Mejoramiento del sistema de tratamiento de digestato y actualización operacional del Plantel Lechero Agrícola Ancali Ltda.
o a REPÚBLICA DE CHILE
Ambiental COMISIÓN DE EVALUACIÓN Región del Biobío
Resolución Exenta N* 133
Califica Ambientalmente el proyecto “Mejoramiento del sistema de tratamiento de digestato y actualización operacional del Plantel Lechero Agrícola Ancali Ltda.”
Concepción, 24 junio 2020
VISTOS:
- El Estudio de Impacto Ambiental (ELA), su Adenda del 30 de agosto de 2019 y su Adenda Complementaria de fecha 21 de marzo de 2020, del proyecto “Mejoramiento del sistema de tratamiento de digestato y actualización operacional del Plantel Lechero Agrícola Ancali Ltda.”, presentado por Agrícola Ancali Ltda., con fecha 29 de mayo de 2018,
2”. Los pronunciamientos y observaciones de los órganos de la administración del Estado que, sobre la base de sus facultades legales y atribuciones, participaron en la evaluación del EIA, y que se detallan en el Capítulo 3? del Informe Consolidado de Evaluación (ICE) del EIA del proyecto “Mejoramiento del sistema de tratamiento de digestato y actualización operacional del Plantel Lechero Agrícola Ancali Ltda.”.
-
El Acta de Evaluación N? 47 de fecha 10 de octubre de 2018 del Comité Técnico de la Región del Biobío.
-
El ICE del ElA del proyecto “Mejoramiento del sistema de tratamiento de digestato y actualización operacional del Plantel Lechero Agrícola Ancali Ltda.” de fecha 04 de junio de 2020.
-
El Acta N? 12 de fecha 12 de junio de 2020 de la sesión de la Comisión de Evaluación de la Región de Biobío.
6”. La Resolución de Calificación Ambiental N 40/2007 del proyecto “Plantel Lechero Agrícola Ancali Ltda.”, de la Comisión Regional del Medio Ambiente; la Resolución de Calificación Ambiental N 91/2011 del proyecto “Ampliación Plantel Lechero Agrícola Ancali Ltda.”, de la Comisión de Evaluación de la Región del Biobío; y la Resolución de Calificación Ambiental N* 52/2012 del proyecto “Digestores de Purines de Agrícola Ancali Ltda.”, de la Comisión de Evaluación de la Región del Biobío, las cuales se modifican a través de la presente Resolución.
7%. Los demás antecedentes que constan en el expediente de evaluación de impacto ambiental del ELA del proyecto “Mejoramiento del sistema de tratamiento de digestato y actualización operacional del Plantel Lechero Agrícola Ancali Ltda.”.
8”. Lo dispuesto en la Ley N” 19.300, Sobre Bases Generales del Medio Ambiente; el D.S. N” 40, de 2012, del Ministerio del Medio Ambiente, Reglamento del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental (Reglamento del SETA); la Ley N” 19.880, que Establece Bases de los Procedimientos Administrativos que Rigen los Actos de los Órganos de la Administración del Estado; la Ley N” 18.575, Ley Orgánica Constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado; la Resolución N* 007, de 2019, de la Contraloría General de la República, que fija normas sobre exención del trámite de toma de razón; el Reglamento de Sala de la Comisión de Evaluación de la Región del Biobio, aprobado mediante Resolución Exenta N” 267 de fecha 21 de julio de 2014; la Resolución TRA 119046/47/2019 de fecha 25 de abril de 2019, del Servicio de Evaluación Ambiental, que nombra a la Directora Regional del Servicio de Evaluación Ambiental de la Región del Biobío.
CONSIDERANDO:
- Que, Agrícola Ancali Ltda (en adelante, el Titular), ha sometido al Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental (SEIA) el EIA del proyecto “Mejoramiento del sistema de tratamiento de digestato y actualización operacional del Plantel Lechero Agrícola Ancali Ltda.” (en adelante, el Proyecto). Los antecedentes del Titular son los siguientes:
Nombre o razón social Agrícola Ancali Ltda
Rut 13232459-K
Domicilio Rancho RM ruta 3 sur km 521, San Carlos Purén Teléfono 43 2537800
Nombre representante legal Miguel Andrés Aparicio Morales
Rut representante legal 13232459-K
Domicilio representante legal Rancho RM ruta 5 sur km 521, San Carlos Purén Teléfono representante legal 43 2537800
Correo electrónico Titular o | miguel.aparicioMancali.cl
representante legal
- Que, conforme se indica en el ICE de fecha 04 de junio de 2020 la Directora Regional de la Región del Biobío ha recomendado aprobar el Proyecto, por cuanto el proyecto cumple con la normativa de carácter ambiental aplicable, haciéndose cargo de los efectos, características o circunstancias establecidas en el artículo 11 de la Ley N* 19.300, en su literal a) y; proponiendo medidas de mitigación, compensación o reparación apropiadas. El titular ha subsanado los errores, omisiones e inexactitudes planteados en los Informes Consolidados de Aclaraciones, Rectificaciones y Ampliaciones
3%, Que, en sesión de fecha 12 de junio de 2020, la Comisión de Evaluación de la Región del Biobío acordó calificar favorablemente el proyecto “Mejoramiento del sistema de tratamiento de digestato y actualización operacional del Plantel Lechero Agrícola Ancali Ltda.”, aprobando íntegramente el contenido del ICE de fecha 04 de junio de 2020, el que forma parte integrante de la presente Resolución. Por lo tanto, conforme a lo indicado en el artículo 60 inciso segundo del Reglamento del SEIA, se excluyen de la presente Resolución las consideraciones técnicas en que se fundamenta.
- Que, según lo señalado en el EIA y sus anexos, en su Adenda, y en su Adenda Complementaria, los cuales forman parte integrante de la presente Resolución, la descripción del Proyecto es la que a continuación se indica:
4,1, ANTECEDENTES GENERALES
Objetivo general Regularizar las modificaciones operacionales y mejoras al sistema de tratamiento de residuos líquidos del plantel lechero que no han sido evaluadas; y cuyo detalle se encuentra descrito en el anexo Ai “Modificaciones de proyecto” de la Adenda del proyecto,
Tipología — principal, así Literal 0.7) Sistemas de tratamiento y/o disposición de residuos industriales como las aplicables a sus líquidos.
partes, obras o acciones Articulo 2? del Reglamento del SELA al tratarse de una modificación de proyecto o actividad.
Vida útil indefinida
Monto de inversión USD $ 500.000,000
Gestión, acto o faena | Preparación para ejecutar obras de aguas iluvias.
mínima que da cuenta del inicio de la ejecución
Proyecto se desarrolla por Si No etapas [A
Proyecto modifica un Si No El proyecto modifica el plantel lechero original, el cual se proyecto o actividad encuentra construido y operando. Las principales modificaciones se refieren a: - — Reducción de los consumos de agua de procesos y disminución de la generación de digestato líquido, - Modificación a los estándares de calidad del Digestato, cumpliendo con la norma técnica “Requisitos de calidad del digestato NCh 3.375:2015, - Eliminación del proceso de compostaje al Digestato Sólido - — Eliminación de crianza de terneros por sobre los 60 días, entre otras, El detalle de las modificaciones indicadas y resumidas anteriormente se presentaron en el Anexo Ai “Modificaciones de proyecto” de la Adenda del proyecto.
[Xx]
Proyecto modifica otra(s) Si No ¡El proyecto modificará las tres (3) RCA vigentes del
RCA
proyecto, a saber: l
-
RCA N* 40/2007 “Plantel Lechero Agrícola Ancali Ltda”, :
-
RCA N* 91/2011 “Ampliación Plantel Léchero Agricola Ancali Ltda”.
-
RCA N* 52/2012 “Digestores de purines de Agrícola Ancali Ltda”.
El detalle de la forma en que las 3 RCA se verán modificadas por el proyecto “Mejoramiento del sistema de tratamiento de digestato y actualización operacional del Plantel Lechero Agrícola Ancali Ltda.”, se presentó en el anexo Fii “Cap 9 Modificaciones RCA”, de la Aldenda complementaria del proyecto.
ns
4.2. UBICACIÓN DEL PROYECTO
División político-administrativa
Región del Biobío, provincia de Biobío, comuna de Los Ángeles.
Descripción de la localización
El proyecto se localiza en la comuna de Los Ángeles, en la localidad de San Carlos de Purén.
Superficie
El proyecto no intervendrá nuevas superficies, ya que las modificaciones corresponden a mejoras en procesos de tratamiento y manejo operacional de la lechería. La superficie predial se mantiene en 1,641 has que corresponde al lugar de emplazamiento del Plantel Lechero Ancali referidas a sus áreas asociadas a producción lechera, cultivos y riego.
Coordenadas U'TM en Datum WGS84
Las coordenadas del punto de acceso al proyecto son: 739956 m E - 58354832 m S, Datum WGS-84 huso 18.
Caminos de acceso
Las vías de acceso al lugar es por la Ruta 5 sur (con dirección al Sur), luego por la Ruta Q-631 y posteriormente hacia la rotonda para recorrer aproximadamente 2 kilómetros de camino no pavimentado.
Referencia al expediente de evaluación de los mapas, georreferenciación e información complementaria ¡ sobre la localización de sus
Figura N* 1-3. Localización del Emplazamiento del Proyecto en Contexto Comunal, Cap. 1 descripción del proyecto del ELA del proyecto.
Figura N* 1-4. Vías de acceso al proyecto. Cap. proyecto del EIA del proyecto.
1 descripción del
partes, obras y acciones
4.3. PARTES, OBRAS Y ACCIONES QUE COMPONEN EL PROYECTO
3:3.1: FASE DE CONSTRUCCIÓN
Parte/obra 1: Realizar mejoras estructurales al manejo de aguas lluvias.
Esta parte/obra no ha sido ejecutada, Se contempla complementar el sistema existente con nuevas canalizaciones en las techumbres y conducirlas hasta zonas de infiltración y acumulación en caso de contar con volumen disponible de acopio o bien, estas pueden ser conducidas mediante bombeo hasta estanque de flushing existente o estanques australianos existentes,
Parte/obra 2: Regularización de la implementación de ordeña robótica y disminución de vacas en ordeña (Establos de alimentación y ordeña robótica)
Esta obra se encuentra construida y operando. El sistema de ordefía robótica de Ancali cuenta con 64 robots utilizados permanentemente para la extracción de leche de 3.840 vacas aproximadamente. Sin perjuicio de lo anterior se aclara que el plantel tiene autorizado para mantener 8960 UA aprobadas en la RCA N* 091/2011.
Parte/obra 3 Regularización de la nueva área de disposición de mortalidades y residuos
Esta obra se encuentra construida y operando. Consiste en una tolva estanca que almacena temporalmente mortalidades y residuos especiales. El detalle descriptivo de esta unidad se presentó
en el cap. 1 de la Adenda del EIA del proyecto y en el PAS 140, capítulo 5:de la Adenda del proyecto.
especiales | Acción 1: Obras | En consideración a que las propuestas de mejoras y/o modificaciones se encuentran implementadas ¡ Menores al | y que además no se ejecutará el proceso de compostaje, el proyecto no considera acciones |
manejo de aguas lluvia
asociadas a intervención de nuevas superficies, movimientos de tierra y/o tránsito vehicular para esta fase, En este sentido, se aclara que las obras menores que se realizarán asociadas al manejo de aguas lluvias se encuentran adyacentes a los edificios existentes, por cuanto corresponden a superficies intervenidas, edificadas y autorizadas por las RCA N40/2007 y N 91/2011.
En esta fase el proyecto no requiere extraer o explotar recursos naturales renovables.
Recursos naturales renovables Emisiones y Las emisiones y efluentes en fase de construcción, en resumen, son las siguientes: efluentes — Nombre Descripción Emisión MP10, C02, | Considerando que para la fase de construcción sólo se contemplan mejoras NH3, y gases de | estructurales al manejo de aguas lluvias de techumbres, se generarán emisiones combustión atmosféricas fugitivas de material particulado, básicamente debido al transporte, carga y descarga de materiales e insumos para ejecutar las mejoras indicadas. En este sentido, las emisiones serán de carácter menor (0.047 ton MP10 y 0.292.5) y fueron caracterizadas y estimadas en detalle en el anexo G del ElA del proyecto. Aguas servidas Para las faenas de construcción la estimación de la generación de aguas servidas es la siguiente: Generación de aguas Generación N? personas Caudal servidas Aguas servidas Servicios 30 Vd 18 540 1d higiénicos Aguas servidas duchas 70 Vd 18 1.260 /d Ruido La modelación de ruido efectuada consideró el funcionamiento actual del plantel, Los resultados de la proyección efectuada en fase de construcción es la siguiente: Receptor Leg Proyectado Máximos Cumple — Norma SoundPLAN 8.0 | permitidos según | D.S.38 db(A) D.S.38 Horario Diurno Horario diurno A 29.1 65 CUMPLE B 36.1 60 CUMPLE € 41.9 63 CUMPLE D 39.1 63 CUMPLE E 35.1 65 CUMPLE F 37.9 65 CUMPLE Mayores detalles en Anexo H del EIA del proyecto. Residuos, La caracterización de los residuos, así como cantidades y manejo en fase de construcción, es la productos siguiente: químicos y otras Nombre Descripción : sustancias que || Residuos En la fase de construcción la mano de obra máxima corresponde a 18 puedan afectar el | | domiciliarios y | trabajadores, para los cuales se estima una generación de 1 medio ambiente. asimilables a | kg/d/trabajador, es decir, un total de 18 kg/d. Estos residuos serán domiciliarios almacenados temporalmente en contenedores adaptados para ello, para posteriormente ser trasladados por una empresa especializada a un sitio debidamente autorizado sanitaria y ambientalmente tres veces por semana Residuos La estimación de estos residuos, así como su manejo y disposición final industriales se resume a continuación:
no peligrosos
Tipo de residuo Cantidad Cantidad Disposición (Kg/día) Kg/mes final Resto de madera 3.0 63 Vertedero Licura Restos de 6.0 126 Mulchén o hormigón sitio de Restos metálicos 10.0 210 disposición Embalaje de 3.0 63 autorizado- equipos sanitaria y ambientalmente
Residuos peligrosos
La estimación de estos residuos, así como su manejo y disposición final se resume a continuación:
Tipo de Residuo Peligroso Cantidad Disposición final Aceite lubricante usado 0,05 ton/año Sitio de disposición Envases vacíos de 0,08 ton/año | autorizado-sanitaria y pinturas y solventes ambientalmente.
Material contaminado 0,03 ton/año (EPP, trapos, guaipes)
Referencia al ICE para mayores detalles
Cap. 4. Descripción del proyecto. Sección 4.6 Fase de construcción Secciones 4.6.4. Emisiones y efluentes
4.3.2: FASE DE OPERACIÓN
Parte/obra 1: | El proyecto contempla regularizar esta unidad que se encuentra construida y operando; la cual Implementación consiste básicamente en la operación de 64 robots que son utilizados para ordeñar una cantidad de Ordeña Robótica | 3-340 vacas aproximadamente, mediante un sistema computacional a cargo de un operador. Parte/obra 2: | Esta unidad no se ha ejecutado y contempla la automatización de todas las aguas de techumbre del Mejoras plantel para su uso y reutilización dentro de las actividades de limpieza del plantel.
estructurales al
manejo de aguas Huvia
Parte/obra 3: Implementación zona de manejo de mortalidades y residuos
Esta obra se encuentra implementada y operando, requiriendo su regularización. Opera dentro de una zona habilitada dentro del predio del proyecto, acumulando transitoriamente residuos asociados a mortalidades y residuos especiales, manteniendo un retiro programado hasta 72 horas como máximo, por la empresa externa que presta el servicio de retiro y disposición final.
especiales Acción. 1: , Las principales modificaciones asociadas al sistema de tratamiento de purines son las siguientes: Cambios - Mejoras operacionales en los digestores tecnológicos y - Modificación a los estándares de calidad del digestato, mediante cumplimiento de NCh operacionales al 3.575:2015. Sistema de - — Adición de unidad de desinfección UV. tratamiento de - — Eliminación de procesos de filtrado | purines - Aplicación de cepas especializadas de bacterias facultativas i - Mejora en sistema de aireación de las piscinas - No Desnitrificación en laguna bellavista Mayores detalles sección 4,7,1.2 “Acciones” del ICE del proyecto. Acción 2: | El proyecto propuso un plan de reducción de los consumos de agua del plantel, a través de la Disminución de | implementación de las siguientes acciones:
los consumos de agua del plantel a través de reuso o
- — Segregación y reutilización de agua de lavado de robots de ordeña
- Nuevo protocolo de aplicación de flushing en patios de alimentación
- — Disminución de la generación de digestato líquido a riego.
recirculación. Mayores detalles sección 4.7.1.2 “Acciones” del ICE del proyecto.
Acción 3: | Se elimina esta acción del proyecto y todas sus partes y obras asociadas. Se anexa al expediente del ' Eliminación del | Mismo el Plan de manejo de digestato como subproducto (Anexo Jii de Adenda complementaria).
proceso de
compostaje del
Digestato Sólido.
Acción 4: | Se rectifica en Adenda del proyecto que las terneras se mantendrán solo durante 60 días en sector
Eliminación de | de cunas, los que posteriormente serán trasladados fuera del plantel, por lo que no se mantendrán
crianza de | patios colectivos en operación (patios P30, PC-10-20, PE1, PE2, PE3 y PE4). En consecuencia, se
terneros sobre los 60 días.
elimina la generación de camas calientes.
Acción 5: Modificación del Plan de aplicación de digestato
Se presenta y evalúa un nuevo Plan de Aplicación de Digestato Actualizado en Anexo Ali de la Adenda Complementaria del proyecto.
Este nuevo Plan de aplicación fue diseñado para optimizar las dosis de fertilizantes según requerimiento del cultivo, por lo tanto, establece una tasa máxima de aplicación, considerando como principal límite “la disposición de hasta 1,4 toneladas de nitrógeno por hectárea, por sobre los requerimientos del sistema, valor que incluye pérdidas por lixiviación”.
El Plan de Aplicación de Digestato será presentado anualmente a la Superintendencia del Medio Ambiente con copia al SAG,
Acción 6: | La siguiente tabla resume el monitoreo que se efectuará en complemento a lo existente, al sistema Monitoreo de tratamiento de purines: parámetros Parte o equipo Variable Frecuencia Encargado críticos del operacional Sistema de Piscinas 1y2 Oxigeno disuelto l vez por turno Operador tratamiento de Piscinas 1y2 pH l vez por turno Operador purines Piscinas 1 y2 - Temperatura l vez por turno Operador - Ingreso de piscina 1 DQO l vez por día Operador-laboratorio interno Ingreso Laguna | DQO l vez por día Operador-laboratorio Bellavista interno Piscinas 1 y 2 Presencia de olor 1 vez por semana Personal capacitado de Ancali Acción 7: | Como se indicó, este sistema de ordeña robótica se encuentra implementado y funcionando en el
Operación del sistema de ordeña Robótica
plantel. La implementación de este sistema permite la ordeña de 3.840 vacas en ordeña mediante el funcionamiento de 64 robots,
Acción 8: Operación del
nuevo sistema de disposición de mortalidades y residuos
Esta unidad se encuentra operando, y corresponde a un área habilitada dentro del predio del plantel (contenedor estanco) para mantener las mortalidades y residuos especiales de forma temporal, para su posterior retiro a disposición final por empresas externas autorizadas. Mayores detalles de esta unidad en Cap. 5 Adenda del proyecto,
sistema de aguas lluvia
especiales. Acción o: ¡El sistema será completamente automatizado utilizando bombas con sensores de nivel. Se Operación del | realizarán actividades de revisión de equipos de acuerdo al mantenimiento general de la planta.
Como fue indicado en el punto 1.21.3.5. Manejo de aguas lluvias de techumbres Capítulo 1 ElA Descripción de proyecto.
Productos Los productos generados con la implementación de este proyecto corresponderán a: generados - — Digestato con calidad NCh 3.375:2015 - . Leche de vaca uN o o Recursos El proyecto en su fase de operación no requiere extraer o explotar recursos renovables adicionales naturales a los evaluados y calificados ambientalmente. renovables Emisiones y Las principales emisiones y efluentes del proyecto en fase de operación son los siguientes: efluentes
Nombre Emisión de MP10, c02, NH3, y gases de combustión
Descripción El total de emisiones en fase de operación respecto de la situación base del proyecto es la siguiente: Tipo de co HC NOX SOX fuente Emisiones “ - - - por tránsito de vehiculos Emisiones por combustión de maquinaria Emisiones por combustión de vehículos Emisión de fuentes fijas Total Emisión torvaño
MP | MPas
0,2701 | 0,0256
0,057 | 0,026 0,188 - 0,018 0,016
18,01 0,71 0,02 0,02 0,02
997.25 “ 4.717,89 | 139,88 | 197.80 | 50,82
36,45 | 0,736 | 4.721,43 | 1399 | 198.10 | 50.8
Por otra parte, las emisiones que aportará el proyecto en fase de operación (modificaciones) son las que se indican en el siguiente cuadro: Tipo de co fuente Emisiones - - " - por tránsito de vehículos Emisiones por combustión de maquinaria Emisiones por combustión de vehículos Total Emisión ton/año Mayores detalles de lo expuesto, Anexo G del EIA y anexo Ficha Resumen Adenda complementaria.
HC NOX | SOX MP | MPas
0,2701 | 0,0256
0,057 0,026 0,188 - 0,018 | 0,016
18,01 0,02 0,02 0,02
18.07 0,74 0.02 0,06
Respecto del proyecto y su relación con el Plan de Descontaminación Ambiental de la comuna de Los Ángeles, se hace presente que dicho plan entró en vigencia el 25 de enero de 2019, aproximadamente 8 meses después del ingreso del ELA de Ancali al SEIA (22/05/2018), por lo tanto, según lo establecido en el Art. 48 del D.S N 4/2019 que establece “Plan de Descontaminación atmosférica para la comuna de Los Ángeles”, el proyecto no requiere compensar emisiones. Asimismo, el proyecto corresponde a una modificación de un proyecto existente, cuyas emisiones sé encuentran evaluadas ambientalmente a través de las RCA N 40/2007 “Plantel Lechero Agricola Ancali Ltda”, RCA N? 91/2011 “Ampliación Plantel Lechero Agrícola Ancali Ltda? y RCA N* 52/2012 “Digestores de purines de Agrícola Ancali Ltda.”
Ruido
Los resultados de las proyecciones de ruido y su comparación con el límite máximo diurno y nocturno exigido por la normativa legal, se presenta a continuación:
Receptor | Leg Máximos ¡| Máximos | Cumple Proyectado permitidos | permitidos | Norma SoundPLAN | según según D.S.38 8.0 D.S.38 D.S.38 Ambos db(A) Horario Horario horarios diurno Nocturno 29.2 65 50 CUMPLE 36.7 60 30 CUMPLE 42.4 63 30 CUMPLE 39.8 63 $0 CUMPLE 37.2 65 50 CUMPLE 38.1 65 50 CUMPLE
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Mayores detalles en Anexo H del EIA del proyecto.
Emisiones odotiferas
Durante la fase de operación, la cual contempla las modificaciones planteadas al proyecto “Mejoramiento del sistema de tratamiento de digestato y actualización operacional del Plantel Lechero Agrícola Ancali Ltda.”, se generarán emisiones odoríficas asociadas a actividades de manejo de purines principalmente y otras fuentes identificadas. Para caracterizar dichas fuentes el titular presentó un estudio, el cual se presentó en anexo El “Componente Ajre-olor” de la Adenda del proyecto. Asimismo, en la tabla 4.7.6.1.2 del ICE del proyecto se presentaron las principales fuentes emisoras de olor del plantel lechero. Así también se tiene que los principales receptores discretos, identificados en el estudio de impacto por olores, fueron los siguientes: Localización UTM WGS$4, 19H Descripción Tipo X (m) Y (m)
Receptor
1 740290 | 5835591 | San Carlos Sector Urbano- Centro de área
2 739390 | 5838925 | Los Sector rural - Centro de Cristales área
3 738204 | 5837636 | Miramar Sector rural - Centro de área
4 738461 | 5834803 | Mirador Sector rural - Centro de Biobío área
Para la condición futura del plantel se esperan concentraciones de olor menores que las condiciones actuales de operación (sin proyecto) y mayores que las zonas sin riego. La tabla 4.7.6.1.4 del ICE del proyecto resume las condiciones indicadas.
Mayores antecedentes en anexo Ei “Componente Aire-olor” de la Adenda del proyecto.
Emisiones
de
gases de efecto
invernadero
En la fase de operación del proyecto se generarán gases de efecto invernadero producto de 3 grupos de actividades productivas como posibles fuentes emisoras de GEI de
(G.ED
CO2, CH4, N20 | on Climate Change”), tales como:
acuerdo a lineamientos del IPCC (“Intergovernmental Panel
Manejo ganadero: - Fermentación entérica - Gestión de Estiércol. Tierras de cultivos: - Pradera con plan de riego
-
Pradera Natural 192,2 ha
-
Tierra para cultivo (Avena, Alfalfa, Maiz) 769 ha
-
Tierra para cultivo (Avellanos) 58.9 ha Combustión - Fuentes fijas (Planta de biogás)
-
Fuentes móviles
Los gases invernaderos que aporta Agrícola Ancali ltda., son: C02, CHa (metano) y N20 (óxido Nitroso). El resumen de las emisiones estimadas de GEl es el
siguiente: Fuentes de emisión Emisión total de COzeq (ton/año)
Fermentación Entérica 13.976 Gestión de Estiércol n/a* Pradera para silaje 883 Pradera natural para pastura 644 Tierra de cultivos - avena, alfalfa y maíz 11.635 Tierra de cultivo - avellanos 1,140 Combustión fuentes móviles 55,76 Combustión fuentes fijas 6.176 Total CO.eq 34.510
Mayores antecedentes sección 4.7.6 “Emisiones y efluentes” del ICE del proyecto y anexo Ei Componente Aire-Olor, de la Adenda del proyecto.
Los efluentes del proyecto en fase de operación se resumen en la siguiente tabla:
Nomibre Descripción Aguas A continuación, la siguiente tabla presenta la estimación de este tipo de efluente. servidas Por Total Caudal | Dotación Dotación Caudal Generación | cada . aguas actual futura(personas) | futuro trabajadores . 3/45 de aguas | traba- o servidas | (personas) (m /día) . . adicionales - servidas jador (un) (Vdía) (1/d) Aguas . 100 4 400 128 132 personas 13,2 servidas Digestato | A continuación, la siguiente tabla presenta la estimación de este tipo de efluente líquido Origen Tratamiento Efluentes Proyecto Aprox. (m*/día) Proceso Primario Físico y secundario 1.094 (salida sistema de productivo microbiológico (anaerobio + aerobio) tratamiento)
Asimismo, el proyecto plantea la reducción de los consumos de agua del plantel (anexo Di de la Adenda) en un 50% aproximado, que corresponde a la capacidad actual que posee para un uso más eficiente del recurso, a través del reuso o recirculación de efluente tratado, por lo tanto, las tasas de salida posterior a la recirculación son:
Época mé/día de reducción! Invernal 471 m /día Estival 697 m3 /día
(1) El volumen se distribuye en piscina bellavista donde se realiza la recirculación.
Igualmente, las mejoras del sistema de tratamiento están orientadas a obtener una calidad de digestato que cumpla con los estándares de la norma NCh 3375:2015 Requisitos de calidad del digestato. Pudiendo este subproducto ser aplicado directamente al suelo, ya sea en su fracción líquida, sólida o mezcla resultante a la salida de los digestores y mediante plan de aplicación de digestato.
Las características relevantes del digestato a la salida del reactor, respecto de la calidad de este subproducto, fueron indicadas en las tablas N%4.7.6.2.4 y 4.7.6.2.5
del ICE del proyecto.
Se realizarán muestreos de calidad en la piscina Bellavista (laguna previa al riego) de acuerdo a los requisitos de la NCh 3375:2015, de manera mensual durante el primer año, trimestral segundo año y a partir del tercer año los muestreos serán semestrales, El detalle del referido monitoreo se presentó en el anexo 5 de la Adenda del EIA (Pag 11 en adelante). Asimismo, en el Anexo Aji de la Adenda complementaria del EA del proyecto, se actualiza el Plan de Aplicación de Digestato del Plantel.
En el eventual caso que se requiera exportar a terceros digestato líquido se realizará caracterización del digestato líquido y en cuanto se obtengan los respectivos resultados se hará entrega con ficha técnica actualizada el digestato liquido al tercero, por lo que la solicitud de digestato líquido debe ser programada por lo menos con 30 días de anticipación por parte del consumidor.
El Plantel mantendrá un registro por partida, considerando lo establecido en la NCh 3.375:2015, previo al retiro del tercero junto con la ficha técnica la cual indicará entre otros detalles dosis recomendadas para la aplicación.
Sobre el digestato líquido es preciso considerar que el destino de este subproducto es como prioridad suplir las necesidades agronómicas en los fundos San Carlos y El Risquillo. Sin embargo, se estima que máximo un 50% del digestato líquido generado podría transferirse a terceros, es decir 350 m' /día. Cabe mencionar que el transporte para retiro del subproducto está a cargo de un tercero por lo que no es parte de la evaluación ambiental de este proyecto.
Residuos, productos químicos y otras sustancias que
puedan afectar el medio ambiente.
Los residuos generados por el proyecto en fase de operación se resumen a continuación en las :
siguientes tablas:
digestato sólido.
Nombre Descripción
Residuos La siguiente tabla resume la generación y manejo de estos residuos
asimilables a Cantidad Manejó Disposición final
domiciliarios 132 kg/día Contenedores Retiro por empresa cerrados de 100 litros | contratista tres veces
por semana,
Lodos del | Durante la fase de operación se generará lodos retenidos en las
sistema de | distintas piscinas producto de la sedimentación del efluente y
tratamiento de | digestato sólido proveniente de la digestión anaeróbica del
purines y | biodigestor.
La fracción de lodo del sistema de tratamiento es parte del digestato líquido y por lo tanto está considerado en el balance de nutrientes que es desarrollado en el Plan de Aplicación de Digestato,
Con respecto al digestato sólido, se generará una cantidad máxima de 116 m/día equivalente a 4 tolvas diarias y en cantidades anuales será de 43.000 m/año aproximadamente,
Este digestato será aplicado al suelo, y será manejado dentro del predio de acuerdo a lo expuesto en el Anexo Jii Plan de manejo de digestato como subproducto de la Adenda Complementaria del proyecto. Asimismo, existe la posibilidad que un porcentaje del digestato generado por Ancali sea traspasado, cedido o vendido a terceros. Para lo anterior, la empresa deberá llevar un registro de salida de digestato y un reporte mensual, el cual estará disponible en el predio para su fiscalización. Asimismo, la empresa entregará un reporte resumen de la producción de digestato mensual, el cual será remitido anualmente a la SMA con copia al SAG y a la Autoridad Sanitaria el cual informará a las autoridades la producción de digestato mensual, predios de destino, volumen total mensual por predio, nombre de la empresa que recibe el digestato y la ficha técnica del producto,
Cabe mencionar que el transporte para retiro del subproducto estará a cargo del tercero interesado por lo que no es parte de la evaluación ambiental de este proyecto. Sin perjuicio de ello, como parte de los requisitos de transporte los terceros que retiren digestato deben destinar camiones con tolvas cerradas estancas,
Residuos industriales no peligrosos
En la siguiente tabla se presenta un resumen de las estimaciones de residuos industriales no peligrosos generados durante la fase de operación
Tipo de residuos Cantidad Residuos Carión 0.4 (ton/año) Empresa Corrugado Recicladora Polietileno de GREENWALK baja densidad 16,5 (ton/año) o Sitio de LDPE/LLDPE disposición Polietileno de autorizado- alta densidad 0,53 (ton/año) sanitaria y HDPE ambientalmente . Polipropileno PP 3.5 (ton/año) Industria Neumático 3 (ton/año) Peligroso Madera 4 (ton/año)
Metal, chatarra de hierro o acero común
Sacos de propileno Residuos de cartón
Residuos de plásticos
Vertedero Licura Mulchén o Sitio de disposición autorizado-sanitaria y ambientalmente
5 (ton/año)
3,5 (ton/año)
2 (ton/año)
1 (ton/año)
10
Residuos
El plantel cuenta con un manejo de residuos peligrosos y bodega de
peligrosos residuos peligrosos autorizada por Resolución N” 5057 del 04 de diciembre de 2017, por la SEREMI de Salud Región del Biobío. Los residuos peligrosos generados durante la operación serán los que se indican a continuación: Residuo Peligroso Cantidad Disposición Envases Contaminados sustancias 10 (ton/año) Corrosivas -Acido ECOBIO SA Envases Contaminados sustancias 1,12 Chillán Viejo Corrosivas -Alcalino (ton/año) o sitio de Envases Contaminados sustancias 5.4 (ton/año) disposición Corrosivas -Clorado controlada Envases Contaminados sustancias 187 autorizado- Corrosivas “Solvente Orgánico (ton/año) sanitaria y (Formaldehido 37%) ambientalmente Productos Contaminados con 0,0425 Sustancias Tóxicas (ton/año) Residuos Con respecto a estos residuos, a continuación, la siguiente tabla especiales resume el manejo, cantidad y disposición final de estos. Residuos especiales Cantidad [Manejo Disposición final transitorio Patológicos (restos de 36,0 Contenedor Rendering o sitio animales, placentas, (tonímes) Estanco yHlisposición final vacas muertas). cerrado putorizado- sanitaria y ambientalmente. Cortopunzantes. y 6,1 Recipientes yPitio de material contaminado | (ton/año) kontenedores Hisposición final (restos patológicos, facilitados porfutorizado- material cortopunzantes Empresa sanitaria y y productos derivados Externa, ambientalmente. como tubos vacíos de medicamentos, botellas de fármacos utilizados, jeringas, guantes látex, aguja, mangas plásticas entre Otros.
Referencia al ICE para mayores detalles
Mayores detalles sección 4.7. Fase de Operación Sección 4.7.6 “Emisiones y Efluentes” Sección 4.7.7 “residuos”
4.3.3. FASE DE CIERRE
Partes u obras:
El proyecto contempla ser extendido indefinidamente con la implementación de mejoras tecnológicas y una adecuada mantención de las instalaciones, que serán evaluadas según corresponda, en base al tipo de actividad, partes u obras que se realice, por lo que no se justifica comprometer una fase de cierre, para un proyecto de larga duración como el presente. Sin perjuicio de lo anterior, en caso de requerirse la adecuación de ciertas obras en el futuro o abandono de las mismas, se realizarán las modificaciones correspondientes conforme a la normativa ambiental y sectorial vigente, y de acuerdo a lo comprometido en la presente evaluación ambiental.
Acción 1: Desmantelamiento o aseguramiento de infraestructura
Las obras de desmantelamiento consistirán fundamentalmente en el traslado de los animales a sitios adecuados para su mantenimiento, ya sea en predios de la empresa, vendidos o traspasados a terceros; eliminación del ingreso de purines a las unidades de tratamiento; lavado de unidades; desmontaje de equipos e instrumentos y demolición de las estructuras. El detalle de lo anterior fue | descrito en el punto 1.21.4. Fase de abandono del cap. 1 Descripción del Proyecto del ELA del proyecto
bo
Acción Restauración
Las actividades que se realizarán para restaurar la geoforma, morfología o vegetación consistirán específicamente en el retiro de todo vestigio de ocupación, tales como restos de escombros y materiales de desecho con el fin de dejar el área limpia y despejada para su uso futuro. Estos escombros y materiales serán transportados por empresas autorizadas y dispuestos en sitios autorizadas por la Autoridad Sanitaria y Ambiental.
Se restaurará la geoforma y vegetación existente con anterioridad en el lugar. Se considerará la nivelación del terreno, relleno de eventos, zanjas y/u otras alteraciones de la superficie producto de las obras realizadas para el funcionamiento de las unidades que serán abandonadas; restauración de
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las redes de drenaje natural y revegetación de las áreas alteradas. El detalle de lo anterior fue descrito en el punto 1.21.4. Fase de abandono del cap. 1 Descripción del Proyecto del ElA del proyecto.
Acción 3: Prevención de futuras emisiones
Debido a que el terreno quedará prácticamente como en su estado basal, ya que la afectación del suelo y geoforma serán restituidas a su condición inicial, no se presentarán condiciones que generen futuras emisiones
Luego de realizadas las actividades de desmantelamiento, no será necesario realizar actividades de
puedan afectar el medio ambiente,
Acción 4: 5 a Ñ Ñ
Mantención mantención, conservación y supervisión en el área ocupada por el proyecto, puesto que posterior al
conservación y cierre de ésta se restituirá a su condición basal el lugar de emplazamiento del proyecto.
supervisión
Recursos Durante la fase de abandono no se contempla explotar o extraer recursos naturales renovables.
naturales
renovables
Emisiones y | Las emisiones y efluentes generados durante esta fase no se verán modificadas respecto de las
efluentes estimaciones efectuadas en las RCA N” 040, RCA N* 091 y RCA N? 052 para las actuales instalaciones y las modificaciones planteadas al proyecto y serán similares en magnitud a las descritas para la fase de construcción.
Residuos Los residuos y productos químicos generados durante esta fase no se verán modificadas respecto
productos de las estimaciones efectuadas en las RCA N? 040, RCA N 091 y RCA N 052 para las actuales
químicos y otras | instalaciones y las modificaciones planteadas al proyecto y serán similares en magnitud a las
sustancias que | descritas para la fase de construcción.
Referencia al ICE para mayores detalles
Sección 4.8. Fase de cierre
4,4, CRONOLOGÍA DE LAS FASES DEL PROYECTO
44.1. FASE DE CONSTRUCCIÓN
Fecha estimada de inicio
enero 2021
Parte, obra o acción que establece el inicio
preparación para mejoramiento sistema de aguas lluvias
Fecha estimada de término
abril 2021
Parte, obra o acción que establece el término
Pruebas a sistema general de aguas lluvias.
4.4.2 FASE DE OPERACIÓN
Fecha estimada de inicio
abril 2021
Parte, obra o acción que establece el inicio
Finalización periodo de prueba a sistema general de aguas lluvias,
Fecha estimada de término
Indefinida
Parte, obra o acción que establece el término
Inicio ejecución plan de cierre
4:43. FASE DE CIERRE
Fecha estimada de inicio
Indefinida- tramitación plan de cierre.
Parte, obra o acción que establece el inicio
Ejecución actividades de acuerdo a lo indicado en plan de cierre.
Fecha término
estimada de
De acuerdo a lo indicado en respectivo plan de cierre
Parte, obra o acción que establece el término
De acuerdo a lo indicado en respectivo plan de cierre
5”. Que, los efectos, características o circunstancias del artículo 11 de la Ley N* 19.300 que el Proyecto genera o presenta son los que a continuación se describen
12
5.1. RIESGO PARA LA SALUD DE LA POBLACIÓN, DEBIDO A LA CANTIDAD Y CALIDAD D: EFLUENTES, EMISIONES Y RESIDUOS
tr
Impacto ambiental - Generación de emisiones odoríferas producto de la actual operación del plantel.
Ei Modelo de impacto de olor (Anexo G4 Informe Modelo de Olores del EIA del proyecto) permitió comprobar que, para la condición Actual de operación del proyecto, se generan olores superiores a la normativa de referencia sobre las zonas receptoras San Carlos y Los Cristales, justificando la necesidad de implementación de medidas de mitigación.
Parte, obra o acción que lo genera - Lavado de pisos de establos con agua verde - Sistema de tratamiento biodigestor y piscinas - Zonas de riego
Fase en que se presenta Operación
Referencia al ICE para mayores detalles | Cap. 5. Impactos ambientales del proyecto
sobre este impacto específico Cap. 6 ANÁLISIS DE LOS EFECTOS, CARACTERÍSTICAS O CIRCUNSTANCIAS DEL ARTÍCULO 11 DE LA LEY
El Plantel Lechero Agrícola Ancali, bajo las condiciones actuales de operación, es decir, sin las mejoras tecnológicas implementadas y propuestas en el proyecto, presenta riesgo para salud de la población debido a que se supera la normativa de referencia para olor (Normativa del Reino Unido), utilizada sobre las zonas
: receptoras San Carlos de Purén y Los Cristales, justificando la necesidad de implementación de medidas de : mitigación.
En este contexto, las medidas de mitigación planteadas al proyecto durante el proceso de evaluación ambiental de este, las cuales consisten básicamente en el control de olores en la limpieza de los establos, así como en los predios donde se aplicará riego con digestato; y las medidas y/o acciones que modifican y mejoran el sistema de tratamiento y los procesos operativos del plantel lechero, en su conjunto, se hacen cargo de los efectos generados por las emisiones de olores hacia los receptores identificados.
Así también, se debe indicar que, tras la evaluación ambiental del proyecto el titular modeló el impacto de los olores con las medidas implementadas y se determinó que el titular mantiene sus emisiones dentro de los límites establecidos y/o comprometidos en la norma de referencia internacional utilizada durante la evaluación ambiental de los impactos odoríferos y que corresponde a 5 ouw/m!? en zona rural y 3 ou/m* en zona urbana.
Se hace presente que durante la evaluación ambiental el titular se comprometió a mantener una distancia entre las zonas de riego y población de 200 metros o más, así como también se presentó un Plan de gestión de olores (anexo Eii de la Adenda complementaria), un Plan de aplicación de Digestato (Anexo Aii actualizado Adenda Complementaria) el cual establece entre otras acciones el riego con digestato de calidad según norma de Digestato NCh 3.375:2015, planes de contingencia y emergencia asociado a generación de malos olores, entre otras, Por otra parte, se debe indicar que se efectuará un seguimiento o monitoreo a las emisiones
odoríferas generadas por el plantel, cuyo detalle se encuentra descrito en el capitulo 10 del ICE y en el Considerando 7? de la presente resolución,
Asimismo, el titular propuso compromisos ambientales voluntarios asociados a mantener un seguimiento de variables ambientales tales como suelo, aguas superficiales y subterráneas; monitoreo del digestato que será aplicado a riego, entre otros monitoreos que se describen con mayor detalle en el Anexo Gii Cap 9 Ficha Monitoreos de la Adenda complementaria del proyecto; y que dan cuenta, de acuerdo a los análisis | efectuados a dichas matrices, que el proyecto no ha alterado la calidad de estos y por ende no supone un riesgo para la salud de la población por posible exposición a contaminantes.
En este contexto, es posible señalar que las medidas y acciones asociadas a mitigar los impactos ambientales
asociados a la generación de olores molestos, se hacen cargo adecuadamente de estos efectos, por las razones previamente expuestas.
6". Que, durante el proceso de evaluación se han presentado antecedentes que justifican la inexistencia de los demás efectos, características y circunstancias del artículo 11 de la Ley N* 19.300:
6.1. EFECTOS ADVERSOS SIGNIFICATIVOS SOBRE LA CANTIDAD Y CALIDAD DE LOS RECURSOS NATURALES RENOVABLES, INCLUIDOS EL SUELO, AGUA Y AIRE Impacto ambiental
-
Alteración de las características fisicoquímicas y microbiológicas del suelo producto del riego con purines tratados. (Digestato)
-
Alteración de las características fisicoquímicas y microbiológicas de las aguas superficiales debido al riego con digestato.
-
Alteración de las características fisicoquímicas y microbiológicas de las aguas subterráneas debido al riego con digestato tratado
Componente(s) ambiental(es) afectado(s) | Suelo Aguas superficiales Aguas subterráneas
Parte, obra o acción que lo genera Actividades de limpieza con efluente tratado. Riego con efluente tratado. Modificación del Plan de aplicación de digestato.
_Fas Operación _ Referencia al ICE para mayores detalles | Cap. 5. Impactos ambientales del proyecto . sobre este impacto específico Cap. 6 ANALISIS DE LOS EFECTOS, CARACTERISTICAS
O CIRCUNSTANCIAS DEL ARTÍCULO 11 DELA LEY
Con la finalidad de descartar un efecto adverso significativo sobre la calidad de los suelos por presencia de contaminantes, principalmente macronutrientes presentes en concentraciones mayores a las que la bibliografía recomienda para fines agrícolas; y con el objetivo de evaluar que dichos nutrientes no estuvieran afectando la capacidad de asimilación, autodepuración, asimilación y regeneración del recurso; así como de otras matrices ambientales, es que durante la evaluación ambiental se requirió al titular un estudio que evaluara los efectos de esta práctica agronómica ( riego con digestato) sobre los suelos de Ancali, tanto en su comportamiento físico y químico, como en aspectos de química del suelo ( Mayores antecedentes Anexo Dii Estudio de Suelo de la Adenda complementaria). De lo anterior se concluye que la practica de riego con digestato no ha alterado la capacidad del suelo para sustentar biodiversidad por degradación, erosión, impermeabilización, compactación O presencia de contaminantes; así como tampoco ha comprometido la calidad de otras matrices ambientales tales como agua superficial y/o subterránea. Asimismo, se debe indicar que para asegurar la sustentabilidad de la aplicación de digestato al suelo, el titular presentó un nuevo Plan de Aplicación de Digestato, el cual permite asegurar que la gestión del digestato en los suelos no superará las 1,4 ton de Nitrógeno por sobre el requerimiento del sistema, de acuerdo a los criterios establecidos por el S.A.G. Este Plan de aplicación será presentado anualmente previo a la temporada de riego, ante los organismos fiscalizadores para su evaluación y análisis,
Asi también, durante el proceso, se analizaron potenciales impactos a la componente hídrica, producto de las modificaciones operacionales propuestas al proyecto (plan de aplicación digestato) así como el efecto sinérgico de la central hidroeléctrica Frontera con el Plantel Lechero, sobre la calidad de las aguas superficiales y/o subterráneas, principalmente. En este contexto, se pudo confirmar que la práctica de riego con digestato por más de 10 años, no ha alterado la calidad de los cuerpos de agua superficial y subterráneo, ya que de acuerdo al estudio de suelo anexo Dii de la Adenda Complementaria, a mayor profundidad, la concentración de nutrientes disminuye. Lo que indica que no existe una movilidad significativa de los nutrientes hacia las aguas subterráneas que se encontrarían a más de 4 metros, según estudio hidrogeológico. Junto con lo anterior, la aplicación de digestato para riego tendrá una serie de restricciones de distancia a Cuerpos de agua superficial y subterránea. Asimismo, el producto digestato ha mejorado su calidad para ser utilizado como fertilizante; y, además, no se aplicará a suelo sin cultivo. Además, el titular mantiene y mantendrá monitoreos de calidad permanentes a la componente hídrica; y/o compromisos ambientales voluntarios con el fin de evaluar la incidencia del riego sobre estas matrices.
Respecto de la central Frontera, de acuerdo a la modelación hidrogeológica e hidrológica efectuada en el área de estudio, fue posible concluir que el Plantel lechero no genera efectos sinérgicos con el proyecto Frontera, sobre el nivel freático, en condiciones normales de precipitaciones, Sin perjuicio de ello, el titular propuso medidas de contingencia y emergencia para enfrentar una situación de afloramiento de aguas e inundaciones; así como el seguimiento del nivel freático de la zona. (Mayores antecedentes cap. 3 de la Adenda del EIA, cap. 9 y cap. 13 del ICE del proyecto).
En consecuencia, existen antecedentes que permiten concluir que las partes, obras y/o acciones del proyecto no generarán un efecto adverso significativo sobre los recursos naturales suelo y agua, considerando los antecedentes que formaron parte de la evaluación ambiental del proyecto y a lo expuesto anteriormente.
6.2. REASENTAMIENTO DE COMUNIDADES HUMANAS O ALTERACIÓN SIGNIFICATIVA DE LOS SISTEMAS DE VIDA Y COSTUMBRES DE GRUPOS HUMANOS
Impacto ambiental - Alteración a elementos identitarios y sistemas de vida susceptibles de afectación producto de emisiones de olor
- — Alteración a elementos identitarios y sistemas de vida susceptibles de afectación producto de la generación de
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vectores de interés sanitario.
Parte, obra o acción que lo genera Actividades de limpieza con efluente tratado y riego con efluente cumpliendo calidad de Norma Digestato. Nuevo Plan de aplicación de digestato
Fase en que se presenta Operación Referencia al ICE para mayores detalles | Cap. 5. Impactos ambientales del proyecto . sobre este impacto específico Cap.6 ANALISIS DE LOS EFECTOS, CARACTERÍSTICAS
O CIRCUNSTANCIAS DEL ARTÍCULO 11 DE LA LEY
Durante la evaluación se caracterizó a los grupos humanos del área de influencia del proyecto, identificando a las localidades de Miramar, Los Cristales, San Carlos de Purén y Mirador del Biobío. Estos grupos humanos son susceptibles de afectar en sus sistemas de vida, debido a la generación de olores del plantel. En este contexto, el titular debió presentar un estudio que modelara el impacto odorífero del proyecto sobre dichas comunidades; concluyéndose del mismo que junto con las mejoras tecnológicas y operativas propuestas al proyecto, el titular acreditó cumplimiento de los estándares normativos de referencia de la norma holandesa para zona urbana 3 0u/m3 y rural 5 0u/m3, respectivamente. El detalle de los resultados y su análisis de lo expuesto se encuentra en Anexo Ej Componente Aire-Olor, de la Adenda del proyecto. Sumado a lo anterior, el titular propuso un Plan de Gestión de Olor (Anexo Eli Actualización Plan de Gestión de Olor de la Adenda compenetraría), el cual describe una serie de procedimientos y medidas de control de olores para todas las actividades del plantel y principalmente aquellas consideradas fuentes de generación de olor. Asi también, durante el proceso de evaluación ambiental se propuso monitorear esta variable en los puntos de generación (fuente) y en los receptores (inmisión). Asimismo, y como parte del plan de gestión y como medio: para evaluar el desempeño de las actividades de gestión de olor del plantel, en temas de percepción de olor, se establecerá un registro de quejas y reclamos de vecinos, con la finalidad de evaluar en forma permanente la percepción de olor de las comunidades cercanas al proyecto, la que estará a disposición de las partes interesadas y de los organismos fiscalizadores. Con respecto a los vectores, el plantel mantendrá el monitoreo, seguimiento y manejo de moscas en el origen, que impiden su proliferación; lo anterior, sin perjuicio de los planes de contingencia y/o emergencias asociados a la aparición de vectores de interés sanitario, el programa de control de vectores (anexo E del EIA), así como compromisos voluntarios presentados en detalle en el cap. 13 del informe consolidado de evaluación,
Por otra parte, se debe indicar que, si bien el proyecto ingresó como estudio de impacto ambiental por presentar o generar un riesgo a la salud de la población, por generación de olores molestos por sobre los estándares normativos usados de referencia; esta situación, puede o no afectar directamente la percepción y respuesta a olores que tenga una comunidad que está en permanente relación con esta variable. Sin perjuicio de lo anterior, y habiendo evaluado la significancia del impacto de olores respecto de los sistemas de vida y costumbres de grupos humanos; concluyendo que, si bien existe percepción de olores, se descarta la generación de un impacto significativo por este aspecto, sobre los grupos humanos presentes en el área de influencia. Asimismo, es relevante destacar que las medidas asociadas a minimizar olores a objeto de mitigar el riesgo sobre la salud de la población contribuirán a mejorar la calidad de vida de la población y grupos humanos presentes en el sector.
Finalmente, y de acuerdo a la modelación de olor efectuada; a las entrevistas realizadas a los receptores discretos; y en consideración a las mejoras que se han implementado al sistema de tratamiento de residuos durante los últimos años, y con proyecto implementado; así como las nuevas medidas de control de olor; es posible concluir que se descarta una alteración significativa a los sistemas de vida de los grupos humanos identificados en el área de influencia del proyecto, por efecto de las emisiones odoríferas.
6.3. LOCALIZACIÓN EN O PRÓXIMA A POBLACIONES, RECURSOS Y ÁREAS PROTEGIDAS, ¡ SITIOS PRIORITARIOS PARA LA CONSERVACIÓN, HUMEDALES PROTEGIDOS Y GLACIARES, SUSCEPTIBLES DE SER AFECTADOS, ASÍ COMO EL VALOR AMBIENTAL DEL TERRITORIO EN QUE SE PRETENDE EMPLAZAR
Impacto ambiental | No aplica
Componente(s) ambiental(es) afectado(s) | Componente indígena
Parte, obra o acción que lo genera No aplica
Fase en que se presenta No aplica
Referencia al ICE para mayores detalles | Cap. 5. Impactos ambientales del proyecto
sobre este impacto especifico Cap. 6 ANÁLISIS DE LOS EFECTOS, CARACTERÍSTICAS O CIRCUNSTANCIAS DEL ARTÍCULO 11 DE LA LEY
De acuerdo a los antecedentes presentados en el cap. 2 de la Adenda del proyecto, las modificaciones asociadas al Plantel lechero, en ninguna de sus partes, obras y acciones genera relación con las actividades realizadas en sitios de significancia cultural catastrados, y no impedirá la realización de ceremonias ancestrales propias de la cultura mapuche, ya que no existen en el área de influencia del proyecto. Lo anterior
15
fue confirmado por el órgano competente en materia indigena, CONADI, quien a través del Oficio N* 238 de fecha 13 de julio de 2018 se pronunció indicando que el titular del proyecto ha justificado la inexistencia de aquellos efectos, características o circunstancias del Art, 11 de la Ley 19.300 para la población protegida que vive en las cercanías del proyecto, conforme lo dispone el art. 18 letra g) inciso final,
6.4. ALTERACIÓN SIGNIFICATIVA, EN TÉRMINOS DE MAGNITUD O DURACIÓN, DEL VALOR PAISAJÍSTICO O TURÍSTICO DE UNA ZONA
Impacto ambiental No aplica Componente(s) ambiental(es) afectado(s) | componente turístico y paisajístico Parte, obra o acción que lo genera No aplica Fase en que se presenta No aplica
Referencia al ICE para mayores detalles | Cap. 5. Impactos ambientales del proyecto . sobre este impacto específico Cap. 6 ANALISIS DE LOS EFECTOS, CARACTERÍSTICAS O CIRCUNSTANCIAS DEL ARTÍCULO 11 DE LA LEY
El Proyecto no contempla la afectación o alteración significativa, en términos de magnitud o duración, del valor paisajístico o turístico de una zona, por no existir en el área de influencia del proyecto áreas con valor paisajístico y/o turístico susceptibles de ser afectados por el proyecto.
Al respecto el Servicio Nacional de Turismo de la región del Biobío mediante Oficio N* 268 de fecha 11 de julio de 2018 se excluyó de participar de la evaluación del proyecto.
6.5. ALTERACIÓN DE MONUMENTOS, SITIOS CON VALOR ANTROPOLÓGICO, ARQUEOLÓGICO, HISTÓRICO Y, EN GENERAL, LOS PERTENECIENTES AL PATRIMONIO CULTURAL
Impacto ambiental Alteración de monumentos o sitios de significancia cultural
Componente(s) ambiental(es) afectado(s) | Patrimonio cultural
Parte, obra o acción que lo genera No aplica
Fase en que se presenta No aplica
Referencia al ICE para mayores detalles | Cap. 5. Impactos ambientales del proyecto
sobre este impacto específico Cap. 6 ANÁLISIS DE LOS EFECTOS, CARACTERÍSTICAS O CIRCUNSTANCIAS DEL ARTÍCULO 11 DELA LEY
De acuerdo a la inspección arqueológica presentada en el anexo Fi de la Adenda del proyecto, y a los antecedentes expuestos en el cap. 3 de la Adenda, respecto al componente arqueológico, se rectifica que el proyecto no ejecutará obras o actividades que intervengan el recurso suelo, más allá de las actividades propias del plantel en cuanto a disposición de digestato se refiere; acción que cuenta con autorización ambiental previa, descartándose en aquel tiempo, una alteración al patrimonio cultural; y que de la misma forma, de acuerdo a la actualización efectuada en el anexo referido, no se ha registrado durante el tiempo de operación del proyecto, vestigios o hallazgos de carácter patrimonial. Por lo expuesto, es posible indicar que no existe un área de influencia para la componente patrimonio cultural, específicamente en lo relacionado a características arqueológicas/paleontológicas o de hallazgos de vestigios con valor arqueológico.
Respecto de las obras menores que se realizarán asociadas al manejo de aguas lluvias se encuentran adyacentes a los edificios existentes, por cuanto corresponden a superficies intervenidas, edificadas y autorizadas por las RCA N 40/2007, RCA N91/2011 y RCA N? 52/2012.
Sin perjuicio de lo anterior, el titular se comprometió a generar una inducción a sus trabajadores realizada por profesional a fin a objeto de transmitir los protocolos en el eventual caso de un hallazgo
Arqueológico/Paleontológico. Para mayor detalle revisar capítulo 13 de Compromisos Voluntarios del ICE del proyecto.
En consecuencia, es posible concluir que el proyecto no genera o presenta alteración de monumentos, sitios con valor antropológico, arqueológico, histórico, y en general, los pertenecientes al patrimonio cultural, en consideración a lo dispuesto en el artículo 10 del Reglamento del SEIA.
7%. Que, del proceso de evaluación de impacto ambiental del Proyecto puede concluirse que las siguientes medidas de mitigación, reparación y/o compensación son adecuadas para hacerse cargo de los efectos, características y circunstancias del artículo 11 de la Ley N* 19.300 que genera o presenta el Proyecto, las que deberán implementarse para su ejecución:
7.1. FASE DE CONSTRUCCIÓN
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El proyecto no propone medidas de mitigación, reparación y/o compensación para la fase de construcción del
mismo.
7.2. FASE DE OPERACIÓN
7.2.1.-Medida:1: Control de olores limpieza de establos
Tipo de medida
Mitigación
Componente(s) ambiental(es) objeto de protección
Calidad del aire - Salud de la población
Impacto asociado
Alteración de la línea base de las emisiones odoríferas
Objetivo, descripción y justificación
Objetivo: Disminución de las emisiones odoríferas actuales y futuras generadas por las actividades de limpieza
Descripción:
Esta medida propone disminuir los olores generados de la actividad de limpieza de los establos donde se alimentan y alojan los animales, disminuyendo los tiempos en que se ejecuta la limpieza y utilizando las técnicas de limpieza disponibles en el plantel.
Justificación:
La medida se justifica en consideración a que esta actividad (limpieza de
establos) fue identificada como una unidad critica en lo que a generación de emisiones de olores se refiere.
Lugar, forma y oportunidad de implementación
Lugar:
Pabellones o establos de alimentación y alojamiento de los animales del plantel.
Forma:
Como se indicó en la descripción de la medida, se contempla disminuir los tiempos de limpieza, mediante dos tipos de procedimiento: limpieza en séco y
¡ lavado con corriente de agua continua.
Un primer procedimiento es efectuado en seco, es decir, utilizando equipos y maquinaria tales como scraper o pala mecánica de limpieza; y en segundo lugar mediante un procedimiento denominado flushing (limpieza con [agua mediante inundación a corriente) el cual se realizará en complemento de la limpieza en seco del scraper, por lo que no es una actividad permanente.
En este contexto el proyecto propone reducir los tiempos de aplicación de flushing de 15 min por patio a 5 min por patio, obteniendo con ello, el mismo resultado de limpieza de patios.
El sistema es accionado manualmente por un operador del área. Cada lavado de pisos de establos con flushing se realizará de forma secuencial por módulo una vez al día durante 5 minutos y tiene una duración total, de todos los módulos, de 45 minutos aproximadamente al día. Para este procedimiento se utilizará agua limpia o tratada.
Asimismo, se llevará un registro diario de la actividad de limpieza de pisos de establos de ordeña. El cual será informado al área de medio ambiente de Plantel Lechero Agrícola Ancali Ltda. a objeto de corroborar la existencia de reclamos por parte de la comunidad durante estas actividades.
Oportunidad: Las actividades de limpieza estarán a cargo del supervisor o líder de operaciones, el cual determinará la hora más adecuada para realizar estas actividades tomando en cuenta las condiciones operacionales y climáticas que favorezcan la dispersión de olores molestos. Se deberá corroborar las características organolépticas de las aguas de la piscina bellavista.
Indicador de cumplimiento
- Registro diario de limpieza
- Registro de reclamos y quejas, según Plan de Gestión de Olores
Referencia al ICE para mayores detalles
Capitulo 8 Medidas de mitigación, reparación y compensación
:7.22.Medida 2: Control de olores en riego de predios
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Tipo de medida
Mitigación
Componente(s) ambiental(es) objeto de protección
Calidad del aire - Salud de la población
Impacto asociado
Alteración de la línea base de las emisiones odoríferas
Objetivo, descripción y justificación
Objetivo:
No incrementar las emisiones de olores generadas por las labores de riego con digestato.
Descripción:
Para el control de olores en los predios que serán destinados al riego, se ha determinado que el digestato no será incorporado directamente al suelo, sino que previamente será mezclado con agua de canales de riego existentes. Lo anterior, en concordancia a los requerimientos agronómicos, nutricionales y balance hídrico de potreros. La mezcla se realizará según procedimiento de mezcla asociado al Plan de aplicación de digestato (Anexo Ali actualizado de la Adenda complementaria del proyecto).
Asimismo, y como una de las medidas de control de olores se contempla el cumplimiento de normativa de Requisitos de calidad del digestato N.Ch. 3.375:2015. Para cumplir con este estándar, se realizará monitoreo de su composición de acuerdo NCh 3.375:2015, en la salida del sistema de tratamiento o previo al ingreso a laguna bellavista. El detalle de los parámetros a monitorear, procedimientos de muestreo y análisis fueron descritos en el anexo Aii Actualización Plan aplicación con digestatos de la Adenda complementaria.
Justificación:
Esta medida se justifica en consideración a que la actividad de riego con digestato fue una de las fuentes de olores internas identificadas en el estudio de olores
Lugar, forma y oportunidad de implementación
Lugar: Predios incluidos en el plan de aplicación de digestato del plantel. Forma:
Las actividades de aplicación de digestato están a cargo del administrador o supervisor del predio, el cual determinará la hora más adecuada para realizar estas actividades tomando en cuenta las condiciones operacionales y condiciones climáticas que favorecen la dispersión de olores molestos.
Con el objeto de corroborar la calidad del Digestato se realizarán muestreos según sigue: . Digestato sólido cada dos meses, y
. Digestato líquido mensual el primer año, trimestral segundo año y a partir del tercer año los muestreos serán semestrales.
Se llevará un registro diario de la actividad de aplicación de potreros. Este registro será informado al área de medio ambiente de Plantel Lechero Agrícola Ancali Ltda. a objeto de corroborar la existencia de reclamos por parte de la comunidad durante estas actividades.
Se aclara que como todo sistema de tratamiento biológico pueden existir variaciones en la operación que requieran un manejo del subproducto obtenido. Bajo una situación de existencia de olor en el digestato se procederá a:
. Aumentar aireación y agitación en piscinas 1 y 2.
. Adición de bacterias en dosis recomendadas por fabricante para disminuir la carga orgánica y condiciones anaerobias que favorecen la emisión de biogás en piscinas aeróbicas.
. En caso de persistir el olor, se realizará una recirculación del digestato para mejorar su calidad
Oportunidad:
Medida operativa que actualmente se encuentra implementada, dadas las mejoras en el sistema de tratamiento.
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Indicador de cumplimiento
- Registro de aplicación en labores de riego
-
Registro de reclamos y quejas, según Plan de Olores.
-
Registro de Capacitación anual de operadores del Plan de Aplicación de Digestato, donde se indicarán las restricciones de aplicación de digestato. Se mantendrá el registro de asistencia y listado de personal destinado a riego.
Referencia al ICE para mayores detalles
Capítulo 8 Medidas de mitigación, reparación y compensación
7.3. FASE DE CIERRE
El proyecto no establece medidas de mitigación, reparación y/o compensación en fase de cierre.
8%. Que, el plan de seguimiento de las variables ambientales relevantes que fueron objeto de evaluación
ambiental es el siguiente:
8.1. FASE DE CONSTRUCCIÓN El proyecto no establece seguimiento de variables ambientales en fase de construcción
8.2. FASE DE OPERACIÓN
8.2.1:.:Variable'ambiental::Olores
Impacto asociado
| Alteración de la calidad del aire por olores.
Medidas asociadas
Control de olores en limpieza de establos Control de olores en riego de predios
Componentes ambientales objeto de seguimiento
Calidad del aire Salud de la población
Ubicación de los puntos/zonas de medición y control
Piscina 1 y Piscina 2 Centro de reciclaje de arena Canal desarenador
Patio de alimentación
Silos
Laguna Bellavista
Laguna Cristales
Laguna Abedules
Establos
Predios de riego
Parámetros a monitorear
Percepción de olor ou/m* (inmisión en receptor). Medición fuentes (Olfatometría)
Límites permitidos o comprometidos
5 ou/m? en zona rural, 3 ou/m? en zona urbana.
Duración y frecuencia de la medición
Duración:
2 años desde el imicio de la fase de operación del proyecto, año 2021. Finalizado dicho periodo (2 primeros años de operación), es decir a partir del año 2023, si no hay eventos de olor, se descontinuarán las mediciones.
Frecuencia: Semestral
Método o procedimiento de medición de cada parámetro
El procedimiento de medición de olor incluye:
Parámetro Mediciones de la fuente Medición receptor Emisiones de + Toma de muestras: NCh 3.386 (2015). olor + Olfatometría dinámica: Norma Chilena NCh 3.190 (2010).
Modelación de emisiones odoríferas mediante programa | calpuff.
» Registros de quejas VDI 3.883 Blatt 4 (VDI 2017a).
-__ Encuestas. NCh 3.387:2015.
Complementario a lo anterior, en caso de presentarse quejas o reclamos
(relacionadas con 5 eventos corroborados anuales) por parte de la comunidad, se realizará una encuesta anual a las comunidades de San Carlos de Purén,
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Mirador, Miramar y Los Cristales.
El plantel contará con personal de las áreas de operación, medio ambiente y agrícola, capacitado en olores para la detección prematura de olores dentro de las instalaciones del plantel y las lagunas.
El Formulario de Quejas y Reclamos estará disponible en oficinas Rancho RM base 3 (portería) El Risquillo y en Delegación Municipal de San Carlos de Purén. Anexo Ei. Actualización Plan de gestión de olor de la Adenda coraplementaria.
Plazo y frecuencia de Plazo:
entrega de informes Permanente durante el periodo de seguimiento (2 años desde el inicio de la fase de operación del proyecto). De no existir eventos de olor durante este periodo, se descontinuarán las mediciones.
Frecuencia:
Semestralmente durante el periodo de seguimiento, se informará a la SMA mediante el Sistema de Seguimiento Ambiental RCA.
Organismo destinatario de | Superintendencia del Medio Ambiente, a través de su página web. informes
Referencia al ICE para Cap. 10 Planes de Seguimiento de las variables ambientales mayores detalles
8.3. FASE DE CIERRE El proyecto no propuso planes de seguimiento de variables ambientales en fase de abandono.
9%, Que resultan aplicables al Proyecto los siguientes permisos ambientales sectoriales, asociados a las correspondientes partes, obras o acciones que se señalan a continuación:
9.1. PERMISOS AMBIENTALES SECTORIALES MIXTOS
9.1.1. Permiso para la construcción, reparación, modificación y ampliación de cualquier obra pública o particular destinada a la evacuación, tratamiento o disposición final de residuos industriales o mineros, del artículo 139 del Reglamento del SEIA
Fase del Proyecto a la Operación cual corresponde
Parte, obra o acción a - Modificaciones tecnológicas y operacionales al Sistema de tratamiento de la que aplica purines. Condiciones o No se establecieron condiciones o exigencias respecto de este PAS
exigencias específicas para su otorgamiento
Pronunciamiento del Ord. N? 2693 de fecha 01 de octubre de 2019, de la SEREMI de Salud, Región órgano competente del Biobío, quien se pronuncia Conforme con los requisitos y contenidos técnicos de este permiso.
Referencia al ICE para | Cap. 12 Permisos y pronunciamientos ambientales sectoriales mayores detalles
9.1.2. Permiso para la construcción, reparación, modificación y ampliación de cualquier planta de basuras y desperdicios de cualquier clase o para la instalación de todo lugar destinado a la acumulación, selección, industrialización, comercio o disposición final de basuras y desperdicios de cualquier clase del artículo 140 del Reglamento del SELA,
Fase del Proyecto a la Construcción, operación y cierre. cual corresponde
Parte, obra o acción a - zona de manejo de residuos especiales (Área veterinaria: enfermería y la que aplica mastitis) y mortalidades. Condiciones o No se establecieron condiciones o exigencias respecto de este PAS
exigencias específicas para su otorgamiento
Pronunciamiento del Ord, N* 2693 de fecha 01 de octubre de 2019, de la SEREMI de Salud, Región Órgano competente del Biobío, quien se pronuncia Conforme con los requisitos y contenidos técnicos de este permiso.
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Referencia al ICE para mayores detalles
Cap.
12 Permisos y pronunciamientos ambientales sectoriales
- Que, de acuerdo a los antecedentes que constan en el expediente de evaluación, la forma de cumplim: de la normativa de carácter ambiental aplicable al Proyecto es la siguiente:
ento
21.01.2010).
Tabla:10.1 Norma -Ley -N* 19,300, sobre-Bases Generales del- Medio Ambiente (Publicada enel Diario de Oficial: D.O “de fecha 09.03.1994 y modificada por la Ley N”:20.417, publicada en' el. D.O con fecha
Componente/materia:
General
Otros cuerpos legales
D.S. N*40/12, de fecha 30.10.2012, del MMA, Reglamento del: SEIA (Publicación D.O 12.08.2013).
Fase del proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento
Construcción-Operación-Cierre
Parte, obra, acción, emisión, residuo o sustancias a la que aplica
Todas las partes, obras, acciones, emisiones y residuos del proyecto descritas en los capítulo 4 y 5 del ICE del proyecto.
Forma de cumplimiento
El ingreso al Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental se realiza mediante la presentación de un Estudio de Impacto Ambiental, toda vez que genera o presenta uno de los efectos, características o circunstancias descritos en la letra a) del artículo 11 de la Ley, “Riesgo para la salud de la población, debido a la cantidad y calidad de efluentes, emisiones o residuos”.
Indicador que acredita su cumplimiento
Resolución de Calificación Ambiental favorable (RCA)
Forma
mayores detalles
de control y | Envió de compromisos, informes, monitoreos u otros que establezca la RCA seguimiento que requieran seguimiento por parte de la S.M.A. utilizando las plataformas virtuales, según corresponda. Referencia al ICE para | Cap. 11 Normativa de carácter ambiental aplicable
Tabla: 10.2. Norma: “.D.S, N* Contaminantes Atmosféricos de
144/61 del -MINSAL...Establece-:Normas -para «Evitar Emánaciones : o cualquier Naturaleza
Componente/materia:
Emisiones atmosféricas
Fase del proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento
Operación
Parte, obra, acción, emisión, residuo o sustancias a la que aplica
Emisiones por el tránsito de vehículos y emisiones asociadas a manejo de residuos y subproductos (establos, sistema de manejo de purines, manejo biodigestores).
¡ Forma de cumplimiento
Como forma de control de las emisiones de material particulado y generación de gases, las cuales en ningún caso no tienen un efecto significativo sobre lo establecido en las normas primarias de calidad del aire, se tomarán las siguientes acciones: -- Fase de operación, se considera la humectación de caminos según lo indicando en RCA 091/2011 y RCA N*052/2012, es decir con agua limpia de riego. En fase de operación está absolutamente prohibido generar fogatas, quemas u otras actividades que generen humos, vapores, olores molestos u otras emisiones que puedan generar malestar en las personas. Respecto de la generación de olor, durante la evaluación ambiental del proyecto se propuso: + Minimizar la tasa de generación de olores, a través de las buenas prácticas de manejo. Se destaca la implementación del
Plan de Reducción de Consumo de Agua (Anexo: Di de Adenda) y disminución de limpiezas de pisos utilizando agua
verde.
- El foco de reducción del área de influencia del plantel lechero
se basa en mejorar la gestión y tratamiento de las emisiones.
Esto se materializa en las mejoras de la infraestructura de los
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digestores anaerobios como fue descrito en Obs. 1.1 de la adenda del proyecto, tales como: precalentamiento antes del ingreso, automatización de la alimentación y equipos de mezcla. Junto a esto se aplicará en caso de ser necesario cepas especializadas de bacterias en piscinas aireadas 1 y 2, como mecanismo de reducción de la materia orgánica fácilmente biodegradable. Se ha realizado la ingeniería básica para implementar mejoras en el sistema de automatización de antorchas del sistema de digestión anaerobia. Se ha reducido la aplicación de flushing de 15 min por patio a 5 min, obteniendo el mismo resultado de limpieza de patios. Además, esta limpieza se ha disminuido a una vez por día y dependiendo de las condiciones de ventilación y con restricción de ejecución en horario nocturno y madrugada (detalle presentado en Anexo Di Plan de reducción de consumo de agua de la Adenda del proyecto, se adjunta protocolo de flushing).
- Además, se eliminaron los patios colectivos para crianza,
disminuyendo áreas de emisión de olores.
Finalmente, la SEREMI de Salud, Región del Biobío, mediante Of. N*583 de fecha 14 de abril de 2020 se pronuncia conforme con los antecedentes de la Adenda complementaria del proyecto.
.
Indicador que acredita su cumplimiento
-
Registro de reclamos y quejas, según Plan de Olores.
-
Registro de eventos según lo indicado por panel interno de Olores.
-
— Estudio de olfatometría dinámica estacional semestral durante los dos primeros años de la fase de operación del proyecto. Finalizado dicho periodo, si no hay eventos de olor, se descontinuará la medición.
Forma de control y | Registros e informes disponibles en la planta o envio a la SMA a través de seguimiento plataforma virtual, según corresponda. Referencia al ICE para | Cap. 11 Normativa de carácter ambiental aplicable
mayores detalles
Tabla -10.3.Norma: Decreto Supremo N* 75/87 Ministerio de Transporte y Telecomunicaciones (D.O. 7 de julio de 1937), Condiciones para el transporte de cargas que indica.
Componente/materia:
Emisiones atmosféricas
Fase del proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento
Construcción- Operación
Parte, obra, acción, emisión, residuo o sustancias a la que aplica
Transporte de residuos sólidos y líquidos, escombros, tierra u otros materiales en las fases de construcción (adecuación aguas lluvias) y operación (modificaciones tecnológicas al sistema de tratamiento).
Forma de cumplimiento
El transporte de materiales se efectuará con la carga cubierta con lonas, de forma tal de impedir la dispersión del polvo en la atmósfera y el escurrimiento de materiales en el sustrato. Antes de comenzar la operación de transporte deberán verificarse las condiciones de carga de los vehículos,
Indicador que acredita su
- Incorporación en el contrato con empresas de cláusula que exija el
cumplimiento correcto estado y calidad de los vehículos
Forma de control y| Registros e informes disponibles en la planta o envío a la SMA a través de seguimiento plataforma virtual, según corresponda.
Referencia al ICE para | Cap. 11 Normativa de carácter ambiental aplicable
mayores detalles
Tabla 10.4 Norma Decreto Supremo'N*-1/2014MMA (D.O.2 mayo 2013), Aprueba reglamento del registro de emisiones y transferencias de contaminantes; RETC
Componente/materia:
Emisiones y residuos
Fase del proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento
Operación
Parte, obra, acción, emisión, residuo o sustancias a la que aplica
Funcionamiento de equipos electrógenos, generación de residuos no peligrosos y peligrosos
Forma de cumplimiento
Se dará cumplimiento al reglamento y se ingresarán los antecedentes en los subsistemas correspondientes al sistema de ventanilla única RETC en los
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plazos indicados.
Indicador que acredita su
Certificado generado por el ingreso de antecedentes al sistema de ventanilla
cumplimiento única RETC.
Forma de control y | Registros, autorizaciones e informes disponibles en la planta o envío a la seguimiento SMA a través de plataforma virtual, según corresponda
Referencia al ICE para] Cap. 11 Normativa de carácter ambiental aplicable
mayores detalles
Tabla 10:5 Normá Decreto Supremo N* 138/2005, Establece obligación de declarar emisiones que indica,
Ministerio:de Salud
Componente/materia:
Emisiones atmosféricas
Fase del proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento
Operación
Parte, obra, acción, emisión, residuo o sustancias a la que aplica
Equipos electrógenos
Forma de cumplimiento
Las emisiones generadas por el proyecto serán declaradas de acuerdo a lo establecido en el presente decreto, cumpliendo con los plazos establecidos. La SEREMI de Salud, Región del Biobío, mediante Of. Ord. N* 2693 de fecha 01 de octubre de 2019, informa que el titular cumple con la normativa asociada al presente cuerpo legal.
Indicador que acredita su
- Comprobantes de envio de declaración de emisiones a través del
cumplimiento subsistema declaración de emisiones del RETC.
Forma de control y | Registros e informes disponibles en la planta o envío a la SMA a través de seguimiento plataforma virtual, según corresponda.
Referencia al ICE para ¡| Cap. 11 Normativa de carácter ambiental aplicable
mayores detalles
Tabla 10.6 Norma: Decreto Supremo N%38/11 'MMA,; Establece Norma'de Emisión de Ruidos Generados por
Fuentes que Indica, elaborada á partir de lá revisión del Decretó N* 146; de 1997; del MINSEGPRES
Componente/materia:
Emisiones Acústicas
Fase del proyecto a la que aplica o en la que se dará ¿ cumplimiento
Operación
Parte, obra, acción, emisión, residuo o sustancias a la que aplica
Emisiones de las fuentes asociadas al funcionamiento del plantel una vez que todas las faenas de construcción finalicen y las que se relacionan principalmente con las aguas lluvia y las asociadas al sistema de tratamiento.
Forma de cumplimiento
De acuerdo al Plano Regulador de las comunas de Los Ángeles y Mulchén, el proyecto está emplazado en Zona Rural y según el estudio de “Emisiones acústicas” realizado en base al D.S. N* 38/11 MMA.
La ejecución de la fase de construcción se realizará paralela a la operación actual del plantel, por lo tanto, se considera que este será el escenario más desfavorable con respecto a las emisiones acústicas. En este escenario se cumplen los niveles establecidos de ruido de la presente normativa (detalle en Anexo H del ElA del proyecto).
La SEREMI de Salud, Región del Biobío, mediante Of. Ord. N* 2693 de fecha 01 de octubre de 2019, informa que el titular cumple con la normativa asociada al presente cuerpo legal.
¡ cumplimiento
Indicador que acredita su
- Registro de mediciones efectuadas durante el primer año de funcionamiento de las mejoras (etapa de operación).
- _ Registro de mantenciones periódicas a equipos de planta.
Forma de control y| Registros e informes disponibles en la planta o envío a la SMA a través de seguimiento plataforma virtual, según corresponda. Referencia al ICE para | Cap. 11 Normativa de carácter ambiental aplicable
mayores detalles 1
Tabla ¡Error! Nose encuentra el origen de la referencia. Norma Decreto Supremo N*594/99 del MINSAL (29 abril 2000), Reglamento sobre Condiciones Sanitarias y Ambientales:en los Lugares de Trabajo
Componente/materia:
Residuos
Otros cuerpos legales
asociados
Decreto con Fuerza de Ley N"1/90 del MINSAL (21 febrero Determina Materias que Requieren Autorización Sanitaria Expresa
1990),
Fase del proyecto a la que
Operación/operación/abandono
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aplica o en la que se dará cumplimiento
Parte, obra, acción, emisión, residuo o sustancias a la que aplica
Servicios sanitarios existentes en las instalaciones.
Piscinas de tratamiento de digestato líquido.
Acumulación y almacenamiento de residuos industriales no peligrosos y residuos peligrosos.
Forma de cumplimiento
El Plantel Lechero cuenta con servicios higiénicos, por lo que no se requiere de instalaciones especiales para las aguas servidas durante las etapas de construcción ni operación. Tratándose de residuos industriales líquidos durante la operación del proyecto, en el EIA se presentaron los antecedentes para la obtención del PAS 139, el cual fue informado favorablemente por la Autoridad Sanitaria.
La acumulación, tratamiento y disposición final de residuos industriales se realizará conforme a las normas citadas. El Plantel cuenta con autorización para el almacenamiento temporal de residuos peligrosos y no peligrosos conforme a las exigencias de la autoridad correspondiente.
Indicador que acredita su: - Resolución sanitaria que autoriza. cumplimiento - — Facturas de compra de agua potable. - — Autorización sanitaria de las bodegas. - Comprobante de envío de declaración de residuos a través de los subsistemas SIDREP y SINADER (si correspondiera) del RETC, Forma de control y ¡ Registros, autorizaciones e informes disponibles en la planta o envío a la seguimiento SMA a través de plataforma virtual, según corresponda. Referencia al ICE para | Cap. 11 Normativa de carácter ambiental aplicable
mayores detalles
Tabla*10.8 ¿Normá- Decreto c: Sanitario
on Fuerza de Ley N"725/67 del MINSAL (D.O. -31 enero 1968), Código
Componente/materia:
Residuos
Fase del proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento
Operación/operación/cierre
Parte, obra, acción, emisión, residuo o sustancias a la que aplica
Acumulación y almacenamiento de residuos sólidos asimilables
domiciliarios, industriales no peligrosos y residuos peligrosos.
a
Forma de cumplimiento
Residuos sólidos asimilables a domésticos: En fase de construcción se estima una generación de 18 kg/día, para una dotación de 18 personas. Estos residuos corresponden a envases de alimentos del comedor, papeles, cartones, elementos de protección personal, entre otros,
En fase de operación se estima una generación de 132 kg, para una dotación de 132 personas, en sistema de turnos. Estos residuos corresponden a envases de alimentos del comedor, papeles, cartones, elementos de protección personal, entre otros.
Residuos sólidos industriales no peligrosos: en fase de construcción se estima una generación de 549 kg/mes. Su manejo será en contenedor apropiado al tipo de residuo, según indica el PAS 140, el cual se amplía y actualiza para incorporar los residuos que generará el proyecto (nuevo sitio de mortalidades y residuos especiales), eliminando el compost de digestato sólido como residuo, dado que esta unidad no formará parte del proyecto. En caso de generarse restos de hormigón, estos serán acopiados y trasladados a sitios de disposición autorizada.
Sin perjuicio de lo anterior, se debe indicar que el plante] cuenta con sitio de almacenamiento temporal para residuos no peligrosos con resolución sanitaria vigente.
Residuos Peligrosos: En fase de construcción se estima una generación de 12 kg/mes, por tratarse de obras civiles menores. El Plantel cuenta con bodega de residuos peligrosos con resolución sanitaria (Resolución N* $057 del 04 de diciembre de 2017, SEREMI de Salud Región del Biobío).
En fase operación se estima una generación de 19,91 ton/año. El Plantel cuenta con bodega de residuos peligrosos con resolución sanitaria (Resolución N* 5057 del 04 de diciembre de 2017, SEREMI de Salud Región del Biobío).
Indicador que acredita su cumplimiento
Autorización sanitaria de los sitios,
Comprobante de disposición en un sitio ambiental y sanitariamente autorizado.
Obtención de permisos para las instalaciones de almacenamiento de
residuos asimilables a domésticos y residuos no peligrosos, obteniendo
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el permiso ambiental sectorial del artículo 140 del Reglamento del SEIA
(PAS 140).
Forma de control y | Registros, autorizaciones e informes disponibles en la planta o envío a la seguimiento SMA a través de plataforma virtual, según corresponda Referencia al ICE para | Cap. 11 Normativa de carácter ambiental aplicable
mayores detalles
Tabla 10:9 Norma Decreto Supremo N*148/03 MNSAL (16 junio 2004), Reglamento sobre Manejo Sa nitario
de Residuos Peligrosos
Componente/materia:
Residuos
Fase del proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento
Operación
Parte, obra, acción, emisión, residuo o sustancias a la que aplica
bodega de residuos peligrosos autorizada por Resolución N* 5057 del diciembre de 2017.
04 de
Forma de cumplimiento
Los residuos peligrosos generados durante la operación serán almacenados en la Bodega de RESPEL existente. Los residuos serán almacenados en contenedores adecuados para sus caracteristicas, según se establece en el D.S. N*148/03 del MINSAL. Estos serán almacenados por un periodo máximo de seis meses, para luego ser enviados a un sitio de disposición final autorizado.
Indicador que acredita su
¡ cumplimiento
- — Resolución sanitaria de la bodega de residuos peligrosos y registro de cantidad de residuos, fecha y número de viajes a lugar de disposición.
Forma de control y| Registros, autorizaciones e informes disponibles en la planta o envío a la seguimiento SMA a través de plataforma virtual, según corresponda Referencia al ICE para | Cap. 11 Normativa de carácter ambiental aplicable
mayores detalles
Tabla 10.10'Norma Decreto Supremo Reglamenta Transporte de Cargas Peligrosas por Calles y Caminos.
Componente/materia:
Sustancias químicas
Fase del proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento
Operación
Parte, obra, acción, emisión, residuo o sustancias a la que aplica
Abastecimiento de medicamentos.
sustancias químicas al plantel, principalmente
Forma de cumplimiento
Los vehículos motorizados que se utilicen para transportar cualquier sustancia peligrosa desde o hacia las instalaciones del proyecto, cumplirá con los requisitos y/o exigencias establecidas por este reglamento.
Indicador que acredita su
- Rotulación de camiones y hojas de seguridad disponibles durante el
mayores detalles
cumplimiento transporte. Autorización sanitaria de vehículos
¡ Forma de control y| Registros, autorizaciones e informes disponibles en la planta o envio a la seguimiento SMA a través de plataforma virtual, según corresponda Referencia al ICE para | Cap. 11 Normativa de carácter ambiental aplicable
¡ Tabla 10.11 Norma Decreto Ley N* 3.557, Ministerio de agricultura (D.O: 9 febrero 1981); Ley de Protección
Agrícola. Componente/materia: Suelo Fase del proyecto a la que ¡ Operación
aplica o en la que se dará cumplimiento
Parte, obra, acción, emisión, residuo o sustancias a la que aplica
Acumulación, manejo y traslado de residuos.
Forma de cumplimiento
En el diseño de las instalaciones y procesos presentados a evaluación se han adoptado las medidas para dar cumplimiento a esta normativa. En este sentido, los residuos sólidos serán almacenados temporalmente en sitios autorizados en contenedores cerrados, para evitar el contacto con las condiciones climáticas hasta ser dispuestos en un lugar autorizado. Por lo tanto, estos residuos serán manejados en conformidad con las normativas correspondientes según si son peligrosos o no. Asimismo, se indica que el
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que dentro de las zonas de impacto, se determinó que en ninguno de ellos se ha sobrepasado el nivel de molestia referencial de 3,0 ou/m*, el cual se limita al interior de los predios para regadío.
- Observanite: Señores INVERSIONES LA FRONTERA SUR SPA
Observación:
Respecto al componente Medio Humano, este no considera como parte de su área de influencia ninguna de las zonas pobladas cercanas al proyecto, declarando que éstas son solo parte del área de estudio, lo cual llama profundamente la atención, debido a que debiesen estar incluidas como área de influencia. Dicha área de estudio, que se señala en el capítulo de línea de base parte Il, número 3,1.11.3.2., fue determinada en base a la guía "Guía para la descripción del Área de Influencia del Servicio de Evaluación Ambiental", no obstante, posteriormente se indica en el 3,1.11,3,3, un Área de Influencia distinta a la definida como "Área de Estudio" (el concepto de área de estudio no existe en la guía señalada). Esta Área de Estudio, finalmente excluye las áreas pobladas aledañas al proyecto. El titular debe reconocer como parte del área de influencia todas las poblaciones identificadas como "área de estudio", reevaluar sus impactos, y presentar las medidas de mitigación, compensación y/o reparación que correspondan.
Evaluación técnica de la observación:
Esta Dirección Regional considera pertinente la observación ya que se refiere a materias ambientales contenidas en el proyecto. Respecto a su inquietud en cuanto al área de influencia definida para el impacto de los olores asociado a presencia de poblaciones cercanas, cabe indicar que, de acuerdo a la naturaleza del proyecto, durante la evaluación ambiental, específicamente en la Adenda de este, el titular definió el alcance de la zona de impacto, correspondiente a la Isodora con el umbral de olor de 1,0 ou/m?, tras la aplicación del percentil 98. En este contexto, el área de influencia del proyecto por emisiones odoríferas se determinó como una zona de impacto de aproximadamente 14,5 km”, la cual logra cubrir a los receptores de las localidades de Cristales, Miramar y San Carlos de Purén. Con respecto al sector de Mirador del Biobío, de acuerdo a la modelación efectuada, la pluma de inicio de percepción de olor no alcanza a llegar a dicha zona. En este contexto, además, se incluye la Isodora de inicio de molestia de 3,0 ou/m?, la cual queda reducida al área de emplazamiento del proyecto. Lo indicado precedentemente se representa gráficamente en la Figura N* 11-3. Alcance de la zona de impacto — olor, cap. 2 de la Adenda del proyecto.
A mayor abundamiento, finalmente el titular se comprometió a cumplir con la norma de los Países Bajos, de 3 OUE/m? (percentil 98) en sector urbano y utilizar el criterio propuesto por ECOTEC de 5 OUE/m* (percentil 98) en sector rural. El monitoreo de esta variable fue presentado en detalle en el cap. 10 Planes de seguimiento del ICE del proyecto,
34, Observante: Señores INVERSIONES LA FRONTERA SUR SPA
Observación:
Respecto a los cuerpos de agua existentes en el área de influencia del proyecto, existen 2 cuerpos de agua no identificados (figura 3*) visibles a partir del análisis de las imágenes satelitales del área del proyecto, de los cuales uno ha sido identificado también en el EIA del Proyecto Central Frontera. Este cuerpo de agua al poniente del predio de Agrícola Ancali, corresponde a una laguna artificial altamente contaminada con materia orgánica. Esta a su vez se encuentra cercana a los puntos obtenidos con mayor cantidad de materia orgánica y DBOS de acuerdo a lo señalado en el punto 2.1.3.3 (Calidad de aguas). Se solicita describir ambos cuerpos de agua, y determinar el origen de su contaminación y su relación con el proyecto. En caso de que se determine la contaminación directa de estos cuerpos de agua debido a la operación del proyecto, se deben presentar las medidas de mitigación, reparación y/o compensaciones necesarias que correspondan.
Figura 3: Cuerpos de agua no identificados en el EIA (REVISAR LA IMAGEN EN EL ANEXO N ] DEL ICSARA “Observación Inversiones La Frontera Sur SPA).
Evaluación técnica de la observación:
Esta Dirección Regional considera pertinente la observación ya que se refiere a materias ambientales contenidas en el proyecto, Respecto de su inquietud, cabe indicar esta consulta, fue materia observada en el ICSARA del ElA del proyecto por los organismos competentes. Al respecto se debe indicar que, al Oeste, fuera de los límites del fundo El Risquillo se puede apreciar un conjunto de lagunas de origen antrópico, asociadas a las actividades de extracción de áridos que se encontrarían abandonadas. Estas lagunas se
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encuentran fuera del área de influencia del proyecto, ya que, en primer término, dicha área no forma parte de los predios del titular; y, en segundo lugar, no se ha regado áreas próximas a la laguna (eutrofizada) señalada por razones de sanidad animal. El potrero que limita al oeste del fundo El Risquillo se ha utilizado históricamente como potrero de pastoreo de vacas secas, por lo que, por restricciones de salubridad animal, no se aplica digestato.
Luego, de acuerdo al estudio hidrogeológico presentado en el anexo Fi de la Adenda del proyecto, se puede confirmar que el sentido de escurrimiento de las aguas subterráneas es en dirección Sur en Risquillo hasta interceptar el escurrimiento de los sectores más bajos donde circula en sentido oriente a poniente, hasta acercarse a las instalaciones del Plantel Lechero y el río Biobío; y las lagunas se encuentran ubicadas en dirección Nor-Oeste del plantel.
Asimismo, los muestreos de aguas subterráneas adjuntos en anexo Cii de la Adenda complementaria del proyecto, indicaron que la calidad del agua es apta para el consumo humano, en este contexto, se descarta la influencia del proyecto sobre dicho cuerpo de agua, confirmándose que dichos tranques artificiales se encuentran fuera del área de influencia del proyecto evaluado. Cabe destacar que existen compromisos de medición de calidad del agua subterránea asociadas a resoluciones de calificación ambiental vigentes (RCA
N040/2007, N 091/2011 y N*052/2012) que fueron incorporadas y sistematizadas en la evaluación ambiental del proyecto.
Con respecto al origen de la contaminación de la laguna, es posible señalar que no se cuenta con dicho antecedente; no obstante, se descarta, con los argumentos indicados previamente y con los antecedentes específicos que se pueden consultar en el anexo “ESTUDIO CARACTERIZACIÓN HIDROGEOLÓGICA” (Anexo Fi de la Adenda del proyecto), realizada por la empresa OITEC, que el proyecto, así como la operación del mismo, no tiene incidencia en las características que actualmente posee la laguna de origen antropogénico observada.
- Observante: Señores INVERSIONES LA FRONTERA SUR SPA
Observación: Respecto al componente hidrogeológico, se presentan las siguientes observaciones al Anexo F3 presentado:
Página ii: Se indica que el nivel freático en la zona del Plantel muestra depresiones atribuibles a la explotación de aguas subterráneas de la empresa. ¿Dicha explotación es una situación que se mantiene durante el año? Porque de lo contrario, no es posible asegurar mediante única medición, que el nivel de la napa se mantendrá a lo largo del año, pues se puede ver afectado por factores geológicos, hidrológicos y fluviales, entre otros.
Página 4: Se indica como requerimiento el "caracterizar el nivel freático en el sector" y como objetivo "determinar la profundidad a la que se ubica el nivel freático bajo la Planta". En este entendido, la caracterización de la napa freática no se realiza únicamente mediante mediciones puntuales de su nivel, sino mediante una descripción cualitativa y cuantitativa de la hidrogeología del sector, la identificación de la geología, hidrología, las aguas subterráneas que caracterizan la zona del proyecto; y la elaboración de un modelo predictivo conceptual y numérico; tal como indica la "Guía para el Uso de Modelos de Aguas Subterránea en el SEIA”. Luego, el informe no logra caracterizar ni menos determinar el nivel freático del sector. Lo cual, es extraño, debido a los profundos y detallados estudios que el titular entregó en sus escritos de la solicitud de invalidación de la RCA N*071/2016 de CH Frontera, en donde toda su argumentación se debió a impactos de los niveles freáticos de la zona de inundación al Proyecto de Ancali. Es decir, por una parte, se tiene un nivel profundo de estudios hidrogeológico, pero en esta instancia no se presentan.
Página 3, primer párrafo: Se indica que las mediciones del nivel de la napa se realizaron el día 7 de marzo de 2018. Se insiste sobre el tema de una única medición del nivel, para caracterizar el nivel de la napa, lo que no es posible tal como se ha indicado con anterioridad. ¿Cuenta Ancali con registros para mejorar la información aquí descrita? De ser afirmativa la respuesta ¿Por qué no se consideran como parte de la línea base aquí presentada?
Con respecto a lo recién expuesto, cabe indicar que, aun aumentando la cantidad de registros de medición del nivel, no será posible caracterizar adecuadamente el comportamiento de la napa en base a lo expuesto en el informe, puesto que existe una deficiencia de antecedentes y estudios para elaborar un adecuado modelo conceptual de la zona del proyecto.
Página 5, tercer párrafo: Se indica que "el nivel freático en la zona central del Plantel es menor que en la zona norte del predio y menor que en el río Biobío, con una profundidad de hasta 21 m bajo el nivel de terreno. En otras instancias, como la solicitud de Agrícola Ancali, de invalidar la RCA de CH Frontera, ha indicado que los canales de riego en su predio están fuertemente conectados con la napa, por lo que los niveles de la napa debiesen ser cercanos a los niveles de terreno, lo que se contradice con los niveles indicados en el presente informe,
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En base a lo señalado, se puede concluir que faltan antecedentes, estudios y conclusiones en el informe que permitan caracterizar adecuadamente el nivel freático para determinar sus niveles, y así saber si es que efectivamente la napa estará o no bajo el nivel de la superficie del predio para situaciones recurrentes y/o para casos extraordinarios, Finalmente es importante señalar que el comportamiento hidrogeológico no obedece una lógica puntual como lo es la delimitación de la planta lechera, este de debe medir y evaluar en al menos la extensión abarcada por la planta y todos por potreros utilizados por Ancali. Esto para tener la mínima información que permita determinar los impactos de la operación de la planta sobre las napas del sector.
Evaluación técnica de la observación:
Esta Dirección Regional considera pertinente la observación ya que se refiere a materias ambientales contenidas en el proyecto. En cuanto a su inquietud, cabe indicar que durante la presentación de la Adenda el titular presentó un nuevo estudio de la componente hidrogeológica del sector donde se ejecutan las labores del plantel lechero Agrícola Ancali Ltda (para mayor detalle ver Anexo Fi Componente Hidrología e Hidrogeología de la Adenda del proyecto.
Desde el punto de viste metodológico, se examinaron los estudios hidrogeológicos existentes en el área, se analizó la información geológica, de basamento y conductividades hidráulicas de las principales unidades geológicas, se realizó un levantamiento topográfico mediante GPS geodésico y se confeccionó un modelo topográfico; además, junto con un análisis de la información piezométrica de la zona, se confeccionó un modelo conceptual y numérico.
Las principales conclusiones del estudio indicaron que el sector presenta principalmente dos grandes unidades geológicas, una compuestas de gravas, bolones y ripios en matriz arenosa, con permeabilidades que varian entre 5x10-1 y 9x10-5 m/s, y otra conformada por gravas y arenas en matriz limo arcillosa, que presenta permeabilidades que varían entre 2 x 10-3 a 1 x 10-7 m/s. El basamento rocoso muestra profundidades de más de 240 m en el sector norte del área de estudio, y cercanas a 100 m en el sector de emplazamiento del Plantel Lechero y el río Biobio. La piezometría del área muestra que al interior del predio se observan niveles freáticos inferiores a los 4 m de profundidad; sin embargo, existe registro en sectores aledaños al área de estudio, de profundidades entre 10 a 30 m. El escurrimiento del nivel freático se observó que en el sector norte del área de estudio este escurre en dirección Sur, para posteriormente escurrir en dirección poniente hasta las cercanías de las instalaciones del Plantel Lechero y el río Biobío.
Respecto al sector de emplazamiento del Plante Lechero, se analizaron los resultados del estudio hidrogeológico realizado por Muñoz (2017) donde se aprecia que frente a eventos extremos de precipitaciones el área oriente y poniente presenta afloramientos de aguas subterráneas, lo cual se acrecienta considerando la operación de la Central Hidroeléctrica Frontera, donde existiría afloramiento en el sector del digestor, por el poniente, y en el sector de las lecherías, por el oriente, y donde gran parte de la superficie del área se encontraría con una profundidad del nivel freático bajo nivel de terreno menor a 2 m.
Respecto a la incidencia que tendría los niveles freáticos y la presencia del embalsamiento por la operación de la central hidroeléctrica en la red hídrica, se observa que su afectación se traduce en que el control del escurrimiento remonta hacia aguas arriba entre 172 m para el Desagile 3 al rio Biobío, y de 300 m en el caso de las Acequia de Riego 2.
Respecto de la posible influencia de la operación del proyecto sobre la calidad de las aguas subterráneas, se debe indicar que los muestreos de los pozos realizados entre los años 2017 y 2020, dan cuenta de una buena calidad de las aguas subterráneas, a saber: - Anexo Cii, se entrega el resultado de nueve (9) pozos para el año 2017, cuatro (4) en el sector Mirador y cinco (5) en el sector Cristales. - Anexo FS, se entregan resultados de la calidad del agua subterránea, se determina que los tres (3) pozos analizados son aptos para consumo humano.
Cabe indicar que se considera llevar un registro diario del nivel freático, en pozos de observación; de acuerdo a lo planteado en el anexo Gii Ficha monitoreos de la Adenda complementaria y cap .13 Compromisos Ambientales Voluntarios, del informe consolidado de evaluación (ICE).
En caso de que por exceso de precipitación este nivel, fuera a una profundidad menor de 1 metro, se suspenderá la aplicación de digestato, hasta que descienda, contra informe del informe del agrónomo responsable. Así también, el titular propuso planes de contingencia y emergencia en caso de eventos de
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inundación asociado a la planta de tratamiento de purines, y se contempla como parte de las acciones la comunicación con predios colindantes al Plantel (futuro embalse).
- Observante: Señores INVERSIONES LA FRONTERA SUR SPA
Observación: En virtud de trascendidos de personeros del titular, Central Frontera entiende que parte de los RILES (haya o no pasados por el biodigestor), son dispuestos en los predios de la titular que se encuentran al lado oriente de la Ruta $ Sur. Para hacer lo anterior, entendemos que la titular cuenta con una tubería, canal o alcantarillado, que permite la conducción de dichos líquidos al predio en cuestión. Para: que aclare cuál RCA vigente y/o permiso sectorial, autoriza dicha forma de traslado y disposición de riles.
Evaluación técnica de la observación:
Esta Dirección Regional considera pertinente la observación ya que se refiere a materias ambientales referidas al proyecto en evaluación. Respecto de su inquietud, cabe indicar que el proyecto tiene autorizada la conducción de purines tratados y aguas de lavado a pozos, piscinas de almacenamiento y a toda la red de cañerías subterráneas de PVC hasta distintos hidrantes distribuidos en los predios ubicados en el sector y que son de propiedad de Agrícola Ancali Ltda. Lo anterior, para su aspersión a potreros a través de pivotes en primavera y verano y carretes de riego en otoño e invierno. La RCA que autoriza dicha forma de conducción de digestato corresponde a la RCA N* 40/2007; sin perjuicio de los planes de aplicación de digestato, los cuales establecen los potreros que serán regados con digestato año tras año, bajo ciertas condiciones que permitan que la aplicación no genere riesgos al medio ambiente y cuyos contenidos técnicos son visados por la Autoridad competente (S.A.G), previo a la temporada de riego.
- Observante: Señores INVERSIONES LA FRONTERA SUR SPA
Observación: En cuanto al componente hidrológico, se presentan las siguientes preguntas sobre el Anexo F2:
Análisis de Precipitaciones: En el informe para caracterizar las precipitaciones máximas se adoptaron los registros de la estación San Carlos de Purén. Al respecto, se solicita justificar porque dichos registros no fueron extendidos más allá del año 1985/86 para contar con series de mayor representatividad temporal.
Análisis de Frecuencia: No es claro cómo se comporta el ajuste de la distribución de probabilidad seleccionada. Para fines de mejor entendimiento se solicita incorporar en anexos el ajuste gráfico obtenido para las distintas distribuciones consideradas.
Análisis de Duración: En el informe no se indican como se han definido las duraciones de diseño. Se solicita explicitar como se ha determinado el tiempo de concentración de las obras analizadas.
Estimación de Caudales: Los coeficientes de escorrentía adoptados para a los sectores perimetrales con vegetación (C = 0,80) y para los techos de los galpones (C = 0,98) se consideran bajos. Se solicita justificar los valores adoptados, ya que se estima podría subestimar la escorrentía que efectivamente producen estas obras.
Intensidad de la lluvia de diseño: No se justifica el tiempo de concentración adoptado (5 min), se solicita respaldar / justificar el valor adoptado. Una sobrevaluación e este parámetro puede subestimar los caudales máximos considerados en el diseño de las obras.
Evaluación técnica de la observación:
Esta Dirección Regional considera pertinente la observación ya que se refiere a materias ambientales contenidas en el proyecto. Respecto a la consideración de la estación San Carlos, cabe indicar que esta estación pluviométrica administrada por la DGA es la más cercana al área de estudio, se ubica a 1,6 km de la lechería, siendo por tanto representativa del área del proyecto, así como cuenta con registros de precipitación para el período 1985-2016, es decir 32 años de registro; en cuanto al análisis de frecuencia, se empleó la
distribución Gamma, pues a partir del test Kolmogorov-Smirnov, se le consideró que corresponde a la distribución de mejor ajuste.
Respecto a la estimación de caudales, se optó por un valor de C=0.80, independiente de las recomendaciones de la Guía de Diseño y Especificaciones de Elementos Urbanos de Aguas Lluvias, para zonas de nuevas urbanizaciones que indica un valor de C=0.90 para techos de zinc, y C=0.60 para patios de tierra.
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Finalmente, en cuanto a la intensidad de la lluvia, a partir del Manual de carreteras V3 (MOP,2016) se recomienda el cálculo de lluvias e intensidades con una duración menor a una hora, con la expresión de Bell, válida para duraciones mayores a cinco (3) minutos; para duraciones de tormentas mayores a cinco (5) minutos, el factor de intensidad baja; mientras que para duraciones menores a cinco (3) minutos, el comportamiento es irregular, el factor alcanza un máximo para una duración de 2,5 minutos, pero para duraciones menores, el factor baja; el comportamiento indicado, corresponde a que la expresión de Bell esta calibrada y validada para tormentas desde 5 minutos a más, por tanto se definió adoptar la duración de t igual cinco minutos, para el diseño.
- Observante: Señores INVERSIONES LA FRONTERA SUR SPA
Observación:
En cuanto a la calidad de aguas, en el Anexo F4, se dan resultados de análisis de 20 muestras de aguas superficiales, de los que llama la atención que en 6 de ellas se midieron coliformes fecales de 249 NPM/100m1, asumiendo que no es un valor obtenido por coincidencia igual en los 6 puntos, ¿esto es se da debido a que es el máximo valor de medición del instrumento utilizado?, de ser así se solicita tomen nuevas muestras con instrumentos adecuados. Cabe señalar además que en otras 3 estaciones se midieron DBOS superiores a 1.000 (incluso 1 de 1.900), siendo que en las otras 17 estaban generalmente bajo 10. Se solicita explicar la razón de esto.
Evaluación técnica de la observación:
Esta Dirección Regional considera pertinente la observación ya que se refiere a materias ambientales contenidas en el proyecto. Respecto de su inquietud, cabe señalar que el titular en la Adenda del proyecto actualizó la información de la red hídrica del proyecto, así como nuevos muestreos de aguas superficiales (Anexo Gi Caracterización aguas superficiales de la Adenda), en 20 puntos o estaciones de cuerpos de agua superficial. Los muestreos y análisis fueron realizados por la empresa Hidrolab, Entidad Técnica de Fiscalización Ambiental, y cada informe responde a un análisis realizado. La metodología se especifica en cada informe “SM-9221E(2)”, donde (2) hace referencia a Standard Methods for the examination of Water and Wastewater, 22 th Edition 2012, junto con informar la temperatura de recepción de la muestra bacteriológica y el tiempo entre toma de muestra y análisis. El rango de este método es de 2,2 a 2.000.000 NMP/100 ml. En consecuencia, los resultados de los informes son válidos de la muestra realizada según la coordenada de muestreo especificada en el mismo documento. En la práctica el ensayo es realizado por la técnica de tubos múltiples, el cual es un análisis probabilístico, es decir, no se obtiene un resultado directo, sino la traducción de un código de tubos positivos en un valor probable de microorganismos presentes, con su respectivo rango de incertidumbre con 95% de confianza.
Se rectifica y amplía lo presentado en el ELA, en este caso, se presentan en la tabla N* XIV-10 del anexo, cap. 14 Participación Ciudadana, de la Adenda del proyecto, el recuento de parámetros fisico-químicos para los 15 puntos de línea de base presentados a evaluación ambiental. Se aclara que 5 de los muestreos presentados corresponden a lagunas con digestato o acumulación de agua para riego y no de aguas superficiales. Asimismo, se debe aclarar que la calidad fisicoquímica de los cauces que cruzan la propiedad son principalmente canales internos.
- Observante: Señores INVERSIONES LA FRONTERA SUR SPA
Observación:
Respecto a Calidad de Aguas y su comparación con el cumplimiento normativo, se debe utilizar el DS N*9/2015 MMA que establece las normas secundarias de calidad ambiental para la protección de las aguas continentales superficiales de la cuenca del río Biobío.
Evaluación técnica de la observación:
Esta Dirección Regional considera pertinente la observación ya que se refiere a materias ambientales contenidas en el proyecto. Respecto a su inquietud, se debe indicar que las normas secundarias de calidad ambiental en el marco del SELA son relevantes para efectos de evaluar si se genera o presenta el efecto adverso señalado en el literal b) del artículo 11 de la Ley N? 19.300, sin ser normativa ambiental aplicable. En este caso, el proyecto no altera la calidad de las aguas del río Biobío, ya que no considera descargas directas a dicho cuerpo superficial. Con respecto a potenciales impactos por acción del riego con digestato, el titular
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propuso una serie de restricciones que limitan el riego, con el fin de garantizar que no se alcanzarán cuerpos de agua superficial. Asimismo, el titular propuso actualizar los monitoreos de agua superficial al interior y a la salida de los canales internos del plantel, lo cual permitirá fiscalizar la calidad de los mismos, antes que puedan, eventualmente entrar en contacto con las aguas del río Biobío, considerando las acciones. y/o restricciones para evitar que ocurra. Mayores detalles de lo expuesto en cap. 13 C.A.V. del informe consolidado de evaluación (ICE). Finalmente, el titular manifestó en la Adenda del proyecto que de forma voluntaria mantiene disposición a participar en instancias de trabajo lideradas por el Estado, ya sea mesas de trabajo público privadas u Otras que tengan como objetivo mejorar la calidad del agua del río Biobío.
- Observante: Señores INVERSIONES LA FRONTERA SUR SPA
Observación:
Respecto al componente suelo, el plan de riego con efluentes (anexo D1), no considera en su análisis de resultados la cantidad de coliformes fecales encontrados, además consideran en su análisis de cumplimiento de normas solo la NCH 1,333, no obstante, en base a la cercanía a cauces que desembocan en el río Biobío y al mismo río, los efluentes debiesen cumplir con la norma secundaria del Río Biobío (DS N*9/2015 MMA). En el marco de lo anterior, se solicita considerar un análisis de escurrimiento de aguas lluvias en la planta, que permita evidenciar el riesgo de contaminación de los canales que la atraviesan por arrastre de material orgánico.
Evaluación técnica de la observación: Esta Dirección Regional considera pertinente la observación ya que se refiere a materias ambientales contenidas en el proyecto. Al respecto se debe indicar que el plan de riego presentado por el titular del proyecto en Anexo actualizado Aii de la Adenda complementaria, considera regar con calidad del digestato considerando los parámetros o límites permitidos por la norma NCh 3.375:2015. Dicha norma, exige un límite máximo de E. Coli que deberá cumplirse. Se destaca que dicho parámetro (E. Coli), así como Salmonella sp., Huevos de helmintos viables, serán controlados con la implementación de la desinfección UV propuesta a la salida de los digestores.
Como se indicó anteriormente, y de acuerdo a lo evaluado por los organismos competentes en materia ambiental, el proyecto no tendrá incidencia directa en la calidad de las aguas del rio Biobío, ya que, en primer término, el proyecto no contempla descargas de residuos líquidos a dicho cuerpo de agua superficial. Frente a eventuales situaciones de contaminación indirectas (contaminación difusa), producto de las acciones de riego con digestato; durante la evaluación ambiental el titular propuso una serie de restricciones para la aplicación de digestatos al suelo, cabe indicar algunas: - Nose aplica digestatos a suelo sin cultivo, en ninguna época del año. - Nose aplicará a potreros con pendientes mayor a 15%. - — El digestato se aplicará a más de 30 metros de cualquier curso de agua superficial. - — Sólo se aplica digestato en los suelos indicados en el Plan de Aplicación de Digestato, el que será supervigilado por un ingeniero agrónomo de la empresa y evaluado año tras año por los organismos competentes en materia de fiscalización (S.M.A, y S.A.G)
Con respecto al escurrimiento de las aguas lluvia del plantel, se debe indicar que una de las partes y obras del proyecto considera un sistema de saneamiento de aguas lluvias para los seis galpones del Plantel (Oitec 2018 del EIA del proyecto), el cual describe las obras necesarias para interceptar y conducir las aguas lluvias hacia un canal dentro del predio. Para esto se definieron obras para conducir, retener y disponer las aguas lluvia del sector de estudio. A continuación, se presentan las distintas propuestas para cada sector a sanear:
- Filosofía de Diseño De acuerdo con las áreas específicas del recinto a sanear, se proponen dos conjuntos de medidas de saneamiento del recinto. Las aguas lluvia que caigan sobre los techos de los seis galpones serán conducidas al canal existente de conducción de aguas luvia mediante canaletas y tuberías. Las aguas lluvia que caigan sobre los terrenos naturales adyacentes a los galpones serán dispuestos en zanjas de infiltración. El esquema del sisterna de saneamiento propuesto se indicó en la fig. XIV-39 del cap. 14 de la Adenda del proyecto, en donde Q1, Q2 y Q3 son los caudales evacuados desde los tres galpones de la zona norte hacia el canal existente, Q4, Q5 y Q6 son los caudales evacuados desde la zona sur hacia el canal existente, mientras que en Z1, Z2, Z3 y Z4 son zanjas de infiltración en las zonas adyacentes a los galpones, para sanear las aguas que caen sobre terrenos naturales.
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Dimensionamiento de Canaletas y Tuberías Los galpones a sanear presentan una pendiente longitudinal desde los extremos hacia el centro, por lo que las canaletas perimetrales a los techos se proyectan de forma que cada una permita el saneamiento de la cuarta parte de cada techo. Las aguas captadas serán conducidas por tuberías desde la zona central de cada galpón hacia el exterior. En la fig. XIV-41- 42 -43 en adelante, del cap. 14 de la Adenda del proyecto, se presenta esquemáticamente la forma de recolección y disposición de las aguas lluvia; así como detalles de las dimensiones de las tuberías de conducción y zanjas de infiltración.
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Observante: Señores INVERSIONES LA FRONTERA SUR SPA
Observación:
En eventos extremos de precipitaciones, como por ejemplo la ocurrida en el año 2006, donde el plantel de la titular sufrió la inundación de parte de sus instalaciones ubicadas en el fundo el Risquillo, se pide aclarar que acciones ha tomado el titular para evitar la contaminación de las aguas del río Biobío. Se adjunta figura presentada por la titular en el recurso de invalidación de la RCA de CH Frontera, donde se aprecia la afectación de dicha inundación en las instalaciones de la titular donde pudiese existir la presencia de purines, animales, cementerios de animales y/o en general, cualquiera sustancia que pudiesen ser potencialmente contaminantes para el río Biobío.
El año 2006, que corresponde al año con mayor registro histórico de caudales máximos instantáneos en la estación fluviométrica Biobío en Rucahue, se produjeron inundaciones por desborde en el fundo Ancali, aguas abajo del puente de la Ruta 5 Sur (Longitudinal). Estas inundaciones fueron registradas por personal del fundo y se muestran en la Figura N* 3,33. ((MAGEN EN EL ANEXO N" 1 DEL ICSARA “Observación Inversiones La Frontera Sur SPA)
Evaluación técnica de la observación:
Esta Dirección Regional considera pertinente la observación ya que se refiere a materias ambientales contenidas en el proyecto. Cabe indicar en primer término que el principal interés del Plantel Lechero es mantener la integridad física de sus instalaciones y la producción lechera. Con respecto a las acciones que se consideran por parte del titular para evitar contaminación de las aguas del río Biobio, comienza con la serie de medidas y restricciones autoimpuestas por el titular en los planes de aplicación de digestato, a saber:
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No se aplica digestatos a suelo sin cultivo, en ninguna época del año.
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No se aplicará a potreros con pendientes mayor a 15%,
-
El digestato se aplicará a más de 30 metros de cualquier curso de agua superficial.
-
Sólo se aplica digestato en los suelos indicados en el Plan de Aplicación de Digestato, el que será supervigilado por un ingeniero agrónomo de la empresa y evaluado año tras año por los organismos competentes en materia de fiscalización (S.M.A. y S.A.G)
Junto con lo anterior, se plantea un conjunto de monitoreos de calidad de aguas superficiales cuyo detalle se explicita en el anexo Gii Cap. 9 ficha de monitoreos de la Adenda complementaria del proyecto y en el cap. 10 CAV del informe consolidado de evaluación (ICE).
Respecto a posibles eventos de inundaciones producto de precipitaciones extremas o presencia de la hidroeléctrica Frontera, el titular actualizó los estudios y modelaciones hidrogeológicas, advirtiendo que frente a eventos extremos de precipitaciones (escenario con recarga asociada a una precipitación de 609 mm durante los meses de julio a septiembre, (con precipitación con un periodo de retorno de 333 años) el área oriente y poniente presenta afloramientos de aguas subterráneas, lo cual se acrecienta considerando la operación de la Central Hidroeléctrica Frontera, donde existiría afloramiento en el sector del digestor, por el poniente, y en el sector de las lecherías, por el oriente, y donde gran parte de la superficie del área se encontraría con una profundidad del nivel freático bajo nivel de terreno menor a 2 1m.
No obstante, debido a que los eventos de precipitaciones pueden anticiparse, se consideran tres niveles de acción:
- Nivel 1. Contingencia: frente a crecidas inminentes del río Biobío, se procederá a coordinar con el equipo de operaciones de la lechería dando aviso a la DGA y SMA sobre las condiciones del río respecto de la infraestructura de la lechería. Se mantendrá disponibilidad de embalse de a lo menos 8.000 m3 en las distintas piscinas y lagunas de almacenamiento de digestato, de un total disponible de 52.000 m3 aproximadamente. En caso de que se materialice el proyecto Central La Frontera, se implementará un pozo de seguimiento del nivel freático, por tanto en caso que aumente el nivel freático sobre lacota de seguridad acordada técnicamente entre DGA y Ancali para poner en alerta el plan de emergencia, Según informe hidrogeológico de la Adenda del proyecto, se propone fijar la cota a 5 m de profundidad en el sector de los digestores. En caso de que la Central Prontera esté
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operando, sin perjuicio de la obligación de ésta de velar por la seguridad, Ancali dará avisos escritos y/o telefónicos para que adopte las medidas necesarias para evitar que suba el espejo de agua y nivel freático
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— Nivel 2, Emergencia: en caso de que se registre sobrepaso del nivel de seguridad del nivel freático (5 m profundidad) para la operación segura del Plantel y/o se registre un nivel del río Biobío que ponga en evidente riesgo la inundación de la infraestructura, se procederá a trasladar a las vacas de los establos a los potreros de mayor altura, sólo por las horas que se mantenga el evento. Se procederá a enviar el contenido de las piscinas 1 y 2 a lagunas de embalse, mediante sistema de bombas existente.
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— Nivel 3. Emergencia: en caso de que se registre un sobrepaso de nivel de seguridad del nivel freático y/o desborde del río Biobío tal que pueda alcanzar el interior de los digestores anaeróbicos y piscinas 1 y 2, se procederá a cerrar la entrada y salida de los digestores anaeróbicos para evitar que ingrese agua y se enfríen los digestores. Una vez que disminuya el nivel de inundación se retomarán actividades de operación. Luego, es necesario ponderar que esta situación de emergencia corresponde una situación previsible y extrema, la cual se ha evaluado considerado el escenario con recarga asociada a una precipitación de 609 mm durante los meses de julio a septiembre, que representa una precipitación con un periodo de retorno de 333 años.
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Observante: Señores INVERSIONES LA FRONTERA SUR SPA
Observación: El titular ha declarado en dos juicios distintos contra Frontera, (al intentar invalidar su RCA, y al momento de discutir sobre las servidumbres del proyecto), que las napas freáticas sobre las cuales se encuentra construido el plantel lechero y terrenos anexos está muy alta, y que, por lo mismo, las variaciones que sufrirán con motivo de la inundación afectarán los cultivos aledaños, el biodigestor, sala de ordeñas, etc. Lo anterior no se condice con lo que el titular declara en su actual presentación. ¿Aclarar cuál de las dos situaciones de la napa es la real y correcta, la que declara en el presente estudio o la que ha declarado en los diversos juicios que existen o han existido en contra del proyecto Frontera?". En especial aclarar con respecto al fundo el Risquillo, donde se emplaza actualmente el plantel lechero, bodegas, sala de ordeña y biodigestores. En definitiva, aclarar si la napa está baja o está alta, con fundamentos técnicos.
Evaluación técnica de la observación:
Esta Dirección Regional considera pertinente la observación ya que se refiere a materias ambientales contenidas en el proyecto. En cuanto a su inquietud, cabe indicar que se realizó una nueva caracterización hidrogeológica del sector donde se ejecutan las labores del plantel lechero Agricola Ancali Ltda (para mayor detalle ver Anexo Fi Componente Hidrología e Hidrogeología de la Adenda del proyecto).
La zona donde se emplaza el proyecto presenta dos grandes unidades geológicas; la primera compuesta de gravas, bolones y ripios en una matriz arenosa, y la otra de gravas y arenas en una matriz limo arcillosa; el basamento rocoso tiene profundidades de más de 240 metros en la zona norte del área de estudio y de 100 metros promedio donde está el emplazamiento del Plantel Lechero de Agricola Ancali Ltda. y el río Biobío. Respecto a la piezometría, al interior del predio los niveles freáticos son menores a cuatro (4) metros de profundidad, el escurrimiento de este nivel freático en el sector norte se observó que es hacia el sur, para luego moverse en dirección poniente, hasta las cercanías de las instalaciones del Plantel Lechero y el río Biobío. El detalle de los niveles Piezométricos del área de estudio se presentó en Tabla N XIV 3 del cap. 14 de la Adenda complementaria, niveles medidos en los años 2006-2008-2009-2011-2018-2019 en distintos meses del año. Así también en la figura N XIV 18 del mismo capítulo se presentó el emplazamiento de puntos de información de nivel freático en el área del proyecto y zonas adyacentes estudiadas.
Respecto al sector de emplazamiento del Plantel Lechero de Agrícola Ancali Ltda,, se analizaron los resultados del estudio hidrogeológico realizado por Muñoz (2017) donde se aprecia que frente a eventos extremos de precipitaciones el área oriente y poniente presenta afloramientos de aguas subterráneas, lo cual se acrecienta considerando la operación de la Central Hidroeléctrica Frontera, donde existiría afloramiento en el sector del digestor por el poniente, y en el sector de las lecherías por el oriente, y donde gran parte de la superficie del área se encontraría con una profundidad del nivel freático bajo nivel de terreno menor a 2 m.
- Observante: Señores INVERSIONES LA FRONTERA SUR SPA
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Observación:
Con respecto a Medio Humano, se manifiesta la existencia de metodologías de investigación social cuantitativa y cualitativas respecto al impacto en la vida cotidiana de las comunidades, sin embargo, no es factible encontrar instrumento de investigación cualitativa, mencionado como "entrevistas en terreno" y por ende evaluar si es pertinente a la evaluación de impactos ambientales en comunidades. Solo es posible encontrar instrumento y resultados de 47 encuestas de caracterización social, que no corresponden a la metodología de evaluación cualitativa y lo más relevante, los datos levantados en dicho instrumento, NO PERMITEN EVALUAR IMPACTOS AMBIENTALES EN COMUNIDADES. Aclarar.
Evaluación técnica de la observación:
Respecto de su observación cabe indicar que, para el levantamiento de información de medio humano, se emplearon metodologías basadas en el uso de herramientas primarias, a través de la realización de encuestas y entrevistas semiestructuradas; definiéndose para esto un muestreo "No probabilístico opinático o intencional", para mayor detalle ver Anexo L Estudio de medio Humano del EIA y que a través de consultas realizadas en ICSARA, se complementó dicha información en el Capítulo 6 de la Adenda del proyecto.
A. partir de lo indicado en el párrafo precedente, fue caracterizado el sistema de vida de los grupos humanos del área de influencia del proyecto, identificando a las localidades de Miramar, Los Cristales, San Carlos de Purén y Mirador del Biobio; obteniéndose a través de la información obtenida, el descarte de una afectación significativa sobre los sistemas de vida y costumbre de los grupos humanos, en consideración a lo que dispone el artículo 7 del RSEIA, a saber:
En relación al artículo 7 letra a), a través de las entrevistas se obtuvo que en relación al uso del agua ya sea para bebida y/o recreación, la actividad agrícola, no existe una relación con las partes, obras y acciones del Proyecto; así como no se identificó la existencia de actividades de recolección de plantas y/o arbustos con fines culturales; respecto de la letra b) el proyecto no modifica las actividades asociadas a producción agrícola en los fundos San Carlos y El Risquillo, así como el tránsito de camiones fue calificado de manera favorable a través de la CA N*091/2011; en cuanto a la letra c) no se produce una alteración, en consideración que el proyecto es al interior de un recinto intervenido y los cuatro trabajadores que se sumarán, provienen de contratistas de Los Ángeles, a su vez a raíz de una solicitud realizada a través de ICSARA se abundó en información en el Capítulo 6 de la Adenda; y finalmente, respecto de la letra d) a través del levantamiento de información primaria se obtuvo que, no se genera un efecto sobre el sentimiento de arraigo y la cohesión social del grupo, toda vez que por ejemplo a través de las entrevistas realizadas a los receptores discretos y a las mejoras que se han implementado y las medidas asociadas al control de olor, esta variable en particular y que fue consultada por los ciudadanos y debidamente consideradas en el ICSARA Ciudadano, se obtuvo a través de la tramitación ambiental que no generará olores en magnitudes significativas que afecten la calidad de vida de la población, siendo esto 5 ou/m? para zonas rurales y 3 ou/m' para zonas urbanas.
- Observante: Señores INVERSIONES LA FRONTERA SUR SPA
Observación:
El capítulo de medio humano manifiesta que se dará especial énfasis a determinar impactos significativos en evaluar cambios en los sistemas de vida y costumbres de los grupos sociales, determinando en sus conclusiones que el actual proyecto no genera cambios de vida en la comunidad, sin embargo, no existen antecedentes a la vista, de un trabajo anterior con líderes comunitarios que permitan entender que es un tema abordado. Como ejemplo se puede indicar, la imposibilidad de realizar actividades al aire, como asados, en la época comprendida entre octubre a marzo de cada año, por la existencia significativa de moscas y olores. Aclarar.
Evaluación técnica de la observación:
Esta Dirección Regional considera pertinente la observación ya que se refiere a materias contenidas en el proyecto relativas a los impactos del proyecto sobre los sistemas de vida y costumbres de grupos humanos.
Respecto el levantamiento de información de medio humano que se tuvieron a la vista para caracterizar los grupos humanos del área de influencia del proyecto, se debió recopilar información sobre el área mediante un trabajo de gabinete, confección de cuestionarios, definición de las personas que se debían entrevistar, así como recopilación de información en terreno. Para cada grupo humano identificado o sector poblacional, se analizó su situación demográfica, demográfica, antropológica, socioeconómica y la dimensión de bienestar
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social. En este caso, las localidades estudiadas correspondieron a: San Carlos de Purén, Los Cristales, Mirador y Miramar. Se entrevistaron un total de 47 personas y líderes comunitarios de las localidades indicadas, Los temas particulares tratados con cada uno de los actores entrevistados en forma semi-pautada y no pautada, fueron:
- El malestar provocado por presencia y persistencia de moscas, olores, ruidos y polvo. Recurrencia
de eventos comunitarios, tales como la corrida atlética y peregrinación anuales.
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El fomento al reciclaje.
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La comunicación vial.
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— Laempleabilidad.
-
Los espacios de esparcimiento.
El detalle de la estructuración de estas encuestas, los resultados, información del encuestado y las visiones o percepciones levantadas respecto de los temas abordados con los actores entrevistados, se puede revisar en en el Anexo L. Estudio de Medio Humano del EIA del proyecto, complementada y actualizada la información de Medio Humano en el cap. 6 de la Adenda del proyecto. Asimismo, se debe considerar las encuestas efectuadas para levantar información especifica asociada al impacto olor: “encuestas olfatométricas”, las que fueron aplicadas en Los Cristales, San Carlos de Púrén, Mirador de Biobío, Miramar y San Jose de Biobío. El detalle de la metodología aplicada, así como los resultados es posible revisarlas en el anexo “encuestas olfatométricas” del Anexo Ei de la Adenda del proyecto.
En base a lo expuesto anteriormente, se debe indicar que el proyecto no genera una alteración significativa de los sistemas de vida y costumbres de los grupos humanos definidos en el área de influencia del proyecto. En este contexto, el área de influencia del proyecto para el componente medio humano fue definida principalmente, por el área de impacto de influencia de olor para una Isodora 1 OUE/m*,
Los resultados obtenidos en base a las encuestas olfatométricas permitieron descartar un impacto significativo sobre el literal d) del artículo 7” del Reglamento del SEIA, ya que la materialización del proyecto no significará una dificultad o impedimento para el ejercicio o la manifestación de tradiciones, cultura o intereses comunitarios de los habitantes del área de influencia y sectores aledaños. Al mismo tiempo, el proyecto no afectará los sentimientos de arraigo o la cohesión social de los grupos humanos analizados. Los estudios antropológicos de localidades pequeñas con baja densidad de población, estudios de campesinado y de sociología del desarrollo comentan la pertenencia histórica a la localidad, el arraigo a la comunidad, el sentido critico de liderazgo y progreso, y la perspectiva de impactos eco-etnológicos, como los elementos esenciales a observar para estimar la cohesión de los actores (víctimas en potencia de un malestar producido por la incorporación de un agente externo a su realidad). Cada uno de estos conceptos fue considerado en el cap 6 de la Adenda y complementados los contenidos en el cuerpo de la adenda complementaria a partir de la observación y recogida de comentarios sobre las dinámicas sistémicas y funcionales observadas en las localidades cercanas al proyecto. De lo anterior, se desprende la noción de una cohesión social interna leve, así como un reducido sentido de arraigo o pertenencia cultural, lo cual se traduce en una baja sensibilidad comunitaria para reconocer afectaciones por factores externos sobre los componentes de la vida social.
Sin desmedro de que ello pudiera modificarse en una proyección hipotética de la situación, el proyecto a evaluar en el Estudio de Impacto Ambiental desarrollado por el Plantel Lechero Ancali, no genera impactos sobre el asentamiento humano que no hayan sido reportados con anterioridad. No existen modificaciones de hábitos, viviendas u organizaciones socioculturales en el área de influencia, ni éste afecta la estructura espacial de sus relaciones históricas o nuevas.
Por otro lado, es importante señalar que todas las encuestas declararon que los eventos odoríficos han sido cosas del pasado y que en la actualidad han desaparecido o son catalogadas como emisiones débiles. Sin:bien se declara que en su momento los olores y moscas fue un elemento importante en la cotidianidad de los sectores, estos son atribuidos a distintas fuentes no exclusivamente a la presencia de Ancali. Cabe indicar que existen varias lecherías y queserías en sectores aledaños. Más información al respecto fue detallada en el acápite de Encuestas Olfatométricas en el Anexo Ei Componente Aire- Olor de la Adenda del proyecto.
Finalmente, los encuestados a pesar de reconocer la presencia de vectores, son enfáticos en declarar que ninguno de estos ha provocado en algún momento la paralización o impedimento de alguna actividad comunitaria como, asambleas, misas u operativos de salud, entre otros.
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Esta última conclusión se ve respaldada, además, por los registros del Monitoreo de Muscoideos (moscas) ejecutado tanto al interior de la lechería (5 puntos de control), como en sectores adyacentes a los fundos San Carlos y El Risquillo (Miramar 2 puntos de control, San Carlos 2 puntos de control), cuyos resultados se adjuntaron en Anexo E del ELA. En la figura Vl-12, se puede aprecia que a partir de septiembre del año 2016 se redujo el total de moscas registradas (gráfico muestra la suma de todos los puntos de control) de 5.000 a menos de 1.000, manteniéndose de forma permanente menor a 1.101 unidades, como suma total de las trampas. Estos buenos resultados se han mantenido durante los años 2018 y 2019, lo cual se ve reflejado en los monitoreos permanentes que ejecuta el plantel.
Sin perjuicio de lo expuesto, el Proyecto, contempla un Plan de Gestión de Olor (para mayor detalle ver Estudio de Impacto Ambiental Plan de Gestión de Olor Anexo Eii, de la Adenda Complementaria) y compromisos ambientales voluntarios cuyo objetivo será controlar la presencia de muscoideos en el área de influencia del proyecto, Asimismo, el proyecto contempla continuar con los monitoreos de olores y moscas,
- Observante: Señores INVERSIONES LA FRONTERA SUR SPA
Observación: Se observan comunidades que manifiestan afectaciones por olores y vectores, que no están contempladas en el capítulo de medio humano (sector de San José y Los Boldos). Aclarar.
Evaluación técnica de la observación:
Esta Dirección Regional considera pertinente la observación ya que se refiere a materias contenidas en el proyecto relativas a los impactos por olores. Respecto de su primera inquietud, en este sentido se realizó un análisis de los resultados de la predicción de impactos ambientales, determinando que el área de influencia del medio humano se acota a sectores adyacentes al Plantel Lechero Agrícola Ancali Ltda., estos sectores corresponden a: San Carlos de Purén, Cristales, Mirador del Biobío y Miramar. Por tanto, se descarta que los sectores vecinos más alejados como La Isla, San José, Santa Luisa, Los Boldos, tengan relación con el proyecto, principalmente por estar fuera de las áreas de influencia del proyecto analizadas para descartar afectación a salud de la población, uso del territorio, atractivos turísticos, sistemas de vida y costumbres de grupos humanos.
En complemento con el estudio humano presentado en el EIA y estudio de olor, se identificaron un conjunto de actividades ganaderas de distinto tamaño que se relacionan de forma directa con los sectores Santa Luisa, San José de Biobío, la Isla y los boldos. Esto es coherente con los indicadores económicos que indica el INE, respecto al número de cabezas de ganado que existe en la comuna, alcanzando sobre 80.000 cabezas de bovino. En este sentido, el área de influencia del olor actualizado indica que, debido a las mejoras operacionales implementadas durante el año 2019, se han reducido las emisiones en el origen, disminuyendo aún más el área de influencia del proyecto, acotándose a los sectores San Carlos de Purén, Cristales y Miramar.
Sin perjuicio de lo anterior, se indicar que el proyecto contempla un Plan de Seguimiento de Variables Ambientales, las cuales serán verificadas respecto de su cumplimiento por el organismo competente en materia de fiscalización ambiental (S.M.A).
- Observante: Señores INVERSIONES LA FRONTERA SUR SPA
Observación:
En el capítulo de olores, es necesario presentar el requerimiento, de que el enfoque metodológico para medir percepción de olores debe incluir entrevistas cualitativas y encuestas cuantitativas a la población afectada de toda el área de influencia. (se menciona en documento de Trabajo previo con comunidades que posteriormente el proyecto realizará una encuesta anual, si es que cuenta con 5 quejas).
Eyaluación técnica de la observación:
Esta Dirección Regional considera pertinente la observación ya que se refiere a materias contenidas en el proyecto relativas a los impactos por olores. En el anexo Ei, Componente Aire-Olor de la Adenda complementaria, el titular del proyecto presentó un estudio de impacto de olor para el plantel lechero, el cual incluye encuestas olfatométricas a receptores ubicados en los sectores aledaños al plantel. Para ello, se empleó metodología cualitativa y cuantitativa para dar respuesta al objetivo establecido. Considerando el objetivo del estudio, se elaboraron dos instrumentos tipo cuestionarios:
- Una encuesta con el objeto de caracterizar socioantropológicamante el lugar,
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- Una entrevista semi-estructurada complementaria a la encuesta con el objeto de recoger opiniones o percepciones sobre temas ambientales y eventuales eventos odoríficos.
- La información complementaria fue sistematizada a través de notas de campo Mayores antecedentes metodológicos y resultados de las encuestas olfatométricas se presentaron en Anexo “Encuestas olfatométricas” del Anexo Ei referido anteriormente.
Con respecto a la encuesta anual asociado a quejas, se debe indicar que lo indicado corresponde al Seguimiento de la medida de mitigación propuesta por el titular del proyecto respecto del control de olores por olfatometría dinámica. En este caso, se contempla, que, en caso de presentarse quejas o reclamos relacionadas con 5 eventos corroborados anuales por parte de la comunidad, se realizará una encuesta anual a las comunidades de San Carlos de Purén, Mirador, Miramar y Los Cristales, con la finalidad de evaluar la situación e implementar medidas adicionales de control de olores, en caso sea necesario. El detalle se puede consultar en el cap. 10 planes de seguimiento del informe consolidado de evaluación (ICE).
-
Que, el Titular deberá remitir a la Superintendencia del Medio Ambiente la información respecto de las condiciones, compromisos o medidas, ya sea por medio de monitoreos, mediciones, reportes, análisis, informes de emisiones, estudios, auditorías, cumplimiento de metas o plazos, y en general cualquier otra información destinada al seguimiento ambiental del Proyecto, según las obligaciones establecidas en la presente Resolución de Calificación Ambiental y las Resoluciones Exentas que al respecto dicte la Superintendencia del Medio Ambiente. De igual forma, y a objeto de conformar el Sistema Nacional de Información de Fiscalización Ambiental (SNIFA), el Registro Público de Resoluciones de Calificación Ambiental y registrar los domicilios de los sujetos sometidos a su fiscalización en conformidad con la ley, el Titular deberá remitir en tiempo y forma toda aquella información que sea requerida por la Superintendencia del Medio Ambiente a través de las Resoluciones Exentas que al respecto ésta dicte.
-
Que, el Titular deberá informar a la Superintendencia del Medio Ambiente la realización de la gestión,
acto o faena mínima que da cuenta del inicio de la ejecución de obras, a que se refiere el Considerando 4? de la presente Resolución.
-
Que, con el objeto de dar adecuado seguimiento a la ejecución del Proyecto, el Titular deberá informar a la Superintendencia del Medio Ambiente, al menos con una semana de anticipación, el inicio de cada una de las fases del Proyecto, de acuerdo a lo indicado en la descripción del mismo.
-
Que, para que el proyecto “Mejoramiento del sistema de tratamiento de digestato y actualización operacional del Plantel Lechero Agrícola Ancali Ltda.” pueda ejecutarse, deberá cumplir con todas las normas vigentes que le sean aplicables.
-
Que, el Titular deberá informar inmediatamente a la Comisión de Evaluación de la Región del Biobío y a la Superintendencia del Medio Ambiente, la ocurrencia de impactos ambientales no previstos en el EIA, asumiendo inmediatamente las acciones necesarias para abordarlos.
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Que, el Titular del Proyecto deberá comunicar inmediatamente y por escrito a la Dirección Regional del SEA Biobío, la ocurrencia de cambios de titularidad, representante legal, domicilio y correo electrónico, de acuerdo a lo establecido en el inciso tercero del artículo 162 y artículo 163, ambos del Reglamento del SEIA.
-
Que, se hace presente al Titular que cualquier modificación al Proyecto que-constituya un cambio de
consideración en los términos definidos en el artículo 2? letra g) del Reglamento del SEIA, deberá someterse al SEIA.
- Que, todas las medidas, condiciones, exigencias y disposiciones establecidas en la presente Resolución, son de responsabilidad del Titular, sean implementadas por éste directamente o a través de un tercero.
RESUELVO:
1”. Calificar favorablemente el Estudio de Impacto Ambiental del proyecto “Mejoramiento del sistema de
tratamiento de digestato y actualización operacional del Plantel Lechero Agrícola Ancali Ltda.”, de Agrícola Ancali Ltda.
- Certificar que el proyecto “Mejoramiento del sistema de tratamiento de digestato y actualización
operacional del Plantel Lechero Agrícola Ancali Ltda.” cumple con la normativa de carácter ambiental aplicable.
3". Certificar que el proyecto “Mejoramiento del sistema de tratamiento de digestato y actualización operacional del Plantel Lechero Agrícola Ancali Ltda.” cumple con los requisitos de carácter ambiental contenidos en los permisos ambientales sectoriales que se señalan en los artículos 139 y 140 del D.S. N* 40/2012 del Ministerio del Medio Ambiente, Reglamento del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental.
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49, Disponer el otorgamiento de los permisos ambientales sectoriales que se señalan en los artículos 139 y 140 del D.S. N* 40/2012 del Ministerio del Medio Ambiente, Reglamento del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental.
5, Certificar que el proyecto “Mejoramiento del sistema de tratamiento de digestato y actualización operacional del Plantel Lechero Agrícola Ancali Ltda.” se hace cargo adecuadamente de los efectos, características y circunstancias establecidos en el artículo 11 letra a) de la Ley N” 19.300, al proponer medidas de mitigación reparación y/o compensación adecuadas a tal efecto.
- Definir como gestión, acto o faena mínima del Proyecto, para dar cuenta del inicio de su ejecución de modo sistemático y permanente, a los mencionados en el considerando 4* del presente acto.
7%. Hacer presente que contra esta Resolución es procedente el recurso de reclamación de acuerdo a los artículos 20 y 29 de la Ley N* 19.300, ante el Comité de Ministros. El plazo para interponer este recurso es de treinta días contados desde la notificación del presente acto.
Notifíquese y Archívese
- BLICA DE Q Z ,
Región del Biobío
na-Suaries Araneda
al Servicio de Evaluación Ambiental ario Comisión de Evaluación
Región del Biobío
]
Basa SBF
Distribución:
Representante Legal, Señor Miguel Andrés Aparicio Morales Señores Miembros de la Comisión de Evaluación de la Región del Biobío - SEREMI MOP, Región del Biobío - — SEREMI de Agricultura, Región del Biobío - — SEREMI de Bienes Nacionales, Región del Bio bío - — SEREMI de Energía, Región del Biobío - — SEREMI de Minería, Región del Biobío SEREMI de Salud, Región del Biobío - SEREMI de Transportes y Telecomunicaciones, Región del Biobío - SEREMI de Vivienda y Urbanismo, Región del Biobío - — SEREMI del Medio Ambiente, Región del Biobío Señores Directores de los Organismos del Estado con competencia Ambiental - — Consejo de Monumentos Nacionales - Subsecretaría de Pesca y Acuicultura - Superintendencia de Servicios Sanitarios - CONADI, Región del Biobío
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CONAF, Región del Biobío
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— DGA, Región del Biobío
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— DOH, Región del Biobío
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Dirección de Vialidad, Región del Biobío
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— Gobernación Marítima de Talcahuano
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Gobernación Provincial del Biobío
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— Gobierno Regional, Región de Biobío
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— Tlustre Municipalidad de Los Ángeles
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— Tlustre Municipalidad de Mulchén
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SAG, Región del Biobío
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SEC, Región del Biobío
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—SERNAGEOMIN, Zona Sur
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Servicio Nacional Turismo, Región del Biobío
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Servicio Nacional de Pesca, Región del Biobío Personas naturales y jurídicas que participaron realizando observaciones al ELA del proyecto durante el proceso de Participación Ciudadana
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Señor Alejandro Donoso Henríquez
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Señora Génesis Leiva López
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Señora Rosa Fuentes Montoya
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Señora Sonia Adriana Erices Troncoso
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— Señor Oscar Villalobos Fuentes
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Señor Patricio Soto Aguilera
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Señora Janette Jacqueline Morales Garrido
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Señora Magdalena De La Puente H
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— Señora Jessica Muñoz Inzunza
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Señora Andrea Osorio Llanco
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Señora Astrid Soto Arriagada
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Señora Magdalena Soto Rios
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Señora Juana Fuentes Muñoz
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Señora Sonia Fuentes Montoya
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— Señora Romina Ramírez
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Señora Mónica Pérez
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Señor Jose Eleodoro Yañez Sepúlveda
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Señor Juan Carlos Bravo Yañez
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— Señora Blanca Aguilera Inostroza
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Señora Johana Erices Troncoso
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Señora Patricia Inés Erices Vera
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Señora Juana Sepúlveda Jerez
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Señora Inés Contreras
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Señor David Alfredo Anabalón Gatica
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Señora Juana Gatica Garrido
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Señora Ernestina Flores
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Señora Brenda Lili Jara Cuevas
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Señor Eduardo Enrique Flores
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Señores, Jose Jaime Erices Vera
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Señores INVERSIONES LA FRONTERA SUR SPA
Superintendencia de Medio Ambiente
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