaña, si la situación no se revierte en dicho período se sigue con el muestreo mensual y se complementa con análisis de calidad del agua (Norma chilena 1.333 sobre requisitos de calidad del agua para diferentes usos), indagando en la posible causa de la anomalía. Indicador que acredita su cumplimiento El Titular cumpla lo establecido en el presente Decreto realizando inducciones al personal del Proyecto, señalando la prohibición de capturar o cazar las especies individualizadas. Registro de las inducciones que se realicen y de la respectiva hoja de asistencia. Forma de control y seguimiento Se mantendrá́ disponible para la Autoridad el registro de las actividades de inducción que se realicen. <footer2

7.3.5. D.S. Nº 51/2008, Ministerio Secretaría General de la Presidencia. Componente/materia: Fauna íctica Norma: D.S. Nº 51, Aprueba y oficializa nómina para el tercer proceso de clasificación de especies según su estado de conservación. Fecha de Publicación: 30 de junio de 2008. Ministerio Secretaría General de la Presidencia. Se aprueba y oficializa la nómina para el tercer período de clasificación de especies, dentro de las cuales se incluye: - Trichomycterus areolatus, Bagre Chico: Vulnerable. Fase del proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Fase de operación y eventual cierre. Parte, obra, acción, emisión, residuo o sustancias a la que aplica En el área de influencia para la componente ecosistemas acuáticos continentales - flora y fauna acuática, se detectó la presencia de dos taxa, de las cuales una corresponde a la especie nativa Trichomycterus areolatus categorizada como vulnerable (D.S. N° 51/2008 MINSEGPRES), según el Reglamento de Clasificación de Especies (RCE) del Ministerio del Medio Ambiente. Esta especie se detectó solo en el río Tinguiririca en el sector de la ruta 5 (C-7) en una baja abundancia de 4 individuos. Forma de cumplimiento El Proyecto en ninguna de sus fases considera la tenencia, posesión, transporte, desembarque, elaboración o cualquier proceso de transformación, así como la comercialización o almacenamiento de la especie Trichomycterus areolatus, o su afectación producto de las actividades de desarenado y dragado. El titular cumpla lo establecido en el presente Decreto realizando inducciones e informativos al personal del Proyecto, señalando la prohibición de capturar o cazar la especie ya individualizada. Se tiene prohibido arrojar contaminantes químicos, biológicos o físicos que causen daño a los recursos hidrobiológicos, tampoco se puede realizar el lavado de maquinarias en causes ni en zonas aledañas a estos. Durante la operación se verterán sedimentos correspondientes al mismo material proveniente del río Tinguiririca; por lo tanto, carecen de características contaminantes o de toxicidad, que puedan afectar las aguas del río. El Titular llevará a cabo un Plan de Monitoreo con el propósito de evidenciar el comportamiento del ecosistema acuático durante la de operación del Proyecto, el que incluye únicamente artes de pesca no letales (Pesca eléctrica), con devolución de individuos capturados en el mismo curso del cual fueron obtenidos, y que cuenta con la debida tramitación del PAS 119. Indicador que acredita su cumplimiento - Cumplimiento de estándares para aguas destinadas a vida acuática (aguas dulces) de la NCh. 1333 Of.78. - Registro de capacitaciones o charlas dirigidas a los trabajadores que den cuenta de las instrucciones explícitas, respecto de la prohibición de arrojar a los recursos hidrobiológicos, contaminantes químicos, biológicos o físicos que causen el detrimento de éstos. - Registro de capacitaciones o charlas dirigidas a los trabajadores, que den cuenta de las instrucciones explícitas respecto de la prohibición de efectuar lavado de maquinaria en cauces o zonas aledañas a estos. - Registro de monitoreos de fauna acuática: Presencia y abundancia (capturas por unidad de esfuerzo) de especies ícticas nativas. <footer2

Informe de mortalidades asociadas a los artes de pesca utilizados. Forma de control y seguimiento - Registro de monitoreos. - Registro en la obra de capacitaciones, inducciones e informativos.

7.3.6. D.S. Nº430/1992, Ministerio de Economía, Fomento y Reconstrucción

Componente/materia: Agua, sedimentos y ecosistemas acuáticos. Norma: D.S. Nº430, Fija el Texto Refundido, Coordinado y Sistematizado de la Ley Nº18.892, de 1989 y sus Modificaciones, Ley General de Pesca y Acuicultura. Fecha de Publicación: 21 de enero de 1992. Ministerio de Economía, Fomento y Reconstrucción Artículo 136. El que introdujere o mandare introducir en el mar, ríos, lagos o cualquier otro cuerpo de agua, agentes contaminantes químicos, biológicos o físicos que causen daño a los recursos hidrobiológicos, sin que previamente hayan sido neutralizados para evitar tales daños, es sancionado con multa de 50 a 3.000 unidades tributarias mensuales. Si procediere con dolo, además de la multa, la pena a aplicar es la de presidio menor en su grado mínimo. Fase del proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Fase de operación. Parte, obra, acción, emisión, residuo o sustancias a la que aplica Dragado de reservorio Tricahue y desarenados. Forma de cumplimiento Se tiene prohibido arrojar contaminantes químicos, biológicos o físicos que causen daño a los recursos hidrobiológicos, tampoco se puede realizar el lavado de maquinarias en causes ni en zonas aledañas a estos. Los sedimentos que son vertidos al río Tinguiririca corresponden al mismo material proveniente de dicho río, los que no son expuestos a actividades antrópicas que los pudiesen haber alterado en su composición química de manera que puedan afectar las aguas del río. Plan de Monitoreo de los Ecosistemas Acuáticos continentales: El Titular llevará a cabo un plan de monitoreo con el propósito de evidenciar el comportamiento del ecosistema acuático y su biota durante la de operación del Proyecto. Se contrastarán los resultados obtenidos en cada punto monitoreado con los valores promedio y la desviación estándar de los parámetros del hábitat evaluados en la caracterización del hábitat en las campañas del monitoreo de Flora y Fauna Acuática previas a la operación, y se definieron las siguientes categorías: - Verde: Los registros observados se encuentran cercanos a la media histórica (dentro del rango de la primera desviación estándar) y muestran una buena condición del río. - Amarilla: Los registros observados se encuentran entre la primera y la segunda desviación estándar y muestran una condición regular del río o anomalía menor; - Roja: Los registros se encuentran más allá de la segunda desviación estándar y representa una condición de anomalía mayor del río. En el análisis de riqueza y abundancia de fauna bentónica se utilizan los promedios y mínimos históricos por estación obtenidos de las campañas de monitoreo de Flora y Fauna Acuática. Con estos valores se definieron las siguientes categorías: - Verde, si la estación presentaba un valor igual o superior al promedio histórico al promedio histórico correspondiente a la estación. <footer2

  • Amarillo, si se encuentra entre el promedio y el mínimo.
  • Roja si se encuentra bajo el mínimo histórico. En las especies de peces de mayor incidencia (Diplomystes chilensis, Trichomycterus areolatus y Oncorhynchus mykiss), se utilizan los registros de abundancia históricos por estación, obteniéndose la distribución de frecuencia de abundancias de las campañas de monitoreo de Flora y Fauna Acuática. Esto debido a que las abundancias de peces presentan distribuciones discretas y una alta variabilidad, y por lo tanto los estadísticos utilizados en el análisis de los macroinvertebrados (cuya abundancia presenta una distribución continua) no se pueden aplicar. De acuerdo con lo anterior, se definieron las siguientes categorías:
  • Verde, si la estación presentaba un percentil superior al percentil 50.
  • Amarillo, si se encontraba entre el percentil 50 y el 33.
  • Roja si se encontraba bajo el percentil 33. En caso que producto de los resultados de dichos monitoreos se detectaran anomalías mayores por dos periodos consecutivos en la misma estación, se toman las siguientes acciones: establecer un plan de seguimiento mensual hasta la siguiente campaña, si la situación no se revierte en dicho período se sigue con el muestreo mensual y se complementa con análisis de calidad del agua (Norma chilena 1.333 sobre requisitos de calidad del agua para diferentes usos), indagando en la posible causa de la anomalía. Plan de Monitoreo de Calidad de agua y de Sedimentos: Para el estudio se tomará como referencia los límites estipulados en los lineamientos de Calidad de Sedimentos para la Protección de la Vida Acuática canadiense. Cabe destacar que esta norma permite considerar sedimentos no contaminados (Interim Freshwater Sediment Quality Guideline, ISQG), niveles con probables efectos para el medio ambiente (Probable Effect Level, PEL), y la incidencia porcentual para los valores de ISQG y PEL. Estas características del agua derivan de la conformación geomorfológica de la cuenca, por lo que constituyen la condición natural del sistema y tienen su repercusión en las características generales de los sedimentos. En este sentido, es posible que se verifiquen algunos parámetros de sedimentos que sobrepasen la normativa internacional (en ausencia de normativa nacional), pero que no constituyen una alteración asociadas a acciones del Proyecto. Por lo tanto, en el caso de observarse excedencias en términos de la calidad de los sedimentos, éstas son informadas y se buscará un posible efecto en las comunidades biológicas de macroinvertebrados, las que son consideradas a nivel nacional e internacional como buenos indicadores cambios en las condiciones ambientales, siguiéndose el plan de acciones descrito para el Plan de Monitoreo de los Ecosistemas Acuáticos continentales (descrito en punto anterior). Red de monitoreo en línea de la turbidez: Se dispone de una red de monitoreo en línea de la turbidez, con tres estaciones: una estación instalada antes del reservorio Tricahue, otra aguas abajo de éste (cercano a la descarga del vertedero y antes de la confluencia con río Azufre), y una tercera en la casa de máquinas de la Central La Higuera (17 kilómetros aguas abajo), con objeto de monitorear la concentración de sedimentos en el río, así, en base a los resultados en línea de turbidez se determina la continuidad de la actividad de dragado, manteniendo, con este control, los niveles de concentración de sedimentos, que permita vigilar que no exista superación de los 2.000 NTU indicados en el sensor inmediatamente aguas abajo de la faena de dragado en la Central La Higuera <footer2

(Tinguiririca antes del río Azufre). En caso de que se detecten niveles de concentración de sedimentos superiores a 2.000 NTU, indicados en el sensor inmediatamente aguas abajo de la faena de dragado en la Central La Higuera, se procede a detener de inmediato las actividades de dragado. Indicador que acredita su cumplimiento Plan de Monitoreo de los Ecosistemas Acuáticos continentales y de la Calidad de agua y de Sedimentos: Registro de todos los monitoreos realizados y de los resultados de estos; por lo tanto, los resultados de dichos monitoreos permitan acreditar que no se afectan los ecosistemas acuáticos continentales ni la calidad de agua ni de sedimentos. Red de monitoreo en línea de la turbidez: Existe un registro en línea de este monitoreo durante toda la fase de operación del Proyecto. Forma de control y seguimiento Plan de Monitoreo de los Ecosistemas Acuáticos continentales y de calidad de agua y sedimentos: El monitoreo es estacional (trimestral), durante los primeros siete años de aplicación del Plan (en los 5 años en los que se extrae la tasa natural de acumulación anual, más una proporción de lo acumulado a la fecha (45.000 m³ en total); y en los 2 años posteriores, donde la tasa de dragado es la igual a la tasa de retención anual (35.000 m³). Se mantiene el registro de los monitoreos y sus resultados disponibles para posibles fiscalizaciones de la Autoridad. Red de monitoreo en línea de la turbidez: Registro en línea, durante toda la fase de operación del Proyecto

7.3.7. Decreto N°458/1975, del MINVU. Componente/materia: Suelo, uso de suelo, ordenamiento territorial Norma: Aprueba Nueva Ley General de Urbanismo y Construcciones Las disposiciones de la presente ley, relativas a planificación urbana, urbanización y construcción, y las de la Ordenanza que sobre la materia dicte el presidente de la República, rigen en todo el territorio nacional. Artículo 55. Fuera de los límites urbanos establecidos en los Planes Reguladores no es permitido abrir calles, subdividir para formar poblaciones, ni levantar construcciones, salvo aquellas que fueren necesarias para la explotación agrícola del inmueble, o para las viviendas del propietario del mismo y sus trabajadores, o para la construcción de conjuntos habitacionales de viviendas sociales o de viviendas de hasta un valor de 1.000 unidades de fomento, que cuenten con los requisitos para obtener el subsidio del Estado. Artículo 116. La construcción, reconstrucción, reparación, alteración, ampliación y demolición de edificios y obras de urbanización de cualquier naturaleza, sean urbanas o rurales, requieren permiso de la Dirección de Obras Municipales, a petición del propietario, con las excepciones que señale la Ordenanza General. Artículo 145. Ninguna obra puede ser habitada o destinada a uso alguno antes de su recepción definitiva parcial o total. Sin perjuicio de las multas que se contemplan en el artículo 20°, la infracción a lo dispuesto en el inciso primero de este artículo puede sancionarse, además con la inhabilidad de la obra, hasta que se obtenga su recepción, y el desalojo de los ocupantes, con el auxilio de la fuerza pública, que decretará el alcalde, a petición del Director de Obras Municipales. <footer2

Fase del proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Fase de operación. Parte, obra, acción, emisión, residuo o sustancias a la que aplica Conteiner que se habilitará como oficina para el desarrollo de las obras. Forma de cumplimiento El Titular tramitará los respectivos permisos de edificación y posterior recepción final del conteiner que se implementa como oficina en la obra. Las edificaciones son utilizadas como instalación de faenas mientras duren las actividades de dragado (5 meses al año). En el Anexo II-A de la Adenda Complementaria se muestra el plano con la posición de la instalación de faenas. En el Anexo II-A de la Adenda Complementaria se muestra el plano con el emplazamiento de las edificaciones. En el Anexo II-A de la Adenda Complementaria se muestran las plantas esquemáticas y siluetas de las elevaciones de las edificaciones que considera la instalación de faenas. Los suelos donde se realizan las instalaciones son sectores que forman parte de la plataforma del pondaje Tricahue, que corresponden a rellenos consolidados. Indicador que acredita su cumplimiento Obtención del Permiso de Recepción Final otorgado por la Dirección de Obras Municipales. Forma de control y seguimiento Mantención en obra del Permiso de Recepción Final.

7.3.8. Ley N° 17.288/1970, del Ministerio de Educación. Componente/materia: Patrimonio Cultural Norma: Ley N°17.288, Legisla sobre Monumentos Nacionales; modifica las leyes N°16.617 y N°16.719; deroga el Decreto Ley N°651/1925. Fecha de Publicación: 4 de febrero de 1970. Ministerio de Educación. (Modificaciones: Ley N°19.094, fecha de publicación: 14 de noviembre de 1991, Ministerio del Interior. Ley N°19.891, fecha de publicación: 23 de agosto de 2003, Ministerio de Educación. Ley N°20.021, fecha de publicación: 14 de junio de 2005, Ministerio de Educación. Ley N°20.417, fecha de publicación: 26 de enero de 2010, MINSEGPRES. Ley N°20.423, fecha de publicación: 12 de febrero de 2010, Ministerio de Economía, Fomento y Reconstrucción). Artículo 1°. Son monumentos nacionales y quedan bajo la tuición y protección del Estado, los lugares, ruinas, construcciones u objetos de carácter histórico o artístico; los enterratorios o cementerios u otros restos de los aborígenes, las piezas u objetos antropo- arqueológicos, paleontológicos o de formación natural, que existan bajo o sobre la superficie del territorio nacional o en la plataforma submarina de sus aguas jurisdiccionales y cuya conservación interesa a la historia, al arte o a la ciencia; los santuarios de la naturaleza; los monumentos, estatuas, columnas, pirámides, fuentes, placas, coronas, inscripciones y, en general, los objetos que estén destinados a permanecer en un sitio público, con carácter conmemorativo. Su tuición y protección se ejercerá por medio del Consejo de Monumentos Nacionales, en la forma que determina la presente ley. Artículo 26°. Toda persona natural o jurídica que al hacer excavaciones en cualquier punto del territorio nacional y con cualquier finalidad, encontrare ruinas, yacimientos, piezas u objetos de carácter histórico, antropológico, arqueológico o paleontológico, está obligada a denunciar inmediatamente el descubrimiento al Gobernador Provincial, quien ordenará a Carabineros que se haga <footer2

responsable de su vigilancia hasta que el Consejo se haga cargo de él. La infracción a lo dispuesto en este artículo es sancionada con una multa cinco a doscientas unidades tributarias mensuales, sin perjuicio de la responsabilidad civil solidaria de los empresarios o contratistas a cargo de las obras, por los daños derivados del incumplimiento de la obligación de denunciar el hallazgo. Artículo 27°. Las piezas u objetos a que se refiere el artículo anterior son distribuidos por el Consejo en la forma que determine el Reglamento. Fase del proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Fase de operación y eventual cierre. Parte, obra, acción, emisión, residuo o sustancias a la que aplica No aplica. El Proyecto no implica la habilitación de nuevas obras, sólo considera actividades operacionales en obras existentes en áreas evaluadas ambientalmente durante el proceso de obtención de la RCA N°116/2004. Forma de cumplimiento En caso de efectuarse un hallazgo arqueológico o paleontológico, el Titular procede según lo establecido en la Ley N°17.288 (Art. 26 y 27) y en el D.S. N°484/90 (Art. 20 y 23); es decir, se dará aviso al Gobernador Provincial quien ordenará a Carabineros que se haga responsable de la vigilancia del hallazgo hasta que el Consejo de Monumentos Nacionales se haga cargo de este. Además, el Titular dará aviso inmediato y por escrito al Consejo de Monumentos Nacionales para que este organismo determine los procedimientos a seguir, de cuya implementación es responsable el Titular. Indicador que acredita su cumplimiento - Detención de obras ante eventuales hallazgos. - Aviso a las autoridades competentes ante eventuales hallazgos. Forma de control y seguimiento - Registro escrito de aviso a las autoridades competentes ante posibles hallazgos. - Registro fotográfico de las actividades de resguardo de posibles hallazgos.

7.3.9. Reglamento N°484/1990, del Ministerio de Educación. Componente/materia: Patrimonio Cultural Norma: D.S. N°484, Reglamento de la Ley N°17.288, Sobre Excavaciones y/o Prospecciones Arqueológicas, Antropológicas y Paleontológicas. Fecha de Publicación: 2 de abril de 1991. Ministerio de Educación. Artículo 20°: Se entenderá por operaciones de salvataje, para los efectos de este reglamento, la recuperación urgente de datos o especies arqueológicas, antropológicas o paleontológicas amenazados de pérdida inminente. Los conservadores y directores de Museos reconocidos por el Consejo de Monumentos Nacionales, los arqueólogos, antropólogos o paleontólogos profesionales, según corresponda, y los miembros de la Sociedad Chilena de Arqueología están autorizados para efectuar trabajos de salvataje. Estas personas tienen la obligación de informar al Consejo de su intervención y del destino de los objetos o especies excavados, tan pronto como puedan hacerlo. En el caso que los trabajos de salvataje hicieran presumir la existencia de un hallazgo de gran importancia, los arqueólogos deben informar de inmediato al Consejo de Monumentos Nacionales de este descubrimiento, con el objeto de que se arbitren las medidas que este organismo estime necesarias. Artículo 23°: Las personas naturales o jurídicas que al hacer prospecciones y/o excavaciones en cualquier punto del territorio nacional y con cualquiera finalidad encontrare ruinas, yacimientos, piezas u objetos de carácter arqueológico, antropológico o paleontológico, están obligadas a denunciar de inmediato al <footer2

descubrimiento al Gobernador Provincial, quien ordenará a Carabineros que se haga responsable de su vigilancia hasta que el Consejo de Monumentos Nacionales se haga cargo de él. Los objetos o especies encontradas se distribuirán según se determina en el artículo 21° de este reglamento. Fase del proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Fase de operación y eventual cierre. Parte, obra, acción, emisión, residuo o sustancias a la que aplica No aplica. El Proyecto no implica la habilitación de nuevas obras, sólo considera actividades operacionales en obras existentes en áreas evaluadas ambientalmente durante el proceso de obtención de la RCA N°116/2004. Forma de cumplimiento En caso de efectuarse un hallazgo arqueológico o paleontológico, el Titular procede según lo establecido en la Ley N° 17.288 (Art. 26 y 27) y en el D.S. 484/90 (Art. 20 y 23); es decir, se dará aviso al Gobernador Provincial quien ordenará a Carabineros que se haga responsable de la vigilancia del hallazgo hasta que el Consejo de Monumentos Nacionales se haga cargo de este. Además, el Titular dará aviso inmediato y por escrito al Consejo de Monumentos Nacionales para que este organismo determine los procedimientos a seguir, de cuya implementación es responsable el Titular. Indicador que acredita su cumplimiento - Detención de obras ante eventuales hallazgos. - Aviso a las autoridades competentes ante eventuales hallazgos. Forma de control y seguimiento - Registro escrito de aviso a las autoridades competentes ante posibles hallazgos. - Registro fotográfico de las actividades de resguardo de posibles hallazgos.

7.4. Otras normativas (energía, vialidad y transporte, combustibles, condiciones sanitarias y ambientales básicas en los lugares de trabajo, y otras normativas)

7.4.1. D.S. N°158/1980, del Ministerio de Obras Públicas. Componente/Materia Transporte - medio construido. Norma D.S. Nº 158, Establece Límite de Pesos por Eje y Límites de Peso Bruto Total. Fecha de publicación: 7 de abril de 1980. Ministerio de Obras Públicas Con el objeto de evitar el deterioro prematuro del pavimento de calles y caminos, la Dirección de Vialidad del MOP por medio de este Decreto, estableció los límites de peso máximo por ejes con que los vehículos de carga pueden circular por los caminos del país. Asimismo, establece que para transportar carga indivisible con peso bruto superior a 45 toneladas debe solicitar permiso especial en la Dirección de Vialidad. Esta misma norma es aplicable para las vías urbanas, por remisión expresa del D.S. Nº 200 del MOP, de 1993, que “Establece Pesos Máximos a los Vehículos para Circular en las Vías Urbanas del País”. Fase a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Fase de operación y eventual cierre. Parte, obra o acción, emisión, residuo o sustancias a la que aplica Todas las partes, obras y acciones del Proyecto. Forma de cumplimiento Durante la ejecución de las actividades de operación y eventual cierre del Proyecto, los camiones y vehículos a utilizar se ajustarán a los pesos máximos establecidos en la citada normativa. En el eventual caso de requerirse el transporte de equipos, insumos o instalaciones desmanteladas, durante la fase de operación y cierre, según corresponda, y que por su volumen y/o peso, impliquen exceder los límites señalados, se solicita la autorización correspondiente a la Dirección de Vialidad respectiva. Este transporte se efectúa con la debida coordinación con las autoridades municipales y policiales, y con los <footer2

servicios públicos con competencia en la materia, con los que se acordarán las medidas de seguridad a adoptar en cada caso. Indicador que acredita su cumplimiento - Pesos y volúmenes de la carga a transportar durante la fase de operación y eventual cierre. - Permisos de la Dirección de Vialidad para el transporte de carga sobredimensionada, en caso de requerirse. Forma de control y seguimiento - Registro de pesos y volúmenes de las cargas. - Permiso de la Dirección de Vialidad, en el caso de haberlo solicitado.

7.4.2. Resolución N° 1/1995 del MINTRATEL. Componente/Materia Transporte - medio construido. Norma Resolución N° 1, Establece dimensiones máximas a vehículos que indica. Fecha de publicación: 21 de enero de 1995. Ministerio Transporte y Telecomunicaciones, Subsecretaría de Transportes. Artículo 78. Los vehículos motorizados deben estar equipados, ajustados o carburados de modo que el motor no emita materiales o gases contaminantes en un índice superior a los permitidos. Fase a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Fase de operación y eventual cierre. Parte, obra o acción, emisión, residuo o sustancias a la que aplica Todas las partes, obras y acciones del Proyecto. Forma de cumplimiento Todos los vehículos relacionados con el Proyecto cuentan con su revisión técnica al día y se revisa la vigencia de las mantenciones recomendadas por los fabricantes. Esto es exigido por el Titular a las empresas contratistas mediante cláusulas contractuales. Además se exige a los vehículos pesados circular a una velocidad no superior a 30 km/h por la vía no pavimentadas. Indicador que acredita su cumplimiento - Revisiones técnicas y mantenciones de los vehículos. - Cumplimiento de la velocidad máxima de circulación. Forma de control y seguimiento Registro de las revisiones técnicas y mantenciones de los vehículos.

7.4.3. D.F.L. N°850/1998 del Ministerio Obras Públicas. Componente/Materia Vialidad y transporte. Norma D.F.L Nº 850, Fija el Texto Refundido, Coordinado y Sistematizado de la Ley Nº 15.840, de 1989, de 1964 y del DFL. N° 206, de 1960. Fecha de Publicación: 25 de febrero de 1998. Ministerio de Obras Públicas. Artículo 35. Los perjuicios que se ocasionen en los caminos, causados directa o indirectamente por trabajos que se efectúen en los predios vecinos, son de cargo de los dueños de dichos predios. Artículo 36. Se prohíbe ocupar, cerrar, obstruir o desviar los caminos públicos, como, asimismo, extraer tierras, derramar aguas, depositar materiales, desmontes, escombros y basuras, en ellos y en los espacios laterales hasta una distancia de veinte metros y en general, hacer ninguna clase de obras en ellos. Cuando una Municipalidad, empresa o particular necesiten hacer en los caminos obras que exijan su ocupación o rotura, deben solicitar permiso de la Dirección de Vialidad, quien puede otorgarlo por un plazo determinado y siempre que el solicitante haya depositado a la orden del jefe de la Oficina Provincial de Vialidad respectiva la cantidad necesaria para reponer el camino a su estado primitivo. Fase a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Fases de operación y eventual cierre. Parte, obra o acción, emisión, residuo o sustancias a la que Camino de acceso al proyecto por la Ruta I-45 que conecta con el camino privado La Matancilla, para posteriormente empalmar nuevamente con la Ruta I-45. <footer2

aplica Forma de cumplimiento Los camiones y vehículos que hagan ingreso al Proyecto utilizan la ruta I- 45 para conectar posteriormente con el camino privado La Matancilla, y empalmar nuevamente con la ruta I-45 a la altura de la central hidroeléctrica. El Proyecto en ninguna de sus partes, obras o acciones a desarrollar durante la fase de operación, considera la ocupación, cierre, obstrucción o desvío de caminos públicos. Los residuos generados por el Proyecto son manejados en la central y frentes de trabajo, las aguas servidas generadas por el personal son contenidas en baños químicos y su instalación y retiro se realiza mediante empresas autorizadas. De esta manera, el Proyecto tampoco considera la extracción de tierras, derrame de agua, depósito de materiales, disposición de desmontes, escombros o basuras en los caminos públicos por los que transiten. Indicador que acredita su cumplimiento Tránsito de maquinaria y vehículos únicamente por los caminos que se encuentren establecidos por el Proyecto. Forma de control y seguimiento Revisiones periódicas del estado de los caminos.

7.4.4. Decreto N°1.665/2003, Ministerio de Obras Públicas. Componente/Materia Vialidad y transporte. Norma Decreto N°1.665/2002, Modifica Decreto N°19, de 1984. Ministerio de Obras Públicas. Fecha de Publicación: 30 de enero de 2003. El Director Nacional de Vialidad puede, mediante resolución, en casos debidamente justificados y previo informe técnico de la Subdirección respectiva, autorizar la circulación de vehículos que excedan los pesos máximos permitidos en condiciones distintas a las señaladas en los numerales precedentes, en conformidad a la legislación vigente. En la resolución respectiva se deben indicar específicamente las precauciones que sean del caso. Fase a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Fase de operación y eventual cierre. Parte, obra o acción, emisión, residuo o sustancias a la que aplica Transporte de personal, materiales y residuos. Forma de cumplimiento Durante la ejecución de las actividades del Proyecto, los camiones y vehículos a utilizar se ajustarán a los pesos máximos establecidos en la citada normativa. Ante el eventual caso de requerirse el transporte de equipos, insumos o instalaciones desmanteladas y que por su volumen y/o peso, impliquen exceder los límites señalados, se solicita la autorización correspondiente a la Dirección de Vialidad respectiva. Este transporte se efectúa con la debida coordinación con las autoridades municipales y policiales, y con los servicios públicos con competencia en la materia, con los que se acordarán las medidas de seguridad a adoptar en cada caso. Indicador que acredita su cumplimiento Permisos de la Dirección de Vialidad para el transporte de carga sobredimensionada, en caso de requerirse. Forma de control y seguimiento - Registro de pesos y volúmenes de las cargas. - Permiso de la Dirección de Vialidad, en el caso de haberlo solicitado.

7.4.5. D.S. Nº594/2000, Ministerio de Salud. Componente/Materia Suministro de agua potable Norma D.S. Nº594, Aprueba Reglamento Sobre Condiciones Sanitarias y Ambientales Básicas en los Lugares de Trabajo. Fecha de Publicación: 29 de abril de 2000. Ministerio de Salud. (Modificaciones: D.S. Nº556, fecha de publicación: 28 de julio de 2000, Ministerio de Salud. D.S. Nº201, fecha de publicación: 05 de julio de 2001, Ministerio de Salud. D.S. Nº57, <footer2

Fecha de Publicación: 07 de noviembre de 2003, Ministerio de Salud. D.S. N°30, Fecha de publicación: 14 de febrero de 2018, Ministerio de Salud). Artículo 12. Todo lugar de trabajo deberá contar con agua potable destinada al consumo humano y necesidades básicas de higiene y aseo personal, de uso individual o colectivo. Las instalaciones, artefactos, canalizaciones y dispositivos complementarios de los servicios de agua potable deben cumplir con las disposiciones legales vigentes sobre la materia. Las redes de distribución de aguas provenientes de abastecimientos distintos de la red pública de agua potable deben ser totalmente independientes de esta última, sin interconexiones de ninguna especie entre ambas. Artículo 13. Cualquiera sea el sistema de abastecimiento de agua potable, éste deberá cumplir con los requisitos físicos, químicos, radiactivos y bacteriológicos establecidos en la reglamentación vigente sobre la materia. Artículo 14. Todo lugar de trabajo que tenga un sistema propio de abastecimiento, cuyo proyecto deberá contar con la aprobación previa de la autoridad sanitaria, deberá mantener una dotación mínima de 100 litros de agua por persona y por día, la que deberá cumplir con los requisitos establecidos en el artículo 13° del presente reglamento. Artículo 15. En aquellas faenas o campamentos de carácter transitorio donde no existe servicio de agua potable, la empresa deberá mantener un suministro de agua potable igual, tanto en cantidad como en calidad, a lo establecido en los artículos 13º y 14º de este reglamento, por trabajador y por cada miembro de su familia. La autoridad sanitaria, de acuerdo a las circunstancias, puede autorizar una cantidad menor de agua potable, la cual, en ningún caso, puede ser inferior a 30 litros diarios por trabajador y por cada miembro de su familia. En caso de que el agua se almacene en estanques, éstos deben estar en condiciones sanitarias adecuadas. Se deberá asegurar que el agua potable tenga un recambio total cuando las circunstancias lo exijan, controlando diariamente que el cloro libre residual del agua esté de acuerdo con las normas de calidad de agua correspondientes. Deberá evitarse todo tipo de contaminación y el ingreso de cualquier agente que deteriore su calidad por debajo de los requisitos mínimos exigidos en las normas vigentes. La distribución de agua a los consumidores deberá hacerse por red de cañerías, con salida por llave de paso en buen estado. Fase a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Fase de operación y eventual cierre. Parte, obra o acción, emisión, residuo o sustancias a la que aplica El Proyecto abastecerá de agua potable a la totalidad de trabajadores. Forma de cumplimiento Se abastecerá de 100 litros de agua al día a cada trabajador, por lo que se estima un requerimiento de 0,7 m3/día considerando el máximo de trabajadores. El agua para beber se entrega al personal en dispensador de agua envasada ubicado en el frente de trabajo, la que es adquirida a proveedores autorizados; en tanto, el volumen personal considerado para otros usos como aseo y duchas, es provista en las instalaciones de la Central Hidroeléctrica La Confluencia. Indicador que acredita su cumplimiento - Cantidad de agua potable suministrada por trabajador. - Calidad del agua potable suministrada a los trabajadores. Forma de control y seguimiento - Registro de la cantidad de agua potable adquirida. - Autorización sanitaria de la empresa proveedora de agua potable.

7.4.6. Decreto Exento Nº 446/2006, Norma Chilena 409/1 Of 2005, Ministerio de Salud. Componente/Materia Suministro de agua potable <footer2

Norma Decreto Exento Nº 446, Norma Chilena 409/1 Of 2005, sobre Requisitos de Agua Potable. Fecha de Publicación: 27 de junio de 2006. Ministerio de Salud. Establece requisitos físicos, químicos, radiactivos y bacteriológicos que debe cumplir el agua potable. Fase a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Fase de operación y eventual cierre. Parte, obra o acción, emisión, residuo o sustancias a la que aplica El Proyecto abastecerá de agua potable a la totalidad de trabajadores. Forma de cumplimiento El agua cumpla con los parámetros de calidad estipulados en la norma NCh - 409/1 of 2006. El agua potable es adquirida a terceros autorizados y transportada al frente de trabajo. Indicador que acredita su cumplimiento El agua potable es adquirida a terceros autorizados y transportada al frente de trabajo. Forma de control y seguimiento Autorización sanitaria de la empresa proveedora de agua potable.

7.4.7. Decreto N°594/2000, Ministerio de Salud. Componente/Materia Salud, seguridad ocupacional y medio ambiente de los trabajadores. Norma Decreto N°594, Aprueba Reglamento sobre Condiciones Sanitarias y Ambientales Básicas en los lugares de trabajo. Ministerio de Salud. Fecha de Publicación: 29 de abril de 2000. Artículo 16. No pueden vaciarse a la red pública de desagües de aguas servidas sustancias radiactivas, corrosivas, venenosas, infecciosas, explosivas o inflamables o que tengan carácter peligroso en conformidad a la legislación y reglamentación vigente. La descarga de contaminantes al sistema de alcantarillado se ceñirá a lo dispuesto en la Ley de Bases Generales del Medio Ambiente y las normas de emisión y demás normativa complementaria de ésta. Artículo 18. La acumulación, tratamiento y disposición final de residuos industriales dentro del predio industrial, local o lugar de trabajo, deberá contar con la autorización sanitaria. Para los efectos del presente reglamento se entenderá por residuo industrial todo aquel residuo sólido o líquido, o combinaciones de éstos, provenientes de los procesos industriales y que por sus características físicas, químicas o microbiológicas no puedan asimilarse a los residuos domésticos. Artículo 19. Las empresas que realicen el tratamiento o disposición final de sus residuos industriales fuera del predio, sea directamente o a través de la contratación de terceros, deben contar con autorización sanitaria, previo al inicio de tales actividades. Para obtener dicha autorización, la empresa que produce los residuos industriales deberá presentar los antecedentes que acrediten que tanto el transporte, el tratamiento, como la disposición final es realizada por personas o empresas debidamente autorizadas por el Servicio de Salud correspondiente. Artículo 20. En todos los casos, sea que el tratamiento y/o disposición final de los residuos industriales se realice fuera o dentro del predio industrial, la empresa, previo al inicio de tales actividades, deberá presentar a la autoridad sanitaria una declaración en que conste la cantidad y calidad de los residuos industriales que genere, diferenciando claramente los residuos industriales peligrosos… Artículo 24. En aquellas faenas temporales en que por su naturaleza no sea materialmente posible instalar servicios higiénicos conectados a una red de alcantarillado, el empleador deberá proveer como mínimo una letrina sanitaria o baño químico, cuyo número total se calculará dividiendo por dos la cantidad de excusados indicados en el inciso primero del artículo 23. El transporte, habilitación y limpieza de éstos es <footer2

responsabilidad del empleador. Una vez finalizada la faena temporal, el empleador es responsable de reacondicionar sanitariamente el lugar que ocupaba la letrina o baño químico, evitando la proliferación de vectores, los malos olores, la contaminación ambiental y la ocurrencia de accidentes causados por la instalación. Artículo 26. Las aguas servidas de carácter doméstico deben ser conducidas al alcantarillado público, o en su defecto, su disposición final se efectúa por medio de sistemas o plantas particulares en conformidad a los reglamentos específicos vigentes. Artículo 42. El almacenamiento de materiales deberá realizarse por procedimientos y en lugares apropiados y seguros para los trabajadores. Las sustancias peligrosas deben almacenarse sólo en recintos específicos destinados para tales efectos, en las condiciones adecuadas a las características de cada sustancia y estar identificadas de acuerdo con las normas chilenas oficiales en la materia. El empleador mantiene disponible permanentemente en el recinto de trabajo, un plan detallado de acción para enfrentar emergencias, y una hoja de seguridad donde se incluyan, a lo menos, los siguientes antecedentes de las sustancias peligrosas: nombre comercial, fórmula química, compuesto activo, cantidad almacenada, características físico químicas, tipo de riesgo más probable ante una emergencia, croquis de ubicación dentro del recinto donde se señalen las vías de acceso y elementos existentes para prevenir y controlar las emergencias. Con todo, las sustancias inflamables deben almacenarse en forma independiente y separada del resto de las sustancias peligrosas, en bodegas construidas con resistencia al fuego de acuerdo con lo establecido en la Ordenanza General de Urbanismo y Construcción. Los estanques de almacenamiento de combustibles líquidos deben cumplir las exigencias dispuestas en el Decreto Nº90 de 1996, del Ministerio de Economía, Fomento y Reconstrucción. Fase a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Fase de operación y eventual cierre. Parte, obra o acción, emisión, residuo o sustancias a la que aplica Todas las partes, obras o acciones del Proyecto. Forma de cumplimiento Artículo 16: No aplica. El Proyecto no contempla ningún tipo de descarga a red de alcantarillado. Artículo 18: Los residuos sólidos peligrosos generados por el proyecto son transportados al sitio de disposición final autorizada de la Región, por una empresa que cuente con autorización sanitaria correspondiente. Artículo 19: Los residuos sólidos industriales no peligrosos son trasladados a la Central La Confluencia donde son manejados junto con el resto de los residuos de la Central y posteriormente son transportados al sitio de disposición final autorizado de la Región. Artículo 20: El Titular presenta a la autoridad sanitaria una declaración en que conste la cantidad y calidad de los residuos industriales que genere, diferenciando claramente los residuos industriales peligrosos. Artículo 24: En la fase de operación se cuenta con baños químicos con la autorización correspondiente, los que cumplan con la dotación y condiciones establecidas en este artículo. El manejo de los baños químicos es realizado por una empresa que cuente con los permisos de la Autoridad Sanitaria. Una vez finalizada la faena temporal, el lugar ocupado por estos baños químicos es reacondicionado sanitariamente, evitando la proliferación de vectores, los malos olores, la contaminación ambiental y la ocurrencia de accidentes causados por la instalación. Artículo 26: El manejo de las aguas servidas a generar durante la fase de operación se realiza mediante la implementación de baños químicos. El manejo de los baños químicos es realizado por una empresa que cuente con los permisos de la Autoridad Sanitaria. <footer2

Artículo 42: El almacenamiento de insumos y sustancias se hará de acuerdo con lo indicado en el presente artículo. No se considera el almacenamiento de combustibles líquidos. Indicador que acredita su cumplimiento Residuos sólidos industriales no peligrosos (RSINP): - Ausencia de acopios de residuos en sitios no autorizados - Autorización sanitaria de la empresa que realice el retiro y manejo de RSINP. Residuos sólidos peligrosos (RESPEL): - Almacenamiento temporal de los residuos peligrosos en bodegas habilitadas para ello. - Ausencia de acopios de residuos en sitios no autorizados. - Autorización sanitaria de la empresa que realice el retiro y manejo de RESPEL. - Declaración de Residuos Peligrosos (RETC). Baños químicos: - Autorización de la empresa que realice el retiro y manejo de los residuos provenientes de los baños químicos. Forma de control y seguimiento RSINP: - Inspección periódica para verificar la ausencia de acopios de residuos en sitios no autorizados. RESPEL: - Registro del almacenamiento temporal de los residuos. - Inspección periódica para verificar la ausencia de acopios de residuos en sitios no autorizados. -Registro actualizado de los residuos peligrosos almacenados y de los enviados a disposición final. - Registro de la autorización sanitaria. - Registro de la declaración de residuos peligrosos (RETC). Baños químicos: - Registro de las autorizaciones.

8°. Que, para ejecutar el Proyecto no se han establecido condiciones o exigencias adicionales a las indicadas durante el procedimiento de evaluación ambiental, en concordancia con el artículo 25 de la Ley N°19.300.

9°. Que, durante el procedimiento de evaluación de la DIA el Titular del Proyecto propuso los siguientes compromisos ambientales voluntarios.

9.1. Compromiso ambiental voluntario: Plan de monitoreo de los Ecosistemas Acuáticos continentales, y de calidad de agua y sedimentos. Impacto asociado Aumento de la turbidez del agua. Cambios en el fondo acuático que afecten al ecosistema. Fase del Proyecto a la que aplica Fase de operación. Objetivo, descripción y justificación Objetivo: - Conocer la distribución y abundancia relativa de especies acuáticas de flora y fauna en el área de estudio. - Caracterizar la calidad física y química del agua y de los sedimentos en el área de estudio. Descripción: - Ecosistemas Acuáticos: Se realiza el monitoreo de Zoobentos, Fitobentos, Fauna Íctica y Macrófitas acuáticas. - Calidad de agua: Se toman muestras in situ de temperatura, pH, conductividad eléctrica, oxígeno disuelto y turbiedad. Además, se toman muestras para que los parámetros incluidos en la Norma Chilena NCh 1.333 Of.78 / 1987, para Riego y Conservación de la Vida Acuática, sean medidos en laboratorio. - Sedimentos: Se toman muestras para el análisis en laboratorio de <footer2

parámetros orgánicos, metales totales y granulometría de los sedimentos. Justificación: Dar trazabilidad a la información presentada en la DIA y sus Adendas. Lugar, forma y oportunidad de implementación Lugar: En las siguientes estaciones:

Forma: Ecosistemas Acuáticos: - Fitobentos: En cada sitio de estudio se obtiene una muestra de la comunidad vegetal adherida a sustrato, cepillando un área de 25 cm2 (5 x 5 cm) de superficies duras naturales móviles (ej. rocas, troncos sumergidos, entre otros). Las muestras obtenidas son fijadas con una solución de Lugol, para su posterior análisis en laboratorio, mediante recuento en microscopia. - Zoobentos: Los organismos asociados al sustrato son colectados con una red Surber de 0,09 m2, con seis replicas por estación de muestreo. Posteriormente, se identificarán de acuerdo con la información sistemática reciente, y se cuantifican bajo una Lupa Wild M3, los que fueron expresados en número de organismos por m2. - Peces: El muestreo de fauna íctica se realiza con un sistema de pesca eléctrica, el que ejerce un bajo impacto sobre los ejemplares, permitiendo su rápida recuperación. Una vez inmovilizados con el shock eléctrico, los ejemplares son capturados con una red tipo chinguillo o una red de arrastre de marco metálico rectangular, que es fijada al fondo del cauce. Para el sistema de pesca eléctrica se aplica un esfuerzo de pesca de 30 minutos, barriendo un mínimo de 100 metros de río lo que cubre usualmente los diversos microambientes como rápidos, remansos y pozones. En los sistemas lénticos se realizan capturas con una red de enmalle tipo cerco. Los ejemplares capturados se determinan a nivel de especie, evaluando la longitud total y peso in vivo. Posteriormente, son liberados en el mismo sitio de captura. - Macrófitas acuáticas: En cada una de las localidades se recorre un segmento de 100 metros, en búsqueda intensiva de vegetación acuática, sumergida y emergente. La vegetación recolectada es fijada en formalina, para su posterior identificación en laboratorio. Calidad de agua – in situ: Los parámetros temperatura, pH, conductividad eléctrica, oxígeno disuelto y turbiedad se miden mediante sonda multiparámetro, calibrada in situ diariamente. Calidad de agua y sedimentos – medidos en laboratorio: Se toman muestras en envases proporcionados por laboratorios acreditados, y se aplican las técnicas de muestreo necesarias para realizar los análisis de control de calidad, preservación y manejo de las muestras <footer2

de acuerdo a lo establecido en las normas: - NCh 411/2 Of. 96 sobre Calidad del agua – Muestreo – Parte 2: Guía sobre técnicas de muestreo. - NCh 411/3 Of. 96 sobre Calidad del agua – Muestreo – Parte 3: Guía sobre la preservación y manejo de las muestras. - NCh 411/10-2005 sobre Calidad del agua – Muestreo – Parte 10: Muestreo de aguas residuales – Recolección y manejo de las muestras. Oportunidad: Se propone un monitoreo estacional (trimestral), durante los primeros siete años de aplicación del plan; es decir, durante los primeros 5 años en los que se extrae la tasa natural de acumulación anual, más una proporción de lo acumulado a la fecha (45.000 m³ en total); y en los 2 años posteriores, donde la tasa de dragado es la igual a la tasa de retención anual (35.000 m³). En caso de que baje la abundancia y la distribución en un periodo de 2 años a causas atribuibles al Proyecto, se propone aumentar la frecuencia de muestreo; es decir, de muestreo trimestral se pasa a mensual. Las acciones que se siguen en el caso de detectar anomalías mayores por dos periodos consecutivos en una misma estación es: establecer un plan de seguimiento mensual hasta la siguiente campaña, si la situación no se revierte en dicho período se sigue con el muestreo mensual y se complementa con análisis de calidad del agua (Norma 1.333 Conservación de la Vida acuática y Riego), indagando en la posible causa de la anomalía. Indicador que acredite su cumplimiento - Fichas de terreno. - Registros de laboratorio. Forma de control y seguimiento Informes trimestrales a la SMA durante los primeros siete años de aplicación del plan. En caso de que baje la abundancia y la distribución en un periodo de 2 años a causas atribuibles al Proyecto, se enviarán informes mensuales a la SMA.

9.2. Compromiso ambiental voluntario: Red de monitoreo en línea de la turbidez. Impacto asociado Aumento de la turbidez del agua. Impacto de los sedimentos en bocatomas de riego y sistemas de regadío. Fase del Proyecto a la que aplica Fase de operación. Objetivo, descripción y justificación Objetivo: Monitorear la concentración de sedimentos en el río. Descripción: Se dispone de una red de monitoreo en línea de turbidez. Justificación: Vigilar que no exista superación de los 2.000 NTU indicados en el sensor, ubicado inmediatamente aguas abajo de la faena de dragado en la Central Hidroeléctrica La Higuera. Se aclara que el monitoreo en línea de turbidez propuesto para detener las faenas de dragado tiene establecido como límite el valor de turbidez de 2.000 NTU, medidos inmediatamente aguas abajo de la faena de dragado en la Central La Higuera, incluso si el río naturalmente presentase este valor antes del dragado diario, el plan considera no iniciar faenas hasta que el valor sea menor. Esta acción, asegura la no afectación a las obras de captación existentes aguas abajo el sector La Polcura. Lugar, forma y oportunidad de implementación Lugar: una estación instalada antes del reservorio Tricahue, otra agua abajo de éste (cercano a la descarga del vertedero y antes de la confluencia con el río Azufre) y una tercera en casa de máquinas de la Central La Higuera (17 kilómetros aguas abajo del Proyecto). Forma: Monitoreo en línea. Oportunidad: Durante toda la fase de operación del Proyecto. Indicador que acredite Registros fotográficos de la instalación de equipos que conforman la red <footer2

su cumplimiento de monitoreo en línea de turbidez. Registro en línea de la turbidez del río Tinguiririca. Forma de control y seguimiento Acceso a la Autoridad del registro el línea y lugar donde están los equipos que conforman la red de monitoreo en línea de turbidez.

  1. Que, las medidas relevantes del Plan de Prevención de Contingencias y del Plan de Emergencias, son las siguientes:

10.1. PLAN DE PREVENCIÓN DE CONTINGENCIAS Y EMERGENCIAS

10.1.1. Riesgo de accidente laboral vehicular. En esta categoría se agrupan los riesgos derivados de actividades tales como, traslado desde y hacia la faena, tránsito al interior del Proyecto, transporte de insumos y maquinaria. Fase del proyecto a la que aplica Operación Emplazamiento, parte, obra o acción asociada Todas las partes, obras y acciones de la fase de operación. Acciones o medidas a implementar para prevenir la contingencia - Se cuenta con un Reglamento Interno de Orden, Higiene y Seguridad que contenga las obligaciones y prohibiciones a que deben sujetarse los trabajadores, en relación con sus labores y permanencia en las dependencias del Proyecto, en conformidad a lo establecido en el artículo 153 del Código del Trabajo. - Se desarrollará un programa de prevención de riesgos de accidentes. - Se instruya a personal en técnicas de primeros auxilios y rescate. - Se exige al contratista dotar a los trabajadores de todos los elementos de protección personal, acorde con el riesgo a que está expuesto en la ejecución de su actividad. - Al contratar nuevos trabajadores, se realiza una charla de inducción en la cual se indicarán los riesgos asociados a las actividades que realiza cada persona durante su jornada laboral. - Se entrega a los trabajadores todos los elementos de protección personal (EPP), tales como: filtro de protección solar, bloqueadores, anteojos, protección auditiva, casco, ropa de trabajo adecuada para la prevención de riesgo por exposición a radiación UV y zapatos de seguridad. De igual manera, el Titular asegura que sus contratistas cuenten con los EPP necesarios para cada trabajo a realizar, siendo obligación del Titular velar por la existencia y debida mantención de estos. - Todos los trabajadores están adheridos a una mutualidad. - Además, y de conformidad a lo preceptuado por el Artículo 4 de la Ley Nº 16.744 que establece Normas sobre Accidentes del Trabajo y Enfermedades Profesionales, el Titular del Proyecto, en su calidad de dueño de la obra, es subsidiariamente responsable de las obligaciones que en materia de afiliación y cotización afecten a sus contratistas respecto de sus trabajadores. Del mismo modo, exige a sus contratistas asumir igual responsabilidad en relación con las obligaciones de subcontratistas. - La velocidad máxima de circulación en el área de la central es de 40 km/h. - El transporte de personal deberá ser obligatoriamente en camionetas o van. - Los conductores deben contar con un curso de manejo 4x4 de alta montaña vigente, entregado por una empresa de capacitación acreditada. - Se prohíbe el traslado de personas en los pick-up de las camionetas. Forma de control y seguimiento Se genera un informe interno, desarrollado por el departamento de prevención de riesgo de la central hidroeléctrica. Referencia a documentos del expediente de Acápite 1.7 del Capítulo 1 de la DIA. Actualización en el Anexo I-F de la Adenda. <footer2

evaluación que contenga la descripción detallada Acciones o medida a implementar para controlar la emergencia Accidente vehicular - Informar la Emergencia: el involucrado o acompañantes deben mantener la calma y comunicarse vía radial o telefónica con el centro de comunicaciones telefónico de emergencias (CCTE), y en caso de no responder, comunicarse con la Jefatura Directa dando aviso de lo ocurrido. - Reacción de la Persona que Recibe la Información: quien recibe la llamada de emergencia deberá mantener la calma y solicitar la siguiente información: • Lugar exacto del accidente (verificar puntos). • Tipo de accidente: choque, atropello o volcamiento. • Cantidad de personas involucradas, heridas o atrapadas. • En caso de personas atrapadas llamar a Bomberos unidad de rescate (132), Carabineros (133) y SAMU (131). De no contactarse con el SAMU, solicitar ambulancia al fono de emergencia de la ACHS 1404 Nº registro de Hidroeléctrica La Higuera 2000296204. - Enviar ayuda al lugar (persona que cumpla la función de evacuación y primeros auxilios), si es en las cercanías de las instalaciones manteniendo una velocidad prudente y comunicación constante con el CCTE. - Si se confirma que hay heridos, llamar al centro asistencial más cercano al lugar del accidente. - Si se confirma que hay accidentados de gravedad, solicitar la siguiente información: • Accidentado: Habla, respira con dificultad, no respira. • Lesión evidente: fractura - ¿dónde?; hemorragia - ¿dónde?; quemadura - extensión aproximada. • Tono de la piel: pálida, sudorosa, azulada. - Comunicar al Encargado de Seguridad del accidente. - Mantener comunicación constante con los accidentados hasta que llegue asistencia o ayuda enviada. - Una vez finalizada la operación de rescate informar al CCTE. Oportunidad y vías de comunicación a la SMA de la activación del Plan de Emergencia En caso de que el accidente vehicular comprometa recursos naturales, se actuará de la siguiente manera: Informe preliminar de emergencias En caso de ocurrencia de cualquier tipo de emergencia o contingencia, se elaborará en un período no mayor a 48 horas tras ocurrido el evento, un Informe Preliminar de Emergencias y/o Contingencias, el cual es remitido a la Superintendencia del Medio Ambiente y a la SEREMI del Medio Ambiente y a los organismos competentes dependiendo del tipo de suceso. El Informe contiene lo siguiente: - Antecedentes relativos al evento o accidente, tales como: tipo y causa; fecha; hora; sustancia, residuo, emisiones al aire u otra relacionada con la contingencia; duración del evento; acciones de control ejecutadas; personas afectadas, etc. - Identificación del área afectada y su extensión (ya sea en el suelo, subsuelo, curso de agua o en el aire). - Identificación y explicación de la(s) posible(s) técnicas(s) y/o acción(es) que se implementaron para limpiar el o los recursos naturales que hayan sido afectados (suelo, agua, ecosistemas y especies). - Protocolo aplicable al manejo proyectado de los residuos sólidos (peligrosos y no peligrosos) generados en el marco de una contingencia, como posibles derrames de sustancias peligrosas u otra, el cual deberá considerar las directrices normativas aplicables a esta materia. - Identificación de los parámetros representativos y las normativas <footer2

(nacionales e internacionales de referencia) que utiliza para monitorear los componentes ambientales (aire, agua y suelo) afectados por una emergencia y/o contingencia. Referencia a documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada Acápite 1.7 del Capítulo 1 de la DIA. Actualización en el Anexo I-F de la Adenda.

10.1.2. Riesgo de accidente laboral. En esta categoría se agrupan los riesgos derivados de actividades tales como, manipulación de combustibles, operación de maquinaria, condiciones sanitarias del ambiente laboral, manejo de residuos, electrocución, entre otras. Fase del proyecto a la que aplica Operación Emplazamiento, parte, obra o acción asociada Todas las partes, obras y acciones de la fase de operación. Acciones o medidas a implementar para prevenir la contingencia Se cuenta con un Reglamento Interno de Orden, Higiene y Seguridad que contenga las obligaciones y prohibiciones a que deben sujetarse los trabajadores, en relación con sus labores y permanencia en las dependencias del Proyecto, en conformidad a lo establecido en el artículo 153 del Código del Trabajo. - Se desarrollará un programa de prevención de riesgos de accidentes. - Se instruya a personal en técnicas de primeros auxilios y rescate. - Se exige al contratista dotar a los trabajadores de todos los elementos de protección personal, acorde con el riesgo a que está expuesto en la ejecución de su actividad. - El personal operará equipos sólo si está autorizado para dicha labor. - El personal tiene la obligación de inspeccionar los equipos y herramientas al comienzo de cada jornada laboral, e informar de cualquier anomalía detectada. - No se operarán los equipos más allá de sus capacidades, especificaciones técnicas o de las capacidades personales del operador. - Se mantienen los equipos, instalaciones y maquinarias en buen estado de uso y conservación. - Al contratar nuevos trabajadores, se realiza una charla de inducción en la cual se indicarán los riesgos asociados a las actividades que realiza cada persona durante su jornada laboral. - Se entrega a los trabajadores todos los elementos de protección personal (EPP), tales como: filtro de protección solar, bloqueadores, anteojos, protección auditiva, casco, ropa de trabajo adecuada para la prevención de riesgo por exposición a radiación UV y zapatos de seguridad. De igual manera, el Titular asegura que sus contratistas cuenten con los EPP necesarios para cada trabajo a realizar, siendo obligación del Titular velar por la existencia y debida mantención de estos. - Todos los trabajadores están adheridos a una mutualidad. - Además, y de conformidad a lo preceptuado por el Artículo 4 de la Ley Nº 16.744 que establece Normas sobre Accidentes del Trabajo y Enfermedades Profesionales, el Titular del Proyecto, en su calidad de dueño de la obra, es subsidiariamente responsable de las obligaciones que en materia de afiliación y cotización afecten a sus contratistas respecto de sus trabajadores. Del mismo modo, exige a sus contratistas asumir igual responsabilidad en relación con las obligaciones de subcontratistas. Forma de control y seguimiento Se genera un informe interno, desarrollado por el departamento de prevención de riesgo de la central hidroeléctrica. <footer2

Referencia a documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada Acápite 1.7 del Capítulo 1 de la DIA. Actualización en el Anexo I-F de la Adenda. Acciones o medida a implementar para controlar la emergencia Medidas aplicables a todo tipo de accidentes laborales: - Atención de primeros auxilios en el área del accidente. - Si el accidente es mayor, traslado del herido hasta el centro de asistencia más cercano. - Se deben paralizar las labores. - Información oportuna a los encargados en la empresa. - Se informa inmediatamente al prevencionista de riesgos y al jefe o supervisor del personal involucrado en el accidente. - Se realiza investigación y registro del accidente. Electrocución: - Cortar la fuente de tensión. De no ser posible cortar la fuente de tensión, buscar guantes aislantes y/o pértiga aislante de maniobra. - Rescatar posibles víctimas retirándolo de la fuente de tensión con la pértiga y/o guantes. (Personal de evacuación). - Informar al CCTE y encargado de seguridad del accidente. - Verificar estado de paro cardiaco y lesiones (equipo de primeros auxilios). - Realizar procedimiento de reanimación (equipo de primeros auxilios). - Solicitar Ambulancia al centro asistencial a la ACHS e informar que se trata de un accidente por electrocución, para este caso, el operador, deberá solicitar al equipo de primeros auxilios la información clara y precisa del estado del accidentado, como por ejemplo % de quemaduras, signos vitales, con esta información el médico de turno de la ACHS evalúa la situación y determina el envío de un transporte aéreo al lugar. - Los equipos de evacuación deben efectuar la inmovilización y traslado de o las persona a un lugar previamente definido como seguro, y donde es atendido por el equipo de primeros auxilios, desde donde es trasladado a los servicios de salud más cercanos. - Si no es posible el procedimiento de reanimación, esperar ayuda especializada y carabineros. - Levantamiento del cuerpo (en caso de fallecimiento del accidentado, el procedimiento queda a cargo de Carabineros de Chile), comunicar al Jefe de Emergencia para dar aviso sus superiores y a la familia del accidentado. - Se delimitará el área para investigación, no alterar la zona del siniestro. - Finalizado los procedimientos con el herido o víctima, realizar las inspecciones de las instalaciones eléctricas y equipos de generación. - Normalizar sistema de generación e instalaciones eléctricas. Inmersión: - Extraer a la víctima del lugar del ahogamiento. - Iniciar las medidas tendentes a la ventilación pulmonar, mediante despeje de vías respiratorias y respiración boca-boca, o la administración de altas concentraciones de oxígeno, si se dispone de él, incluso en los pacientes conscientes y sin aparente dificultad respiratoria. - Si no se aprecia latido cardíaco o pulso carotideo, se debe pasar a una reanimación cardiopulmonar básica completa. (Recordar que los vómitos pueden tener lugar en más del 50% de los ahogados durante la resucitación.) - Es primordial la adecuada limpieza de la vía aérea antes de proceder a la ventilación y el manejo del paciente como si existiera lesión de la columna cervical. - Informar al CCTE y encargado de seguridad del accidente. <footer2

  • Solicitar Ambulancia al centro asistencial a la ACHS e informar que se trata de un accidente por inmersión, para este caso, el operador, deberá solicitar al equipo de primeros auxilios la información clara y precisa del estado del accidentado, signos vitales y lesiones, con esta información el médico de turno de la ACHS evalúa la situación y determina el envío de un transporte aéreo al lugar.
  • Los equipos de evacuación deben efectuar la inmovilización y traslado de o las persona a un lugar previamente definido como seguro, donde es atendido por el equipo de primeros auxilios, desde donde es trasladado a los servicios de salud más cercanos.
  • Si no es posible el procedimiento de reanimación, esperar ayuda especializada y carabineros.
  • Levantamiento del cuerpo (en caso de fallecimiento del accidentado, el procedimiento queda a cargo de Carabineros de Chile), se informa al jefe de la emergencia de la condición y éste a sus superiores y familia del afectado.
  • Finalizado los procedimientos con el herido o víctima, realizar las inspecciones de las instalaciones eléctricas y equipos de generación. Se delimitará el área para realizar las investigaciones pertinentes procurando no alterar el sitio del accidente. Oportunidad y vías de comunicación a la SMA de la activación del Plan de Emergencia En caso de que el accidente laboral comprometa recursos naturales, se actuará de la siguiente manera. Informe preliminar de emergencias En caso de ocurrencia de cualquier tipo de emergencia o contingencia, se elaborará en un período no mayor a 48 horas tras ocurrido el evento un Informe Preliminar de Emergencias y/o Contingencias, el cual es remitido a la Superintendencia del Medio Ambiente y a la SEREMI del Medio Ambiente y a los organismos competentes dependiendo del tipo de suceso. El Informe contiene lo siguiente:
  • Antecedentes relativos al evento o accidente, tales como: tipo y causa; fecha; hora; sustancia, residuo, emisiones al aire u otra relacionada con la contingencia; duración del evento; acciones de control ejecutadas; personas afectadas, etc.
  • Identificación del área afectada y su extensión (ya sea en el suelo, subsuelo, curso de agua, o en el aire).
  • Identificación y explicación de la(s) posible(s) técnicas(s) y/o acción(es) que se implementaron para limpiar el o los recursos naturales que hayan sido afectados (suelo, agua, ecosistemas y especies).
  • Protocolo aplicable al manejo proyectado de los residuos sólidos (peligrosos y no peligrosos) generados en el marco de una contingencia como posibles derrames de sustancias peligrosas u otra, el cual deberá considerar las directrices normativas aplicables a esta materia.
  • Identificación de los parámetros representativos y las normativas (nacionales e internacionales de referencia) que utiliza para monitorear los componentes ambientales (aire, agua y suelo) afectados por una emergencia y/o contingencia. Referencia a documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada Acápite 1.7 del Capítulo 1 de la DIA. Actualización en el Anexo I-F de la Adenda.

10.1.3. Riesgo asociado al manejo de residuos sólidos. Riesgo proveniente del manejo de los residuos sólidos para la operación y eventual cierre del Proyecto. Fase del proyecto a la que aplica Operación <footer2

Emplazamiento, parte, obra o acción asociada Todas las partes, obras y acciones de la fase de operación. Acciones o medidas a implementar para prevenir la contingencia Manejo de residuos domiciliarios, asimilables (RSD) e industriales no peligrosos (RSINP): - Respecto al manejo de los RSINP estos son trasladados a la Central Hidroeléctrica La Confluencia. - En cuanto a los RSD, son almacenados en contenedores especiales, con tapa y herméticos ubicados en cada frente de trabajo, luego son llevados diariamente a la Central Hidroeléctrica La Confluencia para su disposición final. - Estos residuos junto con los generados por la central hidroeléctrica, son retirados por una empresa con autorización sanitaria y dispuestos en un sitio también autorizado para su disposición final. Manejo de residuos (RESPEL): - Los residuos peligrosos generados por el Proyecto son dispuestos en la bodega habilitada en el frente de trabajo, y posteriormente ser transportados al sitio de disposición final autorizado, a través de una empresa con autorización sanitaria. Es importante señalar, que la central hidroeléctrica cumple con todas las características técnicas exigidas en el artículo 33 del D.S. Nº148/2003 del Ministerio de Salud. - Los retiros son efectuados en un periodo no superior a seis meses, dependiendo del volumen generado, siendo informados con 48 horas de anticipación a la SEREMI de Salud respectiva, por medio físico o en formato digital en el Sistema de Declaración Electrónico de Residuos Peligrosos (SIDREP). Forma de control y seguimiento Se genera un informe interno, desarrollado por el departamento de prevención de riesgo de la central hidroeléctrica. Referencia a documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada Acápite 1.7 del Capítulo 1 de la DIA. Actualización en el Anexo I-F de la Adenda. Acciones o medida a implementar para controlar la emergencia Emergencia asociada al manejo de residuos sólidos. - En caso de falla de la empresa a cargo del retiro de los residuos, se contacta a otra empresa que realice el retiro de los residuos. - En el caso de producirse olores molestos por causa de los RSD, se solicita el retiro anticipado de estos residuos. Oportunidad y vías de comunicación a la SMA de la activación del Plan de Emergencia Informe preliminar de emergencias En caso de ocurrencia de cualquier tipo de emergencia o contingencia, se elaborará en un período no mayor a 48 horas tras ocurrido el evento un Informe Preliminar de Emergencias y/o Contingencias, el cual es remitido a la Superintendencia del Medio Ambiente y a la SEREMI del Medio Ambiente y a los organismos competentes dependiendo del tipo de suceso. El Informe contiene lo siguiente: - Antecedentes relativos al evento o accidente, tales como: tipo y causa; fecha; hora; sustancia, residuo, emisiones al aire u otra relacionada con la contingencia; duración del evento; acciones de control ejecutadas; personas afectadas, etc. - Identificación del área afectada y su extensión (ya sea en el suelo, subsuelo, curso de agua, o en el aire). - Identificación y explicación de la(s) posible(s) técnicas(s) y/o acción(es) que se implementaron para limpiar el o los recursos naturales que hayan sido afectados (suelo, agua, ecosistemas y especies). - Protocolo aplicable al manejo proyectado de los residuos sólidos <footer2

(peligrosos y no peligrosos) generados en el marco de una contingencia como posibles derrames de sustancias peligrosas u otra, el cual deberá considerar las directrices normativas aplicables a esta materia. - Identificación de los parámetros representativos y las normativas (nacionales e internacionales de referencia) que utiliza para monitorear los componentes ambientales (aire, agua y suelo) afectados por una emergencia y/o contingencia. Referencia a documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada Acápite 1.7 del Capítulo 1 de la DIA. Actualización en el Anexo I-F de la Adenda.

10.1.4. Riesgo por derrame de hidrocarburos. Algunas labores del Proyecto implican el uso de combustible, los cuales pueden presentar contingencias asociadas al derrame de éstos. Fase del proyecto a la que aplica Operación Emplazamiento, parte, obra o acción asociada Todas las partes, obras y acciones de la fase de operación. Acciones o medidas a implementar para prevenir la contingencia Medidas comunes a todo tipo de derrames: - El Titular o contratista, según corresponda, instruya a sus trabajadores en relación a incendios y derrames y mantienen un canal de comunicación directa con Bomberos, de modo de alertarlos ante la ocurrencia de un derrame. - Capacitaciones periódicas que instruyan procedimientos de actuación ante derrames de hidrocarburos. Transporte: - Todos los vehículos de transporte utilizados en el Proyecto se encontrarán en buenas condiciones, y deben cumplir con la normativa y regulaciones de tránsito vigentes. - Los vehículos motorizados que se utilicen en el transporte de este tipo de sustancias deben tener una antigüedad máxima de 15 años, tal como lo indica el artículo 3 del decreto N°298 Reglamento transporte de cargas peligrosas por calles y caminos. - Los vehículos encargados del transporte y abastecimiento de combustibles, deben contar con las condiciones técnicas necesarias para asegurar la correcta carga y manipulación, cumpliendo las disposiciones de la reglamentación chilena, en particular el D.S. N°160/2009 del Ministerio de Economía, Fomento y Reconstrucción, que aprueba el Reglamento de seguridad para las instalaciones y operaciones de producción y refinación, transporte, almacenamiento, distribución y abastecimiento de combustibles líquidos. - Los vehículos de transporte de combustibles deben contar con un sistema de radio comunicaciones, o portar un aparato de telefonía móvil celular de cobertura nacional. - Los vehículos que transporten combustible durante las distintas fases del Proyecto, cuentan con la declaración ante la SEC para el transporte menor de combustible. - Está estrictamente prohibido el transporte de estos materiales conjuntamente con animales; alimentos; y cualquier otro tipo de carga, salvo de existir compatibilidad entre los distintos productos transportados. Cuando el cargamento comprenda sustancias peligrosas y no peligrosas compatibles entre sí, éstas deben estibarse separadamente. - Se prohíbe emplear materiales fácilmente inflamables para estibar los bultos en el interior de los vehículos. <footer2

  • El transportista llevará un registro de la cantidad de material que transporta. Carga y descarga de combustible:
  • Esta operación se efectúa en un área de acceso restringido.
  • El contratista establecerá un procedimiento de abastecimiento de combustibles que permita evitar el derrame accidental de éstos.
  • El abastecimiento de combustibles deberá contar con las condiciones técnicas necesarias para asegurar su correcta carga y manipulación, cumpliendo las disposiciones de la reglamentación chilena.
  • Se cuenta con un Kit de emergencia de derrame para enfrentar este tipo de eventos, con equipamiento suficiente para el control de la contaminación que necesita implementar, como mínimo se mantienen: paños absorbentes, almohadas, guantes, cinta de señalización, bolsas desechables con cierre hermético, linterna recargable, gafas y guantes de protección, entre otros.
  • Se encontrará disponible en faena, la respectiva hoja de seguridad del combustible. Forma de control y seguimiento Se genera un informe interno, desarrollado por el departamento de prevención de riesgo de la central hidroeléctrica. Referencia a documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada Acápite 1.7 del Capítulo 1 de la DIA. Actualización en el Anexo I-F de la Adenda. Acciones o medida a implementar para controlar la emergencia Medidas comunes a derrames de hidrocarburos
  • Detener fuga mediante taponamiento o puesta en marcha de sistemas de corte de flujo.
  • Eliminar fuentes de ignición.
  • Delimitación del área con dique de contención, a fin de evitar que el derrame acceda al cuerpo de agua.
  • Recolección del máximo producto derramado para su descarte de acuerdo con lo especificado en hoja de seguridad.
  • Cubrimiento del área afectada con material absorbente.
  • Disposición de material contaminado en tambores vacíos dispuestos en cada área, éstos se manejarán como residuos peligrosos.
  • Monitoreo inmediato del área afectada.
  • Los contenedores que sirvan para almacenar los residuos químicos, se rotulan y almacenan en una bodega que cumpla con la Normativa. El contenedor deberá tener un espesor adecuado, resistente y a prueba de filtraciones, deberá resistir esfuerzos durante su manipulación y transporte, y deberá estar rotulado adecuadamente (claro y visible) con la información de peligrosidad y fecha de almacenamiento.
  • La disposición final se realiza por medio de empresas autorizadas dedicadas al retiro de estos tipos de productos.
  • Descontaminar todos los equipos empleados en la limpieza.
  • Confección de informe, reporte y evaluación acorde con los protocolos establecidos en el Plan de Emergencia. Derrame de hidrocarburos por operación de draga
  • Aviso inmediato a encargado de faena.
  • Contención de derrame en sentina de la draga, posterior evacuación mediante un sistema de achique conectado a envases y tambores de trasvasije.
  • Aplicación de líquidos dispersantes para disgregación de derrame a fin de facilitar su dilución y posterior degradación en forma natural.
  • Contención de derrames con mangas absorbentes. <footer2

  • Extracción de agua contaminada con bombas y posterior depósito en camión autorizado por SEREMI de Salud.

  • Despacho de camión con agua contaminada.
  • Monitoreo inmediato del área afectada al finalizar las tareas de extracción de agua contaminada. Oportunidad y vías de comunicación a la SMA de la activación del Plan de Emergencia Informe preliminar de emergencias En caso de ocurrencia de cualquier tipo de emergencia o contingencia, se elaborará en un período no mayor a 24 horas tras ocurrido el evento, un Informe Preliminar de Emergencias y/o Contingencias, el cual es remitido a la Superintendencia del Medio Ambiente, DGA, y SERNAPESCA. El Informe contiene lo siguiente:
  • Antecedentes relativos al evento o accidente, tales como: tipo y causa; fecha; hora; sustancia, residuo, emisiones al aire u otra relacionada con la contingencia; duración del evento; acciones de control ejecutadas; personas afectadas, etc.
  • Identificación del área afectada y su extensión (ya sea en el suelo, subsuelo, curso de agua, o en el aire).
  • Identificación y explicación de la(s) posible(s) técnicas(s) y/o acción(es) que se implementaron para limpiar el o los recursos naturales que hayan sido afectados (suelo, agua, ecosistemas y especies).
  • Protocolo aplicable al manejo proyectado de los residuos sólidos (peligrosos y no peligrosos) generados en el marco de una contingencia como posibles derrames de sustancias peligrosas u otra, el cual deberá considerar las directrices normativas aplicables a esta materia.
  • Identificación de los parámetros representativos y las normativas (nacionales e internacionales de referencia) que utiliza para monitorear los componentes ambientales (aire, agua y suelo) afectados por una emergencia y/o contingencia. Referencia a documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada Acápite 1.7 del Capítulo 1 de la DIA. Actualización en el Anexo I-F de la Adenda.

10.1.5. Riesgo por incendio en las instalaciones. Riesgo asociado principalmente a instalaciones eléctricas defectuosas o inadecuadas, colillas de cigarrillo sin apagar. Fase del proyecto a la que aplica Operación Emplazamiento, parte, obra o acción asociada Todas las partes, obras y acciones de la fase de operación. Acciones o medidas a implementar para prevenir la contingencia Se realizan charlas de inducción inicial a los supervisores y personal de los contratistas, donde se hará énfasis en el riesgo de ocurrencia de incendios y de las medidas de prevención que se aplican. Las charlas son desarrolladas por el prevencionista de riesgo de la obra e incluyan como mínimo: - Introducción a los protocolos y las medidas de control y prevención de incendios. - Localización de los sistemas de extintores. - Control de extintores. - Organización para el combate y prevención de incendios. - Puntos de abastecimiento de agua. - Comunicaciones de emergencia. - Un experto profesional en prevención de riesgos realiza una evaluación de riesgos y elaboración de planes específicos de prevención para cada <footer2

actividad. - Todo lugar de trabajo deberá mantenerse en condiciones de orden y limpieza. - Se demarcan y señalizan todas las vías de evacuación, las cuales deben permanecer en todo momento, libres de cualquier elemento que las obstruya. - Se prohíbe prender fuego en todas las instalaciones del Proyecto. - Se prohíbe quemar aceites, grasas, neumáticos, residuos y desechos sólidos en general. - Se habilitan zonas especiales para fumadores. - En todos los lugares de trabajo, faena de instalaciones se dispone de los elementos mínimos para combatir fuegos pequeños, tales como extintores portátiles, mangueras, tambores con arena, herramientas manuales, etc., de acuerdo a las exigencias establecidas por la autoridad competente. Estos elementos están ubicados en sitios de fácil acceso y clara identificación, libres de cualquier obstáculo, y están en condiciones de funcionamiento máximo, según la normativa vigente. - Los extintores deben ser sometidos a revisión, control y mantención preventiva según normas chilenas oficiales, realizada por el fabricante o servicio técnico, por lo menos una vez al año, haciendo constar esta circunstancia en la etiqueta correspondiente, a fin de verificar sus condiciones de funcionamiento. - Se realizan capacitaciones en uso de extintores a todo el personal. Forma de control y seguimiento Se genera un informe interno, desarrollado por el departamento de prevención de riesgo de la central hidroeléctrica. Referencia a documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada Acápite 1.7 del Capítulo 1 de la DIA. Actualización en el Anexo I-F de la Adenda. Acciones o medida a implementar para controlar la emergencia - Rescatar posibles víctimas y heridos. - Parar la actividad y evacuar urgentemente la zona de intervención. - Si el incendio es de poca magnitud, utilizar el extintor adecuado al tipo de fuego.

  • Si el incendio es de mayor magnitud, o se escapa al control inicial, apartar combustibles, cerrar puertas y ventanas hasta la llegada de ayuda. Es preciso evitar el aporte de oxígeno. Intentar que no se propague el humo al resto de la edificación. En todo caso organizar la intervención utilizando las bocas de incendio instaladas al efecto. Procurar utilizar pulverización de agua en vez de chorro sólido. Refrigerar zonas expuestas. Controlar accesos. Desenergizar sector afectado.
  • Los Equipos de Intervención deben proveerse de protección térmica y respiratoria si la situación lo requiere.
  • Retirarse inmediatamente en caso de que el incendio se propague de forma descontrolada. Puede existir riesgo de derrumbamientos.
  • Si se ha producido la explosión, valorar las causas de origen y determinar la posibilidad de que se puedan producir otras explosiones. Acordonar la zona. Seguir el procedimiento de emergencia en caso de incendio.
  • Revisar la zona de intervención y evaluar posibles daños o complicaciones <footer2

con otras instalaciones o productos. Oportunidad y vías de comunicación a la SMA de la activación del Plan de Emergencia Informe preliminar de emergencias En caso de ocurrencia de cualquier tipo de emergencia o contingencia, se elaborará en un período no mayor a 48 horas tras ocurrido el evento un Informe Preliminar de Emergencias y/o Contingencias, el cual es remitido a la Superintendencia del Medio Ambiente y a la SEREMI del Medio Ambiente y a los organismos competentes dependiendo del tipo de suceso. El Informe contiene lo siguiente: - Antecedentes relativos al evento o accidente, tales como: tipo y causa; fecha; hora; sustancia, residuo, emisiones al aire u otra relacionada con la contingencia; duración del evento; acciones de control ejecutadas; personas afectadas, etc. - Identificación del área afectada y su extensión (ya sea en el suelo, subsuelo, curso de agua, o en el aire). - Identificación y explicación de la(s) posible(s) técnicas(s) y/o acción(es) que se implementaron para limpiar el o los recursos naturales que hayan sido afectados (suelo, agua, ecosistemas y especies). - Protocolo aplicable al manejo proyectado de los residuos sólidos (peligrosos y no peligrosos) generados en el marco de una contingencia como posibles derrames de sustancias peligrosas u otra, el cual deberá considerar las directrices normativas aplicables a esta materia. - Identificación de los parámetros representativos y las normativas (nacionales e internacionales de referencia) que utiliza para monitorear los componentes ambientales (aire, agua y suelo) afectados por una emergencia y/o contingencia. Referencia a documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada Acápite 1.7 del Capítulo 1 de la DIA. Actualización en el Anexo I-F de la Adenda.

10.1.6. Riesgo de eventos naturales. Riesgo proveniente de fenómenos ajenos al Proyecto durante su fase operación y eventual cierre. Se han identificado como principales peligros de este tipo el evento sísmico de gran magnitud y sucesos meteorológicos extremos. Fase del proyecto a la que aplica Operación Emplazamiento, parte, obra o acción asociada Todas las partes, obras y acciones de la fase de operación. Acciones o medidas a implementar para prevenir la contingencia Como medida general de prevención de riesgos, el Proyecto cuenta con un Plan de Evacuación, en caso de producirse un sismo de magnitud. - Se disponen de zonas de seguridad en instalaciones del Proyecto. - Se procede a colocar la señalización correspondiente en cada zona de seguridad. - Se mantienen equipos especiales de radio, con el fin de mantener en todo momento las comunicaciones. - Se designarán encargados de dirigir la evacuación en caso de sismo. - Se informa al personal acerca de los procedimientos de respuesta ante emergencias por eventos naturales. - Con el objetivo de prevenir riesgos producto de frentes de mal tiempo, se revisan anticipada y continuamente los pronósticos meteorológicos para el área del Proyecto. Forma de control y Se genera un informe interno, desarrollado por el departamento de <footer2

seguimiento prevención de riesgo de la central hidroeléctrica. Referencia a documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada Acápite 1.7 del Capítulo 1 de la DIA. Actualización en el Anexo I-F de la Adenda. Acciones o medida a implementar para controlar la emergencia En caso de sismos: - Rescatar posibles víctimas y heridos. - Cerrar toda fuente de emisión de gas (equipos oxicorte u otros). - Parar la actividad y evacuar urgentemente las zonas con riesgo de deslizamiento, rotura de canales, caídas de techos o equipos en altura, desbordes de aguas por roturas de tuberías, etc. Alejarse de objetos y equipos que pudieran caer o se encuentren energizados. - Cerrar las aducciones de caudal a los canales en forma remota o localmente, (realizado por el equipo de control). - Los Equipos de Intervención en este caso deben efectuar la evacuación de heridos si los hubiere a lugares previamente definidos como seguros y donde son atendidos por el equipo de primeros auxilios, desde donde son trasladados a los servicios de salud más cercanos. - Esperar a que termine el Sismo para continuar. - Revisar las casas de máquinas con sus equipos de generación y sus entornos, patios de alta, tubería forzada sus apoyos y canales de descarga. - Recorrer presas y canales hasta cámaras de carga para verificar posibles agrietamientos de los hormigones con fugas de agua o taludes agrietados que puedan poner en riesgo la operación. - Revisar con especialistas si se detectan fundaciones de las unidades de generación agrietadas o con otros daños que requieran inspección especializada, no retornar con las unidades al servicio hasta no contar con la autorización de los especialistas. - Revisar con personal especialista en obras civiles aquellos puntos de canales o presas que sufrieron algún daño, no volver a poner en servicio las instalaciones comprometidas hasta no tener la absoluta seguridad de su buen estado, en caso de requerir alguna reparación deberá permanecer fuera de servicio hasta que esta no esté realizada. - Finalizada todas las inspecciones no poner en servicio la instalación hasta haber comprobado su estado y tener la seguridad de que las instalaciones no sufrieron daños que afecten su operación. - Si no se han observado fallas en los equipos de generación e instalaciones y se decidió ponerlas en servicio esta debe efectuarse bajo vigilancia de mínimo tres días hasta tener la seguridad que todo opera correctamente. En caso de daño por sismos en las estructuras, se toman las siguientes medidas: - Suspensión de la transmisión de energía eléctrica (fase de operación). - Inspección e identificación de las estructuras dañadas. - Reparación o reemplazo de las estructuras dañadas. En caso de inclemencias del tiempo: - En caso de inundaciones de dependencias del Proyecto, se evacuará al personal presente en él. - De ser necesario se paralizarán todas las actividades que el personal esté realizando. - Habiendo superado el evento, el personal realiza una rápida revisión del estado de las instalaciones para autorizar el reinicio de las actividades. En caso de daños mayores en alguna estructura, se informa a la Gerencia para coordinar la inmediata reparación de ésta. - El actuar ante emergencias de este tipo se presenta en la siguiente tabla: <footer2

En caso de aluviones, cárcavas y erosión de caminos - Informar del hecho al CCTE: Instalaciones afectadas, lugar exacto y consecuencias visibles. - Si el deslizamiento es menor y no afecta el normal funcionamiento de las instalaciones, se informa al Jefe de Emergencias para que concurra al sector con el equipo de Intervención para evaluar la situación. <footer2

  • Si el deslizamiento afecta el normal funcionamiento del canal, el CCTE deberá cerrar los accesos al camino o instalación e informar al Supervisor de OO.CC quien evalúa el sector con personal de apoyo.
  • Verificar posibles víctimas, heridos y/o aislados.
  • El Equipo de apoyo deberá preparar los accesos seguros para que el Equipo de Primeros Auxilios ingrese a entregar las primeras atenciones a los accidentados y luego el Equipo de Evacuación proceda a evacuar los heridos
  • Verificar efectos en Instalaciones aledañas: camino de servicio, caminos de acceso, camino troncal, laderas. - Señalizar en forma visible todos los sectores afectados.
  • Vigilar y controlar, dentro de lo posible, otros riesgos que eventualmente pudieran ocurrir como consecuencia del hecho principal.
  • El equipo de apoyo deberá preocuparse de recabar toda la información de personas que se encuentren dentro de las instalaciones, para verificar si hay personal dentro de los sectores afectados por el deslizamiento. Oportunidad y vías de comunicación a la SMA de la activación del Plan de Emergencia Informe preliminar de emergencias En caso de ocurrencia de cualquier tipo de emergencia o contingencia, se elaborará en un período no mayor a 48 horas tras ocurrido el evento un Informe Preliminar de Emergencias y/o Contingencias, el cual es remitido a la Superintendencia del Medio Ambiente y a la SEREMI del Medio Ambiente y a los organismos competentes dependiendo del tipo de suceso. El Informe contiene lo siguiente:
  • Antecedentes relativos al evento o accidente, tales como: tipo y causa; fecha; hora; sustancia, residuo, emisiones al aire u otra relacionada con la contingencia; duración del evento; acciones de control ejecutadas; personas afectadas, etc.
  • Identificación del área afectada y su extensión (ya sea en el suelo, subsuelo, curso de agua, o en el aire).
  • Identificación y explicación de la(s) posible(s) técnicas(s) y/o acción(es) que se implementaron para limpiar el o los recursos naturales que hayan sido afectados (suelo, agua, ecosistemas y especies).
  • Protocolo aplicable al manejo proyectado de los residuos sólidos (peligrosos y no peligrosos) generados en el marco de una contingencia como posibles derrames de sustancias peligrosas u otra, el cual deberá considerar las directrices normativas aplicables a esta materia.
  • Identificación de los parámetros representativos y las normativas (nacionales e internacionales de referencia) que utiliza para monitorear los componentes ambientales (aire, agua y suelo) afectados por una emergencia y/o contingencia. Referencia a documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada Acápite 1.7 del Capítulo 1 de la DIA. Actualización en el Anexo I-F de la Adenda.

10.1.7. Riesgo ante crecidas. Riesgo proveniente de crecidas del río por lluvias, alud o aluviones. Fase del proyecto a la que aplica Operación Emplazamiento, parte, obra o acción asociada Todas las partes, obras y acciones de la fase de operación. Acciones o medidas a implementar para prevenir la Registro constante de cotas de operación normal en bocatomas, versus cotas de alarma. <footer2

contingencia

Forma de control y seguimiento Se genera un informe interno, desarrollado por el departamento de prevención de riesgo de la central hidroeléctrica. Referencia a documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada Anexo I-F de la Adenda. Acciones o medida a implementar para controlar la emergencia - Se recibe llamado u/o aviso de crecida, alud o aluvión en el rio Tinguiririca o Portillo, por cualquier canal de comunicación (verbal, telefónico, radial, correo, Etc.) - Despachador de turno que recibe el comunicado, deberá solicitar antecedentes de: • Lugar donde se encuentra observando el evento. • Nombre de la persona que emite la alerta (desarrolla labores para alguna empresa o es particular) • Tiempo que el evento se encuentra en progreso. • Solicitar a la persona que se ponga al resguardo y que es contactado nuevamente. - Despachador, poner inmediatamente en conocimiento al Operador-Mantenedor de Turno, quien deberá ponerse al resguardo, dirigiéndose a la zona de seguridad más cercana. - Despachador, Poner inmediata atención a la indicación de Nivel (cota) y sedimentos en las respectivas pantallas en HMI de Scada, de la o las bocatomas que se verían afectadas primeramente por esta crecida. - Si se encuentra disponible, Despachador, verifica condición del río por instrumentación de telemetría; CCTV y tomará contacto inmediato con Centro de Control de Central Hidroeléctrica San Andrés (Hydrochile), consultando por posibles aumentos de caudal en sus instalaciones. - En caso de aviso de alud, aluvión o crecida en cualquiera de los ríos (portillo o Tinguiririca), por cualquier medio de comunicación, se considera inmediatamente como una condición real de emergencia y se iniciarán las maniobras que a continuación se indican. Especial atención se deberá tener en avisos de posibles crecidas en río Tinguiririca en tramo comprendido entre central confluencia y central la higuera. Este tramo del río se encuentra afecto a variaciones por vertimientos en pondaje Tricahue por fallas en la higuera que podrían aumentar su normal cauce. - Despachador. Se dará aviso radial, solicitando inmediato silencio Radial e indicando la condición de emergencia por aumento inesperado de caudales en los ríos (Portillo o Tinguiririca) y que se procede a apertura de compuertas radiales dando prioridad a las bocatomas que son afectadas primeramente por el aumento de caudal, de acuerdo con el aviso recibido. Por lo cual se requiere inmediato despeje de las zonas aledañas a cauces de ríos y quebradas. - Otras maniobras en curso, como regulación de caudales por derechos de agua, entrega de caudales para mantener la condición R-o-R, entrega de datos al CEN, que se estaban realizando previamente al momento que se declaró la alarma de crecida, quedan suspendidas temporalmente y pasan a tener una segunda prioridad, enfocándose el Despachador/Operador a las maniobras necesarias para salvaguardar a las personas e instalaciones que pueden ser afectadas por la crecida, aluvión o el evento climático. - El comunicado radial es realizado por las frecuencias canal 4 y canal 2. - En bocatomas La Puya y Tricahue, se realiza la apertura al 100% de las compuertas radiales de manera inmediata, no existiendo restricción de <footer2

tiempos de espera (4 compuertas radiales en bocatoma La Puya y 3 compuertas radiales bocatoma Tricahue). - Cierre de compuertas de toma o aducción, una vez iniciado el proceso de vaciado de la poza de captación (apertura de la primera compuerta Radial), se procede al cierre inmediato de la compuerta de toma o compuerta de aducción, de la bocatoma que se encuentra en maniobras De apertura de radiales (consigna de 0% o 0 mm de posición de compuerta). - Retiro de Servicio de bocatomas secundarias, una vez cerradas la o las compuertas de toma o aducción de bocatomas primarias que serían afectadas por la emergencia, se procede al retiro inmediato de servicio de las bocatomas secundarias de Central Confluencia, iniciando por bocatoma Azufre (Apertura inmediata de compuertas radiales), luego Los Humos, La Gloria, Riquelme y finalmente el Ciruelo. - El retiro de servicio de estas bocatomas, corresponde a la apertura de sus compuertas desripiadoras y al cierre de sus compuertas de entrada a los desarenadores. - Informar al CEN, del retiro de las instalaciones por condición climática excepcional, detención inmediata de las Centrales La Higuera y La Confluencia. - Comunicación de la emergencia. Iniciadas las maniobras de apertura de compuertas Radiales, se comunicará telefónicamente al Subgerente de operaciones o quien lo reemplace (durante días festivos laborales) o al Jefe de Emergencia de Turno (fines de semana), informando que se ha establecido la condición de emergencia y se ha procedido al retiro de servicio de las bocatomas de La Higuera. El jefe de emergencia o Subgerente de Operaciones, son los encargados de dar los avisos respectivos a los entes externos como Junta de vigilancia del Río Tinguiririca, Carabineros, ONEMI, DGA, etc, de acuerdo con lo establecido en el procedimiento de emergencias. - Subir nivel de alerta mediante correo electrónico, se actualizará mail de alertas siendo muy conciso en la información (Ejemplo, “Aumento repentino de caudales del río Tinguiririca o Portillo, alejarse de zonas de riesgo como cauces de ríos y quebradas en cuenca del Tinguiririca, se actualizará nuevamente las alertas, en la medida que se cuente con más información”). - Si el evento es confirmado, aguas debajo de La Confluencia, se procede a dar la instrucción de evacuación del personal hacia Central La Higuera por camino las Mulas 1. - Al retirar de servicio unidades generadoras HLH, realizar la instalación de compuertas en la descarga, para proteger el conjunto Difusor Turbina de posibles embancamientos. - Verificar y monitorear la crecida en SCADA y medios auxiliares (CCTV; Telemetría; estaciones de caudales, sedimentos). - Coordinar en terreno equipos de OO.CC. para inspecciones post evento. - Mantener condición de instalaciones fuera de servicio hasta el levantamiento del estado de alerta, el cual es dictado por el Gerente de Operaciones o quien lo reemplace, quien previamente ha sido puesto en conocimiento de la emergencia por el Subgerente de operaciones, o jefe de la emergencia, según corresponda. Oportunidad y vías de comunicación a la SMA de la activación del Plan de Emergencia Informe preliminar de contingencias y emergencias En caso de ocurrencia de cualquier tipo de emergencia o contingencia, se elaborará en un período no mayor a 48 horas tras ocurrido el evento un Informe Preliminar de Emergencias y/o Contingencias, el cual es remitido a la Superintendencia del Medio Ambiente y a la SEREMI del Medio Ambiente, DGA, y a los organismos competentes dependiendo del tipo de suceso. El Informe contiene lo siguiente: - Antecedentes relativos al evento o accidente, tales como: tipo y causa; fecha; hora; sustancia, residuo, emisiones al aire u otra relacionada con la contingencia; duración del evento; acciones de control ejecutadas; personas <footer2

afectadas, etc. - Identificación del área afectada y su extensión (ya sea en el suelo, subsuelo, curso de agua, o en el aire). - Identificación y explicación de la(s) posible(s) técnicas(s) y/o acción(es) que se implementaron para limpiar el o los recursos naturales que hayan sido afectados (suelo, agua, ecosistemas y especies). - Protocolo aplicable al manejo proyectado de los residuos sólidos (peligrosos y no peligrosos) generados en el marco de una contingencia como posibles derrames de sustancias peligrosas u otra, el cual deberá considerar las directrices normativas aplicables a esta materia. - Identificación de los parámetros representativos y las normativas (nacionales e internacionales de referencia) que utiliza para monitorear los componentes ambientales (aire, agua y suelo) afectados por una emergencia y/o contingencia. Referencia a documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada Anexo I-F de la Adenda.

  1. Que, durante el proceso de participación ciudadana, desarrollado conforme a lo dispuesto en el artículo 30 bis de la Ley N°19.300, se formularon observaciones por parte de la comunidad respecto del Proyecto, las que han sido consideradas en el proceso de evaluación de la forma que a continuación se señala.

11.1. Participación ciudadana informada

La DIA del proyecto “Plan de Manejo de Sedimentos Central Hidroeléctrica La Higuera” fue publicada en el Diario Oficial de la República de Chile con fecha 5 de noviembre de 2018 y en el diario La Tercera con fecha 5 de noviembre de 2018. La difusión radial se efectuó por medio de la radio Artesanía, 100.5 FM entre los días 6, 7, 8, 9 y 12 de noviembre de 2018, según consta en el certificado de fecha 6 de noviembre de 2018, emitido por la misma radio.

Con fecha 19 de noviembre de 2018 se venció el plazo indicado en el artículo 30 bis de la Ley N°19.300, para la solicitud de realización de un proceso de participación ciudadana en declaraciones de impacto ambiental que se presenten a evaluación y que generen cargas ambientales para las comunidades próximas.

Se recibieron un total de 43 solicitudes de inicio de proceso de participación ciudadana que cumplen con los requisitos legales, requeridos por la Ley N° 19.300, las cuales fueron emitidas por 32 Personas Naturales y 11 Organizaciones.

Con fecha 17 de diciembre de 2018 se dictó la Resolución N° 267 por parte de Servicio de Evaluación Ambiental de la Región de O’Higgins, mediante la cual se ordena el inicio del proceso de participación ciudadana / rechaza la solicitud de apertura de proceso de PAC.

11.2. Actividades de participación ciudadana

Con el propósito de asegurar el acceso a información oportuna por parte de la comunidad, así como alternativas de consulta y discusión con el Titular, se realizaron las actividades que a continuación se indican:

Tabla 11.2 Actividades de participación ciudadana N° Actividad Lugar Fecha 1 Apresto Oficina Junta de Vigilancia del Río Tinguiririca 08-01-2019 2 Taller de Participación Colegio Sergio Verdugo Herrera, 15-01-2019 <footer2

Ciudadana Puente Negro 3 Taller de Participación Ciudadana Salón Junta de Vigilancia del Río Tinguiririca 16-01-2019

11.3. Observaciones ciudadanas

Durante el proceso de participación ciudadana, desarrollado conforme a lo dispuesto en el artículo 30 bis de la Ley N°19.300, se formularon observaciones por parte de la comunidad respecto de la DIA del Proyecto, las que han sido consideradas en el proceso de evaluación de la forma que a continuación se señala.

11.3.1. Admisibilidad de las observaciones ciudadanas

Las observaciones que no cumplen con los requisitos establecidos en el artículo 30 bis de la Ley Nº19.300 y en los artículos 83 y 95 del Reglamento del SEIA son las siguientes:

Tabla 0 Admisibilidad de las observaciones ciudadanas Observante Persona Razón no admisibilidad Juan Valenzuela Correa Natural En concordancia con el Of. Ordinario D.E. N° 130.528 de fecha 1 de abril de 2013, estas observaciones se consideran como no pertinentes, pues no hacen referencia a algunos de los contenidos de la Declaración de Impacto Ambiental, al proceso reglado del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental (SEIA), o no tienen un contenido de carácter ambiental que debe ser evaluado en el SEIA. Luis Rivadeneira de Amesti Natural Luis Farias Miranda Natural Braulio Leyton Iturriaga Natural Oscar Maturana Astorga Natural

11.3.2. Evaluación técnica de las observaciones ciudadanas

Las observaciones formuladas por la ciudadanía que cumplen con los requisitos establecidos en el artículo 30 bis de la Ley Nº 19.300 y en los artículos 83 y 95 del Reglamento del SEIA son las siguientes:

11.3.2.1. Observante: Fiorina González Moya

Observación 1 El proyecto no indica procedencia o generación de PM 2.5, por lo cual se solicita al Titular poder incorporar los antecedentes mencionados. (ID-SEA 1.1).

Evaluación de la Respuesta El Titular aclara que la Tabla 1-8 del Capítulo Descripción de Proyecto de la DIA ingresada, se informa sobre la procedencia y la cantidad de generación de este tipo de material particulado.

Sin embargo, conforme a los cambios en la operación del Proyecto ya informados, se presente en Anexo I-G de la Adenda N°1 una estimación de Emisiones Atmosféricas actualizada, ésta, al igual que el informe que se presentó con la DIA (Anexo B) presenta las actividades que se prevé generarán emisiones de material particulado MP 10 y MP 2,5.

Al respecto, se menciona que las actividades a desarrollar durante la fase de operación del Proyecto que generarán emisiones de material particulado 2,5 corresponderán a: circulación de vehículos por caminos pavimentados, circulación de vehículos por caminos no pavimentados, combustión interna de motores de vehículos, combustión interna de motores de maquinaria y combustión interna de motores de grupos generadores. <footer2

De acuerdo con lo anterior, la emisión de MP 2,5 alcanzará un total de 1,491 ton/año, sin embargo, es necesario mencionar que esta generación se encuentra acotada a la propuesta de dragado que se presenta en esta adenda, la cual considera su desarrollo en el total de 5 meses comprendidos entre abril y agosto.

Observación 2 Se solicita al titular aclarar como evacuarán el sedimento que ya tienen acumulado a la fecha. (ID- SEA 1.2).

Evaluación de la Respuesta El titular menciona que para dragar el sedimento acumulado se ocupará un sistema de dragado móvil para la remoción del material, el cual será realizado mediante un equipo de dragado cuyo sistema de succión funciona en base a una bomba centrífuga. Esto significa que mediante una tubería flexible que inyecta agua del mismo pondaje para soltar el material se succiona el sedimento soltado y se transporta mediante tuberías montadas sobre flotadores hasta el lugar de evacuación en el vertedero del pondaje Tricahue existente.

Observación 3 Al ser la carga de dragado es muy alta, se correrá el riesgo de quitar oxígeno al agua, sobre quienes recaerá dicha responsabilidad y que medidas de mitigación propone.

Se solicita aclarar al titular aclarar los antecedentes (ID-SEA 1.3).

Evaluación de la Respuesta El Titular menciona que conforme a lo modelado en el Anexo V-E, “Modelación Hidrodinámica Bidimensional”, de la ADENADA, los niveles de sólidos suspendidos totales no serán mayores a los que en distintas épocas del año el río presenta de manera natural, por lo que no cambiarán las características químicas del agua.

De todas maneras, el Titular ha establecido una red de monitoreo en línea de la turbidez, con tres estaciones: una estación instalada antes del reservorio Tricahue, otra aguas abajo de éste (cercano a la descarga del vertedero y antes de la confluencia con río Azufre), y un tercero en casa de máquinas de la Central La Higuera (17 kilómetros aguas abajo), con objeto de monitorear la concentración de sedimentos en el río, así, en base a los resultados en línea de turbidez se determinará la continuidad de la actividad de dragado, previniendo la posible afectación a regantes, manteniendo, con este control, los niveles de concentración de sedimentos, que permita vigilar que no exista superación de los 2000 NTU indicados en el sensor inmediatamente aguas abajo de la faena de dragado en la Central La Higuera.

Observación 4 Con ocasión del dragado, se solicita al titular definir qué ocurrirá con los regadíos, la fauna acuática y los microorganismos al romper la cadena alimenticia. (ID-SEA 1.4).

Evaluación de la Respuesta En referencia a la respuesta entregada en la ADENDA 1, se solicita al Titular ampliar y actualizar la información en ICSARA 2 respecto a la pregunta señalada.

En relación a lo reiterado, el Titular menciona que no se prevé efectos sobre regadíos, toda vez que el Titular ha decidido desarrollar la descarga del dragado del pondaje Tricahue en el período comprendido entre los meses de abril y agosto de cada año, de manera de no coincidir con las actividades desarrolladas por los regantes.

De todas formas, en caso de que los regantes requieran realizar sus actividades en el periodo abril a agosto, en la Adenda se realizó una modelación hidráulica bidimensional del dragado del pondaje Tricahue durante el período abril a agosto (Anexo V-E de la Adenda “Modelación Hidrodinámica Bidimensional”), la cual permite determinar, en diferentes secciones del dominio (área de modelación), la concentración de sedimentos en suspensión, de acuerdo al punto de origen de los aportes de sedimento y las entradas de tributarios que resulten en un efecto de dilución. <footer2

A modo de ejemplo, en la figura siguiente se entregan las variaciones de concentración máxima de sedimentos en suspensión generados por el dragado del pondaje Tricahue, utilizando un caudal al inicio del dominio13 de 8,5 m³/s, que crece hasta alcanzar 40 m³/s en Tinguiririca en La Polcura, para el período abril - agosto.

Figura 32 Modelación de la concentración máxima de sedimentos en suspensión en río Tinguiririca, para caudal inicial de 8,5 m3 en periodo abril – agosto

De acuerdo a la figura anterior, para el escenario que considera la actividad de dragado, la concentración máxima de sedimentos en suspensión disminuye drásticamente entre la descarga (km 17,2) y el km 18 donde tiende a acercarse a los valores naturales del río Tinguiririca.

Las primeras bocatomas de la Junta de Vigilancia del río Tinguiririca se ubican aproximadamente en el km 42,5 respecto del modelo (Figura 33), por tanto, de acuerdo a lo indicado en la Figura 32, la concentración máxima de sedimentos en suspensión sería similar a los valores naturales del río en ese punto.

Figura 33 Ubicación de bocatomas de Junta de Vigilancia de la primera sección del Río Tinguiririca respecto del Modelo Hidráulico Bidimensional del dragado del pondaje Tricahue

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Fauna acuática: En base a los resultados de caracterización presentados en la DIA y complementados con el seguimiento ambiental de la Central La Higuera, se definió un área de importancia para la biodiversidad. Esta definición se realizó tomando en cuenta la presencia de especies ícticas, relevando las especies en categoría de conservación, en especial Diplomystes chilensis que se encuentra en Peligro. De esta forma se estableció el tramo del río Tinguiririca comprendido entre las juntas con el río Clarillo y el río Claro como el de importancia ambiental.

Para fundamentar la no afectación del Proyecto sobre la fauna acuática, se analizaron los datos de capturas de peces en el sector comprendido entre Isla Briones y Puente Negro (tramo incluido en área de importancia para la biodiversidad), contrastando con la turbidez reportada por la Dirección General de Aguas (DGA) en la estación Tinguiririca Bajo Los Briones, entre los años 2000-2018. Cabe destacar que este tramo del río Tinguiririca es uno de los de mayor diversidad de fauna íctica, la cual está adaptada a estos periodos de alto arrastre de material. De esta forma, como se observa en Figura 34, las especies nativas de interés, Toyo de agua dulce (Diplomystes chilensis) y Bagrecito (Trichomycterus areolatus), como también la especie introducida Trucha arcoíris (Oncorhyncbus mykiss) presentan abundancias dentro de los rangos normales (al comparar entre los años) incluso en años con alto arrastre de material.

Figura 34 Abundancia (CPUE) de Diplomystes chilensis, Trichomycterus areolatus y Oncorhyncbus mykiss vs Turbidez (NTU) en Tinguiririca Bajo Los Briones (2000-2018)

A modo de ejemplo, a continuación, se muestra la turbidez medida en Tinguiririca Bajo Los Briones en el mes de noviembre de 2008, donde se alcanzó un promedio de 1078,9 NTU, con una desviación estándar de 431,5 NTU, variando entre 603,7 y 2295,8 NTU. Esto implica que las especies acuáticas presentes en el tramo estuvieron en condiciones de turbidez mayores a 1.000 NTU, el 40% del mes, y mayores a 2.000 NTU, el 7% del mes.

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Figura 35 Turbidez en Tinguiririca Bajo Los Briones en noviembre de 2008

Teniendo en consideración estos antecedentes, se modeló el transporte de sedimentos evaluando la condición de sólidos suspendidos en los sitios control, modelación presentada en el Anexo V-E de la Adenda. Esta modelación numérica permitió determinar en diferentes secciones del dominio la concentración de sedimentos en suspensión, de acuerdo al punto de origen de los aportes de sedimento y las entradas de tributarios que resulten en un efecto de dilución. A modo de ejemplo se calculó un dragado en los diferentes escenarios, en el caso de un caudal referencial al inicio del dominio14 de 8,5 m³/s, que crece hasta alcanzar 40,1 m³/s en Tinguiririca en La Polcura.

Figura 36 Variación de la concentración máxima de sedimentos en suspensión a lo largo del río para un caso referencial de 8,5 m³/s de caudal al inicio del dominio. Dragado pondaje Tricahue (período abril a agosto)

En consecuencia, según la modelación una turbidez de aproximadamente 2.000 NTU en la estación control ubicada en el río Tinguiririca antes de la junta con el río Azufre, implicaría que en el tramo control de La Polcura (aguas arriba del área de importancia ambiental, en Km 38,7), la turbidez no superaría los 500 NTU, por lo que no se esperarían efectos en las especies objetivo en el área de importancia ambiental o en el tramo intermedio.

De esta forma se puede concluir que el aumento de sólidos suspendidos (medidos como turbidez) no tendrían efectos adversos en los peces del río Tinguiririca, lo cual puede estar relacionado y <footer2

sustentado en la adaptación de estas especies a la dinámica natural de arrastre de material que ha presentado históricamente el río.

En este sentido, se espera que la fauna íctica nativa e introducida no presente alteraciones en su abundancia o patrones de distribución debidas al Plan de manejo de sedimentos propuesto.

Microorganismos: La fauna bentónica de los sistemas acuáticos de Chile se compone principalmente de larvas de insectos y crustáceos en diferentes estados de desarrollo. Los macroinvertebrados bentónicos son un buen bioindicador de la calidad de las aguas continentales, reflejando las condiciones físicas y químicas observadas en los sistemas. En el estudio de línea de base del proyecto se encontraron un total de 24 taxa, de los cuales 23 pertenecen a la clase Insecta y 1 taxón pertenece a la clase Clitellata. La abundancia total de individuos zoobentónicos determinada en el área de estudio varió entre 72 y 1.606 ind/m2, con una dominancia dada principalmente por la especie Smicridea annulicornis, con casi el 50% de la abundancia total, seguido por Andesiops torrens que presentó un 11% y organismos de la familia Blephariceridae con un 4,7%. En la comunidad de algas adheridas (Fitobentos) se observó un total de 17 taxa, de los cuales 14 taxa pertenecen a la clase Bacillariophyceae, 2 taxa pertenecen a la clase Cyanophyceae y 1 taxón pertenece a la clase Ulvophyceae. La abundancia en toda el área de estudio fue heterogénea, registrando un promedio de 29.566,5 ± 26.655,9 cél/cm2, con dominancia de la especie Diatoma sp. la que alcanzó al 97,09%.

La mayor parte del sedimento usualmente es transportado en el cauce por distancias menores a 1000 metros desde su fuente (EPA, 200515; Ketcheson y Megahan, 199616), en este caso la mayor parte del aumento de turbidez derivada del proceso de dragado, seria amortiguado o diluido por el río Azufre.

En general, las especies adheridas a sustrato duro (Macroinvertebrados bentónicos y microalgas bentónicas), están adaptadas a ciclos en los cuales se evidencian procesos de embancamiento y posterior remoción asociadas a crecidas. Los macroinvertebrados bentónicos recuperan su población en alrededor de dos meses (Brooks & Boulton 199117; Kanato et al. 199818).

En este sentido, para dar cuenta de la mantención de estas comunidades se incorporaron en el Plan de seguimiento ambiental, incluyéndose entre los grupos objetivos del PAS 119.

11.3.2.2. Observante: Jorge Allendes Oyarce

Observación 1 El proyecto no indica si se tomarán muestras al sedimento enviado al río.

Se solicita al Titular poder incorporar los antecedentes mencionados. (ID-SEA 2.5).

Evaluación de la Respuesta Se aprovecha de indicar que, en función de la programación de dragado presentada en la adenda anterior, el Titular ha aumentado de 3 a 7 años la duración del Plan de Monitoreo de los Ecosistemas Acuáticos Continentales y de Calidad de Agua y Sedimentos, es decir, éste se llevará a cabo durante los primeros 5 años en los que se extraerá la tasa natural de acumulación anual, más una proporción de lo acumulado a la fecha (45.000 m³ en total); y en los 2 años posteriores, donde la tasa de dragado será la igual a la tasa de retención anual (35.000 m³).

Observación 2 Se solicita al Titular aclarar qué medidas considera ante una emergencia por rebalse de piscina y la necesidad de abrir las compuertas. (ID-SEA 2.6).

Evaluación de la Respuesta

En referencia a la respuesta entregada en la ADENDA 1, se solicita al Titular ampliar y actualizar la información en ICSARA 2 respecto a la pregunta señalada.

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En relación a lo reiterado, el Titular menciona que el Pondaje Tricahue cuenta con un vertedero de sobre coronamiento que impide el rebalse del pondaje. Además, esta obra no cuenta con compuertas, su vertimiento es sólo por los excesos que no pueda almacenar dentro del volumen útil.

Observación 3 Se solicita al Titular aclarar si el nivel de contaminación en el agua que circula aguas abajo es medido. (ID-SEA 2.7).

Evaluación de la Respuesta El Titular aclara que en el marco de la confección e ingreso a evaluación del Proyecto, ya realizó una caracterización de la calidad de las aguas del río, aguas arriba y aguas abajo de las obras, esta caracterización se presentó en el Anexo C de la DIA, “Caracterización Ecosistemas Acuáticos Continentales”. El análisis de calidad de las aguas se realizó teniendo como referencia la Norma Chilena 1.333 Of. 78, la cual establece los límites permisibles para Riego y Conservación de la Vida Acuática.

De acuerdo con los resultados obtenidos de dicha caracterización, fue posible determinar que todas las aguas analizadas corresponden al tipo sulfato cálcicas, las que se consideran típicas de sistemas que fluyen por, o cercanos a, yacimientos de caliza y yeso, los que liberan SO4 y Ca. Del análisis de las aguas, se obtuvo que los parámetros físico - químicos, parámetros inorgánicos y parámetros biológicos estuvieron dentro de los rangos establecidos en la NCh. 1.333 Of. 78. Por otra parte, acerca de los elementos químicos, si bien la mayoría se encontró bajo el límite permisible por la norma, solo 4 elementos correspondientes a aluminio, boro, cobre, hierro y manganeso, presentaron valores por sobre el límite establecido, sin embargo, es importante mencionar que estas concentraciones de metales se encuentran asociadas a las propiedades naturales de estos sistemas, y no responden en ningún caso a algún tipo de contaminación de las aguas por actividades antrópicas.

Para la operación del Proyecto, el Titular propone un plan de monitoreo de calidad de aguas y sedimentos, éste se realizará con periodicidad trimestral los durante los primeros tres años de aplicación del Plan, posteriormente será evaluada su continuidad con la Autoridad competente. Este monitoreo se llevará a cabo en paralelo con el monitoreo de flora y fauna acuática.

Además de este monitoreo, se dispondrá de una red de monitoreo en línea de la turbidez, con una estación instalada antes del reservorio Tricahue e inmediatamente aguas debajo de éste (cercano a la descarga de la draga), y en casa de máquinas de la central La Higuera, con objeto de monitorear la concentración de sedimentos en el río.

Se aprovecha de indicar que, en función de la programación de dragado presentada en la adenda anterior, el Titular ha aumentado de 3 a 7 años la duración del Plan de Monitoreo de los Ecosistemas Acuáticos Continentales y de Calidad de Agua y Sedimentos, es decir, éste se llevará a cabo durante los primeros 5 años en los que se extraerá la tasa natural de acumulación anual, más una proporción de lo acumulado a la fecha (45.000 m³ en total); y en los 2 años posteriores, donde la tasa de dragado será la igual a la tasa de retención anual (35.000 m³).

12.3.2.3. Observante: Esteban Riquelme Cornejo

Observación 1 Se solicita al Titular indicar si fueron evaluados procedimientos alternativos para el tratamiento de sedimentos y cuáles fueron los fundamentos técnicos que motivaron no ocupar dichos procedimientos. (ID-SEA 3.8 - 3.10 - 4.14 - 6.19 - 9.29 - 10.32).

Evaluación de la Respuesta

En referencia a la respuesta entregada en la ADENDA 1, se solicita al Titular ampliar y actualizar la información en ICSARA 2 respecto a la pregunta señalada.

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En relación a lo reiterado, el Titular menciona que se evaluó el retiro del sedimento con maquinaria, sin embargo, es inviable, considerando que el pondaje está construido en base a relleno compactado con una capa de impermeabilización de geotextil, que no permite el tránsito.

Observación 2 Se solicita al Titular si se cuenta con respaldo técnico para afirmar que los sedimentos acumulados tienen los mismos componentes que los sedimentos que fluyen naturalmente por el río. (ID-SEA 3.9).

Evaluación de la Respuesta En referencia a la respuesta entregada en la ADENDA 1, se solicita al Titular ampliar y actualizar la información en ICSARA 2 respecto a la pregunta señalada.

En relación a lo reiterado, el Titular menciona, como fue informado en el Anexo C de la DIA, durante el período de invierno de 2018, se caracterizaron los parámetros que representan la calidad del agua, sólidos y sedimentos para el levantamiento de información fisicoquímica de los sistemas acuáticos.

En el caso de los sedimentos, el estudio de la calidad de sedimentos tomó a modo de referencia los límites estipulados en los lineamientos de Calidad de Sedimentos para la Protección de la Vida Acuática canadiense. Cabe destacar que esta norma permite considerar sedimentos no contaminados (Interim Freshwater Sediment Quality Guideline, ISQG), niveles con probables efectos para el medio ambiente (Probable Efect Level, PEL), y la incidencia porcentual para los valores de ISQG y PEL.

El muestreo realizado constó de 1 muestra en cada estación y 3 muestras obtenidas del Pondaje Tricahue (Tr-3, Tr-4 y Tr-5), además de incluir una muestra replicada correspondiente R-1, la que es un duplicado de la estación Tr-3, entregándose al laboratorio como una estación aparte sin indicar su procedencia. El detalle de los parámetros analizados en laboratorio con sus respectivos respaldos se encuentra en el Anexo C “Informes de Análisis de Calidad de Sedimentos” de la Caracterización Ambiental Ecosistemas Acuáticos Continentales presentada en la DIA.

Cabe destacar que los sedimentos que serán vertidos son los propios de la cuenca, por lo que mantendrán parte de las características propias del agua antes expuestas, las que según Méndez (2018)59, al provenir de aguas termales en la parte alta de la cuenca del río Damas, presentarían características cloruradas sódicas y altas concentraciones en casi todos los elementos. El resto de las aguas de la cuenca forman una transición desde sulfatadas cálcicas a bicarbonatadas cálcicas, donde las de la parte alta de la cuenca son más sulfatadas y poseen mayores concentraciones y anomalías de Al, Fe, Mn y otros elementos, mientras que las de la parte baja son más bicarbonatadas, con menores concentraciones de los distintos elementos. En este trabajo al comparar los distintos resultados de análisis con la normativa chilena para agua potable, se observaron varias excedencias sobrepasando las concentraciones límite de As, Cl, Fe, Hg y Mn. A continuación, se muestran los resultados de calidad de sedimentos aguas arriba del Pondaje (Control), en el Pondaje y aguas abajo. Esperándose que las condiciones en operación del proyecto permanezcan.

Los parámetros orgánicos analizados en laboratorio fueron los contenidos de materia orgánica en los sedimentos de las estaciones en estudio. Es importante destacar, que este parámetro no posee un marco de referencia en la Norma Chilena o Canadiense (Canadian Sediment Quality Guideline for the Protection of Aquatic Life) (ver Tabla 57).

Las concentraciones de materia orgánica fueron bastante heterogéneas entre estaciones de muestreo, las cuales, registraron una media de 28.843,6 ± 33.236,9 mg/kg, variando entre un mínimo de 2.078 mg/kg en la estación río Azufre (C-4) y un máximo de 99.927 mg/kg en Pondaje Tricahue (Tr-5).

Tabla 57 Parámetros orgánicos (mg/kg) medidos en laboratorio

Parámetros Control Pondaje Aguas abajo Afluentes Tr-1 Tr-3 Tr-4 Tr-5 Tr-2 C-5 C-6 C-7 C-4 <footer2

Materia Orgánica 43.138 56.916 32.709 99.927 7.676 3.559 7.584 6.005 2.078

Asimismo, los parámetros inorgánicos analizados en laboratorio correspondieron a sulfatos, nitrógeno total y fósforo total en los sedimentos de las estaciones en estudio. Es importante destacar, que estos parámetros no poseen un marco de referencia en la Norma Chilena o Canadiense (Canadian Sediment Quality Guideline for the Protection of Aquatic Life) (ver Tabla 58).

El análisis de los sulfatos, indicaron valores heterogéneos entre estaciones de muestreo, con concentraciones que variaron entre 35.340 mg/kg y 2.700 mg/kg, en las estaciones Pondaje Tricahue (Tr-3) y río Azufre (C-4) respectivamente, cuya concentración promedio fue 12.770,0 ± 9.992,8 mg/kg. Por otro lado, el nitrógeno total exhibió una concentración media de 154,89 ± 71,66 mg/kg, observándose una máxima de 264 mg/kg en la estación río Azufre (C-4), mientras, el mínimo se obtuvo en la estación río Tinguiririca en La Iglesia (C-5) con 76 mg/kg. Finalmente, el fósforo total exhibió concentraciones heterogéneas, las cuales, promediaron 782,44 ± 354,12 mg/kg, oscilando entre un mínimo de 314

Tabla 58 Parámetros inorgánicos (mg/kg) medidos en laboratorio

Parámetros Control Pondaje Aguas abajo Afluentes Tr-1 Tr-3 Tr-4 Tr-5 Tr-2 C-5 C-6 C-7 C-4 Sulfatos 9.290 35.340 12.370 18.360 6.920 17.550 6.950 5.450 2.700 Nitrógeno Total 202 143 236 80 89 76 197 107 264 Fósforo Total 327 1.037 1.322 941 314 1.036 504 944 617

Los resultados obtenidos de las concentraciones de metales totales medidos en laboratorio en los sedimentos se encuentran en la Tabla 18, junto con los valores de referencia de la Norma Canadiense (Canadian Sediment Quality Guideline for the Protection of Aquatic Life). Esta norma muestra valores que permiten considerar sedimentos no contaminantes (Interim Freshwater Sediment Quality Guideline, ISQG), niveles con efectos probables sobre el medio ambiente (Probable Effect Level, PEL), y la incidencia porcentual para los valores de PEL. Los análisis de concentraciones de metales totales correspondientes a la actual campaña de muestreo medidos en laboratorio se presentan en la Tabla 59 y sus respaldos en el Anexo C “Informes de Análisis de Calidad de Sedimentos” de la Caracterización Ambiental Ecosistemas Acuáticos Continentales presentada en la DIA.

Se analizaron 7 metales en sedimentos (arsénico, cadmio, cobre, cromo, mercurio, plomo y zinc), los cuales se encuentran normados. Las estaciones asociadas al Pondaje Tricahue (Tr-3 y Tr-5) registraron concentraciones de arsénico sobre el límite en el que se esperarían efectos ambientales (Probable Effect Level, PEL). En cuanto al cadmio, cobre y mercurio, presentaron en algunas estaciones niveles sobre los índices de ISQG establecidos por la Norma Canadiense.

El arsénico presentó valores heterogéneos, observándose un promedio de 19,53 ± 20,97 mg/kg, con una incidencia de muestras con concentraciones sobre el límite establecido para sedimentos con contaminación (ISQG: 5,9 mg/kg), un total de 7 muestras superaron este límite, excluyéndose las estaciones (C-6 y C-4). Asimismo, las estaciones que presentaron concentraciones sobre el límite de posibles efectos ambientales (PEL: 17 mg/kg) correspondieron a las obtenidas en el Pondaje Tinguiririca (Tr-3, Tr-4 y Tr-5) y las ubicadas Aguas arriba de bocatoma Tinguiririca (Tr-1) y Aguas abajo del Pondaje (Tr-2, C-5 y C-7). El máximo se registró en la estación Pondaje Tinguiririca (Tr-5) con 61,20 mg/kg, mientras, el mínimo se obtuvo en la estación río Tinguiririca en Puente Negro (C-6) con 5,47 mg/kg.

La concentración de cadmio en sedimentos registró en la mayoría de las estaciones, valores bajo los índices ISQG (0,6 mg/kg) y PEL (3,5 mg/kg), las estaciones asociadas al Pondaje Tricahue (Tr-3 y Tr-5) y Tinguiririca en Puente Negro (C-6) exhibieron valores sobre el ISQG (0,6 mg/kg) de 0,763 mg/kg, 1,070 mg/kg y 1,270 mg/kg respectivamente. Asimismo, el valor máximo observado correspondió a 1,270 mg/kg en la estación río Tinguiririca en Puente Negro (C-6), a su vez, la <footer2

mínima concentración fue 0,112 mg/kg en Aguas arriba bocatoma Tricahue, cuya media alcanzó un valor de 0,466 ± 0,448 mg/kg.

En cuanto a la concentración de cobre en los sedimentos analizados, éste registró valores por sobre el límite de ISQG (35,7 mg/kg), sin embargo, están muy por debajo del límite de PEL (197 mg/kg). La concentración promedio correspondió a 40,22 ± 11,23 mg/kg, con un máximo de 59,20 mg/kg en Pondaje Tricahue (Tr-5) y un valor mínimo de 25,80 mg/kg en río Tinguiririca en Puente Negro (C-6).

A su vez, el cromo obtuvo un promedio de 8,68 ± 2,51 mg/kg, con un máximo de 12,00 mg/kg en la estación Tinguiririca en Puente Negro (C-6), y un mínimo de 3,48 mg/kg en Pondaje Tricahue (Tr- 4). Consecuentemente, todas las concentraciones fueron menores al límite establecido para determinar sedimentos con contaminación según la Norma Canadiense (ISQG: 37,3 mg/kg). Por su parte, las concentraciones de mercurio obtuvieron bajo el límite de detección analítica (<0,025 mg/kg) en 3 estaciones de muestreo (Tr-4, C-5 y C-4), por otro lado, todas las estaciones de muestreo restantes se encontraron bajo el límite ISQG (0,170 mg/kg), a excepción de Pondaje Tricahue (Tr-3), el cual, exhibió una concentración ligeramente por sobre el índice ISQG (0,170 mg/kg). Asimismo, el valor máximo de 0,179 mg/kg se obtuvo la estación Pondaje Tricahue (Tr-3), mientras, el mínimo correspondió a valores inferiores a 0,0025 mg/kg registrados en las estaciones Pondaje Tricahue (Tr-4), Tinguiririca en La Iglesia (C-5) y río Azufre (C-4), cuya concentración media alcanzó a 0,083 ± 0,059 mg/kg.

De la misma forma, las concentraciones de plomo estuvieron en todas las estaciones bajo el límite máximo establecido para sedimentos no contaminados (ISQG: 35 mg/kg), con un promedio de 4,68 ± 1,77 mg/kg, registrando un valor mínimo de 3,01 mg/kg en la estación Aguas arriba bocatoma Tricahue (Tr-1) y máximo de 7,79 mg/kg en la estación Pondaje Tinguiririca (Tr-5).

Finalmente, las concentraciones de zinc fueron relativamente heterogéneas en todas las estaciones muestreadas, con un promedio de 37,14 ± 8,72 mg/kg. El máximo valor se encontró en Pondaje Tinguiririca (Tr-3) con 50,40 mg/kg y el mínimo en estación río Azufre (C-4) con 22,20 mg/kg. Estas concentraciones estarían dentro de los rangos esperados para sedimentos no contaminados (ISQG: 123 mg/kg) según la Norma Canadiense.

Tabla 59 Metales Totales (mg/kg) medidos en laboratorio, con sus respectivos valores referenciales de la Norma Canadiense.

Parámetros Control Pondaje Aguas abajo Afluentes ISQG PEL %=PEL Tr-1 Tr-3 Tr-4 Tr-5 Tr-2 C-5 C-6 C-7 C-4 Arsénico 11,90 50,10 16,50 61,2 6,76 6,95 5,47 11,10 5,78 5,9 17 12 Cadmio 0,112 0,763 0,301 1,070 0,180 0,156 1,270 0,173 0,170 0,6 3,5 47 Cromo 8,19 7,19 3,48 7,93 9,95 11,40 12,00 9,19 8,78 37,3 90 49 Cobre 41,8 56,8 41,3 59,2 37,9 34,4 25,8 32,1 32,7 35,7 197 44 Mercurio 0,054 0,179 <0,025 0,159 0,125 <0,025 0,073 0,082 <0,025 0,17 0,486 36 Plomo 3,01 7,66 3,99 7,79 3,43 4,16 4,12 3,89 4,04 35 91,3 42 Zinc 34,2 50,4 33,8 49,8 34,4 34,5 40,2 34,8 22,2 123 315 36

Observación 3 Se solicita al Titular indicar si fueron evaluados procedimientos alternativos para el tratamiento de sedimentos y cuáles fueron los fundamentos técnicos que motivaron no ocupar dichos procedimientos. (ID-SEA 3.8 - 3.10 - 4.14 - 6.19 - 9.29 - 10.32).

Evaluación de la Respuesta El Titular menciona que se evaluaron procedimientos alternativos, sin embargo, por las características constructivas del pondaje no se consideraron viables. Además, el régimen sedimentológico del río se ha visto intervenido con la operación de los pondajes, que están acumulando sedimentos, preferentemente en períodos de deshielo. La reincorporación de los sedimentos a través del dragado, al igual como sucede actualmente con los desarenados regulares, restaura el régimen de sedimentos del río. La disposición de estos sedimentos que forma parte de la dinámica del río, fuera de este, podrían provocar un déficit de sedimentos en el río, que probablemente afectaría a sectores aguas abajo. <footer2

En referencia a la respuesta entregada en la ADENDA 1, se solicita al Titular ampliar y actualizar la información en ICSARA 2 respecto a la pregunta señalada.

En relación a lo reiterado, el Titular menciona que se evaluó el retiro del sedimento con maquinaria, sin embargo, es inviable, considerando que el pondaje está construido en base a relleno compactado con una capa de impermeabilización de geotextil, que no permite el tránsito.

Observación 4 Se solicita al Titular indicar las fundamentaciones para para no optar por un tratamiento de los sedimentos a través de la disposición terrestre. (ID-SEA 3.11).

Evaluación de la Respuesta En referencia a la respuesta entregada en la ADENDA 1, se solicita al Titular ampliar y actualizar la información en ICSARA 2 respecto a la pregunta señalada.

Con relación a lo reiterado, el Titular menciona que la alteración al régimen sedimentológico producto de la acumulación de sedimentos principalmente en el pondaje, considerando que los desarenadores devuelven de manera regular el sedimento al río, puede tener efectos aguas abajo, dado que se ve interrumpido el flujo de nutrientes y minerales disueltos también son transportados, ayudando a fertilizar tierras y que además sustentan una diversidad de formas de vida adaptadas a estos ecosistemas.

El existir insuficiencia de sedimentos, en este caso producto de la operación de la central, el agua adquiere una mayor velocidad, lo que aumenta el desequilibrio erosivo, que el sistema hídrico intentará reajustar para volver la posición de equilibrio a través de la erosión de las riberas.

Observación 5 Se solicita al Titular indicar en qué medida este proyecto no corresponde una posible solución de incumplimiento anterior. (ID-SEA 3.12).

Evaluación de la Respuesta El Titular desea aclarar que el Proyecto no presenta ningún tipo de incumplimiento previo. La acumulación de sedimentos en los desarenadores de las bocatomas Tricahue, La Puya y Los Helados, y el pondaje Tricahue responde a un proceso natural producto del arrastre de sedimentos por la corriente del río.

Respecto de los desarenadores, la actividad estaba prevista en el EIA original del proyecto, por lo que sólo se está actualizando los volúmenes de descarga de esa actividad ya aprobado en la RCA del proyecto original.

Se indica, además que la actividad de dragado se encuentra listada en el artículo 3 del D.S. N°40 “Reglamento del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental”, lo que quiere decir que corresponde a una actividad susceptible de causar impacto ambiental, y que, por lo tanto, deberá someterse obligatoriamente a un proceso de evaluación ambiental para la obtención de Resolución de Calificación Ambiental de carácter favorable antes de poner en marcha su desarrollo. Finalmente, se recalca que la actividad de dragado no responde a un incumplimiento del Proyecto original, sino que, al desarrollo de una actividad intrínseca de la operación de la Central Hidroeléctrica.

11.3.2.4. Observante: Marta Gómez Peña

Observación 1 Se solicita al titular aclarar si se clasifican los sedimentos depositados en el río. (ID-SEA 4.13).

Evaluación de la Respuesta Según los antecedentes proporcionados por el Titular, establece que la actividad de dragado no clasifica los sedimentos antes de ser descargado al río, pues éstos se encuentran suspendidos en el caudal de descarga. <footer2

Se aclara que la banda granulométrica de los sedimentos a dragar es de tipo fina, y está compuesta en su totalidad por limos (0,002 a 0,004 mm < d < 0,06 mm) y arcillas (d < 0,002 a 0,004 mm), es decir, materiales muy pequeños o finos.

En virtud de lo anterior, la siguiente Tabla 1 contiene la información de las granulometrías características de los sedimentos a dragar en la central La Higuera.

Tabla 1 Granulometrías características de sedimentos a dragar desde reservorios

Desarenador Denominación Reservorio La Higuera Tricahue (μm) La Puya (μm) Promedio (μm) d1 0,40 0,35 0,38 d5 0,80 0,70 0,75 d10 1,10 0,90 1,00 d20 2,00 1,20 1,60 d30 3,30 2,10 2,70 d40 5,00 3,10 4,05 d50 7,60 5,00 6,30 d60 11,50 7,50 9,50 d70 15,80 10,70 13,25 d80 20,50 14,90 17,70 d90 27,50 20,90 24,20 d95 33,50 26,00 29,75 d99 45,00 35,00 40,15

Para mayor abundamiento, los antecedentes presentados en la respuesta pueden ser verificados, en el Anexo I-I Informe “Modelación Hidráulica bidimensional y Caracterización Sedimentológica Sector Alto Río Tinguiririca”, de la ADENDA 1

Observación 2 Se solicita al Titular indicar si fueron evaluados procedimientos alternativos para el tratamiento de sedimentos y cuáles fueron los fundamentos técnicos que motivaron no ocupar dichos procedimientos. (ID-SEA 3.8 - 3.10 - 4.14 - 6.19 - 9.29 - 10.32).

Evaluación de la Respuesta El Titular menciona que se evaluaron procedimientos alternativos, sin embargo, por las características constructivas del pondaje no se consideraron viables. Además, el régimen sedimentológico del río se ha visto intervenido con la operación de los pondajes, que están acumulando sedimentos, preferentemente en períodos de deshielo. La reincorporación de los sedimentos a través del dragado, al igual como sucede actualmente con los desarenados regulares, restaura el régimen de sedimentos del río. La disposición de estos sedimentos que forma parte de la dinámica del río, fuera de este, podrían provocar un déficit de sedimentos en el río, que probablemente afectaría a sectores aguas abajo.

En referencia a la respuesta entregada en la ADENDA 1, se solicita al Titular ampliar y actualizar la información en ICSARA 2 respecto a la pregunta señalada.

En relación a lo reiterado, el Titular menciona que se evaluó el retiro del sedimento con maquinaria, sin embargo, es inviable, considerando que el pondaje está construido en base a relleno compactado con una capa de impermeabilización de geotextil, que no permite el tránsito.

Observación 3 Se solicita al Titular aclarar si existe un respaldo técnico o verificación que indique que no se verán dañadas las aguas del río, ni la agricultura, ni la flora y fauna que ocupa el agua del río. (ID-SEA 4.15 – 12.42 – 12.44).

Evaluación de la Respuesta En referencia a la respuesta entregada en la ADENDA 1, se solicita al Titular ampliar y actualizar la información en ICSARA 2 respecto a la pregunta señalada.

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En relación a lo reiterado, el Titular complementa la respuesta a la observación referente a la existencia de un respaldo técnico o verificación que indique que no se verán dañadas los siguientes elementos:

Fauna acuática y aguas del río: En base a los resultados de caracterización presentados en la DIA y complementados con el seguimiento ambiental de la Central La Higuera, se definió un área de importancia para la biodiversidad, correspondiente al tramo del río Tinguiririca entre las juntas con el río Clarillo y el río Claro. Esta definición se realizó tomando en cuenta la presencia de especies ícticas, relevando las especies en categoría de conservación, en especial Diplomystes chilensis que se encuentra en Peligro.

Para fundamentar la no afectación del Proyecto sobre la fauna acuática, se analizaron los datos de capturas de peces en el sector comprendido entre Isla Briones y Puente Negro (tramo incluido en área de importancia para la biodiversidad), contrastando con la turbidez reportada por la Dirección General de Aguas (DGA) en la estación Tinguiririca Bajo Los Briones, entre los años 2000-2018. Cabe destacar que este tramo del río Tinguiririca es uno de los de mayor diversidad de fauna íctica, la cual está adaptada a estos periodos de alto arrastre de material. De esta forma, como se observa en la siguiente figura, las especies nativas de interés, Toyo de agua dulce (Diplomystes chilensis) y Bagrecito (Trichomycterus areolatus), como también la especie introducida Trucha arcoíris (Oncorhyncbus mykiss) presentan abundancias dentro de los rangos normales (al comparar entre los años) incluso en años con alto arrastre de material.

Figura 37 Abundancia (CPUE) de Diplomystes chilensis, Trichomycterus areolatus y Oncorhyncbus mykiss vs Turbidez (NTU) en Tinguiririca Bajo Los Briones (2000-2018)

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A modo de ejemplo, a continuación, se muestra la turbidez medida en Tinguiririca Bajo Los Briones en el mes de noviembre de 2008, donde se alcanzó un promedio de 1078,9 NTU, con una desviación estándar de 431,5 NTU, variando entre 603,7 y 2295,8 NTU. Esto implica que las especies acuáticas presentes en el tramo estuvieron en condiciones de turbidez mayores a 1.000 NTU, el 40% del mes, y mayores a 2.000 NTU, el 7% del mes.

Figura 38 Turbidez en Tinguiririca Bajo Los Briones en noviembre de 2008

Teniendo en consideración estos antecedentes, se modeló el transporte de sedimentos evaluando la condición de sólidos suspendidos en los sitios control, modelación presentada en el Anexo V-E de la Adenda. Esta modelación numérica permitió determinar en diferentes secciones del dominio la concentración de sedimentos en suspensión, de acuerdo al punto de origen de los aportes de sedimento y las entradas de tributarios que resulten en un efecto de dilución.

A modo de ejemplo se calculó el comportamiento del río con un dragado en diferentes escenarios, por ejemplo, en el caso de un caudal referencial al inicio del dominio19 (aguas arriba de la bocatoma Tricahue) de 8,5 m³/s, que crece hasta alcanzar 40 m³/s en Tinguiririca en La Polcura, como se muestra en la figura siguiente.

Figura 39 Variación de la concentración máxima de sedimentos en suspensión del río para un caso referencial de 8,5 m³/s de caudal al inicio del dominio. Dragado pondaje Tricahue (período abril a agosto)

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En consecuencia, según la modelación una turbidez de aproximadamente 2000 NTU en la estación control ubicada en el río Tinguiririca antes de la junta con el río Azufre implicaría que en el tramo control de La Polcura la turbidez no superaría los 1000 NTU, manteniéndose principalmente bajo 500 NTU, por lo que no se esperarían efectos en las especies objetivo en el área de importancia ambiental o en el tramo intermedio.

Además de la modelación teórica, los datos de turbidez medidos entre septiembre de 2012 y noviembre de 2017 muestran que al calcular los peak (máximos históricos) y el promedio en las estaciones ubicadas en el cauce principal del río Tinguiririca y dos de afluentes (Estero La Gloria y río Azufre), uno de los precursores más relevantes de la turbidez sería el estero La Gloria, debido a que en algunos periodos puede alcanzar a 3683 NTU, aumentando significativamente la turbidez del cauce principal. El cual presenta aguas arriba de la bocatoma una turbidez relativamente baja. Posteriormente, el río Azufre puede aportar turbidez o disminuirla, según el periodo del año, presentando valores similares a lo registrado en el tramo de restitución de HLH.

Tabla 28 Estadísticos del parámetro Turbidez (NTU) en las estaciones históricas

Estación N Promedio Desviación Estándar Mínimo Máximo Bocatoma Tinguiririca 9 303 345 29 825 La Gloria 9 665 1205 5 3683 Tricahue 20 316 491 4 1706 La Puya 19 219 478 3 2138 Restitución La Higuera 14 400 586 4 2190

Figura 40 Ubicación de estaciones de seguimiento histórico. El tamaño de los círculos es proporcional a los valores de turbidez (NTU)

En base a los datos de turbidez obtenidos entre el 15 de junio de 2018 y el 18 de agosto de 2018 (ver Figura 41), se calcularon los peak (máximos diarios) en las estaciones ubicadas aguas abajo de la descarga del dragado (TPM). La turbidez en la estación TPM alcanzó un promedio de 1433,2 NTU y una desviación estándar de 361,6. Cabe destacar que, la turbidez fue menor al máximo histórico registrado en el estero La Gloria, además, la condición sin dragado (LB), presentó valores de turbidez altos derivados de lluvias esporádicas o derretimiento. <footer2

Figura 41 Turbidez máxima diaria en la estación TPM (Tinguiririca aguas arriba del río Azufre). En condición de dragado y sin dragado (LB)

En el caso de los sedimentos, el estudio de la calidad de sedimentos expuesto en la DIA, tomó a modo de referencia los límites estipulados en los lineamientos de Calidad de Sedimentos para la Protección de la Vida Acuática canadiense. Cabe destacar que esta norma permite considerar sedimentos no contaminados (Interim Freshwater Sediment Quality Guideline, ISQG), niveles con probables efectos para el medio ambiente (Probable Efect Level, PEL), y la incidencia porcentual para los valores de ISQG y PEL. El muestreo realizado constó de 1 muestra en cada estación y 3 muestras obtenidas del Pondaje Tricahue (Tr-3, Tr-4 y Tr-5), además de incluir una muestra replicada correspondiente R-1, la que es un duplicado de la estación Tr-3, entregándose al laboratorio como una estación aparte sin indicar su procedencia. El detalle de los parámetros analizados en laboratorio con sus respectivos respaldos se encuentra en el Anexo C “Informes de Análisis de Calidad de Sedimentos” de la Caracterización Ambiental Ecosistemas Acuáticos Continentales presentada en la DIA.

Cabe destacar que los sedimentos que serán vertidos son los propios de la cuenca, por lo que mantendrán parte de las características propias del agua antes expuestas, las que según Méndez (2018)20, al provenir de aguas termales en la parte alta de la cuenca del río Damas, presentarían características cloruradas sódicas y altas concentraciones en casi todos los elementos. El resto de las aguas de la cuenca forman una transición desde sulfatadas cálcicas a bicarbonatadas cálcicas, donde las de la parte alta de la cuenca son más sulfatadas y poseen mayores concentraciones y anomalías de Al, Fe, Mn y otros elementos, mientras que las de la parte baja son más bicarbonatadas, con menores concentraciones de los distintos elementos. En este trabajo al comparar los distintos resultados de análisis con la normativa chilena para agua potable, se observaron varias excedencias sobrepasando las concentraciones límite de As, Cl, Fe, Hg y Mn. A continuación, se muestran los resultados de calidad de sedimentos aguas arriba del Pondaje (Control), en el Pondaje y aguas abajo. Esperándose que las condiciones en operación del proyecto permanezcan.

Los parámetros orgánicos analizados en laboratorio fueron los contenidos de materia orgánica en los sedimentos de las estaciones en estudio. Es importante destacar, que este parámetro no posee un marco de referencia en la Norma Chilena o Canadiense (Canadian Sediment Quality Guideline for the Protection of Aquatic Life) (ver Tabla 29). <footer2

Las concentraciones de materia orgánica fueron bastante heterogéneas entre estaciones de muestreo, las cuales, registraron una media de 28.843,6 ± 33.236,9 mg/kg, variando entre un mínimo de 2.078 mg/kg en la estación río Azufre (C-4) y un máximo de 99.927 mg/kg en Pondaje Tricahue (Tr-5).

Tabla 29 Parámetros orgánicos (mg/kg) medidos en laboratorio

Parámetros Control Pondaje Aguas abajo Afluentes Tr-1 Tr-3 Tr-4 Tr-5 Tr-2 C-5 C-6 C-7 C-4 Materia Orgánica 43.138 56.916 32.709 99.927 7.676 3.559 7.584 6.005 2.078

Asimismo, los parámetros inorgánicos analizados en laboratorio correspondieron a sulfatos, nitrógeno total y fósforo total en los sedimentos de las estaciones en estudio. Es importante destacar, que estos parámetros no poseen un marco de referencia en la Norma Chilena o Canadiense (Canadian Sediment Quality Guideline for the Protection of Aquatic Life) (ver Tabla 30).

El análisis de los sulfatos, indicaron valores heterogéneos entre estaciones de muestreo, con concentraciones que variaron entre 35.340 mg/kg y 2.700 mg/kg, en las estaciones Pondaje Tricahue (Tr-3) y río Azufre (C-4) respectivamente, cuya concentración promedio fue 12.770,0 ± 9.992,8 mg/kg. Por otro lado, el nitrógeno total exhibió una concentración media de 154,89 ± 71,66 mg/kg, observándose una máxima de 264 mg/kg en la estación río Azufre (C-4), mientras, el mínimo se obtuvo en la estación río Tinguiririca en La Iglesia (C-5) con 76 mg/kg. Finalmente, el fósforo total exhibió concentraciones heterogéneas, las cuales, promediaron 782,44 ± 354,12 mg/kg, oscilando entre un mínimo de 314 mg/kg en la estación Aguas abajo Pondaje Tricahue (Tr-2), y un máximo de 1.322 mg/kg en Pondaje Tricahue (Tr-4).

Tabla 30 Parámetros inorgánicos (mg/kg) medidos en laboratorio Parámetros Control Pondaje Aguas abajo Afluentes Tr-1 Tr-3 Tr-4 Tr-5 Tr-2 C-5 C-6 C-7 C-4 Sulfatos 9.290 35.340 12.370 18.360 6.920 17.550 6.950 5.450 2.700 Nitrógeno Total 202 143 236 80 89 76 197 107 264 Fósforo Total 327 1.037 1.322 941 314 1.036 504 944 617

Los resultados obtenidos de las concentraciones de metales totales medidos en laboratorio en los sedimentos se encuentran en la Tabla 31, junto con los valores de referencia de la Norma Canadiense (Canadian Sediment Quality Guideline for the Protection of Aquatic Life). Esta norma muestra valores que permiten considerar sedimentos no contaminantes (Interim Freshwater Sediment Quality Guideline, ISQG), niveles con efectos probables sobre el medio ambiente (Probable Effect Level, PEL), y la incidencia porcentual para los valores de PEL. Los análisis de concentraciones de metales totales correspondientes a la actual campaña de muestreo medidos en laboratorio se presentan en la Tabla 31 y sus respaldos en el Anexo C “Informes de Análisis de Calidad de Sedimentos” de la Caracterización Ambiental Ecosistemas Acuáticos Continentales presentada en la DIA.

Se analizaron 7 metales en sedimentos (arsénico, cadmio, cobre, cromo, mercurio, plomo y zinc), los cuales se encuentran normados. Las estaciones asociadas al Pondaje Tricahue (Tr-3 y Tr-5) registraron concentraciones de arsénico sobre el límite en el que se esperarían efectos ambientales (Probable Effect Level, PEL). En cuanto al cadmio, cobre y mercurio, presentaron en algunas estaciones niveles sobre los índices de ISQG establecidos por la Norma Canadiense.

El arsénico presentó valores heterogéneos, observándose un promedio de 19,53 ± 20,97 mg/kg, con una incidencia de muestras con concentraciones sobre el límite establecido para sedimentos con contaminación (ISQG: 5,9 mg/kg), un total de 7 muestras superaron este límite, excluyéndose las estaciones (C-6 y C-4). Asimismo, las estaciones que presentaron concentraciones sobre el límite de posibles efectos ambientales (PEL: 17 mg/kg) correspondieron a las obtenidas en el Pondaje Tinguiririca (Tr-3, Tr-4 y Tr-5) y las ubicadas Aguas arriba de bocatoma Tinguiririca (Tr-1) y Aguas abajo del Pondaje (Tr-2, C-5 y C-7). El máximo se registró en la estación Pondaje Tinguiririca (Tr-5) con 61,20 mg/kg, mientras, el mínimo se obtuvo en la estación río Tinguiririca en Puente Negro (C-6) con 5,47 mg/kg. <footer2

La concentración de cadmio en sedimentos registró en la mayoría de las estaciones, valores bajo los índices ISQG (0,6 mg/kg) y PEL (3,5 mg/kg), las estaciones asociadas al Pondaje Tricahue (Tr-3 y Tr-5) y Tinguiririca en Puente Negro (C-6) exhibieron valores sobre el ISQG (0,6 mg/kg) de 0,763 mg/kg, 1,070 mg/kg y 1,270 mg/kg respectivamente. Asimismo, el valor máximo observado correspondió a 1,270 mg/kg en la estación río Tinguiririca en Puente Negro (C-6), a su vez, la mínima concentración fue 0,112 mg/kg en Aguas arriba bocatoma Tricahue, cuya media alcanzó un valor de 0,466 ± 0,448 mg/kg.

En cuanto a la concentración de cobre en los sedimentos analizados, éste registró valores por sobre el límite de ISQG (35,7 mg/kg), sin embargo, están muy por debajo del límite de PEL (197 mg/kg). La concentración promedio correspondió a 40,22 ± 11,23 mg/kg, con un máximo de 59,20 mg/kg en Pondaje Tricahue (Tr-5) y un valor mínimo de 25,80 mg/kg en río Tinguiririca en Puente Negro (C-6).

A su vez, el cromo obtuvo un promedio de 8,68 ± 2,51 mg/kg, con un máximo de 12,00 mg/kg en la estación Tinguiririca en Puente Negro (C-6), y un mínimo de 3,48 mg/kg en Pondaje Tricahue (Tr- 4). Consecuentemente, todas las concentraciones fueron menores al límite establecido para determinar sedimentos con contaminación según la Norma Canadiense (ISQG: 37,3 mg/kg). Por su parte, las concentraciones de mercurio obtuvieron bajo el límite de detección analítica (<0,025 mg/kg) en 3 estaciones de muestreo (Tr-4, C-5 y C-4), por otro lado, todas las estaciones de muestreo restantes se encontraron bajo el límite ISQG (0,170 mg/kg), a excepción de Pondaje Tricahue (Tr-3), el cual, exhibió una concentración ligeramente por sobre el índice ISQG (0,170 mg/kg). Asimismo, el valor máximo de 0,179 mg/kg se obtuvo la estación Pondaje Tricahue (Tr-3), mientras, el mínimo correspondió a valores inferiores a 0,0025 mg/kg registrados en las estaciones Pondaje Tricahue (Tr-4), Tinguiririca en La Iglesia (C-5) y río Azufre (C-4), cuya concentración media alcanzó a 0,083 ± 0,059 mg/kg.

De la misma forma, las concentraciones de plomo estuvieron en todas las estaciones bajo el límite máximo establecido para sedimentos no contaminados (ISQG: 35 mg/kg), con un promedio de 4,68 ± 1,77 mg/kg, registrando un valor mínimo de 3,01 mg/kg en la estación Aguas arriba bocatoma Tricahue (Tr-1) y máximo de 7,79 mg/kg en la estación Pondaje Tinguiririca (Tr-5). Finalmente, las concentraciones de zinc fueron relativamente heterogéneas en todas las estaciones muestreadas, con un promedio de 37,14 ± 8,72 mg/kg. El máximo valor se encontró en Pondaje Tinguiririca (Tr-3) con 50,40 mg/kg y el mínimo en estación río Azufre (C-4) con 22,20 mg/kg. Estas concentraciones estarían dentro de los rangos esperados para sedimentos no contaminados (ISQG: 123 mg/kg) según la Norma Canadiense.

Tabla 31 Metales Totales (mg/kg) medidos en laboratorio, con sus respectivos valores referenciales de la Norma Canadiense

Parámetros Control Pondaje Aguas abajo Afluentes ISQG PEL %=PEL Tr-1 Tr-3 Tr-4 Tr-5 Tr-2 C-5 C-6 C-7 C-4 Arsénico 11,90 50,10 16,50 61,2 6,76 6,95 5,47 11,10 5,78 5,9 17 12 Cadmio 0,112 0,763 0,301 1,070 0,180 0,156 1,270 0,173 0,170 0,6 3,5 47 Cromo 8,19 7,19 3,48 7,93 9,95 11,40 12,00 9,19 8,78 37,3 90 49 Cobre 41,8 56,8 41,3 59,2 37,9 34,4 25,8 32,1 32,7 35,7 197 44 Mercurio 0,054 0,179 <0,025 0,159 0,125 <0,025 0,073 0,082 <0,025 0,17 0,486 36 Plomo 3,01 7,66 3,99 7,79 3,43 4,16 4,12 3,89 4,04 35 91,3 42 Zinc 34,2 50,4 33,8 49,8 34,4 34,5 40,2 34,8 22,2 123 315 36

Agricultura: No se prevé efectos sobre la agricultura, toda vez que el Titular ha decidido desarrollar la descarga del dragado del pondaje Tricahue en el período comprendido entre los meses de abril y agosto de cada año, de manera de no coincidir con las actividades desarrolladas por los regantes.

De todas formas, en la Adenda se realizó una modelación hidráulica bidimensional del dragado del pondaje Tricahue durante el período abril a agosto (Anexo V-E de la adenda anterior), la cual permite determinar, en diferentes secciones del dominio (área de modelación), la concentración de sedimentos en suspensión, de acuerdo al punto de origen de los aportes de sedimento y las entradas de tributarios que resulten en un efecto de dilución. A modo de ejemplo, en la siguiente figura se <footer2

entregan las variaciones de concentración máxima de sedimentos en suspensión generados por el dragado del pondaje Tricahue, utilizando un caudal al inicio del dominio21 de 8,5 m³/s, que crece hasta alcanzar 40 m³/s en Tinguiririca en La Polcura, para el período abril a agosto.

Figura 42 Modelación de la concentración máxima de sedimentos en suspensión en río Tinguiririca, para caudal inicial de 8,5 m3 en periodo abril - agosto

De acuerdo a la figura anterior, para el escenario que considera la actividad de dragado, la concentración máxima de sedimentos en suspensión disminuye drásticamente entre la descarga (km 17,2) y el km 18 donde tiende a acercarse a los valores naturales del río Tinguiririca.

Respecto de una eventual afectación a regantes, en caso de que éstos realicen actividades en el periodo abril a agosto, es posible señalar que las primeras bocatomas de la Junta de Vigilancia del río Tinguiririca se ubican aproximadamente en el km 42,5 respecto del modelo (Figura 43), por tanto, de acuerdo a lo indicado en la Figura 42, la concentración máxima de sedimentos en suspensión sería similar a los valores naturales del río en ese punto.

Figura 43 Ubicación de bocatomas de Junta de Vigilancia de la primera sección del Río Tinguiririca respecto del Modelo Hidráulico Bidimensional del dragado del pondaje Tricahue

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11.3.2.5. Observante: Patricia Caveros Rosales

Observación 1 Se solicita al titular indicar cuál será el tratamiento concreto que se hará sobre los sedimentos (ID- SEA 5.16).

Evaluación de la Respuesta El Titular menciona que no se aplicará ningún tipo de tratamiento a los sedimentos dragados, ya que éstos se extraerán del pondaje Tricahue y corresponden al mismo sedimento fino proveniente del río Tinguiririca, por lo que no presentan características contaminantes o de toxicidad que pueda afectar las aguas del río. Observación 2 Se solicita al Titular indicar si este proceso de participación ciudadana responde adecuadamente a la necesidad de dar cuenta que no se verá afectada la calidad de vida de las personas y comunidades involucradas (ID-SEA 5.17).

Evaluación de la Respuesta El proceso de Participación Ciudadana tiene por finalidad que la ciudadanía conozca el Proyecto y así, puedan expresar sus inquietudes acerca de éste. El presente documento, contiene el análisis y respuesta a cada una de las observaciones realizadas por la ciudadanía, declaradas admisibles por el Servicio de Evaluación Ambiental, el cual forma parte del documento Adenda N° 1 que contiene las respuestas a las observaciones técnicas efectuadas por los organismos con competencia ambiental.

En virtud de los antecedentes presentados en ambos documentos, el Titular da cuenta que el Proyecto no generará efectos adversos significativos sobre la calidad de vida de las personas y comunidades involucradas, toda vez que presenta los antecedentes técnicos que respaldan el cumplimiento de la normativa ambiental aplicable.

Observación 3 Se solicita al Titular indicar los organismos que serán responsables de la fiscalización de la operación de la hidroeléctrica. (ID-SEA 5.18). Evaluación de la Respuesta El Titular menciona que, en términos ambientales, la operación de la central hidroeléctrica es fiscalizada por la Superintendencia del Medio Ambiente (SMA) en base a la Resolución de Calificación Ambiental que obtenga al finalizar el presente proceso de evaluación.

La SMA cuenta con un portal llamado “Sistema Nacional de Información de Fiscalización Ambiental” (SNIFA), el cual proporciona información a la ciudadanía sobre los procesos de fiscalización y sancionatorios que son realizados por la SMA, este portal es de carácter público, así, la ciudadanía puede tener acceso a la información de fiscalizaciones que la autoridad se encuentra desarrollando.

11.3.2.6. Observante: María Pávez Fredes

Observación 1 Se solicita al Titular indicar si fueron evaluados procedimientos alternativos para el tratamiento de sedimentos y cuáles fueron los fundamentos técnicos que motivaron no ocupar dichos procedimientos. (ID-SEA 3.8 - 3.10 - 4.14 - 6.19 - 9.29 - 10.32).

Evaluación de la Respuesta El Titular menciona que se evaluaron procedimientos alternativos, sin embargo, por las características constructivas del pondaje no se consideraron viables. Además, el régimen sedimentológico del río se ha visto intervenido con la operación de los pondajes, que están acumulando sedimentos, preferentemente en períodos de deshielo. La reincorporación de los sedimentos a través del dragado, al igual como sucede actualmente con los desarenados regulares, restaura el régimen de sedimentos del río. La disposición de estos sedimentos que forma parte de la <footer2

dinámica del río, fuera de este, podrían provocar un déficit de sedimentos en el río, que probablemente afectaría a sectores aguas abajo.

En referencia a la respuesta entregada en la ADENDA 1, se solicita al Titular ampliar y actualizar la información en ICSARA 2 respecto a la pregunta señalada.

En relación a lo reiterado, el Titular menciona que se evaluó el retiro del sedimento con maquinaria, sin embargo, es inviable, considerando que el pondaje está construido en base a relleno compactado con una capa de impermeabilización de geotextil, que no permite el tránsito.

Observación 2 Se solicita al Titular como abordará una posible emergencia ante la crecida de los canales, tapados de boca tomas, anegamientos de campos, e inundación de casas de los sectores Puente Negro, Bajo Bravo, San Fernando. (ID-SEA 6.20).

Evaluación de la Respuesta En referencia a la respuesta entregada en la ADENDA 1, se solicita al Titular ampliar y actualizar la información en ICSARA 2 respecto a la pregunta señalada.

En relación a lo reiterado, el Titular menciona que las crecidas son eventos naturales fuera del control de La Higuera. Sin embargo, como parte de la Junta de Vigilancia del Río Tinguiririca, Hidroeléctrica La Higuera tiene incorporado dentro del plan de emergencia alertar de forma oportuna a la gerencia de la Junta de Vigilancia, para que comunique a los usuarios aguas abajo de eventos extremos naturales que estén ocurriendo en la zona alta de la cuenca.

11.3.2.7. Observante: María Díaz Donoso

Observación 1 Se solicita al titular indicar como abordará un eventual sobrepaso en la cantidad de sedimento permitido de vertido al río. (ID-SEA 7.20).

Evaluación de la Respuesta El Titular menciona que para la definición operacional del Plan de Manejo presentado a evaluación, fue necesario en primera instancia, determinar la cantidad de material que se debe dragar del reservorio y limpiar de los desarenadores de cada bocatoma, esta estimación se efectuó en base a mediciones batimétricas, las cuales permitieron determinar que el volumen de material acumulado en el reservorio anualmente es del orden de los 35.000 m3, mientras que el volumen anual de desarenado de las bocatomas Tricahue, La Puya y Los Helados es de 23.000 m3, 20.000 m3 y 1.200 m3 respectivamente. Una vez obtenido dichos valores, se definieron las labores y periodicidad de operación del Plan, de manera que en ningún caso se sobrepase la cantidad estimada de sedimentos a dragar y así cumplir con la tasa propuesta en la Adenda.

Observación 2 Se solicita al titular hacer presente el indicador y normativa asociada a la velocidad máxima permitida para el tránsito de vehículos de la hidroeléctrica. (ID-SEA 7.21).

Evaluación de la Respuesta La normativa que fija las velocidades máximas de circulación en vías urbanas y rurales corresponde al D.F.L. N°1 que “Fija el Texto Refundido, Coordinado y Sistematizado de la Ley de Tránsito”, Ley N°18290. De éste, los artículos 145 y 146 establecen lo siguiente:

Artículo 145.- Cuando no existan los riesgos o circunstancias señaladas en los artículos anteriores, serán límites máximos de velocidad los siguientes:

2.- En zonas rurales: 2.1.- En caminos con una pista de circulación en cada sentido: 100 kilómetros por hora. 2.2.- En caminos de dos o más pistas de circulación en un mismo sentido: 120 kilómetros por hora. <footer2

2.3- En todo caso, los buses y camiones de 3.860 kilógramos de peso bruto vehicular o más y vehículos de transporte escolar no podrán circular a una velocidad superior a 90 kilómetros por hora. Los buses interurbanos podrán circular a 100 kilómetros por hora.

Artículo 146.- Las municipalidades en las zonas urbanas y la Dirección de Vialidad en las zonas rurales, en casos excepcionales, por razones fundadas y previo estudio elaborado de acuerdo con los criterios que contemple el Manual de Señalización de Tránsito para la determinación de las velocidades mínimas o máximas, podrán aumentar o disminuir los límites de velocidad establecidos en esta Ley, para una determinada vía o parte de ésta.

Asimismo, las municipalidades en las zonas urbanas, por razones fundadas, podrán establecer zonas de tránsito calmado en áreas residenciales o de alta concentración de comercio y servicios, entre otras.

Estas modificaciones deberán contar con informe previo del Ministerio de Transporte y Telecomunicaciones, a través de la Secretaría Regional Ministerial competente, y deberán darse a conocer por medio de señales oficiales.

En Zona de Escuela, en horarios de entrada y salida de los alumnos, los vehículos no podrán circular a más de treinta kilómetros por hora.

El conductor que se aproxime a un vehículo de transporte escolar detenido con su dispositivo de luz intermitente, en los lugares habilitados para ello, deberá reducir la velocidad hasta detenerse si fuera necesario, para continuar luego con la debida precaución”.

En virtud de lo anterior, el Titular exigirá mediante cláusulas contractuales el cumplimiento de las velocidades máximas de circulación establecidas para las rutas urbanas y rurales asociadas al Proyecto. Sin embargo, en dichas cláusulas contractuales se exigirá adicionalmente a los vehículos pesados circular a una velocidad no superior a 30 km/h por la vía no pavimentadas.

Observación 3 Se solicita al Titular indicar cómo será la descarga de efluentes y si esta no dañará o afectará los cuerpos o cursos de agua del río. (ID-SEA 7.22).

Evaluación de la Respuesta Según lo manifestado por el Titular, como se indica en el acápite 1.5.1.2 letra b) de la DIA presentada, para dragar el sedimento acumulado se ocupará de un sistema de dragado móvil para la remoción del material, el cual será realizado mediante un equipo de dragado cuyo sistema de succión funciona en base a una bomba centrífuga. Esto significa que mediante una tubería flexible que inyecta agua del mismo pondaje para soltar el material, se succiona el sedimento soltado y se transporta mediante tuberías montadas sobre flotadores hasta el lugar de evacuación en el vertedero del pondaje Tricahue existente.

Para mayor abundamiento, los antecedentes pueden ser visualizados en el figura N° 4 Localización vertedero para la descarga del efluente de dragado, del Anexo IX Participación Ciudadana.

11.3.2.8. Observante: Mariela Muñoz Soto

Observación 1 Se solicita al Titular aclarar si se ha tomado contacto y/o informado a la comunidad en general sobre el proyecto en cuestión y sus efectos. (ID-SEA 8.23).

Evaluación de la Respuesta Según lo mencionado por el Titular, de acuerdo con lo estipulado en el artículo 93 del D.S. N°40 RSEIA, con la finalidad de mantener debidamente informada a la ciudadanía, con fecha 5 de noviembre de 2018 se publicó en el Diario Oficial y en el Diario La Tercera, el listado de las Declaraciones de Impacto Ambiental ingresadas a evaluación durante el mes de octubre de 2018, entre ellas el presente Proyecto. <footer2

Posteriormente, él SEA Región de O’Higgins recibió un total de 32 solicitudes de apertura de proceso de Participación Ciudadana por parte de personas naturales, y 11 solicitudes por parte de organizaciones ciudadanas con personalidad jurídica, lo que indica que la ciudadanía se encuentra debidamente informada del Proyecto y participando activamente en este proceso de Participación Ciudadana.

Observación 2 Se solicita al Titular aclarar cuál es el beneficio social que reporta a la ciudadanía la ejecución del proyecto. (ID-SEA 8.24 – 12.43).

Evaluación de la Respuesta El Titular establece que la central hidroeléctrica La Higuera cuenta con un total de 170 MW de capacidad instalada, la que es aportada al Sistema Eléctrico Nacional (SEN) a través de la subestación de conexión ubicada en las cercanías de la ciudad de San Fernando. La central hidroeléctrica La Higuera dentro de su política ambiental sustentable se encuentra registrada para emitir bonos de carbono (CO2), de acuerdo el Mecanismo de Desarrollo Limpio del Protocolo de Kyoto, emitiendo a la fecha un total de 177.000 certificados de reducción de emisiones de carbono (CO2) verificados.

En virtud de lo anterior, el presente Proyecto presentado a evaluación, tiene por objetivo reincorporar los sedimentos que se acumulan en la central hidroeléctrica a fin de asegurar la no afectación en la seguridad de sus instalaciones, optimizar la operación de ésta y mantener la capacidad operativa del pondaje, manteniendo así, el suministro de energía al SIC.

11.3.2.9. Observante: Nicole Muñoz

Observación 1 Se solicita al Titular aclarar dónde serán dispuestos los residuos provenientes de la ejecución del proyecto (ID-SEA 9.25). Evaluación técnica de la observación El Titular menciona que Durante la fase de operación del Proyecto se generarán residuos sólidos domiciliarios, residuos industriales no peligrosos, y residuos peligrosos.

Los residuos domiciliarios serán almacenados temporalmente en contenedores herméticamente cerrados y serán llevados diariamente a las instalaciones actuales de la Central La Confluencia, ahí serán manejados junto con los demás residuos de la Central, y posteriormente serán enviados a disposición final a sitios que cuenten con autorización otorgada por la SEREMI de Salud.

Respecto de los residuos industriales no peligrosos, éstos también serán trasladados a la Central La Confluencia donde al igual que los residuos anteriores, serán enviados a disposición final en conjunto con los demás residuos industriales de la Central. El sitio de disposición final contará con los respectivos permisos de la SEREMI de Salud.

Los residuos peligrosos serán almacenados en una bodega transitoria habilitada para estos fines en el frente de trabajo. Esta bodega cumplirá con las especificaciones estipuladas en el Reglamento Sanitario sobre Manejo de Residuos Peligrosos (Decreto Supremo N° 148), de manera de asegurar su correcto almacenamiento y manejo.

Estos residuos, serán enviados directamente a disposición final a sitios que cuenten con las autorizaciones respectivas.

Observación 2 Se solicita al Titular indicar si existe algún tratamiento previo al proceso de dragado. (ID-SEA 9.26 – 10.34). Evaluación técnica de la observación Según los antecedentes aportados por el Titular, no se aplicarán tratamientos a los sedimentos extraídos, ya que los sedimentos que serán dragados y descargados al río Tinguiririca se extraerán <footer2

del fondo del reservorio Tricahue y que corresponden al mismo sedimento proveniente de dicho río y se depositan en el lecho del pondaje sin ser afectados por ningún proceso antrópico, por lo tanto, carecen de características contaminantes o de toxicidad, que puedan afectar sus aguas.

Observación 3 Se solicita al Titular aclarar si existe un plan detallado sobre la etapa de operación del proyecto. (ID-SEA 9.27).

Evaluación de la observación se indicó en el acápite 1.5 “Descripción fase de Operación” de la DIA presentada, la fase de operación contempla dos actividades principales, la primera corresponde a la limpieza de los desarenadores de las bocatomas Tricahue, La Puya y Los Helados; y la segunda, consiste en la extracción o dragado del sedimento acumulado en el pondaje Tricahue.

A continuación, se indica el proceso de limpieza de los desarenadores de las bocatomas La Puya y Tricahue, cuyos procedimientos en detalle se adjuntan en el Anexo I-E de la Adenda N°1:

  1. Se deberá seleccionar la batea que se desea vaciar, posteriormente, se deberá mantener su compuerta de entrada en posición cerrada.
  2. Se deberá verificar el aumento de nivel de caudal en batea contraria a la que se desea vaciar.

  3. Una vez haya aumentado el nivel en la batea contraria, se procederá a la apertura de un 10% de la compuerta de flushing de la batea a vaciar. Se deberá observar la disminución de nivel de agua en el desarenador y verificación de caudal de salida en cámara y en salida de tubo de descarga.

  4. Cuando el nivel de la batea se encuentre en la mitad, se procederá a la apertura de un 30% de la compuerta de flushing. Se deberá verificar el caudal de salida en cámara y en salida de tubo de descarga.

  5. Se continuará con la verificación del nivel de agua en la batea. Cuando se detecte nivel de fango, se deberá abrir la compuerta de flushing a un 60%. Se deberá verificar el caudal de salida en cámara y en salida de tubo de descarga.

  6. Se continuará con la verificación del nivel de agua en la batea, cuando éste se encuentre bajo, se procederá a abrir el 100% de la compuerta de flushing. Se deberá verificar el caudal de salida en cámara y en salida de tubo de descarga.

  7. Se deberá realizar la apertura de 10 cm de la compuerta de entrada con la finalidad de dar golpe de agua al fango, con el fin de desplazarlo por el tubo de descarga. Se podrá estrangular la compuerta de entrada al desarenador, pero no cerrar por completo.

  8. Una vez que el canal se encuentre despejado, se deberá dejar pasar agua por un período mínimo de 5 minutos, con la finalidad de limpiar el tubo de descarga.

  9. Se deberá verificar que el tubo de descarga se encuentre sin embancamiento.

Respecto al desarenador de la bocatoma Los Helados, como su período de operación se encuentra acotado a 2 meses al año y se realiza de forma manual, su limpieza se efectúa de acuerdo a visitas de inspección periódicas aplicables a la bocatoma.

El dragado de sedimentos del pondaje Tricahue se desarrollará mediante un equipo de dragado compuesto principalmente por un pontón, sala de máquinas de bote, draga de succión y línea de descarga de sedimentos, la cual corresponde a una tubería de HDPE unida a flotadores para evitar su inmersión.

El pontón principal a su vez contiene el sistema de extracción hidráulico, motor principal, puente de mando, un sistema de inyección de agua a alta presión (jet) y un sistema de cortador hidráulico y accesorio, así la extracción de sedimentos se efectúa mediante la bomba hidráulica horizontal de <footer2

succión, la cual aspira el material del fondo, lo eleva a la superficie y lo transporta a través de la línea de descarga hasta el punto de disposición en el vertedero del pondaje. Adicionalmente, el sistema jet es el encargado de realizar la disgregación del material en el fondo, en conjunto con el cortador que lo va rompiendo a fin de facilitar su aducción al cabezal de succión.

Es importante destacar que de manera previa a cada turno de dragado se deberá revisar el estado de la máquina, midiendo los niveles de aceite del motor y sus accesorios, revisando el sistema hidráulico, instalación de la maquinaria y tubería de descarga. Ante cualquier anomalía se deberá dar aviso inmediato al encargado de la faena quién implementará las medidas adecuadas para asegurar el buen funcionamiento del equipo, debiendo, además ser registrada en la bitácora de la draga con la finalidad de que el turno siguiente tome conocimiento y evalúe la factibilidad de operación del equipo. Se indica además que, durante la operación de dragado, se realizarán batimetrías de control de retiro de sedimento, utilizando como apoyo, un bote auxiliar. Estos resultados deberán ser archivados en la administración de la Central Hidroeléctrica La Higuera.

A modo de ejemplo, a continuación, se presenta un diagrama general del dragado.

Figura 2 Diagrama general operación de dragado 1) Acceso del personal a la faena. Acceso del personal a la draga mediante botes auxiliares. 2) Revisión previa del equipo de operación. * Aplicación de Check List previo a cada turno de operación. 3) Extracción de sedimentos. Turno de operación diario. Evacuación de sedimentos en vertedero Pondaje Tricahue. Control de extracción de Sedimentos mediante batimetrías. 4) Finalización de la faena. turno completo en bitácora de la draga. Archivo en adm. HLH del control batimétrico aplicado durante el dragado. *Entrega de turno a encargado de faena.

Observación 4 Se solicita al Titular indicar si contempla algún método de seguimiento y análisis sobre la eventual cantidad de residuos tóxicos que puedan aparecer en el río (ID-SEA 9.28).

Evaluación de la Respuesta El Titular aclara que los sedimentos que se verterán en el río corresponden al mismo material proveniente del río Tinguiririca, por lo tanto, carecen de características contaminantes o de toxicidad que puedan afectar las aguas de éste y provocar su contaminación.

En caso de derrames de hidrocarburos producto de la operación de la draga que puedan comprometer cuerpos de agua superficiales, se indica que ésta cuenta con una sentina de acumulación de desechos líquidos que recoge los hidrocarburos y mediante un sistema de achique conectado a tambores o envases de trasvasije, permiten su recepción y traslado seguro a tierra.

Adicionalmente, en caso de que el derrame acceda al pondaje, la draga se encuentra equipada con mangas absorbentes para contener y minimizar al máximo el derrame en caso de que entre en contacto con el agua, limitándolo así al pondaje y evitando su propagación hacia las aguas del río. Por otra parte, también cuenta con líquidos dispersantes que disgregan el derrame de hidrocarburo a fin de facilitar su dilución en el agua y posteriormente su degradación de forma natural.

En virtud de lo anterior, ante derrames de hidrocarburos que entren en contacto ya sea con el pondaje o con el cauce del río, se procederá de la siguiente manera:

a.- Contención del derrame con mangas absorbentes, b.- Extracción de agua contaminada con bombas y realizar su depósito en camión autorizado por SEREMI de Salud. c.- Despacho de camión con agua contaminada. d.- Monitoreo inmediato del área de influencia. e.- Evaluación de posible impacto causado por el derrame. <footer2

f.- Aviso a la persona encargada según lo establece el Plan de Emergencia, quién a su vez, deberá dar aviso en un plazo no mayor a 24 horas a la DGA, SERNAPESCA y Superintendencia del Medio Ambiente de la región del Libertador Bernardo O’Higgins. Con la finalidad de establecer medidas en conjunto para el desarrollo de las medidas de descontaminación, rehabilitación o restauración, según sea el caso.

Por otra parte, se indica que, con la finalidad de asegurar el correcto funcionamiento de la draga, de manera previa a cada turno de trabajo se revisará el estado de la maquinaria tomando niveles de aceite del motor y sus accesorios, revisando el sistema hidráulico, la instalación de la maquinaria y la tubería de descarga. En caso de detectarse cualquier anomalía se deberá informar al encargado de la faena a fin de aplicar las medidas adecuadas para asegurar el buen funcionamiento del equipo, así, el check list a aplicar considera los siguientes aspectos:

a.- Revisión de nivel de aceite en motor. b.- Revisión de nivel de agua de enfriamiento en motor. c.- Revisión de nivel de aceite hidráulico. d.- Revisión de nivel de aceite en la caja de trasmisión e.-Revisión de nivel de petróleo f.- Revisión de estado de engrase g.- Revisión de instrumentos de control h.- Actualización de la bitácora.

Una vez finalizada la revisión se deberá poner en marcha el motor y se verificar el funcionamiento del sistema hidráulico. Posteriormente se soltarán los grilletes que mantienen el cabezal de succión en su posición de descanso sujeto al arco de la draga (al terminar la faena este debe quedar anclado en su posición original) y luego se conectará la bomba principal. Cuando la bomba esté cebada se sumergirá el tubo hasta llegar al sedimento y se dará inicio a la extracción.

Es importante destacar que cada turno deberá dejar registro escrito del check list realizado en formato propio, registrando en la bitácora de la draga y dando aviso al encargado de la faena, cualquier tipo de anomalía registrada para que así, el turno siguiente tome conocimiento y evalúe la factibilidad de operación del equipo.

Se aprovecha de indicar que, en función de la programación de dragado presentada en la adenda anterior, el Titular ha aumentado de 3 a 7 años la duración del Plan de Monitoreo de los Ecosistemas Acuáticos Continentales y de Calidad de Agua y Sedimentos, es decir, éste se llevará a cabo durante los primeros 5 años en los que se extraerá la tasa natural de acumulación anual, más una proporción de lo acumulado a la fecha (45.000 m³ en total); y en los 2 años posteriores, donde la tasa de dragado será la igual a la tasa de retención anual (35.000 m³).

Observación 5 Se solicita al Titular indicar si fueron evaluados procedimientos alternativos para el tratamiento de sedimentos y cuáles fueron los fundamentos técnicos que motivaron no ocupar dichos procedimientos. (ID-SEA 3.8 - 3.10 - 4.14 - 6.19 - 9.29 - 10.32).

Evaluación de la Respuesta El Titular menciona que se evaluaron procedimientos alternativos, sin embargo, por las características constructivas del pondaje no se consideraron viables. Además, el régimen sedimentológico del río se ha visto intervenido con la operación de los pondajes, que están acumulando sedimentos, preferentemente en períodos de deshielo. La reincorporación de los sedimentos a través del dragado, al igual como sucede actualmente con los desarenados regulares, restaura el régimen de sedimentos del río. La disposición de estos sedimentos que forma parte de la dinámica del río, fuera de este, podrían provocar un déficit de sedimentos en el río, que probablemente afectaría a sectores aguas abajo.

En referencia a la respuesta entregada en la ADENDA 1, se solicita al Titular ampliar y actualizar la información en ICSARA 2 respecto a la pregunta señalada.

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En relación a lo reiterado, el Titular menciona que se evaluó el retiro del sedimento con maquinaria, sin embargo, es inviable, considerando que el pondaje está construido en base a relleno compactado con una capa de impermeabilización de geotextil, que no permite el tránsito.

Observación 6 Se solicita al Titular aclarar si ha contemplado la realización de estudios para clasificar los componentes de los sedimentos que serán devueltos al río. (ID-SEA 9.30 – 10.33 – 12.41).

Evaluación de la Respuesta El Titular aclara que la actividad de dragado no clasifica los sedimentos previa descarga al río, ya que éstos se encuentran suspendidos en el caudal de descarga.

Por otra parte, se indica que la banda granulométrica de los sedimentos a dragar es de tipo fina, y está compuesta en su totalidad por limos (0,002 a 0,004 mm < d < 0,06 mm) y arcillas (d < 0,002 a 0,004 mm), es decir, materiales muy pequeños o finos.

En virtud de lo anterior, la siguiente Tabla 1 contiene la información de las granulometrías características de los sedimentos a dragar en la central La Higuera.

Tabla 9 Granulometrías características de sedimentos a dragar desde reservorios Desarenador Denominación Reservorio La Higuera Tricahue (μm) La Puya (μm) Promedio (μm) d1 0,40 0,35 0,38 d5 0,80 0,70 0,75 d10 1,10 0,90 1,00 d20 2,00 1,20 1,60 d30 3,30 2,10 2,70 d40 5,00 3,10 4,05 d50 7,60 5,00 6,30 d60 11,50 7,50 9,50 d70 15,80 10,70 13,25 d80 20,50 14,90 17,70 d90 27,50 20,90 24,20 d95 33,50 26,00 29,75 d99 45,00 35,00 40,15

Observación 7 Se solicita al Titular indicar si los sedimentos contaminan o no las aguas del río. (ID-SEA 9.31). Evaluación de la Respuesta Según los antecedentes entregados por el Titular, los sedimentos que serán descargados a los ríos Tinguiririca, Los Helados y Azufre, provenientes del dragado y limpieza de desarenadores de las bocatomas respectivas, corresponden a materiales arrastrados por la corriente de los mismos ríos, que carecen de características contaminantes o de toxicidad, por lo que éstos no generarán contaminación de las aguas.

11.3.2.10. Observante: Marco Hernández Reyes

Observación 1 Se solicita al Titular indicar si fueron evaluados procedimientos alternativos para el tratamiento de sedimentos y cuáles fueron los fundamentos técnicos que motivaron no ocupar dichos procedimientos. (ID-SEA 3.8 - 3.10 - 4.14 - 6.19 - 9.29 - 10.32).

Evaluación de la Respuesta El Titular menciona que se evaluaron procedimientos alternativos, sin embargo, por las características constructivas del pondaje no se consideraron viables. Además, el régimen sedimentológico del río se ha visto intervenido con la operación de los pondajes, que están acumulando sedimentos, preferentemente en períodos de deshielo. La reincorporación de los sedimentos a través del dragado, al igual como sucede actualmente con los desarenados regulares, restaura el régimen de sedimentos del río. La disposición de estos sedimentos que forma parte de la <footer2

dinámica del río, fuera de este, podrían provocar un déficit de sedimentos en el río, que probablemente afectaría a sectores aguas abajo.

En referencia a la respuesta entregada en la ADENDA 1, se solicita al Titular ampliar y actualizar la información en ICSARA 2 respecto a la pregunta señalada.

En relación a lo reiterado, el Titular menciona que se evaluó el retiro del sedimento con maquinaria, sin embargo, es inviable, considerando que el pondaje está construido en base a relleno compactado con una capa de impermeabilización de geotextil, que no permite el tránsito.

Observación 2 Se solicita al Titular aclarar si ha contemplado la realización de estudios para clasificar los componentes de los sedimentos que serán devueltos al río. (ID-SEA 9.30 – 10.33 – 12.41).

Evaluación de la Respuesta El Titular aclara que la actividad de dragado no clasifica los sedimentos previa descarga al río, ya que éstos se encuentran suspendidos en el caudal de descarga.

Por otra parte, se indica que la banda granulométrica de los sedimentos a dragar es de tipo fina, y está compuesta en su totalidad por limos (0,002 a 0,004 mm < d < 0,06 mm) y arcillas (d < 0,002 a 0,004 mm), es decir, materiales muy pequeños o finos.

En virtud de lo anterior, la siguiente Tabla 1 contiene la información de las granulometrías características de los sedimentos a dragar en la central La Higuera.

Tabla 9 Granulometrías características de sedimentos a dragar desde reservorios Desarenador Denominación Reservorio La Higuera Tricahue (μm) La Puya (μm) Promedio (μm) d1 0,40 0,35 0,38 d5 0,80 0,70 0,75 d10 1,10 0,90 1,00 d20 2,00 1,20 1,60 d30 3,30 2,10 2,70 d40 5,00 3,10 4,05 d50 7,60 5,00 6,30 d60 11,50 7,50 9,50 d70 15,80 10,70 13,25 d80 20,50 14,90 17,70 d90 27,50 20,90 24,20 d95 33,50 26,00 29,75 d99 45,00 35,00 40,15

Observación 3 Se solicita al Titular indicar si existe algún tratamiento previo al proceso de dragado. (ID-SEA 9.26 – 10.34).

Evaluación técnica de la observación Según los antecedentes aportados por el Titular, no se aplicarán tratamientos a los sedimentos extraídos, ya que los sedimentos que serán dragados y descargados al río Tinguiririca se extraerán del fondo del reservorio Tricahue y que corresponden al mismo sedimento proveniente de dicho río y se depositan en el lecho del pondaje sin ser afectados por ningún proceso antrópico, por lo tanto, carecen de características contaminantes o de toxicidad, que puedan afectar sus aguas.

11.3.2.11. Observante: Manuel Flamm Carvajal Observación 1 Se solicita al Titular indicar cuál será el destino de los sedimentos (ID-SEA 11.35 – 11.37).

Evaluación de la Respuesta <footer2

Los antecedentes entregados por el Titular mencionan que los sedimentos provenientes del río Tinguiririca y que están depositados en el pondaje Tricahue serán removidos y transportados en un caudal acuoso al vertedero existente en el pondaje, para ser depositados en el mismo río Tinguiririca.

Por otra parte, los sedimentos provenientes de las limpiezas de los desarenadores de las bocatomas La Puya y Los Helados, serán descargados al río Azufre y estero Los Helados, respectivamente, afluentes del río Tinguiririca, así como también los sedimentos provenientes del desarenador Tricahue que serán descargados en el río Tinguiririca.

Observación 2 Se solicita al Titular indicar como serán vertidos los sedimentos al río (ID-SEA 11.36).

Evaluación técnica de la observación se indicó en el acápite 1.5 “Descripción fase de Operación” de la DIA presentada, la fase de operación contempla dos actividades principales, la primera corresponde a la limpieza de los desarenadores de las bocatomas Tricahue, La Puya y Los Helados; y la segunda, consiste en la extracción o dragado del sedimento acumulado en el pondaje Tricahue.

A continuación, se indica el proceso de limpieza de los desarenadores de las bocatomas La Puya y Tricahue, cuyos procedimientos en detalle se adjuntan en el Anexo I-E de la Adenda N°1:

  1. Se deberá seleccionar la batea que se desea vaciar, posteriormente, se deberá mantener su compuerta de entrada en posición cerrada.

  2. Se deberá verificar el aumento de nivel de caudal en batea contraria a la que se desea vaciar.

  3. Una vez haya aumentado el nivel en la batea contraria, se procederá a la apertura de un 10% de la compuerta de flushing de la batea a vaciar. Se deberá observar la disminución de nivel de agua en el desarenador y verificación de caudal de salida en cámara y en salida de tubo de descarga.

  4. Cuando el nivel de la batea se encuentre en la mitad, se procederá a la apertura de un 30% de la compuerta de flushing. Se deberá verificar el caudal de salida en cámara y en salida de tubo de descarga.

  5. Se continuará con la verificación del nivel de agua en la batea. Cuando se detecte nivel de fango, se deberá abrir la compuerta de flushing a un 60%. Se deberá verificar el caudal de salida en cámara y en salida de tubo de descarga.

  6. Se continuará con la verificación del nivel de agua en la batea, cuando éste se encuentre bajo, se procederá a abrir el 100% de la compuerta de flushing. Se deberá verificar el caudal de salida en cámara y en salida de tubo de descarga.

  7. Se deberá realizar la apertura de 10 cm de la compuerta de entrada con la finalidad de dar golpe de agua al fango, con el fin de desplazarlo por el tubo de descarga. Se podrá estrangular la compuerta de entrada al desarenador, pero no cerrar por completo.

  8. Una vez que el canal se encuentre despejado, se deberá dejar pasar agua por un período mínimo de 5 minutos, con la finalidad de limpiar el tubo de descarga.

  9. Se deberá verificar que el tubo de descarga se encuentre sin embancamiento.

Respecto al desarenador de la bocatoma Los Helados, como su período de operación se encuentra acotado a 2 meses al año y se realiza de forma manual, su limpieza se efectúa de acuerdo a visitas de inspección periódicas aplicables a la bocatoma.

El dragado de sedimentos del pondaje Tricahue se desarrollará mediante un equipo de dragado compuesto principalmente por un pontón, sala de máquinas de bote, draga de succión y línea de <footer2

descarga de sedimentos, la cual corresponde a una tubería de HDPE unida a flotadores para evitar su inmersión.

El pontón principal a su vez contiene el sistema de extracción hidráulico, motor principal, puente de mando, un sistema de inyección de agua a alta presión (jet) y un sistema de cortador hidráulico y accesorio, así la extracción de sedimentos se efectúa mediante la bomba hidráulica horizontal de succión, la cual aspira el material del fondo, lo eleva a la superficie y lo transporta a través de la línea de descarga hasta el punto de disposición en el vertedero del pondaje. Adicionalmente, el sistema jet es el encargado de realizar la disgregación del material en el fondo, en conjunto con el cortador que lo va rompiendo a fin de facilitar su aducción al cabezal de succión.

Es importante destacar que de manera previa a cada turno de dragado se deberá revisar el estado de la máquina, midiendo los niveles de aceite del motor y sus accesorios, revisando el sistema hidráulico, instalación de la maquinaria y tubería de descarga. Ante cualquier anomalía se deberá dar aviso inmediato al encargado de la faena quién implementará las medidas adecuadas para asegurar el buen funcionamiento del equipo, debiendo, además ser registrada en la bitácora de la draga con la finalidad de que el turno siguiente tome conocimiento y evalúe la factibilidad de operación del equipo.

Se indica además que, durante la operación de dragado, se realizarán batimetrías de control de retiro de sedimento, utilizando como apoyo, un bote auxiliar. Estos resultados deberán ser archivados en la administración de la Central Hidroeléctrica La Higuera.

A modo de ejemplo, a continuación, se presenta un diagrama general del dragado.

1) Acceso del personal a la faena. Acceso del personal a la draga mediante botes auxiliares. 2) Revisión previa del equipo de operación. * Aplicación de Check List previo a cada turno de operación. 3) Extracción de sedimentos. Turno de operación diario. Evacuación de sedimentos en vertedero Pondaje Tricahue. Control de extracción de Sedimentos mediante batimetrías. 4) Finalización de la faena. turno completo en bitácora de la draga. Archivo en adm. HLH del control batimétrico aplicado durante el dragado. *Entrega de turno a encargado de faena.

Observación 3 Se solicita al Titular indicar cuál será el destino de los sedimentos (ID-SEA 11.35 – 11.37).

Evaluación de la Respuesta Los antecedentes entregados por el Titular mencionan que los sedimentos provenientes del río Tinguiririca y que están depositados en el pondaje Tricahue serán removidos y transportados en un caudal acuoso al vertedero existente en el pondaje, para ser depositados en el mismo río Tinguiririca.

Por otra parte, los sedimentos provenientes de las limpiezas de los desarenadores de las bocatomas La Puya y Los Helados, serán descargados al río Azufre y estero Los Helados, respectivamente, afluentes del río Tinguiririca, así como también los sedimentos provenientes del desarenador Tricahue que serán descargados en el río Tinguiririca.

Observación 4 Se solicita al Titular indicar cuales son las medidas técnicas a concretar para evitar situaciones de contaminación en el agua, canales y tierra agrícola. (ID-SEA 11.38 – 11.40). Evaluación de la Respuesta Según lo mencionado por el titular, los sedimentos no contienen elementos contaminantes o tóxicos que puedan generar la contaminación de las aguas donde serán descargados, de canales ni de tierra agrícola. Ante una situación de emergencia, como el derrame de sustancias peligrosas, el Titular presenta en el Anexo I-F de la Adenda los lineamientos de actuación ante este tipo de situaciones. En el cual, en primera instancia, se ha establecido como medida de prevención en cada una de las áreas <footer2

potenciales de afectación, la disposición de tambores con arena limpia o aserrín para la contención del producto derramado, y la instalación de contenedores vacíos para la posterior disposición del material contaminado con el derrame, así, las acciones a desarrollar durante la emergencia corresponderán a las siguientes:

a.- Delimitación del área con un dique de contención, a fin de evitar que el derrame acceda al cuerpo de agua. b.- Recolección del máximo de producto derramado para su descarte. c.- Cubrimiento del área afectada con material absorbente. d.- Disposición de material contaminado en tambores vacíos dispuestos en cada área. f.- Evaluación de posible impacto causado por el derrame. g.- Confección de informe, reporte y evaluación acorde con los protocolos establecidos en el Plan de Emergencias.

Por otra parte, respecto de la emergencia en caso de derrames que puedan comprometer cuerpos de agua superficiales producto de la operación de la draga, es importante señalar que ésta cuenta con una sentina de acumulación de desechos líquidos que recoge los hidrocarburos en caso de derrames y, mediante un sistema de achique conectado a tambores o envases de trasvasije, permiten su recepción y traslado seguro a tierra.

Adicionalmente, en caso de que el derrame acceda al pondaje, la draga se encuentra equipada con mangas absorbentes para contener y minimizar al máximo el derrame en caso de que entre en contacto con el agua, limitándolo así al pondaje y evitando su propagación hacia las aguas del río. Por otra parte, también cuenta con líquidos dispersantes que disgregan el derrame de hidrocarburo a fin de facilitar su dilución en el agua y posteriormente su degradación de forma natural.

En virtud de lo anterior, en caso de derrames de hidrocarburos que entren en contacto ya sea con el pondaje o con el cauce del río, se procederá de la siguiente manera:

a.-Contención del derrame con mangas absorbentes, b.- Extracción de agua contaminada con bombas y realizar su depósito en camión autorizado por SEREMI de Salud. c.- Despacho de camión con agua contaminada. d.- Monitoreo inmediato del área de influencia. e.- Evaluación de posible impacto causado por el derrame.

Finalmente, ante la eventualidad de compromiso de cuerpos de agua, se dará aviso a la persona encargada según lo establece el Plan de Emergencia, quién a su vez, deberá dar aviso en un plazo no mayor a 24 horas a la DGA, SERNAPESCA y Superintendencia del Medio Ambiente de la región del Libertador Bernardo O’Higgins, con la finalidad de establecer medidas en conjunto para el desarrollo de las medidas de descontaminación, rehabilitación o restauración, según sea el caso.

Observación 5 Se solicita al Titular aclarar como el proyecto original contemplaba la eliminación de posible turbiedad en el río (ID-SEA 11.39).

Evaluación de la Respuesta El Titular aclara que el Proyecto original contemplaba la eliminación de la turbiedad de las aguas del río que ingresaban desde las bocatomas mediante la operación de los desarenadores. Actividad descrita en el EIA original en el punto 2.2.3 y en la Adenda N°1 como respuesta a la observación N°2.

Observación 6 Se solicita al Titular indicar cuales son las medidas técnicas a concretar para evitar situaciones de contaminación en el agua, canales y tierra agrícola. (ID-SEA 11.38 – 11.40).

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Evaluación de la Respuesta Según lo mencionado por el titular, los sedimentos no contienen elementos contaminantes o tóxicos que puedan generar la contaminación de las aguas donde serán descargados, de canales ni de tierra agrícola. Ante una situación de emergencia, como el derrame de sustancias peligrosas, el Titular presenta en el Anexo I-F de la Adenda los lineamientos de actuación ante este tipo de situaciones. En el cual, en primera instancia, se ha establecido como medida de prevención en cada una de las áreas potenciales de afectación, la disposición de tambores con arena limpia o aserrín para la contención del producto derramado, y la instalación de contenedores vacíos para la posterior disposición del material contaminado con el derrame, así, las acciones a desarrollar durante la emergencia corresponderán a las siguientes:

a.- Delimitación del área con un dique de contención, a fin de evitar que el derrame acceda al cuerpo de agua. b.- Recolección del máximo de producto derramado para su descarte. c.- Cubrimiento del área afectada con material absorbente. d.- Disposición de material contaminado en tambores vacíos dispuestos en cada área. f.- Evaluación de posible impacto causado por el derrame. g.- Confección de informe, reporte y evaluación acorde con los protocolos establecidos en el Plan de Emergencias.

Por otra parte, respecto de la emergencia en caso de derrames que puedan comprometer cuerpos de agua superficiales producto de la operación de la draga, es importante señalar que ésta cuenta con una sentina de acumulación de desechos líquidos que recoge los hidrocarburos en caso de derrames y, mediante un sistema de achique conectado a tambores o envases de trasvasije, permiten su recepción y traslado seguro a tierra.

Adicionalmente, en caso de que el derrame acceda al pondaje, la draga se encuentra equipada con mangas absorbentes para contener y minimizar al máximo el derrame en caso de que entre en contacto con el agua, limitándolo así al pondaje y evitando su propagación hacia las aguas del río. Por otra parte, también cuenta con líquidos dispersantes que disgregan el derrame de hidrocarburo a fin de facilitar su dilución en el agua y posteriormente su degradación de forma natural.

En virtud de lo anterior, en caso de derrames de hidrocarburos que entren en contacto ya sea con el pondaje o con el cauce del río, se procederá de la siguiente manera:

a.-Contención del derrame con mangas absorbentes, b.- Extracción de agua contaminada con bombas y realizar su depósito en camión autorizado por SEREMI de Salud. c.- Despacho de camión con agua contaminada. d.- Monitoreo inmediato del área de influencia. e.- Evaluación de posible impacto causado por el derrame.

Finalmente, ante la eventualidad de compromiso de cuerpos de agua, se dará aviso a la persona encargada según lo establece el Plan de Emergencia, quién a su vez, deberá dar aviso en un plazo no mayor a 24 horas a la DGA, SERNAPESCA y Superintendencia del Medio Ambiente de la región del Libertador Bernardo O’Higgins, con la finalidad de establecer medidas en conjunto para el desarrollo de las medidas de descontaminación, rehabilitación o restauración, según sea el caso.

11.3.2.12. Observante: Osorio Acevedo

Observación 1 Se solicita al Titular aclarar si ha contemplado la realización de estudios para clasificar los componentes de los sedimentos que serán devueltos al río. (ID-SEA 9.30 – 10.33 – 12.41).

Evaluación de la Respuesta El Titular aclara que la actividad de dragado no clasifica los sedimentos previa descarga al río, ya que éstos se encuentran suspendidos en el caudal de descarga. <footer2

Por otra parte, se indica que la banda granulométrica de los sedimentos a dragar es de tipo fina, y está compuesta en su totalidad por limos (0,002 a 0,004 mm < d < 0,06 mm) y arcillas (d < 0,002 a 0,004 mm), es decir, materiales muy pequeños o finos.

En virtud de lo anterior, la siguiente Tabla 1 contiene la información de las granulometrías características de los sedimentos a dragar en la central La Higuera.

Tabla 9 Granulometrías características de sedimentos a dragar desde reservorios Desarenador Denominación Reservorio La Higuera Tricahue (μm) La Puya (μm) Promedio (μm) d1 0,40 0,35 0,38 d5 0,80 0,70 0,75 d10 1,10 0,90 1,00 d20 2,00 1,20 1,60 d30 3,30 2,10 2,70 d40 5,00 3,10 4,05 d50 7,60 5,00 6,30 d60 11,50 7,50 9,50 d70 15,80 10,70 13,25 d80 20,50 14,90 17,70 d90 27,50 20,90 24,20 d95 33,50 26,00 29,75 d99 45,00 35,00 40,15

Observación 2 Se solicita al Titular aclarar si existe un respaldo técnico o verificación que indique que no se verán dañadas las aguas del río, ni la agricultura, ni la flora y fauna que ocupa el agua del río. (ID-SEA 4.15 – 12.42 – 12.44).

Evaluación de la Respuesta En referencia a la respuesta entregada en la ADENDA 1, se solicita al Titular ampliar y actualizar la información en ICSARA 2 respecto a la pregunta señalada.

A continuación, se complementa la respuesta a la observación 3.3 referente a la existencia de un respaldo técnico o verificación que indique que no se verán dañadas los siguientes elementos:

Fauna acuática y aguas del río: En base a los resultados de caracterización presentados en la DIA y complementados con el seguimiento ambiental de la Central La Higuera, se definió un área de importancia para la biodiversidad, correspondiente al tramo del río Tinguiririca entre las juntas con el río Clarillo y el río Claro. Esta definición se realizó tomando en cuenta la presencia de especies ícticas, relevando las especies en categoría de conservación, en especial Diplomystes chilensis que se encuentra en Peligro.

Para fundamentar la no afectación del Proyecto sobre la fauna acuática, se analizaron los datos de capturas de peces en el sector comprendido entre Isla Briones y Puente Negro (tramo incluido en área de importancia para la biodiversidad), contrastando con la turbidez reportada por la Dirección General de Aguas (DGA) en la estación Tinguiririca Bajo Los Briones, entre los años 2000-2018. Cabe destacar que este tramo del río Tinguiririca es uno de los de mayor diversidad de fauna íctica, la cual está adaptada a estos periodos de alto arrastre de material. De esta forma, como se observa en la siguiente figura, las especies nativas de interés, Toyo de agua dulce (Diplomystes chilensis) y Bagrecito (Trichomycterus areolatus), como también la especie introducida Trucha arcoíris (Oncorhyncbus mykiss) presentan abundancias dentro de los rangos normales (al comparar entre los años) incluso en años con alto arrastre de material.

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Figura 37 Abundancia (CPUE) de Diplomystes chilensis, Trichomycterus areolatus y Oncorhyncbus mykiss vs Turbidez (NTU) en Tinguiririca Bajo Los Briones (2000-2018)

A modo de ejemplo, a continuación, se muestra la turbidez medida en Tinguiririca Bajo Los Briones en el mes de noviembre de 2008, donde se alcanzó un promedio de 1078,9 NTU, con una desviación estándar de 431,5 NTU, variando entre 603,7 y 2295,8 NTU. Esto implica que las especies acuáticas presentes en el tramo estuvieron en condiciones de turbidez mayores a 1.000 NTU, el 40% del mes, y mayores a 2.000 NTU, el 7% del mes.

Figura 38 Turbidez en Tinguiririca Bajo Los Briones en noviembre de 2008

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Teniendo en consideración estos antecedentes, se modeló el transporte de sedimentos evaluando la condición de sólidos suspendidos en los sitios control, modelación presentada en el Anexo V-E de la Adenda. Esta modelación numérica permitió determinar en diferentes secciones del dominio la concentración de sedimentos en suspensión, de acuerdo al punto de origen de los aportes de sedimento y las entradas de tributarios que resulten en un efecto de dilución.

A modo de ejemplo se calculó el comportamiento del río con un dragado en diferentes escenarios, por ejemplo, en el caso de un caudal referencial al inicio del dominio19 (aguas arriba de la bocatoma Tricahue) de 8,5 m³/s, que crece hasta alcanzar 40 m³/s en Tinguiririca en La Polcura, como se muestra en la figura siguiente.

Figura 39 Variación de la concentración máxima de sedimentos en suspensión del río para un caso referencial de 8,5 m³/s de caudal al inicio del dominio. Dragado pondaje Tricahue (período abril a agosto)

En consecuencia, según la modelación una turbidez de aproximadamente 2000 NTU en la estación control ubicada en el río Tinguiririca antes de la junta con el río Azufre implicaría que en el tramo control de La Polcura la turbidez no superaría los 1000 NTU, manteniéndose principalmente bajo 500 NTU, por lo que no se esperarían efectos en las especies objetivo en el área de importancia ambiental o en el tramo intermedio.

Además de la modelación teórica, los datos de turbidez medidos entre septiembre de 2012 y noviembre de 2017 muestran que al calcular los peak (máximos históricos) y el promedio en las estaciones ubicadas en el cauce principal del río Tinguiririca y dos de afluentes (Estero La Gloria y río Azufre), uno de los precursores más relevantes de la turbidez sería el estero La Gloria, debido a que en algunos periodos puede alcanzar a 3683 NTU, aumentando significativamente la turbidez del cauce principal. El cual presenta aguas arriba de la bocatoma una turbidez relativamente baja. Posteriormente, el río Azufre puede aportar turbidez o disminuirla, según el periodo del año, presentando valores similares a lo registrado en el tramo de restitución de HLH.

Tabla 28 Estadísticos del parámetro Turbidez (NTU) en las estaciones históricas Estación N Promedio Desviación Estándar Mínimo Máximo Bocatoma Tinguiririca 9 303 345 29 825 La Gloria 9 665 1205 5 3683 Tricahue 20 316 491 4 1706 La Puya 19 219 478 3 2138 Restitución La Higuera 14 400 586 4 2190

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Figura 40 Ubicación de estaciones de seguimiento histórico. El tamaño de los círculos es proporcional a los valores de turbidez (NTU)

En base a los datos de turbidez obtenidos entre el 15 de junio de 2018 y el 18 de agosto de 2018 (ver Figura 41), se calcularon los peak (máximos diarios) en las estaciones ubicadas aguas abajo de la descarga del dragado (TPM). La turbidez en la estación TPM alcanzó un promedio de 1433,2 NTU y una desviación estándar de 361,6. Cabe destacar que, la turbidez fue menor al máximo histórico registrado en el estero La Gloria, además, la condición sin dragado (LB), presentó valores de turbidez altos derivados de lluvias esporádicas o derretimiento.

Figura 41 Turbidez máxima diaria en la estación TPM (Tinguiririca aguas arriba del río Azufre). En condición de dragado y sin dragado (LB)

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En el caso de los sedimentos, el estudio de la calidad de sedimentos expuesto en la DIA, tomó a modo de referencia los límites estipulados en los lineamientos de Calidad de Sedimentos para la Protección de la Vida Acuática canadiense. Cabe destacar que esta norma permite considerar sedimentos no contaminados (Interim Freshwater Sediment Quality Guideline, ISQG), niveles con probables efectos para el medio ambiente (Probable Efect Level, PEL), y la incidencia porcentual para los valores de ISQG y PEL. El muestreo realizado constó de 1 muestra en cada estación y 3 muestras obtenidas del Pondaje Tricahue (Tr-3, Tr-4 y Tr-5), además de incluir una muestra replicada correspondiente R-1, la que es un duplicado de la estación Tr-3, entregándose al laboratorio como una estación aparte sin indicar su procedencia. El detalle de los parámetros analizados en laboratorio con sus respectivos respaldos se encuentra en el Anexo C “Informes de Análisis de Calidad de Sedimentos” de la Caracterización Ambiental Ecosistemas Acuáticos Continentales presentada en la DIA. Cabe destacar que los sedimentos que serán vertidos son los propios de la cuenca, por lo que mantendrán parte de las características propias del agua antes expuestas, las que según Méndez (2018)20, al provenir de aguas termales en la parte alta de la cuenca del río Damas, presentarían características cloruradas sódicas y altas concentraciones en casi todos los elementos. El resto de las aguas de la cuenca forman una transición desde sulfatadas cálcicas a bicarbonatadas cálcicas, donde las de la parte alta de la cuenca son más sulfatadas y poseen mayores concentraciones y anomalías de Al, Fe, Mn y otros elementos, mientras que las de la parte baja son más bicarbonatadas, con menores concentraciones de los distintos elementos. En este trabajo al comparar los distintos resultados de análisis con la normativa chilena para agua potable, se observaron varias excedencias sobrepasando las concentraciones límite de As, Cl, Fe, Hg y Mn. A continuación, se muestran los resultados de calidad de sedimentos aguas arriba del Pondaje (Control), en el Pondaje y aguas abajo. Esperándose que las condiciones en operación del proyecto permanezcan.

Los parámetros orgánicos analizados en laboratorio fueron los contenidos de materia orgánica en los sedimentos de las estaciones en estudio. Es importante destacar, que este parámetro no posee un marco de referencia en la Norma Chilena o Canadiense (Canadian Sediment Quality Guideline for the Protection of Aquatic Life) (ver Tabla 29).

Las concentraciones de materia orgánica fueron bastante heterogéneas entre estaciones de muestreo, las cuales, registraron una media de 28.843,6 ± 33.236,9 mg/kg, variando entre un mínimo de 2.078 mg/kg en la estación río Azufre (C-4) y un máximo de 99.927 mg/kg en Pondaje Tricahue (Tr-5).

Tabla 29 Parámetros orgánicos (mg/kg) medidos en laboratorio

Parámetros Control Pondaje Aguas abajo Afluentes Tr-1 Tr-3 Tr-4 Tr-5 Tr-2 C-5 C-6 C-7 C-4 Materia Orgánica 43.138 56.916 32.709 99.927 7.676 3.559 7.584 6.005 2.078

Asimismo, los parámetros inorgánicos analizados en laboratorio correspondieron a sulfatos, nitrógeno total y fósforo total en los sedimentos de las estaciones en estudio. Es importante destacar, que estos parámetros no poseen un marco de referencia en la Norma Chilena o Canadiense (Canadian Sediment Quality Guideline for the Protection of Aquatic Life) (ver Tabla 30).

El análisis de los sulfatos, indicaron valores heterogéneos entre estaciones de muestreo, con concentraciones que variaron entre 35.340 mg/kg y 2.700 mg/kg, en las estaciones Pondaje Tricahue (Tr-3) y río Azufre (C-4) respectivamente, cuya concentración promedio fue 12.770,0 ± 9.992,8 mg/kg. Por otro lado, el nitrógeno total exhibió una concentración media de 154,89 ± 71,66 mg/kg, observándose una máxima de 264 mg/kg en la estación río Azufre (C-4), mientras, el mínimo se obtuvo en la estación río Tinguiririca en La Iglesia (C-5) con 76 mg/kg. Finalmente, el fósforo total exhibió concentraciones heterogéneas, las cuales, promediaron 782,44 ± 354,12 mg/kg, oscilando entre un mínimo de 314 mg/kg en la estación Aguas abajo Pondaje Tricahue (Tr-2), y un máximo de 1.322 mg/kg en Pondaje Tricahue (Tr-4).

Tabla 30 Parámetros inorgánicos (mg/kg) medidos en laboratorio Parámetros Control Pondaje Aguas abajo Afluentes Tr-1 Tr-3 Tr-4 Tr-5 Tr-2 C-5 C-6 C-7 C-4 <footer2

Sulfatos 9.290 35.340 12.370 18.360 6.920 17.550 6.950 5.450 2.700 Nitrógeno Total 202 143 236 80 89 76 197 107 264 Fósforo Total 327 1.037 1.322 941 314 1.036 504 944 617

Los resultados obtenidos de las concentraciones de metales totales medidos en laboratorio en los sedimentos se encuentran en la Tabla 31, junto con los valores de referencia de la Norma Canadiense (Canadian Sediment Quality Guideline for the Protection of Aquatic Life). Esta norma muestra valores que permiten considerar sedimentos no contaminantes (Interim Freshwater Sediment Quality Guideline, ISQG), niveles con efectos probables sobre el medio ambiente (Probable Effect Level, PEL), y la incidencia porcentual para los valores de PEL. Los análisis de concentraciones de metales totales correspondientes a la actual campaña de muestreo medidos en laboratorio se presentan en la Tabla 31 y sus respaldos en el Anexo C “Informes de Análisis de Calidad de Sedimentos” de la Caracterización Ambiental Ecosistemas Acuáticos Continentales presentada en la DIA.

Se analizaron 7 metales en sedimentos (arsénico, cadmio, cobre, cromo, mercurio, plomo y zinc), los cuales se encuentran normados. Las estaciones asociadas al Pondaje Tricahue (Tr-3 y Tr-5) registraron concentraciones de arsénico sobre el límite en el que se esperarían efectos ambientales (Probable Effect Level, PEL). En cuanto al cadmio, cobre y mercurio, presentaron en algunas estaciones niveles sobre los índices de ISQG establecidos por la Norma Canadiense.

El arsénico presentó valores heterogéneos, observándose un promedio de 19,53 ± 20,97 mg/kg, con una incidencia de muestras con concentraciones sobre el límite establecido para sedimentos con contaminación (ISQG: 5,9 mg/kg), un total de 7 muestras superaron este límite, excluyéndose las estaciones (C-6 y C-4). Asimismo, las estaciones que presentaron concentraciones sobre el límite de posibles efectos ambientales (PEL: 17 mg/kg) correspondieron a las obtenidas en el Pondaje Tinguiririca (Tr-3, Tr-4 y Tr-5) y las ubicadas Aguas arriba de bocatoma Tinguiririca (Tr-1) y Aguas abajo del Pondaje (Tr-2, C-5 y C-7). El máximo se registró en la estación Pondaje Tinguiririca (Tr-5) con 61,20 mg/kg, mientras, el mínimo se obtuvo en la estación río Tinguiririca en Puente Negro (C-6) con 5,47 mg/kg.

La concentración de cadmio en sedimentos registró en la mayoría de las estaciones, valores bajo los índices ISQG (0,6 mg/kg) y PEL (3,5 mg/kg), las estaciones asociadas al Pondaje Tricahue (Tr-3 y Tr-5) y Tinguiririca en Puente Negro (C-6) exhibieron valores sobre el ISQG (0,6 mg/kg) de 0,763 mg/kg, 1,070 mg/kg y 1,270 mg/kg respectivamente. Asimismo, el valor máximo observado correspondió a 1,270 mg/kg en la estación río Tinguiririca en Puente Negro (C-6), a su vez, la mínima concentración fue 0,112 mg/kg en Aguas arriba bocatoma Tricahue, cuya media alcanzó un valor de 0,466 ± 0,448 mg/kg.

En cuanto a la concentración de cobre en los sedimentos analizados, éste registró valores por sobre el límite de ISQG (35,7 mg/kg), sin embargo, están muy por debajo del límite de PEL (197 mg/kg). La concentración promedio correspondió a 40,22 ± 11,23 mg/kg, con un máximo de 59,20 mg/kg en Pondaje Tricahue (Tr-5) y un valor mínimo de 25,80 mg/kg en río Tinguiririca en Puente Negro (C-6).

A su vez, el cromo obtuvo un promedio de 8,68 ± 2,51 mg/kg, con un máximo de 12,00 mg/kg en la estación Tinguiririca en Puente Negro (C-6), y un mínimo de 3,48 mg/kg en Pondaje Tricahue (Tr- 4). Consecuentemente, todas las concentraciones fueron menores al límite establecido para determinar sedimentos con contaminación según la Norma Canadiense (ISQG: 37,3 mg/kg). Por su parte, las concentraciones de mercurio obtuvieron bajo el límite de detección analítica (<0,025 mg/kg) en 3 estaciones de muestreo (Tr-4, C-5 y C-4), por otro lado, todas las estaciones de muestreo restantes se encontraron bajo el límite ISQG (0,170 mg/kg), a excepción de Pondaje Tricahue (Tr-3), el cual, exhibió una concentración ligeramente por sobre el índice ISQG (0,170 mg/kg). Asimismo, el valor máximo de 0,179 mg/kg se obtuvo la estación Pondaje Tricahue (Tr-3), mientras, el mínimo correspondió a valores inferiores a 0,0025 mg/kg registrados en las estaciones Pondaje Tricahue (Tr-4), Tinguiririca en La Iglesia (C-5) y río Azufre (C-4), cuya concentración media alcanzó a 0,083 ± 0,059 mg/kg.

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De la misma forma, las concentraciones de plomo estuvieron en todas las estaciones bajo el límite máximo establecido para sedimentos no contaminados (ISQG: 35 mg/kg), con un promedio de 4,68 ± 1,77 mg/kg, registrando un valor mínimo de 3,01 mg/kg en la estación Aguas arriba bocatoma Tricahue (Tr-1) y máximo de 7,79 mg/kg en la estación Pondaje Tinguiririca (Tr-5).

Finalmente, las concentraciones de zinc fueron relativamente heterogéneas en todas las estaciones muestreadas, con un promedio de 37,14 ± 8,72 mg/kg. El máximo valor se encontró en Pondaje Tinguiririca (Tr-3) con 50,40 mg/kg y el mínimo en estación río Azufre (C-4) con 22,20 mg/kg. Estas concentraciones estarían dentro de los rangos esperados para sedimentos no contaminados (ISQG: 123 mg/kg) según la Norma Canadiense.

Tabla 31 Metales Totales (mg/kg) medidos en laboratorio, con sus respectivos valores referenciales de la Norma Canadiense

Parámetros Control Pondaje Aguas abajo Afluentes ISQG PEL %=PEL Tr-1 Tr-3 Tr-4 Tr-5 Tr-2 C-5 C-6 C-7 C-4 Arsénico 11,90 50,10 16,50 61,2 6,76 6,95 5,47 11,10 5,78 5,9 17 12 Cadmio 0,112 0,763 0,301 1,070 0,180 0,156 1,270 0,173 0,170 0,6 3,5 47 Cromo 8,19 7,19 3,48 7,93 9,95 11,40 12,00 9,19 8,78 37,3 90 49 Cobre 41,8 56,8 41,3 59,2 37,9 34,4 25,8 32,1 32,7 35,7 197 44 Mercurio 0,054 0,179 <0,025 0,159 0,125 <0,025 0,073 0,082 <0,025 0,17 0,486 36 Plomo 3,01 7,66 3,99 7,79 3,43 4,16 4,12 3,89 4,04 35 91,3 42 Zinc 34,2 50,4 33,8 49,8 34,4 34,5 40,2 34,8 22,2 123 315 36

Agricultura: No se prevé efectos sobre la agricultura, toda vez que el Titular ha decidido desarrollar la descarga del dragado del pondaje Tricahue en el período comprendido entre los meses de abril y agosto de cada año, de manera de no coincidir con las actividades desarrolladas por los regantes.

De todas formas, en la Adenda se realizó una modelación hidráulica bidimensional del dragado del pondaje Tricahue durante el período abril a agosto (Anexo V-E de la adenda anterior), la cual permite determinar, en diferentes secciones del dominio (área de modelación), la concentración de sedimentos en suspensión, de acuerdo al punto de origen de los aportes de sedimento y las entradas de tributarios que resulten en un efecto de dilución.

A modo de ejemplo, en la siguiente figura se entregan las variaciones de concentración máxima de sedimentos en suspensión generados por el dragado del pondaje Tricahue, utilizando un caudal al inicio del dominio21 de 8,5 m³/s, que crece hasta alcanzar 40 m³/s en Tinguiririca en La Polcura, para el período abril a agosto.

Figura 42 Modelación de la concentración máxima de sedimentos en suspensión en río Tinguiririca, para caudal inicial de 8,5 m3 en periodo abril - agosto

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De acuerdo a la figura anterior, para el escenario que considera la actividad de dragado, la concentración máxima de sedimentos en suspensión disminuye drásticamente entre la descarga (km 17,2) y el km 18 donde tiende a acercarse a los valores naturales del río Tinguiririca.

Respecto de una eventual afectación a regantes, en caso de que éstos realicen actividades en el periodo abril a agosto, es posible señalar que las primeras bocatomas de la Junta de Vigilancia del río Tinguiririca se ubican aproximadamente en el km 42,5 respecto del modelo (Figura 43), por tanto, de acuerdo a lo indicado en la Figura 42, la concentración máxima de sedimentos en suspensión sería similar a los valores naturales del río en ese punto.

Figura 43 Ubicación de bocatomas de Junta de Vigilancia de la primera sección del Río Tinguiririca respecto del Modelo Hidráulico Bidimensional del dragado del pondaje Tricahue

Observación 3 Se solicita al Titular aclarar cuál es el beneficio social que reporta a la ciudadanía la ejecución del proyecto. (ID-SEA 8.24 – 12.43).

Evaluación de la Respuesta El Titular establece que la central hidroeléctrica La Higuera cuenta con un total de 170 MW de capacidad instalada, la que es aportada al Sistema Eléctrico Nacional (SEN) a través de la subestación de conexión ubicada en las cercanías de la ciudad de San Fernando.

La central hidroeléctrica La Higuera dentro de su política ambiental sustentable se encuentra registrada para emitir bonos de carbono (CO2), de acuerdo el Mecanismo de Desarrollo Limpio del Protocolo de Kyoto, emitiendo a la fecha un total de 177.000 certificados de reducción de emisiones de carbono (CO2) verificados.

En virtud de lo anterior, el presente Proyecto presentado a evaluación, tiene por objetivo reincorporar los sedimentos que se acumulan en la central hidroeléctrica a fin de asegurar la no afectación en la seguridad de sus instalaciones, optimizar la operación de ésta y mantener la capacidad operativa del pondaje, manteniendo así, el suministro de energía al SIC.

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11.3.2.13. Observante: Junta de Vigilancia Río Tinguiririca

Observación 1 En relación con los estudios de Medio Humano presentados por el Titular, se solicita aclarar por qué en su área de influencia no se registran grupos humanos, ni tampoco se identifican actividades de riego. (ID-SEA 13.44).

Evaluación de la Respuesta

En referencia a la respuesta entregada en la ADENDA 1, se solicita al Titular ampliar y actualizar la información en ICSARA 2 respecto a la pregunta señalada.

Respecto de la no inclusión del Medio Humano en el área de influencia, se debe a que los grupos humanos, asociados a los canales de riego más cercanas a la descarga, se ubican aguas abajo de Tinguiririca en la Polcura, donde, tal como se explica a continuación, no son sujetos susceptibles de percibir impactos.

Con el fin de evitar posibles impactos sobre los regantes, que son parte de la Junta de Vigilancia de la primera sección del Río Tinguiririca, el Titular ha decidido desarrollar la descarga del dragado del pondaje Tricahue en el período comprendido entre los meses de abril y agosto de cada año, de manera de no coincidir con las actividades de riego desarrolladas por éstos.

De todas formas, en la Adenda se realizó una modelación hidráulica bidimensional del dragado del pondaje Tricahue durante el período abril a agosto (Anexo V-E de la adenda anterior), la cual permite determinar, en diferentes secciones del dominio (área de modelación), la concentración de sedimentos en suspensión, de acuerdo al punto de origen de los aportes de sedimento y las entradas de tributarios que resulten en un efecto de dilución.

A modo de ejemplo, en la figura siguiente se entregan las variaciones de concentración máxima de sedimentos en suspensión generados por el dragado del pondaje Tricahue, utilizando un caudal al inicio del dominio26 de 8,5 m³/s, que crece hasta alcanzar 40 m³/s en Tinguiririca en La Polcura, para el período abril - agosto.

Figura 54 Modelación de la concentración máxima de sedimentos en suspensión en río Tinguiririca, para caudal inicial de 8,5 m3 en periodo abril - agosto

De acuerdo a la figura anterior, para el escenario que considera la actividad de dragado, la concentración máxima de sedimentos en suspensión disminuye drásticamente entre la descarga (km 17,2) y el km 18 donde tiende a acercarse a los valores naturales del río Tinguiririca.

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Por otra parte, las primeras bocatomas de la Junta de Vigilancia del río Tinguiririca se ubican aproximadamente en el km 42,5 respecto del modelo (Figura 55), por tanto, de acuerdo a lo indicado en la Figura 54, la concentración máxima de sedimentos en suspensión sería similar a los valores naturales del río en ese punto, lo que no afectaría sistemas de riego ni las actividades de los regantes.

Figura 55 Ubicación de bocatomas de Junta de Vigilancia de la primera sección del Río Tinguiririca respecto del Modelo Hidráulico Bidimensional del dragado del pondaje Tricahue

Observación 2 En relación con los estudios de Medio Humano presentados por el Titular, no se identifica a los regantes como sujetos susceptibles de percibir impactos. Se estima necesario que, además de lo indicado por el titular en relación con la distancia de 30 km entre la zona de descarga y la primera bocatoma, se entreguen mayores antecedentes que descarten la no afectación a los regantes con ocasión del caudal variable de sedimentos que se descargará. Se solicita aclarar. (ID-SEA 13.45).

Evaluación de la Respuesta En referencia a la respuesta entregada en la ADENDA 1, se solicita al Titular ampliar y actualizar la información en ICSARA 2 respecto a la pregunta señalada.

Respecto de la no inclusión del Medio Humano en el área de influencia, se debe a que los grupos humanos, asociados a los canales de riego más cercanas a la descarga, se ubican aguas abajo de Tinguiririca en la Polcura, donde, tal como se explica a continuación, no son sujetos susceptibles de percibir impactos.

Con el fin de evitar posibles impactos sobre los regantes, que son parte de la Junta de Vigilancia de la primera sección del Río Tinguiririca, el Titular ha decidido desarrollar la descarga del dragado del pondaje Tricahue en el período comprendido entre los meses de abril y agosto de cada año, de manera de no coincidir con las actividades de riego desarrolladas por éstos.

De todas formas, en la Adenda se realizó una modelación hidráulica bidimensional del dragado del pondaje Tricahue durante el período abril a agosto (Anexo V-E de la adenda anterior), la cual permite determinar, en diferentes secciones del dominio (área de modelación), la concentración de <footer2

sedimentos en suspensión, de acuerdo al punto de origen de los aportes de sedimento y las entradas de tributarios que resulten en un efecto de dilución.

A modo de ejemplo, en la figura siguiente se entregan las variaciones de concentración máxima de sedimentos en suspensión generados por el dragado del pondaje Tricahue, utilizando un caudal al inicio del dominio27 de 8,5 m³/s, que crece hasta alcanzar 40 m³/s en Tinguiririca en La Polcura, para el período abril - agosto.

Figura 56 Modelación de la concentración máxima de sedimentos en suspensión en río Tinguiririca, para caudal inicial de 8,5 m3 en periodo abril - agosto

De acuerdo a la figura anterior, para el escenario que considera la actividad de dragado, la concentración máxima de sedimentos en suspensión disminuye drásticamente entre la descarga (km 17,2) y el km 18 donde tiende a acercarse a los valores naturales del río Tinguiririca.

Por otra parte, las primeras bocatomas de la Junta de Vigilancia del río Tinguiririca se ubican aproximadamente en el km 42,5 respecto del modelo (Figura 57), por tanto, de acuerdo a lo indicado en la Figura 56, la concentración máxima de sedimentos en suspensión sería similar a los valores naturales del río en ese punto, lo que no afectaría sistemas de riego ni las actividades de los regantes.

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Figura 57 Ubicación de bocatomas de Junta de Vigilancia de la primera sección del Río Tinguiririca respecto del Modelo Hidráulico Bidimensional del dragado del pondaje Tricahue.

Observación 3 En relación con el manejo de los sedimentos, si bien el titular declara que los sedimentos acumulados en el reservorio Tricahue provienen únicamente del Río Tinguiririca, también reconoce que los sedimentos allí acumulados poseen niveles de contaminación y concentraciones de contaminantes más altas en comparación a los sedimentos que fluyen naturalmente por el Río. Se solicita al Titular aclarar dicha diferencia. (ID-SEA 13.46).

Evaluación de la Respuesta Según los antecedentes entregados por el Titular, la química de las aguas y de los sedimentos de un sistema fluvial de la zona central de Chile como es la cuenca Alto Tinguiririca es variada y responde a la diversidad geológica y estructural que allí se presenta (Mendez 20185). La sub cuenca de la cual provienen los sedimentos analizados, se encuentra enmarcada en la Cordillera de Los Andes desde su borde occidental, con un relieve abrupto, con altas cumbres y valles angostos. Destacando el complejo volcánico Tinguiririca, parte de la Zona Volcánica Sur Transicional (Stern et al., 20076), con más de 10 conos volcánicos de piroclastos y cuya última erupción data de 1917 (Arcos et al., 19887).

Cabe destacar que, las altas concentraciones de metales registradas en el sector son una condición natural de estos sistemas, considerando que los suelos de los cuales provienen los sedimentos corresponden una secuencia sedimentaria continental de 3.000 m de espesor que aflora al este del área de estudio. En general, se observa una coloración rojiza, y en su techo tiene un miembro volcanoclástico con lavas andesíticas y brechas volcánicas de 1.000 m de espesor (Charrier et al. 20078).

En este sentido, el estudio de la Universidad Técnica Federico Santa María (2012)9, al aplicar las directivas de Kelley, que son utilizadas en la comunidad europea para determinar el nivel de contaminación de los suelos agrícolas, pudieron inferir que los suelos presentan en general contaminación ligera y contaminación para Cobre y Arsénico, lo cual según los autores es <footer2

consistente con la información identificada en las aguas efectuados a las cuencas de los ríos Cachapoal y el Tinguiririca.

En consecuencia, los valores registrados en los sedimentos analizados, aun cuando presentan concentraciones ligeramente elevadas, se consideran naturales y están dentro de las concentraciones esperadas, debido a que fueron obtenidos en la parte más alta de la cuenca, donde hay mayor variedad geológica, por la presencia de la franja mesozoica y el volcanismo actual.

Observación 4 En relación con el manejo de los sedimentos, respecto a la temporalidad y programación de las descargas, el titular declara que “podrá ser controlado y regulado según al caudal del río”, lo cual deja espacios para que las descargas ocurran sin que se verifiquen perjuicios en la calidad de las aguas e infraestructura asociada al riego. Se solicita al titular aclarar. (ID-SEA 13.47).

Evaluación de la Respuesta La cantidad de volumen de sedimentos a dragar se obtuvo mediante el desarrollo de mediciones batimétricas, las cuales permitieron establecer que la acumulación de sedimentos anual en el pondaje es de 35.000 m3 de material. Adicional a lo anterior, se determinó que el volumen de sedimentos acumulados en la Central Hidroeléctrica a la fecha, es de 50.000 m3.

Con esta información y con la finalidad de atenuar la reincorporación de sedimentos al río durante los primeros años de operación, se propone un esquema de dragado que considere la eliminación de los sedimentos acumulados (50.000 m3) distribuidos en los 5 primeros años operación del Plan de Manejo, así, desde el año 1 al año 5 se dragará una quinta parte de los sedimentos acumulados más la cuota anual de acumulación, lo que equivale a 45.000 m3, posteriormente, desde el año 6 en adelante, se continuará con el régimen de dragado de 35.000 m3.

En base a los datos anteriores se definieron las labores y periodicidad de operación del Plan, de manera que en ningún caso se sobrepase la cantidad estimada de sedimentos a dragar, así, la operación de dragado se acotó al período de 5 meses comprendido entre abril y agosto de cada año. Con lo anterior, se desea aclarar que en ningún caso el dragado de sedimentos se desarrollará a cualquier hora del día o cualquier día del año, además, se considera el control de esta actividad mediante mediciones batimétricas, cuyos resultados serán almacenados en el sistema de datos de la Estación Hidroeléctrica La Higuera y se encontrarán a disposición de la Autoridad Ambiental en caso de que sean requeridos.

Observación 5 En relación al manejo de los sedimentos, se hace necesario evaluar si estas descargar podrían cambiar la dinámica de los sedimentos y la calidad de agua en el río Tinguiririca, dado que se entregará una mayor concentración de sedimentos con características físico-químicas variables. Se solicita al titular aclarar. (ID-SEA 13.48).

Evaluación de la Respuesta En referencia a la respuesta entregada en la ADENDA 1, se solicita al Titular ampliar y actualizar la información en ICSARA 2 respecto a la pregunta señalada.

Como fue expuesto en el modelo el transporte de sedimentos, que evaluó la condición de solidos suspendidos en los sitios control (modelación presentada en el Anexo V-E de la Adenda). No se espera que el proceso de dragado altere significativamente la dinámica de sedimento en cuanto a la cantidad transportada. A modo de ejemplo se calculó el comportamiento del río con un dragado en diferentes escenarios, por ejemplo, en el caso de un caudal referencial al inicio del dominio28 (aguas arriba de la bocatoma Tricahue) de 8,5 m³/s, que crece hasta alcanzar 40 m³/s en Tinguiririca en La Polcura, como se muestra en la figura siguiente.

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Figura 58 Variación de la concentración máxima de sedimentos en suspensión del río para un caso referencial de 8,5 m³/s de caudal al inicio del dominio. Dragado pondaje Tricahue (período abril a agosto)

En consecuencia, según la modelación una turbidez de aproximadamente 2000 NTU en la estación control ubicada en el río Tinguiririca antes de la junta con el río Azufre implicaría que en el tramo control de la Polcura la turbidez no superaría los 1000 NTU, manteniéndose principalmente bajo 500 NTU. Además de la modelación teórica, los datos de turbidez medidos entre septiembre de 2012 y noviembre de 2017 muestran que al calcular los peak (máximos históricos) y el promedio en las estaciones ubicadas en el cauce principal del río Tinguiririca y dos de afluentes (Estero La Gloria y río Azufre), uno de los precursores más relevantes de la turbidez sería el estero La Gloria, debido a que en algunos periodos puede alcanzar a 3683 NTU, aumentando significativamente la turbidez del cauce principal. El cual presenta aguas arriba de la bocatoma una turbidez relativamente baja. Posteriormente, el río Azufre puede aportar turbidez o disminuirla, según el periodo del año, presentando valores similares a lo registrado en el tramo de restitución de HLH. Tabla 34 Estadísticos del parámetro Turbidez (NTU) en las estaciones históricas

Estación N Promedio Desviación Estándar Mínimo Máximo Bocatoma Tinguiririca 9 303 345 29 825 La Gloria 9 665 1205 5 3683 Tricahue 20 316 491 4 1706 La Puya 19 219 478 3 2138 Restitución La Higuera 14 400 586 4 2190

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Figura 59 Ubicación de estaciones de seguimiento histórico. El tamaño de los círculos es proporcional a los valores de turbidez (NTU)

Por otro lado, no se esperan cambios morfológicos en el cauce, debido a que el tramo de río se encuentra en la cabecera de la cuenca, en la que las pendientes son altas (>3%, Figura 60). En este sentido, el segmento del río Tinguiririca comprendido entre la Bocatoma Tinguiririca y el Pondaje Tricahue, tendría una pendiente general de 3,55%, mientras que el tramo entre el Pondaje Tricahue y el sector de la Polcura alcanzaría a 5,58%.

Como indica Rosgen (1996)29, la morfología del río define la forma de la descarga (caudal), velocidad y profundidad de agua. Además, controla la forma en que estos parámetros físicos influyen en la erosión, deposición, tamaño del sedimento y transporte de sedimentos (Figura 61). El segmento entre la Bocatoma Tinguiririca y el Pondaje Tricahue sería un tramo moderadamente estrecho dominado por rápidos y el segmento entre el Pondaje Tricahue y La Polcura seria tipo A, empinado y estrecho. Este tipo de morfología no permitiría la acumulación prolongada de sedimentos, los que serían arrastrados en los episodios de crecidas, los que ayudados por la alta pendiente, limpiarían la caja del río. Por lo tanto, no se espera que la caja del río o el cauce fluvial sea modificada por las acciones del proyecto. Complementariamente, con la magnitud de los depósitos, no se vislumbra modificación de la caja del río (depósitos mensuales de baja magnitud, pero acotados a la batimetría disponible), destacando que, los sedimentos reingresados al río son parte de la carga natural del río.

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Figura 60 Perfil de elevación del tramo Bocatoma Tinguiririca- Pondaje Tricahue – La Polcura

Figura 61 Relación entre pendiente del cauce y tipo de morfología

En este sentido, la morfología del río no permitiría la acumulación prolongada de sedimentos, además, la magnitud de los depósitos, no se vislumbra modificación de la caja del río (depósitos mensuales de baja magnitud, pero acotados a la batimetría disponible). Además, en el tramo no se han observado llanuras o terrazas de inundación. Esto es lo esperado para un segmento de río de alta pendiente, en el cual los procesos de aumento de caudal, no tiene espacio lateral para crecer, debido <footer2

al estrechamiento que presenta por fluir entre montañas y con alta pendiente. Por lo tanto, no se esperan cambios en la dinámica de los sedimentos y la calidad de agua en el rio Tinguiririca, dado que se entregará una mayor concentración de sedimentos.

En particular respecto a la calidad de los sedimentos, no se esperan cambios en la calidad de sedimentos o del agua. Se debe tomar en cuenta que los sedimentos vertidos son los propios de la cuenca, la cual según Méndez (2018)30, debido a las aguas termales de la parte alta de la cuenca del río Damas presenta características cloruradas sódicas y posee altas concentraciones de casi todos los elementos analizados. El resto de las aguas de la cuenca forman una transición desde sulfatadas cálcicas a bicarbonatadas cálcicas, donde las de la parte alta de la cuenca son más sulfatadas y poseen mayores concentraciones y anomalías de Al, Fe, Mn y otros elementos, mientras que las de la parte baja son más bicarbonatadas, con menores concentraciones y solo con un punto con anomalía de Zn. Por lo que, al comparar las muestras con la normativa chilena para agua potable, varias sobrepasan los valores límite de As, Cl, Fe, Hg y Mn.

En la Tabla 35 se resumen los valores de los parámetros incluidos en la Norma Chilena NCh 1.333 (Requisitos de calidad del agua para diferentes usos) desde marzo de 2017 a junio de 2018. Como se puede observar las características naturales de las aguas del río Tinguiririca desde su parte alta (aguas arriba de la bocatoma Tinguiririca) presentan diversas excedencias respecto a la Norma Chilena NCh 1.333, destacando altas concentraciones de aluminio, arsénico, boro, hierro, molibdeno, manganeso y sulfato, asociados a altos valores de conductividad eléctrica y turbidez. Además, afluentes como el estero La Gloria presentan altas concentraciones de cobre y cobalto, entre otros elementos y valores más elevados de turbidez. Esta condición varia levemente hacia aguas abajo, registrándose varias excedencias que se mantienen incluso hasta Tinguiririca en Bajo Briones, como las concentraciones de aluminio, hierro, manganeso, molibdeno, que pueden complementarse con aumentos de elementos como el mercurio. Estas características del agua derivan de la conformación geomorfológica de la cuenca, por lo que constituyen la condición natural del sistema y tienen su repercusión en las características generales de los sedimentos.

Tabla 35 Parámetros de calidad de agua (Periodo marzo 2017 a junio 2018). Se muestran en gris las excedencias respecto a la NCh 1.333

Observación 6 En relación a la descarga de los sedimentos, se hace necesario evaluar los impactos acumulativos que generaría la descarga de sedimentos de La Higuera, en conjunto con otros proyectos al mismo <footer2

cauce (ej. La Confluencia). Estas evaluaciones no han sido presentadas. Se solicita al titular aclarar. (ID-SEA 13.49).

Evaluación de la Respuesta Según lo mencionado por el Titular, el impacto acumulativo, se aclara que no será posible un impacto acumulativo con la descarga de sedimentos dragados desde la Central La Confluencia, pues, como se ha indicado, ambos dragados se realizarán en meses distintos del año.

Observación 7 En relación a la descarga de los sedimentos, el titular presenta el estudio “Efecto Dragado de la Turbidez del río Tinguiririca”, sin embargo, el informe no da cuenta de los efectos del dragado sobre el pondaje Tricahue sumado a las labores de limpieza de los desarenadores de las bocatomas Tricahue, La Puya y Los Helados”. (ID-SEA 13.50).

Evaluación de la Respuesta En referencia a la respuesta entregada en la ADENDA 1, se solicita al Titular ampliar y actualizar la información en ICSARA 2 respecto a la pregunta señalada.

A continuación, a modo de complementar a la consulta ciudadana 3.28 de la Adenda, se indica una síntesis del procedimiento de limpieza de los desarenadores de las bocatomas La Puya y Tricahue, que se entregan en detalle en el Anexo I-E de la Adenda:

a.- Se deberá seleccionar la batea que se desea vaciar, posteriormente, se deberá mantener su compuerta de entrada en posición cerrada.

b.- Se deberá verificar el aumento de nivel de caudal en batea contraria a la que se desea vaciar.

c.- Una vez haya aumentado el nivel en la batea contraria, se procederá a la apertura de un 10% de la compuerta de flushing de la batea a vaciar. Se deberá observar la disminución de nivel de agua en el desarenador y verificación de caudal de salida en cámara y en salida de tubo de descarga.

d.- Cuando el nivel de la batea se encuentre en la mitad, se procederá a la apertura de un 30% de la compuerta de flushing. Se deberá verificar el caudal de salida en cámara y en salida de tubo de descarga.

e.- Se continuará con la verificación del nivel de agua en la batea. Cuando se detecte nivel de fango, se deberá abrir la compuerta de flushing a un 60%. Se deberá verificar el caudal de salida en cámara y en salida de tubo de descarga. f.- Se continuará con la verificación del nivel de agua en la batea, cuando éste se encuentre bajo, se procederá a abrir el 100% de la compuerta de flushing. Se deberá verificar el caudal de salida en cámara y en salida de tubo de descarga.

g.- Se deberá realizar la apertura de 10 cm de la compuerta de entrada con la finalidad de dar golpe de agua al fango, con el fin de desplazarlo por el tubo de descarga. Se podrá estrangular la compuerta de entrada al desarenador, pero no cerrar por completo.

h.- Una vez que el canal se encuentre despejado, se deberá dejar pasar agua por un período mínimo de 5 minutos, con la finalidad de limpiar el tubo de descarga.

i.- Se deberá verificar que el tubo de descarga se encuentre sin embancamiento.

Respecto al desarenador de la bocatoma Los Helados, como su período de operación se encuentra acotado a 2 meses al año y se realiza de forma manual, su limpieza se efectúa de acuerdo a visitas de inspección periódicas aplicables a la bocatoma.

Observación 8 En relación a la descarga de los sedimentos, el titular presenta el estudio “Efecto Dragado de la Turbidez del río Tinguiririca”, el estudio no incluye los efectos de actividades complementarias, <footer2

como lo es la limpieza de los diferentes desarenadores en las distintas bocatomas, ni tampoco considera el efecto sinérgico de todas las actividades actuando en forma paralela (ambas centrales). Se solicita al titular aclarar (ID-SEA 13.51).

Evaluación de la Respuesta En referencia a la respuesta entregada en la ADENDA 1, se solicita al Titular ampliar y actualizar la información en ICSARA 2 respecto a la pregunta señalada.

A continuación, a modo de complementar a la consulta ciudadana 3.29 de la Adenda, se indica una síntesis del procedimiento de limpieza de los desarenadores de las bocatomas La Puya y Tricahue, que se entregan en detalle en el Anexo I-E de la Adenda:

a.- Se deberá seleccionar la batea que se desea vaciar, posteriormente, se deberá mantener su compuerta de entrada en posición cerrada.

b.- Se deberá verificar el aumento de nivel de caudal en batea contraria a la que se desea vaciar.

c.- Una vez haya aumentado el nivel en la batea contraria, se procederá a la apertura de un 10% de la compuerta de flushing de la batea a vaciar. Se deberá observar la disminución de nivel de agua en el desarenador y verificación de caudal de salida en cámara y en salida de tubo de descarga.

d.- Cuando el nivel de la batea se encuentre en la mitad, se procederá a la apertura de un 30% de la compuerta de flushing. Se deberá verificar el caudal de salida en cámara y en salida de tubo de descarga.

e.- Se continuará con la verificación del nivel de agua en la batea. Cuando se detecte nivel de fango, se deberá abrir la compuerta de flushing a un 60%. Se deberá verificar el caudal de salida en cámara y en salida de tubo de descarga.

f.- Se continuará con la verificación del nivel de agua en la batea, cuando éste se encuentre bajo, se procederá a abrir el 100% de la compuerta de flushing. Se deberá verificar el caudal de salida en cámara y en salida de tubo de descarga.

g.- Se deberá realizar la apertura de 10 cm de la compuerta de entrada con la finalidad de dar golpe de agua al fango, con el fin de desplazarlo por el tubo de descarga. Se podrá estrangular la compuerta de entrada al desarenador, pero no cerrar por completo.

h.- Una vez que el canal se encuentre despejado, se deberá dejar pasar agua por un período mínimo de 5 minutos, con la finalidad de limpiar el tubo de descarga.

i.- Se deberá verificar que el tubo de descarga se encuentre sin embancamiento.

Respecto al desarenador de la bocatoma Los Helados, como su período de operación se encuentra acotado a 2 meses al año y se realiza de forma manual, su limpieza se efectúa de acuerdo a visitas de inspección periódicas aplicables a la bocatoma.

Observación 9 En relación a la calidad de las aguas, el titular presenta el estudio “Caracterización Ambiental de Ecosistemas Acuáticos” e identifica 5 metales que se encuentran por sobre la norma NCh.1333 (Cobre, Boro, Aluminio, Hierro y Manganeso), sin embargo, si bien en todas las estaciones de monitoreo cercano al pontaje Tricahue en las cuales se indica se superan los valores máximos permitidos, no se indica nada respecto de los valores de dichos metales en las estaciones de monitoreo que se dispusieron aguas abajo del proyecto. Estas son; C-4 Río Azufre, C-5 Tinguiririca en la iglesia, C-6 Tinguiririca en Puente negro, C-7 Tinguiririca en Ruta 5. Tal como se analiza para el resto de las componentes de este estudio donde sí se entregan resultados respecto a cada estación de monitoreo. Se solicita al Titular aclarar. (ID-SEA 13.53).

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Evaluación de la Respuesta En referencia a la respuesta entregada en la ADENDA 1, se solicita al Titular ampliar y actualizar la información en ICSARA 2 respecto a la pregunta señalada.

Para caracterizar la calidad del agua se definieron estaciones aguas arriba del pondaje, en el pondaje y aguas abajo del pondaje Tricahue (Anexo C de la DIA). De esta forma se caracterizaron las condiciones basales de la calidad del agua antes del pondaje y luego del mismo. Debido a que los posibles cambios derivados de las acciones del proyecto estarían relacionados con aumentos en los sólidos, para la caracterización de los sólidos (disueltos, sedimentables, suspendidos y totales) se establecieron siete estaciones de muestreo. Lo cual fue complementado con análisis de sedimentos en 9 estaciones de muestreo, una aguas arriba de la bocatoma, tres en el pondaje y tres aguas abajo del mismo, y una en un tributario (río Azufre).

Figura 62 Estaciones de muestreo caracterización Ambiental Ecosistemas Acuáticos Continentales

En la Tabla 36 se resumen los valores de los parámetros incluidos en la Norma Chilena NCh 1.333 (Requisitos de calidad del agua para diferentes usos) desde marzo de 2017 a junio de 2018. Como se puede observar las características naturales de las aguas del río Tinguiririca desde su parte alta (aguas arriba de la bocatoma Tinguiririca) presentan diversas excedencias respecto a la Norma Chilena NCh 1.333, destacando altas concentraciones de aluminio, arsénico, boro, hierro, molibdeno, manganeso y sulfato, asociados a altos valores de conductividad eléctrica y turbidez. Además, afluentes como el estero La Gloria presentan altas concentraciones de cobre y cobalto, entre otros elementos y valores más elevados de turbidez. Esta condición varia levemente hacia aguas abajo, registrándose varias excedencias que se mantienen incluso hasta Tinguiririca en Bajo Briones, como las concentraciones de aluminio, hierro, manganeso, molibdeno, que pueden complementarse con aumentos de elementos como el mercurio. Estas características del agua derivan de la conformación geomorfológica de la cuenca, la cual según Méndez (2018)31, debido a las aguas termales de la parte alta de la cuenca del río Damas presenta características cloruradas sódicas y posee altas concentraciones de casi todos los elementos analizados. El resto de las aguas de la cuenca forman una transición desde sulfatadas cálcicas a bicarbonatadas cálcicas, donde las de la parte alta de la cuenca son más sulfatadas y poseen mayores concentraciones y anomalías de Al, <footer2

Fe, Mn y otros elementos, mientras que las de la parte baja son más bicarbonatadas, con menores concentraciones y solo con un punto con anomalía de Zn. Por lo que, al comparar las muestras con la normativa chilena para agua potable, varias sobrepasan los valores límite de As, Cl, Fe, Hg y Mn.

Tabla 36 Parámetros de calidad de agua (Periodo marzo 2017 a junio 2018). Se muestran en gris las excedencias respecto a la NCh 1.333

Observación 10 En relación a la calidad de las aguas y los sedimentos, el titular obtiene resultados de las concentraciones de metales medidos en laboratorios en función de los valores de referencia de la Norma Canadiense; “Canadian Sediment Quality Guideline for the Protection of Aquatic Life”, a este respecto, el titular señala que “Las estaciones asociadas al Pondaje Tricahue (Tr-3 y Tr-5) registraron concentraciones de arsénico sobre el límite en que se esperarían efectos ambientales (Probable Effect Level, PEL). En cuanto al cadmio, cobre y mercurio, presentaron en algunas estaciones niveles sobre los índices de ISQG establecidos por la Norma Canadiense).” En conformidad a lo anterior, se solicita al Titular aclarar las acciones a tomar para asegurar que dichas concentraciones se mantengan dentro del rango de variación natural del Río Tinguiririca, evitando un impacto sobre los demás usos del recurso. (ID-SEA 13.54 – 22.113).

Evaluación de la Respuesta Se aprovecha de indicar que, en función de la programación de dragado presentada en la adenda anterior, el Titular ha aumentado de 3 a 7 años la duración del Plan de Monitoreo de los Ecosistemas Acuáticos Continentales y de Calidad de Agua y Sedimentos, es decir, éste se llevará a cabo durante los primeros 5 años en los que se extraerá la tasa natural de acumulación anual, más una proporción de lo acumulado a la fecha (45.000 m³ en total); y en los 2 años posteriores, donde la tasa de dragado será la igual a la tasa de retención anual (35.000 m³).

Observación 11 El proyecto contempla el carguío de combustible de dragas con barcazas tranque, sin embargo, en la DIA no se constata que se hayan levantado los riesgos que implica la ejecución de esta actividad. Por lo anterior, se solicita al Titular aclarar si ha levantado los riesgos asociados, procedimientos y planes de emergencia para eventuales accidentes que puedan afectar la calidad de las aguas del Río. (ID-SEA 13.55). <footer2

Evaluación de la Respuesta En referencia a la respuesta entregada en la ADENDA 1, se solicita al Titular ampliar y actualizar la información en ICSARA 2 respecto a la pregunta señalada.

En relación a lo reiterado, el Titular menciona que respecto de los procedimientos y planes de emergencia ante eventuales accidentes que se puedan generar producto del carguío de combustible de dragas con barcazas tranque, consultados en la observación 5.5 de la Adenda Ciudadana, se puede indicar lo siguiente:

En caso de derrames que puedan comprometer cuerpos de agua superficiales producto de la operación de la draga, se detendrá de manera inmediata la operación, dando paso a la limpieza del área. Es importante señalar que la draga cuenta con una sentina de acumulación de desechos líquidos que recoge los hidrocarburos en caso de derrames y, mediante un sistema de achique conectado a tambores o envases de trasvasije, permiten su recepción y traslado seguro a tierra.

Adicionalmente, en caso de que el derrame acceda al pondaje, la draga se encuentra equipada con mangas absorbentes para contener y minimizar al máximo el derrame en caso de que entre en contacto con el agua, limitándolo así al pondaje y evitando su propagación hacia las aguas del río. En virtud de lo anterior, en caso de derrames de hidrocarburos que entren en contacto ya sea con el pondaje o con el cauce del río, se procederá de la siguiente manera:

a.- Contención del derrame con mangas absorbentes. b.- Extracción de agua contaminada con bombas y realizar su depósito en camión autorizado por SEREMI de Salud.

c.- Despacho de camión con agua contaminada.

d.- Monitoreo inmediato del área afectada, al finalizar las tareas de extracción de agua contaminada.

Finalmente, ante la eventualidad de compromiso de cuerpos de agua, se dará aviso a la persona encargada según lo establece el Plan de Emergencia, quién a su vez, deberá dar aviso en un plazo no mayor a 24 horas a la DGA, SERNAPESCA y Superintendencia del Medio Ambiente de la región del Libertador Bernardo O’Higgins, con la finalidad de establecer medidas en conjunto para el desarrollo de las medidas de descontaminación, rehabilitación o restauración, según sea el caso.

Observación 12 En relación con la calidad de las aguas y los sedimentos, el proyecto no contempla el desarrollo de un monitoreo en las descargas para verificar la calidad de agua en el cauce previa y durante la construcción del proyecto. Tampoco considera un análisis de impactos acumulativos, dados por la operación del Proyecto de La Higuera y el de La Confluencia (actualmente en evaluación), ni tampoco monitoreos o medidas de mitigación para reducir los eventuales impactos sobre los usos que se dan aguas debajo de las centrales. Se solicita al Titular aclarar. (ID-SEA 13.56)

Evaluación de la Respuesta El Titular indica que, en función de la programación de dragado presentada en la adenda anterior, el Titular ha aumentado de 3 a 7 años la duración del Plan de Monitoreo de los Ecosistemas Acuáticos Continentales y de Calidad de Agua y Sedimentos, es decir, éste se llevará a cabo durante los primeros 5 años en los que se extraerá la tasa natural de acumulación anual, más una proporción de lo acumulado a la fecha (45.000 m³ en total); y en los 2 años posteriores, donde la tasa de dragado será la igual a la tasa de retención anual (35.000 m³).

Además de este monitoreo, se dispondrá de una red de monitoreo en línea de la turbidez, con una estación instalada antes del reservorio Tricahue e inmediatamente aguas debajo de éste (cercano a la descarga de la draga), y en casa de máquinas de la central La Higuera, con objeto de monitorear la concentración de sedimentos en el río.

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Observación 13 En relación al artículo 5 del RSEIA (Riesgo para la salud de la población, específicamente debido a la cantidad y calidad de efluentes, emisiones y residuos), de los estudios presentados, considerando que no se tomaron en cuenta los efectos sinérgicos de las diferentes operaciones de carácter permanente, los estudios adolecen de información relevante para determinar un posible impacto sobre la calidad de las aguas. Se solicita al titular aclarar (ID-SEA 13.57).

Evaluación de la Respuesta Conforme a lo indicado en el Anexo IX de Participación Ciudadana, como también en la Adenda N°1, antecedentes entregados por el Titular, no se producirán efectos sinérgicos entre las operaciones de dragado, toda vez que se realizarán en meses del año distintos.

Observación 14 Los estudios como condición base presentados por el titular, señalan la superación de las normas chilenas sobre riego y conservación de la vida acuática, y otras normas referenciales internacionales en cuanto a algunos elementos químicos y metales presentes en los sedimentos en las actuales condiciones del Río Tinguiririca, todo lo anterior sin considerar los nuevos aportes de elementos que resultarán de la ejecución del proyecto. De esta forma, se solicita al titular aclarar la no generación del Art. 11 letra a) y b) de la Ley 19.300, Art. 5 y 6 del RSEIA. (ID-SEA 13.59).

Evaluación de la Respuesta En referencia a la respuesta entregada en la ADENDA 1, se solicita al Titular ampliar y actualizar la información en ICSARA 2 respecto a la pregunta señalada.

En relación a lo reiterado, el Titular menciona que los sedimentos que serán vertidos son los propios de la cuenca, la cual según Méndez (2018)32,las aguas termales de la parte alta de la cuenca del río Damas se caracterizan por ser cloruradas sódicas y poseer altas concentraciones en casi todos los elementos analizados. El resto de las aguas de la cuenca forman una transición desde sulfatadas cálcicas a bicarbonatadas cálcicas, donde las de la parte alta de la cuenca son más sulfatadas y poseen mayores concentraciones y anomalías de Al, Fe, Mn y otros elementos, mientras que las de la parte baja son más bicarbonatadas, con menores concentraciones y solo con un punto con anomalía de Zn. Por lo que al comparar las muestras con la normativa chilena para agua potable, varias sobrepasan los valores límite de As, Cl, Fe, Hg y Mn.

Estas características del agua derivan de la conformación geomorfológica de la cuenca, por lo que constituyen la condición natural del sistema y tienen su repercusión en las características generales de los sedimentos. En este sentido, es posible que se verifiquen algunos parámetros de sedimentos que sobrepasen la normativa internacional (en ausencia de normativa nacional), pero que no constituirían una alteración asociadas a las acciones del proyecto.

Para complementar esta información bibliográfica, en la Tabla 37 se resumen los valores de los parámetros incluidos en la Norma Chilena NCh 1.333 (Requisitos de calidad del agua para diferentes usos) desde marzo de 2017 a junio de 2018.

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Tabla 37 Parámetros de calidad de agua (Periodo marzo 2017 a junio 2018). Se muestran en gris las excedencias respecto a la NCh 1.333

Como se puede observar, las características naturales de las aguas del río Tinguiririca desde su parte alta (aguas arriba de la bocatoma Tinguiririca) presentan diversas excedencias respecto a la Norma Chilena NCh 1.333, destacando altas concentraciones de aluminio, arsénico, boro, hierro, molibdeno, manganeso y sulfato, asociados a altos valores de conductividad eléctrica y turbidez. Además, afluentes como el estero La Gloria presentan altas concentraciones de cobre y cobalto, entre otros elementos y valores más elevados de turbidez. Estas características del agua derivan de la conformación geomorfológica de la cuenca, por lo que constituyen la condición natural del sistema y tienen su repercusión en las características generales de los sedimentos.

Observación 15 En relación al artículo 6 del RSEIA (Efectos adversos sobre los recursos naturales renovables), los antecedentes presentados, no son suficientes para demostrar que el proyecto no generaría impactos significativos sobre los recursos naturales renovables, principalmente sobre la hidrología y dinámica de los sedimentos. Para este tipo de impactos no existe legislación que asegure su gestión adecuada. (ID-SEA 13.60).

Evaluación de la Respuesta

En referencia a la respuesta entregada en la ADENDA 1, se solicita al Titular ampliar y actualizar la información en ICSARA 2 respecto a la pregunta señalada.

En relación a lo reiterado, el Titular menciona que respecto a lo expuesto en el modelo el transporte de sedimentos, que evaluó la condición de sólidos suspendidos en los sitios control (modelación presentada en el Anexo V-E de la Adenda anterior). No se espera que el proceso de dragado altere significativamente la dinámica de sedimento en cuanto a la cantidad transportada. A modo de ejemplo se calculó el comportamiento del río con un dragado en diferentes escenarios, por ejemplo, en el caso de un caudal referencial al inicio del dominio33 (aguas arriba de la bocatoma Tricahue) de 8,5 m³/s, que crece hasta alcanzar 40 m³/s en Tinguiririca en La Polcura, como se muestra en la figura siguiente.

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Figura 63 Variación de la concentración máxima de sedimentos en suspensión del río para un caso referencial de 8,5 m³/s de caudal al inicio del dominio. Dragado pondaje Tricahue (período abril a agosto).

En consecuencia, según la modelación una turbidez de aproximadamente 2000 NTU en la estación control ubicada en el río Tinguiririca antes de la junta con el río Azufre implicaría que en el tramo control de la Polcura la turbidez no superaría los 1000 NTU, manteniéndose principalmente bajo 500 NTU. Además de la modelación teórica, los datos de turbidez medidos entre septiembre de 2012 y noviembre de 2017 muestran que al calcular los peak (máximos históricos) y el promedio en las estaciones ubicadas en el cauce principal del río Tinguiririca y dos de afluentes (Estero La Gloria y río Azufre), uno de los precursores más relevantes de la turbidez sería el estero La Gloria, debido a que en algunos periodos puede alcanzar a 3683 NTU, aumentando significativamente la turbidez del cauce principal. El cual presenta aguas arriba de la bocatoma una turbidez relativamente baja. Posteriormente, el río Azufre puede aportar turbidez o disminuirla, según el periodo del año, presentando valores similares a lo registrado en el tramo de restitución de HLH.

Tabla 38 Estadísticos del parámetro Turbidez (NTU) en las estaciones históricas

Estación N Promedio Desviación Estándar Mínimo Máximo Bocatoma Tinguiririca 9 303 345 29 825 La Gloria 9 665 1205 5 3683 Tricahue 20 316 491 4 1706 La Puya 19 219 478 3 2138 Restitución La Higuera 14 400 586 4 2190

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Figura 64 Ubicación de estaciones de seguimiento histórico. El tamaño de los círculos es proporcional a los valores de turbidez (NTU)

Por otro lado, no se esperan cambios morfológicos en el cauce, debido a que el tramo de río se encuentra en la cabecera de la cuenca, en la que las pendientes son altas (>3%, Figura 65). En este sentido, el segmento del río Tinguiririca comprendido entre la Bocatoma Tinguiririca y el Pondaje Tricahue, tendría una pendiente general de 3,55%, mientras que el tramo entre el Pondaje Tricahue y el sector de la Polcura alcanzaría a 5,58%.

Como indica Rosgen (1996)34, la morfología del río define la forma de la descarga (caudal), velocidad y profundidad de agua. Además, controla la forma en que estos parámetros físicos influyen en la erosión, deposición, tamaño del sedimento y transporte de sedimentos (Figura 66). El segmento entre la Bocatoma Tinguiririca y el Pondaje Tricahue sería un tramo moderadamente estrecho dominado por rápidos y el segmento entre el Pondaje Tricahue y La Polcura seria tipo A, empinado y estrecho. Este tipo de morfología no permitiría la acumulación prolongada de sedimentos, los que serían arrastrados en los episodios de crecidas, los que ayudados por la alta pendiente, limpiarían la caja del río. Por lo tanto, no se espera que la caja del río o el cauce fluvial sea modificada por las acciones del proyecto. Complementariamente, con la magnitud de los depósitos, no se vislumbra modificación de la caja del río (depósitos mensuales de baja magnitud, pero acotados a la batimetría disponible), destacando que, los sedimentos reingresados al río son parte de la carga natural del río.

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Figura 65 Perfil de elevación del tramo Bocatoma Tinguiririca- Pondaje Tricahue – La Polcura

Figura 66 Relación entre pendiente del cauce y tipo de morfología (Rosgen 1996).

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En este sentido, la morfología del río no permitiría la acumulación prolongada de sedimentos, además, la magnitud de los depósitos, no se vislumbra modificación de la caja del río (depósitos mensuales de baja magnitud, pero acotados a la batimetría disponible). Además, en el tramo no se han observado llanuras o terrazas de inundación. Esto es lo esperado para un segmento de río de alta pendiente, en el cual los procesos de aumento de caudal, no tiene espacio lateral para crecer, debido al estrechamiento que presenta por fluir entre montañas y con alta pendiente. Por lo tanto, no se esperan cambios en la dinámica de los sedimentos y la calidad de agua en el rio Tinguiririca, dado que se entregará una mayor concentración de sedimentos.

En particular respecto a la calidad de los sedimentos, no se esperan cambios en la calidad de sedimentos o del agua. Se debe tomar en cuenta que los sedimentos vertidos son los propios de la cuenca, la cual según Méndez (2018)35, debido a las aguas termales de la parte alta de la cuenca del río Damas presenta características cloruradas sódicas y posee altas concentraciones de casi todos los elementos analizados. El resto de las aguas de la cuenca forman una transición desde sulfatadas cálcicas a bicarbonatadas cálcicas, donde las de la parte alta de la cuenca son más sulfatadas y poseen mayores concentraciones y anomalías de Al, Fe, Mn y otros elementos, mientras que las de la parte baja son más bicarbonatadas, con menores concentraciones y solo con un punto con anomalía de Zn. Por lo que, al comparar las muestras con la normativa chilena para agua potable, varias sobrepasan los valores límite de As, Cl, Fe, Hg y Mn. En la tabla siguiente se resumen los valores de los parámetros incluidos en la Norma Chilena NCh 1.333 (Requisitos de calidad del agua para diferentes usos) desde marzo de 2017 a junio de 2018. Como se puede observar las características naturales de las aguas del río Tinguiririca desde su parte alta (aguas arriba de la bocatoma Tinguiririca) presentan diversas excedencias respecto a la Norma Chilena NCh 1.333, destacando altas concentraciones de aluminio, arsénico, boro, hierro, molibdeno, manganeso y sulfato, asociados a altos valores de conductividad eléctrica y turbidez. Además, afluentes como el estero La Gloria presentan altas concentraciones de cobre y cobalto, entre otros elementos y valores más elevados de turbidez. Esta condición varia levemente hacia aguas abajo, registrándose varias excedencias que se mantienen incluso hasta Tinguiririca en Bajo Briones, como las concentraciones de aluminio, hierro, manganeso, molibdeno, que pueden complementarse con aumentos de elementos como el mercurio. Estas características del agua derivan de la conformación geomorfológica de la cuenca, por lo que constituyen la condición natural del sistema y tienen su repercusión en las características generales de los sedimentos.

Tabla 39 Parámetros de calidad de agua (Periodo marzo 2017 a junio 2018). Se muestran en gris las excedencias respecto a la NCh 1.333

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Para verificar la condición de los sedimentos, en cada una de las estaciones de muestreo del Plan de Monitoreo de sedimentos se evaluarán los parámetros correspondientes a la calidad de sedimentos de acuerdo a lo señalado en los Lineamientos de Calidad de Sedimentos para la Protección de la Vida Acuática, determinada por el Concilio Canadiense de Ministros Ambientales en el año 1999, actualizada el 2002, esto debido a la ausencia de una norma chilena acerca de calidad de sedimentos. Los análisis serán llevados a cabo por un laboratorio acreditado bajo los estándares de competencia técnica de la norma internacional ISO/IEC 17.025:2005.

El análisis de los sedimentos será evaluado en 12 estaciones de muestreo definidas para el seguimiento ambiental a lo largo del área de influencia del Proyecto, cuya estación control se ubicaría en el cauce principal del río Tinguiririca en La Vieja, aguas arriba de la bocatoma Tricahue.

Tabla 40 Estaciones de seguimiento ambiental para Calidad física y química de Sedimentos

Estación Coordenadas Geográficas UTM S UTM E Tinguiririca en La Vieja 6.138.573 359.325 Tinguiririca antes Azufre 6.144.326 357.719 Tinguiririca antes Carrizal 6.149.369 351.224 Tinguiririca antes El Manzano 6.149.690 349.106 Tinguiririca antes El Membrillo 6.150.031 348.470 Tinguiririca bajo La Iglesia 6.152.517 344.680 Tinguiririca en La Javierana 6.155.318 342.020 Tinguiririca en El Espinal 6.154.812 340.187 Tinguiririca en Isla Briones 6.158.172 332.104 Tinguiririca en Puente Negro 6.161.256 328.542 Tinguiririca en Ruta 5 6.167.536 318.451 Azufre antes de Tinguiririca 6.145.107 357.261

Figura 67 Estaciones de Seguimiento ambiental. Calidad física y química de Sedimentos

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Tabla 41 Parámetros de calidad de sedimentos medidos en laboratorio con su respectiva metodología.

Análisis Descripción Referencia del método PARAMETROS ORGANICOS Materia orgánica Gravimetría Método Gravimétrico. Análisis CNA-MET 7.2 para suelos y tejidos. GRANULOMETRÍA Granulometría Granulometría Método ASTM D422 – Standard Test Methods for Particle-Size Analysis for Soils Análisis Descripción Referencia del método Hg (mg/kg) Mercurio Método EPA-7470-A. USEPA SW-846. As (mg/kg) Arsénico total Método EPA-6010-C Espectrometría de Masas con Plasma Acoplado Inductivamente (ICP). EPA, Test Methods for evaluating Solid Waste SW 846. Cd (mg/kg) Cadmio Total Cr (mg/kg) Cromo Total Cu (mg/kg) Cobre Total Pb (mg/kg) Plomo Total Zn (mg/kg) Zinc Total

Normativa de referencia: Para el estudio se tomará como referencia los límites estipulados en los lineamientos de Calidad de Sedimentos para la Protección de la Vida Acuática canadiense. Cabe destacar que esta norma permite considerar sedimentos no contaminados (Interim Freshwater Sediment Quality Guideline, ISQG), niveles con probables efectos para el medio ambiente (Probable Effect Level, PEL), y la incidencia porcentual para los valores de ISQG y PEL.

Como fue expuesto anteriormente, se debe tomar en cuenta que los sedimentos vertidos son los propios de la cuenca, y que según Méndez (2018)36, al comparar las muestras con la normativa chilena para agua potable, varias sobrepasan los valores límite de As, Cl, Fe, Hg y Mn. Condición que deriva de la conformación geomorfológica de la cuenca, por lo que constituyen la condición natural del sistema y tienen su repercusión en las características generales de los sedimentos. En este sentido, es posible que se verifiquen algunos parámetros de sedimentos que sobrepasen la normativa internacional (en ausencia de normativa nacional), pero que no constituirían una alteración asociada a las acciones del proyecto. Por lo tanto, en el caso de observarse excedencias en términos de la calidad de los sedimentos, estas serán informadas y se buscará un posible efecto en las comunidades biológicas de macroinvertebrados, las que son consideradas a nivel nacional e internacional como buenos indicadores cambios en las condiciones ambientales, siguiéndose el plan de acciones descrito para el seguimiento de biota acuática, contrastando los resultados obtenidos en cada punto monitoreado con los valores promedio y la desviación estándar de los parámetros del hábitat evaluados en la caracterización del hábitat en las campañas del monitoreo de Flora y Fauna Acuática previas a la operación, y se definieron las siguientes categorías:

a.- Verde: Los registros observados se encuentran cercanos a la media histórica (dentro del rango de la primera desviación estándar) y muestran una buena condición del río.

b.- Amarilla: Los registros observados se encuentran entre la primera y la segunda desviación estándar y muestran una condición regular del río o anomalía menor; c.- Roja: Los registros se encuentran más allá de la segunda desviación estándar y representa una condición de anomalía mayor del río.

En el análisis de riqueza y abundancia de fauna bentónica se utilizarán los promedios y mínimos históricos por estación obtenidos de las campañas de monitoreo de Flora y Fauna Acuática. Con estos valores se definieron las siguientes categorías:

a.- Verde, si la estación presentaba un valor igual o superior al promedio histórico al promedio histórico correspondiente a la estación. b.- Amarillo, si se encuentra entre el promedio y el mínimo. c.- Roja si se encuentra bajo el mínimo histórico. <footer2

En las especies de peces de mayor incidencia (Diplomystes chilensis, Trichomycterus areolatus y Oncorhynchus mykiss), se utilizarán los registros de abundancia históricos por estación, obteniéndose la distribución de frecuencia de abundancias de las campañas de monitoreo de Flora y Fauna Acuática. Esto debido a que las abundancias de peces presentan distribuciones discretas y una alta variabilidad, y por lo tanto los estadísticos utilizados en el análisis de los macroinvertebrados (cuya abundancia presenta una distribución continua) no se pueden aplicar. De acuerdo a lo anterior, se definieron las siguientes categorías:

a.- Verde, si la estación presentaba un percentil superior al percentil 50. b.- Amarillo, si se encontraba entre el percentil 50 y el 33. c.- Roja si se encontraba bajo el percentil 33.

Las acciones que se seguirán en el caso de detectar anomalías mayores por dos periodos consecutivos en la misma estación será: establecer un plan de seguimiento mensual hasta la siguiente campaña, si la situación no se revierte en dicho período se seguirá con el muestreo mensual y se complementará con análisis de calidad del agua (Norma 1.333 Conservación de la Vida acuática y Riego), indagando en la posible causa de la anomalía.

Observación 16 En relación al artículo 6 del RSEIA (Efectos adversos sobre los recursos naturales renovables), considerando que actualmente no existe en Chile una normativa sobre el manejo de sedimentos en centrales hidroeléctricas, ni sobre el cambio intra-diario de la hidrología de los cursos de agua, que el cumplimiento de la NCh 1.333 no asegura la disponibilidad y calidad de aguas debajo de las centrales, se solicita ampliar los antecedentes que evalúen y demuestren la no afectación de los recursos naturales renovables que se verían afectados por el proyecto, especialmente, sobre la calidad del agua, la hidrología y los sedimentos. Se solicita al Titular aclarar. (ID-SEA 13.61).

Evaluación de la Respuesta En referencia a la respuesta entregada en la ADENDA 1, se solicita al Titular ampliar y actualizar la información en ICSARA 2 respecto a la pregunta señalada.

Como fue expuesto en el modelo el transporte de sedimentos, que evaluó la condición de solidos suspendidos en los sitios control (modelación presentada en el Anexo V-E de la Adenda anterior). No se espera que el proceso de dragado altere significativamente la dinámica de sedimento en cuanto a la cantidad transportada. A modo de ejemplo se calculó el comportamiento del río con un dragado en diferentes escenarios, por ejemplo, en el caso de un caudal referencial al inicio del dominio37 (aguas arriba de la bocatoma Tricahue) de 8,5 m³/s, que crece hasta alcanzar 40 m³/s en Tinguiririca en La Polcura, como se muestra en la figura siguiente.

Figura 68 Variación de la concentración máxima de sedimentos en suspensión del río para un caso referencial de 8,5 m³/s de caudal al inicio del dominio. Dragado pondaje Tricahue (período abril a agosto)

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En consecuencia, según la modelación una turbidez de aproximadamente 2000 NTU en la estación control ubicada en el río Tinguiririca antes de la junta con el río Azufre implicaría que en el tramo control de la Polcura la turbidez no superaría los 1000 NTU, manteniéndose principalmente bajo 500 NTU. Además de la modelación teórica, los datos de turbidez medidos entre septiembre de 2012 y noviembre de 2017 muestran que al calcular los peak (máximos históricos) y el promedio en las estaciones ubicadas en el cauce principal del río Tinguiririca y dos de afluentes (Estero La Gloria y río Azufre), uno de los precursores más relevantes de la turbidez sería el estero La Gloria, debido a que en algunos periodos puede alcanzar a 3683 NTU, aumentando significativamente la turbidez del cauce principal. El cual presenta aguas arriba de la bocatoma una turbidez relativamente baja. Posteriormente, el río Azufre puede aportar turbidez o disminuirla, según el periodo del año, presentando valores similares a lo registrado en el tramo de restitución de HLH.

Tabla 42 Estadísticos del parámetro Turbidez (NTU) en las estaciones históricas

Estación N Promedio Desviación Estándar Mínimo Máximo Bocatoma Tinguiririca 9 303 345 29 825 La Gloria 9 665 1205 5 3683 Tricahue 20 316 491 4 1706 La Puya 19 219 478 3 2138 Restitución La Higuera 14 400 586 4 2190

Figura 69 Ubicación de estaciones de seguimiento histórico. El tamaño de los círculos es proporcional a los valores de turbidez (NTU)

Por otro lado, no se esperan cambios morfológicos en el cauce, debido a que el tramo de río se encuentra en la cabecera de la cuenca, en la que las pendientes son altas (>3%, Figura 70). En este sentido, el segmento del río Tinguiririca comprendido entre la Bocatoma Tinguiririca y el Pondaje Tricahue, tendría una pendiente general de 3,55%, mientras que el tramo entre el Pondaje Tricahue y el sector de la Polcura alcanzaría a 5,58%. <footer2

Como indica Rosgen (1996)38, la morfología del río define la forma de la descarga (caudal), velocidad y profundidad de agua. Además, controla la forma en que estos parámetros físicos influyen en la erosión, deposición, tamaño del sedimento y transporte de sedimentos (Figura 71). El segmento entre la Bocatoma Tinguiririca y el Pondaje Tricahue sería un tramo moderadamente estrecho dominado por rápidos y el segmento entre el Pondaje Tricahue y La Polcura seria tipo A, empinado y estrecho. Este tipo de morfología no permitiría la acumulación prolongada de sedimentos, los que serían arrastrados en los episodios de crecidas, los que ayudados por la alta pendiente, limpiarían la caja del río. Por lo tanto, no se espera que la caja del río o el cauce fluvial sea modificada por las acciones del proyecto. Complementariamente, con la magnitud de los depósitos, no se vislumbra modificación de la caja del río (depósitos mensuales de baja magnitud, pero acotados a la batimetría disponible), destacando que, los sedimentos reingresados al río son parte de la carga natural del río.

Figura 70 Perfil de elevación del tramo Bocatoma Tinguiririca- Pondaje Tricahue – La Polcura

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Figura 71 Relación entre pendiente del cauce y tipo de morfología

En este sentido, la morfología del río no permitiría la acumulación prolongada de sedimentos, además, la magnitud de los depósitos, no se vislumbra modificación de la caja del río (depósitos mensuales de baja magnitud, pero acotados a la batimetría disponible). Además, en el tramo no se han observado llanuras o terrazas de inundación. Esto es lo esperado para un segmento de río de alta pendiente, en el cual los procesos de aumento de caudal, no tiene espacio lateral para crecer, debido al estrechamiento que presenta por fluir entre montañas y con alta pendiente. Por lo tanto, no se esperan cambios en la dinámica de los sedimentos y la calidad de agua en el rio Tinguiririca, dado que se entregará una mayor concentración de sedimentos.

En particular respecto a la calidad de los sedimentos, no se esperan cambios en la calidad de sedimentos o del agua. Se debe tomar en cuenta que los sedimentos vertidos son los propios de la cuenca, la cual según Méndez (2018)39, debido a las aguas termales de la parte alta de la cuenca del río Damas presenta características cloruradas sódicas y posee altas concentraciones de casi todos los elementos analizados. El resto de las aguas de la cuenca forman una transición desde sulfatadas cálcicas a bicarbonatadas cálcicas, donde las de la parte alta de la cuenca son más sulfatadas y poseen mayores concentraciones y anomalías de Al, Fe, Mn y otros elementos, mientras que las de la parte baja son más bicarbonatadas, con menores concentraciones y solo con un punto con anomalía de Zn. Por lo que, al comparar las muestras con la normativa chilena para agua potable, varias sobrepasan los valores límite de As, Cl, Fe, Hg y Mn.

En la tabla siguiente se resumen los valores de los parámetros incluidos en la Norma Chilena NCh 1.333 (Requisitos de calidad del agua para diferentes usos) desde marzo de 2017 a junio de 2018. Como se puede observar las características naturales de las aguas del río Tinguiririca desde su parte alta (aguas arriba de la bocatoma Tinguiririca) presentan diversas excedencias respecto a la Norma Chilena NCh 1.333, destacando altas concentraciones de aluminio, arsénico, boro, hierro, molibdeno, manganeso y sulfato, asociados a altos valores de conductividad eléctrica y turbidez. Además, afluentes como el estero La Gloria presentan altas concentraciones de cobre y cobalto, entre otros elementos y valores más elevados de turbidez. Esta condición varia levemente hacia aguas abajo, registrándose varias excedencias que se mantienen incluso hasta Tinguiririca en Bajo Briones, como las concentraciones de aluminio, hierro, manganeso, molibdeno, que pueden complementarse con aumentos de elementos como el mercurio. Estas características del agua derivan de la conformación geomorfológica de la cuenca, por lo que constituyen la condición natural del sistema y tienen su repercusión en las características generales de los sedimentos.

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Tabla 43 Parámetros de calidad de agua (Periodo marzo 2017 a junio 2018). Se muestran en gris las excedencias respecto a la NCh 1.333

Para verificar la condición de los sedimentos, en cada una de las estaciones de muestreo del Plan de Monitoreo de sedimentos se evaluarán los parámetros correspondientes a la calidad de sedimentos de acuerdo a lo señalado en los Lineamientos de Calidad de Sedimentos para la Protección de la Vida Acuática, determinada por el Concilio Canadiense de Ministros Ambientales en el año 1999, actualizada el 2002, esto debido a la ausencia de una norma chilena acerca de calidad de sedimentos. Los análisis serán llevados a cabo por un laboratorio acreditado bajo los estándares de competencia técnica de la norma internacional ISO/IEC 17.025:2005.

El análisis de los sedimentos será evaluado en 12 estaciones de muestreo definidas para el seguimiento ambiental a lo largo del área de influencia del Proyecto, cuya estación control se ubicaría en el cauce principal del río Tinguiririca en La Vieja, aguas arriba de la bocatoma Tricahue. Tabla 44 Estaciones de seguimiento ambiental para Calidad física y química de Sedimentos

Estación Coordenadas Geográficas UTM S UTM E Tinguiririca en La Vieja 6.138.573 359.325 Tinguiririca antes Azufre 6.144.326 357.719 Tinguiririca antes Carrizal 6.149.369 351.224 Tinguiririca antes El Manzano 6.149.690 349.106 Tinguiririca antes El Membrillo 6.150.031 348.470 Tinguiririca bajo La Iglesia 6.152.517 344.680 Tinguiririca en La Javierana 6.155.318 342.020 Tinguiririca en El Espinal 6.154.812 340.187 Tinguiririca en Isla Briones 6.158.172 332.104 Tinguiririca en Puente Negro 6.161.256 328.542 Tinguiririca en Ruta 5 6.167.536 318.451 Azufre antes de Tinguiririca 6.145.107 357.261

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Figura 72 Estaciones de Seguimiento ambiental. Calidad física y química de Sedimentos

Tabla 45 Parámetros de calidad de sedimentos medidos en laboratorio con su respectiva metodología

Análisis Descripción Referencia del método PARAMETROS ORGANICOS Materia orgánica Gravimetría Método Gravimétrico. Análisis CNA-MET 7.2 para suelos y tejidos. GRANULOMETRÍA Granulometría Granulometría Método ASTM D422 – Standard Test Methods for Particle-Size Analysis for Soils Análisis Descripción Referencia del método Hg (mg/kg) Mercurio Método EPA-7470-A. USEPA SW-846. As (mg/kg) Arsénico total Método EPA-6010-C Espectrometría de Masas con Plasma Acoplado Inductivamente (ICP). EPA, Test Methods for evaluating Solid Waste SW 846. Cd (mg/kg) Cadmio Total Cr (mg/kg) Cromo Total Cu (mg/kg) Cobre Total Pb (mg/kg) Plomo Total Zn (mg/kg) Zinc Total

Normativa de referencia: Para el estudio se tomará como referencia los límites estipulados en los lineamientos de Calidad de Sedimentos para la Protección de la Vida Acuática canadiense. Cabe destacar que esta norma permite considerar sedimentos no contaminados (Interim Freshwater Sediment Quality Guideline, ISQG), niveles con probables efectos para el medio ambiente (Probable Effect Level, PEL), y la incidencia porcentual para los valores de ISQG y PEL.

Como fue expuesto anteriormente, se debe tomar en cuenta que los sedimentos vertidos son los propios de la cuenca, y que según Méndez (2018)36, al comparar las muestras con la normativa chilena para agua potable, varias sobrepasan los valores límite de As, Cl, Fe, Hg y Mn. Condición que deriva de la conformación geomorfológica de la cuenca, por lo que constituyen la condición <footer2

natural del sistema y tienen su repercusión en las características generales de los sedimentos. En este sentido, es posible que se verifiquen algunos parámetros de sedimentos que sobrepasen la normativa internacional (en ausencia de normativa nacional), pero que no constituirían una alteración asociada a las acciones del proyecto. Por lo tanto, en el caso de observarse excedencias en términos de la calidad de los sedimentos, estas serán informadas y se buscará un posible efecto en las comunidades biológicas de macroinvertebrados, las que son consideradas a nivel nacional e internacional como buenos indicadores cambios en las condiciones ambientales, siguiéndose el plan de acciones descrito para el seguimiento de biota acuática, contrastando los resultados obtenidos en cada punto monitoreado con los valores promedio y la desviación estándar de los parámetros del hábitat evaluados en la caracterización del hábitat en las campañas del monitoreo de Flora y Fauna Acuática previas a la operación, y se definieron las siguientes categorías:

a.- Verde: Los registros observados se encuentran cercanos a la media histórica (dentro del rango de la primera desviación estándar) y muestran una buena condición del río.

b.- Amarilla: Los registros observados se encuentran entre la primera y la segunda desviación estándar y muestran una condición regular del río o anomalía menor; c.- Roja: Los registros se encuentran más allá de la segunda desviación estándar y representa una condición de anomalía mayor del río.

En el análisis de riqueza y abundancia de fauna bentónica se utilizarán los promedios y mínimos históricos por estación obtenidos de las campañas de monitoreo de Flora y Fauna Acuática. Con estos valores se definieron las siguientes categorías:

a.- Verde, si la estación presentaba un valor igual o superior al promedio histórico al promedio histórico correspondiente a la estación. b.- Amarillo, si se encuentra entre el promedio y el mínimo. c.- Roja si se encuentra bajo el mínimo histórico.

En las especies de peces de mayor incidencia (Diplomystes chilensis, Trichomycterus areolatus y Oncorhynchus mykiss), se utilizarán los registros de abundancia históricos por estación, obteniéndose la distribución de frecuencia de abundancias de las campañas de monitoreo de Flora y Fauna Acuática. Esto debido a que las abundancias de peces presentan distribuciones discretas y una alta variabilidad, y por lo tanto los estadísticos utilizados en el análisis de los macroinvertebrados (cuya abundancia presenta una distribución continua) no se pueden aplicar. De acuerdo a lo anterior, se definieron las siguientes categorías: a.- Verde, si la estación presentaba un percentil superior al percentil 50. b.- Amarillo, si se encontraba entre el percentil 50 y el 33. c.- Roja si se encontraba bajo el percentil 33.

Las acciones que se seguirán en el caso de detectar anomalías mayores por dos periodos consecutivos en la misma estación será: establecer un plan de seguimiento mensual hasta la siguiente campaña, si la situación no se revierte en dicho período se seguirá con el muestreo mensual y se complementará con análisis de calidad del agua (Norma 1.333 Conservación de la Vida acuática y Riego), indagando en la posible causa de la anomalía.

Observación 17 En relación al artículo 6 del RSEIA (Efectos adversos sobre los recursos naturales renovables), para descartar efectivamente la generación de este efecto, falta ahondar en el o los criterios que ordenen las magnitudes del vertimiento y la temporalidad del mismo, con el objetivo de evitar perjuicios en el comportamiento de la hidrología, la calidad del agua que más debajo de la central tiene usos consuntivos, especialmente para riego. (ID-SEA 13.62).

Evaluación de la Respuesta En referencia a la respuesta entregada en la ADENDA 1, se solicita al Titular ampliar y actualizar la información en ICSARA 2 respecto a la pregunta señalada.

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El Plan de manejo de sedimentos tiene como objetivo, entre otros, la mantención del equilibrio sedimentológico del río aguas abajo de la central, es por esto que para realizar la reincorporación de sedimentos considerando la atenuación de la carga, se ha definido la actividad de dragado durante un período de 5 meses comprendidos entre abril y agosto, de manera de no coincidir con las actividades desarrolladas por los regantes ni el dragado del pondaje de la Central La Confluencia. En estos meses de operación, se devolverá de manera gradual al cauce la tasa estimada de acumulación anual.

El esquema de dragado considera la eliminación de los sedimentos acumulados (50.000 m3) distribuidos en los 5 primeros años operación del Plan de Manejo, así, desde el año 1 al año 5 se dragará una quinta parte de los sedimentos acumulados (10.000 m3) más la cuota anual de acumulación equivalente a 35.000 m3; posteriormente, desde el año 6 en adelante, se continuará con el régimen de dragado de 35.000 m3.

En función de lo anterior, el Titular desarrolló un modelo de transporte de sedimentos, que evaluó la condición de solidos suspendidos en los sitios control (modelación presentada en el Anexo V-E de la Adenda anterior). De acuerdo a éste, no se espera que el proceso de dragado altere significativamente la dinámica de sedimento en cuanto a la cantidad transportada. A modo de ejemplo se calculó el comportamiento del río con un dragado en diferentes escenarios, por ejemplo, en el caso de un caudal referencial al inicio del dominio ( Se modeló considerando que el caudal con el que se inicia la modelación no tiene carga de sedimentos, lo que convierte a la modelación, en una muy conservadora) (aguas arriba de la bocatoma Tricahue) de 8,5 m³/s, que crece hasta alcanzar 40 m³/s en Tinguiririca en La Polcura, como se muestra en la figura siguiente.

Figura 73 Variación de la concentración máxima de sedimentos en suspensión del río para un caso referencial de 8,5 m³/s de caudal al inicio del dominio. Dragado pondaje Tricahue (período abril a agosto)

En consecuencia, según la modelación una turbidez de aproximadamente 2000 NTU en la estación control ubicada en el río Tinguiririca antes de la junta con el río Azufre implicaría que en el tramo control de la Polcura la turbidez no superaría los 1000 NTU, manteniéndose principalmente bajo 500 NTU. Además de la modelación teórica, los datos de turbidez medidos entre septiembre de 2012 y noviembre de 2017 muestran que al calcular los peak (máximos históricos) y el promedio en las estaciones ubicadas en el cauce principal del río Tinguiririca y dos de afluentes (Estero La Gloria y río Azufre), uno de los precursores más relevantes de la turbidez sería el estero La Gloria, debido a que en algunos periodos puede alcanzar a 3683 NTU, aumentando significativamente la <footer2

turbidez del cauce principal. El cual presenta aguas arriba de la bocatoma una turbidez relativamente baja. Posteriormente, el río Azufre puede aportar turbidez o disminuirla, según el periodo del año, presentando valores similares a lo registrado en el tramo de restitución de HLH.

Tabla 46 Estadísticos del parámetro Turbidez (NTU) en las estaciones históricas

Estación N Promedio Desviación Estándar Mínimo Máximo Bocatoma Tinguiririca 9 303 345 29 825 La Gloria 9 665 1205 5 3683 Tricahue 20 316 491 4 1706 La Puya 19 219 478 3 2138 Restitución La Higuera 14 400 586 4 2190

Figura 74 Ubicación de estaciones de seguimiento histórico. El tamaño de los círculos es proporcional a los valores de turbidez (NTU)

Por otro lado, no se esperan cambios morfológicos en el cauce, debido a que el tramo de río se encuentra en la cabecera de la cuenca, en la que las pendientes son altas (>3%, Figura 75). En este sentido, el segmento del río Tinguiririca comprendido entre la Bocatoma Tinguiririca y el Pondaje Tricahue, tendría una pendiente general de 3,55%, mientras que el tramo entre el Pondaje Tricahue y el sector de la Polcura alcanzaría a 5,58%.

Como indica Rosgen (1996)42, la morfología del río define la forma de la descarga (caudal), velocidad y profundidad de agua. Además, controla la forma en que estos parámetros físicos influyen en la erosión, deposición, tamaño del sedimento y transporte de sedimentos (Figura 76). El segmento entre la Bocatoma Tinguiririca y el Pondaje Tricahue sería un tramo moderadamente estrecho dominado por rápidos y el segmento entre el Pondaje Tricahue y La Polcura seria tipo A, empinado y estrecho. Este tipo de morfología no permitiría la acumulación prolongada de sedimentos, los que serían arrastrados en los episodios de crecidas, los que ayudados por la alta pendiente, limpiarían la caja del río. Por lo tanto, no se espera que la caja del río o el cauce fluvial <footer2

sea modificada por las acciones del proyecto. Complementariamente, con la magnitud de los depósitos, no se vislumbra modificación de la caja del río (depósitos mensuales de baja magnitud, pero acotados a la batimetría disponible), destacando que, los sedimentos reingresados al río son parte de la carga natural del río.

Figura 75 Perfil de elevación del tramo Bocatoma Tinguiririca- Pondaje Tricahue – La Polcura

Figura 76 Relación entre pendiente del cauce y tipo de morfología

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En este sentido, la morfología del río no permitiría la acumulación prolongada de sedimentos, además, la magnitud de los depósitos, no se vislumbra modificación de la caja del río (depósitos mensuales de baja magnitud, pero acotados a la batimetría disponible). Además, en el tramo no se han observado llanuras o terrazas de inundación. Esto es lo esperado para un segmento de río de alta pendiente, en el cual los procesos de aumento de caudal, no tiene espacio lateral para crecer, debido al estrechamiento que presenta por fluir entre montañas y con alta pendiente. Por lo tanto, no se esperan cambios en la dinámica de los sedimentos y la calidad de agua en el rio Tinguiririca, dado que se entregará una mayor concentración de sedimentos.

En particular respecto a la calidad de los sedimentos, no se esperan cambios en la calidad de sedimentos o del agua. Se debe tomar en cuenta que los sedimentos vertidos son los propios de la cuenca, la cual según Méndez (2018)43, debido a las aguas termales de la parte alta de la cuenca del río Damas presenta características cloruradas sódicas y posee altas concentraciones de casi todos los elementos analizados. El resto de las aguas de la cuenca forman una transición desde sulfatadas cálcicas a bicarbonatadas cálcicas, donde las de la parte alta de la cuenca son más sulfatadas y poseen mayores concentraciones y anomalías de Al, Fe, Mn y otros elementos, mientras que las de la parte baja son más bicarbonatadas, con menores concentraciones y solo con un punto con anomalía de Zn. Por lo que, al comparar las muestras con la normativa chilena para agua potable, varias sobrepasan los valores límite de As, Cl, Fe, Hg y Mn. En la tabla siguiente se resumen los valores de los parámetros incluidos en la Norma Chilena NCh 1.333 (Requisitos de calidad del agua para diferentes usos) desde marzo de 2017 a junio de 2018. Como se puede observar las características naturales de las aguas del río Tinguiririca desde su parte alta (aguas arriba de la bocatoma Tinguiririca) presentan diversas excedencias respecto a la Norma Chilena NCh 1.333, destacando altas concentraciones de aluminio, arsénico, boro, hierro, molibdeno, manganeso y sulfato, asociados a altos valores de conductividad eléctrica y turbidez. Además, afluentes como el estero La Gloria presentan altas concentraciones de cobre y cobalto, entre otros elementos y valores más elevados de turbidez. Esta condición varia levemente hacia aguas abajo, registrándose varias excedencias que se mantienen incluso hasta Tinguiririca en Bajo Briones, como las concentraciones de aluminio, hierro, manganeso, molibdeno, que pueden complementarse con aumentos de elementos como el mercurio. Estas características del agua derivan de la conformación geomorfológica de la cuenca, por lo que constituyen la condición natural del sistema y tienen su repercusión en las características generales de los sedimentos.

Tabla 47 Parámetros de calidad de agua (Periodo marzo 2017 a junio 2018). Se muestran en gris las excedencias respecto a la NCh 1.333

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Para verificar la condición de los sedimentos, en cada una de las estaciones de muestreo del Plan de Monitoreo de sedimentos se evaluarán los parámetros correspondientes a la calidad de sedimentos de acuerdo a lo señalado en los Lineamientos de Calidad de Sedimentos para la Protección de la Vida Acuática, determinada por el Concilio Canadiense de Ministros Ambientales en el año 1999, actualizada el 2002, esto debido a la ausencia de una norma chilena acerca de calidad de sedimentos. Los análisis serán llevados a cabo por un laboratorio acreditado bajo los estándares de competencia técnica de la norma internacional ISO/IEC 17.025:2005. El análisis de los sedimentos será evaluado en 12 estaciones de muestreo definidas para el seguimiento ambiental a lo largo del área de influencia del Proyecto, cuya estación control se ubicaría en el cauce principal del río Tinguiririca en La Vieja, aguas arriba de la bocatoma Tricahue.

El Titular indica que, en función de la programación de dragado presentada en la adenda anterior, el Titular ha aumentado de 3 a 7 años la duración del Plan de Monitoreo de los Ecosistemas Acuáticos Continentales y de Calidad de Agua y Sedimentos, es decir, éste se llevará a cabo durante los primeros 5 años en los que se extraerá la tasa natural de acumulación anual, más una proporción de lo acumulado a la fecha (45.000 m³ en total); y en los 2 años posteriores, donde la tasa de dragado será la igual a la tasa de retención anual (35.000 m³).

Tabla 48 Estaciones de seguimiento ambiental para Calidad física y química de Sedimentos Estación Coordenadas Geográficas UTM S UTM E Tinguiririca en La Vieja 6.138.573 359.325 Tinguiririca antes Azufre 6.144.326 357.719 Tinguiririca antes Carrizal 6.149.369 351.224 Tinguiririca antes El Manzano 6.149.690 349.106 Tinguiririca antes El Membrillo 6.150.031 348.470 Tinguiririca bajo La Iglesia 6.152.517 344.680 Tinguiririca en La Javierana 6.155.318 342.020 Tinguiririca en El Espinal 6.154.812 340.187 Tinguiririca en Isla Briones 6.158.172 332.104 Tinguiririca en Puente Negro 6.161.256 328.542 Tinguiririca en Ruta 5 6.167.536 318.451 Azufre antes de Tinguiririca 6.145.107 357.261

Figura 77 Estaciones de Seguimiento ambiental. Calidad física y química de Sedimentos

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Tabla 49 Parámetros de calidad de sedimentos medidos en laboratorio con su respectiva metodología

Análisis Descripción Referencia del método PARAMETROS ORGANICOS Materia orgánica Gravimetría Método Gravimétrico. Análisis CNA-MET 7.2 para suelos y tejidos. GRANULOMETRÍA Granulometría Granulometría Método ASTM D422 – Standard Test Methods for Particle-Size Analysis for Soils Análisis Descripción Referencia del método Hg (mg/kg) Mercurio Método EPA-7470-A. USEPA SW-846. As (mg/kg) Arsénico total Método EPA-6010-C Espectrometría de Masas con Plasma Acoplado Inductivamente (ICP). EPA, Test Methods for evaluating Solid Waste SW 846. Cd (mg/kg) Cadmio Total Cr (mg/kg) Cromo Total Cu (mg/kg) Cobre Total Pb (mg/kg) Plomo Total Zn (mg/kg) Zinc Total

Normativa de referencia: Para el estudio se tomará como referencia los límites estipulados en los lineamientos de Calidad de Sedimentos para la Protección de la Vida Acuática canadiense. Cabe destacar que esta norma permite considerar sedimentos no contaminados (Interim Freshwater Sediment Quality Guideline, ISQG), niveles con probables efectos para el medio ambiente (Probable Effect Level, PEL), y la incidencia porcentual para los valores de ISQG y PEL.

Como fue expuesto anteriormente, se debe tomar en cuenta que los sedimentos vertidos son los propios de la cuenca, y que según Méndez (2018)36, al comparar las muestras con la normativa chilena para agua potable, varias sobrepasan los valores límite de As, Cl, Fe, Hg y Mn. Condición que deriva de la conformación geomorfológica de la cuenca, por lo que constituyen la condición natural del sistema y tienen su repercusión en las características generales de los sedimentos. En este sentido, es posible que se verifiquen algunos parámetros de sedimentos que sobrepasen la normativa internacional (en ausencia de normativa nacional), pero que no constituirían una alteración asociada a las acciones del proyecto. Por lo tanto, en el caso de observarse excedencias en términos de la calidad de los sedimentos, estas serán informadas y se buscará un posible efecto en las comunidades biológicas de macroinvertebrados, las que son consideradas a nivel nacional e internacional como buenos indicadores cambios en las condiciones ambientales, siguiéndose el plan de acciones descrito para el seguimiento de biota acuática, contrastando los resultados obtenidos en cada punto monitoreado con los valores promedio y la desviación estándar de los parámetros del hábitat evaluados en la caracterización del hábitat en las campañas del monitoreo de Flora y Fauna Acuática previas a la operación, y se definieron las siguientes categorías:

a.- Verde: Los registros observados se encuentran cercanos a la media histórica (dentro del rango de la primera desviación estándar) y muestran una buena condición del río.

b.- Amarilla: Los registros observados se encuentran entre la primera y la segunda desviación estándar y muestran una condición regular del río o anomalía menor; c.- Roja: Los registros se encuentran más allá de la segunda desviación estándar y representa una condición de anomalía mayor del río.

En el análisis de riqueza y abundancia de fauna bentónica se utilizarán los promedios y mínimos históricos por estación obtenidos de las campañas de monitoreo de Flora y Fauna Acuática. Con estos valores se definieron las siguientes categorías:

a.- Verde, si la estación presentaba un valor igual o superior al promedio histórico al promedio histórico correspondiente a la estación. b.- Amarillo, si se encuentra entre el promedio y el mínimo. c.- Roja si se encuentra bajo el mínimo histórico. <footer2

En las especies de peces de mayor incidencia (Diplomystes chilensis, Trichomycterus areolatus y Oncorhynchus mykiss), se utilizarán los registros de abundancia históricos por estación, obteniéndose la distribución de frecuencia de abundancias de las campañas de monitoreo de Flora y Fauna Acuática. Esto debido a que las abundancias de peces presentan distribuciones discretas y una alta variabilidad, y por lo tanto los estadísticos utilizados en el análisis de los macroinvertebrados (cuya abundancia presenta una distribución continua) no se pueden aplicar. De acuerdo a lo anterior, se definieron las siguientes categorías:

a.- Verde, si la estación presentaba un percentil superior al percentil 50. b.- Amarillo, si se encontraba entre el percentil 50 y el 33. c.- Roja si se encontraba bajo el percentil 33. Las acciones que se seguirán en el caso de detectar anomalías mayores por dos periodos consecutivos en la misma estación será: establecer un plan de seguimiento mensual hasta la siguiente campaña, si la situación no se revierte en dicho período se seguirá con el muestreo mensual y se complementará con análisis de calidad del agua (Norma 1.333 Conservación de la Vida acuática y Riego), indagando en la posible causa de la anomalía.

El Titular indica que, en función de la programación de dragado presentada en la adenda anterior, el Titular ha aumentado de 3 a 7 años la duración del Plan de Monitoreo de los Ecosistemas Acuáticos Continentales y de Calidad de Agua y Sedimentos, es decir, éste se llevará a cabo durante los primeros 5 años en los que se extraerá la tasa natural de acumulación anual, más una proporción de lo acumulado a la fecha (45.000 m³ en total); y en los 2 años posteriores, donde la tasa de dragado será la igual a la tasa de retención anual (35.000 m³).

Observación 18 En relación al artículo 6 del RSEIA (Efectos adversos sobre los recursos naturales renovables), Para descartar efectivamente la generación de este efecto, se hace necesario esclarecer el comportamiento o relación que tendría la sumatoria de los vertimientos de La Higuera y la Confluencia (también en tramitación ambiental) en el río, y si ello, por ejemplo, pasa a ser un criterio a la hora de programar los vertimientos). (ID-SEA 13.63).

Evaluación de la Respuesta Tal como se hace presente en la observación y según lo que se ha indicado en el presente documento, con la finalidad de evitar la sumatoria de descarga de sedimentos sobre el río, se ha coordinado con la central hidroeléctrica La Confluencia, para efectuar las actividades de dragado en distintos períodos del año. Es así, como mediante los antecedentes presentados en la Adenda N° 1 se ha propuesto un esquema de operación a realizarse entre los meses de abril a agosto, abarcando 5 meses, mientras que la central La Confluencia, realizará sus actividades entre los meses de septiembre y marzo, abarcando un período de 7 meses. En virtud de lo anterior, la preocupación por la sumatoria de sedimentos descargados al río y la posibilidad de operación conjunta de ambas centrales hidroeléctricas sí formó parte de los criterios a la hora de definir la programación de las actividades.

Observación 19 En relación al artículo 7 del RSEIA (Reasentamiento de comunidades humanas, o alteración significativa de los sistemas de vida y costumbres de grupos humanos), los antecedentes presentados son insuficientes para demostrar que producto de los vertimientos, la infraestructura relacionada al río aguas abajo como captación, defensa u otros, no afecten la actividad de riego que se desarrolla aguas abajo. No se indica ninguna medida que lo evite. Se solicita al titular aclarar (ID-SEA 13.64). Evaluación de la Respuesta En referencia a la respuesta entregada en la ADENDA 1, se solicita al Titular ampliar y actualizar la información en ICSARA 2 respecto a la pregunta señalada.

En relación a lo reiterado, el Titular menciona que la primera medida que evitará una eventual afectación sobre las actividades de riego que se desarrollan aguas abajo del proyecto, específicamente las desarrolladas por los regantes de la Junta de Vigilancia de la primera sección <footer2

del Río Tinguiririca, es el efectuar la descarga del dragado del pondaje Tricahue en el período comprendido entre los meses de abril y agosto de cada año, de manera de no coincidir dichas las actividades.

De todas formas, en la Adenda se realizó una modelación hidráulica bidimensional del dragado del pondaje Tricahue durante el período abril a agosto (Anexo V-E de la adenda anterior), la cual permite determinar, en diferentes secciones del dominio (área de modelación), la concentración de sedimentos en suspensión, de acuerdo al punto de origen de los aportes de sedimento y las entradas de tributarios que resulten en un efecto de dilución.

A modo de ejemplo, en la figura siguiente se entregan las variaciones de concentración máxima de sedimentos en suspensión generados por el dragado del pondaje Tricahue, utilizando un caudal al inicio del dominio45 de 8,5 m³/s, que crece hasta alcanzar 40 m³/s en Tinguiririca en La Polcura, para el período abril - agosto.

Figura 78 Modelación de la concentración máxima de sedimentos en suspensión en río Tinguiririca, para caudal inicial de 8,5 m3 en periodo abril - agosto

De acuerdo a la figura anterior, para el escenario que considera la actividad de dragado, la concentración máxima de sedimentos en suspensión disminuye drásticamente entre la descarga (km 17,2) y el km 18 donde tiende a acercarse a los valores naturales del río Tinguiririca.

Por otra parte, las primeras bocatomas de la Junta de Vigilancia del río Tinguiririca se ubican aproximadamente en el km 42,5 respecto del modelo (Figura 79), por tanto, de acuerdo a lo indicado en la Figura 78, la concentración máxima de sedimentos en suspensión sería similar a los valores naturales del río en ese punto, lo que no afectaría sistemas de riego ni las actividades de los regantes.

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Figura 79 Ubicación de bocatomas de Junta de Vigilancia de la primera sección del Río Tinguiririca respecto del Modelo Hidráulico Bidimensional del dragado del pondaje Tricahue

Observación 20 En relación al artículo 7 del RSEIA (Reasentamiento de comunidades humanas, o alteración significativa de los sistemas de vida y costumbres de grupos humanos), si bien la autoridad solicita un catastro de ese tipo de obras (obras de captación, defensa u otros) para el área de influencia del componente hidrografía e hidrología, tal solicitud se solicita ampliarla al menos para efectos de seguimiento y monitoreo, para el resto de la Primera Sección del Río Tinguiririca. Se solicita la verificación del gasto de sedimentos a la entrada de cada una de las bocatomas de la Primera Sección, y registrar el comportamiento a la par de la operación del proyecto. (ID-SEA 13.65).

Evaluación de la Respuesta El Titular indica que dispondrá de una red de monitoreo en línea de la turbidez, con tres estaciones: una estación instalada antes del reservorio Tricahue, otra aguas abajo de éste (cercano a la descarga del vertedero y antes de la confluencia con río Azufre), y un tercero en casa de máquinas de la Central La Higuera (17 kilómetros aguas abajo), con objeto de monitorear la concentración de sedimentos en el río, así, en base a los resultados en línea de turbidez se determinará la continuidad de la actividad de dragado, previniendo la posible afectación a regantes, manteniendo, con este control, los niveles de concentración de sedimentos, que permita vigilar que no exista superación de los 2000 NTU indicados en el sensor inmediatamente aguas abajo de la faena de dragado en la Central La Higuera.

El Titular indica que, en función de la programación de dragado presentada en la adenda anterior, el Titular ha aumentado de 3 a 7 años la duración del Plan de Monitoreo de los Ecosistemas Acuáticos Continentales y de Calidad de Agua y Sedimentos, es decir, éste se llevará a cabo durante los primeros 5 años en los que se extraerá la tasa natural de acumulación anual, más una proporción de lo acumulado a la fecha (45.000 m³ en total); y en los 2 años posteriores, donde la tasa de dragado será la igual a la tasa de retención anual (35.000 m³).

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Observación 21 En relación al artículo 7 del RSEIA (Reasentamiento de comunidades humanas, o alteración significativa de los sistemas de vida y costumbres de grupos humanos), en el caso que el proyecto efectivamente interviniera el recurso agua, afectando su uso o restringiendo su acceso para regadío en la actividad agrícola, se estaría cumpliendo con el literal a) del artículo 7 del RSEIA. Por lo anterior, se solicita más información que demuestre la no afectación significativa del agua para riego o, por el contrario, identificar los impactos, evaluarlos y proponer las medidas que correspondan. (ID-SEA 13.66). Evaluación de la Respuesta En referencia a la respuesta entregada en la ADENDA 1, se solicita al Titular ampliar y actualizar la información en ICSARA 2 respecto a la pregunta señalada. En relación a lo reiterado, el Titular aclara que el proyecto no afectará el recurso agua, toda vez que los sedimentos vertidos serán los propios de la cuenca. Según Méndez (2018)46, las aguas termales de la parte alta de la cuenca del río Damas se caracterizan por ser cloruradas sódicas y poseer altas concentraciones en casi todos los elementos analizados. El resto de las aguas de la cuenca forman una transición desde sulfatadas cálcicas a bicarbonatadas cálcicas, donde las de la parte alta de la cuenca son más sulfatadas y poseen mayores concentraciones y anomalías de Al, Fe, Mn y otros elementos, mientras que las de la parte baja son más bicarbonatadas, con menores concentraciones y solo con un punto con anomalía de Zn. Para complementar esta información bibliográfica, en la Tabla 50 se resumen los valores de los parámetros incluidos en la Norma Chilena NCh 1.333 (Requisitos de calidad del agua para diferentes usos) desde marzo de 2017 a junio de 2018.

Tabla 50 Parámetros de calidad de agua (Periodo marzo 2017 a junio 2018). Se muestran en gris las excedencias respecto a la NCh 1.333

Como se puede observar las características naturales de las aguas del río Tinguiririca desde su parte alta (aguas arriba de la bocatoma Tinguiririca) presentan diversas excedencias respecto a la Norma Chilena NCh 1.333, destacando altas concentraciones de aluminio, arsénico, boro, hierro, molibdeno, manganeso y sulfato, asociados a altos valores de conductividad eléctrica y turbidez. Además, afluentes como el estero La Gloria presentan altas concentraciones de cobre y cobalto, <footer2

entre otros elementos y valores más elevados de turbidez. Estas características del agua derivan de la conformación geomorfológica de la cuenca, por lo que constituyen la condición natural del sistema y tienen su repercusión en las características generales de los sedimentos. En este sentido, es posible que se verifiquen algunos parámetros de sedimentos que sobrepasen la normativa internacional (en ausencia de normativa nacional), pero que no constituirían una alteración asociada a las acciones del Proyecto. De todas formas, se proponen un Plan de Monitoreo de sedimentos, trimestral durante 7 años, en el cual en el caso de observarse excedencias en términos de la calidad de los sedimentos (Para el monitoreo de sedimentos se tomará como referencia los límites estipulados en los lineamientos de Calidad de Sedimentos para la Protección de la Vida Acuática canadiense. Cabe destacar que esta norma permite considerar sedimentos no contaminados (Interim Freshwater Sediment Quality Guideline, ISQG), niveles con probables efectos para el medio ambiente (Probable Effect Level, PEL), y la incidencia porcentual para los valores de ISQG y PEL.), éstas serán informadas y se buscará un posible efecto en las comunidades biológicas de macroinvertebrados, las que son consideradas a nivel nacional e internacional como buenos indicadores cambios en las condiciones ambientales, siguiéndose el plan de acciones descrito para el seguimiento de biota acuática, contrastando los resultados obtenidos en cada punto monitoreado con los valores promedio y la desviación estándar de los parámetros del hábitat evaluados en la caracterización del hábitat en las campañas del monitoreo de Flora y Fauna Acuática previas a la operación. Para lo anterior se definieron las siguientes categorías: a.- Verde: Los registros observados se encuentran cercanos a la media histórica (dentro del rango de la primera desviación estándar) y muestran una buena condición del río. b.- Amarilla: Los registros observados se encuentran entre la primera y la segunda desviación estándar y muestran una condición regular del río o anomalía menor; c.- Roja: Los registros se encuentran más allá de la segunda desviación estándar y representa una condición de anomalía mayor del río. En el análisis de riqueza y abundancia de fauna bentónica se utilizarán los promedios y mínimos históricos por estación obtenidos de las campañas de monitoreo de Flora y Fauna Acuática. Con estos valores se definieron las siguientes categorías:

a.- Verde, si la estación presentaba un valor igual o superior al promedio histórico al promedio histórico correspondiente a la estación. b.- Amarillo, si se encuentra entre el promedio y el mínimo. c.- Roja si se encuentra bajo el mínimo histórico.

En las especies de peces de mayor incidencia (Diplomystes chilensis, Trichomycterus areolatus y Oncorhynchus mykiss), se utilizarán los registros de abundancia históricos por estación, obteniéndose la distribución de frecuencia de abundancias de las campañas de monitoreo de Flora y Fauna Acuática. Esto debido a que las abundancias de peces presentan distribuciones discretas y una alta variabilidad, y por lo tanto los estadísticos utilizados en el análisis de los macroinvertebrados (cuya abundancia presenta una distribución continua) no se pueden aplicar. De acuerdo a lo anterior, se definieron las siguientes categorías:

a.- Verde, si la estación presentaba un percentil superior al percentil 50. b.- Amarillo, si se encontraba entre el percentil 50 y el 33. c.- Roja si se encontraba bajo el percentil 33.

Las acciones que se seguirán en el caso de detectar anomalías mayores por dos periodos consecutivos en la misma estación será: establecer un plan de seguimiento mensual hasta la siguiente campaña, si la situación no se revierte en dicho período se seguirá con el muestreo mensual y se complementará con análisis de calidad del agua (Norma 1.333 Conservación de la Vida acuática y Riego), indagando en la posible causa de la anomalía. Por otra parte, con el fin de evitar posibles impactos sobre los regantes que son parte de la Junta de Vigilancia de la primera sección del Río Tinguiririca, en cuanto a concentración de sedimentos, el <footer2

Titular ha decidido desarrollar la descarga del dragado del pondaje Tricahue en el período comprendido entre los meses de abril y agosto de cada año, de manera de no coincidir con las actividades de riego desarrolladas por éstos. De todas formas, en la Adenda se realizó una modelación hidráulica bidimensional del dragado del pondaje Tricahue durante el período abril a agosto (Anexo V-E de la adenda anterior), la cual permite determinar, en diferentes secciones del dominio (área de modelación), la concentración de sedimentos en suspensión, de acuerdo al punto de origen de los aportes de sedimento y las entradas de tributarios que resulten en un efecto de dilución. A modo de ejemplo, en la figura siguiente se entregan las variaciones de concentración máxima de sedimentos en suspensión generados por el dragado del pondaje Tricahue, utilizando un caudal al inicio del dominio48 de 8,5 m³/s, que crece hasta alcanzar 40 m³/s en Tinguiririca en La Polcura, para el período abril - agosto.

Figura 80 Modelación de la concentración máxima de sedimentos en suspensión en río Tinguiririca, para caudal inicial de 8,5 m3 en periodo abril – agosto

De acuerdo a la figura anterior, para el escenario que considera la actividad de dragado, la concentración máxima de sedimentos en suspensión disminuye drásticamente entre la descarga (km 17,2) y el km 18 donde tiende a acercarse a los valores naturales del río Tinguiririca. Por otra parte, las primeras bocatomas de la Junta de Vigilancia del río Tinguiririca se ubican aproximadamente en el km 42,5 respecto del modelo (Figura 81), por tanto, de acuerdo a lo indicado en la Figura 80, la concentración máxima de sedimentos en suspensión sería similar a los valores naturales del río en ese punto, lo que no afectaría sistemas de riego ni las actividades de los regantes.

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Figura 81 Ubicación de bocatomas de Junta de Vigilancia de la primera sección del Río Tinguiririca respecto del Modelo Hidráulico Bidimensional del dragado del pondaje Tricahue

Observación 22 La definición del proyecto y el diseño de las acciones tendientes a manejar los sedimentos fue realizada bajo un criterio técnico que en ningún caso considera como una variable que las acciones que se ejecuten o alteren las condiciones en que opera el sistema de regadío establecido aguas abajo. Conjuntamente, cuando el proyecto plantea que no se generan impactos aguas abajo para la actividad de riego, lo hace sin entregar elementos de análisis que permitan sostener tal conclusión. Así, la no afectación hacia aguas abajo parece decretarse, más que demostrarse. (ID-SEA 13.67).

Observación 23

La definición del proyecto y el diseño de las acciones tendientes a manejar los sedimentos, fue realizado bajo un criterio técnico que en ningún caso considera como una variable que las acciones que se ejecuten o alteren las condiciones en que opera el sistema de regadío establecido aguas abajo. Conjuntamente, cuando el proyecto plantea que no se generan impactos aguas abajo para la actividad de riego, lo hace sin entregar elementos de análisis que permitan sostener tal conclusión. Así, la no afectación hacia aguas abajo parece decretarse, más que demostrarse. (ID-SEA 13.67).

Evaluación de la Respuesta En referencia a la respuesta entregada en la ADENDA 1, se solicita al Titular ampliar y actualizar la información en ICSARA 2 respecto a la pregunta señalada.

En relación con lo reiterado, el Titular menciona que la no afectación del Proyecto sobre los regantes se basa principalmente en que el Titular ha decidido desarrollar la descarga del dragado del pondaje Tricahue en el período comprendido entre los meses de abril y agosto de cada año, de manera de no coincidir con las actividades desarrolladas por los regantes. De todas formas, en la Adenda se realizó una modelación hidráulica bidimensional del dragado del pondaje Tricahue durante el período abril a agosto (Anexo V-E de la adenda anterior), la cual permite determinar, en diferentes secciones del dominio (área de modelación), la concentración de <footer2

sedimentos en suspensión, de acuerdo al punto de origen de los aportes de sedimento y las entradas de tributarios que resulten en un efecto de dilución.

A modo de ejemplo, en la figura siguiente se entregan las variaciones de concentración máxima de sedimentos en suspensión generados por el dragado del pondaje Tricahue, utilizando un caudal al inicio del dominio49 de 8,5 m³/s, que crece hasta alcanzar 40 m³/s en Tinguiririca en La Polcura, para el período abril - agosto.

Figura 82 Modelación de la concentración máxima de sedimentos en suspensión en río Tinguiririca, para caudal inicial de 8,5 m3 en periodo abril – agosto

De acuerdo a la figura anterior, para el escenario que considera la actividad de dragado, la concentración máxima de sedimentos en suspensión disminuye drásticamente entre la descarga (km 17,2) y el km 18 donde tiende a acercarse a los valores naturales del río Tinguiririca.

Por otra parte, las primeras bocatomas de la Junta de Vigilancia del río Tinguiririca se ubican aproximadamente en el km 42,5 respecto del modelo (Figura 83), por tanto, de acuerdo a lo indicado en la Figura 82, la concentración máxima de sedimentos en suspensión sería similar a los valores naturales del río en ese punto, lo que no afectaría sistemas de riego ni las actividades de los regantes.

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Figura 83 Ubicación de bocatomas de Junta de Vigilancia de la primera sección del Río Tinguiririca respecto del Modelo Hidráulico Bidimensional del dragado del pondaje Tricahue.

11.3.2.14. Miguel Squella Masiques (Comunidad de Aguas Canal Hacienda Chimbarongo)

Observación 1 Se solicita al Titular aclarar la forma de operar y las causas de acumulación de sedimentos, atendiendo a las características propias de una central de pasada. (ID-SEA 14.68).

Evaluación de la Respuesta El Titular establece que la acumulación de sedimentos en las unidades operacionales de las centrales hidroeléctricas es una problemática común a este tipo de instalaciones. Al respecto, la acumulación de sedimentos se debe a que los ríos en la parte alta de las montañas poseen una fuerte pendiente del fondo, lo que genera erosión y como resultado, una fuerte capacidad de arrastre y transporte de sedimentos con la columna de agua. El eventual ingreso de sedimentos a las unidades operacionales de las centrales hidroeléctricas, generan entre otros aspectos, problemas operacionales, daños y desgaste en los componentes mecánicos y depositación en canales y pondaje, lo que conlleva a la disminución de la capacidad de transporte y acumulación de agua para el funcionamiento de la central y por lo tanto su operación ineficiente.

Con la finalidad de disminuir la cantidad de sedimentos que ingresa a las centrales hidroeléctricas, se instalan equipos desarenadores en las bocatomas, los cuales tienen la función de retener y devolver al río, los sedimentos mayores a 0,3 mm, es decir arenas y gravas. Por otra parte, los sedimentos menores a 0,3 mm, limos y arcillas no son retenidos por los desarenadores, se van acumulando en el pondaje y canales.

Observación 2 En atención al cronograma de ejecución del proyecto, las labores de dragado y de liberaciones de sedimento al río, debiesen realizarse exclusivamente en invierno, en coordinación con los regantes, para que las bocatomas estén cerradas y evitar que los sedimentos ingresen a los canales de riego. (ID-SEA 14.69). <footer2

Evaluación de la Respuesta Según los antecedentes aportados por el Titular, se acoge lo solicitado, las actividades de dragado y su consecuente liberación de sedimento al río del pondaje Tricahue, se realizarán durante un período de 5 meses, comprendidos entre abril y agosto; de forma de no coincidir con las actividades desarrolladas por los regantes y evitar eventuales efectos sinérgicos con el dragado de la Central La Confluencia (ubicada aguas arriba del Proyecto), el que se realizará entre septiembre y marzo.

Observación 3 Para garantizar que el manejo de los sedimentos propuestos no afectará a los regantes aguas abajo, el titular debiese incluir un programa de análisis de sedimentos y de elementos críticos, tanto aguas arriba como aguas debajo de sus instalaciones, además de al inicio de la zona de riego. (ID-SEA 14.70).

Evaluación de la Respuesta El Titular indica que, en función de la programación de dragado presentada en la adenda anterior, el Titular ha aumentado de 3 a 7 años la duración del Plan de Monitoreo de los Ecosistemas Acuáticos Continentales y de Calidad de Agua y Sedimentos, es decir, éste se llevará a cabo durante los primeros 5 años en los que se extraerá la tasa natural de acumulación anual, más una proporción de lo acumulado a la fecha (45.000 m³ en total); y en los 2 años posteriores, donde la tasa de dragado será la igual a la tasa de retención anual (35.000 m³).

Además de este monitoreo, se dispondrá de una red de monitoreo en línea de la turbidez, con una estación instalada antes del reservorio Tricahue e inmediatamente aguas debajo de éste (cercano a la descarga de la draga), y en casa de máquinas de la central La Higuera, con objeto de monitorear la concentración de sedimentos en el río.

Observación 4 Para garantizar la no afectación de las aguas del río producto del manejo de sedimentos, se solicita analizar conjuntamente los efectos tanto de la central La Higuera como La Confluencia en su conjunto, incluyendo medidas de prevención y/o mitigación para no afectar a los regantes aguas abajo. (ID-SEA 14.71).

Evaluación de la Respuesta Según los antecedentes entregados por el Titular, la ejecución de los planes de manejo de sedimentos de las Centrales La Higuera y La Confluencia se desarrollarán durante distintos períodos de tiempo en el año. De acuerdo a los antecedentes presentados en la Adenda N° 1 del presente Proyecto, se propone un nuevo esquema de dragado del pondaje Tricahue que considera una duración de 5 meses al año (entre los meses de abril a agosto), mientras que el dragado del pondaje Tinguiririca perteneciente a la Central la Confluencia se desarrollará durante 7 meses al año (entre septiembre y marzo). Lo anterior permite evitar la descarga conjunta de sedimentos de ambas centrales y, por consecuencia, eventuales efectos sinérgicos.

11.3.2.15. Observante: Fernando Zagal Norambuena (Asociación de Canalistas de los canales Pedro Aguirre Cerda)

Observación 1 Se solicita al Titular aclarar si se ha considerado durante el proceso de evaluación, el alto porcentaje de actividad económica de la comuna que se basa en la agricultura, agroindustria, comercio y turismo, además de la gran cantidad de regantes agrupados. (ID-SEA 15.73).

Evaluación de la Respuesta Conforme lo indicado, el Titular, como una manera de asegurarse de no tener efecto alguno en la actividad económica de la comuna, acoge lo solicitado, programando las actividades de dragado del pondaje Tricahue, para ser realizadas durante un período de 5 meses, comprendidos entre abril y agosto; de forma de no coincidir con las actividades desarrolladas por los regantes, además de asegurar la no existencia de efectos sinérgicos con el dragado de la Central La Confluencia (ubicada aguas arriba del Proyecto), el que se realizará entre septiembre y marzo, 50 km aguas arriba de las bocatomas de los regantes. <footer2

Observación 2 Se solicita al Titular aclarar si se han considerado medidas de mitigación y reducción además de un programa de monitoreo durante las descargas de sedimento. (ID-SEA 15.74).

Evaluación de la Respuesta El Titular menciona que en primera instancia se indica que, para disminuir la incorporación de sedimentos al río, se ha definido el desarrollo de las labores de dragado dentro de un periodo de 5 meses comprendido entre abril y agosto, así, se diferenciará de las actividades de riego. El Titular tendrá un monitoreo de la calidad del agua en dos frentes: uno inmediato, a través de una red de monitoreo en línea de la turbidez, con tres estaciones: una estación instalada antes del reservorio Tricahue, otra aguas abajo de éste (cercano a la descarga del vertedero y antes de la confluencia con río Azufre), y un tercero en casa de máquinas de la Central La Higuera (17 kilómetros aguas abajo), con objeto de monitorear la concentración de sedimentos en el río, así, en base a los resultados en línea de turbidez se determinará la continuidad de la actividad de dragado, previniendo la posible afectación a regantes, manteniendo, con este control, los niveles de concentración de sedimentos, que permita vigilar que no exista superación de los 2.000 NTU indicados en el sensor inmediatamente aguas abajo de la faena de dragado en la Central La Higuera.

El segundo frente considera un plan de monitoreo de la calidad de aguas y sedimentos, el cual se realizará con periodicidad trimestral durante los primeros tres años de aplicación del Plan, posteriormente será evaluada su continuidad con la Autoridad competente. Este monitoreo se llevará a cabo en paralelo con los monitoreos de flora y fauna acuática.

El Titular indica que, en función de la programación de dragado presentada en la adenda anterior, el Titular ha aumentado de 3 a 7 años la duración del Plan de Monitoreo de los Ecosistemas Acuáticos Continentales y de Calidad de Agua y Sedimentos, es decir, éste se llevará a cabo durante los primeros 5 años en los que se extraerá la tasa natural de acumulación anual, más una proporción de lo acumulado a la fecha (45.000 m³ en total); y en los 2 años posteriores, donde la tasa de dragado será la igual a la tasa de retención anual (35.000 m³).

Observación 3 Se solicita al Titular aclarar la situación respecto al embanque de aproximadamente 400 mil metros cúbicos, aguas arriba de la captación (EMBALSE POND), y si se ha considerado el retiro de dicho material a través de camiones, ya que dicha acumulación corresponde a un aporte extra a los sedimentos acumulados en la central. (ID-SEA 15.75). Evaluación de la Respuesta El Titular menciona que los antecedentes presentados, corresponden a la central la Confluencia. Esta área de acumulación de sedimentos aguas arriba de la presa Tinguiririca, que de acuerdo con nuestras estimaciones estaría en el orden de los 250.000 m3, se debe principalmente al arrastre de sedimentos desde aguas arriba durante periodos de crecidas importantes (se estima 5-6 crecidas al año) las que aportan gran cantidad de material que se ha acumulado en el sector. Esta bocatoma no utiliza esta área de inundación para acumulación de agua, por lo que desde el punto de vista operacional no se hace necesario realizar el retiro del material. Para reducir la acumulación de material que podría afectar la seguridad de la obra, se ha propuesto para ese otro Proyecto, la construcción de un canal encauzador, que va desde el sector de las compuertas de la bocatoma hasta 700 metros aguas arriba y que tiene por función conducir las crecidas importantes del año que actualmente acumulan sedimento en esta barrera, para que pasen a través de las compuertas y sigan el curso del río.

11.3.2.16. Observante: Hernán Martino Bejares (Comunidad de Aguas Canal Cunaco)

Observación 1 En el plan de manejo de sedimentos no se identifican correctamente los impactos asociados al cambio en la hidrología del Río Tinguiririca o en la dinámica de transporte de sedimentos, lo cual constituye una omisión relevante par ay con los regantes. Se solicita al Titular aclarar. (ID-SEA 16.76).

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Evaluación de la Respuesta En referencia a la respuesta entregada en la ADENDA 1, se solicita al Titular ampliar y actualizar la información en ICSARA 2 respecto a la pregunta señalada.

Con relación a lo reiterado, el Titular menciona que como fue expuesto en el modelo el transporte de sedimentos, que evaluó la condición de sólidos suspendidos en los sitios control (modelación presentada en el Anexo V-E de la Adenda anterior). No se espera que el proceso de dragado altere significativamente la dinámica de sedimento en cuanto a la cantidad transportada. A modo de ejemplo se calculó el comportamiento del río con un dragado en diferentes escenarios, por ejemplo, en el caso de un caudal referencial al inicio del dominio50 (aguas arriba de la bocatoma Tricahue) de 8,5 m³/s, que crece hasta alcanzar 40 m³/s en Tinguiririca en La Polcura, como se muestra en la figura siguiente.

Figura 84 Variación de la concentración máxima de sedimentos en suspensión del río para un caso referencial de 8,5 m³/s de caudal al inicio del dominio. Dragado pondaje Tricahue (período abril a agosto)

En consecuencia, según la modelación una turbidez de aproximadamente 2000 NTU en la estación control ubicada en el río Tinguiririca antes de la junta con el río Azufre implicaría que en el tramo control de la Polcura la turbidez no superaría los 1000 NTU, manteniéndose principalmente bajo 500 NTU. Además de la modelación teórica, los datos de turbidez medidos entre septiembre de 2012 y noviembre de 2017 muestran que al calcular los peak (máximos históricos) y el promedio en las estaciones ubicadas en el cauce principal del río Tinguiririca y dos de afluentes (Estero La Gloria y río Azufre), uno de los precursores más relevantes de la turbidez sería el estero La Gloria, debido a que en algunos periodos puede alcanzar a 3683 NTU, aumentando significativamente la turbidez del cauce principal. El cual presenta aguas arriba de la bocatoma una turbidez relativamente baja. Posteriormente, el río Azufre puede aportar turbidez o disminuirla, según el periodo del año, presentando valores similares a lo registrado en el tramo de restitución de HLH.

Tabla 51 Estadísticos del parámetro Turbidez (NTU) en las estaciones históricas

Estación N Promedio Desviación Estándar Mínimo Máximo Bocatoma Tinguiririca 9 303 345 29 825 La Gloria 9 665 1205 5 3683 <footer2

Tricahue 20 316 491 4 1706 La Puya 19 219 478 3 2138 Restitución La Higuera 14 400 586 4 2190

Figura 85 Ubicación de estaciones de seguimiento histórico. El tamaño de los círculos es proporcional a los valores de turbidez (NTU)

Por otro lado, no se esperan cambios morfológicos en el cauce, debido a que el tramo de río se encuentra en la cabecera de la cuenca, en la que las pendientes son altas (>3%, Figura 86). En este sentido, el segmento del río Tinguiririca comprendido entre la Bocatoma Tinguiririca y el Pondaje Tricahue, tendría una pendiente general de 3,55%, mientras que el tramo entre el Pondaje Tricahue y el sector de la Polcura alcanzaría a 5,58%.

Como indica Rosgen (1996)51, la morfología del río define la forma de la descarga (caudal), velocidad y profundidad de agua. Además, controla la forma en que estos parámetros físicos influyen en la erosión, deposición, tamaño del sedimento y transporte de sedimentos (Figura 87). El segmento entre la Bocatoma Tinguiririca y el Pondaje Tricahue sería un tramo moderadamente estrecho dominado por rápidos y el segmento entre el Pondaje Tricahue y La Polcura seria tipo A, empinado y estrecho. Este tipo de morfología no permitiría la acumulación prolongada de sedimentos, los que serían arrastrados en los episodios de crecidas, los que ayudados por la alta pendiente, limpiarían la caja del río. Por lo tanto, no se espera que la caja del río o el cauce fluvial sea modificada por las acciones del proyecto. Complementariamente, con la magnitud de los depósitos, no se vislumbra modificación de la caja del río (depósitos mensuales de baja magnitud, pero acotados a la batimetría disponible), destacando que, los sedimentos reingresados al río son parte de la carga natural del río.

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Figura 86 Perfil de elevación del tramo Bocatoma Tinguiririca- Pondaje Tricahue – La Polcura

Figura 87 Relación entre pendiente del cauce y tipo de morfología

En este sentido, la morfología del río no permitiría la acumulación prolongada de sedimentos, además, la magnitud de los depósitos, no se vislumbra modificación de la caja del río (depósitos mensuales de baja magnitud, pero acotados a la batimetría disponible). Además, en el tramo no se han observado llanuras o terrazas de inundación. Esto es lo esperado para un segmento de río de alta pendiente, en el cual los procesos de aumento de caudal, no tiene espacio lateral para crecer, debido al estrechamiento que presenta por fluir entre montañas y con alta pendiente. Por lo tanto, no se esperan cambios en la dinámica de los sedimentos y la calidad de agua en el rio Tinguiririca, dado que se entregará una mayor concentración de sedimentos. <footer2

En particular respecto a la calidad de los sedimentos, no se esperan cambios en la calidad de sedimentos o del agua. Se debe tomar en cuenta que los sedimentos vertidos son los propios de la cuenca, la cual según Méndez (2018)52, debido a las aguas termales de la parte alta de la cuenca del río Damas presenta características cloruradas sódicas y posee altas concentraciones de casi todos los elementos analizados. El resto de las aguas de la cuenca forman una transición desde sulfatadas cálcicas a bicarbonatadas cálcicas, donde las de la parte alta de la cuenca son más sulfatadas y poseen mayores concentraciones y anomalías de Al, Fe, Mn y otros elementos, mientras que las de la parte baja son más bicarbonatadas, con menores concentraciones y solo con un punto con anomalía de Zn. Por lo que, al comparar las muestras con la normativa chilena para agua potable, varias sobrepasan los valores límite de As, Cl, Fe, Hg y Mn. En la tabla siguiente se resumen los valores de los parámetros incluidos en la Norma Chilena NCh 1.333 (Requisitos de calidad del agua para diferentes usos) desde marzo de 2017 a junio de 2018. Como se puede observar las características naturales de las aguas del río Tinguiririca desde su parte alta (aguas arriba de la bocatoma Tinguiririca) presentan diversas excedencias respecto a la Norma Chilena NCh 1.333, destacando altas concentraciones de aluminio, arsénico, boro, hierro, molibdeno, manganeso y sulfato, asociados a altos valores de conductividad eléctrica y turbidez. Además, afluentes como el estero La Gloria presentan altas concentraciones de cobre y cobalto, entre otros elementos y valores más elevados de turbidez. Esta condición varia levemente hacia aguas abajo, registrándose varias excedencias que se mantienen incluso hasta Tinguiririca en Bajo Briones, como las concentraciones de aluminio, hierro, manganeso, molibdeno, que pueden complementarse con aumentos de elementos como el mercurio. Estas características del agua derivan de la conformación geomorfológica de la cuenca, por lo que constituyen la condición natural del sistema y tienen su repercusión en las características generales de los sedimentos.

Tabla 52 Parámetros de calidad de agua (Periodo marzo 2017 a junio 2018). Se muestran en gris las excedencias respecto a la NCh 1.333

Para verificar la condición de los sedimentos, en cada una de las estaciones de muestreo del Plan de Monitoreo de sedimentos se evaluarán los parámetros correspondientes a la calidad de sedimentos de acuerdo a lo señalado en los Lineamientos de Calidad de Sedimentos para la Protección de la Vida Acuática, determinada por el Concilio Canadiense de Ministros Ambientales en el año 1999, actualizada el 2002, esto debido a la ausencia de una norma chilena acerca de calidad de sedimentos. Los análisis serán llevados a cabo por un laboratorio acreditado bajo los estándares de competencia técnica de la norma internacional ISO/IEC 17.025:2005. <footer2

El análisis de los sedimentos será evaluado en 12 estaciones de muestreo definidas para el seguimiento ambiental a lo largo del área de influencia del Proyecto, cuya estación control se ubicaría en el cauce principal del río Tinguiririca en La Vieja, aguas arriba de la bocatoma Tricahue.

Tabla 53 Estaciones de seguimiento ambiental para Calidad física y química de Sedimentos Estación Coordenadas Geográficas UTM S UTM E Tinguiririca en La Vieja 6.138.573 359.325 Tinguiririca antes Azufre 6.144.326 357.719 Tinguiririca antes Carrizal 6.149.369 351.224 Tinguiririca antes El Manzano 6.149.690 349.106 Tinguiririca antes El Membrillo 6.150.031 348.470 Tinguiririca bajo La Iglesia 6.152.517 344.680 Tinguiririca en La Javierana 6.155.318 342.020 Tinguiririca en El Espinal 6.154.812 340.187 Tinguiririca en Isla Briones 6.158.172 332.104 Tinguiririca en Puente Negro 6.161.256 328.542 Tinguiririca en Ruta 5 6.167.536 318.451 Azufre antes de Tinguiririca 6.145.107 357.261

Figura 88 Estaciones de Seguimiento ambiental. Calidad física y química de Sedimentos

Tabla 54 Parámetros de calidad de sedimentos medidos en laboratorio con su respectiva metodología

Análisis Descripción Referencia del método PARAMETROS ORGANICOS Materia orgánica Gravimetría Método Gravimétrico. Análisis CNA-MET 7.2 para suelos y tejidos. GRANULOMETRÍA Granulometría Granulometría Método ASTM D422 – Standard Test Methods for Particle-Size Analysis for Soils <footer2

Análisis Descripción Referencia del método Hg (mg/kg) Mercurio Método EPA-7470-A. USEPA SW-846. As (mg/kg) Arsénico total Método EPA-6010-C Espectrometría de Masas con Plasma Acoplado Inductivamente (ICP). EPA, Test Methods for evaluating Solid Waste SW 846. Cd (mg/kg) Cadmio Total Cr (mg/kg) Cromo Total Cu (mg/kg) Cobre Total Pb (mg/kg) Plomo Total Zn (mg/kg) Zinc Total

Normativa de referencia: Para el estudio se tomará como referencia los límites estipulados en los lineamientos de Calidad de Sedimentos para la Protección de la Vida Acuática canadiense. Cabe destacar que esta norma permite considerar sedimentos no contaminados (Interim Freshwater Sediment Quality Guideline, ISQG), niveles con probables efectos para el medio ambiente (Probable Effect Level, PEL), y la incidencia porcentual para los valores de ISQG y PEL. Como fue expuesto anteriormente, se debe tomar en cuenta que los sedimentos vertidos son los propios de la cuenca, y que según Méndez (2018)53, al comparar las muestras con la normativa chilena para agua potable, varias sobrepasan los valores límite de As, Cl, Fe, Hg y Mn. Condición que deriva de la conformación geomorfológica de la cuenca, por lo que constituyen la condición natural del sistema y tienen su repercusión en las características generales de los sedimentos. En este sentido, es posible que se verifiquen algunos parámetros de sedimentos que sobrepasen la normativa internacional (en ausencia de normativa nacional), pero que no constituirían una alteración asociada a las acciones del proyecto. Por lo tanto, en el caso de observarse excedencias en términos de la calidad de los sedimentos, estas serán informadas y se buscará un posible efecto en las comunidades biológicas de macroinvertebrados, las que son consideradas a nivel nacional e internacional como buenos indicadores cambios en las condiciones ambientales, siguiéndose el plan de acciones descrito para el seguimiento de biota acuática, contrastando los resultados obtenidos en cada punto monitoreado con los valores promedio y la desviación estándar de los parámetros del hábitat evaluados en la caracterización del hábitat en las campañas del monitoreo de Flora y Fauna Acuática previas a la operación, y se definieron las siguientes categorías:

a.-Verde: Los registros observados se encuentran cercanos a la media histórica (dentro del rango de la primera desviación estándar) y muestran una buena condición del río.

b.- Amarilla: Los registros observados se encuentran entre la primera y la segunda desviación estándar y muestran una condición regular del río o anomalía menor; c.- Roja: Los registros se encuentran más allá de la segunda desviación estándar y representa una condición de anomalía mayor del río.

En el análisis de riqueza y abundancia de fauna bentónica se utilizarán los promedios y mínimos históricos por estación obtenidos de las campañas de monitoreo de Flora y Fauna Acuática. Con estos valores se definieron las siguientes categorías:

a.- Verde, si la estación presentaba un valor igual o superior al promedio histórico al promedio histórico correspondiente a la estación.

b.- Amarillo, si se encuentra entre el promedio y el mínimo.

c.- Roja si se encuentra bajo el mínimo histórico.

Las acciones que se seguirán en el caso de detectar anomalías mayores por dos periodos consecutivos en la misma estación será: establecer un plan de seguimiento mensual hasta la siguiente campaña, si la situación no se revierte en dicho período se seguirá con el muestreo mensual y se complementará con análisis de calidad del agua (Norma 1.333 Conservación de la Vida acuática y Riego), indagando en la posible causa de la anomalía.

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Observación 2 La DIA señala que “la actividad económica de la comuna se basa principalmente en la agricultura”, pero establece a los regantes como sujetos susceptibles de percibir impactos. Se solicita al Titular aclarar. (ID-SEA 16.77).

Evaluación de la Respuesta En referencia a la respuesta entregada en la ADENDA 1, se solicita al Titular ampliar y actualizar la información en ICSARA 2 respecto a la pregunta señalada.

Con relación a lo reiterado, el Titular aclara que los regantes de Junta de Vigilancia de la primera sección del Río Tinguiririca no son susceptibles de percibir impactos asociados al Proyecto, ya que el Titular ha decidido desarrollar la descarga del dragado del pondaje Tricahue en el período comprendido entre los meses de abril y agosto de cada año, en época distinta a la que se realizan las actividades de riego.

De todas formas, en la Adenda se realizó una modelación hidráulica bidimensional del dragado del pondaje Tricahue durante el período abril a agosto (Anexo V-E de la adenda anterior), la cual permite determinar, en diferentes secciones del dominio (área de modelación), la concentración de sedimentos en suspensión, de acuerdo al punto de origen de los aportes de sedimento y las entradas de tributarios que resulten en un efecto de dilución.

A modo de ejemplo, en la figura siguiente se entregan las variaciones de concentración máxima de sedimentos en suspensión generados por el dragado del pondaje Tricahue, utilizando un caudal al inicio del dominio54 de 8,5 m³/s, que crece hasta alcanzar 40 m³/s en Tinguiririca en La Polcura, para el período abril - agosto.

Figura 89 Modelación de la concentración máxima de sedimentos en suspensión en río Tinguiririca, para caudal inicial de 8,5 m3 en periodo abril - agosto

De acuerdo a la figura anterior, para el escenario que considera la actividad de dragado, la concentración máxima de sedimentos en suspensión disminuye drásticamente entre la descarga (km 17,2) y el km 18 donde tiende a acercarse a los valores naturales del río Tinguiririca. Por otra parte, las primeras bocatomas de la Junta de Vigilancia del río Tinguiririca se ubican aproximadamente en el km 42,5 respecto del modelo (Figura 90), por tanto, de acuerdo a lo indicado en la Figura 89, la concentración máxima de sedimentos en suspensión sería similar a los valores naturales del río en ese punto, lo que no afectaría sistemas de riego ni las actividades de los regantes.

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Figura 90 Ubicación de bocatomas de Junta de Vigilancia de la primera sección del Río Tinguiririca respecto del Modelo Hidráulico Bidimensional del dragado del pondaje Tricahue

Observación 3 El titular indica que el objetivo del proyecto es el “Manejo adecuado de los sedimentos”, sin embargo, no entrega mayor información sobre las medidas que esta liberación de sedimentos acumulados ocasionaría a los otros usuarios ubicados aguas abajo. Tampoco indica como manejará los sedimentos acumulados aguas arriba del pondaje. Se solicita al Titular aclarar. (ID-SEA 16.78).

Evaluación de la Respuesta En referencia a la respuesta entregada en la ADENDA 1, se solicita al Titular ampliar y actualizar la información en ICSARA 2 respecto a la pregunta señalada.

Con relación a lo reiterado, el Titular menciona que de las medidas de manejo de sedimentos para evitar afectación a los usuarios ubicados aguas abajo al que hace referencia la observación 3.47 de la Adenda Ciudadana, se puede indicar lo siguiente:

a.- Aguas arriba del pondaje se encuentra la bocatoma Tinguiririca, donde no existe acumulación de sedimento que requiera su manejo, dado que el diferencial de pendiente del río aguas arriba de esta bocatoma, no permite esta acumulación de sedimentos.

b.- Aguas abajo del dragado no se prevé efectos sobre usuarios (regantes), toda vez que el Titular ha decidido desarrollar la descarga del dragado del pondaje Tricahue en el período comprendido entre los meses de abril y agosto de cada año, de manera de no coincidir con las actividades desarrolladas por los regantes.

De todas formas, en la Adenda se realizó una modelación hidráulica bidimensional del dragado del pondaje Tricahue durante el período abril a agosto (Anexo V-E de la Adenda), la cual permite determinar, en diferentes secciones del dominio (área de modelación), la concentración de sedimentos en suspensión, de acuerdo al punto de origen de los aportes de sedimento y las entradas de tributarios que resulten en un efecto de dilución.

A modo de ejemplo, en la siguiente figura se entregan las variaciones de concentración máxima de sedimentos en suspensión generados por el dragado del pondaje Tricahue, utilizando un caudal al <footer2

inicio del dominio55 de 8,5 m³/s, que crece hasta alcanzar 40 m³/s en Tinguiririca en La Polcura, para el período abril a agosto.

Figura 91 Modelación de la concentración máxima de sedimentos en suspensión en río Tinguiririca, para caudal inicial de 8,5 m3 en periodo abril - agosto

De acuerdo a la figura anterior, para el escenario que considera la actividad de dragado, la concentración máxima de sedimentos en suspensión disminuye drásticamente entre la descarga (km 17,2) y el km 18 donde tiende a acercarse a los valores naturales del río Tinguiririca.

Debido a que las primeras bocatomas de la Junta de Vigilancia del río Tinguiririca se ubican aproximadamente en el km 42,5 respecto del modelo (Figura 92) y de acuerdo a lo indicado en la Figura 91, la concentración máxima de sedimentos en suspensión sería similar a los valores naturales del río en ese punto, es posible descartar efectos en actividades desarrolladas por regantes.

Figura 92 Ubicación de bocatomas de Junta de Vigilancia de la primera sección del Río Tinguiririca respecto del Modelo Hidráulico Bidimensional del dragado del pondaje Tricahue

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11.3.2.17. Observante: Alejandro Salas Villar (Comunidad de Aguas La Punta)

Observación 1 Si los golpes de agua acarrean sedimentos, inéditos en la historia del Río Tinguiririca. Esto a pesar de los decantadores y filtros que construyeron antes de los generadores. Es por que están impactando el suelo y moviéndolo hacia el valle, afectando a los regantes. Se solicita al Titular aclarar. (ID-SEA 17.79).

Evaluación de la Respuesta En referencia a la respuesta entregada en la ADENDA 1, se solicita al Titular ampliar y actualizar la información en ICSARA 2 respecto a la pregunta señalada.

En relación a lo reiterado, el Titular aclara que no existirán golpes de agua asociados al Proyecto. En términos de arrastres de sedimentos, en la actualidad e históricamente, el río ha sido un agente transportador de sedimentos.

Importante es mencionar que la carga de sedimentos del río Tinguiririca es variable como lo muestran los registros históricos del río. Los datos de la Dirección General de Aguas (DGA) en la estación Tinguiririca Bajo Los Briones (de periodicidad diaria y un límite instrumental mayor), muestran, en términos generales, que entre los años 2000-2018, existen altos valores de arrastre de sólidos en suspensión en los periodos de deshielo y estiaje, como se observa en las tabla y figura siguientes con máximos, incluso, por sobre los 14.000 NTU.

Tabla 60 Turbidez (NTU) registrada en Tinguiririca Bajo Los Briones (2000-2018)

Temporada Total de Observaciones Media Desv. Est Mínimo Máximo Deshielo 2.973 414,4 696,8 87,1 14.797,8 Estiaje 2.588 287 737,4 85,8 17.255,4

Figura 95 Turbidez registrada en Tinguiririca Bajo Los Briones en temporada de deshielo y estiaje (2000-2018)

Cabe destacar que este tramo del río Tinguiririca ha presentado varios eventos con alto arrastre de material como 2008, 2009, 2012 o 2016, como se aprecia en la figura siguiente.

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Figura 96 Turbidez (NTU) en Tinguiririca Bajo Los Briones (2000-2018)

Fuente: AquaExpert en base a Dirección General de Aguas (DGA), Estación Río Tinguiririca Bajo Los Briones (2000-2018).

A modo de ejemplo, y para comprender mejor la variabilidad de la turbidez en este río, a continuación, se muestra la turbidez medida en Tinguiririca Bajo Los Briones en el mes de noviembre de 2008, donde se alcanzó un promedio de 1.078,9 NTU, con una desviación estándar de 431,5 NTU, variando entre 603,7 y 2.295,8 NTU. Esto implica que durante un 40% del mes las concentraciones de NTU presentes en el río tuvieron condiciones de turbidez mayores a 1.000 NTU, y mayores a 2.000 NTU, el 7% del mes.

Figura 97 Turbidez en Tinguiririca Bajo Los Briones en noviembre de 2008

Teniendo en consideración estos antecedentes, se modeló el transporte de sedimentos evaluando la condición de sólidos suspendidos en los sitios control (Anexo V-E de la Adenda). Esta modelación numérica permitió determinar en diferentes secciones del dominio (área de la modelación) la concentración de sedimentos en suspensión, de acuerdo al punto de origen asumido en ésta, los aportes de sedimento y las entradas de tributarios que resulten en un efecto de dilución. A modo de ejemplo se calculó el comportamiento del río con un dragado en diferentes escenarios, por ejemplo, en el caso de un caudal referencial al inicio del dominio aguas arriba de la bocatoma Tricahue y sin carga de sedimentos (Se modeló considerando que el caudal con el que se inicia la modelación no tiene carga de sedimentos, lo que convierte a la modelación, en una muy conservadora) de 8,5 m³/s, que crece hasta alcanzar 40 m³/s en Tinguiririca en La Polcura, como se muestra en la figura siguiente.

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Figura 98 Variación de la concentración máxima de sedimentos en suspensión del río para un caso referencial de 8,5 m³/s de caudal al inicio del dominio. Dragado pondaje Tricahue (período abril a agosto)

En consecuencia, según la modelación una turbidez de aproximadamente 2000 NTU en la estación control ubicada en el río Tinguiririca antes de la junta con el río Azufre, implicaría que en el sector de La Polcura la turbidez no superaría los 1000 NTU, manteniéndose principalmente bajo 500 NTU, por lo que no se esperarían efectos en las características de las aguas del río, al devolver los sedimentos naturales del río mediante la ejecución del Proyecto, sin mayores afectaciones a las obras de riego ubicada en el área de importancia ambiental antes indicada.

Otro antecedente relevante, adicional a la modelación teórica, son los datos de turbidez medidos en los seguimientos del Titular entre septiembre de 2012 y noviembre de 2017, los que muestran que los peack (máximos históricos) y el promedio en las estaciones ubicadas en el cauce principal del río Tinguiririca y dos afluentes (Estero La Gloria y río Azufre), muestran que uno de los precursores más relevantes de turbidez sería el estero La Gloria, debido a que en algunos periodos puede alcanzar hasta 3683 NTU, aumentando significativamente la turbidez del cauce del río Tinguiririca. Posteriormente, el río Azufre aportar turbidez o la disminuye, según el periodo del año, presentando valores similares a lo registrado en el tramo de restitución de la Central de La Higuera.

Tabla 61 Estadísticos del parámetro Turbidez (NTU) en las estaciones históricas

Estación N Promedio Desviación Estándar Mínimo Máximo Bocatoma Tinguiririca 9 303 345 29 825 La Gloria 9 665 1205 5 3683 Tricahue 20 316 491 4 1706 La Puya 19 219 478 3 2138 Restitución La Higuera 14 400 586 4 2190 De esta forma se puede concluir que el aumento de sólidos suspendidos (medidos como turbidez) no tendrían efectos significativos sobre las condiciones del agua captada por los sistemas de riego en el Tinguiririca.

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11.3.2.18. Observante: Gloria Vargas Pávez (Comunidad de Aguas Canal Miraflores)

Observación 1 Se solicita al titular ampliar en su declaración, la zona de influencia del proyecto, hacia las bocatomas de los canales de riego ubicados aguas abajo, y especificar qué medidas se tomarán para evitar que los sedimentos liberados superen niveles tolerables por los sistemas de riego tecnificado y tradicionales, como también para prevenir embanques en bocatomas, canales, acequias y tranques. Estas medidas deben considerar los efectos del manejo de sedimentos en conjunto tanto de la Higuera como de la Confluencia. Se solicita al titular aclarar. (ID-SEA 18.80).

Evaluación de la Respuesta Según el Titular, con el propósito de asegurar que los niveles de sedimentos del río no superen los niveles de tolerancia de los sistemas de riego, el Titular ha informado una primera acción que es modificar el programa de dragado, proponiendo desarrollar el dragado del reservorio Tricahue ente abril y agosto de cada año, de manera de no coincidir con las actividades desarrolladas por los regantes ni el dragado del pondaje de la Central La Confluencia.

Una segunda acción, adicional a lo anterior implica disponer de una red de monitoreo en línea de la turbidez, con tres estaciones: una estación instalada antes del reservorio Tricahue, otra aguas abajo de éste (cercano a la descarga del vertedero y antes de la confluencia con río Azufre), y un tercero en casa de máquinas de la Central La Higuera (17 kilómetros aguas abajo), con objeto de monitorear la concentración de sedimentos en el río, así, en base a los resultados en línea de turbidez se determinará la continuidad de la actividad de dragado, previniendo la posible afectación a regantes, manteniendo, con este control, los niveles de concentración de sedimentos, que permita vigilar que no exista superación de los 2000 NTU indicados en el sensor inmediatamente aguas abajo de la faena de dragado en la Central La Higuera, valor que se considera normal para el río, por lo que los sistemas de riego no se verían afectados.

El efecto conjunto con Central La Confluencia ha sido eliminado por la programación del desarenado en meses distintos.

El Titular indica que, en función de la programación de dragado presentada en la adenda anterior, el Titular ha aumentado de 3 a 7 años la duración del Plan de Monitoreo de los Ecosistemas Acuáticos Continentales y de Calidad de Agua y Sedimentos, es decir, éste se llevará a cabo durante los primeros 5 años en los que se extraerá la tasa natural de acumulación anual, más una proporción de lo acumulado a la fecha (45.000 m³ en total); y en los 2 años posteriores, donde la tasa de dragado será la igual a la tasa de retención anual (35.000 m³).

Observación 2 Se pide clarificar que manejo se hará con el volumen de sedimentos acumulados en las presas ubicadas a la entrada de las bocatomas, y qué medidas se tomarán para evitar que éstos lleguen a las bocatomas de los canales en época de riego. (ID-SEA 18.81).

Evaluación de la Respuesta Según el Titular, aclara que las bocatomas pertenecientes a la central La Higuera: La Puya, Los Helados y Tricahue, no presentan problemas de acumulación de sedimentos en las presas ubicadas en sus entradas, por lo que el presente proyecto en evaluación no incluye medidas en ese aspecto. Observación 3 Se solicita especificar planes de contingencia para el caso de crecidas o aluviones en cordillera o aguas arriba de los embalses, y que podrían aumentar el arrastre de materiales y sedimentos hacia las bocatomas de los canales de riego (23.119). 18.82

Evaluación de la Respuesta En referencia a la respuesta entregada en la ADENDA 1, se solicita al Titular ampliar y actualizar la información en ICSARA 2 respecto a la pregunta señalada.

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En relación a lo reiterado, el Titular aclara que el Anexo I-I de la Adenda no se relaciona con la observación sobre la especificación de planes de contingencia para el caso de crecidas o aluviones solicitado en la observación. Sin embargo, como dice la respuesta, el Titular cuenta con un Plan de Alertas Climáticas (Anexo I-F de la Adenda) que incluye un plan de emergencia en caso de alud, aluvión o crecida, el que se detalla a continuación:

1.- En caso de recibir llamado u/o aviso de crecida, alud o aluvión en el rio Tinguiririca o Portillo, por cualquier canal de comunicación (verbal, telefónico, radial, correo, etc.), el Despachador pondrá inmediatamente en conocimiento al Operador-Mantenedor de Turno, quien deberá ponerse al resguardo, dirigiéndose a la zona de seguridad más cercana.

2.- El Despachador pondrá inmediata atención a la indicación de Nivel (cota) y sedimentos en las respectivas pantallas de SCADA24, de la o las bocatomas que se verían afectadas primeramente por esta crecida.

A continuación, la Figura 48 y la Figura 49 indican las cotas de operación normal y cotas de alarma de Bocatomas Portillo y Tinguiririca y Bocatomas Tricahue y La Puya respectivamente:

Figura 48 Cotas de operación normal y cotas de alarma de Bocatomas Portillo y Tinguiririca

HLC Portillo (msnm) Tinguiririca (msnm) Alarma Crecida 1466.6 1452.5 Alarma Vertimiento 1466.1 1452.0 Alarma Nivel Alto 1465.9 1451.6 Operación Normal 1465.8 1451.5

Figura 49 Cotas de operación normal y cotas de alarma de Bocatomas Tricahue y La Puya

HLC La Puya (msnm) Tricahue (msnm) Alarma Crecida 1104.5 1104.8 Alarma Nivel Alto 1103.8 1103.8 Operación Normal 1103.7 1103.7

3.- Si se encuentra disponible, el Despachador verificará la condición del río por instrumentación de telemetría; CCTV25 y tomará contacto inmediato con Centro de Control de Central Hidroeléctrica San Andrés (Hydrochile), consultando por posibles aumentos de caudal en sus instalaciones.

En caso de aviso de alud, aluvión o crecida en cualquiera de los ríos (Portillo o Tinguiririca), por cualquier medio de comunicación, se considerará inmediatamente como una condición real de emergencia y se iniciarán las maniobras indicadas a continuación:

a.- Se procederá a apertura de compuertas radiales dando prioridad a las bocatomas que serán afectadas primeramente por el aumento de caudal, de acuerdo al aviso recibido. Por lo cual se requiere inmediato despeje de las zonas aledañas a cauces de ríos y quebradas.

b.- Otras maniobras en curso, como regulación de caudales por derechos de agua, entrega de caudales para mantener la condición natural de escurrimiento, entrega de datos al Coordinador Eléctrico Nacional (CEN), que se estaban realizando previamente al momento que se declaró la alarma de crecida, quedan suspendidas temporalmente y pasan a tener una segunda prioridad, enfocándose a las maniobras necesarias para salvaguardar a las personas e instalaciones que pueden ser afectadas por la crecida, aluvión o el evento climático.

c.- Especial atención se deberá tener en avisos de posibles crecidas en río Tinguiririca en tramo comprendido entre Central La Confluencia y Central La Higuera. Este tramo del río se encuentra afecto a variaciones por vertimientos en pondaje Tricahue por fallas en La Higuera que podrían aumentar su normal cauce.

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d.- En Bocatomas Portillo y Tinguiririca se deberá realizar el siguiente procedimiento:

– Apertura inmediata de compuertas radiales de manera secuencial, iniciando por el radial número 3 en 0,43 metros por un tiempo de 15 minutos. Con lo cual se comenzará a evacuar un caudal de 23,62 m3/s.

– Cierre de compuertas de toma o aducción, una vez iniciado el proceso de vaciado de la poza de captación (apertura de la primera compuerta Radial), se procederá al cierre inmediato total de la compuerta de toma o compuerta de aducción de la bocatoma. (consigna de 0% o 0 mm de posición de compuerta).

– Se deberá verificar la disminución de cota de la poza de captación, si esta cota sigue subiendo o se mantiene, en el tiempo indicado, proceder con la apertura de la compuerta Radial 2 en 0,43 metros y esperar otros 10 minutos, verificando la condición de disminución de la cota en la poza de captación, si esto no ocurre proceder con la apertura de la Radial 1 en misma apertura de 0,43 metros.

– Se realizará la apertura de las compuertas radiales, de acuerdo con la secuencia indicada, hasta alcanzar una disminución de 4 metros de la cota inicial de la poza de captación, posteriormente se procederá con la apertura completa de las 3 compuertas Radiales (5.200 mm).

– En caso de que una o más compuertas radiales no respondan a la consigna dada mediante SCADA, se procederá a abrir inmediatamente la siguiente compuerta indicada en la secuencia respectiva.

– En caso de que el nivel de la poza de captación comience a aumentar, aun abriendo una o más compuertas radiales en las alturas indicadas, las consignas de apertura serán de manera tal, que la cota disminuya y permanezca siempre bajo el nivel de vertimiento de dicha bocatoma. – Las maniobras de apertura de compuertas radiales, vaciando las pozas de captación se iniciarán primeramente en la bocatoma respectiva a la rama involucrada en el anuncio de alud, aluvión o incremento inusual de los caudales, para luego continuar con las bocatomas primarias de la rama no declarada en anormalidad.

e.- En Bocatomas La Puya y Tricahue se deberá realizar el siguiente procedimiento:

– Se realizará la apertura al 100% de las compuertas radiales de manera inmediata, no existiendo restricción de tiempos de espera (4 compuertas radiales en Bocatoma La Puya y 3 compuertas radiales Bocatoma Tricahue). – Cierre de compuertas de toma o aducción, una vez iniciado el proceso de vaciado de la poza de captación (apertura de la primera compuerta Radial), se procederá al cierre inmediato de la compuerta de toma o compuerta de aducción, de la bocatoma que se encuentra en maniobras de apertura de radiales (consigna de 0% o 0 mm de posición de compuerta).

e.- Una vez cerradas la o las compuertas de toma o aducción de bocatomas primarias que serían afectadas por la emergencia, se procederá al retiro inmediato de servicio de las bocatomas secundarias de Central Confluencia, iniciando por bocatoma Azufre (Apertura inmediata de compuertas radiales), luego Los Humos, La Gloria, Riquelme y finalmente el Ciruelo. El retiro de servicio de estas bocatomas, corresponde a la apertura de sus compuertas desrripiadoras y al cierre de sus compuertas de entrada a los desarenadores.

f.- Se informará al CEN del retiro de las instalaciones por condición climática excepcional, detención inmediata de las Centrales La Higuera y La Confluencia.

g.- Iniciadas las maniobras de apertura de compuertas radiales, se comunicará al Subgerente de Operaciones o quien lo reemplace (durante días festivos laborales) o al Jefe de Emergencia de Turno (fines de semana), informando que se ha establecido la condición de emergencia y se ha procedido al retiro de servicio de las bocatomas de La Higuera y/o Confluencia. El jefe de <footer2

emergencia o Subgerente de Operaciones, serán los encargados de dar los avisos respectivos a los entes externos como Junta de Vigilancia del Río Tinguiririca, Carabineros, ONEMI, DGA, etc.

h.- Se mantendrá la condición de instalaciones fuera de servicio hasta el levantamiento del estado de alerta, el cual será dictado por el Gerente de Operaciones o quien lo reemplace, quien previamente ha sido puesto en conocimiento de la emergencia por el Subgerente de operaciones o Jefe de la Emergencia, según corresponda.

i.- Ante pérdidas de comunicación de sistema SCADA entre el centro de control de La Higuera y Bocatomas La Puya y/o Tricahue, un operador deberá asistir a dichas bocatomas para operación local y dejar compuertas radiales abiertas por completo. Esto si las condiciones del camino y condiciones climáticas no presentan riesgos al operador. Ante pérdidas de comunicación de sistema SCADA entre el centro de control de La Higuera y alguna bocatoma de La Confluencia, un operador deberá asistir primeramente a la sala de control de La Confluencia y verificar si cuenta con mando remoto de dichas bocatomas, de lo contrario deberá dirigirse a dicha bocatoma para operación local y dejar compuertas radiales abiertas por completo. Esto si las condiciones del camino y condiciones climáticas no presentan riesgos al operador.

Finalmente se reitera que los eventos de crecidas y aluviones se producen en época invernal, donde la infraestructura de riego no es ocupada. El arrastre de sedimentos asociado a fenómenos naturales que potencialmente podrían afectar las bocatomas de los canales de riego, no tiene relación con la operación del Proyecto, ni menos su manejo es responsabilidad de Central La Higuera.

11.3.2.19. Observante: María Correa Rodríguez (Junta de Vigilancia del Estero Chimbarongo)

Observación 1 El proyecto original “Proyecto Hidroeléctrico La Higuera”, aprobado en agosto de 2004 mediante Res. Exenta N°116 de la COREMA de la Sexta Región, no fueron debidamente identificados los impactos asociados al cambio en la hidrología del Río Tinguiririca o en la dinámica de transporte de sedimentos, lo cual constituye una omisión relevante en dichos procesos, cuyas consecuencias han generado una serie de problemas tanto a las centrales como a los regantes. Se solicita al Titular aclarar. (ID-SEA 19.83).

Evaluación de la Respuesta En referencia a la respuesta entregada en la ADENDA 1, se solicita al Titular ampliar y actualizar la información en ICSARA 2 respecto a la pregunta señalada.

En relación a lo reiterado, el Titular hace presente que, durante la evaluación del Proyecto original mencionado en la observación 4.17, se identificaron y evaluaron debidamente los impactos generados en la hidrología del sector, dónde, en el considerando 6.1.3 de su Resolución de Calificación Ambiental se indica que “se considera el impacto sobre la hidrología asociado a la reducción del caudal en el río Tinguiririca en el tramo entre la bocatoma y la devolución del agua al río luego de su generación en la Central La Higuera”, luego en el considerando 9.2.4 se plantea que “para mitigar la reducción de caudal se considera dejar escurrir un caudal ecológico en las secciones de los ríos y esteros sometidos durante parte del año hidrológico a un caudal mínimo”. Se hace referencia además que los caudales medios mensuales en los ríos Tinguiririca y del Azufre aguas arriba y debajo de los puntos de restitución y caudales medios mensuales entregados en los puntos de restitución, se entregaron en la Adenda N° 2 y N° 3 de dicho proceso de evaluación. En virtud de lo anterior, el Proyecto fue calificado ambientalmente favorable mediante RCA N° 116/2004.

Ahora, durante el presente proceso de evaluación, el titular en el Anexo V-E de la Adenda presentó un modelo de transporte de sedimentos, que señala que no se espera que el proceso de dragado altere significativamente la dinámica de sedimento en cuanto a la cantidad transportada. A modo de ejemplo se calculó el comportamiento del río con un dragado en diferentes escenarios, por ejemplo, en el caso de un caudal referencial al inicio del dominio61 (aguas arriba de la bocatoma Tricahue) de 8,5 m³/s, que crece hasta alcanzar 40 m³/s en Tinguiririca en La Polcura, como se muestra en la figura siguiente. <footer2

Figura 99 Variación de la concentración máxima de sedimentos en suspensión del río para un caso referencial de 8,5 m³/s de caudal al inicio del dominio. Dragado pondaje Tricahue (período abril a agosto)

En consecuencia, según la modelación una turbidez de aproximadamente 2000 NTU en la estación control ubicada en el río Tinguiririca antes de la junta con el río Azufre implicaría que en el tramo control de la Polcura la turbidez no superaría los 1000 NTU, manteniéndose principalmente bajo 500 NTU. Además de la modelación teórica, los datos de turbidez medidos entre septiembre de 2012 y noviembre de 2017 muestran que al calcular los peak (máximos históricos) y el promedio en las estaciones ubicadas en el cauce principal del río Tinguiririca y dos de afluentes (Estero La Gloria y río Azufre), uno de los precursores más relevantes de la turbidez sería el estero La Gloria, debido a que en algunos periodos puede alcanzar a 3683 NTU, aumentando significativamente la turbidez del cauce principal. El cual presenta aguas arriba de la bocatoma una turbidez relativamente baja. Posteriormente, el río Azufre puede aportar turbidez o disminuirla, según el periodo del año, presentando valores similares a lo registrado en el tramo de restitución de HLH.

Tabla 62 Estadísticos del parámetro Turbidez (NTU) en las estaciones históricas

Estación N Promedio Desviación Estándar Mínimo Máximo Bocatoma Tinguiririca 9 303 345 29 825 La Gloria 9 665 1205 5 3683 Tricahue 20 316 491 4 1706 La Puya 19 219 478 3 2138 Restitución La Higuera 14 400 586 4 2190

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Figura 100 Ubicación de estaciones de seguimiento histórico. El tamaño de los círculos es proporcional a los valores de turbidez (NTU)

Por otro lado, no se esperan cambios morfológicos en el cauce, debido a que el tramo de río se encuentra en la cabecera de la cuenca, en la que las pendientes son altas (>3%, Figura 101). En este sentido, el segmento del río Tinguiririca comprendido entre la Bocatoma Tinguiririca y el Pondaje Tricahue, tendría una pendiente general de 3,55%, mientras que el tramo entre el Pondaje Tricahue y el sector de la Polcura alcanzaría a 5,58%.

Como indica Rosgen (1996)62, la morfología del río define la forma de la descarga (caudal), velocidad y profundidad de agua. Además, controla la forma en que estos parámetros físicos influyen en la erosión, deposición, tamaño del sedimento y transporte de sedimentos (Figura 102). El segmento entre la Bocatoma Tinguiririca y el Pondaje Tricahue sería un tramo moderadamente estrecho dominado por rápidos y el segmento entre el Pondaje Tricahue y La Polcura seria tipo A, empinado y estrecho. Este tipo de morfología no permitiría la acumulación prolongada de sedimentos, los que serían arrastrados en los episodios de crecidas, los que ayudados por la alta pendiente, limpiarían la caja del río. Por lo tanto, no se espera que la caja del río o el cauce fluvial sea modificada por las acciones del proyecto. Complementariamente, con la magnitud de los depósitos, no se vislumbra modificación de la caja del río (depósitos mensuales de baja magnitud, pero acotados a la batimetría disponible), destacando que, los sedimentos reingresados al río son parte de la carga natural del río.

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Figura 101 Perfil de elevación del tramo Bocatoma Tinguiririca- Pondaje Tricahue – La Polcura

Figura 102 Relación entre pendiente del cauce y tipo de morfología

En este sentido, la morfología del río no permitiría la acumulación prolongada de sedimentos, además, la magnitud de los depósitos, no se vislumbra modificación de la caja del río (depósitos mensuales de baja magnitud, pero acotados a la batimetría disponible). Además, en el tramo no se han observado llanuras o terrazas de inundación. Esto es lo esperado para un segmento de río de alta pendiente, en el cual los procesos de aumento de caudal, no tiene espacio lateral para crecer, debido al estrechamiento que presenta por fluir entre montañas y con alta pendiente. Por lo tanto, no se <footer2

esperan cambios en la dinámica de los sedimentos y la calidad de agua en el rio Tinguiririca, dado que se entregará una mayor concentración de sedimentos.

Observación 2 Se solicita al Titular aclarar qué medidas de manejo se tomarán (prevención, mitigación y/o compensación) para evitar que los sedimentos liberados al río, ya sea por el dragado o por el desarenado de las instalaciones, superen niveles tolerables por los sistemas de riego tecnificado y tradicionales, o para prevenir embanques en bocatomas, canales, acequias y tranques. Estas medidas deben considerar los efectos del manejo de sedimentos en conjunto tanto de la Higuera como la Confluencia. (ID-SEA 19.84).

Evaluación de la Respuesta El Titular menciona que con el propósito de intervenir lo menor posible con los sistemas de riego, el Titular ha informado una primera acción que es modificar el programa de dragado, proponiendo desarrollar el dragado del reservorio Tricahue ente abril y agosto de cada año, asegurando su no relación con el dragado en Central La Confluencia.

Una segunda acción, adicional a lo anterior implica disponer de una red de monitoreo en línea de la turbidez, con tres estaciones: una estación instalada antes del reservorio Tricahue, otras aguas abajo de éste (cercano a la descarga del vertedero y antes de la confluencia con río Azufre), y un tercero en casa de máquinas de la Central La Higuera (17 kilómetros aguas abajo), con objeto de monitorear la concentración de sedimentos en el río, así, en base a los resultados en línea de turbidez se determinará la continuidad de la actividad de dragado, previniendo la posible afectación a regantes, manteniendo, con este control, los niveles de concentración de sedimentos, que permita vigilar que no exista superación de los 2000 NTU indicados en el sensor inmediatamente aguas abajo de la faena de dragado en la Central La Higuera.

Observación 3 Se solicita especificar planes de contingencia para el caso de crecidas o aluviones en cordillera o aguas arriba de los embalses, y que podrían aumentar el arrastre de materiales y sedimentos hacia las bocatomas de los canales de riego (23.119). 19.85

Evaluación de la Respuesta En referencia a la respuesta entregada en la ADENDA 1, se solicita al Titular ampliar y actualizar la información en ICSARA 2 respecto a la pregunta señalada.

Se aclara que el Anexo I-I de la Adenda no se relaciona con la observación sobre la especificación de planes de contingencia para el caso de crecidas o aluviones solicitado en la observación. Sin embargo, como dice la respuesta, el Titular cuenta con un Plan de Alertas Climáticas (Anexo I-F de la Adenda) que incluye un plan de emergencia en caso de alud, aluvión o crecida, el que se detalla a continuación:

1.- En caso de recibir llamado u/o aviso de crecida, alud o aluvión en el rio Tinguiririca o Portillo, por cualquier canal de comunicación (verbal, telefónico, radial, correo, etc.), el Despachador pondrá inmediatamente en conocimiento al Operador-Mantenedor de Turno, quien deberá ponerse al resguardo, dirigiéndose a la zona de seguridad más cercana.

2.- El Despachador pondrá inmediata atención a la indicación de Nivel (cota) y sedimentos en las respectivas pantallas de SCADA24, de la o las bocatomas que se verían afectadas primeramente por esta crecida.

A continuación, la Figura 48 y la Figura 49 indican las cotas de operación normal y cotas de alarma de Bocatomas Portillo y Tinguiririca y Bocatomas Tricahue y La Puya respectivamente:

Figura 48 Cotas de operación normal y cotas de alarma de Bocatomas Portillo y Tinguiririca

HLC Portillo (msnm) Tinguiririca (msnm) <footer2

Alarma Crecida 1466.6 1452.5 Alarma Vertimiento 1466.1 1452.0 Alarma Nivel Alto 1465.9 1451.6 Operación Normal 1465.8 1451.5

Figura 49 Cotas de operación normal y cotas de alarma de Bocatomas Tricahue y La Puya

HLC La Puya (msnm) Tricahue (msnm) Alarma Crecida 1104.5 1104.8 Alarma Nivel Alto 1103.8 1103.8 Operación Normal 1103.7 1103.7

3.- Si se encuentra disponible, el Despachador verificará la condición del río por instrumentación de telemetría; CCTV25 y tomará contacto inmediato con Centro de Control de Central Hidroeléctrica San Andrés (Hydrochile), consultando por posibles aumentos de caudal en sus instalaciones.

En caso de aviso de alud, aluvión o crecida en cualquiera de los ríos (Portillo o Tinguiririca), por cualquier medio de comunicación, se considerará inmediatamente como una condición real de emergencia y se iniciarán las maniobras indicadas a continuación:

a.- Se procederá a apertura de compuertas radiales dando prioridad a las bocatomas que serán afectadas primeramente por el aumento de caudal, de acuerdo al aviso recibido. Por lo cual se requiere inmediato despeje de las zonas aledañas a cauces de ríos y quebradas.

b.- Otras maniobras en curso, como regulación de caudales por derechos de agua, entrega de caudales para mantener la condición natural de escurrimiento, entrega de datos al Coordinador Eléctrico Nacional (CEN), que se estaban realizando previamente al momento que se declaró la alarma de crecida, quedan suspendidas temporalmente y pasan a tener una segunda prioridad, enfocándose a las maniobras necesarias para salvaguardar a las personas e instalaciones que pueden ser afectadas por la crecida, aluvión o el evento climático.

c.- Especial atención se deberá tener en avisos de posibles crecidas en río Tinguiririca en tramo comprendido entre Central La Confluencia y Central La Higuera. Este tramo del río se encuentra afecto a variaciones por vertimientos en pondaje Tricahue por fallas en La Higuera que podrían aumentar su normal cauce. d.- En Bocatomas Portillo y Tinguiririca se deberá realizar el siguiente procedimiento:

– Apertura inmediata de compuertas radiales de manera secuencial, iniciando por el radial número 3 en 0,43 metros por un tiempo de 15 minutos. Con lo cual se comenzará a evacuar un caudal de 23,62 m3/s.

– Cierre de compuertas de toma o aducción, una vez iniciado el proceso de vaciado de la poza de captación (apertura de la primera compuerta Radial), se procederá al cierre inmediato total de la compuerta de toma o compuerta de aducción de la bocatoma. (consigna de 0% o 0 mm de posición de compuerta).

– Se deberá verificar la disminución de cota de la poza de captación, si esta cota sigue subiendo o se mantiene, en el tiempo indicado, proceder con la apertura de la compuerta Radial 2 en 0,43 metros y esperar otros 10 minutos, verificando la condición de disminución de la cota en la poza de captación, si esto no ocurre proceder con la apertura de la Radial 1 en misma apertura de 0,43 metros.

– Se realizará la apertura de las compuertas radiales, de acuerdo con la secuencia indicada, hasta alcanzar una disminución de 4 metros de la cota inicial de la poza de captación, posteriormente se procederá con la apertura completa de las 3 compuertas Radiales (5.200 mm).

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– En caso de que una o más compuertas radiales no respondan a la consigna dada mediante SCADA, se procederá a abrir inmediatamente la siguiente compuerta indicada en la secuencia respectiva.

– En caso de que el nivel de la poza de captación comience a aumentar, aun abriendo una o más compuertas radiales en las alturas indicadas, las consignas de apertura serán de manera tal, que la cota disminuya y permanezca siempre bajo el nivel de vertimiento de dicha bocatoma.

– Las maniobras de apertura de compuertas radiales, vaciando las pozas de captación se iniciarán primeramente en la bocatoma respectiva a la rama involucrada en el anuncio de alud, aluvión o incremento inusual de los caudales, para luego continuar con las bocatomas primarias de la rama no declarada en anormalidad.

e.- En Bocatomas La Puya y Tricahue se deberá realizar el siguiente procedimiento:

– Se realizará la apertura al 100% de las compuertas radiales de manera inmediata, no existiendo restricción de tiempos de espera (4 compuertas radiales en Bocatoma La Puya y 3 compuertas radiales Bocatoma Tricahue).

– Cierre de compuertas de toma o aducción, una vez iniciado el proceso de vaciado de la poza de captación (apertura de la primera compuerta Radial), se procederá al cierre inmediato de la compuerta de toma o compuerta de aducción, de la bocatoma que se encuentra en maniobras de apertura de radiales (consigna de 0% o 0 mm de posición de compuerta).

e.- Una vez cerradas la o las compuertas de toma o aducción de bocatomas primarias que serían afectadas por la emergencia, se procederá al retiro inmediato de servicio de las bocatomas secundarias de Central Confluencia, iniciando por bocatoma Azufre (Apertura inmediata de compuertas radiales), luego Los Humos, La Gloria, Riquelme y finalmente el Ciruelo. El retiro de servicio de estas bocatomas corresponde a la apertura de sus compuertas desrripiadoras y al cierre de sus compuertas de entrada a los desarenadores. f.- Se informará al CEN del retiro de las instalaciones por condición climática excepcional, detención inmediata de las Centrales La Higuera y La Confluencia.

g.- Iniciadas las maniobras de apertura de compuertas radiales, se comunicará al Subgerente de Operaciones o quien lo reemplace (durante días festivos laborales) o al Jefe de Emergencia de Turno (fines de semana), informando que se ha establecido la condición de emergencia y se ha procedido al retiro de servicio de las bocatomas de La Higuera y/o Confluencia. El jefe de emergencia o Subgerente de Operaciones, serán los encargados de dar los avisos respectivos a los entes externos como Junta de Vigilancia del Río Tinguiririca, Carabineros, ONEMI, DGA, etc.

h.- Se mantendrá la condición de instalaciones fuera de servicio hasta el levantamiento del estado de alerta, el cual será dictado por el Gerente de Operaciones o quien lo reemplace, quien previamente ha sido puesto en conocimiento de la emergencia por el Subgerente de operaciones o Jefe de la Emergencia, según corresponda.

i.- Ante pérdidas de comunicación de sistema SCADA entre el centro de control de La Higuera y Bocatomas La Puya y/o Tricahue, un operador deberá asistir a dichas bocatomas para operación local y dejar compuertas radiales abiertas por completo. Esto si las condiciones del camino y condiciones climáticas no presentan riesgos al operador. Ante pérdidas de comunicación de sistema SCADA entre el centro de control de La Higuera y alguna bocatoma de La Confluencia, un operador deberá asistir primeramente a la sala de control de La Confluencia y verificar si cuenta con mando remoto de dichas bocatomas, de lo contrario deberá dirigirse a dicha bocatoma para operación local y dejar compuertas radiales abiertas por completo. Esto si las condiciones del camino y condiciones climáticas no presentan riesgos al operador.

Finalmente se reitera que los eventos de crecidas y aluviones se producen en época invernal, donde la infraestructura de riego no es ocupada. El arrastre de sedimentos asociado a fenómenos naturales <footer2

que potencialmente podrían afectar las bocatomas de los canales de riego, no tiene relación con la operación del Proyecto, ni menos su manejo es responsabilidad de Central La Higuera.

Observación 4 La DIA de la central La Confluencia contempla un monitoreo en las descargas para verificar la calidad de agua en el cauce previa y durante la construcción del proyecto. Sin embargo, no se considera el mismo monitoreo para la central La Higuera, que se encuentra aguas debajo de La Confluencia y, como un efecto sinérgico, podrían generar impactos no evaluados a la calidad de agua del Río Tinguiririca. Por lo anterior, se solicita desarrollar un análisis de impactos acumulativos, por la operación de los dos proyectos en el mismo cauce y en caso de ser necesario, establecer monitoreos y medidas de mitigación (u otras) para reducir los eventuales impactos sobre los usos que se dan aguas debajo de las centrales. Se solicita al Titular aclarar (ID-SEA 19.86).

Evaluación de la Respuesta El Titular menciona que el monitoreo al que hace referencia la observación, aplica como bien se indica, a la fase de construcción del Proyecto “Plan de Manejo de Sedimentos Central Hidroeléctrica La Confluencia”, ya que éste, dentro de las obras a realizar en la fase de construcción, considera canales de encausamiento para las entradas de las bocatomas Portillo y Tinguiririca, por lo tanto, el plan de monitoreo indicado se entrega en el marco de los antecedentes técnicos y formales de los Permisos Ambientales Sectoriales que tienen relación con la intervención de cauces naturales.

El Titular indica además que, en función de la programación de dragado presentada en la adenda anterior, el Titular ha aumentado de 3 a 7 años la duración del Plan de Monitoreo de los Ecosistemas Acuáticos Continentales y de Calidad de Agua y Sedimentos, es decir, éste se llevará a cabo durante los primeros 5 años en los que se extraerá la tasa natural de acumulación anual, más una proporción de lo acumulado a la fecha (45.000 m³ en total); y en los 2 años posteriores, donde la tasa de dragado será la igual a la tasa de retención anual (35.000 m³).

Además de este monitoreo, se dispondrá de una red de monitoreo en línea de la turbidez, con tres estaciones: una estación instalada antes del reservorio Tricahue, otra aguas abajo de éste (cercano a la descarga del vertedero y antes de la confluencia con río Azufre), y un tercero en casa de máquinas de la Central La Higuera (17 kilómetros aguas abajo), con objeto de monitorear la concentración de sedimentos en el río, así, en base a los resultados en línea de turbidez se determinará la continuidad de la actividad de dragado, previniendo la posible afectación a regantes, manteniendo, con este control, los niveles de concentración de sedimentos, que permita vigilar que no exista superación de los 2000 NTU indicados en el sensor inmediatamente aguas abajo de la faena de dragado en la Central La Higuera, valor que se considera normal para el río, por lo que los sistemas de riego no se verían afectados.

11.3.2.20. Observante: Jaime Bascuñán Aldunate (Asociación Canal Común del Río Tinguiririca)

Observación 1 En atención a las características propias del proyecto, a nuestro entender si se afectase la turbidez y concentración de metales en las aguas de riego de nuestro canal y estos efectos deben ser especificados en el plan de manejo presentado. Se solicita al Titular aclarar. (ID-SEA 19.87).

Evaluación de la Respuesta En referencia a la respuesta entregada en la ADENDA 1, se solicita al Titular ampliar y actualizar la información en ICSARA 2 respecto a la pregunta señalada.

En relación a lo reiterado, el Titular menciona que para complementar la justificación de la no afectación por parte del Proyecto de la concentración de metales en las aguas de riego, en la Tabla 56 se resumen los valores de los parámetros incluidos en la Norma Chilena NCh 1.333 (Requisitos de calidad del agua para diferentes usos) desde marzo de 2017 a junio de 2018, en la que se puede observar las características naturales de las aguas del río Tinguiririca desde su parte alta (aguas arriba de la bocatoma Tinguiririca) presentan diversas excedencias respecto a la Norma Chilena <footer2

NCh 1.333, destacando altas concentraciones de aluminio, arsénico, boro, hierro, molibdeno, manganeso y sulfato, asociados a altos valores de conductividad eléctrica y turbidez. Además, afluentes como el estero La Gloria presentan altas concentraciones de cobre y cobalto, entre otros elementos y valores más elevados de turbidez. Esta condición varía levemente hacia aguas abajo, registrándose varias excedencias que se mantienen incluso hasta Tinguiririca en Bajo Briones, como las concentraciones de aluminio, hierro, manganeso, molibdeno, que pueden complementarse con aumentos de elementos como el mercurio. Estas características del agua derivan de la conformación geomorfológica de la cuenca, por lo que constituyen la condición natural del sistema y tienen su repercusión en las características generales de los sedimentos.

En este sentido, es posible que se verifiquen algunos parámetros de sedimentos que sobrepasen la normativa internacional (en ausencia de normativa nacional), pero que no constituirían una alteración asociada a las acciones del Proyecto.

Tabla 56 Parámetros de calidad de agua (Periodo marzo 2017 a junio 2018). Se muestran en gris las excedencias respecto a la NCh 1.333

De todas formas, se proponen un Plan de Monitoreo de sedimentos, trimestral durante 7 años, en el cual en el caso de observarse excedencias en términos de la calidad de los sedimentos (Para el monitoreo de sedimentos se tomará como referencia los límites estipulados en los lineamientos de Calidad de Sedimentos para la Protección de la Vida Acuática canadiense. Cabe destacar que esta norma permite considerar sedimentos no contaminados (Interim Freshwater Sediment Quality Guideline, ISQG), niveles con probables efectos para el medio ambiente (Probable Effect Level, PEL), y la incidencia porcentual para los valores de ISQG y PEL) , éstas serán informadas y se buscará un posible efecto en las comunidades biológicas de macroinvertebrados, las que son consideradas a nivel nacional e internacional como buenos indicadores cambios en las condiciones ambientales, siguiéndose el plan de acciones descrito para el seguimiento de biota acuática, contrastando los resultados obtenidos en cada punto monitoreado con los valores promedio y la desviación estándar de los parámetros del hábitat evaluados en la caracterización del hábitat en las campañas del monitoreo de Flora y Fauna Acuática previas a la operación. Para lo anterior se definieron las siguientes categorías:

a.- Verde: Los registros observados se encuentran cercanos a la media histórica (dentro del rango de la primera desviación estándar) y muestran una buena condición del río. <footer2

b.- Amarilla: Los registros observados se encuentran entre la primera y la segunda desviación estándar y muestran una condición regular del río o anomalía menor; c.- Roja: Los registros se encuentran más allá de la segunda desviación estándar y representa una condición de anomalía mayor del río.

En el análisis de riqueza y abundancia de fauna bentónica se utilizarán los promedios y mínimos históricos por estación obtenidos de las campañas de monitoreo de Flora y Fauna Acuática. Con estos valores se definieron las siguientes categorías:

a.- Verde, si la estación presentaba un valor igual o superior al promedio histórico al promedio histórico correspondiente a la estación.

b.- Amarillo, si se encuentra entre el promedio y el mínimo.

c.- Roja si se encuentra bajo el mínimo histórico.

En las especies de peces de mayor incidencia (Diplomystes chilensis, Trichomycterus areolatus y Oncorhynchus mykiss), se utilizarán los registros de abundancia históricos por estación, obteniéndose la distribución de frecuencia de abundancias de las campañas de monitoreo de Flora y Fauna Acuática. Esto debido a que las abundancias de peces presentan distribuciones discretas y una alta variabilidad, y por lo tanto los estadísticos utilizados en el análisis de los macroinvertebrados (cuya abundancia presenta una distribución continua) no se pueden aplicar. De acuerdo a lo anterior, se definieron las siguientes categorías:

a.- Verde, si la estación presentaba un percentil superior al percentil 50.

b.- Amarillo, si se encontraba entre el percentil 50 y el 33.

c.- Roja si se encontraba bajo el percentil 33.

Las acciones que se seguirán en el caso de detectar anomalías mayores por dos periodos consecutivos en la misma estación será: establecer un plan de seguimiento mensual hasta la siguiente campaña, si la situación no se revierte en dicho período se seguirá con el muestreo mensual y se complementará con análisis de calidad del agua (Norma 1.333 Conservación de la Vida acuática y Riego), indagando en la posible causa de la anomalía.

Por otra parte, con el fin de evitar posibles impactos sobre los regantes que son parte de la Junta de Vigilancia de la primera sección del Río Tinguiririca, en cuanto a concentración de sedimentos, el Titular ha decidido desarrollar la descarga del dragado del pondaje Tricahue en el período comprendido entre los meses de abril y agosto de cada año, de manera de no coincidir con las actividades de riego desarrolladas por éstos.

Teniendo en consideración estos antecedentes, se modeló el transporte de sedimentos evaluando la condición de solidos suspendidos en los sitios control, modelación presentada en el Anexo V-E de la Adenda anterior. Esta modelación numérica permitió determinar en diferentes secciones del dominio la concentración de sedimentos en suspensión, de acuerdo al punto de origen de los aportes de sedimento y las entradas de tributarios que resulten en un efecto de dilución.

A modo de ejemplo, en la figura siguiente se entregan las variaciones de concentración máxima de sedimentos en suspensión generados por el dragado del pondaje Tricahue, utilizando un caudal al inicio del dominio58 de 8,5 m³/s, que crece hasta alcanzar 40 m³/s en Tinguiririca en La Polcura, para el período abril - agosto.

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Figura 93 Modelación de la concentración máxima de sedimentos en suspensión en río Tinguiririca, para caudal inicial de 8,5 m3 en periodo abril - agosto

De acuerdo a la figura anterior, para el escenario que considera la actividad de dragado, la concentración máxima de sedimentos en suspensión disminuye drásticamente entre la descarga (km 17,2) y el km 18 donde tiende a acercarse a los valores naturales del río Tinguiririca.

Por otra parte, las primeras bocatomas de la Junta de Vigilancia del río Tinguiririca se ubican aproximadamente en el km 42,5 respecto del modelo (Figura 94), por tanto, de acuerdo a lo indicado en la Figura 93, la concentración máxima de sedimentos en suspensión sería similar a los valores naturales del río en ese punto, lo que no afectaría sistemas de riego ni las actividades de los regantes.

Figura 94 Ubicación de bocatomas de Junta de Vigilancia de la primera sección del Río Tinguiririca respecto del Modelo Hidráulico Bidimensional del dragado del pondaje Tricahue

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Observación 2 El proyecto La Higuera, se presentó en forma paralela a otra DIA (La Confluencia), por lo que se cree existe la procedencia de efectos acumulativos, los cuales no se señalan en ninguno de los dos. Se solicita al Titular aclarar. (ID-SEA 19.88).

Evaluación de la Respuesta La ejecución de los planes de manejo de sedimentos de las Centrales La Higuera y La Confluencia se desarrollarán durante distintos períodos de tiempo en el año. De acuerdo a los antecedentes presentados en la Adenda N° 1 del presente Proyecto, se propone un nuevo esquema de dragado del pondaje Tricahue que considera una duración de 5 meses al año (entre los meses de abril a agosto), mientras que el dragado en el pondaje Tinguiririca perteneciente a la Central la Confluencia se desarrollarán durante 7 meses al año (entre septiembre y marzo). Lo anterior permite evitar la descarga conjunta de sedimentos de ambas centrales y por consecuencia, eventuales efectos sinérgicos.

Observación 3 Se considera que, para prevenir un impacto significativo sobre la calidad de las aguas de riego, sería necesario incluir en el plan, un monitoreo periódico de la turbiedad y la concentración de metales aguas arriba de los trabajadores de dragado y a la altura de la primera toma de agua de riego del río, comparando ambos valores en forma permanente, para asegurar la no afectación de los regantes. Este monitoreo debiera ser realizado por una entidad externa a la hidroeléctrica, supervisada por la Junta de Vigilancia del Río Tinguiririca. Se solicita al titular indicar una respuesta. (ID-SEA 19.89).

Evaluación de la Respuesta El Titular indica que, en función de la programación de dragado presentada en la adenda anterior, el Titular ha aumentado de 3 a 7 años la duración del Plan de Monitoreo de los Ecosistemas Acuáticos Continentales y de Calidad de Agua y Sedimentos, es decir, éste se llevará a cabo durante los primeros 5 años en los que se extraerá la tasa natural de acumulación anual, más una proporción de lo acumulado a la fecha (45.000 m³ en total); y en los 2 años posteriores, donde la tasa de dragado será la igual a la tasa de retención anual (35.000 m³). Además de este monitoreo, se dispondrá de una red de monitoreo en línea de la turbidez, con una estación instalada antes del reservorio Tricahue e inmediatamente aguas debajo de éste (cercano a la descarga de la draga), y en casa de máquinas de la central La Higuera, con objeto de monitorear la concentración de sedimentos en el río.

Observación 4 Se considera que, para prevenir un impacto significativo sobre la calidad de las aguas de riego, en relación a la turbiedad y concentración de metales en las aguas de riego, es ejecutar las descargas fuera del periodo de riego. Lo anterior, debido a que la temporada de riego es variable, en su inicio y término, dependiendo en gran medida del inicio y término de las lluvias invernales, es la Junta de Vigilancia del Río Tinguiririca la que debiera determinar las épocas más seguras de manejo de sedimentos y no el titular. Se solicita al titular indicar una respuesta. (ID-SEA 19.90).

Evaluación de la Respuesta El Titular menciona que a fin de disminuir la carga de sedimentos que se verterá al río en época de dragado y de limpieza de desarenadores, mediante los antecedentes presentados en la Adenda N°1, se ha propuesto la realización de dichas actividades durante un período de 5 meses comprendidos entre abril y agosto, así se pretende compatibilizar estas actividades con las desarrolladas por los regantes y el dragado de la Central La Confluencia, evitando la operación simultánea y por consecuencia, el vertimiento de una carga mayor al río. Se le informará a la Junta de Vigilancia el inicio de los períodos de dragado, según los meses indicados, para que puedan programar sus actividades de riego y puedan expresar sus inquietudes al titular en el marco de la participación del Titular en esa Junta de Vigilancia.

Observación 5 Se considera que los volúmenes de dragado anual son muy superiores a los que se declaran como acumulados, y se cree que se está solicitando un dragado mucho mayor al que sería necesario para limpiar el tranque acumulador. También, se cree que se está pidiendo permiso para realizar las <footer2

descargas a cualquier hora del día y en cualquier día del año, sin proponer la forma, en que se controlará el que no se sobrepasen los volúmenes de dragado anunciados. Por esto, nos parece que darle un período acotado del año para realizar estos trabajos es la mejor manera de mantener controlados los volúmenes de sedimentos que se verterán en el río. En este sentido, se solicita al titular indicar una respuesta. (ID-SEA 19.91).

Evaluación de la Respuesta El Titular establece que la cantidad de volumen de sedimentos a dragar se obtuvo mediante el desarrollo de mediciones batimétricas, las cuales permitieron establecer que la acumulación de sedimentos anual en el pondaje es de 35.000 m3 de material. Adicional a lo anterior, se determinó que el volumen de sedimentos acumulados en la Central Hidroeléctrica a la fecha, es de 50.000 m3.

Con esta información y con la finalidad de atenuar la reincorporación de sedimentos al río durante los primeros años de operación, se propone un esquema de dragado que considere la eliminación de los sedimentos acumulados (50.000 m3) distribuidos en los 5 primeros años operación del Plan de Manejo, así, desde el año 1 al año 5 se dragará una quinta parte de los sedimentos acumulados más la cuota anual de acumulación equivalente a 35.000 m3, posteriormente, desde el año 6 en adelante, se continuará con el régimen de dragado de 35.000 m3.

En base a los datos anteriores se definieron las labores y periodicidad de operación del Plan, de manera que en ningún caso se sobrepase la cantidad estimada de sedimentos a draga, así, la operación de dragado se acotó al período de 5 meses comprendido entre abril y agosto.

Con lo anterior, se desea aclarar que en ningún caso el dragado de sedimentos se desarrollará a cualquier hora del día o cualquier día del año, además, se considera el control de esta actividad mediante mediciones batimétricas, cuyos resultados serán almacenados en el sistema de datos de la Estación Hidroeléctrica La Higuera y se encontrarán a disposición de la Autoridad Ambiental en caso de que sean requeridos.

Observación 6 Como regantes, nos sorprende que se solicite devolver el embanque al curso de agua, siendo que a nosotros se nos está prohibido hacerlo, cuando limpiamos nuestros tranques. A nosotros se nos obliga a sacar los embanques de los tranques y canales mediante movimientos de tierra y disposición en nuestros mismos terrenos agrícolas, con todos los costos e inconvenientes productivo que esto nos genera. Sería impensable para nosotros devolver los embanques a los cursos de agua. En este contexto, se solicita al Titular indicar una aclaración. (ID-SEA 19.92).

Evaluación de la Respuesta El Titular menciona que el proyecto en evaluación está conforme a la normativa que lo regula. En el Anexo V-E demuestra que no afecta la calidad del agua del río.

El Titular tendrá un monitoreo de la calidad del agua en dos frentes: uno inmediato, a través de una red de monitoreo en línea de la turbidez, con tres estaciones: una estación instalada antes del reservorio Tricahue, otra aguas abajo de éste (cercano a la descarga del vertedero y antes de la confluencia con río Azufre), y un tercero en casa de máquinas de la Central La Higuera (17 kilómetros aguas abajo), con objeto de monitorear la concentración de sedimentos en el río, así, en base a los resultados en línea de turbidez se determinará la continuidad de la actividad de dragado, previniendo la posible afectación a regantes, manteniendo, con este control, los niveles de concentración de sedimentos, que permita vigilar que no exista superación de los 2000 NTU indicados en el sensor inmediatamente aguas abajo de la faena de dragado en la Central La Higuera.

El segundo frente considera un plan de monitoreo de la calidad de aguas y sedimentos, el cual se realizará con periodicidad trimestral durante los primeros tres años de aplicación del Plan, posteriormente será evaluada su continuidad con la Autoridad competente. Este monitoreo se llevará a cabo en paralelo con los monitoreos de flora y fauna acuática.

El Titular indica que, en función de la programación de dragado presentada en la adenda 1, el Titular ha aumentado de 3 a 7 años la duración del Plan de Monitoreo de los Ecosistemas Acuáticos <footer2

Continentales y de Calidad de Agua y Sedimentos, es decir, éste se llevará a cabo durante los primeros 5 años en los que se extraerá la tasa natural de acumulación anual, más una proporción de lo acumulado a la fecha (45.000 m³ en total); y en los 2 años posteriores, donde la tasa de dragado será la igual a la tasa de retención anual (35.000 m³).

Observación 7 El Plan de Manejo de Sedimentos propuesto, no considera el embanque acumulado aguas arriba de las bocatomas de las centrales. Estos, son volúmenes que, a nuestro parecer, superan lo acumulado en los tranques que se señalan en los planes de manejo de sedimentos de La Higuera y La Confluencia. Estas acumulaciones de sedimentos, además de generar un impacto ecológico evidente en la caja del rio, están esperando una lluvia otoñal o primaveral en altura, para generar un aluvión de magnitudes insospechadas. En este contexto, se solicita al titular indicar una respuesta (ID-SEA 19.93).

Evaluación de la Respuesta El Titular menciona que los posibles embancamientos aguas arriba de las obras de Central La Higuera, no son parte ni potestad de este Titular resolver.

11.3.2.21. Observante: Eduardo Valdivia Osorio (Comunidad de Aguas Canal Cervantina de Placilla)

Observación 1 Conforme a la descripción del proyecto y a la característica propia de la central de pasada, se tienen dudas acerca del origen de la acumulación de los sedimentos. Se solicita al titular indicar una explicación más acabada acerca de la forma de operar y las causas de la acumulación de sedimentos en sus obras. (ID-SEA 19.94 – 20.102).

Evaluación de la Respuesta Según lo informado por el Titular, La acumulación de sedimentos en las unidades operacionales de las centrales hidroeléctricas es una problemática común a este tipo de instalaciones. Al respecto, la acumulación de sedimentos se debe a que los ríos en la parte alta de las montañas poseen una fuerte pendiente del fondo, lo que genera erosión y como resultado, una fuerte capacidad de arrastre y transporte de sedimentos con la columna de agua. El eventual ingreso de sedimentos a las unidades operacionales de las centrales hidroeléctricas, generan entre otros aspectos, problemas operacionales, daños y desgaste en los componentes mecánicos y depositación en canales y pondaje, lo que conlleva a la disminución de la capacidad de transporte y acumulación de agua para el funcionamiento de la central y por lo tanto su operación ineficiente.

Con la finalidad de disminuir la cantidad de sedimentos que ingresa a las centrales hidroeléctricas, se instalan equipos desarenadores en las bocatomas, los cuales tienen la función de retener y devolver al río, los sedimentos mayores a 0,3 mm, es decir arenas y gravas. Por otra parte, los sedimentos menores a 0,3 mm, limos y arcillas, no son retenidos por los desarenadores, se van acumulando en el pondaje y canales.

El presente Proyecto pretende eliminar o disminuir los sedimentos acumulados en el pondaje y desarenadores, devolviendo la carga de sedimentos naturales al río.

Observación 2 Las labores de dragado y liberación de sedimentos al río, se cree que debiesen realizarse durante la época de invierno, de manera coordinada con los regantes, de manera que las bocatomas se encuentren cerradas y se evite que los sedimentos logren ingresar a los canales de riego. (ID-SEA 19.95 – 19.101 – 20.103 – 20.109).

Evaluación de la Respuesta El Titular acoge lo solicitado, las actividades de dragado del pondaje Tricahue, se realizarán durante un período de 5 meses, comprendidos entre abril y agosto; de forma de no coincidir con las actividades desarrolladas por los regantes y evitar eventuales efectos sinérgicos con el dragado de la <footer2

Central La Confluencia (ubicada aguas arriba del Proyecto), el que se realizará entre septiembre y marzo.

Observación 3 Se considera apropiado ampliar la zona de influencia del proyecto hacia las bocatomas de los canales de riego ubicados aguas abajo, y especificar qué medidas se tomarán para evitar que los sedimentos liberados superen niveles tolerables por los sistemas de riego tecnificado y tradicionales, como también para prevenir embanques en bocatomas, canales, acequias y tranques. Estas medidas deben considerar los efectos del manejo de sedimentos en conjunto tanto de la Higuera como la Confluencia. Se solicita al Titular indicar una respuesta. (ID-SEA 19.96 – 20.104).

Evaluación de la Respuesta Con el propósito de asegurar que los niveles de sedimentos del río no superen los niveles de tolerancia de los sistemas de riego, el Titular ha informado una primera acción que es modificar el programa de dragado, proponiendo desarrollar el dragado del reservorio Tricahue ente abril y agosto de cada año, de manera de no coincidir con las actividades desarrolladas por los regantes ni el dragado del pondaje de la Central La Confluencia.

Una segunda acción, adicional a lo anterior implica disponer de una red de monitoreo en línea de la turbidez, con tres estaciones: una estación instalada antes del reservorio Tricahue, otra aguas abajo de éste (cercano a la descarga del vertedero y antes de la confluencia con río Azufre), y un tercero en casa de máquinas de la Central La Higuera (17 kilómetros aguas abajo), con objeto de monitorear la concentración de sedimentos en el río, así, en base a los resultados en línea de turbidez se determinará la continuidad de la actividad de dragado, previniendo la posible afectación a regantes, manteniendo, con este control, los niveles de concentración de sedimentos, que permita vigilar que no exista superación de los 2000 NTU indicados en el sensor inmediatamente aguas abajo de la faena de dragado en la Central La Higuera, valor que se considera normal para el río, por lo que los sistemas de riego no se verían afectados.

El efecto conjunto con Central La Confluencia ha sido eliminado por la programación del desarenado en meses distintos.

Observación 4 Se solicita al Titular especificar los planes de contingencia para el caso de crecidas o aluviones en la cordillera o aguas arriba de los embalses, los cuales podrían aumentar el arrastre de materiales y sedimentos hacia las bocatomas de los canales de riego. (ID-SEA 19.97 – 19.100 – 20.105 – 20.- 108).

Evaluación de la Respuesta En referencia a la respuesta entregada en la ADENDA 1, se solicita al Titular ampliar y actualizar la información en ICSARA 2 respecto a la pregunta señalada.

En relación a lo reiterado, el Titular aclara que el Anexo I-I de la Adenda no se relaciona con la observación sobre la especificación de planes de contingencia para el caso de crecidas o aluviones solicitado en la observación. Sin embargo, como dice la respuesta, el Titular cuenta con un Plan de Alertas Climáticas (Anexo I-F de la Adenda) que incluye un plan de emergencia en caso de alud, aluvión o crecida, el que se detalla a continuación:

1.- En caso de recibir llamado u/o aviso de crecida, alud o aluvión en el rio Tinguiririca o Portillo, por cualquier canal de comunicación (verbal, telefónico, radial, correo, etc.), el Despachador pondrá inmediatamente en conocimiento al Operador-Mantenedor de Turno, quien deberá ponerse al resguardo, dirigiéndose a la zona de seguridad más cercana.

2.- El Despachador pondrá inmediata atención a la indicación de Nivel (cota) y sedimentos en las respectivas pantallas de SCADA24, de la o las bocatomas que se verían afectadas primeramente por esta crecida.

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A continuación, la Figura 48 y la Figura 49 indican las cotas de operación normal y cotas de alarma de Bocatomas Portillo y Tinguiririca y Bocatomas Tricahue y La Puya respectivamente:

Figura 48 Cotas de operación normal y cotas de alarma de Bocatomas Portillo y Tinguiririca

HLC Portillo (msnm) Tinguiririca (msnm) Alarma Crecida 1466.6 1452.5 Alarma Vertimiento 1466.1 1452.0 Alarma Nivel Alto 1465.9 1451.6 Operación Normal 1465.8 1451.5

Figura 49 Cotas de operación normal y cotas de alarma de Bocatomas Tricahue y La Puya

HLC La Puya (msnm) Tricahue (msnm) Alarma Crecida 1104.5 1104.8 Alarma Nivel Alto 1103.8 1103.8 Operación Normal 1103.7 1103.7

3.- Si se encuentra disponible, el Despachador verificará la condición del río por instrumentación de telemetría; CCTV25 y tomará contacto inmediato con Centro de Control de Central Hidroeléctrica San Andrés (Hydrochile), consultando por posibles aumentos de caudal en sus instalaciones. En caso de aviso de alud, aluvión o crecida en cualquiera de los ríos (Portillo o Tinguiririca), por cualquier medio de comunicación, se considerará inmediatamente como una condición real de emergencia y se iniciarán las maniobras indicadas a continuación:

a.- Se procederá a apertura de compuertas radiales dando prioridad a las bocatomas que serán afectadas primeramente por el aumento de caudal, de acuerdo al aviso recibido. Por lo cual se requiere inmediato despeje de las zonas aledañas a cauces de ríos y quebradas.

b.- Otras maniobras en curso, como regulación de caudales por derechos de agua, entrega de caudales para mantener la condición natural de escurrimiento, entrega de datos al Coordinador Eléctrico Nacional (CEN), que se estaban realizando previamente al momento que se declaró la alarma de crecida, quedan suspendidas temporalmente y pasan a tener una segunda prioridad, enfocándose a las maniobras necesarias para salvaguardar a las personas e instalaciones que pueden ser afectadas por la crecida, aluvión o el evento climático.

c.- Especial atención se deberá tener en avisos de posibles crecidas en río Tinguiririca en tramo comprendido entre Central La Confluencia y Central La Higuera. Este tramo del río se encuentra afecto a variaciones por vertimientos en pondaje Tricahue por fallas en La Higuera que podrían aumentar su normal cauce.

d.- En Bocatomas Portillo y Tinguiririca se deberá realizar el siguiente procedimiento:

– Apertura inmediata de compuertas radiales de manera secuencial, iniciando por el radial número 3 en 0,43 metros por un tiempo de 15 minutos. Con lo cual se comenzará a evacuar un caudal de 23,62 m3/s.

– Cierre de compuertas de toma o aducción, una vez iniciado el proceso de vaciado de la poza de captación (apertura de la primera compuerta Radial), se procederá al cierre inmediato total de la compuerta de toma o compuerta de aducción de la bocatoma. (consigna de 0% o 0 mm de posición de compuerta).

– Se deberá verificar la disminución de cota de la poza de captación, si esta cota sigue subiendo o se mantiene, en el tiempo indicado, proceder con la apertura de la compuerta Radial 2 en 0,43 metros y esperar otros 10 minutos, verificando la condición de disminución de la cota en la poza de captación, si esto no ocurre proceder con la apertura de la Radial 1 en misma apertura de 0,43 metros. <footer2

– Se realizará la apertura de las compuertas radiales, de acuerdo con la secuencia indicada, hasta alcanzar una disminución de 4 metros de la cota inicial de la poza de captación, posteriormente se procederá con la apertura completa de las 3 compuertas Radiales (5.200 mm).

– En caso de que una o más compuertas radiales no respondan a la consigna dada mediante SCADA, se procederá a abrir inmediatamente la siguiente compuerta indicada en la secuencia respectiva.

– En caso de que el nivel de la poza de captación comience a aumentar, aun abriendo una o más compuertas radiales en las alturas indicadas, las consignas de apertura serán de manera tal, que la cota disminuya y permanezca siempre bajo el nivel de vertimiento de dicha bocatoma.

– Las maniobras de apertura de compuertas radiales, vaciando las pozas de captación se iniciarán primeramente en la bocatoma respectiva a la rama involucrada en el anuncio de alud, aluvión o incremento inusual de los caudales, para luego continuar con las bocatomas primarias de la rama no declarada en anormalidad. e.- En Bocatomas La Puya y Tricahue se deberá realizar el siguiente procedimiento:

– Se realizará la apertura al 100% de las compuertas radiales de manera inmediata, no existiendo restricción de tiempos de espera (4 compuertas radiales en Bocatoma La Puya y 3 compuertas radiales Bocatoma Tricahue).

– Cierre de compuertas de toma o aducción, una vez iniciado el proceso de vaciado de la poza de captación (apertura de la primera compuerta Radial), se procederá al cierre inmediato de la compuerta de toma o compuerta de aducción, de la bocatoma que se encuentra en maniobras de apertura de radiales (consigna de 0% o 0 mm de posición de compuerta). e.- Una vez cerradas la o las compuertas de toma o aducción de bocatomas primarias que serían afectadas por la emergencia, se procederá al retiro inmediato de servicio de las bocatomas secundarias de Central Confluencia, iniciando por bocatoma Azufre (Apertura inmediata de compuertas radiales), luego Los Humos, La Gloria, Riquelme y finalmente el Ciruelo. El retiro de servicio de estas bocatomas, corresponde a la apertura de sus compuertas desrripiadoras y al cierre de sus compuertas de entrada a los desarenadores.

f.- Se informará al CEN del retiro de las instalaciones por condición climática excepcional, detención inmediata de las Centrales La Higuera y La Confluencia.

g.- Iniciadas las maniobras de apertura de compuertas radiales, se comunicará al Subgerente de Operaciones o quien lo reemplace (durante días festivos laborales) o al Jefe de Emergencia de Turno (fines de semana), informando que se ha establecido la condición de emergencia y se ha procedido al retiro de servicio de las bocatomas de La Higuera y/o Confluencia. El jefe de emergencia o Subgerente de Operaciones, serán los encargados de dar los avisos respectivos a los entes externos como Junta de Vigilancia del Río Tinguiririca, Carabineros, ONEMI, DGA, etc.

h.- Se mantendrá la condición de instalaciones fuera de servicio hasta el levantamiento del estado de alerta, el cual será dictado por el Gerente de Operaciones o quien lo reemplace, quien previamente ha sido puesto en conocimiento de la emergencia por el Subgerente de operaciones o Jefe de la Emergencia, según corresponda.

i.- Ante pérdidas de comunicación de sistema SCADA entre el centro de control de La Higuera y Bocatomas La Puya y/o Tricahue, un operador deberá asistir a dichas bocatomas para operación local y dejar compuertas radiales abiertas por completo. Esto si las condiciones del camino y condiciones climáticas no presentan riesgos al operador. Ante pérdidas de comunicación de sistema SCADA entre el centro de control de La Higuera y alguna bocatoma de La Confluencia, un operador deberá asistir primeramente a la sala de control de La Confluencia y verificar si cuenta con mando remoto de dichas bocatomas, de lo contrario deberá dirigirse a dicha bocatoma para operación local y dejar compuertas radiales abiertas por completo. Esto si las condiciones del camino y condiciones climáticas no presentan riesgos al operador.

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Finalmente se reitera que los eventos de crecidas y aluviones se producen en época invernal, donde la infraestructura de riego no es ocupada. El arrastre de sedimentos asociado a fenómenos naturales que potencialmente podrían afectar las bocatomas de los canales de riego no tiene relación con la operación del Proyecto, ni menos su manejo es responsabilidad de Central La Higuera.

Observación 5 Se considera apropiado establecer un programa de monitoreo permanente de la calidad de las aguas durante todo el desarrollo de los proyectos, incluyendo a lo menos sedimentos, además de “aluminio, boro, cobre, hierro y manganeso, que presentaron niveles de concentración por sobre la norma de riego en los análisis presentados. El monitoreo debe ser realizado por un laboratorio competente de manera independiente y sin influencia por parte de la empresa. Se debiese articular tanto con la autoridad competente como con las organizaciones de regantes.” Conforme lo declarado por el Titular. Se solicita al titular aclarar. (ID-SEA 19.98 – 20.106). Evaluación de la Respuesta El Titular indica que, en función de la programación de dragado presentada en la adenda 1, el Titular ha aumentado de 3 a 7 años la duración del Plan de Monitoreo de los Ecosistemas Acuáticos Continentales y de Calidad de Agua y Sedimentos, es decir, éste se llevará a cabo durante los primeros 5 años en los que se extraerá la tasa natural de acumulación anual, más una proporción de lo acumulado a la fecha (45.000 m³ en total); y en los 2 años posteriores, donde la tasa de dragado será la igual a la tasa de retención anual (35.000 m³).

Además de este monitoreo, se dispondrá de una red de monitoreo en línea de la turbidez, con tres estaciones: una estación instalada antes del reservorio Tricahue, otra aguas abajo de éste (cercano a la descarga del vertedero y antes de la confluencia con río Azufre), y un tercero en casa de máquinas de la Central La Higuera (17 kilómetros aguas abajo), con objeto de monitorear la concentración de sedimentos en el río, así, en base a los resultados en línea de turbidez se determinará la continuidad de la actividad de dragado, previniendo la posible afectación a regantes, manteniendo, con este control, los niveles de concentración de sedimentos, que permita vigilar que no exista superación de los 2000 NTU indicados en el sensor inmediatamente aguas abajo de la faena de dragado en la Central La Higuera, valor que se considera normal para el río, por lo que los sistemas de riego no se verían afectados.

Observación 6 Se considera que se deben especificar las medidas que efectivamente garanticen la no afectación de las obras de riego ubicadas aguas abajo, por exceso de sedimentos asociados a la operación y mantención de la central. (ID-SEA 19.99 – 20.107).

Evaluación de la Respuesta El Titular menciona que con el propósito de intervenir lo menor posible con las actividades de riego, el Titular ha informado una primera acción que es modificar el programa de dragado, proponiendo desarrollar el dragado del reservorio Tricahue ente abril y agosto de cada año.

Una segunda acción, adicional a lo anterior implica disponer de una red de monitoreo en línea de la turbidez, con tres estaciones: una estación instalada antes del reservorio Tricahue, otra aguas abajo de éste (cercano a la descarga del vertedero y antes de la confluencia con río Azufre), y un tercero en casa de máquinas de la Central La Higuera (17 kilómetros aguas abajo), con objeto de monitorear la concentración de sedimentos en el río, así, en base a los resultados en línea de turbidez se determinará la continuidad de la actividad de dragado, previniendo la posible afectación a regantes, manteniendo, con este control, los niveles de concentración de sedimentos, que permita vigilar que no exista superación de los 2000 NTU indicados en el sensor inmediatamente aguas abajo de la faena de dragado en la Central La Higuera.

Observación 7 5.7.- Se solicita al Titular especificar los planes de contingencia para el caso de crecidas o aluviones en la cordillera o aguas arriba de los embalses, los cuales podrían aumentar el arrastre de materiales y sedimentos hacia las bocatomas de los canales de riego. (ID-SEA 19.97 – 19.100 – 20.105 – 20.- 108). <footer2

Evaluación de la Respuesta En referencia a la respuesta entregada en la ADENDA 1, se solicita al Titular ampliar y actualizar la información en ICSARA 2 respecto a la pregunta señalada.

En relación a lo reiterado, el Titular aclara que el Anexo I-I de la Adenda no se relaciona con la observación sobre la especificación de planes de contingencia para el caso de crecidas o aluviones solicitado en la observación. Sin embargo, como dice la respuesta, el Titular cuenta con un Plan de Alertas Climáticas (Anexo I-F de la Adenda) que incluye un plan de emergencia en caso de alud, aluvión o crecida, el que se detalla a continuación:

1.- En caso de recibir llamado u/o aviso de crecida, alud o aluvión en el rio Tinguiririca o Portillo, por cualquier canal de comunicación (verbal, telefónico, radial, correo, etc.), el Despachador pondrá inmediatamente en conocimiento al Operador-Mantenedor de Turno, quien deberá ponerse al resguardo, dirigiéndose a la zona de seguridad más cercana.

2.- El Despachador pondrá inmediata atención a la indicación de Nivel (cota) y sedimentos en las respectivas pantallas de SCADA24, de la o las bocatomas que se verían afectadas primeramente por esta crecida.

A continuación, la Figura 48 y la Figura 49 indican las cotas de operación normal y cotas de alarma de Bocatomas Portillo y Tinguiririca y Bocatomas Tricahue y La Puya respectivamente:

Figura 48 Cotas de operación normal y cotas de alarma de Bocatomas Portillo y Tinguiririca

HLC Portillo (msnm) Tinguiririca (msnm) Alarma Crecida 1466.6 1452.5 Alarma Vertimiento 1466.1 1452.0 Alarma Nivel Alto 1465.9 1451.6 Operación Normal 1465.8 1451.5

Figura 49 Cotas de operación normal y cotas de alarma de Bocatomas Tricahue y La Puya

HLC La Puya (msnm) Tricahue (msnm) Alarma Crecida 1104.5 1104.8 Alarma Nivel Alto 1103.8 1103.8 Operación Normal 1103.7 1103.7

3.- Si se encuentra disponible, el Despachador verificará la condición del río por instrumentación de telemetría; CCTV25 y tomará contacto inmediato con Centro de Control de Central Hidroeléctrica San Andrés (Hydrochile), consultando por posibles aumentos de caudal en sus instalaciones.

En caso de aviso de alud, aluvión o crecida en cualquiera de los ríos (Portillo o Tinguiririca), por cualquier medio de comunicación, se considerará inmediatamente como una condición real de emergencia y se iniciarán las maniobras indicadas a continuación:

a.- Se procederá a apertura de compuertas radiales dando prioridad a las bocatomas que serán afectadas primeramente por el aumento de caudal, de acuerdo al aviso recibido. Por lo cual se requiere inmediato despeje de las zonas aledañas a cauces de ríos y quebradas.

b.- Otras maniobras en curso, como regulación de caudales por derechos de agua, entrega de caudales para mantener la condición natural de escurrimiento, entrega de datos al Coordinador Eléctrico Nacional (CEN), que se estaban realizando previamente al momento que se declaró la alarma de crecida, quedan suspendidas temporalmente y pasan a tener una segunda prioridad, enfocándose a las maniobras necesarias para salvaguardar a las personas e instalaciones que pueden ser afectadas por la crecida, aluvión o el evento climático.

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c.- Especial atención se deberá tener en avisos de posibles crecidas en río Tinguiririca en tramo comprendido entre Central La Confluencia y Central La Higuera. Este tramo del río se encuentra afecto a variaciones por vertimientos en pondaje Tricahue por fallas en La Higuera que podrían aumentar su normal cauce.

d.- En Bocatomas Portillo y Tinguiririca se deberá realizar el siguiente procedimiento: – Apertura inmediata de compuertas radiales de manera secuencial, iniciando por el radial número 3 en 0,43 metros por un tiempo de 15 minutos. Con lo cual se comenzará a evacuar un caudal de 23,62 m3/s.

– Cierre de compuertas de toma o aducción, una vez iniciado el proceso de vaciado de la poza de captación (apertura de la primera compuerta Radial), se procederá al cierre inmediato total de la compuerta de toma o compuerta de aducción de la bocatoma. (consigna de 0% o 0 mm de posición de compuerta). – Se deberá verificar la disminución de cota de la poza de captación, si esta cota sigue subiendo o se mantiene, en el tiempo indicado, proceder con la apertura de la compuerta Radial 2 en 0,43 metros y esperar otros 10 minutos, verificando la condición de disminución de la cota en la poza de captación, si esto no ocurre proceder con la apertura de la Radial 1 en misma apertura de 0,43 metros.

– Se realizará la apertura de las compuertas radiales, de acuerdo con la secuencia indicada, hasta alcanzar una disminución de 4 metros de la cota inicial de la poza de captación, posteriormente se procederá con la apertura completa de las 3 compuertas Radiales (5.200 mm).

– En caso de que una o más compuertas radiales no respondan a la consigna dada mediante SCADA, se procederá a abrir inmediatamente la siguiente compuerta indicada en la secuencia respectiva.

– En caso de que el nivel de la poza de captación comience a aumentar, aun abriendo una o más compuertas radiales en las alturas indicadas, las consignas de apertura serán de manera tal, que la cota disminuya y permanezca siempre bajo el nivel de vertimiento de dicha bocatoma.

– Las maniobras de apertura de compuertas radiales, vaciando las pozas de captación se iniciarán primeramente en la bocatoma respectiva a la rama involucrada en el anuncio de alud, aluvión o incremento inusual de los caudales, para luego continuar con las bocatomas primarias de la rama no declarada en anormalidad.

e.- En Bocatomas La Puya y Tricahue se deberá realizar el siguiente procedimiento:

– Se realizará la apertura al 100% de las compuertas radiales de manera inmediata, no existiendo restricción de tiempos de espera (4 compuertas radiales en Bocatoma La Puya y 3 compuertas radiales Bocatoma Tricahue).

– Cierre de compuertas de toma o aducción, una vez iniciado el proceso de vaciado de la poza de captación (apertura de la primera compuerta Radial), se procederá al cierre inmediato de la compuerta de toma o compuerta de aducción, de la bocatoma que se encuentra en maniobras de apertura de radiales (consigna de 0% o 0 mm de posición de compuerta). e.- Una vez cerradas la o las compuertas de toma o aducción de bocatomas primarias que serían afectadas por la emergencia, se procederá al retiro inmediato de servicio de las bocatomas secundarias de Central Confluencia, iniciando por bocatoma Azufre (Apertura inmediata de compuertas radiales), luego Los Humos, La Gloria, Riquelme y finalmente el Ciruelo. El retiro de servicio de estas bocatomas corresponde a la apertura de sus compuertas desrripiadoras y al cierre de sus compuertas de entrada a los desarenadores.

f.- Se informará al CEN del retiro de las instalaciones por condición climática excepcional, detención inmediata de las Centrales La Higuera y La Confluencia.

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g.- Iniciadas las maniobras de apertura de compuertas radiales, se comunicará al Subgerente de Operaciones o quien lo reemplace (durante días festivos laborales) o al Jefe de Emergencia de Turno (fines de semana), informando que se ha establecido la condición de emergencia y se ha procedido al retiro de servicio de las bocatomas de La Higuera y/o Confluencia. El jefe de emergencia o Subgerente de Operaciones, serán los encargados de dar los avisos respectivos a los entes externos como Junta de Vigilancia del Río Tinguiririca, Carabineros, ONEMI, DGA, etc.

h.- Se mantendrá la condición de instalaciones fuera de servicio hasta el levantamiento del estado de alerta, el cual será dictado por el Gerente de Operaciones o quien lo reemplace, quien previamente ha sido puesto en conocimiento de la emergencia por el Subgerente de operaciones o Jefe de la Emergencia, según corresponda.

i.- Ante pérdidas de comunicación de sistema SCADA entre el centro de control de La Higuera y Bocatomas La Puya y/o Tricahue, un operador deberá asistir a dichas bocatomas para operación local y dejar compuertas radiales abiertas por completo. Esto si las condiciones del camino y condiciones climáticas no presentan riesgos al operador. Ante pérdidas de comunicación de sistema SCADA entre el centro de control de La Higuera y alguna bocatoma de La Confluencia, un operador deberá asistir primeramente a la sala de control de La Confluencia y verificar si cuenta con mando remoto de dichas bocatomas, de lo contrario deberá dirigirse a dicha bocatoma para operación local y dejar compuertas radiales abiertas por completo. Esto si las condiciones del camino y condiciones climáticas no presentan riesgos al operador.

Finalmente se reitera que los eventos de crecidas y aluviones se producen en época invernal, donde la infraestructura de riego no es ocupada. El arrastre de sedimentos asociado a fenómenos naturales que potencialmente podrían afectar las bocatomas de los canales de riego, no tiene relación con la operación del Proyecto, ni menos su manejo es responsabilidad de Central La Higuera.

11.3.2.22. Observante: Eduardo valdivia Osorio (Comunidad de Aguas Canal Los Pérez)

Observación 1 Conforme a la descripción del proyecto y a la característica propia de la central de pasada, se tienen dudas acerca del origen de la acumulación de los sedimentos. Se solicita al titular indicar una explicación más acabada acerca de la forma de operar y las causas de la acumulación de sedimentos en sus obras. (ID-SEA 19.94 – 20.102).

Evaluación de la Respuesta Según lo informado por el Titular, La acumulación de sedimentos en las unidades operacionales de las centrales hidroeléctricas es una problemática común a este tipo de instalaciones. Al respecto, la acumulación de sedimentos se debe a que los ríos en la parte alta de las montañas poseen una fuerte pendiente del fondo, lo que genera erosión y como resultado, una fuerte capacidad de arrastre y transporte de sedimentos con la columna de agua. El eventual ingreso de sedimentos a las unidades operacionales de las centrales hidroeléctricas, generan entre otros aspectos, problemas operacionales, daños y desgaste en los componentes mecánicos y depositación en canales y pondaje, lo que conlleva a la disminución de la capacidad de transporte y acumulación de agua para el funcionamiento de la central y por lo tanto su operación ineficiente.

Con la finalidad de disminuir la cantidad de sedimentos que ingresa a las centrales hidroeléctricas, se instalan equipos desarenadores en las bocatomas, los cuales tienen la función de retener y devolver al río, los sedimentos mayores a 0,3 mm, es decir arenas y gravas. Por otra parte, los sedimentos menores a 0,3 mm, limos y arcillas no son retenidos por los desarenadores, se van acumulando en el pondaje y canales.

El presente Proyecto pretende eliminar o disminuir los sedimentos acumulados en el pondaje y desarenadores, devolviendo la carga de sedimentos naturales al río.

Observación 2 Las labores de dragado y liberación de sedimentos al río, se cree que debiesen realizarse durante la época de invierno, de manera coordinada con los regantes, de manera que las bocatomas se <footer2

encuentren cerradas y se evite que los sedimentos logren ingresar a los canales de riego. (ID-SEA 19.95 – 19.101 – 20.103 – 20.109).

Evaluación de la Respuesta El Titular acoge lo solicitado, las actividades de dragado del pondaje Tricahue, se realizarán durante un período de 5 meses, comprendidos entre abril y agosto; de forma de no coincidir con las actividades desarrolladas por los regantes y evitar eventuales efectos sinérgicos con el dragado de la Central La Confluencia (ubicada aguas arriba del Proyecto), el que se realizará entre septiembre y marzo.

Observación 3 Se considera apropiado ampliar la zona de influencia del proyecto hacia las bocatomas de los canales de riego ubicados aguas abajo, y especificar qué medidas se tomarán para evitar que los sedimentos liberados superen niveles tolerables por los sistemas de riego tecnificado y tradicionales, como también para prevenir embanques en bocatomas, canales, acequias y tranques. Estas medidas deben considerar los efectos del manejo de sedimentos en conjunto tanto de la Higuera como la Confluencia. Se solicita al Titular indicar una respuesta. (ID-SEA 19.96 – 20.104). Evaluación de la Respuesta Con el propósito de asegurar que los niveles de sedimentos del río no superen los niveles de tolerancia de los sistemas de riego, el Titular ha informado una primera acción que es modificar el programa de dragado, proponiendo desarrollar el dragado del reservorio Tricahue ente abril y agosto de cada año, de manera de no coincidir con las actividades desarrolladas por los regantes ni el dragado del pondaje de la Central La Confluencia.

Una segunda acción, adicional a lo anterior implica disponer de una red de monitoreo en línea de la turbidez, con tres estaciones: una estación instalada antes del reservorio Tricahue, otra aguas abajo de éste (cercano a la descarga del vertedero y antes de la confluencia con río Azufre), y un tercero en casa de máquinas de la Central La Higuera (17 kilómetros aguas abajo), con objeto de monitorear la concentración de sedimentos en el río, así, en base a los resultados en línea de turbidez se determinará la continuidad de la actividad de dragado, previniendo la posible afectación a regantes, manteniendo, con este control, los niveles de concentración de sedimentos, que permita vigilar que no exista superación de los 2000 NTU indicados en el sensor inmediatamente aguas abajo de la faena de dragado en la Central La Higuera, valor que se considera normal para el río, por lo que los sistemas de riego no se verían afectados.

El efecto conjunto con Central La Confluencia ha sido eliminado por la programación del desarenado en meses distintos.

Observación 4 Se solicita al Titular especificar los planes de contingencia para el caso de crecidas o aluviones en la cordillera o aguas arriba de los embalses, los cuales podrían aumentar el arrastre de materiales y sedimentos hacia las bocatomas de los canales de riego. (ID-SEA 19.97 – 19.100 – 20.105 – 20.- 108).

Evaluación de la Respuesta En referencia a la respuesta entregada en la ADENDA 1, se solicita al Titular ampliar y actualizar la información en ICSARA 2 respecto a la pregunta señalada.

En relación a lo reiterado, el Titular aclara que el Anexo I-I de la Adenda no se relaciona con la observación sobre la especificación de planes de contingencia para el caso de crecidas o aluviones solicitado en la observación. Sin embargo, como dice la respuesta, el Titular cuenta con un Plan de Alertas Climáticas (Anexo I-F de la Adenda) que incluye un plan de emergencia en caso de alud, aluvión o crecida, el que se detalla a continuación:

1.- En caso de recibir llamado u/o aviso de crecida, alud o aluvión en el rio Tinguiririca o Portillo, por cualquier canal de comunicación (verbal, telefónico, radial, correo, etc.), el Despachador pondrá inmediatamente en conocimiento al Operador-Mantenedor de Turno, quien deberá ponerse al resguardo, dirigiéndose a la zona de seguridad más cercana. <footer2

2.- El Despachador pondrá inmediata atención a la indicación de Nivel (cota) y sedimentos en las respectivas pantallas de SCADA24, de la o las bocatomas que se verían afectadas primeramente por esta crecida.

A continuación, la Figura 48 y la Figura 49 indican las cotas de operación normal y cotas de alarma de Bocatomas Portillo y Tinguiririca y Bocatomas Tricahue y La Puya respectivamente:

Figura 48 Cotas de operación normal y cotas de alarma de Bocatomas Portillo y Tinguiririca

HLC Portillo (msnm) Tinguiririca (msnm) Alarma Crecida 1466.6 1452.5 Alarma Vertimiento 1466.1 1452.0 Alarma Nivel Alto 1465.9 1451.6 Operación Normal 1465.8 1451.5

Figura 49 Cotas de operación normal y cotas de alarma de Bocatomas Tricahue y La Puya

HLC La Puya (msnm) Tricahue (msnm) Alarma Crecida 1104.5 1104.8 Alarma Nivel Alto 1103.8 1103.8 Operación Normal 1103.7 1103.7

3.- Si se encuentra disponible, el Despachador verificará la condición del río por instrumentación de telemetría; CCTV25 y tomará contacto inmediato con Centro de Control de Central Hidroeléctrica San Andrés (Hydrochile), consultando por posibles aumentos de caudal en sus instalaciones.

En caso de aviso de alud, aluvión o crecida en cualquiera de los ríos (Portillo o Tinguiririca), por cualquier medio de comunicación, se considerará inmediatamente como una condición real de emergencia y se iniciarán las maniobras indicadas a continuación:

a.- Se procederá a apertura de compuertas radiales dando prioridad a las bocatomas que serán afectadas primeramente por el aumento de caudal, de acuerdo al aviso recibido. Por lo cual se requiere inmediato despeje de las zonas aledañas a cauces de ríos y quebradas.

b.- Otras maniobras en curso, como regulación de caudales por derechos de agua, entrega de caudales para mantener la condición natural de escurrimiento, entrega de datos al Coordinador Eléctrico Nacional (CEN), que se estaban realizando previamente al momento que se declaró la alarma de crecida, quedan suspendidas temporalmente y pasan a tener una segunda prioridad, enfocándose a las maniobras necesarias para salvaguardar a las personas e instalaciones que pueden ser afectadas por la crecida, aluvión o el evento climático.

c.- Especial atención se deberá tener en avisos de posibles crecidas en río Tinguiririca en tramo comprendido entre Central La Confluencia y Central La Higuera. Este tramo del río se encuentra afecto a variaciones por vertimientos en pondaje Tricahue por fallas en La Higuera que podrían aumentar su normal cauce.

d.- En Bocatomas Portillo y Tinguiririca se deberá realizar el siguiente procedimiento:

– Apertura inmediata de compuertas radiales de manera secuencial, iniciando por el radial número 3 en 0,43 metros por un tiempo de 15 minutos. Con lo cual se comenzará a evacuar un caudal de 23,62 m3/s.

– Cierre de compuertas de toma o aducción, una vez iniciado el proceso de vaciado de la poza de captación (apertura de la primera compuerta Radial), se procederá al cierre inmediato total de la compuerta de toma o compuerta de aducción de la bocatoma. (consigna de 0% o 0 mm de posición de compuerta).

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– Se deberá verificar la disminución de cota de la poza de captación, si esta cota sigue subiendo o se mantiene, en el tiempo indicado, proceder con la apertura de la compuerta Radial 2 en 0,43 metros y esperar otros 10 minutos, verificando la condición de disminución de la cota en la poza de captación, si esto no ocurre proceder con la apertura de la Radial 1 en misma apertura de 0,43 metros.

– Se realizará la apertura de las compuertas radiales, de acuerdo con la secuencia indicada, hasta alcanzar una disminución de 4 metros de la cota inicial de la poza de captación, posteriormente se procederá con la apertura completa de las 3 compuertas Radiales (5.200 mm).

– En caso de que una o más compuertas radiales no respondan a la consigna dada mediante SCADA, se procederá a abrir inmediatamente la siguiente compuerta indicada en la secuencia respectiva.

– En caso de que el nivel de la poza de captación comience a aumentar, aun abriendo una o más compuertas radiales en las alturas indicadas, las consignas de apertura serán de manera tal, que la cota disminuya y permanezca siempre bajo el nivel de vertimiento de dicha bocatoma.

– Las maniobras de apertura de compuertas radiales, vaciando las pozas de captación se iniciarán primeramente en la bocatoma respectiva a la rama involucrada en el anuncio de alud, aluvión o incremento inusual de los caudales, para luego continuar con las bocatomas primarias de la rama no declarada en anormalidad.

e.- En Bocatomas La Puya y Tricahue se deberá realizar el siguiente procedimiento:

– Se realizará la apertura al 100% de las compuertas radiales de manera inmediata, no existiendo restricción de tiempos de espera (4 compuertas radiales en Bocatoma La Puya y 3 compuertas radiales Bocatoma Tricahue). – Cierre de compuertas de toma o aducción, una vez iniciado el proceso de vaciado de la poza de captación (apertura de la primera compuerta Radial), se procederá al cierre inmediato de la compuerta de toma o compuerta de aducción, de la bocatoma que se encuentra en maniobras de apertura de radiales (consigna de 0% o 0 mm de posición de compuerta).

e.- Una vez cerradas la o las compuertas de toma o aducción de bocatomas primarias que serían afectadas por la emergencia, se procederá al retiro inmediato de servicio de las bocatomas secundarias de Central Confluencia, iniciando por bocatoma Azufre (Apertura inmediata de compuertas radiales), luego Los Humos, La Gloria, Riquelme y finalmente el Ciruelo. El retiro de servicio de estas bocatomas, corresponde a la apertura de sus compuertas desrripiadoras y al cierre de sus compuertas de entrada a los desarenadores.

f.- Se informará al CEN del retiro de las instalaciones por condición climática excepcional, detención inmediata de las Centrales La Higuera y La Confluencia.

g.- Iniciadas las maniobras de apertura de compuertas radiales, se comunicará al Subgerente de Operaciones o quien lo reemplace (durante días festivos laborales) o al Jefe de Emergencia de Turno (fines de semana), informando que se ha establecido la condición de emergencia y se ha procedido al retiro de servicio de las bocatomas de La Higuera y/o Confluencia. El jefe de emergencia o Subgerente de Operaciones, serán los encargados de dar los avisos respectivos a los entes externos como Junta de Vigilancia del Río Tinguiririca, Carabineros, ONEMI, DGA, etc.

h.- Se mantendrá la condición de instalaciones fuera de servicio hasta el levantamiento del estado de alerta, el cual será dictado por el Gerente de Operaciones o quien lo reemplace, quien previamente ha sido puesto en conocimiento de la emergencia por el Subgerente de operaciones o Jefe de la Emergencia, según corresponda.

i.- Ante pérdidas de comunicación de sistema SCADA entre el centro de control de La Higuera y Bocatomas La Puya y/o Tricahue, un operador deberá asistir a dichas bocatomas para operación local y dejar compuertas radiales abiertas por completo. Esto si las condiciones del camino y <footer2

condiciones climáticas no presentan riesgos al operador. Ante pérdidas de comunicación de sistema SCADA entre el centro de control de La Higuera y alguna bocatoma de La Confluencia, un operador deberá asistir primeramente a la sala de control de La Confluencia y verificar si cuenta con mando remoto de dichas bocatomas, de lo contrario deberá dirigirse a dicha bocatoma para operación local y dejar compuertas radiales abiertas por completo. Esto si las condiciones del camino y condiciones climáticas no presentan riesgos al operador.

Finalmente se reitera que los eventos de crecidas y aluviones se producen en época invernal, donde la infraestructura de riego no es ocupada. El arrastre de sedimentos asociado a fenómenos naturales que potencialmente podrían afectar las bocatomas de los canales de riego, no tienen relación con la operación del Proyecto, ni menos su manejo es responsabilidad de Central La Higuera.

Observación 5 Se considera apropiado establecer un programa de monitoreo permanente de la calidad de las aguas durante todo el desarrollo de los proyectos, incluyendo a lo menos sedimentos, además de “aluminio, boro, cobre, hierro y manganeso, que presentaron niveles de concentración por sobre la norma de riego en los análisis presentados. El monitoreo debe ser realizado por un laboratorio competente de manera independiente y sin influencia por parte de la empresa. Se debiese articular tanto con la autoridad competente como con las organizaciones de regantes.” Conforme lo declarado por el Titular. Se solicita al titular aclarar. (ID-SEA 19.98 – 20.106).

Evaluación de la Respuesta El Titular indica que, en función de la programación de dragado presentada en la adenda 1, el Titular ha aumentado de 3 a 7 años la duración del Plan de Monitoreo de los Ecosistemas Acuáticos Continentales y de Calidad de Agua y Sedimentos, es decir, éste se llevará a cabo durante los primeros 5 años en los que se extraerá la tasa natural de acumulación anual, más una proporción de lo acumulado a la fecha (45.000 m³ en total); y en los 2 años posteriores, donde la tasa de dragado será la igual a la tasa de retención anual (35.000 m³).

Además de este monitoreo, se dispondrá de una red de monitoreo en línea de la turbidez, con tres estaciones: una estación instalada antes del reservorio Tricahue, otra aguas abajo de éste (cercano a la descarga del vertedero y antes de la confluencia con río Azufre), y un tercero en casa de máquinas de la Central La Higuera (17 kilómetros aguas abajo), con objeto de monitorear la concentración de sedimentos en el río, así, en base a los resultados en línea de turbidez se determinará la continuidad de la actividad de dragado, previniendo la posible afectación a regantes, manteniendo, con este control, los niveles de concentración de sedimentos, que permita vigilar que no exista superación de los 2000 NTU indicados en el sensor inmediatamente aguas abajo de la faena de dragado en la Central La Higuera, valor que se considera normal para el río, por lo que los sistemas de riego no se verían afectados.

Observación 6 Se considera que se deben especificar las medidas que efectivamente garanticen la no afectación de las obras de riego ubicadas aguas abajo, por exceso de sedimentos asociados a la operación y mantención de la central. (ID-SEA 19.99 – 20.107).

Evaluación de la Respuesta El Titular menciona que con el propósito de intervenir lo menor posible con las actividades de riego, el Titular ha informado una primera acción que es modificar el programa de dragado, proponiendo desarrollar el dragado del reservorio Tricahue ente abril y agosto de cada año.

Una segunda acción, adicional a lo anterior implica disponer de una red de monitoreo en línea de la turbidez, con tres estaciones: una estación instalada antes del reservorio Tricahue, otra aguas abajo de éste (cercano a la descarga del vertedero y antes de la confluencia con río Azufre), y un tercero en casa de máquinas de la Central La Higuera (17 kilómetros aguas abajo), con objeto de monitorear la concentración de sedimentos en el río, así, en base a los resultados en línea de turbidez se determinará la continuidad de la actividad de dragado, previniendo la posible afectación a regantes, manteniendo, con este control, los niveles de concentración de sedimentos, que permita <footer2

vigilar que no exista superación de los 2000 NTU indicados en el sensor inmediatamente aguas abajo de la faena de dragado en la Central La Higuera.

El Titular indica que, en función de la programación de dragado presentada en la adenda 1, el Titular ha aumentado de 3 a 7 años la duración del Plan de Monitoreo de los Ecosistemas Acuáticos Continentales y de Calidad de Agua y Sedimentos, es decir, éste se llevará a cabo durante los primeros 5 años en los que se extraerá la tasa natural de acumulación anual, más una proporción de lo acumulado a la fecha (45.000 m³ en total); y en los 2 años posteriores, donde la tasa de dragado será la igual a la tasa de retención anual (35.000 m³).

Observación 7 Se debe incluir un plan de contingencia para casos de crecidas y aluviones, de manera de evitar que sedimentos acumulados sean arrastrados abruptamente aguas abajo, generando efectos adversos a las obras de riego. (ID-SEA 26.131 – 20.108).

Evaluación de la Respuesta

En referencia a la respuesta entregada en la ADENDA 1, se solicita al Titular ampliar y actualizar la información en ICSARA 2 respecto a la pregunta señalada.

En relación a lo reiterado, el Titular menciona que el Plan de Alertas Climáticas (Anexo I-F de la Adenda) incluye un plan de emergencia en caso de alud, aluvión o crecida, el que se detalla a continuación:

a.- En caso de recibir llamado u/o aviso de crecida, alud o aluvión en el rio Tinguiririca o Portillo, por cualquier canal de comunicación (verbal, telefónico, radial, correo, etc.), el Despachador pondrá inmediatamente en conocimiento al Operador-Mantenedor de Turno, quien deberá ponerse al resguardo, dirigiéndose a la zona de seguridad más cercana.

b.- El Despachador pondrá inmediata atención a la indicación de Nivel (cota) y sedimentos en las respectivas pantallas de SCADA63, de la o las bocatomas que se verían afectadas primeramente por esta crecida.

A continuación, la Figura 103 y la Figura 104 indican las cotas de operación normal y cotas de alarma de Bocatomas Portillo y Tinguiririca y Bocatomas Tricahue y La Puya respectivamente: Figura 103 Cotas de operación normal y cotas de alarma de Bocatomas Portillo y Tinguiririca

HLC Portillo (msnm) Tinguiririca (msnm) Alarma Crecida 1466.6 1452.5 Alarma Vertimiento 1466.1 1452.0 Alarma Nivel Alto 1465.9 1451.6 Operación Normal 1465.8 1451.5

Figura 104 Cotas de operación normal y cotas de alarma de Bocatomas Tricahue y La Puya

HLC La Puya (msnm) Tricahue (msnm) Alarma Crecida 1104.5 1104.8 Alarma Nivel Alto 1103.8 1103.8 Operación Normal 1103.7 1103.7

c.- Si se encuentra disponible, el Despachador verificará la condición del río por instrumentación de telemetría; CCTV64 y tomará contacto inmediato con Centro de Control de Central Hidroeléctrica San Andrés (Hydrochile), consultando por posibles aumentos de caudal en sus instalaciones.

En caso de aviso de alud, aluvión o crecida en cualquiera de los ríos (Portillo o Tinguiririca), por cualquier medio de comunicación, se considerará inmediatamente como una condición real de emergencia y se iniciarán las maniobras indicadas a continuación: <footer2

a.- Se procederá a apertura de compuertas radiales dando prioridad a las bocatomas que serán afectadas primeramente por el aumento de caudal, de acuerdo al aviso recibido. Por lo cual se requiere inmediato despeje de las zonas aledañas a cauces de ríos y quebradas.

b.- Otras maniobras en curso, como regulación de caudales por derechos de agua, entrega de caudales para mantener la condición natural de escurrimiento, entrega de datos al Coordinador Eléctrico Nacional (CEN), que se estaban realizando previamente al momento que se declaró la alarma de crecida, quedan suspendidas temporalmente y pasan a tener una segunda prioridad, enfocándose a las maniobras necesarias para salvaguardar a las personas e instalaciones que pueden ser afectadas por la crecida, aluvión o el evento climático.

c.- Especial atención se deberá tener en avisos de posibles crecidas en río Tinguiririca en tramo comprendido entre Central La Confluencia y Central La Higuera. Este tramo del río se encuentra afecto a variaciones por vertimientos en pondaje Tricahue por fallas en La Higuera que podrían aumentar su normal cauce.

d.- En Bocatomas Portillo y Tinguiririca se deberá realizar el siguiente procedimiento:

– Apertura inmediata de compuertas radiales de manera secuencial, iniciando por el radial número 3 en 0,43 metros por un tiempo de 15 minutos. Con lo cual se comenzará a evacuar un caudal de 23,62 m3/s.

– Cierre de compuertas de toma o aducción, una vez iniciado el proceso de vaciado de la poza de captación (apertura de la primera compuerta Radial), se procederá al cierre inmediato total de la compuerta de toma o compuerta de aducción de la bocatoma. (consigna de 0% o 0 mm de posición de compuerta).

– Se deberá verificar la disminución de cota de la poza de captación, si esta cota sigue subiendo o se mantiene, en el tiempo indicado, proceder con la apertura de la compuerta Radial 2 en 0,43 metros y esperar otros 10 minutos, verificando la condición de disminución de la cota en la poza de captación, si esto no ocurre proceder con la apertura de la Radial 1 en misma apertura de 0,43 metros.

– Se realizará la apertura de las compuertas radiales, de acuerdo a la secuencia indicada, hasta alcanzar una disminución de 4 metros de la cota inicial de la poza de captación, posteriormente se procederá con la apertura completa de las 3 compuertas Radiales (5.200 mm).

– En caso de que una o más compuertas radiales no respondan a la consigna dada mediante SCADA, se procederá a abrir inmediatamente la siguiente compuerta indicada en la secuencia respectiva.

– En caso de que el nivel de la poza de captación comience a aumentar, aun abriendo una o más compuertas radiales en las alturas indicadas, las consignas de apertura serán de manera tal, que la cota disminuya y permanezca siempre bajo el nivel de vertimiento de dicha bocatoma.

– Las maniobras de apertura de compuertas radiales, vaciando las pozas de captación se iniciarán primeramente en la bocatoma respectiva a la rama involucrada en el anuncio de alud, aluvión o incremento inusual de los caudales, para luego continuar con las bocatomas primarias de la rama no declarada en anormalidad.

e.- En Bocatomas La Puya y Tricahue se deberá realizar el siguiente procedimiento:

– Se realizará la apertura al 100% de las compuertas radiales de manera inmediata, no existiendo restricción de tiempos de espera (4 compuertas radiales en Bocatoma La Puya y 3 compuertas radiales Bocatoma Tricahue).

– Cierre de compuertas de toma o aducción, una vez iniciado el proceso de vaciado de la poza de captación (apertura de la primera compuerta Radial), se procederá al cierre inmediato de la <footer2

compuerta de toma o compuerta de aducción, de la bocatoma que se encuentra en maniobras de apertura de radiales (consigna de 0% o 0 mm de posición de compuerta).

f.- Una vez cerradas la o las compuertas de toma o aducción de bocatomas primarias que serían afectadas por la emergencia, se procederá al retiro inmediato de servicio de las bocatomas secundarias de Central Confluencia, iniciando por bocatoma Azufre (Apertura inmediata de compuertas radiales), luego Los Humos, La Gloria, Riquelme y finalmente el Ciruelo. El retiro de servicio de estas bocatomas, corresponde a la apertura de sus compuertas desrripiadoras y al cierre de sus compuertas de entrada a los desarenadores.

g.- Se informará al CEN del retiro de las instalaciones por condición climática excepcional, detención inmediata de las Centrales La Higuera y La Confluencia.

h.- Iniciadas las maniobras de apertura de compuertas radiales, se comunicará al Subgerente de Operaciones o quien lo reemplace (durante días festivos laborales) o al Jefe de Emergencia de Turno (fines de semana), informando que se ha establecido la condición de emergencia y se ha procedido al retiro de servicio de las bocatomas de La Higuera y/o Confluencia. El jefe de emergencia o Subgerente de Operaciones, serán los encargados de dar los avisos respectivos a los entes externos como Junta de Vigilancia del Río Tinguiririca, Carabineros, ONEMI, DGA, etc.

i.- Se mantendrá la condición de instalaciones fuera de servicio hasta el levantamiento del estado de alerta, el cual será dictado por el Gerente de Operaciones o quien lo reemplace, quien previamente ha sido puesto en conocimiento de la emergencia por el Subgerente de operaciones o Jefe de la Emergencia, según corresponda.

j.- Ante pérdidas de comunicación de sistema SCADA entre el centro de control de La Higuera y Bocatomas La Puya y/o Tricahue, un operador deberá asistir a dichas bocatomas para operación local y dejar compuertas radiales abiertas por completo. Esto si las condiciones del camino y condiciones climáticas no presentan riesgos al operador. Ante pérdidas de comunicación de sistema SCADA entre el centro de control de La Higuera y alguna bocatoma de La Confluencia, un operador deberá asistir primeramente a la sala de control de La Confluencia y verificar si cuenta con mando remoto de dichas bocatomas, de lo contrario deberá dirigirse a dicha bocatoma para operación local y dejar compuertas radiales abiertas por completo. Esto si las condiciones del camino y condiciones climáticas no presentan riesgos al operador.

Observación 8 Las labores de dragado y liberación de sedimentos al río, se cree que debiesen realizarse durante la época de invierno, de manera coordinada con los regantes, de manera que las bocatomas se encuentren cerradas y se evite que los sedimentos logren ingresar a los canales de riego. (ID-SEA 19.95 – 19.101 – 20.103 – 20.109).

Evaluación de la Respuesta El Titular acoge lo solicitado, las actividades de dragado del pondaje Tricahue, se realizarán durante un período de 5 meses, comprendidos entre abril y agosto; de forma de no coincidir con las actividades desarrolladas por los regantes y evitar eventuales efectos sinérgicos con el dragado de la Central La Confluencia (ubicada aguas arriba del Proyecto), el que se realizará entre septiembre y marzo.

11.3.2.23. Observante: Juan Valenzuela Morales

Observación 1 El titular indica que el objetivo del proyecto es el Manejo adecuado de los sedimentos, sin embargo, en la descripción del proyecto sólo considera una liberación de sedimentos, algunos de ellos acumulados desde hace 8 años, vertiéndolos hacia el río, vía dragados o desarenados, y no entrega mayor información sobre las medidas que esta liberación de sedimentos acumulados ocasionaría a los otros usuarios ubicados aguas abajo. Se solicita entregar datos de calidad de aguas, específicamente niveles de sedimentos antes y después de las obras, así como en las bocatomas de <footer2

los canales, tanto en situación sin proyecto como con proyecto. Se solicita al Titular indicar una respuesta. (ID-SEA 21.110).

Evaluación de la Respuesta En referencia a la respuesta entregada en la ADENDA 1, se solicita al Titular ampliar y actualizar la información en ICSARA 2 respecto a la pregunta señalada.

La información en diferentes casos de probabilidades de excedencia e instancias a lo largo del año se presenta en la Tabla siguiente.

Tabla 13 Concentraciones de sedimentos en suspensión y aumento porcentual, producto de dragado en CH La Higuera, caudales del período abril a agosto.

Caudales Río Tinguiririca

Mezcla Completa Solo dilución Modelo de transporte de sedimentos Antes junta Río Azufre Tinguiririca en La Polcura Probabilidad de Excelencia En BT HLC En La Polcura SST base SST con dragado SST con dragado (%) (m3/s) (m3/s) (mg/l) (mg/l) (mg/l) 99% 2.5 10.1 9 4120 471 95% 3.0 11.9 13 3529 417 85% 3.6 14.3 20 2963 357 75% 4.0 16.0 26 2676 298 65% 4.4 17.7 32 2462 306 50% 5.1 20.5 45 2192 277 40% 5.6 22.4 54 2060 260 30% 6.1 24.5 66 1947 266 20% 7.2 28.7 94 1812 240 10% 9.0 36.1 155 1764 268 5% 11.2 44.8 250 1923 333 2% 14.7 59.0 459 2538 549 1% 18.1 72.4 719 3449 741

Cabe destacar que en la cuarta columna se encuentra el estimado de sólidos suspendidos base, lo que representaría una base teórica de la condición previa a la descarga. Sin embargo, al ser una medida teórica contiene incertidumbre, por lo cual se plantea el seguimiento de la variable turbidez. Para lo cual se dispondrá de una red de monitoreo en línea de la turbidez, con tres estaciones: una estación instalada antes del reservorio Tricahue, otra aguas debajo de éste (cercano a la descarga del vertedero y antes de la confluencia con río Azufre), y una tercera en la casa de máquinas de la Central La Higuera (17 kilómetros aguas abajo), con objeto de monitorear la concentración de sedimentos en el río, así, en base a los resultados en línea de turbidez se determinará la continuidad de la actividad de dragado, manteniendo, con este control, los niveles de concentración de sedimentos, que permitan vigilar que no exista superación de los 2.000 NTU indicados en el sensor inmediatamente aguas abajo de la faena de dragado en la Central La Higuera (Tinguiririca antes del río Azufre).

En la Figura N° 20 del numeral VII Participación Ciudadana, de la ADENDA Complementaria, se puede visualizar las Estaciones de Monitoreo en línea de Turbidez.

En la Tabla 14 se resumen los valores de los parámetros incluidos en la Norma Chilena NCh 1.333 (Requisitos de calidad del agua para diferentes usos) desde marzo de 2017 a junio de 2018. Como se puede observar las características naturales de las aguas del río Tinguiririca desde su parte alta (aguas arriba de la bocatoma Tinguiririca) presentan diversas excedencias respecto a la Norma Chilena NCh 1.333, destacando altas concentraciones de aluminio, arsénico, boro, hierro, molibdeno, manganeso y sulfato, asociados a altos valores de conductividad eléctrica y turbidez. Además, afluentes como el estero La Gloria presentan altas concentraciones de cobre y cobalto, <footer2

entre otros elementos y valores más elevados de turbidez. Esta condición varia levemente hacia aguas abajo, registrándose varias excedencias que se mantienen incluso hasta Tinguiririca en Bajo Briones, como las concentraciones de aluminio, hierro, manganeso, molibdeno, que pueden complementarse con aumentos de elementos como el mercurio. Estas características del agua derivan de la conformación geomorfológica de la cuenca, por lo que constituyen la condición natural del sistema y tienen su repercusión en las características generales de los sedimentos.

Tabla 14 Parámetros de calidad de agua (Periodo marzo 2017 a junio 2018). Se muestran en gris las excedencias respecto a la NCh 1.333

Teniendo en consideración estos antecedentes, se modeló el transporte de sedimentos evaluando la condición de solidos suspendidos en los sitios control, modelación presentada en el Anexo V-E de la Adenda anterior. Esta modelación numérica permitió determinar en diferentes secciones del dominio la concentración de sedimentos en suspensión, de acuerdo al punto de origen de los aportes de sedimento y las entradas de tributarios que resulten en un efecto de dilución. Permitiendo determinar que el área donde se han registrado especies de interés ambiental, los valores de NTU no generarán impactos sobre los ejemplares de la fauna íctica presente. A modo de ejemplo se calculó el comportamiento del río con un dragado en diferentes escenarios, por ejemplo, en el caso de un caudal referencial al inicio del dominio7 (aguas arriba de la bocatoma Tricahue) de 8,5 m³/s, que crece hasta alcanzar 40 m³/s en Tinguiririca en La Polcura, como se muestra en la figura siguiente.

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Figura 21 Variación de la concentración máxima de sedimentos en suspensión del río para un caso referencial de 8,5 m³/s de caudal al inicio del dominio. Dragado pondaje Tricahue (período abril a agosto)

En consecuencia, según la modelación una turbidez de aproximadamente 2000 NTU en la estación control ubicada en el río Tinguiririca antes de la junta con el río Azufre implicaría que en el tramo control de la Polcura la turbidez no superaría los 1000 NTU, manteniéndose principalmente bajo 500 NTU, por lo que no se esperarían efectos en las especies objetivo en el área de importancia ambiental o en el tramo intermedio.

Además de la modelación teórica, los datos de turbidez medidos entre septiembre de 2012 y noviembre de 2017 muestran que al calcular los peak (máximos históricos) y el promedio en las estaciones ubicadas en el cauce principal del río Tinguiririca y dos de afluentes (Estero La Gloria y río Azufre), uno de los precursores más relevantes de la turbidez sería el estero La Gloria, debido a que en algunos periodos puede alcanzar a 3683 NTU, aumentando significativamente la turbidez del cauce principal. El cual presenta aguas arriba de la bocatoma una turbidez relativamente baja. Posteriormente, el río Azufre puede aportar turbidez o disminuirla, según el periodo del año, presentando valores similares a lo registrado en el tramo de restitución de HLH.

Tabla 15 Estadísticos del parámetro Turbidez (NTU) en las estaciones históricas Estación N Promedio Desviación Estándar Mínimo Máximo Bocatoma Tinguiririca 9 303 245 29 825 La Gloria 9 665 1205 5 3683 Tricahue 20 316 491 4 1706 La Puya 19 219 478 3 2138 Restitución La Higuera 14 400 586 4 2190

En la Figura N° 22 del numeral VII Participación Ciudadana, de la ADENDA Complementaria, se puede visualizar la Ubicación de estaciones de seguimiento histórico. El tamaño de los círculos es proporcional a los valores de turbidez (NTU).

En base a los datos de turbidez obtenidos entre el 15 de junio de 2018 y el 18 de agosto de 2018 (ver Figura 23), se calcularon los peak (máximos diarios) en las estaciones ubicadas aguas abajo de la descarga del dragado (TPM). La turbidez en la estación TPM alcanzó un promedio de 1433,2 NTU y una desviación estándar de 361,6. Cabe destacar que, la turbidez fue menor al máximo histórico registrado en el estero La Gloria, además, la condición sin dragado (LB), presentó valores de turbidez altos derivados de lluvias esporádicas o derretimiento.

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Figura 23 Turbidez máxima diaria en la estación TPM (Tinguiririca aguas arriba del río Azufre). En condición de dragado y sin dragado (LB)

En el caso de los sedimentos, el estudio de la calidad de sedimentos expuesto en la DIA tomó a modo de referencia los límites estipulados en los lineamientos de Calidad de Sedimentos para la Protección de la Vida Acuática canadiense. Cabe destacar que esta norma permite considerar sedimentos no contaminados (Interim Freshwater Sediment Quality Guideline, ISQG), niveles con probables efectos para el medio ambiente (Probable Efect Level, PEL), y la incidencia porcentual para los valores de ISQG y PEL. El muestreo realizado constó de 1 muestra en cada estación y 3 muestras obtenidas del Pondaje Tricahue (Tr-3, Tr-4 y Tr-5), además de incluir una muestra replicada correspondiente R-1, la que es un duplicado de la estación Tr-3, entregándose al laboratorio como una estación aparte sin indicar su procedencia. El detalle de los parámetros analizados en laboratorio con sus respectivos respaldos se encuentra en el Anexo C “Informes de Análisis de Calidad de Sedimentos” de la Caracterización Ambiental Ecosistemas Acuáticos Continentales presentada en la DIA. Cabe destacar que los sedimentos que serán vertidos son los propios de la cuenca, por lo que mantendrán parte de las características propias del agua antes expuestas, las que según Méndez (2018)8, al provenir de aguas termales en la parte alta de la cuenca del río Damas, presentarían características cloruradas sódicas y altas concentraciones en casi todos los elementos. El resto de las aguas de la cuenca forman una transición desde sulfatadas cálcicas a bicarbonatadas cálcicas, donde las de la parte alta de la cuenca son más sulfatadas y poseen mayores concentraciones y anomalías de Al, Fe, Mn y otros elementos, mientras que las de la parte baja son más bicarbonatadas, con menores concentraciones de los distintos elementos. En este trabajo al comparar los distintos resultados de análisis con la normativa chilena para agua potable, se observaron varias excedencias sobrepasando las concentraciones límite de As, Cl, Fe, Hg y Mn. A continuación, se muestran los resultados de calidad de sedimentos aguas arriba del Pondaje (Control), en el Pondaje y aguas abajo. Esperándose que las condiciones en operación del proyecto permanezcan.

Los parámetros orgánicos analizados en laboratorio fueron los contenidos de materia orgánica en los sedimentos de las estaciones en estudio. Es importante destacar, que este parámetro no posee un marco de referencia en la Norma Chilena o Canadiense (Canadian Sediment Quality Guideline for the Protection of Aquatic Life) (ver Tabla 16).

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Las concentraciones de materia orgánica fueron bastante heterogéneas entre estaciones de muestreo, las cuales, registraron una media de 28.843,6 ± 33.236,9 mg/kg, variando entre un mínimo de 2.078 mg/kg en la estación río Azufre (C-4) y un máximo de 99.927 mg/kg en Pondaje Tricahue (Tr-5).

Tabla 16 Parámetros orgánicos (mg/kg) medidos en laboratorio Parámetros Control Pondaje Aguas abajo Afluentes Tr-1 Tr-3 Tr-4 Tr-5 Tr-2 C-5 C-6 C-7 C-4 Materia Orgánica 43.138 56.916 32.709 99.927 7.676 3.559 7.584 6.005 2.078

Asimismo, los parámetros inorgánicos analizados en laboratorio correspondieron a sulfatos, nitrógeno total y fósforo total en los sedimentos de las estaciones en estudio. Es importante destacar, que estos parámetros no poseen un marco de referencia en la Norma Chilena o Canadiense (Canadian Sediment Quality Guideline for the Protection of Aquatic Life) (ver Tabla 17).

El análisis de los sulfatos, indicaron valores heterogéneos entre estaciones de muestreo, con concentraciones que variaron entre 35.340 mg/kg y 2.700 mg/kg, en las estaciones Pondaje Tricahue (Tr-3) y río Azufre (C-4) respectivamente, cuya concentración promedio fue 12.770,0 ± 9.992,8 mg/kg. Por otro lado, el nitrógeno total exhibió una concentración media de 154,89 ± 71,66 mg/kg, observándose una máxima de 264 mg/kg en la estación río Azufre (C-4), mientras, el mínimo se obtuvo en la estación río Tinguiririca en La Iglesia (C-5) con 76 mg/kg. Finalmente, el fósforo total exhibió concentraciones heterogéneas, las cuales, promediaron 782,44 ± 354,12 mg/kg, oscilando entre un mínimo de 314 mg/kg en la estación Aguas abajo Pondaje Tricahue (Tr-2), y un máximo de 1.322 mg/kg en Pondaje Tricahue (Tr-4).

Tabla 17 Parámetros inorgánicos (mg/kg) medidos en laboratorio

Parámetros

Control Pondaje Aguas abajo Afluentes Tr-1 Tr-3 Tr-4 Tr-5 Tr-2 C-5 C-6 C-7 C-4 Sulfatos 9.290 35.340 12.370 18.360 6.920 17.550 6.950 5.450 2.700 Nitrógeno Total 202 143 236 80 89 76 197 107 264 Fósforo Total 327 1.037 1.322 941 314 1.036 504 944 617

Los resultados obtenidos de las concentraciones de metales totales medidos en laboratorio en los sedimentos, se encuentran en la Tabla 18, junto con los valores de referencia de la Norma Canadiense (Canadian Sediment Quality Guideline for the Protection of Aquatic Life). Esta norma muestra valores que permiten considerar sedimentos no contaminantes (Interim Freshwater Sediment Quality Guideline, ISQG), niveles con efectos probables sobre el medio ambiente (Probable Effect Level, PEL), y la incidencia porcentual para los valores de PEL. Los análisis de concentraciones de metales totales correspondientes a la actual campaña de muestreo medidos en laboratorio se presentan en la Tabla 18 y sus respaldos en el Anexo C “Informes de Análisis de Calidad de Sedimentos” de la Caracterización Ambiental Ecosistemas Acuáticos Continentales presentada en la DIA.

Se analizaron 7 metales en sedimentos (arsénico, cadmio, cobre, cromo, mercurio, plomo y zinc), los cuales se encuentran normados. Las estaciones asociadas al Pondaje Tricahue (Tr-3 y Tr-5) registraron concentraciones de arsénico sobre el límite en el que se esperarían efectos ambientales (Probable Effect Level, PEL). En cuanto al cadmio, cobre y mercurio, presentaron en algunas estaciones niveles sobre los índices de ISQG establecidos por la Norma Canadiense.

El arsénico presentó valores heterogéneos, observándose un promedio de 19,53 ± 20,97 mg/kg, con una incidencia de muestras con concentraciones sobre el límite establecido para sedimentos con contaminación (ISQG: 5,9 mg/kg), un total de 7 muestras superaron este límite, excluyéndose las estaciones (C-6 y C-4). Asimismo, las estaciones que presentaron concentraciones sobre el límite de posibles efectos ambientales (PEL: 17 mg/kg) correspondieron a las obtenidas en el Pondaje Tinguiririca (Tr-3, Tr-4 y Tr-5) y las ubicadas Aguas arriba de bocatoma Tinguiririca (Tr-1) y Aguas abajo del Pondaje (Tr-2, C-5 y C-7). El máximo se registró en la estación Pondaje Tinguiririca (Tr-5) con 61,20 mg/kg, mientras, el mínimo se obtuvo en la estación río Tinguiririca en Puente Negro (C-6) con 5,47 mg/kg. <footer2

La concentración de cadmio en sedimentos registró en la mayoría de las estaciones, valores bajo los índices ISQG (0,6 mg/kg) y PEL (3,5 mg/kg), las estaciones asociadas al Pondaje Tricahue (Tr-3 y Tr-5) y Tinguiririca en Puente Negro (C-6) exhibieron valores sobre el ISQG (0,6 mg/kg) de 0,763 mg/kg, 1,070 mg/kg y 1,270 mg/kg respectivamente. Asimismo, el valor máximo observado correspondió a 1,270 mg/kg en la estación río Tinguiririca en Puente Negro (C-6), a su vez, la mínima concentración fue 0,112 mg/kg en Aguas arriba bocatoma Tricahue, cuya media alcanzó un valor de 0,466 ± 0,448 mg/kg.

En cuanto a la concentración de cobre en los sedimentos analizados, éste registró valores por sobre el límite de ISQG (35,7 mg/kg), sin embargo, están muy por debajo del límite de PEL (197 mg/kg). La concentración promedio correspondió a 40,22 ± 11,23 mg/kg, con un máximo de 59,20 mg/kg en Pondaje Tricahue (Tr-5) y un valor mínimo de 25,80 mg/kg en río Tinguiririca en Puente Negro (C-6). A su vez, el cromo obtuvo un promedio de 8,68 ± 2,51 mg/kg, con un máximo de 12,00 mg/kg en la estación Tinguiririca en Puente Negro (C-6), y un mínimo de 3,48 mg/kg en Pondaje Tricahue (Tr-4). Consecuentemente, todas las concentraciones fueron menores al límite establecido para determinar sedimentos con contaminación según la Norma Canadiense (ISQG: 37,3 mg/kg). Por su parte, las concentraciones de mercurio obtuvieron bajo el límite de detección analítica en 3 estaciones de muestreo (Tr-4, C-5 y C-4), por otro lado, todas las estaciones de muestreo restantes se encontraron bajo el límite ISQG (0,170 mg/kg), a excepción de Pondaje Tricahue (Tr-3), el cual, exhibió una concentración ligeramente por sobre el índice ISQG (0,170 mg/kg). Asimismo, el valor máximo de 0,179 mg/kg se obtuvo la estación Pondaje Tricahue (Tr-3), mientras, el mínimo correspondió a valores inferiores a 0,0025 mg/kg registrados en las estaciones Pondaje Tricahue (Tr-4), Tinguiririca en La Iglesia (C-5) y río Azufre (C-4), cuya concentración media alcanzó a 0,083± 0,059 mg/kg.

De la misma forma, las concentraciones de plomo estuvieron en todas las estaciones bajo el límite máximo establecido para sedimentos no contaminados (ISQG: 35 mg/kg), con un promedio de 4,68 ± 1,77 mg/kg, registrando un valor mínimo de 3,01 mg/kg en la estación Aguas arriba bocatoma Tricahue (Tr-1) y máximo de 7,79 mg/kg en la estación Pondaje Tinguiririca (Tr-5).

Finalmente, las concentraciones de zinc fueron relativamente heterogéneas en todas las estaciones muestreadas, con un promedio de 37,14 ± 8,72 mg/kg. El máximo valor se encontró en Pondaje Tinguiririca (Tr-3) con 50,40 mg/kg y el mínimo en estación río Azufre (C-4) con 22,20 mg/kg. Estas concentraciones estarían dentro de los rangos esperados para sedimentos no contaminados (ISQG: 123 mg/kg) según la Norma Canadiense.

Tabla 18 Metales Totales (mg/kg) medidos en laboratorio, con sus respectivos valores referenciales de la Norma Canadiense.

Parámetros Control Pondaje Aguas abajo Afluentes ISQG PEL %=PEL Tr-1 Tr-3 Tr-4 Tr-5 Tr-2 C-5 C-6 C-7 C-4 Arsénico 11,90 50,10 16,50 61,2 6,76 6,95 5,47 11,10 5,78 5,9 17 12 Cadmio 0,112 0,763 0,301 1,070 0,180 0,156 1,270 0,173 0,170 0,6 3,5 47 Cromo 8,19 7,19 3,48 7,93 9,95 11,40 12,00 9,19 8,78 37,3 90 49 Cobre 41,8 56,8 41,3 59,2 37,9 34,4 25,8 32,1 32,7 35,7 197 44 Mercurio 0,054 0,179 <0,025 0,159 0,125 <0,025 0,073 0,082 <0,025 0,17 0,486 36 Plomo 3,01 7,66 3,99 7,79 3,43 4,16 4,12 3,89 4,04 35 91,3 42 Zinc 34,2 50,4 33,8 49,8 34,4 34,5 40,2 34,8 22,2 123 315 36

Observación 2 Se solicita al Titular aclarar qué medidas de manejo se tomarán (prevención, mitigación y/o compensación) para evitar que los sedimentos liberados al río, ya sea por el dragado o por el desarenado de las instalaciones, superen niveles tolerables por los sistemas de riego tecnificado y tradicionales, o para prevenir embanques en bocatomas, canales, acequias y tranques. Estas medidas deben considerar los efectos del manejo de sedimentos en conjunto tanto de la Higuera como de la Confluencia. Se solicita al titular indicar una respuesta (ID-SEA 21.111).

Evaluación de la Respuesta Según los antecedentes del Titular, con el propósito de asegurar que los niveles de sedimentos del río no superen los niveles de tolerancia de los sistemas de riego, el Titular ha informado una <footer2

primera acción que es modificar el programa de dragado, proponiendo desarrollar el dragado del reservorio Tricahue ente abril y agosto de cada año, de manera de no coincidir con las actividades desarrolladas por los regantes ni el dragado del pondaje de la Central La Confluencia.

Una segunda acción, adicional a lo anterior implica disponer de una red de monitoreo en línea de la turbidez, con tres estaciones: una estación instalada antes del reservorio Tricahue, otra aguas abajo de éste (cercano a la descarga del vertedero y antes de la confluencia con río Azufre), y un tercero en casa de máquinas de la Central La Higuera (17 kilómetros aguas abajo), con objeto de monitorear la concentración de sedimentos en el río, así, en base a los resultados en línea de turbidez se determinará la continuidad de la actividad de dragado, previniendo la posible afectación a regantes, manteniendo, con este control, los niveles de concentración de sedimentos, que permita vigilar que no exista superación de los 2000 NTU indicados en el sensor inmediatamente aguas abajo de la faena de dragado en la Central La Higuera, valor que se considera normal para el río, por lo que los sistemas de riego no se verían afectados.

Observación 3 El titular indica en sus estudios que los sedimentos de los reservorios contienen en su mayoría concentraciones más altas en parámetros orgánicos e inorgánicos y metales, es decir, el propio titular reconoce que los sedimentos poseen niveles de contaminación mayor en contraste con los sedimentos naturales. En este sentido, se solicita al Titular aclarar que ocurrirá cuando aquella concentración mayor de metales llegue a canales, sistemas de riego y finalmente a la cadena de producción de alimentos. (ID-SEA 16.79 – 21.112).

Evaluación de la Respuesta En referencia a la respuesta entregada en la ADENDA 1, se solicita al Titular ampliar y actualizar la información en ICSARA 2 respecto a la pregunta señalada.

Con relación a lo reiterado, el Titular menciona que la caracterización de la calidad de sedimentos expuesto en el Anexo C de la DIA, tomó a modo de referencia los límites estipulados en los lineamientos de Calidad de Sedimentos para la Protección de la Vida Acuática canadiense. Cabe destacar que esta norma permite considerar sedimentos no contaminados (Interim Freshwater Sediment Quality Guideline, ISQG), niveles con probables efectos para el medio ambiente (Probable Efect Level, PEL), y la incidencia porcentual para los valores de ISQG y PEL.

El muestreo realizado constó de 1 muestra en cada estación y 3 muestras obtenidas del Pondaje Tricahue (Tr-3, Tr-4 y Tr-5), además de incluir una muestra replicada correspondiente R-1, la que es un duplicado de la estación Tr-3, entregándose al laboratorio como una estación aparte sin indicar su procedencia.

Se debe tomar en cuenta que los sedimentos que serán vertidos son los propios de la cuenca, por lo que mantendrán parte de las características propias del agua antes expuestas, las que, según Méndez (2018)56, al provenir de aguas termales de la parte alta de la cuenca del río Damas se caracterizan por ser cloruradas sódicas y poseer altas concentraciones en casi todos los elementos analizados.

El resto de las aguas de la cuenca forman una transición desde sulfatadas cálcicas a bicarbonatadas cálcicas, donde las de la parte alta de la cuenca son más sulfatadas y poseen mayores concentraciones y anomalías de Al, Fe, Mn y otros elementos, mientras que las de la parte baja son más bicarbonatadas, con menores concentraciones y sólo con un punto con anomalía de Zn. Por lo que, al comparar las muestras con la normativa chilena para agua potable, varias sobrepasan los valores límite de As, Cl, Fe, Hg y Mn.

Para complementar esta información bibliográfica, en la tabla siguiente se resumen los valores de los parámetros incluidos en la Norma Chilena NCh 1.333 (Requisitos de calidad del agua para diferentes usos) desde marzo de 2017 a junio de 2018.

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Tabla 55 Parámetros de calidad de agua (Periodo marzo 2017 a junio 2018). Se muestran en gris las excedencias respecto a la NCh 1.333

Como se puede observar, las características naturales de las aguas del río Tinguiririca desde su parte alta (aguas arriba de la bocatoma Tinguiririca) presentan diversas excedencias respecto a la Norma Chilena NCh 1.333, destacando altas concentraciones de aluminio, arsénico, boro, hierro, molibdeno, manganeso y sulfato, asociados a altos valores de conductividad eléctrica y turbidez. Además, afluentes como el estero La Gloria presentan altas concentraciones de cobre y cobalto, entre otros elementos y valores más elevados de turbidez. Estas características del agua derivan de la conformación geomorfológica de la cuenca, por lo que constituyen la condición natural del sistema y tienen su repercusión en las características generales de los sedimentos.

Estas características del agua derivan de la conformación geomorfológica de la cuenca, por lo que constituyen la condición natural del sistema y tienen su repercusión en las características generales de los sedimentos. En este sentido, es posible que se verifiquen algunos parámetros de sedimentos que sobrepasen la normativa internacional (en ausencia de normativa nacional), pero que no constituirían una alteración asociada a las acciones del proyecto.

Observación 4 Se solicita aclarar qué medidas de manejo se tomarán (prevención, mitigación y/o compensación) para evitar que los sedimentos liberados al río, ya sea por el dragado o por el desarenado de las instalaciones, superen niveles tolerables por los sistemas de riego tecnificado y tradicionales, o para prevenir embanques en bocatomas, canales, acequias y tranques. Estas medidas deben considerar los efectos del manejo de sedimentos en conjunto tanto de la Higuera como de La Confluencia (ID- SEA 21.113).

Evaluación de la Respuesta En referencia a la respuesta entregada en la ADENDA 1, se solicita al Titular ampliar y actualizar la información en ICSARA 2 respecto a la pregunta señalada.

Se aclara que dado que las actividades de dragado de la Central La Higuera y de Central La Confluencia se realizarán en épocas distintas (abril a agosto y septiembre a marzo, respectivamente), no se consideran medidas de manejo conjuntas. A continuación, se indican las <footer2

medidas del Plan de Manejo de Sedimentos de Central La Higuera asociadas a evitar la afectación en sistemas de riego y obras de Canalistas:

Red de monitoreo en línea de la turbidez Se dispondrá de tres estaciones para medir en línea la turbidez, una estación instalada antes del reservorio Tricahue, otra, aguas abajo de éste (cercano a la descarga del vertedero y antes de la confluencia con río Azufre), y una tercera en la casa de máquinas de la Central La Higuera (17 kilómetros aguas abajo), tal como se observa en la figura 24 Estaciones para medir en línea la turbidez - Plan de Manejo de Sedimentos Central La Higuera, del numeral VII Participación Ciudadana de la ADENDA Complementaria.

El objetivo de esta medida es monitorear la concentración de sedimentos en el río, así, en base a los resultados en línea de turbidez se determinará la continuidad de la actividad de dragado, manteniendo, con este control, los niveles de concentración de sedimentos, que permitan vigilar que no exista superación de los 2.000 NTU indicados en el sensor inmediatamente aguas abajo de la faena de dragado en la Central La Higuera.

Plan de monitoreo de sedimentos Se realizará un plan de monitoreo de sedimentos trimestral (uno cada estación del año), que se realizará en conjunto con el plan de monitoreo de ecosistemas acuáticos continentales y calidad del agua. En función de la programación de dragado presentada en la adenda anterior, el Titular ha aumentado de 3 a 7 años la duración de este monitoreo, es decir, durante los primeros 5 años en los que se extraerá la tasa natural de acumulación anual, más una proporción de lo acumulado a la fecha (45.000 m³ en total); y en los 2 años posteriores, donde la tasa de dragado será la igual a la tasa de retención anual (35.000 m³).

En cada una de las estaciones de muestreo se evaluarán los parámetros correspondientes a la calidad de sedimentos de acuerdo a lo señalado en los Lineamientos de Calidad de Sedimentos para la Protección de la Vida Acuática determinada por el Concilio Canadiense de Ministros Ambientales en el año 1999, actualizada el 2002, esto debido a la ausencia de una norma chilena acerca de calidad de sedimentos. Los análisis serán llevados a cabo por un laboratorio acreditado bajo los estándares de competencia técnica de la norma internacional ISO/IEC 17.025:2005.

El análisis de los sedimentos será evaluado en 12 estaciones de muestreo definidas para el seguimiento ambiental a lo largo del área de influencia del Proyecto, cuya estación control se ubicaría en el cauce principal del río Tinguiririca en La Vieja, aguas arriba de la bocatoma Tricahue. La ubicación de estas estaciones se presenta en Tabla 19 y Figura 25.

Tabla 19 Estaciones de seguimiento ambiental para calidad física y química de sedimentos

Estación Coordenadas Geográficas UTM S UTM E Tinguiririca en La Vieja 6.138.573 359.325 Tinguiririca antes Azufre 6.144.326 357.719 Tinguiririca antes Carrizal 6.149.369 351.224 Tinguiririca antes El Manzano 6.149.690 349.106 Tinguiririca antes El Membrillo 6.150.031 348.470 Tinguiririca bajo La Iglesia 6.152.517 344.680 Tinguiririca en La Javierana 6.155.318 342.020 Tinguiririca en El Espinal 6.154.812 340.187 Tinguiririca en Isla Briones 6.158.172 332.104 Tinguiririca en Puente Negro 6.161.256 328.542 Tinguiririca en Ruta 5 6.167.536 318.451 Azufre antes de Tinguiririca 6.145.107 357.261

En la figura 25, del numeral VII Participación Ciudadana de la ADENDA complementaria se puede visualizar Estaciones de Seguimiento ambiental. Calidad física y química de Sedimentos.

Los parámetros que serán monitoreados en cada una estas estaciones se presentan en la siguiente tabla.

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Tabla 20 Parámetros de calidad de sedimentos medidos en laboratorio con su respectiva metodología

Análisis Descripción Referencia del método PARAMETROS ORGANICOS Materia orgánica Gravimetría Método Gravimétrico. Análisis CNA-MET 7.2 para suelos y tejidos. GRANULOMETRÍA Granulometría Granulometría Método ASTM D422 – Standard Test Methods for Particle- Size Analysis for Soils Análisis Descripción Referencia del método Hg (mg/kg) Mercurio Método EPA-7470-A. USEPA SW-846. As (mg/kg) Arsénico total Método EPA-6010-C Espectrometría de Masas con Plasma Acoplado Inductivamente (ICP). EPA, Test Methods for evaluating Solid Waste SW 846. Cd (mg/kg) Cadmio Total Cr (mg/kg) Cromo Total Cu (mg/kg) Cobre Total Pb (mg/kg) Plomo Total Zn (mg/kg) Zinc Total

Se debe tomar en cuenta que los sedimentos vertidos son los propios de la cuenca. Según Méndez (2018)9 , las aguas termales de la parte alta de la cuenca del río Damas se caracterizan por ser cloruradas sódicas y poseer altas concentraciones en casi todos los elementos analizados. El resto de las aguas de la cuenca forman una transición desde sulfatadas cálcicas a bicarbonatadas cálcicas, donde las de la parte alta de la cuenca son más sulfatadas y poseen mayores concentraciones y anomalías de Al, Fe, Mn y otros elementos, mientras que las de la parte baja son más bicarbonatadas, con menores concentraciones y sólo con un punto con anomalía de Zn. Por lo que, al comparar las muestras con la normativa chilena para agua potable, varias sobrepasan los valores límite de As, Cl, Fe, Hg y Mn.

Para complementar esta información bibliográfica, en la tabla siguiente se resumen los valores de los parámetros incluidos en la Norma Chilena NCh 1.333 (Requisitos de calidad del agua para diferentes usos) desde marzo de 2017 a junio de 2018. Como se puede observar las características naturales de las aguas del río Tinguiririca desde su parte alta (aguas arriba de la bocatoma Tinguiririca) presentan diversas excedencias respecto a la Norma Chilena NCh 1.333, destacando altas concentraciones de aluminio, arsénico, boro, hierro, molibdeno, manganeso y sulfato, asociados a altos valores de conductividad eléctrica y turbidez. Además, afluentes como el estero La Gloria presentan altas concentraciones de cobre y cobalto, entre otros elementos y valores más elevados de turbidez. Estas características del agua derivan de la conformación geomorfológica de la cuenca, por lo que constituyen la condición natural del sistema y tienen su repercusión en las características generales de los sedimentos.

Estas características del agua derivan de la conformación geomorfológica de la cuenca, por lo que constituyen la condición natural del sistema y tienen su repercusión en las características generales de los sedimentos. En este sentido, es posible que se verifiquen algunos parámetros de sedimentos que sobrepasen la normativa internacional (en ausencia de normativa nacional), pero que no constituirían una alteración asociada a las acciones del proyecto.

Observación 5 La DIA de La Confluencia, no cuenta con informe técnico de los efectos del dragado sobre el reservorio Tinguiririca sumado a las labores de limpieza de los desarenadores de las bocatomas Tinguiririca, Portillo, Azufre y Los Humos, La Gloria y Riquelme. (ID-SEA 21.114). Evaluación de la Respuesta En referencia a la respuesta entregada en la ADENDA 1, se solicita al Titular ampliar y actualizar la información en ICSARA 2 respecto a la pregunta señalada.

En función de las actividades de dragado, el Titular ha desarrollado una modelación hidráulica bidimensional que se presentó en el Anexo V-E de la Adenda, en la cual se han establecido las concentraciones de sedimentos, en función de caudales, según la probabilidad de excedencia, los que van desde 2,5 a 18,1 m3 /s en bocatoma de Hidroeléctrica La Higuera (ver Tabla 22).

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Tabla 22 Concentraciones de sedimentos en suspensión y aumento porcentual, producto de dragado en CH La Higuera, caudales del período abril a agosto.

Caudales Río Tinguiririca

Mezcla Completa Solo dilución Modelo de transporte de sedimentos Antes junta Río Azufre Tinguiririca en La Polcura Probabilidad de Excelencia En BT HLC En La Polcura SST base SST con dragado SST con dragado (%) (m3/s) (m3/s) (mg/l) (mg/l) (mg/l) 99% 2.5 10.1 9 4120 471 95% 3.0 11.9 13 3529 417 85% 3.6 14.3 20 2963 357 75% 4.0 16.0 26 2676 298 65% 4.4 17.7 32 2462 306 50% 5.1 20.5 45 2192 277 40% 5.6 22.4 54 2060 260 30% 6.1 24.5 66 1947 266 20% 7.2 28.7 94 1812 240 10% 9.0 36.1 155 1764 268 5% 11.2 44.8 250 1923 333 2% 14.7 59.0 459 2538 549 1% 18.1 72.4 719 3449 741

Cabe destacar que en la cuarta columna se encuentra el estimado de sólidos suspendidos base, lo que representaría una base teórica de la condición previa a la descarga. Sin embargo, al ser una medida teórica contiene incertidumbre, por lo cual se plantea el seguimiento de la variable turbidez. Para lo cual se dispondrá de una red de monitoreo en línea de la turbidez, con tres estaciones: una estación instalada antes del reservorio Tricahue, otra aguas abajo de éste (cercano a la descarga del vertedero y antes de la confluencia con río Azufre), y una tercera en la casa de máquinas de la Central La Higuera (17 kilómetros aguas abajo), con objeto de monitorear la concentración de sedimentos en el río, así, en base a los resultados en línea de turbidez se determinará la continuidad de la actividad de dragado, manteniendo, con este control, los niveles de concentración de sedimentos, que permitan vigilar que no exista superación de los 2.000 NTU indicados en el sensor inmediatamente aguas abajo de la faena de dragado en la Central La Higuera (Tinguiririca antes del río Azufre). En la figura 26 del numeral VII Participación Ciudadana de la ADENDA Complementaria, se puede visualizar las Estaciones de monitoreo en línea de Turbidez. En la Tabla 23 se resumen los valores de los parámetros incluidos en la Norma Chilena NCh 1.333 (Requisitos de calidad del agua para diferentes usos) desde marzo de 2017 a junio de 2018. Como se puede observar las características naturales de las aguas del río Tinguiririca desde su parte alta (aguas arriba de la bocatoma Tinguiririca) presentan diversas excedencias respecto a la Norma Chilena NCh 1.333, destacando altas concentraciones de aluminio, arsénico, boro, hierro, molibdeno, manganeso y sulfato, asociados a altos valores de conductividad eléctrica y turbidez. Además, afluentes como el estero La Gloria presentan altas concentraciones de cobre y cobalto, entre otros elementos y valores más elevados de turbidez. Esta condición varia levemente hacia aguas abajo, registrándose varias excedencias que se mantienen incluso hasta Tinguiririca en Bajo Briones, como las concentraciones de aluminio, hierro, manganeso, molibdeno, que pueden complementarse con aumentos de elementos como el mercurio. Estas características del agua derivan de la conformación geomorfológica de la cuenca, por lo que constituyen la condición natural del sistema y tienen su repercusión en las características generales de los sedimentos. Teniendo en consideración estos antecedentes, se modeló el transporte de sedimentos evaluando la condición de solidos suspendidos en los sitios control, modelación presentada en el Anexo V-E de la Adenda anterior. Esta modelación numérica permitió determinar en diferentes secciones del dominio la concentración de sedimentos en suspensión, de acuerdo al punto de origen de los aportes de sedimento y las entradas de tributarios que resulten en un efecto de dilución. Permitiendo determinar que el área donde se han registrado especies de interés ambiental, los valores de NTU no generarán impactos sobre los ejemplares de la fauna íctica presente. A modo de ejemplo se calculó el comportamiento del río con un dragado en diferentes escenarios, por ejemplo, en el caso de un <footer2

caudal referencial al inicio del dominio10 (aguas arriba de la bocatoma Tricahue) de 8,5 m³/s, que crece hasta alcanzar 40 m³/s en Tinguiririca en La Polcura, como se muestra en la figura siguiente. Figura 27 Variación de la concentración máxima de sedimentos en suspensión del río para un caso referencial de 8,5 m³/s de caudal al inicio del dominio. Dragado pondaje Tricahue (período abril a agosto)

En consecuencia, según la modelación una turbidez de aproximadamente 2000 NTU en la estación control ubicada en el río Tinguiririca antes de la junta con el río Azufre implicaría que en el tramo control de la Polcura la turbidez no superaría los 1000 NTU, manteniéndose principalmente bajo 500 NTU, por lo que no se esperarían efectos en las especies objetivo en el área de importancia ambiental o en el tramo intermedio.

Además de la modelación teórica, los datos de turbidez medidos entre septiembre de 2012 y noviembre de 2017 muestran que al calcular los peak (máximos históricos) y el promedio en las estaciones ubicadas en el cauce principal del río Tinguiririca y dos de afluentes (Estero La Gloria y río Azufre), uno de los precursores más relevantes de la turbidez sería el estero La Gloria, debido a que en algunos periodos puede alcanzar a 3683 NTU, aumentando significativamente la turbidez del cauce principal. El cual presenta aguas arriba de la bocatoma una turbidez relativamente baja. Posteriormente, el río Azufre puede aportar turbidez o disminuirla, según el periodo del año, presentando valores similares a lo registrado en el tramo de restitución de HLH.

Tabla 24 Estadísticos del parámetro Turbidez (NTU) en las estaciones históricas

Estación N Promedio Desviación Estándar Mínimo Máximo Bocatoma Tinguiririca 9 303 245 29 825 La Gloria 9 665 1205 5 3683 Tricahue 20 316 491 4 1706 La Puya 19 219 478 3 2138 Restitución La Higuera 14 400 586 4 2190

En la figura 28 del numeral VII Participación Ciudadana, de la ADENDA Complementaria, se puede visualizar Ubicación de estaciones de seguimiento histórico. El tamaño de los círculos es proporcional a los valores de turbidez (NTU).

En base a los datos de turbidez obtenidos entre el 15 de junio de 2018 y el 18 de agosto de 2018 (ver Figura 29), se calcularon los peak (máximos diarios) en las estaciones ubicadas aguas abajo de la descarga del dragado (TPM). La turbidez en la estación TPM alcanzó un promedio de 1433,2 NTU y una desviación estándar de 361,6. Cabe destacar que, la turbidez fue menor al máximo histórico registrado en el estero La Gloria, además, la condición sin dragado (LB), presentó valores de turbidez altos derivados de lluvias esporádicas o derretimiento.

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Figura 29 Turbidez máxima diaria en la estación TPM (Tinguiririca aguas arriba del río Azufre). En condición de dragado y sin dragado (LB)

En el caso de los sedimentos, el estudio de la calidad de sedimentos expuesto en la DIA tomó a modo de referencia los límites estipulados en los lineamientos de Calidad de Sedimentos para la Protección de la Vida Acuática canadiense. Cabe destacar que esta norma permite considerar sedimentos no contaminados (Interim Freshwater Sediment Quality Guideline, ISQG), niveles con probables efectos para el medio ambiente (Probable Efect Level, PEL), y la incidencia porcentual para los valores de ISQG y PEL. El muestreo realizado constó de 1 muestra en cada estación y 3 muestras obtenidas del Pondaje Tricahue (Tr-3, Tr-4 y Tr-5), además de incluir una muestra replicada correspondiente R-1, la que es un duplicado de la estación Tr-3, entregándose al laboratorio como una estación aparte sin indicar su procedencia. El detalle de los parámetros analizados en laboratorio con sus respectivos respaldos se encuentra en el Anexo C “Informes de Análisis de Calidad de Sedimentos” de la Caracterización Ambiental Ecosistemas Acuáticos Continentales presentada en la DIA. Cabe destacar que los sedimentos que serán vertidos son los propios de la cuenca, por lo que mantendrán parte de las características propias del agua antes expuestas, las que según Méndez (2018)11, al provenir de aguas termales en la parte alta de la cuenca del río Damas, presentarían características cloruradas sódicas y altas concentraciones en casi todos los elementos. El resto de las aguas de la cuenca forman una transición desde sulfatadas cálcicas a bicarbonatadas cálcicas, donde las de la parte alta de la cuenca son más sulfatadas y poseen mayores concentraciones y anomalías de Al, Fe, Mn y otros elementos, mientras que las de la parte baja son más bicarbonatadas, con menores concentraciones de los distintos elementos. En este trabajo al comparar los distintos resultados de análisis con la normativa chilena para agua potable, se observaron varias excedencias sobrepasando las concentraciones límite de As, Cl, Fe, Hg y Mn. A continuación, se muestran los resultados de calidad de sedimentos aguas arriba del Pondaje (Control), en el Pondaje y aguas abajo. Esperándose que las condiciones en operación del proyecto permanezcan.

Los parámetros orgánicos analizados en laboratorio fueron los contenidos de materia orgánica en los sedimentos de las estaciones en estudio. Es importante destacar, que este parámetro no posee un marco de referencia en la Norma Chilena o Canadiense (Canadian Sediment Quality Guideline for the Protection of Aquatic Life) (ver Tabla 31).

Las concentraciones de materia orgánica fueron bastante heterogéneas entre estaciones de muestreo, las cuales, registraron una media de 28.843,6 ± 33.236,9 mg/kg, variando entre un mínimo de 2.078 mg/kg en la estación río Azufre (C-4) y un máximo de 99.927 mg/kg en Pondaje Tricahue (Tr-5).

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Tabla 25 Parámetros orgánicos (mg/kg) medidos en laboratorio

Parámetros Control Pondaje Aguas abajo Afluentes Tr-1 Tr-3 Tr-4 Tr-5 Tr-2 C-5 C-6 C-7 C-4 Materia Orgánica 43.138 56.916 32.709 99.927 7.676 3.559 7.584 6.005 2.078

Asimismo, los parámetros inorgánicos analizados en laboratorio correspondieron a sulfatos, nitrógeno total y fósforo total en los sedimentos de las estaciones en estudio. Es importante destacar, que estos parámetros no poseen un marco de referencia en la Norma Chilena o Canadiense (Canadian Sediment Quality Guideline for the Protection of Aquatic Life) (ver Tabla 26).

El análisis de los sulfatos, indicaron valores heterogéneos entre estaciones de muestreo, con concentraciones que variaron entre 35.340 mg/kg y 2.700 mg/kg, en las estaciones Pondaje Tricahue (Tr-3) y río Azufre (C-4) respectivamente, cuya concentración promedio fue 12.770,0 ± 9.992,8 mg/kg. Por otro lado, el nitrógeno total exhibió una concentración media de 154,89 ± 71,66 mg/kg, observándose una máxima de 264 mg/kg en la estación río Azufre (C-4), mientras, el mínimo se obtuvo en la estación río Tinguiririca en La Iglesia (C-5) con 76 mg/kg. Finalmente, el fósforo total exhibió concentraciones heterogéneas, las cuales, promediaron 782,44 ± 354,12 mg/kg, oscilando entre un mínimo de 314 mg/kg en la estación Aguas abajo Pondaje Tricahue (Tr-2), y un máximo de 1.322 mg/kg en Pondaje Tricahue (Tr-4).

Tabla 26 Parámetros inorgánicos (mg/kg) medidos en laboratorio

Parámetros Control Pondaje Aguas abajo Afluentes Tr-1 Tr-3 Tr-4 Tr-5 Tr-2 C-5 C-6 C-7 C-4 Sulfatos 9.290 35.340 12.370 18.360 6.920 17.550 6.950 5.450 2.700 Nitrógeno Total 202 143 236 80 89 76 197 107 264 Fósforo Total 327 1.037 1.322 941 314 1.036 504 944 617

Los resultados obtenidos de las concentraciones de metales totales medidos en laboratorio en los sedimentos, se encuentran en la Tabla 18, junto con los valores de referencia de la Norma Canadiense (Canadian Sediment Quality Guideline for the Protection of Aquatic Life). Esta norma muestra valores que permiten considerar sedimentos no contaminantes (Interim Freshwater Sediment Quality Guideline, ISQG), niveles con efectos probables sobre el medio ambiente (Probable Effect Level, PEL), y la incidencia porcentual para los valores de PEL. Los análisis de concentraciones de metales totales correspondientes a la actual campaña de muestreo medidos en laboratorio se presentan en la Tabla 18 y sus respaldos en el Anexo C “Informes de Análisis de Calidad de Sedimentos” de la Caracterización Ambiental Ecosistemas Acuáticos Continentales presentada en la DIA.

Se analizaron 7 metales en sedimentos (arsénico, cadmio, cobre, cromo, mercurio, plomo y zinc), los cuales se encuentran normados. Las estaciones asociadas al Pondaje Tricahue (Tr-3 y Tr-5) registraron concentraciones de arsénico sobre el límite en el que se esperarían efectos ambientales (Probable Effect Level, PEL). En cuanto al cadmio, cobre y mercurio, presentaron en algunas estaciones niveles sobre los índices de ISQG establecidos por la Norma Canadiense.

El arsénico presentó valores heterogéneos, observándose un promedio de 19,53 ± 20,97 mg/kg, con una incidencia de muestras con concentraciones sobre el límite establecido para sedimentos con contaminación (ISQG: 5,9 mg/kg), un total de 7 muestras superaron este límite, excluyéndose las estaciones (C-6 y C-4). Asimismo, las estaciones que presentaron concentraciones sobre el límite de posibles efectos ambientales (PEL: 17 mg/kg) correspondieron a las obtenidas en el Pondaje Tinguiririca (Tr-3, Tr-4 y Tr-5) y las ubicadas Aguas arriba de bocatoma Tinguiririca (Tr-1) y Aguas abajo del Pondaje (Tr-2, C-5 y C-7). El máximo se registró en la estación Pondaje Tinguiririca (Tr-5) con 61,20 mg/kg, mientras, el mínimo se obtuvo en la estación río Tinguiririca en Puente Negro (C-6) con 5,47 mg/kg.

La concentración de cadmio en sedimentos registró en la mayoría de las estaciones, valores bajo los índices ISQG (0,6 mg/kg) y PEL (3,5 mg/kg), las estaciones asociadas al Pondaje Tricahue (Tr-3 y <footer2

Tr-5) y Tinguiririca en Puente Negro (C-6) exhibieron valores sobre el ISQG (0,6 mg/kg) de 0,763 mg/kg, 1,070 mg/kg y 1,270 mg/kg respectivamente. Asimismo, el valor máximo observado correspondió a 1,270 mg/kg en la estación río Tinguiririca en Puente Negro (C-6), a su vez, la mínima concentración fue 0,112 mg/kg en Aguas arriba bocatoma Tricahue, cuya media alcanzó un valor de 0,466 ± 0,448 mg/kg.

En cuanto a la concentración de cobre en los sedimentos analizados, éste registró valores por sobre el límite de ISQG (35,7 mg/kg), sin embargo, están muy por debajo del límite de PEL (197 mg/kg). La concentración promedio correspondió a 40,22 ± 11,23 mg/kg, con un máximo de 59,20 mg/kg en Pondaje Tricahue (Tr-5) y un valor mínimo de 25,80 mg/kg en río Tinguiririca en Puente Negro (C-6).

A su vez, el cromo obtuvo un promedio de 8,68 ± 2,51 mg/kg, con un máximo de 12,00 mg/kg en la estación Tinguiririca en Puente Negro (C-6), y un mínimo de 3,48 mg/kg en Pondaje Tricahue (Tr- 4). Consecuentemente, todas las concentraciones fueron menores al límite establecido para determinar sedimentos con contaminación según la Norma Canadiense (ISQG: 37,3 mg/kg). Por su parte, las concentraciones de mercurio obtuvieron bajo el límite de detección analítica, en 3 estaciones de muestreo (Tr-4, C-5 y C-4), por otro lado, todas las estaciones de muestreo restantes se encontraron bajo el límite ISQG (0,170 mg/kg), a excepción de Pondaje Tricahue (Tr-3), el cual, exhibió una concentración ligeramente por sobre el índice ISQG (0,170 mg/kg). Asimismo, el valor máximo de 0,179 mg/kg se obtuvo la estación Pondaje Tricahue (Tr-3), mientras, el mínimo correspondió a valores inferiores a 0,0025 mg/kg registrados en las estaciones Pondaje Tricahue (Tr-4), Tinguiririca en La Iglesia (C-5) y río Azufre (C-4), cuya concentración media alcanzó a 0,083 ± 0,059 mg/kg.

De la misma forma, las concentraciones de plomo estuvieron en todas las estaciones bajo el límite máximo establecido para sedimentos no contaminados (ISQG: 35 mg/kg), con un promedio de 4,68 ± 1,77 mg/kg, registrando un valor mínimo de 3,01 mg/kg en la estación Aguas arriba bocatoma Tricahue (Tr-1) y máximo de 7,79 mg/kg en la estación Pondaje Tinguiririca (Tr-5).

Finalmente, las concentraciones de zinc fueron relativamente heterogéneas en todas las estaciones muestreadas, con un promedio de 37,14 ± 8,72 mg/kg. El máximo valor se encontró en Pondaje Tinguiririca (Tr-3) con 50,40 mg/kg y el mínimo en estación río Azufre (C-4) con 22,20 mg/kg. Estas concentraciones estarían dentro de los rangos esperados para sedimentos no contaminados (ISQG: 123 mg/kg) según la Norma Canadiense.

Tabla 27 Metales Totales (mg/kg) medidos en laboratorio, con sus respectivos valores referenciales de la Norma Canadiense

Parámetros Control Pondaje Aguas abajo Afluentes ISQG PEL %=PEL Tr-1 Tr-3 Tr-4 Tr-5 Tr-2 C-5 C-6 C-7 C-4 Arsénico 11,90 50,10 16,50 61,2 6,76 6,95 5,47 11,10 5,78 5,9 17 12 Cadmio 0,112 0,763 0,301 1,070 0,180 0,156 1,270 0,173 0,170 0,6 3,5 47 Cromo 8,19 7,19 3,48 7,93 9,95 11,40 12,00 9,19 8,78 37,3 90 49 Cobre 41,8 56,8 41,3 59,2 37,9 34,4 25,8 32,1 32,7 35,7 197 44 Mercurio 0,054 0,179 <0,025 0,159 0,125 <0,025 0,073 0,082 <0,025 0,17 0,486 36 Plomo 3,01 7,66 3,99 7,79 3,43 4,16 4,12 3,89 4,04 35 91,3 42 Zinc 34,2 50,4 33,8 49,8 34,4 34,5 40,2 34,8 22,2 123 315 36

11.3.2.25. Juan Valenzuela Correa

Observación 1 Se solicita al titular ampliar en su declaración, la zona de influencia del proyecto, hacia las bocatomas de los canales de riego ubicados aguas abajo, y especificar qué medidas se tomarán para evitar que los sedimentos liberados superen niveles tolerables por los sistemas de riego tecnificado y tradicionales, como también para prevenir embanques en bocatomas, canales, acequias y tranques. Estas medidas deben considerar los efectos del manejo de sedimentos en conjunto tanto de la Higuera como de la Confluencia. Se solicita al titular aclarar. (ID-SEA 18.80 – 22.113).

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Evaluación de la Respuesta El Proyecto considera un plan de monitoreo de la calidad de aguas y sedimentos, el cual se realizará con periodicidad trimestral durante los primeros tres años de aplicación del Plan, posteriormente será evaluada su continuidad con la Autoridad competente. Este monitoreo se llevará a cabo en paralelo con los monitoreos de flora y fauna acuática.

Observación 2 El titular indica que su objetivo del proyecto es el "manejo adecuado de los sedimentos", sin embargo, en el texto queda claro que sólo considera una liberación de sedimentos, algunos de ellos acumulados desde hace 8 años, vertiéndolos hacia el río, vía dragados o desarenados, con el fin de optimizar la operación y generación eléctrica de la central, y no entrega mayor información sobre las medidas que esta liberación de sedimentos acumulados ocasionaría a los otros usuarios ubicados aguas abajo. Se solicita entregar datos de calidad de aguas, específicamente niveles de sedimentos antes y después de las obras, así como en las bocatomas de los canales, tanto en situación sin proyecto como con proyecto (ID-SEA 22.114).

El Titular indica que, en función de la programación de dragado presentada en la adenda 1, el Titular ha aumentado de 3 a 7 años la duración del Plan de Monitoreo de los Ecosistemas Acuáticos Continentales y de Calidad de Agua y Sedimentos, es decir, éste se llevará a cabo durante los primeros 5 años en los que se extraerá la tasa natural de acumulación anual, más una proporción de lo acumulado a la fecha (45.000 m³ en total); y en los 2 años posteriores, donde la tasa de dragado será la igual a la tasa de retención anual (35.000 m³).

Evaluación de la Respuesta En referencia a la respuesta entregada en la ADENDA 1, se solicita al Titular ampliar y actualizar la información en ICSARA 2 respecto a la pregunta señalada.

En función de las actividades de dragado, el Titular ha desarrollado una modelación hidráulica bidimensional que se presentó en el Anexo V-E de la Adenda, en la cual se han establecido las concentraciones de sedimentos, en función de caudales, según la probabilidad de excedencia, los que van desde 2,5 a 18,1 m3/s en bocatoma de Hidroeléctrica La Higuera (ver Tabla 22).

Tabla 22 Concentraciones de sedimentos en suspensión y aumento porcentual, producto de dragado en CH La Higuera, caudales del período abril a agosto

Probabilidad de Excelencia Caudales Río Tinguiririca

Mezcla Completa Solo dilución Modelo de transporte de sedimentos Antes junta Río Azufre Tinguiririca en La Polcura En BT HLC En La Polcura SST base SST con dragado SST con dragado (%) (m3/s) (m3/s) (mg/l) (mg/l) (mg/l) 99% 2.5 10.1 9 4120 471 95% 3.0 11.9 13 3529 417 85% 3.6 14.3 20 2963 357 75% 4.0 16.0 26 2676 298 65% 4.4 17.7 32 2462 306 50% 5.1 20.5 45 2192 277 40% 5.6 22.4 54 2060 260 30% 6.1 24.5 66 1947 266 20% 7.2 28.7 94 1812 240 10% 9.0 36.1 155 1764 268 5% 11.2 44.8 250 1923 333 2% 14.7 59.0 459 2538 549 1% 18.1 72.4 719 3449 741

Cabe destacar que en la cuarta columna se encuentra el estimado de sólidos suspendidos base, lo que representaría una base teórica de la condición previa a la descarga. Sin embargo, al ser una medida teórica contiene incertidumbre, por lo cual se plantea el seguimiento de la variable turbidez. Para lo cual se dispondrá de una red de monitoreo en línea de la turbidez, con tres estaciones: una estación instalada antes del reservorio Tricahue, otra aguas abajo de éste (cercano a la descarga del vertedero y antes de la confluencia con río Azufre), y una tercera en la casa de máquinas de la <footer2

Central La Higuera (17 kilómetros aguas abajo), con objeto de monitorear la concentración de sedimentos en el río, así, en base a los resultados en línea de turbidez se determinará la continuidad de la actividad de dragado, manteniendo, con este control, los niveles de concentración de sedimentos, que permitan vigilar que no exista superación de los 2.000 NTU indicados en el sensor inmediatamente aguas abajo de la faena de dragado en la Central La Higuera (Tinguiririca antes del río Azufre).

En la Figura 26 del numeral VII Participación Ciudadana de la ADENDA Complementaria, se puede visualizar Estaciones de monitoreo en línea de Turbidez.

En la Tabla 23 se resumen los valores de los parámetros incluidos en la Norma Chilena NCh 1.333 (Requisitos de calidad del agua para diferentes usos) desde marzo de 2017 a junio de 2018. Como se puede observar las características naturales de las aguas del río Tinguiririca desde su parte alta (aguas arriba de la bocatoma Tinguiririca) presentan diversas excedencias respecto a la Norma Chilena NCh 1.333, destacando altas concentraciones de aluminio, arsénico, boro, hierro, molibdeno, manganeso y sulfato, asociados a altos valores de conductividad eléctrica y turbidez. Además, afluentes como el estero La Gloria presentan altas concentraciones de cobre y cobalto, entre otros elementos y valores más elevados de turbidez. Esta condición varia levemente hacia aguas abajo, registrándose varias excedencias que se mantienen incluso hasta Tinguiririca en Bajo Briones, como las concentraciones de aluminio, hierro, manganeso, molibdeno, que pueden complementarse con aumentos de elementos como el mercurio. Estas características del agua derivan de la conformación geomorfológica de la cuenca, por lo que constituyen la condición natural del sistema y tienen su repercusión en las características generales de los sedimentos.

Tabla 23 Parámetros de calidad de agua (Periodo marzo 2017 a junio 2018). Se muestran en gris las excedencias respecto a la NCh 1.333

Teniendo en consideración estos antecedentes, se modeló el transporte de sedimentos evaluando la condición de solidos suspendidos en los sitios control, modelación presentada en el Anexo V-E de la Adenda anterior. Esta modelación numérica permitió determinar en diferentes secciones del dominio la concentración de sedimentos en suspensión, de acuerdo al punto de origen de los aportes de sedimento y las entradas de tributarios que resulten en un efecto de dilución. Permitiendo <footer2

determinar que el área donde se han registrado especies de interés ambiental, los valores de NTU no generarán impactos sobre los ejemplares de la fauna íctica presente.

A modo de ejemplo se calculó el comportamiento del río con un dragado en diferentes escenarios, por ejemplo, en el caso de un caudal referencial al inicio del dominio10 (aguas arriba de la bocatoma Tricahue) de 8,5 m³/s, que crece hasta alcanzar 40 m³/s en Tinguiririca en La Polcura, como se muestra en la figura siguiente.

Figura 27 Variación de la concentración máxima de sedimentos en suspensión del río para un caso referencial de 8,5 m³/s de caudal al inicio del dominio. Dragado pondaje Tricahue (período abril a agosto)

En consecuencia, según la modelación una turbidez de aproximadamente 2000 NTU en la estación control ubicada en el río Tinguiririca antes de la junta con el río Azufre implicaría que en el tramo control de la Polcura la turbidez no superaría los 1000 NTU, manteniéndose principalmente bajo 500 NTU, por lo que no se esperarían efectos en las especies objetivo en el área de importancia ambiental o en el tramo intermedio.

Además de la modelación teórica, los datos de turbidez medidos entre septiembre de 2012 y noviembre de 2017 muestran que al calcular los peak (máximos históricos) y el promedio en las estaciones ubicadas en el cauce principal del río Tinguiririca y dos de afluentes (Estero La Gloria y río Azufre), uno de los precursores más relevantes de la turbidez sería el estero La Gloria, debido a que en algunos periodos puede alcanzar a 3683 NTU, aumentando significativamente la turbidez del cauce principal. El cual presenta aguas arriba de la bocatoma una turbidez relativamente baja. Posteriormente, el río Azufre puede aportar turbidez o disminuirla, según el periodo del año, presentando valores similares a lo registrado en el tramo de restitución de HLH.

Tabla 24 Estadísticos del parámetro Turbidez (NTU) en las estaciones históricas

Estación N Promedio Desviación Estándar Mínimo Máximo Bocatoma Tinguiririca 9 303 345 29 825 La Gloria 9 665 1205 5 3683 Tricahue 20 316 491 4 1706 La Puya 19 219 478 3 2138 Restitución La Higuera 14 400 586 4 2190

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Figura 28 Ubicación de estaciones de seguimiento histórico. El tamaño de los círculos es proporcional a los valores de turbidez (NTU)

En base a los datos de turbidez obtenidos entre el 15 de junio de 2018 y el 18 de agosto de 2018 (ver Figura 29), se calcularon los peak (máximos diarios) en las estaciones ubicadas aguas abajo de la descarga del dragado (TPM). La turbidez en la estación TPM alcanzó un promedio de 1433,2 NTU y una desviación estándar de 361,6. Cabe destacar que, la turbidez fue menor al máximo histórico registrado en el estero La Gloria, además, la condición sin dragado (LB), presentó valores de turbidez altos derivados de lluvias esporádicas o derretimiento.

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Figura 29 Turbidez máxima diaria en la estación TPM (Tinguiririca aguas arriba del río Azufre). En condición de dragado y sin dragado (LB)

En el caso de los sedimentos, el estudio de la calidad de sedimentos expuesto en la DIA tomó a modo de referencia los límites estipulados en los lineamientos de Calidad de Sedimentos para la Protección de la Vida Acuática canadiense. Cabe destacar que esta norma permite considerar sedimentos no contaminados (Interim Freshwater Sediment Quality Guideline, ISQG), niveles con probables efectos para el medio ambiente (Probable Efect Level, PEL), y la incidencia porcentual para los valores de ISQG y PEL. El muestreo realizado constó de 1 muestra en cada estación y 3 muestras obtenidas del Pondaje Tricahue (Tr-3, Tr-4 y Tr-5), además de incluir una muestra replicada correspondiente R-1, la que es un duplicado de la estación Tr-3, entregándose al laboratorio como una estación aparte sin indicar su procedencia. El detalle de los parámetros analizados en laboratorio con sus respectivos respaldos se encuentra en el Anexo C “Informes de Análisis de Calidad de Sedimentos” de la Caracterización Ambiental Ecosistemas Acuáticos Continentales presentada en la DIA. Cabe destacar que los sedimentos que serán vertidos son los propios de la cuenca, por lo que mantendrán parte de las características propias del agua antes expuestas, las que según Méndez (2018)11, al provenir de aguas termales en la parte alta de la cuenca del río Damas, presentarían características cloruradas sódicas y altas concentraciones en casi todos los elementos. El resto de las aguas de la cuenca forman una transición desde sulfatadas cálcicas a bicarbonatadas cálcicas, donde las de la parte alta de la cuenca son más sulfatadas y poseen mayores concentraciones y anomalías de Al, Fe, Mn y otros elementos, mientras que las de la parte baja son más bicarbonatadas, con menores concentraciones de los distintos elementos. En este trabajo al comparar los distintos resultados de análisis con la normativa chilena para agua potable, se observaron varias excedencias sobrepasando las concentraciones límite de As, Cl, Fe, Hg y Mn. A continuación, se muestran los resultados de calidad de sedimentos aguas arriba del Pondaje (Control), en el Pondaje y aguas abajo. Esperándose que las condiciones en operación del proyecto permanezcan.

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Los parámetros orgánicos analizados en laboratorio fueron los contenidos de materia orgánica en los sedimentos de las estaciones en estudio. Es importante destacar, que este parámetro no posee un marco de referencia en la Norma Chilena o Canadiense (Canadian Sediment Quality Guideline for the Protection of Aquatic Life) (ver Tabla 31).

Las concentraciones de materia orgánica fueron bastante heterogéneas entre estaciones de muestreo, las cuales, registraron una media de 28.843,6 ± 33.236,9 mg/kg, variando entre un mínimo de 2.078 mg/kg en la estación río Azufre (C-4) y un máximo de 99.927 mg/kg en Pondaje Tricahue (Tr-5).

Tabla 25 Parámetros orgánicos (mg/kg) medidos en laboratorio

Parámetros Control Pondaje Aguas abajo Afluentes Tr-1 Tr-3 Tr-4 Tr-5 Tr-2 C-5 C-6 C-7 C-4 Materia Orgánica 43.138 56.916 32.709 99.927 7.676 3.559 7.584 6.005 2.078

Asimismo, los parámetros inorgánicos analizados en laboratorio correspondieron a sulfatos, nitrógeno total y fósforo total en los sedimentos de las estaciones en estudio. Es importante destacar, que estos parámetros no poseen un marco de referencia en la Norma Chilena o Canadiense (Canadian Sediment Quality Guideline for the Protection of Aquatic Life) (ver Tabla 26).

El análisis de los sulfatos, indicaron valores heterogéneos entre estaciones de muestreo, con concentraciones que variaron entre 35.340 mg/kg y 2.700 mg/kg, en las estaciones Pondaje Tricahue (Tr-3) y río Azufre (C-4) respectivamente, cuya concentración promedio fue 12.770,0 ± 9.992,8 mg/kg. Por otro lado, el nitrógeno total exhibió una concentración media de 154,89 ± 71,66 mg/kg, observándose una máxima de 264 mg/kg en la estación río Azufre (C-4), mientras, el mínimo se obtuvo en la estación río Tinguiririca en La Iglesia (C-5) con 76 mg/kg. Finalmente, el fósforo total exhibió concentraciones heterogéneas, las cuales, promediaron 782,44 ± 354,12 mg/kg, oscilando entre un mínimo de 314 mg/kg en la estación Aguas abajo Pondaje Tricahue (Tr-2), y un máximo de 1.322 mg/kg en Pondaje Tricahue (Tr-4).

Tabla 26 Parámetros inorgánicos (mg/kg) medidos en laboratorio

Parámetros Control Pondaje Aguas abajo Afluentes Tr-1 Tr-3 Tr-4 Tr-5 Tr-2 C-5 C-6 C-7 C-4 Sulfatos 9.290 35.340 12.370 18.360 6.920 17.550 6.950 5.450 2.700 Nitrógeno Total 202 143 236 80 89 76 197 107 264 Fósforo Total 327 1.037 1.322 941 314 1.036 504 944 617

Los resultados obtenidos de las concentraciones de metales totales medidos en laboratorio en los sedimentos, se encuentran en la Tabla 18, junto con los valores de referencia de la Norma Canadiense (Canadian Sediment Quality Guideline for the Protection of Aquatic Life). Esta norma muestra valores que permiten considerar sedimentos no contaminantes (Interim Freshwater Sediment Quality Guideline, ISQG), niveles con efectos probables sobre el medio ambiente (Probable Effect Level, PEL), y la incidencia porcentual para los valores de PEL. Los análisis de concentraciones de metales totales correspondientes a la actual campaña de muestreo medidos en laboratorio se presentan en la Tabla 18 y sus respaldos en el Anexo C “Informes de Análisis de Calidad de Sedimentos” de la Caracterización Ambiental Ecosistemas Acuáticos Continentales presentada en la DIA.

Se analizaron 7 metales en sedimentos (arsénico, cadmio, cobre, cromo, mercurio, plomo y zinc), los cuales se encuentran normados. Las estaciones asociadas al Pondaje Tricahue (Tr-3 y Tr-5) registraron concentraciones de arsénico sobre el límite en el que se esperarían efectos ambientales (Probable Effect Level, PEL). En cuanto al cadmio, cobre y mercurio, presentaron en algunas estaciones niveles sobre los índices de ISQG establecidos por la Norma Canadiense.

El arsénico presentó valores heterogéneos, observándose un promedio de 19,53 ± 20,97 mg/kg, con una incidencia de muestras con concentraciones sobre el límite establecido para sedimentos con contaminación (ISQG: 5,9 mg/kg), un total de 7 muestras superaron este límite, excluyéndose las <footer2

estaciones (C-6 y C-4). Asimismo, las estaciones que presentaron concentraciones sobre el límite de posibles efectos ambientales (PEL: 17 mg/kg) correspondieron a las obtenidas en el Pondaje Tinguiririca (Tr-3, Tr-4 y Tr-5) y las ubicadas Aguas arriba de bocatoma Tinguiririca (Tr-1) y Aguas abajo del Pondaje (Tr-2, C-5 y C-7). El máximo se registró en la estación Pondaje Tinguiririca (Tr-5) con 61,20 mg/kg, mientras, el mínimo se obtuvo en la estación río Tinguiririca en Puente Negro (C-6) con 5,47 mg/kg.

La concentración de cadmio en sedimentos registró en la mayoría de las estaciones, valores bajo los índices ISQG (0,6 mg/kg) y PEL (3,5 mg/kg), las estaciones asociadas al Pondaje Tricahue (Tr-3 y Tr-5) y Tinguiririca en Puente Negro (C-6) exhibieron valores sobre el ISQG (0,6 mg/kg) de 0,763 mg/kg, 1,070 mg/kg y 1,270 mg/kg respectivamente. Asimismo, el valor máximo observado correspondió a 1,270 mg/kg en la estación río Tinguiririca en Puente Negro (C-6), a su vez, la mínima concentración fue 0,112 mg/kg en Aguas arriba bocatoma Tricahue, cuya media alcanzó un valor de 0,466 ± 0,448 mg/kg.

En cuanto a la concentración de cobre en los sedimentos analizados, éste registró valores por sobre el límite de ISQG (35,7 mg/kg), sin embargo, están muy por debajo del límite de PEL (197 mg/kg). La concentración promedio correspondió a 40,22 ± 11,23 mg/kg, con un máximo de 59,20 mg/kg en Pondaje Tricahue (Tr-5) y un valor mínimo de 25,80 mg/kg en río Tinguiririca en Puente Negro (C-6).

A su vez, el cromo obtuvo un promedio de 8,68 ± 2,51 mg/kg, con un máximo de 12,00 mg/kg en la estación Tinguiririca en Puente Negro (C-6), y un mínimo de 3,48 mg/kg en Pondaje Tricahue (Tr- 4). Consecuentemente, todas las concentraciones fueron menores al límite establecido para determinar sedimentos con contaminación según la Norma Canadiense (ISQG: 37,3 mg/kg). Por su parte, las concentraciones de mercurio obtuvieron bajo el límite de detección analítica (<0,025 mg/kg) en 3 estaciones de muestreo (Tr-4, C-5 y C-4), por otro lado, todas las estaciones de muestreo restantes se encontraron bajo el límite ISQG (0,170 mg/kg), a excepción de Pondaje Tricahue (Tr-3), el cual, exhibió una concentración ligeramente por sobre el índice ISQG (0,170 mg/kg). Asimismo, el valor máximo de 0,179 mg/kg se obtuvo la estación Pondaje Tricahue (Tr-3), mientras, el mínimo correspondió a valores inferiores a 0,0025 mg/kg registrados en las estaciones Pondaje Tricahue (Tr-4), Tinguiririca en La Iglesia (C-5) y río Azufre (C-4), cuya concentración media alcanzó a 0,083 ± 0,059 mg/kg.

De la misma forma, las concentraciones de plomo estuvieron en todas las estaciones bajo el límite máximo establecido para sedimentos no contaminados (ISQG: 35 mg/kg), con un promedio de 4,68 ± 1,77 mg/kg, registrando un valor mínimo de 3,01 mg/kg en la estación Aguas arriba bocatoma Tricahue (Tr-1) y máximo de 7,79 mg/kg en la estación Pondaje Tinguiririca (Tr-5).

Finalmente, las concentraciones de zinc fueron relativamente heterogéneas en todas las estaciones muestreadas, con un promedio de 37,14 ± 8,72 mg/kg. El máximo valor se encontró en Pondaje Tinguiririca (Tr-3) con 50,40 mg/kg y el mínimo en estación río Azufre (C-4) con 22,20 mg/kg. Estas concentraciones estarían dentro de los rangos esperados para sedimentos no contaminados (ISQG: 123 mg/kg) según la Norma Canadiense.

Tabla 27 Metales Totales (mg/kg) medidos en laboratorio, con sus respectivos valores referenciales de la Norma Canadiense

Parámetros Control Pondaje Aguas abajo Afluentes ISQG PEL %=PEL Tr-1 Tr-3 Tr-4 Tr-5 Tr-2 C-5 C-6 C-7 C-4 Arsénico 11,90 50,10 16,50 61,2 6,76 6,95 5,47 11,10 5,78 5,9 17 12 Cadmio 0,112 0,763 0,301 1,070 0,180 0,156 1,270 0,173 0,170 0,6 3,5 47 Cromo 8,19 7,19 3,48 7,93 9,95 11,40 12,00 9,19 8,78 37,3 90 49 Cobre 41,8 56,8 41,3 59,2 37,9 34,4 25,8 32,1 32,7 35,7 197 44 Mercurio 0,054 0,179 <0,025 0,159 0,125 <0,025 0,073 0,082 <0,025 0,17 0,486 36 Plomo 3,01 7,66 3,99 7,79 3,43 4,16 4,12 3,89 4,04 35 91,3 42 Zinc 34,2 50,4 33,8 49,8 34,4 34,5 40,2 34,8 22,2 123 315 36

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Observación 3 El proyecto contempla el carguío de combustible de dragas con barcazas tanque. Dado que la actividad no estaba contemplada en los proyectos originales, es importante tener levantado los riesgos asociados a esta actividad y procedimientos y planes de emergencia establecidos para eventuales accidentes que puedan afectar la calidad de agua del río Tinguiririca (ID-SEA 22.115).

Evaluación de la Respuesta Según lo mencionado por el Titular, en el Anexo I-H de la Adenda “Ficha Plan de Contingencias y Emergencias”, se entregan las fichas resumen de los procedimientos de contingencia y emergencia actualizados de acuerdo con lo requerido en las observaciones de la Adenda, dentro de las cuales, se incluye el derrame de hidrocarburos. Por otra parte, dichas fichas resumen fueron actualizadas incorporando las acciones especificadas del Plan de Emergencia aplicable a la fase de operación de la Central Hidroeléctrica la Higuera y las medidas establecidas en caso de derrames por operación de la draga. El Plan de contingencia y emergencias de la fase de operación se adjunta en anexo I-F de la Adenda.

A continuación, se entrega el procedimiento establecido en caso de riesgos asociados al derrame de hidrocarburos de acuerdo con los contenidos del Plan de contingencias y medidas en caso de derrames por la operación de la draga.

Tabla 10 Plan de emergencia ante derrame de hidrocarburos Derrame de Hidrocarburos (aceites, combustibles, lubricantes, etc.) - Cámaras de aceite en válvulas y compuertas. - Refrigeración de transformadores. - Acopio de bidones de servicio. - Sistema de lubricación y depósitos de combustible de vehículos. Primeros auxilios Contacto con piel y ojos: El contacto prolongado con la piel puede ocasionar re-secamiento y agrietamiento debido a su acción desengrasante. El contacto con los ojos tiene como resultados pequeñas lesiones. Quitar ropa contaminada, lavar la piel con jabón y los ojos con abundante agua. Inhalación: La exposición prolongada a concentraciones altas de vapor y gases, puede producir dolor de cabeza, vértigos e irritación de ojos, nariz y pulmones. Tales concentraciones son poco probables excepto en las inmediaciones del producto derramado. Trasladar a la víctima al aire fresco y/o centro asistencial más cercano. Ingestión: Puede causar nausea, vómitos, calambres y posible depresión del sistema nervioso central, teniendo resultados que varían desde el dolor de cabeza a la anestesia, coma y la muerte. No provocar el vómito a menos que la hoja de datos de seguridad así lo indique, mantener a la víctima con calor e inmóvil, conseguir atención médica inmediatamente. Mantener hojas de datos de seguridad en el lugar. Equipos de protección La ropa de protección personal debe prevenir el contacto prolongado con la piel o la probabilidad de contacto con los ojos. Puede incluir botas de goma, guantes, visores y otras ropas resistentes e impermeables. Para altas concentraciones de vapor / gases o lucha contra el fuego serán necesarios aparatos de respiración autónoma.

Medidas de prevención Medidas comunes a todo tipo de derrames 1.- El Titular o contratista, según corresponda, instruirá a sus trabajadores en relación a incendios y derrames y mantendrán un canal de comunicación directa con Bomberos, de modo de alertarlos ante la ocurrencia de un derrame. 2.- Capacitaciones periódicas que instruyan procedimientos de actuación ante derrames de hidrocarburos. <footer2

Transporte 1.-Todos los vehículos de transporte utilizados en el Proyecto se encontrarán en buenas condiciones y deberán cumplir con la normativa y regulaciones de tránsito vigentes. 2.- Los vehículos motorizados que se utilicen en el transporte de este tipo de sustancias deberán tener una antigüedad máxima de 15 años, tal como lo indica el artículo 3 del decreto N° 298 que Reglamento transporte de cargas peligrosas por calles y caminos. 3.- Los vehículos encargados del transporte y abastecimiento de combustibles deberán contar con las condiciones técnicas necesarias para asegurar la correcta carga y manipulación, cumpliendo las disposiciones de la reglamentación chilena, en particular el D.S. N° 160/2009 del Ministerio de Economía, Fomento y Reconstrucción, que aprueba el Reglamento de seguridad para las instalaciones y operaciones de producción y refinación, transporte, almacenamiento, distribución y abastecimiento de combustibles líquidos. 4.- Los vehículos de transporte de combustibles deberán contar con un sistema de radio comunicaciones o portar un aparato de telefonía móvil celular de cobertura nacional. 5.- Los vehículos que transporten combustible durante las distintas fases del Proyecto, contarán con la declaración ante la SEC para el transporte menor de combustible. 6.- Estará estrictamente prohibido el transporte de estos materiales conjuntamente con animales; alimentos; y cualquier otro tipo de carga, salvo de existir compatibilidad entre los distintos productos transportados. Cuando el cargamento comprenda sustancias peligrosas y no peligrosas compatibles entre sí, éstas deberán estibarse separadamente. 7.- Se prohibirá emplear materiales fácilmente inflamables para estibar los bultos en el interior de los vehículos. 8.- El transportista llevará un registro de la cantidad de material que transporta.

Carga y descarga de combustible 1.- Esta operación se efectuará en un área de acceso restringido. 2.- El contratista establecerá un procedimiento de abastecimiento de combustibles que permita evitar el derrame accidental de éstos. 3.- El abastecimiento de combustibles deberá contar con las condiciones técnicas necesarias para asegurar su correcta carga y manipulación, cumpliendo las disposiciones de la reglamentación chilena. 4.- Se contará con un Kit de emergencia de derrame para enfrentar este tipo de eventos con equipamiento suficiente para el control de la contaminación que necesita implementar, como mínimo se mantendrá: paños absorbentes, almohadas, guantes, cinta de señalización, bolsas desechables con cierre hermético, linterna recargable, gafas y guantes de protección, entre otros. 5.- Se encontrará disponible en faena la respectiva hoja de seguridad del combustible. Normas generales de actuación Medidas comunes a derrames de hidrocarburos 1.- Detener fuga mediante taponamiento o puesta en marcha de sistemas de corte de flujo. 2.- Eliminar fuentes de ignición. 3.- Delimitación del área con dique de contención, a fin de evitar que el derrame acceda al cuerpo de agua. 4.- Recolección del máximo producto derramado para su descarte de acuerdo con lo especificado en hoja de seguridad. 5.- Cubrimiento del área afectada con material absorbente. 6.- Disposición de material contaminado en tambores vacíos dispuestos en cada área, éstos se manejarán como residuos peligrosos. 7.- Monitoreo inmediato del área de influencia. 8.- Evaluación de posible impacto causado por el derrame 9.- Los contenedores que servirán para almacenar los residuos químicos, se rotularán y almacenarán en una bodega que cumpla con la Normativa. El contenedor deberá tener un espesor adecuado, resistente y a prueba de filtraciones, deberá resistir esfuerzos durante su manipulación y transporte y deberá estar rotulado adecuadamente (claro y visible) con la información de peligrosidad y fecha de almacenamiento. 10.- La disposición final se realizará por medio de empresas autorizadas dedicadas al retiro de estos tipos de productos. 11.- Descontaminar todos los equipos empleados en la limpieza 12.- Confección de informe, reporte y evaluación acorde con los protocolos establecidos en el Plan de Emergencia.

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Derrame de hidrocarburo por operación de draga 1.- Aviso inmediato a encargado de faena. 2.- Contención de derrame de sentina de la draga, posterior evacuación mediante un sistema de achique conectado a envases y tambores de trasvasije. 3.- Aplicación de líquidos dispersantes para disgregación de derrame a fin de facilitar su dilución y posterior degradación de forma natural. 4.- Contención de derrames con mangas absorbentes. 5.- Extracción de agua contaminada con bombas y posterior depósito en camión autorizado por SEREMI de Salud. 6.- Despacho de camión con agua contaminada. 7.- Monitoreo inmediato del área de influencia. 8.- Evaluación de posible impacto causado por derrame

Observación 4 Los argumentos del titular para señalar la no afectación sobre comunidades humanas señaladas en la letra a) del artículo 7 del RSEIA radican en que "dadas las características del Proyecto, éste no afectará recursos naturales utilizados como sustento económico o para cualquier otro uso tradicional. Luego señala que la bocatoma de regantes más próxima se encuentra distante aproximadamente 30 km aguas abajo del Proyecto." Se debe entregar mayores antecedentes que descarten aquella afectación, siendo insuficiente señalar sólo la distancia entre la descarga y la primera bocatoma, porque ya sin el aporte de los sedimentos del proyecto los aumentos que han ocurrido en el río en el último tiempo han provocado acumulaciones y embanques en nuestros canales, tranques y sistemas de riego, afectando a los regantes. Sólo en la primera sección del río Tinguiririca habría 41 bocatomas que utilizan estas aguas y que recibirían este material adicional. Esta exclusión es relevante, por cuanto ya en el EIA del proyecto original se expresó, sin estudios técnicos que lo avalaran, que la operación de las centrales no alteraría el régimen natural del río a la altura de las bocatomas, situación que se demostró equivocada al momento de iniciar las operaciones. (ID-SEA 22.116).

Evaluación de la Respuesta En referencia a la respuesta entregada en la ADENDA 1, se solicita al Titular ampliar y actualizar la información en ICSARA 2 respecto a la pregunta señalada.

La no afectación sobre comunidades humanas, se fundamenta en que el Proyecto no generará efectos sobre canales, tranques y sistemas de riego, ya que el Titular ha decidido desarrollar la descarga del dragado del pondaje Tricahue en el período comprendido entre los meses de abril y agosto de cada año, en época distinta a la que se realizan las actividades de riego.

De todas formas, en la Adenda se realizó una modelación hidráulica bidimensional del dragado del pondaje Tricahue durante el período abril a agosto (Anexo V-E de la adenda anterior), la cual permite determinar, en diferentes secciones del dominio (área de modelación), la concentración de sedimentos en suspensión, de acuerdo al punto de origen de los aportes de sedimento y las entradas de tributarios que resulten en un efecto de dilución.

A modo de ejemplo, en la figura siguiente se entregan las variaciones de concentración máxima de sedimentos en suspensión generados por el dragado del pondaje Tricahue, utilizando un caudal al inicio del dominio22 de 8,5 m³/s, que crece hasta alcanzar 40 m³/s en Tinguiririca en La Polcura, para el período abril - agosto.

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Figura 44 Modelación de la concentración máxima de sedimentos en suspensión en río Tinguiririca, para caudal inicial de 8,5 m3 en periodo abril – agosto

De acuerdo a la figura anterior, para el escenario que considera la actividad de dragado, la concentración máxima de sedimentos en suspensión disminuye drásticamente entre la descarga (km 17,2) y el km 18 donde tiende a acercarse a los valores naturales del río Tinguiririca.

Por otra parte, las primeras bocatomas de la Junta de Vigilancia del río Tinguiririca se ubican aproximadamente en el km 42,5 respecto del modelo (Figura 45), por tanto, de acuerdo a lo indicado en la Figura 44, la concentración máxima de sedimentos en suspensión sería similar a los valores naturales del río en ese punto, lo que no afectaría sistemas de riego ni las actividades de los regantes.

Figura 45 Ubicación de bocatomas de Junta de Vigilancia de la primera sección del Río Tinguiririca respecto del Modelo Hidráulico Bidimensional del dragado del pondaje Tricahue

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Observación 5 En cuanto a la presencia de elementos químicos en el agua, se señala que "se analizaron en total 24 elementos, de los cuales cinco metales (aluminio, boro, cobre, hierro, manganeso), presentaron valores de concentración que estuvieron fuera de los límites establecidos por la NCh 1.333 para aguas destinadas a riego". Si bien dichas concentraciones tuvieron una baja significativa al ingresar a reservorio, se verifica que doblaron (aluminio) y triplicaron (hierro y manganeso) su concentración aguas abajo de la central.

El titular, sin entregar información suficiente para sustentarlo, acotó el impacto a las características naturales del propio cuerpo hídrico, eximiendo el efecto de sus actividades sobre los metales que aumentaron de concentración después de pasar por las centrales. De los 5 metales que se encuentran por sobre la norma NCh.1333 en todas las estaciones de monitoreo cercano al pontaje Tricahue superan los valores máximos permitidos, pero que no se indica nada respecto a los valores de dichos metales en las estaciones de monitoreo que se dispusieron aguas abajo del proyecto. Esto es; la estación C-4 Río Azufre, C-5 Tinguiririca en la iglesia, C-6 Tinguiririca en Puente negro, C-7 Tinguiririca en Ruta 5. Tal como se analiza para el resto de las componentes de este estudio donde sí se entregan resultados respecto a cada estación de monitoreo. Adicionalmente se señala que "se analizaron 7 metales en sedimentos (arsénico, cadmio, cobre, cromo, mercurio, plomo y zinc), los cuales se encuentran normados. Las estaciones asociadas al Pondaje Tricahue (Tr-3 y Tr-5) registraron concentraciones de arsénico sobre el límite en el que se esperarían efectos ambientales. En cuanto al cadmio, cobre y mercurio, presentaron en algunas estaciones niveles sobre los índices establecidos por la Norma Canadiense. Además, se indica que "El arsénico presentó valores heterogéneos, con una incidencia de muestras con concentraciones sobre el límite establecido para sedimentos con contaminación. Un total de 7 muestras superaron este límite, excluyéndose las estaciones (C-6 y C-4). Asimismo, las estaciones que presentaron concentraciones sobre el límite de posibles efectos ambientales correspondieron a las obtenidas en el Pondaje Tinguiririca (Tr-3, Tr-4 y Tr-5) y las ubicadas Aguas arriba de bocatoma Tinguiririca (Tr-1) y Aguas abajo del Pondaje (Tr- 2, C-5 y C-7). El máximo se registró en la estación Pondaje Tinguiririca (Tr-5) con 61,20 mg/kg, mientras, el mínimo se obtuvo en la estación río Tinguiririca en Puente Negro (C-6) con 5,47 mg/kg". Se solicita aclarar las acciones a tomar para asegurar que dichas concentraciones se mantengan dentro del rango de variación natural del río Tinguiririca, evitando un impacto sobre los demás usos del recurso. (ID-SEA 22.117).

Evaluación de la Respuesta El Titular menciona que tendrá un monitoreo de la calidad del agua en dos frentes: uno inmediato, a través de una red de monitoreo en línea de la turbidez, con tres estaciones: una estación instalada antes del reservorio Tricahue, otra aguas abajo de éste (cercano a la descarga del vertedero y antes de la confluencia con río Azufre), y un tercero en casa de máquinas de la Central La Higuera (17 kilómetros aguas abajo), con objeto de monitorear la concentración de sedimentos en el río, así, en base a los resultados en línea de turbidez se determinará la continuidad de la actividad de dragado, previniendo la posible afectación a regantes, manteniendo, con este control, los niveles de concentración de sedimentos, que permita vigilar que no exista superación de los 2.000 NTU indicados en el sensor inmediatamente aguas abajo de la faena de dragado en la Central La Higuera.

El segundo frente considera un plan de monitoreo de la calidad de aguas y sedimentos, el cual se realizará con periodicidad trimestral durante los primeros tres años de aplicación del Plan, posteriormente será evaluada su continuidad con la Autoridad competente. Este monitoreo se llevará a cabo en paralelo con los monitoreos de flora y fauna acuática.

El Titular indica que, en función de la programación de dragado presentada en la adenda 1, el Titular ha aumentado de 3 a 7 años la duración del Plan de Monitoreo de los Ecosistemas Acuáticos Continentales y de Calidad de Agua y Sedimentos, es decir, éste se llevará a cabo durante los primeros 5 años en los que se extraerá la tasa natural de acumulación anual, más una proporción de lo acumulado a la fecha (45.000 m³ en total); y en los 2 años posteriores, donde la tasa de dragado será la igual a la tasa de retención anual (35.000 m³).

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11.3.2.26. Observante: Luis Rivadeneira De Amesti

Observación 1 Si bien en la DIA se señala que "La actividad económica de la comuna se basa principalmente en la agricultura (viñedos, cultivo de remolacha, frutales, tabaco, trigo y cultivo tradicional), en la agroindustria (empresas exportadoras de frutas, hierbas, empresas conserveras, de lácteos, etc.), en el comercio y el turismo", y se agrega que "los agricultores comprenden a más de 6.300 regantes, agrupados en organizaciones de Usuarios del agua que son parte de la Junta de Vigilancia de la primera sección del Río Tinguiririca", luego no se establecen como sujetos susceptibles de percibir impactos, por ende, no se realiza una evaluación. De esta forma, se da cuenta de la presencia de un grupo de interés para el proyecto que debiese ser visibilizado en el documento, pero luego se descarta. En virtud de lo señalado, se solicita al Titular poder aclarar los antecedentes señalados (ID-SEA 23.118).

Evaluación de la Respuesta En referencia a la respuesta entregada en la ADENDA 1, se solicita al Titular ampliar y actualizar la información en ICSARA 2 respecto a la pregunta señalada.

Con el fin de evitar posibles impactos sobre los regantes que son parte de la Junta de Vigilancia de la primera sección del Río Tinguiririca, el Titular ha decidido desarrollar la descarga del dragado del pondaje Tricahue en el período comprendido entre los meses de abril y agosto de cada año, de manera de no coincidir con las actividades de riego desarrolladas por éstos.

De todas formas, en la Adenda se realizó una modelación hidráulica bidimensional del dragado del pondaje Tricahue durante el período abril a agosto (Anexo V-E de la adenda anterior), la cual permite determinar, en diferentes secciones del dominio (área de modelación), la concentración de sedimentos en suspensión, de acuerdo al punto de origen de los aportes de sedimento y las entradas de tributarios que resulten en un efecto de dilución.

A modo de ejemplo, en la figura siguiente se entregan las variaciones de concentración máxima de sedimentos en suspensión generados por el dragado del pondaje Tricahue, utilizando un caudal al inicio del dominio23 de 8,5 m³/s, que crece hasta alcanzar 40 m³/s en Tinguiririca en La Polcura, para el período abril - agosto.

Figura 46 Modelación de la concentración máxima de sedimentos en suspensión en río Tinguiririca, para caudal inicial de 8,5 m3 en periodo abril - agosto

De acuerdo a la figura anterior, para el escenario que considera la actividad de dragado, la concentración máxima de sedimentos en suspensión disminuye drásticamente entre la descarga (km 17,2) y el km 18 donde tiende a acercarse a los valores naturales del río Tinguiririca. <footer2

Por otra parte, las primeras bocatomas de la Junta de Vigilancia del río Tinguiririca se ubican aproximadamente en el km 42,5 respecto del modelo (Figura 47), por tanto, de acuerdo a lo indicado en la Figura 46, la concentración máxima de sedimentos en suspensión sería similar a los valores naturales del río en ese punto, lo que no afectaría sistemas de riego ni las actividades de los regantes.

Figura 47 Ubicación de bocatomas de Junta de Vigilancia de la primera sección del Río Tinguiririca respecto del Modelo Hidráulico Bidimensional del dragado del pondaje Tricahue.

Observación 2 Los argumentos del titular para señalar la no afectación sobre comunidades humanas señaladas en la letra a) del artículo 7 del RSEIA radican en que "dadas las características del Proyecto, éste no afectará recursos naturales utilizados como sustento económico o para cualquier otro uso tradicional. Luego señala que la bocatoma de regantes más próxima se encuentra distante aproximadamente 30 km aguas abajo del Proyecto." Se debe entregar mayores antecedentes que descarten aquella afectación, siendo insuficiente señalar sólo la distancia entre la descarga y la primera bocatoma, porque ya sin el aporte de los sedimentos del proyecto los aumentos que han ocurrido en el río en el último tiempo han provocado acumulaciones y embanques en nuestros canales, tranques y sistemas de riego, afectando a los regantes. Sólo en la primera sección del río Tinguiririca habría 41 bocatomas que utilizan estas aguas y que recibirían este material adicional. Esta exclusión es relevante, por cuanto ya en el EIA del proyecto original se expresó, sin estudios técnicos que lo avalaran, que la operación de las centrales no alteraría el régimen natural del río a la altura de las bocatomas, situación que se demostró equivocada al momento de iniciar las operaciones. (ID-SEA 22.116).

Evaluación de la Respuesta En referencia a la respuesta entregada en la ADENDA 1, se solicita al Titular ampliar y actualizar la información en ICSARA 2 respecto a la pregunta señalada.

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En relación a lo reiterado, el Titular menciona que la no afectación sobre comunidades humanas, se fundamenta en que el Proyecto no generará efectos sobre canales, tranques y sistemas de riego, ya que el Titular ha decidido desarrollar la descarga del dragado del pondaje Tricahue en el período comprendido entre los meses de abril y agosto de cada año, en época distinta a la que se realizan las actividades de riego.

De todas formas, en la Adenda se realizó una modelación hidráulica bidimensional del dragado del pondaje Tricahue durante el período abril a agosto (Anexo V-E de la adenda anterior), la cual permite determinar, en diferentes secciones del dominio (área de modelación), la concentración de sedimentos en suspensión, de acuerdo al punto de origen de los aportes de sedimento y las entradas de tributarios que resulten en un efecto de dilución.

A modo de ejemplo, en la figura siguiente se entregan las variaciones de concentración máxima de sedimentos en suspensión generados por el dragado del pondaje Tricahue, utilizando un caudal al inicio del dominio22 de 8,5 m³/s, que crece hasta alcanzar 40 m³/s en Tinguiririca en La Polcura, para el período abril - agosto.

Figura 44 Modelación de la concentración máxima de sedimentos en suspensión en río Tinguiririca, para caudal inicial de 8,5 m3 en periodo abril – agosto

De acuerdo a la figura anterior, para el escenario que considera la actividad de dragado, la concentración máxima de sedimentos en suspensión disminuye drásticamente entre la descarga (km 17,2) y el km 18 donde tiende a acercarse a los valores naturales del río Tinguiririca.

Por otra parte, las primeras bocatomas de la Junta de Vigilancia del río Tinguiririca se ubican aproximadamente en el km 42,5 respecto del modelo (Figura 45), por tanto, de acuerdo a lo indicado en la Figura 44, la concentración máxima de sedimentos en suspensión sería similar a los valores naturales del río en ese punto, lo que no afectaría sistemas de riego ni las actividades de los regantes.

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Figura 45 Ubicación de bocatomas de Junta de Vigilancia de la primera sección del Río Tinguiririca respecto del Modelo Hidráulico Bidimensional del dragado del pondaje Tricahue

Observación 3 El titular indica que su objetivo del proyecto es el "manejo adecuado de los sedimentos", sin embargo, en el texto queda claro que sólo considera una liberación de sedimentos, algunos de ellos acumulados desde hace 8 años, vertiéndolos hacia el río, vía dragados o desarenados, con el fin de optimizar la operación y generación eléctrica de la central, y no entrega mayor información sobre las medidas que esta liberación de sedimentos acumulados ocasionaría a los otros usuarios ubicados aguas abajo. Se solicita entregar datos de calidad de aguas, específicamente niveles de sedimentos antes y después de las obras, así como en las bocatomas de los canales, tanto en situación sin proyecto como con proyecto (ID-SEA 22.114).

Evaluación de la Respuesta En referencia a la respuesta entregada en la ADENDA 1, se solicita al Titular ampliar y actualizar la información en ICSARA 2 respecto a la pregunta señalada.

En función de las actividades de dragado, el Titular ha desarrollado una modelación hidráulica bidimensional que se presentó en el Anexo V-E de la Adenda, en la cual se han establecido las concentraciones de sedimentos, en función de caudales, según la probabilidad de excedencia, los que van desde 2,5 a 18,1 m3/s en bocatoma de Hidroeléctrica La Higuera (ver Tabla 22).

Tabla 22 Concentraciones de sedimentos en suspensión y aumento porcentual, producto de dragado en CH La Higuera, caudales del período abril a agosto

Caudales Río Tinguiririca

Mezcla Completa Solo dilución Modelo de transporte de sedimentos Antes junta Río Azufre Tinguiririca en La Polcura Probabilidad de Excelencia En BT HLC En La Polcura SST base SST con dragado SST con dragado (%) (m3/s) (m3/s) (mg/l) (mg/l) (mg/l) 99% 2.5 10.1 9 4120 471 95% 3.0 11.9 13 3529 417 <footer2

85% 3.6 14.3 20 2963 357 75% 4.0 16.0 26 2676 298 65% 4.4 17.7 32 2462 306 50% 5.1 20.5 45 2192 277 40% 5.6 22.4 54 2060 260 30% 6.1 24.5 66 1947 266 20% 7.2 28.7 94 1812 240 10% 9.0 36.1 155 1764 268 5% 11.2 44.8 250 1923 333 2% 14.7 59.0 459 2538 549 1% 18.1 72.4 719 3449 741

Cabe destacar que en la cuarta columna se encuentra el estimado de sólidos suspendidos base, lo que representaría una base teórica de la condición previa a la descarga. Sin embargo, al ser una medida teórica contiene incertidumbre, por lo cual se plantea el seguimiento de la variable turbidez. Para lo cual se dispondrá de una red de monitoreo en línea de la turbidez, con tres estaciones: una estación instalada antes del reservorio Tricahue, otra aguas abajo de éste (cercano a la descarga del vertedero y antes de la confluencia con río Azufre), y una tercera en la casa de máquinas de la Central La Higuera (17 kilómetros aguas abajo), con objeto de monitorear la concentración de sedimentos en el río, así, en base a los resultados en línea de turbidez se determinará la continuidad de la actividad de dragado, manteniendo, con este control, los niveles de concentración de sedimentos, que permitan vigilar que no exista superación de los 2.000 NTU indicados en el sensor inmediatamente aguas abajo de la faena de dragado en la Central La Higuera (Tinguiririca antes del río Azufre).

En la Figura 26 del numeral VII Participación Ciudadana de la ADENDA Complementaria, se puede visualizar Estaciones de monitoreo en línea de Turbidez.

En la Tabla 23 se resumen los valores de los parámetros incluidos en la Norma Chilena NCh 1.333 (Requisitos de calidad del agua para diferentes usos) desde marzo de 2017 a junio de 2018. Como se puede observar las características naturales de las aguas del río Tinguiririca desde su parte alta (aguas arriba de la bocatoma Tinguiririca) presentan diversas excedencias respecto a la Norma Chilena NCh 1.333, destacando altas concentraciones de aluminio, arsénico, boro, hierro, molibdeno, manganeso y sulfato, asociados a altos valores de conductividad eléctrica y turbidez. Además, afluentes como el estero La Gloria presentan altas concentraciones de cobre y cobalto, entre otros elementos y valores más elevados de turbidez. Esta condición varia levemente hacia aguas abajo, registrándose varias excedencias que se mantienen incluso hasta Tinguiririca en Bajo Briones, como las concentraciones de aluminio, hierro, manganeso, molibdeno, que pueden complementarse con aumentos de elementos como el mercurio. Estas características del agua derivan de la conformación geomorfológica de la cuenca, por lo que constituyen la condición natural del sistema y tienen su repercusión en las características generales de los sedimentos.

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Tabla 23 Parámetros de calidad de agua (Periodo marzo 2017 a junio 2018). Se muestran en gris las excedencias respecto a la NCh 1.333

Teniendo en consideración estos antecedentes, se modeló el transporte de sedimentos evaluando la condición de sólidos suspendidos en los sitios control, modelación presentada en el Anexo V-E de la Adenda anterior. Esta modelación numérica permitió determinar en diferentes secciones del dominio la concentración de sedimentos en suspensión, de acuerdo al punto de origen de los aportes de sedimento y las entradas de tributarios que resulten en un efecto de dilución. Permitiendo determinar que el área donde se han registrado especies de interés ambiental, los valores de NTU no generarán impactos sobre los ejemplares de la fauna íctica presente.

A modo de ejemplo se calculó el comportamiento del río con un dragado en diferentes escenarios, por ejemplo, en el caso de un caudal referencial al inicio del dominio10 (aguas arriba de la bocatoma Tricahue) de 8,5 m³/s, que crece hasta alcanzar 40 m³/s en Tinguiririca en La Polcura, como se muestra en la figura siguiente.

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Figura 27 Variación de la concentración máxima de sedimentos en suspensión del río para un caso referencial de 8,5 m³/s de caudal al inicio del dominio. Dragado pondaje Tricahue (período abril a agosto)

En consecuencia, según la modelación una turbidez de aproximadamente 2000 NTU en la estación control ubicada en el río Tinguiririca antes de la junta con el río Azufre implicaría que en el tramo control de la Polcura la turbidez no superaría los 1000 NTU, manteniéndose principalmente bajo 500 NTU, por lo que no se esperarían efectos en las especies objetivo en el área de importancia ambiental o en el tramo intermedio.

Además de la modelación teórica, los datos de turbidez medidos entre septiembre de 2012 y noviembre de 2017 muestran que al calcular los peak (máximos históricos) y el promedio en las estaciones ubicadas en el cauce principal del río Tinguiririca y dos de afluentes (Estero La Gloria y río Azufre), uno de los precursores más relevantes de la turbidez sería el estero La Gloria, debido a que en algunos periodos puede alcanzar a 3683 NTU, aumentando significativamente la turbidez del cauce principal. El cual presenta aguas arriba de la bocatoma una turbidez relativamente baja. Posteriormente, el río Azufre puede aportar turbidez o disminuirla, según el periodo del año, presentando valores similares a lo registrado en el tramo de restitución de HLH.

Tabla 24 Estadísticos del parámetro Turbidez (NTU) en las estaciones históricas

Estación N Promedio Desviación Estándar Mínimo Máximo Bocatoma Tinguiririca 9 303 345 29 825 La Gloria 9 665 1205 5 3683 Tricahue 20 316 491 4 1706 La Puya 19 219 478 3 2138 Restitución La Higuera 14 400 586 4 2190

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Figura 28 Ubicación de estaciones de seguimiento histórico. El tamaño de los círculos es proporcional a los valores de turbidez (NTU)

En base a los datos de turbidez obtenidos entre el 15 de junio de 2018 y el 18 de agosto de 2018 (ver Figura 29), se calcularon los peak (máximos diarios) en las estaciones ubicadas aguas abajo de la descarga del dragado (TPM). La turbidez en la estación TPM alcanzó un promedio de 1433,2 NTU y una desviación estándar de 361,6. Cabe destacar que, la turbidez fue menor al máximo histórico registrado en el estero La Gloria, además, la condición sin dragado (LB), presentó valores de turbidez altos derivados de lluvias esporádicas o derretimiento.

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Figura 29 Turbidez máxima diaria en la estación TPM (Tinguiririca aguas arriba del río Azufre). En condición de dragado y sin dragado (LB)

En el caso de los sedimentos, el estudio de la calidad de sedimentos expuesto en la DIA tomó a modo de referencia los límites estipulados en los lineamientos de Calidad de Sedimentos para la Protección de la Vida Acuática canadiense. Cabe destacar que esta norma permite considerar sedimentos no contaminados (Interim Freshwater Sediment Quality Guideline, ISQG), niveles con probables efectos para el medio ambiente (Probable Efect Level, PEL), y la incidencia porcentual para los valores de ISQG y PEL. El muestreo realizado constó de 1 muestra en cada estación y 3 muestras obtenidas del Pondaje Tricahue (Tr-3, Tr-4 y Tr-5), además de incluir una muestra replicada correspondiente R-1, la que es un duplicado de la estación Tr-3, entregándose al laboratorio como una estación aparte sin indicar su procedencia.

El detalle de los parámetros analizados en laboratorio con sus respectivos respaldos se encuentra en el Anexo C “Informes de Análisis de Calidad de Sedimentos” de la Caracterización Ambiental Ecosistemas Acuáticos Continentales presentada en la DIA. Cabe destacar que los sedimentos que serán vertidos son los propios de la cuenca, por lo que mantendrán parte de las características propias del agua antes expuestas, las que según Méndez (2018)11, al provenir de aguas termales en la parte alta de la cuenca del río Damas, presentarían características cloruradas sódicas y altas concentraciones en casi todos los elementos. El resto de las aguas de la cuenca forman una transición desde sulfatadas cálcicas a bicarbonatadas cálcicas, donde las de la parte alta de la cuenca son más sulfatadas y poseen mayores concentraciones y anomalías de Al, Fe, Mn y otros elementos, mientras que las de la parte baja son más bicarbonatadas, con menores concentraciones de los distintos elementos. En este trabajo al comparar los distintos resultados de análisis con la normativa chilena para agua potable, se observaron varias excedencias sobrepasando las concentraciones límite de As, Cl, Fe, Hg y Mn. A continuación, se muestran los resultados de calidad de sedimentos aguas arriba del Pondaje (Control), en el Pondaje y aguas abajo. Esperándose que las condiciones en operación del proyecto permanezcan.

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Los parámetros orgánicos analizados en laboratorio fueron los contenidos de materia orgánica en los sedimentos de las estaciones en estudio. Es importante destacar, que este parámetro no posee un marco de referencia en la Norma Chilena o Canadiense (Canadian Sediment Quality Guideline for the Protection of Aquatic Life) (ver Tabla 31).

Las concentraciones de materia orgánica fueron bastante heterogéneas entre estaciones de muestreo, las cuales, registraron una media de 28.843,6 ± 33.236,9 mg/kg, variando entre un mínimo de 2.078 mg/kg en la estación río Azufre (C-4) y un máximo de 99.927 mg/kg en Pondaje Tricahue (Tr-5).

Tabla 25 Parámetros orgánicos (mg/kg) medidos en laboratorio

Parámetros Control Pondaje Aguas abajo Afluentes Tr-1 Tr-3 Tr-4 Tr-5 Tr-2 C-5 C-6 C-7 C-4 Materia Orgánica 43.138 56.916 32.709 99.927 7.676 3.559 7.584 6.005 2.078

Asimismo, los parámetros inorgánicos analizados en laboratorio correspondieron a sulfatos, nitrógeno total y fósforo total en los sedimentos de las estaciones en estudio. Es importante destacar, que estos parámetros no poseen un marco de referencia en la Norma Chilena o Canadiense (Canadian Sediment Quality Guideline for the Protection of Aquatic Life) (ver Tabla 26).

El análisis de los sulfatos, indicaron valores heterogéneos entre estaciones de muestreo, con concentraciones que variaron entre 35.340 mg/kg y 2.700 mg/kg, en las estaciones Pondaje Tricahue (Tr-3) y río Azufre (C-4) respectivamente, cuya concentración promedio fue 12.770,0 ± 9.992,8 mg/kg. Por otro lado, el nitrógeno total exhibió una concentración media de 154,89 ± 71,66 mg/kg, observándose una máxima de 264 mg/kg en la estación río Azufre (C-4), mientras, el mínimo se obtuvo en la estación río Tinguiririca en La Iglesia (C-5) con 76 mg/kg. Finalmente, el fósforo total exhibió concentraciones heterogéneas, las cuales, promediaron 782,44 ± 354,12 mg/kg, oscilando entre un mínimo de 314 mg/kg en la estación Aguas abajo Pondaje Tricahue (Tr-2), y un máximo de 1.322 mg/kg en Pondaje Tricahue (Tr-4).

Tabla 26 Parámetros inorgánicos (mg/kg) medidos en laboratorio

Parámetros Control Pondaje Aguas abajo Afluentes Tr-1 Tr-3 Tr-4 Tr-5 Tr-2 C-5 C-6 C-7 C-4 Sulfatos 9.290 35.340 12.370 18.360 6.920 17.550 6.950 5.450 2.700 Nitrógeno Total 202 143 236 80 89 76 197 107 264 Fósforo Total 327 1.037 1.322 941 314 1.036 504 944 617

Los resultados obtenidos de las concentraciones de metales totales medidos en laboratorio en los sedimentos, se encuentran en la Tabla 18, junto con los valores de referencia de la Norma Canadiense (Canadian Sediment Quality Guideline for the Protection of Aquatic Life). Esta norma muestra valores que permiten considerar sedimentos no contaminantes (Interim Freshwater Sediment Quality Guideline, ISQG), niveles con efectos probables sobre el medio ambiente (Probable Effect Level, PEL), y la incidencia porcentual para los valores de PEL. Los análisis de concentraciones de metales totales correspondientes a la actual campaña de muestreo medidos en laboratorio se presentan en la Tabla 18 y sus respaldos en el Anexo C “Informes de Análisis de Calidad de Sedimentos” de la Caracterización Ambiental Ecosistemas Acuáticos Continentales presentada en la DIA.

Se analizaron 7 metales en sedimentos (arsénico, cadmio, cobre, cromo, mercurio, plomo y zinc), los cuales se encuentran normados. Las estaciones asociadas al Pondaje Tricahue (Tr-3 y Tr-5) registraron concentraciones de arsénico sobre el límite en el que se esperarían efectos ambientales (Probable Effect Level, PEL). En cuanto al cadmio, cobre y mercurio, presentaron en algunas estaciones niveles sobre los índices de ISQG establecidos por la Norma Canadiense.

El arsénico presentó valores heterogéneos, observándose un promedio de 19,53 ± 20,97 mg/kg, con una incidencia de muestras con concentraciones sobre el límite establecido para sedimentos con contaminación (ISQG: 5,9 mg/kg), un total de 7 muestras superaron este límite, excluyéndose las <footer2

estaciones (C-6 y C-4). Asimismo, las estaciones que presentaron concentraciones sobre el límite de posibles efectos ambientales (PEL: 17 mg/kg) correspondieron a las obtenidas en el Pondaje Tinguiririca (Tr-3, Tr-4 y Tr-5) y las ubicadas Aguas arriba de bocatoma Tinguiririca (Tr-1) y Aguas abajo del Pondaje (Tr-2, C-5 y C-7). El máximo se registró en la estación Pondaje Tinguiririca (Tr-5) con 61,20 mg/kg, mientras, el mínimo se obtuvo en la estación río Tinguiririca en Puente Negro (C-6) con 5,47 mg/kg.

La concentración de cadmio en sedimentos registró en la mayoría de las estaciones, valores bajo los índices ISQG (0,6 mg/kg) y PEL (3,5 mg/kg), las estaciones asociadas al Pondaje Tricahue (Tr-3 y Tr-5) y Tinguiririca en Puente Negro (C-6) exhibieron valores sobre el ISQG (0,6 mg/kg) de 0,763 mg/kg, 1,070 mg/kg y 1,270 mg/kg respectivamente. Asimismo, el valor máximo observado correspondió a 1,270 mg/kg en la estación río Tinguiririca en Puente Negro (C-6), a su vez, la mínima concentración fue 0,112 mg/kg en Aguas arriba bocatoma Tricahue, cuya media alcanzó un valor de 0,466 ± 0,448 mg/kg.

En cuanto a la concentración de cobre en los sedimentos analizados, éste registró valores por sobre el límite de ISQG (35,7 mg/kg), sin embargo, están muy por debajo del límite de PEL (197 mg/kg). La concentración promedio correspondió a 40,22 ± 11,23 mg/kg, con un máximo de 59,20 mg/kg en Pondaje Tricahue (Tr-5) y un valor mínimo de 25,80 mg/kg en río Tinguiririca en Puente Negro (C-6).

A su vez, el cromo obtuvo un promedio de 8,68 ± 2,51 mg/kg, con un máximo de 12,00 mg/kg en la estación Tinguiririca en Puente Negro (C-6), y un mínimo de 3,48 mg/kg en Pondaje Tricahue (Tr- 4). Consecuentemente, todas las concentraciones fueron menores al límite establecido para determinar sedimentos con contaminación según la Norma Canadiense (ISQG: 37,3 mg/kg). Por su parte, las concentraciones de mercurio obtuvieron bajo el límite de detección analítica (<0,025 mg/kg) en 3 estaciones de muestreo (Tr-4, C-5 y C-4), por otro lado, todas las estaciones de muestreo restantes se encontraron bajo el límite ISQG (0,170 mg/kg), a excepción de Pondaje Tricahue (Tr-3), el cual, exhibió una concentración ligeramente por sobre el índice ISQG (0,170 mg/kg). Asimismo, el valor máximo de 0,179 mg/kg se obtuvo la estación Pondaje Tricahue (Tr-3), mientras, el mínimo correspondió a valores inferiores a 0,0025 mg/kg registrados en las estaciones Pondaje Tricahue (Tr-4), Tinguiririca en La Iglesia (C-5) y río Azufre (C-4), cuya concentración media alcanzó a 0,083 ± 0,059 mg/kg.

De la misma forma, las concentraciones de plomo estuvieron en todas las estaciones bajo el límite máximo establecido para sedimentos no contaminados (ISQG: 35 mg/kg), con un promedio de 4,68 ± 1,77 mg/kg, registrando un valor mínimo de 3,01 mg/kg en la estación Aguas arriba bocatoma Tricahue (Tr-1) y máximo de 7,79 mg/kg en la estación Pondaje Tinguiririca (Tr-5).

Finalmente, las concentraciones de zinc fueron relativamente heterogéneas en todas las estaciones muestreadas, con un promedio de 37,14 ± 8,72 mg/kg. El máximo valor se encontró en Pondaje Tinguiririca (Tr-3) con 50,40 mg/kg y el mínimo en estación río Azufre (C-4) con 22,20 mg/kg. Estas concentraciones estarían dentro de los rangos esperados para sedimentos no contaminados (ISQG: 123 mg/kg) según la Norma Canadiense.

Tabla 27 Metales Totales (mg/kg) medidos en laboratorio, con sus respectivos valores referenciales de la Norma Canadiense

Parámetros Control Pondaje Aguas abajo Afluentes ISQG PEL %=PEL Tr-1 Tr-3 Tr-4 Tr-5 Tr-2 C-5 C-6 C-7 C-4 Arsénico 11,90 50,10 16,50 61,2 6,76 6,95 5,47 11,10 5,78 5,9 17 12 Cadmio 0,112 0,763 0,301 1,070 0,180 0,156 1,270 0,173 0,170 0,6 3,5 47 Cromo 8,19 7,19 3,48 7,93 9,95 11,40 12,00 9,19 8,78 37,3 90 49 Cobre 41,8 56,8 41,3 59,2 37,9 34,4 25,8 32,1 32,7 35,7 197 44 Mercurio 0,054 0,179 <0,025 0,159 0,125 <0,025 0,073 0,082 <0,025 0,17 0,486 36 Plomo 3,01 7,66 3,99 7,79 3,43 4,16 4,12 3,89 4,04 35 91,3 42 Zinc 34,2 50,4 33,8 49,8 34,4 34,5 40,2 34,8 22,2 123 315 36

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Observación 4 En relación a la calidad de las aguas y los sedimentos, el titular obtiene resultados de las concentraciones de metales medidos en laboratorios en función de los valores de referencia de la Norma Canadiense; “Canadian Sediment Quality Guideline for the Protection of Aquatic Life”, a este respecto, el titular señala que “Las estaciones asociadas al Pondaje Tricahue (Tr-3 y Tr-5) registraron concentraciones de arsénico sobre el límite en que se esperarían efectos ambientales (Probable Effect Level, PEL). En cuanto al cadmio, cobre y mercurio, presentaron en algunas estaciones niveles sobre los índices de ISQG establecidos por la Norma Canadiense).” En conformidad a lo anterior, se solicita al Titular aclarar las acciones a tomar para asegurar que dichas concentraciones se mantengan dentro del rango de variación natural del Río Tinguiririca, evitando un impacto sobre los demás usos del recurso. (ID-SEA 13.54 – 22.113).

Evaluación de la Respuesta El Titular indica que, en función de la programación de dragado presentada en la adenda 1, el Titular ha aumentado de 3 a 7 años la duración del Plan de Monitoreo de los Ecosistemas Acuáticos Continentales y de Calidad de Agua y Sedimentos, es decir, éste se llevará a cabo durante los primeros 5 años en los que se extraerá la tasa natural de acumulación anual, más una proporción de lo acumulado a la fecha (45.000 m³ en total); y en los 2 años posteriores, donde la tasa de dragado será la igual a la tasa de retención anual (35.000 m³).

Observación 5 Se solicita al Titular aclarar acerca de la procedencia de planes de contingencia para el caso de crecidas o aluviones en cordillera o aguas arriba de los embalses, y que podrían aumentar el arrastre de materiales y sedimentos hacia las bocatomas de los canales de riego. (Ídem 23.119).

Evaluación de la Respuesta En referencia a la respuesta entregada en la ADENDA 1, se solicita al Titular ampliar y actualizar la información en ICSARA 2 respecto a la pregunta señalada.

Se aclara que el Anexo I-I de la Adenda no se relaciona con la observación sobre la especificación de planes de contingencia para el caso de crecidas o aluviones solicitado en la observación. Sin embargo, como dice la respuesta, el Titular cuenta con un Plan de Alertas Climáticas (Anexo I-F de la Adenda) que incluye un plan de emergencia en caso de alud, aluvión o crecida, el que se detalla a continuación:

1.- En caso de recibir llamado u/o aviso de crecida, alud o aluvión en el rio Tinguiririca o Portillo, por cualquier canal de comunicación (verbal, telefónico, radial, correo, etc.), el Despachador pondrá inmediatamente en conocimiento al Operador-Mantenedor de Turno, quien deberá ponerse al resguardo, dirigiéndose a la zona de seguridad más cercana.

2.- El Despachador pondrá inmediata atención a la indicación de Nivel (cota) y sedimentos en las respectivas pantallas de SCADA24, de la o las bocatomas que se verían afectadas primeramente por esta crecida.

A continuación, la Figura 48 y la Figura 49 indican las cotas de operación normal y cotas de alarma de Bocatomas Portillo y Tinguiririca y Bocatomas Tricahue y La Puya respectivamente:

Figura 48 Cotas de operación normal y cotas de alarma de Bocatomas Portillo y Tinguiririca

HLC Portillo (msnm) Tinguiririca (msnm) Alarma Crecida 1466.6 1452.5 Alarma Vertimiento 1466.1 1452.0 Alarma Nivel Alto 1465.9 1451.6 Operación Normal 1465.8 1451.5

Figura 49 Cotas de operación normal y cotas de alarma de Bocatomas Tricahue y La Puya

HLC La Puya (msnm) Tricahue (msnm) Alarma Crecida 1104.5 1104.8 <footer2

Alarma Nivel Alto 1103.8 1103.8 Operación Normal 1103.7 1103.7

3.- Si se encuentra disponible, el Despachador verificará la condición del río por instrumentación de telemetría; CCTV25 y tomará contacto inmediato con Centro de Control de Central Hidroeléctrica San Andrés (Hydrochile), consultando por posibles aumentos de caudal en sus instalaciones.

En caso de aviso de alud, aluvión o crecida en cualquiera de los ríos (Portillo o Tinguiririca), por cualquier medio de comunicación, se considerará inmediatamente como una condición real de emergencia y se iniciarán las maniobras indicadas a continuación:

a.- Se procederá a apertura de compuertas radiales dando prioridad a las bocatomas que serán afectadas primeramente por el aumento de caudal, de acuerdo al aviso recibido. Por lo cual se requiere inmediato despeje de las zonas aledañas a cauces de ríos y quebradas.

b.- Otras maniobras en curso, como regulación de caudales por derechos de agua, entrega de caudales para mantener la condición natural de escurrimiento, entrega de datos al Coordinador Eléctrico Nacional (CEN), que se estaban realizando previamente al momento que se declaró la alarma de crecida, quedan suspendidas temporalmente y pasan a tener una segunda prioridad, enfocándose a las maniobras necesarias para salvaguardar a las personas e instalaciones que pueden ser afectadas por la crecida, aluvión o el evento climático.

c.- Especial atención se deberá tener en avisos de posibles crecidas en río Tinguiririca en tramo comprendido entre Central La Confluencia y Central La Higuera. Este tramo del río se encuentra afecto a variaciones por vertimientos en pondaje Tricahue por fallas en La Higuera que podrían aumentar su normal cauce.

d.- En Bocatomas Portillo y Tinguiririca se deberá realizar el siguiente procedimiento:

– Apertura inmediata de compuertas radiales de manera secuencial, iniciando por el radial número 3 en 0,43 metros por un tiempo de 15 minutos. Con lo cual se comenzará a evacuar un caudal de 23,62 m3/s.

– Cierre de compuertas de toma o aducción, una vez iniciado el proceso de vaciado de la poza de captación (apertura de la primera compuerta Radial), se procederá al cierre inmediato total de la compuerta de toma o compuerta de aducción de la bocatoma. (consigna de 0% o 0 mm de posición de compuerta).

– Se deberá verificar la disminución de cota de la poza de captación, si esta cota sigue subiendo o se mantiene, en el tiempo indicado, proceder con la apertura de la compuerta Radial 2 en 0,43 metros y esperar otros 10 minutos, verificando la condición de disminución de la cota en la poza de captación, si esto no ocurre proceder con la apertura de la Radial 1 en misma apertura de 0,43 metros.

– Se realizará la apertura de las compuertas radiales, de acuerdo con la secuencia indicada, hasta alcanzar una disminución de 4 metros de la cota inicial de la poza de captación, posteriormente se procederá con la apertura completa de las 3 compuertas Radiales (5.200 mm).

– En caso de que una o más compuertas radiales no respondan a la consigna dada mediante SCADA, se procederá a abrir inmediatamente la siguiente compuerta indicada en la secuencia respectiva.

– En caso de que el nivel de la poza de captación comience a aumentar, aun abriendo una o más compuertas radiales en las alturas indicadas, las consignas de apertura serán de manera tal, que la cota disminuya y permanezca siempre bajo el nivel de vertimiento de dicha bocatoma.

– Las maniobras de apertura de compuertas radiales, vaciando las pozas de captación se iniciarán primeramente en la bocatoma respectiva a la rama involucrada en el anuncio de alud, aluvión o <footer2

incremento inusual de los caudales, para luego continuar con las bocatomas primarias de la rama no declarada en anormalidad.

e.- En Bocatomas La Puya y Tricahue se deberá realizar el siguiente procedimiento:

– Se realizará la apertura al 100% de las compuertas radiales de manera inmediata, no existiendo restricción de tiempos de espera (4 compuertas radiales en Bocatoma La Puya y 3 compuertas radiales Bocatoma Tricahue).

– Cierre de compuertas de toma o aducción, una vez iniciado el proceso de vaciado de la poza de captación (apertura de la primera compuerta Radial), se procederá al cierre inmediato de la compuerta de toma o compuerta de aducción, de la bocatoma que se encuentra en maniobras de apertura de radiales (consigna de 0% o 0 mm de posición de compuerta).

f.- Una vez cerradas la o las compuertas de toma o aducción de bocatomas primarias que serían afectadas por la emergencia, se procederá al retiro inmediato de servicio de las bocatomas secundarias de Central Confluencia, iniciando por bocatoma Azufre (Apertura inmediata de compuertas radiales), luego Los Humos, La Gloria, Riquelme y finalmente el Ciruelo. El retiro de servicio de estas bocatomas, corresponde a la apertura de sus compuertas desrripiadoras y al cierre de sus compuertas de entrada a los desarenadores.

g.- Se informará al CEN del retiro de las instalaciones por condición climática excepcional, detención inmediata de las Centrales La Higuera y La Confluencia.

h.- Iniciadas las maniobras de apertura de compuertas radiales, se comunicará al Subgerente de Operaciones o quien lo reemplace (durante días festivos laborales) o al Jefe de Emergencia de Turno (fines de semana), informando que se ha establecido la condición de emergencia y se ha procedido al retiro de servicio de las bocatomas de La Higuera y/o Confluencia. El jefe de emergencia o Subgerente de Operaciones, serán los encargados de dar los avisos respectivos a los entes externos como Junta de Vigilancia del Río Tinguiririca, Carabineros, ONEMI, DGA, etc.

i.- Se mantendrá la condición de instalaciones fuera de servicio hasta el levantamiento del estado de alerta, el cual será dictado por el Gerente de Operaciones o quien lo reemplace, quien previamente ha sido puesto en conocimiento de la emergencia por el Subgerente de operaciones o Jefe de la Emergencia, según corresponda.

j.- Ante pérdidas de comunicación de sistema SCADA entre el centro de control de La Higuera y Bocatomas La Puya y/o Tricahue, un operador deberá asistir a dichas bocatomas para operación local y dejar compuertas radiales abiertas por completo. Esto si las condiciones del camino y condiciones climáticas no presentan riesgos al operador. Ante pérdidas de comunicación de sistema SCADA entre el centro de control de La Higuera y alguna bocatoma de La Confluencia, un operador deberá asistir primeramente a la sala de control de La Confluencia y verificar si cuenta con mando remoto de dichas bocatomas, de lo contrario deberá dirigirse a dicha bocatoma para operación local y dejar compuertas radiales abiertas por completo. Esto si las condiciones del camino y condiciones climáticas no presentan riesgos al operador.

Finalmente se reitera que los eventos de crecidas y aluviones se producen en época invernal, donde la infraestructura de riego no es ocupada. El arrastre de sedimentos asociado a fenómenos naturales que potencialmente podrían afectar las bocatomas de los canales de riego, no tienen relación con la operación del Proyecto, ni menos su manejo es responsabilidad de Central La Higuera.

Observación 6 Según los estudios presentados por el Titular, los sedimentos de los reservorios, de aguas abajo y afluentes presentan heterogeneidad en parámetros orgánicos e inorgánicos y metales. Asimismo, se detectó que en la mayoría de los casos las concentraciones son más altas en los sedimentos de los reservorios. Es decir, el propio Titular reconoce que los sedimentos poseen niveles de contaminación en comparación con los sedimentos naturales. Junto con lo anterior, la temporalidad y programación de las descargas de los sedimentos dragados se estableció que "podrá ser controlado <footer2

y regulado según al caudal del río", lo cual deja espacios para que aquellas ocurran sin que se verifiquen perjuicios, principalmente en la calidad del agua, y la infraestructura asociada al riego. Es necesario, por lo tanto, evaluar si estas descargas pudieran cambiar la dinámica de sedimentos y la calidad de agua en el río Tinguiririca, dado que entregarán una mayor concentración de sedimentos con características físico-químicas variables. Además, evaluar el impacto acumulativo que generaría la descarga de sedimentos de la central La Higuera y La Confluencia (que conforman una unidad y pertenecen al mismo proyecto original) en conjunto (ID-SEA 23.120).

Evaluación de la Respuesta En los antecedentes entregados en la ADENDA por el Titular, propone un nuevo esquema de dragado del reservorio Tricahue que considera una duración de 5 meses al año (entre los meses de abril a agosto), mientras que estas actividades en la Central la Confluencia (pondaje Tinguiririca) se desarrollarán durante 7 meses al año (entre los meses de septiembre y marzo), esto, permite evitar la operación en conjunto de ambas centrales y la descarga excesiva de sedimentos al río.

A partir de lo anterior, se desarrolló una Modelación Hidráulica Bidimensional que se entrega en el Anexo V-E de la Adenda, en cuyos planos y análisis de Tensión de Fondo, se concluye que las descargas del proyecto no modificarían la dinámica de sedimentos del río, como tampoco en términos de calidad del agua, pues las concentraciones esperadas para distintos períodos de excedencia (capítulo 7 del documento mencionado) no presentan valores fuera de los rangos históricos para el río Tinguiririca, por lo que no cambiaría las características fisicoquímicas del mismo.

Respecto del impacto acumulativo, se aclara que no será posible un impacto acumulativo con la descarga de sedimentos dragados desde la Central La Confluencia, pues, como se ha indicado, ambos dragados se realizarán en épocas distintas del año.

Observación 7 El titular presenta el estudio denominado "Efecto Dragado en la Turbidez del río Tinguiririca" el cual tuvo por objetivo evaluar la extensión de la pluma de dispersión de sedimentos producto del dragado de material del pondaje Tricahue y su efecto en las comunidades biológicas. De la revisión del estudio, se solicita al Titular poder aclarar los siguientes antecedentes. a.- El análisis y resultados tienen como base una prueba de dragado realizada en el pontaje Tricahue correspondiente a las operaciones de La Higuera, sin señalar el estado de operación o funcionamiento de las centrales (La Higuera y Confluencia), bocatomas y desarenadores.

No se cuenta con informe técnico de dragado de la central La Confluencia.

Se establecen como parámetros de turbidez histórica en la cuenca del río Tinguiririca, los datos proporcionados entre los años 2012 y 2017, cuando las centrales ya se encontraban en operación a partir del 2010, por lo que no se cuenta con la información base sin proyecto para conocer la condición natural anterior a los proyectos analizados.

Evaluación de la Respuesta Se aclara que la prueba de dragado realizada, se desarrolló mientras la Central La Higuera y La Confluencia funcionaban en condiciones normales. Asimismo, se aclara que no se ha realizado una prueba de dragado en el pondaje relacionado con la Central La Confluencia, por lo que no se cuenta con informe técnico asociado.

En Anexo I-I de la Adenda N° 1 “Línea de Base Sedimentológica”, acápite 4.2.2, se presenta la estimación de Gasto Sólido en Suspensión previo a la puesta en marcha de la central hidroeléctrica La Higuera, período 1966/97 – 2005/06. Los resultados de dicho análisis se presentan en la siguiente Tabla 2.

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Tabla 2 Estimación carga de sedimentos esperada Tinguiririca bajo los Briones, curva duración de caudales medios diarios 1966/67 – 2005/06

Q Min (m3/s) Q Max (m3/s) Q Med (m3/ s) GSS (ton/dí a) Anual Invierno Verano Rango (%) Pexc (%) GSS ton/dí a Rango (%) Pexc (%) GSS ton/d ía Rango (%) Pexc (%) GSS ton/día 0 6 3 1 0,083 99,917 0,0 0,165 99,835 0,0 0,000 100,0 0,0 6 12 9 9 6,160 93,756 0,6 11,357 88,478 1,1 0,872 99,1 0,1 12 18 15 28 11,661 82,095 3,3 21,044 67,434 6,0 2,112 97,0 0,6 18 24 21 59 9,233 72,862 5,5 14,862 52,572 8,8 3,505 93,5 2,1 24 30 27 102 9,051 63,812 9,3 13,192 39,380 13,5 4,836 88,7 4,9 30 36 33 159 8,634 55,178 13,7 9,853 29,528 15,6 7,392 81,3 11,7 36 42 39 228 7,746 47,432 17,7 7,386 22,142 16,9 8,111 73,2 18,5 42 48 45 325 6,661 40,771 21,6 5,505 16,637 17,9 7,836 65,3 25,4 48 54 51 462 4,673 36,097 21,6 3,294 13,342 15,2 6,076 59,3 28,1 54 60 57 633 4,673 31,424 29,6 2,617 10,725 16,6 6,765 52,5 42,8 60 66 63 840 4,249 27,175 35,7 1,685 9,040 14,2 6,856 45,6 57,6 66 72 69 1.086 3,376 23,799 36,7 1,203 7,837 13,1 5,586 40,1 60,7 72 78 75 1.375 3,391 20,408 46,6 1,339% 6,498 18,4 5,479 34,6 75,3 78 84 81 1.708 3,027 17,381 51,7 0,842 5,656 14,4 5,249 29,3 89,7 84 90 89 2.090 2,344 15,037 49,0 0,587 5,069 12,3 4,132 25,2 86,4 90 96 93 2.524 2,223 12,814 56,1 0,752 4,317 19,0 3,719 21,5 93,9 96 102 99 3.011 1,859 10,955 56,0 0,436 3,881 13,1 3,306 18,2 99,6 102 108 105 3.556 1,965 8,990 69,9 0,301 3,580 10,7 3,658 14,5 130,1 108 114 111 4.161 1,358 7,632 56,5 0,436 3,144 18,1 2,296 12,2 95,5 114 120 117 4.828 1,206 6,426 58,2 0,316 2,828 15,2 2,112 10,1 102,0 120 126 123 5.560 1,085 5,341 60,3 0,391 2,437 21,7 1,791 8,3 99,6 126 132 129 6.361 0,797 4,544 50,7 0,241 2,196 15,3 1,362 6,9 86,6 132 138 135 7.233 0,751 3,793 54,3 0,226 1,971 16,3 1,286 5,7 93,0 138 144 141 8.178 0,645 3,148 52,7 0,196 1,775 16,0 1,102 4,6 90,1 144 150 147 9.200 0,531 2,617 48,9 0,165 1,610 15,2 0,903 3,7 83,1 150 156 153 10.301 0,478 2,139 49,2 0,090 1,519 9,3 0,872 2,8 89,9 156 162 159 11.483 0,432 1,707 49,7 0,090 1,429 10,4 0,781 2,0 89,6 162 168 165 12.750 0,281 1,426 35,8 0,075 1,354 9,6 0,490 1,5 62,4 168 174 171 14.104 0,205 1,221 28,9 0,090 1,264 12,7 0,321 1,2 45,3 174 180 177 15.547 0,174 1,047 27,1 0,181 1,083 28,1 0,168 1,0 26,2 180 186 183 17.082 0,114 0,933 19,4 0,120 0,963 20,6 0,107 0,9 18,3 186 192 189 18.712 0,121 0,812 22,7 0,105 0,857 19,7 0,138 0,8 25,8 192 198 195 20.440 0,053 0,759 10,9 0,060 0,797 12,3 0,046 0,7 9,4 198 204 201 22.267 0,053 0,706 11,8 0,075 0,722 16,7 0,031 0,7 6,8 204 210 207 24.196 0,061 0,645 14,7 0,090 0,632 21,8 0,031 0,7 7,4 210 216 213 26.230 0,015 0,630 4,0 0,015 0,617 3,9 0,015 0,7 4,0 216 222 219 28.371 0,068 0,561 19,4 0,060 0,557 17,1 0,077 0,6 21,7 222 228 225 30.623 0,023 0,539 7,0 0,015 0,542 4,6 0,031 0,6 9,4 228 234 231 32.986 0,023 0,516 7,5 0,015 0,526 5,0 0,031 0,5 10,1 234 240 237 35.464 0,068 0,448 24,2 0,075 0,451 26,7 0,061 0,5 21,7 240 246 243 38.060 0,023 0,425 8,7 0,000 0,451 0,0 0,046 0,4 17,5 246 252 249 40.775 0,046 0,379 18,6 0,015 0,436 6,1 0,077 0,3 31,2 252 258 255 43.612 0,053 0,326 23,2 0,030 0,406 13,1 0,077 0,3 33,4 258 264 261 46.574 0,038 0,288 17,7 0,045 0,361 21,0 0,031 0,2 14,3 264 270 267 49.662 0,015 0,273 7,5 0,015 0,346 7,5 0,015 0,2 7,6 270 276 273 52.880 0,015 0,258 8,0 0,030 0,316 15,9 0,000 0,2 0,0 276 282 279 56.229 0,030 0,228 17,1 0,000 0,316 0,0 0,061 0,2 34,4 282 288 285 59.713 0,023 0,205 13,6 0,015 0,301 9,0 0,031 0,1 18,3 288 294 291 63.333 0,008 0,197 4,8 0,015 0,286 9,5 0,000 0,1 0,0 294 300 297 67.092 0,03 0,167 20,4 0,030 0,256 20,2 0,031 0,1 20,5 300 306 303 70.992 0,000 0,167 0,0 0,000 0,256 0,0 0,000 0,1 0,0 306 312 309 75.035 0,008 0,159 5,7 0,015 0,241 11,3 0,000 0,1 0,0 312 318 315 79.225 0,038 0,121 30,1 0,015 0,226 11,9 0,061 0,0 48,5 318 324 321 83.562 0,000 0,121 0,0 0,000 0,226 0,0 0,000 0,0 0,0 324 330 327 88.051 0,015 0,106 13,4 0,030 0,196 26,5 0,000 0,0 0,0 330 336 333 92.692 0,008 0,099 7,0 0,000 0,196 0,0 0,015 0,0 14,2 336 342 339 97.488 0,023 0,076 22,2 0,045 0,150 44,0 0,000 0,0 0,0 342 348 345 102.441 0,008 0,068 7,8 0,015 0,135 15,4 0,000 0,0 0,0 348 354 351 107.555 0,000 0,068 0,0 0,000 0,135 0,0 0,000 0,0 0,0 354 360 357 112.830 0,000 0,068 0,0 0,000% 0,135 0,0 0,000 0,0 0,0 360 366 363 118.270 0,008 0,061 9,0 0,01 0,120 17,8 0,000 0,0 0,0 366 372 369 123.876 0,000 0,061 0,0 0,000 0,120 0,0 0,000 0,0 0,0 372 378 375 129.651 0,008 0,053 9,8 0,015 0,105 19,5 0,000 0,0 0,0 378 384 381 135.597 0,000 0,053 0,0 0,000 0,105 0,0 0,000 0,0 0,0 <footer2

384 390 387 141.717 0,000 0,053 0,0 0,000 0,105 0,0 0,000 0,0 0,0 390 396 393 148.012 0,000 0,053 0,0 0,000 0,105 0,0 0,000 0,0 0,0 396 402 399 154.485 0,000 0,053 0,0 0,000 0,105 0,0 0,000 0,0 0,0 402 408 405 161.139 0,000 0,053 0,0 0,000 0,105 0,0 0,000 0,0 0,0 408 414 411 167.974 0,008 0,046 12,7 0,015 0,090 25,3 0,000 0,0 0,0 414 420 417 174.994 0,000 0,046 0,0 0,000 0,090 0,0 0,000 0,0 0,0 420 426 423 182.201 0,000 0,046 0,0 0,000 0,090 0,0 0,000 0,0 0,0 426 432 429 189.597 0,000 0,046 0,0 0,000 0,090 0,0 0,000 0,0 0,0 432 438 435 197.184 0,000 0,046 0,0 0,000 0,090 0,0 0,000 0,0 0,0 438 444 441 204.965 0,008 0,038 15,6 0,015 0,075 30,8 0,000 0,0 0,0 444 450 447 212.941 0,000 0,038 0,0 0,000 0,075 0,0 0,000 0,0 0,0 450 456 453 221.115 0,000 0,038 0,0 0,000 0,075 0,0 0,000 0,0 0,0 456 462 459 229.489 0,000 0,038 0,0 0,000 0,075 0,0 0,000 0,0 0,0 462 468 465 238.065 0,008 0,030 18,1 0,015 0,060 35,8 0,000 0,0 0,0 468 474 471 246.846 0,008 0,023 18,7 0,015 0,045 37,1 0,000 0,0 0,0 474 480 477 255.833 0,000 0,023 0,0 0,000 0,045 0,0 0,000 0,0 0,0 480 486 483 265.029 0,0% 0,023 0,0 0,000 0,045 0,0 0,000 0,0 0,0 486 492 489 274.436 0,000 0,023 0,0 0,000 0,045 0,0 0,000 0,0 0,0 492 498 495 284.055 0,000 0,023 0,0 0,000 0,045 0,0 0,000 0,0 0,0 498 504 501 293.890 0,000 0,023 0,0 0,000 0,045 0,0 0,000 0,0 0,0 504 510 507 303.942 0,000 0,023 0,0 0,000 0,045 0,0 0,000 0,0 0,0 510 516 513 314.214 0,000 0,023 0,0 0,000 0,045 0,0 0,000 0,0 0,0 516 522 519 324.707 0,008 0,015 24,6 0,015 0,030 48,8 0,000 0,0 0,0 522 528 525 335.424 0,000 0,015 0,0 0,000 0,030 0,0 0,000 0,0 0,0 528 534 531 346.367 0,000 0,015 0,0 0,000 0,030 0,0 0,000 0,0 0,0 534 540 537 357.538 0,000 0,015 0,0 0,000 0,030 0,0 0,000 0,0 0,0 540 546 543 368.939 0,000 0,015 0,0 0,000 0,030 0,0 0,000 0,0 0,0 546 552 549 380.572 0,000 0,015 0,0 0,000 0,030 0,0 0,000 0,0 0,0 552 558 555 392.440 0,000 0,015 0,0 0,000 0,030 0,0 0,000 0,0 0,0 558 564 561 404.544 0,008 0,008 30,7 0,015 0,015 60,9 0,000 0,0 0,0 564 570 567 416.887 0,000 0,008 0,0 0,000 0,015 0,0 0,000 0,0 0,0

Del análisis anterior, se obtuvo como información base, un valor anual esperado de 1.603 ton/día, observando una carga de sedimentos en suspensión esperada para el periodo invierno (abril – septiembre) de un 49%, mientras que para el periodo de verano cercano a un 68%.

La información base de los valores descritos en Tabla N° 2 de la Adenda ciudadana, se obtuvo de la estación Tinguiririca Bajo Los Briones (TBLB), la que presenta registros sedimentométricos ligados a caudales medios diarios entre los años 1989 y 2017, de los cuales se analizó la estadística previa a la entrada en operación de las centrales y considerando años hidrológicos completos. En consecuencia, para analizar los datos sedimentométricos y estimar curvas de descarga de sedimentos, los datos a utilizar se acotaron entre los días 01-04-1990 y 31-03-2010 (años hidrológicos 1990/91 a 2009/2010).

Sobre la información acotada se elaboraron y evaluaron diversas regresiones potenciales de tipo QSS=a*Qb con el fin de encontrar ajustes satisfactorios para caracterizar la curva de descarga de sedimento en suspensión en TBLB (considerando dos (2) tramos, se desarrollaron diversas correlaciones con el fin de optimizar la sumatoria de los coeficientes de correlación R², variando el punto de cambio entre una curva y otra que fue finalmente adoptado en 40 m3/s). Las expresiones adoptadas corresponden a las siguientes.

A partir del procedimiento desarrollado, se obtuvo un valor esperado anual de 1.603 ton/día (585.532 ton/año). Por otra parte, se observa que la carga de sedimentos en suspensión esperada para el período de invierno (Abr-Sep) es cerca de un 49% del asociado a época de deshielo-verano (Oct-Mar). De acuerdo a lo anterior, cerca de un 68% de los sedimentos en suspensión afluentes a la SS= 1.603 (ton/día) GSS= 1.050 (ton/día) GSS= 2.165 (ton/día) GSS= 585.532 (ton/año) GSS= 191.841 (ton/año) GSS= 395.407 (ton/año) GSS= 389 (ton/año) GSS= 127 (ton/año) GSS= 263 (ton/año) <footer2

zona tendrían su origen en el período de deshielo. Considerando que la cuenca abarca aproximadamente 1.506 km2, el rendimiento unitario de la cuenca para este escenario en régimen natural sería del orden de los 389 ton/año/km2.

b.- El informe no da cuenta de los efectos del dragado sobre el pontaje Tricahue sumado a las labores de limpieza de los desarenadores de las bocatomas Tricahue, La Puya y Los Helados.

Evaluación de la Respuesta El Titular aclara que el estudio mencionado en la observación no incorpora las actividades de desarenado ya que ambas labores se desarrollarán de manera independiente. Es decir, el dragado se realiza durante 5 meses al año, mientras que los desarenadores Tricahue y La Puya se inspeccionan cada 2 semanas y, en caso de que el nivel de sedimentos retenido sea cercano al máximo de acumulación (Tabla 3) se procede a realizar la limpieza, conforme al procedimiento indicado en el Anexo I-E de esta Adenda N° 1. La bocatoma Los Helados, opera sólo dos meses al año, tiempo en el cual se inspeccionará cada dos semanas.

Tabla 3 Volumen máximo de acumulación de sedimento en desarenadores Bocatoma Volumen máximo sedimento por batea (m3) N° bateas Volumen máximo total (m3) Tricahue 90 2 180 La Puya 90 2 180 Los Helados 5,25 1 5,25

Además del volumen de sedimentos máximos que se indica, el volumen de agua que cada batea acumula es de 6.182 m³, que, al momento del desarenado de la batea, componen la mezcla a entregar donde el sedimento corresponde sólo a un 5,8%.

La entrega de caudal de cada desarenado es muy variable y tiene una duración aproximada de 15- 20 minutos, y para el caso de Tricahue y La Puya con caudales de desarenado de 5 a 7 m³. Para bocatoma Los Helados, como su funcionamiento está acotado a sólo 2 meses en el año y ésta sólo se opera de forma manual, la limpieza de los desarenadores se realiza de acuerdo con visitas de inspección periódicas que se realizan a esta bocatoma.

El sedimento evacuado en las maniobras de desarenado, corresponde a partículas de sobre 0,3 mm, consideradas arena mediana y arena gruesa, que una vez entregados al río pasan a forma parte nuevamente de la dinámica de arrastre de fondo natural.

c.- La DIA de La Confluencia, no cuenta con informe técnico de los efectos del dragado sobre el reservorio Tinguiririca sumado a las labores de limpieza de los desarenadores de las bocatomas Tínguiririca, Portillo, Azufre y Los Humos, La Gloria, Ríquelme.

Evaluación de la Respuesta Tal como se indicó en el literal a) de la presente observación, los planes de manejo de sedimento de ambas centrales consideran programas de dragado a desarrollar en distintos periodos del año. El dragado del reservorio Tricahue se ha programado para los meses entre abril y agosto, mientras que la central La Confluencia (pondaje o reservorio Tinguiririca), realizará esta actividad durante los meses de septiembre y marzo. Esta coordinación evitará que ambas centrales descarguen sus sedimentos de manera conjunta al río Tinguiririca, alivianando al mismo tiempo, la carga de sedimentos que se reincorporará a éste. En función de esto, en Anexo V-E de la Adenda se entrega un informe técnico de los efectos del dragado en los reservorios Tinguiririca perteneciente a la Central La Confluencia y Tricahue, perteneciente a la Central La Higuera. d.- En resumen, el estudio presentado y la carencia de éste en el caso de La Confluencia, solo da cuenta de información parcial al no incluir los efectos de actividades complementarías al manejo de sedimentos, como lo es la limpieza de los diferentes desarenadores en las distintas bocatomas que conforman los complejos hidroeléctricos. Por otro lado, no se ha considerado el efecto sínérgico de todas las actividades de manejo de sedimentos actuando en forma paralela, ya que se señala en cada una de las DIAs presentadas que "se ha definido que la temporada de dragado debiera ser durante todo el año, operando hasta 24 horas al día, lo que permitirá realizar el dragado de manera más <footer2

extensiva (con menor concentración de sedimentos que si el dragado se realizara exclusivamente en perlados de mayor caudal)", y en el caso de la limpieza de los desarenadores se considera una actividad "que requiere su uso intensivo con desarenados y limpieza regular para el correcto funcionamiento". (ID-SEA 23.121).

Evaluación de la Respuesta En virtud de lo expuesto anteriormente y a modo de síntesis, se aclara que la operación de los Planes de Manejo de Sedimentos de las Centrales La Higuera y La Confluencia se desarrollarán durante distintos períodos en el año. Mediante los antecedentes presentados en la Adenda N° 1 del presente Proyecto, se propone un nuevo esquema de dragado del pondaje o reservorio Tricahue que considera una duración de 5 meses al año (entre los meses de abril a agosto), mientras que el dragado en el pondaje de la Central La Confluencia se desarrollarán durante los otros 7 meses al año (entre los meses de septiembre y marzo), esto permite evitar la descarga de los dragados de manera simultánea al río.

Este nuevo esquema de operación de 5 meses, considera el dragado de sedimentos durante 20 días al mes, por 8 horas diarias, por lo que en ningún caso se contempla la descarga de sedimentos a cualquier hora del día o en cualquier día del año, teniendo en cuenta además, que se llevará el control de estas actividades mediante mediciones batimétricas de material evacuado, cuyos resultados serán almacenados en el sistema de datos de la estación hidroeléctrica La Higuera y se encontrarán a disposición de la autoridad en caso de que ésta los requiera. A fin de descartar la afectación que se pudiera generar por las actividades ya mencionadas, se desarrolló una nueva modelación de dragado, conforme a los nuevos esquemas de operación, cuyos resultados se muestran en el Anexo V-E.

Respecto de la actividad en conjunto de dragado y desarenado, es importante aclarar también, que estas labores se realizarán de manera independiente, es decir, el dragado se realiza durante 5 meses al año, mientras que los desarenadores Tricahue y La Puya se inspeccionan cada 2 semanas y, en caso de que el nivel de sedimentos retenido sea cercano al máximo de acumulación (Tabla 4) se procede a realizar la limpieza, conforme al procedimiento indicado en el Anexo I-E de esta Adenda N° 1. La bocatoma Los Helados, opera sólo dos meses al año, tiempo en el cual se inspeccionará cada dos semanas.

Tabla 4 Volumen máximo de acumulación de sedimento en desarenadores Bocatoma Volumen máximo sedimento por batea (m3) N° bateas Volumen máximo total (m3) Tricahue 90 2 180 La Puya 90 2 180 Los Helados 5,25 1 5,25

Además del volumen de sedimentos máximos que se indica, el volumen de agua que cada batea acumula es de 6.182 m³, que, al momento del desarenado de la batea, componen la mezcla a entregar donde el sedimento corresponde sólo a un 5,8%. La entrega de caudal de cada desarenado es muy variable y tiene una duración aproximada de 15- 20 minutos, y para el caso de Tricahue y La Puya con caudales de desarenado de 5 a 7 m³. Para bocatoma Los Helados, como su funcionamiento está acotado a sólo 2 meses en el año y ésta sólo se opera de forma manual, la limpieza de los desarenadores se realiza de acuerdo con visitas de inspección periódicas que se realizan a esta bocatoma.

El sedimento evacuado en las maniobras de desarenado, corresponde a partículas de sobre 0,3 mm, consideradas arena mediana y arena gruesa, que una vez entregados al río pasan a forma parte nuevamente de la dinámica de arrastre de fondo natural.

Observación 8 La DIA de la central La Confluencia contempla un monitoreo en las descargas para verificar la calidad de agua en el cauce previa y durante la construcción del proyecto. Sin embargo, no se considera el mismo monitoreo para la central La Higuera, que se encuentra aguas abajo de la Confluencia y, como un efecto sinérgico, podrían generar impactos no evaluados a la calidad de <footer2

agua del río Tínguiririca. Por esto, se solicitar desarrollar un análisis de impactos acumulativos, por la operación de los dos proyectos en el mismo cauce y en caso de ser necesario, establecer monitoreos y medidas de mitigación (u otras) para reducir los eventuales impactos sobre los usos que se dan aguas abajo de las centrales. (ID-SEA 23.122).

Evaluación de la Respuesta El monitoreo al que hace referencia la observación, aplica como bien se indica, a la fase de construcción del Proyecto “Plan de Manejo de Sedimentos Central Hidroeléctrica La Confluencia”, ya que éste, dentro de las obras a realizar en la fase de construcción, considera actividades de encausamiento para las entradas de las bocatomas Portillo y Tinguiririca. Mientras que el Plan de Sedimentos Central La Higuera, no considera actividades relacionadas con una fase de construcción, siendo todas las actividades del presente proyecto en evaluación, operacionales.

El Titular indica que, en función de la programación de dragado presentada en la adenda 1, el Titular ha aumentado de 3 a 7 años la duración del Plan de Monitoreo de los Ecosistemas Acuáticos Continentales y de Calidad de Agua y Sedimentos, es decir, éste se llevará a cabo durante los primeros 5 años en los que se extraerá la tasa natural de acumulación anual, más una proporción de lo acumulado a la fecha (45.000 m³ en total); y en los 2 años posteriores, donde la tasa de dragado será la igual a la tasa de retención anual (35.000 m³).

Se aclara que, dada la programación en meses distintos de los dragados en cada proyecto, no se esperan efectos sinérgicos.

Observación 9 En cuanto a la presencia de elementos químicos en el agua, se señala que "se analizaron en total 24 elementos, de los cuales cinco metales (aluminio, boro, cobre, hierro, manganeso), presentaron valores de concentración que estuvieron fuera de los límites establecidos por la NCh 1.333 para aguas destinadas a riego". Si bien dichas concentraciones tuvieron una baja significativa al ingresar a reservorio, se verifica que doblaron (aluminio) y triplicaron (hierro y manganeso) su concentración aguas abajo de la central. El titular, sin entregar información suficiente para sustentarlo, acotó el impacto a las características naturales del propio cuerpo hídrico, eximiendo el efecto de sus actividades sobre los metales que aumentaron de concentración después de pasar por las centrales. De los 5 metales que se encuentran por sobre la norma NCh.1333 en todas las estaciones de monitoreo cercano al pontaje Tricahue superan los valores máximos permitidos, pero que no se indica nada respecto a los valores de dichos metales en las estaciones de monitoreo que se dispusieron aguas abajo del proyecto. Esto es; la estación C-4 Río Azufre, C-5 Tinguiririca en la iglesia, C-6 Tinguiririca en Puente negro, C-7 Tinguiririca en Ruta 5. Tal como se analiza para el resto de las componentes de este estudio donde sí se entregan resultados respecto a cada estación de monitoreo. Adicionalmente se señala que "se analizaron 7 metales en sedimentos (arsénico, cadmio, cobre, cromo, mercurio, plomo y zinc), los cuales se encuentran normados. Las estaciones asociadas al Pondaje Tricahue (Tr-3 y Tr-5) registraron concentraciones de arsénico sobre el límite en el que se esperarían efectos ambientales. En cuanto al cadmio, cobre y mercurio, presentaron en algunas estaciones niveles sobre los índices establecidos por la Norma Canadiense. Además, se indica que "El arsénico presentó valores heterogéneos, con una incidencia de muestras con concentraciones sobre el límite establecido para sedimentos con contaminación. Un total de 7 muestras superaron este límite, excluyéndose las estaciones (C-6 y C-4). Asimismo, las estaciones que presentaron concentraciones sobre el límite de posibles efectos ambientales correspondieron a las obtenidas en el Pondaje Tinguiririca (Tr-3, Tr-4 y Tr-5) y las ubicadas Aguas arriba de bocatoma Tinguiririca (Tr-1) y Aguas abajo del Pondaje (Tr-2, C-5 y C-7). El máximo se registró en la estación Pondaje Tinguiririca (Tr-5) con 61,20 mg/kg, mientras, el mínimo se obtuvo en la estación río Tinguiririca en Puente Negro (C-6) con 5,47 mg/kg". Se solicita aclarar las acciones a tomar para asegurar que dichas concentraciones se mantengan dentro del rango de variación natural del río Tinguiririca, evitando un impacto sobre los demás usos del recurso. (ID-SEA 22.117).

Evaluación de la Respuesta El Titular menciona que tendrá un monitoreo de la calidad del agua en dos frentes: uno inmediato, a través de una red de monitoreo en línea de la turbidez, con tres estaciones: una estación instalada antes del reservorio Tricahue, otra aguas abajo de éste (cercano a la descarga del vertedero y antes <footer2

de la confluencia con río Azufre), y un tercero en casa de máquinas de la Central La Higuera (17 kilómetros aguas abajo), con objeto de monitorear la concentración de sedimentos en el río, así, en base a los resultados en línea de turbidez se determinará la continuidad de la actividad de dragado, previniendo la posible afectación a regantes, manteniendo, con este control, los niveles de concentración de sedimentos, que permita vigilar que no exista superación de los 2.000 NTU indicados en el sensor inmediatamente aguas abajo de la faena de dragado en la Central La Higuera.

El Titular indica que, en función de la programación de dragado presentada en la adenda 1, el Titular ha aumentado de 3 a 7 años la duración del Plan de Monitoreo de los Ecosistemas Acuáticos Continentales y de Calidad de Agua y Sedimentos, es decir, éste se llevará a cabo durante los primeros 5 años en los que se extraerá la tasa natural de acumulación anual, más una proporción de lo acumulado a la fecha (45.000 m³ en total); y en los 2 años posteriores, donde la tasa de dragado será la igual a la tasa de retención anual (35.000 m³).

Observación 10 El proyecto contempla el carguío de combustible de dragas con barcazas tanque. Dado que la actividad no estaba contemplada en los proyectos originales, es importante tener levantado los riesgos asociados a esta actividad y procedimientos y planes de emergencia establecidos para eventuales accidentes que puedan afectar la calidad de agua del río Tinguiririca (ID-SEA 22.115).

Evaluación de la Respuesta Según lo mencionado por el Titular, en el Anexo I-H de la Adenda “Ficha Plan de Contingencias y Emergencias”, se entregan las fichas resumen de los procedimientos de contingencia y emergencia actualizados de acuerdo con lo requerido en las observaciones de la Adenda, dentro de las cuales, se incluye el derrame de hidrocarburos. Por otra parte, dichas fichas resumen fueron actualizadas incorporando las acciones especificadas del Plan de Emergencia aplicable a la fase de operación de la Central Hidroeléctrica la Higuera y las medidas establecidas en caso de derrames por operación de la draga. El Plan de contingencia y emergencias de la fase de operación se adjunta en anexo I-F de la Adenda.

A continuación, se entrega el procedimiento establecido en caso de riesgos asociados al derrame de hidrocarburos de acuerdo con los contenidos del Plan de contingencias y medidas en caso de derrames por la operación de la draga.

Tabla 10 Plan de emergencia ante derrame de hidrocarburos Derrame de Hidrocarburos (aceites, combustibles, lubricantes, etc.) - Cámaras de aceite en válvulas y compuertas. - Refrigeración de transformadores. - Acopio de bidones de servicio. - Sistema de lubricación y depósitos de combustible de vehículos.

Primeros auxilios Contacto con piel y ojos: El contacto prolongado con la piel puede ocasionar re-secamiento y agrietamiento debido a su acción desengrasante. El contacto con los ojos tiene como resultados pequeñas lesiones. Quitar ropa contaminada, lavar la piel con jabón y los ojos con abundante agua. Inhalación: La exposición prolongada a concentraciones altas de vapor y gases, puede producir dolor de cabeza, vértigos e irritación de ojos, nariz y pulmones. Tales concentraciones son poco probables excepto en las inmediaciones del producto derramado. Trasladar a la víctima al aire fresco y/o centro asistencial más cercano. Ingestión: Puede causar nausea, vómitos, calambres y posible depresión del sistema nervioso central, teniendo resultados que varían desde el dolor de cabeza a la anestesia, coma y la muerte. No provocar el vómito a menos que la hoja de datos de seguridad así lo indique, mantener a la víctima con calor e inmóvil, conseguir atención <footer2

médica inmediatamente. Mantener hojas de datos de seguridad en el lugar. Equipos de protección La ropa de protección personal debe prevenir el contacto prolongado con la piel o la probabilidad de contacto con los ojos. Puede incluir botas de goma, guantes, visores y otras ropas resistentes e impermeables. Para altas concentraciones de vapor / gases o lucha contra el fuego serán necesarios aparatos de respiración autónoma. Medidas de prevención Medidas comunes a todo tipo de derrames 1.- El Titular o contratista, según corresponda, instruirá a sus trabajadores en relación a incendios y derrames y mantendrán un canal de comunicación directa con Bomberos, de modo de alertarlos ante la ocurrencia de un derrame. 2.- Capacitaciones periódicas que instruyan procedimientos de actuación ante derrames de hidrocarburos.

Transporte 1.-Todos los vehículos de transporte utilizados en el Proyecto se encontrarán en buenas condiciones y deberán cumplir con la normativa y regulaciones de tránsito vigentes. 2.- Los vehículos motorizados que se utilicen en el transporte de este tipo de sustancias deberán tener una antigüedad máxima de 15 años, tal como lo indica el artículo 3 del decreto N° 298 que Reglamento transporte de cargas peligrosas por calles y caminos. 3.- Los vehículos encargados del transporte y abastecimiento de combustibles deberán contar con las condiciones técnicas necesarias para asegurar la correcta carga y manipulación, cumpliendo las disposiciones de la reglamentación chilena, en particular el D.S. N° 160/2009 del Ministerio de Economía, Fomento y Reconstrucción, que aprueba el Reglamento de seguridad para las instalaciones y operaciones de producción y refinación, transporte, almacenamiento, distribución y abastecimiento de combustibles líquidos. 4.- Los vehículos de transporte de combustibles deberán contar con un sistema de radio comunicaciones o portar un aparato de telefonía móvil celular de cobertura nacional. 5.- Los vehículos que transporten combustible durante las distintas fases del Proyecto, contarán con la declaración ante la SEC para el transporte menor de combustible. 6.- Estará estrictamente prohibido el transporte de estos materiales conjuntamente con animales; alimentos; y cualquier otro tipo de carga, salvo de existir compatibilidad entre los distintos productos transportados. Cuando el cargamento comprenda sustancias peligrosas y no peligrosas compatibles entre sí, éstas deberán estibarse separadamente. 7.- Se prohibirá emplear materiales fácilmente inflamables para estibar los bultos en el interior de los vehículos. 8.- El transportista llevará un registro de la cantidad de material que transporta.

Carga y descarga de combustible 1.- Esta operación se efectuará en un área de acceso restringido. 2.- El contratista establecerá un procedimiento de abastecimiento de combustibles que permita evitar el derrame accidental de éstos. 3.- El abastecimiento de combustibles deberá contar con las condiciones técnicas necesarias para asegurar su correcta carga y manipulación, cumpliendo las disposiciones de la reglamentación chilena. 4.- Se contará con un Kit de emergencia de derrame para enfrentar este tipo de eventos con equipamiento suficiente para el control de la contaminación que necesita implementar, como mínimo se mantendrá: paños absorbentes, almohadas, guantes, cinta de señalización, bolsas desechables con cierre hermético, linterna recargable, gafas y guantes de protección, entre otros. 5.- Se encontrará disponible en faena la respectiva hoja de seguridad del combustible. Normas generales de actuación Medidas comunes a derrames de hidrocarburos 1.- Detener fuga mediante taponamiento o puesta en marcha de sistemas de corte de flujo. 2.- Eliminar fuentes de ignición. <footer2

3.- Delimitación del área con dique de contención, a fin de evitar que el derrame acceda al cuerpo de agua. 4.- Recolección del máximo producto derramado para su descarte de acuerdo con lo especificado en hoja de seguridad. 5.- Cubrimiento del área afectada con material absorbente. 6.- Disposición de material contaminado en tambores vacíos dispuestos en cada área, éstos se manejarán como residuos peligrosos. 7.- Monitoreo inmediato del área de influencia. 8.- Evaluación de posible impacto causado por el derrame 9.- Los contenedores que servirán para almacenar los residuos químicos, se rotularán y almacenarán en una bodega que cumpla con la Normativa. El contenedor deberá tener un espesor adecuado, resistente y a prueba de filtraciones, deberá resistir esfuerzos durante su manipulación y transporte y deberá estar rotulado adecuadamente (claro y visible) con la información de peligrosidad y fecha de almacenamiento. 10.- La disposición final se realizará por medio de empresas autorizadas dedicadas al retiro de estos tipos de productos. 11.- Descontaminar todos los equipos empleados en la limpieza 12.- Confección de informe, reporte y evaluación acorde con los protocolos establecidos en el Plan de Emergencia.

Derrame de hidrocarburo por operación de draga 1.- Aviso inmediato a encargado de faena. 2.- Contención de derrame de sentina de la draga, posterior evacuación mediante un sistema de achique conectado a envases y tambores de trasvasije. 3.- Aplicación de líquidos dispersantes para disgregación de derrame a fin de facilitar su dilución y posterior degradación de forma natural. 4.- Contención de derrames con mangas absorbentes. 5.- Extracción de agua contaminada con bombas y posterior depósito en camión autorizado por SEREMI de Salud. 6.- Despacho de camión con agua contaminada. 7.- Monitoreo inmediato del área de influencia. 8.- Evaluación de posible impacto causado por derrame

Observación 11 La DIA de la central La Confluencia contempla un monitoreo en las descargas para verificar la calidad de agua en el cauce previa y durante la construcción del proyecto. Sin embargo, no se considera el mismo monitoreo para la central La Higuera, que se encuentra aguas abajo de la Confluencia y, como un efecto sinérgico, podrían generar impactos no evaluados a la calidad de agua del río Tínguiririca. Por esto, se solicitar desarrollar un análisis de impactos acumulativos, por la operación de los dos proyectos en el mismo cauce y en caso de ser necesario, establecer monitoreos y medidas de mitigación (u otras) para reducir los eventuales impactos sobre los usos que se dan aguas abajo de las centrales. (ID-SEA 23.122).

Observación 12 Se solicita al Titular poder mencionar, cuáles serán las acciones que se adoptarán para medir el impacto ambiental sobre la flora y fauna del área de influencia del proyecto (ID-SEA 23.123). Evaluación de la Respuesta El Titular menciona, que ha entregado los antecedentes técnicos para demostrar que no generará impactos sobre la flora y la fauna. Para asegurarse de ello, se considera un plan de monitoreo de calidad de aguas el cual se realizará con periodicidad trimestral durante los primeros tres años de aplicación del Plan, posteriormente será evaluada su continuidad con la Autoridad competente. Este monitoreo se llevará a cabo en paralelo con el monitoreo de flora y fauna acuática.

Además, se dispondrá de una red de monitoreo en línea de la turbidez, con tres estaciones: una estación instalada antes del reservorio Tricahue, otra aguas abajo de éste (cercano a la descarga del vertedero y antes de la confluencia con río Azufre), y un tercero en casa de máquinas de la Central La Higuera (17 kilómetros aguas abajo), con objeto de monitorear la concentración de sedimentos en el río, así, en base a los resultados en línea de turbidez se determinará la continuidad de la actividad de dragado, previniendo la posible afectación a regantes, manteniendo, con este control, los niveles de concentración de sedimentos, que permita vigilar que no exista superación de los <footer2

2000 NTU indicados en el sensor inmediatamente aguas abajo de la faena de dragado en la Central La Higuera

11.3.2.27. Observante: Iván Silva Fuenzalida

Observación 1 Se considera apropiado establecer un programa de monitoreo permanente de la calidad de las aguas durante todo el desarrollo de los proyectos, incluyendo a lo menos sedimentos, además de “aluminio, boro, cobre, hierro y manganeso, que presentaron niveles de concentración por sobre la norma de riego en los análisis presentados. El monitoreo debe ser realizado por un laboratorio competente de manera independiente y sin influencia por parte de la empresa. Se debiese articular tanto con la autoridad competente como con las organizaciones de regantes.” Conforme lo declarado por el Titular. Se solicita al titular aclarar. (ID-SEA 19.98 – 20.106).

Evaluación de la Respuesta El Titular indica que, en función de la programación de dragado presentada en la adenda 1, el Titular ha aumentado de 3 a 7 años la duración del Plan de Monitoreo de los Ecosistemas Acuáticos Continentales y de Calidad de Agua y Sedimentos, es decir, éste se llevará a cabo durante los primeros 5 años en los que se extraerá la tasa natural de acumulación anual, más una proporción de lo acumulado a la fecha (45.000 m³ en total); y en los 2 años posteriores, donde la tasa de dragado será la igual a la tasa de retención anual (35.000 m³).

Además de este monitoreo, se dispondrá de una red de monitoreo en línea de la turbidez, con tres estaciones: una estación instalada antes del reservorio Tricahue, otra aguas abajo de éste (cercano a la descarga del vertedero y antes de la confluencia con río Azufre), y un tercero en casa de máquinas de la Central La Higuera (17 kilómetros aguas abajo), con objeto de monitorear la concentración de sedimentos en el río, así, en base a los resultados en línea de turbidez se determinará la continuidad de la actividad de dragado, previniendo la posible afectación a regantes, manteniendo, con este control, los niveles de concentración de sedimentos, que permita vigilar que no exista superación de los 2000 NTU indicados en el sensor inmediatamente aguas abajo de la faena de dragado en la Central La Higuera, valor que se considera normal para el río, por lo que los sistemas de riego no se verían afectados.

Observación 2 Se considera que se deben especificar las medidas que efectivamente garanticen la no afectación de las obras de riego ubicadas aguas abajo, por exceso de sedimentos asociados a la operación y mantención de la central. (ID-SEA 19.99 – 20.107).

Evaluación de la Respuesta El Titular menciona que con el propósito de intervenir lo menor posible con las actividades de riego, el Titular ha informado una primera acción que es modificar el programa de dragado, proponiendo desarrollar el dragado del reservorio Tricahue ente abril y agosto de cada año.

Una segunda acción, adicional a lo anterior implica disponer de una red de monitoreo en línea de la turbidez, con tres estaciones: una estación instalada antes del reservorio Tricahue, otra aguas abajo de éste (cercano a la descarga del vertedero y antes de la confluencia con río Azufre), y un tercero en casa de máquinas de la Central La Higuera (17 kilómetros aguas abajo), con objeto de monitorear la concentración de sedimentos en el río, así, en base a los resultados en línea de turbidez se determinará la continuidad de la actividad de dragado, previniendo la posible afectación a regantes, manteniendo, con este control, los niveles de concentración de sedimentos, que permita vigilar que no exista superación de los 2000 NTU indicados en el sensor inmediatamente aguas abajo de la faena de dragado en la Central La Higuera.

El Titular indica que, en función de la programación de dragado presentada en la adenda 1, el Titular ha aumentado de 3 a 7 años la duración del Plan de Monitoreo de los Ecosistemas Acuáticos Continentales y de Calidad de Agua y Sedimentos, es decir, éste se llevará a cabo durante los primeros 5 años en los que se extraerá la tasa natural de acumulación anual, más una proporción de <footer2

lo acumulado a la fecha (45.000 m³ en total); y en los 2 años posteriores, donde la tasa de dragado será la igual a la tasa de retención anual (35.000 m³).

Observación 3 Se debe incluir un plan de contingencia para casos de crecidas y aluviones, de manera de evitar que sedimentos acumulados sean arrastrados abruptamente aguas abajo, generando efectos adversos a las obras de riego. (ID-SEA 26.131 – 20.108).

Evaluación de la Respuesta En referencia a la respuesta entregada en la ADENDA 1, se solicita al Titular ampliar y actualizar la información en ICSARA 2 respecto a la pregunta señalada.

En relación a lo reiterado, el Titular menciona que el Plan de Alertas Climáticas (Anexo I-F de la Adenda) incluye un plan de emergencia en caso de alud, aluvión o crecida, el que se detalla a continuación:

a.- En caso de recibir llamado u/o aviso de crecida, alud o aluvión en el rio Tinguiririca o Portillo, por cualquier canal de comunicación (verbal, telefónico, radial, correo, etc.), el Despachador pondrá inmediatamente en conocimiento al Operador-Mantenedor de Turno, quien deberá ponerse al resguardo, dirigiéndose a la zona de seguridad más cercana.

b.- El Despachador pondrá inmediata atención a la indicación de Nivel (cota) y sedimentos en las respectivas pantallas de SCADA63, de la o las bocatomas que se verían afectadas primeramente por esta crecida.

A continuación, la Figura 103 y la Figura 104 indican las cotas de operación normal y cotas de alarma de Bocatomas Portillo y Tinguiririca y Bocatomas Tricahue y La Puya respectivamente:

Figura 103 Cotas de operación normal y cotas de alarma de Bocatomas Portillo y Tinguiririca HLC Portillo (msnm) Tinguiririca (msnm) Alarma Crecida 1466.6 1452.5 Alarma Vertimiento 1466.1 1452.0 Alarma Nivel Alto 1465.9 1451.6 Operación Normal 1465.8 1451.5

Figura 104 Cotas de operación normal y cotas de alarma de Bocatomas Tricahue y La Puya HLC La Puya (msnm) Tricahue (msnm) Alarma Crecida 1104.5 1104.8 Alarma Nivel Alto 1103.8 1103.8 Operación Normal 1103.7 1103.7

c.- Si se encuentra disponible, el Despachador verificará la condición del río por instrumentación de telemetría; CCTV64 y tomará contacto inmediato con Centro de Control de Central Hidroeléctrica San Andrés (Hydrochile), consultando por posibles aumentos de caudal en sus instalaciones.

En caso de aviso de alud, aluvión o crecida en cualquiera de los ríos (Portillo o Tinguiririca), por cualquier medio de comunicación, se considerará inmediatamente como una condición real de emergencia y se iniciarán las maniobras indicadas a continuación:

a.- Se procederá a apertura de compuertas radiales dando prioridad a las bocatomas que serán afectadas primeramente por el aumento de caudal, de acuerdo al aviso recibido. Por lo cual se requiere inmediato despeje de las zonas aledañas a cauces de ríos y quebradas.

b.- Otras maniobras en curso, como regulación de caudales por derechos de agua, entrega de caudales para mantener la condición natural de escurrimiento, entrega de datos al Coordinador Eléctrico Nacional (CEN), que se estaban realizando previamente al momento que se declaró la alarma de crecida, quedan suspendidas temporalmente y pasan a tener una segunda prioridad, enfocándose a las maniobras necesarias para salvaguardar a las personas e instalaciones que pueden ser afectadas por la crecida, aluvión o el evento climático. <footer2

c.- Especial atención se deberá tener en avisos de posibles crecidas en río Tinguiririca en tramo comprendido entre Central La Confluencia y Central La Higuera. Este tramo del río se encuentra afecto a variaciones por vertimientos en pondaje Tricahue por fallas en La Higuera que podrían aumentar su normal cauce.

d.- En Bocatomas Portillo y Tinguiririca se deberá realizar el siguiente procedimiento:

– Apertura inmediata de compuertas radiales de manera secuencial, iniciando por el radial número 3 en 0,43 metros por un tiempo de 15 minutos. Con lo cual se comenzará a evacuar un caudal de 23,62 m3/s.

– Cierre de compuertas de toma o aducción, una vez iniciado el proceso de vaciado de la poza de captación (apertura de la primera compuerta Radial), se procederá al cierre inmediato total de la compuerta de toma o compuerta de aducción de la bocatoma. (consigna de 0% o 0 mm de posición de compuerta).

– Se deberá verificar la disminución de cota de la poza de captación, si esta cota sigue subiendo o se mantiene, en el tiempo indicado, proceder con la apertura de la compuerta Radial 2 en 0,43 metros y esperar otros 10 minutos, verificando la condición de disminución de la cota en la poza de captación, si esto no ocurre proceder con la apertura de la Radial 1 en misma apertura de 0,43 metros.

– Se realizará la apertura de las compuertas radiales, de acuerdo a la secuencia indicada, hasta alcanzar una disminución de 4 metros de la cota inicial de la poza de captación, posteriormente se procederá con la apertura completa de las 3 compuertas Radiales (5.200 mm).

– En caso de que una o más compuertas radiales no respondan a la consigna dada mediante SCADA, se procederá a abrir inmediatamente la siguiente compuerta indicada en la secuencia respectiva.

– En caso de que el nivel de la poza de captación comience a aumentar, aun abriendo una o más compuertas radiales en las alturas indicadas, las consignas de apertura serán de manera tal, que la cota disminuya y permanezca siempre bajo el nivel de vertimiento de dicha bocatoma.

– Las maniobras de apertura de compuertas radiales, vaciando las pozas de captación se iniciarán primeramente en la bocatoma respectiva a la rama involucrada en el anuncio de alud, aluvión o incremento inusual de los caudales, para luego continuar con las bocatomas primarias de la rama no declarada en anormalidad.

e.- En Bocatomas La Puya y Tricahue se deberá realizar el siguiente procedimiento:

– Se realizará la apertura al 100% de las compuertas radiales de manera inmediata, no existiendo restricción de tiempos de espera (4 compuertas radiales en Bocatoma La Puya y 3 compuertas radiales Bocatoma Tricahue).

– Cierre de compuertas de toma o aducción, una vez iniciado el proceso de vaciado de la poza de captación (apertura de la primera compuerta Radial), se procederá al cierre inmediato de la compuerta de toma o compuerta de aducción, de la bocatoma que se encuentra en maniobras de apertura de radiales (consigna de 0% o 0 mm de posición de compuerta).

f.- Una vez cerradas la o las compuertas de toma o aducción de bocatomas primarias que serían afectadas por la emergencia, se procederá al retiro inmediato de servicio de las bocatomas secundarias de Central Confluencia, iniciando por bocatoma Azufre (Apertura inmediata de compuertas radiales), luego Los Humos, La Gloria, Riquelme y finalmente el Ciruelo. El retiro de servicio de estas bocatomas corresponde a la apertura de sus compuertas desrripiadoras y al cierre de sus compuertas de entrada a los desarenadores.

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g.- Se informará al CEN del retiro de las instalaciones por condición climática excepcional, detención inmediata de las Centrales La Higuera y La Confluencia.

h.- Iniciadas las maniobras de apertura de compuertas radiales, se comunicará al Subgerente de Operaciones o quien lo reemplace (durante días festivos laborales) o al Jefe de Emergencia de Turno (fines de semana), informando que se ha establecido la condición de emergencia y se ha procedido al retiro de servicio de las bocatomas de La Higuera y/o Confluencia. El jefe de emergencia o Subgerente de Operaciones, serán los encargados de dar los avisos respectivos a los entes externos como Junta de Vigilancia del Río Tinguiririca, Carabineros, ONEMI, DGA, etc. i.- Se mantendrá la condición de instalaciones fuera de servicio hasta el levantamiento del estado de alerta, el cual será dictado por el Gerente de Operaciones o quien lo reemplace, quien previamente ha sido puesto en conocimiento de la emergencia por el Subgerente de operaciones o Jefe de la Emergencia, según corresponda.

j.- Ante pérdidas de comunicación de sistema SCADA entre el centro de control de La Higuera y Bocatomas La Puya y/o Tricahue, un operador deberá asistir a dichas bocatomas para operación local y dejar compuertas radiales abiertas por completo. Esto si las condiciones del camino y condiciones climáticas no presentan riesgos al operador. Ante pérdidas de comunicación de sistema SCADA entre el centro de control de La Higuera y alguna bocatoma de La Confluencia, un operador deberá asistir primeramente a la sala de control de La Confluencia y verificar si cuenta con mando remoto de dichas bocatomas, de lo contrario deberá dirigirse a dicha bocatoma para operación local y dejar compuertas radiales abiertas por completo. Esto si las condiciones del camino y condiciones climáticas no presentan riesgos al operador.

Observación 4 Las labores de desarenado y dragado debiesen realizarse exclusivamente entre mayo y agosto, coordinándose con los regantes, de modo que las bocatomas estén cerradas para evitar que los sedimentos arrastrados aguas abajo ingresen a los canales y perjudiquen a los agricultores (ID-SEA 24.127).

Evaluación de la Respuesta Según los antecedentes expuestos por el Titular, a fin de atenuar la carga de sedimentos descargados al río, el Titular propone realizar la actividad de dragado en el período comprendido entre los meses de abril y agosto (5 meses). Esto, sumado a que el dragado programado en el pondaje Tinguiririca de la Central La Confluencia, mucho más alejada de las bocatomas de los regantes, se realizará entre septiembre y marzo, contribuye a evitar eventuales efectos sobre la infraestructura de los regantes.

11.3.2.28. Observante: Víctor Solís Zamorano

Observación 1 Se solicita al titular ampliar en su declaración, la zona de influencia del proyecto, hacia las bocatomas de los canales de riego ubicados aguas abajo, y especificar qué medidas se tomarán para evitar que los sedimentos liberados superen niveles tolerables por los sistemas de riego tecnificado y tradicionales, como también para prevenir embanques en bocatomas, canales, acequias y tranques. Estas medidas deben considerar los efectos del manejo de sedimentos en conjunto tanto de la Higuera como de la Confluencia. Se solicita al titular aclarar. (ID-SEA 18.80 – 22.113).

Evaluación de la Respuesta Según el Titular, con el propósito de asegurar que los niveles de sedimentos del río no superen los niveles de tolerancia de los sistemas de riego, el Titular ha informado una primera acción que es modificar el programa de dragado, proponiendo desarrollar el dragado del reservorio Tricahue ente abril y agosto de cada año, de manera de no coincidir con las actividades desarrolladas por los regantes ni el dragado del pondaje de la Central La Confluencia.

Una segunda acción, adicional a lo anterior implica disponer de una red de monitoreo en línea de la turbidez, con tres estaciones: una estación instalada antes del reservorio Tricahue, otra aguas abajo de éste (cercano a la descarga del vertedero y antes de la confluencia con río Azufre), y un tercero <footer2

en casa de máquinas de la Central La Higuera (17 kilómetros aguas abajo), con objeto de monitorear la concentración de sedimentos en el río, así, en base a los resultados en línea de turbidez se determinará la continuidad de la actividad de dragado, previniendo la posible afectación a regantes, manteniendo, con este control, los niveles de concentración de sedimentos, que permita vigilar que no exista superación de los 2000 NTU indicados en el sensor inmediatamente aguas abajo de la faena de dragado en la Central La Higuera, valor que se considera normal para el río, por lo que los sistemas de riego no se verían afectados.

El efecto conjunto con Central La Confluencia ha sido eliminado por la programación del desarenado en meses distintos.

Observación 2 Se pide clarificar que manejo se hará con el volumen de sedimentos acumulados en las presas ubicadas a la entrada de las bocatomas, y qué medidas se tomarán para evitar que éstos lleguen a las bocatomas de los canales en época de riego. (ID-SEA 18.81).

Evaluación de la Respuesta Según el Titular, aclara que las bocatomas pertenecientes a la central La Higuera: La Puya, Los Helados y Tricahue, no presentan problemas de acumulación de sedimentos en las presas ubicadas en sus entradas, por lo que el presente proyecto en evaluación no incluye medidas en ese aspecto

Observación 3 Se solicita especificar planes de contingencia para el caso de crecidas o aluviones en cordillera o aguas arriba de los embalses, y que podrían aumentar el arrastre de materiales y sedimentos hacia las bocatomas de los canales de riego (23.119).

Evaluación de la Respuesta En referencia a la respuesta entregada en la ADENDA 1, se solicita al Titular ampliar y actualizar la información en ICSARA 2 respecto a la pregunta señalada.

Se aclara que el Anexo I-I de la Adenda no se relaciona con la observación sobre la especificación de planes de contingencia para el caso de crecidas o aluviones solicitado en la observación. Sin embargo, como dice la respuesta, el Titular cuenta con un Plan de Alertas Climáticas (Anexo I-F de la Adenda) que incluye un plan de emergencia en caso de alud, aluvión o crecida, el que se detalla a continuación:

1.- En caso de recibir llamado u/o aviso de crecida, alud o aluvión en el rio Tinguiririca o Portillo, por cualquier canal de comunicación (verbal, telefónico, radial, correo, etc.), el Despachador pondrá inmediatamente en conocimiento al Operador-Mantenedor de Turno, quien deberá ponerse al resguardo, dirigiéndose a la zona de seguridad más cercana. 2.- El Despachador pondrá inmediata atención a la indicación de Nivel (cota) y sedimentos en las respectivas pantallas de SCADA24, de la o las bocatomas que se verían afectadas primeramente por esta crecida.

A continuación, la Figura 48 y la Figura 49 indican las cotas de operación normal y cotas de alarma de Bocatomas Portillo y Tinguiririca y Bocatomas Tricahue y La Puya respectivamente:

Figura 48 Cotas de operación normal y cotas de alarma de Bocatomas Portillo y Tinguiririca

HLC Portillo (msnm) Tinguiririca (msnm) Alarma Crecida 1466.6 1452.5 Alarma Vertimiento 1466.1 1452.0 Alarma Nivel Alto 1465.9 1451.6 Operación Normal 1465.8 1451.5

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Figura 49 Cotas de operación normal y cotas de alarma de Bocatomas Tricahue y La Puya

HLC La Puya (msnm) Tricahue (msnm) Alarma Crecida 1104.5 1104.8 Alarma Nivel Alto 1103.8 1103.8 Operación Normal 1103.7 1103.7

3.- Si se encuentra disponible, el Despachador verificará la condición del río por instrumentación de telemetría; CCTV25 y tomará contacto inmediato con Centro de Control de Central Hidroeléctrica San Andrés (Hydrochile), consultando por posibles aumentos de caudal en sus instalaciones.

En caso de aviso de alud, aluvión o crecida en cualquiera de los ríos (Portillo o Tinguiririca), por cualquier medio de comunicación, se considerará inmediatamente como una condición real de emergencia y se iniciarán las maniobras indicadas a continuación:

a.- Se procederá a apertura de compuertas radiales dando prioridad a las bocatomas que serán afectadas primeramente por el aumento de caudal, de acuerdo al aviso recibido. Por lo cual se requiere inmediato despeje de las zonas aledañas a cauces de ríos y quebradas.

b.- Otras maniobras en curso, como regulación de caudales por derechos de agua, entrega de caudales para mantener la condición natural de escurrimiento, entrega de datos al Coordinador Eléctrico Nacional (CEN), que se estaban realizando previamente al momento que se declaró la alarma de crecida, quedan suspendidas temporalmente y pasan a tener una segunda prioridad, enfocándose a las maniobras necesarias para salvaguardar a las personas e instalaciones que pueden ser afectadas por la crecida, aluvión o el evento climático.

c.- Especial atención se deberá tener en avisos de posibles crecidas en río Tinguiririca en tramo comprendido entre Central La Confluencia y Central La Higuera. Este tramo del río se encuentra afecto a variaciones por vertimientos en pondaje Tricahue por fallas en La Higuera que podrían aumentar su normal cauce.

d.- En Bocatomas Portillo y Tinguiririca se deberá realizar el siguiente procedimiento:

– Apertura inmediata de compuertas radiales de manera secuencial, iniciando por el radial número 3 en 0,43 metros por un tiempo de 15 minutos. Con lo cual se comenzará a evacuar un caudal de 23,62 m3/s.

– Cierre de compuertas de toma o aducción, una vez iniciado el proceso de vaciado de la poza de captación (apertura de la primera compuerta Radial), se procederá al cierre inmediato total de la compuerta de toma o compuerta de aducción de la bocatoma. (consigna de 0% o 0 mm de posición de compuerta).

– Se deberá verificar la disminución de cota de la poza de captación, si esta cota sigue subiendo o se mantiene, en el tiempo indicado, proceder con la apertura de la compuerta Radial 2 en 0,43 metros y esperar otros 10 minutos, verificando la condición de disminución de la cota en la poza de captación, si esto no ocurre proceder con la apertura de la Radial 1 en misma apertura de 0,43 metros. – Se realizará la apertura de las compuertas radiales, de acuerdo con la secuencia indicada, hasta alcanzar una disminución de 4 metros de la cota inicial de la poza de captación, posteriormente se procederá con la apertura completa de las 3 compuertas Radiales (5.200 mm).

– En caso de que una o más compuertas radiales no respondan a la consigna dada mediante SCADA, se procederá a abrir inmediatamente la siguiente compuerta indicada en la secuencia respectiva.

– En caso de que el nivel de la poza de captación comience a aumentar, aun abriendo una o más compuertas radiales en las alturas indicadas, las consignas de apertura serán de manera tal, que la cota disminuya y permanezca siempre bajo el nivel de vertimiento de dicha bocatoma. <footer2

– Las maniobras de apertura de compuertas radiales, vaciando las pozas de captación se iniciarán primeramente en la bocatoma respectiva a la rama involucrada en el anuncio de alud, aluvión o incremento inusual de los caudales, para luego continuar con las bocatomas primarias de la rama no declarada en anormalidad.

e.- En Bocatomas La Puya y Tricahue se deberá realizar el siguiente procedimiento:

– Se realizará la apertura al 100% de las compuertas radiales de manera inmediata, no existiendo restricción de tiempos de espera (4 compuertas radiales en Bocatoma La Puya y 3 compuertas radiales Bocatoma Tricahue).

– Cierre de compuertas de toma o aducción, una vez iniciado el proceso de vaciado de la poza de captación (apertura de la primera compuerta Radial), se procederá al cierre inmediato de la compuerta de toma o compuerta de aducción, de la bocatoma que se encuentra en maniobras de apertura de radiales (consigna de 0% o 0 mm de posición de compuerta).

e.- Una vez cerradas la o las compuertas de toma o aducción de bocatomas primarias que serían afectadas por la emergencia, se procederá al retiro inmediato de servicio de las bocatomas secundarias de Central Confluencia, iniciando por bocatoma Azufre (Apertura inmediata de compuertas radiales), luego Los Humos, La Gloria, Riquelme y finalmente el Ciruelo. El retiro de servicio de estas bocatomas corresponde a la apertura de sus compuertas desrripiadoras y al cierre de sus compuertas de entrada a los desarenadores.

f.- Se informará al CEN del retiro de las instalaciones por condición climática excepcional, detención inmediata de las Centrales La Higuera y La Confluencia.

g.- Iniciadas las maniobras de apertura de compuertas radiales, se comunicará al Subgerente de Operaciones o quien lo reemplace (durante días festivos laborales) o al Jefe de Emergencia de Turno (fines de semana), informando que se ha establecido la condición de emergencia y se ha procedido al retiro de servicio de las bocatomas de La Higuera y/o Confluencia. El jefe de emergencia o Subgerente de Operaciones, serán los encargados de dar los avisos respectivos a los entes externos como Junta de Vigilancia del Río Tinguiririca, Carabineros, ONEMI, DGA, etc.

h.- Se mantendrá la condición de instalaciones fuera de servicio hasta el levantamiento del estado de alerta, el cual será dictado por el Gerente de Operaciones o quien lo reemplace, quien previamente ha sido puesto en conocimiento de la emergencia por el Subgerente de operaciones o Jefe de la Emergencia, según corresponda.

i.- Ante pérdidas de comunicación de sistema SCADA entre el centro de control de La Higuera y Bocatomas La Puya y/o Tricahue, un operador deberá asistir a dichas bocatomas para operación local y dejar compuertas radiales abiertas por completo. Esto si las condiciones del camino y condiciones climáticas no presentan riesgos al operador. Ante pérdidas de comunicación de sistema SCADA entre el centro de control de La Higuera y alguna bocatoma de La Confluencia, un operador deberá asistir primeramente a la sala de control de La Confluencia y verificar si cuenta con mando remoto de dichas bocatomas, de lo contrario deberá dirigirse a dicha bocatoma para operación local y dejar compuertas radiales abiertas por completo. Esto si las condiciones del camino y condiciones climáticas no presentan riesgos al operador.

Finalmente se reitera que los eventos de crecidas y aluviones se producen en época invernal, donde la infraestructura de riego no es ocupada. El arrastre de sedimentos asociado a fenómenos naturales que potencialmente podrían afectar las bocatomas de los canales de riego, no tienen relación con la operación del Proyecto, ni menos su manejo es responsabilidad de Central La Higuera.

11.3.2.29. Observante: Claudio Rivadeneira Correa

Observación 1 Se solicita al Titular aclarar la forma de operar y las causas de acumulación de sedimentos, atendiendo a las características propias de una central de pasada. (ID-SEA 14.68). <footer2

Evaluación de la Respuesta El Titular establece que la acumulación de sedimentos en las unidades operacionales de las centrales hidroeléctricas es una problemática común a este tipo de instalaciones. Al respecto, la acumulación de sedimentos se debe a que los ríos en la parte alta de las montañas poseen una fuerte pendiente del fondo, lo que genera erosión y como resultado, una fuerte capacidad de arrastre y transporte de sedimentos con la columna de agua. El eventual ingreso de sedimentos a las unidades operacionales de las centrales hidroeléctricas, generan entre otros aspectos, problemas operacionales, daños y desgaste en los componentes mecánicos y depositación en canales y pondaje, lo que conlleva a la disminución de la capacidad de transporte y acumulación de agua para el funcionamiento de la central y por lo tanto su operación ineficiente.

Con la finalidad de disminuir la cantidad de sedimentos que ingresa a las centrales hidroeléctricas, se instalan equipos desarenadores en las bocatomas, los cuales tienen la función de retener y devolver al río, los sedimentos mayores a 0,3 mm, es decir arenas y gravas. Por otra parte, los sedimentos menores a 0,3 mm, limos y arcillas no son retenidos por los desarenadores, se van acumulando en el pondaje y canales.

Observación 2 Se considera que se deben especificar las medidas que efectivamente garanticen la no afectación de las obras de riego ubicadas aguas abajo, por exceso de sedimentos asociados a la operación y mantención de la central. (ID-SEA 19.99 – 20.107).

Evaluación de la Respuesta El Titular menciona que con el propósito de intervenir lo menor posible con las actividades de riego, el Titular ha informado una primera acción que es modificar el programa de dragado, proponiendo desarrollar el dragado del reservorio Tricahue ente abril y agosto de cada año.

Una segunda acción, adicional a lo anterior implica disponer de una red de monitoreo en línea de la turbidez, con tres estaciones: una estación instalada antes del reservorio Tricahue, otra aguas abajo de éste (cercano a la descarga del vertedero y antes de la confluencia con río Azufre), y un tercero en casa de máquinas de la Central La Higuera (17 kilómetros aguas abajo), con objeto de monitorear la concentración de sedimentos en el río, así, en base a los resultados en línea de turbidez se determinará la continuidad de la actividad de dragado, previniendo la posible afectación a regantes, manteniendo, con este control, los niveles de concentración de sedimentos, que permita vigilar que no exista superación de los 2000 NTU indicados en el sensor inmediatamente aguas abajo de la faena de dragado en la Central La Higuera

Observación 3 Se debe incluir un plan de contingencia para casos de crecidas y aluviones, de manera de evitar que sedimentos acumulados sean arrastrados abruptamente aguas abajo, generando efectos adversos a las obras de riego. (ID-SEA 26.131 – 20.108).

Evaluación de la Respuesta En referencia a la respuesta entregada en la ADENDA 1, se solicita al Titular ampliar y actualizar la información en ICSARA 2 respecto a la pregunta señalada. En relación a lo reiterado, el Titular menciona que el Plan de Alertas Climáticas (Anexo I-F de la Adenda) incluye un plan de emergencia en caso de alud, aluvión o crecida, el que se detalla a continuación:

a.- En caso de recibir llamado u/o aviso de crecida, alud o aluvión en el rio Tinguiririca o Portillo, por cualquier canal de comunicación (verbal, telefónico, radial, correo, etc.), el Despachador pondrá inmediatamente en conocimiento al Operador-Mantenedor de Turno, quien deberá ponerse al resguardo, dirigiéndose a la zona de seguridad más cercana.

b.- El Despachador pondrá inmediata atención a la indicación de Nivel (cota) y sedimentos en las respectivas pantallas de SCADA63, de la o las bocatomas que se verían afectadas primeramente por esta crecida.

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A continuación, la Figura 103 y la Figura 104 indican las cotas de operación normal y cotas de alarma de Bocatomas Portillo y Tinguiririca y Bocatomas Tricahue y La Puya respectivamente:

Figura 103 Cotas de operación normal y cotas de alarma de Bocatomas Portillo y Tinguiririca HLC Portillo (msnm) Tinguiririca (msnm) Alarma Crecida 1466.6 1452.5 Alarma Vertimiento 1466.1 1452.0 Alarma Nivel Alto 1465.9 1451.6 Operación Normal 1465.8 1451.5

Figura 104 Cotas de operación normal y cotas de alarma de Bocatomas Tricahue y La Puya HLC La Puya (msnm) Tricahue (msnm) Alarma Crecida 1104.5 1104.8 Alarma Nivel Alto 1103.8 1103.8 Operación Normal 1103.7 1103.7

c.- Si se encuentra disponible, el Despachador verificará la condición del río por instrumentación de telemetría; CCTV64 y tomará contacto inmediato con Centro de Control de Central Hidroeléctrica San Andrés (Hydrochile), consultando por posibles aumentos de caudal en sus instalaciones.

En caso de aviso de alud, aluvión o crecida en cualquiera de los ríos (Portillo o Tinguiririca), por cualquier medio de comunicación, se considerará inmediatamente como una condición real de emergencia y se iniciarán las maniobras indicadas a continuación:

a.- Se procederá a apertura de compuertas radiales dando prioridad a las bocatomas que serán afectadas primeramente por el aumento de caudal, de acuerdo al aviso recibido. Por lo cual se requiere inmediato despeje de las zonas aledañas a cauces de ríos y quebradas.

b.- Otras maniobras en curso, como regulación de caudales por derechos de agua, entrega de caudales para mantener la condición natural de escurrimiento, entrega de datos al Coordinador Eléctrico Nacional (CEN), que se estaban realizando previamente al momento que se declaró la alarma de crecida, quedan suspendidas temporalmente y pasan a tener una segunda prioridad, enfocándose a las maniobras necesarias para salvaguardar a las personas e instalaciones que pueden ser afectadas por la crecida, aluvión o el evento climático.

c.- Especial atención se deberá tener en avisos de posibles crecidas en río Tinguiririca en tramo comprendido entre Central La Confluencia y Central La Higuera. Este tramo del río se encuentra afecto a variaciones por vertimientos en pondaje Tricahue por fallas en La Higuera que podrían aumentar su normal cauce.

d.- En Bocatomas Portillo y Tinguiririca se deberá realizar el siguiente procedimiento:

– Apertura inmediata de compuertas radiales de manera secuencial, iniciando por el radial número 3 en 0,43 metros por un tiempo de 15 minutos. Con lo cual se comenzará a evacuar un caudal de 23,62 m3/s.

– Cierre de compuertas de toma o aducción, una vez iniciado el proceso de vaciado de la poza de captación (apertura de la primera compuerta Radial), se procederá al cierre inmediato total de la compuerta de toma o compuerta de aducción de la bocatoma. (consigna de 0% o 0 mm de posición de compuerta).

– Se deberá verificar la disminución de cota de la poza de captación, si esta cota sigue subiendo o se mantiene, en el tiempo indicado, proceder con la apertura de la compuerta Radial 2 en 0,43 metros y esperar otros 10 minutos, verificando la condición de disminución de la cota en la poza de captación, si esto no ocurre proceder con la apertura de la Radial 1 en misma apertura de 0,43 metros.

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– Se realizará la apertura de las compuertas radiales, de acuerdo a la secuencia indicada, hasta alcanzar una disminución de 4 metros de la cota inicial de la poza de captación, posteriormente se procederá con la apertura completa de las 3 compuertas Radiales (5.200 mm). – En caso de que una o más compuertas radiales no respondan a la consigna dada mediante SCADA, se procederá a abrir inmediatamente la siguiente compuerta indicada en la secuencia respectiva.

– En caso de que el nivel de la poza de captación comience a aumentar, aun abriendo una o más compuertas radiales en las alturas indicadas, las consignas de apertura serán de manera tal, que la cota disminuya y permanezca siempre bajo el nivel de vertimiento de dicha bocatoma.

– Las maniobras de apertura de compuertas radiales, vaciando las pozas de captación se iniciarán primeramente en la bocatoma respectiva a la rama involucrada en el anuncio de alud, aluvión o incremento inusual de los caudales, para luego continuar con las bocatomas primarias de la rama no declarada en anormalidad.

e.- En Bocatomas La Puya y Tricahue se deberá realizar el siguiente procedimiento:

– Se realizará la apertura al 100% de las compuertas radiales de manera inmediata, no existiendo restricción de tiempos de espera (4 compuertas radiales en Bocatoma La Puya y 3 compuertas radiales Bocatoma Tricahue).

– Cierre de compuertas de toma o aducción, una vez iniciado el proceso de vaciado de la poza de captación (apertura de la primera compuerta Radial), se procederá al cierre inmediato de la compuerta de toma o compuerta de aducción, de la bocatoma que se encuentra en maniobras de apertura de radiales (consigna de 0% o 0 mm de posición de compuerta).

f.- Una vez cerradas la o las compuertas de toma o aducción de bocatomas primarias que serían afectadas por la emergencia, se procederá al retiro inmediato de servicio de las bocatomas secundarias de Central Confluencia, iniciando por bocatoma Azufre (Apertura inmediata de compuertas radiales), luego Los Humos, La Gloria, Riquelme y finalmente el Ciruelo. El retiro de servicio de estas bocatomas, corresponde a la apertura de sus compuertas desrripiadoras y al cierre de sus compuertas de entrada a los desarenadores.

g.- Se informará al CEN del retiro de las instalaciones por condición climática excepcional, detención inmediata de las Centrales La Higuera y La Confluencia.

h.- Iniciadas las maniobras de apertura de compuertas radiales, se comunicará al Subgerente de Operaciones o quien lo reemplace (durante días festivos laborales) o al Jefe de Emergencia de Turno (fines de semana), informando que se ha establecido la condición de emergencia y se ha procedido al retiro de servicio de las bocatomas de La Higuera y/o Confluencia. El jefe de emergencia o Subgerente de Operaciones, serán los encargados de dar los avisos respectivos a los entes externos como Junta de Vigilancia del Río Tinguiririca, Carabineros, ONEMI, DGA, etc.

i.- Se mantendrá la condición de instalaciones fuera de servicio hasta el levantamiento del estado de alerta, el cual será dictado por el Gerente de Operaciones o quien lo reemplace, quien previamente ha sido puesto en conocimiento de la emergencia por el Subgerente de operaciones o Jefe de la Emergencia, según corresponda.

j.- Ante pérdidas de comunicación de sistema SCADA entre el centro de control de La Higuera y Bocatomas La Puya y/o Tricahue, un operador deberá asistir a dichas bocatomas para operación local y dejar compuertas radiales abiertas por completo. Esto si las condiciones del camino y condiciones climáticas no presentan riesgos al operador. Ante pérdidas de comunicación de sistema SCADA entre el centro de control de La Higuera y alguna bocatoma de La Confluencia, un operador deberá asistir primeramente a la sala de control de La Confluencia y verificar si cuenta con mando remoto de dichas bocatomas, de lo contrario deberá dirigirse a dicha bocatoma para operación local y dejar compuertas radiales abiertas por completo. Esto si las condiciones del camino y condiciones climáticas no presentan riesgos al operador. <footer2

Observación 4 Las labores de desarenado y dragado debiesen realizarse exclusivamente entre mayo y agosto, coordinándose con los regantes, de modo que las bocatomas estén cerradas para evitar que los sedimentos arrastrados aguas abajo ingresen a los canales y perjudiquen a los agricultores (ID-SEA 24.127).

Evaluación de la Respuesta Según los antecedentes expuestos por el Titular, a fin de atenuar la carga de sedimentos descargados al río, el Titular propone realizar la actividad de dragado en el período comprendido entre los meses de abril y agosto (5 meses). Esto, sumado a que el dragado programado en el pondaje Tinguiririca de la Central La Confluencia, mucho más alejada de las bocatomas de los regantes, se realizará entre septiembre y marzo, contribuye a evitar eventuales efectos sobre la infraestructura de los regantes.

11.3.2.30. Observante: Iván Donoso Barros

Observación 1 La no existencia de un estudio acabado por parte de varios peritos que indiquen los alcances que puede tener este plan de manejos tanto física, química y ecológicamente para todo el ecosistema, por lo cual se solicita al Titular poder aclarar los siguientes puntos: (ID-SEA 27.133).

a.- Efecto sobre bocatomas, canales de riego y compuertas en cuanto a embancamiento y efectos químicos si los hubiera.

Evaluación de la Respuesta El Titular menciona que la DIA presentada, incluye en su Anexo D, un estudio técnico elaborado por especialistas sobre el comportamiento de la Turbidez del río Tinguiririca considerando la descarga del dragado, el cual se ha presenta actualizado en el Anexo V-E de esta Adenda N°1.

Respecto de la pregunta del literal a) se aclara que según se ha informado, la programación del dragado en el pondaje Tricahue entre abril y agosto, permitirá evitar efectos sobre las obras indicadas. Conforme se indica en el Anexo V-E de la Adenda N° 1 sobre “Modelación Hidráulica Bidimensional”, bajo un escenario de dragado acotado a los meses de abril a agosto, los niveles de concentración del río no se verán aumentados a niveles no “conocidos” por el río, por lo que tampoco se esperan efectos químicos.

b.- Efecto sobre los equipos de riego mecanizados (micro aspersión y goteo). Tapados de boquillas, de filtros, de mangas de riego.

Evaluación de la Respuesta En referencia a la respuesta entregada en la ADENDA 1, se solicita al Titular ampliar y actualizar la información en ICSARA 2 respecto a la pregunta señalada.

No se prevé efectos sobre equipos de riego, toda vez que el Titular ha decidido desarrollar la descarga del dragado del pondaje Tricahue en el período comprendido entre los meses de abril y agosto de cada año, de manera de no coincidir con las actividades desarrolladas por los regantes. De todas formas, en la Adenda se realizó una modelación hidráulica bidimensional del dragado del pondaje Tricahue durante el período abril a agosto (Anexo V-E de la adenda anterior), la cual permite determinar, en diferentes secciones del dominio (área de modelación), la concentración de sedimentos en suspensión, de acuerdo al punto de origen de los aportes de sedimento y las entradas de tributarios que resulten en un efecto de dilución.

A modo de ejemplo, en la Figura 30 se entregan las variaciones de concentración máxima de sedimentos en suspensión generados por el dragado del pondaje Tricahue, utilizando un caudal al inicio del dominio12 de 8,5 m³/s, que crece hasta alcanzar 40 m³/s en Tinguiririca en La Polcura, para el período abril a agosto.

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Figura 30 Modelación de la concentración máxima de sedimentos en suspensión en río Tinguiririca, para caudal inicial de 8,5 m3 en periodo abril - agosto

De acuerdo a la figura anterior, para el escenario que considera la actividad de dragado, la concentración máxima de sedimentos en suspensión disminuye drásticamente entre la descarga (km 17,2) y el km 18 donde tiende a acercarse a los valores naturales del río Tinguiririca.

Respecto de una eventual afectación a regantes, en caso de que éstos realicen actividades en el periodo abril a agosto, es posible señalar que las primeras bocatomas de la Junta de Vigilancia del río Tinguiririca se ubican aproximadamente en el km 42,5 respecto del modelo (Figura 31), por tanto, de acuerdo a lo indicado en la Figura 30, la concentración máxima de sedimentos en suspensión sería similar a los valores naturales del río en ese punto.

Figura 31 Ubicación de bocatomas de Junta de Vigilancia de la primera sección del Río Tinguiririca respecto del Modelo Hidráulico Bidimensional del dragado del pondaje Tricahue

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c.- Efectos físico-químicos sobre los suelos regados con aguas contaminadas con estos sedimentos.

Evaluación de la Respuesta Según lo informado por el Titular la programación del dragado en el pondaje Tricahue entre abril y agosto, permitirá evitar efectos sobre las obras indicadas. Conforme se indica en el Anexo V-E de la Adenda N° 1 sobre “Modelación Hidráulica Bidimensional”, bajo un escenario de dragado acotado a los meses de abril a agosto, los niveles de concentración del río no se verán aumentados a niveles no conocidos por el río, por lo que tampoco se esperan efectos sobre suelos. Se aclara que las aguas del río no cambiarán su composición química, ni física, por lo que no existirá agua contaminada en el río como resultado del proyecto en evaluación.

d.- Efectos Ecológicos sobre la flora y fauna que vive tanto directa como indirectamente del río.

Evaluación de la Respuesta Según lo informado por el Titular la programación del dragado en el pondaje Tricahue entre abril y agosto, permitirá evitar efectos sobre las obras indicadas. Conforme se indica en el Anexo V-E de la Adenda N° 1 sobre “Modelación Hidráulica Bidimensional”, bajo un escenario de dragado acotado a los meses de abril a agosto, los niveles de concentración del río no se verán aumentados a niveles no conocidos por el río. Los niveles de concentración del río no se verán aumentados significativamente para un caudal promedio típico de esos meses, lo que sumado a las características químicas de los sedimentos similares a las del río, no permiten determinar efectos sobre la flora y fauna.

e.- Daños a balnearios y usuarios de estos en épocas de primavera verano y parte del otoño.

Evaluación de la Respuesta Según lo informado por el Titular la programación del dragado en el pondaje Tricahue entre abril y agosto, permitirá evitar potenciales efectos sobre balnearios y usuarios, pues no se realizará en épocas de primavera-verano.

f.- Afectación a los límites del caudal ecológico establecido.

Evaluación de la Respuesta Según los antecedentes entregador por el Titular establece que el aporte de dragado es aumentar levemente el caudal del río, no se espera que haya efectos en los límites el caudal ecológico.

g.- Afectación grave a los canales, compuertas, y mangas de acercamiento a estas en las tomas del río.

Evaluación de la Respuesta El titular menciona que según se ha informado, la programación del dragado en el pondaje Tricahue entre abril y agosto, permitirá evitar efectos sobre las obras indicadas. Conforme se indica en el Anexo V-E de la Adenda N° 1 sobre “Modelación Hidráulica Bidimensional”, bajo un escenario de dragado acotado a los meses de abril a agosto, los niveles de concentración del río no se verán aumentados a niveles no “conocidos” por el río, por lo que tampoco se esperan efectos sobre equipos de riego.

h.- Sin tener resultados de análisis de sedimentos acopiados por años, y los cambios químicos que puede haber en diferentes elementos de estos sedimentos, los daños que pueden resultar serían catastróficos para los suelos que son agrícolamente regados en la cuenca del Río.

Evaluación de la Respuesta Se aclara que según se ha informado, la programación del dragado en el pondaje Tricahue entre abril y agosto, permitirá evitar efectos sobre los suelos que son agrícolamente regados en la cuenca del río. Conforme se indica en el Anexo V-E de la Adenda N° 1 sobre “Modelación Hidráulica Bidimensional”, bajo un escenario de dragado acotado a los meses de abril a agosto, los niveles de concentración del río no se verán aumentados a niveles no “conocidos” por el río, por lo que tampoco se esperan efectos sobre suelos. Se aclara que las aguas del río no cambiarán su <footer2

composición química, por lo que no existirá agua en el río, que pueda producir estos cambios químicos, como resultado del proyecto en evaluación.

i.-La cantidad y calidad del agua que se usa en la generación, puede sufrir cambios que puede afectar las aguas de riego.

Evaluación de la Respuesta El Titular menciona que la cantidad y calidad del agua usada para generación no sufrirá cambios que pueda afectar las aguas de riego. Además, según se ha informado, la programación del dragado en el pondaje Tricahue entre abril y agosto, permitirá evitar efectos sobre el uso de riego de las aguas.

j.- Afectación seria a toda la fauna de la cuenca del Río, tanto de peces, como de aves silvestres, etc.-

Evaluación de la Respuesta Conforme a los que indica el Titular en el Anexo V-E de la Adenda N° 1 sobre “Modelación Hidráulica Bidimensional”, bajo un escenario de dragado acotado a los meses de abril a agosto, los niveles de concentración del río no se verán aumentados a niveles no “conocidos” por el río, por lo que tampoco se esperan efectos bajo un escenario de dragado acotado a los meses de abril a agosto, dado que las especies de importancia ambiental (nativas) tienen tolerancia y costumbre a los cambios de concentración de solidos suspendidos en el río, por lo que no se identifica una afectación sobre la flora y fauna

j.-Afectación a canales de riego, acequias, y marcos.

Evaluación de la Respuesta El Titular menciona que la programación del dragado en el pondaje Tricahue entre abril y agosto, permitirá evitar efectos sobre las obras indicadas. Conforme se indica en el Anexo V-E de la Adenda N° 1 sobre “Modelación Hidráulica Bidimensional”, bajo un escenario de dragado acotado a los meses de abril a agosto, los niveles de concentración del río no se verán aumentados a niveles no conocidos por el río, por lo que tampoco se esperan efectos sobre equipos de riego.

11.3.2.31. Observante: Bruno Margozzini Cella

Observación 1

a.- Efecto sobre bocatomas, canales de riego y compuertas en cuanto a embancamiento y efectos químicos si los hubiera.

Evaluación de la Respuesta El Titular menciona que la DIA presentada, incluye en su Anexo D, un estudio técnico elaborado por especialistas sobre el comportamiento de la Turbidez del río Tinguiririca considerando la descarga del dragado, el cual se ha presenta actualizado en el Anexo V-E de esta Adenda N°1.

Respecto de la pregunta del literal a) se aclara que según se ha informado, la programación del dragado en el pondaje Tricahue entre abril y agosto, permitirá evitar efectos sobre las obras indicadas. Conforme se indica en el Anexo V-E de la Adenda N° 1 sobre “Modelación Hidráulica Bidimensional”, bajo un escenario de dragado acotado a los meses de abril a agosto, los niveles de concentración del río no se verán aumentados a niveles no “conocidos” por el río, por lo que tampoco se esperan efectos químicos.

b.- Efecto sobre los equipos de riego mecanizados (micro aspersión y goteo). Tapados de boquillas, de filtros, de mangas de riego.

Evaluación de la Respuesta En referencia a la respuesta entregada en la ADENDA 1, se solicita al Titular ampliar y actualizar la información en ICSARA 2 respecto a la pregunta señalada. <footer2

No se prevé efectos sobre equipos de riego, toda vez que el Titular ha decidido desarrollar la descarga del dragado del pondaje Tricahue en el período comprendido entre los meses de abril y agosto de cada año, de manera de no coincidir con las actividades desarrolladas por los regantes. De todas formas, en la Adenda se realizó una modelación hidráulica bidimensional del dragado del pondaje Tricahue durante el período abril a agosto (Anexo V-E de la adenda anterior), la cual permite determinar, en diferentes secciones del dominio (área de modelación), la concentración de sedimentos en suspensión, de acuerdo al punto de origen de los aportes de sedimento y las entradas de tributarios que resulten en un efecto de dilución.

A modo de ejemplo, en la Figura 30 se entregan las variaciones de concentración máxima de sedimentos en suspensión generados por el dragado del pondaje Tricahue, utilizando un caudal al inicio del dominio12 de 8,5 m³/s, que crece hasta alcanzar 40 m³/s en Tinguiririca en La Polcura, para el período abril a agosto. Figura 30 Modelación de la concentración máxima de sedimentos en suspensión en río Tinguiririca, para caudal inicial de 8,5 m3 en periodo abril - agosto

De acuerdo a la figura anterior, para el escenario que considera la actividad de dragado, la concentración máxima de sedimentos en suspensión disminuye drásticamente entre la descarga (km 17,2) y el km 18 donde tiende a acercarse a los valores naturales del río Tinguiririca.

Respecto de una eventual afectación a regantes, en caso de que éstos realicen actividades en el periodo abril a agosto, es posible señalar que las primeras bocatomas de la Junta de Vigilancia del río Tinguiririca se ubican aproximadamente en el km 42,5 respecto del modelo (Figura 31), por tanto, de acuerdo a lo indicado en la Figura 30, la concentración máxima de sedimentos en suspensión sería similar a los valores naturales del río en ese punto.

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Figura 31 Ubicación de bocatomas de Junta de Vigilancia de la primera sección del Río Tinguiririca respecto del Modelo Hidráulico Bidimensional del dragado del pondaje Tricahue

c.- Efectos físico-químicos sobre los suelos regados con aguas contaminadas con estos sedimentos.

Evaluación de la Respuesta Según lo informado por el Titular la programación del dragado en el pondaje Tricahue entre abril y agosto, permitirá evitar efectos sobre las obras indicadas. Conforme se indica en el Anexo V-E de la Adenda N° 1 sobre “Modelación Hidráulica Bidimensional”, bajo un escenario de dragado acotado a los meses de abril a agosto, los niveles de concentración del río no se verán aumentados a niveles no conocidos por el río, por lo que tampoco se esperan efectos sobre suelos. Se aclara que las aguas del río no cambiarán su composición química, ni física, por lo que no existirá agua contaminada en el río como resultado del proyecto en evaluación.

d.- Efectos Ecológicos sobre la flora y fauna que vive tanto directa como indirectamente del río.

Evaluación de la Respuesta Según lo informado por el Titular la programación del dragado en el pondaje Tricahue entre abril y agosto, permitirá evitar efectos sobre las obras indicadas. Conforme se indica en el Anexo V-E de la Adenda N° 1 sobre “Modelación Hidráulica Bidimensional”, bajo un escenario de dragado acotado a los meses de abril a agosto, los niveles de concentración del río no se verán aumentados a niveles no conocidos por el río. Los niveles de concentración del río no se verán aumentados significativamente para un caudal promedio típico de esos meses, lo que sumado a las características químicas de los sedimentos similares a las del río, no permiten determinar efectos sobre la flora y fauna.

e.- Daños a balnearios y usuarios de estos en épocas de primavera verano y parte del otoño.

Evaluación de la Respuesta Según lo informado por el Titular la programación del dragado en el pondaje Tricahue entre abril y agosto, permitirá evitar potenciales efectos sobre balnearios y usuarios, pues no se realizará en épocas de primavera-verano. <footer2

f.- Afectación a los límites del caudal ecológico establecido.

Evaluación de la Respuesta Según los antecedentes entregador por el Titular establece que el aporte de dragado es aumentar levemente el caudal del río, no se espera que haya efectos en los límites el caudal ecológico.

g.- Afectación grave a los canales, compuertas, y mangas de acercamiento a estas en las tomas del río.

Evaluación de la Respuesta El titular menciona que según se ha informado, la programación del dragado en el pondaje Tricahue entre abril y agosto, permitirá evitar efectos sobre las obras indicadas. Conforme se indica en el Anexo V-E de la Adenda N° 1 sobre “Modelación Hidráulica Bidimensional”, bajo un escenario de dragado acotado a los meses de abril a agosto, los niveles de concentración del río no se verán aumentados a niveles no “conocidos” por el río, por lo que tampoco se esperan efectos sobre equipos de riego.

h.- Sin tener resultados de análisis de sedimentos acopiados por años, y los cambios químicos que puede haber en diferentes elementos de estos sedimentos, los daños que pueden resultar serían catastróficos para los suelos que son agrícolamente regados en la cuenca del Río.

Evaluación de la Respuesta Se aclara que según se ha informado, la programación del dragado en el pondaje Tricahue entre abril y agosto, permitirá evitar efectos sobre los suelos que son agrícolamente regados en la cuenca del río. Conforme se indica en el Anexo V-E de la Adenda N° 1 sobre “Modelación Hidráulica Bidimensional”, bajo un escenario de dragado acotado a los meses de abril a agosto, los niveles de concentración del río no se verán aumentados a niveles no “conocidos” por el río, por lo que tampoco se esperan efectos sobre suelos. Se aclara que las aguas del río no cambiarán su composición química, por lo que no existirá agua en el río, que pueda producir estos cambios químicos, como resultado del proyecto en evaluación.

i.-La cantidad y calidad del agua que se usa en la generación, puede sufrir cambios que puede afectar las aguas de riego.

Evaluación de la Respuesta El Titular menciona que la cantidad y calidad del agua usada para generación no sufrirá cambios que pueda afectar las aguas de riego. Además, según se ha informado, la programación del dragado en el pondaje Tricahue entre abril y agosto, permitirá evitar efectos sobre el uso de riego de las aguas.

j.- Afectación seria a toda la fauna de la cuenca del Río, tanto de peces, como de aves silvestres, etc.-

Evaluación de la Respuesta Conforme a los que indica el Titular en el Anexo V-E de la Adenda N° 1 sobre “Modelación Hidráulica Bidimensional”, bajo un escenario de dragado acotado a los meses de abril a agosto, los niveles de concentración del río no se verán aumentados a niveles no “conocidos” por el río, por lo que tampoco se esperan efectos bajo un escenario de dragado acotado a los meses de abril a agosto, dado que las especies de importancia ambiental (nativas) tienen tolerancia y costumbre a los cambios de concentración de solidos suspendidos en el río, por lo que no se identifica una afectación sobre la flora y fauna

k.-Afectación a canales de riego, acequias, y marcos.

Evaluación de la Respuesta El Titular menciona que la programación del dragado en el pondaje Tricahue entre abril y agosto, permitirá evitar efectos sobre las obras indicadas. Conforme se indica en el Anexo V-E de la Adenda N° 1 sobre “Modelación Hidráulica Bidimensional”, bajo un escenario de dragado acotado <footer2

a los meses de abril a agosto, los niveles de concentración del río no se verán aumentados a niveles no conocidos por el río, por lo que tampoco se esperan efectos sobre equipos de riego.

Observación 2 Se solicita al Titular poder mencionar cuáles serán los efectos sobre las aguas de bebida para la flora y fauna que vive que consume directa e indirectamente del rio (ID-SEA 28.135)

Evaluación de la Respuesta En referencia a la respuesta entregada en la ADENDA 1, se solicita al Titular ampliar y actualizar la información en ICSARA 2 respecto a la pregunta señalada.

En términos de afectación posible al agua de bebida de la flora, es necesario aclarar que, como lo han indicado los resultados de las 25 campañas de monitoreo ambiental, asociado a la RCA original del Proyecto, iniciadas en noviembre de 2010, así como la campaña de caracterización del componente Ecosistemas Acuáticos presentada como Anexo C de la DIA del presente proyecto; la presencia de macrófitas, no ha arrojado resultados positivos, no observándose vegetación acuática. Por esta razón no se espera afectación. Por otro lado, los sistemas radiculares (raíces) de las plantas terrestres, generar un microambiente entorno a ellas mediante intercambio de cationes, que permiten ingresar elementos seleccionados, por lo que esperar que la carga de sedimentos del agua del río afecte la bebida de las plantas no es un escenario posible, toda vez, que además, las raíces están insertas en una matriz de tierra, por lo que las fluctuaciones de concentración de sólidos suspendidos desarrolladas en el Anexo V-E, no tendrían efectos en los niveles de material terrestre de la matriz donde se localizan las raíces.

Importante es mencionar que la turbidez (carga de sedimento) en el río Tinguiririca es variable como lo muestran los registros históricos del río. Los datos de la Dirección General de Aguas (DGA) en la estación Tinguiririca Bajo Los Briones (de periodicidad diaria y un límite instrumental mayor), muestran, en términos generales, que entre los años 2000-2018, existen altos valores de arrastre de sólidos en suspensión en los periodos de deshielo y estiaje, como se observa en las tabla y figura siguientes con máximos, incluso, por sobre los 14.000 NTU.

Tabla 32 Turbidez (NTU) registrada en Tinguiririca Bajo Los Briones (2000-2018) Temporada Total de Observaciones Media Desv. Est Mínimo Máximo Deshielo 2.973 414,4 696,8 87,1 14.797,8 Estiaje 2.588 287 737,4 85,8 17.255,4

Figura 50 Turbidez registrada en Tinguiririca Bajo Los Briones en temporada de deshielo y estiaje (2000-2018)

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Cabe destacar que este tramo del río Tinguiririca ha presentado varios eventos con alto arrastre de material como 2008, 2009, 2012 o 2016, como se aprecia en la figura siguiente.

Figura 51 Turbidez (NTU) en Tinguiririca Bajo Los Briones (2000-2018)

A modo de ejemplo, y para comprender mejor la variabilidad de la turbidez en este río, a continuación, se muestra la turbidez medida en Tinguiririca Bajo Los Briones en el mes de noviembre de 2008, donde se alcanzó un promedio de 1.078,9 NTU, con una desviación estándar de 431,5 NTU, variando entre 603,7 y 2.295,8 NTU. Esto implica que las especies acuáticas presentes en el tramo estuvieron en condiciones de turbidez mayores a 1.000 NTU, el 40% del mes, y mayores a 2.000 NTU, el 7% del mes.

Figura 52 Turbidez en Tinguiririca Bajo Los Briones en noviembre de 2008

Teniendo en consideración estos antecedentes, se modeló el transporte de sedimentos evaluando la condición de sólidos suspendidos en los sitios control. Esta modelación numérica permitió determinar en diferentes secciones del dominio la concentración de sedimentos en suspensión, de acuerdo al punto de origen de los aportes de sedimento y las entradas de tributarios que resulten en un efecto de dilución. A modo de ejemplo se calculó el comportamiento del río con un dragado en diferentes escenarios, por ejemplo, en el caso de un caudal referencial al inicio del dominio (aguas arriba de la bocatoma Tricahue) de 8,5 m³/s, que crece hasta alcanzar 40 m³/s en Tinguiririca en La Polcura, como se muestra en la figura siguiente.

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Figura 53 Variación de la concentración máxima de sedimentos en suspensión del río para un caso referencial de 8,5 m³/s de caudal al inicio del dominio. Dragado pondaje Tricahue (período abril a agosto)

En consecuencia, según la modelación una turbidez de aproximadamente 2000 NTU en la estación control ubicada en el río Tinguiririca antes de la junta con el río Azufre, implicaría que en el sector de La Polcura la turbidez no superaría los 1000 NTU, manteniéndose principalmente bajo 500 NTU, por lo que no se esperarían efectos en las características de las aguas de bebida que ocupan las especies de fauna.

Además de la modelación teórica, los datos de turbidez medidos en los seguimientos del Titular, entre septiembre de 2012 y noviembre de 2017 muestran que los pick (máximos históricos) y el promedio en las estaciones ubicadas en el cauce principal del río Tinguiririca y dos afluentes (Estero La Gloria y río Azufre), muestran que uno de los precursores más relevantes de turbidez sería el estero La Gloria, debido a que en algunos periodos puede alcanzar hasta 3683 NTU, aumentando significativamente la turbidez del cauce principal. El cual presenta aguas arriba de la bocatoma, una turbidez relativamente baja. Posteriormente, el río Azufre puede aportar turbidez o disminuirla, según el periodo del año, presentando valores similares a lo registrado en el tramo de restitución de HLH.

Tabla 33 Estadísticos del parámetro Turbidez (NTU) en las estaciones históricas

Estación N Promedio Desviación Estándar Mínimo Máximo Bocatoma Tinguiririca 9 303 345 29 825 La Gloria 9 665 1205 5 3683 Tricahue 20 316 491 4 1706 La Puya 19 219 478 3 2138 Restitución La Higuera 14 400 586 4 2190

De esta forma se puede concluir que el aumento de sólidos suspendidos (medidos como turbidez) no tendrían efectos adversos en la fauna del río Tinguiririca, lo cual puede estar, además, confirmado, porque la fauna tiende a beber en sectores de calmas en las riberas, donde se ha aposado y limpiado en algo el agua, como también, privilegiaría afluentes con mejores condiciones que las que naturalmente tiene el río Tinguiririca, las que, como se ha visto, presenta variaciones de cargas de sedimentos importantes, las que no se verán modificadas de manera significativa por el Proyecto.

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Observación 3 Se solicita al Titular poder mencionar cuáles serán los efectos y daños a balneario y usuarios de estos en la época de primavera y verano (ID-SEA 28.136).

Evaluación de la Respuesta El Titular aclara que según se ha informado, la programación del dragado en el pondaje Tricahue entre abril y agosto, permitirá evitar potenciales efectos sobre balnearios y usuarios, pues no se realizará en épocas de primavera-verano.

11.3.2.32. Observante: Gustavo Campos Soto (Comunidad de Aguas Canal Almarza)

Observación 1 Tratándose de una central de pasada no se entiende la acumulación de sedimentos. Se solicita al Titular poder aclarar esta situación (ID-SEA 29.137)

Evaluación de la Respuesta Según lo establecido por el Titular, la acumulación de sedimentos en las unidades operacionales de las centrales hidroeléctricas es una problemática común a este tipo de instalaciones. Al respecto, la acumulación de sedimentos se debe a que los ríos en la parte alta de las montañas poseen una fuerte pendiente del fondo, lo que genera erosión y como resultado, una fuerte capacidad de arrastre y transporte de sedimentos con la columna de agua. El eventual ingreso de sedimentos a las unidades operacionales de las centrales hidroeléctricas, generan entre otros aspectos, problemas operacionales, daños y desgaste en los componentes mecánicos y depositación en canales y pondaje, lo que conlleva a la disminución de la capacidad de transporte y acumulación de agua para el funcionamiento de la central y por lo tanto su operación ineficiente.

Con la finalidad de disminuir la cantidad de sedimentos que ingresa a las centrales hidroeléctricas, se instalan equipos desarenadores en las bocatomas, los cuales tienen la función de retener y devolver al río, los sedimentos mayores a 0,3 mm, es decir arenas y gravas. Por otra parte, los sedimentos menores a 0,3 mm, limos y arcillas, no son retenidos por los desarenadores, se van acumulando en el pondaje y canales.

El presente Proyecto pretende eliminar o disminuir los sedimentos acumulados en el pondaje y desarenadores.

Observación 2 La comunidad de regantes, mantiene la impresión de que ya se han producido durante la temporada de riego, episodios de liberación parciales de sedimentos, afectando nuestros sistemas de regadío. (ID-SEA 29.137).

Evaluación de la Respuesta El Titular aclara que, con el objetivo de evaluar la extensión de la pluma de dispersión de sedimentos generada por la actividad de dragado y el efecto que esta actividad tendría en las comunidades biológicas del río, se desarrolló una única prueba de dragado entre los días 15 de junio y 18 de agosto de 2018, cuyos resultados se adjuntaron en el Anexo D de la DIA, “Informe Técnico: Efecto Dragado en la Turbidez del Río Tinguiririca”.

Dentro del período en el que se realizó la prueba de dragado, desde el 15 de junio hasta el 24 de julio, la actividad se efectuó considerando una operación diaria de entre 8 y 10 horas, permitiendo dragar un total de 18.159 m3. Por otra parte, el período restante comprendido entre los días 25 de julio y 18 de agosto, el dragado se realizó en horario diurno y nocturno, considerando para la jornada diurna una operación de entre 4 y 11 horas, mientras que, para la jornada nocturna, se contempló una operación de entre 7 y 11 horas, así, el volumen dragado durante toda la operación diurna fue del orden de 9.239 m3, y durante la jornada nocturna fue del orden de 9.538 m3.

Finalmente, durante la prueba de dragado completa se extrajo un volumen de 36.936 m3 de sedimentos, los que, como se pudo reconocer en el Anexo D de la DIA presentada, no implicó <footer2

efectos aguas abajo de la restitución de Central La Higuera, por lo que no es posible sostener que la prueba de dragado realizada haya afectado los sistemas de regadío.

Observación 3 Se solicita al Titular poder explicar las situaciones asociadas a los golpes de agua, que bajan por el Río Tinguiririca y la irregularidad en los caudales del río (ID-SEA 29.137).

Evaluación de la Respuesta Según lo establecido por el Titular, la acumulación de sedimentos en las unidades operacionales de las centrales hidroeléctricas es una problemática común a este tipo de instalaciones. Al respecto, la acumulación de sedimentos se debe a que los ríos en la parte alta de las montañas poseen una fuerte pendiente del fondo, lo que genera erosión y como resultado, una fuerte capacidad de arrastre y transporte de sedimentos con la columna de agua. El eventual ingreso de sedimentos a las unidades operacionales de las centrales hidroeléctricas, generan entre otros aspectos, problemas operacionales, daños y desgaste en los componentes mecánicos y depositación en canales y pondaje, lo que conlleva a la disminución de la capacidad de transporte y acumulación de agua para el funcionamiento de la central y por lo tanto su operación ineficiente.

Con la finalidad de disminuir la cantidad de sedimentos que ingresa a las centrales hidroeléctricas, se instalan equipos desarenadores en las bocatomas, los cuales tienen la función de retener y devolver al río, los sedimentos mayores a 0,3 mm, es decir arenas y gravas. Por otra parte, los sedimentos menores a 0,3 mm, limos y arcillas, no son retenidos por los desarenadores, se van acumulando en el pondaje y canales.

El presente Proyecto pretende eliminar o disminuir los sedimentos acumulados en el pondaje y desarenadores.

Observación 4 De requerirse la eliminación de sedimentos, estos solo debieran sacarse con camión y maquinarias como lo realizan los agricultores cuando se les embancan sus acumuladores, así evitando daños y perjuicios a la infraestructura general de riego (canales, acequias, tranques, etc.) y a los sistemas tecnificados de riego que son de alto costo (ID-SEA 29.138).

Evaluación de la Respuesta El Titular hace presente la inviabilidad de retirar los sedimentos del pondaje mediante la utilización maquinaria, debido principalmente a los volúmenes de acumulación de sedimentos (45.000 m3), capacidad de almacenamiento de agua en el pondaje (150.000 m3) y la posibilidad de que la maquinaria pueda afectar la impermeabilización basal del pondaje.

Cabe destacar que en la presente Adenda el Titular propone un nuevo esquema de dragado del pondaje o reservorio Tricahue que considera una duración de 5 meses al año (entre los meses de abril a agosto), de manera de no relacionarse con la actividad de riego. Lo anterior, tampoco coincidirá con el dragado en el pondaje de la Central La Confluencia (ubicado 50 km aguas arriba del Proyecto) que se desarrollará entre los meses de septiembre y marzo, esto permite evitar la descarga de los dragados de manera simultánea al río, evitando así daños y perjuicios a la infraestructura general de riego.

11.3.2.33. Observante: Elisa Valenzuela Bustamante

Observación 1 Tratándose de una central de pasada no se entiende la acumulación de sedimentos. Se solicita al Titular poder aclarar esta situación (ID-SEA 29.137

Evaluación de la Respuesta Según lo establecido por el Titular, la acumulación de sedimentos en las unidades operacionales de las centrales hidroeléctricas es una problemática común a este tipo de instalaciones. Al respecto, la acumulación de sedimentos se debe a que los ríos en la parte alta de las montañas poseen una fuerte pendiente del fondo, lo que genera erosión y como resultado, una fuerte capacidad de arrastre y <footer2

transporte de sedimentos con la columna de agua. El eventual ingreso de sedimentos a las unidades operacionales de las centrales hidroeléctricas, generan entre otros aspectos, problemas operacionales, daños y desgaste en los componentes mecánicos y depositación en canales y pondaje, lo que conlleva a la disminución de la capacidad de transporte y acumulación de agua para el funcionamiento de la central y por lo tanto su operación ineficiente.

Con la finalidad de disminuir la cantidad de sedimentos que ingresa a las centrales hidroeléctricas, se instalan equipos desarenadores en las bocatomas, los cuales tienen la función de retener y devolver al río, los sedimentos mayores a 0,3 mm, es decir arenas y gravas. Por otra parte, los sedimentos menores a 0,3 mm, limos y arcillas, no son retenidos por los desarenadores, se van acumulando en el pondaje y canales.

El presente Proyecto pretende eliminar o disminuir los sedimentos acumulados en el pondaje y desarenadores.

Observación 2 La comunidad de regantes mantiene la impresión de que ya se han producido durante la temporada de riego, episodios de liberación parciales de sedimentos, afectando nuestros sistemas de regadío. (ID-SEA 29.137).

Evaluación de la Respuesta En referencia a la respuesta entregada en la ADENDA 1, se solicita al Titular ampliar y actualizar la información en ICSARA 2 respecto a la pregunta señalada.

Con relación a lo reiterado, el Titular menciona que de las medidas de manejo de sedimentos para evitar afectación a los usuarios ubicados aguas abajo al que hace referencia la observación 3.47 de la Adenda Ciudadana, se puede indicar lo siguiente:

a.- Aguas arriba del pondaje se encuentra la bocatoma Tinguiririca, donde no existe acumulación de sedimento que requiera su manejo, dado que el diferencial de pendiente del río aguas arriba de esta bocatoma, no permite esta acumulación de sedimentos.

b.- Aguas abajo del dragado no se prevé efectos sobre usuarios (regantes), toda vez que el Titular ha decidido desarrollar la descarga del dragado del pondaje Tricahue en el período comprendido entre los meses de abril y agosto de cada año, de manera de no coincidir con las actividades desarrolladas por los regantes.

De todas formas, en la Adenda se realizó una modelación hidráulica bidimensional del dragado del pondaje Tricahue durante el período abril a agosto (Anexo V-E de la Adenda), la cual permite determinar, en diferentes secciones del dominio (área de modelación), la concentración de sedimentos en suspensión, de acuerdo al punto de origen de los aportes de sedimento y las entradas de tributarios que resulten en un efecto de dilución.

A modo de ejemplo, en la siguiente figura se entregan las variaciones de concentración máxima de sedimentos en suspensión generados por el dragado del pondaje Tricahue, utilizando un caudal al inicio del dominio55 de 8,5 m³/s, que crece hasta alcanzar 40 m³/s en Tinguiririca en La Polcura, para el período abril a agosto.

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Figura 91 Modelación de la concentración máxima de sedimentos en suspensión en río Tinguiririca, para caudal inicial de 8,5 m3 en periodo abril - agosto

De acuerdo a la figura anterior, para el escenario que considera la actividad de dragado, la concentración máxima de sedimentos en suspensión disminuye drásticamente entre la descarga (km 17,2) y el km 18 donde tiende a acercarse a los valores naturales del río Tinguiririca.

Debido a que las primeras bocatomas de la Junta de Vigilancia del río Tinguiririca se ubican aproximadamente en el km 42,5 respecto del modelo (Figura 92) y de acuerdo a lo indicado en la Figura 91, la concentración máxima de sedimentos en suspensión sería similar a los valores naturales del río en ese punto, es posible descartar efectos en actividades desarrolladas por regantes.

Figura 92 Ubicación de bocatomas de Junta de Vigilancia de la primera sección del Río Tinguiririca respecto del Modelo Hidráulico Bidimensional del dragado del pondaje Tricahue

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Observación 3 Se solicita al Titular poder explicar las situaciones asociadas a los golpes de agua, que bajan por el Río Tinguiririca y la irregularidad en los caudales del río (ID-SEA 29.137).

Evaluación de la Respuesta Según lo establecido por el Titular, la acumulación de sedimentos en las unidades operacionales de las centrales hidroeléctricas es una problemática común a este tipo de instalaciones. Al respecto, la acumulación de sedimentos se debe a que los ríos en la parte alta de las montañas poseen una fuerte pendiente del fondo, lo que genera erosión y como resultado, una fuerte capacidad de arrastre y transporte de sedimentos con la columna de agua. El eventual ingreso de sedimentos a las unidades operacionales de las centrales hidroeléctricas, generan entre otros aspectos, problemas operacionales, daños y desgaste en los componentes mecánicos y depositación en canales y pondaje, lo que conlleva a la disminución de la capacidad de transporte y acumulación de agua para el funcionamiento de la central y por lo tanto su operación ineficiente.

Con la finalidad de disminuir la cantidad de sedimentos que ingresa a las centrales hidroeléctricas, se instalan equipos desarenadores en las bocatomas, los cuales tienen la función de retener y devolver al río, los sedimentos mayores a 0,3 mm, es decir arenas y gravas. Por otra parte, los sedimentos menores a 0,3 mm, limos y arcillas, no son retenidos por los desarenadores, se van acumulando en el pondaje y canales. El presente Proyecto pretende eliminar o disminuir los sedimentos acumulados en el pondaje y desarenadores.

11.3.2.34. Observante: Carlos Silva Pérez

Observación Conforme a la descripción del proyecto y a la característica propia de la central de pasada, se tienen dudas acerca del origen de la acumulación de los sedimentos. Se solicita al titular indicar una explicación más acabada acerca de la forma de operar y las causas de la acumulación de sedimentos en sus obras. (ID-SEA 19.94 – 20.102).

Evaluación de la Respuesta Según lo informado por el Titular, La acumulación de sedimentos en las unidades operacionales de las centrales hidroeléctricas es una problemática común a este tipo de instalaciones. Al respecto, la acumulación de sedimentos se debe a que los ríos en la parte alta de las montañas poseen una fuerte pendiente del fondo, lo que genera erosión y como resultado, una fuerte capacidad de arrastre y transporte de sedimentos con la columna de agua. El eventual ingreso de sedimentos a las unidades operacionales de las centrales hidroeléctricas, generan entre otros aspectos, problemas operacionales, daños y desgaste en los componentes mecánicos y depositación en canales y pondaje, lo que conlleva a la disminución de la capacidad de transporte y acumulación de agua para el funcionamiento de la central y por lo tanto su operación ineficiente.

Con la finalidad de disminuir la cantidad de sedimentos que ingresa a las centrales hidroeléctricas, se instalan equipos desarenadores en las bocatomas, los cuales tienen la función de retener y devolver al río, los sedimentos mayores a 0,3 mm, es decir arenas y gravas. Por otra parte, los sedimentos menores a 0,3 mm, limos y arcillas, no son retenidos por los desarenadores, se van acumulando en el pondaje y canales.

El presente Proyecto pretende eliminar o disminuir los sedimentos acumulados en el pondaje y desarenadores, devolviendo la carga de sedimentos naturales al río.

11.3.2.35. Observante: Sonia Núñez Soto

Observación Se solicita aclarar qué medidas de manejo se tomarán (prevención, mitigación y/o compensación) para evitar que los sedimentos liberados al río, ya sea por el dragado o por el desarenado de las instalaciones, superen niveles tolerables por los sistemas de riego tecnificado y tradicionales, o para prevenir embanques en bocatomas, canales, acequias y tranques. Estas medidas deben considerar <footer2

los efectos del manejo de sedimentos en conjunto tanto de la Higuera como de La Confluencia (ID- SEA 21.113).

Evaluación de la Respuesta En referencia a la respuesta entregada en la ADENDA 1, se solicita al Titular ampliar y actualizar la información en ICSARA 2 respecto a la pregunta señalada.

Respuesta: Se aclara que dado que las actividades de dragado de la Central La Higuera y de Central La Confluencia se realizarán en épocas distintas (abril a agosto y septiembre a marzo, respectivamente), no se consideran medidas de manejo conjuntas. A continuación, se indican las medidas del Plan de Manejo de Sedimentos de Central La Higuera asociadas a evitar la afectación en sistemas de riego y obras de canalistas:

Red de monitoreo en línea de la turbidez Se dispondrá de tres estaciones para medir en línea la turbidez, una estación instalada antes del reservorio Tricahue, otra, aguas abajo de éste (cercano a la descarga del vertedero y antes de la confluencia con río Azufre), y una tercera en la casa de máquinas de la Central La Higuera (17 kilómetros aguas abajo), tal como se observa en la siguiente figura:

En la Figura 24 del numeral VII Participación Ciudadana de la ADENDA Complementaria, se puede visualizar las Estaciones para medir en línea la turbidez - Plan de Manejo de Sedimentos Central La Higuera.

El objetivo de esta medida es monitorear la concentración de sedimentos en el río, así, en base a los resultados en línea de turbidez se determinará la continuidad de la actividad de dragado, manteniendo, con este control, los niveles de concentración de sedimentos, que permitan vigilar que no exista superación de los 2.000 NTU indicados en el sensor inmediatamente aguas abajo de la faena de dragado en la Central La Higuera. Plan de monitoreo de sedimentos Se realizará un plan de monitoreo de sedimentos trimestral (uno cada estación del año), que se realizará en conjunto con el plan de monitoreo de ecosistemas acuáticos continentales y calidad del agua. En función de la programación de dragado presentada en la adenda anterior, el Titular ha aumentado de 3 a 7 años la duración de este monitoreo, es decir, durante los primeros 5 años en los que se extraerá la tasa natural de acumulación anual, más una proporción de lo acumulado a la fecha (45.000 m³ en total); y en los 2 años posteriores, donde la tasa de dragado será la igual a la tasa de retención anual (35.000 m³).

En cada una de las estaciones de muestreo se evaluarán los parámetros correspondientes a la calidad de sedimentos de acuerdo a lo señalado en los Lineamientos de Calidad de Sedimentos para la Protección de la Vida Acuática determinada por el Concilio Canadiense de Ministros Ambientales en el año 1999, actualizada el 2002, esto debido a la ausencia de una norma chilena acerca de calidad de sedimentos. Los análisis serán llevados a cabo por un laboratorio acreditado bajo los estándares de competencia técnica de la norma internacional ISO/IEC 17.025:2005.

El análisis de los sedimentos será evaluado en 12 estaciones de muestreo definidas para el seguimiento ambiental a lo largo del área de influencia del Proyecto, cuya estación control se ubicaría en el cauce principal del río Tinguiririca en La Vieja, aguas arriba de la bocatoma Tricahue. La ubicación de estas estaciones se presenta en Tabla 19 y Figura 25.

Tabla 19 Estaciones de seguimiento ambiental para calidad física y química de sedimentos

Estación Coordenadas Geográficas UTM S UTM E Tinguiririca en La Vieja 6.138.573 359.325 Tinguiririca antes Azufre 6.144.326 357.719 Tinguiririca antes Carrizal 6.149.369 351.224 Tinguiririca antes El Manzano 6.149.690 349.106 <footer2

Tinguiririca antes El Membrillo 6.150.031 348.470 Tinguiririca bajo La Iglesia 6.152.517 344.680 Tinguiririca en La Javierana 6.155.318 342.020 Tinguiririca en El Espinal 6.154.812 340.187 Tinguiririca en Isla Briones 6.158.172 332.104 Tinguiririca en Puente Negro 6.161.256 328.542 Tinguiririca en Ruta 5 6.167.536 318.451 Azufre antes de Tinguiririca 6.145.107 357.261

En la Figura 25 del numeral VII Participación Ciudadana de la ADENDA Complementaria, se puede visualizar las Estaciones de Seguimiento ambiental. Calidad física y química de Sedimentos.

Los parámetros que serán monitoreados en cada una estas estaciones se presentan en la siguiente tabla.

Tabla 20 Parámetros de calidad de sedimentos medidos en laboratorio con su respectiva metodología.

Análisis Descripción Referencia del método PARAMETROS ORGANICOS Materia orgánica Gravimetría Método Gravimétrico. Análisis CNA-MET 7.2 para suelos y tejidos. GRANULOMETRÍA Granulometría Granulometría Método ASTM D422 – Standard Test Methods for Particle-Size Analysis for Soils Análisis Descripción Referencia del método Hg (mg/kg) Mercurio Método EPA-7470-A. USEPA SW-846. As (mg/kg) Arsénico total Método EPA-6010-C Espectrometría de Masas con Plasma Acoplado Inductivamente (ICP). EPA, Test Methods for evaluating Solid Waste SW 846. Cd (mg/kg) Cadmio Total Cr (mg/kg) Cromo Total Cu (mg/kg) Cobre Total Pb (mg/kg) Plomo Total Zn (mg/kg) Zinc Total

Se debe tomar en cuenta que los sedimentos vertidos son los propios de la cuenca. Según Méndez (2018)9, las aguas termales de la parte alta de la cuenca del río Damas se caracterizan por ser cloruradas sódicas y poseer altas concentraciones en casi todos los elementos analizados. El resto de las aguas de la cuenca forman una transición desde sulfatadas cálcicas a bicarbonatadas cálcicas, donde las de la parte alta de la cuenca son más sulfatadas y poseen mayores concentraciones y anomalías de Al, Fe, Mn y otros elementos, mientras que las de la parte baja son más bicarbonatadas, con menores concentraciones y sólo con un punto con anomalía de Zn. Por lo que, al comparar las muestras con la normativa chilena para agua potable, varias sobrepasan los valores límite de As, Cl, Fe, Hg y Mn.

Para complementar esta información bibliográfica, en la tabla siguiente se resumen los valores de los parámetros incluidos en la Norma Chilena NCh 1.333 (Requisitos de calidad del agua para diferentes usos) desde marzo de 2017 a junio de 2018. Como se puede observar las características naturales de las aguas del río Tinguiririca desde su parte alta (aguas arriba de la bocatoma Tinguiririca) presentan diversas excedencias respecto a la Norma Chilena NCh 1.333, destacando altas concentraciones de aluminio, arsénico, boro, hierro, molibdeno, manganeso y sulfato, asociados a altos valores de conductividad eléctrica y turbidez. Además, afluentes como el estero La Gloria presentan altas concentraciones de cobre y cobalto, entre otros elementos y valores más elevados de turbidez. Estas características del agua derivan de la conformación geomorfológica de la cuenca, por lo que constituyen la condición natural del sistema y tienen su repercusión en las características generales de los sedimentos. <footer2

Estas características del agua derivan de la conformación geomorfológica de la cuenca, por lo que constituyen la condición natural del sistema y tienen su repercusión en las características generales de los sedimentos. En este sentido, es posible que se verifiquen algunos parámetros de sedimentos que sobrepasen la normativa internacional (en ausencia de normativa nacional), pero que no constituirían una alteración asociada a las acciones del proyecto.

11.3.2.36. Observante: Nancy Lecaros Millán

Observación 1 Se solicita aclarar qué medidas de manejo se tomarán (prevención, mitigación y/o compensación) para evitar que los sedimentos liberados al río, ya sea por el dragado o por el desarenado de las instalaciones, superen niveles tolerables por los sistemas de riego tecnificado y tradicionales, o para prevenir embanques en bocatomas, canales, acequias y tranques. Estas medidas deben considerar los efectos del manejo de sedimentos en conjunto tanto de la Higuera como de La Confluencia (ID- SEA 21.113).

Evaluación de la Respuesta En referencia a la respuesta entregada en la ADENDA 1, se solicita al Titular ampliar y actualizar la información en ICSARA 2 respecto a la pregunta señalada.

Respuesta: Se aclara que dado que las actividades de dragado de la Central La Higuera y de Central La Confluencia se realizarán en épocas distintas (abril a agosto y septiembre a marzo, respectivamente), no se consideran medidas de manejo conjuntas. A continuación, se indican las medidas del Plan de Manejo de Sedimentos de Central La Higuera asociadas a evitar la afectación en sistemas de riego y obras de canalistas:

Red de monitoreo en línea de la turbidez Se dispondrá de tres estaciones para medir en línea la turbidez, una estación instalada antes del reservorio Tricahue, otra, aguas abajo de éste (cercano a la descarga del vertedero y antes de la confluencia con río Azufre), y una tercera en la casa de máquinas de la Central La Higuera (17 kilómetros aguas abajo), tal como se observa en la siguiente figura:

En la Figura 24 del numeral VII Participación Ciudadana de la ADENDA Complementaria, se puede visualizar las Estaciones para medir en línea la turbidez - Plan de Manejo de Sedimentos Central La Higuera.

El objetivo de esta medida es monitorear la concentración de sedimentos en el río, así, en base a los resultados en línea de turbidez se determinará la continuidad de la actividad de dragado, manteniendo, con este control, los niveles de concentración de sedimentos, que permitan vigilar que no exista superación de los 2.000 NTU indicados en el sensor inmediatamente aguas abajo de la faena de dragado en la Central La Higuera.

Plan de monitoreo de sedimentos Se realizará un plan de monitoreo de sedimentos trimestral (uno cada estación del año), que se realizará en conjunto con el plan de monitoreo de ecosistemas acuáticos continentales y calidad del agua. En función de la programación de dragado presentada en la adenda anterior, el Titular ha aumentado de 3 a 7 años la duración de este monitoreo, es decir, durante los primeros 5 años en los que se extraerá la tasa natural de acumulación anual, más una proporción de lo acumulado a la fecha (45.000 m³ en total); y en los 2 años posteriores, donde la tasa de dragado será la igual a la tasa de retención anual (35.000 m³).

En cada una de las estaciones de muestreo se evaluarán los parámetros correspondientes a la calidad de sedimentos de acuerdo a lo señalado en los Lineamientos de Calidad de Sedimentos para la Protección de la Vida Acuática determinada por el Concilio Canadiense de Ministros Ambientales en el año 1999, actualizada el 2002, esto debido a la ausencia de una norma chilena acerca de calidad de sedimentos. Los análisis serán llevados a cabo por un laboratorio acreditado bajo los estándares de competencia técnica de la norma internacional ISO/IEC 17.025:2005.

<footer2

El análisis de los sedimentos será evaluado en 12 estaciones de muestreo definidas para el seguimiento ambiental a lo largo del área de influencia del Proyecto, cuya estación control se ubicaría en el cauce principal del río Tinguiririca en La Vieja, aguas arriba de la bocatoma Tricahue. La ubicación de estas estaciones se presenta en Tabla 19 y Figura 25.

Tabla 19 Estaciones de seguimiento ambiental para calidad física y química de sedimentos

Estación Coordenadas Geográficas UTM S UTM E Tinguiririca en La Vieja 6.138.573 359.325 Tinguiririca antes Azufre 6.144.326 357.719 Tinguiririca antes Carrizal 6.149.369 351.224 Tinguiririca antes El Manzano 6.149.690 349.106 Tinguiririca antes El Membrillo 6.150.031 348.470 Tinguiririca bajo La Iglesia 6.152.517 344.680 Tinguiririca en La Javierana 6.155.318 342.020 Tinguiririca en El Espinal 6.154.812 340.187 Tinguiririca en Isla Briones 6.158.172 332.104 Tinguiririca en Puente Negro 6.161.256 328.542 Tinguiririca en Ruta 5 6.167.536 318.451 Azufre antes de Tinguiririca 6.145.107 357.261

En la Figura 25 del numeral VII Participación Ciudadana de la ADENDA Complementaria, se puede visualizar las Estaciones de Seguimiento ambiental. Calidad física y química de Sedimentos.

Los parámetros que serán monitoreados en cada una estas estaciones se presentan en la siguiente tabla.

Tabla 20 Parámetros de calidad de sedimentos medidos en laboratorio con su respectiva metodología.

Análisis Descripción Referencia del método PARAMETROS ORGANICOS Materia orgánica Gravimetría Método Gravimétrico. Análisis CNA-MET 7.2 para suelos y tejidos. GRANULOMETRÍA Granulometría Granulometría Método ASTM D422 – Standard Test Methods for Particle-Size Analysis for Soils Análisis Descripción Referencia del método Hg (mg/kg) Mercurio Método EPA-7470-A. USEPA SW-846. As (mg/kg) Arsénico total Método EPA-6010-C Espectrometría de Masas con Plasma Acoplado Inductivamente (ICP). EPA, Test Methods for evaluating Solid Waste SW 846. Cd (mg/kg) Cadmio Total Cr (mg/kg) Cromo Total Cu (mg/kg) Cobre Total Pb (mg/kg) Plomo Total Zn (mg/kg) Zinc Total

Se debe tomar en cuenta que los sedimentos vertidos son los propios de la cuenca. Según Méndez (2018)9, las aguas termales de la parte alta de la cuenca del río Damas se caracterizan por ser cloruradas sódicas y poseer altas concentraciones en casi todos los elementos analizados. El resto de las aguas de la cuenca forman una transición desde sulfatadas cálcicas a bicarbonatadas cálcicas, donde las de la parte alta de la cuenca son más sulfatadas y poseen mayores concentraciones y anomalías de Al, Fe, Mn y otros elementos, mientras que las de la parte baja son más bicarbonatadas, con menores concentraciones y sólo con un punto con anomalía de Zn. Por lo que, <footer2

al comparar las muestras con la normativa chilena para agua potable, varias sobrepasan los valores límite de As, Cl, Fe, Hg y Mn.

Para complementar esta información bibliográfica, en la tabla siguiente se resumen los valores de los parámetros incluidos en la Norma Chilena NCh 1.333 (Requisitos de calidad del agua para diferentes usos) desde marzo de 2017 a junio de 2018. Como se puede observar las características naturales de las aguas del río Tinguiririca desde su parte alta (aguas arriba de la bocatoma Tinguiririca) presentan diversas excedencias respecto a la Norma Chilena NCh 1.333, destacando altas concentraciones de aluminio, arsénico, boro, hierro, molibdeno, manganeso y sulfato, asociados a altos valores de conductividad eléctrica y turbidez. Además, afluentes como el estero La Gloria presentan altas concentraciones de cobre y cobalto, entre otros elementos y valores más elevados de turbidez. Estas características del agua derivan de la conformación geomorfológica de la cuenca, por lo que constituyen la condición natural del sistema y tienen su repercusión en las características generales de los sedimentos.

Estas características del agua derivan de la conformación geomorfológica de la cuenca, por lo que constituyen la condición natural del sistema y tienen su repercusión en las características generales de los sedimentos. En este sentido, es posible que se verifiquen algunos parámetros de sedimentos que sobrepasen la normativa internacional (en ausencia de normativa nacional), pero que no constituirían una alteración asociada a las acciones del proyecto.

Observación 2 Las labores de desarenado y dragado debiesen realizarse exclusivamente entre mayo y agosto, coordinándose con los regantes, de modo que las bocatomas estén cerradas para evitar que los sedimentos arrastrados aguas abajo ingresen a los canales y perjudiquen a los agricultores (ID-SEA 24.127).

Evaluación de la Respuesta Según los antecedentes expuestos por el Titular, a fin de atenuar la carga de sedimentos descargados al río, el Titular propone realizar la actividad de dragado en el período comprendido entre los meses de abril y agosto (5 meses). Esto, sumado a que el dragado programado en el pondaje Tinguiririca de la Central La Confluencia, mucho más alejada de las bocatomas de los regantes, se realizará entre septiembre y marzo, contribuye a evitar eventuales efectos sobre la infraestructura de los regantes.

11.3.2.37. Observante: Luis Farías Miranda

Observación 1 Se solicita aclarar qué medidas de manejo se tomarán (prevención, mitigación y/o compensación) para evitar que los sedimentos liberados al río, ya sea por el dragado o por el desarenado de las instalaciones, superen niveles tolerables por los sistemas de riego tecnificado y tradicionales, o para prevenir embanques en bocatomas, canales, acequias y tranques. Estas medidas deben considerar los efectos del manejo de sedimentos en conjunto tanto de la Higuera como de La Confluencia (ID- SEA 21.113).

Evaluación de la Respuesta En referencia a la respuesta entregada en la ADENDA 1, se solicita al Titular ampliar y actualizar la información en ICSARA 2 respecto a la pregunta señalada.

Respuesta: Se aclara que dado que las actividades de dragado de la Central La Higuera y de Central La Confluencia se realizarán en épocas distintas (abril a agosto y septiembre a marzo, respectivamente), no se consideran medidas de manejo conjuntas. A continuación, se indican las medidas del Plan de Manejo de Sedimentos de Central La Higuera asociadas a evitar la afectación en sistemas de riego y obras de Canalistas:

Red de monitoreo en línea de la turbidez Se dispondrá de tres estaciones para medir en línea la turbidez, una estación instalada antes del reservorio Tricahue, otra, aguas abajo de éste (cercano a la descarga del vertedero y antes de la <footer2

confluencia con río Azufre), y una tercera en la casa de máquinas de la Central La Higuera (17 kilómetros aguas abajo), tal como se observa en la siguiente figura:

En la Figura 24 del numeral VII Participación Ciudadana de la ADENDA Complementaria, se puede visualizar las Estaciones para medir en línea la turbidez - Plan de Manejo de Sedimentos Central La Higuera.

El objetivo de esta medida es monitorear la concentración de sedimentos en el río, así, en base a los resultados en línea de turbidez se determinará la continuidad de la actividad de dragado, manteniendo, con este control, los niveles de concentración de sedimentos, que permitan vigilar que no exista superación de los 2.000 NTU indicados en el sensor inmediatamente aguas abajo de la faena de dragado en la Central La Higuera.

Plan de monitoreo de sedimentos Se realizará un plan de monitoreo de sedimentos trimestral (uno cada estación del año), que se realizará en conjunto con el plan de monitoreo de ecosistemas acuáticos continentales y calidad del agua. En función de la programación de dragado presentada en la adenda anterior, el Titular ha aumentado de 3 a 7 años la duración de este monitoreo, es decir, durante los primeros 5 años en los que se extraerá la tasa natural de acumulación anual, más una proporción de lo acumulado a la fecha (45.000 m³ en total); y en los 2 años posteriores, donde la tasa de dragado será la igual a la tasa de retención anual (35.000 m³).

En cada una de las estaciones de muestreo se evaluarán los parámetros correspondientes a la calidad de sedimentos de acuerdo a lo señalado en los Lineamientos de Calidad de Sedimentos para la Protección de la Vida Acuática determinada por el Concilio Canadiense de Ministros Ambientales en el año 1999, actualizada el 2002, esto debido a la ausencia de una norma chilena acerca de calidad de sedimentos. Los análisis serán llevados a cabo por un laboratorio acreditado bajo los estándares de competencia técnica de la norma internacional ISO/IEC 17.025:2005.

El análisis de los sedimentos será evaluado en 12 estaciones de muestreo definidas para el seguimiento ambiental a lo largo del área de influencia del Proyecto, cuya estación control se ubicaría en el cauce principal del río Tinguiririca en La Vieja, aguas arriba de la bocatoma Tricahue. La ubicación de estas estaciones se presenta en Tabla 19 y Figura 25.

Tabla 19 Estaciones de seguimiento ambiental para calidad física y química de sedimentos

Estación Coordenadas Geográficas UTM S UTM E Tinguiririca en La Vieja 6.138.573 359.325 Tinguiririca antes Azufre 6.144.326 357.719 Tinguiririca antes Carrizal 6.149.369 351.224 Tinguiririca antes El Manzano 6.149.690 349.106 Tinguiririca antes El Membrillo 6.150.031 348.470 Tinguiririca bajo La Iglesia 6.152.517 344.680 Tinguiririca en La Javierana 6.155.318 342.020 Tinguiririca en El Espinal 6.154.812 340.187 Tinguiririca en Isla Briones 6.158.172 332.104 Tinguiririca en Puente Negro 6.161.256 328.542 Tinguiririca en Ruta 5 6.167.536 318.451 Azufre antes de Tinguiririca 6.145.107 357.261

En la Figura 25 del numeral VII Participación Ciudadana de la ADENDA Complementaria, se puede visualizar las Estaciones de Seguimiento ambiental. Calidad física y química de Sedimentos.

Los parámetros que serán monitoreados en cada una estas estaciones se presentan en la siguiente tabla. <footer2

Tabla 20 Parámetros de calidad de sedimentos medidos en laboratorio con su respectiva metodología.

Análisis Descripción Referencia del método PARAMETROS ORGANICOS Materia orgánica Gravimetría Método Gravimétrico. Análisis CNA-MET 7.2 para suelos y tejidos. GRANULOMETRÍA Granulometría Granulometría Método ASTM D422 – Standard Test Methods for Particle-Size Analysis for Soils Análisis Descripción Referencia del método Hg (mg/kg) Mercurio Método EPA-7470-A. USEPA SW-846. As (mg/kg) Arsénico total Método EPA-6010-C Espectrometría de Masas con Plasma Acoplado Inductivamente (ICP). EPA, Test Methods for evaluating Solid Waste SW 846. Cd (mg/kg) Cadmio Total Cr (mg/kg) Cromo Total Cu (mg/kg) Cobre Total Pb (mg/kg) Plomo Total Zn (mg/kg) Zinc Total

Se debe tomar en cuenta que los sedimentos vertidos son los propios de la cuenca. Según Méndez (2018)9, las aguas termales de la parte alta de la cuenca del río Damas se caracterizan por ser cloruradas sódicas y poseer altas concentraciones en casi todos los elementos analizados. El resto de las aguas de la cuenca forman una transición desde sulfatadas cálcicas a bicarbonatadas cálcicas, donde las de la parte alta de la cuenca son más sulfatadas y poseen mayores concentraciones y anomalías de Al, Fe, Mn y otros elementos, mientras que las de la parte baja son más bicarbonatadas, con menores concentraciones y sólo con un punto con anomalía de Zn. Por lo que, al comparar las muestras con la normativa chilena para agua potable, varias sobrepasan los valores límite de As, Cl, Fe, Hg y Mn.

Para complementar esta información bibliográfica, en la tabla siguiente se resumen los valores de los parámetros incluidos en la Norma Chilena NCh 1.333 (Requisitos de calidad del agua para diferentes usos) desde marzo de 2017 a junio de 2018. Como se puede observar las características naturales de las aguas del río Tinguiririca desde su parte alta (aguas arriba de la bocatoma Tinguiririca) presentan diversas excedencias respecto a la Norma Chilena NCh 1.333, destacando altas concentraciones de aluminio, arsénico, boro, hierro, molibdeno, manganeso y sulfato, asociados a altos valores de conductividad eléctrica y turbidez. Además, afluentes como el estero La Gloria presentan altas concentraciones de cobre y cobalto, entre otros elementos y valores más elevados de turbidez. Estas características del agua derivan de la conformación geomorfológica de la cuenca, por lo que constituyen la condición natural del sistema y tienen su repercusión en las características generales de los sedimentos.

Estas características del agua derivan de la conformación geomorfológica de la cuenca, por lo que constituyen la condición natural del sistema y tienen su repercusión en las características generales de los sedimentos. En este sentido, es posible que se verifiquen algunos parámetros de sedimentos que sobrepasen la normativa internacional (en ausencia de normativa nacional), pero que no constituirían una alteración asociada a las acciones del proyecto.

Observación 2 Conforme a la descripción del proyecto y a la característica propia de la central de pasada, se tienen dudas acerca del origen de la acumulación de los sedimentos. Se solicita al titular indicar una explicación más acabada acerca de la forma de operar y las causas de la acumulación de sedimentos en sus obras. (ID-SEA 19.94 – 20.102).

Evaluación de la Respuesta Según lo informado por el Titular, La acumulación de sedimentos en las unidades operacionales de las centrales hidroeléctricas es una problemática común a este tipo de instalaciones. Al respecto, la acumulación de sedimentos se debe a que los ríos en la parte alta de las montañas poseen una fuerte pendiente del fondo, lo que genera erosión y como resultado, una fuerte capacidad de arrastre y <footer2

transporte de sedimentos con la columna de agua. El eventual ingreso de sedimentos a las unidades operacionales de las centrales hidroeléctricas, generan entre otros aspectos, problemas operacionales, daños y desgaste en los componentes mecánicos y depositación en canales y pondaje, lo que conlleva a la disminución de la capacidad de transporte y acumulación de agua para el funcionamiento de la central y por lo tanto su operación ineficiente.

Con la finalidad de disminuir la cantidad de sedimentos que ingresa a las centrales hidroeléctricas, se instalan equipos desarenadores en las bocatomas, los cuales tienen la función de retener y devolver al río, los sedimentos mayores a 0,3 mm, es decir arenas y gravas. Por otra parte, los sedimentos menores a 0,3 mm, limos y arcillas, no son retenidos por los desarenadores, se van acumulando en el pondaje y canales.

El presente Proyecto pretende eliminar o disminuir los sedimentos acumulados en el pondaje y desarenadores, devolviendo la carga de sedimentos naturales al río.

Observación 3 Se solicita al Titular, poder mencionar cuáles serán las acciones que se adoptarán para evitar los aumentos de caudales del río, lo cual afecta a los predios y canales de regadío (ID-SEA 34.116).

Evaluación de la Respuesta Según lo mencionado por el Titular, el proyecto en evaluación no implicará importantes aumentos de caudal en el río. La descarga del dragado (0,23 m3/s) implica un aporte que variaría entre un 2,4 y 3,8% del caudal promedio de los meses con más y menos caudal, respectivamente.

11.3.2.38. Observante: Luis Farías Miranda

Observación Hoy en día tenemos sedimentos durante todo el año en las acequias de canales de regadío, provocando daños en las cosechas y sistema s de riego, teniendo que realizar mantenimientos se solicita al titular poder mencionar cuáles serán las acciones que se adoptarán, pare evitar las situaciones descritas (ID-SEA 35.117 – 35.118).

Evaluación de la Respuesta Con el propósito de intervenir lo menor posible con las actividades de riego, el Titular ha informado una primera acción que es modificar el programa de dragado, proponiendo desarrollar dicha actividad en el reservorio Tricahue ente abril y agosto de cada año.

Una segunda acción, adicional a lo anterior implica disponer de una red de monitoreo en línea de la turbidez, con tres estaciones: una estación instalada antes del reservorio Tricahue, otra aguas abajo de éste (cercano a la descarga del vertedero y antes de la confluencia con río Azufre), y un tercero en casa de máquinas de la Central La Higuera (17 kilómetros aguas abajo), con objeto de monitorear la concentración de sedimentos en el río, así, en base a los resultados en línea de turbidez se determinará la continuidad de la actividad de dragado, previniendo la posible afectación a regantes, manteniendo, con este control, los niveles de concentración de sedimentos, que permita vigilar que no exista superación de los 2.000 NTU indicados en el sensor inmediatamente aguas abajo de la faena de dragado en la Central La Higuera.

El Titular indica que, en función de la programación de dragado presentada en la adenda 1, el Titular ha aumentado de 3 a 7 años la duración del Plan de Monitoreo de los Ecosistemas Acuáticos Continentales y de Calidad de Agua y Sedimentos, es decir, éste se llevará a cabo durante los primeros 5 años en los que se extraerá la tasa natural de acumulación anual, más una proporción de lo acumulado a la fecha (45.000 m³ en total); y en los 2 años posteriores, donde la tasa de dragado será la igual a la tasa de retención anual (35.000 m³).

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11.3.2.39. Observante: Braulio Leyton Iturriaga

Observación 1 Hoy en día tenemos sedimentos durante todo el año en las acequias de canales de regadío, provocando daños en las cosechas y sistema s de riego, teniendo que realizar mantenimientos se solicita al titular poder mencionar cuáles serán las acciones que se adoptarán, pare evitar las situaciones descritas (ID-SEA 35.117 – 35.118).

Evaluación de la Respuesta Con el propósito de intervenir lo menor posible con las actividades de riego, el Titular ha informado una primera acción que es modificar el programa de dragado, proponiendo desarrollar dicha actividad en el reservorio Tricahue ente abril y agosto de cada año.

Una segunda acción, adicional a lo anterior implica disponer de una red de monitoreo en línea de la turbidez, con tres estaciones: una estación instalada antes del reservorio Tricahue, otra aguas abajo de éste (cercano a la descarga del vertedero y antes de la confluencia con río Azufre), y un tercero en casa de máquinas de la Central La Higuera (17 kilómetros aguas abajo), con objeto de monitorear la concentración de sedimentos en el río, así, en base a los resultados en línea de turbidez se determinará la continuidad de la actividad de dragado, previniendo la posible afectación a regantes, manteniendo, con este control, los niveles de concentración de sedimentos, que permita vigilar que no exista superación de los 2.000 NTU indicados en el sensor inmediatamente aguas abajo de la faena de dragado en la Central La Higuera.

Observación 2 La evacuación de los sedimentos en período de riego afectara tanto a los regantes, como a todos los usuarios del Río Tinguiririca. Se solicita al titular saber cuáles serán las acciones para evitar afectación descrita (ID-SEA 36.119).

Evaluación de la Respuesta Con el propósito de intervenir lo menor posible con las actividades de riego, el Titular ha informado una primera acción que es modificar el programa de dragado, proponiendo desarrollar dicha actividad en el reservorio Tricahue ente abril y agosto de cada año.

Una segunda acción, adicional a lo anterior implica disponer de una red de monitoreo en línea de la turbidez, con tres estaciones: una estación instalada antes del reservorio Tricahue, otra aguas abajo de éste (cercano a la descarga del vertedero y antes de la confluencia con río Azufre), y un tercero en casa de máquinas de la Central La Higuera (17 kilómetros aguas abajo), con objeto de monitorear la concentración de sedimentos en el río, así, en base a los resultados en línea de turbidez se determinará la continuidad de la actividad de dragado, previniendo la posible afectación a regantes, manteniendo, con este control, los niveles de concentración de sedimentos, que permita vigilar que no exista superación de los 2.000 NTU indicados en el sensor inmediatamente aguas abajo de la faena de dragado en la Central La Higuera.

El Titular indica que, en función de la programación de dragado presentada en la adenda 1, el Titular ha aumentado de 3 a 7 años la duración del Plan de Monitoreo de los Ecosistemas Acuáticos Continentales y de Calidad de Agua y Sedimentos, es decir, éste se llevará a cabo durante los primeros 5 años en los que se extraerá la tasa natural de acumulación anual, más una proporción de lo acumulado a la fecha (45.000 m³ en total); y en los 2 años posteriores, donde la tasa de dragado será la igual a la tasa de retención anual (35.000 m³).

Observación 3 En virtud de los posibles efectos negativos producidos por el proyecto, el Titular tiene pensado crear una mesa de trabajos con los agricultores y asociaciones para discutir las posibles soluciones y acciones a seguir (ID-SEA 36.121).

Evaluación de la Respuesta El Titular menciona que el proyecto no prevé efectos negativos. En caso de consultas o requerimientos de información y coordinación de actividades, el titular informa que participa <footer2

activamente en el directorio de la Junta de Vigilancia del río Tinguiririca de la cual es parte desde el 2012.

11.3.2.40. Observante: Oscar Maturana Astorga

Observación 1 Los argumentos del titular para señalar la no afectación sobre comunidades humanas señaladas en la letra a) del artículo 7 del RSEIA radican en que "dadas las características del Proyecto, éste no afectará recursos naturales utilizados como sustento económico o para cualquier otro uso tradicional. Luego señala que la bocatoma de regantes más próxima se encuentra distante aproximadamente 30 km aguas abajo del Proyecto." Se debe entregar mayores antecedentes que descarten aquella afectación, siendo insuficiente señalar sólo la distancia entre la descarga y la primera bocatoma, porque ya sin el aporte de los sedimentos del proyecto los aumentos que han ocurrido en el río en el último tiempo han provocado acumulaciones y embanques en nuestros canales, tranques y sistemas de riego, afectando a los regantes.

Sólo en la primera sección del río Tinguiririca habría 41 bocatomas que utilizan estas aguas y que recibirían este material adicional. Esta exclusión es relevante, por cuanto ya en el EIA del proyecto original se expresó, sin estudios técnicos que lo avalaran, que la operación de las centrales no alteraría el régimen natural del río a la altura de las bocatomas, situación que se demostró equivocada al momento de iniciar las operaciones. (ID-SEA 22.116).

Evaluación de la Respuesta En referencia a la respuesta entregada en la ADENDA 1, se solicita al Titular ampliar y actualizar la información en ICSARA 2 respecto a la pregunta señalada.

La no afectación sobre comunidades humanas, se fundamenta en que el Proyecto no generará efectos sobre canales, tranques y sistemas de riego, ya que el Titular ha decidido desarrollar la descarga del dragado del pondaje Tricahue en el período comprendido entre los meses de abril y agosto de cada año, en época distinta a la que se realizan las actividades de riego.

De todas formas, en la Adenda se realizó una modelación hidráulica bidimensional del dragado del pondaje Tricahue durante el período abril a agosto (Anexo V-E de la adenda anterior), la cual permite determinar, en diferentes secciones del dominio (área de modelación), la concentración de sedimentos en suspensión, de acuerdo al punto de origen de los aportes de sedimento y las entradas de tributarios que resulten en un efecto de dilución.

A modo de ejemplo, en la figura siguiente se entregan las variaciones de concentración máxima de sedimentos en suspensión generados por el dragado del pondaje Tricahue, utilizando un caudal al inicio del dominio22 de 8,5 m³/s, que crece hasta alcanzar 40 m³/s en Tinguiririca en La Polcura, para el período abril - agosto.

Figura 44 Modelación de la concentración máxima de sedimentos en suspensión en río Tinguiririca, para caudal inicial de 8,5 m3 en periodo abril – agosto

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De acuerdo a la figura anterior, para el escenario que considera la actividad de dragado, la concentración máxima de sedimentos en suspensión disminuye drásticamente entre la descarga (km 17,2) y el km 18 donde tiende a acercarse a los valores naturales del río Tinguiririca.

Por otra parte, las primeras bocatomas de la Junta de Vigilancia del río Tinguiririca se ubican aproximadamente en el km 42,5 respecto del modelo (Figura 45), por tanto, de acuerdo a lo indicado en la Figura 44, la concentración máxima de sedimentos en suspensión sería similar a los valores naturales del río en ese punto, lo que no afectaría sistemas de riego ni las actividades de los regantes.

Figura 45 Ubicación de bocatomas de Junta de Vigilancia de la primera sección del Río Tinguiririca respecto del Modelo Hidráulico Bidimensional del dragado del pondaje Tricahue

Observación 2 El titular indica que su objetivo del proyecto es el "manejo adecuado de los sedimentos", sin embargo, en el texto queda claro que sólo considera una liberación de sedimentos, algunos de ellos acumulados desde hace 8 años, vertiéndolos hacia el río, vía dragados o desarenados, con el fin de optimizar la operación y generación eléctrica de la central, y no entrega mayor información sobre las medidas que esta liberación de sedimentos acumulados ocasionaría a los otros usuarios ubicados aguas abajo. Se solicita entregar datos de calidad de aguas, específicamente niveles de sedimentos antes y después de las obras, así como en las bocatomas de los canales, tanto en situación sin proyecto como con proyecto (ID-SEA 22.114).

Evaluación de la Respuesta En referencia a la respuesta entregada en la ADENDA 1, se solicita al Titular ampliar y actualizar la información en ICSARA 2 respecto a la pregunta señalada.

En función de las actividades de dragado, el Titular ha desarrollado una modelación hidráulica bidimensional que se presentó en el Anexo V-E de la Adenda, en la cual se han establecido las concentraciones de sedimentos, en función de caudales, según la probabilidad de excedencia, los que van desde 2,5 a 18,1 m3/s en bocatoma de Hidroeléctrica La Higuera (ver Tabla 22).

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Tabla 22 Concentraciones de sedimentos en suspensión y aumento porcentual, producto de dragado en CH La Higuera, caudales del período abril a agosto

Caudales Río Tinguiririca

Mezcla Completa Solo dilución Modelo de transporte de sedimentos Antes junta Río Azufre Tinguiririca en La Polcura Probabilidad de Excelencia En BT HLC En La Polcura SST base SST con dragado SST con dragado (%) (m3/s) (m3/s) (mg/l) (mg/l) (mg/l) 99% 2.5 10.1 9 4120 471 95% 3.0 11.9 13 3529 417 85% 3.6 14.3 20 2963 357 75% 4.0 16.0 26 2676 298 65% 4.4 17.7 32 2462 306 50% 5.1 20.5 45 2192 277 40% 5.6 22.4 54 2060 260 30% 6.1 24.5 66 1947 266 20% 7.2 28.7 94 1812 240 10% 9.0 36.1 155 1764 268 5% 11.2 44.8 250 1923 333 2% 14.7 59.0 459 2538 549 1% 18.1 72.4 719 3449 741

Cabe destacar que en la cuarta columna se encuentra el estimado de sólidos suspendidos base, lo que representaría una base teórica de la condición previa a la descarga. Sin embargo, al ser una medida teórica contiene incertidumbre, por lo cual se plantea el seguimiento de la variable turbidez. Para lo cual se dispondrá de una red de monitoreo en línea de la turbidez, con tres estaciones: una estación instalada antes del reservorio Tricahue, otra aguas abajo de éste (cercano a la descarga del vertedero y antes de la confluencia con río Azufre), y una tercera en la casa de máquinas de la Central La Higuera (17 kilómetros aguas abajo), con objeto de monitorear la concentración de sedimentos en el río, así, en base a los resultados en línea de turbidez se determinará la continuidad de la actividad de dragado, manteniendo, con este control, los niveles de concentración de sedimentos, que permitan vigilar que no exista superación de los 2.000 NTU indicados en el sensor inmediatamente aguas abajo de la faena de dragado en la Central La Higuera (Tinguiririca antes del río Azufre).

En la Figura 26 del numeral VII Participación Ciudadana de la ADENDA Complementaria, se puede visualizar Estaciones de monitoreo en línea de Turbidez.

En la Tabla 23 se resumen los valores de los parámetros incluidos en la Norma Chilena NCh 1.333 (Requisitos de calidad del agua para diferentes usos) desde marzo de 2017 a junio de 2018. Como se puede observar las características naturales de las aguas del río Tinguiririca desde su parte alta (aguas arriba de la bocatoma Tinguiririca) presentan diversas excedencias respecto a la Norma Chilena NCh 1.333, destacando altas concentraciones de aluminio, arsénico, boro, hierro, molibdeno, manganeso y sulfato, asociados a altos valores de conductividad eléctrica y turbidez. Además, afluentes como el estero La Gloria presentan altas concentraciones de cobre y cobalto, entre otros elementos y valores más elevados de turbidez. Esta condición varia levemente hacia aguas abajo, registrándose varias excedencias que se mantienen incluso hasta Tinguiririca en Bajo Briones, como las concentraciones de aluminio, hierro, manganeso, molibdeno, que pueden complementarse con aumentos de elementos como el mercurio. Estas características del agua derivan de la conformación geomorfológica de la cuenca, por lo que constituyen la condición natural del sistema y tienen su repercusión en las características generales de los sedimentos.

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Tabla 23 Parámetros de calidad de agua (Periodo marzo 2017 a junio 2018). Se muestran en gris las excedencias respecto a la NCh 1.333

Teniendo en consideración estos antecedentes, se modeló el transporte de sedimentos evaluando la condición de solidos suspendidos en los sitios control, modelación presentada en el Anexo V-E de la Adenda anterior. Esta modelación numérica permitió determinar en diferentes secciones del dominio la concentración de sedimentos en suspensión, de acuerdo al punto de origen de los aportes de sedimento y las entradas de tributarios que resulten en un efecto de dilución. Permitiendo determinar que el área donde se han registrado especies de interés ambiental, los valores de NTU no generarán impactos sobre los ejemplares de la fauna íctica presente.

A modo de ejemplo se calculó el comportamiento del río con un dragado en diferentes escenarios, por ejemplo, en el caso de un caudal referencial al inicio del dominio10 (aguas arriba de la bocatoma Tricahue) de 8,5 m³/s, que crece hasta alcanzar 40 m³/s en Tinguiririca en La Polcura, como se muestra en la figura siguiente.

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Figura 27 Variación de la concentración máxima de sedimentos en suspensión del río para un caso referencial de 8,5 m³/s de caudal al inicio del dominio. Dragado pondaje Tricahue (período abril a agosto)

En consecuencia, según la modelación una turbidez de aproximadamente 2000 NTU en la estación control ubicada en el río Tinguiririca antes de la junta con el río Azufre implicaría que en el tramo control de la Polcura la turbidez no superaría los 1000 NTU, manteniéndose principalmente bajo 500 NTU, por lo que no se esperarían efectos en las especies objetivo en el área de importancia ambiental o en el tramo intermedio.

Además de la modelación teórica, los datos de turbidez medidos entre septiembre de 2012 y noviembre de 2017 muestran que al calcular los peak (máximos históricos) y el promedio en las estaciones ubicadas en el cauce principal del río Tinguiririca y dos de afluentes (Estero La Gloria y río Azufre), uno de los precursores más relevantes de la turbidez sería el estero La Gloria, debido a que en algunos periodos puede alcanzar a 3683 NTU, aumentando significativamente la turbidez del cauce principal. El cual presenta aguas arriba de la bocatoma una turbidez relativamente baja. Posteriormente, el río Azufre puede aportar turbidez o disminuirla, según el periodo del año, presentando valores similares a lo registrado en el tramo de restitución de HLH.

Tabla 24 Estadísticos del parámetro Turbidez (NTU) en las estaciones históricas

Estación N Promedio Desviación Estándar Mínimo Máximo Bocatoma Tinguiririca 9 303 345 29 825 La Gloria 9 665 1205 5 3683 Tricahue 20 316 491 4 1706 La Puya 19 219 478 3 2138 Restitución La Higuera 14 400 586 4 2190

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Figura 28 Ubicación de estaciones de seguimiento histórico. El tamaño de los círculos es proporcional a los valores de turbidez (NTU)

En base a los datos de turbidez obtenidos entre el 15 de junio de 2018 y el 18 de agosto de 2018 (ver Figura 29), se calcularon los peak (máximos diarios) en las estaciones ubicadas aguas abajo de la descarga del dragado (TPM). La turbidez en la estación TPM alcanzó un promedio de 1433,2 NTU y una desviación estándar de 361,6. Cabe destacar que, la turbidez fue menor al máximo histórico registrado en el estero La Gloria, además, la condición sin dragado (LB), presentó valores de turbidez altos derivados de lluvias esporádicas o derretimiento.

Figura 29 Turbidez máxima diaria en la estación TPM (Tinguiririca aguas arriba del río Azufre). En condición de dragado y sin dragado (LB)

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En el caso de los sedimentos, el estudio de la calidad de sedimentos expuesto en la DIA tomó a modo de referencia los límites estipulados en los lineamientos de Calidad de Sedimentos para la Protección de la Vida Acuática canadiense. Cabe destacar que esta norma permite considerar sedimentos no contaminados (Interim Freshwater Sediment Quality Guideline, ISQG), niveles con probables efectos para el medio ambiente (Probable Efect Level, PEL), y la incidencia porcentual para los valores de ISQG y PEL. El muestreo realizado constó de 1 muestra en cada estación y 3 muestras obtenidas del Pondaje Tricahue (Tr-3, Tr-4 y Tr-5), además de incluir una muestra replicada correspondiente R-1, la que es un duplicado de la estación Tr-3, entregándose al laboratorio como una estación aparte sin indicar su procedencia. El detalle de los parámetros analizados en laboratorio con sus respectivos respaldos se encuentra en el Anexo C “Informes de Análisis de Calidad de Sedimentos” de la Caracterización Ambiental Ecosistemas Acuáticos Continentales presentada en la DIA. Cabe destacar que los sedimentos que serán vertidos son los propios de la cuenca, por lo que mantendrán parte de las características propias del agua antes expuestas, las que según Méndez (2018)11, al provenir de aguas termales en la parte alta de la cuenca del río Damas, presentarían características cloruradas sódicas y altas concentraciones en casi todos los elementos. El resto de las aguas de la cuenca forman una transición desde sulfatadas cálcicas a bicarbonatadas cálcicas, donde las de la parte alta de la cuenca son más sulfatadas y poseen mayores concentraciones y anomalías de Al, Fe, Mn y otros elementos, mientras que las de la parte baja son más bicarbonatadas, con menores concentraciones de los distintos elementos. En este trabajo al comparar los distintos resultados de análisis con la normativa chilena para agua potable, se observaron varias excedencias sobrepasando las concentraciones límite de As, Cl, Fe, Hg y Mn. A continuación, se muestran los resultados de calidad de sedimentos aguas arriba del Pondaje (Control), en el Pondaje y aguas abajo. Esperándose que las condiciones en operación del proyecto permanezcan.

Los parámetros orgánicos analizados en laboratorio fueron los contenidos de materia orgánica en los sedimentos de las estaciones en estudio. Es importante destacar, que este parámetro no posee un marco de referencia en la Norma Chilena o Canadiense (Canadian Sediment Quality Guideline for the Protection of Aquatic Life) (ver Tabla 31).

Las concentraciones de materia orgánica fueron bastante heterogéneas entre estaciones de muestreo, las cuales, registraron una media de 28.843,6 ± 33.236,9 mg/kg, variando entre un mínimo de 2.078 mg/kg en la estación río Azufre (C-4) y un máximo de 99.927 mg/kg en Pondaje Tricahue (Tr-5).

Tabla 25 Parámetros orgánicos (mg/kg) medidos en laboratorio

Parámetros Control Pondaje Aguas abajo Afluentes Tr-1 Tr-3 Tr-4 Tr-5 Tr-2 C-5 C-6 C-7 C-4 Materia Orgánica 43.138 56.916 32.709 99.927 7.676 3.559 7.584 6.005 2.078

Asimismo, los parámetros inorgánicos analizados en laboratorio correspondieron a sulfatos, nitrógeno total y fósforo total en los sedimentos de las estaciones en estudio. Es importante destacar, que estos parámetros no poseen un marco de referencia en la Norma Chilena o Canadiense (Canadian Sediment Quality Guideline for the Protection of Aquatic Life) (ver Tabla 26).

El análisis de los sulfatos, indicaron valores heterogéneos entre estaciones de muestreo, con concentraciones que variaron entre 35.340 mg/kg y 2.700 mg/kg, en las estaciones Pondaje Tricahue (Tr-3) y río Azufre (C-4) respectivamente, cuya concentración promedio fue 12.770,0 ± 9.992,8 mg/kg. Por otro lado, el nitrógeno total exhibió una concentración media de 154,89 ± 71,66 mg/kg, observándose una máxima de 264 mg/kg en la estación río Azufre (C-4), mientras, el mínimo se obtuvo en la estación río Tinguiririca en La Iglesia (C-5) con 76 mg/kg. Finalmente, el fósforo total exhibió concentraciones heterogéneas, las cuales, promediaron 782,44 ± 354,12 mg/kg, oscilando entre un mínimo de 314 mg/kg en la estación Aguas abajo Pondaje Tricahue (Tr-2), y un máximo de 1.322 mg/kg en Pondaje Tricahue (Tr-4).

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Tabla 26 Parámetros inorgánicos (mg/kg) medidos en laboratorio

Parámetros Control Pondaje Aguas abajo Afluentes Tr-1 Tr-3 Tr-4 Tr-5 Tr-2 C-5 C-6 C-7 C-4 Sulfatos 9.290 35.340 12.370 18.360 6.920 17.550 6.950 5.450 2.700 Nitrógeno Total 202 143 236 80 89 76 197 107 264 Fósforo Total 327 1.037 1.322 941 314 1.036 504 944 617

Los resultados obtenidos de las concentraciones de metales totales medidos en laboratorio en los sedimentos, se encuentran en la Tabla 18, junto con los valores de referencia de la Norma Canadiense (Canadian Sediment Quality Guideline for the Protection of Aquatic Life). Esta norma muestra valores que permiten considerar sedimentos no contaminantes (Interim Freshwater Sediment Quality Guideline, ISQG), niveles con efectos probables sobre el medio ambiente (Probable Effect Level, PEL), y la incidencia porcentual para los valores de PEL. Los análisis de concentraciones de metales totales correspondientes a la actual campaña de muestreo medidos en laboratorio se presentan en la Tabla 18 y sus respaldos en el Anexo C “Informes de Análisis de Calidad de Sedimentos” de la Caracterización Ambiental Ecosistemas Acuáticos Continentales presentada en la DIA.

Se analizaron 7 metales en sedimentos (arsénico, cadmio, cobre, cromo, mercurio, plomo y zinc), los cuales se encuentran normados. Las estaciones asociadas al Pondaje Tricahue (Tr-3 y Tr-5) registraron concentraciones de arsénico sobre el límite en el que se esperarían efectos ambientales (Probable Effect Level, PEL). En cuanto al cadmio, cobre y mercurio, presentaron en algunas estaciones niveles sobre los índices de ISQG establecidos por la Norma Canadiense.

El arsénico presentó valores heterogéneos, observándose un promedio de 19,53 ± 20,97 mg/kg, con una incidencia de muestras con concentraciones sobre el límite establecido para sedimentos con contaminación (ISQG: 5,9 mg/kg), un total de 7 muestras superaron este límite, excluyéndose las estaciones (C-6 y C-4). Asimismo, las estaciones que presentaron concentraciones sobre el límite de posibles efectos ambientales (PEL: 17 mg/kg) correspondieron a las obtenidas en el Pondaje Tinguiririca (Tr-3, Tr-4 y Tr-5) y las ubicadas Aguas arriba de bocatoma Tinguiririca (Tr-1) y Aguas abajo del Pondaje (Tr-2, C-5 y C-7). El máximo se registró en la estación Pondaje Tinguiririca (Tr-5) con 61,20 mg/kg, mientras, el mínimo se obtuvo en la estación río Tinguiririca en Puente Negro (C-6) con 5,47 mg/kg.

La concentración de cadmio en sedimentos registró en la mayoría de las estaciones, valores bajo los índices ISQG (0,6 mg/kg) y PEL (3,5 mg/kg), las estaciones asociadas al Pondaje Tricahue (Tr-3 y Tr-5) y Tinguiririca en Puente Negro (C-6) exhibieron valores sobre el ISQG (0,6 mg/kg) de 0,763 mg/kg, 1,070 mg/kg y 1,270 mg/kg respectivamente. Asimismo, el valor máximo observado correspondió a 1,270 mg/kg en la estación río Tinguiririca en Puente Negro (C-6), a su vez, la mínima concentración fue 0,112 mg/kg en Aguas arriba bocatoma Tricahue, cuya media alcanzó un valor de 0,466 ± 0,448 mg/kg.

En cuanto a la concentración de cobre en los sedimentos analizados, éste registró valores por sobre el límite de ISQG (35,7 mg/kg), sin embargo, están muy por debajo del límite de PEL (197 mg/kg). La concentración promedio correspondió a 40,22 ± 11,23 mg/kg, con un máximo de 59,20 mg/kg en Pondaje Tricahue (Tr-5) y un valor mínimo de 25,80 mg/kg en río Tinguiririca en Puente Negro (C-6).

A su vez, el cromo obtuvo un promedio de 8,68 ± 2,51 mg/kg, con un máximo de 12,00 mg/kg en la estación Tinguiririca en Puente Negro (C-6), y un mínimo de 3,48 mg/kg en Pondaje Tricahue (Tr- 4). Consecuentemente, todas las concentraciones fueron menores al límite establecido para determinar sedimentos con contaminación según la Norma Canadiense (ISQG: 37,3 mg/kg). Por su parte, las concentraciones de mercurio obtuvieron bajo el límite de detección analítica (<0,025 mg/kg) en 3 estaciones de muestreo (Tr-4, C-5 y C-4), por otro lado, todas las estaciones de muestreo restantes se encontraron bajo el límite ISQG (0,170 mg/kg), a excepción de Pondaje Tricahue (Tr-3), el cual, exhibió una concentración ligeramente por sobre el índice ISQG (0,170 <footer2

mg/kg). Asimismo, el valor máximo de 0,179 mg/kg se obtuvo la estación Pondaje Tricahue (Tr-3), mientras, el mínimo correspondió a valores inferiores a 0,0025 mg/kg registrados en las estaciones Pondaje Tricahue (Tr-4), Tinguiririca en La Iglesia (C-5) y río Azufre (C-4), cuya concentración media alcanzó a 0,083 ± 0,059 mg/kg.

De la misma forma, las concentraciones de plomo estuvieron en todas las estaciones bajo el límite máximo establecido para sedimentos no contaminados (ISQG: 35 mg/kg), con un promedio de 4,68 ± 1,77 mg/kg, registrando un valor mínimo de 3,01 mg/kg en la estación Aguas arriba bocatoma Tricahue (Tr-1) y máximo de 7,79 mg/kg en la estación Pondaje Tinguiririca (Tr-5). Finalmente, las concentraciones de zinc fueron relativamente heterogéneas en todas las estaciones muestreadas, con un promedio de 37,14 ± 8,72 mg/kg. El máximo valor se encontró en Pondaje Tinguiririca (Tr-3) con 50,40 mg/kg y el mínimo en estación río Azufre (C-4) con 22,20 mg/kg. Estas concentraciones estarían dentro de los rangos esperados para sedimentos no contaminados (ISQG: 123 mg/kg) según la Norma Canadiense.

Tabla 27 Metales Totales (mg/kg) medidos en laboratorio, con sus respectivos valores referenciales de la Norma Canadiense

Parámetros Control Pondaje Aguas abajo Afluentes ISQG PEL %=PEL Tr-1 Tr-3 Tr-4 Tr-5 Tr-2 C-5 C-6 C-7 C-4 Arsénico 11,90 50,10 16,50 61,2 6,76 6,95 5,47 11,10 5,78 5,9 17 12 Cadmio 0,112 0,763 0,301 1,070 0,180 0,156 1,270 0,173 0,170 0,6 3,5 47 Cromo 8,19 7,19 3,48 7,93 9,95 11,40 12,00 9,19 8,78 37,3 90 49 Cobre 41,8 56,8 41,3 59,2 37,9 34,4 25,8 32,1 32,7 35,7 197 44 Mercurio 0,054 0,179 <0,025 0,159 0,125 <0,025 0,073 0,082 <0,025 0,17 0,486 36 Plomo 3,01 7,66 3,99 7,79 3,43 4,16 4,12 3,89 4,04 35 91,3 42 Zinc 34,2 50,4 33,8 49,8 34,4 34,5 40,2 34,8 22,2 123 315 36

Observación 3 Se solicita aclarar qué medidas de manejo se tomarán (prevención, mitigación y/o compensación) para evitar que los sedimentos liberados al río, ya sea por el dragado o por el desarenado de las instalaciones, superen niveles tolerables por los sistemas de riego tecnificado y tradicionales, o para prevenir embanques en bocatomas, canales, acequias y tranques. Estas medidas deben considerar los efectos del manejo de sedimentos en conjunto tanto de la Higuera como de La Confluencia (ID- SEA 21.113).

Evaluación de la Respuesta En referencia a la respuesta entregada en la ADENDA 1, se solicita al Titular ampliar y actualizar la información en ICSARA 2 respecto a la pregunta señalada.

Respuesta: Se aclara que dado que las actividades de dragado de la Central La Higuera y de Central La Confluencia se realizarán en épocas distintas (abril a agosto y septiembre a marzo, respectivamente), no se consideran medidas de manejo conjuntas. A continuación, se indican las medidas del Plan de Manejo de Sedimentos de Central La Higuera asociadas a evitar la afectación en sistemas de riego y obras de canalistas:

Red de monitoreo en línea de la turbidez Se dispondrá de tres estaciones para medir en línea la turbidez, una estación instalada antes del reservorio Tricahue, otra, aguas abajo de éste (cercano a la descarga del vertedero y antes de la confluencia con río Azufre), y una tercera en la casa de máquinas de la Central La Higuera (17 kilómetros aguas abajo), tal como se observa en la siguiente figura:

En la Figura 24 del numeral VII Participación Ciudadana de la ADENDA Complementaria, se puede visualizar las Estaciones para medir en línea la turbidez - Plan de Manejo de Sedimentos Central La Higuera.

El objetivo de esta medida es monitorear la concentración de sedimentos en el río, así, en base a los resultados en línea de turbidez se determinará la continuidad de la actividad de dragado, manteniendo, con este control, los niveles de concentración de sedimentos, que permitan vigilar que <footer2

no exista superación de los 2.000 NTU indicados en el sensor inmediatamente aguas abajo de la faena de dragado en la Central La Higuera.

Plan de monitoreo de sedimentos Se realizará un plan de monitoreo de sedimentos trimestral (uno cada estación del año), que se realizará en conjunto con el plan de monitoreo de ecosistemas acuáticos continentales y calidad del agua. En función de la programación de dragado presentada en la adenda anterior, el Titular ha aumentado de 3 a 7 años la duración de este monitoreo, es decir, durante los primeros 5 años en los que se extraerá la tasa natural de acumulación anual, más una proporción de lo acumulado a la fecha (45.000 m³ en total); y en los 2 años posteriores, donde la tasa de dragado será la igual a la tasa de retención anual (35.000 m³).

En cada una de las estaciones de muestreo se evaluarán los parámetros correspondientes a la calidad de sedimentos de acuerdo a lo señalado en los Lineamientos de Calidad de Sedimentos para la Protección de la Vida Acuática determinada por el Concilio Canadiense de Ministros Ambientales en el año 1999, actualizada el 2002, esto debido a la ausencia de una norma chilena acerca de calidad de sedimentos. Los análisis serán llevados a cabo por un laboratorio acreditado bajo los estándares de competencia técnica de la norma internacional ISO/IEC 17.025:2005.

El análisis de los sedimentos será evaluado en 12 estaciones de muestreo definidas para el seguimiento ambiental a lo largo del área de influencia del Proyecto, cuya estación control se ubicaría en el cauce principal del río Tinguiririca en La Vieja, aguas arriba de la bocatoma Tricahue. La ubicación de estas estaciones, se presentan en Tabla 19 y Figura 25.

Tabla 19 Estaciones de seguimiento ambiental para calidad física y química de sedimentos

Estación Coordenadas Geográficas UTM S UTM E Tinguiririca en La Vieja 6.138.573 359.325 Tinguiririca antes Azufre 6.144.326 357.719 Tinguiririca antes Carrizal 6.149.369 351.224 Tinguiririca antes El Manzano 6.149.690 349.106 Tinguiririca antes El Membrillo 6.150.031 348.470 Tinguiririca bajo La Iglesia 6.152.517 344.680 Tinguiririca en La Javierana 6.155.318 342.020 Tinguiririca en El Espinal 6.154.812 340.187 Tinguiririca en Isla Briones 6.158.172 332.104 Tinguiririca en Puente Negro 6.161.256 328.542 Tinguiririca en Ruta 5 6.167.536 318.451 Azufre antes de Tinguiririca 6.145.107 357.261

En la Figura 25 del numeral VII Participación Ciudadana de la ADENDA Complementaria, se puede visualizar las Estaciones de Seguimiento ambiental. Calidad física y química de Sedimentos.

Los parámetros que serán monitoreados en cada una estas estaciones se presentan en la siguiente tabla.

Tabla 20 Parámetros de calidad de sedimentos medidos en laboratorio con su respectiva metodología.

Análisis Descripción Referencia del método PARAMETROS ORGANICOS Materia orgánica Gravimetría Método Gravimétrico. Análisis CNA-MET 7.2 para suelos y tejidos. <footer2

GRANULOMETRÍA Granulometría Granulometría Método ASTM D422 – Standard Test Methods for Particle-Size Analysis for Soils Análisis Descripción Referencia del método Hg (mg/kg) Mercurio Método EPA-7470-A. USEPA SW-846. As (mg/kg) Arsénico total Método EPA-6010-C Espectrometría de Masas con Plasma Acoplado Inductivamente (ICP). EPA, Test Methods for evaluating Solid Waste SW 846. Cd (mg/kg) Cadmio Total Cr (mg/kg) Cromo Total Cu (mg/kg) Cobre Total Pb (mg/kg) Plomo Total Zn (mg/kg) Zinc Total

Se debe tomar en cuenta que los sedimentos vertidos son los propios de la cuenca. Según Méndez (2018)9, las aguas termales de la parte alta de la cuenca del río Damas se caracterizan por ser cloruradas sódicas y poseer altas concentraciones en casi todos los elementos analizados. El resto de las aguas de la cuenca forman una transición desde sulfatadas cálcicas a bicarbonatadas cálcicas, donde las de la parte alta de la cuenca son más sulfatadas y poseen mayores concentraciones y anomalías de Al, Fe, Mn y otros elementos, mientras que las de la parte baja son más bicarbonatadas, con menores concentraciones y sólo con un punto con anomalía de Zn. Por lo que, al comparar las muestras con la normativa chilena para agua potable, varias sobrepasan los valores límite de As, Cl, Fe, Hg y Mn.

Para complementar esta información bibliográfica, en la tabla siguiente se resumen los valores de los parámetros incluidos en la Norma Chilena NCh 1.333 (Requisitos de calidad del agua para diferentes usos) desde marzo de 2017 a junio de 2018. Como se puede observar las características naturales de las aguas del río Tinguiririca desde su parte alta (aguas arriba de la bocatoma Tinguiririca) presentan diversas excedencias respecto a la Norma Chilena NCh 1.333, destacando altas concentraciones de aluminio, arsénico, boro, hierro, molibdeno, manganeso y sulfato, asociados a altos valores de conductividad eléctrica y turbidez. Además, afluentes como el estero La Gloria presentan altas concentraciones de cobre y cobalto, entre otros elementos y valores más elevados de turbidez. Estas características del agua derivan de la conformación geomorfológica de la cuenca, por lo que constituyen la condición natural del sistema y tienen su repercusión en las características generales de los sedimentos.

Estas características del agua derivan de la conformación geomorfológica de la cuenca, por lo que constituyen la condición natural del sistema y tienen su repercusión en las características generales de los sedimentos. En este sentido, es posible que se verifiquen algunos parámetros de sedimentos que sobrepasen la normativa internacional (en ausencia de normativa nacional), pero que no constituirían una alteración asociada a las acciones del proyecto.

Observación 4 Se solicita especificar planes de contingencia para el caso de crecidas o aluviones en cordillera o aguas arriba de los embalses, y que podrían aumentar el arrastre de materiales y sedimentos hacia las bocatomas de los canales de riego (23.119). Evaluación de la Respuesta En referencia a la respuesta entregada en la ADENDA 1, se solicita al Titular ampliar y actualizar la información en ICSARA 2 respecto a la pregunta señalada.

Se aclara que el Anexo I-I de la Adenda no se relaciona con la observación sobre la especificación de planes de contingencia para el caso de crecidas o aluviones solicitado en la observación. Sin embargo, como dice la respuesta, el Titular cuenta con un Plan de Alertas Climáticas (Anexo I-F de la Adenda) que incluye un plan de emergencia en caso de alud, aluvión o crecida, el que se detalla a continuación:

1.- En caso de recibir llamado u/o aviso de crecida, alud o aluvión en el rio Tinguiririca o Portillo, por cualquier canal de comunicación (verbal, telefónico, radial, correo, etc.), el Despachador pondrá inmediatamente en conocimiento al Operador-Mantenedor de Turno, quien deberá ponerse al resguardo, dirigiéndose a la zona de seguridad más cercana. <footer2

2.- El Despachador pondrá inmediata atención a la indicación de Nivel (cota) y sedimentos en las respectivas pantallas de SCADA24, de la o las bocatomas que se verían afectadas primeramente por esta crecida.

A continuación, la Figura 48 y la Figura 49 indican las cotas de operación normal y cotas de alarma de Bocatomas Portillo y Tinguiririca y Bocatomas Tricahue y La Puya respectivamente:

Figura 48 Cotas de operación normal y cotas de alarma de Bocatomas Portillo y Tinguiririca

HLC Portillo (msnm) Tinguiririca (msnm) Alarma Crecida 1466.6 1452.5 Alarma Vertimiento 1466.1 1452.0 Alarma Nivel Alto 1465.9 1451.6 Operación Normal 1465.8 1451.5

Figura 49 Cotas de operación normal y cotas de alarma de Bocatomas Tricahue y La Puya

HLC La Puya (msnm) Tricahue (msnm) Alarma Crecida 1104.5 1104.8 Alarma Nivel Alto 1103.8 1103.8 Operación Normal 1103.7 1103.7

3.- Si se encuentra disponible, el Despachador verificará la condición del río por instrumentación de telemetría; CCTV25 y tomará contacto inmediato con Centro de Control de Central Hidroeléctrica San Andrés (Hydrochile), consultando por posibles aumentos de caudal en sus instalaciones.

En caso de aviso de alud, aluvión o crecida en cualquiera de los ríos (Portillo o Tinguiririca), por cualquier medio de comunicación, se considerará inmediatamente como una condición real de emergencia y se iniciarán las maniobras indicadas a continuación:

a.- Se procederá a apertura de compuertas radiales dando prioridad a las bocatomas que serán afectadas primeramente por el aumento de caudal, de acuerdo al aviso recibido. Por lo cual se requiere inmediato despeje de las zonas aledañas a cauces de ríos y quebradas. b.- Otras maniobras en curso, como regulación de caudales por derechos de agua, entrega de caudales para mantener la condición natural de escurrimiento, entrega de datos al Coordinador Eléctrico Nacional (CEN), que se estaban realizando previamente al momento que se declaró la alarma de crecida, quedan suspendidas temporalmente y pasan a tener una segunda prioridad, enfocándose a las maniobras necesarias para salvaguardar a las personas e instalaciones que pueden ser afectadas por la crecida, aluvión o el evento climático.

c.- Especial atención se deberá tener en avisos de posibles crecidas en río Tinguiririca en tramo comprendido entre Central La Confluencia y Central La Higuera. Este tramo del río se encuentra afecto a variaciones por vertimientos en pondaje Tricahue por fallas en La Higuera que podrían aumentar su normal cauce.

d.- En Bocatomas Portillo y Tinguiririca se deberá realizar el siguiente procedimiento:

– Apertura inmediata de compuertas radiales de manera secuencial, iniciando por el radial número 3 en 0,43 metros por un tiempo de 15 minutos. Con lo cual se comenzará a evacuar un caudal de 23,62 m3/s.

– Cierre de compuertas de toma o aducción, una vez iniciado el proceso de vaciado de la poza de captación (apertura de la primera compuerta Radial), se procederá al cierre inmediato total de la compuerta de toma o compuerta de aducción de la bocatoma. (consigna de 0% o 0 mm de posición de compuerta).

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– Se deberá verificar la disminución de cota de la poza de captación, si esta cota sigue subiendo o se mantiene, en el tiempo indicado, proceder con la apertura de la compuerta Radial 2 en 0,43 metros y esperar otros 10 minutos, verificando la condición de disminución de la cota en la poza de captación, si esto no ocurre proceder con la apertura de la Radial 1 en misma apertura de 0,43 metros.

– Se realizará la apertura de las compuertas radiales, de acuerdo con la secuencia indicada, hasta alcanzar una disminución de 4 metros de la cota inicial de la poza de captación, posteriormente se procederá con la apertura completa de las 3 compuertas Radiales (5.200 mm).

– En caso de que una o más compuertas radiales no respondan a la consigna dada mediante SCADA, se procederá a abrir inmediatamente la siguiente compuerta indicada en la secuencia respectiva.

– En caso de que el nivel de la poza de captación comience a aumentar, aun abriendo una o más compuertas radiales en las alturas indicadas, las consignas de apertura serán de manera tal, que la cota disminuya y permanezca siempre bajo el nivel de vertimiento de dicha bocatoma.

– Las maniobras de apertura de compuertas radiales, vaciando las pozas de captación se iniciarán primeramente en la bocatoma respectiva a la rama involucrada en el anuncio de alud, aluvión o incremento inusual de los caudales, para luego continuar con las bocatomas primarias de la rama no declarada en anormalidad.

e.- En Bocatomas La Puya y Tricahue se deberá realizar el siguiente procedimiento:

– Se realizará la apertura al 100% de las compuertas radiales de manera inmediata, no existiendo restricción de tiempos de espera (4 compuertas radiales en Bocatoma La Puya y 3 compuertas radiales Bocatoma Tricahue). – Cierre de compuertas de toma o aducción, una vez iniciado el proceso de vaciado de la poza de captación (apertura de la primera compuerta Radial), se procederá al cierre inmediato de la compuerta de toma o compuerta de aducción, de la bocatoma que se encuentra en maniobras de apertura de radiales (consigna de 0% o 0 mm de posición de compuerta).

e.- Una vez cerradas la o las compuertas de toma o aducción de bocatomas primarias que serían afectadas por la emergencia, se procederá al retiro inmediato de servicio de las bocatomas secundarias de Central Confluencia, iniciando por bocatoma Azufre (Apertura inmediata de compuertas radiales), luego Los Humos, La Gloria, Riquelme y finalmente el Ciruelo. El retiro de servicio de estas bocatomas, corresponde a la apertura de sus compuertas desrripiadoras y al cierre de sus compuertas de entrada a los desarenadores.

f.- Se informará al CEN del retiro de las instalaciones por condición climática excepcional, detención inmediata de las Centrales La Higuera y La Confluencia.

g.- Iniciadas las maniobras de apertura de compuertas radiales, se comunicará al Subgerente de Operaciones o quien lo reemplace (durante días festivos laborales) o al Jefe de Emergencia de Turno (fines de semana), informando que se ha establecido la condición de emergencia y se ha procedido al retiro de servicio de las bocatomas de La Higuera y/o Confluencia. El jefe de emergencia o Subgerente de Operaciones, serán los encargados de dar los avisos respectivos a los entes externos como Junta de Vigilancia del Río Tinguiririca, Carabineros, ONEMI, DGA, etc.

h.- Se mantendrá la condición de instalaciones fuera de servicio hasta el levantamiento del estado de alerta, el cual será dictado por el Gerente de Operaciones o quien lo reemplace, quien previamente ha sido puesto en conocimiento de la emergencia por el Subgerente de operaciones o Jefe de la Emergencia, según corresponda.

i.- Ante pérdidas de comunicación de sistema SCADA entre el centro de control de La Higuera y Bocatomas La Puya y/o Tricahue, un operador deberá asistir a dichas bocatomas para operación local y dejar compuertas radiales abiertas por completo. Esto si las condiciones del camino y <footer2

condiciones climáticas no presentan riesgos al operador. Ante pérdidas de comunicación de sistema SCADA entre el centro de control de La Higuera y alguna bocatoma de La Confluencia, un operador deberá asistir primeramente a la sala de control de La Confluencia y verificar si cuenta con mando remoto de dichas bocatomas, de lo contrario deberá dirigirse a dicha bocatoma para operación local y dejar compuertas radiales abiertas por completo. Esto si las condiciones del camino y condiciones climáticas no presentan riesgos al operador.

Finalmente se reitera que los eventos de crecidas y aluviones se producen en época invernal, donde la infraestructura de riego no es ocupada. El arrastre de sedimentos asociado a fenómenos naturales que potencialmente podrían afectar las bocatomas de los canales de riego, no tienen relación con la operación del Proyecto, ni menos su manejo es responsabilidad de Central La Higuera.

Observación 5 Según los estudios presentados por el Titular, los sedimentos de los reservorios, de aguas abajo y afluentes presentan heterogeneidad en parámetros orgánicos e inorgánicos y metales. Asimismo, se detectó que en la mayoría de los casos las concentraciones son más altas en los sedimentos de los reservorios. Es decir, el propio Titular reconoce que los sedimentos poseen niveles de contaminación en comparación con los sedimentos naturales. Junto con lo anterior, la temporalidad y programación de las descargas de los sedimentos dragados se estableció que "podrá ser controlado y regulado según al caudal del río", lo cual deja espacios para que aquellas ocurran sin que se verifiquen perjuicios, principalmente en la calidad del agua, y la infraestructura asociada al riego. Es necesario, por lo tanto, evaluar si estas descargas podrían cambiar la dinámica de sedimentos y la calidad de agua en el río Tinguiririca, dado que entregarán una mayor concentración de sedimentos con características físico-químicas variables. Además, evaluar el impacto acumulativo que generaría la descarga de sedimentos de la central La Higuera y La Confluencia (que conforman una unidad y pertenecen al mismo proyecto original) en conjunto (ID-SEA 23.120).

Evaluación de la Respuesta En los antecedentes entregados en la ADENDA por el Titular, propone un nuevo esquema de dragado del reservorio Tricahue que considera una duración de 5 meses al año (entre los meses de abril a agosto), mientras que estas actividades en la Central la Confluencia (pondaje Tinguiririca) se desarrollarán durante 7 meses al año (entre los meses de septiembre y marzo), esto, permite evitar la operación en conjunto de ambas centrales y la descarga excesiva de sedimentos al río.

A partir de lo anterior, se desarrolló una Modelación Hidráulica Bidimensional que se entrega en el Anexo V-E de la Adenda, en cuyos planos y análisis de Tensión de Fondo, se concluye que las descargas del proyecto no modificarían la dinámica de sedimentos del río, como tampoco en términos de calidad del agua, pues las concentraciones esperadas para distintos períodos de excedencia (capítulo 7 del documento mencionado) no presentan valores fuera de los rangos históricos para el río Tinguiririca, por lo que no cambiaría las características fisicoquímicas del mismo. Respecto del impacto acumulativo, se aclara que no será posible un impacto acumulativo con la descarga de sedimentos dragados desde la Central La Confluencia, pues, como se ha indicado, ambos dragados se realizarán en épocas distintas del año.

Observación 6 El titular presenta el estudio denominado “Efecto dragado en la turbidez del río Tinguiririca”, el cual tuvo por objeto evaluar la extensión de la pluma de dispersión de sedimentos producto del dragado de material del pondaje Tricahue y su efecto en las comunidades biológicas. De la revisión del estudio, se puede señalar lo siguiente:

a.- El análisis y resultados tienen como base una prueba de dragado realizada en el pondaje Tricahue correspondiente a las operaciones de La Higuera, sin señalar el estado de operación o funcionamiento de las centrales (La Higuera y Confluencia), bocatomas y desarenadores.

Evaluación de la Respuesta El Titular aclara que la prueba de dragado realizada se desarrolló mientras la Central La Higuera y La Confluencia funcionaban en condiciones normales. <footer2

b.- No se cuenta con informe técnico de dragado de la central La Confluencia.

Evaluación de la Respuesta El Titular aclara que no se ha desarrollado una prueba de dragado en Central La Confluencia, por lo que no se puede contar con el informe solicitado.

c.- Se establecen como parámetros de turbidez histórica en la cuenca del río Tinguiririca, los datos proporcionados entre los años 2012 y 2017, para cuando las centrales ya se encontraban en operación a partir del 2010, por lo que no se cuenta con la información base sin proyecto para conocer la condición natural anterior a los proyectos analizados.

Evaluación de la Respuesta En anexo I-I de la Adenda N° 1 “Línea de Base Sedimentológica”, acápite 4.2.2, se presenta la estimación de Gasto Sólido en Suspensión previo a la puesta en marcha de la central hidroeléctrica La Higuera, período 1966/97 – 2005/06. Los resultados de dicho análisis se presentan en la siguiente Tabla 5.

Tabla 5 Estimación carga de sedimentos esperada Tinguiririca bajo los Briones, curva duración de caudales medios diarios 1966/67 – 2005/06

Q Min (m3/s) Q Max (m3/s) Q Med (m3/ s) GSS (ton/dí a) Anual Invierno Verano Rango (%) Pexc (%) GSS ton/dí a Rango (%) Pexc (%) GSS ton/d ía Rango (%) Pexc (%) GSS ton/día 0 6 3 1 0,083 99,917 0,0 0,165 99,835 0,0 0,000 100,0 0,0 6 12 9 9 6,160 93,756 0,6 11,357 88,478 1,1 0,872 99,1 0,1 12 18 15 28 11,661 82,095 3,3 21,044 67,434 6,0 2,112 97,0 0,6 18 24 21 59 9,233 72,862 5,5 14,862 52,572 8,8 3,505 93,5 2,1 24 30 27 102 9,051 63,812 9,3 13,192 39,380 13,5 4,836 88,7 4,9 30 36 33 159 8,634 55,178 13,7 9,853 29,528 15,6 7,392 81,3 11,7 36 42 39 228 7,746 47,432 17,7 7,386 22,142 16,9 8,111 73,2 18,5 42 48 45 325 6,661 40,771 21,6 5,505 16,637 17,9 7,836 65,3 25,4 48 54 51 462 4,673 36,097 21,6 3,294 13,342 15,2 6,076 59,3 28,1 54 60 57 633 4,673 31,424 29,6 2,617 10,725 16,6 6,765 52,5 42,8 60 66 63 840 4,249 27,175 35,7 1,685 9,040 14,2 6,856 45,6 57,6 66 72 69 1.086 3,376 23,799 36,7 1,203 7,837 13,1 5,586 40,1 60,7 72 78 75 1.375 3,391 20,408 46,6 1,339% 6,498 18,4 5,479 34,6 75,3 78 84 81 1.708 3,027 17,381 51,7 0,842 5,656 14,4 5,249 29,3 89,7 84 90 89 2.090 2,344 15,037 49,0 0,587 5,069 12,3 4,132 25,2 86,4 90 96 93 2.524 2,223 12,814 56,1 0,752 4,317 19,0 3,719 21,5 93,9 96 102 99 3.011 1,859 10,955 56,0 0,436 3,881 13,1 3,306 18,2 99,6 102 108 105 3.556 1,965 8,990 69,9 0,301 3,580 10,7 3,658 14,5 130,1 108 114 111 4.161 1,358 7,632 56,5 0,436 3,144 18,1 2,296 12,2 95,5 114 120 117 4.828 1,206 6,426 58,2 0,316 2,828 15,2 2,112 10,1 102,0 120 126 123 5.560 1,085 5,341 60,3 0,391 2,437 21,7 1,791 8,3 99,6 126 132 129 6.361 0,797 4,544 50,7 0,241 2,196 15,3 1,362 6,9 86,6 132 138 135 7.233 0,751 3,793 54,3 0,226 1,971 16,3 1,286 5,7 93,0 138 144 141 8.178 0,645 3,148 52,7 0,196 1,775 16,0 1,102 4,6 90,1 144 150 147 9.200 0,531 2,617 48,9 0,165 1,610 15,2 0,903 3,7 83,1 150 156 153 10.301 0,478 2,139 49,2 0,090 1,519 9,3 0,872 2,8 89,9 156 162 159 11.483 0,432 1,707 49,7 0,090 1,429 10,4 0,781 2,0 89,6 162 168 165 12.750 0,281 1,426 35,8 0,075 1,354 9,6 0,490 1,5 62,4 168 174 171 14.104 0,205 1,221 28,9 0,090 1,264 12,7 0,321 1,2 45,3 174 180 177 15.547 0,174 1,047 27,1 0,181 1,083 28,1 0,168 1,0 26,2 180 186 183 17.082 0,114 0,933 19,4 0,120 0,963 20,6 0,107 0,9 18,3 186 192 189 18.712 0,121 0,812 22,7 0,105 0,857 19,7 0,138 0,8 25,8 192 198 195 20.440 0,053 0,759 10,9 0,060 0,797 12,3 0,046 0,7 9,4 198 204 201 22.267 0,053 0,706 11,8 0,075 0,722 16,7 0,031 0,7 6,8 204 210 207 24.196 0,061 0,645 14,7 0,090 0,632 21,8 0,031 0,7 7,4 210 216 213 26.230 0,015 0,630 4,0 0,015 0,617 3,9 0,015 0,7 4,0 216 222 219 28.371 0,068 0,561 19,4 0,060 0,557 17,1 0,077 0,6 21,7 222 228 225 30.623 0,023 0,539 7,0 0,015 0,542 4,6 0,031 0,6 9,4 228 234 231 32.986 0,023 0,516 7,5 0,015 0,526 5,0 0,031 0,5 10,1 234 240 237 35.464 0,068 0,448 24,2 0,075 0,451 26,7 0,061 0,5 21,7 240 246 243 38.060 0,023 0,425 8,7 0,000 0,451 0,0 0,046 0,4 17,5 246 252 249 40.775 0,046 0,379 18,6 0,015 0,436 6,1 0,077 0,3 31,2 252 258 255 43.612 0,053 0,326 23,2 0,030 0,406 13,1 0,077 0,3 33,4 <footer2

258 264 261 46.574 0,038 0,288 17,7 0,045 0,361 21,0 0,031 0,2 14,3 264 270 267 49.662 0,015 0,273 7,5 0,015 0,346 7,5 0,015 0,2 7,6 270 276 273 52.880 0,015 0,258 8,0 0,030 0,316 15,9 0,000 0,2 0,0 276 282 279 56.229 0,030 0,228 17,1 0,000 0,316 0,0 0,061 0,2 34,4 282 288 285 59.713 0,023 0,205 13,6 0,015 0,301 9,0 0,031 0,1 18,3 288 294 291 63.333 0,008 0,197 4,8 0,015 0,286 9,5 0,000 0,1 0,0 294 300 297 67.092 0,03 0,167 20,4 0,030 0,256 20,2 0,031 0,1 20,5 300 306 303 70.992 0,000 0,167 0,0 0,000 0,256 0,0 0,000 0,1 0,0 306 312 309 75.035 0,008 0,159 5,7 0,015 0,241 11,3 0,000 0,1 0,0 312 318 315 79.225 0,038 0,121 30,1 0,015 0,226 11,9 0,061 0,0 48,5 318 324 321 83.562 0,000 0,121 0,0 0,000 0,226 0,0 0,000 0,0 0,0 324 330 327 88.051 0,015 0,106 13,4 0,030 0,196 26,5 0,000 0,0 0,0 330 336 333 92.692 0,008 0,099 7,0 0,000 0,196 0,0 0,015 0,0 14,2 336 342 339 97.488 0,023 0,076 22,2 0,045 0,150 44,0 0,000 0,0 0,0 342 348 345 102.441 0,008 0,068 7,8 0,015 0,135 15,4 0,000 0,0 0,0 348 354 351 107.555 0,000 0,068 0,0 0,000 0,135 0,0 0,000 0,0 0,0 354 360 357 112.830 0,000 0,068 0,0 0,000% 0,135 0,0 0,000 0,0 0,0 360 366 363 118.270 0,008 0,061 9,0 0,01 0,120 17,8 0,000 0,0 0,0 366 372 369 123.876 0,000 0,061 0,0 0,000 0,120 0,0 0,000 0,0 0,0 372 378 375 129.651 0,008 0,053 9,8 0,015 0,105 19,5 0,000 0,0 0,0 378 384 381 135.597 0,000 0,053 0,0 0,000 0,105 0,0 0,000 0,0 0,0 384 390 387 141.717 0,000 0,053 0,0 0,000 0,105 0,0 0,000 0,0 0,0 390 396 393 148.012 0,000 0,053 0,0 0,000 0,105 0,0 0,000 0,0 0,0 396 402 399 154.485 0,000 0,053 0,0 0,000 0,105 0,0 0,000 0,0 0,0 402 408 405 161.139 0,000 0,053 0,0 0,000 0,105 0,0 0,000 0,0 0,0 408 414 411 167.974 0,008 0,046 12,7 0,015 0,090 25,3 0,000 0,0 0,0 414 420 417 174.994 0,000 0,046 0,0 0,000 0,090 0,0 0,000 0,0 0,0 420 426 423 182.201 0,000 0,046 0,0 0,000 0,090 0,0 0,000 0,0 0,0 426 432 429 189.597 0,000 0,046 0,0 0,000 0,090 0,0 0,000 0,0 0,0 432 438 435 197.184 0,000 0,046 0,0 0,000 0,090 0,0 0,000 0,0 0,0 438 444 441 204.965 0,008 0,038 15,6 0,015 0,075 30,8 0,000 0,0 0,0 444 450 447 212.941 0,000 0,038 0,0 0,000 0,075 0,0 0,000 0,0 0,0 450 456 453 221.115 0,000 0,038 0,0 0,000 0,075 0,0 0,000 0,0 0,0 456 462 459 229.489 0,000 0,038 0,0 0,000 0,075 0,0 0,000 0,0 0,0 462 468 465 238.065 0,008 0,030 18,1 0,015 0,060 35,8 0,000 0,0 0,0 468 474 471 246.846 0,008 0,023 18,7 0,015 0,045 37,1 0,000 0,0 0,0 474 480 477 255.833 0,000 0,023 0,0 0,000 0,045 0,0 0,000 0,0 0,0 480 486 483 265.029 0,0% 0,023 0,0 0,000 0,045 0,0 0,000 0,0 0,0 486 492 489 274.436 0,000 0,023 0,0 0,000 0,045 0,0 0,000 0,0 0,0 492 498 495 284.055 0,000 0,023 0,0 0,000 0,045 0,0 0,000 0,0 0,0 498 504 501 293.890 0,000 0,023 0,0 0,000 0,045 0,0 0,000 0,0 0,0 504 510 507 303.942 0,000 0,023 0,0 0,000 0,045 0,0 0,000 0,0 0,0 510 516 513 314.214 0,000 0,023 0,0 0,000 0,045 0,0 0,000 0,0 0,0 516 522 519 324.707 0,008 0,015 24,6 0,015 0,030 48,8 0,000 0,0 0,0 522 528 525 335.424 0,000 0,015 0,0 0,000 0,030 0,0 0,000 0,0 0,0 528 534 531 346.367 0,000 0,015 0,0 0,000 0,030 0,0 0,000 0,0 0,0 534 540 537 357.538 0,000 0,015 0,0 0,000 0,030 0,0 0,000 0,0 0,0 540 546 543 368.939 0,000 0,015 0,0 0,000 0,030 0,0 0,000 0,0 0,0 546 552 549 380.572 0,000 0,015 0,0 0,000 0,030 0,0 0,000 0,0 0,0 552 558 555 392.440 0,000 0,015 0,0 0,000 0,030 0,0 0,000 0,0 0,0 558 564 561 404.544 0,008 0,008 30,7 0,015 0,015 60,9 0,000 0,0 0,0 564 570 567 416.887 0,000 0,008 0,0 0,000 0,015 0,0 0,000 0,0 0,0

d.- El informe no da cuenta de los efectos del dragado sobre el pontaje Tricahue sumado a las labores de limpieza de los desarenadores de las bocatomas Tricahue, La Puya y Los Helados. (ID- SEA 37.127).

Evaluación de la Respuesta En referencia a la respuesta entregada en la ADENDA 1, se solicita al Titular ampliar y actualizar la información en ICSARA 2 respecto a la pregunta señalada.

SS= 1.603 (ton/día) GSS= 1.050 (ton/día) GSS= 2.165 (ton/día) GSS= 585.532 (ton/año) GSS= 191.841 (ton/año) GSS= 395.407 (ton/año) GSS= 389 (ton/año) GSS= 127 (ton/año) GSS= 263 (ton/año) <footer2

A continuación, a modo de complementar la consulta ciudadana 3.10.d). de la Adenda, se indica una síntesis del proceso de limpieza de los desarenadores de las bocatomas La Puya y Tricahue, cuyos procedimientos en detalle se adjuntan en el Anexo I-E de la Adenda:

1.- Se deberá seleccionar la batea que se desea vaciar, posteriormente, se deberá mantener su compuerta de entrada en posición cerrada.

2.- Se deberá verificar el aumento de nivel de caudal en batea contraria a la que se desea vaciar.

3.- Una vez haya aumentado el nivel en la batea contraria, se procederá a la apertura de un 10% de la compuerta de flushing de la batea a vaciar. Se deberá observar la disminución de nivel de agua en el desarenador y verificación de caudal de salida en cámara y en salida de tubo de descarga.

4.- Cuando el nivel de la batea se encuentre en la mitad, se procederá a la apertura de un 30% de la compuerta de flushing. Se deberá verificar el caudal de salida en cámara y en salida de tubo de descarga.

5.- Se continuará con la verificación del nivel de agua en la batea. Cuando se detecte nivel de fango, se deberá abrir la compuerta de flushing a un 60%. Se deberá verificar el caudal de salida en cámara y en salida de tubo de descarga.

6.- Se continuará con la verificación del nivel de agua en la batea, cuando éste se encuentre bajo, se procederá a abrir el 100% de la compuerta de flushing. Se deberá verificar el caudal de salida en cámara y en salida de tubo de descarga.

7.- Se deberá realizar la apertura de 10 cm de la compuerta de entrada con la finalidad de dar golpe de agua al fango, con el fin de desplazarlo por el tubo de descarga. Se podrá estrangular la compuerta de entrada al desarenador, pero no cerrar por completo.

8.- Una vez que el canal se encuentre despejado, se deberá dejar pasar agua por un período mínimo de 5 minutos, con la finalidad de limpiar el tubo de descarga.

9.- Se deberá verificar que el tubo de descarga se encuentre sin embancamiento. Respecto al desarenador de la bocatoma Los Helados, como su período de operación se encuentra acotado a 2 meses al año y se realiza de forma manual, su limpieza se efectúa de acuerdo a visitas de inspección periódicas aplicables a la bocatoma.

Observación 7 En cuanto a la presencia de elementos químicos en el agua, se señala que "se analizaron en total 24 elementos, de los cuales cinco metales (aluminio, boro, cobre, hierro, manganeso), presentaron valores de concentración que estuvieron fuera de los límites establecidos por la NCh 1.333 para aguas destinadas a riego". Si bien dichas concentraciones tuvieron una baja significativa al ingresar a reservorio, se verifica que doblaron (aluminio) y triplicaron (hierro y manganeso) su concentración aguas abajo de la central. El titular, sin entregar información suficiente para sustentarlo, acotó el impacto a las características naturales del propio cuerpo hídrico, eximiendo el efecto de sus actividades sobre los metales que aumentaron de concentración después de pasar por las centrales. De los 5 metales que se encuentran por sobre la norma NCh.1333 en todas las estaciones de monitoreo cercano al pontaje Tricahue superan los valores máximos permitidos, pero que no se indica nada respecto a los valores de dichos metales en las estaciones de monitoreo que se dispusieron aguas abajo del proyecto. Esto es; la estación C-4 Río Azufre, C-5 Tinguiririca en la iglesia, C-6 Tinguiririca en Puente negro, C-7 Tinguiririca en Ruta 5. Tal como se analiza para el resto de las componentes de este estudio donde sí se entregan resultados respecto a cada estación de monitoreo. Adicionalmente se señala que "se analizaron 7 metales en sedimentos (arsénico, cadmio, cobre, cromo, mercurio, plomo y zinc), los cuales se encuentran normados. Las estaciones asociadas al Pondaje Tricahue (Tr-3 y Tr-5) registraron concentraciones de arsénico sobre el límite en el que se esperarían efectos ambientales. En cuanto al cadmio, cobre y mercurio, presentaron en algunas estaciones niveles sobre los índices establecidos por la Norma Canadiense. Además, se indica que "El arsénico presentó valores heterogéneos, con una incidencia de muestras con concentraciones <footer2

sobre el límite establecido para sedimentos con contaminación. Un total de 7 muestras superaron este límite, excluyéndose las estaciones (C-6 y C-4). Asimismo, las estaciones que presentaron concentraciones sobre el límite de posibles efectos ambientales correspondieron a las obtenidas en el Pondaje Tinguiririca (Tr-3, Tr-4 y Tr-5) y las ubicadas Aguas arriba de bocatoma Tinguiririca (Tr-1) y Aguas abajo del Pondaje (Tr-2, C-5 y C-7). El máximo se registró en la estación Pondaje Tinguiririca (Tr-5) con 61,20 mg/kg, mientras, el mínimo se obtuvo en la estación río Tinguiririca en Puente Negro (C-6) con 5,47 mg/kg". Se solicita aclarar las acciones a tomar para asegurar que dichas concentraciones se mantengan dentro del rango de variación natural del río Tinguiririca, evitando un impacto sobre los demás usos del recurso. (ID-SEA 22.117).

Evaluación de la Respuesta El Titular menciona que tendrá un monitoreo de la calidad del agua en dos frentes: uno inmediato, a través de una red de monitoreo en línea de la turbidez, con tres estaciones: una estación instalada antes del reservorio Tricahue, otra aguas abajo de éste (cercano a la descarga del vertedero y antes de la confluencia con río Azufre), y un tercero en casa de máquinas de la Central La Higuera (17 kilómetros aguas abajo), con objeto de monitorear la concentración de sedimentos en el río, así, en base a los resultados en línea de turbidez se determinará la continuidad de la actividad de dragado, previniendo la posible afectación a regantes, manteniendo, con este control, los niveles de concentración de sedimentos, que permita vigilar que no exista superación de los 2.000 NTU indicados en el sensor inmediatamente aguas abajo de la faena de dragado en la Central La Higuera.

El Titular indica que, en función de la programación de dragado presentada en la adenda 1, el Titular ha aumentado de 3 a 7 años la duración del Plan de Monitoreo de los Ecosistemas Acuáticos Continentales y de Calidad de Agua y Sedimentos, es decir, éste se llevará a cabo durante los primeros 5 años en los que se extraerá la tasa natural de acumulación anual, más una proporción de lo acumulado a la fecha (45.000 m³ en total); y en los 2 años posteriores, donde la tasa de dragado será la igual a la tasa de retención anual (35.000 m³).

Observación 8 El proyecto contempla el carguío de combustible de dragas con barcazas tanque. Dado que la actividad no estaba contemplada en los proyectos originales, es importante tener levantado los riesgos asociados a esta actividad y procedimientos y planes de emergencia establecidos para eventuales accidentes que puedan afectar la calidad de agua del río Tinguiririca (ID-SEA 22.115).

Evaluación de la Respuesta Según lo mencionado por el Titular, en el Anexo I-H de la Adenda “Ficha Plan de Contingencias y Emergencias”, se entregan las fichas resumen de los procedimientos de contingencia y emergencia actualizados de acuerdo con lo requerido en las observaciones de la Adenda, dentro de las cuales, se incluye el derrame de hidrocarburos. Por otra parte, dichas fichas resumen fueron actualizadas incorporando las acciones especificadas del Plan de Emergencia aplicable a la fase de operación de la Central Hidroeléctrica la Higuera y las medidas establecidas en caso de derrames por operación de la draga. El Plan de contingencia y emergencias de la fase de operación se adjunta en anexo I-F de la Adenda.

A continuación, se entrega el procedimiento establecido en caso de riesgos asociados al derrame de hidrocarburos de acuerdo con los contenidos del Plan de contingencias y medidas en caso de derrames por la operación de la draga.

Tabla 10 Plan de emergencia ante derrame de hidrocarburos Derrame de Hidrocarburos (aceites, combustibles, lubricantes, etc.) - Cámaras de aceite en válvulas y compuertas. - Refrigeración de transformadores. - Acopio de bidones de servicio. - Sistema de lubricación y depósitos de combustible de vehículos.

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Primeros auxilios Contacto con piel y ojos: El contacto prolongado con la piel puede ocasionar re-secamiento y agrietamiento debido a su acción desengrasante. El contacto con los ojos tiene como resultados pequeñas lesiones. Quitar ropa contaminada, lavar la piel con jabón y los ojos con abundante agua. Inhalación: La exposición prolongada a concentraciones altas de vapor y gases, puede producir dolor de cabeza, vértigos e irritación de ojos, nariz y pulmones. Tales concentraciones son poco probables excepto en las inmediaciones del producto derramado. Trasladar a la víctima al aire fresco y/o centro asistencial más cercano. Ingestión: Puede causar nausea, vómitos, calambres y posible depresión del sistema nervioso central, teniendo resultados que varían desde el dolor de cabeza a la anestesia, coma y la muerte. No provocar el vómito a menos que la hoja de datos de seguridad así lo indique, mantener a la víctima con calor e inmóvil, conseguir atención médica inmediatamente. Mantener hojas de datos de seguridad en el lugar. Equipos de protección La ropa de protección personal debe prevenir el contacto prolongado con la piel o la probabilidad de contacto con los ojos. Puede incluir botas de goma, guantes, visores y otras ropas resistentes e impermeables. Para altas concentraciones de vapor / gases o lucha contra el fuego serán necesarios aparatos de respiración autónoma. Medidas de prevención Medidas comunes a todo tipo de derrames 1.- El Titular o contratista, según corresponda, instruirá a sus trabajadores en relación a incendios y derrames y mantendrán un canal de comunicación directa con Bomberos, de modo de alertarlos ante la ocurrencia de un derrame. 2.- Capacitaciones periódicas que instruyan procedimientos de actuación ante derrames de hidrocarburos.

Transporte 1.-Todos los vehículos de transporte utilizados en el Proyecto se encontrarán en buenas condiciones y deberán cumplir con la normativa y regulaciones de tránsito vigentes. 2.- Los vehículos motorizados que se utilicen en el transporte de este tipo de sustancias deberán tener una antigüedad máxima de 15 años, tal como lo indica el artículo 3 del decreto N° 298 que Reglamento transporte de cargas peligrosas por calles y caminos. 3.- Los vehículos encargados del transporte y abastecimiento de combustibles deberán contar con las condiciones técnicas necesarias para asegurar la correcta carga y manipulación, cumpliendo las disposiciones de la reglamentación chilena, en particular el D.S. N° 160/2009 del Ministerio de Economía, Fomento y Reconstrucción, que aprueba el Reglamento de seguridad para las instalaciones y operaciones de producción y refinación, transporte, almacenamiento, distribución y abastecimiento de combustibles líquidos. 4.- Los vehículos de transporte de combustibles deberán contar con un sistema de radio comunicaciones o portar un aparato de telefonía móvil celular de cobertura nacional. 5.- Los vehículos que transporten combustible durante las distintas fases del Proyecto, contarán con la declaración ante la SEC para el transporte menor de combustible. 6.- Estará estrictamente prohibido el transporte de estos materiales conjuntamente con animales; alimentos; y cualquier otro tipo de carga, salvo de existir compatibilidad entre los distintos productos transportados. Cuando el cargamento comprenda sustancias peligrosas y no peligrosas compatibles entre sí, éstas deberán estibarse separadamente. 7.- Se prohibirá emplear materiales fácilmente inflamables para estibar los bultos en el interior de los vehículos. 8.- El transportista llevará un registro de la cantidad de material que transporta.

Carga y descarga de combustible 1.- Esta operación se efectuará en un área de acceso restringido. 2.- El contratista establecerá un procedimiento de abastecimiento de combustibles que permita evitar el derrame accidental de éstos. <footer2

3.- El abastecimiento de combustibles deberá contar con las condiciones técnicas necesarias para asegurar su correcta carga y manipulación, cumpliendo las disposiciones de la reglamentación chilena. 4.- Se contará con un Kit de emergencia de derrame para enfrentar este tipo de eventos con equipamiento suficiente para el control de la contaminación que necesita implementar, como mínimo se mantendrá: paños absorbentes, almohadas, guantes, cinta de señalización, bolsas desechables con cierre hermético, linterna recargable, gafas y guantes de protección, entre otros. 5.- Se encontrará disponible en faena la respectiva hoja de seguridad del combustible. Normas generales de actuación Medidas comunes a derrames de hidrocarburos 1.- Detener fuga mediante taponamiento o puesta en marcha de sistemas de corte de flujo. 2.- Eliminar fuentes de ignición. 3.- Delimitación del área con dique de contención, a fin de evitar que el derrame acceda al cuerpo de agua. 4.- Recolección del máximo producto derramado para su descarte de acuerdo con lo especificado en hoja de seguridad. 5.- Cubrimiento del área afectada con material absorbente. 6.- Disposición de material contaminado en tambores vacíos dispuestos en cada área, éstos se manejarán como residuos peligrosos. 7.- Monitoreo inmediato del área de influencia. 8.- Evaluación de posible impacto causado por el derrame 9.- Los contenedores que servirán para almacenar los residuos químicos, se rotularán y almacenarán en una bodega que cumpla con la Normativa. El contenedor deberá tener un espesor adecuado, resistente y a prueba de filtraciones, deberá resistir esfuerzos durante su manipulación y transporte y deberá estar rotulado adecuadamente (claro y visible) con la información de peligrosidad y fecha de almacenamiento. 10.- La disposición final se realizará por medio de empresas autorizadas dedicadas al retiro de estos tipos de productos. 11.- Descontaminar todos los equipos empleados en la limpieza 12.- Confección de informe, reporte y evaluación acorde con los protocolos establecidos en el Plan de Emergencia.

Derrame de hidrocarburo por operación de draga 1.- Aviso inmediato a encargado de faena. 2.- Contención de derrame de sentina de la draga, posterior evacuación mediante un sistema de achique conectado a envases y tambores de trasvasije. 3.- Aplicación de líquidos dispersantes para disgregación de derrame a fin de facilitar su dilución y posterior degradación de forma natural. 4.- Contención de derrames con mangas absorbentes. 5.- Extracción de agua contaminada con bombas y posterior depósito en camión autorizado por SEREMI de Salud. 6.- Despacho de camión con agua contaminada. 7.- Monitoreo inmediato del área de influencia. 8.- Evaluación de posible impacto causado por derrame

Observación 9 La DIA de la central La Confluencia contempla un monitoreo en las descargas para verificar la calidad de agua en el cauce previa y durante la construcción del proyecto. Sin embargo, no se considera el mismo monitoreo para bocatomas y canales de regadío que se pueden ver afectados por dicho manejo. Se solicita al Titular aclarar. (ID-SEA 16.80).

Evaluación de la Respuesta El Titular aclara que, el monitoreo al que hace referencia la observación, aplica a la fase de construcción del Proyecto “Plan de Manejo de Sedimentos Central Hidroeléctrica La Confluencia”, ya que éste, dentro de las obras a realizar en la fase de construcción, considera actividades de encausamiento para las entradas de las bocatomas Portillo y Tinguiririca, por lo tanto, el plan de monitoreo indicado se entrega en el marco de los antecedentes técnicos y formales de los Permisos Ambientales Sectoriales que tienen relación con la intervención de cauces naturales de ese proyecto.

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El Titular tendrá un monitoreo de la calidad del agua en dos frentes: uno inmediato, a través de una red de monitoreo en línea de la turbidez, con tres estaciones: una estación instalada antes del reservorio Tricahue, otra aguas abajo de éste (cercano a la descarga del vertedero y antes de la confluencia con río Azufre), y un tercero en casa de máquinas de la Central La Higuera (17 kilómetros aguas abajo), con objeto de monitorear la concentración de sedimentos en el río, así, en base a los resultados en línea de turbidez se determinará la continuidad de la actividad de dragado, previniendo la posible afectación a regantes, manteniendo, con este control, los niveles de concentración de sedimentos, que permita vigilar que no exista superación de los 2000 NTU indicados en el sensor inmediatamente aguas abajo de la faena de dragado en la Central La Higuera.

El segundo frente considera un plan de monitoreo de la calidad de aguas y sedimentos, el cual se realizará con periodicidad trimestral durante los primeros tres años de aplicación del Plan, posteriormente será evaluada su continuidad con la Autoridad competente. Este monitoreo se llevará a cabo en paralelo con los monitoreos de flora y fauna acuática. El Titular indica que, en función de la programación de dragado presentada en la adenda 1, el Titular ha aumentado de 3 a 7 años la duración del Plan de Monitoreo de los Ecosistemas Acuáticos Continentales y de Calidad de Agua y Sedimentos, es decir, éste se llevará a cabo durante los primeros 5 años en los que se extraerá la tasa natural de acumulación anual, más una proporción de lo acumulado a la fecha (45.000 m³ en total); y en los 2 años posteriores, donde la tasa de dragado será la igual a la tasa de retención anual (35.000 m³).

  1. Que, el Titular debe remitir a la Superintendencia del Medio Ambiente la información respecto de las condiciones, compromisos o medidas, ya sea por medio de monitoreos, mediciones, reportes, análisis, informes de emisiones, estudios, auditorías, cumplimiento de metas o plazos, y en general cualquier otra información destinada al seguimiento ambiental del Proyecto, según las obligaciones establecidas en la presente Resolución de Calificación Ambiental y las Resoluciones Exentas que al respecto dicte la Superintendencia del Medio Ambiente. De igual forma, y a objeto de conformar el Sistema Nacional de Información de Fiscalización Ambiental (SNIFA), el Registro Público de Resoluciones de Calificación Ambiental y registrar los domicilios de los sujetos sometidos a su fiscalización en conformidad con la ley, el Titular debe remitir en tiempo y forma toda aquella información que sea requerida por la Superintendencia del Medio Ambiente a través de las Resoluciones Exentas que al respecto ésta dicte.

  2. Que, el Titular debe informar a la Superintendencia del Medio Ambiente la realización de la gestión, acto o faena mínima que da cuenta del inicio de la ejecución de obras, a que se refiere el Considerando 4.4. de la presente Resolución.

  3. Que, con el objeto de dar adecuado seguimiento a la ejecución del Proyecto, el Titular debe informar a la Superintendencia del Medio Ambiente, al menos con una semana de anticipación, el inicio de cada una de las fases del Proyecto, de acuerdo a lo indicado en la descripción del mismo.

  4. Que, para que el Proyecto pueda ejecutarse, debe cumplir con todas las normas vigentes que le sean aplicables.

  5. Que, el Titular debe informar inmediatamente a la Secretaría de la Comisión de Evaluación de la Región del Libertador General Bernardo O’Higgins y a la Superintendencia del Medio Ambiente, la ocurrencia de impactos ambientales no previstos en la DIA, asumiendo inmediatamente las acciones necesarias para abordarlos.

  6. Que, el Titular del Proyecto debe comunicar inmediatamente y por escrito a la Dirección Regional del Servicio de Evaluación Ambiental de la Región del Libertador General Bernardo O’Higgins la ocurrencia de cambios de titularidad, representante legal, domicilio y correo electrónico, de acuerdo a lo establecido en el inciso tercero del artículo 162 y artículo 163, ambos del Reglamento del SEIA.

  7. Que, se hace presente al Titular que cualquier modificación al Proyecto que constituya un cambio de consideración, en los términos definidos en el artículo 2° letra g) del Reglamento del SEIA, debe someterse al SEIA.

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Distribución: • CONAF, Región del Libertador General Bernardo O’Higgins. • Dirección General de Aguas, Región del Libertador General Bernardo O’Higgins. • Dirección de Obras Hidráulicas, Región del Libertador General Bernardo O’Higgins. • Dirección de Vialidad, Región del Libertador General Bernardo O’Higgins. • SEREMI de Agricultura, Región del Libertador General Bernardo O’Higgins. • SEREMI de Bienes Nacionales, Región del Libertador General Bernardo O’Higgins. • SEREMI de Desarrollo Social y Familia, Región del Libertador General Bernardo O’Higgins. • SEREMI de Energía, Región del Libertador General Bernardo O’Higgins. • SEREMI del Medio Ambiente, Región del Libertador General Bernardo O’Higgins. • SEREMI de Obras Públicas, Región del Libertador General Bernardo O’Higgins. • SEREMI de Salud, Región del Libertador General Bernardo O’Higgins. • SEREMI de Transporte y Telecomunicaciones, Región del Libertador General Bernardo O’Higgins. • SEREMI de Vivienda y Urbanismo, Región del Libertador General Bernardo O’Higgins. • Servicio Agrícola y Ganadero, Región del Libertador General Bernardo O’Higgins. • Servicio Nacional de Geología y Minería, Región del Libertador General Bernardo O’Higgins. • Servicio Nacional de Pesca, Región del Libertador General Bernardo O’Higgins. • Servicio Nacional de Turismo, Región del Libertador General Bernardo O’Higgins. • Superintendencia de Electricidad y Combustibles, Región del Libertador General Bernardo O’Higgins. • Superintendencia del Medio Ambiente, Región del Libertador General Bernardo O’Higgins. • (Interregional) Consejo de Monumentos Nacionales. • (Interregional) Subsecretaría de Pesca y Acuicultura. • (Interregional) Superintendencia de Servicios Sanitarios. • Fiorina González Moya. • Jorge Allendes Oyarce. • Esteban Riquelme Cornejo. • Marta Gómez Peña. • Patricia Caveros Rosales. • María Pávez Fredes. • María Díaz Donoso. • Mariela Muñoz Soto. • Nicole Muñoz. • Marco Hernández Reyes. • Manuel Flamm Carvajal. • Osorio Acevedo. • Junta de Vigilancia Río Tinguiririca. • Fernando Zagal Norambuena (Asociación de Canalistas de los canales Pedro Aguirre Cerda). • Hernán Martino Bejares (Comunidad de Aguas Canal Cunaco). • Alejandro Salas Villar (Comunidad de Aguas La Punta). • Gloria Vargas Pávez (Comunidad de Aguas Canal Miraflores). • María Correa Rodríguez (Junta de Vigilancia del Estero Chimbarongo). • Jaime Bascuñán Aldunate (Asociación Canal Común del Río Tinguiririca). • Eduardo Valdivia Osorio (Comunidad de Aguas Canal Cervantina de Placilla). • Eduardo valdivia Osorio (Comunidad de Aguas Canal Los Pérez). • Gustavo Campos Soto (Comunidad de Aguas Canal Almarza). • Juan Valenzuela Morales. • Juan Valenzuela Correa. • Luis Rivadeneira De Amesti.