EXTRACCIÓN DE ÁRIDOS RIO MAIPO
REPÚBLICA DE CHILE COMISIÓN DE EVALUACIÓN REGIÓN METROPOLITANA DE SANTIAGO
Califica Ambientalmente el Proyecto "Extracción de Áridos Río Maipo"
Resolución Exenta N* 661/2019
Santiago, 19 de noviembre de 2019
VISTOS:
- La Declaración de Impacto Ambiental (DIA), admitida a trámite con fecha 20 de julio de 2018, mediante Resolución Exenta N* 256/2018 de la Comisión de Evaluación de la Región Metropolitana de Santiago, su Adenda de fecha 15 de abril de 2019 y su Adenda Complementaria de fecha 12 de septiembre de 2019 del Proyecto “Extracción de Áridos Río Maipo” presentada por Sociedad Pétreos S.A.
2*. Los pronunciamientos y observaciones de los órganos de la administración del Estado que, sobre la base de sus facultades legales y atribuciones, participaron en la evaluación de la DIA, y que se detallan en el Capítulo TI del Informe Consolidado de Evaluación (en adelante ICE) de la DIA del Proyecto “Extracción de Áridos Río Maipo”.
3". El Acta de Evaluación N* 2/2019 de fecha 08 de octubre de 2019 del Comité Técnico de la Región Metropolitana.
4?. El ICE de la DIA del Proyecto “Extracción de Áridos Río Maipo” de fecha 11 de octubre de 2019. 5*. El acuerdo de la Comisión de Evaluación de la Región Metropolitana, de fecha 6 de noviembre de 2019.
6”. Los demás antecedentes que constan en el expediente de evaluación de impacto ambiental de la DIA del Proyecto “Extracción de Áridos Río Maipo”.
7". Lo dispuesto en la Ley N 19.300, Sobre Bases Generales del Medio Ambiente; el D.S. N 40, de 2012, del Ministerio del Medio Ambiente, Reglamento del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental (Reglamento del SEIA); la Ley N? 19.880, que Establece Bases de los Procedimientos Administrativos que Rigen los Actos de los Órganos de la Administración del Estado; la Ley N 18.575, Ley Orgánica Constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado; en el Decreto N 588, de fecha 29 de octubre de 2019 del Ministerio del Interior y Seguridad Pública; en la Resolución TRA 119046/163/2018 de fecha 25 de octubre de 2018 de la Dirección Ejecutiva del Servicio de Evaluación Ambiental; y en la Resolución N* 7 de 26 de marzo de 2019, de la Contraloría General de la República, que Fija Normas sobre Exención del Trámite de Toma de Razón.
CONSIDERANDO:
19, Que, Sociedad Pétreos S.A., en adelante, el Titular, ha sometido al Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental (SEIA) la DIA del Proyecto “Extracción de Áridos Río Maipo” (en adelante, el Proyecto). Los antecedentes del Titular son los siguientes:
Nombre o razón social Sociedad Pétreos S.A.
RUT 93.933.000-3
Domicilio El Bosque Norte 0177 piso 5, Las Condes, RM. Representante Legal Jesús Rodríguez Valiña
RUT Representante Legal 23.342.416-1
Domicilio del Representante Legal El Bosque Norte 0177 piso 5, Las Condes, RM Correo electrónico Representante Legal | jesus.rodriguez.mApolpaico.cl
2”. Que, conforme se indica en el ICE de fecha 11 de octubre de 2019, el Servicio de Evaluación Ambiental de la Región de Metropolitana, ha recomendado aprobar el Proyecto, considerando que:
Cumple con la normativa de carácter ambiental aplicable;
-
Cumple con los requisitos contenidos en los Permisos Ambientales Sectoriales señalados en los artículos 119, 138, 140, 157, 159, y 160 del D.S. N 40/2012 del MMA. Además, del Pronunciamiento del artículo 161 del D.S. N 40/2012 del MMA, donde se califica la actividad como Molesta.
-
No genera los efectos características o circunstancias del artículo 11 de la Ley 19.300, que dan origen a la necesidad de elaborar un Estudio de Impacto Ambiental.
3”. Que, en sesión de fecha 6 de noviembre de 2019, la Comisión de Evaluación de la Región Metropolitana, acordó calificar favorablemente el Proyecto “Extracción de Áridos Río Maipo”, aprobando íntegramente el contenido del ICE de fecha 11 de octubre de 2019, el cual forma parte integrante de la presente Resolución. Por lo tanto, conforme a lo indicado en el artículo 60, inciso segundo del Reglamento del SEIA, se excluyen de la presente resolución las consideraciones técnicas en que se fundamenta.
- Que, la descripción del Proyecto es la que a continuación se indica:
4.1. ANTECEDENTES GENERALES
El proyecto tiene como objetivo la extracción de áridos en los bancos decantadores Objetivo general. (N? 1 y N? 2) cuyo material será trasladado a las dos (2) zonas de acopio que actualmente utiliza la Planta La Junta.
El ingreso al SEIA se justifica debido a que el Proyecto responde a la tipología contenida en letra i) del artículo 10 de la Ley de Bases Generales del medio Ambiente (LBGMA), desarrollada por la letra 1.5.2) del Artículo 3 de Reglamento del SEIA, que indica que requieren de evaluación ambiental, en forma previa a su ejecución:
“Letra i.5.2) “Tratándose de extracciones en un cuerpo o curso de agua, el volumen total de material a remover durante la vida útil del proyecto o actividad sea igual o superior a veinte mil metros cúbicos (20.000 m3) tratándose de las Regiones de Arica y Parinacota a Coquimbo, o a cincuenta mil metros cúbicos (50.000 m3), tratándose de las Regiones de Valparaíso a Magallanes y Antártica Chilena, incluida la Región Metropolitana de Santiago”.
El Proyecto realizará la explotación industrial de 150.000 m*/año de áridos, desde dos bancos decantadores existentes.
Tipología principal, así como las aplicables a sus partes, Obras O acciones.
El Proyecto tendrá una vida útil de 5 años consecutivos, considerando posteriormente que la concesión de las obras utilizadas para la explotación de Vida útil. áridos (bancos decantadores), podría ser renovada al cumplirse los 5 años de adjudicación, siempre y cuando la I. Municipalidad de San José de Maipo, inicie un nuevo proceso de licitación.
Monto de inversión U.S. 25.000
Gestión, acto o faena | Habilitación de obras temporales (baños químicos con lavamanos, dispensadores mínima que da cuenta | de agua y contenedores de residuos).
del inicio de la ejecución.
Proyecto se desarrolla | Si | No | Respecto a lo previsto en el Artículo 14 del RSEIA, el proyecto no se
por etapas. Xx desarrollará por etapas. Proyecto modifica un | Si | No | El proyecto modifica un proyecto existente sin RCA, ya que, según lo Proyecto o actividad. (X] informado por el Titular en la respuesta 1.15 de la Adenda, la Planta
La Junta (actualmente existentes) procesará el material proveniente del Proyecto (bancos decantadores), junto con el material que provean terceros (en caso de requerirse), siendo ambos material integral de las mismas características técnicas y de calidad requeridas para su procesamiento; es decir, parte del material integral que actualmente se recibe de terceros será reemplazado por el material integral que se extraiga de los bancos decantadores, procesándose en la Planta de la misma forma que se hace en la actualidad. Al respecto, el Titular en la respuesta 1.1 de la Adenda Complementaria, declara: “Se aclara que la Planta La Junta y el procesamiento de áridos en esta, no es objeto de la presente evaluación ambiental. El proyecto en evaluación, solo considera la extracción de material desde los bancos decantadores (N 1 y N2), cuyo material será traslado a las dos (2) zonas de acopio que actualmente utiliza la Planta La Junta, sin embargo, su uso no incluye ninguna modificación de sus instalaciones, puesto que las zonas donde será depositado el material extraído por el Proyecto, ya se encuentran habilitadas y se utilizan para tal fin en este sentido, también se aclara que el proyecto no considera la ampliación de la capacidad de las zonas de acopio, su superficie, ni su ubicación”. No obstante, lo anterior, el Titular en la respuesta 1.14 de la Adenda, declara: “el Titular ha considerado en el desarrollo de esta Adenda la evaluación de impactos del Proyecto construido (Planta La Junta) más los impactos del Proyecto en evaluación”, realizando la evaluación de los impactos ambientales considerando la suma de los impactos provocados por la modificación y el proyecto o actividad existente, tal como lo señala el artículo 11 ter de la LBGMA y el
2
artículo 12 del RSEIA. Los cuales se indican en el Capítulo 5 de la presente Resolución.
Asimismo, en la misma respuesta 1.1 de la Adenda Complementaria el Titular declara: “Es importante señalar que la Planta La Junta se encuentra actualmente en operación y recibe áridos de proveedores externos para su procesamiento, pudiendo continuar realizando dicha actividad, independiente de la implementación del Proyecto en evaluación”.
A lo anterior, en la respuesta 12.b) de la Adenda, declara: “(...) para efectos de construcción, operación y cierre, no se contempla la utilización de oficinas, caseta de control y/o surtidor de combustible de la Planta La Junta, dado que el Proyecto es único e independiente de dichas instalaciones (...)”
Proyecto modifica | Si | No | El Proyecto no modifica otros proyectos con RCA.
otra(s) RCA.
XX]
4.2. UBICACIÓN DEL PROYECTO
División político- administrativa.
El Proyecto se localiza en el sector Los Areneros N? 801, Ex Caracoles 355, camino el Volcán, comuna de San José de Maipo, provincia de Cordillera, Región Metropolitana.
Justificación de la
El proyecto se justifica producto de la existencia de obras habilitadas para la extracción (bancos decantadores) y que fueron concesionadas al Titular por la 1. Municipalidad de San José de Maipo, mediante Decreto Exento N 517 del 21 de agosto del año 2017 de la Municipalidad de San José de Maipo, adjunto en el Anexo 3 de la Adenda.
El Proyecto se encuentra ubicado en un Bien Nacional de Uso Público, específicamente en la caja del río Maipo, en un Área de Protección Ecológica con Desarrollo Controlado (P.E.D.C.), donde se permiten actividades de Explotación Agrícola Intensiva,
localización, Forestación, Reforestación con especies nativas y exóticas, Explotación ganadero - pastoral extensiva. No obstante, según lo señalado en Artículo 6.2.3.1. del PRMS, “las Actividades de Extracción de Áridos serán permitidas exclusivamente en los cauces de los ríos siguientes: Río Mapocho, Estero Lampa, Estero Seco, Estero Chacabuco, Estero Polpaico, Río Maipo, Río Clarillo, Estero Colina, Estero Peldehue y Estero Til- TP, La superficie total del Proyecto estará compuesta por obras permanentes y temporales que abarcarán 4.283 m? (0,43 hectáreas). Las cuales se detallan a continuación: Tabla N? 1: Superficies del Proyecto Obras | Superficie (m?) Obras Permanentes Banco Decantador N 1 2.402 . Banco Decantador N 2 1.856 Superficie. Frente de trabajo 15 Sub-Total 4.273 Obras Temporales Baños químicos con lavamanos, duchas móviles y 10 dispensadores de agua y contenedores de residuos Sub-Total 10 Total, Superficie 4.283 Fuente: Tabla 9 de la Adenda A continuación, se presentan las coordenadas del proyecto y sus obras: Tabla N? 2. Coordenadas geográficas de Banco decantador 1 — obra permanente existente Vértice Coordenadas Datum WGS 84 Coordenada Este (m) Coordenada Norte (m) A 362.312 6.281.857 Coordenadas B 362.425 6.281.810 UTM en Datum € 362.424 6.281.802 WGS84. D 362.409 6.281.799 E 362.368 6.281.812 F 362.352 6.281.824 G 362.306 6.281.842
Fuente: Tabla 2 de la Adenda
Tabla N* 3. Coordenadas geográficas de Banco decantador 2 — obra permanente existente
| Vértice | Coordenadas Datum WGS 84
u)
Coordenada Este (m) Coordenada Norte (m) A 362.601 6.281.850 B 362.622 6.281.881 (e 362.637 6.281.917 D 362.672 6.281.058 E 362.665 6.281.066 F 362.635 6.281.948 G 362.612 6.281.891 H 362.589 6.281.866
Fuente: Tabla 3 de la Adenda
Tabla N* 4. Coordenadas geográficas área de acopio 1 — obra permanente existente
Vértice Coordenadas Datum WGS 84 Coordenada Este (m) Coordenada Norte (m) A 362.479 6.281.908 B 362.488 6.281.914 (a 362.501 6.281.909 D 362.526 6.281.920 E 362.559 6.281.921 F 362.564 6.281.899 G 362.563 6.281.877 H 362.547 6.281.840 I 362.509 6.281.838 Y, 362.492 6.281.868
Fuente: Tabla 4 de la Adenda
Tabla N* 5. Coordenadas geográficas área de acopio 2 — obra permanente existente
Vértice Coordenadas Datum WGS 84 Coordenada Este (m) Coordenada Norte (m) A 362.593 6.281.877 B 362.606 6.281.886 e 362.608 6.281.900 D 362.632 6.281.948 E 362.633 6.281.957 F 362.612 6.281.961 G 362.604 6.281.950 H 362.577 6.281.938 I 362.574 6.281.913 y 362.582 6.281.884
Fuente: Tabla 5 de la Adenda
Tabla N* 6. Coordenadas geográficas de frente de trabajo — obra permanente
proyectada Vértice Coordenadas Datum WGS 84 Coordenada Este (m) Coordenada Norte (m) A 362.573 6.281.861 B 362.574 6.281.860 € 362.567 6.281.853 D 362.568 6.281.852
Fuente: Tabla 6 de la Adenda
Caminos de acceso.
El acceso principal al área del Proyecto será realizado a través de la Ruta G-25, camino a San José de Maipo y desde el cual se accede al área del Proyecto por una ruta no pavimentada interna.
Respecto del acceso al Proyecto, el Titular declaró en la respuesta 1.10 de la Adenda Complementaria: “En enero del 2019, Sociedad Pétreos ingresó una solicitud de acceso en la Dirección de Vialidad, la cual se adjuntó en el Anexo 6 de la Adenda. Posteriormente, en reunión sostenida con la Dirección Regional de Vialidad y Jefe de Vialidad Provincia Cordillera (12 junio 2019) se le comunicó al Titular que no podría comenzar ningún tipo de regularización, sin tener la certeza de la propiedad del camino. Actualmente, la Dirección de Vialidad, está en proceso de determinar la propiedad del camino para poder establecer responsabilidades en cuanto a las autorizaciones requeridas.
Cabe señalar que, de acuerdo a lo anterior, el Titular está en un proceso sectorial de regularización del camino Los Areneros, lo cual no forma parte del proyecto
4
actualmente en evaluación. Se desea recalcar además que este camino se utilizará por el proyecto sólo para el tránsito de vehículos de servicio (combustibles, retiro de residuos, y transporte de personal). Los camiones tolva del proyecto sólo transitarán por caminos internos (desde los bancos decantadores a los acopios 1 y 2), por lo que el uso que dará el proyecto a dicha vía es marginal respecto del uso actual por los distintos usuarios de esta ruta, ya individualizados”.
Referencia al expediente de evaluación de los mapas, georreferenciación e información complementaria sobre la localización de sus partes, obras y acciones.
En la Figura N? 1 de la Adenda Complementaria, se presenta el layout del Proyecto.
En el Anexo 1.4 de la Adenda se presenta el Plano en el cual se detallan las partes y obras del Proyecto, incluyendo áreas de acopio, así como también los caminos a utilizar.
En el Anexo 1.5 de la Adenda, se adjunta plano a escala adecuada que incluye todas las partes y obras del Proyecto (instalaciones de faenas, banco decantadores), con el área de inundación considerada para un periodo de retorno de 5 años (TR 5 años) y de 100 años (TR 100 años) respectivamente. En dicho plano también se incluyen las zonas de acopio de material en la Planta La Junta.
En el Anexo 1.2 de la Adenda se presenta el emplazamiento de las obras del Proyecto con respecto al Plan Regulador Metropolitano de Santiago (PRMS) y en el Anexo 1.3 de la Adenda, se presenta el emplazamiento con relación al Plan Regulador Comunal de la Comuna de San José de Maipo.
4.3. FASE DE CONSTRUCCIÓN.
4.3.1. PARTES, OBRAS Y ACCIONES QUE COMPONEN EL PROYECTO.
4.3.1.1 PARTES Y
OBRAS
Nombre
Descripción
Habilitación de obras temporales
Durante la fase de construcción, y mientras se realice la implementación del frente de trabajo, se utilizarán las obras temporales, entiéndase por estas (baños químicos con lavamanos, duchas portátiles, contenedor de residuos sólidos domiciliarios y dispensadores de agua), cuya habilitación será realizada por una empresa autorizada mediante la utilización de un camión pluma, la cual proveerá estas instalaciones listas para su uso.
La habilitación de este tipo de obras no requiere escarpe ni nivelación de terreno. Asimismo, se aclara que su habilitación no requiere de roce y despeje de vegetación, debido a que el área se encuentra acondicionada para estos efectos.
4.3.1.2 ACCIONE.
]
Nombre
Descripción
Habilitación de caminos
En la respuesta 1.12 a) de la Adenda, el titular señala que los caminos interiores, que conectan los bancos decantadores con las áreas de acopio se encuentran habilitados para estos efectos, por tanto, el Proyecto no contempla obras de este tipo.
Flujo vehicular
Según lo declarado en la respuesta 1.30 de la Adenda, para el periodo de construcción (2 semanas) el flujo vehicular asociado al camión cisterna es 1 veh/día, durante 10 días, es decir, 10 veh/2 semanas (20 viajes en 2 semanas), mientras que para el camión pluma son 2 viajes en el mismo periodo. Esta estimación de flujo vehicular es el escenario más desfavorable considerando en el Proyecto.
4.3.2 SUMINISTROS BÁSICOS
Nombre
Descripción
Energía eléctrica
Generador eléctrico de 5KVA, el cual contará con todas las medidas de seguridad para evitar derrames.
Maquinarias
Se requerirá únicamente un camión grúa para habilitar el frente de trabajo, ya que los sectores de explotación corresponden a obras preexistentes y habilitadas para estos efectos, razón por la cual no se requiere maquinaria o equipos de ningún tipo. En la Tabla 1-17 de la DIA, se presenta la cantidad y frecuencia de vehículos pesados a utilizar.
Agua potable y
El agua potable destinada para consumo de los trabajadores será provista mediante máquinas dispensadoras con botellones de 20 litros. Este suministro se obtendrá mediante surtidores de agua potable provistos por empresas autorizadas por la Seremi de Salud.
Se dispondrá de baños químicos y duchas portátiles cuya cantidad se calculará en base a
alcantarillado la tabla del Artículo 23 del D.S. N 594/99 del MINSAL. La cantidad máxima de agua potable a utilizar será de 0,5 m/día. Las copias de comprobantes de este convenio, así como el registro de los volúmenes adquiridos, se mantendrán en la obra a disposición de la Autoridad Ambiental.
Maquinarias, 1 camión pluma y 1 camión cisterna
equipos y
vehículos
. Será utilizado para el abastecimiento de los grupos electrógenos y maquinarias, siendo Combustible
transportado y suministrado por una empresa externa mediante camiones cisterna
E)
debidamente autorizados por la Seremi de Salud RM. La carga de combustible a los equipos se realizará en un área definida y demarcada, contigua al equipo, cumpliendo de esta manera con el D.S N* 160/2009 del Ministerio de Economía, Fomento y Reconstrucción. Por otra parte, se utilizará carpeta antiderrame, que corresponde a un producto utilizado como barrera de contención, confeccionada en membrana de PVC industrial 100% impermeable, U.V resistente, alta resistencia a la tracción y desgarro, uniones de paños sellados por alta frecuencia electrónica, lo que garantiza su estanqueidad. Además, según lo señalado por el Titular en la respuesta 1.59 de la Adenda, para la fase de construcción, operación y cierre no se generarán residuos peligrosos dado que los residuos generados por la carga de combustible serán retirados de manera inmediata por la empresa que suministra el combustible. El abastecimiento de combustible se realizará por medio de 1 camión cisterna con una frecuencia de 5 días/semana.
4.3.3 RECURSOS NATURALES RENOVABLES
El proyecto no contempla extraer, explotar o utilizar recursos naturales en esta fase.
4.3.4 EMISIONES Y EFLUENTES
4.3.4.1 EMISIONES A LA ATMÓSFERA
Nombre Descripción
Los principales aportes de las emisiones de material particulado y gases de combustión provienen de la combustión de motores de maquinarias destinadas a la construcción con Emisiones más del 70% del total de emisiones por contaminante respectivamente señalado. El atmosféricas detalle se presenta en la Tabla N* 36 del Anexo 1 de la Adenda Complementaria.
Al respecto, la Seremi del Medio Ambiente RM, en su Oficio Ord. N* 879 de fecha 01/10/2019, se pronunció conforme.
4.3.42 EMISIONES LÍQUIDAS O EFLUENTES
Nombre Descripción
Contempla la generación de residuos líquidos domésticos debido al uso de los servicios higiénicos portátiles utilizados en las faenas constructivas durante la implementación del frente de trabajo permanente. Se estima una tasa de generación de 0,4 m?/día. Esta fase tendrá una duración de 2 semanas.
Aguas servidas
4.3.4.3 EMISIONES DE RUIDO
Nombre Descripción
El cálculo de emisiones de ruido (Anexo 8 de la Adenda Complementaria) no consideró la fase de construcción, debido a que se estima que en esta fase las emisiones serán, en el peor de los escenarios, de igual o menor magnitud que las estimadas para la fase de cierre. Esto debido principalmente a que se contempla la instalación del frente de trabajo, ya que los bancos corresponden a obras existentes concesionadas al Titular, y que tendrán una duración de dos semanas.
Al respecto, la Seremi de Salud RM, en su Oficio. Ord N* 5743 de fecha 27/09/2019, se pronunció conforme.
Ruido
4.3.5 RESIDUOS Y SUSTANCIAS PELIGROSAS
4.3.5.1 RESIDUOS NO PELIGROSOS
Nombre Descripción
Este tipo de residuos corresponderá a plásticos, papel, cartones, entre otros de la misma naturaleza que se pudiesen generar. Este tipo de residuos será recolectado en un Residuos sólidos | contenedor especialmente destinado para ello, cerrado herméticamente y al interior de domiciliarios y | bolsas plásticas para evitar la proliferación de vectores de interés sanitario (moscas, asimilables animales, roedores), para que pueda ser retirado por empresas de recolección autorizadas sanitariamente, para su posterior disposición en lugares autorizados. Mayores antecedentes se presentan en el Anexo 4.3 de la Adenda (PAS 140).
4.3.5.2 RESIDUOS PELIGROSOS
Nombre ] Descripción
El Titular en la respuesta 3.4 de la Adenda Complementaria, declara: “El Titular reitera que el Proyecto no considera el almacenamiento de ningún tipo de residuos industriales peligrosos en ninguna de sus fases. Por lo anterior, en el caso eventual que hubiera alguna generación puntual de este tipo de residuos se realizará el retiro y disposición inmediata en lugares que cuenten con las respectivas autorizaciones sanitarias”.
4.3.5.3. PRODUCTOS QUIMICOS
El Proyecto en evaluación no considera el almacenamiento sustancias peligrosas de ningún tipo.
Referencia al ICE para mayores detalles sobre esta fase.
Capítulo IV del ICE.
4.4. FASE DE OPERACIÓN.
4.4.1 PARTES, OBRAS Y ACCIONES QUE COMPONEN EL PROYECTO.
4.4.1.1 PARTES Y OBRAS.
Bancos decantadores
Banco decantador N? 1:
La obra denominada Banco Decantador N? 1, permitirá la entrada de parte del caudal del río. Esta obra es una canalización con unos muros de hormigón laterales, que le dan su forma y de unas compuertas de acero que controlan el ingreso de las aguas a éste. Aproximadamente, el banco tiene 20 metros de ancho por 2,8 metros de alto y 220 metros de longitud.
La obra del banco decantador, consiste en una canalización con dos muros compuestos con el mismo material del lecho y una capa de hormigón de 40 cms de espesor, reforzado con malla ACMA de 0,4 metros de base por 2,5 metro de altura. Esta obra además cuenta con un muro, construido de la misma forma que el banco, el cual facilita el ingreso de las aguas del río al banco decantador.
Banco decantador N? 2:
La obra denominada Banco Decantador N? 2, permitirá mediante la entrada de parte del caudal del río. Esta obra es una canalización con unos muros de hormigón laterales, que le dan su forma y de unas compuertas de acero que controlan el ingreso de las aguas a éste. En general el banco tiene 20 metros de ancho por 2,8 metros de alto y 115 metros de longitud.
La obra del banco decantador, consiste en una canalización con dos muros compuestos con el mismo material del lecho y una capa de hormigón de 40 cms de espesor, reforzado con malla ACMA. de 0,4 metros de base por 2,5 metro de altura. Esta obra además cuenta con un muro, construido de la misma forma que el banco, el cual facilita el ingreso de las aguas del río Maipo al banco decantador, cabe señalar que dicho sistema se encuentra construido desde que se construyó la primera planta en la década del 40 y 50.
Planta de tratamiento de aguas servidas
El Proyecto contempla la implementación de sistema de tratamiento de las aguas servidas
durante su fase de operación, el cual tendrá una capacidad para tratar el caudal de aguas servidas de 9 personas/día. El efluente generado de 1,35 m'*/día por el sistema de tratamiento proyectado, una vez que hayan sido cloradas/decloradas, serán infiltradas a través de drenes en su totalidad.
Los lodos generados serán retirados cada 6 meses o cuando la capacidad de retención de lodos llegue al 80% de capacidad máxima. El retiro será a través de una empresa autorizada por la Seremi de Salud RM y su disposición final será en un sitio autorizado para ello. Se mantendrá disponible para la autoridad, el control de los lodos a través de documentos que certifiquen su disposición final y transporte den el proyecto durante toda la vida útil. Mayores antecedentes en la respuesta 1.8 c) de la Adenda Complementaria.
Zona de carga de combustible
La zona de carga de combustible se ubicará al costado del frente de trabajo, ubicado a más de 40 metros del río Maipo, a 18 metros del banco N* 1 y a 150 metros del banco N? 2, en las coordenadas Datum WGS 84 362.572 E - 6.281.860 N. En la Figura 2 de la Adenda Complementaria, se muestra la figura con la ubicación de la zona de carga de combustible.
El abastecimiento de combustible será realizado por una empresa externa mediante camiones cisterna debidamente autorizados. En el punto de descarga, se dispondrá de medidas específicas de control de derrames, extintores y los EPP necesarios para esta actividad, tal como se detalló en el punto 1.6.5.7 del Capítulo 1 de la DIA.
Mayores detalles del sistema a implementar para la carga de combustible, se presenta en la respuesta 1.28 de la Adenda, a saber: la carga de combustible al equipo se realizará en un área definida y demarcada, contigua al equipo. Por otra parte, se utilizará carpeta antiderrame.
Frente de trabajo
Como parte del equipamiento permanente, se contempla la habilitación de un (1) frente de trabajo del tipo contenedor prefabricado, el cual será ubicado geográficamente en el área de extracción. La habilitación de este frente será realizada mediante una empresa externa especializada, quien será la encargada del traslado e implementación directamente en obra mediante la utilización de un camión pluma.
La habilitación del contenedor no requiere roce y despeje de vegetación, escarpe ni nivelación de terreno, debido a que el área se encuentra acondicionada para estos efectos. Mayores antecedentes en el punto 1.6.1.2.1 de la DIA.
4.4.1.2 ACCIONES. Nombre Descripción PrÓCESO de El proceso de extracción de los áridos estará basado principalmente en la decantación
extracción del árido
del sedimento que transporta el flujo que entra por el banco y que sedimenta debido a la disminución de velocidad del flujo dentro del banco y que, permite luego que el agua sea devuelta a la salida del banco, recoger este material.
Para la extracción de áridos se utilizarán los caudales medios mensuales del río, para una probabilidad de excedencia del 50% y para cada mes del año. Con estos caudales se realizará una proporción del caudal que entra al banco y el que queda en el río, los cuales se presentan en la siguiente tabla.
q
Tabla N? 7: Detalle de caudales
Mes Total En Banco En Río [m?/s] [m?/s] [m/s] Abril 21.535 10.184 11.351 Mayo 16.942 8.012 8.930 Junio 16.496 7.801 8.695 Julio 16.878 7.982 8.896 Agosto 17.283 8.174 9.110 Septiembre 21.217 10.034 11.183 Octubre 35.816 16.938 18.878 Noviembre 61.214 28.949 32.265 Diciembre 77.851 36.817 41.033 Enero 74.207 35.094 39.113 Febrero 50.905 24.074 26.831 Marzo 34.140 16.146 17.995
Fuente: Tabla 12 de la Adenda
Se utilizarán sectores de compuertas y descargas ubicadas aguas abajo de los banco- decantadores que existían desde antes de la puesta en marcha del proyecto y de la Planta La Junta. Estas compuertas tienen como finalidad estabilizar la zona de decantación del material dentro de los bancos, para luego dejar salir el fluido del río nuevamente hacia el cauce principal (extrayendo el material sólido).
El Titular en la respuesta 1.3 de la Adenda Complementaria, declara lo siguiente: “Se aclara que, si bien la concesión otorgada por la l. Municipalidad de San José de Maipo fue por un valor a extraer de 17.666,7 m'/mes, el proyecto presentado para la extracción (PAS 159) al servicio sectorial correspondiente, asaber DOH, considera una extracción inferior”. Al respecto, en la siguiente tabla, se presenta el plan de explotación por banco de decantación.
Tabla N? 8: Plan de Explotación — Por Banco de decantación
Explotación | Meses Cantidad a Cantidad a explotar | Unidad explotar Banco de Banco de decantación N 2 decantación N? 1 lera de abril a 8.011 8.011 [m] Explotación | principio de octubre 2da octubre a 10.929 10.929 [m?] Explotación | mediados noviembre 3era noviembre | 10.929 10.929 [m] Explotación | a mediados de diciembre Ata diciembre 10.929 10.929 [m] Explotación Sta diciembre | 10.929 10.929 [m] Explotación | aenero 6ta enero a 10.929 10.929 [m?] Explotación | febrero 7ma febrero a 10.929 10.929 [m] Explotación | marzo 8va marzo a 1.415 1.415 [m*] Explotación | abril Total 75.000 75.000 [m?]
Fuente: Tabla 1 de la Adenda Complementaria
En la misma respuesta, declara que la explotación de áridos a realizar en la zona de extracción se ejecutará tomando como base los resultados obtenidos en el Estudio Hidrológico-Hidráulico (Anexo 4.6 de la Adenda), que en este caso arrojaron valores de extracción menores a los otorgados mediante concesión. Cabe indicar, que el Titular señaló en la citada respuesta que, en ningún caso, el volumen a extraer superará lo autorizado en dicha concesión.
Para asegurar que las extracciones no sobrepasen las cantidades definitivas dentro del proceso de evaluación, el Titular declara en la respuesta 1.4 de la Adenda Complementaria, que el mecanismo de medición de los volúmenes de extracción consistirá en cuantificar las unidades de acarreo (camiones tolva) una vez que estas
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completan su capacidad, lo cual se efectuará mediante un registro de control in situ de la extracción, que incluirá al menos:
e N” del banco Nombre del conductor Patente del camión Volumen del camión Hora y fecha de salida del camión tolva hacia las zonas de acopio
e V?B? La forma de registro será la indicada en la Tabla 2 de la Adenda Complementaria. La cual quedará a disposición de las autoridades para su revisión y verificación en el Proyecto durante toda la vida útil. Mayores detalles se presentan en el plan de explotación del Anexo 4.6 de la Adenda. Respecto de las bocatomas, el Titular declara en la respuesta 1.24 de la Adenda que el Proyecto se desarrollará en un área alejada de bocatomas. Las bocatomas más cercanas se emplazan en canales de las cuales se extraen aguas desde el Río Maipo. Específicamente a una de ellas se emplaza a 1.100 metros aguas abajo de las bocatomas del Canal San Carlos y a 550 metros aguas arriba del canal Eyzaguirre. (Mayores antecedentes en el Anexo 1.6 de la Adenda).
Acopio material
de
Luego de la extracción de áridos desde los bancos decantadores, estos serán cargados directamente a los camiones tolvas, para posteriormente ser trasladados y acopiados a alguna de las dos áreas de acopio de material integral al interior de la Planta La Junta de manera indistinta, ya que parte del material integral que actualmente se recibe de terceros será reemplazado por el material integral que se extraiga de los bancos decantadores, procesándose en la Planta La Junta de la misma forma que se hace en la actualidad con el material integral que se recibe de terceros.
La zona de acopio 1 tiene una altura de 16 metros y un ancho de 80 metros con una capacidad de 27.000 m* para material integral en un área de 5.200 m?. El esquema de la zona de acopio 1 se presenta en la Figura 3 de la Adenda Complementaria.
La zona de acopio 2 tiene una altura máxima de 23 metros y un ancho de 38 metros, cuya capacidad total es de 73.000 m* de material en un área de 4.441 m?. El esquema de la zona de acopio 2 se presenta en la Figura 4 de la Adenda Complementaria.
La capacidad de almacenamiento, entre ambos sectores de acopio, es de 100.000 m, los cuales serán mantenidos como reserva para el consumo posterior. El proyecto declara una extracción de 150.000 m/año, el cual será consumido durante el año, por lo que se considera un porcentaje de ese volumen como reserva en caso de que la planta presente algún desperfecto.
Asimismo, el Titular declara en la respuesta 1.7 b) de la Adenda Complementaria, lo siguiente: “Finalmente es importante señalar que, el presente Proyecto en evaluación no contempla aumentar la capacidad ni la superficie de las áreas de acopio actuales, por tanto, no habrá variación en ellas, ya que el proyecto solo sustituirá parte del material que la Planta recibe desde terceros autorizados”.
Procesamiento de material
El diagrama del proceso productivo de Planta La Junta, se detalla en la Tabla 6 de la Adenda Complementaria.
En la respuesta 1.7 d) de la Adenda Complementaria, el titular señaló que si bien el volumen de extracción de áridos es de 150.000 m anuales (medidos en banco), lo que corresponde a 189.873 m/año de material esponjado. Al respecto, señala que la Planta La Junta tiene una capacidad de procesamiento teórico de 250.000 m* y efectiva en promedio de 190.000 m?. Por lo tanto, si se extrae todo el material de los bancos decantadores dentro de la presente evaluación, no se comprará material a terceros para el procesamiento en la planta. Sin embargo, declaro en la citada respuesta: “Sin embargo, si no es posible extraer el material proyectado, o se requiere complementar pedidos especiales, se comprará material a terceros, no excediendo la capacidad de almacenamiento y procesamiento existentes que fueron presentados en las respuestas precedentes”.
Respecto de la humectación de los áridos o el lavado de estos, el Titular declara en la respuesta 1.6 de la Adenda, que no contempla realizar la humectación de los áridos o el lavado de estos como parte del alcance del proyecto, puesto que no existe ninguna necesidad de realizar esta actividad.
En la respuesta 1.7 e) de la Adenda Complementaria, el Titular declara que el Proyecto no contempla el procesamiento del material en otras plantas ni la venta de este a terceros. Sin embargo, señala que en caso de que el material extraído de ambos bancos decantadores no pueda ser procesado en la Planta La Junta, se evaluarán los posibles destinos y se someterá a la correspondiente consulta de pertinencia al SEA RM, con el fin de dar cumplimiento al marco normativo vigente (respuesta 1.2 de la Adenda Complementaria).
Respecto de la Planta La Junta, el Titular en la respuesta 6.2 de la Adenda Complementaria, señala lo siguiente: “los permisos municipales de la planta corresponden al permiso de edificación N* 54/1993, certificado de recepción,
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expediente N 82 e informe de inspección N 18 del año 1995 y patente municipal vigente”.
Flujo vehicular
Los únicos vehículos y maquinaria que utilizará el Proyecto corresponden a los camiones tolvas que trasladarán el material pétreo hacia las áreas de acopio (camino interior de la Planta La Junta), cargador frontal, mientras que el camión cisterna para el abastecimiento de combustible y camión limpia fosa para el retiro de los lodos serán los únicos vehículos asociados al Proyecto que transitarán por rutas externas, cuya frecuencia será de un 1 camión/día.
Respecto del flujo interno, el Titular declara en la respuesta 1.40 de la Adenda, que se estima una cantidad máxima de 5 camiones tolva (capacidad de 15 m* cada camión) circulando entre los decantadores y el área de acopio de la Planta La Junta, por tanto, no se requiere estacionamiento para la espera del retiro del material integral en el área de intervención del Proyecto.
Respecto de la venta de los áridos a los clientes, el Titular señaló en la respuesta 2.1 de la Adenda Complementaria, que los destinatarios del producto final del Proyecto son variables en el tiempo y dependen de las necesidades del mercado, por lo que no hay un destino final único y permanente en el tiempo. Sin embargo, para poder incorporar la estimación de emisiones del transporte de áridos (producto terminado) desde la planta hasta su sitio de disposición final. Sin embargo, se ha considerado en promedio una distancia de 5 Km. por caminos pavimentados y 0,94 Km. por caminos no pavimentados, tal como se detalla en el Anexo 1 de la Adenda Complementaria.
Mantenciones de los bancos decantadores
Para mantener en óptimas condiciones al río con la operación de las compuertas y bancos decantadores, se realizará el perfilado de la zona de los bancos, un mes antes de que se produzcan las crecidas mayores, de esta manera se mantendrá el cauce del banco en óptimas condiciones que permitan absorber las crecidas de caudal imprevistas.
El programa de mantención será el siguiente:
a) Inspección visual de los bancos decantadores cada vez que operen, verificando el correcto funcionamiento.
b) Chequeo de estado de muros, estructuras y compuertas.
Cc) Mantención de los bancos decantadores dos veces al año.
d) Las mantenciones consistirán en reforzar los muros en caso de que detecten deterioros. Si se identifican estructuras dañadas o mal estado, se dará aviso a la DOH RM y a la 1. Municipalidad de San José de Maipo dentro de un plazo de una semana después de haber identificado el hallazgo, posteriormente se evaluará la posible reparación o eventual reemplazo de la estructura determinando tiempos de ejecución.
e) Específicamente para las compuertas, habrá una revisión permanente de su sistema de subida y bajada, el cual deberá ser lubricado dos veces a la semana, en los periodos de alto caudal. También se realizará la limpieza de posibles bolones, piedras o ramas que puedan impedir el correcto funcionamiento del sistema.
f) Cada dos años, se deberán pintar las estructuras con anticorrosivo.
Para cada una de las mantenciones señaladas se realizará un registro, el cual se encontrará disponible en el frente de trabajo ante posibles fiscalizaciones por la Autoridad Ambiental.
4.4.2 SUMINISTROS BÁSICOS
Nombre
Descripción
Energía eléctrica
La energía eléctrica requerida para la fase de operación será suministrada mediante un grupo electrógeno de 5 kVA, ubicado en el frente de trabajo, el cual se mantendrá sobre un pretil con material impermeabilizado. Mayores detalles se presentan en la respuesta 28 de la Adenda. La frecuencia de mantenimiento del grupo electrógeno será mensual, no obstante, queda supeditado a las especificaciones técnicas establecidas por el fabricante de los grupos electrógenos.
En el Anexo 7 de la Adenda Complementaria, el titular adjunta el Certificado de Inscripción de Instalación Eléctrica Interior (TE1), en la cual se indica una potencia instalada de La Planta La Junta es de 735,335 kW, lo que equivale a 919,168 kVA, esto significa que la planta actualmente tiene una capacidad de procesamiento teórico de 250.000 m con un 90% de eficiencia. Sin embargo, el Titular declaró en la respuesta 1.7c) de la Adenda Complementaria, que históricamente y tomando como referencia los últimos dos años, la planta ha tenido un promedio un procesamiento de 190.000 m. Al respecto, el Titular señaló que en el caso que la potencia de la Planta La Junta se modifique en el futuro, se realizará la correspondiente regulación ante la SEC y se hará la correspondiente consulta al SEA RM, mediante una consulta de Pertinencia y/o Declaración de Impacto Ambiental, si corresponde.
Agua potable y alcantarillado
El agua potable destinada para consumo de los trabajadores será provista mediante máquinas dispensadoras con botellones de 20 litros, los que se ubicarán en distintos
10
sectores de las faenas para consumo de los trabajadores. Este suministro se obtendrá mediante surtidores de agua potable provistos por empresas autorizadas. La cantidad máxima de agua potable a utilizar será de 0,9 m*/día. Mayores detalles se presentan en la respuesta 1.52 b) de la Adenda.
El Titular aclara que no cuenta con factibilidad de conexión a la red de alcantarillado, razón por la cual en el Anexo 3 de la Adenda Complementaria, se adjunta versión actualizada del PAS 138 en la cual se indica que las aguas tratadas provenientes de la planta de tratamiento de Aguas Servidas (PTAS) serán infiltradas a través de drenes en su totalidad.
La maquinaria a utilizar será la siguiente:
Tabla N? 9: Maquinaria a utilizar en la fase de operación
Tipo de maquinaria Cantidad máxima Maquinarias, Camiones tolva S equipos Cargador Frontal 1 vehículos Camión de limpieza fosa l Camión cisterna 1 Camioneta 4x4 2 Excavadora il Fuente: Anexo 10 de la Adenda Complementaria El combustible para abastecer el funcionamiento de los grupos electrógenos y Combustible maquinaria será transportado y suministrado por una empresa externa mediante
camiones cisterna debidamente autorizados. El abastecimiento de combustible se realizará por medio de 1 camión cisterna con una frecuencia de 5 días/semana.
4.4.3 PRODUCTOS GENERADOS
El Proyecto no contempla la elaboración de productos, por lo cual no corresponde llevar una cuantificación y forma de manejo de los mismos.
4.4.4 RECURSOS NATURALES RENOVABLES
El Proyecto contempla la extracción por un volumen de 150.000 m/año de áridos (material integral), lo que corresponde a un recurso natural renovable.
4.4.5 EMISIONES Y EFLUENTES
4.4.5.1 EMISIONES ATMOSFÉRICAS
Emisiones atmosféricas
La principal fuente de emisión de material particulado se produce por el tránsito vehicular por rutas no pavimentadas internas, contribuyendo con el 23% del total de emisiones de MP2,5, 50% del total de MP10.
La principal fuente emisora de gases de combustión es la operación de maquinarias, contribuyendo con más del 90% del total de emisiones de SO2, NOX y CO.
En la siguiente Tabla, se presentan los cálculos finales de la operación incluida la extracción y la operación de la Planta La Junta.
Tabla N” 10: Comparación límites de emisiones del Art. 64 del Decreto N* 31/2016 del MMA para fase de operación
Contaminante Emisiones Límite del Cumplimiento | Compensación (ton/año) D.S. N? 120% 31/2016 del (ton/año) MMA (ton/año) MP10 3,50 25 No 4,2 MP2,5 1,46 2 Si - NOX 4,12 8 Si - SOX 0,02 10 Si
Fuente: Tabla 37 del Anexo 1 Adenda Complementaria
Tal como se puede apreciar en la Tabla anterior, las emisiones estimadas durante la fase de operación del Proyecto sobrepasan los límites máximos de MP10 establecidos en el Artículo 64 del Decreto N? 31/16 del MMA.
Al respecto, la Seremi del Medio Ambiente RM, en su Oficio Ord. N* 879 de fecha 1? de octubre de 2019, se pronunció conforme condicionado a la presentación de un Plan de Compensación de Emisiones de obtener calificación ambiental favorable.
4.4.5.2 EMISIONES LÍQUIDAS O EFLUENTES
Nombre
Descripción
Aguas servidas
Se contempla la generación de aguas servidas debido al uso de los servicios higiénicos presentes en el frente de trabajo. Estos efluentes serán destinados a una Planta de Tratamiento de Aguas Servidas, donde el manejo de las aguas servidas generadas será realizado en todo momento acorde lo establecido en el D.S. N* 594/99 del MINSAL. Se
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estima una generación aproximada de 1,35 m*/día. Mayores se presenta en el Anexo 3 de la Adenda Complementaria.
4.4.5.3 EMISIONES DE RUIDO
Nombre Descripción
En el Anexo 8 de la Adenda Complementaria, el Titular presenta la evaluación de los ruidos a generar durante la fase de operación (incluida la Planta La Junta y la extracción de áridos de los bancos decantadores).
A continuación, se presentan los resultados de las emisiones sonoras durante esta fase.
Tabla N* 11: Resultados de la planta La Junta en funcionamiento y la extracción de áridos de los bancos.
Receptor Ruido | ZonaD.S | Periodo Limite Nivel Estado N* de 38/2011 [dBA] proyectado fondo
1 - TH Diurno 65 52,1 Cumple
2 - TIT Diurno 65 32,5 Cumple Ruido 3 - 00 Diurno 65 52 Cumple 4 - TI Diurno 65 53,4 Cumple
5 56 Rural Diurno 65 43,1 Cumple
6 ST Rural Diurno 65 42,2 Cumple
7 Sil Rural Diurno 61 42,8 Cumple
8 47 Rural Diurno ST 48,5 Cumple
Fuente: página 26 del Anexo 8 de la Adenda Complementaria
Según los resultados presentados en el Anexo 8 de la Adenda Complementaria, los niveles de ruido cumplen con lo exigido por el D.S. N* 38/11 del MMA, al estar bajo los límites máximos permitidos con medidas de control.
La Seremi de Salud RM, en su Oficio. Ord N* 5743 de fecha 27 de septiembre de 2019, se pronunció conforme.
4.4.6 RESIDUOS Y SUSTANCIAS PELIGROSAS
4.4.6.1 RESIDUOS NO PELIGROSOS
Nombre Descripción
Este tipo de residuos corresponde a plásticos, papel, cartones, entre otros de la misma naturaleza que se pudiesen generar. Este tipo de residuos será recolectado en un contenedor especialmente destinados para ello, cerrado herméticamente y al interior de bolsas plásticas para evitar la proliferación de vectores de interés sanitario (moscas, animales, roedores). Se estima 90 kg/mes. Mayores antecedentes se presentan en el Anexo 4.3 de la Adenda.
Residuos sólidos domiciliarios y asimilables
4.4.6.2 RESIDUOS PELIGROSOS
En esta fase no se generarán este tipo de residuos. El Titular en la respuesta 3.4 de la Adenda Complementaria, declara: “El Titular reitera que el Proyecto no considera el almacenamiento de ningún tipo de residuos industriales peligrosos en ninguna de sus fases. Por lo anterior, en el caso eventual que hubiera alguna generación puntual de este tipo de residuos se realizará el retiro y disposición inmediata en lugares que cuenten con las respectivas autorizaciones sanitarias”.
Referencia al ICE para mayores detalles sobre esta fase.
Capítulo IV del ICE.
4.5. FASE DE CIERRE
4.5.1. PARTES Y OBRAS
Durante la fase de cierre se retirará el contenedor asociado al frente de trabajo, el sistema de tratamiento de aguas servidas y todas las instalaciones menores que los acompañan, para su venta o disposición final en lugares autorizados. El terreno será limpiado de todo residuo o escombro y se emparejará. Mayores detalles en el punto 1.8 de la DIA.
4.5.2. ACCIONES
Nombre Descripción
Transporte Para la fase de cierre se efectuará traslado de materiales y residuos. En la Tabla 70 de la Adenda, se presenta la cantidad y frecuencia de vehículos para la fase de cierre.
4.5.3. SUMINISTOS BASICOS
Nombre Descripción
Energía eléctrica
Generador eléctrico de SKVA, el cual contará con todas las medidas de seguridad para evitar derrames.
El agua potable destinada para consumo de los trabajadores será provista mediante máquinas dispensadoras con botellones de 20 litros. Este suministro se obtendrá
Agua potable mediante surtidores de agua potable provistos por empresas autorizadas. La cantidad máxima de agua potable a utilizar será de 0,3 m*/día.
Servicios Se dispondrá de baños químicos y duchas portátiles cuya cantidad se calculará en base a
higiénicos la tabla del Artículo 23 del D.S N* 594/99 del MINSAL.
Equipos y | 1 camión pluma y 1 camión cisterna. El abastecimiento de combustible se realizará por
Maquinarias medio de 1 camión cisterna con una frecuencia de 5 días/semana.
4.5.4, EMISIONES Y EFLUENTES
4.5.4.1 EMISIONES ATMOSFÉRICAS
Nombre Descripción Emisiones Para la fase de cierre, solo se contempla el retiro del frente de trabajo, estimándose de atmosféricas un periodo de tiempo de una semana, por lo que las emisiones serán de carácter temporal.
Al respecto, la Seremi del Medio Ambiente RM, en su Oficio Ord. N* 879 de fecha 19 de octubre de 2019, se pronunció conforme.
4.5.4.2 EMISIONES LÍQUIDAS O EFLUENTES
Nombre
Descripción
Aguas servidas
Se contempla la generación de residuos líquidos domésticos debido al uso de los servicios higiénicos presentes en los baños químicos en faena. Los residuos líquidos provenientes de los baños químicos serán manejados acorde lo establecido en el D.S. N? 594/99 del MINSAL y se subcontratará a una empresa de servicios sanitarios autorizada ambiental y sanitariamente para la prestación de este servicio. Esta fase tendrá una duración de una semana.
Residuos Debido a las características propias del Proyecto no se contempla la generación de
Industriales residuos industriales líquidos.
Líquidos
4.5.4.3 EMISIONES DE RUIDO
Nombre Descripción El cálculo de emisiones de ruido (Anexo 8 de la Adenda Complementaria) no consideró la fase de cierre, debido a que se estima que en esta fase las emisiones serán, en el peor de los escenarios, de igual o menor magnitud que las estimadas para la fase de
Rua construcción. Esto debido principalmente a que se contempla únicamente el retiro del
uIdo
frente de trabajo, ya que los bancos corresponden a obras existentes concesionadas al Titular, y que tendrán una duración de una semana.
Al respecto, la Seremi de Salud RM, en su Oficio. Ord N* 5743 de fecha 27 de septiembre de 2019, se pronunció conforme.
4.5.5. RESIDUOS
Y SUSTANCIAS PELIGROSAS
4.5.5.1 RESIDUOS NO PELIGROSOS
Residuos sólidos
Se estima que se generará un máximo de 15 kg/mes de residuos sólidos domiciliarios en la fase de cierre. Este cálculo proviene de la tasa de generación de residuos domiciliarios
domiciliarios ' ; 3 E E E s as Y | de 0,5 kg/trabajador/día, y considerando una dotación máxima de 3 trabajadores/día,
asimilables E - a :
durante un periodo de 20 días/mes (jornada laboral de lunes a viernes).
El Proyecto no contempla la generación de este tipo de residuos, ya que el Residuos desmantelamiento de las instalaciones contempla únicamente el retiro del frente de industriales no | trabajo y planta de tratamiento de aguas servidas, siendo esta última retirada por peligrosos servicios autorizados para estos efectos y destinada a sitios autorizadas por la Seremi de
Salud RM.
4.5.5.2 RESIDUOS PELIGROSOS
En esta fase no se generarán este tipo de residuos. El Titular en la respuesta 3.4 de la Adenda Complementaria, declara: “El Titular reitera que el Proyecto no considera el almacenamiento de ningún tipo de residuos industriales peligrosos en ninguna de sus fases. Por lo anterior, en el caso eventual que hubiera alguna generación puntual de este tipo de residuos se realizará el retiro y disposición inmediata en lugares que cuenten con las respectivas autorizaciones sanitarias”.
4.6. CRONOLOGÍA DE LAS FASES DEL PROYECTO O ACTIVIDAD.
4.6.1 Fase de Construcción
Fecha estimada de inicio | Octubre del 2019
Parte, obra o acción que
Habilitación de obras temporales (baños químicos establece el inicio
dispensadores de agua y contenedores de residuos).
con lavamanos,
Fecha término
estimada de | Octubre del 2019 (2 semanas de duración).
Parte, obra o acción que establece el término
Retiro de obras temporales (baños químicos con lavamanos, dispensadores de agua y contenedores de residuos).
4.6.2 Fase de Operación
Fecha estimada de inicio
Noviembre 2019.
Parte, obra o acción que establece el inicio
Extracción de áridos desde bancos decantadores. Al respecto, el Titular declara en la respuesta 19 de la Adenda, lo siguiente: “En caso que se renueve dicha concesión y nuevamente sea adjudicada al Titular, se realizará una consulta de pertinencia para consultar a la autoridad sobre la continuidad de esta operación considerando que no habrá una modificación al proyecto sometido a evaluación. A su vez, en el caso que la operación de los bancos decantadores no sea adjudicada al Titular, se procederá a iniciar la fase de cierre del Proyecto el cual fue detallado en el acápite 1.8 del Capítulo 1 de la DIA”.
Fecha término
estimada de
Noviembre 2024
Parte, obra o acción que establece el término
Cese de actividades de extracción de áridos.
4.6.3 Fase de Cierre
Fecha estimada de inicio
Diciembre 2024.
Parte, obra o acción que establece el inicio
Aviso de cierre de faenas a Ministerio de Obras Públicas (MOP), DOH RM, DGA RM, I. Municipalidad de San José de Maipo, y SMA.
Fecha término
estimada de
Diciembre 2024
Parte, obra o acción que
Limpieza del terreno y topografía del sector.
establece el término
4.7 MANO DE OBRA Fases Número máximo de personas ] Número promedio de personas Construcción E) Operación 9 Cierre 3
- Que, durante el proceso de evaluación se han presentado antecedentes que justifican la inexistencia de los siguientes efectos, características y circunstancias del artículo 11 de la Ley N* 19.300:
Tabla 5.1. RIESGO PARA LA SALUD DE LA POBLACIÓN, DEBIDO A LA CANTIDAD Y CALIDAD DE EFLUENTES, EMISIONES Y RESIDUOS.
Impacto ambiental no significativo.
Parte, obra o acción que lo genera.
Fase en que se presenta.
Referencia al ICE para mayores detalles sobre este impacto específico.
Aire:
Para la fase de construcción, se considera un aporte mínimo de emisiones atmosféricas ya que solo se prolongarán mientras se ejecute la fase de construcción comprendido en un periodo total de dos semanas. Para el caso de la fase de cierre, solo se contempla el retiro del frente de trabajo, estimándose de un periodo de tiempo de una semana, por lo que las emisiones serán de carácter temporal.
Para la fase de operación (extracción de áridos y funcionamiento de la Planta La Junta), la principal fuente de emisión de material particulado se produce por el tránsito vehicular por rutas no pavimentadas internas, contribuyendo con el 23% del total de emisiones de MP2,5, 50% del total de MP10. La principal fuente emisora de gases de combustión es la operación de maquinarias, contribuyendo con más del 90% del total de emisiones de SO2, NOX y CO. Al respecto, las emisiones estimadas durante la fase de operación del Proyecto sobrepasan los límites máximos establecidos de MP10 en el Artículo 64, del Decreto N* 31/16 del MMA, por lo tanto, deberá realizar un Plan de Compensación de Emisiones para un total de 4,2 toneladas de MP10. Mayores antecedentes en el Anexo 1 de la Adenda Complementaria.
Ruido:
La Modelación Acústica actualizada en el Anexo 8 de la Adenda Complementaria, contempla tanto la operación actual de Planta La Junta como las actividades asociadas a la extracción de áridos de los bancos decantadores. Para la ejecución de este análisis se establecieron 8 puntos receptores representativos de las localidades cercanas al Proyecto, tal como se indica en la Figura 5 de la Adenda Complementaria. Las mediciones efectuadas en los puntos receptores fueron efectuadas en horario diurno, ya que la planta no opera en horario nocturno. Según los resultados obtenidos y detallados en el Anexo 8 de la Adenda Complementaria, el Proyecto da cumplimiento a los límites establecidos en el D.S. 38/11 del MMA en los
Emisiones atmosféricas. Todas las acciones de la fase. Operación
Puntos 5.1 y 6.1 del ICE.
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puntos receptores 1, 2, 3, 4 y 8 de la normativa en el periodo diurno. En los receptores 5, 6, 7 y 8 resultó medición nula, ya que el nivel medido no superó por 3dB al ruido de fondo. Asimismo, al realizar la suma de impactos según el artículo 11 ter de la Ley, detallado en la Tabla 16 de la Adenda Complementaria, se da cumplimiento a los límites del Decreto, siendo el receptor 4 el más cercano con una Nivel dBA 53,4, para un límite máximo de 65 dBA.
Residuos líquidos:
Se contempla la generación de aguas servidas debido al uso de los servicios higiénicos portátiles (fase de construcción y cierre). Estos residuos serán manejados de acuerdo a lo indicado en el D.S. N* 594/1999 del MINSAL y se contará con los servicios de una empresa autorizada para estos fines y que cuente con las resoluciones respectivas. Esta empresa estará encargada de su mantención, retiro y disposición de aguas servidas en un lugar autorizado. Se llevará un registro y copia de los documentos que acrediten la disposición final de los residuos.
Respecto de la infiltración de los efluentes de la PTAS, el Titular declara que el sistema de tratamiento permitirá obtener un efluente cuyos contaminantes asociados a la descarga cumplan como referencia con los parámetros establecidos en la N.Ch 1333/78, ya que estas aguas tratadas serán infiltradas en el terreno mediante drenes de infiltración. Al respecto, el Titular realizó calicatas (adjuntas en el Anexo 3 de la Adenda Complementaria), indicando que la profundidad de la napa se encuentra a 31 metros de profundidad. Al respecto, el Titular realizará las siguientes medidas de control:
e Control continuo de la planta de tratamiento de aguas servidas.
o Mantenciones periódicas del sistema. Esto incluye las limpiezas que se realizarán cada dos años aproximadamente.
e Capacitación sobre la planta de tratamiento a los trabajadores, para prevenir descargas no autorizadas al sistema.
- Encaso de emisión de olores se detendrá el proceso y se arreglará el componente que esté causando el olor. En el caso de generación de olores por fugas en las unidades de proceso, se detendrá la operación, se identificará y solucionará la falla.
e Cabe señalar que, en ningún caso, se aumentará la carga orgánica de la planta de tratamiento. Si aumentara la dotación de trabajadores se avisará a la Seremi de Salud RM y se rediseñará sistema de tratamiento de aguas servidas.
El encargado de llevar los registros en caso de contingencias y emergencias será el asesor ambiental. Residuos sólidos:
Durante todas las fases del Proyecto se generarán residuos domiciliarios y asimilables a domésticos los que serán recolectados en bolsas de basura y almacenados en recipientes cerrados para ser almacenados en el frente de trabajo, para posteriormente ser dispuestos en lugares autorizados. Estos residuos serán retirados periódicamente de tal forma que los residuos orgánicos no se descompongan generando proliferación de vectores y/o malos olores.
El Proyecto no genera ni presenta riesgo para la salud de la población, debido a la cantidad y calidad de los efluentes, emisiones o residuos que este genera o produce.
Tabla 5.2. EFECTOS ADVERSOS SIGNIFICATIVOS SOBRE LA CANTIDAD Y CALIDAD DE LOS RECURSOS NATURALES RENOVABLES, INCLUIDOS EL SUELO, AGUA Y AIRE.
Suelo:
Los suelos donde se instalará el proyecto forman parte de la caja del río Maipo, y no cumplen con las condiciones para contar con la capacidad de sustentar vida de forma permanente, ya que pueden ser inundables en periodos de crecidas del río Maipo. Además, el área de influencia del Proyecto corresponde a suelos que actualmente son utilizados en la explotación de depósitos de arena, ripios, bolones y pétreos en general. Además, se pudo observar depósitos y sedimentos fluviales y clastos de distintos tamaños, similar a una “hoya hidrográfica”, provenientes del río Maipo; cuyo sector se encuentra descubierto de vegetación y con abundante pedregosidad superficial, en una posición de transición entre terraza aluvial con aluvio- coluvio y con una pendiente plana (mayores antecedentes en la Tabla 25 de la Adenda Complementaria). Aire:
Para la fase de operación (extracción de áridos y funcionamiento de la Planta La Junta), la principal fuente de emisión de material particulado se produce por el tránsito vehicular por rutas no pavimentadas internas, contribuyendo con el 23% del total de emisiones de MP2,5, 50% del total de MP10. La principal fuente emisora de gases de combustión es la operación de maquinarias, contribuyendo con más del 90% del total de emisiones de SO2, NOX y CO. Al respecto, las emisiones estimadas durante la fase de operación del Proyecto sobrepasan los límites máximos establecidos de MP10 en el Artículo 64, del Decreto N? 31/16 del MMA, por lo tanto, deberá realizar un Plan de Compensación de Emisiones para un total de 4,2 toneladas de MP10. Mayores antecedentes en el Anexo 1 de la Adenda Complementaria.
Dada la inexistencia de normativa nacional para la fauna, se utilizó el criterio de la EPA (United States Environmental Protection Agency, “Effects of Noise on Wildlife and Other Animals”, 1971), el cual establece límites acústicos para la fauna. Considerando los resultados obtenidos en el Anexo 8 de la Adenda Complementaria, el Titular realizó una proyección, donde concluyó que el nivel de presión sonora durante las fases de construcción, operación y cierre del Proyecto no superarán el máximo identificado como impacto a la fauna (85 dB (A), de acuerdo al criterio de la EPA; por tanto, no se considera que exista una alteración de hábitats de fauna nativa de relevancia para su nidificación, reproducción o alimentación.
Aguas subterráneas:
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El Proyecto no afectará a aguas subterráneas que contienen aguas milenarias y/o fósiles, debido a su ubicación y a la ausencia de este tipo de unidades acuíferas en el área de influencia del Proyecto. Cabe precisar, que las aguas subterráneas (milenarias y fósiles).
En el Anexo 8 de la Adenda, se adjunta la Minuta Técnica: “Análisis del Acuífero subyacente a la explotación de áridos” en el cual se analiza el Acuífero Pirque, acuífero en el cual se encuentra emplazado el proyecto de extracción de áridos y en el cual se muestra que el acuífero posee vulnerabilidad media para la contaminación, y donde el proyecto no posee afección en relación a las fluctuaciones de ascensos y descenso del acuífero. Mayores detalles en la respuesta 4.6 de la Adenda Complementaria.
Aguas superficiales:
Según lo indicado en el Anexo 4.6 de la Adenda Complementaria, no existen acequias que vayan a ser intervenidas por el proyecto. La única intervención de cauce corresponde a las labores de extracción de áridos en el río Maipo, a través de los dos bancos decantadores, ya construidos. Asimismo, el Titular declara en la respuesta 3.5 de la Adenda Complementaria, que el Proyecto no contempla otra construcción, modificación o regularización de cauce, dentro de las obras proyectadas.
Respecto de la capacidad de arrastre de sedimentos de fondo y su posible afectación, el Titular utilizó la metodología teórica de Meyer Peter-Múiller, la cual se encuentra detallada en el Anexo 4.6 “Estudio Hidrológico-Hidráulico y Mecánico-Hidráulico de proyecto de extracción de áridos en el río Maipo, sector La Junta, comuna de San José de Maipo, región Metropolitana” de la Adenda. En dicho estudio se muestra la capacidad teórica de recuperación de sedimento de fondo del río Maipo con distintas probabilidades de excedencia para los caudales medios mensuales, tal como se indica en la Tabla 24 de la Adenda Complementaria. Los resultados obtenidos reflejan con una probabilidad de excedencia del 50 % (que corresponde al caudal medio mensual con Período de Retorno de 2 años) que la capacidad de recuperación del río Maipo es de 160.792 m? al año, es decir, mayor a los 150.000 m? que serán extraídos desde los bancos decantadores. Crecidas mayores a ésta recuperarán el río en mayor cantidad de volúmenes anuales de áridos. El Titular analizó los periodos de retorno de 2 y 5 años, concluyendo que en cualquiera de los casos analizados, el río Maipo recupera en forma natural los áridos extraídos manteniendo el equilibro sedimentológico del mismo. Por lo que, el proyecto no altera la capacidad de regeneración o renovación del recurso. El río Maipo posee en forma natural (teórica) la capacidad de recuperación de material de arrastre de fondo, el cual, adicionalmente, no será extraído directamente del lecho natural del río, sino desde dos bancos decantadores ya existentes en la zona, por lo que no se requiere hacer nuevas labores que alteren los cauces y álveos superficiales.
En el Estudio de Hidrología (Anexo 4.6 de la Adenda) se describe el Plan de explotación de áridos para el cual definió como cota máxima de excavación la cota mínima que presenta el río en el sector más bajo del lecho contiguo a cada obra, de esta manera no se estará alterando el lecho ni llegando al sello del río.
Fauna terrestre:
Según lo presentado en el Anexo 2.2 “Caracterización de Fauna Terrestre” de la DIA, se pudo determinar a partir de las diferentes actividades ejecutadas durante las dos campañas de terreno y la implementación de metodologías de caracterización de fauna tanto directas como indirectas, se encontró una riqueza total de 26 especies, compuesta por 22 especies de aves, 2 de reptiles y 2 mamíferos, no registrándose la presencia de anfibios. Encontrándose que ninguna de ellas está en algún estado de conservación según el Reglamento de Clasificación de Especies.
Fauna ictica:
En el Anexo 2.3 de la DIA correspondiente a “Caracterización del Ecosistema Fluvial y Calidad de Agua”, se concluyó que en el área de influencia del Proyecto no fue posible identificar ni capturarse ninguna especie íctica durante ambas campañas de muestreo. Sin embargo, de acuerdo a antecedentes bibliográficos, las potenciales especies de ictiofauna que pudiesen encontrarse en el área de influencia son principalmente salmónidos: Oncorhynchus mykiss (trucha arcoíris) y Salmo trutta (trucha café). Respecto al resto de los organismos hidrobiológicos (macroinvertebrados, zooplancton y fitoplancton), no existe medida o barrera alguna que pueda evitar el ingreso de estas taxas en los bancos decantadores, ya que los tamaños de estos fluctúan entre 0.1 jm a 250 um. De ingresar peces a los bancos decantadores el titular realizará un Plan de Rescate y devolución de peces retenidos en bancos decantadores, el cual se detalla en el Anexo 5.6 de la Adenda en el punto 9.4 de la presente Resolución.
Flora y vegetación:
Respecto a la Flora, el Titular presentó en el Anexo 2.1 de la DIA, un levantamiento de la componente, encontrando baja riqueza de especies de flora en el área de influencia, destacando las familias: Fabaceae, Cyperaceae, Salicaceae, Asteraceae, Papaveraceae, Myrtaceae, Poaceae y Scrophulariaceae, por lo que no se identificaron especies en categoría de conservación según el Reglamento de Clasificación de Especies. Normas de calidad secundaria:
El Titular consideró la Norma Secundaria de Calidad Ambiental para la Protección de las Aguas Continentales Superficiales de la cuenca del río Maipo. En el Anexo 6 de la Adenda Complementaria, se presentan el análisis de todos los parámetros de la Norma. Según este informe, actualmente sin el Proyecto, se sobrepasa la norma en los siguientes parámetros: cloruro, conductividad, nitrato, oxígeno disuelto y sulfato, tal como se muestra en la Tabla 26 de la Adenda Complementaria.
Para descartar posibles efectos adversos en los parámetros de calidad ambiental establecidos en el D.S. N* 53/2013 del MMA producto de que algunos parámetros ya se encuentran fuera de Norma, el Titular realizó una modelación de dispersión de la descarga de un efluente (hipotética, situación no real para el proyecto) desde la extracción para con ello evaluar los posibles efectos de la actividad sobre el río, determinándose con los resultados de la modelación de 2 de los parámetros relevantes de la norma, y los cuales superaron en
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el actual monitoreo (condición natural) los umbrales, que en ninguno de los casos planteados (incluyendo los peores casos hipotéticos) se logra aumentar la concentración del agente químico en la zona cercana a la descarga, siendo la variación siempre inferior al 0,1% de aumento. El detalle de la modelación se adjunta en el Anexo 12 “Análisis del proceso de extracción de sedimentos desde banco en río Maipo y posible reincorporación de agua intersticial al río como efluente del proceso de excavación" de la Adenda Complementaria.
A lo anterior, el Titular en la Tabla 27 de la Adenda Complementaria, presenta una recopilación de los registros de monitoreo anteriores al proyecto con condiciones de superación de los límites establecidos en el D.S. N* 53/2013 del MMA. Donde se indica que estos han registrado valores de la concentración de los parámetros indicados por sobre la norma. Estos registros se remontan tanto a períodos anteriores a la norma como a posteriores a ella. Así, existen los antecedentes que muestran que el río puede contar con condiciones en que la norma podría ser superada, y lo cual actualmente no cuenta con una relación con hechos y/o eventos particulares de actividad antrópica o a eventos naturales. Aún con lo anterior, estos registros corresponden a condiciones anteriores al desarrollo y actividad del proyecto, por lo que de la condición base de cualquier análisis realizado sobre el río podrá contar con una condición de las concentraciones en la columna de agua por sobre el citado Decreto.
Respecto del movimiento y extracción de material sedimentario desde los bancos considerados para el proyecto, los resultados de la modelación de dispersión mostraron que, ante la posibilidad de descarga de las aguas removidas en la extracción de sedimentos desde los bancos decantadores, aun cuando los niveles de concentración de algunos parámetros en el agua sean superiores a los del río, los caudales posibles de ser generados serían muy inferiores a los de la situación basal y no implicarían un cambio perceptible de la calidad del agua del río aguas abajo de las zonas en que opera el proyecto, teniéndose una capacidad de dilución muy alta respecto del posible efluente (caso hipotético) generado en el proceso de extracción de material desde los bancos. Además, dada la diferencia entre los caudales que interactúan (el caudal del río y el del efluente), la descarga es rápidamente mezclada en la sección de flujo, reduciéndose a valores muy cercanos a la condición ambiente (menos de 0,05% de diferencia) en una distancia inferior a 50 metros aguas abajo desde la descarga. (mayores detalles en el Anexo 12 de Adenda Complementaria).
Así, ninguno de los casos planteados (incluyendo los peores casos hipotéticos) logra aumentar la concentración en la zona cercana a la descarga (siempre inferior al 0,1% de cambio). Por lo que, con los resultados obtenidos de dicha modelación, se puede concluir que el proyecto no presentará efectos adversos sobre la calidad ambiental de las aguas del río Maipo.
Al respecto, en la Tabla 20 de la Adenda Complementaria, presenta un compromiso ambiental voluntario, relacionado con el monitoreo de la calidad de las aguas. El detalle de este compromiso se presenta en el punto 9.1 de la presente Resolución.
Por lo anterior, no se generarán efectos sobre plantas, algas, hongos, animales silvestres y biota intervenida explotada, alterada o manejada, ni sobre especies en estado de conservación.
Referencia al ICE para mayores detalles sobre este impacto Punto 6.2 del ICE. específico.
El Proyecto no genera o presenta efectos adversos significativos sobre la cantidad y calidad de los recursos naturales renovables, incluidos el suelo, agua y aire.
Tabla 5.3. REASENTAMIENTO DE COMUNIDADES HUMANAS, O ALTERACIÓN SIGNIFICATIVA DE LOS SISTEMAS DE VIDA Y COSTUMBRES DE GRUPOS HUMANOS.
Letra a) del artículo 7 del RSEIA: El terreno donde se desarrollarán las obras y actividad del Proyecto se encuentra intervenido, conforme al Plan Regulador Metropolitano de Santiago (PRMS) que permite las Actividades de Extracción de Áridos. Por lo que se puede señalar que el Proyecto no interviene, usa o restringe el acceso a los recursos naturales ya utilizados. El Titular en la respuesta 6.9 f) de la Adenda, declara que el Proyecto no hará uso de derechos de aprovechamiento de aguas dentro del área de influencia y, por lo tanto, no generará restricción o uso de aguas subterráneas que puedan afectar a grupos humanos. Asimismo, el titular señaló la presencia de organizaciones de Agua Potable Rural (APR), de acuerdo a la base de datos de la DOH en la comuna de San José de Maipo, las cuales corresponden a: Cooperativa de Agua Potable El Melocotón Bajo, ubicada en la localidad de El Melocotón y Comité de Agua Potable San Alfonso, ubicada en la localidad de San Alfonso. No obstante, estas organizaciones se encuentran río arriba, por lo que se descarta cualquier tipo de afectación al uso de sus recursos hídricos para el abastecimiento de la población. Complementariamente, el Proyecto se ubica a 23,2 km río abajo de la Cooperativa de Agua Potable El Melocotón Bajo, y a 28,44 km río debajo del Comité de Agua Potable San Alfonso. Letra b) del artículo 7 del RSEIA: Los caminos para el transporte de material durante las distintas fases del Proyecto se encuentran al interior del terreno, correspondiendo a caminos internos de acceso a los bancos decantadores y áreas de acopio. Las vías corresponden a la ruta enrolada G-25 Camino El Volcán, la cual tendrá el siguiente flujo asociado al proyecto:
-
Transporte de personal, con 2 camionetas con una frecuencia de 5 días/semana.
-
Abastecimiento de combustible lo que se hará por medio de 1 camión cisterna con una frecuencia
de 5 días/semana.
e Retiro de residuos, lo que se hará por medio de 1 camión de limpieza fosa con una frecuencia de 2 vez por semana.
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El Titular considera evitar la circulación de camiones en la ruta enrolada G-25 Camino El Volcán en las horas de alto flujo vehicular, entiéndase por este horario: 7:00 a 9:00 horas y de 18:00 a 20:00 horas. Mayores detalles de este compromiso en el Anexo 5.6 de la Adenda y en el punto 9.3 de la presente Resolución. Letra c) del artículo 7 del RSEIA:
En términos de requerimiento de mano de obra, el Proyecto en su fase de construcción estima una mano de obra máxima de 5 trabajadores en las dos semanas de duración. Para la fase de operación se estima de máximo de 9 trabajadores al mes; y finalmente en la fase de cierre se estima un máximo de 3 trabajadores en la semana de duración. El Proyecto operará por 5 años, y la mayor cantidad de áridos será extraída en el período de deshielo, por lo que será necesario habilitar un área de servicio tipo conteiner de carácter permanente el cual dispondrá de oficinas y guardarropía (salas de cambio), y también contará con servicios higiénicos, duchas, dispensadores de agua potable, extintores, y contenedores portátiles de HDPE para el almacenamiento de residuos sólidos domiciliarios, por lo cual no serán utilizados servicios, equipamiento o infraestructura disponible de los grupos humanos del área de influencia. Cabe señalar, además, que en todas las fases se consideran 20 días de trabajo al mes, de lunes a viernes en jornadas diurnas entre las 08:00 a las 18:00 horas.
Letra d) del artículo 7 del RSEIA:
El terreno donde se desarrollarán las obras y actividad del Proyecto se encuentra intervenido, en donde conforme al Plan Regulador Metropolitano de Santiago (PRMS) se permiten las Actividades de Extracción de Áridos. Dentro de esta no se encuentra infraestructura básica y/o comunitaria que sea utilizada por los grupos humanos identificados dentro del AI para el medio humano. Además, las actividades que se desarrollan al interior de la localidad de La Obra, el Proyecto no considera obras ni actividades, así tampoco impedirá el acceso hasta esta localidad o impedirá el desarrollo de cualquier actividad que involucre el uso de las vías incluido el desfile realizado en el camino al Volcán para la conmemoración de la fundación de La Obra, en cuanto el Proyecto considera únicamente el tránsito de vehículos al interior del terreno donde se desarrollarán la totalidad de las obras y actividades durante la fase de operación del Proyecto (Mayores antecedentes en el Anexo 2.6 de la DIA).
Referencia al ICE para mayores detalles sobre este impacto
específico. Puntos 6.3 del ICE.
El Proyecto no genera reasentamiento de comunidades humanas o alteración significativa de los sistemas de vida y costumbres de grupos humanos.
Tabla 5.4. LOCALIZACIÓN EN O PRÓXIMA A POBLACIONES, RECURSOS Y ÁREAS PROTEGIDAS, SITIOS PRIORITARIOS PARA LA CONSERVACIÓN, HUMEDALES PROTEGIDOS Y GLACIARES, SUSCEPTIBLES DE SER AFECTADOS, ASÍ COMO EL VALOR AMBIENTAL DEL TERRITORIO EN QUE SE PRETENDE EMPLAZAR.
De la caracterización realizada sobre las áreas protegidas y sitios prioritarios para la conservación de la biodiversidad, presentada por el Titular en el Anexo 2.4 de la DIA y a través del análisis realizado entre el área de influencia del Proyecto y aquellos sitios prioritarios identificados en la Estrategia de Biodiversidad de la región Metropolitana de Santiago (Sitio Prioritario: Altos de Cantillana, El Roble, El Morado y Altos del Río Maipo), se observa que el área de influencia del Proyecto se emplazará al interior del sitio prioritario “El Morado”, área prioritaria que forma parte de aquellos sitios considerados para efectos del SEIA en la RM.
Al respecto, se indica que las instalaciones del Proyecto se encuentran localizadas, en su totalidad, al interior del sitio prioritario “El Morado”, al extremo oeste. La superficie del área del Proyecto es de aproximadamente 4.283 m?, lo que equivale a un 0,0003% de la superficie total del Sitio Prioritario. Tal como se muestra en la Figura 34 de la Adenda. Considerando lo anterior, el Proyecto no es susceptible de afectar el Sitio Prioritario El Morado, producto de las obras del proyecto. Además, esta área es una destinada a la extracción de áridos provenientes del rio, y las obras que allí se encuentran, como los bancos decantadores, se encuentran construidas desde los 1940 a 1950.
Referencia al ICE para mayores detalles sobre este impacto
E Punto 6.4 del ICE. específico.
El Proyecto no afectará poblaciones, recursos y áreas protegidas, sitios prioritarios para la conservación, humedales protegidos y glaciares; tampoco afectará el valor ambiental del territorio en que se pretende emplazar.
Tabla 5.5. ALTERACIÓN SIGNIFICATIVA, EN TÉRMINOS DE MAGNITUD O DURACIÓN, DEL VALOR PAISAJÍSTICO O TURÍSTICO DE UNA ZONA
En el Anexo 10 de la Adenda, se presenta el Estudio de Paisaje, donde se indica que el área de emplazamiento del Proyecto se localiza en la Macrozona Centro “Cuencas y Valles”. De acuerdo a las características de esta Macrozona, el Titular señaló en la respuesta 1V.27 de la Adenda, que en el área de influencia se presenta un valor paisajístico bajo por encontrarse en un área altamente intervenida, con escasa vegetación en las áreas donde se proyectan las intervenciones del Proyecto (frente de trabajo) y con ausencia de especies de fauna en categoría de conservación.
Respecto del turismo, y de acuerdo al catastro de Atractivos Turísticos de Sernatur (2012) en el área de influencia, se evidencia el atractivo turístico, correspondiente al Cerro Purgatorio, ubicado a 5,8 km del área del Proyecto. Mayores antecedentes en el Anexo 2.5 de la DIA “Caracterización del Valor Turístico”. Además, esta área es una destinada a la extracción de áridos provenientes del rio, y las obras que allí se encuentran, como los bancos decantadores, se encuentran construidas desde los 1940 a 1950.
Referencia al ICE para mayores detalles sobre este impacto Punto 6.5 del ICE. específico.
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El Proyecto no generará alteración significativa, en términos de magnitud o duración, del valor paisajístico o turístico de la zona. -
Tabla 5.6. ALTERACIÓN DE MONUMENTOS, SITIOS CON VALOR ANTROPOLÓGICO, ARQUEOLÓGICO, HISTÓRICO Y, EN GENERAL, LOS PERTENECIENTES AL PATRIMONIO CULTURAL.
El Titular en el Anexo 2.7 de la DIA, presenta un Estudio de Arqueología y patrimonio cultural, en el cual concluye que los resultados de la inspección arqueológica en terreno arrojaron la nula presencia de elementos de cultura material susceptibles a ser protegidos por Ley.
No obstante lo anterior, el Titular señala en el punto 9 del indicado Anexo, que si durante los trabajos asociados a movimientos de tierra del proyecto (instalación de container) se releven elementos que estén contendidos en depósitos bajo la superficie, y en caso de efectuarse un hallazgo arqueológico o paleontológico procederá a paralizar las obras en el sector afectado e informará de inmediato y por escrito al CMN para que este organismo determine los procedimientos a seguir, cuya implementación deberá ser efectuada por el titular.
Referencia al ICE para mayores detalles sobre este impacto específico.
El Proyecto no generará alteración de monumentos, sitios con valor antropológico, arqueológico, histórico y, en general, los pertenecientes al patrimonio cultural.
Punto 6.6 del ICE.
6”. Que resultan aplicables al Proyecto los siguientes permisos ambientales sectoriales y pronunciamiento, asociados a las correspondientes partes, obras o acciones que se señalan a continuación:
6.1. PERMISOS AMBIENTALES SECTORIALES DE CONTENIDOS UNICAMENTE AMBIENTALES
6.1.1 Permiso para realizar pesca de investigación, según se establece en el artículo 119 del Reglamento del SEIA
Fase del proyecto a la cual | Operación corresponde
Parte, obra o acción a la que | Extracción de material árido desde dos bancos decantadores aplica
Condiciones o exigencias | El permiso tiene como objetivo desarrollar un seguimiento de la ictiofauna especificas para su | para determinar la presencia/ausencia de este grupo en las zonas de los bancos otorgamiento decantadores presentes en el área de influencia del proyecto de la potencial ictiofauna asociada a los bancos decantadores por un período de tres años. En el caso de evidenciar la ausencia de especies ícticas de forma consecutiva durante los tres primeros años de operación, no se efectuará el Plan de seguimiento, pero sí se continuará con la inspección visual y en el caso contrario, se continuará con la acción de monitoreo y aplicar los planes de rescate y relocalización según lo comprometido.
En el Anexo 2 de la Adenda Complementaria, se adjuntan los antecedentes respectivos al PAS 119.
Pronunciamiento del órgano | Al respecto, la Subpesca mediante Oficio. Ord (D.AC.) ORD. SEIA. N* 424 competente de fecha 1” de octubre de 2019, se pronuncia conforme al proyecto y señala que el Titular ha entregado todos los antecedentes y contendidos requeridos del PAS, señalando, además, lo siguiente:
“No obstante lo anterior, se aclara al titular y se deja de manifiesto en el presente informe, que para efectos de la realización de eventuales actividades de rescate y relocalización de organismos hidrobiológicos, el titular deberá solicitar a la Subsecretaria de Pesca y Acuicultura un permiso especial para el desarrollo de estas actividades, una vez obtenida la RCA”.
6.2. PERMISOS AMBIENTALES SECTORIALES MIXTOS.
6.2.1. Permiso para la construcción, reparación, modificación y ampliación de cualquier obra pública o particular destinada a la evacuación, tratamiento o disposición final de desagiies, aguas servidas de cualquier naturaleza, según se establece en el artículo 138 del Reglamento del SEIA
Fase del proyecto a la cual | Operación
corresponde
Parte, obra o acción a la que | Planta de Tratamiento de Aguas Servidas (PTAS)
aplica
Condiciones o exigencias | Mayores antecedentes en el Anexo 3 de la Adenda Complementaria, que específicas para su | corresponde a la versión actualizada del PAS 138, en la cual se indica que las otorgamiento aguas tratadas provenientes de la PTAS serán infiltradas a través de drenes
en su totalidad.
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La profundidad de la napa se encuentra a 31 mts. Al respecto, el sistema de tratamiento permitirá obtener un efluente cuyos contaminantes asociados a la descarga cumplan como referencia con los parámetros establecidos en la N.Ch 1333/78, ya que estas aguas tratadas serán infiltradas en el terreno mediante drenes de infiltración. Según la Minuta Técnica de Análisis de Acuíferos, adjuntada en el Anexo 8 de la Adenda.
La evacuación del efluente tratado y libre de lodos se realizará mediante una línea secundaria, la cual enviará los fluidos a una cámara repartidora de drenes para luego ser derivados a los drenes de infiltración. Estos drenes de infiltración no podrán ser instalados a menos de 3 metros del deslinde de la propiedad como lo indica la normativa vigente. Dentro de las características de los drenes se indica: e Longitud Teórica Dren de Infiltración: 15,34 mts. e Se considerará 2 drenes de 8 m de largo. Él dren será de PVC ranurado de 110 mm de diámetro, embebido en gravilla compactada y polietileno. e Área Total de Drenado 12,8 m?.
Pronunciamiento del órgano competente
Al respecto, la Seremi de Salud de la Región Metropolitana, mediante Oficio. Ord N* 5743 de fecha 27 de septiembre de 2019, se pronuncia conforme al proyecto y señala que el Titular ha entregado todos los antecedentes y contendidos requeridos del PAS.
6.2.2. Permiso para la construcción, reparación, modificación y ampliación de cualquier planta de tratamiento de basuras y desperdicios de cualquier clase o para la instalación de todo lugar destinado a la acumulación, selección, industrialización, comercio o disposición final de basuras y desperdicios de cualquier clase, según se establece en el artículo 140 del Reglamento del SELA
Fase del proyecto a la cual corresponde
Operación
Parte, obra o acción a la que aplica
Almacenamiento de sólidos asimilables a domiciliarios (RSAD)
Condiciones o exigencias específicas para su otorgamiento
El proyecto contempla un frente de trabaj, de tipo contenedor carácter móvil. Al interior del contenedor se dispondrá de oficinas y guardarropía (salas de cambio) para el personal administrativo presente. También contará con servicios higiénicos, ducha, dispensadores de agua potable (bidones de 20 litros), extintores, y contenedores portátiles de HDPE para el almacenamiento de residuos sólidos domiciliarios, tal como se detalla en la figura 2 del Anexo 4.3 de la Adenda.
El almacenamiento temporal de los residuos domiciliarios y asimilables a domiciliarios será mediante contenedores HDPE ubicados contiguos al contenedor.
El Titular declara en la respuesta 3.3 de la Adenda Complementaria, lo siguiente: “el Proyecto no considera el almacenamiento de residuos industriales no peligrosos, solamente se almacenarán los residuos domiciliarios y asimilables a domiciliarios acorde a lo indicado en el respectivo PAS 140 adjunto en Anexo 4.3 de la Adenda. En el caso eventual que hubiera alguna generación puntual de este tipo de residuos se realizará el retiro y disposición inmediata en lugares que cuenten con las respectivas autorizaciones sanitarias”.
Al respecto, la Seremi de Salud de la Región Metropolitana, mediante Oficio. Ord N* 5743 de fecha 27 de septiembre de 2019 señala que “titular que no podrá almacenar residuos industriales no peligrosos, tanto para la etapa de construcción y operación, independiente del tiempo que este almacenado, debiendo realizar el retiro y disposición inmediata de estos, en lugares que cuenten con las respectivas Autorizaciones Sanitarias.”
Mayores antecedentes en el Anexo 4 de la Adenda.
Pronunciamiento del órgano competente
Al respecto, la Seremi de Salud de la Región Metropolitana, mediante Oficio. Ord N* 5743 de fecha 27 de septiembre de 2019, se pronuncia conforme al proyecto y señala que el Titular ha entregado todos los antecedentes y contendidos requeridos del PAS, señalando lo siguiente: “Al respecto, se indica que para la etapa de operación y para residuos domiciliarios y asimilables a domiciliarios, se puede otorgar dicho permiso”.
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6.2.3. Permiso para efectuar obras de regularización o defensa de cauces naturales, según se establece en el artículo 157 del Reglamento del SEIA
Fase del proyecto a la cual corresponde
Operación
Parte, obra o acción a la que aplica
Bancos decantadores N 1 y N2
Condiciones o exigencias específicas para su otorgamiento
La obra corresponde a la denominada Banco Decantador N 1, la cual permitirá mediante la entrada de parte del caudal del río, la extracción de árido por medio de la decantación de los sedimentos transportados por el flujo en el banco. La obra del banco decantador N 2, consiste en una canalización con dos muros compuestos con el mismo material del lecho y una capa de hormigón de 40 cms de espesor, reforzado con malla ACMA. de 0,4 metros de base por 2,5 metro de altura. Mayores antecedentes en el Anexo 4.4 de la Adenda.
Además, el Titular considerará el envío de un informe mensual a la SMA con los resultados obtenidos que serán comparados con la situación base, considerando los parámetros del D.S. N 53/2012 del MMA y N.Ch. 1.333/78 del MOP, y resultados basales de caracterización de limnología y calidad de agua del Anexo N 2.3 de la DIA. El informe de seguimiento ambiental será conforme a lo establecido por la Resolución Exenta N* 223/2015 de la SMA, tal como lo indica en la respuesta 3.9 de la Adenda Complementaria.
El reporte debe ser remitido a la SMA, dentro del plazo de cinco días,
contados desde la obtención del último resultado, por parte del laboratorio o especialista.
Pronunciamiento del órgano competente
La DGA RM, mediante Oficio. Ord N* 1273 de fecha 30 de septiembre de 2019, se pronuncia conforme, señalando lo siguiente: “1.3 En Respuesta 9 del Adenda 1, el Titular declara: “No existen defensas de gaviones en la zona de explotación de áridos. Los bancos decantadores funcionan como sus propias defensas autosustentables y sus detalles se encuentran en sus respectivos PAS 157, adjunto en el Anexo 4.4 de la presente Adenda. Los sistemas de protección existentes corresponden a: Banco Decantador 1 e Defensas Fluviales: Defensa de enrocado existente en la parte externa del banco decantador con una longitud de 220 metros. e Marco Partidor de los canales La Sirena y San Carlos Banco Decantador 2:
e Defensas Fluviales: Defensa de enrocado existente en la parte externa del banco decantador con una longitud de 115 metros.
e Marco Partidor de los canales La Sirena y San Carlos Esta protección en particular no ha sufridos problemas erosivos desde el conocimiento de su existencia. La extracción de áridos no toca esa zona en nada y no es parte del presente proyecto”, por lo que en atención a los antecedentes declarados durante el proceso, cabe concluir que a las obras ya existentes, en cauce natural del proyecto “Extracción de áridos Río Maipo”, les es aplicable el PAS del artículo 157. Por tanto, este Servicio se pronuncia conforme en virtud de los componentes ambientales relacionados al PAS del artículo 157", sin perjuicio de la revisión sectorial asociada al artículo 171% del Código de Aguas. Por tanto: 1.3.1 En Anexo PAS 157 Banco Decantador N? 1, se indica que las obras corresponden a las que se indican y se ubican en las Coordenadas señaladas a continuación: La obra del banco decantador, consiste en una canalización con dos muros compuestos con el mismo material del lecho y una capa de hormigón de 40 cm de espesor, reforzado con malla ACMA de 0,4 metros de base por 2,5 metro de altura. Esta obra además cuenta con un muro, construido de la misma forma que el banco, el cual facilita el ingreso de las aguas del río al banco decantador, cabe señalar que dicho sistema se encuentra construido desde que se construyó la primera planta en la década del 40 y 50.
Banco N*1 DATUM WGS 84 Norte (N) Este (E) Limite Nororiental 6.282.063 362.667 Limite Norponiente 6.282.057 362.680 Limite Surponiente 6.281.844 362.601 Limite Suroriente 6.281.864 362.589
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1.3.2 En Anexo PAS 157 Banco Decantador N? 2, se indica que las obras corresponden a las que se indican y se ubican en las Coordenadas señaladas a continuación:
La obra del banco decantador, consiste en una canalización con dos muros compuestos con el mismo material del lecho y una capa de hormigón de 40 cm de espesor, reforzado con malla ACMA. de 0,4 metros de base por 2,5 metro de altura. Esta obra además cuenta con un muro, construido de la misma forma que el banco, el cual facilita el ingreso de las aguas del rio al banco decantador, cabe señalar que dicho sistema se encuentra construido desde que se construyó la primera planta en la década del 40 y 50.
Banco N*2 DATUMWGS 84 Norte (N) Este (E) Limite Nororiental 6.281.792 362426 Limite Norponiente 6.281.804 362431 Limite Surponiente 6.281.849 362313 Limite Suroriente 6.281.835 362312
1.3.3 Se precisa que una vez calificado ambientalmente favorable, el Titular deberá presentar ante la DGA Región Metropolitana los antecedentes para la tramitación sectorial de las obras de intervención de cauce declaradas. 1.3.4 Respecto del Plan de Monitoreo, en acápite f) del Anexo PAS 157, el Titular declara: “Se efectuará un monitoreo mensual durante el periodo que dure su explotación, esto con el fin de comparar la calidad de las aguas en la condición basal (situación sin proyecto) y durante el desarrollo de la explotación, antes y después del decantador. El detalle de este monitoreo se entrega en el CAV-5 del Anexo 5.6 del Adenda del proyecto. ”. Al respecto, se precisa que las obras ya se encuentran materializadas por lo que se procederá a monitorear la calidad de las aguas, según lo compromete el Titular, de acuerdo a lo detallado en la Tabla N* 20 y Tabla N? 31 del Adenda Complementaria.
Se precisa que tal como lo acogió el Titular en Respuesta 5.9 del Adenda Complementaria, el Titular debe considerar el envío de un Informe mensual a la SMA con los resultados obtenidos que serán comparados con la situación base, considerando los parámetros del D.S. N 53/2012 del MMA y N.Ch. 1.333/78 del MOP, y resultados basales de caracterización de limnología y calidad de agua del Anexo N? 2.3 de la DIA. El Informe debe ser enviado con dicha frecuencia y dentro del plazo de cinco (5) días contados desde la obtención del último resultado por parte del laboratorio o especialista, en cada monitoreo efectuado y debe ser elaborado conforme a lo establecido por la Resolución Exenta N 223/2015, de la Superintendencia del Medio Ambiente; considerando las siguientes secciones: Resumen; Introducción; Objetivos; Materiales y método; Resultados; Discusiones; Conclusiones; Referencias; Anexos (Informes de laboratorio, fotografías, entre otros). Además, el Informe de Seguimiento considerará un resumen de los resultados obtenidos de los monitoreos, el cual debe ser presentado en formato .xlsx planillas Excel), con la siguiente estructura de datos:
Coordenadas UTM (m) Datum
Nombre del Punto de Muestreo WGS84 Norte ] Este A Resultado Valor idas Fechas Fechas Fechas
Basal pe da (día-mes- | (día-mes- | (día-mes-
año) año) año)
Parámetros
1.3.5 En Anexo PAS 157, el Titular compromete las medidas tendientes a minimizar los efectos sobre la calidad de las aguas, aguas abajo del lugar de construcción de las obras, descritas en el acápite g)”.
6.2.4. Permiso para extracción de ripio y arena en los cauces de los ríos y esteros, según se establece en el
artículo 159 del Reglamento
del SEIA
Fase del proyecto a la cual corresponde
Operación
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Parte, obra o acción a la que aplica
Extracción de áridos desde los bancos decantadores N 1 y N 2
Condiciones o exigencias específicas para su otorgamiento
En el Apéndice A del Anexo 4.6 de la Adenda, se adjuntan los planos topográficos que muestran planta y perfiles georreferenciados del cauce y riberas del área susceptible de ser afectada.
Dado que la explotación de áridos en el sector se realizará solo en los bancos decantadores ya existentes y preferentemente en épocas donde se presente poco escurrimiento (y no en crecidas), no se alterará el escurrimiento de las aguas, puesto que éstas escurrirán por los lugares que en la actualidad ocupan. Toda la maquinaria que se utilizará para la extracción de áridos en la zona del proyecto deberá, previamente, ser certificada y aceptada para dichos fines según los estándares de calidad del Titular. Lo anterior implica que ninguna retroexcavadora ni camión a utilizarse en la faena debiese contaminar el cauce, puesto que ninguno de ellos, por norma de seguridad interna, debiese filtrar combustibles, grasas o aceites; caso contrario no podrá operar en el Proyecto, y por añadidura en el cauce.
El Monitoreo de la correcta ejecución de esta faena, y por ende el control de la extracción según los volúmenes de material declarados, se realizará según las exigencias que establezca la DOH- RM. Mayores antecedentes del PAS en el Anexo 4.6 de la Adenda.
Pronunciamiento del órgano competente
La DOH RM, mediante Oficio. Ord N* 1024 de fecha 30 de septiembre de 2019, se pronuncia conforme, señalando lo siguiente:
“1. Bajo ninguna condición se podrá realizar movimientos de material áridos dentro del río, ni bajo motivos de manejo de emergencias fluviales, como el propuesto por el titular (“zanjas para encausar el río para dirigir el cauce”). Cualquier intervención de este tipo, siempre que no considera el retiro de material árido, deberá ser tramitado y contar con la visación previa favorable de la DH — RMS.
-
El compromiso Ambiental Voluntario Mediciones Topobatimétricas, se convierte en una condición obligatoria a cumplir por el Titular del proyecto, durante la etapa de operación y abandono. Este seguimiento “Plan de Monitoreo Sedimentológico”, es parte de los contenidos técnicos y formales que acreditan el cumplimiento del PAS Artículo 159 Permiso para extracción de áridos desde cauces naturales.
-
La versión definitiva y especificaciones del Plan de Monitoreo, deberá será requisito y deberá ser aprobado ante la DOH — RMS, en forma previa al inicio de la etapa de operación del proyecto en caso que este sea aprobado Ambiental y Sectorialmente. Los contenidos del Plan deberán abordar las siguientes materias: monumentación y topografía de referencia, extensión y frecuencia de las mediciones topobatimétricas, presentación de informes, consideración de eventos extremos, y, validación y calibración del modelo teórico utilizado, entre los principales.
-
En caso de generarse efectos no deseados ni previstos sobre el cauce y la infraestructura asociada a éste, se deberán implementar las medidas correspondientes (paralización de la operación), e implementar las obras que se requieran”.
6.2.5. Permiso para subdividir y urbanizar terrenos rurales o para construcciones fuera de los límites urbanos, según se establece en el artículo 160 del Reglamento del SEIA
Fase del proyecto a la cual corresponde
Operación
Parte, obra o acción a la que aplica
Instalación permanente del frente de trabajo (contenedor prefabricado)
Condiciones o exigencias específicas para su otorgamiento
En el Anexo 4 de la Adenda Complementaria, se presentan mayores antecedentes del PAS. Además, el plano de emplazamiento de las edificaciones se presenta en el Apéndice 1 del Anexo 3.4 de la DIA.
Pronunciamiento del órgano competente
Al respecto, el SAG RM, mediante Oficio. Ord N* 2388 de fecha 26 de septiembre de 2019, se pronuncia conforme al proyecto y señala que el Titular ha entregado todos los antecedentes y contendidos requeridos del PAS, indicando lo siguiente:
“El titular del proyecto cumple con los requisitos establecidos en el artículo 160 del Reglamento del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental, que hace referencia al "Permiso para subdividir y urbanizar terrenos rurales o
para construcciones fuera de los límites urbanos", solicitado para la instalación de un contenedor de 15 m?””.
7%. Que, de acuerdo a los antecedentes que constan en el expediente de evaluación, la forma de cumplimiento de la normativa de carácter ambiental aplicable al Proyecto es la siguiente:
7.1. Plan de Prevención y Descontaminación Atmosférica para la Región Metropolitana (PPDA)
Componente/materia:
Emisiones atmosféricas
Norma
D. S. N” 31/2016 del MMA, Establece Plan de Prevención y Descontaminación Atmosférica para la Región Metropolitana (PPDA).
Fase del proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento
Todas las fases
Parte, Obra, acción, emisión, residuo o sustancias a la que aplica
Construcción y cierre:
Durante la fase de construcción se generará principalmente material particulado y gases de combustión de motores asociadas al tránsito de vehículos por caminos internos.
Operación:
En esta fase se consideran emisiones a la atmósfera principalmente por material particulado MP10 y gases de combustión de motores asociadas al tránsito de vehículos por los caminos internos.
Forma de cumplimiento
Fase de construcción y cierre:
Según el Anexo 1 de la Adenda Complementaria las principales emisiones se encontrarán asociadas a aquellas actividades relacionadas con la habilitación de las obras temporales y del frente de trabajo. Estas emisiones serán de carácter temporal, ya que solo se prolongarán mientras se ejecute la fase en un periodo total de dos semanas.
Fase de operación:
Según lo señalado en el Anexo 1 de la Adenda Complementaria, la principal fuente de emisión se produce por el tránsito vehicular por rutas no pavimentadas internas, contribuyendo con el 23% del total de emisiones de MP2,5, 50% del total de MP10 y 53% del total de MPS. La principal fuente emisora de gases de combustión es la operación de maquinarias, contribuyendo con más del 90% del total de emisiones de SO2, NOX y CO. Por lo anterior, durante la fase de operación se sobrepasan los límites máximos establecidos de MP10 en el Artículo 64, del D.S. N* 31/16 del MMA, por lo tanto, el Titular deberá realizar un Plan de Compensación de Emisiones para un total de 4,2 toneladas de MP10.
Al respecto, la Seremi del Medio Ambiente RM, en su Oficio Ord. N* 879 de fecha 1” de octubre de 2019, señala lo siguiente:
“Respecto del cumplimiento del D.S. N* 31/2016 del Ministerio del Medio Ambiente, que “Establece Plan de Prevención y Descontaminación Atmosférica para la Región Metropolitana de Santiago”.
1--Presentar ante la SEREMI del Medio Ambiente RM, un Programa de Compensación de Emisiones (PCE) de MPI0, en formato digital, considerando un aumento del 120% en las emisiones según lo establecido en el artículo 64 del DS 31/2016 (MMA). Las cantidades a compensar por año cronológico se presentan a continuación en la Tabla 1:
Tabla 1: Emisiones de MP10 a compensar del proyecto “Extracción de
Áridos Río Maipo”. MP10eg al Porcentaje año Fase a 120% de.MP10eq [ton/año] | por combustión qa + ¡ CORrucción | > 42 23% + Operación da Y Operación 3,3 4,2 23% posteriores
Fuente: Tablas 30 y 37 del Anexo 1 de la Adenda Complementaria.
Además, según se indica en el Artículo 63 del DS N* 31/2016, las medidas de compensación deberán cumplir los siguientes criterios:
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e Medibles, esto es, que permitan cuantificar la reducción de las emisiones que se produzca a consecuencia de ellas.
o Verificables, esto es, que generen una reducción de emisiones que se pueda cuantificar con posterioridad de la implementación.
e Adicionales, entendiendo por tal que las medidas propuestas no respondan a otras obligaciones a que esté sujeto el titular, o bien, que no correspondan a una acción que conocidamente será llevada a efecto por la autoridad pública o particulares.
e Permanentes, entendiendo por tal que la rebaja permanezca por el período en que el proyecto está obligado a reducir emisiones.
Finalmente, cabe señalar que el Art. 64 del D.S. 31/2016 exige que los proyectos evaluados que sean aprobados con exigencias de compensación de emisiones, sólo podrán dar inicio a la ejecución del proyecto o actividad al contar con la aprobación del respectivo Programa de Compensación de Emisiones”
Indicador que acredita su cumplimiento
e Seasignará un encargado quien verificará: registros de capacitación sobre maquinarias que no estén siendo utilizadas y llevar un control de las revisiones técnicas de éstos.
e Se mantendrán los registros disponibles en las dependencias del Proyecto para fiscalización de la Autoridad.
e Tener aprobado el plan de Compensación de Emisiones por la parte de la Seremi del Medio Ambiente RM.
Forma de seguimiento
control y
e Registros de capacitación, control de las revisiones técnicas, registros de mantenciones de maquinarias.
e Se mantendrán los registros disponibles en las dependencias del Proyecto para fiscalización de la Autoridad.
e Obtener la calificación del Plan de Compensaciones definitivo, ya presentado a la Seremi del Medio Ambiente RM, antes de dar inicio a la fase de construcción, según lo indicado en el citado Decreto y enviar en un plazo no más allá de un mes de su aprobación por parte de la Seremi del Medio Ambiente RM; un informa con la aprobación, calendarios de ejecución de las medidas, seguimiento y todo lo que corresponda a la SMA.
7.2, Norma para Evitar Emanaciones o Contaminantes Atmosféricos de cualquier naturaleza y Normas que Establece Pesos Máximos a los Vehículos para Circular en las vías urbanas del país
Componente/materia:
Emisiones atmosféricas
Norma
D.S. N* 144/1961, del MINSAL. Establece Normas para Evitar Emanaciones o Contaminantes Atmosféricos de cualquier naturaleza.
Otros cuerpos legales
D.S. N” 4/1994, del MINTRATEL, Establece Norma de Emisión de Contaminantes Aplicable a los Vehículos Motorizados y fija los procedimientos para su control.
D.S. N* 55/1994, MINTRATEL, “Establece normas de emisión aplicables a vehículos motorizados pesados”
D.S. N* 54/1994, MINTRATEL, Establece normas de emisión aplicables a vehículos motorizados medianos”.
D.S. N*211/91. MINTRATEL. “Establece Normas de Emisiones de Vehículos Motorizados Livianos”
Fase del proyecto a la que aplica o en la que se dará
Todas las fases
cumplimiento Parte, obra, acción, | Construcción y cierre: emisión, — residuo O | Durante estas fases se generará principalmente material particulado y gases de
sustancias a la que aplica
combustión de motores asociadas al tránsito de vehículos por caminos internos. Operación:
En esta fase se consideran emisiones a la atmósfera principalmente por material particulado MP10 y gases de combustión de motores asociadas al tránsito de vehículos por los caminos internos.
Forma de cumplimiento
o Se exigirá a los contratistas que los vehículos y maquinarias que no estén siendo utilizados deban detener sus motores.
e Se exigirá para todos los vehículos motorizados el certificado de revisión técnica y de gases al día, además de mantenciones periódicas, según aplique.
e La mantención de la maquinaria será realizada de acuerdo con las especificaciones del fabricante, en talleres mecánicos autorizados
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Parte, obra, acción, emisión, residuo o sustancias a la que aplica
Infiltración de los efluentes de la PTAS
Forma de cumplimiento
En la respuesta 2.11 de la Adenda Complementaria, el Titular realizó una caracterización de las aguas servidas domésticas según la Tabla N 1 del D.S. N? 609/00 del MINSEGPRES, y luego se comparó con la carga contaminante media diaria del Proyecto (equivalente a una generación de aguas servidas de 150 L/hab y mano de obra de 9 trabajadores) con la carga contaminante media diaria establecida en la Tabla del artículo 4 N 8 del D.S. N* 46/02 del MINSEGPRES, tal como se indica en la Tabla 17 de la Adenda Complementaria. En dicha Tabla, el titular concluyó que ninguno de los parámetros de las aguas servidas supera los límites establecidos en el D.S. N? 46/2002 del MINSEGPRES, para que califique como fuente emisora, ya que todos estos se encuentran por debajo de la carga contaminante media diaria, equi.100 hab/día según el Decreto.
Indicador que acredita su cumplimiento y forma de control y seguimiento
De obtener calificación ambiental favorable, el titular dará cumplimiento a la Resolución Exenta N” 483 del 25 de mayo de 2017, que Aprueba Procedimiento Técnico para la Aplicación del Decreto Supremo N* 46/2002 de MINSEGPRES y así determinar si el establecimiento califica o no como fuente emisora, considerando entre otros procedimientos y según corresponda, la posterior presentación ante DGA RM del respectivo Estudio de Vulnerabilidad de Acuífero, según lo señalado en el Manual para la Aplicación del Concepto de Vulnerabilidad de Acuíferos (DGA. 2004) establecido en la Norma de Emisión de Residuos Líquidos a Aguas Subterráneas D.S. N? 46/2002 del MINSEGPRES.
7.11. Ley de Caza
Componente/materia:
Fauna
Norma
Ley N 19.473/1996 “Sustituye Texto de la Ley N 4601, Sobre Caza y Artículo 609 del Código Civil” del MINAGRI.
Otros cuerpos legales
D.S. N* 5/2015. MINAGRI. Aprueba reglamento Ley de Caza.
Fase del proyecto a la que aplica o en la que se dará
Todas las fases
cumplimiento Parte, obra, acción, | Transporte de áridos y acopio de material. emisión, residuo (o)
sustancias a la que aplica
Forma de cumplimiento
Los movimientos vehiculares se harán al interior del área de emplazamiento del Proyecto, a través del uso de los caminos o huellas existentes.
Se prohibirá la sustracción, caza o alteración de cualquier especie de fauna en el área del Proyecto.
Se realizarán charlas de inducción a los trabajadores relativos a la fauna silvestre y la prohibición de sustraer, cazar o alterar de alguna forma las especies silvestres en el sector.
Prohibición de arrojar basuras domésticas o industriales fuera de los lugares específicamente habilitados para tal efecto, para ello se considera la implementación de carteles.
Indicador que acredita su cumplimiento y forma de control y seguimiento
Registro de las capacitaciones que contendrá a lo menos, nombre, firma, fecha y tiempo que duró la inducción
Forma de control y seguimiento
Se mantendrán en las instalaciones copia del registro de las capacitaciones realizadas al personal
7.12. Ley General de Pesca y
Acuicultura
Componente/materia:
Biota acuática
Norma
Ley General de Pesca y Acuicultura y sus modificaciones. Decreto Supremo N? 430/1992. Ministerio de Economía, Fomento y Reconstrucción.
Otros cuerpos legales
D.S. N* 461/1995 Ministerio de Economía, Fomento y Reconstrucción. Establece Requisitos que deben Cumplir las Solicitudes sobre Pesca de Investigación.
Fase del proyecto a la que aplica o en la que se dará
cumplimiento
Operación
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Parte, obra, acción, | Extracción de material árido desde dos bancos decantadores emisión, residuo o sustancias a la que aplica Forma de cumplimiento Durante el desarrollo de la fase de operación, no se considera el vertimiento en cursos de agua de sustancias de carácter tóxico. De acuerdo a lo anterior, se tomarán todas las medidas para evitar el vertimiento o derrame de combustibles u otras sustancias a través de un plan de contingencia y emergencia. Sin embargo, en caso de ocurrencia, se deberá implementar un plan de contingencia y emergencia adjunto en el Anexo 5.1 de la Adenda. Mediante la ejecución del Plan de seguimiento de peces en los bancos decantadores, los cuales serán rescatados y devueltos al río Maipo en el caso de existan peces atrapados en los bancos decantadores (Anexo 11 de la Adenda Complementaria), aquellos peces que sean capturados, se tomarán datos morfométricos de cada individuo (longitud corporal, peso corporal y estado sanitario), y se identificarán a nivel de especie in situ. Una vez terminado el proceso de toma de datos, estos serán depositados en acuarios de recuperación, los cuales contarán con agua fresca y oxigenada, mediante aireadores portátiles, para luego ser liberados en el río Maipo. Indicador que acredita su e Informe diario de inspección de los bancos decantadores previo a la cumplimiento y forma de apertura de las compuertas. control y seguimiento e Finalizada las actividades de rescate y devolución de peces, en caso de que se produjeren, se desarrollará un informe técnico explicando la medida y sus resultados, el cual irá dirigido a Subpesca y SMA. Forma de control y o Registro de inspecciones realizadas previo a la apertura de las seguimiento compuertas, con frecuencia diaria, disponible en faena. o Entrega de informes a SMA 15 días después de cada ocasión que se haya efectuado el rescate y devolución de peces al río Maipo.
8”. Que, para ejecutar el Proyecto deben cumplirse las siguientes condiciones o exigencias, en concordancia con el artículo 25 de la Ley N* 19.300:
8.1. Condición o exigencia 1
Condición Mediciones topobatimétricas para verificar la restitución del material y equilibrio sedimentológico del río Maipo.
Fase del Proyecto a la | Operación que aplica
Objetivo y descripción | Objetivos: Realizar mediciones topobatimétricas con el objetivo de verificar restitución del material y equilibrio sedimentológico del río.
Descripción: Para verificar la restitución del material y equilibrio sedimentológico del río, se realizará una topobatimetría una vez al año en los bancos decantadores y en los perfiles del río, 100 metros aguas arriba y 100 metros aguas abajo contados desde la toma de los bancos decantadores (es decir medidos desde la entrada, 100 metros aguas arriba de ésta, 100 metros aguas abajo de ésta, ambos por el lecho del río y en el banco decantador mismo). Esto se realizará en el mes de enero. De lo anterior, se verificará la cantidad de material que se ha depositado en el río y cuánto se ha degradado aguas arriba y cuánto efectivamente ha ingresado a los
bancos. Lugar, forma y | Lugar: Bancos decantadores y en los perfiles del río. oportunidad . de | Forma: Desarrollo de las mediciones topobatimétricas 100 metros aguas arriba y implementación
100 metros aguas abajo contados desde la toma de los bancos decantadores, para verificar restitución del material y equilibrio sedimentológico del río durante la fase de operación. Las mediciones serán desarrolladas por un profesional del área (geomensor y alarife) con los instrumentos de mediciones correspondientes, 100 metros aguas arriba y 100 metros aguas abajo contados desde la toma de los bancos decantadores
Oportunidad de implementación: inicio de la fase de operación, una vez al año.
Indicador que acredite | Resultados de la topobatimetría con ingreso de material al banco su cumplimiento
Forma de control y | Se enviará las mediciones a la SMA y DOH RM, en un plazo de un mes de seguimiento realizado el seguimiento, es decir en el mes febrero de cada año.
8.2. Condición o exigencia
Téngase presente dar cumplimiento a los horarios y días de trabajo, declarados en la respuesta 1.25 de la Adenda, a saber: “todas las fases los horarios de trabajo corresponden a horario diurno de lunes a viernes en jornadas de 08:00 a 18:00 horas”. Téngase presente lo declarado en la respuesta 1.49 de la Adenda, donde declara que durante todas las fases del Proyecto se mantendrá un registro de aquellos vehículos que ingresen al área de intervención del Proyecto, en términos que solo podrá ingresar personal debidamente autorizado por el responsable de las faenas. Manteniendo los registros disponibles en el frente de trabajo ante fiscalizaciones de la autoridad. Téngase presente dar cumplimiento a lo declarado en la respuesta V1.3 de la Adenda: “Las obras temporales correspondientes al Proyecto tales como: baños químicos y duchas portátiles, serán ingresadas en la Dirección de Obras de la 1. Municipalidad de San José de Maipo con el objeto de obtener la autorización de las construcciones provisorias”. Téngase presente lo declarado en la respuesta VI.9 de la Adenda, a saber: “El Titular respetará en toda circunstancia, la capacidad de porteo, sistemas de captación y bocatomas de las distintas asociaciones de canalistas existentes en la zona, que posean derechos de aprovechamiento de aguas legalmente constituidos, de corresponder. Por otra parte, en el caso que la extracción de áridos produzca una merma en la captación de dichos derechos, el Titular generará condiciones tales para que puedan seguir ejerciéndose dichos derechos”. Téngase presente lo declarado en la respuesta 6.1 de la Adenda Complementaria, donde señala: “Se acoge lo indicado. Al respecto y en el caso de renovar la concesión y esta sea adjudicada por el Titular, se presentará en forma previa a la consulta de pertinencia, un informe técnico a la DOH RM con la evaluación de la situación del sector, para que, una vez aprobado, sea adjuntado en la consulta de pertinencia”. Téngase en consideración lo señalado en la respuesta 6.3 de la Adenda Complementaria: “(...) el contenedor que se habilitará en el frente de trabajo estará durante toda la fase de operación del Proyecto, por tanto, una vez tramitado sectorialmente el Informe Favorable de Construcción del contenedor prefabricado y obtenida la aprobación favorable de la autoridad, se tramitará ante la Dirección de Obras Municipal el Permiso de Edificación, para posteriormente obtener la Recepción conforme”. Téngase en consideración lo declarado en la respuesta 6.4 de la Adenda Complementaria: “el Proyecto no intervendrá con maquinaria el río, ya que la extracción de material dependerá del nivel de agua, si se ingresa o no la banco decantador. El agua siempre seguirá su curso natural. En caso de que el curso natural de agua se vaya hacia el banco, se mantendrán las compuertas cerradas para su desvío y circulación sin perturbación. De esta forma, las bocatomas presentes aguas abajo del proyecto, no se verán afectadas”. El Titular deberá dar cumplimiento a lo declarado en la respuesta 6.7 de la Adenda Complementaria, asaber: “En la eventualidad de requerir algún tipo de intervención en vialidad de tuición del MOP, será previamente presentada y aprobada por los Servicios competentes. En todo caso, se reitera que el proyecto no contempla la intervención de ninguna vía existente”. Téngase en consideración lo señalado en la respuesta 6.9 b) de la Adenda Complementaria, a saber: “El presente proyecto en evaluación no considera el uso de derechos de aprovechamiento de aguas, propios o de terceros”. El Titular deberá considerar lo señalado en la respuesta 7.2 de la Adenda Complementaria, referida a la realización de reuniones de trabajo antes y durante la fase de operación, dos veces año con la DOH RM y la I. Municipalidad de San José de Maipo, donde presente los resultados de los análisis sedimentológicos, de calidad de aguas, informes de extracción (cantidades) de áridos, compromisos voluntarios propuestos. Se dejará registro de cada reunión durante toda la vida útil del proyecto. La programación de estas reuniones ser ala siguiente:
Tabla N? 12: Detalle programación de reuniones
Fecha Temas a tratar Participantes Última semana de marzo Análisis sedimentológico, calidad de - DOH RM aguas, informes de extracción, - Municipalidad de San José compromisos voluntarios adoptados Maipo - Titular del proyecto Última semana de Análisis sedimentológico, calidad de - DOH RM septiembre aguas, informes de extracción, - Municipalidad de San José compromisos voluntarios adoptados
Fuente: Tabla 33 de la Adenda Complementaria
Se deberá realizar la capacitación e instrucción del personal, según lo señalado en el Anexo 10 de la Adenda Complementaria (página 8-115 y 8-116).
El titular deberá dar cumplimiento a lo que declara en la página 8-101 del Anexo 10 de la Adenda Complementaria, respecto de dar cumplimiento al Decreto N* 4/2007 de la 1. Municipalidad de San José de Maipo, que Aprueba Ordenanza que regula la explotación y extracción de áridos.
El Titular deberá dar cumplimiento a las condiciones indicadas por DGA RM, en el Oficio. Ord N? 1273 de fecha 30 de septiembre de 2019, donde señala lo siguiente:
“3. Que, en Respuesta 1.2 del Adenda Complementaria, el Titular declaró: “En el caso que el material extraído de ambos bancos decantadores no pueda ser procesado en la Planta La Junta, se
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evaluarán los posibles destinos y se someterá a la correspondiente consulta de pertinencia con el fin de dar cumplimiento al marco normativo vigente.”. Al respecto, se indica al Titular que el material no podrá ser dispuesto en cauces.
-
Que, en Respuesta 2.13 del Adenda Complementaria, el Titular declara que: “Con el objeto de complementar el análisis, el Titular considera implementar como compromiso voluntario, el monitoreo de calidad de agua, donde se comparan los resultados obtenidos, con las concentraciones referenciales del DS N 53/2013 MMA (Norma secundaria), NCh 1333 Of 78, Requisitos de calidad de agua para diferentes usos, y los resultados presentados en los estudios de caracterización de limnología y calidad de agua (Anexo 2.3, DIA).”Al respecto, cabe señalar que la descripción del contenido del Compromiso Voluntario, se desarrolla en la Tabla N 20 y Tabla N* 31 del Adenda Complementaria.
-
Que, tal como se informó al Titular durante el proceso de evaluación, el área de proyecto corresponde a un Área de Restricción para nuevas extracciones de aguas subterráneas, Sector Pirque (Acuífero Maipo), de acuerdo con Resolución DGA N* 252, del 15 de noviembre de 2011, por tanto, el Titular debe tener presente que debe evitar alumbramiento de aguas subterráneas en todas las Fases del proyecto para evitar impactos en la calidad y niveles del recurso hídrico.
-
Que, tal como se establece en Respuesta 65 del Adenda 1, el Plan de Contingencias y Emergencias contiene la siguiente medida para ser aplicada en caso de accidente/derrame que afecte los recursos hídricos superficiales y/o subterráneos del área de proyecto, medida que resulta relevante para la evaluación ambiental del proyecto, pues se encuentra asociada a las eventuales situaciones de riesgo o contingencia que pueden generar los efectos, características o circunstancias establecidos en el artículo 11 del RSEIA:
“En caso de ocurrencia de un accidente que afecte los recursos hídricos superficiales y/o subterráneos, es necesario informar inmediatamente a la Superintendencia del Medio Ambiente, antes de 24 h, señalando lo indicado a continuación y además dicho Plan debe ser entregado al personal de la empresa y contratistas y a las diferentes autoridades que eventualmente participarían en el manejo en terreno de una emergencia:
i. Descripción del accidente, indicando lugar, identificación de la sustancia, área de influencia, duración y magnitud del evento y principales impactos ambientales.
ii. Detalles de cada acción y medida de mitigación utilizadas durante el evento de contaminación. ii. Evaluación de los efectos sobre los recursos hídricos superficiales y/o subterráneos afectados y su medio ambiente asociado y resultados de los monitoreos inmediatos en el área de influencia. iv. En caso de ser necesario, un Programa de Medidas de Descontaminación de la zona, metodología, y evaluación de la efectividad de las medidas, para ser aprobado por la Autoridad. (Sólo en caso de accidentes). ”
- Otras Consideraciones relacionadas con el proceso de Evaluación de Impacto Ambiental
a) Que, se debe tener presente que en Respuesta 63 del Adenda 1, el Titular declaró: “El proyecto no contempla ningún tipo de actividad que involucre excavaciones o movimientos de tierra que puedan significar el alumbramiento de aguas subterráneas, y por lo tanto, no generará impactos sobre la calidad y niveles de las aguas subterráneas. ”
b) Que, se debe tener presente que en Respuesta 24 del Adenda 1, el Titular declaró: “Específicamente a una de ellas se emplaza a 1.100 metros aguas abajo de las bocatomas del Canal San Carlos y a 550 metros aguas arriba del canal Eyzaguirre. Como el Río Maipo, en esa zona, posee características de flujo súper crítico (tipo torrente), la influencia del río es esencialmente hacia aguas abajo, por tanto la única posible afección del proyecto podría darse de ésta hacia la bocatoma del Canal Eyzaguirre, pero esto no ocurre porque no existen efectos erosivos producto del proyecto, ya que la extracción se realizará desde los banco-decantadores no afectando directamente ninguna sección del río que se encuentra fuera de éste, y por ende no afectará a la bocatoma del canal señalado ubicado a 350 metros aguas abajo.”
c) Que, se debe tener presente que en Respuesta 1.5 del Adenda Complementaria, el Titular declaró: “Se acoge la observación de la autoridad y se define que la zona de carga de combustible se ubicará al costado del frente de trabajo, ubicado a más de 40 metros del río Maipo, a 18 metros del banco N* 1 y a 150 metros del banco N' 2.....”. Cabe señalar que en Tabla N? 3, el Titular establece las Coordenadas UTM (m) Datum WGS84 H19.
d) Que, se debe tener presente que en Respuesta 1.6 del Adenda Complementaria, el Titular declaró: “El titular del Proyecto aclara que no contempla realizar la humectación de los áridos o el lavado de estos como parte del alcance del proyecto, puesto que no existe ninguna necesidad de realizar esta actividad. ”
e) Que, se debe tener presente que en Respuesta 2.11 del Adenda Complementaria, el Titular declaró: “.en consideración a lo mencionado en la presente observación, una vez obtenida la resolución ambiental favorable del Proyecto, el titular dará cumplimiento a la Resolución Exenta N? 483 del 25 de mayo de 2017, que Aprueba Procedimiento Técnico para la Aplicación del Decreto Supremo N* 46/2002 de MINSEGPRES y así determinar si el establecimiento califica o no como fuente emisora, considerando entre otros procedimientos y según corresponda, la posterior presentación ante DGA RMS del respectivo Estudio de Vulnerabilidad de Acuífero, según lo señalado en el Manual para la Aplicación del Concepto de Vulnerabilidad de Acuiferos (DGA. 2004) establecido en la Norma de Emisión de Residuos Líquidos a Aguas Subterráneas D.S. N? 46/2002”.
UU) u)
El Titular deberá dar cumplimiento a las condiciones indicadas por DGA RM, en el Oficio. Ord N* 1024 de fecha 30 de septiembre de 2019, donde señala lo siguiente:
“Bajo ninguna condición se podrá realizar movimientos de material áridos dentro del río, ni bajo motivos de manejo de emergencias fluviales, como el propuesto por el titular (“zanjas para encausar el río para dirigir el cauce”). Cualquier intervención de este tipo, siempre que no considera el retiro de material árido, deberá ser tramitado u contar con la visación previa favorable de la DH — RMS.
El compromiso Ambiental Voluntario Mediciones Topobatimétricas, se convierte en una condición obligatoria a cumplir por el Titular del proyecto, durante la etapa de operación y abandono. Este seguimiento Plan de Monitoreo Sedimentológico, es parte de los contenidos técnicos y formales que acreditan el cumplimiento del PAS Artículo 159 Permiso para extracción de áridos desde cauces naturales.
La versión definitiva y especificaciones del Plan de Monitoreo, deberá será requisito y deberá ser aprobado ante la DOH — RMS, en forma previa al inicio de la etapa de operación del proyecto en caso que este sea aprobado Ambiental y Sectorialmente. Los contenidos del Plan deberán abordar las siguientes materias: monumentación y topografía de referencia, extensión y frecuencia de las mediciones topobatimétricas, presentación de informes, consideración de eventos extremos, y, validación y calibración del modelo teórico utilizado, entre los principales.
En caso de generarse efectos no deseados ni previstos sobre el cauce y la infraestructura asociada a éste, se deberán implementar las medidas correspondientes (paralización de la operación), e implementar las obras que se requieran”.
El Titular deberá dar cumplimiento a lo indicado por la Seremi del Medio Ambiente RM, en su Oficio Ord. N* 879 de fecha 1? de octubre de 2019, señala lo siguiente:
“1- En una eventual descarga de las aguas removidas en la extracción de sedimentos desde los bancos decantadores sin capacidad de dilución aguas abajo, que impliquen un cambio perceptible de la calidad del agua en los niveles de concentración y superen las establecidas en la condición base del proyecto en la fase de operación del proyecto, el titular deberá considerar implementar medidas que permitan minimizar o disminuir algún efecto que podrían desfavorecer la condición biótica del área de vigilancia MA-3 establecida en el D.S. N 53/2013 MMA para la cuenca del río Maipo, toda vez que en el nuevo informe de calidad de agua señalada Anexo N 6 de la adenda complementaria, la condición base del río sobrepasa los niveles de concentración de la norma en los parámetros: cloruro, conductividad, nitrato, oxígeno disuelto y sulfato. Así mismo, se deberá dar seguimiento a dichas medidas y monitoreo de la calidad del agua tal como se compromete el titular en Tabla N* 20 del punto 2.13 de la adenda complementaria”.
El Titular deberá dar cumplimiento a lo indicado por la Seremi de Salud RM en su Oficio Ord N? 5743 de fecha 27 de septiembre de 2019, donde señala:
“1.3.2 El titular indica que no corresponde solicitar el PAS 142, pues no generara residuos peligrosos, al respecto se indica que el titular no podrá almacenar ningún tipo de Residuos, independiente del tiempo que este almacenado, tanto para la etapa de construcción y operación, debiendo realizar el retiro y disposición inmediata de estos, en lugares que cuenten con las respectivas Autorizaciones Sanitarias.
1.3.3 Respecto del PAS 140 este se presentó para etapa de operación y solo para residuos domiciliarios y asimilables a domiciliarios. Por lo cual, se indica al titular que no podrá almacenar residuos industriales no peligrosos, tanto para la etapa de construcción y operación, independiente del tiempo que este almacenado, debiendo realizar el retiro y disposición inmediata de estos, en lugares que cuenten con las respectivas Autorizaciones Sanitarias”.
El Titular deberá dar cumplimiento a lo indicado por la Seremi de Obras Públicas RM en su Oficio Ord N* 242/2019 (sea - seia - adenda c) de fecha 30 de septiembre de 2019, donde señala: “Respecto al numeral 6.5 de la Adenda 2, habida cuenta de las características del proyecto, las circunstancias referidas y descritas por el Titular en dicho apartado, más el hecho que se encuentra en fase de regularización sectorial la situación de conexión y acceso vial de la zona de extracción con la Ruta G-25; el Titular deberá propiciar la conformación de una Mesa de Trabajo de Coordinación Vial local, a la cual tendrían que integrarse inicialmente al menos el Municipio, Organizaciones u Otros Actores Locales y/o Titulares de Proyecto emplazados en el Área de Influencia, más la Dirección Regional de Vialidad del MOP RMS. Esto, con el propósito de articular una gestión que propenda a mancomunar acciones de solución de accesibilidad y conectividad vial adecuadamente coordinadas en dicho particular territorio en torno al río Maipo en que se emplaza el proyecto. La Mesa de Trabajo deberá ser impulsada inicialmente por el Titular y estar constituida y en funcionamiento 2 meses después de ser aprobada la respectiva Resolución de Calificación Ambiental.
*Restaurar a su estado original cualquier vía, espacio, u otra infraestructura pública que resultase afectada por acciones y actividades del Proyecto.
*Se reitera tener presente que cualquier iniciativa o acción que producto del presente proyecto pudiere eventualmente implicar en el futuro algún tipo de intervención en vialidad de tuición del MOP, debe ser previamente presentada y aprobada por los Servicios competentes de este organismo. ”
El Titular deberá dar cumplimiento a lo indicado por la Seremi de Transportes y Telecomunicaciones RM en su Oficio Ord N? 9780 de fecha 4 de octubre de 2019, donde señala: “El Titular deberá ingresar a esta Secretaria Regional Ministerial un Plan de Transporte el cual debe indicar las medidas de mitigación que se deberán realizar en el área de influencia del proyecto. Esta solicitud se base en el PRMS y su artículo 6.2.3 el cual se refiere a la Explotación de Minerales no Metálicos para la Construcción, el cual indica cuales son las medidas de transporte asociadas a este tipo de procesos extractivos. Este plan de transporte debe poseer los siguientes elementos:
I. Descripción General del Proyecto:
Indicar en qué consiste el proyecto, y sus etapas de operación y luego abandono.
a. Ubicación (dirección y comuna) especificando categoría de las vías de la red vial básica sobre la que está afectando.
b. Superficie que abarcará el proyecto, como es una zona de extracción, debiera dejar indicado en un esquema la zona que ocupará, e identificar la zona donde los camiones recibirán el material pétreo.
c. Cantidad de camiones que estarán estacionamiento a la espera que sean cargados.
d. Incorporar un análisis de lista de chequeo sobre seguridad de la CONASET, en los ítems que correspondan, en especial el tema de visibilidad del acceso a la ruta pública.
e. Indicar si no hay cruces ferroviarios o de puentes sobre canales, donde pasen los camiones desde la zona de extracción a la conexión con la ruta pública. Si las hubiere debe informar el estado de ellas y si es posible o no el paso de camiones.
- Área de influencia
Hacer una descripción del área de influencia, si es zona rural o residencial, cuáles serían las actividades que se realizan en el sector de la extracción y a la conexión con la pública más cercana. III. Mediciones vehiculares en el área de influencia.
a. Actualmente debe existir un flujo vehicular en el área de influencia, debe medirse el tipo de tránsito actual y el cálculo de la propuesta de flujo de camiones que incrementará el proyecto.
IV. Esquema del acceso y salida.
a. Se debe indicar las características de la conexión con el camino público más cercano y si este será el único acceso y salida desde el proyecto. Indicar si este acceso, cuenta con la debida autorización de Vialidad MOP y los niveles de operación (grado de saturación)
V. Rutas de ingreso y egreso de los usuarios del proyecto.
a. Se debe señalar si los camiones ingresarán al proyecto por el camino público más cercano, indicar si lo hacen con viraje a la derecha o a la izquierda o ambos y si estas maniobra son seguras. VI. Definición de la red vial en el área de influencia.
a. Se debe describir las categorías de las vías, sus anchos y su estado de pavimento.
VI. Propuesta de medidas de gestión y mitigación.
a. Se deben indicar en qué consisten las medidas que aseguren un transporte seguro.
b. Indicar qué medidas se adoptarán para que los camiones cumplan con el DS. 75 del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones sobre condiciones de encarpado.
c. Se debe elaborar un Plan de contingencia en caso de emergencia en el trayecto desde la zona dé» extracción a la ruta pública más cercana.
d. Se debe indicar cuáles serán las medidas de mejoramiento del camino de acceso, cuál será el compromiso de mantención de éste, para que no se produzca aumento de material particulado.
e. Detallar en un esquema la instalación de señales de tránsito donde se informe el ingreso y salida de camiones, tanto en ruta pública como en el camino de acceso al proyecto. De igual forma, se deben indicar los lugares en donde se instalarán las señales de velocidad máxima permitida en el camino no pavimentado. £. Indicar cuál será el compromiso de humectación en el camino.
- El Titular deberá mantener en el proyecto un registro de carácter permanente
sobre los camiones que entran y salen del proyecto, en el que se indique la actividad y las Jrecuencias de dichos camiones.
-
Enrelación a las obras que se realicen en la vía pública, el Titular deberá considerar lo dispuesto en Capítulo No 5 "Señalización Transitoria y Medidas de Seguridad para Trabajos en la Vía" del Manual de Señalización de Tránsito y sus Anexos.
-
Se deberá considerar para el traslado de materiales de los camiones, el operar con camiones cuya capacidad respete los límites de peso por ejes establecidos en el Decreto N* 158/80 del MOP.
-
El Titular cumplirá con Decreto Supremo No 75 de 1987 del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones que establece que los vehículos que transporten desperdicios, arena, tierra, ripio u otros materiales, ya sean sólidos o líquidos, que puedan escurrirse o caer al suelo, estarán construidos de forma que ello no ocurra por causa alguna. En zonas urbanas, el transporte de material que produzca polvo, tales como escombros, cemento, yeso, etc. deberá efectuarse siempre cubriendo total y eficazmente los materiales con lonas de plásticos de dimensiones adecuadas, u otro sistema que impida su dispersión al aire.
-
El Titular cumplirá con el Decreto N* 18 de 2001 y sus modificaciones del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones, el cual prohíbe la circulación de vehículos de carga por las vías al interior del Anillo Américo Vespucio.
-
El Titular evitará la circulación de camiones relacionados con el proyecto, en las horas de alto
Aujo vehicular (de 7:00 a 9:00 hrs. y de 18:00 a 20:00), por cuanto se ha constatado que en el horario fuera punta se registra la carga más baja de flujo vehicular sobre las avenidas y carreteras de la región Metropolitana”.
8.3 La Comisión de Evaluación estableció la siguiente condición o exigencia para la aprobación del Proyecto:
Solicitud de pronunciamiento a la Superintendencia del Medio Ambiente
De acuerdo con la descripción y características del presente proyecto. la Intendencia de la Región Metropolitana oficiará a la Superintendencia de Medio Ambiente para que se pronuncie sobre si existe un fraccionamiento en el desarrollo de este proyecto, en virtud del artículo 11 bis de la Ley 19.300.
9*. Que, durante el procedimiento de evaluación de la DIA el Titular del Proyecto propuso los siguientes compromisos ambientales voluntarios:
9.1. Compromiso voluntario 1
Nombre Compromiso Ambiental Voluntario
Monitoreo de calidad de agua
Fase en que aplica
Operación
Objetivo
Realizar un monitoreo de calidad de agua en puntos de muestreo específicos asociados a los bancos decantadores. (Mayores antecedentes en el Anexo 11 de la Adenda Complementaria).
Lugar, forma oportunidad
implementación
y de
Lugar:
Las tomas de muestras de agua serán desarrolladas por un inspector ambiental y el análisis de las muestras por un laboratorio certificado por la SMA.
El procedimiento de la toma de muestras serán las establecidas según la N.Ch 411/1 Of.96 (Calidad del agua — Muestreo — Parte 1: Guía para el diseño de programas de muestreo), N.Ch 411/2 Of.96 (Calidad del agua — Muestreo — Parte 2: Guía sobre técnicas de muestreo), N.Ch 411/3 Of.96 (Calidad del agua — Muestreo — Parte 3: Guía sobre la preservación y manejo de las muestras). N Ch 411/6 Of.98 (Calidad del agua — Muestreo — Parte 6: Guía para el muestreo de ríos y cursos de agua).
Tabla N* 13: Las coordenadas (Datum WGS 84) estaciones de muestreo donde desarrollar el monitoreo de calidad de agua Coordenadas geográficas Este Norte
Estación
P-1 P-2 P-3
362.674 6.282.067 362.541 6.281.827
362.285 6.281.842 Fuente: Tabla 5 del Anexo 11 de la Adenda Complementaria
Forma: Corresponde al monitoreo de calidad de agua, el cual tiene como objeto realizar un monitoreo de calidad de agua en puntos de muestro específicos. La fecha de inicio corresponderá a noviembre del 2019 y se realizará de forma mensual mientras haya extracción de material.
Los informes de seguimiento ambiental serán elaborados conforme a lo establecido por la Resolución Exenta N* 223/2015 de la SMA; considerando la información indicada en la Tabla 20 de la Adenda Complementaria. Oportunidad: Frecuencia de tipo mensual, mientras se efectúen extracciones de material, durante 5 años.
Indicador de
cumplimiento.
Comparación con las concentraciones referenciales del D.S. N* 53/2013 MMA (Norma secundaria), NCh 1333/78, agua para riego, y los resultados presentados en los estudios de caracterización de limnología y calidad de agua (adjuntos en el Anexo 2.3 de la DIA) y en el Anexo 6 de la Adenda Complementaria.
Forma de control seguimiento
Y
Se enviará un informe mensual al SMA y a la Subpesca, dentro del plazo de cinco días, contados desde la obtención del último resultado por parte del laboratorio o especialista.
9.2. Compromiso voluntario 2
Nombre Compromiso | Plan de comunicación e información con la comunidad Ambiental Voluntario
Fase en que aplica el | Todas las fases
Compromiso.
Objetivo, descripción
Objetivo: Generar una buena convivencia con la comunidad y recibir eventuales reclamos con el fin de tomar acciones correctivas correspondientes.
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Descripción: Corresponde al plan de comunicación e información con la comunidad.
Lugar, forma y | Lugar: Localidad de La Obra. oportunidad de | Forma: Se habilitará un canal de comunicación con la comunidad a través de implementación correo electrónico y número de teléfono. Lo anterior, con el fin de que la comunidad pueda tener una directa comunicación con la empresa, ante dudas, consultas, reclamos, entre otros. Oportunidad: Se estima que inicie durante la fase de construcción. Indicador de | Operatividad y copia del dominio del correo electrónico y teléfono celular. cumplimiento. Forma de control y |El encargado de la obra llevará a cabo una revisión semanal del canal de seguimiento comunicación en la fase de construcción y cierre, y de manera mensual en la fase
de operación.
9.3. Compromiso voluntario 3
Nombre Compromiso Ambiental Voluntario
Evitar la circulación de camiones en rutas públicas en horario punta
Fase en que aplica el Compromiso.
Todas las fases.
Objetivo
Objetivo: Evitar la circulación de camiones en la ruta enrolada G-25 Camino El Volcán, en las horas de alto flujo vehicular, entiéndase por este horario: 7:00 a 9:00 horas y de 18:00 a 20:00 horas.
Lugar, forma y oportunidad de implementación
Lugar: Ruta pública G-25, camino el Volcán.
Forma: Se realizará una programación de flujos, la cual quedará establecida en las cláusulas de los contratos con las empresas proveedoras del servicio de transporte, donde se indique claramente los horarios en que podrán ingresar a las instalaciones del Proyecto, considerando que los camiones no deberán circular por la ruta pública G-25 Camino El Volcán a partir de las 17:30 horas. Además, se realizará control de ingreso, manteniendo en el libro de obras, el registro de las horas en que se ejecute esta actividad.
Oportunidad: Previo a las faenas constructivas, manteniendo su implementación durante todas las fases del Proyecto (5 años).
Indicador de cumplimiento.
e Copia de los contratos donde se establecen el flujo programado, mediante cláusulas con las empresas proveedoras del servicio de abastecimiento de combustible y limpieza del sistema de tratamiento de aguas servidas.
e Registro del ingreso de los camiones proveedores del servicio.
Forma de control y seguimiento
Se realizarán reportes con una frecuencia semanal para la fase de construcción y cierre, y mensual para la fase de operación, se hará una revisión del registro de ingreso de camiones provenientes de rutas públicas y se verificarán las horas de ingreso y retiro de la faena, lo cual deberá estar acorde con lo establecido en los contratos.
9.4. compromiso voluntario 4
Nombre Compromiso | Plan de seguimiento de peces en bancos decantadores.
Ambiental Voluntario
Fase en que aplica el | Operación
Compromiso.
Objetivo Realizar el seguimiento de peces que puedan quedan retenidos en los bancos decantadores, para su posterior rescate y devolución al río Maipo.
Lugar, forma y | Lugar: Bancos decantadores
oportunidad de | Forma: Se hará una inspección diaria de los bancos decantadores por personal de
implementación la faena. En el caso de hallazgo de peces dentro de los bancos decantadores, se
realizará el rescate y devolución de los potenciales peces que queden retenidos en los bancos decantadores por profesionales autorizados, para ello se desarrollará un barrido completo de los decantadores durante su drenaje mediante un equipo de pesca eléctrica y redes de apoyo, para maximizar la captura de estos ejemplares.
Una vez capturados los peces, se tomarán datos morfométricos de cada individuo (longitud corporal, peso corporal y estado sanitario), y se identificarán a nivel de especie in situ. Una vez terminado el proceso de toma de datos, estos serán depositados en acuarios de recuperación, los cuales contarán con agua fresca y oxigenada, mediante aireadores portátiles, para luego ser liberados en el río Maipo. No se contemplan monitoreos posteriores a los peces que haya sido liberado en el río.
Mayores antecedentes de la metodología a utilizar se entregan en el Anexo 2 de la Adenda Complementaria
Oportunidad: noviembre del 2019 y por 5 años consecutivos.
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Indicador de + Informe diario de inspección de los bancos decantadores previo a la
cumplimiento. apertura de las compuertas, que quedará a disposición de las autoridades que lo requieran en el frente de trabajo.
o No se contemplan monitoreos posteriores a los peces que haya sido liberados en el río.
Forma de control y e Registro de inspecciones realizadas previo a la apertura de las
seguimiento compuertas, con frecuencia diaria, disponible en faena.
o Entrega de informes a SMA 15 días después de cada ocasión que se haya efectuado el rescate y devolución de peces al río Maipo
9.5. compromiso voluntario 5
Nombre Compromiso | Capacitación e Instrucción del Personal Ambiental Voluntario Fase en que aplica el | Operación Compromiso. Objetivo Generar conciencia de la necesidad de conocer, valorar, conservar los recursos naturales, la vida silvestre, arqueológica y de su participación en la gestión para su conservación. Además, dar a conocer los compromisos adquiridos durante el proceso de evaluación ambiental y las medidas de control que permitan evitar la contaminación o alteración de la calidad de las aguas, y efectos negativos sobre la fauna terrestre y suelo en las distintas fases del Proyecto.
Lugar, forma y | Lugar: Estas inducciones se realizarán en los lugares de trabajo, cuando el oportunidad de | trabajador haya firmado contrato con la empresa, durante las distintas fases del implementación Proyecto.
Forma: Se realizarán capacitaciones al personal (a través de folletos y/o charlas) sobre temas claves de medioambiente tales como minimización de la perturbación y/o alteración de la flora y fauna, uso adecuado de equipos y herramientas, medidas de protección a cursos de agua, procedimientos ante hallazgos arqueológicos, manejo adecuado de residuos sólidos y planes de contingencia y emergencia, entre otros. Por ende, se mantendrá un registro actualizado de las actividades de capacitación, los cuales se deberán realizar previo a que el trabajador ejecute sus actividades (charla Hombre Nuevo). Indicador de | Existencia del registro de las capacitaciones realizadas a los trabajadores, así cumplimiento. como también un temario de las materias impartidas. Dicho registro se mantendrá en el frente de trabajo para su revisión.
Forma de control y | El encargado de la obra llevará a cabo una revisión semanal de los registros de seguimiento las capacitaciones que se realicen en la fase de construcción y cierre, y de manera mensual en la fase de operación.
Mayores antecedentes en la Tabla N* 1 del Anexo 11 de la Adenda Complementaria.
109, Que, las medidas relevantes del Plan de Prevención de Contingencias y del Plan de Emergencias, son las siguientes:
10.1. Riesgo o contingencia “Inundación”
Riesgo o contingencia Inundación
Fase del proyecto a la que | Todas las fases
aplica
Emplazamiento, parte, obra | Frente de trabajo y bancos decantadores.
o acción asociada En el Anexo 7 de la Adenda, se presentó un estudio de riesgo de inundación
considerando una crecida de 100 años como periodo de retorno (condición más desfavorable). En dicho estudio se observa que, en todos los casos analizados, el cauce se encuentra confinado a la sección principal y no genera desbordes de este hacia las correspondientes riberas. Lo anterior, considerando que existirá un contenedor correspondiente al frente de trabajo, el cual se emplazará fuera del cauce del río, respetando la distancia de 40 m al costado desde el borde del cauce, tal como se muestra en la Figura 7 de la Adenda Complementaria. De todas maneras, en la Tabla 21 de la Adenda Complementaria, el Titular presenta medidas de contingencia y emergencia en caso de inundación.
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Acciones o medidas a implementar para prevenir la contingencia
Se realizarán zanjas para encausar el río para dirigir el cauce.
No se intervendrán defensas del río durante la extracción de áridos. Se mantendrá la información actualizada respecto al clima, para poder actuar adecuadamente en caso de eventuales crecida de río por lluvia o deshielos, retirando la maquinaria fuera del área de inundación definida, en caso de ser necesario.
Cuando las condiciones climáticas sean óptimas se continuarán con las actividades de extracción de áridos.
Forma de control y e Registro fotográfico de la implementación de las zanjas. seguimiento e Registro de los informes meteorológicos. Acciones o medida a e En caso de inundación se retirará la maquinaria hacia la zona de
implementar para controlar la emergencia
seguridad que se defina.
Solo se podrá volver a las operaciones cuando el jefe del área determine que la zona es segura.
Una vez en el área de extracción se evaluará la necesidad o no de reforzar las zanjas de conducción.
Oportunidad y vías de comunicación a la SMA de la activación del Plan
A través de la página web de la SMA. Asimismo, se entregará un informe dentro de las 48 horas posteriores a la emergencia generada.
Referencia a documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada
Anexo 5.1 de la Adenda
10.2. Riesgo o contingencia 2 “Derrame o vertido de sustancias peligrosas (combustible)”
Fase del proyecto a la que aplica
Todas las fases del Proyecto
Emplazamiento, parte, obra o acción asociada
Transporte
Acciones o medida a implementar para prevenir la contingencia
Los camiones de transporte de combustible deberán contar con comunicación por radio, equipos de primeros auxilios y equipos de emergencias para control de derrames.
Los conductores de los vehículos deberán contar con licencia acorde al vehículo, capacitación en manejo de las sustancias peligrosas y control de eventuales derrames del producto que estén transportando.
Las características de los vehículos deberán cumplir con las normas nacionales, y con todas las condiciones de seguridad que amerita el transporte de sustancias y residuos peligrosos.
Se realizará mantenimiento preventivo a las maquinarias.
En caso de advertir fugas de aceite de motor o líquidos hidráulicos, el operador deberá detener el vehículo e informar a la jefatura correspondiente, para solicitar su mantención inmediata.
La descarga de combustible se realizará en áreas definidas y demarcadas y se cumplirá con el D.S N* 160/2009 del Ministerio de Economía, Fomento y Reconstrucción.
Forma de control y e Registro de las autorizaciones del proveedor de combustibles seguimiento asociadas al transporte de este.
e Registro de las Inducciones sobre procedimiento en derrame de sustancias peligrosas y/o copias de folletos informativos, planillas de investigación de incidentes (derrames) con acciones de mejoras.
Acciones oO medida a | Encaso de derrame debido a accidentes de tránsito:
implementar para controlar la emergencia
El conductor reportará a su jefe de terreno acerca del accidente en la medida que sea posible (derrame de combustible).
Habiendo derrames de combustible, el personal capacitado perteneciente a la empresa contratista, retirará todo el material contaminado.
El material derramado será recogido con pala para vaciarlo a un envase que se pueda cerrar herméticamente y colocarlo también dentro de una bolsa plástica gruesa que, a su vez, debe cerrarse. Se utilizarán envases de polietileno. Se hará retiro del material contenido de forma inmediata por la empresa de transporte, para posteriormente ser dispuesto en lugares debidamente autorizados.
e El personal de la obra mantendrá las copias de la documentación respectiva, tanto del transporte, así como de la disposición final del material derramado.
- Seincorporarán acciones que permitan un despeje oportuno y rápido de la carretera en coordinación con Carabineros de Chile y la Dirección de Vialidad RM.
e La persona a cargo del control de la emergencia mantendrá permanente contacto con el Titular para informarle y recibir sus instrucciones.
En caso de derrame accidental de combustible en las instalaciones de faenas:
e Identificación y localización del foco de contaminación, para proceder inmediatamente a su neutralización o control.
e Se hará retiro del material contenido de forma inmediata por el camión surtidor, para posteriormente ser dispuesto en lugares debidamente autorizados.
e Se hará un completo registro escrito y/o gráfico del evento, y de las medidas inmediatas adoptadas.
e Se activará una investigación interna sobre las causas del evento y la eficiencia o suficiencia de las acciones preventivas o correctivas adoptadas, con el fin de corregir los procedimientos que eviten que la situación se repita.
Oportunidad y vías de comunicación a la SMA de la activación del Plan
En caso de una emergencia, se comunicará con el SMA a través de su página web. Así mismo, se entregará un informe dentro de las 48 horas posteriores a la emergencia generada.
Referencia a documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada
Anexo 5.1 de la Adenda
10.3. Situación de riesgo o contingencia 3 “Afectación a recursos hídricos”
Riesgo o contingencia
Afectación a recursos hídricos
Fase del proyecto a la que aplica
Todas las fases
Emplazamiento, parte, obra o acción asociada
Instalaciones de faenas y zonas de extracción de áridos
Acciones o medidas a implementar para prevenir la contingencia
e Capacitación e instrucción del personal a través de charlas sobre cómo evitar la contaminación de los recursos hídricos.
e Mantención de la limpieza y orden. Las áreas donde se ubicarán las Instalaciones de faenas y el contenedor se mantendrán limpias y ordenadas, con el fin de evitar la contaminación de materiales a cursos de agua.
- Manejo adecuado de residuos. Segregación in situ de residuos domésticos, asimilables y residuos industriales no peligrosos, los que serán retirados directamente de la instalación de faenas.
e Control de eventuales derrames. Para controlar eventuales derrames de sustancias químicas se dispondrá en terreno de un kit de control de derrames que incluirá material absorbente, pala y bolsa de polietileno.
e Prohibición de estacionamiento de vehículos y maquinaria cerca de cursos de agua. Los vehículos deberán estacionarse lo más alejados posibles de los cuerpos de agua, para evitar de esta forma, posibles fuentes de contaminación producto de caída de materiales como por las propias emisiones de los vehículos.
Forma de control y e Se inducirá al personal sobre las medidas a tomar para prevenir seguimiento derrames al recurso hídrico.
e Se mantendrá un registro de las inducciones al personal. Acciones o medida a | Anteuna afectación en el recurso hídrico, se deberá informar de inmediato al
implementar para controlar la emergencia
jefe de terreno con el fin de velar que las medidas a desarrollar sean realizadas de acuerdo a este plan de Contingencia y emergencias que se entregará a cada contratista. El jefe de terreno deberá:
e Identificar la sustancia derramada.
e Identificar el área susceptible.
e Identificar la ruta del derrame.
e Establecer puntos de control dentro de la ruta del derrame.
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e Colocar barreras en los puntos de control identificados. Este confinamiento puede utilizarse para redireccionar el residuo vertido hacia las orillas, desarrollando a su vez una zanja de recuperación del material, tal como se indica en el Anexo 5.1 de la Adenda.
Oportunidad y vías de comunicación a la SMA de la activación del Plan
Se dará aviso a la SMA y a Sernapesca antes de las 24 hrs. de haberse producido el evento, de acuerdo con el protocolo de comunicación que establece el Titular. Para lo anterior, se deberá realizar una descripción de:
e Descripción del incidente (indicando lugar específico de ocurrencia, cuantificación completa de la sustancia vertida en el accidente, área de influencia, duración, magnitud y principales impactos ambientales).
e Detalle de cada una de las medidas de emergencia utilizadas durante el evento de contaminación.
e Evaluación de los efectos sobre los recursos de agua (superficiales y/o subterráneas afectadas) y el medioambiente asociado y los resultados de los monitoreos inmediatos en el área de influencia del incidente.
e En caso de ser necesario se desarrollará un programa de descontaminación de la zona, para así posteriormente proponer un sistema de monitoreo y seguimiento de las variables afectadas con la ocurrencia del evento de contaminación (indicando parámetros a monitorear, metodologías. área de monitoreo, procedimientos y frecuencia de éstos e informes; todo lo cual debe ser aprobado por la Autoridad).
Referencia a documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada
Anexo 5.1 de la Adenda
10.4. Situación de riesgo o contingencia 4 “Atropellos a fauna”
Riesgo o contingencia
Atropellos a fauna
Fase del proyecto a la que aplica
Todas las fases
Emplazamiento, parte, obra o acción asociada
Durante todas las actividades del Proyecto, vehículos de transporte de material y personal utilizarán caminos existentes. En este contexto, la actividad de transporte involucra el riesgo de atropello de animales silvestres.
Acciones o medida a implementar para controlar la contingencia
Capacitación al personal sobre la fauna silvestre del sector. Se instruirá al operario de la excavadora que de encontrarse algún ejemplar de fauna de baja movilidad que pudiese ser afectada por las actividades del Proyecto, se detendrá las faenas y se informará al SMA y al SAG RM, sobre los detalles de la situación
e Por otra parte, para el Riesgo de Atropello a Fauna Silvestre: Se implementará un estricto control de velocidad de 30 km/h en general para todos los vehículos del Proyecto, informando al personal y empresas contratistas respecto de los límites de velocidad de conducción permisibles en todos los caminos del Proyecto.
Forma de control y Registro de capacitaciones a todos los trabajadores del Proyecto durante las
seguimiento fases. Las capacitaciones se realizarán al momento de ingreso del trabajador y se reforzará en forma permanente a lo largo del Proyecto.
Acciones o medida a e El conductor y/o acompañante dará aviso de inmediato al jefe de
implementar para controlar la emergencia
terreno acerca de la emergencia, quien se contactará con un Centro de Rescate Validado por el SAG RM, con Carabineros si se trata de un animal de gran tamaño y con el SAG RM.
e Enel sitio del suceso, y si el personal no ha resultado herido producto del atropello, se procederá a ubicar al animal en la berma, en caso de que sea de menor tamaño, y esperar la llegada de especialistas. Esta actividad se realizará con especial cuidado y utilizando luces de emergencia de vehículo y triángulos reflectantes.
e Siel animal es de mayor tamaño, el personal solamente se encargará de ubicar la señalética para advertir a los usuarios hasta la llegada del SAG.
e Una vez trasladado el ejemplar al centro de rescate se elaborará un informe preliminar con las causas del incidente.
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Oportunidad y vías de comunicación a la SMA de la activación del Plan
En el eventual suceso de una emergencia se comunicará con él a través de su página web. Así mismo, se entregará un informe dentro de las 48 horas posteriores a la emergencia generada.
Referencia a documentos
del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada
Anexo 5.1 de la Adenda
10.5. Situación de riesgo o contingencia 5 “Accidentes de Tránsito”
Riesgo o contingencia
Accidentes de Tránsito
Fase del proyecto a la que aplica
Todas las fases
Emplazamiento, parte, obra o acción asociada
Accidentes vehiculares en el traslado de los trabajadores o insumos lo cual puede implicar la ocurrencia de choques contra obstáculos o colisiones entre vehículos, etc, en vías públicas y/o privadas.
Acciones oO medida a implementar para controlar la contingencia
e Todos los vehículos y maquinarias deberán estar en buen estado, contarán con sus revisiones técnicas y de gases vigentes, así como con sus permisos de circulación al día, tal como lo establece la normativa.
e Elpersonal a contratar para manejar los camiones o maquinarias será personal calificado, con licencia de conducir al día. Se les exigirá licencia según lo señalado en la Ley de Tránsito (N* 18.290).
e Los vehículos que transporten maquinaria y materiales contarán con la señalización exigida por la legislación chilena.
e Elpeso de los camiones cargados con equipos o materiales no deberá exceder los máximos permitidos de acuerdo a las rutas/puentes que se estén utilizando. En caso contrario, se obtendrán los permisos correspondientes de la Dirección de Vialidad en cada caso.
Acciones oO medida a implementar para controlar la emergencia
e Se informará al jefe de terreno del accidente y se dimensionará la
emergencia.
Se clasificará el evento accidente de tránsito (leve, serio, grave).
Se activará el Plan de Comunicaciones con Ambulancia, Bomberos y Carabineros, informando acerca de la ocurrencia del accidente, la gravedad de éste y la identificación de las personas y vehículos involucrados.
e Se dará aviso oportuno a las compañías de seguros involucradas.
Se entregará información oportuna a los encargados en la empresa. Se registrará e informará el accidente en un formulario previamente definido.
e Encaso de ocurrir un accidente grave o fatal se notificará de forma obligatoria a la Seremi de Salud RM y Dirección del Trabajo respectiva.
o Se realizará una completa descripción de la respuesta frente a la emergencia, recolectando todas las evidencias posibles, con el fin de hacer las correcciones que el caso amerite y mejorar los procedimientos.
Oportunidad y vías de comunicación a la SMA de la activación del Plan
En caso de una emergencia, se comunicará con el SMA a través de su página web. Así mismo, se entregará un informe dentro de las 48 horas posteriores a la emergencia generada.
Declaración individual de accidentes del trabajo (DIAT) el cual será enviado en un plazo no mayor a 24 horas al organismo administrador del seguro.
Referencia a documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada
Anexo 5.1 de la Adenda
- Que, durante el proceso de evaluación, no hubo solicitud de participación ciudadana conforme a lo dispuesto en el artículo 30 bis de la Ley N* 19.300, por lo que no se realizaron observaciones por parte de la comunidad
respecto del Proyecto.
- Que el Titular deberá remitir a la Superintendencia del Medio Ambiente la información respecto de las condiciones, compromisos o medidas, ya sea por medio de monitoreos, mediciones, reportes, análisis, informes de emisiones, estudios, auditorías, cumplimiento de metas o plazos, y en general cualquier otra información destinada al seguimiento ambiental del Proyecto, según las obligaciones establecidas en la presente Resolución
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de Calificación Ambiental y las Resoluciones Exentas que al respecto dicte la Superintendencia del Medio Ambiente. De igual forma, y a objeto de conformar el Sistema Nacional de Información de Fiscalización Ambiental (SNIFA), el Registro Público de Resoluciones de Calificación Ambiental y registrar los domicilios de los sujetos sometidos a su fiscalización en conformidad con la ley, el Titular deberá remitir en tiempo y forma toda aquella información que sea requerida por la Superintendencia del Medio Ambiente a través de las Resoluciones Exentas que al respecto ésta dicte.
- Que el Titular deberá informar a la Superintendencia del Medio Ambiente la realización de la gestión, acto o faena mínima que da cuenta del inicio de la ejecución de obras, a que se refiere el Considerando 4.1 de la presente Resolución.
14, Que, con el objeto de dar adecuado seguimiento a la ejecución del Proyecto, el Titular deberá informar a la Superintendencia del Medio Ambiente, al menos con una semana de anticipación, el inicio de cada una de las fases del Proyecto, de acuerdo a lo indicado en la descripción del mismo.
-
Que, para que el Proyecto “Extracción de Áridos Río Maipo” pueda ejecutarse, deberá cumplir con todas las normas vigentes que le sean aplicables.
-
Que el Titular deberá informar inmediatamente a la Secretaría de la Comisión de Evaluación de la Región Metropolitana y a la Superintendencia del Medio Ambiente, la ocurrencia de impactos ambientales no previstos en la DIA, asumiendo inmediatamente las acciones necesarias para abordarlos.
-
Que el Titular del Proyecto deberá comunicar inmediatamente y por escrito al Servicio de Evaluación Ambiental de la Región Metropolitana la ocurrencia de cambios de Titularidad, representante legal, domicilio y correo electrónico, de acuerdo a lo establecido en el inciso tercero del artículo 162 y artículo 163, ambos del Reglamento del SEIA.
-
Que se hace presente al Titular que cualquier modificación al Proyecto que constituya un cambio de consideración, en los términos definidos en el artículo 2? letra g) del Reglamento del SEIA, deberá someterse al SEIA.
-
Que todas las medidas, condiciones, exigencias y disposiciones establecidas en la presente resolución son de responsabilidad del Titular, sean implementadas por éste directamente o a través de un tercero.
RESUELVO:
1”. Calificar favorablemente la Declaración de Impacto Ambiental del Proyecto “Extracción de Áridos Río Maipo” de Sociedad Pétreos S.A,
- Certificar que el Proyecto “Extracción de Áridos Río Maipo” cumple con la normativa de carácter ambiental aplicable.
3”. Certificar que el Proyecto “Extracción de Áridos Río Maipo”, cumple con los requisitos de carácter ambiental contenido en los permisos ambientales sectoriales que se señalan en los artículos 119, 138, 140, 157, 159 y 160 del D.S. N” 40/2012 del Ministerio del Medio Ambiente, Reglamento del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental.
4”. Certificar que la Secretaría Regional Ministerial de Salud de la Región Metropolitana, mediante su oficio ORD. N* 5743 de fecha 27 de septiembre de 2019, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 161 del Reglamento del SELA, calificó la actividad como Molesta.
5”. Certificar que el Proyecto “Extracción de Áridos Río Maipo”, no genera los efectos, características o
circunstancias del artículo 11 de la Ley N? 19.300, que dan origen a la necesidad de elaborar un Estudio de Impacto Ambiental.
6”. Definir como gestión, acto o faena mínima del Proyecto, para dar cuenta del inicio de su ejecución de modo sistemático y permanente, a los mencionados en el considerando 4.1 del presente acto.
- Hacer presente que contra esta resolución es procedente el recurso de reclamación del artículo 20 de la Ley N* 19.300, ante el Director Ejecutivo del Servicio de Evaluación Ambiental. El plazo para interponer este recurso es de treinta días contados desde la notificación del presente acto.
Notifíquese y Archívese
Presidente Comisión de Evaluación de la É
Región Metropolitana de ibid
Nagra] | Andelka Vrsalovic Melo| Directora del Servicio de Evaluación Ambiental Secretaria. Comisión di Evaluación Región Metropolitana de Santiago
aval tp 4 /
Intendente Región Metropolitana de Santiago
Gobierno Regional, Región Metropolitana
Ilustre Municipalidad de San José de Maipo
CONAF, Región Metropolitana de Santiago
Consejo de Monumentos Nacionales
DGA, Región Metropolitana de Santiago
DOH, Región Metropolitana de Santiago
SAG, Región Metropolitana de Santiago
SEC, Región Metropolitana de Santiago
Seremi de Agricultura, Región Metropolitana de Santiago
Seremi de Desarrollo Social y Familia, Región Metropolitana de Santiago Seremi de Salud, Región Metropolitana de Santiago
Seremi de Transportes y Telecomunicaciones, Región Metropolitana de Santiago Seremi de Vivienda y Urbanismo, Región Metropolitana de Santiago Seremi del Medio Ambiente, Región Metropolitana de Santiago Seremi de Obras Públicas Región Metropolitana de Santiago Sernageomin, Zona Central
Servicio Nacional Turismo, Región Metropolitana de Santiago Superintendencia de Servicios Sanitarios
Servicio Nacional de Pesca, Región Metropolitana de Santiago Subsecretaría de Pesca y Acuicultura
Superintendencia del Medio Ambiente
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