Evaluación SEA

Modificación de insumo veterinario de desinfección, distribución de estanques y actualización de permiso ambiental sectorial Nº 139, Piscicultura Ketrun Rayen

Rol 2141304149
SEA · DIA · Aprobado · 2018-09-07 · Región del Biobío · AUSTRALIS MAR S.A.

REPÚBLICA DE CHILE COMISIÓN DE EVALUACIÓN REGIÓN DEL BIOBÍO

Califica Ambientalmente el proyecto “Modificación de insumo veterinario de desinfección, distribución de estanques y actualización de permiso ambiental sectorial N* 139, Piscicultura Ketrun Rayen”

Resolución Exenta N* 179

Concepción, 24 de julio 2020

VISTOS:

1%. La Declaración de Impacto Ambiental (DIA), su Adenda de 07 de noviembre de 2019 y su Adenda Complementaria de 27 de junio de 2020, del proyecto “Modificación de insumo veterinario de desinfección, distribución de estanques y actualización de permiso ambiental sectorial N* 139, Piscicultura Ketrun Rayen”, presentado por Australis Mar S.A. con fecha 31 de agosto de 2018.

2. Los pronunciamientos y observaciones de los órganos de la administración del Estado que, sobre la base de sus facultades legales y atribuciones, participaron en la evaluación de la DIA, y que se detallan en el Capítulo 3% del Informe Consolidado de Evaluación (ICE) de la DIA del proyecto “Modificación de insumo veterinario de desinfección, distribución de estanques y actualización de permiso ambiental sectorial N 139, Piscicultura Ketrun Rayen”.

3”. El Acta de Evaluación N* 01 de 09 de enero de 2020, del Comité Técnico de la Región del Biobío.

5”. El ICE de la DIA del proyecto “Modificación de insumo veterinario de desinfección,

distribución de estanques y actualización de permiso ambiental sectorial N* 139, Piscicultura Ketrun Rayen” de 9 de julio de 2020.

6”. El Acuerdo de la Sesión de Comisión N* 15 de 20 de julio de 2020, de la sesión de la Comisión de Evaluación de la Región del Biobío.

7”. Los demás antecedentes que constan en el expediente de evaluación de impacto ambiental de la DIA del proyecto “Modificación de insumo veterinario de desinfección, distribución de estanques y actualización de permiso ambiental sectorial N* 139, Piscicultura Ketrun Rayen”.

8”. Lo dispuesto en la Ley N 19.300, Sobre Bases Generales del Medio Ambiente; el D.S. N 40, de 2012, del Ministerio del Medio Ambiente, Reglamento del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental (Reglamento del SEIA); la Ley N” 19.880, que Establece Bases de los Procedimientos Administrativos que Rigen los Actos de los Órganos de la Administración del Estado; la Ley N? 18.575, Ley Orgánica Constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado; la Resolución Exenta N* 7 de 2019 de la Contraloría General de la República, que fija Normas sobre Exención del Trámite de Toma de Razón; y la Resolución TRA 119046/47/2019 de fecha 25 de abril de 2019, del Servicio de Evaluación Ambiental, que nombra a la Directora Regional del Servicio de Evaluación Ambiental de la región del Biobío.

CONSIDERANDO:

  1. Que, Australis Mar S.A. (en adelante, el Titular), ha sometido al Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental (SEIA) la DIA del proyecto “Modificación de insumo veterinario de desinfección, distribución de estanques y actualización de permiso ambiental sectorial N* 139, Piscicultura Ketrun Rayen” (en adelante, el Proyecto). Los antecedentes del Titular son los siguientes:

Nombre o razón social Australis Mar S.A.

Rut 76.003.557-2

Domicilio Decher N* 161, Puerto Varas Teléfono 65-2566100

Nombre representante legal Consuelo Chamorro Keim Rut representante legal 15.161.707-7

Domicilio representante legal | Decher N? 161, Puerto Varas Teléfono representante legal 65-2566100

Correo electrónico Titular o | medioambienteVaustralis-sa.com representante legal

2%, Que, conforme se indica en el ICE de fecha 09 de julio de 2020, la Directora del Servicio de Evaluación Ambiental VIII Región del Biobío ha recomendado aprobar el Proyecto, por cuanto, el proyecto cumple con la normativa de carácter ambiental aplicable; cumple con los requisitos de otorgamiento de carácter ambiental contenidos en los permisos ambientales sectoriales de los artículos 119 y 139 del RSEIA; no genera ni presenta los efectos, características o circunstancias del artículo 11 de la Ley N” 19.300, que dan origen a la necesidad de evaluar un Estudio de Impacto Ambiental; y el titular ha subsanado los errores, omisiones e inexactitudes planteados los Informes Consolidados de Aclaraciones, Rectificaciones y Ampliaciones.

3”, Que, en sesión del 20 de julio de 2020, la Comisión de Evaluación de la Región del Biobío acordó calificar favorablemente el proyecto “Modificación de insumo veterinario de desinfección, distribución de estanques y actualización de permiso ambiental sectorial N” 139, Piscicultura Ketrun Rayen”, aprobando integramente el contenido del ICE de 09 de julio de 2020, el que forma parte integrante de la presente Resolución. Por lo tanto, conforme a lo indicado en el artículo 60 inciso segundo del Reglamento del SEIA, se excluyen de la presente Resolución las consideraciones técnicas en que se fundamenta.

4”. Que, según lo señalado en la DIA y sus anexos, en su Adenda, y en su Adenda Complementaria, los cuales forman parte integrante de la presente Resolución, la descripción del Proyecto es la que a continuación se indica:

4.1, ANTECEDENTES GENERALES

El presente Proyecto tiene como objetivo modificar el procedimiento de uso del formaldehido como tratamiento sanitario en el proceso productivo de la Piscicultura Ketrun Rayen, de modo de asegurar una concentración Objetivo general máxima de 4,45 mg/l en la zona de mezcla del río Caliboro (zona de dilución), además de actualizar el sistema de tratamiento de residuos líquidos y la distribución de los estanques, actualmente utilizado en la piscicultura respecto de lo contemplado en el proyecto original.

Descripción general del | El proyecto consiste en la modificación del proyecto original, y considera proyecto lo siguiente:

0) El uso del insumo veterinario de desinfección formaldehído que es requerido como tratamiento sanitario al interior del proceso productivo de la Piscicultura Ketrun Rayen,

(ii) La modificación de distribución del algunos de los estanques contemplados en el proyecto original, destinados para alevinaje, crecimiento y smolts, esclareciendo que no se aumentan los volúmenes de agua ni de producción contemplados en el proyecto originalmente

4.1. ANTECEDENTES GENERALES

aprobado. l

(ii) La actualización de la planta de tratamiento de RILes, conjuntamente con el Permiso Ambiental Sectorial N* 139.

Tipología principal, asi como las aplicables a sus partes, obras o acciones

El presente proyecto ingresa a evaluación ambiental bajo la tipología expuesta en el literal n.5 del artículo 3 del RSEÍA, manteniéndose el literal de ingreso del proyecto original.

n) Proyectos de explotación intensiva, cultivo y plantas procesadoras de recursos hidrobiológicos.

n.5. Una producción anual igual o superior a ocho toneladas (8t), tratándose de peces.

Por otra parte, ingresa en consideración el artículo 2 letra g.3) del RSEIA dado que las obras o acciones tendientes a intervenir o complementar el proyecto Piscicultura Ketrun Rayen, originalmente aprobado por medio de RCA N* 241/2008, modifican sustantivamente la extensión, magnitud o duración de los impactos ambientales del proyecto original. Lo anterior, debido a que el proyecto actualmente sometido a evaluación ambiental considera el uso de formaldehido como agente desinfectante en cantidades iguales a 13.000 litros/año, lo que difiere a la condición evaluada en el proyecto original de 100 litros /año de aldehídos. Este cambio en el uso de formaldehídos conlleva a un cambio sustantivo en la extensión, magnitud o duración del impacto del efluente de la piscultura en el rio Caliboro.

Vida útil

El proyecto original estableció 20 años de vida útil para la piscicultura, por lo que las modificaciones presentadas a evaluación no buscan prolongar la vida útil del proyecto original, tal como se expuso en la DIA.

Monto de inversión

USD $ 100.000 de la totalidad del proyecto.

Gestión, acto O faena mínima, que da cuenta del inicio de la ejecución del proyecto de modo sistemático y permanente, para efectos de la caducidad de la RCA

El hito que marcará el inicio de la ejecución del presente proyecto será el primer tratamiento de desinfección de peces con formaldehído ejecutado en conformidad con lo descrito en el presente Proyecto, una vez notificada la RCA que lo apruebe ambientalmente

Proyecto o actividad se | Si | No desarrolla por etapas XxX Proyecto O actividad | Si | No | Las modificaciones de este proyecto a la Resolución Exenta modifica un proyecto o N 241, de 11 de agosto de 2008, de la entonces Comisión actividad existente Regional del Medio Ambiente de la Región del Biobío, que calificó ambientalmente favorable el Proyecto “Piscicultura Ketrun Rayen, Los Angeles” (RCA 241/2008), tienen relación con: - El uso de desinfectante. Xx - Estanques de alevinaje - Estanques de crecimiento y smolts - Sistema de tratamiento de riles En la tabla 2-1 “Modificaciones respecto a la RCA N? 241/2008 y proyecto propuesto” de la DIA, se muestra en detalle la forma en que la RCA original se verá modificada Proyecto modifica otra(s) | sí | xo | El proyecto modifica la Resolución Exenta N 241, de 11 de

4.1. ANTECEDENTES GENERALES

RCA agosto de 2008, de la entonces Comisión Regional del Medio Ambiente de la Región del Biobío, que calificó ambientalmente favorable el Proyecto “Piscicultura Ketrun Rayen, Los Ángeles” (RCA 241/2008), en los siguientes considerandos:

  • — Considerando 3.4.1.1

x - — Considerando 3.2.1. - Considerando 4.2 El detalle de estas modificaciones de presentan en la tabla 2- 1 “Modificaciones respecto a la RCA N* 241/2008 y proyecto propuesto” de la DIA y un resumen de esto se presenta en la tabla siguiente:

Considerado RCA N? 241 Modificación

Considerado | En esta RCA se indica el uso Se modificará el procedimiento de uso de

3.4.1.1 de los siguientes aldehídos y por tanto el volumen a ser usado debe

Desinfectantes: ser el óptimo para lograr una adecuada

  • Persulfato de potasio desinfección de los peces en cultivo, siendo esta

(Virkons) 45 k/año de 13.000 litros/año, mejorando de este modo las

  • Yodóforos (50 l/año) condiciones sanitarias y control de enfermedades

  • Sal (70 ton/año) - Aldehídos | de la Piscicultura Ketrun Rayen.

(100 litros/año) - Agua

ozonificada (3,0 ppm) Este aumento en el uso de aldehídos obedece únicamente a una determinación médico — veterinaria para enfrentar el tratamiento de hongos en peces y no a un aumento productivo O variación en la operación de la piscicultura.

Considerado En relación al área de | En relación con el área de estanques, el presente

321 estanques, en resumen, se | proyecto propone modificar su distribución,

señala que corresponde al área adyacente a la unidad de incubación y alevinaje, y destinada para el desarrollo y crecimiento de los peces.

  • Estanques de alevinaje: incluye 58 unidades distribuidas de acuerdo al plano de las instalaciones

presentado en la DIA.

  • Estanques de crecimiento y Smolts: 24 unidades distribuidas de acuerdo al plano de las instalaciones (plano A.1. de la Adenda)

consistente en la siguiente nueva disposición de los estanques requeridos para alevinaje, crecimiento y smolts, sin aumentar el volumen total de estructuras aprobadas originalmente:

Estanques de alevinaje: 40 unidades cilíndricas de 10 m3 cada uno.

Estanques de crecimiento y smolts: 28 unidades cilíndricas, 20 de una capacidad de 200 m3 cada uno y 8 unidades de 100 m3 cada uno,

En relación a la distribución de los estanques del proyecto original y de la modificación propuesta se presentan en Figura 2-1 y Figura 2-2 de la DIA, respectivamente.

En relación al sistema de tratamiento, en resumen se indica que:

El sistema de tratamiento, contempla una pileta de decantación, a la cual se encuentran asociadas las

siguientes unidades:

  • Rejilla salida estanques smolt

  • — Rejilla salida estanques alevines

  • Sedimentador

Se actualiza el sistema de tratamiento, de acuerdo

a las modificaciones consultadas por el titular

mediante consulta de pertinencia, la cual fue

resuelta mediante Resolución Exenta N% 98

emitida con fecha 06 de mayo de 2013,

indicándole que no era obligatorio su ingreso al

SEIA de forma previa a su ejecución, a saber:

  • — Reemplazar (reponer) los filtros rotatorios por otros de mejores características

  • — No instalar el sedimentador gravitacional puesto que no se justifica técnicamente si es que se cuenta con una batería de filtros rotatorios.

gravitacional - — Filtros rotatorios - — Unidad control pH - Unidad de aireación Y se detallan la forma y materiales de construcción.

  • — Reemplazar la re-oxigenación pasiva de dos caídas de agua por una caída de agua al final y la inyección directa de oxígeno para todo el proceso de manejo de aguas de la piscicultura.

  • — Eliminar el filtro de conchuela para control de pH

Y además se agrega un estanque de acumulación

de lodos, dispuesto a un costado del sistema de

tratamiento de riles.

Considerado 4.2

En relación al PAS 90 del D.S. N*95/02 Permiso para la construcción, modificación y ampliación de cualquier obra pública o particular destinada a la

evacuación, tratamiento O disposición final de residuos

industriales oO mineros, se indica que:

Los órganos involucrados en la obtención del PAS, se

pronunciaron indicando que se acreditó el cumplimiento de los requisitos exigidos para su

Debido a las modificaciones al sistema de tratamiento, en este proyecto se actualizará este permiso, que actualmente corresponde al PAS 139 del D.S N*%0/2012.

otorgamiento.

4.2. UBICACIÓN DEL PROYECTO

División político- administrativa

El proyecto se desarrollará en las instalaciones existentes de la Piscicultura, cuyo proyecto se encuentra emplazado en la localidad de El Álamo, parcelación Lote A-1, ubicado a 30 km aproximados de la comuna de los Ángeles, Provincia del Biobío, Región del Biobío.

Descripción de la localización

Por tratarse de un proyecto que busca modificar el uso de formaldehído utilizado en la operación de un proyecto que cuenta con RCA N 241/2008, se indica que la localización de las instalaciones se mantendrá y sólo se contempla modificar el uso del producto desinfectante del tipo aldehído requerido para el tratamiento sanitario, además de dar a conocer la modificación efectuada para la actualización del PAS N 139 y el área de estanques de alevinaje, crecimiento y smolts con que cuenta actualmente el centro de cultivo.

Por lo anterior, se indica que se mantendrá la localización del proyecto contemplada en la evaluación ambiental del proyecto original.

Superficie El presente proyecto no contempla modificar la superficie contemplada en el proyecto original, por lo que se mantiene a lo establecido en proyecto original.

Coordenadas UTM en Datum | Las coordenadas del punto representativo del proyecto corresponden

WGS84 a: 5.869.785 mS, 750.088 mE.

Caminos de acceso

Para acceder al proyecto se indica que se realizará por la misma ruta que fue evaluada en proyecto anterior, es decir, a través de la Ruta

Q-15, para luego acceder 1.7 km por la Ruta Q123 hasta la entrada del predio.

Referencia al expediente de evaluación de los mapas, georreferenciación e

Sección 3.3 de la DIA.

información complementaria sobre la localización de sus partes, obras y acciones

4.3. PARTES, OBRAS Y ACCIONES QUE COMPONEN EL PROYECTO

43.1 FASE DE CONSTRUCCIÓN

El proyecto no considera una fase de construcción como tal, dado. que el presente proyecto consiste en modificar la operación del proyecto y construido.

43.2. RASE DE OPERACIÓN

Área de Estanques

Corresponde al área adyacente : a la unidad de incubación y alevinajo, destinada para el desarrollo y crecimiento de los peces. El proyecto original contempló un área de estanques para el sector de alevinaje, y también para el crecimiento y smolts. Para ambos sectores se estableció un número de estanques y volumen de capacidad de agua de los mismos.

El presente proyecto considera una modificación de distribución de dichos estanques para alevinaje, crecimiento y smolt, sin incrementar la capacidad total aprobada en RCA 241/2008, tanto de producción como volumen de capacidad de agua de los estanques allí contemplados, a saber:

Estanques de alevinaje: Existen 40 unidades cilíndricas construidas de ferrocemento de volumen de 10 m3 cada uno, se mantienen las características constructivas contempladas en el proyecto original, que se describen a continuación:

  • — Estanques cilíndricos de ferrocemento, para contener un volumen interior de 10 m3, revestimiento interior epóxido (Baupox CV)

  • — Las medidas de diámetro: 3m; altura 1,6.

  • — Pendiente de fondo de un 3%, al centro tendrá una rejilla de descarga, de acero inoxidable de 40 cm/4cm, la que estará conectada a la caja de descarga, la que será fabricada en ferrocemento

  • Estos estanques, están instalados sobre la loza del galpón existente

Estanques de crecimiento y smolts: Existen 20 unidades cilíndricas construidas de ferrocemento reforzado de 200 m3 cada una y 8 unidades cilíndricas que contienen un volumen interior de 100 m3. Se mantienen las características constructivas contempladas en el proyecto original, las cuales se describen a continuación:

  • — Pendiente en el fondo de una 3% al centro.

  • — Cada estanque tiene un sistema de evacuación de aguas, el que consta de una rejilla de acero inoxidable de 40/40 cm, instalada en el centro y una caja de salida, la que será fabricada en ferrocemento. Esta caja de salida será conectada al canal de salida de aguas mediante un tubo de pvc hidráulico de 150 mm.

  • Las medidas de cada uno de los estanques son de diámetro 10m; alto 2.70m.

A continuación, se presenta tabla comparativa respecto de los volúmenes de

capacidad de agua de estanques contemplados para el centro de cultivo y los existentes.

RCA N? 241/2008 Actualmente operativo Unidad N? Capacidad | N? Capacidad estanques | total (m3) estanques | total (m3) Alevinaje 58 580 40 400 Crecimiento | 24 4.632 28 4.800 y smolt Total | 5.212 Total 5.200

| ] De acuerdo a lo anterior, la Piscicultura Ketrun Rayen implementó un reordenamiento de los estanques y su capacidad respectiva y necesaria para la operación del centro de cultivo, se considera un cambio menor ya que se mantiene invariable la capacidad total de los estanques que fue contemplada en el proyecto ya evaluado ambientalmente, pasando de los 5.212 m3 a 5.200 m3 con la modificación presentada.

Tratamiento sanitario

A continuación, se explica el actual sistema de desinfección:

El producto desinfectante utilizado en la Piscicultura es el compuesto activo formaldehído. Este producto es de uso veterinario y se requiere de una cantidad estimada anual del orden de los 13.000 litros. Actualmente el formaldehído utilizado se encuentra contenido en un producto que cuenta con la respectiva autorización por parte del Servicio Agrícola y Ganadero, de conformidad con el Decreto Supremo N 25/2005 del Ministerio de Agricultura, Reglamento de productos farmacéuticos de uso exclusivamente veterinario, bajo registro N 2254, otorgado por medio de Resolución Exenta N* 7945 de fecha 23 de Octubre de 2014 (ver Anexo 2.2 de la DIA), y su aplicación se realizará previa prescripción médico veterinaria,

El tratamiento de desinfección contempla las siguientes acciones:

  • La concentración de producto por cada tratamiento será de 150 mg/L Con el fin de utilizar del modo más eficiente el producto desinfectante, cuanto el tratamiento sea en sector de estanques de 200 m3, el nivel de estos será reducido a 100 m3 para el tratamiento, para la adición de 15 litros del producto por estanque en cada uno de los tratamientos (Cuando los tratamientos se realicen en el sector denominado 100, no será necesario bajar el nivel de los m3, debido a que este sector está conformado por estanques de 100 m3)

  • Asimismo, durante el tiempo que dure el tratamiento se cortará la válvula de salida de agua, reabriéndose sólo una vez terminado el tratamiénto y restituido en el estanque el nivel de 200 m3, permitiéndose de este. modo un tiempo de retención adicional de 30 minutos aproximadamente, permitiendo una degradación del formaldehído previa a su liberación del estanque y posterior conducción por canales hacia la planta de tratamiento de riles, disminuyendo en consecuencia su concentración en el efluente.

e Nose superarán las cinco unidades a tratar de forma simultánea.

  • No se superarán las diez unidades a tratar de smolt en forma diaria.

  • Seregistrará los litros de producto utilizado en cada uno de los estanques tratados.

Un diagrama del procedimiento se muestra en la figura 3-9 de la DIA.

Se indica que el uso de este producto se realiza conforme a las indicaciones del fabricante (ver Anexo 2.16 de la DIA), y bajo prescripción médico-veterinaria, todo en conformidad con la normativa sectorial aplicable en el marco del Reglamento Sanitario para la Acuicultura, en cuanto hace referencia a los tratamientos médico veterinarios efectuados en establecimientos de Piscicultura.

Por otra parte, se señala que no es posible unificar los días de tratamiento de desinfección de peces en los estanques ya que el tratamiento dependerá únicamente del estado sanitario que estos presenten. En efecto, la presencia de hongos en peces y huevos de peces no se puede predecir puesto que su aparición es aleatoria, de forma que la determinación de realizar el tratamiento recaerá sobre la condición sanitaria que presenten los peces y huevos de peces al momento de detectarse hongos en los mismo. Por lo anterior, no es posible establecer ex - ante una condición normal para la realización del tratamiento de desinfección.

Sistema tratamiento

de de

Primeramente, señalar que las unidades de la piscicultura en las cuales se generan RILes corresponden a: estanques de alevinaje y estanques de

RILes

crecimiento y smolts, estos residuos llegan al canal recolector que funciona como cámara de entrada al sistema de tratamiento de RILES.

El sistema de tratamiento consistente principalmente en 4 filtros de tambor rotatorio, instalados en canales abiertos, para finalizar en una obra de descarga del efluente tratado al río Caliboro. En la figura 3-10 de la DIA se presenta un diagrama del actual sistema de tratamiento de RILes.

En relación al funcionamiento de los filtros, éstos atrapan las partículas en el lado interno de la malla de filtración, escurriéndose el agua filtrada hacia fuera de la malla de filtrado. El filtro permanece en su posición inicial, es decir, estático. A medida que las partículas son retenidas, la malla comienza a saturarse, lo que provoca que el nivel del agua en el interior del filtro suba. Al alcanzarse el nivel máximo establecido, una señal eléctrica generada por los sensores de nivel del tipo varilla, acciona el tambor rotatorio conjuntamente con la bomba de retrolavado.

El tambor rotatorio gira en 180 grados, con lo que la parte limpia de la malla queda sumergida en el agua, continuando la filtración. La bomba de retrolavado inyecta agua limpia a presión alta sobre la parte superior de la malla, con lo que se retiran los residuos de la misma, conduciéndolos al estanque contenedor de lodos.

El líquido sobrenadante del estanque de decantación es reingresado a los filtros, produciéndose una sedimentación y compactación del material filtrado, disminuyendo su volumen y generando el lodo propiamente tal.

La capacidad máxima del sistema de tratamiento de RILES en términos de caudal corresponde a 3000 1/s (2250 + 750 que totalizan los 4 filtros rotatorios que posee el sistema), correspondiendo a un 100% mayor al caudal máximo de diseño de la planta y por lo tanto de los RILES a ser tratados por el sistema (siendo de 1.500 l/s).

De acuerdo con la ficha técnica de los filtros modelo Faivre Rotoclean 160 32, la capacidad del caudal de RILES a tratar depende directamente del tamaño de las partículas a filtrar y de su concentración. El caudal máximo de tratamiento es de 750 l/s para una abertura de 100 de las placas filtrantes y, por lo tanto, en consideración en que el sistema de tratamiento cuenta con 3 filtros de este modelo, la capacidad de tratamiento de estos 3 filtros de forma simultánea es de 2250 ls. En cuanto al filtro modelo Oceanic modelo FTR -15 posee una placa filtrante de 90 1, con capacidad de tratamiento de 750 l/s,

Posteriormente el efluente del sistema de tratamiento de RILES es descargado al río Caliboro mediante un canal de descarga conformado por losetas de hormigón. En este canal se realizan las mediciones de caudal y las respectivas mediciones de los parámetros fisicoquímicas del efluente de acuerdo al plan de monitoreo. Las coordenadas geográficas de localización del punto de descarga del efluente en el rio Caliboro, según UTM WGS 84 Huso 18, corresponden a: 5.869.770 mN, 750.025mB

Respecto de los lodos, son llevados a un estanque de lodos donde se permite el espesado de los lodos para luego ser retirados y dispuestos en un sitio de disposición final autorizado mediante proveedores externos. Además, cuenta con un sistema de rebalse para el drenado que se encuentra conectado previo al sistema de riles, por lo tanto, toda el agua drenada pasa nuevamente por los filtros rotatorios.

El estanque de lodos es cerrado y está materializado en hormigón armado de 6.3 m de largo x 4,5 m de ancho y 1,36 m de profundidad.

Se aclara que las obras antes citadas se encuentran ejecutadas por el Titular, y no pretenden ser modificadas por este proyecto. Al respecto se hace presente que los cambios introducidos al sistema de tratamiento de la piscicultura con respecto a los evaluados en el proyecto original, fueron descritos en consulta de pertinencia realizada al SEA región del Biobío, quién resolvió mediante Resolución Exenta N* 98 de fecha 06 de Mayo de 2013 (ver Anexo 2.1 de la

DIA) señalando que las modificaciones propuestas no correspondían a un cambio de consideración desde el punto de vista ambiental, por lo que, no era obligatorio su ingreso al SEIA de manera previa a su ejecución.

Mantenciones

De acuerdo con las características del proyecto, no se requieren actividades de mantención u conservación adicionales a las ya establecidas en el proyecto original, ya que el uso de formaldehído para el tratamiento de desinfección, no requiere de actividades de mantención específicas ni modifica los requerimientos de las instalaciones existentes.

Se realiza el proceso de limpieza de los filtros que se compone del retiro de lodos, el sistema autolimpiante y toberas de agua presurizada, que limpian la superficie del tambor de afuera hacia adentro, concentrando todo el desecho en una canaleta interior del tambor. Este sistema automatizado de retrolavado permite la remoción de los sólidos que quedan dentro del filtro y lo elimina hacia el estanque de decantación.

Por otra parte, la piscicultura cuenta con un plan de mantención para los equipos asociados al sistema de tratamiento con revisión de forma diaria, semestral y anual, la que se describe a continuación:

Control semestral

Control Control semanal

diario

Control cada 2 años

Control anual

  • Revisión de paneles
  • Limpieza de

  • Control tensión correos o cadenas pernos y fijaciones

  • Limpieza de la bomba

  • Limpieza de la sonda nivel

  • Vaciado del reductor

Verificación del desgaste de

boquillas,

boquillas - Revisión y limpieza válvula de pie y canastillo

  • Control placas filtrantes

  • Limpieza de las telas a presión (hidrolavadora)

  • Engranaje de los cojinetes

correas, cadenas, juntas tambor

Productos generados

El producto generado por la piscicultura Ketrun Rayen corresponde a 506 ton/año de salmónido, evaluado en el proyecto original. Esta producción no se modifica por medio de este proyecto.

Recursos naturales renovables

Como el proyecto considera la modificación del área de estanques, la actualización del sistema de tratamiento y la modificación del uso de formaldehído como agente desinfectante, sin variar la producción y la cantidad de agua utilizada, se concluye que no se extraerán ni explotarán recursos naturales renovables distintos a los evaluados en la RCA N*241/08.

Emisiones y efluentes

Emisiones a la atmósfera: Debido a las características de este proyecto, no se contempla la generación de emisiones atmosféricas durante su desarrollo.

Emisiones de ruido: Debido a las características del proyecto, no se contempla la generación de emisiones acústicas distintas a las evaluadas en el proyecto original.

Emisiones de olores: Respecto del manejo de los lodos, que son retenidos por los filtros rotatorios se señala que, éstos son recepcionados y almacenados por un estanque cerrado, enterrado, con tapas metálicas (ver Figura 18 de Adenda), y materializado en hormigón armado de 6.3 m de largo, 4,5 m de ancho, 1,36 m de profundidad. De esta forma se evita la propagación de olores y vectores de interés, no existiendo precedentes de problemas odoríficos con respecto a este componente del sistema.

Residuos industriales líquidos: El residuo industrial líquido generado por el proyecto está asociado principalmente al nivel de producción de especies biológicas, producto del metabolismo y de la alimentación de éstos, además del tratamiento sanitario del cultivo. Los otros aportes provienen de las fecas de los peces y alimento no consumido.

La piscicultura cuenta con el Programa de monitoreo a la descarga de residuos

industriales líquidos del establecimiento, otorgado por la Superintendencia de Servicios Sanitarios con N 3268 de fecha 04 de septiembre de 2009 (ver Anexo 9.1 de la DIA). En dicho programa se estableció el punto de muestreo, los límites máximos permitidos en concentración para los contaminantes asociados a la descarga de acuerdo al D.S N 90/00 “Establece Norma de Emisión para la Regulación de Contaminantes Asociados a las Descargas de Residuos Líquidos a Aguas Marinas y Continentales Superficiales” del MINSEGPRES y el tipo de muestra que debe ser tomada para su determinación, los que son realizados mediante un laboratorio que forma parte de las Entidades Técnicas de Fiscalización Ambiental (ETFA), cuyos resultados son reportados de forma mensual al Sistema de Fiscalización de Norma Emisión Residuos Industriales Líquidos del Ministerio del Medio Ambiente.

A continuación, se muestra como ejemplo, los resultados del monitoreo del mes de enero del 2019, en donde se observa que todos los parámetros monitoreados dan cumplimiento en todas las mediciones a lo establecido en la Tabla 1 del D.S N* 90/00.

Fecha 2/01/19 3/01/19 15/01/19 16/01/19 DS N? con Sin Con Sin 90/00 tratamiento | tratamiento | tratamiento | tratamiento | Tabla 1 5 10 estanques estanques Parámetro Valor Valor Valor Valor Límite medido medido medido medido máximo permitido Aceites y |