Patio de Contendores de Sustancias Peligrosas en Instalaciones de Puerto Columbo S.A. Depósito San Antonio
REPÚBLICA DE CHILE COMISIÓN DE EVALUACIÓN
REGIÓN DE VALPARAÍSO
Califica Ambientalmente el proyecto “Patio de Contendores de Sustancias Peligrosas en Instalaciones de Puerto Columbo S.A. Depósito San Antonio”. Resolución Exenta N* 0 0 1 Valparaíso, 0 2 ENE, 2019
VISTOS:
1”. La Declaración de Impacto Ambiental (DIA), su Adenda de fecha 31 de agosto de 2018 y su Adenda Complementaria de fecha 16 de noviembre de 2018, del proyecto “Patio de Contendores de Sustancias Peligrosas en Instalaciones de Puerto Columbo S.A. Depósito San Antonio”, presentado por Puerto Columbo S.A. con fecha 05 de junio de 2018.
2”. Los pronunciamientos y observaciones de los órganos de la administración del Estado que, sobre la base de sus facultades legales y atribuciones, participaron en la evaluación de la DIA, y que se detallan en el Capítulo 3 del Informe Consolidado de Evaluación (ICE) de la DIA del proyecto
Patio de Contendores de Sustancias Peligrosas en Instalaciones de Puerto Columbo S.A. Depósito San Antonio.
3”. El Acta de Evaluación N* 72/2018 de fecha 21 de junio de 2018, del Comité Técnico de la Región de Valparaíso.
4”. El ICE de la DIA del proyecto “Patio de Contendores de Sustancias Peligrosas en Instalaciones de Puerto Columbo S.A. Depósito San Antonio” de fecha 07 de diciembre de 2018.
5”. El acuerdo adoptado en la Sesión Ordinaria N* 17 de la Comisión de Evaluación de la Región de Valparaíso de fecha 17 de diciembre de 2018.
6”. La Resolución de Calificación Ambiental N 166, de fecha 04 de septiembre de 2012, de la Comisión de Evaluación Región de Valparaíso (en adelante “RCA N 166/2012”), del proyecto “Ampliación de capacidad de Almacenaje de Sustancias Químicas en Puerto Columbo”, que se modifica a través de la presente Resolución.
7%. Los demás antecedentes que constan en el expediente de evaluación de impacto ambiental de la DIA del proyecto “Patio de Contendores de Sustancias Peligrosas en Instalaciones de Puerto Columbo S.A. Depósito San Antonio”.
- Lo dispuesto en la Ley N? 19.300, sobre Bases Generales del Medio Ambiente, modificada por la Ley N 20.417; en el Decreto Supremo N 40 del Ministerio del Medio Ambiente (en adelante “MMA”), de fecha 30 de octubre de 2012, publicado en el Diario Oficial con fecha 12 de agosto de 2013, Aprueba Reglamento del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental (en adelante “RSEIA”), y sus modificaciones; en la Ley N” 18.575, Orgánica Constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado; en la Ley N 19.880, que establece las Bases de los Procedimientos Administrativos que rigen los Actos de Administración del Estado (en adelante “Ley N 19.880”); la Resolución DD.PP. N 688, de fecha 01 de agosto de 2017, del Director (S) Ejecutivo del Servicio de Evaluación Ambiental (en adelante el "SEA"), que dispone funciones de carácter directivo para el cargo de subrogante del Director Regional del SEA de la Región de Valparaíso, designándose a doña Esther Parodi Muñoz, como primer subrogante; y la Resolución N 1600, del 30 de octubre de 2008, de la Contraloría General de la República que fija normas sobre exención del trámite de Toma de Razón.
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CONSIDERANDO:
1, Que, Puerto Columbo S.A. (en adelante, el Titular), ha sometido al Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental (SEIA) la DIA del proyecto “Patio de Contendores de Sustancias Peligrosas en Instalaciones de Puerto Columbo S.A. Depósito San Antonio” (en adelante, el Proyecto). Los antecedentes del Titular son los siguientes:
Nombre o razón social Puerto Columbo S.A
Domicilio Camino la Pólvora s/n Enlace San Roque, Valparaíso Teléfono 352203701
Nombre representante legal Pedro Alejandro Frioli García
Domicilio representante legal Ruta Nacional 78, N%2375, San Antonio. Teléfono representante legal 352203701
Correo electrónico Titular o | pfriolifWpuertocolumbo.com representante legal
2%, Que, conforme se indica en el ICE de fecha 07 de diciembre de 2018, la Directora Regional de la Región de Valparaíso ha recomendado aprobar el Proyecto, por cuanto:
-
Cumple con la normativa de carácter ambiental aplicable;
-
Cumple con los requisitos de otorgamiento de carácter ambiental, contenidos en los Permisos Ambientales Sectoriales Mixtos señalados en los artículos 140 y 142 del Reglamento del SEIA, aplicable al Proyecto;
+. La Secretaría Regional Ministerial (SEREMI) de Salud de la Región de Valparaíso, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 161 del RSEIA ha calificado la actividad de bodegaje como Molesta, siendo compatible con los usos establecidos en el Plan Regulador Comunal vigente (Zona ZI1, Plan Regulador Comunal (PRC) de San Antonio);
- No genera ni presenta los efectos, características o circunstancias del artículo 11 de la Ley N*19.300, que dan origen a la necesidad de evaluar un Estudio de Impacto Ambiental, y;
e El titular ha subsanado los errores, omisiones e inexactitudes planteados en el o los Informes Consolidados de Aclaraciones, Rectificaciones y Ampliaciones.
- Que, en sesión de fecha 17 de diciembre de 2018, la Comisión de Evaluación de la Región de Valparaíso acordó calificar favorablemente el proyecto “Patio de Contendores de Sustancias Peligrosas en Instalaciones de Puerto Columbo S.A. Depósito San Antonio”, aprobando íntegramente el contenido del ICE de fecha 07 de diciembre de 2012, el que forma parte integrante de la presente Resolución. Por lo tanto, conforme a lo indicado en el artículo 60 inciso segundo del Reglamento del SELA, se excluyen de la presente Resolución las consideraciones técnicas en que se fundamenta.
42, Que, según lo señalado en la DIA y sus anexos, en su Adenda, y en su Adenda Complementaria, los cuales forman parte integrante de la presente Resolución, la descripción del Proyecto es la que a continuación se indica:
4.1. ANTECEDENTES GENERALES
Objetivo general El objetivo del presente proyecto será aumentar los servicios de almacenaje de la empresa con la construcción y operación de un patio para el almacenaje de contenedores full de sustancias peligrosas para las Clases 2, 3, 4, 5, 6, 8 y 9 según NCh 382/2017.
Tipología principal, así | 1.1) Producción, disposición o reutilización de sustancias tóxicas, como las aplicables a sus | (sustancias señaladas en la Clase 6, División 6.1 de la NCh. 382, Of. partes, obras o acciones 2004).
ñ.3) Producción, disposición o reutilización de sustancias inflamables, (sustancias señaladas en la Clase 2, División 2.1, 3 y 4 de la NCh. 382,
Of. 2004). Vida útil Indefinida Monto de inversión US$ 150.000.- (ciento cincuenta mil dólares americanos).
Gestión, acto o faena | Instalación de faenas mínima que da cuenta del inicio de la ejecución
Proyecto se desarrolla por Si No etapas Xx
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Proyecto modifica un Si
actividad]
e No proyecto o actividad XxX Proyecto modifica otra(s) Si No_| El Proyecto modificará la Resolución de Calificación RCA [sólo en caso de Ambiental (RCA) del Proyecto “Ampliación de que el proyecto sí capacidad de almacenaje de sustancias químicas en modifique un proyecto o puerto Columbo”, calificado ambientalmente
favorable mediante RCA N166/2012, en particular el presente proyecto viene a complementar las actividades de operación de cargas de sustancias peligrosas, señalados en el Capítulo 3.7.5.2 de la RCA N166/2012.
4.2. UBICACIÓN DEL PROYECTO
administrativa
División político- El Proyecto se emplazará en Ruta Nacional 78 42375, Barrio
industrial, San Antonio, Región de Valparaíso.
Descripción de la localización | El Proyecto contemplará el almacenaje de sustancias peligrosas, y
conforme a lo indicado en el numeral 1.4 de la DIA, y respuesta 10 de la Adenda. Además, se localizará en una Zona 11, según lo establecido en el Plan Regulador Comunal de San Antonio, el cual permite actividades productivas y actividades de bodegaje de tipo molesto e inofensivo.
Superficie
El terreno donde se emplazará el proyecto tiene una superficie aproximada 72.000 m? la superficie de la losa del Proyecto será de aproximadamente 640 m?,
Coordenadas UTM en Datum | Las coordenadas del Proyecto serán:
WGS84 Coordenadas Norte Este Losa 1 6.279.245,47 | 259.604,71 Losa 2 6.279.267,74 | 259.589,61 Caminos de acceso Las instalaciones de la empresa se encuentran en el barrio
industrial de San Antonio, el acceso se realizará especificamente por ruta 78, nuevo acceso al puerto, a 4 km del puerto de San Antonio y a 100 km de Santiago.
Referencia al expediente de Anexo 2 de la DIA. evaluación de los mapas, georreferenciación e información complementaria sobre la localización de sus partes, obras y acciones
4.3. PARTES, OB
El Construcción de losa
RAS Y ACCIONES QUE COMPONEN EL PROYECTO ONS 1Ó ÉS La losa a construir sobre el suelo ya estabilizado contará con una membrana tipo HDPE de 1,5 mm de manera de evitar cualquier filtración en caso de ocurrir algún derrame. El hormigón a utilizar sobre la membrana será de cemento vibrado calidad H30 con 90% de nivel de confianza según NCh 170. En su confección se agregará fibra de acero tipo Dramix 3D 80/60BG con una dosificación de 30 kg de fibra por m' de mezcla.
Las canaletas para sistema de control de derrames, corresponderán a muros de hormigón armado con un espesor de 20 cm. El hormigón es del tipo H30 reforzado con doble malla acma, según lo indicado en Anexo 2 de la DIA. Las canaletas contarán con una parrilla metálica N36 en su parte superior de tipo Acustermic 100/10, de manera de permitir el paso de la grúa portacontenedores y camiones por encima de las canaletas,
Dentro de las actividades de esta etapa se considerarán:
*» Delimitación de bloques, canaletas y fosas de contención de derrames.
-
Excavación de canaletas y fosas de contención de derrames.
-
Hormigonado de canaletas.
-
Instalación de rejillas.
» Hormigonado de losa.
- Instalación de señalética de Información de Riesgos.
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» Construcción de red húmeda. La señalética a utilizar corresponderá en letreros de información de riesgos, en donde se establecerá la obligación del uso de Equipos de Protección Personal, la prohibición de fumar y de ubicar materiales incompatibles en los distintos bloques.
Recursos El Proyecto no contemplará extraer, explotar o utilizar Recursos Naturales. naturales renovables Emisiones y | En relación a las emisiones atmosféricas, durante la fase de Construcción del efluentes proyecto, corresponderán principalmente a la actividad del tránsito de camiones y excavaciones. En el Anexo 4 de la DIA se detalla la estimación de emisiones por esta actividad, que consideró a los siguientes contaminantes CO, HC, NOx, SO», CO», CHa, N20, NH5s, MPjo y MP5. A continuación, se presenta el resumen de los principales contaminantes atmosféricos que corresponden a la construcción de una losa: ARA Total Emisiones (kg) co NOx SO» CO, MPiw | MP>zs Construcción | y 411315 | 161969 | 0,041695 |146,114351| 1,932 |0,01733 Losa N1 Construcción | y 411315 | 161969 | 0,041695 |146,114351| 1,932 [0,01733 Losa N“2 Total 0,82263 | 3,23938 | 0,08339 |292,228702| 3,864 |0,03466 En relación a las emisiones de ruido, durante la fase de construcción del proyecto, corresponderán principalmente por las excavaciones y trabajo con el hormigón, cabe hacer presente que sólo se realizarán estos trabajos en horario diurno, en el Anexo 5 de la DIA, se detalla el estudio acústico para el Proyecto: Nivel de Ruido Excavaciones y operación actual, (ruido de fondo) diurno, en dBA. Nivel Ruido Ruido Punto| Ruido | Actual Total Límite | ¿Cumple? Proyectado | diurno | proyectado 1 33,9 51 51 60 Si 2 47,2 60 60 60 Si 3 Sa E, 56 70 Si 4 45,5 70 70 70 Si Nivel de Ruido Hormigones + operación actual, (ruido de fondo) diurno, en dBA. Nivel Ruido Ruido Punto| Ruido | Actual Total Límite | ¿Cumple? Proyectado | diurno | proyectado 1 32,9 51 51 60 Si 2 45,1 60 60 60 Si 3 49,6 53 ER) 70 Si 4 43,5 70 70 70 Si Residuos, Durante la fase de construcción de la losa N? 1 del patio, se generarán 90 m de productos residuos sólidos principalmente material de relleno, el cual será enviado a botadero
químicos y otras sustancias que puedan afectar el medio ambiente.
autorizado.
En relación a los residuos sólidos domiciliarios, se generarán aproximadamente 40 kg cada mes de este tipo de residuos, producto de los operarios contemplados para el Proyecto. Se realizará la recolección en tambores y retiro por empresa autorizada, estos serán dispuestos en relleno sanitario con una frecuencia semanal.
En relación a los residuos sólidos industriales, se generarán aproximadamente 90 m? principalmente proveniente de las excavaciones de terreno para canaletas y cámaras. Se realizará el apilamiento en zona de construcción o utilización para nivelación en terreno sur de la empresa. Su disposición será en botadero autorizado.
En relación a los residuos peligrosos, se generarán aproximadamente 20 kg cada mes, en donde se recolectarán desde la zona de generación y se enviarán a la
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bodega de Residuos Peligrosos. Su disposición final se realizará en una empresa autorizada.
Referencia al ICE para mayores detalles sobre esta fase.
Capítulo 4.6 del ICE
Operación de
La fase de operación consistirá en los siguientes pasos:
patio de
sustancias 1) Procedimiento antes del ingreso.
peligrosas. 2) Recepción de contenedores.
3) Despacho de contenedores.
El contenedor tendrá sólo un movimiento antes de almacenarse en el patio y tendrá un movimiento para realizar el despacho, lo que implicará una baja probabilidad de ocurrencia de accidentes por causa de mala manipulación o traslado del producto. El detalle del proceso de operación del depósito y del patio de contenedores se detalla en el Anexo 6 de la DIA.
Productos No se generarán productos
generados
Recursos El Proyecto no contemplará extraer, explotar o utilizar Recursos Naturales.
naturales
renovables
Emisiones y | En relación a las emisiones atmosféricas, corresponderán principalmente a la
efluentes actividad del tránsito de camiones que traigan los contenedores y al despacho a las
instalaciones de los clientes.
En el Anexo 4 de la DIA, se presenta la estimación de emisiones por esta actividad. A continuación, se presenta el resumen de las emisiones para los principales contaminantes.
o. Total Emisiones (toneladas)
Actividad
co NOx SO» CO» | MPiw | MP»;
Construcción |) 214643 |3.725696|0,020879 73,174833 | 0,24271|0,001831 Losa N*1
Construcción | o 214643 [3725696 0,020879 |73,174833 | 0,24271 | 0,001831 Losa N“%2
Total |1,629286|7,451393 | 0,041758 | 146,34967 | 0,48541 | 0,003662
En relación a las emisiones de ruido, consistirán en la puesta en marcha con el uso de grúa Portacontenedor y camión en ralentí. Se contemplará que las principales fuentes de ruido serán el movimiento de estos equipos:
Nivel de Ruido Operación Nuevo Patio + operación actual, (ruido de fondo) diurno, en dBA.
Nivel Ruido Ruido Punto| Ruido | Actual Total Límite | ¿Cumple? Proyectado | diurno | proyectado
1 32,6 51 51 60 Si 2 43,7 60 60 60 Si 3 47,9 53 54 70 Si 4 42,2 70 70 70 Si
Nivel de Ruido Operación Nuevo Patio + operación actual, (ruido de fondo) nocturno, en dBA.
Nivel Ruido Ruido Punto| Ruido Actual Total Límite | ¿Cumple? Proyectado | nocturno | proyectado
32,6 51 51 45 Si 2 43,7 55 5) 45 Si 3 47,9 43 49 70 Si
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4 42,2 58 58 70 Si
No se excederán los límites en ninguno de los puntos para la operación diurna. Para mayores detalles, revisar Anexo 5 de la DIA.
Residuos, En relación a los residuos sólidos domiciliarios, se generarán aproximadamente 40 productos kg cada mes de este tipo de residuos, producto de los operarios contemplados para químicos y | el Proyecto.
otras Se realizará la recolección en tambores y retiro por empresa autorizada, estos serán sustancias dispuestos en relleno sanitario con una frecuencia semanal.
que puedan
afectar el | En relación a los residuos peligrosos, producto de la operación normal, no se medio generarán este tipo de productos, sin embargo, en un eventual derrame durante la ambiente. operación del proyecto serán enviados a la bodega de Residuos peligrosos, y su
disposición final será en una empresa autorizada.
No se generarán residuos sólidos industriales. Referencia al | Capítulo 4.7 del ICE.
ICE para mayores detalles sobre ta fase
El Proyecto no contemplará una fase de cierre, pero en caso de que, si se planteara el cierre de la actividad, se seguirán las actividades indicadas a continuación:
En caso de poner término a las actividades no se contemplará el desarme o demolición de las edificaciones, y puesto que estas construcciones corresponderán a un activo del titular, se procederá a la venta de las instalaciones, con sus respectivos permisos para que funcionara otro titular con el mismo giro de almacenamiento de productos químicos peligrosos u otro que permita el estándar y equipamiento de las instalaciones existentes. No existirá desmantelamiento de las losas ni de las canaletas y fosos de contención de derrames.
Se avisará a los clientes del término de los contratos de almacenaje. Además, se enviará un informe a la Superintendencia del Medio Ambiente sobre el cierre del proyecto para recepción final de la actividad.
Referencia al | Capítulo 4.8 del ICE.
ICE para mayores detalles sobre esta fase.
4.4. CRONOLOGÍA DE LAS FASES DEL PROYECTO HIEA 'RUCCIÓ Fecha estimada de inicio | Construcción Losa N1: Enero de 2019. Construcción Losa N2: Noviembre de 2019. Parte, obra o acción que | Instalación de faenas de la empresa constructora establece el inicio Fecha estimada de Fin de construcción Losa N1: Marzo de 2020. término Fin de construcción Losa N%2: Enero de 2020. Parte, obra o acción que | Autorización de funcionamiento de SEREMI de Salud para Losa N1 y establece el término ara Losa N2 Fecha estimada de inicio | Inicio de Operación Losa N*1: Marzo de 2020. Inicio de Operación Losa N2: Enero de 2020. Parte, obra o acción que | Recepción de contenedores de sustancias peligrosas. establece el inicio Fecha estimada de Vida útil indefinida. término Parte, obra o acción que | Vida útil indefinida. establece el término Fecha estimada de inicio | No se contemplará una fecha estimada de cierre. El proyecto tendrá una duración indefinida Parte, obra o acción que | Aviso a autoridades fiscalizadoras de inicio de la fase de cierre.
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establece el inicio
Fecha estimada de | 30 días después del aviso de cierre a las autoridades fiscalizadora. término
Parte, obra o acción que | Aviso a autoridades fiscalizadoras del término de la fase de cierre de la establece el término instalación
5”, Que, durante el proceso de evaluación se han presentado antecedentes que justifican la inexistencia de los siguientes efectos, características y circunstancias del artículo 11 de la Ley N* 19.300:
5.1. RIESGO PARA LA SALUD DE LA POBLACIÓN, DEBIDO A LA CANTIDAD Y CALIDAD DE EFLUENTES, EMISIONES Y RESIDUOS
Referencia al ICE para mayores Capítulos 5 y 6.1 del ICE detalles sobre este impacto específico
Generación de material particulado. Las emisiones de material particulado serán de baja consideración, según los antecedentes presentados en la DIA, Anexo 4, Informe de estimación de emisiones.
Generación de ruido Los niveles de ruidos a generar en las fases de construcción y operación cumplirán con el límite máximo establecido por el D.S. N* 38/2011 del MMA, establece norma de emisión de ruidos
generados por fuentes que indica, para el período diurno y nocturno, según se describe en los numerales 4.6.4.3 y 4.7.5.3 del ICE.
5.2. EFECTOS ADVERSOS SIGNIFICATIVOS SOBRE LA CANTIDAD Y CALIDAD DE LOS RECURSOS NATURALES RENOVABLES, INCLUIDOS EL SUELO, AGUA Y AIRE
Referencia al ICE para mayores | Numeral 6.2 del ICE detalles sobre este impacto específico
Los antecedentes que justifican que el proyecto o actividad no genera o presenta efectos adversos significativos sobre la cantidad y calidad de los recursos naturales renovables, incluidos el suelo, agua y aire, en consideración a lo dispuesto en el artículo 6 del Reglamento del SEIA, se detallan en el numeral 6.2 del ICE.
5.3. REASENTAMIENTO DE COMUNIDADES HUMANAS O ALTERACIÓN SIGNIFICATIVA DE LOS SISTEMAS DE VIDA Y COSTUMBRES DE GRUPOS HUMANOS
Referencia al ICE para mayores | Numeral 6.3 del ICE detalles sobre este impacto específico
Los antecedentes que justifican que el proyecto o actividad no genera o presenta alteración significativa de los sistemas de vida y costumbres de grupos humanos, en consideración a lo dispuesto en el artículo 7 del Reglamento del SEIA, se detallan en el numeral 6.3 del ICE.
5.4. LOCALIZACIÓN EN O PRÓXIMA A POBLACIONES, RECURSOS Y ÁREAS PROTEGIDAS, SITIOS PRIORITARIOS PARA LA CONSERVACIÓN, HUMEDALES PROTEGIDOS Y GLACIARES, SUSCEPTIBLES DE SER AFECTADOS, ASÍ COMO EL VALOR AMBIENTAL DEL TERRITORIO EN QUE SE PRETENDE EMPLAZAR
Referencia al ICE para mayores | Numeral 6.4 del ICE detalles sobre este impacto específico
Los antecedentes que justifican que el proyecto o actividad no se localiza en o próxima a poblaciones, recursos y áreas protegidas, sitios prioritarios para la conservación, humedales protegidos y glaciares, susceptibles de ser afectados, así como el valor ambiental del territorio en que se pretende emplazar, en consideración a lo dispuesto en el artículo 8 del Reglamento del SEIA, se detallan en el numeral 6.4 del ICE,
5.5. ALTERACIÓN SIGNIFICATIVA, EN TERMINOS DE MAGNITUD O DURACIÓN, DEL VALOR PAISAJÍSTICO O TURÍSTICO DE UNA ZONA
Referencia al ICE para mayores | Numeral 6.5 del ICE detalles sobre este impacto específico
Los antecedentes que justifican que el proyecto o actividad no genera o presenta alteración significativa del valor paisajístico o turístico de una zona, en consideración a lo dispuesto en el artículo 9 del Reglamento del SEIA, se detallan en el numeral 6.5 del ICE.
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S.6. ALTERACIÓN DE MONUMENTOS, SITIOS CON VALOR ANTROPOLÓGICO, ARQUEOLÓGICO, HISTÓRICO Y, EN GENERAL, LOS HPERTENECIENTES AL PATRIMONIO CULTURAL
Referencia al ICE para mayores | Numeral 6.6 del ICE
detalles sobre este impacto específico
Los antecedentes que justifican que el proyecto o actividad no genera o presenta alteración de monumentos, sitios con valor antropológico, arqueológico, histórico, y en general, los pertenecientes al patrimonio cultural, en consideración a lo dispuesto en el artículo 10 del Reglamento del SEIA, se detallan en el numeral 6.6 del ICE.
6”. Que, resultan aplicables al Proyecto los siguientes permisos ambientales sectoriales, asociados a las correspondientes partes, obras o acciones que se señalan a continuación:
6.1. Permisos ambientales sectoriales de contenido únicamente ambiental.
El Proyecto no contemplará obras ni actividades que requieran permisos ambientales sectoriales de contenido únicamente ambiental.
6.2. Permisos ambientales sectoriales mixtos
6.2.1. Permiso para la construcción, reparación, modificación y ampliación de cualquier planta de tratamiento de basuras y desperdicios de cualquier clase o para la instalación de todo lugar destinado a la acumulación, selección, industrialización, comercio o disposición final de basuras y desperdicios de cualquier clase según se establece en el artículo 140 del Reglamento del SEIA.
Fase del Proyecto a la cual | Fase de construcción y operación.
corresponde
Parte, obra o acción a la que | Construcción y Operación de losas de almacenamiento.
aplica
Condiciones o exigencias | No se establecieron condiciones.
específicas para su
otorgamiento
Pronunciamiento del órgano | La SEREMI de Salud, Región de Valparaíso mediante su ORD.
competente N* 1490, de fecha 11 de septiembre de 2018, se pronuncia conforme.
Referencia al ICE para | Tabla 9.2.1 del ICE.
mayores detalles
6.2.1. Permiso para todo sitio destinado al almacenamiento de residuos peligrosos según se establece en el artículo 142 del Reglamento del SETA.
Fase del Proyecto a la cual | Fase de operación.
corresponde
Parte, obra o acción a la que | Operación de losas de almacenamiento. aplica
Condiciones o exigencias | No se establecieron condiciones. específicas para su
otorgamiento
Pronunciamiento del órgano competente
La SEREMI de Salud, Región de Valparaíso mediante su ORD. N? 1490, de fecha 11 de septiembre de 2018, se pronuncia conforme.
Referencia al ICE para
Numeral 9.2.2 del ICE.
mayores detalles
- Que, la Secretaría Regional Ministerial de Salud de la Región de Valparaíso, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 161 del Reglamento del SETA, emitió el pronunciamiento a que se refiere el artículo 4.14.2 de la Ordenanza General de Urbanismo y Construcciones, calificando la actividad como Molesta, siendo compatible con el Instrumento de Planificación Territorial vigente.
8”. Que, de acuerdo a los antecedentes que constan en el expediente de evaluación, la forma de cumplimiento de la normativa de carácter ambiental aplicable al Proyecto es la siguiente:
8.1. Normas relacionadas al emplazamiento del proyecto.
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8.1.1. Norma: D.S. N*47/92 del Ministerio de Vivienda y Urbanismo. Ordenanza General de la Ley
de Urbanismo y Construcciones.
o
Emisiones
Norma
D.S. N*47/92 del Ministerio de Vivienda y Urbanismo. Ordenanza General de la Ley de Urbanismo y Construcciones.
Otros cuerpos legales
No aplica
Fase del proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento
Fase de construcción y operación
Parte, obra, acción, emisión, residuo o sustancias a la que aplica
Construcción y Operación de losas de almacenamiento
Forma de cumplimiento
Será aplicable respecto de la calificación industrial de las instalaciones proyectadas, y la emisión a la atmósfera de material particulado.
En relación a las emisiones, durante la fase de operación, no se generarán emisiones significativas de material particulado y gases de combustión, según lo señalado en el numeral 4.7.5 del ICE. Señalización, indicando límites de velocidad y advertencias de reducción de velocidad.
Indicador que acredita su cumplimiento
Inspección visual de la losa de almacenamiento, de la cual se dejará registro.
Verificación permanente de la vigencia de los certificados de revisión técnica y gases de los vehículos.
Control al ingreso/egreso de los camiones.
Forma de seguimiento
control y
Las condiciones de almacenamiento se realizarán en conformidad de lo estipulado en el D.S. N*47/92 del Ministerio de Vivienda y Urbanismo.
8.1.2. Norma: Plan Regulador ci munal de San Antonio.
Norma
Plan regulador comunal San Antonio, Zona Zl1
Otros cuerpos legales
No aplica
Fase del proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento
Fase de construcción y operación
Parte, obra, acción, emisión, residuo o sustancias a la que aplica
Construcción y Operación de losas de almacenamiento
Forma de cumplimiento
El proyecto cumplirá con lo establecido en el PRC vigente.
Indicador que acredita su cumplimiento
El proyecto cumplirá con lo establecido en el PRC vigente.
Forma de seguimiento
control y
El proyecto cumplirá con lo establecido en el PRC vigente.
8.2. Normas relacionadas con las partes, obras, actividades o acciones, emisiones, residuos y sustancias peligrosas del proyecto.
8.2.1. Norma: D.S. N*148/2003 del Ministerio de Salud, Reglamento sanitario para el manejo de
residuos peligrosos.
=
nos peligroso
Componente/materia:
Residuos Peligrosos
Norma
D.S. N*148/2003 del MINSAL
Otros cuerpos legales
No aplica
Fase del proyecto a la que
Fase de construcción y operación
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aplica o en la que se dará cumplimiento
Parte, obra, acción, emisión, residuo o sustancias a la que aplica
Construcción y Operación de losas de almacenamiento
Forma de cumplimiento
Los residuos peligrosos generados en el proyecto serán manejados de acuerdo a las exigencias de la Autoridad Sanitaria en envases herméticos, rotulados conforme a la NCh 2190 y clasificados de acuerdo a lo señalado en el D.S. N*148/2003 del MINSAL, para el Almacenamiento de RESPEL.
Indicador que acredita su
Registros de SIDREP y certificados de disposición final de
cumplimiento residuos Forma de control y | Auditorías internas de cumplimiento de plan de manejo de residuos seguimiento peligrosos.
8.2.2. Norma: Decreto Supremo N? 594/1999, del Ministerio de Salud “Aprueba Reglamento Sobre Condiciones Sanitarias y Ambientales Básicas en los Lugares de Trabajo”.
Sobre (
Tabla 8.2.2 Norma: Decreto Supremo Ne 594/1999, del Ministerio de Salud “Aprueba Reglamento diciones Sanitarias y Ambientales Básicas en los Lugares de Trabajo”. o
Componente/materia: Residuos y emisiones
Norma Decreto Supremo N? 594/1999, del Ministerio de Salud “Aprueba Reglamento Sobre Condiciones Sanitarias y Ambientales Básicas en los Lugares de Trabajo”.
Otros cuerpos legales | No aplica
asociados
Fase del proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento
Fase de construcción y operación.
Parte, obra, acción, emisión, residuo o sustancias a la que aplica
Construcción y Operación de losas de almacenamiento
Forma de cumplimiento
La instalación cuenta con agua potable y alcantarillado particular autorizado. La alimentación de los trabajadores se realizará en el comedor ubicado en sector de oficinas. El proyecto en condiciones normales de operación generaría residuos sólidos industriales y domiciliarios; y residuos líquidos domiciliarios que serán dispuestos en relleno sanitario y en sistema de alcantarillado particular de la empresa.
En la fase de operación con funcionamiento anormal o de emergencia del proyecto, los residuos sólidos peligrosos que se pudieran generar serán enviados a bodega temporal de residuos peligrosos y retirados por una empresa autorizada para ello. No se descargarán residuos líquidos transitorios al sistema de alcantarillado, dado que las canaletas de control de derrames mantendrán contenidos los riles o productos derramados, siendo retirados inmediatamente levantado el estado de emergencia en el depósito.
En cuanto a la fase de cierre está contemplado que los residuos resultantes de la limpieza de las canaletas y fosas de contención serán dispuestos en instalaciones autorizadas.
Indicador que acredita su
Registros de inspección sobre cumplimiento del presente Decreto
cumplimiento Forma de control y| Auditorías internas de cumplimiento de plan de prevención de seguimiento riesgos, higiene y medioambiente.
8.2.3. Norma: Decreto Supremo N*33/2011,
del Ministerio del Medio Ambiente, “Norma de
Emisión de Ruidos Generados por Fuentes que Indica”.
Tabla 8.2.3 Norma: Decreto Supremo N*3 8/2011, del Mi del Medio Ambiente, “Norma de Emisión de Ruidos Generados por Fl uentes que Indica”.
Componente/materia:
| Ruido
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Norma
Decreto Supremo N*38/2011, del Ministerio del Medio Ambiente, “Norma de Emisión de Ruidos Generados por Fuentes que Indica.
Otros cuerpos legales
No aplica
Fase del proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento
Fase de construcción y operación
Parte, obra, acción, emisión, residuo o sustancias a la que aplica
Construcción y Operación de losas de almacenamiento
Forma de cumplimiento
De acuerdo a los resultados del Estudio de Ruido del Anexo 5 de la DIA, la construcción y operación del proyecto, generará niveles de ruido por debajo de lo establecido en la presente normativa
Indicador que acredita su cumplimiento
Cumplimiento del 100% de parámetros del D.S. N*38/2012 del MMA de acuerdo con resultados de medición de ruido durante la fase de operación del proyecto.
Se plantea la realización de un monitoreo de ruido durante la construcción de la losa N%1 y una vez que se encuentren en funcionamiento las 2 losas de contenedores.
a. Fase(s) del proyecto en que se llevará a cabo el monitoreo: Fase de Construcción y fase de Operación.
b. Identificación y ubicación de los puntos de medición: Los puntos de medición serán los mismos indicados en el Informe de Ruido Versión 2 que se presenta en Anexo 5 de la DIA
c. Oportunidad en que se llevará a cabo el monitoreo, es decir, momento(s) en que se implementará el monitoreo. Fase de Construcción de Losa N*1 y fase de Operación de Losa N%1 y N2.
d. Frecuencia y periodicidad con que se llevarán a cabo las mediciones. Se realizarán por única vez durante el momento indicado en letra c. Estas mediciones se realizarán en horario diurno y nocturno.
e. Indicador que acreditará la ejecución de las mediciones. % de cumplimiento de las mediciones planificadas
f. Forma de control y seguimiento de la ejecución del monitoreo. Entrega de Informe de Monitoreo de ruido y ejecución de medidas recomendadas.
Forma de seguimiento
control y
Registro de las mediciones realizadas durante la fase de construcción y operación.
8.2.4. Norma: Decreto Supremo N* 144/1961, del Ministerio de Salud, “Establece Normas para
Tabla 8.2.4 Norma:
Evitar Emanaciones o Contaminantes Atmosféricos de Cualquier Naturaleza”.
o N? 144/196
Ya
Componente/materia:
Emisiones atmosféricas
Norma
Decreto Supremo N* 144/1961, del Ministerio de Salud, “Establece Normas para Evitar Emanaciones o Contaminantes Atmosféricos de Cualquier Naturaleza”.
Otros cuerpos legales
No aplica
Fase del proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento
Fase de construcción y operación
Parte, obra, acción, emisión, residuo o sustancias a la que aplica
Construcción y Operación de losas de almacenamiento
Forma de cumplimiento
En el presente proyecto, no habrá emisiones del tipo fuente fija, los principales contaminantes hacia la atmósfera se originarán durante el tránsito de camiones al interior de la instalación que por su cantidad no será significativo.
La empresa prohíbe la quema o incineración de cualquier tipo de elementos al interior de sus recintos. Cuando un vehículo de la empresa, despide humos visibles se procede a chequear que tenga la revisión técnica al día y se le recomienda mantenimiento,
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prohibiendo su entrada hasta contar con su revisión técnica al día.
Indicador que acredita su
Los vehículos utilizados en la operación estarán con sus
cumplimiento mantenciones al día. Forma de control y | Auditoria a plan de Prevención de Riesgos y Medioambiente. seguimiento
8.2.5. Norma: Decreto Supremo N* 298/1994, del Ministerio de Transporte y Telecomunicaciones, “Reglamento Sobre el Transporte de Cargas Peligrosas por Calles y Caminos”.
Tabla 8.2.5 Norma: Decreto Supremo N' 298/1994, del Ministerio de Transporte y
Telecomunic . “Reglamento $ Sobre el o de o o por. Calles. y Caminos”. , . o Componente/materia: eS atmstiricas
Norma
Decreto Supremo N* 298/1994, del Ministerio de Transporte y Telecomunicaciones, “Reglamento Sobre el Transporte de Cargas Peligrosas por Calles y Caminos”.
Otros cuerpos legales
No aplica
Fase del proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento
Fase de construcción y operación.
Parte, obra, acción, emisión, residuo o sustancias a la que aplica
Construcción y Operación de losas de almacenamiento.
Forma de cumplimiento
El ingreso y salida de carga hacia y desde las dependencias del Proyecto, se realizará a través de empresas de transporte externo. Al ingreso de los camiones, se verificará que el transportista tenga la documentación requerida y en especial las hojas de datos de seguridad de la mercancía que ingresa al recinto.
Indicador que acredita su cumplimiento
Registros de inspección a las instalaciones del Proyecto.
Forma de seguimiento
control y
Auditoria a plan de Prevención de Riesgos y Medioambiente.
8.2.6. Norma: Decreto Supremo N* 43/2015, del Ministerio de Salud, “Aprueba Reglamento de Almacenamiento de Sustancias Peligrosas”.
Tabla 8.2.6 Nox de Almacenami:
rima: Decreto Supremo N? 43/2015, del Ministerio de Salud, “Aprueba Reglamento ento de Sustancias Peligrosas”. .
Componente/materia:
Sustancias Peligrosas
Norma
Decreto Supremo N* 43/2015, del Ministerio de Salud, “Aprueba Reglamento de Almacenamiento de Sustancias Peligrosas”.
Otros cuerpos legales
No aplica.
Fase del proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento
Fase de construcción y operación.
Parte, obra, acción, emisión, residuo o sustancias a la que aplica
Construcción y Operación de losas de almacenamiento.
Forma de cumplimiento
El presente proyecto cumplirá en su diseño y planificación de operación con lo establecido en este reglamento.
Todos los contenedores que ingresen a la instalación, contarán con los rótulos según la NCh2190 Of.2003.
Indicador que acredita su
Registros de inspección a las instalaciones del Proyecto
cumplimiento Forma de control y | Registros de inspección a las instalaciones como parte de programa seguimiento de prevención de riesgos.
8.2.7. Resolución Exenta N 1521/2016, del Ministerio de Salud, “Aprueba el sistema de declaración de instalaciones que almacenan sustancias peligrosas, establecido en el Decreto Supremo N43 de 2015, del Ministerio de Salud, Reglamento de Almacenamiento de Sustancias
Peligrosas”.
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Tabla 8.2.7 Norma:
“sistema de de Decreto
Sustancias Pi sa
Componente/materia:
Sustancias peligrosas
Norma
Resolución Exenta N 1521/2016, del Ministerio de Salud, “Aprueba el sistema de declaración de instalaciones que almacenan sustancias peligrosas, establecido en el Decreto Supremo N43 de 2015, del Ministerio de Salud, Reglamento de Almacenamiento de Sustancias Peligrosas”.
Otros cuerpos legales
No aplica
Fase del proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento
Fase de construcción y operación
Parte, obra, acción, emisión, residuo o sustancias a la que aplica
Construcción y Operación de losas de almacenamiento
Forma de cumplimiento
La empresa se encuentra ingresada en Ventanilla Unica RETC, por lo que al momento de contar con la autorización de la bodega realizará las declaraciones que se indican en la resolución en el subsistema DASUSPEL durante los meses de Junio y Diciembre de cada año.
Indicador que acredita su cumplimiento
Registros de declaraciones en sistema DASUSPEL
Forma de seguimiento
control y
Auditoria a plan de Prevención de Riesgos y Medioambiente.
normas ambientales
8.2.8. Ordenanza 001/2006 de la Municipalidad de San Antonio. “Dicta ordenanza comunal sobre sanitarias básicas”.
Componente/materia:
Ordenanza Municipal
Norma
Ordenanza 001/2006 de la Municipalidad de San Antonio. “Dicta ordenanza comunal sobre normas ambientales y sanitarias básicas”,
Otros cuerpos legales
No aplica
Fase del proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento
Fase de construcción y operación
Parte, obra, acción, emisión, residuo o sustancias a la que aplica
Construcción y Operación de losas de almacenamiento
Forma de cumplimiento
El proyecto no generará descarga de riles, dado que contará con un sistema de recolección de derrames. Los escombros derivados de las actividades de construcción serán dispuestos en botaderos autorizados. Los residuos sólidos generados por las operaciones de la empresa serán dispuestos solo en rellenos sanitarios autorizados. No se realizarán quemas de malezas o basuras en instalaciones de la empresa. Se mantendrá constante revisión de maquinarias para evitar la emanación de humos visibles desde los tubos de escape. Se ha presentado informe de ruido que acredita que la instalación no sobrepasará los límites establecidos.
Indicador que acredita su cumplimiento
Registros de inspección de Programa de Prevención de Riesgos
Forma de seguimiento
control y
Auditoria a plan de Prevención de Riesgos y Medioambiente.
8.3. Normas relacionadas con componentes ambientales (fauna, vegetación y flora, suelo, agua,
patrimonio cultural).
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8.3.1. Norma: Ley de Caza N? 4.601 y sus modificaciones y su Reglamento D.S. N* 65/2015, del
Ministerio de Agricultura,
a Se Ley de Cua N=. 4 601 y sus modificaciones y su Reglamento. p. S. Ne 65/2015, del Ministerio de Agricultura .
Componentelmateris:
Fauna
Norma
Ley de Caza N* 4.601 y sus modificaciones y su Reglamento D.S. N? 65/2015, del Ministerio de Agricultura
Otros cuerpos legales
No aplica
Fase del proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento
Fase de construcción y operación.
Parte, obra, acción, emisión, residuo o sustancias a la que aplica
Construcción y Operación de losas de almacenamiento.
Forma de cumplimiento
Quedará prohibido, en toda época levantar nidos, destruir madrigueras, recolectar huevos y crías, con excepción de los pertenecientes a las especies declaradas dañinas.
Instruir al personal, respecto de las normas de conducta adecuadas para la protección de flora y fauna en todas las áreas que involucra el proyecto.
En cuanto al procedimiento a seguir en caso de ocurrir algún hecho que pudiera afectar a la fauna silvestre se procederá como se indica en el punto N*11 del Plan de Emergencias y Contingencias presentado en Anexo 2 de Adenda Complementaria.
Indicador que acredita su cumplimiento
Registros de capacitación y difusión a los trabajadores.
Forma de seguimiento
control y
Control y supervisión de las instalaciones del Proyecto.
8.3.2. Norma: Ley 17.288, sobre Monumentos Nacionales.
Tabla
3.2 Norma: Ley 17.288, s
obre Monumentos Nacionales |
Componente/materia:
Patrimonio Cultural
Norma
Ley 17.288, sobre Monumentos Nacionales.
Otros asociados
cuerpos legales
No aplica
Fase del proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento
Fase de construcción y operación.
Parte, obra, acción, emisión, residuo o sustancias a la que aplica
Construcción y Operación de losas de almacenamiento.
Forma de cumplimiento
Paralizar las actividades en el sector frente a cualquier hallazgo, y a fin de evitar incurrir en el delito de daño a Monumento Nacional establecido en el artículo 38 de la Ley N 17.288, se procederá según lo establecido en los artículos 26 y 27 de la Ley 17.288, sobre Monumentos Nacionales, y el artículo 23 del D.S. N 484/90 del Ministerio de Educación, Reglamento sobre Excavaciones y/o Prospecciones Arqueológicas, Antropológicas y Paleontológicas. De producirse la situación anterior, se paralizará toda obra en el sector de hallazgo e informar de inmediato, por escrito y telefónicamente, al Consejo de Monumentos Nacionales para que este organismo disponga los pasos a seguir, todos los cuales serán efectuados por el Titular. Además, dicha información deberá ser remitida a la Superintendencia del Medio Ambiente, según lo establecido en el inciso 2? de la Ley Orgánica de la SMA.
Indicador que acredita su
Registro de avisos al CMN y SMA.
cumplimiento Forma de control y | Informar inmediatamente al Consejo de Monumentos Nacionales y seguimiento la SMA en caso de cualquier hallazgo durante la fase de operación
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9”. Que, para ejecutar el Proyecto no se establecieron condiciones o exigencias, en concordancia
con el artículo 25 de la Ley N? 19.300.
- Que, durante el procedimiento de evaluación de la DIA el Titular del Proyecto no contempla realizar compromisos ambientales voluntarios.
11%, Que, las medidas relevantes del Plan de Prevención de Contingencias y del Plan de
Emergencias, son las siguientes:
11.1. Riesgo o contingencia Incendio forestal
Tabla 11.1 Situación di o
a a
Riesgo o contingencia
Incendio forestal.
Fase del proyecto a la que aplica
Fase de Construcción y Operación.
Emplazamiento, parte, obra o acción asociada
Construcción y Operación de losa de almacenamiento.
Acciones o medidas a | * Observación frecuente de bosques cercanos. implementar para prevenir la | «Inspección visual de contenedores de sustancias contingencia peligrosas ubicados en Patio.
*Limpieza en zona de contenedores y prohibición de almacenaje de pallets o materiales en un radio de 30m. «Separación de más de 2,4 m entre productos potencialmente incompatibles.
»Ubicación de carro extintor de 50 kg en zona de Patio de Contenedores.
»Extensión de Red húmeda con instalación de salida doble a menos de 20 m del Patio de Contenedores de Sustancias Peligrosas con personal de brigada a la espera de actuar.
*Entrenamiento en uso de extintores y plan de emergencias de la instalación.
» Rociar los contenedores ubicados en patio con agua al detectar un incendio forestal cercano a la empresa.
» Activación de Plan de Emergencias y brigada en estado de alerta.
Objetivo: Minimizar el riesgo de ocurrencia de un incendio en la instalación.
Plazos: Inmediato.
Lugar de implementación: Depósito Valparaíso Puerto Columbo.
Indicador de Cumplimiento: Cumplimiento de Plan de mantención y conservación de la instalación. Cumplimiento de Plan de prevención de riesgos.
Forma de control y seguimiento
Realización de inspecciones planeadas de acuerdo con Programa de Prevención de Riesgos de la empresa. Frecuencia Mensual o semanal según programa de Prevención de Riesgos.
Destinatario de informes: Gerencia de Operaciones de la Empresa.
Destinatario _de informes en caso de ocurrir_una emergencia: Superintendencia del Medio Ambiente a través de correo electrónico y de su página web.
Referencia a documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada
Anexo 2, Adenda Complementaria,
Acciones o medida a implementar para controlar la emergencia
Dar aviso y/o alarma de la situación con los medios existentes o a viva voz de no contar medios automáticos, dentro de lo posible comunicando de la Emergencia a los Anexos correspondientes.
En caso de un incendio forestal que amenace a la instalación mojar con agua de red húmeda los contenedores almacenados en patio de contenedores de sustancias peligrosas, luego proceder a mojar el camino
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cortafuego y los árboles que se encuentran en el deslinde más cercano al patio de contenedores.
Mantener los deslindes libres de basuras o materiales. Asegúrese de contar con una vía de evacuación segura del área.
Una vez apagado el fuego mantenerse atento en el lugar por un tiempo a fin de asegurarse que no exista rebrote del fuego.
Una vez superada la Emergencia proceda a informar a su Jefe Directo a fin mantener al tanto a este de lo acontecido, de no estar al tanto.
En el caso de que el fuego no pueda ser extinguido con los medios disponibles en el área afectada deberá realizar abandono del área tomando las precauciones pertinentes. Al momento de evacuar el área afectada, realícelo hacia la zona de seguridad, si las condiciones lo permiten y evitando riesgos proceda a ayudar a las personas tanto de la Empresa como ajenas a esta, que se encuentren afectadas oO que desconozcan los procedimientos internos y rutas habituales de salida del área afectada.
Una vez que haga abandono de la instalación, no se devuelva.
Espere la llegada de personal especializado de la Empresa u Organismos Externos.
El Reporte de Emergencias, será confeccionado por el Jefe de Área, en conjunto con el personal que intervino en esta.
Objetivo: Disminuir las consecuencias de un incendio en la instalación y comunidades vecinas detectándolo y combatiéndolo a tiempo con los medios disponibles. Lugar de implementación: Instalaciones Puerto Columbo S.A.
Oportunidad: Al detectar un incendio forestal.
Indicador _de cumplimiento: Cantidad de eventos ocurridos en un año igual a cero.
Oportunidad y vías de comunicación a la SMA de la activación del Plan
El titular deberá informar en caso de emergencia a la SMA en forma inmediata, a través de vía telefónica y correo electrónico.
Referencia a documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada
Anexo 2, Adenda Complementaria.
11.2. Riesgo o contingencia Incendio desde las instalaciones del Proyecto.
Tabla 11.25
go o contingencia Incendio desde las instalaciones del Proyecto.
Riesgo o contingencia
Incendio desde las instalaciones del Proyecto
Fase del proyecto a la que aplica
Fase de Construcción y Operación
Emplazamiento, parte, obra o acción asociada
Construcción y Operación de losa de almacenamiento
Acciones o medidas a implementar para prevenir la contingencia
Descripción:
» Restricción de velocidad en transporte de sustancias peligrosas a 5 km/hr.
- Prohibición de ingreso a Patio de Contenedores de Sustancias Peligrosas a vehículos ajenos a la operación.
» Capacitación en manejo de sustancias peligrosas y manejo de grúas Portacontenedores.
» Inspección visual de contenedores de sustancias peligrosas al ingreso a la instalación.
» Verificación de capacidades de almacenaje en Patio, previo a la recepción de contenedores de sustancias peligrosas.
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-
Prohibición de realizar trabajos en caliente en un radio de 30 m del Patio de Contenedores,
-
Limpieza constante en zona de contenedores y prohibición de almacenaje de pallets o materiales en un radio de 30 m.
-
Mantención preventiva de grúa portacontenedores.
-
Separación de más de 2,4 m entre productos potencialmente incompatibles.
-
Ubicación de 2 carro extintor de 50 kg en zona de Patio de Contenedores.
» Extensión de Red húmeda con instalación de salida doble a menos de 20 m del Patio de Contenedores de Sustancias Peligrosas.
- Entrenamiento en uso de extintores y plan de emergencias de la instalación.
Objetivo: Minimizar el riesgo de ocurrencia de un incendio en la instalación.
Plazos: Inmediato.
Lugar de implementación: Depósito San Antonio Puerto Columbo.
Indicador de Cumplimiento: Cumplimiento de Plan de mantención y conservación de la instalación. Cumplimiento de Plan de prevención de riesgos.
Forma de control y seguimiento
Realización de inspecciones planeadas de acuerdo con Programa de Prevención de Riesgos de la empresa. Frecuencia Mensual o semanal según programa de Prevención de Riesgos. Destinatario de informes: Gerencia de Operaciones de la Empresa. Destinatario de informes en caso de ocurrir una emergencia: Superintendencia del Medio Ambiente a través de correo electrónico y página web
del que
Referencia a documentos expediente de evaluación contenga la descripción detallada
Anexo 2, Adenda Complementaria.
Acciones o medida a implementar para controlar la emergencia
Dar aviso y/o alarma de la situación con los medios existentes o a viva voz de no contar medios automáticos, dentro de lo posible comunicando de la Emergencia a los Anexos correspondientes. Antes de comenzar a extinguir el fuego con los medios existentes en el área afectada asegúrese de contar con una vía de evacuación segura del área en caso de no poder controlarlo.
Evitando riesgos, tomar el extintor más cercano y atacar el fuego, siguiendo las instrucciones contenidas en este, sin aplicar de manera directa a la base del fuego, aplicando el agente extintor de manera horizontal, de lado a lado.
Una vez apagado el fuego mantenerse atento en el lugar por un tiempo a fin de asegurarse que no exista rebrote del fuego.
Una vez superada la Emergencia proceda a informar a su Jefe Directo a fin mantener al tanto a este de lo acontecido, de no estar al tanto.
En el caso de que el fuego no pueda ser extinguido con los medios disponibles en el área afectada deberá realizar abandono del área tomando las precauciones pertinentes. Al momento de evacuar el área afectada, realícelo hacia la zona de seguridad, si las condiciones lo permiten y evitando riesgos proceda a ayudar a las personas tanto de la Empresa como ajenas a esta, que se encuentren afectadas o que desconozcan los procedimientos internos y rutas habituales de salida del área afectada.
Al momento del evento y al retirarse no abrir ventanas ya que esto ayuda a que el fuego se propague con mayor
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velocidad.
Una vez que haga abandono de la instalación, no se devuelva. Espere la llegada de personal especializado de la Empresa u Organismos Externos.
El Reporte de Emergencias, será confeccionado por el Jefe de Área, en conjunto con el personal que intervino en esta.
Objetivo: Disminuir las consecuencias de un incendio en la instalación y comunidades vecinas detectándolo y combatiéndolo a tiempo con los medios disponibles. Lugar de implementación: Instalaciones Puerto Columbo S.A.
Oportunidad: Al detectar un amago de incendio. Indicador_ de cumplimiento: Cantidad de eventos ocurridos en un año igual a cero.
Oportunidad y vías de comunicación a la SMA de la activación del Plan de
El titular deberá informar en caso de emergencia a la SMA en forma inmediata, a través de vía telefónica y
Emergencia correo electrónico. Referencia a documentos del | Anexo 2, Adenda Complementaria expediente de evaluación que
contenga la descripción detallada
11.3. Riesgo o contingencia Derrame/filtración.
Tabla 11.3 Riesgo o contingencia Derrame/filtración
Riesgo o contingencia
Derrame/filtración
Fase del proyecto a la que aplica
Fase de Construcción y Operación
Emplazamiento, parte, obra o acción asociada
Construcción y Operación de losa de almacenamiento
Acciones o medidas a implementar para prevenir la contingencia
Revisión de estado de los contenedores durante el stacking y despacho de cargas.
Mantención preventiva de Kit de protección anti derrames.
Mantención preventiva de canaletas de contención de derrames.
Mantención preventiva de grúas móviles.
Objetivo: Minimizar el riesgo de ocurrencia de un derrame en la instalación.
Plazos: Inmediato.
Lugar de implementación: Depósito Valparaíso Puerto Columbo.
Indicador de Cumplimiento: Cumplimiento de Plan de mantención y conservación de la instalación. Cumplimiento de Plan de prevención de riesgos.
Forma de control y seguimiento
Realización de inspecciones planeadas de acuerdo con Programa de Prevención de Riesgos de la empresa. Frecuencia Mensual o semanal según programa de
Prevención de Riesgos. Destinatario de informes: Gerencia de Operaciones de la Empresa. Destinatario de informes en caso de ocurrir una emergencia:
Superintendencia del Medio Ambiente a través de correo electrónico y de su página web.
del que
Referencia a documentos expediente de evaluación contenga la descripción detallada
Anexo 2 de Adenda Complementaria.
Acciones o medida a implementar para controlar la emergencia
Dar aviso y/o alarma de la situación con los medios existentes o a viva voz de no contar medios automáticos, dentro de lo posible comunicando de la Emergencia a los Anexos correspondientes.
Se informa en forma directa al Encargado de Área y/o Guardias apostado en el sector. Evalúe la Emergencia, detecte el derrame.
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No proceda a ayudar a otros hasta que sepa a lo que se enfrenta, además de contar con el equipamiento de protección personal necesario.
Una vez evaluada la situación, efectuar un aislamiento inicial de la zona donde se encuentra el contenedor afectado.
Todas las personas deben hacer abandono del sector, hasta que el personal especializado se haga presente y adopte las acciones de control y mitigación de la Emergencia. Es posible que en el lugar o en su periferia se encuentren personas ajenas a la operación y por consiguiente en desconocimiento de los riesgos.
Si es posible y sin arriesgarse identificar N? ONU, tipo de etiqueta y rótulo DOT. Esta acción podrá adoptarse sólo si se cuenta con el equipo de protección personal necesario.
Entregar dicha información a personal de control de la emergencia. Siempre debe considerarse la orientación del viento, a fin de ubicarse en una zona segura y contraria al foco de origen de la Emergencia.
En caso de derrames menores utilice material absorbente para evitar su propagación y luego recoja el material derramado y envíelo a la bodega de residuos peligrosos. En caso de derrames mayores, no camine sobre el material. No lo toque. No suponga que no existen riesgos, al no detectarse en el ambiente vapores o gases. Algunos pueden ser inholoros.,
De aviso a los responsables de la brigada y solicite ayuda externa. La empresa deberá dar aviso a SEREMI de Salud, Superintendencia del Medio Ambiente y a cualquier organismo que esté relacionado con la carga que se está derramando. En caso de derrames o fugas, elimine y/o controle cualquier fuente de ignición y/o llama abierta. Si no se encuentra capacitado y no posee el equipo de protección personal para intervenir en su control, proceda a hacer abandono del lugar.
Espere la llegada del personal de las Áreas de Seguridad y Operación.
Considere que el derrame mayor será recolectado por el sistema de contención de derrames que posee el patio de contenedores por lo que solo deberá informar y coordinar la neutralización y recogida del material por empresa especializada y con autorización sanitaria para estos fines.
Objetivo: Disminuir las consecuencias de un derrame en la instalación y comunidades vecinas detectándolo y combatiéndolo a tiempo con los medios disponibles. Lugar de implementación: Patio de contenedores de sustancias peligrosas Puerto Columbo S.A.
Oportunidad: Al detectar un derrame.
Indicador_ de cumplimiento: Cantidad de eventos ocurridos en un año igual a cero.
Oportunidad y vías de comunicación a la SMA de la activación del Plan de
El titular deberá informar en caso de emergencia a la SMA en forma inmediata, a través de vía telefónica y
Emergencia correo electrónico. Referencia a documentos del | Anexo 2 de Adenda Complementaria. expediente de evaluación que
contenga la descripción detallada
11.4. Riesgo o contingencia Sismos.
Riesgo o contingencia
| Caída de contendores por sismos
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Fase del proyecto a la que aplica
Fase de Construcción y Operación
Emplazamiento, parte, obra o acción asociada
Construcción y Operación de losa de almacenamiento
Acciones o medidas a implementar para prevenir la contingencia
Evalúe las características de su lugar de trabajo y entorno general de la instalación de la Empresa. Conózcalo. Considere que nuestro país tiene una condición sísmica. Verifique la estabilidad de los bloques de contenedores en altura. Cumpla permanentemente con las especificaciones de depósito.
Forma de control y seguimiento
Inspección diaria de la correcta ubicación de los contenedores
del que
Referencia a documentos expediente de evaluación contenga la descripción detallada
Anexo 2 de Adenda Complementaria.
Acciones o medida a implementar para controlar la emergencia
Resguárdese en un lugar seguro buscando refugio momentáneo lejos de objetos que puedan caer Conserve la calma.
No proceda a salir corriendo.
Espere que este disminuya de intensidad o finalice. Aun cuando el movimiento sísmico haya finalizado, esté preparado para una réplica.
Retírese de la proximidad de bloques de contenedores, estantes, armarios, ventanales, líneas eléctricas aéreas, o cerca de estructuras que puedan desprenderse desde altura (ornamentaciones de edificios, planchas techumbre, equipos de aire acondicionado).
Si es posible, corte la energía eléctrica de equipos energizados.
Si determina EVACUAR, hágalo en calma, a paso rápido, pero sin correr.
No estimule a otros a adoptar acciones de riesgo.
Al proceder a EVACUAR, proceda a ayudar a aquellas personas ajenas a su Área (visitas, clientes) o con limitaciones físicas.
Se recomienda que las mujeres que usan calzado de taco alto, procedan a sacárselo.
Al encontrarse en el exterior de la instalación, verifique su entorno a fin de evitar riesgos de desprendimiento de elementos o materiales que puedan producir lesiones.
Si se encuentra operando un equipo móvil, deténgalo y manténgase en su interior. Asegúrese que la zona de detención no presenta riesgos evidentes.
Una vez que el sismo haya cesado, proceda a dirigirse a los lugares de reunión, Zona de Resguardo o Seguridad, e informe su situación a su jefatura directa.
Proceda a prestar ayuda a posibles lesionados (o con problemas de pánico o histeria) que se encuentren en su entorno.
El regreso a la instalación, sólo se efectuará una vez que el Jefe de Emergencias lo establezca. Puede existir el riesgo de Colapso Estructural, lo cual debe ser evaluado por el personal del Área Técnica. Debe considerarse el posible colapso estructural de la instalación.
Objetivo: Disminuir las consecuencias de un sismo en la instalación.
Indicador de cumplimiento: Accidentes producidos por un sismo igual a cero.
Oportunidad y vías de comunicación a la SMA de la activación del Plan de
El titular deberá informar en caso de emergencia a la SMA en forma inmediata, a través de vía telefónica y
Emergencia correo electrónico. Referencia a documentos del | Anexo 2 de Adenda Complementaria. expediente de evaluación que
contenga la descripción detallada
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12%, Que, el Titular deberá remitir a la Superintendencia del Medio Ambiente la información respecto de las condiciones, compromisos o medidas, ya sea por medio de monitoreos, mediciones, reportes, análisis, informes de emisiones, estudios, auditorías, cumplimiento de metas o plazos, y en general cualquier otra información destinada al seguimiento ambiental del Proyecto, según las obligaciones establecidas en la presente Resolución de Calificación Ambiental y las Resoluciones Exentas que al respecto dicte la Superintendencia del Medio Ambiente. De igual forma, y a objeto de conformar el Sistema Nacional de Información de Fiscalización Ambiental (SNIFA), el Registro Público de Resoluciones de Calificación Ambiental y registrar los domicilios de los sujetos sometidos a su fiscalización en conformidad con la ley, el Titular deberá remitir en tiempo y forma toda aquella información que sea requerida por la Superintendencia del Medio Ambiente a través de las Resoluciones Exentas que al respecto ésta dicte,
13*, Que, el Titular deberá informar a la Superintendencia del Medio Ambiente la realización de la gestión, acto o faena mínima que da cuenta del inicio de la ejecución de obras, a que se refiere el Considerando 4.4 de la presente Resolución.
149, Que, con el objeto de dar adecuado seguimiento a la ejecución del Proyecto, el Titular deberá informar a la Superintendencia del Medio Ambiente, al menos con una semana de anticipación, el inicio de cada una de las fases del Proyecto, de acuerdo a lo indicado en la descripción del mismo.
15%, Que, para que el proyecto Patio de Contendores de Sustancias Peligrosas en Instalaciones de Puerto Columbo S.A. Depósito San Antonio pueda ejecutarse, deberá cumplir con todas las normas vigentes que le sean aplicables.
16”. Que, el Titular deberá informar inmediatamente a la Secretaría de la Comisión de Evaluación de la Región Valparaíso y a la Superintendencia del Medio Ambiente, la ocurrencia de impactos ambientales no previstos en la DIA, asumiendo inmediatamente las acciones necesarias para abordarlos.
172, Que, el Titular del Proyecto deberá comunicar inmediatamente y por escrito a la Dirección Regional del SEA Valparaíso la ocurrencia de cambios de titularidad, representante legal, domicilio y correo electrónico, de acuerdo a lo establecido en el inciso tercero del artículo 162 y artículo 163, ambos del Reglamento del SEIA.
- Que, se hace presente al Titular que cualquier modificación al Proyecto que constituya un cambio de consideración, en los términos definidos en el artículo 2? letra g) del Reglamento del SEIA, deberá someterse al SEIA.
19, Que, todas las medidas, condiciones, exigencias y disposiciones establecidas en la presente Resolución, son de responsabilidad del Titular, sean implementadas por éste directamente o a través de un tercero.
RESUELVO:
- Calificar ambientalmente favorablemente la Declaración de Impacto Ambiental del proyecto “Patio de Contendores de Sustancias Peligrosas en Instalaciones de Puerto Columbo S.A. Depósito San Antonio”, de Puerto Columbo S.A.
2”. Certificar que el proyecto “Patio de Contendores de Sustancias Peligrosas en Instalaciones de Puerto Columbo S.A. Depósito San Antonio”, cumple con la normativa de carácter ambiental aplicable.
3”. Certificar que el proyecto “Patio de Contendores de Sustancias Peligrosas en Instalaciones de Puerto Columbo S.A. Depósito San Antonio”, cumple con los requisitos de carácter ambiental contenidos en los permisos ambientales sectoriales que se señalan en los artículos 140 y 142 del D.S. N” 40/2012 del Ministerio del Medio Ambiente, Reglamento del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental.
4? Certificar que la Secretaría Regional Ministerial de Salud de la Región de Valparaíso, de
conformidad con lo dispuesto en el artículo 161 del Reglamento del SEIA, calificó la actividad como “Molesta”, siendo compatible con el Instrumento de Planificación Territorial vigente.
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50, Certificar que el proyecto “Patio de Contendores de Sustancias Peligrosas en Instalaciones de Puerto Columbo S.A. Depósito San Antonio”, no genera los efectos, características o circunstancias del artículo 11 de la Ley N* 19.300, que dan origen a la necesidad de elaborar un Estudio de Impacto Ambiental.
6”. Definir como gestión, acto o faena mínima del Proyecto, para dar cuenta del inicio de su ejecución de modo sistemático y permanente, a los mencionados en el considerando 4.4 del presente acto.
7". Hacer presente que contra esta Resolución es procedente el recurso de reclamación de acuerdo a lo dispuesto en el artículo 20 de la Ley N” 19.300, ante el Director Ejecutivo del Servicio de
Evaluación Ambiental. El plazo para interponer este recurso es de treinta días contados desde la notificación del presente acto.
Notifíquese y Archívese
——
Jorge Martínez Duráh
Intendente
Presidente Comisión de Evaluación Ambiental de la Región de Valparaíso
Directora (S) Regional ervicio de Evaluación Ambiental Región de Valparaíso
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BRS/CVN/JOS/rchz
Distribución: + Sr. Pedro Alejandro Frioli Garcia, Representante Legal, Puerto Columbo S.A., Ruta Nacional 78, N2375, San Antonio. Corporación Nacional Forestal, Región de Valparaíso. Dirección General de Aguas, Región de Valparaíso. Gobierno Regional, Región de Valparaíso. lustre Municipalidad de San Antonio. SEC, Región de Valparaíso. SEREMI de Agricultura, Región de Valparaíso. SEREMI de Bienes Nacionales, Región de Valparaíso. SEREMI de Desarrollo Social, Región de Valparaíso. SEREMI de Energía, Fomento y Turismo, Región de Valparaíso. SEREMI del Medio Ambiente, Región de Valparaíso. SEREMI de Obras Públicas, Región de Valparaíso. SEREMI de Salud, Región de Valparaíso. SEREMI de Transportes y Telecomunicaciones, Región de Valparaíso. SEREMI de Vivienda y Urbanismo, Región de Valparaíso. SERNAGEOMIN, Zona Central.
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C/e:
Servicio Agrícola y Ganadero, Región de Valparaíso.
Servicio Nacional de Pesca y Acuicultura, Región de Valparaíso. Servicio Nacional Turismo, Región de Valparaíso.
Consejo de Monumentos Nacionales.
Subsecretaría de Pesca y Acuicultura.
Superintendencia de Servicios Sanitarios.
Superintendencia del Medio Ambiente contactorca(Asma.gob.cl. Sr. Coordinador Unidad de Participación Ciudadana, Servicio de Evaluación Ambiental, Región de Valparaíso.
Expediente del Proyecto "Patio de Contendores de Sustancias Peligrosas en Instalaciones de
Puerto Columbo S.A. Depósito San Antonio". Archivo Servicio Evaluación Ambiental, Región de Valparaíso.
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