Evaluación SEA

"Regularización plataformas de sondajes mineros, sector Las Tejas"

Rol 2139242144
SEA · DIA · Aprobado · 2018-06-04 · Región de Valparaíso · Cia Minera Vizcachitas Holding

REPÚBLICA DE CHILE COMISIÓN DE EVALUACIÓN

REGIÓN DE VALPARAÍSO Califica Ambientalmente el proyecto “Regularización plataformas de sondajes mineros, sector Las Tejas”. Resolución Exenta N? 0 1 2 Valparaíso, 17 ABR. 2019 VISTOS:

1”. La Declaración de Impacto Ambiental (“DIA”), su Adenda de fecha 11 de octubre de 2018 y su Adenda Complementaria de fecha 15 de febrero de 2019, del proyecto “Regularización plataformas de sondajes mineros, sector Las Tejas”, presentado por el señor Antony John Amberg, en representación de por Compañía Minera Vizcachitas Holding, con fecha 28 de mayo de 2018.

2”. Los pronunciamientos y observaciones de los Órganos de la administración del Estado que, sobre la base de sus facultades legales y atribuciones, participaron en la evaluación de la DIA, y que se detallan en el Capítulo 3 del Informe Consolidado de Evaluación (“ICE”) de la DIA del proyecto “Regularización plataformas de sondajes mineros, sector Las Tejas”. ,

3”. El Acta de Evaluación N* 71, de fecha 21 de junio de 2018, del Comité Técnico de la Región de Valparaíso.

4”. El ICE de la DIA del proyecto “Regularización plataformas de sondajes mineros, sector Las Tejas”, de fecha 14 de marzo de 2019.

5”. El acuerdo adoptado en la Sesión Extraordinaria N* 02/2019 de fecha 03 de abril de 2019, de la Comisión de Evaluación de la Región de Valparaíso.

6”. Los demás antecedentes que constan en el expediente de evaluación de impacto ambiental de la DIA del proyecto “Regularización plataformas de sondajes mineros, sector Las Tejas”.

7. Lo dispuesto en la Ley N 19,300, Sobre Bases Generales del Medio Ambiente; en el D.S. N* 40, de 2012, del Ministerio del Medio Ambiente (en adelante “MMA”), Reglamento del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental (“Reglamento del SEIA”); en la Ley N? 19.880, que Establece Bases de los Procedimientos Administrativos que Rigen los Actos de los Órganos de la Administración del Estado; en la Ley N? 18.575, Ley Orgánica Constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado; en la Resolución DD.PP. N? 688, de fecha 01 de agosto de 2017, del Director (S) Ejecutivo del Servicio de Evaluación Ambiental (“SEA”), que dispone funciones de carácter directivo para el cargo de subrogante del Director Regional del SEA de la Región de Valparaíso, designándose a doña Esther Parodi Muñoz, como primer subrogante; y, en la Resolución N? 1600, del 30 de octubre de 2008, de la Contraloría General de la República que fija normas sobre exención del trámite de Toma de Razón.

CONSIDERANDO:

1?. Que, Compañía Minera Vizcachitas Holding (en adelante, el “Titular”), ha sometido al Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental (“SEIA”) la DIA del proyecto “Regularización plataformas de sondajes mineros, sector Las Tejas” (en adelante, el “Proyecto”). Los antecedentes del Titular son los siguientes:

Nombre o razón social Compañía Minera Vizcachitas Holding

Rut 77,147.590-6

Domicilio Augusto Leguia Norte 100, oficina 812, Las Condes, Santiago. Teléfono +56 2 29540450

Nombre representante legal Antony John Amberg

Rut representante legal 14.519,848-8

Domicilio representante legal Augusto Leguia Norte 100, oficina 812, Las Condes, Santiago. Teléfono representante legal +56 2 29540450

Correo electrónico Titular o Antony.amberg(Olosandescopper.com representante legal

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  1. Que, conforme se indica en el ICE de fecha 14 de marzo de 2019, la Directora (S) Regional del SEA de la Región de Valparaíso, ha recomendado aprobar el Proyecto, por cuanto:

  2. Cumple con la normativa de carácter ambiental aplicable;

  3. Cumple con los requisitos de otorgamiento de carácter ambiental, contenidos en los permisos ambientales sectoriales señalados en los artículos 137, 138, 140, 142 y 160 del Reglamento del SEIA, aplicables al Proyecto;

  4. No genera ni presenta los efectos, características o circunstancias del artículo 11 de la Ley N* 19.300, que dan origen a la necesidad de evaluar un Estudio de Impacto Ambiental; y,

  5. El Titular ha subsanado los errores, omisiones e inexactitudes planteados en los Informes Consolidados de Aclaraciones, Rectificaciones y Ampliaciones.

3", Que, en Sesión Extraordinaria N? 02/2019 de fecha 03 de abril de 2019, la Comisión de Evaluación de la Región de Valparaíso acordó calificar favorablemente el proyecto “Regularización plataformas de sondajes mineros, sector Las Tejas”, aprobando íntegramente el contenido del ICE de fecha 14 de marzo de 2019, el que forma parte integrante de la presente Resolución. Por lo tanto, conforme a lo indicado en el artículo 60 inciso segundo del Reglamento del SEIA, se excluyen de la presente Resolución las consideraciones técnicas en que se fundamenta.

42, Que, según lo señalado en la DIA y sus anexos, en su Adenda y en su Adenda Complementaria, los cuales forman parte integrante de la presente Resolución, la descripción del Proyecto es la que a

continuación se indica:

4.1. ANTECEDENTES GENERALES.

Objetivo general.

El Proyecto consistió en una campaña de sondajes complementarios de prospección, ejecutados durante los años 2015-2017, que permitieron reducir las incertidumbres geológicas y, de esta manera, contar con una mejor precisión y calidad de las estimaciones de los recursos mineros.

El objetivo del Proyecto es la ejecución del Programa de Cumplimiento (en adelante “PdC”) ante la Superintendencia del Medio Ambiente (“SMA”), el cual se encuentra aprobado mediante la Res. Exenta N? 12/Rol D-012-2017 y actualmente en ejecución que, conforme se establece en el considerando 155% de dicha resolución, el hecho constitutivo de infracción imputado consiste en la “Modificación del proyecto de prospección minera en el sector de Las Tejas, en la comuna de Putaendo, sin contar con resolución de calificación ambiental, produciéndose intervención del hábitat de especies de flora y fauna nativa, así como la alteración de cursos de agua, como consecuencia de las obras asociadas al desarrollo de la actividad de prospección minera”.

En la acción N? 5 del citado PdC, se indica que debe considerar la evaluación ambiental de la “modificación de proyecto” la “que contempla las actividades de sondaje 2015-2017, incluyendo los efectos asociados a las plataformas de sondajes y caminos ejecutados a partir del año 2007.”

Tipología principal, así como las aplicables a sus partes, obras o acciones.

El Proyecto se somete al SEIA, sobre la base de lo establecido en el artículo 3 del Reglamento del SEIA, letra 1), que señala: “Proyectos de desarrollo minero, incluidos los de carbón, petróleo y gas, comprendiendo las prospecciones, explotaciones, plantas procesadoras y disposición de residuos y estériles, así como la extracción industrial de áridos, turba o greda. ”.

Al tratarse de un proyecto de prospección minera, resulta aplicable el literal i.2., que señala: “Se entenderá por prospecciones al conjunto de obras y acciones a desarrollarse con posterioridad a las exploraciones mineras, conducentes a minimizar las incertidumbres geológicas, asociadas a las concentraciones de sustancias minerales de un proyecto de desarrollo minero, necesarias para la caracterización requerida y con el fin de establecer los planes mineros en los cuales se base la explotación programada de un yacimiento, que consideren

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cuarenta (40) o más plataformas, incluyendo sus respectivos sondajes, tratándose de las Regiones de Arica y Parinacota a la Región de Coquimbo, o veinte (20) o más plataformas, incluyendo sus respectivos sondajes, tratándose de las Regiones de Valparaíso a la Región de Magallanes y Antártica Chilena, incluida la Región Metropolitana de Santiago”.

Vida útil.

El Proyecto se encuentra ejecutado en todas sus partes, obras y acciones, siendo esta DIA parte de un Programa de Cumplimiento presentado ante la SMA, La ejecución del Proyecto duró 13 meses, discontinuados por etapa.

Monto de inversión.

USD $ 10.000.000 (diez millones de dólares).

Gestión, acto o faena mínima que da cuenta del inicio de la ejecución.

El hito de inicio de ejecución del Proyecto correspondió al traslado de maquinaria al área en que se emplazaría éste.

Proyecto se desarrolla por etapas.

Si No | Primera etapa: septiembre 2015 — febrero 2016.

Xx Segunda etapa: diciembre 2016 — julio 2017.

Proyecto modifica proyecto o actividad.

un

El Proyecto corresponde a una modificación del proyecto de prospección minera original, desarrollado

Si No

Xx entre los años 2007 y 2008, el que carece de Resolución de Calificación Ambiental (“RCA”).

Proyecto modifica otra(s) RCA.

Si No

4.2. UBICACIÓN DEL PROYECTO.

División político- | El Proyecto se localiza en la región de Valparaíso, provincia de San

administrativa, Felipe de Aconcagua, comuna de Putaendo.

Descripción de la | El Proyecto se emplaza sobre un sistema mineralizado, del tipo Pórfido

localización. Cobre-Molibdeno (Cu-Mo), ubicado en la Franja Metalogénica de Pórfidos Cupríferos del Mioceno, y que ha sido objeto de actividades de exploración, por diferentes compañías mineras, desde la década del 90.

Superficie. El Proyecto se emplaza en una superficie total de 1,2522 ha.

Tabla 4.2.1 Superficie de área intervenida 2015-2017.

Obras Cantidad | Superficie, | Superficie, m, ha.

Plataformas sondaje 16 6.992 0,6992 2015-2017. Caminos construidos 6 4.785 0,4785 sondajes 2015-2017. Construcción 3 95 0,0095 instalaciones de apoyo 2015-2017.

Superficie intervenida 11.872 1,1872

Fuente: DIA, Tabla 3-8. Tabla 4.2.2 Superficie de las instalaciones existentes proyecto 2007-

2008.

Obras Cantidad | Superficie, ha. Campamentos. 3 0,019 Oficinas. 1 0,003 Comedor. 1 0,005 Servicios higiénicos. 2 0,003 Muestrera. 1 0,012 Sala de corte. 1 0,001 Bodega de insumos. 1 0,002

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Bodegas de residuos 1 0,002

peligrosos.

Patio de salvataje. 1 0,016

Estanque de petróleo. 1 0,002 Superficie de apoyo existente 0,065

Fuente: DIA, Tabla 3-9.

Coordenadas UTM en Datum WGS84.

Las coordenadas del punto representativo del Proyecto corresponden a: Tabla 4.2.3: Coordenadas UTM (WGS84, H19S) de ubicación del área

en que se emplazaría el Proyecto.

Coordenada Coordenada Este, m. Norte, m. 365.900 6.412.600

Fuente: DIA, Tabla 3-4.

En la DIA, Tabla 3-5, se presentan las coordenadas de referencia de

cada una de las plataformas correspondientes al programa de sondajes 2015-2017.

Caminos de acceso.

El acceso al Proyecto es a través de la ruta E-71, que une San Felipe con Putaendo. Luego, desde Putaendo, se continúa por las rutas E-587, E-589 y E-519, hasta empalmar con la ruta E-411; y, luego, conectar con la ruta E-525, con dirección a la localidad de Resguardo de Los Patos. Desde este sector, se utiliza un camino privado existente, el cual otorga servidumbre para el libre tránsito desde el embalse Chacrillas, hasta el área en que se emplazaría el Proyecto (alrededor de 24,3 km). En la DIA, Tabla 3-10, se presentan mayores antecedentes.

Referencia al expediente de evaluación de los mapas, georreferenciación e información complementaria sobre la localización de sus partes, obras y acciones.

.

DIA, numeral 3.2 y Anexo 1D. Adenda, Anexo 8.1.

4.3. PARTES, OBRAS Y ACCIONES QUE COMPONEN EL PROYECTO.

4.3.1. FASE DE CONSTRUCCIÓN.

Infraestructura de apoyo.

Corresponde a infraestructura de apoyo existente, ubicada en el área del campamento.

Caminos de acceso.

Campamento: compuesto por módulos permanentes y contenedores temporales, con capacidad de hospedaje para 50 personas.

Comedor: posee una capacidad para 50 personas.

Instalaciones sanitarias: instalaciones para damas y varones, ubicados en el nivel de acceso y nivel bajo del campamento.

Bodega de materiales: ubicada en el nivel de acceso al campamento, con una superficie de 15 m?.

Bodega transitoria de residuos peligrosos: ubicada en el nivel intermedio del campamento, con una superficie de 15 m? y una capacidad de almacenamiento de 30 m'.

Patio de salvataje: sector habilitado para la disposición segregada de residuos no peligrosos, en una superficie de 155 m?.

Sala de corte de testigos: ubicada en el nivel de acceso al campamento, de estructura de madera, con una superficie de 9 m? con una capacidad de 16 m!. En esta sala los testigos eran cortados a máquina, para luego ser puestos en bandejas metálicas, porta testigos, y almacenados en la muestrera.

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  • Bodega de testigos o muestreras: ubicada en el nivel de acceso, de estructura tipo galpón, con racks metálicos, para el almacenamiento de bandejas porta testigos.

— Estanque de petróleo: estaque con capacidad de 7.500 litros, desde donde se proveía de petróleo a la maquinaria. El estanque de petróleo, fabricado en acero al carbono, tenía un pretil contendor de derrames, capaz de contener el 110% del volumen del estanque.

  • Oficina de geología: ubicada en el nivel de acceso del campamento, estaba conformada de madera y un contenedor. Aquí se encontraba el área técnica del Proyecto.

Además, se construyó una bodega de residuos domésticos, peligrosos y una planta de tratamiento de aguas servidas (“PTAS”), en el nivel bajo del campamento.

Bodega de residuos domésticos transitorios. Se ubica en el nivel bajo del campamento, construida con estructura de terciado y revestimiento vinílico, con una superficie de 5,42 m?; y, piso de radier afinado, de hormigón lavable. Tiene capacidad para almacenar 3 contendedores de 1 mí. El retiro de los residuos era con una frecuencia de 1 vez por semana, siendo trasportados, a lugar de disposición final autorizado.

Tabla 4.3.1.1: Coordenadas UTM (WGS84, H19S) de ubicación de la

Bodega de Residuos domésticos transitorios.

Obra. Coordenada Coordenada Norte, m. Este, m. Bodega de 365.962 6.412.670 residuos 365.964 6.412.667 domésticos 365.960 6.412.665 transitorios. 365.958 6.412.667

Planta de Tratamiento de Aguas Servidas (“PTAS”). Es una planta del

Fuente: DIA, Capítulo 1, Tabla 3-14.

tipo oxigenación por inyección de aire y lodos activados, con

capacidad para 150 l/persona/día.

Tabla 4.3.1.2: Coordenadas UTM (WGS84, H198) de ubicación de la

PTAS. Obra. Coordenada Coordenada Norte, m. Este, m. 365.985 6.412.654 365.988 6.412.654 pS, 365.988 6.412.647 365.985 6.412.647

Fuente: DIA, Capítulo 1, Tabla 3-15.

Caminos de acceso a plataformas.

Se habilitaron 6 nuevos caminos, los que en total corresponden a 957 m aproximadamente de caminos de acceso a las plataformas de sondaje, con un ancho estándar de 2,5 m por calzada, dando un ancho de 5 m y pendientes de no más de 20%. Esto corresponde a 4.785 m? del área total de caminos.

Plataformas de sondaje.

Se construyeron 5 plataformas de sondaje y se reabrieron 11 plataformas existentes, las que fueron habilitadas considerando una superficie de 0,699 ha.

Pozos de sondaje.

Se realizaron 20 pozos de sondajes, uno por cada plataforma, excepto en las plataformas 2, 4 y 13, en que se perforaron dos pozos por plataforma. Cada sondaje contempló un diámetro promedio de 96 mm y una profundidad promedio aproximada de 700 metros para cada perforación. El sondaje realizado fue de tipo diamantina.

Piscinas de decantación de lodos en plataformas.

En cada plataforma habilitada se construyeron dos piscinas de decantación, las cuales contenían las aguas y sólidos que se generaron por la acción de los sondajes diamantina, con la recirculación de las aguas clarificadas para ser utilizada en el mismo sondaje.

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Las piscinas tenían una dimensión de 4 metros de largo, 2 metros de ancho y 2 metros de profundidad, con una superficie de 8 m? y una capacidad de 16 mi. Cada una de las piscinas fue revestida con polietileno o HDPE.

Es la piscina donde se disponen los lodos de rechazo, que consisten en los lodos que ya no podían seguir siendo recirculados por la disminución de su contenido de agua. Las dimensiones de esta piscina eran de 10 m de largo por 5 m de ancho y 3 m de profundidad, con una capacidad de 150 m?, ubicada en las coordenadas UTM 365.693 m Este y 6.413.255 m Norte (Datum WGS 84 Huso 19). No contaba con impermeabilización basal, pero si con pretiles de seguridad para la operación del vaciado efectuado por camiones. El material depositado en esta piscina consistió en una mezcla de agua, polvo de roca y restos de aditivos biodegradables.

Piscina de lodos de rechazo. Pretil de seguridad.

El pretil de seguridad fue construido alrededor de la piscina de rechazo de lodos, con dimensiones de 0,5 m de altura y una base de 1 m, para evitar derrames en el momento del depósito del lodo desde los camiones, evitando el riesgo de caer dentro de la piscina. Fue construido con el material extraído en la construcción de la piscina de lodos de rechazo y su canaleta perimetral.

Canaletas de contorno en plataformas de sondaje.

Canaletas construidas alrededor de las plataformas de sondaje, tenían como objetivo canalizar las aguas lluvias cerro abajo, evitando el ingreso de las aguas en las plataformas, así como el contacto de éstas con los equipos y el personal. Las canaletas tenían una dimensión de 40 cm x 40 cm, y con capacidad para transportar hasta 104 1/s, con una pendiente de 0,05%.

Canaleta de contorno piscina de rechazo.

Esta canaleta estaba construida alrededor de la piscina de rechazo, para evitar el ingreso de aguas lluvias y que éstas fueran canalizadas cerro abajo. Las dimensiones de la canaleta eran de 50 cm de profundidad y 50 cm de ancho.

Acondicionamiento de caminos de acceso a las plataformas de sondaje.

Las actividades de acondicionamiento de caminos de acceso a las plataformas de sondaje comprendieron la construcción de 957 m de caminos nuevos que permitieron el acceso a las zonas donde se construyeron las plataformas nuevas y la habilitación y reacondicionamiento de caminos existentes. El reacondicionamiento fue realizado con equipo pesado, principalmente retroexcavadora, excavadora y bulldozer, y consistió esencialmente en ensanche y perfilamiento de caminos, y en la confección de lomos de protección. Los caminos acondicionados tuvieron un ancho de 5 m y pendientes de no más de 20%.

Reapertura y construcción de plataformas de sondaje.

Las plataformas de sondaje fueron las superficies en donde se emplazaron los equipos de perforación de pozos y sus accesorios, el pozo respectivo, la piscina de decantación y un área de seguridad para el personal. El Proyecto contempló la construcción de 5 plataformas de sondajes y la reapertura de 11 plataformas existentes, las cuales fueron habilitadas para tal efecto. En total, se intervino una superficie de 0,699 ha.

Construcción de piscinas de decantación de lodos en plataformas,

Para el reacondicionamiento de las plataformas se utilizó maquinaria pesada (retroexcavadora, excavadora y bulldozer) para la nivelación de las plataformas, con la finalidad de generar una superficie plana y nivelada que permitiera el posicionamiento seguro tanto de la máquina de sondaje como del equipamiento de soporte y apoyo (véase superficie de las plataformas en la DIA, Tabla 3-11; y, para la distribución de la maquinaria de sondajes y equipos de apoyo, DIA, Capítulo 1, Figura 3-4).

Construcción de piscinas de lodos rechazo.

El Proyecto contempló la construcción de dos piscinas de lodos de decantación en cada plataforma de sondaje, según el largo del sondaje realizado. Para ello, se utilizó una retroexcavadora, la cual removió

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suelo en la misma zona de las plataformas de sondaje, estimándose que el material removido fue de 32 m? en promedio (16 m* en promedio por piscina), el cual, al término de cada sondaje, fue devuelto a su lugar con el objeto de dejar en similares condiciones el terreno ocupado (véase DIA, Capítulo 1, Figura 3-4).

Recursos naturales renovables.

Se utilizaron 198 m', de agua potable para el consumo humano, que fue suministrado por empresas externas que cuentan con autorización para dar este servicio.

Se corto y extraejo vegetación, en una superficie de 1,46 ha.

Se limpia y nivela una superficie de 5,85 ha, en que se habilitaron 5 plataformas de sondaje nuevas, se habilitaron 11 plataformas existentes y sus caminos de acceso, como también las áreas de instalación de la

bodega de residuos domiciliarios y no peligrosos y la planta de tratamiento de aguas servidas.

Emisiones y efluentes.

Material Particulado (MPjo y MP5), partículas totales en suspensión PTS ASES:

En la Adenda Complementaria, Anexo 4, se presenta el Estudio Estimación de Emisiones Actualizado.

A continuación, se presenta el resumen de la estimación de las emisiones de los contaminantes atmosféricos emitidos por el Proyecto, que corresponden a MP0, PTS, MP» y gases NOx, CO y HCT para la fase de construcción del Proyecto, en la Etapa 1, entre septiembre y octubre de 2015 (2 meses); y, en la Etapa 2, entre diciembre 2016 y febrero de 2017 (2 meses y 5 días).

Tabla 4.3.1.3: Emisión de contaminantes atmosféricos en la fase de construcción del Proyecto.

Actividad. | NOx | CO [| HCT | PTS | MP | MP»s Obras del ll 0006 10.006 escarpe.

Circulación

por caminos --- — — 2,772 | 0,831 | 0,08 pavimentados.

Combustión de |, 784 | 0,305 | 0,099 | 0,66 | 0,066 | motores.

Grupos 0,047 | 0,010 | --- | 0,003 | 0,003 | --- Generadores.

TOTAL, 0,831 | 0,315 | 0,10 | 3,441 | 0,906 | 0,08 toneladas.

Fuente: Adenda Complementaria, Anexo 4, Tabla 15.

En la Adenda Complementaria, Anexo 4, numeral 4.4.5, se presentan los resultados de la modelación de la dispersión de contaminantes atmosféricos para la fase de construcción del Proyecto, específicamente para el contaminante MPjo y Material Particulado Sedimentable (“MPS”). Es necesario tener presente que el MPS corresponde a la porción de material particulado emitido que se deposita en la zona de influencia del Proyecto, en un determinado espacio de tiempo y que, en el caso de la norma de referencia, se encuentra en miligramos por metro cuadrado por día (mg/m?/día). Este material particulado, corresponde a la fracción total de las partículas emitidas, es decir PTS. Por lo mismo, la modelación se realizó en base a la emisión de PTS.

Tabla 4.3.1.4: Resultados modelación dispersión de MP0 y MPS, para

la Fase de Construcción del Proyecto.

Contaminante. Aporte Norma 24 Distancia, máximo. horas. m.

MPio 1,42 g/m? 150 g/m? (*) 450

MPS 0,11 150 mg/m"/día 450 mg/m?/día (+)

Fuente: Adenda Complementaria, Anexo 4, Tabla 31. (+) D.S. N* 59/1998 del Ministerio Secretaría General de la República, Norma de Calidad de Aire Primaria para Material Particulado Respirable MP0.

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(*) Se utiliza como referencia el Decreto Exento N 4/1992 del Ministerio de Agricultura, Norma de calidad del aire para MPS en la cuenca del río Huasco, III Región.

De los resultados de la modelación de dispersión de contaminantes atmosféricos para la fase de construcción del Proyecto, se puede señalar que el aporte de éste, para MPio y para MPS, es poco significativo. Además, cabe señalar que no se identificaron receptores

sensibles asociados a zonas pobladas.

Aguas Servidas:

Considerando un personal máximo total de aproximadamente 11 personas diarias, una dotación de agua de 150 l/persona/día y un factor de recuperación de 80%, en la fase de construcción se generaron aguas servidas con una tasa de emisión de 1.320 l/día.

El periodo de tiempo en que se genera la emisión durante la fase de construcción del Proyecto, se divide por etapa, por lo que éstas se emiten durante los siguientes periodos:

  • Etapa 1: entre septiembre y octubre de 2015 (2 meses).

  • Etapa 2: entre diciembre 2016 y febrero de 2017 (2 meses y 5 días). Para la etapa 1 se consideró la utilización de fosas sépticas existentes

en el campamento; mientras que, para la segunda etapa, se utilizó la PTAS habilitada por el Proyecto.

Ruido:

En la Adenda, Anexo 14, se presenta la Actualización Estimación de Ruido y Vibraciones.

Los equipos y maquinarias contemplados en la fase de construcción del Proyecto y el nivel de presión sonora (“NPS”) a 10 m por bandas de frecuencia, el nivel de presión sonora equivalente (NPSeg) y el nivel total del frente de construcción resultante al considerar la operación simultánea de cada una de las fuentes, se presentan en la siguiente tabla:

Tabla 4.3.1.5: Resultados modelación de ruido en la fase de construcción del Proyecto.

Fuente. Frecuencia, Hz; NPS, dB. NPSeq 10m 63 |[125|250| 500 | 1k | 2k | 4k | 8k dB(A). Retroexcavadora. 74|66|64| 64 |63|60|59| 50 68 Excavadora. 75|76|72| 68 |65| 63 |57 | 49 71 Bulldozer. 79|77|76 | 74 |68 | 67 | 60 | 59 75 Erin de lasti0l67| 67 169|66|60|53 72 petróleo. Generador. 64 | 67 | 68 | 65 |58| 54 | 49 | 42 66 Isa de lgolsol78| 7617171165161 79 construcción.

Fuente: Adenda, Anexo 14, Tabla 2.

Se puede observar de la tabla anterior que los niveles estimados para la fase de construcción del Proyecto, en horario diurno, cumplieron con los límites establecidos en el D.S. N* 38/2011 del Ministerio del Medio Ambiente, Establece Norma de Emisión de Ruidos Generados por

Fuentes que Indica, considerando que el Proyecto se encuentra en Zona Rural.

Vibraciones: En la Adenda, Anexo 14, se presenta la Actualización Estimación de

Ruido y Vibraciones. La estimación de los niveles de vibración asociados a la fase de construcción del Proyecto, se efectúo en base a la

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maquinaria significativa en términos de vibraciones y su potencial riesgo de impacto sobre la comunidad. Para estimar los niveles de vibración en esta fase del Proyecto, se utilizó el algoritmo establecido por la FTA Noise And Vibration Manual, Quantitative Construction Vibration Assessment Methods. A continuación, se presentan los resultados obtenidos de dicha estimación. Tabla 4.3.1.6: Niveles de vibración de maquinaria en la fase de construcción del Proyecto.

Fuente. ds > Lv, VdB. Retroexcavadora. 0,076 86 Excavadora. 0,076 86 Bulldozer. 0,089 87 Camión de petróleo. 0,076 86 Frente de construcción. 0,159 92

Fuente: Adenda, Anexo 14, Tabla 3.

Por lo tanto, y de acuerdo a lo establecido en la normativa de referencia, FTA vigente, el Proyecto cumple con los valores establecidos.

Residuos, productos químicos y otras sustancias que puedan

afectar el medio ambiente.

Residuos Sólidos Domiciliarios y Asimilables:

Tipo: restos y envases de alimentos, papeles, servilletas y cartón, entre otros.

Cantidad: 1.250 kg.

Manejo: almacenamiento temporal en bodega de residuos domiciliarios (RSD).

Disposición final: los residuos fueron retirados semanalmente por una empresa externa, que los trasladó a lugar autorizado para realizar su disposición final.

Residuos Industriales sólidos no peligrosos:

Tipo: restos de madera, embalajes, pasticos y piezas de metal, entre otros.

Cantidad: 600 kg.

Manejo: almacenamiento temporal en el patio de salvataje,

Disposición final: los residuos fueron retirados en dos periodos por una empresa externa, que los trasladó a lugar autorizado para realizar su disposición final.

Residuos Peligrosos:

Tipo: batería de plomo, aceites y lubricantes (excepto las emulsiones) y grasas utilizadas.

Cantidad: 10 kg de baterías (1 pallet); 400 kg (2 tambores de 200 1) de aceites y lubricantes; y, 50 kg (2 Big Bag) de grasas usadas.

Manejo: almacenamiento temporal en bodega de residuos peligrosos. Disposición final: los residuos se retiraron en dos periodos por una empresa externa, que los trasladó a lugar autorizado para realizar su disposición final.

Referencia al ICE para mayores detalles sobre esta fase.

Capítulo 4.6 del ICE.

4.3.2. FASE DE OPERACI

ÓN.

Mantención de caminos de acceso a plataformas.

Las actividades consistieron principalmente en el retiro de rocas que se encontraron sobre los caminos de acceso. En los casos de nevada, se procedió a ejecutar actividades de retiro de nieve, mediante la utilización de una retroexcavadora, con el objeto de que los caminos pudieran ser transitados.

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Ejecución de sondajes.

En cada plataforma, se habilitó una zona para el emplazamiento de los insumos necesarios para la actividad de perforación. Esta zona consistió en un área de 5 m x 5 m aproximadamente, en la que se emplazaron los siguientes equipos y materiales:

e Máquina de sondaje y barras de perforación.

e Zona de acopio de muestras de roca.

e Zona de almacenamiento de aditivos de perforación.

e Zona de almacenamiento de combustibles y lubricantes.

e Carpeta impermeable (polietileno o HDPE) que se dispone bajo la máquina.

e Perforadora y área de acopio de combustible y lubricantes, así como de residuos.

e Baño químico. + Contenedores plásticos, con tapa, para el manejo de residuos.

En esta área, se instaló una carpeta impermeable que cubrió toda la superficie de trabajo para el equipo de perforación, con el objetivo de contener eventuales derrames accidentales durante la ejecución del sondaje. Además, esta carpeta se dispuso bajo el área de acopio de combustible y lubricantes. Posteriormente este material se retiró y fue almacenado en un contenedor, para luego manejarlo como residuo peligroso y disponerlo temporalmente en la bodega de residuos peligrosos (“RESPEL”).

Antes de instalar la máquina de sondaje se verificó la amplitud y estabilidad del lugar, y se apostó el equipo en la posición y forma segura, con respecto al eje del pozo a perforar. El espacio operacional se delimitó como una zona de acceso restringido. Solamente personal autorizado tuvo acceso a la cabina o al panel de comandos de la sonda.

En esta zona se demarcó un área para el acopio de residuos. Los sedimentos de perforación se almacenaron en contenedores de 1 m'.

Se consideró la ejecución de 20 sondajes con el método de perforación Diamantina (DDH), con una profundidad promedio de 700 m. Cada sondaje contempló la perforación de un pozo, el que permitió obtener una muestra geológica precisa y representativa del medio geológico, mediante la extracción de un “testigo” continuo de roca para su posterior análisis. En específico, el método consiste en la perforación a través de un sistema de desbaste utilizando una corona diamantada, obteniendo un cilindro compacto de roca, el cual es recuperado en un tubo interior, para posteriormente ser almacenado en bandejas especiales para su estudio y análisis. Las muestras, en este caso, corresponden a cilindros de roca, el cual se obtiene mediante un sistema de tubos concéntricos de la sonda.

Los testigos fueron identificados y descritos para posteriormente ser enviados a laboratorio para su análisis geoquímico, estudio geotécnico y pruebas metalúrgicas.

En general, las máquinas perforadoras utilizan solamente agua, y eventualmente se emplean pequeñas proporciones de aditivos (principalmente bentonita, ceniza de soda, clear mud P, drill ube), en cantidades variables, según las condiciones de la roca en cada sondaje, sirviendo de sello para las paredes de la perforación cuando éstas son de material poroso o fracturado.

Como se indicó precedentemente, el sistema diamantino de perforación corresponde a un proceso húmedo, por lo que se requirió de consumo de agua industrial, la que se obtuvo dependiendo de la etapa de sondaje (2015 — 2016; 6, 2016 — 2017), de las vertientes ubicadas en las siguientes coordenadas UTM según Datum WGS84 Huso 19 H sur: 6.413.759 m Norte y 365.620 m Este; y, 6.412.250 m Norte y 366.513 m Este, respectivamente.

Si bien durante la ejecución del Proyecto no se perforó ningún

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acuífero, se contemplaron medidas para prevenir un evento de dichas características. Las medidas consistieron en poner un tubo al sondaje hasta llegar a roca firme, de modo que el agua no pudiera entrar en los sondajes. Posteriormente, se aplicó bentonita para cerrar el sondaje, en tanto el lodo era más pesado que el agua, de modo que ésta era desplazada. Finalmente, cuando el lodo aplicado se secaba, el pozo quedaba sellado.

En la etapa de sondaje 2015-2016, se utilizaron dos equipos de perforación del tipo “diamantina”, montados en camión. Por su parte, en la etapa de sondaje 2016-2017, se utilizaron tres equipos de perforación de las mismas características, los cuales operaron en forma continua las 24 horas.

Manejo de lodos de perforación de pozos.

Los lodos de perforación corresponden a una mezcla inocua del material de sondaje perforado (roca molida), polímero biodegradable y agua, los cuales se canalizaron para ser depositados al interior de las piscinas de decantación impermeabilizada (HDPE) en el sector de la plataforma.

Desde estas piscinas, parte del agua fue recirculada, a través de mangueras, hacia las máquinas de perforación. Los lodos agotados de las piscinas de decantación fueron posteriormente descartados en la piscina de rechazo de lodos, ubicada en el área de instalaciones de apoyo del Proyecto. Al término de cada sondaje, las piscinas de decantación fueron cubiertas con material de excavación del mismo lugar.

Manejo y transporte de muestras de mineral.

Los testigos de roca obtenidos durante la ejecución de los sondajes fueron identificados con el número del pozo y el tramo perforado, inmediatamente después de su extracción, en el mismo sector de la plataforma.

Posteriormente, fueron depositados en bandejas metálicas, también identificadas, para su posterior transporte en camioneta a la muestrera ubicada en el sector del campamento. Una vez allí, se efectuaba un control de la muestra, por parte de un equipo de geólogos, el cual procedía a verificar la información contenida en los testigos. Finalmente, cabe señalar que, la mitad de las muestras eran llevadas para su análisis a un laboratorio externo en la ciudad de Santiago, mientras que el resto se mantenía guardado en las bodegas de testigos.

Productos generados.

El Proyecto perforó un total de 12,043 metros, generando 94,9 toneladas de testigos, con un volumen total de 37,6 m?. Dichas muestras obtenidas durante la ejecución de los sondajes eran identificadas con el número del pozo y el tramo perforado, actividad realizada inmediatamente después de su extracción en el sector de la plataforma.

Posteriormente, eran depositados en bandejas metálicas, también identificadas, para su posterior transporte en camioneta a la muestrera ubicada en el sector del campamento. Una vez allí, se efectuaba un control de la muestra por parte de un equipo de geólogos, el cual procedía a verificar la información contenida en los testigos.

Cabe señalar que, posteriormente, parte de las muestras fue enviada a un laboratorio externo en Santiago para su análisis, mientras que el resto se mantiene guardado en las bodegas de testigos.

Recursos naturales renovables.

Para el desarrollo de la fase de operación del Proyecto, no se requirió la extracción ni explotación de recursos naturales renovables.

Emisiones y efluentes.

Material particulado (MP0 y MP5), PTS y gases:

En la Adenda Complementaria, Anexo 4, se presenta el Estudio Estimación de Emisiones Actualizado.

A continuación, se presenta el resumen de la estimación de las emisiones de los contaminantes atmosféricos emitidos por el Proyecto

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que corresponden a MP¡0, PTS, MP» y gases NOx, CO y HCT para la fase de operación del Proyecto. Tabla 4.3.2.1: Emisión de contaminantes atmosféricos en la fase de operación del Proyecto. Actividad. NOx | CO | HCT | PTS | MP0 | MP»s

Sondajes. e — e 0,012 | 0,012 -- Circulación por

caminos -- .-- - 3,383 | 1,015 | 0,102 pavimentados.

Combustión de | 365 | 108 | 0/44 | 0313 | 0313 | — motores.

SR 712 | 154 | — [0051 | 051 | — Generadores.

TOTAL, 10,79 | 2,62 0,44 4,217 | 1,85 0,102 toneladas.

Fuente: Adenda Complementaria, Anexo 4, Tabla 25.

En la Adenda Complementaria, Anexo 4, numeral 4.4.5 se presentan

los resultados de la modelación de dispersión de contaminantes

atmosféricos para la fase de construcción, para el contaminante MPyo y

MPS.

Tabla 4.3.2.2: Resultados modelación dispersión de MPio y MPS, para la Fase de Operación del Proyecto.

Contaminante Aporte Norma 24 Distancia, máximo. horas. m. MPio 3,15 pg/m | 150 ug/m? () 450 MPS 0,09 150 mg/m/día 450 mg/m”/día (**)

Fuente: Tabla 32 Anexo 4 de la Adenda Complementaria. () D.S. N59/1998 del Ministerio Secretaría General de la República, Norma de Calidad de Aire Primaria para Material Particulado Respirable MP0. (**) Se utiliza como referencia el Decreto Exento N 4/1992 del Ministerio de Agricultura, Norma de calidad del aire para MPS en la cuenca del río Huasco, II Región.

De los resultados de la modelación de dispersión de contaminantes atmosféricos para la fase de operación del Proyecto, se puede señalar que el aporte de éste, para MPjo y para MPS, es poco significativo.

Además, cabe señalar que no se identificaron receptores sensibles asociados a zonas pobladas.

Aguas Servidas:

Tasa de emisión: considerando un personal máximo total de aproximadamente 50 personas diarias, y un factor de recuperación de un 80%, el caudal asociado a la generación de los residuos líquidos domésticos en las fases de operación y de cierre del Proyecto, correspondió a 6.000 l/persona/día.

Periodo de tiempo en que se genera la emisión: la fase de operación y cierre se divide por etapa, por lo que éstas se emiten durante los siguientes periodos:

  • Etapa 1: entre octubre 2015 y febrero 2016 (5 meses).

  • Etapa 2: entre febrero y julio de 2017 (6 meses).

Sistema de abatimiento o control, si se contempla: para la Etapa 1, se consideró la utilización de fosas sépticas existentes en el campamento; mientras que, para la Etapa 2, se utilizó la PTAS habilitada por el Proyecto.

Ruido:

A continuación, se detallan los resultados obtenidos respecto de la proyección de los niveles de presión sonora que se generaron en los receptores sensibles identificados en el área de influencia del Proyecto. Tabla 4.3.2.3: Proyección de niveles de presión sonora en receptores sensibles del área de influencia del Proyecto, horario diurno.

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Fuente. Frecuencia, Hz; NPS, dB. NPSeq 10m, 63|125| 250| 500| 1k | 2k| 4k [Sk dB(A).

Retroexcavadora. | 74| 66 | 64| 64 | 69 | 60] 59 |50 68 Sonda de

perforación. 75/79 | 76| 73|74 | 79| 74 |69 82 Camión Aljibe. 75| 70 | 67| 67/69 | 66| 60 |53 72 Camión Pluma. 73| 71 | 68| 70/66 | 63| 54 |49 71 Camión de

petróleo. 75| 70 | 67| 67|69 | 66| 60 [53 72 Generador, 64| 67 | 68| 65|58 | 54| 49 |42 66 Torre de

ilaminación. 75| 72 | 76| 70 | 69 | 65| 56 |47 74 Frente de

construcción. 82| 81 | 80| 77177 | 80| 75 |69 84 PTAS. 54| 49 | 54| 57|49 | 49| 44 |41 57

Fuente: Adenda, Anexo 14. Se puede observar, de la tabla anterior, que los niveles estimados para la fase de operación del Proyecto, en horario diurno, cumplieron con los límites establecidos en el D.S. N* 38/2011 del Ministerio del Medio Ambiente, Establece Norma de Emisión de Ruidos Generados por Fuentes que Indica.

Vibraciones:

En la Adenda, Anexo 14, se presenta la Actualización Estimación de Ruido y Vibraciones. La estimación de los niveles de vibración asociados a la fase de operación del Proyecto, se efectúo en base a la maquinaria significativa en términos de vibraciones y su potencial riesgo de impacto sobre la comunidad. Para estimar los niveles de vibración en esta fase del Proyecto, se utilizó el algoritmo establecido por la FTA Noise And Vibration Manual, Quantitative Construction Vibration Assessment Methods. Tabla 4.3.2.3: Niveles de vibración de maquinaria en la fase de construcción del Proyecto.

Fuente. PV a 23 B, Lv, VdB. pulgadas/S. Retroexcavadora 0,076 86 Sonda de Perforación 0,17 93 Camión Aljibe 0,076 86 Camión Pluma 0,076 86 Camión Pluma 0,076 86 Camión de Petróleo 0,076 86 Frente Operación 0,228 95

Fuente: Adenda, Anexo 14, Tabla 6. Por lo tanto, y de acuerdo a la normativa de referencia, FTA vigente, el Proyecto cumple con los valores establecidos.

Residuos, productos químicos y otras sustancias que puedan

afectar el medio ambiente.

Residuos Sólidos Domiciliarios y Asimilables:

Tipo: residuos generados en el comedor, por la elaboración de alimentos al personal, papeles, servilletas y cartón, entre otros. Cantidad: 6.390 kg.

Manejo: almacenamiento temporal en bodega de residuos domiciliarios (RSD).

Disposición final: los residuos fueron retirados semanalmente por una empresa externa, que los trasladó a lugar autorizado para realizar su disposición final.

Residuos Industriales Sólidos no peligrosos:

Tipo: embalaje, maderas, plásticos, piezas de metal.

Cantidad: 3.330 kg.

Manejo: almacenamiento temporal en el patio de salvataje.

Disposición final: los residuos fueron retirados en dos periodos por una

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empresa externa, que los trasladó a lugar autorizado para realizar su disposición final.

Tipo: lodos generados en la PTAS.

Cantidad: 10 m* de lodos.

Manejo: retiro realizado por un tercero autorizado.

Disposición final: los residuos fueron retirados por una empresa externa, que los trasladó a lugar autorizado para realizar su disposición final.

Residuos peligrosos:

Tipo: aceites, fluidos hidráulicos usados, trapos con aceite.

Cantidad: 1.551 kg.

Manejo: almacenamiento temporal en bodega de residuos peligrosos. Disposición final: los residuos se retiraron semanalmente por una empresa externa, que los trasladó a lugar autorizado para su disposición final.

Residuos Líquidos Domiciliarios

Tipo: baños, duchas, comedor.

Cantidad: 1.980 mé.

Manejo: Fosa séptica y planta de tratamiento de aguas servidas. Disposición final: los residuos se retiraron por una empresa externa, que los trasladó a lugar autorizado para su disposición final.

Adenda Complementaria, Anexo 4, Actualización Ficha Resumen.

Referencia al ICE para mayores detalles sobre esta fase.

Capítulo 4.7 del ICE.

4.3.3. FASE DE CIERRE

Cierre de las plataformas de sondaje.

Al finalizar la ejecución de cada sondaje, las plataformas se acondicionaron, nivelando el terreno y cubriendo con el material removido para la implementación de la plataforma.

Cierre de las piscinas de decantación.

Al término de cada sondaje, se procedió a su cierre para evitar el ingreso de micromamíferos en los pozos de sondaje e ingreso de líquidos hacia la perforación. Los sondajes fueron cubiertos con un tapón de cemento, que se instaló bajo el techo de la tubería de superficie, con un tubo de PVC con tapa.

Cierre de la piscina de lodos de rechazo.

La piscina de lodos de rechazo fue cubierta con el mismo material excavado durante la habilitación de ésta y utilizado para el pretil de contención. La distribución de los excedentes de excavación se compactó y niveló con el mismo peso de la maquinaria.

Cierre de los accesos.

Se distribuyó el material excedente de la habilitación de accesos a las plataformas de sondajes, procurando recuperar el relieve del sitio, eliminando montículos y desniveles abruptos. El acceso al campamento cuenta con acceso restringido sólo a personal autorizado, lo cual está señalado en el portón que cuenta con un candado. Además, existe una barrera con candado que evita el paso de vehículos y maquinaria no autorizada.

Desmovilización de

maquinaria.

Al finalizar los sondajes, la maquinaria y equipos que realizaban esta actividad, fueron retiradas del área de emplazamiento del Proyecto, junto con las barras de perforación y todos los elementos accesorios, herramientas, equipos, carpetas plásticas de protección de las plataformas, materiales e insumos sobrantes que fueron utilizados. Se procedió de la siguiente manera:

  • Se posicionó la perforadora sobre el camión grúa.

e Se revisó el camión especialmente en lo que respecta al correcto

estiaje de la carga.

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  • El vehículo fue conducido por personal autorizado y capacitado para tal efecto.

El área de la respectiva plataforma sondaje se desarmó y limpió, trasladando todos los residuos recolectados al sitio de acopio de residuos industriales peligrosos y no peligrosos, para su posterior disposición final.

Estas instalaciones permanecen en el área de emplazamiento del infraestructura de apoyo | Proyecto por presencia de trabajadores a cargo de las instalaciones del (área de campamento). Proyecto.

Como se indicó en el ICE, numeral 4.7, las emisiones, residuos y requerimientos de suministros y maquinarias de esta fase, se presentaron para la fase de operación y de cierre debido a la naturaleza de las partes, obras y acciones del Proyecto, que corresponden a actividades cíclicas que se repiten cada vez que se ejecuta un nuevo sondaje. Es por esto que, en este punto, solamente se presentan las

Mantenimiento

partes, obras y acciones manera referencial para esta fase.

Referencia al ICE para mayores detalles sobre esta fase.

Capítulo 4.8 del ICE.

4.4. CRONOLOGÍA DE LAS FASES DEL PROYECTO.

4.4.1. FASE DE CONSTRUCCIÓN.

Fecha estimada de inicio.

Etapa 1: septiembre de 2015. Etapa 2: diciembre de 2016.

Parte, obra o acción que establece el inicio.

Traslado de maquinaria al área en que se emplazó el Proyecto.

Fecha estimada de término.

Etapa 1: octubre de 2015. Etapa 2: febrero de 2017.

Parte, obra o acción que establece el término.

Ingreso de la maquinaria de perforación a la primera plataforma.

4.4.2. FASE DE OPERACIÓN.

Fecha estimada de inicio.

Etapa 1: octubre de 2015. Etapa 2: febrero de 2017.

Parte, obra o acción que establece el inicio.

Traslado de maquinaria al área del proyecto.

Fecha estimada de término.

Etapa 1: febrero de 2016. Etapa 2: Julio de 2017.

Parte, obra o acción que establece el término.

Ejecución del último pozo de sondajes de cada programa.

4.4.3. FASE DE CIERRE.

Fecha estimada de inicio.

Etapa 1: febrero de 2016. Etapa 2: julio de 2017.

Parte, obra o acción que establece el inicio.

Término de los sondajes.

Fecha término.

estimada de

Etapa 1: febrero de 2016. Etapa 2: julio de 2017.

Parte, obra o acción que establece el término.

Desmovilización de la maquinaria y aseo del lugar.

5”. Que, durante el proceso de evaluación se han presentado antecedentes que justifican la inexistencia de los siguientes efectos, características y circunstancias del artículo 11 de la Ley N* 19.300:

residuos.

5.1. Riesgo para la salud de la población, debido a la cantidad

y calidad de efluentes, emisiones y

Referencia al

ICE para mayores detalles sobre este impacto específico.

Tabla 6.1 del ICE.

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De acuerdo a lo informado por el Titular durante la evaluación del Proyecto, y debido a que no existen receptores sensibles dentro del área de influencia del Proyecto, estando el receptor más cercano a 24 km de distancia aproximadamente, las emisiones generadas por la ejecución del Proyecto, en los términos detallados en el numeral 6.1 del ICE, no presentan ni generan riesgo para la salud de la población debido a la cantidad y calidad de efluentes, emisiones y residuos, conforme lo establecido en la letra a) del artículo 11 de la Ley N? 19.300.

5.2. Efectos adversos significativos sobre la cantidad y calidad de los recursos naturales renovables, incluidos el suelo, agua y aire.

Referencia al ICE para mayores | Tabla 6.2 del ICE. detalles sobre este impacto específico.

En el área de influencia del Proyecto no se identificó la presencia de recursos naturales renovables escasos, únicos o representativos, conforme a los criterios establecidos en el numeral 5.2 Recursos propios del país, escasos, Únicos o representativos señalados en la “Guía de Evaluación de Impacto Ambiental Efectos Adversos Significativos sobre Recursos Naturales Renovables” del SEA/2015.

Por otra parte, en relación a la componente suelo, el Proyecto se emplazó en una superficie de 5,86 ha, correspondiente a un sector rural, sin actividad productiva. El potencial uso del área de influencia corresponde a suelos de clase de capacidad de uso VIIs9, ubicado en un ambiente montañoso, con pendientes pronunciadas e importantes desniveles (véase Adenda Complementaria, Figura 20). El Titular realizó dos calicatas en el área de las instalaciones de apoyo (véase Adenda Complementaria, Tabla 10), en donde se determinó una gran limitante del suelo existente en el predio como consecuencia de la abundante pedregosidad superficial y grava fina a gruesa, dentro del perfil. Además, predominan, por las pendientes escarpadas observadas, erosión severa y muy severa en el 65% del área de emplazamiento del Proyecto; mientras que, los suelos existentes en el área de las instalaciones de apoyo poseen una erosión moderada.

Por lo tanto, y en base a los antecedentes presentados en el numeral 6.2 del ICE, el Proyecto no presenta o genera efectos adversos significativos sobre la cantidad y calidad de los recursos naturales renovables, incluidos el suelo, agua y aire, conforme a lo establecido en la letra b) del artículo 11 de la Ley N* 19.300.

5.3. Reasentamiento de comunidades humanas o alteración significativa de los sistemas de vida y costumbres de grupos humanos.

Referencia al ICE para mayores | Tabla 6.3 del ICE. detalles sobre este impacto específico.

La población más cercana al área de influencia del Proyecto corresponde a la localidad Resguardo Los Patos, que se encuentra a 24 km de distancia del área de emplazamiento del mismo.

El Proyecto no genera alteraciones significativas en la actividad ganadera que actualmente se desarrolla próximo al predio “Lo Vicuña”, que se encuentra en el área de influencia del mismo. En el área que cuenta con concesión minera, no se identificaron recursos naturales que sean empleados para sostener actividades económicas o usadas con fines tradicionales que pudieran verse afectados por la implementación del Proyecto.

En el área de influencia del Proyecto no existen grupos humanos pertenecientes a pueblos indígenas.

Por lo tanto, y de acuerdo a los antecedentes detallados en el numeral 6.3 del ICE, el proyecto no presenta o genera reasentamiento de comunidades humanas o alteración significativa de los sistemas

de vida y costumbres de grupos humanos, conforme lo establecido por la letra c) del artículo 11 de la Ley N* 19.300.

5.4. Localización en o próxima a poblaciones, recursos y áreas protegidas, sitios prioritarios para la conservación, humedales protegidos y glaciares, susceptibles de ser afectados, así como el valor ambiental del territorio en que se pretende emplazar.

Referencia al ICE para mayores | Tabla 6.4 del ICE. detalles sobre este impacto específico.

De acuerdo a lo señalado en la Adenda Complementaria, Capítulo 2 de la DIA y numeral 2.6 del Anexo 2 de la DIA, en el área de influencia del Proyecto no existen poblaciones protegidas, y

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tampoco recursos o áreas protegidas, sitios prioritarios para la conservación, humedales protegidos, glaciares y zona con valor ambiental.

La zona en que se emplazó el Proyecto no corresponde a un área protegida por el Sistema Nacional de Áreas Silvestres Protegidas del Estado (SNASPE).

No obstante, el Proyecto se ubicó a una distancia de 6 km aproximadamente de distancia lineal, del Sitio Prioritario Altos de Petorca y Alicahue.

En la comuna de Putaendo no existen poblaciones protegidas, y la ejecución del Proyecto no afectará recursos y áreas protegidas, sitios prioritarios para la conservación, humedales protegidos, glaciares o territorios con valor ambiental.

Por lo tanto, y de acuerdo a lo detallado en el numeral 6.4 del ICE, el Proyecto no presenta o genera localización en o próxima a poblaciones, recursos y áreas protegidas, sitios prioritarios para la conservación, humedales protegidos y glaciares, susceptibles de ser afectados, así como el valor

ambiental del territorio en que se pretende emplazar, conforme lo establecido por la letra d) del artículo 11 de la Ley N* 19.300.

5.5. Alteración significativa, en términos de magnitud o duración, del valor paisajístico o turístico de una zona.

Referencia al ICE para mayores | Tabla 6.5 del ICE. detalles sobre este impacto específico.

Se identificaron 2 unidades de paisaje, que corresponden al Cordón Montañoso Cordillerano y Valle, ambas unidades pertenecientes a la sección superior del río Rocín, localizado en la comuna de Putaendo, Región de Valparaíso.

Estas unidades, para observadores localizados en construcciones del campamento minero, poseen calidad y fragilidad media, por lo que tienen la capacidad de absorber visualmente elementos paisajísticos que se incorporen, siempre y cuando dichos elementos conserven la escala y variabilidad cromática de su entorno, evidenciando que el sector en que se emplazó el Proyecto, corresponde a un área sin mayor atractivo visual, ni propiedades sobresalientes dentro del paisaje y donde la calidad visual fue valorada en nivel medio. Por tanto, se estima que el Proyecto se emplazó en un área sin atributos naturales que le den una calidad única y representativa, lo anterior, debido a que las características del paisaje no se diferencian de las presentes en la región y no poseen un alto nivel de singularidad.

El área en que se emplazó el Proyecto no está en o próxima a una zona declarada de interés turístico (ZOIT), no existen prestaciones turísticas a su alrededor, y no interrumpió actividades turísticas como está catalogada la celebración de la “Cabalgata Conmemorativa del Cruce del Ejercito de Los Andes” que se realiza todos los años durante el mes de febrero desde el año 2010, por el Servicio Nacional de Turismo. Por tanto, no existe obstrucción de acceso ni alteración a zonas con valor turístico.

De esta forma, el Proyecto no presenta o genera alteración significativa, en términos de magnitud o duración, del valor paisajístico o turístico de una zona, conforme lo establecido por la letra e) del artículo 11 de la Ley N* 19.300.

5.6. Alteración de monumentos, sitios con valor antropológico, arqueológico, histórico y, en general, los pertenecientes al patrimonio cultural

Referencia al ICE para mayores | Tabla 6.6 del ICE. detalles sobre este impacto específico.

El área de influencia del Proyecto no presentó evidencias de sitios o hallazgos arqueológicos, monumentos nacionales, sitios con valor antropológico, arqueológico, histórico ni pertenecientes al patrimonio cultural, incluido el patrimonio cultural indígena. Lo anterior, de acuerdo a la prospección arqueológica realizada en el 100% del área en que se emplazó el Proyecto, es decir, las 16 plataformas de sondaje y caminos de acceso prospectados, ni en su entorno inmediato.

El Proyecto no afectó lugares o sitios en que se lleven a cabo manifestaciones habituales propias de la cultura o folclore de alguna comunidad o grupo humano. En el área en que se emplazó el Proyecto, es un lugar sin la presencia de receptores de medio humano, donde no existen lugares o sitios en que se lleven a cabo manifestaciones u otra actividad relevante de grupos humanos indígenas.

De esta_forma, el Proyecto no presenta o genera alteración de monumentos, sitios con valor

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antropológico, arqueológico, histórico y en general los pertenecientes al patrimonio cultural, conforme lo establecido por la letra f) del artículo 11 de la Ley N* 19.300.

67, Que resultan aplicables al Proyecto los siguientes permisos ambientales sectoriales, asociados a las correspondientes partes, obras o acciones que se señalan a continuación:

6.1. Permisos Ambientales Sectoriales Mixtos.

6.1.1 Permiso para la aprobación del plan de cierre de una faena minera.

Tabla 6.1.1 Permiso para la aprobación del plan de cierre de una faena minera, según se establece en el artículo 137 del Reglamento del SETA.

Fase del proyecto a la | Cierre.

cual corresponde.

Parte, obra o acción a la que aplica.

Se ejecutó el cierre de las plataformas y de las piscinas de lodo, y la desmovilización de máquinas de sondaje.

Condiciones o exigencias específicas para su otorgamiento

No hay condiciones ni exigencias.

Pronunciamiento del

órgano competente.

El Servicio Nacional de Geología y Minería, Dirección Regional Zona Central, mediante su Ord. N* 1505, de fecha 22 de junio de 2018, se pronuncia conforme respecto de los antecedentes técnicos y formales presentados.

6.1.2 Permiso para la construcción, reparación, modificación y ampliación de cualquier obra pública o particular destinada a la evacuación, tratamiento o disposición final de desagiies, aguas servidas de cualquier naturaleza.

Tabla 6.1.2. Permiso para la construcción, reparación, modificación y ampliación de cualquier obra pública o particular destinada a la evacuación, tratamiento o disposición final de desagiies, aguas servidas de cualquier naturaleza, según se establece en el artículo 138 del Reglamento del SEIA.

Fase del proyecto a la cual corresponde.

Operación.

Parte, obra o acción a la

Implementación de una planta de tratamiento de aguas servidas para el

que aplica. campamento que se habilitó para los trabajadores.

Condiciones o | No hay condiciones ni exigencias.

exigencias específicas

para su otorgamiento

Pronunciamiento del | La Secretaría Regional Ministerial (“SEREMT”) de Salud de la Región

órgano competente. de Valparaíso, mediante su Ord. N*404, de fecha 01 de marzo de 2019, ha señalado, entre otros aspectos, que: “..., esta SEREMI de Salud sectorialmente otorga autorizaciones sanitarias a proyectos que se ejecutarán en el futuro y a proyectos que se encuentran en ejecución, pero no a proyectos que ya se han ejecutado y cerrado, en consecuencia, no corresponde a esta SEREMI de Salud pronunciarse de los PAS 136, 140 y 142, ya que de hacerlo, posteriormente a la evaluación ambiental estaría sectorialmente imposibilitada para otorgar los permisos o autorizaciones a instalaciones que habrían estado en el pasado relacionadas con un proyecto que en la actualidad ya no existe”.

Al respecto, el presente permiso ambiental sectorial fue otorgado por la Comisión de Evaluación de la Región de Valparaíso, mediante la calificación favorable del Proyecto, ya que el Titular entregó los antecedentes con los contenidos técnicos y formales para su otorgamiento, en la DIA, Anexo 3, lo cual fue complementado con antecedentes presentados en la Adenda y en la Adenda Complementaria.

6.1.3 Permiso para la construcción, reparación, modificación y ampliación de cualquier planta de tratamiento de basuras y desperdicios de cualquier clase o para la instalación de todo lugar destinado a la acumulación, selección, industrialización, comercio o disposición final de basuras y desperdicios de cualquier clase.

Tabla 6.1.3. Permiso para la construcción, reparación, modificación y ampliación de cualquier planta de tratamiento de basuras y desperdicios de cualquier clase o para la instalación de todo lugar destinado a la acumulación, selección, industrialización, comercio o disposición final de basuras y desperdicios de cualquier clase, según se establece en el artículo 140 del Reglamento del SEIA.

Fase del proyecto a la | Construcción, operación y cierre.

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cual corresponde.

Parte, obra o acción a la que aplica.

Se implementó una bodega para el almacenamiento temporal de los residuos sólidos domésticos y un patio de salvataje para los residuos industriales sólidos no peligrosos.

Condiciones o exigencias específicas para su otorgamiento

No hay condiciones ni exigencias.

Pronunciamiento órgano competente.

del

La SEREMI de Salud de la Región de Valparaíso, mediante su Ord. N404, de fecha de 1 marzo de 2019, ha señalado entre otros aspectos que: ... esta SEREMI de Salud sectorialmente otorga autorizaciones sanitarias a proyectos que se ejecutarán en el futuro y a proyectos que se encuentran en ejecución, pero no a proyectos que ya se han ejecutado y cerrado, en consecuencia, no corresponde a esta SEREMI de Salud pronunciarse de los PAS 138, 140 y 142, ya que de hacerlo, posteriormente a la evaluación ambiental estaría sectorialmente imposibilitada para otorgar los permisos o autorizaciones a instalaciones que habrían estado en el pasado relacionadas con un proyecto que en la actualidad ya no existe”.

Al respecto, el presenta permiso ambiental sectorial fue otorgado por Comisión de Evaluación Ambiental mediante la calificación favorable del Proyecto, ya que el Titular entregó los antecedentes con los contenidos técnicos y formales para su otorgamiento, en la DIA, Anexo 3, lo cual fue complementado con antecedentes presentados en la Adenda, Anexo 9; y, en la Adenda Complementaria.

6.1.4 Permiso para todo sitio destinado al almacenamiento de residuos peligrosos.

Tabla 6.1.4. Permiso para todo sitio destinado al almacenamiento de residuos peligrosos, según se establece en el artículo 142 del Reglamento del SEIA.

Fase del proyecto a la cual corresponde.

Construcción y operación.

Parte, obra o acción a la que aplica.

Se implementó una bodega para el almacenamiento temporal de los residuos peligrosos.

Condiciones o exigencias específicas para su otorgamiento Pronunciamiento órgano competente.

No hay condiciones ni exigencias.

del | La SEREMI de Salud de la Región de Valparaíso, mediante su Ord. N404, de fecha de 1 marzo de 2019, ha señalado entre otros aspectos, que: ..., esta SEREMI de Salud sectorialmente otorga autorizaciones sanitarias a proyectos que se ejecutarán en el futuro y a proyectos que se encuentran en ejecución, pero no a proyectos que ya se han ejecutado y cerrado, en consecuencia, no corresponde a esta SEREMI de Salud pronunciarse de los PAS 138, 140 y 142, ya que de hacerlo, posteriormente a la evaluación ambiental estaría sectorialmente imposibilitada para otorgar los permisos o autorizaciones a instalaciones que habrían estado en el pasado relacionadas con un proyecto que en la actualidad ya no existe”.

Al respecto, el presenta permiso ambiental sectorial fue otorgado por Comisión de Evaluación Ambiental mediante la calificación favorable del Proyecto, ya que el Titular entregó los antecedentes con los contenidos técnicos y formales para su otorgamiento, en la DIA, Anexo 3; Adenda, Anexo 10 y Adenda Complementaria.

6.1.5 Permiso para subdividir y urbanizar terrenos rurales o para construcciones fuera de los límites urbanos.

Tabla 6.1.5. Permiso para subdividir y urbanizar terrenos rurales o para construcciones fuera de los límites urbanos, según se establece en el artículo 160 del Reglamento del SEIA,

Fase del proyecto a la | Construcción y operación.

cual corresponde.

Parte, obra o acción a la que aplica.

Se implementaron construcciones habitables en zona rural, que corresponden al campamento para los trabajadores.

Los antecedentes y requisitos técnicos y formales para la obtención de este permiso se presentan en la Adenda Complementaria, numeral 24 y Anexos 3 y 5.

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Condiciones o | El presente permiso ambiental sectorial aplica para la sumatoria de los exigencias específicas | polígonos correspondiente a 1.185 m?, según la Tabla N*1, Superficies

para su otorgamiento de Instalaciones de Apoyo a Regularizar, Anexo 5 de la Adenda Complementaria.

Pronunciamiento del | a. La SEREMI de Vivienda y Urbanismo de la Región de Valparaíso,

órgano competente. mediante el Ord. N” 889, de fecha 14 de marzo de 2019, se

pronunció posterior a la publicación del ICE, con observaciones, señalando que: “... se solicita al titular considerar solo las áreas o superficies por las cuales se aplicarán las disposiciones del artículo 55 de la LGUC, que solo involucren instalaciones industriales mineras referidas a edificación habitable e infraestructura de conformidad a la definición del artículo 2.1.29 de la OGUC.

En atención a lo expuesto se precisa que solo se deben considerar los polígonos referidos que en su sumatoria corresponden a 1.185 m y no las 2,14 hectáreas informadas en Anexo N'11.”.

b. El Servicio Agrícola y Ganadero (SAG) de la Región de Valparaíso, mediante su Ord. N 601, de fecha 28 de febrero de 2019, ha señalado que: “Los antecedentes presentados por el titular no cumplen con los requisitos para el otorgamiento del PAS 160, toda vez que la clasificación de los suelos según su capacidad de uso presentada en el Anexo 3 y en las Tablas N 13 y N* 14 de la Adenda complementaria es incorrecta. El titular no señala cuál es el atributo crítico que define la CCUS según lo definido en la Pauta para Estudio de Suelos SAG 2011 (Rectificada), con lo cual lo presentado para los literales c), d), e) y f) de la Pregunta 24 de la Adenda Complementaria, no cumple con los contenidos técnicos (literal b.5 del art. 160 del RSEIA) que deben presentarse para acreditar que no se generará pérdida o degradación del recurso natural suelo. Específicamente, en las tablas 13 y 14 se define la profundidad efectiva en 18 cm para los sectores afectos al permiso y se determina que los suelos son Clase VII 59, con factor limitante la pedregosidad superficial (Tabla 13). Esto es erróneo, ya que de acuerdo a pauta SAG el subfactor 9 corresponde a pedregosidad subsuperficial. Además, dicho subfactor no está bien determinado ya que de acuerdo a la información entregada es la profundidad efectiva el criterio de definición y la limitante que determina la Clase”.

Al respecto, el presente permiso ambiental sectorial fue otorgado por Comisión de Evaluación

Ambiental mediante la calificación favorable del proyecto, ya que lo planteado por el SAG de la

Región de Valparaíso, corresponde a materias no ambientales que deben ser analizadas

sectorialmente con posterioridad al proceso de evaluación de impacto ambiental, y que el Titular ha

entregado los contenidos técnicos y formales para el otorgamiento de este permiso en la Adenda

Complementaria, numeral 24 y Anexos 3 y 5.

7”. Que, de acuerdo a los antecedentes que constan en el expediente de evaluación, la forma de cumplimiento de la normativa de carácter ambiental aplicable al Proyecto, es la siguiente:

El Dictamen 18602/2017 de la Contraloría General de la República, indica que “En efecto, nuestro ordenamiento contempla mecanismos para (...) proyectos o actividades en situación irregular igualmente sean ingresados al anotado procedimiento, de modo que la autoridad estatal cuente con una evaluación de los impactos ambientales que son susceptibles de generar, a fin de controlarlos y de brindar la debida protección al medio ambiente”. En este sentido, la normativa de carácter ambiental aplicable a este Proyecto de regularización, actualmente en evaluación, y su forma de cumplimiento es la siguiente:

7.1 Normas relacionadas al emplazamiento del Proyecto.

7.1.1 Norma: D.F.L. N* 458/1975 del Ministerio de Vivienda y Urbanismo, Aprueba Nueva Ley General de Urbanismo y Construcciones, y sus modificaciones.

Tabla 7.1.1 Norma: D.F.L. N* 458/1975 del Ministerio de Vivienda y Urbanismo, Aprueba Nueva Ley General de Urbanismo y Construcciones, y sus modificaciones.

Componente/materia. Disposiciones relativas a planificación urbana, urbanización y construcción. Otros cuerpos legales. D.S. N? 47/1992 del Ministerio de Vivienda y Urbanismo, Fija Nuevo

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Texto de la Ordenanza General de la Ley de Urbanismo y Construcciones.

Fase del proyecto a la que aplica o en la que se da

Construcción.

sustancias a la que aplica.

cumplimiento. Parte, obra, acción, | Instalaciones asociadas a la implementación del campamento que se emisión, residuo o | habilitó para los operarios que laboraron en las faenas.

Forma de cumplimiento.

Durante la evaluación ambiental del Proyecto, se presentaron los antecedentes y requisitos técnicos y formales para la obtención del permiso que se establece en el artículo 160 del Reglamento del SEIA en la Adenda Complementaria, numeral 24 y Anexos 3 y 5.

Indicador que acredita su

Aprobación ambiental del permiso establecido en el artículo 160 del

cumplimiento. Reglamento del SEIA. Forma de control y| Dado que el Proyecto es una regularización y se encuentra ejecutado, seguimiento. la fiscalización y seguimiento corresponde a la Superintendencia de

Medio Ambiente (“SMA”).

7.2 Normas relacionadas con las partes, obras, actividades o acciones, emisiones, residuos y sustancias peligrosas del Proyecto.

7.2.1

Norma: D.S. N* 211/1991 del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones, Normas Sobre

Emisiones de Vehículos Motorizados Livianos, y sus modificaciones.

Tabla 7.2.1 Norma: D.S, N* 211/1991 del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones, Normas Sobre Emisiones de Vehículos Motorizados Livianos, y sus modificaciones.

Componente/materia.

Emisión de contaminantes a la atmósfera.

Otros cuerpos legales.

No aplica.

Fase del proyecto a la que aplica o en la que se da

Construcción, operación y cierre.

sustancias a la que aplica.

cumplimiento. Parte, Obra, acción, | En todas las fases de ejecución del Proyecto, se utilizaron vehículos emisión, residuo o | motorizados livianos, en el traslado de personal dentro de la obra y

para el abastecimiento de insumos menores, desde Putaendo.

Forma de cumplimiento.

Cada uno de los vehículos motorizados livianos contaron con sus mantenciones al día; y, además, los motores de aquellos que no se encontraban en uso, se mantuvieron apagados.

Indicador que acredita su

Registro de las revisiones técnicas y de las mantenciones vigentes de

cumplimiento. los vehículos motorizados. Forma de control y | Dado que el Proyecto es una regularización y se encuentra ejecutado, seguimiento. la fiscalización y seguimiento corresponde a la SMA.

7.2.2 Norma: D.S. N* 55/1994, Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones, Establece Normas de Emisión Aplicables a Vehículos Motorizados Pesados que Indica, y sus modificaciones.

Tabla 7.2.2 Norma: D.S. Establece Normas de Emisión Aplicables a Vehículos Motorizados Pesados que Indica, y sus

N* 55/1994, Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones,

modificaciones. Componente/materia. Emisión de contaminantes a la atmósfera. Otros cuerpos legales. No aplica.

Fase del proyecto a la que aplica o en la que se da

Construcción, operación y cierre.

sustancias a la que aplica.

cumplimiento. Parte, obra, acción, | Uso de vehículos motorizados pesados. emisión, residuo o

Forma de cumplimiento.

Los vehículos contaron con sus respectivas revisiones técnicas y mantenciones.

Indicador que acredita su

Registro de las revisiones técnicas y de las mantenciones vigentes.

cumplimiento. Forma de control y| Dado que el Proyecto es una regularización y se encuentra ejecutado, seguimiento. la fiscalización y seguimiento corresponde a la SMA.

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7.2.3 Norma: D.S. N” 144/1961 del Ministerio de Salud, Establece Normas para Evitar Emanaciones o Contaminantes Atmosféricos de cualquier Naturaleza.

Tabla 7.2.3 Norma: D.S. N* 144/1961 del Ministerio de Salud, Establece Normas para Evitar

Emanaciones o Contaminantes Atmosféricos de cualquier Naturaleza.

Componente/materia.

Emisión de contaminantes a la atmósfera.

Otros cuerpos legales.

No aplica.

Fase del proyecto a la que aplica o en la que se da

Construcción, operación y cierre.

sustancias a la que aplica.

cumplimiento. Parte, obra, acción, | Producto de la ejecución de las distintas actividades que se emisión, residuo o | desarrollaron, se emitió a la atmósfera de material particulado y gases

de combustión.

La estimación de las emisiones de material particulado y gases de combustión a la atmósfera, que se produjeron durante la ejecución de cada una de las fases, se detallan en el Considerando 4.3 de la presente Resolución.

Forma de cumplimiento.

Los vehículos, equipos y maquinarias contaron con revisiones técnicas vigentes y con mantención preventiva adecuada.

Para la actividad de perforación de sondajes, con diamantina, se utilizó un método húmedo, por lo que se estima que la generación de material particulado fue poco significativa.

Indicador que acredita su

Registro de las revisiones técnicas vigentes de los vehículos.

cumplimiento. Forma de control y | Dado que el Proyecto es una regularización y se encuentra ejecutado, seguimiento. la fiscalización y seguimiento corresponde a la SMA.

7.2.4 Norma: D.S. N” 4/1994 del Ministerio de Transporte y Telecomunicaciones, Establece Normas de Emisión de Contaminantes Aplicables a los Vehículos Motorizados y Fija los Procedimientos para su Control, y sus modificaciones.

Tabla 7.2.4 Norma: D.S. N* 4/1994 del Ministerio de Transporte y Telecomunicaciones, Establece Normas de Emisión de Contaminantes Aplicables a los Vehículos Motorizados y Fija los Procedimientos para su Control, y sus modificaciones.

Componente/materia.

Emisión de contaminantes a la atmósfera.

Otros cuerpos legales.

No aplica.

Fase del proyecto a la que aplica o en la que se da

Construcción, operación y cierre.

sustancias a la que aplica.

cumplimiento. Parte, obra, acción, | Uso de vehículos motorizados. emisión, residuo o

Forma de cumplimiento.

Los vehículos motorizados contaron con sus respectivas revisiones técnicas y mantenciones.

Indicador que acredita su

Registro de las revisiones técnicas y de las mantenciones vigentes.

cumplimiento. Forma de control y | Dado que el Proyecto es una regularización y se encuentra ejecutado, seguimiento. la fiscalización y seguimiento corresponde a la SMA.

Emisiones que Indica.

7.2.5 Norma: D.S. N”* 138/2005 del Ministerio de Salud, Establece Obligación de Declarar

Tabla 7.2.5. Norma: D.S.

Declarar Emisiones que Indica.

N* 138/2005 del Ministerio de Salud, Establece Obligación de

Componente/materia.

Emisión de contaminantes a la atmósfera.

Otros cuerpos legales.

Circular N B32/23, de fecha 02 de junio de 2006, del Ministerio de Salud, Imparte Instrucciones Sobre Aplicación del Decreto Supremo N138/05, Sobre Declaración de Emisiones de Contaminantes Atmosféricos.

Fase del proyecto a la que aplica o en la que se da cumplimiento.

Operación.

Parte, obra, acción,

En las actividades de sondaje, se contó con dos quipos generadores de

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emisión, residuo o sustancias a la que aplica.

electricidad, de 120 KVA y 42 kVA.

Forma de cumplimiento.

Declaraciones de emisión de contaminantes correspondientes al funcionamiento de los equipos generadores de electricidad, a través del sitio web para el registro de emisiones y transferencias de contaminantes (www.retc.cl).

Indicador que acredita su cumplimiento.

En la Adenda Complementaria, Anexo 8, se presenta copia de los registros utilizados para la elaboración del formulario “F-138”, y para la obtención del certificado de declaración de emisiones.

Forma de seguimiento.

control y

Dado que el Proyecto es una regularización y se encuentra ejecutado, la fiscalización y seguimiento corresponde a la SMA.

7.2.6 Norma: D.F.L. N? 725/1967 del Ministerio de Salud, Código Sanitario, y sus modificaciones.

modificaciones.

Tabla 7.2.6. Norma: D.F.L. N* 725/1967 del Ministerio de Salud, Código Sanitario, y sus

Componente/materia.

Residuos sólidos y emisión de efluentes líquidos y de contaminantes a la atmósfera.

Otros cuerpos legales.

Resolución N* 5081/1993, de fecha 12 de marzo de 1993, del Ministerio de Salud, Establece Sistema de Declaración y Seguimiento de Desechos Sólidos Industriales.

Fase del proyecto a la que aplica o en la que se da cumplimiento.

Construcción, operación y cierre.

Parte, obra, acción, emisión, residuo o sustancias a la que aplica.

Emisión de efluentes líquidos y de contaminantes a la atmósfera, y también residuos sólidos, conforme se detalla en el Considerando 4.3 de la presente Resolución.

Forma de cumplimiento.

En general, todos los residuos sólidos que se generaron durante la ejecución del Proyecto, fueron acopiados temporalmente para su posterior traslado a lugar autorizado para llevar a cabo su disposición final, según sus características y lo que se establece en la normativa ambiental vigente; todos los efluentes líquidos fueron recolectados, manejados y/o tratados, y dispuestos según sus características y conforme a lo que se establece en la normativa ambiental vigente; se implementaron medidas para controlar y/o minimizar la emisión de contaminantes a la atmósfera de manera que su emisión no generara la superación de las concentraciones límites que se establecen en la normativas de calidad del aire. Lo señalado precedentemente se detalla en el Considerando 4.3 de la presente Resolución.

La bodega de almacenamiento temporal de residuos domésticos, el patio de salvataje y la bodega de almacenamiento temporal de residuos peligrosos, tenían las características que se detallan en el Considerando 4.3 de la presente Resolución.

Además, durante la evaluación ambiental del Proyecto, se presentaron los antecedentes técnicos y los requisitos para el otorgamiento de los permisos ambientales sectoriales que se establecen en los artículos 138, 140 y 142 del Reglamento del SEIA.

Indicador que acredita su cumplimiento.

a. Guía de despacho de los residuos a lugar autorizado para llevar a cabo su disposición final.

b. Registro de la declaración de los residuos peligrosos en el Sistema de Declaración y Seguimiento de Residuos Peligrosos (SIDREP).

c. Aprobación del proyecto y funcionamiento del sistema particular de alcantarillado que se implementó para la ejecución del Proyecto.

d. Aprobación ambiental de los permisos establecidos en los artículos 138, 140 y 142 del Reglamento del SEIA.

e. Registro del retiro de las aguas servidas que se generaron por la implementación de baños químicos.

Forma de seguimiento.

control y

Dado que el Proyecto es una regularización y se encuentra ejecutado, la fiscalización y seguimiento corresponde a la SMA.

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7.2.7 Norma: D.S. N* 594/1999 del Ministerio de Salud, Aprueba Reglamento sobre Condiciones Sanitarias y Ambientales Básicas en los Lugares de Trabajo, y sus modificaciones.

modificaciones.

Tabla 7.2.7. Norma: D.S. N* 594/1999 del Ministerio de Salud, Aprueba Reglamento sobre Condiciones Sanitarias y Ambientales Básicas en los Lugares de Trabajo, y sus

Componente/materia.

Residuos sólidos, emisión de efluentes líquidos y de contaminantes a la atmósfera.

Otros cuerpos legales.

Construcción, operación y cierre.

Fase del proyecto a la que aplica o en la que se da

Generación de efluentes líquidos y de contaminantes a la atmósfera, y también de residuos sólidos, conforme se detalla en el Considerando

sustancias a la que aplica.

cumplimiento. 4.3 de la presente Resolución. Parte, obra, acción, | En general, todos los residuos sólidos que se generaron durante la emisión, residuo o | ejecución del Proyecto, fueron acopiados temporalmente para su

posterior traslado a lugar autorizado para llevar a cabo su disposición final, según sus características y lo que se establece en la normativa ambiental vigente; todos los efluentes líquidos fueron recolectados, manejados y/o tratados, y dispuestos según sus características y conforme a lo que se establece en la normativa ambiental vigente; se implementaron medidas para controlar y/o minimizar la emisión de contaminantes a la atmósfera de manera que su emisión no genera la superación de las concentraciones límites que se establecen en la normativas de calidad del aire. Lo señalado precedentemente se detalla en el Considerando 4.3 de la presente Resolución.

La bodega de almacenamiento temporal de residuos domésticos, el patio de salvataje y la bodega de almacenamiento temporal de residuos peligrosos, tenían las características que se detallan en el Considerando 4.3 de la presente Resolución.

Además, durante la evaluación ambiental del Proyecto, se presentaron los antecedentes técnicos y los requisitos para el otorgamiento de los permisos ambientales sectoriales que se establecen en los artículos 138, 140 y 142 del Reglamento del SEIA.

Forma de cumplimiento.

a. Guía de despacho de los residuos a lugar autorizado para llevar a cabo su disposición final.

b. Registro de la declaración de los residuos peligrosos en el Sistema de Declaración y Seguimiento de Residuos Peligrosos (SIDREP).

c. Aprobación del Proyecto y funcionamiento del sistema particular de alcantarillado que se implementó para la ejecución del Proyecto.

d. Aprobación ambiental de los permisos establecidos en los artículos 138, 140 y 142 del Reglamento del SEIA.

e. Registro del retiro de las aguas servidas que se generaron por la implementación de baños químicos.

Indicador que acredita su | No aplica.

cumplimiento.

Forma de control y | Dado que el Proyecto es una regularización y se encuentra ejecutado, seguimiento. la fiscalización y seguimiento corresponde a la SMA.

7.2.8 Norma: D.S. N* 148/2003 del Ministerio de Salud, Aprueba Reglamento Sanitario Sobre Manejo de Residuos Peligrosos.

Tabla 7.2.8. Norma: D.S. N* 148/2003 del Ministerio de Salud, Aprueba Reglamento Sanitario Sobre Manejo de Residuos Peligrosos.

Componente/materia.

Residuos peligrosos.

Otros cuerpos legales.

Resolución Exenta N* 359/2005 del Ministerio de Salud, Aprueba Documento de Declaración de Residuos Peligrosos.

Fase del proyecto a la que aplica o en la que se da

Construcción y operación.

sustancias a la que aplica.

cumplimiento. Parte, Obra, acción, | Generación de residuos peligrosos por la ejecución de actividades de emisión, residuo o | mantención menores que se realizaron a la maquinaria, conforme se

detalla en el Considerando 4.3 de la presente Resolución.

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Forma de cumplimiento.

Los residuos peligrosos que se generaron fueron acopiados temporalmente para su posterior traslado a lugar autorizado para llevar a cabo su disposición final.

La bodega de almacenamiento temporal de residuos peligrosos tiene las características que se detallan en el Considerando 4.3 de la presente Resolución.

Durante la evaluación ambiental del Proyecto, se presentaron los antecedentes técnicos y los requisitos para el otorgamiento del permiso que se establece en el artículo 142 del Reglamento del SEIA.

Indicador que acredita su cumplimiento.

a. Guía de despacho de los residuos señalados a sitio de disposición final autorizados.

b. Registro de la declaración de los residuos peligrosos en el Sistema de Declaración y Seguimiento de Residuos Peligrosos (SIDREP).

Forma de seguimiento.

control y

Dado que el Proyecto es una regularización y se encuentra ejecutado, la fiscalización y seguimiento corresponde a la SMA y al Registro de la declaración de los residuos peligrosos en el Sistema de Declaración y seguimiento de Residuos Peligrosos (SIDREP).

7.2.9 Norma: D.S. N* 236/1926 del Ministerio de Higiene, Asistencia, Previsión y Trabajo, Reglamento General de Alcantarillados Particulares Fosas Sépticas, Cámaras Filtrantes, Cámaras de Contacto, Cámaras Absorbentes y Letrinas Domiciliarias.

Tabla 7.2.9. Norma: D.S, N* 236/1926 del Ministerio de Higiene, Asistencia, Previsión y Trabajo, Reglamento General de Alcantarillados Particulares Fosas Sépticas, Cámaras Filtrantes, Cámaras de Contacto, Cámaras Absorbentes y Letrinas Domiciliarias.

Componente/materia.

Emisión de efluentes líquidos.

Otros cuerpos legales.

No aplica.

Fase del proyecto a la que aplica o en la que se da

Construcción, operación y cierre.

sustancias a la que aplica.

cumplimiento. Parte, obra, acción, | Generación de aguas servidas por la presencia de los trabajadores. emisión, residuo o

Forma de cumplimiento.

Se generaron aguas servidas que fueron manejadas, tratadas y dispuestas, conforme se detalla en el Considerando 4.3 de la presente Resolución.

Durante la evaluación ambiental del Proyecto, se presentaron los antecedentes técnicos y los requisitos para el otorgamiento del permiso que se establece en el artículo 138 del Reglamento del SEIA.

Indicador que acredita su cumplimiento.

a. Aprobación del Proyecto y funcionamiento del sistema particular de alcantarillado que se implementó para la ejecución de éste.

b. Aprobación ambiental del permiso establecido en el artículo 138 del Reglamento del SEIA.

c. Registro del retiro de las aguas servidas que se generaron por la implementación de baños químicos.

Forma de seguimiento.

control y

Dado que el Proyecto es una regularización y se encuentra ejecutado, la fiscalización y seguimiento corresponde a la SMA.

7.2.10 Norma: D.F.L. N? 1/1989 del Ministerio de Salud, Determina Materias que requieren Autorización Sanitaria Expresa.

Tabla 7.2.10. Norma: D.F.L. N* 1/1989 del Ministerio de Salud, Determina Materias Que Requieren Autorización Sanitaria Expresa.

Componente/materia.

Residuos sólidos y emisión de efluentes.

Otros cuerpos legales.

No aplica.

Fase del proyecto a la que aplica o en la que se da

Construcción, operación, cierre.

sustancias a la que aplica.

cumplimiento. Parte, Obra, acción, | Emisión de efluentes y residuos sólidos, conforme se detalla en el emisión, residuo o | Considerando 4.3 de la presente Resolución.

Forma de cumplimiento.

En general, todos los residuos sólidos que se generaron durante la

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e. Se prohibirá dejar residuos, peligrosos o domésticos, en el suelo, sin la protección respectiva.

f. Las actividades de carga de combustible, trasvasije y/o mantención de maquinarias, vehículos y equipos, se llevará a cabo en áreas autorizadas que contarán con sistemas para contener derrames.

g. Todos los contenedores con sustancia o residuos peligrosos, estarán almacenados adecuadamente, en recintos cercados, techados y con sistemas para contener derrames, como pretil de contención. En caso de almacenamientos provisorios, el pretil y el piso de dichos recintos, serían revestidos, totalmente, con plástico de alta densidad y resistentes a condiciones ambientales, como temperatura, lluvias y radiación, entre otros).

Forma de control y seguimiento.

Registros de capacitación, que serán archivados y estarán disponibles en la faena.

Referencia a documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada.

Adenda Complementaria, Anexo 01.

Acciones oO medida a implementar para controlar la emergencia.

j. En caso de que, como resultado de la evaluación de la dimensión,

a. Se cortará cualquier fuente de energía eléctrica, chispas o fuego que pudiera entrar en contacto con el combustible derramado.

b. Se eliminará toda fuente de ignición, en un radio de 50 metros alrededor del estanque; e, igual distancia alrededor del derrame, si lo hubiera.

Cc. Si no hubiera fuego, no se usará agua para evitar diluir el derrame, ya que esto causaría que el combustible flotara sobre ella, aumentando el área contaminada. Los derrames se contendrán con barreras de arena o tierra, de modo que no se extendiera y, en especial, que no alcanzara cursos de agua, de cualquier naturaleza.

d. Una vez localizado el origen o determinada la extensión de la zona afectada por el derrame, se señalizará y acordonará la zona contaminada, con barreras o cintas de seguridad.

e. Una vez contenido el derrame, dependiendo de su magnitud, se recolectaría la sustancia derramada; y, en caso de que la sustancia llegue a suelo descubierto, se extraería el suelo contaminado y se manejaría como residuo peligroso.

f. En el caso de derrames menores, éste se recolectaría con balde y pala, que serán parte del kit de emergencia.

g. Todo el material contaminado será recogido y dispuesto en contenedores habilitados para residuos peligrosos.

h. Se procederá a limpiar la zona contaminada, y descontaminar los equipos que hubiesen estado en contacto con el derrame.

  1. Solamente se podrá recuperar el combustible derramado, si no hay riesgo de inflamación.

amplitud, tipo de residuo, complejidad del medio en que se da la

emergencia, entre otros, se determinara que el derrame, o

dispersión de residuos peligrosos, fuera de consideración, se

realizará lo siguiente:

i. Una vez contenido y recolectado el residuo, se tomarán muestras de suelo por parte de un laboratorio autorizado, las cuales serán analizadas para determinar la liberación del área potencialmente afectada.

li. Se evaluará y determinará la amplitud de la contaminación, luego de lo cual se tomarán medidas acordes a la contaminación generada, que estarán en línea con la magnitud del evento.

Oportunidad y vías de comunicación a la SMA de la activación del Plan.

Se informará a la Superintendencia del Medio Ambiente (SMA) de acuerdo con lo establecido en su Res. Ex. N* 885, de fecha 21 de septiembre de 2016.

Referencia a documentos del expediente de evaluación que contenga

Adenda Complementaria, Anexo 01.

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| la descripción detallada.

10.2

Situación de riesgo o contingencia: Riesgo de afectar el recurso natural flora y vegetación

vegetación.

Tabla 10.2. Situación de riesgo o contingencia: Riesgo de afectar el recurso natural flora y

Riesgo o contingencia.

Eventual afectación del recurso natural flora y vegetación, dentro y fuera del área definida para la ejecución de las partes, obras y actividades del Proyecto.

Fase del proyecto a la que aplica.

Construcción, operación y cierre.

Emplazamiento, parte, obra o acción asociada.

Todas las obras y actividades asociadas a las fases de ejecución del Proyecto.

Acciones o medidas a implementar para prevenir la contingencia.

a. Se protegerá la flora que rodea las áreas asignadas para realizar actividades de perforación e implementación de la instalación de faena.

Antes de iniciar alguna nueva actividad en nuevas áreas, y de ser necesario, se coordinará la realización de una visita al terreno que será intervenido, con personal especialista, para inspeccionar y evaluar la existencia de especies silvestres amenazadas y/o protegidas.

Se prohibirá la intervención o realización de trabajos en áreas que estuvieran fuera de las autorizadas para la ejecución del Proyecto. Se prohibirá cortar, extraer, remover, quemar y/o dañar toda especie de flora y vegetación, incluyendo semillas, bulbos y frutos, entre otros, en áreas que estuvieran fuera de las definidas para la ejecución de las operaciones y actividades del Proyecto.

Sobre la flora y vegetación, no se arrojarán aguas servidas de lavado de equipos, maquinarias, vehículos; enjuagues, O remanentes, de bidones o tambores, en ninguna fase de ejecución del Proyecto.

Forma de control

seguimiento.

y

Registros de capacitación, que serán archivados y estarán disponibles en la faena, mientras durase la misma.

Referencia a documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada.

Adenda Complementaria, Anexo 01.

Acciones o medida a implementar para controlar la emergencia.

En caso de que se corte o extraiga un individuo, que no hubiera sido considerado en el programa original de construcción y habilitación de plataformas y caminos, éste será repuesto en el área inmediata al sector en que se hubiese realizado la intervención.

Oportunidad y vías de comunicación a la SMA de la activación del Plan.

Se presenta un informe semestral a la SMA, en el que se informa el estado actual de los alrededores de las plataformas, indicando en éste si es que se afectó algún individuo nuevo y, de haber sucedido esto, en el mismo informe se incorpora el procedimiento realizado para reponerlo, al igual que un registro fotográfico del proceso.

Referencia a documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada.

Adenda Complementaria, Anexo 01.

10.3

Situación de riesgo o contingencia: Riesgo de afectar el recurso natural fauna.

Tabla 10.3. Situación de riesgo o contingencia: Riesgo de afectar el recurso natural fauna.

Riesgo o contingencia.

Riesgo de afectar el recurso natural fauna que se pudiera encontrar en el área en que se emplazará el Proyecto.

Fase del proyecto a la que aplica.

Construcción, operación y cierre.

Emplazamiento, — parte, obra o acción asociada.

Todas las obras y actividades asociadas a las fases de ejecución del Proyecto.

Acciones o medidas a implementar para prevenir la

a. Antes de iniciar alguna nueva actividad en nuevas áreas, y de ser necesario, se coordinará la realización de una visita al terreno que será intervenido, con personal especialista, para inspeccionar y

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contingencia.

evaluar la existencia de especies silvestres amenazadas y/o protegidas.

b. Se prohibirá la intervención o realización de trabajos en áreas que estuvieran fuera de las autorizadas para la ejecución del Proyecto.

c. Se prohibirá cazar, molestar, capturar, dañar, colectar, eliminar y/o dar alimento a la fauna silvestre.

d. Se prohibirá perturbar o intervenir el hábitat natural de la fauna silvestre.

e. Se prohibirá destruir y sacar huevos de los nidos y/o guaridas.

f. Se reportará el hallazgo de animales heridos o muertos a la supervisión.

g. Se prohibirá, en todas las áreas de ejecución de las obras e

instalaciones del Proyecto, introducir animales domésticos, como gatos y perros.

evaluación que contenga la descripción detallada.

Forma de control y | Registros de capacitación, que serán archivados y estarán disponible en seguimiento. la faena, mientras durase la misma.

Referencia a | Adenda Complementaria, Anexo 01.

documentos del

expediente de

Acciones o medida a implementar para controlar la emergencia.

a. En caso de resultar herida alguna especie de fauna dentro del área en que se emplaza el Proyecto, ésta será trasladada de forma inmediata auna clínica veterinaria, para su tratamiento.

b. Posteriormente, se realizará la reincorporación de esta especie a su

hábitat natural, mediante el apoyo de profesionales especialistas.

Oportunidad y vías de comunicación a la SMA

Se dará aviso a la SMA del accidente ocurrido; y, al finalizar el proceso con la especie, se entregará un informe que contendría todo el

evaluación que contenga la descripción detallada.

de la activación del | procedimiento que se hubiera realizado hasta su reincorporación a su Plan. hábitat original, acompañado de un registro fotográfico del proceso. Referencia a | Adenda Complementaria, Anexo 01.

documentos del

expediente de

10.4 Situación de riesgo

o contingencia: Riesgo de afectar el recurso natural agua.

Tabla 10.4. Situación de riesgo o contingencia: Riesgo de afectar el recurso natural agua.

Riesgo o contingencia.

Riesgo de afectar el recurso natural agua, específicamente el agua del río Rocín, por derrame de sustancias peligrosas o dispersión de residuos.

Fase del proyecto a la que aplica.

Construcción, operación y cierre.

Emplazamiento, — parte, Obra o acción asociada.

Todas las obras y actividades asociadas a las fases de ejecución del Proyecto.

Acciones o medidas a implementar para prevenir la contingencia.

a. Antes de iniciar alguna nueva actividad en nuevas áreas, en caso de que existir un cuerpo de agua, se evaluará la necesidad de coordinar la realización de una visita al terreno que sería intervenido, con personal especialista, para inspeccionar y evaluar la existencia de especies silvestres acuáticas, amenazadas y/o protegidas.

Se prohibirá la intervención o realización de trabajos en áreas que estuvieran fuera de las autorizadas para la ejecución del Proyecto. Las áreas en que se realizará la carga de combustible, se ubicarán a una distancia segura de las áreas ambientalmente sensibles, tales como cuerpos de agua.

Se prohibirá el vertimiento de cualquier tipo de sustancia o residuo a los cauces de agua.

En la superficie del terreno de las áreas de trabajo, se colocará una carpeta plástica HDPE impermeable, que captará y contendrá posibles derrames, de cualquier sustancia, para evitar el contacto con el suelo desnudo y la posible infiltración de la sustancia que se hubiera derramado.

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f. Se prohibirá el lavado de maquinaria, tambores u otros materiales, en cuerpos de agua o suelo desnudo.

g. Se prohibirá la perturbación o intervención del hábitat natural de la fauna acuática.

Forma de control y Registros de capacitación, que serán archivados y estarán disponibles en

seguimiento. la faena, mientras durase la misma. Referencia a | Adenda Complementaria, Anexo 01. documentos del

expediente de

evaluación que contenga la descripción detallada. Acciones o medida a | En caso de generarse la dispersión de algún residuo peligroso o sustancia

implementar para | química en el cauce del río Rocín, se tomarán las siguientes medidas: controlar la | a. Se evaluará la dimensión, amplitud y complejidad de la dispersión. emergencia. b. Se privilegiará el retiro de los residuos del cauce, por lo que se hará

la recolección inmediata de ellos y su disposición en contenedores para su almacenamiento temporal. Los contenedores se ubicarán en la bodega de almacenamiento temporal de residuos peligrosos.

c. Se tomarán las medidas que fuesen necesarias para prevenir la ocurrencia de un nuevo evento y se corregirían los mecanismos o protocolos que podrán haber fallado.

d. En caso de no lograr recolectar todos los residuos sólidos peligrosos que se podrán haber dispersado en el momento, se definirá una cuadrilla de trabajadores que realizará la limpieza del área, considerando todos los cuerpos de agua que hubiesen sido afectados.

e. Se liberará el área afectada, una vez que se determine que todos los residuos hubieran sido levantados del lugar.

En caso de que, como resultado de la evaluación de la dimensión, amplitud, tipo de residuo, complejidad del medio en que se da la emergencia, entre otros, se determinara que el derrame, o dispersión de residuos peligrosos, fuera de consideración, se realizará lo siguiente:

a. Una vez contenido y recolectado el residuo, se tomarán muestras de suelo por parte de un laboratorio autorizado, las cuales serán analizadas para determinar la liberación del área potencialmente afectada.

b. Se activará el protocolo de comunicación a las autoridades competentes.

c. Se evaluará y determinará la amplitud de la contaminación y se tomarán medidas acordes a la contaminación generada. Por ejemplo, se realizará el corte temporal del paso del agua, la incorporación de filtros o tamizadores temporales, u otras medidas que sean acordes a la magnitud del evento.

d. Se monitoreará la calidad del agua, en dos puntos, aguas abajo del punto de dispersión, hasta corroborar que la dispersión no hubiera generado algún riesgo para la población y fuese seguro volver a utilizar esta agua.

Oportunidad y vías de | Se informará a la SMA apenas ocurra la emergencia; y, se iniciará el

comunicación a la SMA | protocolo de información.

de la activación del | Una vez controlada la emergencia, se enviarán informes a las

Plan. autoridades competentes. Referencia a | Adenda Complementaria, Anexo 01. documentos del

expediente de

evaluación que contenga la descripción detallada.

10.5 Situación de riesgo o contingencia: Dispersión, derrame o contaminación con residuos sólidos domiciliarios y/o peligrosos.

Tabla 10.5. Situación de riesgo o contingencia: Dispersión, derrame o contaminación con residuos

sólidos domiciliarios y/o peligrosos.

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Riesgo o contingencia,

Dispersión, derrame o contaminación con residuos sólidos domiciliarios y/o peligrosos por el manejo inadecuado de ellos.

Fase del proyecto a la que aplica.

Construcción, operación y cierre.

Emplazamiento, parte, Obra o acción asociada.

Todas las obras y actividades asociadas a las fases de ejecución del Proyecto.

Acciones o medidas a

implementar para prevenir la contingencia.

a.

Se instalarán contenedores, debidamente rotulados, para los distintos tipos de residuos que se generarán durante las fases de ejecución del Proyecto. Los contenedores se ubicarán en lugares cercanos a la zona de trabajo o en áreas de responsabilidad del Titular, y se implementarán medidas para evitar derrames u otros incidentes, tales como incendios e intoxicaciones, entre otros.

Se capacitará al personal en el correcto manejo de los residuos.

Los lugares de almacenamiento temporal de residuos, se mantendrán limpios y ordenados, de manera permanente.

Durante todas las fases de ejecución del Proyecto, se realizará el traslado inmediato de los residuos que se hubieran generados, hacia su área respectiva de almacenamiento temporal o hacia su lugar de disposición final.

Forma de control y seguimiento.

Se mantendrán actualizados los registros de los residuos que se hubieran generado.

Se informarán todos los incidentes relacionado con la manipulación de los residuos, incluyendo el transporte y almacenamiento de éstos.

Referencia a documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada.

Adenda Complementaria, Anexo 01.

Acciones o medida a

implementar para controlar la emergencia.

En caso de la ocurrencia de dispersión de residuos sólidos domésticos: a. b.

En caso de la ocurrencia de la dispersión de residuos peligrosos:

a.

b.

f

Se evaluará la dimensión, amplitud y complejidad de la dispersión. Se realizará la recolección inmediata de los residuos, disponiéndolos en contenedores para almacenamiento temporal que se ubicarán en la bodega de almacenamiento temporal de residuos. Se tomarán las medidas que fuesen necesarias para prevenir la ocurrencia de un nuevo evento y se corregirán los mecanismos o protocolos que podrán haber fallado.

Se evitar que la dispersión llegue a algún recurso hídrico; y, de ser este el caso, se privilegiará el retiro de estos residuos del cauce.

En caso de no lograr recolectar todos los residuos sólidos domésticos que pudieron haberse dispersado en el momento, se definirá una cuadrilla de trabajadores que realizará la limpieza del área y aguas abajo de la misma.

Se liberará el área afectada, una vez que se determine que todos los residuos hubieran sido levantados del lugar.

Se evaluará la dimensión, amplitud y complejidad de la dispersión. Se realizará la recolección inmediata de los residuos, disponiéndolos en contenedores para almacenamiento temporal que se ubicarán en la bodega de almacenamiento temporal de residuos.

Se tomarán las medidas que fuesen necesarias para prevenir la ocurrencia de un nuevo evento y se corregirán los mecanismos o protocolos que podrán haber fallado.

Se evitar que la dispersión llegue a algún recurso hídrico; y, de ser este el caso, se privilegiará el retiro de estos residuos del cauce.

En caso de no lograr recolectar todos los residuos peligrosos que pudieron haberse dispersado en el momento, se definirá una cuadrilla de trabajadores que realizará la limpieza del área y aguas abajo de la misma.

Se liberará el área afectada, una vez que se determine que todos los residuos hubieran sido levantados del lugar.

Oportunidad y vías de

Se informará a la SMA de acuerdo con lo establecido en su Res. Ex. N?

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comunicación a la SMA

885, de fecha 21 de septiembre de 2016.

de la activación del

Plan.

Referencia a | Adenda Complementaria, Anexo 01. documentos del

expediente de

evaluación que contenga la descripción detallada.

10.6 Situación de riesgo

o contingencia: Derrame de sustancias peligrosas.

Tabla 10.6. Situación de riesgo o contingencia: Derrame de sustancias peligrosas.

Riesgo o contingencia.

Derrame de sustancias peligrosas en cualquier área asociada a las partes, obras y actividades que conformarían el Proyecto.

Fase del proyecto a la que aplica.

Construcción, operación y cierre.

Emplazamiento, — parte, obra o acción asociada.

Obras de mantención y operación de diversas maquinarias y equipos que se emplearán para la ejecución de las actividades que conformarán el Proyecto.

Acciones o medidas a implementar para prevenir la contingencia.

a.

Todas las sustancias peligrosas estarán debidamente rotuladas y almacenadas de acuerdo con lo que se establece al respecto en las normativas vigentes, y de acuerdo a la condición en que se encontrarán, es decir, líquida, sólida, a granel, en contenedores, en estanques u otros. Se realizarán charlas para el personal, referidas a la manipulación segura y sobre las normas establecidas para las sustancias químicas y de combustible. Se mantendrá un kit de emergencia en el sector en que se realizarán actividades de carga, descarga y almacenamiento de residuos peligrosos. A su vez, se contará con paños de absorción para limpieza. El transporte de hidrocarburos al área en que se emplazaría el Proyecto, será realizado por un tercero autorizado, al cual se le solicitarán los documentos legales y de seguridad que acreditarán que esto se realizará según lo establecido en el D.S. N* 298/1994 del Ministerio de Transporte y Telecomunicaciones, Reglamenta Transporte de Cargas Peligrosas por Calles y Caminos. Estos antecedentes serán archivados en el área de ejecución del Proyecto. Respecto del transporte de sustancias peligrosas, como por ejemplo combustible, que sería abastecido por camión surtidor autorizado, se realizará el control de los siguientes aspectos: i. El vehículo utilizado estaría en buenas condiciones de circular, y con su documentación al día. ii.El vehículo contaría con señalización, conos de seguridad, extintores, conexión a tierra, ficha de carga de combustible. iii. Tener todas las hojas de seguridad de cada sustancia peligrosa que fuera transportada. Se mantendrá pala en equipos de mantención de maquinaria, para controlar posibles derrames, junto con baldes de arena o aserrín, para la absorción de éste. También se dispondrá de guaipes para la limpieza de los hidrocarburos. Los residuos provenientes de derrames de hidrocarburos se dispondrán en tambores, cerrados herméticamente, que se colocarán junto a los lugares de carga para su almacenamiento temporal, como residuo peligroso, y su posterior envío a disposición final.

Forma de control y seguimiento.

El control de las sustancias peligrosas se efectuará mediante la designación de un responsable de tales insumos, manteniéndose un listado actualizado de dichas sustancias.

Toda sustancia peligrosa será previamente autorizada para su uso, incluyendo el combustible.

Se usarán hojas de seguridad para aquellos aditivos y aceites que serán utilizados en las perforaciones.

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Referencia a documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada.

Adenda Complementaria, Anexo 01.

Acciones o medida a implementar para controlar la emergencia.

Se cortará cualquier fuente de energía eléctrica, chispas, o fuego que pueda entrar en contacto con el combustible derramado.

Se eliminará toda fuente de ignición, en un radio de 50 metros alrededor del estanque; e, igual distancia alrededor del derrame, si lo hubiera.

Si no hubiera fuego, no se usaría agua para evitar diluir el derrame, ya que esto causará que el combustible flotara sobre ella, aumentando el área contaminada. Los derrames se contendrán con barreras de arena o tierra, de modo que no se extendiera y, en especial, que no alcanzara cursos de agua, de cualquier naturaleza. Una vez localizado el origen o determinada la extensión de la zona afectada por el derrame, se señalizará y acordonará la zona contaminada, con barreras o cintas de seguridad.

Una vez contenido el derrame, dependiendo de su magnitud, se recolectará la sustancia derramada; y, en caso de que la sustancia llegue a suelo descubierto, se extraerá el suelo contaminado y se manejará como residuo peligroso,

En el caso de derrames menores, éste se recolectará con balde y pala, que serán parte del kit de emergencia.

Todo el material contaminado será recogido y dispuesto en contenedores habilitados para residuos peligrosos.

Se procederá a limpiar la zona contaminada, y descontaminar los equipos que hubiesen estado en contacto con el derrame.

Solamente se podrá recuperar el combustible derramado, si no hay riesgo de inflamación.

Oportunidad y vías de comunicación a la SMA

Se informará a la SMA de acuerdo con lo establecido en su Res. Ex. N* 885, de fecha 21 de septiembre de 2016.

de la activación del

Plan.

Referencia a | Adenda Complementaria, Anexo 01. documentos del

expediente de

evaluación que contenga

la descripción detallada.

10.7 Situación de riesgo

o contingencia: Derrame de combustible.

Tabla 10.7. Situación de riesgo o contingencia: Derrame de combustible.

Riesgo o contingencia.

Riesgo de derrame de combustible en cualquier área asociada a las partes, obras y actividades que conformarían el Proyecto.

Fase del proyecto a la que aplica.

Construcción, operación y cierre.

Emplazamiento, — parte, obra o acción asociada.

Obras de mantención y operación de diversas maquinarias y equipos que se emplearán para la ejecución de las actividades que conformarán el Proyecto.

Acciones o medidas a implementar para prevenir la contingencia.

a.

Se realizarán charlas para el personal que laborará en las faenas del Proyecto, sobre la manipulación segura y normas establecidas para el combustible.

Para la actividad de carga y descarga de combustible, se designará un responsable único, que estará capacitado y supervisará esta actividad, cada vez que fuese requerido.

Para la carga y descarga de combustible, se utilizarán mangueras y llaves que no tuvieran filtraciones, y equipos adecuados, para el trasvasije o traspaso de hidrocarburo hacia la maquinaria o los generadores.

Se mantendrá un kit de emergencia en el sector de carga y descarga de combustible. A su vez, se contará con paños de absorción para

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limpieza. En la superficie del terreno del área de carga, se colocará una carpeta plástica HDPE impermeable, que captará y contendrá posibles derrames de combustible. Para el caso del estanque de combustible, éste contará con un pretil de contención que tendrá capacidad para el 110 % del volumen del estanque. Las áreas en que se realizará la carga de combustible, se ubicarán a una distancia segura de las áreas ambientalmente sensibles, tales como cuerpos de agua. Con el fin de minimizar el riesgo de incendios, se implementarán precauciones de seguridad al respecto, en todas las áreas de carga de combustible. El transporte de hidrocarburos al área en que se emplazará el Proyecto será realizado por un tercero autorizado, al cual se le solicitarán los documentos legales y de seguridad que acreditarán que esto se realizará según lo establecido en el D.S. N* 298/1994 del Ministerio de Transporte y Telecomunicaciones, Reglamenta Transporte de Cargas Peligrosas por Calles y Caminos. Estos antecedentes serían archivados en el área de ejecución del Proyecto. Respecto del transporte de combustible, que será abastecido por camión surtidor autorizado, se realizará el control de los siguientes aspectos: i. El vehículo utilizado estuviera en buenas condiciones de circular, y con su documentación al día. ii. El vehículo contará con señalización, conos de seguridad, extintores, conexión a tierra, ficha de carga de combustible. iii. Tener todas las hojas de seguridad de cada sustancia peligrosa que fuera transportada. Las actividades de manejo de hidrocarburos se realizarán lejos de cuerpos de agua. Se mantendrá pala en equipos de mantención de maquinaria, para controlar posibles derrames, junto con baldes de arena o aserrín, para la absorción de éste. También se dispondrá de guaipes para la limpieza de los hidrocarburos. Los residuos provenientes de derrames de hidrocarburos, se dispondrán en tambores, cerrados herméticamente, que se colocarán junto a los lugares de carga de los mismos, para su almacenamiento temporal, como residuo peligroso, y su posterior envío a disposición final.

Forma de seguimiento.

control y

b.

El control de las sustancias peligrosas se efectuará mediante la designación de un responsable de tales insumos, manteniéndose un listado actualizado de dichas sustancias.

Toda sustancia peligrosa será previamente autorizada para su uso, incluyendo el combustible.

Referencia a documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada.

Adenda Complementaria, Anexo 01.

Acciones o medida a implementar para controlar la emergencia.

Emergencia del camión que suministrará el combustible: i. Choque o colisión del camión, sin compromiso del combustible:

(i). Se colocarán barreras o señalización para evitar choques de

otros vehículos.

(ii). El camión volcado con combustible no será girado a su posición normal con carga hasta que hubiese sido vaciado previamente, ya que podrá romperse los estanques y causar un derrame.

ii. Choque o colisión del camión con derrame del combustible.

(i). Se aislará el sector.

(ii). Se colocarán barreras de contención para derrames.

(iii). El camión volcado con combustible no será girado a su

posición normal con carga hasta que hubiese sido vaciado

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previamente, ya que podrá romperse los estanques y causar un derrame.

b. Derrame en la descarga de combustible:

i. Se accionarán las válvulas de fondo, cerrándolas.

li. Se contendrá el derrame, con arena u otro material adecuado, evitando que llegue a cauces de agua.

c. Fuego durante la descarga de combustible:

i. Descarga el petróleos combustibles o diésel:

(1). Se cerrará la válvula de fondo del camión y se apagará el fuego con dos extintores que se accionarán simultáneamente, ya que siempre estarán en dicho lugar durante la actividad de descarga, y se cerrarán las válvulas del estanque receptor, si éste es sobre superficie.

(ii). En caso que el fuego alcance la parte superior del camión, se actuarán las válvulas de seguridad. El fuego en la parte superior del estanque sería apagado con un extintor portátil, actuando desde igual altura o superior a ésta. De no ser esto posible, se desplazará el fuego mediante la implementación de una cortina de agua o se actuará con un extintor rodante de espuma.

ii. Derrame desde el estanque de almacenamiento de combustible: (i). El estanque de combustible contará con un pretil de

hormigón que podrá contener el 110% del volumen del estanque. Además, el fondo del pretil contará con una carpeta de HDPE.

(ii). Se utilizará el kit de emergencia en el sector de carga y descarga de combustible. A su vez se contará con paños de absorción para limpieza.

d. Emergencias mayores:

i. En caso de explosiones, incendios, accidentes graves o fatales, y dado que no se podrá preestablecer un procedimiento formal dado las múltiples variables imponderables, se realizará lo siguiente:

(i). Se aislará el sector.

(ii). Se tratar de minimizar las consecuencias.

e. En general:

i. Todo el material contaminado será recogido y dispuesto en

contenedores habilitados para residuos peligrosos.

Se procederá a limpiar la zona contaminada y descontaminar los

equipos que hubiesen estado en contacto con el derrame.

iii, Una vez superada la emergencia, se evaluará la situación que la originó y las medidas aplicadas, para establecer la mejora continua en las actividades relacionadas.

ii.

Oportunidad y vías de comunicación a la SMA

Se informará a la SMA de acuerdo con lo establecido en su Res. Ex. N? 885, de fecha 21 de septiembre de 2016.

de la activación del

Plan.

Referencia a | Adenda Complementaria, Anexo 01. documentos del

expediente de

evaluación que contenga la descripción detallada.

10.8 Situación de riesgo

o contingencia: Derrame de aditivos y/o lodos de rechazo.

Tabla 10.8. Situación de riesgo o contingencia: Derrame de aditivos y/o lodos de rechazo.

Riesgo o contingencia.

Riesgo derrame de aditivos y/o lodos de rechazo que podrá generar la eventual contaminación del área en que se ejecutaría el Proyecto.

Fase del proyecto a la que aplica.

Operación.

Emplazamiento, — parte, Obra o acción asociada.

Realización de sondajes y transporte de lodos hacia disposición final durante la fase de operación del Proyecto.

Acciones o medidas a

a. Se realizarán charlas al personal sobre la manipulación segura y

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implementar para prevenir la contingencia.

g.

normas establecidas para el sistema de aditivos.

Los envases de aditivos y sacos biodegradables de los lodos de rechazo, se ubicarán dentro del área de trabajo (plataforma) de 5x5 m de superficie aproximada, junto a la máquina de sondaje.

En el terreno, se mantendrá la hoja de datos de seguridad del aditivo que se utilizará en las actividades de perforación.

Se utilizarán mangueras y llaves que no tuvieran filtraciones, y equipos adecuados, para el trasvasije o traspaso de aditivo y lodos de perforación.

Se mantendrá un kit de emergencia en el sector de trabajo en caso de que haya vertimiento de aditivo o lodo deshidratado. A su vez, se contará con paños de absorción para limpieza.

En la superficie del terreno del área de carga, se colocará una carpeta plástica HDPE impermeable, que captará y contendrá posibles derrames de aditivos o de lodo.

Todo el personal conocerá los procedimientos de transporte y trasvasije de aditivos y lodo.

Forma de control y

Se llevará registro del personal asistente a las charlas, al igual que el

evaluación que contenga la descripción detallada.

seguimiento. nombre del encargado de realizar las mismas. Referencia a | Adenda Complementaria, Anexo 01. documentos del

expediente de

Acciones O medida a

En caso de vertimiento del saco con la torta de lodo durante el

implementar para | transporte, al ser éste un sólido, será retirado con palas y se removerá el controlar la | suelo mezclado, separándolo del suelo limpio que quedaría debajo. emergencia.

Oportunidad y vías de comunicación a la SMA de la activación del Plan.

Se informará a la SMA de acuerdo con lo establecido en su Res. Ex. N* 885, de fecha 21 de septiembre de 2016.

evaluación que contenga la descripción detallada.

Referencia a | Adenda Complementaria, Anexo 01. documentos del expediente de

10.9

Situación de riesgo o contingencia: Riesgo de incendio o amago de incendio.

Tabla 10.9. Situación de riesgo o contingencia: Riesgo de incendio o amago de incendio.

Riesgo o contingencia.

Riesgo de incendio o amago de incendio que se podría generar en el área en que se emplazaría el Proyecto.

Fase del proyecto a la que aplica.

Construcción, operación y cierre.

Emplazamiento, — parte, obra o acción asociada.

Todas las actividades relacionadas con la manipulación, traslado o uso de sustancias inflamables, como la operación de maquinarias, carga de combustible y traslados de éste.

Acciones o medidas a implementar para prevenir la contingencia.

a. b.

Se contará con un procedimiento de trabajo seguro.

Se prohibirá fumar en todos los lugares en que se manejen insumos inflamables o combustibles, y en áreas con riesgo de incendios o donde las normas aplicables y de seguridad no lo permitieran. Además, los lugares de almacenamiento de estos insumos cumplirán con lo establecido en la normativa vigente.

Se implementará señalización de “Prohibido fumar” y “Material inflamable”.

Forma de control y seguimiento.

Se realizará revisión constante de la señalización asociada y mantención del procedimiento de trabajo.

evaluación que contenga

Referencia a | Adenda Complementaria, Anexo 01. documentos del expediente de

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la descripción detallada.

Acciones o medida a

implementar para controlar la emergencia.

Amago de incendio:

i. Se desenergizará el suministro eléctrico, de las áreas o equipos

comprometidos, bajando el interruptor principal de la

alimentación.

Se tratará de controlar el amago con los extintores o los sistemas

automáticos de incendio que estuvieran disponibles en el lugar.

Si no fuese posible apagar el fuego, se dará la alarma, llamando

por el medio más expedito e indicando el lugar exacto y el tipo

de materiales en combustión.

Incendio:

i. Se activará el procedimiento de emergencia local, avisando y solicitando los apoyos de contención necesarios, como Carabineros y Bomberos, entre otros

ii.

ii.

Oportunidad y vías de comunicación a la SMA

Se informará a la SMA de acuerdo con lo establecido en su Res. Ex. N? 885, de fecha 21 de septiembre de 2016.

evaluación que contenga la descripción detallada.

de la activación del

Plan.

Referencia a | Adenda Complementaria, Anexo 01. documentos del

expediente de

10.10 Situación de riesgo

o contingencia: Riesgo de fenómenos climáticos.

Tabla 10.10, Situación de

riesgo o contingencia: Riesgo de fenómenos climáticos.

Riesgo o contingencia.

Riesgo de fenómenos climáticos, como temporales de lluvia o nieve, que pusieran en riesgo el desarrollo del Proyecto y/o la integridad de los trabajadores.

Fase del proyecto a la que aplica.

Construcción, operación y cierre.

Emplazamiento, — parte, obra o acción asociada.

Todas las obras y actividades asociadas a las fases de ejecución del Proyecto.

Acciones o medidas a

implementar para prevenir la contingencia.

a. Se realizarán charlas de seguridad, sobre el procedimiento general para actuar ante la ocurrencia de temporales de lluvia o nieve.

b. Se realizará monitoreo semanal y diario de las condiciones del tiempo para el área de Proyecto.

c. En caso de tormenta o nevazón, se instruirá al personal para que finalizar las tareas, el cierre las instalaciones y bajar al campamento.

d. Se indicará el retorno a las labores, una vez se verifiquen los accesos

y condiciones del área en que se emplazará el Proyecto.

evaluación que contenga la descripción detallada.

Forma de control y | Se mantendrá un reporte, diario simple, de las condiciones climáticas en seguimiento. las oficinas que se ubicarán en el área del campamento.

Referencia a | Adenda Complementaria, Anexo 01.

documentos del

expediente de

Acciones o medida a implementar para controlar la emergencia.

No hay.

Oportunidad y vías de comunicación a la SMA

No aplica.

evaluación que contenga la descripción detallada.

de la activación del

Plan.

Referencia a | Adenda Complementaria, Anexo 01. documentos del

expediente de

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10.11

Situación de riesgo o contingencia: Riesgo de sismos.

Tabla 10.11. Situación de riesgo o contingencia: Riesgo de sismos.

Riesgo o contingencia.

Riesgo de sismos mientras se desarrollan actividades dentro del área en que se emplazará el Proyecto.

Fase del proyecto a la que aplica.

Construcción, operación y cierre.

Emplazamiento, — parte, obra o acción asociada.

Todas las obras y actividades asociadas a las fases de ejecución del Proyecto.

Acciones o medidas a

implementar para prevenir la contingencia.

a. Realización de charlas de seguridad, donde se entregará el procedimiento general para actuar ante la ocurrencia de sismos.

b. Se definirán las zonas de seguridad.

c. La integridad de las personas será el primer valor que proteger.

d. Los equipos o instalaciones serán desconectadas del suministro eléctrico, para evitar posibles incendios.

Forma de control y

En el campamento se mantendría el registro de la realización de charlas

evaluación que contenga la descripción detallada.

seguimiento. de seguridad.

Referencia a | Adenda Complementaria, Anexo 01. documentos del

expediente de

Acciones o medida a

En el caso de ocurrir un sismo, los trabajadores se alejarán de las zonas

implementar para | donde hubiera peligro latente de derrumbes de materiales y se dirigirán controlar la | hacia las zonas de seguridad previamente definidas. emergencia.

Oportunidad y vías de comunicación a la SMA de la activación del Plan.

No aplica.

Referencia a documentos del expediente de

evaluación que contenga la descripción detallada.

Adenda Complementaria, Anexo 01.

10.12 Situación de riesgo o contingencia: Riesgo de funcionamiento defectuoso de las fosas sépticas y/o la planta de tratamiento de aguas servidas.

Tabla 10.12. Situación de riesgo o contingencia: Riesgo de funcionamiento defectuoso de las fosas sépticas y/o la planta de tratamiento de aguas servidas.

Riesgo o contingencia.

Riesgo de funcionamiento defectuoso de las fosas sépticas y/o la planta de tratamiento de aguas servidas, que pudiera generar filtraciones de aguas servidas no tratadas.

Fase del proyecto a la que aplica.

Construcción, operación y cierre.

Emplazamiento, — parte, obra o acción asociada.

Todas las instalaciones asociadas a la recolección, tratamiento y disposición de las aguas servidas.

Acciones o medidas a

Realización de mantenciones y revisiones periódicas del sistema de

implementar para | alcantarillado. prevenir la contingencia.

Forma de control y seguimiento.

En el área del campamento, se mantendrán certificados de retiro de los lodos de la planta de tratamiento de aguas servidas y de las mantenciones al sistema particular de alcantarillado.

evaluación que contenga la descripción detallada.

Referencia a | Adenda Complementaria, Anexo 01. documentos del expediente de

Acciones o medida a implementar para

a. Una vez detectada la falla en la fosa o planta de tratamiento de aguas servidas, se realizarán las gestiones de limpieza, a través de un

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controlar la camión limpia fosas, para el retiro inmediato de las aguas servidas y

emergencia. su traslado a lugar de disposición final autorizado.

b. Se suspenderá el uso de los servicios higiénicos y se instalarán baños químicos que se mantendrían durante todo el periodo que durase la contingencia.

c. Se movilizar al área de la fosa o planta de tratamiento de aguas servidas, una retroexcavadora, que construirá pretiles de contención.

d. Una vez superada la emergencia, se recolectaría el material que hubiese sido contaminado con aguas no tratadas y se enviará a lugar autorizado para llevar a cabo su disposición final.

Oportunidad y vías de | Se informará a la SMA de acuerdo con lo establecido en su Res. Ex. N?

comunicación a la SMA | 885, de fecha 21 de septiembre de 2016.

de la activación del

Plan.

Referencia a | Adenda Complementaria, Anexo 01. documentos del

expediente de

evaluación que contenga la descripción detallada.

11%, Que, la DIA del proyecto “Regularización plataformas de sondajes mineros, sector Las Tejas”, fue publicada en el Diario Oficial de la República de Chile y en el diario La Tercera, ambos con fecha 03 de julio de 2018. La difusión radial se efectuó por medio de la radio Crecer, entre los días 04 y 10 de julio de 2018, según consta en el certificado ingresado con fecha 24 de julio de 2018 emitido por la misma radio.

Con fecha 18 de julio de 2018, venció el plazo indicado en el artículo 30 bis de la Ley N* 19.300, para la solicitud de realización de un proceso de participación ciudadana en declaraciones de impacto ambiental que se presenten a evaluación y que generen cargas ambientales para las comunidades próximas.

Se recibieron un total de 38 solicitudes de inicio de proceso de participación ciudadana, provenientes de 29 personas naturales y 9 solicitudes de personas jurídicas, las cuales no cumplían con los requisitos establecidos en la Ley N? 19.300 y el Reglamento del SEIA, para dar inicio a un proceso de participación ciudadana.

Con fecha 12 de octubre 2018 se dictó la Resolución N? 285 por parte de la Directora (S) del Servicio de Evaluación Ambiental Región de Valparaíso, mediante la cual se rechazó el inicio del proceso de participación ciudadana, por lo considerado y fundamentado en dicho acto administrativo.

122, Que, el Titular deberá remitir a la Superintendencia del Medio Ambiente la información respecto de las condiciones, compromisos o medidas, ya sea por medio de monitoreos, mediciones, reportes, análisis, informes de emisiones, estudios, auditorías, cumplimiento de metas o plazos, y en general cualquier otra información destinada al seguimiento ambiental del Proyecto, según las obligaciones establecidas en la presente Resolución de Calificación Ambiental y las Resoluciones Exentas que al respecto dicte la Superintendencia del Medio Ambiente. De igual forma, y a objeto de conformar el Sistema Nacional de Información de Fiscalización Ambiental (SNIFA), el Registro Público de Resoluciones de Calificación Ambiental y registrar los domicilios de los sujetos sometidos a su fiscalización en conformidad con la ley, el Titular deberá remitir en tiempo y forma toda aquella información que sea requerida por la Superintendencia del Medio Ambiente a través de las Resoluciones Exentas que al respecto ésta dicte.

139, Que, el Titular deberá informar a la Superintendencia del Medio Ambiente la realización de la gestión, acto o faena mínima que da cuenta del inicio de la ejecución de obras, a que se refiere el Considerando 4 de la presente Resolución.

142, Que, con el objeto de dar adecuado seguimiento a la ejecución del Proyecto, el Titular deberá informar a la Superintendencia del Medio Ambiente, al menos con una semana de anticipación, el inicio de cada una de las fases del Proyecto, de acuerdo a lo indicado en la descripción del mismo.

15%, Que, para que el proyecto “Regularización plataformas de sondajes mineros, sector Las Tejas” pueda ejecutarse, deberá cumplir con todas las normas vigentes que le sean aplicables.

16*. Que, el Titular deberá informar inmediatamente a la Secretaría de la Comisión de Evaluación de la Región de Valparaíso y a la Superintendencia del Medio Ambiente, la ocurrencia de impactos ambientales no previstos en la DIA, asumiendo inmediatamente las acciones necesarias para abordarlos.

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  1. Que, el Titular del Proyecto deberá comunicar inmediatamente y por escrito a la Dirección Regional del SEA de la Región de Valparaíso, la ocurrencia de cambios de titularidad, representante legal, domicilio y correo electrónico, de acuerdo a lo establecido en el inciso tercero del artículo 162 y artículo 163, ambos del Reglamento del SEIA.

182, Que, se hace presente al Titular que cualquier modificación al Proyecto que constituya un cambio de consideración, en los términos definidos en el artículo 2? letra g) del Reglamento del SETA, deberá someterse al SEIA.

19%, Que, todas las medidas, condiciones, exigencias y disposiciones establecidas en la presente Resolución, son de responsabilidad del Titular, sean implementadas por éste directamente o a través de un tercero.

RESUELVO:

1%. Calificar ambientalmente favorable la Declaración de Impacto Ambiental del proyecto “Regularización plataformas de sondajes mineros, sector Las Tejas”, de Compañía Minera Vizcachitas Holding.

  1. Certificar que el proyecto “Regularización plataformas de sondajes mineros, sector Las Tejas” cumple con la normativa de carácter ambiental aplicable.

3", Certificar que el proyecto “Regularización plataformas de sondajes mineros, sector Las Tejas” cumple con los requisitos de carácter ambiental contenidos en los permisos ambientales sectoriales que se señalan en los artículos 137, 138, 140, 142 y 160 del D.S. N* 40/2012 del Ministerio del Medio Ambiente, Reglamento del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental.

4%, Certificar que el proyecto “Regularización plataformas de sondajes mineros, sector Las Tejas” no genera los efectos, características o circunstancias del artículo 11? de la Ley N* 19.300, que dan origen a la necesidad de elaborar un Estudio de Impacto Ambiental.

5“. Definir como gestión, acto o faena mínima del Proyecto, para dar cuenta del inicio de su ejecución de modo sistemático y permanente, a los mencionados en el considerando 4 del presente acto.

6”. Hacer presente que contra esta Resolución es procedente el recurso de reclamación de acuerdo a lo dispuesto en el artículo 20 de la Ley N* 19.300, ante el/la Director/a Ejecutivo/a del Servicio de Evaluación Ambiental. El plazo para interponer este recurso es de treinta días contados desde la notificación del presente acto.

Notifíquese y Archívese

A

Jorge Antonio Martínez Durfín Intendente Región de Valparaiko Presidente Comisión de Evaluación Región de Valparaíso

Secretario Comisión de Evaluación Región de Valparaíso

CINN/G: JOS/rchz

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Distribución:

  • Sr. Antony John Amberg, Representante legal, Compañía Minera Vizcachitas Holding, Augusto Leguia Norte 100, oficina 812, Las Condes, Santiago.

Consejo de Monumentos Nacionales.

Corporación Nacional Forestal, Región de Valparaíso.

Dirección General de Aguas, Región de Valparaíso.

Gobierno Regional, Región de Valparaíso.

Ilustre Municipalidad de Putaendo.

SEREMI de Agricultura, Región de Valparaíso.

SEREMI de Desarrollo Social, Región de Valparaíso.

SEREMI de Energía, Región de Valparaíso

SEREMI de Economía, Fomento y Turismo, Región de Valparaíso. SEREMI de Minería, Región de Valparaíso.

SEREMI del Medio Ambiente, Región de Valparaíso.

SEREMI de Obras Públicas, Región de Valparaíso.

SEREMI de Transporte y Telecomunicaciones, Región de Valparaíso. SEREMI de Vivienda y Urbanismo, Región de Valparaíso.

SEREMI de Salud, Región de Valparaíso.

Servicio Agrícola y Ganadero, Región de Valparaíso.

Servicio Nacional de Geología y Minería Dirección Regional Zona Central. Servicio Nacional de Pesca, Región de Valparaíso.

Servicio Nacional de Turismo, Región de Valparaíso.

Subsecretaría de Pesca y Acuicultura.

C/c:

Sr. Jorge Martínez Durán, Presidente Comisión Evaluación Ambiental, Región de Valparaíso. Superintendencia del Medio Ambiente. Sr, Coordinador Unidad de Participación Ciudadana, Servicio Evaluación Ambiental, Región de Valparaíso.

e Expediente del proyecto "Regularización plataformas de sondajes mineros, sector Las Tejas".

  • Archivo Servicio Evaluación Ambiental, Región de Valparaíso.

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